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                  <text>TOMO XXXI.

Monterrey, Martes 2 rle .Tnnio Je 1896.

NUM. 17.

CONDICJONES

CONDICIONES.

Esw periódico se publica
los Mártes y Viérnes de cada semana.
Vale la suscrici6n CINCUENTA CENTAVOS
al mes en esta Capit.al, Y
CINCUENTA Y SEIS
DEL GoBIERNo DEL EsTADo LIBRE Y SOBERANO DE Nm:vo-L10N.
tuera de ella, franco de por- LAS LEYES, LOS DECRETOS Y DEMAS DISPOSICIONES SUPERIORES. OBLIGAN POR EL SOLO
te. Pago adelantado,
HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIODICO.
Registrado provisionalmente como artículo de segunda clase.

El número suelto vale DO
CE CENTAVOS.
En esta IMPRENTA se
reciben las suscriciones.
Toda oom ·

·

rá diriml'AA a &amp;&lt;:la&lt;JMff

r,--- O
"Peri6dioo

Responsable, la Secretaría del Gobierno.

.,., .i:l~l~~,,.,;t,'4'~~
.,

'-•-'

1

VO LEON

,TUECF.S DE TURNO

cida en la Villa expresada y denomina- da en 4 de Junio de 1895, para la concedida al Ejecutivo por el art. 1º
En esta semana.
da «La Provide1;1cia de los Martín~z,» construcción de un camino de hie- de la ley de 17 de Diciembre de
ante el Sr. P!es1dente de La· República, rro que partiendo de la capital del 1895, he tenido á bien aprobar el
por el muy d1g:no y respetable conducto Estado de Coahuila, llegue
un siguiente
de vd., en d~bi~a forma comparezco Y punto del Ferrocarril Internacional
¡9 DF. LO CRIMINAL,
expongo io s1gmente:
_ T ·l J l ú
'
OONTBATb
e_ Lic. Eusebio Gaitan.
Que el río llamado de Salinas 6 de.la ya st'ª . revmo. Ó e ara,
otro
Pescadería Grande en este Estado de punto tntermedw entre éstos, que- CELEBRADO entre el c. General Francisco
9
• 1 DF, LO CIVIL.
Nuevo-Le6n, form¡ parte de la cuenca dando dichos articulos como sigue: z. Mena, Secretario de Estado y del DespaC. Lic. FranciF:co Can tú CárdcmHt hidrográfica, tributaria del río Bravo del
cho de Comunicaciones y Obras P(1blicas, en
Norte, que sirve de límite á nuestra
I
representación del Ejecutivo de la Unión, y
el C. Alberto Díaz Rugama, reformando la
República con la de los Estados Unidos
A
o El
·
·
concesión para construir un ferrocarril entre
PERIQDICO OFICIAL. delNorte;pues quedichoríodeSalinas ,rt. 3· concesionarto comen- losEstadosde0axacayVeracruz.
desemboca· en el río llamado de San zara dentro de doce mests,contados
- - - - - - - - Juan, el que á su vez es tributario del desde 25 de Junio del corriente año
ccArticulo único. Los plazos á que
Monterrey, 2 de Junio de 1896.
Br~vo.
,
.
de ~8~6, Y á sus expensaS, el reco- se refieren los articulos 3° y 59 de la
~1; ta~ concepto, esta comprendido en noc1m1ento de la linea que se l_e concesión para construir un ferrocalos termmos de la ley general de S de concede por este Contrato· dará av1- ·¡ t 1 E t d d O
Junio de mil ochocientos ochenta Y so á la Secretaria de Co~unicacio- rn en re os s a os. e axaca y
ocho
y debe considerarse atendiendo á
Ob Pú h11•
•
di Vera cruz, aprobada por decreto de
El Pabellón Nacional. ·
las disposiciones de esa l~y como de ju- ~es Yf . ras .
c?n qumc1 as fecha 17 de Diciembre último, se
Antier estuvo izado en los edifi- risdicci6n.federal.
'
e an tchtpact6n, e tiempo Y ugar contarán desde la fecha de la prost mulgación de estas reformas
. · púbhcos
·
· da d, por Ahora bien ' como mis compartes y yo en
ctos
de esta cm
d' quedel ayan
t de comenzar tlosá e' ul·
·
haber clausurado ese día el Congre- deseamos hacer uso de una, parteSd~l 10s b .6 edrrenlo, Y.. sornes er a 1ª México, Marzo veintiocho de mil
"
.
d
, d O agua que por el expresado no de ah- apro ac1 n e a misma ecrerar a ochocientos noventa y seis -Franso de la U mót: eldsegun O . peno
nas corre, para emplearla en el riego de los planos .respectivos coi;i el trazo cz'sco
A{ena -AIberio Diaz Ri, ·
del segundo ano e sus seswnes or- tierras que á su margen poseemos ocu- preliminar antes de presentar los
· 1
•
t~
. .
.
'
'
gama&gt;&gt;
dmanas.
rnmos respetuosamente ante esa supe- proyectos definitivos.»
p ·
t
d
•
•
rior autoridad denunciando veinticuatro
or tan o, man o se tmpnma,
surcos del agua que corre por el menII
publique,. ci~cule y se le dé el debicionado río de Salinas, solicitando que
. . .
do cumphmtento.
&amp;OBIRRNO &amp;HNHRAL.
se nos adjudiquen en merced, previos los
«A~t. 59 Dará pnnc1p10 á la ~onsDado en el Palacio del Poder
- - - - -- - - - - - - - - - trámites en el caso .neces~~io, haciendo trucctón de la vía dentro de diez y Ejecutivo de la Uni6n, en México,
, d E d
d D
h desde ahora la manifestac1on de que en ocho meses contados desde 25 de á veintiocho de Marzo de mil ochoSecretana e sta o Y e1 espac O 1 t·
t
t bl
1 J · d l
·
d 8r\h d
·
·
olonizaci6n é Industria - e iempo opor un? es a eceremos a umo e corriente año e 1 ';IV, e- cientos noventa y sets.-Porfirio
de,F?mento, C.,, ª
. boca-toma respectiva para tomar esa biendo terminar veinte kilómetros Dz'az -Al C General Fra .
z
Mex1co -Secc1on 2·
.
1
d
h d1
•
•
nc1sco
·
ag~a, e~ ª mar~en erec ~ e ya re- dentro del año siguiente, y conclul- Mena Secretario de Estado
del
SOLICITUD presentada ante esta Secretaría por el petido no de Salmas, como a una legua, á
l
k.ló
'
·. . Y
•
,eQbardo Chapa, por siysocios, pidiendo apro- rumbo al poniente de la Villa de r pJr O menos cuan7n~ 1 _me~ros Despacho de Comuntcac1ones y
Atl!a.-,....__-"_..ilil·lijl,'--.;;1~ 14
ªguaa~Jllduiel~
General Zuazua y en un punto que esté en cada uno ?e los biemos sigmen- Obr3f Públicas.»
,
de la materia, se manda pnbliC&amp;l' per tres veces, un pbco inás arriba" del ~tuarmente Q ~ ' de maae.ra que-•, rm~....nftl..+...í6ioki'l'hs 't'ffl"tffiffuffleo i üti. ;,ir.C~ititiil l
~~~!l:t!1:g~oin:!ªef~~d:~~~ nominado «l'aso de la acequia.»
el camin~ dentro de siete años.».
nacimiento y demás fines.
contado desde la fecha de la primera publicación. . A vd., C. Mi.nistro ~e Fomento; r~nART. 2 Quedan en to~o su y1gor
Libertad y Const;tución. México,
Una estampilla de á cincuenta centa- ~1damen~e s~p~1co se sirva dar tramite y fuer~a las demás es~1pulac1ones Marzo 2 g de 18 6.-Francisco z
9
vos, debidamente cancelada.
a ~sta m! sohc1t~d, P.roveyendo c,omo lo .contemdas en la mencionada con- Mena.-Al Gobernador del Estado
.
deJo pe~ido, Y ~1spomendo ademas que cesión que no han sido modificadas de Nuevo-León.- Monterrey»
C. Secretario de Fomento.
se me de ~o:;oc1m1e~to del acuer~o que por el presente Contrato.
y
ll
á
t' . d t •
.
á esta petlc1on recaiga, por medio del
.
. .
para que _egu~ no teta _e o
Leobardo Ch~pa, de esta vecmdad, an- oficio dirigido á esta Ciudad de Mon- . Méx1c~, Marzo vemttcuatr~ de d.os, 11;ando se 1mpnma y publique,
te vd. como meJor proceda, comparezco terrey, á la casa número 6], calle mil oc~oc1entos noventa y seis.- ctrculandose á qu.tenes corresponda.
y expongo res~etuos~ment~:.
de Washington1 para que pueda yo pro- Fra_nczsco Z. Mena.--Rafael R.· Monterrey, Jumo 2 de 1896.-B.
g,ue para m1 y socios solicito una con- ceder en seguida á los demás trámites Arzzpe.»
.
.
Reyes. -Ramón G. Chávarrz', Seces1on de cuatro bueye~ de agu~,,de la que correspondan, en todo lo cual reciPor tanto, mando se 1mpnma, pu- cretario.
del río de Ramos, cono~ido ·ta~bien en biré gracia.
blique, circule y se le dé el debido
par~e ~or _de_ «Loma Pneta,». s1t1:ad? en Protesto lo necesario.
cum limiento.
las JUnsd1cc1ones de Caderelta J1menez Monterrey Febrero 7 de 1896 -PeDpd
·¡ p 1 · d l p d
y villa de Allende, en este Estado_ de dro A. MarAnez.-Rúbrica.
·
. a .º en e
ª. acto e º. er
Nuevo Le6n, de la que corre por d1ch? Es copia. México, Marzo 24 de 1 g 6. EJec_utt:-70 de la Umon, en ~éx1co,
Secretarla de Estado y del Des•
9
río desde la toma llamada de «_El Colm1- -Gz'lberto Crespo y Martínez Oficial á. vemticuatro de Marzo ~e mil och~- pacho de Hacienda y Crédito Púllo,l&gt; exclusive, ~asta 1~ conocida por de mayor.
cientos noventa y seis.-P_or.firzo blico.-México.-Sección Primera,
1 9-~-8.
«El Matorral,» mclus1ve, para aproyeDíaz.-A1 C. General Francisco Z. -Circular número 34.-De conforcharla ya en un~ s~la tom~ Y. en ~anas
-----Mena, Secretario de Estado y del midad con lo dispuesto en el articu•
con fuerza motnz o en la 1rngac1on de
D
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d I O d
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' .
. BERJuARDO
REY"'i'S
Gobernador ObespacPúbl"
o
e
omumcac1ones y o 202 e a r enanza genera . e
terrenos, segÚn meJor
convenga a, mis
,v.
·
:.1
.J.!J, ,
intereses y á los de mis socios.
Constitucional del Estado Libre y
ras
tca~.1&gt;
Aduanas m~rimas Y fronterizas
En virtud de lo expuesto,.
.
Soberano de .Nuevo-Le6n, á todos sus Y_ 1~ comumco á Ud. para su .co- de I 2 de Ju.mo de 1891, .Y para sus
A vd., C. Ministr?, suplico se sirva /iabitantes, hago saber: que por la Se- noc1~iento Y demá~ fi~es.
.
efecto:_, remito á v?· .la l.1sta de _las
concederme los r~f_endos cuat~o, bueyes cretaría de E'stado y del¿ Despacho
Libertad y Constttuc16n. ~éx1co. mercandas cuya asim1lac1ón ha sido
de agua que sohcltamos, suJetándonos de Co1 1 n • .
Ob P"bl"
Marzo 24 de 1896.-Franctsco Z. aprobada por esta Secretaria en el
en todo por nuestra parte á las leyes de
~ t icacion_esdy
lrads ut ,ica~, Mena.-Al Gobernador del Estado mes que hoy termina·
