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                  <text>- ......f

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1'

TERCERA EPOCA..

FONDO NUEVO LEON

LA CACETA DE MONTEREY.

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e

l-

á

PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL DEPAR.TAMENTO DE NTIEVO~LEONG

c.

SE PUBLICA rroDOS

L ◄JS

M.IERCOLES Y DOllllNGOSL:is l~yes, dec¡·~to~ y Je,mM iJi~po~icit•nE':'I
supt'rion·~, !:i!•II ohlignforifl:i en ul hecho de
Ycrne pulolic:ulas. t-ll cst0 1,ei:i&amp;dico.

J

NUJI. 36.

JIIERUOLES, !!AY~ 9 tle 1866.

'J'OJl 111.

l-

Art. 4? El Ministro ele Estado da- i cano ocurra al Emperador con sus peArt. 21. Los Visita~ores da~an
rá conocimiento á las Prefecturas res- · ticiones y quejas.
conocimien! 0 á los Pretcctos pohttdel •~undn, ,.,¡ como ..-ticuln, de adwiui,tc.ciuu, CO· l)ectivas del nombramier:to de CfJmi-1
Art. 12. De tocia providencia que, cos de los Departamentos, de las promcre10, hteratura y bellas artea.
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1· t en los caso'"' en
,ario en comnnicac10n separac ate as por s mismos tequenc os por a gun
cnCJas que &lt;_1c en
. ,
• .
EFECTIVO ADELáXTAD(l
,instrucciones. y le dará á dicbo nom-1 J\Iinisterio, dicten en materia que pue- que _sea necesano, Y ped~ran su au~ibi-amiento la misma publicidad que da afec_tar alguno de los ramos de,. la r_(o ~,em~re que lo re~1meraú las cuRemitiJo 11.l domicilio de los~uscritorea
reciben
la'-'~ leyes_,.d1S1)0s1c1011cs gene- Adm1rnstrac10n; y ele las 9bservac1_0- eun:stancias. L
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Porunmeseuestacapiti1.I. .••.••.....
Grs.
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.. ,.;, me,e, ..•.................. --~ 4 4 ..
rales del Gobierno Imperial.
ciones que en ciertos casos crean
Art. 22.
as auto~, a es e os
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ilur~ ; 0 ~ }~;¡~;¿;,"fr~~~~-d;·p~1.t~·1;¿ 1: u·~
A rt. 5~ Todas las auto_rhlad_es de . dis~e_nsable hacer_ respecto ,~e las d1s- \ D~partament~~-- cmnpl:rán las órd~"'"·· .. ···· ······ ······ ···· ······ .. 61.. los De¡1artamentos respectivos, rnclu-1 pos1c1onPs superiores, darán cuenb. nes de los V1s1tadore, que conJuzEl númt"ro suelto vale un real.
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Lus 11:viso:,; se insert,uim .á precios eol\rnnciMnle;J.
f-0S los Prefectos, están obligados á é informe al .Ministerio &lt;e
sta~ O _Y a can a e esetnpeño t ~ _s u encargo.
L11, ~•liciodenJrill ,ioumpro nn luga,· ¡n·efereutE c11m¡ilir y á hacer cumpliir las dis1)0- aquel á quien com¡)eta el conoe1mie11Art. 23 .. Los__ V!Sltaclores podrán
E'U sus c.olnmuB.S.
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b
Todos los negocios de esta, oficina se ,el'ific11.rán bnjo siciunes de los .Comisarios Imperiales. to del negocio de qn_e se t~·ate.
. . ton1ar as 1s~os:c10nes que crean a el 1;:istt&lt;ma de pngo adehmtado, como {mico mt:'dio de
Art. 6? El Emperador deterrniArt. 13. Cada dm c¡umce re_m_1ti- so1utamente indispensables
para en~•itat l~s pérdidtlS qui, causa la remif;ioa &lt;lel ~•ifldico
b
it sm1critórea moi-füo,¡ y hacer que uuestroii \'enltulem!! narú cuando tiorn bre .un Omnisario, .el· rán al ~Iini8terio de Estado un 1nfur- mendar los yerros y a usos que en·
farnreceJ.oreR lo reciLau á un precio módico eump~ti¡b
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e SU vi"ita
ble eon los gastos 1le la publicacion.
nún1ero .de Emp1eados que ( e an ULlC- me re·$eüa. que ( e n conocer a s1- cuen ren 11
:s. · . ,
TvdtL comunicacion deherá dirijir,;e al Rcdactúr de si liarlo y la ílotacion de ·sus de8tinos. tuaéion de los Departatnentos ó lugaArt. 24. Las d1spos1010nes ele losla G.lCE'L!.-llonterey.
•
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f t 1, 1
Art. 7? Los emplearlos de ,¡ue ha- res de su cargo, en e 6r en po it1co, , 1s1 a ores que a e_c en ''. as personas
1.Jla el artíclllo anterior, serán nom- militar 9 administra!i,·o.
de lo_s empleados, 1mpoméndoles su~tJfi.i.llO:S) ~t::n,.::n1tlt.1n lil.,.1"('.;ct~"tc;_ poi t!l l
Art.. 1.J.. Queda en suspenso el pcns10n de empleo 6 sueJ&lt;lo, seran
_____
Comisario Imperial quien ser,\ res- ejercicio de la autoridail ele los Cor.,i- comunitadas á su respectivo superior
pon,able de las faltas qne cometan ,arios Imperiales, mientras el Empe- y al Prefecto, para su ejecueion,
EL PREFECT() POLll'IC() del De- sus suualternos.
rarlor se halla presente en alguu punArt. 25. Todas las disposiciones
partammto de Xue va-T-eun. á tus ft,,b,Art. 8? Los Comisarios Imperia- to de la extension territorial que pre- que cmauen ele los Visitadores, serán
tantes del -mismo s,ibcd: que. S . Jl. el Ern- les son responsables con su persona si den. '
interinas y provisionales, entretaato
¡icrador ha e.rpc,lido el decn,ta siguiente, y bie_ n_cs, del bue_n dese__ mpe_ il_o_ ,_le_ s_u
•
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que lu_s confirn_rn_ 6 rcvo__c_a la autoridad
que se halla i,,ser(o en el J)ia,rio del lm.
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l.'Al'ITL'LO III
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del di.a 13 d Vv .¡ lr d 186 _- cormsion. y se e, poc r,L _cx1g11 ,i 1esc¡ue ha 11omlJ1ado la v1,1ta,
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· Ó l fi · De los Visitadoreg.
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D e toe¡a pron·&lt;l encia
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ponsa 1 I .a.e por acusac1on &lt; e o c10,
t--jereersusunombramieuto
comi,;ion. y modo de 1 .-':1.l"t.
:.O.
que
l\IAXIMILIANO, EMPERADOR DE ·pudiéndose iniciar el procPClimiento
_
. .
por sí mismos ó requeridos por alg,m
l\frxrno.
1,Jurante su ar~ministracion y hasta denArt. ir;,- Los v,~,t~~-ores de que }[inisterio, dicten en materia que ¡rne,
,
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tru de un ano despues de haber ce- habla el Estatuto P10 " stO ual del Im- da afectar algn110 ,1e los ran10s de la
