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                  <text>NUM. 14.

Monterrey, Martes 16 de Febrero de 1909.

TOMO XLIV.

Periódico 0ficial
DEL. OOEIERNO DEL. ESTADO LIBRE Y.SOBERANO DE NUEVOML.EON.
- --•--Las leyes, los dacretos y demas disposiciones snparinras, obti[an por el solo hacho d~ ser publicadas en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES, -Este peri6dico se publica los Mártes Y

Viémes de c-adasemana.-Vale la subscripción CINCUENTA
CEN'l'AVOS al mes en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco Je porte.-El pago debe hacerse adelantado.
JUECa5 DE TURNO

En la presente semana
2° de lo Criminal,

Lic.

ESTEBAN

E.

GuAJARDO.

2? .~" lo CIT 11,
LIC. ROQUE DE LUNA.

GOBIERNO DEL ESTADO.
B ERNARDO REYES, Gobernador
Constitudonal del Estado Libre y Soberano de Nuevo León,
en uso de la facultad que al Ejecutivo

confiere la fracción XI, del artículo 84,

de la Constitución política del mismo Es
tado, he tenido á bien
guiente:

expedir el

¡j

REGLAMENTO
• DA KL SERVICIO

OH TRANVÍAS •L•CTRI-

COS, ESTABLECIDOS EN MONTERREY Y
sus ALRREDEDORES SEGÚN EL coNTRATO-CONCESI0N SANCIONADO CON
FECHA

7

DE ABRIL DE 1905.

Art. 19~Los tranvías deberán estar
siempre aseados, y se conservarán constantemente en estado de satisfacer su objeto, y de ofrecer al público las seguridades que demanda su servicio.
9
Art. 2 -Los tranvías no c.orrerán á
mayor velocidad que la de dieciséis kilometros por hora, dentro de los límites de
la Ciudad, al Sur de la Calle de la Zona,
y fuera de esos límites podrán duplicar
esa velocidad.
Art. J9-Los tranvías que recorren la
Tía en la misma dirección, deberán con
aervar una distancia entre sí, de cincuen
ta metros cuando menos, excepto en caso de accidentes y en los lugares en que,
por virtud del servicio público, haya ne
cesidad de estacionar uno ó más tranvías,
6 en los puntos de partida.
9
Art. 4 -:-Ningún tranvía se podrá detener en las boca-calles y curvas, salvo en
los casos en que se trate de evitar accidentes.
Art._ 59--:-En cad_a tranvía, además del
motonsta, Irá p,.ec1samentc un conductor
Art. 69-La Compañía está obligada á
emplear conductores atentc,s con los pa.
. 1
1
sa_1er~ s, e&lt;;pec1a mcnt.e con as selioras,
anc;an0~, ninos é ÍU\cÍ.liclo,.,, á quiene....
ayudarán á subir y bajar de los tranvías.
Art. 7 9 -Los motoristas y conductores

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CEN..
TAVOS El número atrasado QUINCE.-Toda comunidt.ci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La r emisi6n de avisos se hará directamente al Administrador del mismo.

deher.'m trncr gran cuidado para evitar
Art. 17. ✓-Si el causante del daño so
choques contra los vehículos y personas rehusare á concurrir á hacer algún arr&amp;sobre todo contra los niños y ancianos, glo, lo entregará á la policía para su con..
para lo cual irán siempre provistos de una signación, á no ser que, por tratarse de
campana con la que darán bs señales de i persona que ofrezca garantías, le baste~
1 dicho conductor
peligro.
tomar su nombre ó diArt. 89- Para evitar confusiones entre rección, para dar conocimiento del hecho.
los tranvías que se dirijan á diferentes luArt. 18. - No podrán permitirá ~adíe
gares. se les pondrán en la. parte de1ante- que viaje gratis, pues todos los pa-;a¡eros
ra letreros distintivos que marquen su están obligados á pagar el valor de su µa.•
destino. Durante la noche estos letreros saje, 6 á presentar su pase si lo tuvieren,
irán bien iluminados, así como los tran- con excepción de la policía uniformada,
vias.
según lo expresa el artículo 10 de este
Art. 9º-Los conductores y motoristas Reglamento.
siempre llevarán en lugar visible, una pla
Art. 19.-Cuidarán de que los pasajeca con un número de orden, respectiv~- ros 6 cualquiera otra persona no arroje
mente.
en el interior de los tranvías 6 en las plaArt. 109-Los niños en brazos serán taformas, cáscaras ú otros residuos.
conducidos sin estipendio. Los miemArt. 20.-No permitirán la entrada á
bros de la policía que usen el uniforme res los tranvías á los vendedores de periódipectivo, por razón de su cometido no pa- cos ú otros objetos, pudiendo consignar
garán pasaje; pero no exigirán asientos, á la policía al infractor de esta disposicuando éstos estén ocupados por pasaje- ciQn.
ros.

D:s

Di:L PÚBLICO.

LOS CONDUCTORES.

Art. 1 r.-Los conductores están ohliArt. 21 --Los artículos de e ste Reglagados á detener los tranvías P,ara que los mento, cuyo conocimiento importe al pápasajeros suban y bajen, en los lugares blíco, se fijarán en un lugar vfsible en cadestinados para ese objeto, y siempre an- da tranvía . .
.
.
tes de cruzar al(Yuna boca-calle, sin que
~rt .. 2~.-S1 alguna persona pretend1epuedan, por ni;gún motivo, ab'andonar re ~frmgir alg.uno de los artí~?l?s &lt;le e_ste
su puesto, á no ser por asuntos esenciaT- R:e,lamento, _) no bastaren ~ 1mped1rlo
mente necesarios al buen servicio.
las advertencias, del conducto1, éste hará
Art. 12 .-Tendr{tn cuidado de que se detener el tran_v:a en do:1dt&gt; enc_uemre. ~n
cumpla el artículo 109 1 en lo que se rdie Agente de P~hc1~. á quien pedirá aux.ho,
re á los asientos para el público, y cuida y le entregara _al mfractor:,
rán de que en las tranvías no se reciban
Art. 23. -1 oda 1:1fracc1on de e:,ta Remás pasajeros que los que pu .. dan ir có- glamento será castlgada ~on /na. r!11ulta
modaménte.
de J2.oo á $25.00, que aphcar,t el '---· AlArt, r 3-Nr&gt; permitirán la entrada á cal:fe 1'\ de oficio, ó á s~licitu&lt;l &lt;le la parlos tranvías á persona alguna desordena- te agraviada, ó de cualquiera ot_ra persona.
da, asquerosa ó en estado de embriaguez, . Art. 24. -El Inspector Ofic1_al del Goy si se vieren en la necesidad de hacer b1erno ser~ el encargado de cmdar de la
salir á alguna de esas personas lo harán observancia de este ~eglamento.
.
de la mejor manera posible y sin violenArt. 25.-Las qu~ps que tengan que
cias.
presentar los pasaJeros las expondrán
_ Art. H9-No permitirán el transporte a~te el cita?º I1;1spect?r Oficial del Gode animales ó de materias explosivas, b1eri:o, q_men mme_diatamente hará la
pestilentes, grasosas ó que de algún mo aver~guac16n respect_1va, para que se redo ens~sien los carios, ni de objetos em- medie el mal por q men corresponda.
barazosos.
Art. 26.-Los pasajeros están obligaArt. 15.-Cuidarán de que los pasaje- dos á satisfacer el precio de su pasaje, en
ros no viajen en las plataformas delante moneda 6 con el boleto respectivo. Si
ras ó centraies de lo,) tranvías, sin que por alguna circunstancia lo hicieren en
pued'.1- ser:11r de excus:1 el 1_10 haber asien- billet~s de banco, y el conductor no t~viere
tos d1spombles en el mtenor, en donde. cambio, podrá este guardar el billete,
d berán permanecer los p.1sajeros, aun d-1nilo un recibo á fin de que el pasajero
cuamlo sea de pie.
, re:.:oj.1 el cambio en h. Oficim. Princip·tl,
1
Art. 16. - Si al~ún pn.rajC'ro ó cu 1lq lie ¡ Art. 27. r&gt; ~ t r r0h;t...iJo extrict.tra otn persc,na c1.•1c;- re claiín á los !rc.;Di-' m.et'l~e a \os rZ&amp;aJcrn.; sonar la campana
vías, lo:; conckctores t' ,lrán dcrec:10 tic&gt;: p ,ra dE'tencr d tr,mvía, subir ó bajar el
exigir que arregle en h c1ficina pfr :,MI •-:ri;t_d ó mad~ ·n de be; ventanas, 5.Í no es
hacer la indemnización correspondiente. Jpor necesidad momentánea, y hacit;ndose

I
I

..

�3

PERIODICO OFICIAL.

PERIOUICO OFICIAL.
y con fundamento en las disposiciones de
·responsables de los desperfectos que cauésta y su ley rehti va de 6 de Junio de
llen; mover el garrote ó la llave de la elec
1894, que autorizan al Ejecutivo para ha,tricidad, y cualquiera otra cosa que pue
Secretaría de Fomento, Colonización é cer concesiones á particulares, para el meda influir en el servicio y funcionamiento
jor aprovechamiento, en la irrigación, de
del tranvía; pues p1ra todo ésto los con- Inp ustria de la República Mexicana.
las aguas de jurisdicción federal.-A Ud.
ductores está n en obligación de a tender SOLICITUD presentada ante esta Secr etaría
C. Secretario, respetuosamente pido, que
i los pasajeros.
por el Sr. Lic. Salomé Botello, en represen- previo reconoc;mie_uto de m1 personalidad,,
Art. 28. -Queda también prohibido á taci6n de los Sres. Adolfo Larralde, Lic. y devolución del testimonio de mandato que
los pasajeros trasladarse de los compar-¡ Fernando Ancira y Arnu!fo Botello, pidien- acompaño, se sirva dar entrada á la pretimientos de 2'1- clase á los de primera, si do concesión para aprovechar como riego, sente solicitud, mandándola sustanciar ea
1o hicieren, estarán en la obligación de las aguas torrenciales que bajan por el río lo s términos legales y en su oportunidad
de Sabinas, Estado de N qevo León, cuya deferirle su acuer,io favorable.-México,
,pagar nuevo pasaje.
solicitud, de acuerdo con las leyes ele la Diciembre veinticuatro de mil noveciea,
Art. 29. - Queda extrictamente prohimateria, se manda publicar por tres veces, tos ocho.-S. Botello.-R6 brica ... .
bido á toda persona ó compañía, dañar
durante un mes, para que las personas que
Es cópla. México, Enero 16 de 1909.de cualquier manera los alambres , postes,
se crean con derecho, se presenten á ale·1a ,-!a ó alguna otra propiedad de la EmE.
O. M.-E. Martínez Baca.
garlo en el té rmino señalado, contado desde
F. 16 M. 2-16.
.presa. Al infractor de esta disposición, se la fecha de la primera publicación.
fe consignará á la autoridad respectiva.
Una estampilla de cincuenta centavos,
Art. 30.-Los tranvías tienen derecho
Secretaría de Fomento, Colonizaci6n ~
de vía, y no dc:ben ser interrumpidos ó ,lebidamenta cancelada.
Industria
de la República Mexicana.
detenidos en su marcha por pereonas ó
C.
Secretario
de
Fomento:
SOLICITUD
presentada ante esta Secretar/~,
vehiculos en su tráfico, salvo los casos de
por el señor Lic. Juan N. de la Garza T
:a.ccidentes. El que infringiere esta dispo•
Salomé Botello, abogo-lo, con domicilio, Evia, pidiendo concesión para aprovechar,
sición, será consignado á la autoridad
respectiva; debiendo entenderse que esta para el efecto de oír notificaciones, en la como riego, aguas de1 río de Salinas Ó Peequería Grande, del Estado de Nuevo Le6n,
cláusul:i. es preferente á cualquiera otra ca 'le de San José el Real Nº. 16, por los
del pre~ente Reglamento, por tratarse del señores Adolfo Larralrle, Lic. Fernando la cual, de conformidad con las leyes de la.
materia, se manda publicar por tres veces,
'buen servicio del público, al cual los tran · Ancira y Arnulfo Botello, personalidad
que acredito suficientemente con el ad- durante un mes, para que las persoóas que
vias están destinados.
junte testimonio de mandato que acom- se crean con derecho, se presenten á aleArt. 3 r.-Los pasajems están obliga- µaño en calidad de devolución, ante usted, ¡:-arlo en el término señal_íldo. contado desde
dos á observar las disposiciones que con- c n e1 respeto que se merece, me presen- la fecha de la primera publicaci6n.
tiene este Reglamento, en Jo relativo al to á manifestar: -Que deseanrlo formal,pago de pasajes, á subir y bajar de los mente mis poderdantes aprovechar en la
Una estampilla de á cincuenta centatran,-fas, y á su permanencia en ellos.
irrigación, las aguas torrenciales que en vos, debidamente cancelada.
DI! LOS MOTORISTAS.
época de lluvias bajan por el río de SabiC. Ministro de Fomento:
•
nas del Estado de Nuevo León, me han
Art. Jl.-Los motoristas estarán obli apoderado ~ insStruidto ~arda que me ~rde- ¡uan N. ded Ida Garza y Evia, abogado,
sente ante esa ecre ana e su merec1 o de esta vec1n a con despacho en la casa
gados i llevar los tranvías á una veloci
dad que no sea mayor que la especifica- cargo, solicitando en su nombre, como- Jo número 174 de la calle de Matamoros, anhago, la respectiva concesi6n para e¡·ecn- te Ud. con el debido respeto y sal,-as lee
daá.en eld articulo 29 de este
Reglamento,
""'
b
tar las obras hidráulicas necesarias para protestas oportunas comparezco y e:11:pou.flasturvas,
- · 110 etenerse
en Ias oca-ca IIes y en captar y depositar hasta 47.500.000 cua1
.d d d
. d
:l. 00 ser en caso de accidente.
go: que a comun1 a
e acc1001stas e
renta y siete millones, quinientos mil me- la hacienda de Santa Elena en jnrisdicArt . .U· Estarán obligados á sonar tros cúbicos de agua, pudiendo así utili• ci6n de la villa de Zuazua de este Estado,
continuamente su campana, para avisar zar en la irrigación hasta la cantidad de y de la que soy mandatario judicial, rocuando hay peligro, especialmente antes 1498 mil cuatrocientos noventa y ocho li- mo lo acreditan los instrumentos p6.bll,dé crur:ar'!as boca-calles.
tros por segundo, protestando respetar cos que acompafio, debidamente legalir.aArt. 34.-Antes de cruzar las boca- ca- derechos de tercero legí.timamente adqui· dos, y que pido se me devuelvan, previa
~les, deberán disminuir la velocidad , qui· ridos.-El punto escogido para levantar su toma de razón, por contener un poder
úcndo para el efecto la corriente diez me- las obras correspondientes ~e encuentra gen~ral, me ha dado instrucciones de so{!os antes de llegar á aquellas, ex&lt;::'épción en el cañón del río de Sabinas, en jnris- licitar, como lo hago por el presente ocnriieclia de las subidas.
dicción de Villaldama, Estado de Nuevo so, una concesión de seiscientos velnti.\rt.
.- En caso de choque de los Leó?, entr~ esta Munic!palid •d y la d~ cuatro litros d~ agua por .segun,do, de las
trandas35con vehículos, animales ó cual- Sa]:nnas·_H1dalgo .del mismo Estado y .ª aguas de avenida, que baJa el no de Sa:W •.
q uier otro objeto, ó en caso de dafio á las vemte ~1lómetros aproxlma?amente ab~Jº nas ó de Pesqu~na Grande, .para aprove_{)ersonas si por ello procede el arresto de de la primera de las poblac10nes me?c10- charlas en el _riego de sus tierras! tomán·
•lob motoristas ó conductores, éste se veri- nadas Y en el punt? en q~e- l()s accide □• dola en
misma presa,. Y denvándola
!icará de tal modo que el tráfico no quede tes natnral:s del cttado Canón son mas por el mismo ~an:.l, que _uene en uso para
interrnmpido; y para el efecto, el Agente favorable~ a las obras proyectadas,-He e'. apr~vecham1ento de ciento cuarenta y
Agentes de la Autoridad, encargados ~e adve~tlt que los te;r~no;' que hayan de siete litros por segundo, que le corres6
de su custodia, subirá'ti al tranvía y los munda,se con el depos1t~ o presa q~e se P,°nden del ª?ua permanente ~e .d:cho
acompañarán hasta el lugar en que pue- co~struya, no son cultivables y tienen no, conforme a sus mercedes pnmttivas,
dan ser sustituidos.
ú?1came".te vah,r como agostadero d; me- confinn:3-das por el, C. Presidente de la.
.
diana calidad, compuesto como esta por República, según titulo expedido el 28 de
Art. 36.-Lo~ motoristas , no _podrá~ las laderas de los dos r~males de la sierra Agosto de 1905.-El hecho de carecer
P?ner en mov1m1ento el. tranvia sm rec1- que forman el Cañón de Sabmas, sin que mis clientes, habitualmente, á causa de la
b1r la orden correspondiente del conduc- :xista dentro de h zona q~e haya de ser sequía, del agua permanente que les co·
tor.
mundada, rancho ó poseston alguna esta• rresponde, y su JUSto deseo .•de cultivar
TRANSITORIOS.
blecida de un modo 1:ermaneote:
en una escala más amplia y xemunerativa
Como consecuencia necesaria de las las tierras de la expresada hacienda apro•
1.-Este Reglamento, comienza á re- obras aludidas, el camino de ruedas que vechando las aguas eventuales de l~s cregir desde hoy día de su publicación.
conduce de Villaldama á Sabinas Hidalgo cientes del río de referencia, son los moII.-La Compañía queda .en la obliga- Y.que atrav!esa e~ Cañ6n en toda .,su lon- tivos determinantes de la presente solicición de publicar cada seis meses un ''In- g1tud, será mvadtdo en una porc1on apre- tud, que hago con entera sujeción li las
dicador'', en eJ que se insertarán los artí- ciable de su trayecto; pero mis poderdan- disposiciones del Reglamento de la mateculos de este Reglamento que se relacio- tes se comprometen á su'5tituirlo á su cos- ria de 6 de Junio de 1894, y protestando
nen con el servicio de las líneas, obliga- ta, desalojándolo á terrenos elevados del respetar los derechos anteriores legalmen•
-ciones de los pasajeros, distancias que re· mismo Cañó:1, sus!ttució". bajo todos con- te adquirid.os.~Por lo expuesto ...... A
corran los tranvías , lugares qne toquen, ceptos venta¡osa, s1 se atiende á que el Ud. C. Mimstro de Fomento pido y suprecios de pasajes, horas de salida, y to• camino de que actualmente se hace uso, plico se sirva admitir y mandar snstando lo demás que á juicio de la Compañía con mucha frecuencia se ve obstruido por ciar esta solicitud, á fin de que en su
interese conocer al público.
las avenidas é inundaciones.-Pertene- oportunidad se otorgue por el C. Presi,
Es dado en el Palacio del Gobierno .del cien do el río de Sabinas á la cuenca hi- dente de la República el título de conceEstado, en Monterrey, á los 16 días del drográfica del Bravo, debe considerarse si6n respectivo á favor de la comunidad
mes de Febrero de 1909.-B. Reyes.- de jurisdicción federal y comprendido por que represento. Protesto lo necesario y
Ramóii G. Chávarri, Secretario.
lo tanto en la ley de 5 de Junio de 1888, a11tor!zo al Sr. L_ic. D. José María de' la

