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                  <text>NUM. 31.

l\Ionterl'ey, Yiernes 16 (le Abril de 1!)09.

TOMO XLIV.

Periódico 0ficial
DEL QOBIRRNO DEL ESTADO 1IBBR YSOBRRANO DE NUEVO~LRON.

Las leyes, los decretos y demas disposiciones superiores, obli[an por el solo hecho de ser publicadas en este Periodiso.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
C0XDICIONES.-El mímero del día -vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUI~CE.-Toda comunicaci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisi6n de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

CONDICIONES.-Este peri6dicose publicalos ~Iiu·tes y
Vi-érnes de rada semana.-Vale la subscripci6n CISCUEXTA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella fran,co de porte.-El pago debe hacerse adelantado.
J-...E~F.S DE TURNO
En la próxima semana.

y los Estados .de Ta ba~co C?ia pas,,. Ye /
Del J uzgado 2° del Ramo A,ial.
raci:uz, GuanaJuato, Mtchoacan, Jat~sco Pedi!11entos i;ohre lo pr~ncipal................

t;9

Colima, Guerrero, Oaxaca, Aguaseahen- Ped1mentossobretrám1tei;..............
1
19 tle lo Cl'imioal.
tes 1 México1 Hidalo-o
Puebla
::\Iorelos
MINISTERIO
PlJBLIOO
EN
EL
RAMO
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,
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1
1
Lrc. JEsus M. DEf, BOSQUE.
uerétaro Tlaxcala Territorios de Te-¡ FRACCIO~ JGDICIAL.) XEoocrns DESPACH!~nos.
Q
1
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,
pie y de la Baja California, y las partes
Del .Juzgado Iº del Ramo Ch·il.
l&lt;? de lo Civil.
correspondientes de los Ec:tados de Zaca- Pet.l~mentos :;ulJt·e Io,in·!nci¡,al.. . . . . . ..
15
Lrc. 1fAcEno~ro GIL TREVIÑo.
tecas, San Luis Potosí y Tamaulipas.)
Pc1hmeutosí'obre tramites ......... ·.·.
~
Temperaturns.-Días calurosos y noDel Juzgado 2" del H,onu C.1:i/,
-r:.nu LJT"I
1 ches temnladas del 5 1} ~. princin1.lm"n- Pen1limentos sobre- Jo prinC'ipal.. ...... .
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t"e d"l
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, 1 Ped1U1\'1ttu,-. :uuretr.uuite,
, 1 8 4 )
, .......... .
19 a ~2, en qu sera
- - - rua·,or el calor.
1
Dd Juzgado 2. 3fcnur Lct,·,,clu.
1
. \·ientos.-Norte en el Golfo. mo1er"d' Pe&lt;limeut,,s ,;oh:,• loyr!ut.:ipal .. ············
1,
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l 1\.•ll.l,H'UÍ• ¡..-~hl't: cl'Hll ,t
Montnrrty, ALr.l 1G de HO~.
y con llnv~ dd b aH:i. Soplaran austraD /j
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1 o .1e1ur,Yc).
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go ne:ks en a L..ODa a pr111c1p11, p 0 'inu ntv::i l&gt;J H·e to pr·n ·ip.11...... . ..
o
del mes y dei 19 r.l 2 t.
Pt&gt;lltm('nt 1 r-o'&gt;rt&gt; t1,.m e .. ... . . ...
o
Lluvias - Algum:s de ca•ác:tei" temr_o ' Ju. adu I ~t"- L~:ru~ d.' !fa11 C¡ · l i •. 1ª
(h • ~\ \. )lUO :ii!f,'r.'•ROLtÍG'l'.r)
ral
en la vert•eute dd Golfo á causa de.
Jrnot "" iHrl ul.
C, 'J. RA • VE 1h --:reo.
:~ort1;; e-u t·l r •c;to le ] 1 ZODJ. cm 1euz
~--gocios lf,,:p,l ha,~" ·. t
' d d 11 .
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.,-e ,,. • .t.
&lt;¿,,
Tit /&gt;u iruboólct?n la Rtflíblica Jie:ncr- nu peno o e U\'IaS pnma,·ernlcs e11trL Eu tr.í.mite. ........ . . . ... . ... .. ... . ...
el 7 y el JO. que per~i&lt;;ttrán, con a'guna~ Por falta 1JA pro•no •i' 1 . •• •••• • ............ 5t.s
111. du,·, 1 t, ¡:/ ,nes d'3 ,i.fa) 11 cit. 19 '9·
alterna ti vas, hasta fin de1 m~s.
.Ju,J ido ... d, I.etn3 l R,1, 1 (. ~,l dda 111
CuPJICcl de 1lf(.ciro.
1 I\léxico. 29 de Marzo de 1009. -E! Di- •
.
f,•a1;ciú~jadicici.l.
'1 •
¡rector, Afamtel E. J'as/nwa.--El Ttfe dt: ~egcmo~ 1 "'l-' ~Jw•105 ........ ··············,·
·, d , C t d
•
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l'eM·l',1frs.
1 ( ')tu prende la parte Sur del Esta•fo de 1 S
Bid .lgCJ, el Di. trit&lt;&gt; Federal y 1a parte ; )CCl')ll, e 1 ª t1r a e1 tiempo, ¡um, L;;n trám·te ................. ,.. ................. :Jl7
de: ~c;tado de Ivléxico limítro~e cou el 1 · omfllll.
Pnr folla. d~ promoción.........................
HiO
Distr,tJ Federal].
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--J1iz7ad.o de fAl'a8 cfo fo 2· jl'accifin iudicial.
10
Temperatu~a:;. -Dfas tem la~os
Ja..,
~11ad10 .Jndidal.
N'ego.)tOS penn rs dclllpl:lch,Hlos .. ········· ..
.

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1

R1T

Ieo u'i ~Ir A.. L.
",1.1

r:.

u. .

p~Ünt:ras hor,1s de la tarde falnrosa~ de.l
En el mes de :.Iarzo próximo pasado,
5 ~1 t). 14 al 18, 22 al 25 y 2S al 31. Días 5 ~ hizo como sigue:
ca,nrosos en el resto del mes
El mayor
ca~rJr se sentirá del ro al 4 /del r9 al 2 r.
SUPREMO TRrnux.u D.E J1.;sTrc1A.
\·ientos
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.-nrra aga os aus ra es a g-r
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fuertE's por las tardes noches del '
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.;.,egocws pMa es e~pachado3.

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y

,

.

1

4 Y &lt;le1 r9 al 21.
L!nvias.-Del 7 al 17 y del 23 al 3o,
las habrá de regular intensidad v exte r éi6n por ¼_s tard 1 s con m 'f -.t .
, ,
,
•
•
,
,
am es actones
~11cr1cas, acentuandose en las serranfas
t
ttroeste.

Zonas exlrat, opzcales.
[ Comprenden los Estados de Sonora,
Sinaloa 1 Chihuahua, Coahuila, Durango,
Nueyo León y las partes correspondientes de los Est9.dos de Zacatecas, San Luis
Potosí y Tamanlipas.J
Temperaturas.-En general los días serán calurosos, especialmente del 1? al 4,
1:al1.3,r9al21y26al27.
r.
A
1
1
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\ 1entos.- ustra es, a go uertes por
las tardes'-' noches del rC? al 3 '-' del rS al
J

J

::--Jorte en el Golfo, moderado. del 6

1 e-e Sala.............................. ..............

411

2~ Sala.............................................
3 ~ Sala .......................... ,..................

-+ll

Fiscalía .... ....................... . ··············...
Defensoría de Pobres...........................

:¡--;
~O&lt;J
U&gt;,;

Pendientes.

1 &lt;i! Sala.............................................
2 lil Sala....................................... ....
3 dl gala.......................... ...................
Defonsoría ele Pobres................. ... . .. . . .
M · · ·¡ d
h l
1 egoeios cwi es espac ac os.
1 • Sala
2cil Sa1a.'::::::::::::·.·:.·.·.·.·.·.·.·.·_-.·_-.:::·:::::::::::::·
3 ce Sala.··· .............. ··········........ .......
Pe,idientes.
1 .e Sala ······ ···· ·············· ··· ······ .........
Sala. ························· ···· ··· ········· ···
Sala. ······ · ....... ··· ·· ···· .. •···· ······· .. ····
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v ¡¿zga o 1. e Letras del Ramo Penal de lu
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· raccwn JU icia ·
ogocioe espachados... ... . ... .... ..... . . ... .
Pendientes.. ..... .......... ................ . . .....

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~:~~~~!~;i~·il·t:~"¡i;,~?;·¡1;:~;1¿~:::::::.:·:::.::

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Pendiente~.
En tramite ....................................... .
Por faU.t de prornoción .... :·····:;··:····:·;···
J1tzyado ¡fo J,elt'a~
la "lª¡,·accw,1.j1Ull tal .
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ego.~os pena es espac a os . ............ .
Peud1 ,ntes ......... ......... ,. . . . . . . . . . . . .. .. ..
Negocios civiles &lt;lespacbatlos................ .
, •
Peodient_e~.
En iram1te............. ~···"·······················
Por falta de promoc10n ........................ .
Juzgado clP. Le,t,-a., rle la 4ª fracción judicial.
Negocios penales despachados ............... .
Pendientes ....................................... .
Negocios civiles despachados .... ....... .. .
1 e1idientes.
En trámite............................... . ...... .
Por falta. de promoción .. •·••••• ... •.......... .
Juzgac/,(1 de Lettas de la óª fracción 7·1idicial.

ª"'

·l Negocios

5

~i~iÍ~·~·d~~P~~h¡d~~::::::::::::::::

7

Pendientes.

2 1 En trámite........................................

14 Por falta de promoción ....... ······· ···········
~1
Juzgado de L efra.~ de la 6ªJ~·acción 7·udieial.

ai S.
Juigndo 29 de Letrn3 cfol Ramo Penal de z,.
Lluvias.-En los Estados de Sonora
Ja ftacciún judicial.
Coahuila y Chihuahua h abrá algunas de
carácter local á fiues de la primera dece- N-t-g~cio$. despachados. . ......................
Gl
30
na; eu el resto de la 7,011a las habrá de re- PPn ientPs .... ···· · ··················· ·· · · ······
uiar extensión dd 7 a, l r::: y d.,l 2.::: al 3r. MrnTST.&amp;RIO PüBLICO EX EL TLuro PE~AL. (l!
g
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...
.J
Jl'RACCTO~ J üDICIAL.) NEGOCIOS DESPACHAD()I.

11:a
irá,mite. · · · · · · · · · · · · ·· · · · · · ••••••••••••••••••••
0
falta tl e promoc1on
., ....................... .
L..V1
""-!•do de Letra~ de la 7"f,.acciónjudiaiul.
lllegocíospenalesdespachados ............. .
Pelldientes................................ : ...... .
Negocios civiles despachados.···············
Pendiente~.

1

Del .Ju,::yarlo

1::, del Reuno Penal.

P11dimento&lt;i sobre lo principal...............
{Comprende1 la P,nínsn1a de Yucatán P~tlirnentossohretrámite~... ...............

30
18

Negocios penales despachados..... . ...... .
Pendienter:1........................................ .
si Negocios civiles despachados
Pendientes.' .............. .

Zonas troAz.lales.
'1'

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30

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j ::!~f!~~!enales despachados.··· ··········

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:• 1rftiie........... ::············ .. ............ .

or a a u~ promoc1on ....................... .
-il
J1tzgado 2 1 Local Lclrwlo.
'"°~ocios
· pena1es d eeparh atl o~ .............. .

2

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'i5

:-;o

�PERIODICO OFICIAL.

lle-1

PEBJODICO OFICLlL.

2

nombres el e las composic:ones que h ubie_l fecto di•ciséis días más de arresto. Quinto: Amoné· te~e á R uperto Moya para que
ren s1"do premiadas.
no reincida expl icándol~ las pena~ á c¡ue
Libertad y Constitncióa . Oaxaca de se expoH . 'sexto: Devn~)vase_ á f!-d:ián
Juárez, Marzo 17 de 1909.--El Director, Lm,a el arma con qne•dihnqmó. Septlmo:
A urelz'o Valdivieso.-E I Secretario, En• No ha lag-ar á praceder por el delito de
rir¡ue C. Olivera.
lesiones en contra de Ireneo Guerra, porque con sri muerte se extinguió 111 acción
penal. Octavo: E ntréguese á los h eredeGOBIERNODEL ESTADO.
ros de I reneo Guerra e¡ arma que se le re·
cogió. Noveno: Previa fianza que por.}ª
Presi¿encia Mnnicipal.-Lampazos, Nue- cantidad de diez pesos. otorgue Adnan
Instituto üe Ciencias y Artes (lel vo León México.-En la Ciudad de Lam Luna, póngasele en libe_rtad,, ó en s~ defecpazos de Naranjo, Nuevo León á l~s vein- to y eu el término de dtez d1as_ ba¡o cau·
Estaclo de Oaxaca.
tiseis días del mes de Marzo de mil nove- ci6n prote:'tatoria. Visto el dictamen del
cie;:;tos nueve, siendo las nueve de la ma- C. Ministro Fiscal, lo expuesto por los de·
co::-;ivoCATORIA.
ñana y estando r,rnnido el R. Ayunta- feusores de oficio ante esta ~ala, la citaPara e! Sépti,no Concurso Cle11tífzco-Liie- miento en su Salón de Acuerdos, el in- ci6n para sentencia y todo lo demás que
rano, dedica,!o al C. L[O. BE.NITO frascrito Alcalde r9 Constitncional Su- con,t,i de autos y d~bió tenerse presente; y
JUAREZ, Benemérito de América.
Resultando primero: que eo la fecha
plente en funciones, cumpliendo con el
deber que le impone el Artículo IV de la de la inidac'ón de esta causa, como á las
~,: Instituto de Ciencias y Artes del Ley sobre Contingente de hombres que once de la noche y por haber recibido aviEstado de Oaxaca, para rendir un homena- debe dar el Estado para el Ejército )fa. so el Juez instructor de la Inspección de
je de admiración y gratitud, el día r8 de cional, procedió, en presencia de dicha H. Policía, de que eu la esquina Sure,te de
Juiio de este año, al salvador y Beneméri- Corporación, á sortear uno de los indivi- la Plaza J ua~ez se encontraba nn hombre
to de la Patria, Lrc. BENITO J UÁREZ, ha re- duos que corresponde dará este Munici- muerto y otro herido, ,e constitny6 en
suelto, con aprobación del Ejecutivo del pio para el Servicio de las Armas en el aquel lugar el citado funcionario y dió fé
Estado, abrir el Séptimo Concurso Cien- presente año fiscal, y por designación de de hab:r Yisto el c:i:!a,·er de un indivídno
tífico-Literaric, entre todos los alumnos y la. snerte, tocole al C. Ramón Gamez, sol- que fné identificado como el de Ireneo
alumnas de los Colegios de Instrucción tero de treinta y tres años de edad. Con lo Guerra, el que presentabll una herida hesecundari ~ y profesional de la República, que dispone terminando fl acto, levantán- cha al parecer por arma de fuego , citnada
conforme á los temas y bases siguientes: dose la presente acta para la debida cons ~n la región frontal á la derecha de la lítancia, y de la que se remitirá copia 21 nea media, hallándose cerca al cuerpo, uu
TE1IAS:
Superior Gobierno del Estado para los cuchillo ancho, como de Yeinticinco cenPrimero. Poesía. Oda á la Reforma. efectos legales. Doy fé.-José María He tímetros de largo, con des aboyaduras etT
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál rrera.-Ignacio Jaime.-Srio. interino Rú- el filo y manchas.de sangre oreada en la
será el mejor plan de estudios preparatopunta y en el centro de la hoja; dando fé
bricas.
rios? ...
Es copia.
asimismo de que el procesado Adrián LuTercero. Composición en prosa. Juá- Lampazos, 26 de Marzo de 1909.-/osé na que allí se encontraba tenía una heri rez no trabajó para un partido político, si- ,~I. Herrcra.- fgnaúo Jaime, Srio. int·- da hecha al parecer por instrumento punno para el Pueblo 11exi•:ano.
zo-cortante, situada en la cara anterior del
nno.
tercio superior. del brazo cerecho; que reBASES:
mitidos al Hospital Go11zález el cadaver
Primera. Desde la fecha de esta ConSECCION
JUDICIAL.
de Guerra y el herido Lnn4, se practicó
vocatoria se abrirá el Séptimo Concurso
por los Médicos de aquel establecimiento
Científico-Literario, y se cerrará el día
la autopsía de dicho cadaver y haciendo la
30 de ,T nnio del presente año
·
Secretaría ,le la 2~ Sala del Tribunal
descripción de la herida que tenía. dictaSegunda. En el reforido Concnrso só- Supremo de Justici11.-~1onterrey, N"wevc minaron en el $entido de que esa huida
lo podrán tomar parte los estudiantes de León.
había causado la muerte del citado Gueualquiera eicuela de la República, sea ó
"Monterre~', dieciséis de Noviembre de rra, clasificaron en su oportunidad los misno oficial.
u;il novecientos ocho.-\'ista la presente
mos facultati\'OS la herida que :ecibió
T-!rcera. Los concurrentes envia:án causa, empezada á instruir de oficio el
Adrián Luna, como de las que no ponen
sus trabajos al Direct( r del Instituto de día doce de S2ptiembre del año en curso,
ni pueden poner en peligro la vida tardanCiencias y Artes del Estado, empleando por el C. Juez primero de Letras del Rados sobres; dentro de uno estará la compo· mo Penal de la primera fracción judicial do en cnrar cinco días.
cici6n tlrmada con un lema, y dentro de del Estado, contra Adrián Luna y Ruper•
Resultando segundo: Que habiéndose
otro, la boleta de matrícula que acredi· to Moya, por Jo~ delitos de homicidio y procedido contra el herido Adrián Luna
al autor c,mo estudiante. En el exterior lesiones, siendo el primero, soltero, car- y Ruperto Moya á quien se aprehendió en
de este segundo sobre estará escrito con pintero. de veintitrés años de edad, origi· el mismo lugar de los hechos, como indi .
claridad él lema adoptado pa~a distinguir nario del Saltillo, Coahuila y ele esta ve- ciados en los delitos de homicidio y lesiola composición.
cindad, y el seguml.0 1 también soltero, al nes al ser examinado el primero, declaró:
Cuarta, Los premios serán los siguien- bañil, de dieciocho años de edad, origina- que andando de paseo en la Plaza Juarez,
tes:
río y vecino de esta Ciudad: Vistas las di· se encontró al pasar por una de las canPrimero: del Gobierno del Estado.-Li- ligencias practicadas durante el sumario, tinas que allí estaban establecidas, el ocbros científicos ó literarios,
la requisitoria del Representante del Mi- ciso Ireneo Guerra aconpañado del proce·
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta nister!o Público, lo alegado por los defen· sado Moya, pidiéndole el primero le pagaCapital.-$100.00 cs.
sores de los procesados en primera instan- ra una copas de licor á lo cual se negó, siTercero: del Instituto de Ciencias Y cia y la sentencia que pronunció el Juez guiendo su paseo: que pasando como quinArtes del Estado.-$200.00 cs.
instructor el veintiséis de Octubre próxi- ce minutos y encontrándose parado en el
Quluta. Los trabajos deben ser inédi- mo pasado, concluyendo con los siguien- lugar donde se halló el cadaver, llegaron
tos y escritos en castellano.
tes puntos rernlutivos: Primero; Adrián los mismos individuos insistiéntlole de
Sexta. Además de los premios anterio- Luna es autor del delito de homicidio por nuevo para que pagase unas copas y como
res, el Jurado otorgará un accésit en cada el cual se le pr?~esa y ~e _le absuelve de volviera á negarse, sacaron ellos sus cu•
tema, y h~rá 1?1ención de las composiciones toda responsabiltdad cnmm~l. por favore- chillos que portaban y se le ech6 encima
que a su ¡nieto lo merezcan.
cerle 1~ excluyente _de legitima de~ensa el occiso_ por lo que se vió precisado á sa- ,
Séptima.-El C. Gobernador del Esta- concedida 7n la fracción VII ?el articulo car su pistola con la que hizo tres dispado entregará los premios á las personas 34 del Código Penal. Segunao: Rupei:to ros y con el segundo lo hirió y en esos
que los hubieren obtenido, en una solem- Moya es aspons~ble c~mo, autor del delito momentos lo hirió.Moya; que examinado
ne Velada Lírico-Literaria que con este de ~magos _con v1ole1:c1a fislca áqn 7 se ha éste último, expresó: que como quince mifin organizará el Instituto de Ciencias y vemdo haciendo mQnto Y se le cast1ga por nulos antes de los hechos se había juntaArtes
tal delito con la pena de un añ.o, cuatro do con el occiso y habiéndose encontrado
·
11;ese~ d: ~~ras pública~ á contar desde el con el procesado Luna que andaba con un
Octava. En el caso de no poder asiS ti r dia d!ectseis de Septiembre del año en desconocido frente á la Iglesia Metodista
personalmente los autores que fneren c~rso. Tercero: Se decomisa ~ fav~r del se empezaron á insultar el citado Luna y
premiados, nombrarán, en debida forma, Fisco del Estado el uma recogida a ~u- ~uerra, hasta que éste sacó un cuchillo y
un representan te á quien se le entregará perto Moya. Cuarto; Se condena así mis- tiró dos golpes á aquel hiriéndolo en un
el premio correspondiente.
mo á R_uperto Moya, á pagar en la R e- bra zo, por lo que sacó el primero un a pis•
N ovena. Con toda oportunidad se da- caudac~6n_ d,~ Rentas d~l Est~do, una mu!- tola y al primer disparo cayó Guerra al
rán á conocer, por medio de la prensa, los ta de d1ec1seis pesos 6 a sufnr en su .de- suelo y como siguiera el matador dispa-

