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                  <text>Monterrey, Viernes 4 de Junio de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 45.

Perió_
dico eficial
DEL. GOBIERNO DEL. ESTADO 1IBBE Y SOBERANO DE NUEVOHL.RON.
---•••--'1

Las leyes, los decretos y demas disposicionas superioras, obli[an pnr el solo hqcho da ser publicadas en este PBriódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908. ·

Responsable la Secretá.ría del Gobierno.
CONDICIONES.-El mí.mero del día yale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicaci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

CONDICIONES -Este peri6dico se publica los Mártes y
Viérnes de cadasemana--Valela subscripci6n CINCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelan-

tado.

JuEcns

•

DE TURNO

En la próxima semana.
2° de lo Criminal,

Lic. ESTEBAN E.

GuAJARDO.

2&lt;? de lo Ci~l.1.

Lrc.

ROQUE DE

LUNA.

INFORlI.ACION OFICIAL.
Biblioteca Pública tlel Estallo.
A 938 ascendió el número de asistencias de lectores en d;cho Establecimiento,
durante el mes próximo pasado. habiéndose recibido 44 publicaciones periódicas
y 8 obras nuevas.

Recepción Diplomática.
Con el ceremonial ac?stumbrado, fué
recibido hoy por el ?res1d~nte de la República, en el Palacio Nacional, S. E. D.
Francisco Castro, en su carácter de Enviada Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Nicaragua en los Estados
Unidos Mexicanos.
Al presentar sus credenciales el Señor
Ministro, dij••:
''Señor Presidente:
"Las afinidades naturales de la raza,·
las estrechas vinculaciones de un análogo
destino, y la justa adminci6n que en Nicaragua se profesa por los grandes hecho&lt;;
del pueblo mexicano, de trasc.endencia necesaria en la vida de sus hermanos del
Sur, son los lazos de unión ya indestructible entre las dos Naciones.
"P
á
t h
ero . es O ay que agregar,. en 1os
actuales tiempos, el anhelo sostemdo que
el Gobernante de mi país ha venido ma•f t d
d d
h
h
_
nt esf an
es el ace mbulc ?ds anos,
l)Or orta1ecer esos azos esta ec1 os por
1a Historia. Fuera. del sentimiento nacional, lo impul~an indudablemente las
.
, d h b á h b
lt
s1mpauas e ~m re
om re y 1a a a
estima en que tiene al principal factor del
México moderno.

°•

manifestación más en .el sentido
, "Una
.
.
a que me refiero es la que motiva m1 pre·
t a· ·
'd G b'
sencia ante vues ro 1stmgm o o terno,
com~ envia~o ~xtraor~inario y Ministro
Plempoteoctano de Nicaragua; y al pon~r e~ vuestras manos las ~etras que :ne
acre~itan cohmo tal,. per~ittdme. Senor
Pres1dente, acer mis me¡ores votos por

la bienandanza de este culto y hermoso efecto cuando éstas queden sistemadas en
país y por la dicha personal de Vuestra la Ciudad.
Excele1Jcia"
Claramente se desprende de lo que
queda dicho, que el Sr. Gobernador, al
.
.
, hacer las concesiones de que se ha hablaEl Presidente de la República contesto: do, aceptando un sobrecargo en el capital
"Señor Ministro:
invertido que ocasiona el aseguramiento
"Son ciertamente notorios los víncu• qne ha hecho el Gobierno, de entradas
los naturales de simpatía y afecto que brutas. de diez por cien!o sobre sem,ejanligan entre sí á nuestras dos Repúblicas; te c~p1tal, tuvo p~r mira ~aYorecer a )~s
y si á ellos se agregan el aprecio y con d,uenos de p_equenas propiedades, fac_1hsideraci6n personales á que habéis alu, t~ndoles la 1mpla~t.ac1ón en sus hab1!a•
dido las relaciones entre sus dos Gobier- ctones, de los serv1c1os de agua y drenaJe,
nos tiene; que ser, como lo son por fer- con lf) que, á 1~ vez que se apr_o:·echan
tuna, verdaderamente cordiales.
ell~s de estos _11?portantes serv1c10s, se
''La misión que se os ha confiado como obtiene el benefH:10 ge_neral de 9ue meJO•
una mue~tra de esas fraternales relacio- re Y se asegure la h1g1ene públtca de la
nes y con el objeto de estrecharlas cada P?bla~i6n; pero como resulta que hay ~rovez más, contará siempre con el a::ioyo y p1eta~10s _que poseen, no una ca,;a, srn_o
la cooperación de este Gobierno así como dos o mas, de las cat&lt;&gt;gorías favorec1con la aprobación del pueblo m;xicano.
las, sería de n~ considerá_rseles á quie"Al recibir con sumo agrado la carta nes en tales c1r~unstanc1as_ se hallan,
qne os acredita como Enviado Extraor- dentro de la grac10sa concesión, mas eu
dinario y Ministro Plenipotenciario de atención al bien_ge_neral que si_gnifica el
Nicaragua, me complazco en formular pront? establec1m1ento del ~1stema de
5inceros votos por la prosperidad de esa drenaJe, el Sr. Gob~rnador dispone, no
simpática República y por la felicidad que sa le_s exceptúe de. pago de ~odas
personal de su digno Presidente.''
l~s cone~1ones de s~s fincols, á quienes
___
ttenen mas de una; smo que una sola sea
la que entre en la compt'tnsión del ar,
~
1 1
J
I
tículo 26 del Reglamento citado, debien•
~~
U
do hacer el pago íute·gro por la otra ú
Q J
~
otras que tuvieren los propietarios de que
se trata.
AYUDA DE GASTO 1:N LAS CONEXIOXES DE
Lo qne se publica para que surta sus
CASAS DE r~ A 3&lt;;1- CATEGORIAS.
efectos, llegando al conocimiento de todos, y se manda comunicar á los empleaSecretaría del Gobierno del Estado d e d os Y A u t ort"d a des que correspon d a, por
Nuevo León.
·
es t ar encargad as0 d e su cump1·1m1ento.
El artículo26 :lel Reglamento para InsMonterrey, r. de Junio de 1909 __ -Lá.
talacio_nes Privadas ~e Servido de A_gua. y zaro de la Garza 1 Oficial .Mayor.
DrenaJe Y sus con~xtones c~~ las del s1stema general_ de dicho serv1c10, f~cha 1.º
de Marzo último! preceptúa '¼ue, en ~az6n Los Nuevos Códigos del Estado.
de que ~a conexión de las 1!1:talac1ones
Ulgtnda y venta dt los mismos.
con el sistema general de serv1c10, por medio del sifón de aislamiento
bO
·_
lador anex
d'
tu vde~ti
Habiéndose concltffl\o la i~presión de
,
correspon ien. es, ven nao
a resu1tar con un costo relativamente fuer. los nuevos Códigos .expedidos por el H.
te como aditamento al resto de la insta- Congreso del Estado, que empezaron á relación p
t, ·
d· d
' ues que e1 ermmo me 10 e ese gir el día rº del actual, se hace saber al
coSt o es d,e $r5.oo cts., s~ coloquen ta~es público que quedan á la venta en la Tesoaparatos a las casas de primera categona
con car O 1
it 1 d 1 E
.
' rería General &lt;lel mismo Estado, al preá las de\
ca) ª be ª ml presa, que cio de $ 2 .00 cs. el Código Civil y de ...•
• se es co ren so amente ....
$5.00 cts., cargando los otros $IO.oo cts. $ r.50 cs. el de Procedimientos Civiles.
· 1; que á 1as de 3. t11 se les car
a1 cap1ta
Se advierte á quien corresponda, la conguen $ rn.oo cts y el resto á la E
.
·
mpresa, veniencia de la adqnisición de estos nuey que á las de 4 t11 en adelante
}
.
exija el pago ínt~gro; en el conc~;t: :: vos Cóitgos, porque ellos comprenden im•
que esta, co~cesión será temporal, mien- portantes y .fundamentales reformas á los
tras el Gobierno manda cortar la cuenta anteriores, como son las de dar personalide la Empresa, por lo que toca á inver- dad legal á las mayorías de las comuniclasione~ de capital en obras1 lo cual tendra' d es y a d opt ar 1a l'b
1 re t est ament1'facc1'6 u.

~uvi~i~

°

!

A

81UI

D

r~na,~.

f

�•

3

PERIODICO OFICIAL.
tero, de veintitres años de edad. Con lo
que se dió por thminada la diligencia,
levantándose la presente acta, de la que
se mandó sacar copia, para que sea remitida á la Secretaría del Gobierno del Esta•
.do, de conformidad con la prescripción le
gal relativa. Por ante mí: doy fé.-P. C.
Martínez.-B. Ramírez Anguiano, Srio.
-Rúbricas.
Es copia. Monterrey, 8 de Mayo de
1909--P. C. Martinez.-B. Ramirez Anguümo, Srio.

PERIODICO OFICIAL.

2

número 54 fecha 15.de Diciembre de ·~oo,
procedió en presencia del H. Ayuntamiento reunido para este caso en el salón de
Presidencia Municipal.__:_ Monterrey, Nuevo León .-México.
. A~uerdos 1 el sorteo de uno de los indiviCUADRO según el cual se vlf1tijicarán los próximos exámexes de las Escuelas Ofi- duos con qne ha de contribuir este Municipio ea el presente año fiscal, resultó deciales de este Jl,mnicij,io.
Mayo 28 Kindergarten.
signado por la sue1 te V.da'! Can tú, solteJunio 2. y 3. Escuelas Modelos, de Niños y Niñas.
ro de veinticuatro aüos de edad y de esta
,,
4
,,
Número 1 de I~ para niñas.
v:cindad.-Con lo que terminó esta acta,
~ifios.
de la que se mandó sacar una copia, para
" ,,a
"
"
niños.
remitirse al S"perior Gobierno del Esta'' ,, 2.
"
"
"
niñas.
2 ,, l~ "
ll
5
do de conformidad con la prescripc'ón le•
"
niños.
" JI ,,
"
gal relativa. Damos fé.-El Alcalde pri.
"
"
niñas.
2"' "
y. ,,"
mero, José Maria de los Santos Coy.-'Pri•
I "
",.
1a " niñas.
"
7
,,
mer regidor, Ascención Martínez.-Se3 "
" niños.
ll
))
gundo
regidor, Ep'gmenio Salinas.-Sín"2. " niños.
"
"
y
2 "
dico procurador, Felipe Ríos.-C. B Bus"
I' " nifias.
.,"
,,"
8
tamante, Srio.-Rubricados todos.
4 " I•
"
niños.
Es copia de su original.-Dr. Coss, Ma
"
" 42 "" 2 " niños.
y "
yo
18 de 1909.-El Alcalde 1 o . fosé Ma.
" niñas.
"
"
",,
9
"
3,, 2
de
los
Santos Co_v.-C. B. Bustamante,
"
"
y
ll
4P 2· ,, niños.
Srio.
"
lo
"
,,
3 ,, 2a. ,, ntnas.
"
,,
,,
1 ,, 3ª clase.
República Mexicana.-Presidencia Mu"
II ; ,,
,.
2 y 3 de 3' clase.
o
ici
pal de Monterrey, N. Le6n, - Secci6n
"
12 Academias Números r y 2 para adultos.
3
"'.-Gobernación,
EstadJstica y Guerra.
"
14 Escuelas de la penitenciaria, Topo Chico.
-En
la
ciudad
de
Monterrey,
á los die"
y Academia de Dibujo para Obreros.
ciocho días del mes de Mayo de mil nove15 Escuelas de Gonzalitos y los Urdiales.
cientos nueve, siendo las cuatro de la tar"
16
,,
,, San Gerónim&lt;T y de El Ancón.
de y estando reunido el R. Aynntamiento
"
1T
.,
., Lab~res N nevas, niños y niñas,
en
su salón de Acuerdos, procedió el Al,,"
13
,,
,, Piedra Parada y Tijerinas.
calde primero qne subscribe {. sortear o.no
,,
,, La Estanzuela y Los Cristales.
de les individuos que, para el Ejército Na"
21 Escuela del Mineral de san Pedro.
cional, le falta dar á este Municipio en el
NOTAS. "
presente:: afio fiscal; habiendo sido designa1~ Los exámenes de las Escuelas de 1~ y z'!- clase se verificarán de do por la suerte el C. Teodoro Hernández,
8. á II. 30 a. m. y de 3 á 6. p. m.
•
soltero, de 38 años de edad. Con lo que
Los de las E~cuelas de 3~ clase de la ciudad se harán en la mañana de 8. á se dió poa terminada la diligencia, levann. 30a. m.
tándose 111 presente acta, de la que se man311- Los de las Academias de Adultos, de 5 á 7 p.m.
dó
sacar copia para que sea remitida á Is
4~ Los exámenes de las E 0 cuelas de Topo Chico para niñas, de San Jerónimo, Secretaria del Gobierno del Estado, de
Los U rdiales, Los Cristales, Tijerinas y L'ibores N nevas, de niños, se verificarán conformidad 'con la prescripción legal reen la mañana.
lativa. Por ante mí: doy fé.-P. C. MarLos de las Escuelas de Topo Chico para niños, Gonzalito~, Piedra Parada, La Es- tinez.,.--B. Ramírez Anguiano, Srio.-R6.
tanzuela, Lab:&gt;res N nevas para niñas y El Ancón, se verificarán en la tarde.
bricas.
Monterrey, n de Mayo de 1909.-El lnspector.-Fortunato Lozano.Es copia. Monterrey, 13 de Mayo de
Rúbrica.
1909.-P.
C. Martínez.-B. RamírezAnEs tanto.
guüino, Srio.
~onterrey, 17 de Mayo de 1909, -P. C. Martínez.-B. Ramírez Anguiano, Secre•

