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                  <text>Monterrey, Viernes 12 de Marzo de 1909.

TOlfO XLIV.

NUM. 21.

Periódico 0ficia_
I
DR1 QOBIRRNO DE:1 ESTADO 1IBRE Y, .SOBRRANO DR NURVOM1RCN.

•

Las leyes, los decretos y damas disposiciones superiores, obli[an por el solo beche de ser publicadas en este Periódico. ·
Reo-istrado
como artículo de seo-unda
clase el 18· de . Septiembre de 1908.
b
b

Responsable la Secretaría del Gobie~o.
CONDICION'F:S,-Este periódico s e puulica los Mártes Y
Viérnes de cada s~ruana,-Vale la subscripción CINCC~;NTA
C-E NTAVOS al mes en esta Capital . y CI XCP KNTA Y SEIS

CONDICIO:'\l'ES.-Et núm ero dd día. rnle DOCE C~NT.\ \ºOS. • P,l número at ra,a&lt;lo QVI X CJ&lt;;,-T od2 co'.'11c'ntcaci/,n ofkial ck h t.•r{L &lt;li r igirse al Rt·ilado r dl! e~te Pen~,l~co.La r~mis iún &lt;l e a \·i:--o:-; ~,.:,, har'.l &lt;lir,·damen!.f• al Admm1~tra·
dor d el mismo.

fu e r a de ella fra n co ele portt! .-f;} ¡n¡go dci:,e hacer~!! adela n~

tado,

•

1

taren lo posible desgracias por in cendios: ción ,;•. - Gvberoaci6n Y Guerra.-N'(;,ne.,
accidentl's semejantes en Teatros y otros: ro 2,ó32
.•
. .
..
ú
En la próxima semana.
edificios cuya ota, por disposidón ,!~i Sr.! C JU relac1011 _al º';c,1c ':"" .':-1º ..e1 n Gobernador se reorodnee hoy. p11blicán-/mero 2204 se &lt;ling--o 'l c,;,;t 1 Au ';' • ,tl p•&gt;r
2'' dA lo Cnminal,
0
dose
en seg~icla la'qu~ c;on la misma se re ·est~ Stcretaría cr,11 !e-~él I~'.,. d,~.
Lrc. EsTElJ.Lº E. Ge \JARDO.
laciona, fecha 2~ de Marzo siguiente, que último, en que, hac1enco_ r\ :r~.ci l ~ Jú
se él.1rigíó á la propia autcridad, tncart.1 oropue~to por el Covse¡o e e ;,a.ubri-dad
2° de lo Ci'rll,
ci0ndole el ..sÚnto.
para evitar d~sgrat11s pe,sJna,es_ en l?s
Lrc. R oQuE DE L UNA.
'Teatros de h Cludnd, en c~s·J ele :ncend10
He .,,¡uí hs enunciadas nJt~&lt;
'ú otros accidentes sem~jantes, :e ' :ctaron
por el Gobierno algunas med d1s relauR épúbhca '\Iex1can~. - Gob~ern o del ~ s- ' \'as al propio objeto, ten;,::o la honra de
tado de Nn~,vo Leon.--Sna.-~;cc1on ' manifestar á l:d., que el Sr. Go?e;nador
3ª-Gobernac10n y Guerra. - Numero !ampliando Ja que habla de reuniones en
Mon terrey, Marzo U de 1(,(19,
2204.-En Sesión ·cl•l día II del actual · que se tenga que hacer uso de aparatos
presidida por el Sr. Gobernador,· el Con- que puedan producir fue &lt;To ha te nido á
Para lns rfrtimas tlPl incentlio sejo de ~alub~i~ad del Estado, acord6 J?rO bien disponer, qne cuand; s~_trate el; per•
poner d1spos1c1ones tendentes á evitar misos para fun ck nes de Cmematografo,
1lel Teatro &lt;le Aca¡mko.
desgr~cias personales para el. caso de que . se tenga presente:
,
cnrneren en los Teatros, Juarez y Zara- ¡ 1 • Prevenir que las pehculas se guarLos Sres. José Marfa Bonilla, Dr. Elen- ,?'Oza, incendios ú otros accidentes seme 'den en recipientes de metal, prohibiendo
terio Espino~a, Francis~ Pumarejo, Al- jantes..
. .
. que lo sean en sacos de lona ó de otras
berto R. Dona, y Fedenco y \Venceslao
A Tlrtud de ello, ha dirigido el Conse¡o snbstancias combustibles.
G6mez, de Linares, remitie;on_ al Sr. Go. á est~ Secretarfa_un. proyecto_por lo que
0 Cuidar de que en la caseta, haya
2
bernador como producto hqu1do de una toca a los dos ed16c1os mencionado~, en nna 6 más vasijas con agua y un s1fon con
funci?n de variedades que se ~i6 en ague v~sta del cual e_l misDto· S~. Primer Ma- agna Séltz y
Ha Cmdad, ($ 49r 971 cuatr11c1entos noven- gistrado ha tenido á bien disponer:
° Prohibir extrictamente que se fume
ta y un pesos noventa y siete cts., para arn•
1º Que en términos generales cuide la en 3dicha caseta.
dar~ las familias de las víctimas del rn- autoridad de su carg_o de c¡ue 't~o local
Lo qne por acuerdo del mismo Sr. Gocendto ~el :eatro d~ Acapulco, cuya s~ma ell: donde haya reun1one~ de caracter _pú bernador tengo la honra de participar á
se destt~6 ~ su obJeto según es de verse bhco, tellga cu~ntas ~ahdas fuere posible Ud. para su conocimiento y á fin de que
· en los s1gmentes telegram!ls.
para que quede liespe¡ado prontamente en se ha,,.an cumplir las anteriores prevenciocaso de una desgracia.
. nes p~r la comisión encargada de visitar
Monterrey, 5 de Marzo de 1909.
2? Que cuaftdo en esa clase de renn10 los lugares en que se den funciones de CiSr. Gobernador del Estado de Gnerrero, oes se tenga que h~cer uso de aparatos nematógrafo.
·
.
Chilpancingo. que puedan producir el fuego, se establezLibertad y Constitución.
El Tesorero del Estado situará á dis- can dich?s aparatos &lt;'&lt;?U las defen:as inMonterrey, 25 de Marzo de ·1908-AI
posición de Ud. $491, 97 cts. para fami- combusllbles necesarias para evitar la C, Alcalde primero de esta Ciudad.-Prelias de víctima~ del incendio ne] Teatro propagaci6n de un incendio.
sente.
de Acapulco, producto liquido de una
3'! Que en los locales de que se viene
fu nción de variedades dada en Ci udad haciendo mérito, haya la reser .a de agua
L inares de este Estado.
indispensable con las mangueras corresInforme solJre el f;Pl'V 1c 10 ele
E l Goberuador.- B. R eres.
pondientes para h:;,cer uso de ell as en · ca
'l'ranYías Eléet1·ico. · ,•n )!Qnterrey.
so ofrecido.
Tclegrama.--De Chilpanciogo el 6 de
Por lo qne se r.:fiere, con especialidad,
Ins·pector Ofici al de los T ran vías ElécMarzo d e 1,909.- R ec1' b1'do en
. "'' f on t ei;rey á los teatros
' ·Juár,~z" y ".Zarageza," &lt;lis• tr1'cos de ,'nIonterre ,v - T engo el l1onor
S Go
á las 5.58 p. m.-Sr. Gobernador del Es- pone el r.
bernador, que visitau&lt;lo Ud. de rendir sl Superior Gobiern o del Estatado.
dichos Teatros acompañado del tiunícipe do por et digno conducto de Ud., el inforEnterado su atento mensa¡·e fechado respectivo Y del Ingeniero de le Giu&lt;lad,y me 1nensual sobre el servicio de los Tranayer.-Ya mándase recoger donativo á que oyendo las observaciones de los due1ios ó vías Eléctricos de esta Ciudad, -:orresponud . re fi erese
para rem1't'1r1o á sa des t'mo. •ncargados de los mismos, se sirva Ud. d1'ente al mes de Febrero p1·o'x1·mo pasado.
,
Suplico á Ud. dé debidas gracias á donan disponer lo que juzgue mejor. á efecto de
Los itinerarios han segu ido siendo los
tes en nombre de agraciados. El Gober- garantizar al público en el sentido de que mismos, en las líneas establecidas hasta •
nadar.. Silvano Saavedra.
se trata.
la fecha, las cuales están en buen estado
Todo lo qne teng() la honra de decir lí y libres de obstáculos, t ales como los
Ud. para su conocimiento y fines que se alambres telefónicos los telegráficos y los
Dispo:-iidones &lt;le Policía sol)re expresan.
•
d
1
lé ·
'
L'b
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,1
e la nz e ctnca.
1 tad
Teatros y otros edificios.
er 16 Y 1onstt uci n.-n on~errey,
El servicio en general fué bueno, no
Feb~ero
de 908.-El Sec~etano del habiendo quejas del público respecto al
Bajo el rubro anterior se pu blic6 en Gobierno, Ram6" G. Cltavarn.-Al Al- t t
h
'bid
el número 15 de este Periódico el 21 de calde r9 de esta· Ciudad.-Presente.
raL: i~focfa:~c~n ~ue se ha corrido es
Febrero de 1908, una nota dirigida al
.
:--la reglamentaria, 6 sean 16 kilómetros
Sr. Alcalde r O de esta Ciudad, relativa á República
Mex1cana.-Go~ierno del Es· por hora dentro de la Ciudad, como máxiprecauciones que conviene tomar para evi- tado de Nuevo León.-Secretaría.-Sec- mo, J 32 fuera de ella.
JUECES DE TURNO

r~i:::~~

I

PERIODICO OFICIAL.

•

•

•

1

0

J

�3

PERIODICO OFIClAL.
PERIODICO OFICIAL.

2
El estado de los carros es bueno cu g_eneral.
La Planta Eléctrica ha funcionado con
regularidad.
E día 1&lt;? el Tranvía Ne 63 chocó con
{!¡ carretón de Angel Lozano, quedando
destruido el carretón y Lozano con una
herida en la cabeza.
El tranvía c¡ue conducía el motorista
Pablo Amazn, atropelló al Sr. Luis Sepútveda, quedando muerto en el acto; esto
ocurrió el día ,

1

Es copia. México, Agosto 21 de 1908.
-Gzlbe1to Montfrl, Subsecretario.-Al
Gobernador del Estado de Nuevo León.Monterrey.
_________________

