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                  <text>y puede llegar por este camino a establecer las ·relaciones que reúnen no sola-

mente esos aspectos diversos, sino también las ciencias particulares que los estudian. Todas, aunque a menudo se contradicen, tienen por objeto al hombre;
pero s6lo la ciencia literaria es capaz de integrarlas confiriéndoles su natural
jerarquía.
Le es prácticamente imposible al investigador reunir todos los conocimientos que exige una ciencia literaria completa. Puede sin embargo desearse que
todos aquellos que se ocupan de literatura tomen conciencia del problema. Se
vería entonces instaurarse una estrecha colaboración entre los diversos sectores de esta ciencia. Psicocrítica, estructuralismo, estilística, etc., son destinados a completarse, y en la medida en la que cada uno tenga conciencia de los
medios y límites de su propio método, sabrá reconocer el valor y lo bien fundado de los sectores vecinos. Del lado de las ciencias naturales, funciona una
colaboración semejante desde hace tiempo. Al conocimiento del mundo exterior se agregaría entonces un conocimiento equivalente del ser humano, y el
abismo que separa todavía a las ciencias naturales de las ciencias humanas
terminaría por reducirse.
Pero la voz siempre única del poeta ¿no correría el riesgo de ser ahogada
bajo tanta ciencia? ¿ Quién, no obstante, se preocupa por ésta en las aulas de
nuestras universidades? O bien ¿ en cuál de las innumerables obras, de día en
día más eruditas, suena todavía ese famoso canto? Es precisamente por no
haberle reservado su verdadero lugar por lo que la ciencia, con todo lo que
ha emprendido hasta hoy, lo desconoce. Mientras que cada uno de los especialistas pretenda a la exclusividad de su método, no puede sino ignorar lo
que por fuerza ha de escapársele: El canto siempre singular del poeta. Sólo
una ciencia honrada y consciente tanto de sus medios como de sus limites, podrá garantizar el respeto para todo aquello que siempre la superará, permitien~
do finalmente percibir ese canto en la pureza de su brote, después de haber
vuelto transparente todo lo que lo empañaba.

434

Sección Tercera

HISTORIA

�LA OBRA FRANCISCANA EN NUEVO LEóN

lsRAEL CAvAZos GARZA
Univenidad de Nuew Le6n

'TODAS LAS VECES que a westra majestad he escrito he dicho a vuestra alteza el aparejo que hay en algunos de los naturales de estas partes para se convertir a nuestra santa fe católica, y he enviado a suplicar a vuestra cesárea
majestad, para ello, mandase proveer de personas religiosas de buena vida y
ejemplo. Y porque hasta agora han venido muy pocos o cuasi ninguno y es
cierto que hay grandísimo fruto, lo tomo a traer a la memoria de vuestra alteza y le suplico Jo mande proveer con toda brevedad" .1
El párrafo anterior, corresponde a la cuarta carta que Hemán Cortés dirigió a Carlos V, con fecha 15 de octubre de 1524. Es indudable que, obedeciendo a una de ''todas las veces que a vuestra majestad he escrito", hayan )legado, en mayo de ese mismo año de 1524, los doce primeros religiosos que, trayendo como superior a Fr. Martín de Valencia, iniciaron la conquista espiritual de México. Hubo algunos precursores, seglares o de la misma orden; pero a estos doce pertenece el haberla emprendido en fonna sistemática.
Pronto el territorio de la Nueva España se ve surcado por su huella, y en
los lugares más increíbles se percibe el influjo de su obra, El norte, sin embargo, permanece inculto, y es hasta el descubrimiento de Zacatecas cuando
vienen. Y es entonces cuando -como comenta Jiménez Moreno "renace ...
aquel celo evangélico que historió Mendieta y comenzaba así la grandiosa
epopeya de la colonizaci6n deJ norte, en la que, al lado de los grandes capitanes (Ibarra, del Río, Urdiñola y Oñate) actuaron infatigables los frailes, y se
consolidó la obra definitivamente con la venida y asiento de los tlaxcaltecas".•
1
ar. llic.w,, RouRT. La Coq•ista Espiritual 41 Mimo. Ed.
xico, 1947; p. 88.

Jus,

Ed. Poli,, M6-

• Jr11É.Ngz MouNo, W1011uTO. EsluditJs d, Historio Coloraiol. INAH, Máico,
1958; cap. IX, "Lo. Origencs de la Provincia Francilcana de Zacateca.. , p. 135.

437

�Fr. Pedro de Espinareda es el primero en emprender la conquista espiri•
tu.al del norte. Fundador y guardián del convento de Nombre de Dios, primero, y de Zacatecas después, hace, desde allí -hacia 1567- las primeras
entradas a lo que hoy es Coahuila. Fundada Saltillo, otro religioso insigne, Fr.
Lorenzo de Gaviria, logra fundar convento en esta villa, en 1582. Asolado por
los bárbaros, se ve precisado a retirarse a las minas de Topia. En el mismo
año Fr. Esteban del Castillo ha fundado el convento de Sta María de las
Charcas, que tan importante ha de ser en la historia de la evangelización de
Nuevo León. El arribo a Saltillo de las familias tla.xcaltecas, hace posíble la
fundación de otro convento en el pueblo de San Esteban, en 1591. Con ellos
ha venido Fr. Juan Terrones.3
Veinte frailes, por lo menos, han regado con su sangre los desiertos del norte, para cuando llegan los primeros a Coahuila.
Alberto del Canto, fundador de Saltillo, hace expediciones al noreste. En
diciembre de 1577 funda, junto a los ojos de Santa Lucía, una población con
este nombre. ¿ Vienen franciscanos con él? Fr. José Arlegui, cronista franciscano de la Provincia de Zacatecas, señala como f1mdadores del convento de
Monterrey a Fr. Andrés de Le6n, Fr. Diego de Aracaya y Fr. Antonio de Zalduendo.4 Alonso de Le6n, nuestro exacto crorústa, no los menciona. Asegura,
en cambio, que es el clérigo Cebrián de Acevedo quien pide, en 1600, religio.sos de an Francisco. Tres años más tarde -añade- "se libr6 mandamiento a
los oficiales reales de Zacatecas para que diesen limosna a Fr. Lorenzo González, el viejo y Fr. Martín Altamirano. Fueron los primeros de esta conversión" -afirma-.'

En una junta a que convoca Diego de Montemayor, para acordar el aviso
que ha de darse al virrey de la fundación de Monterrey ( 1600) , se encuentra
presente Fr. Cristóbal de Espinosa, guardián del convento de Saltillo.8
El erudito Jiménez Moreno asienta que el convento de Monterrey se fund6
en 1603, "pero parece existía desde 1602".i
Los padres González y Altamirano, se internan a lugares peligrosos. Fr. Martín Altamirano, quien ha entrado descalzo y a pie, "despuebla de indios los
1 Auss10 RoBLES, VITo. Coahuila y Tuas ,n la Epoca Colonial, Ed. Cultura,
Máico, 1938, pp. 126 a
' Aau:our, FR. JosÉ. Crónica d, la Proviiicia d, N. S. P. S. Francisco de Zacatecas.
Reimp. por Cumplido, México, 1851 1 p. 126.
• LEÓN, ALoNso DE, un autor anónimo (JUAN BAUTISTA CHAPA) y el Gral Fu.NU,oo SÁNcHEZ DE ZAMORA. Historia de Nu,vo León ... Documentos Inéditos o muy
raros para la Historia de México. Ch. Bouret, Mbcico, 1909, t. XXV, p. 101.
• Le6N, op. cit., p. 100.
' Jno1ÉNU MokENO, op. cit., p. 146.

438

campos y llena de cristianos los pueblos".ª Un mal día en 1606, es muerto en
unión de tres nahuatlatos que le acompañan. Arlegui sitúa el suceso en el lugar llamado La Silla. La graútud confunde el sitio y erige un sencillo monumento a la falda del cerro de este nombre. Don Vito Alessio Robles aclara que
el martirio de este celoso lego, tiene lugar en Coahuila.ª
Anda por ahí el dato de que para esos años se habían empadronado aquí
35,000 indios bautizados; cifra increíble e inaceptable.
El convento de Monterrey sirve de sepulcro al fundador de la ciudad. Al
entrar el gobernador Martín de Zavala, en 1626, es aún guardián Fr. Lorenw
GonzJlez. El edilicio tiene entonces ''Santisimo, pila, cementerio, torre fuerte
y buenas campanas", 1° En él se refugian los vecinos de los asaltos de los indios. En el albazo del temible Huajuco, también los religiosos participan en la
defensa.
Hasta la erección canónica de la parroquia ( 1624) tienen a su cargo la administración espiritual de indios y españoles. En su calidad de doctrineros,
emprenden los frailes largas caminatas. Visitan las estancias de los encomenderos, donde imparten la enseñanza y administran los sacramentos. Estas actividades tienen que hacerlas a campo abierto o en chozas miserables, Fr. Juan
de Salas pugna, en 1656, porque los encomenderos construyan enramadas o
capillas decorosas. 11

Las misiones de Río Blanco

Toca a la misma provincia franciscana de Zacatecas, emprender la evangelizaci6n del N. R. de León, por el sur. Del mismo modo que los religiosos de
Monterrey recorren los alrededores, los de Sta. Ma. de las Charcas lo hacen
en aquella regi6n. Fr. Lorenzo Cantú, su guardián, acude a doctrinar a los
indios de Matehuala. Advierte entre éstos algunos extraños. Los acaricia y les
regala "cosillas menudas". Son indios negritos bozalos, emparentados con
aquéllos; pero habitan a dos días de distancia. Con un puñado de granos de
arena, dan a entender al padre la multitud de los suyos. Fr. Lorenzo decide ir
con ellos. Llega, en 1626, a un valle maravilloso al que llama San José. De
las rocas brota un torrente espumoso que da origen a un río abundante, que
• ARL!OUI, op. cit., p. 228.
• Aussto RoBLES, op. t:it., p. 168.
"' GoNZÁLEZ, J. Eu;UTERIO. Apunt,s para la Historia Eclesiástica... (d,l) Obispado de Linar,s ... Tip. Relig. de J. Chávez, Monterrey, 1877, p. 20.
u MS. Archivo Municipal de Monterrey. (En las notas siguientes AMM). Ramo
Civil, 1658, vol. 8, Exp. 34.

439

�"bautiza" con el nombre de río Blanco. Los indios le rodean, y "en señal de
amor y obedecimiento le besan el hábito". Vuelve a Charcas Fr. Cantú, a
traer ornamentos, y, aunque les ofrece volver, no lo logra. 12
Cinco años después, en 1631, entra el padre Valverde. No sabemos su nombre. Y, poco más tarde; en 1633, proba.})lemente, Fr. Jerónimo Pangua. De
este religioso Arlegui nos da noticias muy buenas. Vizcaíno de origen, estudia
en Bilbao y pasa al convento de Vitoria. Viene en misión a la Nueva España,
en Zacatecas, ''Trata a todos con singular blandura y mansedumbre"; menos
a sí mismo. Aprende cinco dialectos indígenas. Ello le hace ser querido y
respetado entre los bárbaros. Interviene en sus luchas intestinas y les quita
las armas. Es fundador de algunos conventos en la Nueva Vizcaya. Alterna
las actividades evangélicas con las profanas y descubre el riquísimo mineral
de Cuencamé. Por su dominio de la lengua cuachichila es destinado a Charcas. El mineral está en decadencia y protege a los pocos vecinos que quedan.
Ora por ellos y tiene una revelación. Cavan a media legua, frente al rostro
de Nuestra Señora de Charcas, como les indica, y encuentran vetas inagotables. Días después fallece, y el vecindario cuenta de él cosas prodigiosas.13
Después de Fr. Pangua viene a Río Blanco Fr. Juan García. Se siente
impotente ante tanto que hay por hacer. Se halla a la sazón (1648) en visita
pastoral el Ilmo. D. Fr. Juan Ruiz Colmenero, obispo de Guadalajara. Van
a verle a Matehuala tres de los caciques principales. El prelado resuelve
pasar a esta región. Le acompañan Fr. García y Fr. Juan Caballero, procw-ador de 1a Provincia.
Recorren caminos jamás andados. Hacen numerosos bautizos y confirmaciones. Los capitanes indios, de 70, 90 y 100 años, se casan. Faculta a Fr.
García para la administración, y le ordena hacer un jaca.Ji "en conveniente
forma y decencia", para que sirva de iglesia. Como han llegado al lugar el
2 de agosto, es puesto bajo la advocación de Santa María de los Angeles
de Río Blanco. 14
En 13 de junio de 1650, el obispo escribe a Fr. García, avisándole tener
cédula real ordenando la confirmación, de acuerdo con la Real Audiencia.
Surge, sin embargo un conflicto. El 29 de marzo del mismo año de 48,
habían entrado Fr. Francisco Villaseñor y Fr. Luis de la Parra, de la Custodia de Río Verde, llamando San Cristóbal a San José. Por largos años ha
de haber diferencias entre unos y otros.
" LEÓN, op. eit., cap. XLII {escrito por SÁNcH.&amp;z DE ZAMORA).
11 ARLEGlJI, op. eít,, pp. 306 SS.
1t Visita del Ilmo. Sr. Colmenero, Obispo de la Nueva Ga/icia, a las Conversiones
de Matehuala y Rfo Blanco. P1m.i:o FELICIANO VELÁZQUEZ, Colecci611 de Documantos
para la Historia de San Luis Potosí. Imp. del Editor, t. IV, 1899, pp. 366 a 378.

440

La nueva conversión es puesta al cuidado de un religioso celosísimo: Fr.
José de San Gabriel, "lego de vida ejemplar'' -tlice el cronista Fernando
Sánchez de Zamora. ¡ Y vaya que si era ejemplar su vida! Héla aquí, en
esbozo imperlecto.
Vasco también, como Fr. Pangua, se llama en el siglo Gabriel de Herregoitia. Joven y pleno de ambiciones viene a la Nueva España. Lleva una
vida licenciosa, y, por lo mismo, ninguno de sus paisanos le tiende la mano.
Aventurero y andariego, llega a Mazapil, entonces en auge minero. Hay
carencia de trabajadores en las minas, y se recurre a la violencia para tenerlos. De Zacatecas y San Luis los traen a la fuerza, a modo de leva. Después de la dura jornada, son cautivos en oscuras cavernas. Gabriel de Herregoitia tiene este oficio abominable. Ha de eludir a diario la real justicia.
Enfermo de gravedad, durante una cuaresma confiesa a un religioso "con
copiosas lágrimas". Al borde de la muerte, recupera la salud. Va a Zacatecas y, ante el asombro de quienes conocen su crueldad, toma el hábito de
San Francisco. Su nueva vida, de penitencia y mortificación, llega a ser edificante. "En la humillación de su espíritu, en la sumisión de su voz, en la
modestia de sus ojos, en lo consumido de sus carnes, en lo lloroso de sus
mejillas y en la amarillez de su rostro, traía dibujada al vivo -dice Arlegw- Ja imagen del pecador arrepentido". El mismo cronista le compara
con San Pablo: "Vutud heroica en lo que había sido monstruosidad".
Quienes antes le odiaban, han llegado a venerarle. Sus compañeros le
encuentran en oración constante. Aseguran, además, haberle visto padecer
"violentos raptos y levantarse en el aire". Reclama los oficios que otros
desdeñan, y a todos sirve con semblante alegre. Flagela su cuerpo con punzantes disciplinas, de tal modo "que deja la tierra regada con su sangre".
Bajo el tosco sayal, a _raíz de las carnes, trae siempre burdas cadenas y cilicios.
Sus ayunos son continuos y viernes y sábados los pasa a pan y agua. Duerme
sólo dos horas y le parece holgazanería. Una sola ambición alimenta: dar
la vida evangelizando.15
Al fin le es concedido pasar a San José de Río Blanco, con Fr. Juan Caballero. Catequiza y doctrina innumerables indios. Como ellos, se alimenta
de hierbas y raíces del campo. El gobernador Zavala les socorre con frecuentes limosnas. No salen ellos a pedirlas, porque, ausentarse, significa el
atraso de su obra. Por otra parte, "a veces gastan más en el viaje que lo
que recojen".
La misión progresa. Ha venido a poblarla un hombre generoso: Fernando
Sánchez de Zamora. Militar valiente, podríamos llamarle misionero seglar.
11

Alu.:&amp;om, op. cit., cap. XII, pp. 322 a 327.

441

�Al principio se siente tentado de irse. La gente se halla en el estado más
primitivo y anda completamente desnuda, cosa por él nunca vista, Decide
quedarse y ha de ser, hasta su muerte, el protector más eficaz.
En 1660, la misi6n se establece definitivamente en Santa María, punto
estratégico para nuevas conversiones. Allí construyen "iglesia de terrado,
fuerte y muy linda, y celda de lo mismo". Y, "pareciéndoles que era ocio•
ciclad estar s6lo conservando lo que se tenía obrado", entran a fines de enero
de 66, a los llanos de San Antonio. Allí fundan San Antonio de los Llanos
(Hidalgo, Tamps.). Por llegar el 2 de febrero, llaman al río Purificación.
Avanzan, al año siguiente entre los janambres, y fundan San Bemardino. 18
Fr. José de San Gabriel se vuelve a San Antonio. Le ayuda Fr. Salvador
de Barragán. Es éste un fraile compasivo con los enfermos. Enseña pacien•
temente a los niños. Estos le procuran mucho, porque les guarda mendrugos
de pan en las mangas. A veces los azota, "pero es con amor, para que asistan
con puntualidad a la misa y doctrina".
En 1670, es nombrado primer presidente de San Antonio Fr. Antonio de
Velasco. Tanto incrcrnenta la misión, que "parece pueblo antiguo". Separa
las familias en barrios. Hace que construyan de adobe. Los obliga a barrer
y a dormir en tapextes o camas altas. Recorre a caballo las milpas, cccomo
solícito mayordomo"; y s6lo se interna a los montes, en busca de los que
huyen. A su muerte ( 1677), los indios le lloran a grito. Va Sánchez de
Zamora a consolarlos y se pone a llorar con ellos. 11
La maldad de un español provoca la rebelión de los _janambres (1673),
y el gobernador Azcárraga dispone despoblar. Zamora le pide quedarse en
Santa María. Envía a los indios un papel con una cruz y Fr. Caballero su
capilla, y, por medios suaves, los someten. Un año antes, había muerto Fr.
Gabriel. Fr. Caballero muri6 en 77.
Santa María de los Angeles, es, de las misiones de Nuevo León, la en que
más perdura la Orden. Erigida en parroquia el 19 de junio de 1868, todavía
en 62 vemos en ella a uno de los últimos franciscanos, Fr. Guadalupe Lo.
melí. Por desgracia su archivo ha desaparecido. En uno de sus poquísi•
mos libros, hemos visto el A.uto de Visita del Ilmo. Martínez de Tejada
( 17 53) . Entre otras cosas dispone que si el misionero sale a los pueblos en
cuaresma o a celebrar, "se le ha de dar 4 reales para comida y 4 para cenar,
si fuere hora11 ; y si a confesar, se le de, del común del pueblo, "una gallina
asada o cocida y tortillas, y lo mismo para cenar. Y si fuese a hacienda
o rancho, el dueño está obligado a darle chocolate, o de comer o de cenar", 18

op. cit., p. 355.

11

LEÓN,

11

/bid.
MS. Libro d, Bulas, 1753; fols. 119 a 125. Archivo Parroquial de Aramberri,.N. L.

u

442

Cerralvo y Cadereyta
Don Mart'm de Zavala entra a Monterrey el 8 de agosto de 1626. En su

Capitulacióri con Felipe IV y que presenta al Ayuntamiento de Monterrey,
aparece la cláusula primera, en que se compromete a fundar dos villas. Y
en la cláusula segunda se lee: "ltem. Os obligáis a que proveeréis las dichas
poblaciones de religiosos de la Orden de San Francisco y otros sacerdotes
que pareciere a dicho mi virrey y sean necesarios para la doctrina, conserva•
ción y enseñanza de los indios y administración de los Santos Sacramentos;
porque esto ha de ser a vuestro cargo y por vuestra cuenta" .19
El 4 de septiembre de ese mismo año funda la villa del Sr. San Gregario
de Cerralvo. El convento, sin embargo, es establecido años después. Arlegui
da como fundación: 1630. Añade que tiene dos religiosos, uno con colación
para administrar españoles. Es puesto bajo la advocación de Nuestra Señora
de la Concepción. La geografía es entonces alarmante. El mismo Arlegui
asienta que "por parte de esta villa o presidio es el término del Nuevo
Mundo, porque solamente dista del Golfo Mexicano 20 leguas". En 1632,
Fr. Francisco de Ribera escribe allí su erudito "parecer' sobre la guerra
justa contra los indios, y se lamenta de que en dicha villa no haya libros.io
La otra villa fundada por Zavala es la de San Juan Bautista de Cadereyta.
(22 de febrero de 1638). El P. Provincial de Zacatecas nombra, con fecha
lo. de junio de 1640 como primer presidente del convento a Fr. Francisco
Lavado; "religioso de prendas, virtud y lelras,,. El 12 de agosto del mismo
año toma posesión y elige para iglesia y convento la cuadra norte de la plaza.
Ya Fr. Diego de Arag6n, guardián del convento de Monterrey, había tomado
posesi6n de este predio. Había levantado una cruz y puesto el convento bajo
la advocación de San Lorenzo Mártir.
Diez años despu6, 28 de febrero de 1650, es nombrado cura doctrinero
Fr. José Cortinas, previo examen de sinodales en el idioma mexicano. En el
acto de posesión, efectuado el 21 de marzo, Fr. Agustín Ponce "le tomó de
la mano, le entró por las puertas de la iglesia, las cuales abrió y cerró; y tocó
una campanilla e hizo oración, con otras señales de posesión.
Cuando, en 1654, el Lic. Bemabé Isassi,
terrey, pretende tomar posesión como cura
bildo protesta; alega los dieciocho años de
despoblar la villa, si los retiran. Interviene

cura y juez eclesiástico de Mon•
beneficiado de Cadereyta, el ca•
labor franciscana y amenaza con
Zavala y ordena que "no se per•

" MS. Del Cabildo de Cader,')lta Vs. el Lic. Bernabé de Jsassi. AMM. Ramo Civil,
1654, vol. 7, Exp. 16.
ª LEÓN, op. cit., p. 273.

443

�turbe el derecho de los religiosos ... mientras se define por letrado".21 Los
franciscanos se quedan. En 1719 se les da la propiedad, con colación canónica, y en 1737 administran todavía a las naciones de rayados, dispersas en
labores, haciendas y rancherías.
Conviene referimos al primer presidente de Cadereyta, Fr. Francisco Lavado. Alonso de Le6n dice que "mision6 en la Florida, Vizcaya y N. México (y que) en la sierra de Huazamota destruyó ídolos". Estando en la
misión de San Francisco de Jos Conchos, hacia 1645, los indios se rebelan.
Fr. Tomás Zigarrán y el P. Lavado quedan sitiados. AIU les encuentran al
día siguiente; al primero con cinco flechas en el coraz.ón y a Fr. Lavado con
catorce, desde los pechos hasta las rodillas. Ambos tienen la cabeza machacada con piedras. El convento y celd;u han sido quemados, "sin quedar un
pedazo de lienzo con que cubrir el rostro difunto". 11

Otras misiones
Vaga por el sur de Nuevo León una tribu inquieta. Ha dado muerte a
Nicolás de Vázquez y capturado a Agustina de Escobedo, su mujer, y a sus
hijos. Salen fuer7.a5 de Monterrey a su castigo ( 1655) y logran someterla. u
El gobernador apadrina e] bautizo de su capitán y le llama Martín Hualahuís.
Por esos años, 1664 probablemente, establece con ellos una nueva misión:
la de San Cristóbal de los Hualahuises. Al ,isitarla el gobernador, marqués
de San Miguel de Aguayo, en 1685, encuentra en ella !'iglesia pequeña techada de jacal",2' atendida por Fr. Juan de Menchaca. Repoblada con
tJaxcaltecas en 1715, tiene el carácter de pueblo y misi6n.
En 1662, los franciscanos fundan la misión de Santa Teresa del AlamiJlo
próxima a Cerralvo. El gobernador Zavala, la impulsa más que todas. Hay'
en ella "iglesia comenzada, de tres varas de alto y celdas bastantes, y todo
está en fonna de convento". Cuenta, además, con troje, jacal, dos galeras
y 49 ranchos de indios. En el año 65 la habitan sólo 80 indios, pero, en
tiempo de cosechas, pasan de 200. Fr. Nicolás Gago, su doctrinero y el protector José Barbosa son activos, y la misión produce mucho. En 1664 se
levantan 300 fanegas de maíz y 240 de trigo. Tiene la misión, como todas
las demás, sus implementos agrícolas: 71 bueyes, 12 rejas, aperos y acequia
caudato a.
11

MS. Not.1 19, ibid,

n SARA11A, ATANASIO.

Los Muion,roJ MuertoJ ,n el Nort, d, la Nu,ua España. Ed.

Botaa, MExico, 1943, p. 97.

ª

CAvAzos GAuA, lsRAJtL.

" GONZÁLBZ,

op. cit., p. 45.

Mariano Escobedo. lmp, Ríos, Monterrey, 1949, p. 5.

Diariamente, al ponerse el sol, manda el religioso tocar la campana, "a
cuyo tañido acuden todos los indios, indias, muchachos y muchachas ... Y se
hincan de rodillas delante de la iglesia ..• y les enseña a rei.ar las cuatro
oraciones, que rezan con mucha devoción; y, acabado, le besan la mano
con muy gran reverencia".15
A la muerte de Zavala, Santa Teresa del Alamillo tiende a despoblarse.
Los indios se han disgregado. Otros, más dóciles, están en poder de los
encomenderos. Fr. José de Arcocha, comisario visitador, denuncia, entre
éstos, a Antonio de Palacios. Los tiene "a título de compra", y por más de nueve
años "los ha tenido a su servicio valiéndose de su sudor y trabajo, sin vestirlos ni darles estipendio alguno ... " Clama el fraile con energía porque los
restituya al pueblo, y que de aquí salgan a servir s61o mediante pago. 28
Esta despoblación da origen a otra misión: la de San Nicolás de Guale~s. Se encuentra de visita el Ilmo. don Juan de Santiago de León y Garav1to y dispone su fundación en 1675. Fr. Diego de Vázquez la mantiene
con celo admirable por más de medio siglo. El culto a Nuestra Señora de
Agualeguas (la Purísima Concepción), le da gran fama. Despoblada por
largos años es convertida en pueblo de españoles, en 1772; pero sigue administrada por franciscanos.U
La obra de la Provincia de Zacatecas ensancha sus limites. Al norte de
la misión de Río Blanco, es fundada, en 1678, la conversión del señor don
Pablo de los Labradores (Galeana) , con indios cuachichiles. Esta prevalece
hasta 1714. Se ha transformado también en pueblo de españoles, y le ha
sido asignado un cura secular en propiedad.
La Provincia de Querétaro

Al emprenderse nuevos avances de la conquista civil hacia el norte, el
fervor evangelizador cobra el vigor de los primeros tiempos.
El norte de Coahuila es impulsado por un neolegionense insigne: el general Alonso de León. La orden franciscana tiene allí campo propicio para
sus tareas apostólicas. Del convento de la Santa Cruz de Querétaro parte
la nueva cruzada hacia estos rumbos. Fr. Juan de Larios es el alma de esta
u MS. Visita a la Misi6n d, Sta. Tema, por el Cap. Nicolás L6pu. Pritlo, comisionado por ,z gobernador Le6n d, Alza: 23 dt mayo dt 1664. AMM, Civil, 1665; Leg.
5, Exp. 38.
" MS. Causa Civil Vs. Antonio d, Palacios. AMM, Civil, 1676, vol. 13, Exp. 13.
tT CAl&gt;ENA, PaOTASIO, Reuña Hi.Jl6rica, Social, Eeon6mica )' Gtogrdfica dtl Munieipio d, Agual~guaJ. Monlerrt)', 1942.

444
445

�empreaa, y pronto esta región se ve poblada de misionee. Todas son paupérrimas. Viven de la herencia que les dejó el 18Jlto de .Asia. Alguna wz, para
recibir a un prelado, saJe el má.c anciano de b frailes, ''sin más ornamento
que una estola al cuello y una auz de can'ÍIO en sus manos".11
El Nuevo Reino de León~ también el fruto de los padres de Querétaro. Los tlaxcaltecas han fundado en 1686 el puebJo de San Miguel de
Aguayo (Bustamante). A elloa se debe la colonizaci6n del norte de Nuevo
León, antes impene~le. El lugar está al cuidado de un religioso franciscano.
En 1698 viene Fr. Francisco Hidalgo, acompañado de otro fraile muy
activo: Fr. Diego de Salazar. Salen al norte y se detienen en el ojo de
agua de San Diego. El 12 de noviembre funda Fr. Salar.ar la misión de
Nuestra Señora de los Dolora de la Punta de los Lampazos, con indios tlajahuichcs y tlaxcaltecas. Fr. Salazar "es el puesto avamado de la civilización en estos lugares, y el primer llelDbrador y cultivador de la fecunda
lelDilla .. ·"
Es la de Lampazos una de las misiones más importantes. Su iglesia y
convento, actualmente en ruinas y en el abandono más lamentable, debiera
conservarse como monumento a la evangelización. Ya existe para 1727. El
visitador Fr. Miguel Sevillano de Paredes informa: "se ha hecho una iglesia
muy linda, una saaistía muy clara y decente, un bautisterio muy bueno. Hase
hecho el convento, con un claustro, tres celdas, una oficina, portería ... " etc.80
Usan los frailes, al principio, el catecismo del Padre Castaño. Luego lo
sustituyen por el de Ripalda. Lo enseñan mañana y tlrde, "con la claridad posible y t&amp;minos a la suma rustiquez de estos indios, que son los más
bozales de esta presidencia". T1ene el mismo sistema de comunidad que las
demás misiones. Matan dos reses cada quince días. El misionero reparte
de acuerdo con las familias. Lo mismo se hace con las semillas. Siembran
también sandias, calabazas y melones, pero éstos no se dan más que a los
asiduos a la doctrina. El rey asigna al misionero cierta cantidad anual. Es,
de hecho, un bur6crata; el más digno de todos. Si toma algo del común,
tiene que pagarlo. El síndico vende a los indios sayal, palmilla, paño, bayeta,
rejas, tabaco, pita, rosarios, avalorios, etc. Al religioso le trae también, cuando lo pide, chocolate, jabón, piloncillo y sal Todo se adquiere con el valor
• AJ.a■sro Roaus, op. eil., p. 267.
DilCUnO pronunciado en Lamparoa, el 12 de noviembre
de 1945 (in&amp;lito).
• Visiia d, Fr. Mi¡u,l S,rnllano d, Par,d,s, Comisario Visitador d, las Mision,s
lid Rlo Grand, tl,l Nort,. LaoPOLDO NAaANJO, LA11P.uo1. Sm hombres. Su tiempo.
Su obru. Pr61o¡o de E. ZuTVCB&amp;. Tallem J. Cant6 Leal, Monterrey, 19,., pp.
S9 a 42.
• ZuTVCHB, EaNBSTO.

446

del mm aembrado. A veces se levantan huta 600 fanepa. Si aobra, se
les vmde a los aoldadoa presidiala; no por dinero, sino por telaa, para vestir
a b indios. El establrr:imieato de praidioa o destacamentos militares, auD.
lia mucho al misionero. Está en la obligac:i6n de los soldados protegerlo, e
imtruir a loa indios en lo temporal.11
Dura la misión de Lampuoa casi medio aiglo. La colonización de Tamaulipaa, trae como consecuencia la desbandada de los bárbaros hacia el norte.
Estos asuelan la misión, y el virrey acuerda la f undac:i6n de una villa de
españoles. El 2 de diciembre de 1746, .Fr. Juan Salvador de Amaya, último
misionero de Lampazos, hace entrega del templo y del archivo al Br. Rodrigo
Flores de Valdés, cura de Boca de Leones.11 En 1752 Bernardo de Posada
ha concluido las tareas preliminam de fundaci6n de la villa de San Juan
Bautista de la Punta de los Lampams.

Diez años antes de la fundaci6n de la misión de Lampazos, o sea a fines
de 1687, habla entrado por primera vez Fr. Francisco Hidalgo, en compafifa
de Fr. Francisco Esteves. Con 40 indiof alazapas fundan, a inmediaciones
del pueblo de San Miguel de Aguayo, la misión de Boca de Leones. Permanecen en ella hasta 1691. El descubrimiento de los minerales da origen
a la fundación del Real y Minas de San Pedro de Boca de los Leones, y la
misi6n desaparece.
Esta fundación coincide con Ju expediciones de colonimci6n de Texas. A
la acción militar se une la tarea evangelizadora de aquella provincia. Fr.
Damián Mazanet, primero y Fr. Antonio Margil de Jesús, después, son 101
religioeos más destacados en esta obra. El nombre del padre Margil está
estrechamente vinculado al de Boca de Leones. Su vida es muy conocida.
Nace en Valencia en 1657. Sigue los pasos del "poverello" de Asís, y viste
su hábito a los 16 años. El Nuevo Mundo es el campo propicio para sus
propósitos. Las playas veracruzanas sienten su planta el 6 de junio de 1683,
al desembarcar con el grupo que preside el V. padre Fr. Antonio Linaz.
Hacen a pie el trayecto a Querétaro, asiento del Colegio de Propaganda
Fide. Su huella ha de quedar marcada a todo lo largo de nuestro territorio.
Heraldo de la fe, anuncia su entrada a cada pueblo con el cántico del
Alabado. Yucatán, Belice y Tabasco escuchan su palabra. Tres años es
guardián de Guatemala, donde funda el Colegio de su Orden. Andariego
eterno, se interna en Honduras, Nicaragua y Costa Rica. Vuelve a la Nueva
España. Funda en Zacatecas el Colegio de Guadalupe, en 1706. Hace una
entrada a Nayarit. Atraído por el Norte encamina hacia acá sus pasos.
• [l,itl.

• Lihro d, Baatinnos, No. 2; fol. 56. Archiw Parroquia] de LamJ&gt;Ui01, N. L

447

�Ejemplo vivo de humildad, irradia siempre santa alegría. Se vuelve niño
para aprender de éstos los difíciles dialectos de innumerables tribus indígenas. A su paso por San Juan del Río, clava su báculo en el huerto. La piedad
popular afirma que de él han brotado suaves renuevos de oloroso limonero.
Como el Santo de Asís, reprende a las aves que causan daños a los campesinos, y éstas le obedecen. A los beneficios de su palabra, une los de su
mano taumaturga. Flagela su cuerpo con duros cilicios. Ayuda a los indios
a labrar Ja tierra. Emprende largas jornadas. Las selvas y el desierto le
ven pasar con su hábito deshecho, zurcido con espinas.
Es preciso llevar al norte las verdades eternas. Viene a Coahuila en 1713.
La vieja calle Real de Monterrey, siente su planta bendita. Va hasta el
valle del Pilón y a la recién fundada villa de Linares. Predica en Hualahuises, y una cueva del Valle de Huajuco le sirve de templo improvisado
para celebrar el santo sacrificio. Lleva siempre consigo un crucifijo del padre
Linaz y toca con él la imagen del Cristo de la Expiración, del pueblo de
Guadalupe. Va a Cadereyta. Pasa a Santiago de las Sabinas. Funda la misión de Nuestra Señora de Guadalupe, junto al río Salado; y se detiene algún
tiempo en Boca de Leones, en 1715, a remediar los males que ocasiona la
fiebre de riquezas.
Su meta es Texas. Muchos de sus compañeros han pasado ya, llevando
la luz del Evangelio. Los vecinos de Boca de Leones socorren con largueza
a estos peregrinos de la fe. A trueque de ello, fortalecen la suya. Prosigue
el padre Margil su marcha infatigable por los áridos desiertos texanos. Su
celo apostólico le lleva desde las misiones cercanas al río Grande, hasta las

más septentrionales, en los límites con la Louisiana. Vuelve a Zacatecas en
1721. Ocupa la guardianía del Colegio, y, en uno de sus viajes a México,
le sorprende la muerte el 6 de agosto de 1726; a los 69 años de su vida;
53 de religioso y 43 de constante labor evangelizadora. Ha muerto en olor
de santidad. El virrey asiste a sus funerales. Promuévese el proceso de canonización, y la Iglesia le ha declarado Venerable. En Boca de Leones, además
de fundar la primera escuela, ha erigido un Hospicio, albergue de los misioneros que pasan a Texas. 83

Tiempos tormentosos
La obra franciscana recibe un descalabro mortal, en la segunda mitad del
siglo xvm. El obispo Camacho y Avila, durante su visita pastoral de 1712,
dispone la secularización de las misiones y curatos.
Esta medida, que el doctor Gonzále.z califica de impolítica, tiene consecuencias funestas. Las misiones se despueblan; las odiosas congregas weJ.
ven a estar en su apogeo, y el Nuevo Reino de León se convierte en un
verdadero caos. 3'
Algunos ayuntamientos indígenas van a pie a México, a presentar al virrey
sus quejas. · Lo mismo hacen muchos franciscanos, y el problema cobra proporciones alarmantes. El gobierno del duque de Linares convoca a una junta
de guerra y hacienda, y resuelve enviar, con facultades omnímodas, a uno
de sus ministros más prudentes: el Lic. Francisco de Barbadillo Vitoria.
Llega, procede con energía implacable; decreta la abolici~n de las congregas, y emprende la pacificación de los indios, por los medios ~ás suaves.
Encuentra la oposición más abierta entre los encomenderos. Aqw se sustenta la tesis de que "los indios sólo por miedo se sujetarán al rey, al trabajo,
a la cristiandad y la religión, y no de otra suerte". 85 "Me dan más guerra
los españoles que los indios, afirma Barbadillo en carta al virrey. Los reli•
giosos han dejado sus templos, pero no su actividad. Remontados en las serranías conviven con los indios. "Muchos días pasaron entre los bárbaros -dice
Arlegui- sin más abrigo a la inclemencia del tiempo que el descubierto
cielo; si tal cual vez se acogían a las aberturas de algún peñasco o tronco".
Fr. Juan de Loza.da y Fr. Tomás del Páramo están entre éstos. 36
Auxiliado por el capitán Juan Guerra Cañamar, cuyas hazañas "no tienen
más desgracia que no haber sucedido en Flandes", sube Barbadillo a la sierra
con los misioneros y logran bajar a los indiós. Se afirma que éstos pasan de
5,000. Repuebla las misiones y establece dos nuevas: las de Purificación y
Concepción, en la ribera del Pilón; y funda la de Guadalupe, al oriente .de
Monterrey, el 4 de enero de 1715, poniéndola al cuidado de Fr. Sebasttán
de Torres.
Durante su estancia en Nuevo León, interviene en la fundación de San Felipe de Linares. En esta villa es establecido también un convento del que es
primer presidente Fr. Juan de Lozada.
Purificación y Concepción, desaparecen hacia la consumación de la Inde-

op. cit., p. 65.
MS. Represenlaci&amp;n que hac,n loJ vecinos de esta ciudad ( dt Monterrey) contra
el Alcalde de Corte. AMM, Protocolos, 1715, Exp. s/n.
• ARLEGUl, op. cit., p. 110.
" GoNzÁLEZ,

Fr. Margil de Jesús, Apóstol de América. Ed. Ant. Lib.
Robredo de Porrúa e hijos, México, 1941.
• Ríos, EouARDO ENRIQUE,

11

448
449

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�guardián de Querétaro, Oaxaca y Guanajuato, y el mismo que libra a esta
ciudad de la orden de degüello dada por Calleja.
El tema sobre la obra franciscana en Nuevo León, da material para un
libro precioso, que espera desde hace mucho una pluma capaz e inteligente. Con excepción de Santa Teresa del Alamillo, existen, transformados
en villas o ciudades, todas las misiones y conversiones fundadas por ellos
en Nuevo León.
Ningún elogio nuestro sería adecuado a exaltar su obra. Recurro, por lo
mismo, al que les tributa el maestro Jiménez Moreno:
"Asombran, sin duda, los éxitos de este puñado de héroes que, impelidos
por "la fe que mueve montañas••, a través del calor y la sequía, y en medio
de la soledad y la zozobra, allí donde los nómadas extintos por su inadaptación a la vida urbana no hay otra imagen que la que hoy sugieren los palmitos
de enhiesto penacho -que semejan bandadas de cuachichiles apostados en
los páramos- hicieron surgir algunas de las más opulentas ciudades en el
Norte Incógnit-o" ..»

DON MARTlN DE ZAVALA
Jos:É P. SALOAÑA
Monterrey, N. L.

MERECE DON MARTÍN DE ZAvALA muchos calificativos laudatorios. Con parquedad en las alabanzas puede decirse de él, que fue valiente, desintere!ado,
enérgico y al mismo tiempo, prudente. Cualidades que ya quisieran para s.í muchos gobernantes destacados.
.
Correspondió a don Martín gobernar al Nuevo Reyno de León, en circunstancias por demás difíciles. Apenas habían transcurrido treinta años de la fundación de Monterrey, y bien poco, o nada, se había organizado.
Muerto don Diego de Montemayor, el poder quedó en manos de Tenientes
de Gobernador que, aunque de méritos propios, ni tenían los elementos necesarios para organizar el gobierno, ni las condiciones e intranquilidad constante permitían desarrollar trabajos constructivos.
Vino don Martín a sentar las primeras bases de lo que fuera, andando el
tiempo, el Poder Público de Nuevo Le6n .

•
Quién era don Martín

Para cuando llegó a Monterrey tenía ya su historia.
Hijo de don Agustín de Zavala, rico minero de Zacatecas, tuvo oportunidad de significarse en puestos de importancia al servicio del Virreynato.

• ]IMÉNEZ MORENO,

452

op, cit., p. l 50.

Pero antes, digamos algo de don Agustín. El Virrey, don Diego Femández
de Córdoba, Marqués de Guadalcazar, en 1613 design6 Gobernador del Nuevo Reyno de Le6n a don Agustín, tomando en cuenta sus grandes recursos
económicos y su bien ganada fama de hombre prudente y emprendedor; pero demasiado ocupado en sus negocios mineros, en las sierras de Zacatecas, no

453

�tuvo oportunidad jamás de venir a encauzar los trabajos del gobierno en esta
Provincia, ejerciendo el poder por medio de personas de su confianza, con el
carácter de Tenientes de Gobernador, como don Diego Rodríguez, don Cristóbal de Irrureta, y don Alonso Lucas, el bueno. Aun cuando don Agustín se
esforzaba por dar impulso a los asuntos del Nuevo Reyno de León, no pudo
realizar obra alguna perdurable, a pesar de haber empleado en ello buena
parte de sus caudales.

•
La Capitulaci6n
Volviendo a don Martín, lo encontramos en el otoño de 1625 como estudiante
en la Universidad de Salamanca, España; en donde hizo formal solicitud al

Rey Felipe IV para explorar, pacificar y colonizar el territorio del Nuevo Reyno de León, casi abandonado en virtud de que el Gobernador, don Agustín
de Zavala, no podía atender, en debida forma su ministerio, por radicar en
Zacatecas y dificultarse mucho los medios de comunicación.
Obedecía esta determinación, particularmente, a las instancias que don
Agustín había hecho cerca de su hijo, don Martín, para que asumiera la responsabilidad de tan delicada encomienda.
La empresa era ardua y grande la responsabilidad; pero don Martín era
hombre de acción y resuelto a afrontar todas las dificultades que se presentaran, sabía que haría honor a su nombre.
En extenso documento se hizo constar la capitulación, con la misma extensión de terreno, que comprendía la otorgada a don Luis de Carvajal y de la
Cueva: 200 leguas de longitud por 200 de latitud.
Como base de la gubernatura se hacen constar los siguientes requisitos:
"1.- Primeramente vos el dicho D. Martín de Zavala os obligáis a que dentro de cuatro años, que han de contarse desde el día en que os hiciereis a la
Vela en uno de los Puertos de San Lucas de Barrameda o Cádiz para ir a la
Nueva España, poblaréis en el Nuevo Reyno de León dos Villas, en la parte y
lugar que os señalare mi Virrey de la Nueva España, que la una tenga cuarenta vecinos y la otra veinte, todos casados.
··2.-Item os obligáis a que proveeréis las dichas poblazones de religiosos
de la orden de San Francisco y de otros sacerdotes, los que parecieren al dicho
mi Virrey ser necesarios para la doctrina, conservación y enseñanza de los in-

454

dios, y administración de los Santos Sacramentos, porque esto ha de ser a
vuestro cargo y por vuestra cuenta.

"3.-0s obligáis que meteréis todo el ganado mayor y menor que al dicho

mi Virrey pareciere ser necesario y para el sustento de la gente

y cultivar

la

tierra y doscientas cincuenta rejas de arar.

"4.-Y así mismo os obligáis que meteréis cien arcabuces de rastrillo con
sus municiones y las demás armas para defensa y seguridad de aquella frontera.

"5.-Y porque cumpliréis lo susodicho os ofrecéis que luego que llegaredeis
a la Nueva España daréis fianzas legas, llanas y abonadas a contento de mi
Virrey y Audiencia que reside en la ciudad de Mé.xico hasta en cantidad de
ocho mil ducados, lo que guardaréis y cumpliréis lo que por este asiento sois
obligado, so pena de pagar con los ocho mil ducados dichos para nuestra cámara y fisco.

"6.-Y porque el dicho asiento y capitulación, he mandado tomar con vos
con presupuesto que de ejecutarse, ha de resultar el ser Nuestro Señor servido y mi renta y l?atrimonio real acrecentado para que de ello no se siga inconveniente alguno, luego que lleguéis a Nueva España y antes de comenzar la
dicha poblazón y pacificación, habéis de ser obligado a representar ante el dicho mi Virrey, al cual mando que en lo que no tuviere inconveniente considerable ordene que se ejecute y en lo que le tuviere le suspenda hasta darme
aviso de ello con su parecer, para que visto se provea lo que convenga.

"7.-Y para que con más comodidad, voluntad y ánimo vuestro y de la
gen te que con vos fuere se pueda hacer y haga la dicha poblazón y pacifica~
ción, y que os podáis sustentar en aquella tierra os hago y ofrezco hacer merced de las cosas siguientes.
"8.- Primeramente os mando dar título de Gobernador y capitán General
del Nuevo Reyno de León incluyéndose en él todo lo que hoy tiene el dicho
vuestro padre y lo demás que le tocare, poblaréis y pacificaréis en lo que no
estuviere incorporado y adjudicado por mis Virreyes o Audiencias a otros gobiernos, con que no pasen vuestros límites y jurisdicción de doscientas leguas
de latitud y otras tantas de longitud, por todos los días de vuestra vida y después por la de vuestro hijo o heredero vuestro, el que vos nombraredeis, con
dos mil pesos de minas de a cuatrocientos y cincuenta maravedís de salario en
cada año, los cuales habréis de cobrar en los frutos de la misma tierra, y no
los habiendo, no he de ser obligado a mandaros pagar cosa alguna del dicho
salario"
455

�•
Por este orden se puntualizaban todos Jos derechos y obligaciones del señor
Gobernador y Capitán General, siendo más éstas que aquéllos; pues el Rey se
reservaba cuanto significaba hegemonía sobre los terrenos, gentes y cosas que
le pertenecían a la Corona.
Se habla en la capitulación del reparto de indios, guardándose las ordenanzas que a ellos se refieren ¡ de las concesiones de tierras para la agricultura; del
trabajo de las minas; de la ministración de la justicia; y una vez cumplidos los
compromisos por don Martín, con testimonio del Virrey y de la Audiencia de
Guadalajara, dice el Rey, "os haré merced de un hábito de Santiago", dignidad de un alto aprecio en aquellos tiempos,

•
La capitulación quedó firmada el día 3 de abril de 1625.
Se detuvo don Martín en México el tiempo indispensable pa¡a acreditar su
nombramiento, recibir las instrucciones del Virrey, Marqués de Cerralvo, y
alistar a algunos hombres de experiencia en la conquista de nuevas tierras, así
como proveerse de elementos de labran7..a, animales, vestuario y comestibles.
Entre tanto, en la ciudad de Nuestra Señora de Monterrey, con la noticia
de que se aproximaba el nuevo Gobernador, se había cobrado confianza. Los
espíritus, agobiados por tantas calamidades, reaccionaron y todos los habitantes, bien pocos por cierto, se dispusieron a recibir dignamente a don Martín.

El día 2 de agosto de 1626 celebró sesión solemne el Ayuntamiento, con la
asistencia de Fr. Lorenzo González, guardián del Convento de San Francisco,
capitán Alonso Lucas, el Bueno, Justicia Mayor, capitanes Bernabé de las Casas y Gonzalo Fernández de Castro, Alcaldes Ordinarios, capitán Josef de Treviño, Alcalde de la Santa Hermandad, y los Regidores; Fernán Blas Pérez,
Juan Buentello, Francisco Martínez Guajardo y Pedro Romero, con asistencia
del Secretario del Cabildo, Pedro Monsón.
Levantada el acta de rigor se hizo constar que durante más de cuarenta
años se han proveído ayuntamientos para el gobierno de la ciudad con dificultades inmensas aJ grado de que "ha ya tres años que se ha continuado, 1a dicha guerra sin cesar un punto, haciéndose tan notables daños, robos, e incendios que nos han puesto en el extremo de haber de comer de limosna" ...
Se hace constar que no obstante tan crítica situación se ha mantenido la
obediencia al Rey, se ha procurado no abandonar los campos, y cuidar de más

de doce mil cabezas de ganado mayor y menor, después de pei:derse cantidad
semejante por la rapiña de los indios.
. . .
.
Por último se toman los acuerdos necesarios para recib1r dignamente a qwen
se considera salvador de la provincia.

•
Llegada de Zavala

En la alborada del 24 de agosto de 1626 se hicieron los aprestos para el recibimiento. La calle Real, hoy de Hidalgo, fue adornada con banderolas, flores y ramas verdes. Las autoridades civiles y eclesiásticas, encabezaron la manifestación formada por todos los españoles residentes aquí, así como por
centenares de indios amigos.
A la altura de San Jerónimo fue encontrado don Martín de Zavala, prorrumpiendo todos en vivas al Rey de España, al Virrey y a1 festejado don Martín· hechas las presentaciones de rigor se emprendió la marcha al centro de
la ;,oblación, en donde se habían arreglado algunos estrados para el esparcimiento del pueblo.
.
Ese mismo día don Martín dio a conocer al Ayuntamiento y clero los documentos que lo acreditaban como Gobernador y Capitán General de la Provincia, disponiendo que se les diera lectura públicamente para que se le tuviese con la autoridad de que venía investido.
Se levantó un acta de todo ello para enviarla al Virrey, como comprobante de que la Autoridad se había restablecido en el Nuevo Reyno de León.
Principiaba una nueva etapa, que habría de prolongarse ~r _largo tiempo,
y que serviría para asentar con mayor firmeza las bases consbtuhvas de Nuevo
León.

•
Primeras disposiciones
Sin pérdida de tiempo Zavala procedió a poner en práctica sus planes de
gobierno.
.
R ·6 los indios predicándoles, como le fue posible, sus deseos de buen
euru a
• b di
·
entendimiento, de respeto a sus derechos y pidiéndoles en cambio o e enc1a
a sus mandatos y disposición para las prácticas religiosas.
A los españoles les hizo entrega de útiles de labranza y semillas para la

456

457

�•

siembra, así como de ganado, proveyéndolos también de ropa y de objetos necesarios para el bogar.
Tuvo especial cuidado de estimular los trabajos de las minas, distribuyendo
barras, fuelles y otras herramientas. Exploró el cerro de las Mitras y visitó toA
dos aquellos lugares en donde se trabajaban minas.

•
Fundación de Cerraluo
Despachados los asuntos de mayor urgencia sali6 rumbo a la ciudad de
León, fundada por don Luis de Carvajal, con el propósito de dar cumplimiento a su compromiso de constituir una de las dos poblaciones a que se había
obligado.
Por varios años León había estado abandonada debido a los constantes ataques de los indios. Un año ante., del arribo de Zavala, don Gregario Salduendo y Evia, con varias familias de españoles, se había radicado en aquel lugar,
con el fin de trabajar las minas de San Gregario.
Reconocida la autoridad de Zavala por los vecinos de León, ordenó éste se
hiciese un censo de habitantes, levantándose un acta, con fecha 4 de septiembre de 1626, en la que se estipula la fundación de la Villa de San Gregario de
Cerralvo, nombre adoptado en honor del Virrey, don-Rodrigo Pacheco y Osario, Marqués de Cerralvo.
Con fecha lo. de noviembre del mismo año, compareció ante el Virrey, el
Lle. Fortino del Portillo, presentando el acta mencionada~ la que fue confirmada en todas sus partes, autorizándose, a nombre del Rey, el uso de tierras
y aguas en la forma y cantidad señaladas por Zavala.
A pesar de los esfuerzos de Zavala, la Villa repoblada no adquirió auge
digno de tomarse en cuenta. Pocos eran los vecinos, pobres las minas y escasas las siembras. Ni siquiera logró formar el Ayuntamiento; pues se carecía
de los suficientes individuos capacitados para tales dignidades.
Sin embargo Zavala le tenía cariño al lugar y Je dedicaba tanta atención
como a Monterrey.

•

458

Alzamiento de los indios
No había logrado el Gobernador Zavala afianzar los trabajos de las minas
en León, cuando la guerra de los indios puso a todos sobre las armas.
Hacía tiempo que el descontento era incontenible. Subía a medida que los
encomenderos aumentaban su mal trato y ambici6n. Las llamadas congregas,
que no eran sino crueles redadas esclavizantes, adquirían cada vez mayor fuerza y en la misma proporción aumentaba el odio de los indios hacia los españoles.
Los trabajos en la mina se interrumpieron para atender las necesidades de
la guerra. A don Martín le ayudaban eficazmente el capitán Alonso de Treviño y el sargento mayor Jacinto García de Sepúlveda, quienes a su conocimiento del terreno, unían su pericia militar y su valor a toda prueba.
Pero no era cosa sencilla. Apenas se derrotaba a una partida de nativos
cuando ya estaba en acción otra y otra. Así transcurrieron cerca de diez años,
sin que cosa de mérito alguno pudiera hacerse en el devastado y dolorido
territorio del Nuevo Reyno de León.
Sólo la paciencia, el celo y la abnegaci6n sin línútes de los sacerdotes Franciscanos, ponía en aquellos tiempos de odios la luz de la piedad y del amor.
A pesar de la guerra sin cuartel entre indios y españoles, a pesar de los peligros que significaba predicar a los salvajes, los frailes se aventuraban en largas expediciones sin más armas que la cruz y el catecismo.
Y en esa cruzada algunos perdieron la vida como Fray Martín de Altamira,
muerto a flechazos por los mismos indios a quienes pretendía llevar la luz del
entendimiento.

Guerra y trabajo
Sin desmayar en su labor don Martín seguía trabajando para poblar el territorio a su cuidado. Dio en merced grandes extensiones de terreno, con la
obligación de que fueran cultivados, Jo mismo en Santa Catarina, que en Pesquería Chica, Salinas y Cerral\1-o .
A don Antonio Leal y a dos hermanos de él, ganaderos de empuje, les dio
en propiedad amplísimos terrenos para sembrar y apacentar a miles de ovejas que trajeron a estas regiones, animados por los magníficos pastos salitrosos
que aquí encontraron.
459

�Los empeños de Zavala por lograr la paz: en el territorio a su cuidado no
daban resultado alguno. La guerra continuaba sin cesar.
En tan desesperada situación el Ayuntamiento de Nuestra Señora de Monterrey, el Justicia Mayor y el Regimiento de la ciudad, enviaron a Zavala, con

~~ha 2~ ~e ~yo de 1632, un ofi~io conteniendo ~spetuoso, pero enérgico
requenrruento , para que emprendiera general batida contra los indios por
los "notables y crecidos daños" que venían haciendo.
Recibió el comunicado_Zavala encontrándose en Cerralvo y considerando
que el "requerimiento" implicaba una gran responsabilidad, por más que es.
taba convencido de la irreductibilidad de los indios, resolvió consultar el caso con el gobierno religioso de la provincia, así como con varios teólogos residentes en San Luis Potosí, enviándoles al efecto copias del "requerimiento".
Las contestaciones coincidían en que, no pennitiendo los indios con su actitud combativa el "servicio de Dios" y en cambio "menospreciaban la santa
fe recibida Y arrancaban las cruces puestas por los españoles" debía comba~eles con energía, cuidando de que las mujeres y los niños no recibieran perjui-

cios.

Para fundar es~ conclusiones los frailes citaban la autoridad de Teólogos,
Reyes y Papas, haciendo largas disertaciones.
En poder de Zavala las autorizadas y eruditas opiniones, emprendió fonnal
campañ~ :ontra los indios, sin perder por ello las cualidades de prudencia y
magnanumdad que Je eran propias.

•

don Alonso de León, uno de los hombres mejor preparados, militar e intelectualmente, que por aquella época se avecindó en Monterrey.
Don Alonso de León sitv:iendo al Gobernador Zavala, puso su espada a su
servicio, sin restricciones, y su pluma, ágil y verídica, y gracias a él contamos
con una crónica de los sucesos acaecidos en el Nuevo Reyno de Le6n, desde
la llegada de Carvajal y de la Cueva hasta el rulo de 1649. Crónica que sitve
de cimiento a nuestra historia.

Terribles inundaciones

A mediados del año de 1636, cuando se esperaba una era de trabajo por
haber terminado la guerra entre indios y españoles, cayeron prolongados aguaceros durante varios días, produciendo inundaciones terribles, tanto en Monterrey como en Cerralvo. En una y otra parte se derrumbaron todas las casas.
. .
Las pérdidas materiales fueron muy grandes, al grado de que en la JUnsdicción de Monterrey más de siete mil cabezas de ganado menor fueron arrastradas por las corrientes,
A pesar de los trastornos enormes que significaba la catástrofe, Zavala no
desmayó y sacando fuerzas de flaqueza animó a los desalentados y ayud6 a toda la población con cuantos elementos tenía a su disposición, procediendo desde luego a reconstruir las ciudades arruinadas.

Larga fue la contienda; pero al fin pudo establecer condiciones propicias
al desarrollo de la agricultura, la ganadería y la minería.

•
Obras de administraci6n
Empeñosamente Zavala procuraba que la paz se tradujera en bienes para
el país, preocupándose por que los españoles dieran trato humano a los indios
y pudieran éstos llevar una vida quieta y satisfactoria.
El tiempo que le de~aban sus atenciones directas con los colonos y los indios,
lo ~pleaba en orgaruzar la administración pública. Dispuso que se arreglara ~w~adosament.e el archivo, ya mermado por los incendios provocados por
los tndms, y gracias a tales preocupaciones se logró que muchos importantes
documentos existan todavía.
Para tal fin tuvo Zavala la suerte de contar con la cooperación del capitán

46()

•
Fundaci6n de Cadereyta
Un poco tarde se dispuso Zavala a cumplir con una de las cláusulas de su
capitulación, fundando la segunda Villa.
,
Encontrándose delicado de salud comisionó para el efecto a don LuJS de Zúñiga y Alrnaraz, y al Escribano de su Majestad, don Alonso Gutiérrez de Pimentel, para que demarcaran la extensión de la nueva Villa, los sola~es destinados a la plaza, iglesia y edificios municipales, así como las posesiones correspondientes a los primeros colonos.
Hechos todos los preparativos del caso, el día 12 de marzo del año de 1637,
se llevó a cabo la fundación legal de la Villa de San Juan Bautista de Cadereyta, en honor del entonces Virrey, don Lope Diez de Annendáris, Marqués
de Cadereyta, Para el caso Zavala rehusó que la dicha Villa llevase su nombre como reiteradamente lo propusieron sus capitanes.

'

461

�La ceremonia de fundación fue solemne. Reunidos los futuros colonos, representantes del Gober~or ZavaJa, y una compañía de soldados, fue paseado por e~ lugar e1 Pendon de España, se hicieron nutridas descargas de arcabuz, s~ d10 lectura al acta de fundación, y en medio de la alegría general, se
repartte~on los solares para iglesia, casas reales, plaza pública y después para
los particulares.

