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iT

2

º'

DRI" SUPREMO GOB IEllNO

Dl~L ESTADO LIBRE DE NUEVO LEOJ.
;

l\¡;Jr,1 1·.i

~esian pública ordinaria dd di¡:y p de 4brit
de 1852.
l'RESfOENCIA DEL SR. G4,RZA GOIS"Z.\LE1,.

Leida y a.proba.la la ac\a de la sesion anterior,

~9 dió cu,,nta de las comuriicaeiones kigu1entes

hombres
, ( negras.,
y i-ie lla-

Del G -b1erno de. E~ta&lt;lo arompailandú una
,o.icitud fobre merced de agua presentada por
D. Manuel DalgaJo y sus co11,pa1ttis. A la
COll\lSiun de petteiones
Del mismo, adjnntariclo por encargo del
~xmo. Sr. Gobernador de Sinaloa u11 e¡~mpla.r
de la constitucion política de aquel Estad..
De recibo d4ndosele las wa¡:i¡\S.
Del mismo¡ remitiendo un ejeqiplar del corta de caja practicado por la Tesoreria el &lt;l\¡¡
)¡. o del actual. Que quede i!)bre la me.sa pa~a
'in~truccion de los Sres. D•p\'taJos.
·Del n:µsmo, trucribi~ndo Ut\ oficio del Aloal&lt;le J. 0 de Bustamante en eiue por acuerdo
de ac¡uel Ayuntam.1ento solicita penp•~R pa¡a
hacf;lr del fondo de prapios los gastos que exije ~l pleito que le ha pr¡,mvy1do la muntcipl\(idad de Llanos y Valdés. A la comision de propios.
De las Honorables Leinslaturas de Ch\ap11s
Smaloa,
contestando de enterado la nota. en
Y
que ,es participó la Je este E , tado la apertuJa del segundo peiíodo de sus sesiones ordin~rias

RODU@.

ra g-enera.1
~
nos nues•
t'lcion que
1 el carác,.
rendo dei!•
do la altQ.
lo~ vrgegion~ bah.iy una.
Hemior.os
i;¡ con Jas
tanos, yer preciosa¡,¡
s especies,
ntes flores

1is, aristo-

:umi nosas,
ble al re. de los áresie caos

, rios fór1uralla, enlas esbelpenac~_os

1

mtínuará.J

..
"

ibunal d•
aza de ofi•
ibuna}

P.º'

el. Lic. 'D .
el mismo
al art 14
orgui'Í:a•

se convouen capa-

aza, á.

·no

la que ~e

:rmino es.

i2 ...,... TAJcia..,
.1 .,..- .

'

~.M .__:1:1·~=====,===.=====~~--,.,,,"''=·==-r-'--=-=-,-:·==';._:J;:_º:;,_~;._,J;·;!;_;'~:,:t:;,;V::::~,,-:º;,;e;,,;v~e;,:1•~-~
6=-=d=e==-1'=1=~,;;,t~O,=d=e=l= S=:'&gt;=•!=,==;=oo"""'"""'""""==-~='='=-==============""=

vida, con-

ílllbitantes
s 18° ·y
1l inte rior,

/ 'Capilla. A lr0n.ihra
lif,lwseca u,..i~.,~~itúria

l.a:!j ~qe~· y uem,t:; displ)sic.1oues sopel'io,rcis, sou oohgat,&gt;:ri.as en el t11ero accqo de vers~ pu~Ucatlas en este pcriodico.

0

¡

1

e

ORGANO OFICIAL

: desapapero ª~!1

,ucede raestas fie&gt;¡.&gt;eos q ue
m la cos, cosa sin•
r a bsoluero se co
1e no cau•

;eq

·
· 118..•6 qus es t ª"
" lec·1ó el fon 'lo ¡·u lic·1al , . quedanprudentemente puedeA c, ntr1b¡¡ir, se arruma
sin
remedio, y v. Hooorabi,i&lt;.lad penetrada de la 110 por el mismo hecho sin efoeto la orden sucert1 lumbre de este aserto, Jj!jos de decretar prema tle 24 de ~gosto ,te! mismo, 9\18 f~~ulnµevos gastos desde el primer períod9 de sus. tó al Gobierno de aquel Estado para h'.ih¡l¡tar
se~iones Sl\prjmió muchos 110 dec nns su pé 1ftuos, papel sellado, a,lministra.r la renta Y ,hspuner
' ha vi-to
.
'
" "'
"' en su n•,.
· t~ y en attin
pqrque 'jama$ Nuevo Leon
de~pi farrade sus prod uctos. ...,_
0
da su ha~ie~da, sino d~ 3 quel!os que no parez- cion á lo prevenido _en el a_rt. S. del decreto de
~an sumamente precisos.-Por no anmentar los 3 de Oc\ubre. del ano prÓX10'\º pasa4P, se ha 1,erga,t1Js multitud de pro1•ectos de sumo interes vido resolver dti conformidad con lp que coa¡,ara ~ Estado r¡t, 11an pusa,jo de tales, y sin su Ita Ja Suprema Gorte de justicia a~tlfC~ del
emb~riio por pna inconc(lbil¡le fnt~liolad no~ en· presente asunto, dispo¡¡i¡mdo por lo mi¡¡rr¡o ,que
contr~mos {ioy enter¡unE¡nte s,n hacienda, f non para que se puedan cubrir los &amp;neldos del frt
u~ presupues(o sumame~t~ crecido sin que p~e- uunal de Circuí.to Y ~uzga,!o de Di,trito_ del
ti~ deci,se que figuran en él cantidades que ¡10 referido Es\ado, sea ~11\(e¡;ada nor el Gobu•rno
se.an ca~i indispensables. Este presupuesto pa- del mismo al fondo ¡uw1al la renta dP._ ~ue se
'l\ el pre,ento a.ño económicQ es de ochenta trata y ce~e por \al mo\ivn de a¡\mtnts~rarla
mi l sei~c1e1otos oc!ienta y &lt;.los pesos, sip incluir- y de disponer d(;l S\lS pro,luc~os como l\"tes 10
se ,os honorarios de las Re¡:audacione~1 11i el verificaba: lo que tengo ll'o honrn, &lt;le ~ª 111feS!ar
cinco por ciento qne él art. ~4 del d~creto nú- á V. E para su conocimteuto Y en respueS t a
mero 132 &lt;1esti11ó ~ la ins1ruccion púbh~a: la c9 de sµ citailo oficio; en el con¡:.i¡'.to de qµ,9 1~
mision va á e.;aminarlo para proponer la supre- ley di) IQ do A,bnl del a¡jo anterwr, ya prev:·
sion de las cantidades menos precisas. Lo p1i no el 111odo de au,\'iliar á los Estados fiontenlflero qne figura en é:I so,n ios gastos de los po- 1.os con el contirrgcu\e."
&lt;!eres L~g1, auyo, Ejerut1vo y J11dic1al q'le l\S•
Tengo el lwno¡ ~e trasladarlo á V. E. pacienden á 32.880 pesos de '\ue lieb1m reba¡a.rse ra su iuteligencia Y ,•fect11 s correspondientes.
conforme al decreto número 140, die:.i mil oche1:D.ios Y liber\ad. l\léxico, Febren, 12 de 18·12

el fion,lo ¡ºu,Jicial, comnrendló
en primer luaar
,.
el de papel sellado añadiemlo la si¡,ruienre excercio!1, .,siempre qne esta renta no e~tuviere
destinada por ley á otrol respon&lt;abi li !ad" ConsPcnente c1H1 e,te nrP,,epto el Gobierno del Sr.
p P.ña y p eña l'XP11·
• en ? ue
~ ]IJ·.aro d e 18...
'8
, 10
un rlecrl"\o dispo11ien lo que despues de cubierto cnmrtletamente el Víl,1-or del cobrti y el de su1intereses, ó c¡ue ele cualquiera otr:i manera cesase esta resp~nsabi li,la,i, entrase la ten ta afecto..
t ella al fondo de administracion de justicia conforme al arl l. e del mismo decreto de 30 da
Noviembre. En l '? rlw ~eÜe'Tlbr.e del año anterior de 1851 se espidió otro pur el Soberano
Congreso previniéndo~e qne tuviese su cu,nplido efecto la ley de 3~ ,le N oviembre sin alterar.
en lo mas leve el sentido rle las leyes anteriores
que consignaron los productos de papel sellado
á ohjetos determinnJo~.-1.a comision con vista
de las dis.po~iciones legislatirns que acaba de reseíiar, oree que el Exmn. Sr. l\Iinistro de qacienda les ha dado ¡rn la :;plic-!,rion y en la práctica
mas est¡rnsion que la que demanda !!1 espíritu,_
y la le¡ra de esqs mi•nias leye~. fonda este CO!l;:
cepto la comi;iQ11, en que no $ienJo m!ls qne .lo~
l¡is que disponen Je! producto del p11;pel sellado,
111 de \ 1 de Julio de \Sa y ll!r de ~O de N oviembre de l8JIJ, 110 al(',i.!lza como haya podido espedir•e la órden dP. 12 del mes próximo pai;ado
Febrero cuando en el artículo J. 0 del ,lecreto
que se acab,i Je citar eo segundo lugar, s_e sa\ya en vez de dero¡¡-(\rs, el art- 2 o di) }[I_ ley.
de 11 de Ju lio nue, consignó de un !JlOdo e_;,;cep·.