GOBIERNO GENERAL.

'.ª

•

Garza para que reciba en mi nombre los
instru'm entos de poder y sustitución adjun t• s -\lonterrey, á veintis ete rle Ene•
ro d,, mi I n.,, e 1PP tos nueve.-}. N. de la
Garza y Ev1a. ·· Rúbrica.
Es copia. México Febrero ro de 1909.
E. O. M.-E. Martínez y Basa.
F. 16. M. 2 y 16.

no coche del Sr. Primitivo Taboada, quebrandole una rne&lt;la.
De estos acontecimientos tomaron razón
las autoridades competentes.
Protesto á Ud. Sr. Secretario, las seguridades de mi atenta consideración y respecto.
Monterrey, Febrero 8 de 1909.-Bernar·
do Reyes, (h.)-Al Cmdadano Secretano

Secretaría &lt;le Comunicaciones y Obras de Gobierno.-PresentePúblicas. -Mé.xico.-SeclcióndSe~unda .
Una estam 11la por va or e cmco pe,os, debidamente cancelada.
CONTRATO.
C&lt;!lcbrado conforme á la Ley sobre F&lt;&gt;froca•
rriles fecha 29 de Abril de 1899, entre el
C. Le~ndro Fernández, Secretario de Estado y del Despacho de Comun)~aciones. y
Obras Públicas, en representac10n del E¡ecutivo de la Uni6n, y el c. Julio M. Liman-

Vel:ipncl10 Judicial.
En el mes de Enero próximo pasado, se
hizo como sigue:
SUPREMO TRIBUNAL DB JUBTIOU,.,

•

'°

l Sala .............................. ..............:
2'" Sala .............................. ... ...... .... ..

Sala, .............. ...... .......... .. .. ........ ..
Fiscalía ...... ... .. .... ... ... . •···•· .. ·········· .. ···
Defensoria de Pobres ... ... ................... ..

3.,

Pendientes.
l Sala............................................ .
2., Sala . . .. ............... ...... ................ ..

Secretaría de Fo1nento, Coloniza- '°
.
, l'
... •···············•··················
ción é Industri~ de la Repub 1ca ~ ciS ~ala N. ......
egocios r:iviles despachado,.
l '° Sala .. ... .. ......... .. .. ...... ....... .......... ..
Mexicana.
SRRV!CI0 METEOROLÓGICO.
OBSERV AT0Rl0

M ETEROLÓGICO

CEN'l'RAL DE MEXIC0.

du,anteel mes de Marzo de 1909.
Cuenca de Mé:nco.

ZoNAS EXTRA'I·R0PICALES.

l

1

Pendiente,.
l'" Sala .... ................. .............. .... .. .
2., Sala... ...... , ......... ........ .......... .. .... ..
3'" Sala ........................ •· ................ ..
Juzgado 1~ de Letra, del Ramo Penal d• lo

1 &lt;e fraer:i6n j11dicial.

• Negocios despachados ...... , .... .. ... ........ .

Artículo (mico. Se autoriza á la Empresa del Ferroca•ril de Córdoba á Hua(Comprende la parte Sur del Estado de
tusco para suprimir el serv!cio de coches Hidalgo, el Distrito Federal Y fa par.te ~el
é e segunda clase para p'lsa¡er?s en la H- E-tado de México, limítrofe con el D1stnto
nea que le perte::ie~e .Y que ue:ie en ex· Federal.)
p1ota,·i6n. El serv1c10 de pasaJeros queTemperaturas.-Días templados Y nodará por consiguiente limitado á dos cla- ches frescas del 2 al 5, ro al 13, ~9 al 22
ses que se denominarán primera clase y y 25 al 27. N nches templadas y d1as algo
segunda clase aplicándose á aquella las calurosos en d resto dd mes.
cuotas que el ~ontrato de concesión relaVientos.-Arrafagados y algo fuertes
tivo aprobarlo por Decreto de 17 de Di- del Noroeste y Noreste por la~ tar~es du1
cie~bre de 1898, a-igna á la primera cla- rante la ~t:gunda decena y pnnc p10s de
se y á, Ja última las que dicho contrato se• la tercer a, alternando del 19 al 24 con los
fl.ala á la tercera clase.
cálidos y secos del Sures~e.
México, Octubre siete de mil novecienLluvias.-Las habrá ligeras á mediatos o~ho.-Lea11d10 Fernández.-J. M. dos del mes y del 27 al 31.

Limantour.-Rúbricas.

l

'°

Sala .... ...... ... ...... ........ ... .... ...... ..
3'" Sala......................................... ..
2

tour, represen,tante d~ la Empresa del ~e• Tiempo probable en la Re&amp;ública Mexicana

rrocarril de Cordoba a Huatusoo, relativo
i la supresión del servicio de la segunda
clase para pasajeros.

Negor:ios penales despachado,.

Pendientes ................................. , , .... •
Juzgado

¡JQ

«

34

de Letras del Ramo Penal de lo
1• fracciór,, judicial.

Negocios despachados ....... , . .. .. .. .. . .. . .. .

M

PenrliPintf-q_ .. . .... . .. ... .. .... ... .. . . . . . • ... . ..
83
MINISTERIO PUBLICO EN EL RAMO PENAL. (l!
FRACCION JUDICIAL.) NEGOCIOS DESPACIUDOS.

Del J¡¿zgado 1 " del Ramo Penal.

31

PAitimeutos sobre lo princip~l. ............. .

1

Pedimentos sobre trámites ................ ..
Del Juzgado JJº del Ramo Penal.

Pedimentos sobre lo principal................
Pedimentos sobro trámites..............
MINlaTERIO PUBLICO EN EL RAMO CIVIL.

4.lS
l

(1•

FRACClON JUDICIAL.} NEGOCIOS DESPACHADOS.

.Del Jttzgado 1 • del Ramo Civil.
Pe,limeutos se bre lo principal. .... . . ..
Pe1lime11tos ~obre trámitPB ..... ...... .
.Del Jttzgado 2º del Ramo Civil.

lli

s

Es copia. México, Octubre 7 de 1908.
(Comprenden los Estados de Sonora, Pendimeutos sobre lo principHI ....... ..
-Gilberto Montiel, Subsecretario.-Al
Gubernador del Estado de Nuevo León.- Sinaloa, Chihuahua, Coahuila, Durango, Pedimentos sobre trámites.......... .
Nuevo Le6n y las partes correspondientes
Monterrey.
.Del Juzgado 2 ° Menor Letrado.
de los Estados de Zacatecas, San Luis P, - Pedimeutos •ohre lo principal. ........... ..
o
t
tosí y Tamaulipas.)
Pedimentos sobre trámite......... . . ... ..
GACETILLA.
Temperaturas.-Días templados y no·
Del Juzgado 39 Menor Letrado.
o
ches frescas del 1.° al 4, 9 al 12, 18 al 21 p,-dimentos sobre lo principal .... ....... .. ..
o
y 24 al 26. Noches tem piadas y días algo Pedimento sobre trámite ........ .. ......... ..
Informe. sobre el servicio de calurosos en el resto del mes.
Juzgado 1° de L etra, del Ru1110 Oivil de la 1•
fracción judicial.
Tranvías Eléctricos en :Monterrey. Vientos.-Nortes en el Golfo del 9 al Negocios despachados ...... ........ ........ ..
35
n, 19 al 21, y del 23 al 25. Del Suroeste
Pendiente,.
Inspector Oficial 'de los Tranvías Eléc- fuertes arrafagados p ~r l as t ardes y pr;- En tramite........... .. .. . .. .. .. .. .. .. .. . .. .. .. .. . 231
meras h oras de la n oche del 5 al 8, 12 al Por falta.,¡,. promoción.......... .. .. . .... ..... 568
tricos de Monterrey.
Juzgado ¡¡o de Letra, del Ramo Civil de la 1•
18 y del 26 al 3.1.
fracc-ión judicial.
Tengo el 1.onor de rendir al Superior
Lluvias.-Durante los Nortes las habrá Negocios despachados ........... .. .......... ..
36
Gobierno del Estado por el digno condnc• en los Estados del Golfo y algunas loca'es
Pe.ndiente11.
to Ud., el informe mensual sobre el ser• en el resto de la zona, durante la segunda En trámite....... . . . .. . .. .. .. .. . .. . .. .. . .. .. .. .. 309
Por falta. de promoción......................... 450
,-icio de los Tranvías Eléctricos de esta quincena.
Juzgado de Letras de la/!ª fracción iudicial.
Ciudad , correspondiente al mes de Enero
~
Negocios penales despachados ............. .
ZONAS TROPICALES.
7
Peudit'nteR .............. .. ....... .. .............. .
próximo pasado.
7
Los itinerarios han seguido siendo los
(Comprenden la Península de Yucatán Negocio; civiles despachados........... .. ..
Pendientes.
mismos, en las líneas establecidas hasta la y los Estados de Tabasco, Chiapas, Vera- En trámite ....... .. ..... .. ................. ..... ..
35
3
fecha, las cuales están en buén estado y cruz, Guanajuato, Michoacán, Jalisco, Ca- Por falta de promoción ........................ .
Juzgad,, de Letras d, la 3ª fracción judicial.
libres de obstáculos, tal~s como los al am l ima, Guerrero, üaxaca, Aguascalientes, Negocios penales despachados ............ ..
9
bres telefónicos, los telegráficos y los de México, Hidalgo, Puebla, Morelos, Que- Pendientes ....................................... .
16
8
la luz eléctrica.
rétaro, Tlaxcala, Territorios de Tepic y Negocios civiles despachados ............. ... .
Pendientes.
El servicio en general fué bueno, no de la Baja California y las partes corres- En trámite ...... .... ........~ .................... ..
90
62
habiendo quejas del público respecto al pendientes de los Estados de Zacatecas, Por falta. de promoción ........................ .
Juzgado de Letras de la 4ª fracción judicial.
trato que ha recibido.
San Luis Potosí y Tamaulipas.) .
13
Negocios penales despachados.............. ..
La velocidad con que se ha corrido es la
Temperaturas.-Días algo calurosos y Pendientes.................. ... .................. .
23
4
Negocios civiles despachados .... . ........ .
reglamentaria, 6 sean 16 kilómetros por noches templadas en general:
1 endientes.
hora dentro de la Ciudad, como máximo,
Vientos.-Nortes moderados ó algo En trámite ...................................... ..
66
30
y 32 fuera de ella.
fuertes en el Golfo del 9 al rr, 19 al 21 y Por fa.Ita da promoción .................... , .. ..,
El estado de los carros es bueno en ge- 23 al 25. Arrafagados australes algo fuerneral.
tes del 6 al 9, 12 al 18 y 27 al 3 r.
Lluvias.-~scasas. del 10 al 12, 20 al
La p1anta eléctrica ha funcionado con
23 y 24 al 30.
regularidad.
El día 13 el tranvía Nº 61 atropelló al
México, 28 de Enero de 1909.-El
niño Mariano Obregón triturándole el pié Director, Manuel E. Pastrana.-EI Jefe
izquierdo.
de la Sección de la Carta del tiempo,Juan
El día 26 el tranvía Nº 62 1 atropell6 á Ji. Romanf.

Juzgado de Letr(],8 de la 5ª fracción judicial.

Negocios penales despachados ............ ..

8

Pt1ntliAntes ........ ............. ...• , .............. .
N egociOI:' civiles deApach:-1.rlos ... .• ..•........
Pendientes.

lJ

En trámite ...................................... , .
Por fa.Ita de promoción.................. , .... ..

7

30

1S

Juzgado de Letras de la 6ª fracción judicial.

Negocios penales despachados ........... ..
Pendientes ..... , .................................. .
Negocios civiles despachados .............. ..

s

29

3

�,
PERIODICO OFICIAL.
Pendiffltu.

'11n trámi$e ........... ! .......................... ..
P'or fslM- de promoción ...................... ..

PERIODICO OFICIAL.

falta dará este Municipio ea el presente
habiendo re, ulta lo designado
por la suerte el C. José Alcacer, soltero,
5 de veint•cuatro años de edad. Con lo que
7 se di, por term nada la diligencia, levanó tándose la presente acta, de la que se man60 dó sacar copia, para que sea remitida á la
120 Secretaría del Gobierno del Estado de
co~formidad con la prescripción legal re18 lativa. Por ante mí: d"y fé.-P. C. Mar•
70 tínez.-B. Ramírez Anguiano Secntario.
8 -Rúbricas.
'
Es copia. Monterrey, 27 de Enero de
1909.-P. C. M,,,,tínez.-B. Raminz An•
1
guzano, Secreta 110.

~t año fiscal;

:fmg•d-0 d• Let,ra, de la 7• fracción judicial.
)fegomos penalee despachactos ............ ..
,Pendientes........................... , ........... .
N~ocios civilee despacha.dos .............. ..
Pendientes.
Ea trámite ...................................... ..
Por falta de promoción ........................ .
Juzgado 2' Local Letrado.
l'l:egooios penales despacha.dos ........ ..... ..
1'?dien$es .......................... ............ .
Negooioa civiles despachados ............... ..
Pendientu.
Ea Wmite ...................................... , ..
Por falta de promoción ........... .... ....... ..
Juzgado 8° Local Letrado.
lfegooios penales despachados ............. ..
8
Pendi~ntes ................................... .
55
Negocios oivilee despachados .·......... .
11
Pendientes.
lCn trámite.................... ..........
. 199
Por falta de promoción ........ ., ... . .'.'. .'.'. .'.'. 1850

y Martínez.-Aurelio Larti![ue, Diputa.
do Presi iente.-Pedro C. Martínez, Di-

putado Secretario.
Es copia.-Monterrey, Febrero rodc 1909-Ra/ael del Casti'/lo, Otcial Mayor.

SElJUlON JUDICIAL.