5 de Junio de 1888 y 6 de Junio de 1894. se ~ne~ta comunica O e ecre O si- de Nuevo León.-Montertey.J&gt;
·
Protesto lo necesario.
.
guien : .
.
Y para que llegue á noticia de to- Bo.mbaa para..expen:
Monterrey, Febrero once de mil ocho- ccEl Presidente de la República se dos mando se imprima y publique d10 de ~ebidas u
cientos noventa y seis.-Leobardo Cha- ha servido dirigirme el decreto q'ue . ' lá d
á
.
d ' ~~s ~iwd~!te~~
.
circu n ose qmenes correspon a. Véase artefactos )
P -Rúb •
ª·Es co·pi~ca.México 30 de Marzo de sigue:
Monterrey, Junio 2 de 18c;6.-B. Ejes dem~era c~n
.
·
,,
R
bujes de hierro,
pa1896.-Gzlberto Crespo y Martznez, O:fi- «PORF'JR1TQDJAZ I' •,J
n
eyes:- RamÓn G. Chá
, varrz,. S e- racarros
ycarreto..
·1
8 19 y 2
'
,
resiuente uons- cretano
nes........................ Fracción 815. $0.0o Kilo bruto.
Cla mayor.
'
·
titucional de los Estados Unidos Me·
Enc:i,je de ce~da. con
.
,
ó sm abalorios ó me
xicanos, á sus liabitantes1 sabed:
tal que no sea ~no. Fracción 652. $8.0o Kilo ltiga.l.
--Eslabones de hierro
para enganche de
Secretaría de Estado y .,del Desp~cho Qued_den uEs~ de_ la autorización BERNARDO REYES Goberna E~t=· ..d~··~~d~~~Fracción31s. $0.01Kilo bruto.
de Fomento, Colonizaci6n e Industria.- con ce 1 a a 1 1ecuttvo por el artÍCU· d
C t ·t . l d l
d L. tos~mente labrada
9
México.-Secci6n 2&lt;!'
lo 1 de la ley de 17 de Diciembre bor o~sbi ~tcwnad ~r, s ªL 0, iá- ~!:e~~~~~. ~~.. ~.Fracción 311. $0.0l Kilo bruto.
de 1895 he tenido á bien aprobar el re Y DO (fJ ano e 1 -ruevo- eon,
Fundas ó cubiertas
SOLICITUD presentada á, ~s~a Secretaría, por el . . '
todos
S'llS liabitantes liago saber·· que de fieltro ó tela de
C. Pedro A. Martínez, pidiendo aprovechar las stgmente
'
·
lanaconadornosde
agua!: del Río de Salinas, .en el Estado de Nuevopor la Secretaría de Estado y del Des• seda, para piano....Fracción 614. $3.50 Kilo neto.
Le~n, la cual, de con:forillldad con la ley de la maN T RAT
7
d r,
•
•
Ob
Jabón y ungüento
tena, se manda publicar por tres veces, para. que
pac,w e v0municacwnes y
ras cresyl.i.co...............Fracción 687. $O.o3 Kilo legal.
las personas que se crean .con derechos se presenPúblicas, se me lia comunicado el de Pasta
condensada pa
ten á alegarlos, en el térmmo de un mes, contado
ra pasteles (Mince
desde la fecha de la primera publicación.
Celebrado entre el C. General Francisco Z. Me- creto siguiente:
Meat. )................... Fracción 174. $0.15 Kilo bruto.
na,
Secretario
de
Estado
y del Despacho de
Tir~ trenzadas de
Una estampilla de á cincuenta centa- Comunicaciones y Obras Públicas, en repre.
.
PªJª con mezcla de
.
.
vos, debidamente cancelada.
ccEI Presidente
se Tiras
~eda ......
..............
sentaCI.6n de1.E.~ecu ti' vo de Ia u~1.6n, y el e.
.
. . . de la República
,
trenzadas
deFracción 622. $9.00 Kilo neto.
.
.
C. Secretario de Estado y del Des- Rafael R. A~·1zpe en la del Gob1ernodel Esta- ha ~ervtdo dmgtrme el cecreto que seda.con mezcla de
doddeáCdo_ahhmlGa,
br~formando
la
conc~sión
oto~sigue:
-J:~~
...
d~
...
hl~~~Fracción
622.
$9.00
Kilo
neto.
pacho de Fomento, Colonizaci6n,
ga a JC o o 1erno para constrmr un carruforradas de latón
Industria y Comercio:
no_de h1e1:ro entre el_ Saltillo y un punto del
O
bronce ómetal bla~
.
.
Ferrocaml Internacional, aprobada por decre- «PO RFIRJ DJAZ, Presidente Cons- 00 .........................Fracción 267. $0.12 Kilo bruto.
Pedro A. Martínez, vecino de la Villa to fecha 4 de Junio de 1895.
titucional de los Estados Unidos Me·de General Zuazua, en el Estado de
,.
xzcanos,
á sus habitantes, sabed:
México, Abril 30 de 18~.-Li~
O
Nuevo Le6n por mis propios derechos
«ART. I · Se reforman los artlcumantour.-Al
Gobernador del Es•
.y eu nombr~ de una comunidad estable: .los 39 y 5~ de la concesión aproba«Que en µso de la autorización tadCHie Nuevo-beón. -Monterrey,

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�2

PERIODIOO OFIDIAL

n.

1

•

POilRH LH&amp;I~LATIVO.

CON~EJO DE IN~fRUCClílN PUBLICA DI~ NUEVO-ljEílN.

I

•

DIPUTACION PERMANENTE.

u-.----Estatlo Ge11eral tle los Establecimientos de Instrucción q11e, según los datos correspoaulientes al
L9l- .~~
1nes de Abril último, existen en esta entidad fetlerativa.
(j,_;i

-tr--~~

...

&lt;

Escuelas oficiales.

Escuelas particulares.

,

g~~:~ ,t[~&amp;fg~;:)i :: :::¡::I:::::: :i! t .J. : :; :::?:t: :;::: :I: ..1~.::;:; ::}.: ::~;{:::;~:: . :. :::º:: .t:':t: ::: : 1)::: /\ ::·/ ~::°:: :/2:' .:'.\ ::t ::2t :2: )~:'t: :7ª :/: : : : !
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Carmen.... .... .....
.. .. .. .. .. .. 110
García............... 150 1 . 3

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Paráa................ ... ... ...... ... ...

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Doctor González. .. .. .. ... .. . .. ... .
*General Bravo..... ...... ...... ......

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Herreras......................... 48 1 1
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Pesquería. Chica.. ...... ...... ...... 94 I
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Aramberri.......... ... .. ...... ...... 76 1 l
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Arroyo ........................ 100 1 1
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Galeana.. .......... 115 I 3 .. .. .. ....... .. ... .
Garza García.......................... 112 l 2
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General Terán.... ........ ...... .. .... 180 1 2
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Hualahuise,........ ........ ...... .. .... 102 1 1
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Salmas Victoria.. ló0 1 ~
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*San N. Hidalgo........ '.....~ ...... 60 l l
..... ...... ..... ...... ...... 4:• 1
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Vallecillo................. ..........1 55 1 l
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*Villaldama......... 160 l 3 ....
32 1 ...... ...... ...... .. .. .. 15l 1 3 .................................. .... ... ,.... ........ .... .. ......
~~i:;:.~~.'.'.'.'.:··.:: ...... :::::·........ 87 l 2 2~i ~ ··¡.. : :: ::::: ::::: .4( ·¡ .'i" f ~~ ~ :::::: ::::: :::::: :::::. ::: ::: ::::: :::::: ::::::
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Ciénegá de Flore, .. .... .. .. .. .. .. .. rno 1 2 .. .. .. .. .. .. .. .... 104 l 2 ...... ............

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124 5 .. .. .. ...... ...... ...... 63
.. .. .. ...... ...... .. .. .. ..... ...... 50
3~1 23 ...... .. . .. . .. .. .. ..... 98
............ .................. ...... 107
90 2 ...... ........ ...... ......
93
21 1 ...... ........ ...... ...... 80
30 1 ...... ...... ......
3i
461 15 .. .... 346 1 6
23
320 ''iz" :::::: ......... .... ::::::¡ 166
79 2 ......
...... 36
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84
334 5
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40
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1 ......... ...... ...... ........ ...... ...... ...... ........ ... ... ........ 17 1 ...... 62 1 ...... ....... ...... ...... ......

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507
549
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1 1 ........................................................... .. ....... 2ti l........
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1 2 ......... ...... ...... ...... ...... ...... ...... ........ ...... ........ 201 7 ........ 30 1 ..... ........ ...... ...... ......
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9
4

...... ....... ...... ...... ......

217

27
3
12

229
-619

3

203
99

247

544

3

31
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4
4

1584

z;~:::¡~::·· : : ~~-; ~~\; ~ ~~~~ . ;~~ ..4. ~¡~~ ~·~·i·~~~¡·;~~;· -~~. ; ~i·¡~. . . ;,. ~ ~ ~ ,~ ~ .~-:·2~:: 4~ '~· ~; ~ : : : 4
· mELAB IIFICl!IJ',S.

156

236
701

40

.

N6mero

de eecneJae.

N6mero
de alumno«.

PROFESORES.

Dlrectoree.

1~ Clase.
15
3021 ·
15
De nif!os.
2~ Clase.
43
4229
43
.
3~ Clase.
155
4663
155
- - - - - - - - 1 - - - - 1 1 - - ' - : . . : _ _ 1 - - - --l
1~ Clase.
11
2068
11
De ninas.
2! Clase.
39
3161
39
3! Clase.
44
1342
41
Mixtas.......... ............
6
156
6
1 - - - - 1- - - - - '- 1 - - - - , 1 - - -De adultos........ .. .. .. .. .. ..
6
217
6
TOTALES....... ... ... ......
a19
18857
319

ESCUELAS PARTICULARES.

Ayudantea.

52
61
4
41
54
l
I---

•

o

3
216

1

Nfimero
de 09Cuelaa.

Nfimero
do alumnos.

PRO~ESORES.

Dir et.orea.

Arudimtm,.

De nii!os.

46

1827

46

20

De ninas.

48

1833

48

18

Mixtas ................. .

9

676

o

26

TOTALES ...

103

,

4336
103
'----~-----:;-;·' .;-;-.L_---:-'---=~.'_~=-J__
_ __'64

1

Número de Escuelas Primarias..............................................
Número de Alumnos ........ :..... ........................ .............. ......
Directores .......... -............ ..................... .......................
Ayudantes.................................... .. . .. . .. . .. .. . .. .. .. . .. . .. .. .. .. . .. .

r

12

63

945

¡.. -; .. ..

.

...

