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Elórgan
DEL

To~1. I]

.MONTEREY.-JUEVES 25 1DFJ M.BYO DE 1848.

H. CONGRESO DEL ESTADO. ocupará. Primero: ddlas materias de
hacienda, determinando lc;is ramos de
SEs10N DEL DIA 6 DE MAYO DE 1848. que debe componerse.', Segundo: de
1 rd
(Por le. ª •·&gt;
la dhision territorial del ;Estado en lo
Presidencia del Sr. Ballesteros.
que respecta á sus partido~. Tercero:
,
Leida y aprobada la a.eta de la sobre la observ-ancia~e ~lgunas leyes
sesion anterior, se dió cuenta con una ri¡lativas á la administr ció' de iu~ti~i~,
-exposicion del Sr. Licenciado D. Pedro y de algun otro asu, to ue a 1mc10
.Agustín Ballesteros, en que solicita del Honorable Congreso' se califique
cse le exonere del cargo de l\llagistra- de urgentísimo. A ,~on ·nuacion se
-do del Supremo Tribunal de Justicia acordó abriesen dict4me las comisio-del Estado, en virtud de las causales nes ordinarias de haqien , legislai::ion
c¡ue espone. Tomada en consideracion y puntos constitucionale y la de jusy declarada de obvia resolucion, te- ticia, sobre el arreglo pr isional _de la
niendo por justas y bastantes el Ho- hacienda del Estado, su divisjo;n ternorable Congreso las razones y fon- ritorial y sobre la obser acion 'de al~
damentos que ha espuest?; así_ como gunas leyes del ramo d jus_ticia, pa:
n,sultando comprobado el 1mped1men.to sándo.seles al efect~ .los¡ ..nt.écedentes
-qu&lt;kha: ,manifestado.· payacdesempf~ar· -re_,;pet)th~Q~~ JJ\:,h_J9,.~\\~j\(!~pclµyJ&gt;.l.:1
la magistratura, declaro quedar exo- ses10n publica para· entrar n secreta de
nerado como lo solicita de aquel cargo, reglamento.
··
·
acordando se comunique al Gobierno
para que se provea aquella plaza en SESION DEL DlA 8 DE n,r YO DE 1848·
los términos prescritos por la ley.
(Por la tarde.
&lt;::ontinuó la discusion del dictámen de la
Presidencia del Sr.· B llesieros.
comision especial, relativo á designar
Leida y aprobs.da
acta de la
los negocios de que debe ocuparse el sesion anterior se dió menta con los
Honorable Congreso en las presentes siguientes oficios del' ilibierno: .l. 0
sesiones, y quedó pendiente para la Participando que con lá debida oporsesion inmediata, levantándose la tunidad se publicará y cit:culará el de.- presente.
creto núm. 4. 2. 0 Avisarµo de que en
SESION DEL DIA 8 DE lllAYo DE 1848_ la sesion del dia 4 de este mes presPresidencia del Sr, Ballesteros. taron el juramento. correspondiente los
Sres. Magistrados del- S1premo TriLeida y aprobada la acta de la banal de justicia D. José de Jesus Dá.
sesion anterior se presentó el Sr. Se- -vila y Prieto y D, Ju~n Nepoinuceno
púlveda y comenzó á egercer sus fun. de la Garza y Evia: se mandaron ambos
dones. Siguió la discusion del dictámen al archivo. S.º· El mismo trámite se
de la combion especial de que se hace dió á otro tambien del Gobierno en
referencia en la sesion anterior, y en que participa haber comunicado al Sr;
ella.presentó el Sr. Garcia, D. Agapito, Dr. D. José Angel Benavides el _nomla siguiente adicion despues . de la bramiento de individuo de la Junta con•
parte resolutiva.-.,S. 0 Sobre la ob- sultiva. 4. 0 Acompañando la circular
servancia de algunas leyes relativas á la en que se pide á los pueblos la exisª?I?inistracio~ de justicia," cuya adi- tencia de papel sellado; la i:omunicacion
c1on n? .habiendo s~do adoptada por del Administrador de tabacos y demas
la com1s1on, se tomo en consideracion rentas estancadas, y la contestacion que
por el Honorable Congreso y despues le &lt;lió el Gobierno manifestándole· los
de una ligera discusion fué aprobada. fundamentos que tuvó para dictar aqueL
En ~e~uida presentó el Sr. Sepúlveda Ha medida. A la comision de hacienda.
la s1gmente ampliacion de la adicion 5. 0 Acompañando una solicitud de va~n~e~i?r, ,.y de algun otro asunto que rios vecinos del Valle de Concepcion,
· a J~1no del Honorable · Congreso se contraida á que sea reintegrado P.ºr los
califique de urgentísimo." La que responsables el fondo públicq · qe labotomada en C"onsideracion y declarada res de aquel pueblo._ Al espediente de
· de_ obvia resolucion foé aprobada. Su- la materia. 6. 0 Acompañando cópia:·de
ficientemente discutido el referido dic. la consulta dirigida al Gobierno por la
támen, fué aprobado el artículo con Tesoreria del Estado •sobre si debe
que concluye en los términos siguientes. e;rijirse ?e los causante~ de coritribu-Jlrtíwlo único. El Congreso en sus ciones directas todo lo 1 que aparezca
actuales sesiones e:ii;traordinarias se que han dejado de pag~r desde. 1841.

!

