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                  <text>lffiMO XLIV.. ~=

llonter1·ey, Viernes 2~ de Febre1·0 de H)09.

; !..:t!:=

~UM. 17.

•.

I?ériód'ico 0ficial
D!L QOBIE.RNO DRL ESTADO LIBRE YSOBERANO DR NURVO-LBON.
-

Las leu&amp;, los .decretos
••

y

. ....... .

damas disposiciones soverinres, obli1an por el solo hecho de ser publicadas en este Periodico.

Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

t.-llesp~ñsa,ble la·SeCret3.ría del Gobl0ni0. -----

CONDICIONES.-I&lt;~l número dcl día mi..: UUCI•: Cl•;NTAVOS. El número atra.;;ado !JUlNCE.-Toda cumunica.:ión oficial deberá dirig'irs~· al Redactor de este Periódico.-

CONDICIONES, - l':ste periódico se publica los :\-lártcs y
Viérnes de rada scmana.-Yale la subscripción CINCUENTA
CENTAVOS al m,·s en esta Capital, y CINCTrn;N'l'A Y 81US
-fuera de ella fralh'11 de porte. El pa~o ,l,·hc hacc•r-.e adefan-

La

~t__

remisión ele arisO!-- se harft 1lirf'ctamenlc al .\&lt;lm:nistr:L·

1lor del mismo.
1

Cootrato-Coucesi6n, me permito someter; ~ rtcibi6 en tsta Secntaría 1R atenta
á la aprobación de ese Superbr Gob ernoi comunicación de lTd. n6mcro A-87 r--\Vel pi;oyecto de tarifas que para los scrvi-l 101 fecha ?e ayer, 'CD que se sirve ~olid~ar ·
¡cios de agua y drenaje en la Ciudad se! la aprobac16n d_el proyecto de tarifas, tn:
l
E
.
· serto en la misma, para el cobro por el
propone
esta Jleceiesta
mpresa. Dicho scrvfc10
• d e agua y d rcnaJe
· d e 1a Ci'udad •
• •
•
·
•
1
1
'31'3 el :-:t•rYWJO ht' .\~utt _r HrrtmJe. , p_royecto h~ sido formado dcs~ués de va- con el mfnimun de cuotas. según la renta.
nas cntrc\'1stas del que suscribe con el de casas en que se estableica dicho servi1Compañía de f cnicio de Agua y Dre·
Sr. U-obernarlor, atendiendo á sus indica- cio; y habiendo dado cuenta ceu su citada.
naje ~e Monterre-y, S. A. Númtro A Rí1 ciouts y juiciosas nbservacionf's sobre el nota al Se~or ~o~ernador, en acue~do de1
,W wr.
,
J partií..ular, habiendo quedado éste en la hoy ha tenido a btcn, aprobar
tarifas de
I
De conformidad con el Artículo ~, del I siguiente forma:
qttc ~: ha hecho 1~1en~o, y d1spaner. que
·'·
las 1111sma.i qued~rau •1gtntes 1nrued1atameute que el Gobierno reciba las obras
''F:royecto d.e ':C'a:ri:fa.s
llc\·adas á cabo por esa Empresa para e:;-.
para d Servido de .\gua y Drenaje que ~onticnc el · lfínimum de tahlecer t:1 a.ervicio de que se trata.
Cuota~ ..según la Renta de Casas en 4uc se cstahlezca.
. Tengo la honra de decirlo á Ud. en res•
puesta rc!iterándole las seg u ridade) de mil atenta cousideració::i.

PERIODICO OFICIAL.

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H...111m,¡.

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12,500

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18,750

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3.00
3.5o

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8.JO

33,350

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61.

..

120.

•

¡

•

Libertad y Conslituci6n :Monterrey,
¡• 23 r:I~ Feb~er~ de 1909.-Rum!J11 G.
éh,ivarn.-Rulrnca.-Al Sr. Ingeniero e;. R.
C. Conwny, Representante Oficial de 1.&amp;
Compañía de Sen·icio de Agua y Drenaje
de la Ciudad.'- -Presente. ~.

i

GOBIERNO GJi~N}JRAL.
¡

Secretaria de Fomento. Colonización é
que ocupen casas de la¡ á III 1:alegoría, jlndt~5tri~- de.~ª Rep!1b.lica \Iexicana.cminrlo su exceso de ga~to sea de -oooo Sección~ - Numero JO-¡O.
litro~ arriba, podrán hacer arreglos.-, para ' CONFTR}fACTON de derechcs al uso
gozar ,)el precio de 12 centavos por mi lde aguas.

NOTAS.-1~-ia renta _por medid?res
cownnes de ag~~ de calibre de cinco
•ct~vos de pulglfa ( 1 5 'J miljmttros,l
que ;e co~~1dera?~n como _pr()p!eda,l de
]a ~ompama, sern de vernte centavos I uar.
,
·me
d~ cura rcnt,t q11eda!1 e:xeuta~
.5ª-Pite&lt;leo formar!ie agrupa1:iones de
Co~no result~do de las gl!.c:tin1H:i hechas
·po'.- ~111 :n o, a _&lt;·on_tar desde la t~rha, la~ 1dos ú más. ª~feso~ias, para obtener en gru- por l
eor SI y co~o re~reseut:tnte d:
.ca~a¡ e,~ las do:-, ¡mmeras cakgonas.
~" el sen·tci~, baJo la proporción que se- 1los acc10n1stas ~~ la Co:uum~ad de los J-1 1•
Iodo exceso de gastos de agua que nalnu las tanfas.
.
gueros, á f in d-_ qne ::,e le 1.onfirmeo los
Jrn~n l~s oonsumidorec:, sobre.loqne seiia-1 6·~ -Toda coml;inaci6n qne no quepa &lt;le_rerhos que tiene a~ 11~0 y apro~echa}~ lzt 1ar~fa ea rn c_uota respt_ct1~·a, se p~ga d~u t ro U"' cst~ tarifa. 5e arregbrá á pre-, wie_nto de las aguas d1.;, no Pesc¡.uena, en
ra al m•~mc , pr7c10 eu ella 10d1~adoi s1 º", c10;; cou,·enc1011ales, sirviendo · cñ cuanto ~l riego. de ter~~nCls d~ _1~ ~ac:eoda ele
excede u~ un -cincnc:nta pcr ciento; pero e:; posible
base, los que se dejan seila- 1:,05 ~ 1g;1eros, en Ju11sd1cc10u de Cadeloqnc pl"a:·e½ Lse cincuenta por ciento 'ados. ''
re1ta.J1mt·nez. E stado &lt;le Nue\'o León, le
iSe c~brará á tre~ ce~tavos m~nos el ~iillar
.\_tentawe_ute me permito suplicará Vd. 1 ~an1fiesto que hecho ei estudio corres~onde h¡ros ubre p~c1c, de tarifa; debiendo s~ sirva pedir al Sr. Gobernador su snp,- 1 d ente de los do~u!ueotos que presento eu
en1endt-rse CJUe 2os excesos de Rasto de ' nor aprobación al proyecto en rderPocia apoyo de su pellc1.60, y duda cuenta cún
agníl, no. :tltera~ i~s ·cuot1s de drenaje. /cuyas tarifas se pondrán en vigor al dis~ to:lo _al scnm: Pres1den_te de la Rep(1blica ,
que.son fiJa~(
•
.
ponerlo :¡sí el propio Sr. Primer ~fagis. : el nnsmo Pnm_er Mag1str.idn, con ~undai1.--C:1sas de,.gaslo .superior, &lt;'Stableci- trado.
•
.mento de lo dispuesto en la fracc16a U..
rnientos e(), graddes agrupacione:;. como
Protesto á Vd. las seguridades de mi del artfculo ~9 de ~a ley d,:i 5 tle Junio de
1
colegio-"'. hoteles. etc. ttc., al hacer un re.;petnosa consideración.
.
rSRS, ha tenido á bien resQlver que so11 de
ga!to meniual cuyo mínimum se :.precie
M~nterrey, Febre-ro 22 1 de 19cy.--(; confirmarse como en_ efecto. se confirma1!,
por 5u.ono litros. pae.ar~n á razún de c::i- R. f.,,_ Co1111•a;1.-Rtprcsentante Oficia] é los derechos q':e la ( omnmdad &lt;le ~os H 1torce centar,is por mil litros, y t-e :;justa- Ingeniero en .Jl'fe.-A} C. Secret ,,rio del ! gueros, t ene 31 uso Y apn~vecha1?1ento de
rá
cuota. por servido de dteoaje de mu , Esti¡do, Sr. D. Rmn,ín í;11 nía Chifr,un: i 1_~s aguas del rio Pesqueria. ( b1ca! en el
do roporc1onal cou la tarlfa, ,, se.1 a] ~re~entc.
: 1 l~go de terrenos ?e l_a _i¿ac1enda de Los
och o tn por ciento s0hre el \'a1or de cst
¡1:{ig:ieros,., en Junsn1cc1on de Cadereyta
mínipmm de cénsumo de agua, cargáuRepúbHca 1'1exica11 ••• -Gubicrn
, _ J!men~z. Estado de ~uevo Le6n. ~· en candolclf todo CI~es_p A 12 centavos por mil tado de 'Nuc,·o León -S
t
de}SEs t1dad nasta de tresc1ent0s doce litros por
litros.
...
ción ia-Rclacion•• ·JI ~credar .¡_N, ec- ·egun1o, en el concepto de que e.ita con~.
~.. Y ac1en a · per3a1c10
· · · de t crcero
4~-111 1ava&amp;U{!=rfa,
balnearios1 etc ro 7 11.n
· ume firmac1o'n se hace sin
1
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•
que mejor der«ho tenga.-Mb:ico, Fe-

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PERIODICO O]'ICIAL.

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· d° s~ impon.,a
·
" ª' 5 u¡· en esta
la Recaudación
Rentas
del Estado
brero 20. de 1909.-P. A. del S. S.-El · el particular
P!· d len
ciudad unade
multa
de veinte
pesos
;Subsecretarlo.-A. Alda~oro.-Rúbrica.- I t!empo al repetido Fed_erico Cant(i el cas- ¡
sufrir eri ~ defecto cuarenta días de
5
Al Sr. Benigno R. Davis.-Los Ramones, t1go que la ley dete~mrna.
,
t -Tercero·
Amoué-tesele para qne
-N L
' Resultando: que inovacla 1a co1r¿spon- arres O
• •
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·
·
·
·
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f
'
·
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acer
no
reincida
exphcán
o1e 1as penas en qne ·
Es cop'a. Méx'co, Febrero 20 de 1909. 1d1ente avenguacion, ae ex,amin~ ºG
· •
icontrayiaiere-Cuarto·Sesobre-E. O. M.-E . Marlíne.,;; Baca.
ca del particular el Sr. Jose Mar;a, a~:r.a tacurre s
de · Federiélf
l uien declaró no ser cierto que Federico see en esta ~ausa en _avor
.
- - - - - - - - - - - - - - - - · 6antú lo hubiera dicho ni á él ni á su es Cautú.-Qmnto: Se de¡au al ofendido sus
posa las frases que asienta el acusador .h~- derech~s. sal~o,por lo 9te hace á l_a{es- , chos que tambien neg6 la Señora Cecilia . ponsabtl!da~ c1vil,--N, ti 1que~e Y SI _enL rle Garza· los testigos Celedonio Blan•.¡ tro del termrno legal no se m~erpus1ere
del Supremo
· y S antiago
•. ' Elº1zon do a fi rmaro O q ue el recurso , transcríbase al Juez rnstructor
1, Secrctana
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¡ d Jde la.,~
· ·· Sala
u
N
cas
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nr.a
e
ust1c1a.1nouterrey,.
nevo
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d
J
é.,
, G arza les h ab'1a dt' e¡10 pai·a que utflnde enterar
vaL 6
cita o os ,uana
, . la multa cuvo
J
e º·
.
.·
· en el tenda ·0 del mismo Elizondo las fra- lor conserva en depos1~0, dese el :orres1lfoute1rey,
de Octnbre · de
. l d as en con t r.i d e¡ ,S enor
poiid,·eote a,·iso al Gobierno '· pubhquese
· ·
¡t1c1Dta
v·
'6 mil
1 · ses menc10na
no, ec1eutos
oc
10.1sta
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rev1s1
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esta
resolución en su ooortuoidad
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d á · •,t ·
J •~ mac10r 1 avi 1a y amp ,a
so re es e puo•
,,. á cospresea e cansa comeaza a
lll rutr e , ·
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,
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del
procesado
José
María
Garza
en el
&lt;lieciocho de Abril del corriente aíio pr,r • to su dec 1araci 6 n e1 expre,a º, os . ana
., .
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el C l
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¡ Garza manifestó· qne no tema 01 oguna Penod,co Oficial del stado y are ,vese
¡ · · ue,_ · - e f e ra; e d' ~~o e~a raz6~' para e~p;e,arse 111 ,1 del repetido la causa. Así, definitivamente ju1gando,
&lt;J,edest~ prCim '!r? ra':c,ond JSU b1c1a' Hco~d ria I Sefior Dávila pero que si algo había d;- lo resolvió y firmó el C. i\finistro de la 1•
·e enco antu, ,ec100 e a mas
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Icho en tal sentido sería porque an daba to- a a: oy e.~ 1c. . . t area . - , .
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contmua
a
contra,
arL.
E.
Alda
.
Sri
o.-Rúbricas.
-za, casado, mayor de edad, carpintero, on- ruado.
.
,
pe
gina1io y vecino de esta cindJd por el de
~esult~udo: que_ con nsta de_esto e1,
,
litú de difamación de que fueron acusados qneJoso, hizo ;xtens1va su acusa':16n rnn. Secretaria de )~
Sala del ~□ prremo
por Don Amador Dávila de esta vecindad. trn Jo~,e Mana ~arza por el_ ri:opio deltto, Tr,buaal de J11st1c1a.- Monterrey, Nuevo
\·1stas las diligencias del sumario y )a y hab1endose abierto, proc';dmuento en el Le6n.
.
sen tenc ia que con fecha veintidos de Julio Juzg~~º. se le tomó a aquel ~n :orma su,1 Monterrey, clooe ~e Octubre de mtl uoúltiwo pronunció el ex¡:.resado Juez de 1aqms1t1va afirutándos~ y rat1~candose en: vecie~t:1s och_o. V:st~ esta causa comen.
Letras, por la que teniendo al mencionado sus declaraciones rendidas, auad1~n~o no zada a rnstru1r,,de ofic!o por t;I _C. Juez de
José J\Iaría Garza cowo autor y responsa-:r~cord~r ha~•r hablado mal de J?avtla,_y Letras d~ 1~ 3. fracc16? Jud1c:al del Esble de dicho ?elito, ~i6_ por compu_rgada ¡s1 lo h1z : fue porque estaba ebno y SID tado el d1.-c1sé1s de Ab~1) del ~no ,en curso
su res ponsab1ltdad crimrnal con d tiempo I te~er co1.oclm en!o ele sus, actos. _que exa- c~ntra Guadalupe Rub10 y Ntcolas y Bec¡ue e-tuvo preso, lo condena á pagar en mrna~os los Seuores Jose ~lana Garza mgno Gner.".a por los d_ehtos de :obo y
la Recaudaciéin de Rentas del Estado un&amp; Gouzale, Y Pompello Benav1des expr¿sa fraude, hab;endosc contmuado ún1camenmulta de ,-einte pesos ó en su defe~to á ron h_ab,r oído _á J~sé María (?,ar:r.a en_ el te co?tra Rubio, en ,·htud de haberse pusnfr'r cuarenta días de arresto mandó se repetido tenda¡o El Candor del Senor, esto a los Guerra en libertad con las rele amoneste para que 110 reincida , se pu- S~o!iago Elizondo, hablar mal del Señor. servas de la ley p_or haber~e desrnn ec!do
blique la sentencia eu el Periódico Oficial I Dav1la agreg~odo Garza en aquel acto quej los elatos que mottvar~n ~u detenc160, sien
á costa del reo, se dejan á la parte civil au~que_era c1ert? el hecho que se atnbufa do aquel ~ol_tero) de nrn_t1dós añ~s de_edad,
sus derechos á salvo p~rla responsabilidad¡á l•edenco Can tu nunca lo confesarfa en past~r, ong1n_,ano y vecmo d,': a cmda~
civíl y dispone por ú_lttmo quede la__causa elJutg~do.
.
.
¡~e L1~ares,Nuevo ~e6n,-\ 1sta~. las d1ab1erta contra I&lt;edenco Cantú. Visto el
Considerando. que por e! dicho de los hgenctas del sumario, la confes16n con
auto en que se mandó poner al procesado testigos exan:ii?ados en el_proceso que re~- cargos tomada al procesado, lo ale~ado poc
en libertad: lo expuesto por el C. Ministro nen los requisitos preven1_dos por los art~- 1su dtfe~sor en la primera inst~ncta y la
Fiscal en el sentido de que se con fir ma la¡cu_Ios 425 Y 42, del C6d1go ,de Prcced1- sentencia dictada con fecha ve1r.,te de Ju-.
relacionad,, sen tencia de primera instan - mten!os Pe_nales, se _compro?º lev!lmente lio próximo pasado por el referido Juez de
cia en todas sus partes con la enmienda la existencia del dP.!1to de difamac;61: de- Letras quien, teniendo á Guadalupe Rude que debe sobreerse eu favor del acusa- nunciado por el Senor _A mador Dav1la y oio como autor de los delitos de robo y
do Federico Cantú por estar concluida la que, el anJor. de tal d 7hto lo es el acusado fraude, lo co ndenó á sufrir un año ua mes
instrucci6n y no aparecer de ella dato al- J ose l\1an~ Garza, qmen aunque º? con- eje obras públicas y un mes veintisiete
guuo e 1 su contra para considerarlo res- fiesa term10an!emente haber proferido las días de arresto, á contar desde el díeciopaos~ble del delito anunciado, lo alegado palabras ofen_s1vasencoatra del querellan- cho de Abril último en que se le declaró
pJr d dd,nsor de oficio en esta 2~ instan- te tampoco mega de un a ,manera ab~olut~ bien preso¡ lo inhabilitó por di !Z años pacía, la citación para sen tencia y cuanto e) hecho expre~ad? que st así suced16 fue ra to:la clase de honores, empl~os y car~
más debí6 y con vino tenerse á la vista.
SID tener rnao~1m1en to de sus actos por el gos públicos y dej6 al ofendido sus dereResultando: que en ,s~ escrito de quere-j estado ~e ebne~ad en que _se encon_traba. chos ~ ~ah-o en cuanto á la responsabililla el Señor Amado Dav1la ma01fiesta: que . Considerando: que el ~ehto de difama- dad civil, mandando amonestar al reo pacon wotiyo de haberse separado, por que ci6n que -se _p~rSrgue esta_ comprendido p_a ra que no rei~cida, Visto el dictamen del
así convino á sus intereses, de los trabajos ra la tmposici6n del casf 1~0 en la fracc1on C. l\Iinistro Fiscal, lo alegado por la dede albañilería en el Palacio Municipal de I ~el articulo 62r de} C_ódigo Penal que fensa ante esta Sala y la sitaci6n parasenSabinas Hidalgo de cuya obra estuvo en- senala ,de ocho días a seis.meses de·ar_re~- tencia con cuanto más consta-de autos¡ y.
car:zado por wás de nn afio, el Señor Fe. to Y utas una n:iulta de ve11;1te á dos cienResultando. que el quince de Abril del
derico Can tú, vecino de aque'la villa, y tos pes,os, _pudiéndose apltcar dent~o de año en curso, fueron aprehendidos Guadaquien quf:d6 en su lugar en los me~ciona• ~stos term1Dos la pena q?e se estu~are lupe Rubio y Nicolas y Benigno y Guerra,
dos trabaJos, ha propalado la especie, se Justa confo1;me lo es~ablecido en el arttcu- como presuntos responsables del delito de
gún ha llegado á entender, comunicando lo 65 del nusmo C6dtgo.
nbo de unas cabras pertenecientes al Sr.
de Sr. José María Garza y esposa de éste
Considerando: que por lo que respecta á José Angel Valdés vecino de la ciudad de
Doña Cecilia i:,o~ano, v~cin_os de esta ciu- Federicó' _Cantú, prim';~mente acusado Linares , en virtud 1de habe,se quejado esdad, que él, Dav1la, hab1a sido separado de por el Senor Amador Dav1la, como duran- te Señor ante el C. Alcalde rº de dicha
dicho trabajo por "1 Sr. Alcalde r.º de te la instrucción no se comprobó que re- ciudad, quien hizo consign.aci6n del suceaquel punto, Don Pablo de los Santos, po_r ~ortara respons_abilidad alguna en el de- so al C. Jüez de Letras de la , " fracción
borracho y ladr6n, cuyas frase_s _que lastt ltto de referencia . debe sobreseerse en ~u jndici_al poniendo á su dispos~ión los reos
man en alto grado su honora~1ltdad y que favor.-Por las precedente¡¡ considerac10- ¡ mencionados; y habiéndose mandado lee_nvuelv~n una sole?J?e mentira ~as. con, nes, fundamentos legale; expuestos y con vaatar la presente a,·eriguaci6n por este
s1d~ra d1fa~1autes v101endoá const1t~1r un ªPºY? además en los arttculos, 51 ro, 49, funcionario, se tom6 desde luego su infordehto defimdo y p 7nado por los art1culos fracc16n_ I, IIo, II6, 182, 208, 287 y 636 mativa al ofendido en la que expresó: que
6r7 y 62 r del C6d1go Penal, por lo qut; se del C6~1go Penal y 126, 134 y 41 r del de hacía unos tres meses venía notando ):i fa!.
presen_h aeusa,ndo form~lmente '.11 refe'.1do Proced1m1entos :1'enale~, se c?nfirma la ta de algunos animales de ganado menor,
Feclertco Ca?tu del deltt? de d1famac16n: sen~e-~cta d~ _pn;11era 1ostanc1a sujct~ á pues cada vez que hacía el recuento de su
que tal versión la comu01c6 el expresado reviston, ad1c1onandola en los términos ganado en presencia del pa to G d ¡
José uP Garza a1 Sr. Santiago Eliwn&lt;lo en que lo .solicita el C. Ministro Fiscal en pe Rub' · advertía la falta ds r ua adu,
10 •
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d :i. ~ comercto _e eds e0 ameª¡' od • Bi an• su f 11c1 amepn _re att rnJ, ~ en c?nsecnencia,, cabezas por lo menos y habiendo reconvecr , en pres~nc1a e on_ e e onto ~n- 1se 8 a.~ nmero: o~e Mana Garza es nido seriamente sobre el particular á stt
c 1 J ~ ror últ11110 que - a talsa aseverac16u J responsa ole del del.to de difamación del pasto•· éste le había confe ad
t él
Uegt'. ' eone,cirnicuto de :ma Seíiora Isa- que lo acusa el S1;¡;.)r ,-\marlor Dávila
y los 'r nerra h¡bían di p·~ ; ~ie e;i re
1,el ~ lJUien á s•t vez la pl~ •. có á Doña 1 .Segnndo: Se le da por crwp11r.,.ada su r es- aui•naÍes calculando ¡s e~ 0 e af,gtdl~dos
E
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·
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e mismo o en I a
en sta ctu, dp?asa 1 1 af _c ndm a_ ~?º dos. mese~, seis en sesenta y tantas el número de cabezas
d,ndcarn:c .. n er 1 qmden \"ldve 1
6
. a , pe,sonas que pue en ec arar so re¡ 1as que su n 6 e pnsitn, debiendo pagarique le faltaban, el expresado Va!dés pre-