O1do •nuestro
ConscJ 0 ele Es,auo •v,,~a
_ do P.n el enea roo.
¡i•1·in
¡10,· el 1.l.'~
&lt;' 111 ¡·1e · ..,\ ll I111t11s
· · t.racwn
,.,
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· e ~ -, "'se,·án noml)i·aclo•
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y (le l as o b servac10cl de 1f1mstros DECE'l'Afü,s•
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Art. 9? No se podrá formar ca,1- ra ~r, si~mpre 9\le crea cmnemen e nes que en ciertos casos crean i'.1disCAPl1lLO 1·
¡sa contra ningun Comisario Imperial rn~_.maise de al~"'.'ºs pt'.nto~, 6 co 1 -jpe1_1sable hacer respecto ele las d1spoDe 101 Cvmi.1111.rios Im~pt1yl:i.h.•;"· su¡¡ caliJ.atlea y11om- por sus actos oficiales, sin órden firma- :e6ir un . ~eterrnrn(:do ) e 110 0 . abuso ::,1c10ne:::. sup~r~ore~? darlrn cuenta é ínb1,1"1'"'"·
da por el Emperador.
,¡ue se ll~Ja cometid? ,en alguu De-,1forme ,tl )lnnstenu de Estado, y á
I
Art. 1? Los Comisa!·ios [mperiales
l'AP!Tl!LO II,
¡,a,ta_ment.o, locahc~a:t ; 1 ofi_c~na.
a&lt;111el á quien competa el conocimienson los representantes o delegados del
.
. .
. . j A,t. ~ 6 - Lo_s \ 1. ,tado,e., en con-. to ,le! 11cgucw ,le qne se trate.
8oherano, en cada una de las ocho D0 ln1 taC'ult:tdes Y{i~~;~:.f,~11~1:r• de los Conmar1rts. secuen~1~, podrau 1cnr&gt;r por obJPto &lt;l,~
Art . ~7. Cada quince dlas remitlgran&lt;let- (livisiones del Imperio: están
f su comiswn tr_,clo .un~ l_)ep,~rtamcnto O nin al ~linislerio de Et-tado uu i.11lJ¡
insütuidos para ejercer temporal- , A~t. _10. Las _facult1rlcs de los nna sola localidad, of1crna o asunto de- l 11w ,.-, reseiia que dé á conocer la ,imente y sin d1¡racion fiJa, la autoridad Comisan os Imperiales son &lt;1quellas ttllmnado.
tuacion de los Departamentos ó lugay sobrevigilancia necesarias para pre- &lt;.1ue en carla ca~o les c~u1 ete e! Em__ Art. 17. Los !í~ulos {) nombra- 'res de su cargo, en el ónlen político,
ca ver la iutroducc,_·on t!e los abusos perador Pn sus rnstrucc~~nes.;
m•~;•.tos de_ los V1s1tadurcs de~ermi-¡ militar y adrniuislrativo.
en todos los ramos de la ailm1ms
Art. l l. Los Comisarios Impe- naian la mnyor 6 menor cxtens10n de
Art. 2S Los\ 1s1tatlores llevarán
trarion : e~me_ndar _los 'l,"º _pueclanco- riales n,.' podrán:
. .
la vi~ita, _Y la cl~se de facultarles c¡ue , t'.11 diario de las ?per~ciones que JH"?cmeter los tunc10nanos pnhhcos y eJer- . l? Separarse ,lel temtono en que han (JC e~ercer. foern de las cuales bo !ti&lt;¡llen con relaciona la visita que torcer las facultades especiales que el PJerc•n 1,1u autoridad, sin Hcencta del podrán ejercer otras.
¡ man', parte del expediente con que
Eatperador les confiera en slls iustruc- 1Emperador.
Art. 18. Los 1ítulos i', nomhrn- ¡ deha11 dar c11e11ta al terminar su co•ciones.
_
f 2(! AYocars:~ el -coi:ocimi~nto &lt;l_e 1;1ient.os de los Visitadorc:--, scrftn rü-: mlsiun.
1
,\.rt. '.!~ Las cahdatles para ,cr f'o- la, '".1".'"" l'º'."lientes, lll manilar ahnr !rendados por el 1linisteriu de Estadu,
Art. ::rn. Los Yi,itaclores exte 11 clcmisario Imperial son de la aprecia-, l,,s ¡u,c1us 1enccidos Cuuforuie á las y Vhadas por las oticinas respectivasf dn. dt&gt; 11 tro de un mes de concluida la
c~on particular del Emperador. quien j leyes.
.
conformc. á las ley e,.
, , ,,ita. ú antes si p11&lt;lierP ser. 6 si no se
s~eropre r:~ns1dera _romo c1~cn11slan- · '3~ Disponer. &lt;le las pcr~ot~a". de . Art. 1:J. La~ c:a!idarle~ dP lo~ Vi-! les previnie:-e otra cosa, un informe
crn nr.-cesana, la calidad Je cmdadano los r~o~ r1ue tnncren cau~a _cr1m111al s1tad~)re~ son las q.ue NeJ1a!a para lo:-:. circuu:--tanriadu de cuanto hayan enmex1cm10 .
,
peud,cnte del fallo de los tribunales. Com1sanos Impcnales el arl. :l'.' Je I coutra,lo notal,le en los ramos, oficiaht. 3? El nombramiento rle los
4'! Decretar la prisíon de ningu- esta ley.
nils ó hechos ail 111inislrativos que haComisarios Imperiales es 1fropio del, na persona, ~ino cuando lo exija ln sB. A.rt. ~O. El )[ini~tro ,le E:-tado r¡Hi ~·-n·ido du matCria {L la visita v
]~ml"eradur, quien les mandará ext~n- guri,_h'lll ctr-[ E~tnrlo,. &lt;~~nrlo eucnb1 ii1- &lt;lne:_i conuc:mie1¡fo dt• la 1mt1!i'ra l'On- in:opm1,1r,-il1 In~ medios que á su j~ifder un &lt;le_:.:.pad10 en que ~onst~ as1 ~l me!~iatan1211ln t11 L\1 1r¡:stru de
ve~,ie1if-c\ pai:ª.~fllt~. n,, l-~ frn~Lre e} c!o. ~•· {1L'L,,m Pmp!car p_an, corregir los
11_oml;Jr3111tento, _con~o la .f"xt_et~SlOU teio .. Ocupnr la JH"t~pH~.dad. pa1 llCU- ¡ o_lJJetn de~-~ Vl'.'-]U.1, :.t l_a r.r_iinf'ra a 1•~..t- \'!tllls ljllG h:1yan notado, agrf'g~ndo
ntonal y nQJ11mac1un rnd1ndual de lar, m t~trbar ln po.ses; ~11. tbo 6 apro-[ u ,..11ul 1-;nla~c~ _del D1s!r.Lo. D¡&gt;p.::rt;.1· todas la~ UJ:•ervacioue!'i que requiere
los Departamentos que comprenda el vech.am1c1~to de ella. sino cu C&lt;lh. :.1 de , mento v . d1~·_1::siun terntt:rial__ en__ ci.u(• A nrns ti~i y cx:1ctu dt: 3 e 1n wr O ,1e ~11
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cargo ciue se les confiere. AdPmas una fIP,(,'(''slfl:ul nhsnlntn. por cau~a el,~ h,:yaD &lt;le eJCrcer su-.; func-wur•.:,; 10::i (_'.Oi 11!'-lon.
dP. la credencial se les 1laní á los Co-f ulilidad 1n.'thlitt1 Cttlific;táa crmi~ffmc {: 1_Vis,:·,adqre•~;, ~in qu • ést ,s ,_! ,\:,n d..:.
Art. W) . J)~ los gast"os qur . &lt;lenlisario; Imperiales las inst~ucciones J~s !rycs, ?' con la i11&lt;lt•rnuiz, 1 ,.,ior: y:-.::-¡· nevar i.:Pns!gu las ~r?denc lle.sJ o 1L:&gt; tnr11H1a d l'lll~iplip1ientq ~dr, la visita,
I
11ece:,anas parn el descmpr.no de su 1 \Hl en 1a forn:a que elhs i{;::,fr,t n 1 r::in. ~••a.:!ni:, ¡¡1~ acreJtten sns uornbra- ~0 llrvarú cuenla. f1órm~ 10}izaf.a ¡~or
encargo.
] 6? Impedir qt1e cu. !.qui,·ra mcxi-_ 111li.;ut,J:-:i.
el Yi~ii::Hior: comprobándola legalmcn-

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CONDICIONES.
Este JlerióJico cont.endrá noticias de todas partes.