.[Nunr, 8.

en que se establecieron, haita1a fecñi
por habers.e suspendido. ·su. cobro ,á
causa de la guerra desde Septfen;ib_rede
1846. A la comision dé hacienda; 7. 0
Manifestando que cuando se·expiqiq~l
decreto núm. S de 26 de Enero que
faculta extraordinariamente· al Gobier_no
para restablecer la hacienda pública tal
como éxistia en el Estado bajo el régimen federal el año de 1884,_ya circulaba en los pueblos la órderi núm. S6
de I 1 del mismo mes del General en
Gefe del egército de ocupacion por la
que se mandaron colectar en beue~cio
de los Estados-Unidos todas laSrentas
así generales comoparticulares,inclusas
las.- municipales: que en 25 de Marzo
último recibió oficialmente el Gobierno,
del Sr.'General ·Wool, el armisticio pacfado 'eíihe-iiiñoosejerciws;-y.m:'vi:ti-áü
de la.s estipulaciones que contiene, entró inmediatamente en ejercicio·de sus
funciones. A la comision de hacienda.
Se acord6 que el Tesorero del Estado
se asociara á la comision de hacienda
para· que la auxilíe en losintetesant~s
trabajos de que tiene que ocuparse. Se
conclq.yó la sesion.
.·
Son c6pias.-l\-Ionterey Mayo 11 de
_1848~-Pablo Mariinez,. oficial niay(),l',
GOBIERNO DELESTADO.'

Gobierno del Estado de JVvo.' Leon.
-José María Parás, Gobernador del
Estado · de· Nuevo Leon á fodos sus
habitantes hago saber: ·que el Congreso del Estado ha tenido á bien decre,
tar lo que sigue.
_
--"NUM. 7-El Honorable Congreso de este Estado en sesiones extraordinarias ha tenido á bien decretar lo
siguiente.
.
.
Art. l. 0 La hacienda del Estado
la forman provisionalmente: Priméfo,
Los ramos de alcabala y consumo :es•
tablecidos por leyes generales. Segu¡ido. La contribucion-del uno por cienfo,
el derecho municipal, naipes, los ratrios
de juegos no pro~ibidos,' mulfasj ~ienes mostrencos; villares y trucos, as~eilto de gallos,maromas y otr~s divérsfones, licencias de fierros y extraccion
de ganados, conforme á las leyes del
Estado. Tercero,, El. papel ·sellado en
los términos -que ·está a~reg)ado por las
leyes generales. ·_ €11artó. J_.os derechos ele arancel qúe se 'cobran en el
Supremo Tnhunal de'· ~ústicia del Estado,: sin perjuició• de, que se inviertan

�El Organo oficial.
·en e7"objeto~ú q·u~-la,ley 1:s-~~~~~~- Gobi~n~~e~E~~~do ~~~~ ~e Leon. componerse la haciend ª
· .,
·
,., )
J ' •-~ ' p ' G b
d
d 1 sea-un el mismo decreto.