das en la fr~cción I del artículo 503 del
citado Código.
Resultando: Que el procesado Marcellno Trejo en su inquisitiva declaró: que el
día en que pasaron los hechos se acompafió de Andrés Góm~z, Antonio Cruz Ma- -- - ~- ___ nuel Perez José Sor!a y otras personas
S ecretana
, de la 3~ 8ala del Supremo cuyos nombres no recuerda, y en un carro
T n·buna¡ de J ustlcia.•·
M onterey, Nuevo se diriguían á la mina "San Antonio," paLeón.
sando en el ;Rancho del Sefior Ignacio
Monterrey O tub
· d
•¡
Flore¡ Sobrevilla, como á las siete de la
.
'
_e
re seis ": m1 noveh .
d
'b b
b .
,
,,.
,
T
cientos ocbo.-V1sta esta causa,inlciada de noc e. que to os I an astante e rtos y
O
, El dia 7, el tranvia N. 78 atrop~ll6 oficio el día cuatro de Marzo de mil nove en los momentos en que se apP11ron del caª'/'~•r1" Robe:':'º Gómez Martínez, tnllt- cientos seis por el C. Juez 29 Local de rro se le echo encima Antonio Cruz, dánranurJ t'· llJI ple
B ustamante con consulta del Juzgado de dole vanos
· go ]pes con un pa Jo. pegan do
,
0
El dia r r, el tra?v1a N; 63 atrope- Letras de ta' 6~ fracción judicial del Esta- él á su vez á Cruz tambien con un palo,
116 al
~enzabe Garcza, _cansándole do continuada después por el Juez 29 de pero para cuat1do esto pas6, ya el referido
graves zen has que le ,ccas1onaron la Letras del Ramo PP.nal de esta primera Cruz venía herido, de una rifia que sostumuerte
f racc16n
•
,
El d' pocas oras despues
,
contra Marceltno
Trejo y An bo momeo t os an tes con A n d r és Gó mez,
0
8
1
. ia
tr;bnvia N. . 70 atropelló drés Gó~ez el primero de treinta y cin~ la cual fué presenciada por Encarnación
1
11
11 res
;/ove
arra, trzturándole un afios de ed~d, soltero jornalero orlgioa- Villareal y otras personas; que le consta
tod
t
ó
rio del Fresnillo, Estado de Zac~tecas ve- que Cruz venía herido por que él persoaut"rida/s es ost Sutcesos tom6 raz n 1a duo de Bustamante y el último de vein- n~lmente Y Lozano Flores separaron á
.
campe
en e.S . t i
t'toe h o afi os, casa do, Jorna
,
l ero, ongtnano
. . . Cru-z Y á G6 mez cuon
, do pe1ea b an.
Protesto
á Ud S
0
1
·dades ·de mi· t. tr. eci_edar : ªs segu- y vecino de la misma Villa de BustamanResultando Que el procesado Andrés
n
a en a const erac16 n y res- te por e1 dehto
• de homicidio perpetrado Gó
, que cn_an do JI egaron a¡ Ranpeto.
' mes dec J,:1ro:
Monterre M . d
B
en la persona de Antonio Cruz· y cho del Senor lgnacto Flores Sobrevilh,
do Reves ( !.·:)' _ aArzl ºe8 Se r9to 9:-dernGarResultando: Que á virtud de aviso ;eci- se pele6 con Antonio Cruz á golpes con
_,
, .
. ecre ano e
o- b'd
de1
¡·IC!a
, I gnac fO García, por el 1as manos Y que no porta ba ar!11as por
bierno.-Presente
I O
·
Alcalde 2 de Bustama_nt~ de que en el que _el cuch1llo_que tra~a 5e lo qmto en el
Rancho del Señor Ignac10 Flores Sobrevi- camm0 Marcehno Tre¡o.
Nuero:s Funcionarios.
l!a había tenido lugar una riña, se consResi:ttando: Que el Juzgado dió fé que
Los CC. Manuel Botella y Lucas San- tltuyó el personal de aquel juzgado al lu- Marcehno Tre¡o presentaba dos heridas
chez,fueronelectos por las correspondientes gar d~ los hechas,y di6 fé que un hÓmbre, en 1~ cabeza, una de un centímetro de exJuntas de Escrutadores Alcalde 1° Propie- que d1Jo lla~arse Antonio Cruz, presentaba ~enc16n Y otra de tres, hechas al parecer con
t:rio de Villaldama el primero y Regidor cuatr,o he:1da~, dos en la r~gión abdomi- 1~strumento con~undent_e, dándose fé tam6 del ~yuntamiento, de Mina el segundo, na! a la 1:-q111erd~ de la lmea media de b1~n que Marc_ehno Tre¡o portaba una naen sustitución respectivamente de los Sres uno y medio centtmetro de extención va¡a de dos ho¡as de sesenta y ocho centíArnu}fo Botella y Antonio Alanzo que re: otra en :a mano izquierda la otra en la ca'. metros de largo, una, y la otra de sesenta
nunc1aron dichos cargos.
beza, las tres primeras producidas al pare- y dos por trece de ancho, sino que se notara.
cer por instrumento punzo cortante y la úl- en ella manchas de sangre.
tima hecha co~ instrumento contundente;
~esultando: Que Manuel Pérez y José
Instrucción Pública.
Y tomada su 1nf~rmatlva al ofendido, de- Sona al ser examinados declararon: no
Según el Cuadro General del Ramo c!ar6: q~e la~ lesiones que p_resentaba se tener ~nacimiento de los hechos, por que
que hoy se publica, existían en él Estado las hab1an tnferldo Marcehno Trejo y á un kilometro antes de llegar al Rancho
el mes de Febrero último, servidos por Andrl\s G6mez, como á las siete de la no- del Señor Ignacio Flores se apearon del
1,013 Profesores, 401 Establecimientos de che del día ant_erlor, atacándolo el prime- carro y que en el trayecto no observaron
Instrucción, á los cuales concurrían 30,701 ro con una n~va¡a yel segundo eon un palo; que Trejo le quitara á G6mez cuchillo alalumnos.
que el motivo fué por que Trejo lo iba gun~. El testigo Encarnación Villareal
molesta_ndo cua~do camin~ban en un carro mamfesto: que estando en dicho R~ncho
con
ob¡eto de irá t_raba¡ar en una rrina al. derredor de una luJJbre, lleg6 AnteGOBIERNO GENERAL.
llamada «San Antomo» que se hallaba en n10 Cruz y con un palo le pegó á M
¡
el e
d E
a· . . d' '6 d
T .
é
anue
Sec_ retaría de Comunicaciones y Obras 11 edrro ¡ e nme_ 10. JUns 1c1 n e la Vi- re¡o y ste tambien le pegó á aqu'el con
Públ
U' .
S
. a e-~! na, ~am,fes~andole el mismo Tre- otro palo, pero él los separó y tambien el
ricas.- exico.- ección Segunda.
¡o, qmen ya iba ebno, que al apearse del Señor Lorenzo Flores que en ese momenC na estampilla por valor e.e cinco pe¡ ¡
d
sos, debidamente cancelada.
carro, se arreg ar an Y c.uau O llegaron to llegaba; que para cuando Cruz lle 6
al R~ncho del Señor Ignacio . Flores So- a!H ya iba herido,sin saber quién ¡0 lesi~CONTRA TO.
brevilla s~ apearon con el obJ~to de per- nara. E~ testigo Lorenzo Flores afirma
Cele~raclo conforme á la Ley sobre Ferroca- noctar ah1, se le echaron en Cl?Ja Trejo haber V1!to cuando reñían Antonio Cruz
rnles, fecha 29 de Abril de li\99, entre el Y Gómez Y le causaron las les1ones que Y Marcehno Trejo y éste solo se quitaba los
C. Leandro Fernánde1,, Secretario de Esta- pre~enta, agreg_:ando que tod~s andaban golpes con las manos; que Cruz des ués
do y del Despacho de Comunicaciones v ebnos Y que el a su vez le pegó a Trejo con de haberlo separado Je enseñ6 d
1
Ob~as Públicas! en representaci6n, del Eje- suun padloe éyl· que aunque traía cuchillo 00 das que presentaba' en el esto'maogso, esr1.nc~hvo de la Untón, y el Sr. Thomas Bra·
p0
mff, A¡,oderado del Sr. Osear J. Braniff
R
l ·d
expresar quien se las causó Marcelino
Conces,onano del Eerrocarril de la Hacie~
eSu tan o: Que muerto Antonio Cruz, Trejo en la ampleación que ·obra á fo ·as
da de Jalpa á Le6n y Salamanca, Guanajna- los Doctore_s A. Buentello Y Natalio Lo- dieciocho vuelta dijo: ue haría u
J
to,_reformando el contrato de concesión re- zan~, practicaron el reconocimiento y au- de hora que se había1
¡ d n cuar~o
latn·o.
topsta del cada ver y declararon ante el Cruz y Andrés G6mez d ~ ead o 1An~on10
,
.
Juzgado, que el occiso pres t b
¡ d R h
e ras e os ¡acaArtlculo úmco. Se reforma el artículo heridas, d.os en la regi 6 n ab: ª .ª c atro es ~I anc O de Don Ignacio Flores,
3 º del contrato de concesión del Ferroca- en la mano iz uierda la t
omtna una c~an o 1legó Cruz á donde él estaba porril de la Hacienda de Jalpa á Le6n y Sa- al nivel del ~arieta] izq~[:rd~ ¡~ cabeza men;o una lumbre; que cua•do la riña,
]amanea! fecha 28 de Marzo de r904 que primeras producidas al a
' as tres esta .ª? todos apeados de los carros las
fué modificado tn tres de Noviembre de punzo cortante la 6ltlni rece! por arma pro_v1c1ones y por eso nadie presenció el
IC)05, quedando dicho artículo como sigue: to contundente! que las 1~ ~r tns~rulmen- P}:1to pero él vió cuando terminó dicha
«Artículo 39 El concesionario ó la Com- gión abdominal' fueron
s10nes e ~ re- rtna y Gómez se vino para donde estaba
p~ñía que organice. deberá terminar diez saron la 'piel tejido celtilenetrabtes, tnte- el declara1:1te y Antonio Cruz dió la vuelta
kilómetros por lo menos ~ los dos años músculos de la re ión err, ~u cutaneo, por unos ¡acales.
co:1tados _desde el 6 de Noviembre del co- &lt;luciendo gran d~rrar!"e sf:ntoneo, Pro- . Resultando: Que que como el hecho de
rnente ano de de r908 y otros quince tam- cavidad¡ la lesión de la ma gu!neo en, la l(cti:os?, se cometió en terrenos de 1 . :
b:én_por lo menos, en cada uno de los años piel y ,1 tejido celular 1 aº'1 intereso la r1sd1cctonde la Villa de Mina Nu alº
s1~111eutes, pero de ma?era que tcde el ca- lamente el cuero cab~ll~d : a ca~aza so. ón" pasó la causa á conocimi~nto e:i° 1 ~mmo quede concluido a los nueve años de primeras lesiones est'
o, que as dos Juez 2° del Ramo Penal de é t
.e ·
la misma fecha 6 sea por el 6 de Noviem- el artículo 520 del
co~prendldas en frcción quien avocándose su cos ~ pn!11era
bre de 19 17·"
her causado
, o tgo e?al, por ha- continuó el proceso
.· n c1m1ento
. .México, Agos.to veintiuno de mil nove- la muerte a.;iº~fe:di5;las y directamente dos respectivos á los yd~f=~~~r los traslaO
c1entos ocbo_. - Leandro Fenzández.-T/io- senta días de la fech
dentro de lo~ ~&lt;;- pres.e~tante del Ministerio P:b{ al R ema., Rra11 ijl .
y las otras dos h · / en q;ie las rectb10¡ nuncio aquel funcionari O
f ~ co proen as estan cemp~endi- ce de Marzo úlf
co~ ec a cator.
1mo sente11c1a por la que

SECC] ON JUDICIAL,

s;.