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SECCION JUDICIAL.

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l'ERlOIHCO ü.l&lt;'lClAL.

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OO\'enta dias
· que fi Jª e¡ arttcu
' 1o ·3 56 frac I Senetaría de la 1 Sala del Tribunal
ISupremo de Jnsti cia.-Mouterrey, N
r nevo
ci6n I del Código Pe nal.
. b re. d e
Consideran do: qne fa,orece n al proce• Le6n.
111onterrey, veinticiu co ~e Septleut
~aclo las atenuantes de pri.nera clase á que mil novecientos ocho.--., Vista en apelac16n
se refieren las. fr~ccones I y IV del artícu- la presente. causa co~enzada á_ instruir de
lo ~o y le per¡ud1ca la agravante de terc:. oficio el u neve de Julto del ano ªen cu:so
ra de se r frecuente en el E stado los deh- por el c. Juez de Letras de la 3· fracc1~n
tos que fe persJguen, por lo que superan Judicial del Estado, contra. ~omáu G_arcta •
do el valor de esta sobre aq ~1ell as en una y Te6filo Castillo por el delito de _lcs1oues
unid_ad, procede: ~e confor~1dad c?n lo que que se infiri ~ron mutuamente ~1e?do el
previenen los art1cnlos 35 a 37 6J Y 220 primero soltero, ¡ornalero, de_ vemtm~eve
del Código Penal, aplicar nna pen_a pro- años de edad, originario y vec1Do de Lm_aporcionalmrnte mayor que el te~m1no me- res N. León en )a Hacienda de Cerro P~1edio d,e la que fija la ley , pero SID llegar to y el segundo soltero j?rn~lero, de ve1111
al maximo.
tiocho años de edad, ong1Dar10del
Ran~l10
d ¡ C · · · d" ¡''n de San Cárl os fa.
Considerando: que corno á Guadalupe e ~rr1zo .Jllr!s 1c~ 0
,
,~, r
Rubio se le juzga á la vez por dos delitos mauhpas y del~ :111sru~ venndadque. \cometidos eu actos distintos y eoncurren cía. V(stas las d1hgencias de~ suma rs10'ro'~
los demás requisitos que establece el ar- confes16n con cargos tomada a ambo p
tículo 2 del ,Código Penal procede la cesados y lo alegado por sus defe~so~es eu
acumu1Jci6n de dichos delit~s y en tal ca- la 1~ \ns~a~cia así como la se~tencia d1ttada_
so al hacer la aplicaci6n de la pena debe- el ve10t1sé1s de Agosto pr6x1mo pasado poi
•
.
b
1
¡ ef riºdo J ez de Letras cuya sentenc!a
ra' observarse lo que previene so re e par, e r ¡ e
. . tes, pu u tos reso , u11 ¡ ,
ticular el artículo 200 del C'6digo meucio• c?nc uye _con os s1guten
R ·,
hendido.
nado puesto que los dos c'elitos referidos t1rns. Pnmero: Son r~sponsables,1 ~mau
Resultando: que habiéndose clevan:ci- mere~en una pena menor que tre s años. García y Te6filo Ca_sttll? de las esto~es
do los datos que motivaran la dttenc16n
.
. que mutuamente se mfirte~on, y se c~st1g~
de Nicolás y Benigno Guerra se les puso
Constder_audo: que en, toda. sentencia al primero con ~n año y d•eciocho ~1as _deeu libertad con las reservas de la l~y: que condenatona se_prevend_ra 9uc se am,ones- obras públicas, a contar desrle el dta d_1e;c
en el careo practicado entre el que¡oso Y te al reo para que no remc1da , a~nando- de Julio último, en que se le declaró bien,
Guadalupe Rub io éste re&lt;;tificQ lo que an- sel e los s ufrin11e1;1tos que haya temdo d~- preso,y al segundo se Je dá por _con purg:ada,
tes había expresadr, mamfestando que no rante la instrucc16u, Y que la rt;spons~bt· con un mes dieciséis días que tiene snfndos
era cierto que su patr6n le aconsejasecout- lida~ civil uo pued,e _decreta~se SIDO á ms- de prisión,_disponie~do se_ le ponga d:sde
plicara á los Guerra, lo cual había hecho tanc1a de parte !eg1t1?1~; arttculos 182, 208 luego en ltbertad ba¡o de fiam.a de ,·e1~te.·
debido á su ignorancia; que solamente se y 287 del repetido Cod1go Penal.
pesos, 6 en su defecto der:tro de tres dias:
había apoderado de c,uatro cabras que ~enConsiderando: que como en autos tam- j bajo cauci6n pr~testaton~. Segundo: Se
di6 eu cuatro ~esos a un~s d:sc~n_oc1dos
bien
se justificó debidamente que los pro- les canden~ tamb,eu al ~e!D~egro de lo que
8
en1 el Rancho ·La Peta~a Y st ':11ª falta• cesa~os ·Benigno y ;\'icolás Gnerra, nin-¡ se le~ hub1ti:e pa~aclo a lo\ p~~1tcs por
b o seguramente s~ hab,an perdido en el o-úu participio tuvieron eu la comisión de sus honorar!os. ferccro: Not1f•quese_ .Y
monte don~~ las cuidaba. El Juzga1° ºº1!1· los delitos que se averiguan, procede con-, amonéstes_e a los reos P:1,ra q:1e no re111br6 dos peritos quienes valuaron a razon firmar con el caracter de sobreseiminto el] cidan. Vista la apelacion 111t,rpt'.e~ta
de un_ pes~ ce~a nna de las cabras robadas auto de soltura dictada en favor de aque- por la defensa de García y la ~d nnc16u
_al Senur \ aldes;
.
llos por ser justo arreglado á derecho¡ ar. del recnrso en ambos efectos. \ 1stos los.
Considerando: que con la propia confe- tículo 9 ° del Código Penal expresado.
alegatos formul_ados por_ el apelante exsi6n judicial del procesado Guadalupe Ru,
presanclo agranos, el dictamen del C.
b. la cual forma una prneba completa en Por lo expuesto con apoyo _ademas eu los Ministro Fiscal, lo alegado por_ el defen vl~tud de reunir todos los requisitoe á que artículos 5, ro, 3 2 , 47 fracci6n XII, 49, 8 3, sor de Oficio en favor de Castillo y ]a
se refiere el artículo 415 del Cqdigo de Y 225 del mismo Ordenamiento. se refor. citaci6ri para sentencia, con cuanto mas
Procedimientos Penales, se justific6 debi- ma la sentencia de primera instancia que consta ,1e autos; y
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'6 11
) se revisa y se falla: Primero: Se condena
damente durante a 1nstrucc: , que e á G 118d 3 I
R 11 bº
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Resultando· que el ciuco de Julio p ómismo procesado dispuso de cuatro cabras 1•
npel d d10' cobomo auf or de Iosf ~- ximo r&gt;asado ~n la noche andando de pa 11
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I Se~or
José An ttos acumu a os e ro y rau e re en'
. T 1 6.I C .
perteoec1en es ~u amo e
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na de un aüo cuatrn seada bastante ebrto e 6 o asti 11 o y
gel Valdés, vendiéndolas en la i;uma de os, su : r. a pe d' d b
'úbJ'
Román García en la Hacienda de Cerro
cuatro pesos hechos que constituyen los meses, vetntlcuatrd' 1
e O r:s p icas Prieto Jurisdicción
Linares N. Le6u .
5
delitos de robo y fraude, definirlos en los Y seterántad ydnnevled)ªs. eh andes ºA, bq~e
por cuestiones de poca monta quizá debido
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8 39 ? del Código Penal· y conta
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tec1oc o e
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art cu os 34 f
á 'd afio en curso, fecha de su prisión preven- únicamente al e~ta o e em naguez et! que
aunque el que)OSO afirma que son m s e ti A Segundo- Se le inh abilita pe,r diez se allaban se disgustaron y se pu-1e~ou
s~senta los ammales robados, como eso no '! ·
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á rei1;r siendo Castillo el ngresor quien
aparece justificado de una manera legal, anos para túobl~ e a~ e 10~Seoresl, emp Ieos durante' )a contienda infiri6 dos l~sioues
-LJ 0 d be ca·ti ar·e al procesado por el y cargos p tcos iercero.
e Amones'
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· l ta para que no reincida Cuarto· Se sobre- á García, una cortante s1tua~a en 1a cara
robo cometido respe~to e fs -~º'.ma ;s see en favor de Benigno y Nic~lás Guerra palmar del dedo índice de la mano izq uierque expresa en sdu. mtsm~ cou es1ont, ª!1 ,. quienes quedarán en libertad absoluta da, y la otra contusa situada en la reculo , r t del C6 igo pnmernmen e et a•
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Qttinto: Se dejan al ofendido sus derechos g10n te;npora 1zqme,r a
atct,t ID :to a
do,
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á sal vo en cuanto á la responsabilidad ci- s11 ,·er. a su _adver,art'l. otras dos les1011es
Const~erando: que.el robo, cuand_o como vil. Notifíquese y dese cuent~. Así definí- cortantes s1t_i;adas en el carrillo _dertcl1~
en el ca so de que se ,rata, la com,te. un tivamente juzgando ¡0 resolvt6 y firmó el y en la reg10n frontal respect1v,111:entf.
sirviente C)Dtra su amo, e_n cualquiera C. Lic. Viviano V. V illareal Magistrado el Juzgado &lt;li6 fé de todas esas lesiones.
parte qne lo coruet~, se casttga s~run lo ,uterino de la 3~ Sala: cloyfé.-Lic. V. V. las cuales fneron cl11sificadaspo~ los fac,uldispuesto en el articulo 363 fracc1on I del Villareal.-Lic. Le6n E. Aldape .,.--Srio. tativos en cargados de J3 ateuc1611 de 10s
Código Pe~al, con_ la pena ~ie seis meses Rú bricas.
rfendidos como de )as ql'.e ~o ponen 0 1
de arresto a dos anos de pns1_6n ú obras
pueden poner en peligro la vida y curan
públicas, á 1~ que por prevemrlo expresaMpnterrey, veinte de Octubre de mil en quince días, habiendo dejado un~
mente el a1t1culo 359, se agregará la de novecientos ocho No habié ndose Ínter- cicatriz perpetua y notable. la que Castttres á no,,enta días de arresto que corres- puesto ningún recurso de la anterior sen- llo recibi6 en el carrillo derecho; y
ponde ec-n arreglo al artícu l~ 3sf; f_rac_ción tencia dentro del _térmi~o legal se dec_lara
Considerando: que con Ja fé Judicial,
J dada la cuentfa del robo, s111 pe13uc1ode que ha causado eJecutona de conformidad con el dictámen pericial que obra en aui:iipouer tamb'en, sí dicha pen a_ resu)t~ ce:'º _el artículo 451 del Código de _Proc1;- tos y escencialmente con la propia conmás grave que ar~esto mayor, la 2nhab1lt- d1m1entos Penal~s; en ~nsecuencia, lt- fesi6n Judicial
}os procesados durante
t.aci6n correspondiente por diez ano, para bren se~ 1S~pertor ~ob1ern? del, Esta~o la istrucci6n se conprob6 perfecta y lega ltoda cla,e de honores, empleos y cargos los _te_st1mon1os de estilo pon1end_oa su dts• mente en )os térulinos del artículo 5-t
1
públieos, artícnlos 150 y 352 del citado I pos1c16n al 1;eo Guad!'_lupe Rubio e~ la &lt;le! Código de Procedimientos Penales,
C6dig , Pe~2!.
caree! Públ!ca de_ Ltnares, transcnbas,e la xistencia del delito de lesiones que se
C.,.nslJtr.,uco.
.,
, _ Gt1E" e1, fa
d
atento
lo
esta
resoluc16n
mutuamente
'fe/ífilo
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,, . Aal, ¡uez respectivo
t' , l y arch1-¡
•. , infi_rieron
,
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• Castillo y
1a c.. usa ..-,.s. en ar ten.o o reso 1"º Rema!' Garc1a eu una rma ,1t:ndo a"r€·
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castiga con la misma pena que el rcbo sin¡ Y ' ~mu e, ~- · ªl;-'S t r-i. 0 inter,1,o . e a 3 · sor d primero .. artículos 4 r 5, 423, Y
,c1·a· y si de este delito se tratara en Sala: doy fe.-Ltr. V1llareal.-L1r.Le6n 424 del Código citado
vio eu ,
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1 •
d caso co~responde1fa aplicar !a de tres á,E. Aldape ,_no,-R rica~.
¡ Cons1deran.0: qn~ as .ee:ones que no