68
Pendientes ................. .... ........... . ..... .
l(i
l{egocioa ci viles despachados ... .. ....... .... .
PendientP-3.
P,a. 1;rámite ..... ..... .... .... ......... .......... .. . .
1"or f&amp;lta de promoci6n ......... .... .. .. .. ... . .
J uigado 8" L ocal Ldtado.
]í@gociQa penales despachados .............. .
l'eadieutes ... ....... .. ............. . .. .... • . • •
u
Necocios civiles deapachados ....... ... .
Pendientes.
20!1
Rn k !tmite .................... ........ . • . . .. ..
1"01: falta de promoción .... .................. . 189ti

~¿

1

:¡

1n: F;e~:

, d
bre él abrazándolo hasta que
&lt;lo nesecidad del medio empledo y pudien los deud?s, del ºscciso c~chi11o,
0
un u so
·
ne d desconnci· do ser el daño que iba á cansar el agresor recngtó a este.-- exto. se e¡an a 0 1
gnron los geuda;mes st _q.
1 r'ñ•&gt;. y I de tanta importancia como el caurndn por didos sus derechos á sah·_o por lo que h..;,~ce
do tom~ra orngnn par icipw en a ' '"' ¡ 1"
dido en esa virtud ·ocede ue á la responsabilidnd ci\'11.-Séptimo: .,opractkaJo después º? careo en~trse d::i:r': :e '1;:~snelv:· por fav~rece~I!' tal ex¿lu- tifíquese y si dentro del t~rmino legal n_o
P;ocesados, se s~sttv1eron en ~ estaba se- lvente de responsabilidad, como se apreció se in_terpone r_ecurso,.;xpidanse losRtest1ciones, ~gre~an&lt;uºs c~~t:a~~1:s ~e cansó la ~n primera imtancia: que respecto del de- mon•os d~ es_ti lo ~o~,1enJ~se;.1 i':!~- ' 0upJ:j
gu'.~ qmen e: .
lito de 1e5iones, perpetrado en la persona to Moya a dispos!cwn_ e,
¡ecu "
,
lesion que. rec1~ió. .
1 s test i os Sres de Luna como aparece que el responsable Estado en la l'e_mtenc1ana del mt5_mo, ha:
Resu\tar;do te,ce~\::~n~úo Pa~o Solís Guerra fa1leci6; debe d,clararse extinguí- gase la transcnpc16n c:irrespo~•:11eute }
Juan Mart1~ez, Jose an 1 y . formaron: da la acción penal de conformidad com lo archéves e la causa. As1 defirnttv~men_te
qn.e pre~e;'tbrone~º~ h;fa~~s J~~rez cuan- dispuesto por la fracc ión I del artícu lo 239 juzga~do lo resolvió fii:mó ~1 Cd L:~. ~::
que se a a an dos individuos segufan y el 242 del Código citado.
cedon10 E. Tamez, 1 a¡pstra o e 'a r
do 11bservaron que - · lo ue a uel es- C')nsider,mdo tercero: que en cuanto á gunda Sala: doy fé.-L1c. ~- E. : ª?Je '
á o_tro, tret~nd? ?e rte: :~do qotro \u mbo los hechos que aparece ejecutó el procesa- Lic. J. M. Villaseñor.-Srto.-Rubncas.
qnivó al pnncip10 o
'
d
---o después lo alcanzaron, y uno de de R uper to :\foya, amenazan o ron arma
b l
Pr º Pº\ e~hó encima cuch illo en ma10, y pasando luego á la violencia fi sica conSecretaría de la 3ª Sala del Tr i una
1 :n~: ; oiro también su arma, y en ese tr:i. el procesado Adrián ~una, según_ se Supremo de Justicia .-Monterrey, Nuevo
:ai
1
acto el perseguido y agredido después de desp1;ende e' e la declaración de los_testigos Le6n,
haber sido lesionado por el primero qn~ referidos. de lo afirmado por e_l, mismo 1 uMonterrey, l:\oviembre_ veiutian~. '.
·, • bre él sacó su pistola é h izo na y en parte de la declaranc1on. del pro- mil novecientos ocho .- V1sta en revisig_n
arrojo ,o s cintra su adversario quien cesajo Moya, á quien se le recog16 la cu- lapresete causa iniciada de oficio el día sus
ue~o os veced. 0 disparo· y como entonces chilla que se mande decomizar en el fallo de Septiembre del año en curso por el C.
cayo a1 s. "'0-unl otro
· • individuo
,
·
que resultó que se revi,sa; tales ¡1echos, constituyen
e1 Juez 2 º de Letras del Ramo Pena t , contra
. de amagos con vto
· 1encia
· f'1~ ¡ca a' que Dion1cw
· . . H rnandez,
,
1o agre d,1erale edisparó un tiro sin acertarlo delito
so 1tero, mayor de
11
se~ira~a~'la pi~tola en seguida se abrazó se refiere el artículo 429 del C~d1go Penal edad. jornalero, origina;io del Oedra1, Esron él h:i.sta que llegaron los gendarmes y por ~anto, al a~tor _de ese d~l!to se le de- tado de San L_uis Poto~1, y de est_a vecllllos a rehend· eron: que practicados los be aplicar como _termi no medio la pen a de dad por el de.lito de les1ones. -V1_stas l~s
y
pp· cedentes entre los testigos men· dos años de pns1ón ú obras públicas Y mul diligencias que forma n el sumano de 1a
careos
,o
d
d 1
t 1 pn,cepto avenguacto
.
., n y 1a sentencia
. que en s1e
. te
¡ ados y el acusado R uperto Moya, ca• ta e segun a c ase, que en a
~'.on uien se sostuvo en lo que h abía decla se fij a y como al reo favorece sólo la a~e- de Octubre último pronunció aquel L etra·
ªdq_ ho iéndose constar por el J uez in s- nn ante de prime ra clase de buena antenor do por la cual se impone al acusado H er•
~:u~tor ~ue en el mismo Juzgado se ins- conducta sin q~e 1~ p~rjudiqu; a~ravante nández como auto: responsable de_t~l de, ausa contra Ireneo Guerra por el al o-una, debe dismrn mrse el termmo me- lito la pena de veinte meses de prm6n y
tdelito
rma ede lesiones inferi das la mi sma . no· dio
."
, · en ¡ª par- sesenta
'
, de arre,5to que prmcipi_
· · ·a ran
' a'
de que s~ h a h. echo mento,
dias
, muerto á Basilio Fre&lt;mllo, te que se esti me ¡nsta de confor midad con contarse desde el dia ocho del propio mes
h e eu qtte fue
capareciendo
·
.
.
' l o 2 20 de1 ex pre de Septiembre
•
de · las dil igencias
de - dicha
lo chspue:to
por e1 articu
en qne se Je declaro' b.:en
causa que vendo éste con su es posa y co. sado Cód;go Penal .
preso, manda se le amoneste para_ que no
roo á las ocho por el costado Norte de la
Considerando cuarto; que en toda sen- reincida y que se dejen al ofendido sus
Alameda lo encontró Guerra y le infirió tencia condenatoria se prevend!á _que se derechos á salvo por lo qne hace á la resdos lesio~es con instrumento punzo-cor- amoneste al reo para que no fl'lllC 1 da, ex- ponsabilidad civil. Visto lo ex.puesto por
tante sin que se lograra la aprehención plicándole las pena.~ á qne se exrone en el C. ~~in'stro_Fisc~l en que pide la condei heridor.
caso de contravenc•ou, f"e le debe abonar 6rmac10n de dicho rallo en todas sus parConsiderando primero: que la existen- el tiempo que haya estado pres_o durante tes por conceptuar'.o jn~to y arreglado,á
cía de Jos delitos de homicidio y lesiones la instrucción, decomizarse los mstrumer• la ley, la defense, citación para sentencia
perpetrados en las perrnnas ~e Ireneo tos con que se ej~cuta un delito c:taudo y cuanto más debió tem ~se .P' estnte.
Guerra y Adrián Luua respectivamente. fuen·n de la propie~ad del sentenct~do y
Resultand_~; que cor;~t,itntdo el_Juzga10
se conprobó legal y perfectamente en a~ dejarse á los ofendidos sus d~r;chos .ª _sal- á la Prev~:1c10:1 de Po:1c1a, como a las ~i~z
tos con la fé judicial del cada ver del pn- vo por cuanto á la responsab.ltdad c1vtl- 1e la noche, en la fech;i expresada de m1me~o y de la herida qlle i:ecibió el segun· artículos ro2, 182. 208 y 287 del expresa- ciación, dió fé de un hombr_e que. dijo Hado con el acta de defunción que se agre- do Cód!go Penal.-Por lo expuesto de marse Bernardo Ot~ro quien presentf.ba
gó' al proceso y los dictá;13enes de los Mé- acuerdo con el parecer fiscal y con apoyo una herida hecha al pare.cer c~n iustr,udicos dd Hos¡.,ital Gouzalez que practica además de los artículos ro, 35, 37, 5o frac - mento punzo cortante en la región epigasron la autopsía de dicho cada\'cr y aten dón I, ro1, ro2, ·03, u5 1 516, 517 Y 520 trica, de dos centímetros de txtención, y
dieron en su curacióu al herido Luna, ¡ns del Código Penal y 4 r 1, 419 y 429 del de examinado dicho individuo, previas las
tificándose así mismo que el autor del ho- ProcPdimieutos Penales, se confirma en formalidades de ley declaró: que la noche
micidio lo fué el repetido Luna, según su todas rns partes el fallo que se revisa Y se citada después de emb:iagarse bastante
propia confesión y el ~e la les'ón á éste resuelve; Pri mero: se_declara q~e ~driáu en la Plaza J uarez, de _esta Ciudad en doninferida lo fué ~\ occiso Guerra, según Lun a es autor del delito de homiclcl: o per- de se paseaba con motivo de las fiestas, se
consta de la.s declaraciones de los ttstigos petrado en la persona de Ireneo Guerra y dirij¡ó á su casa situ ada al Nor te de la PoMartín ez, Cantú y Solís y del procesado se le abrnel ve de toda resposabilidad cri- blac ón, por el barrio de la Fundici ón Nº
Ruperto Moya, pués tanto ~st as por su minal, por favorecerle la ~xcl uyente de le- 3. :i,: en , u tdnsito Ee ~ncon_tró can ~n inuniformidad como la confeston de L una gítima defensa, comprendida en la frac- divi duo de nnmbre D1onicio Hernandez,
hace proueba plena-·artícnlos 153. 154, ció n VII del artículo 34 del Código Pe- hiriéndolo éste con un cuchillo . y como
415 , 423 , 424 y 425 del C6digo de Proce- aal, debiendo en consecuencia qneJar en Herná ndez en su indagat01ia n arrara los
dimiantos Pena 1es.
obsoluta lihertad.-Segn ndo: se declara hechos de distinta manera, 1111nifestado
Considerando segundo: que en cuanto que R uperto_Moya es responsabl_e c01l:o que, O_tero, la noche referida, lo sacó_de
al procesado Adrián L un a aun qu e quedó autor del deltto de amagos con v1olencta un oaile en que se encontraba, con ob¡eto
justificado que fué el autor del homicidio fisica , perpetrado en la persona de Adrián de reñ ir siendo separados por una persode que se trata también se comprobó eo Lun a: y se le condena á sufrir la pena de na, que no conoció, y ya en camino el deau tos que lo p¡ rpetró en defensa legítima un afío, cuatro meses de obras públicas, á clarente, lo a' canzó su adversario comen.de su persona, que lo excluye de !oda r:s• contar desde el dieciséis de Septiemb~e zando á tirai}e golpes_ con una daga,_ la
ponsabilidad criminal, conforme ~ lo d1s del año ;n curso fe cha de su f?_rmal pn- que le agarr~ para ey1~~r que lo ofendiera
puesto por la fracción VII del articulo 34 sión; y a pagar en la Rec_andac1on de Ren- y _en el force¡eo se h1no solo , Otero . qued~I Código Penal, pnés tal :l.efensa la ale- tas d_el :E~~ado en 1;s~a Cm_da i una multa dandose éste _con su arma , se practicó ~l
gó" el encausado, y declararon acerca de :1e d1ec1seis pesos ? a sufnr en su defecto c:3reo '.espectivo ~ntre am)x&gt;s en cuy~ dtsu existencia los testigos presenciales ig ual número de d1as de arresto.-Terce- hgencia el c,fendtdo conv100 en ser cierto
Juan Martínez José Cantó y Pablo Solís ro: se decomiza á favor deí F isco del Es- que fué á sacar á Hern ández del baile,
quienes afirma~on que Luna f~é persegni- tado el arma re;oJ:ido al procesado M_oy~, no recorda_ndo de lo demás que pasara,
do por el occiso, siendo de estuu aase por y se amonesta a este para c¡ue no re10c1 - por su ebnedad, aunque asegu ra no heber
lo mismo, que esa defen sa se ~fectuó re• da, explicándole las pena~.á que se expo- porta~o arm a alguna la noche del s uc~so,
peliendo una agresión actual, m m1neo te, ne en caso de contraven cion.-Cu arto; se afi rmandose el acusado en su declaración.
violenta y si n derecho,_con _t~:los los re declara ext\nguida la acción penal respec- Ambos _añadieron que no hubo testi~os
quisitos que exige la dispos1cion legal an- to de la lesión causada por I reneo Guerra presenciales del hecho por haberse retirates citada, toda vez que el agredido. no al pr~ce~ado Adrián Lun a c~n motivo d,el do e\ individu~ que antes 1M prubocó la agresión ni apar?ce que diera fallec;mten_t,o de aquel.-Qmn to; Devttel- ver ,,,,~~cansa para ella, no pudo evitarla poro~ros vase a Adnan Luna el ar m" ~-·
medios dado lo vielento del ataque hablen· cutó el hechn -