442
23,193
442
280

Not9:-~-Las Municipalidades marcada~ con*
no h.an rem1t1do sus datos correspondientes al mes de
Abril.

ESTABLECIMIENTOS DE INSTRUCCJ()N SECUNDARIA
En la Capital.

1 Oficial.
Particular.

A la hora de r~glamento se abrió
la Sesión dandose lectura á la acta
de la anterior la que sin discusión
,. 'º
ada'
fué apro b
·
~
E n segm·d l Secre tar¡a d.,
10 cuenj~
1
· · t es comu01cac1_ones:
· ·
ta con as stgm~n
De la Legislatura de Chiapas,
...::
partipando que aprueba el proyecto
de reformas hechas á los articulas
.
,.,,
79, So, 82 y 83 y adiciones al 72 de
1 .e
la ·Constitución Federal De ente•
, su exped1'ente·
rado Y ,a
•
.1
d V
De 1a L egts
atura e eracruz
Ll ave, par ticipa n d o que con 1ec
r ha
cinco del actual a~rió el s~gu~do
periodo de sus ses10nes ordmanas,
correspondiente al segundo y último
año de su ejercicio. De enterado.
De las Comisiones Permanentes
de las Legislaturas de Zacatecas y
ní
o
Puebla, comu cand que se han
impuesto de que la de este Estado
. d
t .d.
. dí
abrió un peno o ex ra~r !~ano e
sesiones con fecha diec1s1ete de
Abril último. Al archivo.
..
De las Legislaturas de C?lima,
'
Sonora y Tabasco, y de Ja Diputa'
ción Permanente del Congreso de
Zacatecas participando haber queda'
d
d
E
do entera das e qu~ 1~ e este s_tado clausuró el vemtitres de Abnl
próximo pasado, un periodo extraordinario de sesiones. El mismo trá,.
mite.
.
Del C. Lic. Guadalupe Matnero,
Participando que electo Gobernador
'
del Estado de Tamaulipas, para el
. d
. .
I d
á
peno o constituc1ona
e I 896
1,9°0, con fecha 4 de~ act~al tom_ó
posesión del Poder Ejecutivo de dtcho Estado; Y del C. Alejandro Priet
sando que ha hecho entrega
lfli!ill!ilai---J
ue,st9 .. De ent~rado la primera y al archivo la última
·
Del C. Lic. Pedro F. . Nafarrate,
participando que se ha hecho cargo
.
d l P d
E'
t·
interinamente e o er 0ec1: 1vo
del Esta~o de Zac.atecaz, en virtud
de licenci~ concedida.al Gobernador
Constitucional del mismo, 0. General Jesús .Aréchiga; y de este último,
avisando que haJ¡echo entrega de
.
dicho puesto. El trámite antenor.
Del O. Presidente del Supremo
, • d ¡ E
· d
Tribunal de J ust1c1a
e staao e
Ooahuila de Zaragoza, dando á reconocer el nuevo sello de aqu_el .H.
Cuerpo, con el que se ha sust1tmdo
al antiguo. De enterado.
· d 1E d
·
D el E1.~cuttvo.
e
sta o! . re~1tiendo la ms.t~ncta sobre h~b1htaci6n
de edad, soltcttada por el Joven Rodolfo J. Garcla. De recibo y resérvese para dar cuenta al l'ongreso.
Del mismo acusando recibo de
1os acuer d os n Ú meros 115 y r I 6 que
expidió esta Diputación. A sus ex. tes.
pe d ten
Se levantó la sesión.
.
'fi
M t
. Es copia
que cert1 co.
on errey,
Mayo 20 de 1896.-Lic. Roquede Ílltna, Oficial 1°

ª ª·

,...,
Oiatri~a Munici~alinanes

:,.

SESION ORDINARIA
DEL DIA 13 DE MAYO DE r8g6.
Presidencia del C. Lartigue.

.

,-

,,
"

e

• '·..

ESTABLECIMIENTOS DE INSTRUCCIC&gt;N PRIMARIA.

, ~-JI ;~ ~

PERIODIOO 0FI01AI,.

Clases-

~i~~~.?.~~~

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~~~.~~:?~. s~.~~.~~.0·

A....== .:..u.: ~"-'.

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~le_gio
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~-0~..
:"'.~'.'....·- 1~6-1..'!.'...m~~~i~~:º~¡j· I
mmar10 menor ............·.. ........... ................... ... .. .... . 11 .. .. .. .. .... ...... .. ...... .
2
San José íde sei!oritas.J................ ...........................
43
2 ····· •·
"
...... 5
Insti_tuto
Literario
y
Mercantil.
.................................
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I nsttu
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·tn~to~L~a1~1r~
en~s-~.-~
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~~i~~-~.f~~~. .~. .~~~·.·¡;".~--~
~:. i--~.

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8

CLASES,

ALUMNOS

/

PROFESORES.

0fros

empleados.

Oficiales................... 1 .................. 188 .................. 16 ...... 16
__
.. _.. _..._.._...:..:".:..:"J-.:../5 .................. 108 .......... ...... ... 7 ...... 6
1 Pa_rt_ic_u_la_re_s_
ToTALES.......... 6 ...... .. ..... ., .. . 2\16 ............ ., , .. . 23 .. . . .. 22

'

SECCION JUDICIAL
Non1bres. ,

ClasesOficial.

A.Jumuos.

Escuela de Jurisprudencia... .. .. .. .. . .. .. .. . .. .. . .. .. .. .. .. .. .. . 33
,,
,,
Medicina.................................. ., .. ... ... . 21
,, Normal de Profesores ................ ., ..... ., ... ., .. .. . .. 46
Academia de Profesoras ......................................... 128
Seminario ]\Irayor...... .. ....... .... . .. . . ...... . .. ... .. .. ... . . .. .. . . lJ

"
"

"
Particular.

R. E S U M E N
CLASES.

ALUMNOS.

1,

·········· ................... .
............. ,........... .
······ ....................... .
··· ····························

PROFESORES

f
.

ot,os
empleados.

Oficiales.....................
Particulares...................

4 .................. 228 .................. 29 ...... 15

T
_ o_T_ALES...........

5 .. .. .. .. .. .. .. . .. . 239 .. .. .. . .. .. .. . .. .. 35 .. .. .. 15

L___ _

1 .. .. .. .. .. .. .. . .. .

11 .. .. .. . .. .. .. .. . ..

6 .......... ..

:BESUMEN GENE:B.A.L.
ESTABLECIMIENTOS•

•
1.
o

,.

De Instrucción Primaria.............
De Instrucción Secundaria...........
De Instrucción Profesional . .. .. .. ..

ALUMNOS.
1
PROFESOR;:--- Ot&lt;os
empleados.
422 .................. 23,193 ..................... 722 .......... .
6 .. .. .. . .. . .. .. .. .
296 ......... .. .. . . .. .. .. 23
·
5 .. .. .... .. . .. . .. ..
239 . .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 35 .. .. .. 22

TOTALES ........... ~.

37

15

433 .................. 23,728 1 ................... : 780 ::::::
L-~M~---;;--~~~~~~::.:.:..:.:..:..:.:.:..:_:_:_:~~~

onterrey, Mayo 25 de 1896.-Mi'guel F. Martínez, Secretario.

.. . .. . ' . . ..

_______________
Secretaría de la 3~ Sala del Supremo
Tribunal de Justicia.--Monterrey,
Nuevo-León.
Monterrey, Diciembre tres ~e mil
ochocientos noventa y cinco.-V1sta esta causa comenzada á instruir el día
ocho de Marzo del año próximo pasado, por el Alcalde 3° Local de Montemorelos, y continuad~ por e~ 9. Juez
de Letras de la 7~ fracción iud1cial, contra Jesús M• Alauís de dieciocho años
de edad, soltero, labrador y vecino de
Ja demarcación de Loma Prieta en
aquella Municipalidad, por el delito de
lesiones. Vista la sentencia de 1~ instancia, por la que se resuelve: 19 Se
condena á Jesús M~ Alauís á sufrir la
Pena de seis meses de prisión que• comenzarán á contarse desde el pnmero
de Marzo del año próximo pasado en
que se Je declaró formalmente preso, sin
tomársela en cuenta el tiempo que ha
estado en liberiad bajo de fianza. 29 Se

3

le condena también al pago de honora- Jirmó el O. Magistrado 29 Suplente, for- violación de la fraccion 2~ del citado
rios de los facultativos que reconocie- mando la 3~ Sala: doy fé.-Lic. Garza. articulo 503, de lo que resulta que
ron y clasificaron las lesiones del ofen- -Lic. Néstor Guerra, Oficial 29-Rú- predominan estas últimas para los
did?, 3~ Se decomisa el arma con qu~ bricas.
efectos del artículo 520; y por últidehnqmó para los efectos legales. 4·
· .
mo el articulo 504 pues debe conAmonéstese al reo para que no reinci- Secretaria de la l~ Sala del Su- .d
d ¡·t'
ett'do
· á salvo el derecho de la premo Tribuna
·
l d e Just1c1a.· · Mon- st erarse
e1 e 1 o como com
da y 59 Se deJa
._
D t do
parte ofendida, por lo que hace á la terrey, Nuevo León.
en rma por e1 agresor.
e 0
t
respo.nsabilidad civil. Visto lo alegaMonterrey, Diciembre doce de eS o resulta que la ·pe~a que dc~n
do por la defensa en ambas instancias, el mil ochocientos- noventa y cinco.- ~rreglo á esas prevenc10nes e e
d~ctamen del Ministerio Públ~co en q?e Vista la presente averiguación co- 1~ponerse á Al varado, es la de dos
pide la reforma• de la sentencia mencio- menza da a, ms
• trmr
• e1 di a o cho de anos cuatro. meses y doce d!as de
na da en el sentido de que se aumente 1a A
t
ó .
d
C obras publicas.
pena. impuesta al inculpado, hasta la gosdo pLr xtmod pal sa6~• fpor 'óe 1 . . Por las consideraciones y fundad
-. d
· ·, á
t d d Juez e etras e a · racci n JU·
e un ano e. pnswn
con ar es e . .
mentos legales expresados, ~e reque de nuevo se Je aprehenda Vistas d1cial contra Juan Alvarado soltero
·
'
las demás constancias de la · cauea y jornalero,
de -veinticuatro 'años de' ·suelve·· . ro: Se. reforma la, sentencn'
cuanto debió tenerse presente y,
edad y vec.ino de Villaldama, por el de I&lt;;1 mstan~ta, declarandose,. en
Resultando: que el día seis de Mar- delito de lesiones. Vista la sen ten- lugar de su prnr1 r punto resolutivo,'
z? ?E;l año próximo _pasado cuando se cia de 1~ instancia en la que se re- que.se condena a Juan Alvaraclo a
d1r.1g1a Manuel AleJandi:o á una casa suelve: Prim ero. Se declara que sufnr la pena de dos afi~s. cuatro
ubicada en la demarcamón de Loma J
Al
d
·
bl d meses y doce d!as de pns1ón, con
Prieta, jurisdicción de Montemorelos dua,.n dvahra _do es reslponsa de e,1 calidad de retención por una cuarta
·,
d
h h
t b
·e 1to e en as y se e con ena a
,
.
.
v10 que os mue ac os es a an rmen.:
. parte mas de ese tiempo en su caso