j •/,

,.eDe

rº

r·

1

eª,~-

ac:claró {t Marcelino Trejo responsab1e del sostenido antes una riña con Andrés Gó-: comprendidas para su castigo en la fracdelito de homicidio, condenándolo á sufrir mez la cual pre,enció Encarnación Villa- 1ción II del articulo 530 del C6digo Penal
con calidad de retención, la pena de seis real y otros cuyos nombres no recuerda, y , que señala la pena de seis años de prisión,
afies de obras p6blicas que se comenzarán después declaró que haría un cuarto de l Pena que se anmentará ó disminuirá proá contar desde doce de Mayo de mil no- hora que Cruz y G6mez se habían peleado porcionalmente en atención á las circuusvececientos seis en que se le declaró bien &lt;letras de los jacales del Rancho, cuandó lle tancias agravantes y atenuantes que conpres;o. Dsclaró tambien á Andrés Góme1 g6 Cruz á donde él estada soplando una lum corrieron ya en la comisión del delito ó
responsable de la lesión que sufrió en la bre,y que cuando tuvo Jugarla riña nadie ya que sean per;onales del reo. Perjudica
cabeza Antonio Cruz dando por conpur- la presenció y el solo vió el término de és- ca al procesado la agravante XII del argada sn responsabilidad criminal ·con el ta, viniéndose Gómez para donde él esta• tícnl 47 del Código Penal y le favoreca la
tiempo sufrido de prisión y mandó se ba poniendo la lumbre y después llegó atenuante I det aJtÍculo 42 y como ambas
pusiera en libertad bajo la fianza de &lt;lo- Cruz. Estas contradicciones demuestran son de tercera clase, se equiparan en valor
cientos pesos ó en su defecto bajo causión evidentemente la falta de veracidad del di- y no influyen para aumentar 6 disminuir
protestatoria, previene se amoneste á los cho de Trejo pues ni result6 cierto que el ténuino medio de la pena señalada por
reos para que no reincidan y deja á salvo Encarnació~ Villarreal presenciara la riña la ley , en consecuencia debe aplicarse ésta;
los derechos de la parte civil.
entre Gómez y Cruz ni es verosímil que artículos 35, 37, 220, parte última del
Resultando: Que transcurrido el térmi- Trejo presenciara la riña primera, que se · Código Penal.
no legal se puso en libertad al procesado gún él, tuvo lugar detras de los jacales del
Considerando: que toda pena de prisión,
Andrés Gómez y pasados los autos al Su- Rancho estando el mismo Trejo algo dis· obras públicas ó reclusión por dos años 6
premo Tribunal de Justicia en revisión taote haciendo fuego, siendo de notarse más debe entenderse impuesta con calidad
correspondieron en turno á esta Sala, y que primero declaró que en el momento de retención, por una cuarta parte más de
despues de oidos el C. Ministro Fiscal y de apearse del carro, se le echó encima tiempo en su caso¡ que los instrumentos
defearnres de los reos se pronunció auto Cruz y después dice, que haría un cuarto con que se comete un delito, deben decccitando para sentencia; y
de hora, desde que se pelearon Cruz y Có- misarse cuando se condena al reo si son
Considerando: Que está debidamente mez cuando fué aquel á donde él estaba., de su prnpledad; que en toda sentenci con•
justificado en autos la existencia de los , Todas estas circnnstancias, vienen á ser denato,ia se prevendrá que se amoneste
delitos de homicidio y lesiones perpetra· ¡ otras tantas presuncionEs hum anas que I al reo para que no reincida advirtiéndole
dos en la persona de Antonio Cruz, con en conjunto forman una prueba plena j fas penas á que se expone artículos ;o,
la fé judicial de las cuatro heridas que ¡ y perfecta conforme al artículo 429 del 183 fracciones I y 208 del Código Pen al.
presentaba. con el dictámen que rindieron I Código de Procedimientos Penales de que ¡ Considerando: que la lesión inferida por
los facultativos que las reconocieron y que Ma,celino Trejo:&gt; fué el autor de las lesio- Andrés Gómez fué clasificada ¡,or l0S pepracticaron la autopsía del cadaver y con nes que sufrió Antonio Cruz en la región ! ritos facultati vos entre las compreniidas
el certificado de d;función que opo~tuna- abdominal y en_ la ma1:10 izquierda. pués en la fracción I del artículo 503 del C6dimente se agrego al proceso, art1culos aunque los testigos V1llarreal y Flores, . go Pen al que señal a como pec a ocho dias
419, 42 3 y .p4 del Código de .f'rocedi-. dicen que ya Cruz venía herido, cuando á tre~ meses de arresto y mult'l de diez á
miento~ Penales. .
, riñó con Trejo, sin embargo esas declara- cien pesos, una sola de estas, á j 1icio del
Cons1derar;do: Que aunque los procesa- nes no son de tomarse en cuenta eu cuen- : juez, y como el tiempo sufrido de prisión
dos neg_aron haber causado á Cruz leslo- ta po~ no llenar los, requi•itos que. e~ije j por Gómez dura~t~ la instrucción dd pro:i:es con 1ostrumento punzo cortante, afir· el articulo 425 del Codigo de proced1m1en- ceso exede al max1 mun de la pena corpo-mando sólo haberse pelea~o con él y dá , tos, Penales, para qu~ tenga valor legal, ral que fija el artículo citado, debe ¡fa rst
&lt;lose mutuamente golpes, sm embargo, co- pues en tanto que V1llareal asegura que por compurgada su responsabilidad crimo el referido Cruz presentaba dos lesio- Trejo se defendía con un palo de los gol minal.
nes en el estómago, q1;1e le causaron la pes que le tiraba, Cruz, Flores afírma q1;1e
Por lo expuesto y con apoyo además er.
~uert~, hay qu_e determmar en la seo ten- la defensa la hacia co_n los brazos pero sm los artículos ro, 182 y 208 del referido Cócia quien ó qmenes fueron los autores de tener en las manos mogun palo, y ademas digo Per.al, se resuelve. Primero: Se con-e~as lesio~es mort~:es para_ aplicar el cas- el ll!ismo Flores asegu~a.,que él no vi6 flrma la sentencia de primera instancia
tt.go d~ la ,ey ·y quien o qu1ene~ causaron prestsamente que Cruz v11;11era ber1_do, pa- que se revisa, en los puntos resolutivos que
la henda que presentaba el mismo Cruz ra cuando se le echó encima TreJO, sino contiene en consecuencia se declara á
en la cabeza por ser la pena q~e corres; que después que pas? la riña entre istos, Marceli~o Trejo y Andrés Gómez respon••
ponde al antor d~ esta, ~uy diferente a el refendo Cruz le digo que estaba herido sables ?el delito de homicidio y lesiones,
la 9ne se debe ~pltcar á qwen ~ausara las del estómago y muy bien pudo suceder respectivamente. y se condena al primero
pnmeras r~fendas .. El o_f~~dtdo declaró que, dada la hora en que pasaron los be- á sufrir la pena de seis afias de obras púqu~ Marceh~o Tre¡o lo hmo con una na- chos,_ ya d&lt;; noche, y lo _pequeñ? de la blicas que se comenzarán á contar desde
vaJa y Andres G6mez le pegó con nn palo nava¡a no vieran que Tre¡o la trata en la el c·nco de Marzo de mil novecientos seis
en la_ cabeza y es_ta declaración hace pre- mano c:tando se pelió con Cruz.
fef'ha en que se le tomó su inquisitiva ensuns16n ,que efect1~amente los h~cho~ pa- 1 Co~s1derando, que ~unque el proc~sado tendiéndose dicha pena impue,ta, ccn calisaron as1, presun,c160 que s~ ':ene a ~0- 1An?res G6mez, confeso babe:;e dado a An- dad de retención pur una cuarta parte
bnstecer ~as y mas con las s1gmentes c1r- ¡ tomo Cruz el go1"e que sufrio en la cabe- más de tiempo, en su caso; y al segundo ó
cunstancias_que ~parecen ~omprob~das ~n za, tampoco negó haberse peleado c~n éste. sea Andrés Gómez se le dá por compurautos.
Primero. Ma~celmo_. TreJo trarn decl~rando que no recordaba de las c1rcuns- gada su responsabilidad criminal con el
una °;ªVªtª que le fue :eco11da y. de la tancias del hecl:o por lo ebrio que se con- tiempo sufrido de prisión, quedando en
cu:il ?16 fe el Juzgado, ~;rcunstancrn 9ue traba. En.:al virtud y _tomando en ~uenta absoluta libertad. Amonéstese á los reos
comc1de con la decl_arac1on .. del ?fend1do. ladeclarac_10n de,1 ofendido debe considerar- para que no reincidan a virt'éndol,s las
Segundo: La nava¡a re~o11da a Treio, s~,al refendo Gomez como autor ·de la le- penas á que se ex po~.e \ s,· ej n á salvo
aunque no presentaba nrn?uua mancha 1s10n _que presentaba el occiso en la cabeza, los derechos de la par'te civil. Segun fo:
de sangre cuando se_ tntr'.'go _al Juez de los máxime cu~ndo no huvo entre l?s t~stigos S e adici ona la misma sen tencia de primean tos, pudo haber sido hmpiada antes de de cargo m consta ele las -&lt;lemas dtllgen ra insta ncia con los siguientes p ntos r _
er.tregarla
á h'la autoridad,
¡so¡u t'11.0s. 1-o S e dec¡ara extmgu1
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· de- la des- cias del procesado, ninguna prueba nue
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cnpc100 qne izo ~ uez e mstrnm~nto, ¡ust1tique que el refn1do Gómez fuera el . ,
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aparece ~t;e las ho¡as de la nav'.1Jª tienen ¡ autor de _l as otras lesiones que presentaba CIO~ penal c?ntr~ ~ntomo Cruz po_r las
trece m1l11netros. de ancho y s1 tomando \ el ofendido, artículo 4 II del Cv,digo de lesiones que mfinó a Ma. rceltno TreJo en
en ~ueota esta c11 cunstancia se examina Procedimientos Penales.
virtud de haber acaecido su muerte duranel d1ctámen de los peritos que obra á foga_s
Considerando: que tambien debe tenerse te la instrucci6n del proceso. 20 ci ., tleco•
trece vuelta , del que aparece que las hert• al ofe°;dido Antonio Cruz como autor de misa Ja navaja que se rccojió á 11arci,Jino
das,que pr~sentapa Cru_z en el estoi:nago las les10nes que presentaba Marcelino Tre- T · T
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teman centtmetro y medio de extenc16n ó jo, por su propia confesión j udlcial qqe re¡~. ercero. otl t~uese,. ) dentro del
sean qn!~ce milímetros,_ se d~duce que di- hace prueba plena conforme al artículo tér min ~ leg-al no se interpone algún rechas lestonnes fueron mfendas, con la 415 del Código de Procedimientos Penales curso, hbr~nse al Gub,e, u ' del Estado los
navaja de Trejo que tenía trece_milíme- corroborada con las demás constancias de testimonios de estilo poniendose á dispositros de ancho; ya que no se ~en~1ona ot_ro autos . pero como la muerte del autor d&lt;': ció o al procesado Marcelino Trejo en la
instrumento cortante recogido
a ,los 1IJ0- esas lesfones acael'ió durante la iustruc- Pen•'tenc•·ar'i • ,., e • m•sm'&gt;,
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sos. T ercero L as contra d1c10nes bien mar- ción, es el caso de declararse extricta la
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cadas en que incnrrio Trejo en sus decla- acci6n penal; artículos 239 fracción I y reso1uci 611 .ª uez_ r~ P ct tvo Y _arch1vese la
raciones, consistentes en afirmar primera- 242 del Código Penal.
causa. As1 defimtlvamente Juzgando, lo
mente que en el mome°;to que se apearon
Considerando, que como las lesiones re~olvió Y firmó el C. Lic. Viviano V.
del carro se le echo encima Cruz dándole que infirió Trejo á Cruz y que fueron las Vtllarreal, Magistra~o Interino de la 3\L
golpes con un palo;, pero ~ue para entonces que ~ausa~on su muert~ se perpetraron Sala: doy fé.-Lic. V. V. Villarreal.-Lic.
ya su agresor ve01a herido por que había en rtfi~, siendo el agredido Trejo, están Le6n E. Aldape, Secretario Rúbricas.

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no remitieron eua datos oportunamente y fiiuran
con 108 de Diciembre último.

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Clases.
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Nombres.
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Alumnos.
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Otros empleados.
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Número ele Alumnos .. .. ...... ... .... .. .......................................... 29,681
Directores..... ..... .. .. . ...... .. .. .. .... .. .... ..... .... ... .. . .. ... .. .... ...... .....
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Ayudantes .. . .. . .. . .. .. . . .. .. .. .. ... . .... .. .. .. .. .. . .. .. .. . .. .. .. .. .. .... .. . .. . . 522

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N1imero
de NCUelu.

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Estableci::r:r.i..ientos d:e J:nst:rucoión J?:ro:f'esio:n.al en la Ca.pital.
Escuefi de Jurisprudencia .... , ... . , . .. ... , . , . , .. , ....... . ....... .
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Academia. Zaragoza ....... . , .. , . . . • . . . . . • . .......... , . . . . . ..... .
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NOTAS.

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ALUMNOS.

NOMBRES .

CLASES .
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Otros
empleadoo

M~nterrey, 28 de Febrero de 1909.

O tro ■

etnplea doa.

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4 4,. .. •• 11
g¡'...... 24

De Instrucción Primaria...... .. .. ..
De Instrucción Secundaria.. ... ... .
De Instrucci6n Profesional........ ..
TOTALni .. ........ . .

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Serann Pelia.
l!oentario .

11

,:¡,

�PERIODICO OFICIAL.

6

del Ejecutivo del Estado _en la cárcel pública de Montemorelos hagase la trans.•·
cripci6n correspondiente y arc~íves_e e}"
proceso. Notifíquese. Lo .lecreto Y f1rm~
el C. Magistrad_o de la r. ~ Sala: doy fe.
Lic. Chapa.-L1c. Eleuteno Lozano.-Secretario Rúbricas.