.,
·
· ¡
· te11te
sento
informac1on
en el dicho
de dos testimonia
testigos paraconsts
just,ficnr
h
d d.
de
que era una persona onrra a, tgna
fé y que estaba en actitu~ de poseer los
animales qne le habían s!d? robad?s·
Resaltando: que al r~c1b1rse su, 1Dd~g~toria á Guadalupe Rub10, confeso terutl·
nantemente su delito, expresando: que
disponía de los animales de su patrón el
Señor V11.ldés, estando para ello de acuerdo con los Guerra, á quienes entregaba de
á una 6 de á dos sin recibir nunca la parte,
mitad del producto de dichos animal~s,
que aquellos le habían prometido. Los en
cansados Guerra ne¡(aron de una manera
-absoluta los hechos que les atribuía Rubio, y al practicarse el_ careo correspo~;
diente entre éste y Ben1gm, querra,.aqu~,
expresó que ni su careante 01 su h •JO ~1colás tenían culpa alguna, pues s1 bien
antes habían dicho que estaban, ~e. acuerdo cou él y había u tornado parttc1p10 en la
comisión del delito, fué por que eso, le ha' cua do f ue a prebía i.conse¡· ado su patron

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PERlODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL

P?ncn ni pueden pnner en peligro la nombramiento ju 'ic;a1. Qu,_uto: S • e ,.a, se ex,1ruin6 taro bien al Gendarme Muvida, y curan dentro de qniace días secas- amonesta para que no r~1ur1dao. Sexto: aicipal F1dencio Teráu quien declar6 que
Ligan con la pena de ocho á noventa días- Se dejan á amh, s p,occsados sus derechos el veintiuno de Mayo último en la madrn·dc arresto v multa de diez á cien pe-l á salvo en cuanto á la responsah1lidad ci- gada se encontrab, ea una fonda del !ad~
sos, aquel solo 6 solo ésta á jnicin del vil. Séptimo: ,Not1fíquese y dése rnenta Sur de la Plaza Juárez, cuando oy6 gritos
Juez y que la, lesiones que como las ante- Así lo rernlvió y firmó el C. Lic. Leoha,d hacia la &lt;·alle y habienrlo salido para ver
riores no ponen ni pueden püner en peli 'Clrnpa, ~, ag str-d,, de la f " Sala: doy fé 4ue pasaba, enco~itró _á Cecilia Salinas que
gro la vida¡ pero dejan cicatriz perpetua y Lic. Leobardo Chapa.-Lic. Elenterio Lo venía corriendo, a qmen aprehend16 des.notable se castigan con uuoá tres años de ,ano.e-Sr o.~Rúbricas,
de luego, rrcog1éndule una cuchiHa que
prisi6n ú ,,bras 1Júblicas, a,tículos 503 fraMonterrey, O ·111br~ catorce de mil no trala en la mano y corno en ese mismo acci6n I y I II del CóJigo Penal.
¡veci•nt,•s o ln. No habiéndose mterpues to llegó Máximo González herido d_e la
Co•1s ·clen,ndo: que com, las lesiones to recurso alguno de la anterior sentencia cara señalando á aquel como su hertdor, .
qne recibi6 Castillo son de rlistinta!dentro del térmi orle la ley, de conformi- aprdiendió á los dos conduciéndolos li b
naturaleza y además iuerou el resultado dad con el 45r del Código de Procednu'en Prevenci6n de Policía.
de un !techo ejecutado ea un solo acto,,tos Penales, se declara que ha camado
Resultando: que los facultativos del
d~b¿ castigarse á García únicamente con• ejecutoria. en consecuencia expídanse los Hospital Gonzáiez donde fué atendido en
la pena que correspond:i por la lesión testimonios de estilo poniéndose al reo su curación el ofendido clasificaron la lem'ls grave ó sea la qne dejó cicatriz per- Román García á disposición del Ejecutivo sióu que recibi6 éste como de las qne no
pttua y notabl&lt;&gt; en ia cara, teniéndose en !"' cArcél pública de la Ciudad de Lina- ponen ni pnedeu roner en peligro fa vida
1~ Otia. 1:omo circunstausia agravante que re;: hágase la transcripción c0rrespocdien y curan antes de quince dfas, dejando cie1 suscrito en uso de la facultad que la •te y en su oportunidad archkese la cau catríz perpetua y notable en la cara, se
ley le otorga la califica como de primera¡ sa. Kotifíqnese Lo decretó y fir1116 el C. di6 fé de que el cuchillo rr.co¡,.+clo á Salidase artículos 45 fración XI y' 185 del Magistrado de la r., $ala: doy fé.-Lic nas, y que él mismo reconoció como de sn
Código Penal.
Chapa. Lic. Eleuterio Lozano Srio. RCi- propiedad¡ presentaba en la hoja algunas
Considffando: que favorecen á ambos bricas.
. rnanclrns de sangre, y pra.cticados los caprocesados las atenuantes que citan los,
~-! reos procedentes no se logró su objeto,
artículos 40 fracci6nes I y IV y 42 fraSecretaría de la r~ Sala del Supremo pues los careados cada quien sostuvo y
-ceió:l 1 del Código Pc:nal siendo ésta últi- Tribunal de Justicia.--.1\fonterrey, Nuevo ratificó su dicho y.
11;a &lt;lr: 3ª clase y de 1 ~ aquella~ y le perjn- León.
' Considerando: que con la fé judicial y
d:ca la agravante de tercera también de ser
Monterrey, Septiembre treinta de mil dictárnen médico-legal durante la instrnc-frccuentc eu el Estado el delito de que se novecientos ocho.-Vista en apelación la ción se comprob6 perfecta y legalmente
trata por lo que supera el valor de las pri- presente causa, cornen7,ada á instruir de en los términos del artículo 154 del C6dlmeras sobre ésta en dos unidades respec- oficio el \'eintinno de Marzo del año eo go de Procedimientos Penales la existento de Cast llo Y en una respecto de García curso por el C. Jnez 1.º de Letras del Ra- cia del delito de lesiones perpetrados en la
en cuyo caso, de acuerdo con lo dispuesto mo Penal de la 1"- fracción Judicial del persona de Máximo González y respecto
en les artículos 35 á 37, 65 y no del Có Es(ado, con_tra &lt;;;ecilio Salinas, casad0, de de quien fuera el autor de ese delito no
digo citado procede disminuir proporcio- tremta y crnco años de edad, jornalero, cabe duda que !0 fué el procesado Salinas,
nalmente el término medio de las penas orig1nario de la Haciends "El Pozo'' del pues aunque él lo niega de nna manera
.que debe" aplicarse á los procesados con Carmen, Estado de San Luis Potosí y ve- absoluta, sin embargo en su contra hay
arreglo á la ley pero sin llegar al mínimo, cino de esta Ciudad por el delito de lesio- el dicho del ofendido y el del Gendarme
cuyas. penas que _así se obtengan deb~rán nes. Vistas las diligencias del sumario la Terán que lo aprehendi6· el hecho de hareducirse resp ;ct1vamente en los ténmnos requisitoria del C. Agente del Minist~rio ber sido aprehendido en ~1 Jugar del snce..:¡ue lo previeue el artíctil&lt;).504 d;l Códi- Público y lo _alegad~ por, el defensor del so inmediatamente después de pasado fago _Penal expre_s_ado, ~~~nd1~11do a que_ el r;o e? la 1'1111st?n1;rn, as1 corno la seoten- te yendo aquel corriendo con nn cuchillo
dehto se cornet1n en rma siendo Castillo c1a dictada el ve1nt1dos de Agosto pr6xirno en la :uano, cuya arma presentaba seglÍn
el agresor, como ante~ sed JO y las qt~e pasado por el referido Juez de Letras, la fé jndicial algunas manchas de sangre
e;1tonc~s re_sulten seran las que en defiai, qmen, teniendo á C!!cilio Salinas como circunstancias todas que forman presnn'.
t1v~ d&lt;;hcn 1 m~nerse al acusad?.
autor d;I delit_o de lesiones calificadas lo cio1Jes muy vehementes contra el procesaC:os1dera11_do. q~e los honoranos de los condeno á sufrir con calidad de retención do y dado el enlace natural de ks hechos
-pentos qt!e 10t~rv1~~en en nn pr?ceso por por una cuarta parte más de tiempo en sn en concepto del suscrito como antes se
~ornbraru1e?t_o Judicial los pagara_ ;l teso- ca~o, la pena de .cuHro alios de obras pú- dijo, no c3:be dndar que el repetido Salinas
;º d:l _M_nnic1p10 en qn 7 se comet10 el de- bli~as; le deco1111zó el arma cou que delin- fné el hendor de González, artículos 423 ,
Jll~ a 1c.cn a c'e ser reintegrados por la q1116 y ruand~ amonestarlo para que no 424, 428, y 429. del C6digo citado.
~et son a que fue~e ~eclarada culp3:b1 7, ar- re!nc1da. Vista la apelaci6n interpuesta
Considerando: que en la comisión del
t1culo 220 del Codigo de Prnced1m1entos p_or la defensa contra dicho fallo, la admi- delito referido aunque el inferior asienta
Penales_.
. s1611 del recurso y los alegatos presentados que el procesado obró con alevosía y ven. Cons1der_an~o: qu_e en teda sentencia ante e_sta Sa)a por el_ a~elante expresan?º taja, el suscrito estima que 110 concurríecrmdenatona se pre,cudrá que se amones- agravios. Visto el dictámen del C. M1¡¡1s- ron esas circunstanci·as·
J
•
11 o a primera por
· 'd a en e¡ ?e¡·lto t ro p·1sca¡,Y ¡a c1tac1
· '6 n ¡nra sentencia con que según el dicho del ,ofendido
t e a 1 reo para que_ no remc1
corno el
pot que se le castiga, y se le abonaran los cu:iuto mas consta de autos y
mismo expresa que fué á
d 0
snfrimie11t9s que haya tenido durante la
Resultando: que en la fech; de inicia- dividuos que ren-ían ,
sh.P
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rdar os 1dn. '
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a cuc I 11a as, es e
ms,rénct_c1d~, cua qmer a que sea ebl_ Jdiernd P? ~100 eh bP~?cedso. cm_ub~dá las ?ºS de lama- suponerse precisamente 110 sólo que debió
1
q?e s a nre, y que 1a respons3: 11
Cl• n;na'. a 1en o rec1 I o aviso el C. Juez preveer que Je podría resultar al nn dan! no puede decretarse de oficio smo á r · de Letras del Ramo Penal de que en ño 51· no tambiºen
d b'6
. g6 ·
· t anc1a.
· d e parte 1egituua.
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, 1os 182, ¡a p revenc1'6 n d e p ohcía
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,
tus
art1cu
se encontraba
un venido
para cual qne
· e 1 testa1 1r pre-¡
208, y 227 del repetido C6digo Penal. Por individuo herido, mand6 levantar la pre- motivo claro est' qmer e?~ 0 Y_dp~r ta
lo expuesto Y con apoyo además en lus ar sente ayerignaci6n, trasladándose desde cionalmente d
que n_o \ c?g~ 0 :"tentículos 5, ro, 32, 46, 88, 225 y 487 del luego al lugar indicado, donde se dió fé gar á defenderesª m~rovisot s.m ar e luO rdenarnien
· to. se re f orma Ia sen- h a ber v1s
· t o a, 1111 h oro bre que d130
.. llamarse racterizan ¡ ,,¡ ctrcuns
anc1as que camismo
,
,
tencia de primera instancia que se re\'Ísa Máximo González, quien presentaba una porque sie ~ ª evos.ia; Y ?ºd. 1a venta3a
y se falla: Primero: Te6filo Castillo y herida hecha por instrumento cortante ·para acred?t O regni~itos !n Ispensables
Román García son responsables como au . como de cuatro centímetros de extensi 6 ~ casos u
e:!!;Istencia entre otros
1
tores, del delito de les!~nes _que se infiríe-J situada t!n la mejill~ izquierda. En seguí- inerm~ e1 ~fe~di~mano
e halle .ªr:nado é
ron i;11utuamente en rma siendo agresor da se tom6 al ofendido su informativa en snlta com robad ~' en ~ caso, SI bien reel pnrnero. Segundo: Se condena á Ro- la que expres6 que hacía rato anda!ldo pa d
P
~ ~ primero, n_o lo segun,
mán García á sufrir la pena de un año 1111 seando en la Plaza Jnárez vi6 que dos in: bO 6 sea que la vic~1ma ;staba in_erme. sornes dieciocho dfas de obras públicas que di\,iduos reñian á cuchilladas y habiend :; 1. 0 cual no se hizo mnguna 1nvest!gase contará desde el diez de Julio del año ido á separarlos. uno de los ri'osos se vot e~ n, Y ~o~o tampoco consta que hubiera
.en curso, facha &lt;le su formal prisión. Ter-11 vió sobre {-1 y con la cuchilla lque t ,
, P e~ed~ta~6n ie parte del procesado 01 la
cero: Se dá por compurga1la la responsa- causó en la cara la leói6n referida r~ia d1ej contten a e O ra á que se refiere el artíbilidad crimin&lt;tl de Teófilo Castillo con lnego aprehendido su heridor
sien
culo ?jº·cttt&lt;: final del Código Penal, el
un mes veintitrés días qne esti1,,0 preso;
Resultando: ne el rn ·
. , 1 repetI O e 1~ por esas. razones debe teen consecuencia póngasele en libertad ab-[en su indagator1a manSe :sa~o ~ahnQ_s. 0 .:,rse ~m? si;,nple y ejecutado fnera de
sol uta- Cuarte: Se co11d~na tambien á Ido por que se le ~onsid sb ':s ª.r .' etem- ¡ nna.
rtlc1t fS 490, 492 frac:;íones IV,
ambos reos á reiut~grar á prorrata en Ja I el delito de iesi
, era a rnd icrndo en• 49.1' 494 Y 5 [2 del citado Código Penal.
T
, umumc1pa
. . '¡ d
,
Y a11nqne confesó ha
('0 ns id eran do: que Ias l es1cnes
,
. esorer-.1a
e Lioar.:s
el valor, ber andado en' ones
la Plaz
J á- 1
·
que co,
de los h~norar!o~ pagados á los facnltati-1 del suceso, sin embarg~ neº e~ab noc~,e mo la que recibi6 Gonzále7, dejan cícatrfa
vos que lllter\'llllUOn en el proceso por do con alguna persona en lg f ·~{ rer- perpetua y notable en la cara, se castigan
,
a re en a p a- con la pena de uno á tres ai'ios de prisi6tt
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por d delito de Jecsioneg, l' continuada hicieron los rnéd'cos que se encargaron de
después por C. juez seg~rndo de Letras ?el su curación-artícnlns 154, 423 Y 424 del
prop1n Ramo Pena'. C)l yir~ud de haber sido Cód go de Pro&lt;edimientos Pea,les; justirecnsado el que la 101u6, unicamente con- ficándose de igual manera que Mantec6n
tra lo5 dos primerc•s por haberse sobreseído y Reyes fueron los au1ore, de tal delito,
en favor de los otros dos; s•endo Mantecón puesto que ellos mismos confiesan haberse
de_ v;int\tres años de_eriad'. s~ltero. torer~, h.. n r o mutuamer.te, reuniéndo su confeongmano de Caderc1ta J1menez y de e-ta s1ón los requisitos legales para hacer prueveciudari, y Re., es, casarlo, de treinta y un ba p'ena, aparte de que la corrobor~n las
años rle edad, joyero, origina1Ío de San Luis rlemás constsn~is_s de) proce ,o arttculos
Potosí y vecino de esta citdad: \' stas las 4r5 y426 dd Cod1go citado.
.
rliligenc as del sumario, lo pedido por el Cons deraodo segundo: que la henda que
Representante del Ministerio P6blico, lo sufr,ó André~ Reyes de la cna( es responalegado por lns defensores de los encan- s~ble Emetn-10. Mantecón _e~ta compren~adosen primera instancia, y el fallo que &lt;l1da s•gím ~l_dictarnen peyic1al de que se
el C. Juez segundo de J,etras expresado ha hecho mer;to, en el articulo _505 Y frac..
pronunció el catorce de '.\farzo del año en cióo I del art1cu 10 503 del C6d1gc Pena ' ,
curso declnra1iclo á Emeterio l\~~ntecón qu~ señala como cast1g~ del ª'.'.tor de t~l
responsable como autor de la les1on que delito las penas d~ nao a d?s anos d; pnsul'rió Andr~s ~eyes, y éste responsabl_e ci_ón 6_ ~?ras p~1bh_cas segun la prn,nera
de 1&lt;1 que rec1bio aqnel, y condc1rndo al pn- d1spos:c10n legal citada. y de ocho d!as ~mero á sufrir un año de obras públicas con- tres meses de arresto _,. multa ~e d1~7, ,ª
tados desde que de nuevo sea reduc;clo á cien pesos, solo aq11el 6 s6Jo esta a Jutcio
prisi6n por hallarse libre bajo de fianza, d; Juez, con~~rme _al otro precepto mencon descuento de cuatro dias que ya estu c1ona_do, debiendo imponerse las d?s penas
vo preso, y á enterar en la Recaudación de refendas ~e c0Dform1dad c?n lo disi:uesto
Rentas del E_stado, una multa de ,:ei1!t!nco por el art1~11lo 5oz, del mismo .C?dtg?; Y
pesos ó sufrir en su fofecto vernt1cmco en cuanto a la, les1011 que. Reyes mfin~ á
días más de arresto; y á Reyes Je impone Mantec6o, esta compre~d1da en la fra~c16n
nua multa t~mbién de veinticinc~ p~sos; ! del ~r.tJcnlo 503 ya ~Itado y a menta )a
amonestandoalosdos para que no remc1dan 1m¡JOs1c1on de ocho. d1~s ~ tres meses de
y mandando decomisar la pistola que se le arresto y mu 1ta de diez a cien pesos 6 solo
recogió á Mántec6n: Visto el dictamen del una de esas penas, como ya se expresó auC. Ministro Fiscal, lo pedido por los defen- tes.
sores de los inculpados en esta instancia.
Considerando tercero: que cnau ·fo la !~y
la cltaci6n para sentencia y todo lo demás fija el mínimnn y máximnn de una pena
que debió tenerse presente y coasta de como sucede en el ca_so. para ambos. reos,
autos; y
_ . qu~da al prudente arbitrio del sentencia~or,
Resultando: que en la fec?a de la mi- ~phcar entre esos extremos lo qn_e estime
ciaci6n de esta causa, como a las tres de la Justo, segúu la gravedad del dehto y sns
tarde se encontraban Andrés Reyes, Enge- circnstancias¡ y como además, las lesi?nes
nio Ao-uiñaga y Manuel Navarrete toman- de que se trata en esta causa fueron 111fedo c~;vezas en la cantina denominada ridas en riña siendo Reyes el agresor y
'Las cuatro naciones" sita en esta ciuaad, Mantecón el agredido, segú 1 consta de aucuando llegaron alli Emeterio Mantecón tos, es proce:lente qi1e se reduzcan I~~ pey Jesús Salazar, quienes mandaron s~rv~r n_as aplicables conforme ~ la_s cons1der!también unas copas; y como Reyes 1nv1- clones expuestas, en los ter.romos del art1tara á Mantecón á tomar ,lo cual 110 aceptó culo 504 reformado_del C6d1go Penal.
éste último según expresó en su iquisitiva, Considerando enarto: que en tod3: sentenempezaron á disentir con ese motivo yaca- cia conedenatoria se ha de prev ~1r que se
7
baron por disgustarse, dirigiéndole el pri- amoneste al reo para que no re1c1da, hamero al seguudo. un insulto y arrojándole ciéndole saber las penas á qi1ese expone en
una. botella y un vaso, con lo que le cans6 caso de contravencióo; debe abonársele el
una escoriación en el lado izquierd&lt;&gt; del tiempo que hubiere permanecido preso du•
cnello, y entonces Mantecón saco una pis r'lnte la instrucción y decomisarle el arma
tola que portaba y con ella disparó sobre con que haya delinquido si fuere de su prosn agresor, á tiempo en que también le piedad¡ dejá,dose á la parte ofendida sus
arrojaban botellas los acompañantes de éste derechos á salvo en cuanto á la responsaaungue sin pegarle, hiriendo con el dispa- b idad civil, cuando no hubiere gestionado
ró al 111evc1onado Andrés Reyes en la ca- en forma la declaraci6n respectiva soore
ra lateral derecha del cuello co11 mificio este punto artículos ro2, 182. 208 y 287
de entrada y salida del proyectil: que se del Código Penal.
di6 fe por el J nez que inició la ca usa de Por lo expuesto, de acuerdo eo parte cnn
las heridas que mutuamente se infirieron el parecer del C. Mini&gt;tro Fiscal y con apoReyes y Mantec6n, las cuales fueron des- yo además de los artículos 10, 35. 37,40
pués clasificadas por los médicos que se fracciones I y IV, 47 fracci6n ~II, 65,
enc_a~garon de su curación, ~iendo las que rr4 . 487 y 501 del Código Penal y 4H del
rec1b16 Mantecón de las les1011es que no ele Procedimientos Penales se reforma la
ponen ni pueden poner ,en peligro la vida sentencia que se revisa y' se falla: Priy cur6 antes de qmnce dias, y la de Reyes mero: Se declara que Emeterio Mantec6n
de las que no ponen, pero pueden poner en y Andrés Reyes son responsables como
peligro la vida por el punto donde estuvo autores, de las lesiones que mutuamente
situada y la calidad de arma qne se em- se infirieron en riña, siendo el primero ei
pleó, habiéudo curado también antes de agredido. · Segúndo: Se condena á Emetequince días, Consta así mismo del proceso rio Mantecón por tal delito á sufrir la pena
que tanto Re~es como :r,:rantec6n, ~olici- de once meses, quinc~ día~ de obras públitaron y obtuvieron su libertad cauc1011al, casque se contarán desde que de nuevo se
Secretaría de la 2~ Sala del Supremo iel prÍlnero, el día en que se decret6 su for- le reduzca áprisi6n por hallarse libre bajo
Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nuern mal pris:Óli, el segundo, cuatro_ días des- de fianza, con descuento de cuatro días que
Le6n.
_
pué~ de habérsele declarado bien P:es?, ya tiene sufridos; y á enterar en la ReMúuterrey veintinue\·e de Agosto de mil- corriendo agregados á la causa los IDCI- can-laci6n de Rentas del E star1o,una multa
novecientosocho.-Vista laprpsente causa dentes respectivos.
•
,ie diez y ocho pesos 6 sufrir en su defecto
empez~da á instruir de oficio el día \'einti- Considerando primero: Que la existencia diez y ocho días más de arresto. Tercero;
uno de Julio del año pr6ximn pasado, el C. del delito de lesiones que se ¡,ersiguen en Se condena á Andrés Reyes á enterar en
Juez primero de Letras del Ramo Penal de ésta causa, se comprob6 legál y perfecta- la Recaudación de RP,atas del Estado,
la primera fracci6n Judicial del Estado, mente en autos, con la fé judicial de las una multa de treinta pesos 6 á sufrir en
contra Emeterio Mautec6n, Andrés Reyes, heridas que mutuamente se infirieron los su defecto igual número de días de arresto.
Eugenio Aguiflaga y Manuel Navarrete, encausados, y la clasificac,611 que de ellos
Cuarto: Se decomisa la pistola recogida

