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                  <text>TOMO XLIV.

Monterrey, Viernes 1-t de )fayo lle 1909.

.

'

Periódico 0f-~ cial
.

DEh OOBIE:RNO DEh ESTADO !LIBRE Y SOBERANO DE: NUEV0~1!0N.

Las leyes, los decretos y demas disposiciones snverioras, obli[an por el solo hacho de ser publicadas en este Pclriódico.
· Registrado como artículo de ·segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIO:N"ES. -Este periódico se publica los ~Iártes y
Viérnes ele rada semana,-Valela subscripción CIXCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital. y CINCUKNT.A Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse a&lt;ldantado,

Jt1Ec.8S DE TURNO

En la pr6xima semana.
1? de lo Criminal.

Lic.

JF.SUS

1-L

DEL BOSQUE.

19 de lo Ci\'il.
LIC. MACEDOXIO GIL TREYIÑO.

CONDICIONES.-El número de! día vale DOCE CENTAVOS, El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de a\·iso::; se hará directamente al Administra·
clor del mismo.

Los Jefes ae cada uno ele los Departamentos de la Compañía ~onsultarán directamente con el Sr. Lic. López ~Iocte1 zuma todos los
asuntos legales relativos á sus respectivas Ofici~a.s.-Pablo
Juu:cdo, Abogado Gcneral.-"-.\p:.-obado:
E. .1V ll"r0t&lt;'Jl, Presidente Ejecuti\'o.
CmCt.;LAR ~Úl\ltRO 2.

--------------Yice--Cúrnml d~ la Gran Bl'etaüa
en e~ta Ciudad.
"
Vbse la siguiente nota:
Teniendo que salir para Inglaterra. en
donde permaneceré algún tiempo, tengo
la honra de participar á 'Gel. que he nombrado al Sr. Char1es Graydon Poore para
que, durante mi ausencia, me represente
en el cargo que actualmente desempeño.
Protesto á Ud. las seguridades de mi
alta estimaci6n y respeto.-J. B. Smiford,
Vice C6nsu1.-Al Sr. General de División
Don Bernardo Reyes.-Presente.

Nueva Concesión.
En la secci6n correspondiente se publica hoy el decreto relativo á la exención de
impuestos que el Gobierno concedió á la
Sociedad "G. Antonio García y Hermano" por el capital que ha invertido en la
construcción de un Sistema de Presas en
el rancho "L~ Peña'', Municipalidad de
Linares.

Ferrocar1·iles Nacionales ele México.
CoMP~ fA DEL FERROCARRIL INTER~ACIO-

:\Jéxico, 24 de Abril de 1909
.
·
Con esta fecha han sido no:1;-brados
Representantes de esta Compama ante
todas las autoridades administrativas de
la República, los señores Líes. D. Salvaclor :\I. Cancino y D. Luis Riba, quienes
, .
.
,
pod ran e3ercer su encargo Junta o separad amente.. .
Los rr.cnc10nados Representantes dependerán de este Departamento; pero
tpdos los funcionarios de la Compañía
podrán entenderse directamente con ellos
et1 todo lo que se relacione con su carácter de Representantes.
L
f ·
d
S
C
.
R.
asholilcmas e 1os :es. ancmo Y 1•
b a se a an en la 3.
calle de Colón,
núm. 36, de esta Ciudad.-Pablo llfacedo,
Abogado Gener¡tl, Aprobado: E. 1V
lf/rown, Presidente Ejecutivo.
__
,
.
.

Secretaria ue Fomento, Colonización é Industria de la República
M •.
exicana.
S ERVICIO METEOROL6Grco.
ÜBSERVA'rORIO METEOROLÓGICO
CENTRAL DE MEXICO.

Tiempo probable en la Repúblz''ca 1lfexi'cana
durante el mes de Jun·io de I909.

NAL MEXICANO.

Cuenca de México.
I

Sinaloa, Chihuahua, Coahuila, Durango,
N ueyo León y las partes correspondientes de los Estados de Zacatecas, San Luis
Potosí y Tamaulipas.)
Temperaturas.-Noches templadas y
díaz algo calurosos.
LLuvia~.-Enfre los días del 19 al 20
se iniciárá un período de lluvias, que persisf rá hasta fines del mes.
Zonas trojn'ca!es.
(Comprenden la Península de Yucatán
y los Estados de Tab1sco, Chiapas, Veracruz, Guanajuato, ?-.Iicl1oacán, Jali,co, Co•
lima, Guerrero, Oaxaca, Aguascalientes,
México, Hidalgo, Puebla, tforelos, Que·
rétaco, Tlaxcala, Territorios de Tepic y
de la_Baja California, y las partes correspond1entes de los Estados de Zacatccas,
San L ms
· p otos1, y T amau¡·tp :is.)
T emperaturas.-,.\•rauanas
- y noctles
1
templadas, con días calurosos, del 7 al s, 12
al 14, 1S al 20 y 23 al 26. L0s. demás días
serán muy calurosos.
Vieutos.-Nortes nébiles ó moderados
son probables del II al- 15 y del 23 al 25
en la región Sur del Golfo, c1esde Veracruz hasta el Itsmo de Tehu:mtepec, pudiendo alcanzar h'.lsta las costas de Tabas.
co.
LLuvias,-Habrá varios períodos: uno
del 2 al ro, en que serán de pora extensi6n, y comprenderá los Estados de la
Mesa Central; otro del 2 al r9, que abarcará, además, la Vertiente del Pacífico, y
el último del 2 r al 23, de precipitaciones
extensas, que paulatinamente se extenderán por toda la zona. En este último período las precipitaciones irán probablemente acompai'iadas de manifestaciones
eléctricas.
México, 28 de Abril de 1909.-El Dir~ctor, Manuel E. Pastrana.-El Jefe de
la Sección de la Carta del tiempo, fuan
F. Romaní.

Servicio de Tranvías Eléctricos.

DEPARTAMENTO LEGAL,
CIRCULAR

Nº

I.

México, 2+ de Abril de 1909.
Con esta fecha ha sido nombrado Abogado General Auxiliar de esta Compañía
el Sr. Lic: D. José López Moctezuma
con residencia en la Ciudad de México.
Los abogados residentes en el Distrito Federal, los Viajeros y los Foráneos,
recibirán instrucciones directamente del
Sr. Lic. López Moctezuma y rendirán á
él todos los informes que solicite.

(Comprende la parte Sur del Estado de
Hidalgo, el Distrito Federal y la parte del
Estado de México limítrofe con el DistrI.
to Federal.)
Temperaturas.-Días calurosos con no
ches templadas en la mayor parte del mes.
Del 4 al 6, 9 al II y 15 al 18 serán los
días muy calurosos,
LLn:1ias ..:-Un corto período habra del
2 al f,\ 1~íc1andose otro el 20 que se extendera a toda la cuenca, y que durará
hasta fines del mes.
Zonas extrat,opzcales.

Inspector Oficial de los Tranvías Eléctricos de Monterrey.
Tengo el honor de rendir al Superior
Gobierno del Estado por el digno conducto de Ud. el informe mensual relativo al
servicio de los Tranvías Eléctricos de ésta Ciudad, correspondiente al mes de Abril
próximo pasado.
Los itinerarios han seguido siendo los
mismos, en las líneas e~tablecidas hasta
la fecha, las cuales e~tán en buén estado
y libres de obstaculos, tales como los
alambres teléfonkos, los telegráficos y los
de luz eléctrica.
(Comp_rende los Estados de Sonora,
El servicio en general fué bueno no ha-

�PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL.

2

IJel Juzgado 2° .lvfcuor Letrado.
Tercero. Composición en prosa .. Juá- Perlimeutos
hiendo quc·jas del público respelto al trasobre Jo principal. ............ .
rez no trabajó para un partido político, si- Pedimentos sobre trámite.......... . .... .
to que ha recibido.
IJcl juzgado 39 1lfenor Letrado.
La veJ,,cidad con que se ha corrido es no para el Pueblo Mexicano.
P
edi111&lt;·11tos
sobro lo principal.. ......... .. . .
la reglamentaria, ó sean 16 kilómetros por
BASES:
Perlimento sobre trí,mite .................... .
hora dentro de la Citdad, como máximo,
de Letros del Ramo Civil de la 1•
Primera. Desde la fecha de esta Con- J«zyado 1°fracción
y 32 fu~n. de ella.
judicial.
El estado de los carros es bueno en ge• vocatoria se abrirá el Séptimo Concurso Negocios despachados .......................... .
Científico-Literario, y se cerrará el día
Pendientes.
neral.
En tr!l.mite ........................................ .
La Planta Eiéct,ic~ ha foncionado con 30 de Junio del presente año.
Segunda. En el referido Conc11rso só- Por falta de promoción ........... .... ........ .
regu 1aridad.
lo
podrán tomar parte los estudiantes de . Juzgado //º de Let;-a; del Ramo Civil de la 1•
El día r9 el tranv!a No. 75 que condu
fracción judicial.
cía el motorista Francisco Hernández, cualquiera escuela de la República, sea ó Negocios despachados ......... ................ .
atropelló al carretonero Luis ~dina, cau- no oficial.
Pendientes.
Tercero: del Instituto de Ciencias y En trámite ....... . . ..... ...... . .............. .. .
sándole una leve lesión.
Por falta de promoción ........ ................ .
El día 27 el tranvh No. 67, atropelló á Artes del Estado. -$200 oo cs.
Juzgado
de .letras de la 2• fracción iudioial.
Quinta.
Los
trabajos
deben
ser
inédiIsidoro Guerrero, fracturándole tres de•
Negocios penales despachados ............. .
tos y escritos en castellano.
des de la manJ derecha.
Pendientes .... .. ................................. .
Sexta. Además de los premios an terio- Negocios civiles despachados .............. .
De todos estos acontecimientos tomaron
res, el Jurado otorgará un accésit en cada
razón los autoridades competentes.
Pendientes.
Protesto á Ud. Sr. Secretario; las segu- tema y hará mención de las composiciones En trámite·-······················ ....... ........ .
Por falta de promoción .. .. ....... ............. .
ridades de mi atenta consideración y res- que á su juicio lo merezcan.
Séptima.-El C. Gobernador del Esta- Juzgado de Let&gt;-as de la s• fracción judicial.
peto.
Negocios penales despachados . ........... ..
Monterrey, Mayo rn de 1909.-Bernar- do entregará los premios á las personas Pendientes ............ ........................... .
do Reyes (h.) Al Ciudadano Secretario que los hubieren obtenido, en una solem- Negocios civiles despachados ................ .
ne Velada Lírico-Literaria que con este
Pendientes.
de Gobierno.-Presente.
fin organizará el Instituto de Ciencias y En trámite ..... . .... ............. ........... ...... .
Por falta de promoción ........................ .
Los Nuevos Códig-os clel Estado. Artes.
Juzgado de Letras de la 4ª fracción judicial.
Octava. En el caso de no poder asistir Negocios penales despachados ...............•
personalmente los autores que fueren Pendientes ...................... ........... ..... . .
Ulgcncia \ltnta de lo$ mismos.
premiados, nombrarán, en debida forma, Negocios civiles despachados ............. .
Habiéndose concluido la impresión de un representante á quien se le entregará
1 endientes.
En trámite ............................... .. ... ... .
los nuevos Códigos expedidos por el H. el premio correspondiente.
Por falta de promoción ...... ................. .
Congreso del Estado, que empezaron á reNovena. Con toda oportunidad se da- Juzgado
Letras de la 5• fracción judicial.
9
gir el día 1 del actual, se hace saber al rán á conocer, por medio de la prensa, los Negociosdepenales
despachados ............. .
público que quedan á la venta en la Teso• nombres de las composiciones que hubie Pendientes ............................. ,. ... . ..... .
rería General del mismo Estado, al pre- ren sido premiadas.
Negocios civiles despachados ............... .
Pendientes.
cio de $ 2.00 cs. el Código Civil y de ....
Libertad y Constitución. Oaxaca de
$ r.50 cs. el de Procedimientos Civiles.
Juárez, Marzo 17 de 1909.-El Director En trámite .. .... ................................. .
Se advierte á quien corresponda, la con, Aurelzo Valdivieso.-El Secretario En'. Por falta de promoción ........................ .
Juzgado de Letras de la 6" fracción judicfo.l .
veni.:ncia de la adquisición de estos nue- rzque C. Olivera.
'
Negocios penales despachados ....... .... ..
vos C'ó:Ego_s, porque ellos comprenden imPendientes ........................................ .
portantes_y fundamentales reformas á los
Negocios civiles despachados ... ............ .
Despacho
J ndicial.
Pendient&amp;l.
anteriores, como son las de dar personaliEn el mes de Abril próximo pasado, En trámite .. ..................................... .
dad legal á las mayorías de las comunidaPor falta de promoción ....................... .
des y adoptar la libre testamentifacción. se hizo como sigue:

v

SUPREMO

Instituto tle Ciencias y Artes del
Estado de Oaxaca.

rl 1RIBUNAL DE Jus.TIOIA,

Negocios penales de,pachados.

1" Sala .. .......... ....... ................ ........ .
2" Sala ............. : ....... ....................... .
CONVOCATORIA.
3" Sala, ...... ..... .......................... .. .... .
Fiscalía ... .. ... .. ... .. ................. . .... .. ..... .
Para el Séptimo Concurso Czentífzco-Lite- Defensoria de Pobres ............... .. .. ....... .
Pendientes.
rarzo, dedicado al C. LIC. BENITO
l" Sala ...... ..... .. ........ ................. .. .. .. .
JUAREZ, Benemérito de América.
2" Sala .. ...................... .. ..... .. ......... .
3" Sala .................... ... ................ ..... .
El Instituto de Ciencias y Artes del Defensoría de Pobres ......................... .

.Juzgado de Letras de la 7• fracción judicial.