Secretaría de la 1a Sala del Tribunal jan cicatríz perpetua y notable en la cara
Supremo de Justicia:-Monterrey, Nuevo c:lml'&gt; son de las que se trata en esta ca~sa
León.
se castigan con la pena de uno á tres anos
Monterrey cin~o de Octubre de mil no- de prisión ú obras públicas, ~e~tro_ d~ ~uvecientos ocho.-Vista esta causa comen- yos extremos queda al arb1tr_10 ¡ud1~1al
zada á instruir de oficio por el C. Alcalde imponer el término que se estime de ¡us
3º de la Ciudad de Montemorelos Nuevo ticia. artículos 65 y" 5• 12 fracción III.
León, y continuada ante el C. Juez de LeConsiderando: que favorecen á les protras de la séptima fracción judicial del Es- cesados la atenuante de primera clase, de
tado contra Severo García y Pablo Martí- haber tenido anteriormente buena conducncz por el delito de lesiones que se infirie- ta, y á García la de embriaguez que es de
ron mutuamente, siendo, de treinta y dos tercera y les perjudican las agravantes de
d el
NO TIFICACION.
Y euarenta y cuatro años de edad_re_spec_ti- tercera d e ser f recuen t e en e1 E s t a o
J'fl-lMJ.0
2º Local Letr&amp;do.-llooterre7, NueTO León.
vamente casados, joma1eros, ong1nanos d e l 1·to que se per s1·gue , por lo que respec·
ele Mata:Ooros Tamaulipas y vecinos de la to de García supera en una unidad el vaSr. Meced Campa.
Hacl·eada de Cañas, sita en la Demarca lor de las atennautes, y re5pecto de Mar- En el juicio verbal ordinario que alga• en au contra el s,. Lic. León G. Floree como apoderado del
ci6n Régules, perteneciente á la Munici- tínez excede el valor de ,as agravantes en ~r. Jeada M. vmarreal sobra paeo•. ae ha dictado un.
auto del tenor stgnlente:
Paliclad de Monteruorelos. Vistas_ las di- tres unidades, circunstancias que deben
'6
Mont«rey, veinte y aeta de l"ebrer'l de mil noved
1
1
h
ligeucias del sumario, la confesión con tenerse presentes a acer a gra uaci n mentes nueve.-No bablendo comparecido el demancargos tomada á ambos procesados y lo ~e la pena, sujet,ándose para ello,~ lo dis- dado A conteotar la demand• propuesta, como 08'
p "Pide, dese por contestada en sentido negativo y
alegad9 en primera iustan_cia_por sus ?e• pne,to en e 1 art1cn 1o 220 de I Có&lt;l 1go e· libraseelju\clolipruoba, ¡,oral térm:no de velnt&lt;&gt;
-fensores. Vista la sentencia dictada el diez na] y las penas que así se obtengan pues- d!ae comunos é improrrog,,bles pa.ra ambas j&gt;&amp;rtee
'
·- d eberan
' art.
1044Not!l'lquese.
1077y1080del06dlgo
deProoedlm,entos
de Se~tiembre próximo pasado por e 1 re f e- to que
e Id e 1·!lo se ,com_e t''
10
rma
Olv!Íea.
Asl Jo proveyó
y firmó el O.
ritio Juez de Letra, quien resolvió lo si- reducirse en los termmos a que se refiere ruez 2° menor .Letrado: damoa 111.-Llc. M. Oóme:&lt;
' Balleateroa.-A -A. Gómez. -A-B, Palacloa.-Rd·
g uiente. Primero: Severo García y Pab'o el artículo 504 del Código citado.
.
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.
d
1
Martínez son responsables de las lesiones
Consideran d o: que 10s onorartos e os brlca•.
.Loqneaenotllioali Ud. en Mta forma de oonfor
cj ue mutuamente se infirieron y por ello se peritos que int, rvienen en un proceso por ~!dad con el ¿rt 78 del Códlg-&gt; de Prooedlmlontos
.
. d ·¡ ¡
, lt Civiles.
ies impone la pena de dos años seis meses nombramiento ¡u cia , os pagara e e- Monterrey, Maro 2 de 1009.-Llc. )f. Góme:z Balleocle obras públicas, contadc·s desde el vein soro ele! l\Iunic1pio donde se cometió el teroa.~A-A. Gómez.-A-ll . Palaoioe.
_ , ~.
0 21 2
tiséis de Junio último, fecha de su formal delito, á reserva de ser reintegrados por
prisión, con una cuarta parte más de tiem- la persona que fuere declarada culpable
EDICTO.
Po en su caso. Segundb: Se les condena á artículo 220 del Código de PrccedimienJuzgado
2: 0onstltuolonal.-Vllla de Santiago, N.
reintegrar en la Tesorería Municipal de tos Pena1es.
. León.
esta Ciudad los honorar_ios de los médic_os ¡ Consider_ando: que en. toda sentenda En eljulcio $estamentarlodela Sra. Froncleoa ..tianiA , y por dtepoeiciones dsl C1 Jnez de Letras de la
que reconocieron y clas1 fi caron l as les1c- cou den atona se preven dna 9ue_ se amo- 2" heacclón, •• cita para•• formación del inventarlo y
nes. Tercero: Amonésteseá los reos para:neste al reo para que no rernctda en el avalnór••P"Ctivoaliloshsrederoe, J,gotarioayacree
· "d ,m. 1N otl'f'1quese. \'"1stos.. e¡ I d e 1·1to por que se ¡e CaS
º 1·,,
dela finada
que en
el término
de treinta
que no rernc1
1,..a y se 1e .ª b ona doroa
dfoa después
de lapara
dltlms
publicación,
comp•rezoon
dictamen del C ..Ministro Fiscal, lo alega-: rán los sufrimientos que haya temdo du-,, hacer el ncmbr,;ml•nto de psri•o valu•dor que les
· por ]os d e fensores dt o fi c10
· ante esta 1 raute 1a mstrucc1
·
"6 n, d e¡an
·' d ose a' 1a par te' concede
corresponde
y II e¡ercltar los más derathos
que lee
cto
la Ley.
,
Sala y la citación para sentencia, coa ofendida sus derechos á salvo en cuanto Loqueaecitall Ud,. deoonformid•d~n elarttcu, consta d e autos; y
·' ]
b"\" d d · ·¡ ·
t lo VllladeBantis.go,
1706 del Código dPF,brero2tde
Prooedlml•ntoa
Olv1lea.
cuanto mas
1a a responsa 1 ~ a c1v1_, Sl como en es a
lll-09~Davld
AIRResultando: que el ve1oticuatro de Ju- causa no se hubiere gestionado su decla nls.-A-Andrés A, Cavawe.-A-BranllD Oza. Oarcfa.
nio dei año en curso, andaba Severo Gar- ración artículos 182. 208 y 2s7 del repeo.v 21·2421 ·16'
cía bastante ebrio en la Hacienda de Ca- tido C6digo Penal.
EXTRACTO,
fías antes citada, y como su padrastro Pa•
Por lo expuesto y con apoyo además en
blo Martínez le reeonviniera su conducta, los artículos 5, 10, 32, 35 á 37, 40 frac- u t::r~~d::!v:ec~•d• Fcmeatoea el Bamode lffl:aert..
aquel sacando una cuchilla que traía se le ci6n 1, 42 fracci6n I, 47 fracción XII,
JU8r.Dom1n10ArredondodeE"ftta 98l'tndad, en eeorlto preaent.do i la ofiatna de mt cargo con fecha ~olnce del actaal1 IJ!)Hecho encima á éste causándole una herí- 47, 88, 225 1 487, 496, y 201 del mismo (11,t,a, una ooa.~116n minera de aeta perieneDcld ,ara la ftzplog(t'Jd•
canooida oon el nombre de •Doe Am,r1da en la cara desde la oreja derecha á la ordenamiento, se reforma la sentencia de d•aaaeataabaa.donad■
_.. qu conthlle metal• plomoeoe eoa le-y de plata v qllfl • b•J• en la cor4tl1era que Mtl al Bar del Rancho de e.ata Franotaca
barba y Martínez entonces viéndose herido r "' instancia que se revisa y se resuelve: en el Potrero del Nanajo de-. jarladlacl011, dPbJ6ndoee formar
paraleltlpamo reotAngtdo de 200:IIOG metro■ i hllo de •eta aon
logró hacerse de un palo con el cual infi- Primero: Severo García y Pablo Martí• 1111
IN alplentM ooHndlnclu: por el Norte. Blnc6n 4e LU vu.-. por
el Borla lfendel Gallo; por el E!te, CODUDUltOt&lt;Sn de la mlema
:rió á su adversario García dos lesiones, nez son responsables del delito de lesiones lfen J por el Po■tante, linea dhieorla C01I. la llaak!lpallaad de Hlprhlolpl&amp;D.doa la medida de la expretada oata de modo
.!Situadas una en la frente y la otra en el que mutnaruente se infirieron en una ri- raeru.
qae fata qaAde ea el centro de la cuadra. La IIDlklUnct • ~rt&gt;
b•jo el N9 ta'T, y lle1'a'l'I por nombre •DoeA.mf!lrtea,~, pua •u mudedo pulgar izquierdo. El Juzgado di6 fé ña siendo agresor el primero. Segundo: 1nra fn6 nombrado lH!lrl&amp;o el 8r. A.Ddrl1 Toeeano de M&amp;a •eofl:ad&amp;d.
aoept6 el oargo.
&lt;le todas esas íesiones, las que fueron cla- Se condena á Severo García á sufrir la q aleoQueda
abierto un plazo lmprorrorable en em A1encta pua IL
1abatanctact611 4el •xpedteate, que durar&amp; cualro meae■ contado.
sificadas por los facultativos que las cura. pena ele un año cuatro meses veintiun de1de bo7.
dfeclcletede F, brero de mJl no•ealenUMI nnevfl.-0.
ron como de hs que no ponen ni pueden días de obras públicas que se contará des- SollaOernlvo,
GoU6rre:r, ..t, de 11.
:ntn1
poner en p lig10 la \"ida y curan antes de de el veintiséis de Junio del año en curso,
quince días la que García sufrió en el pul- fecha de su prisión preventiva. Tercero:
EDICTO.
gar, y después de ese término las otras A Pablo Martínez se le castiga con la peJu:rgado lQ de lo Olvll.-1, fffloot6njo'11clal.-Eetado d~ N.Le6n.
eljototo '81tamenlArlo de la Sra. [Mab~J Pfirü Vda. de Garaa
dos que además dejaron cicatriz perpetua na de un año seis meses veintiún días de Be haEndtotado
no &amp;nto que S. la letra dlce:
Monterrey,
Man.o nueve demll novectentoi, oueve. Por prey notable en la.cara; y
obras públicas, que igualmente se conta- 1entado y ~mlttdo
en on&amp;nto ha ln«:ar en derecho oon el poderg-,que ae aoompa.iia y con el 1.Mtlmonto del acta de prokooliConsiderando: que durante la instruc- rá desde el veintiséis de Julio próximo pa- neral
raotón de la.a dJUganolu deo apertnca de,J te11tame'\to oerra1o d!'I Ja
Sra. Inbel Pére, Vda de- Guu. Bu virtud del prhMr&lt;i Uingl!-ff al
ci6n, con las dil ,gencias de fé judicial, sado, en que se le declaró formalmente Sr.
Lla. LA.raro Gana Aya.la. com'l epoderado pneral con del.-Rdel os.rgo de Alba.cea de J11. Sra. GnadaJuge G.uu dp Ptlire,:.
con el dictárueu médico legal que obra en. preso. Cuarto: Se condena también, á oión
!ifa.ldonado; tómeee razón y devélvli-8.:, por ter genere.!. &lt;JG.n funen ,.J a.rtfcnlo 1S-5Sl del C.'ldlgo de Procedlroiento1 'lfvUet1
autos y con la propia confesión judicial ambos procesados á reintegrar en la Teso damenk&gt;
r■ dfq'lelM ante este Juz1ado el Juicio teatame1..tario de Ja Bre. ha.rle las procesados cuyas diligencias todas , rería Municipal de Montemorelos á pro- b&lt;1l P6r z Vda. de G'1•r;q,, dlin~, lo,, aviao1 qii :i »revt~oim loA ~rtfculos 159 de 111 LE&gt;,y dd Timbre Yªº rte J&amp; d~ li5Cl~!li.a ~':'.;"'tite. Pn"ª~ auto pnr tr~ff veces oon!'ecn •,tvas 11u e l p .,r¡,5.:¡co 0.11..
hacen prueba plrna, de conformidad con 1 rrata el valor de los honorarios pagados á bUqn&amp;ll9
eta! 'fl ec El Ee;,ect.ador, y apar.,cfe.-,d-, qne hd,;$ 11)(1 h:isHturdoa hsrederoa 1011 veoloo1 de eirta Oindacl. de oont1rmiclad con el arHculo
los artículo~ ~r 5, 423, y 4~4 del _Có¿igo Ilos fa~ultativos que _intervini~rnn en el 1670
del ml1r,,o Ordenllmlento cíte1elea, Junta oon el objEto que
de Proced1m1entos Penales se ¡11st1fic6 proceso por nombramiento ¡ud1cial. Quin- e:rpre,a el 16&amp;9 de la. ¡:ropla Ley, qo.e tendré lugar en el local que
designen 1011 lnt.&lt;J.,.eaadoe, A la5 coatro de la tarde • del tercer dta
perfectamente en los términos del artícu- to: Amonésteseles para que no reincidan. hAbll daepu6s de hecba la tHtlma notlf!caoión, concuriendo ¡ 1•
n:l)rea&amp;dajuntaelO. Reca.nd!Mlorde Beniae del Eetado y 111 o
lo 154 del Código citado la existencia del Sexto: Se dejan á ambos reos sus dere- Agent1, del M'.fnt.ter:lo Pt1blJoo IK'T tener 1n~rt1is el Fisco d.el &amp;ta.:
do en la ptto11ente auce11l6n. Not·fh1t1Hf'.. Ln deontó y ftrmó fil o
delito de lesiones que se infirieron mutua- chos á salvo en cuanto á la responsabili- Jnaz to de Letn.11 del B!i.mo Oidl de Ja.1, fracción ¡ndfoiiil del Hitado: doy f6.-Llc. Y:. GU Tt-e'91iio.-Llc José Juan ValleJo Secreta-•
'
mente Pablo Martínez y Severo García dad Civil. Notifíquese y dése cuenta. rlo.- R4brlca
Lo que ee publica .,,n esta form!I, en cumpllmie»to de Jo dl&amp;en el.anto ln~rto
en una riña siendo este último el agresor. Así lo resolvi6 y firmó el C. Magistrado puu:o
11.onterrn, Jlf.auo 11 de 1909.-Lto.JOl!é J'nan Vallejo, Beoret.,;
Considerando: que respecto de Martí- de la r "' Sala doy fé.-Lic. Leobardo r:lo.
2121
nez, como con un hecho ejecutado en un Chapa. - Lic. Eleuterio Lozano.-Srio.
solo acto violó dos disposiciones legales -Rúbrica5.
EDICTO.
que señalan penas diversas, solo debe casMonterrey, Octubre catorce de mil no- L.;'ó'::.gedo i' O-Oat!tacional.~Vma de Santiago, N.
tigársele con la pena que corresponda por vecientos ocho. - No habiéndose lnterOon fecha once del co7"ti1Pnt~ mf's 138 t'R dfo6 PU eJ
la lesión más grave que en el caso es la puesto recurso alguno de la anterior sen- Juzgado
de LetMts de 1R. 2.• fcarofón jnJicial el jnic-fo.
que dej6 cicatnz perpetua y notable en la tencia dentro del término de la ley de &lt;le luteatomentaT!• do la Señorita Maria Guzmán
qne fn6 de eet.a Vlll&amp; en oongregaetóu 4eÍ
cara á García teniéndose la otra que éste conformidad con lo dispuesto en el artícu- vecina
Cercado.
recibi6 como agravante que el suscrito en lo 451 del Código de Procedimientos Pe- Y por dlepoe\ciou del m!1mo Juzgado se Dl.Jluda pubJtcar por trt&gt;&amp; veces de dte.s en diez díae en el Perió••
uso de la facultad que la ley le otorga lo n_ales, se declara qu_e ha c~usado e¡ecuto· dloo
Oftclal J Vez de Nuevo León de oontormldad
califica como de primera clase, articnlos 45 na; en consecuencia, exp1danse los testi- para los efectoa del art. 1686 del Código de Prooecllmtentoe otvUee.
fracci6n XI y 185 del Código Penal.
monios de estilo, poniéndose á Severo Villa de Santiago, 18 ele Febrero de 1909-Davld
Considerando: que las lesiones que de- García y Pablo Martínez á disposici6n Alaufl Oavuoe.-J.-Andr6' A, Cavuoo.-A-Bnulle&gt;

SECCION DE AVISOS.

;º

I

Gza, Glll'Cla.

o.v.21,llf,1' UI!&gt;

PERIODICO OFICIAL.