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PERTODICO OFICIAL

PERIODfCO OFICL\.I,.
E,talJlec m iento qnc e· noci-eron y curaron
Monterrey, Diciembre 'res de mil nove ·lió ¡:ara el reo la pena de cinco meses de
la lfsión rl,scrita rec:bi'3a ror Bern:•rd , den tos ocho.,-Xo habi(nilo;e interpuesto prisión y mnlta de veinte pesos ó igual nú( Lerc, la clasificaron entre las qce Ordi- ninyún recurso de la anterior Eeuteacia mero de días de arre;to, coa las· adicionar:amente pouen eu p.:l'gro la vida por¡dentro del ténniuo legal, s, declara qne nales que expres~ la sentencia suplicada
h bcr penetrado el agenk n1ine:-ante á 12 ha cansad::, ejecntoria de conform dad coo y alegado el defensor la no existencia del
n, :dai a 1ominal, pe,o re· ci ~ncstan- el artícn'o 451 dd Código de Procedí- delito de resistencía á los Ag:entes de la
cbs es¡:ecwl_es no la cc,mpr~rn .tieron y cu mirntos Penales; _en consecuencia, líbrc11- Autoridad y que ,e dé por compurgado á
_ FI' seis días.
se al Snprerno G,-,bicrno del E,tado lo sn dcfendirlo res,iecto del de lesiones; y
2omicernuC.:o: 1ue ·, nto 1a &lt;.x;slcncia tes.'nH"t'os de ley, poniendo á su disposi- ·.-i;to el am•&gt; ce• .citac;ó11 para sentencía
Ot:t 1d,L J :e:! }e; 01 .:!s c..... que . . e tfata conru c1011 cu Ja Penitenciaría al r~o D.onic o ct,u toias las demás constancia que obran
c,~e, p~oc&lt;:s , :r·,n·c•,&gt; Hen fo1cez
Hernár.drz, trancribase al Jnez re,pccti- en la causa; y.
·
e :.neti ·, :pa e·, lt,r, 1 n,c c.. .np ob•d, vo erch:vese la cansa. Asi, &lt;n1erlr.cut. r'·,-/ Resultando primero:{) ~ habie'ldo ree·' la,~
11cc /, 1 J,, r.
C'&gt;ll la d 1 - m•r.te.juzganclo 1,) resoldó y firmó el C. dh'.do ad•o , 'C. Jue, &lt;eg,1ur'o ele lo Cri.
f ci • f~ i• d;;,ia' '1""" c. ,r . 4 au os, Mq:;istr:).(Jo Interiu,i de la 3'-' Sala: du,· fé minal que inici, esta e Psa, c1, la fecha
d,
;.iré ice ,e~al rendido, dedar~- -Lic. \'i,11an~ .-L;c, L . E. Alfap~-¡ya exprssada, de que en la .f'.rev•nción
, u r 1' ~ -,t y '.&gt; $ºgn ir'r ··~la FO- Sr.o.-R ,bnca.&lt;
de Policia se encontraba 1, noo e, gen¡: a e &gt;r siór_ 1 im, 1(,,io q•te l or
u
-- •
&lt;'arme núm ro ciento cin.nenta. y ~eis,
n \\ '1os
1is-~•"r • Je ie;.· fo-u.a prn:- Secretaría de _'9 2' Sah del Tr:'moa' de;de l,uego se constituy6 &lt;n acpe) luv:ar,
1
1
coa es,,
&gt; aa&lt;t&gt;- 0 l .n.. li·, 1,;i M. 1 Supremo de Jn tic 1,1 .-Mont, ere'" .\ue\·o ~ 016 fe de que el emplead0 rd, neo, lia1 ·Q
mes rd e J, ('rtí~nlos León.
II ,d., D,•·ío T rnez nresentab eu la e .ra
1
~l.
'3' ~-- rld C .. &gt;c !ci" .,_ l)n,ced m fn
1fc .. t.rr""y, r.iec=rneve c"'e ·\cv· lr¡__·de -1nt_ri0rú_ r1 D? de lanar) der.e \a, una
t p_...- : t.
n_r1l llC'Yl.'1.~eu ..,Jc 'Jcl1" . \.~i~t-tf-n vr }o Je h nt~ re tres o ru 1 ·o -ce tt 11 .. &gt;s de
(' ~.-..; .ib u., nue 1,•t te ( ,·1 111ett.= &gt;- úplÍ&lt;':i Ja pn.srnt1:; _41 , t.1, 111 1 'á 1 ~- _'&gt;.'.tenc' 11-ch19} pa ~- ce! por1 ·s~ u enIl&lt;l ' , c:~siti
rLe-!i, ]e¡.;al el delito trurcle,ficioel vein ic'ó,d·l'e¡itif'llldre t?,tl\l¿Jc,rt~ t, la qte p t iu·mete
cArueti,\0 r,01 Di..,nicio Her-1~ndez Está del aiio próxim .. pasa,'.o, por el C. J r:ez se- c,as1f1cartn. d ,s L ;t1lt.i,hvS cutre h, q1:e
crr1prendi lo})' ra sn cast1go en el artícn- gunJo de Letras iel Ramo Penal de la pri- ,no ponen nt pueden p•}ner en r l gr,, a
le ,05 del Códigc Prna} que le cefermi- meta fracci6.i ju icial del Estado contra dda curando ántes de quince días: qne en
P~t r4e u·'&gt; á dos arr0s rle pi:i"ÍÓn ú obras :'I'gne1 N(tñcz, e:, 1 kro, .za yate.ro, de \·.:in- ~rgnºda tr·ru/i su fr.f-,nuativa al cf ~1ditlo
público.~ '' la qn.; d~berá agre¡raY·:e : 1.,de tkicto años de ed~•l, origfoario y ve cinc y dec'aro: que viniendJ fOr I,a Cue~t:r
ocho días á t,es meses de arresto ~or el de esta Cindacl, por los delitos de res!s- Blanca en el barrio de Srn Luisito en esd, iio acmado que señala la fracc'ón I del tencias f, un ,\gente de la Autoridad y ta Ciudad,obsen-ó cfne un incíidd::o ha'&gt;la:i.tículc 503 codorme á 'o precrptnado rn le,.iones: 'islas las dil'g:cc!as del surn"i: .b1 c,,n un jovea de los qn ,\·~nden El
el 5"1 7 ambos del ruismo Códig, ; más co- rio, lo p:cdido por el RepresrntaÍ1te de} Espe~tador expn~sáudose en términos
lll(' la lesión ha de c:-n$i~erarse corno ;n- ~finiste;io Púb'ic~ e,¡ f riniera imta::c':, ofensivos· para los emplea,,cs ele la Polite,- "a en rifia por-el agredi,;o toda ,·ez que lo que ª:legó eldefec,or ce! prnce,ado, y ]a cía,. p_or lo que y por _an_,&lt;lar eb,io dicµo
nr hubo rresencialfs del hecho y asilo seuten,ia qne cou fecha tres de Ago-to ele] 111d1v1dt10 se acerc6 a el co:1 sn. cai:actEr
a , r.r!J e: acu•adn en su iuquisitiv1 á la afio in rnrso pnnunció ei Juez prir.kro de gencl,rme y le nombró arresto. pero en
qL e h,y tjc1~ atend .rse por ser lo que más de Letra, dr-1 Ramo Per;a ]de fsta fracción. ese acto, al decirle que lo r cornpafiara se
h\Vrece Y no existir prueba en contrario, en virttd d • excusa d~l serrundo que in( negó á hacerlo sacando una cuch lla con
las pe· as relaci nad ,s se reduciran á las ció el pn,ceso, c-.,nc!uy• ndr, dicha seutenc ~ la que le caus6 la herida deque ~e ha hecho
trrs. qnintas P1 ''cs r' e sn duraci6n según con los siguientes puntos resolntivcis: Pri.1 mérito y con ese motivo sac6 él su pütola
lo dispne st0 en e a tí.u]&gt; 504 reform,do mero: Miguei N'úñez es res¡onsable corno• y disparó al aire un tiro, más como el brío
del repetido Có ig &gt; Penal.
au'.or de los delitos ncnmulados de resis s:guiera agrediéndole le dio algunos golCousid..ra □ Jo: q,1e en la comisión del tencia á ic,s Ag ntes de la Autoridad y pes y s'gnieron forcejando ha,ta qne lodeFto qne se p:rsigue, obran las circnas- lesiones y se Je castiga por tales delitos gró dominarlo, y desarmado lo condujo
tinrias ~tennantes de la bnena anterior con la pena de 11 -, afio ocho meses rJeobras á la Pre,·e!"'.dón de Policía.
e ..... duc:a &lt;lel acus,do Y confesi•\u del he- p\Íblicas que se comenzarán á contar desRtsult:iudo segundo: Que examinado
cho, que son de primera clase perjudicán- de el día en que concluya la pena que el prosesado Núñez; como indiciado en el
dole sólo la agravante de terce r a de ser e,tá ext,ug;uieado enla Penitenciaría del delito de que se tro.ta, declaró; qne yendo
frecu~nte en el E st ado el delito de lesio- E,tado.á v1rtnd de la rernluci6n ejecutoria algo ebrio del centro ,!e la Ciud~d para·
nes \artículos 4° fracc,ones I Y IV Y 47 que en su contra dictó la primera Sala su casa. cerca de la Cuesta Blanea se eu
fracci6n XJI del Código Pen:il.)
,le! Su~remo Tribunal de Justic:a con fe contró un. gendarme, que sin de~irle él
Consi Jerando: que en la p~ua qne se cha tre1uta ~e Octubre del aüo prSxirno nada, le indicó qn~ Ju se, mpañara por
imp:,nga se tomar:Íti en cuent, los sufri- ¡,asa.do, tomandose en cuenta los días que lo que le ¡,regu·utó la causa de su arresto,
mientas qne hubiere ten ido el reo du ran- snfn6 antes de comenzar á extingnir di- y el gendarma le dió un empellón, abrate el juicio, cualquira que sea el tiempo cha ondena Segundo: Secondeoa así m;s- záodose con ese motivo y cayendo al suelo
gue éste dure : que siempre que foere con.. mo .á l\Iignel Núñez á pagar en la Recau- quedando él neb j : quP sac6 el emple~denado se prevedrá en la senter:cia qne se dac1ón de Rentas del Estado nna mn.ta do su pistola, y él se ,a cogió cou lama•
amm::e,te para que no rincida, y que co- de ve1ente pesos, ó á sufrir eu sn defecto no derecho. mean O con la izquierda una
m., en el presente caso narta se hubiera veinte. dí~s más de ar;esto Tercero: Se cuchilla que traía en la cin tura , porque
gistiona-!o acerca de la responsabilidad decomsa a fav~r ~el F1s~o ~~1 Estado el se batía pic,:do con ella y en el forcejeo
civil, deberá dejar se ¡,l ofen dí.fo sus de arma c,on que l\úne? delmqu10 . (?ua.rto: se causó aquel la her ida de qu e se dió fé derecho á sal vo por lo que en este pa rtl- Am~n;stese al reo para 9 ue no remc1da, llegando en esos mom en tos el testigo Fécular respecta (artículos 182 208 y 284 C. e":ph ca nd?le las penas a q.u: se ex~one. lix T amez que le dijo al gendarme que
Penal. )-Por las consideraciones y fun- Visto el dicta;11en del C. M1mstro F iscal no le peg ara; y examinado este testigo ex
damentos legales expuestos y de acuerdo en segnnda 111stancla, lo expuesto .por el pres?: que estando en su casa, oyó que
en parte con lo pedido por el C. Ministro defe~so1; d;l en causa~o y la se;1tt;nc1a 9u~ averiguaban dos i ndividnos y disparo
Fiscal , se reforma la sentencia de primera el vemt1t~es de Septiembre ultimo dicto de arma de fuego, fu é á ver lo que pasaba
instancia de que se ha hecho mérito y se el C. Mag1~trado de la primera Sala, conde- y los encontró peleando estando Núñez
falla.-Primero: Se condena á Dionicio nando el ~1tado Nú.ñez como responsable debajo y el otro dándol~ con la pistola,
Hernández como antor responsable del de- de .los delitos referidos, acumul ados al de y al decirle qne no lo golpeara contestó
lito de lesiones perpetrado en la persona les1?nes_que antes cometió y p_orel que está que si no veía que era gendarme y que lo
de Bernardo Otero á sufrir la pena de un ext1ngu ::n.~o sn pena, á sufrir nneve me- había corta.do aqnél, llegando luego nnos
año, veintiún días de prisión y un mes ses de pns10n contados desde qne conclu. cuarteleros quienes condujeron á Núl'l.cz
cuatro días de arresto, á contar del día Yª, la condena que actnalm.e,nte extingue á la Comendancía de Policía. Le practicaocho de Septiembre del año actual en qne y a enterar en la Recaudac10!1 de Rentas ron los careos conducentes y se remlti6
se decret6 sn prisión preventiva.-Segnn- ~el E~tado, una mnlta d~ vem!e pes;1s, 6 la cau sa al Juez tercero Menor Letrado
d o: Se le amonesta para que no reincida a sufrir en sn defecto veinte d1as mas de quien la falló, pero habiéndose declarado
explicándole las penas áqnese hace acree- ar:"es!o; lo manda :imonestar para que no nulo el procedimientos seguido ante este
dor si contraviniere.-Tercero: Se dejan re111c1da, le decomisa el arma con que de- funcionario por resol ., d 1 C M ·
al ofendido sns derechos á salvo en cnan- linquió y deja al ofendido sns derechos trado de la tercera Sa~CI~~ /
· agis1
to á la responsabilidad civil; y.-Cuarto: á.salvo. en cuanto á la respo:isa!iilidad ci- do al Jnez que la Inició' y ; 0~ eexJtsºacesd;
Notifíquese y dése cnenta. Asi definitiva- vil. Visto el recurso de súplica mterpues· éste paso luego 1 ·
d L
mente Juzgando, lo resolvió y firmó el C. por el defensor de Núñez lo ale ado or faIJo n
.
ª pnmere
e etras que
Lic. Viviano V. Villareal Magistrado In- el Ministro Fiscal y el ~lsmo ~efen~or cesad~ co~f~:,erah \~ st ªn ciad
C 0 el P~º
t
0
•-,,dela 311 Sala: doy fé.-Lic. V. V. ante esta Sala, alcitárseles para la audien- de flan
d ª er eS a
ibre ba¡o
- •- r ""'ª
_,. E , Aldape.-S ro.
1 c1a
· d e 1ey, repro d uc1endo
·
za, cuan o pasaron 1os hechos &amp;e
·
·
díctamen d
da · el . primero su recab6 y agrego, a, 1a causa, 1a e¡ecutor1a
e segun
1nstanc1a en que pi- que por el delito de lesiones dlct6 la pri
ter,,.~
Villarea/
-.R.úbrf ·-.L,i~. cas,

