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                  <text>•

PERIODIG.Q.:¡ OFICIAL''
i!

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Mf)NTEREY, JU~V_E~ 2ó JlE .AGOST~ Dre l&amp;ó;. .

. l\ijM,.

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==:=;;:..;;¡~=¡;;;;;;;a;:====,_¡;¡;;;;¡

·. GOBIERNO GEN.TERAL, .· pacShecretaria
de Estadoy ~el deso de Gobernacion:-0 ircu_1ar.

Art l.
De. los defectos ,de~- de_.~at,Iey ~citaLdft. ~
.t,frangeros que se·mtro uzcan i-':w:; ·7 . ~· ·
os e,ectos es rán•
·-Exmo.· Sr.-El abuso qUi:l fre- rectamente de las aduanás mai·í" geros; eWfos casos de qúe trata
Gobierno de Nuevo Leon.~ cuentemente· se nota&gt; en 'la mane-• tifuas y fronterizas á una capital este decreto, que se introduzcan.
Pedro de Ampudia, Gobernador Y va con que los particulares 'ó fünc !]e Estado; ó al Distrito, quedando directamente de una aduana maComandante general de Nuevo cionarios subalternos · ocurren al en depósito en los· almacenes ~e rítima ó fronteriza á una capital de
;Leon, á todos sus habi~~ntes; ha- Supremo Gobierno en cualesquie, su administracion principal, podrá Estado ó al Distrito, no adéudago saber: que por el Mm1Ster10 de ra negocios que tienen que promo~ ésta espedir guia pará internar el rán en éstas el derecho de consuGuerra y Maripa s_e 1'.1e ha comu- ver ó agitar, ha obligado al Ex, .todo ó parte de ellos á otro punto mo, sino solo de los efectos que
Dicado el decreto s1gmente.
roo. Sí•. Presídente ·á• ,dispone\· que interior de la República, si asi queden en ella para su consumo;
,,Exmo, Sr.-El Exmo. Sr. Pre- rio debiendo dirigirse oficialínen- covviniere á los interesados. ·
pues de los: que pidan guia para
iidente de la República·.se ha sera té -al ·mÍsmO GobiernQ sin() ·1ás
Art. 2. Q: En estos casos, la otro punto interior, en éste paga.:.
-vido dirigirme el decreto que sigue; autóridade,s,,•.:gefes de oficina ó adminish·aéion principal espet1irá rán: el dei·eoho ·mencionado acnf
. ,,Antonio López · de SanJa-An- coi·poraciOnes 'qlie por ley deben desde luego: la correspondiente ditando el pago ,con la presenta.
na, Benemérito de la Patna, Ge- hi¡cerlo, las'démas-personaiilo ve- tornaguía de :laguiamaritima con cion de la torna,,o-uia correspon-:
neral de Divisiori, Cabal]e~o G1:an rifiqqen por representaciones que q_ue se intmdujeron; y exigirá l!,Cto diente,
'
Cruz . de la Real y distmgmda pondrfm en la forma y papel se- continuo del duelio, fianza-á su sa- · Art 8. ° Con este fin,, cuanOrden .~spañola de. Cárlo~
llado correspondiente y' por con- tisfaccion, de p1,egentar la _torna- do
dicha_s capitales 6, Distrito
y Ptes¡aente de . la Republica dueto ·del Gobernador respectivo, guía interior de la nµeva gma que se pida .. gma para : estraer á otro ·
Mexicana, á · los · habtantes de quien al qirio-ir las instancias á su es1iida, en el plazo que le señale.1 punto intel'ior el todo 'ó parte de
ella, sabed: Que ··en: .uso de las destinó las ariompañará con,:el in- . Art 3. 0 , Esta,nueva guia se un cargamento introducido en
facultades ·que Ia·Nacion se ha forme que creajú'sto y convenien- librará para un solo.punto de des, ellas,conguia marUima· ófron° .
:servido conferir~e, _he tenido á te; en la inteligencla de que cuan- tino.
. .,
.
•.
, t/?riza, citarán. los interesados e!l
J¡,ien decretarlo_ s1gmente: . ..
do carezcan de esos requisitos, no
Art. 4. C/ El plazo que se le sus ·pedimentos la fecha, número · ·
; . Articulo úmco. Las · vi~da~, serán aquellas adIDitidas pm,a su fije pai·a la presentacion de la y lugar de esos documentos; y la
hijos ó madres viudas de _los md1- curso ó déspáclío, cµidando la¡, tornaguía, se fijará. tomando en ádministracion principal anotará
yiduos que á consecueµc1a de sus autoridades ó gefes de oficina cor- consideracion fa distancia del puno en ellas la carga. que vaya salien.c
heridas ha)'.an !n_u~rto en la ~\ti- respondientes· de qu!éÍ esta dispo- to á que se dirija, el estado de los do, hasta que se agote la conteni·:
ma revoluc10n m1cmda en Ja!JSco sicibn tenga su mas exactQ cum- caminos, y un tercio·mas del tiem- da en la factura. ·· ·
,
.
el año rróximo pasado .Y que ~~vo plimiento. · .
·,
·.
po qu~ se considere neéesai·io pa,
Art. 9. 0 , ~as guias qu? 5:"PÍpor objeto la re&amp;'ene1·ac1on política · D;golo á V. E. de suprema ór- raque .el. c()¡;tductor vaya y ,vuel- dan los, adffiill!Stradores prmcipa•
de la .Rep~~hca, .gozarán_ · del den con el fü1 espresado y.. le asee ya cómodamente.
les en los ·casos íridicaclos, serán,
Montep10 militar en _los mismos guro de nuevo mi eonsideraciori.
A1·t. 5. 0 Lasadµanas maríti- poi· tercio ó bulto :Cerrado, y con
iérmin&lt;;S qu? lo disfruta? lo~ deudos
Dios y libertad. México, Julio mas, por consecuencia, poc:h-án es- especificaeion de_ !a marca y nú•·
de los md1v1duos del Ejército Per, 21 de 1853.-Aguilar.-•Exmo. pedir guias, ó para los tres puntos mero que tenfall en la factura de
manent~ que mueren en c_amp?ña. 81·. Gobernador del :¡l:stado de Nue- de ¡¡scala que permite el ardculo la ll\aritima y fronteriza.
Por tanto, mando.se m1prnn.a, yo l;eon,"
llde la ley de 24 de Febrero. de
Art. JO. Sien el aléabalatorio
publique, circule y se le dé el
' 1837, con los-plazos que señala del destino áque se dirijen se predebido cumplimieµto. Palacio na-,;--,-.,.
éste, y el decreto de 8 de Abril del sent!)ren Jos bultos ó. tercios guiá., cional de. Tacup¡¡y_a á 5 de Jtdio
mismo .año; 4 para un solo destino dos oon. diferentes marcas ó nú'·,, fie.·.1853.-.Antonio Lóp~z de
Gobierno de Nuevo Leon.-· que sea·precisamenti, capit~lde merosdel()s,señaladosenila fac•.
8anta-Á1¡na,,-.A. D, ;fosé Mar~a .Pedro de Ampudia, Gobernado¡, y Estado ó el Distrito, para los fines tm•a con arreglo al artículo .ante,
Torne!."
: ,
.
Comandante general de Nu,evo de este decreto, con ·e\ plazo del rior, se .deteriddm los efectos, aun
Y lo CQ!!lunico á Y. ]l. para su Leon, á todqs sus habitantes · ha- artículo anterior.
cuando estén conformes. en can,inteligencia y fines con~i~iente~. go saber; que pot· el Ministerio de , Art. 6. o Cuando. las. espi. tidad y calidad, hasta. que se ave~
Dios y li\Jertad. México, J uho Hacienda y- érédito público, _ se dan para tres puntos de escala, rigüe la razm:i de la discordancia~
. ¡í de lS5a,-Torne.l.-Exmo Sr. me ha comuµicado el qecreto.si- siendo alguno de ellos capital para que se proced!i á lo que ha.Gobernaclonlel E.stado de Nueyo guie'nte. ·
. . .·
,. de Estado ó. el Distrito, y lle- ya lugar. Podrán sin embarg,oteon.
· ,,Exmo. Sr.-El Exmo. 81'. Pre- garen á estos los efectos con· la entregarse al dueño príivia fianza.
Ypará que llegue á noticia¡le sidentedelaRepúblicasehasérvi, güíároarítiroa ó fronteriza, origi:- quease.,,aure·las'?esultas. · '.·
~?os y tenga su debid~ cumpli- do dirigi1,~1e e~ decreto que sigue. nal, podrá practica~·se con los ··.·. · ~r~ 1
Disfrutarán de 1~
miento, mando se publique por ·· ,,AntomoLopezde Santa-Anua, efectos que resguarda lo que. que- ven.aJas que-coneede al ·comercio
· bando en'esta Capital, y en las de- .Benemérito de la Pátria,, General da prevenido en_ lQs ·artículos ah- el presente. de~reto, los cal'g~men·
lilas dudadei,, villas y lngai·es de de Division., Caballero Gran Cr.uz teriores¡ aun . cuando no.. llegue tos. que estuvieren en cammo de
la compreusion ·de este Estadó, de· la- Rea1' ,y distinguiqa Orden todo. el cargamento. que espre-,- los puertos á ]as'capi.tales· de E¡¡_circulándosE,l (1 quiene¡,¡ corres- Española de Cárlos. UI, y Presi- se 'la f¡¡ctura de la gu(a, por ha- tado ó Distlito, antes de su publi¡mnda.
·
,·
. •·
· dente de la· República Mexicana, ber. quedado. en alguno ··de los cacion. en cada una de ellas, y de-· Montérey á-20 de Agost~ de á los habitant.es de ella,, sabed: -puµtosde. escala,'anterioi-es_,uúa los_ql!e habiendo.llegado c~nan1853.-Pedro de Ampttdia.- Que en uso de. las facultades que pacte· de .la cai·ga, · y pagaiJ?~e te¡wndad, 110 ·,se hayan estraido·tle
. ~antiago Vidaurri, secretario. la Nacioúse·haservidoqonferirme, de .ella. los derechos respectivos, los almacenes. de la administra,. ·
he tenido .á bien decre~· lo si- siempre,ique, haya ela constancia cion prin&lt;;ipal y hubieren entrados ·
1fUÍente:
·
qe•esto, ·q;ue J?revie.n¡¡ el_¡1_rt, l6 con ~1ia marítima.ó.:frontei;iz¡¡..,