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�res de contribuciones, hacer menos rán todas las demas facultades espe- que se señalan en el artículo anterior,
onerosas las cargas sociales, dando un ciales que se les confieran en sus res- los mismo:i Prefectos entrarán en posesion de los terrenos que hubieren sibnen trato á los contribuyentes y ex- pectivos títulos.
cusándoles, en cuanto sea posible,
Art. 55. Queda eu suspenso el do enajenados, y que tengan las nulidala pérdida de tiempo que se emplea ejercicio de las facultades de los Vi- des que se expresan en este decre~o,
en el cobro de los impuestos.
sitadores Imperiales, mientras el Em- dando cuenta de los que fueren al mt• .
CAPITULO IY.
Art. 44. Los Visitadores informa- perador se halle presente en alguno mo Illinister io, para que los destine ,
De lrui facultades de los Visitadores.
rán si hay algunos artículos tan recar- de los lugares á que se estienda la la colonizaciou. Exceptúanse. aquellos que hayan pedido su rntificac!o~,
Art. 31. Los Vi:iitadores depar- gados de contribuciones, que ellas sean visita.
tamentales podrán examinar la cor- un estímulo para intAntar la defraudaArt. 56. Nuestro Ministro de Es- para lo cual los interesados se d1;:1g1respondencia llevada por las Prefec- cion y sobre.los medios que puedan tado queda encargado de la ejecucion rán, por conducto de los respec, 1vos
Prefectos, al l\linisterio de fomento.
turas con el Gobierno, á efecto de ver adoptarse para remediar el mal, sin de este decreto.
Dado en I\Iéxico, á 8 de Noviern~i están cumplidas las órdenes y &lt;lis- menoscabo de la hacienda pública.
Dado en México, á 11 ele Octubre
bre de 1865.
posiciones que ella contenga.
Art. 45. Los Visitadores que se de 1865.
I\ÍAXII\IILIAN O•.
Art. 32. Podrán igualmente exa- preseHten en las oficinas de hacienda
11IAXHIILIAN O.
minar las medidas que se hayan to- marítimas, fronterizas ó interiores, toA] Ministro de Fom•nto.
POR EL l!:Mf'P.RAOeR,
mado por la Prefectura misma sobre marán en consideracion las leyes soP•R EL EJUEa... ooA,
El Ministro de E1~&amp;do,
cada uno de los ramos de administra- bre impuestos, sobre su recaudaciun
El Mini!ltro d• Fomento,
JosE F. RAMJRE&amp;.
cion. pidiendo informe sobre si se han y manejo, etc., á.fin de poder hacer
LUIS ROllLEI PEZUELA.
lliwado á efecto dichas medidas y r¡né la coufrontacion con la conducta qlle
Por tanto, á nombre de S. 1\1, man&lt;
rnsultado se baya obtenido.
en ella se observe por los responsaPor tanto, á nombre de S. Jl,I. mando se imprima y publique, fijándose
Art. 33. Los Visitadores exami- bles, y obrar conforme á las atribuen los lugares acostumbrados y se cir- do $e imprima y publique, fijándose
narán los expedientes promovidos por cioues que las mismas leyes &lt;letennicule á ,¡uienes corresponda.
eu los lugares acostumbrados y se cirel Consejo departamental eu que se nan, y á las particulares que se les
I\Ionterey, I\Iayo 9 de 1866.-El cule á quienes corresponda.
indiquen los medios de cortar los abu- designen á los Visitadores en sus insPrefecto Político, J. l. de le, Garza
1fontrrey, l\fayo 9 de 1866.-El
-sos é introducir mejoras; y certificar trucciones.
Garcí11.-EI Secretario general, Fran- Prefecto Polít.ico, .J. I de la Garza
si se han aprovechado 6 no esos ConArt. •16. • Los Visitadores de los
cisco Sada.
Garcia.-El Secretario general, Fransejos por la Prefectura.
Departamentos, podrán visitar los triciseo Sada.
Art. 3-i. Los Visitadores podrán bunales y jtlZgados, á cuyo fin se acomtomar informes sobre si las autorida- ¡iailaráu de un secretario ó 11ersona
EL PREFECTO PO LITIGO, del Dedes de los D epartamentos llenan las que autorice los actos de la visita; y
"
L eon, á los habiparlamento de HUEVOobligaciones que las leyes les impo- hecho saber su nombramiento, anotata.ntes del mismo sabed: que s. M. el Emnen, sin excederse de sus facultades rán en seguida eu la última foja de
pera.¡,or lm crpedido el dccret.o siKuiente,
1ii distraerse del objeto de su institu- cada causa pendiente, sea civil ó crique se 1,,,u" in.serlo en el Diario del bncion.
minal,;haherse presentado la visita en
prrio del din 13 de Novirmbre de 1866.
Art. 35. Los Visitadores podrán el dia y hora eu que lo haya verificado.
Algunos individuos amantes del an-..._
.
.
fi .
MAXUIILIANO, E~rPF,RADOR DE
tam b1en eJercer sus unc10ues respecArt. 47. Los Visitadores, sin intiguo
órden de cosas en el país, funMEXICO:
to d e Ias S u b prefiecturas, examinan- gerirse en el fondo de las causas pendándose en que despues de cuatro
do con relacion á cada Distrito, los dientes, examinarán la Sl\stanciacion
Oído Nuestro Minstro de Fomento, anos que la intervencion francesa vino
mismos puntos que se han indicado y trámites que hayan seguido, y anoDECRETA.110S:
á ll1éxico aun no ha podido pacificar
con respecto á las Prefcturas, eu los tarán las faltas que encuentren resArt. 1~ Estando declarados por del t udo nuestro vasto territorio, traartículos auteriores.
pecto de los procetlimient&lt;¡¡l que esta- el decreto de 23 de ,Julio de 1863, sin tan il6&amp;"1 camente ele de1]¡ic1r dP. P~t1...
u. ................. :n~ 1a COllSOlh
Art. 36. Respecto &lt;le las Munici- blecen las leyes, para darhcuenf-" _:,_ .1~ -~lo• ~lp¡»M , ... - - - - · · · · - ·'~ ~uuhtu•~
dacton
del
Imperio
de }faximiliano;
palidades, examinarán los Visitadores autoridad c¡ue haya nombrado la v1s1ta. ra clase que hiciere el Gobierno de
¡,ero
sin
duda
que
estas
gentes ignosi ellas obedecen y ohservau las leArt. 48. Los Visitadores podrán D. Benito Jaarez, desde su salida de
ra1t
ó
aparentan
hacerlo,
que en todGr
yes y orclenanzas que les son propias. suspender á los jueces en los casos esta capital, son nulas por consecuenpaís
una
guerra
civil
prolongada
por
y si la administracimt est{t conforme que las leyes determinan, po&gt;iiéndo- cia las enajenaciones de terrenos balean las disposiciones que la rigen.
los en el acto á disposicion de los tri- díos q1te desde ent6nces hubiere he- tanto tiempo como lo basidola nuestra,
Art. 37. Luego que se anuncie la bunales que hayan de exigirles la res- cho; bien sea á título oneroso, ó gra- deja, no solo hondos vestigios de destruccion, sino que hace que sus habitanvisita en las l\lunicipalidades, los Vi- ponsabilidacl.
tuito, con el objeto ,le colonizarlo.➔•
sitadores harán un corte geeneral de
Art. 49. Los Visita,lores anunciaArt. 2? Son nulas tambien las ena- tes contraigan h:í.bitos y costumbres
eaja en las arcas del municipio. y cer- rán su presencia á las partes y á los jenaciones de dichos terrenos que en de handalismo que solo el tiempo y un
tificar,'.tn que está 6 que falta cu ellas reos, para escuchar cualquiera cosa las épocas que ha regido la federacion gobierno justo y enérgico, pueden reprila cantidad qtw resulte que debe ha- que tengan que exponer, á cuyo efec- hubieren hecho los Estados, en con- mir, y esto es tambien lo que ha suce
ber.
to recibirán las quejas que aquellas travencion del art 4? de la ley de 18 elido en iliéxico, que entregado por
mas de cincuenta años á la guerra mas
Art. 38. En caso de falta ele la quieran formular por escrito, y oirán de Agosto de 1824.
existencia que debía haber. y en cual- las que ~stos quieran producir verArt. 3? Lo son igualmentt! las he- devastadora y bandálica que se ha
quiera otro en que aparezca que se de- balmente.
chas por los mismos Estados, despues visto en el continente hispano-ameribe lomar alguna providencia urgente,
Art. 50. Los Visitadores inspec- de publicada la Constitucion del año cano, vió salir del ~eno de su sociedad
el Visitador la tomará bajo su nsspon- cionarán por sí mismos las cárceles, de 1857, en la cual se reservó al Con- mil individuos que, elevados por el
sabilidad, dando cuenta inmediata- habitaciones y separos de los reos, los greso general la facultad de señalar torbellino revolucionario á puestos de
mente á la autoridad que lo haya nom- alimentos y el trato que reciben, y las reglas á que debía snjetarse la ocu- que eran completamente indignos, nehrado, para que apruebe 6 enmiende averiguarán si la prision se estrecha pacion, enajenacion y precio de los cesitaron á SH vez crear otras mil entidades secundarias que los sostuviela disposicion, segun convengn.
con mas frecuencia y rigor que lo que bal,líos.
Art. 39. Al practicar los Visita- pueda exigirlo la seguridad y custoArt. 4? Son tambien nulas las con- ran en los puestos á que habían llega"
dores las visitas en las oücinas re- día de los presos.
cesiones que las autoridades de los De- do: y tanto éséos, como los primeros,
caudadoras de Haciernla, comenzarán
Art. 51. Los Visitadores. tomarán parlamentos hayan hecho sin cono- perrlieron la saludable costumbre del
por hacer el corte de caja de primera las providencias qtte para estos casos cimiento del Gobierno general, en las trabajo y consideraron las revoluciones y motines como el único medio de
operacion, para certificar si eslfo en les otorguen las instrucciones insertas épocas que rigió el sistema central.
arcas las cantidades c¡nc debe haber .. en sus. nombramientos, y en caso de
Art. 5? Los individuos que hu- poder satisfacer sns exigencias y dilaArt. 40. Examinarán en seguida no tener ningunas, darán cuenta á la biereu obtenido dichos terrenos, y se pidaciones; por lo que todos estos hési los libros que se llevan por el res- autoridad que nombró la visita de los encuentren en los casos que se men- roes de revolucion, e~tos patriotas
ponsable, son los que designan las le- defectos que haya notado en las cár- cionan en los artículos anteriores, po- salidos rle la hez del pueblo y hechos
yes y reglamentos respectivos á ac¡uel celes y prisiones.
drán obtener la ratificacion de sus notables, mas por su audacia y ambigénero de recaurlaciou de que está enA,t. 52. Los Visitadores inspec- respectivas concesiones, siempre que cion que por sus virtudes cívicas, 16cargado, y si constan en dichos libros cionarán los protocolos rle los nota- la soliciten dentro de tres meses, con- gic~mente deben ser enemigos rle un
los asientos á que están destinados.
rios escribanos, y el estado de los ar- tados desde la publicacion de este gobierno que, tratando de establecerse
Art. -H. Los Visitadores exami- chivos de los juzgados, examinando si decreto, que indemnicen al erario de sobre bases justas y sólidas, cierra la
narítn si los archivos se hallan eu ór- en aquellos se han observado las &lt;lis- los valores legales de los terrenos, y puerta. al medio. farnrito de cunse•ruir
o
de11 y si las leyes y circulares están posiciones de las leyes, y qué 6rdet1 quo no comprometan b integridad e 1evacrnnes y nquehas.
en buena cu~torl.ia con la rlebida cla- se haya seguido en éstas.
rlel territorio nacional.
Pero el que las revoluciones dejen
sificacion. parn ocurrirá las duelas que
Art. 53. Las alcaldías. de laa cárArt. G.~ Los Prefectos políticos tras de sí una huella ~angrient:a y 1;,as
puedau ofrecerse en el despacho.·
celes serán inspeccion«das tambien por de los Departamentos en que se hu- ó menos durad.:,•·a. nada impl,ca re,Art. 42. Los Visitadorc:i pundní.n los Visitadores, á efecto de que. cons- bicren l1echo ooncesioues de terrenos pe,cto de la conso\i,ln,:ic" tid mwvo
eu vía de pago !o&lt;los los adeudos ac- te si se 11,•va,, los libros de entr,ad;i y (,alclíos, remitirán desde luego una Imperio, ']Ue si ha. ¡-vdi,lo destruir lo8
t1vos que encuentren c11 las oficiuas I saiicb; si están en re~la: si hay rázon noticia al ll!inisterio de. Fomento en ejércitos que le 01rn,ieron los repnblir¡ue visiten.
de los autos de los formalmente pres que se e.xprese su situacion y tamaño, canos y ocupar suce~ivamente todas
Art. 43. _ Será un o~jeto de partí- sos, y si c~mpl_cn los alcaides con to- y el nombre de la persona que los hu las ciuda,le8 importantes del país, con
cular atenc10n para los visitadores, iu- das sus obhgac10nes.
biere a&lt;lr¡uiri&lt;lo.
mas razon podrá acabar con las pequeve~ligar SI &lt;\e procura por los exactoArt. 54. Los Visitadores ejerceArt. 7? Pasados los tres meses ñas bandas armadas, que ya sin bandete para presentarla al Ministerio de
Estado al fin de la visita, ó antes, segun se le prevenga en sus instrucciones, 6 lo exija la naturaluza misma
de ella.

