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                  <text>TOMO X.XXI.

Monterrey, Viernes 15 de Mayo d8 1896.

~~~~=====~=============:::::-

NUM. 12.

CONDICIONES

CONDICIONES.

Este peri6&lt;lico se publica

..

los Mb-tes y Viérnes de ca.da semana.
Vale la suscrici6n CINCUENT.A. CENTAVO
al mes en est.a Capital, y
CINCUENTA Y SEIS
tuera de ella, franco de por•
t,p. Pago adelantado.

El número suelte vale DO-

.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SoBERANO DE NuEvo-LEoN.

CE CENT.A.VOS.
En esta IMPRENTA se
reciben las suscr· ·
Toda oom
rá dirigirse

.

LAS LEYES, LOS DECRETOS Y DEMAS DISPOSICIONES SUPERIORER, OBLIGAN POR F.L SOW
HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIODICO.

'!Periódico

Registrado provisionalmente como artículo de segunda clase.

/

Responsable, ht Secretaría del Gobierno.

FONDO NUEVO LEO/f

/ ~~~~~~~~~=========,=============~
...

PnBIRB•m PDNDBAL

setenta y cinco centavos, que el c.
Congreso, se reunirá sin necesidad de
Alcalde 19 de esta Capital le remite
UU
JUU UD D .
convocatoria, el 14º día siguiente al de
como donativo de varios partícula- - - - - - - - - - - - - - - la falta, bajo Ja,direcci6n de la Mesa de
I? DE LO CRIMINAL,
res á favor de la obra del Palacio de BERNARDO REYES, Gober- la Comisión Permanente, que esté en
G
b·
E 1- ,.1 funciones, y procederá como queda dicho.
C. Lic. Eusebio Gaitan.
o 1erno. .
.
. 71(7_dor Coustitudonal del
S1,a~eo VII. En caso de falta absoluta por reQueda h_echo el mgreso resp~ct1- Libre y Soberan_o de Nuevo-Leon, nuncia del Presidente, el Congreso se
9
1 DE LO CIVIL,
vo en _los h~ros de esta Te90rena, Y á todos s11s habitantes, hago saber: reunirá en la forma expresada para
C. Lic. Francisco Cantú Cárdenr.~. de su mver~ión ~e dará cuenta en que por la, Secretaría de Estado y nom?~ar al sustitut~, y la renuncia no
su opo~tun~rla&lt;l.
del Despacho de Gobernacz'ón, se surtlra sus efectos _smo hasta que q:1-ede
. S_uphco a vd. lo ponga en cono- me ha comunicado el decreto que hecho el nombramiento y el sustituto
PE• RI O DI CO OFICIA L. c1m1ento
del Sr. Gobernador.
• .
preste la protesta legal.
Libertad y Con., tituci6n. Mon- Szgz.te.
VIII. En ~nanto á las faltas tempoMonterrey, 15 de Mayo de 1896.
terrey, Mayo 13 de 1896.-Agustín «El Presidente de la Re ública se ha rales, cualqmera que sea ~u caus~, el
11 /1 •
Al S S
· d l r
·
• • •
• . P
Congrero nombrara un Presidente rnte1v1azz.r. ecretano e \ TO- servido dmgirme el sigmente decreto:
1· o obs
d 1 .
d" .
1.•J1!!. ele Mayo de 1867.
b"
d 1E d
p
rn ,
ervan o e mismo proce im1en, .
terno e st~ o.- resente.»
to prescrito para los casos de falta absoHoy esta 1za90 _el Pabel_l6n Na--«POf!FIRIO DIAZ, Presú:le:1-te Constz~ luta. Si el Presidente pidiere licencia,
ci?nal en los ed1fic10s públicos de la
Nombrainiento.
tucionaf de los E_stados Unz~os Mexz- propondrá al hacerlo al ciudadano que
Cmdad ' para
conmemorar
L o con fi n'ó e1S r. G o b erna d or pa- canos, a sus /1ab!lantes, sabed.
deba reemplazarlo
·
•
fi en
h su
,,
, y concedida que sea,
11
1
0
~XIX amversan? aque a ec a.&amp; ra Catedrático del 2 9 curso de Ma- «El Congreso de los Estados Unidos no comenzara~ s u~ir sus efectos sino
r~osa para 1~ Patria, en que el EJer- temáticas del Colegio Civil del Es Mexicanos en ejercicio de la facultad h_asta que el _mtenno haya protestad~,
cito Repubhcano al ma_ndo del ame- tado en esta Ciudad en favor del que le concede el art. 127 de la Consti- siendo facult,ativo por parte . .del Pr~siritado General D. Mariano Escobe- Teniente de Ingeníe;os Sr Ernesto tuci6n Federal y previa la aprobaci6n de denJe ha?;r o _u~o ~e el~a o ~b\eviar
do, rindió la Plaza de Querétaro G ,
_
.
h:
d" la mayoría de las Legislaturas de los s u urac.,1on. . m ermo eJercera e car,
d"d
1
f
ct
·
111
arc1a,
poi
renuncia
que
izo
de
d e1en 1 a por as uerzas e ama- cho en1 le
. 1- Et
s ados, dec1ara reformados 1os arts. 79, go tan solo mientras dure la falta tem1 C •tá d I
do Imperio1 haciéndolas prisioneras
S ~
e . aptA n e ngeme- 80, 82 v 83 de la Constituci6n y adicio- poL1· r •t d d r
.
d' .. , ,
1
asi como á sus Jefes Maximiliano ros - r. orentrno rroyo.
nado ei 72 de la misma, en los siguienC~ so icidu n·e itcedncial se ingira ª
1a amara e 1pu a os, a cna1 1a pa'
t t" ·
Miramón YMejía.
Reforn1a constitucional.
es ermmos:
sará inmediatamente al estudio de su
ARTÍCULO 72 .
Comisión respectiva, citando á la vez á
Fonllos pm·a la COJl~trucción (le]
En ]a sección respectiva, publicala Cámara de Senadores para el siguienPalacio del Gobierno.
mos el dec;reto relativo del Congre- El Congreso tiene facultad:
te día á sesión extraordinaria del Cond ¡ U ·ó
d ¡
XXXI Para nombrar funcionando greso, ante quien dicha Cámisi6n preCon fech~rf del a~tual se rcmi- so e a nt n, , en que ec ara re- al efecto ;mbas Cámaras' reunidas un sentará su dictamen.
tieron por ffr'Jen del Sr. Gobernador formado_s _los articulos 79, 8o, 8 2 .Y Presidente de la República, ya c~n el La proposición con que este dictamen
$5,p66 ai-~...: esorero de la Junta de 83, .Y adicto nado el 72 de la. f.onstl- carácter de sustituto, ya con el de inte- concluya, en caso de ser favorable, com~
Mejor Materiales de esta Ciudad, tución general de la República.
rino, en las faltas absolutas ó tempora- prenderá en un solo artículo de decreto,
oa• nvertir esa cantidad, de que
les del Presidente Constitucional. Asi- que se reso_lverá por u~a so!a votaci6n,
••---•
ó recibo en aquella obra.
Recaudaciones de Uentas
mismo la tiene para reemplazar en los el o_torgam1ento de la licencia y la aptoacus ·,
' ___
del Estado.
respectivos casos y en igual forma tan- bac1611 del propuesto.
n·doP para fa construcción Las de Ciéne&lt;ra de Flores, Carmen, to al sustituto como al interino, si 'éstos I_X. Si el día se~al_ado por la Consti1" ,, 110 ~
l
h
C _G
lT
á su vez faltaren.
tuc16n no entrare a eJercer el cargo de
(lel Palacio de Gobierno.
~~- Gonzá ez Ur. O'.':&gt;, ene~a re- XXXII. Para calificar y decidir sobre Presidente el elegido por el pueblo, el
Como es de verse de la nota VIO~, Ge~ieral Zua~ua, Higuera,s, la solicitud de licencia que hiciere el Congr~so ~ombra~á desde luego_ Pres~\13:nn, M1er: y N?neg:a, ~es~uena Presidente de la República.
dente mtenno. S~ la _caus~ del. 1mped1que á continuación se ínsert;i, va- Chica y Salmas V1ctona, liquidaron
Es facultad exclusiva de la Cámara n:ento fuere t~aiitltona, ~1 mt~nno cesa~
nos particulare~ cedieron en_benc- sus cuentas correspondientes al año de Diputados:
raen las _funciones presidenciales cuanficio ele _la obra del Palacio en fiscal que terminó en Febrero últi- . II. Calific~r y decidir sobre las_ renun- do ces~ dicha causa Y se pr~sente á deconstrucción, la suma de $410.75.
mo, sin dejar ningún adeudo pen- cias del Presidente de la República y de sempe:rnr el cargo el Presidente electo.
·
M
d.
d
1
d
l los Maoistrados de la Suprema Corte de Pero s1 la causa fuere de aquellas que
. ccTesoreria de las MCeJoras ate- fi1ent~ de plago, o quet ernduer.;d~rah a Justicit
producen imposibilidad absoluta, de tal
nales de Monterrey.- ontesto s~ . e c~c1a e os causan es Y e tc as
manera que el Presidente electo no puatenta nota fecha 11 del actual mam- . oficmas, para_ pagar unos Y recaudar
ARTÍCULO
diere entrar en ejercicio durante el cua79.
festándole, que de acuerdo con ella las otras los 1mputstos que confor ·
trienio, el Congreso, después de nombrar
tengo recibida la cantidad de .... " me á la ley .debieron cubrirse en
I. En las falta~ absolutas del Presi- al ~. resjdente
.
_interino, conv~car~ sin di$410. 75 cuatrocientos diez pesos, aquellas locahdades.
dente, con_ excepc16n de la que proceda lacio?- a elec_cion~s extrao~dmanas. El
de renuncia, y en las temporales, con Presidente 1ntermo cesara en el cargo
excepción
de la que proceda de licencia, tan luego como proteste el nuevo PresiObservaciones meteoroló2"icas del Colegio Civil de Monterrey,
se
encargará
desde luego del Poder Eje- dente electo, quien terminará el período
Nuevo-León.
·
cutivo el Secretario de Relaciones Exte- constitucional. Si la acefalía procediere
Resumen del mes de Abrz"l de I896.
riores, y si no lo hubiere 6 estuviere im- de que la elecci6n no estuviere hecha 6
•
15'_' _ _ _ _:;:::__.....:
495
....:LA==T1T~ºº
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o•--1s
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Nº
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º·--'1"-9--=-=24'-'--'ALTITº..,..
º .....:
..:...m
__;s_. -60
__;__
'
pedido, el Secretario de Gobernaci6n.
publicada el 1° de Diciembre, se nombra1
II. El Congreso de la Uni6n se reu- rá también Presidente interino el cual
m.m.
Bar6metro á Oº
Evaporaczon á la sombra.
m. m. nirá en sesi6n extraordinaria al día si- desempeñará la Presidencia 'mientras
727'10 Altura máxima absoluta ( día 27) ..
Altura máxima absoluta (dia 2) ....
6,0 guiente, en el local de la Cámara de Di- quedan llenados esos requisitos y proputados con asistencia de más de la mi- teste el Presidente electo.
70-!' 17 Altura mínima absoluta ( dias 6
Altura mínima absoluta (dia 11) ..
715'25
y
7)
................................
......
..
Altura
máxima
media
................
.
l'0 tad del número total de los individuos
X. Las faltas del Presidente sustituto
..,,
712'44 Altura media mensual.. ............. .
Altura mínima media................ .
3'6
de
ambas
Cámaras,
fungiendo
la
Mesa
y
las
del interino se cubrirán también
713'66
Altura media mensual................ .
de
la
~ámara
de
Diputados.
S_i
por
fa~ta
de
la
manera
prescrita, salvo, respecto
6'33
E vaforaczon al sol.
Oscilación máxima diaria ( día 11)
m.
m.
de
quorum
ú
otra
causa
no
pudiere
venfidel
segundo,
el
caso de que el Presiden0'07
Oscilación mínima diaria ( día 20) ..
2'82
Altura
máxima
absoluta
(día
5)
...
13'0
carse
la
sesión,
los
presentes
compelerán
te
constitucional
temporalmente separaOscilación media diaria .............. .
22'93 1 Altura mínima absoluta (dia20) ..
Oscilación absoluta en el mes....... .
4'0 diariamente á los ausentes conforme á la do, vuelva al ejercicio de sus funciones.
Altura media mensual. .............. ..
9'9 ley, á fin de celebrar sesi6n lo más pronCentrgrado. j
Temperaturas.
Lluvia.
m. m. to posible.
ARTÍCULO 80.
12'0
III.
En
esta
sesi6n
se
elegirá
Presi.
.
Máxima absoluta (día 15) ........... .
35°0 Altura máxima mensual ( día 5) ...
Mínima absoluta (día 5) .......... ..
10°0 Altura minima mensual ( dias 1
dente sustituto, por mayoría absoluta de S1 la falta_ del Presidente fuere abso•
Máxima media .......................... .
30°0 y 10) ....................................... Inapreciable los p_resentes y en votaci6n nominal y luta, el sus~ltut? nombra,do por el C_on- ,
Mínima media.......................... .
18°8 Altura total en el mes.................
22' 1 pública; sin que pueda discutirse en ella g_reso termmara el periodo Constitul\Iedia mensual. ......................... .
23°1 Número de días de lluvia............
5
proposición alguna, ni hacerse otra cosa c10nal.
Oscilación máxima diaria ( día 3) ..
18°6
Nubes.
que recoger la votaci6n, publicarla, forOscilacion mínima diaria ( día 5) ..
6°0
ARTÍCULO 82.
Oscilación media diaria .............. .
11 °1 Especie más frecuente................. Cirro-&lt;:tíms. mar el escrutinio y declarar el nombre
Oscilación absoluta en el mes ...... ..
25°0 Dirección dominante del movidel electo.
T t
p ·d
•
miento de las superiores............ N. w.
IV Si ningún candidato hubiere reu
an o para ser resi ente sustituto
Humedad relativa.
Cantidad media..........................
5'4
'd ·
,
b
t d
t - como para ser Presidente interino, son
,
d di d
. 1
111 o 1a mayona a so1u a
e 1osd vo os' m
• d'1spensables os reqmsitos
. .
.
N umero
.i:
e
as
espeJa&lt;
os..........
2
t'
,
.
,
t
que exige
1
.,
1
1
}.-fáxima absoluta (día 6).............
0'906 ~~úmero de días cubiertos. ...........
