<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="7438" public="1" featured="1" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items/show/7438?output=omeka-xml" accessDate="2026-06-10T19:12:44-05:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="5776">
      <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/186/7438/Restaurador_de_la_Libertad_El._1856._Tomo._1._No._44._0002010138.ocr.pdf</src>
      <authentication>8872dc4a9baa122c2e588539cc2783d3</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="56">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="204968">
                  <text>1

de

de.

ara

1

l~-

1oa.
,das

25

EL RES'fAURADOit

155:

, en

nes

1te1

Ptriobico ®ftcinl ~el ct;obicrno btl (!Esta~o libre

ion,

¡

'

pe;.
la

1

u soberano

bt Nneuo,.., Jtcon umoalJttila.

La voluntad firme y resuelta es el ver,.
dadero poder de un pueblo que quiere ser
libre; y el auxiliar mas irresistible que tiene,
consiste. en la verdad de los primipios que
proclama.-L. LI,

esa

ge.
tia.
1lti.

.•

111--

inSo)~i¡ue
1 si

MONTEREY, MARTES 6 DE MAYO DE 1856.

-

'
¡ue

-

u,101 Di CDAHUILA
A NU E V O-LE ON .

'
lez

Dll-

J.

1as.

DSé

llal ada.
Pe-

,.

Vi-

~ CTAS

L1-

Ji-i-

Ti-

g10

f i.
a')-

il'-

wo.

va-

~al.

0\:1-::,

1ez.

~as.
do.

·,

:xa-

.Oll,

on.
uz-

:la-

JSé

ar,ta.
:al.
eu-

)u.

110.

ile.

;co
setael.

Lll ·

l'o•

iiCI

.a11

1e-

es-

!éi·

an
an

,-ti-

11io
[a-

LIÍS

h.lr

fi.
,.sé
ic-

en

~t'-

)e.

jelo.
,¡,el

~

d
r

P retender darle fue rza obligatoria a l plan argumento será muy bueno, pero tiene un lo cierto? ¿que debe subsiHir el T,..rritorio del
de Ayutla desde que se reformó en Acapu lco, gravísimo defecto cual es: e l que no se Saltillo, como reconocido por el Congre\o al
envuelve un contra-principio, y cond ulle á ha procedido de la misma 1nanera con los Es- admitir el diputado que nombró ese Terriabsurdos bien claros. El mismo plan de Ayu tados de Gnanaj uato, Queréta ro y Sao L11is tor10, y por consiguiente la union de los puetia está demostrando que tal pretension no la Potosí, á q uienes no se les !ta devue lto los blo;; &lt;le Coahuila á Nue vo -Leon contra Jo que
tuvo, puesto que determina lo que debería ha pueblos que el mismo Santa ~nna les ar- dispone el Supremo Gobierno; ó que no debe
cer cada E~tado al adoptarlo, y puesto tam- re'&gt;ató para formar el TerriLOrio de Sierra- subsistir esa union, y por consiguiente ni el
bieu que estaba sujeto á las modificacione~ Gor&lt;la que hoy existe; y si se nJs redargu- T erritorio &lt;leí Saltillo, segun lo que previeue
que cada Estado tuviera á bien hacerle, mo- ye diciéndonos, qne no se les han devuel- el Supremo Gobi,nno y contra lo reconocido
lla-~ta el fastidio hemos procurado presen- dificaciones que producirian sus resultados, to tales pueblos, porque no lo han pretendi- por el Soberano Congre~o1 Confe-amos que
iar esa cuestion de Coahuila bajo su verdade - si en su mayoría convenían en unas mismas do esoe; Estarlos rehaciéndo~e de ellos, co•. estamos coufundiiios con esto, diversos y aun
ro punto tle vista; pero como sus aspectos cosas: ¿ni cómo podría suceder que á la vez mo lo hizo 11I de México, entonces traere- eontrarios modos de ver las cosas.
son muy diversos y cada día se nos presenta estuviera la república regida por dos siste• mos á colacion los pueb'os qne Santa-Anuno nuevo, no nos ha sido dable abrazarlos mas absolutamente opuestos? ¿ni cómo pre- na arrebató para formar e l Territorio de la
todos en los a rtículos qne sobre el particular tender ahora que Cnahuila quede como esta- Isla del Cármen, de cuyos pueblos trató de
h emos publicado, y por lo mismo nos es in- ba cuando se reformó en Acapulco el plan de rehacerse Yucatan, y aun los reclamó, y nada pudo con~eguir: así es que, ni el Distrito
. dispensable continuar ahora nuestras tarea~. Ayutlu?
: l
Pero tenemos un hecho que no podrán re- de México es como ahora está, porque el
DE LOS J'UEBLOS DE COAHUILA,
con la buena fé que al'ostumbramos y dessistir ni negar los que inciden en el error de Estado de México se rehizo simplemente de
p ues de hal,er meditado sobre los hechos.
Segun la resolucion tomada por el Supremo que tratamos, y ese h~cho es el siguiente: sns pueblo~; ni el Territorio de Sif'rra-GorA continuarion insertamns la del
Gobierno, se viene en conocimiento que se cuando se reformó en Acapulco el plan de da existe porque los Esta dos de Gne.najuahan multiplicado los errores, valiéndose de Ayutla, al D istrito &lt;le la union ó de México, to, Q nerétaro y San Luis P otosí no recia . pueblo de Santa }lt~sa que fué reinformar mal sobre las cosas y los hombres, pertenecían San Cristóbal Ecatepec, T lalne- maron los pueblos que lo forman; ui el Ter- mitida al Exmo. Sr. Vidaurri con
y preocupancl_o las miras del Exmo. Sr. Preoi• pantla, los Remt'dios, San Bartolo, Santa Fé, ritorio de la Isla del Ciir men permanece tal, un propio:
no hacemos otro tant )
dente y rn Uabinete, ob ligándolo á cometer Huisquilucan, Mi~coac, San Angel, Coyoa- porque Yucatan no se rehizo tle sus pueblos,
con
las
de
los de.mas puP,blos, por
nn yerro que pnede .er de fatales conseeuen- can, Tlalpan, Tepepa, Xóch,milco, Ixtapa• aunque los reclamó; sino porque el plan de
haberse deteni.Jo s11 curso sin duciaP para la nacion tocla. Haremos una b:·eve lapa, P.I Peñou Viejo y hasta la mediauía .Ayutla comenz6 á. ser obligatorio desde que
da
en el Saltillp, porque varias carr&lt;:&gt;sefia de esos 8rrores, que cnbri éudo:e b vis- &lt;le las aguas del la)!o &lt;le Texcoco: ¡,y qu.S se consumó, y porque solo garantizó la exista al Supremo Gobierno lo ha decidido á cau- sucedió cuanJo triunfó el plan de Ayntla? tencia de las ent.itlades que encontró al CO· tas recibidas, espresan su envio ('Je
sar un mal ~in quererlo y sin poderlo preveer. ¡,qué ha sucedido roncho despues? la enti- menzar á producir sus efectos.
las actas) por la estafeta, y el Sr.
A un hay mas en esa cuestion de CoahuiEl primer error consiste, en creer que los dad del Distrito rnconocida por el plan de
Lic. D . Santiago Rod1·iguez, recogió
pueblos de Coahuila han sido violentados por Ayutla c11ando se reformó en Acapnlco, esta. la y es, que cuando se nombró el Consejo
la fuerza ó por el fraude, para µedir su union ba constituida por los pueblos que hemos de- del Gobierno general, y cuando se es- la cotTP.sporadencia que de los pueá Nuevo-Leon; yn hemas-demostrado la faJ. terminado; por lo mismo.la existetlcia de esa pidió la convocatóri'l, no so conocia en blos de Coahuila venia por el úitimo
sedad de este aserto, y á un la imposil&gt;ilidad entidad fné la garantida por ese plan, segun I guala y C uernavaca el hecho &lt;le la entidad correo pat·a el Gobierno á cuyo frente
de la realizacion de su contenido: el segundo el modo de raciocinar de los que sostengan política creada por la revolucion y cúmpnesta está el Exmo. Sr. Vidaurri.
error está, en suponer interesatlo pe;sonal- los dos últimos errores que hemos determina- de Nuevo- Leon y Coahuila, motivo por el
L a acta de Santa Rosa ó V illa de
m ente al Exmo. Sr. Vidaurri en esta cuestion, do; pero el caso es que al consumarse ese plan, que, a l l111cerse el nombramiento de c0111eM
uzquiz.
dice así:
atribuyéndole ambicion de mando y de poder; al comenzar á ser obligatorio, como noso - jeros y a l espedirse el decreto tle cúnvoeaya hemos probado que no hay tal ambicion tros decimos, el Di,trito fué reducido á la es- toria se mencionó á Ooahnila como entidad
Sello tercero. C uatrn reales.-Años
en el Sr. Viclaurri, y cual ha sido la int,irven- ten~ion de un radio de dos leguas por cada separada: así es que el argumento que se
de
mil ochocientos cincuenta y seis y
rum~g,
y
el
Estado
de
Máico
1;e
apropió
quiere forma r deducido ele los a c tos del Concion que ha tenido en ese negocio, cual h a sitodas
las
poblaciones
q11e
quedaron
fuera
de
sejo de Gobierno y de los Jel Exmo. Sr. D. cincuenta y siete.-En el antig uo Vado su objeto al dar s n &lt;lísposicion de 19 de
Febrero, y cual es el iuteres .¡ue puede tener ese radio; pues para que el partido de Tla!- Juan Alvarez está destituido de fundamen- lle de S::inta Rosa, hoy Villa de Muzen esa Qnion: el tercer e rror se ha cometi- pan volviera de nuevo al Distrito de México, to, porque 101=1 que eje rcieron esos actos obraquiz, á los veintinueve dias del mes de
do, suponiendo que el Exmo. S r. Vidaurri como hoy esr.á en él, fué indispensable que el ban con una ignorancia invencible, y en tal
es el que ha formado esa 11nion con otras mi- actual gobierno espidiera un decreto especial. concepto esos mismos actos, en lo relativo Abril de mil ochocientos ciocu:lnta y
¡,Qué se deduce, pues, de ese hecho? O á esa ignorancia, no pneden servir de base seis. Reuni_dos los vecinos en la sala
ras muy diversas de )as que hemos espresado,
y que ese paso el! amenazante ll. los Estade s que el plan de Ayutla no comenzó á ser obli - para formar el argumento que refutamos.
consistorial, yo el ciudadano T omas
colindantes; ya hemos referido lo que ha pa- gatorio destle que se reformó en Acapulco,
Preciso es, puee, reconocer como un error
Talamantes, primera a utoridad polítisacio en esa uuion, y lumos presentado tl e Y por consiguiente, que no fneron las enti- demostrado, que el plan d2 Ayutla comenb1:1lto lo que hay, lo que ha habido y lo que dades politicas que entonces existían las que zó á ser obligatorio desde que se reformó ca dispuse se diera lectura á la supre.
podrá haber respecto á los Est.tdos que lin. garantizó; ó que las entidades que reconoció, en Acapnlco, y en con,;ecuencia no puede ma órden del Exmo. Sr. .P residente de
dan cou Nuevo Leon, y el ninguu temor qne Y cuya existencia fué por él garantida, son tlecirse, que la única entidad que recono• la Rep úbl ica inserta en la supérior
deben abrigar esos Estados, que si E&lt;iguen la las que encontró existentes cuando obtnvo ce de Coahuila es considerando ese Estado di- circular f.,cha veinticuatro del mismo
senda de la revolucion encontrarán en el Ge- su tciuufo, como nosotros pretendemos. Si vidido de N uevo-Leon; por consiguie nte la
espedilla por el Exmo. Sr. Gobernafe del ejérci10 del Norte toda la protecciou que las eatidade¡¡ que deben existir son las que ec- unidad reconocida por el plan de Ayutla es
V idaurri.
pueda ctispensarles siempre que se pretenda sist.ian en la é poca &lt;le la reforma hecha en Aca• la que prodnjo la revolucion compuesta de dor del Estado D. Santia{)'o
0
a lterar en ellos la pública tranquilidad 6 se- 1 pnlco, exíjasele al Estado &lt;le México que Coahuila y Nuevo-Leon, porque esa fllé la E n efecto, despues de m uy discutido
para~los de las :ias ele progreso: el cuarto error &lt;l~vuelva al Distrito los pueblos que se apre- entidad que e ncontró existente el repetido el as unto con toda libertad, se re.
se tiene, supomendo qué el plan de Ayutla pió a l cunsumarse la revolucion: el decreto plan al consu marse, al comenzará ser obliga.
solvíó por unanimidad general de los
reprueba esa uuion como t&gt;ontraria á las ga - por el que el actual Gobierne&gt; dispuso que torio, así como reconoce al Distrito de M éxico
nutías y principios en él co nsignados; ya te- el partido de Tlalpan perteneciera al Distri• recortado por el Estado del mismo nombre. concurrente;;, atendida á la circunstannemos espresado nuestro modo de pensar so- to es inútil, no habia uecesiclad de darlo:
Incomprensible es, ti la verdad, lo que es- cia de q ue su última deliberac1on que
bre ese patticular, y creemos .baber demos- el Distrito debió hal&gt;er nombrado mayor níi.- tá pasando en esta cnestion de Coahuila: fu é dirigiua con fecha catorce del cortrado que no hay tal reprobacion ni contrarie - mero de diputados al Congreso constituyen• el Soberano Congreso dispone que el Supreriente, aun no se tendría· recibida al
dad con el pla n &lt;le A yutla, y antes bien sí, te, y el Estado &lt;le México un número menor. mo Gobierno obre en ella conforme á. sus fa.
una garantía de la union de los dos Estados:
Pero se nos dirá que lo que ha sucedi- cultades, y el mismo Soberano Congreso, se- estamparse la suprema citada, la J·uee l q uinto error consiste, en ql!lerer q ne el do en el caso del Distrito de México no es g un las noticias qu 8 tenemos, aprueba la elec - ticia que demanda en sí la dicha cleliplan de A yutla haya comenzado á ser obliga- aplica ble á lo que sucede en el de Coahuila, ciou de diputado hecha en el Saltillo eri- beracion que nos es imposible variar,
torio para la repúl&gt;lica de~de que se reformó porque en aquel se trata tle irnos pueblos gido en T erritorio; pero al mismo tiempo el pues solo q ue el Gobierno general nos
en Acapulco; sobre este punto nada hemos que Santa-Anna Je a rrel&gt;ató al Estado de MéSupremo Gobierno se opoue á reconocer el tal haga sttjétarnos al Saltillo por la fuerdicho, porque no 5e nos había presentado, ni xico, á qmen, en virtud de los derechos que Territorio del SaJtillo, puesto que dispone que
nos habíamos 1mag111ado que tal cosa se pre• recobró por la revolucion, se le debieron de- Reparados de Nuevo-Leon los pueblos de za, aclamaremos ante Dios, y todo el
tendiera; así que nos vemos precisados á des- volver á su reclamo esos pueblos de que Coahuila, formen el Estado del mismo nom- mundo civilizado pot· la inj usticia, !'e·
vanecer tal error.
se rehizo y que se le habían anebatado. El bra que autes formaban . ¿Qné será, r,ues,' pitiendo que nuestra libre y espontá.