Negocios penales despachados .............•
Pendientes .. ........ . ............................ .
Negocios civiles despachados ............... .
Pendúntes.
34 En trámite ........ .. ............................. .
39 POi' falta de promoción ......... .......... ..... .
37
Juzgado I!' Local Let?-aclo.
2~6

o
2

o

o
3±
21G
562

GOBIERNO DEL ESTA

28
326 ·

450
8
8
8

34
6

16
15
5

84
62
13

30

2

69
29
~

8
2

27

25
7
3~
5

72

81
3
3
5

80
90

N~gocios penales despachados ... ............ - 16
00 Pendientes ... ...... ................ ............. .
61
Negocios civiles desp11chados ............. ... .
16
47
Pendientes.
2-l, En trámite ..... ....... .. ......... ..... ........... . .
224
31 Por falta de promoción .... ................... . 1223

4
Juzgado S° Local L etrado.
Estado de Oaxaca, parareudir un homenaNegocios penales despachados ..... ......... .
Negocios oiviles despachados.
9
2 Pendientes ... .... ............ ................ ,
je de admiración y gratitud, el día 18 de l" Sala.... ....... . ..... ........................... .
59
1 Negocios civiles d~sp&gt;lchados .......... .
10
Julio de este año, al salvador y Beneméri- 2" Sala . ......... ................................ .
3" Sala ..................... ... .................. .
3
Pendientes.
to de la Patria, Lrc: BENITO JuÁREZ, ha reEn trámite ......... ......... .. ......... .
Pendientes.
~03
suelto, con aprob1ción del ,Ejecutivo del
12 Por falta de promoción .............. .".".:.·.::. 1974
Sala ...... ··············-··· ................. .
Estado, abrir el Séptimo Concurso CienSala............................................ .
t3
tífico-Literaric, entre todos los alumnos y
Sala- .......................................... .
22
alumnas de los Colegios de Instrucción Juzgado 1~ de Lem-as del Ramo Penal de la
secundaria y profesional de la República,
1 ~ {tacción judicial.
conforme á los temas y bases siguientes: Negocios despachados .. ............... ....... .
53 _ Secr~taría de .ips!ad_o y del Despacho
3 3 de Hacienda y Credito f-úblico.-México.
Pendientes
.............. ................... ·······
TEMAS:
-De\)artamento de Crédito y Comercio.
Tercera. Los concurren tes enviarán Juzgado 29 de Letras del Ramo Pe-nal de la
. Estampillas por valor de dos mil quisus trabajos al Director del Instituto de
1• fracción judicial.
mentas
cuarenta pesos, debidamente ·canCiencias y Artes del Estado, empleando Negocios despachados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
59
celadas.
dos sobres; dentro de uno estará la compo· Pendientes........ . .. ... .. ............ ... . . .... ..
32
CONTRATO.
ciclón. firmada con un lema, y dentro de MINISTERIO PUBLICO EN EL RAMO PENAL. (1~
otro, la boleta de matrícula que acredite FRACCION JUDICIAL.) NEGOCIOS DESPACHADOS. Celebrado .entre el C. José Yves Limantour,
al autor como estudiante. En el exterior
Seer.etano de ~~lado y del Despacho de
Del Juzgado 1 ° del Ramo Penal.
Ha~!enda y Cred,to Público, en represende este segundo sobre estará escrito con
Pedimentos sobre lo principal.. ............ .
51
tac10~ del ~Jecutiyo Federal, y el señor
claridad el lema adoptado para distinguir Pedimentos
sobro trámites ........ ......... .
2
M~rhn G. R_1bon, para que en unión de 1os
la composición.
Del Juzgado 2° del Ramo Penal.
senores Blair &amp; C9, Hallgarten &amp; CQ HeCuarta, Los premios serán los siguiendelbacb, Jckelheimer &amp; C9 Ladem'bur;
Pedimentos sobre lo principal................
42
tes:
Pedimentos sobre trámites ..............
o Tbalmann &amp; C9 y Speyer &amp; b, de N ue;¡
Primero: del Gobierno del Estado.-Li- MINISTERIO PUBLICO EN EL RAMO CIVIL. (H York, Estados Unidos de América, elBank
fur Handel und Industrie, la Berliner Hanbros científicos ó l!terarios,
FRACCION JUDICIAL.) NEGOCIOS DESPACHADOS.
deis Gesellschaft. la casa S. Bleichroeder y
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta
IJel Juzgadorº del Ramo Civil.
Y el ~eutcsche Bank de Berlín, Alemania, y
Capital.-$100.00 cs.
Pedimentos sobre lo principal ........ .
demas personas y sociedades nacionales ó
10
Primero. Poesía. Oda á la Reforma. Pedimentos sobre trámites ... . . .
extranJeras qu~ estime conveniente, esta8
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál
blezca una ~oc.1eda.~ financiera para el fo. IJelJuzgado 2° del Ram~· Ci~Ú.
mento de la irngac10n.
será el mejor plan de estudios prepara to Pendimentos sobre Jo principal. ....... .
9
Pedimentos sobre trámites .. ...... . .. ,
1:!os?...
8
Art. 10 E n nso de las facultades que.

GOBIERNO GENERAL.

concede al Ejecutivo de la Uoi6n el ar- éste último.-J. Y. Limantour.--.Jlf. G. te acta de la que se mandó sacar copia patículo 3º de la ley de 17 de Junio de 1908, R ,bou .-Rúbricas.
ra rem;tirla á la Secretaría del Superior
se autoriza al señor Martín G. Ribon paEs cop'a para su publicación en el D1a- Gobierno del Estado, como dispone el Artí0
ra que en unión de los señores Blair &amp; rzo oficzal. México, r5 de abril de 1909.- culo VIiI de la ley r'.'spectiva. ~ .r ~nte
C º, Hallgarten &amp; C9, Heidelbach, J vkel- El Oficial Mayor, R. G. Revuelta.-Rú- mi: Doy fé.-El Pres_1dente Mumcipa ,heimer &amp; Cº, Lademburg, Thalmann, &amp; brica.-Al C. Gobernador del E stado de Toribio Flores.-Ennqne D. Meoa.-Se
Cº, y Speyer &amp; Cº , de Nueva York, Es Nuevo León. --Monterrey.
cretario.-Rúbricas
..
tados Unidos de América, el Bank fur
·
Es copia sacada de su ong1nal.-S~llHandel und Industrie, la Beniner Hannas Victoria, Abril 29 de r9o9.-To~zb,o
deis Gesellschaft la casa S. Bleichoroeder
Ffores.-E1triq1te D. J]/[ena, StcretarIJ,
y el Deutsche B;nl5 de ~erlín, Ale.mania.
y demás personas o soc(edades nac10_nales BERNARDO REYES, Gobernador
Consiztucional del Estado Libre y Sobe
ó extaanjeras que estime com·ement':',
rano de Nuevo Le6n, á sus !zabitantes
constituya en la República, con un cap!Diputación Permanente.
tal no menor de $500,000. quinientos mil . !zago saber:
pesos una sociedad anónima nacional, que,
Qne en uso de las facultades que al Eje- del XXXIV Congreso Constituciocon el nombre de "Sociedad Financiera
cutivo
confiere la Ley número 16 de 2 r de
para el Fomonto de la IrrigJcióo," tenga
nal del Estado.
Octubre
de 1,907, decreto:
por preferente objeto ayud~r al des~rr.ollo
SESION DEL DIA 5 DE MAYO DE 1909.
Se concede á la Sociedad "G. Antonio
de la Agricultura por medio de la irnga_ci6n, bien sea facilitando fondos en condi- García y Hermano'' exención de impues- Presidencia del C. Dr. Pedro C.."v.lartínez
ciones favorables á las empresas de este tos del Estado y Municipales durante do¡¡;énerc ó bien encargándose de encoutrar- ce años 1 á contar desde hoy, por el capital
A la hora reo-lamentaria se abrió la se
les me;cado para sus productos ó valores. de $46, 593.22 cs. cuarenta y seis mil qui- si6u con la lech!ra del acta de la anterior,
Art. 2• La sociedad que organice el nientos noventa y tres pesos veintidós cen- la que sin discución fué .ªP;obada.
.,
señor Ribon gozará por el término de 10 tavos, que ha invertido y el más que inEn seguida, se procedió a la renovac10n
años desde el día de su constitución, de vierta en la construcción de un Sistema de Oficios, conforme á r.eglamento, resul
las franquicias de impuestos de que dis- de Presas en el rancho de su propiedad, ts.ndo electos los C.C. Diputados:
frutan las Instituciones de Crédito por la denominado "La Péña'' en el Municip'o
Dr. Pedro C. Martínez.-Presidente.
ley de la materia, y, además, de la reduc- de Linares.
Aurelio Lartigue.-Tesorero. y
Por tanto, mando se imprima, publique,
ción del impuesto del Timbre que estaC. Madrigal.-Secretario.
. .
blece el citado art. 39 de la ley de r 7 de circule y se le dé el debido cumplimiento.
La Secretaría dió cuenta con lo s1gmen
Monterrey, 28 de Abril de 1909.-B.
junio de 1908.
Rqes.-Lázaro
de la Car.za, Of. M.-Rú• te: El C. Eliezer Espinosa participa, que
Art. 3º El concesionario se obliga á
constituir la sociedad financiera á que los bricas.
por virtud de haber dado por terminada
artículos anteriores se refieren, de!!tro de
la licencia que disfrut~ba el C. Goberna
seis meses contados desde la fecha de esp ·d · M
te contrato, sometiendo oportunamente á
República -1\1exicana.- re~1 enc1a _u- dor Constitucicnal del Estado de Vera
nicipal.-Monterrey, N. Leon. -Secc16n cm.,,, le hizo entrega del Poder Ejecutivo
la aprobaci6n de 1~ Secretaría de Haciei:- •-Gobernaci6n, Estadística y guerra.- el dia 1º rlel actual.-Archivo.
da y Crédito Público el proyecto de escn- 3En la Ciudad de Monterrey, á los ocho
El C. Teodoro A. Dehesa, G ,bernador
tura constitutiva y de los estatutos que días del mes de Abril de mil novecientos Constitucional del Estado de Veracrnz
hayan de regir la sociedad.
nueve siendo las cuatro de la tarde y es- participa, que habiendo dado por terminaArt. 49 Para garantizar el tumpli• tan .fo ~eunido el R. Ayuntamiento en su da la licencia de que disfrutaba se ha he
miento de la obligación que contrae con- Sal6n de Acuerdos, procedió el Alcalde ,ha cargo, con f¿cba 1" del presente mes
forme al artículo que precede, el señor primero que subscribe á ~ort~ar uno ~e los del Pcd~r Ejecut'vo.,..-De enterado.
El C. Gobernador del Estarlo, co:i ofi
Martin G. Ribon ha constituido en el indiv duos que, para el E¡érc to Nac10nal,
cío
del 28 de1 pasado, remite la instancia
Banco Nacional de México á disposición le falta dar á este Municipio en e\ presendel
reo José M'&gt; Ortiz, por la rnal rnlicita
de la Secretaría de Hacienda Y Crédito te año fiscal; habiendo resultado designado
conmutación
de la pena que le fué imPúblico un depósito de $20,000.00, veinte por la suerte el ciudadano Juan Rodríguez ,
puesta,
por
los
delitos de homicidio _frusmil pes~s, valor nominal, en títulos de la soltero de treinta y dos años de edad. con
trado
allanamiento
de morada y les10nes.
Deuda Pública Consolidada, que perderá lo que 'se dió por terminada la diligencia,
1
-Al
C.
D.putado
Lic.
Cr:spiniano Maen benefido del Erario Federal en caso de levantándcse la presente acta, de la que
no constituir, dentro del término conveni- se manró sacar copia, para que sea remiti drigal para que dittamine.
Oficio del C. Gobernador, acompañando
do la sociedad financiera materia de este da á la Secretaría del Gobierno del Estaco~trato. Si por el cont.rario, el . señ?r R;. do de conformidad con la prescripción le la resolución que dictó, en uso de la fabon cumpliere con la citada obhgac1ón, se gaÍ relativa, por ante mí: doy: fé -P. C. cultad que le confiere el Decn,to Nº 16
le devolverá el depósito, siempre que acre• .1 1artíoez.-B. Ramírez Anguiano, Secre• de 21 de Octubre de 1907, por la que le
concedió al Sr. Pedro Lambret6u, exendite que al constituirse la sociedad se ex- tario.-Rúbricas.
hibió un capital efectivo de í/,500,000.00.
Es copia. Monterrey, 9 de Abril de ción de impuestos del Estado y Munic1quinientos mil pesos.
1909.-P. C. Martínez .-B. Rainírez An pales durante cinco años, por el capital
no menor de ocho mil pesos, que invierta
Art. 5º La sociedad financiera que se guzano, Secretario.
en el establecimiento de una fábrica de
constituya conforme á este contrato, ren---dirá á la Secretaría de Hacienda, el día úlRepublica Mexicana.-Presidencia Mu- Aguarrás y Colofonia, en la Cieneguilla,
timo de los meses de junio y diciembre dt nicipal. - Salinas Victor!"a, N. Le6n.- jurisdicción de Santiago.-Recibo y recada año, un informe detallado sobre las En la Villa de Salinas Victoria, N. León, sérvese para el Congreso.
No habiendo otro asunto de que tratar,
operaciones practicadas durante el semes- á los veintinueve días del mes de Abril
se
levautó la sesión, á la que concurrieron
tre, á fin de que dicha Secretaría comprue de mil novecientos nneve, siendo las diez
los
CC. Diputados: Martínez, Lutigue y
be que la sociedad se cons.agra preferente de la mañana, y estando reunida la mayoMadrigal.-Pedro
C. Martínez, Diputado
mente á hacer las operacIOnes que expre- ría de los miembros del R. Ayuntamiento
Presidente.-C.
Madrigal,
Diputado Secre9
sa el art. 1 . Si de dicho informe Y de la en el Salón Municipal, el Alcalde Primero
comprobaci6n que de él podrá mandar ha- que subscribe, en cunplimiento de lo dis- tario.
cer la f,ecretaría en los libros Y documen- puesto en el Artículo IV de la Ley sobre Es copia. Monterrey, 5 de Mayo de 1909.
tos correspondientes, resultare que la so- contigente de hombres que debe dar el Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
ciedad no se dedica preferentemente á las Estado para el Ejército Nacional, y la
indicadas operaciones, el Ejecutivo Fede- Circular número treinta 7 seis expedida
ral podrá declarar la caducidad de la pre• por la Secretaria del Superior Gobierno
sente concesión, previa audiencia de la so- del Estado el diez de Septiempre del afio
Secretaría de la 2 oS Sala del Supremo
ciedad, y ésta quedará o~ligada á reem~ol, próximo pasado, procedió en presencia de
sar al Fisco la parte del impuesto del Tim- Jq citada Coi;,porac!ón á sortear de losempa• Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nuevo
breque conforme al artículo 2° que precede drenados en esta Municipalidad, el prime- Le6n·
Monterrey, ocho de Enero de mil novehubiere dejado de pagar al constituirse la ro de los individuos que á este Municipio
cientos
nneve.-Vista en apelación la presociedad de referencia.
le corresponde dar para el servicio de las
sente
causa,
empezada á instrnir de oficio,
Es hecho en México. á quince de abril armas en el presente año Fiscal, y resultó
el
día
nueve
de Noviembre del año próxide mil novecientos nueve y se firma en dos designado por la suerte el C. Juan Villamo
pasado,
por
ef C. Juez de Letras de la
ejemplares: uno para el Gobierno Federal, rreal, soltero, de veinticinco afios -y de esy el otro para el concesionario, c0n las es- ta vecind::.d· Con lo que se dió por termi- 3~ fracción jndiclal del Estado, contra
tampillas correspondientes expensadas por nada la diligencia, levantándose la presen· Francisco Flores Lerma, soltero, de veinte

DO

•

PODER LEHISLATIVO.