2 se r_epe ira a e eccúion en re 1osd ?s que el artículo
_
77
Mínima absoluta (día 3)............
0'301
Viento.
tuvieron mayor n mero, y que ara elecMeclia mensual...........................
0'493
Ms. por seg.
to el que hubiere obtenido dicha mayo.ARTÍCULO 8 .
3
'J
elocidad máxima (dia) .. ,.......... .
ría. Si los competidores hubiesen tenieantzuad
de vapor de agua po1
Velocidad mínima (día) ............. .
ilA'cb • de aire
· a., Oº y 76 cm. Gramos. ve1oci·aa d meelia mensua1............
1vJ1
ldo igual_ ,;1úmero de_ v_otos Yl al repetirse El Presidente al tomar posesión de su
Máxim b 1 t (di ?.3)
1~174 Reinante...................................
N. E.
a vottacd1o~d_s&lt;; repitiedrebe emplatle, la ebncarlgo, protestará ante el Congreso,
a a so u a
a.., .. ....... . .
,
Número de dias de calma............
suer e .ec1 ir~ qmen e a ser e ~ ecto. ajo a f6rmula que 3igue:
0
Mínima absoluta (dia 2)..............
4'82
S1 hay 1gu_aldad de sufragios en ccProtesto desempeñar leal y patriótiMedia mensual...........................
12'51
Ozono (Escala 0-10¡
d d
dd t
t
11
h
1
d p ·d
d 1
mas e os can 1 a os, en re e os se a- camente e cargo e resi ente e os
En/na.miento por evapora~áxima observada (día),............
r~ la votación; p~ro si hubiere al mism? Estados Unidos Mexicanos; guardar y
czon (t-tt.)
centtgmdo. :Mínima observada (día)..............
tiempo otro candidato que haya obtem- hacer guardar, sin reserva alguna, la
Má .
Media mensual...........................
do
mayor número de votos, se le tendrá Constituci6n de 1857 con todas sus adi10º 5 Número de días de manüeSt aciones
x_una. absoluta (día 28)..........
como
primer
competidor,
y el segundo
ciones y reformas, la~ leyes de Reforma
Mimma absoluta ( día 6) .... ..... .....
1ºO eléctricas .................................
ó
,
.
d
1
•
Media mensual......................... .
4º7
se sacara por votac16n e entre os pn- y las demás que de ella emanen, miran..
meros.
do en todo por el bien y prosperidad de
, 10 DHonterrey, Mayo l? de 1896.-El Encargado de Jas Observaciones, E. Videgaray.VI. Si no estuviere en sesiones el la Unión,»
, , ~ El Direct.or1 I'~ro Noriega,
'~
,JUECDs DE TURNO

En la próxima semana.

'
..

Ef

°

"ª·" .,

,

J

1

1

1

,v.

1

.•

�PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL.

2

Queda exceptuado de este requisito el Domí11g11ez, J.Januel 1 !zomas y Tenín, ~en tal de México, aprobado por de•
· c,c
' 1 Despac110 que se encargue D • B almz d rano.-:-Senador:
R . Do11dé.
creto de 17 de Mayo de 1895 y. su
Secretano
l
, D C
1
provisionalmente, en su caso, del Poder TABASco.-D1putaco:Joaq11m • ª' rtforma de 22 de Julio del mismo
Ejecutivo.
sasfts. -Senador:J. &lt;;:a slaítcda .
año con las siguientes modifica-

el plazo de ocho días, desf u~~ de30 qi:
cause
eS tª reso
n. · {1
quedanejecutoria
ul deman?_ado
susumderechos
salvo pata que exi¡a á Martínez el va
lor del corral que hizo y levantó. 49 Se

,,.✓~. ;~~~~;, d~f~~tia!:re~~~o!!: tc!!~~~~~t~6111_~1~\\di~z~Yª11SZJ~{j~l~Ac;-o.Cdas- cio~es:
'l.
~~:~i~:sá ~~j~:i;il~~tYu!!~:v1~es~s~~
tó ~ ~
_,.; •fi!i~;~do por el Estado de PueTLAXCALA.--.Diputa os: . . n ra,
.
I T '[; D
' V
¡ t d d'
ho
:.!'.,.,
,, T, ,,
R
R. Rod,·zfo·itM TiaSe suprime a an a
, para instancia.
isto
e au• o e -1ez d'y oc
,
bJn vice'p¡-'
esidlil\te.-Emz'/z'o R a basa,.se- ,,e,
eoaoro wcra, ,
" ,~
d
t d
,
-Sena dor: A . a,,,el Rz'o.
transportes· d'1v•'r.sos que forma par- de Noviembre e1 mismo ano, d1c a· o
t -)lador por. el li;tfudo ded Sina1oa,d prest-· ,avera.
T
(TE 'I'ORIO).-Dipntados:/. te del artléulo 32 de dicho Contrato. por el expresado Juez, en que a mitió
1 puq,

1

'i'

·

'

1

·

"

'

'/ '1r,

~

'

~ qente.~.tua¡na z ;cernan ez' sena or por

'

el Estado de '.l)1manlipas, vicepresidente_.
. AGUASCA:ClEN'I'ES.-Diputados: M1 ..une! Gui-n_f!ulrd, Alberto Rmz Alvarez,
'1'
., _ ..JU' . R b
¡ Ot·
s
J es,ts ;n_ . . 4, ago, • r igoza.-. ena,..·_-.i~í:'es~ Eranciséo O. Arce, ftrnaczo
T.
l "..,,
"
Clzávez.

.

CAMPECHE.-Dipntados: M . Pemi:lze,

R. S. de L ascuraz'iz.-Senador: M. o. de
Montellauo.
CoAHUILA.-Diputado: Rafael R.
· -Sena dores:Jose
z ' M · M'uzquzz,
A rzzpe.
•z
'q
e
Baz
E ' 1 1 11
·
·
COLIMA.-Diputado: Francisco C. Palenúa.-Senador:J. A. Puebla.
CmAPAS.-Diputados: ll1agín Llaven!
F. llféndez Rivas, Víctor Manuel Castz/lo, Román Pt'no.-Senadores: ll1arúwo
Bá1eeua Afarz'ano Marlínez de Castro.
CHIH~AHUA.-Dipntados: Francisco
Martínez L6pez , Francisco Albíztegui,
JesÍls E . Valenzuela, B. Urueta.
.
D1s'I'RI'I'O FEDERAL.-Diputados: Trznidad García T. R. Retana, Carlos Casas!Ís, E. Pa;do;·., Luis G. Labastida,
Agustín Arroyo de Anda.-Senadores:
Afa1111el Ortega Reyes, B. G6111ez Farías.
DuRANGO.-Diputados: F. Miclul, A.
Santa Fe, Rafael Salcido, Leopo!do Rznc6n.-Senador:José María Garza Galáu.
GUANAJUA'l'o.-Diputados: Luis A.
AIYteilar 'osé /]rib1esca Saavedra, Fran "
&gt;J'
cisco
Me¡°ía,
Alberto Lombardo, Fernando Vega Rafael Casco, Gz'/dardo G6mez,
S. Cain~clzo, Rosendo P1i1eda, Francisco
P. Godui:oa, Pablo Esca11d6n. -Senador:
Alberto Escobar.
GuERRERo.-Diputados: A. E!guezabal Emzlio E. García C. de O!ag-¡eíbel
y .Áns/a.-Senadores:' Mauuel Carrascosa Afanuel Parra.
HIDALGo.-Diptttados: Manuel G6mez Parada, S. Carrasco Pérez, Gabnel
Maucera, P. L. Rodríguez, Carmen de
Ita, S. Cravzoto, Rmu6n F. Riverbll,
Domingo L6pez de Lara, Emilio G. Baz,
R. Cravzoto.-Senadores: Carlos Rivas,
G . .Enríquez.
JALrsco.-Dipntados: Luzs P!rez Verdía, Ce/so G. Cebailos, P. Landázuri,
F. Scpftlveda, M. Coronado, Lms G.
,,. A rce, E . rvrtu,
n
Galvá11 , l. Paz,José A,.
R. de Zayas Emíquez, Migue lsaJ¡-aseta,
.
,,,, A J,ruan A . ma,,,.
Maime l S zerra
me;u,ez,
feos, Tomás Moran.-Stnadores: A.
Lancáster Jones,jesfts de !,a Vega.
l\Itxrco.-Diputados: Guillermo Pérez Va!enzuela, Iguaao G. H-eras, P. de
Azaté, Manuel Domínguez, Ra1116n
Márquez Galzizdo, Julián Montiel y
Duarte, A. R. de Terreros, juan Bri~
bzesca, Juan de Pérez Gálvez, Rafael
Dardó11, E. A . de Mexfa, M. Sánclzez
Mármol.-Senadores: Carlos Quaglza,
Juan B. Hí;'ar y Haro.
MicHOACAN.-Diputados: Francisco
Vélez,Juan de la Torre, Jacobo Mercado, Rafael R eyes Spindola, R. Hor11edo,
Emilio Rmz y Silva, L uis G. Caballero, A. M. Polo, O. Ramos, Enrique
Lánda, S. Fernández.-Senador: Carlos Sodi.
MoRELOS.-Diputados: Ai¡tomo Tovar, Manuel V. Preczado, José Casasús.
-Senadores: Miguel Castellanos Sánchez, lvlanuel de Herrern.
NuEvo-LEO.N.-D_iputa~os: Ma11uel
Serrano, M. Z. _Dorza,Jesus ~ Cerda.
ÜAXAC~.-D1putados: l}anzon ,Przda,
J. Ig11aczo Alvarez, fose Agustzn Domíi¡guez, Manuel E. Rinc6n, Benz'to
Juárez, P. A. Fenoclzzo,José Castellanos,
Manuel Santibáítez,Juan Dztblá11,j11an
· A n d res
' C
M, '
S
P.rzeto,
ruz
arimez.- enador: fgnaczo Pombo.

. t d
PUEBLA.- Dipu
ª os:

"

S

m.
errano,
Modesto R. 11-Jartínez, T. lllelesto AlcánJara, Enni¡ue Romero Obreg6n, Eduardo Velázquez, Luis G. Garfias, M. María Contreras, Lzi:. Víctor Mé11dez
Fra11cúco Sazizz Meraz, Telésforo D. Ea'.
rroso, R. Nftítez, G. Mendúábal, .Llf. Flores, Vital Esca11zz'lla.-Se11ador: Vida!
de Castañeda y Nájera .
,
D'tput ados: re
v,¡·zx M
QUERE'I'ARO.Alcérreca, L eonardo F. Fortuiío, _Rafa~!
Clzousal.-Senadores: A . Arg1mzz6nzz,
Bernabé Loyola.
SAN Lurs Po'I'osr.-Diputados: Angel Carpzo, Ale;'andro Garrido,]. J,Jartel, Ventura Ortzz, Camilo Arriaga,
Miguel Lebrija, Alberto L6pez Hermosa, Alberto L. Palados,Jushizo Femández.-Senadores: Eduardo Rinc6n Gafl d0 J, , R 11 0
ªs-r,INALOA.-D1putados:
, ose
ª ! s,
v
.
;·ederzco V.
Riva Palaczo, juan Sa!dívar Flores,
Francisco D. Barroso.

EPIC
RRI
F. L d. l E
Il
Antonio P(z'ego ['éreGz,, . . e a a.
rra, Francisco Rzi:as omcz. .
Durante el tiempo de la construcVERACRUZ.-D1putados:/11l10 Zárate, ci6n de ]a línea hasta ]a cumbre llaR H.
j A Gamboa Donacúmo
·
,.
.
s·
· errera, · · ,, L , ! 1I" S u_ macla de los Papl!ldos en 1a 1erra
1
Lara, E
~. v . lne
¡, . Llo_rcnte,
,1 ,, h.e· tevz
•u' A
, 1Ma d re, Ia E mpresa po d ra, aumen tar
rrera, gnaao". ae as zuo, . ra con.
d
d ¡
t
-Senadores:Julián F. Herrera F. P. un centavo en ca a una e as res
Azpe.
·
' · · clases de la tarifa C del citado artlYucA'I'AN.- Diputados: BenjamínBo- culo 32.
laítos,Juan de Dios Peza, Cz'rilo GutiéIII.
El faro de tercer orden que conrrez, l · B e¡araizo, Salvador Dondé, D.
Salazar lV. G Ca11!6n.-Senadores: A . f'orme ,. Jo est1·pulado en el articulo
· ' · ·
"
Castillo, Pomposo _Verdugo.
46, tiene obligación la Emr.rcsa de
ZAcATECAS.-Dtputados: Genaro Gar- construir en el puerto dt&gt; Altata, as!
cía, Alonso Mariscal,GAA. fdozm_zo,All1f1¡·-_ como las ti:es boya~ que también tiecos Sm1om Castelvz, . ,, aso10, aa
b]'
. d
bl
l
bcrto A. Es~e11a, Jorge Cai:mona, S. ne o 1gac1 6 n e esta eccr en aque
Morales Perezra, WeJ1ccs!ao Rubio Al- puerto, deberan e~tar concluidos y
fi,edo C/zavei:o.-Senadores: A . Ca;1seco, listos para ponerse al servicio públi!esús Loera.
.
co en la fecha en que h1ya construlE. Pmzentel, d1p:ltado por el Estado do la mitad del número total de kide Oaxaca, secretano.-josé J,[. Gamboa, l6metro, que formen la línea troncal.
diputado por el Distrito Federal, secre-

IV

•
,,,.
E stado de Guanajuato,' secretano.-10&gt;
Algara, diputado por el Estado de Jalisco, secretario.-A!ejandro Vázquez
del .Llfercado, sena_
dor por ·el Estado de
Durango, secretano.-A. Castañares, senador J?Or el Estado de Tabasco, secre-

. fi' _,
1 .
Todos os· Pazos Jª"'ºs
en
, d da Cl·
1
tada conces16n, se conta~an es e a
fecha de la promulgación del presen te ~ontr~to.
.
México, Enero trc-ee de mil ocho
cientos noventa y seis .-Francisco

tario.-Guillermo de Landa y Escand6n,

Z. Mena .-S. Camaclzo

tario.-Damel García diputado por el

1

1

senador por el Estado de Chihuahua
p t 0t
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·
· a
·
_r '
n o'•t y Co,zfve-as se'.