ta pesos presnpuesta&lt;.lus para el es~ablcicimi,!)ntQ -111. qc Esnar~a.- 11:"mo. Sr. Go\¡err¡ador del Es
de Juzgados de leteas sustilllyénJose eu s•1 lugar t.ido Je Nuevo 4eon,-:::l\\ur¡terey.
1as Asesoría, que importan 2.640 pesos F agttrao
en seguida 6.728 pesos (lne importan los sueldos
Gobi.,rno del Estado de Nuera Leon.-N11,
.J
y gastos tle la Tesorería general, Recaudacirm mero 7 -Exmo. Sr.-EI Exmo. Sr. l'1es1 ente
del derecho de con&amp;~mo, imprei.ta del ~ st ado y del &lt;_:;~11&gt;ejo de Estado, dice \1oy á es~e Qopier
Je esta suma nada pue no lo qué $ig_ ue.
Porte de correspondencia:
.Al arrh1vo.
•
,
•
1
·,
Se ¡,~ijo á discusion en te{cet debate y de ~upri~n t ~, porque en n~da puede hacer:e , , , .
,,E:~mo. Sr - fl Ei¡mo. Cnr.sl'jo de Estado cioual el pr~duc\O de papel sell~do (:ln los Esae aprobo un dictámen de ¡~ comision de pe- econo101as_que las que e.s~an ~ech~s ya.-lle.starws' ~n &amp;esion de h.,,y 4a apro~d() e\ dtct,im&lt;'n de. una. \adns f ,onter1~9s pa.~a la guerr!I: d~ )c,s rn_~ios.,
tioi¡ines ,¡ue te rmii,a pon el Si(¡'ui~¡ite p,oyec- ~olo exammar las oa11t1daJe.; ql\? e11 el u1cr,o 0 ,,rnision dti s ·t seno qui, á la letra o.~ CM\lO sigue Si es\o no fuera así +q·1é P\ro conceplo envuel•
1o de decreto.- ,,Se concede_ 11 D. Marcial Gar- presupuesto fig:Jran ba¡o el rubro de varios , tro.;, 1 .:_ 1!,i,;mo. Conse¡o.- L,, comisio11 4ombrada por ven e1+1.s palal,ras del aatícn lo l. 0 uel decreto,
za \'illarreal, de esta vecindad, la merced ie gastos inJisrensu~les. A ll í se Ten en primer lu- y.
p r .i que abries, dictáme·, sobre la Je 30 dti Noviembre ,.sien:ipre que esta renta no
ll\ escribanía pública numer..11t' que solicita. gar 11 352 pesos. 4 reales que el E,tado d~~e consu,ta ,¡ue h'are e1 u allteruu de., B,tatlu cun estuviere &lt;les\utada por ley á otra responsabi•
1
~ Q E~te decreto y el esped1e11te relativo se pagar d\) contu,geute al Gobierno geutiral por m0tn·o de la ór&lt;len suprein¡i fticha 12 t:el me, li&lt;lau?•• I.a !)o!Ili~~on viendo en el tefto que
pasarán al Supremo Gob\erno del E,t&lt;1,do PV\l 10s años t1e ISJl Y 1852. Muy sensible es, Se- p;óximo auterior eo que se le prc.ieat1 por e i aca.ba de citar una c laritl.,d que ált'ja toe.la duela,
loa efectos que e~pre,a el art. 4 o. del decre- il.or. que de,pues del desamparo en que los su-. 1li°';-i;ster10 de hacienda e11tregue al fondo ¡ud1 en el presente negocio, no puede pP.rsuadirse que
to núm. 205 d"e 16 de Marzo de l8 29 "
premos poderes qe la J'.'iacion ha,t;1 d,ejado á Nutl• c1ai" J~ ren\a d~I papel s.i11aJo que hasta ah. el Supremo Gobierno desconozca que los proDe; mrsmo modo ,. en_ los propws tór~inos vo Leon: &lt;\L,e despt1es de gue se ~é éste qbauJo- ra ha admw.islradu en virtud &lt;lll otra sup1e111a duetos del papel sel ·ado de los E stados fr&lt;,;nleríque se m,e1tó en la acta Jel día ;¡ del oor- na&amp;o ,i s11s propi_os recursos y envuelto continua- ó1den de
t!el ~lt1mo Ago,to é iuve,tido en ws l~s ~E'1ttrnece para ~u dt&gt;{ens!\ Pl&gt;t una ley
t ieo\e quedó aproba la la iniciativa p_resentada mente en guerra con los salvage,: despues ,a guerra cu11tra los b.1rba1os eu11fum1e á uua q_u\l e~ e~!a rarttl no se ~l/: de~ngado.-No hay
por los Sres. G-arza y· Ga(~a, ~obrrn;illa, y Can- de que _centtinares _de sus hijos . dej~n c un ley vigente, ha visto es\~ ueguc:o cun la re y~ qui.en 1g1l(lre que 1Jna ley poste,ior y contratú, pidiendo á las Augustas Cá:11aaas_ ~e s 11 van frecuencia sus hogai!ls para serv,r
'ª fe ftex:1011 que demanda •\i. grarcJad cvmo que· ria i;io den,ga la ~u\~1ior cuando é.ta es excep•
decretar que los E~tailos conltuuarne 11 te inva derac.ion, se nos exila ut\ contingen\e it,Slg• s~ trata del cucnpiimieulu' J,\1- 011 ma.nda10 de, cional, á 110 se~ que 1,, ~a~a ti,prE&gt;sa y terrni.
&lt;ildos por los bárbaros no contribuyan para los nifica, ~e P&lt;\ra 1í1 hacaeiida rle 1&lt;\ Rep~blica; P.llro_ G"b1erno general ll~e reti1a 1\1 l!.~\auo el único nantemen\e; mas ~i:i el caso l;i que le parece
r .,
.
,
_gastos d e Ia 1euer11c1on,
mientras
esta
no cum- exor bttante para las exhaijS\";s arcas d_el erario del rec~rso_ de que puede dis¡iouor '¡Jara Llefen,Jei- rontrana )º 1,0,ttiiior que, es lo ,le 30 de No,,1em.
pla con la obligaciol\ que tiene de iibra~l9§ d_\l ~Slad~: tal yez tnu d riamos derecho á resi,tir el se d~ ' Uf\ e¡¡_emigo, que no cesa' de causa, le bre de 4G\ lejos &lt;le ~erlo y haeer una especiai'
~n dura guerra.
pag;o de tal contingente, porque segun nuest ras todo @"é.uer(\ Je males, mal.is que ~\ en 1ag-a, menc!o11 lle 'a excepci,,n que contiene el a , tículo
Los Sres. Qar~ía Y. Cant4 presentaro11: l'\ i'.istituciones, las partes con~tidera:1,¡.s y 111 cei:itro de rein,ed·t\\(S6 coo met.li,lus rnthc¡\?;¡ se dtja1, 2. o rle la Je I l &lt;le Jn i10, la deja tácita y gen~,
siguiente proposicion.-,.fedimos al Hunorab 'e tienen sus obhgacione.s re&lt;'lprocas, Y cua nd0 por cerrer por mas Ueoo¡,o, 6 se desatie.11,&lt;,len eut"• ra'mente en todQ su v1g~r y fuerza al deelararCimgreso se sirva acordar que la iniciativa nre \ltHHe {a 1\1 á ellas., 00 ~qy &lt;!e,echo para e;¡¡ijir i,il ra mente, co~o sueedería enlregánt.lo~_,/1:,,. reut.. vigentes las responsabilidades que auteriormensantada pof los Sras. Garza y Garza, Cantú y rumplif(liento á la otra; pero Nuevo L_eon no dará 111d1ca ta, venliriao l1iego á l,euar uei l~to á te pe;aban sobre el producto del papel sellado.-,
Sobre,illa, y q1,1e se a ral;la de ap,rol;lar, se im- el eiemplo d~ resis¡encia al centro ~or intereses los pueblos y ~ e;¡¡,,sperarlos mi.Ls y mas, P\les- L,, cornision, pnes, apoyada en los fundamen to9¡.
Pfima y circule á las Legisl11turas y Gobiernos pecuniarios, mientras no se ataque su soberanía. to -:¡ue quedab\lil ,1e1 tlldo rn&lt;.lefensos cual '4-fo ql!e deja espendidos, está Í 'l trmaruente con ven do los Est&lt;1:dos para que se di!¡"nen ~por.arla Así, pues, la comision opina que las caotida&lt;les tunas que espe1a11 un p1 óxuuo sac1 itic1_0.~La e ida de que si no es contra la lE&gt;-y como parece.
• nte las Cáma ras de la Union." Declarada de ?.e que viene habla nd0_a u n~ue injuSlalDeute exi. comisi_oai Mr ~orro11u "' c~ntern¡,.iar Y pesar tlS la, ,írclen de 12 tlel mes próx11.io pasado del Mi.
Qbvia resolucion, á mocion del Sr. García fué Jl(.las, mt debe() ~\lpnwme,
tas co11s~cue11c1as de sauc:\re } desolac1011, Y co nisterio de Hacienda. es á .o menos dudoso qi;e.
1
disc utida y aprobada.
{Continuará J locada precisallieute entre el deber estremo de deje de serlo; y estan lo reconocialo como prinSufrió primerdeba:e y se remitió a l seg.indo
formular ~u Q.011su1ta t:n térrniuos Je q11e pue- c1¡1io .:¡ue toda du•aa de ley solo toca declararla
p¡ua la s,esion pró_¡iw~ 11n proyecto d~ le:¡: predan i¡er evitadas, como lo Jwta. el eterno priu- al poder legislativo. e,te es el ú 'timo recu r50i
~entado por la com1sion de l¡acienda, cuyo te
01pio de la co11Se1vacjon, Y el de yue se pres- que kl,queda al Gobierno si por llesg acia no
~ó r literal, es como sigue.-,;Honorable Co11greta. acatam1tiuto á la &lt;l1,pos1c10n suprema que fuesen aten,lid~s la~ observacione~ que 811 con,.•
iO.- Uno de tos mas difíciles trabatos y de
las proc.luctría necesanarneute, 110 le .¡ueda otro cepto de la. c.o ~ision del;&gt;e hacer co:1 respecto
los de mas trascendenria para e l E,tado, el arreSecretaría de Estado Y de, despacho de ~ecuí-so c¡ue buscar ei¡ las leyes que vie\)en a, de &lt;.:icha órder. e» obs,•qnio Je la seguridad de
glo de la hacienda pv.b ica que sin buen éi¡¡\· l\ac1e11da.- Seccion-., "'-.1!.xmo. ::i1.-Huy d1 9o ai cas,r;&gt; 1~ razoo qu,• j•Jst1tiyue el partido, c¡ue á los puebJos~ pero s~ er,tretanto ella hubiere da.
t&lt;&gt; han emprendido yarias legisla\uras desde .l!..xmo. Sr. .M1111stro de J u,11cia f utigllclus .,·c1~- su juicio deba tomarse en tau dura a,ternati- llevarse á e facto ¡;cu.áJ serl'-' la suerte de los Es.
e.l ano &lt;le 1848 hasta la fecha, es dtil que se ,1á,ticos, lo que sigue.
va.- El art. J. 0 t.le1 ·decreto Jti 11 de Ju11u tados frontenzos qne no cutintan por parte del
ha ocupado la comision que su,cribe. y al pre,,Ea.::mo. S1.-Da.da cuenta al Exmo. Sr. fre- Je 18~2 c.on,,gnó a, Pil.~º del cobre. IQP produc Gobierno general, á quien le toca ponerlos á.
sentarlo á V. Honorabllidad1 no lo hace sin su- resiueute con el oficio de V. E. lecha \-! de tus ue pape1 sell,¡i•10 9ou esc ,us1on es¡,resa Je sa,vo de las sangrientas incun,iones de los bár•
10a desconfianza, pflrque conoce la e,;cacez de E,1ero p.ró¡pmo pasado en e.1 que stl ;1¡ye rn- Jt,S que resulta.ser¡ en 1os departall\•:Hltos froate- baros, oon ~tra fecurso qu~ el pro&lt;lurt1.1 de pa@9 conocimientos ep ramo de ta,I ndtu,aleza, serta1 el que. l'(l dirigió el Sr. i\lm1stro eu tur- ritos y en el litoral &lt;.le Chia¡.,a.s, t:uyes proJuc- pel s_1,illado, insuficieute en sí á lo menos en e,te,
y por la,s mucha~ causas que, agravanuo'ta s1 no de la Suprema Corte de Just1i;1a e1 &lt;l1a. an- tos de~tmó el a1t. 2. 0 del mismo tkcreto a1 K;tado, para reprimirlos con b.uen éxito1 y bieQ
1·uac1on, embarazau u n arreglo j1,sto y defini-' ¡e,1or so.bre haberse hecho presente a1 J:,xruo. Sr. so,ten de las tropas 4ue operasen contra lo~ que á Coahuila se le Jen tres mil pesos mensatlvo.- Todo Sst~do que no sujeta sus gastos á GoberoacJor Jel Estado de Nuevo Leou estar de- barbaros y enemigos comunes de la R.:¡.,úb,i les y á Durango quince mil tambten mensales
s us rentas, ó que en la formac1ou de ésta, exi- clarado vigente por la ley de l: 0 d" Sellem ca. De~pues la ley de 30 de Nonembre oe para su defensa. iTamau :ipas, Ch,huah!:J, za:
118 de tus c1udada¡¡oij Wil,8 '111 ~quell~ con q.u11-1 bre úlllmo, el 4ecreto ~e 30 &lt;.le_ Nov1.em_bre de, ¡8-16 al señalar los ramos que debían coust11uu catecas, San Luis, Nuevo I.,eon, h,u.1 desmerec·1&lt;lo