SECCION JUDICIAL.

�.
4

5

PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL

años de edad, matancero, originario y ve- ejecutado el delito en riña siendo agresor [ to y á reintegrar en la Tesorería
cino de la ciudad de V nares, por el delito en ella el reo, procede que se reduzca á las 1 :',J unicipal de General Tet·,'ín los hode les_iones: Vis~~s las diligencias del tres cuar_tas partes _d~ su duración la pena norarios de los facultati1·os que insumano, la confes10n con cargos que se 'l_ue hu?1era de apl!carsele según las con- tcrvinieron en la causa mandando
le tomó al encausado, lo que alegó el de- s1derac10nes antes expuestas, conforme á
t
l ·
d0
fensor en primera instancia y la sentencia lo preceptuado por el artículo 504 refor- amones ª1.' a. mismo yroces:i
para
que el nueve de Diciembre último pronun- m:a.do del Uódig-o Penal; débi.;;udo además que no re1nctda Y deJando a la parte
ció el Juez de Letras referido, condenando condenarse al sentenciado al reintegro d~ ofendida sns derechos á sah·o en
al ~rocesado Flore,5 L, ri:na, como_ autor d~l 1 )os hono:arios de los peritos que hubi~reu cuanto á la responsabilidad civil.
d~hto e,xpresado, a snfrl; un an~ veln_ti- tnterv~~1do en la cans~ por nombram1e~•
\"iatos: el clictámen del C. l',Iiniscmco dias de obras públicas y tremta dias to ¡nd1c1al, atento lo dispuesto por el art1 t F'
¡ ¡ ¡
1
l d -"
de arresto, contados desde el nueve de No- cnlo 220 del de Procedimientos Penales.
ro ISC~ ! 0 a ega( 0 por a e,_euviembre citado en qne se le declaró bien Considerando cuarto: Que en toda sen- sa de of1c10 ante esta sala y la Citapreso, y á reintegrar en la Tesorería Mu- tancia condenatoria se prevendrá que se- ción para sentencia con c1.ianto más
niclpal de la ~ind:d de Li;1ares, lo _pagad_o a0;10,neste al reo para ,que no reincida, ex- consta de autos¡ y Resultando: que
como honoranos a los peritos que mterv1- phcandole las penas a que se expone, se.le el dieciocho de Mayo del año en
nieron en la ca;1s3:, mandá_ndolo amones_t,ar debe abonar el ti_empo q_ue haya estado curso como á las ocho de la noche
para que_ no remc1da: Vista la expres1011 preso durante la mstrucc1ón y de¡arse al
' ., · d
. .
.
de agrav10s que ante esta Sala hizo el de- ofedido sus derechos á salvo por cuanto á encontian os_e Floientmo Alvaiaclo
fensor de oficio, el dictámen del C. Minis la responsabilidad civil artículos 1 82 208 en el expencl10 ele frotas que Dn. Datro Fiscal, la citación para sentencia y y 287 del expresado Código Penal. '
,id Balderas tiene establecido en la
todo lo demás que debió verse y consta de
Por lo expuesto, de acuerdo con el pare- Yilla de General Terán lleo·ó .A.tilano
autos; y
,
.
,
cer fiscal y con ~poyo además de lo orde- Peña y por vla ele tra ~esu~a comenResultan~o_: _Qi;e el dia anterior a la n_ado por los art1culos ro, 35, 37, 40 frac , , ·. , .
.,
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•. , l
fecha de la m1c1ac1ón de esta causa y co- c1ónes I y IV, 4 1 fracción II, 47 fracción zo a tuat con gianos e matz a C ~mo á las once de, la noche, se encontró el XII y 4s7 del Código Penal y 411 &lt;le! de to B~lderas, encargado ~el Expendio
procesado Francisco Flores Lerma al ofen- Procedimientos Penales se confirma la referido: que uno de dichos granos
~ido Isaac_ M€dina, platicando_ con las,Se- sentencia apelad~ y se f;lla:-Primero: se fué á pegarle á .A.lvarado, por cuyo
noras Albma ~una y Cenobia Gonzal~z condena á Francisco 1'.'lores Lerma, ;orno motivo éste profirió una mala exen la casa de estas, y como a!ltes hab1a responsable de las lesiones que en nña y j)resión á p - .
·
t t d
advertido el primero al segundo que se siendo agresor infirió á Isaac Medina á
, .
ena, . qmen eon e~ ,an_ O
¡i.bstuviera de hacer aquello, porque con rnfrir la pana de un año veinticinco alas en t~rmrnos semeJ3ntes, se salw 111la última había tenido relaciones ilícitas, de obras públicas y treinta días de arresto mediatamente, yendo á sentarse en
a~,encontrarlo_es~ noche,_le yeconvin~ di, á contar desde el día nueve de Noviembr~ un palo que hay en la calle cerca del
c1endole que s_1 s1e~pre mstla, en sn idea del ~ño prói,.imo pasado ea que se le de- Establecimiento mencionado: que á
y co~ ese ~otlvo nueron, cai;sandole Flo- claro formalmente preso.-Segundo: se le pocos momentos salió también el reres a Medm~ con una cuc!Jilla que p~r- condena también á reintegrar ea la Tesotid Al . el ,
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ta~a una henda en 1: ;eg1ón do_rsal Jz. rería Municipal de la Ciudad de Linares, pe .°
,al a
a!lna
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qmerda,, de la _cual dio fe el Jnez tnst;uc- lo_s honorarios de los perito~ que intervi- na~a¡a _que traia, en cuanto VIO a
tor y fue cl~s1~cada en su ;1portnmdad mero en la causa.-Tercero: se le amones- Pe!rn,_ ~1;1 darle .lugar á defenderse,
por dos facu,tatlv?s e1;1tre aquellas que;:or ta para que no reincida, haciéndole saber le 111f1no dos les10nes, en el lado clesn n_atura)eza ord1nana ponen en pel1gro las penas á qne se expone en caso de con- recho ele la cara.
1~ vida, ~m _rompro1;1eterla en el caso por travencióa.-Cuarto; se dejan al ofendido
c1rct1nstanc1as es_pecial~s y tardando en cu- sns derec~o_s á salvo por lo que hace á la
Resulta~do: que llegados los herar menos de quu~ce.dias; despre_nd1éndo_- respo~sab1hdad civil.-Quinto: Notifíque- chos antenores á conocimiento de la
se d~ la~ dec:ar_ac10a~s del ofend!~o Med1- se y s1_ dentro del término legal 00 se in- Autoridad se inició esta a veri 0o-nana y de .as tcstig_os Luna y Gonza1 7z que t~rpns1ere :ecnrso, expídanse los testimo- ción dándose fe de- 1 1 ·
Flores Lerma fue ;1_ agresor en nfüi de 1110s de estilo, poniéndose al reo Flores , ' t b A .1
pas _ eswnes que
que se ha hecho mento; y
Lerma, á disposición del Ejecutiv0 del Es- p1 esen a a . ~1 ano ei1a, las cuales
Considera.ndo primero: Que tanto laexls tado, en la caree! pública de Ja Ciudad de fueron clasificadas oportuna111ente
ten,ia del delito de lesiLnes que se persi- Linares, hágase la transcrincióu corres- por los facultativos que atendieroR
gu,en en esta causa, co1;10 que sn autor lo P?~dlente y ~rchívese la caÜsa. Así defi- al ofendido como ele las que uo pofue el proce_sado Francisco Flores Lerma, 01t1va~ente Juzga~do lo resolvió y firmó nen ni pueden poner en pelioTo
la
0
se comprobo legal y parfectamente en au- el C. Lic. Macedomo E. Tamez Magistra- vida y. curan despué" el
·
d'
t?s con la diligencia de féjndicial de la he- do de la segunda Sala: doy fé.'-Lic. M. de'a~cl O
el ll ~ ~ qn_rnce ias
nda qne sufrió Isaac _Medina, con el. die- E. T~mez.-Lic. L. E. Aldape.-Srio.- J
una e e as cicatriz per¡:&gt;etamen de los facultativos que la clasifica- Rúbrica':
t~a Y notable en la cara: que el ofenron y coa la confesión del mismo encausa--diclo Y el procesado así como los tesdo que reune los requis~tos le~ales pua
Secretaría de la F Sala del Tri- tigos presenciales refirieron ]os hehacer prueba plena y esta ademas corrobo- bunal Supremo de J usticia.-Mon- chos en los términos ex pres d
rada con las declaraciones de las testigos terrey, Nuevo León.
el Resultando
d •
a os en
Albina Luna y Cenob'a González artícu,
prece ente, Y consta
los r 54,415, 423 y 424 del CóJigo de Pro";"ilonterrc,, veinticinco ele Ko- a_clemns agregado :í. los autos un cerccdimientos Penales.
vJ~mbre de iiÍil noYecientos ocho.-· tif1cado referente al nacimiento ele
Considerando segundo: Que por haber 11 s_ta esta causa comenzada á ins- AJ varado expedido por el C. Juez
sido _clasificada la herida que sufrió Isaac trmr de oficio el diecinueve de ]\&gt;fa- del Estado Civil en General Terán
Medm_a, c~mo de las que l?ºr su n~tnrale- yo del año en curso por el C . .A.leal- ele cuyo certificado aparece que
za ordmana ponen en peligro 1~ vida sin de 3º. de la íilla de General Terán repetido .A.lva1·ado tenía trece añis
c?mprom~terla en el _caso por. c1rcunstan- y continuada ante el C J
d L cuando delinquió•
etas especiales, el delito cometido por Flo- t
d 1
. , · uez_ . e e, Y
res Lerma al inferírsela, está comprendido ras e ª 7• fraccio~ J uclicial del
Considerando: que con la fé Juen el artículo 505 del Código Penal que E st ªdo, co~tra Florentmo Al varado, dicial v clasificaron rendida
1. 1 8
casti!fª. al responsable ;ºn uno_ á dos años de ~rece anos ~ee dad, y originario y peritos médicos legistas sobr/t 1
de pn~1ón ú obras públicas de,b1e~do agre- vec_rno ele la Villa expresada, por el ridas que sufrió .A.t'I
_ as e1
garse a esa pena la de ocho dias a tres me- delito ele lesiones Vistas las clT
t l .
.
ano Pena du1
ses de arresto y multa de diez á cien pesos, encias del sumario ¡
.,
!- r~n e a rnstrucc1ón quedó bien jusó sólo aquel 6 ésta, por haber tardado en g ·. . .
'
confeswn con tificada en los términos del artículo
curar dicha lesión menos de quince días y caigos tomada al procesado Y lo ex- 154 del Códio·o de Procecli 1 · t
de ;oaformidad co~ lo preceptuado por los pues~o po~- su defensor en la l • ins- Penales la existencia del el fien os
articnlos 503 fracción I y 507 del mismo tanma, as1 como la sentencia pro- lesiones
. t. d O
e ito de
Código; quedando al arbitrio del sente,pcia- nunciada el diecisiete de OctulJI d l -" _ld)eI ppe ra
en la persona
·
d t d 1
, .
•
·e e re1en o eña por Flo
t·
,
d ar imponer
en ro e os extremos ex pre- proxuno pasado por el referid 0 J
,
ren _!110 "'-1sados las penas que estime just~s, según de Letras uien t . nd ,
.uez vara?o, segu_n se ~esprende de la
1~ gravedad del hecho y sus circunstan- t'
.A.] ' ~
eme º
Floren- propia confesión J ud1cial ele] p.1
crns y de acuerdo con la autorización que 111 ~
vara . 0 como resJ;&gt;onsable del sado que si en virtud de
. oceentraña el artículo 65 del propio Ordena- cl~hto de les10nes, lo condenó á su- menor de edad
h
s~i eS t e
miento.
fnr un año un mes quince clias de re- rueb
no . ace aquella una
I
Considerando tercero: Que por haberse clusión y setenta y tres días de arre _ ~- h a dp enal por s~ sola, unida al
s Ic o e os testigos presenciales