Al recibir Zavala el informe respectivo sintió gran alivio; pues en esta forma cumplía uno de sus más importantes compromisos.
DeJignación de Ayuntamiento en Cadereyta
Ap_e~as restableci_do Zavala de sus dolencias fue a la nueva Vill:ii con el
proposit? de examinar por propia vista cuanto se habfa hecho y disponer lo
que d~~la llevarse ~ cabo para el mejor logro de sus propósitos.
Ratificó las posesiones otorgadas a los vecinos; "demarcó el terreno para Ja

pl~, la iglesia Y_ las casas reales, ordenando que ha de quedar inclusa en el
t~rmmo d~ esta di.~ª ciud~d, viniéndose encaminado al rancho donde el capitan D. Lws d~ Zun~ga le bene, y de allí distando siempre jguaJmente tres leguas de esta rucha cmdad hasta las Aldas de la Silla, y por Ja .Boca del Portero grande que va hacia la Boca del Colmillo, todo lo que alcanza de distancia
de esta dicha ciudad hasta la boca que llaman de rucho Colmillo de suerte
que se ~ntienda que lo que de dicha boca hubiere hacia la Villa de 'cadereyta,
que está fundada en el Valle de San Juan, se entienda caer en su término y jurisilicción."
Para el fin de señalar limites precisos fue comisionado el Lic. Juan López
de Sigüenza, Teniente de Gobernador y abogado de la Real Audiencia de 1a
Ciudad de México, quien, acompañado de don Bartolomé García Regidor de
Mon~errey, y del capitán don Blas de la Garza, Procurador Gene:.u de la misma cmdad, se transladaron a los lugares citados por Zavala y construyeron las
mohoneras respectivas, haciendo constar todo ello en las actas de rigor.

•
Primer Ayuntamiento de Cerralvo
, Por este mismo ti~mpo se dio forma legal a la autoridad de Cerralvo, desig,
nandose el Ayuntam1ento, que se integró en la sigwente forma: Primer Alcald,e Ordinario, el sargento mayor Jacinto García Sepúlveda; Regidor, el capitan Pedro Buentello de Morales; Procurador General, don Francisco Pérez de

462

Escamilla; Alguacil, el alférez don Diego de Villarreal; Escribano de Cabildo,
don Diego Caro de Vivanco; y Secretario de Gobernaci6n, don Juan de AbregoDisfrutándose ya de una paz relativa, suficiente para intensificar el trabajo
en las minas y las cementeras, el Ayuntamiento pudo influir en el ánimo de los
pobladores para que sin descanso laboraran reporuendo e~ tiempo P:rdido durante el largo periodo de guerra, y así fue como en poco bempo volvió la prosperidad a este lejano Reyno.

TiempoJ de auge
Pronto cambió la faz de la situación. La ganadería se extendió, tanto en ganado menor, como n1ayor, incluso caballos y mulas. La agricultura tuvo éxitos
importantes; pues se satisficieron las necesidades locales y hasta pudo enviarse algo fuera. También la minería tuvo su auge,
Los comerciantes de otros lugares vinieron a operar vendiendo telas de Castilla y aún de China, vinos, perfumes y toda clase de baratijas, comprando en
cambio los productos de la región.
Ya los designios de Zavala se estaban cumpliendo. Mucho había sufrido;
pero el destino no quería dejarlo en paz, más y más dificultades habrían de
poner a prueba su indómito carácter, su capacidad de gobernante y su no
desmentida fe.

•
Versiones falsas que ocasionan trastornos
Por el año de 1643 dos individuos, acosados por la necesidad o por la ambición, y conocedores de las debilidades humana~i prop~Iar~n la intencionada
versión de que en la villa abandonada de Almadeo hab1a mmas de plata muy
neas.
Hasta el Gobernador de la Nueva Vizcaya, don Luis de Valdés, llegaron los
rumores, y sin pérdida de tiempo, considerando la región dentro d~ su territorio nombró al capitán Mateo de Arredondo, Alcalde Mayor y capitán a Guerra' de Almadén, con órdenes de repoblarla y trabajar las minas.
Noticias de todo ello llegaron a don Martín quien, ya por el celo de cuidar
lo que consideraba suyo, o porque le moviera el ánimo la versión de 1~ ~cas
minas, nombró al capitán Diego de Villarreal, Alcalde Mayor y capitán a
Guerra, también de Almadén.

463

�En cumplitniento de las órdenes recibidas el capitán Villarreal, con regular
fuerza, se presentó en Almadén aprehendiendo a Arredondo y dándose a conocer como legítima autoridad. Sabedor de que fuerzas del Gobernador de la
Nueva Vizcaya se acercaban, envió correo a Zavala pidiéndole refuerzos. fo.
mediatamente salió en auxilio de Villarreal el capitán Alonso de León comandando una compañía bien armada.
'

No habiendo resultado cierta la proximidad de fuerzas de la Nueva Vizcaya, el capitán _de León regresó a Monterrey, trayendo prisionero al capitán
Arredondo, qwen fue puesto en libertad por órdenes de Zavala.
A pesar de que la versión sobre las ricas minas de Almadén resultó falsa
se empeñó Zavala en su repuebla y partió para aquel lugar, levantando
acta con f~:ha 14 de_ abril de 1644, en la que se hace constar que en amparo
de l~ ~os~~on y pro~1edad que sus antecesor~ adquirieron de la villa, para su
reed1f1caoon ha designado persona que la administre, siendo ella el Lic. Mar-

ur:

tín Abad de Uría, clérigo presbítero, al Padre Fray Tomás de Contreras de la
Orden de San Francisco, para el gobierno espiritual, señalando los límites en
forma tal que colinden con el Saltillo, Monterrey, Patos y Mapimí y Boca de
Leones.

. A la actit~d de Zavala _contestó el Gobernador de la Nueva Vizcaya, que.
J~~~ose al Vtrre'.' y _éste dispuso que la provincia quedase en tercería a dispostc1on de la Audiencia de Guadalajara
Principió el papeleo; pero entre tanto Zavala continuó ejerciendo actos de
dominio sobre la villa en disputa
Prudentemente la Audiencia de Guadalajara alargó el procedimiento y las
cosas siguieron en la misma situación, sin que se tengan noticias de si alguna
vez emitió su fallo.
El cronista, capitán Alonso de León, protagonista en esta aventura, deja el
amargor del desencanto en los siguientes renglones de su crónica: "Y es cosa
d~ notar que dos hombres pobres tuviesen tanto ardid, que sustentasen casi
seis años un embuste que bastó a poner dos reinos en armas y otros dos en
consultas, para el remedio del daño que podía acaecer, en que se causaron de
daños más de veinte mil pesos, sin la pérdida del tiempo; y porque su gloriosa
memoria quede a los venideros, para escarmiento, pongo aquí sus nombres, que
son: Alonso Guerrero y Pedro López Zurita".

•
464

Nuevas inundaciones
Las dificultades de uno o de otro orden nunca faltaban a Zavala, _sin que
pudieran doblegar su entereza. En septiembre de 1644 nu:vamente ~ m~ndaron las poblaciones de Monterrey y de Cerralvo, derrumbandose vanas fmcas,
perdiéndose algunas cosechas y muchas cabezas de ganado menor.
En cambio la minería cobró auge, tanto en Salinas como en Cerralvo, así
que, con la ayuda personal de Zavala pudieron compensarse los perjuicios ocasionados por las inundaciones.
.
A Jo anterior había que agregar las enfermedades de Zavala que lo ~posibilitaban casi por completo para andar, haciendo muchas de sus exc~ones
en litera; pero su indomable carácter no le permitía estar en su casa mientras
urgencias del servicio requerían su presencia en algún lugar.

•
Expedición a T ampico

A principos de 1645 pensó Zavala en ponerse en_ comunicación co~ los colonos de Tampico, y para el efecto comisionó al capitán Al~nso de Leon. .
Se organizó la expedición con 25 soldados montados y. bien arm~dos; treinta mulas cargadas de harina; suficiente impedimenta; arneros expenmentados;
municiones pólvora y bastimento para largo tiempo.
Dieciséis'dias fueron suficientes para salvar la distancia de Cerralvo a Tampico. Se hizo a los expedicionarios magnífica recepción, encabezada por el
Gobernador, los alcaldes y autoridades eclesiásticas.
Cambió el capitán de León la harina y plata que llevaba por telas, pescado,
vinos, aceite y otros artículos escasos en los dominios de Zavala. Mu: complacidos quedal'on los comerciantes de Taro.pico y no m~nos las ~~tondades, ~e
manera que trataron sobre la conveniencia de regulanzar las visitas comerciales procurando establecer un efectivo intercambio de productos de uno a otro
lugar.
Después de algunas peripecias, propias de los tiempos, regresó e_I, capitán de
León a Cerralvo, siendo recibido con señaladas muestras de regoc1J0, tanto de
parte de Zavala como de toda la población.
.
Con tales antecedentes llamó poderosamente la atención que al orgamzarse
en abril del mismo año de 1645 nueva expedición, fuese despojado del mando el capitán de León y aprehendido.
.
, . .
Poco duró la extraña situación; pues Zavala, hombre reflexivo y Jt1St1C1ero,

465

H.30

�investig6 detenidamente la denuncia que había recibido sobre la conducta del
capitán de Le6n, y descubriendo que todo se debía a intrigas le ratificó su
confianza.

Nuevo Reyno de Le6n sino promesas que jamás se cumplieron. Continuó la
situaclón como siempre a cargo exclusivo de Zavala.

•

•
Embajada a la Corle de España

Visita del Obispo de Guadalajara
Un suceso de resonancia fue la visita que hiw a todas las poblaciones del
Nuevo Reyno de León, el Obispo de Guadalajara don Juan Ruiz de Comenero. Llegó primeramente a Monterrey a mediados del año de 1648, enterándose de la situación que guardaban colonos e indios y disponiendo se aminorara el rigor con que los encomenderos trataban a los esclavos, origen de tantos males que se sufrían. Así mismo promovió la construcción de la Iglesia
Parroquial, bautizó a numerosos indios y estimuló a los colonos para que continuasen laborando por el engrandecimiento de la región.
Duró un año aproximadamente la visita del Obispo sin que pudiera apreciarse mejoría alguna en cuanto a la cruenta lucha entre españoles e indios.
Con pequeños intervalos la guerra no cesaba a pesar de los escarmientos terribles impuestos por los españoles, que muchas veces significaban el exterminio
de rancherías.

•
Embajada a México
Habiendo agotado Zavala su hacienda, pues había empleado más de quinientos mil pesos, en servicio de la provincia, pens6 en mandar una embajada al Virrey para que se le explicara circunstanciadamente cuanto significaba
su gobierno, y la necesidad de una ayuda inmediata.
Para el desempeño de esta delicada comisión designó al capitán don Alonso
de León, quien salió a la ciudad de México a principios de 1649.
Con toda clase de datos y documentos el capitán de León inform6 al Virrey de la labor hecha por Zavala durante 23 años de gobierno, lo que había
invertido de su peculio particular, las fatigas que había pasado, los peligros
constantes en que se encontraba, y el deseo de recibir ayuda de hombres y de
dinero para continuar la obra.
El capitán de León fue recibido con toda clase de atenciones y no trajo al

466

Pasaron siete años más de fatigosa \'ida, y considerando Zavala que insistir
r.on el Virrey sobre la ayuda que necesitaba su dominio no era más que perder
el tiempo, dispuso que la nueva embajada fuese directamente al Rey de España.
Nuevamente la comisión recayó en el capitán de León, por ser el más preparado, por su conocimiento de la provincia, de los merecimientos de Zavala,
y además, por poseer la cultura necesaria para el fiel desempeño de tan delicada comisión.
Resuelto el viaje procedió el capitán de León a redactar, de acuerdo con
1.avala, un Memorial que debería ser puesto en manos del Rey Felipe IV. De
acuerdo en los puntos principales se expresaba que Zavala había cumplido en
todas sus partes la capitulación y aún se había excedido, ya que en lugar de
dos pueblos había fundado seis; que durante 28 años de gobierno no había
real&gt;ido un solo centavo de los veinte mil pesos que cada año debía invertir
el Reyno en ,el dominio de la provincia, y además tenía gastados como quinientos mil pesos del "grueso caudal de su padre y del corto suyo"; que se le había
ofrecido el hábito de Santiago y dos mil pesos de renta, sin que se le hubiese
cumplido; y pedía, a cambio de cuanto había dado, que se le hiciese merced
del hábito de Santiago, que se le otorgara el privilegio de añadir en un cuartel de sus annas, un le6n rampante de oro, para significar la conquista del
Reyno, que se le permitiera una escolta personal de cuatro soldados pagados
por el Rey, y por último solicitaba mercedes diversas para los capitanes que
le venían ayudando en su empresa.

•
Alonso de León en la Corte
Vencidas las dificultades propias de la época, el capitán de Le6n llegó a Madrid, siendo muy bien recibido por la Corte.

Logró llegar pronto a presencia del Rey haciendo entrega del memorial que

llevaba, y además, expuso verbalmente cuanto consideró de orden en e] desmipeño fiel de

IU

comiai6n.

�Presentó además copia deJ diario que se llevaba en la provincia con la relación de los acontecimientos de mayor significación, y con muy interesantes
anotaciones sobre el clima de la tierra, flora y fauna, así como sobre los habitantes autóctonos, ríos, montañas, bosques, frecuencia de las lluvias, riquezas
naturales, y en fin, aparecía una descripción minuciosa de cuanto pudiera interesar a la curiosidad de quienes estaban lejos de imaginar lo que hubiese
por acá.
Magnífica impresión causó al Rey y a la Corte el informe del capitán de
León, disponiéndose desde luego el estudio de todos los problemas con la fi.
nalidad de resolverlos de conformidad.

•
Triunfo de Zavala
Pasados los trámites de rigor se embarcó el capitán de León en Cádiz de regreso a su provincia, y no obstante las molestias de seria enfermedad que padecía dio feliz término a la encomienda.
Informó a Zavala de todo, con la satisfacción de quien ve cumplidos los deseos tanto tiempo acariciados. Por fin se atendían las justas peticiones del abnegado gobernador.

nada pidió para él ni para sus hijos, no obstante los grandes méritos que para ello tenía.
La vida del capitán de León fue de constante fatiga y su enfermedad se
manifestó cuando efectuaba una expedición a las salinas de San Lorenzo.
Quedó paralitico y poco después expiró.

•
Muerte de Zavala
Tres años después de la muerte del capitán de León lo siguió don Martín
de Zavala, quien dejó de existir el 8 de agosto de 1664.
Durante 38 años había gobernado esta provincia, correspondiéndole la época más difícil. No omitió esfuerzo alguno para dejar cimentado lo que habría
de ser con el tiempo uno de los Estados más progresistas de la Nueva España.
Es preciso abonar a su memoria el desinterés con que dedicó toda su vida a
esta labor y el amor que tuvo a "su tierra" como él la llamaba.
Quede constancia de todo ello con la admiración que merece quien entrega vida y hacienda por el bienestar de la comunidad.

Se autorizó el pago de los sueldos de Zavala con· cargo a 1a Real Caja de
San Luis Potosí, de donde poco tiempo después se le entregaron más de cien
mil pesos. Por cuanto al hábito de Santiago se corrieron los trámites para que
se Je enviara, y por cuanto a las demás peticiones, resueltas de conformidad,
se ordenó que el Virrey de la Nueva España, procediera a cumplimentarlas,
dando cuenta oportuna a la Corona.
Todo cuanto obtuvo Zavala lo empleó en servicio de Ja provincia; pues para él nada quería, ya que su mayor satisfacción radicaba en ver prosperar la
tierra que consideraba como propia .

•
Muerte del Capitán de León
En el año de 1661 muri6 el capitán Alonso de León, causando el suceso gran
consternaci6n. Para Zavala fue rudo el golpe; pues tenía en de León al mejor
de sus capitanes, por su valentía, desinterés y lealtad. Se recordaba que habiendo estado en la Corte de España tratando los problemas de la provincia,

468

469

�MtDICOS Y HOSPITALES EN EL NUEVO REINO DE LEÓN
TOMÁS MENDIRICHAGA CUEVA

Sociedad Nuevoleoncsa de Historia, Geografia y Estadistica

SUMARIO: l. Antonio Marchena, primer cirujano de Nuevo León.-lI. ¿ Otro médico
en Cerralvo?-111. Juíln Femández, Matlas de Silva y Diego Gonzálc.z, "personas que
curan".-IV. Una "providencia" desconocida.-V. Dos maestros de cirugía a mediados del siglo XVII.-VI. Los nombres de otros facultativos.-VII. Fray Antonio de la
Vera y Gálvez.- VIII. El primer hospital de Nuevo León.-IX. El Hospital de
Pobres de Nuestra Señora del Rosario.
APENDICES: "Providencia" del Capitán Lucas el Bueno Justicia Mayor y Capitán
a Guerra del Nuevo Reino de Le6n. Año 1626. Informe médico del maestro de cirugía Juan Martínez de Frw. Afio de 1640.

El Archivo del Ayuntamiento de Monterrey, del que ha dicho con razón el
historiador doctor Silvio Zavala que "es, efectivamente, de valor singular ... '?
se fue integrando a partir de los últimos años del siglo XVI. En él se encuentran, entre varios miles de documentos, muchas noticias desconocidas sobre los
primeros médicos y hospitales que existieron en el Nuevo Reino de León. Ahora ven la luz en este breve ensayo, haciendo notar que en su mayor parte estas
noticias proceden del Ramo de Causas Criminales.

J.

ANTONIO MARCHENA PRIMER CIRUJANO DE NUEVO LEÓN

El cirujano Antonio Marchena es el primero de quien tenemos testimonio
fehaciente que practicó su noble oficio en el actual Estado de Nuevo León.
Hacia las dos de la tarde del 14 de septiembre de 1626 el Gobernador Mar1 Un tuoro de cultura regiomontana, en el perj6dico El Por111nir de Monterrey, del
sábado 8 de febrero de 1941.

471

�tín de Zavala recibió en la villa de Cerralvo, por entonces "cabecera de la Gobernación del Nuevo Reino de León", la noticia de que habían tenido un
duelo en aquella población el capitán Martín de Aranda y el soldado Alonso
de Ifüguez, del que había salido peligrosamente herido el citado capitán.

El gobernador' Zavala inició enseguida la causa criminal en contra de los
dos enardecidos contendientes, quienes "con poco temor de Dios Nuestro Señor y en menosprecio de la Real Justicia -como dice la cabeza del proceso,
habían salido a reñir y habían tenido cuchilladas". Además ordenó el Gobernador que se tomara la confesión al capitán Aranda y que "declare el maestro de cirugía que le ha cw-ado la gravedad y peligro de las heridas".
Para cumplir con Jo anterior, el abogado de la Audiencia de México licenciado Juan Ru:iz, quien también era "asesor de la guerra"' del gobernador Zavala, y el Escribano Juan de Abrego se presentaron en la casa de uno de los
más prominentes vecinos de Cerralvo, el capitán Juan de Taranco Vallejo,
en donde se asistía al herido. Ahí encontraron al capitán Martín de Aranda
acostado en una cama y, a su lado, curándole las lesiones, al cirujano Antonio Marchena.
El capitán Aranda declaró con bastante dificultad, pues tenía una herida
en el cuello, que unos ocho días antes, pasando frente al soldado Alonso de
Iñiguez y "pareciéndole" que no se había quitado el sombrero en su presencia, le había reclamado. Había surgido la disputa y, "en esta razón, habían
tenido palabras de pesadwnbre". Agregaba el declarante que '"hoy ( 14 de
septiembre), después de mediodía, se habían encontrado y metieron mano el
uno y otro a las espadas, y riñendo como hombres de bien le habían herido
(el soldado Iñiguez) de un golpe en dos partes que eran: a un lado de la
barba y en la olla por el gaznate a un lado. Y asimismo había sacado de la
dicha pesadumbre una herida pequeña en el dedo de en medio de la mano
izquierda ... " Finalizaba su confesión el capitán Aranda diciendo, en un ras•
go de hidalguía tan común en la época, que·"no tiene que pedir ni hacer querella contra el dicho Alonso Iñiguez porque, como tiene dicho, riñeron honradamente . .. "
En seguida, el licenciado Juan Ruiz hizo comparecer ante sí al maestro de
cirugía Antonio Marchena, quien declar6 brevemente acerca de la situación
y el peligro de las heridas. Su declaración, íntegra, la insertamos en seguida;
es un lacónico parte médico, el más antiguo que conocemos. 2

' Este breve expediente de tres folios se encuentra en el Ramo de Causas Criminales,
volumen 1, años 1620-1635, del Archivo Municipal de Monterrey con el siguiente titulo: "Contra Alonso d, Iñigu,:c por haber r,ñido con Martín de .A.randa y dddol, cuchilladas".

472

El Parte Médico
"Y preguntado declare las heridas que tiene el dicho Capitán y si le curó y
1626 L para la dicha averiguación hizo parecer ante sí (el licenciado Juan
Ruiz, abogado de la Real Audiencia de México) a Antonio Marcbena, cirujano que curó al dicho capitán Martín de Aranda de las dichas heridas. Y
se le recibi6 juramento y lo hizo por Dios Nuestro Señor y por la señal de la
Cruz en debida forma.
"Y preguntado declare las heridas que tiene el dicho Capitán y si le curó y
el riesgo de ellas y, ajustando la declaración, dijo que curó una estocada a
un lado de la olla ( en el cuello), penetrante, la cual le parece de riesgo y un
rasguño en el dedo (de enmedio) de la mano izquierda y otro en la barba.
Y esta es la verdad so cargo del juramento que ha hecho y lo firmó de su
nombre".
DoN MARTÍN DE ZAvALA

ANTONIO MARCHENA

Veinte años después, el 14 de marzo de 1646, el citado Juan de Abrego actuaba como Escribano de Gobernación, Justicia y Guerra del Nuevo Reino de
León, declaró en Monterrey que en una desastrosa inundación ocurrida poco
antes en la villa de Cerralvo, se había desplomado la casa donde se guardaba el archivo, perdiéndose los libros de Gobierno y otros valiosos documentos. Quizá en esa ocasión, o en alguna otra calamidad de las que ha
sufrido la antigua villa de San Grcgorio de Cerralvo, se perdieron para siempre los documentos que podrían dar alguna luz sobre la personalidad del
cirujano Antonio Marchena, quien seguramente vino a estas tierras acompañando al ilustre gobernador Martín de Zavala1 cuando éste entró a mediados del año 1626.

II. ¿Ono

MÉDICO EN

CERRALvo?

En un juicio promovido a fines del mismo año 1626 en Cerralvo por Rodrigo de Aldana contra el capitán Gonzalo Fernández de Castro, quizá se
alude al mencionado Antonio Marchena1 en la declaración de un testigo. Aunque también puede ser otro médico.
En efecto, el capitán Lucas García declara en los primeros dias de enero de
1627 que el c~pitán Diego Rodríguez, "luego que vino de la ciudad de México, quedando en la ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, le señaló y
dio al dicho Rodrigo de Aldana todos los indios que por suyos tenía de la na-

473

�ción tepehuana. Y esto en remuneraci6n de haber ido el dicho Rodrigo de Aldana de esta dicha villa a la dicha ciudad de México con él y haberle sustentado en la enfermedad que tuvo en ella. Y hoy, actualmente, lo está haciendo
(así dice, pagando las medicinas y médico que le cura •.. ,, en la villa de Cerralvo.1

mo español Juan de Zavala, lesionado de un machetam "por entre las costillas del lado izquierdo''. Diego González, por último, siendo el encargado de
la cárcel de Monterrey en 1636, cur6 en esta ciudad a un negro, herido de
una puñalada que "fue de mucho peligro,,.

IV.

111.

JUAN FERNÁNDEZ,

MAriAs

"PERSONAS ~UE Cl.1llAN,,

El historiador liberal licenciado Santiago Roel ( 1885-1957), afirma que
"puede considerarse (el franciscano andaluz Fray Antonio de la Vera y Gálvez) como el primer médico práctico que hubo en esta Provincia''.' Este religioso fue traído por el Obispo Verger al Nuevo Reino de Le6n a fines del siglo XVIII, asistiendo con gran celo a las víctimas de la terrible peste de viruelas que asoló esta región en 1798, pero no fue, como hemos visto, el primero que practic6 la medicina en estas tierras.
Aún más. Existen documentos en el Archivo Municipal de esta ciudad que
prueban que, desde la primera mitad del siglo XVII, había en el Nuevo Reino de Le6n médicos prácticos. Eran individu011 que sin tener los grados académicos de maestro de cirugía o doctor en medicina, realizaban con todo éxito
complicadas curaciones. Los nombres de algunos de ellos aparecen en tres expedientes del Ramo de Causas Criminales, y como ejemplo, los citamos en seguida:
l. Juan Femández, en 1629.
2. Juan Fernández y Matfas de Silva, en 1629.
3. Diego González, en 1636...
El primero, quien fue Procurador General de Monterrey en 1624, 1627 y
1628, curo en mano de 1629 en la hacienda de la Magdalena del valle de las
Salinas al sevillano Matías de Silva, herido de una puñalada por debajo del
omóplato. En ab~ de ese año, en la misma hacienda de la Magdalena, Juan
Fernández o Heinández y Matías de Silva atendieron y sanaron al mayordo• Ramo Civil. Volumen 2. Afios 1596-1630. Expedientes 22 a 41. Folio 5. Archivo del Ayuntamiento de Monterrey.
•

• Nrur,o L.6n. A.junus mst6ricos. En la primera edición (Monterrey, 1938) no aparece el dato; aegunda edici6n, tomo 1, pqina 70; tercera, pAgina 60; cuarta quinta y aexta ediciones, pqina 58.
'

474

UNA "PROVIDENCIA" DESCONOCIDA

DE SILVA y DIEGO ÜONZÁLEZ,

En general, se puede decir que los conquistadores y pobladores del Nuevo
Reino de Le6n sabían curar y se les debe considerar también como médicos
prácticos. El benemérito capitán Pedro Botello de Morales, natural de la villa de Valverde en Extremadura, de quien proceden casi todas las familias
que hoy llevan los apellidos Botello y Buentello, entr6 al actual Estado de Nuevo Le6n en 1620 y vino de las minas de San Luis Potosí. En 1647 declaro en
la villa de Cetralvo lo siguiente: ce •••• y en este tiempo le dieron al dicho indio
Cebrianillo las viruelas. Yo, vistole huérfano, le metf en mi casa y le bauticé,
siendo su padrino. Y le curl el dicho mal de que Dios fue servido que sanara,
y lo doctriné y enseñé la doctrina cristiana, criándolo como a hijo ... " 1 En el
Archivo Municipal abundan estas declaraciones.
Un caso más antiguo, ocurrido a principios del siglo XVII, nos relata el
Cronista Alonso de León. En 1604 o 1605 el conquistador y poblador Domingo Manuel cura a un indio, quien poco después, en pago, lo asesina. El
texto del Cronista, aunque algo confuso, es de gran valor y lleno de sinceridad: "En el puesto que llaman de Camacho, abajo de la labor que es hoy
de Santa Catalina (o Santa Catarina), estaba poblado Pedro Iñigo, primer
Alcalde Ordinario de Monterrey, y los indios le mataron ain causa.
"Algunos d1as después, donde hoy es la labor de Juan Cavuos, la tenla
Domingo Manuel; allí le mataron lastimosamente sus indios en esta forma:
hablan éstos llevado una manada de yeguas; salieron Domingo Manuel Y
Juan P&amp;ez de los Ríos siguiéndolos y, alcanzándolos, hicieron (en) ellos
gran destrozo, matando (a) uDOII y trayendo (a) otros, y haciéndolos huir
a todos. Volvieron las yeguas y después el capitanejo de la ranchcrla con
seis u ocho heridas, quejándose que los habían ido a maltratar -como si no
hubieran dado causa para ello.
"D. Iñigo Manuel (asi dice) le decla que aquel hombre que babia ido
con él era malo, que no tuvieren pena, que él lo curaría; replicó el indio:
si tú no lo llevaras, no fuera él Al fm, cur6lo, y ya que estaba convaleciente,
• Ramo Civil. Volumen 6. Afiol 1640-1650. Espedientes 25 a 51. Afio 1647, Legajo
3. N6mero 36. Folio 61 vuelta. Mmno Archivo.

475

�le pagó el trabajo con venir un día a horas de comer, él y otros dos; pusiéronse en la puertecilla, y al tiempo que el pobre le iba a dar una tortilla al
herido, le dio o~o con una macana en el brazo, que se lo amorteció. Cogiéronlo entonces sm defensa, desnudáronlo y pusiéronle una soga en el pescuezo
Y flecháronlo y colgaron de un hoyo grande de que habían sacado tierra~
robaron y destrozaron todo lo que había. 6
'
Sin embargo, el documento oficial más antiguo que he encontrado referente a este tema inédito hasta ahora, es una "providencia" expedida en 1 Monterrey el 16 ~e abril de 1626 por el capitán Alonso Lucas el Bueno, Justicia
Mayor y capitán a guerra "de este dicho Reino y sus Privincias por Su Majestad". En este curioso documento se condenaba a la persona que de ahí
en adelante arrojara de su casa, estancia o hacienda a sus indios enfermos
a perder para siempre el derecho que tuviera sobre ellos, "sin que le valga .. :
merced que tenga ni haya tenido de ningún Gobernador ni persona que la
haya hecho, aunque sea de Su Majestad, pues no permite que se use mal
de el~• • •" Se . h~e notar que los indios, "viéndose así desamparados, buscan quién de m1Sencordia cure sus enfermedades, como algunas personas lo
~ ~echo Y hacen ... " 7 Estas personas eran, en otras palabras, médicos
pracbcos.

v.

Dos

MAESTROS DE CIRUGÍA A MEDIADOS DEL SIGLO

XVII

Los nombres de dos maestros de cirugía que se ejercitaron aquí, a mediados del siglo XVII, en el noble arte quirúrgico, aparecen en los tomos tercero Y cuarto del citado Ramo de Causas Criminales; fueron ellos Juan Martínez de Frías y Juan de Munguía.

1. El nombre del primero se encuentra en un voluminoso expediente de
cuarenta y seis folios. Fue levantado a raíz del asalto a la hacienda de San
Diego, del capitán Hemando de Mendiola, en el valle de las Salinas; consumado por los feroces indios alazapas la noche del sábado 18 de agosto de
1640. Sangriento capítulo de la rebelión alazapa que, a mediados del siglo
XVII, según el Cronista Alonso de León, "dio harto cuidado, gasto y tiempo
• Relaci&amp;n del citado Cronista, publicada en 1909 por Gl!.NAllO GARCÍA en el tomo
XXV de los Documentos inéditos o muy raros para la Historia dt México, páginas 102
y 103.

' Ramo Civil. Volumen 1. Años 1596-1630. Expediente 1 a 21. Áulos del Cap.
Alonso Lucas el Bueno, Justicia Mayor de Monurrey. Número JO. Folio 11.

para el castigo" y acabó con "mucha cantidad de bueyes, vacas y caballada
sin número".ª
El cerco de los ala.zapas a dicha hacienda, dice el mismo Cronista, duró
tres horas de esa memorable noche, distinguiéndose por su bravura una
hijastra del capitán Mendiola llamada Antonia de Palacios, quien ante el
intento de los asaltantes de quemar la vivienda "con una asta, a un lado de
la puerta, desbarataba la lumbre y echaba fuera la materia que ponían".
No anduvo menos arriesgado el septuagenario capitán Mendiola. AJ volver de la hacienda de Santa Clara de su amigo el capitán AJonso de Treviño, acompañado de un mulato de su seivicio, encontró su casa sitiada por
los temibles alazapas y echando pie a tierra se arrojó, decidido, a romper el
bloqueo. Tras violento combate recibió un flechazo en la cabeza que lo
derribó, no sin antes haber degollado a un indio de tremendo golpe dado
"con los últimos tercios de la espada".
Después de un rato cesaba la resistencia. Varios cuerpos yacían irunóviJes y los naturales se alejaban creyendo que habían aniquilado a los defensores, pero un negro siervo del capitán Mendiola, habiendo salido milagrosamente ileso de la refriega, corría a galope por el llano a pedir socorro
a las haciendas vecinas de los capitanes Pablo Sánchez y AJonso de Treviño,
a donde llegó "casi sin resuelld' en la madrugada del domingo 19, según
cuenta un testigo.
Organizose de inmediato el auxilio en la hacienda de Santa Clara, a tres
leguas de la de San Diego, hacia donde salieron a las seis de la mañana,
alertas y bien armados, el citado Alonso de Treviño, Gabriel Aguado, Juan
de Bermeo y el cirujano Juan Martínez de Frías, a quienes acompañaban
tres individuos cuyos nombres no se mencionan en el expediente consultado.
El maestro de cirugía practicó las primeras curaciones a los heridos. Unos
días después, el 23 de agosto de 1640, el Justicia Mayor y Capitán a Guerra
de la ciudad de Monterrey y su jurisdicción, Gonzalo Fernández de Castro,
llegaba al frente de un destacamento compuesto de veinte soldados y cuarenta indios amigos a la hacienda de Santa Clara para iniciar las averiguaciones.
A la mañana siguiente, día 24, cinco testigos declararon exactamente sobre
el hecho ocurrido. EJ último de ellos era el cirujano Martínez de Frías.
Fue interrogado por el Justicia Mayor Fernández de Castro acerca de "las
heridas que tienen los susodichos y en qué partes y si son de riesgo o no";
su declaración equivale a un interesante informe médico, que aparece al final
de este trabajo como apéndice.
• Obra citada, páginas 157 y 158.

476

477

�2. En la ciudad de Monterrey, en junio de 1644, el cirujano Juan de Munguía, "maestro de su arte", dio fe de la herida causada a Bartolomé González, "vezino desta dicha ciudad, hombre tan quieto y querido de todos",
a quien "le dieron una estocada por los gaznates, peligrosa, de que le sali6
copia de sangre". González fue lesionado en una esquina de las Casas Reales, ahora Palacio Municipal, cuando intervino en un duelo para poner paz
entre Francisco Sánchez de la Barrera, Escribano del Cabildo regiomontano,
y los hennanos Andrés y Juan Serrano; el primero de éstos era ayudante de
Sargento Mayor por nombramiento del Gobernador Martin de Zavala.
El maestro de cirugía, ante el juez, ' le desat6 las vendas y paños con que
la tiene (la herida) cubierta y ligada. Y está como dedo y medio abajo
de la quijada del lado izquierdo, más a la parte de adentro del tragadero
que a la de afuera .. . " Acerca de la herida eI cirujano Munguia declar6
"que por haberle metido tienta juzga ser penetrante y que puede correr
riesgo y que mediante a haberle hecho tres curas y juzga que por lo que
ha demostrado no afluyó sangre adentro y no tiene estado de peligro ... "
Agregada al proceso se halla una carta del cirujano dirigida al juez de
la causa capitán Martín de Aldape, Justicia Mayor y Capitán a Guerra de
la ciudad de Monterrey y su jurisdicción, donde afirma Munguía que está
"de concierto asentado con el señor Gobernador (Martín de Zavala) y algunos vecinos de la ,illa de Cerralvo por barbero y los demás curas y sangrías
que son necesarios en la dicha villa ... " Añade que Bartolomé Goniález,
el herido a quien cuidó días antes, "san6 de la dicha herida quedando sin
riesgo de ella ... ", por cuya asistencia exigía más de cincuenta pesos de
honorarios. El juez condenó a .las partes a pagar treinta pesos al cirujano.
Un año después, en noviembre de 1645, Juan de Munguia cura a Pedro
de Medina, criado del Alférez Vicente de Vozmecliano, herido en una riña
callejera que tuvo por escenario la villa de Cerralvo. l:l maestro de cirugía
fue citado para que "declare la calidad de la herida", siendo muy breve su
respuesta: "una herida de puñalada que tiene en las espaldas al lado izquierdo, la cual al parecer no es penetrante. Y en ella le dio dos puntos; no sabe
quién se la dio y puede ser de riesgo ... " Sin embargoJ Munguía era un
hábil facultativo, como los otros que ya mencionamos, y aunque el herido
"tenia cortado cuero y carne", ocho días después se asentó en el proceso que
Medina "está sano y fuera de riesgo y levantado .. . '' 9 Como se ve, los infor' Lo relativo a Martinez de Frlu se halla en un expediente de cuarenta y aeia foliot
del Ramo de Causas CriminalCJ, volumen 3, años 1639-1641, año 1640; el parte mMico en los folios 14 vuelta y 15. Todo lo referente a Munguía se encuentra en el citado
llamo de Causas Criminalet, volumen 4, año 1644, número 41, folios 2 y 12; adenw
en el afio 1645, número 48, folio 4 vuelta.

478

mes médicos son tan escuetos, tan concisos, que nada nos dicen sobre el tra•
tamiento quirúrgico seguido por el médico.
A mediados del siglo XVII, en algunos juicios criminales contra indios,
aparece Juan de Munguía como "defensor general de los naturales en todo
este Reino". En 1656 Munguía era vecino de Cerralvo y tenía título de
Sargento; dijo ser de 46 años de edad Por último, a fines de enero de 1682,
en una partida de matrimonio del Archivo Parroquial de la Catedral de Monterrey, figura como testigo un Juan de Munguia; quizá no sea el maestro
de cirugia, sino un hijo o nieto suyo.
En fm, en otras ocasiones y debido a la falta de un médico, eran las propias autoridades de los valles muy distantes de la ciudad de Monterrey o
de la "illa de Cerralvo, quienes daban fe de las heridas. Podríamos citar
muchos casos.
Por cierto, el Cronista criollo Alonso de León, en su famosa Relaci6n, describe los estragos causados por una peste de viruelas que, a mediados del
siglo XVII, prácticamente diezm6 la población: "El año de cuarenta y seis
{1646), por noviembre, entró de fuera un mancebo, hijo de un vecino de
esta villa (de Cadereyta), convaleciente de las viruelas que había tenido en
la Nueva España; apestó la villa y todo el Reino, de manera que en todo el
año de cuarenta y siete, murieron más de quinientas personas de todos géneros y edades, españoles e indios; era compasión y lástima ver tantas muertes que cas.i quien enterrara o llevara a las iglesias no había. De algunos
que, heridos del mal, se fueron a sus tierras, cundié, en ellas, que despobl~
rancherías enteras; duró hasta los principios de cuarenta y ocho, que punfic6 Dios los aires ... " 10 No conocemos la actuación de algún médico en
el transcurso de esta epidemia.
VJ, Los

NOMBRES DE OTROS FACULTATIVOS

Dispersos, entre miles de documentos del Ramo de Protocolos de Instrumentos Públicos, se encuentran otros nombres desconocidos. En la segunda
mitad del siglo X'VII Melchor de los Reyes: originan~. de la ~illa Y, ~al de
San Miguel, valle de la Magdalena, en la ueva Galic1a, e hiJo !~tuno_ de
Melchor de los Reyes y Catalina Ponce, vecinos que fueron de dicha villa,
declara en una cláusula de su testamento, fechado en Monterrey el 17 de
agosto de 1672: "ltem, mando se le den al Alférez Agustín de la Vera,
• Obra citada, pigina 148.

479

�cirujano que me ha asistido y está asistiendo a mi cura poniendo los medicamentos, diez y ocho pesos de mis bienes". u
Diez años después seguramente que no habfa en todo el Nuevo Reino de
Le6n un buen facultativo, ya que el 28 de noviembre de 1682, "a causa de
grave enfenncdad y estar oleado y sacramentado el señor Gobernador de este
Reino (don Juan de Echeverría), como es público y notorio, hizo ausencia
a curane a la villa del Saltillo •.. " 11 Otras noticias sobre la enfermedad
y fallecimiento del Gobernador Echeverría se encuentran en el mismo expediente, folios 30 vuelta y 33, y en las páginas 288 y 289 de la Historia del
Nuevo Reino de León, desde 1650 hasta 1690, por un Autor Anónimo, que
lo fue el capitán genovés Juan Bautista Chapa, identificado en 1953 por el
historiador don Israel Cavuos Garza.
A fmes del mismo siglo aparece otro médico: Juan Antonio García "el
cirujano", quien es mencionado dos veces en el testamento de Pedro de
Salas, vecino de Monterrey, fechado en esta ciudad el 10 de julio de 1698.11
El 30 de marzo de 1745, ante el Gobernador don Pedro de Barrio Junco
y Espriella, otorg6 testamento en Monterrey el francés Pedro de Fee, "ziru.
xano", originario de los Estados del Duque de Lorena, aunque en la partida de su casamiento dice: "natural de la ciudad de Turena en el Reino
de Francia", e hijo legitimo de Pedro de Fee y Ana Piturel. Este facultativo contrajo matrimonio aquí, en la iglesia parroquial, el 11 de febrero de
1720 con Gertrudis Rodríguez de Montemayor, de antigua familia del valle
del Guajuco. En el citado testamento declara que con su oficio de cirujano
"he mantenido mi familia". Muri6 en esta ciudad a principios de abril
de 1745.H
Sabido es que el primer Obispo del Nuevo Reino de Le6n Fray Antonio
de Jesús Sacedón falleció en una celda del Conyento de San Francisco de
Monterrey a fines de diciembre de 1779. Pues bien, en una carta dirigida
desde Saltillo el 16 de enero de 1780 por el confesor de este santo Obispo a
Manuel Silvestre del Conde, vecino de San Luis Potosí, Je dice: " ... en dicha
ciudad (de Monterrey) no hay ningún perito (en Medicina), y aunque Su
Ilustrwma traía en su. compañía un buen facultativo, qued6se éste algo
indispuesto en esta villa (del Saltillo) al tiempo de nuestra partida¡ cuando acordé llamarlo para su asistencia, ya dicho médico había muerto".11 Sin
u

Protocolo d1 Instrum,ntos P4bücos. Volumen 3. Añ01 1650-1680. Folio 192, v.

u Protocolo d, Instrumtntos Públicos. Volumen 4. Años 1681-1690, Folio 25, v.
11

Protocolo d, lnstrum,ntos Pibücos. Volumen 6. Años 1695-1699. Folio 110.

Volumen 14. Años 1743-1747. Folio 186, v.
Da. JosÉ Euvna10 GoNzÁuz. Obras Com¡l,tas. Monterrey, 1885. Tomo 11. Pá-

embargo, en las diligencias practicadas por el Gobernador Coronel Melchor

Vidal de Lorca y Villena, a raíz del fallecimiento de este prelado, se menciona al m&amp;fico Joaquín Burguete, "cirujano aprobado y examinado que
traía en su compañía el mismo ilustrisimo y Reverendísimo Señor". Burguete fue quien declaro, bajo juramento, que el Obispo Saced6n "efectiva
y realmente es difunto".19
Años después aparece el nombre de otro "médico": José Antonio de la
Paz, "inteligente en la cirugía", quien dio fe de la herida qu~ tenía un
maestro zapatero, lesionado en riña el 26 de julio de 1785 por cierto maestro de sastre "en los confines de la Calle Real", hoy avenida Morelos; un
testigo dijo que "advirtió que tan ebrio estaba el uno como el otro". El
facultativo declaro que la herida, "aunque tiene dos dedos poco más de
hondo y pulgar y medio de boca abajo de la tetilla izquierda, según su experiencia no es de peligro ... " Al final de la declaración se asentó que "no
firm6 el cirujano porque dijo no saber ... " 17
El tercer Obispo del Nuevo Reino de Le6n Dr. don Andrés Amb~o de
Llanos y Valdés, quien hizo fundación en el año de 1793 del _Hospital de
Pobres de Nuestra Señora del Rosario, trajo al médico José Vicente de la
Peña y al boticario Francisco García, "ambos gachupines", según el doctor
González. El doctor Peña se hizo cargo del hospital, pero no fue "el segundo médico que hubo aquí", como dice el licenciado Roel.19
Por último en unos apuntes manuscritos del doctor José Eleuterio Gonzále7., propiedad del industrial regiomontano don Jesús Guzmán, figuran 1~
nombres de otros facultativos. El citado autor menciona a un lego franC1Scano, Fray Benito de Austria, quien vino a Monte~ a p~ncipi~ del siglo
XIX y "se fue antes del año de 1820". Y agrega: En el mmno tlempo que
vi ía aquí Fray Benito, hubo otro leguito médico llam~d~ Fray Bias; no sé
cuándo se fue". En 1803 residía en Monterrey el c1ru1ano de las tropas
veteranas Francisco Alenis. En 1814, "que vino el general Arredondo a establecer aquí la Comandancia General, trajo de cinijano de la tropa a un
don Fulano Pagés y de practicantes a don Francisco Arjona Y, d~n José María Reyes. Todos los citados antes eran españoles men~s el ul~o que era
negro guineo". Sin embargo, en el libro 8-9 de casarmentos, folio 148, del
• Protocolo d, Jnstrum,ntos Públicos. Volumen 19. Años 1780-1785. Folios 110 Y

vu~lta.
11

Protocolo d, Instrum,ntos Públicos. Volumen 19. Años 1780-1785. Folios 306 Y

u Protocolo d1 lnstrum,nto, Pl,bücos.

vuelta.

»

11 Nu,oo L,6n. Apvnt,s hist6ricos. Segunda edición (Monterrey, 1944), tomo 1, pigina
70; tercera edición, pigina 61 ¡ cuarta, quinta y sexta ediciones, página 59.

gina 300.

480

481

H. 31

�Archivo Parroquial de Catedral, aparece la partida de matrimonio de Reyes,
donde está registrado como indio "natural de la ciudad de Veracruz".
En los mismos apuntes manuscritos dice el doctor González lo siguiente:
"Antes del establecimiento del Obispado de Linares ( en el año 177 7) no
he hallado noticia alguna en los archivos de que en Monterrey o en otro
punto del Estado hubiera algún médico": Ya hemos visto que antes de
esa fecha se habían ejercitado aqw en el noble arte quirúrgico Antonio
Marchena, Juan Martínez de Frías, Juan de Mungu1a y otros que, en realidad, eran muy hábiles médicos empíricos.

VII. FRAY ANTONIO

DE LA

VERA

y ÜÁLVEZ

Por Jo anteriormente expuesto podemos afirmar que no fue este religioso el "primer facultativo en Medicina, de que se ha recogido el nombre,
que haya ejercitado esa ciencia en Monterrey ... ", 19 como dice el historiador David Alberto Cossío ( 1883-1939), pero sí dejaremos asentado que es
una de las más relevantes figuras de nuestra historia regional. Los dos autores citados, Roe) y Cossío, seguramente tomaron del historiador y doctor
José Eleuterio González ( 1813-1888) esta noticia inexacta, En efecto, el
doctor González dice en sus apuntes manuscritos: "Con el ~eñor Verger,
segundo Obispo, vino en el año de 1783 en calidad de médico de cámara,
Fray Antonio de la Vera y Gálvez. Este es el primer médico de que hay
noticia auténtica; vivió en Monterrey hasta fines del siglo, y se fue a su
Colegio de San Fernando. Era lego franciscano".
Fray Antonio era español, nativo de la villa de Palma del Río, en la Andalucía Baja, Obispado de Córdoba, según declara .•él mismo, "en donde se
crió y estuvo hasta el día lo. de enero de 1770, que se embarcó para esta
Nueva España en compañía del Ilmo. y Rvmo. Sr. Dr. Fray Rafael José
Verger (segundo Obispo del Nuevo Reino de León), quien venía de Comisario de una misión de cincuenta religiosos para el Apostólico Colegio de
San Fernando de México, a donde llegaron a mediados de abril del mismo
año. Y el día 30 de junio tomó el santo hábito y profesó de religioso laico
por el mes de octubre de 1771. Tiene de edad cuarenta años y desde que
entró en la Religión lo ha ocupado la Obediencia en la asistencia y curación de los enfermos, cuya facultad y ejercicio tiene hasta el presente ... "
Agregó el padre Fray Antonio que, "habiendo salido de la ciudad de México el d:ía 29 de julio de 1783, en compañía de dicho señor Ilustrísimo, de
u

482

Historia de Nuevo L16n. Monterrey, 1925, tomo III, págína 263.

su médico de cámara, llegaron a la villa del Saltillo, primer lugar de su
Obispado, el día 17 de octubre del mismo año y estuvieron hasta el 19 de
diciembre que detenninó pasar a esta capital (Monterrey) ... '' 20
Fray Antonio tenía casi quince años de residir en Monterrey cuando, a
principios de 1798, recibió una carta de su Superior, el P. Guardián del
Colegio de San Fernando de México, ordenándole que volviese. El Ayuntamiento reinero promovió una información para conseguir que se quedara
aqui. Coincidió con estos hechos la aparición en el Nuevo Reino de la
peste de viruelas.
¿En qué se había ocupado hasta entonces Fray Antonio? Un testigo de
la época responde: "en curar toda suerte de enfermedades acontecidas a
estos habitantes". Otro testigo dijo que "de público es manifiesto en esta
ciudad que desde que entró en ella el dicho Hermano Fray Antonio (en diciembre de 1783) se ha ejercitado en curar todas cuantas enfermedades
se han ofrecido, pues aunque a los principios se excusaba, pero advirtiendo
el Ilustrisimo señor Obispo que varios ocurrían a preguntarle, y muchos
pobres, y que no había otro facultativo, le permitió él que curara y que
saliera fuera de su palacio siempre que lo llamaran, ya fuera de día o por
la noche, como así lo hacía ... " Por boca del mismo testigo llega hasta nosotros una valiosa noticia: una vez al año el Obispo Verger mandaba comprar medicinas en San Luis Potosí, llegando "se ponían las medicinas en un
cuarto separado que se destinó para Botica ... " en donde se surtía a los
pobres sin costo alguno, "aunque tuvieran con qué poder costear los medicamentos". A la muerte de este Obispo, ocurrida en julio de 1790, Fray
Antonio se fue a vivir al Convento de San Francisco, donde hoy está el
Círculo Mercantil Mutualista. Poco después volvió a su Colegio de San
Femando de la ciudad de México, pero el tercer Obispo del Nuevo Reino
de León, Dr. don Andrés Ambrosio de Llanos y Valdés lo trajo a Monterrey
a fines de 1792, "no obstante que traía médico y boticario para el hospital".
En efecto, este prelado trajo en su compañía al doctor José Vicente de la
Peña, quien quedó al frente del Hospital Real fundado en esta ciudad en
1793 por el citado Obispo. El doctor Peña se fue luego a Saltillo quedando
encargado del hospital Fray Antonio.

Es prácticamente imposible transcribir en este breve ensayo todas las noticias que contiene el grueso e interesante expediente "movido por el Ilustre
Cabildo de esta Ciudad" para lograr que el hermano lego Fray Antonio se
• Ramo Civil. Volumen 147. Año 1791 Expedientes 21 a 32. Testimonio de las
diligencias practicadas . .. sobre el paraje donde se podrá poner la capital d, est, Obispado ..• .-Folios 22 y 22 vuelta.

483

�quedara definitivamente en Monterrey. Por lo tanto, dejaremos que hablen
algunos de los que conocieron a este var6n ejemplar. Manuel Antorúo de la
Rigada e Inda, Regidor Honorario y Procurado1 General del Ayuntamiento
regiomontano, dirigiéndose al Alcalde Ordinario más antiguo, que lo era
José Joaquín Canales, en carta fechada el 3 de marzo de 1798 le dice: "Su
celda es como un pequeño Seminario donde diariamente enseña a muchos
rúños pobres la doctrina cristiana, leer, escribir, contar y sobre todo el santo
temor de Dios". Otro vecino distinguido añade: "es constante, y que todos
lo ven, que en su celda tiene muchos niños pobres a quienes enseña a leer
y escribir, educándolos en cristiandad y hasta instruyéndolos en el canto por
la inteligencia que tiene el dicho Hermano Fray Antorúo". El citado Regidor Honorario, en un breve interrogatorio sobre la conducta de Fray Antonio, pregunta al P. Guardián del Convento de San Francisco de Monterrey Fray Francisco Máynez, si es cierto y le consta que "en su celda siempre hay una porción de muchachos pobres a quienes sin interés alguno les
enseña la doctrina cristiana, leer, escribir y contar y a algunos el canto llano
y tocar el clave (o clavicordio) ... " Por último, Fray José Frayre, Comisario de Terciarios, dijo entre otras cosas: "jamás se verifica que salga de
su celda si no es a ejercer su ministerio de curar a los enfermos, empleando lo restante del tiempo en enseñar a muchos niños pobres la doctrina
cristiana y primeras letras con el mayor tesón y cuidado y a algunos música
y canto llano. Y también he oído decir que se debe a su curiosidad la ins-trucción de los primeros músicos de esta Santa Iglesia ... " 21
El programa pedagógico de Fray Antonio no podía ser mejor, puesto que
estaba fundado en las materias tradicionales de la enseñanza primaria. Sin
embargo, no faltaron envidiosos que hicieron lleg:.v su protesta hasta el Real
Tribunal del Protomedicato, con sede en la ciudad de México, alegando
que ejercía la medicina sin título. A esto respondió un testigo: "es cierto
que no es facultativo de profesi6n, como él mismo lo tiene confesado repetidas veces, pero con la experiencia de quince años que cumplirá en diciembre del presente, que se ha ejercitado en curar en esta ciudad todo género
de enfermedades, tiene acreditados sus aciertos siendo temeridad el asegurar
lo contrario contra la misma experiencia. Que a no ser así considera el que
declara que es hacer agravio al señor Gobernador de esta Provincia, a los
Alcaldes Ordinarios de esta ciudad y aún al Ilustrísimo señor Obispo y su
,. Todo lo relativo a Fray Antonio y la epidemia está contenido en tres fuentes:
1) Ramo Civil. Volumen 161. Año 1798. Expedientes 1 a 7. Número 7.
2) Ramo Civil Volumen 162. Año 1798. Expedientes 8 a 20. Número 11.
3) Actas del Ayuntamiento. Años 1795 a 1813, Año 1798.

Venerable Cabildo, sujetos todos de instrucci6n y que saben muy bien la
atención que se merece la humanidad ... "
La terrible peste de viruelas se asom6 a Monterrey a principios de 1798.
Repetidamente se asienta el hecho de que, a fines del siglo XVIII, aqtÚ
sólo había un médico: el P. Fray Antorúo de la Vera y Gálvez. Así, en una
brillante exposición para prevenir la epidemia, los vecinos Pedro Manuel
de Llano y Manuel Antonio de la Rigada e Inda dicen al Ayuntamiento el
18 de enero de ese año, que Fray Antonio es el "único facultativo que tenemos en esta ciudad,,.
Pedro de Herrera y Leyva, hermano del Gobernador, en carta fechada el
22 de mayo y dirigida al mismo Ayuntamiento se refiere a nuestro personaje
cuando trata de "el médico único que tiene la ciudad".
La ciudad se dividió en veintid6s cuarteles o barrios, cada uno a cargo
de uno o dos vecinos antiguos y distinguidos, entre quienes se encontraban
el capitán navarro Manuel de Sada, natural de la villa de Santa Fe de Caparroso y fundador de su apellido en Nuevo Le6n; Andrés de Ayarzagoitia,
también genearca de su apellido y originario de Durango en el Señorío de
Vizcaya; Forilán de Mier, ilustre reinero hermano de Fray Servando y José
Joaquín Canales, Pedro de Elizondo, Fernando de Uribe, José Joaquín de
Ugartechea y otros conocidos caballeros. Había un capellán para uno o
dos barrios.
Durante esta epidemia se abrió a extramuros de Monterrey, el 6 de abril
de 1798, un Hospital Provisional de Viruelas que se clausuró el 9 de agosto de dicho año. Fue administrado por Pedro de Herrera y Leyva teniendo
a su cufiada la Gobernadora Josefa Krickdale y a una junta de señoras en
la dirección de las salas de mujeres contagiadas. Fray Antonio, como hemos
visto, dirigía el hospital fundado cinco años antes por el Obispo De Llanos
y Valdés, del que luego trataremos. El Gobernador Teniente Coronel Simón
de Herrera y Leyva y el Ayuntamiento regiomontano insistieron en la permanencia en esta ciudad del hermano lego, a quien dieron también la direcci6n del hospital de virolentos. En la ingente documentación aparecen
noticias tan curiosas como ésta: aunque los dos hospitales tenían buenos botiquines, había que surtirlos frecuentemente "en la Botica del P. Fray Antonio", instalada seguramente en el Convento de San Francisco. No está
claro si el Hospital Provisional de Viruelas se instaló en el edificio que
después fue del Colegio Civil, hoy sede central de la Universidad, o en la
antigua Ciudadela.
Con sorpresa notamos que cuatro folios del libro de actas del Ayuntamiento que abarca los años 1795 a 1813, que quizá contenían datos muy
importantes sobre esta epidemia, fueron arrancados con navaja.

485

484

�En acta de 21 de mayo se asienta que desde el día 6 de abril anterior se
presentaron los dos primeros casos de viruela en un barrio a extramuros de
la ciudad. Eran dos muchachos pobres que inmediatamente se internaron
en el Hospital Provisional. Fray Antonio, "advirtiendo que eran las viruelas
de buena especie, dispuso con acuerdo del señor Gobernador se inoculase un
hermano y hennana de uno de los referidos enfermos, de edad de seis a siete
años, con el fin de que estos dos inoculados se sacasen puses o materias para
seguir esta operación con todos los que quisiesen adoptarla ... 11 En la misma
acta de Cabildo se dice que "deseoso el señor Gobernador de dar ejemplo
y animando a los demás vecinos a que abrazasen una operación tan benéfica, que les era desconocida, resolvió que se inoculasen inmediatamente sus
dos hijos e hija y toda la familia de su casa ... " Luego, el 25 de abril, hicieron lo mismo los vecinos más prominentes y sus familias, siendo secundados
por todo el vecindario reinero.

Así fue como se atacó el peligro: por medio de un procedimiento de preservación contra las viruelas llamado de "inoculación", anterior a la introducción de la vacuna en México. Las estadísticas demuestran que este procedimiento tuvo un éxito completo como veremos más adelante. (Hasta 1804
el doctor Francisco Javier de Balmis, comisionado por el Rey Carlos IV
implantó en la Nueva España el uso de la vacuna descubierta a fines deÍ
siglo XVIII por el médico inglés Eduardo Jenner).
Ya controlada la epidemia, en acta del 9 de septiembre el Cabildo regiomontano hace mención a "el incesante trabajo que ha tenido (Fray Antonio)
en la asistencia diaria de clicho hospital, y a los vecinos en particular en sus
propias casas, todo lo cual ha hecho voluntariamente y lleno de caridad y
amor y con tan buen éxito como se demostrará al fin de esta razón ... ", añacliendo que este religioso lego "de nadie toma «.itipendio por curarle". En
efecto, seguidamente, en acta de Cabildo del 12 de septiembre se anotó una
interesante estadística: fueron inoculados 2,100 personas, muriendo solamente 11 j padecieron las viruelas naturales 466, de las cuales murieron 32. Entraron en el Hospital Provisional, inoculadas, 101 personas y fallecieron únicamente 2, y con viruelas naturales 80 de las cuales murieron 6.
fray Antonio de la Vera y Gálvez fue autor de un Método de curación
,, asistencia de viruelentos, escrito a instancias del Muy Ilustre Cabildo de
Monterrey, que desgraciadamente no conocemos. Esta instrucción fue repartida a los jefes de cuartel o barrio. Al margen, en acta del Ayuntamiento
fechada el 17 de enero de 1?98, dice una nota: " ... se archivó el ejemplar.
También dio (Fray Antonio) la minuta de medicinas".
La deuda que tiene Monterrey con el humilde lego franciscano se puede
deducir del párrafo siguiente, tomado de una carta dirigida el 4 de octubre

486

por Pedro de Herrera y Leyva al Muy Ilustre Cabildo reinero. Le ~ce:
''Debo recomendar a Vuestra Señoría el gran mérito contraído en dicho
hospital (de contagiosos) por el Hermano Fray Anto~o de. la V~a Y_Gálvez,
que asistió a los pobres con el mayor amor, celo y cand~d sm estipendio ~guno, por lo que se hace digno hasta de que se le recolll.lende al ExcelenttSimo
Señor Virrey, pues ha conservado la vida de tantos vasallos,.. Y agrega:
''También debo recomendar a Vuestra Señoría al practicante don José de
Lamadrid y a la mayordoma doña Josefa de Ayala, que por un corto salario
asistieron con la mayor caridad a tantos pobres".
Hay estadísticas muy interesantes de todo el Nuevo Reíno de León, que
incluyen noticias muy curiosas. Por ejemplo, Vicente Vedia y Pinto, Teniente del real de San Carlos de Vallecillo, inserta en su inf01me la nota
siguiente: "Dos de los tres inoculados que fallecieron tengo noticia de haber
causado su muerte el mojarse las manos poco después de ser inoculados".
En Ja villa de Cadereyta, de 1,540 personas que padecieron las viruelas naturales, murieron 164; allí fueron inoculadas 277 y entre éstas no hubo falle:cimientos. En la villa de Cerralvo y su jurisdicción sólo se inocularon 2,
que luego sanaron, pero de 1,453 gentes que tuvieron viruelas naturales murieron 77. En Linares no se practicó la inoculación y de 1,012 personas que
contrajeron las viruelas se registraron 78 decesos.