Ex:á,n.-.J.enes.

))

)/

Tewrería General del Estado Ltore y Sobe1 ano de Nuevo León.-Corte de Caja de
see-unda operación de los Ingresos y Egre·
sos habidos en esta Tesorería, durante et
mu de Mayo de r,909.

J)

''

INGRESOS.

1)

•

-fauo.

República Méxicana.-Presideacia Mnnicipal.-Monterrey, N. León.-Sección
to del artículo IV de la Ley sobre contin 3"'-Gobernación, l!:stadfstica y Guerra.--. _
_
_
_ _ _ __ gente de h?m.bres qu~ debe dar el ~stado --.En la Ciudad de Monterrey, á los die.
.
. .
,
para el E¡e:clto Na:1onal, y la circular ciocho días del mes de Mayo de mil novePres1denc1a Mum_cipal de Gral. T':ran; núme~o tremta y ~e1s ex~edida por la Se. cientos nueve, siendo las cnatro de la tar·:N. León.-En la Vil.la de G_ral. Teian, a cret~ria del ~u¡:,enor Gobierno del Estado de y estando reunido el R. Aynotamie!lto
o~ho de Mayo de mil nov:c1entos nneve, el diez de Se_ptlembre del .año próxim? pa• en su Salón de Acuerdos, procedió el Alsten~o las nneve de l.a manana y estando sado, pr~ced1? en presencia de la citada calde primero que subscribe á sortear nno
reun1do el Ayuntam!ento en su ~ala de corporac16n, a sor~e.ar ?e los empadrona- de los individuos que, para el Ejército NaAcuerdos, el subscrito Alcalde 1 , cum- dos en esta Mun1c1pahdad el último de cional le falta dar á este Muni·c 1·p
¡
, 1o 4 º 1os In
. d1v1
. .dnos que a, este Municipio
'
' año fiscal; habiendo resultado
'º en dee
p len do con 1o d.ispu':5 t o en e1,articu
le co- p~esente
,de la Ley sobre contmgente oe hombres rresponde dar para el servido de las ar- signado por la suerte el C J ¡·' R
. ·t
¡
- f.
. u 1an amos.
que d eb e dar e1 E s tado para eI E ¡erci o mas en e presente ano 1scal y result6 de- soltero de 23 años de ed d C ¡
·
1
d.,
,
t
t
·
·
d
'
,
a
.
on o que
N ac1~n:1 , p~oce 10 a sor ear en re cinco signa o por 1a sue:te el C. Rafael Ran- se dió por terminada la diligencia,
de la
de los md1v1dnos empadronados en e,te gel, soltero, de tremta y un años y de es. que se mandó sacar
·1
Municipio, el último que al mismo falta ta vecindad. Con lo que se dió por termi. mitida a' la Secretar;ºP dª ¡paGra bque sea dre1
· · de ¡ as armas, h a b.1en- na d a 1a d.l.
• ¡ evantándose la presen- Estado de conformidia d e
d ar para e1 serv1c10
1 1genc1a,
¡o 1erno · e
do sido designado por la suerte, el C. José te acta, de la que se mandó sacar copia ci6n Ieg' al relativa pª cont
.~rdescrfirR d '
G'
1t
d
- d
••1 1 S
.
•
•
oran e mi. oy e
do dngCz ¡°mez, so ero eó ~3 ~;?s e kara Jemitir
d. uper tor Go~ierno del Por ante mí: doy fé ,.--P. C. l\Íartíoez._:_
e. a
~? qu~ se conc1uty at i 1dgen· d st a Lo, como o .1sponep el articulo VIII B. Ramírez Anguiaao, Secretario.-Rú,:1a, evan a.n ose a p~esen e ac ~• e 1a ; 1a ey '.especttva.- or ante mí: doy bricas.
que se remite una copia al Supermr Go- fe.-Tonb10 Flores.-Enrique D. Mena
Es copia Mont
d M
d
-bierno del Estado, de conformidad con lo Srio-Rúbricas.
' 1909 _p C M. /rrey, 19 e : ªYº e
dispuesto en el art. 8
de dicha Ley;
Es copia de su origiaal.-Salinas Vic. gui;no Sec~eta:iotnez.-B. Ramirez Andoy fé ..-B. de 1~ Garza. Nabar Quintani toria, Mayo r3 de 1909.-El Presidente
'
_·__
lla, Srio.-Rúbncas.
Municipal, Tonbio Flores.--Enrique D
R úbl. M' ·
·
·
G
I T ,
M
· .. ep lea ex1cana.-Presidencia MuE s copia.
enera
e ran,
ayo 8 de Mena, Srio.
nicip,1.-Monterrey, N. León.-Secci·ón
1909-B. de la Garza.-Nabor Quintanz--a G b
, S •
3 · - o .eraación, Estadística y Guerra.t.,a, no.
Presidencia
Municipal
de
Dr.
Coss,
N.
E
a d de 1Monterrey, á l0s seis días
,
E 1
ª1 ¡ a Cs m,,a
L
.
-.-..
.
eon.n
a
Villa
de
Dr.
Coss,
N.
LEo'
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P .d
M
1 d S ¡
V
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d 1
e °;le e ayo e mi novecientos nue. res1 enc1a umc1pa . e ,i mas . 1c- a as nueve ;:, a ~añana del día diez y ve, S(endo las cuatro de la tarde y e~tando
tona. N. Leóo.-En la Villa de Salmas ocho de Mayo de mil novecientos nueve e dO 1 R A
v·ictorla,
· N . L eon,
' , ¡
d' d
' r um e
· yuntamiento en su Salón
a os trece ias el mes el C. Alcalde r O • que subscribe cumplien - de A~uer?os, proc¡dió el Alcalde 10 que
de Mayo de m.íl novecientos nueve, siendo do con lo dispuesto por la ley sobre con· suscnbe a sortear uno de los individuo~
las diez de la maña1;1a, y estando reunida tingente de hon;bres que debe dar el Es. que, para el Ejército Nacional le falta dar
ta mayoría de los miembros del R. Ayun tado para cu.bridr las bajas de! ejército Na- á este Municipio en el present~ año fiscal·
(amiento en el Salón Municipal, el Alca!- ci01~a y temen o preseote lo prescrito en habiéndo resultado d .
d
l
'
de Primero que subscribe, en cÜmplimien• la circular de la Secretaria de Gobierno te el ciudadano Fra e~lgnEa oh por ~ su~nc1sco c everria, so.,.

GOBIERNO DEL ESTADO.

l ·

SECCION JUDICIAL.