del ES t ado
tii1auo. :Q.uin;to.. -Lo.$ p-roductos ·ue_ a - ose -i&lt; ana - caras ' o ~rna or e
o Como de su exacto co_ bro depende
imprenta di3 Gobierno·ysuscriciobes al' Estado d Nuevo Leon a todos sus
- bl
h d
'-periódico ofrcial. \Sestó, • El :impuesto habitantfs hago saber; .qµe el Congre- que la administrar.ion J?U ica_ mar,: e e
·establecido en el ··aecréto n(un: 878 so del Estado ·ha tenido á bien de- una manera satisfactona Y sm los trosobre herencias y legados en los mis- cretar lo que sig_ue.
·piezos y dificultades que produce la
mos _términos que en él se espresa. -,.NUO'l. 8-El Honorable Congre escacés del erario, el G?b~erno recoSéptimo. Las mandas forzosas·acor'ila:_· ,O ••
V. S. &lt;i '"mphmrno&lt;o do"
id ''b" d
¡ 81 deber en lo relativo á la cobra?za de
da~mv1ertan
po... r las ley.
perj~i.cio
i.~aria.. Jh.·a. ,ten
o. a·· ien · ecretar · o · todos aquellos ramos que le estan ense
en es_,
el sin
obJeto
a que.de·q-~e.
estan d.gwente.
destinadas.
Art. _. o Los procedimiento~ ~ comendados.
.
·- · ·Art. 2:0 'La :contrib.uciori',fütl uno· ,I;e•s·ofüGÍ · ·. juo_iciales ,se arreglaran a
Lla-ma preferent':mente fa aten. · ·computándola;
•
·
·
E_ sta do, _µnta:
J
Depa!,t a- c1·on .de •los Ayuntamientos
sobre ue
la
, 'fp_or _ciento·-'se.c_ob_rará·
lá_s- leyes.del
·
no or ciento
i:lesde Enero último· y en los pueblos mental y Gobierno general, entend1en- contnbucwn del u
P
d q
donde se hayan pag~do las directas ge- &lt;lose respe_l'to de estas dos últimas las siendo la que. promete, acerca e sus
'.::Jler-a_les, ~án=disJHfüSlído'!l "'1.o"S·ca_u ue:no-pogu\)n-co-uel-s'istema :fedéral, y· produ~os, :me10,res esperanzas, _nunL--a_
iBantes del pago de aquel~a; los mes·es' Je~ogándose)á~ anteriores por las pos- se reahzarian e,tas si las auto;~~ades
;.qu-e0 hayan-:atlefantádo'1e:est-a:s;"Sea·-:cua-J tenoresccontrn1as, -entre tanto se hace encargadas de e_s~ cob~o, no . asen
_,fuer.e fa cantipad ,sati.sff:cha. . ___ . un;i detel)ida ·revi~ion, de .todas ellas. c~m la. mayor diligencia Y e~crupd~o.-_ _ ,Art. -S: 0 -;Se supnOí~ ,por ali.ora el
"2; &lt;:&gt; En cuanto a la planta y or- s1d~d, mdagando por todos Io_s me 1os
·cobr~ de tod;is'las pon'tti!~ucíone·s dírec- ganizacion de losTriburiales y Juzgados posibles y prudentes, cuales _son los
tas,-que_sf:•crearon'.p'o~"l~yes,generales, cre_ados por l~s leyes del Estado, no verdaderos productos de l?s_ causantes
. : :Y ,ilafüendo sido Jamado_ ·en ·con- _se hac:e ínnov¡¡.cion a:lgúna por el ar- para que sobre esta base JU~ta, paguen
·siªeracion y discutido, 're~olvi6 el''Con- tfoul() ·;interior,.
_
al Estado Jo qu~ le,s toque segun aque. -~~e~? ;se·obs~~ve ~n,c~li,í:la&lt;J, de ,de¡iretq _,. . 'f ;ha:bien_~o ~ido tomad_~ en con- llos, nada mas n! menos.
provi~Hmal, comumcandose a qmen cor, side.rac1on y· dfa¡:utido, ;resolvw el ConCon el obJeto pues, de que este
xesp·onaa,, para los eféctos 4ue éÍíspo: gresp se ól;íserte en-calidad de decreto designio fundado &lt;:n la ley, _tenga su
· 'Jleti_ Jos a:rncu1os~lS, y -114 de la cons- · provision-a:Itcoinunicándose á quien cor- debido efecto, espera el Gobierno que
· titucíein. . _ ' __ ·
_ . , · · ·' responda pi"ra 1¡is efectos que di_spo?en los Ayunta~ie?t_os, no solo no descui.
Te)lat~lo~·e;n,t;~nd!clo ll'(?ób:é:n.:i,• ]o(artfoulo ll$y ll41e_laconstitucw11. darán el e1erc1cw de la facultad que
dor del Estado l'üandandolo 1mpr,11rur
'l'endt lo entendido el Goberna- les concede el art. 34 del decreto orptiblicar --y circµlar á quienes corresl dor. del -E~ado, mandándolo imprimir, gánico de hacienda sobre la refo~ma
ponda para su cumplim:iento.-Mont~-:- · ,publicar y ':\1rcular á quienes correspon- de las manife,taciones de lo_s contnb?'re_y Mayo l8 íle 1848.-Pedro .!lgustzn_ :da para ·sj¡¡ cumplimiento.-1\.fonterey yentes, hechas segun sus simples di1!alle~tero$,_ pipu!ado _ pr.e~iden!e•-- _May_o l9 de!J848. -Pedr_o .Jigustin Ba- ch~s? sino 9-ue tal :eforma la prati~ar~n
-.,Jgap.ito Garcza, Diputado secretano.-. llesteras, Il1putado pres1dente.-.!1ga- previa la mdagaCJon que se prenene.
_Juan .:M«~eo ·Gµr_éia, Diputado se-' pito .'Giírciar J&gt;ipy.tado_ secl'etario.Obr~n~o. los J\.yuntaD?ÍE:n,tos•.con
_c;retano:• _ _ -•
--- • - - 'Juan -.M,a( F'(,rarcra; Diputado secre- esfa eficacia, el Ésta do rec1bira en sus
tario'," · · ·
_ arcas los rendimientos que por la col).Y p·áJ'a.q:1i~ el-ante&lt;1ed¡:mte decrePor t nto, mando seímprima, pu- tribucion indicada le pertenecen, para
'to 'tenga· _s_u "inaS1 exacJo cumplimiento,, hlique, cir "üle y se le dé .el debido subvenir á sus gastos, y los municipfos