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...u~~.e.los rro!f'J~; les ~ut;e i? pu~o '!IP~ ~s (¡ue··~é::l ·admintstrado por el poder iutl~cial 4 CU•
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Perten~~~j-' por haber
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pobierno &lt;l/'
o e ,,u eyo con.
-ho,b- prosperi,lad 'r ·~"i:-rand•~;m¡ent,,¡ -~a CO· ,id~ 'p,dcn 110 ·~· fOntr ari~ á los ,liipo,icio uin~uno de ''sus a11foulos ~ecldf~ que de- ~A«opilo /(,ar, fa, Gob erna&lt;lor co nst itu:
fn isiot1 qt,e ."· vé én el &amp;vp,emn Gobitrrlo ~ I pa· ne~ an~ígp~s ~~e cita 1 t,~ ~po70 de su op\n!on, J.t~al~ d~ p¡rtc,~1ece; á lo~ E '.'t ta do.s fron - 1c i~n~l del t:itadb iill re y sobcrnn~ de
tire ·de ~~ E~t~,Í~:; . tt~ i1:i.' ,ira\1· ·Lffi,\1\a · P.1e~ i: pr~!er.J1e-mlo ~~ ~t.!i me Eo:;10 · una responsa~¡¡¡. }~rizo~ ~us pro d uct~~ pq~ ~u¡n'l s~ll~Jo_, Naevo L eoil, 6 tod ~d :-1 us h_ib it ;i JlleS h a1
~ñna;: ei:t.¡i .muY· d1s!ant~
d~~ ªfril,uirl!3 -t¡ue sus ila.d del espresado ramo la consignacion qne ¡e s rno aue
ele un modo gencn co e_plico e~ b
~ 1 [T r ble Co11&lt;rre•o
h•
1
9
-4%ni'ruestétfén0ontraposicipncu~
1!oii: altosoficlos ~nbj~ •- ¡~echo q~ ~us pr~&lt;luc t~.?, pa~~ l~tle~ijl~~-~ ta
-. renta
t ·· l!I fo11uo .¡u
.d
.101al·
. e por cbyas
•
er; c¡ue
-i.o no ' a ·, •
,
•
ra- go:sa
. •
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, " , ,..·
1
~u~ ·,e· ~d~4!l1~~n.da ~~ f~di~o fundam~ntal 1 cpan- de la rontera.
·
·
• ., 1 .
? .
•
•
decretado lo que e1gu~.
.do está conyenci&lt;lti. de 911e.•de~~a Ir pT'o!!per1daU
s. E. ,• e( fresiden t~ ~u~ no ~stá eonforrp_E' zo~es ~ste G~~1erno enl~11d1~
enllel~•
•
~le todos y cada tJñu de· io's Estaifot de, b ;!lf"pú· con la acepcion que el Cotlsejo de V. E. Ji de a~n, que esa aplicaciuu ~c rrfiere á __ N(l ~l. 156
-El
Conqreso del Esta•
1
~biiOa, , ·y ,cUiitldo
·ad-~mas
que á ~ue!o
á. la pnl~br~ resPomabi1iJ4d··• c.1e q"óe
~e
tJI eo,b,, rr, &lt;lo,. libr
'' e y ' ~obe
· ran,o
·
,
•• - •e~tJ. c1erm.
, .r
,
,
" usa en 1~ que apte~ estaba e, onsi.ana&lt;lo
iri
de, N.
~ ~ ucvo L eon de1.eo.n Jlo Be •le pueLe · inculpa r 1a lta a,guna el párrafo ~- 0 del ~rt. l. 0 de ,, ley d~ ?,O y no ~ la pequc~a r.arte e ol~ q Q(' \a ley
1
boq¡o füta~lo d'6 fa,. cÓnfe
deracl•in
·'por se
en
•
•
~ r no- de Nov1ernt)rA lle J846
•
. la cual se fuuJd.. qui• .So atendn á ta d&lt;'Ít!asa de I a ¡·ron~ cr,~ta lo 8iguicn te.
1
-l','or'i_o que· ?iempre se 11a ·· presen~adoal f1en!e para que ·ese E
,Á'tado ·~'op¡)nu.·, e admiu]stra.ndo ei tera, p~1es para retirarl•· e e:,te auxi lio,l era
Art · 1· O
E, 1 E· :;tarlo
de Nue,' O
,
0
-ti, e
,. los co11~ict,os 1,iaeionales, pumo· 1o ~rue ba Ia citado rpmo del papel sellado y di~t1ibuyendn
,
•
[
b
1 · t q e le COf
enorme suóía gastada por él -en la ca:n~aña
qu e e,:;pre:;ame
nte lo U.ubit'ra respon&lt;lC
,eo"! apruc
e clt.fcnsivo
, ,
..
' de s~s pro:iu'ctos eu
· ate~ciones ~-.1,vt!lrsas 'po r la lev&lt; necesario
'
•
'.e l apla1_1E"f!de a 0~ par
u_e rra
0 de Setie mbre dt::I afio anterior 1 por la dicho
.~ ejas
en·
'i,
t836.-Todas
eStas
consid~rac·iones
de
t.
la
que
estableció
el
fondo
judicia
l
• •
,.
•
•
'
•
•
•
•
•
ore11,
11 ,1·vo contra los ind1' º"' bárbaro::, acor•
'r ,
1
'inclinan á la
com1sion á creer que en e:.te ne- cual h·-1. vueao esta reuta al foudo judicial, lt!jus 6 cualquiera otra.
1
g-of )º de p::..p~l s~ll~do fº~ ·f?l~~ion á lo.&lt;; Es ele re~oc~ r la repetida ór&lt;len fechl•~-l~de febrero:
Sin eml,argo, el Supremo Gobierno dado pt.ir Id ,lllHª &lt;l~ comi.:;iona&lt;los d~ los..
iados f101Tteflzos, no l1a hab!c.lo ·!11:is '1?~ ;11e• i 11 si~te 1;,1! ~u o~~er!ancia 1 porque a cxc~pcion que J an do p:ra inreligcutiu·á las t.li :-1 po:)i cio- Esta&lt;l ~:-1 coligado~ ~eunicla er. la ciudad
1as equivt'l(,aci(Jnes y uigencias e.Je algurwt ~m- V. li'.. sol1c_ ita, solo el Congreso general es quien
•
'
··
&lt;lel Sal tillo ~ll i2 de F ebrero de 1SJ2.
· · d.
, d 1
·
· 1 1 f 1 · 1·
t'
ne::1 sobre ¡mpe,.1 :::e. ll ,H lo, m 1nd6 como :-c
• ~
·
&lt;pfea os 1e e ra es qne !.J} pl'gtm t" utH O J111 1- debe coosiderarla. (; aclarar la duda1 caso 9ue la
2. o Lo::; ciento ri ncue nta y cincr,
ciai;r3nique·h~~taloq11e~~1áJeS~ina&lt;loparásal- ha.la,se~~n ~ntien&lt;l? y. li:.
'
· "
· vé por la cópia que te ng o el h uno rJ e
hom;res que ~on a r1eg fo. al r ef..l'fd~ ·plaq.
'Tªr tÍef01o&lt;l~r la ~i~a tle ~a,:~os infelices mexica· '.fengo el honor d~ &lt;l:3cjrlp~ f. E en resrne~- luci~ir á V. · ffE, 'bajo' el púmcro
~ue
debe poner ¡)')r su caentJ el E~taclo en acti.
~º? ~utf por nece¡ic.Jad ~~ahílan los l'ampos, en ta de su oficio cita,11,¡ !&gt;ajo el coucept I de que rl ~stado 1hiciera t!lltrega Je ese 1arno
fre á _ese fondo :i aurnen!ar l1ts percepc:o 1es men- S. l?. el pr~~i lle, nt,e qneda eonfiaJo en ¿ué v. E.
·
· ¡
~ d · Jº · 1 vo servicícl, ~e organ;~arán y gozdráu el ha~
t.alei de oalla trno Je esbs empleado~i dignos por
t'
·1
como pertenec lente ;:l.
tt&gt;O o JU l t' l b. ber men~al que á co1~tinu:1cio11 ~e e.sprc::n.
.
cumplirá. sin m, as escusa con Ju di,sposic, iones E I G b'
f 1 .,
¡
&lt;1tmpa1tedeqpp,~lesin&lt;lemuic-el'•n"pletame11te ilictadas como emanndJl&amp; de 16 ley que pum~e 1º ·1~rno
un auoh_cn
razonJe~
1.1zo &lt;. e ucuer o
Peso~.
,lJ lrabajO._.: E,·~ ,yerdatl
.
·dejar· obseqn1ad:t.
•.
. ' · ·• que ( eJa· c::-puc-:
UNA CO~IPA~IA CON
- que o_n' la misma :mperit,r
.
ple á ambos Gobiernos
~· . ~ta::S
' .
ór eri i!e 12 de· Febrerv próxirr,o pasado se lh E
.
.
.
,
con su Con~t•JO JJ.j ob::,e rv J ll ioncj o1ue
; .J
.,. · ·
'.J 1· 'ri ¡
, 1 1· t ., ¡ t
llenuevo 11 \'. • fil partlcu 1ar aprecio y
,
, , ,.
,
,, 05:J
ée
que para.
a • e "nm ue ·, u~ •.s nuos ron e
,
contiene la ró,Jia nú 111ero 2; y c1un¡ue
l. Un ca¡,itan,
.Hz(¡·s se prciV, e¡· ú_¡·a en la l~j' del eout,in!?en1e Je consideraeion.
_ un éxito hvor,tl.1 1e, no
2, Dots 1enie111es A cuJrcnta
Dios y libertad. México Abril 6 de 1852. - 1era &lt;le esperar:ie
já dolo ó. fov_or ·de ellos para c!-10 ol•jllto¡ pero
1
, ,
,
pews cada u~o
, ,,
~l.la de qu1e en Nue.,o Leon uo cuhre e i coulln- Eipm·:a.-Exmo. Sr. Gobernador Je! E:.taJo &lt;le ya por las ra:1.a;nes a\e 6'.ada8 re~pt:cto J~i
Dos
alfért'ces
á
treinta
cada
2.
\ a aten'ciotl 1fupériotia tie manda que Nuevo Leon.-Monleret·
ve rda dero sentido leg •:~l.de e~td Cl,e.-.ti~n,
1trenie e~_
1
uno ,
1
,,
060
~
' te
1 él se han
" .tle' comprobar prt!via ¡iara
usarse
Gobierno del Estado de Nnevo Leon.-Núm. sino por la ~ola con~iderarion &lt;lt, que la
Un
S.rgeuto
P:i~ero.
,.
020
l.
tneñ~? lo! ;asÍ~s.: q1;e Se
'irn 1~ tleíc,nsa.
_-Exmo. Sr.-Ptle,tll qua ~I Exmo. Sr Pre- entrt•ga con:-abida ~mpo.rta ~l sac r ificio