VIII.

EL PRIMER HOSPITAL DE NUEVO LEÓN

El ya citado historiador licenciado Santiago Roel afirma en su obra Nuevo
León. Apuntes hist6ricos, que el Hospital de Nuestra Señora del Rosario,
fundado en esta ciudad en 1793 por el tercer Obispo del Nuevo Reino de
León doctor Andrés Ambrosio de Llanos y Valdés, fue el primero que existió, aunque no aclara si en la ciudad o en todo el Reino.
El dato, asentado invariablemente en las cuatro primeras ediciones de la
obra, es inexacto. 22
El día 10 de diciembre de 1651 se presentó Diego de Ayala, prominente
vecino de la ciudad de Monterrey, en la villa de San Juan Bautista de Cadereyta y le pidi6 al capitán Alonso de León, Justicia Mayor y Capitán a
Guerra en ella, que se sirviera darle copia de una antigua merced que poseía
11 Primera edici6n, tomo I, página 69 ¡ segunda, tomo I, página 72; tercera, página 63 y
cuarta, página 61. En la quinta edici6n, publicada en 1954, y posteriores e1 citado autor
ya no incurre en error, debido a un trabajo de rectificación que publiqué en el número 137
del semanario Vida Uni1msita,ia (noviembre 4 de 1953).

487

�y que, "por estar maltratada, muy vieja y que las letras se iban consumiendo",

había el peligro de que se perdiera. El Justicia Mayor accedió a la petición en vista del estado del documento, ordenando a Juan de Abrego, Secretario de Gobernación, Justicia y Guerra, que se sacara en seguida la
copia o testimonio de la merced.
El documento consistía en una merced de ocho caballerías de tierra, otorgada por el Gobernador Diego de Montemayor medio siglo antes, el 5 de
junio de 1600, en la ciudad de Monterrey a favor del conquistador Juan
López. El original, que como hemos visto se encontraba muy deteriorado
en 1651, seguramente ya no existe, pero la copia o testimonio mandado sacar
por Diego de Ayala en la villa de Cadereyta se encuentra actualmente en
el segundo volumen del Ramo Civil del Archivo del Ayuntamiento regiomontano. De él hemos tomado un corto pá1Tafo que prueba la existencia
de un hospital en Monterrey, ciento noventa y tres años antes que el citado
por el historiador Roel.
¿Quién era Juan L6pez? Este viejo conquistador declara en su testamento, fechado en Monterrey el 8 de noviembre de 1634, ser originario de la
ciudad de México e hijo legítimo de Pedro López y Cecilia López, "vecinos
que fueron de la dicha ciudad". Estuvo casado con Magdalena de Avila,
ya difunta, y fueron sus hijos legítimos Juana, casada con Juan de Montalvo, Melchora, esposa de Leonardo de Mendoza, y Bemabé López.
Desconocemos las primeras actividades de Juan López. Lo cierto es que
ya venía en la famosa y malograda ex-pedición del portugués Carvajal y de
la Cueva, cuando este valeroso capitán se internó en lo que hoy es el Estado
de Nuevo León a fines de 1580 o principios de 1581. Lo dice él mismo en
la merced que comentamos, al afirmar que se le habían dado algunas tierras desde "la primera vez que se vino a poblar''.. Y lo expresa más claramente Bernabé López, único hijo varón del conquistador, al declarar en
1635 que su padre, quien ya había fallecido para entonces, fue "persona de
las primeras que entraron en la población de dicha ciudad ( de Monterrey
o villa de San Luis), que entró con el primer Gobernador de ella, Carvajal ... "
Ocho o nueve años después, al hacer Diego de Montemayor la nueva
fundación el 20 de septiembre de 1596, con el título de Ciudad Metropolitana de Nuestra Señora de Monterrey, aparece Juan López como uno de
los testigos que firman el acta levantada en tan memorable ocasión.
Al conquistador López, por sus grandes méritos y servicios a Su Majestad,
se le concedieron las mercedes que solicitó. En la petición de ocho caballerlas de tierra que hizo en Monterrey el 5 de junio de 1600, y que es el
motivo de este comentario, decía: " ...parezco ante Vuestra Señoría (el Go-

bemador Diego de Montemayor) en la fonna que más a mi de~c~o. conven a y digo que yo tengo necesidad de un solar para casa de mt v1V1e~da
g l en-alo y es desde donde está la cruz que está frontero del hospital
e1 cua s
.
'b
,,
hacia el río (hasta) donde alcanzare desde la acequia para arn a.,.·
Monterrey no tenía aún cuatro años de fundada, pero ya contaba_ con un
hospital en el año 1600. Casi dos siglos después el de Nuestra _Senora d~l
Rosario abrirla sus puertas. El convento franciscano de e_sta cmdad se~.ia
el Cronista P. José de Arlegu1, aunque el mf dado hasta 1603 serrún
un
' 0
•
"
• tía des
signe historiador Wigberto Jiménez Moreno dice que parece ex1s
•
de 1602".23
Por los años de 1600 a 1605 el Obispo de Guadalajara don ~on~ de la
Mota y Escobar recorrió en una visita pastoral la extensa d1oces1S. a . :u
cargo. En ella estaba incluido el Nuevo Reino de Leó~ y, en su Descnpcwn
Geográfica de los Reinos de Nueva Galicia, Nueva Vizcaya_ Y Nuevo L_e6n,
al referirse a nuestra ciudad, escribió que era "un lugarcito de espanoles
de hasta veinte vecinos escasos, que llaman la villa de Monterr:y ... " ~l
santo Obispo añade: "Los vecinos son sumamente pobres qu~ ~un no _nenen casas de adobes, sino de palizadas embarradas; sus granJenas connenzan a ser algunas labores de maíz y trigo que hasta ahora no son de consideración".
.
,
Unos años después el misionero cannelita andaluz Fray A_ntoruo _Vazquez
de Espinosa, en su obra Compendio y De.scripci6n de las Indias ~ccident~les,
t b l siguiente: ''Doce }eguas adelante (de la villa del Salt1llo) esta el
ano a a .o d Santa Lucía que se va al presente descubriendo y poblando;
nuevo remo e
,
_
hay en él una villa (Monterrey) con treinta vecinos espanoles Y un ~onvento de San Francisco. La tierra es de gran recreo, de buen temple, ,º~ne
un río abundante de pescado regalado Y es camino para el Nuevo Mexico,
aunque no se ha descubierto".
Estas dos "Descripciones", escritas por la época en que se _l: otorgó la me_rced de ocho caballerías de tiena a Juan López, nos dan notlCla de los humildes orígenes de esta ciudad. Sin embargo, no debe sorprend emos que en
aquella incipiente población ya hubiera un hospital, pues bien sabem~s que
con la conquista espiritual y material de estas tierras asoladas por los nomadas
entró también la civilzación.

11

Estudios de Historia Colonial. MWco, 1958, página 146.

489
488

�IX.

EL HOSPITAL DE POBRES DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO

Dice el doctor González en su Colecci6n de Noticias y Documentos para
la Historia del Estado de Nuevo Leó,i (Monterrey, 1867), que el licenciado
Fermín de Sacia, cura del Sagrario de la Catedral de Monterrey, le contó
en cierta ocasión que el segundo Obispo del Nuevo Reino de León doctor
Rafael José Verger había dado "muchas disposiciones acerca de la erección
de la Catedral, del Colegio Seminario y del Hospital de Pobres, cuyas cosas
no llegó a ver cumplidas por haberle sorprendido la muerte en su palacio de
la loma de Vera el año de 1790".24
En efecto, fue el tercer Obispo doctor Andrés Ambrosio de Llanos y Valdés quien abdó el 15 de agosto de 1793 1 "bajo el patrocinio de María Santísima del Rosario,,, el proyectado hospital. La institución se estableció
desde ese día, "en que se celebra la gloriosa Asunción a los cielos de la Soberana Reina de los Angeles, la Santísima Virgen Nuestra Madre y Señora",
en la antigua residencia del Gobernador Ignacio Usel y Guimbarda, para
cuyo fin había sido comprada. Esta mansión, que hoy está en el más completo abandono, la conocemos con el nombre de Casa del Campesino y se
encuentra en la esquina sureste de las calles de Abasolo y Mina. 35
En el inventario de los bienes que dejó dicho Gobernador, aparece una
interesante descripción de aquella residencia que fue asiento del hospital
por espacio de sesenta años. Según la reseña, el vasto edificio de sillar, cal y
canto y laja tenía un remate de dos varas de a1to (1.68 m. aproximadamente)
y lo coronaban ciento sesenta almenas de barro de colores en el frente y
noventa y ocho almenas en el resto. La puerta principal, "de clavazón grande, cerraje de hierro y postigos", daba acceso a •un amplio zaguán desde el
cual se podían contar veinticuatro o veinticinco habitaciones. Más adelante,
en medio del extenso patio, había una noria con su brocal, marco y carrillo.
Cuatrocientas ochenta y cinco vigas de buena madera sostenían los techos
y eran los pisos de ladrillo, excepto en la cocina, trascocina, caballeriza, cochera y carpintería. Veinte grandes ventanas ''voladoras de bolillo de madera de mezquite, nuevas ... ", doce pequeñas de pino y seis medianas con
vidrieras, dábanle un aire señorial a la antigua residencia del Gobernador
Ignacio Usel y Guimbarda. Aclara el documento, por último, que era "el
fondo en circuito de dicha casa de doscientas cincuenta y tres varas (algo
Obra citada, página 107.
PbEz MALDONADO. Docum,ntos Hist6ricos á, Nu,vo L,6n. Monterrey,
1947, tomo l. Página 135.

más de 212 metros) en lo labrado por una parte y otras tantas por la
otra ... ,, 26
Al Hospital del Rosario se le llamó también Hospital Real Provisional,
por estarse construyendo el Hospital Nuevo, que sería el definitivo y que por
cierto nunca se terminó, en donde fue el Colegio Civil y ahora se encuentra
la sede central de la Universidad. Así aparece en el plano de Monterrey levantado por el arquitecto francés Juan Crouset en 1798 y publicado por
primera vez por el historiador, ingeniero y general Vito Alessio Robles en
su obra Monterrey e11 la historia y en la leyenda (México, 1936).
Hace unos afias encontré casualmente once libros de administración -seis
del hospital y cinco de su botica- en un viejo armario abandonado del templo del Roble de esta ciudad. De su consulta se deduce que en este nosocomio debieron prestar sus servicios muchos médicos, a través de más de
medio siglo de existencia. Pero lamentablemente, los libros donde aparecen citados algunos facultativos corresponden a épocas recientes. Como esto
excede los límites de nuestro ensayo, solamente los nombraremos: el médico
más antiguo que se menciona es José Cornelio· de la Vara, quien se retiró
por enfermedad el 29 de agosto de 1825, siendo sustituido, interinamente, al
siguiente día por José María Morales, aprobado en el cargo el 11 de septiembre siguiente. Durante todo el año 1827 ocupó el honroso cargo de médico
cirujano del Hospital de Pobres el cordobés Francisco José Arjona, dejándolo
el 27 de septiembre de 1828. Este mismo día entró en su lugar el doctor
italiano Pascual Costanza, contratado en la ciudad de México por los representantes federales de Nuevo León y a instancias del Gobernador del Estado
Joaquín García para que fundara la cátedra de Medicina en dicho hospital.
Sustentó la cátedra por espacio de dos años y al fin presentó "seis de sus discípulos en examen público", dice el doctor José Eleutcrio González. En realidad, aquí está en embrión la futura Escuela de Medicina.
El doctor Costanza renunció, yéndose a vivir a Pesquería Grande, hoy
Villa de García. En 1832 ocupaba el cargo de médico cirujano del hospital
el veracruzano José María de los Reyes, quien lo dejó el 7 de enero de ese
año. Al día siguiente entró Agustín de Aresti1 traído de la ciudad de México por el sexto Obispo Belaunzarán, pero sólo estuvo veinticuatro días;
renunció el 31 de enero. Fue sustituido por el doctor Santiago Cullinam,
quien apenas duró doce días y medio. Al siguiente, 14 de febrero de 1832, el
mencionado obispo reunió las plazas de médico y boticario en el boticario
del hospital José Cristóbal Garfias, quien también había venido con el mis-

14

" CARLOS

490

11 Protocolo dt Inst,umtntos Públicos. Volumen 17. Años 1771-1773. Folios 378
\'Uelta, 3 79, 39 l y siguiente,,

491

�mo prelado. El 22 de junio entró como médico interino del Hospital de Pobres un farmacéutico de Guanajuato, Ignacio Zendejas. Casi dos años después, el lo. de mayo de 1834, entregó al joven José Eleuterio González la dirección del nosocomio que había de manejar durante diez y nueve años hasta
su extinción. Este benemérito doctor, quien fundó alú mismo la cátedra
de Farmacia en 1835 y la de Anatomía en 1842, afirma que la benéfica
institución cerró sus puertas definitivamente en el año 1853.

•
Roe! asienta que el hospital ''desapareció por la época de la Invasión Americana" 27 y Pérez-Maldonado dice que "fue clausurado en 1855" / 8 pero el
doctor José Eleuterio González, su último director, aclara: "el Gobierno
Eclesiástico, por falta de fondos, extinguió el Hospital de Nuestra Señora del
Rosario a principios del año de 1853". 29 Poco tiempo después se instaló en
aquella noble mansión el "Colegio de Niñas" a cargo de las Hermanas de la
Caridad de San Vicente de Paúl, que fueron expulsadas de nuestra patria a
fines de 1874 y principios de 1875 por inicuo decreto del Presidente Sebastián
Lerdo de Tejada. El Obispo Montes de Oca sostuvo de s~ peculio un nuevo
colegio de niñas que tenía como directora a "la benemérita Lupita Treviño",
como la llama con justicia Alfonso Junco, quien fue designada por el propio Obispo en 1881 para ocupar el cargo, según José P. Saldaña. 30 En 1887,
por gestiones del décimo Obispo y primer Arzobispo doctor Jacinto López y
Romo, ocupó la finca el ilustre "Colegio de San José" de las Hermanas de
la Caridad del Verbo Encarnado. "Cayó sobre nuestros días -dice Alfonso
Junco-- la vergüenza de su despojo, y la entrega.a no sé que oficial destino". 31
Hoy se conoce la antigua residencia del gobernador Ignacio Usel y Guimbarda con el triste nombre de Casa del Agrarista o del Campesino.

APENDICE 1
Providencia del Capitán Alonso Lucas el Bueno, Justicia Mayor y Capitán a Guerra
del Nuevo Reino de León. Año 1626.*

"En la ciudad de Nuestra Señora de Monterrey del Nuevo Reino de León, en diez
y seis días del mes de abril de mil y seiscientos y veinte y seis años, el capitán Alonso
Lucas el Bueno, Justicia Mayor y Capitán a Guerra de este dicho Reino y sua Provincias por su Majestad, dijo: Que a su noticia ha venido que en este Reino suele
suceder y puede que estando algunos indios e indias sirviendo a los vecinos, así en sus
caw como en sus estancia! y haciendas y estándolo, se dejan servir de ellos todo el
tiempo que tienen salud los dichos indios o indias para poderlo hacer, y sí en algunos
aciertan a tener alguna enfermedad de fonna que no estén con agilidad para continuar el dicho servicio, ha sucedido y sucede que los desamparan y echan de sus
casas y, viéndose asl desamparados, buscan quién de misericordia cure sus enfermedades, como algunas personas lo han hecho y hacen. Y curados se procura luego el
derecho que se tiene a los dichos indios para volverse a servir de ellos, cosa contra
razón y justicia, pues s6lo los quieren en salud, siempre siendo sujetos a enfermedades.
Y el que se quisiere servir de los dichos indios e indias esté obligado a curarlos, por
tanto para que esto tenga el remedio conveniente y nadie se atreva a desampararlos,
asi enfennos como sanos, ordeno y mando en nombre de Su Majestad que cualquiera
penona que se sirviera de alguno y en la enfermedad que tuviere le despidiere para
que otro le cure, que en tal caso haya perdido cualquier derecho o acción que a él
tuviere, así de encomienda y merced como el de otra cualquiera manera y sólo le tenga
aquella persona o personas en cuya casa hubiere sido curado y recibido salud y no
otro ninguno y este tal solamente le pueda pedir o sacar de poder de cualquiera persona, sin que le valga para ello merced que tenga ni haya tenido de ningún Gobernador ni persona que la haya hecho, aunque sea de Su Majestad, pues no permite que
se use mal de ellas; puea el dia que le dejó de curar y despidió de su casa sin misericordia no sólo perderá el derecho pero es delito por donde merece ser castigado. Y
desde luego en el dicho nombre ( de Su Majestad) les desiste y aparta de cualquier
derecho que a los dichos indios tuvieren el que incurriere en lo susodicho y se le da y
concede al que los curare, como dicho es una y muchas veces. Y esto mando y firmo
y que se pregone públicamente a la puerta de la iglesia para que venga a noticia de
todos".
ALONSO LUCAS EL BUENO

Por su mandado
PEDRO MONZÓN

Escribano de paz y guerra

DR. JosÉ ELEUTERIO GoNZÁLEZ. A.puntes biográficos. Monterrey, 1938. Página 7.
" El Obispado. Monturey, 1947. Página 150.
11

• Apuntes manuscritos ya citados, en poder de don JesÚJ Guzmán.
• Estampas Antiguas de Monterrey. Monterrey, 1942. Página 212.
st Sotanas de Mljico. México, 1955. Página 141.

492

• Ramo Civil, volumen l, años 1596-1630, expedientes 1 a 21, Autos del Capitán
Alonso Lucas el Bueno, Justicia Mayor de Monterrey, folio 11. Archivo del Ayunta•
miento de Monterrey.

493

�APENDICE 2
Informe m&amp;lico del

maeatro

de c:inigfa Juan Martfnez de Fria,. Año 1640.•

"En la hacienda (de Santa Clara) del capitán Alomo de Treviño, de beneficio de
•car plata en Cite valle de las Salinu, en veinte y cuatro dfaa del mea de agoato de
mil ICÚcientot y cuarenta añ01, el dicho Julticia Mayor (capitán Gonzalo Ferúndez
de Cutro) para la justificaci6n de esta causa mand6 parecer ante af a Juan Martines
de Frias, maatro de cirugta, para que como peraona que como tal cirujano ha curado
a b dkh01 capitán Hernando de MenclioJa, Juan (esú cquiwcado, a Francitco) M~dez de Cancio '/ Jo, demú heridos, y actualmente los e,ti curando, debajo de juramento que para ello haga en forma baatante, d ~ las heridu que tienen los IUIOdich01 y en qul panes y IÍ aon de riesgo o no.
''Y estando presente dijo que juraba a Di01 y a una Cruz de decir verdad de lo que
aabe y conforme a su ciencia y experiencia ae le alcanzare.
''Y aaf dijo que el ábado puado, que se contaron diez y ocho de ate preaente mes
(esú equivocado, fue el domingo 19), como a las ICis de la mañana, catando cate declarante en esta dicha hacienda (de Santa Clara) en compaiifa del capitán A1oruo de
Treviño, le dijo el dicho capitán re lirvieae de ir con B y otroa compañel'OI a la hacienda (de San Diego) del capitán Hemando de Mendiola, que esd como (a) trea
leguas de esta hacienda, para que curara al dicho Mendiola, FranciJco M~ndez de Cancio y otros heridos que lo estaban de fleclwos que los indios les hablan dado la noche
antes (ábado 18 de agosto de 164-0), según habla tenido avi10. Y• que este declarante fue luego al punto con el dicho Capitán y llegó a la hacienda del dicho Mendiola
y en ella hall6 herido al SUJOdicho con un flechazo atraveado en la sien izquierda, que
fue milagro no morir, y aunque le tiraron otros flechazot por la defensa de la cota no
Je hirieron, de que csti hoy mejor mediante las curas que te le han hecho. Y a Francisco Mmdez de Cancio con tres heridas: la una en la mejilla derecha y otra herida en
la ceja izquierda y otra en los lomos, todas penetrantes, que hoy están sin ri~o mediante loa medicamentos hechos. Y a Juana, india ladina, con una herida y flechuo en
la ceja dCJ'l!cha que le pas6 hasta d oido, muy pen~e, y que 1e le qued6 el pedernal adentro y csti hoy muy mala de ella. Y a un negro llamado Manuel, esclavo del
dicho Mendiola, con un flechazo en la mano dCJ'l!Cha de que esti hoy mejor. Y asimismo a un mulato esclavo del dicho Mendiola, llamado Juanillo, le halJ6 y cur6 tres heridas: la una en el lado derecho por el lomo, que lo pasó de banda a banda, y otra herida en la espaldilla izquierda, que le entró mú de tres dedos, y otra herida en la
mano izquierda, toda, de muy gran riesgo. Y hoy, Dios mediante, y las curas que le, ha
hecho e hizo deade que los vio, están ya todos con mejorla. Y que cato es la verdad y
lo que con su ciencia alcanza para el juramento que hecho tiene y aaf lo declara y firma de ,u nombre con el dicho Juaticia Mayor, de que doy fe".
GONZALO fUNÁNDIZ DI C,UTllO

JUAN MAJtTfNIZ DI

FafAs

LOS COMIENZOS DE LA COLO IZACióN ESPAROLA EN EL

NUEVO MUNDO
DR.

ILVIO ZA.V.ALA

U. N. E. S. C. O. Delepci6n Permanente de Mmco, Paris

CaJsroBAL CoLÓN puede verse c6mo los antecedentes
l. EN LA CAIUWlA DB
d 1 · ·
rtugueses por el
mediterráneos se enlazan con la experiencia e os VUlJCS po Yáñ p:--L
• andaluces como los hermanos . ez mzun,
Atlántico, y con la de mannos
.
Al efectuane la unión de las coronas de Arag6n y Casti.!la ~ªJº el ;:nado
de los Reyes Católicos (1469}, se incorporó a la monarqwa hispana
1
. y comerao
• de los aragone9e5 y catalanes enI ta1·
e
práctica de navegación
tffl'áneo desarrollada sobre todo en los tratos con la Perúnsula
~ y
•
'
de Andaluda comerciaban con los del Levante ~ o ,
Sidlia. Loa
puertos
otros
sostenían relaciones con las .ISias Ba1cares, las costas de Afnca
y~y
. La
dici6n marítima y los recursos forestales de los
y las islas Cananas.
tra
.
·
facilitaron otros coneblos del norte de España, en particular de V1Ztaya,
· ·6n
pu
llo de centros mercantiles como Burgos (la orgaruzaci
tactos y el desarro
.
.
rtancia en la historia del comercio de lanas,
de su consulado, que tiene unpo
da d C tilla babia
data de 1494) y Bilbao (Consulado de 1511): ~ arma
e . asd f co..
en la edad media en algunos episodios de la contten a ran_
~articipado
rtaci6n de la lana contribuyó al fomento de la navegaa~n
mglesa.
La
expo
.
bios entre .el comemo
hacia Flandes e Inglaterra. Hubo tamb1ºén mtercam
hanseáti
el de la Península. Todo esto explica por qué un remo con cenco
y
•
tro en una meseta •mtenor,
como el castellano' pudo f ~ destacadamente
•
•
1
en el comienzo de la expaiw6n ultramanna.

!:.

Doy f, d, ,llo
FuNcrsco Mbo1z DI CANcro

ücribano de Gobernación

• Causu criminales, volumen 3, años 1639-1641, año 1640, folio 14 vuelta y 15 Archivo del Ayuntamiento de Monterrey.

494

. Cuwo FsaNÁNDllZ Duao, Armada Es,a' Ea inútil comultar a es~
lilla d, A,a1611 Madrid, llivadeneyra, 1896,
lola, ,¡11,¡1 la uni6n d, los mnos d, asM clri~d 1926 2 'voh.). J. FrNOT, EtutÚ lais(h
edici6n, llivadeneyra, a
'
'
M
A
2 vola. ay otra
naJ,
I la Flaad11 ,1 rEs1agn1 au oy,n 11,
sv, l,s
eomm,r
Emlir, i• tia, 01" World au
Paria, 1899,
ll. r1'4lúms
B. MaunrAN,
Tia, R~&amp;SI o , S"anüla
,,

respect

lorit••

"'1",,.

495

�Desde el siglo XIV comienza a manifestarse el interés castellano por las
islas Canarias. A principios del siglo XV había amparado el rey de Castilla
una expedici6n de normandos con destino al archipiélago. Rivalizaron portugueses y españoles en su ocupación, y quedó finalmente en manos de éstos,
primero por medio de concesiones señoriales, y después como posesión de
la corona. En las expediciones a las islas Canarias participaron con sus recursos algunos señores de la nobleza, soldados, mercaderes (algunos de ellos
genoveses) y el tesoro real.
Desde la península y las islas Canarias partieron e.xpediciones con destino
a las costas de Africa.:

2. En la empresa de Col6n que condujo al descubrimiento de América, y
en otras que se organizaron posteriormente para explorar las nuevas rutas y
conquistar los territorios ultramarinos, la corona participó en los gastos; sin
embargo, el costo de la mayoría de las expediciones recayó sobre los particuthe New, New York, 1918-1934, 3 vols. J. G. Ku.lN, The Mesta, ..4 Study in Spanüh
Economic History, Cambridge, Mass., 1920. Ctt. Vr.RLINOEN, "The Ri~c of Spanish
Trade in the Middle Age", Economi, Hütori,al Revi~w, X (Londres, 1940), 44 y ss.
R. S. SMITH, Th11 Spanish Guild Mtrchan.t . .A. History of the Consulado, 1250.-1700,
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Contratación de Sevilla", Revista dt Indias, II, 3 (Madrid, 1941) , 85-97; 4, 5-54;
5, 5-38. J. PIERNAS HtraTADO, La Casa de la Contratación d, liu Indias, Madrid,
1907. R. CAR.ANDE, Carlos V y sus banqu11ros, Madrid, 1943, cap. XI. Entre otros
aspectos {p. 243) señala la importancia que tuvo Vizcaya en el ramo de las construcciones navales por contar con robledales y mineral de hierro y tradición marinera
( carrera de Tcrranova, en busca de ballenas y b3calao, carrera de Flandes para conducir lana, relaciones con Inglaterra y Francia). FLORENTINO Pwz EuBID, El .Almirantazgo de Castilla hasla las Capitulacíonts de Santa Fe, Sevilla, 1944. }AI:w!. V1cENS
VTVEs, "Precedentes Mediterráneos del Virreinato Colombino", Anuario de Estudios
Americanos (Sevilla, 1948), 571-614. Juwo GoNZÁLEz, "Origen de la Marina Real
de Castilla", Re11Üta de Archivos, Bibliotecas y Museos, 54 (Madrid, 1948). R. KoNETZRE, El imperio español, orlg1111s y fundamentos, Madrid, 1946. Los estudios de
Earl J. Hamilton que cito en mi Programa, p. 67. ANTONIO BALLESTEROS, La Marina
Cántabra y Juan de la Cosa, Santander, Diputación Provincial, 1954. C. V1ÑAs Y
MEv, "La Economía Marítima de Castilla en el Atlántico durante la Baja Edad Media", en X Congreso lnte111azionale di Sci,mze Storiche. Roma. Florencia, 19551 VII,
231-235. JuAN Pwz DE TunELA BUENO, "Castilla ante los comienzos de la oolonizaci6n de las Incfüu", Revista de Indias XV. 59 (Madrid, enero-marzo, 1955), 11-88.
Del mismo, Las armadas de Indias y los orlgenes de la polltica de colonfraci&amp;n, Madrid,
Instituto Gonzalo Fernández de 0,.-:iedo, 1956. H. SANCHO, Historia del Puerto de
Santa Maria, Cádiz, 1943.
1 Vfase FLORENTINO Pruz Eu.BID, Los descubrimientos e11 tl Atlántico y la rfoalilidad castellano-portuguesa hasta el tratado de Tordesillas, Sevilla, 1948. (Publicaciones
de la Escuela de Estudios Hispano-Americanos de Sevilla).

496

lares. A veces eran señores de España los que aventuraban sus recursos bajo
la esperanza de multiplicarlos en las Indias Occidentales, como ocurre con
D. Pedro de Mendoza que había hecho su fortuna en el saco de Roma y la
invierte en el Río de la Plata, y con el adelantado D. Alonso de Lugo que
deja su posición en las Canarias para pasar a la Nueva Granada. Los caudillos que habían reunido su riqueza en el Nuevo Mundo costearon usualmente otras expediciones, según se ve en los ejemplos de Hemán Cortés, Pedro
de Alvarado 1 Diego de Almagro, Sebastián Benalcázar, entre otros. Los funcionarios encargados de administrar las primeras posesiones españolas, los
soldados que deseaban mejorar de estado1 los mercaderes, pusieron en común sus recursos para armar jornadas por mar y tierra. 3 En todas estas empresas, el premio obtenido por los conquistadores y pobladores no provino
del tesoro europeo de la monarquía sino de las riquezas halladas en las tierras de América y del trabajo de los nativos. La ambición de los exploradores giraba en torno del oro1 la plata, las perlas, las esmeraldas, ya que las buscadas especias del oriente no aparecían. Los esclavos indios constituyeron otro
de los renglones de riqueza en los comienzos de la conquista. Entre las mercedes estables e importantes figuraban las de índole señorial: marquesados,
encomiendas. Y las grandes concesiones de tierras -haciendas, estancias-en donde quedaron adscritos sirvientes indios.

La corona, que recibía a poco costo el beneficio político y económico de
la incorporación de los nuevos reinos ganados por sus vasallos, reconocía la
obligación de otorgarles mercedes para el aprovechamiento de los recursos
naturales y humanos de las Indias Occidentales; pero los religiosos señalaban
a los reyes el deber de conciencia de evangelizar y amparar a los indios. La
copiosa legislación de Indias ensaya un equilibrio difícil entre los intereses
de la Igle ia, la corona, los colonos y los nativos. Por una parte. los españoles de América y sus descendientes son considerados como la guardia cristia•
na que asegura la posesi6n de los nue,·os reinos y permite evangelizarlos. Por
otra, la corona mira con recelo la posibilidad de que surja en las tierras distantes una poderosa nobleza independiente, que oprima a los nativos y sea
desleal al lejano monarca. Los religiosos procuran valerse, en ocasiones, de
los señores españoles, y en otras, del monarca y sus funcionarios, para ade•
lantar la catequesis de los indígenas; o bien aspiran a crear una comunidad
misionera de religiosos e indios con ninguna o escasa ingerencia secular.
En las cr6nica1 de FnNÁNnEZ D&amp; Ovn:no, B:ERNAL Dw, L6uz DE G6K.A1l.A. y
muchos otros quedaron constancias del sistema de costas privadas. El primero notaba
que: "Casi nunca sus majestades ponen su hacienda y dinero en estos nuevos descubrimientos, excepto papel y palabras buenas". Cit. y estudio por R. CA.a.A.r.'DE, Carlos V
)' rus banqu~ros . .. , 1943, pp. 304-305, 332.
1

497

H. 32

�El oro, la plata y los productos de América permiten hacer envíos impor•
tantes a la metrópoli, hay asimismo capitales coloniales que se invierten en
la minería, en la construcción y el ornato de las ciudades, en el comercio
interior o exterior. En Europa, esos tesoros contribuyen a provocar la revolución de }oi; precios y atraen el interés de banqueros y comerciantes de
otros países (las casas geno\'e~as, las alemanas de los Fugger y los Welser).
La corona regula el comercio transatlántico sin excluir de él los intereses de
los particulares. La fortalei.a de la posición política y religiosa de España en
Jas contiendas europeas depende, en buena parte, de las riquezas que recibe
de las posesiones americanas.• El ataque a las comunicaciones y posesiones
ultramarinas por las naciones rivales extiende el campo de la lucha europea

al mundo colonial.
Los impulsos terrenos que llevan a los capitanes, soldados, mercaderes, labradores y artesanos a las Indias son de aventura, ascenso social y afán de
riqueza.
Los caballeros e hidalgos emplean sus personas y bienes en la conquista por
sen-ir a Dios, al Rey, y obtener honra y provecho1 "que pocas veces caben
en un saco", según el agudo comentario del cronista Gómara. Después de la
guerra desean señorear y fundar linajes, como en la edad media europea.
No obtienen todo el poder y la riqueza a que aspiran, pero sí crean ·una sociedad jerarquizada en la que ocupan un lugar privilegiado. 5
Hay pasajeros que embarcan con anhelos más llanos, como los labradores
que quieren dejar a sus hijos en "tierra libre y real'', es decir, emanciparlos
de la servidumbre de los señores de España.
Hombres de oficios "mecánicos" (a diferencra de los liberales de la tradición aristotélica) también se dirigen al Nuevo Mundo desde los primeros
tiempos; el trasplante aviva en ellos el impulso de ascender socialmenle, Y a
• Hay muchos testimonios de época que revelan la conciencia que se tenía de esta
situación. Por ejemplo, se lee en el MunorÍill, informe y manifiesto.• . , de Fray Bu!.NAVENTUV. DE SAUNAS v CÓRDOBA (O.F.M.), impmo en Ma~id en 1645 o _46:
"La 'ueva España y el Perú son dos pechos donde Roma, Castilla, Nápoles, Milán,
Flandes, Alemania, La China, cte., y las demás provincw del mundo, se surten de su
sangré convertida en leche de Oro y Plata". Cf. R.H.A,, 40, p. 439.
.. á
.
• Oecla birn de ello9 Gutiérrcz de Santa Clara (1,200) que ~ s se presnan t~~r
una lama en mano, y una adarga ante pechos, peleando conLra infieles y en scrnc10
de Dios y de su Magcstad, que no traer un arado en las manos, labrando los campos,
porque 00 estarán hechos ni habituados a ello". Cit. con comentarios por G. FRIEO~R'.cr,
op. cit., J, 527. La Historia de BERNAL DíAz es rica. en ejem_plos sobre e~ desuno
de los conquistadores al término de la guerra, y no olV1da a quienes rcnunctan a los
bienes y concluyen su1 dfas como ermitaños o religiosos mendicantes..

498

menudo no quieren continuar desempeñando el trabajo artesanal. Repetidas leyes mandan a las autoridades que los constriñan a ejercer sus oficios.
La emigración posterior a la del agitado período de la conquista ha de
acomodarse a una sociedad colonial ya establecida; adelante veremos que.
se ad\iertcn cambio:c; considerables en los móviles y en la condición de estos
cmígrantcs, sobre todo en el siglo XVIII.
El espíritu de cruzada )' evangelización se proyecta sobre América como
una prolongación de la lucha secular que se había librado en la Península
contra el Islam. Los primeros conquistadores de Canarias y de América suelen
considerarse a sí mismos como soldados de la cristiandad que amplían el do•
minio de la fe frente a los enemigos de ella o que ayudan a ganar las almas
de los infieles no contaminados por la secta de Mahoma.º
Las relaciones entre cristianos e infieles habían merecido una atención particular durante e1 medievo. La seriedad de la amenaza sarracena, las cruzadas, las disertadon&lt;'s sobre la sumision de infieles en los tratados teológicos,
canónicos y jurídicos, así lo revelan. Con mayor razón esto ocurría en la
Península Ibérica, que era zona de contacto de la cristiandad con el Islam.
El adoctrinamiento y la esclavitud de los canarios fueron objeto de largas
controversias; la distinción entre infieles mahometanos y otros solamente
idólatras comenzó a ganar ascendiente. En lo que toca al Nuevo Mundo se
disputaría si los indios podían ser sometidos por vía de guerra o sólo por el
convencimiento apostólico, si eran racionales o bárbaros, si debían ser gobernados como libres o dependientes. Las ordenanzas de de~cubrimientos y
poblaciones iban registrando los cambios que se operaban en la ideología de
la conquista, la cual evolucionaba hacia metas de pacificación y tutela de los
naturales.
Las bulas papales encomendaban a la corona la evangelización de los hombres recientemente hallados. Cuando sobre"icne la csrisión re(jgiosa de la
• LÓPEZ DE GóMARA escribe, a mediados del siglo XVI, con su habitual conci5ión:
"Dos cosas notaremos aquí: una, que con tan poco cauda] se hayan acrecentado las
rentas de la Corona Real de Castilla, en tanto como mlen las Indias· otra, que eu
acabándo!c la conquista de lo! moros, que había durado más de ochocientos años se
comenzó la de los indios para que siempre peleasen lm españoles con los infieles y enemigos de la Santa Fe de Jesucristo" (cd. Vcdia, p. 166). Las Casas censuraba la
''ceguedad'' de los conquistadores y de sus defensores que no percibían la incongruencia que entrañaba el usar vias de armas para difuncfu la doctrina cristiana de paz.
Este es un aspecto en el que la interpretaci6n de G. FRIEDERICI, op. cit., II, 12, no
parece haber captado bien el espíritu de la época: "es war dahcr eine geschick.te
Taktik ... " Ci~rto prejuicio religioso, unido a la inclinación a descubrir astucia o hipocrcsla en el planteamiento de la conquista, impide ver la dualidad existencial que
surge en esta ocnión, romo en tantas otras de la historia.

499

�cristiandad europea en el período de la Reforma, la conversión de la grey
indígena es vista como una compensación a los quebrantos que sufre el catolicismo en el Viejo Mundo. Y los ojos de los misioneros católicos se fijan
también en las poblaciones de Asia como un atractivo campo de ampliación de sus actividades. Las órdenes religiosas (franciscanos, dominicos, agustinos, mercedarios) y la Compañía de Jesús contribuyen activamente a la difusión ultramarina del catolicismo. El clero secular atiende a las necesidades de conciencia de la población de origen europeo y también incluye paulatinamente dentro de su jurisdicción a la población indígena convertida por
los misioneros. La propagación de la fe cuenta con el apoyo político y económico de la monarquía, interesada en mantener la unidad religiosa en sus
dominios.
Desde el punto de vista político, la empresa americana despierta las ambiciones nobiliarias de la población europea que sojuzga a la indígena. De otra
parte, a pesar de la distancia y la dificultad de administrar las nuevas posesiones, se hace presente la tendencia que ya impera en la metrópoli hacia Ja
constitución de la monarquía absoluta. En virtud de la lealtad que el va~
sallo debe a su señor, aun los reinos ganados a costa de los particulares pasan a incorporarse a la corona. Los conquistadores quieren predominar en
la nueva sociedad y ven con recelo el arribo de los funcionarios reales con sm
criados) que vienen a quitarles la autoridad y las riquezas que han ganado
con la espada&gt; a su "costa y minción". El siglo XVI americano registra conflictos entre los conquistadores y el poder real, y entre unos y otros conquistadores, a veces con la intensidad que alcanzan las guerras civiles del Perú. De la contienda entre los señores y la realeza sale triunfante esta última)
no había. ocurrido en la metrópoli, y una poocrosa burocracia -de capa y espada y de letrados- tennina por administrar el estado y sus rentas .en nombre del rey.
Como institución de rrugambre vecinal existe el municipio en las Indias
españolas, que acompaña a las primeras penetraciones y fundaciones de poblaciones por los conquistadores. Como en la reconquista peninsular, que sirve de antecedente y preparación a la conquista indiana, las labores de la
guerra, del señorío sobre los indígenas y de la fundación de las primeras poblaciones, están estrechamente enla.1.adas. Las capitulaciones y ordenanzas de
lo~ descubrimientos contienen disposiciones sobre la población. Llegó a existir bastante uniformidad en la planta rectangular de las ciudades españolas
del Nuevo Mundo, así como en la composición y el funcionamiento de los
municipios de un extremo a otro del dilatado imperio.
El mito, la credulidad y la curiosidad contribuyen a excitar la imaginación
de quienes se lanzan a descubrir y explorar las tierras nuevas.

500

Los trabajos de los cartógrafos, las descripciones de viajes y provincias, el
estudio de las plantas, los relatos sobre descubrimientos de minerales, las primeras crónicas, revelan el asombro que embarga a los españoles ante los "secretos" del Nuevo Mundo, Nuevas epidemias y nuevos remedios atraen la
atención médica.
Un conjunto de conocimientos físicos, botánicos, zoológicos, etnográficos,
contribuye a modificar la visión europea del mundo. Las obras españolas son
leídas y traducidas en otros países. Y, desde fines del siglo XV, comienza a
fonnarse una cartografía y una literatura general en Europa acerca de las
cosas, los hombres y los acontecimientos del Nuevo Mundo.
En la historiografía se refleja la oposición que existe entre el interés de los
conquistadores y pobladores y la doctrina de los religiosos que critican la
guerra y la explotación de los nativos. Al tomar parte los extranjeros en la
polémica de la conquista, se convierte ésta en una honda preocupación española. Los defensores y los opositores de la leyenda negra crean una literatura abundante que acompaña habitualmente a la crónica de la expansión
en el Nuevo Mundo.

3. Los viajes de Colón conceden a España una ventaja considerable en la
ocupación del Nuevo Mundo. Los europeos comienzan a habituarse al clima tropical y a los alimentos nativos en las islas Antillas¡ ellas sirven asimismo
de asiento para propagar los primeros ganados venidos de Europa. Unas veces directamente desde la Península, otras con apoyo en el archipiélago o en
puntos del continente, se organizan expediciones que llevan a cabo la exploración y la ocupación gradual de la tierra.
Toca a los españoles ser los primeros europeos que avistan el Pacifico a
la altura de Panamá ( 1513) ; este hallar.go influye considerablemente en la
ocupación española de las costas occidentales de América.
Desde las Antillas se lleva a cabo el descubrimiento de las costas de Florida, Yucatán y el este de México. Los españoles procuran asegurar estas
posesiones que, junto con las islas, les dan el dominio de una importante región alrededor del Golfo de México, que es la puerta de entrada o clave septentrional del imperio. México, a partir de Ja consumación de su conquista
en 1521, se convierte, a su vez, en centro de irradiación de ex'J)Cdiciones que
se dirigen a Guatemala, Honduras, Nueva Galicia, Nueva Vizcaya, Nuevo
México, Texas, California, Filipinas.
En los primeros años habían llevado a cabo los españoles la ocupaci6n de
las costas de Venezuela y Nueva Granada. Por breve tiempo actuaron los
alemanes en la primera de esas provincias, por concesión que hizo Carlos V
a sus banqueros, los Welser ( 1528-1546) ¡ pero quedó después en manos ~501

�pañolas como las demás provincias del imperio. En la meseta bogotana se
encontraron dos e.~pediciones que venían de las costas del Atlántico ( las de
Federman y Jiménez de Quesada), con una que llegaba del lado del Pacífico
(la de Benalcázar, 1539).
Desde Panamá había embarcado hacia el sur del Pacífico una corriente
de conquistadores españoles que! a través de varias etapas y ramificaciones,
llevó a cabo la ocupación de Perú ( 1533), Quito, Alto Perú, Chile y el norte
e interior de la actual Argentina.
Los españoles exploraron el curso de los grandes ríos sudamericanos; el
Magdalena, el Orinoco, el Amazonas, el Plata.
El estrecho que une al Atlántico con el Pacífico fue descubierto por Magallanes (1520) t'Stando al servicio dr España, c·n su famoso viaje de circumnavegación que termina Elcano (I 522) .
La penetraci6n por el Río de la Plata conduce a la malograda primera
fundación de Buenos Aires ( 1536) y, aguas arriba del Paraná al asiento en
el Paraguay ( 153 7) ; con la segunda fundación de Buenos Aires ( l 580), se
abre a esta colonización la puerta de la tierra hacia el Atlántico. Algunas veces por mar y habitualmente por la ruta terrestre se mantienen comunicaciones entre Buenos Aires y Chile. La ruta maritima poi· el Cabo de Hornos
fue ganando preferencia desde el siglo XVII sobre la del Estrecho de Magallanes, dadas las dificultades que ésta solía ofrecer a la navegación. Una lar- ·
ga vía terres1re unía a Buenos Aires, a través de Tucumán, con el Alto Perú.
Esta intensa acti\'idad descubridora y conquistadora, que es llevada a cabo fundamentalmente en el siglo XVI, permite a los españoles crear un vasto imperio alrededor del Golfo de México y el Caribe, con apoyo en las
islas mayores de Antillas y cl Istmo de Panamá; incluye asimismo )as costas del Pacífico desde el extremo septentrional explorado a partir de Nueva
España hasta el austral de Chile; y grandes extensiones continuas de tierra,
continentales en México, América Central, Venezuela, Nueva Granada, Quito. Perú, Alto Perú) Chile1 Tucumán y Paraguay hasta la desembocadura del
Rfo de la Plata. Las conexiones a través del Pacífico con el oriente quedaron
aseguradas merced a la concepción de las islas Filipinas ( 1564).
La rapidez y la extensi6n fueron salientes en la formación de este imperio.;
Aunque la bibliografla sobre la expansión española queda registrada en 1aJ contribucione.i; de Picón Salas y Zavala al Programa, conviene recordar aquí las presentaciones
sintéticas debidas a CARLOS PERE'iRA, Las huellas de los conquistadores, Madrid, 1942,
y La obra de E1paña ,n A,n¿,i,a, Madrid, 1920. F. A. Kr.RitPATRlCK, Tht Spanish
Conquisladors, Londres, 1946 (hay traducción al español).
1

502

Como se vería más tarde, 10$ puntos débiles consistieron en el vacío que
quedaba al norte y que comenzaron a colonizar en el siglo XVII los franceses, suecos1 holandeses e ingleses, con amenaza para el sistema defensivo y
las fronteras del imperio español; en la falta de ocupación de islas menores
de las Antillas que tentaron a otros colonizadores europeos y en la pérdida de
algunas débilmente pobladas, como la de Jamaica conquistada por los ingleses ( 1655), y la parte occidental de Santo Domingo ocupada por los franceses ( 1697); en la insuficiente defensa de trechos de costas continentales, como se observa en Honduras Británica y Mosquitos; y en el reparto de las
Guayanas entre franceses, holandeses e ingleses. En medio de las posesiones
españolas de Sudamérica qued6 enclavado .el extenso núcleo lusitano del
Brasil.
Habiendo ganado el imperio hispanoamericano la primacía y la extensión
que lo distinguieron, era comprensible que su tarea posterior fuera sobre todo
defensiva.
Sufrió pérdidas y amenazas de consideración en Florida, Luisiana, Honduras, las islas antillanas ya mencionadas y Curazao y Trinidad, la margen oriental del Río de la Plata, las Malvinas, Nootka, sin olvidar la captura temporal
de La Habana y Manila por los ingleses en 1762.
Pero a pesar de la distancia, de las guerras europeas y rivalidades coloniales, y del decaimiento de la metrópoli española al finalizar el siglo XVII,
ésta logró conservar sus principales islas y posesiones del continente. Todavía
apoyó en el siglo XVIII movimientos de expansión y consolidación en Alta
California, Texas, el Nuevo Santander, el Orinoco, Montevideo y el sur de
Chile.
Los territorios de la colonización sirvieron de base a las naciones hispanoamericanas sin pasar a depender de otras manos metropolitanas europeas, no
obstante los ataques que persistieron hasta el fin del período colonial, como
lo atestiguan las invasiones inglesas en el Río de la Plata en la primera década del siglo XIX.
4. Las expediciones españolas que Uevaron a cabo la conquista y penetración de América se compusieron de algunas centenas de hombres entre caballeros y peones; rara vez sobrepasaron el millar de hombres. Estaban regidas
por una disciplina militar que concedía a los capitanes facultades de justicia,
que a menudo ejercieron con rigor. El prestigio personal era un factor poderoso y surgieron banderías y rebeliones antes de que el poder monárquico
llegara a prevalecer. Los caracteres de los conquistadores, sus penalidades, sus
hazañas y excesos han quedado descritos, en ocasiones con maestría, en las
cr6nicas de la época.
Habitualmente mediaron capitulaciones o pactos entre la corona y los

503

�caudillos de las conquistas¡ se aplicaron también normas jurldicaa y económicas consuetudinarias. Los intereses particulares que intervinieron en la organización de las expediciones, asi como )os premios o ~ que se otorgaron a los conquistadores, dejaron huellas en Ja estructura jerárquica de
la sociedad indiana.

Los religiosos procuraron Ja propagación del cristianismo desde los prime.
ros tiempos. Mientras se ventilaba la frondosa polémica teológica y jurídica
sobre Ja conquista y eJ apostolado, ellos precedieron, acompañaron o siguieron a los soldados, mediaron en el trato con los indios, fundaron misiones
entre tribus gentiles y sustentaron comarcas limítrofes. La organización eclesiástica de las provincias y los vínculos de la Iglesia con e) Estado contribuyeron a dar mayor cohesión y uniformidad a) imperio, aunque no faltaron
las particularidades regionales, explicables en esta nueva y dilatada cristiandad.

Además de los soldados y de )01 religiosos, figuraron los oficiales reales, encargados de administrar las rentas de la corona, en Ja primera penetración
española del Nuevo Mundo. La presencia de funcionarios reales de gobierno,
justicia y fisco respondfan aJ prop6sito de administrar tan vastos territorios
desde la lejana corte europea.
Entre )os participantes de las expediciones que tuvieron ocupaciones especiales se encontraban los pilotos, )os marineros, los curanderos y los artesanos
(carpinteros, herreros, sastres) .
El examen de las recreaciones y de la imaginación de los conquistadores
-libros de caballeria, romances, juglares, bufones, naipes, cañas- ayuda a
comprender la atmósfera de estas empresas de penetración.
En el pequeño mundo de cada expedi~n se hallaban representados, en
forma embrionaria, casi todos los elementos que contribuirlan a integrar las
futuras sociedades indianas.

Los instrumentos de la conquista fueron la carabela, el bergantín, el caballo, el perro. Junto a los cuerpos militares avamaron las manadas de
puercos y eJ ganado que se destinaba aJ consumo y a la reproducción. Las
armas incluyeron espadas, lanzas, ballestas, arcabuces, tiros de artillería, armaduras de hierro.
El indio servía voluntaria o forzosamente a la penetración y a) establecimiento de los europeos en calidad de aliado, auxiliar y proveedor.
Los hijos de los primeros conquistadores, ya criollos, ya mestizos, tuvieron
ocasión de participar en expediciones y fundaciones que siguieron a la primera
penetración europea, y en el mantenimiento de las fronteras.•
• Ea lo que ocurre en la, fundacionet llevadas a cabo desde A.unción del Paraguay.

La expami6n de la conquista estuvo a-ociada a Jaa formas de la vida seño-

rial. ya que vastas poblaciones nativas quedaron JOJDetidas a un corto número
de conquiitadores. Los pretendientes que a-e«tiaban a los gobernantes en 101icitud de mercedes hubieron de engancbane en nuevas expediciones, en las que
e,peraban obtener para sí preeminencias econ6micaa y sociales semejantes a
Ju logradas por los primeros conquistadores.
Por tratarse de empresas guerreras, no tomaron parte en ellas habitualmente las mujeres españolas, aunque su temprana presencia es indudable en
algunos casos.• A medida que la conquista condujo a Ja fundación de poblaciones, aument6 e) número de familias que llegaban de &amp;paña; además, de
Jaa islas y de las primeras posesiones establecidas en el continente partieron
algunos movimientos de población con destino a otras provincias de ~rica.
F.t corto el lapso que media entre las conquistas y el arribo de pobladores
que no habían tomado parte en )os encuentros; esto contribuye a diversificar la naciente sociedad. En ella se advierte un ajuste dificil entre los conquistadon:s, los pobladores, los descendientes de unos y otros, los funcionarios reales y sus criados, y los emigrantes de varia condición que continúan
am'bando de Europa, a más de la presencia de indios y negros, y de los mesmos y mulatos que nacen de los cruces con la población de origen europeo.
En las regiones pobladas por indios sedentarios, Ja conquista y el asiento
teiioria) de los españoles pudieron realizane en un plam relativamente breve.
Mas quedaron otras tierras habitadas por nómadas donde la penetración fue
lenta y el avance tomó caracteres de hostilidad fronteriza, como en eJ norte
de México, en la zona oriental del Perú, en eJ sur de Chile, en Ja pampa rio-

platense.
Las últimas empresas de expansión de la colonización hispánica se llevaron a cabo en el siglo XVIII y comieDZo! del XIX, para asegurar fronteras,
El lerVicio en las fronteras de aüle y el ll1o de la Plata ofrece otros ejemploa. El
Diario de Aguirre, 1783-98, en Anaus d, la Bibliot1e11, VII (Buenos Aires, 1911 ),
p. 183, le6ala en fecha tan avanzada que: "Fuera de la Tropa veterana mantiene el
ley un cuerpo de 500 hombret con el nombre de Blandengues. Tod01 1111 individuoa
11111 hijos de la tierra; excelentes ginetet de poca düciplina y que mú ae acomodan
a la lan2a, bolas y 1am, que al fuego. .. El destino principal de esta sente ea la
c1lltodia de la frontera". V&amp;le el estudio de lloaaaTo M.uPANI, El ""''º tl, Blnüap,s, Buen01 Aires, 1933.
• V&amp;.e C. FaaNÁHDu Duao, "La mujer española en Indias", en MlfMlic d, le
R,.Z Aeunnü, tl, la Hinoñ., XII (Madrid, 1910), 157-195; en Bokúr&amp; tl1 la R,al
AetuÜmit, tl1 la Hinoria, XLI (Madrid, 1902), 437-444 y en R,r,ina tl, Dnieho,
Himric 7 L,tTas, año IV, t. XIII (Bueaoa Aira, 1902), 165-182. Tambim es de
hueria a este rapecto el ettudio de W. L. Scauaz, Tlüs N,111 World. Tia, Cmluanoa
of Lctia Amni&amp;a, New York, 1954, cap. VIII, pp. 276-332.

504

505

�redondear posesiones, poblar tierras hostiles o amenazadas por rivales europeos. Estas expediciones ya no tuvieron la misma fisonomía que las de las
centurias anteriores; el interés estatal era más visible en ellas. En relación con
las cuestiones de límites es de señalar la presencia de comisiones demarcadoras y de personas instruidas que realizaron trabajos apreciables (Az.ara, Pichardo).
5. No obstante el carácter miJitar de las primeras expediciones de ocupación de América por los espafioles, no faltó el aspecto de emigración y
colonización. 10
Desde el comienzo de la colonización española se tomaron medidas para
que los pasajeros a Indias quedasen registrados en la Casa de Contratación.
No siempre se aplicaron rigurosamente estas disposiciones, pero se conservan
muchas de las listas que han permitido observar que los emigrantes provienen de varias provincias españolas, que pasan gentes de diversas clases y
oficios, que se inscriben famiJias y no sólo hombres solteros. En fin, que
existe una corriente pobladora que sigue de cerca a los primeros conquistadores de las tierras de América.
El propósito de convertir a los reinos de Indias en colonias de población
se encuentra bien definido en las leyes españolas del siglo XVI. Estas ordenan la construcción de casas de piedra y la concesión a los vecinos de mercedes de solares y tierras, obligan a los maridos a enviar a buscar a sus mujeres a España, requieren el matrimonio de los encomenderos y mueven a los
pretendientes de mercedes a mencionar en las relaciones de méritos y servicios a sus hijos e hijas necesitados de socorro para casarse. Las autoridades
intentan regular el movimiento de la pobtación de unas regiones a otras,
como ocurre cuando se despueblan visiblemente las islas al difundirse el rumor
de las riquezas halladas en tierras del continente.
El envío de labradores y artesanos, semillas1 aperos y ganados, tiene por
objeto facilitar la vida de los nuevos centros de población. También es importante la presencia de mineros, arrieros, comerciantes y otros agentes de
las actividades propias de la civilización europea.
Aunque dentro de algunas reservas, se ha estimado que la población cristiana y morisca del reino de Castilla, hacia 1541, era de 6.271,665 habitan10

Tenía vigorosos antecedentes en el movimiento de repoblación de la Península
que se desarrolla a medida que avarua la frontera cristiana frente a la islámica. Buen
planteamiento de ello y de las repercusiones en el Nuevo Mundo se encuentra en C.
SÁNCHEZ ALBORNOZ, España y el Islam, Buenos Aires, 1943. Véase tambifo la obra:
La reconqui.rla española y la repoblación del país. Zaragoza, 1951. (C. S. J. C. Instituto de Estudios Pirenaicos y Escuela de Estudios Medievales).

506

tes. Agregando Canarias, Cataluña, Valencia, Navarra y Aragón, llegaría a
7.414,970. 11 Entre 1509-1558 se encuentra un registro mínimo de 20,047 pasa-

jeros a Inclias. 12
López de Velasco menciona en 1574 la existencia de 32,000 casas de vecinos en 200 pueblos de españoles fundados en los varios reinos de Indias. Esto
parece arrojar una cifra de población europea, o descendiente de ella, de
unas 160,000 personas. Era el núcleo europeo de colonización más numeroso en el siglo XVI en todo el continente.
Al fin de la época colonial, la población blanca hispanoamericana sería
de tres millones y medio de habitantes.
Siempre fue motivo de preocupación en las leyes españolas de indias la
pureza de religión de los pasajeros. En general la emigración qued6 restringida legalmente a los españoles que tenían a orgullo considerarse como cristianos viejos por "los cuatro costados". Se preocupaba impedir, aunque sin
lograrlo completamente, el paso de judíos, moriscos, gitanos y herejes. Las
persecuciones contra judaizantes fueron intensas. Algunos extranjeros católicos, por ejemplo irlandeses, vivieron en los reinos indianos, mas no en número considerable1 y esto contribuía a hispanizarlos. La desconfianza hacia
el extranjero, que se confundía con la que se profesa al hereje, es un reflejo de las contiendas del catolicismo europeo, de los ataques al imperio
y del relativo aislamiento en que solían vivir las poblaciones coloniales. Pero
hubo excepciones en casos de visitantes o emigrantes individuales, en algunos
puertos y comarcas que practicaban el contrabando (Buenos Aires, v. g.)
y en ciertos períodos en que la propia corte española recibía con mayor
favor las influencias exteriores (misiones de mineros alemanes bajo Carlos III,
visitas de La Condamine, Humboldt, por ejemplo).
No hay que olvidar que la conquista y primera población de Hispanoamérica fue obra, sob1-e todo, del siglo XVI. Cuando la vida urbana y provincial se estabiliza, se ven llegar nuevas corrientes de ~gración española.
Estos pobladores se suman al grupo colonial antiguo, pero no corresponden
por su género de vida al tipo del conquistador. Los establecimientos de
comercio de Lima y México, por ejemplo, reclutan sus empleados entre esos
emigrantes. En el siglo XVIII hay emigración de colonos canarios a regiones que, por intereses políticos, se querían consolidar (v.g. Texas, Venezuela,
u

R.

CARANOE,

Carlos V. . . ( 1943), p. 42.

Esta materia viene siendo estudiada y revisada por J. FRIEOE. Véase por ejemplo,
"Algunas observaciones sobre la realidad de la emigración española a América en la
primera mitad del siglo XVI", Revi.rta de Indias, XII, 49 (Madrid, ·1952), 467-496.
11

507

�Montevi,deo) ; u es un movimiento semejante al de los grupos de azorianos

que envia la corona de Portugal al Brasil.
L~ oposición entre el español europeo y el español criollo o americano
surgtó pront?, y tuvo grandes repercusiones en la vida religiosa y en la civil.
La poblacion blanca se mezcló en diversos grados con la india, dando origen a la población mestiza.
En regio~es de mano de obra negra hizo su aparición el mulato, y había
una población de color emancipada junto a la que permanecía en estado de
esclavitud.

LA PATRIA LEJANA

. ~as mezclas en el nivel popular entre las varias razones produjeron Ja apanc1on de cast:1-5 que hacían más compleja aún la composición de Ia sociedad.
La presencia de sangleyes y tagalos dio un matiz oriental al mes~: ·
F'li .
.
uZaJe en
1 pmas; lo propio ocurre en casos individuales en Hispanoamérica como
resultado de la introducción de inmigrantes por la vía del galeón de Manila.

Abog.

RoDOLFO

Ruz

MENÉNDEZ

Uni.versidad de Yucatán

podríamos decir su esencia o su síntesis, que es una
realidad viva para todos nosotros y que está siempre presente en nuestras
mentes y en nuestros corazones. Pero el detalle, sus aspectos más peculiares
que caracterizan algunas de sus regiones distantes, escapa generalmente a nuestra comprensión y constituye esa Patria lejana, confusa, vaga y contradictoria
donde nuestro amor filial fallece por falta de adecuada información, ya que,
para amar, es preciso conocer primero. Yucatán es quizá el prototipo de
esa Patria lejana, cuya verdad es sólo patrimonio de los peninsulares y difusa
idea, cargada de conceptos más o menos erróneos, para todos los demás mexicanos.
HAY ALGO DE LA PATRIA,

í

u Cf. FRANrusco MoRALEs PADRÓN, "El de.,plazamiento a las Indias desde Canarias"
El Museo. Canario,
~
·'
. XI, 33-36 (1950), 1-24. "Colonias canarias en Indias", 11nuano
d Es d
t
tu 10s A.mencanos, Sevilla, 1951, VIIT, 399-441.