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EL rnPERIO YLAS BHDAS DISIOE~TES,

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LA. GA.CÉTA DE MON'IEREY.

LA f.i,id;E'l'A DE .MONTEREY

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Mas en todos tiempos encontramos mundo; en tanto que el ~isfrma conel mismo movimiento y el irresti ble trario ha conducido á México á las
deseo de los pueblos de caminar al orillas de la ruina financiera y políOriente y al Sur. Españoles y _:f'.or- tica.
tugueses tan frecuentemente visitaLos enemigos de la inmigraciim. no
dos de los pueblos del Norte y del cesan de repetir la palabra estrm¡¡ero
Oriente, no se dejan contener por la oponienclob á la de 1,ac1011r~; ¡ma~ " 01:·
inmensidad del Océano y van en bus- pues, los üalrn!1os menos italtm 1~••
ca de nuevas tierras, y la corriente que porque godos, vandalos. lougoba"los Y
de las altas mesas del Asia central úrabes cultivaron y colomzarun losanse habia derramado sobre la Europa, tio-uos campos romanos desola,los Y
dirige su curso imponente al Nuevo d;spoblados por la guerral iSon, pues,
Mundo. Mas este movimiento hác1a los espanoles menos espat1o!es_ ¡10rque
las A:néricas no ha abisorvido la anti- corre en sus venas sangre ferncm, 1:ogua del Nvrte al Sur. Hoy como hn- mana, goda y árabe! ¡No son nortece mil a.üus, la Di1wmtuea empuja á americanos, archinorteamencanos, tolas provincias alemar.as; la Rusia diri- dos los alemanes é irlandesl's que purg-e sus mtr.uhs codiuiosas al Bósforo; hlan los campos &lt;le la Amé-rica 1lel