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°

ª

ª

ninguna dncla queda sobre el parti- couclena á Florentino Alvaraclo co- reincida: Visto el dictamen del C.
cular. Igualmente se justificó que al mo responsable del delito ele lesiones :\finistro Fiscal pidi~ndo se confirme
dilinquir Al varado obró con ,entaja calificadas referido al sufrir un año la sentencia ele que se ha hecho. mé- ·
y alevosía pues el estaba armado é dos meses de reclusión, pena que se rito, con la adición de que se dejen
inerme la Yíctima_. y adem:is cogió á contará desde el ,eintiuno de ~Iayo al ofendido sus derechos á salvo p~r
este ele impro1°iso con toda intención próximo pasado en que se le d eclaró lo que hace á la rcsponsab11idad c1siu darle lugar á defenderse ó á evi- bien pre,o.-Segundo: Se le condena vil: Visto lo que expuso
defen_sor
tar el daño que le causó, artículos también á reintegrar en la Tesorería de oficio en esta 111stanc1a, b cita492 fracción IV' y cuatro no,enta y Municipal de General Terán los ho- ción para sentencia y todo lo demás
'tres del Código· Penal, por cuyas uorarios pagados por ésta á los fa. que debió verse y consta de autos i Y
circunstancias debe tenerse el cielito cultativos que intervinieron en la
Resultando: Que en la fecha de la
como calificado, más como una de causa á vi.rtnd ele nombramiento Ju- iniciación de esta causa, poco antes
ellas es bastante para la calificación, dicial.-Tercero: Se le amonesta de las once de la nocl_1e, se enc~ntrala otra se tendrá como ao-ravante ele para que ne reincida.
ban el procesado F1del Garc1a, el
4• clase art. 512 515 del Cóclio-o úl- Cuarto: Se' dejan a la parte ofendida ofendido Prisciliano Vega, Francisco
tilllame~te citado.
"'
sus derechos á salvo eu cuanto á la Solís y Pedro Martínez, tomando Ji.
Considerando: que como las dos responsabilidad ci vil.-Quinto: No- cor en un tendajo de la propiedad ele
lesiones que recibió Peña fueron el ti_~qnese r,dése cue_nta. A&amp;í lo resol- la Sra. ~aula Chávez,_ y como ya lo:;;
resultado de un hecho ejecutado ne v10 y firmo el C. 1:1c. L~obarclo Cha- tre~ primeros es:uv1eran bastant~
su solo acto debe castio·arse única- pa.-Sala: doy fe.---,L1c. Leobarclo ebnos, trató Martrnez de llevarse a
mente al procesado co~ la pena Uhat;ª--. Lic. Eleuterio Loz~n? Srio. Solís _y á García yéndose detr~s. el
que corresponda por la más gra- ,-Rubnca~.-Mon~errey, D1ciemb~e ?fe_nd1?0 Vega, ~u1en empezó a 111ve de aquellas, teniéndose la útra tres_ ,ele mil_ novementos ocho.-No JUna:. a los &lt;lemas, por _lo que se de-como circunstancia agravante que ha bwndose mterpnesto re~urso al- volv10 el encausado ~,del ~arda y
d suscrito en virtud de ]a fa- guno de la antenor sentencia dentro con una daga que tra1a consigo cau•c ultad que le otorga la ley, la cali- del término, de la l~y, ~o~ fLmdamen- s?_ á Vega que andaba inerme e~ un~
fica como de tercera clase, artículo to en el articulo -i::&gt;l Cod1go de Pro- nn~ que se en!abló entre ellos, do"
45 fracción 11 y 885 del _Código Pe- c~dimientos ~enales se decla:·a que les10nes, una situada en l~s r:g10nes
na!: que en contra del acusado con- d_1cha sentencia ha _causad_? eJecuto- dorsal y lumbar_del lado 1zqu1erdo _Y
.curren Jas ao-ravantes mencionadas na: en consecuencia exp1clanse los la otra en la cata externa del tercio
arriba por y~lor ele siete unidades testimonios ~,e estilo, al Ej~cuti1:? del inferior del_antebrazo derech~, de_l~s
favoreciéndole tan sólo Jas dos ate- Estado, po1:iendose a su chspos1011 al c~_ales se d1ó fe. por el Juez que 111~irnantes tle 1 ¡,,. clase que expresan r~o !loreutrno Al,ar~d? en !~ caree] c10 el proceso, s1~ndo después cl~s1lás fracciones I y IV del artículo 40, publica_ d~ ,General 'Ieran;_ hagase la ficad~s por los_l\lecl1cos d~l Hosp1~al
por ¡0 que superando el valor ele trauscnpm?n correspondiente y en Gonzalez la primera de dichas les1~aquéllas en cinco unidades procede s~1 º_P?rtumdacl arcluY~nse los, autos. nes? como d~ las que_ pon:n de orcl1castigar al procesado con una pena .Not1~1qnese Lo decreto y firmo e~ C. nano en peligro la vida! Sl'l comp:o•
proporcionalmente mayor que el me- M_ag1strado de l_a 1~ Sala: _doy fe.- meter_la en esa vez por circunsta?c1as
dio aritmético de la que fija la ley Lic. Chapa.,--L1c. Eleuteno Lozano especiales, tardando en curar mas de
:art. 35 á 37 y 220 del Código cita- Srio.- Rúbricas.
quince días, y la se~uncla como de
do, más por ser el acusado mayor de
___
las qu~ no ponen 111 pueden poner
nueve años pero menor tle catorce,
Secretaría de la 2~ Sala del Tribu- en pehg_ro la vida y curó en menos
deberá castigársele con reclu~ión por nal Supremo de Justicia.,-Monte- de ese tiempo; Y
un tiempo que no baje ele la tercera, rrey, Nuevo León.
Considerando primero: Que está
parte ni exceda de la mitad de agueMonterrey, ocho de Diciembre de legalmente comprobada la existencia
lla pena que se le aplicarla si fuese mil novecientos ocho.-Vista esta del delito de lesiones que se persigue
mayor de edad, así lo dispone e_x- causa empezada á instruir de oficio en ~s_ta causa, con la d_i!igencia d~ fe
presamente el_artículo 213 _del mis- el día doce cie Septi.embre del co- JU~11:(al de las que sufno_ el ofendido
mo ordenamiento. - Considerando: rriente año por el c. Juez primero Pnsc1hano Vega, y el dictamen que
que los honorarios ele los peritos que ele Letras de ¡0 Criminal de la 1 ~ acerca de ellas rindieron los facultainter~ienen en _u? proceso p~r nom- fracción judicial del Estado, contra tivos del_ H?sp_ital González d&lt;;&gt;nde
bramiento Jn~1~1~l los pagar2 el Te- Fidel García y Francisco Solís por se curó, JUSt1ficandose de la 11;1sma
s?;'º del '.'1n~1mp10 en que se c?me- el delito de lesiones y continuada m~nera que el autor_ de ese d~hto lo
t10 el delito a rcscn·a ele ser remte. luego sólo contra el primero, en vir- fue _el_ procesado F1del Garc1a, co~
grados por la persona que fuere de- tucl de haberse sobreseído en favor su tacita confesión, pues que expreso
d~r~cla culpable. ~rt!culos 220 del del segundo, siendo García soltero, no recordar lo qu_e habla pasado por
Cocl1go de Procedimientos Penales: de diecinueve años de edad carreto- haber anclado ebno, y con las declaque en tocl~ sentencia condenatoria nero, originario y vecino de ~sta Ciu- raciones de }os testigos p~esenciales
se prevendra qu~ s~ amonest~ al reo dad: Vistas Jas diligencias practica- Pedro Martrnez y Francisco Soll~
para qt:e ?º rernmcla, abona?dosele das en averiguación del expresado que hacen.prueba perfecta conforme a
los sufru:1;nentos 9-~e hay~,temdo ~u- delito y su autor, la requisitoria del la ley, articul?s 154,415, 523, _424 y
rante la 111s~rucc1on y cle¡and~se a la Representante del Ministerio Públi- 425 del Código de Proced1m1entos
parte ofen~1da sus derech_o~ a sa~v? co, lo que alegó el defensor de oficio Penales.
e? cuanto a la responsabilidad ~ivil en primera instancia y la sentencia
Considerando segundo: Que atensi c~mo en esta causa :1_? se hubiere pronunciada por el Juez instructor el diendo á la más grave de las lesiogest10naclo su de?l~rac1on, arts. 182, día trece de Noviembre próximo pa- nes de que se ha hecho referencia,
_ 208 y 287 del Cod1go Penal expre- sado, por la que condena al procesa- según la clasificación pericial de que
sado.
do García corno responsable del de- se hci hablado, el delito está comPor lo expuesto, con apoyo acle- lito de lesiones calificadas á sufrir prendido para el castigo de-1 responmás en los articulos 5, 10, 32, 49, un año nueve meses '\ie obras públi- sable en el articulo 505 del Código
88, 225, 487 y 496 del repetido Có- cas, contados desde que nuevamente Penal, que señala de uno á dos años
digo Penal y 411, 412, 415 y 423 se le reduzca á prisión por hallarse de prisión ú obras públicas como peá 425 del de Procedimientos Penales en libertad bajo de fianza, abonándo- na de su autor, a la que ¡;e debe
se reforma la sentencia'.de l• Iustancia le el tiempo que antes estuvo preso agregar la de dos á once meses de
,que se revisa y se falla: Primero: Se y lo manda amonestar para que no, arresto ó dos á dieciocho meses de

e!

•

•

•

�7

PERIODICO OFICLlL.
PERIODICO OFICIAL.