"":P&lt;'"-~' ~.

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p¡¡o

~a~a~

t ~~p~rta fo

12

mii ,no ·ri µe ' pro· · idtrnte insii:te en' que se cnm¡:Íl a la. suprema. de lllUc has \'Í_..:ti1m1s y el rob_o t.Je Jo,:; pobi-1ir
l:i saliJa, dA
.
. . un piquete Solo de l puéblo órden tle 12 de Ft&gt;ln ero último sobre que es co~ luen es de campo que han f &lt;'
U01
.as' rlli,n J,?. 1 _f.~!adQ, pbrq~u para
que ést"· sal ,. 'u'obie,1,0 er1tregu~ el r:imo :1a papel sellado, merced á u11a &lt;l6bil
' . Uefe ns.;,
' el .s ,apa
.
Su; ,rc•
1;eca,ar10 9.1-!e yay.i. provi ~~1 por e l tiem- segun V. E. me comunica e11 'nota de 6 del
··
'
o in,, defini,lo_ 'O.u~ durn lo esped,citm, y como
•
• · ·
mo Gobierno in,si:-;116, en el cun,_pli1nten,,o.
1
mes próitimo pasade;1 &lt;li~puse que se veri~ca•
¡,
ho hay
o~ro
de q 11e el"har rn.w11, ni Jet ra dicha entrega y las existencias de papel en de :a órden r:s11re::1.1&lt;.h,, segun rnan1tie::ltJ.
.
. fondo
,
c, uní,. i11i!ent.• pu,•.ed,e t,omai-se' mientras 110 se coro - firn d e d'1c¡10 mei:: pructlCi.1ll
, rl usa e ¡ correspon- l• c6¡,1'a 11u' 1nero 3.
~ruebe· el J!ª st º con arreglo a la ter que 10 diente coite por la dicina de hacieoda que ha
Entre df'Jar á la frontera entl'ramenk
1!t 1·~ ~ §6 ~ t? ~)¡:mosue S_I no se adminis\rado f!I\ª r~nt,a¡ d.•
.r~laH!P.~i~
!
.. cu_ vo r_e_su1ta.do daré . 1 '
d I
f
1
diera naJa, reiultao\lo de e~t'l qi.e 16 Jeftinsa
"
~
JllCC¼eqsa, Y :Sl!:SP~I~ .e~ 0::1 ".ectos &lt;l e laá. V. K oportu no conocimiento.
•- 1
••
del Rstado queda compleLameute nula hasta
,es órU~nes repre5ent&lt;i ndo al 8lJbe r 111&gt; y
1
í
Bien podna este Gobi~ rno sin de~obe~er,er
para · h, ace. ria, c,on pa_ rtidas de diez ó quince hom- las dos órdenes in~1ic-a&lt;las suspem!er sus e ¡ec- ¡üd1éndole la corres rno n liente aclaracio 11
f r~~ ~oe ~in~?~ efoc~o rue&lt;l,e rroduc~r -re- tos y ocurrir á. las C..imaras p1tl1t::ndo la corres- Jo la ley de 30 de Noviembre Je 18-16
betrada la comis\on de los antecedentes razona- pootliente aclaracion' &lt;le la :ey á que se refie- por ser cuando meno~ duJo:so si com•
tniento!ct
· : somete al
ilu~trado j_uic10 de y. E ren; porque
1
t
e1 •dudoso si la qua destinó al fon. pre1_1_J1? á los , ~.~taJ05 front_e rizo~ , este
1
·ª
s~guie:1t~ p~~pos~cion.- 11Unica. Coutéstese al do ju&lt;l1c1al los prOt.tuct,os tleY l).lpel set1ado1 cO!Il·
Gobi~riio h~I Estado que ha'ca valer ante el :;u,
U-ol&gt;ierqo elig1ó el pruner e:,trcmo, cstrel~em'o'
general
fa
¡·usticid
¡',
·
1e."~licJ[Ld
q·ue
ª
Jo
prend.~
~
lps
~:-,~a401
fronte
rizu!!,
y
porquu
ade·
p
mas el destioo t.le esos proJuc:tos en t-ju~vo Leon 1 mo tern. b ,e por 1a tiangre que Va, á CO:,tar
ecs1me de cumplir la órden en q11e ,e le man- flS un de&amp;tiuo ~agrado, tan sagraJo cortlo liefender al Esta&lt;lo, pero ne~e.s3 rio p~ra 1~0 P?guar
1
da •. utregar la,. renta de Pare!
1
sella,tlo, repre la frontera con ese recurso úui~o con que ha con ta- co~ e1 "~o b 1emo de ¡a lN· acion, n,.i, d,a¡ ~,:
·
6ent:in·dole
los enormes ma es qnA produciría, y do hasta ar¡uí Je · parte J~I Gobierno ~en era1; pues qu1cr_a el rrH~ Jc\_'e pretest o &lt;le\ que se le
.
sup 1ieáudo
le que . la revoque
6 pida. la. corres•
,
· se b a1 1an, /·•che de desobe 1· t
.
b
.· que llls l'!O1onias
en e 1 E.~ta uo en qne
a ¡
tó
pond1enteaclarac,onalS1 eranoCungreso, '!ubre
, :,d r b ,
,
1
"j
b ' t.1 1
u
,
l~Cn ,r,y s contc:: _que
1
1
1
I
la verdadera it1te\ÍgenC.ia ct8' las Jejés que c~ri ?º ~~e en rarla te ª~ carnicer as y ro ~s e os babia mandado d a r curnpficniento á las
•.
¡ d ·
• ·d. h '
. 1t11hos que ~ufie &lt;le contrnuo, como es notorio; pe10 ,
,
.
s1gua n a. 1 on o JU (11c1a 1 1c a renta, esto es 1 s1 ¡ •
'b •
'.
. '· .
órdellCj de que se trata c_ot".º se vé Ue la
.
.
· . t·
·· .• este Go ieroo no queriendo que ni s1e¡u1era. &amp;e
1
..
ea est~ cons1gnac1on se ent1en1 en co:-::.prem11- •
•
,
6 ·
4
,dos • 9 orodtlotos 't1&lt;3 los EstaJ os fronterizos ." rn~rp_rete que con_ s~ ~onducta en e:.te fa.tal e p1a numero ,
1 5 ' " d d , .· , ••
,..
• •
negocio, h.i. propemhdo á r,onene en pugna con
· E, ,- te U,obi e rrio Ir¡· os Je erre_r que
1
- Y por acuer o. ~ 1 n-1smo
c.xmo.
.
,
i
0011
. , V
· r ,,onseJo
. ten
t
el Gobierno de Ji.. Un1on,
y á desobedecer
su11 sea esléril ese sacrificio, se protn•te
go e 1 h onor d· e 111 sa1 1ar 1o ... . ,•,. ~n con tes a.. ,
,
~
. á"
t b' '
d
d. F ·b
· órdenes, ha om itido da r aquel paso por entero,
h. ad
f d
"
•1
\.
·
c~oa . su respe a .e nola e 27 e e rern ~r 6 e- esto es lia &lt;lm"ídote solamente, á las C.ima- ~o~r O: un ,~elllú qne ~d 1 ugm·tais
.timo
á la vez lo~ te~ll mo. '.
: 10J1cad
. . • al Slll
, suspen - Cámara :,;· pe•_,;¡ 11 u'o la :,;· ra' Z o II es q ne :,;e· v1er
· · ¡ pasado;
. d' ren
. ovándola
'd
'd
.
d' \ ras, ru.heu&lt;lo
la ,:,ac larac,on
n1os &lt;.e ,,m1 1sUngu1 a cons1 erac100
y cor 1a der· .os
· · efectos de ·las órdenes
·
'
· numero
•
21
~
sobre
e11trega de te U "en ca t no' 1a y en 1a e°6 p1,1
aprecio.
·
1a ~enta J e 1· f,ª!1e 1 se 11 a\ 1o, sac~i¡icauc
..
1o as1· el acarar
1
á n 1a
' 1ey indicada
·
'
en término.s f-1y esta!'ldo conforme este Gobierno con la dere ch o q ue 1ene de_ oc urr 1· r a I Sube ra no en vora bl e::; 1 y en CJSO contr:1rio, &lt;l ecretaráu
consulta de su CoÓiejo, 1engo el honor ·de in- caso¡¡ como el presente, antas dti Jar lugar á
f
d 1 I? d O d
~erlarlo á V. E. con los fines· que indica la pro- que una órc.len s;prema cause los males que va en avor e .... :sla
e , ue vo. ~ eou, UI~
Po1tcion coñ que concluye¡ mauifest.1.ndole que á ~ausa.r 1~ d~ qud b~ trata 1 l'ª qL-e 'no tuvo~ recurso que en m a nos de su Gobierno
al o~~ervar la ·~rden ' refcritla d~ ese ~~inisterio bien atender el Exmo. Sr. P,reside11te las fon- S~b·i ~~u~ el d ~l p~pel scl~adc_&gt;: Y. esto a~y ropresentar lo (!ue s6 ha Creido justo y con- da'Jas y respetuo~as Obser vad1ones q~e liizo á ~es d~ que el salvage, apercibido de la
docente al bien y seguridad de este E,&lt;,;tado, :a de 12 de Febrero, y la ·súplica .. d8 que. pinguna re1Üsten,cia 4.ue ge le Puede ~p~·
se ha
Supr~- ner, venga á comp 1et;:sr su obra de matan: b.echo prestándo l~ siempre el debido aca- se revoca ra 6 ' se
~ piJiera por el mismo
,
ta.m1ento porque esta es la norma del Gobierno m o Gobierno la refe rida aclaraciOn JÍe,· 1•.. lev.
·
"
L
l
d
' · '·
~ za y &lt;lesolacion. ·
e
.LJ1UeVQ
eon
respecto
Je
.as
i1posiciones
Te
ngo
el
honor
&lt;le
decirlo
á
V.
E.
en
respuesd
que ·e manad. del poder stiprerpo de la República: ta. para c,ooocimiento de S. E. el President~1
Sirvan.se V. EE. dar pucnta á la Au•
O con la 1 motivo
s,,·rvase V. E. dar éuenta
.
con tod....'.
, ..... ...
"I Exmo'. reiteran
·
do 11.' V• "~·
m1· consi'J era• gusta• c
' 'á mara de "r~prese11tau1es
· '
'con esta
1
Sr. Presi den te, y adm itir las protestas de roi 01·0 11 y apr ec 1'0'·
'
s· ú ¡.&gt; ¡·,ca~ y en obs~.'\':lio
de la JU:,ti,da y &lt;le
tfütmguiJa cou alderacion y aprecio. · ·
Dios y libertacl Monterey Mayo 2 de \852, l h
.1
Dios y libertad. Monterey ~la,r10 3 rle 1852 -.Agapito Garda.-Suntiago Vidaurri, secretario a amai~iuad, apo~a~ia con !::i~:. lu ce~; te-Agapito Garda .-Santiogo Vdaur7,, secretario. -Exmo. Sr. Minil'ltro de hacieo&lt;la.
nirndo pr~sente que á otros E-.taJos ht1
-Exmo. Sr. .Ministro de Hac1euda.
liado el ~upremo -~obierr)o auxi lio"'· para
lo guerra de los indios y ~ Nuevo i,eo n
!}obierno del E,tado de Nuevo Leon. ninguno, antes le. hi quitado el único