·,s-e observar.án_·las-sigµ~éntes pr~ven.:. cum_ plim_ie _. Dado en_l\'lonte_rey á 19 la tercera parte que les corresponde
·,cion·e·s._
· · _ . . . _ de. M
-7 • .Mana. P.ará s. d e e 11 a para los suyos; quedando el
, ,
, ay_o d 1848
. · .-.,-_ose
0
;I.
.::\. fos oc)¡? ,füas ~e re- ,-.Santzagq Vzdaurrz, secretano.
Gobierno satisfecho de ver cumplida
~!~~do e1l c.a~a p1,1eb.lo, se ,form~ra ,po~,
. . .
--enteramente la ley provisional e:,¡:pedida
· el '.Ay~ntall?iento _r.e~pecüv?, hst_a. ~e _. ~obier1_0 del E_stado de J\vo. Leon. por el Honorable Congreso con el oh-tº~P~ ,,QS QI].l~ada.µ~s _que. 11 su JUICIO --J¡¡se Ma~a Paras G?bernador del jeto saludable de desahogar á los pue, cleb,~?. ¡p~ga! la :co_ntr1buc~on_ d_el 1:1ºº Ji]stado de l'iuevo Leon, a todos sus ha- blos de las exacciones que han repor-por mento ~o'bre producto~ que ~es:. bit¡¡.ntes hag_o sab~r: 9ue_ el Congreso tado, proveyendo al mismo tiem O las
,All:glece..est!;l._d~c~-e_to~ -ctiy.a -lista ~e,~Jara ¡!.el. ~stadoha temdo a bien decretar lo necesidades del erario.
P
en ;_p.ar¡¡_,g:es_ .p_t)bl1~&lt;l~ fara conoc~~~-nto ,-que sigue.
_
Lo comunico á V. S. para su de-de-tos conrnlmyentes.
, --,,N.UM. 9..-El Honorable Con- birlo cumplimient 0 .
· ., ¡ l
d
O e ª e•
2
..
o
Dentro
del-t_érmino
,de
veinte_
gl'eso
de
fSte
·Estado
ha
decretado
Jo
ma's
q-ue
en
p
•
!
prevdmietAH
:,• · · - · - · , ' ·- · ·
,
. .
· ·
,
rmc1p10s e
a-osto se
•de ,publicado-el antimor decre.to,, s1gmente.
haga el cobro ¡ I d
· "
.llla.s
SI! ,,prés.entarin 'dos, -Jl]ismos contribu-,
..t1rtícu,t¡ Unico.-EI Congreso de-1 ci·os de est ~ e ºas os primeros ter,, --- · ,,. -··
·
·:,.
e ano e manera que para
0
. ~entes a,llll\ll_.,.estar_ co,n :su simple 1~110, -Es~ado cie_1ra sus sesiones extraordi- el 25 del mis '
, . • •¡ • l
Ja.s ¡prod_l!c:to~ .anuales ,de sus negocia- narws el dn 20 del corriente.
Tesoreria . · mo .es!en 1 emiti, os a a
1os rendumen!os de ~s~a conmones, giros y profesiones. El Ayun'fendrálo - entendido el Goberna- triºb .
.
h
,
¡
·
.
·
·
ucwn
tamiento, ara . a ·refo;:ma de -estas .ma- dor d~ Estado, mandándolo imprimir los
' y para
. el -0·0 J_e .D iciem b_re
1
,D,if~.t~cione.s en el ,caso'á
a~ude di. pul:ílicar y circular á .quienes corres'. =Di:;re,s)?~ d_ientes ,ªI ultuno terCJ,o,
art1~u\o S4, del_de.cret(! ¡¡rga~co de. pon-:la para su cu_mplimie_nto.-JY!on- 19 d ÍB ~ eitad. l\lont_ere_y l\layo
4 ·. Jos~ .l'tiarza Paras.=
hacienda, asi como el señalamiento de. terey Mayo 20 de 1848.-Pedro .Buus- S fe
fo ,g~e deben Eagar lossque no •s.e pre,; tin Bal~esteros,. Di~utado preside~te. Alc:tr!°i ~idanrr_i, ~ecretario.-Sr.
s.entfln ~entro del ¡plazo,concedido.en .-Agapito Garcza, Diputado secretario.
• constitucwnal de .•.•••
,e_ste .artículo.
_ _
.
_: -,Juan Jllateo Garcia, Diputado se,;Art. ,S. 0 .Sfl oonce.de-de;término, cretario."
Go,bierno del Estado de Nvo. Leon.
_'.Jia:sta .e,l -dia 15 de,Junio ~pr6ximo~ para: _-- J.&gt;or tanto, J)lando se imprima, pu- -;-El 8 r. general en gefe del ejér. .&lt;¡ueJo~ ~ueños ytenedor~s de naipes, -bliqne, circ:11le y .se le dé el úebido cito de ocupacion Jia manifestado á
• uroente•
'
los e.xtraigan del Estado -o los contra-. cumplimiento. Dado en Monterey á "O este Gob1" er no que necesita
mente
la
t·-•
d
"
te11 co» ~l :Go~ie~no,. :Conclui~o ~ste, de lVIayo de Ie48.-José .Mar:ía Paris d
. can Iuad e dos mil faneuos
_-,plw:cnse ,p-11oveeranJas ,ofü:inas .publicas, ----Santiago Vidaur.ri, s.ecretario.
· e mais que se gradúan para el cinsumo
de las
·
•
.&lt;le.es~ -.efecto.que-queda estancado por_
r
. t ropas nnentras
se reti•
el Estado, y ~aerá11 ~n fa pena de;
- Gobier.nodel Estado deNvo Leon ~n, ofreciendo pagarlo al precio co·r¡ .·
comjso -los, I\aipes qµfl se?pre,hendan .. ~Circular.~:JVú'fl!· l-0.:--Sup;imida~ nente de est
. a P aza, y ademas el flete
1
a d1stanna
- d e d onde ,e reunta
.
- . P.or-~anto, mando s,e 1~pr.ima, ;pu-, ,todas las c,ontribucwnes d1re.ctas por el segun
,
de n ¡·
,
'
blique1 firOl!le y se le -d!:l el .de?1do, _decreto num. 7.que ,se circ.ula hoy, que- a razou
El G _1e, 10 rea( por legua.
CUD,1plunn'\nto., D;i,dp en _MPnt~rey ca }9 dan los :P';!ebjqs ba~tantemente aliviados •
, obierno esta ¡1ersuadido de
·
:tle MaJ:.o ,d¡i:JB~.-J_as:e::!llana far.as., y -,en meJor capacidad de pagar Jos im- q:ie ya se espenme11ta
en los pueblos
1
a escaces de
t
.
'
,..,.~a_TJl1'!_go ,Vzd:aurrz, ~i:l"e~p. _ _puestQs.(ie .que pro;v~ionalmente debe .aecuencia
d
es a seunlla, como con•
I
e gi auue COll~UUlO que ha