Secretaría de la l Sala del Supre1110
Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nne-ro
L eón.
Monterrey, Septiembre treinta de mil
novecientos ocho.-Vista esta causa co.
men1-a la á instruir de oficio por el C. Juez
1'? de_Letras del Ramo Penal de la prio¡era fracción judicial del Estado, contra Manuel Carrillo, casado, de ve1ntis1ete afloi
de edad, jornalero, originario de Saltillo
Diputación Permanente.
Co~hulla, y :vecino d: esta ciudad por eÍ
del XXXIV Congreso Constitucio- delito de lesiones. Vistas las diligenciu
practicad~s durante el sumario en averl.
R.epúbllca Mexicana.-Presidencia Muna) del Estado,
guación
del mencionado delito y de su aun!clpal.-·Monterrey, N. León.-Sección ·sESION DEL DIA IO DE FEBRERO DE 1909
tor,
la
requisitoria
del C. Agente del Mi3f-Gobernaci6n, Estadística y Guerra.
P. .
.
.
.
·
nisterio Público y lo alegado en la prime--En la Ciudad de Monterrey, l ·apita! del
residencia del C. Aure!zo_ Lartzgul!.
ra instancia por el defensor del reo así e►
Estado de Nuevo• León, á los dos días del
A la hora reglamentaria se abrió la se- mo !~ sentencia dictada el seis de Ago!tll
me&amp; de Febrero de mil novecientos nueve
1iendo las diez áe la mañana y e,tand~ sión con la lectura del acta de la anterior próximo ~asado por el referido J ucz de
' Letras qmen temendo á Manuel Carrillo
reunido el R. Ayuntamiento en su Saló la que sin discusión fué aprobada.
En
seguirla,
la
Secretaría
dió
.
cuenta
como responsable del delito de lesiones cr:_
de A&lt;;uerdos, procedió el Alcalde 19 que
con
lo
siguiente:
lificades inferidas en riña por el agresor
n11cr1be á sortear uno de los individuos
Oficio
del
Ejecutivo
del
Estado
por
el
lo
condenó a sufrir la pena de nueve -me~
que, para el Ejército Nacional, le falta dar
qne
p~rticipa
al
Congreso,
que
el
Señor
ses,
catorce dfas de arresto mayor á coni este Municipio, en el presente año fiscal·
Ingeniero
G.
R.
G.
Conway,
como
apode.
tar
desde
el dia ocho de Abril del corrieuhabiéndo resultado desig nado por la suer~
rado
de
la
Compañía
de
Agua
y
Drenaje
te
año
y
mandó
amonestar al reo para que
te el C. Eleuo Romero, soltero de veintide
Monterrey,
S.
A.
presentó
una
escrino
reincida.
Visto
el dictamen del C. Misfete _años de e~ª?· C:on lo qu~ se dió por
tura,
por
la
cual
aparece
que
dicha
Comnistro
Fiscal
en
el
sentido de que seconfirtermmada la d1hgenc1a, levantándose la
pre~ente acta, de la que se mandó sacar pañía quedó organizada conforme á la Le me eu t&lt;&gt;~o.s sus puntos el expresado-fallo,
oop1a, para que sea remitida á la Secreta- gislación dd Canad~, cuya escritura y con la ad1c16n de que se dejen al ofendide
ria del Gobierno del Estado, de conformi- los Estatutos respecl!vos, se protocoliza- sus derechos á salvo en cuanto á la resdad con la prescripción legal relativa. ron debidamente en esta ciudad, así como ponsabilidad civil. Vistos los alegatos f0 .,
Por ante mí: doy fé.-P. C. Martínez.- que el Señor William Mackenzie, que go' mu lados por la defensa ante esta Sala y
B. RamÍreT- Anguiano, Secretar:o.-Rú- zaba de la' on•·esióa que el Gobierno otor- la citación para sentencia con cuanto mál
gó á los S~ño.r,s Stncker y Walker, por consta de autos; y
bricas.
el
esta?lec1m1ento d~! Servicio de Agua y
Resultando: que el día seis de Abril del
Es copia, . Monterrey, 3 de Febrero de
Drena¡e
en
esta
cap1ta-l,
se
la
trasfirió
á
año
en curso, habiendo tenido conocimien1900.-P. (!. Martínez.-B. R. Anguia•
dicha
Compañl~,
con
los
derechos
y
oblito
el
C. Juez instructor de que en la Pro"*, Secretario.
·
gaciones presentas en la relacionada con- vcnci6n de Policía se encontraba un hom• M\1,P~~ll?:U
•.
~
p res1·d enc1a
Ciénega
de Flo• cesión.-Recibo Y resérvese para el Con- bre herido, mandó levantar esta averi·guares, N .. L,e61:.·r.. :~n.faci'l/,i,ltla de Ciénega de greso.
ción para los efectos legal.-s, trasladándose
Flofé9')\lt~t-~m~~ldt! Enero de mil noOtro oficio del Ejecutivo, referente al desd~ !~ego el personal del Juzgado al lu:.•r.e.ciento..s.. n. u.. e.v.e.•.i.\&gt;l..'st~lado el R. Ay unta- tratsp~so qh1:e enliSguales términos que el gar md1cado donde se dió fé haber visto i
"
·"'
, S ¡
an enor, izo e eñor William Macken- un individuo que di¡·o llamarse Cesareo
m0 ien,11 en 'ª. ª.",~,.i;le A. cuerdos, el Alca,lde zie a' ¡a c ompama
_, d F
·
its- que .suscn.h e ~umpheado con el articu. F
M , d e errocarnles ' Luz Blanco, quien presentaba dos Iest'onei
·'-· I\''d
L
Y uerza ·6 otnz
e Monterrey. S. A. de punso-cortantes situadas, una en la parte
'wl
. e. Ia ey sobre contingente de hom• ¡
d
bres"'qnlc·\:leb!\'d
E
t
d
E.,
.
a
con~es1
n
e
que
(l'ozaba, por el esta. superior de la re~ión es~apular derecha y
N . 1 1 .a r 1 s • 0 ª 1 Jerctto blec11mento en esta cmdad de un sistema la otra eu el terc10 superior cara posterior
, . a~wn a :r ª circ.u ar númer?, }6 de IO de tranvías eléctricos.-Recibo
resér- d 1
b
·
ife S&lt;ept1em.bra últi m~. procedto a uu sor- vese para el Con reso.
Y
e ante- razo 1zqu1erdo¡ desde luego se tocl'ól.\l ent re cinco tudtviduos de los empadro
El C ( ,. . g G
f
mó s u inquisitiva al ofendido en la que
(l1Jd0s á fin d., alistar el remplazo que de• naba co.motpGnabno duerlretro,. qued lu~cio- expresó que el veintinueve de Marzo últi.
b d rl ·&lt;ste put bl o a,, E.,
,Jercito
y resultó do de Dar o erna or
. . n enno e i,.sta. mo , desde en la man- a n a, es t uvo t ornan do
1desigtra·io por la snert~ Teofilo Gallego~, pasado le h~~º~nfr:~:cde~ JuJ .elE3o dt~¡ licor en el tendajo de Doña Rafaela San~olterN,.. de 3r añ·•s de edai. Con ¡0 qu~ se
d d' h E· d
, 0 e., Jecn 1- tos ,Y en la t~rde que sall'!í de ahí muy
a ·ó ... ' ...... "1 1 d t·
. 1
'
vo e Ic o sta o, a1 C. Esteban Fér• ebno fué hend" por un individuo aue ne
1 por térillhH&lt;.;!., a 11genc1a, evantan· uández, Gobernador Couotitu•1·u·nal del
,
.
..lose l~.....n~popnte
Sin que recordara como pasaron
""
.,,.~Nk ac+a
,.,....de 1a que se man dó mismo por haber term · 1 I• )'
· conocta,
h
f¡¡acar.copia.pa~a.q.~e.¡¡ea rnmitida á la Se• de que'disfn t b -A lh~a, o a icencia los Pcbos pues creía que supiera algo el
cretaríli&gt;'dl!i"G\~bie'i'hch:tH!Estado de Ci.JllE
~ ,ta a.
se lVO.
cuartelero Ama lo Castillo.
~ rmida·d"Ctln Ja"'jlrl!'i't'i'lp'~i6:'fhle al relati , 1 ~. ESlebau Fernau d ez, Gobernador Re s ultando: que la Señ'lra Santos al
P io-•···
.f.,.~
.........
~
G ar Constttucwnal
Hva.
or ....t......
e mt, ...
· s\ru...
~f e.
g•·• e,qno
u· •
hdd
b' Estado
l
• de Durango ser e_xa. minad,a declaro' ser ct'erto que en su
-FI'
............
';u :_·· ~•
"·""'~"·
_par
c1pa:
que
a
lene
o
,.spira&lt;lo·
ei plaz,, kucta30 habrn. estado tomando Cesareo
·
ore'lcto C,..uj,fu,,8~.r ª 1 ,.-Rúbn- de la hcenc1a qn disfrutaba v ' · :
]3'
O!RR ........................................ stimi:,~ "~&gt;t carga
d 1P '
E. . . • u1Dviu a en- ,aneo y que á ¡;oco qti_ éste se había ido
• . ,m·op-,ffi'fl'lll'fl'l:'l
. ,
e ;ente- º"Ó
,. , n se an,1a
- b~n peleando
.
·dos
•'·a ·Es •C(••\l~·•,-..
co10'l ,~-a rse e oüer J-:cutlvo .. J • qu·'C u-c1a
1
&lt;:iénegt{~~"Frll~1'~' ~1 •~·;i,;\'&gt;l;lé'\' ' º. iR'J ra º·
.
•
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individµos .lo que motivó que saliera á la
eT D ................~til,.Totqa ./;;r""ª!i .S ,)f''7 , La L· g.islatu~a ~e• E~tado de J ahsco pt.1erta pud1enilo ver entonces que los uere
º!!H~,'.'!.':.&lt;!•. .. !::-.~'.'!!::::.. JO.!'Y~(flt , •&gt;l, ~ir'l'll!rp'l: q.ue.e1 .d1, . n·,1c,o d,·1 actt,,,•,.¡ 1u enn B1,
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1e ·¡ q
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PODER LEGISLATIVO.

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íll"' l'iT .. ·v .. ,.... ~"C't"ll&lt;/ •.1, ·~~.,, .,,, d (. ',!:
\l. t t ' n 'f. 'F'-era (,,
•,e, nlta••do: q11e el Señor •Amado C S1
.n~~ii1.~};:?l!li_,rf.'t ~::;t1 8 .~f~~Ja't'~'J\1¡~]!,P ,rtidpa; &lt;:ue tiL·, manifestó que el día del suc~so esr:...
w
'{ ............ .....,
.,..... "'~"•'.r; "'-....
·15 lm • , ut, ac ll,íl· l,Ou,o o e-0 61 , , b c
B
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1----En la. Ciudad.de.M¿nten:1.y,.Japrto.1dtll. caigo o.e'. fri&amp;'ffuiídcl- [t:mi,
~ h:, ª esare,'. aneo a go tomado. sentado
~stado&lt;le Nue\'o'l,Lf,6nil, f.¡ 'ltis·•vei'nti;;~r.s:¡'.Esr~o,llt kiw,11 Ílo,Zara&amp;\i:a-.~~nah
~bre
ne!es
vía del Ferrocarril
11as del nce.1 de Enefd'd~ mil noveciento..s!, sido reelecto ara el er' d ' f'vr . ~ ier entra , en, ,&lt;nnpinua de Esteban Puente,
ffo''ho s··1·e!ido. 1·s ... "'f'.--.·a~·, .. -~
.. ·.,t-s1.'"'.' ·,r ,,
1
p .
.p .'º 00.gúe i:o=.e,u- cuando paso por ahí Manuel Carrillo,, '
•
',~·,;-;,t 1 ~ c~a .1:!l,)'i'ir,/8t, /lf~.)i~lí/.A· i,~1~c/},,exw-esada ,fecha."'.'"'De ente.r¡¡doi nuieu le rli3'0 :Rlsinco ''apo
0 r~~R f;f,,t,,'t,,·r~Yl•.11taµ,w;,, .. ~.\1,.~\~a- ~n saframcéilín. T
" · ~ , , 7 ''1''
ió:' ,.co escu~es Y
Ión éle Acuerdo~, nroc~&lt;iió eJ A)calüe rº 9hNoliab!Hiao'o'tib á'k~•"''"''·\J1.. ont" -.dT. tf;l~f! ~J:r~i1!JOflje,i~ contestó,. ahonta ve.
u uli•.. ·b·' !l. h ,.fl~Rqw1, ""'"''"'1
Y.
,,'\...
. L,,J:,
"'ue ,¡lle 'tI'!ILllr,¡ ra~ coillo escupd 111 ,n[smo ttemp
e s .. ·~-~!1 e · ;,,~'?!~~/1¿.1:!.1::'?.~t~/?Pr,l.. ~- \Sll"ley¡ilt{lil!t~ -,i4fi\Ráll11[ tfÚeC\!tifte1'1irtJ~¡ dió al citado Bla;co una cach ta o que
~ nos 91W.,,_p,¡¡¡;i.•!ob.1M;1~s.!Wa~Mlil/im ll•ije los CC. Diputados: Lartlgu.,:hiMmlmi,.,., JiillJlfi5i-tlfdi'--""o.": ,
eh~ Y con-,
is,..,
,=urw illefl[IU,llJ ene 1110 que le