6

EDICTO.
pns10n ú obras. públicas por haber hágase la transcripción correspondien
tardado en curar dicha lesión más te y archívese la causa. Así difiniti- Jozgado de Lertas de la 7• Fre.cción Judicial Montemortcilce N.L.
de quince días, de acuerdo con lo vamente juzgando lo resolvió y firmó "Montemoreloe. veintinueve de Abirl de mil novenueve.-'"-Por presentado y admitido por cuanprevenido por los artículos 503 frac- el C. Lic. i\Iáce&lt;lonio E. Tamez, lvla- cientos
to ha lugar en derecho, ('Oll los recados que_ se acompación II y 507 del mismo Código.
gistrado de la Segunda Sala. Doy ñan, Téngase por iniclaúo el juicio dti &amp;ec10n de bienes del sefior Ramón .Elizondo, veolno de General TeConsiderando tercero: Que cuan- fé.-Lic. ji,{. E. Tamez.,-Lic. J· M. rán. Se nombran como Síndico proviclonal é Interventor respectrivaroente, a loe Sred, Ooncepoión Berdo la ley fija el mínimum y el máxi- Villase12or, Secretario.-Rúbricas.
lsnga y Severo Elbondo. Rágaeeles saber el nombra.
mum de una pena como sucede en
En catorce de Enero siguiente se mieoo y con su simple aceptaciOn y protesta, téngase por diaernido el cargo que se les confiere procéaa.el presente caso, puede el sentencia- hace constar que se recibió y agrega se al aseguramiento de biEnes previo Inventario de
déee aviso al Administrador de Correos para
dor imponer al reo dentro de esc,s I un oficio del C. Juez primero de Le- ellos·
que ~e dlgne entregará este Juzgado la corresponde1 fa.Hido, y prevéngase A éste se abstenga
extremos lo que estime justo según tras del Ramo Penal de esta primera oenoin.
Ue hacer pagos 6 entrt gar bienes á persona distinta.
la gravedad del hecho y las circuns- fracción judicial, en que avisa que el del Síndico y la obl'ge.c1ón que tiene de hacer entrega de todo lo cedido al 8!no1co provteionel.Publ!qaetancias que hubieren concurrido en reo Fidel García fué de nuevo redu- ee este anto por tres veaee coneecuttvae en el PeriOdloo Oficial del Estado y regfetreee en el:Registro Póbll·
su comisión, artículo 65 del Código cid o á prisión con fecha trece del co
de Comercio de esta Otudsd y conetiit'dyaee eate de
ca·go á General Terán para el nargnramlant:&gt; de
Penal; y por cuanto á que aparece presente mes. Doy fe.-Lic, AldajJe, mi
loe blellt}B ce::!idoe. Notfffquese. Aef lo decrdi&amp; y firma el O. Juez de Letras Interino de la 7" Fracción Juque el delito fué ejecutado en .riña, Secretario.-Rúbrica.
dicial: damos 16-Llo. L. Oant11-Róbrlcae,
en la que fué agresor el reo García,
Lo que se publica en cumplimiento de lo mandado.
Monterrey Abril 30 de 1909.- Lic. L. Cant'd Gerta
es procedente que la pena aplicable
~A~M Rcdrlguez Qulnt,nllla-A· E &lt;l.Oontó 39404l
á éste, según las anteriores consideraSECCION DE AVISOS.
ciones, se reduzca á las tres cuartas
NOTIFICACION.
partes de su duración; y en virtud
Juzgo.do 2· de lo Cidl.--1"' fracción judicial.--FstndoEDICTO.
de que consta de autos quP. el citado
Qe Nuevo León.
Al Sr Eduardo V. Ayala.
reo obró con ventaja por haberse ha- Seoretarfa del Gobierno del Estado de N. Le6n.
Los
Sres.
Germán
y
Francisco
Carri11o,
En
eljnicio
ordínarlo escrito sobre divorcio qne en.
llado armado é inerme su contrario,
Eulalio Salinas Cecilia Vela, Rosalfo Peña y su contra tiene promovido eu esposa Ja 8ra. Manuela
teniéndose como calificadas las lesioCantd, ha recaído un aut'l qne á la letra dice:
Alejandro Alanís1 presentaron ante el Señor 1tMonterrey, cuatro de Matzo de mil novecientos.,
nes que infirió á éste, debe aumen- Gobernado, una solicitud que á la letra dice: nneve.-Al
juicio á que se refiere y como se pide, de
ccn el crt. 906 del Código de Procedimientos:
tarse la pena que correspondería im- ''C. Gobernador del Estado de Nuevo León. acuerdo
Civiles dé3e por contestada la demanda en eentld9 neponerle si hubieran sido simples en Lt&gt;e que enii:cTlbiwo@, mayores de edad y veclnc;e de esta Vllla, gativo, y ábrase una dilación provatorta de cuarenta
dfa, comunes é improrrogables para ambas partaee
Ud. con el debido Te8pet.o ocnrremoau:pcntando:
una tercera parte más de la misma, antf'Qne
somos condueños en la parte qne aun se ooneerva Indivisa Notifíquese. Lo proveyó y flrII! ó el C. Juez 2° de
de loe cuatro altioe de sg:nnadero de ganado m enor eqnlvalentP!! á L~traa d '3l Ramo 01vil: do7 fé-L!o. Lnlia-Lio, J.
hectsru, 6 aras y 64 ceDtlaTae, que lo8 quince acdonletes de
artículo 492 fracción IV, 504 refor- 8,1'21
la e-xdDgulde. soctedadad «La Agr:oullura Aldbmilllsen compraron G ~reta. Guajardo 8eoretarlo.---.Rl1brlcee
por
partea
!\. ute Municipio lll&lt;'bre el AI!gnlo BuroeEte de lo!
Lo que ee nottfloa á Ud. en esta forma en oumpli·
mado, 512 y 515 del precitado Códi- ejidos que fguaJrs
al mlemo perte'lecfan; teniendo por coUndancl e Jos dichos cuatro sltlo8 al Ntrte la ¡iar~li no vendida de los rjtdo1; al miento de Jo dlspueeto por el art. 77 del Oódlgo de
go Penal.
Or!ente l&amp; parte no vendida. ~e 'os Pjidos y el do de San Joar; al Procedlmlentoe Civiles.
8nr la porclOn de t~rreno n1lmero9, y al Poniente la ¡:orc:ón de
Monterrey, 11 de 1rayo de lOOíJ-J. García Guejarntimero 11 f el lote SQ de la ntimero 36; por lo que correeConsiderando cuarto: Que c·n to- terreno
31:140.
pondléndoncs en dominio del te.rreno co:m1ln nh.cionado el 8e- do, 8ecreta.ric.
tent&amp; y ocboc1entoe veintisiete ml)é~fmcs por clent&lt;-, como lo ju.stl•
da sentencia condenatoria se ·preven- ses
flcaremoa t-n el Cll.JIQ neceea.rio, y conviniendo l r,ueEtres intereoonaervar el mencionado terr,rno como.u para la agricultora y
pna la crfa de ganado8 mayores y cte Ct'rda, por nn11inlmldad los
drá que se amoneste al sentenciado ocurrentes
scordt.mos verificarlo bsjo las sigoientee ba8eE:
NOTIFICACION.
Se l)rohlbe la lntrodncolón d~ ganados e b:fo y
para que no reincida, explicándole l•narPRIMERA..
al terreno que euo. se c.,nserva indiviso del ooncicldo on e8te
Juzgado 2° Local Letrado-Monterey, N. León.
Vllla. por de la ex-tnguida sc,oled11,d dtnominada •La Agricultora
las penas á que se expone en caso t¿~~mensecon entera 8tljec\ón !\. lo que se previene en este aouerSr. Lic. Antonio de la Paz Guerra.
de contravención, debe abonársele el SEGUNDA. Los ganados l que se reliere la base antf&gt;rlor, cuando sea nect&gt;urin introdnclrloaat leneno reservado para conduc.rEn
eljuiclo
vervalordinal'io qne en este Juzgadoslgne
tiempo que haya sufrido durante la ocsq!ie
Jos de nn lrgat á, otro, solo podtlin transitar por les caminos ptlbUel .Bd.unicJplo t!enE; esbblecldos en d!cho terreno, y i..cllpar la representcción de D. JcsOs 1\1. Montemeyor contra
cien metros A uno y otro lado del centro de los mismos cA- Ud. como albacea de la aucesJóo de D. Rafael Pá.ez,
instrucción y dejarse al ofendido sus hasta
mincs donde h'!.yaamputud 8oflolente por que no exiaU.n algu:1as
aobre pngo de pesos se dictó el acto que sigue:
mf
jor&amp;B
que CGn ello puedan pt&gt;1jnd!cart1e.
derechos á salvo por cuanto á la res- TERCERA.
((Monterrey, dieciocho de Marzo de mil novecfentasA los dnefio.11, vacieros 6 pa.11tores de loe ganado.11
y lanar que de hecho tengau ésto8 aobreel terreno de que nueve.-Come se pide, CéM la demande. por contes•
p0nsabilidad civil, artículos 182, 208 cabrfo
trata ¡:i!'&gt;r• cuando comience i Tflglr este. reserva, se les concede tifa en sentido negativo y ábrase una dtlación proba~
ou térmloo de .dlu: d1as para que los saquen, oont&amp;dos de!de q11e
toria en el prEBente juicio por el término Ce veint'3
y 287 del repetido Código Penal.
aqu'!'lla esté en vigor.
CUARTA. Pua los ffeotoe de la bs!e qne aut,Fcede el c. Alcal- dtea comunes é Improrrogables psra. embae putea, de
Por lo expuesto, de acuerdo con de Piimno de e~ta Muntolpalidsd p1:ocede1 á. d, sd~ el pr1mer dh o-Jnformidad con le.e arta. 1044 y 1077 y 1080 del Códel término qu , allf se menciona Anotlllcar e!te acu ,.rdo y en apTO· digo de Procedimifl-nioe Civiles. N otifiqueae. Aeí lo
11. l'l'g·1oa de las pereooas A que 8~ refiete la citada b'\88,
el parecer del C. Ministro Fiscal y b1ci.61J
previ._ i r formacll'ln que de ene nombree dé alguno de Ji e ocurren- p ov~y6 y firmó el C Juez 2° Mellor Letrado. Damos
tes
6
part.10\pes
del terrent; procurando que falc111 not.!f•Cfl.Olonet1 fe· . . . . . Firmrdrs · Lic. Gómt-z Ba.llesteroa.-A-A. Gócon apoyo además de lo dispuesto qnaden hechas tres
dlae antes de concluir el 1érmJno cot.cadido mez. -A-B. Palacios.
paTa asear loe ga.nadc s.
por los artículos 10, 35, 37, 40 frac- QUINTA. t.ae infracoiones oometldae oon relación f. este acner L'&gt; que M hace saber á. Ud. en esta forma de
do por loe dmñoe, vacieros OpaetoTes de ganado cJt.brfo y lanar acuerdo con el art. 78 frac. I del OódJgo de Procediciones I y IV, 42 fracción 1, 45 frac- eerin
OOllslderadaa en la primera J 8(gllnda ver: como f6Itas 1 en mientos Oivilee.
tercera y 8!gnlentaeoomo delito, siempre qn!
tra,te de nn' mleMenterrey, 31 de Marzo de 1909-Lic. Gómez Balle~ción XI, 50 fracción I, 185 y 487 del ga.nado.
40 41
BEXrA. Para determtn&amp;T et seJt. primera, 86gunda 6 ulterior hroe ""'"'A-A. Gómez.""'"'A-B. Palacios.
Infracción la que se hs cometido 1010 se atenderi al n1lmero de veCódigo Penal y 41 r del de Proce- ces
que un ganado h&amp; introducido al terreno al la estab!Udad en él
excediere de velnttcnatro horas; puea excediendo de eeW!I 1.lemdimientos Penales, se confirma en no
po, pcr cada velnttcnatro horaa mi.a e fre.octón d5 ellas .11e computaEDICTO.
ra. otra inf:acnl6n.
todas ·sus partes el fallo que se revi- BEPTI\IA. Como oon.fleCuencia inmediata de Ja bue quinta Jnzjlade 1? de lo Clvll~l~ fracción Jndlclal.-Eetade este aouerdo el Alcalde Primero de esta Municipalidad ee in
sa y se resuelve;
forma de jntclo y l beneficio del fondo de proplo8 de la mUIDla oa8- do de N. L.On.
tlg&amp;rli en cad!I ouo la primera tnfraoolón con multa de diez pee()a
Oon fecha olnoo de Marzo de mil noveolento11 cuay con doble valor la aegtmda; debiendo en la teroera y posteriores tro se radicó en eete Juzgado el juicio de tntest.amenPrimero: Se condena á Fidel Gar- tnfracotones
oonetgnar de oficio el hecho 6 hechos , la Autoridad
jndiot&amp;l :competente para qne previa la avetiguacl6n respectiva trría de la señora Josefa de León, vecina que fué de
imponga á lo.11 reapon8ablea 1a pena que la Ley Slñslll , loa que esta clndad.
cia como responsable del delito de destruyen
•
nna cosa aj 3na contra la volnub.d de su dnefio.
Y por dlaposlón del O. Lic. Maoedonlo Gil TravlVA. El castigo por laa intrac:tlonea que son consideradas fio, Jnez 1• Letras del R,uno Olvll de la 1• fr&amp;OO!ón
lesiones calificadas, á sufrir la pena comoOCTA.
f•Itea Y que por Jo mismo corresponde al .lloalde P,dmeJ'O
se rjqcut&amp;ri en loa bienes del dmñ'.&gt; del ganado enten jndlotal del Est!W.o, se manda publicar el presente
de un año nueve meses de obras pú- aplicarlo,
dlé.idoae con éi la diligencia aleetnvtere pre88nte; l. f"lta del due: edicto por tres veoes de diez en diez dlae en el Peri O.
fio, con el Taelero, y i fa.Uade uno y otro, con el paaoor; quedAn• dloo Offclal del Estado y Voz de Nuevo León, 11 fin
blicas, á contar desde que de nuevo dole en todo cuo al dueño del ganada an.11 derecbo8 ¡ aaJvo contra
8UB mencfo:::!ldo11 dependtente8 por al fueran elloe los responaablea de que lee personas que se orean con derecho A la
se le reduzca á prisión por hallarse di la lDf a :oi6noaitlp.da.
herencia ee presenten A deducirlo en el Mrmino que
NOVENA- Para que la.a baeee de este acuerdo mrtan 8Da efeo- establece el art. 1685 del Oódlgo de Procedimientos
1:.ot, se neoealta que la reaena i qne se contrae 11ea aprobada por eJ
libre bajo de fianza y con abono de Supremo
Gobierno del Estado, y q ne se baya inacrlto lnego en el Olvllee
Begtatro Pó.blloo de la r,ropledad, de esta villa anotindose la tnaMonterrey, SI de Marzo de 1909.-Llo. Joeé Juan
veinticinco dias que sufrió antes de orlpctón
r~Jat1va al tito o principal de propiedad del terreno oons
o.v.33,36,39-1116
t.ante ella b111jo el n6mero I l fojas 2 y S del Tomo II del Lib;o 10 . - Vallejo, Brlo.
obtener dicha gracia.-Segundo: Se DECIVA. Esta reserva eomenr:ari i regir el dfa l!Jfgnlente ,
en que faere inscrito en el Regt,!t.ro de la Propiedad y no
le ai:nonesta para que no reincida, aquQ
quedar&amp; derogada sino en virtud de baberas hecho la dlvial6Ú total
~el terreno, 6 por acuerdo de la mayoda de loa participes en é'; baSociedad Cooperativa
el concepto deque el la división que del tftrreno .11e hiciere faere
explicándole las penas á que se ex- JOparcial,
Oel acuerdo de loa participes ae concretare A reforma.11
ó derogar algunas bases, se continuara. ob¡¡ervando tiÚ
pone en caso de contravención.- &amp;dlclones
"El Porvenir" de la "Union."
todo aquello que no pugna con e1108 actos.
Por lo expuesto:
Tercero: Se dejan al ofendido sus A Ud. O, Gc_berna:ior, muy atentamente pe4lmo, y anplfc!.mos:
CONVOCATORIA.
to. que se e1rva tenernos por presentado8 en 80l1oltnd por medio
derechos á salvo por cuanto á la res- de
este eacr!to, y p r nombrado representante com6n al Sr Ger
Por acuerdo dt'll Con~fljo de Admon, Be citan A los Befi.or.11s Aomlin Carrllto para todo lo relativo Aeeta Instancia: 29, que 98 81r:
Igualmente, si no hubiere lnoonviniente en contrario darle 80 clontetas l 1nnta General Ordinaria que aeverUlioari el 4 de Ju
ponsabilidad civil. -Cuarto: Notifí- va
anoorior aprob!.Ct6n i la reserva tí.- quenoe r~ferimos dec'iailí.-ndola nlo próximo i las 8½ p. m. en la casa No 4.9 calle dela Independe:
snb!l8tente bajo las baae~qne la determinan, é tnt~rponlendo en eta, para tratar los asunto8 de la Siguiente.
quese y si de~tro del término legal ello vuestra. Autoridad Y resolucl6n gubernativa: y a0, mandar
asr elAlcalde Primero Provtetado, de e11ta V1lla uno de ¡011
Orr!en del día.
no se mterpus1ere recurso, expidan- quepcr
ocurrentes, su Bn-plente respectivo baga la notlficaclón del ptovefdo que recaiga !\ este escrito; y que, en su 01\80 expida lae c6p!"'
I.
Informe
del
Secretarlo.
cadae que se soliciten.
'
se los testimonios de estilo ponién- csrthProtestamos
lo nec&amp;aarlo.
Il.~Iden del Gerente Gral. y coml8l6n de vigilan ola·
Los Aldamae, Marzo 8 de J,oog
·
dose al reo Fidel García á disposi- ~o que ee manda publicar por tres vece a con8eont:lvae en el Pe- III. Revislón yexaman dela cuenta anual,
IV. Nobramlenio de la 1uota Dil'1'ctiva.
!_lódioo or1clal Yen La Voz de Nuevo Le6n, para que loa oondneción del Ejecutivo del Estado en la noa de los peticionarlos, cuyos nombres y domtctUo8 88 Ignoran se V. Iden de la Comh!lón de Vljllancla,
presenten en esta Secrelarfa dentro de los dies dfas algnlent~ al
VI. Otro11 a.11nnto8 que Ajuicio de la asamblea Be t ta
la :0-ltlma pnblfcaolón, 6 manlfeataral estin 6 no ooDformee con
Penitenciaría del mismo; luego que de
Be Bupllca i los BE'fi.ore.11 Acclo.c.l.11tas Be Sl"an ~a ti~ 1 J
la tohcltnd inserta, fundando en caso ne..tlvo l&amp;e ,a••• 1 d
por st 6 por medio de su apode d O • fl d a s r
a unInconformidad.
_, e
e su ta
man para evitar ga8toa·
ra
n e que baya qu6fuere de nuevo reducido á prisión, Monterrey, 12 de Mayo de 1909-Ldz«ro de la Garza, Of,
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llonierrey, Mayo 13de 1909.-EIBecretarlo H.;, Alaroon 39 40 41