1E&lt;U.do

-q_·
-

. .Aft.

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"',.,,m •-e·

mi.,d, •

�EI·Organo
.,

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habidol de t ella
en el mismo eJerci o;
1·aualmer1te
,
del deber que
ero o es a "'
.
Pti'enen los pueblos_ de vender!? las
Pro "1· 1· ones necesanas por sus .JUStos
·
' º
g d l
ti• 10
precios segun el art. l
e armis, r V·
En tal concepto, prevengo a ·
que al recibo de esta 6rden proceda
á practicar un exámen exacto en las
tr oo-es de ese pueblo y haciendas a"
nexas,
y que despues d e calculado
l consumo indispensable de la. poblacion, hasta las. cosechas inmed_iatas,
remita á esta capital todo el mais sobrante á la mayor posible br~vedad,
Y consignado al Sr. Cuartel 1".laestre,
h ' J
orrespond1ente de
quien
pago c
. l\'lay? 17
su
valorara
y eflete.=Monterey
de 1848.=Jo~é Jll'aria _Parftf-=jjantiago Vidaur1:z, s_ecretar10.-Sr. Alcalde 1. o constrtuc1onal de......
0

Tesorería del Estado de J'(vo.-Le~n.
-Exmo, Sr.-EI Administrador prmcipal de alcabalas con fecha ?e ayer
me dice lo siguient?·-:»El ,d!a 5 del
presente se introdujo a una tienda e~
la casa conocida por de Da. ~alom?
Uribe un cargamento perteneciente a
un estrangero, sin presentarse á la
aduana como debía; y habiendo man
dado al guarda le reclam_ára los ~ocumentos con que se habia cond?c1do
el citado cargamento, le contesto que
Jas facturas venian con mas c~rga que
aun no llegaba: despues se mtrodujeron á dicha tienda. otras cuatr_o cargas tle efectos del m1sm9 modo,! reconvenido segunda vez, conttsto lo
mismo que antes, y hasta la fecha no
ha resultado ninguna cosa. Posteriormente se introdujeron otros efectos
á la casa de Da. Teodosia M~rtinez
del mismo modo, y reconvemtio el
dueño dijo: que ocurriría á la aduana
despues que hablara con el ~enera_l,
euyas órdenes eran las que el debia
respetar, y hasta h?Y no se presenta.
Antes de ayer traJo el portero otras
cargas con sus facturas, y porque no
estuvieran las mulas cargadas en la
calle mandé al dicho con los arrieros
y fa~turas, para que el dueño diera
un seguro para la satisfacciou de los
derechos, y no solo se le negó este á
darlo, sino que quit6 violentamente la
factura al enviad&lt;&gt;, y despues de haherle tratado muy mal de palabra le
dijo, q_ue nada tenia que hacer el
Admimstrador con él, que aguardaba
mas carga; pero que ni ésta ni sus
facturas se habían de presentar en la
aduana; porque estaba dada la órden
para que el Administrador no tuviera
conocimiento alguno en las introducciones de efectos que se hicieran.
·Hoy mismo se ha introducido una carga.
por este señor del mismo modo que
la anterior; mas no habiéndose recibido la órden de que se hace refe.rencia, y previendo los males que pu-

dieran originarse de tales procedímientos, no solo á las personas .sino
•tarnbien á la hacienda pública del Estado, no poniendo el remedio correspondiente con oportunidad, suplico á,
V. S. se sirva poner esto en conocí-\
miento del Exmo. Sr. Gobernador,
P?r si tuviere á bien dictar una me-!
elida ·9.1,1ec corte de l'a~ semajanles¡

abusos."-.J;.\&gt; que tengo I l ho~or _de
transcribir á V. E. para .su stl,penor
·
conocimiento.-Dios
y lb
i rta d• ,l Monterey lV.·Tayo 16 &lt;le 1848
.. ~.J. ~al'ael
.1
·
'J'
de la Garza.-Exm&lt;&gt;.
. Sr.,¡1 Gobernador
de este Estado.
¡

!

Gobierno del Estado é:Nvo. Leon.
-Con esta fecha dice á e te Gobierno
el Sr. General en ge~e del egército
·
l que sig ~·
de ocupacwn
Eo-ército de ocuptt't'riJ1,i.- 0uartel
gen;;al ." Monterey i\'léjico/17 de Mayo
de 1848.-AI Exmo. Sr. Gobernador
D. José M.aria Parás.-Señor.-T1;1v_e
el honor hace un mom~nto de re~1b1r
· ·
b · JI por med10 de
su
a
.
,a ell~
su comumcac1on
secretario. Enver
contestac1o_n
diré que cualesquiera a,mencanos u
otros estrangeros que , r?husen obedecer las leyes de l\,fe~co con respecto á la cobranza. de Uos derechos
del pais como aut?nzad~s por. el armisticio, las autond~tle1 meg1canas
adoptarán las medidas ara el coQro
de ellos como están arre lados por las
leyes de JHégico4 no tra, pasan?º. l_os
límites prescritos por
atm1sticio.
-Tengo el honor d~ s .r muy respetuosamente su obed1ent 5erv1dor.Jokon Wool."
Y Jo inserto V. S. en contestacion á su nota de 16 de corriente _én
que inserta la del Admin strador prm
cipal de rentas ~obre lo a_busos cometidos por vanos ,c.om s~1~ntes . estrangeros. que" ~.QJ_'.ll,_nd¡t~.ef:• Jnde,~19amente en la autor1daa ír Sr..General americano, han rehusa o p~esentar
los documentos con que an mtrodurido la carga que refiere. En co~s?cuencia prevendrá V. S. al Admmistrador de alcabalas, que así en los
casos de que ha dado cue ta, como en
los &lt;lemas que ocurran, p_roced_erá de
manera que no gue~el!. ~usor1as. las
leyes del_ramo que 3:dmm1stra; ~n la
inteligencia que el m1,smo . Sr. '!eneral dijo verbalmente ,al Secretar:º de
este Gobierno que el s?stendna
providencias de las autoridades Y empleados en todo lo relativo al cobro de
derechos.=Dios y libertad. l\Iopterey
l\'Iayo 17 de 1848.=Josií .filaria_ Parás.
· Santiago Vidaurri, secretar10.=Sr.
Tesorero gefe de hacienda del Estado.

°

Presidente· interino de laRepúblic~, e¡itre,tantQ¡
se hace la declaracion del 1&gt;residénte . coi:is-¡
t·1tuc·1onal electo por·los Estarlos,· ,.v .hah.iendo
....·
·
procedido ayer ese · acto aq,!ell~ -~.ngu_sta,
Asamblea, resulto nombrado Pre,ndente
mterind
n -n · y Pe-ua'
e¡ E xmo. sr. ·D• ·M anue Id e Ia ,,e
a ,
,.
que desempeñaba el Gobierno con el carácter:
de provision_al, · y hoy há prestarlo S... E._ e,
juramento de estilo para continuar en el e¡er,
cicio de sus funciones.-Tengo el hon(!r :departiciparlo á V. E. para su_ con~cimle~to,;
reiterándole
las protestas
de mi.-Maye&gt;.
cons1dera~10n.
-Dios y .libertad,
Querétarofo · di!¡
1848.-Ros&lt;l.-Exmo. Sr. Gobernador del Es..-:
tado de Nuevo-Leon,
.1
__ . , .. ,
ESTADO DE. QUEll!i;TARQ., 1;

~

.