do ¡0 cual era presenciado por Jesús !.1 pena de un ano nueve meses diez
t , d' d
d' '
'
.
·
,,
d
b
.
d
os
que
se
compu
aran
es
et
tez
1
1
M~.Alanís; que en su declarac16n ma- c11a, e o ras pú 61 1cas, á contar es
.
_
nifesta Alejandro que reprendió á Ala- de el diez de Agosto próximo pasa- de Agosto del presente ano, en qu&lt;;;
níz con motivo de que no procuraba do en que se decretó su prisión pre- se le declaró formalmente preso. 2
impedir aquella riña, y que entonc_es ve~tiva. Segundo. Se le condena a Se confirma el fallo exp.resado en
éste sacó una pistola co~ que le d1s· que reintegre en la Tesorer!a Mu- toda~ las de~~s resoh\ciones qu.e
paró causándole una henda en el brazo . • ¡ d .
e tal contiene. Nottflquese y dese cuen11 Vill I
izquierd~: .que el inculpado explica los nfi1c1pa hebaque a d a o hqu
- ta. Lo resolvió y firmó el C. Mahechos dic1endo: qu_e por no tener fon- º. cma u ier~ paga o .por o~ora istrado 29 Suplente, formando la
da para cargar la pistola que portaba nos a los pt ntos que 1econoc1eron g S . d o. L' v· . . G
' ¡ h ·d d I
D d ·d á · 3a a1a oy 1c - - 1c 1rg11to artenía ésta debajo del brazo y que al prn- as en asd .e os o den t has, , qu 1e- za.-Li~. Nést~r Gue.rra oficial 2°~
curar voltearla para guardarla se 16 d1s- nes. se 1es epn sus erec os asa1vo , .
'
paró un tiro que accidentalmente y sin en cuanto á !J. responsabilidad civil. Rubricas.
. . b
.
la menor intención por su parte fué á Tercero. Amr,néstese en '&gt;U oporMonterr~y, D1c1~m re tremta Y
herir al. ofendido: que ?n. solo testi~o tu ni dad al in cu ipado, para que no u_no de mtl oc~octento~ noventa y
presencial ~el acontecimi~nto d:clarn reincida. Vistas las alegaciones que cmco.-No habiéndose mterpue~to
c.ºº!rm1dad e~~ lt mamfest~c!óf .de se contienen en las defe nsas de am- recurso. alguno contra ]ha antendor
. eJan ro: qu~ e rn or~e. pericia 111 • bas instancias· lo pedido por el C sentencia, se· declara que a causa o
d1ca que la lesión á este ultimo causada . .
. 1
•
• eiecutoria de conformidad con Jo
está comprendida en aquellas á qu o se Mm1stro Fiscal en el sentido de que ~d
t
1
1
O
refiere la fracción 41 del art. 503 del se reforme la sentencia, aumentan- disp~eS o en el art!cu
· e1.
Código Penal.
do la pena á dos años seis meses Código de Pr~ced1m1entos ena es,
Considerando: que Ja:s diligencias reu- de obras públicas, las declaraciones e_n co~secuencta,. expida~se los tes¡
nidas en el pr~ceso c.omprend_en sufici~n- rendidas en el proceso y cuanto más ttm~ntos d~ _estilo, po~~énd_ose a
temente la existenci~ del delito de les10- debió tenerse presente.
reo a d1spos1c1~n del EJ_, cut1vo d~l
nes así como .que fel , rnculpado
las
causó
Res
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.
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1
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u díl o. q e
noc , e c1- Estado en la, caree] púbhca. de
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I
p~es es o imo ue c~n,esa o p~r e tado día ocho de Aaosto or mo- llaldama,_ 11agase 1a trascnpClón comismo reo y esa confesión hace prueba .
b
, ' P
rrespondiente al Juez de autos y
plena por tener los requisitos que exi- tivos que aparecen mas ó menos
h'
.
A
,
je el ¡rt. 415del Código deProcedimieo- bien indicados. en el proceso, pero are ivese 1ª causa: · si 1~ provi%~
tos Penales,
que no tienen influencia alguna en y firmó el C. Magistrado 2 Sup
Considerando: que todos los detalles las responsabilidades de que se tra- te! forma nd o 1~ 3~ Sala: doy fé.que respecto del hecho constituyente ta de averiguar, estaban disputando Lic._ Ga¡za.-Li.c. Néstor Guerra,
del d~lit~ se pudieron reunir _en el ~ro- Juan Alvaradp y Manuel Cavazos oficial 2 ·-~úb~
ceso, mdican, que aunque la mfracmón en un tendaJ·o de D Jesús C Villa- S
í d l "ª s l d 1 s
1
1
·t
·
t bl
·
·
ecretar a e a ,, · a a e u prerno
pena en que aque con sis e, es~mpu ª e rreal, de la expresada Villa, en oca- Tribunal de J usticia..-:\'Io □ terrey, Nueá Alauís, no se puetde demhostb,~r del u_na sión en que estaban presentes 'otras vo-León
manera conc1uyen e que u iera a m.
.
·
. . b
.
d .
tención dolosa de cometerlo, pues fuera vanas personas, qmenes trataron de Mo~terrey, Dicrnm re v~rnte e !m1
de la declaración del mismo ofendido y impedir la reyerta: que á poco de ochocie □ tos □ oventa Y. cmco.-V1sta
del único testigo, no hay más datos est~ se presentó en ~quel Jugar D. esta causa comenzada á i~stru1r _el día
que corroborandq estas declaraciones Féltx Botella, con ámmo tal vez de cuaCtroAdl e ~gº1\º i,lel ~orre;ite
p~r
hubieran venido á constituir prueba SU· calmar á los disputantes; pero en eD1 ·e ca e .d oca
a de
ficiente para resolver sobre la responsa- esos momentos Al varado se aba- Ir. osd, aseso¡af O P,ºr ~ d. : uez t e
b·1·d d. t . 41
nl d 1
d
,etras e a . racc1on JU ]Cla'1 con ra
i i ª _rn encion
e _pr?cesa º·
lanzó á Cavazos y con una navaja J 1. Dá 11·1 5 d
· t'1 in
años de
Cto~siderant do: qutedsi bdiebn resut_ Ita 10 que llevaba en la mano, y· estando e~ :~ casa~ 0a, labr:1~~ yc vecc~no de la
an eriormen e asen a o e e es 1marse
,
•.
.
b
asimismo ue la senten~ia de 1~ instan- é_ste desarmado, le .caus? ocho ~e e~presada Villa. por el ?.ehto ~e r? o.
cia ha toJado en debida éonsideración rtdas, que en la clas1ficac1ón medico Vista la sentencia de 1~ rnstancia dictaque en el caso concurren para estable- legal fueron c?nsideradas como de da por el C. Juez .de Letras de que. s~
cerque hubo por parte de Alauís culpa las comprendidas en las fracciones ha hecho referencia, p~r la que se 1~grave en el fatal resultado que se pro- 2~ y 3~ del Código Penal, dándose dpone :i,I pdrocebsado I?ábvl~la ladpena e
d ·
1 ·
· d
B l
. os anos e o ras pu icas y os meses
UJO, .
~ ctrcun~tancta
e que ote lo rec1- más de arresto, com utados desde el
Co~s1d~~ando: que este concepto, ]?ara b.1ó tamb1.en en una mano una le- cinco de A.gosto ante;¡or en que fué de•
la aphcac~on de la pena en los térmrnos s1ón, clasificada como de las com- clarado formalmente preso con calidad
tan am~hos á que se refiere e_l art. 189 prendidas en la fracción 1;¡. del ar- de retención por una cua;ta parte más
del ?ódifo P7;~¡ e~ su fracción 5~ e! tículo citado; se comprobó asimismo de ese tiempo en su caso, se le inhabiliper_ii:e:1 e Y gdico 1ene¡ de~d cuenta e en la averiguación que Al varado era ta por diez años para toda clase de ho•
perJU1C10 causa o a o,en 1 o,. y que l ú .
b
¡
·
públicos· se le
siendo éste como resulta en autos de e meo que porta a arma y que nores 1 emp eos y carg08
. , 'd
alguna con~ideración por referirse 6. le- fue el agresor en esa pendencia.
manadª. amon e~tard¡idara qude no rhernáci ª•
1
·
· ¡a fracción
· 4~ eonst'd eran d u: que d e Ias d.i11gen.
yse PJan a1o,en
erec
os ,sas10nes
compren d'd
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h 1r, osus
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onsabilidad
1
8
del artículo 503 del Código Penal, apa- cias del proceso, declaraciones uni- V? P°r vº·qtuel acleª daoreopr la · derensa
. t 1 ¡· .6 d 1
d' r
.
.
ClV! 1•
18 o o a ega. p
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rece JUS a a ap ~c~m n e a pena pe 1- 1ormes de testigos presenciales y en ambas instancias el dictamen del
da por el C. M'.mS t r~ fiscal.
confesión del inculpadó, hecha con Sr. Ministro Fiscal cuanto más debió
Por estas consideraciones y fundamen- los requisitos exigidos por la ley verse.
·
,
0
tos expresa?º~ Y ~e acue:d con el _pa- para constituir prueba plena, resul- Resultando: que por informes del C.
recer del Mimsten? Púbh~o, se refo1 m_a tan evidenciadas, la existencia del Juez auxiliar del ranch.o del Za~ate, en
la sentencia de. la1· mstand1a
en la dpn- d e]'t
•
. J·urisdicción de la expresada
de
·
1 o d e Ilesiones
y la responsa 6i.1t·
. . Villa
mera de sus reso uc10nes
y se con ena d d
Dr Cos llegó á conocimiento
de la
al procesado 'Jesús M~ Alauís á la pena a pena que por aquel reporta el autoridad que inició esta averiguación
de un ano
- le
1· pnsion
· ·, que se con t.ará procesado
· . ·
.
.
el hecho de que en la labor de D. Gerdesde q.ue sea de. nuevo aprehendido. . ~ons1derando. que para la tmpo- mán Dávila se habían encontrado los
Se contirma la misma sensen~ia en to- s1c1ó~ de
pena deben at~nd~rse á despojos de un animal' de ganado mad?s sus demás puntos. No_tifíquese ~ las d1sp~s1c10nes penales s1gutente~ yor, haciendo tal dato sup?ner que
des~ cuen~a. Así 10, resolvió Y firmo del Código Penal vigente. ¡ º el ar- había sido matado clandestrnamente:
el U. MagiS t rado, 29 Suple0:te, forma nd o t!culo 185 conforme al que debera que el mismo Juez auxiliar se consti3
~ ~ SaNla,- doyGfe,7~:c.OVfiu:gi
h 0 ?ªRrz~. aplicarse la fracción &lt;;1 del articulo Luyó al punto mencionado, é inter1:oga1 ic. eSt or uena,
1
ma 2
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•
dos en lo relat1 vo D Germán Dáv1la v
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503, const eran o a v10lac1ón de
..
·
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·
neas.
. .
· ·. .
la fracción 2ª del mi
,
su h1JO Juan el procesado,_ este . d~sd.e
_l\fonter~ey, Diciembre d1e?1ocho de
.