508

V amos pues a tratar, en breves líneas, de que los esfumados perfiles de
ese rincón de México se recorten para mostrarnos su realidad.
La península yucateca, dedo pulgar de México que apunta al Norte y se
contrapone al índice de la Baja California, ha venido emergiendo del mar
desde los más remotos tiempos. Su suelo plano, calcáreo, sin ríos y poblado
de monte bajo, allí donde la mano del hombre no ha dejado su fruto, simula
un gigantesco espejo que devuelve a lo alto la luz del sol. La tierra drl
Mayab es una tierra luminosa, de un cielo de intenso azul que contrasta a
veces con las nubes blancas que, en caprichosas formas, se desplazan con
majestuosa lentitud. La naturaleza la ha dotado de tres encantos: sus playas
de arena blanquísima y de tranquilo mar, sus cenotes o grutas escondidos en
las profundidades del suelo, por donde corre el agua dulce de las filtraciones pluviales y sus noches, siempre frescas por la proximidad del mar y que,
por su transparencia y luminosidad permiten ver las estrellas como si se estuviera en el interior de un maravilloso y gigantesco planetario.
La península entera está sembrada por todas partes de los vestigios de la

509

�esplendorosa civilización maya. Basta abrir un camino para que vuelvan a
la luz interesantes piezas de cerámica, idolillos, osamentas de los antiguos
pobladores o bien edificaciones enteras de una piedra tan blanca, como s6lo
se ve en Yucatán, siempre ricamente labrada.
Los mayas se llamaron a sí mismos Los escogidos (de ma=no y ya=muchos)
y en cierta forma lo justificaron como los griegos entre los pueblos de la Antigüedad. Grandes matemáticos, astrónomos y constructores estupendos pasman hoy día al turista con las ruinas de las que fueron sus ciudades: Chichén
ltzá, Uxmal, Kabá, SayiJ, Lahná, Tulum y tantas otras menos afamadas, por
ser poco conocidas debido a su acceso difícil.
Colón en su tercer viaje trabó contacto con los mayas al encontrar una
canoa indígena que hacia eJ comercio con el sur. Unos náufragos, Gerónimo
de Aguilar y Gonzalo Guerrero, fueron los primeros blancos que llegaron a
sus tierras. Las expediciones de Francisco Hemández de C6rdova, Juan de
Grijalva y luego la de Cortés salieron de Cuba y recorrieron las costas de
Yucatán en ruta hacia el Imperio fabuloso de los Aztecas. Hemán Cortrs
derribó los primeros ídolos en Cozumel para plantar la Cruz y recogió al
náufrago Ger6nimo de Aguilar, que le fuera tan útil por sus informaciones
y como intérprete, gracias a que la Malinche hablaba la lengua maya que
Aguilar había pacientemente aprendido durante su convivencia con los nativos.
Uno de los capitanes 9e Cortés, don Francisco de Montejo, auxiliado por
su hijo del mismo nombre y por su sobrino, intentó la conquista de Yucatán
que logró al fin tras largos años de tanteos y de luchas.
Los falsos indigenistas que achacan a España el crimen de haber destruido
la cultura azteca se quedan sin argument~_por lo que a la maya respecta.
En efecto, a la llegada de los españoles, la decadencia total del pueblo maya
era evidente y sus grandes ciudades se encontraban ya en completa ruina y
abandono. Por otra parte, en esta tierra sedimentaria marina, ni el oro, ni
la plata, ni las piedras preciosas, pudieron tentar la codicia de los conquistadores.
La ciudad de Mérida, fundada por Montejo el Mozo el 6 de enero de
15421 fue un regalo de Reyes hecho al viejo Mayab por la potente raza
nueva que ahora lo poseía. Las formidables ruinas mayas de la antigua Th6
o Ixcansih6, asiento de la nueva ciudad, hicieron recordar a los españoles
las construcciones romanas de su Mérida y, el nombre evocado, desde luego
se impuso a la hora del bautizo.
Los trescie~tos años de la Colonia transcuqieron lentos y fecundos no obstante Ja pobreza de la tierra que mal oculta la laja, la roca, a pocos centímetros de la superficie del suelo y donde, apenas si algunos cultivos, como
el del maíz y el del algodón, daban escaso sustento a la población, algunas

510

veces víctima del hambre y de la miseria más espantosa. (El henequén aún
no se había convertido en el oro verde, que enriqueció a unos cuantos hacendados y políticos) .
Llegaron los franciscanos, levantaron sus conventos y evangelizaron al indio.
Vinieron más tarde los jesuitas y fundaron su colegio del que ha derivado,
al través de diversas metamorfosis, la actual Universidad de Yucatán engendrada por José Vasconcelos, cuando hacía milagros desde la Secretarla de
Educación Pública.
Diego de Landa, Gaspar Antonio Xiu, Cogolludo, Lizama, entre otros,
se esforzaron por conservar la historia de la península. Landa, tan discutido, escribió la Relación de las cosas de Yucatán, fuente insustituible para el
estudio de los mayas, a manera de reparación por el Auto de Fe de Mani
que no le perdonan quienes no pueden comprender que, para Landa, era
más importante la salvación de las alnw de los indios, que todos los tesoros
de la historia o de la arqueología convertidos por la ignorancia en objetos
de culto idolátrico.
Gobernadores excelentes, como don Lucas de Gálve-z, que hizo tanto por
Yucatán como el Segundo Conde de Revillagigedo por la Nueva España,
o como el Mariscal de. Campo don Antonio Figueroa y Silva que batió victoriosamente a los ingleses en Belice, dejaron huella profunda y su memoria
es todavía venerada por el pueblo.
La fachada de la Casa de Montejo, de estilo plateresco, la sobria Catedral
románica de Mérida, empezada y terminada en el siglo XVI, el monumental convento franciscano de bamal, las murallas y fuertes de Campeche, asi
como numerosos edificios eclesiásticos y civiles son muestra del legado material de la Colonia. Una nueva raza, una nueva cultura, un nuevo idioma y
una nueva religión constituyen el legado espiritual.
¿Fue la Capitanía General de Yucatán parte integrante de la Nueva España? Mucho se ha dicho al respecto en pro y en contra. No puede negarlle que la conquista de la región se hizo con recursos propios y según capitulaciones especiales celebradas con el Rey, quien designaba directamente a la
máfflna autoridad de la Colonia, ni la dependencia en lo judicial, en un
principio, de la Audiencia de Guatemala; pero tampoco puede negarse la
posterior sujeción a la Audiencia de la Nue\'a España, ni la prepondcración
que iban tomando los Virreyes en los asuntos de la península.
La independencia de Yucatán se realizó en forma pacífica y democrática,
cosa verdaderamente rara en nuestros turbulentos pueblos de América. El
último Gobernador y Capitán Genera"1 don Juan Ma. Echéverry, convocó
a las fuerzas vivas del país, en Cabildo abierto, y les propuso estas tres alternativas: seguir sujetos a :España, o bien ser libres y constituir una pequeña nación
511

�o unirse a México, que fue la decisión irrevocable adoptada por el pueblo
entero de Yucatán. Este bello ejemplo de civismo y de amor patrio no se
conmemora nunca y ni siquiera se menciona en los textos de historia para
fomentar la unión de todos los mexicanos. En cambio, en muchos de ellos,
por no decir en todos, se exhibe a los yucatecos, haciéndolos aparecer como
traidores, únicamente porque en 1841 y en 1846 defendieron el Régimen
Federal, tan esencial y verdadero para Yucatán cuanto falso y artificioso
para otras regiones del pais. Entonces la península se separó de México,
constituyéndose en República independiente, en tanto volviera a regir el Pacto
Federal que todos los mexicanos habían jurado obedecer. La propia bandera
del Estado, confeccionada para aquella ocasión, tenía los mismos colores del
Pabellón Nacional en distribución diversa: una franja verde vertical, adornada con cinco estrellas blancas y tres franjas horizontales, blanca la de en
medio y rojas las de los extremos. De todo esto ha surgido la leyenda denigrante del separatismo y toda suerte de burlas hirientes que dividen y crean
rencores.
La guerra de Castas, lucha del indio salvaje contra la civilización blanca,
atizada por intereses extraños, estuvo a punto de borrar todo vestigio de
cultura, devolviendo a la barbarie la península entera. Poblaciones importantes fueron tomadas y saqueadas y hubo enorme merma de la población
hispánica, que constituye precisamente el fermento civilizador. Esta guerra
cruel, cuyas consecuencias aún se stÚren, se prolongó por más de cincuenta
años, aunque con grandes sacrificios se logró rechazar a los rebeldes a las
selvas de Quintana Roo, desde el primer lustro de lucha. La habilidad
diplomática de don Justo Sierra O'Reilly,.padre del ilustre maestro campechano, supo enfrentar los intereses de las dos grandes potencias anglosajonas y salvar a Yucatán de la dominación extranjera y al país entero de que.dar aislado de los pueblos hermanos del sur.
El Imperio dejó a Yucatán el recuerdo, un tanto melancólico, de la visita
de la Emperatriz Carlota, cuyo retrato conservan todavía con amor algunas
antiguas familias. Poco antes, Yucatán había sufrido su primera desmembración al surgir el Estado de Campeche. Más tarde, a principios de siglo, se
crearía el Territorio de Quintana Roo dejando al Estado de Yucatán reducido a una mínima extensión dentro de la Península y con las tierras más
pobres y más reacias al cultivo. Sin embargo, el desastre económico quedó
aplazado de momenro, ante la aparición de la industria henequenera, que
constituyó la riqueza de Yucatán por casi medio siglo.
Tres grandes figuras simbolizan la presencia del pueblo yucateco en los
destinos de la patria durante el siglo XIX: Andrés Quintana Roo, el coronel
Crisóstomo Cano y Cano y el jurista Manuel 0rescencio Rejón.

512

Quintana Roo combatió con su pluma y con su talento por la independencia del país. Vicepresidente del Congreso de Chilpancingo, reunido por
Morelos, encarna, en cierta medida, el espíritu de libertad anhelada por todos.
Cano y Cano, glorioso defensor de Chapultepec contra el invasor Yankce,
ofrendó su vida a la patria para dejar siquiera a salvo el honor de la nación.
Poco antes, en Cerro Gordo, había vencido en un encuentro, cuerpo a cuerpo,
al teniente Ulises S. Grant.
·
Rejón, creador del Juicio de Amparo, institución legal netamente mexicana, que supera en su técnica y en sus efectos protectores al famoso Habeas
Corpus anglosajón, ha puesto en manos de cada ciudadano la mejor arma
para defender sus garantías individuales, sentando en el banquillo de los acusados a cualquier autoridad del país que las viole.
La industria del henequén surgió gracias al esfuerzo y al genio creador del
pueblo yucateco. La maquinaria indispensable para transformar la penca en
fibra. dorada y resistente, fue tocia de invención local. Las grandes haciendas
henequeneras comenzaron a fonnarse, cada una con su propia planta desfibradora, movida primitivamente a vapor. El monocultivo se impuso con éxitoi ya que el agave vive a maravilla sobre la pelada roca y pronto, su verde
forma, constituyó el paisaje característico de la vieja tierra del Mayab, iluminado a trechos por el rojo flamboyán, y enmarcado en el recuadro de las albarradas, con la silenciosa figura del indio, vestido de albo traje, moviéndose
entre las filas apretadas de pencas, que semejan agudas lanzas que apuntan
al cielo. La riqueza afluyó a unas cuantas familias, cuyos hijos se educaban en
Europa y que conocían Paris antes de haber visto la ciudad de México.
Acaba de conmemorarse el cincuentenario de los sangrientos sucesos de
Valladolid, Yucatán, que ·fuera el primer brote de nuestra Revolución Social,
aplastado por la dictadura con celeridad de rayo .
Deshecho al fin el régimen decrépito, el oro del Estado, entrado a espuertas por causa de la Gran Guerra, voló rápido hacia la hambrienta loba,
que todo lo devora, incluso a sus propios hijos. Se creó el ejido, a costa del
latifundio y se pensó que el indio había sido emancipado. Pero el henequén
es un cultivo singular: desde que el vástago es trasplantado definitivamente,
hasta que pueda cortarse la primera penca, para transformarla en fibra, pasan siete años, durante los cuales es preciso limpiar de yerbas constantemente las hileras interminables, para evitar que perjudiquen a la planta. El tren
de raspa representa siempre fuerte inversión y el costo de su mantenimiento
es elevado. Esto explica, en parte, los graves problemas planteados por la reforma agraria, que fraccionó las haciendas, pero dejó en manos del antiguo
propietario el equipo industrial. Y así el indio ha pasado de la Encomienda a

513

�la tutela del amo y de ésta al anónimo patronato de Henequeneros de Yucatán y luego del Banco Ejidal.
Pronto el henequén dejó de ser patrimonio exclusivo de los peninsulares y
su cultivo se extendió al Africa, a Sumatra, al Brasil, donde los salarios son
bajísimos y por ende el costo de la producción mínimo. La industria yucateca, manejada por la burocracia, ha tenido que competir en condiciones desfavorables, con las empresas comerciales extranjeras y, al producirse el colapso económico, ha venido la miseria que busca en vano su puerta de escape en la industria cordelera, el turismo, la cría de aves, la apicultura o
en alguna otra labor.
Durante siglos la Península vivió aislada y distante por causa de la Geografía y esa ininterrumpida endogamia, combinada con la falta de contactos
e intercambios ajenos, ha creado ese clima tan peculiar que la ha convertido
en "el país que no se parece a otro".
La fiebre amarilla, endémica en la región hasta principios de siglo, era
mortal, casi con seguridad absoluta, para el foráneo, lo que fue barrera formidable contra toda penetración.

'
Hasta hace muy poco el único medio de comunicación
que tuvo Yucatán
con el resto del país fue al través de la vía marítima, sujeta a las inclemencias del Golfo. Actualmente el avión sitúa a Mérida a sólo dos horas de la
ciudad de México y el ferrocarril y la carretera, hechos ya realidad, simulan
venas y arterias gigantescas que traen y llevan la sangre que ha de vivificar
a este extenuado miembro.
Generalmente se califica a la Península Jlamándola con la ambigua designación de "el sureste de México11 • Pero muchos, sin duda, quedarán sorprendidos al comprobar en el mapa que Mérida se encuentra situada más al norte que la propia capital de la República. Y, como ésta, habrá otras sorpresas
para el mexicano que, con afán de conocer su propia patria, se llegue a la
Península y la recorra.
El yucateco es trabajador y exquisitamente amable con el foráneo, pero
carece de espíritu gregario y ésta ha sido la mayor de sus debilidades. Pacifico por naturaleza y culto por el estudio, es también limpio en su cuerpo y ordenado en sus costumbres. No bay que olvidar que Yucatán tiene el más bajo índice de criminalidad en la República y que sus campos son tan seguros
como sus ciudades.
Puede decirse que todos los habitantes de Yucatán no duermen en cama,
sino en elaborada hamaca de hilo inglés, las gentes de posibles, o de mecate
o de cáñamo, los humildes. El yucateco ama su hamaca que le da un dulce y
fresco sueño y no puede explicarse que, en zonas tan calientes como las de

514

Veracruz, por ejemplo, sea necesario tenderse sobre un colchón a echar sudor por todos los poros del cuerpo.
Quien contemple desde una altura el panorama de la ciudad de Mérida,
quedará pasmado ante el impresionante número de veletas o molinos de aire; veinticinco o treinta mil, que semejan e.xtraordinario y apretado bosque.
La razón de su presencia debe avergonzarnos a todos, porque cada uno de
dichos artefactos mecánicos parece decirnos que, en esta región de México
civilizada y culta, no hay agua potable y es preciso utilizar para el aseo aguas
contaminadas que se extraen de los pozos de cada predio, no muy profundos,
porque la ciudad se eleva a sólo ocho metros sobre el nivel del mar. Se bebe
agua de lluvia que hay que hervir primero, colectada de las azoteas en aljibes subterráneos o en depósitos metálicos o de mampostería. Y así como no
existe agua potable en las poblaciones de la Península, tampoco existe un
sistema de cloacas o alcantarillas que recojan las aguas negras, por lo que
también cada predio debe tener su sumidero o fosa séptica cuyas filtraciones
contaminan el agua de los pozos. La Comisión del Agua Potable de Mérida
lucha desesperadamente por solucionar cuanto antes estos dos graves problemas, causa de elevada mortalidad infantil entre los humildes y peligro constante para el viajero no advertido.
El español que se habla en Yucatán ha sufrido una doble influencia por
parte de la lengua maya: una en el aspecto semántico y otra en el fonético.
Ese hablar pujado que caracteriza al peninsular inculto y que lo hace objeto
de burlas, se debe precisamente al influjo de la lengua maya. El hombre de
la altiplanicie tiene también su acento, lo mismo que el de la costa, que se
come las letras de las palabras.
•Mérida, la limpia y la blanca, con sus doscientos mil habitantes, ya no es
más la quinta ciudad de la República, ni Yucatán el emporio de riqueza que
antes fuera.
Esta Patria lejana que ha prnducido poetas de fama y hombres egregios
por su .saber y por su tes6n en luchas constantes contra un medio adverso, que
creó sus propios ferrocarriles, editó su enciclopedia y que en otro tiempo supiera defender valientemente sus libertades, trata ahora de mantenerse a la
altura de su tradición cultural y de consen·ar la dignidad en medio de su
pobreza. La nación debe hacerle llegar su impulso vital, para que se recobre
de sus quebrantos y brindarle la comprensión y afecto que cualquier parte
de México se merece.

515

�EL PESIMISMO MEXICANO A LA MITAD DEL SIGLO XIX
XAVIER TAVERA .Al.FARO

Univenidad de Veracruz

Mwco

los treinta primeros años de su vida independiente y ya el desaliento cunde por todas partes. Ha de afirmarse que
M&amp;ico es una naci6n "que ha Uegado de la infancia a la decrepitud sin haber
disfrutado más que un vislumbre de la lozanía de la edad juvenil". 1 Aquel
país que pudo haber sido grandioso, faro de ejemplo y virtudes en el Nuevo
Mundo, llega a la segunda mitad del siglo XIX, a juicio de algunos contemporáneos, como el más oprobioso de los pueblos. Respaldado, como lo estaba,
por un pasado de gloria y opulencia; por una tradici6n de optimismo que arranca desde los días de la conquista y se acrecienta con el orgulloso siglo XVIII 2
y los escritos del celebrado viajero Humboldt,ª habría de producir una amarga decepci6n el hecho de que apenas alcanzada la independencia el país
cayera en un estado de anarquía casi completo, se viera envuelto en guerras
externas y por último, a consecuencia de la emprendida con los Estados Unidos, perdiera más de la mitad de su territorio original Terrible golpe debe
haber sido para aqueUa sociedad envanecida el despertarse un día para asistir al Santo Sacrificio de la Misa y ver ondear en las astas de los edificios públicos de la "opulenta y grandiosa" ciudad de México la bandera de las hamu y estrellas. Y más terrible aún si tomamos en cuenta el rancio engreimiento de los mejicanos, heredado del tradicional orgullo novohiipano, que
los había Uevado a creerse otrora la "joya más preciada de la corona de España" y el pueblo elegido por Dios para grandes y maravillosas empresas, a
APINAs s1

HA

SOBREPASADO

ALAIIÁN, LuCA.s, Historia d, Mlxico, M6üco, ]111, 19♦2. 5 vob. V. 834.
Vid. GoNzÁuz Y GoNzÁLu, Luis, "El Optimismo Nacionalista Como un Factor
de la Independencia de México" en Estudios de Historiog,afla d, la Nu,aa Es,aña.
1

1

M&amp;ico, El Colegio de México, 1949.
1

Vid.

HUMBOLDT, AllJANDlto DE,

Ensayo Polltico soln, ,I R,ino d, la Nu,aa Es-

,Cia. Máico, Robredo, 194-1, 4 vob.

517

�gra~o tal de haber permitido, en su Infinita G~andeza, que su madre se apareciese en el Tepeyac y su imagen santa quedara grabada indeleblemente en
la tilma del indio Juan Diego en diciembre de 1531.
México que "al separarse de la Madre Patria, se presentaba con grandes elementos para figurar en el mundo y llamar la atención de los pueblos civilizados" ' era, al principiar la segunda mitad del siglo pasado, un país condenado ~ desaparecer como consecuencia de los graves errores cometidos por los
mexicanos en esos primeros treinta años de vida independiente. Por eso se
diría que entre "los cargos que nos hace el mundo y que nos hará también la
historia, el más severo de todos es la facilidad que hemos tenido para ser
grandes y felices, sin aquel esfuerzo extraordinario que necesitan los hombres
cuando encuentran una naturaleza pobre y estéril, o una situación tal que
presenta obstáculos insuperables". 6 En cambio, en tanto que México iba por
un callejón sin salida, la nación vecina en el norte había florecido a tal grado, que en el "corto período que lleva de emancipada se halla al tanto del
país más adelantado de Europa. Todo el país está cruzado de ferrocarriles y
canales, Ja actividad comercial de las ciudades asombra, el movimiento industrial es grande, y los capitales en continua acción".ª

¿ Qué es pues lo que ha ocurrido en México? ¿ Por qué razón ha caído tan
bajo el nombre y el prestigio de la nación? Las respuestas que se dan son múltiples, y todas ellas son, desde luego, la consecuencia de un diagnóstico que
lleva a cabo el mexicano del medio siglo. También, debemos decirlo, el diagnóstico varía no sólo en relación con las ideas fundamentales que sustentan
los autores, sino en relación con la preparación intelectual de los mismos. Podemos anticiparnos y afirmar que si revisamos las ideas que entonces se expusieron y los remedios sugeridos se podrán reunir en dos grandes grupos :
uno que considera que todo está perdido; otro que entrevé aún luces de esperanza. Podrá, a simple vista, parecernos extraña esta discrepancia de opiniones bijas de una misma época, pero no debemos perder de vista que el
mexicano de entonces -tal vez como el de hoy-, atravesaba por una grave
crisis que ha de intentar resolver en el período conocido como la Reforma.
La crisis no era nueva, es decir no era reciente, la crisis está planteada en
la historia mexicana desde la época de la lucha emprendida para obtener la
emancipación política, y, a medida que transcurre el tiempo sin que se resuelva tendrá que ir tomando un cariz de verdadera gravedad. Es por ello
que la vida en México durante los primeros cuarenta años de vida indepen• CUEVAS, Luis G., Porvenir de México, México,
CmwAs, Lurs, G., op. cit. 13.
' El Siglo XIX, agosto 11, 1849.

Jus,

1954. 11.

diente -como toda vida en crisis--- es dual en su raíz misma. Por un lado es
persistencia del pasado colonial o, dicho con mayor rigor, supen-ivencia. Por
otro es germinación oscura de vida nueva.
Un grupo de mexicanos, así como mttltiples aspectos de la vida económica,
social y política de México están profundamente enraizados en el pasado
colonial; en tanto que otro grupo y algunas formas de vida se oponen a ese
pasado.
A la mitad del siglo XIX los dos más típicos representantes de la primera actitud a la que nos acabamos de referir son: don Lucas Alamán y don
Luis Gonzaga Cuevas. Uno y otro coinciden en cuanto que piensan, y así
lo e,.-ponen, que después de treinta años de vida independiente el país está
condenado a desaparecer, a menos que un verdadero milagro venga a salvar
a México en las tinieblas en las que se halla. Empero el tono que uno y otro
emplean para decir tal cosa es diferente. Más elegíaco y apasionado en don
Lucas que en don Luis, en quien se observa un mejor estado de ánimo o un
mayor equilibrio en sus juicios.
El tono de Al amán, desgarrador y doloroso, nos recuerda el de los profetas
judíos de los días de cautiverio en Babilonia; y aunque doloroso es también
el tono de CuevasJ no llega a los e.xtremos de Alamán.
La imagen que Alamán nos da del medio siglo no puede ser más desesperante:

Méjico como nac,01i ha perdido desde que se hizo independiente:
más de la mitad de su territorio; una deuda extranjera de 52 millones;
la nacional debiera estar muy disminuida ci&gt;n los muchos negocios en
que se han dado créditos como dinero; las rentas reducidas a la mitad y
el ejército a la nada . .. 7
Pero este cuadro trazado así por don Lucas se amplía mucho más cuando
nos dice:

Al ver en tan pocos años esta pérdida inmensa de territorio; esta ruina de la hacienda, dejando tras sí una deuda gravos!sima; este aniquilamiento de u11 ejército florido y valiente, sin que hayan quedado medios
de defensa; y sobre todo, esta completa extinción del espíritu público,
que ha hecho desaparecer toda idea de carácter nacional: no hallando
en Méjico mejicanos ... parece que habrá razón para reconocer con

1

518

: Auw, LucAS, op. cit. V, 877.

519

�el gran Bolívar que la independencia se ha comprado a costa de todos
los bienes que la América disfrutaba ...
Pero don Lucas no se detiene en estas reflexiones sino que se plantea uno de
los problemas característicos de aquella crisis. "Estos funestos resultados -dice- han dado motivo para discutir, si 1a independencia ha sido un bien o
un mal y si debió o no promoverse ... ,, 11
Imaginémonos la impresión que en un lector común y corriente de aquellos días habrán producido estas líneas. Pensemos un poco en la desesperación, en la angustia que sufrieran algunos de aquellos lectores que fueron
testigos de la entrada del Ejército trigarantc a la ciudad de Méx.icoJ que temblaron de espanto en cada uno de los motines o asonadas ocurridos, que perdieron sus deudos o fortunas en alguna de las revoluciones pasadas y que un
dfa oyeron la atronadora fusilería del ejército Jankee. ¡ Cuánto dolor! Por
todo esto, en la República Mexicana se había pasado ''de unas ideas excesivas de riqueza y poder a un abatimiento igualmente infundado". 9 Y aquel
pueblo del que se había dicho que su "clima, territorio, situación geográfica,
supremacía entre todos los esta.dos hispanoamericanos, y una comunicaci6n
por ambos mares, que podía ser activa y extenderse rápidamente, anunciaban su independencia como un acontecimiento de grandes consecuencias pa•
ra el comercio, la industria y la política", 10 a la mitad del siglo no le quedaba ya "nada que esperar".u
Se seguía creyendo en la leyenda de la gran potencialidad económica de
México, se seguía pensando en que México era un país de "prosperidad"J no
en balde pesaba una leyenda trisecular; México seguía siendo aun en Alamán
y Cuevas, como en tantos otros contemporáneos suyos, el legendario cuerno
de la abundancia, pero, en cambio, ya no se creía en el mexicano.
Aquellas virtudes que todavía en 1821 adornaban a la sociedad mexicana,
que aun cuando "'se resentía de todos los defectos de la educación que había recibido. . . hacía notar tan bien los rasgos de lo bueno y noble que habían impreso en ella el carácter y las virtudes de los españoles",12 habían
desaparecido para dejar en su lugar tan sólo vicios y gérmenes de disoluci6n. Por eso, aunque México era sin duda un "país de prosperidad, porque
sw elementos naturales" se la proporcionarían, no lo era "para las razas que
ahora lo habitan'', pues parecía destinado, decía Alamán,
• Al.AMÁN, LuCAs, op. cit. V, 834.
• ALA»ÁN, LuCAs, op. cit. 876.
11 CUEVAS, Luis G., op. cit. 11.
11 AL.uú.N, Luc:As, op. cit. V, 876.
" Cu11vAs, Luis G., op. cit. V, 14.

520

... a que los pueblos que se han establecido en él en diversas y remotas épocas, desaparezcan de su superficie dejando apenas memoria
de su existencia; asf como la naci611 que construyó los edificios del Palenque '1 los demás que se adivinan en la península de Yucatán, quedó destruida sin que se sepa cuál fue ni c6mo desapareció; asi como
los toltecas perecieron a manos de las tribus bárbaras venidas del Nor~
te, no quedando de ellas más recuerdo que ·sus pirámides de Cliolula
y Teotihuacán; y así como por último, los antiguos mejicanos cayeron
bajo el poder de los españoles, ganando itlfinito el país con este cambio
de dominio, pero quedando abatidos sus antiguos dueños; así tam•
bién los actuale.s habitantes quedarán arruinados y sin obtener siquiera
la compasi611 que aquéllos merecieron, se podrá aplicar a la nación mrjicana de nuestros días, lo que un célebre poeta latino dijo de uno de
los más famosos personajes de la historia romana STAT MAGNJ NO.
MINIS UMBRA ... JJ
¡ Qué tremenda condenación para los mexicanos! Y, llevando a sus extremos
las conclusiones a las que invita A1amán a sus lectores, éstos no podrán, lógicamente, sino pensar que lo que encerraba este vaticinio, esta temible profecía
era que el pueblo que gozaría de los bienes que la Providencia había puesto
en el antiguo territorio de la Nueva España serla, tarde o temprano, pero inminentemente, la nación que mediante la anexión ya había empezado a usufructuarlos. Sólo un milagro podría evitar semejante catástrofe, por ello Alamán, invocando a DiosJ ha de exclamar:

¡Quiera el Todopoderoso, en cuya ma110 está la roerte de las naciones, y que por caminos ocultos a nuestros ojos las abate o las ensalza,
según los designios de su Providencia, dispensar a la nuestra la protección con que tanta.s veces se ha dignado preservarla de los peligros a
que ha estado exp,wta!"
E.xiste pues, todavía, una posibilidad de salvación para esta desdichada nación. Hay una hendidura, un resquicio por el que se filtra la luz que anuncia
no ser todo tinieblas. Todavía, en última instancia, está el Todopoderoso que
puede, "según los designios de su Providencia", dispensar a México una ve-.l
más, quizá la última, la protección necesaria para salir del caos. Pero no es
sólo la Providencia quien debe intervenir, es también el hombre, el hombre de
u ALA11Á111, LuCAs,

op. cit. V, 878-879

" lb.

521

�México, el que con su voluntad pueda dar el primer impulso que saque al
país de la situación en la que se encuentra. Pues aunque los hombres "propendemos a disculparnos con sucesos que nos parecen conformes al orden establecido por la Providencia. . . no advertimos que el poder que hemos te•
nido para evitarlos, y la libertad de que gozamos para elegir siempre entre
el bien y el mal, nos hacen responsables de aquello mismo que juzgamos sujeto a consecuencias desastrosas e infalibles". 15 Por esto, aunque en el último
momento tenemos que esperar los ocultos designios de la Providencia, el hombre, nosotros, podemos actuar y elegir, como ya lo ha dejado establecido la
doctrina agustiniana, entre el bien y el mal. Así pues, si es la Providencia
quien en definitiva decide, el hombre puede también elegir, escoger entre uno u
otro de los dos grandes caminos que se ofrecen a los hijos de Eva en este "Valle
de Lágrimas". De aquí se sigue que si en los primeros treinta años de vida independiente mexicana el mexicano ha caído en el error que ha conducido a su patria al caos, es él el responsable del caos y de las desgracias en las que se encuentra hundida la en otro tiempo más próspera y bella región de América.
Así vistas las cosas, todas esas desgracias que se ciern.en sobre el pueblo
que otrora fuera el más dichoso de la América, tiénen su origen en los errores cometidos por los mexicanos después de haber obtenido su independencia.
Las asonadas, motines, revueltas, golpes de mano, cuartelazos, etc., que han
sumido al país en la anarquía, la miseria y el oprobio; la guerra con los Estados Unidos de Norteamérica y la concomitante pérdida de enormes riquezas, no son sino la consecuencia lógica del error en el que ha vivido México
desde la consumación de su independencia; y, en el plano metafísico, el justo castigo que el Todopoderoso inflige a la nación mexicana por haberle vuelto
la espalda, pues los mexicanos

Hemos vivido treinta años haciendo una constante oposici6n a la verdad, no alimentando nuestras espera111:as sino con las ilusiones que siempre no, hace farmar el delirio de los partidos, reduciendo las mejoras y
progresos a vanas palabras y a teorías que no satis/acen ninguna de las
necesidades públicas . .. "
A todo esto se debía, afirmaba Cuevas, la inestabilidad de las administraciones públicas, que sólo había servido para presentar un espectáculo bochornoso de confusi6n, desconcierto y anarquía, con el que fue insostenible el
"buen nombre de la nación", y con el cual el país no pudo llegar a consti-

tuirse "convenientemente". Y así, con todos estos extravíos políticos vinieron
los sociales, pues

... una vez desconcertados los gobiernos y paralizados los resortes de
la ley y del orden, la sociedad debía conmoverse, y la masa proletaria
buscar en la propiedad, en las clases productivas y en los rangos más
o menos elevados, todos los goces que ha podido vislumbrar en las ofertas con que se ha estado adulando a lo que se llama pueblo, sin defi11irlo y sin conocerlo.'1
Pero no sólo estos hechos provocan el desquiciamiento social, sino que "para acabar de extinguir todo buen sentimiento", y apoyando el desorden político y social se echó mano de la indiferencia en materias religiosas con lo
que se privó al pueblo de la benéfica influencia consoladora que siempre "ha
tenido la religión" al conservar "lo que es digno de veneración", haciendo,
desde luego, que sean "más augustas las funciones de la autoridad civil". De
tal manera que al dejar de derramarse por todas partes la palabra de Dios,
cesaron de germinar las "semillas de la virtud", desapareciendo con ellas los
"bienes inmensos de la caridad evangélica" .18
Todas estas desgracias fueron un signo inequívoco&gt; una "señal segura" del
"aumento de riqueza y prosperidad territorial de los Estados U nidos", como
quedó comprobado con la guerra invasora.
Todas estas desgracias no podrán tener remedio en México, nos dirá don
Luis, establézcase el gobierno que se establezca, ya que la "inquietud, la discordia y la desconfianza" son funestas y causan la ruina de cualquier gobierno, pues mientras subsista la falta de equilibrio "entre la libertad y el orden,
vanas serán todas las reformas y todos los cambios que pudieran emprender•
se, y no podrán remediarse ni con grandes ingenios, ni con grandes proyectos, ni con grandes ejércitos, sino con una moral sana que zanje los cimientos de la gloria de un pueblo sobrio y virtuoso". Todo lo demás, diría Cuevas,
no es sino "buscar la felicidad en aquello que la contradice" ,1n
Y Cuevas, como Alamán, está seguro del inevitable fin del páis si éste
persiste en sus mismos errores, si los mexicanos, empeñados en oponerse siste•
máticamente a la verdad, continúan con la espalda vuelta a su tradición. Cada día, cada minuto que transcurre se abrevia la vida de México como nación, como país independiente. Lo que presencian don Lucas y don Luis es
la agonía de u.na luz que se apaga para no encenderse más.
" CuEvAs,

1.0

CuEvAs,

"' CUEVAS,

522

Lurs G., op. cit. 13.
Luis G., op. cit. 1.

Luis G., op. cit. 5.

" lb.
11

CUEVAS,

Lms G., op. cit. 7.

523

�En ese paralelismo que ofrecen los pensamientos de Alamán y Cuevas, advertimos una nota de gran similitud; la desesperanza, el pesimismo del medio siglo. Uno y otro han de preguntarse llenos de zozobra e inquietud, si el
mexicano es o no capaz de autogobernarse, si, como se preguntaba Alamán,
no hubiera resultado mejor permanecer atados a la corona de España. Estos
dos homb!'cs estaban seguros, como Bolívar lo estuvo en su momento, de que
toda la empresa de la independencia era como haber arado en el mar.
Este pueblo ha perdido la luz, está condenado a perder su nacionalidad e
independencia, desaparecerá de la superficie de la tierra, como desaparecieron los antiguos pobladores, sin dejar más huella que la de la ignominia
y la indignidad. Sólo hay una esperanza, que el Todopoderoso, en su infinita Misericordia, se apiade de esta desdichada nación; que el mexicano recapacite sobre sus errores y vuelva sus ojos hacia atrás. Pero el mexicano no parece entender. ¿ Qué hacer entonces?
Alamún y Cuevas dejan planteada la pregunta: "¿ qué será de mi patria?
¿ Cuál será mi suerte y la de mis hijos?" .2~ No son ellos, desde luego, los que
darán la clave para resolver el tremebundo problema. Ellos tan sólo hacen
el diagnóstico y los posibles pronósticos, y aunque, podemos decirlo, insinúan
la terapéutica, no se atreven a formularla abierta y francamente.
Si el mexicano es incapaz de autogobernarse, como con hartura lo han probado esos treinta años, y si resulta inminente la pérdida de la nacionalidad
e independencia ¿cuál es el remedio? Y el remedio, dentro de esta corriente
de pesimismo nacional, lo ofrecen el padre Miranda, Almonte, Hidalgo y
todos los intervencionistas mexicanos: un gobernante ell..1:ranjero, mas no el
sometimiento al extranjero.
Entre estos pesimistas mexicanos del medio siglo y los inventores del segundo .Imperio Mexicano no hay más que un paso y breve. Estos pesimista~
representan muy señaladamente una de las dos corrientes en contradicción,
en perpetuo choque y pugna que le dan a la primera mitad del siglo XIX
mexicano, ese aspecto de crisis permanente. El pesimismo de estos hombres
no es sino el fiel reflejo del anhelo de persistir en el pasado colonial en vías
de liquidarse.

= CuEvAs,

524

Luis G., op. cit. 6.

Sección Cuarta

CIENCIAS SOCIALES

�DE LA GUERRA Y DE LA PAZ
Lic.

ALBERTO GARCÍA GóMn

Univenidad de Nuevo León
Sobre las tumbas 11ciJn abi,rtas s,
tantan siempre nueoas cancion,s ••• 1

PREFACIO

EL TÍTULO DE NUESTRO TRABAJO no es nuevo: como fácilmente se comprende hay obras meritísimas que lo llevan; sólo que el tema infortunadamente,
pertenece, más que a un autor determinado, al hombre de todos los tiempos.
El problema de la guerra y de la paz, considerado bajo su necesaria dualidad,
es, en el primero de los casos, una cuesti6n que data de los orígenes mismos
del hombre, ya que la violencia y la fuerza han determinado la solución de
la mayoría de todos sus conflictos, como así lo dicen las páginas de su propia historia. De su lectura es posible observar, también, la siempre creciente
evolución y perfeccionamiento de los medios empleados por el hombre para
producir muerte y destrucción; los que van desde los más primitivos hasta
los de nuestros días, en que la imaginación no concibe del todo su terrífico
poder de aniquilamiento. En realidad, el problema de la guerra y de la paz
debe constreñirse a la primera, ya que, si consideramos Ja paz como "el
esplendor del orden", o bien, en la definición Agustiniana: "Pax Est Ordinata
Concordia"; la paz es la concordia en el orden y por el orden, ya que el
orden engendra la paz, 2 ésta, por sí misma, jam~ ha sido problema. Sí lo es,
en cambio, su obtención y más aún su conseivaci6n, por lo que será pertinente referirse al problema especifico de la guerra.
1

Doctor AausrlN BAsAVE FERNÁ:m&gt;zz DEL

VALLE,

Filosofía dtl Hombrt. Fondo

de Cultura Econ6mica, p. 100.
1

Citada por

ALPREP

Vuoaoss, D1r1eho lnt,rnacional Público, p. 16.

527

�Las circunstancias sociales y políticas, así como el notable adelanto científico alcanzado por el hombre, lo han colocado en paradójica, cuanto grave
situación: en un aspecto, casi ha llegado al completo dominio de la materia,
al menos en el descubrimiento y dominio de fuerzas que permanecían ignotas y, en otro --el más trágico-, en un estado de evidente postración moral y espiritual que parece conducirlo hacia su propio fin.
Con la conquista material y la posesión de una nueva técnica bélica,
ciertamente el hombre ha alcanzado niveles de poderío como jamás pudo
soñarlos en ninguna otra etapa de su historia. A desemejanza de otras empresas acometidas por él en el pasado, como por ejemplo, las Cruzadas de
la Edad Media, que desembocaron a principios del siglo XVI en las guerras
de religión. Fue el hecho cumbre que dominó la política europea. Las relaciones entre los Estados estaban alentadas por motivaciones religiosas. Así
la religión llegó a ser l'elan de la vida intemacional,8 así lo expresa el
propio título de la célebre obra de Pedro Dubois (1250-1323): Recuperatione
Terrae Sanctae (1305). Hoy, para desgracia de la humanidad, el hombre
emprende otra clase de empresa, como la sombría de cavar su propia sepultura, en un mundo revuelto, impregnado de problemas y dificultades, por lo
que podría preguntarse en el caso de la probable verificación de una guerra
¿ cuál seria el ideal o los fines que animarían al hombre a llevar a cabo
tan macabra tarea?
Frente a ese porvenir incierto y aterrador, resulta interesante escuchar la
voz de un tratadista que alejado de filosofías enfermizas o de simple existencialismo abstruso, deja oír su mensaje de hondura y de vivificante actitud.
"En estos mezquinos tiempos -nos dice el doctor Agustín Basave Fernández del Valle- de agitación sin sentido, en que la locura de las ambiciones
terrestres esclaviza a los más de los hombres, he podido, con la ayuda de Dios,
guardar lealtad a mi vocación filosófica. No vivimos en épocas propicias para
filosofar y, sin embargo, nuestro mundo requiere -hoy más que nuncade la filosofía. El adelanto técnico, se ha utilizado para devorar al hombre
en los campos de la economía y de la guerra, porque el pensamiento ha
perdido el contenido moral que lo arraigaba a la comunidad. Echemos una
ojeada al ámbito del espfritu humano y nos sentiremos conmovidos por su
desesperación y su angustia provocadas por el maravilloso avance de una
ciencia sin brújula, que, hace ya un siglo, cava el alma del hombre hasta
dejarla sin contenido. . . En el vacío y en la ausencia de convicciones en que
vivimos ha sentido el hombre, por fortuna, horror a ese vacío, ya retoma
1

FRANCISCO SuÁRU,

Espasa Calpc, p. 18.

528

Guerra, folervenci6n y Paz Internacional. Colecci6n Austral.

con su cansancio y su melancolía letal a regiones donde "súbitamente, con
la gracia intacta de una casta virgen, emerge a sotavento el acantilado de
la divinidad ... " '
"La actuación hlstórica -prosigue el autor citado, en otra parte de su
obra- parece desarrollarse sobre campos malclitos. La humanidad ha vivido empleando constante e inevitablemente, maniobras y procedimientos cliplomáticos de mera apariencia y de positivo engaño. Desde la primera dinastía egipcia hasta nuestros días, la historia nos muestra el predominio total
de la mentira y de la astucia en toda política fuerte y el consiguiente aforismo de que "el fin justifica los medios". No ha sido la moral el fundamento
de las políticas nacionales; ha sido la guerra, de todos contra todos y la desconfianza ilimitada de las multitudes del dogma de los Estados".~
La gravísima experiencia que tendrá que arrostrar el hombre en el caso
de que se decida a llevar a cabo una guerra, la que sería totalmente distinta
de cuantas haya realizado en épocas anteriores, supone un hecho nuevo y
trascendental, ya que el mundo presente ha entrado a n~evas condiciones
sociol6gicas, lo que entraña circunstancias extrañas. Tal es el caos de ]a
iniciaci6n a la Era Nuclear, lo que indudablemente exige una revisión total
'
s1 no es que una verdadera revolución en todos los órdenes de la vida humana
con la natural adaptación del Derecho de la Guerra (Jus in bello). ¿ Cómo'
se aplicarla, por ejemplo, el tradicional principio axiomático del empleo de
la fuerza, en legítima defensa, conferido por la ley natural y que no es
solamente un derecho inclividual, sino estatal, en el evento de realizarse
una guerra, cuando este principio, ha llegado a consagrarse nada menos que
en el artículo 51 de la Carta de las Naciones unidas? 9 Rudolf Pannwitz,
en estudio reciente, ha dicho: "El hombre s6lo abandonará lo orgánico e hist?rico, heredado en forma de cuerpo, alma y espíritu, que constituye su mejor
riqueza y su mejor valor, por una situación superior· de carácter asimilable
general, pero nunca por conquistas técnicas o mecánicas. Si se Je habla
de una Era Atómica, contestará: "Yo sigo viviendo en la era del hombre
Y deseo y espero que mis hijos, mis nietos y todos mis descendientes, no c.omprendan nunca que se haya querido vivir en otra era que no sea la del
hombre, ni crean que ello haya sido posible".1
Ciertamente ninguna descripción podría acercarse a esa realidad, que es

.

º"·

ril., p. 24.
O¡,. cit., p. 270.
• "A s1, ,e expuca
,: que el ar tí culo 51 de la Carta de la ONU califique la legítima
' DR. AGUSTÍN BASAVE FERNÁNDEZ DEL VALLE,

1

defensa" ("right of self-dcfense") de "derecho inmanente" ( "inhercnt rightº "droit
")
,
nature1 . . . ALFRBD VERDROSS,
cit., p. 35.
' Runou• PANN'WTTz. La Múi6n de Europa. Revista Humboldt, p. 2, n. l.

º"·

529

n. 34

�la guerra moderna, porque sus consecuencias, magnas en lo material, en lo
espiritual resultarán indescriptibles. ¿ Cómo hacerlo con el dolor de una
madre que pierde al hijo en el combate? De los escombros, la mano del
hombre reedifica, ¿pero cómo rehacer las heridas del alma?
Este Preludio del Apocalipsis -que sería, como ha sido- el empleo de las
armas nucleares, es bastante signuicativo como para que el hombre reflexione hondamente en el contenido del término PAZ y permita que su símbolo
se pasee perennemente sobre la faz del mundo; si bien, el olvido y el desdén
por parte de éste, hacia los principios religiosos, filosóficos, jurídicos y poüticos, que por siglos han venido informando a las instituciones que le han
permitido sobrevivir, ha producido la situación anómala de su dominio material y de su pauperismo espiritual, habida cuenta del saldo incalculable de
los millones de vidas humanas cegadas por el odio fratricida.
Quincy Adams, en su Estudio sobre la Guerra, nos habla de que en un
período que va qe los años de 1840 a 1941, hubo doscientas sentent_a y ocho
guerras, a razón de tres, cada cinco años, sin considerar los conflictos que
hubieron de registrarse posteriormente, los que fueron extinguidos, sin que
llegaran a convertirse en conflagraciones mundiales, como en el caso de la
guerra de Corea.
No está por demás, escuchar ahora la voz de un psicólogo: se trata del
doctor Antonio Prado Vértiz, quien en reciente publicación diarística ha
establecido que actualmente se observa "una angustia que se manifiesta por
una intensa inquietud y por una constante tensión en el individuo. Es una
enfermedad psíquica que muy pocos Mmbres, quizá ninguno, haya dejado
de sentir alguna vez, ya que, por desgracia, vivimos en un mundo lleno de
agresiones, de egoísmo y de odio".
A su vez, el internacionalista A. F. Feller, no deja tampoco de señalar
que "bajo la capa uniforme de una aparente unidad de la civilización industrial, yacen ancestrales intereses, costumbres y pasiones que dividen a los
pueblos y tienden a perpetuar todos sus co,nflictos, a la vez que éstos se
han ido haciendo más complejos por las nuevas ideologías surgidas a causa
de ciertas circunstancias y por adquisiciones de poder con que antes no se
contaba. A la vez que el progreso material ha ido avanzando, han ido profundizándose, en determinados casos, las diferencias de idioma, religión, aspiraciones, tradición económica, siendo precisamente estos factores los que
hacen más difícil alcanzar la colaboración internacional que conseguir cierta cooperación dentro del ámbito nacional". 8
Sin caer en un pesimismo exacerbado no obstante, no es un misterio, y
• A. H.

530

FELLER,

Las Naciones Unidas y la Comunidad Universal, p. 13.

s~ una ventaj~ el reconocimiento de que el mundo ha llegado a ser demasiado ~omp1eJo y, por tanto, duícil de encontrar la o las causas que han
dete~mado el momento angustioso histórico que nos ha tocado vivir, ya que
la vanedad de factores que han intervenido en su culminación son de diversa
cuanto múl~ple natural~. Tomando esto en consideración, y para los fi.
nes ~e estu~1~, hemos estunado conveniente hacer un agrupamiento temático,
p~endo basicamente del hombre, en la siguiente fonna: 1) de lo moral ind1V1dual; 2) de lo moral nacional; y 3) de Jo moral internacional, siendo
de observarse, desde luego la concurrencia y determinación de estos factores
a lo que parece inevitable: la guerra.

1. DE

LO MORAL INDIVIDUAL

La guerra no es un hecho cuya causalidad sea extraña al hombre· si el homb~- está en. conflicto con sus semejantes es que ya de por sí el h;mbre es un
v~eJO c~nflicto, que vive en perpetua tensión dialéctica y de su insuficienCJa radical, que al tratar de colmar, ya de facto, origina las guerras, que
tal es el estado actual del hombre. Resultaría, por tanto, sin fundamento,
el tratar de establecer una teoría de la guerra sin la base previa de una
filosofía del hombre. Este nuevo aspecto del humanismo --como una necesidad- empieza ya a delinearse en obras como la que escogimos y que explica
con bastante profundidad, el problema del hombre moderno: tal es la Filosofí;
del Hombre, del Dr. Agustín Basave Femández del Valle. Otros autores
también se ocupan del tema, si bien no lo explican en su totalidad debido
a la complicada existencia del hombre mismo, que actualmente es ei "horno
faber".
_Rudolf Pannwitz -por su parte- al referirse al punto central del hombre
afuma: "La Idea Europea" se formula en cuatro palabras: la primacía deÍ
hombr~. Es. decir que todo lo que se piensa y se hace no puede proceder prunordialmente de las cosas, sino que parte del hombre y se dirige al
ho~brc, para lo cual debe tenerse en cuenta que este hombre no es un
su¡eto romántico o moderno, sino un ser que ha de responder ante si mismo
~e un mundo objetivo. La primacía del hombre tampoco es un programa,
smo m~s. bien una trayectoria firme para toda su conducta. Esta trayectoria
servira d_e punto de partida para reconquistar el valor interior y la segundad extenor, a pesar de estar hoy más amenazado que nunca. Nada de
e~to es irrealizable, ni ha de pagarse por ello un precio exagerado. El individuo ha de saber evaluar lo que se debe a sí mismo y estar convencido de
que todo lo que consigue, incluso lo más insignificante o inseguro, tiene un

I?

531

�valor. Con ello no se alude al individuo, a la Nación, al Estado, ni .ª la
Humanidad, sino a todos y cada uno, tal y como lo expresa el pensarruento
de Nietzsche: a todos y a ninguno. En todo caso, no se trata de la colectividad, ni de un indh,iduo aislado, sino del tipo representativo, determinado
por la historia, que se abrirá paso en la época que se ª;'ecina. No es una P_:r·
sona particular "existencial" de hoy, ni tampoco un ideal de pas~do manana. La responsabilidad que habrá de asumir equivale a una reacción contra
las fuerzas temporales".º
Sin embargo, no es ciertamente simple la magnitud que enc~erra el t~tar
de conocer al hombre, el que resulta complejo e incomprensible, espeoalmente el de nuestros días, ya que todo el peso de su propia historia parece
agobiarle y su vista no alcanza a penetrar en la muralla de los ..becer~os de
oro" que son los dio es modernos. En los negocios de este mundo, a Juzgar
por el aforismo de Protágoras -rectamente interpretado- de que "el hombre es la medida de todas las cosa.,;, de las que existenJ por la manera como
lo son· de las que no existen, por la manera como no son", precísase el tratar
1
de ace rcamos a él para comprender, hasta donde ello sea permisible, el gran
"porqué" explicativo del período crítico actual.
Hay un pasaje en la obra Guerra y Paz, de León Tolstoy, y ~ue cit~do p~r
el escritor Edmund Walsh., S. J., nos muestra a no muy leJana d1stanc1a
temporal del hombre contemporáneo --consi~erand? las nat~ales ~alvedades circunstanciales- a otro que no guarda diferencias de cons1derac1ón con
éste. "Tolstoy pinta un espécimen de cuerpo entero en el Príncipe Andrew
Volkonsky, el escéptico orgulloso frío refina.do. Yaciendo herido en el campo de Austerlitz, el príncipe contempla el cielo y medita: "Ese cielo ~tan te,
tan alto tan alto, allá arriba, eterno. . . Ah, si pudiera decir, 'Dios, apiádate
de mí'. 'Pero, ¿a quién he de decírselo? ¿Al Poder Indefinido que es inaccesible y a quien ni siquiera puedo definir con palabras; al Gran Todo de la
Gran Nada, o es el Dios que está contenido en este encanto que me ha
dado María.- .. ? Nada es cierto excepto la Nulidad de todo lo que puedo
concebir y la majestad de algo que no alcanzo a comprender''.10
Pero si el hombre actual no se diferencia, en lo materialista e irreligioso,
•cuál debe ser el criterio que podamos utilizar para obtener un resultado
~ás O menos aproximado de ese hombre complejo que parece ir irreflexivamente a una nueva catástrofe bélica? Acaso, ¿habrá que esperar la llegada de un hombre nuevo y superior, o bien conformarse con los residuos del
mismo que queden después de haberse consumado una guerra atómica o hidróLa Misión en Europa, op. cil., No. 1, p. 3.
A. WALSH, S. J., Imp,rio Total, p. 56.

• RuDoLF PANNWITZ,
11

532

EoHUND

gena? Tal es el probable dilema que pesa sobre la humanidad, pese a cualquier optimista actitud, que sobreestimc esta realidad no deseable.
El doctor Agustín Basave Fernández del Valle, en la decisiva aportación
que ha hecho al pensamiento filosófico moderno, en su obra La Filosofía del
Hombre -ya mencionada- la que nos ha servido de guía, nos presenta ideas
que nos permiten, desde nuevos ángulos, acercarnos a ese hombre de quien en
realidad poco conocemos. Conveniente es aclarar, que para los propósitos del
tema de estudio, no es indispensable hacer un análisis exhaustivo sobre el
hombre mismo, objeto de la filosofía del hombre o Antroposofía Metafísica,
como así le domina nuestro autor, ya que, en síntesis, es la especie humana
quien determinará o eludirá la verificación del drama futuro en el caso de
una guen-a, la que nos sirve de fundamento en el somero análisis interpretativo que verificamos.
Aclarado lo anterior, y con ejemplos ilustratiyos, hemos creído oportuno
citar lo que el doctor Basave Fernández del Valle, intitula las "Visiones de
la Historia" que nos han brindado diversos pueblos, a través de la Historia,
desde sus albores, citando en primer término la "Visión Hebrea de La Historia", la que nos muestra interesantes aspectos que nos permiten asomarnos
a ese mundo complejo que el hombre trata de interpretar, ya desde el punto
de vista de un grupo social.
"Los hebreos -escribe el autor citado- concibieron la historia como un
tocio. Los acontecimientos históricos eran un camino hacia una meta y tenían
el sentido de una lucha por una decisión definitiva. Esta meta -centro de
gravedad de su vida espiritual- no era el destino individual del hombre, sino el destino del pueblo elegido. El reino de Dios lo esperaban realizar aquí
en la Tierra. Esta idea no era simplemente mundana o secular, sino religiosa,
teocrática. El reino nacional israelita ardientemente soñado, les impidió reconocer la cruz ofrecida por el Mesías ... " 11
En relación con la posición adoptada por los griegos, en su visión de la historia, nuestro autor dice: "Para los griegos y romanos, el orden histórico era,
pese al reconocimiento de cambios temporales, de una regularidad periódica
inviolable. El último significado de la historia estuvo ausente en la especulación grecorromana.
"La constancia y la inmutabilidad pervivían poi debajo del crecimiento y de

la decadencia. Si alguien les hubiese hablado de una filosofía de la historia,
griegos y romanos tal vez hubieran sonreído pensando en una contradicción
en los términos" .12
" Dr. AousrlN B.-.s.-.va
11
Opus cit., p. 219.

FERNÁNOEZ DEL VALLE,

op. cit., p. 216.

533

�El genio griego se esforzó sin descanso --0bserva Joseph Bemhard- en
eliminar el antagonismo "esencia-evolución" (Dios-Historia), y, aun cuando
no tuvo éxito en la solución lógica, no fueron vanos sus trabajos, porque la
lucha en tomo de ella dio otros frutos muy sazonados que fueron de gran
importancia para la vida religiosa y moral y hasta para el progreso científico.
Los dioses -ex1&gt;resa Jenófanes- nos enseñan a los mortales de buenas a
primeras todo lo que pueden aprender. Dejan que ellos vayan conociendo lo
mejor poco a poco, valiéndose de la investigación personal; Dios, que es único y que, en cuanto a la forma y al pensamiento no tiene semejante entre los
pobres mortales, es todo ojos, todo oídos, todo espíiitu, es un ser que pennanece invariablemente, porque no es decoroso en El, el continuo moverse de
un lugar para otro.
Aristóteles, agudo observador de los entes concretos y de la evolución de
la naturaleza del hombre, vio la tendencia finalista del cosmos. Un motor divino que no es movido y mueve no por impulsión sino por atracción es la
causa primera de la realidad escalonada, en la cual Eros arrastra todas las
cosas hacia los confines de sus perfecciones. Pese a los esfuerzos del mundo
fenoménico por llegar a Dios; resulta a la postre, que la divinidad es inaccesible y que el mundo se queda en una evolución constante. Aunque Aristóteles no haya construído una filosofía de la historia, nos legó un con junto de
conceptos que pueden servir de base para la edificación de un sistema. Válganos como ejemplos, su doctrina del acto y de la potencia, y su definición
del movimiento.
Sin negar el valor de las enseñanzas de-la historia - juicios de pronóstico
útiles para la vida humana-, los griegos no llegaron a sentir por la historia
el aprecio que tenían por otras disciplinas. ¿ Razones? Es que la historia no
es un saber demostrativo. La historia no puede ser ciencia". 13
En la proyección histórica que nos ofrece el autor de mérito y para los
fines de estudio propuestos, destácase, por lo trascendental de su contenido,
el capítulo relativo a la ''Visión Cristiana de la Historia", cuando escribe:
"La Visión Cristiana de la Historia converge hacia un hecho central: la llegada de Cristo". La figura histórica de Jesucristo es "la síntesis de la aproximación entre el ser y el evolucionar, entre Dios y la Historia". El tiempo anterior a la llegada del Mesías tiene el sentido de una preparación y de una
espera. La historia posterior a la muerte del Salvador cobra signiíicado por
la dirección religiosa que asume la Iglesia fundada por Jesucristo. Esta fuerza dirigente de los destinos humanos hace inteligible el sentido de la historia. Nos guía hacia un "obrar cual corresponde al que se halla en presencia
u DR. AGUSTÍN BASAVE FERNÁNDEZ DEL VALLE,

534

op. cit., p. 221.

de Dios". Con San Agustín, los cristianos vemos en la historia el espectáculo
de la educación del hombre por Dios, pel'o también la tragedia de la limitación por el hombre de la voluntad salvífica del Ser supremo. No se trata ya
de ningún movimiento circular ni de ningún proceso continuado y perenne.
Todo lo que acontece en los tiempos -ritmo y sucesión- es presencia constante de la eterna sabiduría de Dios. En este valle de lágrimas se busca la
felicidad y no se la encuentra, porque "no hay más que pecado y corrupción,
amor falso y apostasía", dice Bernhard. En el escenario de la tierra están en
lucha los dos campamentos existentes. Pero vendrá el día de la separación
entre uno y otro campamento. Nuestro Creador y Redentor será, también,
el Juez de los acontecimientos históricos.
Pendientes del Juicio Final, los hombres tenemos, mientras tanto, un módulo, un sentido y un objetivo en nuestra vida: la instauración del reino de
Dios. Aunque tenemos asegurada la victoria final de nuestra causa, como
soldados del reino debemos conocer "la confusi6n caótica de este mundo"
que contrasta con la "tranquilidad serena del otro ... " "El verdadero universalismo de la humanidad -agrega- aparece con la venida de Cristo.
Sin la conciencia religiosa y universal del cristianismo se cae en el particularismo de la religión de los pueblos, de los Estados, de las razas. Sabemos que
Dios se revela adaptándose a nuestras facultades: per modem recipientis,
como diría un escolástico. Pero lo sobrenatural, aun tomándose vida del hombre y uno de los factores esenciales del proceso histórico, sigue siendo divino
por su naturaleza sobrenatul'al. Verdad eta historia, por eso, no la hay sin el
cristianismo. Todo lo anterior no es sino preparación para el gran hecho de
la redención. Los cambios, las oscilaciones históricas, representan las alternativas de aceptación y de repulsión de lo divino que desciende a nosotros
y en nosotros se incorpora.
"La Historia es una búsqueda de las huellas de Dios. En el zigzagueante

vivir de los hombres sólo cabe buscar la línea recta de Dios ... " u
Al señalar la trascendencia de la presencia del cristianismo, no hacemos sino corroborar la comprensión de este hecho por parte de los más brillantes
expositores y tratadistas, que en todos los tiempos se han ocupado del tema.
Así -en nuestros ellas- ha dicho el escritor Edmund Walsh, S. J.: "Con
toda seguridad el nacimiento de Cristo señaló una de esas encrucijadas en
la historia, al introducir, como introdujo, una profunda transformación espiritual y cultural en el antiguo mundo del paganismo. Su advenimiento hasta llegó a dividir el calendario en dos épocas del tiempo reconocibles. El hom-

bre emergi6 de la masa de la humanidad indistinguible como una personali,. Op. cit., p. 227.