-

r

i

\ª

J

A Existencia que resultó para
el dfa 19 da! presente mes: ... $ 33.425.67
40 00
Recaudación de Allende ... .
144 50
,, Id. de Apodaca ............ .
233 00
,, Id. de Aramberri ........ .
129 17
,, Id. de Bustamante....... .
148 55
,. Id. de Cadereita Jiménez .. .
., Id. de Cerralvo .............. .
~~
2
,, Id. de China.................. .
,, !el. de Doctor Arroyo ...... .
, 47
25 00
., Id. de Dr. Cos.. . . . .. .. .
19 56
., Id. de Doctor Gonzalez .... .
64
60
., Id. de Gral , Bravo........... .
43
23
,, Id. de Gral. Trevi:ii.o..... .
733
93
,, id. de Gral. Terán ....... .
98 46
,, Id. de Guadalupe............ .
140
22
,, Id. de Galbana ............ .
202
50
Id. de García. . . . . . ... .
11
95 44
,, Id, de Garza García ......... .
28 97
,, Id. de Hualahuises ...... .
,, Id. de Iturbide . . . . .
23 86
111 04
,, Id. de J1;1árez ............. .
190 41
,, Idy de Lmares, .............. .
156 98
,. Id. de Lampazos .... ...... .. .
,, Id. de Monterrey (cuenta
de fondos ..... ... .. . 11. 77:1 02
142 51
,, Id. de Mina ................... .
44 87
,, Id. de Montemorelos ...... .
25 34
,, Id. de Marfn ......... .... .... .
Diputación Per1nanente.
55
00
., Id. de Pesquería Chica ..... .
180 ~ del XXXIV Congreso Constitucio.
,, Id. de Parás
. ..
77 49
nal del Estado
- ' - - - - - - - - -- - - - ,, Id. de Rayones.. . . . . . . . .
71 47
•
Secretaría de la 1~ Sala del Tribunal
,, Id. de Salinas Victoria ... .
SESION DEL DIA 2 DE JUNIO DE 1909. Supremo de Jus:icia.-Monterrey, Nue., Id. de San Nicolás de los
127 06
Garza8 . ........... .. .
vo Le6n.
Presidencia del C. Lic. C. Madrigal.
443.50
"Mooterrev, veintiocho de Enero de
,, Id. de Sabinas Hidalgo ..... .
166 01
mil novecientos nneve.-Vista en grado
., Id. de Santiago ............ .
A la la hora reglamentaria se abrió la de súplica la presente causa que por el
127 96
., Id. de Santa Catarina... . .
ses·ón
con la.lect.u ra ~el ac!a de la _ante- delito de homicidio se comenzó á instruir
183 98
,, Id. de Villaldama .......·.... .
de oficio el dieciséis de Febrero anterior
60 00 nor, la que ~rn discusión f~; ~probada.
,, Id. de Vallecillo ............ .
- 48 79 . Acto continuo, se proced10 a la renova-_ ante el C. Juez primero de Letras del
., Id. de z~ragoza .......... .... .
130 00 c1~n de Ofic1oe, resultandú electos fos CC. Ramo Penal de la ia fracción Judicial
Bienes del Estado ........... .
11
Diputados·
·
,, Fondos para el Hospital
. . .·
.
.
del Estado, contra Manuel
Garza y .Ga250 00 Cnspimano Madrigal.· · · · .. Presidente. briel 11artínez habiéndose continuado
González ............. .
después s6lo cr 11lra este último que es
,, Reintegros ..... ............... . 1,356 99 Pedro.e. Ma:tínez. · ····· ·· Tesare'.º·
soltero, de dieciocho años de edad, ayu,, Cía de Agua y Drenaje ... . 3,400 00 Aureho L~rt,g~e · · · · ·· · · · ~ Sec.~etano.
5 :g~ida, 'ª Secretaria dio cuenta dante de Mecánico
4,800
00
En
originario de San
Depósitos . . . . . ......... .
11
con
lo
s1gu1ente:
F
·
d
'
·
1
e
·
,. Depósito para e
oase¡o
•¡
ranc1sco de Ap:&gt; aca, N. Le 6n, y vec1t
l06
00
La
:r--:gis
atura
d_el
ES
ado
de
Sooo~a
no
de
esta
Ciudad
en
virtud
de
haberse
de Salubridad.... .... .
- - - - - participa, que ; 1 dia 1 5 d~l pasad? a~ri6 sobres•ido en favor del primero. Vistas
Igual.. .... $ 59,9:l6 08 el segundo.periodo de ses10nes or~inanas, las diligencias del sumario, las prnebas
correspondien~e al segundo y último año rendidas por la defensa, ia requisitoria
EGRESOS.
de su 1,nstalac1ón:-De enterado.
. .
del C. Agente del Ministerio Público y lo
El C. ~ecretano de Fomento P.art1c1pa, que en la r~ instancia alegó el defensor
Por Poder Legislativo, .: ....... $ 623 66
3,111 85 que por virtud de haberl.e conferido ~~C. del reo. Vista la instancia pronunciada
11 Poder Ejecutivo ... .. . .. . . . .
,. Poder Judicial . . . . . ..... ... . 5,523 00 Presidente de (a Rep~bhca ~n~ co1;111s16~ el once de Junio próximo pasado, por el
Biblioteca Pública del Esal Subsecretario. de d!ch.o M1a1ste~10, fue referido Juez de Letras quien teniendo á
11
304 00 nombrado para subst1tu1rlo el C. Lic. Ma- Gabriel Martínez como autor del delito
tado ................... .
,, Tesorería Gral. del Estado 1,185 00 nuel Calero, cuya firma se dá á recono- de homicidio intencional simple perpe•
,, Recaudación de Monterrey
cer.-De enterado.
trado en· la persona de Ascención Tre(Cuenta de Empleados) 1,081 00
El C. Gobernador del Estado remite, vifio, lo condenó á sufrir con calidad de
1,901 50 p~ra que el_ Congreso res~elva lo comve- retención por una enarta parfe más de
,. Colegio Civil del Estado..
796 00 mente, c~pia de la concesión otorgada al tiempo en su caso, la pena de diez afias
Escuela Normal del Estado
11
,, Academia Profesional para
C. Ingemero George R . G. Conway, como ocho meses de obras públicas á contar
Señoritas ........... .
957 00 representante de la Compañia de Tran- desde el día siete de Marzo del mismo
vias, Luz y Fue:zP, Motr!z de Monterrey, afio (mil novecientos ocho.) en que se le
., Dirección General de Ins770 00 S. A. para ampl~ar 'r me¡orar el servicio declaró formalmente preso, y mandó amotrucción Primaria...... .
,, Hospital González ........ . 2,030 38 de alumbrado electnco y fuerza motriz de nestar al reo para que no reincida. Vista.

~Ü

zª

90 O') sta Cindad, y establecer nn nuevo seni353 00 cio de gas.-Recibo y resérvese para el
Congreso.
411 00
Se dió primera lectura al dictamen qne
758 25 presentó el C. Diputado Madrigal, refe.
Fill 00 reate á la instancia del reo José María
80 65 Ortiz por la que solicita conmutaci6n .de
953 4 7 pena, el cual termina con el siguiente
2 369 10 proyecto de acuerdo: Unico.-No se con' 93 01 cede al sentenciado por homicidio frustrado, allanamiento de morada y lesio60 00 nes, José María Ortiz, la gracia de con¡ 02 86 mutación que solicita. - Para segundo
lectura.
82 00
Igual lectura se dió á un dictámen
:l05 00 presentado por el C. Dipntano Anrelio
121 00 Lartigue, sobre la conmnt&amp;.ción de pena
225 00 solicitada por el reo Marcelino Trejo,
1,636 00 que termina con el siguiente proyecto de
acuerdo:-Unico. No se concede la gracia
de conmutación en pecuniaria, al reo de
homicidio Marcelino Trejo, de la parte de
En rentas del Espena que le falta extinguir, de la de seis
5,515
37
tado ..... $
años
que le fué impuesta por el delito ci27,927
98
,. En depósitos.
tado.-Para
segunda lectura.
En depósito para
También
se dió primera lectura á un
el CousejodeSalubridad. .
48 00 $33,491 35 dictámen presentado por el C. Diputado
Igual.. ................ $ 59,926 08 Martínez, referente á la conmutación de
pena solicitada por el reo Alberto Galvan,
el
cual termina con las siguientes propo:
Existencia de Fondos propios del Estado:
siciones:
En lacasade P. Milmo é Hijos
Primera-Se concede al reo de homiSucesores .. . ............ .. $24,306 25 cidio Alberto Galvan, la gracia de conEn la miama ( depósito espemutación de pena que solicita.
cial) ........................ . 76,480 98
Segunda. El agraciado enterará en la
En la de Sucesores de HernánRecaudación de Rentas del Estado, en
dez Hermanos ...... ... . 42,229 78 esta ciudad, lo que corresponda, á razón
En el Banco Mercantil de
de tres peso, por cada mes, de la parte de
Monterrey.. . . . . . . . . . . 25,825 82 pena que le falta extioguir.-Para segunEn esta !fesoreria....... .... ... .. 5,515 87 da lectura.
No habiendo otro asunto de que tratar,
Total.. ....... . $174,358 20
se levantó la sesión, á la que concurrieMonterrey, á 31 de Mayo de 1909. - ron los CC. Diputados: Madrigal, MarEl Tesorero Gral., Do.vid GUl'rra.
tfoez }' Lartig11e.-C. Madrigal, Diputado Presideote.-A11re/i'o Lartigue, Di¡mtado Secretario.
PODER LEGISLATIVO.
Es copia. Monterrey, Juuio 2 de 1909.
Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
,, Kindergarten ................ .
,, Penitenciaria del Estado
,, Seguridad Pública del Es.
tado ....................... .
,, Gastos Extraordinarios .. .
,, Pensiones .............. . .. .
,, Estaciones Meteorológicas.
,. Impresiones oficiales...... .
,, Gastos de utilidad pública
,, Porte de correspondencia
,. Erección de la Villa de Colombia ................... .
Dop6sitos
....... ~ .. . ... .
11
Depósito
para
el Consejo de
11
Salubridad ............ .
Devoluciones ............... .
11
,. Subvenciones ................ .
Academia de Dibujo Lineal
11
,, Cía de Agua y Drenaje . ...
Existencia:

ª

°.

•

,

�•

PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL
la apelaci6n interpuesta contra ese fallo present6, quienes declararon acerca de la no baje de la mita-1 ni exceda de las dos
los alegatos de la defensa expresando buena conducta del procesado y de su terceras partes de la que correspondería
agra~1os, la _prueba pericial rendida en la dedicaci6n al trabajo y en ampliaciones siendo mayor de edad, artículo 4 14 del
2 "' . mstai:icia y lo que en la misma ex• á los testigos Chavarría y Manuel Garza C6digo Penal.
puso el citado defensor. Visto el die- sobre la amistad que ligaba á este último
Considerando: que toda pena de prisi6n
tám~n ~el C. Ministro Fiscal y la sen- con el procesado Martía ez y también con ú obras públicas, trabajo en un taller 6
ten_c1a dictada ei cuatro de D iciembre el hecho de que al no haber herido Mar• reclusi6n en un establecimiento de coúlt1mo por el C. Magistrado de la 3~ tínez á Treviño és te probablemente hu- rrecci6n penal por dos años 6 más se enSala de este Supremo Tribnnal de Jus- biera muerto 6 cuando menos heri do á tenderá siempre im pu esta con calid,id de
~icia,_ cuya resoluci6n reformando la del Garza. En 2 "'. i nstancia la misma par- retención por una cuarta parte más. di:
mf_erior concluye con los puntos si te rind ió prueba pericial consistiendo en tiempo, la que se hará efectiva al reo si
g u1eotes: - " Primero: Se condena á Ga, un certif ,cado del acto del nacimiento de éste observare mala coodncta durante el
b riel Martínez como responsable ñel de- Gabriel Martínez demostrando dicho do- último tercio de su condena. Artículos
lito de homjcidio que en riña y sien- cum· nto que el procesado aún no tenia 70 y 71 del Código Penal.
do el agredido perpetr6 en la persona diecisiete años cuando cometi6 el delito
Considerando: que en toda sentencia
de ~ scensión Treviño, á sufrir la pena y
condenatoria se prevendrá que se amonesde_ cmco años cuatro meses de obras pú
Consideran do: que de autos aparece te al reo para que no reincida exp licá o,
hhcas, que se empezarán á contar desde bien justificado en los términos de los ar- dale las penas á que se expone, deben
el día 7 de Marzo del año en curso en que tí~ulos 153 y r 59 del C6digo de Procedí- abonársele los sufrimientos que haya tese le declaró form~lmente preso, i~puesta mtentos_ ~ei:i ales la existencia del delito nido durante la instrucci6n cualquiera
esa pena con cah~ad de rete~c10n por de hom1c1¿w perpetrado en la persona que sea el tiempo que ésta dure , dejándouna cuarta parte mas de ese tiempo en de Ascensión Treviño y que el autor de le á la parte ofendida sus derechos á sale! ca:o de la ley. Se~un_do: Se _}e amo- dicho, delito lo fué el encausado Gabriel vo en cuanto á la responsabilidad civil ,
nest para que no retnctda hactendosele Ma~t1.nez s~gún se despren~e de la fé la que no puede declararse sino á instansaber las pena_s_ á que se expone en. caso Jud1c1al del cadáver de la les16n que pre- cia de parte legítima si como en este cade contravenc1on.-:--Tercero: Se d;¡an á sent~b1, del. dictámen rendido por los so ninguna gesti6n ~e ha hecho sobre el
los deudos,del occiso sus.~erech~s _a sal yo méd:cos legistas, del certificado de de - particular, artículos 182 , 208 y 287 del
en cuant:&gt;_a 1~ responsab1ltdad c1v1l. Vis- func16n consta~te en autos y esec cial- repetido C6digo Penal.
t! la súpltca m~e.rpnesta por el defe~sor mente de la propia confesi6n Judicial del
Por lo expuesto, con apoyo además en
e auto de adm1s16n, las pruebas rendidas procesado la que si en virtud de ser este los artículos 5 10 32 49 88 22, 516
rr el r~currente en esta 3"'. Insta?cia, m~nor de dieciocho años no forma por si 517 519, 520 ~ 5;7 del ~is~o O~dena'.
12 15 16 2 2
.ºque~ egaron las_partes en esta ~18ma misma una prueba plene, corroborada miento 410 II
1nstanc1a y la citación para sentencia con como en efecto lo está por las demás cons- 425 428 y' : 29 ' d! C6tg~ \e Pr1c~d¡'.
cuanto
mas
de autos. y. , d F tanci as proc~sa1es, ntnguna
·
d u da d e¡a
· m1entos
· '
R
lt dconsta
.
Penales se reforma la sentencia
esu ª~ o. que e1 vemtltres e e- sobre el particular.
de vista-pronunciada en esta causa or el
b_rtr~ pr6~fi:1¡° pasado en_la ºJche se ve•
Considerando: que en cnanto á la ex, C, Magistrado de la 2;¡ Sala y se res~elve·
1 e con ~otlvo e un casa · cluyente de responsabilidad criminal ale- Primero· Gabriel Martínez es responsa·
n _ic t un
~Ger:i° ~ un ~ ~a~~ sit: p~r lad ca_1,~ ~e gada por la defensa en favor de su clien- ble com~ autor del homicidio de Aseen:
1 oGen rd as t e
Trevifío» ef~saªa
~e,f sobre que éste delinqui6 el! legitima ci6n Treviño perpetrado en riña siendo
á
b .
e a_rza e es a ll1 a , e ensa de la persona de su amigo Ma- aquel el agredido y por dicho delito se
so:ºa~ºM!~!e~o~curneron en!re _otr~s per- nuel Garz~ el suscrito estima que si di le condena á sufrir con calidad de retenéste Gab i 1 M a~~a y. por mv1tac16á ]de cha agre_s16n fué actual inminente, vio- cion p'lr una cuarta parte más de tiempo
,
re
ar mez .. que como
as lenta y s10 derecho, sin embargo ha bien- en el caso de la ley la pena de tres años
nueve más 6 menos viendo Garza que d? sido pr?vocado por el agreaido y ha- seis meses veinte días de reclusi6n á conpor1 fuera ~e la cas~ se rc,ontGba parado hiendo podido este mismo evitarla facil- tar desde el siete de Marzo del dño pr6
;.~ ,ª
ª¡ su amigo eon
arcía, sa- mente por otros medios legales cuando ximo pasado en que se le dedaró fara lllVI ar do pra ]que entrara, habién- Trevifio lo injuriaba en estado de embria- malmente p;eso. Segundo: amonéstes;
ose ª:erca O ._ e os en ese momen!o guez, _claro está que por estos motivos la le para que no reincida. Tercero: S
~scención Trevmo, que an~a}:&gt;~ al¡so ebno agre~1~n de nferencia no reune todos los dej an á los deudos del occiso sus derecho~