rn, sin union y sin disciplina, merodean 1866.- El Alcalde Municipal, V dela
por algunas pa1-tes del Imperio; porque Garza y Mireles,-El Secretario, Miaunque fiadas, mas que en su valor, en guel Nieto.
la rapidez de sus caballos, tienen por
precision que acercar:ie á algunos 1rneCORREOS,
blos para conseguir los víveres necesurios á su subsistencia, y es evidente
Ignoramos á que atribuir la prolonque una vez ocupadas por las fuerzas
gada
incomunicacion en que estamos
imperiales las poblaciones principales,
con
el
interior; pues hace mas de dos
tienen que seguirse fraccionando mas
basta quedar completamente nulifica- meses que no recibimos correspondas y destruirse por sí solas, tanto mas, dencia de aquellos rnmbos, alcanzancuanto plle han perdido la esperanza do apenas los periódico• últimos que
de ser auxiliados por la república ve- hemos recibido de la capital del i,nperio, á priucipios del mes de :\farzo.
cina.
De todas estas razones, deducimos
A
nosotros, que no tarda ya en realizarse
la completa pacificacion de todo el
centin ela::. au:-.triacos están en el Cua- Norte. que los han regado_ con su _suImperio; lo que dará lugar, no s~lo _á_la
dril:\teru; Francia mamla sus colonos rlor v su sangre! Ya C1crron dice:
consolidacion del trono de ilfax1m1ltay soldados á Argel; Espana mueve u.bi i,ene ib, z,dtria 1 Que el pahr.llotl
&gt;110, sino á que éntre nuestro 11aís por
guerra á los marroquíes: y el nuevo rey mexicano ou(lcL fuerte y rc&gt;~petado, Y
IIH,111.HlACICN.
la verdadera vía del progreso y la c1de Italia, codicia los fcrtiles campos tocios los estranjcros abrigarán gustovilizacion.
1\ r•rndinuacion insertamos el inte- de 'l\'n1ez. ¡Y qué diremos de 1n!e~- samente suR i11t_Pre~es. f ú su sombra
, resan le artículo que ha publicado "La tros amigo; rlel N"orte, co11 su últnna protectora. lo v1du1eara11 Y l_o llamavisita á este pais que le costó lil mi- , rún el suyo.
~aciou."
TEATRO.
"El interés r¡ue tiene para l\féxico ta&lt;l de su territorio'!
.
.
)las los enemig-ns de la inrnigracinn
, .
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¡Có_mo. pues, es pos, ,ble que Méxt- nos ,intun con culotes espantosos l_as
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Mañana en In noche se volverá á po- todo lo que se refiere a 1111rngrac10n
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co qutera sus raerse a esta ey 'g en·e·,- miserias y la desmornlizacion r¡ur exisl
ner en .escena en el Teatro del Pro- estranJ·era, nos hace pub 1car en nues- ra1 d e ¡a natnre1eza y oponerse a e,t a te·, ·en las comarcas curo¡,eas a,10111 1e
greso de esta ciudad, á beneficio del tras columnas los artícu 1os que t ra t.an
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mezc a_ e sagre Y, ne ra~as. ! . 111 º está bacinan,lo un ireutío_ inm_ enso: y
Hospital y ele las conferencias de San de esta importante ,,uestton, 't como
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post e que ' cx1co qmera cucum- los que han visto tanta miseria y tnuVicente de Paul, la primera parte del los de D. Otbon W elda se &lt;l1sttguen es
!IJalarse con una nueva muralla ohrna! ta desmoralizacion, 110 ¡rnetlen menos
magnífico drama .,La Juventud de los lior la sensatez de st1s aprecia_cio1_1es,
E&lt; xaminemos
.
un momen t o cua'l es 1a que temer seme_¡·autes JJeligros pn_ra
nos a¡1 resuramos á i11sertar e1 sigt_uend ¡
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.Mosqueteros."
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suerte e os pue _ os que~~ rnn opues- su patria. iJlas este peligro no ex1sd
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·te que nos ha remití
e e ' ore ta.
to á esta ley unwcrsal. lodos llevan te't Francia, sobre un terntono cmDice así:
1 co veces mas ¡1ec¡ueüo, tiene treinta y
- el timbre,¡ B b,ar b uros, Y ,l es,l e e 1 ;a_Desde los liem¡Jos mas remotos ex1s¡
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va 00-c que se come a 10m 1re ne u n- ,,'.iete millones de habitantes: v ¡,ara
llIUY ILUSTRE AYUNTA:llIENTO .
ten sobre uuestra tierra dos corrientes,
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bu vecina, y desde _e rey a iomy llegar la pohlacion ,le :\[éxico ú ln
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gén1ías con el homl,re, y ta 1 vez pro¡ ·•
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¡,,;u tierra, basta e uu:, :, tre lijo e tiosa suma ele ciento oeheuta .\' cinco
¡ . ,: - r~•'n_l11fp_-.¡icauo.-Alcaldía llfo- du&lt;'i, 1,is nur la rotaciOJl e ¡¡ . H'_l"Eª·
&lt;l J
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mctpal de Í&gt;Ionterey.~i\lonterey, ~fa- , Estt&gt;s ,uornrnentus son: Ta pnnc1pal C,_mfo.;io,Juc conoce to. os ,,s re na- millones de habitautcs. cifra para cuy e&gt;
yo 7 de 1866.-1\luy litre. Ayunta- 1del Orie1&gt;te al Occidente, y la segunda mientus
• la cmhzacwn, han c,wlo complemento no nos faltan menos que
miento. -La comision de hacienda de los Polos al Eeuador, y para no- en el eS t ªdtJ mas tns\e de barbarie; Je cit:11to setenta y siete 1niflu111'&gt;, sin to- ...
obsequiando el acuerdo de esa Ilus- ,otros dd lu·niisforio septentrional, abyecc,on moral Y ftsica. ¡De qué nan mar en considen\t·ipn ,¡ue el sucio rnetre Oorporacion de 5 de ~Iarzo pruxi- del :,;orle al l:iur.
senido las. ciencias Y las artes á la xicano, con su fortilida,l exuberante,
mo pasado y dos comunicaeioues del
La cuua del género humano la en- Chrna'1 Mil ai':os antes qnc la Euro- con la benio-nirlarl de su cielo, cn11 fa
Sr. Alcalde llíunicipal de 10 y 22 de centramos en los exlrnberantes valles pa, conoció la pólvora, Y no obSlante, riqueza de :us minas, éo11 su posiciun
Abril último, ha revisado detenida- del Asia Central de donde se han des- nn cabo 1 c_uatro h'.nnl'.rcs han baS t ~ o-eográfica entre dos mares, po&lt;lria
mente en la oficina de propios la cuen- parramaclo los hombres sobre la tier- rlo Pª"1 nata- sus e,iérc,tos dc~moralt- ~ostencr sin du,la u11 número mayor
ta general del afio proximo pasado de ra. Los antiguos pueblos ,!el Asia se zaclus Y para humtllar su ritl,culo or- proporcionalmente que el de .J,'rau1865, y la de 1? de Euero hasta el 2:! levantaron con el Sol y siguieron su gullo.
cía.
¡101· II c•t11·s,,
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¡Pur qué, pu es, :.\IJxico se vé aba!i"L'ste
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· y L.tc. tan¡e, cmrn do 11 egaron ,t· ¡as on·¡¡ as d e¡ &lt;lo y ama 0;;ado por tantos ma.les? por ridículo es el fantasma que SP uos ¡,i11los S res. D. J esus 'I'
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de los conquitadures ta, y creemos que ante las fúlil1•s i11D. J uan B . G onza1ez ::;epu
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ínncame11te resenadas á ellos. De cano que qmem ver
ear orgu i 0-'11desde el 26 de Agosto del mismo año ron su industria y su civil izacion . Lüs
mente el pabelíun de ,,u //ff/1fo 11/ Indo
' Ro111a.
L os- suerte r¡ue su siSlema rle e,lancamíeu- r.iel a¡lanero el e ¡as estre¡¡as. 11e
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u y t·1e11e Tro,·anoo
" f"t111da1·011 a
&gt;e i,:i,:s&gt;:c, ,i
Jla "ºta el 22 de Abr·,¡ 11"e 186~.la satisfaccion de informará V. S. que Pmsas inva1lieruu con su, ejércitos la to pra&lt;lujo sus efectos naturales: el co- y COOPERAR que se abran las pu~rtas
estos Sres. han sabiclo cum¡Jlir en su Grecia. _v des¡iuP:l los V!tnd~los _v lt&gt;s mercio reunido en pocas manos, la in- ¡
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rlustria muerta, la ilustracion sofocarla, &lt; e su pa na a o o ,wm ,re que YC11111anejo 6 coutabi 1ic1a el el e -una manera Huunu~ &lt;l cscenltieron &lt;le la_s a Ita~ mega á crmtrihn ir con ~u prc:-i~ueia y :--u
tan ¡rnra y tan exacta, c¡ne sus traba-isas del Asia, é inun daron el úcc11leu- el pueblo en carleua,, la forma prefeb · • ¡ f t
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&lt;l l rirla a la esencia, y murlrns veces la tm ªJº a a u urn graucJeza , I' pa1s.
jos en e 1 re,en o afio e 8 D, y par- te.
e os 11cs1erws arenosos e a
te del corriente pueden servir de mo-1 Arabia salié, ,ictoriosa hi 1'.1edia ,ltma hipocresía tomada por la v¡•nladera
&lt;lelo á muchas casas de comercio y á mahometana, hasta llegar a la Espa- fe, haSla que unos ingenios fuertes 111,
1
ellos de un testimonio que en torio na, á doude en el dia de hoy se arl- pudieron resiS t ir e, t e estado, Y el gritiempo les hará tanto honor como miran sus obras y monumentos a,tís- to de Dolores fué un grito de dolor
11uc dió ,í, luz la i11de1lt'ntlencia del 1
justamente merecen. A si es que es ta ticos.
. ,
NOTICIAS llE E:-il'.\X.\.
comision somete á la litre. deliberaLa historia nos prueba irretutable- pu eblo mexicano.
Escriben cln Ll)IH1rC's :.1111111ciando
cion de V. S. las proposiciones si- mente igual movimiento del Norte ~l
lilas desgracíarlamentc este pnehlo
que
el embajador espaüol babia diriguientes.-1~ Se aprueba la cuenta Sur. Los Griegos ill\ arlieron la S,- estaba poco preparado para su nueva
gido
al conde Clarernlon una enérgica
general que se ha girado en la admi- cilia; los Romauos á Cartago y á Ah,- vitla política, Y heredó los defectos de
amunestacion
con motivo de los bunistraciou &lt;le propios de esta Munici- sínia, y en fin, ellos mismos se vieron su madre, pues no solo llamó al PSques
de
guerra
&lt;1ue se eonstru) en acpalidad por los Sres. D. Jesus l\I~ inrndidos, los unos por los l\Iacedo- tranjero, sino al runtrari;', rlesterr6 de
tualmente
en
Inglaterra
para el i;eniIglesias y Lic.D.J uan B. Gonzalez Se- nios y los otros por los Cimbros, Te- sus depohlados campos a los espailules
cio
de
Cbilc.
.Agréga:--t.•
qne el gopúlveda desde el l? de Enero de tuónicos, LongohardC1s y Godos, todos y sus c~111_talcs, ~~ tn11to r¡ue hi vecibierno
inglt:~
ilm
á
publicar
un decre1865, hasta el 22 de Abnl de 1866. viniendo hasta de lo mas remoto del na rcpuhltea almo de par en par sus
-2~ Que á estos Sres. se les comuni- Norte para bajar ú los valles eucanta-: 11,,ertas al flujo de la inmig-racion cu- to prohibiendo rualr¡uic ra 11ucrn inque de oficio el presente dictámen y dores de la Itul.ia; en tauto qne Cario• ropea, Y vemos que ¡,ro1~to se desarro- fraccion de las leyes d,1 ncutrafidarl.
se mande una copta de él á la Gaceta Magno con ~us Francos y lhirma11os j lhu u11. en ,ell~ el ~11ov1 m,_entn general, ~L1ambien se a~eg11rnba que t.-~ta CUC',:,;para sattsfacc,ou de los rnte_resados. em1rn_¡aba hacm el Sur y vrn:taba la I agncul,_urn, la 111dustna y_ el comer- tion iba á entrar en 11JJH 1111r~\·a ·fase,
-3~ Que un legajo que contiene lG Espafi.a y la Italia; ejemplo que -foe cm, y que innumerables cannnus y ne- pues el Sr. marqués de ~loii1ls, emhacarpetas con recibos de carg': y cortes seguido d:; casi tocios los Emperarlo- l~s cruzaT?n sus vasro, .campus; aldeas, ja,lor de Espaüa, babia ell! regado nna
de caja de 1? de Enero de 60 al 22 de res alemanes y muchos reyes france- villas Y crndudes se tormarnn conrn nota á loord Claren&lt;lun manifestúndule
Abril rle 66 _se mande arch1var.-Ga- ses; mientras qt,e los turcos avanza-¡ por encanto, Y qt!e menos de un siglo de una 111anera positiva que el Perú
bino oan l\11gucl.
r~11 desde el Eufrates hasta el Danu- ha baslarlo parn tormar de ellos uno hacia causa comun con Chile, y dcbia
Es copia l\Ionterey Mayo 8 de vto y hasta los muros de Vteua.
, 1rle los pueblos mas po,lerusos del seryacousi&lt;lerudo como uu beligerante,