7

EDICTO.
EDICTO.
Juzgado 2° 0onetltuclonal.~De Hlgnerts, N. León. Juzgado 24? de lo Ctiminal.!-1• !raoci6n judicial.-Bs•
Con fecha dA hoy y por dlspoalclón del C. Jue1 2° tBdo de Nuevo León.
Sres. Bernardino Garza y esposa Dña. de Letraa del Ramo O!vll, se radicó en eete Juzgado
Sr. Francisco Soto.
de mi oargo el juicio teatameutarlo del Sr. D. Lucae
Jacoba Chapa.
En la oauea que ae lnatruye contra Emilio Oort.&amp;I
GonzAJe:z,
vecino
que
tu6
de
aeta
Villa.
•En el jalolo ejeouUvo olTII promovido 1&gt;0r el Sr. Gre1orlo
Lo que 88 ma"d.a pnblloar en el Periódico Ollolal por el delito de Jselonea, ha reoa!do un auto del tenor
Gtt.rct:a, en contra de Udee. tobNI oobro de peaoe, a.e ba dlotado ua
aalo _q uei la letra dice:
.
del Eatado y la Vo• de Nuevo León, por treo veoea slgnlente:
NOTIFICACION.

Jnegado d• L,traa de la 6• fracción judlclal.-Vlllaldama, lf. León

•vtllaldama, tru 411 Mano 4• mil noveolentoe naMe...-AIJalolo
.Monterrey, primero de Marzo de mil noveolentoe
¡ qo.•M nflere. 7 de oonft'trmldad ooa lo dl■pueno en Jo11 arUo•- oonsecuttvas de conformidad con lo dispuesto por el nueve.-Siendo necflearia en eate juzgado la oompa·
!ol 1011. 1018, 1029 t0t8 del 06dl10 de Prooedlmteato11 Ohllea, co- art. 1669 del Código de Procedimientos O!vllea.
mo• pide N deo aran torma.Jmente embarpdo■ loe blenM 6 qae
Higueras, Mano 4 da 190A.-Juan G. Oonz&amp;les.~A reoenola del Señor Franolaco Soto, para la pdotloa de
••l aes crenie • HfieN&gt;: J emplAon• A lo■ deudore■ Bree, Bernar- -Clprlano Vlllarreal.~A- Vicente Garcfa.
nna diligencia judicial en Mta averignaoión é lgnodlno Gana y eepota Dfi ,. J&amp;QOba Ohapa ea 1a forma que previene
o.v.21 22,23169 ráudoee ~u actual rE"Sidenola, ctteeele por medio de
-ei uUcnlo 86 del .::J6dtro de Próoedlmleatoe olliado, para q11e dened!ctoa que ee publicarán tres veces consecutivas e}l
'IIO de irea díu 4a empll&amp;UflM, ocuran i e11te l111gad.o , bacer el
paaode JaC&amp;t1tfhddatnooooa■ mll doitclento1 pe10a. ml.11 lo■
el Porlodloo Oficial del Eetado de oonformldad con
-&amp;Boa yperj111oloaqae ■ele1demanclall, 6, oponeru, la eJeouloa art. 27 y 231 del Código de Prooedlmlentos Pena'°'6D 7, nombrar por aa parte un perito ••alaador J an t.ercero
NOTIFICACION.
lse 4 lln de que compare2ca dentro del término de 1111
pUa en oua de dfaoordla; y prednpH ul milllno al ocurreate Br.
Jm:pdo 29 de lo Olvll,-lt fraool6n jadtoJa.1.-E■ lado de Nano publioaolonea 6 ll loa diez días deepués de hecha la
••reiorlo Garcfa, haga !pal nombr■.mlaato por eu prte de perito
Leo,,,
y de teroero para el caao de dlacordia.
NoUffqneH Lo p,rovey6
111tlma. reoomendándoae ll lo policía Investigue aupa:, firmo el o lnu: •• Letrudela 6J frM!()16n judicial: damo■ teradero. Lo &lt;teoret6 y flrmó el O. Juez 2'! de Letras
Sr. Serafin García Garza.
Ltn GuaJardo-A-Karfano 81,ntoe Trevlño....-A.-1016 V. VOlaneal
-B6brlca1.
En el jolnto ejecutivo mnr:antll qae centra Ud. •lira• la repn-- lnterin,del R•mo Penal: doy fé.-Llo. E. E. OuajarLo que• not.lnc. 6 Ud1. en e■ t11 forma, en ca.mpllmJento d• lo
aentacf6n de D. O■car Wtaka.darp ae 4ioto una 1eutencla oaya do.-Llo. M. 8epdlveds Ga\'Za. Srlo.~Rdbrloaa.
-&lt;1rdenlldo en el a11to fiase.to.
parte
re■olntlvadktt-:
Lo que ae manda publicar en cumplimiento de lo
TIJlaldama. s d&lt;1 llano de U1Ci9.--Ltc. Simón Gnajardo.-A.-VaVonterrey. veintllléle de P,llrero de mil no•eolentos nneve.rluo 8aal01 TrHiiío•..-A-J-,; B, Vtuarreal.
il22'23-lli9
Vtdo e.Et• jaicto ttjecu1,h'omercantll oromovfd-,p,or el Sr. Llo, lft- manrlsdo en el auto ore.lnoerto.
o.19,20,21
aael Oir11o como apoderado del Sr. Oaoar We1Mlndarp contra Dn, Lic. M. Sepdlveda Oza.
Heratln Garata Gana, anbr11 cobro de PfHN)!!, ehmdo todos de uta
•eclndacl..................... Por lo ell:r,aeato y con fandamN1to en loa
arifcnloe R5 trae. 2- y 880 del 06d 10 de Comercio J mu df"I 06cllgo
Ohll ae renelvr. Prlmern: Procede el julolo ejecnUTo ana. cantiJu-dn 1' de lo Olvll.-e Fracción Jud!olal,-Es· dad
de que ■e ha hecho m6rltn eo coaa9Clunola ee declara qtte el Br.
Juzg•do 2• de lo Olvll.~1• íracdón jndlolal.;....Eeta8eraftnGarolsG1n:a, uta.obligado 6papr al.Ar. 0.0.r Weatenlilldo de Nuevo León.
BI dfa ireln'- y uno del Mllttal A Ju diez de la mañana. tendr, daip la oantida.d de hu cientos st.eb!o P8fll8 treinta y nueH oeota- do, do N. León.
lapr a el loetd: de este lqqado el remate de la 'Dropledad Minera voe qne 118 reclam&amp;a y l011 intne&amp;ea le¡alh de■de que se 10Ntltnr6
0on fecha doa de Enero dltlmo ae radicó on este
Jamada •Baa LuiP nbloah en el 11.Jaenl de la Ooncepoldn llunf- en mora buta que ae vedflqae el paco. 8eirandc : 8e oond--na al
elpalidad de MtnH Nae-,u D1nrtto de HldaJ,o, Eata4o de Oblhua• millmo demandado en los actoa de eete juicio. Teroero: Hl1•"• Jn•gado el Juicio de lnteot.mentarla 4 blenee del Sr.
llaa oon una n.perflole de dlea heciaru lleudo ■na eollndanol&amp;I trance 1 n11nate de lo■ blene11 embarg~oeyoon en producto pago Jnan Orlgef, vecino qae fuá de ..ta ciudad.
Iu mcute•NI: al Sar 1 al 8ue■te ~ñeaenclu 4• la mina •tu al IIOreed.or. NoHffqueae. Aaf defl.nltlvamenk juap.ndo Jore■olvló
Lo que ae haoe saber al pdbllco en eata forma, A lln
Plomoa, y por loa d~mi■ Tiento. terreno de propiedad parl11111lar. y firmó 111 C. Znet: 2Q de Letru del Ramo Ol"fll; dn-y t~.,-Ltc. Roque de que los ae que orean oon derecho A la herencia, se
E■t-a propiedad fafi nlorhada p,or lo ■ peritos re.apectlvoa en de Lnaa.-Lic J. Garofa Guajardo, Becretario-B6brlou.
l..t't que III notlfloa &amp; Ud. en e■ta forma de acuerdo ao11 el arU:- preeenten i deducirlo dentro del término legal.
ton.no qalnt1111toe ochenh y do11 pe■oa.
.
Raat.Jahora delremateaeadmitenpoato.ra■ qn.e no baJen de culo '18 del 06dtgp de Prooedtmittatoe Oh·llee.
Monten,,y. 11 de Febrero de 1909, -Lle. J, Oarola
Monterrey 6 de Marzo d11 190t.-Lic. J. Ga.ro1a Guajardo Beore- OnaJardo,Brlo.
•--00 treotentos ochenta 1 ocho pno■ que importan la. cloe teroeo.v .18,19,21-156
21,22
ra,a partea del alva.111tt, en e1 ooocep'° de que en la Secretarla de &amp;arlo
.te Jnz■ ado se mlnhtrañ.n t. loa tntereeadoa loa datoll que neceolEDICTO.
qur, oon■teu an el jntolo meroa.ntll @jf'Cuth·o qne ■obre pagn
Ju.&amp;l'Mlo 19 de lo Chil.....lf ltacolón. judtallll.-E■tado de :Nue,.-o
de un mll pe,soa te ha eegaldo D. Santiago BM"t" Beyna &amp; la Befiora
León,
tpacfa ()(lhl"'la Vda. DA.vi.la l)0r m 1 en ■n oaracter de albacea de la
11uceelon 4e D. Lula P. D&amp;vtla.
Oon fecha dles del actual ae radicó en eat.e Juzgado
llonterre1, armo 5 de 1909. t.10. J"oeé loan Vallejo, ano.
el Jnlc!o de inteetamentarfa de la Srita. O.,rtiudlo Al•
o tl,22,11

r.

REMATE.

EDICTO.

*,

Cía. Minera v Concentradora de N. León.

Cía. Minera "La Argentina,'' S. A.
Balance de 31 de Diciembre de 1908.
ACTn·o

-Capital por Exhibir
Fondo Minero
llaneo de Nuevo Le6n
-0..Ja: e:dtenola
Bayaa: ealdo
,Qasto:

~.728

'

11

A.dmlnlatrsclon: existencias en la
mina.
-- -

,Capital

PASIVO

'

Perdldu y Gaaanolaa, Saldo
llemorla No. H
$

SEGUNDA CONVOCATORIA.

No habiéndose verifioodo por falta de aalatencla, la
Junta General erlraordJ.naria , que se convocó con
anteriodldad para el dta 27 del ppdo mee de Febrero
por acuerdo de la Junta Directiva y de couformtdad
con loe E,3t1-.tutoa, ee cita f. todtie los Stee. Acctontataa

vecina que fo.é de esta Otudad.
Y por dlspoelcl6n del C. Lic. Macedonio Gll Trevl-

m&amp;r'lZ,

ño. Juez 1° de Letraa del Ramo 0lvll de la 1! fraoolón
Judicial del E•tado, ae manda publicar el preaent&lt;&gt;
Pdlct.o tree veeea de diez "n diez dtas en -,¡ Periódico
Oftolal del Gobierno del Eatado y en La Voz de Nnevo
Le6n, , fin de que las personas que se crean con de-

d!o 20del praeente mee A la• 7 de la nooh•. en recho il la herencia ee presenten li. deducirlo dentro
1:i.200
la casa del Sr. Presidente de la Ola., calle de Zara- rlel término que eatableoe el art. 1686 clel Qódlgo de
522.19
No. 131. A lln de qne tenga su verllloatlvo la Prooedlmlentoa Olvllee.
441. '12 goza
Monterrey, 12 de F,brero de 1909.-Llo. Joa6 Jaan
A88mblea menolonade.. en la que se tratarán loe mle·
st .a9s.oa moa aanntoe expNBBdOB en la Orden del dfs que se Vallejo, Srlo.
O.T,16,19,21-158
3,990.98 anot6 en la oouvooatoria publicada pa.ra el 27 del pa2.647,73 sado, puedando entendidos los 8re•- aoolo11istea que

--

para el

VENTA DE PRENDAS.

