<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="8340" public="1" featured="1" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items/show/8340?output=omeka-xml" accessDate="2026-07-26T00:43:49-05:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="6678">
      <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/177/8340/Periodico_Oficial_NL._1909._Tomo_44_No._49._Junio._0002010566ocr.pdf</src>
      <authentication>a89f8d67ab816bdb4125f6390396a915</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="56">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="229022">
                  <text>Monterrey, Viernes 18 de .Junio de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 49.

Periódico 0ficial
DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO D! NUEVOHL!ON.

Las leyes, los decretos y demas disposiciones superioras, obli[an por el solo hecho de ser publicadas en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CEN·
TAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

CONDICIONES, -Este peri6dico se publica los Mártes Y
Viérnes de C'.ada semana. -Vale la subscripción CINCUENTA
CENTA VOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pae-o debe hacerse adelantado.

Jui~cas

DB TURNO

En la pr6xima semana.
jº

de lo Criminal,

Lrc. EsTEBA~ E. GuAJARDQ.
2? de lo Ci'°il.

Lic.

recibirán vestuario, alimentos, libros y larma á que quieran dedicarse al ingrelas atenciones médicas que fueren ne&lt;;e- sar á la Escuela.
sarias; pero al ingresar deberán llevar
Terminada la práctica, los Aspirantes
ropa interior y útiles de aseo; harán sus recibirán despachos de Subtenientes; b
estudios teóricos en tres semestres, y Escuela los dotará por su cuenta de un
aprobados en ellos, pasarán por un mes equipo completo de Oficial, y teJldre.
á practicar el servicio de filas en un Cuer- obligación de servir cinco años en el
po de Infantería 6 Caballería, según el Ejército.

ROQUE DE LUNA.

IX.FffR~IAC.10~ OFICIAL.
Presidencia Municipal.-Monterrey, Nuevo Le6n.-México.

CUADRO S('gttn el eztal se verificarán los pró.1:imos t.d1mexes de las Escudas 0.fi-

Dcpartamento de Estado Mayor. tia/es de ,ste ilnmicipio.
Mayo 28 Kindergarten.
Junio 2. y z! Escuelas Modelos, de Niños y Niñas.
Número 1 de 1~ para niñas.
,,
,,
4
niños.
,,
,,
,,
a ,,
"
nifios.
,,
,, 2 ·
,,
,,
"2 ,, 1ª ,, niñas.
Q
,,
,,
,,
,, niños.
,, ,,
,,
,,
,,
"
2~
niñas.
1 ,,
,,
y ,,
''
'',,
I~
niñas.
.,
,,
3 ,,
7
',
,, ,, ,, ,, niños.
,,
,,
niños.
"
2 ,, 2ª ,,
y ,,
,
niñas.
",,
., 1 4 ,, 1 ª
i
,,
1ª
niños.
,, 4
,,
"
,,
2 ,, 2 ,, nifios.
y ,,
,,"
,, 3 ,, 2 ,, niñas.
,,
,,
9
,,
,,
4 ,, 2·a ', niños.
y
,,
lo
11
3 ,, 2 ,, nifías.

e o N V o e A 'l' o R I A.

•

Estando prevenido por el Artículo 40.
del Reglamento provisional para la Escuela Militar de Aspirantes, que los jóvenes que deseen ingresar á ella harán la
solicitud correspondiente en los plazos
comprendidos del 1 ° . de Mayo al 15 de
Junio y del 10. de Noviembre al 15 de
Diciembre de cada año, por la presente
se les convoca para que en el próximo
periodo de admisión, hagan su ocurso
dirigido á esta Secretaría, · escrito de su
puño y letra y acompañando los siguientes documentos que son indispensables
para el ingreso:
Un certificado del Registro Civil para
acreditar que la edad no es menor de I 7
'años ni mayor de 22.
Un certificado médico que compruebe
la buena salud y vacuna del interesado.
Un certificado de Escuela Oficial, ó
particular, donde se observe la Ley de la
materia, en que conste que el recurrente
ha terminado la Instrucción "Primaria
Superior..,
Y por último, un certificado subscrito
por dos personas abonadas, que acrediten la buena conducta. Si el Solicitante
fuere menor de edad, deberá firmar al
calce de la solicitud el padre ó tutor, expresando su consentimiento.
Deberá tenerse entendido que los tres
últimos certificados (médico, de Instrucción, y conducta,) se remitirán por los
solicitantes teniendo al márgen la estampilla de Ley correspondiente, de $0.50
cincuenta centavos; sin cuyos requisitos
no serán admitidos y se devolverán á los
peticionarios.
Los jóvenes que ingresen como Aspirantes vivirán en la Escuela, en la cual

)1

)1

,,

•

)

)1

,,

",,

,,
,,"
,,

,,
,,
,,
,,
,,

II

12

14
1¡
16
11
18

19
21

,,

,.

l

,,

,.

2

,, 3" clase.

y 3 de 3ª clase.
Academias Números 1 y 2 para adultos.
Escuelas de la penitenciaría, Topo Chico.
y Academia de Dibujo para Obreros.
Escuelas de Gonzalitos y los Urdiales.
,, San Ger6nimo y de El Anc6n.
,,
, Labores Nuevas, nifios y niñas,
,,
1
,, Piedra Parada y Tijerinas.
,,
,,
., La E~tanzuela y Lo~ Cristales.
Escuela del Mineral de san Pedro.

NOTAS.
' re!- Los exámenes de las Escuela~ de 1~ y 2~ clase se verificar~n de
8. á II, 30 a.m. y de 3 á 6. p. m.
2~ Los de las Escuelas de 3~ clase de la ciudad se harán en la mañana de 8. á
n. 30 a.m.
3l!- Los de las Academias de Adultos, de 5 á 7 p. ro.
4~ ~s exámenes ?e las E--~ue~as de Topo Chico para niñas, de San Jer6nimo,
1
Los Urdiales,
Los Cnstales, T1Jer1nas y L'abores Nuevas, de niños ' se verificarán
en 1a manana.
Los de las Eecuelas de Topo Chico para niños, Gonzalitos, Piedra Parada, La Estanznela, Labores Nuevas para niñas y El Ancón, se verificarán en la tarde.
Mo~terrey, 12 de Mayo de 1909.-El Inspector .-Fortunato Lozano.Rúbrica.
Es tanto.
~onterrey, 17 de Mayo de 1909,-P. C. .A1artinez.-B. Ramfrez Angui'ano, Secretario.