{1 obras públicas qued ndo al arbitrio jndicial aplicar de~tro de los dos ;~tremas
el términn que se estime de Justicia, a~tfculos 65 y 503 fracc1611 III del C6digo
Penal
Cm;siderandc: que fovorecen al procesado la atenuante de primera clase de haber
tenido anteriormente buena conducta. y le
perjudica la agravante de ser frecnrnte en
el Estado el delito que se persigue, que es
de tercera clase, por lo que supe.ando el
\'alor de esta en dos unidades debe aplicarse una pena proporcionalmente mayor
qne el tlrrnino medio aritmfaico que fija
la ley. Arts. 35 á 37, 40 fracción I, 47
fracción XII y 220 del Código Penal.
Considerando: que toda pena de prisión
ú obras públicas por rlos 6 más años se
entenderá impuesta con calidad de retenci6n , por una cuarta parte más de tiempo
que se hará efectiva en caso de que el reo
observe mala conducta dura u te el último
tercio de sn condena y que los instrumentos con que se cometa nn delito se decfrnisarán si pertenecen al delicuente y este
fuere condenado, artículos 70, 72, y I02
del C6digo Penal.
.
Considerando: que en toda sentencia
condenatoria se prevendrá que se amoneste ·al reo para que no reincida y se le abonarán los sufrimientos que haya tenido
durante la instrucci6n dejándose á la parte ofendida sus derechos á &amp;alvo en cuanto á la responsabilidad civil, si como en
esta cama no se hubiere gestionado su
&lt;leclaraci6n, artículos r82, 208 y r87 del
repetido C6digo Penal.-Por lo expuesto
y con apoyo además en los artículo 5, ro,
32, 49, 88, 225,487 y 496 del mismo Ordcnamiento se reforma la sentencia de
primera instancia que se revisa y se resuelve.-Primero: Se condena á Ceciiio
Salinas como autor del delito de lesiones
de que se ha hecho mérito, á sufrir la pe•
na de dos años seis meses de obras públicas, que se contarán desde el día veintiséis
de Mayo próximo pasado, fecha de su formal prisión, entendiéndose impuesta dicha
pena con calidad de retensión por una
cuarta parte más de tiempo en el caso de
la ley.-Segundo: Se le amonesta para
que no reincida.-Tercero: Se decorni@a
en fa ver del Fisco del Estgdo el arma con
que Salinas dilinquió. - Cuarto: Se de-jan
al ofendido sus derechos á salvo en cuan-to á la responsabilidad civil Notifíquese
y dése cuenta. Así lo resolvi6 y firm6 el
C. Lic. Leobardo Chapa Magistrado de la
r•. Sala: dey fé-Lic. Leobardo Chapa.Lic. Eleuterio Lozano, Srio.-R6bricas.
Monterrey. trece de Octubre de mil novecientos ocho.-No habiéndose interpuesto recurso alguno de la anterior sentencia
dentro del término legal, de conformidad
&lt;'.011 lo dispuesto en el artículo 45r del C6digo de Procedimientos Penales, se declara qu: ha ~ausado ejecut~ria¡ _en conc1;cuencia exp1danse los test1mon1os de estI•
lo p_oniéndose ~l re~ Cecilio Sali~as á_ diJpos1ción del E¡ecnhvo en la ~e~1tenc1ana
del Estado¡ hágase la transcnpc1611 correspondiente y en~~ oportunidad archívese
el proceso. N~tif1qnese. Lo decretó y firm6 :1 C. Mag1stra~o de la r•. ~ala: doy fé.
-.Lic. Chq~a.-L1c. Eleuter10 Lozano,
Sno.-Rúbncas.

�PERIODICO OFICIAL.

PERlODICO OJi'IClAL.

6

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I:Cia. 111u-n-a -.L
.
• t,o·,
lT ex.1c1ma
··"I)'
~10 '1 111
con que delinquió Mantecón. Quito: Se
EDICTO
S
A•
amonesta á ambos reos para que no reici- Juzgado 27 Oonstltuclonal. de 1&amp; VIiia de Santiago, '
1 •
dan.· Sexto: Se les deja como ofendidos sus N. León.
Oon fecha. seis del corriente mes ee radicó en el ·
SEGUNDA CONVOCATORTA .
derechos á salvo en cuanto á h resposa- Ju1:gado
de Letras de la 2 fracción judicial et juicio - Por 11.cuerdo de lo Junta. Directiva de eata01a. Minera r.t:,-:r:ica•bilidad civil. \'otifíquese y dése cuenta de Inteatamentarla del Sr. Antonio Marroquín Y so ¡na Rfo 'l'lnt" 8 A 8" oor.voca Alos sree. Aocionlstas de la mtsms.
esp0P&amp; la Sra. Rita Rodrigue,. vecinos qne tnerón de Allambll'a Óe~er~I Ordinarl,, qoe teo.d1!1. verl.lioa.tlYo A Jaa dle-1:
Así defiuitivaruente juzgando. lo resolvió est"- nua en la Oongugación de S.m Francisco.
1de la mañana del día !B de Mano pr6:rimo, en la.caaa NQ 86 de 1~
80 manda pu- oal1e de B. Juli.re:i:, para tratar 161 asunto. li. que ae ret!ere la al
y firmó el C. Lic. :\Iacedonio E. Tamcz, y par dlepoaión del mismo Juzgarlo
~~
bl1car p'lr tres vecude diez en di ez d lllB
en e l p erió · galguleute
O den del Día
Magistrado ele la segunda Sala: doy fe.- dlooOlit.:i1tl
y Voz de Nuevo León. de conformidad y
r
p 1ra los ef~t; s del art. 1680 del Código de Procedl
Lic. M. E. T,1111ez.-Lic. :'-:. T. Bena- mi.cmtoa
1, ou cuenta del eetado de la negooiaolón.
OivHes.
7~ Elecotón de JOA mlembrOtl propietario, y 1uplentee de la. •
vides, Srio.-Rúbricas .
Villa de S mtlago, 10 de Febrero de 1009.-David
Junta Directiva, para el nuevo sñosoolal Y nombramiento •
""
del OomJearlo y en reapectivo 11uplenle.
ean t u.
Lo quese haoeeaber6. 10,Sret. ,t,colonlltas, edv1rtl6ndt!-lea q~ :\fonterrey, 1·einticuatro de Septiembre Alanfs.-.A-Andrés .A . Usvazoe.-A-lfart,tn
o. v 17 ,20,23 166
el acuerdo ee totllar&amp; oon el u O.mero de a.cclooea que eflén
de mil novecientos ocho.-No habicndó,e
rtJprr-l!leotadu de conformidad ooo la p,i,de 6Jtlma del arto.
3G de 1011 R!tatutoa qoe rfgan, Ja Oomplli!a,
inte1 puesto. legalmente, ningún recurso
Moater,ey. Febrero U de H Ot-81 i;realdente, Eptttafo O.nUk
EDICTO.
El Secretarlo Epltaclo L, Gant6.
171119
de la anterior sentencia, pués a 1 de súpli- Juzgado 1! de lo Olvil.-1• fracolón Judiclal.-Est&amp;do
de
N.
L'!6u.
ca no se le dió entrada por no estar ajustaCon feoha 16 del acto! ee radicó en eete Juzgado el
NOTIFICACION.
do á la ley; ni haberse, tampoco, interpues juicio
rle intestado del Sr. Albino K llartfnez, vecino·¡
JuqMlo 29 de to Ci,11.-1, ft"Kofón j11dlo!al... Ettt.do de NueTo .•
Loós"·
•
1
G
to alguno del aut.-i relativo que· desech6 quA {oé de eeta Oludad.
Y por dlspoalcl6n del e Lic. Macedonio 011 Tre- 1
ra. Margan ta L orente de uerrero.
aquel¡ se dedara que la expresada se11ten- v üo
Juez 1~ de Letl'88 del Ramo Civil de la l• frac'.
En el juicio ordlnarJo mercantil promoTtdo por el Br. Lle. MI- • • 1 d J E~-d
roel TrevtilO como •p.,der&amp;do de D. Ftancr'aeo A. OAntea.u contra
cia ha causado e¡ecutoria, conforme á lo o16n '¡ u d 10Ja
e
o, 88 man d a· pu bll car e I pre· fot
Brea. R lc!l.rdo R"'Jel J Anton.fo GuerrHO lilorflllte, 10bre noH
edicto tres veces de diez eo dies día, en el dftd de la Booltdad Re1ea Oárde11u r Ofa. 1e dlotó a.n auto qoe , 1a
dispuesto por el artículo 45 I del Código &amp;ente
Periódico 06.clal del Estado, y en L!i Voz de i..- nevo le\ra dice.
, _, á ft d
d
lloa'8rre7, Oatubre vetotint1eve de mil no•u1enloll ocho - Por •
de Procedimientos Penales Notifíquese, um.iD
,
n 8 que us8 persona que 88 crean COD ere prNeDwlocon luoperacloneay certlllcadoade 4etaQofón que ee
á la herenola, se presenten , deduofrlo en fl acompeñ,n ,1rfsuen1e para que 1urtaaau, "'reot&lt;11 al jntclo en r&amp;hágase la transcripción rnrespondiente pa oho
término que establece el art, 1&amp;86 del Código de Pro• tererola. :r como se Pl4f'l. pre.6t1DH lla suCNlóu. del Sr. Antonio
Ouenero LloP.ote. qae lo ea l• Bra. llarprli&amp; Llore■• de Guene- _
raque se proceda á la reaprehensión del oe:Umten toe Civiles.
-ro, entte1aeilc1ocnrrenteeen •1 térmlnodeochodtu todoi loa
Monterrey, 16 de Febrero de 1900.-Llc. Josá Joan b\eaesqneconllten 1fatadll8ea el batanoeqa111 vr-eoedeooa eoepclón
reo Erueterio i\1antecón y lograda ésta Vallejo,
Srio.
o. v.17 20-2a-166 4e 1o .. qnfl&gt; 1&amp; eepecUl.can b,jo 10fl nombre11 •Ollclh• ltouteney FA~
:brloa Aaahu~c,,, fpor cuanto &amp; que te fgaorael domicilio de dlch-..
póngasele á disposición del Ejecutivo del
oh• Btt,., h!naele la oatl6oaci6o MRoectin por med.Jo de l!dlotos
que ae pobffca,Aa en el Perlódloo 06oJal y La Vo,: de N11e"C"O t.e6o
E~tado, librá,udose al mismo los testimoAVISO.
ea la forma y Ui1mfnca que ore•leneel arUcnlo 85 del C"6dlgo d&amp;
nios de estil0; y por lo que respecta á El que suecribe participo al.pllblico que les dfas 14 Proce4fmleatosfllvllea. Notiflq11e11&amp;, Lo decretó y .ftrni6 111 o. Jnea
~
Vllraadel Ramo "1TU: doy te-Ltc, Luna.-Llc J. Garcfa.
Secretarlo.- Rdbric,,e:.
Andrés Reyes, en su oportunidad dése y 16 y 28 del actnal y 1 o del entrante se venderán en Gua¡srdo.
..o qne 11e notUloa á. Ud. en eat.a forma de acuerdo con el art
a oasade Empeño 1&lt;Cbthu!lbua11 cita en la calle Juárez
.
aviso al propio Gobierno. Asi interlocu- ~o. 47 las prendas de plazo cumplido pertenecientes 86 d•l 06dfgo de Prooc,1Umfe11to11 Oblle11.
lfonterre, 17 de Febrero de 1909 Lic. Garcfa Ga•Judo Secre'á
los
mea,s
de
Julio
Agosto
y
8epbre
ppdo.
lo
qu,
toriamente juzgando, lo resolvió y firmó
tarto.
171819
ha.ce saber al pt\blloo para que ocurra á. precenoúu
el C. Líe, Macedonio E. Tamez, Magis- su
venta.
Monterrey, Eebrero 10 de 190!l. ,--R B. Pan~u.
EDICTO.
tra io de la segúnda Sala: doy fé.-Lic
0
o.16.10,17
Juzgado
2.
dC'
lo
Oifil.-1 . eJ! fracción jU(lieiul E~.
Tam•z.--Lic. N. T Beoavides, Srio.tado de Nuc\"O 1..,cóu.
Rúbr' ca:;.
Cou fecha de ayer ae rRdicó en est~ Jnezgado el jui
EXTRACTO.
olo de intest:-1..do del Sr. Lic. Esttban Horcasltse veEn trece del mismo y para los efectos de
'
ganoia de la Seoretería de Fomento en el Ram&lt; cino qne fué de esta ciudad.
J,a anterior sentencia, se hace constar que deAMinería
Lo que se hace eaber al pdblko para que loa que
en Monterrey, N. LeOn.
ª? orean con derecho li la hereucJa ee presenten it
se'recibió y agrega en uua'foja, un oficio del
Erpeileote N,;, 1665.-El Sr. E ltlmlro Raogel, de eeta vecind!Wl 8Jf'r.&lt;'1tarlo dentro del término qu~ prucribe la ley.
aollcitado ente uta Agencia 0&lt;;ho perteuenclu mloeraa apro:ziC. Juez segundo de lo Cr,miaal, en que h•
~[&lt;;&gt;nterr"r, 26 de Febrero de 1909.-Lfo. J. Oarflía
madamente que ob!cariia en el Oerro de la Ventana., en lluniclo .v.17,20,23166Dlllidad de Santa C11tulaa debiendo pra.eti&lt;:rr11a lBfl medidas comr, Gua¡ardo Srlo .
avisa que el reo Emeterio l\Iantec6n fué 11igue:
Be medlrA un cuadrado de 2CO metroe por l&amp;do de me-neri
qu"' 111 litu•a Norte d adfcb::i c11adra.do, quede noutlgua con Ja llne1
de nuevo reducido :í;risión, coa fecha nne Bar
EDICTO.
de 2(/l metros del fondo La Ellmera.lda., 0~&amp;.H trea perWn@oJu,gado 2? de lo Clvll.-1'. tracción judlclal.--Estado
89 medlr.ln en un r8Ct.A.1gulo de 000 metros de largo prni:imave tld mes ea curso y que el reo Andrés ol&amp;!
tnente de N.A 8, por 100 de ancho, de m11nera qoe la e~qu!ua d, P. do N. León.
Reyes, optó por la pena pecuniaria: doy de 1.ti;bo rectáugulQ se11t oom(t11 oon la esqtdoa 8. E, del caadrado Con fecha de ayer s0 ra loó )U este Juzgado el JuJ•
de~ metro&amp; »c.,r la'.!o qne t.titee H nr,rr.116; y el raaro de el!lta. eolifé. -Lic. B~navides, Srio, -Rúbrica. · cltnd
que s6rA como de una pl!tten,..ncte, se mediré. en el hueoo oh de inttatado da la Sta, Jod6ftt. Abrego, vecina que
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IIA