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. iosalida de lH1r¡ue alguno rorstruidop?r[l,'.s retend,:s ''.'putad~, LO r.e pio1 _ cion al consejo de Estado,
cuenta de cualquiera,]• dwhas repu• man hoshli_zm al go!,i.erno .un la pre
hlicas.
1 gunta que iban á dué·ig,rle;
que ,solo
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&lt;leseahan
JiCatalufla
qu atenerse
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En este n,,smo
sentido
gest10naba
¡ saber
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uwt nue"a
. ·,
· ... , •, emba·ador
no i:roc_rnterrump1endo
ucir.en . '
• ti,,üco
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act1,an;ente
n1.1,1tr
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..•en crís1s
su
,1e
Pans. a tin tic obt;ner ,del gol.ne:''º comercio: que el principado e-stabo
irances qnc fuese ,wtenido .en llie»t dispuesto{¡ todo género ,Je sacrificws
u? lrnq11e de g:ierra peruan1o q?_e. ha- patrióticos para ayudar ú es! e, y á
!na et*a,lo a)l1 tle urnbn,.a tur':osa. cualquiera gobierno, ,í que, á costa de
El gobierno trances se mostraba lavo- los pueblos, &lt;lefendiera nue~tro honor
rnhle á h tlemat,&lt;lt\ de lcspafüi.
patrio; que Catalufia podia iniciar la
En los pu1 •·'.os del ma_r de la Pe- suscrieion nacional para que recabannínsula reinaba.gran nns1ecla&lt;l con mo- do fondos. se emplearan en bhndar
tivo del anuncio oficial de h,rber sali buques y adquirir monitores.
do de Inglaterra dos corsarios con
Parece r¡ue el presidente del cansehanrlcrc chilPna. Los cm_n ercinntes Y jo de mi,úslros replicó: "Que se ha1iavicros ,le Barcelona nm~hraron una ·uian dado órdenes terminant,·s al cacomision ,)e e1itt:e ·:us ,_nismos vara pitan general de la isla de Cuha, p~ra
']UC tuese a :3Iarlnd" ofrecer al ¡¡;o- que inmediatamente comprara en los
h1c_rno Hi cno.pt;rnri:•n ri~_Ja guerr~ con E~tmlos-Unidos los morn.torrs ~¡ue se
Chde y el l'en1. y a pc11ir :11 mismo llecesltaran; que estal;an artilladas
ticm¡,o a.norn ,· pakrtes de eor,;u
para ,,ue·•ti··,a ,.,,,tºs· qtie 11,los buques de
• ··. . .
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atrnar vnporcf; cnn d·ol,Jeto 110 pt:1-~c- ,yuerra vio-ihban h. entnul::t del ei-itre· a.los
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· ·a 1 ·p ac1'f'icll a' t- - dn a·,l)i'"lt·i•
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En el despacho de esta impren- 1•··
- - - - - - - - ' - - ~ - - - - ta se venden colecciones
I M. . de leyes '
UN FENOMENOVOLCANICO . .p_e~tenecientes a
1111sterio dejus.
. .
¡tima.
Tomamos de la Sociedad lo siguiente:
Monterey, Mayo 7 de 1866.