•

0
QUERETARO, ABRIL 25 DE ·I 8 4.o,
,. '
EL EJERCI'l'O REPUBLfCA.Nl.Z.¡\..
º. o;(

Todas las clases de Ja ~fic.ie~ad,f
entre ellas el ejérqito debe11: priwara~se en nuestro país á. sufrir e~a~refor:,1
mas radic;;tles á q_ue propende_ e, ,,i;e•,:
publicanismo dommante; _el tepµb].i,.:a;·
nismo · que ha proclamado .Y que ~ª- 8_:
propagar por todo_s. los. lj:stados ,c1v1-,
!izados, esa Franma que es el foco del.
saber y de la . ilustracion d.e.todas !as,
naciones. Si en Europa v~m_os_ya m-,
filtrarse. por todas partes las 1de~s_:.re-,
publicanas, los principios democ:Bt!co,s,
que hasta aquí habían fido rep:mudos
por los monarcas ¡,que esperanza po-_
Jrá quedar de sostener l~s ideas y las
preocupacion~s de las antiguas monar~,
quías, en pa1ses co°:l~ el_ nuei,~ro, ~u-,
yos instintos .democraticos son ir:es1s_tibles'! En vano, pues, el clero Y otra~
clases hasta aquí privilegiadas,. se es-·
forzarán en sostener prerogat1vas. \/·
esenciones perjudiciales y fµnes.\as.,pa.r,
el pueblo; la hoz de la ref~rma ea_sar¡l
cortando toda~ ~i¡as pree~mn~nmas,, Y:
la igualdad cr1st1ana hum1ll¡ua, por(9,;
das parte·s el orgullo ,y _1a fals¡i ~i;:¡¡n~
&lt;leza • de los cuerpos, que µ~sta ªH:\li
han disfrutado · uñá indepenüen,c1~
opresiva para las dema·s chi~e~«:lel}\:s-,,
tado. El ejército .se. s9met~r~, ª?;11\0:
todas las demas, á esa reform¡1¡, radicJttt
y· ent6nces, . quedará vei::d.ad.er\l_m·ente;
regenerado, verdade~apie~te pui:1fic,aqi:;,
de los abusos y desurilenes,qµe1o haJ!
inficionacfo ·tanto tiempo; el r.a~ero:g~
la igualdad pasará, sobre él~, c.oi;n¡&gt; ~º7
bre las &lt;lemas clases ,&lt;le fa s,09¡~j!aq
caduca y prematuramén,te enveJ~f,{Ó~!
Habrá un ejército, porque es\a_,:1n.sti:¡
COiNGRESO GE.NERAL.
tucion es eminentemente _ne~esap~p!l~~
la conservacion .de ~as so~1fpad~s,pp¡1
¡
, · · · l ·t ·d · de c1v1fazaC1on a
ARA
D
.
.€
DIhtícas
enllegado~
e es ap~r?
o .·.e~te eJerc1t?
., · . .s~rt
. ,·
SECRETA.RIA DE LA C~M.
,1
que han
PUTA DOS.~.
el amigo y no ef opre~or ?ef puebl?.J'
Proposicion con que concluye un dictámen de la será el apoyo ·de· las mst1tuc1o~es Y
cmnision de relacione,, leido por primera vez no el instrumento de la subvers~on y;
en la sesion del dia 13.
del desórden;· este éjército será_ Q.dD rqo,
, .
.
delo de lealtad y no el foco ., e .:1fl,
Se ahrueha· el tratarlo celebrado con los
, . . la re"-eli'on· este e•erc1to
Estados-Unidos
"
~
del Norte, en 2 de F ebrero anarqma
,
y d
:u ·· .
·, f apu_yó
J•. ·· Je
·• 1
de este año con las moélificaciones hecha&amp; sera por to as parte;. e bl • • , Iio·'ei
porelsenado'ygobierno&lt;lelos,Estados-Unid9s." débil, el defensor ,de_ pu,e_ ,o,yJe'Ia~
Son cópias. Quer~taro M.ayo 13 de_ 1848)., opresor d? las clases. IDetn:\~s,., u.
-.N'estor Garcia.
(Correo nacional. clases pacificas y- Iabor:osas~ P9t:·~ Y.05
. == afa.nes y trabajo. ·&amp;ubs,1st~,n Jí1:s , d_e}llfian~.
d l E t d · '.El eJerc1to !ll1
GOBIERNO GENERAL. ·
clases e · 8 ª 0 • . . ~a b''~ ~:¡ déJ'
.
.
- - 1 será republicano, c?m~ . e_, Iif,S.er ~ . •
MINISTERIO
DE RELAC~ON]i¡S
INTERH&gt;REs
de el· glorioso día. e~, _q11e, :r~m¡b1pr
1
.
. '!J. exteriores.
. . , proclamó, la in&lt;lependepo_ia ge la_r¡i.tJ;1a,~
Cfreu,ar.~Exmo. Sr.-fn~_talado ya El ejército se;rii: p.r~por~1onado :i f'!-~,el Congreso geueral como a1mnc1e á V, E . .blacion de lVIégico, á. su .estens1on ~eroportuname~te, se estaba e~ el.caso conform_e ·t rial ¡¡, los recurs.osd.e esta, n?-,c~
á lo preve111~0 .e;¡¡. l)l ~on.stíl,u,~10,11, -~ elegir ¡;¡ O
~
,
·