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mera Sála el t reinta de Octubre del"añn rr6, 220 y 4Si del C6digo Penal y 4 n y tras del Ramo_ Penal "e que en la Prepróximo ~nterior condenándolo á sufrir- 1 429 2d de Procedimientos Penales se con ,·eución de Policía se encontraba un 'm un- afi~ de prisió~ rlesde qu~ fuera r~pre firma la sentencia suplicada y se falla bra ~•rid~, mandó le~ántarse la presente
hendido y con df,cutnto ceV€ínt'{:n dí- Primero: ~fignel Núiiez es respons~ble¡avengi:act?n, 'trasladaudos~ en el •,c:o al
as que había estaco preso.
.
. ¡como autor di, los delitos ?e resisten.c1a á lug~r. 111d1cadc,.. do~de s_e erco~tro a un
Considerand!i primero: Qne con a t'1 'e lo, A gentes. de la Autoridad y lesiones Itnd1v1~no 9;1e d1¡0, ~lama1se Bem.~u_; Cor¡;encía_ de fé judicial de la_ her.íla que-sti- que se persiguen en esta causa, los que¡tez y a qure_n l!ab,ei,dosel~ _r.g1s, d~su
f-¡.j el gmd trme D irí l T n1 ,1.. la c}a?ifi se dechran. acnmnlados al de lesione por cuerpo, se.d1ó ~P. ~::?erl:. v1s;t~ uu_:1 les1(,n
1
c~c'Ón que de ella hic:eron los l\led1cos ¡ la cual ext111gue actu~lmente su condena, en el maxilar rni&lt;, ,01 1zqn cruo,
causada
&lt;¡tte Jo ·atendieron en su curación, lo d,cla. ! y se le imponP por aqu~l);'S delitos la pena. al par•~er por.c.ms'rnmento cortante, la
r •do por el dendirlo y la confec1611 d- 1 pro de 1111• y, m~;es c'e pns1on que se empe- cual fue c!asmciufa oport_unameute. por
cesado Kúiie,, de haber él inf,r'do t,1 le- ·arán á contar desde que cor:cluya á la los facu1tr11lvo~, del Hu~_p:t1l G_unzal;z,
sié u, sabiendo que era á u11 gen !arme qu•~u que foé seatenciado e,iecutoriarnente por. ,J mde se ctend10 al deud1do, corno d,. las
le decÍl que lo acompaiiara, pués el Je ei otro delito Segundo: Sé le co-Flena t:rn1- que 110 ponen 111 pued 'll p~ner en, pehg10
preguc1t&lt;', el motivo del ar:esto, se jt:'tif1- _bién á pagar en -la Reca:1 lación de Ren la Yida y cu~ó antes de q_111nce d•a~ decé la exi.-tencía de los delitos de resisten· l tas del Estafo en esta Crndad. nna rnul- ¡ando ctcatnz. perpetua j notable. en la
cía á u Agente d.: la Anloridad y les'o ta por \·alor de veinte pesos, ó á sufrir en ca-rn.
ne,; qne dieron margen á &lt;"sta ea usa, pues j sn defecto ig,1al 11ú •1ero de días de ,,resto
Rernltando: que al recibirse su iuforsi 'J,e □ el a usado se excepcionó diciendu Ten:n.:•: Se l_e amont,h para que no rem- mafo·a á Cortez declaró: que 1a noche an•
e- ,e e ¡;c:ncla•rne aolpeó prim~ro, ésto r:o cida, ex¡,licán 1de las peu·Js á qne se ex- tes citadu, encontrán,lose. en su cri;a ha"'
•
1 t~c-ne e~ casu e.e
° co,.,11:n.
., · c;1c1on
., ('--~_,art (1: Se bit-,c-'n , J,ndes~:labauubJi'c·.s•acercó,
s,• C(· ..ur. &gt;r.io, en 1nanera
a 1g·111a. s100
8·:
., ~
ci,¡¡tr.ir ,, de 1a d~rlararión dd te•t ¡;0 le e mies:• en fav~~ &lt; •.·l ~1.sco d~l ~st'l~o el i él un deseen: e de,, q•ii~·1 \Knten.,c 1e
Fel x Tam.z se desprrnrle. que el ge.J• 1 a,ma conque , t:ne( de rnqnlo Qlllnto 111ir ,,iqno sol-r~ el hnm'&gt;ro le d,j: c.ur s·•
¿ nne ,faba golpe;; á Núiifz después de Se d jan al ~f•ndi•lo sns d~~echos.á.sal.vo lkra 'lll momeuto ¡-ara la c.i lt', á lo que
11 ber sido herido por ést~ artícu1os 154. pnr cuanto ah rcsponsablhd,d c1nl ~o- acc,,dió desde lueg l s•n abri¡pr uingnna
'41 ,, • 23, 424 y 42S del Código de P•·oce- t fíquese y si dentro del término legal no Jesc~nfi ¡nza, I ero apenas. hnbien 1 n lleci't;1,eutos Penales.
,
se interpusit·e r~cu 0 so, exípnanse · ks gado á la ca'le,. e! n,sconond? le p~·ofirió
C,lmi:leran:lo segun.do: Que eT d~litD tcstirnon·os de estilo posouiéndose al re,, una expresión lllJur o a al m1smo tiempo
de resiftencia_á un Agente de h Autoridac1. Mignel Núñez á disposición del ejecuti- que le cansó h herida que tenía ~n la case ca~ti_ga con la ~ena .de uno á dos afü1g vo de) Estado en la Pen}!enciaría del mi•-1 ra, sin que hubiera par¡¡. ello motivo 6 an•
de pns1611 ú obras públicas y mult:i de si;- mo, bagase la transcnpc1ou correspond1en- tecedente alguno.
.
guuda clase según lo dispuesto por el ar te y arrhívese la cansa Asi d,finit1vamenResultando: que logr~fa.1~ aprehcns16n
tículo 858 clel l 'ódigo Penal entre cnyos nte juzgando lo resolvió y firmó el C. d.e .Juan Vi_llcg&lt;s .corn? in h:1ado en el de extremos es aplicable al reo Xúiiez la 4ue L•c. \laced;;nio E T,unez, Mag•strado de lito de le:;iones rnfer:das á Cortez, aquel
estime justa de acuerdo con h preceptua. a segunda Sala: doy fé-Lic . .M. E. Ta- al recibírsele sn dec1araci6n preparatori_:',
&lt;lo por el artículo 65 del mismo Orcl-,m,- rnez.-Lic. J M. Villaseiior, Srio.-Rú- con fecha cnatr~ de Sept!e°:br~ ele! ano
mirnto deb;endo, anmentarse con ~eis me- bricas.
en cursoce_xpresc: que ya hacia tiempo coses más de la misma pena por hab r,:e em--noda á Bénigno Cortez, quien liabía dado
pleado armas en la resistencis¡""'de con•
Sicretaría de la r." Sala del Tribnnal por insultar]o donde qu:era que lo enconformidad c,-n lo dispuesto por el articulo Suprrn10 de Justicia.-Monterrey, Nm,vo traba, cosa que sobró varias :·eces, hasta
860 cel propio Código, pues si bien del León.
que una noche en Julio próximo p1sa.do
_empleo del arma rfsultó el delito d~ lcs'o
Monterrey. catorce de NoYiembre de que se encontraba en el río de .~sta Cmnes inferidas al gendarme Darío Tame7, mil n0yecientos o,·bo.-Vista esta causa dad, como Cortez. desde que lo vio comeneste delilo merece una pena mer-or"'de lo.• comenzada á instruir de oficio ante el C. zó á insultarlo, al mis1110 tiempo qne sa5:is m~ses 'referidos según la clasificacióu Juez 29 del Ramo Penal, de esta 1~ frac- caba nna cuchilla, él \.il}~gas se prepade la h, rida, qne está comprendida en la ción judicial, el siete de Julio último, por raba para h defensa, cuanJo en esos mofracción I del artícnlc, 503 del Código ex el delito de lesiones, contra Juan V1 llegas mentos se le ecbó encima aq11el, causá n,
presado, y qne amerita nna pena de ocho y Benigno CortEz, de veinte y d ez y ocho dale una herida en el costado derecho, lo
días á tres meses de ane,to y multa de años de edad respectivamente, casado el qne motivó que Villegas á su Yer con nn a
diéz á cien pesos, ó ó0lo aquel ó sólo la primero. so1tero, el Fegundn y ambos jor - navaja qne .portaba infiriera ~na lesión_á
5e¡rnnd~ á juicio del Juez:
ualerc~ y originarios .Y vecinos de ést,, su advenano en la cara El ¡uzgado d~6
-Cons1derando tercero: Que constando de Ciu-chil. Vistas las djligencias del su- fé de que V11legac• presentaba una c1catnz
la copia ejecutoria que obra en el proceso marin, la reqnisitoria dd , Agente del en el costado derec-ho, y los méclicos del
qne el reo Miguel N(1ñez fué senten~i~do ~Iiniokrio Público y lo alegano en la 1 "' Hospital González examinando detenidapor Pl delito dA lesiones comprendida en instaucia por los defensores de a mb·,s mente ésta c'catriz, clasificaron !a herida
1a fracci6n III del artículo 503 del C6dlgo reos. Vista la sentencia pronunciada respecth·a como de las que no ponen ni puePenal en la causa, en que se halhbaiihr, con fecha veinticuatro de Q,,tubre próxi - den ponerse peligro la vida y cnrau anbajo la fianza en ando perpetró los hechos mo pasado por el rderi o Juez de Letras, tes de qnince dlas, expresando también
&lt;¡ne originaron ésta con arreglo á lo pre- cuya sentencia conc'uye con ]as siguien á juzgar por la coloración de dicha cicaceptuado por los artículos 3ró fracci6n tes pnn tos resolutivos: Primero: se de· tnz, que ésta d:itar'a ce unos L1os meses
IV, 319 y 34odel C6dig,&gt; de Prnce lirniento, clara á J u an Villegas y Berngno Cortez á la fecha, diez de Octnb1e en qne rindiePemtl es, se deben observar en el presente res ponsables penalmente como antor es ron su dictámen.
cu o las reglas de acnmnlación que e¡ta- ele las lesiones qne recíprocamente se i uR esultando: que h ab: endo procedido
b lccen los artículos 200 y 202 del ex pre- firieron. Segundo: se condena á J nan Vi- contra Cortez por la lesión qne s ufrió Vis ado Código:Penal, esto es, imponer al reo llegas á sufrir la pena de dos años de llegas, aquel en sn Indagatoria reprodujo
1a pen a del más grave de ·lo3 delitos que obr as públicas qne principiará á contar- su informativa, agregando qne posteriorce la que sufre actnalmente, aumentada se desde el dia tres de Septiembre último mente había conocido á su heridor, lleen una cuarta pQrte de los qne correspon- en que se le declar6 bien preso, enten- gando á saber que era Villegas y negó de
den á los que se persígnen en cstc_procc- diéndose impuesta con calidad de reten• una manera absoluta haber Inferido á és10, aumento que puede IJegar hasta la mi- ci6n en su caso. Tercero: se condena á te lesi6n ~alguna: que la Sra. Apolonia
tad por l.aber delinquido hallándose pro- ,Benigno Cortez á snfrir la pena de cna- Aguero, madre de Cortez, declaró en 108
cesado.
renta y nueve días de arresto y á pagar mismos términos qne éste, expresando
Considerando cuarto: Que los instru- en la Recandaci6n de. Rentas . del Estad?, sólo no haber pres~nciad~ los hechos; El
mentas conqne se ejecuta un delito se deben una ¡nnlta de vein!lc1!1co pes~s 6 á ;Ufnr Gendarme 1\1 unktpal Carlos H!no¡osa,
decomisar cuando como en el caso fueren en so defecto veinticinco dias mas de declar6 haber sabido que en un baile dado
de la propiedad clel reo, y que en toda aen , arres!º· . Cuarto: ~monésteseles para que en el ?arrio de San Luisito, habían refii,
tencia condenatoria se ha de prevenir que no re1nc1dan , hac1endoseles saber las pe- do VtlJegas y Cortez, por cuyo motivo
no reincida explicándole las penas á qne nas iJ que se exponen y dejándose á am• procedió á aprehenderlos, logrando cap•
11 c expone en cas~ de contraYe~c16n; debe bos proce~a~os á salvo sus. respectivos tnrar 7sa mism~ noche solo á Cortez, y
abonársele el tiempo qu~ hubiere perma- derec~os c1v1les:-Vlsto ~l. dictamen del por último practicados los careos pre~elólecldo preso durante la mstrucción y de- C. M1_nistro Fiscal. solicitando la con- dentes, cada una de l~s. personas menc10jar al ofendido sus derechos á salvo en firmac16n del expresado fallo, lo expues- nadas afirmaron y ratificaron lo que res•uanto á la responsavilidad civil-artículos to por los _def7nsores de oficio. ante ésta pectivamente habían declarado y.
1o2, 182, 208 y 287 del C6digo Penal, Por Sala Y la cltaci6n para sentencia con cuan·
Considerando: que durante el sumario
1o expuesto, de acuerdo en parte con el to más con sta de autos y.
sa justific6 debidamente en los términos
parecer del C. Magistrado Fiscal y con
Resultando: que el siete de J nllo del del Artículo 154 del Código de Procediapoyo además de lo■ artículos 10, 35. 37, año en curso, por la noche, habiendo te- mientos Penales, la existencia del delito
.4,2 fracción I, 45 fracción VIII y XI, 88, nido conocimiento el C. Juez 29 de Le- de lesiones que mutuamente se infirieron

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PEHlODlCO OFICIAL.

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los encausados Juan Ville gas y Benigno frmó el C. Lic. Leoba rdo Chapa, "ag1s.
Cortez, se gún se desprende de la fé judi trado ele l:t 1• Sala, doy fé, L;. Lerbardo

PERIODICO O:FICIAL.

EDICTO.

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Jn,g&amp;d odeLetra&amp;dela3~fracdón Judlcial.-Llna

cial, dictámenes periciceles y de ia prop•a ~h•Rpaú_b
__¡ ,ic. Eleuterio Lozano.-S&lt; creta- , r~:,,·
dleclocbo del a.-.tua! •• radicó en eot«
c&lt;'nfesi ó 1 judicial de V11legas; y aunque no
neas.
. .
.
rui¡¡;a,lo el juicio d• lnteetamentBrla A bienes de la
Cortez negó haber inferido le,ióo alguna
1Ionterrey, ve10t1uno de Noviembre de l sra. Rita G_:;erra Vda. de Manc!lia, vecina que fea,
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cur deutaClu.a&lt;l.
á V1 tgas,e su sen to estima que con e 1· 190,. - • o a 1en ose 111 erpue~ O re • Lo que 86 bace aabor al pdbllco pa:s que l.s pu•;&gt;,
cho de la Sra. madre de Cortez v tiel Gen-¡ so alguno de la antenor sentencia dentro n88 que ee orean con derecho ála herencia •e P1reaen-

-

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teu t deducirla dentro del tkrmlno prevf'n do Eim