t prd . r!quisi1o

1

'ª ~-:
tn_

3. 'l1res idt111 sfb~!idos á 18
cadr1

u110

1· U 1{ Cla ri11, ,

s.
l.
9.1,

1

"

Ocho e,~I\• á 16 p esos
ra&lt;la uno,
,, 128
Uu a rmero.
,
,
,. 020
Ochenta y cualro sold ad os

íi t~

pc,os.

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!)OTACION DE Dps J;;SM~RILES,

1

N ·

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0

0

•

Secretaría qe f,stado y del despacho de -Exm LlS . Sre~ -L1 le:&gt;7 &lt;le 11 de Julio
hacien~a-Sei:cion 4.r-i-Exmo. Sr.-Dí cuenta de 18-12 al conaign-,r !os productos de
al Exmn. Sr. P 1e-;1l(ente con el uficio de V. E. la renta del p~pel sellado á la amortiza Dúmero
7 fecha 3 del próximo pasado Marzo, cion del cobre, esduyó los de · los Es,
~n que, conformáodose con ta con1ul\a del Con.
~ejo~~ Gobierno de cste'EStatlo, re~~ra el cum- ~a&lt;los fronterizos de~tmándolo~ ~ un ob•
plimiento á. la suprema. órden de 12 de Febre-\Jeto de mucha mas un.¡:,ortanc1a, el de s u
f º último que dispuso que ese Gobierno hi-, defensa contra las tribu.:s bárbaras y ene•

•

1

'

que contaba.
T e ngo e l honor ele reiterará V, EE
con tal 1~0-~ ivo m id i-wipeto.s J mi particul.ir aprecio
Dios y libert'\tl. 111 mterey Mayo 2
de ¡S52.-Agap,tu Garcia.-:Sa11tú1go Vidaurri, sec retario.-Bxmo:s. Srl'.S. S.!cr etarios de la ~ámctra &lt;le Repre~nlauteJS.

4?0ll

020
,
,
11
Dns ca bo::s á 16 nQ:-:(J.{.
,, 03t 1
~d~o ~oh.lad ~s ~ quiuce pe sos 120

l. U n Sugf'nto

-!¡693

0

Art 3 .
j;;,ta fur¡7:a se arr¡1 ará con
rifles folmq~a~te::S que se e:,coge~An de l•
1:1ejor ~a lidad de los que tiene ~l ~stad~.

&lt;\. 0 fara la formacion de ella st
abrirá'\ engancl1es · el'\
los p~eblot

tq.tqs

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UNA MEDIA CO~IPAÑI,\.
Un T e n l~pte 1 o
Un nlferPZ,
l. Un S-trgento 1 o
l. 1:J n itl. 2. 0
,
,
l . Un clarin. ,
4. Cuatro cabos, á. 16 ¡.,~sos
43. 9aarMlta y tre:s s0'idado:s