hs

e

e

�El Or~a110 oficial.
Viendo el Papa la caída general de los
mutilada ya por la rapacidad de sus pas · de las ~'principales comarcas del
tronos, dirigió un escrito á los pueblos caveciJ!os, de esta .nacion empobrecida país, planós. de los edificios públicos, tólicos recomendán-loles que respetasen las
,
.
y estenuada con 27 años de calamida- delineacion .e nuevas poblaciones, na- personas
de los monarcas y prinmpes.
des, de desórdenes y discordias; con vegacíon de rios y lagos, construccion
El ejército frances marchaba al encuen27 años de ensayos infrutuosos kechos de acueductos y otras obras de pú- tro del ruso, que se esforzaba por imped~r el
para conciliar la libertad.y el 6rden, la blica utilidad, todo será dirigido 6 per- triunfo de la. libertad en Poluma, que está en
1gualdad y la justicia, la economía y la feccionado pqr ingenieros y otros gefes un estado de in::urreccion completa á favor
del sistema- republicano.
administracion, la paz y el progreso. ú ojiciales científfcos del ejército.
No se verá ya, pues, un ejército que
Tal es en bosquejo la idea que
devore los recursos de todo un pais, 6 hemos con~J'bido de sus reformas. El
BELGICA.-Brillante conducta del rey Leoque sirva de pretesto para cubrir hor- ejército se ~eterá á ellas. Solamen- poldo -A consecuencia de la revolucion fran ...
ribles dilapidaciones V' despilfarros es- te tiene derecho para exigir que igua- cesa,· el pueblo de Br_nselas ~ostr6 al princicandalosos. No se verá ya un pueblo les reformas se bagan en las demas pio sí:itomas de segu11 su eiemplo¡ _pero el
que huye del soldado y del ofi.cial; co: clases que subsisten á costa de. los pue- noble rey Leopoldo lla11;6 á sus mm1stros .Y
les dijo que abdic_aña, &gt;1 el trono no pod,~
mo si fuese su euemig&lt;!; no seyeríin blos, en todas, las instituciones que la sostenerse
sin efus1on de sangre~ Les ordeno
abandonadas las sementeras y las al- sociedad mimtl¡me para su utilidad y que concediesen todas las reformas neces~r!as
deas por temor del saqueo,_ 6 de uµa su servicio. El dero y los emplea$los, para el bien del pais, 6 que el puebl~ p1,(1eleva inícua que quita de su arado al .todo debe reformarse, todo debe re- se· declarando al mismo tiempo que habta sido
labrador honrado y laborioso, y de su .publicanizarse, porque la ley de la el;gido rey, y por consiguiente era hijo, Y n~
taller al artesano. Todo hombre que igualdad s¡¡r~ en lo sucesivo la base señor del pueblo.
disfrute lo~ beneficios de la sociedad de todas las instituciones, de todos los
y que sea capaz de llevar un fusil al gobiernos.
A LOS CUBANOS.
.
hombro, será soldado, y desde el mas ·
:( O,orreo del Ejército.)
Lord
George
Bentinck
el
gefe
de
un
gran
1
.
rico hasta el mas miserable pagará á su
partido, y uno &lt;le los hombres mas influyen'
.
pátria esa terrible contribucion de
tes de Inglaterra, acaba de proponer en la
cámara de los comunes de aquella nacion;
sangre,· que hasta aquí ha pesado iníYUCATAl'f.
que ]a misma armada empleada en recorrer
cuamente solo sobre las clases misera:
· Por el últit¡,o buque entrado de Campeche,
bles. El ·sorteo señalará periódicamen- hemos recibido noticias de ese puerto hasta é.J las costas de Africa, para impedir el contrabando negrero, vaya y se apodere de la Isla
te los que. han de afütarse en el ejér- 25. Se dice. h, her firmado un tratado de paz de
Cuba á nombre de la Gran Bretaña, con
cito 6 pagar al ciúdadano que ha de con el éaudillo Jacinto Pat, que ha impuesto cuya medida no solo se daria un golpe mortat
reémplazarlos, yno habrá clase, ni dig- condicione_s im osibles de observar por nadie al tráfico de esolavos, sino que se obligaría
que tenga sen ido comun. No obstante, la tambien á España á cumplir sus comprominidad, ni gerarquía social que no esté gu~rra
·contin a muy encarnizada por parte
sometida á ese- sorteo, primera con- de ,los 'otros efes de indios que no quieren sos pecuniarios con los súbditos ingleses, y se
quista de la igualdad sobre las preemi- transaccion de ~inguna clase con los blancos. pondria como de paso un dique á la ambician
nencias é injustas esenciones, que la La sublevacím¡ . se ha propagado hasta quince y al progre-.o de la nacion ameñcana ..
( Tomado de la Estrella Jlmericana.) ~rist!'.QQ!'~CÍa ha gg_zadq ¡ior__ tªl!_to_ leguas de Camj,¡,che, y todo anuncia que el
convento·he-ch~~on-Pat-será del todo ineficaz
tiempo.
para la pacifit~a~ion. Mañana daremos una carta Proclama del consejo de la confederacwn irLos paise~ devastados por los sal- muy
landesa ál pu,blo de Irlanda.
inte:esante en que se refiere cuanto ha
vages, esos pa1ses, por tanto tiempo ocurrido. en Y;ncatán, y se pinta su situacion
Compatri6tas: En una circular dirigida á
regados con la sangre de nuestro~ com- con los mas tristes colores¡ punto de vista en sus representantes en las ró1tes estrangeras, la
patri6tas, serán poblados y cultivados que la consideran todos los que se hallan en- gran Rep6blica francesa ha hablado as[ por
por colonias militares, en las que cada terados de lo que pasa en aquel infeliz Estado. el mas ilustre de sus hijos:
"Deí'laramos, pues, á la faz del mundo
·
( El .fJ.rco Iris.)
éolono tendrá una familia á quien pro" que si. creye.-:emo~
,.