EDITORIAL.

l'U·

r

�.EL RESTAURADOR DE LA LIBERTAf',
pea vcluutad es y será pertenPcer al des Hidal!!'o, José María Ayala, J11an que el Estado habia podido crearse efectos del pafa. Asi que, en .la ley
F.stddo libre y solwrano de Nuev0- Rábag-o, Domingn Háhago, J 1,an José aun en mPdio de la revolucion, ve ata- de 24 de Noviembre del alio próxi.
Leon, de cuyo Gr,bierno han r cihjdo Sfücedo, Ans,·lmn Castillo, ',I'iburC'io cada la sobera11fo que éste y los demas mo pasado, c·omo una consecuenria
tantos. oo-oces ,·omo benefic ios los pue - Cortés, Policarpo Corté~, Juan Flo- Estados tienen en su administracioo _11atural é inmediata de los princi.
blos todos de Cuahuild, lo que füm_a. res 2. e, Lui~ E,piiio,ca, Viutor Losa, interior, np opo11iéndose al IJlan de pio!¼ proclamados, declaró. el ExmQ.
ron á coi,tinua,·iou. Tomas 'J'al aman- \[ateo Alvaradn, Miguel Balboa, Ju- Ayutla reformado en Acapulco, como Sr. Presidente D. Juan Alvarez que
tes. Rafael Aldape. Juan S. Gala11. Iian l'erez, Ca•imiro Galan, á ruego ellos mismos lo ha11 declarado en sus las alcabalas qnedarian ¡¡bulidas desde
0
de Febrero &lt;le este año ¿Y
Juan Lm ,g. Iurlaledo Eliz,mdo. Fran- de estos individu os firmo yo Juan Cas- r espectivos estatutos, y ve por 11ltimo el l.
tellano.
Eugenio
Jirnenez,
Gabriel
á
los
Estados
de
la
Repr1blirn
colot·aqué
sucedió?
Cambióse el personal
cisco de Uro. Bernanlo Muzquiz. Je.
0
sus del Castillo. J ua11 N. López. Die Jt'spin nsa, Manuel Luna ,· Antonio Cor- dos en la mim1a situacion omiuosa que del tiobieruo, Y en 1. de l~nern, un
go E lgué.:abal. Juan Elizondo Carras- tés, Isidoro 8a1•miguel, Antonio G1ier guardaban durante la dictadura de mes· á11tes del dia en que deberían
quedar abolidas las alcabi¡las, se decla.
~o. Manuel Pulido. Abrahan Garza. ra, Jesus Guerra l. e y por· Frau-- Santa-Auna dP. fun esta reconlacion,
La l'Omisi11m, Sr iíor, no solo ve en es- raron subsistente~ por otra nueva ley,
Francisco Rodríguez. Mig1Jel Muz- i:isco fo-le&amp;ias, Felipe Iglesias. !sidoro
Vaz~uez,
V!clor
T
orres
y
To·
.te
y, otros aQtos del Supremo Gobier- ,y se estableció el derecho de cousu.
quiz Cadena. Jesus Castellano. Miguel
Eli7ondo. Manuel Elguézabal. Pedro mas Ton·es firmó Juan N. López, y- no uaa •impla- te-nrlencia á la centrali- rno, que se cJnqnnó &lt;lea-pues en la OrCárdenas. Salomé de la Garza. Pablo por Francisco I\ Jvarado, P edro Alva- zaeion, ve la centraliza ·ion misma rea- denanza ge11eral es pedida el r1ltirno dia
Rodríguez. Domingn Flores. J esus rado. Prudencia Sanmiguel, A, ,tonio. liz1;1da: 110 solo ve á los Estados de la de EJiero: ese mismo dere,,ho de consu.
Cadena. Fra1.,eisco Urista. Manuel Sa nmigud , Andres Martinez, Agustín República coli•cadns en la misn¡,a si- moque c0só desd~ lueg.o, segun el ci-.
Elizondo. Inocente Elizondo. T eodo - Ald, rete, A11t1111ifl Alderete, Fe lip&lt;: Ló tuacion de v.erg.¡mzosopupilage en,que tado hrt. 8. 0 del pl an de Ayutla y
sio Elizondo. Juan Francisco Valdé,. pez, J ua1J Esl'ar,-!iu, Juan Torres, Jo. los tenia Sa11ta-An11a; los ve colol'. ados que hoy sin Pmuargo Sil restablace con
Francisco S. Nieto. A11tonio Elizo11do, sé 'l'rnviií i, Gertrndis Herrera, Dolores en una situacion peor todavía, si es po- el [\om!lre de contra, reg(stro. · ¿Ha poRafael Castillo. Guadalupe Sanmig-uel. Alv ar z, Aga¡,ito Barrient,is, Yíd ur sibl e, porque 101' ve burlados en su&amp; diJo acaso legahuente el Supremo
Eleuteriu de Uro. FrancisC'O Muzq uiz. Curpia n, J s é ¡\J oiia Martioez, Fran - mas halagi,ie~as y eoca11t~qoras eSpP,- Gobierno borrar este articulo del plan
J ulian Rio, l. Palos de la Blanca. Jo- cisco Muzq uiz y F lorenciu Ca~td lano, ra11za,: los ve privado,. de los pocos que e~ uoy nuestra füli-:a constitucion,
sé Maria Wal.
Matias Garinsuay. firmó poi· sl y á r11,•go de todo~ ellos, beneficios que ape11as comenzaban á la sola .:orla fu11damt&gt;,11ml de la Repr1Leon Castellano. Pa, fi o Vazquez. Faustii;u Pu liuo.-Es có¡,ia J~ I¡¡ orí- gozar como fruto de los heróicos es- blica, la r1 ,ica tabla de nuestro sal vaMatias Yazquez. Encarnácion Nieto. ginal que queda eu el archivo de mi flwrzos con que supieron derrocar la mento? No: el poder ornui,nndo conJesus Guerra, Mauuel :-anmiguel. Jo- ca1•go que cntifico, y se di,,ije al Ex füania, los ve coi, sns gal'!mtbs en pe- cedido al Exmo. Sr. Presidente interisé Madraza. Jdsus Sa umigud. José mo. Sr. Gobernador del EBtado rle figm inminente, porque contraria,.1 os no, para procurar el eng1,andecimie11.to,
Muzquiz Dávila. Fl'B11cisco de la Gar- N uevo -L eon y Coah11ila.-Sa11ta Ro- los pri~cipios que conquistó la revolu- prosperidad y progrnso, no ha podido
z_a. Víctor Gar'l'ia.- José Maria Yilla- sa, Abril 30 de 18-56. - .Tomus Tu.la. cio1.1, r,ito el pl an de Ay'ltla, co11culca- t:stenderse hasta miuar los ci,nientosreal. Yictor Nieto. Felipe V illareal. 11w 1tt~s.
da est-a única ley fund ij nier,tal de la de nuestra sociedad. Esto hubiera siMiguel AIda pe. Mar,uPI Cadena. FloRe pGbliea por el mismo poder que do un contra principio imperdon11ble;
rentino Rios. Rafael Rodríguez. Ge
debia y ju , ó ser su custodi1&gt;; i con q,1é Sin eínbargo, el hecho es.que el a"tíróuimo Guerra. Frnncisco Flores Rag-arn1,t-ías cuentan los Estados y la culo 8. 0 de la ley fundamental ha
mos. F, ancisco Guerra Miguel Guer~ aeion toda} iSe diiá, nca¡¡o, que es q1,1edado destruiJu y nulifi cado por una
ra. Francisco Sanmiguel. Pablo F{idalConsejo de Gol!iit•mo c!el Estado li- bastante descansar en el patriotismo ley secundaria que pre viene toJo lo
go. Jesus Elgu~:rnbal. franciseo de la l)re y ,svberanode Nuevo Leon y C,,a. puro y de,i11te1·esado, en la hnnrndez coutr¡irio,
,Garza Villareal. Felipe Cadeua. Ita- huila.-Exrno. Sr.-El Exmo. Couse- y conocida jmtiücacion, en la sabiduría
La misma desgracia!.\a suerte h\
fael Cadena. Pedro Cadena. Miguel Jo 4u,e teng·o el honor de presidir, e,r' y tino del Exmo. Sr. Presidente D. Ig- corrido el art. 7. 0