cuando no son re caudados á. tiempo.
Juzgado l . o constitucional de Vario de los fondos destin ados á la guerra equipo de la fuerza, su serv1c10, y contaPor úftimo, mientras la Legis latura vuelve
llecillo - Exmo, Sr.-A las dos de la tarbilidad de los caudales qne le correspnná reunirse en el tiempo ordinario1 6 e1traor•
de los bárbaros,
de de ayer me &lt;lió parte el segundo
dinariamente, si para ello fuese llamada por una
7, o Pora la mantencion y g,.,tos de den .
regidor de es te litre. Ayuntamiento y sarcauii:a b:\stant~, el Gobierno desplegará. el poPor tanto, mando se imprima, pu gento de la guardia n ac ional, D. Antoe.;ta fuerza se reunirán los fondo::; nece•
clP.r que le dan la~ leyes con la mira esclusi.
nio
R
íl
mon
,
que
en
...
¡
parage
ele
A
~anbliqte, circuir, y se le dé el &lt;lebido
sario:i para el presupuesto de un afio.
va de mantener el 6rde11 1 que es la primera
8. 0 E stos !le formarán,
cumplimiento. Dado en Monte rey á 28 '" de aquel la do del Rio Sala do, ayer mis- necesidad, é impulsar los ramos t0&lt;los de su
mo como á las once, vió una ht1ella consi•
l. De los siete mil pesos que el de- de Abril de 1SJ2.-.1ga¡,ito García - derable de béotias cab,llarc• y una de bés- incumbencia¡ y si estuvieren envueltos en el
creto I úmero 15 l de,tina á la defensa de San.Ua¡;o Vi,iaurri, secretario.
tia mular que se cree qne etan indi os, futuro otros peligros que amenacen la naciona•
6
mala g e nte, y que segun el rumbo que liJad, co,no sucedi6 en \l')s meses pasa.dos, 6 que
lu frontera.
traían,
veoi a n con direccion i e::ite lugar. algun acontecimiento inesperado llegue A. turII. De lo que toca al E,tado por
Con tal or.urrencia ci1spu"e alarmJ.r al mo- bar la paz 111 terior1 no Hrá de los últimos que
contingente que, con arreglo al artículo
mPnto todo el vecindario, y que á las órd e- acuda á. la Jefonsa de aquelli.i y e o oponerse
l. o de la ley general de JO de Abril
Gobierno del E sta do de Nuevo Leon. nes &lt;le! referido R 1mon, 8e iomnan .as me á. cualquiera intentona contra las instttuc1ooe!I
de 1851, puede ¡invertirse en este fin.
-El diez por ciento de que habla la cir• di las nece.:-1arias de precMu c ion y dt'Íe1Ha, que felizmente nos rigeu, J que ha sta ahura ha
JIL De la contribucion est.,blecida c ular número 10 ele 16 de Abnl último y como á la~ siete de la maii-t na de hoy, se protegu.k el Ser Snpremo de un moJo tan ma•
por el decreto núm. 151 de 20 del cor- corre.:- pondiente a los cuatro m P:&gt;es dP prese ntaron á orilias de e:-ta poblacion nitie~tn, con cuyos auxilios, nada hay que temer.
\teintitr~s americe nos mont'ldO!I y armJ rlos -DrJE.
riente mes, que se cobrará por esta Vt'Z cada ter&lt;' Ío &lt;lf" ano, lo re m itirá V. directacon c.lieziocho b(h,tias de remurl .-1 , con un
á todos los ciudadano• del Estado que mente á la Tesor ería rn un ion de lo~ mt&gt;jicrno, c-011 disposicion de asalt a r á Contestaúon dd Sr. PrtS1°denle del H C'angreso.
comprende, en la cantiJ-1d correspondien. caudale~ de E:!ta do, dantlu al Gc.binno este pueblo, y h,biéndoles m•rcado el alCIUDADANO GOBERNADOR.
to c-l com ·.lllJante d e la avanzada, se
te á. un aílo, sin perjui&lt;:io &lt;le que se re• el aviso respect,vo.
co ut uvieron y solamente pasaron dos am,Cuando la Legis latura &lt;lió principio al Hguncaude para los gasto, del Estado en los
Di os y liberlad, M onte rey Mayo 4 ric:'! nos con permiso de dicho coma ndan- Jo período de su1 sesiones ordmarias, amenazaba
términos que se e!4presan en el citacJo
de 1802 -A.gapilo Garría.-Santiago V,- te á ~te Juzgado, y habiéndole s pedi- ann á esto, E~tados, dd una manera im ponen decreto,
daurn, secretariu. -Sr. A lc•IJ e l. -~ de .... do el pase, a-1 como el que dijeran el te, la mas inicua de las revoluciones que se ha11
IV, De los c1ema• f mdos que las
dr¡;tino qae traía n, contetólÓ un o de es• promoviJo en nuestro infortunado pais¡ pero
tos que el pase lo traf I otro Je :su:t com · !a memorable acclon de armas verificada en Cale yes generale• 6 p·• rticulares del Espaneros, y que ~ u de::Stino era para las margo el 21 de Fttbrero, opuso 11:n dique al tor•
tado tlt.&gt;stinr n á. ~ste ot&gt;jeto.
Californias, y que peo.aban d• aqu( di- reute revolucionario, y si no Jió por resulta•
9 ~ Pvr la reca udacion de IR con•
rijirse por la mina de J es us M.nfa paJuzgado 1
constitur·ional de Va- ra Lam ,&gt;azos, y (e;i previne que para do un t riunCo completo, asegur6 al menos una
lribucion á que se refiere la 3. ., partrl!gua á e ~ta considerable parte de la Repúllecillo-Exmo. Sr.-Anac he á ,las och,
pasar por dicho:1 punto~, debían presente del articulo anterior, solo se percibí•
regresaron á f&gt;ste I ug:u los tres h ombrf'S Urme primero su rea1prct ivo pai,apGrle, blica y con ella la inapreciable par. tan absorá de honorario el uno por ciento de lo qu e mandé -obre la huella de los ameri•
lutamente necesaria para la marcha ra g•ila r
y en esto se devolvieron los clit•hos dos y ordenada de las sociedades. í o os felic ito
recaudado en atencion al fin sagrado canos, que A las siete de la m aftana cie
americanos á reunir.se con SUi compafl. nombre Jel E-:tado por tan plausible suceso;
ayer, intentaron invJdir á este pueblo,
A que se consigna.
fü•ros y pidieron al cornandttnte ele la
Nuevo Leon, sin embargo1 no p11ec.le g !o1iar 10. L,i comp J!I!, y m s dio compa- de donde hi cieron su retirada á las nue- avanzada dicha, les f.,cilit a ra un cabo para
se de disfru tar á la vez de aquel don preciove del mi --1110 dia, como tengo comuni•
!lfa nombrarlo á plursli lad de votos un
dar a gua á sus bé-ti••· y se les pro porciu•
cado á V. E. en mi oficio a nterior, y ~f"so. Una guerra de eslerminio: una gnerra á
pagador de entre los oficiales y sar- gun me h a n informado lo::S ed1•loradore1', oo e:-to, aanqae no di non Rgua y se conmuerte y sin cuartel qu6 lliezma las desventutra
marc
haron
por
el
mis
mo
Jerrote
ro
que
gcn't os. Los pagadores recibirán de la los indicaJ03 ameriC'Rnos hicieron una
radas poblaciones de la frontera, y que es el
tr~i ,rn, segun m e h ,n informado tres
Tesorerla del E-tado el haber de cada fug1 ta n priC'ipitada que, para las doC'e
oprobio
y la mengua del Gobierno general, no
hombres que man dé á esplorar !a h ue{uerza por meses adelantados, iu~.tifican- del mbmo dia de ay~r, pasaron el 110 1\a, quienes hJn vue lto despues J e ha- e, ciertamente la paz tan a petec ida y anhe la•
Salado ffl el pa~o de la-. Pt'fi1:1s, toma ndo los respectivos presupuestos con bs
berla seguido como media legua; y co• oa por el Estado; pero éste se ha visto abando de allí el mi~mo tlrrrotero por donmu
segun el hec ho de los mencionadoa donado Á sus propias fuerzas, no. obstante las
listas de revista.
de se ir~tern a ron, h ,bién Jolos !leguido
diversas ir.iciativas que ha elevadu al Supre11. Al fin de caóa mes rendirán hasta el pnrag e Je A -1a nz a, cuyo hec ho estrangero¡;i, no cabe dula en que estos ven ian redueltos á asaltar este pue- mo Gobi,nno y Augustas Cámaras. de la un ion
estos empleados á la Tesorerla cuenta prueba evid e nteme nte que lo~ espreblo, con tal motivo he dis ouesto man- para que sean atend1Jos preferentemeule lo'!I
justificada de la invcrsion de los cauda- sados americano::1 vinipron co n rl fin de dar en este mis mv momenl~ que los tres Estados fronterizo, com o lo ex:1je la humani•
les que l11yen recibido en· lo::1 términos h ostiliz:t r á e.~te puPblo 1 !-Pgn1-1 lo demos- hombres dichos, sigan sobre la huella de daJ afligida, y en situacion tan amarga y an•
traba el modo y traJe
que ~e pre• los sitados estrangeros b as ta q ae pas e n gustiosa, entró ea la liga con los. deJUa.s K,¡ta.
que lo di:;; ponga t.l Gobierno
sentaroH los m \S de ello-1 1 con la c:tbe12. Si ninguno de los Estados de za cubierta C'On c-twro:-1 dP leon y otros el Rio Salodo, porque no es de du ·lorse dos sus herman os que tambien ti enen que la..
que estos vayan á hac·er mtts reuoion y mentar la sangre Je sus hijos derramada sin
la comandanC'ia de Oriente aprueba el f roces animalf'., , é i~u.1lmt•nH~ h!ibrrme
vuelvan 4 invadir á e:ste pu e blo; por piedad por la feroz cuchilla del salvage . Los
un honr;¡do veci no de C.,
plan de guerra 1oordada eu el Saltillo, informst11o
cuya ,azon he dispuesto perman ez~a es• mas de los Estados coliga los nombraron deSr
se llevará siempre adelante por Nut-vo Gu r- rrero, que 0&lt;•a:,:ionadame11~ ~e lnlló te corto ve(}indario alarmado hadt&lt;1 ver da luego sus respecti vos comisionaJos, y reu.
aqllL c¡ae ronoció al que se decín ~er el
ui1los esto1 en la ciudad del Saltlll o, formulaLeou en lo couc:erniente á. su front e ra,
el te,ultado.
ComandantP, que es de Jo:,i que aula.
Todo lo que participo á V, E. pa• ron el plan &lt;le comun d~f,:msa que habeis supara lo que nombrJrá el Gobierno un b:.ln con Carllaj-:il¡ \" no habiendo pora su superior conocimit&gt;nto, a¡.:1 como gf'tallo al conocimiento y exámeo de la J ,egis comandante de toda la fuerz~, a~ignán• dhlo e:-to!:- lograr :su intento por Pstar
que he comunicado hoy m i::&lt; mo r8ta latura.
este corto vecin ,tario, que no IIC'gaba á
dele el sueldo que crea convenie11te.
novedad al Sr. AlraldP l. 0 d e S11bina:;
El Congreso. ha aprobado
tocias sus par.
13. El Gobierno reghmeutará este lre inta hombree, Rlarmados y preµar,4dos H 1&lt;lalgo 1 y ran (' hu~ de esta jurisrli cc ion. les el plan rnfori lo, y ha Jispueslo en el de.
á virtud del aviso dado á este J ,1 zDios y libe rta &lt;!. V •llecillo 30 de crelo nú1n 15~ que se os ha comunicado ya
decrrto de manera que á los cuatro
gado el rlia anterior por D
Antonio
Abril
de 1852, -José. ,l1anu•l M,-wlwla para su sancion, que lat contribuciones decre.
meses, á mas tardar, de sancionado, co- R,mon, D. Antonio y D. José l\Jarfa
-Exmo Sr. uob erilddor del E,ta &lt;lo de tadas en el que se es pidió bajo e.l uúm, J5-1
mience 4 operar en persecucion de los Men1iola, quienes h a bia11 visto la hue\1 .-,
Nuevo Leon.
para los gastos de Ja admulistracion en el rr.ebárbaros Ja fuerza que se orgim iza en é.l. en el par:ige de A sa nza; y como los
¡ente año econórRico, se recauden tambien por
mPn
c
ionado,
invasore:,i
puetlan
voher
en
Tendrálo enten&lt;lido el Goberna&lt;lor
una sola vez para lo~ de la campaña que de.
otlmero superior á asaltar f'sto luga r en
del Estado, mandán&lt;lolo imprimir, pu- venganza &lt;le n o h ,be r ve rificado ,u crimi- CLAUSURA DE LAS SESIONES be hacerse por l011 E:;tados coligados, 6 para
blicar y circular á quienes corresponda nal preten1'1 io n, CtHllíJ ~e palpa de 6US ORDIN.-\RIAS- ObCURSO DEL EXMO. SR. GO• la. que hará abladal9ente Nuevo Leon en el
remoto é inesperado r.aso de que aquellos no
para su cumplimiento.-Palacio del Es• prooedimiP'ntos rl'foric.lo:,: 1 e~f como de
BERNADOR.
lleven á. !'!abo empresa tan grandiosa y humata&lt;lo, Monterey :!. 28 de Abril de 1852. trarr diez y och o bé:stia~ de remtlda
CIUDADANOS DIPUTADOS .
na como lo es ciertamente la defensa d13 la
i1!du_d
.1
bl('rne
nte
con
el
fin
de
cargar
el
-Rafael F. de la Garza, di rutado virep1!1aJe de su e mpresa. Con tal motivo
Tres mesei de trabajos parlamentarios en frontera, ouya porcion considerable del territopresitlente.-Francisro M argáin, diputay en conl-idPraC'ion á que los mas ,I; que habei~ v.:&gt;tado las leyes de ma, exio-enc:i:t. rio mejicano parece estar destinada por una
do secretario.-Tomas Ballesteros, diputa&lt;lo r!tQQ, pocos habitantes por su notoria para e~pedit&lt;Lr la marcha po lítica, y des;acha- cn.1..t falali&lt;lad á la ejacucion de los sacrificio~
secretario.
pobreza SP hsillan ooop tdos en los tra• do multit.ud de negocios económicos impulsan- b.umanos.
1
b ·i jos de la mina de Jesut4 :\larfa, m e he do con esto el gobierno interior de las muni La hacienda que justamente pue de llamarY para que el antecedente decreto vibto en el duro, pero preci.:30 ca:,:o de cipalidades1 son muestras bastantes para señalar se •1 alma &lt;le _la administracion, porque sin aquetenga su debido cum plimiento, el Go- poner e::1(e correo que he pag:tcto con t1c is un periodo ordioario de i;esiones; porqne esta lla no es posible Ja ex:istencia de ésta I ha siJ"o
p~sos del fondo de exenlo.:1 1 para parti- clase de servicios atraen la gratituJ de los pue. tambieu otro de los obietos que mas ha llabierno dispone lo siguiente.
c,par á V E . lo ocarrido; suplicándo'e blos que saben estimarlos á meJid a tJ.e los go- mado la atencior. Jet Congreso en el presente
Art. l. 0
Ef cobro de la conlribu- ea, digna: auxiliar fL P-ste pobre y front e - ces que e llos les, proporcionan.
período de sus sesiones; pero. corno &amp;.te térmicion de que habla el art 8. o en su rizo purblo. con la fuerza armada que
s ~bre todas las disposiciones legislat ivas que no e, corto, y ha tenido la Legiii:I atura (JU&amp;
parle 3 . .,, lo harán los Recaudadores crea conveniente para 8U comun de fe n- han salido en e~la. vez, la que Sd refiere á, la oaupa,se de otros negocios de no menos impo,.
sa, pues de lo contrario se ha:la és- defoni:a de la íroutera, es sin duda la de mas. tancia, espiJió con el carácter de muy proyisio.
por tercios ~Q union del contingente que
te e!l inminente peligrn de que sean
eefla)a el decreto número 151, esto es:, asesinaclo:i de un &lt;lia á otro sus autori- importanoia, y por la que clamaba con stante- nl el decreto que impone una contribucioo
mente y con sobrada justicia esa parte des- personal para cubrir el presupuesto de gastos
cob111rán el duplo de esta contribucion rlades y dem'ls vecino~ honrados que las
venturada del F.sta,1·0.
El Gob1'e mo se desve 1a en e 1 paeii:ente año económico que le remitis·
rodean, todo lo que partid 1,0 á V. E, paA todos los que resulten cuotizados.
,á Y hará frente '- cuan,tos obstáculos puedan teis ~n :F ebrero anterior, mientras que la TeArt. 2. 0
Lo• mi,mos Recaudado- ra su superior conocimiento, reitP.rándo• presentar1e, ha~ta poner en activo servicio la sorena de acuerdo con el Ejecutivo del Estale mis res-petos y mi dl:stingulda conres al hacer la reroision del contingen•
fuerza que dicha ley deii:tma á la penecuC'ioo do ~rreglaba lae contribuciones directas estasideracion.
de los bárbaros; pues harto tiempo han sufri- blec1das en la época del centralismo
te, remitirln 1ambien á la Tesoreria los
Dios y libertad. Vallecillo á l. o ele do ruestros pueblos del Norte las sano-tientas
product03 que "1ita ley oenal• para la
O
d'epredaciones d
· h
iJ Congreso se ha viS to en el duro caso de
Uayo de 1852'-.Tc,si Manuel ,lrP7lliiola.
e ~stos in IHJtanos enemi gos.
suspender los efectos del d
¡¡uerra de los indios.
Tambien hará ttfectiva la de hacienda has- estableció en el E9t d0 I05ecreto núm. 126 que
-Bxmo. Sr. Gobernadqr &lt;lel Estado de
Art 3. 0
El Gobierno se re$erva Nuevo l,eon,
ta• er. su1 ó.pice5i para que así la admioistracion 1 Y d e dº1sponer que laª administ
J u~gados
• de
d letras
. .
e!pedir los reglamento! que sean conve•
91ga ,u marcha reg11lar sin los embarazos que eia en pr·m
. ta .
racJon e JUSb•
d
1
' era ms ocia se .!esempeñar por
pienle• aol¡re en¡¡anche,, organizacion ¡
pro uce e ,traz.o de los proJiictos rentbtiQoa ¡· hu autot.idade 8 'f •n 1UI térmlDO!i:
.
q11e ll'l ªp~•