SECCION DE AVISOS.
Cía. Minera, La l!'lori1la, S. A.
AVISO.
Por iwneTdo del&amp; Junta dlre,tív&amp; de e•t• Soilled&amp;d
.e hace saber i los Sre . acclontst s que desde el dls
a 4e Mano pr6::clmo en adelante 813 rP-pq,1 tlrá el dlvl•
den.do Nóm. 2 de la serle B. de $&lt;.1w 00 (olnco mi ·
pel08 que ee pagarán todos lo, dbs hlbilts en oambl,
del recibl correspondiente, en e.stn ciudad en la casa

que quede entre la 11oea. N del u,ctá,ogulo de 3 perb,nencia.e df.- fuá dA , s~ cfudad.
m11rcado; entre I• lln&lt;&gt;e E del fundo La Esmeralda r las Jfneas Su,
Lo qne se hace eaber al pd.blioo, para que ee crean
delOII rundce R11rta Fe y La Olflcnltad, siendo u 1e demHfa~ co -· o
da una hect ra dP auperf le J en MDMCtlllD&lt;'la AStff. soliottud d, lie- e )D d, recho á la he;-eucla, Re preaenten á deducirlo
te heotaruC()mpJ,i ... y tioademut&amp;que tendri prozlmam.eute IWA 9n fil término q11e aeiiala la ley.
heotara.
D~u 1·u del onadtadu aeouatro pett.enenclM mar.en.M_nterrey, 24 de Febrero de 1900.-Lic. J. G&amp;rcfa
do al princlplv, quedari ana mina anttgoa y •~donada Jl&amp;mWs
.. t,a Be.forma-, Lo• metalasque hay dentro df'I terreno soUcttadc. 0nnJ"'1 d ,. Srfo.
o. v 17,20 23-l66i
eon C1erf06!MI J plomoaoa coa ley de plata El fand.a ref.irldo de le
Bsm&amp;ralda Hel &amp;olicfta.do por el Sr &amp;oqn!el Pedrua ea .-\brtl ti.ltlmo. 81!1 Je di por nombre &amp; esia eoUollud. el de &lt;fEI Rubh
Juzgado 2'! de lo O!vil.~I• fracoión judlcial.-11:•Nombrado perito el Sr, Io1eot«ro Eal&lt;&gt;tiO Orfu. de ut.a. •AOindu
y aceptado por el E-1 rareo, tte abre on pl1oxo impronrpb:e de cna- t&amp;do de N. León.
ro meaes para lasubs~ol.al6odelup:wtteatee-n esta Areaob
~ebthdon de pnbliear el pre1ent11 •r loa tAnnlnos de I" l•y.
Ooo lecha de ayer•• radicó en este Juzgado el juilloutwq, Enero fldé Wil,-R. Vald.ú Llapo, A. de lf. l7181ll cto dA lntestatln de la Sm. S ;lt.d&amp;d TrevJño ,·ecln&amp;

EDICTO.

-

que 1'16 do l• Villa de Guad•lnpo.
'
Lo quesebaOA oab•rol pdbllco~n ..t, forma, para
qne lae parsonu que ae orean aon derecho , la h 3•
renoia te_J1°61 8 1t&amp;.&amp; 6 de 1ucirlo dentro del término de

. ULA HIP01'ECARIA.
CED

ltllfla4o

19 de lo

Olvll.. LJ fra.ooiou

'

Jo.41ciat.-Ed-ado de lluevo

~~-

de oomf;rch del Sr. Tesorero. Dn . Mtnuel 6ar2e
El dtacuatrodel aotuI. ee pesen&amp;d ante ,ste Juql.do, et Rp
Monterrey, Febrero 24 de 1909.--Lic. J . Garcia Go.aLkl. 8aJom4i Bolello, como Apoderado jur{dloo dlll Br. loa6 Dtu Cl- j ,rdo, 8rio
Gn•jardo, calledeJuún So. 2•'. de3 A 6 p.m.
a&amp;'1M!, d.em&amp;od.ando en la v{a anmarla J en juicio hlpoW-Carlo al
•
o . V. 17'. 20 23 lM
Monterrey, Febraro JQ de l!\\H,--.E1 8 1:cret11rio. J sr. loaélfu"Jlo A&amp;-0,ra.t.it aobr-e pagodt1 La c~Uda4 de $12.000.011
EDICTO.
'
B . Fm-n1n.dez .
o.17,1_8 ,19 dooe mU petoe y ,.•lor de aa pr&amp;lam.o A motuo 0011 Interés, mtíg
loalmpuestof: NMSpeetlvoayloa tn&amp;ereae■ veocld(i•, demandiodoJUZJ"a&lt;lo zo '1 ¡O e· ·¡ 1 r
··
•
Mt&amp;mbl6c.la8coatu,oo::i.tr.b~kltte&amp;Uat.ereaeaqneen lo 1ucesl~
e
J\'l .-- ~ ruec:1011 judicial. -1~siado d-e,
'"º ge veuu..
Nue,·o Leon.
el aictouu d.ema11.d• en UA.&amp; eacrltt1m 4e aegnada lllpoCon fecha. eeie de,I Rcttlt1.l y por tl '-poslc,·ón
d•I
O.
e,pecfaJ J nprN&amp; ototpda por el Sr, lol!é Ignacio Atd ate J
w,~
Bi. qne suscribe pone en c-.::nocimJento del pdblioo tec'f.Fuuda
que oon permiso de la a.utorid&amp;d t.rt1elad&amp;rá pr(iz1ma- ea Ja.Cit1-Ud de Dr. Arroye, eldfa 19.de Jnnk&gt; d.emU oo\'ed..~tOf Uez se radicó en eate Juzgado et juicio de intfstado,.
mente ea. oaea de empt-ñ1J •El Fenlxit de la calle de hee ante e10 . .lue&amp;de-L,et-rM de la tt fta0et6n Jn&amp;cla! de t. f,aoi del 8r Teofllo Trvlfio, veoinn que tn6 de Fsta ciudsdrlhUca
•La
118 compone aprc,xfmadameotf
Lo qoe se hace saber-al p6biico,• f'in l.lt:'
·•- qtielee pe•so·tl'M denominada.
f medio 1ltfoa
de Bol6&amp;g&amp;aadoqae
mayor
6 ,.an sp.fg mil cUnto oua•
Juúez donde actualmente se hall&amp; 4 la esquina S. E . de
renta, media h&amp;Otaru y mtl tteec.ien.t-Oe ci.t!oo mtJe,imoa d.e ht:cta.- nas que 89 c_rea.n con derecho A. la her11ncia, 88 prt18fln.
de Ju ca.lles de Oaleana y M . Arree la.
r11e enotUintra &amp;e'li.da bajo loa surnlenk.8 llnderos: por el Nor- tqn !i deduc:irla dentro del término qnA fi¡'a el er•
Monterrey, Febrero de 190!) .,-TrevliiJ Gza . Rafi1el. ra
te y Oriente 0011 la. fiacieud.adeSoledad; por el Sor, oon el Ran- L685 d 6 1 CójJ
d p
di
"
g-o 8 roce mlentos OJviles
0.17, 18.19 ello de Santa Maria de 111 Palma, proptedaddel Br. Matf&amp;" B~u 1
Hactendadel O,hm6nde D. Terl!&amp;o Mt1~noy por el Poniente c~ui
M?ntarrey, Febrero 22 de 1909. ,,-Lic. · J . Gar&lt;'fa
, .. rreno de 111, liacienda de •&amp;cuña- perteneciente AJs Sra. fllarre Gu&amp;Jllrdo 1 Srio

A VI SO.

Compañía. Carbonífera de Sabinas. S. A.
A VISO.

f

dft JNfiil A.rcha.!41 de GGtoe1, , la. hloote.,a con todas IHU Fntr&amp;dlU
mejor&amp;e, neo&amp;. ooetttmbff!S y ;,ervldumbu,a que en la f-'1 bl d" 1;
hipoteca. hubiere y loa!J que eo Jo euc..,.dvo hlcfere riD rtipo:lar

r1d~~Cl~:~no~~

11

B~~~~tr~~~;a;:;:a;~~a.;u1!'!°:1e;,~~Jd:í~p~~t

Por acuerdo del Oonsejo de Administración, se ha MIL PE'-OS qoe le facl!jló t\ mfi~uo oon lnU&gt;r6!' dtol 1 p~ meoaoa
¡x,r el té1m!nodedos f.DJ8 6 m~"S', COilfadca do;s-!e t1I d11111rlmero
e=, saber á. los Bree. accionistas de eata. Oompañie, qn• de
Junio del citado aii&gt; de mil oovec!l'ntoa tres: sienJ.o adem6s
e:1tando ya liata.e 188 aooiones definitivas ~t portador, de_cueota del denJ.or wd~ I•~ c,oqtrlbn.::lont&lt;11 y grti.vAmenea qm.•
t.Jn to Libera.da.e. como Preferentes, se entrega,1án éa- satmpnderea al C!'Lt:ita~ 6 ila finca hipotecada. Bl11ndo mott\!o pa,
dar por termina.do et pluo, la f..J.111, de pa,go de loa. fu terete!
t,a. áloe te:oedore.5 de los Oe-rtlfloados .P.rovlsiomd"-8 ra
qae1H n•ab&gt;ec!óporanoalld•de,; l"et1oidM; h~h"lmdoae reJl'hi:r ... •o
emltidos, asi como á las personas en ouyo nombre .eeia blpot.eoa oon fecha ve:1Udos dd m.i@mo mea, afijo de E,o. otora.parecen rrgistra.das, veriftcA.ndoae el canje y la en gan.teoto
En v1rl.o.d de l&amp;eeohtt&amp;ac.\M qn&amp; pfttéed~n. queda. •uieta !jut
treg&amp; á p•rtir del d1a 16 del actual en delante, eo lae Dio blpoteoario la Gtt&lt;a rti.stioa. de que &amp;e ha hecho mErlto de pn;,;
O.fbtnae de la Oompañ!a, calle de Dr. Mler !&lt;'! 91.
D1edad delSr.Jo.NJ &gt;.«nacloAJdn~¡loquue haoe a,bel-a1 p(iLoe &amp;fí,0~ea accionlet&amp;e que no pueden psrsonal. bUoo J lbs autoridM.eepe.ra Q.tteno ee practiQus en ella. ntnso.o
toma 4e JIONlllóa. dtJlgencf~ ~re:cautorl&amp; 6 cualquiera
men .e reooJer aue aooionee se servirá.o nombrar un eMbargo,
otra qoe en&amp;ar-pe1ea •1 cutto d~l ptt,UDteJnlclo J posr-.eión tmpediapodera.do pan. que ft,.me el recibo correapondientie d&amp; qui, por ed,e auto H oocoed!t al_ St. D. l&lt;Jf/llA Ico&amp;0lo .UcArata
Monterrey, N. L. F~brero de 1~.-Ernesto .Ma.de~
F,.,.,.. ••
OI
ro, P....idente.
o.17,1819

,..:'~!¡;_'.:;°''

Cía. Minera. &lt;'fodos Santos&gt;, S. A.

,.,._u•. "·

PREGON.

(

o. v. 17. 20. 23 ·ló.1'

'

1

EDICTO.
AJnzgadNo dLeeLetrns de lil 4! fra.roión judicial -D'"
rroyo. ~ .
On.
·
·
Ooo. este f~b 1 di
..,._. a 8 ra. e 0 eo este Juzgado e-l juicio d$
lnteetado de la ~rd.. Petri, Mendei11n de Castulo
.
na que fuO pe f'Rh:1 Municipio
' VECl L O \l
ób} ·
·
r¡ &lt;: se P
Jea tin e::-tu forma. ¡;uua que ¡
,:cr·•
s U!l8 qne ee crean oon darecho á Je hez"'UC • 88
A. d 8 d •
,
sepre88 t
n ;en
noir1O en e1 térmmQ que ms:rca el aJ·t
1685 de1 C-ódlgo de Prccedimlen~ ,a Oivilea
·
Doctor Arroyo, Febrero 12de lMR Lici :u H.
josa .-Leoaadfo !ff Oom.á1ez -A ¡
·~ t · · · mo·
·
0 uar e Rnmoe.
&lt;;

,

j.

o .v. 17 2t) 23-1 .. S,
'

'

Tml••·-f'?t,i•• Cía. liiue1n '·.J_,a' Lucha'' S. A.
e o N Y o e A 'I' o R r ,1:, •

~ e h , lfUBk\oal 68 San Nl,ooiM Bld'\lf'O.-N'ue,m Le61.1.
A lM diez de la ci.aiJ.u:a oeJ Ofa die&amp; de Muro próairt10 eu el
S&amp;l6n del B. Ayuntamiento de e!it&amp; Muaiotpio y al rut'Jor poalor lle
rematG.rA
en p1ibtoa 8tlb&amp;s.t&amp; ~n terreno de e¡kfo.s, 00111p:1~to de
Rl Con&amp;ej&lt;&gt; lle. A.dmlstraolón 81&lt; oesión de hoy a.oor- die~ ynueff
M'C'.ara&amp;, vemticluoo ar&amp;"I y clncu.,¡,nte. r cfooo w 11 •
dó l!'8J)&amp;rtlr, cuenta de ntilldE.d.. d&lt;&gt; eota Compañfa t.."Os cWMS.rado&amp;, collodaudo por &amp;I Norte eon t.errtino• del Sr
entre tos &amp;Oclouiatia&amp; de !amtnn.a el &amp;egundo d1vlden- Praut.-i&amp;CO LorAno y de la C!a. Ot.meoto BúI&amp;lgo, por el Odeote
do de tfj.000.00 {oinoomil p,1:eo&amp;) á, rUón- de dnoo con '6tttnoa d~l m.l!mo 8r. tc.1.-aoo con el p,mt-OOn M:oofofpal i:o1,
propiedad del Preeb, J • .J. llaJdon&amp;do y oon prr,pl'!dad d~ ce~enpi,80Sporeool6n
tos hldalg.&gt;, p~r el dur,eon terre;io11 del Sr, Lfc, Fortuoato de fo
El psgo !e hará. en la Oficin2 de esta Ccn:rj)ftfi;fo ca Garu. _! °"'m!!D.,Oil H~d&amp;;,:o Y.por e1 P.&gt;nteot,e con t.srrenu¡¡: del Sr
Fr_anci8.)0 ÜJ.1ano $ ae fM Bnw·. D~m.&lt;"hlu VU111orres.I F rahc!SOO
He de IDó:algo ~o 272 desde e~ dta prim~ro Mauo Elnoodn,
P.o'dro Os.11.!ldo r Oe-mcnto llida.'go.
'
p,-r4:Flm11 en s.deUU1t-e. y e.ü camb1c del recibo corres
Dunnte ftl tfrmtuo dE! lu pllbllC&lt;i.cionea que ae he1&amp;.n cnatn,
P, l&amp;d.te:. ._ ➔•
veoet1 con9b(lutiv&amp;e de efe te ea llt~te dlaa h111~ ta bora de la suba .
ta. i;0 admitir a.o postnr.. 1:1 QU'!t oobran 11'1 o..otidad 4.., f s&lt;.a t.rudenªLo q..:0 r.~ hM)8. saber '- lOA Sn,t AOCJionietae r,ar mE tcB
p,t,"(Si! en qae ha atdo Ju-JUpl"tlCiadodkbo t#r-r-eno bsJoel
•
dio del pres811te avJeo pl'.-ra sn couoolmient,o.
00006
to df' qui!! ee eo.uot;de •l lleam:r.clao"1 el dMetho del tao'i,o en
el ,•
l •
Monte.....,y, Febrero 15 de 190U.~t,JJ Becn,tarlo, Ju- 11111\e aludido.
Bao N.loolú. Bid&amp;lgo. lt &amp;e;; Fi:br,r,o Je :i'.19 Joíif Ouf.n -Da•~~llla Vlllaneal.
o 17 11!.)9
idfti J OwUllo, fxcretut&lt;-,
·
1:iflfíj

AVISO.