J?l,

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PERIODICó OFICIA];..

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A~t. 12. Las preve:c~o~:s-;l~r~z~de
í•eal y dist;nguida ó~~-en )os · ,ar~;cel;~:de . peages; par~ lde ·e~1;r~sari:s; á cu;o· ~;1, -~to~
gracias del presente decretó, no: den Espiíñola de, Oárl.os m, . y que estén. á fa v1S\a e,n lús puntos jY _aquP;ll~s , !'e entender~u con
son de ningun modo 'aplicaBles '.Pfosidimte. de. la República Méxi- en que ei;tos se cobren.
_ . e) admunstcaéJpr. _ En ,o suceen las admini!;ltraciones suba[- cana, á los habitantes de ella,
Art. 5. 0 Los aranceles conten• s1vo este . formara el arancel pa. ternas del ramo,
sabed: Que en uso . de Jll\l .· f,i.- drán tambien las dispo~iciones con- ra cualquier peag~ que trat? de
AI·t. 13. Jj:l tieinpo que pue- cultades que Ja Nacion. :sE' ha ven,i~ntes para la :¡iolicía y trán- establecerse, en dichos c~rrnnos,
den conservarse en dep. ósito los. i;ervido conferfrnie; · n.é Wniao -á sito e los caminos; fas pe.n~.s que¡ ó en .los . generale·s· · que tiene á
efectos estranjero~, para los ob• j bien decretar lo siguiente.
deben imponerse por los directo- su cuidado. .
·
jetos de este decé~i~
~o~ a~-. Art. ·
~~ "."liifriiíiíiftracio~. r~s .Y recaudado!~ á Jos, q~e ·in.. Art. 9, ° Formados los aran- .
macenes ele la,;; a lmi11,islracwnes general de: carrnnhs •proqederá a! frm;an aquellos o no paguen los celes de los ti:a1?1~s en que pa~a
principales, será ·indefinido: los· formar · los •ara'nceJbr· de fos pea- peilges: la manera dé hacersé el el efecto se d1v1d1rán los camIgrin:eros, cuarenta0 di~ • ,sin .P~- g:es~9,ue ~qeh.ª~- establecerse ~n ~~ro de las c1:1o(a~_y _!ii ~SP!':~i- llo~,_ ~os, l1igos_ó_ ~an11~s, lospr8;
gar el, derecho,_ d,~ a11_n~~en~Je, 1?s.;que.. 11ene:"ft~suca~g?, .!~f~r, c,'.on
bole!~if.tº?ªs f~ pro-¡s?ntarR. la arlm1p1strac1on_ al -=g'olo,s re_S!!ln,tes~pagánd,?}~ á
~ipdo tojo_s tps ].U_e _eX!_s,ién:p_a- _v1d_e~1~~D,_\l,C~~_i:ia~~::P~~ IJUe, !ª ¡}l~r~~ :se}iala~do los e,.a~ges ea
zon de meélto real ruano por ca- ra. regulanzar y dividir: las - cuoc adrñ1msfrac10n general·. y los ele- que liai1 ele situarse las , reca.u:
aaJmno., .-· -- -- ,--..----- ta~_y_l1_al!er. efll_dtjv:Q._:§l! s:obro; 'peniife!!~E,SdFlpi\'gp',éjerzan las_fa- dacione~: y ~ro_bado quesea to:&amp;t. ·17!. 'El-pago'de ilíiriiChos 'li "c-úyO fiñ podt~á 't'ámbien ·sitúar cultádestiue se·les Confieran:
·do;-se imprimirán aquellos . con
de almacepaje ¡¡e hará preéis!-(- los. conti•ap~ag-es-qne esiim.1, c9n....~1:t/?)~~:Gcizaráu ~!';esc_e_p~jon las armas nacionales para ,fiJarse.
mep.te, por meses cumpliJ!QS, '·_sin ve'nientes, :prévJ.a Ja. aprobacion para ,el :pago He p1eag~,.la:s, au- gohde corresIJQnda, firmados -por
!lspernrla salida &lt;;lefinitiya delas del ,ministerio de fomento... ". tgridaHes,polfüca,;,.mjlitar!'S,Y 1:_cle- el ministro de fo!11ento Y el actmI!)argas para cobrarlo.
_ .
;A.rt. ~. '? •J.,os cami¡;¡pstendrf!P ¡¡iástjc;as.eµ,el_territCldo_,de sn m!!ll· nistrador de cáfumd~. (:¡¡;gros aran. Art.. 15 Los efectos libres de la direccion :y latituc! ¡.¡ne . :para c!o.: . l?s · judic[al~ .C.ll!!n_do. 11cre\li:: t¡eles · tendrán el .cará~ter Y fii.et:derechos c_ausaráu el.. de .alma- los respectivos tramos fij_e. el mi- te,n .qq(l Vl'\D á ~iligenc,ias d_el ,a, za : de ley; y á Jos · dos . mes~
~enaje, desd.e ·el día 'si¡:ruiehte al nisterio de fomento, oyendo á los mo criminal:; Jo~ ind.ividuos del contados .désde la fecha; ~e l:ii
!)n que se, deposite¡;¡ {'lll l9s .al- ingenieros directores, y á la ad, cqerpo _diplomá~ic,o .nacional y;e,s~ presente, · no . se, pagará, mngun
macénes de las adníiuistraciones ministracion de éamiÍ1os, Illi_entras t,.aajer9:.los general.es ,efectivpsp,t;l -peage, si· no ~e robra m,:,stl"d/!t
principi!les.
. ..
que ·por una ley. especial_ se· ejércitq:los.\nj,litares_qu_e_cainin\ln do los. nuevos at'll~celes, hec~
: Art. 16 Los ef!!ctos sueltos, 1estab_lflcen I:'18 reglas fijas· pa- fW:{1.1ª.n.do.;partid~s,..ClJerpos q i;l!- en la forma . prevemda.
; .
como el fierro .·Y otros, que no · r!\ la formacmn de éstos. .
v1~1ones1 con, sus trenes y : (lqmArt. 1 O.. En tóua la Republ1.¡;;e. realicen á buítos de'tei'mi.na- . . Art. 3. ° Conforn1e•á los artícu- paj'3:1), y:).os. ·que Uev~n- alggna. c;o- ca á ningun transeunte se le podoo, causarán .el .derecho ,de ,i.1- los70 y 81 .de fa ley de '7 ·del rµi§ion -~§pef!ial del sei::vicio pi1- drá cobrar,.,ni en los camipos
¡¡;¡acen!!,je, . cppsideran.do '.por bul- ,i.ctu!!l se. declara __ qúe es urgente blico,: 8$presándqse. a~í el). su¡¡ :pa:- \qúe atraviesan. J las. poblaci011es,
to el peso de siete arrobas.. :. y ·pertenece. á las ,servidumbres sapo1:tes: _los, ~,or~eqs ge la..na.cion, ¡ni en los que sigúéu á ellas, por
- ' Art, -17 Se deroga ·erar,t. 2, o de utilidad yiiblica ·e~ to~1ar todos c_uanc!J no'· ti:ansi_t(ln, \l~ - c;anúa.jes ¡ ~inipl~_ tr,áÍlsit;i de larruaje~
~el_ decreto _d.~ 2 del actual¡ que los mate~1ales. precllÍo~, p.ara la &lt;:rmtra.tado.~:,los. qarr~aJ~... ,y. bé,.'-¡•.oést1~, g_anado~ o e;arg:as; otea
li,mta el 1:n~IIDun: de plazo -p~- cons.trncc10!1 y 1·!lpárae1on de los tm;,_de ;Prop1e&lt;;lad _nacion~l:)o~ qµe contr1~um?n, .ó 1~pue~to . q?ll _e)
ra Ja exhib1c10n. _de la toí·nagma cammos, é igualmente los terreno¡; usen. los. curás y .. vtcai,o~ en la, 1de ,peages, 'destmado a· la apertll.·
~· deúto veinte dias.
en que deban1forrúarse:Cas~sp_íira cq111pr,ensi9.n QI;! SllS fe\igr_es~a~;Já,;; 'ra, • composicion y conserva.clóll
Por tanto, mando se imprima,,recaudai::peageí;, para depósitos personas que.hagan_ iguala.s.•pat·a de las carr-éter..is y pagode,stfs