•

�PERIODICO OFICIAL.
LA COMISION NACIONAL DEL CENTENA. Barroso, Serapi6n Fernández, Romualdo Pas- ción de pena que hace el reo de homicidio,
quel,. Hernando Pimeniel y FagiÍnga, Eugenio José Gutierrez.-Al C. Diputado Martí •
RIO DE LA INDEPENDENCIA
Rasr·ón, Rafflel Rebollm·, Carlos Rivas, Por.Ji·
Al Pueblo Mexicano.
rio Parra, Vocales.-José Oasarfn, Secretario. nez para que dictamine.
Expedi~ntes electorales de Diputa~os
á
la
Legislatura del Estado, de las M uniPróxima ya la fecha del 15 de Septiembre de
cipalidades de Cadereita Jiménez, Ciéne·
1910, en que se cumplirán cien aüos de hl\ber•e proclamado la in,lependeucia de la N,ción
I(ª de Flores, Juárez, San Nicolas de los
Mexicaua, aute seU1ejuutt, espectativa. no podfa
Garzas, Mina, Agualel(uas,Vallecillo, Dr.
permanecer _indiferente un gobierno que, ~omo
Diputación Permanente.
González,
Linares, Apodaca, Zarago?.a,
el que hoy rige nuestros destinos, ha sabido levantar tan &gt;:ito l?s prestigios de la República. del XXXIV Congreso Constitucio- Arramberrl, Cerralvo y Rayones.-ResérPor tal motivo sm duda, el esclarecido patricio
vense para darse cuenta con ellos en su
nal del Estado .
y sahio gobernante que es hoy el Supremo Maoportunidad
~is~rad_o de México, dictó, con la oportuna anNo habiendo otro asunto de que tratar,
tl('1pamón que el caso requiere, el acuerdo en- SESION DEL D!A 16 DE Ju.&gt;no DE r909.
se
levantó la sesión, á la que concurrie
caminado á organizar los trabajos preparatoPrest"dencia del C. Lic. C. Madrigal.
ron los CC. Diputados: Madrigal, Marl'ios &lt;le la solemllldad y fiestas con que debe celebrarse tan fausto aniversario· y al efocto detínez y Lartigue.-C. Madrigal, Diputasignó á un grupo de ciudadano~ de buena' voLa Legislatura del Estado de Chiapas, do Presidente.-Aurelio Lartigue, Dipul~ntad y ama_ntes de su patria para que, cons- participa que el día 3r del pasado, clausu- tado Secrerario.
titmdos en ¡unta con el nombre de Comisióu r6 su segundo y último período de sesioEs coqia.~Monterrey, Junio 16 de r909.
N,acional del_ Centen~rio de la Independencia, nes ordinarias.-De enterado.
Rafael del Castülo, Oficial Mayor.
,le la convemente umdad y dirección á cuantas
L L ·¡
d ¡E
labores se emprendan con el indicado propósia eg1 atura e stado de Gutrrero,
to, por todos los ámbitos de la República.
participa que el 3r del pasado clausuró su
Una de las primeras resoluciones de Ja Comí- primer período de sesiones ordinarias coCRONICA ELECTORAL.
sión Nacional, ha sido dirigirse á todos sus con- rrespondiente al primer año de su instalaciudadanos, excitando su patriotismo é invitán- ción.-De enterado.
dolos á cooperar á las grandiosas fiestas con
L L · ¡
d ¡ E
que ha &lt;le solc,mnizarse el centésimo aniversaa eg1s atura e
stado de Tabasco
Lampazos.
rlo del memorable grito de Dolores.
c&lt;lmunic¡¡, qne el 3 I del pasado clausuró
Toca en suerte á la actual generación vivir su cuarto y último período de sesiones orMesa Electoral de la r ~ S€cción de esta
en~¡ primer_ani~ersario secular de aquel a•·on- dinarias.-De enterado.
·
Municipalidad.-Resumen del número de
~mmrnnto histónco, que marcó la inquebraJJLa Legislatura del Estado de rlichoa- votos que obtuvieron para Diputados al
~a~le resolu~ión de la Nueva España de hacer- ,
· ·
1
se rndepend1ente de la antigua Metrópoli, de can part1c1pa, que e 3r del pasado clau- H. Congreso del Estado, los ciudadanos
ser gobernada por sus propios hijos y de cons- suró el segundo período de sesiones ordi- siguientes:
bltuírse en Nación libre y árbitra de sus desti- nacias, cerrespondiente al primer año de
Para Diputado propietarfo, Arnulfo
nos. La obra de emancipación iniciada con su instalación.-De enterado,
Botello, con 58 votos.
g_rai:ide ailanto, arrojo Y osadía; proseguida con
La LegislatuJa del Estado de Veracruz
Para Diputado suplente Pablo de 108
81D igual _valor y genio militar, Y consumada pide un eJ·emplar de ca a una de las Le'
con espíritu de concilación y de concordia por
Santos, con il(ual número 'de votos.
aquella falange de patriotas que tuvo por solio yes orgánicas que rigen sobre administraLampazos, Junio 6 de r909.-Presidende su grandeza el cadalso, reclama que sea ce- ción interior del Estado y de los Munici- te, Federico Allen¡ rer. Escrutador Lálebrado sn recnerdo con excepcional entusias pios.-Remítanse dichas· leyes.
mo, ya que excepcional fué también ese couEl C. Gobernador interino del Estado zaro V_illarrea~ Barrera¡ 2 ° , Escrutador,
Anton10 Gonzalez¡ rer. Secretario Pablo
j~uto de úrduos trabajos, de inmensos sacrifi- d
¡
,
ºS
.
,
mos ;¡' de mquebrantables resoluciones que de- e ma na, comunica que el día cinco de Rd
, riguez¡
2 . ecretar10, Ezequiel Fnmstjl_rmrnaron, al fin, la separación entre esta por- actual falleció el señor General don Fran- t~. - Al Redactor del Periódico Oficial dei
clón del Nuevo Mundo y el Viejo Continente. cisco Oañedo, Gobernador Constiitucional bstac!o.-'Monterrey.
Si aüo por afio conmemoran los ciudadanos de_ dicho Estado.-De enteradc, con senti
•:le la República, patrióticamente unidos á los miento.
Poderes Públicos, la fecha de ese aniversario
El C. Presidente del Supremo TribuMesa_ ~'ec~oral de la ra. Sección de esglorwso, con mucho mayor motivo deberá ser
¡d J ·· d
ta M un·c1pahdad.- Resumen del n6mero
oel_el\rada su secular conmemorac,·ón con toclo na_ e ust1~1a el Estado de Oaxaca par d
t
b .
vo C
os que o tuvieron para Diputados
el 1m~ulso de nuestro civismo y toda la magni- t ic1pa, que el dos de I actua I, f alleció en a- ¡e H
lficenma de un pueblo libre.
quella capital, el señor Lic. don Pablo Pan- ª. : ongreso je! Estado, los tiudadanea
· M"lllls
· t ro F"1sca¡ d el propio Tribunal. stgmcntes:
No se trata, no, de las ideas de una parci,i- to¡a,
p
D'
tlida~ política, ni de sucesos que despierten me- -De enterado con sentimiento.
ara iputado propietario, Arnulfo Bemori_as luctuosas paraalgnnos de nuestros comSe puso á disc_u~lón el dictamen que re- tel10, con 183 votos,
;patriotas, m que recuerden disensiones entre cayó sobre la sobc1tud de conmutac1·6n de
Para Dip~tado suplente, Pablo de los
hermanos; sino de la solemnid·A del común
Santos con 1 ¡ ú
d
"'-' mexicana pena que h ace e¡ reo J ose, M aria Ortíz
hogar, de la fiesta de la gran familia
El R, f •guaJ n i mero e votos ·
Hoy que la República no atraviesa por nin: el cu~! termina con el siguiente acuerdol
e ugio, un 6 de r909.-'Presl.guno de aquellos amagos períodos con que más -U meo. -No se concede al sentenciado dente, Elizondo Ramírez¡ Ier. Escrnta·&lt;le ?ºª vez fué probada durante la pasada cen- por homicidio frustrado, allanamiento de dor, A. M. Araujo¡ 2 o. Escrutador Juan
~nrn,_; hoy qu~ nada surge que pueda causarnos
d
•
J ,
Ze rtuche Z.; r_ er. Secretario, Lorenz~ Leal·,
iillqu1e_tudes n_1 zozobrºº,· que la paz pu'bli·ca mor~ a Y 1es1ones, ose María Ortíz. la 0 S
t
D
··
2 d• tecredano,
Chavarría.-Al
-dónmaprec1abledelospueblos-searraigacagracia de conmutac1-6 n que solicita -Sin
R
¡ p .emetrio
d.
da dí
,. _en nuestro s?elo; que el trabajo d1scus
·
16 n f u é apro b ado en lo general· y en d e acMor e
er1 6 leo Ofic1'al d eJ E IJ ta •
, a mns
"!l'ricola, mmero, rndustr1a! y mercantil ere. lo particular.
o.-, onterrey.
oientemente prosperan, difundiendo el bienesSe puso á discucición un dictamen re·
tar
~as~a losque_cuantiosos
más remotos capitales
confines de
nuestro
~Ject_oral
tc~r,torio;
afluyen
al ferente á la solicitud de conmutaci·ón de t Mesa_
M
¡ d d de la 2a. Sección de es"-nISD?-º; 4?~ se rnaugurao grandes vías in tero- pena presentad~ por el reo Marcelino Tre- a r unicipa 1 a -,:Resumen del número
oeáu,cas e rnternacionales; que se multiplican ¡o, el cual térmma con el siguiente acuer- de votos que obtuvieron para Diputados
los establecimientos de enseñanza; que el ciu- do: .
al H._ Co_ngreso del Estado, los ciudadadadano ~oza de las libertades civiles; que nuesUn1~o.-No se concede la gracia de con. nos sigu1~ntes:
tro Gob10rno
es respetado
su social
cré'litopor
en su
el dm_utac16n
e_n pecuniaria al reo de hom1·c1·· t 11Para Diputado propietario, Arnulfo B0mundo
financiero,
y en el por
orden
M
honrada labor de progreso; hoy, en fin, que lo- 10 arcehno Treja, de la parte de pena e o, con ~7 votos.
gramos tal suma de inapreciables bienes, roer- que le falta extinguir, de la de seis 8 ños
Para D1p_utado suplente, Pablo de los
ce~ á una acertada administración pública, á que le fué impuesta por el delito citado_ Santos, con igual n6mero de votos.
quien secunda E&gt;l buen sentido del pueblo y Sin discusición fué aprobado ea lo ge~e
Lampazo~, Junio 6 de !
.-Presi· _
909
que para nuestro país todo es lisonjero, mdti- ¡
· l
dente N
G
vos hay d_e sobra para esperar que todas las ra y part1cu ar.
, .
.
, ª;ctso arza; rer. Escrutador, Jeoldses sociales estén prontas y dispuestas á 10•
Igualmente se puso a dtscución el die- sÍls Ga~cia¡ 2
Escrutador, Febronio
mar pa~·te en los regoeijos con que ha de ser tamen referente á la contLutación de pena Cgavarna; r~r. Sec:etario, Odón Sánchez·
.eo!Lemmza~~ el gran auiversario.
que solicitó el reo Alberto Ga!v'
¡
¡ 2 • Secretario, Félix Valdéz.-AJ R d .
a Com1s1ón Nacional invita pues á tocl t
·
¡
· •
an, e cua tor del Periódico Oficial del Estadeo~
'i~hijos de México para q~e• solid~riamen~! erm:na con as siguientes proposiciones: Monterrey.
. '"Ulldos por el ánreo vinculo de la verdadera Ji. . Pnmera.-Se ~oacede al reo de homici~rtad,_ presten su activo concurso en la gran d_10 Alberto Galvan, la gracia de conmutasolemmdad de !~ patria.
c16a de pena que solicita.
teMEfICAN1~~0quebe!_mundo civiliza&lt;:lo nos conSegundo.- El agraciado enterará en ¡
Mesa_ ~lec~oral de la 3a. Sección de esmp e en
, co 1Jados ba¡o el hermoso pa- Recaudación d R t
d 1
a ta Mumc1palidad.-Resumen
del 011
~bailón tricolor, celebrando Ja fundación de
.
e eu as e Estado, en
'41uestros lares, ele aquellos amados lares cue esta ciudad, lo que corresponda á razón de votos que obtuvieron para Dipu:::~:
()Stenta1;1 el águila ci:ua_al_por síD?-bolo y escudo, de tres prsos J;&gt;0r ~ada mes, de la pena a} H_. Congreso del Estado, los ciudadanos
s1gmentes:
,_ que tienen por prmc1p10 y divisa: libertad que le falta extmgu1r.
,paz y ~rabajo.
.
'
Sin discusición fué apr~bado este dictaPara Diputado propietario, Arnulfo Botello, con Sr votos.
Méx1co, 20 de Jumo de 1907.-Guillermo de men en lo general y partic ¡
Landa Y Escanifón, Presídente.-Francisco D.
Se presentó Ja 1·0 t
• u ªar.
Para Dip~tado suplente, Pablo de lo..
s anc1a e conmuta,
Santos,.con igual número de votos,.