101 acuerdoa que ae tengan se dar.in vli.Udoe con la

611211 5,; aelatencla que hubiere.
Loe dlas 18 y 19 del actual y 8 y 9 de Abril próximo
Monterr&lt;&gt;y, A 6 de Mano de 1909.~El BecN,tarlo, ae hará de 1ae cumplidas, oorreBpondien1i68 &amp; los mnee
Auacleto T. Garza.
o.21,22,23 de Agosto, Sepbre y Octubre de 1908, que exlatea en
1a csaa de empeiio d..a Idea.»
60.000
Los lntereeadoa en ellaa. pueden oourrlr en tiempo
1.423.26
hibll li aeaelnpeilarl.., refrendarlaa o prseenclar n
40.5,40
venta que ae verificarli. con arreglo al reglamento
EXTRACTO
61.828. 611
Agencia de la Seo:retada de Fomento eza el Ramo de Mlaerla vigente del ramo.
en ("lerralvo,
Mont.errey, Marzo 3 de 1909.-Suoeso- de Trevllio

El Sr. Danl11l Mo. Geehu, Noñe-Amerlc1U10, moyer de edad 1 Hnoa.
Monterrey, Dbre 31 de 1908.-0la. Hlnera •Areen- de Mta
veofbdl&amp;d, en e■orlto pruentado A la oficina de mt oar■a,
o.21,22 con fecha 11&amp;18 del actual. aolicla ua COQ(leaf.ón minen de doa2 P91-

'tlnaa 8. A.-..A.. Fufas, Tesorero.

tenendat para la e:rplow.o16a de una Dli'Da abandonad.a conocida
aon el nombre de o:Bau Iaidro,, Bita aobre fll upin&amp;lo que dtvtde loa
aañonu oonocldoeoon loa nombrea de •Loe Tomate■• y el •Huta.EDICTO.
oh;,11 de e eta jutllldlool.6n, debléndolle de formar con dk:baa pertet111 pa~el6Jrmo rec\ingolo de lOOl:!?00 metro■ .,,n Nta forJupd,o de Lelni■ de la 8t fraootO.a J!ldlefa.l. Vtllalduu,ll'u• aeoclu
ma: partiemdo de la boca-mina• medlria 26 metroa al N . 118UOa6-.oLoda.
mfoo; de al.U 75 me&amp;ro■ rJ Out.e; 1uqo 100 metroe al Bar; ~n eecatda.
Oon fecha cuatro del actual. 88 rad!e6 en :Jus- iOO m.eiroe al Bite; de aquf 100 mtttt-oa al Norte y ln&amp;Ko \to metro■
¡¡ado de mi cargo el Juicio de lnteotado del llnado Sr, pan llegar •t pdm.er punto. No hay Mrlenenolu mlaeru a.J derredor,PMO oomorefe-remel.. ae citan: al Norie eloaiión de Lo■ ToFellolano Vlllarreal, vecino que fné de eeta Villa.
mates; al Cañón del Hoiuobe T la montaña ¡H&gt;r lo■ otro. rumboe
Lo que ..., pllbUoa en eer,a forma para que Ju perso- 1A
■ollcitad ee rqietr6 bajo el nd.m.. f.88, llevarl pcr nombre
nu que ae crean con de:recllo , la herencia, ae pre- •Bughea,¡ y par.a 111 men11ura &amp;e aomb1'6 como perito •I Sr. Andr61
~ n o dtt Nla 1'eoladad quien aceptó el cargo.
eenten , deducirla dentro del término de la ley.
8Ei abre un l)lato de cuatro mese11 para la 11obatan.claoi6n del
Vlllaldama, 6 de Mano de 1909 -Lic. Simón Ona- expediente
en fo1 Mrmlnoa de la l~y.
jardo.-A-Marlano Santoo Trevllio.-A-1086 B. VlO&amp;rralTo, Fflbrero ocho de mll noYeotento. nueve. E. A. de l\l.
li20'1J.
llarreal.
o.v.21,24,27-1~9 O, Solfa: Gutff,rre1.

Cía. Minera "Las Higueras." S. A..

PUBLICACION.

Jm,fado de Letru de la SO fraccl~n JndJciaJ.-LlDaras
Nuevo León,
Balance de 31 de Diciembre de 1908.
En el Juicio de teetamentarl'•, bieae■ de la Srs. Franoieoa Bonlanp.de &amp;rlanga.vecl.naquefaédeesta Ciudad, ha. reciatdo nn
ACTIVO - autoqne 6 la letra dice:
Fundo Minero
$
40. 000
Ltnare■, Pebre-ro dieciocho de mll noveclMto■ nueve.-Porore"
tll de 'U'
J.-sentado en ouan.io b, lagar en derecho OffD e) actia. de d•fnno16n 1
Banoo .IQ.eroan
w.OnW&amp;ntY, en
tutimonto ptibllc:o abierto qae • aoompaiia.u. Radfqaese en eete
depoeito
11. 988 .11 Juzgad.o el juicio de teeiauu1ntarta a blenee de la Sra. Franolaoa
Caja: exf11tenola
278. 32 Bertanp de Berlanp; dénae los avlllOII qae ,revlen11n loa arUculoe
~lnlatracl6n,
maquinaria,
herra-, J 159 de la. Ley de Hacienda y TJmbre .reapectlv&amp;Illen\e; nubUAqueae eate auto por tres veoea aoneecmtlvu en el Perl6dloo OOolal
mlen.tae,6.noae, maderas, eto..
7 en B1 Trueno 4ae ■e edita en eataOlada.d 1 o1teee , junta §. 101
etc., exl.atentea en la mina_
23 .149. 119 heredercos, de contonnlda.doon los utlcaioe 1459 y 1689 del ml■mo
■eiialiadON p1,-ra que tenp lugar, el veiotlcua.,ro del 9,0_ _ ,:l....,;,;76;,¡·;'1;;8;;;,1;;2; I 06~,
tnal ludie&amp;de la maiiana. NoWlqueae. Lo prove,6 7 flrm6 el
O. Juec de Letru de~ frM!Of6n: doy té. -Ltc. Lals T1'8vl6o.A. AR"Ultfn O.Garok;-4-btonlo Herren. Gl&amp;l"'da.- Bd.brtca..
lío qae ■e pubJl&lt;ade ac11erdo oon lo mandado en el aat.o huerPA.BIVO

C&amp;pllal
Pondo de Reaerva
BeuKoa de Dlvldendoo
Fondo de Provlo!ón
lllemorla No. !1

60,000
8.000

$

156
6.676.31
S.086.81
76.916.12

Monterrey, Dbre. 31 de 11198,--0fa. Klnera •Laa
1'1igueraa» 8. A.-A. Farfaa, Taeorero.
o,21,211

to.

Lla&amp;rea, Febrero nlnticnatro de mn noTeeieut.o. nueve. -Lio.
Lula Tre"riña,-A- Aauatlll O. Oa:rct■.. -A - b~n.lo Herrera G&amp;r-

ofa.

lffC:?1

EDICTO,

tat"!!~. ~':,~º Orlmlnal.-1• fraoolon JndlcJaL-Ee-

En la oauaa quo ae lnatruye contra Gregorlo Sallnaa Chapa por el delito de abuso de oonfiaiisa. se ha
dicte do un anto qae , la letra dice:
EDICTO.
Monterrey Febrero veinticinco de mil noveclentoa
Juzga.do 1 °.delo Civil.•-1. a:i fraoci6n judicial --Estanueve.~Slendo neo,;earJa ante eote Juzgado la pre4.o de Nuevo León.
de loa Sres. Fellx Vlllaneal y Te6lllo Oondles
Oon fecha 5 del actual se Hdic6 en eote J azirado el sencla
para la práctica de dlllgenolaa judicial.., en esta !najuicio ele lntaetado ele la Sra. Vlotorlan• Femlinde:z, trnoolón
é lgnor&amp;ndoae en actual reoldencla oon tanveoln.a qu• faé de esta Oludad.
en lo dlepueato por loa artlcnloa 27 y "31 del
y por dl&amp;poslolón del il. Lic. Macedonio Gil Trevl- damento
de Procedimientos Penates, oftese por m~iio
:110 Ju.., lº de Letra• del Ramo O!vll de la 1• Código
de edictos que 88 publicarán trea veoea ooneecutivaa
!'raool6n jndlclal del Eatado, •• manda t1nblloar el en el periódico oficial d~J Estado, Afin de que se pre,
preaente edicto veoeo de dles en diez dlae en sonten dentro del término de la publicación y diez
el Periódico Oftolal del Gobierno del Estado y en La dfa,¡ después. Lo decretó y firmó el O. Juez 2º de
Yoz de Nuevo Le6n, , fin de que lae pereonBB que ee !'9traelnterlnodelRamo Penal: doyfli .~Llc. Gua•
crean con derecho á la herencia se presenten á dedn- Jardo.-Llo. Septllveda Garza. Srlo.~Rdbricaa.
clrlo dentro del término que establece el art. 1686 Lo que ee publloa en esta forma en cumplimiento
del Código de Prooedlmlentoa Clvllae .
de lo ordenado ~n el auto lncerto.
Monterrey, 6 de Mano de 1909rLlo. José Juan Menterrey, Febrera 26 de 1909. ~Lle. Sepdlveda
Vallejo, Brlo.
'o.v,21.24,27-169 Garza, Srlo.
o. 19,20.:ll

o.19 120,21

EDICTO.
Jo,gado 2- de lo Orlmlnal.-1 • fracción JndlclaL-Ea•
tado de N. León.
En la oanea que ae lnatruve contra Agnat!n Kup
por el delito de robo, ae ha dictado un auto que , la
letra dice,
Monterrey, Febrero velntltria de mil novecientos
nueve.-8lendo neceaal'la ante Mte Juagado la preeenola del Sr. Andrés W'!)son y ele la Sn. Fedora N
para la praotloa de diligencias Judlclalse en aeta In••
li.."Ucclón é lgnoñndose eu actual raeldencia oon fu.n.

dsmento en lo d!epneeto por loa arta. 27 y 231 del Código de Procedlmientoa Penalea c!teaelea por medio
de edictos que ea pubUcantn tres veces oonseoutlvu

en el perlOdioo oficial dal Estado Afin de que ae presente dentro dEl término de la pdblloaclón y diez dlas
deapués. Lo decretó y firmó C. Juez 2'? de Letraa Interino del Ramo Peual: Doy té.-Llc. Oaajardo.-Lic.
Sep(!lveda &lt;lza. . Srlo.-Rdbrlooe.
Lo que so roancln publicar en esta forma. en cumplimien-

to de lo dispuesto en el auto inserto.

Monterrey, Febrero 24 del 909.~Llc. M. Sep1!1veda
o.19,20.21
EDICTO.
Ja,¡gado 2• Local.-Gral. Teran, N. León.
Por dlapoelclón O. Jaes de Letras de la 7• fraoolóa
1ndlclal del Ealiado, ae mandó radicar en éste ele mi
oargo, el jtrlclo de lnteetado t blense del Sr. Andr61
n,v11a Garc!a, Teolno que fué de aeta Villa.
Lo ~ : ' manda publicar en el Periódico Oficial
del Es
y en La Vos de Nuevo LEón, pua que laa
02&amp;., Srlo.

-n

penonaa que ee orean oon derecho A la hereaola, oom
&amp; deducirlo en el término de treinta cH8II

que ae con- deode la fecba del dl~mo edlotio.
Oral. Ter&amp;n, Febrero 11 de 1909.~JIIIIIIB G. Cortina.
-A-A. Rodrfgnes.-A-L. 'l'revllio.
o.v,18.19,21-151
NOTIFICACION.
Jo,ndo de Letraa de la 8• fraooion judlolal.-De
Vlllalilama, N. León,
Sr. Nicolas Treviño.
En eljnlclo ejecutivo mercantil que sigue el Señor
Melohor ]&lt;'. Vlllarreal, en ou contra eobre cobro de
peaoa se ba dictado un auto que á la letra dice:
. V,Ualdama, velntiséla de Febrero de mil noveolen
toa nueve.-Agr8guaee el anterior escrito i jtrlclo f.
que se refiere y como se pide, clteee JJ&amp;ra sentencia

en articulo. Notlflqneae. Lo proveyó y firmó el C
Juez de Letrae de la 6• fracción judicial: damos f!i .
Lic. Onajardo.-Marlano Santoa Trevl:110.-Josá B
VlllarrealrRdbrlcas.
Loqueaenotrnoa, Ud . en eata forma de oonfor
mldad con lo dispuesto en el art. 78 reformado del
Código de Procedimientos Civil••·
Vlllal~ ma Mano 2 de 1909. -L1o. Simón Guajardo

-A-Mariano San :os Trevlii.o.-A-Joeé !l. Vlllarree.!
o.20,21

•

�PERI0DIC0 0]'1CIAL

8

Cia de Espectáculos Reynera s A.
.

A VI SO.

'

Cía. ]linera &lt;Dolores)
CONVOCATORIA.

I

s. A..

El Oc,nsPjo de Administración en junta celebrAdB
Por ácuordo de la Junta Directiva. se cita á los
hoy acorrió r'itar li Asamblea General Extraordinaria 3reA . .Acctonfet11.e 11 Assmblea gen.eral ordinaria :¡..,ar•
para el dí9. l7 de Marzo próximo 11 las 5 p. m. en et. ~1 día 14 del entrant.a mes de Marzo á las 9 a.m. en 18
despscbc&gt; del Teatt-o Jnart\Z. Lo qua se hace BBber ! Oficina del Sr. Andrés Martínf'IB Oárden~l.!!, calle del
A los Sres. Acciollietas de ta ComoJLñta, de conforml-, Dr. Mier No. 9t, para tratar sobre lo siguiente:
edad co!l lo quf'I orévlenfl el art 3'-~ de loe T❖!tatut1"lB.'
Orden del día·
Monterrey, Febrero 26 de l!J0J.-El Secretarlo. ~I.
·
Quiroga.
18.ltl,20
I
Exe:m~m y aprobaolón de las cuentas giradas
durante el ejercicio anterior.
II Aprobación de las gestiones de la Junta Dlrec
tiva.
III Nombramiento de la nueva Junta Directiva,
IV Oualesqnter otro asunto que por escrito se
prtseente.
Monterrey, Febrera 2i de 1000.-A Fa.rías, Srlo.
e.18,19,20

Cia. Minera The Ajuchitlan Mining and
Milling Co. S. A.

EDICTO.
Juzgado 2• de lo Olv!l.-1• fraoo!On jndlclal.-Eata,
do de Nuevo León.
Con techa seis dfll preBAnte mes ee radicó en est.e
Ju,gado el juicio de !nteetado de !al Sra. Florencia.
Lozano. vecino que fné de la. Villa de General Escobado. ~ e.evo León.
Lo qu·e se hace saber al 1&gt;t1bJico para que Isa peraon&amp;e que se crean con derecho á Ja herenoia, ee pre•
aent9o A d&amp;duoirJo en el término que para el lo
marca la Ley.
Lo que se publloa. en eet&amp; forma en cumplimiento
de lo mandado por el art. 1686 del Código de Proced!•
miento• Olv!!es.
•
Monterrev 12 d8'Febrero de 1909.-Llc. J. Garo1a
Guajerdo. BrÍo.
•
o.v.16.19,12168

EDICTO.