¡ _PU~:

~i!e;}ecf:1a~~o G~~:~7q6ufend1;~f res1:s~~~i };;c~;~~ºtr1s~~,é~~f;o e;e~lal a;t!~~lion3s~ ti~alc~:~o~ua~ot~,1a respon~a~ilidad dclÍ
::~::~~;j::~:i~m~f:;;~ñ!Iª[:::~;r~cc;~ ;~i::~:1ii:{~~:~;~e:~e~;t:n~~:;i~ii

~t¡l~~s~,e~~~ i::t~~1~:i!

PÍ:\:~ii~~r~~'.

~i;:~o;ie

i~i~~{ tiJt;~

5
-~~;ftº;::e:ta::r E:~~rG'!b:iei 0 J~:~~e!
~~aeJo ar~íd~!o l~as;;a:;~:
;je~:t~::'. d~a~~}=do áendi~~o;~~
que salía en ese acto á la calle, intervino
Considerando· qu~ en raz 6n d 1
D1~en_c,1ana del
hagase la transen favór de Manuel Garza su amigo y teriormente ex. uesto estándose e º. al)- cnpc1on co;re~pon lente y en su oportuc~mpañero de trabajo, pues cogiendo nna del procesado p¿r ser lo ue más ª\e ~1:ho 5nida_d arc~1 v~o se los au~os. Así lo re•
piedra se la arrojó al agresor pegándole rece el delito de homi
ª.6 sºlt6 Yd firmo el C. Magistrado de la 1 ,.
en la cabeza y haciéndole caer en tierra deb; tenerse como e·ecu~ O en :~eStl n ~ a: oy fé: - Lic. Leobardo Chapa.ese golpe .caus6 una lesi6n á Treviño co el agredido y ca&lt;tigl ars a
eln nna pdor b[,I~. Eleuteno L')zano, Secretario Rúmo d · t
t' t
d
.
.
e con a pena e ricas
e s1e e cen _1me ros e ex tens1 6_n s1- seis años de prisi6n (¡ obras úbl icas ue
··
tu ada en la regiones frontal y panental como término medio fi¡'a parpa s
'q ¡
~
ecretaría
de la 1ª Sala del Su premo
·
· da de [a ~ne se d'ó
,
1zqu1er
t f'e por e1 Juz- articulo
530 fracci ón II d ¡ C6de"e caso
p e¡ Tribunal de Justicia.-Monterrey N uevo
gado Y el repetido Martínez fal!eci6 die Además de la atenuante dee 4 "'iglo ena_. Loón.
'
· ·
d' d
é ,
•
. e a•e arncl 1s:e te 1as esdpu s a ,consecuenc1a de la ba citada favorecen al encausado las de . Monterrey, siete de Enero de mil novees16n expresa a, segun se dt sprende del I "' á que se refieren ¡
f
·
I
cientos nueve.-Vista en grado de sú pl ica
dictámen rendido por los facultativos del
del artículo 4 o sólasl racci_ond~s 1Y
H
't ¡ G
ál
·
.
'
Y o e per¡u 1ca a la present_e c_ausa comenzada á instruir de
osp1 a
onz ez, qn1enes reconoc1eroo agravante de ser frecuente en el E t d0 oficio el d1ec1ocho de Julio pr6ximo pasay autopsiaron el cadáver.
ª do, ante el C. Juez 1~ de Letras del R amo
· · · d
· el delito referido, )a que es. d e 3 "' esl ase
R ~su lt an do: que m1~1a a esta a~en- por lo cu al superando el valor de la~ P~~al de e 5t a,1 ~ fracción Judicial, contra
gue c16n tanto los test1_gos preseo,c1ales atenuantes en tres unidades procede a ¡¡_ Ctrtlo Pulgann , casado de treinta años de
Manuel Garza y G regono Chavarna co- car una pena proporcionalment
p
edad, horn ero, originario de la Capit:il del
mo el procesado Martínez, refirieron los que término medio; pero sin J~e
E St ado d~ Durango Y de esta vecindad
h echos de la manera ex presad a en el re- mínimo de la que fija la ley
t' gl O
sultando precedente, agregando además á 37, 47 fracción XII, 66 6 ' ar/cu
35 por e) deli to de homicidio. Vistas las dili20
gencias del sumario, la requisitoria del C
el encausado que cuando vió que T revi- .'\el Código P enal expresa'do'. Y
• todos
Agente del 11inisterio Público y io•ex~
0
·
1ño ¡armado
b' ' á de un
1 form
· 6n a"' red1ó á Garza Considerando·· q ue con e¡ certificado
puesto en !a l ~ instancia por el defensor
•? ,~qn(~ q~1en )enton~es se vol- de nacimiento presentado á esta 1 "' Sa- d_el, _reo. Vi5ta la res u lución dictada el veinvd: acia e
artme~d quenendo agre- la por la d, fensa se j ustificó rlebidamen- ttse1s de Octubre &lt;:.!timo por el referido
1r1'bo y, ah1 ver
en
segm
· ,
· a que de nuevo te en los términos de ¡0s at t'1cu ¡os 419 y J uez de Letras quien ten1·end , e· ·1
'
'
- oa mo
~e 1 a a e_nr adsuTamt¡s_? ~fanu~l, le ano- 420 del Código de Procedimientos Pena PI
_u _gann como autor del delito de hom!J6 e1 menciona o revrno 1a piedra ' con les que Gabrid '1a
t'
d
•
1
" r oez cuan o cometI6 c1d10, lo conden6 á sufrir con calidad de
Ó 1a 1es16n d e referencia.
el
delito
por
que
se Je cas t 1ga
· s1· b'ten te1a Rque 1Jte caus
d
·
·
•
r~tenc16n por una cuarta parte más de
. d~s u anbo: qu edenfi primera 1~st~nc1a nía i:11as de catorce afüis, aún no cumplía
nn 16 prue
1 ed ensor,
cons1st1endo
d1ec10cho y en tal v1·r t ud ¡a pena corres• ~~;::po en ~u caso, la pena de seis años de
' f as e"6
d
·
s púb!ic~s, mandó amonestarlo para
en una lll ormact n e os testigos que pondiente debe cambi arse en rec¡us1"6 n que
que no remc1da y decomizar en favor del