:
.. . smo artlcu 1O luego declaró d.ando las senas d1strnt1- _
st
mil ochocientos noventa y c1nco.- No como ctrcun ;:incta agravante. 2 '? vas de la vaca muerta, diciendo que no
habiéndose int~rpuesto recurso alguno Los ar~!culos 49 2, 5 r. 2 Y 515, por sabía á quien había pertenecido y que
contra la anterior sentencia dentro del ser caltfica'1as la, lesiones, supuesto él ]a había matado allí mismo.
t~rmino legal, de conformidad _con lo que hubo '.'entaja por parte del au- Resultando: que · Dávila rep1o&lt;lujo
dispuesto en el art. 451 del Código de tor del deltto. estando él armado é esta misma declaración ante el Juez de
Procedimien~os Pen_ales, se declara que inerme el ofendido. 30 Las circu~s- los autos, agregando que la piel y on:&gt;•
ha causado e¡ecut?na: :º consec1_1encia, tancias atenuante, cotnpr d.d
_. jas las babia tirado: que no se logró
expídanse los test1momos de ·est1lo, po• las fracci· e
en 1 as eu averiguar quien fuera el dueño de la
·, dose al reo á ·ct·1sposic1
· ·6 n de¡ E.1ecu,
men
t d on
l s 4a· y la• respectiva- vaca robllda y qlle esta
por los e1atos
0
5
tivo del Estado, en la cárc~l públ.ica. de men e e , articulas 4° Y 4 2 Y la, que al efect~ pudieron r¿cogerse fué va•
Montemor~los, hágase la trascnpción agravantes a que se refieren las frac- lorizada en cinco pesos.
correspondiente al Juez de autos 1 ar- CIOnes 8&lt;;1 del 45, la I 2&lt;;1 del 47 y la Considerado: que la justificación de
chivee¡¡ el proceso. A.si lo resolvió y de cuarta cla:,e en que se estima Ja que existe el delito de robo y que el

7

!1

}5 1

v:lf•
f e/

y

iª.

�4

~==============================~

PERIODICO OFICIAL.

procesado es el autor de tal delito, está hágace trascripción de lo conducente al
cumplida en autos por la propia con fe- Juez respectivo ¡.,ara los efectos legaletsi6n del inculpado y demás declaracio- y archfre~e el pr0cern. At:1í lo resolvió
nes conducentes.
y firmó el C. Magistrado ele la 2;;i Sala :
Considerando: que la apreciación de doy fé.-Lfr. J. Juan Lozano.- Lic. F.
las circunstancias atenuantes y agra- Cantú Cárdenas, oficial 19- Rúbricas.
vantes que concurrieron en el caso así ~~~~~~~~~~~~~~"""'
como de las que vienen á constituir el
, SECCION DE AVISOS.
delito
como
calificado
por
haberse
co----'=--•
•
b ·d l Í
A VISO.
metido en campo abierto, a Sl o eg - Juzgado 2o constitucional de Villa de Santiago, Nue\"0 León.
timamente hecha en la seu tencia do ] ~ queEnfuéel juicio
de intestado del finado To1~bio Rodñguez, vecino
de esta Villa Y en la 1~ sección, se dictó el siguiente auto:
«Villa de Sa.utiago, veintinueve de l\fayo de mil ocltocieut-0s no. por O q Ue &lt;l ebe C()llCt! pt uar:-ie venta
•lnS ancia,
y seis.-Visto el nombramiento de tut"r dativo conferido
1
t
como legal la aplicación de lo dispues- por este Juzg!ldo lí favor del Sr. Francisco Marroqntn,1 p:na ~oc
a 359 65 220 s;?nJ:~1&amp;:r~~}t;~ ~~~o~fºit!re:i~o~1'~~~; ~i°e\ ~?;m~
to en los arts. 360 frae. 2.
' '
' Sr, Marrogufn por los mayores de catorce pero menores de
'"/'O 208 J 352 d e1 O6d 1gO
· p enal Vlgen·
veintiuno
Benjawfn Severa yVfstalaacepta.ciónyproteslade
Alonso Rodñguez, cuyo nombramieutoratifica.esfcJuzgado.
' 't d
1
t
· d
S h
fleldesempeñodeluombrado,encuya."irtuddebfa.dedisceruh'le
1t&gt; Cl a OS en a sen enc1a e que e 8 yledisoiernodicbocargo,confiriéndolehtsfacu!tadesquela!ey
1
•Ó
Je acuerda é interponiendo para mayor validación de cuanto
practicare en representación de los citados meno1·es mi autori·
b ecl10 n1enc1 D·d•
·
f d.
_ dad y judicial decreto. Notiffquese, exp!dase copia al iuteresaor
as
COnSI
eraCIOnes
Y
Ull
&lt;I
rnen
do
de esta resolución si la solicita. ypublfquese este auto por tres
P 1
acuerdo
con
e
I
J)areveces consecutivas en el Periódico Oficial y en La Voz de Nuevo
León
de conformidad al 11rt. 1366 del Código de Precedimientos
tos expuestos Y de
firma
en
todas
sus
J)arciviles. As! Jo decr9tó y firmó e1Alcalde2y local: doy fé.-Pran·
Cer fiSea1I Se Con
ciscol\1arroqum.-A.-Teófilo Garza.--A......Braulio Garza Garcfa.
tes el relacionado fallo.
-Rtibricas.»
, / Noti
l Jfiquese,
d para
Lo que se mauda publicar en cumplimiento de 10 dispue stº• Y
los efectos legales.
Uez
e
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C
loll
1
rascr
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es
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Villa
de Santiago, 30 de Mayo de 1896.-Fr:mcisco MarroqUÚl.
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º los tes_timonios de -A.-1'eófilo
los autos, expidanse
Oarza.-A.-Braulio Gnrza.Garc!a.
17-18·19.
·10,
po'ngase al reo á d1"Ppos1'c1·611 d u]
1c1.
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Ejecutivo d e1 E stad o, en 1a Cárce l pn·
·11 d D C
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a as per sonas e esta apita1 )' Ú
blica d e 1a V1 a e r. · , nos,COtltClll.&lt;l,
•J las de las urnnicipalida&lt;lcs del Estado)' fuera
0
dosele Cono('er la Prevencl
'go l.ºenal y ar·- &lt;l.
de• .él,l que tim¡t;au &lt;1ne remitir - ~ A VlSOSjueneel art.198 del C6(ll
A~ J
l ·,
1cia (;S y particulares para Sil insercióu en este
eh t vese e proceso.
Sl o r PSO VIO y en'6d"1co, p o r tres veces ó m€'nns, lo hagan d"1'strado 2º u-.:::uple11 te, Í ()l'- P
te 1 D'
t d
ta I
t
•·
firmó el C. Magl
n,
. v· r=Ulru
c.,i
en a 1recor eei'mpnma,a&lt;tJllUmandO 1a 3é!, S a1a: doy lt:.- 1.IC. 11'- tando con el autógrafo su importe, que sou: tres
·11·o Garza.-11· c. Ne/sto1· Guerra, ofi- pesos cmcn
. enta cent avos, por vemte
.
1
reng ones
gl
cial 2&lt;?-Rúbricas.
man uscritos 6 fracción de ellos, el exceso, :1 cin"'

·Advett""áeoe1·

e

.., •

0

co

centavos por renglón.

Los avisos que tengan que publicarse por

,

más

AL PUBLICO.
Fitz Simmons Hnos., tienen la honra
de participar á sus farnrecedores y al
público en general, que desde esta fecha
el Sr. Tobías F. Fitz Simmons cesad~
representará su casa.
1Ionterrey, Mayo 28 dé 1896.-Fitz
17-18-19.
Simmons Bros.
.
.
. _PREGON.
Presidencia Thiumc1pal.-¡1fontel'l'ey, Nuevo León.
El dfa veintiuno de Jimio próximo á las diez de
]a mañana en el local de esta frcsidencia, tendrá
l11ga1· el rem,nte de u11 ter·reno s1tu,,do e11 el ropue"
,.
l.,le Sm- de esta ciudad y que mide 51 715.85 varas
cuadrad~~ bajo las si~entes colindm'.w_ias: al Norte, prop1eaa.d del cap1tán Puente; al Oriente, Sur y
Poniente, terreno del Municipio· por el (tltin10
b tam b'ienprOplC
• d a d d e 1a S ra.1c
'
\. ,.tti·ece.
,•
rumo,
Dt1ranteeltérmino delas publiciwiones, quese
efectuarándesieteensietedfas,yhastalahoradel
t
1
l ·t· "'
t
b · d
rema e, so O se ac mi n·..n pos uras que no &amp;Jen e
$16.66 cs. por manzana, base fijada para. dicho remate, el que fincará, en el mejor postor concediéndose al ele__nuuciante e~ der.echo d61 tant~.
•
.•
Monterrey, 30 d~ l\I..yo de ~896.-P.
llfartínez.
-José María Cantu, socretano.
17-19-21.
NOTIFICACION.
Juzgado 20. de Jo Civil.-1•. fracción ¡'udicial.--,Eslado de NuevoLeón.

y

c.

Sr. lúaret'al Garza Rzvas.

Encljaiciohipotccarioque
vcl.sigueel
Lic.
Virgilo
Gana, como apoderado decontra
D. Victor
Gonzá.lez, Sr.
se hCI
dictado
unautoqueá.laletradice:
•7\Ionterrey, Mavo veintiuno de mil ochocientos noventa y
seis.-A sus antecedentes y no habiendo el demandado opuesto
excepcióualguuadcntrodelternúno elelaley,cHese para seutencia,
ycon1oel
Garza
lo solicita,que
líllreseatentooficio
C.
Juez 19
de"J. RamoLic.
Civil,
suplicá.ndole
se sirva expedir al
al
Sr. Lic. VirgilioGana, y ¡j, su cosl3, nu ce1-tificado Cll el que
conste el asaltio que se hiciera por los peritos respectivos de unas
fin•as que fueron embargadas al sr. 111arcial Garza Rivas en un
juicio que le sigue el l)ic. Isanro F. de P. Villareal. Notiffquese.
Lo d
ecrct6 y firmó e1 c . J uez Qn
-, de 1o e·ivil: d oy ,,
,-,.-L'ic. Lo lllllO,
-Lic.B.RanúrezAnguiano,l::lecretario.-Rt1bricas.•
Loqnesenotifico.á.Vd.enest.'tformaeucumplimlentodelo
prevenidoporelart.78delC6digodeProcedimientosCiviles.
criertaonn·toe.rrey, Mayo 25 de 1896.-Lic. B. Ram!rez Angn1111.ln7o, Se.,...

-AVISÜ.-

Juzgado 2Q Suplente Constitucional de General Zuazua.-Estado de Nuevo León.
En el juicio de intestamen.taña ti bienes de laSra.IsidoraMart!nez, vecina. que fu6 de esta Villa, dictó este Juzgado un auto de
discernimiento del tenor siguiente:
Gral. Zunzua, Mayo cuatro de mil ochocientos noventa y seis.Visto el nombramiento de tutor interino hecho por el menor Er•
nesto l\fontemayor en la. persona de su padre D. Ramón del mismo apellido para que Jo represente en este juicio hereditario·
Vista la aceptación y protesta de fiel desempeño por parte dei
nombrado, yo el Juez de estos :mtosdebtadiscernirle y le discierno tal cargo, concediéndole al efecto todas las facultades y derecbos que la ley le acuerda á. los tutores para el cumplimiento legal de su cometido, á cuyo fin interpongo mi autori&lt;lad y judicial
decreto. Nohf!quese y publfc¡uese este auto por tres veces consecutivas en el '·Periódico Oficial" y la. "Voz de Nuern León" para los efectos leg..les. As[ lo decretó y firmó el Alcalde 20 Local
Suplente: doy fü.-Juan 1". Lozano.--A-P,ltricio Montemayor
-A-,V!ctor Js•camill,~. Ríihricas.
·
Lo que se publica en esta forma eu cumplhuieu de lo mandado:
doy fé.-Juan P. Lozano.=A-Patricio Moutemayor.-A-Victor
Escamilla.
16-16-17

juicio de intcstamentaría clol Sr. J esús :Maci as,ve·
cino que fuó de est.1. villa.
Lo que se hace saber a l público, para q u e l as p ersonas qne se crean con derecho á, l a herencia, ocurran á deducirlo dentro del término que fij a e l art .
1685 del Código de Procedimientos civiles.
Santa Catarina, Mayo 29 de 1896.-Néstor Guerr a.
-A.-A. de C. Matóviche. -A . -Anastasio d e L una.
17-20-23.
EXTRACTO.
Agencia de la Secretarla de Fomento en el Ramo de l\1inerfa
en Monterrey.
Expediente nlím. 649.-El Sr. Bernardo Strozzi, ciudadano ame
rica.no, originario.de Stúr.at ~:ecino de Garza Garc!a1 se ha. presen
tn.do ante esta Agencia de .lllineña, con fecha. veint1tres de Mayo
del presente año, solicitando concesión de cuarenta y oclao per-tenencins en una miua que se denominará. uEnreka,,, sita en la
Sierra de los Placeres, jurisdicción. ele Santa Cata~~1 cuyas pertenencias se medir'ln formando nn rect~~ulo de 4WX1,200 metros: Se linlita este fwido minero con las siguientes colinda.ncias:
al Oriente, con la núua de "Los Placeres»¡J\l Poniente, con terre•
no vacante de la cordillera en que se meairlin los 1,200 metros;
al Sur, füldas de la misma Sierra al Cañón del Tanquesito y San
Jos6 (!!nea divisoria, Nne~o-León y Coahuila) y al Norte, faldas
de la misma Sierra al Cañón de Sau JWlll. El metal es plomoso
nrgenHfero.
Se nombró de perito al Sr. Ingeniero C. Crowell, vecino de esta,
quien aceptó el cargo referi&lt;lo.
Lo que se publica para conocimienlo de todos, lí fin de que si
alguna persona se cree con derecho lt oponerse pueda hacerlo·
sienno de a,h·c1·lir que se abro un plazo de cuaho meses, coufa:
d~s desde hoy para la substanciación del expediente en la .Agenma.
Monterrey, Mayo 26 de 1896.-Dá.maso C. Garc!a, A. de M. 18
•
AVISO.
Habiendo declarado nulo el :Ministerio de Fom ento el expediente de denuncio de la Mina de &lt;1San
José de la Marta» por carecer de las formalidades
necesarias, el Sr. Diego Saldívar que era. socio de
la negociación expresada, denunció por su cuen t.1.
la expresada :Mina el día 7 de Enero de 1896: y á fin
de conciliar los intereses de la antigua Compañia
imita á. todos los socios de ella., á que en el tér mino
de quince dfa.c; paguen los adeudos que tengan á dicha negociación para que les sean reconocido s p o r
la nueva Compañía los derechos que representaban
en la antigua, advirtiendo que los que no pagu en
en el término expresado, quedarán desechados de
la nueva Compañía; la qti.e será dividida en mil acciones aviadoras y cien aviadas.
Y conforme al acuerdo expresado, despu es d e
quince días de este aviso, quedará formalizada la
nueva Compa.fúa, ingresando á, ella los socios q ue
lo soliciten.
Garza García, IIIayo 27 de 1896. -D. Saldívar.
16-17-18.
Juzga.do 59 constitucional.-llonterrey, Nuevo León.
En fa causa. que por el delito de lesiones se instruye contra Do-

Secretaria de la 2c.l Sala del Tribunal de tres veces, se cobrará11 á razón de cincuenta
lores Mendoza é Hilario Sifuentes, se ha dictado un auto que¡¡
la letra. dice:
vez.
~
«Monterrey, I\Iayo veinti:reis de mil ochocientos noventa y seis.
Supremo de J usticia.-Monterrey, N ue- Centav·os por ,.ada
Ignorando el paradero de Patricio López 6 Hil:uio Sifueutes;
El
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pago
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prec1samen
e
a
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anw&lt;
o.
segün
aparece del informe rendido por la Comandancia de Povo-León.
lic!a¡ c!teseles por medio de edictos c¡ue se publicarán en el PeMonterrey, Diciembre veintisiete de
riódico Oficial del EstadoJr'por dos veses consecutivas ti fin de
que al quinto-día de la puo 1ca.ció11 del tiltimo edicto, comparez•
mil ochocientos venta y cinco - Vista
can ante este Juzgndo i rendir su ~declarru:i6u en este proceso.
CEDULA HIPOTECARIA.
Lo decretó y firmó el C. Juez 5? Local: doy fü.»
Juzgado 2Q de lo civil.-1'&lt; fracción judicial-r-Estado de Nuevo
esta causa instruida por el Juez 2'' del León.
Lo que se pcrl,lica en e$ta form:t para los efectos correspon· ·
dientes.
veintidos del mes en curso se presentó ante este JuzgaRamo Penal dP, la J;;t fracción judirial doEleld!a
lllouterrey, Mayo 26 de 1896.-Jestls- !11arfa de la Garza.- A.C. Lic. Juan N. de la. Gar,.'1. y Evia como apoderado del Sr.
Carlos Leal Ie!a.-A.-P. D. ~Iarl!nez. •
C:irc!:I, segtiu lo acreditó con l.i escritura de poder res·
del Estado contra Be1uar,lo Cnr tés, ca- Pragedis
N01'IFICACION.
pectivn, dema.udan&lt;lo del Sr. Mónico Herutindez y su consorte
Salomé Mendoza, la suma de trescientos pesos. iutereses \"en·
Jnzgado 2Q ele lo ciYil.-1~ fracción judicinl...-Estado de Nuevo
sado, jornaler0, dP H•ir•t rn ueve afios, D~
oídos y que se vencieren hasta. que se yerifique el pago, los deLeón.
mas gasto• hechos por el mutuante y las costas del juicio, cuya
Señor Antonio Dávila
originario del Saltillo, E-,tado de suma
recibieron el Sr. HernAndaz y su esposa en calidad de pré..REl\íATE.
En la cucuta de ga.stos ero~a.dos en el incideute sobre alimen·
ta.mo A conSllID0 ó mtituo con interés. El Lic. G:irza y Evia, ¡m·
tos pro~ovi~o por el Lic. Ehas Vi llareal en el juicio ordinario
Ooahuila, y de esta Vl:'Cind,ul, por el de- ra fundar su acción, presentó una escritura de hipoteca, de la En la cá::ca tlc empeño "El \¡oro" tendrá su S!)bre
divorcio que COlll0 apode~ndo de la Sra. Cenobia Sept1lveda
apa1·ece que los esposos Hda.n:j.ndez Mendoza,, para ga.ranti•
sigue
en contra de vd., se ha dictado un auto que á la letra dice:
lito de robo: vista la ~1 1,H·lJvia que con que
zar al Sr. Pragedis Garcfa la suma de trescientos pesos expresa- verifirativo en los ~ia.; JO y 31 del prE'scntemcs,
Monteney, Miyo doce ele mil ochocientos noventa y seis.--G'f•
otorgaron 11. su favor hipoteca especia.l y eXJ)resa de cu11tro
tese para senkncia en articulo. Notiflc¡nese. Lo decretó y firfecha nueve del rorrit&gt;tlt( d1v1ó t&gt;l Juez da,
tejabanes de cuatro y meclia. varas de luz cada tmo, con techos de las prendas &lt;¡ne cu ese establecimiento c11rn- mó el C. Juez 2(• de lo ci\'i!: doy fé,-Lic. Lozano.-Lic. B. Rauútejamanil y paredes de sillares y una noria, cuya. finca está plierou plazo hasta el último de Marzo d(!I pre- rez Anguiano, secretario.-Rúbricas.
expresado, por la qat&gt; &lt; 1111dt,na á Ber- de
ubicada en el terreno que por sus t[tulos le es anexo, compúcsto
Lo que~ le notifica á yd. en esta forma en cumplimiento de
de catorce y media varas de frente al Norte 11. liudar con el rio sente aiío; repitiéndose este, en los días 1O y 11 lo prevemdo en el art. ,$ dul Códi~o de Procedimientos civiles.
nardo Cortés á cinco años, cuatro me- de Santa Catarina, y de veinte ,·aras de fondo al Sur lindando
.Mon_terrey,
Mayo 2j de 18Jo...-Lic. B. Ran1frez Angniano, sepertenencia de D. Lorenzo Ma.rtfnez, al Odente con propie- del entrante ,funi...
cretano.
.
llr17.
ses de obras públicas y noventa dfos de con
dad de D~ Remigia Dlivila y al Poniente con D. Francisco Arte.
Monterrey, J\layn 20 &lt;le 1896.-D. Lozanr) y
Dicha hipoteca se otorgó el cl1a. diez y nueve de Septiemarresto, que se contarán desde el veinti- che.
bre de mil ochocientos noventa. y tres ante el Escribano Público Aragón.
Juzgado 2~ constitucional de Apodaca, Nuevo-León.
15-lG-17
Pablo Borrego, con pla,o de un año y con el interés mensual
1[Con fecha. de hoy se radicó eu este Juzgado el juicio de intesseis de Noviembre último en que se le Sr.
tamentaña del 8r. Isidoro Guajurdo, vecino que fué de est.'t Villa.
de dos _Por ciento.
En vutud de las constancias que preceden, queda sujeta la re-Lo qne se hace saber al ptlbhco, para que las personas que se
Juzgado 29 constitucional de Apodaca.~Nuevo-León.
declaró formalmente preso, con c~lidad lacionada
finca, 11.juicio hipotecario; y se hace saber lilas autoCon fecha veintfaiete de .!lfarzo y por dgposición del Sr. ,Juez crean con derecho ii la h~rencia, se presenttn á deducirlo dentro
ridades y al público para quo no se practique en ella nú1gt1n em· 2Q dt&gt; lo Ci,'il de la 1~ fracción judicial, se radicó en este .Juzgado d!'l término que fija el nt. 1689 del Código de l'rocedin1ient.os cide retención pm una cuarta p ,rte más bargo, toma ele posesión, provi encía preca.utoria ó cnalq niera el juicio de intestado ,le los finados Guillermo J. llowerton ·y su viles.
que entorpezca el curso del presente juicio y posesióu intt&gt;- esposaJosefinr1 Youes.
Apodnca, Mar" 26 de 18!J6.-Ju1Hn Garza.-A.-Hafüel P. Buen
de ese tiempo en su caso, y á tinterar otra
rina. que por este auto se confiere al Sr. Pragedis Oarcfa.
,
17,20-2.1
Lo que se hace saber al público en estn fúnna, para que las per tello. -.A.-Hes1quio Garza.
Monterrey, Mayo 2'i de 1896.- Lic. B . Ramfrcz Anguiano, se- sonas que se crean con derecho á la her,'ncia, se presenten lí deen la Recaudación de Renta.R del Esta- cretario.
17-16-19.
ducirlo en el U!rmino que lija el art. 168-5 del Código de ProcediEXTRACTO.
mientos civil~s.
do una multa de tres pesos, 6 á sufrir Agencia de la Secretar{
GRAN FERIA
de Fomento en el Ramo de l\Iiuer!n