COVOCATORIA.

Por acuerdo de le. Jnnta Directiva ee avisa á los
Sres. aociontetas que la Asamblea Omeral Ordfnari&amp;
prescrita por el art. 22 &lt;le nuestros Estatur.os tendrá
!ugs.r en f'l domlci1to rlel Preeldente en esta ciudad.
Los d!fls 16 y 17 de )[arzo y 5 y 6 Abril próximo se
-calle de Hidalgo ~24 á las siete y media de la tarde 88 pondrán en subasta pd.bllca las prendas de plazo
del dta. treinta. y uno de marzo próximo.
cumplldo de Sepbre. y Octubre úttimoe, y las de pla
Orden del Día
zo oond!c!OD•I de Nov. Dbre. y Enero prllxlmos pa•
I Informe del Oone,.j.:&gt; de Administración
eado, existentes f'D la casa de empeño .. La F11vorita»
II Informe del Oomfs11.rio.
Lo gu~ f!e ttviBB á loe interesados para que ocurran
III Aproba.ct6n. en en caso, de las cnent&amp;s y balan- en tiempo h.6.b!l. á saoarlalf, reformales, O presenciar
cé d~ l año.
su venta .que ee ht1.rá de conformidad con el regla
~ IV F 1ec~J6n de los mieID.broa de la Junta Direc• ment~ rE'Bp€ctiuo
tiv&amp;.
Mor.terrey, FebreNf 2; de 1009. ·'.Jeledonlo Gal':z&amp;.
\IontflrrPy. X L. ~far;.o 4 de _ J0t1 -John T · D&lt;"
o.IS,19,20
llell. Sec. y Tea·
o2D2 22
E "XT!~ c\CTO

Yenta clr Prendas.

Juzgado 2° Oonetltuclona!.-B&amp;blna• Victoria, N.

León.

Oon esta feoha y por d!epoeiclOn del O. Juez 1° d&amp;
Letrea d•l Remo Civil de esta J! fracción judicial oe
radicó eh e,te Juzgado el juicio de Intestado i b!enee
del Sr. 4ndrés Oantú, vecino qne lué de esta Villa.
Lo que ee manda publicar por trPs edfct-Oe de diez
en di.. d!ae en el Periódico Oficial del Eatado y en
La Yc:z; de Nuevo León, para qne los que se crean con
derecho á Ja herencia. se presenten á. deducirlo den
tro del término qo.e tija el art. 16~5 del 06digo de
ProcedimiAntoe OivilH
Sibfna.e Vlctorh1, Febrero 2'2 de l!J09.-'Severlano
Flores Gza.-A-Juan Moralea_Gza . ..-A-Jnsé B Treviño.
o v 18,21.24-157

I

C:a. M:2ufacturca tle ?astas yGa: 8ta:,
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8, V.Olivares
(',pita! Soci&amp;I, n:hlblao
F.)odo de Rc:ee~a.
l oenta de Dividendos.
El President-A, S.
JJnel R. González.

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J.gp.; • •
c··1 lt · pntenefü•i·.1,_ ·..11tiH.•ffi!IQUE1 N!'_nb1
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.'J.foeterrer.

1

Olivares -E! Secretnlo. Ma- j
o.;~,10,20

NOTIFICACION.
Juzgado 2: C.\mstitucional de Sabinas Hida).bo 'S
León
En Al jufclo de intsetam1:1ntsrfa del Aeiior Juan Gonú.le,; T,eviño, ve~ino que fué de esta V&gt;lla, seha dictado nn auto que á IR letra rlice:
~!lbinas Hida1vo, Septifmbre nnE:\V&amp; de mil novecientos ocho.-f omo l'l d:srone el L' Juf'z de Letras,
oonv6que-Fl8 á Junta á lJs herederos del iinado Juan
González Trevlño y no al e.lba~ea Sr Pfl.blo.de loa Santoe por estar ya notificado; y por cuanto al heredero
Victor González cuyo p1r;,dero se ignore. citesele por
.medio de edictns qu"' qe pub lcarin por seis l"e668 con
1nt.erve.1o de quiroe dhs en el Periódico Ofiicial del
Eetado v la Ve,z de N lAVo León,señalándose para que
se presente á recibir l ~ otificaci6n del aludido auto,
f.l t-érmino re tt"es m "Bes que s~ contarli.n d 'Spn6e de
becb&amp; la t1ltima public letón. de Bouerdo con lo dispuesto en el Art. 6.59 dAl Código Civf1. y si dfntro de
.jfcho tél"m\nn ro se prerentarse eeoe1ebt'8rá.1a Jnnt.a
el dta que ea fije en ia qne s::mi representado dlcho su
p,:into:, por su S?ñcra madre Dnña ;~ polonia Elizondo,
NotifiqueM. Lo prev ➔yf. y firmó el O Aloalde 2° Loeal damoa fé.,--0re't lrin F oree.-Gonzalo Ancira.-AAnastacio Chapa. -R í.bricas ·
Lo qne se publica en estll forma de conformidad con
lo prescrito en el Al't. 55$ del O6digo Qivil:
Sabinas Hi ielgo, s~ptiE&gt;mbTe 9 de 1908 .-.Gregorlo
Elores.-A-Gonzalo AncirJ. ·-A-AnA.stacio Chapa,
o.20322

:-.:OTIFICACIO~.

J'nzgado :2'J Oonstituciona: -.\t'rambArcl, N. León

S,-. Patricio Escobec ,,

•

.

ao}),"~t1. .. o 1.·, -:,,. ... " ~(c•er1nen la a;;-.r,. ll !':·!·

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Clep. (lXl'! I1 ~ u lt' .rt \
( :ienta. de Varios, Bnlf&lt;, á.

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:?::-re•a.t16, de Fomento •n el !:1omo de Minería

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'h'. Doroteo vllPUl'Pal T ~ :¡o je ·g, Ba.Notfi ~de la Si.e;:-' !fa. "e que, P~ª• 1.l F;./ 1 1· sta ciudad cn.r•~ (; imda. • le •
rrul i: 11, ~ulcipa.,iJ\~d: o&amp;ltl.las v1ctorfa ba
• trcíaa ~f- m~:IirAo_ 6.. ·? :3C,A!:,_gu,ot
me-h'~a. de la!'g()
~l.!" i:i.,,..J e1 e :i11ta Ar1· ~ a 10 pr.TY!nenci,as mfn•raa qne KnbJca' er &gt; ;,&amp;"•
ro ~a,i:,,Pr:tl' dt .1. E.:. S.."\\ ..,r 'l. - de anc~~. de n.aners. qne
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n ~l h'
1 dt-1 Suiw'ro en l" aterra de M. · 1 -Ula.s.
e~ tro ñ.s dk.l·o 'tertángulo A "&gt;, .~Eo~;oe d dietanc¡:t, de fllll '.I:! ~:::: ~ j
_31 - . . - ha ':-.~ 88 como'Fti¡Je: Unlotfl de1 l ~rff'
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+ ''-o!'iwn''•!t, -~tP. 1 11eac~-m? un a:nc "-"o,qner:t~c- cm_A JI a _._ an b • r"1 la lnd'!ra S. d1!l Rmcón dictao cnyScata qoe."
.
Rl &gt; i;..;. 1 l N. E. e¡m,,:tto.~ ,o de un P1 (P ~u, 0 ~' ~ mln~ !'.l R.-b e 1.h como ~u,0 e I i:. d1 l eSl&gt;inHc• qtt" divide loa· rinconea de L&amp;
' )
i' 1rn1 A lMO metra&amp; turi.bll'M •1 N E.. de nlf r: no I nas ea :n11.-1 Mel.,ra &amp;l (!p, E E'nqi1ro Otro !ot~ se mf'dlt!t ,r:
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tA.
. -~- ,i )
nltie -~ qr.~ al N, E. o:.'!e l' ,a E &gt;1!!"t¡pl l1 OOtt:" !í. klld~ to- - .1:1., ~•o gnlo de 3ü0 me-tri 1s B · li W. por- '.Ov ·ds &amp;!lr1~mJ! :;,,:~e~~c :~
J.
,,¡ S1
qne il - '=»l~ que • 11~.ll~m&amp; Pl Pl?a1, ª} E Y oomo !i do~.. ka:Om~- qne,k en k esqu . "I I(. E. tl..Da rata qoe ~xtete e~ el f-a1do del B,n·
A,,.._
tro11nn
nch ollac~0 •---Reallto,•al~. ycomo A. nn ,.,!(5m6tro c6ntt+-lfmipiro Qu.-diin1oalW de efte IA ~l leo
d1 td
qued• f'II ), 'E.. tt de t. .&amp; 'f.ou!I, &amp;t(la rnrnh-:ia Y dletanc 1111 son 101!1 R!r:{'onesde\ Sl:leplro de la M:elera v d 9( l ,eiTi Jll5 rr'i:~
j
t~,
apro:dmad&amp;.11. u., mf!:- 1 - c-ae hay en l'l terreno aullclta&lt; o 110n fll t... ·er Jotot
Ml &amp; f,
d.
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~lOtuO~ViY f"e•-11")''f"'n f'Y e~ista. Lu c:,\lndaDd:-S mlr..erda,
r,;
ll!em, /. orman '-' u.recc.Acitalode500 metrcad!'
.j.!f,
J, _. - 1, • h , nin a •El p¡J 1 r I' !Ue •mp lacio- B. E, lí N. W. pO'r _e de ancho, de me era qn111 quede en Ja e1q 01•
1 ,~ 1 ~4 i&lt;&gt;n pe· ":11 VJ
n"'•· f-:ate.!- • 1 , t'· tJ c.:t re ~trmsu!e f queda. n I!&amp;- uami.'&gt;""'off!1t&amp;dsa!tl.m:a.cablqueh11ven laladNa :N.del Rincón
111d -i,:!palldatl
di C-; .e
del R11aplrc,,
esta queda como soo mtolroa al w. d 9 la eutrad&amp;1lor-h=- do-p;tfr .,, 11 • g ).P Bu 1-,,.,.,. dee,,rta .~cn(l',r) Cl 1.Rlnc~;~ch.J...t11Dlro, Lo1met1le5qoe hay dr.ntro del tel"N'tlO
2, 01111.00
s
•c&lt;'pt:i.ao
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h1't
w ¡1l~im:itorrn¡1:1b.&amp;
de
cmr
Qn
se
·:,.··ctta
&amp;On
finrosoe r plomoaoa oon plata. Esta 80lk:ltu4
U,t )3
1
t ..o u1sse11 p1n11 Is !IL.&gt;~tc.-c .&amp;don de. tll:P .d!~ote en esta Agencia, ~-h,ne.Po. orunhr~•Pcimavera.• ~2\).00 d@bi4ndoll€ de publicar•' P"f'll'"D~ en ks término!! de la ley.
li:umbra.lo P"rlt&lt;t el Br. In¡ro. A. L. FernAiez, d~ eata veetndad
\l().lt~rrt-y, ,Enero 2u 1111 1 909. R. Valdé:1 Llano, Agente dfl 'ifl Y aceptado pnr fl el.cargo, &amp;El abre un plno Jmprorropble de¼ me-191021 ses ¡,1ua l&amp; sni 1t.11nc1acl6u del ~xp!i'dlenU! en eeta AgE&gt;ncl•,
t:..,. 'ltS.-tl S: 3,91~41 ner a.

~cr. ;;daa ' nÓL tmr ,

I

A1'1 n1·lu .eo 1.· ,nt- ,~~.,.