fa·dº

m:tmo,

°·

IV

:1

Fisco del Estado el arma con que seco- Nicolás Sár:chez, quienes le acompañaban contra pesa la presunci6n legal de haber
meti6 el delito. Vistas las diligencias he y que pasaba entre ellos? Que se encon· obrado con dolo mirntras no se averigne
chas por la defensa en la 2~ instancia ex:- traron frente al tendajo ' ·El Nuevo Leo- lo contrario, Art. ro del Código Penal , Y
presando agravio~ , el dictamen del C. Mi, nés" cito en Labores Nuevas al salir el aunque la defensa alega la excluyente de
nistro Fiscal en el sentido de que se con- declarante de aquel establecimiento y responsahilidad criminal á que se refiere
firme el expresado fail o. Vista la sen ten- acompañándose de Justo Duróu se retira- el articulo 34 fracción VIII del Có,igo
cia pronunciada el veintitrés de ~ ovir m- ron de ese lugar, cuando Sánchez se sepa• citado, por que en su concepto el acu sado
bre último por el C. Mag_istrado de la ~~ r6 de otros individuos hablándole al ex- al delinquir obró en legítima defensa de
Saia de este Supremo Tnbm1al de Ju stt- ¡;oneote en El mism o acto que aquel con su persona, en el caso es ev'de nte la imcia cuya sentencia reforI?-ando la del in- una pistola que traía comenz6 á dar le gol- procedencia de esa escepci6n, por que á
feri ar concluye con los s1gulente1 pu nt~s pes en la mano después de pegarle varios más de no haber sido justificada legalmen
resolutivos.- Primero: Se declara qn~ C1- sln que pudiera evitarlo pidiéndole razo• te, de fa propia confesi6a judicial del prorilo Pulgarin es re~ponsab)e del dd ito_de nes al occiso; éste lo cogió del cuello y le cesado si bien es cierto se desprende que
homicidio que en riña y siendo agredido amarti116 la pistola disparánd0la, pero se- é,te fué agredido, á lo cual debe darse
perpetró en la persona de Nicolás Sán- gtiramente no servía el casquillo, pu~s crédito por que no h~y ning?n dato que
chez, por tal delito se le condena á s~fri_r hasta el segando disparo hizo fuego; Vis- demuestre lo cout:ano, tamb1_én es var~~d
la pena de ci:ico años, ocho meses d1ec1- to lo cual por el declarante sacó su pisto- que de la declarac16n d~l testigo Trevmo
siete días de obras públicas, á contar desde la y haciendo fuego dos veces hiri6 á con la qne aq~él convmo ~xpresa,mente
el día treinta de Ju!i&lt;J del año en crrrso, aquél, sin saber en que parte del cuerpo: aparece, qu~ s1 como se ~a d1chof?e.agn:·
fecha de su formal prisión, impuesta esa que no habían tenido disgusto alguno y d1do Pu)g~nn, esa agres1~n no fue (Dml·
pena con calidad de retenci6n por una s6 1o ese día Sánchez le reclamaba el pro- nen te nt vtolenta, y ademas pudo evitarla
cuarta parte más en el caso de la Ley._- ceder de una hermana suya, de Pulgarin , facilmente el mismo Pulgarín no retiránSegundo: Se le amonesta para que no rem- con la que vf'vía aquel y á últimas fechas dose del tendajo donde podían haberlo
cida explicándole las penas á que se ex- se le había huido.
auxiliado. Por otra parte el mismo acusane en caso de contravención.-Terc~ro:
Resultando: que examinado el testigo do refiere el suceso expre~ando
que cua~1
decm;niza en favor del Fisco del Estado Justo Dur6n manifestó que habiend~ en- do Sine.hez comenz6 á t ~arle golpes, el
la pistola con que delinquió Pulgarín.- contrado cerca del tenda¡o á P~lgann se los esquivaba andando hacia atrás, hasta
Cuarto: Se dejan á los ofendidos del occiso se detuvo á saludarlo en el mismo mo- que por una puerta d~ donde parte nna
sus derechos á salvo por cuanto á la res- mento que lleg6 Sánchez con nna botella, c'erca de a)ambre se rnternaro~ al so!ar
ponsabilidad civil y Quinto. Notifíquese ofreciendo un trago al procesado, lo que que ésta c1rc11nda y aún anduvieron lé¡os
y dése cuenta. Visto el recurso de súplica éste no quiso aceptar. por lo que aquel, s,a- de la puerta,.como nnos c1~cuenta pasos,
que interpuso la defensa y el auto de ad- cando una p;stola le apuntó á Pulgann donde se v~r1ficaron los d1spuos, cuyos
misi6n Visto lo expuesto poa lrs p1rtes en cuyo acto se retir6 de ahi el testigo de- detalles ev1dencían lo qu_e acaba·de ex pre•
ante esta Sala y la citaci6n para sen ten. jándolos solos y_ pocos minutos después ~arse, 6 sea,que la agres16n d~ que ~~é o~
da con cµanto más consta de autos y;
oy6 dos 6 tres disparos de arma de fuego. Jeto Pul_garin no pudo haber sido 01 lll~IResultando: que el dieciocho de Julio Se agreg6 á l~s autos un certlfica~o del nente nt violenta, por lo que en atenc16n
pr6ximo pasado, á las siete de la tarie re - acto de defunc1~n l;vantada con motivo d_e á lo expuesto y está!1?º.se á lo más _favocibi6 aviso el C. Juez instructor de que rn la muerte de N1colas Sánchez, se P;actl rabie al reo, el hom1c1d10 de ref~rencta de1a Hacienda de Labores Nue·vas se encon- caron los careos procedentes, habiendo be te~erse com? e¡ecutado en rifia por ~l
traba un hombre muerto, por cuyo motivo convenido \ulgarín con lo declar~do por a~red1do Y. c_astlgarse con la _pena de sets
1
en el acto se traslado á dicho lugar el per- Treviflo, as1 como con la aclarac16n qne anos _de pr1s ~n ú_ obras públtcas que como
:;onal del Juzgado para dar féde haber vis- hizo éste de que estando ague) parado en térmmo medio ~lª para e~ caso el Art. 530
to en la esquina que forma una cerca de un~ de ,las puertas del _tendaJ?, por otra frac. II _del precitado Código Penal.
alambre frente al tendajo "El Nuevo Leo- sali6 Sanchez y en seguida se ¡untaron; y
Considerando : que en favor del procenés" el cadáver de 110 individuo que en el padre del acusado present6 y entregó á sado concurren las atenuantes de 1! Y. i~
vida se 11am6 Nicoláz Sánchez, según tn- la Autorlda&lt;i la pistola perteneciente á su clase respectivamente por haber tenido •
formes que di6 el Señ_or Macedon~o Tre• hij? el :itado Pulgarín, con la que éste buena conducta ant~rlormente y habers_e
viña. Habiéndose registrado detemdamen- delmqu1ó.
presentado voluntariamente á la Auto:!·
te dicho cadáver se le vieron dos lesiones,
Rosultando: que durante la dilación dad confesando el delito con todas sus ctr•
una al par2cer por arma de fuego con ori- provatoria concedida en primera instancia, cunstancias y como le perjudica la agraficios de entrada, en la cara lateral dere- la defensa present6 y fueron examinados vante de ser frecuente en el Estado el de•
&lt;:ha del cuello, y sal ida en la mejilla iz- varios testigos que declararon sobre la lito por que se le castiga que es de 3~ claquierda y la otra hecha con instrumento buena conducta del procesado y también se, queda compensado el valor de ésta con
contundente estando situada en la cara an- :icerca de las costumbres viciosas de Nico· el de aquéllas, en cuyo concepto es de
terior del cuello. Enseguida se remitió el lás Sánchez. Por último en calidad de pa· aplicarse el término medio de la pena secadáver de referencia al Hospital Gonzá- ra mejor proveer se amplió su inquisitiva ñalada en la ley , Art. 37, 40 y 41 fracci olez donde se practicaron el reconocimiento al acusado , quien expres6 haberse encon- nes ¡ as. 47 fracciones XII, 66, y 218 del
y la autopsia de ley por dos facul tativos trado con Sánchez frente al tendaj o "El C63igo Penal.
del mismo Establecimiento, quienes en su Nue,o Leonés,'' dond e éste se le ech6 enConsiderando: que toda pena de prisi6n
oportunidad rindieron su c?rrespondie~te ci m~ tirán¿ole g,olpes 91'. e él e~quivaba an- ú obras P,úb)icas po~ dos añ os 6 m~s se
dictamen en el que descubrieron las ]es10- dando hacia atras y pidiendo a la vez ex- entendera siempre m1puesta con cahdad
n es referid as. concluyendo c&lt;Jn expresar plicac' ones h asta que pasaron una puerta, de retención por una cuart 'l parte más de
que N icoláz Sánchez fa ll eció á consecuen- de don de parte una cerca de alambre, se tiempo, que se hará efecti va si el reo obci a de la lesión causada al miS'mo con ar- internaron en e\ solar que ésta circunda serva mala conducta dura nte el último ter•
ma de fuego.
y cerca de unos árb:&gt;les grandes, como á cio de su con:lena, y que los in strnmentos
Resultando: que acto continuo fué exá- cincuenta pasos a istantes de la puerta , por con que se comete un delito se decomizamin ado el dueño del tendajo " El Nuevo haber disparado el occiso faltándole su rán en todo caso si pertenecen al delinLeonés" Eleñor Mecedonio Treviño, quien pistola, se vj6 él , Pnlgarín en la nececi- cuente y éste fuere condenado, Art. 70, 71
declaró que al obscurecer llegó á su ten• rlad de di•parar también hiriendo á aquel, y roi del citado C6di go Penal.
dajo Nkolás Sánchez, donde estuvo toman después de la cual hizo fueg0 Sánchez
Considerando: que en toda sentencia
do algunas copas y poco después, como otra vez, sin causar daño al procesado; y condenatoria se prevendrá que se amonesá la media hora, llegó tambi én Cirilo PulConsiderando: que con la fé judicial del te al reo para que no reincida abonándogarín con quien se fué Sánchez, oyéndo~e cad áver y de las lesiones que presentaba, sele los sufrim ientos que h aya tenido dunnos mementos más tarde las detonacio- cou el dictamen ren dido por lo~ peritos ran te la instrucción cualquiera quE sea el
nes de arma de fu ego; por lo que creía méd icos legistas que precticaron el reco- tiempo que éste dure, y dejándose á la
que Pulgadn fu ese quien dió muerte al nacimiento y autopsia con el certificado de parte ofendida sus derechos á salvo ~n
expre§ado S án chez. E n ,•ista de lo ante defunción que con e agregado á los autos cuanto á la responsabilidad civil si como
r ior se dict6 auto de proceder contra el in- y escencialmente cou la propia confeción en esta cansa ninguna gesti6n se hubiere
diciado P ulg&lt;r ío expidiéndose la orden de judicial del procesado duran.te la iustruc- hecho sobre el particular, Art. 182, 208 y
aprehensión correspondien te.
ci6n, qned6 bien justificad~ la existencia 287 del repetido Código Penal.
Resultando: que el veintinueve del mis- del delito de homicidio que en la persona
Por lo expuesto con apoyo además en
mo mes de J ul' o se presen!ó_ante el J~ez de ~icolás Sánchez perpetr6 Cirilo Pul- los artículos 5, 10, 32, 49, 88, 225, 516,
instructor el proccsail o C1n lo Pulgan n, ganu , Arts. 153, 159, 4r5, 4t6, 419, 420 517, 5r9, 520, y 527 del ~ismo Ordenaconfesando ser el autor de la muerte de 423, y 424 del Código de Procedimientos miento, de acuerdo con el dictamen del
Nicolás Sánchez y al r endir su declara• Penalas.
C. Mini stro F iscal, se refo rma la sentención preparatoria refiri6 el suceso decla·
Con siderando: que estan do. bien compro- cia de vista y se r esuelve: Primero: Ciri lo
nndo al preguntársele; D6nde se encon- hado que el autor del homiaid·o en enes- Pulgarín es responsable como autor del
tr6 el sábado dieciocho del presente con tión lo fué el procesado Pulgarín en su homicidio de Nicolás Sánchez, cuya ho-

fe

e· Jªa·

~;º~¡

\t

•

5

•

�PERIODICO OFICIAL.