darme Cárlos Hinojosa nuidns á lo e_x• d~I termmo legal c,on fnndameoto
e_
elart. 1685deJCódlgodeProc(l(flml•utoeriv!I&lt;&amp;.
uesto por los faculratiyos qu8 recon oc1e- dispuesto en el Articulo 451 del Código
Lloarea. Marzo 21 de 1000.-Llo. Lulo Trevlño. .
•
·,
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·
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1
• 1
A Aguatln C Garc!a -A - Antonio Herrera Garola.
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ron la c1catnz que presentaba V1.Jeg:'~· d~
roce 1m1e_utos ena es, s~ aec
que
~
·
·
o.27,30,33'
no queda duda acerca de la respoosab1h- :!Kha senten cia ha cau s ado e¡ecutona'. en
dad del repetido Benigno Cortez. Artícu - cousecuenc\a, queda elioculpado Bemgoc
EDICTO.
lo 415 423 á 435 y 427 del Cóiiigo cita Cortez en libertad absoluta, expídanse lm
Jo1gado ño LE:tru de 5• fraccit:n judlcfal.-Cerral
do.
'
t estimonios de estilo al Gobierno del Esta
yo, N. León.
En el julc!o de teatameotarfa A ble~es del Sr. BllveCon siderando: que atendiendo á los do,poniéndose á su disposición al reo Juar
rlo Sáeoz, vecino que rué de eata Villa, ,e ha dictado.
dictámenes respectivos que obran en au- Villegas, en la Pe_oit_e ociaría del mi_smo
'31 auto que sigue :
Cerra lvo, dtecleéfs de :llano de mil noveclenb.istos, la lesión que sufrió Cortez, por h abe · hágase
trauscr1pc16n corre_spond1ent_,
nueve.-Por preeettn.do el anterior ocureo con el tfsdejado cicatriz perpetua y notable en la al inferior y
en su oportumdad archt- timonio de test&amp;mento y ocpia del acta de defnnc!0n
cara, se castiga con uno á tres añ o s d, vense los autos . Notifíquese. Lo de_cret6 qoe ee aoompaii&amp;, téngase por radicado el juJ(lio to•
tsment.ario é bienes del finado Silverio Sá(lnz, deni!&amp;
prisión ú obras púh licas y la que recibió y firmó el C. 1fagistrado de la prime~. loe aviaos que determiDan 1a ley del Tiicbre y Ge
Villegas siendo de las que no ponen ni pue Sala, doy fé; Lic. Chapa.-Lic. E ieutenc EIPolendP. del F.eta.Co vigentes y convóquese á ls ccnyoge eupertite señora PRnla Solfa y á la eefiora Franden poner en peligro la vida y curan ao - Loza no, Srio. Ritbricas.
!!ieoa Lo11goria. madre d~l testador ántcoe herederos
que se conocen á )a junta prevenida ~ore} art . 1659"·
tes de quince días, con ocho á novent•
1e confotmirlad y pna loe rtectoe dF-1 Código &lt;l&amp;
días de arresto y multa de diez á cien pe•
Proct'dimientoe Civiles y pcbltqu,,se este suto. trEsveces ooncecutlvaa en el P eriódico Oficial d el Est~do
sos, aquel sólo ó sólo ésta, á juicio del
v La Voz de Nuevo Le6n, "Del coocept.o que Ja jun!ft
Juez á cuyo arbitrio queda imponu e'.
tendri Jugu ~1 juevu dieclecbo del oorriente , lee
término que se estime justo dentro de lo,
diez de la mañ&amp;DB en la ce Ea conyugaJ. Notlffqu""eP.
Lo decN&gt;tó y firmó el O . J ne1 de Lo trae de la 6• fracEXTRACTO.
dos extremos máximo y mínimo, si la
ción jndlclal. Damoe fé.~Llo. N. T . Benavldea.-A~
A¡tincla
dtr1
la
Becret.arla
de
Fomt.uto
flll
el
Ramo
de
Mlnerb,
ley fija éstos como en el caso de que se
Primitivo A . Ellzoodo -A-Florentino Guerra. - Rlieo 0erraho, N . IA6n .
.
BI Sr. Vicente 0ni.min, mayor d• edad y Tectno de la O. de M.on- br!cas.
trata, artículos 65 y 503 fracs. I y III
Lo que ee pub:ioa en esta forma en cumplimiento
\errl!f, «D t:IIC!dt.o p:re•eot.ado l la Oficina de mi car~o con fl!écb,
de ayt'r 10Uotta una oonaeclOD minera de 24 perlenencl11s p6ra le de lo mandado en el auto tnoerto.
del Código Penal.
txplota:,16n dti una mlaa ab, odonadaoonoclda ccn el nombre d,
Oerralvo, Mar.o lG de l!lO!!. -N. T. Benavldes .-A.
Considerando: que en favor de los pro •I.Aa Am•toll•• alta en el aofi 10 de Ju lllna1 Potrero de La Pa-rra jnr1acUocl6n d• Ae:ualegan que oouttene metalea plomo10t con -Oenovevo A . S3.ndoval.-A-FJorentlno Guerra
o. 26,27 ,28 162'
cesad os concurre l a atenua n te d e r " cla- ley d• plata, '" (lnale11e lOoallurl11 en no paralelocramo reot.n.
auto de eoo X too melroa Oriente I Poniente apro%imMlame.nk
se á que se refiere el artículo 40 fracción deb!U.d01e prfotllcarl .. medld• de modo qna.Jae1qalna8.W.del panlel&lt;grumo que ee mida quede 100 metroul Norle de la e11quln• 8
I y les perjudica la agravante de ser fre- E. de 1a c1adr\ -Rl Ponnlr J cou Ji,.11111i¡nlentu c:&gt;ltudecaas: i,or
EDICTO.
el 00nlente la dlcb• cuadra •El Ponenlr• J por el F.ate la mla&amp;
Ju•gado de Letraa de la a• fracción jndlclal.--Llcuente en el Estado el delito por que se ~v1ctorl1• que1ando al Sor ti csmlno q11e conduce l la mina •l .•
Blan01t• Y al Norte la altn,a de la montañ,. LslOllcltnd h ff'flatró oares. N León .
les castiga, la que es de 3" , por lo que bajo ti No. 4M lkvul por nrmbre •JOMil!..11•• J t1ara ao nuo.1nra
Oon fecha trfe del actual se radfoó ant1 éate Ju zga•
J lHa.nk.mlento de pla11011 Fe 11ombró ooruo vrlto al Sr. A.ndrii
superando .el ,·alor de ésta en d os unida- ToaolU10 de e.ta Tt"Oindad, ql1 1en a'1eDt6 el ('&amp;JK"·
do el juicio de intsatimentar1a. á btenet1 de la 8;.ftora
Lo QOe se manda ft1b!lcar en d PerlOdloo Qflclal y en la tab\., Ooloree Enriqu:'z vecimt que fué de f8ta oiudad
des, procede impvuerles un·1 pena propor- d11 la 01clna pal'a lot f l-'OlOI lag&amp;]ea u el COllCGPtO dP qu-, p&amp;ra h,
Y en cumplimiento dt-1 art. 1695 del Cód.Jgo de Prc•nbAtancl.ch1n del exptidiente e!l fft a Aa~ncla N abre no pluo
cionalmente mayor que el medio ar itmé - lmpmrrogabte de cuatro mfll!H r,nntad.01 t1••!1.e hOJ,
cedtmiontoe Cirllte, 68 mr.ndan publloar en eeta
OerraJvo. flrime ro de Abril de mil no,eclentoe r.ueve.·-2. A. dP tnma por tres veces de ditz en dir z dfM, para que..
tico de las que respe:tivameute fija la M., O, Bo!!I! 0utlerrea:
c..s1,a11sa
188 personas que se creRn ocn derecho A. la herencia.
ley. Artícu 'o 35 á 3í, 4 7 fracción XII y
se presenten 11. deducirla e\'l el Mrmtno de trelnt&amp;
dtas contRdn8 dJosde ln t1ltlm, pnbllcaclóa.
220 del Código Peual.
Linares. li 7 de Abril de 1909. -Lle. Luis Treviño Considerando: que apareciendo de autos
A.-.a.gaetfn O. G-,rda.-A-Ant.::;nlo Herrer&amp; Garrí~,
CO:;'\VOCATORIA.
o.33 36 3~
bien comprobados que ambos acusados se
'.E&lt;lr acundo de la Jo.tlt• D!rectha en M'li6n del df&amp; UI d~I
cotrlu.te
mel',
tie
oonvoo~
6
101111-\ra.
acclonls;&amp;I\
6
:\
u,mbltll
G~nf.
hiricr rn en riiía, comn cada uno de ellas
ral ntraordlllaria qne tenirA luitar el dh~ 10 de \[1.yo prdx'mo,
EDICTO.
i mputa el ~:irá:ter de a¡;•esor á su contra 6 laati r . m, en la ca• No. 83 de la Calle de B.JUvar, b,ji lr
tlgnlenlt:
Ju,¡¡,sdo
!!
de
lo
O!vll.-1\ fiacclón jud!clal.-E&amp;tari o, no habiendo pedido averiguarse debiOrden del Día.
do de N. Le6D.
d amente
Con frc·ha. vtilntlsirte de Ftbrttro df-1 ctrr!ente añc-,
' l
f éste punto. ldebe
d dpor s,r, 'o • que,
'CSI~O: n1~n1ic!tin y aprobac'ó::i, en ,n caso, l!e nn pro:reet!'l
mas eS aVOT€Ce en a l1 a ten erse.es a ~e m'.'Wift&lt;'o.c!ón al Ocntrat.o de arrendamiento con la M,~lc,r 'U\ r1dk6 Fn Fflte juzgado ~1 jalde de lnteetal'.lo del
.1
. d re-\ L•adSeCo.rl"Ctlll!tda i ~(\. Elr!!. r.crfonll1tee lo prf\"ef'IMO Ul rl art. 80 ~r Frandsco Sánch•:, T't:Cino qu~ fué de esta aiu•
agre d1,_os,
Y en t 3 l \'lrtu
1os d• os CO!UO
l
dº
'df'I loa 81tatntoft, q!ll:1 dir-f': Pa.1'&amp; rl'pre8ot&lt;l&amp;r I•• acc!r,nv 11,j l)i'lt - da 1.
rse a pena corres pon 1er1te, en la pr0- tador "º ls.11 Aa•mb!naneneralet 88 reqnler'l- df'pc1Uar :011 utu
Y por dlspoeidón del C. !.le. Mw--donlo Gil Tre,
d UC1 '6
bl ,
lA t ,
1011~~ la ~-:cTl'tarl~ do la Ntlf'('C\aclOn O entr, _g1r1e un C"ttlt!.oa.dc- vlf'i;, Jan?. 1~ dP T.,o,trM tlol ~mo (:frll de la primera
1
p or~l n qne esta e1..e e
rt·cu o )O-~ de1 '" dl'l)G«ilo exp.,d,do oou g'1UfHtltncldn '].f' créUto. h ■ct!"n'1c fra'X!ión judlclPl del E3tildo ee mr.nda publicar el iJ?P
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tllt&amp;e!11r.-ga,co-:.r.:famlatarof!.f!láiaa.-.te•del, All8mb·11,,ncoCl 8
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Q tgo
glt&lt;nón una 11.rj.:.ta en qut-1'6f'I¡lNH•&amp;rl ""¡ tlÓIDf""O de:acrl,,,nes sent.e edicto pnr tras veCP9 de die:... f:D dt z df.Jla ei
..l
•
d•P"~it.&amp;t'l!u1, ¡..., c-u•.1•• ae retlra1ia deapuéa de qus la J.•111.llblea el Periódico Oftcial del Thtado y en L• Voz ce No"
o,st d eran d O: QUe en t Ül4a SenteDCla clau~nrUUHMio11e•,
· ., d b •
·
Monterrey, Ab:U U de 1009 -El SecrEtarlo, Fraoclaco J fk-n. vo León, i ftn de que lae pereonas qne e.e crean et-:'
con d eoa l on;,,.. e e prevenirse que se amo- iii.z
o.s1.a2,83 derecho A. la herencia. se pre~nten á deducirlo en E'~
térmico quo ,atsblece el art. 1685 d6l Oódlgo de Pro,
oeste al reo para que no reincida en el
oeolmteuto&amp; Civiles.
Monterrey, Marzo 16 de 1909.-Lic. José Juan V•ddito por que se le castiga, abonándosele
Uejo. Brlo.
o.v.2f,27,30 -16l
EDICTO.
los sufrimientos que haya tenido duran1uirado de Let.raade la 2t fu,oci6n judlclal.-Llnare■ Noe-vo
te la instrucció n y que la responsabili Le6D.
EDICTO.
En el juk!lo de t.atamentarfa, hte1:1e11 del Br. Flo,entlno VIU•·
dad civil n o pued e decre t arse sino á ins - uuf!Ta, vecino que foil de 88t&amp; clndad, ha rscatdo u.a. auto que &amp; la
Jn•g•do de Letros de la 6\ t'racclón judloiol. -Vlllal
tancia de parte l egítima. Artículos 182, l•tl'•dlce:
Llnarf'e. Vano lreoe de roll nO'feclento• oneve, - Pcr preaenta. dama, N . León .
J admitido en cuanto ha loru en l\er8Cbo con el acta de detunOoo fecha de hoy se red!có en este Jur.godo n1 ju'clo
208 y 287 del Código Penal expresado. do
ol6n y tuUmonlo de te1tamenlo 116.blfoo•h'eJto que N a()()mps.fia· de lnt,,,,tado i bien .. de la S.ñ ra Maria de Jrsüs
radlqnHe en Hte Juqado el jnlciotfllltamentarlo I blenu del Elr'.
Por lo expuesto con apoyo a demás en las ll'lorenttno
Vlllanneva, d&amp;e el ui!IO que previene f'I arlfcuto 119 San toe Y da. de OonzA:ez, vec!Da que fu6 de 86ta
la ley del Timbre, pub!fquM.e estflll auto JiOr tres vece• com1ecu.
disposiciones de los Artículos 5, ro, 32, d1:1
tlvaa ~u el •PertMloo Oficial• J fil "Trueno", y cltffe, loa berW Villa.
roaljonts -pe.ra eljoevM prfxtruo6 IH ('aatro dela tarde pan
Lo qne se pnbUCB en est11 forma. para que lBB par•
48, 88, 225, 487, -197 y 502 del mismo loa
ef!MJk,-, del •rtfculo 1889 del Cl!dlgo de Procec!lmlentt'II Clvlle• '!onas que se crean con derecho á la horenolft. E-e
en
l&amp;
lnl@ll¡eucla
de
qui!
ao
nomb,a
pa~
este
.luz«ado
C(lmo
tn
.
Ordenami en t o se reforma la sentencia de lor Interino de 109 meoorM de catorce añca. Rogf'llo Fkva r Ri- preaanten li d&amp;duclrlo dentro del término que ' fija
al Sr. BonJfaolo de la Gana, 6 quito previa l'n Mlt'DtaCton y la Ley.
primera instancia qne se revisa y se falla . cardo
protetrt11, ""'le tenrtrl por dil!ICerntdo el car,ro. NotlffqaPlf'. Lo
\'Ulaldama. :llano 17 ~e 10og.-Lic Simón Gnaja.roroveyd
firmó el (' ..luet de Letraa de la 8t fraoc16o 1adtc1al: doy
Primero: Juan Vi llegas y Benigno Cortez 11.-Llc. yTrnlño.-A.-Agn1Uo
C, Garefa.-Antoolo Herrera Gar do.-.\-Marl.a no Bantoe Trevlñ,.-A--Jo86 B Vfllarraal.
o.v . 27,30,33 162'
son r espon s a bles como au t ores del delito cla. ~-R!!.brJca■.
Lo qne .e pnbUca en uta forma, en cu.m p'.imiento de lo mande lesioo :is q ue umt u amen t e se i nfi rie ro n. dado.
Linares, VIU'so Ud"' 1i09. · Lic. Lni1 Trevlflo,..- A · A&amp;'ulkl ..
0 ,11,a,aa
Segun do: se c o nden a á J ua n Villega s ásu - Garcfa.-A,... Ant&lt;la lo BenenGarcl&amp;.

ª:ª

fa

SECCIO~ DE AVISOS.

Cía.11:iiwra ªSan Palilo'' S. A.

e

fri r l a pen a de n n añ o, s e i s meses de o b ras
pública s que se con tará desde el día tre s
d e Septiemb re del afio en curso f echa de
Repdbllca Mexloana . ~ P re&amp;ldencia M unicipal ·su p r i s ión prev en t i v a . Tercero: se d a por Mont.eney, N. Le6D,
De c011formid11d con lo dispuesto en el ':"'articulo 25 y
c ompu rgada la r esponsabilida d cri minal en e1 670 del C6di_go Oiv!l .•igente, se h~ce saber al piíblico,
d e Benigno C o rtez co n seten ta y nuev e q_ue en la. Tesorer1a }[Ummpal de esta. ctudatl, existe Uepo9ltada la suma. de $,97 08 ochenta y siete pesos ocho eenta.,•Qi.
días q ue p ara . la f e c ha h a esta do preso; procedentes de }os !ohrantes de pruendR.S de plazo cumplie n con Eec uen cia pón gas ele desde l uego en do en 1~ remates efec?J-ados durante los de 'Febrern Marzo. Atml. Mayo, Sephemore y Octubre últimos por Ja.i::
libertad bajo de fia n za de diez p esos ó e n casas de empef'ío denomina.das •La Favorita- 11..Ei Fénix•
su defec t o y e n su oport• n idad bajo c a u- •La. B1mcn», .-LI\ Iden1, •La Surtidora•, wMo~te de P iedad
de Monterrey", y Su~nr-mlea Nofl . 1 y 2 del mismo· en el
ción protest a toria. Cuarto: amooéstese !Í eonceptó de que, ~¡ tr11.~urri&lt;lo:- &lt;teis meses. contadmi' cfosde
ambos procesados para que no reincidan y bny. _no con!parectcr&amp; ¡x:rso11:1 lili,;uDlL ii. rec:la.mar con justo
r legitimo titulo, las PS~~e:-11,das liemttliias, se les mandnnl
se les dejan á salvo sus derechos respec- n~grf'sar eu la RectlUllacmn ele Rentas Municipales de e,;,ta
tivamente en cuanto á la responsabilidad· emda&lt;l.; de 1\í'uerdo oon lo 11receptnaclo en el citado ar~culo ~6.
civil.
Quinto. Notifíquese dése cuenta.
Monterrey, 7 de Ditiembre de 1908.-P. C. MertfnM
99100101 -H. 11.Jf,
Así definitavente juzgando lo resolvió y B. Ramlrez Augulano, Sr!o.

DEMASIAS.

7

Demasías.

&amp; p1ibll011 Xexlcan a. - Pre&amp;ldenela M11nlolp&amp;l.Monterrey1 Nuevo León .
De oonformldad ooo lo d lspn ..to e n el artículo 25 y
en el. 670 del Código 0!'1'11 vigente, .., ht.ee eal&gt;Ar u
pdbhco, qne en la Teoorerla Muolclpal de esta ciudad
existe depositada la ewna de $64 .38ota . (aeeentay
cnatro p,aoe treinta y ocho centavos), procedente de
loa sobrantes efectuados du rante loe m eeea d e Julio
f Agoeto del presente aiio, p or iu CMaa de em fl.o
denominadas .-Montai\A. de Piedad•, •Ohihnobua•:-°La
Banca», •Favorita•, •Fénb.•, .-Surtidora» •M.onte dePiedad de Mooteney,, y 8ucurealee nt!m~roa 1 y 2· en
el concepto de que, ei transcurridos aefe mesee. ~n•
tados dnde hoy, no oompareciere pel'&amp;Ona alguna ,
reclamar oon justo y legftimo t1tulo, les expreeaci:as
demasf.aa, se lee ~andará ingreee.r eo Ja Racaudacl6n
de Rent&amp; Munl01pale1 de este. oludad de &amp;cuerdo
oon lo preceptuado en el citado articulo
Monterrey, 26 de Diciembre de 1907.-P·. c. 1/lartlues.~B. Ramlres Angulaoo, Brlo.