Se Ull ll•\ó en él
Muzquiz Dávila. Francisco López. sesion de ,ay.er ha te,,ido á bie,n apro- nacio Comonfort y de s11 ilustt·aJo mi- que el arancel que, sa expiJiern no poEspiridion del Castillo. Jo,é Maria bar un .dictámen d&lt; su cvmisiun tJe nisterio ! No, &amp; flor: la comision reco- dria basarse baj1 un sistema ménos liRi ,drigu ez. Victoriano Hodriguez por baciend~ que á la letra es corno sigue. noce estas relevan te, prendas en los bera.l que el de _la administracion Ce.
sí y á nümhre de sns he, manos Fran ,,Exmo. Cot)~jo.-J,a comision deba- disti nguidos l'iudad;,nos que se hallan v:illos. Yéaose coo ir;nparcialiJad este
cisco Y Fausti 1111, Félix GonzalPZ. l'ienda se /1a impuesto detenjdarnenta de al fre1&gt;te riel Gobierno en e~ta época y la Or:Iena.oza y dig~ e en concienJuan Cadena. J, sé Maria Aguilar. Jo- la comunica&lt;'ion del Exmo Sr. Gober- ue tl'ansicio11, y á g loria tiene el oon- cia cual de los dos aran&lt;'eles es mó,10s
sé Marti11ez. Yi,·eute Garcia. Juan nador de 24 del corriente á que acom- fesarl o¡ pero no es en las personas, e~ liberat. El ilustrado Gobernador de
l,;ro, Juliar, Gonzalez. Miguel P erez. paña h¡ resolucion . del Gu~jeruo Sµ- en la im,titudon donde se d,:ben bus- Jalisco, D. Santos Degollado, probó de
y por sr1¡,lira de los que "" saben fü. prerno de 15 d, 1 mi,11Jo relativa á q1&gt;e, car l~s garant(as: si all í. no se encuen- t\n morlo cmwincent13, lu mi.mo q re el
m;,r, q,ie lo sor, Juan Pcrez, Juan Her- 110 obstant.. In esp11e,to por el co·1u, r tran es muy. aventurado, es tal vez en comercio de esta ciulad en su e~p08inandt·z, A, gd Ut'l Leu, ,, l\liguel Ag11ir- cio de e,ta ciudad y ¡u,r el Exnru. Sr. vano pretender hal larlas ,en la mas cion, que la nueva Ordenanza es con•
re, Juliu l.11 ,an, Htrm.. , egilJo Elizun- jJob&lt;'rn adur e 11 su nut¡¡ de 4, Jel pi,óc- recta voluntad, en la mas pu ,-a Y pa- traria· á este artículo del plan de Ayudo, Pedro Trtv,ñ,,, liofod Martinez. simo pasado Marzo, se p11 1Jli ue y ClUl)- trié¡tic;i intencion del qu e gobiema; sus tia. Sin embargo, el Sr. Miui,tro de
4
Jua11 Guen a, JuliatJ RoJ, ig ,,ez, Ra- pla la Ordellat1?a g 11f'ral de alilua11as e~e?1ign§ mi ·1ru¡,s_ podr:íu introd11ci1·se Hacienda no ¡ ha juzgado así, y es
0
moa López, Hilal'io López, Lucia no maritimas y fro 11 te, izas sin pe,juicio h1pocr1ta_me11te é 11,f!.111r con m1ña ~n demasiado triste. que para probar su
Gonzalez, Dorni1.go l.11ti1Jas, Victmia- de que despues consu lte S. E . especi- l~ dec1s1m1 de los granúes negocios., juiciu haya tenido que recurrir al
no Luna, F1a11l'iscu Aguirre, Tri1 ,i- finidarnt: nte y con todas 1as razones sm mas mm~ que la de arrancarle me- dio de desacreditar al mismo 8uprem()
dad Gonzalez, Melito11 .Flores, Isidro que le asistan sol-ire los pimtGs en qtte d(das que_ le de:,prest1g1en á los &lt;1os Gobierno, pues aseg ura qus sus bo11os
Arredm,do, Lucrar,o Suares, Raim1111 crea pueua i1 ,troducirse alguna refor- de la :N'actol) para, derroe arle en segu1• no tienen ni ¡meJ.on tener en el co·
do l\fartrnez, Juan Flores, Frallciscu ma en be1Jeticio de esta frontern. ,1,;¡ da Y euseñorear,e, del paí,.
rnercio por muchlls aií0.i el valor i.ite,
~opio ya,,_ A_r,as~a;,io P, esas, lsiJro Exmo. Sr. Go]Jernador manifiesta que
Ha dicho la comision que ve. concul- grp que rnpreseutan, pu J,éudv,e hoy
\ aldés, S1mon Flores, Sa1Jtos Al dape, en testi 111 o,iio Je obPdiencid y acata· cado y barrenado el pia!l -Oe Arutla: y calcular poJ' térrni11o IJledi;J su imporAdauto RanHres, Mareeli110 Urista, miento i,I Suprtmo Gtrb1e11 ,0 ha 1,81111 ,. en efeoto, ¿d611de,está el Constajo ·de te al 12 i pg; y como el 25 p§: adi¡\n~o1Jio Hudriguez,Matias Hectlas, An- tido ejempla1·,·s de la Ordenanza á los represe11tantes de los E staJos y terri- cioi,al que establece Ja p,·ev&lt;J&lt;rci Jfl
dres. l\Ionieta: bin,ou ~spinosa; Iuo- gefes de las ~Ju~nas nrnrilimas y frun- torios que debia tener el Exmo. Sr. 5."' del art. 11 ¡Je la Ordena,1za de
cenc10 de la &lt;,arza, Cresce11c10 Suares, ter izas para que. la ub,erven eu toJas Presidente conforme al art. 2. 0 del
be pagars.e precisamé11te e11 bo,10,, se
Francisco Sunmiguel 2. 0 , Juan de sus partt• s, enk11Jiénd0se en lo de ade- plan ref,moado en Acapulco? No ectiene
en este caso por l1lti,110 resultala Garza 2. 0 , L ea1J Jro Guerra, Ma- !ante ,·p11 el· mi•,isterio respectivo, y la sisle. En el art iS. 0 se eonsio-uó es,.
{jo que ese 25 pg adiciorn,1, de que
o
('a, ,o Ort1z, José Marid Espadas, Jooé ha mandado tambien publicar en el Es- presamente como una de las primeras
hicieron mérito los eomerciautes de es•
Ma, i~ lt ábago, ~amasio de la Garza, tado; pero desea oir la o pin ion del e:i¡ijencias da la revuJucion, la cesacioo
ta plaw, no es efectivam~nte,, en conApolinar 10 füos, S;,bmo Gonzalez, Je. Consejo sobre el importante y delica- del derecho de cons.umo y tácitamence¡ito del. Sr. Miuist~u, 11ws que el 3
sus Ar:sures, Ger61J11110 Rodriguez, Jo as unto del vestablecirniento de t!l 1~ sup~esjon de alcabalas, porque
p§; que por co.n.iguie ,r.le !LIS d13r~
Ignacio Aguirre, F1·dnc1sco Perez, aduanas ¡lltt&gt;riores para el cobro de al- era 11ntios1ble que !'}I ¡,lnu tan liberal
1'', aucisco Aguirre 1.·c, Joac¡uin íSe- cabalas á los efectos nt.cionales, po1'- que se inyoi:aba decJararn libres de ('tlus at.il'iouales solo ~º" e&gt;1 su totah•
&lt;Jad el 53 p:§5 soure lvs de importa•
pr11vetla, 1\.1 gu el Se¡,11 vtda: Marce- 4 ue en esta medida ve S. E envuelta aquel odioso impuesto á los efectos es cion, y no el 75 cuino h1cierq11 v~Ier
lu,oSt ¡ r1 1 eda, Val, uL1u O, tegon, Eu. 1a ceutralizaúou de las rentas, ve des- traujeros, tlejáudolo pe;;ar dablementfl,
l¡¡,,; curnercia11ws. ,A, l ha dlscu(1·1i.lo
StlJ1u fuueks, laLi1t1 Torres, ~icorne- truido de gulpe el sistema reutislico aunque con otro nombre, subre- los
el Exmo. Sr, Miuistro de Haci81rda.
0