6

•

contravención.-Cuarto: Se dejan al q_ue· sefialada al rapto excede de tres afios de
joso sus derechos á salvo. en cuan_to a la prisión ú obras públicas, la graduación de
resposabilidad civil.-Qu1nt?: N_0ttfíquese la que corresponda á Espinosa, debe hay dése cuenta. Vista la súphca 111terp~es- cerse c'ln arreglo á lo dispuesto en el arta por la defensa y el auto de adm1stón¡ tículo 198 del C6iigo lllj!ncionado, si de la
lo que las partes expusieron ~nte esta Sala obse~vancia de ese precepto no resulta una
reproduciendo lo que respectlv~mente _ha- pena más grave que si se acumularen las
bían expresado en la se~unda mstancia ,Y que sefiala la ley para carla uno de dichos
la citación para sentencia con cuanto mas delitos, pues en tal caso se aplicarán esconsta de autos; y
. tos.
Comiderando: que toda pena de prisión
Resultando: que estado asisféndose Ttburcio Espinosa en la casa del Sefior Can- ú obras públicas por dos años 6 más se endelario Zúñiga, requirió de ,amores á una tenderá siempre impuesta con calidad de
bija de este llamada Mana PantaJ.eona retenci6n por una cuarta parte más de ese
Zúfiiga menor de catorce afios, logrando tiempo en el caso de la ley: que_en toda sen.
el nueve de Mayo próximo pasado que la tencia condenatoria debe prevenirse que
referida Pantaleona abandonara el hogar se amoneste al reo para que no reincida
paterno c1n objeto de casarse según se lo abonáodosele los sufrimientos que baya tehabía p~omet;do Espinosa, habiéndosela nido durante h. instrucción y por último
llevado primeramente al monte donde pa- que la respo•abilidad civil no puede decresaron la noche teniendo acceso carnal, y tarfe si no á instaucia de parte legítima,
después al siguen te día la condujo á la ca- artículos 70, 71, 182,208 y 287 del repe•
sa del Sefior Victorio Heroández sita en tido Código Penal.
el barrio de Matehualita de-esta Ciudad,
Por lo expuesto, cc,n apoyo además en
en cuya casa, á los dos ó tres días fueron los artículos 5, ro, 32, 49, 88, 107, 108,
encontrados por el padre de la ofendida, 110, II5 v 225 del mismo Ordenamiento,
Secretaría de la 3' Sala del Tribunal quien presentó querella en la forma legal se reform; en parte la sentencia de vista
Supremo de Justicia.-Monterrey Nuevo contra el expresado Espinosa por los de- mencionada y se resuelve.,.-Primero: Se
León.
litos de rapto y estupro.
condena á Tiburcio Espinosa como autor
Monterrey, veintinueve de Enero de
Resultando: que habiendo ratificado su de los delitos acumulados de rapto y estumil novecientos nueve.-Vista en grado acusación el Sefior Candelaria Zúfíiga, se pro de que se ha hecho mérito, á sufrir,
de Súplica la presente causa comenzada á inició este proceso para los efectos de la con calidad de retención por una cuarta
instruir el diecinueve de Mayo próximo ley. Tiburcio Espinosa en su indagatoria parte más de tiempo, en su caso, la pena
pasado ante el C. iuez rº de Letras del confesó circunstanciadamente su delito, de dos años, ocho mese~ de obras públicas,
Ramo Penal de la primera fracción judi- refiriendo el suceso de la manera indicada á contar desde el Hiotiséis de Mayo próxicial, en virtud de querella que por los de- en el anterior Resultando y el veinte del mo pas•do fecha de su prisión preventiva.
litos de rapto y estupro prfs•ntó el Señor citado mes de Mayo, por disposici6n del 8egundo: Se confirma la relacionada senCandelaria Zúñiga, cootra Tiburcio Espi- Juez instructor, dos facultativos del H os- tencia de vista en los demás puntos que
nosa, que es soltero, de veintisiete años&gt;de pita] González reconocieron debidamente comprende.-Tercero: Notifíquese y si denedad, fogonero, originario de Providencia, á la ofendida y manifestaron que estaba tro del término legal no se interpone re:
Estado .de San Luis Potosí y vecino de es- desflorada de é¡;oca no reciente; y
curso alguno, líbrense al Superior Gobierta C,udad.-Vistas las diligencias del suConsdcran&lt;lo: que con el dicho de la no del E,tado los testimonios de ley, pomario, la requisitoria del C. Agente del ofendida, con el dictamen rendiao por los niendo á su disposición eu la PenitenciaMinisterio Público y lo que en la primera facultativos del Hospital Gonzá'ez y esen ría al reo Tiburcio Espinosa, hágase la
instanci3 alegó el defensor del reo, así co· cialmente con la propia confesión judicial trar scripción correspondiente al Juez resmola sentencia pronunciada el trece de del procesadn que por sí sola constituye pectivo y archívese la causa. Así definitiAg,sto último por el referijo Juez de Le- una prueba completa en virtud de reunir vamente juzgando lo resolvió y firmó el
tra•, quien teniendo á Tiburcio Espinosa los requisitos qne para ello exige el ar- O. Ve. Viviano V. Villarreal, l\Iagistrado
como autor de los delito9 acumulados de tículo 415 d ,1 Cód11'0 de Procedimientos de la 3., Sala: doy fé.-Lk V. V. Villarapto y estupro lo condenó á sufrir, con Penales, durante la instrucción quedó bien rrl'!al.- Lic. León E. Aldape.-Srio.-Rúcalidad de retención, por una cuarta par- justificada así la existancia de los delitos bricas.
te más de tiempo, rn su caso, la pena de de rapto y estupro á que se refieren los
tres años de obras públicas y ocho meses artículos 747, 763 y 766 ilel Córlig-o Penal,
de arr2sto, á contar desde el veiotiséis de como que el autor de dichos delitr-s lo fué
MRyo próximo pasado; lo condenó tam- el encausado Tiburcio Espinosa.
biéo á pagar en la Recaudación de RenConsiderando: que del certificado de natas d l Estado una mult1 de cien pesos ó cimiento acompañado por el qu•joso á su
á sufrir en su defecto cien días más de querella, apare~e que la ofendida María
arrest y mandó amonestar al reo para Pantaleona Zúñiga, para la fecha en que
que no reincida, dejando á la parte ofon- se cometieron los delitos referidos, tenía
El periódico ilustrado más hermoso
dida sus derechos á salvo en cuanto á la trece años, nueve meses de edad, razón por
responsabilidad civil.-Visto el dictamen la que el estupro está comprendido oara y práctico sobre asuntos campestres,
del C. Mi?i;tro Fiscal en la segunda íos- su castigo en el artfculo 74 8 fracción I del s_e en~ía- gratis una. copia de "La ~latancla soltc1tando se reformara el expre Código Penal, que fija la pena de tres años tienda a los subscntores del Penósado fall_o sólo en cuanto á la duración de de prisión ú obras púb 1icas y multa de se- dico Oficial y La Voz de N. León,que
la pena impuesta al procesado, la que de- gunda clase, y el rapto está comprendido lo soliciten. El precio de la subscrición
beúrbíl~ ser deV~utatro años de prisdióo údobfras eo Ios ardtículos 764 y _765 del Código Pe- es de $3.00 oro americano por año,
p
1cas.-:- 1s os 1os a1egatos e 1a e en- na1 cita o que 1o castigan con o, á cui• •
sa de oficio en favor del reo, y la seoten- tro afies también de prisión ú obras públiOp1n,ones
cía dictada el quince de S~ptiembre próxi- cas.
.
.
,,Lo considero altamente benéfico é
mo pasado por el C. :\T ag1strado de la 2~
Considerando: que cuando la ley fi¡a el
- t
t'
,,
Sala, cuya resolución, reformando la del máximo y el mínimo de. una pena, queda
rns rae lVO,
inferior, _concluye con los puntos si¡1;uien- al arbitrio judicial imponer dentro de los
Porfirio Diaz
te_s.-Pnmero: Se condena á Tiburcio Es- dos extremos el término que se estime deT 1
¡
·
" a vez a primera ilustración aprnosa como responsable de los de!itos justicia, artículo 65 del Código Penal¡ que
acumulados de rapto y estupro á sufnr la como favorecen al procesado dos atenuangrícola del mundo "
pena de cuatro años de obras públicas á tes de primera cJage, su buena anterior
Aljosuo XIII
contar desde el veintiséis de Mayo del año conducta y haber confesado su delito, no
La Hacienda Üº,
P.O.Box 97
4
en curso en qu~ se le declaró formalmente p~rjudicándole ninguna agravante, procepreso, con caltdad de retención por una de disminuir del medio al mfnimo las peBuffalo, N. Y., E. U. A.
cuarta parte más de ese tiempo en el caso nas antes referidas señ.aladas en la ley, arP.O. Y . V.D.N.L
d~ la ley.-Segundo: Se le condena tam- tículos 35 á 37, 40 fracción I y IV y 220
EDICTO.
btén á enterar en la Recaudación de Reo- del repetido Código Penal.
Jueg•do 3º Menor Letrado.-Monterrey, N. León .
tas del Estado en esta Cindad, una multa
Considerando: que hab1'endo s1"do acom. Con fecha de hoy se radicó en ••te Jurgodo el Juicio de Intestado del finado B,. Domingo Mullos .
de cien pesos ó á sufrir en su defecto cien paliado el rapto con el estupro atento lo Lo que•• h•ce saber al pdbllco, para que lasperaodías más de arresto,-:--T_ercero:. Se le amo- dispuesto en el artículo 77 0 del Código :~u'l,'i:1i•e~r,:~:_iu!1e"'/~~::V~ herencia pasen '
nesta para que no re10c1da haciéndole sa- Penal, se observarán en el caso las reglas Monterrey27deMayodelg()9.-Llc.I. D4vlla. -,t.,
her las penas á que se expone en caso de de la acumulación y puesto que la pena 1· P· Gondtez .-A-Jostl Pompa del Bosqu:UHHn
micidio se perpetr6 en tifia por el agredido, y por dicho delito se le condena á sufrir con calidad de retención por una cuarta parte más de tiempo en su caso la pena
de seis años de obras públicas, que se contará desde el treinta de J olio pr6ximo pasado, fecha de su prisión prevetiva.-Segundo: Amanéstesele para que no reincida explicándole las penas á que se expone
en caso de contravención.-Tercero: Se
decomiza en favor del Fisco del Estado la
pistola con que se cometió el delito.-Cuar,
to: A los deudos del occiso se les dejan sus
derechos á salvo en cuanto á la responsabilidad civil.-·Quinto: Notifíquese y si
dentro del término legal no se interpone
recurso, expidanse los testimonios de estilo poniéndose á Cirilo Pulgarín á disposición del Ejecutivo del Estado en la Penitenciaría del mismo, hágase la transcripción correspondiente y en su oportunidad
archívese los auto,. Así lo re•olvi6 y fir.
mó el C. Magistrado de la ¡,,¡'" Sala; doy
fé.-Lic. Leobard 1 Cb1pa.-Lic. Eluterio
Lozano. -Srio.-Rúbricas.

SECCION DE AVISOS.

0

La Hacienda

7

PERIODICO OFICIAL.

eompañía Minera "Cuauhtemoc,

NOTIFICACION.
Juzgado de Letrae de la 5• Fracción Judlolol , Corral
vo Nuevo León.

AVISO

.

Sr Pablo Salinas V1llarreal.

PJr ocnerdo de la Junta 0lractlvo se haoe sabar
á los Sres . Acolonleta.s, qufll Fl dÍiL 16 del mtaee en ';J°~

En El Jui~io ordinario esortto sobre divorcio qufll en
0 ido su esposa la Sra. Ddlflna 80 debed, enterareq1 en la Tesoeeda de ea 8 oc1e l'
000
•0
t0
la l tracfce:
(Zuagoza 9), la
e:xhlblciOn. á razOn de$t 0!)
80 t,..
11
nzm ,
Ab 1 de mil noveolentos (
) por acción
Sra. Delf1na Goz
Jonio~ de 1909.-El Seoretarlo-Tes¡~e·
1
mén en la notifioaol6n del auto que prece~e,
con I ro, Vict.or Wetek , pf.
fand'ament'l en f'l art1cnlo 365 del C6 ligo e . roce·
----

n rd,:~e::r~f~!1u! que,
n~~:!~b~~;¡1.;1!~~ ~ft!!a ac:;ra

quinta

ºM~~i:rrev.

¡

dlmleotos Clvllos_, se abre uoadtlocl~n a~bb:top~:tJ'.º;
N
ro~gablee por todo el de la Ley en en ~ª,?t· odt18

el t§rmfno de veinte d!as comunes

¡

NOTIFICA CION,
Jo,gado de Letraa de la 7t rraooUln jadtcial,,-Batado de Nae-

T d
t6 y f\rmó et C Jne:,; dA u-· ?-'
e O Le6n
ld
"
trqi~j;~~ónj~ioial. D.imoe fu.-Llc. N . '1'. Den&amp;· v brt:e: Juan de D. V1llanueva, Miguel Y L,opo (.¡
lad5 ta.A Oanovevo. A Saudoval.-A-F.o.;entlno Oavazos y herederos de D. Esteban Cavazoa.
Vl 88. -

-

l)rfl::. .