En el. nielo ejeoutlvo mete:lotil qne en riu contra &amp;fgue Don
Jllgnel ·"· Reln•, ha reca1do una cenlf't1cla dtel t,&lt;,nor pl¡pü;::::te;
Arramberr!, Febrero ll!t&gt;la de mtl novecil"Otó! nu8,e.---Df'- con•
far.ei(\ad con el antnior dictamen del dnib-i:!ID0 Jun de. I,etras
de eeta cuar•a fracd6o JailkJ!ll, est ..,Juzgadofsll&amp; f'} prf'sente º"·
goclore,olvl~ndr: que proced&lt;J la demanda E-jecntlva fMmnlada
J,Or el Rr. lllhrnel A. RelnA en contra de Patricio &amp;C3bed.o; en cuya
virtud es de b'!.C"'rl!le trance y remat" de los blet'IPS emb·,rgBdos t
kSt &amp;e ordena se haga, cin en producto ·9$ oa,i:ue la anms que sedmJ.anda. lt.teresas legill"'9 y las ~·o!rtM del jn\clr&gt;, Not!fíqoese y
.:J~tllplaiteen tcdaarn111 partes. F! C-'hldadano J.todeeto Torrf'l!I Al.
~ie :lt&gt; loC"-1 ,nplent&lt;&amp; asi lo decr&lt;&gt;t6 r fi'l'mando con 109 da &amp;Rlstencb.
Doy íé.- Modesto T _rres.-A-V. J. Torres--1--J. Ma.rttnes,-R'Ci ...
b:rlcn.
EI dlolamen i qne 118 r .. flere la p:reince?U ruolocl6D, copiado áJa letra eaoomo 11U:-ue:- Un ,ello qnf'I dice;-.Jn1gado de Letra t'le
"" fraccl6n judicial de Doctor Arroyo, N. kón.-0. Alcalde ~ de
Anamberri.-'fe be impneJ.to f!e las constanc:la11 que obran en
•l ¡,res!ó!nte juicio d.&amp; 1118 cua}e,¡ apar~(le: que habiendo demandado
Hte Ud. el dta aets de Julio del año anterior el sr. Miguel A.
11.eína en la.vía ejACntl~• mercantil al Señor Pa.t-ricfo Escobado, el
-p•go del&amp; sama de ochenta y ouatro -oe.soa ocho centavos ronds.ndo BU demanda en no t,aga.T¡:¡ de pt'e,to nnctdo otc,rgado por el
C11mandado en fs.vor de Don Maxtmntano Lénoir el dfa "elote de
:No-vi,.mbre de mu noveclentN1 siete, caaho mea.ea de pluo, cali·
f1o6 Ud. de t&gt;iecnttvo dicho titulo requirió de pago al demandaoo y no babie.ndo pagado le embargó loe blenee. qne oonllt&amp; en la
óiURenci&amp;de r.. chdies-y siete deJa.nto. le previno que en el termino de tres dlU se -presentare al Jnzgado , hacer el p~go de la
fuma que se reclama 6 se opusiera A la ejecuci(5n at PRra
~llo tenla eoepclones qui'/ hacer valer y no habiendo opuea
10 ninguna dentro del t6rmtno qua para ello 11ft le concedió, clt,6
Ud. luego t. 1&amp;1 partea pa."" iteutencla. de remaM.--Ahora bien:
bablendo corrido el negoofo loa tramttt-e Jega.lJVI en la forma lndic:ada de conformidad con lo nrec1&gt;l)tt1Bdopor efart. H04, del Código
de Oomercto creo qne debe Ud. fallar el neg-oolo eo 101 stiruient6s
trémtnoe.--Prfmero: Procede la demanda ejecuttva formulada por
81 sr. IIIRUel A. Rein&amp; en contra de Patrio!o Escobedo, en con11et;aeneia. hque trance y remate de los bienes embargild011 J con
1111 prodooto p6rue&amp;e 6 aqnel Jaea.ma qne reclama, lDUlreaea lega·
Je• 7 las costM del juicio, Segundo: Notlfiqneae. El mt opln.tón
1eguir6 ud. rifa enonentn:arreglad•, la ley.-Doctoa Arroyo,
Febrero e de 1909.-Lic. El. HinojOM. -- R6brlcae.
LoquetonlltiiioaA Ud. neeta forma en ººl!IJlllmlectodelo
.mu.dMio en fl auto reJaUvoy de acuerdo coa Jodllpuesto por el

ºº"'

ut.. 78de1 &lt;M11ode Procedimtentoe Oivfla
Arun.berri. Febrero u de 111t.-Estebao del Toro.-A.-.V. J.
P•~-A-JMD lwUDel,
0.20,21

EnE:tl: H de l!ffi9

1. Valdéa Lluo, ~- de

1

\1

,l9'm1

EDICTO.

EXTRACTO.
Ju1gado 1':' de lo Givil-1 ~ fracciOn jndicia.1,-EatedJ
de N. León,
Agt,0olade loSacretarta de FoD1ento en el R~mo de Minería
611
Oo~ fecha diez deI actual se radie~ an~ eete Jn1gs.~~~i~~~ Ni li»':'-El sr. tic. Salomé Batt-llo, de ,.11ta veolndo el JUfoio de inteatemeDtaria. de .a Sra. Adela1da Idad, ha s"!lldtndo ante esta Ag&lt;&gt;ncia cebo perterienclaa miner&amp;&amp;AvP)a Vde.. de }),fiel", vecina que faé de fl&amp;ta Ciuda.d.
. que senb;cuAn!!n el lada Oriente de la Menadll!I Mllp111as, terrey por disposición del O. Lle. ~acedonio Gil Treviño ,:o
no de liamullqni, Mnniclpi.Jtdad de Balinaa vlotorla y euel e11plns·
que dlvide101 r1nooneade "'Lu lllelerag., y ~F.:l8118plro• debienJUl:!Z 1° Je LetrAS del Ramo Oivil de la P fracción dodepra.cticaraela~medidaade la manef'S 11lgnlente· Tomando
Judioisl del Eetado, se manda pub'!.lcar el presente como punto de partida !a mojonera Bnreat.e d,..l fondo· •Putfaimh
edicto tres vecee de di~ en diRZ dias en el Periódico que tl!ne denunciado él eollcitantf', ae medirlo 100 mekoa al Bu,
L
fi
roeste, de aqnf 1or metro. •1 Bnreete, de erte 1mnto 300 metros al
Oficial de) E 8tado, yLa \ oz de Nuevo eóná n de que, Norert~:luego 6W m1:&lt;troaal Norott,tf'¡ detopnéi ¡ri()metroa&amp;lBuroe&amp;laspf-rsOnas que se crean con derecho á le. herencia. se UI basta iw,gar' la linea Orlent~l del rondo ~El Porvenir;• de aqar
presenten á deducirlo en el término qne establece el 600 mabooa al Bureate. Y de este puato100 metroa al Bnroeete hH, P
,
. t ,.,. ·¡
ta llegar al de-partida. EatefundoM denominarA •Saturno• y
ar t 16 B5 d e lcód! go "-'e. rooen1m1en 08 vlVl f8.
00Uod11 por el Ponk:nte con el fundo ,Ponen.Ir•· por el Norte coo
:Mon teney . Febrero .-2 de ~ OC 9. ,--Lic. J oeé J nan Va- Parfslma Y Porvenir y por loe dem,. rambM ooñ terreno Ubre•
llejo, Srio.
o. v.16.19,21-168
Nombrado-perito el Sr. Deltlno de :es-na aantoe. vecino de Vlllald&amp;ma Y. •oeptado por i1 el cargo, se •bre un plazo Improrrogable de cuatro me&amp;P11 para la ,ubstanoiaciOn del expediente en Mta

I

EDICTO.

A.irencia. deblendoee de publloer el presente en loe lérm.lnoe de ta

ley.

_, 11,,~!1te1rrey, Febrero:a_de 1909.-R. Valde,: !.luo, Ap.11t,, f'le

Juzgado de Letras de la r• fraoctón jndlclal.-Mon- ~ 0 192021
temoreloa. N. León.
En el jnicio test.amentulo de la Sra. Francisca Ba.JlPStf&gt;roA Vda. de Sa.Arei:, se ha dictado un auto que
á la letra dice:
)lont;emo~loa. 11ueve de Febrero de mil noveclsnAVISO.
toe nueve.-·-Pol' presentado y admititfo en cuant.o ha
lugar en derecho. Radiqnese en este Juzgado el juicio
Por e.cnerJo de la Junta Directiva, se hace aaber
t,ea&amp;\mentario de la Sra, Francisca Ballesteros Vda. á_ loa Sres. accloniBtae de esta Ofa , que dt&gt;ade el die.
de Saét"Pz. y con fundamento en lo dispuesto por el fo del actnR.l en adelante, se rapartirá. el Dividendo
art. 1659 del Oódfgo de Procedimientos Civiles. con- Nómero 1113 de ............... .
vóqu~se á les que aparezcan interesa.do á una junta. $10 000,00 (Diez mil pesos) 6 se"an ~1U 1ió.. ;;lif;, P~sos)
que tendrá ln5tar el dfa veintiséis á lae JtllO.eve de la. por bCC16n, bscléndose loe pagos todos loe dies Jabomañana, pa.bliqueae por tt"es vecBB ee-te auto en el r&amp; bles, en camblo de recibo y cupe nea correapondienPerlódico Oflotal y en La Voz de Xnevo León, dense I te~. e:i l'II_éxlco, D. F. en el Banco Int-ernectonal é
lris a.viene quf'I previenen laa Leyce del Timbre y de H1pot-eca.r10, en )1onterrf.y, en el Banco MP-rCaDti1 de
Haf'ieu&lt;lf\, N otiffquese Así lo decreta y firma. el o. Monterrey '! en Lampaioa, en la Oficina.· de le. era
Jue .. df:I L-t~,d .ntl"rino de la. í• fraC!ción judicial: da- calle de ComPt"c.io 'fo. 101
"'ºª t6 -.Ltc. L. Canti1 -A-J Varfas ..-.A-Carlot1 La.mpaz~s. Mar1.~ ,: de 1909.-El Srio., e M. Garza.
Torre1. -R&lt;ibricee.
0 19 20 21
Lo fjU se pnblica en techa de hoy, en virtud de lo
· • ,
m&amp;nda.do
)lont11.moreloe, 12 de Febrero de 1909.-Lic. L Oan.
td Gzn.-A-J F&amp;rlaa -A-Bim6n Garc!¡,.
t
o. v .16,19,21-15fi: .Repábi:.-.a M~x 1ce.na.,-PresideLcia Municipal._
EXTRACTO.
M"onterrey, N L•ón
De .!·'·n(0rc:i,'_aJ ;;, ~ :,-. •;li,pnt·:;to en d ,1.rtículo 20
A_e-Pncis,k :ft :-ic(•retmia de Fomfllo ene: Ramo Je :Mien et ÍJ,0 t\tl Códwn C1v1l Vl"tl\1(&gt; ._,. ¡, .. ,e 5 ,,_, ¡ ·11· Y,
neria en Monterrey, X nevo Lebn.
,
r·
.. r:· •'" '"" a,,_.J:1·1t pu,1co,
1
Exp. 16G2 .--"-El Sr. Pánfilo Sepd.lveda de esta vecin q_nf' en n.__1,e-sol"f'r1!'. ~!Ulllt!JJ&lt;,1 de esta ciutlad, ex.bte dcp
dad ' ha solicitado an t'8 est8 A genota 20 pert1:snenc¡aa !llt~vla la ::-uma dt f", 0,"-oc:lwut a y ~ietr&gt; pe;QS ocho celli:a;v~
proeedentes de l_o!' sobrante~ ,le prue.ntlu:- de plnzO cumpli
mineras qua se ubicarán en el cerro del Fraile en do
en I~::: renutt•,~ eff'c~uaik,::: c!:uruute lo~ lle li'ebrt'r,~ Mar
muntclpalidad de Garcis, y formando un rectángulo
ro, Atml. :\layo, 8ephemore v Or.:tnbre i'iltimo!-i
or 1
d 8 1000 me t ros de 1argo d 8 S
'- · ªA. N • por 20f¡ d e ancho ca.snsde eILpefío ,ieuomin~Jtts' uLfi Fuvorit¡1,,; c,Ei Í!! -as
sobre el espinazo del cerro que qnedg al W. de )a
&lt;le
rnE&gt;sa del Palmital. La. cabecera Sur del rectángulo •La Bancnn, 11La Hea,,, •L;1 Surtidora-, 1,)folite
1
·
quedará trazada en el prlmc;i: banoo del espinazo que de Montern:•vn,
• · ·y Su~:ur--nles
.
. · · Nos· · J ,. &lt;&gt;.., u• el mEtmo
· en e¡
queda.al W. de la subida de la mesa del Palmtta.l cu- h,oncepto de que. ~l trfl~&lt;.~m-rirlos -;eis rirn::;e1:1. cnntadoo' &lt;lf'Sd('I
yo banco queda en }a vertiente S. del cerro del FJ!aue oy, ll? cm~pal'eewre per:-onu alguna. ú. rerlmnar con ·usto
legítimo titulo.
In!-! .expresadas· rlcmasia.s • "'•
les ru anJd ara•
La linéa oriental del rectángulo que 88 mida quedar' y
tllcrresa
•ei.
.~
r en ¡&amp; R.ecnUtl ae1.6n (¡e Rentas
Mu.nicipales
de e~t
trasada como 30 metroe a) E. de una abra qae ha.y en ctndad,
el esptnav.o men~ionado, ca.ya abra queda como 300 llfí•ulo Zi.de acueri!o con Jo prece1Jit1e.tlo t•n el ...,:·1ad o ··ar-ª
·metros al N. de donde quedará la cabsce- ,•. del r•c•
L
•~ ''
Monterrey: 7 de Diciembre de 1908.-P O '1arttn .
tl\ngulo dicho. OB minerales que hay dentro dei
9910010"¡:a. 11
terreno solicitado aon fterrosos y plomoBOB con plata. B. Ram!rez Angul&amp;no, Sr!o.
Esta solicitud eer6. conocida con. el nombre de ,La
b d
Oruz.,. Nom ra o perito el Sr. Ing. E. Ortlz, de esta
veolndad, y aceptado por él el cargo, ee abre un plazo
Improrrogable de 4 meeee para la substanciación del
t
.U..A.OIO.
expediente en 88 a Agencia, debiéndose de rublioar l.MPKENT.A. DEL GOBIERNO, EN
el presente en loe términos de la ley.
IIBl(Jftl
Y
.IJllll8UlDO&amp;,
llon•--ey
En•=
16 de 1 = R Vald
~-1"
•
"'"'"
"'"'·ée Llano. A.
de M.
192021

Cía. .'.\linera ·'La Fraternal" S. A.

DEMASIA.S.

Pi~~l~

:t,

p

A. Brondo Wbiü.

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                <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 21, Marzo 12</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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