...

PAltTE 0FlClA1.

,m-

¡

el nombre de contra-registro, hace ya zaron lo, esplora lores rn1rho al agu•J• de
1
Pero ~upuesto que se ha manrlad,:i pu- tas que los productos de pateutes y
indispensable la cesacion ele 1 I 1erec110 Sar lio~}. á conti n111 ·ion lo hizo la fuPT za
de
continge1,tes
e11
la
r1ltima
épora
del
blicar y 11bservar la O,·denauza en to·
]
ci est inR fa á ocu par ,,¡ ~h, ,, n ri to, da n rl f' 6 r..
de patente, pues de lo contrano e co_ ·
Gobierno
federal,
frntes
de
la
funesta
den :il ofi zial e n c'lrf"'l fo fpl t rrn qae una
das sus partes, ya no es oportuno
mercio de efectos extrangero, estana
hora &lt;1e¿1p u r~ lo V"'ri fi ,. •r'.\ ~ nh n l:u~once
analizar aq "i este argumento del Ex- veniúa de Santa-Annij, y despues de
t
mo. Sr. Ministro que por una mera &lt;'ubiertos los gastos tle su administra- gravado con estos dos impues: os, _Y &lt;lP. la norh" rnanrlo ~" Pnrm1tr'.\r0n lo.:i e:I •
cion, habia siempre en caja algunos mi- por lo mismo es necesario que reVl· nlnr;i ,lnre~ 00 1 tn·~·HI Jpg ,n antP~ de lleincidencia ha tocado la cornision.
les de pesos con qu e montar y armar va el cobro de alcabalas: de otro mo- gAr \,\ l ci ti:trln &lt;1gt1 jt·\ 11 11 ¡p 11 P~ ~iP ro n parte
]\fa s vt1l vamos al restabl ecimiento
0
vecinos bien pagauos que salieran en do el Estado careceria de este recm·- qnP h lól.!'1 ~rpi E-1 rwn to n o h hi n pncon•
de alcabalas. La cornision no solo ve
Rh o , Y se
persecucion de los bárbaros. No su- so aunque pequeño y eventual para tri:i"o nin g ,111 A "º ""': ll P. hi7.o
en esta medida pn~sta en práctica en
sus ga~tos, porque es imposible que ,li.1in11 -in n11" nié á tiPrri:t h1"ÍPr~ n el recederá así, por cierto, con el restable,
Nuevo-Leon, lo q11P ha dicho hablando
baste á cubrirlos el producto de con- ro&gt;10º im; ent&lt;&gt;, lo qne verificaron rl•ndo
cimiento de las alcabalas. Despues
· avi~n ,le p .. t in- 18 .:irH'll " A 1o por el enemi•
en gen°ral de los E stados, ni ve tam tingentes
si
no
es
grav
ando
exorbi-_
dp ser sus rendimientos cortos y pre~o ~P nl"T0 '1&lt;'1Ó Qin novP- 1A'1•
poco r1nk11mente qu e con ell,i •e ec·ha
F ehrero J ~ _ 1 la • si et• de la mañacarios, no puede calcularse su mc,nto tanternente á los puE-blos. Ademas, si
por tierra el sistema rentí, tico esta se
suspende
la
ejecut"ion
de
la
órden
A ¡;ze vcn"Ó r l ~~n\\ ie antes ei-presarlo
para poder a1Teglar los gastos 01·dina11
blecido en el Estarlo; ve adPmas con
rios y extraordinarios Je! E,tado, ni suprema mientras el Gobierno del Es &lt;inn le e.e hi io ~h o, ri i "'lo n ien iio f't n Pn :1te•
sentimiento que se destruy n las renaun considerado tambien el producto tado representa y el de la Nacion re- guida que el ,a,g,· nto V sol !arlo• esplotas sin snstit11irlas con ni11guna otra,
suelve se incurre en otL"O grave ml:1 1, ,n rlore~ fupr~n á rpcnn'lcer el punt11 de
de c·ontinguentes, que no es incnrnpafuera del muy Pscaso y eventual ¡,roue e~ el entorpecimiento en la lií¡ui- lo• Reme i;.,, aguaje rle los hi\rharos.
tible con el restablecimiento de aquel q
En e'°"te n unlo se r r-rojió una bé-..ti a mu•
ducto de alcabalas
dacion y espedirion de documentos y lar que s e le• volvió i\ lo, in•lios b~rimpuesto.
C11an lo Nuevo L • on 5P la nzó á la
Podria decirse á esto que la defen- en In contabilidad de las oficinas por b-.os. A las dos &lt;l• la t· r•le •• r_e~me•
rl-v&lt;'lucion contra la tirar- fo de Sar,tasa de la frontera contra los bárbaros es su falta de unifurmidad en la Repr1- ron los esrg•s, y en se¡¡o i•1a lo h"""'º º
Anna procl amando ideas liberales de
blica.
\nq P:m lorar\ore ~ dan lo partr r! P n o . h ber
del carg-o del Gobierno general , y que
engranderimir nto y de progreso, snsPoi· estas razones y porq11 e es m11y ob~erva ln &lt;'osa no'~blP. A las &lt;'tn&lt;'n _¡,;e
él con este objeto tendrá cuidado de confonne á los principios .Je órJ en obe- emn rP n ri i ó \ 1 m~r,..h \ -= 0 br el ª~ n~c
tanl'ialm ente las mismas que los ilusmandar tropas del ejército que paga decer á las supremas autoriJad,•s Y ,le Ae stit,, ordenan In • 01 •• al ofi r"l
tr, s Alvarez v Como1•fort habían pro.
. ene,,a,. ,\o del ITl'\O hi&lt;Üe~e _n nch_ • _e11 el
.,
clamado en PI Sur, aunque ni ,H plan la nacion; P'"'º ya tenemos demasiada despues re¡ll'esentul' so b re s us d 1sp 1m ·
.
.1
•~e su,lions p 'l r:l Qll f'I al ,11 \ !-. ! Et, mente
espe1·iencia: con el pr~testo de la de- ·,ones, á no sel' que la ejecuc1on
ue • ·
I
A
de Ayutla ni uel ref. ,rmado en AeaC
el m .,v itll: "n to de
~P f'C': 10t1.
fensa de la frontera siempre hPmos te· para bles, la co . 1
~ig¡ue.:.e
·
pulro se tenia aq11i ning una noticia al
é,tas cause ma1es irre
,. ·"e la nn che se hi 7,f.'I :\ \tn me- 1ta
l M~ ll lPZ
nido aql1í tropa del ejército, que no ha
estenderse el plau de Monterey, que
mision tiene el hnnol' de presentar a legu, entes ele llrgsr •l eit• do ou nto de
regularizó el movimiento iniriado en la hecho mas que consumir inGtilmente prudente exámen y deliberacion de V. l\.c• rit•, V reconnc·i 10 ror lo• esplorulores
sin hl\be~ pncnn tra •ln rumor algun o del
Villa de Lam pazos y regenteado por el di11ero de la nacion en gl'uesas su- E. las siguientes proposlcioo~s.
mas,
vejar
á
los
pacíficos
ciu
dadanos
l.
c.,
Conté--;tese
al
Extn•
).
Sr.
Goeu ••m i ~ ~: s~ º "''º"'ctó !- i 11 m io:: n n vP la ,I.
el Exmo Sr. Vidanrri, cuando este Es y
escandalizar
al
pueblo
con
su
conbernador
del
E
stado,
qun
en
opinion
2. -A h s ,wh•&gt;,la la m !l n• se ocutado, decimos, y luego toda la frontera
.
l'Ó ~cat it -: i , don .I r S"' rnro ntr11rn11 co a 1ro
ducta
vieiusa
é
inmoral.
Metidos
los
del No1te, que secundó el plan de N ue
del Cunseio no debe su,peniler 1a eJer
eve
~
bé ..1i ts mn b res, 11na r l\ ba 1h r. &lt;,e2 _y n11 ,.
gefe.
~
,
ofiC"
iales
y
tropa
en
Monterny
i'o-Leon, se pron unció por la libertad
nrcion del decreto del Su pre no Gole t ' ¡i, 0 °' ven•fi ·i • los, ,.,. fo st••
I
r uProq
y rontra la dictadura militar, preten día, i4ué han podido ni podrán haee1· nun- bierno sobre establerimieuto de auua- com, nche• útiles, trº• ,hi m ies, y un f,.
como todos los ciernas ¡,uebl os pron un- ca en defe nsa de la fronte1·a, aunque nas interiores para el ¡•obro de al eaba- sil rle c,libre ,Je tres cua,t as, !º"º • n
fu eran ca paces de pelea!' contr:a los !e•, peró q e cóiWiene q11 t1 S. E. r.,. ~,uan esta.Jo y ~,,e lo• hh•lnros ,,n du,fa
, iados, no solo la ca ída y r H~tigQ_ del
11
IJárba