2s

868788-b.-!1'1-Abrlt

EDICTO.
NOTIFICACION.
Ju•gado
~
·
de
lo
Olvll.-1:
Fracción Judlclal.-Es·
Ju~ado 1' de lo Clvll.-1• traoc!ón Jndlclal.~E•ta-tado de N nevo León.
do
de
N.
León.
ffuno L,E-611
Oon fACha. ocho del mee en corso, se mandó r1tdtoar
Bo. et jniclode l:ite•tad.o, Mene, da la 6 aa1s 8-ñora lfa!l11elta
Sr. Apolonio Esparza.
fl.n este J azgado el Juicio de tntaetado de la Sra, Luz
Trr,Tt6o da León, ncln• qne fil' de fl■t.a Villa, H bao dfotad.o Jo.
av,toe que l la letra dicen:
....
En el Juicio ordinaria eaorlto aobre dlvoeolo, pro- HlnojoBB, vecina que fué de eata ciudad.
Viltahbm&amp; velattooeve de llano de mil uonoleatoll n.nna
Lo que se hace ssberal pdbllooi ftndeque laapereomoTido
por la Sra. RafaeJa Rod:rfguez contra Ud. ee
Vlato el aotertOr nombramiento de t.ator tuterlao hecho ¡,ar la
nae que ee crean con derecho 1\ la sucnlón, ae preaen•
ma:,~r de catorc• año• pero nutnor de •eintlnno, lrfi!)rUa 9Rnrlqa"• dloM nn auto qne &amp; la letra die« :
ta de León en la per.on• del 8r. Ptdro í..ec~., de ...ts .clu&lt;LVl,
Monterrey, Febrero "Veinte de mll n o veetento&amp; t-,n, deducirla dentro del tlirmino qng eefial ol art.
para qal'I
N!peaeote en eate Jn!oto sncuorlo: 1 vltk ta ~pta.~
1686 del Oódlgo de Procedlmlontoe O!v!lea .
cl6n y proteats del le1 deeeminñodel nombrado¡ d11b'ta de dlaoer· nueve. - A ane antecedente-e. y en vtst~ de lo expnee•
Monterrey, Marzo 29 de 1909. ~Llc . J. Gare!a Gua-.Irle y le dlaclerao d!cbo csr10, ooo.6rl,ndole al e!_ecto !PI f.colt&amp; to por la 0011:rrente y en conaeouenota del auto qoe
jardo, Brlo .
o.v.27,30,33-18i
d a u derech" necd&amp;riaa oua el m"jor dt&gt;••:nPf"nO de ■o. oom•"
-de Notlnqoetle de oootor01.d!Ml onn lo d 11r-ueato oo el artsculc. pr.aede t6ogaae por Intentada l• aater lor &lt;demanda
1.f&amp;, del 06dll" da1 Pr~1m 1t1ntc11 C',vtlel!I, pnblfquec ■, tanto •■tt i e dlvoroto en la v1a. Ol'dlna.r~11 civil. córr.tee t :as:::i.:!o
aÚWJ como el aoterlor de techa cuatro del actual, 90r trt1 vece&amp; de Ju cop1u almp~ea reap rctivu al demandado Sr.
EDICTO.
seouU.u• en el .p.,f64Joa 0ftr.ial• del Bitado J eu •La Vot. dE
Wºe'll'O J.eón• A•I lo rnol'fi6 J f!rm6 el O, Lic. Ellm6u Guajatdo, Apolonlo E p&amp;rza, ootfajadae y ro.brlcadu que aean ,
Juzgado 2" CcstitucioDal.-De Gral. Esoobedo, N.
Ju deLetrll8de la&amp;t fl'l,QM6n jai'Uclal: d•m&lt;&gt;fl t •.-Llo. Ga.,j&amp;r• de oonl , t mlda-1 00D el arl. 89l del Oódl¡o de Proced!~A.-1(,.,-lano Sa.nt.o■ Trn,ño.-1-Jo!, B. VUJarreal.- R6brl• dimientos Otvilea 1 empl&amp;C81-ele para que dentro del L"6n.
Oon fecha de ayer y por dlepo&amp;lclón d el C. Juez 1'
oat, vmaldam•. caatro de Vano de mil ooveotent4• Dtl l'-"8,-AI j11l ~rmtoo de nneve dlaa improrr.Jg&amp;blea l a C'lntealie,
clo &amp; que 18 n:f1er&gt;11 con el oetUl!.cado rle naelmtrntt, que 18 acom. t~n¡ABe como pat'te en 011t,e jalclo &lt;1e acuerdo con el do Letra• del Romo Olvll do la l' fn,.ccl0n ¡u11clal
Jltfi" ap,,r•ctendo del m111mo oert1ncado que la htr,de:11. Enrl• ort. 245 del Oodf¡o Civil al C. Agente del ~!lnlaterlo se ha- radfc!Mio en nt.e Juzgado &lt;le mi cargo, e juicio
quet•1de Leóo. ea menor d., 9dlld pero mayor de oatoroe en 11: pn Pdbltco 1\ quteu ~n su oportunthd se le oorrer, tam- inte.-tam~ntarlo de la finada 11-Jiuia Antonia Vill&amp;'fhttlliF&gt;lfl nombrei tutoT !nterln'l qns la rtp~.-ae'l:teen d:lch'l jolcto.
Not'ft:quer,. Asf lo provo,:ó y flrm6 @11 c. 1ner: de Lelru de la fl~ 1,ien t.rashl,'10 de la. anter10?' demanda para. el ejercicio rreal, vecina que fué de oeta Villa y que hlleol0 el
fr1'COMD Jn.ilctal: &lt;lflmr,e fé.-Lfo. 011,J,rdo.-A-Yartu:.o Santos de em atnbuclones, y por cuanto 6. que se i¡1tDO?&amp; el 1~í~ once del mes de Ja.nfo de1 afio pr6xlmo pase.do.
Trevlñ:1.-A-Jo,' B. Vlllarreal - RObrfoa■•
Y p~r d':3-posióo del mismo ci. Juz",ado 1• I.etnla
Lo qufl ae pnb!1ca en e11ta rormt. en comoll:o.len\o J pll.r ■ he rlomioH!o del dema~dado, Mllaeele ,a clt6ción con· so maDrlB publt('t»1" pClr t1"E&gt;R vf'Ofll de diez en (!jez días
ttlI'mfl al ut 86 tlel 06illg1l de Proce'llmionto!J Oivllos
rf..ct"8 de lo mat'dado en el a;it.o prlmer,imeotll'.' IDJ!l"rto
Vtll,lds.in•. 5 ,t"' Abril dt1191)9 - f,lc .lj:lm6o. Gnaj1,rdo.-A.-Ya eurtt~ndo e\ld etectoa, loe dtflz d!&amp;e coi:t&amp;du dE-e.1&amp; en el Periódico Oficial y Voz de Nuevo Le~n. de oon•
rl9¡¡f) 8a..a.\o.1Trt'r63.-A-lc!IA B. V,llarresl.
el sigui-:-,nta al d11 ta dltlma. publtcaciOn. N'otiffqueaa f'or:nida.'1 y p1,ra loe efocks del 11.rt. 1685 del Código
O.V.lt,12.Sl•lM.
Lo decretó., firmó et O Jn~z l'! do Letl"M del Rs\rno de Proc~~lmi~ntoe í!ivfü-·R
01'81. Eer,.obf.do. Mari.o 9 de l 9C'9 .-..Pelipe Ayala. .ílivll. doy íé -!.le. M Gil Travlñv.-L:c. Joe6 Juan
A-Fere ..ndo Rendón.~A Concepción L. Villarreal.
v.n,jo. Sr!o.~n1b,IC8B.
NOTIFICACION.
o. v.26 128 1 31161
Lo qns ea nottfic.a en &amp;1h formo en cumiimiento
Jingt.d&lt;) d"' Letru d.l!I la st rtacc!6'l Jnd!oial.-Vllaldama. Nn!- de lo dtapnaeto en e1 &amp;uto incettfl.
"f'O León.
MonterrAy 1 2 de AbrJl de 1909 -L1c. J"rd Jne•
EDICTO .
Sr. Nicolás Tredño.
Vallejo. Brlo.
o.31,32.33-!U
J,rgóldo
rtfl
L"tras
do
la z. Craoclón Juilcle1..-~4erelta JimeRn el lncl!cnte prrm~, ido Por el Sr. M&lt;'lchor 11'. Villatreal eontz, Noe'fO Lf6D.
br,. Qlle 1,, f\lK!lu11 que ba ce.u.111.110 tJecutorta la ■ l'!ltencl!I d-s rema'En
el
ja'c:n
t&lt;l■tamfluhrlo
A h111ne1 del Señor Apolon 10 G■ una,
ta dictada en el Jnlclo thcnttvo ml'ro■ ntH qne 11l3ue ea ID CQD\r&amp;
18 ha dlct"lo oor ,.,te Juiga!o el ant&lt;l a!galt-nte.
ant-u, rc&gt;b?O d~ oeec,1 u b!t.dlotado&gt; una sentencia qnti trucrita liNO'rIFICACION.
Ol,d~rt•lt• !lruénfi oac,1 d• Y:ann de mtl noveclento1 DU"-Te.teralmente di«-:
Por. prtioien\ado con el testl•nonl'&gt; dll tssta.me,3t.o pdbllc, .-blerto
Vlllaldr.ma, treinta Juno dfl Mano d!J mil l!/'l'fPclrntos nne•e..
Ju1g&amp;do s~ Menor Letndo.-Mo.nt9rrE&gt;y, N León,
q•c,
flA ACC'lnlOP.ñ, y ~c•aa de d fuoo16'l rMp~tlnt; r11dfqo.•118 en
--..visto ett"' Incidente prcmr&gt;vldo por el Señor Melcb . ,r Vlilarreal
uta Joq\llto el jatolo testam.,.,,t..urlo del Sdior Apolo'!.lo G•uo•
Nlf m.-d!o d" 110. ,-aorlto de f.1J~• 1A 1"11 el qne pide 8"' l\eclsr,. (JU,.
qut'l&amp;l!I
denuncia, t.é1e el •Tlso ordl!-na&lt;lo p,or el arto. l~ d'!- la ley
bu cau•a'1o Ej'!Cotorla 1,-. anterlN aenteocta ds rtimate de r..obt
d@I Tlmbra, pnbifQUIP89 e■ W anto por tr.-, V&amp;Of'8 conCt&lt;CUtiV'11 •nel
r'h-r: de Dtnlembr• d;,1 rñ., próJ:!mo paar.dr; vl1Jto el anto "º que
En
el
juicio
E'jecutlvo
m-"roantil
aegnido
en
su
con•
•Periódico
Ollclah 1 •Voi d" Nue-vo Lll'óo.•, ctr&amp;,:idoae, les here.
~ mando oorrf'r trub.do por ht'" d1ae al Br. Nioolis Ttf!Vlño. aln
QJ:P r-eb Sr. ee pr.-.uutua, Haouulo noob!t.&amp;l;'t'I de bal:&gt;er ■ Ido ira por el Sr. Ltc. Loren10 R&gt;f-1 se h1 dictado un aut, dfl'tM • demll.-. tntett!llod.011 l UD&amp; jain• que tend,!l lagu &amp; lat
dtea: df'! la mañ\n" dflil décimo dfa deapmh de 111, t\1tlma pabllca-clt'W.o te-¡almant•¡ .-18•1. la cltM:ttin psra 1ente1101a .en uU~ulo y las que A la letra. d!cA:
cldn para darlet&amp; cooocer el teatamea«l y el nnmbramlenlo de
.coTre■ oon~lf'ntta uoU.f,c-clonu, J 1
--"" . . _ . . , . ~
Mont!lrre.-. ll oC'b::&gt; de Abril de mil noveolentoa nne Albaceab&amp;ebo e:a. el mlmio, (arto, 1659, J&amp;s9y ir.o del C'61 1go de
Be.1a1tando: qu• be&lt;b' ootl8.oac óu •n f,um" de la expr~~!!
~t.-ecla I las pr.rte&amp; el actor mar:lt.. rló au co111',)rmtd•'1 y ,., de-- ve.-A aua e.ÜtecAdentea y C"mo ee p\de de oonfarml- Pr,-cadlmient~• Otv!Jee,) y por cuaoto rJ jn;cfo de !ote.Jtedo dal
Ignsclo Ga.n~•• que ae denouo!P, preverg"'• 11,l p,teote lobamandado no interpUAO reonrao aliruno deotro del tirmtoo eeñ11lado dad con el art. 1404 del Códtg'&gt; de Comi:1rcio cfteafl Or.
31, ¡,or caerJa aep,r•rl•, en vi.rtnd de no aparecer acumol&amp;blM dlJK'l' la ley, f
('loo11&lt;1erandr.: que can,110 rjPCUt.orla por declarscl6n jnd!c!al para a"lntencl&amp; de reme.U-. Notlflqnase. Lo dooretó cJt ·,, Juicio■, dH•,1v'éado11Ple flil cert·f,c'l.do r111;,•ct'vo. Not•f•qua
inWlrino de la J?4 fr.,,_4
i•g11ii, l•f11,~. II tlel ut. 1197 del Có11ffO le Pro,.dh:,,lenl,)!! otvflH v firmó el O. Alnalde ~ L,trado d.JtmM fé-L'c. l a... Lo d&amp;Dt&amp;'61 firmó el O. Jner: de L-itraa!loral~a.-A-Jest\l
B■.
1111pletorlo del de ()rlmerclo, lal!I H1ltet:nla11 d&amp; QU·I b•oht. ootillol\cl6D Divlla.-A-F. Gómez Garoía.-A-l'l!artln .l. Oondlez. elón jod!clal: d•m011 fé.-IJc Pollc,rpo
1cs~.
Ue.at"ro1.-A-Jo«6
Dnrln.
-Rl!.br
•n f &gt;l"tD1. 'DO u iD.terJtnD"' recn•eo alg'IIDO en el término 91fi:.Js1Q
L'l qos B·~ pcb1fc1 en cumpilmlflinto de lo JD&amp;ndado.
r,c, ta teJ como en el i,raeeo\e callO -Por to tiq,nesto. 1:eo• fllnda• -R~brlou
Oaderelta Jlmé11e1., U de afano de 1909.-Lic. Pollcarpo MoraLo que se ootlflca A Ud. en "Sta form11, de BOuerdo
m"'nto en la dl,.poalclón le"61 citada df'bfa de dacl ■ rar f. d~c!arc-:
,que l• antel'loruntenc!a di" rem"te. de fecb, diez de Die embre del oon el Art. 78 reform&amp;do del Código de Procedl· let.-A-Jea61 BIJ1esteroa,-!.-Jr9é DurAn.
0.V,I0,31,Sl·l~t
añ" 'Ptóx'.al(l papdoyqn• cbra l f JH 11 neltey U de eak npe-dl,i.'lltfl bs cansado tijecutoria. NotlffQ,naee. ,uf lntorloonV!rta- m ientoe CivllP.i.
Monterrey. l 13 de .!brll de 1909 ~Lic. l. Dávila.
rd,.0t111Ju ll''lllfo lo 1e11coh1ó y llrm6 el O. ~'In de tetras df' la!e, trao·
&lt;'ióo Juitc:1a1: i!amrs fé.-Lic. Blm6n Gnajudo .. A,. !11:ct.ttano Santoa -A-T. Oóme,; Garc!a. •A- Martín A Gonzáles·
RE~1ATE.-r~ Almoneda.
""Trn:fi~ - A.JOfé B VlUa!1"'al ··BObrtoaa..
o.31,32
Jurgado 2' Local Letrado. - Mont&lt;irrey. :.. León.
Lll que ae 11otltlca I Ud, f'D ee\a torm!l, en ctlropllmlsut.o de
lo d1llpt1e11t.o en 111, (rae, I del art '?! 1tfJrtD.lido del 06dl10 de
El tareero d!a babll deapuee de hecba la dltlma
.Pr~lru'entlle Cl'fllea.
Villatd,ma, ~ de Abril t'le 1~ •• ':,fo. Simón Goajudo -• J.-publleacl6n de eet• E ilcto A loa cuatro de la tarde y
Pl1BL!CACION.
llartano Santo■ Ttevlñ,,,• A-Ju• B. Villarreal.
o.11,SJ
el local de eets Juzgado. t~mdrá lugar el remate de
NOTIFICA CION.
Juzgado de Lotras de la 6~ fraoclóu Judicial.- Villal un terreno sito en la Hacienda de Tljerlnaa de eeta
d
N Loon
jutleilcoión, compt1Mto dq eteoto veinticinco me•
Jutgadl 1° de lo CiTi1 ..•1• !racci.'1n judiciul ... Esüt.do de •~:• el j~lc!o de ;ntutarnentarU A blenn de I• 8rñ?ra Frauol!I• tros setenta y cinco cent1m':ltros de frente al ~o?te
N1ievo Le n.
ca ooni,:~z de o,~,~. Teclua que ruf d"' 61 ta vma se bao dicta- por cuanents y nueve metros de fondo, colindando
Sr. Blas de Le6n.
dodouu•nsqu~tr&amp;;;cr1'os Htentmenteditlln:
oor el norte con una calle sin nombre que va de
Vlllald•m", tncs de Diciembre de rull novech!llt&lt;l11 1"1"-t.o,,- Qrlonte á. Poni:nnt,. p~r el or1ent9 con propiedad del
E:: el Juicio ~rrb&amp;l ord!trnrl'J eegu!:!o por el Sr. Aparec1eudo de ta trformacl6n que ª"'t"'C4'1"" q&gt;te los p·Nnntoe
T
i
dd
1
Mateo Gsr,;~ {"Oll c:mtra l~&lt;l sobre entri'ga doun b,red.Pro.,delaaok,ri.detstaoonct1l~nB011b~rto 1 Anroraílar,Sr. Gral G. i"Avln"I, por" StJ.r con pr'lpeda e
no, ae ha dtot!\do u■ AUto qne dice:
c111 Go ·,d.1~, a:m me:1oua dec6toree 1ñ;)8, &amp;.sAI Juzgtdo Jt:.S nom
·
los
S;e,
C.1.rlos
B3ldan,
F.
O.
Vt~tistf¿ll
y
Moleea
Vivebra~mo rn tutor int1&gt;rhiol'arAque le■ rt;Drt'!Bente t'n Ht~ jo 1clo, ro y de la tPetamentnria del Sr JaR'l J. O'LARry y
terr.
Mont~rrey.:.i l-&gt; oviPmbre
2 de1mild · Loveclentos
ocho.
al
Stnor
A bel Oerda, A qnléJ détele oonoc,mlM.to l ao d11 que ,,z_
"'• d d
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t
preMi
JI\ eorp•• 6 no el cargo. NotifTqonP, Lo prov~fó,.. nn:nó por el Ponlenvo onn prop1e a 0~1 ~!' Moiees Vlv&lt;&gt;ro
8 con F· pJO. Ju,,z de Letras de 111 6• r,,-cclón judicial: damr, 8 fé.-Lic. y el cual fué embargado en elju1oio enma.-rio que
-Ccm'l sa P l ·..i.e, pr~'l quPse a 1 J~enc
sióc. ju•-!tolsl A qm, se Tf;&lt;t\are el auto dPi f¡,oba. o:bo ~n..j&amp;rdo.-A-Karlr..oo Santos Trl:vlño.-A -·Jesé B. Vlllarreal.- promueve el Ltc. Oaldin'l P. QlllntanUla contra el
de Agoeto d3l f.fl.o f}Il curao dicl.ado por e:;te Jnz¡ado RO.brlf'-H
8 \" 8 R
lb
d J
d 1
¡ r,nyo eftcto cúropla!'le con lo ~n 6l dlspneato, y por
V1l1 \1,:tr.r-n,, 'ftlintku,tro de l-fano de mil nov•c1.,ntt.,1 noeve
r. '" . . '&gt;Untra oomo 8 :l.Cea e a sucesión e
b
y1stoelsn~rlo'!'o.ombrAimhn:_;to dtr1tutor Interino hÑ:bo p~rest.P, Sr. Juan J. O'Leary, en ~l concepto de qua sólo ee
ouanto t\ qu 1 Rg r b
prur- ':8 e 1 pr:,ente ja\Jiu ,nag~\3 et, 1a pu@onad~l a, u,r Abfll Oerd• de 11'!1•~ ne:~1od vua admitir,, posturse qU'"' b~etf'.'"! 11, cubrir }a:t dos teroellA cc,nCf!d@ el térn1tno
ve,inte días e&lt;1munoe
étótro- qm,
en r!lt"I Goazilf',:
Julcto ' k•sy menorne
catwcl 11n?e
Hum•
d ~ I a C\antIdf\d de •,.,1 200.00 \1'11 mtl doecien'l de
L d
berVIrrprt'.-l'•ot"'
y Au·oranartía
"'"ta la deaoept11c!6n,,y
prott!
8 , 8 r,1s pal'tre
' N bit'
0 , igo-i 9e.
J&gt;r0!'rJi(!I. b 183 pUA. e. O.
O ecr;
Y d~ fi"I di~,, r.JD~i!t&gt; a.. 1 uombrado; d•bf• de d1s ..,nlrl"' y le di90flr. t:&gt;e peBG-8 eu que fa6 valorl~Rd.o dicho tnmueb:e.
firmó el O. L\o )lac'!'ldlJDiO Gil Treviñ,,, Jun 1° d.:-, af6dirhc c:i ·g ,, codir1bdole al ~_(&lt;&gt;Ctola• facnlta·ks -'" rt"'rnh:1
go_ esta Juzgado y be.ali\ la b?r&amp; del remate. ae
Letras del 1{3mo Civil: doy fé:-Llc. Travifto. -Lic. nec,s1.rtoa ~:\r" •1 m•jor d""'!tmp~no duu comet!do, Nottf{qu,....
t t
José Juan Ya.llejo. Srlo.-.R0briccs.
~1ec-,ur r"'lidad con lo d!;ipaeetoen el arto. 18&amp;6 del C6dfgod~ m 'llR r1trdll 1oe rle.toa qua 88 SQUcltan.
, ae le h"-CO Hbar li Ud. en esta forma de B rocedlmlentoa Olvtltll!!, pnb'fqu•;;i t6nto e•tt1 auto como el anttr.'\lontorrey, á 3 de A.brll de 1909.~Lio. J. 1\1. Villa•
rlor de fecha tr(llce d'!I Dlclembrft dfli mll no\·tcieuh,11 ell!lt~ l)Or trea señor
o 80 31 32
Lo qu v
ouardo oon lo dittpueeto en la. fr&amp;c. I del art. 78 Cel .-i,ce■ oons~utlva" en el •Periódico 0Oclal• del E~t.ado y eo •L•
•
· · ·
Cód!go de Prooadtmtentofll CiviJef!I.
Vc1. de Nuevo t&lt;-óo•. Asf lo !"f110lvlóy firmó el o. Lle Simón Gua
EXTRACTO
,ey. Abril 10 de l009 .-Lic. Joré Jue.n Va- j,ndo
,loer:
de
Letns
de
'"
6t
fr~ón
ju
Hclal:
damos
fé
-Lic.
.t.
•
0u11jardo,-~1larfano8A.nlo1 Trev,ño.-A✓osé B. VJllarre&amp;l.1/lont.r.
llejo,
8rlo.
o.31,31. Rtb-rtcu,
Apncla dt'l laSeoreu.rta de Fomento en el Ramo de Mloeda en
Lo qne ae publica en e■ta forma eu 011mpUmteoto de lo manda. Lampt,zoa Nuevo Le6o.
·
doen e1 auio1'.1tim11.menteln■'!lrki.
E:itpedlente N. 889.-oon esla f~h~ val11tl11•t1 del puado KarVlllaldama. t5 de&gt; 'ilarzo de ltfi9, -Lic. Blmóll Goajardo ...-A- -io, Ju dlei de la m \Ü3.H 9'J ha pre;eots1o en la Ag~ucl.a el Sr..
Varl!t.no Santos Tre'll',ñl),-A Joté B. VU!arre.1.
Mlgnel Ferrara Volp'!I vaclni&gt; f1"1 PS'-" clu111'1 deunnclaodo diez
0,v.a,,37,8'2-164
y 11el1perten&gt;11t1cla1 minen■ sobre varia■ v eta■ que oonttenen pla
ta. plomo, y f P.drto altnadat en el R1no6n de la Plomosa perteneCONVOCATORIA.
ciente l l• Sierra d"I Lampawsde Mta jur;adlool6n¡ cuyas porteuen
cias ■ s medlr!l.n de la manera s1Au1ente: tomattdo como ponto de
Por .auerdo del Oon.sejo de Admtntatraci6o, ee conpartida la nvijonera No 4 del fdndo minero ''La PermanfliDt.f';" de
'fOC&amp; !\ loa a,ñorea acolonietas de esta Oompafifa para
aqotaobre Unea No 2ª W. aat H m'!ldlrt.n. 200. m~tro.; de este
EDICT O.
pnnto al 9. ~So W ut, 4.00. m :•tres; de tqol al 8. 2o E. ast. tiOO.
Aumblea General OrdtnarlA q'le tendrá verltlostlvo
de •qct al N MI° E, 400. metros y de e■t.a mojonera d pan
Ju•g•do de Letrea de la 3• fraoolón Judiolal.-Ll- metroe;
el d!a 7 de Mayo próximo, A 1aa 11 a, m. r,n le.e Oftcl·
to t lamoj'laera No 8. de ''La Permanent-e" con rumbo ff&lt;l 'P W.
Dall del• Negooiaclón, o,,lle del Dr. Mler Ndm. 104 naro, N. León
■,et. 100. metros para cerrar el perfmeho cayns b,doe. lo\erlorea
lfmltadoe por el ,a cltAdo fundo; siendo sus colloda.nctsa
Con teoba oatorco del preseute se radicó on (late de qued1,11
bajo 1• algu.iente:
por el Nerte. Bnr, Eate, y 088te, terreno libre, y pone por nombre
ml
cargo
el
jutc!o
df'I
inteetamentarla.
á
bienes
del
Sr.
l
eete
deuunolo.
•L~ Tnncs.•
Orden del Dfa:
.\dmitldo el antflríor deuunoto ae manda 1mb'lcar en el •PflFranolaoo 'i'ald6s ürrlaga, vecino que fn6 de eela
rl6dlco
0ficlab
del
Elltado por tres nces 1&amp;¡nldaa y fliD la tabla
1" Informe del Ooneejo de Admlnletraelón.
Olndod
avlsoede •ta Acencla i,o, un mes y M nombró perito para qne
z· Pre@ent9.cl6n de las cnentas correspondiente. L , que e• manda publicar en el Periódico Oftclal y de
pTactlqoe la medida de e!!\" flltldo al Br. Eplamento Ayarugoltade
al a8.o encial.
s-1 Trueno que se edtct&amp; en eeta oludad, de diez en esta vecindad qnleo aceptó el nombramiento,
Lo qae ae b~ •her al pl1b!loo ad'll'irt!Gnd,:,ae que desd.e esta
8) Ampliación de la• dtllldadee.
diez diaa para las personas que ae or!lan oon doreoho
se abre 1111 plFUO lmprorrcgable de co.l\tro mNe■ para 1a
,i• Nombramiento de un miembro de la Junta Di• , la herenola &amp;e preeenten II deducir la dentro del tér- fl"t'ba
mb,tanclaelón del lhpedlente en eata .\ gencia..
t.ampuoa, A.bril 5 de 19::1'9, -E. A, D. H.-A, Beyea.
rectlva.
mino de la l•y.
0.80,81,M
:?d'.onterrey, 12 de Abril de 1109.-J. B. Banford,
Llnaree. Enero 16 de 1909... Llo. Luis Trevlfio --A-Pru
o.a1,ai,aa A¡ust!n C. Gárcía. • A--Antonlo l!errera Garcla. ·
EDICTO.
o 28,31,34
2t Sala del Tribana1 Bapremo de Juatlcla,-llooterrey,~Nne•o
León.
NOTIFICACION.
En la causa instruida contraJ Lucio Pefü¡ por el
Jn1g•do :- Local.-G:al. Tarin, S. Le0n.
delito de robo se ha dlotodoj un ;auto qne ti la letra
Repdbllca
Mexlcsna.-Pre,,ldenola
Munlclpa!.-MonSr. Rafael Garza Pariente.
dice:
torrey. N. León.
Monterrey. Abril elet.e de mil novF:cientosuueve.En el }uicio verbs.l ordinario que le tiene promovido
A las diez de la mallan• del d!a 18 de Abril pró:tl- Sienclo necesaria. en esta Sala la oompareecencla de la
antq este de ml cargo el Sr Manuel Bedia sobre nu•
Udad de un• eecr!tnra de compra -.enta ae ha dictado mo. en el Balóu de Acn~rdoe del R Ayuntamiento, y g,.,._ Bernarda Nuñoz. para h pr,otloa de una dlllgpnen el mejor postor, se rematar'- en pt1blioa subasta cla judicial en eeta averlguaclon 6 ignorandoae 11n
el •lgulente auto.
Gral. Terf.n. Febrero veintidós de mil novecientos un t"!-rreno de pronif\dad municipal que comprende actual residencia cttese por medio de edictoa que ae
Jtueve -No be.biend0 oonca.rrldo el demandado l la u na enperftaie de 2 126 .12 metro. cuadrados y tiene pub1lcl\rlio tres VEIC98 coneeoutivae en el PerlO:Uco
andle~cla, que•• reftere el arb. 1058 del 06dlgo de por oollnclae lss algulentee: al Norte, calle y callejón Oftolal del Esmdo. de oonformldad oon lo dlspue&amp;to
Procedimientos Oivllee verillcada el día de &amp;ute ayer aln nombre de por meito. oon propiedad del Señor por loe aTta. 27 y 231 del Oódlgo de Procedimientos
o!teBele pan eentencla ¡,or medio d el Periódico Ofi- Manuel Rodrigue•, al Oriente, acequia de Laborea Penales A fin de qoe oomparzoan dentro del término
de laa publloaolooes ó loa diez dlas deepnés de hecha
cial del E,hdo. Notlfíqnoae. Lo decreto y ftrmó Nuevas, y al Pentente 1 una calle eln nombre
Dnrante el término de las pnblloaclonee, q~e se \1-a- la dltlma, reeomendindoae i la pollcla Investigue au
el C. Alcalde 2° Local propietario de ..ta VIiia: damoa
.Asl lo proveyó y rnbrlo6 y el O. Moglstrafé. -Jeeds G. Oortlna. - A-A. Rodrlgue1.. -A--L. Tre· ráu tres veces, de atete en aiet:.e d(ae, y ha.ata la hora paradero.
de la eubuta, 88 admUlirán poatul88quecnbran la can- do de la 2\ Sala.-Rdbrlca.~Llo. J . M. Vlllaeañor,
TIiio. -Rdbrlcaa.
-Rdbr!ca.
Lo que ae manda pdbllca?' de oon!ormtdad oon lo tidad de $30.IIO trelota p«eoe en que ha eldo juetl¡,r&amp;- Sr!o
Lo que se manda publicar en esta forma en cumplimien•
dlapueeto en la r,aoelóo ~ del art. 78 del Código d e cla.do dicho terreno, bajo el concepto de que ee le
eonoede al denunciante el derecho dol tanto.
to del auto inserto.
Prooedlmlentoe Civllee.
Monterrey, 7 de Abril d e 1909.~L!c. J, X, VlllaMonterrey, 97 do Mano de U09.--P. O . Mar!J!un.
e ral. Terf.n, Febrero 2i de llOi.-J..111 G. Cortina.
oe!lor, Srlo.
o.30 ,31,3il.
B
.
Ramiro•
Angulano
.
o
.'rl,$,Sl
,-.l- A. R o dr!¡nn .-A-L. T revlllo ·
o .31,82
PUBL1CACION.
Jtn1M10 de Letru d&amp; la IJ fr11C-Olón jndklill,... Vlllt'ldama,