535

�dad investida de una dignidad individual desconocida para las priuílegiadas
castas paganas de las civilizaciones precristianas, a pesar de que Platón y
Aristóteles habían llegado al margen de la revelación. Era el punto en que
cambiaba de curso la historia espiritual de la raza, era la fusión de lo completo con lo incompleto que reconciliaba la libertad del hombre con la soberanía del Omnipotente".15
En el breve repaso hecho a estas "Visiones Históricas", se observa cómo
la humanidad, tomando las más importantes manifestaciones de diversos pueblos, naciones o Estados ~ olvidar su evolución y las consecuencias históricas inherentes a los mismos- ha tratado de encontrar el camino, esencialmente con la ayuda singular del cristianismo, para alcanzar su propia dignificación y elevación, así como para hacer permisible )a coexistencia con los
demás hombres, al tenor de aquellas palabras profundas de la moral cristiana, que, por desgracia el hombre actual, no quiere ya oír ni comprender:
"Amarás a tu pr6jimo como a ti mismo", considerando que el hombre
desconocía la idea de una fraternidad, basada en el amor y en la caridad, a
contrario sensu del concepto romano, que concebía al "extranjero" como a
un "enemigo". Mas a pesar de lo sublime que encierra el contenido de la religión cristiana, no sólo para "otra vida", sino para la presente, el hombre al
pretender ignorarla, desdeñarla u olvidarla, ha obtenido como consecuencia, la trágica e.xperiencia del pasado y en lo referente a lo venidero, al menos, no ha podido impedir o frenar, las circunstancias que con diabólico dinamismo convergen a originar un posible conflicto bélico. Es también de
mencionarse que otros caminos -fuera del religioso- han resultado ineficaces, para prevenir tales conflictos, es el caso de instituciones jurídicas de carácter internacional, como la Liga de Naciones, y actualmente, la Organización de las Naciones Unidas, las que, en el caso de la primera, pese a la nobleza de sus prop6sitos, fue incapaz de detener la verificación de la Primera
Guerra Mundial, y en lo que respecta a la segunda, justo es reconocer sus
esfuerzos en la prevención y mediación de problemas que hubieran constituido el principio del fin, pero cuya propia existencia ha tenido grandes peligros.
A pesar de lo dicho por Jaspers, en el sentido de que ''el hombre es más
de lo que se sabe de él'\ es posible localizarlo -en planos sociológicos- desde su nacimiento, desde los tres círculos fundamentales de su existir: la familia, la sociedad, la nación o el Estado.
En lo relativo a la familia, cuya importancia como institución fundamental, es evidente, los tratadistas, sociólogos, así como autoridades eclesiásticas
,. EDKUND WALSB,

536

S.

J.,

Imperio Total, p. 39.

y civiles, convienen en señalar que su naturaleza ha perdido sus virtudes mo-

rales fundamentales, debido a poderosos factores disolventes que la han venido debilitando. La situación ética, religiosa, social y jurídica, que guarda
la familia moderna, es un reflejo natural de los factores de descomposición
que operan en el mundo moderno, con la ayuda de formidables y decisivos
medios inmediatos de difusión de lo inmoral, de lo intrascendente y de lo
vulgar, creando mentalidades enfermas, al hacer hipócritas panegíricos del
mal, en vez de estimular las virtudes morales y cívicas. La televisión, el radio, el cinematógrafo y la proliferación de "obras", de contenido morboso,
así como la infiltración de costumbres perniciosas, han contribuido también
a formar el medio ambiente del hombre moderno. El mecanicismo -otro
agudo problema actual- ha precipitado al hombre en dos corrientes: al
desplazamiento y a convertido en sólo una parte de la gran maquinaria, que
son las colmenas humanas, sujetas a un ritmo temporal inflexible, en el que
las "cosas" del espíritu han sido desplazadas, ya que el "ocio" -tomado en
su más alta y noble significación- de otros tiempos, que permitía el cultivo
del intelecto, se ha convertido en una "cultura prefabricada", insubstancial y
folletinesca.
La educación, necesariamente ha recibido el impacto de las corrientes de
pensamiento que políticos oportunistas han querido revestir de pseudo-filosóficas, lográndose así una serie de conocimientos truncos, apegados, no a la
objetividad cienúfica y pedagógica deseable, sino a una proyección del educando a la supervivencia inmediata y mediocre actual. Al generafuar, cabe hacer la distinción natural, de que la institución fa,;niliar tiene sus peculiaridades de nación a nación. La familia, sobre todo en Iberoamérica, difiere en condiciones y en situación ética, así como religiosa y sociológica, de la familia europea, presentando una mayor cohesión y consistencia, aferrándose, pese a los
elementos perturbadores .y disolventes, a la tradición histócica ancestral, propia de los pueblos de esta estirpe hispánica.
"Nuestro tiempo es de neurosis -nos dice Agustín Basave-, sus más agudos intérpretes reflejan el enojo y el desencanto de vivir. Los europeos, sobre
todo, encaman la crisis actual. Las generaciones de la postguerra padecen deseos de placeres raros y complicados que la vida no da, anhelos de nuevas emociones, tristezas de la carne, afanes inútiles y dolorosamente paradojales de
querer espiritualizar las sensaciones más fisiológicas.
"Todas las épocas fatigadas de culturas fetichescas son pródigas en angustias y tormentos que hoy nos parecen nuestros. Una nueva Roma viciosa y fatal aparece en los modernos escenarios de los Sartre y de los Camus. Las más
de las voces poéticas contemporáneas son voc5 cansadas, voces que no se sos-

537

�tienen. Sus imágenes -de tan rara belleza- acusan pereza intelectual de expresi6n ... " 16
En nuestros días, el viejo ideal de muchos pensadores, de que América y
Europa constituyan, junto con las demás entidades humanas, un solo conglomerado, no es ya una quimera, sino una realidad, gracias a los modernos y
\'eloces medios de acercamiento. Bien lo ha dicho -al referirse a ese ideal, el
estritor Lewis Munford, así como a la trascendencia de la conquista de América, al escribir: "La conquista de América fue en sí misma el acto que permitió a la humanidad, por primera vez, ponerse en contacto y reconocerse como
una unidad común, como la 'HUMANITAS' soñada por los fil6sof os estoicos.
La que antes se llamaba la raza humana era tan sólo una metáfora europea,
pues para los europeos no entraba en sus cálculos la mayoría de las otras razas. El mundo ya no sería un desordenado conjunto de retazos, de paisajes y de
ciudades, que terminaba repentinamente a pocas millas de distancia.,. . El
globo en sí, sería el símbolo de una unidad en continua integración y evoJuci6n" .17

Mas si la situación del hombre europeo, a través de la amarga experiencia
que hubiera de sufrir con la última guerra, es desalentadora, es grato obser-

quizás también de consolidar el germen del que habrá de salir el hombre de

mañana ... " is

Mas si en el círculo de la familia el hombre ha sentido el impacto de la inmoralidad reinante, en lo social su reflejo no es menor. No viene al caso tocar el tema de la sociabilidad del hombre que ha sido ya ampliamente estudiado desde todo tiempo. "Por su desamparo ontológico y por su afán de plenitud es el hombre -ha dicho Agustín Basave- un ser esencialmente social.
Su situación indefensa e inerme frente al resto de los animales, y sobre todo, el
sentimiento religioso de plenitud substancial que brnta de su naturalez.a y se
confirma en la elevada revelación del cristianismo, patentizan de una manera
clara que el ser humano no sólo es apto para la vida social sino que está conformado y dotado para ella". 19
Pero el animal político, de Aristóteles, al congregarse, ya en sociedad, lejos
de pretender el alcanzar el "Bien Común", vive en una que sigue los lineamientos de relajamiento que priva en el medio ambiente, en general observándose
el avance de instituciones, tanto de tipo social, como asistencial, que van minando la fundamentación familiar para ceder ante el avance estatista tutelar.

var cómo dentro de los residuos de desilusión y amargura, el espiritu del hombre europeo, emerge, para proyectarse en el futuro.
Así, el escritor Rudolf Pannwitz, que ya hemos citado, dice: "¿Puede hablarse de la misión de Europa, cuando ésta no ofrece sino una imagen desgarrada y turbia, en vez de representar un conjunto histórico enérgico y consciente de su cometido? Sin embargo, Eur~pa existe como parte inalienable
del mundo, portadora de la historia de nuestro universo, y hay europeos percatados de su responsabilidad. Para éstos Europa vive y tiene una misión que, no
sólo es política, sino que lleva en sí el espíritu heredado de una civilización antigua. Este solo hecho permite a Europa sobresalir y la hace digna de ocupar
un lugar preeminente en el mundo.
''Las misiones de Europa -prosigue este autor- son infinitas, pero se condensan en una sola. Es indudable que Europa únicamente puede contar consigo misma y extraer sus fuerzas de su pz:opio seno, ya que no existe ninguna
construcción externa sólida, si no se regenera interiormente. Europa está todavía ofuscada con su historia, pero sigue unida a sus raíces y es capaz de comprender el presente como si ya fuese el pasado, de enlazar el principio con el
fin, de integrar al hombre eterno dentro de los limites del hombre de hoy y
" Da.
n

538

AousTÍN BAsAVE FeRNÁNDEZ DEL VALLE,

op. cit., p. 167.

Citado por el DR. JosÉ A. MoRA, Discurso Washington 1956. Discurso.

2.

DE LO MORAL NACIONAL

LA NACIÓN, coMo UN TIPO sociológico diferente por sus características, nos ofrece una masa coherente, psicológicamente afín, en su origen y en su comunidad,
con grandes elementos de constitución que hacen, en su realidad, individualidades nacionales. Las nacionalidades, que hablando propiamente, no tienen una
larga vida, ya que a partir de 1830 a 1832, se desarrolla el principio de las
mismas, tiene, sin embargo, este hecho -el de su creación- una gran trascendencia, para la configuración de las diversas nacionalidades, que habrían
de multiplicarse prolíficamente. "De hecho, el principio de las nacionalidades
-en la opinión del tratadista Verdross- transformó completamente el mapa de Europa surgido del Congreso de Viena. En 1830-32 se reconoció a Grecia como Estado Nacional, nacido de un movimiento nacional de liberación.
La oleada nacional triunfó también en Italia y en Alemania, conduciendo a
la implantación del reino de Italia (1861) y del Reich alemán (1861), así como a la secesión de Noruega, antes incorporada a Suecia ( 1905). También los
pueblos cristianos de los Balcanes, y Albania lograron, tras duras luchas, la
independencia nacional (1878-1913). Los mismos Estados Pontificios, de veu RUDOLF PANNW!TZ,

Misi6n de Europa, op. cit., p. 2.

" Op. cit., p. 203.

539

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�sus semejantes a través de veloces y poderosos medios. La distancia, que mantuvo a muchos pueblos a vivir en un ritmo distinto de civilización y de cultura
actualmente, casi ha sido eliminada. Tales medios han estrechado a los pue~
blos a un
tal, que la convivencia internacional es cada día más intensa.
?onsecu_enc1a de lo anterior es la multiplicación de instituciones y organismos
mternacmnales, que agrupan a diversos Estados, en ambos lados de los mares.

&amp;:ªªº

Están lejanos los días en que el hombre iba, armado caballero, acompañado
de su escudero, por los caminos de Dios para "desfacer entuertos y rescatar viudas"; agrupado en grandes porciones estatales ha llegado a esa etapa -agudamente señalada por Agustín Basave- de los "dos campamentos existentes"
q_ue se aprestan a singular combate. En nuestros días, Jas banderas de las na~
cwn:s se agrupan en la magna síntesis que son la Democracia y el Comunismo:
dos ideas y dos doctrinas.
Necesítase, sin embargo, lanzar una mirada retrospectiva que nos permita obt~er un concepto más claro del mundo actual, advirtiendo la presencia -a traves de sus obras- de eminentes pensadores quienes señalaron derroteros luminosos a los hombres, sin importarles, su color o su credo.
En el campo del Derecho Internacional -fundamento jurídico en que descans_a_ 1a verdadera convivencia de los pueblos- destácase --entre otros- por
la mudez de su ~ensamiento y por el profundo contenido de sus enseñanzas y
como creador mismo de esta ciencia del Derecho, Francisco de Vitoria (18401546). La auto_riza~a pluma de José M. Gallegos RocafuJI, nos permite acercarnos a. ~e. fraile _smgular, cuando escribió: °'En esta época, 1526-lj40, la RoIJ_1ª pon~1c1a ha sido saqueada, Francisco I,-llecho prisionero, Barbarroja, vencido, Viena, defendida y los príncipes alemanes, derrotados. Ya Cortés h b'
· do M'exico
• y los Pizarro el Perú .
a 1a
conqUISta
. "En esa época también explica teología en su cátedra de prima de la Universidad de Salamanca, Francisco de Vitoria. Comentaba de ordinario nominalmente, por la disciplina universitaria vigente, Las Sentencias de Pedro Lombardo; en l~ realidad, por afán de sinceridad científica, la Suma T eol6gica de Sant~ ;ornas; ~r~, pues, por ~rofesión un teólogo. Pero era también un español, que
:viv1~ la c?tidiana angusua de su pueblo, poniendo en ella todo el fervor de su
:ntehgencia, como su peculiar y propia contribución de sangre a la causa espanola. Era costumbre entonces que de vez en cuando los maestros más famo~os ~icieran disertaciones o conferencias ante su facultad O ante toda Ja
Umvers1dad sobre puntos especiales, más o menos relacionados con el curso
gen~ral de sus enseñanzas. El P. Vitoria aprovechó la oportunidad, cuando Je
toco su turno, para analizar una vez, el 19 de julio de 1539, la licitud de la
guerra que estaba haciendo el Emperador; otra, el lo. de enero de 1539, la de

542

la conquista de las tierras de América. En otra nación o en otro tiempo, hubiera parecido punible desacato esta osadía con que un catedrático de Teología se
exponía a desaprobar la politica y conducta de su rey, pero en España imperaba entonces una democrática libertad, de cuyo uso y elevación son buena
prueba e~tas Refecciones del Padre Vitoria. Escandalizaron a los regalistas y
basta es muy probable que algún letrado ambicioso denunciara al Emperador
como e...:cesiva o imprudente la libertad que se tomaba el Padre Vitoria. En este
mismo año de 1539 escribió Carlos V al Prior de San Esteban, que era el convento en que residían los profesores dominicanos de la Universidad, mandándole hacer una información sobre lo que hubieran enseñado sobre 'el derecho
que nos tenemos a las Indias, islas y tierra firme del mar Océano', y que se
les prohibía 'de nuestra parte y vuestra que agora ni en tiempo alguno. sin expresa licencia nuestra, no traten, ni prediquen ni disputen de lo susodicho, ni
hagan imprimir escritura alguna tocante a e11o porque de Jo contrario yo me
tendré por muy deservido y lo mandaré poner como la calidad del negocio lo
requiere'. Pondría sobre su cabeza el buen Prior la carta de Carlos V prometiendo darle eficaz y sincero cumplimiento; pero ello no fue óbice para que
copias y apuntes de las conferencias del Padre Vitoria siguieran circulando entre profesores y alumnos, y de ellos pasaran a letrados y nobles, los cuales acaudillados por el condestable de Castilla Don Pedro Fernández de Velasco. se negaron en las Cortes, apoyándose en la doctrina del Padre Vitoria, a dar al Emperador los subsidios que pedía para seguir luchando con Francisco I de Francia. El Emperador no destituyó al fraile, sino que quiso ponerse a su altura y
fue a sentarse, como un alumno más, en los bancos de su aula, cuando el azar
de sus viajes le llevó a Salamanca.
"No em·aneció -prosigue- este triunfo al Padre Vitoria, como tampoco lo
hubiera arredrado la persecución y la destitución. ¿ Acaso no sabía él que su
voz era la de la conciencia española? ¿ Qué poder de este mundo podría imponerle silencio? Haciéndola oír cumplía su función de intelectual, e1 deber de su
magisterio, como el labrador cumple el suyo abriendo el surco o el menestral machacando el hierro. ¡ Tanto peor para el príncipe si no le agradaba su doctrina!, aún en la enormidad de la guerra, conocer y cumplir la
voluntad de Dios. Quiere Dios por ley natural y por ley de gracia que el
hombre ame al hombre: por encima o por debajo de las leyes positivas que
han separado a los pueblos, está la comunidad natural de todos los hombres,
cimentada en el hecho de que todos tienen la misma naturaleza, y fortificada y desarrollada por la redención universal de Cristo. Este español de la España imperial no se deja desvanecer por las glorias patrias: Carlos V tiene
el imperio más vasto que jamás hubo en el mundo, pero aún es más amplia la humanidad y el español no puede olvidar que él es ante todo ciuda-

543

�dano del mundo. En la Roma imperial había sostenido el cordobés Séneca
que él no se encenaba en las fronteras del imperio, porque quería estar jun.
to a todos los hombres para ayudar a todos; en la Salamanca del gran iJD.
perlo españo~ este fraile traspasa también las fronteras .imperiales y reconoce
una sociedad humana de la que se derivan derechos y obligaciones para todos los hombres. Como nace de la naturaleza, es anterior a toda 1ey y subsiste siempre, aunque no tenga un 6rgano político que la exprese .•.
"Rehuye, pues, el padre Vitoria el camino fácil, abierto en la Edad Media
y tan grato a Dante, de admitir una monarquía univenal, que estableciera
la paz y la concordia entre todos los hombres. Ha de haberlas entre ellos
sin duda alguna, pero no impuesta desde fuera por la coacción de la Jey,
sino que ha de brotar desde dentro por un imperativo de la conciencia. La
innovación de Vitoria, Jo que le sitúa ya fuera d&lt;' la Edad Media y en plena
modernidad, es que le ha quebrado aquel orden medieval, fundamentalmente divino y no humano, en que naturaleza, sociedad y gloria estaban
por sí mismas escalonadas como tres aspectos o etapas distintas de la acción
de Dios fuera de sí mismo: como el orden está ya hecho, la funci6n del hombre es simplemente acomodarse a él. Al perder su vigencia esta idea, Vitoria
acude a la de la conciencia, guiado por la cual el hombre tiene que hacer
un orden en la naturaleza y en la sociedad, con la conciencia y con la Jey.
La ley no suplanta a la conciencia, que ha de mantener su imperio lo mismo
dentro del derecho positivo, dando validez en el fuero interno a sus disposiciones, como oponiéndose a él cuando conculque abiertamente la justicia.
No es el Emperador el Señor del orbe, 9ue aunque lo fuera no dominaría
a la conciencia del hombre, que en este mundo recoge la voz de Dios y a
Dios ha de comprender en el otro, de lo bueno o malo que haya hecho. En
nombre de Dios y de la conciencia, como te6logo, por lo tanto, y no como
político, habla el padre Vitoria de la guerra. La hacen los militares, la declaran y la dirigen los juristas y gobernantes, pero aquéllos y éstos tienen una
conciencia, que les impone la obligación de proceder con justicia, no ya tan
sólo en la manera de hacerla sino hasta en la misma idea que de ella se
formen. Si no tienen en cuenta más que las disposiciones del derecho positivo no llegarán jamás a su entraña más vital, porque esos hombres que guerreando matan y mueren son todos hijos de Dios y llevan en ellos, como
prueba de su filiación, la luz divina de la conciencia. Le viene, pues, su
fuena -tal vez, también su debilidad- a la doctrina del padre Vitoria de
su amplia visión del hombre, que no le permite encontrarlo, como si le contuviera por completo, dentro de la categoría de súbdito de un rey o ciudadano
de un imperio: el hombre es ante todo hombre y, como tal, hay que reconocerle unos derechos y unos deberes, cuya raíz última está en Dios que lo creó

y lo redimió. Fiel a esta idea, el padre Vitoria basa toda 111 teoría tanto del
ancho politico como del derecho internacional en la conciencia del hombre.
.Reconóce pueblos y naciones con penonalidad propia, de la que emanan
derechos y deberes: admite y se somete a un bien común, que está por encima
del interés y del provecho de los particulares· pero rechaza la razón de Estado
o cualquiera otra forma de endiosamiento del poder público, que le autorice
a imponer trasnormas de justicia que las válidas para el individuo.,.. Vasta
la guerra, con este criterio, mucho más la guerra entre pueblos cristianos,
es una monstruosa aberración o como dice el padre Vitoria con felicísimo
acierto, un escándalo, que es, según los te61ogos, la ocasión o causa del pe-

cado ... " n

La idea de comunidad internacional, debida a Vitoria, entre otras pode!OIU razones, ha nacido como consecuencia tambim de la guerra. Sobre
todo, la intensidad y duración de la primera guerra mundial, "impulsó poderoeamente los esfuerzos encaminados a promover la organización de la comunidad internacional, para evitar a5Í o matar en germen, nuevas guerras.
Esta idea penetró en las cancillerías cuando el Papa Benedicto XV y el presidente de los Estados Unidos, Woodrow Wi/son, la hubieron adoptado'\ nos
dice AHred Verdross, si bien resultaría prolijo hacer la historia de la evolución de las instituciones de carácter internacional hasta nuestros días, no es
posible soslayar la importancia que ha tenido la constitución de la Sociedad
de Naciones, como antecedente de la Organización de las Nacio~ Unidas.
La moral es un elemento fundamental en que descansan las relaciones de
los diversos Estados que integran la comunidad internacional. El internacionalista mencionado anterionnente establece: "Dentro de las normas sociales
suele establecerse una distinción entre las normas de la moral (concretamaite de la moral social), del derecho y de los llamados usos sociales o reglas
de la cortesía. También en la vida internacional encontramos estos tres grupos de normas, y aunque el derecho internacional sea el más importante,
rigen a su lado normas de moral internacional y de cortes[a internacional.
La obligatoriedad de la moral para los Estados fue expresamente reconocida
por la resolución de la 37 Conferencia Interparlamentaria, celebrada del 6
al 11 de septiembre de 1948, cuyo artículo lo. establece que 'las relaciones
entre los Estados se rigen por los mismos principios de moral que las relaciones entre los individuos'. Un ejemplo más antiguo de norma moral internacional consiste, por ejempló, en el deber de auxiliar a otros pueblos en caso
de escasez, como ya señaló Vattel'9. Agregando: "Si por un lado la moral
social existe junto al Derecho Internacional, por otro ciertas normas suyas
• ]od M.

GALUOOS ROCAPULL,

El Hombr, y ,l MtAndo d, los T,6logos Españous

544
545

�van unidas al Derecho internacional por el hecho de que éste haga referencia a ellas. Por ejemplo, la Carta de la ONU reconoce la moral internacional
al prescribir, en su preámbulo, en el artículo lo., párrafo lo., y el artículo
2o., párrafo 3o., que en la soluci6n de los litigios que surjan entre los miembros se tendrán en cuenta, no sólo los principios del derecho, sino también
la justicia".24
Sin embargo, la idea de que la moral, sirve de base al Derecho internacional, es evidente en el curso de las mismas relaciones interestatales. "Esta necesaria conexión -escribe el tratadista Verdross- con la moral se da también
con el Derecho Internacional. Incluso cabe afinnar que dicho vínculo se
manifiesta aquí con mayor claridad que en el derecho interno, toda vez que
éste suele aplicar toda una serie de órganos hasta que el 6rgano límite entre
en función, mientras que el acervo de que dispone el Derecho Internacional
es mucho más reducido. En el viejo Derecho Internacional, 110 organizado,
la fórmula del precepto jurfdico es pura y simplemente ésta: si el Estado A
no se atiene en su conducta a lo que el DI establece, el Estado B, por él perjuiciado, puede (no: debe) reaccionar recurriendo a sanciones (represalias,
guerra). En esta fórmula, sólo queda sancionado el comportamiento del Estado A; en cambio, el deber del Estado B de aplicar la sanción únicamente
si ha sido antes víctima de una infracción del DI, se funda en la norma
moral de la buena fe, carente de sanción". En este sentido, ya Bynkershoe
subrayó que el DI se funda en la fuena fe: "Pacta privatorum tuetor jus
civile, pacta Principum bono fides. Hanc si tollis, mutua inter Principes
commercia. . . quin et tollis ipsum jus gen!ium". Si hacemos abstracción de
este principio moral, el DI cae por su base. 25
Ahora el mundo -para finalizar nuestro breve estudio- se encara a dos
realidades: comunismo y capitalismo. Esto, brevemente dicho, es, sin embargo, la síntesis de dos mundos que con distinta ideología, se encuentran ya
en dos barricadas. Se habla del mundo occidental y del oriental. Dos ideologías, con dos sistemas diametralmente opuestos de contenido filos6fico, cuyas
divergencias tan opuestas y marcadas han separado a la humanidad en dos áreas.
11
En 1927 una delegaci6n de trabajadores norteamericanos visitó al señor
Stalin en Moscú -nos dice el escritor Walsh, ya citado- e intercambi6 con
él puntos de vista sobre la posibilidad de emprender una cooperación real
con Rusia Comunista. Durante la entrevista Stalin expuso con franqueza
la futura sinuosidad de la política soviética, añadiendo una profecía dirigida
a los Estados Unidos. ' ... Así, en el curso del próximo desarrollo de la Red• los Siglos d, Oro. Editorial Stylo, M~xico, pp. 27-30.
" ALFHD VUDRoss, op. cit., p. 25.
• Op. cit., p. 25.

wlución Internacional', predijo 'se formarán dos centros en una escala mundial .. . La lucha entre esos dos centros por la posesión de la economía mundial
decidirá el destino del capitalismo y el comunismo en el mundo entero' ". 21
Si "la guerra sólo puede ser un medio para la paz'' -en la concepción
Agustiniana- la humanidad ha tenido ya su experiencia amarga ya que
los conflictos bélicos en que el hombre ha luchado no fueron por el restablecimiento de algún orden de justicia, sino para frenar ambiciones de poder
y de dominio; no lo fueron tampoco inspiradas en alguna doctrina que llevara alguna fónnula o doctrina de paz y alivio a la propia humanidad: el
egoismo, la soberbia, la incomprensión, fueron los principales móviles, que
sumados a otros inconfesables, armaron la mano del moderno Caín en contra
de su hermano. Mientras la humanidad no aprenda a comprender y a practicar una moral inspirada en Aquel que dej6 como preciada herencia las
palabras: j PAZ EN LA TIERRA A LOS HOMBRES DE BUENA VOLUNTAD! todos
los esfuerzos por impedir la guerra serán inútiles, como inútiles han resultado
los intentos para prevenirla o evitarla.
¡ El día que el hombre tenga paz en su corazón, tendrá paz en el mundo!

11

E. A. WALsH, S. /., lmp,rio Total, p. 157.

546
547

�LA FINALIDAD EN EL DERECHO
Dr. Luis REcAsÉNs SICHES
Universidad Nacional Autónoma
de México
1. La finalidad en la vida humana, en términos generale.,.-2. La finalidad
en lo jur!dico.-3. La finalidad en la Teoría General del Derecho.-4. La finalidad
en la Estimativa Jurídica.-5. La finalidad en la ciencia dogmático-técnica del
Derecho y en la práctica jurídica.

St1xAR10:

l. U

FINALIDAD EN LA VIDA HUMANA, EN TÉRMINOS GENERALES

Los PUROS fen6menos de la naturaleza, contemplados exclusivamente desde
el punto de vista de su realidad, constituyen una experiencia de hechos ante
nosotros, pero carentes de toda significación. Por ejemplo, la percepción de
un color nos da intuitivamente la apariencia de ese color. Un color es algo
ante nosotros, que vernos, pero que no tiene un sentido, que no está dotado
de una significación. La caída de una piedra constituye otra experiencia sensible. Frente a ese fenómeno ante nosotros, podemos preguntamos por su
dependencia de otros fenómenos, esto es, por sus relaciones de causalidad (causas y efectos), pero no podernos preguntarnos qué signüicación o sentido
tenga, sencillamente porque no lo tiene, como puro fenómeno natural, al
menos para nosotros. Los hechos y los objetos de la naturaleza constituyen
exclusivamente experiencias sensibles, pero no son cosas «inteligibles", no
tienen significaci6n, no "expresan" nada.
Frente a los objetos de las ciencias de la Naturaleza (Física, Biologia, etc.),
éstas tratan de averiguar las relaciones constantes entre los fenómenos, es decir,
las causas y efectos de éstos.

Hay, por el contrario, en el mundo muchas otras cosas, las cuales, además
de sus componentes sensibles, cuando los tengan -no siempre los tienen como

549

�sucede con las ideas puras-, poseen otra dimensión, que es esencial a ellas,
la dimensión de sentido o significación, por ejemplo: ideas, palabras, gestos,
muecas, exclamaciones, pensamientos, estados sentimentales, apetitos, deseos,
propósitos, acciones, costumbres, libros, estatuas, cuadros, artefactos, etc. Salvo
las ideas puras -abstraídas de toda forma verbal hasta donde esto sea posible,
si es que lo sea-, todas las demás cosas mencionadas, y un sin fin de otras
de análogo jaez, además de sus componentes sensibles, tienen la dimensión
esencial de constituir expresiones de algo que es inteligible, comprensible, translúcido para nuestra conciencia, de algo que nos es homogéneo. "La palabra que oímos no es más que un ruido; una sacudida material del aire.
Sin embargo, no pretende absorber nuestra atención sobre esto que ella es,
sobre ella misma como sonido, sino, al contrario, nos invita a que reparemos en ella tan sólo lo preciso para que la entendamos. Mas lo que se entiende de la palabra no es un sonido (fenómeno de la naturaleza) que sólo se
oye; lo que se entiende es el sentido o significación que ella expresa, que ella
representa" (Ortega y Gasset) .
El reino de los objetos o hechos esencialmente dotados de sentido es muchísimo más extenso y variado, que el campo de conductas en las que el
sujeto de ellas pone un sentido intencional.
Así, por ejemplo, la expresión de la cara, de la mirada, ciertos gestos o
muecas emocionales, los semblantes, los complejos (en la acepción del psicoanálisis), los hábitos, los resentimientos inconscientes, caen bajo el concepto
de "obrar humano" con sentido.
Es error dar por supuesto, que sentido.o significación sea equivalente a un
pensamiento de finalidad, a una posición de fines y utilización de medios.
Cierto que muchos obrares humanos, y entre ellos muchos obrares sociales
-la mayor parte de ellos-, constituyen acciones enderezadas a la realización
de fines. Esas conductas son las que tienen mayor importancia. Pero no son
los únicos obrares humanos con sentido o significación. Hay otros obrares
con sentido y significación, llenos de sentido, los cuales sin embargo no representan una acción dirigida al cumplimiento de fines, sino que constituyen
reacciones sentimentales o estados anímicos frente a determinadas situaciones -por ejemplo, un movimiento de odio o de resentimiento; la expresión
de un alborozo sin finalidad concreta, como ciertas danzas; una reacción de
miedo ante un peligro, real o imaginario; etc.-; la comunicación simplemente por sentir la necesidad de comunicarse con el prójimo, aun cuando
ya sepamos que él sabe lo que vamos a decirle; la conducta de resentimiento
motivada por complejos o factores inconscientes; etc.
Cierto que las leyes de la naturaleza (física y biológica) tienen que influir sobre lo humano, ya que el hombre está en la naturaleza y participa de

550

ella; pero 110 explican su/icíentemente lo humano, porque el hombre es
algo diferente de la naturaleza. El hombre participa en la naturaleza, pero
a la vez está por encima de ella. Su conducta tiene sentido o significación,
está inspirada en finalidades, y se orienta por estimaciones, es decir, por referencias a juicios de valor. El hombre tiene historia, por virtud de su capaci~
dad para aprovechar las experiencias propias, y las de sus semejantes, pretéritos y contemporáneos. Así, pues, ninguna ciencia pura de la naturaleza,
puede, consiguientemente, entender los hechos humanos en su auténtico ser.
Claro que además de los sentidos, en los hechos humanos hay también
causas y efectos. Pero sucede que incluso las conexiones causales están interferidas por la acción psicológica que mana del sentido significación de la conducta humana. Hay una diferencia esencial, dice Maclver, desde el punto
de vista de la causación, entre un papel que corre impulsado por el viento,
y un hombre c¡ue corre perseguido por una multitud. El papel no conoce
el miedo, ni el viento conoce el odio. En cambio, sin el odio de la multitud
perseguidora y el miedo del hombre perseguido, ni éste correría ni la multitud lo perseguiría. Si tratamos de reducir el miedo a sus concomitantes corporales, entonces lo que sucede es que hemos reemplazado la realidad miedo
por esos concomitantes corporales, con lo cual ha desaparecido precisamente lo
esencial del hecho que queríamos estudiar. Cuando se trata de conocer hechos
que tienen una raíz interna, psíquica, es necesario estudiarlos a la IU2 de esa
raíz. De lo contrario no podemos conocerlo adecuadamente, sino solamente
lograr un conocimiento de factores antecedentes, concomitantes, o subsecuentes, el cual nada nos dirá sobre la realidad específica de aquellos hechos; es
decir, conseguiríamos sólo un conocimiento de los factores biológicos y físicos,
pero ninguna idea sobre el hecho /zumo.no, en cuanto tal.
Mientras que el hombre frente a los objetos y fenómenos de la naturaleza
se halla frente a algo externo y extraño a él, en cambio, el sujeto frente a los
hechos humanos -propios y ajenos- y frente a los resultados objetivizados
de éstos, es decir, frente a las obras efectuadas por las acciones humanas, se
encuentra con algo que le es homogéneo, afín, frente a algo que es c:i:presión
de vida humana.
En efecto, es característica de la vida humana que ella, sus acciones y sus
obras, pueden ser entendidas o comprendidas.
Lo inteligible o comprensible no es solamente el reino de los hechos humanos . Lo son también las ideas puras: las leyes lógicas, las conexiones matemáticas, los valores, etc. Esto último ha sido bien sabido desde que la filosofía fue iniciada en la Grecia antigua. Lo que se ha empezado a descubrir desde fines del siglo XIX, y se ha ido analizando cada vez con más
rigor, es que el logos no se agota en la lógica y la matemática, en la razón

551

�pura de tipo geométrico, sino que tiene otras provincias, entre ellas el logos
de lo humano. Por eso, Jo humano -p.e., una acción heroica o un simple
ademán de entusiasmo, el Quijote o una interjección de disgusto-, es inteligible, es comprensible, porque es logos, aunque se trata de un logos diferente de la razón matemática. Se trata de sentidos humanos, de sentidos
vitales, de estructuras de vida humana, entre cuyos elementos se dan conexiones de significaciones referidas al sujeto, al mundo concreto en que él está,
a la relación del sujeto con éste, a su modo de reaccionar frente a éste,
a la relación del sujeto con sus semejantes, a la relación del sujeto con su propio pasado y con el pasado de los demás y de los que fueron en otro tiempo.
Ahora bien, puesto que esas estructuras entre los componentes de un hecho
humano resultan comprensibles, podemos decir que presentan conexiones congruentes, o, lo que es lo mismo, se puede decir que hay un lagos de lo
humano. Cuando conozco todos los antecedentes y todos los componentes
de una determinada situación humana, puedo entender la conducta del sujeto o de los su jetos implicados en tal situación, como algo lógico desde el
punto de vista humano, como algo "razonable". Lógico no quiere decir aquí
racional en el sentido de la razón matemática, sino sencillamente "comprensible", "'inteligible", ccrazonable".
Dentro del campo de la conducta hu.mana hay una inmensa parte de ésta
que tiene una estructura finalista, que consiste en proponerse algo y poner
en acci6n aquellas actividades que conducen a la obtención de la meta o del
resultado propuesto. Se trata de lo que puede llamarse hacer humano.
El hacer humano, como tal, no consiste..en la actividad de sus procesos fis.iológicos, ni tampoco en la de sus mecanismos psíquicos ( de imaginación, pensamiento, percepción, emoción, voluntad, etc.). Tanto esos mecanismos psíquicos, como los resortes corporales, son meros instrumentos con los cuales
el hombre efectúa sus haceres. La esencia del hacer, de todos los humanos haceres, no está en los instrumentos anímicos y fisiológicos que intervienen en la actividad, sino en la decisión del mjeto, en su determinación, en
un puro querer, previo al mismo mecanismo volitivo. Ese puro querer, esa
determinación radical y primera, pone en funcionamiento los mecanismos, ]as
actividades de que el hombre dispone (su imaginación, su voluntad, sus brazos,
etc.). Tanto es asi -que no se confunda el hacer humano con sus medios
o instrumentos-, que decimos: ponerme a razonar, ponerme a imaginar, ponerme a andar, etc. Lo que radicalmente procede de mí es el ponerme a hacer
todas esas cosas, y no esas cosas (el razonamiento, la imaginación, el andar1
etcétera) que son mecanismos, actividades, instrumentos. La vida radica en
la decisión mía.
Ahora bien la estructura del hacer consiste en que se quiere hacer lo que se

552

hace, por algo (por un motivo, que es una urgencia, un afán) y para algo
(con una finalidad, que es el resultado de la actividad, esto es, la obra) . Así
pues, la vida humana, es decir, lo que el hombre hace, se califica por tener
un por qué (motivo) y un para qué (finalidad), lo cual constituye un sentido, un poseer sentido.
Conviene huir de una interpretaci6n harto simplista de la estructura teleológica o finalista del humano hacer, que fue corriente en el pensamiento del
siglo pasado. Según ese pensamiento, que debemos desechar -por insuficiente-, se entendía la finalidad como inve1siót1 mental de la causalidad: se pensaba que el fin era el efecto deseado, que se anticipaba mentalmente: y el
medio era la causa, que se buscaba como adecuada para producir el fin (efecto) apetecido. Yo no diré que esto sea inexacto; pero sí que es insuficiente,
porque en tal explicación no aparece la auténtica raíz humana del proceso
teleológico o finalista. Por deba jo y antes de ese esquema de anticipación
intelectual del proceso causal, hay una específica raíz humana, un motivo,
un pernliar por qué (que en ese caso no significa causa) que consiste en que
el hombre siente una urgencia, una pem.uia, Wl vacío, un haber menester,
que le invita a buscar, a imaginar algo, con lo cual puede colmar esa apetencia. Esto es lo que constituye el por qué inicial del hacer, verbigracia, el
hombre siente miedo de los animales salvajes, y esto le incita a buscar, a imaginar algo que remedie esta penuria: una cabaña. El por qué de lo que va
a hacer consiste en la penuria que trata de colmar. Ya ha imaginado que
construyendo una casa satisfará esa urgencia.. Pues bien, la casa imaginada,
propuesta, constituye el para qué o finalidad de su hacer. Y determinado
esto, buscará las actividades (fuerza de brazos, por ejemplo, etc.) y los materiales (piedras, etc.), para construir su cabaña. Esas actividades, empleadas
sobre esos materiales, constituyen los medios para llegar al fin propuesto
(constituyen las causas eficientes cuyo efecto será la finalidad deseada). Ahora bien, nótese que el esquema fin-medio (causalidad invertida mentalmente:
efecto-causa) sólo entra en escena después de haber producido el hecho pura
y típicamente humano anterior: el motivo (por qué) y el fin al servicio de
éste (para qué) . Sólo después de esto es puesto el fin como tal y se buscan
los medios para producirlo efectivamente, para realizarlo. De suerte que
resulta que el esquema medio-fin, se apoya y queda inserto en un supuesto
más radical que consiste en la conexión motivo-fin.
En lo humano hay naturaleza: hay cuerpo y hay alma; pero la esencia
propiamente humana no es nada de eso, sino la d~cisión de ponerse a utilizar los mecanismos y elementos que le ofrece el mundo, respondiendo a la
necesidad que le estimula para hacer lo que se propone con fin. Era habitual desde Aristóteles contestar la pregunta ¿ por qué hace el hombre algo?,

553

�mostrando la existencia de los mecanismos en cuya posesi6n se halla y que le
sirven para ello. Así, a la pregunta ¿por qué habla el hombre? solla responderse diciendo que lo hace porque tiene un aparato vocal para ello. A la
pregunta ¿ por qué vive el hombre en sociedad?, se respondía: porque tiene
el instinto de la sociabilidad. Pero tales respuestas distan mucho de acercarse a la verdad, o al menos quedan a gran distancia de la auténtica e.xplicación. Poseemos a veces trebejos que no utilizamos, capacidades que no
ponemos en práctica, sencillamente porque no sentimos la necesidad de emplear ni aquellos utensilios ni esas aptitudes. En cambio, cuando sentimos un
vacío, una oquedad en nuestra existencia y hemos imaginado algo con lo que
pudiéramos calmar esa penuria, nos lanzamos a un quehacer congruente, tanto si tenemos a nuestra disposición un mecanismo adecuado como si no disponemos de él. En este último caso, cuando no poseeemos un aparato adecuado, fabricamos el que nos sea posible hacer, o echamos mano de otro,
aunque no resulte tan apto. El hombre no habla porque tenga instrumento
vocal, sino porque siente la necesidad de hacerlo. Y si es mudo, entonces
acude a otros medios de comunicación; por ejemplo, señas. El hombre no
realiza actos sociales porque tengan la aptitud para ello, sino porque siente
la ineludible urgencia de la sociedad.
De todo lo dicho se desprende otra de las características esenciales de la
vida humana, a saber: que cualquiera de sus haceres necesita justificarse, ea
decir, que constituye un problema. Vivir es ocuparse en algo "para" algo.
En primer lugar, tengo que decidirme entre las varias posibilidades -pocas
o muchas, por lo menos dos- que me ofrece la circunstancia en la que estoy
alojado. No tengo por fuerza que hacer esto concreto y nada más, sino que
puedo hacer una cosa u otra. Claro que esas posibilidades son limitadas en
número; si fueran ilimitadas no serían posibilidades concretas, sino pura indeterminación; y en un mundo de absoluta indeterminación no cabe decidirse
por nada. Para que haya decisión tiene que haber, a la vez, limitación y
holgura. El mundo vital es constitutivamente circunstancia, algo cerrado y,
a la vez, abierto, es decir, con hueco interior donde moverse.
Para decidirse por una de las varias posibilidades que se ofrecen es preciso elegir; y para elegir es necesario preferir, es necesario un acto de preferencia a favor de esta posibilidad, sobre todas las demás. Pero una preferencia sólo es posible en virtud de una estimación, es decir, en virtud de
que se valore esta posibilidad y de que se le estime más que todas las otras.
En suma, para decidir es preciso elegir; para elegir es necesario preferir;
y para preferir es ineludible que sepamos estimar o valorar.
Así pues, el proceso finalista empieza con un motivo, con la conciencia de
una necesidad insatisfecha. Luego la imaginación se lanza a pensar algo

554

con lo cual se pudiese satisfacer esa necesidad, pensamiento en el cual va
ya impücita una valoración.
Cuando se decide por algo imaginado que aún no existe o que si existe
no esté ahí a su mano, entonces el hombre, con esto, se propone un fin (un
resultado o efecto todavía no producido), concibe un propósito. Seguidamente, también con su imaginación busca qué clase de actividades que, en
combinación con cosas u objetos de los cuales ya dispone, habrán de producir el fin propuesto (el efecto apetecido), es decir, buscar los medios (causas)
conducentes al logro de la meta, operación en la cual intervienen también
juicios de valor sobre la adecuación de los medios pensados, sobre su oportunidad, sobre su bondad, y sobre su eficacia.
Todo esto aplicado a la acción social finalista que se emprenda por una
0 varias personas, lleva a lo que hoy en día se llama formulaci6n de una
politica, o de un proyecto de conducta.
Considero que la formulación y ejecución de una política ordinariamente
consta de cuatro elementos: a) la determinación de los valores en que la
acci6n se debe orientar; b) el estudio a fondo y minucioso de la realidad concreta con la que uno se enfrenta, y sobre y con la cual se tiene que trabajar;
e) el escoger ya concretamente los propósitos o fines determinados que se
trata de alcanzar en esa realidad concreta; y d) la selección de los medios
mejores, mejores tanto desde el punto de vista ético, como en el aspecto práctico de eficacia, para conseguir el cumplimiento de los fines o propósitos
que se escogió.

2. LA

FINALIDAD EN LO

JUJÚDICO

La finalidad es la creadora del Derecho, dijo Thering como lema de uno
de sus grandes libros que lleva por título precisamente El fin en el Derecho.
A esto se debe añadir otra observaci6n: en la estructura finalista, el Derecho
(se entiende, el Derecho positivo, obra humana) pertenece al concepto del
medio, con el cual los hombres tratan de realizar algunos fines, algunos resultados o efectos en cuya obtención están interesados.
El Derecho positivo es siempre una obra circunstancial, es decir, que el
Derecho positivo no puede ser jamás un conjunto de verdades, o un conjunto de aproximación a unas verdades, sino que, por el contrario, el Derecho
positivo es un conjunto de instrumentos fabricados por los hombres para producir determinados efectos en la realidad social, precisamente los efectos que
,e reputan justos, 'Y útiles para el bien común de una determinada situación
social. Las normas del Derecho positivo son las respuestas que el legislador,

555

�la sociedad (por vía consuetudinaria), o el juez dan para satisfacer determinadas necesidades sociales, para resolver ciertos problemas o conflictos de la
convivencia y cooperacíón humanas, tal y como éstos se presenta~ en un lugar y en un tiempo determinados inspirándose para ello en Jas valoraciones
que es~im~ correctas._ Con estas normas positivas, sus autores se proponen
la reahzac1on de un fm o resultado, cuyo cumplimiento representa el modo
que se entendió como el más valioso en una circunstancia, para satisfacer
aquellas necesidades o para resolver aquellos conflictos. Además, las normas
jurídico-positivas contienen los medios que se estiman adecuados y eficaces
para la realización de aquellos fines.
Claro que mediante el Derecho, al igual que mediante otros productos
culturales, los hombres tratan de llevar a cumplimiento ualores los cuales
tienen una validez ideal. La cultura, por lo tanto, trasciende el'área de 1~
actividades humanas que la producen, para conectarse con valores ideales.
Sin embargo, aunque la cultura posea una dimensión que trasciende las
realidades particulares en que se gesta, la cultura surge por el estímulo de
necesidades que los hombres sienten y con el propósito de satisfacer tales necesidades. Además, la cultw-a se desenvuelve como un conjunto de funciones
de la vida humana; y tienen su sentido primordial dentro de la existencia del
hombre y para éste. La cultura es algo que el hombre hace en su vida; y que
lo hace ~o por accídent~ ni por casualidad, sino porque le viene suscitado por
l~s necesidades de su vida. Con el lenguaje, el conocimiento, el arte, la técruca, el D_erecho, etc., los _hombres satisfacen o tratan de satisfacer urgencias
que expenmentan en su vida. Claro quejo que le viene impuesto es el tener
que hace1lo, en tanto que funciones de su vida; pero no el modo concreto 0
singular de hacerlo en cada caso, ni lo particular que haga en cada caso. EJ ·
hombre en su vida desenvuelve siempre las mismas funciones, pero las desenvuelve .si~pre de diferente manera, o, dicho con otras palabras, las desenvuelve h1stórtcame11te, esto es, de modo vario y cambiante.
Ahora bien, aun _habiendo reconocido que las obras de la cultura ( ciencia,
arte, Derecho, técruca, etc.), apuntan esencialmente a la realizaci6n de los
valores, ellas no son en sí mismas valores puros, sino que son obras del hombre, mediante las cuales éste trata de satisfacer necesidades de su vida bien
que dirigiéndose por criterios de validez trascendente.
'
~6tese que ~ bien en términos de generalización podemos hablar de tipos
vanos de necesidades humanas -por ejemplo, las que motivan el hacer conocimiento, el elaborar Derecho, etc.-1 en la realidad, todas las necesidades
senti.das por los hombres son concretas, nacen en una cierta situación, se
manifiestan en condiciones particulares, tienen a su alcance medios determinados, etc. O, expresado en otros términos: todas las necesidades de los hom-

556

bres, y consecuentemente las actividades y obras que éstos producen para
colmarlas, son hist6ricas. Por lo tanto, esas acfrddades y esas obras, aunque
orientadas hacia valores objetivos, están condicionadas por la situación histórica singular de la cual surgieron y a la cual se dedican. Así pues, las ciencias de la cultura tratan de obras humanas (Tfcnica, Derecho: Arte, Lenguaje, etc.), que fueron elaboradas por unas gentes bajo la incitación de determinadas necesidades sentidas en un cierto tiempo, y en una situaci6n hist6rica concreta. Esas obras humanas representan la consecución de una finalidad
con la cual dichas gentes intentaron satisfacer aquellas necesidades: y esas
obras fueron llevadas a cabo utilizando ciertos medios que se estúnaron como adecuados y eficaces para la producción de tales obras. Toda obra cultural (por ejemplo, una ley o un reglamento) tiene una significación circunstancial, es decir, ha nacido en una situación histórica y vital concreta, para
obtener mediante los efectos que produzcan la satisfacción de unas necesidades humanas también concretas. Cierto que las obras culturales pueden y deben inspirarse en valores objetivos; pero aquí no se está hablando de ideas
puras de valor, sino de otra cosa: de obras humanas en las cuales se trata de
satisfacer unas urgencias humanas con referencia a unos valores. No ~e trata de valores ideales, sino de realizaciones humanas que apuntan hacia unos
valores. Por eso todos los objetos culturales son circunstanciales, esto es, fueron creados por el estímulo de una determinada circunstancia, para ser vividos o aplicados en esa circunstancia. Tienen ciertamente sentido, significación. Pero tal sentido o significación no es una idea pura con validez necesaria, sino que es un sentido humano, una significación referida a un determinado problema en la existencia de unos hombres.
El hombre experimenta no sólo el dolor de la inseguridad frente a la naturaleza, sino que también se plantea análogo problema respecto de los demás
hombres; y siente la urgencia de saber a qué atenerse en relación con los
demás: de saber cómo se comportarán ellos con él y qué es lo que él debe y
puede hacer frente a ellos; y precisa no sólo saber a qué atenerse sobre lo que
debe ocurrir, sino también saber que esto ocurrirá necesariamente; esto es,
precisa de certeza sobre las relaciones sociales, pero además de la seguridad
de que la regla se cumplirá, de que estará poderosamente garantizada. Necesita saber qué es lo que ocurrirá con el ganado que apacentaba o con el
árbol que cultivaba, cuando esté durmiendo o se ausente; qué es lo que le
pasará a su compañera, cuando él no se halle a su lado; en suma, tiene la
necesidad de saber qué podrán hacer los demás respecto de él, y qué es lo
que él puede hacer respecto de los demás; y no sólo esto, sino que también
precisa tener la seguridad de que esto será cumplido forzosamente, garantizado, defendido de modo eficaz. El derecho surge precisamente como ms-

557

�tancia detenninadora de aquello a lo cual el hombre tiene que atenerse en
sus relaciones con los demás -certeza-; pero no sólo certeza teorética (saber lo que se debe hacer), sino también certeza práctica, es decir, seguridad:
saber que esto tendrá forzosamente que ocurrir, porque será impuesto por la
fuerza, si es preciso, inexorablemente. El Derecho no es puro dictamen, mera
máxima, sino norma cierta y de cumplimiento seguro (de imposición inexorable), norma garantizada por el máximo poder social, por el Estado, a cuyo
imperio no se podrá escapar.
Desde luego que con la certeza y la seguridad no basta, pues la certeza y
la seguridad deben darse en normas justas; pero certeza y seguridad constituyen el sentido formal de la función del Derecho.
Los valores superiores que deben inspirar al Derecho se refieren a los fi.
nes que mediante él deben ser cumplidos; y claro es que un ordenamiento
jurídico no estará justificado, no será justo, sino en la medida en que cumpla los valores que deben servirle de orientación. Pero lo jurídico del Derecho
no radica en esos valores, sino en la forma de su realización a través de él. O
dicho con otras palabras: lo jurídico no es un fin, sino un especial medio
puesto al servicio de la realización de fines varios. Hay fines sociales que en
principio bien pudieran ser perseguidos por medios ajenos a lo jurídico: educación, apostolado, propaganda, iniciativa individual, organización social, etc.
Ahora bien, cuando a una colectividad le interesa asegurar de la manera más
firme la realización de determinados fines, entonces los recoge en normas jurídicas, esto es, impone su cumplimiento de manera inexorable, por ejecución forzosa. Así, siempre la función det Derecho es seguridad, aseguración;
lo mismo en un régimen tradicionalista que en un régimen revolucionario,
pues, tanto en un caso como en otro, se trata de asegurar la realización eficaz.
Lo que acabo de e&gt;..-poner no implica de ninguna manera la indiferencia
de los fines. En modo alguno. Desde el punto de vista de la valoración, de la
Estimativa Jurídica, se debería distinguir entre fines malos y fines buenos; y
aun no todos los fines buenos podrán ser perseguidos jurídicamente, pues hay
muchos valores -por ejemplo, los morales puros- cuya realización no es
lícito promover mediante el Derecho, ni tiene sentido que así se pretenda.
De suerte que en la Estimativa Jurídica (esto es, en la Teoría de la valoración jurídica, de los ideales de· Derecho) se determinarán las directrices que
deben orientar al Derecho, los criterios para su perfeccionamiento y para su
reelaboración progresiva; se esclarecerá cuáles son los supremos valores que
deben ser plasmados en el Derecho y se establecerá qué es lo que puede justificadamente entrar en el contenido del Derecho y qué es lo que no puede lícitamente constituir objeto de normas jurídicas (por ejemplo, el pensamien•

558

to religioso y e] científico, frente al cual el Derecho no debe sino garantizat
su libertad, pero de ninguna manera regularlo taxativamente; por ejemplo,
tampoco la pura moralidad, que en modo alguno puede ser impuesta por el
Derecho, etc.)
Aquí lo que importa es mostrar cJaramente que la juridicidad, lo jurídico,
no es e:,...'Presión de determinados fines, sino sólo de una especial manera o
forma de realizaci6n de fines sociales. Ahora bie~ claro es que a la luz de la
Estimativa no será indiferente el problema de cuáles sean los fines sociales
que puedan y deban ser perseguidos jurídicamente, ya que no todos los fines
sociales podrán lícitamente ingresar en el mundo del Derecho; y, en cambio,
los hay que deberán necesariamente ser objeto de regulación jurídica; mientras que respecto a otros muchos, según las circunstancias, será conveniente o será no conveniente que se articulen jurídicamente.
Lo que importa aquí es, como se indico ya, mostrar una serie de fines cuya consecución puede intentarse por varios medios. La regulación jurídica es
uno de esos medios, pero no el único. De sue1te que lo jurídico no consiste
en este o en aquel contenido, sino en la forma de normaci6n impositiva e
inexorable que pueden adoptar los más diversos contenidos sociales. Así, por
ejemplo, la tarea social de socorro o ayuda a los necesitados ha sido muchas veces confiada a la libre iniciativa de la generosidad individual; .otra~ veces, a puras organizaciones sociales ( no oficiales) de beneficencia ; pero cuando la colectividad ( representada en su supremo órgano, en el Estado)
ha considerado como de todo punto necesario el asegurar la plenaria realizaci6n de este fin, entonces ha convertido la asistencia social en una institución jurídica, la ha sujetado a normas de imposición inexorable (para los
funcionarios que se encargan de ella y para quier.es deben forzosamente aportar una contribución) . Así también la función de la enseñanza ha sido confiada en algunas épocas a la iniciativa particular, a instituciones sociales libres; pero cuando el Estado ha estimado que la colectividad precisa que se
asegure en forma irrefragable el cumplimiento de dicha tarea, y que ésta se
efectúe sobre determinadas bases (por ejemplo, sobre la base del fundamentalísimo principio de la libertad de pensamiento, etc.), entonces ha organizado
jurídicamente la función pedagógica, Así también, ha habido épocas en las
cuales se ha estimado que el bienestar de las gentes era asunto que éstas debían realizar en virtud de la acción individual y de la acción espontánea de
los entes sociales libres, pero que de ningún modo era tarea del Estado, y que
al Estado no le competía nada más que garantizar la libertad y la justa aplicación de ella; y de tal suerte, en alguna manifestación del liberalismo del
siglo XIX se decía que al gobierno no se le ha de pedir que haga la felicidad
de los ciudadanos (que es asunto propio de ellos), sino tan sólo que sea justo

559

�y respete la libertad. Pero, en cambio, después se abre camino en la sociedad
la convicción (que ya en otros tiempos existiera también) de que al Estado
compete también la misión de realizar en la mayor cuantía posible el bien
general de sus miembros, y que, por tanto, debe intervenir en lá regulación
de la economía y en la realización de una serie de finalidades de bienestar,
porque es preciso asegurar el cumplimiento de dichas tareas, las cuales entonces quedan jurificadas, es decir, pasan a ser enmarcadas en normas jurídicas. Así también obsérvese que, en otros tiempos, se consideró que era necesario para la sociedad asegurar impositivamente la vida religiosa (lo cual
es un máximo error y una monstruosa aberración, pues la religión sólo puede
fundarse en la libre adhesión, en la sincera convicción) o también una doctrina científica (lo cual es tan equivocado como lo anterior, y es, además,
una estolidez), y se convirtió tales funciones en algo jurídico, se las sometió
a una regulación perceptiva, taxativa, mediante normas de Derecho. Pero,
en cambio, cuando se abre paso un sentido humano, la hberación de la conciencia -sin la cual no puede haber auténtica cultura- se sustrae al imperio del Estado) esto es, al imperio de una regulación jurídica, el contenido de
la conciencia religiosa y el del pensamiento teórico; y1 entonces, lo que importa es asegurar la libertad de conciencia y de pensamiento1 Y1 a tal fin, se
impone i¡iexorablemente a todos, a los funcionarios y a los particulares, el

pleno respeto a la inviolabilidad de la persona.
Adviértese, pues, cómo lo esencialmente jurídico no está en el contenido de
las normas, sino en la especial forma de imperio inexorable, pues es lo que ca1-a.cteriza al Derecho. El mismo contenido de una norma jurídica puede ser
contenido de una regla del trato social o de una máxima técnica, o de un
consejo. Si fuera cualquiera de estas cosas y nada más, la norma seguiría diciendo lo mismo, pero no sei;ía Derecho. Lo que una norma jurídica tiene de
jurídica no es lo que dice1 sino la manera como lo ordena: impositiuamente,

de tipos contrarios, tales como el anhelo de cambia, la aspiración de mejora
y progreso.
En efecto, sucede que si bien por una parte el Derecho sirve a un propósito de certeza y seguridad. por otra parte sirve también a las necesidades
suscitadas por el cambio social y por los deseos de progreso. Así pues, el Derecho, por una partei pretende ser estable, mas por otra parte no puede permanecer invariable, sino que, por el contrario, debe ir cambiando al compás
de las nuevas circunstancias y necesidades sociales. La seguridad perfecta
equivaidrla a la absoluta inmovilidad de la sociedad. El cambio constante
sin ningún elemento y formas estables1 haría imposible la vida social.
'
Para comprender y explicar el proceso social de fonnación y de desenvolvimiento del Derecho, es preciso tener a la vista dos aspectos: el hecho de
que los hombres al producir Derecho tratan de dar certeza y seguridad a
determinadas relaciones interhumanas; y el hecho de que, a pesar de que el
orden jurídico tiene una funci6n estabilizadora de determinadas relaciones socíales, sin embargo, no puede substraerse a las necesidades de modificación
suscitadas por el cambio social, por el nacimiento de nuevas necesidades, por
la transfonnaci6n de antiguos menesteres, y por la aparición de nuevas circunstancias.
La finalidad en el campo de lo jurídico y en el estudio del Derecho se manifiesta en tres aspectos, o a tres niveles diferentes, a saber: a) en Ja esencia
de lo jurídico, y, por tanto en la Teoría fundamental a general del Derecho;
b) en la Estimativa o axiología jurídica; y c) en las normas jw·ídico-positi~as, Y, consiguientemente, en la ciencia dogmático-técnica del Derecho positivo y en la práctica juódica.