publique, circllle y se :le dé .el ó estacfones,'asi•como··los ne-ce~ ~Illos .corioo, _sie,npre.,i:tue ,as acreedoi·es; · : . . ·. ,'..:, ,·.•.
debido curnplimientó. Dado en sários ,·para ampliar las carreteras. promQev'a la admi!iisit'acioi+ genePor tanto,, µ'mndo se illi¡iriniá,
el .!?.alacio d~, 'l'acubay~,, á, 1;3
:En consecu_encia, se tomará? di- ral,y las ápru,!:l~q~_ ~l ·gob_ie.rno, ~-u-, eu~líque, circu\e_ f ;se ·Je,. dé. ..~
Julio de l8oa.-:A.ntomo iupe:" phos _mat~riales_ y .terreno~ en .el •prem.o;_ y: por ,l!l'tl°!o,_Jo,¡_ llflCJ.nos ¡deb)do . cumphrrnento. _ P~acw
de ~anta-dnna.·-A D, Antomo acto que se 1Jeces1ten, ·y ¡¡1.'son de de todas las_'pobl,amones, por don-¡ namonal de Tacubaya ~- 2o. de
de Haro y Tamariz."
·
. dominio .parti&lt;iulai', l(Iego que esto de ·pa:,en. lqs camino¡¡,. para los; Julio de 1853.-Antonio. Lóp~z
Y lo !!~m~nico áV. E. para los se acredi1? por los due~os, con la carl'.uajes, g;¡n:¡'dqs,y, an[males 9ue · de 8anta-An1w:-A D. Joaquin
fiues consiguientes.
. . 1,presentac1on de sus titulos á los les pertenezcan, cuando. transiten Velazquez de L_eo11.''
.•
.. :,
Dios y libertad. Mlíxico, J.ulio: tnismos directores, procurarán es, solq por sus .i!Ire:deQOrils, · La. es.
Y lo comunico á V. E. , para .
13. de 1853.-Haro· y ·Táma.riz: ·tós tener ·un convenio con aque-' .l;ensioh.de estos será de un radio su inteligencia y fiues consiguieu: _
-.Exmo. Sr. Gobernador' del :Es, 116s para pagarles lo qúe.]¡eájtlsto,, de'dos 'leguas ¡ér¡ las &lt;".apitales_ y ·tes. ·.
. . .
e _
·
tado de Nuevo Leon."
. prévia ·la aprobacion del ministe- de una: legúa .en las de!Uas J:iu
Dios y libertad. México, Juc
Y para. qtle llegue á noticia de rio de fomerito. El pi'opiefario · .dades, :villas, plleblos, haciendas, lio 26 de 18-5:3.- Veldzr¡.,u:z cIUl
todos y tenga su debido cumpli- que . no Convenga en, la. ocupa:- •Y r¡µ¡chós, . roirliél!dose desde. el Le&lt;1t1..-. Exmo. -8r. Goperuador
mientb, mando se .. publique· 'por c1on-ó en los pi'eeio~, erttablál'á' centro de cada lug¡¡r. . .. _ . . del E~tado de Nuevp Leon}' .
banJo en esta Capitál, y' en lás despues 1,u recurso aóte el i¡upré- AI·t. 7. 0 De las escepciones conY para qm&gt;, llegue p. .. noticia
démas ciudades, villás y lugares mo ·gobierno y é5te. resolverá dé- cedidas anteriorm:3ute para el pa- de _tod~ y tenga sn debido éúrnrle la comprension de este ·Es- finitivamente,: oyendo: á l¡t parte go de peages, solo su':Jsistirán las plirniento, mando SAp'ublique por
-tado, circulándose á,qúiénes·cor- quejcisay ál directór res_pectivo, , que est:én· estfpulatl~ .en'.édiltra, han.do en esta Capital, y .en lás
responda
. . .. . . . . ·
&amp;t:4. 0 ; En él caso'de abrir tos formales y sean ,detiempo fijo. demas. ciudades, villas :Y' lugares
,. M;ontetey á: 20 'de A:gosto de· nitevos caininos ó. variar la direé- En lo. sucesivo no habrá ma., es- de la comprension de este· Estil-l853.-Pedro . de. :Ampua,a.-· cion delos ontuales .sobre tieitas cepciones ·qué las qtle e$presa el .do, ci1·cüláni:Íose 6. ·qllienes .éor8antiago V1daurrí, secretat'io: de partiéular'es; y'en el'deqtte_,ha- ártículo a:nteJ·ior, ,.ni aun con el responda. .
.
. ·
· _;
-"--'-'.-''--ya necesidad de destruir ó;tomár p1:e~esto d~ abrir .. ó componér .caMonteiiey á 2_0 de: 4gosto_ de
.....•; . .
. . . • edificios de éstos, se obrará eón· tnmos, puE$ esto . toca esclusiva- 1853.-· Pe1lro, de -· Atñpudfo. 4
... Gofüerno . de· Nuev,;,- Léon,-':;'· ari'eglo á-' los artículos, tlel .70 ..al mente á los dirll,Ctores ingenieros, 8aittw.go V tdaurl'i, ·. secretarío,
Pedro · 9€\ Ainpudia, Gobemador '77 de La referida ley .. de 7 del nombrádoi; al efecto, ' ; ...·
. .
Y Comandante general de ~u~-' áctual, instruyendo el espediente' .., Art. 8. º· Laadniiiíistracion 'ge,
.,
.vo Leon, á todos SIJé, hablt,1~-· la, administración gflne'rát. con los: nerál •J;e., hará ca:·go de. las, re; . "' .. , . . .. · ,. .. , 1 .,. · . , • .
t~ li?go · salier; que ·por. ,el ~.h-' informes de fos directores,; · Cuán-· caudacionés que boy, existan en . Gobierno de . N.uév.o, Leon,':'T"
•!11ster10. de Fom(:lnto! colomzac!cín, 1 do se• encuentren edilicio.."', c~rcas, algun· lago, .Cánal ó' rio; y forma- , Pédro de . AmpucUa; ¡ ,Go~i:rilactqr
lll~ustria y c~merc!O' de la-lte'- i1•otros•obstá'.culoseu·los caminos,: rá:'los a:1·anceles .dél ,pásage que y Comandante ge1let'aL de Nu~.puo11c~ Mex¡c¡ma, se· .m~ ha• ·s'ffqbrará en los términos prev~ ha de .pagarse, tal} o en ellos co- vo Leon, {¡ todos sm; habitan.tllS
é01nur.1cad°. .el gec1:eto s1ii;u1ei:)te. ni~o~ ..en' este .artículo; ,quedandcl tno en ,J&lt;[s 4,ue 1 en lo s~1cesivo hago saber: que porcel :lt:fa¡ist.;-í~o
. : ,;EJUI).o. ::i1.-.,-.li,1 ~xn~o. l:ir. :Pre- probib1do·que- se fabnque• en la sean navegables. Tamb1en re- de Gobernacion se me ha comum·~1deute d?. la.. ltepú:011?ª' se. ha· estensi~n y latitúd fija?ª ,á. a.q~e-: forrnai:á ,!os actuales ár'ancele_s de. cado el decretb siguiente..
·
!f_erv1tlo dmg11me · el, decreto que llos, _l:)a¡o la'.pena de, destrm!'8e.m- p~ages sttu,a.dos en, los. caminos, 1 .,,Exmo Sr.-El Exmo. Sr. .Pf!!·Sigue.
. • , • .· • ., , . , . ~ed1~ta,:men~e lo q?e sé.haga, 1~- que conforme al .?rt; 4. 0 de.la sidente s.e J.í,a. s.ervido dirigir,uJ -~l
·. · ,,Antomo ll,ópez de Santa~An- ·fr1og1endo esta· pre-veu_cmn. .Las ley. de,.J5. de, J umi:&gt; del presente. decreto que siO'ue:
na, .Henem.é1?~,_de¡a,.pát1:ill,, ;de-jdispo.sicione;, ·conymid_as .eh .este año quedaron~ cargo de las autg~¡ ,,Antouio ..López. de Santa-Anueral de dim1on, OanaUero· Gran artíc¡¡lo y e\ anterior, se insertarán ridades locales, ó estén en poder l na, Bene¡nérito de la Patria, Ge,,