PERIODICO OFICIAL.
Lamp¡izo~, Junio 6 de r909.-Presiden
te, José Alvarado; rer. Escrutador, Refugio Iruegas· 2 °. Escrutador. Ttófilo
Gómez; 1er. Secretario, Ignacio Taméz;
2
Secretario, Antonio Gómez.-AI Re1:lactor del Periódico Oficial del Estado.Monterrey.

PODER LEGISLATIVO.

•

°.

Mesa Electoral de la ra. Sección de esta Municipalidad.-Resumen del número
de votos que obtuvieron para Diputados al
H. Congreso del Estado, los ciudadanos
siguientes:
Para Diputado propietario, Arnulfo Botello, con 150 votos.
Para Diputado suplente, Pab!o de los
Santos, coa igual número de votos.
Piedra Imán, Junio 6 de 1909.-Presidente, L. F. Rodríguez; rer. Escrutador,
Anastasio Cázares¡ 2 ° . Escrutador, Cecilio Rodríguez¡ 1er. Secretario, J. M. Uribe¡ 2 e . Secretario, Espiridión Martí
nez.-Al Redactor del Periódico Oficiaí
del Estado.-Monterrey.
Mesa Electoral de la ra. Sección de esta
:Municipalidad.-Resumen del númuo de
votos que obtuvieron para Diputados al
H. Congreso del Estado, los ciudadanos
siguientes:
Para Diputado propietario, Arnulfo Botello, con 62 votos.
Para Diputado suplente, Pablo de los
Santos, con igual número de votos.
Hacienda de Horcones, Junio 6 de 1909.
-Pre~idente, Alej~ndro Rndríguez; rer.
Escrutador, Pedro Cruz; 2
Escrutador,
Mauro Rodríguez; rer Secretario, l\Iiguel
González (h); 2
Secretario, Simón Guerrero.-Al Redactor del Periódico Oficial
del Estado.-Monterrey.

°.

s·

°.

,!farín.
Mesa Electoral de la ra. Sección de es
ta Municipalidad.-Resumen del número
de votos que obtuvieron para Diputados
al H. Congreso del Estado, los ciudadanos siguientes:
Para Diputado propietario, Dr. Ramón
E. Treviño, con 81 votos.
Para Diputado suplente, Lic. Lázaro de
la Guza, con igual n6mero de votos.
Marín, Junio 6 de 1909.-Presidente,
Heliodoro Lozano; r er.Escrutador, Manuel González; 2
Escrutador, Jesús M.
Montemayor; rer, Secretario, Ramón Escamilla: 2 ° . Secretario, Luis O. Gonzá- lez.- Al Redact&lt;'r del Periódico Oficial
del Estado.-Monterrey.

°

°,

°.

--

•

Mesa Electoral de la 2a. Sec;;ción de esta Municipalidad.-Resumen del número
de votos que obtuvieron para Diputado,
al H. Congreso del Estado, los ciudadanos siguientes:
Para Diputado propietario, Dr. Ramón
E. Treviño, con ro2 votos.
Para Diputado suplente, Lic. Lázaro de
la Garza, con igual número de votos.
Marfo, Junio 6 de 1909.-Presidente,
Prisciliano Lozano; 1er. Escrntador, Santiago González; 2'? Escrutador, Teófilo Lozano; rer. Secretario, Víctor Treviño.Al Redactor del Periódico Oficial del Es
tado,-1\Ionterrey.
--Mes4 Electoral de la 3~ Sección de esta
Municipalidad.-Resumen del n6mero de
\'Otos que obtuvieron para Diputados al
H. Congreso del Estado, los ciudadanos
siguientes:
Para Di¡.,utado propietario, Dr. Ramón
E. Treviño, con 94 votos.
Para Diputado suplente, Lic. Lázaro de
la Garza, con igual número de votos.
Marín, Junio 6 de 1909.-Presidente,
Jesús González Garza; rer. Escrutador,

3

Modesto Gnfrra; 2º. Escrutador, Apolo-l Para Diputado propietario, Arnulfo Bonio Chapa; 1er. ~ecretario, Ausencio Lo• tel10, con_84 votos.
,ano¡ 2º. Secretario, Celso González.-Al
Para Diputado suplente, Pablo de los
Redactor del Periódico Oficial del Es- Sant_os, con igual n_úmero de votos.
.
tado.-Monterrey.
V1llalda~a: Jumo 6 de 1909.-Prest- - - -·
dentP, Martmiano Amaya; rer. EscrutaMesa Electoral de la 4~ Sección de esta dor, Trinidad Santos; 2'? Escrutado~, MaMunicipalidad.-Res6men del n6mero de riano Santos Treviño; rer. Secretario, Pe•
votos que obtuvieron para Diputados al dro L. Villarreal; 2°. Secretario, José ~a.
H. Ccngreso del Estado, los Fiudadanos Santos Treviño.-Al Redactor del Per16siguientes:
dlco Oficial del Estado.-Monterrey.
Para Diputado propietario, Dr. Ramón
Mesa Electoral de la 2a. Sección de esE. Treviño, con 9 r votos.
Para Diputado suplente, Lic. Lázaro de ta Municipalidad.-Resumen del número
de votos que obtuvieron para Diputados al
la Garza, con igual número de votos.
Marín, Junio 6 de r909.-Presidente, H. Congreso del Estado, los ciudadanos
Adolfo Garza¡ 1er. Escrutador, José Ma. siguientes:
Flores; 2'? Escrutador, Bernabé Guerra;
Para Diputado propietario, Arnulfo Borer. Secretario, FéJi:ir Escamilla; 2º. Secre- tello, con 90 votos.
tario, Cruz Elizondo.-AI C. Redactor del
Para Diputado suplente, Pablo de los
Periódico Oficial.-Monterrey.
Santos, con igual uúmero de votos.
Villaldama, Junio 6 de 1909.-Presidente, Juan A. Ugarte; 1er. Escrutador,
Garza García.
Encarnación Solís¡ 2 O . Escrutador, SeMe~a Electoral de la ra Sección de esta veriano Morales (h); rer. Secretario, F.
Municipalidad.-Resum~n del número de Reyes Valdés; 2
Secretario, Tirso Covotos, que obtuvieron para Diputados al rona.-AI Redactor del Periódico Oficial
H. Congreso del Estado, los ciudadanos del Estado.-'Monterrey.
siguientes.
·
Para Diputados propietarios. Lics. PeMesa Electoral de la 3~ Sección de esta
dro Benítez Leal y C. Madrigal, con 88 Municipalidad.- Resúmen d~I número de
votos cada uno.
votos que ohtuvieron para Diputados al
Para Diputados suplentes, Ing, Manuel H. Congreso del Estado, los ciudadano1t
G. Rivero y Adolfo Zambranc,, con igual siguient- s:
n6mero de votos.
Para Diputado propietario, Aroulfo
Garza García, Junio 6 de r909.-Presi- tello, con 90 votos.
dente, Nfmesio Arizpe, rer. Escrutador,
Para Diputado sup 1 ente, Pablo de kia
0
Juan Sal daña Ayala; 2. Escrutador, Juan Santos, con igual número de Yotos.
García; 1er. Secretatario, Leopoldo ArreoVillaldama, Junio 6 de r909.-Prest-la; 2. 0 Secretario, Pedro V. Verástegui.- dente, Dr. Celso J. Villarreal; rer. EscruAl Redactor del Periódico Oficial del Es- tador, Juan Ugarte; 2 °. Escrutador, Vftado. -Monten e y.
dal Morales 1 er. Secretario, R. Ortegóu;
2
Secretario, Emílio de la Garza.-Al
Mesa Electoral de la 2a. Sección de es- Redactor del Periódico Oficial del Esta·
ta Municipalidad.--Resumen del número do.-Monterrey.
de votos que obtuvieron para D;putados
--del H. Congreso del Estado, los ciudadaMesa Electoral de la 4a. Sección de esnos siguientes:
ta "'dunicipalidad.-Resumen del número
Para Diputados propietarios, Lics. Pe- de votos que obtuvieron para Diputados
dro Benítez Leal y C. Madrigal, con 76 al H. Congreso del Estado, los ciudadanos
votos cada uno.
siguientes:
Para Diputados suplentes, Ing. Manuel
Para Diputado propietario, Arnulfo BoG. Rivero y Adolfo Zambraoo, con igual tel10, con 104 votos.
número de votos,
Para Diputado suplente, Pablo de los
Garza García, J•mio 6 de r9og.-Presi- Santos, con igual número de votos.
dente, Eduardo Bala¡ 1er. Escrutador, Ju.
Vi1laldama, Junio 6 de r909.-Presilián Imperial; 2. 0 Escrutador, Juan Gar- dente, Abe! Cerda¡ 1er. Escrutador, Es~ía; 1er. _Secretai:io, Jos~ Ma. Sánchez; 2
tiiridión Garza; 2
Escrutador, Tomh
becreta~10,_ Rodr1~? Anzpe.-Al Redactor Garza; rer. Secretario, José M. Guerrero;
del Per16d1co Of1c1al del Estado.-Mon- 2 o. Secretario, Manuel Amaya.-Al Reterrey.
dactor del Periódico Oficial del Estado.
-Preseate.
Mesa Electoral de la 3a. Sección de esta Municipalidad.-Resumen del número
de votos que obtuvieron para Diputados
Mesa Electoral de la 5a. Sección de esal H. Congreso del Estado, los ciudadanos ta Municipalidad.-Resumen del número
siguientes:
de votos que obtuvieron para Diputados al
Para Diputados propietarios, Llcs. Pe- H. Congreso del Estado, los ciudadanos
dro Benítez Lea_l y C. Madrigal, con roo siguientes:
.
.
votos cada uno.
Para Diputado prop;etario, Arnulfo BoPara Diputados suplentrs, Ing. Manuel tel10 con 127 votos.
G. Rivero y Adolfo Zambrano, con igual
Para Diputado suplente, Pablo de los
número de votos.
Santos, con igual número de votos.
Garza García, Junio 6 de 1909.-PreHacienda del Potrero, Junio 6 de 1909.
sidente, Desiderio Saldaña; rer. Escruta- -'Presidente, Marcos González· rer. Esnor, Antonio Siller D; 2
Escratador, crutador, Cosme Treviño¡ 2º. E~crutador,
Modesto Treviño; ter. Secretario, Jesús Antonio F. Amaya; rer. Secretario, Pldro
F. Rodríguez¡ 2
Secretario, A. Rodrí- Sepúlveda; 2
Setretario, Julio M. Ma·
guez.--Al Red:ictor del Periódico Oficial tta. -,Al Redactor del Periódico Oficial
del Estado.-Monterrey.
del Estado.-Monterrey.