3.

LA FINALIDAD EN LA ESENCIA DE LO JURIDlCO Y EN LA TEORÍA ~UNDAl\lENTAL

DEL DERECHO,

con pretensión de mando inexorable.
No debe entenderse esta función de certeza y seguridad en términos absolutos. Por el contrario, hay que pensarla sólo con un alcance limitado Y
relativo. Esto es así por las siguientes razones:
lo. Aunque los hombres elaboran el Derecho positivo movidos por el deseo de obtener alguna certeza y seguridad en determinadas relaciones socíales, lo que les importa no es cualquier certeza y seguridad, sino precisamente
certeza y seguridad en lo que entienden como pautas de justicia.
2o. Aunque el deseo de seguridad es uno de los afanes fundamentales de
la vida humana, no es el único de éstos, sino que coexiste con otros deseos

560

EL CONCEPTO UNIVERSAL de lo jurídico, o sea de la esencia del Derecho no
puede contener ninguna determinación concreta, pues entonces no sería el
concepto universal del Derecho, sino que sería el concepto de un determinado Derecho ( antiguo o moderno; civil o penal; justo o in justo; etc.) Por esa
razón, el concepto universal, o de la esencia, de lo jurídico, debe ser formal,
esto es no debe albergar dentro de sí ninguna especificación particular, ninguna detenninaci6n concreta. Ha de ser una noción universal, dentro de la
que quepan todas las manifestaciones de lo jurídico. El concepto universal
del Derecho debe abarcar dentro de sí todos los Derechos que en el mundo
han sido, todos los que son y todos los que puedan ser. Este concepto debe

561

11. 36

�damos la esencia de lo jurídico, pura y simplemente, dejando a un lado todos los calificativos específicos e individuales que correspondan a manifestaciones jurídicas de diversas clases. Debe ser un concepto que sirva lo mismo
para el Derecho civil que para el penal, el procesal, el constitucional, etc.;
que sea igualmente aplicable al ordenamiento e instituciones de un pueblo
primitivo y al Derecho complicado de un Estado civilizado de Occidente; valedero tanto para el antiguo como para el medieval, el moderno y el contemporáneo. Y por tanto, también, que comprenda igualmente las normas jurídicas justas como las normas juridicas injustas.
La pertenencia de una obra humana al campo jurldico no se decide por
la consecución efectiva de justicia que haya logrado encarnar, sino por la
posesión de una serie de caracteres formales, que son los que determinan o
constituyen la esencia de lo jurídico.
No se crea que al incluir en la determinación de la esencia de lo jurídico
sus finalidades funcionales, con eso se ha mutilado la universalidad del concepto. Algunas escuelas contemporáneas de Filosofía del Derecho habían sostenido que dentro del concepto universal de lo juridico no podía entrar ninguna idea de finalidad, pues se decía que de incluir una idea de finalidad,
como quiera que los fines son siempre particulares propios de una determinada comunidad o momento, o propios de una doctrina valorativa, resultaría que ya no obtendríamos un concepto absolutamente universal, sino tan
sólo el concepto de determinados ordenamientos históricos, o de determinado criterio estimativo; y, entonces, ese.concepto ya no podría aplicarse a todos los Derechos que en el mundo han sido, son y serán. Pero este argumen•
to en nada afecta a la doctrina que yo e.xpongo. Efectivamente: la inclusión
de la referencia a un fin concreto invalidaría la universalidad del conet'pto,
su pretendida esencialidad; pero aquí yo no incluyo ninguna idea de fin concreto, sino unas ideas de finalidades funcionales, las cuales son por entero
formales, plenamente universales. Lo que varía, en la historia y en las diversas doctrinas filosóficas y políticas, son los fines asegurados; pero, en cambio, hay finalidades funcionales constantes. Variará el contenido de esas fina•
lidades en cada sistema de Derecho positivo; pero las funciones son perma-

nentes a fuer de esenciales.
Entre las notas formales y esenciales del Derecho figuran varias dimensiones de finalidad funcional, que no restan de ninguna manera universalidad
al concepto esencial, porque pertenecen a todo Derecho, a todas las manifestaciones de lo jurídico. Tales notas o dimensiones de finalidad funcional
son las siguientes:

562

1. La re/erencia intencional a valores, la mención intencional de la justicia.
Todo Derecho es un propósito de Derecho justo. Tal propósito podrá resultar logrado, más o menos logrado, o fracasado. La idea de la justicia (y de
los demás valores por ésta implicados) no pertenece al contenido del concepto universal de lo juridico. Pero, en cambio, la referencia intencional a la
justicia (y a los demás valores por ésta supuestos) es una de las notas form:ales de todo Derecho, y, por ende, del concepto universal o esencial de
lo jurídico.

2. La función de seguridad y de certeza en determinadas relaciones sociales, en el cumplimiento de aquellos fines que los miembros de la sociedad de
un determinado lugar y un cierto tiempo consideran de indispensable realización. La seguridad puede establecerse respecto de los contenidos más dispares -como nos muestra la Historia del Derecho-; pero dondequiera que
haya Derecho reconocemos éste por constituir una función aseguradora de
que una determinada conducta, independientemente de la voluntad hostil
que pueda hallar, será impuesta y realizada, y de que los comportamientos
contrarios serán hechos efectivamente imposibles.
3. La función de resolver los con/lictos de intereses.
Hay competencia y conflictos entre los intereses de los varios seres humanos. En este sentido se entiende por interés la demanda o deseo que los seres
humanos tratan de satisfacer, bien individualmente, o bien a través de grupos y asociaciones, en sus relaciones con los demás, puesto que la satisfacción
de todos los intereses de todos los seres humanos no es posible, por eso hay
competencia entre los hombres en cuanto a sus varios intereses concurrentes;
Y esa competencia da origen muy a menudo a conflictos.
En principio no hay más que dos procedimientos para zanjar los conflictos
de intereses: o bien la fuerza -triunfo de' quien sea más fuerte, por su vigor
muscular, o por las armas que tenga, o por su astucia-, o bien una regulación objetiva (es decir, que no derive de ninguna de las partes de conflicto, sino de una instancia imparcial, y que sea impuesta a ellas por un igual),
la cual sea obedecida por los antagonistas.
Las normas jurídicas positivas representan precisamente la adopción del
segundo tipo de procedimiento para resolver los conflictos de intereses, es
decir, el camino de una regulación objetiva que se imponga por igual a las
partes en oposici6n, con el fin de evitar que sea la fuerza la que decida tales
conflictos.
Veamos de qué modo opera el Derecho positivo, para zanjar los conflictos

563

�de intereses entre los individuos o entre los grupos. E1 Derecho positivo obra
de la siguiente manera:

que llegaría tan lejos como llegase la influencia efectiva que ejerciera en
cada momento sobre sus súbditos. La existencia de ese poder no organizado

A) Clasifica los intereses opuestos en dos categorías: intereses que merecen protección e intereses que no merecen protección. B) Establece una es-

y s_u alcan~e en cada momento dependerían exclusivamente de cuál fuese
la influencia que de hecho ejerciese en cada instante sobre la conducta de
las gentes, p~r e~c~a de las cuales tratase.de imperar. El alcance de tal poder no estar¡,a limitado nada más que por los limites de su propia fuerza,
llegaría en cada instante hasta donde llegase esa fuerza¡ en ocasiones serí;
tal ":ez abrumad~r, y carecería de límites; otras veces, cuando fallase total 0
parcialmente su influencia,
afectiva o llegaría a no existir en aquel momento,
,
1
d
o. su, .a canee ven ria a ser muy corto cuando fallara en parte . La orgamzac1on
· ·,

pecie de tabla jerárquica en la que determina, respecto a los intereses que merecen protección, cuáles intereses deben tener prioridad o preferencia sobre
otros intereses, y los esquemas de posible armonización o compromiso entre
intereses parcialmente opuestos. C) Define los límites dentro de los cuales
esos intereses deben ser reconocidos y protegidos, mediante preceptos jurídicos
que sean aplicados congruentemente en caso de que tales preceptos no sean
espontáneamente cumplidos por sus sujetos. D) Establece y estructura una
serie de órganos o funcionarios para: a) Declarar normas que sirvan como
criterio para resolver los conflictos de intereses (poder ejecutivo y administra•
tivo) ; y b) dictar nonnas individualizadas -sentencias y resoluciones- en
las que se apliquen las reglas generales (poder jurisdiccional).

J~dica del poder ~ota a éste de una mayor estabilidad, de una mayor regulandad; ~ero al. IllliIDO tie~po limita el alcance de ese poder, porque tal alcance
· ·
. está defirudo,
. determmado
.
' deslindado por el Derecho, y, cons1gu1entemente, no puede rr más le1os de lo establecido en el Derecho, en tanto quiera
~rmanecer como poder juríwco y no quiera intentar ser un poder arbitra-

no.

4.

La función de organizar el poder político.
El Derecho, para zanjar los conflictos de intereses, necesita no solamente
un criterio para resolver tales conflictos, sino que además necesita estar apo•
yado por el poder social que quiere ser más fuerte que todos los demás pode•
res sociales, es decir, por el poder político, o sea por el Estado, Ahora bien,
el Derecho satisface también la necesidad de organizar este poder político,
esto es, el poder del Estado. El Derecho precisamente organiza la serie de ór•
ganas competentes que hablan y actüan en su nombre. Ahora bien, si por
una parte el Derecho positivo vigente es realmente tal Derecho positivo vigente de un modo efectivo, porque y en tanto lo apoya el poder del Estado,
por otra parte acontece también que el poder del Estado está organizado y
ungido por el Derecho, o, rucho con otras palabras, el Derecho es uno de
los ingredientes más importantes del poder del Estado. En efecto, el poder
del Estado se apoya sobre una serie de hechos sociales; es poder estatal, pre•
cisamente porque es el resultado de los poderes sociales más fuertes; pero, a
su vez, el Derecho da al poder del Estado su organización,

5. La función de legitimar el poder político.
El Derecho no sólo organiza el poder político, además lo legitima.

6. La función de limitar el poder político.
La organización del poder por medio del Derecho implica una limitación
de ese poder. En efecto, un poder no organizado, no sometido a determina•
das formas, no especificado en una serie de competencias, sería un poder

564

4. U

FINALIDAD EN LA ESTIMATIVA JURÍDICA

Para que .determinado resultado) efecto sea establecido como finalidad debe. cumplir
· 'tos: pnmero,
·
.. dos requw
que eso aparezca como valioso. es' deClf, _todo tm debe justificarse por un juicio positivo de valor; y, segundo) que,
habida cuenta de la realidad humana en la cual se trata de cumplir aquel valor, el_ fin ~ropuesto resulte adecuado a dicha realidad a la luz de una correcta estimativa.

Per0 aqm' 1O que precrsa
· ante todo es darse cuenta de que toda finalidad se basa sobre una estimación, trata de justificarse a la luz de un J'uicio
de valor.

_El ~roblema de los fines en Estimativa jurídica presenta las sigwentes implicac1ones.
Por una parte, preguntarse por Jos fines últimos del Derecho es decir por

1os.f~es a los que el Derecho trata de servir como medio de realización
'
' impo51tiva inexorable, equivale a preguntarse por los valores que deben orlen~ al Derecho. A título de mero ejemplo, pues el presente artículo está de~cado a la finalidad en el Derecho en términos generales y no a la indagación sobre los valores jurídicos, cabría dar a esa pregunta la siguiente respue~ta: 1) El Derecho debe cumplir siempre una finalidad de certeza y seguridad en aquellas relaciones y situaciones sociales reputadas por las gentes
de una detenruna
. d a socie
· d a d como de aseguramiento deseable. 2) El Dere-

565

�cho debe ser el medio de realización de la justicia y de los valores por ésta
implicados o supuestos, como son, por ejemplo, la dignidad de la persona individual, los derechos básicos de libertad del individuo, los derechos de paridad, no sólo ante la ley sino también en cuanto a las oportunidades, los derechos democráticos, la proporcionalidad en las relaciones económicas -salario justo, renta justa, precio justo, distribución justa, etc.-. 3) El Derecho debe servir como instrumento para el bie11estar general~ como instrumento de cooperación, en la medida en que no se interfiera con las libertades
fundamentales del individuo, para aque11as empresas cuya realización esté
más allá de las posibilidades de los individuos o de los grupos sociales particulares.
Pero, una vez sentadas las directrices generales sobre los fines del Derecho,
-por ejemplo, en los términos generales de una estimativa o A.xi.ología humanista, como lo he apuntado en el párrafo precedente ( es decir, considerando que el hombre -al igual que todas las instituciones- no ha sido hecho para servir al Estado, sino, al contrario, que el Estado ha sido hecho para servir al hombre)-, entonces además habrá de plantearse el problema de
los fines respecto de cada institución y de cada norma jurídica particulares.
Hay algo que precisa no perder de vista, a saber: el carácter circunstancial
de todo Derecho positivo.
Uno de estos puntos es el siguiente: las normas jurídicas no son, no pueden pretender ser, no pueden ser, proposiciones con intención científica, de
las cuales quepa predicar los calificativos de verdaderas o falsas. Las normas
jurídicas son actos de voluntad, y son instrumentos creadog- por la acción, es
decir: utensilios para producir en la vida social, de una determinada sociedad en una cierta situación, unos especiales efectos, a saber: los efectos que
el legislador considera que son los más justos en la medida de lo posible.
El Derecho positivo es siempre, por esencial y necesariamente, una obra
circunstancial, en un doble sentido o dimensión, y en la acepción filosófica
estricta de esta palabra. Las normas jurídicas son gestadas y elaboradas bajo el estímulo de unas ciertas necesidades sentidas en una sociedad y en una
época determinadas, es decir, al conjunto de las urgencias de una cierta circunstancia social. Pero esto no es todo, pues hay una segunda dimensión circunstancial; esas normas jurídicas que se configuran bajo la presión de una
circunstancia social están destinadas a remodelar o estructurar dicha circunstancia social, es decir, están pensadas para producir en esa realidad social
precisamente unos determinados resultados, y no otros.
El reino de lo humano no es una especie de celeste imperio de valores puros, es el conjunto de esfuerzos realizados por las gentes en el curso de su
historia para plasmar concretamente en la vida las exigencias de aquellos va-

566

l~res. Los _valores puros -por ejemplo, la idea plenaria y perfecta de justiCla- son ideas; pero, en cambio, las elaboraciones de Derecho positivo llevadas a cabo por los pueblos en su desenvolvimjento histórico, son obras hu~anas _que surgie~on al conjuro de una urgencia, de una necesidad, de una
1IDpres1ón de sentirse menesteroso ante un problema que la naturaleza no nos
~ resuelto de modo automático por vía de instinto, como le ocurre al animal,
~mo que ha _de s:r enfocado y resuelto por cuenta propia por los hombres, baJO su exclUSJvo nesgo y responsabilidad. Para ello, el hombre hace uso de sus
facultades imaginativas, con las cuales busca algo que, 0 bien no existe todavía, o si existe no, está ~í al alcance de la mano, mediante lo cual se pueda
colmar aquel vac10, satlsfacer aquella urgencia, cubrir aquella necesidad.
Este pr~blema de _los fines puede ser considerado desde otro punto de vista, entendiendo los fmes a los que el Derecho debe servir como intereses dignos de la ~rotección jurídica, en los términos en que Roscoe Pound expone
esta matena.
A esos efectos, Pound define un interés corno "una demanda O un deseo
que _los_ seres humanos, o bien individualmente, o bien a través de grupos 0
asoc1ac1ones .... trat~, de satisfacer¡ demanda o deseo1 que tiene que ser
tomado en coDS.Jderac10n por la ordenación de las relaciones hwnanas y de la
conducta humana".
Surgen conflictos ¡&gt;0rque hay mutua competencia entre los individuos y
sus grupos.
Nótese que el Derecho no crea esos intereses. Los encuentra ante sí clamando por pro_te~ción y por seguridad. El Derecho clasifica esos interese~, y presta reconocuruento a un determinado número de ellos, mayor O menor. Dete~ina los límite~ dentro de los cuales el Derecho se esforzará en proteger
los mtereses seleccionados por él; delimita la esfera de validez de unos intereses frente a la esfera de validez de otros, así como también la prioridad de
unos sob_re otros. Estas tareas requieren un pleno conocimiento (sociológico)
de eso~ intereses, así como también requieren ideas claras sobre las pautas
valorabvas, para determinar cuáles deben ser los intereses protegidos en qué
medida, y de qué manera.
'
La noción de interés implica la nota de demanda, de pretensión, de deseo.
Por lo tanto, no debe confundirse esa noción de interés con la noción de interés dada por los economistas, la cual implica tan sólo el hecho de una ventaja o de un beneficio.
~o~viene advertir que la tarea del orden jurídico, consistente en reconocer,
delllllltar y proteger eficazmente los intereses reconocidos en la medida en
que lo estén, no puede considerarse nunca como definitivamente terminada.
Los intereses no reconocidos siguen ejerciendo constantemente una presión

567

�para obtener mañana el reconocimiento que ayer no consiguieron. Los intereses que fueron reconocidos sólo parcialmente se esfuerzan por ampliar el
ámbito de su protección. Viejos intereses en el pretérito, aJ cambiar las circunstancias parecen perder volumen e intensidad, o perder título razonable
para ser protegidos. Al correr de los días surgen nuevos intereses, aparecen
nuevas demandas presionando al legislador, y a los jueces. Al transfonnarse
las realidades sociales, quedan a Yeces modificadas las relaciones entre los diversos intereses concurrentes; y esa modificación afecta a las consecuencias
que se siguen de aplicar los criterios estimativos o pautas axiológicas. Por otra
partei ocurre frecuentemente que la solución dada por el legislador o por los
jueces a determinados tipos de conflictos, al ser llevada a la práctica, se muestra produciendo resultados contrarios a los que se quería, o resulta simplemente ineficaz, lo cual plantea tanto al legislador como a _los tribunales el problema de rectificar !os criterios que antes establecieron.
El legislador y también el juez se hallan ante el conflicto entre las fuerzas que desean conservar lo que llaman el Ol'den social --el cual suele ser
una especie de cuadro idealizado del orden del pretérito-, y las fuerzas que
pugnan por establecer un nuevo orden social, más de acuerdo con las necesidades del presente y con las tareas a cumplir en el próximo futuro. Se trata,
en suma, del conflicto que ya había estudiado Ihcring: el conJlicto entre los
que luchan por la perpetuación del Derecho que fue, y los que luchan por
la implantación de un nuevo orden jurídico que estiman debe de ser; entre
los que luchan por el Derecho de ayer y los que luchan por el Derecho de
mañana.

5. LA

FINALlllAD EN LA CIENCIA OOGMÁTICO-TÉ.CNICA

DEL

DERECHO

V EN LA PRÁCTICA JURÍDICA

Las normas del Derecho positivo, las leyes, los reglamentos, etc., pretenden
ser sólo instrumentos para la acción, y, además, son instrumentos ocasionales,
circunstanciales, cuya validez y alcance depende de las urgencias o necesidades de la situación. Por haber olvidado esto los juristas del siglo XIX
tomaron los artículos de los códigos como si fueran verdades definitivas y
enchu.faron en esos artículos el mecanismo del silogismo y empezaron a sacar
consecuencias ilimitadamente. Además, se pusieron a elaborar edificaciones
doctrinales sobre la base de los artículos del códjgo, y comparando una serie de artículos con otros, buscando ajuste, construían el perlil y consiguientemente el concepto de las diversas instituciones: la compraventa, la hipoteca, la representación política, etc. Ahora bien, esos conceptosJ que en el
568

fondo trataban de ser tan sólo medios fáciles para aprehender, para captar
el sentido de unas obras humanas, fueron fodebidame11te absolutizados. Una
vez que .se había construido el concepto de una institución&gt; por ejemplo, el
de la hipoteca, se olvidaba, incluso los artículos del código, y se aplicaba
a ese concepto de hipoteca el proceso del silogismo para sacar consecuencias no sólo de los artículos del código, sino de ese concepto establecido por
los juristas teóricos. Olvidaban que esos conceptos eran, como se ha dicho
atinadamente por algunos jurisconsultos alemanes de la jurisprudencia de
intereses, y norteamericanos de la jurisprudencia sociológica, sólo etiquetas
clasificatorias para una buena ordenación en el conocimiento jurídico; pero
no idtas con validez esencial en st y por sí. Por eso los contenidos de las
normas jurídicas no pueden ser tratados como verdades mediante el instrumento de la lógica de lo racional. Por eso hay copiosísima e..xperiencia de
cómo, en una enorme multitud de casos, el empleo de la lógica tradicional
en la interpretación del Derecho conduce a tremendos desaguisados e incluso
a injusticias monstruosas. El aspecto funcionaJ y práctico del Derecho no
siempre ha sido tomado en la debida consideración. La falta de atención
dedicada a esa función práclica del Derecho, en algunas épocas, se debe a que
cuando el Derecho se sistematiza partiendo de principios y normas generales
cobra un aspecto de organización lógica alejada de la realidad. La forma
imperativa de mandato y de prohibición, las e.xpresiones htal cosa será así,
y de esta manera ... " despiertan casi necesadamente la pregunta: ¿ Por
qué?" Esto es lo que sucede cuando contemplamos una sentencia o una resolución individualizada. Pero, en cambio, cuando las reglas de Derecho aparecen generalizadas bajo el aspecto de ideas o de funciones jurídicas, entonces
se ha solidado atender más a su valor lógico que a su utilidad práctica.
Otro de los errores consiste en suponer que deba considerarse un orden
jurídico positivo como emanación deductiva de una idea o de un plan,
olvidando que el hec:ho de que las ideas se articulen compuestas de tal o
cual modo no depende de exigencias lógicas, sino que depende precisamente del hecho de que en el modo como se presentan puedan satisfacer las necesidades de la vida social. Y acontece frecuentemente que el libre desenvolvimiento lógico de muchas máximas jurídicas tiene que ser suspendido
o contrariado, precisamente para satisfacer de modo adecuado las necesidades que la vida social plantea.
Ningún código, ninguna compilación, ni ninguna ley, de una época o
de un pueblo cualquiera, podrán ser suficientemente comprendidos sin el
conocimiento de las condiciones sociales efectivas de ese pueblo y de esa
época. Sólo por \'Írtud de este conocimiento podemos explicarnos la existencia de esas normas de Derecho y comprender su significación.

569

�1

'

El Derecho, tal y como ha llegado hasta nosotros en sus fonnas legislati.
vas, viene a ser como el diseño de una máquina. Ahora bien -observa
Ihering-, una explicación cabal de esa máquina, así como una crítica de la
misma, no podemos obtenerlas por la mera contemplación de aquel dibujo,
sino solamente por la observación de cómo Ja máquina funciona de hecho.
Al verla en acción, nos damos cuenta de la gran importancia que tiene un
resorte que nos había pasado inadvertido; y entonces caemos en la cuenta
de que una rueda que parecía de importancia principal se muestra como
inútil. El motivo de la existencia de la institución y de su forma se halla en
el fin que se propone lograr, relacionado con las necesidades de una época
determinada. Así pues, en las características de una cierta situación social
concreta y en las necesidades que broten de las mismas, todo lo cual cambia en el transcurso del tiempo, se halla la razón por la que una cierta institución ha sido menester, y la razón por la cual otra institución se ha convertido en superflua o contraproducente.
Es necesario tener en cuenta, observa lhering, que los conceptos abstractos y generales no han constituido el punto de partida en la elaboración del
Derecho positivo. Por el contrario, las más de las veces, la creación de Derecho ha tenido a la vista determinadas situaciones reales; ha concebido
como fin ciertos resultados para tales situaciones; y ha buscado los medios
eficaces para realizar tal propósito. S6lo después de todo eso es cuando se
forman conceptos generales para la mejor ordenaci6n y el mejor manejo de
1a materia jurídica. Ahora bien, tales conceptos abstractos y generales no son
los padres, sino que son más bien los hijos del razonamiento que presidió
la creación de Derecho.
En contra de la idea que preside la jurisprudencia conceptualista, de que
hay un mundo de conceptos propios, con contenido determinado, elaborado
a priori y sin contradicciones, mundo en el cual podría encontrarse la regla
suprema para el ordenamiento jurídico, Ihering sostiene que los contenidos
de las normas juridicas son de índole alógica.
El criterio o medida que sirva para juzgar el Derecho 110 es un criterio
absoluto de verdad --dice Ihering- sino que es un criterio relativo de finalídat!. De esto se sigue que el contenido del Derecho no solamente puede
ser, sino que debe ser, infinitamente vario. Y aquí lberíng repite casi en la
misma forma un argumento que había sido ya desenvuelto por el P. Francisco
Suárez, S. I. en su tratado De legibus. Este argumento consiste en observar
que así como el médico no prescribe la misma medicina a todos los enfer•
mos, sino que ajusta su receta a la condición concreta de cada paciente, así
tampoco el Derecho puede hacer siempre y en todos los lugares la misma
570

regulación, sino que, por el contrario, debe adaptarse a la situación concreta del pueblo cuya vida trate de nonnar, tomar en cuenta su grado de
civilización, y sobre todo atender a las necesidades de la época.
Eso es lo que debe ser; pero además esto es lo que más o menos de hecho
ocurre, pues no podría suceder de otra manera.
Según la Escuela alemana de la Jurisprudencia de Intereses el fin último
y el sentido esencial de toda legislación consisten en regular de modo adecuado las relaciones interhumanas. El legislador trata de llevar a cabo este
propósito, por medio de la delimitación de las varias esferas de intereses
protegidos. Realiza esta delimitación, valorando los diferentes intereses opuestos, a la luz de la idea del bien común. El juez debe guiarse, más que por
las palabras del legislador, por las estimaciones que inspiraron a éste. Las
palabras y los conceptos empleados por el legislador son tan sólo medios
para llevar a cumplimiento los resultados que manan de aquellos juicios de
valor o estimaciones.
Mientras que las escuelas tradicionales del siglo XIX concedían ma.'llma
importancia a los conceptos generales, como base de las normas jurídicas,
por el contrario la "Jurisprudencia de Intereses" subraya especialmente el
análisis de los varios intereses en juego o en conflicto en los problemas jurídicos. Al juez no le compete crear libremente un nuevo orden juridico, sino
tan sólo colaborar, dentro del orden jurídico vigente, a la realizaci6n de
los ideales e11 que positivamente se inspira éste.
Las escuelas jurídicas predominantes en el siglo XIX sostenían la tesis de
que la función del juez debe consistir en conocer las normas jurídicas y en
subsumir bajo éstas los hechos pertinentes, siguiendo en tal proceso las
reglas de una operación lógica. Según aquellas escuelas, el juez tenía que
aplicar el Derecho de acuerdo con los principios de la lógica cognoscitiva.
En caso de lagunas, el juez debia llenarlas por el procedimiento de interpretar "conceptos". Puesto que se suponía que las normas jurídicas vigentes eran
deducciones de un concepto fundamental, se consideraba que un conocimiento
a fondo de éste suministraóa las nuevas reglas que fuesen necesarias. Este
era el método llamado de la "construcción'', un método que operaba con
fórmulas. Tal método consistía en destilar primeramente un concepto derivándolo de las normas jurídicas existentes, y en deducir después nuevas reglas
de ese concepto.
Tal método no manejaba los conceptos generales clasificatorios como meras
condensaciones, sino como entidades independientes que existiesen por sí mismas, como cuerpos jurídicos con forma definida, análogos a los cuerpos naturales. Cada concepto tenía que ser determinado exactamente en cuanto a su
estructura. El jurista debía tratar muy en serio 1a autonomía de los con571

�cuatro partes. La primera, a su vez dividida, contiene inicialmente veinticinco

sonetos y después diecinueve poemas varios.
Estos veinticinco sonetos casi podría decirse que forman un cuerpo aparte
en la poesía de Blas de Otero, y no creemos equivocarnos a] pensar que la
misma intención del poeta los ha reunido. Los catorce versos de cada uno
abrazan, con un lenguaje rudo y a veces delicado, la honda emoción humana
del hombre frente a Dios, a su Dios, que sabe suyo pero que sin embargo nunca ve ni escucha. En altibajos, idas y venidas, ascensos y descensos sin fin,
se pasea aquí como enjaulada la angustia del hombre que se siente solo,
rodeado de injusticia y de silencio de Dios.5
La ~oledad surge frecuentemente en la poesía española y ya Karl Vossler
estudió el tema en un libro valioso. 6 Siguiendo sus pasos encontramos que no
puede hablarse de soledad, en singular, sino más bien de las soledades, distintas y variadas, que en diferentes épocas aparecen en la poesía españo]a.
Aquella soledad del humanista solitario, que "aplica al mundo la medida de
su elevado yo", o esta otra soledad sosegada que "se convierte en una especie
de estilo", nada tienen que ver con la soledad en los romances o con la que
nos ofrece Góngora envuelta en su lengua je barroco. Estas soledades que van
surgiendo en la poesía española se identifican con las actitudes de la época,
conforme a concepciones circunstanciales que van modelando tipos fielmente
recogidos por la poesía, gran depósito de las íntimas vibraciones del espíritu
humano.
La soledad de Blas de Otero, es otra, más trágica y por. eso, creemos, más
humana. Para entenderla habría que ubkar al poeta en el tiempo y en un
pedazo de tierra que se llama España. Es la soledad del que sufre s:u condición humana sujeta y limitada, incapaz de romper las ataduras que Jo condenan a no ver más que lo que compone su propia circunstancia lústórica
inmoclificada. Por este camino, el poeta se identifica con el hombre moderno
falto de asideros, lanzado, ubicado involuntariamente en una existencia c1ue
el tiempo extermina lentamente, acercándose desde ahora a Jo que llama "]a
inmensa mayoría". Por el otro camino, se enfrenta a su propia realidad nacional, como se enfrentaron Machado y Unamuno en una época que resulta
• Para DÁMASO ALoNso: "Si la poesía no es religiosa, no es ~esía. Toda poesía
( dircctísimamente o im;lirccwjmamente) busca a Dios". ( Ob. cit. p. 333 ) . Y Max Aub,
refiriéndose a los nuevos poetas, entre ellos a Bias de OterQ, dice: " ... ¿ qué entienden
por Dios estos poetas bla-sfemos?, ¿contra quién se rebelan?, ¿a quién piden cuentas?
A la Nada. A la Nada que equiparan a Dios". (Una nueva poes!a. española t950-1955),
p. 62. Imprenta Universitaria., México, 1957.
• KARL VossLn, La. pHda dt la soledad en España. Traducci6n de Ramón de la
Sema y Espir,a. Ed. Lo1ada, Buenos Aim, 1946.

272

clave para comprender mejor la conclici6n de España. Peto antes de llegar
a estos dos grandes puertos de su poesía (pueblo y España) , encontramos
a Blas de Otero enfrentándose a Dios en los veinticinco sonetos arriba seiíalados. Esta lucha, en la que vencido cae para levantarse de nuevo y seguir
su monólogo interminable, aunque pueda tener antecedentes en la poesía e~
pañolaJ alcanza con Blas de Otero una fuerza taJ y un clima tan señoreado
por la angustia, que no vacilamos al afirmar la posici6n solitaria de este
poeta fieramente humano, cuyos poemas, como él mismo se encarga de decírnoslo:

... Muerden la mano
de quien la ¡,a.sa por su hiuJiente lomo.

•
El primer soneto se titula La Tierra. Recinto del hombre, Jugar hennoso
hecho de tierra y mar, de fuego y sombra pura, la tierra, girasol, poma madura, es sólo el camp0 de batalla donde se sufre el golpe de las manos de
Dios. Pues.tos sobre la tierra, los. hombres sucumben silenciosamentt, y Otero
termina su poema con un llamado que recuerda la voz de Whitman:
Pero viene un mal tJiento, un golpe frfo
de las manos de Dios, y nos derriba.
Y el hombre, gue era un árbol, ya es un río.
Un río echado, sin rumor, vacío,
mientras la Tierra sigue a la deriva,
roh Capitán, oh Capitán, Dior mío!
La tierra no es lugar de reposo. Sorda ante la angustia y la soledad del
hombre, gira su inmensidad sin que el llanto humano la desvíe. Si en el primer soneto Blas de Otero nos habla de la condición del hombre, sujeta a las
manos de Dios, ahora se pregunta el porqué del nacer y del morir. Todavía
sin subir la voz, desde su quieta soledad, demanda unas respuestas que aligeren el peso ( Pero sé que se muere si se nace / y se nace, t por qué? ¡ por
quién que quiso?). El silencio que lo rodea es también respuesta y así comprende que el vivir y el morir están más allá del hombre, fronteras de lo
ajeno que le dejan amuralfo.do, vivo y mortal. Los tres últimos versos de este
segundo soneto nos ofrecen la imagen definitiva que campea en la poesía de
Otero:

273

n. 11

�en que se emite la legislación; que el juez en los casos concretos sometidos
a sus conocimientos se halla frente a conflictos singulares o particulares de intereses, sobre los cuales debe decidir con un espíritu igual o análogo al que
tuvo el legislador cuando dictó las normas generales; que en caso de que no
haya ley que hubiese contemplado en términos generales tal tipo de conflicto, debe el juez realizar en términos concretos y singulares respecto del pleito
sometido a su jwisdicción las mismas operaciones ( sociológicas y estimativas)
que incumben al legislador; que, consiguientemente en todo caso, el juez
debe proceder a un estudio sociológico de los factores implicados en el litigio, y debe también aclarar el criterio axiológico válido, conjugando su sentido genérico con el sentido singular del problema concreto; y que la observancia de esos métodos representa wia ruta no sólo diferente, sino también en
ocasiones contraria, a la vía tradicional de la lógica deductiva.
En principio todo eso ha sido visto de modo muy certero por las dos escuelas referidas, y también por otras análogas. Sin embargo, aquellos ilustres
autores, de quienes desde luego he aprendido mucho, no lograron llegar al
verdadero meollo de la cuestión, no consiguieron explicar suficientemente
por qué la lógica tradicional falla tantas y tantas veces como instrumentos
de interpretación jurídica; ni llegaron tampoco a precisar con rigor los límites del empleo de la lógica tradicional; ni descubrieron cuál es la índole auténtica de los tipos de razonamiento que proponen como métodos de interpretación correcta.
La lógica tradicional, sobre todo en sus ulteriores desenvolvimientos modernos y especialmente en los del siglo XX, constituye nrt instrumento indispensable para conocer y comprender la esencia del Derecho, para aprehender
y entender el a priori formal del Derecho, o sea las formas universales y necesarias de lo jurídico.
La lógica tradicional además debe ser usada por el jurista dentro de límites perfectamente delimitados y circunscritos, en ]a medida en que tenga que
irúerir consecuencias necesarias de aquellas formas a priori, por ejemplo, no
puede habei· un derecho subjetivo sin un deber jurídico correlativo. El jurista debe servirse de la lógica tradicional también cuando se trate de sacar
consecuencias de la identidad de dos situaciones: tendrá entonces necesariamente que regirse por el principio de identidad y no contradicción. Tiene
que emplear asimismo la lógica tradicional cuando haya de proceder a la
mensura material o a la cuantificación de realidades físicas o de expresiones
de tipo matemático, verbigracia: cuando tenga que medir la extensión de un
predio o cuando tenga que contar cabezas de ganado o de dinero. Pero el
razonamiento jurídico de contenido deberá, en cambio, regirse no por la lógica
tradicional, sino por la lógica de lo humano.

574

Son los puntos de vista y jerarquías de carácter estimativo las directrices
básicas sobre las cuales se desenvuelve la lógica de lo humano. Y a esas
directrices básicas se añaden las apreciaciones sobre la congruencia y la eficacia de los medios para lograr ciertos fines, así como las enseñanzas que
sobre este punto se desprenden de las experiencias de la razón vital y de la
razón histórica, esto es, de las experiencias vividas por los hombres individual
y colectivamente.
La lógica tradicional no le sirve al jurista para comprender e interpretar
de modo justo los contenidos de las disposiciones jurídicas; no le sirve para
crear la norma individualizada de la sentencia judicial o decisión administrativa; pero tampoco le sirve al legislador para su tarea de sentar reglas
generales.
Para esos menesteres, que tratan con los contenidos de las normas jurídicas, sea para elaborar esos contenidos en términos generales mediante la legislación, sea para interpretar las leyes en relación con los casos concretos y singulares, sea para elaborar normas individualizadas, es necesario ejercitar el
logos de lo humano, la l6gica de lo razonable, y de la razón vital e histórica.
El logos de lo humano, la lógica de lo razonable, no aconseja ni aconsejará nwica al juez que salte por encima del orden jurídico establecido, que
desconozca las normas formalmente válidas y que sean aplicables al caso
planteado. De ninguna manera. Nada de eso en absoluto. Lo que el lagos
de lo humano o lógica de lo razonable enseñara mejor al jurista es a conocer auténticamente cuál es el orden jurídico positivo, qué es lo que el orden
jurídico positivo quiere respecto de una determinada situación; así como le
enseñará también cuál es la función, aunque limitada, importantísima, que
le corresponde al órgano jwisdiccional en la elaboración de ese orden jurídico positivo, a saber en la elaboración de las normas individualizadas o concretas de la sentencia y de la resolución administrativa. Le enseñará a interpretar mejor, diríamos en términos metafóricos, la auténtica voluntad del
orden jurídico positivo en referencia con cada uno de los casos concretos o
singulares sometidos a su conocimiento.
Así pues, hoy se ha conseguido demostrar cuán erróneo era aquel mito de
algunos juristas, especialmente del siglo XIX -aunque algunos del XX reincidieran en este dislate- de suponer que la jurisprudencia maneja conceptos
tan exactos como los de la matemática.
Cierto que hay conceptos puros en la Ciencia del Derecho: los conceptos
esenciales a priori --concepto del Derecho, nociones básicas de deber jurídico, derecho subjetivo, relación jurídica, supuesto, consecuencia, persona,
etc.-, conceptos formales que pueden y deben ser tratados por métodos de la
lógica de lo racional.

575

�Pero, en cambio, los conceptos establecidos y manejados por los c.ontenidos
del Derecho positivo son históricos, empíricos, de finalidad concreta, cargados
de doble circunstancialidad. En primer Jugar esos conceptos cobran una dirección inicia! de sentido en el conrexto de la frase de la norma; pero cobran
su sentido pleno en cada caso particular en el contexto de la situación real
a la que se refieren instrumentos de acción para conseguir la realización de
determinados resultados, a saber, de los resultados que constituyen el fin de
la norma jurídica en cuestión, la cual es sólo un medio para el cumplimiento
de tales metas. Por eso, hay que entender siempre la norma jurídica como
un utensilio práctico cuyo sentido se orienta en cada ca.so a la realización del
propósito en que se inspiró.

LA JUSTICIA DISTRIBUTIVA

Lic.

DEsIDERJO ÜRAUE

Nos PROPONEMOS HACER EL ANÁLISIS de la justicia distributiva siguiendo para
ello los lineamientos que de su estudio nos marca Santo Tomás de Aquino:
quien la examina principalmente en sus Comentarios a Aristóteles, en la Suma,
en las Eticas y en las Políticas.
Hace Santo Toinás grandes elogios de esta que denomina virtud y la
señala como la del jefe, e indica que su papel es preponderante en todo juicio
y que es superior a la conmutativa. A pesar de los elogíos de que la adorna,
no le da el lugar de preferencia, sino que trata más extensamente de la
conmutativa, lo que le atribuyen sus comentaristas al hecho de que el Santo
vivió en la Edad Media, en la cual vi.o florecer una sociedad de base contractual. En efecto, para los hombres del medioevo la esencia de dicho régimen era el lazo o liga contractual ya que toda la vida feudal giraba sobre
una dependencia contractual. En ella no se ve la relación del todo con las
partes; del Jefe con los nuembros de la sociedad, sino la relación del señor
feudal con cierto y determinado individuo. El siervo así ligado, presta homenaje a su señor no en carácter de miembro de la comunidad, sino como un
contratante, obligándose a determinadas prestaciones para obtener de él ayuda
y protección. Se trata, pues, de relaciones de justicia conmutativa, no distributiva. En este cuadro contractual vivió Santo Tomás y naturalmente, tenía
que estar influenciado por él, convencido incluso de la preeminencia de la
justicia conmutativa e insistiendo en ella en su obra.
La justicia es un "habitus" (cualidad, disposición, habituación, afecto, inclinación) según el cual se da a cada uno su derecho para una perpetua
Yconstante voluntad. El derecho es por tanto el objeto de la justicia. Corresponde a la noción de justicia establecer una relación entre su sujeto y
otra persona. Su sujeto lejano es el hombre (ya sea la comunidad o el particular); su sujeto próximo lo es la voluntad. La justicia se divide en jus576

577

lL 37

�ticia legal o social y en justicia particular según la relación qu: se con~de~e.:
relación con otro considerado socialmente, o con otro constderado md~vidualmente. Dicho en otra forma: dar a la comunidad lo que le es debido
es practicar la justicia social; dárselo a una persona privada es p~cticar justicia particular. La materia de la justicia particular son las acciones Y las
cosas exteriores: "la compra, la venta y todas las acciones de ese género. Por
este motivo la justicia y sus ramas tienen como materia propia las acciones externas". Son estas acciones y estas cosas "consideradas bajo un ángulo
objetivo especial, es decir, en tanto que por ellas se pone a un hombre en
relación con otro".
A causa de este contenido, el "justo medio" (medium) de la justicia será
diferente del justo medio de las otras virtudes morales. Pu:sto que su materia es una acción exterior, que por sí misma o por la reahdad que emplea,
implica una proporción a otro, el justo m~dio de la justicia c~nsistirá en
una igualdad de proporción de la cosa extenor con el otro.' ~ª. 1~alda~1 es
realmente el medio entre el más y el menos; por ello la JUSttcia tiene un
justo medio real" (Mcdium rei). La forma de la justicia es 1~ igualda~·.,
El acto principal de la justicia es el juicio, el fallo, la sentencia, la decmon,
la detemrinación de lo que es justo y su definición.
Sin embargo, la justicia no se realiza si no cumple su cometido prop~o que
es el dar a cada uno lo que le pertenece. La justicia como hemos visto se
divide en social y particular. Esta última consjdera a las personas privadas,
Jai; que tienen con la sociedad relaciones análogas a las que ~:enen las _partes con un todo· ahora bien toda parte tiene una doble relac1on: en pnmer
'
1
•
lugar aquella relación de parte a parte, a la cual corresponde en la ~oaedad la relación del individuo con el individuo. Es este orden de relaciones
que controla la justicia conmutativa que tiene por objeto los múltiples intercambios entre dos personas; en segundo lugar, la relación del todo con
sus partes, a la cual corresponde aquella relación ?e la sociedad con c~da
uno de sus miembros. Este segundo orden de relaciones pertenece a la JUS·
ticia distributiva, que es la encargada de repartir p_roporcion~en~e. el ~i~
común de la sociedad entre sus miembros. Si se obJeta que la JUSllcia distn·
butiva es una justicia particular, se puede responder diciendo que está "en
relación con otro", que es por tanto el término "a otro" (ad qu_em), el que
hay que tener en consideración y este término es una persona pnvada.
La justicia distributiva es definida por San Juan de Santo To~ás, de la
siguiente forma: "Es una especie de la justicia estricta. y ~~rtlcular, que
impone a aquél que distribuye los bienes comunes, la obhgac1on de hacerlo
proporcionalmente a la dignidad y a los méritos de cada ~o". El padre J.
T. Delos, nos dice: ''La justicia distributiva asegura al paracular una parte

578

del bien común, distribuida proporcionalmente a su valor como miembro del
cuerpo social y al rango que ocupa en la sociedad".
Existen dos especies de Justicia. El derecho mismo es diferente en una
y en otra especie. En efecto, la función de la justicia es dar a cada uno
lo que se le debe, lo que le corresponde, y lo que a cada uno corresponde
no es lo mismo en la justicia distributiva que en la conmutativa, por tanto los
dos difieren en especie. En efecto: una cosa puede pertenecer a un hombre en dos fonnas: o bieni simplemente porque la posee a nombre propio,
o bien y en cierto modo porque le pertenece en tanto que la misma pertenece
al todo, del cual él es una parte. Lo que pertenece a1 todo) pertenece en cierta
forma a las partes. Por tanto, la naturaleza misma de la deuda de la justicia
varía, y por tanto las virtudes tendrán que ser también diferentes. A pesar
de ser diferentes, esta diversidad no las diferencia al grado que no puedan
ambas completarse, fonnando dos partes subjetivas de la justicia particular,
la que reglamenta la atribución de las cosas externas a las personas privadas.

Ambas justicias establecen de modo diferente la igualdad y por ello cabe
también distinguirlas. Cayetano fija con precisión lo que es una en relación
con la otra y lo que ambas son en relación con la justicia particular, diciendo: · "La justicia conmutativa es una especie especial.ísima. La justicia distributiva es otra especie especialísima y por la misma razón, ya que realiza
su forma de igualdad particular fonnalmente diferente de la igualdad conmutativa". El sujeto pr6ximo de la distributiva es la voluntad, lo mismo
que el de la justicia en general. Su sujeto lejano, es la persona a quien
incumbe la distribución de los bienes comunes, es aquél que administra esos
bienes; es el jefe del Estado, de la ciudad, pero también puede ser una persona privada: jefe de un grnpo social, o un padre de familia o el administrador de una sociedad comercial o industrial. La justicia distributiva puede
Y debe ser practicada en toda comunidad, agrupación o sociedad formada
por la voluntad de los contratantes. Si la virtud de la justicia reside en el
jefe de la comunidad, los que están sujetos a su autoridad también deben
practicarla "mostrándose satisfechos si la repartición es justa". Se practica
la distributiva aceptando una distribución justa, pero existe, por el contrario, el derecho de rebelarse para obtener lo que no se ha recibido) pues ello
está de acuerdo con el bien absoluto, sin doblez, "simpliciter''. Como hemos
dicho el objeto de la distributiva es el derecho, sin embargo este derecho
no es el mismo en una que en otra según explicamos.
Si ambas, distributiva y conmutativa son diferentes por su objeto, también
lo son por su forma. La forma general de la justicia es la igualdad, en la
que runbas se unifican, pero en la distributiva esta igualdad se establece
según una proporción geométrica, mientras que en la conmutativa se esta579

�blece por una proporc1on aritmética. Ambas realizan el justo medio real,
pero de modo distinto. Por esta razón la llamada ley de la reciprocidad (contrapasum) no tiene lugar en la distributiva, ya que no se trata de una igualdad proporcional de cosa a cosa, o de una acción a una reacción, sino de una
cosa a una persona.

Sin embargo, aunque difieran en su forma, ambas justicias tienen la misma
materia o sujeto lejano: cosas, personas y trabajos, ya que "las cosas pueden

ser ya sea sustraídas de un conjunto común para ser distribuidas a personas
privadas, ya sea intercambiadas de una a otra o también puede emtir un
cierto intercambio de trabajos penosos". Por el contrario, la materia pr6xima, el uso de estas cosas exteriores, es diversa en ambas justicias: la distributiva reglamenta la repartición en tanto que la conmutativa reglamenta
los intercambios. Ambas realizan el acto final de la justicia: dar a cada
uno lo que es suyo, lo que le pertenece, pero cada una lo hace a su modo.
Con las consideraciones anteriores es posible distinguir la justicia distributiva
de la conmutativa y de la social
Pasamos ahora a examinar las características muy especiales de la distributiva para resolver las objeciones que se le han hecho en el sentido de
que no es una verdadera justicia. Estimamos que si hallamos que en ella
se realizan plenamente los postulados, las cualidades esenciales de la justicia, podremos afirmar que la conmutativa sí es una verdadera justicia.
La unanimidad sobre el concepto de justicia es casi perfecta entre los
filósofos antiguos y en lo que respecta a los teólogos, tanto antiguos como
modernos, también existe unanimidad al respecto, pero ·para nuestro fin debemos entresacar de esas opiniones aquellas que nos parecen más adecuadas
para fijar primero los atributos esenciales de ella y para aplicar después esos
atributos a la distributiva.
Santo Tomás de Aquino nos dice: "la noción de la justicia consiste en
esto: dar a otro lo que le pertenece según la igualdad" (Ratio vero justitiae
consistit in boc quod alteriter datur quod ei debetur secundum aequalitatem:
Ila, Ilae, Q. LXXX). Consiguientemente, las virtudes encauzadas, dirigidas, encaminadas, al prójimo, a "otro" que sean deficientes en lo que respecta a la igualdad, es decir, en lo que respecta a lo que a ese otro le es
debido, le pertenece, no son más que partes potenciales de la justicia.
De la distributiva se ha dicho que no está encaminada, dirigida, encauzada
a otro, es decir, a otra persona distinta realmente de su sujeto; que su objeto
es un derecho moral y no un derecho estricto, y por último que su igualdad
geométrica no es una verdadera igualdad.
Aunque parezca que esta discusión puramente teórica no tiene ninguna

580

conclusión práctica, podemos afirmar lo contrario si consideramos su importancia desde un punto de vista de aplicación social.
En efecto, si la sociedad, la comunidad, la familia, los grupos sociales
(obreros, campesinos, comerciantes, etc.) no pueden ser verdaderos sujetos
de derecho, caeríamos en un individualismo absoluto; si por otro lado el
derecho de la distributiva no es un verdadero y estricto derecho y sólo se le
considera como un derecho moral, el ciudadano no puede tener ningún recurso contra los abusos, contra las cargas, e incluso contra las exacciones
del Estado; si por último, la igualdad de proporción que establece la distributiva no es una verdadera igualdad, deberíamos admitir el igualitarismo
revolucionario y juzgar a todos los hombres iguales, no ya por su naturaleza,
-5ino en toda otra forma, cualesquiera que sean sus valores intelectuales o
morales, o los servicios que presten a la sociedad o el rango que ocupen, la
influencia que ejerzan o sus méritos propios, es decir, en última instancia
si la distributiva no es una verdadera justicia caerían por su base todos
aquellos valores que sostienen actualmente a las sociedades civilizadas y cuJtas,
y deberíamos admitir la desaparición de los regímenes democráticos y liberales
que prohijan dichos valores, que los protegen y defienden contra las agresiones de ideologías extrañas y de regímenes totalitarios, ya se llamen éstos
fascistas o comunistas.
Trataremos pues de demostrar que la justicia distributiva es una verdadera justicia, pues reúne las tres cualidades que a la misma le hemos atri~
buido: que está encaminada, dirigida, encaU2ada al prójimo, al "otro"; que
su derecho es un derecho estricto y finalmente que establece una verdadera
igualdad.

1.

LA

JUSTICIA DISTRIBUTIVA ESTÁ ENOAMrNADA
AL PRÓJIMO, AL

"oTRo"

Aunque muchos autores modernos enumeran las tres notas características
de la justicia, sin embargo, no admiten que la distributiva las posea todas.
Prümner, afirma que la distributiva no establece una verdadera igualdad y
lo mismo opina Billuart. Vermeersch, nos da una definición precisa: "Las
cualidades propias de toda justida, dice, son: l. Que esté en relación con
otro, con el prójimo, es decir, que satisfaga el derecho que reside en otro
en tanto que es una persona cüstinta; 2. Que cumpla su cometido, es decir,
que_ baga lo que debe hacer; 3. Que cubra su deuda según la igualdad, es
decir, que dé tanto como debe de dar,,, Otros autores como los de la Escuela de Malines: Waí!elaert, Pottier, e1 padre Cathrein, consideran única-

581

�mente a la conmutativa como justicia propiamente dicha, y a las demás las
llaman justicias por analogía, diciendo que la legal y la distributiva no están
encauzadas a "un otro,, perfectamente distinto. El padre Merkelbach, juzga
sin embargo, con Santo Tomás, que hay que reconocer en estas virtudes la
verdadera noción de justicia: la sociedad es, según él, una persona moral
distinta de las personas privadas que son sus miembros. (B. H. Merkelbach.
O. P. Summa Theologia Moralis, II, página 256). Tanquerey, por su paite,
afirma, que según el Cardenal Lugo y otros teólogos, solamente la conmutativa realiza la noción perfecta de la justicia. Sólo ella está perfectamente
encauzada a otro, pues existe entre dos términos iguales e independientes
uno del otro; sólo ella cumple con la igualdad aritmética y sólo ella obliga
a la restitución, y agrega, que la justicia social que reglamenta las relaciones
de la sociedad y de sus miembros, se refiere a términos que no son ni distintos ni independientes, es decir, rehusa a la distributiva la cualidad de estar
perfectamente encauzada al prójimo, pues reglamenta las relaciones entre la
sociedad y sus miembros. Podemos convenir con Tanquerey que para que
la justicia distributiva esté perfectamente encauzada a otro, debe existir en
términos iguales e independientes. Puesto que a la justicia le corresponde
rectificar los actos humanos, debe de ser practicada por seres capaces de obrar
por sí nrismos. Santo Tomás llama justicia metafórica a aquella que establece la igualdad entre los varios principios del alma humana y hace notar
que esa no es la distributiva. Las acciones emanan de la persona y del todo,
por tanto la justicia propiamente dicha requiere la diversidad de los sujetos.
J. Delos, explica esto con una frase afortunada: "La justicia estricta no se
aplica más que entre los seres que pueden recluirse en la torre de marfil de
la personalidad" (J. T. Delos: La sociedad i11ternacional y los principios de
derecho). Examinemos si en la distributiva encontramos la aludida diversidad de sujetos. Si la justicia rectifica los actos humanos, los sujetos de
que trata, no pueden ser otros que personas humanas físicas, pero también
personas morales. Las acciones las realizan las personas y los conjuntos o
"todos"; concluimos que los sujetos (término a quo y término ad quem de
la justicia) pueden ser personas morales, comunidades, grupos sociales e individuos. Santo Tomás a este respecto expresa: "La justicia tiene por fin
reglamentar nuestras relaciones con el prójimo, y ello se realiza en dos
formas: sea con el prójimo considerado individualmente, sea con el prójimo
considerado socialmente" (Santo Tomás: lla. IIae. Q.: "Justitia. . . ordinat
hominem in comparatione ad alium; quod quidem potest esse dupliciter: uno
modo ad alium singulariter consideratum; alio modo ad alium in com.muni").
Es así que tanto la distributiva, como la justicia social, se refieren a s\ljetos
reales; en la justicia social el término a quo es el individuo y el término ad

582

quem es la sociedad; en la justicia distributiva es a la inversa. Sin embargo,
lo que nos interesa analizar no es el término ad quem que especifica el movimiento, sino el térmnio a quo, o sea el sujeto en el cual reside el derecho
(la persona privada en la justicia distributi\'a) y no el sujeto en el cual radica
la obligación de la impartición de ella. La definición de justicia se refiere
al primero, o sea al a quo, ya que está encauzada al prójimo.

Pero no son bastantes dos sujetos, ya que hemos hablado de que la justicia propiamente dicha requiere la diversidad de los sujetos, según lo expr~a
Santo Tomás. (Justitia ergo propria dicta requirit diversitatem suppositorum)
y lo comenta Juan de Santo Tomás explicando que: "La justicia verdadera
y estricta debe ser encauzada aJ prójimo, a otro, como sujeto distinto, distinto no sólo físicamente sino moralmente, de modo que no pueda estimarse
que el uno sea moralmente algo del otro, como el hijo es algo del padre" (Juan
de Santo Tomás, Cursus Teolog. VIII. Q. I. d. 2. art. 2: ''Vera et rigorosa
justicia exigit quod sit ad alterum tamquam ad distinctum suppositum: nec
solum quasi physice distinctum, sed quasi moraliter: ita quod secundum moralem aestimationem non reputatur unum tanquam aliquid alterius, sicut
filius est aliq uid patris") . Esta definición se refitre a un artículo en el cual
Santo Tomás se pregunta si es necesario distinguir el derecho del padre del
derecho del patrón. La palabra "prójimo" puede entenderse en dos formas:
por una parte lo que es absolutamente otro y completamente distinto, como
lo son dos hombres independientes uno del otro, pero sometidos al jefe de
la sociedad; entre ellos se establece el derecho absoluto; por otra parte, "el
otro", el prójimo, no es otro absolutamente sino que, por así decirlo, forma
parte de aquel con quien está en relación, como sucede en el caso del hijo
respecto del padre, o como en la antigüedad podía establecerse en la relación
entre el esclavo y el dueño, o entre el siervo y el señor feudal en la época medieval.
Esta diferencia entre los dos prójimos, la resume Santo Tomás en la si_guiente forma: "porque entre un padre y su hijo, la relación no es aquella
que se establece entre un ser cualqui'era y otro, ni por consiguiente su derecho
es absoluto, sino relativo, es decir paternal, de manera semejante entre el
señor y su esclavo y por la nrisma razón, aquí existe un derecho especial de
dominación", No podrá habér por tanto verdadera justicia distributiva en
la familia, entre el jefe de ella que es el padre y el hijo que es un miembro
de la misma; realmente no son dos personas absolutamente distintas como se
desprende de lo anteriormente e.'\.'J)Uesto. Es decir, en cierto sentido no puede haber justicia propiamente dicha entre un padre y su hijo, porque ellos forman una unidad. Es como si alguien se diera a sí mismo algo que le pertenece, alli no habría derecho. Si pues, no existe entre el padre y el hijo un de-

583

�recho absoluto sino relativo, esta relatividad, aunque debilite la noción del
derecho, más bien aumenta la noción de la obligación y de la virtud natural. Se puede admitir por tanto que la justicia distributiva practicada en la
sociedad familiar no es una justicia perfecta, ya que no está perfectamente
encauzada, dirigida a un otro absolutamente ajeno, pero la observación es
igualmente válida a la justicia social y a la conmutativa en las relaciones del
padre y del hijo. Sin embargo entre padre e hijo como personas humanas, se
establece una relación de. justicia. Es decir, ambos están bajo el dominio de
un derecho absoluto al ser considerados, por ejemplo, como ciudadanas, no ya
como miembros de la misma familia. Por todo ello concluímos que en la familia,
la distributiva como toda otra justicia, no puede alcanzar la noción perfecta
puesto que se establece entre personas que no son completamente distintas.
El mismo razonamiento no se puede seguir en el caso de marido y mujer, entre
los cuales se dan otros aspectos en los que no podemos extendemos por ahora.
No solamente la distributiva está encaminada al prójimo en la sociedad fa.
miliar, como hemos dejado e&gt;..1)uesto, sino también en la sociedad política
en la que se establece entre dos ténninos absolutamente distintos: sociedad
de una parte y ciudadano por la otra. En efectoi la sociedad es una persona
moral y constituye un todo: puede ser sujeto de derechos y de obligaciones
como cualquier ser humano. Por otra parte cada uno de sus miembros es una
persona física, y ya hemos visto que el hombre puede estar relacionado a otro
en dos formas: sea a otro considerado individualmente, sea a otro considerado socialmente. La sociedad y el ciudadano son por tanto dos sujetos susceptibles de tener una telación de justicia distributiva. L'a sociedad es un todo
moral incapaz de existir' sin los ciudadanos, es el producto de su asociación y
no constituye un todo físico, pero no posee la unidad real y distinta de una
persona moral. El ciudadano no se puede comparar al hijo frente al padre:
el ciudadano está unido a la sociedad por un lazo de dependencia moral, social, que en nada altera su personalidad distinta de ella. Vemos pues que
existen dos personas distintas, de un lado la sociedad, de otro el ciudadano.
Santo Tomás dice a este respecto: "Omnes aliae diversitates personarum quae
sunt in civitate, habent immecliatam relationem ad comunitatem civitatis, et
ad principem ipsius; et ideo ad eos est justum secundum perfectam rationem
justitiae". (Ha. llae. Q. LVII. Art. 4. ad. 3). Por tantoJ como hemos dicho,
en la sociedad política, la justicia distributiva se establece entre dos términos
completamente diferentes, absolutamente distintos.
En la sociedad internacional puede también establecerse una justicia distributiva entre personas distintas. En ella cada estado aparece desde luego constituído como un todo, como una persona moral, es decir representa cada uno
el término ad quem, ;i quien debe ordenarse, atribuirse, la distributiva. La

584

teoría del derecho internacional presupone que es dicho derecho esencial y
e."&lt;clusivamente el de los Estados, los cuales son personas morales, soberanas
y sometidas al imperio del derecho, en tanto que por su libre consentimiento
estén conformes en reconocerlo como obligatorio. La persona moral es pues
completamente independiente y el término ad quem de la distributiva se realiza plenamente. La soberanía es el poder más completo que se puede imaginar. Esta noción de soberanía aplicada a una voluntad humana -dice el
autor M. Politis-, significa el derecho que tiene de no determinarse jamás
sino por sí misma. Por las consideraciones anteriores se puede decir que el
derecho se aplica a la comunidad política en todo rigor de justicia y lo mismo se puede decir en teoría de la sociedad internacional que existiendo de
derecho tiene una justicia distributiva internacional que reglamenta las relaciones de la sociedad humana con cada uno de los Estados.
Podemos, pues, concluir a la primera pregunta, que realmente la justicia distributiva está encaminada al prójimo y por ello contiene la primera cualidad
para ser una justicia perfecta.