·

Demasías.

de atete att.toe menorea de agoatadero,

Reptlbllca Mexloona.-Presldencia Municipal.en eeta torma en cnmplir~J~!ºo~R6~10Tlj,rto• MI ha pronnnclado una aenteuLo que
ee no
·
¡ Qódtg O de eI1 • 0 ny•teparte loe
reeolut1va dlc,,-:
,
e.le lo diapueet.o por el art• 77 da
w:a,o vel.,te di! mu noveol,-nto■ nueve ............ . Monterrey, Nuevo León.
t
1
De conformidad oon lo prevenido en el artículo 2ó
m en o
Mon mor• ·
f
Id d
lo dl ■pn ■ ·o en Jo• arU'.
ProceilmientoeCivUea.
Por loezpnMtofdeoon rm I 000
lmtento■ Cvltee ,eaprur- del RPglamento para caSBa de pr~eUmoe, se ha man•
OerrRlVO Mayo 26 de 1909 -Lic. N - T. Nenavldee- 888 del 06dlgo O•"JI y11a1i deJ::1:~tioe de ig ,■tatt;ro de Jng
dado deprflit&amp;l' en la Teeonrfa de este Mu'.llicipto, la
-A - Gen¿vevo A. Sandova1.~A - Florentino
i~ho:'!t~ 1:1.:.:1:'a ;i::nta Ctnz en jurlldi'cltll de ºl~e~:~a~~
8uma de 177 80 cs. , setenta y 8lese pnr e ochPnta cen-

Guerra.-.Rt1brit~~' Ud

!::o·

rra

.

EDIC TO •

Juipdo to de lo Orlmtna),-lf fraccl6o Ju,Jlctal.-Elt&amp;do de N.

•

'1::1.

1

rin, promovido par D . Rómnlo T1jer~n•i1e~:Ht!i'!'!utotJ Notlf tavos procedente de loa 8obrentf-B que neultaron al
el mapaépltn¿::.m,•1 0
~6~tu qn 11 aolictt.an 'y arcbfqueae,ea
d
t
Ormael &lt;' Juude J ~traa lnterlnode la 7t vendéree lae prendes de pJezo cumplido, en lee caeH
de empefto •La Barca», ■Montafl.a de Piedad», «La
11!fo~~cl:f:'~:Joa fd,- Llc. L. oaotQ.:A - J. P111rla1.-A- 1!1 V.
Surtidora•, •La Favorita•, ■ La Idea•, «El Fénix- «MonO.O~ BQba~C:!tu ca¡ Vde&amp;. "ª .ta. fotma de acuerdn ooo lo t-. de Piedad de Monterrey», S.A. y Buonnalee ndm .
diapuea1:~r el.~. '17 d~ Ocfll~~e_P~edt!_mlO:~ai~e:: A.- t y 2• duran~ loe mreee de Octubre Novitmbre Y Di·
llontemoreloe, Jlhyo
fl
·
·
4546
olembre de 1908 y Enero, Febrero y Abril del preeenJ. Farfa1--A-Ernesto V. Oant6.

::¡ ~;::J~ºf::

f::C,

can•• lnitrulda contra Ju,n Ohrner01 1)0r el delito de •
éonH, H ba
~~ :\\°n~~::i~:t1::~~!!::..s1ndo
necesaria
Mon~@rrey ayo
d d Merced Mutfnes para la prt.o
la com;,areoenola eo e•~Ju:.::.: 6 elsoorlodoae 111 actual realtlca de dilNrejctu en ~ 10P~e edtotoa que 19 vnbl~rin por trH
te año,
d
denota, efteN e por m 1 P rlódlc Oflmal del Gobierno del Eew.do
~
Lo que 118 haoe saber , loa que ae orean con ere,~dc:~=~~";.;:.:.d:ntrod~lt6rmlno de l~ub~°i:l6nftc~
&lt;'ho A talee eobrantee, para que en el término de trea
loe dtnatu ooaterloNe' l!tQltlma,
Jozgado 2• de lo OivU.-1~ fraoolón Judioial.-E8ta- meaeo que OJa el arttoulo 688 del Código Civil vigen10 dla~eato
10
;,~~g~~!,:!';;~e~i
de Peooedl'lllentoe P~"8n
do de Nuevo
te en el Eetado, ae preaenten , ejecutar eus derecboa ~
1
1
bajo el ooucepto deque el no lo hicieren ea(, de aonerdecretflffl~ge~ B~iJ::Z~1~~~!:i&amp;~.ªBil':.
Sr. Silverio Ornelas.
Llt&lt;,J:!~'aa -in.anda piblÍoar en u'-' forma en cumplimiento del
Eu rl Juicio el-entl..-omereantll que eu 10 oootr!e:i:n~•ceu;! ~o con lo preooptuado en el artlcnlo 674 del Indicado
C6dtgo. ae t.endrfin oomo moetrenooe dichos sobranouto h11erlo.
l..-t&amp;nO T niño Brlo
-IMM'1' Br. L\o. Galdlno P . Q,ulutaullla, • ba dictado una
Mooterre:r, Mofo is de 11)09.-Llc. V
r
•
·
parte reaolntlva, dlcr:
d
ecl to. nuen: ........ tea y se lng,·eaartu al t,aoro Municipal, como lo dl&amp;• vonterr,.y velDUauo de lla,o e m 11 nov en ....
l8'l
4 : pone el articulo 25 ya citado.
1 1oa
Pnr lo n:oan•~. 'I con f&lt;1,ndam-d.W&gt; adent&amp;, en loa an._cu
Monterrey, 18 de Mayo de 1907.-P. O. Martf.
l8'16 y 1317 y 1410 4,-1 ord~namtento citado, M reauet¡e-Lt Pr~j4; ·
NOTIFICACION.
Procede el juicio eJecuUvo mel'Mntll promovido por e
c.
- ues.--11 BamfrM Angulano, Brlo.
0
uo p Q,'11utanllla contra el Br. l!llnrlo Ornelu. eu
.
414243 0 c. Ja1rado de Lehaa de la 7t fraoot6n Jud.kdal.- }(ont.emoreloa .. declara obllsado 1 6at. 1 .,.._r al prim ..ro 1• can
d
cleatoa veinticuatro pt&amp;OI oon mi• fil lnter61 leipl oorreapon len•
te deade l• fecha IMI que 88 ..-eoctl\ le Db tsacl6n b ..ta en la :ue
Sr. Concepct n are a.
ee ..-eriflqoe el paco. ~gu.ndr,: Hjlg•ee trat10f' y rernat,. de ~o~ ' ;
net embargadoa, coa ■u produolo .,-eo al aorefldor. TerOI! o.
00
Bo el j 'licio nr~1!:::x~di
B:o~~~ coude11a al demaudat'lo en lat1 cottH de ene Jalcfo Not•fíqueee.
L H1uaJ:9¡/!°3::i!ro-;0 auto del tenor dgnlenie:
A ■f defl.ulttvamen► J0t1taodo lo reeol..-16 11trm6 el O,L't""'J
de
depeac&gt;e
aln·tcu•tro de M:a:ro dede mll na-.,eclf'ntoe Letras del Ramo Olv11: tlof. fé-Llo. Beque de Lnoa.- c. , arLas Mejores
:,
•M.ant.emoreIoa v
d6 la anterior demanda por oootu ·,ad~ ofa Gu jrrdo, 8rto.- R1'b· ,..a.
d
1 L
Gotas para
,
•
nueveü~'::,■:u!~dde :arte del Br. Oonoepol6n Garofa Y N tbr,• l
Lo qn11 te uotlf ca¡ Ud. en N'tA forma. de acuer o oon e ar
en MD
et
del 06dlgo de Procedtmlentoe O-...t 1ee..
I t.6rm' no de •elDte dfu onmuuea 6 m•
Curar la
pruebau•te jul ºitr~:ae Al1 lo deoret6 'I flrmd el O Jufls de
llonteney, 1 to de Junio de 8909.-L 10. J. Garota Gu•J•rd~M'r°
son las Gotas
·
•
p~rrc ~!~~~o ~~ la~. frllCct6n Judicial: damoe fe,,- [J(I, L. Oantd Cll'etarlo.
Le ru Pat1u.-l.-B v. O.uta BQbtlou.
del Pectoral '
11.ol;Uloai Ut. en aeta forma deoonformldad oo• el ar\
deCerezadel ,
1A q0641 de Procedimlent.o• Ohih·•
TI d:oote=~loe, Bl de M,10 de 1909.-Llc.t.. Qanid Gana-~
Jua-rado tº de Jo 01vn.-1, Praool6n Judlclel.-Eatado de tcueDr. Ayer.
J. Qatfu.-A-B, V, Oul\6,
"'º Le6n.

.,:Ctad;

/e1~d1;:

lffl'i'IFICACIQN.

fo~':!~!~! 1':

León.

,~t~CN- ' -

f¡;.T::

.........

'6

G

1--------------------

í

ai!:a11Vc'iali~~d~ ;i:~

2a

Tosr!

NOTIFICACION.

-A-~~"

Sr. Marcos Reyes.
En el Incidente aob,e remoción del cargo de Albo-

EXTRACTO.
..».

:1.

&amp;pnota de la Secretarla de Fomento en el Ramo de lllnerla
vmaldama, Noe..-o Ledo.

Setenta años atrás los médicos
usaron por primera vez el Pectoral
de Cereza del Dr. Ayer, y desde
entonces ha sido el remedio tipo
para la tos en todo el mundo. Millares de familias en Europa, Asia,
Africa y América guardan siempre
en su casa un frasco de esta medicina para poder usarla en cualquier
caso imprevisto de urgencia. El

cea que ha venido deeempefiando su eaposa Sra. Modesta Ra.m1rez de Reyea, i qnten Ud. representa en

juicio de Intestado del Befior. José lnéo
Expediente No 1002 -Oon feoh• velntlouat,o del el
que se enetanota en eete Jnrgado, ae ha dlo
en cuno y siendo les nueve de la. mafiana, 118 Ramires,
una reeoluolón del tenor elgntente:
m4:entó ante esta Agencia de Mlnerla, ,el Sr. Ha tado
Monterrey, veinte de Febrero de mil noveoientoP
g~bam Florea mayor de edad y veolno de Sabinas nueve. - Vletoa eetos antos en articulo Y ...... , • • • • •

Hidalgo aollc\tando conoeelón de cuatro (4) perte

nenotae i:ntnerae, sobren na veta mineral que oontie\omo fierro y sino y que se encnent11l ubicada
n:
fa h,d~ra que vé al Sor del rincón del Rodeo sito
8
la Sierra de Santa Clara, perteneciente á la Muni
lidad de Sabina• Hidalgo y cuyas pertAnenclae 88
0
piirá.n en la forma de un cuadrado de 200.1:200 me
El fundo minero eollcltado por el Sr. Floree,
denomina «La Fama11 y collnda por el Poniente,
!~n el fundo llemado «La Mece. y por loa demA.13 l"tlmb.:&gt;e con terreno librf', 9s.ilalindoee oomo punto de re
f. noia: al Norte, la me88 quA aFpara los rlnoonee
ereA
del Rodeo· al Sur, el fondo 6 arroyo del

e¡
:!a

Por loexpueeto ..... . se reenelve Primero: Be decla
raque ha oa1l.8&amp;do ejecutoria la 118ntenola interlocu
torta dictada en eate incidente, oon foobll prlmA"" dA
Diciembre de mil noveolentoa O&lt;'bo ,.....SE11gundo. Nc,tl
ffqueee. A8t lo reeolv16 y flrm6 Pl O. Juez 1º de Letrae del Ramo OlvU. Dov fe . L\c. ?tfAcedonto Gtl

~~c ,~ei Rodeo y ~l Oriente 1• continuación del
mismo eeplnazo donde eet4 situado el referido fundo
•La
Mees• el anterior denuuolo ee man,.aa
• publlcar
Admitido
el Perl6-\loo OftctA.1 del Eett.do. por tree vrc&lt;:1.a con =~utlvse y en la tiabla de aviaos de esta Oficina por
l térmtno lep:al y 88 nombró perito para que mida
:1 tundo eollottado al Sr. José M! Santos Gondlez de
eeta vecindad quien aceptó , l cargo
Lo qus ae h!l.08 saber al pdbllco de conformMad con

lo dlspnosto p,r el ort. 21 del Reglamento de Mtnerla

y pa.ra loe efectos A que ee contrae el art. 22 del miemo R~lllamento.
d u M
1
Vl11al&lt;lama. Mayo 29 de 1909rEl A e - • •Tine
F. Trev!ño.
454~47

NOTIFICACION.