°.

:r..

°.

°.

°.

°.

°.

°.

Villa/dama.

fuárez.

Mesa electoral r~ Sección de esta Municipalidad.-Resúmen del número de votos que obtuvieron para Diputados al H.
Congreso del Estado, los ciudadanos siguientes:

Mesa Electoral de la ra. Sección de esta Municipalidad.'-Resumen del número
de votos que obtuvieron para Diputados al
H. Congreso del Estado, los ciudadanos
siguientes:

�PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL.

B Para D"putado propietario, Lic. Salomé lío d,l afio próximo pasado el C. Juez 2º. también se atendió al Jesionado.
ote lo, con 56 votos.
de Letras del Ramo Penal contra Benito
Resultando: qne habiéndose procedido
_ Para ~iputado suplente, Platón Trevi. Venegas y María Trinidad Valadéz, ha- contra María Trinidad Valadéz, ésta al
no, con igual número de votos.
biéndose continuado solamente contra Ve- rendir su declaración preparatoria, negó
S Juárez, Ju,nio 6 de 1909.-Presi,lente, negas, soltero de veintidós años de edad, de una manera absoluta la imputación-que
Ganto; Gonzalez; 1er. Escrutador, Ismael albañil y de este origen y vecindad, en se le hacía, manifestando que sólo se ha.
,onzalez; 2º. Escrutador, Ramón Gon- virtud de haberse puesto á la segunda en bía herido Venegas al andar forcejando
zalez; 1e_r. Secr~ta1io, Jo~é Benavides; 2 °. iibertad con las reservas de la ley, en fa con un individuo que lo aprehendió, pues
Secreta_no! Jase_ '.1e Anda.-Al Redactor vor de quien pidió el Representante del aquél aún traía la cuchilla en la mano, y
Periódico Oficial del Estadv.----.,Monte- Mi1;ti?terio Púb 1ico se sobre~eyera, _cuya eu u~ careo que fe practicó entre María
Y·
pet1c1ón la confirmó el C Ministro Fiscal: Fernandez y Venegas, éste convino con
--Vistas las diligencias practicadas durante aquella en que la Señora Valadéz no fué
Mesa Electoral de la 2~ Sección de esta el sumario, lo que alegó el defensor, así quien lo hirió puesto que ni estaba en la
M~nicipalidbad.--:-Resumen del ntímero de como la sentencia pronunciada el veinti- casa cuando se desarrollaron los hechos
vo os que o tuvieron para Diputados al séis de Septiembre último por el referido
·
~- C::ongreso del Estado, los ciudadanos L&lt;J'rado quien teniendo á Benito Venegas,
Resulta n ¡que en segun.da _in st ancia
sigmente~.
como autor del delito de lesiones, lo con- el ~e~ensor . e prúcesado nu d_ió _prueba
Para Diputado propietario, Lic. Salomé denó á sufrir nueve meses veinte días de P:r!c1al cons1st~nte eo t:na ampliación qne
Botdlo, c?n 67 votos.
arresto á contar de la fecha de su prisión h1c1eron los F~cultativos del_ Hospital
Para !)iputado suplente, Platón Trevi- preventiva y mandó amonéstarlo para que ~onzález á s~ . dictamen relativo á la le'fio, c?n igual número de votos,
no reincitla, dejando á la parte of~ndida s16n que rec1b1ó ~arfa Fernánd:z en el'
J~arez, Jun!~ 6 de 1909.-Presidente, sus dere~hos civiles á salvo: Visto el die- brazo dt;e';ho. Dichos Facultativos en
_Luc1_an~ Trevmo; 1er. Escrutador, D~vid tamen del C. Ministro Fiscal y lo que la esa amphac~6n expre~aron_ que por la n«1,eal, 2 • Esc~u tado~, Tiburcio Gonzalez; defensa alegó en segunda instancia: Vis tural~za m1sm11-_ de la lesión quedó á la
·Itr· Secreta:10, Felipe Garza; 29 Secreta• ta la sentencia dictada el nueve de Diciem- ofendida u1!a impotencia funcional del
r º• .;"-1;11bros10. Garza.-Al Redactor del bre anterior por el c. Magistrado de la °;!lemhr_o lesionado y hasta que desaparei'enod1colOfic1al del Estado.-Mnnterrey. 2~ Sala de este Supremo Tribunal, cuya CIÓ esa i_mpotencia no se )e di? de_ alta en
res·•lución reformando la del inferior con el Hospital, pero que la c1catnzac1ón per•
M M~s~ El_ectoral de la 3ª Sección de esta cluyó con ios puntos siguientos: Pri~ero: fect~ de la herida se efectuó antes de qulnunicipahdad.~Resumen del número de Se declara que Benito Venegas es 1espon- ce dias.
que obtuvieron para Diputados al sable como autor del delito de lesiones caConsiderando: que de autos aparece bien
.,· · . ontgreso del E stado, los ciudadanos lificadas que perpetró en la persona de justificado en los términos del artículo J&lt;•
~ guien es·
Mana
' F ero á n dez, y por tal delito
· se le de1 Cód'igo de Procedimientos
·
Pa D' t d0
.
.
Penales ..,.,.
13
mé B ll tpu ª propietario, Lic. Salo- condena á sufrir la pena de ocho meses de existencia del delito de lesiones que moti·
8
Par~~?· con 4 votos.
arresto mayor que se comenzarán á contar vó esta averiguación según se desprende de
ño con !Put¡doú suple~te, Platón Trevi- desde el nueve de Julio último fecha de las diligencias de fé judicial y dictamen
Sao R~gia 6 d mero. e votos.
su formal pris;ón. Segundo: Se le amo- rendido por los Señores Médicos-legistas
dente, Al~-a~dro J un;f d_e r9o9.-Presl- nesta para que no reincida explicándole las á cerca de las lesiones que sufrieron Ben!·
rio Eulalit Garza· o~za ez, 11:f· Secret~- P.e,nasáque se expone en caso de contra ven- to Venegas y María Fernáudez. IgualRu'iz.- Al Redact~: a~f;et~J1~• Maca~w C!Ott. Ter~er&lt;l: Se dejan á la, ofendida sus mente con la ~ropia confesi6n judicial del
del Estado.-Monterre
en Ico Oficial d~~echos. ª. salv~ por cuanto a la responsa- e_,· crnsad,l Vem¡gas, que por sí sola consy.
b1hdad c1v1l, y ,a causa abierta para conti- t,tuye una prueba completa por reunir los
Mesa Electo l d-.
n_uarla contra el que en lo sucesivo apare requisitos que para ello exige el artículo
ta l\Iuuicipalid:~
4a. Se~c1fn de es- c1ere responsable de la l.e;'ión que sufnó 4r5 del Código citado; sejustificó le~al·
-d,e votos ue ob · . esumen . e número Venegas .. Cuarto: Not1f1quese y dése mente que el mencionado Vene as fué el
f:I. Cong(Pso de~u'it~º~ 0Pªt Di~utados al cuenta: Visto el recurso de súplica intel"- autor ile la lesión que sufrió la F!roándei
.!!,lguientes·
• s ª , os cmdadanos pues_t~ por el patrono del reo, el auto de cuya lesión debq tenerse como callficadi
Para
utado
.
.
.
ª?m 1s16n,, Y lo que en esta ~ercera instan- por que al inferirla aquél obró con venta·mé Botelll con p;~r;:tano, Lic. Salo- c1a expusier~n las partes: Viste 1~ citación ¡a, ~uesto que estaba armado é inerme la