ros
cuya
táctiru
no
conol:Pti'I
¿•·ópresente
cu
anto antes al Exmú, Sr. h·,bian noulwlr, para h ,oer " ''' Je rllos
od ic,so rlid&lt;1d0r y Je suq có n pl il'eS en
mo pueden saber oportunamente lo Presitlente y al ;:,o
r
I
"'-1.0 lle la C 'll lU ) ~ 0. -t . A las
Jet·ano C on g,·eso, en ,u rPIJ'r'
~ ,
la oprPsion, sino el sóli lo y firme es-1
•
\a
tarJe
se rr 11nie ron 1~s cng ,s
que pasa y las desg raciru; cometiJas ue debe revisa1· sus actos, sobre los tres ' e
. en
tobleC'imiento de los principios Jil:wraq
l
sin
h'\
ber
tPui
,lo
nin g una ~cmHe11&lt;•1a
por lo, indios en los pueblos de_l Nor~e
l~s: 110 peleaba por el simple rambio
males q11e esta medida y el dernc 10
.
oe,nnctó ,in m•• novel•~.
su t~rn .i1tf' j qP
.
.
á cien ó doscientas leguas de d1stanc1a
dP personas, luchaba por el triunfo de
de consumo acarrearán a\ E1sta J01 Y
-Sin n ing una ocurrcnma en el m1s3
de esta ciudad? Sucederá lo que siemlas ideas, de cuyo desarrollo debería
picla al mismo tiempo en favor de éste mo • guaje.
.
pre ha sucediJo: con pretesto de defe11- algunas franquicias y la liberta,! de es4.-A las tioee del -lis se em,¡ren lió
enrarg-arsP el Presidente provisional Y
dernos vend1 án tropas del ejército á opri- tablecer su hacienda del morlo mas la m•rch• con ,iirrecion ti lo lsgun• de
]ueg-o el Soberano Congreso constitumir y vejar á los ciudadanos, se situarán
. y nqu
. e_za. Jaco de¡·a nifo un'\ sirrra azl]1 s obre la rleanalogo á sus circunstancias
yPnte. Comn ya se ha rlicho, una de
ot ra á l::1 i7,qu1 P.rci~. ;;¡ oh re 1'1 cu a 1
en esta Capital, consumirán enormes
2."' Devuélvasele la comu111ca- rech' Y
é
las primeras txigencias de la revoluse ad viertP al pié .-!e la P~ ,rp;:;v 1~ nn _m •
sumas de dinero y no harán nada de
5
rion er~ la libertacl m •·cantil y la abocion del Ministetio de hacienda de 1 dan&lt;&gt; ~e .re na, t"'"1 m lo la v, n¡¡nar h• la
provecho: los vecinos fronterizos del
lirion del odiado, vejatorio y desmoradel corrientP, q,1e original acompañó á foerz~ &lt;lestinorla y en ••Slui I• la• . carNorte, despues de pagar su contigen- la suya de 24 del mismo."
rl,á-t,l u•
lizador sistPma J ., al r abalas y su prega~, J\V anzándo•e \n• e•ploradores
•
te como propietarios 6 industriales, y
y por acuerdo del mi,mo Exmo. te una le.u, , b , ié, lo•• • lto c~mo . ••
sion con~io-11iente rle aduanas interiores
sus alcabalas, ya como comerciantes, Consejo tengo el h'ln'or de insertado á siete de la wwhe. pernoctando sin urngueon s11s ;mpleados y su multitud de
ya como consumidores, de cuya bolsa V. E. como resultaúo de su comurnca. na otr• oc,,rrend a.
.
vairos cnnncidos con el nombre d., ce.
5 -A 1"~ seis de \A mqñ ina ~e r.ont1•
sale siempre el pago de este impuescion de 24 del cnrrie11te, acompañanb t te q,rn
larlores ó guardas. Nuevo-LPon com6 la much a por terr P. no 'i1 S ª"
.
to, tendrán que abanrlouar sus trabapre11'iió tan bien esta idea y esta necedole el documento á que se refiere la _nn d
h al ponienl• y sin sn•oen•
· bra o rum o
,
.
jos para salir sin paga ni recom pensidad tan análoga á lo• principios pror11tima proposicion del dictámen, Y re1" d 1 se llegó al •gu·aje de las Tnneber·•s,
sa alguna á hacer freute al feroz ene.
er a,
.1
terá11dole mi distin~ut'da cons1'd el'Ucron
habi
en,lo sifo ant"' recolloc1•
o por los
clamados, v tan conforme á sus cirmigo é impedir sus asoladoras incur- Y respeto.
. e,ploradores á las once ,le la noche. En
cunstancia~ é intereses, que desde el
siones sobre .este y otros Estados del
Dios y libertad. Monterey, Abnl esta jomoda se per lieron •i•te c,_b•lt:
triu nfo de la revulucion en el Estado,
·
"
inte1·ior.
30
de 1856.-Manuel María del Lla- ue fotigados por••"• fué nece•ano • '
el :Exmo. Sr. Goberna dor supnmw
G
:arios, las cargas por la mi~m'.l razon dur•
·
La comision no ha hecho mas que
•aquellas oficinas, y sus productos, que
no, presidente,-T,-inidad de la ar- mieron separadas de la fo erz• co_n la es,
]
m imperfecto bosquejo d~l triste cuaeran los de derechos de consumo Y a · 1
za y Me/J, yocal secretario.-Exmo. coita respeoliv a, So pernoctó_ srn b, ber
cabalas, fueron sustituidos establecien- dro que presentará Nuevo-Leon si_se Sr. Gobernador de este Estado.
h bido ninguna o\ra ocurrencia:
do en l11gar de éstos dos impuestos, restablecen las alcabalas; pero está
6 .-A las cua ro&lt;le la ta rde :,(e rnaorpoun derecho de patente al comercio de persuadida á que no obS t ante lo que
raron á la seccion en el aguaje de l;is
DlARIO de o~rn.ciones y m ovtmientos pracd
l fi
efectos 11 arionales y estrangeros, y asig- deja es puesto debe el Gobierno del Es- ticados por La 3ec(.·I/Jn T ,, vi ñ o que obra en Trincheras las carga::, dan o parte e O •
nando á los pueblos nn contingente tado llevar á puro y debido efecto lo campaña sohre Lo.~ bá, ·rbaros en et Botson cia1 encargado de el\ae, &lt;le no lu b_F!r
desierto de M ,t p imí f or mado por et 9ª" sus- tenido novedad. P erno utst..ndo en el mts•
1tnual repartibl e entre los vecinos en dispuesto por el Supremo Gobierno
cribe ,wmbruAo por et Gete para ttevarto.
.
~
mo µunto sin m Hs 01·urre11cw.
·
l
J
de
la
N
acion
en
cuanto
á
adua11as
proporcion á sus ca pita es no ern p ea·
[Continúa.]
7.-Se pern octó ~in ningJna ocurren•
dos en comercio, y á los productos interiores, sin pe1juiciu de hacer pre· y media de la c,·a en el mismo agu a¡·e.
E nero 31 - A 1.. s ,e,s
de •u indu stria ó profesior,. Este sis- sentes al mismo Supremo Gobierno Y al msllana se o~upó la agua del Sobaco, 8.-Dispuso el Sr. Comsndaute ,e in terna ue ha&lt;'ienda ha sido ya ensayado SobP.1·ano Congreso que debe revisar á la~ once y me dil'L llegó el tren, sus- serta ~e la órd en de este &lt;ha.
con buen éxito y bien rel'ibi'd O por ]os sus actos, los males que tal medida pendiendo la marcha para continuarla
Orden general del _8 al 9 rl~ F\braro
· ven con
pueblos, q11e por e1 con t rar10
. producirá indefectiblemente á la fron- iuego. En este punto se encontró una de lb56 en el agu~1e de tas 1 rmche, as,
sumo disausto y aun con profunda m- tera. El haberse publicado y man- t é ~t1a mul r quP, !!Pgun se advirtió, se
Oficial de dia para boy T-nien!e D.
digoacio; la envejecida ruti11a de alca- dado observar la Ordenanza que es- les vino á los bárbaros de que antes se ha J uall Rabago; para m•ll•n• Ca pitan D.
l!alas. }i:l Estado 00 tei¡ia otra.. reo- ¡talJlecen el de1·echo d_e consumo con hec~o r¡¡édw, A, las do~ &lt;te la torde avan0