'b'
.ºr
ª
.
o,
¡man
sedélmlpdnmb.
secretano.-:¡ose ,e,
,, , , ,
pu 1ique circu e y se 1e
e e 1
uador por·el Estado de Nuevo-Le6n se- d
'r ·
cretario.
'
o cump Imtento.
.
«Po:· tauto, mando se imprima publi- «Dado en el PaL cw del Poder
que, circule y se le dé el debido ~umpli- Ejecutivo de la U ni6n, en México,
miento.
á trece de Enero de mil ochocientos
«Dado en el Palacio del Poder Ejecu- noventa y seis.--Por.fino Díaz.tivo de la Uui6n, en ~léxico,. á veinti- ¡\] C. General Franc scú Z. Mena,
cuatro de Abril de mil ochoc1e11tos no- Secretario de Estado y del Despaventa y seis.-P01jirzo
· ·
, Díaz ·,- Al C· eho d e Comumcac10nes
y Ob ras
General Manuel Gonzalez Cos10, Secre- Públ'
tario de Estado y del Despacho de Gotea&lt;;.»
bernaci6u.»
comun •co ~ vd. para su coY lo comunico á vd. para su conoci- nocimiento Y 1ema~ fi~~s. f .
miento y efectos consiguientes.
Libertad y Const1lllc1o n. \ ,_éxtco
l\Iéxico, 24 de Abril de 1896.-Gon- Enc;ro 13 de 1896. -Francisco Z.
:::ález Cosío.-Al Gobernador del, Esta- tfena.-Al Gobernador riel Estado
do de Nuevo-Le6n.-1Ionterrey.w
de Nuevo-Leé,n.-Monterrey.»
Y para 9-ue l~egue á noticia de todos
y r
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pttbli
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que
_ci·rctila'n'.
Pª
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man o se 1mpn111a y
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Y pu 1ique,
dose a qmenes correspon a.
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, anl ose aM
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6
1
1
1
1
Reyes.-Ramon G. Cl1ávarri, Secretario.
"onterrey, ayo 5 e 9 --.

°

X]~

___
B. Reyes.-Ramón G. C/závarri,
BER,VARDO BEYES, Gobei·na Secretario.
dor Constitucional del Estado Li- ~===========i!""'!=~
bre ll Soberano de 1Vu(fl)o-León, á
todos sus habitantes, lwgo saber: que
.D
a)
•
_ _ __ ____________
por la Secreta1·ía de Estado V del Des .
.
pacho de Comunicacwnes V Obras
D1putac16n_ Permanente del H.
Públiras, se me lia comunicado el de- Congrcso.,-Estado de Nu~vo Lc~n.
creto.s(guiente:
- Número I JÓ.- La D1putac16n
.
.
Permanente del XXVIII Congreso

&amp;OBIBRNO nnL B~TAilO

«El ~resid~~t~ de la República se Constitucional del E~tado, en sesión
ha ~erv1do &lt;lmg1rme el decreto que ordinaria de hoy, tuvo á bien apro•
sigue:
bar el siguiente acuerdo:
«Unica. No se accede á la solicitud
«PORFIRIO DIAZ, Presúlentc Cons- d Ed
d G 1. ,
·¿
tituciunal de los Estados Unidos Me- e
mun
ª cia en que P'. e_que
xicanos, á todos sus !tabitantes, sabed: s~ le conmute en pena pec~man_a el
.
.
tiempo que_le falta para ext)~g_uir la
«Que en uso de la autonzac16n de crnco anos de obr&amp;s publicas á
concedida al Ejecutivo por,•] artlcu- que fué sent,mciado por el delito de
lo ¡9 Je ]a ley de 17 de D ciembre lesiones."
de 1895 he tenido a bi;n aprobar
Lo que me honro en insertará
el siguiente
.
vd. para su conocimiento y fines
consiguientes.
CONTRATO
Libertad y Con~tituci6n, MonGelebrado entre el C. General Francisoo z. terrey, Mayo 6 de 13 6.-P. · Beni9
Mena, Secretario de Estado y ele! Despacho
de Comtrnicaciouesy Obras
Publicas
enr·etez y Leal, Diputado Secretario..
,.
Al C G b
d d lE d
presentación del Ejecutivo de la Umóu, y
. o erna or e
sta o. ._ Preel C. Scbastiiín Camacho, Representante ele sente
la Compañía del Ferrocarril Occidental de
·
México, refundiendo en una sola las concc- ~"""'"""'"""'"""'"""'"""'"""'"""'"""'~"""'"""'"""'"""""'!
siones para la constrii.,_cción ele dicho ferrocarril.
SECCION JUDICIAL

°

_________________

Art. 19 Se refunden en un1 sola,
por pertenecer a una misma Empre- Secretaría de la 1~ Sala del Tribunal
sa la, concesiones para la construc- Supremo di, JuS ticia.---l\lionterrey,
ción del Ferrocarril de Sinaloa y Nuevo-León.
Durango fecha 5 de Julio de r886, Monterrey, Marzo veintiseis de mi'l
modificada en 2 de Febrero de ochocientos nov~nt~ y seis.-Visto el
.
3
recur,o de casación rnt~rpues~o por el
1_888 , y vigente para la línea de Cu- Sr. Prisciliano Benav1des, s1endo su
liacan a Altat~ y la de 17 de Mayo abogado é! Sr. Lic_. José M~ 9antú, de
de 1895, modificada en 22 de Julio la senten~a de tr~rnta Y uno de Octudel mismo año, para la construcción bre del ano próximo pasado, dictada
del Ferrocarril Occidental de Mé- por elª Juez_ l? ?ª _L_etras de lo Civil
xico.
de 1ª 91· fracción Judicial, en que declaAr. 2o Las dos concesiones ci- ró: l Procede la. consignación hecha
.
por el Sr. Concepción Martfoez en fatadas y sus reformas, se_ regirán, y vor del Sr. Prisciliano Benav'i.des 29
d á ú ·
á ¡
qu~ ar °: mcamente_ SUJCtas.
as E~te señor está obligado á otorgar!~ esest1pulac1~nes contemdas en el Con- crJtura de venta de la casa objeto de
¡:lONOR.A,-Dillutados: Anifel Jiaria trato relativo del Ferrocarril Occi- .este litigio, previoiéndosele Jo haga 011
,

el relacionado recurso. Vista la pre
sentación de los interesados ante este
. d
•
Tribunal, para la continuac~ 6n · e1 m;9
mo recurso y lo que expusieron, ~os e
niendo el recurrente su procedenma, lo
mismo que el Ministerio Públ'100 y e1
d' . 'é d l
Sr. Concepción Martínez, 1rig1 n o o
como abogado el Sr. Lic. Enrique Go
rostieta, que debía desecharse. Vista
la citación para sentencia y cuanto
más
debió verse;que
Y el Sr. Benavides,
Resultando:
sostiene que debe casarse la expresada
sentencia, porque el Sr. Martínez Je
vendió una finca U1bana situada en el
bl
' V
1 "
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ta
repue O ne
erea, ª ...,ur 8 es
Ciudad, por la suma de quinientos pesos, eu dos eRcriturns, con el pacto de
retroventa, que debía verificarse dentro
del t?r~ino de tres años;_y que como
no _hiciera el pago en el tiempo que se
estipuló para el retracto, había quedado
absoluta la_ Yenta; porque el e~pres~do
Martínez vrno á hacer la cons1gnac16n
del valor de la finca enagenada cuando
el t~rmino para la retroventa h~bía fenec1do; y porque no se consignaron
ademi~ los ?::1stos del ~ontrato y el va
lor de las mt,1ora_s que el había_ h_echo
en la finca v~nd1da, con consen~1m!ento
del ve~rled~r; Y que p~r co;11~1gmente
se habian vi,ilado las disposwiones de
los arts. 2,8:15 y 2,836 del Código Ci
vil.
Resultando: que el Sr. Martínez, ale
ga que es improcedente el citado recur
so de casaci6n; porque no se vio16 en
la sentencia · ninguna disposición de la
ley, pues si ;l ~r. Benavides no recibió
dentro d~_I termrno ¿el re~racto todo lo
qu? de~i~ pagárse,e, fue por9ue no
qmzo,
y
t ddiciendo que
¡ íno había
· -~ cmdado
·
que o o se arreg ar a sat,s,actor1amen
te; Y porque L, culpa del comprador pa
rano recibir el valor de la retroventa
uo debe favorecerle.
.
Resultand(:: quP el_ .Jne~ q~e dicló la,
seotenc,a, rlio l:'ºr ,b,.,~ JllS~tfi~ado eL
h_e~ho, d e qu' 61 el ~r. B 0 navHfos no re
c;h16_el pngo de l,i r,•troventa dentro del
termrno, fué porqu" no tuvo voluntad
probándose tal aserto con lo dec,Jarad()
por los Sres · Flore11rio
Benavides-, 1·1c
·
Roque d_e I una, tlhtías Garza Guerra
Y Aureho l\I, 1relo,; Y por haber confe
sado Pl mismo Bena\ides que cuanclo
se le habló para qne reci biera el dine
ro, manifestó al solicitante que todo se
arreglaría satisfactoriamente, aunque
ag~egd6 q_ue esod hahi a tenido lugar des
1
pues e venc1 o e1 pazo;
y
Considerando: que el recurso de ca
sac;ón eu cuanto á la sustancia del ne
gocio, tiene lugar cuando la decisión es
contraria á la letra de la ley, aplicable
al caso, 6 á su interpretación jurídica
según el ª:t. _683 frac?i?n 1~ del C6djgo
de fro~edumentos C1v1les.
.
Considerando: que en la se~te~ma de
que se trata, al tem,rse com0Ju~t1ficado
el hecho rle que el Sr. Benav1des no
quizo recibir el valor del retracto eri el
tém1ino convenido, se aplicó bien el
art. 21835 del Código Civil, que dice
que s1 el venrledor no hace uso del de
recho de retracto en el término fijado
la ven ta queda irrevocable; porque eÍ
Sr. Mart~nez usó de tal derecho dentro
del térmrno.
Consideranrlo: que al ofrecer pagar
el v~nderlor en tiemp_o hábil, tampoco
s~ v10l6 ,en_la se~t~ncia el art. 2,836 de
dicho Cod1go C ]
·
t
t
d
b
ivi
'qube
previene:
que
e1 re raen e e e reem o1sar el preci
0
recibido y los . t d l
g~ OS ~ contrato, su
puesto que la resistencia 6 culpa del
t3r. Benavides para no reembolsarse de
los gastos hechos, no debe favorecerle.
Por estas consideraciones, debía de
decla~ar Y ~aclaro: l? El recurso de
casación se rnterpuso legalmente: 29 No
es procede_nte dicho recµrso respecto de
la sen~encrn de que se ha hecho mérito
de treinta
y u no de Octubre del año
.
próxuno pasado: 39 Se condena en cos
tas, daños y perjuicios de este recurso
al Sr. Benavides· 4g Publí
.
Periódico Oficial· esta resolu~~i~~ en r:I
mítase el expediente al Juz ado ~e su
orígen para los efectos legalfs A8í 1
acordó y firmó el C. Magistrado d8 ¡°
1~ Sala: doy fé.-Lic F V Id Gó
ª
-Lic. A. Sepúlveda· · ªté~ me2.
bricas
' secre ano.-Rú
Lo ·
bl.
. .
que se pu wa en
¡
de lo mandado
cump im10nt_o
veintitres d 1.1· M~nterrey, Abnl
y seis.-Lic~
Seochocientos noventa
pú1veda, secretario,

f.

3

de lad 2~ Sala
· e¡ M.misterio
·
· p úbl.tea, se re f,arma ¡a va1orizados
·
·
b Secretarla
¡S
. . del T rien cuarenta y un pesos el C. Magistrado
de la 1~ Sala: doy
tuna Jpremt e Ju stJ cia.-Mon- sentencia de 1~ instancia que se re- cincuenta centavos, y los que empe- fé.-Lic. F. Valdés Gómez.-Lic.
er~y, t uevo D~ó_rr.
visa, condenándose al procesado fiaron en diversas casas de contra- A. Sepúlveda, secretario.-Rúbricas.
. onher'.ey,
tciembre catorce de J ulián Zamora a cuatro años de tos por la suma de diez y seis pesos Monterrey Diciembre treinta y
1 oc oc1entos noventa y cinc
m1
·
·
v·1 t t
o.- ob ras p úbr1cas y noventa di as d e setenta y cmco
centavos, y,
uno d e mil· ' ochoc1entos
noventa y
t ~ ª es ª causa comenzada a ins- arresto, contados desde la fecha que
Considerando: .que están bien jus- cinco.-No habiéndose interpuesto
20
Julfiºr 1 Alcald_e
de la Villa se expresa en dicha sentencia y con tificados los delitos de robo y frau- recurso alguno de la anterior sene
;~ Y contmuada por el C. la misma calidad de retención, y á de, y que sus autores lo fueron los tencia dentro del término legal, de
1
}~~~i 60
. e .~amo Penal de la 1• enterar en la Recaudaci6~ de Ren- do~ proc~sa?~s, con las propias con- conformidad co°: lo dispuesto en el
:á Judicial del E~tado, contra tas del Estado, en esta cmdad, una festones Jud1c1ales de éstos, con el art, 451 del Código de ProcedimienJu 1
.1 ~ ~amo~a, casado, JOrnal~ro, de multa de seis pesos setenta y cinco hallazgo de algunos de los objetos tos penales, se declara que ha cauvem¡1sie~e ~nos Y de esta vecmdad, centavos, 6 a sufrir, en su defecto, robados en algunos monteplos co· sado ejecutoria; en consecuencia,exP?r os e1itos 1e robo }'. fraud~: trece dias más de arresto y se con- mo empefiados por ellos, y con las pidanse los testimonios de estilo,
~( sta d la sent_en~J~ de 1• rn~tanc1a ~rma l_a expresada sentencia de 1• declaraciones de diversos testigos. poniéndose á los reos Antonio Maric~a ª en verntisiete de Noviembre ms_tanc1~ _en_ los puntos rel~tivos a Considerando:_ que aunque Mar- tinez y Pedro Ramos á disposición
último, por la., cual se conde°:ª al la 111hab1htac16n y amonestación del tlnez _era doméstico de la casa del del Gobierno en la Penitenciaria del
procesado Juhan Zamora á cmc_o reo. Notifiquese y dése cuenta. Así Sr. Eduardo Gajá se introdujo por Estado, mandese copia de dicho faafíos cuatro meses de obras púbh- lo resolvió y firmó el C. Magistrado medio de escalamiento á las piezas llo al Juzgado de su origen para los
cas Y no~enta días de ai:re~to,_ que de la 2~ Sal~: doy fé.-Lic. J. Juan que estaban c_ei:radas, á las cuales se efectos legales, y archlvese el prose c~ntaran desde _el ve1~t1se1s de Loz~no.-;;-L1c. F_. Cantú Cardenas, le habla proh1b1do que penetrara; y ceso. As! lo resolvió y firmó el C.