Para Diputado45suplen·t PI tó T
. p~ra sQntentj y ~nanto más deb16 y con- vfctl°;!a, y además es de suponerse que era
•ño-. con ¡ ual número d e,
a n re'V1- vino tener
a vista.
supenor en fuerza física por razón de su
Santa lna J r 6 de votos. p ·a
.
;R_esultando: que con anteriorida·i á la sei:o; artículos 49 2 r y IV y SlZ del Códii
t,:; p bl 0 d , 1u
e 1 909,- res! en- lD!CIBclón de esta causa, vivían &amp;n ama- go Penal.
.
• •
r .ª.
e a arza; 1er. Escrutador, siato Benito Venegas y María Fernández
C
·
!Qionisio Morales; 2º. Escrutador, Juan hasta qne ésta, según ella misma lo ei::
onsi?er~o d o_: que co~o la lesión de
de I_a ~arza; rer. ~ecretario,, José de presa, con motivo de que aqnél no le da- nfere~cia Infenda á Man~ Fernández no
a arza, 2 · Secretario, Zacanas de la ba ni un sólo centavo se separó éndos puso n pudo poner en peligro la vida pu
Redactor del Periódico Oficial para la casa de. su madre María lr1nida~ d dóld hecho de h~ber can~ado upa e~fere sta o.-Monterrey.
Valadéz, en cuya casa se encontraba sola me a q:t du~ó mas de qmnce drns según
-la Fernández, el siete de Julio próximo aparece el dicta~en Y ampliación que i
Mesa. Elec!oral de la 5a. Sección de es· pasado, por la noche, cuando lleg!i V•ne- c~rca de ella rl~dieron ~os Facultativos
ta Mumcipalidad,-:-Resumen del número gas, vastante ebrio, pretendiendo llevárse- ({ae la curaron, ~1 fuere simple se castiga•de votos que obtuvieron para Diputados al 1~ por la fuerza, más como aquella se opu; atente 10.9 dispuestos en los artículos
0
'F!-· Congreso del Estado, los ciudadanos s1era, el citado Venegas con una cuchilla 5 'fº3 frcción II Y 65 del Código Penal
siguiente~:
que portaba le infirió una herida en el c?n. os á once meses de arretao ó dos
Para Diputado propietario, Lic. Salomé braz? dere~ho, de la que dió fé el Juzgado ~leciocbo meses de pri_si~n ú ~bras públiBotello, c?n 96 votos.
y fue clasificada por los Facultativos del as, qu~dando al arbltno 1udlc1al imponer
Para Dip~tado rnplente, Pablo de los Hosp!tal González, donde se atendió á la cualqmera de, las_ dos penas y en uno 6.
Santos_, con igual número de votos.
ofendida, como de las que no ponen ni ~tro caso, el termrno que se estime justo
Loblt~, _6 de Junio de 1909.-Presiden- pueden poner en peligro la vida habiendo entrofi_de los extremos que respectivamen,
te, D!onmo Garza; rer. Escrutador, Luis curado después de quince días.
te se Jan, para lo cual preciso tomar en
2
Garz
o· ~scrutador, Macario Moreno;
Resultando: que Benito Yenegas en 5 cuen\a que en favor del inculpado concu1er. _ecretarto, !'ahlo Sánchez; 2 o.
indagatoria confesó clrcunstanciadame u rren as atenuante de primera clase su
cretano?, q-regon_o Garza.-Al Redactor su delito expr~sando haber herido á nstc buen~ coutluc~~ anterior y la confe~ión
del Penod1co Of1clal del Estado.-Mon· amasia por que ésta lo fogurió cuand
{ue c~rcunstanc1adamente hizo de su deli·
terrey.
invitaba para que v~lviera á su compa~í a oh, las1 comod la de tercera de haber andado
d á
ó
a, e r o cuan o delinquió , Y 1e per¡u
. a·1can
Y a em s agreg . que momentos después las
de l~sionai: ~ la Fernández, llegó á la casa side:!~Íó:a~tt·I leá ~aber fa~tado á la con•
l\1a~1a Tr1mdad Valadéz, y le infirió la xo
l
e a
a ofendida por su se-------------!1en?a que él tenía en la región pectoral Es't[d/ d:ela frecuen~la del delito en el
Secretaría de la 3a Sala del Tribunal i~qCieJrd ª· _De esa herida dió fé también se respe~tlv:: d¡' prtme;a Y tercera cla·
Supremc, de Justicia.· Monterrey Nuevo e · au1z rn structor, ~ codo clasificada aplicar al proc en~• pVor O que procede
León.
'
como e as que ord1nanamente ponen en r
.
esa o enegas nna pena
peligro
la
vida,
no
habiéndola
compromet1·
p
od~orc1onlalmente
menor que el término
M onterrey, F ebrero once de mil nove. d
1
•
· me 10 que a que s fi l ¡ l
deutos nueve. Vista en grado de sú lica le~ en c:r.s:::º po~ c1rcun~tanci~s especia- &lt;lose aquella en u~/ a a ey, aumentánla presente causa que por el delito
le, se cfesprend:~pa::
1u1nce dias, según duraci6n, atendiendo ~re;;ª parte de sn
&amp;iones comenzó á instruír en siete de Ju· los Médicos del
r~ldlt pdr dijo, el delito es calificado· ~r~f~f ya
onza ez on e 37, 40 fracciones I y IV 4l fracció:s 1~545

~:!

clr

-itºc

r:

°

G

~Jª

ni

aº

fo~

fre·-11

i

8;

s~

t

SECCION JUDICIAL

de

t
Hos;it:rét

s:

fr,icdón II, 47 fracción XII, no y 515
del citado Código Penal.
Considerando: que en toda sentencia
condenatoria se prevendrá que se amoneste al reo para que no reincida, advirtién:iole las penas á que se expone; se le abonarán los sufrimientos que haya tenido
durante la tramitación del proceso y que
la responsabilidad civil no puede declararse sino á instancia de parte legítima; artículos 182, 208 y 287 del repetido Código.
Po~ lo expuesto, con apoyo además en
los articulas 5 1 ro, 32, -49, 88, 225, 487 y
.496 del mismo Ordenamiento y de acuer·
do con el parecer del C. Ministro Fiscal,
confirmándose en todas sus partes la sentencia referida de que se ha hecho mérito,
se resuelve: Primero. Se condena á Benito Venegas como autor del delito de les;o,
nes calificadas referido, á sufrir la pena
de ocho meses tk arresto mayor que se contarán desde el dfa nueve de Julio próximo
pasado en que se le declaró formalmente
preso: Segundo. Amonéstescle para qne
no reincida. Tercero: Se dejan fl la ofen•
dida Marfa Fernández sus derechos á salvo en cuanto {i la responsabilidad civil y
la present" causa abierta para contlnua~la
&lt;!ontra el qne en lo sucesivo apare~iere responsable de la lesión que sufrió el procesado: Cuarto. Notifíquese y si dentro del
plazo legal no se interpusiere recurso, ex
-pídanse los testimonios poniendo al reo
Benito Venegas á disposición del Ejecutivo del Estado en la Penitenciaría dd mismo y devuélvase la causa al Juzgado de
su origen para los efectos legales· Así,
difinitivamente juzgando, lo resolvió y fir.
mó el C. Lle. Viviano V. Villarreal, Magistrado de la 3~ Sala: doy fé Lle, V. V.
Villarreal.-L. E. Aldape Srio. Rúbricas.