llee.arla 1a hora en los de-'
tejer, una tierra que cultivar, un hogar,
"cretos de la Providenda, de la regeneracion
una abundante provision de aperos,
EXTERIOR.
"de nacionalidades oprimidas desde mucho
semillas y animales, y un rifle con que
"ti~mp.o ha en Europa ú otras partes, la Redefender todos estos bienes con que
"pubhca francesa se com:i.1era autorizada á
No!itias traidas por el vapor W ashing_ton.
"armarse
para proteger esos movimientos lela pátria remunerará su valor, su lealEl emperador de Rusia recibió la noticia
tad y sus servicios.
de la revoludon francesa, mientras estaba en "gitimos hária la grandeza y nacionalidad de
"los Estados."
El fuero quedará reducido á lo un gran baile en la ciudad de San Petersburg,
Ha.l'. tres nacionalidaoes "oprimidas desde
que debe ser en el ejército, á los asuns en la noche del 8 de Marzo. S. M. se ouso mnch? tiempo ha en Europa;" la Italia, la
palido,
y
con
una
seña
de
la
mano,
mandó
tos puramente militares, á los delitos
parar la música. Entónces, volviéndose á sus Poloma y la. Irlan-la. Ha sonado ya la ho1a
del mismo género, á las prerogi.tivas oficiales, dijo:
de la reden~10n de _Italia; el corazon sangrien·
que aún las naciones mas libres con-to
?e Poloma palpita con el aliento de un re·
"Señores, la Francia es República; estén
sucitado. tPermanecerá sola la Irlanda sepulceden en algunos actos civiles á la pro- prontos á montar con nn minuto de aviso."
tada entre ]as tinieblas, cuando st.s hermanas
fesion honrosa del soldado. El ejército
marchan
haeia la libertarl y la luz1
estará eot6nces completamente equi· Cuando _la hora hay~ sonado, cuando apapado, vestido, arma'do y municionado;
El vapor Sarah Sands llegó á Nueva- r~zcan la~ v1rtudes ~e uacionalioiad, y hayan
pero la sencill.ez y la economía sus- York con fechas, de Liverpool basta el 3 de s~J~ venl•1dos y hoHados los \'icios de providen., se a1e¡e
• y se desprecie la fa!.·
tituirán ent6nces el brillo! de los oro- A;bril: el .siguiente estracto es del Courrier cialismo·, cuanuo
de Charleston íle 22 del mismo.
peles, que ahora son tan ruinosos al
sedad,. cobar~1ia y egoismo, y la conducta del
era.no: " .
··•· . . ._ ._ ·. ' •..
-·---1!ª _!"!P~~o un~ guerra Europea.-Las p~e?10 8'.' sei~ale por el valor, desinterés y fra!ropafaustria,a, han s1dci espuTsadas de Cerde- te
n1dad, entonces podremos pedir á Ja gran
El ejército será bien pagado; pero ña. La Polonia está en nn estado de insurrecprotectora
del género humano el cumplimien•
un buen sistema de contabilidad iñili- cion. Rusia va á ma~dar tropas al Sur; pero es to de su compromiso.
probable
que
la
Prusia
y
la
Francia
se
oponªan
tar evitará ent6nces esas. quiebras es
tCuándo sonará e,a hora? De vosotros
candalosas, ese desórden y protligali- á ello. El ejército frances se dirigía al No;te, depenrle, herm_ano~ irlandest&gt;s, que sea en un
dad de gastos, . esas ruinosas contratas
mes, en un ano o nunca. Si en el umbral
de armamentos y vestuarios, que en
de esta nueva carrera, borramos de nuestros
NOTICIAS -RECIENTES DE EUROPA,
~orazon~s todos los recuerdos de pasadas íntantos millones han aumentado la deuLos carlistas se reunieron en un punto Jur1~s; s1 enlazadas las mano~ juramos ante
da pública¡ deuda que con el tiempo
pagarán los mismos hijos de esos mi- de Inglaterra, y el 3 de Mayo salieron el cielo ~ondu..cir~os lealmente unos con otros,
5QO.OOO hombres para Lóndres proclamando n? dar mdos a unut,ma intluencia perniciosa,
litares, que hasta aquí no h;m querido 1~ República.-En Irlanda, las' tropas pare- m
retroceder por ningun peligro; entonces esver por el porvenir de sus familias. .man ponerse !-fo acuerd~ con el pueblo.
perad, P:-tes, 1~ hora de la libertad está cerca
Los cuerpos científicos y faculta· d'10so y compasivo no nos'
El Austr¡a, la Prusia y la confederacioo y un_.,. Dios. mise rwor
tivos del ejéri:ito consagrarán ent6nces germ~nica se h,abian aliado para sostener á habra enviado en \'ano esta favorable ocasion.
una grao parte de sus tareas á la direc- Polon¡a ..
(El ,Monitor ,epublicano.)
. En ]:rancia todo estaba tranquilo: solo
cion y ejecucíon .de las .obras de u.tiha]na habido nnas cuantas reyertas de los tralidad · pública, .arsenales, telégrafo~, ·ca- llaJadores.
l\'loNTEREY.-1848.
llales&gt; caminos. puentes y calzadas, ll).á- --· El Rey de Nál'oles abdic6,
IMPRESO POR F, ll-10LINA,

. \ ·..,•&lt;_,
\. \., .
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                <text>Órgano Oficial del Supremo Gobierno del Estado de Nuevo León. Este fue el nombre que se dio al periódico oficial del gobierno de Nuevo León al terminar la guerra con los Estados Unidos y volverse a normalizar el funcionamiento de las autoridades estatales.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado</text>
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              <text>Órgano Oficial del Supremo Gobierno del Estado de Nuevo León. Este fue el nombre que se dio al periódico oficial del gobierno de Nuevo León al terminar la guerra con los Estados Unidos y volverse a normalizar el funcionamiento de las autoridades estatales. </text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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