Septiembre del corriente ano en que Oficial 1·-Rúbricas.
por lo que el robo debe tenerse co- Magistrado de la 1~ Sala: doy fé.se le ?eclar6 formal~ente preso,
M~nterrey, Diciembre veinticinco mo hecho en un edificio que estaba Lic. Valdés Gómez.-Lic. A. Sepúl con calidad de 'Wtl:!tenc16n_ por una de mil ochocientos noventa y cinco. destinado para habitación, y tanto veda, secretario.--Rúbricas.
cuarta parte _¡nas de ese tiempo, en -Con fundamento en el articulo más cuanto que si un delito esta
do&gt;iPAN!A MÍÑERA
su cas~, debiendo pagar en la Re- 451 del C6dig~ de Procedimientos comprendido en varias disposici~- ¡¡La :Fortuna ds NuevoH1són."
caudac16n de Rentas del Esta1o !'enales y en y¡rtud de no haberse nes penales que señalan penas d1. -(SOCIEDAD ANONIMA.Ju~a multa de tre~ pesos 6 a sufnr, mterpuesto mngún recurso contra versas, debe aplicarse la mayor, seen su d~fect~,. seis dias mas de la_anterior sentencia, dentro del tér- gún el articulo 185 del Código Pe¡AVISO IMPORTANTE!
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Por el presente se hace saber á los accionistas de
a~res o, 10 a 1 1 "n o o por
1ez m~no e a ley: se declara que la na .
.
esta Compañia, que 1a Junta Directiva, en Junta
anos para toda clase .de honores. , misma
sentencia
ha
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Considerando·
que
el
robo
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dla ;2_ del mes.
en _curso,
el
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- que
cobrocelebró
de IM ele:xhib101ones
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centavos
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emp eos y cargos públicos, y prev1- ton dad de cosa juzgada. Notif!,,ue- tado en un anos en to destinado para mensuales por acción hasta cubrir el _capi~ social
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de $4,600.00 cs. acordado, y qne habiendo sido cum~n .º se _e amon~s e para que n? se,. exp anse los test1momos de a 1tac16n, ~e castiga con la pena de biertoel dep6sito.de110pg que marca la Joyát!r~rnc1?a: visto_ el dictamen d~l M1 · estilo y p6_ngase al reo~ disposición dos á cinco años de obras públicas, ~i0~1i:~~J~'.6'tl 11p;ó:a d:u~: ~J~ ~g~:t;
msteno Público, en que pide se del Ejecutivo en la Pemtenciaria del conforme al a1LÍL uio 366 de dicho como 27e:xhib1016nenlos díasquetransc=á.n des,
· .
C d·
de el dla 20 á 30 del mes de Mayo actual, debiendo
re d uzca 1a pena corpora1 d eI pro ce- E sta do, 11agase la transcnpc16n al 6 1go.
)os interesados ocurrir por los bonos provisionales
sado á cuatro afios de obras públi- Juez respectivo para los efectos leConsiderando: que á la pena del ~~~~:~~ 11u~:'P~~~~~!f~."o~':ii":.'~1;';:
cas y noventa días de arresto: visto gales y archívese el proceso. Así lo robo especificado debe agregarse la di~ de madera "L.a Luisiana.» Las exhibiciionl. si'
d
6 fi
,
gwentes, se cubrirán en los pnmeros qumce días
lo a Iega do por 1a d eiensa
con cuan- ecret y rm6 el C. Magistrado de que corresponda por la cuantía ar- de cada mes, sin raJta.
to más debió tenerse presente.
la_ 2~ .Sala: doy fé.-Lic. Lozano. - llculo 3;í9 del mi~mo Código. '
cr!1~~~rrey. Mayo 13 de 1896 --Teóftlo 111
. R~sultando: qu_e la noche .del Lic. J: Can tú Cárdenas, Oficial 19- Considerando: que si el valor de
REMATE.
vernt1dos de Septiembre próximo Rúbricas. .
--lo robado no excediere de cincuen- r1J'.:"""º'9deloCivll.-l,fracci6njudicial.~EsiadodeNuevod
b6 J ¡· ' Z
F1 di!l. seis de Junio próximo§. las diez de la. mañana. y en el 10.
pasa o, ro
u _ian amora un caSecretaría de la 1• Sala del Tribu- ta pesos, se impondra una pena que ~~~tf.~~i~{f~fio~,?r'!l~~::e:~li:'..\~~º~~.~~fi."d~'l"'ct~
bal~o de la propiedad de D. Marcos nal Supremo de Justicia.-Monie- no exceda de noventa dias de arres- ~íe~;~r;tem;;~~;1~e~,;~A~~'/i~~;:t~~."~"';'~~~:
Pena &gt; con valor de quince pesos, rrey, N UeVO- L{6 0.
t0 ar ti CU 1O 356 1raCCJ
i:
'6 íl 1a·
fondo,conlasmejorasdeuncuartodeterrado, y dosja.calesde
adovetechodepaja,cuyotemnoUenepo,coliudand,s,alNo&lt;•
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te, la expresada calle del Cinco de :Mayo; a.l Oriente con propieª. po d er_dn ose e e"· en e campo
on_ terrey, Noviembre 25 de mil
ons_1 eran o: que cuando el ro- daddeDomingoAlvnm;a!Su,,cou
prnpiedad del s,. Aclolfo
'fieviño, y al Poniente con propiedad de D. Juan Zamorn..
rnme.d tato á I ª. hac_1en_ dª. d_e San ochoc1entos noventa y c1'nco.-V1's- bo se eJec_uta por dos 6 más perso- 7 enDumnteelWrminodelaspuhlicaciooe~q•e
•• veriflca,{,nde
7_dras y hasta la hora del remate, se admitirAn p.:&gt;Sturas que
Jer6,mmo, de -:.:sta_ Junsd1cc1_6n, }' ta esta causa comenzada a instruir nas, debe 11nponerse el máximum de ~ge~'l';;~,:(~e",~~.;:~:fi¡~:.:l~~:r."',~,!~,~~~'h".~!;~~
llevandolo en segmda a 1~ Villa de el diez y ocho de Septiembre último la pena,_ art. 374 frac. 1~
l;.';'.~'1l'o'!.c~i~~i.~1:ti~~:;:a.~:,:ttcí!:.;.~~~º se minis, d e ¡? ven d I 6 en doce por e I Juez 2 º de Letras del ramo C?ns1 d eran do: que el fraude se 'ª"°·
14"outerrey,Mayolldel896.-Lic.B.R.i.mlrezAuguiano,Secre
All en d,e, uon
,,.....,,
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E
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CEDULA
HIPOTECARIA.
pesosª. • zequte Q r guez.
pena e a I~ fracción, contra Anto cas 1g~ con a misma pena que el Ju,gado'9del0Civil.~1,rmcci6njudicial,-E,;tadodeNuevoCons1derando: q~e los hechos re- nio Martlnez y Pedro Ramos solte- robo simple art. 394.
"¡&amp;·dlaoncedeEne,o dllimosep,esentó ante este Jtugadoel
.L.r.1,
d
d
t
1
1
.
'
C
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c. Lic. Virgilio Os.na como apodero.do de D. Víctor GouU)Jez se- º º ª os se acre I aron ega men- ros,_ carprnteros, el primero de diez
cns1 e_ ran o: q_ue ·cuando hay gOnlo~,edit6_coolaesc,it=•depode,mp_ectivo,
demandaucto del Sr. Marcml Garza R1vas, la suma de mil selscient.os _;iesos
te_ Ch_. e_-[
1 proceso_ con 1as prue bas q_ue y s1e_te años de edad y orüúnar1'0 de acumu Iac16n de delitos debe impo- éintemesvenoidosyquesevencie,enhastaquesevedü9~e el
, dd
b
1
._,
p'.\g&lt;?, cuya suma ~ecibló del Sr. González en calidad de prt:~l.amo
nn d16 ~ o,en I o so re .1 prop1e- México, y_el segundo de d1'ez y nue- nerse la pena del má, grave, que eou~te,és.
ElLie.Oanopa,afünda, ,u acción p&lt;e~nt.óuna
eecr1tura de hipo~a. por la qne aparece que D. Mnrcial Oa.n.a
dad y valor del caballo robado, con ve años, siendo ambos vecinos de podra aumentar,:;e hasta en una 3~ lr.:v~¡:,~,r.==:,a,::.:·d~•¡;t:~~rb~';.1:;¡~::,g•r.1~
tecóespecialyseñaladamentelaca.sa.no.m.146 dela.cafiede'l'ad
d é t
d I
d
e1 ha11azgo
maulipasyot&lt;asituadaeoiaealledeCoahuiladelmismo
bnnio
d R ed f se en po ler e_ esta Capital, por los delitos de robo parted e su duración, con tal que no 6RepuebledelS1;1r,compu~t.a.la.prim~radepa.sillo,
sala, redCompra or o r guez, con e test!- y fraude. Vistas las informativas de exce a ese aurr.ento de la pena qne f!:~:::ri:,;.•:,e:~i-~;-;:~~~~~.;,'!~::'1;~!:,!::º~.::,J~.1.::.ºJ::
monio de v~ri~s personas q1:1e tu- los ofendidos, las inquisitivas de ]os se aplicarla por el delito que se acu- ~•:i''i,~_~l.'.'~':',~'tl;;':."!!.~:,r:;,,~~i,;&gt;;¿:~t~:;n:'~~.~;g~
•
·
mi\s meJora.s del terrenQa.que mide veinticinco varas de frente
Vieron
CQnOCJmJeíl tº. d e JOS m_ ISmOS procesa dOS, SUS Careos, CQllfesión mu, )e, porque CntOOCeS Se Jmpüílpo,cua,en!Adefondo; llhdandounadedich&amp;Sfincaspo,elNo,h
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[i Ó d }
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8
te, con propiedad de D. Catarino Garcfa; por el Sur, con D. E'eli)leC os y con . a propia con es1 n e con cargo y .lo alegado por su de ra st~, arts. 19 y 199 del repeti- l':,~~':'~,'b°i;,~'eZ";"~/~eP~tr.;,:~¿~ 1.;~i,~:."~~,:t,.:1;
. fensor en l~ 10stanc1·a. V1'sta la sen- do C6d1_go.
JuanPeña;ylaoka,alNorle,cou
D.8ilveske0Mve,; al Su,,
Inc ulpado Juhan Zamora.
CC?D D. Sever~no del mismo apellido; a.1 Oriente, calle de por me
Considerando: que los hechos eJe- tencia de 31 de Octubre anterior Considerando: que cuando el acu- :~;,~~I;~t~h•:fi~~::~:~~.'::.p;ª~:~~;&lt;&gt;1~~.!;:
6
cutados por Zamora, constituyen los dictada por dicho Juez de Letras en sado sea mayor de catorce años y ~'; :.t~:.:,;;~'lfb~j~:;¡~º:i~;e;:,~º!i°.l'~~~t;:n°•1prime'
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En ."irtud de las consta.ncias que preceden, quedan sujetas las
delitos de robo y frau d e, que d efi - que condena á Antonio Martlnez á menor e 1ez y oc o, se le impon- ,elacionadasfl.ncaadelap,opiedaddelS,.
llla,e]al ºª"ª R
ivas
Ajuicio hipotecario, y se hace saber A las autoridades y al pt1bli4
1
nen los articulas 348 y 392 del C6- la pena de tres años siete meses de dr~ reclusión por un tiempo que no ~.r,:~~~;:0~fd':"n~[~~:\,':.';,~~,; 1"'c:l'!~,:m0~~u'::u"to~
digo Penal, y deben castigars~, aten- obras públicas y · noventa dlas de baJ,: de !a mitad ni exceda de los r.i:;a.:~~i;:.~,~e,)i"J:.~~~~~~,".""6º1n1e,;na 4uepore,te
didas las reglas de acumulac16n con arresto: a enterar en la Recaudación dos tercios de la pena que se le im- .,,:::;~'"'' Mayo 11 •e l89Cl.-Llo.B.RamtmAn•°ifi~,~
las penas, tanto corporales como de Rentas del Éstado, una multa de pondria si fuera mayor de edad, ar- Jnz¡¡adodeLekas dela~~;~r?.- Judlcial.-,Llna,e,, Nuevo
ulo 2_14.
Le:';iref1"á'e 1nte,tadode1 finados,. n. Pa,cna1 oa,cta,,.
encuentra un auto gue A la letra dice:
Pecuniarias,. que corresponden a u_1no nuev_ e pesos noven ta . centavos, 6 tic C
deran d_
otro
delito,
s_egún
lo~.
articu
os
sufrir
en
su
defecto
vemte
dias
de
OOSI
_o:
que
toda
pena
por
_Lina,es,Ab,ilvelntikesdemil ochooiento, noveniay oels.Visto el nombramiento de tutor interino que este Juzgado hizo
Y
nR y 199 del mismo Código.
arresto·, y al segundo á c1'nco años dos 6 más an_ os debe enten_derse enl•P•!'?~•deIS,.ManuelVivanco
Ramtmpara_,ep,esent..r
l ';/"-'
en e~ Jwc10 A. los menores de ca.rtorce años. l:lantiago Ma.r1&amp;
·¿
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robo
de
bes
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úbl
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que
es
con
calidad
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Clotilde, M;a.ria Guadaulpe, Pablo, Marl&amp;.Eduwigis Garcta .P er.
. CUa ro llleSeS e O raS P JCaS Y .