ª.

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�,.: PERIODICO :oJl'.ICJliL.
neral ¡de Diviision, Caballero Gran Octubre de 1833.,
. :: . . "'
ría Jo:, qúe ,se 'recaudé eri ella¡ de
·s;Foúgá;.D'." Bernardo:,~ :::L7,f
Cruz de la ,R.eal y •. di~tinguidá ·· Por tanto, niand6 se: imprima; manera ·que en la. tercera .y :á!:
. Garza.,Gam{a;J&gt;; Ignacio:-.•.
Prden Española, de Cárlos ID, publique, circule y se le dé el de- tima: remision quede énterámenté
. r Gopzalezp 1). '.!!]leutério, · ·:: ,
y Presfüente··-de ·7a Repiib11ca bido cumplimiento. · Palacio ná, cei:rada y concluida la cuenta de
O'Farrell, D, T-0inás· .; . "";
Mexicana,-á, los habitantes de ella, cional de; Tacubaya,_ á. :l. 0 de adeudos peudientes de ese Dis;
, ·T'amés'¡ D; ~stevan:
sabea: ·Que üs:indodelas •facul- Agosto de.: 1853..:...:.A_ntonió Lóc trito; .debiéndose :Jar• cuenta• de
tades que la nacion se b¡i servi¡lo pezde:.Sa1tta-Anna,-A:, D. Teo, C'.3-da .remision .al qobiéri:ío. · .
. EN. O,ll)EREITÁ JiilIENEZ:; . :
ffmferi~rrie,,. he_ ,te~idp á bien de-¡ dosio Lares." . ·.· .. · . . . .
. · ~0 pudien~~ descdrioce1: las ¡111•
cretar. lo sigmente:
.·
.
Y lo comumco á V. E. para su toridades poüticas cúanto se in,
Diaz, • D. Bias Marfa, L:
.A,rt, l. 0 Toda congregacion inteligencia y fines iconsigu1entes, 1teresa la admini~trácion .del Esta:
.Walton, D. Frarilcliri•:B;.JJ 1.u ·
Qe . falllilias estab\ecida con cualDios y libertad. Ml&gt;xico, .ágostd do. en. genérál y lá de los pue:
•r, , --. :-~ -: ..,.1Li
quier titulo ó carácter, en terreno l. 0 .de .18~3.-.Lares.-&lt;Exnio; blos:eil · particuhit en ·que esos
, EN. LINARES.•·, J: ..,'
pert,éneciente á ~o!"inio_par\i~U'- Sr. Gobernador d!ll Estado· ·de adendos _e1¡tren. pronto á _las, ar~--:·,::,,-~ t~·~_::""",1
lar, no podrá . erigirse t'n solicitar Nuevo Lean;'' . •
.
cas. públicas antes de ·que eLserKelly, D. ,Pearo Santiago.
Íie le erij~ en poblacion políticaY para qué llegue ·á noticia de vicio. nacional sufra . los trastor. · . Noriega; D. Jos~ Sotero .. ' ·
p,1ente organi:..1da,. sin . que· pÍ'Í• todos y tenga su debido cumpli- nos y J:!lales ' que · ocasiona la áb:
' .
mero haga constar el espreso y-ti, miento, mando sé publique por solutl! falta ,de numerario, ·como
FARMACEúTICOS.
pte consentimiéntd del propieta- bandó en esta Oapital, y énlas sucedería indefectiblemente.resin~
río del terreno.
.
:. · demas. ciud~des, villas .. Y lugares tiéndosy entre otros el que· .á toda
• EJ:,/ l\IONTÉ!Ul:Y.
Art. 2. º. Faltando. e~ r~i4isi-: d~ la coniprénsion d~ este. Estado,¡ costa, .debe evitarse, la: insegúrito &lt;le que habla el articulo ante. c1rculándose á qmenes .corres- 1~ad en que caería la frontera. co· .Garea ,..Garéla, D. Manuel
rior, ninguna 'autoridad-tomará en panda.
..
· ·:_·,. ·. ,imo.resultado ·de la carenc.ia .de
María.
consideracion las solioitudes 'que
Monterey á .20 de Agosto dé recursqs .pecuniarios, el Gobierno
Sepúlvéda, D: Vicente. · .
sobre· el particular se hicieren.
1853.-.Pedro de Ampudia.- 'declara que a1 terminar el plazo
Monterey Agosto 9 de 1853:
. Por tanto, mando se imprima, Santiago .Vid,iurri, secretario.
fijado exigir!, la debida responsa: _.J. Ignacw Garza García1
publique, circule y se le dé 'el
'
·
bilidad á las autoridades políticas secretario.
.
,
j:lebido cumplimiento. Palacio del
y recaudadores que den lugar
gobierno nacional en Tacubaya, GOBIB:R:~O ·
LSTAJÜ, á ello, y ésto irremisiblPmente por Gobierno de Nuevo León.~
Julio 30 de 185;3.-.:..Antonio Ló- - ' - - - - - - - ' - - - - - - ' - - demandarlo así ·la gravedad del Con la atenta .. nota de· V. de an;
j1ez_ de 8a7:t,z-Anna.-A ,D. Ig. . , , ,
.
c'.18? ·Y el. mejor servicio de la na- tier reéibió este :Gobie~no la: li~ta
nacio Agmlar." ·
. .
· Gobierµo ,de .Nuevo ;Leon.- cion. ... . .·
. . Ide- los profesores, médicos¡ ciruJª'
. Lo que comunico á Y.. E.para Circular núm .. 52.-No, obstante • .· Dips :y ·libf'rtad, Monteréy. á. nos y farmacéutico:s que legalmelÍ)
s~1 i,nteligencia y fines correspbh- e\ encare,;:1~ien!o :,;:?_n .,&lt;l\le 1.31 Ga;- 16 de. Agos(o' &lt;le l,8~3.-' Perl~o te ejercén· ·en ·el ~stado, cuyo dó, .
füentes. .
. •
•
,. , , bu¡rno mando por circular n,úmec ·de Ampu&lt;lui.-· '/antwgo. V1-!cumeuto será.,oportunamente pu:
Dios •Y libertad. :México, Julio 'ro 14 de 29 del último Marzo da;urn, secretario.-Sr. ,•A:Jcalde '· blicado e1vel :Periotlico·oficial có,
;io· de 1853.-Aguilar.-.
q:1e se cobraráµJ?s °;deudos p~n-, 1.-0 ,de......
. .... , ·
. · molo·, ddea el Consejo dé salu"'Sr. Gobernador del Estado de dientes por contmg-entE,Js atrasa-!·. , . ·: . , . ~-""";;..
· .. , i:Jridad,
,
Ntievo ,Leon." . . ' .. ' . . . do~ pará 1llíviar &lt;;ó~ eJ!os las~~¡ :: . Gobie1·1)~: dé Nti\¡Vó'., Leon,-:- '. Reproiluz6ol{v: mi distlnguiilá
. ' y : para que llegue 'J n~tiClll c~sec,;¡; en que' queyio .\a .ad;13i:¡ 0'1~·0,uJ,ar·num. 53,:;-r~l. &amp;mío, s~. cóaside¡'aciim' y apte'cio..·. . . ;
flE: t,?dos .Y te.nga Sll debi1o,.. Cll!l1\ mstraclon ~or :ra~ta de. hacu~nda, ¡ Mmistro de G?bernnc!pn ~-0p,f~-! . Dios ' . . ÍibJrcid.: . j,forit r/
p.hm1ento, mando se publique por· no ha temdo dicha. circular el, cha;5 . .de! cor11ente-dice a este 'A.··. ·to.
d.,
_.••'¡,•'.1.r
bando en esta: Capital, y en las efecto queer.a_deJ)~perarse, pues! Gobierno lo 4 ue sigue.;_.:_. ... ,
'd .·~. ~:,1853
f· ..'. jr~ro '~
Í:lémas ciudades, 'villás y lugares segun los informes de la Teso-: .e, -~;'Exmo. •.sr:.cc:.'Eh.&lt;Rxmo. .:Si·. mp: !ª~ an :;.go z
1P.iésidenie. ele la lle,1··,úbÍica. ·se-.ha .8d,ecl.\"C~· ~1P:. d. r¡ , 'd.icd~..,dplreEsi -t~nd e
de la com.p1.·en.s.ion
realiza
,•
. , de. .este
·, , Est~. rería ·aun,
.. · - no
.. .. ·se"·~··- el• cobro
.
• .
. .. •
, . . , e onseJo e sam a e s a o.
po,: cu;culandose a qmenes &lt;:or- de la mayor parte. de dichos servido -d1Spo11er,. quecrnm,ediata- .... \.
,,, ~.. · ·
· .. ; . .1
responda... .
· ·
·
.. adeud~~,:_que c~nsistian_ c1;1~ndo mente:q~e 'se~ri iiprehéndltlos, err ,,•,,v ·•
, Mont~nw .. á. 2(), d~ Ag9s.to !le · esp¡q10 la circular mthc.ada, es? Es~do los !adrone~-en. _c1;1~- . ·, ; ¡. .