s•

fronterÍ'~os, ~scogiénJo~e entre los que
presenten, á los que se hayan dis\ingui&lt;lq
po¡ su_ valo¡ y. aptitud para la gueHa con-

tp1; lqs sa~v~ges ,
·
0
/i.
:¡,:1 Es\ad~ proporcionar, ll loé
io,di~idaos de la el.ase de tro.pa, la remon ..
ta,_moi;i,uras, vestua~io y ba~timentos qut
se!IJla el plan de guerra, &lt;le&lt;lucie ndo i
estos ¡nens,l¡nei11e d~ ¡u \¡aber h ean •
tidad_ suficiente ~ c~brir ~:-itOs gastos.1 i;in
que p,pr esta deduco ' on deje ue percibir'
el so\dado á lo menos las dos tercer,11
1
par\es de su pre. ~ &lt;JI -ifi c ia les pondrán
por 8-U cuente\ la rerndnta y m,on.~uras
c\ ue les corresponden conforme al, plan":
6. 0
E ,1 ~o biert\O procedfrá á la
com~ra de lo_s cab.llos y mulas útiles·
de toUas cla:ses que se nPce:;itare n c·0n
arreglo al plan de defensa de los E -t a•
do8 colig1Uos, tOl.o,aodo el dinero necesa•

X

-

�Orga no oficial.
ticaba ;rntes de la e~pedioio!l de a qpf.!I deore•
to. Sensibl, ha 811Jo 11sta ,nediea á la Legj,latur¡¡ pero ineTit•bl~ por la fal~ aj:&gt;~Qluta de ie•
c1mo1.
Los di.puta.dos ,e retiran htly al hogar do
méstioo con la dulce satisfacciQn de haber hecho ou•¡¡to ha 11stado de ■ u pdrte por e 1 ",..1en
y prosperidad del Estade. Si han emido f.!D los
medios dequesp hannlidopara_consl!gu~rtan•
noble fin, efecto der4 esto de su 1gnpra!l~13, ?6 •
Jo J·amas de su Yoluntad que no l\a. tenido otro
nerte que el i,ngraodeoimiento de ~uevo LeoQ,

para su salvacion. En 21 de Julio.de
1848, el gobierno de Darango pidió que
se autorizara esta liga; y el Sr. Otero,
entónces ministro de rP.laclonef'1 acogió

· tod 1as apaneamas
• · que
y la L apoma;
hay pesde el polo al ecuador, han pas~dq· i!el,.nte de nosotros en la corta eml•
griu,ion €fe ppcps días.

ª"

de los Estados-Unidos no habla de ata.
ques dados por una potencia e!lrongira.:
establece el principio general de que un
Estado puede empeti.arse en uua guer..
d sea 1· n vad ·1do por el enem1· ao
-•
·
..
)
la
idea,
presentando
en
su
apoyo
una
ra cuan o
e ~
(eo,..muara.
b
t • • • .,,,__, d
l
iniciativa, que se mandó pasar t ,a co- ó cuando reci a 'll:J u:ias Cle,&lt;-ai e que a•
!!!!!!!!!!!l!!!!!l!'!l!!!!!!!!!!!!!!l!!'P"""!!!'!!!!!!--!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!~!!!!!!!! mision de
guerra. Esta reprodujo el guna nacion de indios ha resuelto inva,proyectodelgobierno en dictámen de17 dir su territorio, y el peligro sea tanin.
;1__________________ de Agosto del mismo atl.o, Entre las re• minen_le que no admita tl,ilacion. En la
n de 1787, "e declara qu t
soluciones que tenemos ¡a h onra d e cons t·t
I uc10
J)ICTAMEN presentado á la Cámara de consultar á la cám ira, se ven las fon• uingan Estado puede hacer la guerra

V

INTERIOR,

!

diputados por una comisi.on de Sil seno,
sobre la coalicwn de las Estados d{I Chihuahua, 0011/tuila, Dura11go, Nuevo:_
Leon, San Luis, Tumaulipas y Zacatecas, para /w.,er la g¡,¡.erra á los b4rbaros
JMPQR'f4NCIA. de Méxwr&gt;para la eniiEn la sesioa de 23 de Enero último
, gracion Alemanw, por O. Sartnr_,us. Tra
fueron
adrQitidas á discusion, y se manducida del Ale~1J por Aguslin S. de
darou
pasa,
á l'l primera comision de
'.fagle.

damentales de aquel proyecto que, 110 sino en caso de invasion real 6 de irtsllegó á discutirse; y solamente halla- tante peligro. ¿Escluye esta declaracio1i
mos un acuerdo de fa c'-mara que pre- el caso de las irrupciones de los bárvino su impresion.
1baros? No, ciertamente, p~es Hamilton,
¿Pero la liga está autorizada en la reco~endando A 111s co:1cmd~da~os lu·

-Dm:.

VARIEDADES.

)