.
e re enCJ 6 n; Y nAndez, V"!totambienelnomb&lt;amientode luto, inte,ino que
Cons1 eran O: que e
tias de carga, de silla 6 de t_1ro, cuan- ciento treinta y cinco dias de arres- s1 por el delito de robo ha)•a de im- Garcfa
~~ª~~e":&gt;¿&gt;:;~~~~~:,~:'"~~"2"i~~i.1.'°J~:.~~~::
FemAndez en l&amp; persona. del referido Sr. Vivauco Ra1ni 4
Vlsiala'!'epiaciónde estes,. ylap,otestapo,éloto,gada
do se comete en campo abierto y de to: a enterar en dicha Recaudación ponerse una pena mas grave que la ""
para desempenar legal y fielmente el cargo d e tutor que se le
tllSCernideyle diecierno dicho ca,go, oto,noche ' Se Castiga con la pena de una multa de cator.ce pesos c1'ncuen- d e arresto mayor, debe inhabilitarse COllfie&lt;e;debtade
gAndole al efecto, para el mejor desempeño toda.a las facultades
cuatro años de prisión ú obras pú- ta y cinco centavos, 6 sufrir veinti- al reo por diez afios para toda clase :::.:::~~~::;/::.; !,º!\'~::,:11~:i~i~e,::1ei~0~/~~
la Voz de Nuevo León, de a.cuerdo con lo dispuesto en el
blicas (artlcu 1os 36o firae_ Cl'6 º. 2ª' y nueve d Ias d e_arresto, comenzando- de. ho nores, cargos y emp Ieos P, ú - de
lol366delC6digodeP,ocedimiento,
civiles. Aslpo, este aoto
discernimiento lo decretó y firmó el C. Juez de Letras de la.
bl
d
)
acci6n 2~ del C6 d1go cita o. se_ a contar dichas penas desde el 1co_.s, arts. 70 y 352 d e I repetido s,fracciónjudicia!,
doy fé.-Lic. Severiaoo Salinas,-A,-Juan
de D. Villa.nueva:.-A.-José Sal!Ua.r.-'l'res r11b1icas.
374 f¡r
Considerando: que á esa pena es diez y nueve de Septiembre del pre- C6d1go.
.
.
au1.::::~~~~••caenestafo,.na,conforme'1o mandado en el
de afiadirse en el presente caso la sente afio, en que se les declaró
Por ~stas cons1derac10nes y de n_lf~;:.'út;!~~1.".'.i~S:&amp;i1°;;'.;,~••danosa11n...-A.ítt..'f..de
de tres á noventa dias de arresto, bien presos, teniendo la calidad de conformidad en parte con el parecer Jwgadoi,con,titucion!~;'1;;~;~;0,., de 10, 0 .,.,..,N.¡L.
· ue corresponda por la cuantla del retención por una 4• parte más en fiscal, de~ia de reformar y reformo .,,:~,di:•.i;~t/;!:~;,:":,~':i~:~c'l!,'l.:'J'á';.'1!:;.~':o'l:~!~I.:
q
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'6 a 5 )
é · h b'J' d
¡ t.
]
d
teoc1a
· d e 1.a rnstan•
d;e un terreno del. Municipio, compuesto de tresmaru.a.uas de
tie&lt;,aquedenune&gt;a&lt;onlos
Sm.Buenaventu«yNatividadCanrobo (artlculos 35 racct n I · y 3 9 ' su caso, rn_ a 1 1tan o a o~ encau- ~ expresa a sen
.J
p
d
R
tt\ ve&lt;:iuos d~ es~, midiendo dicho terreno una.auperficiede trein
d
e
multa
e
tres
pesus
sa
os
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diez
años
para
toda
clase
eta,
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ro
amos
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taycmcomildiena,ae·c="""'cu,ote«eno
"••epo,colind
d
d
danciae laa &amp;gmentes: frente A la.64,, 7t y~ calles a.l Poniente de
ªsi COIDO la.neo
centavos, cuarta ~ar- de honores, cargos y empleos públ1'- 1a_pena d_e C.IDCO años de obras pú- misma;
la pl... ap&lt;inc.palyent&lt;eloscallejones
o, Y,, al No,te dela
lmd::i.ndo la 1llti.ru.a, manzana. y &amp;0brante eJ rumbo Pouíen
Setenta Y el
r?bª?º tar- cos, y amonestandoseles para que bhcas y ciento ochenta dias de arres- te,'¡~~:l'.\'l:.";~~!"fil~'!"¡,.,ª dicho remate se admilli&lt;n
te del valor del caballo
· h b'] t 6
· ·¿
v· ¡ ¿·1ctamen fis- to.· á que eague. Una m_ U Ita de cator- ¡,esoa_,moo
postu~ que se hagan y cubran la.cantidad de ciento ocho
1)
y
fa
de
10 a 1 1 ac1 n por no remc1 an. . 1sto e
ceniavospo,Jas tres maruanasde tierra ysob,ante,
tl(,ulo 35
oase liJ~ para dicho remate, el que fincará en el mejor postor,
h
sanN&gt;co1Aede10,oanas,
""'" z, de ""~P•b1oom1a.l so, crncuen_ ta y crnco centavos Jeae18
Trevifio, secretario.
'
~!0-12
d·1·ez afias para toda clase .de ODO· ca1 en e1 sentl do de que se confirme ce pl
res empleos y cargos públicos, artls. la expresada sentencia, con la madi- en a Recaudac16n de Rentas de es Ju,gadoiodelocivil.-,~~!;~dicl•L-Estado de Nuevo
'
del expresado Código.
ficaci6n de que la pena que se im- ta. Ca_ pita!, 6, sufra en su defecto León.
Po~ auto fech_a veinticinco del actual, dictado en el juicio hipoI 5O Y 352
'd
ando·.
que
el
~raude
de
pone
a
Martinez
sea
de
reclusión
en
vem_
trnueve
d1as
de
arresto·,
y
a
Anteoa«o
p,omo""º po, D. Victo,ºº"'"'" cout,a D. Lo,enu, s.
li
Martinez.,seha~dadosaca.rá.remateuna fiucadelo.pr~eQll51 er 05able el acusado
Zamo un taller en los términos que expre- tomo Martínez a tres años ocho me- :~U;.:~~\;,,"i:~!;;'.~~e::.~c';,'~tit.i~~:'i'.;'~ece•
.
d~S1eteenS1eted!e.s,deb1endo tener lugar dicho remate eldfu
q ue es respo ará cincuenta pesos, san Ios ar ti cu 1os 124 y 21 6 d e I C6- ses de rec1USl'6 nen un ta 11 er mtendte,yochodeMayop,6ximoálasdie,ctelamaiiauaeuellocal
lleg
ra ' por no
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deesteJuz¡rado,ynoadnntléndose posturas que no cnbranla.s
1
a de tres á noventa 1go ena. Isto o alegado por el ras no egue a 1ez y oc 10 años, y do,te,ce,aspart.esde
lasu"!adefl.OOOcadosmiluoventapesos
merece a pen
.
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ª.
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enquefuéavalnadala,efendafioca.
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lo
pres·
e1ensor
en
esta
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10stanc1a
y
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ener
esta
e
a
,
su1nr
su
pena
dLoquhesehacesabe,alpOblico,átindequelas
..,,.,... que
dias de arres to Con l
~seen acer postura.s ocurr&amp;;n A este Juzgado donde se les
.
¡ artlculos 356 fracción 1~ to más deb16 verse, y,
en la pr!s16n común en los térmrnos m:O':.'!~:i;,'t~.fi'1~'d!'~:i~i,,c. F.ºª"'º º""enos.-A.cnto efn
del
Código
penal
a
Resultando:
que
hallándose
Anestablecidos en el art. 216 del Códi- Uuuodelaaana.-A.- 1füf~TE.
..,..12,
2
6
y 359 racct ebe
n ~agregarse 1a d e tres t amo
. Mar ti nez s1rv1c;n
. .,, do a I s r. ,,O'O Ptnal·' a que paaue
un a mu lta en J&lt;ugadol9Coo,titucional.-SanNioolisdelos
t,
E!tl!adieciseiadelenkante me, de Mayoá laaGanas
ouc;ede la
cuy.i pena d
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su
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nunciOelSeño,_Ab,ahamZ.Oana,cuyoterreuotieoepo,colin'
1 .
h .
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di
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1 .
d&amp;ncl.a8l~&amp;1gwentes:. frente4.lascnlles7q.y&amp;¡. a.l Ponientede
1o r de lo defirau dado
, 1o 352 del repe- as piezas que. abitaba la fam1ha
la 1ez yd nueve as mas e rec us16n·' lapl"'8pnnetp'!1,um,endoiask'8!nauumtu&lt;deunn,iad'8f&lt;en•
el
art1cu
.
1
te&amp;la.8q.C8:11,~dicha,.~ufondoal ,nus.morumbo Pomenteconla,
en
cual
habla
saltdo
de
la
Ciudad
y
conta
as
esas
penas
para
ambos
desllneaqu~div,deel
e¡,docoolru,t,enas dela Hru:ienday cot,e
P•ues to
Cód •
,
.
loa calleJO~es SQ, 49, 6Q y ~ al Norte de la m1'1ma plaia. ee enttdO
igo. .d
·ones y funda- poniéndose de acuerdo el citado de el diez y nueve de Septiembre ~:~:f:':i!';~.~~=:~:•;cuyo te«enom,deun•
s
cons1
erac1
H&amp;Staeld!ayhomtljad&amp;pa,a
dicho,emate,eadmilliaupo&amp;o
P or la
arreglo ade- Mart Inez con t'e d ro R amos eJ pn-. ú]t'1mo_ en que se 1es d ec1ar6 b'1en tw-aeqw,sehag"!'
YCUbt1Wiacantidad
dedo,cieotoseua,enta
uestos
con
.
d
.
1
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peeoauoventa.y11eteceotavosporlosdos lotesdetierra referi•
exp
t
menos
' o I 15 y 208 mero se rntro ~JO a as ab1taciones preso, ; ,Y con rm"n ose t:n to os ~o:;:,~ fijada pa,a dicho ,emate, el que flnca,Aenelmejor
más á l~s articul?snld~ de acuer- por entre las reJas de una ve 11 tana y los ~emas puntos que comprende. ,,~:¾':~lii~,~':!:r;'."'• ,\b¡il2!l de 1896,-P••t,t;:~'..,_
del Código _rel_aci o O1 pedido por e;xtrajo diversos objetos que fueron Notiflquese. Asi lo resolvió y firmó
po en lo ?nncipa1co

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PERIODICO OFIOI.A:L.

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iíto

c,proi..
rtspecLvo añt,;- el ~- .\1N OTU'l ( lACTO N.
En el incidente de fas costas causadas en el intercalclc In de l:i citada .Municipalid,ul.
¡~ Sa12 dd 'l'rilmnnl )-;u11rnmo de Jnstich.- ·lfontcrrey, Nncvo dicto de recuperar la posesión promovido en ~on~ra
,\1011ltrrcy, '.\layo 1\' uc l~~'ú. !t:unún (l. Ch:\\arrl, 8t:CretariJ León.
de v&lt;l. por la. Sra. !IP. Encarnación Gómez, se l1a dic12 1
T.
~
- ~Sr. Lir. Juan J. Hinojosa.
.
Pl&gt;Jc(',O".·'
• ·
·'
En la dcman,L\ f'- omo\"ida y1or el n¡,odemelo de la &lt;:~mmrnlad tado tm auto queála.letra dice:
Hecrctarfa del Gobierno d e,ú1cyo-León.
de •lfaldon.ulo• contra la de •Uhapade ücncr:il Trevrno• sobre
"}fonterrey, Mayo siete ele mil ochocientos noEl U. Hilnrio de la Garza, vechw de l:i Villa de '.\lina, h11 pre- cumplimiento de 1111 convenio, de cual es ,·d. apoderado, esta 1~ venta y fleis.-Sáquense á remate los bienes emb arsentado ocurso nnte este Civbici:no deuun°hndo form:llrueute Y ::,~ln. ha dict.\&lt;.lo una sentencia que!\ la letr~ diq,:
pidi~ndo ~ le utljudique en merced el n;rua. que corre por el arm
•)lonterrey Abril diez y siete de mJ ochocientos uo,·en\a y garlos al Sr. J)omingo Alvarez, anunciándose su
yo dt&gt;nominado ele b (,':lr,o,ili d~ce fa parte inferior de la pre- soL•.-\'isto esto juicio orJiunrio promovidlJ por el.Sr. FrauclllCo venta por medio de edictos que se publicarán por
sa del Sr. Fnustino González, hasta el pnnto donde actualmente G::irz:1 Pére1., como apoderado genernl de Ju comumclad de :\.Ial- tres veces de siete en siete días en el uPeriódico O fi0
paFa l:t vfa ¡,úLlica que c-&gt;nduce de dicha Villa lí San José do !a don11&lt;lo, contra el Sr. Nemesio Pér~z,. como representante_ de la
Popa, v adcro:í.s, la de la &lt;CSalndila•, sita 1\ un kilúmc·tro ni :Norte comunidad de Clrnp:i, sobre cumplumento de la base prm~era cialn y fij:-índose además en los sitios públicos, de
poco nins ú nwno$ del rancho de la •Carroza., de aquellajurisdic del convenio celolJrado por los 9:POdern~os de amb.i.s com'!mda- conformi&lt;lad con lo prevenido por el art. 724 del
En este acreditado establecinúent-0, ademas delª cióu; cuyas ngua.q r¡u_e_ el ocurrente calen~, cu cansidnd de on des, el veintiseis de :'llano de mil ochOCientos noventa. Vtsto lo Código de Procedimientos Civiles, señalándose papuntualidad y exactitud con que se ejecutan los ~ue- •urco, se propone nt1hzar con sus coacc1omstns como 11brcrnde- alegado por el actor para fundar su demaud:1- y los documentos ra que tenga lugar el remate el Sábado seis de Jupara sus ganad"s menores Y moyvres, scg(m lo expresa.
que con ella presentó. Vista la contestac,ón del demancl_ado
haceres del ramo que se encomiendan á su prop1etn- roAdmitido
el denuncio, se 1¡i:md11 pubhcar por tres veces en el u)lorliúndose ~ la solicitud del actor. Vu,tas las l?ruebas_rcndidas nio próximo á las diez de la mañana, en el local de
1fo; so DORAN objetos ele plata, lató1!, cobre, et-O., Periódico Oficial para ~ue surt:i lo, efectos correspondiente~; P9r \l,mbos liti¡p.nws y lo que alegar411 en 1,~. mstan~1a,. solite- este Juzgado. N otifíquese. Lo decretó y firmó el
especial!1iente cajas de reloj para l~ols1llo1 quedan- su:,tanci{mdose ,_.¡ expedieuU! re~¡,cctho a!lte el C. Alc,1!tle l•J de ni,,ml•) cafüi cu:u su derecho. Vista J:t"sentenc1a de vemtidos de C. Juez 2? de lo Civil: doy fé.-Lic. O. Lozano.-Lic.
citnd11 .:llunicipnli&lt;lad.