•

'-

Por acnerdo del OonB&amp;}o de A.dminlstraclón de esta
OGom.pafiía. se clta, loa Sres. Aooionfstas 11 Aumblea.
enore.1 Ott:H~arla, que ee verificará sl df.a 14 de ifar.
zo pr6:I!mo á"'" 2.SO p. m. en lo casa No. 38. (lal!e
:\-Iorelcs Y.se: ocopa.ri en OOn&lt;Jcer y resolver los pan.tos de Ja e-:gclente:

°°

Orden del Día:

1 Informe del Consejo da AdmiftraoJ6n
2 lo forme del Comia!l.?'JO.
·
30 ~reeent9.d6n de las cn~ntrte del primer ejerct'cio &amp;Gcial par&amp; sn exá.men y aprobación en eu
casci.
4 ~ N(lmbu•mlento de nae\·&amp; Mua. l)irectivn
5 J Trata?" cua1qnim otro ae.nnto que, á jnici~ de 111
.Asamblea sea de interés gen@ral para la Cfe:

G Monwrr~y, á 27 de F'&lt;brero de 191•9.-E! 8rlo., Íosé
onz&amp;lez G11erza,
o.17,18, 19

;

NOTIFICACION.
Jo,gado 2' Local Letrado.-Monterrey, X. León.

S r. Geronimo Villarreal.

1&amp;Jcieclacl

7

Cooperativa de Ahorros [Cía.

é Inversiones ele 1\IonterreJ.

'
.

COVOCATORIA.

Minera San Salvador y 1nexas, Bajaa
Sociedad Anónima.

sEGUNDA

·

CONVOCATORIA,

En el julolo ordinar!&lt;&gt; mercantil que sobre cobro de
¡ No hll blendotenldo verlftcatlvopor falta de qnontm
¡,eeoe pl'Omneve en eu contra y la del Sr. Oocar VIPor oouerdo del Consejo de Admloetraclón y de la Jonta Genere! erlraordlnerla el dla 7 del actul. .,.
llanea), la representoolón al Sr . Carlos Baokmann, se confQrmld&amp;d cou lo preeortto en el art . 67 de loe Ea· cu.a hoy de nuevo, loe Bree. aoclontatna para el Si••
ba dlctado•no anto que dice:
tatntos que la rigen, as convoca II los Sree. acclonl•· hado 27 d a. 11 1.. 10 a . m . ~•lle de Dr Mler No. 94
:Monterrey, once de Enero de mil novecientos nne · tae á la Aeamblea gen,ral ordinaria que tendrá lul?llr en la Ofiolnadel Sr Andr6s lllartlnez CArdenas, bsjo
ve.~A.I juicio á que ee ael\ere y como se pide, de en lae OHcloae de la Sociedad, Oalle de Z,rago•a No. la misma 6rden dei dla de la Junta anterior y en la
conformidad con el art..... del Código de Procedl· 12, 11 las 4 p . m del dla 4 de Mario próximo para tra• lntsligencla que habra Junta con loe socio• qne COll·
mieotoa Olvlles y 1383 del de Comercio, téngaee por tar sobre loe puotoe contenido• en la siguiente :
curran sea cual fuera el n11mero de acclonee rep,_,
aonsada una rebeldía y deee por contestada la deman Orden •del Día.
tadas de conformidad con el ert 20 de loe Eetatutoa .i..
da en sentido negativo y ábrase una dllacl6n probala Oomprfila.
toria de cuarenta dtae é lnprorrcgablee para Rmbaa i I ; Informe del Ooneejo .
Monterrey. Febrero o de 19011.-La Junta Djreot-lv.,.
partes. Notiflqueee. A.el lo proveyó y flrm6 el C. Jueo
II Exlimeo y aprobación de las cuentA!s giradas du•
o.16,17,IB
2º Menor Letrado: demos fé.-Ltc. M. Gómez Ball&amp;.'-te• .
rante el 111tlmo tjerclcio.
T s.-A-L del Boapoe.-A-D . Palacios -Rdbricea.
lII Nombramiento d6 nueva Ju ,ta Directiva.
NOTIFICACION.
Lo que se notifica A Ud . en esta torma de acuerdo
IV Cnalqulera otro asunto que por eeorito se haya
e ,n el art. 78 del Código de Procedlmíentoa Clvll,s.
preeentado.
Jo&amp;&amp;ado 29 Local de loe HerrerH, Nuevo León.
Mont.errey t 8 Fi:,brero de 1009.----.. Llc. M. Oómez :Ua- Monterrey 1 Febrero 1º de 1009.-Por El Secretarlo,
Sra. Perfecta Salazar Vda. de Pérez
Ueateroa.
o 17,18 A. Fariae . o.16,17,18

Uia. lfinera La Escondida; S. A. Cía. )linera '·Las Ma1·ípo¡::as".S.
•CONVOCATORIA,
8

Por a.cu- trdf de1 0 o•, ~~ ~ !it~:'s:r~~~b~:.d~~=e~r·0r4t
1s i lot 8 ree. 11001oo 1II H u.e
•
p
.
:narla. que l!le verificar, el dfa 2G del actual. Alas 4 · 11 · en 1a ca
ft No 126 de la calle de Dr. llfier, par• tratar los aaua 1os que comprende la algo.tente.

CONVOCATORIA.

I
1

Por a.cuerdo del ·a.:&gt;neejo de A-iminletraclónde dicha Oia., s11 cfta f. lo■ Srs. Aocionletas de la misma. A Au.mblea. General Ordioa.
rta ne se Hrlfieará eldfa 26 del aotnal A. lu5 P II t&lt;D la casa N9
125 le la Oa.lle de Dr. lller para. tratat1los aeont~s q·ne comprende
la algnlenle:

Orden del Día.

Orden del Día

PRl~B!RO- Informe de la mesa Dlrecth-a
PRI'IERO · Informe de la Mesa Directiva.
SBGUNDt): Informe del Oomb1arlo.
REGUNDO: Jotormedel Com!s9,rfo,
TElBQElRO: Preeenw.olóndelasoaeataeglradN por la TNOreTEROBIRO: Preeentllelón de Ia11ouenbs glrltdu por la Teeorerla. ea 111I Ejerclclo Sootal de 1908, ~ra eu eximen
m en el Ejerolclo Bootal de 11108, para m eximen
p aprobación en su ouo.
7 aprr baoi6o en su callO
ou .\RTO: Nombramiento de aoeva Me&amp;&amp; Directiva.
OU ARTO: Nombra.miento de la nnen Meea Directiva.
QUINEO: Tratar onalqater otffl asonto que &amp; jnlclo de la
QUINTO: Tratat cnalqoler otro asonto que 11, Jniolo de la
Asambleaeea de lnterée reneral para la Cta.
Anmblea eu de lnter&amp; general para la Ofa.
Mollterre:, A IS de Pedrero de 1009.-El Secretarlo, Ootavlaco
Moater~y 6 18de Febrero de 1909.-El Secretario, Octaviano
:zuib 11,no.
'
161718
z~mbr&amp;no.
Ul17

NOT!FICACION.
Jtu1rado de Letras ! de la 6J fn.ooióa joaicla.1.-Vlllalda.ma
Nuevo León,

Seüor Emilio Reyes.
Ea el jololo ordh:iarlo ohll oromovldo oor el 8t. Lic. Loreu:r:o
Roel como apoderado del Br. Antonio Pefü, Garcta en contra de
se ha dlotado un a.uta que A la letra

'1]&lt;1. áobre entrega de terreno

-.!loeVma~dama OlJCe de DlciPmbre de mil no\!ecleotos l!llete.-Agrégnael!I el anteriOr @l!crtto al jntolo 11 que &amp;e reflflre, Y eatandora. oontestioda. Ja dJtmaodaoomo ae pt,te por el Sr, Lic. LorP.nto Roel de
coDf.,rmldad oou lo dlspuuto en lo,1 arte. 849,360 y 365 del Oódhr"
de Procedlmtentos Oivlle1, Abrese dicho jalclo A. proebu l)l'lr el término de onarenta. dlas comunes• lmororrojil'ablee para. a.mb,s partes. Notifiqne1e. Lo pt'O\!HÓ, firmó el c. .Jne1 de Letrae de la. 6f
fTa.ocllln jndlcl11l: ñamoa fé-Ltc 6n11jarto.-A-Marlano Santos
Tn\!lfio,~A-JMé B Vllla.rl'8&amp;1 .. RQbrloas
Lo que ee entHl.ca. A. U1 en esta f•Tma en cnmpllmlento de lo
1'H11pueeio en la fra.oolóB I del arto. 78 reformado del Oód!So de Pro
-cedlmtentos Olvll&lt;&gt;!.
Vlllaldama. treoi, de ll'ebrero de 1Slt&gt;9-,,to. Simón Gu1.Ju.!o
-A. Marl,mo Ba.ntoa Tren·ño.-A-Jo86 B. VUlar-real.
161'1

tia. Manufacturera dr, Pastas yGalletas s. A.
CONVOCATORIA.

Rn el jniclo verval promovido por D. DametrloGuz&amp; en cootm

1 1 de Ud . sobre entrega de un jacal apreciado en onve.nta y oae~e
~'1, pe&amp;OS se h11 dichl,do i,or et1t11 Jnrgado tm anto que á la 19,tra. dice:

NOTIFICACION.

•Los IT•rreral!. Septiembre tr6fl d-s mil novecleutos ocb,..-Com:, lo pld@ el Sr. Demetrio Garza en sn ent11,i&lt;1r compareoen"'" y
en \'lrtud denobabercompa.r,cl.dola8u1. Perfecta Baluar_ viad•
de Péru A contefttar la deru~nda, Mi d6 hta oor c:,q,testada en 1eotldo Dt&gt;gatlvo, recibléBdo.M ti pru , ba~ este jntcio p')T el térmtoo de
ocho dfaa comonee li!i tmprorrogabln qoe comenzarli.n A oontane
el etgntente tí aqnel eo o'le ae Botlflque á laa partee 881.e •ato. e.
el ooncepto de que se s~ñ•la para. la. rect1pcl6B de _ntneb&amp;I del • ·
tor el onarto dta del U!rmloo á l&amp;Snaeve de l&amp;man1.na y 1)11,~ lae
del dema.11dt.do el t1lthno db, de1 ptoolo término I laa mismo hora,, Notltrqne&amp;e. Lo deorE&lt;tóy firmó eJ Alcalde to Sui,lenlt!: d ..
mm,fé = Ntoanor Cha~.-A-Vloen&amp;e Oarcfa,--A-Felioiano Peií,.
-R1lb1'1cu.
Lo que ee noUBca l Ud. eo eta forma ea cumplimiento del artloulo 78 del Oódlgo de Prooedfmfentos Clv.llM.
Loa Herrena, 1!lu11&gt;ro 26 de 1909 - P!Actdo Gontllet. -A--Vto:,en te Garef11,-A-Re1ua·do 011nto.
181'1

PREGON
RepOblJca. llexlcaoa.-Prel!ldencla Maoioipal.-Yooteney, N
León. - Beoofón 14
A laa diez de la W8Ü'I.GI, del dla 11 de Marro pr6:s:lmo, 80 el a.,.
16n de Acuerdos del R Ayuntamiento y en el mejor ~
tor, se rematarán en p1lbltca subasta tres lotee de terrno de
l)l'Opleda.d M.nnlclpa.J que tienen l&amp;B dlmeaclooes y ooUnd a ~ li-

Juzgado 1? de lo Clvll.-1• fracción judiclal.---..Eatado de N. León.

gol~~: N6mero 1. oomprende una aupert!ole de 10,876.95 mebCM
cuMlral1os, y Unda: al Norte, calle de Ay utla; al Bar, camino de la
Vl)Ja"Yle Ba11tfago r propledilod de Jo11 Sre-11. Je81lll Alanfs, Trlntt!H
í.lo•ruAn ntro.11: al Orleate, un~propledad demedia mauzau .,,
auper.liolt&gt;, y al PonlPote hui cornentr-s del Rfo d~ S.uta Ortarina,
Lote N6mero 2, Tteat1 nna 11uperfü:l11 de 8, 168.64 metl'oa cdildra-dos, y liuda: al Norte, calle de León On,mll.n; 111 Sur. calle AJ11··
Eln elju1clo ejeontl\!o olvil promovido por el 8(. Vicente de tla• al Oriente Prootedad de los RrPA. Jut111 N1lñ•Y, Praaofson llllLeóa oontra Udes. ss han dtotado Jos antoa sl1u' et1tes:
ooÚtr19s, Ptlar Fneutes, y al Poniente, las oorrteotes del me de
"llonlttrrey. primero de Febrero de 1909 A su11 antecedPnt.f!II; Santa Catartoa.
, oomo ae pl1e, bAga.s&amp; el emplaaamleato A 1011 aus"nh•s,. oonfor•
Lo,e NQmero s. Vida J,~81i.-t6 metros onadradOf', 81eodo IRII
me la ley. Notlf1queee. Lo decretó r fl.Tmó.l!.1 O. Jue,: 1°. de I,e- &lt;10llndabci11a: 111 Norte, calle Ar oda011; al Sor, calle de t.6n a .. trae del Ramo OivU: doy
fé,-!Jc•
Tre.vmo,""'-Lio.
Jo!é
Juan
mli,n•
al Orle-ot.. pTopledad d&lt;&gt;l Br. OeeAl'eo E■plnoea, y al Ponlen\e
1
Vallej", Srto,- Btibrlo&amp;11. •
•
1oorrt'•ate del Rfn de Santa. Oatarlna.
•MoDterrey. Enero dleolone\!e de mtl OCl\!ecleotoa oueve..-Co•
Dur&amp;nte el 1énnfoo d" las pnblioaclnne"", qu9 11e harin trea vemolle pifie de conformidad con el att.'toee d11l 06dlgode Procedide de el Ate ea siete dfas. J' hasta la hora de la imb11eta, ae admfentos Olvllu, emplAc11se á los demandados para q 11e dentro del roltlrá1'1 po 8 turae que cubrn l&amp;l' caotldtdea de $-r,() U\) ce, $~o;. DO y
térmloo de tres dfa.s ocurran ante eete Ju11"a.dO A hacer J.&gt;&amp;Iª lla• $3·2, oo. ce.en que respectiva.mente fnerou \!aloradoedichos l,,t.o,:h?.,.
na de la cantidad demandada. y 0&lt;'11tu ó A oponerse A la. eJeoución 1, Al M?lcepto de de qae 1 e le concedo al denadclante el derecho
y di'I oonformi 1ftd con el art. 10'28 del mlemo OrdenamleDto pre- del tanto.
prevénge.eelefl que dentro del mismo térmfoo nombren el perito
lfonterrey, JR de Febrtro:de 1909, P. O, lfarttoe,:.-B. R,mtqoe les corresponde y A 11mbaa partea que se ponga.o de acnerdo rei Angula.no arto
161HI
en el nomb... mlento de tercno vara el ca.ao de dleoordla; y oomo
'
•
lo pide el ocurrente en eu anterior eK&lt;lTtto Mugase como perito nom
bra.do por au varte al Sr. Fe:lclai;o Caeaa li. qnlen désele coorclmiento vara los eferl:011 legales. Nntlffqnese. Lo decretó y ftrmó
el O. h"z 19 de Letr-s del Ramo Clvll: doy fe,-Llo. Tre,.lño.Llo. Jo~é Juan Vallejo, €1rio. - R6brfou.
Lo qne lle publloa en esta forma. en onmpllmlento de Jo dlllpneato por el art. 85 del 06dfgo de Procedimientos Olvtl••.
Por acuf'lrdo del Oon.,eJo de a.dmlol11tración de uta Cta .. s11 •
MoDterftif, F@brero4 de 1909 -Ltc, Je~ luan Vallr-jo. Seer~
tarlo,
•
16 17 18-154 • t.a A les Sres. Acotonlgt&amp;11 de la mtnna, pan ,t,aamblea general or,•
dlnarfa., qua lle vedftca rA el dfa 21 del pTeU"ote mu, 11, lu eU6lro
,i,. l• t•r-',. en 1111111•11,t .. 1 Sr. Graciano Bortonty Ofa. Rucr., en eet.a ciudad de Ldmpazca, N. L. pa.ra. tratar J reeolver sobre loe .at.&lt;is que e1:prua la ldguleot.e:
·
Agencla de la Secretarla de Fome.et.o en el Ramo de Minerta.
en t.mpazo,,, Nue\!o León.

,
6
Sres. Ramon Lozano Aragón y Ram n
,.

,

Sanchez Lozano

y

j

º"ª•

Cía. Minera "La Fortunaa'' S. A.
CONVOCATORIA.