guerra, unas proposiciones oontraidas á
permitir, o¡,ganizar y favorecer la coaGrande11 llanos de yerbas llamados licion de l()s Et'ltados de Chihuahua, CoaSabanas, se estienden en munhos lugares huila, Durango, Nuevo Leon, San Luis
de la Costa hasta la orWa de • la mar·, Poto~í, Tdtnaulipas y Z1catecas, para hapero pof regla general estos tienen su
I
d
mayor esten:;ion en )os declives suaves cef la guerra á os bárbaros¡ y mas a e.
colocados desde uno á tres mil piés so- lante la cámara se sirvió disponer, qae
pre el nivel del n,ar. Ali~ empiezan á para consultar en este negocio, se menrafecerse las sel~as; los árboles solo corporasen á la comision lors represen.
ap_arecen en . esparcidolst gi ub~ost, Y prebc~o- tantes de aq aellos Estados, Ámbos acuerwrnan 1as mrnwsas, e ere 1n o, 1as 1g.
.
nonias arbórea::1 y el convulvulos, De las do&lt;1, y especialmente el seguudo, mues•
especi ~s del CiiCtus se ven de cuando en ¡ trarí el iuteres de que la cámara está
~uando tl]nales alto~ y opuntias¡ y sobre poseida por la suerte de esos pueblo~,
las roca~ ~e la orilla de las barrancas, y el designio de protegerlos sin demo•
en .cuya tierr~ ;;;e 0ste~ta la mas her- ra e11 su conflicto con resoluciones pre,
mosa vegetac10n, cQrdehnas y cycas en
' .
.
.
forma de árboles.
paradas por los medios de 111íormac1on
A los tres mil piés de aliara co- roas ampliamente favora0les á isu causa.
mienzan las encinas de correosas y fuer•
Cuán grave sea este negocio, y cuán
ie:s hojas, que un poco mas arriba for, fuertes los obstáculos que han embara•
m ~n gr,rndes bosqu&lt;'s en las variad&amp;s forl
mas propi~s de esta clase de plantas. zado su oonvenieute arreg o, son cosas
La que la naturaleza ha producido mas altamente publicadas por la desolacion
h~rmoso y sorprendente @e encueptra á de nuestras fronteras y de varios Estados
)~ altura de trns á cinco mil píés sobre que tocan al centra del paia. Declarael nivel del mar. Mientras que la" eq• dos impotentes nuestros e~fuerzos, y macinas ocupari prelferentellmen!e las alturas,
1
los bosques de os va es henen una va- logrados nuestros planes para sa varnos
riada mezcla de mirtos, laureles, eritreas, de este azote que e11 imposible sufrir,
naranjos silvestres, cecrophs, higueras, la comision dista mucho Je lisongearse
aralias, magnolias, croton, anvnas, achras, con la seguridad de ofrecer un espetlien•
ca.pi,ideas, tiliacea!I, euforbea!I y helechos. te que llene la espectacion de la (á•
Las cadas \Terales J los finos bambl\s lle.
nan los intersticios; las dfacomias de mara. Por el contrario, se lo presenta
grandes hojas envuelven los tro~cos y .::on profunda desconfianza, anhelando
las ramas ele los árboles que estén ade, porque su sabidu rí a lo corrija y perfec.
mas pobladQs C()n orgideas, tilancias y clone. Por esto la comision hi crei do
bromelias, Las bojosa11 cytaminas (he. que no le bastaba su dedicacion proliiiconeas y rnui;a,-.) el arun y lotos, los
hermo•o~ mrtastmn,,s, y rexias y la mul- ja y concienzuda en el clesempetlo de
tituu de liana:¡ que perte11ecen á las fa- su encargo, sino que debia mostrar con
milias Bunist,,ria, Passijlora, Panlinia, franqueza las cuestiones que ha tocado,
Ypo111ea, Vitis y A.sdepia,, dan al paisa- los datos y razones que gobernaron su
je un carácter enteramente peculial'. En
¡
las cimt•s de los árbolPs mas altos apa, juicio, as objeciones que lo atacaban y
recen IQll racimos de flores de las en- hs respuestas con que piensa haberlas
redaderas cingenecistas ó del lot'ant\rns, desvanecido. De este modo la obra y
á la vez que cada pielra y cada roca sus fandamentos estarán á la vista, y
está tupiúamente vestida de moho, lico• ~er, muy fácil advertir sus partes dépodio, helechos y liken.
hil ó · ·
Los llanos tienen una rica variedad -. es
vicwsas.
&lt;le yerba y de clases de cyperu8 , entre
¿La coalicion de algunoll Estados
las cuales descuellan las alta:s varas y ta- oontra los bárbaros es conforme á la
llos del panicnm y las variedades del co,1s1itucion de la reptlblica? ¿Es conaacharum. Sin embargo, Jps falta el edor• ve11iente autoriiarla y fworecerla? ¿Cuáoo de las flores que hefmosean los pra- 1
l
1
.,_
d b
dos del Norte.
es :ion as reg a11 A que e e somerterA mayor a!tura en !os montes apare• se su prganiiacion para hacerla fructuocen al lado de las encina~, el liquidámbar, sa y esenta de todo peligro? Antes de
carpinus, plátanos Y andromedas, que for. esponer nuestrai ideas sobre cada una
man principal:nente, lal! bosq1.1es; los 11au- ,1e estas cqel!tiones,
•
_.
•_;!_
a,iverlln&gt;tuos
que 1a
ceis oou pall las orillas de los arroyos, y
la natural&lt;'za se acerca, á los seiii mil liga de los Estado.! invadidos por los.
pi61! de altura, ~ las forrQas de la z.ona bárbaros, para fechazar sus irrupciones,
templada,
no es una idea manifestada ho, por priAl presentarse las plantas resii,osas, mer!l ve~. Ellla en verdad no podia imadesaparee.e el encanto del muo do tropi• S!inarse en el centralismo, que fué cuancal: la moclesta violeta, la fresa, el ra1111ls- ~
culo, la genteana y pirola, qos recuerdan do el estrago de ef!ta guerra crecié en
los bosques de nuestl'o pais, · aunque e$- algunas partes y se declaró en otras.
trati.amos ver entre ellos las t-upinas y Al restablec~ ,níe11to de la federacion acom •
pen:itemonias, crofularias Y lainoru:11.i 11, pailq la in,·asion del ejército norte-ameiambien los aires septentriouale\i ioplan ricano. Pero libre el pais de eijta cala
al través de las rama:,1 ele\ alamo, del
pino y ctel abitis religiosa.
midad, comenzó luego á proponerse la
Cefea de la eterna nieve se mues- liga ofensiva Y defensiva de aquellos Es\fa~ las pequef\aiJ planta:,1 de la' Norueg(l ados1 co mo un arbitrio indispensable.

(Continúa.

constitunion general? Cuestion e:; esta
que con toda evidencia debe antecederá
todas; porq ae si el convenio de que se
trata es opuesto al cóJigo fundamental
de la república, im1til faera pasar li
cualquiera otra consideracion. Por otra
¡tarte, es muy natural que se aclare y
. este punto, a l es ta bl ecer un anego
I
6Je
tan importante en las relaciones de algunos E:.:tados.
Mucho placer nos causa decidir esta cuestfon por el el'tremo afirmativo,
lo mismo que el ilustre mexicano, que

venlaJas de la nueva con:itllucion, en
órd en á la seguridad general, mencio-.
naba entre las_ causas pr~bableii de gue_r.
r_a para la U nion Amencana, _las hoSllhdade~ de es:as tribus, lo mismo que
de _las potencias eSt rangeras por s~s P0 •
~es1ones con que _cercaban at pa1s en
una grande estens1on
•
/\

[ Continuar4.J

~--~-----=-=!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!=!!!!!!!!~
MON'l'iRJf~I' !U.JO 6 D~ 18á2.

X

acabamos de citar, y cuya aut~ridad en
MEDIDAS PRECAUTORIAS
el caso es sobremanera apremable, no
solo por la exoelencia de sus talf' ntns,
Se han tomarlo por el Gobierno las
sino por la cirounstdnCi4 que le era pe- mas convenientes pura evitar que 8ea
culier de haber sido el autor de la acta sorprendido Vallecillo como iba á suce•
de reformas, en que se prohibe t los
Estados intervenir directamente en los
negocios cometidos á los poderes de la
Union. ,,La constitucion federal calcu•
!6, decia el Sr. Otero, al indicar las ra•
zones de su iniciati n, que las circos,
t11.ncias locales de vario■ E~tados po•
drii.n producir relaciones especi11les que
dieran lugar 4 11rreglos, y en la parte
5. os del artículo 162 autorizó al Con,
greso general para aprobarlos." Creemos
que un &lt;'jem plo mostrárá con toda cla•
rielad la solidez de esta prueba. Supóngase una banda numerosa de fora,
fi
d
gidos ocupando los con nes de
os 6
m~s Estados, ¿que hiconveniente se hallar, en la con"titucion para autorizar
un pacto de esos Estados, por el cual
unieran sus fuerzas y se franquearan
• •
d
• á.
su temtono para estruir
su comun
enemigc,? Pues bien: los mas _desaforados salteadores no son nada s1 se les
compara á los indios del desierto.
S h
i ay una razon sobre cuantas
inventarse pueclan, que ecsija y justi.
fique todas las ligas útiles, ora sea en,
tre los ciu➔adanos, ora entre los miem,
bros colectivos de una sociedad federada,

l

der si no se habiera sabido t tiempo en
aqael pueblo la venida de 10:i americanos
de que hliblan las comunicaciones que
hoy insettamos, y que . segun los c:hitos

f

V 11 ·11

;

1·

que se 1tmen en a ec1 o, tra1an e rntento de saquearlo, enconados por el solo
hecho de haber sido aprehendido dias an.:
tes en aquella JUrisdiccion un contrabando da tao)\ perteneciente á un ameri:
cano.
.. ,

ESTRA VIO DE PERlODICOS.
Con frecuencia se quejan de este
mal los periodi:stas, y nosotros lo hacemos
ahora al saber que solo un m1mero del
Organo ha recibido en este ano el Exmo'.
Sr. Pre:siden1e, cuando semanaria1sente
le va rotulado á S. E.'
T ambien sabe mos que uno de nuestros Diputados al C ongreMo general lo
recil:.econ irregularidad. Suplicamos por
-'- 1
"d
tanto ~ a auton ad respecti va que tome
las providencias convenientes para evitar
esta clase de estravíos 6 fraudes tau per~
niciosos,

¡

ª

es
guerr-a en que se ven empeti.ados
por esas hordaM sangrientas, que como
fieras, los acometen y destrozan por todas partes, ¿~•fo seria insensato, , par
que infcno, reprimir los esfuerzos de
aquellos pueblos, que como en el nacimiento de las sociedades, tienen que
pelear dia á día para preservar su mal
afirmada civilizacion contra los rudos
...~mbate!t- de la barbari·e1.
El derec~o de ligarse dimana del
constitucional para hacer la guerra. La
constitucion en la parte 4. 1» del artículo 160, autoría.a á los Estados para
· t· "
t
·
t
reSis ir A una Pº encia es rangera en caso de actual invasion ó de tan inminente peligro que no admita demon,
dando cuenta inmediatamente al presidente de la repúbl ica, Para fijar el verd d
.&lt;l d
f L h
a ero senil G • e e:,11e art cu o, emos
creído conveniente subit llasta los orígenes de ouetitro derecho constitucional.
En esta parte la - p-...imera constituci~n

AVISOS,
FULMINANTES.

Se venden doscientos cincuenta mil
capzules de sombrero de la mejor calidad, ó sean quinientad Ciljas con quinientos cada una, Se dá razon en la
secretaría de üobie~no.

CONVOCATORIA,
Se arrienda la tienda de la esquina del Palacio, y al efecto se convocaft
postores. En la Tesorerfa del Estado
serán admitidas las ¡,roposic-iones que se
hagan, y se rematará dicha tienda el dia
15 del corriente á. las doce en 1a persona- &lt;¡ue ofre:.tca mejor renLi; advirtién~
do@e que la de que se trata · e"ti apreciada en 50 peso~.
"

-Imprenta del gobierno ·a1:,atgf) ?le F. Molina.

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