J11nio del año pró;&lt;imo pasado dictada por el Juez de Letras de
do las piezas de color, á gusto del mteres:ido, pues la Monterrey.
30 ele Al,ril de 18:16.-Rl:móu O. Cbf.varri, Secre- la 5, fr,icción Jmlicinl, en que dec!arG: !~ Procede lu, demanda B. Ramfrez Aliguiano, Secretario.-Rtí.bricas."
se ui;a DORADO AMARILLO ó COLORADO, ga- t1rio.
9-12~15 intérpue,ta :por d Sr. Francisco Garza Pérez, co11!0 apoderado
Lo que se notifica á vd. en esta forma, en cumpliEDICTO,
de la comnmdad de 'Maldonado: y en consecuencm deb~ procerantizándose su dmación por un tiempo que depenJu,gado 2,, de lo C:iyil.-1~ fracción judicial.-Estado du Nuevo derse con arreglo á. los tltulos ele Maldonado 11 la mecJ,ic1ón de miento de lo prevenido en el art. 78 del Código de
de del precio. pues puede dárselo _á la copa ':!_e oro
Leon.
las tien-as de esta comunidad, haciéndose el nombramiento de Procedimientos civiles.
un espesor capaz ele durar o~h?, diez ó mas_~nos.
Con fecha de aYer y por c1isposidúu del C. Juez 2? rle lo Cil·il, perito agrimensor en la forma legal, y lleni!.ndose los ~cm/is reMonterrey, l\Iayo 9 ele 1896.-Lic. B . Ram.írez AnLo que se pone en conommiento del pó~hco, e!1 se ha m.mdadu ra.clicar ¡¡n tste Juzg,1do el juicio de intestanron- qwsitos á qne re 'refiere el actor. 21, No procede la solicitud del guiano, Secretario.
11-12
la inteligencia de que los interesados pucd~n adqm- tarta A bienes del tinado Don R:tfad i:ieplilvcda, Yecino que fué dema.ndadn, sobre que no se dén por ejecuiadas las demás cláude esta (..'imlad.
sul:is del convenio referido, si uo es en el ca,o d_e que la presa ~e
NOTIFICACION.
rir informes mas detallados sobre el particular en
Lo que se hace saber ni público en general para que Ja.s pcrso- Maldohado quedare fuera Cle su terreno, pero s1 así fuere, seeJeJuzgado l? de lo civil.-1'.1 fracción judicial.-Esla oliciua mencionada.
nru; que crt&gt;au con derecho lila herencia. se presenten á deducir- cutará en lo rclatirn la cli1usula sexta. 3'-' No se hace expresa contado
de Nuevo León.
lo
dentro
del
térmlno
que
fija
el
arttculo
1685
del
Código
de
Prodenación
de
costas.
Vista
la
apelación
interpuesta
de
dicha
sen:'IIonterrey, l\Iayo 12 de I89G.-Hilarión Flores.
cedimfontos CiYite,.
tenoia por el Sr. Nemesio Pérez, y la admisión de ~se rucurso.
SR. RAFAEL LOZANO SALDAÑA.
~Monterrey, Abril 14 de 18!l6.-Lic. B. füm11rez Anguiano, sccre Vist..~ la presentación de ambas partes, ante este Tnbuual para
En el juicio verbal sobre pesos promovido por
tario.
0-9-12
contiuuar la apelación. Visto lo mamfcstado por el actor en esEDIC'.l'O.
ta 2:1 instancia, pidiendo la co11tirmación de dicho fallo Y que se vd., como apoderado de D. Pedro Olvera, contra el
Juzgado 2~ constitucional de Villa de Santiago, Xuevo León.
conéleua1·:1 al apelante ni pago de las costas de am_bas instancias. Sr. Juan G. Guzmán, se ha dictado un auto que á
Con fecha clicz del actual y por dLs¡JOsición del c. Jnez de Le- Vista la citación para sentencia y cuanto mis debió verse.
la letra dice:
tras de h 2,., fracción judicial se radicó en t!Ste de mi cargo el
Y resultando: quo el actor dice en su escrito de deH?:mda: que
Se adviertP :í las pnaonas de esta Ca1,ital y á Jºuicio ele intestado tl•!l Hr. Guadalui,e OhávezJ, el di1su esposa habiéndo,;e
ul\Ionterrey, treinta ele Abril de mil ochocientos
estipulado en la primera base del convemo que presentaba que la linea diviso11a ent1·e los agostaderos de los llfnllas Je las municipalidade~ &lt;ll'I Estado y f1wra Marra Gcrtrudis Yilla.Ión, ,·ecinos que fueron e esta vílln.
donado y los Chapa se trazaría con vista de los documentos de noventa y seis.-Cítese á las partes para sentencia.
se hace saber al pliblico por medio del presente edicto ambas partes por un perito ,igrimensor, nombmdo por los ªP&lt;?- Noti1íquese. Lo decretó y firmó el O. Juez 1? inte&lt;le él, que tüngau que remitir 1;....i,A VL:5OSjn- qneLo sequepubllcar!i
por tres veces consecutiYas de diez eu diez derados de las dos comuni,Iades: no se babfa nombrado tal pert- rino del Ramo civil: doy fé.-Lic. F. Cant(t Cárdccliciales y particulares para su inser&lt;'ión en cs~c Clfas en el Periódico Oficial del Estado y en La Voz de Nuern to como estaba esUpulaclo sino por unos cuantos de los comu- nas.-Lic. I. Dávila, secretario.-Rúbricas.»
León, i fin de que 1118 personas que se consideren con derecho á neros, sin formalidlld alguna, sin aprobacion de uinglln Juez, sin
herencia, se presenteu 1\ d~&lt;lucido clcntrodel lérnliuo el&lt;! treiu que los apoderados inteninieran, y qne en Jo privado se hizo-~¡
Lo que notifico á vd. en esta forma de acuerdo
p&lt;!riúdico, por tres veces 6 nH•nns, lo hagan 1h- la
ta d!as despues de publicado et Oltimo edicto.
b
1·
t to l
'J•rro&lt;¡u!u.- mécliJa, con la cual no esta a con ormc; y que por an sa 1c1- con lo preceptuado en el art. 78 del Código de Pro,.,,,.1:1mtnk al Dirrd.or de est:1 f mpn,nta, adjun- Villa de santiago, l l de Abril de lSOO.-Franc'º·"'
=v-' ~
tab:&gt; se llevara!\ efecto Jo convenido en dicha primera b3Se, sir·
6·!1-1?.
vjendo para trazar la !!nea divisoria Ja ruediJa del agostadero de cedimientos civiles.
tall(l,, eou t'i autó_,rrafo ,;11 imp,&gt;rte. qur son: trPs A.-'l'e6fiio Gnrza.-A.-•Braulio Gav.'\ Gurda.
l\Ionterrey, Mayo 8 de 189G.-Lic. I. Dávila, seEDICTO.
la comunidad de Maldonaclo c¡ue presentaba, seg11n se estipuló
pP-q,i ci111·1u•11la t'cutavos, pnr vt-&gt;intP renglones Una estampilla del!. cincuenta centavos debidamente cancela- tambi6n en la referida bnse.
cretario.
11-12.
d'.l. con llll sello que dice: Juzgado ~v Uonstitucional de Sabinas Resultando: que el dellllUldado expuso: que habiéndose cumEDICTO.
m:;1¡¡1~,·ritn~ ó fra,·1•i(,11 d,, rilo~, t&gt;I exeei-&lt;&gt;, á t•in- Hidalgo, Nuevo-Leou.
•
J&gt;lido ya con las dem!l.s bases estipuladas en el citado convenio,
Juzgado de Letras de la 7~ fracción judicial.-EsCon feclrn de hoy, en virtud de lo umrnla&lt;lo por d C..Juez de dehiú entenderse c¡ue tambi6n estaba ejecutada la primera, suro lºPlltnvos por r1)11gl,,11.
Lettas de la. s., frncci6n judicial, se ha ra&lt;iic:ido en este Ju,gadu puesto ,1nt aquellas crau un consiguiente de esta última; ó oien tado de Nuevo-León.
•
de
mi
cargo,
et
juicio
de
inteotfülo
del
lin:ulo
Ju.m
ele
Dios
Ouque
sila
medula
•e
electuaba
do
nuevo
er11
necesnrio
que
las
Los avi~ns que teng:tn &lt;Jlle p11hli,~'ll'Sf' por más tiérrez, vecino que f,1e de esla Villa y nacido en la C. de Ouerrc- utmlís cláusulas dd citado convcnlo volvieran ¡\ cumplirse por Con fecha veinUnueve de Abril se concedió licenEpitacia Gil pasc-gm,da vez, agreg.llldo qu&lt;: tl!mbl~n íi sn juicio habla bahiclo llll cia al Albacea del intestado de
dt&gt; !n•s v1·1·,.s. :;1• c~~,!mu•ií11 á mii',n ,le cinc11t'11ia ro Estado de Tamc.uli¡,as.
Lo que so bace saber al público en general para que lus persa- error cu Ja mctihla que se habfa practicado.
raque forme extrajudicialmente los inventarios de
rP11ta\ os ¡,,)l:tfüla \'!'t..
n:is que se crean con dci:echo á la he,·cucia del ñnndo, ·cou1p:u-ez Resultando: g.ue en la primera base ele! referido convenio se
can ti deducirlo :mte e~.t-0 Juzgaclo eu el término &lt;le lreinta cl!as dice eu sustancia Jo que expuso el actor cu su demanda: en la los bienes do la misma, los que deberá presentar, •
f!:l p,igo ,'i&lt;- 11:li~! ¡,n·1·i::;an111 111 , add:,mt:idl).
cuntados desde la fecha del tillimo edicto, de con.(onnidad cou ~egunda, que los apoúertll!Osde los litigantes nombrañll,Jl dos ru~ en el término de noventa días, mandando se cite
lo dispuesto por los art!culos 16,l y 1685 d&lt;:I Cód;go de Procedí- bitradores y un tercero en caso de discordia para gue resolviera para la. práctica &lt;le esa diligencia á los herederos y
A\'It'.JO.
-miemos Civiles.
JJ. cuestión sobre el uso de las aguas y la preferencm de derecho;
Sabinas Hidalgo, Abril diez y sielll de mil ochocientos no,·eu- en 111 tercera que durante la resolución de esas cuestiones, se- clemas interesados, por edictos que se publicarán
ta y seis: damos fé ....,'fomás .!llircles.,-A.- Arcndi&lt;1 Oar,a.-A.- guil-hu los Chapa poseyendo exclusi.vanrente el agua del arroyo tres veces en el Periódico Oficial y El Adelanto que
Emilio llernáudez.
6-~12.
Jfo,illast y ambas comuuidades en posesión del terreno, tal co- se edita en esta ciudad.
Sociedad Anonima.
EDICTO.
mo estaoau: en la cuarta.y qnmte1 que las partes se desistían de
Juzgado 2? local de los Herreras.--..~uevo León.
todos los litigios pendientes y que b. sentencia d(: los árbitros, Lo que se manda publicar para los efectos legales.
l\Iontemorelos, Mayo 7 de 1896.-Lic. Juan J. HiPor determinación de la Junta DirectL.,1, de la. Con fecha de ayer se radicó ante el Juzgado de Letras de esta se teud1ia como verdad legal; en la sexta, que s1 la pre~a en
(!ompnñfa Minera, Fundidora y Afinadora. ul\Ionte- 5~ t'r'.,cción judicial el juicio de iutcHado del Sr. Eu.sebio López , cti.•puta result:iba en terrenos de los Chapa serf:i destrmda _!1 nojosa.-A.-Florentino Guerra.-A.-Tomás llivecino que fué de ~sta villa; s,1stanciáu&lt;i.ose el mencionado jui'.J costo.de los .:.laldonado; y.en. la. sépt.ima, que se bañan ])Or _nn- nojosa.
11-12-13.
l'rl'Y ,, Sociedad Anónima se c:ita por el presente lÍ cio ante este ele mi cargo.
·
tad los gastos de medida y dem¡ts que demandara 111 tr~1tació~.
EXTRACTO.
Lo que s~ ha.ce s.,ber al.pt1blico, !)ara que las personas qnc, se
Y cons1dera_ndo: qne ~o hab1énC1ose observado la medi~~ pn·
tod, s los Sres. accionistas de la misma, á la Junt;i
con derecho¡¡ los bienes cle,licho mtest:Ldo se presenten vada que se hizo de las tierras de los Maldonado, las condiciones Agencia de J¡¡ Secretarla de Fomento en el Ramo de JI.Iiuerfa.
General Ordinaria que kndr:.í Yerilkalivo el dfa 28 crean
4 deducirlo ante ate mismo Juzgado m el térruiuÓ qne fija el ar- de que el Jlerito ag•·imenwr clebla ser nombrado por ambos apo- en :lfonterrey.
ele! corriente mes á las 8 de la mañana en punto, en ttcnlo 1685 del Código de Proccdunie1.tos civiles.
d~rado~, ni ident_ilic~ndose el punto de p¡irtiua para ha~e! la mt- Expediente nlimero 635.-El Sr. Francisco Cuellar, mayor de
la Oficimt Central de la misma Compañía, bajos de Los Herreras, Abril 25 de l8ll6.-J&gt;crfecto. Salinas.,-A.-Vicente dlda; no puede m deoe fener efect~ algllllo la que se_ h1c1era. fal- edad y vecino de esta ciudad se h,i presentado ante esta AgenGarc!a,-A.-Andr~s '.l:oscano.
9-12-15
t§ndoee ,i. esas cond1c1ones escnruales del convemo que am- cia de minerf:i1 con fecha '1!l del mes próximo pasado, solicitando
la casa. del Si·. Patricio l\Iilmo, lado occiilental.
concesión de cmco rertenend1smineras, en la mina «Australia,•
EDICTO
bos han r~conocido como bueno y arreglado 5. derecho.
Los puntos que deberán tratarse serán los si0
'
l
·
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,
;
.