~"ót~riitd[!;~E~~t;~?i';'.!;;~~:•

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quitó á Puente, más c, mo en ese acto Cas• arre~to 6 dos á di~ciocho meses de pri~ión aes y Cipriano, Santos, Felix y Clementillo con su carácter de cuartelero tratar. ú ubras públicas, querlando al arbitrio ju te Rodríguez por los delitos de resistencia
ele interwnir en el asunto, aquelloscorrie- dicial imponer cualquiera de ellas, y e, á l0s Ag&lt;'ntes de la Autoridad y lesinnes,
ron hacia el monte que había cerca, dón- uno ú otro caso el término que estime de siendo después continuada ,ó'o contra los
de siguieron riñendo, habiendo t&lt;' mado Justicia dentro de los extremos fijados res• tres últimos, en virtud de haberse evadido
participio entonces Casimiro Ramírez, re• rectivamente. artículos 65 y 503 fracción de la acción de la justicia el primero, J
sultando Blanco al fin de la contienda con [I del Código Penal.
haber fallecido el segundo, siendo los cílas dos lesiones antes referidas.
Considerando: que favorecen al procesa· tados Santos, Felix y Clemente Rodríguez
Resultando: que aprehendidos los rijo• do las atenuantes que citan los artículos de cuarenta, vei ntidos y treinta años de
!OS, todos en sus indagatorias respectiva~ 40 fracción I, 42 fracción I, 43 fracción edad, respectivamente, todos casados, jornegaron de una manera absoluta quitn VIII y que valen en conjunto ocho unida• naleros, originarios de Matehuala San
fuera el autor del delito de referencia, pe- des y como no le perjud ican más agravan• Lu;s Potosí y vecinos de la expresada Viro en los careos que se practicaron poste• tes que la de primera clase antes referirla lla de Al ende: V Stas las diligencias prae
riormente convinieron con In que Castillo y la que expresa el artículo 46 fracción ticadas durante el sumario, la confesión
había declarado, y los facultativos del XII, superando el valor de aquella en cin- con cargos que se tomó á los procesados,
Hospital Gon1-ález, donde se atendió al co unidades, proc"de aplicar una pena pro- lo que alegó t&gt;l defensor de estos en priofendido clasificaron las lesiones que éste porcionalmeote menor qu e el término me• mera instancia y la seatancia ·q ue con ferecib;ó como rle las que no ponen ni pue• dio aritmét ico de la que fija la ley, la que cha catorce de O tubre del año próximo
den poner en peligro la vida y curaron se reducirá á las tres cuertas partes de so pa,arlo pronunció el Juez de Letras de la
después de quince días la del omóplato y duración por haberse ejecutado el delito séptima fracción judicial del Estado, en
antes de ese término la otra.
en riña por el agresor; artículo 35 á 37, la que tenien do á los repetidos Santo•, FeResultando: que durante el plenario, la 220 y 504 todos del Cóiigo Panal; eso si lix y Clem•nte Rodríguz como responsadefensa rindió pruebas tendentes á justi- as lesiones fuesen ,imples, mas s•endo co- bles del delito de resistencia á los Agenficar que Carrillo cometi6 el delito de re• mo antes se dijo calific.das, la pena que se tes de la Autoridad, ks condenó á sufrir
ferencia en riña, siendo agredido y que obtenga conforme al cómputo anterior se un año seis meses de obras públ cas conCesareo Blanco andaba armado de un ma- aumentará en una tercera parte siendo la tados para los dos primeros desde que de
cbete, en cuyo sentido á solicitud del de. que entonces r.esulte la que en difioitiva nuevo fueren reducidos á prisión por hafensor, fueron examinados el herido, el reo dtbe aplicarse al reo, artículo 515 del Có- llarse libres Lajo de fianza con descuento
y los Señores Amado Castillo, Juan Impe• digo citado.
de siete días que ya sufrieron, y para el
ria! Antonio Mata y Candelaria y MargaConsiderando: que en toda sentencia último desde que fuere puesto á disposlrito Amador¡ y
condenatoria se prevendrá que se amonés- ción de la autondad por hallarse extinConsiderando: que con la diligencia de te al reo para que no reincida en el deli- guiendo una condena anterior; los mand6
fé judicial, con el dictámen rendido por to por que se le procesa explicándole las amonestar para que no rincidierau, dej6
los Médicos-legistas, con el dicho de los penas á que se expone y se le abonarán abierta la causa para continuarla contra
testigos presenciales y esencialmente con los sufrimientos que haya tenido durante EleuterioLunaalserre &lt;prehendidocontra
la propia confesión judicial del procesado la instrucción cualquiera que sea el tiem- los culpables de la lesión que sufrió Lin0;
cuyas diligencias todas hacen prueba ple- po que ésta dure, dejándose á la parte oien Ocañas, dejando á los ofendidos sus derena en concepto del suscrito, artículos 415, dida sus derechos á salvo en cuanto á la chosá salvo en cuanto á la responsabilidad
423 á 425 del íódigo ne Procedimientos responsabilidad civil sino se hubiére· he- civil: Visto el dictamen del C. Ministro Fis
Penales, se comprobó legalmente la exis- cho gestión sobre el particular, artículos cal en segunda instancia, lo pedido por el
tencia del delito de lesiones perpetrado 182, 208 y 287 del repetido Código Penal. defensor de oficio y el fallo que el catorce
por Manuel Carrillo en la persona de Ce- Por lo expuesto y con apoyo además en de Abril último dictó e! C. Magistrado de
sareo Blanco; habiénrlose j 11sti_6cado igual los artículos 5, 10, 32, 49, 88, 225, 487 y la tercera Sala, concluyendo con los simente que dicho delito se cometió en ri- 496 del mismo ordenamiento, se reforma gueutes puntos resolutivos. Primero: Se
fta siendo Carrillo el agresor.
la sentencia de primara instancia que se declara á Clemente Rodríguez respousaConsiderando: que aunque la defensa revisa y se resuelve: Primero: Se condena ble como autor del delito de lesiones y reIntentó justifica que el herido estaba ar- á Manuel Carrillo, como autor del delito sistencia á los Agentes de la Autoridad y
mado de un machete, sin emhargo la de lesiones calificadas de que se ha hecho se le impone por tales delitos la pena de
prueba que rindió encaminada á ese obje mérito, á sufrir l:i. pena de seis meses diez cuatro años, ocho meses de obras públicas
to a:parte de que, como muy bien lo ha di• días de obras púb 'icas que se contará des- á contar desde el doce de Septiembre del
cho el inferior, resulta maliciosa, una vez de el día ocho de Abril del año en curso año próximo pasado, fecha en que fué pues
que Carrillo se obstinó en negar de una fecha de su prisión preventiva. Segundo: to á disposición del Juez instructor; en ten
manera absoluta su culpabilidad la que Se le amonesta para que no r"!ncida. Ter- diéudose esa pena, con calidad de reten•
fué á confesar cuando quedó convicto de cero: Se dejan al ofend•no sus derechos á ción por una cuat parte más de ese tiem
ella; aparte wmbien de que los testigos salvo en cuanto á la responsabilidad civil. po en su caso y fe emJJezerán á contar des
presenciales, durante la instrucción ni si· Notifíquese y dese cuenta Así definitiva• de que sean reapreherdidoe por hallarse
quiera hicieron referencia de los que pre- mente juzgando lo resolvió y firmó ei C. en libertad bajo de fianza abúnándoles
sentó el defensor y ninguno de ·aquellos, Magistrado interino de la 3' Sala: doy fé. siete días que estuvieron p;esos. Tercero:
expresó que Blanco estubiera armado; L c. V. V. Villa.rreal -Li.c. León E. Al- ~e decomisan las arm~ s q11e se recogieron
sólo el Señor Margarita Amador mauifes- dape.-Sacretano,-Rúbncas.
a los acusados. Cuarto: Se sobresee es fa.
tó haber visto que el citado Blanco seguía
Monterrey, nueve de Octubre de mil no vor de Cipriano Rodríg uez por haberse ex
á Carrillo armado de un machete, dicho, veci~ntos ocho No habiéndose interpues- tiuguido la acción pen1l con motivo de su
que aunque nad a prueba srbre e· particular t? nrngun recu;so ?e la anteri0r senttn• fall-cimiento. Qt1;nto: Se deja el proceso
debe desecharse en atención á lo antes ex• c1a dentro del termmo legal se declara que abierto para continuarlo contra Eleuterio
puesto y en tal virtud, si Se toma en cuen ha ~a usado ejecutoria de conformidad con Luna al lograrse su reapreheación: Visto
ta además que el acusado era superior á lo d1spnesto Pº1: el artículo 45r del Códi- el recurso de suplica interpuesto por el de
su adver~ario por el número de las perso- go de Proced1m1t·ntos Penales; en conse• fensor de oficio de la sentencia últimameu
nas qu,: lo acompañaban claramente se cuenda expidánse los tastimonios de ley te mencionada, lo expnesto por el C. Mivif'ne en conocimi, uto de queCarr\J'o obró ;1 Sup~ríor .G.obierno del Estado, poniendo nistro Fiscal y por el mismo defensor ancon ventaja al cometer el r,.r rido delito a su d1spos1c16n al prncesado Manuel Ca- te esta Sala renunciando la audiench de
que vor ésta•ci cunstáucia deb • t
r• e , o- rr!llo en l_a Peniterscirí; &lt;iel rnism~•• trans- ley, y .Pid:e~do éste que se, mpo 1¡, á: s~mo calificado, a tícu,~ 4q2 í ac, 6r Iy IV cnb3se d1~h.a resolue1o_n y arcl)1v,se la patr,,crnado Clemente Rodng-u•1. el mínt y SI 2 del C6digo Peu ,l.
causa, As1 mterlocutortameu!e ¡m1,,~ndo mun de 1~ nena que norresp mtle y qne se
Cr psiderando: que co JO Carr "lo con lo resC'lv é y firmó el C. :tvfag•strado tuk- absue'v'l a los otro~ •fos procesad, s: Vista
un b,·cho ejecutado e• 11&lt;1 0' 1 J• ~ viol6 r ne ,J la :,"' Sala: dPy fé. Lic. Villarral ia citación para senteocrn y todo lo d más
dos disposicioras pena se H&lt; en 1 t • &gt;e• T' f! L u" E. Alda¡Je.-S c. :tario. Rú- que con•ta de autos y debió tenerse prenas c:liversa~, &lt;1 b 'es!:';·' ·ele t 1 a , 1 1: •vis,
\
sente; y
ti:' ce• 1'l ,xr c_ue c.or , ¡:Jr,c
c.r
P.
--R ~su1tan do primero:
·
Qne ; - n h_ del
5160 riá g•ave 'I tn el C' • 1
t enfecret ría de la 2'!- Sala &lt;iel Supremo dieq y siet, al diez y ocho de M v, de mil
r( d ~¡;t~ !P qn ne c'i • •enit:rr ·e '.l ~,;b nal de Jnsticia.-Mon•errey Nueve novecient·s dos se verifico un b,Íile e·,1 la
ot. 1 c mt' a6;:,va te oue el ~ cn•o en Le'rt
'
d •m rcaoé,i.
· · ,,e
,, Janr~gn! t ngr•·g, ci6n de
o .
uso de I facultld ( ue la ley 1&lt; r ';,, , C'.1•
Mor t ·rrey, catorce de Agosto de ¡:1il l a:·} Hondo de h Viila de Al;,,ude al que
flifica ,como
XIde primera clase' art.kr.los 45 n~vect·eu tos oc h o.- v·1st~ ~1! gra do d es~- concurrieron entre otras personas los enracc1on
Y r 85 del Código Penal.
phca la presente causa, m1c1~da de ?ficto causados Eleuterio Luna, Santos, CipriaCousiderando: que las lesiones que _no el d!ez Y' ocho de Mayo del ano de mil no- no, y Clemente Rodríguez, estando encarponen ni pueden poner en peligro la vida vec1entos dos, por el Alcalde segundo gado de cuidar el orden el Sr. Lino Ocay curan después de quince días se castl- Constltuclo_nal de la Villa de Allende, con- ñas como cabo de policía y Nasario Silva
gau con la pena de dos á once meses de tra Eleuteno Luna, por el ctelito de leslo- y Gorgonio Guerrero como agentes; qu&amp;
0

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6

PERIODICO OFICIAL

PERIO])ICO OFICIAL.

habléndo nrtado Ocañas que Eleuterio Lu tos y ausentandose Eleuterio Luna a quien ha de amonestar al sentenciado para que
na y Clemente R, d ígue?. se retinbsn del no pudo presentar su fiador por lo que se no reincida; abonarle el tiempo yue haya
baile, á platicar según le dijeron lo,, g
le h•zn efectiva la fianza, estando pendien- estado preso dura11te la iostn~cci6n, condenarlo al pago de los honorarios de los petr6 para ver si traí an armas y le rec, g ó a• t..- ann la reaprehensi6n de aquel; Y
último una cuchilla qne traía consigo aeLonsidtrando primero: Que está legal- ritos que intervinieron en el proceso y dejándolo luego salir; pero como en seguida mente comprobada en autos la existencia j~c al ofendido sus derechos á salvo en
notara que reñían á bofetadas se aproximó de los delitos de resistencia á los Agentes cuanto á la responsabilidad civil artículos
i ellos y lo encontró R rlríl[n•r, diciéndole de la Autoridad y lesiunes que se persi- ~o ro2 182 208 y 287 del ('ódigo Penal
que estaba herid", P"r lo q , pn cedió juo !!neo en esta causa, ~on las diligencias de y 220 del de Proce•limientas Penal es.
to con Gorgooio Guerrer&lt;&gt; á 1, aprehen- fé judicial de las heridas que se ha hecho Considerando sexto: Que por la muerte de
si6n del citado Luna la que se cou,igu11, ménto, los dictámenes emitidos por los Cipriano Rodríguez está comprobada en
aandole Guerrero algunos cintarazos para peritos que clasifiraron aquellos, las de- utos con el certificado de función relatirendirlo: que al conducir al aprehendido claraciones del ofendido Ocafias, los dc,s vo, se extinguió la acc:6n penal en lo que
para entrega rlo al enc~r~ad, de la dem~r• Agentes Silva y Guerrero, el testigo Ures- á él se refiere, según el artícu lo 242 del
cacióu se Je echó eocim, un grupo de 10- ti y el procesado Eleuterio Luna de la~ Código Penal; y que no habiéndose consedividuos entre los que s e h lila hao los en que se desprende la resistencia opuesta á !!nido la captura de Eleuterio Luna debe
causados Rodríguez, trat~ndo de quitarle los mencionados Agent,es
la Autoridad; dejarse abierta la causa, para continuarla
{¡ Luna según decían para matarlo, por lo estando comprobado as1 mismo, que Luna en su contra cuando sea reaprehendido.
que se opusieron dando Ocañas algunos fué el autor de la herida que sufri6 Cle- Por lo expuesto, de acuerdo en parte con
golpes con su espada para retirar al grupo, mente Rodríguez, que éste, lo fué de la el parecer del C. Mmistro Fiscal y con
y en ese acto recibió á su vez un golpe en inferida al cabo Ocaflas, pués no obstante apoyo además de los artículos ro, 35, 371
el brazo derecho que dijo le iofiri6 Cipria- su negativa, asi es de conceptuarse en vir- 42 fracción I, 43 fracci6n VIII, 4.5 fracno y una lesi6n en la cara cerca del ojo iz- tud de lo declarado por el mismo Ocafias, ción XI, 47 fracción VII, 239 fracci6n I,
quierdo que no supo quien se la iofiri6 no el Agente Silva y el testigo U restl; deb1éo- y 487 del Cód•go Penal, se reforma la sentaodo si que estab"n del lado izquierdo do tenerse á los acusados Rodríguez como tencia suplicada y se fa la. Primero: CleFelix y Clemente Rodríguez por lo que respon•ables del delito de resistencia á lo, mente Rodríguez es respónsable como
creía que uno de ellos hubiere sido su he- Agentes de la Autoridad toia vez que asi autor, de los delitos de lesiones y se le
ridor: que el agente Nasario Silva declaró se desprende de las cleclaraciones de l0s condena á sufrir la pena de tres añcs, sej¡¡
haber v•sto cuando Ocañas dtó á Clemeo- empleados Silva y Guerrero corroborado meses de obras p6blicas á contar desde el
te R, dríguez 110 cintaraz" derribándolo con lo &lt;licho por el testigo Uresti. el prv- día doce de Septiembre del año próximo
al suelo y que éste al levanta ne le arr• jó cesado Luna y demás constancias relati- pasado, en que extinguió una condena an~ aquel una piedra ó laja tou la que le dió va~ artículos 415. 423, 424 y 429 del Códi- terior; 1mptiesta tal pena con calidad de
en la cara; y el otro ageute Gorgooio Gue, go de Procedimientos Penales.
retención por un~ cuart1 p~rte en el caso
rrero, expres6 no saber qu en fuera el heConsidtcTando segundo: Que á los res- de la ley. Segundo: Santo~ y Feli x Rodríridor del cabo Ocañas nfi iéndole los he- poosables del delit &gt; de resistencia á los guez son responsables del dd,to de resiscbos en los términtos ant s meociona~o-. Agentes de la Autoridad es de aplkárse- tencia á los Agentes de la Autoridad y se
Resultando segundo¡ Que los procesa- les la penad~ uno á dos afios de prisión 6 es castiga con la pena de dos afios de
dos Rodríguez negaron haber formado p ar- obras públicas de acuerdo con lo precep- obras públicas, con calidad de retención
te del grupo de que se ha hecho refcren- tuado por.,¡ artículo 858 del Código Pe- por una cuarta parte más en el caso de la
cía confesando después, S,m tos de aquel oal, debiendo aumentarse seis meses de la ley, empezándose á contar esa pena desde
apellido que él se acercó á preguntará los m sma pena por haber sido más de tres los que fueren reaprehendidos, por hallarse
agentes dónde estaba Eleuterio Luna sin que opusieron tal resistencia y otros séis ltbrer. bajo de fian,a y abonándoles. siete
saber quienes lo acompañaban, rqntestan- por haber empleado armas, al oponerla, de días que ya estuvieron presos. Tercero: Se
dole ellos que lo hab ao llevado para conformidad con lo prevenido por el artícu- decomisa el arma recogida á Santos RoAllende: que Luna conf ,6 h , ber heridoá lo 86o del mismo Ordenamiento.
dríguez devolviéndole á Clemente del misClemente Rodríguez porque éste se leheConsiderando tercero: Que en cuanto al mo apellido la cuchilla que se le recogió
ch6 encima cuando salieron del baile y delito de lesiones de que aparece respon por no l,a~er hecho uso de ella. Cuarto:
que cuado el gru 1,o de 10dividnos se arro• seble Clemente Rodríguez, por estar com- Se amonesta á los reos antes mencionados
j6 endma del cabo Ocafi ,s pirlién 'ole que prendido los artículos 503 fracci6n III y para que no reincidan, haciéndoles saber
lo entregaran á él, procu,6 escaparse como 505 del C6digo Penal, según la clasifica- las penas á que se exponen. Quinto; Se
lo hizo, presentándose después á la auto- ción rendida por los peritos de la herida rleclara extinguida la acción penal respecridad: que de los te, tig-ns examinados sólo que aquél infiri6 á Ocaflas, se le debed im- to de Cipriano Rodríguez en virtud de sn
Gab1no Uresti declaró haber visto el gru- poner les penas de uno á tres años de pri- fal1°cimient0. Sexto: Se deja la causa
po de gente que pe,Jia
les entregara á si6n ú obras públicas que fija la primera abierta para continuarla contra Eleuterio
Luna, observando que el cabo Lino Oca- disposici6n citada y de uno á dos también Luna luego que fuere rea pre hendido y se
fias d16 un cintarazo á un individuo y és- de prisión ú obras públicas que seflala la dejan al ofendido L •no Ocañas sus derete &lt;lió al empleado un golpe con un palo ó segunda, pués as! lo preceptua el artículo chos á salvo en cuanto á la responsab•Ii•
piedra oyeodo son ar en el suelo un peda- 507 del Códigodi expresado; quedando al dad civil. Séptimo: El reo Clemente Rozo como de piedra ó metal que salt6 y le prudente arbitrio del sentenciador tomar dríguez, debe pagar los honornrios de los
di6 en el brazo. Se dió fé por el Alcalde entre los extremos referidos, lo mismo que peritos que intervinieron en la causa, con
instructor de quH Clemente Rodríguez entre los que fija el artícu 1o que castiga la motivo de la herida que iofirió á Lino
prese ntaba una herida hecha con instru- resistencia á los Agentes de la Autoridad, Ocañas. Notifíquese y si dentro del térmento cortante en el costado izquierdo, las penas que estime justas según la gra
mino de la ley no se .,interpone recurso,
que Lino Ocañas tenia una herida en la vedad del deli to y de acuerdo con lo disparte inferior del ojo izquierdo hécho al puesto por el artículo 65 del propio C6di- reaprehendidos que sean Santos y Fdix
Rodríguez póogaseles, lo mismo que á Cleparecer por instrumento contundente, y go
Luna presentaba tembiéo dos les;ones con
Considerando cuarto: Qr1e en virtud de mente del de igual apellido, á disposición
tusas en la cabeza¡ siendo clasificades por que el reo Clemente Rodríguez ha víolaiio del Ejecutivo del E;tado en la careé! púperitos éstas últimas en la fracción I del con un solo hecho dos disposiciones pena- blica de Allende, expidiéndose los testi.
articulo 503 del Código Penal, la de Cle les, las que se refi~ren á los delitos de lemente Rodríguez como comprendida: en el sienes y resistencia á los Agentes de la monios de estilo; y devuélvase el proceso
artículo 505 del mismo Ordenamiento tar- Autoritiad, es pro~edente que se le aplique al Juzgado de su origen para los demás
dando en curar más de quince días y la de la pena mayor que es la correspondiente á efectos legales. Así difinitivamente juzOcafias comprendida en la fracción III del las lesiones, estimándose la otra violación, gando resolvi6 y firmó el C. Lic. Macedoartículo 503 por haber dejado cicatriz per- como circunstancia agravante de acuerdo nio, E. Tamez, Magistrado de la segunda
petua y notable y en el artículo 505 ya ci- con lo preceptuado por los artículos 45 frac Sala. doy fé.-Lic. M. E. Tamez.-Lic. N.
tado qor haberse podido poner en peligro ción XI y r85 del C6 iigo Penal, sin que
la vida.
sea procedeate la acumulaci6n por acor T. Benavides.-Secretario, Rúbricas.-En
Resultando tercero: Que se recogieron darlo asi el artículo 28fracción II del mis- dos de Octubre siguiente, se hace constar
á Eleuterio Luna, una daga, á Clemente mo Ordenamiento.
que se recibió y agrega en una foja un ofiRodríguez una cuchilla zapatera y á SanComiderando quinto: Que todll pena de cio del C. Alcalde segundo Coost,tucional
tos del mismo apellido un garrote, siendo prisi6n ú obras públicas por dos 6 más de la Villa de Allende, en que avisa que
estas armas reconocidas por los procesa- años, se debe imponer' siempre con calidos referidos al serles mostradas por el dad de retención por una cuarta parte más los reos Santos y Felix Rodríguez fuecon fejuzgado; que dnrante la instrucción salie- en el caso de la ley; que los instrumentos ron de nijevo reducidos á prisión
.
'
cha
treinta
de
Septiembre
anterk.,;
e,y
ron en libertad bajo fianza todos los encau- con que se ej · cuta un delito deben deccisartos, falleciendo Cipriano Rodríguez se- misarse si fueren de la propiedad del reo; fé.-Lic. Benavides.--Secretario Rúbri'
gún consta del certificado que obra en au- y que en toda sentencia condenatoria se cas.
'