Juzgado 1" de lo Civil,-!' fracdón jndiola1.-.Esta-do de N. León.
Con fecha. veintlelete del actu!ll.1 se radicó en este
Juzga1o ol juicio· de lntcetado del Sr. Julllln Olrlo&lt;e•
lo. vecino que fuá de esto ciudad.
Y por dlepoelci6n del C. Lic. Macedonio GIi Tre•
vlfio, Juez 1~ di:i L"t':'8A del Rrlmo ('tvil de la 11 frac
clón judicial dal l!etado, &amp;e monda publicar el pre,
sente edicto por tres veces de diez ~n diez dfaa en el
Periódico Oficial del Este.do y en Le. Voz de Na.evo
León. á fin de que Is.e personas qu~ se C?'eau con
derecho á la herencia se presenten á dflducirlo e-n el
término que Mtableoe el art. 1686 del Qódlgo de Pro•
ce;1lmientoe Civiles.
Monterrey, 29 de Abril de 1909.~Llo . J~•f Jwm
Vallejo, Srlo.
o,v .:6 a~,42-166

EDICTO.
Juzgado 2° Oonstltuoional.,-Apodaca, N. León.
Con fecha cuatro del mes en curso y por dísposld• r
del Juez 1º fle Letrag: d9l Ramo OlvH de la 1• traoo~Or.
jndioial del Eatado hA eldo radicado en este Jazg .. do
el Intestado de Dol!a Paula Garza, vecina que fuá de
esta Villa en Aguafrla,
Lo qne se manda publicar en esta. forma para que
las persor.fl.B que se non.etderen con derecho á Ja he:renoia i bienes de dfohq, intestada ocurran ádeduoirlo
1&gt;n el término qne ecfiala el art. 1685 del Oódlgo de
Procedimientos Olv!Jea.
ApodAca, Abrll 20 de 1A09.-T. J. Z&amp;mbrano.-A~
Beelqulo Garza.-A-I F. Ezdo. Igleelae.
o.v.33,36,39166

EDICTO.

EDICTO.

EXTRACTO.

EDICTO.

Age:lcla d '3 la ":eoreU.rla de Fome u to en el R'l.1XlO da l\I!uerfa
Elil Linares, N. León.

Juzgado 2? Oonst'tuclonal ...:Mi:J.a""'"'N. L-aón.
· '.\Hna.. Mnyo doca de mH novaotentoa. nueveCúmplase con 1o que dispone el O. Juez 1° de Letras
del Rlmo Clvtl , en el 11.uperior antl que antecede de
fecha diecinueve de Febrero próximo pJJeado, radfqucss en este Juzg3do el prE&gt;sente juicio de it1teetamentaría. de la $t'a. Jnnna Pc-ña de Gonz1Uez, YHctne
aue faé de eets. vma, dlindoAe prevlem~nte E'-1 avieo
ciua previene el artícul o 161 de la Ley dr l Timbre vig1ntQ, pub!fqmmae los edictos que ¡.-r~vlen~ el s.rtfculo 1685 del Código de Procedin...1ont0s CiviltG, en el
"Periódico Oficial» del Estado y en 11L1\ Voz d /3 N{!8VO
León)) por trPe veces ooneeoattvae de diez en diez nías,
oonvocando á todos los quq ee craan ~on d-arecho á la.
herencia p&amp;l'a que compartzcan á deducirlo en el tarmtno de treinta dfM, qae se contarán desde la fecha
del óltlmo edict!J. Nottfiqueee. E l Juez 2° Looal
de esta Villa lo dscretó y ftrmó. Da.moa té-Naznrto
González . .-A-EmiHo Floree•-A---.Fructuoso G. Gondlcz.-Tree róbrluas.
Lo que se public!l en esta forma pa.ra loe efectos le•
EDICTO.
gales, firmando loe de asistencia conmtr,o, el Juez.
Juzgado 2• de lo Olvll.-1• fracción judlo!al.-Esta• Damos té Nazario GeniA'. Ez-A-EmilloFl&lt;'ree -AdodeN. Le6n.
Frnctuoeo G. GonzAtu.
39 4246-168
En el Juicio testamentario de la Brlta. Soledad M•r·
tfnez Ecbarteo ha recafdo un auto que á la letra dice:
EDICTO.
Monterrey, tres de 1\fayo de mil noveolentoa nueve.
,-Por presentada con )as deUgenciee de protocolizaJuzgado
2
°,
de
lo
Civil. --1. ce frac.ción judicial --Estación del testament!) cerrado otorgado por 1a 8E:ñ &gt;rita
do
de
Nuevo
León.
Soled8.d Marttnez Echarte&amp;, dense los avisos que preOon fecha de hoy eeradlcó en eeteJuigado el Jui•
vienen loe &amp;rticulos 169 de la Ley Timbre y 30 de la
Ley de Haciendda _publíquenee los edictos en la forma cio de inte&amp;tado de loe Sres Ambrósio Ptñ&amp; y Maña
y termino• del art,culo 1662 del Código de Prooedl• Santos de Pello, quienes fallecieron en San Ger6nimo,
mtcntJ.J Olv!!~B y de acuerdo coa loe ar:t1culoe 1672 de esta Municipalidad.
Lo que se he.ce saber al p'tibltoo para que lee pareo•
y l673 o!tese A la heradera á la Junta que previene el
articulo dicho lo cual tendrá lugar ot octavo d1a ha- nas que se orean con derecho , la herencia se presenbll A las ouatro de la tarde después da Notificados. ten 11. deducirlo dentro del término que pare ello
Notiflquese. Lo decreto y firmó el C, Juez 2° de Le- marca la ley ·
Lo que ee publica en esta forma en cumplimiento
tras del Ramo Civil, doy fé -Lic. Roque de Luna. de Jo alspneeto por el art. 1686 del 06dlgo de ProceLle J. Garc!a Gnajardo.-Róbrlcas.
Lo que se páblica en esta forma, en cumplimien dimientos Olvlles.
Monterrey, Abril 27 de 1909~Llc. J, Garola Gnajar•
to de lo mandado f.Il el art. 1662 del Oódigo de Prodo, Secretarlo.
39 42 46-168
oedimitos Civiles.
Monterrey, 6de Mayo de 1909.~Llo. J. Garcla Gua
Jardo, Brlo.
o.v.38,39,40168

Expectiente No. 481.~El Sr. Librado T erreros, de
Monterrey, Eolicita diez pertenencias, en terren&lt;'B de
DC1n Isidro L6pez, en le. Sierra ,Tamate&amp;,H Mu.1icipali•
dad de Ga.le.:1,na, en el mismo lngnr en que se encuen•
tra la mina ((Luz del Día» cuyo ttr.ulo caducó, en el
que eo hallan vetas y mantos de ploma, ilerrro y zinc
con ley de plata, hRoiéudoee Ja medida en un parale
lógramo d.;0 600 por200 mstr_s, sin colindancias mine
ras. Eite fundo se llamará. uL11. Luzn para. au medición
fa.6 nombrado perito, y aceptó, el Sr. lag. Eulc:gio
Orttz:, de Monterrey. y para la eubstanc1ación del
expaáiento r t apeot1vo en esta Agencia, ae h&amp; abierto
el plazo i;.;.e ouat:r&lt;l mesPs, contados desde hoy.
Lo que ae pábltca para los ftectos legales corresrondlentee.
Llnnl't'.a, 2 de Mayo de 1009.~E. A. de M., Joeé V.
Norlega.
o.38,39,40

Ju,gado de LEtrado de la 7• fracción Judlclal.-Mon•
-temorelos, N. León.
Hoy se radicó en este de ml cargo el juicio de Intestado del Sr. U.uro Parta, vecino qne fuá de eeta
'Ciudad
Lo qne se pon9 en conocimiento del póblico pa.t"a
que las personas que se orean con de?Echo á su he.renoia se presenten á deducirlo dentro del tél'miJJo
&lt;¡Ue safiala el art. 1685 del Código de Procedimientos
Ulvlles.
Montemoreloe, 14 Abril de 1909.-Llo. L. Oant~.
füpóbllca Mexlcana.-Presldencla Mnnlolpal.-lllon•
Oza.-A-Agaplto GIJ.~A-Ernesto V. Cnnt11 .
temorelos, N. Le6u.
O, V .33,86,39-166
El LOnee, 31 de .M.a.yo en onrao, á las 10 de la mañana y en el loce.l de esta Presidencia. se vender4. en
subas te, pOblka., un lote de terreno par~ solar, de loe
EDICTO.
Ejidos de esfe llunl .iipi.,, eitn·ulo 6n la DemarCüción
Juzgado 1! de lo Olvll.-l~ fracción judlcial.-Eet!:- EsCtJbedo, con una superflde de 1670 m~tros 40 deo1metroe cudrudos. bajo llie siguientes oolindanolM: por
&lt;l.o de N. León.
el Norte y PonientP, callee de por medio, te rano
Oon facha dieciséis del actual se radloó ante este vacante de Mauiclpio, por el Su?". OOrreno de D. Ma.Tu•gado el Juicio da lntsetado de la Sra. Maria An• nuel de la Garza OanM, y p')r el Orlt-nte 1 t erreno pertonta Ouélle.?", vecina que foé de esta ciudad.
ten9ciente á la Escuela. de Niiifl s de la misma domarY por dls~csio!óa del O. Lic. Macedonio Gil Trevl·
ño Juez 1 de Letras del Ramo Oiv!l de la 1• ca.ción.
Lo que se p11bllca, para que Jae pereonae, que ten·
"fracción Judicial del Eetado, ee manda pnbllca.r el gan intierés en el Jolie de terreno desorlto 1 pasen á
presente edicto tres veoee de diez en diez d1as en hacer sus posturas con la debida opcrtnnidad, en }a
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en La l i:-,te1igencia, de que aetas no b:1jarán de la sama de
Voa de Nuevo León, A fin de que las personas qua se $20.00 precio que se ha. fijado como base de remate
-orean con derecho t1. la herencia se presenten á dedu- teniendo el derecho del tanto el Sr. D. Manuel da la
cirlo dent.T'O del término que establece el art, 1686 Oaua Qantll..
del Có:llgo do Procedimientos Civiles.
Montemoreloe, 6 de Mayo de 1909.-Arnulfo Bsr•
J!Lont&lt;&gt;rrey, Abrll 19 de 1909.~Llc. Joeé Juan Va- langa.,-Oipriano Ordc:fiez, S.rio.
o.38 ,39,40
llejll, Brlo.
o. v,88,36,39-165

PREGON.

EDICTO.
Juzgado 2'? de lo Clvll.-l~ tracción Judiclol.--Estado
&lt;le N. León.
Con fecha de ayer ae radto6 tn este ñe mi oargo el
juicio de !nteetado de D&lt;1. Fellolano Ramlrez, vecino
&lt;¡na fuá de eeta ciudad .
Lo que se ha.ce Bl! ber al pdblloo para que los que
'R8 o?"ean con dnecho á Ja herencia se, presenten 4
de ducirlo en el término legal.
Monterrey, Abril 2l de 1909. -Lic. J. Garc!a Gna•
jardo, Srlo.
o.v.33,36,39-166

EDICTO.

NOTIFICACION.

Jm:gs.do de L,tras de 111 6;, Fraoolón jadlolal -Villaldama Nnevo L!6D.

Sr. Manuel González Flores.
En el Juicio verbal or.iinari\l que sobra reclamaoi6n
de honorarios stgne ante este Juzgado til Sr. Joa6
Garza y oontre el Sr. Abund1o Mi?'e.i.ee, de quien ea
Ud. apodArdo hJJ recaído un auto que á. la letra dice:
•·Villaldsma, trece de Abril de mil D•)VbCientoe
nueve. -Oomo ee pide por el demandado en la anterior audlencJa, de oonfol'midad con el ortfoulo 1080 del
Código de Prooedimtentoe Oivi!ea, ábraeo este ju.tolo
á pruebas por el término de veinte días comunes é
im prorrogables para ambas partee. Notifiquese, Lo
proveyó y firmo el C, Juez de Letras de la 6• fracción
Judtob1il: damos te-Lio. Gnajardo.""'"'A-Martano Santos T.reviñ.o.-A - José B Viltarreal.-Rfbricas.
Lo que ee notlftca A Ud. en flSh torma. en cumplimlEcnto de lo dispuesto en el art. 78 reformado del
COdfgo de Prooodimfentoe Civiles.
Y11Ja1d ems, Mayo 8 de 1909.-Llc. Blmón GnaJardo,
A-Mariano Santos"rrevifio.-A-José. B. Villarreal.
39 40

EDICTO.
Juzgado tº de Jo Olvil.-Fracoión lndlctal.-Eat-ado de Nuevo
León.
En el ju!clo ters'3mentarlo del Sr. Oeeirtt0 E!ptnoaa ve.cinc que
ía6 de eata Oiud¡;,d se ha dictado un aut.o qu,. i la letra dice:
Monterrt!y, veinte de Abril de mli nonclentoa nueve. Por
presentado con el tests.mento p6bUoo abierto y actu t'le! esta.do
Ohil que se aoompañ&amp;n; v con funda.mento en el arto. 1659 ~el Códlg:&gt; de Procedlmianto11 ·otvlle!. radfqnese ante Hte Jnz;tado el
juicio testamentario del Sr. OefAreo Eaplnos3; d6&lt;Je el avl.110 Qne
previene el arto. 159 de la ley del Timbre, publtqneae est.e auto por
tres veces consecnttvas en el "Periódico Oficial" y •La Voz de
Nuevo Le6n•; y por cuanto i qne de las actae del E.'ltAdo Civil
que S?. acompañaron apareoa qne los presuntos beredeto8 CePAreo, Dlonido, Ramón, Martiniano, Enasblo é Hlglnto Etplnoaa
son menores de edad, para E:11 efecto de declarar so ntado de mlnorlda", Mise oonootmiento &amp;I Mtnlaterlo P6hllco; y lu~go que e~
té Integrada la p~rsonalldad de dichos menores, se '.fijará. dJ:a pa
ralaJ·un1a. NotlfrqnPee. Lo dt&gt;cretoy firmó el o. Jnu:lodaLetras el Ramo Olvfl; doy fé,-Lio. Dl. Gil Trevlfi.o.-Lic, Joe6 Juan
Vallejo, Brio. R6brloas.
Lo que se publ\oa en esta forma en onmpllmlento del auto Inserto.
Monterrtiy, Ab?H 27 de 1909.-Lic. Josa Jnan Vall{',JO, Brlo,