,
.1.
He .1853.-.Pedro de 4,mpudia. en 44,208 ps. 6 rs. 5 ¾granos .. dr1lla, . se pongan · á &lt;l1Spos1c10n INFORME :MINERALOGICO:
·'=santiago Vidaürri,'secretatfü. . . .Y, coµio, ,las. eyca'si,ces., c).e! de .Iá autoridad militá1:,espéctiva; .· .. ·.. ·.. .. u ,. .. :u é 1.,
·
la administracion han subido de: y•que las aut01-idadés de -cual-! :,Exuio.,Sr-:-GoberhadorldeNu&amp;:
.....:.C.... p,unt~,
hahers~ mµlt(plfoado; qui~ra 'i e.fose· ~ue &lt;~erlfiq~ten la, •VO Leo_n, Genera~ ·.D, Pedro:
, , ..
..
los gastos. y no ser posible po-· aprehensión· se~n-re,;p¡msables, de •,Am.pudia.,J!aso , á ·evacuar él m;.
., Gobierno de Nuevo Lean.-·· nei: de· pronto en' corrí.ente Ías la:;custodia y' lieguridac( de los forme que V;.•llse. ::,irvió PÍ:lc""·
:;¡?edro'' qe' :Anipudiá,. Gober¡¡ádi',; contribuciones . directas, cuyo· ar- reos: :entretanto se t!OU~ignan á la clirme .sópre el distrito mín:erál ·.de
,y Comandahte general de Nuevo reglo peniamla tiempo é 'ímpró- primera,-.Lo : que· tel!go el ho- la Jfacierida·de. la :Rinc'Onáda,d~
;Jt~o!11 , ~ toi:los s11~ hab\ti¡~~ )l.~- pos tr~oaj?s,. e_l Gobierpo dis¡icí.i °:?r;de déc\r á y.:~:'· J?~ra que ~~, .cuya ~plól'ac.ion. científica.: :~e
ga saber: que, ,por el M;m1sbmo ne que los_, recaudadores del_con-1 sir.va nl_anqar-- a -l~s de• es(t•Esta-: S(!premo:.Gob1erno me b.onr.ó .de
de JJüstiéia, negocios eclesiásticos' tingente· auxiliados por las j&gt;ri.'..' cló; elhias!exaótomunplimiento de' encargárme elr ,dia · veinte: ycdos
é insfrúccion pública, sé ni~ 11al meras aut?rid;,áes-_p!)littcas-pro-f :esta'si:qirernfí• di~posiciotí."-', · ::,, : aekmesnpa!;ado:.. :,.: .., e: ::•. e,;
comunicada-el-decreto siguiente.1 cétlan iííinedilítameñte ti ·hace~ Y lo inserto á V. para sti cuni-! 1Las .dos •corBilleras,'. eri: lcuyti
.p¡ .,.,~xmq..Sr,-,:F¡I ~lémo, ,S,r., P¡-e~ ~fec.t~vo f el· cobro\. ~e,lo~.adeudos: plirtdeñto_ 'en; los ,Jagcl,i :oéürre1ites' ·valle ;~t,á. ¡!ra_zado l todo_ el , .crunr.s1dente.de la República :se ha ser- pendientes ·de_ 9.qe se trata,;y.que en ·e§~ D1Sfr1to,. , . s. , .•.. . . : ¡ no. real que va:ae:¡\fonte~éy :Pa&gt;'Vido dirigirme el decr~to que. siJ en donde nb · éstéri ·pres~ntes di- ·· Dios,Y. liliertacl. ':Mobtei·ey'íl 22 ra,·.el Saltillo, . y entl'.e, ·:Ja~n
·'.,.'iie. . · .. . ..•.• . .· .,: .... · ch9s recatldadores;'• lo -hagan 'los de, .Ag'ósto• de 1853.-·'.Pedn;¡ •dé queda arrinconada la drclia., h:al
,;-Antonio L6pezde Santa.JA:mia/ que" áctüa1niente . N~gen ~n.
Atnpitflta.~8a'ntiág~· V)d,ázú'.ri; -cíenda, :son de 'tlmy :-diíerente' na,~;I;!éi\E1Illéri(o qe 1~ .Pátfi/1,, General p_ueblos como empleados de ha-¡ secretado;-·.Sr. Al~aldé 1.:&lt;&gt; de..'. .. tui-aleza;. .· • L • ;Í:. ·, :i &gt;.)':,•~
,de Division Cabálléró. Gran Cruz cieñda. ,. . . .. , , · . . .: . -, , , 1. '· ... · · · · , ·, .•
, ., Enla co;di1lera,:lado1¡Nótte,de
0
1ie la Re'al distirig-t:Íi·lá órden 'EsComo .e¡ip.agó de tales ádeu-: :OONSEJO de. $al1tbridud , de la fo1cienda cuya culÍiJ?re ihas: ele-pañola de ,Cárlo~,III, y.Presiden~ dos !!º. h,a.. déBido dila9rse_',:p?tj
Nú'éij/J'J~eO'rf-L:Lisi,;i: nominal v~da ~ubinios'.len,ibns~:~~,u~a
_te de la' R~púbhca :tvfoxicaha á; tanto tiempo :ni puede p01: nm;-i 'lle tor íít:fúires 'prufésares de mma:ri~a, ,de_le::qne;s~itema:runa
'los.babitimte.sde'e!la, sabed: Que gun mótivq 'c9ntinuar esta tlila-'. .,: ''il'iediciz¡a¡ cit-ujía .Yfarnwcía -relac1011 muy:mcierta;,nose,háll!l,':en uso de las fac:1ltades q~e 1~ p/op,. ~!:.(lopi~q¡o _fija oomo; im-¡ . , q~e ej_e~ce,n légafoiéilte 'en e~ 1-b(!n ilndiciá~ ~e. m_etal;_ hi, éS• pr~~acion se ha .,ervido conférn-me; ptorogab\e .el, térmmo de tr~s se- . · Esta'do.' '.l '
' · • · · - ·. . 1Jable,,q!1e·d1cba .. sie11•a,. §eat ID~1
. he tenido á bien decretar lo si- manas contado 'deslíe el dia · en:1
,. -· ;;_; r:l : ., ,,. '
• ·- .· ! lífera,, porque ·en ·:todacrsu esté}lguiente,_.
, · .
. . qUe se 'réci\ía 'esta órden en ~á-!
MEDICOS';C:fRU~ANO~. : -sioU: se co1ripotlif de, una cáliza
Poi er. decreto dé 22.-de .Tunid da Dis~ritó, para. que · deritro 'de1 • • ·: • ,¡, .'.•~
, azul~ja, ,oolítioa,. cori~hif.er~,r qúe
de este añb, no se entiende res 0 ese l!lISmo, térmmo quede·del
·fi;:i;' :M'oN;ERE\I".'
' en 1nngu11a. parte del•-Estálfo ,se
""frffileéida la 9.b.acioi¡ civil de pa~ do cmnplida¡ previniei¡do . á: Y,i
..
.
.
. . . ! -ha eacontrado ,con ':'étil!i ~e. -m~lgar· eldiezmo ecleiásticoque man- que al:. fin id¡¡ .,cáda senmna . re-!
";Ayala, :D. Cárlos. •, · · . · · -; -tal; , ;EL color ·ve1·duzcó;_ :araandó cesar la •ley general de Z7 de. mita prP:CÍsaiñente á, la: Tesóre- :: • ·. Qostadza; D.• Pttscual.· 10 •' • lle~to,y'rojizo d~ st1s~•c:rl:!sto11es:·y
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f)ufas que suelen llamar la aten• el, puerto de Cortinas, hr cuesta para es~~.¡bir y ted~r cas~; qúe Ja cadena. con ql!A andaba. , 1..
~ion'.de los pasajeros, es solamen. del Indio, las "Adjuntas y el ,ca- se hal_lit-• en los alb1os casi ·.de, to- llfonterey 'Agosto 25 '•&lt;ld853, . ' · '
te superficial. y ca115ado por, una ñon de Urbano, gastamos un .d(a das las'•12añiidas y atToyos, forman,
)enta oxidacicití de las partículas entero, pasándo la noche siguieo; do así la báse general sqbre la que
fierrosas que .contiene; y lo que te en !amajada del Agua del Ames descansan las .calizas pizarreñas
parece creston ·de veta, es cabeza ricano, en' donde hay 'dos'hornos y'.-oolitica~•q~econstituyén_ las:cer.
de las capas del mismo cerro, las de fundición y dos galemes.: . · ran!ás .pnnc1pales .&lt;;le! terntono de, :Recaudacio_n principal 'de cóntribución.,
.1· .···t , ·,tablec1das
_d 1\ec!/!sdel Est;idod~.Nu'!_vo Le~n.-Re,.
q ueporunodeloscataclismospos- La cantidad de metal que en todo este .Estado.
"d .
por el supremo_decreto de 30
teriores á su nacimiento están en ellos, segun· dicen, ha fundido un .Y sa1van o siempr.e as rec as de Mayo próximo·pa,ado las contnbucio,su totalidaddislocadai¡ y mas óme- tal D. Francisco Serpentín · de di.sposíéiones de. Y. E.,. m.e .ca.be nos direc.tas impue,tas sobre