1

1•

(l

0

0

�estoy muy satisfecho de su buen comporta• ] es el de que se espendan billetes aun en algunosh
.
C
d
d
•
'Pueblos leja1ios, en razon de que habiendo mll&lt;:has
miento como
onmu
.
.
.
. ante e 1a secc1ou que personas que deseanan
radicarse
en esta capital,
obró contra los bubaros Y creo todo lo que si pudieran conseguir alguua propiedad tan ven.
me dice respecto de la defeccion d el indio Ga • tajosa como la que •e pone e11 rifa, parece mu,r
to de~mintic· nlo las especies que sobr.i este couv~niente dar una ligera idea de dicha hacien&lt;la,
mi~mo punto me comunicó D Rafael A!dahsta se halla situada casi en el centro del her.
moso bosque conocido con el nombre de :Santo
pe, tal vez mal informado de los hechos, i;n Domingo, en cuyo lugar privilegiado por la na.
rondrán la rPtaf{n, r i ,, :, el rl's lo de fuer. m.1s ocurrencia.
la carta ii qae V. se refiere Y que fué publi- turaleza, abundan con prot'usiou el nogal, el enci.
z&amp; que qut&gt;,1e á J, s cl•lll , 1ti í s, '&lt;e unicada en el número 41 del Restaurador.
no y otras muchas maderas preciosas, así como
[Oontinuard]
Nadie podrá negar que el Gato rometió una las ~omunes de que ~e hace uso Pª"' la. leda, Ld.8
1á á las carg,;s µrn que emprenda n l a
grave falta obrando contra la, órdenes que V. dos acequias de que se ha h,icno ¡eforeneia se sur.
manh, á las oncf! del dh, pora cuyu
le babia dacio como g efe de la es pedicion, pe• ten de tres ojos de agua tan abu11da111es que puede11
fin cHán } gna f hora mi~mo. l.fl ÍUPrZá
ro él ha ocurrido al Gobierno confasando es- regarse con un dia de agua. dos fanegas de sembra•
de qt1i11ce h mbres dP cada cornpallia
dura, y tan permanentes &lt;!Ue puedP, astlgurar el que
ta falta, discalpándose ro11 la ignorancia, pi- suscribe que de 19 anos á e,ta fecha, lejos de
que queda ant s menr·iunada, co1Hinuadiendo humildemente su perdon y ofrecien- haberse d1smi11u1do se ha notado en elles algua
r&lt;' la marrh i tan lu,·g,1 eom'l h J ya agua
EL ILMO. S1t. OBI::-PO DE DURANGO. do no vol ver otra vez á sa irse de las órde- aumento. Los terrenos J., ta.bur son muy feraces
s• fü·iP nte para que uen á i-u, caba l os
y propio, p,ua ocuparlos con c.u~1.. s,1&lt;11ora plan•
-A contmuacion insertam90 las comuuicaciotas que ... quu~ra, p ,eo ;,e prouuce rio,1 bastante
Loi&lt; ma~cog ,.. se t.nirán igu lm,.nte á la.s nes habidas entre este Prelado y el Exmo Sr. nes que reciba.
Por esto yo IQ recibí bien y lo traté con mu- lozi.ma el 1oa.,z, 1a cana u,; azu.:ar, la parra, el
cnga!', y lH1to e~to:&lt; eomo la fuerza que V idaurri sobre dimmnc1on de aranr.eles par
cha consideracion aunque le hice ver lo mal tabaco y todo genero de botes huta.les. Las cir•
lt sirve de es&lt;·olt», irtín bhjo la&gt;&lt; ór•!ene" roquiales, e og1ando como es debido, la deque había obrado y le exhorté para que sea cunstancias d1cbas y la muy •tniu1ar de halltlne la.
dd t.,niente D. Jm n Ráb;,go DP Ór 'len fere: cia de S. l. en mejo, ar ,a suerte de los mas sumi~o y obediente a sus gefe~. A~í relerida. finca á tan corta ,Jtstánc1a de esta ca.pitál
del h. Ce mbndante ~e (·o m u nic·ó.-.)a/is. puEeblos invadidos por loo bárbaro.s, que son me lo ofreció, y no porque yo lo haya des· donde pueden realizaroe prunta y ventaps11m~nte
los frutos por le ~uanue,o d" :;11 poulac1on, la
Di,1 ue~ta la m, re h hijo el órdcn que acreedores a tuda considt,racion. El ::ir. Ol&gt;is- pachado bien crea V. que he aprobado su
hacen mu estimable.
po
de
Durango
ha
demostra&lt;lo
con
su
defe.
f'S e~a la que rnc·, bn,R e"te di"', y v1en.
conducta ó he disminuido el conocido mé ri
La nla se celt,orará. en esta ca.pita! con las for,
c'o el f!fÍP .ete la •N&lt;-ion que se lle- reuc1a las emmeutes virtudes que lo adornan. to que V. ha r.ontraido en las varias esped i- malldades a~osrnmuradas en tales actos, el dta 31
ciones que le he confiado contra los l.iá1baros. de Julio del comente adu a la• die¿ de la ma•
g~ba la h, ra rle: rnar, h .. y no se cum.
Gobierno eclesiástico de Durango.-Exmo.
Solo tuye presente la falta de civihzaci@n del 6ana, si.empre que se espt,n&lt;lan t&lt;&gt;dos lo, bilietell'¡
plia con la ór•lt&gt;n ¡ue se h· bia da.Jo,
~r .- Fuern de e~ta capital cua11do llegó á
el número de éstos ser11 d"búe el uno hasta el
crnrrió á lo,. capit llP'" Sdnta--Cruz y ella la re,,p.-table riota de de V. E, fecha el G a to, pues V. sabe muy biPu que. esa tribu diez mil, y el valor de cada uuo cJ¿ c11lus, el de 1m
Ch1•m"n pan que c.füpu~ie~cn la se- d1a 12 del prvximo paoado Ma1zo no pude de semino!es se halla todavía en el miserable peso. Su espendto en e,ta capuat ,e, .. en la ca•
,a del que su&amp;cnbe, y en lo• l,,garns 1or11neos, &lt;"n
p~ ra t ic n de la funz~ ce mo est&gt;1 ba pre- conteHarla cou la oportumdnd clebida. Ten- estado de salvaje
He mandado que se publique PSta carta la de la persona 1.J.Ue se de,ig,1e al calce ue e,te
VH1i,in, á e~t•) rrnrnif •.tó el primero, qne go la h oura de hacerlo a la vez manifestanen el periódico para la .ati,fac·~ion de V. y aviso al pubhcarlo ~n aqu,,tlo, H .urá once pr~
si el
m «ndH: tt&gt; ren~aba &amp;Úll ront •nuar do á V. K ,1 ut: ,,1wt:n1e con !o" deseos que
PI deseu¡raño de los que lo hay ,, u juzgado m,os y seran: uno de un d111 de ag,Ht, doo de á
11:1 e, m ~ñ m11s l 1( h, 1,tP, ni él ni su fuer- en la referida uuta @t, i,lJ've V. E manifestarme,
modio dia de agua y onho de cu..,rto uJa Je agua¡
m~I en virtud de la carta dél Sr. Aldape. No entendiéndose con su corre,¡io11d1t111t" llerra
za 1e :; guifr, e, Y' Vt?. f1 é serm1deda por et pruximo correo dare ór~t:n á la par~e publica la carta de V. por la abundancia
La rila se hará en lo~ mismos ,eruunos que en
pN el r; ¡ i1,, n Cbisrr n: h, biendo obsn• roquia de 1·a1,as y sus \, ,canas, para q t.e se
de materiales de snmo interés generai. Soy los que se venhcan los son.ioo man.u,tle, Ut&gt; la.
vado la tropa CH' I fS tesado ( hi~m,1n que ~ugt,tCu al ..raure1 de que V..K oe ell vio rede V. aft&gt;ctisimo servidor que B. S. M.-San. acactemia de San &lt;JJ.rlo~ en la capital de la Re•
el gde de le, ~ec rh,n prevenía á lo~ t S· mitinne tr1,;, eJemp ares.
pública.
tiago
Vidaurri.
'leugo a~í 1111~ut0 ,a honra de ofrecer á
Si se diere el caso de q•e no se ven&lt;lnn tocios los
pre~e do!; ca_¡ it ne" siguie.• Pn la m archa
V . .I!., tuua mi c,m,,1&lt;l~raL·1un, apre.1.:io y res.
billetes, no tendrá electo la rua como se ha tti•
que se tema ordt n 'ldP, torna ron lai. arGRA.NIZADA.-Una creciente del rio de
cho, lo que se avisará por este mis1Uo medio y
peto.
m as ra ra !'ostPnrr la ius1,bordina ción dr
Nazas inundó el ag0~1adero de San Ju:m se devo, verá luego el valor de los n&lt;imero. que
Dios guarde á V . E. muchos años. Du
B antista en la hacienda de los Homc,sque per- se hubieren , eudido.
sus CP pi t nei;; á e&gt;to :,e retiró el Cora11go, At,r,, 12 dtl lbu6 -J,,se Antunio, obis
Monterey, Abril i29 de 1856.-Por 6rden de m'i
tenece al Sr. D L eonardo ZuloagR. y co,
m ~ndante á Hl tit nda de C'affi,)afia y
po &lt;le Du,a11~0.-.1.!.)..i110. ::or. D. :::idutiago ViSr. pat!re D. J oaqun l,¿um,s, J 1J1Sé Maria Quir~.
mo
consecuencia
preci~a,
el
dm
i5
del
próxiel Capit!ln ~:hu ta- Cruz otdrnó á ,;u coro daurrr, G-vb~, t ao,,r del .t8la&lt;lo de Nuevo2-2
mo pasado Atiril se ahogarrrn t re8 mil cabra~
p:fia cp.1e tcn!lr n 1,, artn,:) f m,a LE-ou y Coahuila,
v~r;t;tt. llU• é9 f'~!::1-~ill,!, :.~~~~ ~tl,, ~p ;.1.tH~: p~u~
rá rn batrl11 d·n.!e la com,,~ftm Chis
rnfl 11 e:;:to b¡,; f, rm~dr:;: f mb ,.:, c1·m 1if.fl1aál
G ubierno del E~tado libre y soberano de to, donde el 17 d el pr0piv m1:~ C'ayó uu grnniJuzgado 2. 0 local de Marin.-En !os autos "lUfl