2. EL

DERECHO DE LA DISTRIBUTIVA

ES UN VERDADERO, ESTRICTO
DERECHO:

REcoaoEMOs QUE LA NOCIÓN de justicia consiste en dar a otro lo que le pertenece según la igualdad, y habrá justicia real, estricta, si lo que le pertenece es
legal.
Santo Tomás en la Cuestión LVII (de jure) de la Ila. Ilae. Tesis, estudia el
derecho, objeto de la justicia, el debitum. En las respuestas a las objeciones
del artículo lOo. habla de los sentidos derivados; en los artículos 2 y 3 se refiere al derecho natural, al derecho positivo, al derecho de gentes, pero no se
refiere al derecho activo o a la facultad moral; es hasta el artículo 11 de la
misma Cuestión que hace la siguiente alusión: "Se dice que una cosa pertenece propiamente a determinada persona, cuando le pertenece o le es debida, según una igualdad de proporción. Es por eJJo que el acto propio de la
justicia consiste en dar a cada uno lo que le es propio, lo que le pertenece, lo
suyo". (Hoc autem dicitur esse suum unicuique personae quod ei secundurn
proportionis aequalitatem debetur; et ideo propri us actus j ustitiac nihil aliud
est quam reddere unicuique quod suum est). Santo Tomás no habla de derecho estricto, ni de derecho real y personal. Sin embargo, en su estudio
bre las partes potenciales de la justicia, dice: "Para una virtud que se refiere al prójimo, hay dos maneras de alejarse de la verdadera noción de justicia:

so-

585

�faltando a la igualdad perfecta o no observando la estricta no~ión del der,echo. El debilitamiento de la noción del derecho puede ser considerado seg~
la distinción existente entre el derecho moral y el derecho legal. Por ello Anstóteles en el libro VIII de las Éticas, Capítulo 13, indica los dos aspectos
del de;echo como sigue: "el derecho legal es aquel que se e~tá oblig~do _observar en virtud de la Ley, y este derecho es el objeto propio de la JUStlCla ~ue
es la virtud principal. El derecho moral es debido a causa de las converuenc·as de la virtud". Después enumera las partes potenciales de la justicia, cuyo
1
• d, 1ª. ~
.
objeto es lo debido moral: "La verdad, la gratitud, la liberaltda
tad". Por tanto, vemos que aun cuando Santo Tomás no haya hecho disttn~o
especial entre "lo debido moral" y "lo debido legal", se refiere en este estudio
de la justicia y de sus partes subjetivas, a un solo "debido" y ~ un solo d:recho ''el legal". Asimismo, al no colocar entre las partes poten':ales de la_ JUS·
ticia (es decir aquellas virtudes que no tienen toda la ~ten~ d~ la_ v1~ud
principal, que no realizan su definición perfecta) a la J_us~cia. clistnbuuva,
podemos concluir que él considera que el derecho de la d1stnbut1va no es un
derecho moral, sino un derecho legal.
Otros textos tomistas aclaran el punto que estudiamos: cuando el Doctor
Angélico examina la cuestión de la preferencia de las personas, que constituye el pecado opuesto a la justicia distributiva, dis~gue dos modos de dar:
uno proviene de la justicia por la cual se da a algwen lo que es _suyo, lo que
se le debe de dar, y es ahí que se puede encontrar la pref:rencia a las personas (es decir, dar a una más de lo que le corresponde, mas de lo que s: le
debe dar) ; el otro acto proviene de la liberalidad en la cual ~e da gratuitamente a una persona lo que no se le debe. Siendo la preferencia de la~ personas el polo opuesto a la justicia distributiva, es por ello que esta vutud se
opone a la liberalidad y sobre todo es su derecho el que se compara al derecho de esta parte potencial. La liberalidad tiene por objeto un derecho m~ral
y al oponerse al derecho de la justicia distributiva, el derecho de ésta tiene
que ser un derecho legal.
Otro tex'to tomista apoya estas conclusiones: En el comentario a la E~ístola a los romanos dice: "La preferencia de las personas se opone a ~ JUS·
ticia. Se comete también en las cosas que son dadas porque s~n deb1d~ Y
ello concierne a la justicia, pues no es en virtud de una deuda, smo gratuitamente, que Dios llama a los pecadores a la penitencia". Aunque aquí no aparezca para nada la palabra legal es fácil c~m~r,ender ~ue se trata de establecer
que Dios no tiene para con nosotros obligac10n estncta.
.
.
.
La distributiva como noci6n de derecho, se opone a la hberal1dad regida
por el derecho moral; por tanto la distributiva tiene por objeto el •derecho

.ª

legal.

586

Comentando a Santo Tomás, nos dice Cayetar.o: ''Puesto que la preferencia de las personas es un pecado en tanto que se opone a la justicia y ya que
la justicia no se ocupa más que del derecho, de ahí que la preferencia de las
personas no se comente en los dones gratuitos. . . dando dinero gratuitamente, en tiempo y lugar inoportunos y por motivos injustificados, yo peco contra la liberalidad aunque no haga mal a nadie". En lo que se refiere a las
partes potenciales de la Justicia, Juan de Santo Tomás nos proporciona más
detalles. Dice: "En verdad tratan de realizar la noción de la justicia, ya sea
dando lo que es debido, sea siguiendo la regla de la igualdad, pero no lo
consiguen, pues no observan, ni el derecho rigw·oso ni la igualdad perfecta;
la justicia en efecto, tiene por objeto propio dar lo que es debido según la
igualdad. De ahí se sigue que la justicia rigurosa y propiamente dicha es
aquella que considera el derecho riguroso y propiamente dicho y establece la
igualdad. Se tiene la costumbre de llamar también riguroso, al derecho legal, porque es él, el que está establecido y es 'debido' en virtud de la ley
o de la adecuación misma de la cosa".
Parece pues establecido que el derecho de la justicia distributiva es un
derecho legal. Toda argumentación nos lleva al derecho, objeto de la justicia, a lo debido, al débitum, pero el derecho, lo que es debido a alguien, y el
derecho moral son correlativos. Diremos pues que lo que se debe y el derecho de Ja justicia son un deber y un derecho legales.
Santo Tomás en la Cuestión LXI de la Summa, nos dice: "La justicia distributiva y la justicia conmutativa no se distinguen únicamente por su objeto,
uno y múltiple, sino también por la naturaleza misma de la deuda que les
concierne: deber a alguien un bien común es diferente de deberle un bien
que Je es propio". Este párrafo que ha dado margen a multitud de comentarios, es analizado por Juan de Santo Tomás quien establece: "El autor indica
la diferencia de la deuda y del deber en una y otra justicia. El derecho o la
deuda de la distributiva concierne a un bien común que se reparte entre los
particulares, no como precio de un trabajo, o de un objeto, sino como una
recompensa o como obligación de dar según la dignidad, el mérito y la aptitud de cada uno en esta función, y teniendo en cuenta a los otros que deben
de participar también en la distributiva de esos bienes ... el derecho de la distributiva es un derecho fundado en la dignidad y aptitud a los bienes comunes que deben distribuirse según una proporción así establecida".
Según esto, la ley del bien común distribuído es el fundamento de la distributiva. Recordaremos que en ella el término a qua, aquel a quien incumbe
el deber, la obligación, es la comunidad o el jefe que la representa; y el término ad quem es aquel en quien reside el derecho, la facultad mora] de exigir
algo, es el miembro de la comunidad. Ahora bien, frente a estos dos térmi-

587

�nos debemos preguntarnos: ¿Cuál es el fundamento de la obligación de la
comunidad y cuál es el fundamento del derecho en el sujeto? y ¿ cuál es la
naturaleza de esta obligaci6n y cuál es la naturaleza de este derecho?

viduales, se Je llama justo medio racional; si se establece por comparación de
una cosa a otra, o bien por la proporci6n de una cosa a una persona que no
sea el sujeto, es e! justo medio real (medium rei)".

Es Juan de Santo Tomás quien responde: "La justicia distributiva se refiere a un derecho y a un deber fundados no sobre una cosa recibida o dada
por otro, sino sobre la razón natural del bien común". Esta es la respuesta a
nuestra primera pregunta, puesto que como fundamento tanto del derecho
como de la obligación da la razón natural del bien común. Respecto de la
segunda, nos dice: "Bástale a la justicia establecerse entre dos personas diferentes como entre dos extremos. En cuanto a !a razón y fundamento de este derecho o de esta deuda, no es necesario que residan en una persona o
causa del derecho de otra, por cuya razón esta última obligue a la primera
Es como hemos dicho, una condición de la justicia conn,,utatíva y no de
la distributiva, en la cual toda obligación nace de la exigencia del bien
común, En efecto, la obligación nace de la exigencia del bien común,
pero esta misma exigencia incluye la obligación de dar a tal o cual persona
en razón de su situación en sociedad. Ya que la justicia distributiva está encauzada a otro, es necesario que la obligación sea considerada en el término ad
quem. En la justicia conmutativa, el derecho se funda en la persona, que es
el sujeto de este derecho en la distributiva. Es un derecho estricto también,
pero diferente de aquel que reside en el término ad quem de la conmutativa.
Este último es un derecho real o un dominium. En el caso de la distributiva
el miembro de la comunidad es el sujeto de un derecho personal. Por todo ello
se puede contestar a la segunda pregunta planteada, -diciendo qu.e el deber,
o lo debido, es un deber legal; el derecho de la distributiva es un jus ad remJ
derecho persona! que confiere una acci6n personal a1 sujeto que lo posee.

Este segundo caso es el de la justicia, su materia es la operación externa
"que por sí misma o por la realidad que emplea, implica una proporción dada con otro. Ahora bien, la igualdad contiene realmente el medio entre el
más Y el menos. El punto medio de la justicia es por tanto real u objetivo''
(unde justitia habet medium rei).

Habiendo así analizado dos de los presupuestos que habíamos tenido en
consideración para catalogar a la distributiva como una verdadera justicia:
el que esté encaminada a otro y el que su derecho sea un estricto y verdadero derecho, réstanos ahora analizar la última cualidad de la justicia, la igualdad; que dé a cada uno lo que es suyo y si encontramos que la distributiva
cumple con ella, podremos afirmar que en efecto se trata de una verdadera
justicia.
La igualdad se puede definir como el justo medio de la justicia. Nos serviremos de la exposición que del justo medio hace Silvius, para empezar el
análisis de la igualdad. Este autor dice: "El medio es lo que se encuentra
entre dos extremos, y en las realidades morales los extremos son el más y el
menos entre el exceso y la carencia; el justo medio de la virtud es el bien
que mantiene a igual distancia del exceso y de la privación. Si es sólo la
razón la que fija este justo medio, teniendo en cuenta determinaciones indi-

588

. S~. emb~go, este justo. medio real es diferente para las dos partes de la
JUsbc1a debido a las relac10ncs que cada una de ellas considera. En efecto
la justicia conmutativa, regula Ias relaciones de una parte del todo co~
otra parte del mismo todo, de un miembro de la sociedad con otro miembro
de ella, mientras que la distributiva norma las relaciones de la sociedad, del
todo, con sus miembros y distribuye además proporcionalmente los bienes comunes. Por tanto Ja primera, la conmutativa, establece la igualdad de una
cosa con otra, es decir, que según ella, una persona que depende del bien
ajeno, deberá re.stihlir de él, tanto como detente más de lo que de él le pertenece. No_ sucede lo mismo respecto de la distributiva: Ella obliga a una
persona privada a dar una parte de los bienes comunes en tanto que lo que
pertenece al todo se debe a otra persona y esta deuda hacia la otra persona
es tanto más grande cuanto que dicha persona tenga un lugar más elevado ·
de más consideración en la sociedad. Por ello a este respecto dice Santo T~
más: 11Es por lo que, en la justicia distributiva, el justo medio no se determina por una igualdad de cosa a cosa, sino según una proporci6n de las cosas a
las personas; de tal modo que si una persona es superior a otra lo que a
élla se le dé, debe de sobrepasar lo que es dado a la otra". (Sa~to Tomás
Q. LXI. Art. 2: "Et ideo in justitia distributiva non accipitur medium secundum aequalitatem reí ad rem, sed secundum proportionem rerum ad perso~as, ut scilicet sicut una persona excedit aliam, ita etiam res quae datur
uru personae excedat rem quae datur alii").
Las dos partes subjetivas de la justicia observan el justo medio objetivo. Una
Y otra toman en consideración la cosa debida, pero para la conmutativa el
cumplimiento de este justo medio objetivo se hacf' según la igualdad absoluta,
en tanto que para la distributiva se hace según la igualdad de proporción. Santo Tomás nos lo define así: (Q. LXIII. Art. 1). "La igualdad de la justicia
distributiva consiste en atribuir bienes düerentes a las diversas personas proporcionalmente a su dignidad".
La justicia distributiva establece por tanto el justo medio según la diferente dignidad de las personas consideradas. Pero cabría preguntarnos ¿ acaso la
conmutativa no opera de la misma manera? La conmutativa considera tam-

589

�bién las personas, por ejemplo al imponer las penas: se castiga más severamente a aquel que golpea o lesiona a un gobernante, que a aquel que golpea a un simple ciudadano. Esto es cierto, pero lo que sucede es que en las
acciones y en las pasiones la condici6n de la persona sujeto de ellas influye
sobre el valor cuantitativo de la cosa considerada objetivamente. Es en efecto más grave injuria golpear al Rey que a uno de sus súbditos, nos dice Santo Tomás (IIae. Q. LXI. Art. 2.) Pero no sucede igualmente en las otras
situaciones de la conmutativa, por ejemplo: si se compra un caballo, no se
pagará más por el hecho de comprarlo a un noble que si se compra a un campesino, pues la calidad del vendedor no influye sobre el valor del animal
que se compra. Es decir que mientras que la justicia distributiva considera la
dignidad de la persona por sí misma, la conmutativa sólo toma en cuenta
dicha dignidad si influye sobre el valor de la cosa.
Comentando a Santo Tomás sobre este particular, el autor Cayetano expresa: "Estas dos partes de la justicia difieren en lo siguiente: para establecer
su forma de igualdad, la conmutativa no toma en cuenta la condición de la
persona sino que basándose tanto sobre el valor que tiene la cosa cuanto en
el hecho de la persona y en otras conjeturas, tiende a hacer equivalente cosa con cosa; la distributiva por el contrario, al fijar su forma de igualdad,
considera las condiciones de las personas como medida de la igualdad de
las cosas". (Iguala en efecto una cosa a otra porque dichas cosas tienen entre
ellas la misma relación que tal persona con tal otra) . Cayetano. (Comentario
a S. Tomás. Ua. IIae. LXI. Art. 2). La justicia conmutativa considera la
dignidad de Ja persona para establecer la materia· de la igualdad, es decir,
para fijar la cantidad de la cosa; la distributiva considera la dignidad de la
persona para fijar la forma de la igualdad. Si la justicia conmutativa, a veces se basa en la dignidad de la persona para determinar la materia de la
igualdad, la justicia distributiva que considera a la igualdad para establecer
la forma, no tiene en cuenta para nada la calidad de la cosa. En la justicia
distributiva no tiene lugar la reciprocidad (contrapassum) que involucra compensación igual de la reacción a la acción que la ha precedido. La distributiva en efecto, no establece la igualdad proporcional de una cosa a otra cosa,
o de una acción a una reacción, sino establece la igualdad de las cosas con
las personas. (Santo Tomás: Ila. IIae. Q. LXI. Art. 4). Es más, en la distributiva, se descuida a tal punto la igualdad entre las cosas que sobre este
particular observa justamente Domingo Soto: "Aunque los ciudadanos no
hubieran aportado nada al Estado, sino sólo su honestidad, se daría a cada
uno según sus méritos ... sin comparar las cosas entre ellas" (DoMrNoo SoTO:
De Justitia et Jure, III. Q. V. Art. 4).
Debemos tener en cuenta que la justicia distributiva distribuirá según su

590

propia función, y en virtud de esta proporción tanto las de los bienes las
ventajas, como también las cargas, las obligaciones, las desventajas, )as pérdid

as.

Si por un momento abandonamos· el aspecto teórico del problema y Jo trasladamos al terreno de _la práct.i~a ~ lo _analizamos en su expresión jurídica podemos ve~ cómo funciona la d1stnbut1va en algunas instituciones. Por ejemp~o, estud1e~os el, contra~o de so1~iedad y enfoquemos hacia él lo expuesto:
Biliuart defme as1 la ~c1edad: el acuerdo tenido entre dos O varias per~nas
pon~r sus bienes -~n común, en vista de un uso O de una ganan.
c1a comun, segun la proporc10n de sus aportaciones". Ruggiero la define como: "La :15ociación de dos o más personas que ponen en común una O varias
cosas, capitales o ~réditos ~ la propia actividad personal, tiene por objeto obtener un~ ganancia, constltuyendo ésta la finalidad y el contenido del contrato social. Responde tal contrato a Ja insuficiencia de las fuerzas individuales para ejercer 1~ industria o el comercio y para el mejor disfrute de una
cosa~ de un pa~unoni?; por ello quien carece de capitales y sólo posee una
cnergia. de trabaJo_ o viceversa, se asocia a otros que completan los medios
econ?rruc_os,. reparttendo con éstos las ganancias O pérdidas de la empresa".
Plaruol sigwen~o a Aubry y Rau dice: "La sociedad es un contrato por el
cual do_s o vanas personas convienen en fonnar un fondo común, mediante
apo~ac1ones de cada una de ellas, con el fin de dividir los beneficios que
pudieran resultar". De la sociedad mercantil, Rafael Rojina Villegas al habla_r de las obligaciones y de Ios derechos de los socios dice: "Una tercera relaoón de los socios para con la sociedad se establece al determinar los derechos Y utilidades que deban conesponderies. Los socios son libres para estable~r el po~centaje, d~ distr~bución de las utilidades y la forma en que deberan repartlr las perdi~; sm e_mbargo esta libertad no es absoluta; no puede pactarse q~e ~etemunad~ socio o socios perciban las utilidades y que otros
reporte~ las perdidas; la sociedad que se constituya en estos términos se reputa leonina Y ~~nsecuentemente nula; fuera de esta prohibición, sí existe libertad .para f11ar la fonna de distribución de utilidades o pérdidas sujeta a
detenrunado porcentaje o proporción, ya que cuando no exista disposición alguna en la escritura cons~tuti~a para regular este punto, entonces la ley suple la voluntad de los socios fiJando reglas de equidad de los industriales. Se
establ:c_e como p~er pri~cipio1 que a falta de convenio la distribución de
las ~tilidades sera proporcional al valor de las aportaciones; en el mismo
sentido: la obligación de reportar las pérdidas estará de acuerdo con el va-

Pa.:a

lor de _las_ a~ortacion~~; también se establece que cuando sólo haya pacto

para. distnbw.r ~as utilidades, ese mismo criterio se aplicará para fijar las
pérdidas, es deor, la misma proporción convenida para las utilidades se en-

591

�tiende para las pbclidaa, aún cuando no se haya expresado convenio en
te último sentido". (RAFAEL ROJtNA Vil.LEGAS: D11echo Civil. Contra
Tomo l. pág. 482 y 483. Editorial Jus, M~co.). El tratadista francés
Thaler (Traiu d, Droil Commercial. pág. 158 y siguientes), hablando de 1IOCiedad mercantil expresa sus ventaju: " .•. le resultat avantageux que
nera le contrat lerVÍra a la fois l'interet de tous les adherents. Entre les
il y a confraternité, dissaient les Romains. Tous pour un, un pour tous.
interet, saos doute, peut se trouver en conflit par rapport au mode de répall!
tition du bénefice, oú a certaines clauses de nature accesoire. Mais daos l'ea..
Rmble, la réussite de la societé dépend d'un ensemble d'acoords et d'
marche d'explotation aux quels les sociétaires visent para una neme ~
Ceux-ci savent que le bien de chacun d'eux est solidaire de celui de tous".
seguida al analizar la legislación francesa nos refiere el articulo 1832 del
Código Civil francés que dice: "La societé est un contrat par Je quel deux Olli
plusieun pel'IOnnes conveniennent de mettre quelque chose en commun, •
la vue de partager la bénéficc qui pourra en résulter''. Nuestro c.6digo Cid.:
de 18M tom6 esta disposición y expres6 en su articulo 2219: "Se llama ac,..
ciedad el contrato en virtud del cual los que pueden &lt;lisponer libremente de
IUS bienes o industria, ponen en común con otra u otras penonas esos bi
o industrias, o los unos y la otra juntamente, con el fin de dividir entre si el
dominio de los bienes y las ganancias y pérdidas que se obtengan, o s61o llJ
ganancias y pérdidas... El artículo 2276 del mismo Código de 1884, fija la
manera general de repartir las ganancias y las ~rdidas en la siguiente forma:
"La parte de los socios en las ganancias o pérdidas será proporcional a sut
cuotas, si no hubiere estipulación en contrario; si sólo se hubiere pactado la
parte de cada uno en las ganancias, será igual la de las pérdidas y viceversa•.
Nuestro Código Civil en vigor no reprodujo la disposición del de 1884, pues
1uprimi6 parte del mismo al establecer en su artículo 2688 : "Por el contra,
to de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recW'IOI o
sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter prepondCl'allttemente econ6mico, pero que no constituya una especulación comercial" J
como la misma definici6n se refiere a sociedades civiles diferenciándolas de
las comerciales a que se refiere el Código de Comercio y la Ley General de
Sociedades, ya no repite el artículo del Código de 1884, relativo a la repetici6n de los beneficios y de las pérdidas, sin embargo, establece un princ:i,.
pio de justicia distributiva en su artículo 2693 en el que establece que "para
el caso de sociedades constituídas para un objeto ilícito, despu6s de papdas las deudas sociales, conforme a la ley, a los socios se les reembolsará lo
que hubieren llevado a la sociedad" y además en su artículo 2697 dada Ja
naturaleza puramente civil de la sociedad a que el mismó ordenamiento •

ie&amp;re, estatuye que ''No puede cstipuJanc que a los socios capitalistas se
)a restituya su aporte con una cantidad adicional, haya o no ganancias".
Par Jo demás no es necesario insistir IObre la noción de sociedad y su relación
can la distributiva, pues la misma ya se encontraba perfectamente delineada
en el derecho romano el cual establecia que una sociedad "Es un contrato
ele derecho de gentes, nominado, de buena fe y signalagmático o bilateral, por
el cual se obligan las partes a divicline con igualdad proporcional la ganancia o p&amp;dida de una cosa o negociación honesta". (Dg. Lib. 17. Tit 2; Cod.
Lib. 4. Tit 37).
Si examinamos el derecho sucesorio también encontramos en él disposicio111!!1 donde la distributiva ejerce su influencia pues en general el heredero sopertará las cargas de la sucesión proporcionalmente a la parte que reciba o
que deba recibir. El Código Civil para el Distrito y Territorios Federales de
1884, en su artículo 3434 refiri~ndose en especia) a los legados decla: "Si toda Ja herencia se distribuyere en legados, se prorratearán las deudas y gravámenes de ella entre todos los partícipes a proporción de sus cuotas, a no ser
que el testador hubiere dispuesto otra cosa". Nuestro Código Civil vigente para el Distrito y Territorios Federales, en su artículo 1411 reproduce literalmente la anterior disposición, y agrega en su artículo 1420 que es copia literal del artículo 3357 del Código de 1884: "Si el legatario a quien se impuso
aJg6n gravamen no recibe todo el legado1 se reducirá la carga proporcionalmente, y si sufre evicción, podrá repetir lo que baya pagado". En materia
del pago del impuesto que se causa sobre herencias y legados el principio de
la distributiva, para el pago de dicho impuesto, se ajusta totalmente a los
)JOltulados, pues el pago está proporcionado a lo que cada heredero o legatario recibe.

En el caso de las sociedades anónimas se establece con claridad el mismo
sistema de la distributiva ya que en ellas, el derecho esencial de todo asociado es el derecho de participar en cierta medida determinada por la ley, en los
beneficios y en el manejo y control del negocio social. Esta repartición de
beneficios, de pérdidas y de autoridad tiene como correlativo el reparto de
b riesgos, y es propiamente dicho una de las características específicas del
mntrato social. Por fin, en el Estado, cada ciudadano deberá recibir los beneficios comunes según su dignidad, pero también según ella deberá cubrir
lu cargas y las obligaciones.
Insistiremos sobre este tema al final de este ensayo y por ello no nos extendemoa más sobre el mismo.
Después de haber bosquejado la noci6n de la igualdad de proporción, de~ estudiar c6mo funciona, cuál es su mecanismo, cómo establece las re-

592
593

H. SIi

�laciones proporcionales entre las personas, y por fin las relaciones de ellas con
los bienes a distribuir.
Ya hemos dicho que la distributiva funciona con una igualdad geométrica;
ésta consiste en que tanto cuanto una persona sobrepase a otra en dignidad,
la ventaja que a ella se le atribuye debe sobrepasar a la que se otorgue a la
otra, en tanto y cuanto la sobrepasa en dignidad. No se trata pues de una
proporción arjtmética como en la conmutativa, en la cual yo devuelvo diez
pesos porque recibí die-.t: pesos, proporción en la que no hay más que dos términos.
En la proporción geométrica no hay dos términos sino cuatro: seis es a
cuatro lo que tres es a dos. En esta relación no encontramos una igualdad
cuantitativa, sino una igualdad proporcional. Seis es más que cuatro en la
misma proporción que tres es más que dos, pero la diferencia es igual solamente en proporción y no en cantidad. En efecto, seis sobrepasa a cuatro en
dos unidades, tres sobrepasa a dos en una unidad. (lla. I!ae. Q. LXI. Art.
2. Corp. Santo Tomás).
Si aplicamos esto a la distribución de los bienes entre las personas, tendremos lo siguiente: Sea "A:' un término, por ejemplo, cien pesos; Sea "B" otro
término, por ejemplo, cincuenta pesos; sea "C", por ejemplo, una persona,
Gabriel, que ha trabajado dos días, y por último, sea "D" otra persona, por
ejemplo Ignacio, que ha trabajado un día. Ahora bien, lo que "N' es a "B",
"C" lo es a "D", pues de ambas partes se encuentra la proporción de dos a
uno; por tanto lo que "A" es a "C", "B" lo es a "D", es decir lo que son
cien pesos para Gabriel que trabajó dos días, •10 son cincuenta pesos para
Ignacio que trabajó un día. (Comentarios a las Éticas. LV., 1, 5.)
Esta proporción establecida entre "A" y "C" y entre "B" y"D" se encuentra en el total "A" más "B" para uc" más '"D". Esto quiere decir que la pro•
porción: cien pesos son para Gabriel que ha trabajado dos días, lo que cincuenta pesos son para Ignacio que ha trabajado un día, se vuelve a encontrar en el total ciento cincuenta pesos y tres días. Supongamos ahora que se
trata de una negociación que ha distríbtúdo ciento cincuenta pesos según el
trabajo desarrollado por sus empleados: Gabriel que ha trabajado dos días
recibirá cien pesos, Ignacio que ha trabajado sólo un día reCJbirá cincuenta
pesos. Esta es la forma de establecer proporcionahnente el justo meruo de las
distribuciones a que se refiere 1a justicia distributiva.

Para explicar esta proporción, Juan de Santo Tomás da como ejemplo al
padre de familia que mstribuye ropa a sus hijos: no dará la misma ropa a
todos ellos, sino que a los pequeños les dará ropa pequeña y a los grandes,
ropa grande, según la talla de c.ada uno de ellos, y el mismo autor recuerda
a aquel rey al cual se refiere Cristo en los Evangelios, que da dinero a sus

594

criados, a uno cinco talentos, a otro dos, y al tercero sólo uno, pero reparte

a cada uno según su capacidad. Es decir, distribuye igual en proporción mas
no igual en cantidad.
Hay que considerar también en la distribución la relación de los que reciben con los objet~s que reciben. Comentando al Doctor Angélico, Juan de
Santo Tomás arroJa luz sobre este particular: "El problema -dice-, que se
pla~tea en la justicia distributiva no es aquel de la igualdad que tiene que
realizane entre lo que alguien recibe y lo que alguien le obsequia sino en
fijar 'lo debido', según la condición de las personas" (Ila. lilas. Q. LXI. Art.

ªª·

4.. 2:). ("In. distribu~va enim justitia non attenditur aequalitas ejus quod
qws acc1p1t ad id quod 1pse impendit, sed ad id quod alius accipit secundum
utriusque personae modum").

La distributiva no considera la igualdad de lo que se da y de lo que se recibe, sino la proporción de la persona tanto respecto del objeto que a ella se
le atribuye cuanto respecto de los demás beneficiados con la distribución:
"Ut sicut illae suo modo, et pro sua proportione rccipiunt, illa et iste pro suo
modo, ut compara.to ad alias" (Juan de Santo Tomás, III. Q. -'CXI, Disp. 6.
Art 4. pág. 542). Hay por tanto, dos puntos que considerar en la distributiva : la relación de la persona con lo que ella recibe y su proporción con los
demás partícipes en la distribución. El primer punto lo trata Santo Tomás en
las f:ticas, si invertimos los términos en los cuales se expresa y decimos: Gab~el que ha trabaj~do dos días es a Ignacio, que ha trabajado un día, lo que
cien pesos son a cmcuenta pesos; es decir, aquí establecemos la proporción
de las personas entre sí, pero la proporción: Gabriel es a cien pesos, Jo que
Ignacio es a cincuenta pesos, considera la relación de la persona con lo que
ella recibe.
Juan de Santo Tomás hace el análisis de estos dos elementos en la siguiente
forma: ''He aquí en qué términos Santo Tomás exige que se tome en cuenta
la proporción de un beneficiario en comparación con los demás: es necesario que cada uno reciba según su medida y su proporción y que de esta forma la justicia rustributiva considere los respectivos derechos de las diversas
personas en una distribución, de modo que una reciba tanto como lo exijan
sus aptitudes, no en igualdad con otra, sino según sus respectivas proporciones".
Hasta aqui hemos analizado el primer punto. Pero la justicia distributiva
considera asimismo la proporción de la persona que recibe con la cosa
atribuída, de manera de darle lo que le es proporcional. El que distribuye
deberá tener presente ante todo, que aquel a quien se dé, tenga las aptitudes
requeridas y sea digno de lo que recibe, de la recompensa que se le dé, o bien
que reúna los requisitos necesarios para soportar la carga u obligación que

595

�se le imponga. Si en la atribuci6n de un bien 1e toman en cuenta ci'rcwld
ciaa, condiciones, que no se refieren a la causa por la cual el que
bien es digno de recibirlo, seria faltar a Ja distributiva, sería preciaa:IDllli
cometer Ja preferencia de las personas, que es lo opuesto a Ja virtud de
justicia distributiva. Atn'buir un bien a una persona sin que dicho biea.
corresponda por ru6n de su dignidad, es precisamente pecar contra la
tributiva, es dar preferencia a las personas, y por ello la virtud de la ·
butiva debe considerar IIOhre todo las condiciones que enttan en juego y
porcionaJmente a la recompensa o don que se va a distribuir, y no
tener en cuenta aquellas circunstancias que sirven de comparación con
demás sujetos llamados a participar en la distribución.
Juan de Santo Tomás se plantea el problema de si la justicia distribu
para ser una verdadera justicia, debe referirse forzosamente a varias
nas y a sus respectivos derechos. Responde recordando que la imperl
que se ha atribuido a la distributiva, es el hecho de estar ligada por si •
y como virtud y en su forma a las varias personas a quienes distribuye, es
cir, que la distributiva ''proprie et per se", no considera la proporción
una persona a la cosa que a ella le es asignada, sino la proporción en
paración a otra persona que participa también en la distribución. Añade
la distributiva observa la proporción geométrica, proporci6n de dos o
penonas respecto de una cosa. iega la imperfecci6n a que bacemo1
rencia diciendo: "Esta imperfección como otras, no forma parte de la
ci6n formal e intrimeca de la justicia distributiva, 'secundum se'" y
ye: "La noci6n de Ja justicia distributiva no incl..ye la división efectiva
un beneficio social según las proporciones de varias personas, sino que
realizane aun cuando no exista más que una persona". La proporción
tre las personas es un elemento esencial y el mismo autor lo indica, según
demos apreciar, aunque no expllcitamente, pero la proporción de cada
110na a las cosas o a la cosa por distribuir, también es un elemento
Prueba de ello es el caso de que aunque existan varios candidatos para
ticipar en la distribución, &amp;ta puede no llegar a efectuarse si ninguno el&amp;
chos candidatos es digno de recibir.
De lo expuesto 1e puede concluir que la justicia distributiva establece
verdadera igualdad, aunque distinta de la que establece la conmutativa.
ce Santo Tomás: ''La fonna general de la justicia es la igua]dad, tanto
la justicia distributiva como para la justicia conmutativa, pero en la p ·
se establece según una proporcionalidad geométrica mientras que en )a
gunda se establece según una proporcionalidad aritmética". &amp;to indica
existen dos formas diferentes de justicia, pero ello no presupone que una
inferior a la otra. Hay autores como Billuart que dicen que el justo
596

r

¡¡¡bjetivo DO es igual entre las dot
ob, .
,paJdad absoluta, en la otra es
iJeUVU de la ~Ulticia: en una es la
liendo :.......,_ tocl
igualdad de proporaón. A ello ae objeta
OI Jos hombres no hay que comiderar difemJciaa
• ellos, pero II eato es_ cierto, aunque todos seamos iguala
en~ haber y habrá 11empre desiguaklades individuales por naturaleza,
Jll'lllflDtel aquel que distribuya los bienes comunes Este ~ debed tener
~ puar desapercibido. Ya León XIII en III Enclclica R no puede dem: "Cualesquiera que sean 1aa ••• des
,,.,,. Novarum,
iaanas de gobierno habrá .
Yicwtu
por 1aa cuales atraviesan 1aa
de coodi •
. '
llallpre entre b ciudadanos estas daiguaJdadea
IUl Jas cuales una sociedad DO puede ni existir ni ftll■~

-e-:-

--i.:../'::ua

'lllUU'óQIMMI •

,

~ la'

Para IOI católicos y los cristianos en
• por naturaleza sino también
;.....~ los hombres DO s6lo son iguatocb
son - &amp; - - dentro de la fraternidad . .
hermanos en Jesucristo y dentro de dicha 1-._:.a_.a
C!'lltiana,
en ~enta desigualdades y se procura hacerlas u-.uuu.: .e. rehusa tener
~ 11 ello se realizara,
la verdadera igualdad
~ , reinada enton...-a
.
' la númerica y cuantitativa. Ha
como Sertillanges que respecto de ata confraternidad ....:..:..-- ali y
• que no es un igualiºtarismo •
.
.........,. ardeJan
.
.
, m que Cristo
sea un Partido: "La .
de Dios; la igualdad frente al destino último y la igualdad igualdad
• ahí~nace,
todo eso no implica de .
fo
.
.
moral que
pa niveladora"; "admitimos dice lanmgunaigualdadrma, dice Sertillanges, la uto.1..:-...
1.a-..1
'
,
mora'
-&amp;IMIAUIU funcional y repudiamos la
. ., pero mantenemos la
•

.

.
estrecha vutud mmercial la cual
rcdUClr la sublime noción de justicia".
a
El IDIIIDO Santo Tomás dice· "La · • .
.
~... u_.a (igualdad
. . . . Justicia mantiene este género de des·~
cuantitativa e igualdad de
.
te que el desorden y la conf '6
establ propora6n), pues no penniUSI n se
ea:an mezclando todas las
líbU con º~· La justicia conserva así a todos los seres
, sus
~
como Jo reqwere Y lo exige la naturalei. de cada
,.
segun
espeaea,

qUW:C

m

~-

• establece el
-...r_autor J. T.. Delos indica c6mo la distribº utiVa

rden la
- . • en la 80C1edad.· "La J'ustt'cua
. wauwutiva
.a:~L . se • ira
o
y ar&amp;.igualdades sociales, para substituir al i ali . msp _paso a paso en las
1 de la igualdad h
.
.gu tarismo la idea de proporción
.
~ que permte baJO las desigualdades IOCiaJes,
a cada audadano condiciones de vida plenamente h
y para
cuales tenga derecho en t~rminos de justicia distribu .
~ ' en
llltura1 de las
,.
tiva a la 1gualdad
personas.
Según lo analizado, la justicia distributiva establece
dad, igualdad d
.
una verdadera igua]. . e propom6n basada tanto en la proporci6n entre las
811 que participan en la distribución como en la proporción de
penoaspecto de los bienes distribuidos. Esta dobJe proporc1º6n se establece
esas penonas
según

:utizar

597

�la dignidad de las penonu, dignidad estimada de diveno modo según

grupos sociales.
"
•
El mismo autor J. T. Delos dice a este respecto: Ea J1eD1pre por a
maci6n que se precisarán las deudas del cuerpo social respecto de cada ciudadano". Se discutirá largamente antes de ponerse de acu~o sobre el mon~

de los derechos sociales de los ciudadanos de cada clase IOClal; pero estas ctis.
alimentarán muchas luchas po11ticas y reivindicaciones . antes de • que
C1Jll0DeS
se llegue a determinar la justicia; "pero la dificultad de apreaar ~ utua,.
ci6n de hecho y apreciar las relaciones de derecho que ella ~ aparejada ••
.....,.¡.. 1 de la justicia distributiva". Experimentan esta dü¡¡¡es un problema ~
.
c:ultad tanto acreedores como deudores en la justicia conmutativa Y •~ aneglo O acuerdo IIObre la valorización de un daño o de una deuda, no es siempre
ni tan rápido ni menos tempestuoso que las lu~ q~e se ven en ~ cl~ se,.
ciaJes: para ellas también la evaluaci6n, valoruación y determmación
derecho no se hacen a menudo sino por aproximaci6n.
Respecto de los actos propios de la justicia distributiva, se puede decir ~
mo aftnna Faidherbe, cuya obra so~ la justicia ~butiva nos ha ~~
de gula en este estudio, que es superior ª. la conmuta~va, pues ea la JUStlC1l
por excelencia, ya que atribuye a los pamculatt$ los bienes comunes, ya que
concierne a las relaciones de los superiores con los inferiores, porque ademú,
es la virtud del jefe, tanto en lo particular COIDQ en el Estado, y porque et
la justicia divina o sea la justicia propia de Dios.
. .•
•
Juzgar es el acto más importante, más excelso de la Just1aa, ~ det~
nar lo que es justo, es el acto que restablece la_ igual~d, es ~1én -el eJer
ciclo de la funci6n judicial que es la prerrogauva de la soberama, Y es pre,,
cisamente la virtud opuesta a la negaci6n de la justicia, Y opuesta a la pieferencia a las personas, que consiste en darles aquello que no les pertenece.
a lo que no tienen derecho.
..
El juez ast, el intérprete de la justicia, el que la debe encauzar al ~r6J
administrándola con equidad; el juez tiene por lo tanto el ~apel nusmo ~
distribuidor y practica la justicia constantemente, pero tamb~_n Y desgraciadamente ello sucede a menudo, puede viciarla, puede subvertirla y con ello
la aniquila. El juez la practica tanto cuando hace respetar el derecho del
• J como cuando hace respetar y valer el derecho del Estado.
parbcu ar,
. . . distrib . debe
con,
Por todos sus caracteres y atributos, la 3ust1cia
unva
ser
siderada como la guardiana del orden social establecid~,
tal de que •
orden haya sido establecido teniendo en cuenta los pnna~1os Y las no~
moralts y atribuyendo a cada uno, por un lado las ventaJas, los beneficial
y por el otro lado, las cargas, las obligaciones que merece ~ am!&gt;°5 ~
por su situación, su rango en la sociedad, pues de no ser au, la distributlVI

~º?

598

lejal de ser una virtud conservadora de los valores sociales» le1'á la principal
)JIIIIIIOtOra del prograo y de las reformas IOciales, ya que tendrá que adecuar
la Jálidad IOcial al ideal de justicia. Por ello, el estudio a fondo y el análisis

de la justicia distributiva compete tanto al estudioso del derecho como al
abogado propiamente dicho y sobre todo al estadista.
Por último, la justicia distnoutiva como carácter propio, lleva implícita la
obligación de la restituci6n cuando ha sido mal aplicada.

NOI parece oportuno tener en cuenta también, como lo hace J. T. Delos,
que la justicia distributiva, salvo cuos excepcionales, .no consiste en repartir
aun proporcionalmente una realidad homogénea y cuantificada, como una
IUIDa de dinero o una porción de tierra, o bien los actos o los servicios en
masa. Es necesario pensar siempre que su verdadero objeto es dar a cada
une su parte del bien común, es asegurar a cada uno su parte de seguridad,
ele orden, pero también establecer la vigencia de un estatuto jurídico y social,
de condiciones económicas, intelectuales y morales favorables a su desarrollo.
Todas estas condiciones le son debidas a cada uno en justicia y por ella le
pertenece, pero son bien distintas de una cantidad especifica que debiera repartine entre ellos.
Ya desde 1892, León XIII en la Encíclica Rerum Novarum recordaba
que: " ... Entre los graves y numerosos deberes de los gobiernos que quieren
pmveer como es conveniente el bien público, el que domina a todos, consiste
en cuidar por igual todas las clases de ciudadanos, observando rigurosamente
Jas leyes de la llamada justicia distributiva".
Tal desiderátum ya ha sido puesto en práctica en algunos países. En Francia, los dirigentes del movimiento social católico en una de sus más ~lebres
manifestaciones, la declaraci6n de los derechos de la familia, de diciembre
de 1920 y también en el C6digo Social de Malines, publicado en 1927 por
la Unión Internacional de Estudios Sociales, afirmaban: "La familia tiene
cleftcho, en el seno de la sociedad civil, a la justicia distributiva. Los impuesb, las cargas, las tarifas, las subvenciones, las pension~ de invalidez, deben
• atablecidas, no s6lo en funci6n del individuo, sino también en función
de la familia" y expresaba: ''En tanto que el bien común lo permite, la justicia distributiva demanda que el impuesto sea proporcional".
Refleja as{ la justicia distributiva su importancia en variad1simos aspectos
de la vida social, tanto en la moralidad de las disposiciones testamentarias,
en Ja legialaci6n sobre el trabajo, en la legislaci6n sobre asistencia y prevención
IOCial, en los seguros sociales, en la repartici6n de las riquezas nacionales y
en el' UIO de los recursos nacionales en beneficio de los ciudadanos, así como
ea la imposici6n de los impuestos y en el voto del sufragio.
Los principios que la rigen, han inspirado las reformas sociales y agrarias

599

�en todos los paí~es, incluyendo las de México, y toda la legislación del trabajo que en nuestro país se de1iva del artículo 123 Constitucional, así como
las más recientes reformas al Estatuto Burocrático y su inclusión en la Carta Magna.
La justicia distributiva es además el principio organizador de toda una
rama de las ciencias jurídicas: nos referimos al derecho administrativo que
asegura la ejecución de los servicios p(1blicos, así como la repartición equitativa de los impuestos y íinaJmente, las instituciones del Seguro Social y de
beneficencia. Sin embargo, no debemos olvidar que la justicia distributiva
está ella misma gobernada por el bien común y subordinada a la justicia legal
y social. La justicia legal coloca al hombre, al ciudadano, en estado suficiente de satisfacer las necesidades y los derechos de los demás1 pero si lo
hace de una manera inmediata en relación con el bien común, también lo
realiza de una manera mediata en relación con el bien individual. Por ello,
afirmamos que el bien común es el que debe ser asegurado ante todo.
La justicia distributiva no s61o tiene importancia dentro del ámbito particular del Estado, sino que presenta también repercusiones en el orden internacional, en las relacione~ entre los Estados y entre los individuos pertenecientes a diferentes Estados.
En efecto, J. T. Delos, a este respecto afirma: "No es esta forma de justicia la que nos da cuenta de la naturaleza propia del derecho internacional.
Este derecho internacional reposa esencialmente sobre las dos formas de justicia que suponen la existencia de la sociedad y que no pueden nacer sino
en el seno del cuerpo social: la justicia social internacional y la justicia distributi\'a internacional". Las dos especies de justicia social que acabamos
de enumerar, constituyen el fundamento del derecho y de la justicia naturales, que forman la base del derecho internacional. Los órganos encargados
de aplicar la distributiva en el orden internacional son los tribunales internacionales, que en los momentos de agitaci6n poütica internacional, ejercen
su función a cada momento y que hoy día toman un incremento cada \'ez
mayor con la conciencia de que los conflictos deben resolverse no por el uso
de las armas, sino por el imperio de la justicia.
La índole monográfica del presente ensayo, no nos permite, desgraciadamente, extendernos en más consideraciones, pero un rápido vistazo a las
numerosísímas cuestiones sociales en las que interviene la justicia distributiva
y de otras en las que por su propia naturaleza debiera intervenir, así como
las pretensiones que tiene la justicia distributiva de dirigir algunas ramas de
las ciencias jurídicas, son aspectos todos que abren a nuestros ojos un campo
de acción muy amplio para que otros mejor preparados los estudien y traten
de obtener los beneficios sociales por los que claman los desvalidos.

600

LA TENENCIA DE LA TIERRA EN LA CUENCA
DEL BAJO PAPALOAPAN

Dr.

Wn.LIAM

M.

W1NNIE

Facultad de Economía de la
Universidad de Nuevo León

de toda comunidad agrícola,
dos fen6mcnos íntimamente relacionados entre sí destacan sobre todos los
demás, en sus implicaciones para el bienestar del hombre común. Tales fen6menos son, la naturaleza de los derechos de propiedad sobre la tierra ( tenencia de la tierra) y la distribución de las propiedades entre la población rural
(extensión de las propiedades). Este artículo se consagra al estudio del primero de estos dos aspectos en la organizaci6n social rural de los pobladores
de la Cuenca del Bajo Papaloapan, en los Estados de Vcracruz y Oa."&lt;llca,
ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS soc10-EcoN6MtCAs

México.
Los sistemas actuales de tenencia de la tierra en la Cuenca del Bajo Papaloapan. son el producto de la incompleta fusión de los sistemas agrarios,
tanto indígenas como españoles. Por espacio de cuatro .siglos, el sistema indígena de la propiedad comunal y el usufructo privado de la tierra dedicada
a la ¾«ncultura de subsistencia, han coexistido con el sistema español de la
propiedad privada de la tierra, que en la mayoría de los casos se dedica a la
ganaderfa extensiva. Ambos sistemas se han influenciado mutuamente: la
práctica principal adoptada es de origen español, y más aún romano, de
acuerdo con la cual se permite a los pequeños agricultores utilizar una porción
de terreno dentro de una gran hacienda para la producción de sus cosechas de subsistencia; pero al mismo tiempo, estos pequeños agricultores deben
encontrarse disponibles para trabajar como jornaleros en la hacienda. En
el último medio siglo, y principalmente en los últimos 25 años, la situación
se ha complicado más aún, por el programa de reforma agraria de la Revolución. Todo ello ha dado como resultado, la formaci6n de un gran número
de ejidos en todas las partes que componen la Cuenca del Bajo Papa!oapan,

601

H. 39

�y en muchos lugares ha conducido a su retorno a algo que debe ser muy
similar al sistema precolombino de la tenencia de la tierra.

de apropiaci6n, para hacer una distribuci6n equitativa de la riqueza
pública y para cuidar de JU conservaci6n. Con este objeto, se dictarán
las medidtli necesa;ias para el desarrollo de la pequeña propiedad agrícola en explotaci6n; para la creaci6n de nuevos centros de población
agrícola con las tierras y aguas que les sean indispensables; para el fomento de la agricultura, y para evitar la destrucción de los elementos
naturales )' los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la
sociedad. Los núcleos de población que carezcan de tierras y agua, o no
las tengan en cantidad suficiente para las necesidades de su población,
tendrán derecho a que se les dote de ellas, tomándolas de las propiedades inmediatas, respetando siempre la pequeña propiedad agrícola en
explotación".

Las bases legales de la tenencia de la tierra.'
La propiedad de la tierra en México, tiene su base jurídica en la Constitución Política de 1917. Esencialmente, la tierra se posee sin especiales
limitaciones; pero ciertos derechos -además de los que son usuales en la América Inglesa- han sido reservados a la Nación. Sólo la superficie y sus accesiones, pueden ser objeto de apropiación privada. Al igual que en muchos
otros países, el gobierno retiene los derechos de tributación y de dominio eminente; pero el concepto de utilidad pública, base de este último, se interpreta
en fonna más amplia de lo que es común en otras partes, y la expropiación
es un procedimiento más administrativo que judicial. Entre otras cosas, la
concentración de demasiada extensión de tierra, en manos de una sola persona, se considera motivo de expropiación. Es de notarse, además1 que la
explotación de la tierra se ha convertido en un elemento importante para
decidir los derechos del propietario en algunos casos. El artículo 27, de la
Constitución de 1917, expresa, en la parte en que más concierne a la tenencia
de la tierra, lo que sigue:
"La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originalmente a la nación, la
cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los
particulares, corutitu,•endo la pro piedad privada.
"Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública
mediante indcm11izaci6n.
"La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés p,íblico, así como el
de regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles
E~te tema ha sido considerado con profundidad en ,•arios estudios, entre otros:
L. WHETTI.IN, Rural México (Chícago. University of Chica1to Press, 1948)
)' Evtea N. Stm&gt;SON, The Ejido: Mexico's Way Out (Chapel Hil1. U~versity o{ No~
Carolina Press, 1937). El desenvolvimiento de la tenencia de la tierra en Mwco
ha.Ha la Revolución se ha resumido con notable claridad por GEOJtGB M. McBlllDB,
e.n Lo.nd S&gt;1st1ms of M,xico (New York: American Gcographical Society, Reseai:ch
Seriea No. 12, 1923). JosÉ M. ÜTS CAPDEQUÍ, El R'gimen d1 la tierra en la A.mine,
Española durante sl p,rlodo colonial. {Ciudad Trujillo, R. D.: Editorial Montalvo,
1946), es un estudio sint~tico de este aspecto en los sistemas de la tierra en las colonias, hasta su independencia.
1

NATHAN

602

Este artículo establece la estructura legal para la dotación de tierras a los
ejidos y para la obtenci6n de tales tierras de las grandes haciendas cercanas.
Los procedimientos vigentes para la dotación y expropiación de las tierras
citadas, se reglamentan en el Código Agrario. 2 Grupos de 20 o más personas, elegibles, pueden integrar un ejido y recibir tierras, de acuerdo con
esta ley.• Para tener derecho a recibir tierra en un ejido, el individuo debe
ser mexicano por nacimiento, varón1 mayor de 16 años, si es soltero, o de
cualquier edad, si es casado; o mujer de quien dependa una familia, sea
casada o no; debe haber vivido en el ejido del que se pretende formar parte,
por lo menos desde seis meses antes de que se formule la solicitud, a menos
que forme parte de un grupo de individuos que, viviendo en lugares clislintos, formarían un nuevo ejido, si se concecliese la dotación. No se debe poseer
una extensión de terreno equivalente a la que se recibirá en el ejido ( usualmente 20 hectáreas en la Cuenca del Bajo Papa loapan), y es necesario trabajar personalmente la tierra, como ocupación habitual. Ni se debe tampoco
poseer bienes de industria, cuyo valor alcance los 2,500 pesos, ni bienes agrícolas cuyo valor exceda de 5,000 pesos. Los peones y otros trabajadores en
las haciendas se incluyen especfücamente entre los capacitados para recibir
tierras.•
De este modo, el trabajador agrícola carente de tierra y el pequeño agricultor con una muy pequeña propiedad, pueden participar de los beneficios
de una concesión ejidal.
Al mismo tiempo, en el Código Agrario y en el artículo de la Constitución
Lt'jts y c6digos d, M,xico: C6digo .dgra.ri&lt;&gt; (M6:ico: EditoriaJ Porrúa, 1955),
"Código Agrario de los Estados Unidos Mexicanos", págs. 7-124.
1 lbid., articules 46-47 y 50-52.
' lbid., articulo! 54 y 56.
1

603

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. . . . . ~lMI). L J, . .

��de los "obreros" en el censo de población, y b) a la práctica de anotar las
tierras de propiedad colectiva como una sola explotación, en vez de hacerlo
como las varias explotaciones que son en la realidad en la mayor parte de
los casos, en los censos agrícolas. De este modo, muchos directores agrícolas
que trabajan en tierras no ejidales poseídas en común se anotan en los censos
mencionados, en último término, como "otras" personas ocupadas en las ex•
plotaciones de cinco o más hectáreas. Tanto de la observación directa en el
campo como del análisis de los censos agrícolas y de población, aparece que
'
,
el promedio de trabajadores agrícolas por director, es más alto en las areas
de agricultura comercial, particulannente en las de monocultivo de azúcar.
Posiblemente, hasta la mitad de los que son jefes de familia y que viven en
tales áreas, sobre la base de un ciclo anual, son primordial o exclusivamente
trabajadores agrícolas. Además de estos trabajadores permanentes, varios mi•
les de trabajadores estacionales son importados de la altiplanicie y muchos
más vienen ae otras partes de la Cuenca cada año para trabaJar en la za1ra
azucarera. Un movimiento similar de trabajadores estacionales ocurre hacia
las zonas piñeras durante los meses de verano, cuando la cosecha empieza a
ser recolectada.
Fuera de aru, el número de jefes de familia que laboran f undamentalmente como trabajadores agrícolas sea con probabilidad relativamente pequeño.
La mayor parte de los hombres que laboran como trabajadores, son tam•
bién directores en grado apreciable. Posiblemente la mitad o aún más de
los jefes de familias rurales en las re~ones de agricultura de subsistencia y
ganadería pueden ser clasificados apropiadamente _en un grupo que abare_"
aquellas personas que son directores agrícolas en alguna parte de sus actJvidades y trabajadores agrícolas en otra. Sólo una parte de los ejidatarios
y otros agricultores que explotan las tierras que de hecho se poseen en común
pueden ser adecuadamente considerados como siendo primordialmente direc•
torcs agrícolas. La mayoría, si no es que la totalidad, de los propietarios-directores de pequeñas explotaciones pueden incluirse en esta última clasificación.

c) comunidades no ejidales. 18 De los tres, únicamente los ejidos se reconocen como diferentes de las propiedades individuales en los censos agrícolas;
los otros parecen haber sido tratados como unidades agrícolas singulares,
clasificando a quienes las explotan en la categoría residual de "otras per•
sanas ocupadas en el predio". La explotación en todos los casos típicamente
se lleva a cabo en forma individual. En la práctica, los condueñazgos y las
comunidades no ejidales, son esencialmente la misma cosa desde el punto de
vista de su explotación. Difieren de los ejidos en la naturaleza de los derechos del miembro individuo de la comunidad sobre el terreno que él explota
directamente.

Ejidos.
En la Cuenca del Bajo Papaloapan, en conjunto, había unos 500 ejidos en
1950, con un total de 28,000 ejidatarios, de los cuales 26,000 poseían tierra
en los ejidos.1' Así, alrededor de dos quintos de todos los jefes de familia
son ejidatarios. En conjunto, los 500 ejidos tenían 4,900 kilómetros cuadrados de tierra, de los que aproximadamente la mitad se clasificaban como
de labor. 18 Esta superficie era más o menos una cuarta parte de toda la
tierra registrada en los censos agrícolas, e incluye casi tres quintos de la
tierra de labor registrada en la región.
Estos datos tienen significación principalmente como un índice de la importancia del programa de la reforma agraria, puesto que en la práctica, los
ejidos no son homogéneos con respecto a la tenencia real de la explotación
individual. En la maror parte de ellos, la tierra cultivable ha sido dividida
entre los ejidatarios individuales en parcelas de hasta 20 hectáreas de superficie, pennaneciendo como de propiedad común los pastizales y los bosques.
En estos casos, los derechos del ejidatario en su parcela no difieren significativamente de los de los propietarios privados en cuanto concierne al usufruc11

Formas de te11e11cia colectiva.
Las formas de tenencia de la tierra en las que los derechos de propiedad
se otorgan a la comunidad, y no al individuo o a la familia, s~n muy comunes en la Cuenca del Bajo Papaloapan. Desde el punto de vista legal, tales
posesiones pueden dividirse en tres grupos:
a) ejidos, b) condueñazgos o tieuas de propiedad común de los. herederos de algún ancestro común, que fuese el único dueño de la propiedad, Y
608

Dit LA PEÑA, ob. cit., págs. 135-140.

" Los datos sobre el número de ejidos, con toda probabilidad, son los únicos, de
los censos agrícolas, que se pueden tomar al pie de la letra. Los relativos a la cantidad de tierra perteneciente a los ejidos, son casi exactos; pero también existe la
posibilidad de que el número de ejidatarios se haya exagerado en demasía. GUITERAS
(ob. cit., pág. 47) informa que el Ejido Jaltipan, según el censo, tenia 600 ejidatarios,
cuando en realidad tenía únicamente 135.
11
La clase de "tierr.u de labor", está sujeta a dudas aún f!layores, con respecto
a au contenido, en la Cuenca del Bajo Papaloapan, que en México, en general. En
la Cuenca, este concepto aparece acercarse más a la tierra laborable o tierra cultivable,
que a tierra de labor, en el sentido de tierra de bajo cultivo, en un tiempo determinado,
o tierra de bajo cultivo, la mayor parte de los años.

609

�to, pero no puede legalmente vender ni enajenar de ningún otro modo la
tierra. 19 Además, las parcelas individuales no pueden subdividirse por herencia o por otros medios. 20
En algunos ejidos la tierra no se halla formalmente dividida entre los
ejidatarios. Aquí, y probablemente en muchos otros ejidos donde la tierra
ha sido parcelada en teoría, el individuo puede cultivar su labor en cualquier pedazo de tierra que todavía no se encuentra en explotación. En algunos ejidos los originales ejidatarios trabajan en sus parcelas individuales,
mientras sus hijos adultos y otros miembros nuevos del ejido cultivan sus
labores en las indivisas áreas boscosas.in En otras palabras, el sistema es
esencialmente el mismo que prevalece en las tierras colectivas no ejidales,
y de hecho parece coexistir con él en alguna medida. Guiteras anota que en
el área de Acayucan, los ejidatarios trabajan a menudo tierras no ejidales,
debido a la mejor calidad de las tierras de propiedad privada, a la tendencia
de continuar utilizando tierras que ellos mismos trabajaron antes de la dotación ejidal, y a prácticas inequitativas dentro del ejido. 22

Otras formas de tenencia colectivas.
En muchas localidades de la Cuenca del Bajo Papaloapan no está muy
desarrollado el concepto de la propiedad privada. Los miembros individuales de la comunidad pueden cultivar sus labores en cualesquiera de las
tierras comunales que no estén siendo utilizadas por otros miembros. En
Sayula, y posiblemente en otras comunidades, una vez que alguien ha desmontado un campo determinado parece tener prioridad, pero no derecho exclusivo, a su uso para cosechas subsiguientes. Lo anterior subsiste aunque se
abandone temporalmente el terreno para dejarlo "descansar" por algunos
años. 23 Los derechos individuales son tan informales que un observador hubo
de anotar: "en la práctica no existen los derechos de propiedad sobre la
" Sin embargo, en Chacaltianguis muchos de los ejidatarios que ya no explotan
sus parcelas, las han vendido. Citado por FERNANDO CÁMARA BARBAOHANO, Chacaltianguis: Comunidad rural ,n la ribera del Papaloapan. (México, Gobierno del Estado de Ver:acruz, 1952), pág. 39. Además, algunos de los ejidatarios que han per•
manecido, a si mismos se consideran ya en la condición de pequeños propietarios.
(Ibid., pág. 72).
20 Este arreglo está previsto en las leyes de la reforma agraria. Hay que tener pre•
sente, sin embargo, que consideramos los arreglos de hecho y no los de derecho, en
relación a la tenencia de la tierra, si bien ambos son iguales en muchos casos.
n CÁM.AllA, ob. cit., pág. 39.
= GmTEaAS, ob. cit., pág. 48.
ea ]bid., pág. 41.