los 'ra¡j,oi que
·
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•
d
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se, fl_spresan en .el art. J 0 de d,icbo decre.
nos perpendicularmente paradas. los Estados-Unidos del Norte, ha0 a satis acé¡ob , e protestar e to a to, y siendo una ~• eHas ¡~ qao _rae••. , 0 • t
Otra c~a sucede con la cor- ce cosa de veinticinco años, no mi consideracion,- aprncio ..y res- bresuelt!os, _salanos-&amp;c. que.satJsfacen las
dillera que al lado Sur de la puede ser considet·able, porque el peto, . . . ·
corporaci~~~•
y, 'í&gt;)P.liculares
de- toda,,cta.
ses, .SEi advJerte·a
.. todos J_os, quese·hafle11
Rinconada y del mencionado ca: respectivo pozo que compóne toJ\1.onterey ~ 3 de Agosto de en el caso de debér pagar este impuesto
• ·
tí' d desde iiOn
};_• t e- da 1a·mma,
· •
¡¡
• d'
1853
· Fedenc
1.a obligacion
que estan de pre,entat:í.
IDIDO· :,e es en e
IlO ega a tez varas
, ..-·- O 'TVeidnet.
esta
oficina fas.enmanifestaciones
ile que harey hasta el Saltillo, formando al cabales de profundidad, y sobre
~· · bla el art 12 del decreto de 6 de Abril de
¡nismotiel)'.JpolafrenteNortedela la ley de plata y plomo que se l!IÓNTER'El:
•
. .
•, .
.
1842,dentrode:términode_qJ::mes,conÁGOSTO'll) DEIS:13, taúo' desdo. esta fecha,,adv1r¡1eodose, que
,,Sierra Madre" dicha. En ella pre- le haya sacado, no s'e tienen tam- -=====-============ lo, attículos relativos de este Jec,eto 'van
domina la caliza azul, pizarreña, poco. noticias fidedignas; pero el
copiados :ti q~lce de este aviso, ¡íaia · qtÍ•
la que es casi la matriz esclusi- asiento de plomo blanco que fa,[FCOMEl'4.,g]
nadie. al eguo igqo;ancia.
·
va de cuantos minerales hay en oilmente se obtiene moliendo -Y
ARTJCULOS QUE SE INDICAN EN l!:[.
este Estado.
.
lavando en la cuchara el alma&gt; ' ·E~ "!as tres noches anteriores, rsto es,
'AVISO ANT~Rron.
desJe e1 22 has~ ayer 24 del actual, se
Acercándose .un_o _al puerto de gTe 'amarillo que· va de plan y ha. observado' nao al Poniente do esta oiu- Art.12. En el primer mesposteñorá la
Vivanco, divisa ya de lé¡~os un \re-. frente en el m~ncionado. pozo, ·ha- dad, . &lt;lejántlose: ver. desde. ·al Óscure,c,8-r pu~licapi~r:f~A ~Hl3 decre}O en Cd.da Jugar,
hasla.cOsa ·de las.siet8 y i1:1edia-iti .que~-ª Jas corpOrao1011es y parllcularos de toda~
tarron pardo, oscuro, el que de la cen ver que esta veta y .Ias.an- 9cnlla, lo coa! verifica· en la· GÚSpide. del clase, que sati,fagan sueldos, salarios &amp;.,
cumbre de la Sierra por todp el tecedentes son de una misma cla- cerio llamado de las Mitras; sa cauda· 1a por cualquier título,, pasarán á l_a ......
, b ·
]
h
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estiende pprpendiculanµe_ute al· zenit, 1 recaudador~ respect1va una manifustaotoli,.
re!IZ ªJª visib emente asta don- se Y ta vez de un mismo cuer, su tamaño 'aparente no excede de tres que espre,e lo que,_pa2au á sus criados, sitde, queda _ce,nterrado y tapado por po.
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grados;· que eg~ivalen á' una- vara: su ,vienlet dopendiente, f¡:c,, que 'ª hallen en'
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moyirµientoparece ser de ·N~ o.•áS. E elpropielugar,yestén.ene~easodt:!._deber
e erreno e acarreo. que pFeCIa an ura e una. e as res y que riene da. su afelio,;, su pe,!helio, pagar esta contribucjon: dicha manifosla.samente se ·halla en l¡¡s 'laderas cintas en' qlle está dividida la vec 6 de su mayor ·á su menor d15tanc1a res- cion,espresará la calle ó rtumero de la. hade toda Siem¡. La dicha va_ta ta madrn, del Americano, las obras P.•M•
.&lt;!el ~01., Su mµ,leo hasta ahora bítacion del man)festa,nt•¡ ó las señas qne
aparece'., como· de nna estrena de ~eguada demuestren Ja. s1tuac1on d!l! ella, -Jo~ nom..
tiene ·poco mas 6' menos de .diez .interiores y esterÍO!"eS que ya es: magnitud y. la -densa nebulosidad ó mate- bres y apellidos de los ,;salariado~ lo que
varas de i¡ncho y se compone su- tán hechas, .y la ¿ertidumbre de ri~ g,a~eosa. que ª.º. ~! •• observa, _irppide gi;n~n por- soelqos 6 salario, y alimehto",
.l
d
de~erm10ar, · aun visto· con . el anteoJo, , eJ y si .ilguoos no viven en la propia casa,
perfi cia mente su cuerpo . e , una que hay metal, SO!\ otras tantas tamaño ilel, disco. · ,
cual sea la que habilan.
.
variedad de Qlinerales fierrosos, ventajas para su esplotacion; pee · No es segur.¡mente é,¡e cometa do los -Art...Ja. Los Admioistradore~dehaciencpmo almagre, ocre, fü~rro
amari, i·o para emprender en ella sería tr6nomos
pocos cu7amodernos;¡·
marcha 'es
conocida por los as- das, mayordomos de mon¡as y cllaÍesqniera
.
puesto que no nos Jo otros particulares aM.lariádos, encargado.9
llo, pardo y rojo, revuelto con os- de absoluta-neoesidad el abt·ir anunciaron antes' e so 'aparicion. Noso- de negociaciones que·,ae pa.an. ási p!O• •
ato Calizo, salitroso. y g·l'an~es un camino mas corto y -m~ có'! tros_sego_irémos pbser!:inclol'? en su curso- píos sus salario1i',' darán por- :r las mani•
Y. ~d1!ecc1on par.a manifestar en nuestro ~e- ft?stacioneS'-do que trata el- artículo an-., _,
P
fragmentos de roca de los uíismos iuodo, -ya sea pol' el Ccajion del r1od1co cualqmera cosa n~t•~le que ID!· (erio,, comprendiendo _en ellas !US propios .·"'
,e~p.aldqs, cuya narcial destruc- Americano Ó sea por el Culebrea- re~ca se; p~s\a \'\l conoc11n.1euro d~l ~µ- ,¡danos Y los· que satJSfacen ¡¡, los demtrS' 11'
r:
~ho.q.
· ,
·
dependientes y sirvientes de toda.s ,clases
cion es la consecuencia precisa_ 'dq, las_ pliicetas y .. el pqerto de
&lt;le fa negociacioa en ,qua se hallan: pero
de la formacion de toda clase de Vivanco. ' • '
''
''
--estas, manifestaciones deberán comprobarse,
ve.tas.
' ' ''
. Otros escarbad.el'OS que se cobien
con el visto heno del dne!i.o, patront
.
O contaduría. á que rindrdl s_u! ·cocotás,_ 6
. Como la veta 1ie, que habla- nocen bajo del nombre de Ur~
:MILICIA AOTIVA.
bien, si esto no fuere posible, con lascuen,
:nios es enteramente nueva y vír- bano y de. ·las Adíuntas
en
el
tas
6 libros· del establecimiento.