torr.6 13 v, z PI meuC'i&lt;rna o C1 uz y le8 .Nuevo-Lton y Cu&lt;.thm a -Limo. Sr -Con zaso, que hal:-ie11Jo levantado nna tercia sobre
se siguen en este J 1Jzgado tan mouvo del falleci,
rnp-untó. Gl•P :;:i ljlHri n fl guir 111 CNffi• la sati~tac&lt;'ion lliliS cump:1&lt;1a n,cibí el ofic10 el suelo, y siendo rada gr,.nizo del tamaño
miento intestado dt1l Sr. Cura da esra , illa, D. Juan
de
un
huPvo
de
gal
ltnii,
oc:ii.ionS
la
muerte
pd'i11 m s 1lelµ 1 t P, á lo q11e rontestarc,n ele V . .::i. l. fecha 12 de l que acaba, en e1
Nepomuceno
Baez .te B"navuieo, por auto fecha de
de
647
11abezas
de
ganado
me
nor.
Tudo
esto
a g1111os ► ? ,g, nto¡i y 1,1,ldartfls que no que l&gt;e sirve curnu11warme que por ese Gohoy
se
ha
di•puesto
se cite poi ,,.l!.l Resu1.urndor de
ha
ocasiom,do
al
dueño
dti
la
finca
un
queA e , to se ;,:g11innn "lgun"s 1n¡;,ulto:s por PI brnrno ec!es1áMit:o :,e espedia la órden 11ece.
la
Libertad"
á
los
que
se creye,en con derecno á
brauto
en
sus
intereses,
cuyo
valor
i)asa
de
saria para que la Parroquia de Parras y sus
capita n Sant« Cruz al Cu111•n.-12 n1e di"
sus biene•, para que ocurran a deducirlo en eT
Vicarías ;;e anegle11 tn til cohro de ollea- ocho mil pe~os.
la 81-ccion, rr nrninranclo E u~ opPrllcione.;;
término de noventa düu contados de,de su puuli•
ciones ¡¡l araucel v 1gt nte en el Obispado de
y aun las del (,Pner:d en G, f,. que ,Ji;..
INDIOS.-La primera autoridad política cacion; con a¡,erribimieuto de uo ser mdos, si no
Linares.
J-U~o la c?.m &amp;ñ : :. m,,n zaron á los neT eugo el honor de derirlo á V. S. I. en de la· Villa de Mnzquiz, Coahnita, en comu• comparecen dsntro del término espresado. Y sn
gros con i,a;,ar lnti a I e tro la , o del Rio
re;puebta, iributándole mi gra1 tu I y la de nicac1ones de 25 y 30 d1:1I próximo pasa- oumplim1e1110 de lo prevemao se poue este aviso .
s1 no ronclesct'nrlia n ron ~ u~ 1rleas; pe- los pueblos que llan sidJ be11e1iciados cou do Abril, avisa á la Secretaría d" Gobierno
.Mana á 18 de Abril de 18J6.- l'rin•aad GonZil&gt;'
ro r(J)n venH 1o s el'tos ,!el I njui&lt;io que esa loable d ef,.renc1a, p.:s. tilla tieu le á hacer que en el punto de los PUoncilios dieron lez.-Asistencia.-.Lourmno de ta &lt;:rai·z,i.-A•istcncm.
j)Odia Tt'i-UltRrlpi, ne.0 t1hp1•edem.10 al geff' menos grava~a la co11d1cion ae uno&amp; \abi- muerte los b'i rbaros á un pa~tor y á dos bés· -Pedro JJá.viltJ..
dP la SPcrion, (e,1 re, i ron las amen&gt;1zas tamei: que estando empot,reridos por la ra- tías, y que cerca dPI arroyo d e Salinas asaloe lol' csrihlnPS y 1-e TPsolvieron á ('Orrer pacidad de los ~alva0 H, son dignos de toda taron á un carretno nneve indios lipanes y
tancahues que ll evaban una mug-n cautiva:
la ~uerte que en el , e~intQ tnvieran los cia~e de considt-1a.;1un~s.
que
lo desnudaron, y amarrado lo conquP ront 1r-t1 b»n la &lt;'!'m ~ñfl en bniira del
Con tal motivo reitero á V . S. I. )as seLa nueva ley de papel sellado.
dujeron
al paraje de las MPsa•, de donde Pn
ennnign. DP1-1 ue~, e lo~ aco nte r imiPn• guridades de m1 cuus1&lt;len,cio11 y clu1tiuguido
la noche pudo fugar,e, µor haber t t nido la
ili'lett0
to,. qJJe Qll&lt;'dan in i&lt;'::1 ,lo", "&lt; n1r;im~ r, h~Ejemplares de la citada ley que ha de regir des,
D10:. y libertad. M onrerev, A hril 30 de 1856 suerte _de romper las li!?;aduras con que 1~ de el me~ dú Mayo ¡ir6xuno Sil es¡,enden en cuader•
ron &lt;·on , irPr rit1n á ;\},., imí
Y el gde
ataron. La muger ind1l'ó sn de San Fer.
C'OO la cClTta fuP za de en r&lt;'nt" y r!o~ h(lm. -Suut1a1,o Vtdau,n.-l11tuo. Sr. Obispo d~
no al precio úe dos reales en todos los l!:,taa,i u1l111s
nando de Rosas, y que al cautivarla aquebrPi', ptrma1 e ,·ió 1, n PI nii tilo 11 u nto ha:,.ta Duraugo.
de esta Capital; siendo de advertir que o.. nv.ene el
los en ➔ mi.:ps diero'l n ,B te á ~u marido.
el ~ia ~igu iPnte que s guió oU m a rch:1 con
conocimiento de la citada d1, pas1c.oa a todas lai!
EL INDIO GATO _&lt;;;e prPs¡intó .en esta Desde luego se movió fuerza suficiente pa·
di rf'c cion á J aco.
clases de la so~iectad y muy parucularm,mte a1
ciudad al Exmo t,1. \ idaur,j, y- se le hizo , r .. hacerles la mas activa persecucion.
comercio, propietano• é rnq nhnus.
9 -A las unce d PI ,1¡, sP PTT'pren 1i6 la
ver la falta que cometió allaud,,nando a l vaPor el E.litorial , ini&lt;erciones y Materias d{
Monterey, Mayo 6 d.i 1t1v6.-,dtim.d Antonio .ll(o
marl'ha ron dire~C'icin á fa Agu!l del Al. liente y d enodado comanJante D . Diego El- versas, Manuel G. R e_jrm.
,·alea.
magre rmnho a 1 !.'l. o, te sin :,1u~ en ,tnia ~e guézabal: el Gato se disculpó conociendo su
hizo alto junto á una1- 1 m~s arP11osas, &lt;'O· falta, y I epreudido st-verameme, mamfeotó
mo i las Ol ho d,• la nor h t&gt;. En esta j,, r que 110 vo,\e1ia á dar motivo para que s@
nada •e rer,•inon &lt;'inco ~-é,1ía!&lt; muhHn, 1e reµreuú1 era: se ha ret1111 do á su pueblo
Se halla actualmente sin preceptor el Instituto
hr&gt;l:iit&gt;n, o monto, os de e:l0!' ¡¡ntps de em- á ate!ider á 1, us .,jeml.,rns de maiz. El Sr.
de enseilanza primaria gratuito d~ esta Cmdait:
El que suscribe due110 de ouatro dias ne a¡¡;ua
ff!'D &lt;.1er la m;,nha (frl agu jP, á consecnen Elguézabal, justamt'11te ofe11d1do lJOr los inla persona que quiera optar este empleo puedo so
cia I e la funte e11fermPdad de lengua lc-1mes yue ~e mewu at Lxmo. Sr. \, i con su correspondiente tierra. tanto de labor co. licitarlo formalmente del llustre Ayu11tam1eoto
mo de agost;,dero en la harie1,da de Santol Pominde ,que se &lt;ont g ó lo rn~N de la rem,-nta, daurn, puede eotar seguro de que en nad~
sila á dos leguas de "Sta Capital hacia e l Nor- dentro del termino de un mes, seguro de que se
c1ejar,&lt;10 t·n PI i,gn jP, or el mi,1rn, motivo ha &lt;lesmerec1clo de! ap1eeio quo ha sabido e, desea enagenarlos; y c-omo hayR muchos inte- le conferirá, siempre que se halle adornado de 11!
la::- otrl'8 trPis y t n,- té tia caballar. ~e captar,-,e por su· va,or y dtnnedo para perse, resados no solo al todo de la agua referida. sino honradez, aptitud y demas cuahdadas q 11e al efecto
gui r al .alvage en el cJti,ieno, y por su acti- aun á pequeña• c~ntida&lt;les nor ser muy abundan·
P' rn Clrtó ·in m·-s o, ur, nei~.
se requieren. La dotacion del enunciado empico es
vidad, ce10 Y e1c1e11u 01 de~e1u¡,eáar las cu- tes las ~os acequias en que o,e diijfruia aquella, cir.
10 - A la,- 1-i1 te , e 1, mfl'I na i:e cbn
cunstanc1a
por
la
cual
deben
conside
d
¡·
·
rnrse up 1• la de veinte y cinco pe1os meu.uate., te,ueoao un
mi,ioneo que se le coLfü,11. La ,igmente carcados los dias de. auua,
ha ado¡nado
t ínuó h m ,r h t, y !il 1 ~ os pen&lt;lnla, á 111
.,
·
para ven· fi• ayudante dolado tamb1en con &lt;Ill11.1ce P"sos al mes.
ta juoulica lo &lt;J.Ut! m.-1111e~tamos,
ficar su enagenac,on una rifa, porr¡ ue de estª
J uzg11do l. 0 de Mou,emorelos Auril 19 de 1$56,
:;:·Pis de la t ar e se 11, gó á unas Tinújas iif'
manera podrán aclqmrirse porciones h
d
.
asta e seis -At en6genes Balt,steros.-.1?a111an uarc,a. Davita, ,eurew
agua que qupd•• n St brt&gt; la Su&gt;rra que -corrf'
S r. Ct m3ndaote D Diego Elgn~zabal.- ho.ras
ta.río.
del Orí, lllt" a P, mente que I or i~nor, r :"1uzq_111z.-Mouterey, Mayo 5 da 1856.-Muy
Las grandes ventajas que ofrece L • 1 1
.
ª "º' a e a.se de
la
agua
referida
,on
p"''·I·
su n1 m'•rl', ~P IH• .-!C'1·&lt;·mi116 c!el l\lac hn, por Sr. 111 ,.-Contesto a la muy apreciable ele a gn&lt;&gt;nlLorP.s
.
,
"" 1cas y no.
tonas para todos cuantos cono,•en I b . .,
a ac1e11u1t
haberse e11c:uut1 a&lt;lu eu uit..h~s Tinajas uno V. mauifestáuuo,e co1; toda s111.:endad que 1 11· da
n ica ; pero como el animo del que suscribe
1l1t]mnta. ti~ Gobiei-no, á cargo de V-ivicmo Ftortr,