I

'

AVISOS.

1

Un diario de Centro América, la

Gazette Ofjiciel, da los siguientes de-

PLANOS DE llION'l'ElU'.Y

talles i(lCerca de un terrible y curioso
fenómeno volcánico de que nos he1nos DE.PAPEL DE MARCA Y MONTAoc¡ipndo anteriormente:
DOS SOBRE LIENZO,
"La lluvia de ceniza c¡ue cayó en
Se hallau de venta en la Librería
Costa-Rica el 16 de Diciembre último, foé el resultado ele una erupcion Universal calle del Puente K11cro
del volean de Turrialba. Tres dias y núnwro 3 y en la tiendo rlP D. Hilatres noches duró tambien la lluvia en rio Rodríguez, callP del Cu111er,·io nú,
todo el valle ele San José, escítando .mero lK
las mas· vivas alarmas en el ánimo de.
AL PUBLI&lt; O.
,us )labitantes: por lo ;I"rlee el gobei;nador rle Carta,o creYo
ou delwr
l'1~n a ca¡¡ e (lel D r. 1r, 1cr
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1
1 l numero 60
enviar uua cou11~1011 de e:--p!o1ado1e:s
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montañeses a, , 1s1tar
e ¡ '" 1can, que [ se. rent 1e un 1 rnno. ypr .1ca
( ,¡ &lt;1e Qsupe.
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d111an1r- muchos flias conserutnos es•
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se. interese podiá ver o y Oir as cun-

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DlCIC

1

esti 111_an, no co_n- ¡taha \'omitando u11a espesa co umna dici'oue.s de .su ,·enta