1

'

)

PREGON.
Rqpdh tc-,11.. l\t,.xioana -Pr s LiRocta Municipal -Mon
lerrey, N. León.
A lRe diM de la mit;ftana '1el rita~ de MRrzo próxlmc,,
en el Salón de aonerdCls dE&gt;-1 R. Aynntamtento, Y en
el mejor postor, se rematari en pdbltc-.a subasta un
tAneno rle proolf'ldad mnotclpat que comprende nue
auper-fictA d'i' 4q metros onaliradoe y ttene por coltndancte.e las sigohmtf-e: al Norte y Poniente, corriente&amp;
dol R!o do B•nta Cat•rlno, el !lur, propiedad de la
8eftora Juana O6rdoba, y al Oriente, calle de Vera
tl1'11L

Duftlnte el Mrmtno de las pobUcactonee, que se

ll.ar6n trPS veces. de atete en siete dfBB y hasta la hora
de 11abe.i:1ta., A.&lt;imttt,áo poeturae que cubran la cantl•
dad def'0 .00 vflftlt"" "ef!OB en q11e ha sido juettprf'•
olado dicho t qrreno; bajo el conOf'pto ""' que ee lP
ooncede al denunciante el d"ll'8&lt;'hn &lt;iel tanto.
Monterrey, 9 de Febrero de 190G.-P. C. M~rtfn~
B. Ram!res Angulano.
o,14,16,18

EDICTO.

Cía. Minera "La ]fraternal" S. A.

Ju•j!&amp;'lo do L,tnu, de la- 6• fracción Judicial ,-Ce
rralvo. N LPOn.
C1on fPcba diecinueve del preeentf'I mee e~ rarlto6 rr
Pete Jargado, bienes de Jo. Sra . M! Francleca 8ol1e.,
vecina que fné de f'Ata vme .
Lo qne ee heoe 88ber al póbltco p&amp;T&amp; que las peno·
nR&amp; que se crean C(ln den=cho á la herencia de que
RO trata, comperer&lt;'an á dedu('irlo en ~1 término dP
tTEl'lnt.a. dfAEI oontarloe iteede lR ferhe Pn que ee pnblt
que el áltfmo F,rlif'tn. itP C&gt;onformtrlAd e&lt; n lo rll111po_,F1to por el art. 1685 del Código de Procediml•ntoa 01vllea
Cerralvo, 23 de Enero de 1P09. ..-Lto. N. T. Benavi
des. -A- Primitivo C. Eltzondo. -A-A- Florentino
Guerra.
o.v.11,14,17163

p r la rnnt,R Di"~"tlvP-, ee hece saber , los Bree.
~cciont .. t "
IR Ci,.
\ 1 inera ,La. FretPrnahi 8. A.
-tu"' dt&gt;ed• t&gt;l a. 1ri , l tn I FD adelante, s e rf'par
tl,A el di 1 , n o ,, , 10 • e .............. ,10,000.00
(Diez Mil Poso•) ó sean $10. tDl..z P8""•) poracc!ón
ln8 que se pagarán todC's ioA dtae laborables, f'n &lt;'&amp;m•
b1o de recibo y cupones correqpondint.es, en México
eo PI B11000 Internaoinna\ é fiipo~rio de Méxloo,
• 0 Mont&lt;&gt;l"r,,y, ~n Pl Bn,cn MerAArtll de MonteTrey 1
en L11.mpazoe en la Oflotna d e le. Cfa. Calle del Oomerclo No. 101.
Lampazos Febrero 1! de 1909,-El Brlo., C. M.
Garza.
'
o . 13,14,li

AVISO.

,o

EDICTO.

Juzgado 1? de lo Oivtl-1 ~ frecclón judlclal,-Eatadfl
de N. León.
Con fecha dleoinneve de .Agosto anterior se radicó
NOTIFICACION.
"'D eete Jnrgado el jatclo de lnteetqm.,,ntaría del Sr.
Jazg11.do 1º de lo Civil.-1• fraooión judicial. ......_Eeta-- ATiiirés C't=1rda, vecino que fué dft eata. cl_uda'1.
Y pol' dfepoetclóndel O. Ltc. MaOAdomo Gil Trevlño
do de N. León.
JnAz 1° d~ LPtl'B8 del Remo Oivll de la l • frecc16n
Sra. Adela González de Espínoza.
Ju11otal del E~tado, e0 mqnda publtcsr el orf:leentPBo el Juiolo ,-jec11tlvo civil que arbre cobro de p,oMB ttene Aiiicto tres v~e de dtfls f n rlh•z dfas ftn el Plflrlfidtoo
'PTOmovtdo en ffU ront,~ @1 Sr Llo. Juan N. d~ la t1aua y Evia como Ofioial del Gobierno del Estado, A fin de que 1&amp;11
ap&lt;1,, ..r,.,,,o d .. D. /MI!§ Att L. d&amp; la.Gana H ha dtotado una 11t1ok!n- oereonne que ee crt1an con derecho A la herencia, se
ela qae A. 111 letra dlct&gt;:
Mont•1'1'f'V t, .. tota de Dlcl1&gt;rubH de mil noveolentoa ooevf',- presenten á deducirlo en tl término que t1etablece el
"fleto el P1'f'e•f\t,. jalcto f'jE'cutlvo oivfi promovido por el e,. L1o. art 16"5 delCMlgo de Prooodlmientos Civiles.
Juan N:. d., la Gana y 81'1111 Ol'mo apoderado df'I ~1' Don 1- ~ M♦
Monte•rey, 22 de Septiembre de 1908.~Lto. Jooé
L de la ~ana, cnotra Ddi, Adt&gt;la Gon,:A.lt&gt;t de Eaplnou todos de
o.v.8,1114-162
Aeta vPchu1a'1, ht. dllfg• ntrl• de requertm!Poto, la olt110t60 para Juan Vallejo, Srlo.

?e

7

COVOCA'l'ORIA.
Juzgado Segunao de lo Civll.-México.
El Lic . José Rodrfguaz Gil, Juez 2'' de lo Civil de
fleta Capital, por auoo fecha quince de Mayo dltlmo,
ha mandado e,..convoquen A IRe personas qae ee orean
n, n dATPrbo 11. Jo" bif'ITI&lt;"B dfl intestado del Señor Lto.
Abr1-h m G nz, Tr.,.vifin, pnrfl qu+t se presentan A deiiuc1r o Pn loe t15rmtnre gu • prevtenfln loe &amp;l't.e. 1760 y
17-1R del C dt~o de ProoPd1mt~1,t e Clvll,.e del Dletrtt,o Farteral. y ma~rló e-+ h--gi:i.n lae publ CPclonfe en
loe .PerlOdiooe Ofin 1al d, 1 O blArno del Estado de
Nnqv'l Lfl'ón y dt'l E-1t'l.dO de México.
Y en cumplimtento d~ lo mandado expido la pre9qJ1tq para AU pnblicación.
Méxh-n. Julio dtez v O&lt;'ho de mil novecientos ocho.