'Ton,ás
Sa, t C'ro:7.-EI serv· rio
lo
cubrirá 1~ com ,., ñia Chi-man &lt;'On la
fuerza qt,e v, rb tn· nt· ~e rlt&gt;~ign.irá: la
macha 1,e et t inua1á b jo PI ón!en siguiPt te-: ql.ince h1 m 1, rPs de cada compt.ía de 10 ,. m1;,. b1t&gt;n mo tilos &lt;!&lt;,m-

&lt;le e ·lol!. Las carg11" por lo f tigstdo del
ca.mi-no a cous,.cuPnt•1a de lo qut&gt;brado del
tnren , t1urrn1eron separada!' de l.\ &lt;lemas
fu,•rz~ á ,ü,h,n&lt;'ra de una 11 gua, tt&gt;nie11do
que dejar en el tráu,,-to µor can~ada::i y
Pnfenm,s do,, bé3tic1, ; pernoctando sin

MATElllAS 11\ . h8AS.

- ==

J

~

,i

e,

fº'

A

AC'I

Co
da pe
tion 1
de N

cons1

cidie
con .
en q

y mi
del
dera
port

razo

mer:
ese

misr
do

que
con

del
Ji
ofic
rem

trae
Ala

gui,

quE
p€1s
nar
J

per

los
ori~

go

tre;

ce,
Pa:

siu,

COJ

pre
tá
roe
b ic
ter

hu

tlic

no
m,
fía

pr

VE

ce
di

H

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="186">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="3115">
                <text>El Restaurador de la Libertad  : Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León Y Coahuila</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="479213">
                <text>Esta publicación fue el periódico oficial del Gobierno de Santiago Vidaurri. Fue emitida en dos períodos de su gobierno. El Restaurador de la Libertad con el subtítulo de Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se mantuvo así hasta el No 35 del Tomo 1 de 1856, en el No 36 del mismo Tomo y año cambia a: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y Coahuila, por haber decretado Vidaurri la unión entre Coahuila y Nuevo León. El Restaurador de la Libertad tuvo vigencia entre el 28 de mayo de 1855 al 26 de septiembre de 1858. Vidaurri fue desalojado de su puesto, después de un conflicto con el Gobierno Central, el 25 de septiembre de 1859, volviendo a regresar a su puesto el 11 de abril de 1860. Volviendo a publicar el periódico El Restaurador, suprimiendo ahora: “de la Libertad”. Este nuevo título es publicado con el No 1, del 11 de abril de 1860 al 28 de junio del mismo año, con el No. 28. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno durante la segunda mitad del siglo XIX.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
    <elementContainer>
      <element elementId="102">
        <name>Título Uniforme</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202219">
            <text>El Restaurador de la Libertad  </text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="97">
        <name>Año de publicación</name>
        <description>El año cuando se publico</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202221">
            <text>1856</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="55">
        <name>Tomo</name>
        <description>Tomo al que pertenece</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202222">
            <text>1</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="54">
        <name>Número</name>
        <description>Número de la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202223">
            <text>44</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="98">
        <name>Mes de publicación</name>
        <description>Mes cuando se publicó</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202224">
            <text>Mayo</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="100">
        <name>Periodicidad</name>
        <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202225">
            <text>6</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="103">
        <name>Relación OPAC</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="202241">
            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1785140&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
    </elementContainer>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202220">
              <text> El Restaurador de la Libertad, Periódico Oficial del Gobierno del Estado libre y soberano de Nuevo León y Coahuila, 1856, Tomo 1, No 44, Mayo 6</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="49">
          <name>Subject</name>
          <description>The topic of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202226">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="202227">
              <text>Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="202228">
              <text>México</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="202229">
              <text>Política y gobierno</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="202230">
              <text>Publicaciones periódicas</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="202231">
              <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="202232">
              <text>Vidaurri, Santiago, 1808-1867</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="41">
          <name>Description</name>
          <description>An account of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202233">
              <text>Esta publicación fue el periódico oficial del Gobierno de Santiago Vidaurri. Fue emitida en dos períodos de su gobierno. El Restaurador de la Libertad con el subtítulo de Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se mantuvo así hasta el No 35 del Tomo 1 de 1856, en el No 36 del mismo Tomo y año cambia a: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y Coahuila, por haber decretado Vidaurri la unión entre Coahuila y Nuevo León. El Restaurador de la Libertad tuvo vigencia entre el 28 de mayo de 1855 al 26 de septiembre de 1858. Vidaurri fue desalojado de su puesto, después de un conflicto con el Gobierno Central, el 25 de septiembre de 1859, volviendo a regresar a su puesto el 11 de abril de 1860. Volviendo a publicar el periódico El Restaurador, suprimiendo ahora: “de la Libertad”. Este nuevo título es publicado con el No 1, del 11 de abril de 1860 al 28 de junio del mismo año, con el No. 28. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno durante la segunda mitad del siglo XIX. </text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="45">
          <name>Publisher</name>
          <description>An entity responsible for making the resource available</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202234">
              <text>Imprenta del Gobierno a cargo de Vianano Flores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202235">
              <text>1856-05-06</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="51">
          <name>Type</name>
          <description>The nature or genre of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202236">
              <text>Periódico</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="42">
          <name>Format</name>
          <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202237">
              <text>tex/pdf</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="43">
          <name>Identifier</name>
          <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202238">
              <text>2010138</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="48">
          <name>Source</name>
          <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202239">
              <text>Fondo Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="44">
          <name>Language</name>
          <description>A language of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202240">
              <text>spa</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="86">
          <name>Spatial Coverage</name>
          <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202242">
              <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="68">
          <name>Access Rights</name>
          <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202243">
              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="96">
          <name>Rights Holder</name>
          <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="202244">
              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
  <tagContainer>
    <tag tagId="6616">
      <name>Coahuila</name>
    </tag>
    <tag tagId="8829">
      <name>Ley de papel sellado</name>
    </tag>
    <tag tagId="6651">
      <name>Nuevo León</name>
    </tag>
    <tag tagId="16876">
      <name>Pueblos</name>
    </tag>
    <tag tagId="18890">
      <name>Pueblos de Coahuila</name>
    </tag>
  </tagContainer>
</item>