Por acuerdo del Oon1H-jo de Adminlett"actón de 6eta
EXTRACTO.
Ol&amp; . y en oompltmiento de lo prevenido en el art.
~20 de los EstAtntoa que Ja rJgen, ae ofta á loe Sres. &amp;O·
ofontstaa A Asqmblea. General Ordinaria, que se veriOrden .del Día
ilcará el d1a 20 d•I actual á lae 8 p. m. eo la casa No..
Expediente No. 384.-Coo fecha primero d~I co
1 - Iofo,me delOc&gt;nllf'jo de Admtntatracl6n.
·o7 de la calle de Dr. Mler y se ocnpar11 de conocer y rrtente, les ocho 8e Ja mañana se ha presenta.do en
2 J.,fnrme del OomlMrlo,
s-Preseotacfón del Balanoe del a.iio. para, en uAmen 7 lr,b10iJa.·
aprovar los puntos de la sigo.lente:
esta Agencia el Sr. Juan Montemayor denunctan-rln
otón en en oaeo,
M pertenencias mineras sobre nna veta virgen que
4-Nombr•mieato del personal del Oooaejo y .:Jomlsi.rfo. •.on
Orden del Día.
contiene plata y plomo. situada en el Rloon grande
respectivos snplentee, que fnnglriu en el preaet1le afio.
Se reonerda 6 loe Aoofon1stas que efundo éeta uaa aegueda
pArtenecient~á. la sierra de Lampaoos de esta jnrlsd}r,_.
1~ Informe dela Junta Dlreotlvs.
ooavoc.1torl&amp;,
la Asamblea. ee oonstttnlri con el nQmero de IM)QIOcuyas pertenencias ee medirán en la figura de Blst&amp;11 q 08 OOflCDrTllD
, sea &lt;1nsl Í08'18 SD rep.reeeo\aelóo.
z- Exámen de Is cuentas giradas por la Tesorería cl6n.
un
poUg'ono
teniendo
terreno
Ubre
por todos sus
Lampa.zos
Febrero 6 de 1909.-Carlos M. Gana, Brlo, 1Bl718
y aprove.dfs en su caao.
rumbos sin collndancta minera y puntne de referencia.
3? Nobramiente de la jant-a Directiva que deberá al Norte, el Crflston del Alazan, al Sur, la boca del 1
foo1?lr el pr!"oxlmo afio social.
REMA TE.--..1'! Almoneda.
grande, al Oriente. egua del Oe4~ •Exámen del B!llance General y aprovaclón en desagnedeloañon
drlto, y al Poniente, el PJcacho de Piletas, v pone por
Juzgado
4~ Oonetitucional.-Montemorelos, ~aeyo
BU 0880,
nombr9 á eete denuncio •Monte de Piedad.~
León.
5° On11Jqu\er otro asunto de inte¡6s :que se proAdmltldo
el
anterior
dflnuncio
se
manda
publicar
ponga
El día 27 del actual á. las diez de la maña.ne. y en el
en el Per16dfoo Oficial del E~tado poT tres veces se•
Lo que es avisa á. los Interesados para su conoo1- guidas y en la tabla de avisos de esta Agencia por local de eete Juz~ado, tendr4. su verlflcatlvo el remami~nto,
un mee y se nombró perJt.o pRra la medida de este te de loa ble nea e1gutentes: dos aparadores para muesJ\[onterrey, Febrero 12 de 1909 :-Santos V, Oliva- fundo
al Sr, Jeeds O. Martínez quien aoepto el Nom- trario de reloxe13¡ conetrldoa de madera de nogal,
rés. Presidente. --~anual R. González. Srio.
conteniendo uno de ellos diez y eels c11jae de relox
bl'Amiento.
o.16,17,18
Lo quo •• hace saber al pll.bllco advlrtléndoee que sin maquinaria siendo qo.tnce de mPtal y una de pladesde eeta fecha se habre un plazo lmpronogable de ta. y uno de acero oxidado, y dos leontlnaa de aoero
onatro meeea para la subetanolaci6n del Expediente cuyos bienes faeron avaluados en la cantidad de
NOTIFICACION.
en esta Agencia.
$114.7áylo• que se le embargaron 11 Dn. Manuel
Juqado 1(1 de lo Olvll.=lt fracoltlnJudlclal.-F.at.ado de N.Le6n
Lilmpazoe, Febrero 8 de 1909.-E. A.. D.M. Alejan- Sierra, en el juicio ejecutivo mercantil que le tiene
dro Reyes.
o.16,17,19 promovido Don Entimlo Benavides, como apoderado
Sres. Saenz Hnos.
de loe Sefiores Guerra Hermanos, de este Ü&lt;' merclo .
,t rED el lnoident.e sobre costa•, pn,movldo por e1 Br, Lic. Edllber•
Hacténdoae Be bar 11 loa int.ereeadoa que no se adml••
NOTIFICACION.
to Gana Gon1:AIH oontra Udes., de lu oaonilae en el J•1tlr4n poeturae que no cubran 188 doe terceras partea
cio ejecutivo Mercantil eobre Ot!!lf'S, que el mlMno aboclldn entabló
!u1gado
29
de
lo
Olvll-1t
fraoel6ujadloia.l.-Estado
de
N,
Le6n,
oootra Uds. como apoderado Geoe-r&amp;I de loa 8re1. O. Holok r Ola.
de la referida enma, y en este Juzgado •• mlnistrarfin
ha reoatdo ou auWI que A la letra dice:
loe dato• qne se nooeslten.
Sr, Juan Blackaller,
llontnrey, Pebre ro 9 de tnlt noYecleotoa nue•e--A sus anteoeLo que se publica en e1ta forma, en cumpUmiento
dent.es y t1omo ee o1d•, c1tete p&amp;ra Bf!atenota. en artfoulo. Lo dt1Eo el jalolo bh:iotecatio de prooedlm1aato oonve11ofonal qne
oret61 firmó e1 O.Jut&gt;is'JQdeLetnadel Ramo OtTil: doy R-Llo. promovió
contra Ud. el Sr. Llo. Sillvador Gonz&amp;lu como apoden.- de lo dIBpoesto poi· el ar~ 724 del Oódígo de l'rooedlml ·
'.Luo...,._Llo. l . Garcfa Gu"'J"'rdo, 8rlo. -R6br1c...
8ocled11d C!ooperattn de A.bonos d Inv,niot1t11 de Monte- entos Civiles.
Lo que s&lt;notiflc• 4 UdN en esta forma, de acuerdo con lo del&amp; ecbre
J&gt;MO~, ha. recaído o.na 1entenola que dice :
Montemor01oe, Febre?O 4 de 1909.-Jesds Oantd.dfapul!lsio por el artloulo l!7 del 06c!Jro de Prooedimlent.oa Ol'tllee. rrey.
Visto
eat&amp; fuloto de prooedlDllento coovenolonat promovido por
doy fil.
o.15,18,17
E'l Br Lto. S.l.,ador Gonr.lles oomo apoderado geBenl de la Socie- A-• Samuel Rioe.~A - Sim6n Garcla,

lfonteney, Febrero 13 de 1909 .Lk: 1. 0..ro1a Gnajardo, Se- dad OoopflratlT&amp; de Ahorroe 6 lo\!eHiones de Monterrey oootra el
-oretario.
1617
Br. luan BlackaJler, aobre ej&lt;&gt;cuel6n de un oont,ato hipotecarlo
etendoelaotor vecino de esta o.. pltal y el demaada.do de la Oiadad
de Mooo1ova, ».Jta.do4e Ooahulla; \lista la publtoacldn 7 reg1stro
del prlm"'r proveido jndlcla.l, asf como los demá!I trimltes qoe ae corrieron de oooformtdad con el ooonnio de la11 p-.rtes; vieta la cltaclóu p11Te senteacla y ousnto ml!!I debió verse;, ................. Por taPor el presente y por disposición de la Dlreoolón
lM cnn1lderaotones y oon fnndamento en 101 arttou}os cfta.dos y en
f'l lnofsn E. dfll referido procedimiento coovencion&amp;l, df'bfa. de fa,. de eeta Compeflfa, se cita á loa Sres. Aoolontetae de
llar y tallo: Primero p'tQCede la acclón htpoteearla Intentada por la misma á 1a Asamblea General Ordinaria que se
el lJo. Balva~or Gond,let. corno ai&gt;oderfLdo de la Sooieda.d CooPor Rcnerdo del ConM&gt;jo /\E'I Adml~l9traol611de,t'lloha Ola,, P.e &lt;11- r,eratlvs de Ahorros é luvereloDff de Mont.errFy contra el Sr. Juan celebrará el dfa 20 del actns.1. , les nueve de la mafiata l\ los Sres. aeo\onlstaa d~ la mfama. tí Aaamblea. General Ordtna• Bal11-c'uller; en conaeououcls, 11e del:lara qne tl!!t.e t\lUmo eatr. obU• na en punto y en la Oficina da la Ota. Minera, Fnndlda qtle e verlftcn6 el die l!3 del a.c'u&lt;:111. las 8 P. 111., en la oa11a. N9 l{'Pdo A psgar A dk:b11, Boc.fedad lacantld&amp;d de $!,9'18 HI dos mU no- dora y Afinadora «Monterrey)! 8. A., calle de Dr.
126 de la oalle del Dr, Mier, para tratar los asuatos que comprende \!OOlez;itoe set11 pe.aosd!eot111'leaeotl!lvo11, mi11 loe totsreses Te•pecti•
Mier No. 94, para tratar de loe asuntos contenldoe en
la sfgnlr-nte
voa al tipo eaUpnlsdoflu la." ~scrltnras de bipotix,a. qoe nbran en }a siguientes:
e•tos :iotos, b11sta la f~ba1&gt;0 que quede ooblerta Ja cb'lgaofón.
8egnortn: 8ti coud,ma al mt11modP.mand111do A pa¡;car laa oootrlbo~
clonee hipotecarlas que la 800:edad Mreedor" bublsee adela.nt,.do
1° Dar cuenta del. f!Stado d('l lft nr&lt;gccioción,
PRI\fERO: Iof.,rmede la Mr-e., Dlrectiva.
por sa cuenta Y 1118 ooetaa f l:l"'\sto11 dPl tirasente julolo. Tercero. HA·
AEGU~nO: Inf,¡rmiA d,.I Oomlesrlo,
lt"IB6 trato ce Y remate da laft J111ca1 hlpr,tecadaa y oon en tirol!ncto
2° Ncmbramlflnto de loe Mlembrc,s de Ja Junta
'rERJERO; Pr;;eantacl6n dA l1t11c11eolrtti ,ti,.,-taa por la Tef!Clrf'• ra.gn"'n:i 'laa prt&gt;F.taclone11 Jndkadu. !ioti!fqn1:s1&gt;. Ad d~8tlftlvaDirectiva rara el pr~senta Ej(rcicio s·ooial.
rfl\ en f.11 EJ~rc!cio 8oota.l de 1908, para so e:lámen 'lll'l{; tejui!{Sn1o lo reA,,lvió r lhm6 el O. Juei 2o de Lflb0s df] RaSe a11p1ica. á los Sres. accion
s la puµtnal asisten~
F ap~~bsclOo en l'a caso,
mt• Otv1l: dny fé"=Llo. R1qne de Lnoa.-Ltc, ;. Oatofs Gnajt.rdo Be&lt;'UARTO: N"mbra.roi11nto de la. nueva Me!!&amp; DlrPOtil"II,
cretar!o.-Rdbrk;e.11,
'
ola.
QUINTO. Trata, oBalqo.1,.r otro Hnato que &amp; jalo!o de la
Lo qne ae notlt\oa. ti Ud. en eeta forma dA acuerdo OQD lo que
Monterrey, Febrero, 12 de 1009 - Ola. Minera ,Jl(a.
Aumb~ea fl!'tl de tnter6, poeral para la (!fa.
preTii!,De el arUoulo 'l'S dtil 04dlgo de ProcedlmfeqtM Obtlee,
)(oniArri;y, lt 13 de Pebreto de 1909.-EH ~re\ario, Ocl.aviano
Moaterrey, lit de Febrero 'de 1')09. -Lfa. J. Glll"ofa Go•iardo, r'lat. S. A., El Secretario-, Adolfo Z9mbra.no.
,i:ambrano
1am, [Secr.\a•19, • ..
1617
o .1i,16,17

Cía. Minera &lt;Maria,&gt; S. A.

Cia. Minera "lia Paloma•· 8. A.

AVISO.

CONVOCATORIA.

Orden del Día

Orden del dfa:

�PEltlODICO OlfJClAL

3

El Renacimiento, 8. A.
Cía ~fiwlra '·Sieyra Jladerr,"S. A. j Baneo ,1rreautiJ de )IontPi·rey. ~ Cln. ,nnera
CONVOCATORIA,

CONVOCATORIA.
,
Sociedad Anl\ntma.
Por la presente se cita A los S•es. Arcionletlls de flB·
Por !lcuerdo del Oona,,j, de Adwlnletreolón de dloba Compañía
CONVOCA TO Rl A.
ta Cfa. pa1'8 que ee sirvan concurrir el di&amp; 21; del
.. cita ll lns !lrrs Ac,olc,n1staw de l11 mlema, á ASamblea G•neral 1
·
¡• d
•13
O,dlnarla qn9 pe verlticarA el dla 26 el actut\l {tlas - 31 p II en
Por •cnerdo del Cone•¡o de Adml~letHc nn "e•- $UCO, te oreaente mee f. las 8 p. m. á la Junta g1&gt;nera I f xtrala-OUA No l'lli &lt;le la ealle de Dr. J/ler vara tr~tar los' ae•u~tos. que oone en conuclmlento de los Accloclot,os qne la A@amble" Aeneral
t'Omprcn1e la •lguluite·
•
Orilln&amp;rlP, ¡tr•@crlta p&lt;&gt;r ~I arlf&lt;ulo 51 dA 110,stroa Eotatutos. t&lt;&gt;"- rdinerle. que AA verificará en la eoea N• 56, de la ca.
,Irá h11tar "" el domicilio s&gt;clal el dfa H de M~no próslruo. A 111
lle de :M. Bsoobedo.
Orden del Día:
111.,y •• ooopt11A en conocer y resolverlos puctos de la ~iguien-

~¡/·

Orden del D' a:

1

PBr \4ERO: L~f.,rme d• la Ilesa Dlreollv11.
Orden del Día.
1• Xombrar ,Junta Directiva.
Si!flUNDO: lnforme dtl Coml•ario.
2~ Dar cuenta del estado que guarda la negocia•
:;:.. TEROEII.O: Pr,sents.c:iór. de l&amp;R cuentes s¡•rad,io por la T•ror••
T. Informe del Ooneejo de Aem!Dlstración.
olon y aprob~ sus cuenta.
,
rl:l en ~I •¡·•rclolo Soc alde 1908 pua su exdmen
1T tr,forme del romlaarlo.
3• Dlepon11r la contlnllllción e&lt;' i;u3 trabajos 6 eu.
y 11pmboc On en •u e, aa.
111 Pr•aentaclón de las cuenta, del noveno eierclclo de operaCUARTO; Nou:braml•nto de DU►V&amp; Ilesa Dlnctl\',..
clon,a del Bar.co y
terminación.
,
QUINTO: 'tra.tar c:ua'guler c.lro Rsunto que A ju!clo de la
IV AcuMdO del dividendo que dtba dlstrlbttlrse.
4• Trnt11r cu11,lqul11r otro asunto de interee gi,,neral.
A•1nubl..a •ea .,,. in•erf'a 11eneral pora la &lt;1f11.
8e
suplica
A
todoe
lns
acolouf•taa
hacerea
r•
preeeot,,r
•n
la
jun,tfonterrey, a 13 de Febrer.&gt; de l!IU!l -El Secretario, Oot•vlsno ta, ra s•a por si 6 por a.poden."º• y se le• raouerda la oblipcllln de
El Teeorero, E. 8á.ocbez T1jerlna.
o.16, 16,l'T
Zo.mbrauo.
16li17
df'l)OOitar •ns aoofon•s en l•e Oflnln•e 11~1 B,noo, en las de sus A,r"u
olas ó f'D ou•lquler B~noo d• la R•p1íb•tc11 qne goce decon01'8l0n fe·
'1eral, cmuido 0101108 tr,s &lt;IIRB antea de la fe&lt;&gt;hll en que d• ba oele•
!\
1~~·~~'t~~'r~~ti:;9:xinforme lo dlllpuHto en 101 artloulos46, 47
• d l CI ¡¡
í
. j d' l ""-t d
Monterrey, !i. L., A10 de Febrero de 1,m !os6 t.•Guz, 11&lt;!azga
161718
d o 1 e o · v . - 1• racc1on n 101a .-..,., a o rent~.
deJ N.
León.
.
Previó el permiso de la autoridad NBpfctiva y ~
~e hu fljado por el O. !,le. Macedonio Gil Trevlño.'
NOTIFICACION.
a&lt;uerdocon el Reglamer,t&gt; 22
vigente, ea pondrán en
14
21
Juez 1º de Letras del Ramo I lvil el dfa cuatro d1Jozgado de L9LraA de la 6t fracción judicial. Vlllaldama,11u•• euhaSt.l pllb lea loa _días
Y de los corrientes Y .
Marro p'l'óxlmo á l11s diez de la mRñlna, en el local ,o Le6n.
y 16 de .llíe.rzo próximo, lie prendas de plHo cumph·
de eeteJozgado pa'l'a que se verifique el remete de 1
&gt; •
,
,
rlo existentes en la 0888 de emp~ño dencmlneda
loe bienes embargados al Sr. Enrique Echanlz Brnst I Sres. Benito, Arturo y esus Casso ,,La Moi:tBfi11 de Pia;tad»eitu&lt;1da Pn la esquina de las
en el juicio eJeoutlvo me'l'cantil que en su contra ei TreYifio :\Iaría Loreto. Constancia y Jo• calles B . Juárez y More!, s No. 14S
j!'tle la representación de los Sres L6pe11 Z1mbrano
Lo quq ee pone en conocimiento del póbllco, para
Hnos. y qne no fueron tomados en conelderaclón en \'Ita Ama ya y Casso y Ott la Ramon C as- que loe interasadoe ocurran en tiempo hábil 4 refren •
el anterior remate, oonslstfendotalee bienes en veinte so
dat&gt;las. sacarlas 6 pr~senolar eu v~nta.
butaoaa y cuar11nta y doe ellla.e.
ii:~ el ittlclo de intestado de Jo•Sr"S. !o&amp;Qt1fa 0 ,..,0 y espol!S• Monterrey, 6 de F, brero de 1!109.-Jesds O. P6rez é
Lo que ee hace salnr al pdblioo para que las p:irso• de primera y eeguod,. nul)Clao, Oñs. T•rtM V!Uarr&lt;'al y Dña. J,u, Hijos. Joeé Pérez Gat'la.
o .16, 16, 17
nas que ee i.otsresen en loa mencionados blen~s, et&gt; Balau.r veclnoa que faeron de eat11 Villa, ee b&amp; dictado nn
que
en lo conduMnte dice:
preeent en ant e 83te J nzgad o d ood A ee l es m i n Istrllr6
•Vlllaldama, velotl!lete de Enerode mil nonclentoa nne9e,~
PREGON.
los ,latos necesarios: en el conceptá de que durante el Cltue li loaharedercsen eetafllcm6o li unajantaqne t•udrA BO
Urmlno de las publicaciones y hasta la· hora del re- , ••mffoatlvo eu el local de eet4 Juilf&amp;d~ li tas elles de ta m•llano. del
mate 88 admitirá.o posturas que no bajen de las dos sue
dta dtecl•ela de Abril próximo,' 6n de que acrf'dUeo d~bidamente
Presidencia Munloipal.-San Nicolas llldalgo' N '
derechoa hereditarios r hagan el onmbr.-mlento de r.lbaoea pro- Leó
'8rceres partee del precio que tiene.o asignado y que visiona!..........................y por cuanto A que 101 herederos Be11lto.
n.
• el dos pesoe cincuenta centavos para cada una de Arturo Y J~tla Ca■-o Trevlñ&lt;', llarfr. Loret-0, Oonatanoto Y JoTlta A les diez de la mEñana del dfa ocho de Marzo de
las primeras
.. i111.01te,eleepormedtodeedlctoa1&gt;ublloa&lt;!oeportresv-•ene1
Amaya &gt;' O.en f -Otila RamOn oauo, oon de residencia deeoonocl. m 11 uovecen
1 t osnueve . ..-En f I S
..
• y un peso cincnonta centavoepara caua
o.cll16nde1
n~. Ayunta·
uaa ue laa segundas.
Pertodtco Oficial d•I Eatado y en •L• vas de Nuevo Le611• y por miento de este Munlolpio y al mejor portor se remll·
1
Montar.rey, 13 de Ftibrerode 11.10\1. -Lic. M. Gil Tl'P· , medio de c6dulr. en la purto del Jurglld&lt;'. No'1ffquese. .uf lo liará en p(iblioa eubaeta un terreno de ejidos compnf'B·
lvño.
o.1,3 16 li , 0
0 :]a~~~A.~.\t:f::0d~t!t::\';!~!~~~;lt toa de una eu¡:erficle de eiet.e 1iectares treinta aru
v111arrea1.-aabrtouo
, y noventa y dos mf-troe cuadrados y que se halla al
11.{ •
~
Lo qne !!8 notifica f. Udee, en eeta rorma eu cumplimiento de lo : Poniente de aeta Villa y coiinda por el Nort.e con
1
1
1l
{ .lJ
man:m111~~':n~
s'::e~'del9'l9.-Lir. Slm011 Oo•j•u:ln.-.\ 'terrenos del Sr. Juan Pablo Cuevs, al Oriente terre·
I 1' ~,.\ I "1, '~
•
!llarlano Sf.Dtoa Treviño.-A -Jo!6 v . Vlllarreal
Ul\718·15! nos del Sr. tlo. F ,,rtunnto d0 )a Garza1 al Rur propledad de la Cía. CPmentos Hidalgo, y al Poniente arro -