aent•T&gt;cla J caa.11to md.a debl6 vera" y o ·ovino tener 'l)'l'e&amp;ente, Y
Remltando to Qoe oor 880'1'1to de f-'Ob-t. "C'h 1 de Qctob~,. oa•"~º
-Lic. Fdo. Oovarrublas.
o.18,14,15
ltOU el caraoter &amp;ll:peudo 11e preaeato el Sr. Lic. Garu. J Ev1a, J dlJo:
•0111 b, Rra 4dela Gond.lH de E•plnou COTl&amp;tltny6 11. favor t"le 10
po!!erdaaWI htpoteoa e11p.-olal y f'Jl'.DTN&amp; sobre las flncae a,bsnaa
Juzgado 2• Constltuclonal.-Apodaca. -N. León.
qa .. e• t"letall11n f'D la e~,ltura pGbllca que t,,mbten adjun«.\, para
El d!a veinte y dos de Abril del ai!o ppdo. y por
w11nntl1:1lr f'I O"R'º t"l11 la cantidad rlf' 11•le mil qu nlento11 l)'"ll l'&gt;II, QUt"O
el '2r d .. la tl •'l'U. ¡.. , ...,mto "u pr,atamo •l VPlntlaao del m .., de dlsposloión del Juez 2• de Letras de lo civil de eata
wan'o •"-1 oonle11tf' 1160 uf onmo el de 101 lott"OrPlff'II OO'ltrlboclo.
:aH al E\ta!!o J cc,1b11 jnt"lfclalPB en 10 cuo. D fll la m•notoaada traoolón Judiolal se radicó en ••te de mi cargo el Jnla-,rltnn. apsreoe que el r6dtto f'Bttpula.,o fot§ f'l nao y cnart.o oor cto de tnt1:!8tado dft Dnña Bernarda Eltzondo, vf'Cina
alentom&amp;naual, qae la Sn. deudora se obligo &amp; P•rar por meUBna- que tu6 de esta V1lla en la congrega.ción de HulUdadea venoli'IH, fijindoae como pi•"º para la devoluot6o d&lt;&gt; la
nntldad prettada el t6rmtoo de d011 aii1ll oontadf' ■ desde la fecba nalA.
Lo que se pdblica en est&amp; forma, para que las pel'
...¡ otrira--ml•ntode aquPlla, atek de Abril dfll aflo en coreo obllEo mo de la facultad que &amp;la preald@ncla de esta Ooml)ll~•
rtorin el prlm@ro y libre 6 de prl•ll"l[lo ¡,ara la mutua~ri• 91 eonas que 88 crean con derecho A la herencia, com- le oouttere el A:rt 2 de loa eetatutoa que la rl¡en, oor 111 p,.....ot.. M
S..guodo. S• n111cM. adem'8 lf,. oo modo •:1:preeo que eerfau &amp; oar-- parezcan 4 deducirlo en 1:11 término que fija el art. conoca 11. tod011 loa aoclootatu de la mtema. 1 A,ti,mblt1a G•nerat.
i,n ,'/9 la R,a Grinz;&amp;les d111 Esplno,a •1 lmouMto oon que la l@y de
que ae verlfloa:r&amp; li Ju JO a. m. de el LGnee B de Fo.bruo pr6DIDO.
B'WJ1euda d.,1 E•tado a:rava loa oont,atoa g.ranttaad,:,11 oon htl)rit ► 1686 del Código de Prooedimlentoe Olv!IPO.
en lu Otrolnu de la Oompafila, bt,jo la ■lirotente
- . que el lt1Ulre11 oonvfllT&gt;ldo llfl oanurf•, aun de11p11u dfl ve.ooido
Aoodaoa F.nMo 20 dA 1909 ..,,_Lio. G Z!lmbrapo.el piase&gt; del preatamo, mte.ntra111 eruvf"r&amp; lnerluta la 11uma de rf'f#- A--Healqnl~ Garza.-A .. -T. F. E.zdo. lgleaiu,
HDOI• y qo11 al. l• Ara. motnatarla (r..1tar• al p11so de uu me■ ""
o.v.8·11-lf-162
lt Informe d•l PrNldeate llf'l ffl.ado d" loa aft1f()O']oe de 1• Ola.
lllterffM 6 al rumbo leo d" una oantribuofdn Ntfl 11010 )al'(lbo aer&amp;
2t PreMntaot6o de lu cuenw.8 de la Teeoreria 1 aprobac14a
•ott•" d111 dar ¡,or 't'ancldo el 01111.0 'P•ra fil pa«o total de la deuda
de ellu en an e:a,■o •
.,,n "'" 10• lnte,,e1111a J o-,ulrlboctootoa coneapc,ndtentea &amp; to4o el
8t B@DOVMlldn dfJ la Junta Dlrectl•a.
• ,. (lb11r..tnrla) Ahf!lra bl"tD como M haya dado fll ouo i,re•l•tlr&gt; ea
,, Loa dem.f.a aeuotoe que N presenten oonfbrme I loe ......
.. f'..tlpal!lddo rttada al la d•l parnfo qOf' an""oede, PDM la wflon ~nd1M de Bapfnoa lld'o ha papdo el ~dlto ODR'M1)0Ddltoate
Juzgado 29 de lo Chil.-1• !racci6n judicial.-:&amp;!tado
M'onteneJ Nt11!1't'O Le6n BueTO t9 de IICII.-Ola.
Pa•~
al prlmer mN del OOJ1trato de que e111 ba 't't1Dl4o haclendo m.jrfto,
de Fierro J Ki.oufM:tuHra de Mo11\ene1, 8. A; T. Wlnflfll~.1 •
• 1• J~lmenlfl ext.-tble •1 cumpHmlento de la ob1tpol6n. y en de Nuevo Le6n.
0.11,11.A
-,n1110oencla, obM&gt;qntando lu lndraootonH de m.t elle■-. qllJ.fJD
Con recha veintiuno de diciembre próximo 1'.&gt;&amp;S&amp;do Prelidente,
'°4.. , •• lfMt10DH pnldeD.... para oon,. .1dr UD •neslo
••'ROIIIO (IO" la 8~. deudora tia renUado alnno ■atllfalorlo 't'tlD• .., radlo6 en eate Jmgado el Juicio de ln'"8taao del
r l '1C11mand11r &amp; la1'ra. Adela Gou&amp;lm: de •otnoaa tobl'fJ ,-,o Sr. Looto Lose.no, veolno •QO" fufi de aeta Oindad.
i!le la caatfi'Jatt ileaef■ mll qatnlentoa PNOI, que lfl p1"Mt6 mt cliente
Lo que"' hace saber al pdblteoA ftod~que laeperoo1111 ■a•
"11 al tfon f'ailpulado oor todo el aflo ob11ptorlo y de
•l M 0011lrlbootl1nf'I al Estado OOl'J'tlqlODdlent"• &amp; • • ml•t■ o ptirlddo nal!l queª" orean con derAehn , la hel"f'ncla, ae preeen
de ttempc, e■ l• fnt..lf1•11ola de que ■t ooroua'quhrrr m•tt-t'O la 1t1a- tfln l deducirla dentro del término qne fija el art.
Prealdencla M'.unlolpal.-MontemoN!loo, N. Le6n.
ta.,ct-.ctd11 a ..1 Jaloio que por eete oouno pN&gt;mQH'O dorare mi• 1686 del f'ó~lgn d• Prooedlmf•ntoa Oivil"8.
•'11 del Yf!Dclmlento lle Ne • ~ obltcatorto, baco .. zten ■lv■, mi de.
El Lnoea, 22 dA F~brero próximo, &amp; Jaa dlu de la
Monterrey,
18
de
Enero
de
1909.-IJo.
Joe6
Juan
VaJb&amp;tid• &amp; lnt lnterf18611 y oont.rlbncton,.. aob.tcul•nlM huta qufJ ae
o.v.8 11,14-162 mafl.ana y en el local de eeta Preatdencla, ee vende't'al'f'flqoa la c,n,no)ela ao1uc16n del of'61ttn QUfJ NOlamo. Oomo fDf'l- llejo, Brlo.
rin, en aobuta pdblloa, dos lotee de terreno para
laPOflDt-l "'• """""h" ,,,. 111- aoot6n qafl tnt,,,,oto oltq 101 arta 1211t,
111T, l'IM, t!WII. 18'7#1 tnc. In, lllM. 11199 1400, 1718 v 11011 del OMtwn
"°lar. de loa EJltfos de ,ate Municipio situado en la
Olvl', F en n.«&gt; ,,. lllB f'MlnltM .. qa .. O')noa.,fll •l ut. 9!1 de aone'I'"º
demarcacloo Lerdo de Tejada. El primer lo'8 mide
toa •1 flll I del Oddfro dfl ProoeoUmlentoa del ml•mri Rmo. opto pnr
una mper6cle de 1.411 metros 76 declmetro■ cuadrael J•'cto ,:111Cut1vo »tdteodn qn111 attatanolado •n 1• f/lrm11. que Ja lflv
Juzgado de Lotraa de la 2• fracción Judlolalr-Oade- dos'. teniendo por oollndanclaa: al Norte, propiedad
,...nelva, f'D dtft.,ltlva que pfOOel.'le la acotdn 4ut1 lnW-11•
lot1nl• rer-.rt4a vfa 111)Pcatt't'•- y MI oand,.na &amp;1 ■,demanda al PIIR"I relta Jlménes, N. Le6n.
de
Jee11s SAnches Arredondo, al Sur. calle de i,o1
ifl la o,atMad ,eo'am,l!a de ,na tntfJ,,.1 ..11 al tloo parita.,o &amp; partir
Hoy ae radicó en este Ju,godo el Jnlolo de lnteeta- medio, terreno del Nuniclplo, y al Poniente, el Rlo
..,, 't'•fnt1uoo rt11 Abrtl ael C"•"e"•• dio ha-ta que flrf'CtGfJ ..1 ~
. . 1.. 0011trfbtt0100•11 p•Jl',l'IU al 11)1it.A4o por mi cltente hnta .,. ment&amp;rfa de 1a Sra • .Josefa GonzAles de Fox, vecina Plion. Y el ••gundo lote.mide: 8,041 metroe tiO declteob., J la■ CJ011ta ■ ilf'l ore~nte juicio Qnfl tt.mbl 0 u t/)rm,hoe11t"' quo foé de esta Ciudad.
metoa cuadrados, teniendo poroollndanclaa: al Norte,
JNJ ■ m'"' non fanifamento en loa arla,, 142-f. d .. t 00,jfl'"' nf't'll y 1111
Lo qa•"' publica en esta forma para que las perso- calle de por medio. el primer lote denunciado; al Bar
f'lac. rn dt11 dfJ p,oo.,i,hut..ntoa otvll•"• mand&amp;adoa1t h&amp;Of'r tn.uce
y remeted• 1.. lnllMI h1ooMQa.du &amp;!o deque oou 10 poduot.o a•a nas que 88 orean oon derecho , la herencia, 88 preaen• terreno que poef&gt;e Dn. Abreham 8Anohe1, al Oriente.
n111plld•m•11te Mtlar•cho el o,Mtto de mt clt11nte en lo■ t.erm.b:loa tAn 4 deducirlo dentro del tfirmtno qoe eefiala el art.
calle de pormertio, CAmion que conduce, las haciente I• P'"llfl&gt;"t.. dem•nda.
B~ltadrto: 1o Q11s'a1mttlda la demanda en la 't'f&amp; J forma for- 1585 del Código de Prooedlmientoe Olvllee.
das de Oapellanls y San Vicente, al ponlenM&gt;, el
Oaderelta Jlménez, 19 de Enero de 1909.-Llo. del Pllon.
•wllt.da, M 11.loto auto ID'l'l-1,1" rec¡uerlr, la -temsudada Sra,
d.laa de Bflp11101a aob.," plllll''"' ¡f., lA oaatl"a" d• qafJ aotM ■e hfao Polioarpo J,loralea.- A -Jeetla Balleateroe.-A--Joaé
Lo que 88 publloa, para que las pereonae que tenlllfJDol6n, tntern,.a ,. nnutrfbn"'"ª "" ,...+looh1t"lu y Vfll"Ci'1"s, qu111
o.v .8-11-14-162 gan interee en loe doe lv~IJ de terreno 1 deeorltoa,
praotlcado al rt1qn"rtmteuto la demaudada "'"'nlfflfltd nf' hac,., oago DurAn.
de lo que ee reolam11b, por no &amp;.en,., oamerarlo d"ltgu,do paH 11ue
pasen
&amp; hacer eue poeturaa con la debida oportunidad,
M embull'arao la flooa y ~rl'flDOI &amp; qae e rf'ftere la MDrltara fuoen Js inteltgencla1 de qne e et.is no baJBrin: de 180.0I
dsmento de 111. a&lt;:o!6n: QDf!I fJD el aoto de Ja diligencia el actor nom
para el primer lote y de $120.00 para ol aogundo,
br6 oomo df'O'O"'Bltal'fo rt!ll loe btenea at&gt;fialadoa 11. la mfema demanda••• 1 dfJol'tlt11ilo fil emba'I" ee mandllf'OD e:.:Df!dlr h,e coplea ,11apeoJuzgado 1? de lo Civil . +•l ~ fracci6o juclieial .-Esta.do cuyos precios se han fijado como base de l'f&gt;mate,
ltva• nar11 el registro dfll 11qnel y a• m1tn'16 dar oomo cimiento del de Nuevo i,e6n.
tPntondo el derecho del te.nto la poeedora D 11 Conoepnn"'b .. .,,11,.nto de dfl¡t0llltarto h~ho en 111 oent"na de la d11maolfa••• qol • n &amp; 1)"Hrd11 b11b1&gt;r 111do clt,d" lf'IJ&amp;lm.,nte no (!OmoareoJd 1
Ayer se radloó en eete Juzgado fil juicio de intesta- olón Garc!a Vda. de Oant11.
....,..btr lt. !'Jnt11'Jcsoi6n: Q11P re~l11•,,..,,. fil l"mb,•a:'"' n.,., de laa coMont.emorelos, 27 de Enel'O de 1900.-Arnulfo BPrd'&gt; de los Bree. Juan José Oarcia y Emet.erta García
ptu ■e a11rPgn &amp;lo• --.nto" ponA 1011 efeoto11 ~nfll"nlent@e:
0.12.13,1,
RaBT1lt.ando: 3 Que 4 l)f'tlc!dn 4,.¡ actnr BA dlot6 aoto prevl- tte G,ucfa. vecinos que fuerón de la Ofndad de Mier, le.nga.,-Otprieno Ordofiez 1 Srio.
nleudo &amp; la dftm1U1dada que dP.ntro del termino dA h'M '111 ootn• Tam.aulipae, sfAndo orlginarfee de Ja Villa de GaJ"('Ja.
pareciera &amp; 6ate Juzgado li haoerpagn de la oaotldJ11.'1 6 &amp; ol)Oner N L. quienes fallecierón eu 23 de Noviembre de 1887
.., , la 11Jf-oncldu aal como tauto ésta como t&gt;lact(lr uoml&gt;ra.ran el tH'rlto avaluador A qufl..,. rf'Offl'reel Mt, 1023 del 06d1go de y 26 de B•ptlembre de 1883 NlBpecti... mente.
J'rOOf&gt;•ttml ..ntoa Olv11e11: qa.e oottrloadas llltl'I partea ata que hicieran
Lo que eehaoe saber al p11blioo para quelae pereones
•I nnmb'l'&lt;ll'll!Pnto 4,. u~rft.o y IM'lUBll.da or,r el actor la r,.behUa comc
lo Ol'f'II"' b• flll art. 1024 rl11J mlllm.-. OrdPnamlp.ntl} 1e mlJ.nd•ron tra. que se crean con derecho d. la herencia. s0 prf'senten
CONVOCATORIA.
e,1011,.ntoa&amp; 111 vt.. ta oara rtlctar la eentencla quedantlo lae parte■ á deducirlo dentro del término que eefiala el articulo
•eblilam•ntf' ont'f cst"1•8,. J
1686 del Código de Procedlmlentoe Olvlles.
Por acuerdo de la Junta Directiva 88 cita 4 loe Srea.
Oon1dt"l.,.nmdo: fo Qn• .,¡ jafoto ejerutfvn D'l'OO&lt;'dfll al,.mtm1 qaf'
Monterrey, 26 de Julio de 1908.-Llc. J. Garcla Aoolonlsta!i para el día 26 del corriente mee á las cuala deman,.a ae t'ttndfll en º" tftolo que 11"•"" aDarPl~l'h1 ejeou+
o.111417 tro de la ta.rde en el 8&amp;lon de Junta del Banco Mer•
el6u, y f'Sta ea de8oa barA cuAndo e• tratA rlA h"°e' •f.&gt;atlva un• Guajardo, Brls.
ohlhranMn ch•rb i,-,t,t,mfr&gt;ai'Jay fJXlll'tble 6 dR pliuo cumplido art
c•ntil de Monterrey, para celebrar Asamblea General
m. 980 rrao. n. "8S, D83 y 999 del 06d.llf0 de Prooedlmlflntoa 01.-flFII
Ordl.iltUiB qae tratar&amp; de los stgoientee puntos:
1 biajo este COOOf't&gt;tó en el prE'9eute oae:&gt; ha procM..ldo la •la ejecn
tlva puea BA rondó en el tt&gt;athnnnio de ana HCrtture pdblfoa qne
l ~evleion de cuentas del t1lttmo afio eoofal
]leva. ap11refada ej.,cuol6n y de-l cnal adf'm'8, ap&amp;Teo111 J11plme11te
2• Informe de las gestiones de la Junta Directiva.
0!'1DO'l'Ob11,d11 la ohl11l'&amp;Ci6n dt&gt;&lt;tnllTidl.d8 i la !:Ira. Adflla Gou1:ile~df'
3? Eleoolon de nuevos Directores y Comisario
•pfuoaa. tnda VP,: QUfl no c;nmtill6 la par.tRtfo eo la propia ef!Crl
Por at'3uerdo del Ooneejo de Adm.int8trad1n de esta
ln'l'a QD"' 1• lm'OOne •l d•bf'r dP oai:rar al l)l'lt"lf'rdantfl df'l actor por
4º l,08 demás asuntos qne 1110 sometan á la asamla cantld•d "" 11efa mil qulnfentN\ p.,en1&gt;, "' unn y onarto 00'1' ri"nto Oompefita Minera, se avlea A loe Sefinre9 P.C°.;!Onistae.
blea, con arreJ;tlo áloe Eatatuto8.
Jllf'Dan,I 6 ••ao orh,.nt• J U'I O"llºfl velotlolnc'l C"'nt1l't'0111 c&lt;1da m"• que hoy se ha decretado la octava exhib ..16n de $0.60
Se recuerda á 108 Sres. Aootontstas que para tener
..eocldo af.,odn condkl6n qne 11I f111t.u11 al pagn de un m,.8 dfl In
ctncuenta
centavos
por
aoolón,
la
cua.l
deber4
haoeree
tereae1 6 al rembol1n df!I 0011 contrlbool6n 6nte hef'bo at-rla motivo
repre8entact6n en la Asamblea deben depositar en la
para dar Por vencido el plazo pua fil pago total de la deuda oon efectiva el di&amp; 16 del próximo mes de Febrero.
Tesoreria de la O1'.B. SUB titulo8 de aooionee 6 un certl•
bllereeee y contrlbnr,lotie,. 11. todo fil plazo fifM'o,
Monterrey,
Enero
30
de
1909.~El
Secretarlo,
A.
ftoado de Depósito de ellas •xpedldo por alguna lnaOnn-lnfJraa~o to Q11e A mayor abnndamf Pnto, no habiendo la
Oueva.
o.12,13.H
IBra. Ao11dl11s d" E-otoOfla Df'gado la d•uda qnfll NI Ji, reclama. ni
tltaclón de crédito y qae d•ben bnoer la entrega f.
oonéatoY&gt; A la ftjf'Cnoldn, dP-be oonald"'""rl" 011a dt1odaolerta y IPgf
más tardar el dfa anterior al dfl la AeAmblea.
t.lmA y ob11.-11irse i la dfllolfora al paro dA 111111 con la re~prn,111,b1ltd11"
Monterrey, Febrero 6 de 1909.~P. Benltea Leal,
civil conl'ti;tolente l)flf' la falta d11 CU'1lt,limlpnto d 0 ea ob'lg11cl6n éa
to ee loa lntA'rPlle8 l.'aotllt"loe dfl&amp;d~ qoe l'lfl 001:1,tftnyl'i en. mora bfllata
Srlo,
o.12,13,H
la romplflt&amp; flolncl6n de la deu&lt;1• coa lu rtem&amp;-, nr,.1hw1lonp9 PIM
1)Ulad1u1 aPlltoBfulflclalfllll J' co•W dPl 101010 fl ..gan loa arla. lAAO
1862. JUS trae.. J. 13'it. 13g2, tSQS. HOO y 1424 del Q6dfgo Ofvil y 188
fuo. III dfll de Prooedlmlent.o11 OlvUea. Por to •s:pu&lt;11to y ooa fon
damentn at,em!a Pn Joe arta. 1024 J 1032 del OrdeD&amp;mtento ultima
m11ute oltao!o, 8fl rfllltllv~ Prim•to: PrOONle el prEOeente ju'clo efe
SEGUNDA CONVOCATORIA,
c::utfvo civil promovido J)flr el Sr. Lic. Juan N. de Ja Garza y Evla,
CONVOCATORIA.
oomo •oot'l"rado del Br. Don Jo,.a Mt dt1 la Gana contra la 8n
No hablendoae verli!cado, po~ falta de asistencia
Adf'.la f.Jl}11&amp;IIM .re Eaohw11a, y 11e ,._~1111'11, qu .. 811ta deb~'J' eati óbll
Por
acuerdo
do la Junta Dtreottva 88 cita Aloe Srs.
ga,t-. i f'l"lrar 111 aot.or T" 1ome. dP t,R500.00 f!•Js mil qulnl,.ntoti oeena la Junta General A que se convocó oon anterioridad
y miti aobre nt:a cantidad loa lut..rUf'II p'lctad(la al nno y cuarto para el 31 del próximo p888do mes, por a, nerdo de Accionistas para el dfa 26 del conient~ mes á las clnoo
por ciento rn•ntmal, d&amp;lr,fl el dt" .. u qne 8"' C(ln1tltQy6 l'D mnra J la Junta Directiva y de conformidad con los Estatu, de la tarde en el salón de juntBS del Banco Mercantil
df'm!is D'l'fllitaclonM et1l'puJaduen el rlc,cnm,.nW, bll9e de la aoolÓa,
de ~onterrey, para celebrar la Asamblea General
lu,eta f'.1 en que eevf'.rlflqoe la ctimplf't• Mlncllln de la dellda, aaa- tos, •• cita 1( t,odoa los Bree . aoolonlstaa pera el dotoe judlclalee y costas dol juteto. BE&gt;gnnd 1: En an oportnoldatl bi mil' go 14 del actual, d. lae9 a.m. en la casa dt'l Sr. Ordinaria, que tratara de loo a!guientes puntos,
1? Revfslon de cuente del 'O.ltimo afio eooial.
iraae transe y remate delos bienes f'.Dbargadoa, y oon eu produto Presidente calle de Dr. llller No. 6ó de esta Ciudad,
pago al aoreador. ~l'Oera Not1ffqo8Bfl. Al1. dlffnltlvamH1te Jus 4 fin de que tenga verlftoativo Ja Asamblea menciona2• Infome de lae gestlonea de la Junta Directiva.
.-ndo lo reeol't'16 y ftnoó el O, Lle. Macedonio 011 Tr,.v18o, Jnes 10
si Elección de nuevoe Directores y Oomlaarlo.
de Letras del Ramo Ol~U: doy .ffl,-Llo.11. Gil Trevifio.-Ltc. JcÑ da, en la que se tratarAn loe mismos asuntoe oltad'oe
4.• Loe demAB asunto&amp; que se BOmt:.tan á la asamJuan Vallejo, Srfo.-Rllbrlou.
en la oonvocatorla del 81 de Enero del corriente
Lo qne M nottfloa a Ud. en eet:a forma de a&lt;:uerdo oon lo dtl afio.
blee, oon arreglo á loe EBtatutoe.
pnelto fJQ el art. 78 del Código da Piooedlmfento• OlvUea.
Monte oy, Febrero I de 1909.-P. Benltes Leal,
Monterrey, Febrero 1° de 1909.-Srl~.• Gonulo Garllont.erre1, Bn•ro 20 4• 1809.-Llt, JodJun Vallejo. IBrto.