•
dº
•
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E
que si se hnn cumplido ya.las bases del expresa- sita en la mesn del Quelital, dentro del cañón ele San Judas, juJ uzgad O 2 . ae O ClVl..-,1 . 1racc16n JU 1c1a . - •s- doConiiiilerando:
convenio con excepción ele la primera, no hay necesidad de risdicción do Santa Catarina, las cuales se medirlin 11 hilo de ,·eguiente/l:
qu~ se haga de nuevo lo que ya. se hizo con.forme A derecho; pero ta, y tiene por colindJucias: al Oriente, Arroyo de Lajas Negras;
I. Lectura, discusión y aprol.Jación de la. acta an- tado de Nueyo León.
En las diligencias de jurisdicción voluntaria, re- , hl la parte con que .no se hubiere cumplido, C!)}UO consta que no al Poniente, un puerto sin nombre; al Sur, la Sierra Grande; y
terior.
ni Norte. camino que va para el Puerto Grande. El metal es
l'.1-tivas al reconoci~ento del incapacitado D. Emibl!~f~3if.ª prrmera base de In e,mpulac,un de que se ha. ve- fierro-bronzoso
con ley de plata.
,
II. Lecturn, del intorme de la Junta Directiva
Se nombró de perit &gt;al Sr. Ingeniero Ignacio Morelos y ZaraIII. Presentac:ión del Balance (;Pneral corres- llo Guerra, ae ha chctado un auto, por el cual se Cónsiderondo: que dependiendo In cláusula serla del cumpli- goza,
mayor de edcd y de esta vecindad, quien aceptó el cnrgo
convoca
por
edictos
que
se
publicarfin
por
cuati-o
miento
de
1:a
prin1era
del
convenio,
debe
ele
estarse
respecto
de
pondiente :11 actual ejercicio y lcctur:i Jel Informe
veces consecutivas en el Periódico Oficial Y rn La ~ie~~!~~:is~ct1~!~~resn de los i\Ialdonado, 5. lo ~lle resulte al referido.
del 8r. Comisario, su discufli{,,1 y api:olmción.
Lo que se publica ¡,::ra conocimiento de todos, Í&lt;. fin de que si
Voz de N nevo León, á los parientoo mas próximos
considerando: que los contratos legalmente celebrados, obli- alguno se cree con derecho tí oponerse, pueda h!U:erlo; a&lt;lvii~
IV. Aumento del Fun,!o 1]&lt;) Pre\'isión y
in¡;._1,pacitado1 á quienes 1meda eones- gan no solo al cumplimiento d~ lo expresamente pactado, sino tiéndose que se abre un plazo de cuatro meses, contados desde
V. Renovación de la Junr~ Direc:tiva y del Co- del referido
d • 1 t t l · Mt"
r. · l
d t
L:lmb!Gn lí. todas las cousecueucms que según su natnrnleza, son hoy, pnra la substandación del expediente en la Agencia,
po~ er a U e a 1e5, 1ma1 a tin &lt;e . que_ en ro, &lt;l._e conformes i la buena fé, al oso ó la ley, s~gün lo expresamente
misario.
Monterrey, Mayo 4 ele 1896.-Dámaso C. García, A. de M.
qumce
días
contados
desae
la
pubhcac1ón
del
ult1di~puesto
en el artfculo 1217 del Código Civil.
11-12-13,
J\Ionterrcy, á 12 de Mayo de 1896.-Adolfo 7,mnmo
edicto,
se
presenten
ante
este
Ju;r.o-ado
{t
justil•or
&lt;,Stas
cousiderncione~,
debfa
&lt;).e
falln~
y
fallo:
19
Se
conEXTRACTO.
brano.
12-13-14.
O
,
t
difºn .· d
' l
l firma la expresad.'\ sentencia. de l~_mst3ncu1. en todas sus partes,
fi
Agenda
de
la
Secret.:lrfa
de
Fomento
en
el
R!lmo
ele
Minerf:1
car ese paren ezco,. J:?:lra
c:ll.l'
e entre e los, e con la adición de que clcbe identificarse enfa forma legal el pon• en Liruu·e~.
NOTIFICACION.
cargo de tutor defüut1vo al que corresponda con- to &lt;le 11.trtius.y el nuubo de las líneas de la medida de las tierras E:l'.).eliente número 101.-E!Sr. Osc:ir Brmnigk, de orfg,m alcJuzg-ado 2! de lo Civil.-1.' fracción judicial.-Esb1- forme á la ley.
ele los ll_laldonudo, de qne se ha hablado ~u la base ~rillle1:a del mau, y vec!no de Monterrey, e~ esorit-0 presentado á esta AgenMonterrey Mayo 1º de 1896 -Lºc B n, ,
A
cunvemo ce!ebrado.enrre mnbas comUIU1ades el vemtu,eis de cia, solicit..'\ doce pertenencias l'hHJ.eras en la mina llan1~la de
d &gt; de Nuevo León.
.
,
.
·
•
1 • • J.,.amirez 11 Marzo de mil ochocientos novent&amp;. 2&lt;/ No se hace expresa con· ,San José," situada en el cerro de Carrisitos. terrenos del Sr.
í:lr. Humberto Rossi.
gumno, secretario.
dcnacíón de ..:astas. Notifiquese y en su oportunidad remita.se Franci.sco de León, IIInnicipaliclacl de C,-'a,leana, lindando: por el
EDICTO.
e$te expediente:¡,! Ju1.gado de su origcupara los efectos legales. Norte, con el ,irroyo del Tomate¡ por el &amp;ur, con cima del misEn el incidente sobre revoc:tción promovido por
AsI Jo resolvió y firmó el c. Magistrado de la 1~ Bala: &lt;loy fü.- mo cerro de Carricilo•; por el Qr,ento, con Pl rancho del '.l'oma.
vd. en el juicio ordin:1rio merC:J.ntil que sigue en sn Jnzg·ado. 1~ de lo C'ivil.-J·.· fr,·iccióii J·,•1,uciºal.-Es'
Lic. F. Vuldés \Jomez. -Lic. A. :,epúl \'cJa, Secretario.-IWb,-icns.» te; y por el Poniente, ,oa el de Cl!rricitos, fotn¡11ndo nn rectáncontra el U. Lic. l\lignel Cirilo, con poder ele los Sres. tado de NucYo-Le6n.
•
Lo que fC notifica á vd. en ec:a forma &lt;le conformidad con el gulo de 300 por 400 metros, quedando la boca-mlJlt en el ceutro.
Por auto fo&lt;.:!rn, Yeintidm¡ de Al.iril último se m,m- r,rt. 7J rl-:-1 Código de Proccd.imie~to, Civilc.;.
J. Cram y C~ sobre pesos, ha recaido un auto del teEl metal que se propone explot:ir, es plomoso con ley de plats.
dó radicm· _en este J Gzgacto el juicio te;;;ta;.,,_f .1tal"Ío
.Monkuc;r, M.•yo ~ de I&amp;JG.-Llc. A. Se¡ (úe{1a, l'.:ecrcbrio.
Para medir y lernntsr el plano, fué nombrado peritr, el Sr. Innor siguiente:
geniero
Andrc,; N"oricga, de esta ciudad, anien acep~; y para J:,,
Monterrey, l\Iayo seis de mil ochocienfo¡; noven- del Sr. José Angel !\'.fart.fnez, vecino que fué ele esta
aubstanciación en esta Agencia dd expediente respecll,·o, se Jm
Pl,'BLICACION,
ta y seis.-A sus antecedentes y cítese pata 1Jcnten- Ciudad.
abierto un plazo de coat.ro mcseR. contados desde Jioy. \
Lo quri so publi&lt;'ll co;,ibrme al :irt. 21 y para los efecto el 22
Lo que se hace saber al 11úb:ico á efecto de que las
Jmg::ido 11 de lo clvil-JJ fracción judilial.-Estaclo de Nuevo
eia en artículo. 1,otifiquese. Lo decretó y firmó el
del Reglamento ,kv; de Junio d&lt;' 1892.
C. Juez 2'.' de lo Civil: doy fé.-Lic. J.ozano.-Lic. D. personas que se crean con d vrec'i.Jo á los l.iienu¡ c'e Lcon.
!llonterr,y, Mayo p.;:.i.nero de mil ochocientos noventa y seis.
Linares, Mayo 7 do 1800.-E. .-1.. de M., José V. Noriega.
,1-.J.2.J.3.-i¡i¡;;;;;;:::,,._ _ _ _ _,.I
Rnmfre, Angniano, Srio.-Rtí.brieas.
tlicho finaüo, se prc,eI1tün ít lledw•irlo dentro del - i'u1· ¡,rC!lt!lltac!o cu uu:uto ha lugar .,n derc,clio cún los docnEXTR&gt;\.OTO.
Lo que se noUfica á Yd. en esta forma, de acuerdo término quo lija el art. 165!) Jei Oódi"'O de P~occdi- mcn,us qno r,c acompañ:m, tómese razón del poder y devuélvase.
º
Y JusüJicáucluse cou estc,s á juicio de es.o Juzgtlllo que los ocuAgencia de la Secrd,:fa ele I·'u-,,1entv en el Ramo de MipeMa.
cou lo prevenido en el urt. 78 del Código de P.roce- mientos chiles.
rrt::ntr·s ·:R.11 ucrcC&lt;lc-rcs 1,gitiuios de los :::r~s. C. B. \Voods y o,-. en lJina.res.
&lt;'limirntos CivHes.
~onterrey, Mayo 2 Je 1&amp;9G.-Lic. I. Dtíviir., Secre y además que c.,!os C:.ltintc,s esc..tn en suspcnsion de pagos, de
Expediente nlimcro t· i.·-EI Sr Osear Brll.mi,::k, de origen ale,
10-11-1::!
conlbruúduJ con ia fi·ucci6n 2·¡ del 11rt. 961, fa 1~ del ~si y 1429 man y vedno de ~!r ntcrrcy, cu ncrlto presentado :i c,3t,, Agen,
Monterrey, Mayo 13 de rnrn.--Lic. D. Ilamfrez tano.
NOTIJ:i'IOAOION.
d 1 C6digo de Comercio \'1gcnte, se d&lt;'Clara en estado de quic- cia, solicita diez pertenencia.$ L,éneras en la mina ueuominada
Angufano, secretario.
12-13.
3~ Sala del .:,n¡)remo 'fribuull.l do Jt•-ti·ci·a _ 'foiil-~ev
bra á locl cxpres,:ctos :,res. \1. B. "\\'oods y 0~; en consecuencia •San Antonio." situad-~ n1 terrenos del Sr. Francisco de León,
León.
- ~
·· .,
-• • ,. Nuevo prnc6dase nJ: n.segummiento de los bienes, liJJros y demás obje- en h ladera Norte del cerro de Curieitos, Municipalidad de Ua•
PRIMER PREGON.
t.,s
úe su negociaC'i6n merc,mtil que tienen establecida en esta !cana, t.enienno por coliudnntes: -11 Norte,' el arroyo que forman
l"na estampilla de á óO cs. clebirhunente cancelada con m1
r. Dionbio Gr..ricl.
ciudaú bajo el nombre ele ,I.Js lllolmos de Cilindros de Monte- tas caídas riel mismo CPrro; al .s,u, J:i eima del mismo; ni Orienic,
selli, t¡ue dice: !'sesidcncia Mnnicipr.1.--Dr. Gcm(uc,.
En
el
!n.ciaentc
promovido
por
h
Sra
.•
\nlonh
Pcuiila
sobre
rrey,,
!\ cuyo crecw constitúyase la Secretaria de este Juzgado arroyo que sale ~el ra:1c!to ele C:irricitos: y al Poniente, arroyo
EIC. Francisco Herrern., vecinor residente de esta Villa, se h:1 qno ~e ~~clar~ c¡ue ha cau,;:ulo ejecut,, :ali. scntenciarte'sc !ns- ~n el lugar
de su uóic:1dóu p3ra que con las formalidades Jega- del rancho de Palmlt&lt;,,; curas pertenencias formariiu un rectán1•r~st·ntndo ante el Superior G!lbierno del Es,ndri, dcmmciando ta~cm
mctncta
por
esta
S:i.la
en
Ja
terco1a
Ck ;:efercucµ qqc ¡. 1es prvceda de acuerdo con los Sres. Lics. Francisco E. Reyes y gulo de 200 por 500 metros.· La boca-mina queclar!1 en el centro
como abanclcnadru&lt; tres horus de agua ,,ue Elf la qui=da llama- gmó ~n contra de vd., se ha dtct:l!lo wia resol•,ción que A la Je- (;.cdclio Jlartinez, S!ndicoé Inter-entor 1·es¡,ectivameute r1ue •e
del rancho del rectll.ngnlo, y A 100 metros de In línc:i del Oriente.
da .. l\Jnrtfun" y en el &lt;l¡;1ccho qu~ g07on tos hered&lt;:r(ls del fina• tra dke:
nom,,r:in i:ior este de nu cargo, A quienes se les discernirA el que El metal qne se trata de explotar, es plomoso con ley de plat.-i.
do Pedro Agustf¡, :-.1nrt!ne1, en la Iladencla de ,,R.~mos,, v la •:\fa- lll_onterrey, Abril Ydntiochodc mil ochocient-0,noveata y seis se
les coulicre con su simple aceptación y protesta, 11 invents.·
Para medir v levantar el phno, fué nombr2do perito el Señor
tlem, de cstajuri~dicciún, con c-1 derecl10 que les corre~¡i011da en -Y~to L'Ste wcidcute promovido por 1:1 ríl. Antonia PL'lllJla
ria.r dichos bienes y entrega po1· los• fallidos a! primero de los
lns acequias r1:s¡,ectims y el derecho de agostadero que también brc que se ~celare que ha causado ~jecutorin la sunlencia que tires. deslgnaclos, ui.•pJniénrlose se libre oficio ul O. Admiuistra- Ingeniero An/lres Noricga. ele esta ciudad, quien aceptó; y para
la substanciación en esta Agencia del expediente respectivo, se
l s ¡,cncne-,ca.
,m~tced" dictad:~ pw ctt..~ Safa con fecha ocho de Marzo del :dio tlm de C0ncos Jl'-ra qll&lt;l entrc·gue su oorrezpondencia ¡\ dicho
AdlllÍtido el denuncio, mandó el Superior Gobierno que el ex- pruxuno pasado: d r.uto en c¡ue se muudó con-er tra,;]ado en nr- i:i!ndico; (!ll/1 ~ regil;trtl este ,,uto en la otidna r&lt;'spectiva, se pn- ha abierto un pl:lzo de c,iatro meses, contados desde hoy.