sión. Vistos los alegatos presentados por dra1,a 1 en la misma calle, en la noche del
la defen~a en la misma instancia y la sen- suceso como entre ocho y nueve oyeron
tencia dictada por el C. Magistrado de la un disparo hacia el Sar habiendo llegado
2~ Sala de este Tribunal de Justicia, la poco después á ese tendajo, Alanzo Gueque reformó la del inferior en los tértni- rra, quien después de tallar uoa cuchilla
nos siguientes.-Primero: Se condena al en el suelo al entrar dijo: me acaban de
encausado Alonso Guerra como responsa errar un ti_ro, lo oyeron'? á lo que ellos
ble del delito de homicidio en riña por el contestaron afirmativamente: que Guerra
agredido siendo reincidente, á sufrir la llegó cansado como si flfera corriendo y
pena de ~iete años cuatro meses de obras después de tomar una copa de mezcal se
públicas que se ~mpezarán á contar desde retiró de allí, agregando Garza que cuan.
el día once de Junio tíltimo, en que se le do la policía ocurrió al lugar de los hederlaró bien preso, impuesta tal pena con chas, cerca del cadáver de Celedonio Cercalidad de retención por una cuarta parte da se encontró una pisto lo desarmada con,
más de su duración en el caso de la ley.,- teniendo dos cartuchos, uno lleno y el
Segundo Se, le amonesta para que no otro recl~ntemen~ dis_JJarado, de cuya cirreincida haciendosele ver las penas á que cunstanc1as también 016 fe el Juzgado.
se expone en c,iso decontravención.-Ter,
Resultando: que los facultativos del
cero. Se dejan á los deudos del occ!so sus Hosp!t11l González después de practicar la
derechos á salvo en cuanto•á la responsa- autopsía del cadáver de Celedonio Cerda,
bilidad ci vil.-Cuarto. Notifiquese y dése dictaminaron en el sentido de que las Jecuenta. Visto el recurso de súplica in- siones antes descritas ocacionaron una heterpuesto por la defensa, el auto de adml- mo1;rag!a. interna, prin,c!palmente de la
sión, lo expuesto por las partes an~e esta región 1haca, la ~ual fue la causa de la
Sala y la citación para sentencia, con muerte del mencionado Cerda: qne postecuanto mfis debió verse y convino tener riormente fué aprehencido el encausado
presente· y
Alanzo Guerra, quien al recibírsele su deResultando: que en la fecha de inicia- claración preparatoria confesó circunstanci6n del proceso como á las nueve de la cialmente su delito en los términos si,
noche, habiendo recibido aviso el C. Juez gnientes: que la noche del suceso salió de
29 de Letras del Ramo Penal en ~sta Ciu- su casa tomando la_ cal!e Gral._ Arista hadad, de que por la calle Gral. Ansta fren- cla el centro, pues iba a un baile que hate al Núm. 60 se encontraba un hombre bía en la calle de Galeana, viendo ya para
muerto, mand6 levantar la presente ave llegar al tendajo "El Báltico'', que un inr iguación, constituyéndose desde luego en dividuo, Celedonio Cerda, con pistola en
el lugar indicado para dar fe del cadáver mano estaba alegando con otros descono•
de Celedonio Cerda, el cual presentaba cldos y al acercarse más al verlo el de la
tr&lt;!s lesiones hechas al parecer por instru- pistola le dijó "á tí también" tirándole un
mento punzo cortante, situadas: una en la golpe con la pistóla que portaba, el que
pared latero-izquierda del t6rax, sobre la pudo esquivar Guerra, pero como aquel
línea axilar; otra en el hipocondrio izquier- seguía encima disparando la referida pis•
do y la tercera en el mismo lado al nivel tola viéndose en esa situación sacó una
Secretaría de la 1
Sala rlel Tribunal de la cresta ilíaca; ordenándose en el acto cuchilla que traía y con ella tiró varios
Supremo de Justicia, -Monterrey, Nuevo la remisión del cadáver al Hospital Gon golpes á Cerda sin saber cuantas heridas
León.
záh,z, para su reconocimiento y autopsía. le causara; y
Monterrey, veintiocho de Abril de mil En sE&lt;guida se procedió al txámen del Sr,
Considerando: que con la fe judicial del
.novecientos ocho. -Vista en grado. de sú- Ignacio Fernández, dueño del comercio cadáver y de las lesiones que presentaba,
plica la presente causa comenzada ~ !ns- "El Báltico," situado en la calle citada, con el d!ctámen rendido por los facultatitruir de oficio el día diecisiete de Mayo de hab,endo expresado dicho se!ior que esa vos del Hospital Gonzálea que practica.
mil novecientos siete. por el C. Juez 2'? misma noche habían estado en su comer- ron la autopsía respectiva, con la copia
-de Letras del Ramo Penal de la
frac- cío referido, Celedonio Cerda, Cr1s6stomo certificada de la acta de defunción que
-dón Judicial del Estado, contra Alanzo Cantú y otios tres desconocidos tomando obra en autos, y esencialmente con la proGuerra y Cris6stomo Cantú, por el delito unas copas de vino; que Cerda dlrigléndo- pis confesión judicial del procesado Alonde homicidin, siendo el primero; casado se {i Cantó dijo: "Ud. me llevó una vez á zo Guerra, que está corroborada con las
zapatero, de veintiún afias de edad, y oti~ la cfircel del tendajo ''El Cafión'', á lo demás diligencias del sumario se comproginario y vecino de esta Ciudad, y el se- cual contestó Cantfi, que aunque era cier- b6 plenamente sin dejar lugar {i dudas la
gundo también casado, de cuarenta y tres to que había sido gendarme, como había existencia del delito de homicidio perpe.años de edad, jornalero, originario de la hecho muchas a¡&gt;rehensiones no recorda, trado por el mencionado Guerra en la perVilla de García y de esta vecindad, conti- ba lo que se le preguntaba, y cogiéndo el sana de Celedonio Cerda, artículos 153,
nuándose después el procedimien!o con- mandado que había comprado se salló pa• 415, 416, 419, 420, 423, y 424 del C6digo
tra Guerra, por haberse puesto en liber- ra la calle seguido por Cerda, quien ya de Procedimientos Penales.
tad con las reservas de la ley, á Cantú, traía la pistola en la mano, pero los des,
Considerando: que aunque el defensor
en favor de quien se sobreseyó po~terior- conocidos se interpusieron, diciéndole que del procesado Guerra alega en favor de
mente á petición del C. Agente del Mi nis- no se fijara, pudiendo entonces retirarse éste la excluyente de haber obrado en deterio Público, en la primera inF-tancia. el expresado Cantú, que pocos momentos fensa legítima de su persona, no se justiVistas las diligencias practicadas durante después habiendo desaparecido todos, se ficó debidamente esa circunstancia, por
el sumario, la requisitoria del Ministerio oyó un disparo de arma de fuego y luego aquel, ni aparece comprobada de autos,
Público, lo alegado por el defensor del supo que una cuadra al Sur había resul- pues antes por el contrario con la propia
proce~ado Guerra y la sentencia dictada tado muerto el expresado Cerda. En los confesión del encausado que expresa que
el tremta de Septiembre último por el mismos términos declHÓ el jóven Herme- ya para llegar al tendajo "El Báltico'' vió
Juez de Letras expresado, quien teniendo negi\tlo Fernández, dependiente de Dn, un individuo pistola en mano alegando
al encausado Alanzo Guerra, como res- Ignacio.
con otros dos y que al acer rarse més se le
ponsable del delito de h omicidio en rifül.
Resultando: que habiéndose aprehendl- echó aquél encima, se jusffica indudable.
por: el agredido, lo condenó á sufrir con do á Cr_isóst0mo Cantú, en su indagatoria mente dada la hora en que eso pasó que el
cahdad ~e retención por una cuarta parte respectiva refirió los hecho s, de acuerdo procesado cuando oy6 alegando á aquellos
más de tlemp/J en su caso, la pena de. cin• con los señores antes expresados, manifes· y pudo ver uno pistola en mano ya iba
co años cuatro meses de obras públicas, tó ser inocente en el delito que se le im- muy cerca del l11gar donde estos estaban
q~e se contarán ?esde el día once de Ju· putaba y agregó que cuando salía á la y no obstante eso se acercó más lo que
n10 del año próximo pasado, en qne se le puerta del Comercio, "El Báltico" con su produce en el ánimo del suscrito un condeclaró bien preso, mandó amonestarlo maudado se acercó Cerda, diciéndole que vencimiento perfecto de que los hechos no.
para que no reincida y dejó á l0s deudos traía una pistola con balitas de acero, la pasaron de la manera que los refiere el
del occiso sus ?~recho_s ~ salv? en cuan_to que le m?stró,_ pero habiéndose interpues- acusado y aún si así pasaran suponiendo
á la respons~b1hdad c1v1I. Vistos el die- to unos md!v1duos desconocidos que lo q11e la agresión de Cerda fuese actual in,
tamen rendido en la segunda instancia acompaiiaban, pudo el declarante 1etirarse minente, violenta y sin derecho, el mismo
por el C. Ministro Fiscal, quien pidió la yéndose en el acto para su casa, sin saber acusado puesto que los vió averiguando y
reforma de la s~ntencia expresada en lo más que pas~ra; que los Sres. Juan apesar de ello se acercó más previó la
cuanto á la dur~c16n de la pena lmpuest~ Garza y Secundtno. Cnrtez declaran que agr?sión y aún pudo evitarla si se devuelque deben ser siete años seis meses de prt- estando en el tendaJo del Sr. Jacinto Pe- ve ó cuando ménos no se acerca á donde

°.