Juzgado 1? de lo Olvll.-1• fraoolón judlclal.-Eeta&lt;io de N. L•ón.
o. v. 37,38, 89,-167,
Qon fecha cinco de Marzo de mil novecientos cuatro se radicó ante este Juzgado el ju.lelo de intestamenta.rta de la eefiora- Oornelia de León, vecina que
1'ué de eata Oindad.
y 1)0r dlapoelclón del O. Lic. Maoedonlo Gil Trevl•
flo Juez 1° de Letres del Ramo Oivil, de la e tracCONVOCATORIA.
&lt;»Ón judicial del Estado se manda pabltcr el preeent.e Por acuerdo de hoy, del Conl!ejo de Admtnlstraolón de eat.a Oom
-edioto -por trEis veces de diez: en diez días en el Perió- Jlltí1a, se convoca i loa Bree. Aoolonl8t&amp;a para la Asamblea General
que se nrlfloui el dla 111 '1el corriente, i 1&amp;8 nneve de
dico Qftolal del Estado 'J en La Voz de Nuevo León, Ordhll\rla,
111 mañ1na, en la Oasa No 7 Plaza de Znagosa, (Ollclna delos Srer.
á fin de que las personas que se orean con derecho á. llala Hno■.) bajo la 81rnten'8.
1&amp; herencia, se rresenten A de duclrlo en el término
que aetablece e art. 1686 del Código de ProcedimienOrden del día.
tos Olvlles.
I. lDtcrJDe de la Jan.ta Dlrectln.
Mo~terrey, 29 de Marzo de 1909.-Llo,Joeé Juan Va•
II. Dlo\amen del Comisario.
UeJo, Srlo.
o.33,36,39-165

Cía. Minera "Bonanza"

CONVOCATORIA.

s. !.

III. Pre8tlntaolón de la1 ouen\as y B11laooe °"neral, pan
no enmen y apuibactón en eu oaBO.
VI. Eleool6n de miembro.11 de la Junta directiva, para el
pr6:1lmo ej~rclolo 8C.loisl
V. Y cu&amp;leflqufera otro a.11nnto qne ve preaantare.
Mont,rrey, Mayo 11 de 19J9,-ml Pto=Seore"arlo, Ba:v&amp;dor B
G6Dlel
89 -1.0 -U,

Por la presente se conYoca álos Sres. accionistas ~e~a com
Jlaíll!\ Tropical Frutera. Monterrey y Golfo ele Mex1co. S.
A ála Asamble11, General ordinaria. que tendrá. verifica.ti
v¿ el 23 del actual á las 10. a--m- en el cuarto N~ 9. del
EDICTO.
Hotel Barón de esta ciudad, parn tratar de lo!&gt; asuntos que
comprende la siguiente,
Jnzgodo 2° de lo Oivll ..-1• !•colon jndlclal.-Estado
de Nuevo León.
Orden del día.
Oon techa cinco de Junto d.-mu novecientos seite,
1° In.forme del presidente, correspondiente al año s011 se radlcó en eeteJuzgado el juicio de Intestado á bienes del Sr. Tirso Garza OantO vecino que fué de eBta
cial anterior.
2° Presentación ::le las cuentas de la tesorería por el ciudad.
Loqueaehaos saberalpóblloo ' por medlodelpre
mismo período y aprobación de ellas en su caso.
3° Autorización que pide el presidente para ,ender las sent.e, Afln de qne al alga.len eeconeidera con derecho
en dicha herencia se presente , deducirlo dentro del
propiedades de 1a.compaííía.
4° Nombramieuto de miembros de la nueva Junta término que 11J• el a,t!olllo 1687 del Código de l'rocedlmlentco Olvlle•.
directiva..
Mont.rrcy 12 de Mayo de 1909.~Llo, J. Garolo
Monterrey Mayo 8 de 1909.-Juan M. Fernández. Se89 40 41
cretario.
88 39 40 GnaJ&amp;rdo Becretarlo.

EXTRACTO
A~enola de la Secretaría de Fomento.-En el Ramo
da Mintiría en Villa.ldama.
Expediente No, 1,001.-0on focha veintinueve de
Abril t1ltimo y siendo Jss once de la maña.na, ee pre•
sentó ente esta. Agencia de Minería el Sr. Olaro Montemayor, mayor da edad y vecino de &amp;binas Hidal·
go, sollcitando concea16n de seis (6) pertenencles mineras, ecbre una veta mineral que contiene plomo,
fierro y zinc, que se encuentra ubicada en la Sierra
de Santa. Olara pett•noolente A la municipalidad de
81\blnee Hidalgo y en la ladera que ve al Sur del rincón de «El Rodeony cuyas pertenencias se medirán en
la forme de un cuadrilongo de 200x300 mt:'.troe oon su
longitud de Oriente á Ponient~. Ei fundo minero
solicitado por el Sr . Montemayor se denomina 11La
Meca» y colinda por el Poniente con pertenencias de
1a mina •La Joya Sab!nenseu y por loe demás rumbos
con terreno libre.
Admitido el anterior denuncio ae manda publicar
en el PeriOdioo Oficial P,el Estado, por tres veces oonseoutlvee y en la tabla de aviaos de uta Oficina por
el término legal y se nombró perito para que mida
el tondo eoliolti.do al Sr. José M~ Santos González de
eeh vecindad quien aceptó el cargo,
Lo qus se hace saber al pábltco de conformida.d con
lo dispuesto pJr el art. 21 del Reglamento de Minería
y para loe efectos á que se contrae el art. 22 del mismo R--glamento.
Villaldama Mayo 6 de 1909,,-El A, de M, Manuel
F. Trevlfio.
39 40 41

Demasías.
Repóbllca Mexlcana.-Preeidencia Munlclpal.Montierrt&gt;y, Nuevo León.
De conformidad eón lo dispuesto en el artículo 26 y
en el 670 del Códtgo Oivil vigente, se hace eabRr al
pt'iblico, que en la Tesorerfa Municipal de esta ciudad,
existe depoelteda la euma de $64.38ote. (seeentay
cuatro ptieos treinta y ocho centavos), procedente de
los sobrantes efer-tuadoe dure,nt.e loe meses de Julio
y Agosto del presente año, por iae oaeae de empeilo
denominadas •Montaña de Piedadn, «Ohihnahua11 1 11La
Bancai1 1 KFavoritaH, •Fénix•, •Surtidoran, uMonte de
Piedad de Monterreyn, y Suoursalee ntúneros 1 y 2; en
el concepto de que, si transcurridos eels meses. con tadoe desde hoy, no compareciere persona alguna, ,
reclamar con justo y legftimo titulo, las expresadas
demasfas, se lee mandará ingresar en la Recaudación
de Rentas Mnnlcipalee de esta ciudad, de acuerdo
con lo preceptuado en el citado articulo 26.
Monterrey, 26 de Diciembre do 1907.-P. O. Martf.
nes.""'"'B. Ram1rez Anguiano, 8rio.
868788-h-27-Abrll

�PERIODICO OF1CIAL

8

.
d
a
ac1en
a
L H

1

I

EDICTO.

Juzgado de Letras de la4• fracción jn1icial .-Dr.
Arroyo, N. León.
Oon esta techa se Tadkó ~n este ju,gaco el J-1ic!o
El periódico ilustrado más hermoso 1de intestado del Sr. Fl11vio I1neda, vecino que fué de
,
•
J «La Preelta» de este Municipio.
Y practico sobre asuntos campestres, Lo ·que 88 hace saber pdbJlcsmente en esta fol'mB,
para que las personas que se crean con derecho á la
se envia gratis una copia de
il· heTencia 88 pres..-nten ~ deducirlo en el término que
á los Sll bscritores del Perió- !Tt~l~ el art. 1696 del Código de Procedimientos Ci-

'

rienda"

Compañía )linera Ex1,loradora y Ex11lotadora de
,1outerrey S. A.CONVOCATO RIA.

:Óe acuerdo C'ln lo qu,, pri vlene el arttculo 15. reforma.do, de 'OA Est atulo3 que rigen á esta Ccmpeñta, se
cita áloe efñ ,res acclo111etas de la misma á la Asamblea oenerAl Ordinaria que eeverif'cará el JuevES 27
del actuql á las 7 30 p, m., en la cesa n11mero 43 de la.
v La Yoz de X León que DoJtor Arroyo, Abril 14 de 1909.---Llc. .M. Hlno- Oalzada Uoión, en esta Ciudad, bijJ la siguiente
J
... •
'
• josa -Leocadio M. Gonzá'. ez.-A-L. Duarte Ramos.
El precio de la subscrición 1 ·
o.v.33,36,39165
orden del día:

'

·

"La JI

dico Oficial
lo soliciten.
es de :33.00 oro americano por año.

Opiniones
"Lo considero altamente benéfico é
instructivo,"
General Porfirio Díaz
"Tal vez 1a primera ilustración agrícola del mundo"
Alfonso XIII
La Hacieüda 0°,
P. O.Box 97-1
Buffalo, X. Y., E. "C. · A.
P.O.Y.V.D N.L.

EXTRACTO.
.A.geno!" de la Secretarla de Fomento en el Ramo de Mlnerfa
en Villaldama, Nuevo León.

Expediente No 1000.-Oon techa veintidós del mee
en curso y alendo las once de la mañana, ee prEeen
taron anta esta Agencia de Mlnerfa, los Sra. José :U?
Garza Pérez y Luis J. Mirelee mayor€&amp; de odad y
vecinos de Sabinas Hidalgo, solicitando concesión de
dos (2) pertenencias mineras sobre dos catas que con•
t ienen metales plomo ferruginos:•e con p'ata y zinc
en la form11 de veta!! y mantos que ea encuent-r áu en
la Sierra de iUiuas Vifjae, .Munlcip:!lldad de Sabluas
Hidalgo y en la ladera Norte del rincón de Arlsmondez y cuyas pertenendas se miditán en la forma de
un paralelógramo de 100 x 200 metros con su longitud
de Orlenlie á Poniente aproximado queoondo dentro
de él las or,.ti:is referio~s. El fundo minero so!icite.do
-por loa Sres Garza Pérez y Mirelea. se denomina •La
Ind11Btrla1" y colinda por todos rumbee con terreno
libra.
Admitido el anterior denoncto ae manda pub!icn
en el Pedódlco Oficial del Eete.é!o, por tres veces
consecutivas y en la tab1a de avises de eata Oficin&lt;J
por el término legal y se nr.mbró perlt) para. que mida el fundo solicita.do. al Sr. JoEé M! Santc.e Gonzá
lez de eeta vecindad quien nr,eptó ol cargo.
Lo que se hace sabc-r al pdb1iC10 do conformidad con
Jo dle¡,ueeto por el &amp;tt 21 del Regle.mento de Minoñe
y p:tn lo~ ef&lt;&gt;ct'le á q1.1'3 ee contrae el art. 22 del mis
roo R el,(l::mer..t ,.
VHlelrfama, Abril 30 de 1!)09.-El A.. de M., Manuel
F. T.evlño.
n.::!S.39,40

REMATE.-2ª Almoneda.
Jn,..-ado S:, de lo civ!J ~ h fncclón Jn•il~fal -· Ee•&lt;&gt;do de N . León .
El dla veinte (20) del actu· I !I hedl.;z dt la m , ñ,.na, ten ·1r!I ver!•
flcatl\"o en el local de esta Jaz,raln la Vf'nla en pllbllc11 almon...ia
y al mejor nostor da loe b 1ene• ombitg~1o• ,., ' lr. ,raor!cio M B,rón, en el jalolo r-j&gt;cnllvJ mercantil• guido contra él p&lt;'r ei 1:!r,
r.lc. R1(,&gt;el Dhlla como aps&lt;le•~do de :a O&lt;&gt;m;-ofüq Fandfdora de
F,frro y Acero de Al.:&gt;nterrey, S, A. casos biaoes oonel•t;,n en Jo
elznlente:
Un lot" de ropaoc,m pu•sto d&lt;' te&gt;aa de Hola-ida. r éflro, Vl&lt;h!,
Creton a, Battet.s, L'n(lo, Oric•nil, Pa•nat. S•dalln a, Imp ·rlal. Jlfan•
ta. D:11. In1lada, Osmhr,y, B •lllela. Caellra p n a e misas. Oolc ;tines, MP~lu, Ewetera, Ohales Toalla.. 1.1amlseta•, Oamts ..., Oa lzonol•
llcs. Pafiuelos. Blusas, Pantalone", Liston••· R• bo•os, Tirante• . Tiras bordadas, Aollcscl, n r, Elmbntldos: Oorbatas, Capao, Plalds. Cob artoree, Parag nu, y Oaoh och&amp;s Un lote de M11roerla com11nesto
de: Bolsas d e mano. Oéntnron@s, AbaTJICOe, Oach•ra1es, Alfile res,
P ~rtamonedas, Mancu.,rna.s. Botonrr "1"' metal. Jd~k.c11, Jab)n,s,
T-¡eras. Relojes y Nabaja,. Un lote de Ion y or!stalu1a, compue•
to de platos, tazas, T,a bamanos.J arrsi,, Tubos de peltre, LAm11araÍ
L intemas y vaeoe. Un lote d ? oaltado comP.nesto de:sa'l)atoa del p&amp;fa
y americanos, Un lote de comer,,as e .lmentfcla• del P&amp;fa y Ex•
tranjeras de todas clases U:1 lol • de abarr,&gt;tea ds to:ba claaea del
Pal■ y Extranj•roa, y un lote d e Ens erea de Tienda .
Lo que 11e publica en esta fvrm• en camp11mlento de lo que previene el arlloulo 1411 del tlódtgo de Comerc io, advlrtléodoae !I Jo!
lnterEsadoe que no ee admlttr!ln poatnraa que n o cubran la cantidad de $1.707. 93. 11os mil a•teolet1tos siete 118BOB noventa y trAs centavos, que slrvl6 de bue eo la alm onedR •~terlor, con dedaccl6n
de un diez pu clAntoauml · latTAn&lt;ioae en la Secretarla de este Jnz•
gado todos loa Informes referentes al oaao.
Konte.lrey, Mayo 7 de 1909 -Lic. J. Garola Gnajardo, Srio, 883940

YE~TA DE PREXDA.S.
'
22 y 23 de loa conlentee
y 12 y 13 del

Loa dfes
eutranta .Tanl&lt;',
se. pondrAn en Pub•■ta ptibllos las prendu per didas de cuatro
,nese• de p'ozo de Novl~mbre y Dlo!embre p r 6xtmo pasados Y
laa de na me~. d e Enero. F,brero y Mano dltlmos, exlslantea en
1 a cas!l de Empeñ&lt;l "La Favorita.''
Lo qne ae J)One en conoolmieut o de los In ter esados p \!,ra que
ocurran en tiempo háb!I Asacar los, ref,rmarlaa, O preeenclar aa
venta que se h~r, de oenfor mldad con el R•glamento vigente del
R•mo.
38,39,t0.
Monten ey, Maye 8 de 1909,,-Celedonlo Gana.