610

tierra, desde que nadie tiene limite, tanto en lo que respecta a la cantidad,
como a la localización de la tierra que pueda cultivar". 24
Sayula es la comunidad más grande de las que todavía tienen una cantidad sustancial de tierra comunal no ejidal. Los sayuleños han tenido siempre tierra suficiente para sus necesidades, y casi toda la gente cultiva sus
labores en las tierras comunales o en tierra propiedad de sus amigos o vecinos. Son más los que cultivan tierras comunales que los que siembran en
tierras privadas. 2 ª
Este sistema de tenencia de la tierra es probablemente muy similar al que
prevaleció en las sociedades precolombinas de la regi6n. Hoy queda limitado a áreas en las que la agricultura se orienta a la producción de cultivos
alimenticios para el consumo directo. En la práctica, es idéntico al sistema
que se encuentra en muchos ejidos, con la única diferencia de que en este
último la comunidad ha llenado las formalidades necesarias para hacer que
las tierras que Je pertenecían de hecho se le reconozcan en derecho bajo las
leyes de la reforma agraria. Es imposible determinar la proporción de agricultores o de tierra agrícola de la Cuenca del Bajo Papaloapan a quienes se
aplica este sistema de tenencia; lo único que puede decirse es que tal proporción debe ser grande por todas las partes del área en que la agricultura de
subsistencia, ya sea sola o en combinación con la ganadería (esta última,
en propiedades privadas explotadas sobre bases individuales), es la base de
la economía.

LA

TENENCJA DE LA TIERRA EN LAS PROPIEDADES
PRIVADAS EXPLOTADAS INDIVIDUALMENTE

Propietarios-directores.
El manejo directo por el propietario es, por mucho, la forma más común
de tenencia de la tierra en las propiedades particulares explotadas individualmente, en la Cuenca del Bajo Papaloapan. Tanto en las propiedades
grandes como en las pequeñas, es lo más común que el propietario dirija
personalmente la empresa agrícola. Donde la tierra cultivable de un ejido
ha sido parcelada entre sus miembros y cada persona cultiva únicamente su
14 JUAN B. Fmaao, ALFONSO MARQ.UEZ L. y ALFREDO ÜRTIZ D1! ZÁRATE, "Informe
agrícola económico de la Zona Norte de Acayucan, Ver.", manuscrito inédito .e n los
archivos de la Dirección de Economía, Comisión del Papaloapan, Ciudad Alemán,
Veracruz, 1949.
20

Gu1TEAAs, ob. cit., págs. 37-38.

611

�I

propia parcela, los ejidatarios son muy semejantes en muchos aspectos a los
pequeños propietarios que eJ.'Plotan directamente sus tierras.

Administradores _y mayordomos.
La direcci6n de las explotaciones agrícolas a través de administradores o
mayordomos se advierte en todos los municipios y es muy común en algunos
de ellos . Este rasgo se asocia con la existencia de explotaciones que son
en promedio más grandes que las dirigidas por sus propietarios. De las 5,000
explotaciones privadas de cinco hectáreas o más anotadas cm el Censo AgrícolaGanadero de 1950, cerca de una cuarta parte eran dirigidas por administradores, mientras un poco menos de las tres cuartas partes eran dirigidas
por sus propietarios. Aproximadamente la mitad de los directores anotados
eran administradores en siete municipios: Acula, Angel R. Cabada, Chacaltianguis, Tlacojalpan, Tesechoacán, Tenejapa de Mata y Playa Vicente. La
dirección por un administrador no parece estar íntimamente relacionado con
el grado de comercialización de la agricultura; este hecho ocurre en algunos
casos en haciendas comerciales y en otros en propiedades de prestigio; muchas de estas últimas se dedican a la ganadería.

Otros tipos de directores.
Otros tipos de directores alcanzan hasta el d~ez por ciento del número,
total solamente en cuatro municipios. En Chacaltianguis y Tesechoacán, propietarios y administradores alcanzaron el 85 y 82 por ciento de los directores
agrícolas anotados, respectivamente. En Hueyapan de Ocampo y en el ExDistrito de Choapan, Oaxaca, sólo alcanzaron un tercio del total. Sin embargo, en estos dos últimos casos el número total de directores agrícolas anotado es pequeño. En Hueyapan de Ocampo, los arrendatarios manejaron
25 de las 43 explotaciones registradas. En Choapan, 41 de las 63 propiedades registradas, de más de cinco hectáreas, eran dirigidas por personas
que fueron clasificadas en la categoría residual, la mayor parte de las cuales eran indudablemente lideres de comunidades, reportando _la propiedad
común de éstas.
Desgraciadamente, los censos agrícolas no aclaran algunos de los arreglos
de tenencia más importantes encontrados en el campo. Una práctica que
parece estar muy generalizada aún en las zonas de agricultura comercial es
el "préstamo de tierras". Bajo este sistema, una familia sin tierra recibe
"en préstamo" hasta una o aún dos hectáreas de tierra de propiedad pri-

612

vada para la producción de cosechas de subsistencia; muy comúnmente el
propietario recibe también permiso para construir una vivienda en cualquier
otra parte de la tierra del dueño, sin pagar por estos privilegios nada en efectivo, bienes o trabajo. Cuando el propietario necesita trabajadores, sin embargo, se espera que el prestatario trabaje para él por un salario que no sea
ni mayor ni menor que el \igente en la regi6n. En áreas en las que la ganadería es importante, tales préstamos se hacen comúnmente por un período
de dos años, al final del cual se espera que el prestatario siembre pastos en
la tierra que ha estado utilizando, o que al menos lo deje para que crezcan
pastos naturales. En este caso parece ser que trabaja s6lo en raras ocasiones, si es que lo hace, para el propietario, a menos que acontezca que tenga
el carácter de empleado regular de la explotaci6n. 24
lntimamente relacionado con el sistema de préstamo de tierras se encuentra el sistema de colonos, tan común en muchas partes de la América Latina. 2;
Ambos son tan similares gue el sistema de prestar tierras puede considerarse
s6lo como una variante local de aquel modelo más común. 28 La principal
diferencia reside en el hecho de que la relación es un poco más formal en el
caso del colono. Muy a menudo las casas de los colonos, más comúnmente
conocidos como peones acasillados en México, se agrupan alrededor de la
del propietario o administrador, formando una ranchería. Desde el punto de
vista del propietario de la tierra, los colonos son trabajadores residentes permanentes, pero tienen derecho de cultivar una milpa, por su propia cuenta,
de comtruir una vivienda y de tener unas pocas cabezas de ganado, todo
ello en las tierras del dueño, como parte de su remuneración. Parecen tener
menor libertad de elección en sus propias labores agrícolas que los beneficiarios del sistema de "préstamo", y probablemente invierten más tiempo
• Este sistema, en la forma en que se describe para lai; regiones dedicadas principalmente a la ganadería, es probablemente, menos común en la Cuenca, que en el
norte de Veracruz, en donde el prestamista cultiva la tierra sólo un año y tiene,
además, la obligación de sembrar semillas de zacate, al mismo tiempo que siembra
maíz. DE LA P1tÑA, ob. cit., pág. 149. En los huizachales y en otras tierras parecidas,
de la Cuenca, el prestamista explota la tierra durante dos años y, en muchos casos,
ni siquiera siembra zacate despu~ de levantar su última cosecha.
tt

Ver ScnuLMAN, "Toe Colonos System ... ", ob. cit., y "A proposed Schema ... ",

ob. cit.
• El sistema de prestar tierras, con toda posibilidad, se desarrolló tomando como
modelo el siJtema de colonos, como uno de los cambios producidos por la Reforma
Agraria. De LA PEÑA (!bid., pág. 149), advierte que, antes de la Revolución, los
campesinos trabajaban por cuenta del dueño, un día a la semana sin remuneraci6n,
a cambio del usufructo de estas tierras. En la actualidad, el sistema más liberal que
se observa, tal vez se produjo por el hecho de que los campesinos pueden obtener tierras, tanto bajo la Ley de Tierras Ociosas, como en los ejidos.

613

�trabajando para el propietario. Probablemente debiera consíderárseles trabajadores agrícolas, mientras que los "prestatariosº debieran clasificarse más
lógicamente en la categoría de trabajador en parte y director en parte. Desde
el pUDto de vista del "prestatario" o colono, ambos sistemas son muy similares a él de tenencia comunal de la tierra examinado antes. En Sayula,
el préstamo de tierras existió juntamente con el sistema de propiedad colectiva por algún tiempo, pero recientemente se ha cambiado a un sistema de
renta convencional.
El arrendamiento
probablemente mucho más común de lo que aparece
en los censos agrícolas, en la Cuenca del ~ajo Papaloapan. Gran parte de la
producción de piña en las regiones de Loma Bonita e Isla se hace en tierras
rentadas; en Isla, aun los ganaderos propietarios de gTandes haciendas toman
tierras en arrendamiento para el propósito mencionado de producir piñas.io
Los indios de las tierras altas rentan tierra para sus cosechas cerca de Palmar, en la parte baja del municipio de Zongolica. El arrendamiento de tierras de pastos parece estar generalizado. En la ex-Hacienda de Nopalpan,
muchos campesinos rentan cien o doscientas hectáreas y cultivan una pequeña fracción, dedicando el resto a pastizales. M:ís a menudo, las tierras ganaderas se rentan sobre la base del número de cabezas que en ellas pastan~
dependiendo la cuantía de la renta de la calidad de los pastos, y de si el
terreno se encuentra cercado o no. 31 Muchos de los ejidos rentan parte de
sus tierras de pastos a personas ajenas, práctica que no se indica en modo
alguno en los censos por estar legalmente prohibida. Hubo un tiempo en
que nadie en Sayula pagaba renta ("paisaje" o."piso") por el uso de tierra
privada. Esta práctica se desarrolló cuando se puso en claro que ciertos
terrenos tenían propietarios, probablemente entre 1926 y 1928 cuando El
Aguila, compañía petrolera, rentó gran parte de la tierra en el área. Hoy,
la distinción básica se hace entre tierras de propiedad privada cercadas, y
otras tierras. En el primer caso debe pagarse una renta convencional de 800
mazorcas de maíz por milpa por la cosecha de la estación lluviosa, o 400 mazorcas por la cosecha de la estación seca. El monto de la renta no varía por
la calidad o la localización de la tierra. S6lo en el caso de una cosecha
escasa se modifica la renta, reduciéndola a la mitad o pidiendo únicamente
"lo que puedas dar". Si se practican otros cultivos diferentes al maíz, la
renta es pagada en este mismo cereal. Los miembros de la comunidad que
rentan tierras, en vez de cultivar las tierras comunales, dicen que lo hacen
así porque el terreno rentado se encuentra más cercano a su casa o porque

es

están acostumbrados a cultivar precisamente allí y no les agrada buscar nuevas tierras.12
Contrariamente a lo que sucede con los arrendatarios, los aparceros pueden registrarse en forma aceptablemente exhaustiva. Este tipo de trabajo
agrícola, o de dirección agrícola si es que el aparcero loma una parte suficientemente importante en la dirección de la explotación para considerarse
director, parece haber desaparecido casi por completo en la Cuenca del
Bajo Papaloapan, ya que únicamente poco más de 300 aparceros se registraron en el censo de explotaciones privadas de cinco o más hectáreas, y
ninguno se encontró en el campo.

RESUMEN

En suma, es impráctico analizar la tenencia de la tierra en la Cuenca del
Bajo Papaloapan en términos de la usual dicotomía de director-trabajador
agrícola, ya que la mayoría de sus moradores son directores, a la vez que la
mayoría son trabajadores agrícolas. Tal vez la mitad de los jefes de familia
dedicados a la agricultura asumen ambas funciones en grado importante,
aunque muchos de ellos no poseen tierra propia. El resto está probablemente dividido por partes iguales entre directores y trabajadores agrícolas.
La mayor parte de los directores son dueños del usufructo de la tierra que
cultivan, ya sea como propietarios o como ejidatarios. Estas personas su.man
probablemente !as tres cuartas partes de los directores agrícolas.
Prácticamente todos los demás son arrendatarios o administradores en grandes haciendas.

., Dato1 proporcionados por el Sr. Edward Hughes, por largos a:ños residente en
Isla. 1955. Cf. DH LA PHÑA, ob. cil., pág. 150.
n ]bid., págs, 149-150, 517.

614

ª

GutrERAS,

ob. cit., p!gs. 37-40.

615

��Hermanos" ("Societies of Brothers"); 2 en los Estados Unidos, "Los Cuáqueros" ( "Tre Quakers"), "El Servicio de la Comunidad" ("Community
Service") 8 Ma.ry P. Follet,4 así como otros que introdujeron la misma clase de
ideas.
En Holanda es muy conocido el pedagogo Kees Boeke, no sólo por el hecho
de que la Reina Juliana enviara a sus hijos a su escuela, sino también por sus
notables ideas en el campo de los estudios humanísticos, filosofía/ relaciones
sociales, etc.
Kees Boeke estaba tan posesionado de esas ideas, que excluyó de su sistema
educativo el gobierno de la mayoría y lo substituyó por un nuevo sistema de
gobierno, por comunidad, que él llamó "Sociocracia". Boeke sustentó conferencias sobre esta materia en todo el mundo, las cuales le dieron la impresión
de que muchas personas han empezado ya a ver los puntos débiles en el existente gobierno de las mayorías. Sin embargo -'-Concluyó- esas personas no
ven otra posibilidad y aceptan el principio parlamentario con su sistema de
mayoría de votos, como un gran adelanto, comparado con el viejo sistema autocrático.
¿Cuál fue el sistema que presentó Kees Boeke en lugar del sistema de gobierno de las mayorías y que le llamó "Sociocracia"?
La Sociocracia se basa en los mismos principios de la r~rrulación comunitaria, como acontece en el sistema familiar. El punto principal de esta política,
es que en una buena familia sus miembros llegan, por regla general, a un acuerdo, como resultado de la mutua consulta, esto es, contrariamente a la adopción
de las decisiones basadas en la mayoria de votos.
En un examen más concienzudo de este sistema sociocrático, surge el problema de que estos principios de mutua consulta y unanimidad, de acuerdo con
los cuales se gobierna una familia en armonía, pueden quizás ofrecer una solución a nuestras dificultades al presente. Hay grupos en los Estados Unidos
que han llegado a la conclusión de que, a la manera en que se gobiernan las
familias que viven en armonía, se puede encontrar una solución a muchas dificultades. Los "Hombres de Buena Voluntad" ( "Meo of GoodwiU") / por
ejemplo, han dicho acerca de esta materia: "Las naciones del mundo deben
considerarse como una gran familia humana en el futw·o". En Tite Fellowship
of the Picture, Percy Dearmer 1 dice: "La vida de la comunidad, en el fuTen Years of Community Living; The Plough Publishing Housc.
ª ARTBUR MoRGAN, Th11 Community o/ the Futur11 and the Futur, of Community;
Community Service Inc. and The Small Community by the same author.
• MI.RY P. FOLLET, The New State.
• KEEs BoEKE, Kindergemeenschap, págs. 41 y sigs.
• The Techniques of Goodwill, cap. l, pág. 6.
' Cotnmunity Service N~ws, marzo-abril de 1952, págs. 48 en adelante.
1

618

turo, será meramente una prolongación de la vida familiar, una mejor vida

familiar, en su nivel más alto11 •
En Inglaterra también se han observado ideas similares. En una declaraci6n oficial de una industria inglesa, por ejemplo, se dijo que: "Las raíces espirituales de la sociedad están formadas en las buenas relaciones sociales ...
La vida espiritual debe comenzar literalmente en el hogar, en la farnilia" .8
Aparte de esta mutua consulta y unanimidad, el sistema sociocrático se
basa en un cambio interior del hombre, es decir, que todos los miembros de
la comunidad deberán tener más interés y benevolencia por sus compañeros.
Solamente en el caso de que la idea de la comunidad sea realmente apreciada como una verdadera y común solución que se adhiera rígidamente a nuestras propias ideas y pequeños intereses, se podrá substituir el sistema del principio de la mayoría de votos, por una política más sociocrática.
¿ Por qué deberá la minoría estar sujeta a las decisiones de la mayoría, y
por quéi esta minoría, tiene que aceptar la decisión como nonna, en contra
de su voluntad?
Rousseau, 9 al contestar esta pregunta, llega a una construcción demasiado
sofistica.da, la que no proporciona una contestación satisfactoria. Subraya
que la validez de la decisión de la mayoría se ha alcanzado, mediante un
acuerdo y cuando éste ha sido aceptado, presupone unanimidad.
Kranenburg,1° acepta el principio de la mayoría, "porque en la práctica
es muy dificil llegar a un acuerdo y de cualquier manera, una decisión tiene
que ser hecha, bajo pena de causar un grave perjuicio, o aun la ruina del

grupo'&gt;.

La sociocracia está basada en la suposición de que tan pronto como el
cambio interior del hombre se haya realizado, entonces será verdaderamente
posible llegar a un completo acuerdo. Esta opinión está basada en la experiencia práctica obtenida con este principio de unanimidad.
Una de las objeciones a las decisiones basadas en una mayoría cuantitativa, es el hecho de que presupone que la mayoría abarca las mejores y más
talentosas ideas que muy pocas veces pertenecen a personas de los grupos de
la minoría.
Dlmcan Black 11 y Kenneth J. Arrow,12 indican que en caso de hacer la vota• Statement o/ Policy of Scott Bader and Co., Ltd. Wollastan, Northants, published
in Community Servke New of Sept.-Oct., 1952, pág. 1 LO.
' Du contrat social ou Principies du droit politique, libre IV, Ch. II, Des suffrages.
11 Algemente Staatsleer ( General PoliticaJ Science), 2nd. ed., pág. 138.
u DuNCAN Bu.cK, On the Rationale o/ Group Decisio11-Making, Journal of Political
Economy, vol. 56, feb. 1948, págs. 23-34.
u KP.sNuB J. Aiul.ow, Social Clioiu and Individual Values, 1951 1 págs. 2 y sig.

619

�ción de acuerdo con el principio de mayoria, dependerá de la manera d,
votar, cuál de las varias alternativas se selecciona. La tan llamada Hparadoja
de votación" ( es decir, que en caso de votar de acuerdo con el principio de
mayoría, se puede obtener un resultado contrario, puesto que hay más de
dos alternativas) puede ser explicada como sigue:
Supongamos que hay tres individuos, l, 2 y 3, y hay tres alternativas, A, B
y C, y el individuo No. 1 prefiere A, en lugar de B y B, en lugar de C; el individuo No. 2 prefiere la B, en lugar de la C y la C, en vez de la A, y el individuo No. 3 prefiere la C, en lugar de la A y la A en vez de la B; habrá entonces
una mayoría a favor de la A, en contra de B y de B en contra de C, consiguientemente, de A en contra de C, pero también habrá una mayoría a favor
de C en contra de A.
Puesto que hay más de dos alternativas, lo que generalmente será el caso,
podemos obtener una mayoría a favor de uno y a] mismo tiempo, uno a favor
de la posibilidad contraria. Esto depende del orden en que se distribuyan las
proposiciones.
De lo anterior¡ se desprende que el sistema de llegar a una decisión de
acuerdo con el principio de mayoría, es muy imperfecto.
La sociocracia se propone encontrar una solución, basada en un intercambio de ideas, lo cual es aceptable a la comunidad en su totalidad. En concreto: una síntesis de las ideas opuestas surgidas de la comunidad. Por lo
tanto, el propósito de cada miembro no deberá ser el de imponer su opirúón
sobre los demás, sino el de buscar conjuntamente la mejor solución para la
comunidad. La mutua oposición se convertir~ en cooperación armoniosa. Esto se puede llevar a la práctica, según Jo prueba lo siguiente acerca de las
"Comunidades del Trabajo" en Europa, en las cuales sus miembros tienen
diferentes conceptos de la vida ( católicos romanos, protestantes, libre-pensadores, comunistas), pero las cuales siempre funcionan satisfactoriamente.13
En todas partes se hacen esfuerzos por obtener un mejor orden social Se
han hecho detalladamente muchos planes para obtener un mejor orden social y de acuerdo con los mismos, se han formado muchos grupos, los cuales
tratan de darles una ejecución práctica. Se observa un cierto crecimiento
histórico sobre esta materia ( la abolición de la esclavitud, el socialismo, el
comunismo, la lucha. por una verdadera hermandad, ya sea basada en la
religión o no) .
La Segunda Guerra Mundial, ha sido un gran incentivo a estos esfuerzos.
Un ejemplo de este empeño para obtener un mejor orden es el de los "Seguidores de Bellamy". El propósito de este sistema es el de que el individuo re•
u Roon DU TEU., Communauté de Travail; l'explrience revolutionnaire. de Mare,l
Barbu. Presses Universitaires de Francc.

620

nun~ie de sus medios de p~oducci6n y trabajo, durante un cierto período de
su vida, a favor de la nacionalización de la industria. Con estos factores se
formará entonces una máquina productora. Después de esta renuncia cada
indi~d~o tendrá el derecho vitalicio de disponer de un poder de compra
eqwtat1vo; el valor total de este poder adquisitivo iguala el valor total de
los artículos disponibles y servicios.
Sin embargo, no se podrá introducir este sistema gradualmente. El mismo
se refiere a muchos de estos sistemas, los cuales se basan en ideales de mucho
alcance, los que no se encuentran en la práctica, y muchos de ellos terminan
en fracasos.
El sistema sociocrático, aunque en pequeña escala, ha sido llevado a cabo,

Y ~ basa po_r lo tanto 11en experiencia práctica. Se realizó durante un gran
penodo de ttempo en Werkplaats Kindergemeenschap" ("Taller de trabajo_ de la comunidad de los niños''), en Bilthoven, Holanda, en varias indus~ en Fr~cia, Suiza y Béigica, y en algunas comunidades religiosas e idea-

lísbcas y sociedades, como los Cuáqueros, la Sociedad de Hermanos, en Inglaterra, etc.

Capítulo II
Parte

Los

I

PRINCrPIOS SOCIOCRÁTICOS

KEEs BoEKE 11 DEFINE LA concepción de la Sociocracia como: gobierno y
control de una comunidad, a través de la misma comunidad, obteniendo así
la auto-disciplina de la propia comunidad.
Claire Huchet Bishop,15 introduce la concepción de la "Sociocracia11 en
los Estados Unidos. Especifica que esta concepción es original de Kees Boeke
Y la define como sigue: "cooperación entre aquellos que están en contra de
SÍ mismos". La esencia de este sistema es que verdaderamente la "oposición"
coopera, ya que ningún grupo se excluye; ni las clases pobres, ni las adineradas.
La diferencia de lo que generalmente conocemos como democracia, es que
• H Kus BOl!.KE, Redelijka Ordening van d, Men.sengemeenschap (Regulación Raaona) de la Comunidad del Pueblo), pág. 6.
• CUIRE BucHn B1sno, Ali Things Common, 1950, Harper and Brothers New
York, pig. 215.
'

621

�en una democracia las minorías comúnmente se excluyen del gobierno, mientras que en la Sociocracia se incluye la comunidad íntegra en el gobierno.
Este sistema salva muchos obstáculos y dificultades porque los oponentes
discuten los puntos sobre los cuales no están o no estarán de acuerdo. Esto
previene un mal entendimiento y crea una atmósfera de comprensión para el
punto de vista del oponente.
La sociocracia, por lo tanto, es una cierta forma de regulación de la comunidad. La regulación de la comunidad, debe entenderse incluyendo tanto a
la autonomía, como el auto-gobierno. Este sistema de regulación de la comunidad puede aplicarse a varias clases de comunidades, como escuelas, industrias, vida familiar, sociedades, comunidades políticas como el Estado, el
municipio, etc.
El método de la regulación de la comunidad, designado como sociocracia,
se caracteriza por los tres siguientes principios:
1) La comunidad se gobierna por la comunidad misma (autonomía y auto-gobierno) .
2) No habrá votación, pero los miembros o participantes, obtendrán una
decisión por mutua consulta, la cual será aceptable para todos. Por lo tanto,
no habrá oposición ni minorías oprimidas.
3) Estas decisiones se pueden obtener solamente, si todos los miembros o
participantes se ajustan, por sí mismos y con plena convicción a la causa
común, renunciando a sus propios intereses y puntos de vista. Es una necesidad, por lo tanto, el que todos los miembros adopten una actitud positiva
hacia el objetivo principal, y para obtener!~ es imperativo un cambio o ajuste interno.

11
LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS

SOCIOCRÁ.TICOS

ban en las clases, estaban separados de acuerdo con la edad, pero en salones escolares. Los mayores y los menores trabajan aquí como resultado d
.
'
e
1o cua1, se suprinuó
una separación eslricta de los niños y niñas menores y
mayores.1 6
''l\uestro objetivo\ dice Boeke, "es ayudar al niño a llegar a ser lo que
él es"; 17 y se puede formular, también, de la siguiente manera: "el objetivo
es un libre desarrollo del individuo hacia un miembro de la comunidad interiormente obligado".
Nadie, ~ice ~ees Boeke,18 se puede convertir repentinamente, para que
todo cambie en el en forma inmediata y desde ese momento sea una person
diferente. Precisamente, allí comienza el período de lucha y tensión sin e~
cual no es posible ninguna conversión. La afirmación del poder de
voluntad no es suficiente. La perseverancia y la paciencia son igualmente necesaria~, y esta es, dice Kees Boeke, la razón por la cual debemos educar. Debemos. de tratar de cambiar, durante un gran período de tiempo, la parte más
amugada de la personalidad, con devoción y perse,•erancia.10

l;

"No queremos -continúa posteriormente- preparar al niño para esta
socie~d, sino para vi¿r: Consiguientemente, con relación a la educación y
ensenanza, nu~s~s obJetlvos no son vagos y teóricos, sino que siempre conducen
a una, pos1C16n
en el campo de la práctica. Porque la vida exiae
reclama.
.
o
aones practicas. zo
"En el Taller de los Niños, se les ensefia, entre otras cosas, lo siguiente: responsabilidad, iniciativa, el plan de trabajo de un grupo, la consecución de
una ~olución aceptable para todos, el fomento del orden, sin obligación; el
traba.JO constante y progresistai sin supervisión, etc. Porque estas características Y otras similares, forjarán en el hombre una personalidad y lo harán un
miembro estimable de la gran familia que es Ja bumanidad". 2 1
Una característica esencial del sistema, referente al "Taller de Trabajo",
es el hecho de que la mayoría tiene la responsabilidad por la propia vida de la
comunidad, así es como el sentido de la responsabilidad se fomenta en todos.

POR EL "TALLER DE TRABAJO DE LA
COMUNIDAD DE

Los NIÑos",

EN BILTHOVRN

CoMo RESULTADO oE LA aplicación de este sistema al "Taller de Trabajo"
no hay ninguna tensión, ni descanso, como se observa en la mayoría de las
escuelas. El objetivo principal, en este taller de trabajo, es: una comunidad
en la cual los niños se puedan formar y educar por sí mismos.
El "Taller de Trabajo", puede considerarse que está en el mismo nivel que
las escuelas elementales y secundarias. Originalmente, los niños no trabaja•

622

11
KEEs BOEKE, Eén Kindergemeenschap in J&gt;laats van vele scholen (La Comunidad
de los Niños, en Jugar de muchas escuelas), pág. S.
• " KEEs BOEXE, Kindergemeenschap (La Comunidad d~ los Niños), pág. 38. También, Education for Community (publicada por Cornmunity Service Inc.), pág. 7,
donde apareren ideas similares.

: Kns
Kus

K'.ndergemee11schap (La Comunidad de los Niños), pág. 30.
Kmdergemeenschap (La Comunidad de los Niños). pág. 31.
Se pueden encontrar ideas similares en Vi'~r. CuYToN BowE.R, Moral and Spiritual
V~lues in Education (Kentucky Depto. of Education, Frankfu.rt, Ky. Educational Bulu

BoEKE,

BoEKE.,

letin, vol. XVII, No. 11, enero, 1950).
11

Ktr;s BoEKE, Killdergemunschap (La Comunidad de los Niños), pág. 47.

623

�Kees Boeke especifica "que el arte y trabajo de la vida en la comunidad
se deben aprender. A la humanidad la amenaza la ruina porque este arte se
ha olvidado. Generación tras generación) crece sin enfrentarse con este problemaJ ni siquiera una sola vez, y no se indica ningún camino en el que se
pueda encontrar la solución. 22
Con relación a la compulsión Kees Boeke dice:

dualmente su capacidad de gobernarse a sí misma, de acuerdo con las reglas de la "Sociocracia".

III

23

UN EXAMEN MÁS CONCIENZUDO DE LOS PRINCIPIOS SOCIOCR.tTICOS

"Probablemente, no hay muchos que tienen conocimiento de los hechos
siguientes :

l. La ausencia de compulsión, causa la solución automática de muchas dificultades físicas.

PoR KEEs BoEKE

EN su PUBLICACIÓN Redelijke Ordening uan de Mensengemeenschap (página 20), Kees Boeke proporciona cuatro principios básicos para ser adopta-

2. Si alguien (en nuestro caso, un niño) ha estado bajo compulsión durante un largo período y entra en una atmósfera, sin ella, se conducirá excelentemente. Pero, después, seguirá un segundo período en que comienza a
descuidarse y después de esto, movido por un impulso interior, empezará a
ordenar su vida.

Se debe hacer un esfuerzo por cuidar tanto los intereses de cada individuo, como Jos de cada grupo, por igual.

3. Si se crea el orden, bajo compulsión, al principio se estará muy a gusto,
pero más tarde será muy dificil; si no se ejercita la compulsión, será lo con-

2. Cuando el interés del individuo se opone al interés de todos, este último, se deberá dejar en una posición subordinada.

trario".
Con la fuerza de lo anterior, Kees Boeke ha planeado su "Taller de Trabajo para Niños", de tal manera, que es una comunidad en la cual, por ejemplo, los niños se llaman "trabajadores" y los maestros "colaboradores, o compañeros de trabajo". Los "trabajadores", gozan de más libertad que en otras
instituciones educativas y los "compañeros de trabajo" se esfuerzan por que
los niños gobiernen la vida de 1a comunidad ellos mismos, tanto como sea
posible, en lugar de ejercer autoridad.
Muchos años de experiencia han mostrado que este sistema "sociocrático",
puesto en práctica, ha producido ventajas importantes.
La pequeña comunidad que es el "Taller de Trabajo" de Kees Boeke, prueba que se puede obtener cierta "auto-disciplina, de la comunidad". Por lo
tanto, dice Kees Boeke, en su Redelijke Ordening uan de Mensengemeenschap (páginas 8 y 9), una comunidad de niños como ésa, "ofrece todas las
posibilidades para el aprendizaje del vivir y trabajar conjuntamente, y de
que si la enseñanza y la educación se proporcionaran en estas comunidades
de niños, en lugar de hacerlo en las escuelas, la comunidad total probaría gra•
22

KEES BoEKE,

Kindergemeenschap (La Comunidad de los Niños), pág. 62.
pág. 61.

» Ki,:zs BoEKE, Kindergemee11sc/1ap (La Comunidad de los Niños),

624

dos por cada grupo, ya sea pequeño o grande, que desee empezar a trabajar,
de la siguiente manera:

1;

3. En cada aspecto se deberá buscar la solución con la cual todos puedan
estar de acuerdo. El resultado es de que tan pronto como se haya logrado
un acuerdo, puede continuar la acción colectiva.
4. Debemos apegarnos a los acuerdos que nos hayamos hecho a sí mismos,
a los que fueron hechos por aquellos en quienes hemos depositado nuestra
confianza, mientras estén en vigor.
Kees Boeke no ve la solución de nuestras dificultades políticas actuales en
una dictadura, ni en un sistema parlamentario, sino en un sistema que él describe en detalle, como sigue:
El critica el sistema de votación actual y el sistema parlamentario de mayoría de votos. Estos deberían ser substituídos por un sistema original, mucho
más al estilo clásico, el que está basado en el principio de auto-disciplina y la
cooperación de oponentes eventuales.
De acuerdo con Kees Boeke, el sistema de partidos de representación proporcional, como el de Holanda, debería ser substituido por un sistema geográfico, como en el sistema distrital, para que la población pueda tener influencia en un cuerpo representante, de una manera diferente.
La comunidad, entonces, no se dividirá inmediatamente en partidos polí-

625

�ticos, como sucede actualmente, sino que la población se dividirá en "vecindades". Los habitantes de una ,·ecindad ( de 100 a 150 personas)~ deberán
efectuar regularmente una junta, llamada "Junta de la Vecindad".
En cada junta, de esta clase, después de mutua consulta, se deberá nombrar por unanimidad un delegado para que repx:esente "la wcindad., en una
junta de distrito.
Un distrito tendrá un promedio de 6,000 personas aproximadamente. Si en
el transcurso de una junta de vecindad, los miembros no se ponen de acuerdo para nombrar un delegado, esta vecindad no será representada en la junta
de distrito.
Los representantes de 40 distritos, aproximadamente, formarán una "J unta de Dístrito", la cual actúa a favor de 240,000 personas aproximadamente.
Amsterdam, la capital de Holanda, tendría en ese caso cuatro ''Juntas de Distrito".
Finalmente, tendrla que establecerse una "Junta Nacional". Suponiendo que
todos los distritos hubiesen encontrado una persona de la confianza de todos
en el distrito., los intereses de todos los distritos tendrían que manifestarse
durante la "Junta Nacional".
Kees Boeke lo explica así:
"Tenemos que acostumbrarnos a la idea de que un delegado, de hecho,
tiene la confianza del grupo entero". "Una condición esencial de la Sociocracia es que d delegado posea la confianza de todos". 2~
Además de este sistema geográfico, se deberá efectuar un segundo sistema
de representación, viz: "La Representaci6n Funcional". Las diferentes industrias y profesiones envían delegados a las "juntas" primarias, secundarias y terciarias, si fuera necesario. Los delegados de estos diferentes cuerpas
de trabajadores en cada campo, deberán siempre estar disponibles para ofrecer su experimentado consejo al Gobierno, además del consejo de los delegados del distrito.
Contrariamente a lo que sucede en nuestro parlamento actual, en el que
rápidamente son tomados los votos tan pronto se observa que no hay una
unanimidad, de acuerdo con los principios sociocráticos, la votación no deberá efectuarse, sino solamente en casos e..xtremos.

IV
LA BASE

DE LA SoCJOCRAClA

No PUEDE OBTENERSE una solución que sea aceptable para todos y con la
que todos estén de acuerdo, si hay pocos votos solamente o bien cuando no
haya votación. Este medio de mutua consulta, deberá ir conjuntamente con
una disposición diferente de aquellos que fueron consultados. Los miembros
deberán apegarse más al objetivo común, y más a los intereses e ideas de sus
compañeros. En relación con esto, es interesante señalar la indicación hecha
por Arthur E. Morgan,2 5 entre "tolerancia y comprensión, en un aspecto, e
indolencia o compromiso, en el otro". Cuando se busca una solución a los
problemas, no se debe de tender a contraer un compromiso. Si es así, cada
quien tiene la impresión de que se han exchúdo algunas de sus buenas idea,¡
y, sin embargo, se adhiere a sus propios puntos de vista. El punto esencial es
que nuestras ideas no son óptimas y que nos podemos equivocar, así como de
que las opiniones contrarias deben complementarse y enriquecerse, unas con
las otras.
Una parte esencial de la sociocracia, es que ésta debe desem:se, en otras
palabras: que el hombre debe querer un cambio en su conducta y portarse
de una manera diferente frente a su semejante. Esta otra actitud hacia su
semejante, no es otra cosa, en esencia, que la renovación de la concepción
cristiana, tomada de los principios básicos del Evangelio: el amor a nuestro
prójimo, la solicitud para servirlo, la estimación y apreciación de la opinión
de los demás, la formación del sentido de la comunidad, etc.
La base cristiana del sistema sociocrático, es tan extensa y de un significado tan general, que puede igualmente expresarse en otros conceptos religiosos o términos humanísticos. Podemos decir que la sociocracia no está basada
solamente en el cristianismo, sino que descansa en una base más amplia, que
también la hace compatible con otros conceptos religiosos o humanístic.os.
Ya que la sociocracia debería abrir sus puertas a todos y desea ampliar ]a
cooperación entre todos los c¡edos e inclinaciones, podríamos decir que: la
sociocracia une a aquellos que no están unidos por ciertos vínculos de fe o
de inclinaciones políticas.
La sociocracia, considerada desde un punto de vista puramente práctico, es
un sistema en el que los intereses de cada quien se posponen y en el que, cada
individuo puede encontrar apoyo en el equilibrio armonioso entre el indivi-

!•

KEES BoEKE,

Redelijke Ordening van de Meruengemeenschap (Regulaci6n Ra-

cional de la Comunidad en el Pueblo), págs. 34 y 35.

626

" ARTHUR E. MoRGAN, Elements o/ Community Life, publicado en "Community
Service News" de mayo-junio, 1944, pág. 4,

627

�duo y el colecúvismo, entre el "yo" y el' ñosotros11 • Seg,m dice Mary P. Follet,2'
no deberíamos hacer ninguna diferenciaci6n entre el egotismo y el altruísmo: "Una acci6n hecha para nuestro propio beneficio, puede ser social y una
para otro no puede serlo".
El que una acci6n sea social o no, es muy importante. La sociocracia fo.
menta la sociabilidad con el propósito de que el miembro de la comunidad
actúe en forma más sociable.

V

LA.

TI.CNICA DE LA

de \'ez en cuando, pemútir a alguno de los mi
con los otros que haga lo qu
.
la embros que no esté de acuerdo
'
e meJor 1e p 1.ea De t
.
oposición y sucederá que después d
·
es a manera se CVIta la
algún tiempo él . '
e que su plan haya estado en vigor por
, nusmo se retractará.
'
El procedimiento precedente será naturalmente más fá ·1 d 11
en una co~unidad de niños, que en una de adultos.
c1 e evar a cabo
.Con el f m de dar un ejemplo más de cómo se ractica
.
.
phcaré en seguida el sistema de juntas
,
ll p
la SOCJocrac1a, ex•
Trabajo de la Comunidad de los Niñ~'~;~th eva a
en el ''Taller de
su Ita se puede tratar lo siguiente:
'
l
oven: n una junta de con•

;bo

A: Proposiciones
B: Problemas

OCIOCRACIA

LA EXPERIENCIA nA demostrado a Kees Boeke, en la larga práctica de un
grupo que trabaja de acuerdo con lo reglamentos sociocráticos que se han
llegado a instituir ciertas reglas que, prácticamente, han probado ser necesa-

. se perdena
• muhLas. proposiciones se tratan primeramente, de 1o contrario
e o tiempo con los problemas y no habría tiempo suficiente para las .
ras.
pnme•

rias.

Para tratar lo relativo a las proposiciones' primero se Ieen. ..,
n..-.
..~yu és se con1
testan as preguntas. En seguida, se hacen las reformas. De
llega
•, .
esta manera se
ª una so1ucion, s1 todos están de acuerdo· La d..,.;..:6
'-'""" n comprende:

i en el transcurso de una junta los miembros no pueden llegar a un
acuerdo en ciertos puntos y
necesaria una solución, deberán decidir con
un procedimiento específico. En tal caso, los Cuáqueros por ejemplo, continúan su discusi6n hasta que hayan obtenido una solución. El sueño, el tiempo y el hambre, pueden agregar ciertos puntos de q_ivcrgencia.
Si es inevitable la votaci6n, como último recurso, en una emergencia, e requerirá una mayoría de 2/3, 70, 80 o 90)~Sin embargo 1 tendrá que permanecer como una solución de emergencia.
Uno puede ponerla así: Con el procedimiento actual el punto vital es la votación, mientra que con el procedimiento sociocrático, la vital está ,en la mutua con. ulta considerando la votación como una nue,•a excepción.
En caso de haber decisiones que tengan que ser aplazadas, por no habere logrado la unanimidad, uno puede aplicar el método de posponer la deci•
sión hasta que se llegue a un acuerdo.
Otro problema es el de saber cuánto tiempo será válida una decisión con
la cual ya se esté de acuerdo. En mi opinión, la solución más práctica parece
ser en el sentido de que la decisión permanezca válida, hasta que se refor•
me en una junta posterior, a menos, naturalmente, que se haya incluído el

l. Qué !&gt;e tiene que hacer;
2. Quién tiene que hacerlo;
3. Cuándo se tiene que hacer.

~ués que se ha hecho la decisión, se hace un informe, con el cual deberan estar todos de acuerdo.
, La deci ión puede er gerzeral o personal, si se refiere a un individuo, espe•
cificamentc. También puede referirse a un experimento.
haCuando se tratan los problemas, primero, se deben formular. Después se
cen preguntas a~crca de
mismos para entender y aclarar mejor el pro,.
blema. Después, sigue la ultuna formulación del problema. Los miembros
se pueden llevar el problema para estudiarlo en su casa o bien empeñarse
en obtener una solución inmediata. Todo depende si el problema puede ser
resuelto rápida y fácilmente.

!~

factor tiempo.
Es C\'Ídentc: que en la sociocracia no haya opo ición. in embargo, en algu·
nas ocasione será muy difícil alcanzar este e tado. ~imismo, será práctico,
• Th, Neu. Stat,, pág. 56.
1

628

629

�VI
SocrocRACIA y DEMOCRACIA

APARENTEMENTE, DE LO ANTERIOR, puede parecer que por "sociocracia" entendemos una forma de regulación comunitaria, en la que, ya sea directa o
indirectamente, la comunidad se gobierna a sí misma, de tal manera que
se obtienen las decisiones por unanimidad.

En mi opinión, "democracia" denota una forma de regulación comunil:iria, en la que la comunidad, ya sea directa o indirectamente, es gobernada
por aquellos que forman parte de la misma. En este caso, las decisiones pueden ser obtenidas, ya sea que estén basadas o no en la unanimidad. La sociocracia, por tanto, es más o menos una cierta forma de democracia.
La sociocracia es una forma de democracia que se empeña en obtener la
unanimidad; la importancia radica en la consecución de iina solución basada en mutua consulta, con la cual todos estén de acuerdo.
Otros autores, como es natural, tienen una visión muy amplia de la democracia. El profesor Kranenburg, en su "Algemene Staatsleer" ("Ciencia Política", en general, 2a. ed. pág. 80), trata de la división de las diferentes formas de Estado, en Monarquía, Oligarquía y Democracia. Como característica de esta última, indica que toda la gente l el pueblo) lleva el peso de los
interese.5 colectivos, respecto de los cuales tiene el de1·ccho de decir o manifestar su opinión.
En los Estados modernos y de gran extensión geográfica, no es posible obtener una forma pura de Estado Democrático. Solamente conocen formas
mixtas, democracias moderadas :

da en manos del pueblo. Si aceptamos el concepto mencionado, entonces,
al parecer también comprenderíamos al concepto "sociocracia".
De acuerdo con el profesor Kohnstamm 27 , la "democracia,, es una idea,
es un ideal por realizarse, que debería gobernar nuestra lucha en el orden social. Considera a la democracia como una tarea infinita a la que solamente
puede acercársele.
"Las dos reglas principales, en una democracia, son en el sentido de que
cada individuo debería tener influencia en el Estado, y de que cada uno debcrJa ser responsable del progreso de las cosas. Y nadie debería tener poder
sobre otros, a menos que fuera claramente especificado, en qué modo y de
quién es responsable. Eso no quiere decir, por supuesto, que todos deberían
tener el mismo poder y que no debería de haber líderes".
Estoy de acuerdo con el punto de vista del profesor Kohnstamm de que en
una democracia ideal, como en la sociocracia, no se puede abolir el liderato.
El liderato debe representar a la comunidad. Todos, sin embargo, son responsables de la misma. La sociocracia reconoce la inigualdad del hombre en
el sentido de que uno es más capaz de ocupar un puesto directivo que otro.

Mary Follet, 28 cuando trata de la democracia nos da una concepción de
ellaJ que comprenda a la sociocracia. Esta autora le da importancia vital al
concepto "hacerlo uno mismo" : "Siempre ser el actor y nunca el espectador,
es el reglamento de la nueva democracia". "La democracia es todo construyendo solamente una vida, no mi vida y otros, no el individuo y el Estado,
sino mi \Ída vinculada a la de otros, el individuo que es el Estado, y el Estado que es el individuo". 29

VII

1. El gobierno de los representantes del pueblo, con sistema parlamentario (Inglaterra, Francia, los países Escandinavos, Bélgica, Holanda1 las Posesiones Británicas) .
2. El gobierno de los representantes del pueblo, con separación de Poderes (Estados Unidos, y los Estados modelados siguiendo este ejemplo).

3. El gobierno de los representantes del pueblo, controlado por influencia
directa del pueblo (referéndum e iniciativa del pueblo) (Suiza).
Como última característica de la "democracia", el profesor Kranenburg
considera el hecho de que, en el último recurso, todo el poder decisivo que-

630

SocIOCRACIA y ARISTOCRACIA

Sr COLOCAMOS EL CONCEPTO de "sociocracia", contra el de "aristocracia", tendremos que definir primero el último. El historiador griego Polybios, 30 nos
proporciona una teoría del origen de la aristocracia. De acuerdo con Polybios,
21

lfandelinge11 van de Verenninging voor Wijsbegeerte des Rechts (Procedimientos
de la Sociedad de Filosofía y Letras), IX, 1925, pág. 1l.
~ MAav Foun, Th11 New State, pág. 243.
211
MARY FOLLET, The New State, pág. 156.
• Tomado del profesor KRANENBURO, Algt1mene Staatsleer ("Ciencia Política en
General''), 2a. ed., págs. 82 y sigs.

631

�la monarquía absoluta (autocracia) es la forma más antigua de organización
constitucional lo cual debería considerarse como un punto initial.
Los más v;lientes y los más fuertes, tomaban los puestos y de este liderato
• se desarrollaba gradualmente el reinato. Mientras que estos reyes atendieron
a sus súbditos propiamente, esta forma de gobierno funcionó sin ninguna
f ricci6n. Sin embargo, los sucesores de los primeros reyes fueron los que satisfacían más sus necesidades materiales a costa de sus súbditos. Esto ocasionó
una envidia creciente, vejaciones, odio y, finalmente 1 venganza. El reinado
entonces degeneraba en tiranía, causando la rebelión de sus súbditos. Esta
rebelión no se originaba entre los plebeyos, sino entre la nobleza, entre los
más soberbios y más valientes, porque ellos eran los que menos podían soportar el engreimiento de los gobernantes. A causa del disgusto general, ocasionado por el gobierno degenerado del rey, estos rebeldes dirigidos por el mejor
(el "aristoi") , finalmente, obtuvieron el suficiente resp~d~ de las masas; a
tal grado, que la monarquía absoluta fue abolida y substJ.twda por el gobierno de estos "aristoi", la aristocracia (igual a gobierno por el mejor).
En mi opini6n, la "aristocracia" se puede definir como la forma de ~obierno de la comunidad, en la cual las decisiones fundamentales, con relac16n
al gobierno de la comunidad, están en las manos de un ~upo_ pe~ueño, el
cual, como tal, en virtud de su origen o facultades, ha sido hist6ncamente
determinado.
La diferencia entre Sociocracia y aristocracia es que un gobernador arist6crata se elige él mismo, en vez de ser elegido, y que no abdica cuan~o la
comunidad ya no está de acuerdo con su gobierno. En tal caso, el gobierno
de una comunidad sociocrática desaprobaría esta política rotundamente. Además, los gobernantes aristocráticos, generalmente, se han otorgado más ~er
que el que se les ha conferido a los gobernantes en un Estado democrabc~
(el derecho a declarar la guerra, etc.). La comunidad no está muy f~miliarizada con el sistema aplicado en la aristocracia, por lo tanto se evitan
las tensiones en esta forma de Estado.
Si la dirección está en buenas manos, la aristocracia es verdaderamente una
buena fonna de gobierno. Sin embargo, si el pueblo no está de acuerdo con
la aristocracia, es porque sus deseos no se toman muy en cu~nta, no se
puede llevar a cabo esta forma de gobierno. Está basada especialmente en
la confianza.
La aplicación de la Sociocracia, de hecho, combinaría la aristocracia Y ~
democracia como así conocemos estos sistemas, puesto que los lideres elegt•
dos de ac;erdo con la Sociocracia, muy frecuentemente tienen los mismos
poderes que los líderes aristocráticos. Por otra parte, te~drían que_ dar
cuenta de sus acciones a la comunidad, si se hubieran elegido ellos IIUSmOS

632

en una manera democrática, y tendrían que renunciar tan pronto como perdieran la confianza de la comunidad.
En nuestra literatura, no es nueva una síntesis de la democracia y la aris.
tocracia. De acuerdo con Ed. van Cleeff 31 "es deseable que en la sociedad
el verdaderamente mejor (el "aristoi"), esté en el control, es decir, aquellos
que superan a otros en el campo de la religión, ética, discernimiento y energía. Llamémosle el "principio aristocrático". Por otra parte, sin embargo,
si se acercaran tanto como fuera posible a la libertad del Reino de Dios,
sería necesario que estos líderes concedieran a los otros miembros de la
comunidad, la influencia más grande posible en el gobierno de la misma
("principio democrático"). Por lo tanto, el ideal es, ni aristocracia, sin más
(la cual conduce a la aristocracia), ni democracia, sin más (la cual conduce a] gobierno por las masas o anarquía respectivamente), sino "aristo-de•
mocracia" (que es la síntesis más precisa entre el principio aristocrático y
democrático") .82

Mary P. Follet, en su publicación The New State, pág. 157, hace la
siguiente consideración :

"La idea de democracia como representativa del deseo de todos, nos da un
nuevo concepto de aristocracia. Creemos en los pocos, pero no como oponentes de los muchos, sino solamente en conjunto con todos. Creemos también en la influencia de los buenos y de los inteligentes; pero éstos deberían
ejercer su influencia dentro del progreso social; debe ser por acción y reacci6n, debe ser por una perspicaz penetración, debe ser por el instinto deportivo de recoger la pelota que alguien haya tirado".

VIII
SOCIOCRAOIA Y AUTOCRACIA

La concepción de "autocracia" puede definirse como una• forma de regulación de la comunidad, en la que las decisiones fundamentales, con respecto
al gobierno de la misma, están en las manos de uno o varios líderes, quienes
se han constituido a sí mismos como tales.
En una autocracia, como sucede con la aristocracia, el gobierno está en
11

Eo. \'AN CLEEFP, Social-economische Ordening, págs. 23 y u.
• MRs. A. E. TALENs-EBBENS, Van Democratie tot A.risto-dentocratie, publicada
en "Door Inzicht tot Daad" {Manndblad van de Broederschaps-federatie), 1946.

633

H.41

�las manos de uno solo o unos pocos, mientras que el pueblo no tiene voto,
aunque muchas veces parezca que lo tiene. En la autocracia, existe el peligro de que a la larga la gente pierde la confianza en su gobierno, pero esta
falta de confianza siempre es justificada. Cuando un aristócrata se puede
referir frecuentemente a su linaje, un autócrata se lo adjudica, sin miramientos. No obstante que la afirmación de que un aristócrata siempre será
más capaz de gobernar que un autócrata, es discutible, pues se dice que un
aristócrata, como resultado de su educación y tradiciones familiares, ha tenido más oportunidades de adquirir las facultades que se necesitan para ~
bemar debidamente.

.

Comparada con la autocracia, la Sociocracia ofrece la ventaja de que 1a
gente, no solamente tiene confianza en el gobierno sino que, en esta última,
el pueblo mismo ayuda a formar el gobierno y a hacerse responsable de él,
al pueblo le agrada que se le haga justicia, previniendo tensiones fatales, las
que suceden muy a menudo en la autocracia.

Capítulo III

1

1

,,
VENTAJAS DE LA SOCIOCRACIA

Si se llegara a introducir la sociocracia, habría menos tensión entre los directivos, y los miembros de la comunidad, porque esa dirección trataría de realizar aquellas ideas que ya existen en la comunidad. Al mismo tiempo, habrá
menos oposición, porque ésta sería más o menos eliminada.
En segundo lugar, habría probablemente un aumento del sentido de comunidad porque se haría hincapié en el sentido que enlaza a los individuos
y no en cl que los divide. ConsiguientementeJ se construiría un puente entre

los diferentes grados políticos y las diferencias de clases y posición.

El sistema sociocrático tiene en común, con otros sistemas autocráticos,
que comprende la representación funcional (el concepto corporativo). ~a
habido oposición de este concepto porque también se propagó por los socialistas y fascistas nacionales.

En tercer lugar, en vista de que un grupo más homogéneo adoptaría una
det~~ada política, que no está basada en un compromiso de cada grupo
político, frecuentemente opuesto, se podría seguir una política más liberal
de la que se haría completamente responsable el grupo que está en el pode/
La política sería menos "parchada", porqué habría menos política oportunista.

Sin embargo, hace varios siglos, ya se había propagado por unos cuantos
que conocían las ventajas de la representación funcional.

Por lo que se refiere a la población, en la sociocracia, el énfasis debería
de substituirse de la cantidad, a la calidad de los electores.

La sociocracia nos hace pensar, en algunos de sus aspectos, en los sistemas autocráticos, los cuales -teóricamente.- contienen muchos conceptos apre•
ciables, los que no se aplican en la práctica y los que, en sí mismos o junta•
mente con ideas valiosas, acarrean resultados peligrosos. Como así sucede,
por ejemplo, en el caso de ciertas teorías nacional-socialistas. 33

Todas estas ventajas de la sociocracia son, en cierto modo, las mismas ventajas de que se vanagloriaba el socialismo. Es gracias a estas ventajas que
se le puede considerar bastante importante, y por lo que al principio muchos
cooperaron con la misma.

La sociocracia fomenta ciertos conceptos de tales sistemas (el reconocimiento del sentido de justicia en el pueblo, la representación funcional, la abolición de partidos políticos, promoción del sentido de comunida~, y el s_entido
de la solidaridad), sin estar sujeta, sin embargo, a las perspectivas peligr~
de tales sistemas (igualdad de partidos políticos, por presión de los de ~ha, opresión de las minorías, la imposición de una opinión pública, la ven•
ficación bajo presión de ciertas ideas políticas, supresión de libertad de expresión, etc.} .
~

~ las

Sin embargo, las objeciones relacionadas con el nacional-socialismo a causa

cuales este sistema estaba destinado a perecer, no son, ciertamente las
nusmas de la sociocracia.

Capítulo IV

DESVENTA] AS DE LA SOCIOCRACIA

Al tratar las desventajas de la sociocracia, surge el problema de ver si existe
11

634

ÜTTO KéiLLREUTER,

Grundriu der .Allgsmeinen Staatslehre.

y.na base universal para la vida de la comunidad verdadera, entre la gente
varias clases sociales y convicciones. Porque, si esta base no existiera,

de

635

�significaría que el sistema sería muy ineficaz para llevarlo a la ~ráctica. Si
analizamos más la base común, observamos lo siguiente: cuando mngún cred?
común puede ser la base de una comunidad, debería haber un concepto uruversal o una fe muy arraigada para substituir este credo común.
Los Cuáqueros se pueden citar como un ejemplo de esta comunidad sociocrática, si bien tienen un credo como base. Es muy dillcil reconocer un ~redo
común en la humanidad, puesto que muchos están separados por naciones,
partidos, religiones o ideales específicos.
,
.
.
Para comenzar la base común podría ser el interés comun. La sociocrac1a
podría ser del m'terés de todos, puesto que realmenle la prosperidad de la
comunidad es ventajosa para el individuo. Se podría desarrollar gradualmente una base más concreta, la base de la cual es la confianza común con
la posibilidad de trabajar con el pensamiento de unanimidad.
En segundo término, hay una oposición puramente práctica. ~i no se
llega a ningún acuerdo, habrá muchas discusiones, y la gente discute de
propósitos contrarios para luchar por obtener una solución aceptable para
todos.
Esta puede encontrarse por las tendencias idealistas de la prepara~i~n de
los miembros de renunciar a sus propios puntos de vista con el propos1to de
. .
.
obtener conjuntamente una solución satisfactoria. A~~smo, existe, como
una última posibilidad, la aplicación del sistema de votac1on co~o una emergencia en caso de que tenga que resolverse un problem~ ~ráctico dentro de
W1 determinado límite de tiempo. En lal caso, se requenna una gran mayoría de, digamos, 2/3, 80 o 90%.
)

Para los problemas que no necesiten una solución inmed~ata no :s ~ecesario este último recurso. En casos similares se podría aplicar el siguiente
método: los miembros se llevan el problema a su hogar y meditan sobre él
hasta que posteriormente, en otra discusión se obtenga unanimidad.
,
, " il
Otra desventaja de la sociocracia, sería que a la larga la mayona s enciosa" predominara, porque la gente más sensata es~a~ía preparada más
pronto para ceder en sus puntos de vista con el propos1to .de obtener. u_na
soluci6n co:mún. La minoría, la que, como suponemos, tlene una meJ0f
comprensión, finalmente, dejaría a la mayoría que act~a seg~ su_ voluntad. Este no es un peligro imaginario, principalm:nte s1 esta .~nona, mucho mejor preparada, renunciara a sus puntos de vista con facilid~d.
Otro peligro parecido, es el de que al tomar deci~iones, los meJores argu~
mentas no pesen en )a balanza, sino el poder convincente con que se pre
senten. El que habla más convincentemente, al último, obtendrá el apoy~
de la comunidad y aquellos que tienen proposiciones con mejores argumen·

tos, pero que no los pueden presentar con el mismo poder de convencimiento
no lo obtendrán.
'
No obstante, esto se puede aplicar también a un método de trabajo no
sociocrático. En caso de votación, el que tiene poderes más persuasivos, como
de ~~tumbre, o~ti~ne más votos aunque los argumentos a favor de otra propos1cmn sean mas nnportantes.
Ya se ha especificado, en lo anterior, que una tendencia hacia el idealismo ocasiona que los miembros tengan discusiones con muy pocos resultados
y, por consjguiente, con muy pocas soluciones. La organización se entotpecc
mucho, como sucedi6, por ejemplo, en el caso de la Liga de las Naciones,
antes de la guerra, en la cual, también para algunos asuntos la unanimidad era
necesaria.
Esta falta de idealismo suficiente, así como la ausencia de cooperación,
puede presentarse en otras formas también y puede aún conducir a cierta
clase de sabotaje, como así ha sucedido en la Organización de las Naciones
Unidas ( del así. llamado "derecho de veto" en el Consejo de Seguridad).
En las comumdades muy pequeñas, y solamente en donde se toman decisiones de menor importancia, será posible eludir la desventaja que presenta
la sociocracia, así corno el que algunos individuos ejerzan su voluntad usando
su veto, con lo cual la vida de la comunidad sería más o menos saboteada.
Sería posible dejar al recalcitrante que haga Jo que le parezca. La aplicación práctica de sus propias .ideas obtendría resultados indeseables.
~in embargo, hay algo que aminora esta clase de "sabotaje" y es lo si?'"ent:: en el caso de que estos individuos, por su obstinación, den una
unpresión desagradable y en muchos casos, hasta ridícula, motivará el que
no se les vuelva a elegir. Como las personas elegidas tratan de justificarse
_ante quienes los eligieron, en Ja medida de lo posible, ciertamente no desearían ser desagradables o parecer ridículas. Esta sería una razón suficiente
para cooperar en la obtención de una solución aceptable para todos.
Otra objeción de la sociocracia es, que mientras que en el caso de un sistema de partidos que votan, todos saben el programa del partido, en la sociocracia, un miembro de la junta de la "vecindad", en vista de la consulta
~radual, no sabe qué plan será ejecutado posteriormente y existe la posibilidad de que, al final, se adopte una política con la que él no esté de acuerdo.
Puede decirse que Jos lemas del partido, en la solidez de los cuales son
inducidos los electores a votar a favor de cierto partido político, por lo general, sólo permanecen como lemas, los que raras veces son llevados a la práctica.
Por lo tanto, esta última objeción, no pertenece exclusivamente a la sociocracia, sino también a todos los sistemas democráticos.
Una característica esencial de la sociocracia es el deseo de cooperación.

637

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                <text>Humanitas es la revista de investigación más antigua del noreste de México en el área de Ciencias Sociales y Humanidades, se publica desde 1960 y actualmente está indexada en Latindex. Es una revista arbitrada y de acceso abierto que considera para su publicación artículos originales escritos en español e inglés, que sean el resultado de una investigación científica y que representen una clara contribución al debate y conocimiento de las áreas de la revista: Filosofía, Letras, Ciencias Sociales e Historia.</text>
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              <text>Humanitas es la revista de investigación más antigua del noreste de México en el área de Ciencias Sociales y Humanidades, se publica desde 1960 y actualmente está indexada en Latindex. Es una revista arbitrada y de acceso abierto que considera para su publicación artículos originales escritos en español e inglés, que sean el resultado de una investigación científica y que representen una clara contribución al debate y conocimiento de las áreas de la revista: Filosofía, Letras, Ciencias Sociales e Historia.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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