1•

�•

"1

PERIODICO OFICIAL.
6

PERIODIQO OFICIAL.

meato puesto que esa reincidencia no es
la primera; fracción II y parte última del
artículo 207 d-el precitado Código Penal.
Considerando: que en todo ca~o de ro•
bo, si se aplica una ¡::eaa más grave que
la de arresto mayor, se impondrá también
El periódico ilustrado más hermoso
la inhabilitación correspondiente por diez
, .
años para toda clase de honores, empleos y practico sobre asunto_s campestres,
y cargos públicos, y además, naa multa se envía gratís una copia de "La ~aigual á la cuarta parte del valor de lo ro- eienda" á los subscritores del Penóhado sí éste excede de cinc~ resos: artícu- dico Oficial y La Voz de N. León,que
los 150,. 351 Y 352 del Código Penal._ .
lo soliciten. El precio. de la subscrición
Cons1deraado: que las penas de pns16n es d $3 00
ericano por año
ú obras públicas por dos años ó más, se
e
·
oro am
·
entenderán impuestas con calidad de reOpiniones
tención ¡¡or una cuarta parte más de su
.
tiempo, la que se hará efectiva si el reo du,,Lo considero altamente benéfico é
Tante el último tercio de su condena obinstructivo, "
~erva mala conilucta, conforme está esta•
Porfirio Díaz
blecido e1;1 los artículos 70 y 7 I del expre"Tal vez la primera ilustración asado Cód1g0.
, l d l
d "
Considerando: que siempre que se congr1co a e muu o
-deae al acusado se prevendrá en la sen.Aljosuo XIII
te~ci~ que se ~e amoneste para _q~e no
La Hacienda Cº,
P.O.Box 974
retnc1da, aboaandosele los sufnm1en.tos
.que hava tenido durante la instrucción y
Buffalo, N. Y., E. U. A.
&lt;¡ne la responsabilidad civil no puede de___
P.O.Y.V.DN.L
-clararse sino á instancia de parte legítima
t!xceptuándose la restituclón que se hará
Secretaria del Gobierno del Estado
-de oficio siempre que proceda; artículos Libre y Soberano de Nuevo León. -Sec182, 208 y 287 del respectivo Código Penal. ci6n 3~-Gobernaci6n y Guerra.
Por lo expuesto, con apoyo además en Con fecha 7 del presente mes, se registr6
los artículos 5, 10, 32, 49, 88, rn7, II5 y el fierro de herrar que ai margen se di.348 del mismo Ordenamiento y 425 á 427 seña:
y 429 del Código de Procedimientos Pe
\/\ \
De la propiedad del señor
nales, y de acuerdo con el parecer Fiscal,
se confirma la sentencia de primera insMerced Sáachez vecino de
tancia de que al principio se hizo mérito
Galeana.
y se resuelve:
Monterrey, 11 de Junio de 1909.-El
Primero: Se condena á Miguel Her-nández como autor del delito de robo de Oficial Mayor, Lázaro de la Garza.
que se ha hecho referencia en este proce.
EDICTO.
so, á sufrir con cali iad de retención por
1? de lo Civtl.-1~ tracción Judlclal.-Estado
una cuarta parte más"l'le tiempo en el ca- de.Juzgado
N. León.
A eacrlto presentado ante eate Jug;ldo ¡,or el Sr. Alberto 1.
so de la ley, la pena de seis años, ocho Moral&amp;1
denunciando la testamenta11a &lt;1e Dñ 1. Jo11efa T!jerlna Vda.
ha reca1do un auto que i la letra dice:
meses de obras públicas, y ciento doce días de Morales,
•Mont.errey, Mayo velntloblco de mH noveotentoa nueve-For
preeentado
oon
111 tes\amenlO pOblloo abierto y certlfte&amp;do del Esta•
-de arresto, q•Je se contarán desde el dia
do otvll que ae acoJnpañsn; y de confürmld"d oon el a:rt. 11162 del
veinticinco de Abril del año pr6ximo pa• Oódlgo de Procedimtentoe vtvlle■, radfqaeae ante eate Jn1:ga120 el
juicio testllomentarlo de la Sra. Jos, f• Tij':trlna Vda. de Moral611,
.-eolnaqua fa.S de e1taot11dad; d11•e el aviso que previene el art:. 1'59
,sado, fecha de su prisión preventiva.
de la Ley del Timbre vlgenko-Ó· onblfquue eale auto por trH vecea
en el Per1Mlco Octal del Estado y en •La Voa de
Segundo: Se le condena hmbién á pa- oon11ect1th'a1
Nuevo f..e6o¡• y apareciendo del tee\amento pre11Qnt.&amp;d.o q1u1 loa pre,
gar en la Recaudación de Rentas del Es- 11notoa hereo.eroe Joeé '1 D11nlel lloralea ae hallan anaentee, lgno•
rAndaae 10 r•ra"'-"'ro, otteselem alJ•olo para que C'lmpareu,an &amp; detado en esta ciudad, una 'multa de doce dnotr 1011 derechOfl, pc,r medio e edictos Q119 1116 publloarAu por
tr l!I Yec811 du el Periódico Ollctal del Estado y 11n •Bl EeoecWoo
-pesos cincuenta centavos ó á sufrir en su de la lotl&amp;lUad, f,j&amp;ud,:,se el oo rreepondiente citatorio en la puer a
del Ju•gado de oonformiad oon el ad. M del Código prlmeram11nt.e ol$ad.o. Nottfiqaes9 y la.ego ae proveer&amp; lo má'I que oonvenga.
,defecto veinticinco d!as más de arresto.
Lo deoretó y flrmo el O. Ltc. Macedonio Gil Tr"vHio, Jnes to de LeTercero: Amonéstese al reo para que no tne del Ramo Civil: doy fe -CJo. 11, GU Trevtño,-IJo. Jollfi lnan
Vafüjo, Srfo.-BCbtcu
Lo qo.11119 poblloa en e&amp;ta tonna, de acuerdo oon lo dl1put111to en
reincida advirtiéndole las penas á' que se
el auto inserto.
hará acreedor si contraviniere.
Monterrey, Junto Sde 1909---Lfo. JCHN§ Jnan Val!efo, Secretarlo,
i95CIS1-178
Cuarto: Se le inhabilita por diez alias
EXTRACTO.
para toda clase de honores, empleos y car
Agei:cladela
Secretarla
de Fomento en el Ramo de liUnerla en
gos púb Ji cos.
Oerralvo.
Sret. JesdA Rulz y 'Pilfgual Mercado mayore1 de eda.d y veQuinto: Previo el recibo correspondien- olnoLoa
el primero de Agnale,:nae y el llt'gnndo del Estado de Tti:ua,
eaorUo preeentado &amp; la Oflotna de mi cargo con fecha 19 del acte devuélvanse á la señora Francisca Ve- en
tual, aollcitando una oonoellón minera de ocho pertenenoiaa coampllaotón del tnndo denomtnado t'El Tnque" aollcltl\do por
lázquez los objetos recogidos que fueren elmoprimero
y que se halla en el espinazo que divide loe rlnoonea
Uamadoe
•Los Oorralee- y «El Tanque• en el Potrero de •El Prieto
-de su propiedad.
jnrtedicetón de AgllBlegnaa debiendo localtzar&amp;e dtcbae pert.enenen lln Cll&amp;drad.o de 800J::lKIO metroe tncluatve la cuadra de •El
Sexto: Se dejan á los ofendidos sus de, otaa
Tanque,, que quedar§. eu el cen$rt'; en el ooncept.o de que 1011 aollcibntea e:s.:preaan que el terrea o que sJ&gt;Ucltau contiene m1:1talea rerrurechos á salvo en cuanto á la res¡ oosabi- glnoeo11,
y por no tener ooltnd&amp;llclaa minera.a conocidas la eolioltud,
e11. citanoomo referenol.u: al Orlf'nte el rjo de igoa «El Raoclto•;
lidad civil; y
al Bar el ojo de agu" de Ohupa.\eroa; al Poniente el Ago.aje de El
y al Norte «L'\ Oien.-gaUla• L, sollcltud ■if'l rPgfstró h ijo el
Séptimo: Notifíquese, y si dentro del Tanque
nllmero i70 llevu&amp; por n ombre d.tnpllaclón de • E l Tanque• y pna
meneara. foé nombrado perito el Sr. Olprlano Toeca.no de t ata
término legal no se interpusiere recurso an
vecindad, quien aceptó e-1 oarjl'C".
Lo que se pone Pn conocimteut-o del "Plihllco en Ja forma qu-, lo
de esta sentencia, expídanse los tFstimo· dispone
el • rt. 21 del R,;,glamento d ~ la L~y )l lnen -, A fin de Q'O. "
nios al Superior Gobierno del Estado, po las personas q tte se or ..an oou der~ ho se p resenten A deducirlo el.orante la a1,1batancladó:i del e,:pedtenta en esta Ag3ncla par a lo
nieodo á su dispo si ción en la Pen itencia cual l!le abre un pltzo Impror rogable d e cuatro m eaea contados desde h oy.
ría á Miguel H ernández, hágase la t raes
Oerra.\vo, Mayo vetntloustro de m il n or eclentOll nueve ,,... E . A
de M.O. Bolle GutJérrez.
i 95051
crlpción correspondiente al Juez de la causa y archívese ésta. Así, en defin itiva,
lo resolvió y firmó el C. Lic. Viviano V.
S. A.
Villarreal, Magistrad'&gt; de la 3'!- Sala: doy
fé.-Lic. V. V. Villarreal.-Llc. León E.
CONVOCATORIA.
No habiéndose verificado la A.l!lamblea General ctt&amp;da para el df"'
Aldape, Srio.-Rúbrlcas." •
5 d el pre&amp;ente m es, por f.t.lta de q norum, nnev•me,nt &amp;i&gt; convoel A
Br&amp;R Acc1oni'!taade e9ta Cklm oafita , pa,a qat1 aa sirvan eslstlr
Monterrey, primero de Marzo de mil loa
A la te-f&lt;!rlda A!l&amp;tn blP&amp; el dfa 26 del pt~l!IE'n te A. la11 5 p . m .• IB OU!l.l
logar en la 06.ciua de la Oomp l ñfa Minera «Norias de B9jAn•
novecientos nuevé.-Habiéndose decreta. 8.tenrA
A. (oalle de Moreloe nCm . 74B.) , conforme a lo prevenido en el
Art.
~
del Oódfgo de Oomerclo y bajo la etgaleate:
do desistimi · nto en el n curso de casación
Orden del día.
interpuesto en esta causa, cúmplase con
I BeAOl'Y.er al loe Brea. Acclonlstaa est-An dlapnestoa !\ aportar
el
capltAl
oonventdo.
por
la e::s.:plot4'clón d;,. lf'l t1 orladeroe de petrolo mandado en la parte final de la senten- leo en la lfguna de Tamiabuól,
ohj •lo de la formaolón de eeta c ompafi.ta,
autorlundo
en
tal
o!Leo, al Oonaejo de Admtntatraotón, pa•cia que con fecha seis de Febrero último, raque ge!ltlone en el Mlnll!terlo
de Fomento Ja prórroga del plazo
y el cual fenece el 80 del presente Junto.
se pronunció por esta Sala. Así lo pro- OODcedido
II Ea 0&amp;ao de no anroba.r la propoa[olón anterior decretar la
de la Oomplfi.ta, nombrando a\ efaoto loa 'liquidadores
veyó y firmó el C. Magistrado de la 3a. dleoloc1ón
oorreap&lt;i ndtente■.
Meoterrev.
J'aato 9 de 190i-Por el Oon1ejo de Admón, l!ll SeSala: doy fé.-Lic. Villarreal.-Lic. L. cretarlo. M. Qa1rop.
4M960
.E. Aldape, Srio.-Rúbricas.