1',fertl\ameute, e.ichu. comt- sentiría c¡ue sus pu~rtos tuernn asilo · de 111111111.
.,
. .
l\lonterey, llfayo .2 de 1866.-Jo;é
iswn tun&gt; uua c:1tn=r1?:la con !os d1pu- de nuestros enemigos; que auuqtH' .El dJa ~G 8al10 la com1~wn ele Cnrta- 1.llaría Lean.
fados ratalane,·, des¡iucs de la cual é_s nues'ru repres!'ntante en el Perú ha- go y el 2!) al oscurecer se.encontraron
tos s_c reunieron en el salon de ron fe- bia lle'.!ado ,í Madrid, el Perú 110 nos en la c¡mnta de San ?l~artm,. en cuyo
rencias del congreso para d1scut1r la lrnbia ;leclarado la guern,: que nada punto Ja tierra aparecia culnerta por
NTERESANT.E.
cond11cla qne del,:,~ obserrn_rcl ro1112r- babia c:,ie temer en cuar.to á sorpresa una capa de cemza de mas de 1111 pié
Juzgado de Ldras tle lo civil de la
(:IO de
reliipe~t!vas p1:onucu1s p~ra en nut:f;tros puertos, porque estaban de e:pc~or. s1~nclo e~ta mucho .mas primera fraccion judicial de este Dclthrarse de_ los peligros " que crcrnn tomadas todas las medidas previsoras Cllns1t!erable '\ medula que se iban partarncnto.-lJon Yicente, D~ Petr~
espues(as I":' 1rn~·e, &lt;¡11c su:·ca_han_. sus ~ne el caso e~igía, y que los di.putadas arerc.an&lt;lo al pi~ d~l _v~~can. Durante y D~ );asaTia Urrliales, comparecerán
ª!luas. De,piie».&lt;le u □ a. _la,~.r d1,c.u- c.a:alaues porhanasegurará sus poder- toda la uoche, ¡11fin1ta» detonactoncs
en este de mí cargo por si 6 por aposwn_, el Sr: ~chmhl n:nmtesto qHe no dantes, que el guUicrnp ~igi!aha·. p.or suli1erráneas. parec1das segu? ellos al derado dentro de veinte dias contados
hab1a motivo para al~rma; r¡11e aunque los intereses de ¡,us golieruado~...
!choque de las olas embravecidas _candesde esta fecha, .para qne interv n1
se presentaran uno o n:as bur¡ues Ul
Decíase que los ya citndos cli,iufa.1 trn las roca¡; de 1~. playa. mantuvie1·on
gan en el inYentario y púrticion de 1
J.,_•;;
fiÓn &lt;le guerra. en la hahfa de Barc~- {Íos acordes con la f:.ulicitrnl 1;ed1a ! cu ,,f'Jn ú ]o¡;: atr~vido~ arenturcro_¡;:: hie.nes ,aue .quedaron no.r .i;p~•-,. .....
'I:{
1mm 6 f'll e l m1qu1;.,ra
. . o t li,
.., 110 e1·a, ])OSl- ¡)or' n:.nicro.s e~¡)afiolf's-. :-:e 'un i.11a.. 1 j-,'l
., • ¡·la. "·•o- ......,. .,..,;·~1~·-· . ~ ¡;.;; lct ;-.ul,.~h»
I . sn pam·c v. Lur-enzo rrm 1:11smo ape11
· rnt11uac10n
·
·
·
· puesto de acucrd~ so!lre ya
,L convcnien·
&gt;. e_ que s1.n
un_guna
prn~•~' l~l. ~· 11111 b1·c·· U ua. ·~ m•¡s·1
.( "°.' de s:.inmo
sa llido; en el concepto que s1 no lo Yec1prnrm1 a. lanzar ¡,royectile" contia cia de que el goblerno c~pañol cnncc- \Ctduzco. n1uclrn n.rn.."01. J mas e"~e
rifican, se les seguirán los perjuicios c't.
las poblaciones Ó rlestrnyeran los bar- diese ,Í los buques nacionales el per- que las que ,e hnl11 ni,1 \ IS~() :': e~- ur que hubiere lugar.
cos anclados; qnc c1 gobierno babrn miso rle armarse á nia1 1era de lo~ pe cwncs anteriorei:;: ::-alia di:l {,1,tt.ei, 0
l\Ionterey, Abril 30 rle 1866.-Lic.
n1andado artiilar todos lo::- punto~ im-. ruanos y chilenos.
qu~· unid.o [i .la~ 1:111.l~~n~a~ ~l~m~n.ld:~ Va/des Go111tz.-A.-Fdicito• T'illacon canoncs
L ,J" • d n·¡¡
. hacen ero r¡uc Yom1tab •.1 la tie11,1) !t 1,,, '1üle ,-eat.-A.-&lt;.,"ecilio Garza Garcia.
Portantes de la costa
·
os urnnos e 1 iao se , ·
·
·¡ • _ l t , . .
haci-1 l)reArmstron" 6 ron otros de po,1eroso , l . ·ta.
cue habían 11 rnrlurido tas os~• acioue,,1r uieno,
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a esci ciudad
c10n 1 las últimas
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. en _aquc l s1·t·IO un esnect-ícu
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alcance; que,
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e_1 va1or de_ nues- ne
en aquella
1¡cias
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tros compatnotas, si un 111omtor se del Pacífico. Como la lllatricula &lt;lc/lUe hu~ronzaha.
Habiendo
conseguido el perrniprPSentara en ala-unoe. de uucstros ]3'll
número .,1 V ac·1~0 h
Por rntervalos, cuando lns llamas Y
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correspondiente
para abrir mi
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rnentos para re11t:·ler -la fucr~a .con la
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.- ,e,· ,alnHmtc lo" mare.::: ter parec111u á la )ocal e 111 erno, con establecimiento de instmccion pri.
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·
fuerza; que j "' enrncrc1a11lf-s
ca ta1anes ques
d l· ,smcan
, t'II p11t
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al· os bonl es cu b.ier t os &lt;l e una, o"ruesa
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De las et1 maria de niñas, en él ofrezco m;.;
y algunoS" nanPro:4. ¡¡ arrrn-l ?:-: con .las ~aUer ue haüian 8 arecido buques cripfl te )arm_z y res11~a.
.- senicios á las personas que tennoticias que circulaban, l,alnan rcsucl- ·
q
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p el \thntieo y trañas de la tierra salia un olor pcst,- rran á bien fayorecerme. Dicho
(0 ,us¡,cnd,·r la salida rlc s,,s bt1r1ues corsali~~s .c. ei'.º. s en
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·
lente, y los sorrlos gemi&lt;los que de
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en e lllCf1I 1ern;¡_neo.
.
Establecimiento se hulla en la capor temor ctP. que tuncran algun troS h 1•
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co&gt;Jrnc·H
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cuando
en coanrlo se escuchaban en
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e a Jla ac r&lt;_ d{ o
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' .. c¡ucl lle del Teatro número 32.-,Ua11irzo f'n e l mnr, pero 9ue e~ t o no _P:a Ílm llia reunion d(:'I comercio para es- e1 interior &lt; e 1 Yo can. { a )an _a tl .·
con\·e1:ientc, porque 111 _.hnhm notwia tnd\ar la situacion en que que&lt;lahnn lugar un aspecto cada vez mas ala1- ría Jlargarita Reyes.
\'
a~lténtica de qu~ n:neg~,i.rall ta!.es n~o- colocados sus interesrs por eíf'cto de rnante.
. .
111tore~ en s.on (,C ~uet J,t cont,a no~o- estos suce~os, y penF:ahan ponerse rlP.
Los com1sHma,los aseguran_ que el
tros, m ,_lcb1an retrasarse los ncgoc10s acuerdo con las plazas ,le Cá&lt;liz, ~Iá- pico KortP del crúter. conoc1rlo v~lSe a&lt;lmilli,trará gratis todos los
mercanblc_s por el tr-mi°r de c~pou:r- lagn Barcelona y denB.8 (ie Espuna, garmente con el ~10mhre tle ~an CarJ
neves
de las ocho á las die, del ,lia,
los _á confücto:s, y que. in 111as - cu et do! 11cÚ·a formar una asociacioa que haga los, ha dcsapareclllo en el alm;;ino; 'l ue
en
la
Botica
del Refugio, sita en I casena acercarse al _~·¡ l,1crnn paia ,nea- 1t11.:11\e "las pérdidas que puedan cspe- e11 todo al derre,lor, la montaña, COlll·
lle
,le!
Teatro
número 1..l, frentea á_la
bar de él datos oficiales Y rle,:1r a. los I rimentarsP mientras ,lurc la guerra plda1ue11tc de,onlenaila, c;tá cubierta
Plaza
del
comercio.
l;twblo~ la n•nla,l ,le lo que cimv,ene '-"" d l'ac,üc,J,
.
por mrn capa de ceniza de mas ,le
a sus rntercscs.
.
,
J
Ln diputacicn proYisíonal de )Ela- l res piés de_ espesor, y &lt;¡ne_ el campo,
.Aconl{1 la Jlllita ¡lf'" ,1qn1h: 110:-; qur .'"ª "~í comn el aruntamiento de la en un c1rcu1to de nue\-c □11llas, se en-¡
los Sres. Sch111iil, Falces, üuijarro Y misma ciudad habian hecho al ¡,:o- cuentra en el mismo estado.
:Melchor Villareal, Dr. en J\IeclicíPclaez se prcsentt11:an ni g,uh1crno pa- bitnHJ ge1wrosos ofrecimie11tos para
En la parte 1~. del .vvlcan, ~ unas I na, Cirugía y obstetricia, alumno de
rn sal&gt;cr qué po1lnan &lt;lPcJr con _cer- ayudariP, si lo nc,:esita. cu le, guerra 500 y~rdas rle :hstaneia riel crnter, ha las escuelas de :\léxico, Poris y Aion!·
tcza :Í los cornerc,nntrs y naPeros cc,,lrn Chile.
1It:cha.s otrns polila- brotado rcpentrname:1te. un na¡:huelo, pellier. []&lt;'rancia] y recibido l;ºr la
para devolverles la calrnn; ¡,ara _qne c~•we.-. ,:,staLan cl1::-:pul-''•:1u.~ ;Í qut) ~e le- cuyas aguas son tan agnas~ qµe bac~ facultad de medicina de esta ultima
~ti comf'rcio µo _se rf'porü:r;rn_ pc1jm-, .i:ai,tut-t·n su~crieivu.E..; naeionu!e:-:. ti.. fi.11 prc~,u1:uir e~t.á.n cargadas tle áci,rlo cin&lt;la~, tiene el honor de ofrcc~r- al
•·(11,. y ¡,ara ,¡11e no se crea !~era de de faciEt::r fo11dos con que adqumr,sr'.llu:·1co ... Por,dN. E. en las mar- público de esta capital sus .serv1c10s
}.,;pa11n qu: el esceso ilc p,udencia 1, 11 qucs 1,lmdados.
,
, g€ne., del no 'loitngero, to,la vege- en el ejercicio de. su profes1on.
p11ede ce.lihearee de un ,modo menos
'ia s:1iie;1 nnesLos lect&lt;lr~s. que el I tae10n ha desapar/&gt;cu,lp,,
.
En ia (\\LLE DE ABASOLO;
,c?nvenieute 4, ]a fama de uuc~lro 11a- vnpor-corrr·o que ~alió &lt;le Uarhz el 1~ , !;•ª com1~1on Yolnv•n.\tnf'tltabunento llÚtncro 3 dará eonsnltu~ gratis,'."
8
.cwnal denuedo.
. 1fué eunvuyado por una fragata de g11ei:· a Carb1go d,·spues tle esta breve. pern los pol)tes, lodos los dias de la uoa a
Aceptada esta prnposicion, los d1- ra. Esta merl1da la arluptó el gob1e1- 1mpoita11t,e esplnrac10n, que 1111 dui6 las dos de la tarde.
¡'.u.tul•
". ¡ , ,,.1 ,i ,er al ;-,r. 110 ,cm, moti,.·o ele una .éposic!on acle- mas.· &lt;le ~uatro. horiis? abrumarla _por 1 ~Ionterey, Abril 6 de 18(/6.
rrt:.;11lent,• dt:l ci ; d~\-JU. t¡ILf'H lo:" \ itl, \"c.Wii por 1J. {'3.:-a lle Lóp~z y
~n to11e11teis (l~ una llu\ia glacial. m~cnpara el 3 del corrie11te á ln~ dos de la cual i11qu1ria si se le ,ndemmzana tras que baJO sus p1~·s: las sacud1~as - - - ~ - - - --la tarde.
por los pe,juicios que le causara la rlel t.erreno eran suficientes para 1uREilPOYS\BLE, A. :11 c&lt;.&gt;RTB~.
Al dia y hora iu,1:rcc-'«s se presentó pérdida rle uno d.i sus buques. en ca· foutltr terror en el corazon de los mas
la corn!:úo~n V el br. Schmi,:, en DOlll- 1so &lt;le encuentro con el c11e1111go, pa- atr_cv1do1'.
1 l111¡,m1l,¡ Jtl Gol,ii:-n,1, é.. r,.1r.;;~ de r: ·:.,., Florrs.
migas.

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                <text>Periódico de carácter político, literario y de información comercial publicado dos veces por semana en Monterrey durante el segundo Imperio mexicano. Contiene información oficial del gobierno del estado, y de los ministerios de gobierno del Segundo Imperio.</text>
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              <text>Periódico Oficial</text>
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              <text>Periódico de carácter político, literario y de información comercial publicado dos veces por semana en Monterrey durante el segundo Imperio mexicano. Contiene información oficial del gobierno del estado, y de los ministerios de gobierno del Segundo Imperio.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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