EDICTO.

Cía. de Fundfoí6n de Fierro J Mannfaeturera
de ~onterrey, s. A.
CONVOCATORIA.

Oi:den del Día:

-

EDICTO •

....

ª"

·~-

•"'º

,.,t-,...

PREGON.

EDICTO.

P'•1'VD•,"

nn.

ru.

ª'"'º"

EDICTO.

Cía. Minera "Las Higueras." S. A.

Cía. Minera. "El Saucillo" S. A..

Cía. Minera La Florida, S. A.

o.lf.11

la

GomAles.

Cía. Minera "La Al·g~tina," S. A..

o.18,14,16 Srlo.

o.12,18,li

�. r

PERIODICO OFICIAL

8
PREGON.

NOTIFICACION.

Cía. Minera &lt;Todos Santos&gt;, S. A.

PrfoAi-'enntt, Mnnlolp,, l. -Mn11t,&gt;mor"ll08, N. T.eón.
Et 1\f!6•o , Jee, 24 dA F , brPr" pró:rim ,, A l11e 10 de la
mei'i""" y"'" .,l local do ..11tll Pti8 denota, ee venderAu
en ~uba~r.,. publit&gt;,a &lt;1, s lot68 t rreno para solar, de
los EJI , e dt-&gt; ••~t .. :.\luülclpio, situados t·n el barrio de

Jnzge.do ll• Local L&lt;1trado. -Monterrey, N. León.

AVISO .

Mt&gt;na lvil. E primer lc-te mide una F'nperflcle de
t,tn metroe fl8 deofmrtro9 cuadrados, 11• ~11ndo: al
•orte, calle de por medio, con t6rrco de lb ilaclAndR
de Mfx1qulto, al Bar, calle de por m&lt;idio, con tt11rrenn
Ge Oapet1Rn1a y con el ePguodo lote denunciado. 111
Oriento!, calle d" por medio, con t~rreno vecante d, 1
llnnlolplo, y el P ,nlflnt". ron terreno dA la Estación
•el FilrrooRrrll C ,ntral M• xlc11no. Y el BPgundo lote.
ele forma trl111"gular, mlñ1&gt; 4'-6 metros ruadradre, ~■tAndo porlfmltfe: 111 N rt-&lt;&gt;, cv,l)A de por m1&gt;cllo, e '
primer Jote denuno!atlo, al Sur. terrPDO de l'apetlar.fR,
.,- al Poniente, terreno de la ~etaci6n del Ferrocarri
:,a citado.
Lo que se publica, para que las personas, que tPr.
pn Ir tarea en ke ñre lotee de terreno drsCJ':tos, pa
aen A ba&lt;lf'r ene pcetnrae o~n la debida oportunidad;
en lB tntellg.,.nct11, de QUA f"lt!l" nn bajaran d1•
'936.00 para el prlm•r ldP, y df\ $18.00 para Pl BP!ZDD·
do; onyoe precios 88 b'ln flj•dooomo base derfm tfl,
lenif.ndo el derecho dFl t,11nto 1, 11 P"Stoedor•l:l •Paráe
lermanoe,, Indalecio B•li:le1a11 yS· lomon Gon,AtFz.
M.ontemoreloe, 29 de Enero de 1909.-,Arnult',, BPrJanga.-Olpriano Ordoñe11, Brio.
o.12,13,14

NOTIFICACION.

En Asamblea general ordlm1r,a. v r 11 "l11 .,J ~fa
S t flor Secundino Lara.
16 del prHente mee, 11e acor dó, que fet i
m ñl-,
En loe aut&lt;-e del j11lolo Pjrcutlv~ m,.,o,ntn Q'19 "" ••1 contra pro- '!::metltutñ11 y l'&amp;dlcada t'ln esta Oludad de Mo,.ttt-moremane Is rApN-•MtBo,lln del t:lr. R•fa•l &gt;lalln ■ Odn,11, os hs ,He••· r11 t u
AD 1, IIU""@lvo en domloillo, en 11) l; IU 111d
do nn" aentf.nole, cuya P•«te ruolntorla die&lt;':
llontnr&gt;y, qnino,. d• F.:oHo de mil nt&gt;vi!&lt;ll•ntc-e 11uovP......... Por tL \{ ,nt rrt&gt;y, c~plt&amp;l de este Est!ldo. y qaedar,a
lo ,xpaMtoae reauelv•: P,Jm,r,: Pr•o•JIA el Jalotn ,j.,,.attvo m•r ...t,blooldas eu~ofiotnas, en la casa N• 'n2 de la oalh
o,,ntll prorno•ldo por el Llo ll•Mlno P, Qatnt■ntlla como ap~dPr •· HMnhro.
cto d•l ~r. R 11f'a~l Hl'ltnJ1~ r-a?1tt1, co tr"' .. Rr S•cuoifno La"'n; 11n
Lo quA P"" mAdln &lt;lAl p•"a~t&lt;&gt; 11vleo, 88 hace saber
c·~n@A&lt;'UPt:C'A 1ft flif'c·Ara bltea&lt;10 A, t,- A N1R11tr a\ ..i.r. ~alinA1 '·•o' O 11, ou r •pr•.,.ntant, 1 .- limo 1• &lt;'&amp;nt•~"d '1&lt;' &lt;!roo cl•nt 1 pP808 4 ln8 il,t~l' sa1oe pt1ra pn co 0&lt;'1mlnr•t,&gt;.
que "e le rpd&amp;mf'u, C(ID !ná-. tr-1 intflr~ ■t-a hl u o pn,. cf..nto menM,,ntAfll'•rAl&lt;•B, q de Ellero de lllilll. El S •lo. , J11PU~l. dP11rlt' 11\ fP:(b" del nombramt~,..tn p·~s •nra➔n, h ,ata PI df• fin
o.111211
qu&lt;1 se TArtflqae el oair~. ~lfU"&gt;&lt;lo: "• coui&lt;101o 81 mtamo gr, Lu1, venoio Villarreal.

r,

0

"" IAA O&lt;'l'ta• dpJ Jatclo -T•ro,,ro: Hh,.•A tr11ncA y r&lt;m&amp;te de lo•
b 1en•B •mhrnga~o• y con an producto b'{""q pago al aor•edor de la
•u•rtfl prlnotnal
No•lflqa••e. A•l deftnlllvamentu furgan•
~o 11" , ,.. hM J 11.,n(I •l O. Ju,z 2v M•11nr Ltotrain: dam&lt;&gt;o f6.-L1o
M n(l.,,,z 8 ,llrot;,.r~o A-L. del 8 ,aqae. "- Aguatfu 0&lt;1me1.llbrlc••·
Lo qu• •• 1'0ttfk• A Ui.
form• .,., rnnform'dad con el
rtf&lt;:olo 78 dJ-1 ~f\d·K{' ti.- Prcc,,riimftrn101 Oi•fl a
Monterrey, ,2ade ■ 1ero de 1909. - I,tc. lll. 06me1 B•ll•s·erno.
o.JI H .

von••••·

CU. IIINER1 "EL 'fR.USV U." S. A.

"º 'ª'"

AVISO.
Juzgado 2'? Local de loe H errera11.-N . León.
Ea el Julolo de- qalehr" 1..tol11do pM los Rr•e. Tlburolo, Domttl
lo, Ramón y Abraham GonrA'er, en favor d., eu• aorC1Pdor,e, el O,
JuAS de LPtrn de uta 6~ traccl~.3 ju1i~l1.l bs dlotado n~ r.uto qae
f, la lc,t,a dice:
•
0.,nat~. coforce de S..ptl,mbre de mil nro,.•clc,ntno ocho. Por prPsentlldn y a•mltMn en cuan to , lnll"'r PD d•rPCho el aut&amp;
rior, omito""" loa rPC•dna qn• "" ac·•mp•lhn; 6 lnlc!A.,dooe por
In• Rrf'f', Tbu•cto. T&gt;omltlln. R,món y Ab••h m tlonrAlezi,orou
'netanria. ltqnt&lt;i•dlln Jn11d•l dA m• bl nPO, o n fundamento en
PI 11rt1tulo 14111 fracoltn I. 14'19 y 14n d•I Ctl&lt;i•ir&lt;&gt; de Comercio vi
gAote, tániraa• oor lnlcl•do el juicio d• qal bra A ln&amp;IAnc'" d• ko

CONVOCATORIA.
Por 11cnf'rr!o del (Jom1Pjo de A imiuietración de la
~nmp i'ifa Mlntra •El Tra11sv11l S. A• 8'! onnvooa Alot1
'\, fi"'ree R!.!(Ji ,nfst,s de la (l.~ y 2. "'.f'mle 60), A8~m
ble11 Oe.aeral lll que tAnirA su verltlCRtivo el d1" 1t
de FEbr{']'o del entrant-:1 A lae 8 y media p. m en la
o~Pn ~- (') 71 Ciille dA Gnlbaldi dorotolllo particular
del Sr. Je~da M,u1B Salluas b, jo la siguiente

Orden del día:
1~ Dn cnentil del Eeta~o de la n• g"ctactc'in.
2- Facultará la Directiva la l!qnldiicl6n de la Oom