t.

Señor Severo TreYiiio.

"ª

SAXFORD A.~ D Cía. S. A..

PREGON.

�PERIODICO OF1CIAL

8
NOTIFICACION.
Juzgado 1~ de lo Clvll.-lt rracclón ju.11clal Estado de Nue"l'o

l

o

~J?IC-:Sº· ., . . .

J 111.gaJo 1 . ,le lo Civil. ••l. fracc1on JUd1crnl --Estado tlc ); ueYO León.
·
,
E •
En el ju.cio testamentario de la BriQl.. Josefa ClonSr. Lic. Juan N. de la Garza y v1a. 1ze.lH Garza, se ha dictado un auto que á le. letrQ dioo:
En el j,iloio sumarlo eacrlr.o c¡u 1 eobr~ res,lelón de nn contral\fon~rrey, Marzo trece de mil novecientos nueve.
t.o de a,r..,11am1t,ot.o y p•go .,~ rentas e;gne la repreaentaoltln .de ..-Por presentado con la a&lt;'t&amp; de defunclGn Y teetlmQ·
loa SreR. z,cnla! Mendez 11 Hermano c&gt;ntra el Sr. Ernesto H ..¡en oio dfl teetomento pt1b!ico ablerto que se aoompt.fia
¡ 41ulen Ud. representa, se h dictado una 1eutenc!A Interlocutoria Con fundamento en el srt'l'ulo 1669 del C'ódlgo de
41ae , la letra olee:
•
Monterrey Ab,11 cinco de mil noveolentoa naeva. - VJstos es- Procedimie11toe Ovlles. radíqnese ante este Jnzgado
toeant&lt;loen arttcolr; v.
d ,
el ¡utoio taetamentarlo de la 8rita. Josefa (}nnzáler,,
Resultando· Qne PI Br, Z cufaa Y.énl\tz por fiU escrlt,&gt; e , el
l
·
1
t' ¡ 169 d }
oha diez y sel• de llano t!ltlmo, 89 p:(s&amp;n\6 ante eat&lt;1 !orgado, pi dénse 08 av 808 que previenen 08 Br 1cu os
e A
menl\o ••decl&amp;rara ,j...:utorh ta santencla deíioltlva dictada en Ley del TJmbre y 30 de la de H&amp;cienda vigentes. Pueerejulc!n;y mandado sn•tanctar el lnoíden!e r,•peotlvo, se corrió b 1fqurse eet!l anto por tres veces consll&lt;'ut!v11s en el
k~@lado ¡¡ ¡,. contraria. la cual no -:vaouó dich;, trAslado, Y II sobll• Pertó :llco Ofioia.1 del Estado y en «El E•pect-ador » v
cltlld del actor ae citó para s,nt•nc,a en artícalo, qued1mdo am •"
. ,
, .
p 1 rtea 1e1ralmente nottfloadas de dlrb, determiutclón; y
apareciendo qug todos lee imt1tmdce herederos B0ll
Oon,tderando: Q"a no oau~ando •j•cator!a pur mtnisttorlo dP; 1&amp; vecinos de esta Oludad, de conformidad con el artícu•
ley
la aentencla
de c¡n" 11e trata, dtb• h'llers• p,r declaraclón JU· l
, d l
Ord8Dam¡ en t o, Cftc• 8f- 1es ..
" 1un t a COD
dlrlal
el eeti en algnoo de los c•s ,a que prascrib, el arto. 697 df'I O l 670 e mismo
Oódfgo de Procedimientos Cl,•11011; y como dl~ha sentencia 88 notl el objeto que exrreea el 1669 de la propia Ley, qu•
f,có en forma á las partes, eln qo" dentro del térm•no l•gal s~ 1.n- tendrá Inga.! en e local que designen los lnteroeadoP.
tf.rpuaiera de ella recnuo a g lilO, Proc,de tal declu&amp;elóo, de co11
d te
d' hAbll d
~
fo•m'dad con la r,scclóo lJ ,!PI cltlM!o artículo 59¡ del Código de lÍ l11s cuatro de la t,11rde el rcero 1a "
e&amp;pnoF
p,.,cedim!ento• Oi\""ll•s. Por 10 expu •to y con fnndam~n!o Ade- de hecha la t1ltima nntlll.caolón, concurriendo i }1,
ml\8 ~n el •.rtlouli:, 600 d~l olta1o Oólltg,-, P• reiuelv~. ie decl&amp;ra l'Xd◄r6Snda ·unt!\ el (J. R t&gt;caudadsr de RPntee del Es
1
'ID&amp; ha c•o•'\l\o Ppcutona I" ••utencta dt! ,oluva dictada &lt;'n eale
l O ,
te d ¡ M. · te ·
jololo con f ch,. vslnte de Feb·ero p·ónmo naeado, NoLif,qoese. ta o en esta Ciudad Y e
. .-,_gen
e
lDlB r1c
A61:l.nterlocntorlt1m,..,te jazit•ndo 10 r...01vfó y f·rmó el e-. Lic. Pt1blico pol' tfner intf!Téa el F eco del Estado Pn 111
llaoed.oolo. Gil Trtv·ño, Juez J9 de Letra• del Ramo Civil: do¡ fé. preeent-e sucesión N otl:ffn n "81'. Lo decretó y firmó
-!,fe, 11 G1I Tre"l'lno. l,lc. José Juan VaU. JO, Rrlo. RObrlca•.
• "
J
•d L t
Lo que se not!f•ca r. trd. en Pata forma de c~oformldad con Jo el O. Lic. M11siooonio G 11 Trevlno, uez 1. e
e raP
dlept1PBto por el utrculo 78 d"' C1d'g,, de PNlcedlmlentos Gh-llea.
del Ramo C,vll; doy té,-Lic. M, Gil Treviño -Lic. José
Monterrey, _\brll 7 de 1900. Lic. ]osé .Jasn VallPjO i1~·:rr1o. Juan Vallf-jo.-Srio. Rt1briCP.S.
' '
Y en e:umplfmvnto de lo mandado expido el pre•
sente para eu publloacllln.
M,rnterrey, Ma:-z-&gt; 31 de 1909.-·Lto. José Juan VA
llejo, Srio.
o.30,3J,3i
Le&lt;&gt;n.