·.
..1
. .Art. 17. Si al hac8rse ol pago de un ,
gen, no se sabe efectivamente, creston que divide los cañones No obstante la escasez de recursos por trimestre'. hubiere ocurrido alguna vari,.. ·
si tiene metales útiles ó n6; pel'o ._d.el An1ericano
y de Urban.b, son ser con mncb9 supeñores las. ateocioJ::1 9 s cian eq J~·persoqas Q e'nJos- sueldos da-_;.
t J
públicas á los productoS da Já hacienda, s8 los cansante:; ~l ·patrono, admioistrador, :&gt;
ague11 a SU guarda fierfosa que d_e 'SemeJaUte Da Urtit eza; y como está. organizando el bata.Bon activo de esta corporac10~-~c., q_ne deba. hacer el. entero·
en el rqineral de Boca de Leones tambien, varias vetas quo he re- capital de que ya hay un pié da füe,za dorá aviso da' ello' :í la ~ficiaa, p,.,..,._~
. d d
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.
.
considerable uniformada con ulla excelente taodo su boleta, para · qne haCiéndose. en
11aman·· tepustete, DO d0Ja it a COllOCl O en 8:iíOS a_ntenores en- ba_nda _de música.· 'Ademas, se está ,cons:. ésta la. reforma consiguiente, el entero de
'que en mayor profundidad encier- frente del rancho de Higueras y ¡ruy.• nd \&gt;" n stªªfiO
crédito, para los ta contribacion se_ arregle á ese nuevo
d l o·
r
11
l .. - reempi~~os-qy.e deben venir ·pronto da Io;s dato
ra metales de plomo Y plata; y en e ~o-ca 1ente, e van e mu¡~o puebl•s. , , ; ,.
, '
Art 19. Los patronos, - oncargados do
.efecto, su rumbo qüe es ccinio el rumbo y linea y las mismas pin- , 'Hqy, ha .llegad? nna _com~~fi{a ·de ,il¡a e,talllec_imie_n\o.s,, &amp;c., q~e Olfl\tieien Jiaoer
de la Sierra, de Oriente á Ponien- tas de almaoe-re, es,pat-o calizo,· fuerza del E,cuadron do l\farln, montada, la 1nanifeSlac10n prevemda en los. artículo,
armada y uQiforínatlii:.en su· ma}'or.- parte; 12;"-13 _y·· 17, ó que- habiénUola hecho hu•
te, ;SU echado que es de ochenta plomo relu111bron y. blan,co como de suert~· qqe pa,a ,la !•ria se :&lt;:Uen)a con biere,í ,faltadó ,á la verdad, ;igcurrirlin en
al s. ur, su 'panino Y su si- las ya referidas,, se, !lpe supo- fuerza basiante d~ wmc,a ·activa para una mu.Ita igual ~ la cuoia que debiera
g rádos
.
fi h
.
l . al d I u· , gualdar et•órden y 'dar Segaridad~Tmpit!iell- satisfacer. _en un añ_o el iildiViduo oColtaJo,
:tua~ion geográ ca acen-mas que :ner- _que. e mmer
e a , -"'m"' do)os .. _robos y otro~ eXceso~ qa~ 'SO() fre• á _cuyo .sueldo: :se· desfignre. . . _,
.,
probable que ella no es otra· cosa conada se estiende _:;;in cinterrup- _cuente¡en~st ª-º1ª'e de re~oio~es,
·
Monterey Agosto·rn de 1~53.-.f; ·Fran" ' ·
·
·
q ué la corttinuacion del., 1uismo mi- cion desde Santa. Catarina hasta fOLlCIA DE SEGURIDAD. ,;,¡o de Rada. ·
neral de San Pablo que 'hace po- Higueras, , .
.:i ,
• , , .,
- . ,
.•
.
• ,:
.cas semanas por mí impulso se
Como hasta, la .fechii no s.e ha obURRENCI:A.S habida, a.i 1s al 23·del.
~uperiQr d~ Hacienda de Nn••
empezó. á esplotar bajo de buenos trabajado este mineral en pr!lfun- ,, 'f"'· il•;l,qJ,e,cha, "g"" los portediário, ~el vo Gefatura
Leon.-De órden del :Ex.mo.: Sr.,Go-,.
1
1
1
4
auspicios e1;1 el potrero de Santa .didad que pase de ocho var&lt;1s, no ;:, ~'ª, ª')•~/• t'lªªªPi • · .
· · bur~_ador y Co~álldante_ geóar~r .do e;,teEsta~o- fettha 16 del corriente, Be liaa
.Catarina.
•
·
· · se 'puede . decir con acier,to qué c'.. Dia.,¡s.-,,¡,qeron, conducidos¡¡ la cárcel mandado
establecer oua\ro garitas en est&amp;
:La sac¡¡, cu._antiosa que se. de- ley.de plata tendrán .sµ. s metales,· dos
l\umbres, .uno por ébrio 1 airo por ]¡a. Capi1~1 pa_r.a '(luo todos, Jos éíeofos que sa
her inferido ui:iás lieri-das... · ·
introduzca'\ y, l?illga!1, Jo Vfu~tiqnen ,precibe esperar de esta veta, y la ven; pero la analogía que .tiene con eJ. Di;,c • 19•.-,,un hombre por &lt;ibrio.
p9r .:ellas, 1nr.11rriendo de lo eon•
.taja. de poder!¡¡, trabajar en la la- mineral de ,,Minas viejas" en Ví- Dia 20.-Coatro hombres, uno por no sarqentetratio .en la. pena. de perilerse couforme &amp;
·
·
b"
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haber ocurrido á la roruia:, otro por falart_ .l!i de la pauta d•
dern .· de1..lJllSmO arr.Q)!O Sltl SU U' a ama en ' CUYO,,, eIJUS e . ·, ~ tas. á; su_, an\o; y Gregario H~rnandez y la p_ar\e 4,-f d,el
.,
.
. •
,á las:eminencias de la sierra, con arenilla plomosa ,.se encuentran ,;\l~J? Are~a,¡;_por, habor asalta&lt;!o , en el com1sos.
Las ga'.dtas sb· eStablerien del modo- si•
· ·
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1
·
d h t · ·
t
c;útun·o i.fe · ia~ L-á.bOre·s-nuevas á varias
,abun dante Ieña, agua· p¡c:rmanente me a es neos e• as a c1ncuen a persónás'que'iban á ,;m·•balle.. Tambieo guieote. • ~a det .Oriente 4. la entra.da da
calle 'del Hospit8.1; la· del Norte en·!&amp;·Y eJ. camino real en, susiruuedia- ¡narcos por carga,. inspira Cl,Jan- sé'dá par¡e do que Anl(\Oio.J,,strada,sol- la
plazuela del cuartel _de 'lturb1de: la del
-c,iqnEls, dan b~tante garantía ,pá- po,¡;?,5
esperanzas.
,
"
.
,
,
,
'
.
dado
del
.
batallon
,activo
hirjó
g¡are'll•nal. pié de la loma del Obis~do
·~· d
-" , l ie á. Cas1tlno Cortes, ·solda.do sorteado pa• .)_)onionte
en el camino del Saltillo· y )a _del Sar
.fa cualquier negpci!!,CiQó quil · se
A ~as e esta riqueza·, 4e as ,a la füerza pem¡anente,
qu... iera em_pr.endElr e_n. ella. •· • · yeta_,",s"jµ-1et~li~. ª.~. G
llam_o
,bombr~•, tres. por ábrios, en el camino que viene de Ja Villa.· da
b laª._tencion dos,DiaJ1._--,,Seis
por nña -y_ uno por' andar prófo&lt;To del ~antia2:o eb. la ínárgen df3recha del rio
de esta Ciudad.
..
Otr!!, DllQa que d¡cen d,eI Ame- de ~se st¡prel!N. O 1erno a otros semoio t,le ,u amo.
~
.
Monterey
¡\gosto
~o
de
1a53.-Ni&lt;9/as
iú
ricano, queda tambien. al Sur de fósiles útiles que encontré. en el Dia 2~--;Vn hombre poc sospech.s ~•
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la Rinconaqa 'y muy inmediat~
(l e~a; pero. ep, un puntó tan &amp;!~
-to., ...é intrap,¡¡itable
que• enlame-·
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·Jª. §l!P!dª ql-le ._p.erfQr¡naI¡}OS por
.