Pectoral de Cereza
del Dr. Ayer

Treviño.-Llc José Jn•n Vallejo, Br!o. RGbrlcaa .
Lo que se notifica A Ud. en eeta torma en oumpU
miento de lo dlapueeto por el art . 77 del C. de Pro
ce1Hmlentoe otvilee.
Monterrey, 27 de Mayo de 1900~Llo,Jo,é Juan V&amp;
llejo .

4546

A VISO.

domina los esfuerzos espasmódicos
del toser, alivia la congestión de la
garganta, calma la inflamación de
los tubos bronquiales é impide que
la afección interese los pulmones.
Hay muchos substitutos é iml•
taciones. Cerciórese de que se

PrMldf'ncla Munloipal,-LinarM, Nuevo V6n.
El Br. Rodrigo S..Jd, B• Ldpes. ha denooctado ante el Jupg~o
Primero de Mta Olod&amp;d como vac.nte UD t.flrrt1110 dt1 tretn1a ,..
tree metros cincuenta y doa c@utfmetrot de fr nte pnr trelo•a Y
trP ■ met~ ctncu,.nta y dos centtmetroe de f.)odo, 1lt0Ado 11 Sur
Eate de esta Ciudad, cuyo terremo collnd11: por el Nort.e atlle de
por medio, con p1 np1odad. del Sr. Mariano A.lb,!D"', par el Su", con
propiedad de Dcña Aroadla Romn de R11ldtnl, oor el Orlenlft.
calle de por medio, oon terl"l'ro de Don Tor·b t"_ Di•ll• y no•,.¡ Fo
nlent• con protiledad d., ks b •r"'4eroe de Don l•bel Quintero.
l!ll terl'tlno 4,.nnoc!ado ha atdo valorlsado eo la 011ulUdad di, clnooenta pHOB, (S.SO 00 cta.
Loqueoooformeal arto. 689. del C611roOlvUaemand• publicar por medio del preaeot.P, par-a que laa perennu qoe N cr..-ao
con der,.cho al terreno de que aa trata, ee preeenwin I dedoctrlo
dentro del térmlood• I• L•f'.
Linare■, Abril 20 de IltOG. - El Prenll1ente Mnnlc1pal,-P. FlorH
8aldaf5a.-EJ Srlo.- .6., Outjsrde Va1C6J.
0 .27.A.M.lt te,

obtiene el Pectoral de Cereza
"del DR. AYER."
alcohol ni veneno)

Cadn. frn11,ro o,t,mta lti ¡,:r-mula et1 i.
rotulata. J~reyuJJte uah-4 (; •ii 1nr,uco
fo qu.e opinfJ det Pectoral de Ce1"e.t" cid
Dr. Ayer.

Juz.pdo gq .Jfp:nor Letrac!o.-~ontertty, N. Leda,

Sr. Candelarto Canales.
E 0 1 1· lelo •J-ootl•o merca11tl1 qoe oontra Ud. algue •l Sr,Lfo.
e p º Guerra c:omo al'()derado nstltoto del Rr Enrfqo11 To•
A.
de
l'rU,Hlab a"•ic•·'o
.,_. una Nnteuola ouJa parte reaolntlva u como el.
_gue:
te
¡ qn\nce de lfayo de mil noncleotoa r1ue•e........ .
Mon
'N[to 000 fundameoto en loa- artfcnlci■ lf:Bt fraoot6n
1
1~ ; p ~ d:i Código de Oome-rolo ante• citado, ... rfltloeln: 1°
Prooed la demanda cjeouttva mereaoUI de que ■e ha h-cho mblto
•
fil Sr C11oalea eaU. abllgado I pagar 1 ■u deman
eooonaecuena!~e tiw (lO ca que' 18 le drmandan, oou el tuter61 ledan: ~e8f:1f!cbade la d~maoda bat'• que ae ve,tftqoe PI pflCO.
1
d na al d Fmt.ndado en laa or,etas de Mte Juicio. 3o HA19
Cl')n e
ate dfl loe bleDH f'IDb,,g\doa 1 oe&gt;n
producto
gASe trance
Y r:';1 Notlffqoea,, ,.6.!11 detloltlvam""tfl juzcaor1t't lo
1
pago •,. .......... ,·o Alcalde ac'Lotndo: damN, f•-Ltc. l. Ditlla
dec,e
Y nnQond,1r,s.-A
•
A Mnt1n
--ll'eder100 o• roer...... BQb r lc,,a•
d
e 1o
19 noUtloa I Ud. en etita fnma en cnm¡,ltmleoto
dia ~ qu~r el arUcolo 77 d@l 06dlco de Proo&lt;&gt;dimlent01 OivllH.
PM~•~~rt"Y• n tte M ,yo de 1909.-Llo. l. Dlvtla.-A•llar~f
5
Gonr.ilez"-A-A, p, Ounrllez.

DEMASIAS ..

R•pGbllca M•xtcan•.~Prea\dencla Mnnlcipal·Monterrey, N. León,

De conformidad con lo di~puestq en el R.rtículo 25 y
Oódipo Oivil vigente, sé hace saber al público,
q_u.e en la Tesorer1a MUnicipal de esta ciudad, e:uste &lt;lepos1tada la suma. de '87 08ocheQts y siete pesos ocho centavos
proceclentes de los sobrantes de pruendas de plazo cumplido en los remates efectuados durante los de 11Pbreff' Mar"º
zo, A oril. Mayo, Fleptiemore y Octubre últimos, por las
casMde empello dcnominad:\S 11 a Favorita•, •ltl Fénix•,
•La Banca~ «La Idean, •La Surti&lt;lora~, 11Mont~ de Pie&lt;lnd
de Monterr~y•, y Suscursalt:S Nos. 1 y 2 del mismo; en el
concept6 de que, fli tn1,..,~urrid0f\ seis meses. contados ~esdt'
hoy, no compareciere persona. alguna 1\ reclamar con Justo
y legitimo título, l!ls expresadas demasias, ~e. les mnuda.rll
ingresar en 11\ RE&gt;e1rndación lle Renras 1,rnmc1p!lle~ de e.•llt
NOTIFICACION.
ciu1lntl. tle acuerdo con lo preccptua«lo en el cllru.lo ar
Jniir"4o de Letru de lit 4l Ftaocl6n judicial -Dr. A rro10 Nne- tículo 25.
-.o Lf6D,
Mon~rrey, 7 de Diciembre de 1908.-P. O. l\fo.rtftH
Sr B1.ltl\~ar Ovtedn, p"lr et y c.,mo rrpreaentante le B. Ramire• ADgnlano, Brlo.
99100101-H. 11 M
g1tlmo de en eApoe11. AlFj:mdra Q·1iroz

r:1•

ª

EDICTO.
Juzgodo 2º-d• lo Clvll.-1• fracción Judicial Eatado
~eN. L.
En •1 Jnlolo testAm•ntuto de D. Ignacio Rendón,
38 dictó un auto qui:, á )a l,=tra dlef':

Montflrrey, hb.rzo vaintlFéle de mil nove&lt;fen~'.JB nu~ve.-Por preiwntado y admitido en cuanto ba lugar
en dere&lt;&gt;bo con el certHloado de defunción y teettmo•
df'lt"s'"amento pdbllco abierto que ee acompañan,
téng~a~ por ndloodo el juicio de suceetón que 86 de·
" und-•· -(i~A fil nvfeo que prevlPne el art. 159 de Ja
Vw dt-i T1mbr vigente; pub'fq'lenae loa edict()B en la
torma qnfl eetRb ece el art. 165~ del Oódtgo de Proce'1.lmlentoe Olvtles, y conv6q1,nap 6. loe berflderoe 11. la
EDICTO.
jnnt11, qneprevienePl art lti69 dfll propio Ordenamlen
Ag,.ncla de la Secretarta de F..imento eu el B,mo de Tenence ,; .... , 1a &lt;'U!\1 t.,,ndrA lugBr el 811 dta htbtl después de la
Ba?d•oe.
1
El C', Clt&lt;mante B ltteTa maJot de ei1a1 y it• Ht" •IO(liodMi por 1 tlm" n t f\oación, , Jea custro de )a tarde.
N, t ifiqf1P~A . T,o decreto y flrm6 el O. Juez 2. de
ans derH:.h-s prcp\011 y por loa de I• Oomnol tMi it .. C.:iopa. h1, "CU·
rrldo en f..1rma an~ eeUI A¡encb cter&gt;nnciaudo C"m•1 B* dio 1 Bu Letras del R11mn Olvi: d oy re. Lto. RoqT.tA de Luna. -

E el jotclo -, ..n11I 01'&lt;tluarlo tirfm"d to pnr el Flr. M'«nel
Ah,rd(::i como apo&lt;t,-rado df'I i:a .. , .... zimutauo L,t.11otr coutr&amp; U ·e~
•obre eotnga d@l '811,ct-bo •El B . füg o• ti'-o @D Aramberl, rt.cay6 nn
aut.o dPI tenor «hruler,te:
Doctor Arroyo, 1,nyn d!edC'tho de mil nonclpotoa nneve .. ...... .
emn1ir-e11,. ¡ Ju p&lt;i;rtes A au~lo&gt;ncla dfl fil• g•to1 que ten..,rli,
mañana A J1oa dl11a c1 .. 1a m fo fi:tna. Notlf quPaf'. Lo cteorf't6 Y ,m
1 8 de que en an oportun\d•d 'le le adju"li11ue p ., la Beorehrla di" Po1 O Jnfll. de Letraa d,. l• h frr.or.l60 Jut1.•cl•I. Damot1 fé - Lo
~a"oJ -.•.-A-IA:ooadlo M Goo11.1 .. 1.-A-l,. Dur&amp;e Bamoa. B6- mr,uw, un tetr•no ti\3 eo jorbdtcclóa d ti Mu 1lclt1IO de Mina de H
te E11tado con u:tf&gt;nal6n 11uperllclal apro:s:i0111.t1&amp; de no mil bfl()brl°i,;; qoe ee dntlnca &amp; u t. en Mta fo,.ma. p•r, lo■ efectos de loe tar~•. qnedaa.do dicho '8rreno oomprendldo entrf' loe 11noto1 al·
rtfcnlo■ '17 y 1079 de.l Ol'ldll'o d.., Prooeifüol•ntr,a otvllee
Dnctor. A.r?f\YO, 1!1170 19 tle 1909 L'c . B. BlD.oJoea,-A-1,l!oca- sa.iep;:íteudo de un ouuto denomlnsdo "O'l~•a de la lodla'' 11e
alcn•le linea maroadacon nna oercade alambre qaedl•lde loa
eadlo. )l. Goodles.-A-L. Dnane Btmo■•
'6tl

~g\1

Prepara.de, por el DR. J . C.AYEB y CI..A..,
Lowell, Masa., E. u . de A.

en e1 670 del

•ª S:

~e4·

(No contiene

"'º

Lic. J. Garc!A 0uaJardo, SecretArlo·~RGbrlces.

Lo qu11 88 p11bltoa en esta forma de acuerdo con lo
dlApaeeto fin el auto Inserto.
Monterrey 29 de Mano de 1909-Llo. J. Ga'Nlfll,

Guajordo,

'

424344 \7Q

�</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 45, Junio 4</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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