.

Cia. Minera La Oriental/8.fA.
.
CONVOCAT .O RIA.

Cía. Minera ··La Fraternal" S. A.

EDICTO.
Jnr.gado 2? de lo Civil.-1~ uacc!6n judicinl.-Est~do
deN. León.
Oon fecha diez y @iete del actuel se mendo radil'e.r en este Juzgado el juicio de inteeta(lo del Sr. NEme·
oio MartfnEZ, vecino que tné de esta ciudad.
Lo que se pt1blica en eeta fotml\, para que les pnsonas que orean oon derechp á la euceeión, ea prfstn•
ten á deducirlo dentro del término que marca el ar~1685 del Código de Procedimientce Uivlles.
Monterrey, Jfarzo 12 de 1909. -Lic. J. Oarof~ GoaJa.rdo, Prlc.
o.v.25, 28,:.ll -161

EDICTO.
J U2"¡rado 2• de lo 01-vll.-l• fracción judicial.- Esta
do de N. León.
Qon fe&lt;'he. treinta del mes en coreo, ee m&amp;Dd6 radicar en este Juzgado el juicio de irteetedo del Sr. An•
dr~e de la Cruz, veofno que tué de ésta ciudad.
Lo que se pone rn oonocimierto del -pt1blico para.
que las pereoDas que se crean con dereeoho i Ja soceci6n se pres&amp;nten á éleduolrls dentro del términoque marca e! art. 1686 del Código de Procedlmientcf".
Civiles.
)Ionterrey, Marzo 31 de 1909.-Lio. J. GRrcfa Ouajardo, Srio.
o.28,31,34-1113

EDICTO.
Juzgado 3° Menor Letrado.-Mcnterrey, N. L6ón
Oon Esta fecha se radicó an Pete de mi cargo el
Juicio de lnt-eete.do del adulto Luis Camacho. vecino.
que fué de esta ciudad y quien fe.lleci6 el 23 de Enero
del año en ourso.
Lo que ee hace eabar &amp;1 pl1blico e n gennsl para q u&amp;
las personas que ee crl'a.n con der Pcho á. lo h erencia.
se presenten á deducirlo en el término del a1t 168(}
del Código de Procedimientos Civiles.
•
?&gt;forterrey. 20 de Marzo de 1909.-Lic. I Dávila.A-Gómez García.-A-Martrn Goniález ,
o. 2S.31 ,34-163

Por acnflrdo de la Juntl\ Dlroctiva de e&amp;ta Oomraftia, se f:lta á Sres. Accionibtas ñe le. misma. á Junta
General Ordinaria, que se varlíbarfl en fSta ciudad á
P"r acoeTdo de le. Junt1' DlrectivP, ee hnoe Fabar 11.
las 4 p. m. d.el dfa 30 del actual. en la cesa. del Sr.
Plutarco Gonzáh•z, citi¡ por la calle del Oomercio loe Sres. accionletae de esta Cia., que desde el dia lli
para trahr loe esuntoe:qne c::&gt;mprende la siguiente: nel actual en adelante. se repartirá el Dlvid'ionuo
No. 104 dP... . . . . . . . . . .. . . . . ...... ......$10.000.00
( Diez Mil Pesos) ó sean ~ fl llO ( diaz pesos¡ por acción,
Orden del Día.
h-.i.ciendoss lee pegos todos loe &lt;lfas laborables, en
1? Informe de la )[esa Dirertiva.
cambio de recibo y cuponfs correspondi&amp;nt,t&gt;e, en
2° PrPsenteci6n de las (U!nttas giradas por la To- México, D. F. en el Banco InternPcionnl é Hipote
eoreria en el eje:rcio .., ,eial qoo términa, para "ario, en )lonterrey, en fil B,nco Meroontll da Mon•
su aprobación en su ceso.
EDICTO.
terrPy y en Lt!mpazoB. en 111 Oficina de In Cia. ca.llfl
3°
~ombramiento do nueva Meea Directiva.
de Comercio No. 101,
Ju,~ado
de
Letrei,
de la 2• ftacc!6n judicia l .·- ( ade
4•
Tratar rmalquier otro asunto que so presente á
Lampazo,;, Abrii ".! d3 19 J9. - E l Srio. C. M Ga,.z• . reita, Jiménez, N" . León.
discución.
o,2íl,30.31
H oy ae radie:6 en tete J uzgarlo el Ju ici.&gt; da ir,tce•a~
Lampazos , Abril li.d o 1t,09 - El .S:io ., Plutar oo Gon ment erfs dfl kA Srra, Dnni,il S. Sade y D&gt;•ñS E sther
dkz.
o,3\31,3!
Lf zsJJo de S ,da, ~r,dncs que fut:rcn Ce t:t&gt;ta ciuc ad.
Y por dlqp, 1,lcl6n tl · l U. T.ic. P, 1irerro "ft"c&gt;Te ( " ·
Jn"2
de Lrt~r... nterh;o dfl la 2' frac·ci611 judkle.l de'
1
El Oor et•Jo de é.dmfn &amp;1red61' ñe esto. Compa.ri
E~tado. Bt&gt; mP da. publlcflr d pres nte edicto tree:
VCl&lt;'CB de dh z n ot, z ~I s en ol Pu'ó&lt;lh o 01:l.ci • e~
t
b!l'tón "" $ 1 óO dD"U ot• -qsut v s pnr r ('Cl6n, h G bi r o del "Uld y 1n Te. Voz 1le&lt; Xn v.: L 611,
á fin no 14oe Ir" p •s.11
qu1 Ae ,re J con dne
S1-·c,l'' W-\ Convocatoria.
oua , b r:\ c11hrl,. "l ~f 1ñ d!;&lt; J.ri;.
t,. m 'I
1
á .,_e ;ll 'rl&lt; ,~ r. tro
No h 13: n ...o'J¡iid&gt;vA !i t!vnporf 1~a d(,quirn
M"rtí-.;-H.,, Ab 1
úe -u:¡ -ElS,i. A f'•,-,vA ·,1110 r, le hflrr.:..c!a " ir.- nt
,1 témil~o y_L', cc
cne d uf 1fi8ñ &lt;lcl &lt;,6c g de:
la A amb :la G0n r
O· ; ,.,..
J e ti.
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o 2 'M :P1" ' me t ( h •í"
c!t.!\.1h :1i -,• clf t 1 t , o s' n ·s p::, p~, R~~n:t JmhH: ' ' " AbTil de 111 O-¡,,, Pc.:J
acu r &lt;J Q I (' '" 1o dó \. T n' [ . t
fÍ'l B' C0l\VOC
carp, ~ r 1 s. 11 Ju,1 Il l rate1·cr ,\ Je, r. Dnrfn
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O rden del Día.
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! cn~ntm •!toada entre Is~$ y 4i call•u1 Po.rien•e do la p111·c. Gr- 1 H,y P r d1'lposlrf6n del cinl~ad&amp;no J 11 z re Lt1•11s,
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IV
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o 31 ,32 1!'\, ¡or Tl{.S'•'" cor;o,-IJl6ndoe~le al d.nnccloute el de1e~ho del lr.r,to q,.~ qoe i ,'3 pcrsouns qnc se cuan rnn dnei ho á ia hs1 a ley a_cno•da. .
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renda ;,n preecnten á cednci:-Jo dentro dol té::n:ino
S. N.delo•flar~e.MarzoUdelG09.-S&amp;D tos Lozr.no nont tl qnene.r Rf&gt;l'ot:f'fa"nel
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G,,11tc. -&gt;eo,etarlo.
202sso
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•
J, 1
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u e, -..vo go -.u • oce•
1f!,n:,1ent. e C1vfüs .
Arrr
mb~rrl
,
Marzo
lS"rle
19r,9
- Estelian ce\ Toro
KOTIFICACION.
A- V . J . P{"lrres.-A...'.)Jodesto T c ir.:e.
•
Juzgndo 2° de lo Olvll. - 1" fracción Judklal.- Es ta•
O. V . 25, 28,?.l lit
dl de Nuevo León.

AVISO.

Tbe Ajuthitlan ii1inin[ and rrtillin[' Cü. S. l . ;t;h ;~ ;ª1~~iio~1{ ~~(~~~~~n!e~~ J~1t~.l)~~hi

L

REMATE.

•

11

¿

Cíaf 1Hnera , To110 Chito,&gt; S. .A.

.Sr. JesÚ9 Ramos Alcacer.

CO\'OCATORIA .

E l Oonst jo da AdmiDi&amp;trsción, en eaion de boy
EDICTO
En el juicio ejscutiv,1 mn.:iar.tll qu3 l'ontrs Ud. e.oordó citará Junta General Extraordinaria, para el
Jnzgedo
20 CcvaU:otloneJ.-r;uno Lrcn.
signe el Lic. Miguel Tr.,v!ño. e;on pouer de los Srs . día 18 de .\bril á las V 1&gt;, m. en P.l local de la •Bolea
En el juicio testamentario del Sr. Eevero Ch~pe ee b~ dkt&amp;do
.José Ct1.lder6n y na. Soca. ecbr3 cob!'o de peses, se ?&gt;Iineran ce.lle de Dr. Miar :N"o. 61.
un auto d&amp;l tenor &amp;lgnlente.
b!I dictado un auto qua á la letra dice:
Puquurle Chlc1&gt;, ,1arzo diez rle mil no~ec!cntoa nueve. ~omo
Orden del Día
ee dlepc,ne en el decreto &amp;operlor qne snl&lt;'Cfdf, raMouese en P Monterrey, Marzo treinta y ui:;o de mil ll'lVecien•
t"
.lnrgado
el Juicio testamentario tlel tinado 1-!~""'" ·ob~va. dél'@
lJnioo.--D!ecntfr
y
a¡:rr.bar,
ei
hr.y.)t?gar
las
propoei
toe uuave. -A sus antecedentGB y como se pf.ile de
el ~viro qne previene el articulo ló9 de 111 lev del Timbre \"ll{ent~·
conformidad con lo diepuerto en el art. 1404 del 06- eiones qua ee hacen pa-ra el arrendamiento de lee uubllqcérsa l&lt;'• edictos en la f~rm.a orrlenada .ror ~1 arU~olo 16 ,ti,
de! C6dlgo de Procedtm!Ett tos, •l\"I'"" y cltee• i ios mtereeadue g.
dlgo de Com9rcio, c1t9~a para sentencia de ri&gt;mate. minas de esta OompeñtP.
Siendo de suma tmportanola éot(I asunto, Sfl suplica la ¡unta qne pre\"lene el artlcnlo 1669, del ptQplo ort!eu•m1ento
Notlfiqueee. Lo decretró y firmó el O, JuFz 2º de
la.que tendr, lupr en el local "" este JozR11do el df&amp; 24 do
li.
los
Srs.
acclonletae
se
sh·van
concurrirá
&amp;ta
AsamLntrae del Ramo Oivil: doy f6.-Lic. Luna -•-Lic. J.
m1amo mee, laa nueve de la moñ ,ua. Notifiquese. A•f lo de~re
bleB.
tó Y firmó.,¡ O. Alcalde 29 Local: demos f6. Al•jaudro Gnerra _
García Guajardo. Srlo. ,....R11brlcae.
A- .Tollan Obapa. A Abundlo Ro-frlgufZ
Monterrf'y,
Man,
31
de
11109
-El
Secretario,
A11rn
Lo que se notifica á Ud. en esta forll.ta de acuerdo
Y en cnmplfmf6nto de lo mandado expido el presente para eu
o.29,29,30 pubUoaol6n.
con lo -prevenido en el art 78 del Código de Proce liano de León.
Peequeri&amp; Chica, ~larzo ll de 1909.-Alejandro Gn..rra.
cllmientos Civiles.
O. V .25.28,31-181
Montsrrf'y, 6 de Abril de 1909 .-Lic. J. García On&lt;1jardo. Srio.
o 30,31
Juzga.do de Letrado de la 6• tracción judicial.-Vi
llaldema, N. León.
EXTRACTO.
Oon fecha de ayer se radicó en este Juzgado de mi
Agencia de la Secretería dfl Fomento en el Ramo cargo el julelo de intestado á bieD€s del finado Sr.
CONVOCATORIA.
de Minería en Monterrey, N. León.
Guadalupe Vlllarreal Avila, vecino que fué de eeta
Expediente 1648.-El Sr. Lic. Salomé Bo¡ello de Villa..
Por acuerdo 3-el ConsPjo de .Administración, 89
esta vecindad, con feche. 2 de Diciembre de 1908.
Lo que se pdb!ica en estn forma, para que lae per convoca A l&lt;'B Bfnores acclonlstre de esta Oompañfa
solicitó ante esta Agencie. 40 pertsnencias mineras sonae que se orean con derecho á la herencia, se pre- para ABBmblea General.Ordinaria que tendrá veriflque se obicarian en el lado Occidental de la sierra senten á deducirlo Pn el término cue Hña.la el art cativo el día 30 dí&lt;, Abr1l próximo, á las 10 a, m, en
de Mllpilla.s en el Rln6n del Goloñdrino, en munici- 1686 del Código de Procedimientos Oiviles.
· las Oflolnas de la Negociación., calle del Dr. J\lier No
•
palidad de Sa1inas Victoria, y con esta fechs se ha
Villaldaml\, 13 &lt;i.e Marzo de lRCl9. -Lic. Simón Gua- 91, bajo la. siguiente:
presentado el expreeaio Sr. Lic. Botello, pidiendo ja.rdo.-_\-:lfa.rlano 8antoe Treviño .-.J.-Joeé B. VillaOrden
del
Día
reducir i 16 las pertenanciae que antes habla solici- rreal.
o ,v .26,28,:ll-161
1? Informa del lloneejo de Administración
tado, y lae que ee medirán en doe lotee. formandoe,3
2, Pres__'.!ntaci.ón de l11e cuentas correepo~dfentes
con cada nno de ellos un rectán~nlo de 400 metros de
al eno social de 1908 y dictámen del Comieario
EDICTO.
longitud próximamente de E. á W. p,:,r 200 de ancho,
.Aplica.c!6n de les ntilldañPs.
·
debiendo de haber de la eequina N. W del le.te del
Ju,;gado de Letrae de la 6• fracción judicial.-Vlllal4 Nombramiento de un Corulsnrio y de eu Su,
Sur. á la esquina S. W. del lote del Norto. próxlma- dama. N. León.
plente.
mante 39!l metros, quedando los dos dichos lotfle den.
Oon fech!\ dos de Enero de mil novecientos ci11co. ee
Mc•ntflrrey, 30 de :IInrzo de 1909 .. Ernesto ].ladero
t.ro del Rincón del Golondrino, teniendo por todos radicó en este Jnzgiido de mi cargo el juicio de intes
rombos terreno llbre.-F.sto. solicitud se denomina tndo á bienes de la Srll,. Lugar&lt;la González V da de Presidente.
c.28,29,30
•Victoria.11_,._Lcs meta.lee que hay dentro del terreno Villsrreal, vecina qne fné de reta. Villa.
·
solicitado e1m tlerrosoe, plom:isoEt, y :dncosos con
Lo qu~ se pt'.ibllca en r·et-a forma para que Jr.s perplnta.-El perito que eo nombró par11- que haga. IRs sones que ee cre2n con dareüho á la herenola se prn•
medidas lo fué el i;r. Dolftno de J. ::,g,ntoa, vactno eont€-n á d€iiucirlo l'n el término quo fija el a.rt 16f5
IMl'RENTA DEL GOBIERNO,· E"J
de Villaldamo, quien acoptó ni cargo.,... Lo que se del Código Procedimi-.intos Civll!'s.
·
.l.'I
.ALACIO •.
publioe.ra en los tér:rminos dfl la Ley.
Viilaláf.ma MarZt.) 9 &lt;le 1909.-Ltc. Slm6n C1uajardo
1
nnmtOR
Y
10l!I~!Si'RlllfiR,
Monterrey, Ene?o 27 do 1909.-R. Ya!dez L. e'1o. ..,._A-Mariano Bnntoa Trevliio.-A-Joeé B. Yillarreal.
A. de :II.
o.29,30,31
o .26,!.":8,31161

~\e

EDICTO.

Cía. Carbúnifera de Sabinas, S. A.

a:

p

A. Brondo Whitt.

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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 31, Abril 16</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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