fiiism,!) yiaje, f!)IJ'\O flOI! los· bancos
de alab~stro e_n e) cañon de Santa
Juliana'&gt; las·vetas
~e mármol en
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la cu~ta_ 41?1 Irrc;h~., . ~~ ,IJ1Zarp~
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...

.

.d.rredondo.

•

.·

.

,,

-~•t~·a, 23.-oo, hombres, uno por andar
_p_rófui;o (je!. fe¡vicio de su ~mq y ptro por
••:~•chas de,ro~o. Tambie~ se.dá parte
de haberse fugado· del'-trabaJO de' -fa pl8za IMl.'RENl'A D1'f:-GOBIER~0
4 c&lt;irgo qe V~¡¡i&lt;Jno Flores,
~e toros el F¡ancisoo Hernaij4~,,
sent~n.

'~º

�</text>
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                <text>Este cambio de nombre fue motivado por el establecimiento una vez más, del régimen centralista, durante el último gobierno del general Antonio López de Santa Anna. El número 1 del tomo primero de este periódico apareció el 14 de julio de 1853. En el número 13 de fecha 13 de octubre de ese mismo año, la palabra Estado es sustituida por Departamento. El último número fue el 97, correspondiente al 17 de mayo de 1855</text>
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              <text>Este cambio de nombre fue motivado por el establecimiento una vez más, del régimen centralista, durante el último gobierno del general Antonio López de Santa Anna. El número 1 del tomo primero de este periódico apareció el 14 de julio de 1853. En el número 13 de fecha 13 de octubre de ese mismo año, la palabra Estado es sustituida por Departamento. El último número fue el 97, correspondiente al 17 de mayo de 1855</text>
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