Apodaca, Mavo 6 de 18!!6.-Juliíin G1•z1.-.\.-Uafael P. llne10h,-,,r
telio...-A.-Albert.o Zambrauo.
11-1-1-1,
:llouterrey.
en su defecto, seis dfas más de arresto, enExpediente
nlímero 62.5.-EI Sr. MMooonio V tuero, mayor de
EN
LA
VlU1A
DE
SAUIM~
"lllífflj(ft1,'
y de esta vecindad, se h .. pre:,ení'ldo ante esta. Agencia d6
in:habilitá.ndolo por diez abos para toda edad
Mineñ a.1 con fecha 18 del prclsente mes'. solicitando concesión &lt;le
J uzgado 2(' constitucional de la Villa de Chúia, ::-.. León.
- E:-iado de :Kuevo-León. cien to cmcuenta
pertenencias en la mina ,,El Diente,• sita en la
clase de honores, empleos y cargos pú- 1:;ierra
Con fecha veintinueve ele Abril próximo pasado, ~e rs.dicó en
Madre, jurisdicción de SantaCatarú1a1en virtud dé baber el Juzg-ado de Letras d~ la5'! fracción y se mandó II este de mi
Las
concedidas
á esta Villa, por el Superior Gcdeclarada la caducidad de esta, por el :\!misterio ele Fomeu· cargo para ~u tmmitnción el intest,"\do ·c1e D . Antonio Saliuas ve- bicrno del Estado,anusl:nentc
blicos y previniendo se Je amone::,t/:3 pa- sido
u-u.Irán su vcriticativo del 5 ru 19 del próximo
to, segl'.:n su oficio número 9832 de techa 20 de l!.'uero del año en cino que fué de esta Villa.
'
mes de Julio del corri~nte año.
Este fundo minero que solicita se medir!í lo mismo que
ra que no reinrida: visto Pl dictamen curso.
Las personas quo w ~rean con clerecho . l\ los bienes que dejó,
Durante l:. temporada habrá: corridas de toros peleas de S'ª"
como lo pedia el an tiguo poseedor, 6 sea en una. extensión de comparecerlín li. deducirlo ante este de 1111 cargo en el l6rmino de !los,
carreras de caballos y demas diversiones púbhcas permitiquinientos metros de ancho! por tres mil de largo y siguiendo las treinta dfas, contados desde la publi!!ación del tiltimo edicto que das por
del Minü,terio Público en que pide se ondn!adones
la ley.
de la cima de ceno de «En.medio• en dirección se ha.r!i tres veces con mtervnlo dechez dfas en el "Periódico Ofi•
La
paz que actualmente se disfruta en el Bstado, las productiNor-Oeste, y tomando como punto de pintida, nna llnea de qui- cial, del Estado y
confirme la sentencia d 1J 1~ Üi::;IHncia nientos
el de «La Voz de Nuevo-León...
•
vas y abll'!dautes minas que en la actualiclad se explotan la
metros, cuyo extremo Nor--Este, sea. el picacho conocido
Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto por el artl• abnudaclci?, de cereales que produce este Municipio debido Ala
el nombre de uEI Diente,• y queda.localizado este fundo, eué culo 1635 del C6cligo do Procedimientos civiles.
por sus propios fundamentos lt•gales: con
exnber1L11c1a
de su su~lo por los grandes manantiales que Jo fet re este tiltimo p unto y el punto mas alto que se encuentra enChina, Mayo 4 de 1896.=Ramón Gomález.-A.-Jesús M. Ro- cundan, as! como J)0r io agradable y delicioso de su clima aus-u•
t re el P uerto de Brulesteros y el de la Joya V.erde. El metal es dríguez.-A.-Néstor Dais.
visto lo alegado por la dt fen sa; y cuan- fierroso
ll-1H7 ..i ran lí los concurrentes nnaamen:i. temporada; máxime si se atien
EDICTO
de lí las disposiciones r¡ue el C. Alcrude 19 ha tomado para. dar
Se nombró de perito al Sr. Ingeniero Wm. H. Wentwerth, mato más dtbió tenerse presente.
Juzgado 19 de lo Criminal.~1~ fracción judicial.-Estado de N. toda clase de garantfas.
yor de edad y de esta Yecind!ld, quien aceptó el cargo referido.
Sabinas Hidalgo, M"Yº 26 de 1896.-La Empresa.
30 Jun.
León.
Lo que se publica. para conocimiento de todos, á. fin de que si
Resultando: que la noche del nu eve alguno
~u la c!'usa instruida contraRicardo_Pansza. por el delito de
se cree con derecho á oponerse, pueda hacerlo; advirtiénresistencia
ti
los
Agentes
de
la
autoridad,
se
ha
dictado
un
que se abre un plazo de cuatro meses, contados desde hoy,
Fsria sn Gsnsral Tsrán,
de Ncviembre próximo pasado se intro- dose
auto que dice:
para la substanciación del expediente en la Agencia,
Monterrey, veinte de ~layo de~ ochocientos noventa. y seis.Monterrey,
Abril
25
de
l896.-Dt\maso
C.
Garc!a,
A.
de
l\I.
dujo Bernardo Cortéc;, escalando las ta- NUE VO- LEON.Ignor:1ndose la residencia. de Rafael Rodrignez li quien se nece17-18-19.
Slta en es~ J i.ugado para. la. práctica. de algunas diligencias, cltepias, en el patio de la casa habitación
EDICTO.
sele por edictos que se pubhcart\n por tres veces en el «Periódico
Oficial" del Estado. Lo decretó y firmó el c. Juez 19 del Ramo
La eoncedida anualmente á esta Villa por el H.
del Sr. Máximo Elizondo, VE'dno de es- n~~;:!~:08:r:~1~~s de la~ fracción judiciru.-Oadereita.Jimé Penal:.
doy fé.-Firmados.-Lic. E. Gaitliu.-Lic. R. 'l'reviño, se- Congreso del Estado, tendrá. lugº"
""'
ta Ci udod,
d' onde robó una s1' lla de
A escrito present.a,do por el c. Pablo de la Garza radicando en cretano.
'"
este juzgado el juicio de testamentarla de la Sra. Maña del RoLo qu se publica en esta forma de con.tormidad CO!l lo clis('1cl dt'i1 11' 0 do J11111·0 1al 5&lt;lo J llliO})l'OXIIUO
,. ,
. d
d
J
l
sario Ig1esias, h a recaído un auto que , la letra dice:
puesto ee el a.rt!cnlo Ul del C6cli,go de ?rocedimientos Penales.
mon t ar, est lIDa a en OCe peSOS, a CUa CadereitaJiménez,Mayoveintiseisdemil ochocientosnoven· !ltonteney, vemt!_uno de Mayo de mil ochocientos noventa. y Durante l a temporada habrá toda clase de di·ver/
( ·i8
t, ·
t
J ta y seis.-Por presentado y admitido en cuanto ha Jugar en de1516 y 17
PREGON.
siones públicas como CARRERAS DE CABAL L OS
1e fUe reC &gt;gH · pOS el'JOfID€n e por a rechoconladisposicióntestamentaria.ycertiticadoqueseacom seis.-LirrK 'l'revlllo, secretario.
.
Í
·
(. d
1
á
]
t
·
d
d
paña, radíquese en este Juzgado el juicio de testamentaría de Ja
Presidenciá
!11un.icipal.-111onterrey,
Nuevo
León.
DE GALLOS Y juegos no prohibid os po{·
pOl lC a, COllSlgnan OSe e a au OTI 9, , l:lra.Mariade!Rosariolglesias,pubUqueseela.utoderadicación h1 dfa doce de Jun10 entrante, á las die, ele la ruañnua y en el• PELEAS
la Ley.
onsidur•'
nd
n.
·
que
el
delito
de
robo
portresvecesconseculivasenelPeriodico Oficial del Estado y local de esta Presidencia, tendrá lugar d remate t.le un terreno
h
transaociones
·
d
· I
l
'- "
en La Voz de Nuevo León, y convóquese á los intere.ados lí la que mide 13,600 varas cuadradas propiedad del Mnnicipio S está
C
B mue as
e pie es, ana, ga11aeiecutado
p&lt;&gt;r Berna.rdo Corte/8, del mo- •junta
que prescribe el art.1669 del CCdigo de Procedimien~s ci·
en 11::' ua.c1enda. de Lo~ Uraiales, bajo las sig,úentes colin- d , piloncillo Y m:úz que se realizan en esta feria
J
viles para. el cl1a. ocho del próximo mes ue Junio II las nueve de s1tua~o
alNorw, Oriente~ ::;ur, prop1edaclde los Sres. Deldeu· hacen esperar quo en este año sea más concurridr
e 1· lO S
}' t , la mañana, y practicadas tales diligencias se proveer:!. lo mas danc1as:
Pomenie, _¡,unenencia de D. J:'rn;cu,ano García S:inche,
' que en los años anteriores.
d O que ya qut- da r8lef f 1 ·e -QCre&lt;l O qneconvenga. Notifíqueseeste auw!i losinteresadosyalRe- al. Durante
el tér,mno de fas publiCdCioncs que se efectua;áu de
·
d
l
]
]
ca.udador de Rentas de esta ciudad por estar interesada en Ja &amp;ete en siet.:
d!as,
y
hasta
la uora del remate, solo se admitirán
R. Ayuntamiento de esta población ha tomado
d(:bl aID l:'ll e en a C'aUSa COil as prue- herencia.laHaciendaptiblica,ydénselos a.visosde ley. Lo de- posturas que 110 baJen de $16. 00 cs. diez y seis pesos por niauza,. lasElmedidas
necesarias para. asegurar á l os con cu.b1
'
eron
sobre
l
pr
1p1
'
d
d
cret6yfirmóe!JuezdeLetrasdela.2~fra.cciónjudicial:doyfé. na, base n¡ada para dwho remate, el que fincará en el mejor pos- rrentes sus personas é interéses.
a &lt; e c:I, l -Lic. J: Garza Leal.-A.-Ambrosio Delgado.-A.-Basllio Garc[a. tor, concedíénuose al denuucumte el derecho del tanto.
bas queB 8 recl
· eXlS
' t euC
· ia,
· Hl.
e 1t
· r J Va• -Tres
rubricas.
Monterrey, 2'l de Mayo de 1896.=P. c. i\fart!nez...-José Marra
General Terán, 23 de Mayo de 1896.-Presicle n t e
an terIOr
a post l'l'lO
GadereitaJiménez, Mayo veintinueve de mil ochocientosnoCautti, secretar10.
15-17-19
Juan de D. llfartínez.-Secretario, Manu el Garcí á
}Or de la cosa robada, con el hallazgo 0~~l. seis.-Lic. J . Garza Leal.-A.-A. Delgado.=Ai;fs-a:fº
REMATE.
.
Cantú.
29-m-20 j.
Reptiblica Mexicana.-Presidencia municipal de Dr. Arroyo.de Nuevo León.
de ésta f:'n poder del mismo Cortés y A¡encia.delaSecretarla~~!!?~to enel Ramode Minería Estado
El cl1a 22 de Junio próximo á las diez de la mañana, tendrá lucon la propia confesión del acusado.
enExpediente
vma1dama.nlímero 173. -Con fecha veinticinco del corriente gar en el local de
Juzgado, el remate de nna finca nrbana.
propied,ui del ~lun.icip10 y que ante~ pertenecfa al Sr. Zeferino
(.,JonsidHando: que d robo cuando se nylilasnnevedela.mañana,
compa.recióenest.a AgeuciadeMi· J:'érez, cuya fine.\ se compJne de 1:i.s siguientes piezas: nna tiendel
erla el Sr. Roclolto S. Garza, vecmo de Sabin•• Iudalgo, solici•
da con su respe_ctivo arJUaión; nna trastient.la, una sala, un cocomete en las depPnd1-mcias de una ca- tandotltulodepropiedadcondiez
pertenenc1.. -, .... bre vetasmi·