REi\lATE.-1

Almonc&lt;la.

VENTA DE PRENDAS.

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eOllo,aiía~&gt;, :s. A.

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nera "Nol'ias clfl .Bftjñ n/18. A.

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Yºn~!teU:{f6!!::·de ll!e pubhcaolones qnA ee ha•
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rin cuatro veoee ooneecutlvae de siete en -etete oíaa
min~etr~rn~ ::~o:ue ':teº~~ev~ á
1
Y llaeta la hora de eubsst.a
ee admitirán posturas que
0
para la Asnmblea que tendrá Jugar el dfa 28 del 00
Por acuerdo del Junta Directiva de eatil Neirocia• cubran la cantidad d $120.00 olento veirt9 pesos en
nients Febreri&gt;, debiendo reunirse en la Oficina del olón. ee ha dflOretado el pago de la exhlb.elón No. 3 que ha sido justlprooiado dicho tf&gt;rreno bajo el conSr. Atenedoro Oueva Oalle de Doctor Miar No. ::.t. 6 de $-1. 00 cuatTo pPSOB por acción sobre la nueva f mi• oept6 de que se COl!&amp;erve al ilenunciant.e el derecho
laa dlez de la mañana, en la Inteligencia de que 18 alón de s1&gt;ie mil acciones, cu)'a exhibición deberá cu- del tanto en e1 remate aludido.
Jaota ee llevará. á. etecto con :cualquier nQmeio de brirea del 1° al 15 de :llsrzo próximo en la. Tesore1ía. San Xicnl,Íl! Hidalgo, 11 de Febrero de 1909.--'--J&lt;&gt;"é
a.oclones que se reune .
ie la &lt;;ompafifa en este. Onplt-al calle de ?ilorelos No ¡Oneva.-Duniel J . 011etlllo. Srio.
o 15,lH, 17,19_
Orden del Día.
74 B. Y en )léxico en al Banco Internacional 6 Hipo
tecari,,.
Informes de la mesa Directiva.
L
1
Exámen de loe cuentas de la Teeorer1n.
con~c?~::~~l.sa á los Señorea accionistas para en
Nombramieuto de la J16Sa Dlreotl,a y del Comi·
Mont~rrey, 19 de 'F'ebrPro de 1!100 .-Presidente. Vi
&amp;pdblioa l\Iexk11na.- Presidencia Municipal.sarlo.
( cente Bortoni. Secretario, E. F. 01 sti.lón.
15
El Seoretarlo, .\.. CueYa.
o. , 16,17 ,
o.16.17,1~ Monterrey, Nuevo León.
De cnnfJrmldad con lo dlspul'ato en el artículo 25 'J'
L'
u
-1
en el ti70 del Códt¡rn Civil vigente ee bi,ce sab,tr ·~1'
li.l. ( l., nSJW~ Htll ():, nPYllt'l'cl.~. A.¡pQbllco.qneenlaTesor11rfaMnni¿ipnlde,stacludad
)lillPl'H
• C
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existe dep08itllda la sama de $6-1. 3Fl eta. ( aesl'nta \
onvocaton~.
, ~uatro pesos treint11, y ocho centavcs). procedente de
CO~VOCATORIA.
C'ouforma á lo dispuesto en la o:tima parte del att. ¡ loe ec.brantee efectuadcs ánrant~ foe meses ce Julio
En acuerdo de hoy do la .Junta f"'.fr.-ctiva conYoca
J. asamble,1 general extraordinario c¡ne tf'ndrá veril'- :rn de }09 EstHtnt.os de est&lt;I ('(lmpsñia 8e cita á ¡08 Srs ¡Y Ag(lsto del prE&gt;&amp;ente &amp;ño, po-r IAe caSBB de empeiio
catlvo el dh 27 del corrienta á las I p m t&gt;n ':1 esas A.ocionistae de la miemq á la .\samblea General qu" denominadas •Mont ña de Pleded,,, «OhlhuRbua•, «La
námero 15:{ de la calle de Mstamorcs ,te é~tn Ciudad, t~ndrá verlflcati,o el dia 1 de Marzo próximo. bajo BllnC'a·,, •Favorita•, •Fénix•, •Surtidora», ,,-)loi;ts d.e
la siguiente:
·
Piedbd de Monterrey•, y 8acursalee n6me1oa 1 y 2· en
bajo la siguiente:
·
Orden del Día.
el conct&gt;pt-0 de que, ei tranecurrio.los seis muea. Jon
Orden del dí~:
·
1ta des d, s ie hoy, r:o c1 mp~reoifre persl'na alguna á
I
Dar cuent, del estado en q•10 st1 tncuentra la
I Discutir y aprobar las ouent¡.s que preeenta la reclamar con justo y lf&gt;gftlmo t!tolo, les f&gt;XprElsadas
Negociación .
Teeorarla .
dt-mr•si&amp;I', ee lea mandará. Ingresar e11 Ja R"caudación
II Aprobar en su caso f'l ,icuerdo rlfl In Dlrt•ctlva
1I .\doptar lae medidas nect&gt;sarlas á efe(to de cu- 1 de R entia8 Mnn1cipalee de eeh ciudad d
d0
0
1
para que sig,1 el contr11to d 11rrend11mionto
br!r loe crfldftoe paetvoe de ls eompau a.
con lo pre-Ofptu11 clo en el cit!lclo nrt.foulo
e acuer
con la compañfa. Minr-ra Fundl.-lora ~- .\ :inado
Monterrey, Ft:brero 11 da 1909.,- El Secretarlo. M .
Monterl'f'y. 26 de Dlolembr~ de 1907 -P· e Martf
ra. Monterrey,:". A hast11 ..1 r,ñ \ de l!lZó y
Qnlroga,
o.le,p.1s nez.~B. Iumfrez An¡ruia.no, Sr!o.
·
· ·
IH Autorizar al Seii'&gt;r Prc:sidente y Secretario para
EDICTO.
1
'i6S'i88
h 27- Abril
que fírmen el contrato.
Monterrey. N. León, 12 de Febrero de 1!109.-Mi,J1~1,ga,lo 1~ de lo Ch·il. --1 .: 'rac:ci,'on jn,l:l"ial --E~t:i,Io 1
gnel Ferrara.
o.16, HI, 17
tic ~tw,·o L~ün.
E DI C To
Ayer ee n.dlcó en este Juzgado Pl juicio· de inteets.·
dodeloeSree. JuenJceéGarcía y l•:met•ria lhirdal JuÑ~ª1,eºº}eLetrll8del11 3 frace:iónjuilcial.-Linade Garata. VEcinos que fuer6n de la Olndud de Mll'r rea. ·
vn ·
Por acuerdo de la ,Junta Directiva y ~asado In las Tamanlipas. siendo _orlginari~e de la \~llla de Gard~ , Oon f.icha vel~•ta Y cin~ del actual sa radicó en
Estatutos que rigen le. indicada oompanfa se acor.:10: N. I,. quienes fall~c1H61&gt; 1&gt;n 2J de Nov1Pmbre de ¡g,;;¡ ei;te Jni;?o.do f'l ¡oiclo de 1n~eft m':lntaria G. bienes de
que ae declare la desercl6n de las acciones que rep re• v 26 de S11ptlrn1bra de 18F3 re9pectlvamente.
la Sra. Cl[rmm lhHjudo Vde de Elizond'J vecinR
sentan loe e~clos elgulentee, en virtud de adeu iar Lo que se hace saber el J,óbliC'o parR que las pf\rson11s que fuf do esta l'lun.id.
'
ve.riae exlblciones:
que ea C:61\n con df•ncbr&gt; á J_~ herencia ee pr,s..nten
Lo .que a~ manda prit,. c~r Pn ei PPrló 'llf'o Oficie l
Francisco Lozano.
8 acciones
é. ~ednc1rlo dentro c1el térmrnc, qu~ 1-eñ11.l11 d artícuk• Y el 1,rne.no qne Et.; arlkí., t!ll ( ot~ iuia•l, &lt;lo cloz ., 11
Julio Monrea,
11:
• •
16S5 dPl C'6dlgo ~e Prrce~Jm!..r.trR Civil,:'!!,
dlez~,ee p~ra qn~ !ai pe:aomw qlt" l'P Cl'illln e¡¡¡ dJ
Juan O, C}o~zi\lez
6 » »
1 Monterr"Y: 2:J de Ju!10 da 1908.-Lic. J. Gs~cfa rec·ho á Ju nsrP.:1c,a. se ¡ir een:ou á do u··irlo dent:o
~lfredo.&lt;J \ eduzco
5
11
Guajardo. Sne.
o. l l l..J17 del té•mioo de !P. 1,-.y
Venanc10 Jfoguerza
5 11 11
¡
Linarf'8 t:nt&gt;-rn ,eiute v s if1 d.., mil nr•'l'eciiH•t. f'
1
Bonlf11cio de ,e. Puente
10 • ,,
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nu-.ve -L!C' LniR '.rrPViño. .\-.\gu~\fa t l'ltllf'ía
M. F8!)t
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-A ..\ntonio.At·rrara Gnrda.
11·H 17 .
Francisco L. Gojón.
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Demasías.

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Cfa. ]!Iinrra ,(Flor de Peña,&gt;

s. A.

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ela. mrnera

ConcentradOI'a de
S. A.

;;3 aclones
Monterrey Ftbrero IS de 1900.-Seoretario, 15.16.17
Miguel 1,
Ferrarn.

1

J

(.

Leon

:

}

EDICTO.

C O ~ V O C A TO R I A •
Jiaga~o de Leu-aa de ,a 6• fracción judicial .--CeEl Conaejo de Admln!J!traci6n de esta ('[a en junta ¡ rralTo, N León.
t
el 31 del ppdo Enero, acordó C."llVO~ á Jne
o t focha dl11cinnove ce! proornt.e mes se radicó en
1 . celebrada
11
,i
llit 11
. Jl•
Bree Aoclonlstas de dicha negoci.aolam6u , 6 Junt11 este Jn1g,1do ti biec.t&lt;s de la Sra Mª Franol
CONYOC,\TORJ,\
Generalú rdinarla, cnn el ?bjet-0 de tT11tar eobreloe vecinaqnefuédel\etay!lie.
. '.
gca Solía.
•
• •
puntes que ex.p:-e~a dla slgnd1enteD·,
í,o qoe se b3ce, B'l.ber al ¡.,úl:¡)fco nors que las p~soPor acuerdo del Oon•ejo de Adml1116traol60, r conforme al art
, ,
nll6 que F.O cr-an
d
b
¡,.
"'
22.de 1..e Eat•tuto•, ~ coa•oca A to• sr.... Aco!onl•tas de esta
vr en e1 la,
t
'•• eor:: e1u o 6 :a ht&lt;rencia de que
Oompa!i!a, 11ara 1.,amb'e11, G~uer•I Ordl11a,1a, qna babrA de cele1~ Nombramiento de la mesa DlreC"t!,a que deberá.
rsttad,
!'°mporezcan
1
deducirlo
e.o
el
t6rmioo
d•
bruce en JasOticlnu de la Cocie&lt;l&amp;ó. Korelos :9 A las 4 a~ p m
fungir en el ,.....868nte añ~ Mela!.
.,re1n x ,as contadoe desde l&lt;i fecha en que 88 pnbti·.
del dl'.a do• de Marzo Urden
¡,r6:xlmo. b")O
la
olgulente:
·
·
r·
~
""
qu
l
Cíltl
"'di
del Día..
2º HesoJ,;..r acerca d,. una opclGn qnt&gt; solicltn t e e ' mo ~, - et:&gt;. d,tt &lt;'_ou!ormldad con lo dlspnoo:.ectu"' Y prob,ctOo del Acta de la Asamblea General '
una pei:-i!ona extrr.ña ~ á. la sociedad, sobre la \il:r e, a.rt. 16~' de.l e 5dlgo de Procedimlentoíl 01
Anwrlor.
mina. Y acordar en la ,orma que mlis connmg!l
1,
II Informe del('.ons-io de Ad.m\11istra.cl6n.
IÍ I!- C-ía otorgar fStl'. 6 ,er si alguno d" loa
~ errako, n. df; ~ner'? de ,1 ~09 .-Lic N T . B 'lll!.Vi·
111 Informe del ~nml••rlo y preseut&amp;clón de las Cuentas l'
somos le con,lene tomarla.de pr~f,erAncla. ·
d e. · -A- Pr1mmrn l , E,lt.0t,do. -'· A- Fl.,rent1·00
0
Balaooe del ejercicio d., ;911'&lt;.
3• T ra_t'lr 80 b re a ¡guoo~ otros puntad qre
" los ::.:-ea.
uerra
IV Xombramienw
de lo! cinco miembros que debeo'lntegrar
O. v .11.1-1, 17 163
elOOn•ejo de Admlnlstrac-!Oll
•
somos crean c:&gt;n,emente proponer en prv de
,..
Nombr1,miento de Oomlaa• lo r bapl~nte.
la citada oegoeiacl~n
, ~~~~~-'""'.'!~~~~•--~~~~~~~~~
Ptl'1' "'mar parte •n IH -'•••mbler., Gen~u.l~. •e recuerda lo '
n·10h ll)lltll'I,
·
ten d r l lngar · en.,a
"
· prece1 t&amp;do en el art. z· dele. El&lt;tr.tctn• que 1 la. letra dlM: Para,
casa No. 131, de fo,
Mimar parte en las A:11ambl,af debert.n lo! Aocicnluaa r.cr~ltar nalle df Zara¡:oza, el dt&amp; 2f de Febrero á Jae ? de la
wcallds.d, pe¡r n.ed!odelalaecripal611. re&amp;pectJ..-. 6por Jaexhlbl- noche. SA snpll68 6 los Sres. Aooionistas la
t ¡ ~PRENTA DEL GOBIE.&amp;NO EN PAL.A.010.
&lt;-1611 d, l tftulo 6 oerhllcado de dl'póelkl, del Tltlllo e». a1g11o Banco ll8fStPDCia i dirh'I Ta11ta.
pan na
'
de b Be1)6blior. 6 de loe Eotacloa Unldoe 4e .l.lnerka.
an•MAD111 J
urto.
Ola. Bm~llM\qrad~ 'J-opaObtoo, i;." ,- a. a ADCU'II. S&amp;creMonterrey, , liTde Febrero de 1909.-Dl Secretario
....,....,
UIUl8U!DOB,
0

. E~BO'fELJ·•DOD hE TOl'O ('HJC·OS
Cll

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1),15,16,11

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Anacleto T. Gana.

Q,1$,16,17

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A. Br~ndo Wbitt.

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                <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1752682&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 17, Febrero 26</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Tipografía del Gobierno en Palacio</text>
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              <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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