Lo que se publico. conforme al nrt. 21 y para los efectos del 22
pediente respectivo se sustancie en este Juzg,1do, habié11close he- Uclll!&gt;
A l.t parte cimtrariu:_Ja citación para sentencia y las noti- blique tres rnc~3 consecotiyas en el l'eriódico Oficial del !:}:lado, del Reglamento de 25 de Junio de 1892.
cho por los peritos nombrados el ayalt1o del agua, acequias y ticac1ones
respcettv:is,
hab1éudos1:
hecho
A
la
parte
del
fü. Dio- not11icáudose j, lo~ referidbs Sres. C. B. Woods y C,¡ 110 hagan Li~1res, Mayo 7 de 1896.-E. A. de M., José V. Noriega. 11-12-13
, agostadero denunciados en la. snn1a de¡oo 00 cs. noventa pesos, rus10 Gand por me,110 del Pénódico Oficial y por céJuJa coufür- pagos ni entrega ele t:lclctos algunos, bajo el apercibimiento de
y para los efectos legnles se fijarii el prei,ente aYiso en la J)Uerta
1\ la ley, Y
doble pago cu el primer caso y de coosiclerarlos culpables de
de este Juzgado. publicándose ademá., en el •Periódico Oficial,• meConsidera.ndo:
que la _sentencia que pronllllció esta Salu el ocultacion de birnes en d último. Notiflquese. Lo decretó y
&lt;le! Estado seis veces durante tres meses como Jo previene el art. &lt;!fa ocho de Marzo
de
mil
oohoc1cntos
noventa
y
cinco
fué
notilinuó el e. Juez 11• mterino del Ramo chil: doy fó.-~Lic. F. Can·
663 del Código Civil.
tienda A las parlt_s en debida. torma !illl c¡ue dentro de! término t\1 Cá.rdenas.-L1c. Ismael D!1vila, secretario.-Rt1bricas.
Dr. Oonzález, Marzo 14 de 1896.-Lücas GomAlez.-Pablo Gon- legal
se mterpu~1.era. d!l ella recurso de u.inguna especie, según
Es copia que se expide ~n ~lllllplirniento de Jo mandado en el
( Sociedad Anónima. )
d.lez, secretario.
aparece de las &lt;liligencms posteriormente pructicadas.
auto m•erto para su pubbcac1ón.
PREGON.
Por lo expae~to, Y con li.wda111e11to en el art. 597 fracci.ín •• 1 .Monterrey, l.Cayo lv de 1896. - Lic. I. Dávila, secretario. 11-12-13
Por disposición del Consejo de Administración
Hccrctnría del Gobierno de Xuevo-Leon.
de esta Sociedad, se cita á los accionistas para q u e
- - --El Sr. OetaYiano Ortfz, ,·ecino de Znrago1J1 ha presentado ~i~n~i!i!~n1~;ci~c:i:~~~~soJ!6~[;}t;'.
concurran á la Asamblea General Extraordinaria
ocurso ante este Gobierno por Fi y 1\ nombre de sus condueños d~vuétwnse los autos al Juzgado de su procedencia para los
NOTJFJCACTQ:\
T
en la Congregac iGn de San Antonio de l:l~ Cañadns, de aquelL'\ ele?tos legales. Af.! lo rnsolvió y firmó el .Magistrado 29 suple:;,· ~
i . ~ ,¡.
que se verificará el dfa 18 del presente mes de ]',fa.
jw·isdicción, denunciando formalmenrc y pidienclo s&lt;&gt; le adjudi- te lor1!1ando la.3:.1 ::;ala: doy fé.-L1c. Uarza.=Lic. JSéstor Guerra. , Juzgado
de lo Oivil.-1·.• fracción JUdicial.,-Es- yo á las 9 de la mañana en la casa número 97 de la.
quen en venta los sobrantes rle agua de la merced concedida al ~Ollc1al segundo, rt1bric.is.
calle de Dr. i\Iier. de esta ciudad.
Señor Marccliuo Cerrato de la, que ilnven de los vertientes de- _Lo que se notilica !i vd. en esta. forma de confonnidád con Jo tado de Nuevo-León.
nominados ,L:,. Piurita• y ,San Antoulo ele las Cañadas,,, cayos clispuesto en el nrt!culo 78 del Código de Procedimientos (,~vilos.
ORDEN DEL DIA.
sobrantes que el ocurrente c"lcula en ca.ntidad de dos sarcos, se
Monterrey, ;\layo 9 de 1800.-Lic. M,tor Guerra, olfoi1J 211
• Sr. Domingo Alvarez.
I. Plesentación y aprobación de las cuentas.
proponen utili,.ar en la. agricultura construyendo al efecto las
boca-tomas respeclivns en donde caPn las aguas despues de regar
_Nombramiento de la nueva Directiva y Coel mencionado Sr. Cerrato,que es en donde terminan sus labores,
nnsar10.
..... __
sitas en el repetido punto de San Antonio de las Cañadas, segun
ID. Reformas de la planta y
lo expres.-i el mismo ocurrente.
IV. demás asuntos que se presenten.
Admitido el denuncio se manda publicar por tres vece,; en el
Periódico Oficial1 para los efectos legales, snstnnciruidose el exMonterrey, l\Iayo 9 de 1896.-EI secretario, Carpediente respectivo ante el Alcalde 19 do la citada Mllllicipalios Belden.
11-12.
dad.
Monterrey, 21 de Abril de 1896.-Ran,ón G. Cb!1varri, Secretario.
6-9-12
EDICTO.
.
-DEL(SOCIEDAD .ANóNIMA)
Juzgado 1? de lo criminal-l.' fracción juclicial.Habiendo dejado de cubrir la l'! exhibición de 60
Esta.do de Nuevo-León.
centavos por acción decretada en 27 del mes de
En la causa instruida contra Juan Sánchez por
Marzo próximo pasiÜlo, los accionistas que al final
resistencia á los agentes de la autoridad, se ha dicde la presente se expresan y son los que alÍ.Il aparetado un auto que dice:
cen con los respectivos derechos en el Registro de
Monterrey, seis de l\Iayo de mil ochocientos nola Compañía, el Consejo de Administracción resolvrnb y seis.-Ignorándose fa residencia del ex- gen
vió en Junta Directiva celebrada en 6 del mes acdarme Simón Garza, á quien se necesita para examitual: que antes de hacer uso de los artículos 18 y 20
narlo como testigo en esta causa, citesele por edicde los Estatutost en los que está facultado para detos que se publicar:m por tres veces en el Periódico
~8-""
clarar la caduciaad de los derechos de los accionisOficial del Estado, encargándose á la policía lo siga
Toda sangre pura es garant!a de salud, fuerza y felicidad. La sangre •
tas que no hacen sus enteros en la oportunidad debuscando en la ciudad. Lo decretó y firmó el C.
mala engendra escrófnla, chancros, granos, ronchns~loroncos, car hnnclos,
bida, por esta sola vez, autoriza el ingreso de l as
Jnez l': del Ramo Penal: doy fé.-Firmados.-Lic.
cuotas atrasadas, siempre que queden efectuadas
E. Gait.fo.-Lic. R. Treviño, secretario.
tílceras, tumores y otras afecciones peligrosas y molestas. Xo importa
hasta el dta. 15 del actual. Al propio tiempo recuerLo que se publica en esta forma de conformidad
cuán impura esté la sangre, la Zarzaparrilla del Dr. Ayer la limpia, Yitaliza
da á todos los accionistas que es su obligación, hacon el art. 231 del Código de Procedimientos Pey enriquece,
cer sus enteros mensuales de $1.00 cs. por acción en
nales.
Por ecpacio de medio siglo la supt'rioridau. ele la Zarzaparrilla del Dr.
los p1·imeros quince días de cada mes, en la Oficina
Monterrey, Mayo 8 de 189G.-Lic. R. Treviño, sede la Compañía, "Agencia Minera", Callejón de PaAyer como tónico y depuratiro ele la sangre, lm sitlo reconocida en todo
cretario.
12-13-14.
rás.-Jesús García Cavazos, 1 acción; José M~ EliPREGON.
el mundó. Ningún otro remedio eslá compuesto de ingredientes tan
zondo, 5 acciones; Gerónimo D. García, 1 acción.Uua estanlpill:i, de cincuenta centarns debidamente c,u1c&lt; lucfo
costosos y con tanto cuidado escop;itl.os. Ningún otro remedio es tan
o111 un si llo que dice:-Reptíblca. :-.rexicnna.-Juzgado 1~ Con, Total: 7 acciones.
titucion,\I de •.\llende.-Nuevo-León.
·
·
· eficaz para producir un cambio rápido y permanente en la sangre, expeler
Monterréy, Mayo 8 de 1896.-Teófllo Muria, SeEl C. Vicente Oonziilez \'ecino de esta Villa, ha presentado
los gérmenes de la enfermedad y decaimiento y comunicar
ocurso ante este Juzgndo, denunciando como Yacante el solar
cretario.
11-12-13
esquina Sur de h\ manzana nt1mero 3-1 Lonja de Gunjuquito de
esta misma Villa, el cu¡il mide 4-5 metro~ f8 cen Umetros por In,.
do, y colinda: por el Norte, con :Propiedad de la Señora Isabel
Morales; por el Oriente, cun perf#nencias de D. Isidro Agnirre y
cla Doí,a Auastasis, Tamcz; por el Sur, con proi;&gt;iedad de D:
y de ningún otro remedio se registran tantas curaciones notables. La
Agustín Flores, c~llejt,n de por medio; y por el l'omente, con la
comuuidad llamada lle •Las Cañ:t.s-,, calle de Hidalgo de por meZarzaparrilla del Dr. Ayer es el depurativo de l:t sangre más popular y
Sociedad .Anónima.
dio, cuyo solar segliu lo expresa el den11Dciantc, lo tiene semmás abonado de cuantos existen. De q11e posee virtudes curativas,
brado con plant!os de caña por conducto del Señor Jeslis Guerra
No habiendo tenido verificativo la Junta GeneMor.iles, quien Jo posee sin titulo qne le confiera propiedad aJ.
renovadoras y reconstituyentes de que carecen las preparaciones análogas,
1 1
ral á. que se convocó para el día de ayer por falta
guna, i;&gt;nes que carece de dueños conocidos.
.
es un hecbo admitido desdo hace mucho tie1npo por los Farmacéuticos
Adnntido el denuncio, se manda publicar en el •Periódico Qfi.
ele «quorm_n,11 por la presente se cita de Juevo á tocialn del Estndo, y en los lugares pliblicos acostumbrados de e..
Y Médicos principales. Como fortalecedor de las fuerzas vitales y especid?s lo~ somos de la Compañía á Asamblea General or
t:\ Villa, por cuatro veces, durante el término de clos meses de
conformidad con lo dispuesto en el articulo 668 del Código Civil
dinar1a para el dfa 25 del corriente mes á las seis de
fico para toda clase de enfermedades de la snng1\&gt;, la ZarzaparrilJa del
vigente, Afin de que, las personas que se consideren con derela tarde, en la oficina minera, Plaza de Hidalgo núDr.
Ayer
no
tiene
igual.
Cura
las
enf&lt;•rmeclacles
con
la
remoción
de
la
cho al referido solar, se presenten 11 deducirlo en el término !emero 7, para tratar de los p~tos siguientes:
causa que las eng-endra, avh~a el npetito, destruye aquella tan conocida
gnÁÍ!eude, Abril 7 de 189(;.~Luis Elizondo.-Gerónimo Gon.zález,
I. Informe dela Junta Dll'ectiva.
Sensación
d~
Fatiga,
¡)one
fuertes
á
los
cléhilrs
y
vigoriza
con
sus
efectos
Secretario.
17 y 28 A. 12 y 26 M.
II. Informe del Comisario.
PREGON.
sanativos los nervios, tejidos y fibras clel cuerpo, Como ha curado á otros
III. Presentación de cuentas para su exárn
Secretnr!a del Gobierno de Nuevo León.
glosa.
en y
le curará á usted, Téngase la seguridad de q 110, se toma
El C. Agapito Gonzilez, vecino de Higuera._,, ba presentado
ocurso an(e este Gobierno, denunciando formalmente y pidienIV. .No~bramiento de la nueva Junta Dire t·
do se le adjudiquen en merced para sr y eu~ comparteu en nnns
y Co1niSano.
e 1va
labores Rita,i en la band.'\ derecha del arroyo de n&lt;1uella dila y
. V. Proposiciones de varios socios sobre la
por uuo y otro lado de h pon~ de los •Cerritos.,• cuarenta y
ocho l!llrcos dt.! agua de las pluVialc·s y subterráneas que puedan
veniencia de acordar la disolución de la
~odLA· UNICA
ZARZAPARRILLA
brotar á una d!Ftaucfa como de seis kilómetros para arriba de J:,,
E -C.:
Monterrey, Mayo 11 de 1896,-El Presidiit!
presa qui! pretenden construir en el citado an·oyo, A dos kilómeés A. Muguerza.
_ _
tros próxunamente de la villa mencionado para abajo, y arriba
11 12
Oue obtuvo les más altos premios en las grandes e,cposlclones del mundo,
ele la men,ed de 14 surcos que tiene aquella, C-Omllllidaa, sin que
el denuncio de que se trata en nada afecte á esta, segtín lo expresa el ocurrente.
Preparada por el Dr. J. O. Ayer y Ca., !.owell, Masa., E. U. A,
A&lt;lmitido el denuncio¡ se manda publicar por tres veces de die1.
•••,,•~,~\,'\,•,.•~.1•~,•~1•11•\,'"\,•,............ _........,.........,......,•...,~•.._••,..1,.,.~.,•v•,,....'-..1,,.,,.,,....,,-.,,-..,"\,.-....,V,~
'111 icz dtas eu el PeriÓ&lt; ico Oficial del E;tlldo, para loa efectos
Á CARGO DE JOSÉ SÁENZ,
,-

t~

AT¡INCION.

?ft

Relojería y Joyería
de HILARION FLORES.

-C"a!!e de la Presa 1\T 66.-

---

-Adve1-te1eeia.

D:

Compañía Minera, Fnmlidora yAfinadora ((Monterrey»

~i&lt;l:

s

w:

Companía Indnstrial de Monterrey.

\~~~f;l~e~e~~e/h~~~~

2:

0

p:.

LA ZARZAfARml1A

Companiaidinera "El Cármen de Monterey."

DRª AYER

Purifica la Sangre.

V::CDA Y

ENERGÍA.

CONVOCATORIA.

COrtIPAÑIA MINERA "MONTERREY."

La Zarzaparrilla del Dr. Ayer

s •

jo:
13
Tipografia del Gobierno en Palaci~

Las Pfldora3 del Dr, Ayer
. son la Mejor Medicina Purgante,
.

Calte {fer

J'eatrP.

"

�</text>
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        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1896, Tomo 31, No 12, Mayo 15</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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