neras plomosas con ley de plata sohcitadas sobre h\ Sierra que medor, una tro¡a, una cocma Y un escusado, todo en regular esta~o (le construcción; temeuúo las sigruenks colindancias: ¡J
sa habitada, como lo es 'el patio, se cas- senosha.l!a
al ~"r de !:;abinas, en la mesa. «Medi,4UCil"-'' Yen terredel Dr. AYER
de la comunidad de la Escondida, jurisd,.c.,., ..te esta villa, Onente, con calle de por me&lt;1lo y propiedad de los herederos del
fina.do Lic. &lt;Jerónilllo Quiroga; al Norte, con la ele! Sr Ramón
tiga con la pena de dos á cinco años de anterioridad
cuyaspertenenciaslassolicitaalPomente y~ur J.d!as quecon OrQsco¡ al Poniente, con el br. Miguel l'orres; y aJ. Sur con la de
tiene solicitadas sobre la lllt»u., s,erra., en €$ta for•
los herederos del tinado D. Mariano Pérez.
ú obras públicas, debiendo im- cho
ma.;unaa.lSnr,colindandoconla lllli.t,e&lt;Ú~ la.sdiez queha.di· . Durante el término de las publicaciones que se efectuarán de
tiene denunciada..s sobre la veta. d~, .,,-ala.cate• y Jas otras
Prisión
Siete
en &amp;ete días y b.asta la. b.ora del remate, solo se admitirán
Hace crecer el cabello
onerse el máximum de dicha pena si ma.
nueve,licúucinWICióndeesta.h!icia.e);'olllente yNorte,enfo1~ P?Sturas
que cubr\ln.la cantidad de ,$113. 51 cs. base fijada para
de cuacll:..
colindando su denuncio por el Norte, con teP
dicho rema¼; o.dvuti6ndose que la tinca. en relación se ad,¡udiel delito se verifica de noch e, y aumen- lib1e,
rrenolibre,l umiua«La Providencia-al Oestey Sur terreno cará al mejor postor.
DESTRUYELA CASPA,
'
y al Or1..nte con pertenencias que tiene solicitadas.
Lo que se hace saber al pt1blico en generru, para que las perso•
Y con su uso el cabello
tarse cuatro meses de la misma pena si mino
Ad.mitidoelanterior denuncio se lllIIUda publicarpor el tér- nas que deseen hacer posturas, oc.irran á la Secreta$ de este
de la ley en el Periódico Oticial del Estado, y en la tabla
¡rls vuelve á tomar su
Juzga.do donde se les ministrar!ín
datos que soliciten.
se eiecuta
con escal amiento, (arts. 366, deavisosdeestaotlcina,y
se nombró perito parala medición
Doctor .A.r~oyo, :l~ayo 12 de 18!!6.-fil Presidente municipal, cacolor primitivo.
.J
del fundo minero solicitado, al Sr. José María Delftno bantos,
yetano Castillo.-El secretario del Ayuntamiento, Martiniano
368 y 374 fracs. 2~ y 5~ del Códii:ro
Pevecinodeesta,quien.aceptóelnombramiento.
13-1,&gt;-17.
u
Lo que se hace saber al ptlblico, como lo dispone el a.rt. 21 del Ramos.
1

l;ll

J:

Vigor

e,ite

Cabello

Es el mejo,, cosmético

-10,

1v3

nal.)

Reglamento de la ley de Miner!a, y para los efectos del art. 2'2
del citado Reglamento.
Villrudama, Mayo 26 de 1896, -El Agente de Minería, Abe]
Cerda,
17-18--19.
EXTRACTO.
exti~1;~~~::y~aSecrel.arla.de ll'omentoenel Ramode Minerfa
Expediente n{uuero 592,-El Sr. W. Leedom, mayor de edad y
C □ an- deestavecindad,sehapreseutadoanteestaAgencia, con.fecha
.",
dieiynucvedeMarzodel presente año, pidiendo conc&lt;:siónde
cuatro pertenencias como segunda ampliación de la mina «Los
Rancheros¡¡,midiéndose dicb:i.s _¡,erleuenc::i.s dela m:wera. si·
«
guiente: formando un cu:tdro de doscientos metros por Indo, serialaudo tl centro del lindero Sur de la. primera ampli:1.Ción de
uLos Rancheros,» como punto de partida, y sobre él, se meclirliu
l 1) l
200metros,
repartidos
á uno y otro lado de dicho punto siendo el
rumbo S. 4193o'
E. En los
extremos de cst.\ linea. de 200 metros

Considerando: que además de esa pena son de aplicarse al procesado Bernardo Cortés la &lt;le noventa días de
arrest0 1 que l e COrreSpOilt 1e pür 1a
,1-R, 3o'"f!rJ f¡•an,.
J\I
3o"'9,)
,,
tía del robo, (al u:
'ªS
peR(&gt;
P,
C
llºrta
P''l'te
- ,;,
"'
la~ de multa de t) ..a de
d e1 Val O r de lO robad O, (af t , 35
.l nhab1' l1·tac1·0' n por d1· "Z
an
~
o.~
¡1ara
toda
,
pu'. sirvienclodebase,selevant.tril.nperpenclJculares
tambi~nde2-0Ó
..
metros formando angulo recto con la anterior. El metal es fieClase de honore,R, e1npleos y ra1·gos
blicos, [arts. 150 y 352] y la de amones- ~~~~:i:~i~~~liac16nesconocidaconelnombrede ,.Ranche•
taci6n pa1·a que no re1'nc1· 'ª en el dal
Sen01!1bródep~ritoalSr.
~ignelF. ~fartfnez,de
, 1'- esta
vecmdad, qwen aceptó elIngeniero
cargo refendo.
Lo que se publica para. conocinnent-0 de todos, ti Jiu de que si
l l algunosecreeconderechotoponerse,pnedahacerlo;adürtiéuto por que Se 1e COll (1ena, (ar t . 208 Ce
dose que se abre un plazo de cuatro meses1 contados desde hoy
para la substanciación del expediente en i.a Agencia..
'
ml.SffiO Co/di'go.)
Por las consideraciones y fun damen- Mont~rrcy,Ma.¡o28del89tl.-lJ!imawt:, üarc!a, Alis~ÍJ.
toS expuestoS Y d e acuer dO CO!l e1 ·pare- Juzgado2Qdelocivil.-l~fracciónjudicial.-EstadodeNuevo
NOTIFICAOION.
cer fiscal, se confirma en torios los pu n. León. Sr. Aparicio Cantú.
tos
el incidente sobre regulación de costas, causadas en eljui•
• que •comprende la
. senNwnria de 1i.i cioEnverbal
ordinario que, sobre pesos, sigue en su contra el l:;r,
lllBtanCla que Se feVIS8, f &gt;tÍ fíq Ue80 J Laurea.no R. Guzmán, con poder del Aloacea de la mtestamen•
transcurrido que sea·el tértnino de la :t:~ del Lic,Manue!Morales,h:l.l'eca1doun amoquell.laletra
•
,
,
Monteney, Mayo veinticinco de mil ochocientos noventa y
18J, 81 DO 80 1DterpUS10f0 TeCUf~O, eX· seis.-Cftesepara sentencia en articulo. Notifiquese. Lo dep~d8D88 los testimonios de estilo, po- B.e~ ~~~ ~ ~~u:,\~!~~'.~Rf g~i!s:-Lic. Lozano.-Lic.
,. dos l
,. .l '
• •6
d l E•
Lo que se not ilica 11. vd. en esta forma, de acuerdo con lo pretos civiles.
ni"º 8 8 reo •118p081Cl Il e ~0CU- venido en el art. 78 del C6digo de Procedimien
13
1

i:t,

tivo en la Penitenoiarfa del Estado,

~ r r e y , M.ayo~ de J.IMl,..-.Lic.

· llamúea An8'~iÍ8~

EDICTO. •
Juzgado de Letras de la &amp;. .fracción Judicial,-Villa.ldama
Nuevo-León.
El décimo cl1a de hecha la 1íltima pnblicación de este edicto se
rematará en el local de este Juzgado, á las diez de la mañaua 'un
~rro cargado de. m~dera ~e pino, con peso de ll,855 kil., cohtemendo cumw vemut.res piezas, en su tot.'tlidad, de una y media
pulgad~s grueso, por ~ic, pulga.dus ancho y dioz y ocho pies de
Jar6o, sito en I" l&gt;stac1611 ne! «Alamo,, da est.a jurisdicción; hab1en~o sido valorizada la madera á ra,ón de dos y mecJio centavos pie cuadrado, segun dictamen perici,11.
Durante el término de hlS publicu:iones que son tres con intervalo tic tres dla.i y hast.a la hora del remate, se atlmitirá.n po:;..
turas que no bajen úe las dos krcoras parws de la sllllla de cmN·
TO 0CHE,.~TA y DOS PE:;OS que aproximudamcnte importa toda Ju;
maclcr::._según cl avaló.o; en la lllteligencia de que en este Ju.ga.dh.se JlllilMLrarán ti lus interesados los informes que necesiten
soiJre el phrLicular.
Villulduma, :\layo 22 de 1896. - Lic. M. Oil Treviño,-A-)fanuel
J,', 'l 'rcvitio.-A-José L. Flore,.
u;..1&amp;-17.
.bJDIOTO.
Juzgado 2Q constitucional de SabintlS Hidalgo.-Nuevo León.
Eu ta cansa instruida por este Juzgado de 1ni cargo, contra
Ju.m Acevedo, por homicidio perpetrudo en la. person.. del occiso Cesareo Zapata, se halla un .LUt-0 ele! tenor siguiente: Sabinas
Hidalgo, lile.yo cl1ez y seis de mil ochocientos noventa. y seís..lgnorlilldosc la rcoidencia de los deudos del occiso C&lt;?sareo Za-pata, ctteseles de confon11idw cou lo dispuesto por el artfculo
2:31 dd Código de Procedimientos penales, por medio de ectictos
que w publ1car4n tres ,eces consecutiva&amp; cu el Periódico Oficial
n.c l Estado II Jiu de e"aminarlos en este proceso y que expresen
s1 se mnestrnn ó no parte civil; en el cuncepto úe que s1 no se
presentan dentro de los diez cl1..s sigllientes Uespués ue la 11.ltima.
publicación, seguir§.n su cnrSo los autos criminales conforme A
IG ley. kJ yo el Alcalde 2~ local de esta. villa, lo decruto y l!rmo
actuando con los tt:st.igos &lt;ie lllÍ n&amp;Stencia. Damos f6.-Tom!is
Mireles.~A. -Arcadio \iarza.-A.-Emilio Hern4ndez.-Tres ríibricas.

•

Sabin.\S Hidalgo, Mayo 1G d;¡ 1896.-'l'om!is Mireles.-A.- Arcadio üar,a.-A.-.t:milio Hcrn&lt;wde,.
l ó-l &amp;-17,

EDlCTO.

Juzg a d o 2? const itucional d e Santa Catarina, N u e
vo León.
Oon esta fech a y por disposición del O. Juez 2?

de Letras de lo oivil;&amp;e radicó en eet.e Juzgado el

El Vigor del Cabello

del Dr. Ayer está
compuesto de los iugrE'cl ientes más escogidos. Impide
que el cabello se
JlOTI ga, claro, gris,
marchito 6 rasposo,
conservando s u
...,. riqueza,
,. =ex u be ·•rancia y

eo1or

;t;:;:;::;.~ hasta u n

per io el o
avanzado

de la vida.

Cuanto más se usa, más rápidos son sus efectos.
Medalla da Oro en la Exposlolónde Barcelona.
Preparado por el Dr. J . C. Ayer y Ca.,
Lowell, llfass,, E . u. A.
fTl&gt;óni:-a~e en guard ia contra lmltac!oues bar~la•. m uomhre de-"Aver"-llgura
en la rnvnlh1ra, y está vaciado en el cristal
de cada fl".lSCO,

Tipograffa~d él Gobierpo en Palacio,.
Á CARGO DE JOSÉ SÁENZ.

C....*n.lr••

�</text>
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                <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1896, Tomo 31, No 17, Junio 2</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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