CONVOCATORIA.
Los que eus!lriblmoe, acclonletas de la Oompc ñia ::Ui
nera ··san Antoni~" S, A. constituida y radicada en
esta Villa, dueños de más de la mitad de las acciones
de la misma, hacle11do uso del der€cho que concede
la parte final del Art, 12 de los eetstutos que rigen,
hemos acordado convocar lilos socios á una Aeamblea
Geneml extraordinaria, que se verificará el dfa 30 de
los corrientes á las 4 p. m. en la casa de D. Nicolás
Santos, para tratar los s!guientee puntos:
PRIMERO: Elección de loe miembrEs de la Junte.
Directiva y comisario. que han de fungir en el próxim 1 año social.
SEGUNDO: Tratar sobre si conviene arrendar de
nuevo loe fondos de la Oompañta con opción ó µTome
sa de venta y_, en caso _afirmativo, acordar las condiciones respectlv11s.
Ylllaldama á 8 de )[ayo da 1009.-Nicolás S!Ultos
.-Manuel M. Sanws.-M• Refngto S. Vda. do San-

Sociedad Terpsfoore de ~louterrey S. A.
CO¡'JVO0ATORIA. -

Por acuerdo de la Juntl], Directiva de esta Sociedad
se convoca alo11 Sra. Accioni;,tas¡,ara la Asamblea
General Ordinada que tendrá lugar el df&amp; 23 del ac•
tual. á lea 9 a. m. en el Séilón de Actos del Banco Mer
cantil de.,M-m terrey ( 2° piso) br.jo la siguiente,

Orden del día:

I . Lectura y aprobación en eu caso, de el aota de
la. Asamblea General anterior
II. Informo tle la mesa Directiva Pobre la marcha
~L
~U~
y esta.do da la 'S&lt;.1dadac!.
III. Presentaci6n de les cuentas giradas por la T&amp;s , rAría hasta la techa.
IV. Dictamen del Oomlsario.
V Cualesquier otro punto que se presentare 4 la
CONVOCATORIA.
Asamblea.
:Monterrey, 7 de Mayo de 1909.-Arturo E. Padilla
Da conformidad con el attículo 35 capitulo 4- ,le loe
393910
Eatatutos de eata. Compañia se convoca á loe Señor.za ecretado.
accionistas á Asamblea General extraordinaria que se
verificará el jueves 20 del presente m&lt;,e de Mayoá lae
Sociedad .á.nónlma.
•
nueve A. M. en los altf s de la dioina de la Oompañfa
M nera Fundidora y A1lnadora Mont¡;rrey, para tratar
CONVOCATORIA.
los puntos qne comprende la. eig11icnte:
El c,asejo de Adml!l;aac!On de éata Comoañh, en eee!Gn cele-

Compañía füuera ''Ocam¡10,"

Cía. Fnmlidora de Fierro y Acero de Monterrevt

Orden del día.
Primera. Informe de la Jnnh Dl:-ectiva
Segunda. Exámen y e.probación de Ir.o cuentas en
en caso.
Tet"cera. Ele:iclón del Consejo de admluistraclón y
Cc,mia&amp;rio parn el afio social.
Moriterrey, Mayo 4 de 1909 .
El Secratario. M.lgnel Ferrara.
38 39 40

'!
~

Ricos y
pobres, príncipes y aldean os, m illonarios y jornaleros, todos
at estiguan la
inmensa repu tación y
-valor de las

Píldoras
del Dr. Ayer

CEDULA HIPOTECARIA .
Jnttrado lo de loOlvll. lf ftaccl6n Judlolal.-Eatado de N .LeOn
El dla qu!nCfl del aotual, se premt6 ante este J nq,rdo, el Nob
tarlo P dbllco Francisco L. PérM. demandando en la v1a ■amarla
y en juicio hll)Otecario. al Sr. Llo. Ernesto s. Trevlfio, sobre pago
de la cantidad de $1838.10 os, un mil tresolentot trenta y trea pe■oe dles c entavos, valor de un préatamo li mdtuo con lnterétl ya venoldc; con m!I• loa lmpnestoa reapeotlvos y los lntereeea, ooatae, oontlrbnclones y oapltallnclonea qne en lo saceelvo ee venu.n.
Filuda el aotor su demanda en una eaorltara de primera hlll0teca
especial y expresa y de plaao vencido, otorgada por el aefin IJcen.
ciado Ernesto S. Trevlfio con anuencia ee so eet&gt;Oaa en eata olallad
el df• ae1• de Enero de mil neveolsnto• aeta, ante el Notarle P11b1t'.
oo don Miguel de Lana, de la finca nrbana qne ee compone de nna
pleta de terrado, eels teJabsnea, cuatro coolnas, noria y otras m •jorae oonatrnldas en en tdrreno, alto en e•ta olndad en la esquina
Nor Oeste.te las c allee Znazua y General Trevlfio con 188 cnalea lln•
da J)Or el Ponlenle y Sur respectivamente, con medida de dleolsé!.s
m i tros setenta y eela cent1metns de frente al Poniente, por cnarenta y un metros set el!ta y dos mU!metroe de fondo al Oriente li linda• con propiedad de don Joaquln Garza y por el Norte con propiedad de lo• herederos de doña FablauaGarzo;habfén-lol a h lpot eoado
con todes sns e n tradas, mejoras, neos, costumbres y aenidnmbrea.
■In revortar dln111lo otro grav!lmen; oa ya finca ea d e la propied ad
del aefior Licenciado E rnesto S . Trevlfio, y para garaotlza r el pago de la cantidad de $1,000.00 c o. un mil peeoa que le facllltó !I m11tuo la Sra. en poderdante, oon Int erés del 1 118 ano 1&gt;0r ciento mensual, J)Or el término de t r es años. contados desde el dfa seis de Enero de mal noveclent.oa seis y que ter minaron el seis de Enero del
corriente afio, siendo además de cuenta del d,mdor toou Isa oontrlbaofooee y gravf.menes que ae lmonsleren al ocntrat-0 sobre la finca hipotecada y siendo oon&lt;ilol6n la de que loa Inter eses no pagados 11e oapltall""Tlan al mfamo tlllO del 1 pg nuo por ciento mPnaaal; hablé~doae r~glatrado esta hipoteca cen fecha nueve del mia.
momea y ano de en ot-0rgamlEnto.
En virtud de laa conatanolasqde p r AOeden, queda suJeta !I jalolo
hlpotecarln la fine• arbanedeque ae ha hecho mérito, d e propied ad d el señor Lic. Ernesto 8. Trevlfio, lo que ae hace saber a l pd•
bllco y f. las Au toridades, para que n o se p ractique en ella nlngdn
e mbargo, trma de posesión, dlll¡¡enola precautoria 6 caalqnl" ra
otra que entorpezca el careo d•I p res•nte Juicio y posesl6n Interina que l&gt;OI este a uto ae concede al señ?r Lle, Ernesto S. T revtño.
:\Ionterrey, Mayo 11rimero de mil novecientos nueve.-Llc. )1. GIi
Trevlfü-Llo, Jo■é Juan Vallejo, Secretarlo.
as 89 S9

I. ExámAn y aprobio!ón, en su caso, de las cuentas del año a,;terlor;
II. Informe del Consejo de AdmlnlstraclOn;
III · Informe del Comisado:
IV· Elección dal nuevo Consejo de Adminisj¡¡-acl6n y Comle&amp;rloe para el próximo año:
V. Discutir algunas retor mae á la Escritura
Constitutiva y Estatutos de la Sociedad; y
aprobación dt:l proyecto r1::lativo, en su caso;
VI. Tratar sobre cualquier otro asunto que por
unanimidad acuerden todos los acclonleliae de
esta Compañta, que concurran
4t
l,:&gt; qns ee pone en conocimiento de loe inliereeadoe,
por acuerdo del Oons~jo de Administración, de confvrmidi.,1 con !o que previenrn loe Est,.tutoJ de la Soo'edad.
:Monterrey. Mayo 8 de lfl0S--'-C. B. Beztnson, SPorr.•
tsrio;
'
38::!940

_

Las autoridades médicas recomiendan est as Píldoras para el est reñimiento, indigestión, cardialgía,
desgana, j aqueca, dolor de cabeza
pulsante, biliosidad, diarrea biliosa,
náuseas, ictericia , hemor riodes, almorranas, granos, y varias afecciones del sistema nerviosa originadas del estreñimiento del vientre ó
inactividad del hígado.
Las Píldoras del Dr. Ayer están
azucaradas, !bran con prontitud pero
suavemente, y son por consecuencia
el mejor remedio laxante para hombres, mujeres y niños.
CtHla po111lfo ost,i1t,, /a ft»-mulr, en llll
rotutnta. l'n.: 9,l11tc ta•tf',l á su tué&lt;f(&lt;"O lo
que opi1,a &lt;le la.• PU&lt;lur us rle{ Dr. Ayer.
Prepar adas por el DR. J. c. AYER Y CIA.,
L owell, Mass., E. u. de A .

brada el dla 21 del corriente mee, aco,dG se coa-roque , los señor~..a
acoton!stee li n11t1 As•m_bloa ger.eral ordtnarla que tendtil también
• I caractor de n~•,ord tna rla y dtber!I rtunlrae en esta clnd~d en
las Olfclnas de laComptfüa, calle de San Agnslln Ndm . 16, !i' Iss
5 p.m. d el dla 22 de l!a¡o del co.. rl•nte afio, J111,ra deliberar y resolver a,bre h, algalentA!:

Orden del Día.
I Informe del Cone•jo de Admlnlatrac!On.
II E:r..m•11. dl•caolón y 11prob,cllin de laa onentu y balancee
correorondlenteo al afio anterior.
III Elecc!On 6 reel~cclón en so cs,s,, de cuatro Ooneejeroa pro
pletarlo•, conforme al articulo 5-3 de los Estatntos y Comlsatlos propstarlos y sapientes.
IV Proroelrfón llel Ck.ns•J , de Admln;stracl6n para Ja recllfiMcfón ~el balanco en ea &amp;ctlvo l' pasivo de loe bienes de la
Companf11.
V Aa•'riu ció, aollcita;'a por ~1 Cona•j,&gt; pua la convArci6n
del pasivo actual de la Oom¡,.ñla tn pasivo garanfuado con
con bl~nes lnma,bl,;s rrophdal\ de 1, mina.
No~:-Se recuerda 1t loa stñoru accionistas la disposicl6n del
artlcn o SO de los Estatutos, advirtiéndoles qae lM acolones pneden
depositarse en esta clnda1, en Ju 06otnas de la Oompafil• en Ju
Oficinas de la miema en Mo n terrey Oen cnalqnlera de Jaa 'rnetltnclon ea de Crédito, en el pafs O en el extranjero
México, 22 de Abril de 19; 9 ~El Secretarlo: Gulllermo Obreg6n Jr.
o.37,38,89

Gía. de Fundiciónde Fierro"El Eoble,"SJ~
CONVOCATORIA.
Por la presente se conv oca á loe Sres. accionistas
de esta Compafila á Asamblea general ordinaria que
se verificará el dia 23 del presente á Jae 7 p . m. ~n la
casa No. 16 de la calle de Morelos, bajo la siguiente:

Orden del Día
Informe de la Jnnta directiva.
2 Informe del Comisario.
3
Presentación de cnentaa para eu examen y aprovaclón.
4 Proponer el aumento del capital Social y reformas de los Estatutos
6 Elección de nueva junta directiva y oomleario.
6 Tratar los demás esunlioe que fueron propuestos p or los Sres. accionistas.
Monterrey, Mayo7 de 1909.,-F. F. Guerra, Pro-Srlo.
o.37,~,3\j

1

Compañía Minera "Cnanhtemoc,"
A V ISO.

s. A.

La Junta Directiva de esta Sociedad en s esión
celebrada el dis 4 del m.es en curso, acordó que el dta
próximo dia 16 á más tardar, se entere en la Tesorería
de la misma, (Calle de Z\\ragoza No. O) la exhibición
cuarta, á razón de cincuenta centavos por acción
• Se pone en conocimiento de de los Bree. accionista.e
.o que antecede por medio de este aviso, de conformidad con lo dlspueto en loe Estatutos
Monterrey, Mayo 8 de 1909.-El Secretario, Tesorero, Viotor Weiskopf.
o.88,39,40

I MPRENTA. DEL G OBIERNO, EN

p .A.LACIO.

DIRRCTOR Y!DI INISTR!DOB,

A. Brondo Whitt.

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        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 39, Mayo 14</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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