pti'ifB.
S• 011t1Jq11tera otNs asuntos qae e11 som@tan A la
del!b,,rac-i'&gt;n dti la Asamblea 6 l!qatdaoión de
Sr. Antonio Hernández J:Iiracheta.
la Compllfifa.
El in&lt;'idPnte de coetee reli;tlvo al juicio eJecutlvP exoriP&amp;ar!nq e-16rireRAt-n1A1Pz6 f&amp;•ordA ,na acr~~o..i-&amp;Yf!Üt)rPII P.P
Mont.Arrey, Enero 28 da 1909 -El Si!Crf'tulo ,-Pemerc1mtl1 que en contra de D m Conrado Lozano á drn TNovliio, Muirarlt,, Oarr.a rl'pruMltAdo p.,, su e•ooes, Oottter dro
Centsno.
0.11,12,13
v O,.tr", Fr11nct•co ArmAUillll• ~uce,mra 6 L DSvlls P1nres v,ctun
qnlPn U 1. representa eii;ue ente rete Juzgado 1&gt;l J,io dA
MontorrPv, y BilvPrlo ºº"'''"•dela VIiia de Mario, en coose
llenuel O,,ni,lil,cz Gar2a e'&lt; moaporlHatln ñA Drn B1&gt; rnf'ncta
prr•~d••e Al a•Pgu,..mtPnto de loa bl•nPa r,1peotlvc,e 11nhrno &amp; J. Garza Gutiérrtz. ee ha dictado el ant brn•, c,rr,.apn~d•nci• y d icomenwa dA lne d•odor,• A cayo et o
'Ir
to ee nnmbrn l)&lt;)r f'ote Jo«{&amp;..,, !'ifo'1•on provlRiooal o••u las fvn elgnlPnte:
ta&lt;IPB qnP le cnnoedP lll le ol Sr. An,.dlo ArrPilon"o 6 IotPrv•n
Montorrey, treinta de Enero de mil novedent.,11 tror
cnn lee mlPma• f•cnltJ1&lt;lf'a RI Fr. Luc•rln E'IC'lmllla, prn• lb CONVOCATORIA.
nnr.ve ......AgréguFee al inC'idcnte á que PI\ rdin~ y e•1P111Aloaorn.,-,.nt1s•J baCPT"DPK0S n--,,tr11••" f-f crrtt,yqu• •D
blPne,, c,.dMosal S!ntllon nrombra.,.,, baJn•I apyrc blP ir &lt;&gt;cn1Jrrio ele la D'rectlva de Pat~ C'fa. Miur-&gt;ra
c,omo ne p1de clteee para nPntPncia en articulo. N ott trPguenloe
ml• nto ~e a guntia t-■ R'• en Pl prlmflr ~11.,n, y d,- rtPc'arar en el s •Rlo T nto» S A., ee conv"oa á lfle SrR Acclonlet.Ps
tJquPee. .A Rf lo (1.ec rf&lt;tó el O. J nAt: 2° Mennr Lt-trac\c, gondo
II ltR deu1nres coli,sblrs d" O&lt;'ultecl(I•; rublfquue por ttPs
v-c"•
conseou11vae e•t" antn ou ,.¡ «P~J16dleo o,cl,la riel E•la&lt;lo ie la mleme., A. A!! mb'ea OenMnl Ordinario, P"r3 el
Snplf'nte: DAm"8 fé -Lic. J M. V11le8dior.,-A-A.
1
y
rPttf•tTfo••
Ml PI R l{lstro dA f'omercl II cuyo et clo lfbr"8e ollclo día 14 del prtx mo rore de Ftb,ern. f'n la &lt;'.Rila No.
1
Gómez, B. P , ai o4. Rdbrbae.
..,
l••..rclóu .,,. ,..,e •nto al O. Reirts•ra1or Ptlb leo de lll P•oLo qua ee not13oa A Ud. en eflta torm11 t&gt;n c-urnpl!- ron
ptecb&lt;l ilA Pota VIII•, ~é"' ordAn al AsrPnt,,, c't11 Oorrf'no .,,. ¡,. Villa R6 da la CAiie B. Juárez, A hu, 10 d 1 1" mqfü\na llel
mlento del art. 78 del Oódlgo de Procedimientos Civi de loo H•n•n• i,an, quP la rorr••t&gt;Or tlPt&gt;c'a qn11 ,,..,.,.. dtr&lt;jlda, rilt"ri ~" &lt;lía, para tratar de }(&gt;8 cau1.-to 4 que eo refiere
Ice deudor,a J,. Pnt•,ro• al 81nill&lt;'o aln~Pn; y con fanda10antn
~a
,
•
"º el arUcnln 1410 del prnl¡,lo r61!g-. pro~i ..~ 1Pa ¼11 lu•,ro l ro ¡a siguiente:
Monteffey, 4 de FPbrrro de 19()11.- Lic. J. M. Vi, e,j•r
la oceptaolt'\n y prc•t•ota del &gt;&lt;fnillcn v d 1 Iot•r•~otor unon.
Orden del Día.
bra~n y hn, ln•go N mn ■A 11,.r,e 119" TflqufRltt, ,u, 11.-Uar&amp; f'aocl!nllaetfior .--.A-A . Gómez. A-B. Palaoloe.
1• Dar rnanta dAI est&gt;tdo 1, 1, ne1?nclRd6n,
ª'l!'I
el
,.,,.,10
'd•l
Tnt.,n
,.ntor
y
de!
Sindico,
lu
pu~rta•
d,i
la
ca••
·o.13,14
2~ F,leooll'.&gt;n de los m, 1mb~, s propl•tarloR y s
boc!Pl!'OS y de«t&gt;•cb • de leo dt1Udore,, y'°" l•b•ra \'I n11peles d~ en,.mict11o
"'º'º yc1.-mn•bl
a .•no~p•thl•• dP "mbugo qo• ae h•lleu en t&gt;l do
pl,.ntM de Js Junh Directiva, par/i el Lu ev
lflPI d"'n"orP•; á rnv(\ pf~•o v pa,.a Jo art~rl.,1ment1 dbi
11fi., ROC!al y nombramiento del Oomtaario y ~
pu•~" ¡,ase e•t11 n•g&lt;rl" ,.1 O. AleaMe 1o da 111 """•..••1a Vllh 11 ..
NOTIFICACION.
1
, rei,p ctlvo aupl nte.
f.,oe H•nerRe qni,.n t.Pn~,, r,r ll•nte p~l'!\ a P'"ie•tra 41111 ha dlt'Juzgado 2° de lo Oivtl.-1• fracción judlclal.-Ea irenc'.eo euuuol..,.oa Ju dlepoalrlon•• dtadu '! a&gt;!emAs lva artfcu.
Xo:ct1&gt;rr..y, Eof'ro 21i t!e 10!'9.~E' P•Aslfü1nte, Epl,
loe HSI y r~latlvo~ d•I Precitado ('16dtgo de Oom•rolo, practlcatado de N León.
dRI qui' "'ªº dtcb•o dlllg~ncl•• ilevol•"•' ute D"ll"'CIO para nro- tacio Oantd -El Soord.ario, Ep t-11clo L Oantd.
"""' lo m,• aoe oorrPO'&gt;Ond!I. Y Por tlJotmn p••T6•1ruel••, loo
o.111211
Sr. Antonio E . Rodríguez.
nombrPn fllDÚ'R fJ1 r •flr~s•ntaotf" oomd.r; beJ l e1 oon~p
Bn el Jn1cto fj Ac•utlvo mncanttl µr, m,,v1do cn11tra oca-,,yentes
to de QUf' , 1 no In h 'ct111,.,-n ll"'Ti nombra ,o 1'N'lf el Ju•,., ru"""~,, .. _
Vd. Por el Sr. Lic. Mfgu, 1 l'lrllo romo apt•dnado &lt;'t&gt; MI" al nropln "1°al1e 2"-t• qn• "1 no R&lt;imitt""'" el Sto11n" lot.nr•
via,ntoT 11u• , ,..,.~,ttvt'a nnrnbr amiPntM Tlombr• ~n .,~f c,n d111
loa Sree. 1Haardo Brem"'r y ara. 8noeeoree, ee dictó ell""I
otr1111 pen,ona, qu,. r •n,u,,. Jo1 r "t"JtJtettntt JPtr• l,.11 t''.." ,,,.tt,-m•
i,• tll ,...,.,,,.,O •tnbr• ,.,. mil rnvf1Cit1ntn1 n('bo. ,,_ orraent.'1 . .
1111 ent.o i la letra dice:
Delillr dJchoa C♦'Tll&lt;&gt;P. Nottr q11••- A B1 Jo "erre: ó y II rmll • 1 º·
Monterrey, veintltrf&gt;s de 1&lt;1oero de mil noveot~ntva Jaez d e Letrn Intf'rlno df' 1&amp; 5f trllCOlllu Jndlol&amp;I: damos fll. -Llo !A e-t• Ja,g•~o ~1 8 ·. Don l(a.dn B et, c&lt;&gt;m, o.p &gt;ilPra~o d•1 B•a- _
-en '1 L lndrP" r •é'l:100 v f.+ rA11t-- tt• 1, .anra•111,t An esta Ola 1'4,
Bsronlo
Floreo
•
..-A-Prlmittvo
Ellzoudt&gt;,-A-Florenll:,o
Gnerr*•
aaevE1.-,Agr611:neee al juicio li que Sfl rf ftere y como -Rabrlcu.
,t f au,nrtan1o ,an 111 -.fa 111omarta y fin Jraiclo h D"t11C11rln Al q .. º"•
11e pfde, pr..v6agRee al dE&gt;mandado Sr. Antonio E
Lo qa" M publica en ""t" torma .. u cu,.,¡,lfml•nto de lo dle- 91p6llto Ch•rl•o R eye•, aob•e pairo j111 I• oan•ld,&lt;1 d• 117.8'1'1111.
Bodrfgnez que dentro del término o.. tr"A nfl!" ,.uro, """ªto en ,.1 anto ln••rto• •n PI onun•ptn dA que deo8f'mp... ~leotolf•te m•l, treootPntol \reluta y tres J&gt;P•O'!. ••e,.nta y doa o..nta
ñ ,u l&lt;&gt;o ca•irna d" Rfn&gt;ilc,,, 6 lnterv• ntor ,..., ,., j'llcto 11,. qu• ª" tra vre. valor d'I nn pr6otam'&gt; • mutno ""º 1nter&amp;, lnterea.e 11 1m·pla oon la sentencia A qu A se r ¡,flerere . Notli'íqD('8P. ta
~iio,.a Alfrflltn l'ér.. ~ y Aec..11ofn 8•hnaa ?'~lltN eU•• meY'I• pn...to• '"P"Otl•OI', demau&lt;iando t11mh'lu lu ooatas, ooutrlbaole
Lo deoret6 y tl.rm6 el U. Jaez 2! de L ~tr11e OPl .R ao te, loa
por no haber ac•nt■do ~, btoe 08'1101 lo&gt;I Breo, Arredondo 7 B• t1f'I ~ inf.-ret1 • qrt• "" In 8"10•11ivo lltll • ~t11AO,
Jl'on~a fil ...,,oran '1,m,nd,. en un, "°"rltnrs nllbltra .,,. tecla•
Ovil: doy f6.-L1o . Lnna ,-Llo. J. Garofa GnaJardii,, oamllla nrlme,amenlfl nombra/loo.
Loo H•rreru, ll&lt;&gt;ptlembr,, 18 de 1908,-!11-r ::JhaOA _._A VI- 10 " " (!opro il• m1J nn•eol~D'"' trn, ot Tlf•d• ant,,, ,.¡ Notarlo pt
lrlo.-Rdbrloae.
b len D u "'bro•t lle L'lna ""' f'I 'Ir B •oollto f'b,,J,.a a.,,._.., , fa
0:12.11,14
Lo que ee notlfiM A Ud P.n Mt-&amp; forma de acn1&gt;rdo - " ' Garcda.-A-·J"8Cla Ballnu.
., rdc,1 Br O .,n Pt'dro Trevtll, , oon1U "'"º"" htpoi- "'p,olal -,
•xp,..•• ~" nnoe '4,rrenne atr •o• en la B•olPndo. d• Anh•lo, d11unml
eon el art; 78 del Cóñll? , ,~.., Proo!ll~lm!Pntre Ctvilf'e.
nado•••• Delptlo, "! •'l"" P'A1IJ&gt;f'• (hoy ,,. Perla) "n Jur1"'11ocllla
Monten'f'y, 1 de F b 'f&lt;ro de 1909.-Llo. J. G~l'OfP
M la Villa de Mine, Nna•o Le(ln ., de Rllmoo Arl&amp;l&gt;&lt;', Ooahnna,
Gaajardo, Srlo.
o.13,14
ro ■J)'!'Ctl••m•nte, &lt;'&lt;&gt;"'fr•nilt1oco b•Jo too ••wnlPntM ltmltf.~: dN'e

Jn1:gado I!" Locel L•trado.-1\lontArrey, N , León.

eut, ...u.nera

"R'.10 T'1nt o·., S. A.

0

CEDULA HIPOTECARIA.
11

0

..1 punto •n qae t!.-w.,rnbo&lt;'a e" •l RM de Pato• el arrovo qne vl•a•

Una hermosa
mata de pelo
es una corona
de gh.ria para
el homhre ó la

EDICTO.
.Ju~acfo de Letras de 1:, a• fo,odón Jndlolal-LlnalN, N. León.

•
Con t'echa velr.te y doro «id 11ottJal ee radicó en
tete Jnvj!ado PI juicio d"' Jn+Ht-.mentarfa i bleree dP
la Sra. Oármrn Uu•j11rd,&gt; Vda. d&amp; Eltzondo, vecina
que fa6 de esta Ciudad.
Lo que ee manda pTlbl car &lt;1n el Pt&gt;rlódlco Oflcúil
J' el Truf&gt;no qne ee edl,·tl&lt; 1,n &lt;eta Oindad, de dlpz en
dfe,-,dfas para que las pe!'IJ"Dl!B quA ee tll'Pen con derecho i la h erencia se pr eenteri á deducirlo dent.ro
tel término de la lPy.
Linares. Enero veinte v Seis do mil noveolflntoe
nueve. Lic. Luis Tr"Y l'h. A-Aguetln C. 011r,.ta.
-A.Antonio Aerrera García.
11-1417

EXTRACTO.
.A genciade II\ Secretaría &lt;le Fomento en el.Hamo ele ;\fi.

neria en Ü!rralvo, Nuern león.

El Sr H. O Hsrrleor&gt;, Norte-Americano, mayo:i:- df
flded. y de f'etu. vecinda 1 "º ea-rjt &gt; ¡:;reeentf do á 1 11
Oficina de mi cargo con ft1~ha cuntro del actual, rnllclta un11 conoPei'.m mlnl!!'n d(' nueve p rt!'nencil!.e para la. f'XpJct;ol6n de un ti&gt;rreno mim,rll.1 forma-"o pnr
manto11 y vetas con meta es plomoans o'&gt;n p ate y v.lno
,. qua ae h alla contl11;uo á loe fundos mlnertB •Loe
Ban Pedros» ampliación de San Pedros No. 1 y amplaoión de San Pedrea !'fo. 2, ubicadas eobre la Oor•
dlllera Norte del Potrero de Uriea de esta jnriedlo•
oión, dtblenclo locallznee dkbas parteneeclee en un
cuadrado fü, 800 x 300 mE&lt;trns con lee eiguiei:t&lt;'B oollndanoies: el NortA tf'rrPno libre de la f11Jda Norte de
la Cordillera, al Sur, en pnrte oon la faldl\ opuesta de
la misma y en parte con •~\mpllaclón de Buenos Ami
goe Nóm. 4.• al Ponlent,:,, en una extensión de 160
mftros oon •Ampliación de 8an Pedro Nt1m. 2,~ y al
·OrlentA º"º trrrmfo libre y oon •Ampllnción de Boe
nre .Amlg e N'1me. 11 y 4. La eolkitu"l 88 rrglstr6
bajo,,¡ ndm 461. llevará por ncmbre: •AmpllaC"6n df
S an Pf'drll No. -S "y parn eu mensura fati nomb•arl,
como perito a1 Sr A t nlo 8. Gon1á,ez de esta vecln•
dad, quien ne pt6 el ca go.
Lo qt1 ~ e pnl"e&gt; en ronfldmtAt'to d11l ptt.,iico éb le
j rm qt1 lo r lRpo o t&gt;l nrt 21 '1 l R '
Ento r.•tne
ro, á fin
q-1 1 I! pe 8 r. e quo oo ere n &lt;! n Of'l'f'•
cho, a P" e 1• ¡¡ á d rlnc'rlo do ante la eub tan •'a
cló11 dc-1 exp I r t) en tAta. Ál!: nde. para lo cu I s,
abro nn p I
ltnfrorrugable de c,ur.tro meses conta
dos dende b&lt;'ly
Oerralvo, F.:11.,ro eele da mil novecientos nnrive.El A. do Mmezfa.. C . Solíe Gnti6rrez.
o.lS,14,16

¡1

mujer.
Un a
señora escribe
desde Londrés:

" El Vigor del Ca.helio del Dr. Ayer
ha hecho muchísimo
bien ii mi cabcllo,que
crece ahora. es peso,
lustroso y suave, -,
1
:i.mlo c'&gt;tá trenza~
o ticno ;;;, pulgadas
').... clo largo. fü Vigor
,.&gt;-b clcl Cabello del Dr.
..._
Ayer dcborían
usarlo todas aquellas personas que
cuidan do su apariencia.' '

i También puede usted poseer una
corona de gloria tal, siguiendo este
ejemplo y usando el

'

Vigor
del
Cabello
1
f del ·Dr. Ayer
Limpia toda la caspa de la cabeza y
hace crecer el c~bello rico y abundante. No mar:cba el cabello.

Pregunfo U3~t i á su mi: Her) lo quo
opin ~ de I Vi_ or del car Jlo del
lJr. A.fr.
Preparado por el DR. J'. O.AYER y CIA.,
Lowoll, :MaBS,, E. U, de A,

d"I O•yo••· 6 tif a dfllldP 111 r&lt;&gt;u1lqe,.eh d" amh •, !lfirniPnilo •l Rlo
poran oorrt•nt&lt;.&gt;a••aral, h •••• la ,a,hilla del Oj'&gt; Prf&lt;', .,., donde
oon•lnd• la 11.n~• por torl&lt;'I l&lt;•B pnnve Qll'-' m•ne!&lt;'u, el tftu•o de
la BM!en&lt;la '1e At·h•lo, h a•'" ll•gar al ª"" ae llam11 •EIDl•n\t&gt;,•
e•~ •a dtonde rotln&lt;I" 'ª'" 1~te c,10 •I nllmero &lt;!oa; allt ., ,ttea 111
lfn•" ramb" al Rn~o•alt&gt; reolflmente h'l•ta llesrar al Fuerto d., lu
A lm•o. dA &lt;lr u-1• routlrtl, oon ..1 m&lt;•mn ruwb".I !ludOPPI" oor la
nm, "" 111 R1~T"' b ,tea ln m6'1 ""l 'n dt11l ponto c'lfllnnmtn"dn Cairrn lle
J 111 :'llarfc, •• Pn la ~terra ..,f"' mtAmo nnmhr.,.; ,,,. a11f ,io~tinu,r, la
,fn ,.,. 'flor J• d """,,.la '['l r opl, ql,..rr" b'l•ta Uurn &amp; 1a 't)nata de la
r,urhll11111•1 Oj~ OallPnt•; y di' '"'" ronto ,ma lfn~a r"&lt;&gt;ta qa• ,.._
,:nfen&lt;lo la nrnlonp:11Clón mMemA !ca d• ¡,. lfnt&gt;&amp; qa, vl•ne d ►I "&amp;,
,ro d• }as Narlcek, 111 11unta dal ""'" lle Ol • OKllPnt~, tArmlo11
•n f'I pun ooorrea¡,ondlent,.de h r.nch'lla &lt;I l F.•plo"•", qaMan..nc-u ..1••c!nt1•""•" Joten1\merotr&lt;s el l(l'll&amp;j•dPl C y,t...c,,u ..
P"ttn v

A , ..rir!n""br•

cnr!'•""onn,,l~n•ft ,.n Pl ( t&amp;en tle QOP eet, lfn•u1

o,,mpre~d" uor!\ el lad~&lt;!el lotA111l.,,•ro nen ..1n!tod Airn•J•, "el
punto !'o•reR0&lt;1u1IIPnt,,, dA ta car.ht1•11 v ltMrA '" lfne~ h 1cl9 ,., !'ff
po? el ll'nclelacochllla h•ata ll"lf"' A la m,.j,ne•a-.ur que••,
en la i;,n1,h de 111 onrhllla d l EB;&gt;•noz ,. da ,!,nd• tomM, e,! ATTO• n ~Pl ()ovotf', ~1•n\endo Ali rn~,' b :&amp;1',A P-n t1rp,ambo,..a1ora fl'ITJ pJ
Rfo dP P11•os. D ch·&gt; t- rrenn q'l• di! lfU11nt•nodo •l t'.!-"P:O y IP.fl'al
r,ret111clfu1 ~~ IA C'\ntMarl "" q 1 1tnr.A mil 'P"'llre. @'nfll fntorP!l'-1 ~ '1'&amp;•lln dn in· 8 •nu I r.•ntt,.llrab',0111 mla'lln tlp~ dn 1011§ •J •ñ•..,
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qT ra oti.' Q'le e11torp zen ,.1 curso del 1&gt;res•nte !ateto v """ ,,itan
n Prln• q'b• pnr "8ta aotr·1 6e e"&gt;nca1e Al Sr. Lle lhf el DAv!l&amp;,
"n~••·••v l"'nero 6 a11 1909 Lic., M, OU Trevlii).-J.lc. Jn~
Juan ValleJo, Srlo,
0.1?,13,li

EN p ALACIO.

[ 1PF.EN1'! DEL GOBIERNO,•
~ P.PCTOR i ADl!I\IW lll~lt.

A. Brondo Whitt.

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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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