NOTIFICACION.
Sr. Aurelio More 1os Zaragoza. •

SECCION DE .A.VISOS.

Secretaría de la 3 ". Sala dtl Tribunal dido se le consignó al Juzgado instructor,
c;taban los al ga~c,rPs, pcr lo que el deliSupremo
de Justicia.-Moaterrey, N. y aq~él ea su indagatoria expre, ó: que las
to de homicidio ea cuestión debe tenerse
León.
dos petaquillas encontradas ea su casa, upor ser lo más favorable que es lo que ded
·1
na la había comprarlo ea seis pesos á la.
be hacerse en caso de duda, como perpe"Monterrey, Febrero seis.: m1 nove- señora Isabel N. y la otra p•rtenecía á su
trado en riña por el agredido y en esa vir- cientos nueve, Vista en rev1s1ón la pr:•
tud castigarse con la pena de seis años de sen te causa que comenzó á instruir de oft• mamá Hermenegilda Chávez cuyo domiprisión ú obras públicas que como término cio con fecha veintidós de Abril del año cilio ignoraba; agregó también Hernánde,;
medio fija el artículo 520 fracción II del próximo pasado el C. Juez 1 o. de Letras que anreriormente había estado preso vade! Ramo Penal de la primera fracción ju- rias veces extinguiendo siempre las conCódigo Penal ·
Considerando: que favorecen al proce- dicial del Estado, contra Miguel Hernán- denas que le fueron impueHas.
Resultando: que aunque se procuró la
sado las atenuantes que citan los artículos dez, casado, de veinticuatro años de edad,
40 fracción IV y 43 fracción III de pri- jornalero, originario de Mateh~ala, San comparecencia de la señora Isabel N., no
mera y cuarta clase respectivamenl't, per- Luis Potosí y vecino de esta capital por el fué posible obtenerse, porque en el domijudicándole la agravante de tercera clase delito de robo. Vistas las diligencias del cilio designado por Hernáadez informaron
de ser frecuente en el Eatado el delito por sumario, la requisitoria del C. Agen~e del que no conocían ni había vivido ahí antes
que se le procesa, articulo 47 fracción XII Ministerio Público, y Jo que en pnmera ninvuna persona de ese nombre.
del Código Penal, por lo que, conforme á instancia alegó el defensor. Vista la senDos peritos que nombró el Juzgado, va•
los artículos 35 á 37, 66 y 220 del mismo tencia que en veintiuno de Septiembre úl- lorizaron por las constancias de autos, en
Código, superaIJdo el valor de aquellas en timo pronunció el referido Juez de Letras, la cantidad de cincuenta pesos los objetos
dos unidades procede aplicar· una pena la que concluye con los siguientes puntos á que esta averiguación se refiere; y del
proporcionalmente menor que el término resolutivos:
informe rendido por la Dirección de la Pemedio señalad o en la ley, pero sin llegar
Primero: Miguel Hernández, es respon- nltenciaría aparece que Miguel Hernánal míaimP, más como de autos consta que sable como autor del delito de robo por el dez ha estado preso antes de ahora, tres
en Marzo del año de mil novecientos sie- cual se le procesa, y se le castiga por tal veces, dos por robo y una por lesiones, y
te, esta misma Sala condenó al encausado delito con la pena de seis año•, ocho meses que la última vez que estuvo por robo,
Alonso Guerra, por el delito de lesiones de obras públicas y ciento doce días de a- cumplió su pena el veintiséis de Septiemimponiéndole una multa de diez pesos rresto á contar desde el día veinticinco de bre de mil novecientos cuatro, la cual fué
además de dieciséis días que estuvo preso, Abril del año en curso, coa cr lidad de re- de tres años de prisión y setenta días de
hay reincidencia puesto que aquel delito tenci6n.
arresto:
por que fué condenado es del mismo géSegundo: Se condena asimismo á MiConsiderando: que con el dicho de lo~
nero que el que se peri;igue en esta causa guel Hernández á pagar en la Recauda- ofendidos é información testimonial rendi-, como para cuando éste se cometió no ha- ción de Rentas del Estado, una multa de da por los mismos, durante la instrucción
bía taanscurrido el tiempo que fija la ley doce pesos dacuenta centavos ó á sufrir se justificó debidamente en los términos
para que la reincidencia deje de ser puai- en su defecto veinticinco días más de a- del artículo 163 del Código de Procedible, debe en tal virtud aamentarse en una rresto.
mientas Penales la existencia del delito de
tercera parte la de que se trata, puesto que
Tercero: Se inhabilita á Miguel Her- robo, Y en cuanto á quién fnere el autor
este delito es más grave que el cometido nández, por diez años para toda clase de de dicho delito, aunque el procesado Heranteriormente, artículos 29, 207 fracción honores, empleos y cargos públicos.
nández niega haberlo cometido, pesan en
III y 274 del Código Penal, expresado.
Cuarto: Amoaéstesele para que no rein- sn contra las vehementes presunciones de
Considerando: que toda pena de prisión cida explicándole las penas á que se ex- haberse ausentado violentamente de esta
ú obras públicas por dos añ ns ó más se en- pone.
dudad dejando abandonada su casa, la de
tenderá siempre impuesta con calidad de
Quinto: Entréguense á la señora Fran- haberse encontrado en su poder los obje,
retención por una cuarta parte más de su cisca Velázquez los objetos de su propie- tos robados y la de tener marcada inclinad oración que ~e hará efectiva en el caso de dad que ea el Juzgado se encuentran; y
ción al robo, si se atiende á las veces que
que el reo observe mala conducta durante
Sexto: Not,fíquese. · Visto el dictamen ha estado preso, cuyas circunstancias induel último tercio de su condena: que en to- del C. Ministro Fiscal, los alegatos que eo cen á tener al procesac'o Hernández como
da sentencia condenatoria se prevendrá segunda instancia presentó el defensor y autor dei robo de referencia, máxime si se
..que se amoneste al reo para que no rein• la citación para sentencia con cuanto más toma en cuenta que aunque Hernández
cicla, advirtiéndole las penas á que se ex- consta de autos.
explicó la manera de cómo habían ido á
pone en caso de contravención y se le aboResultando: que el dos de Septiembre parar en su casa las petaqu IIas, objeto
narán los sufrimientos que haya tenido del año de mil novecientos siete por la no• del delito, esa explicación, aparte de no
durante el proce,o cualquiera que sea el che la señora Francisca Velázquez acom - ser satisfactoria, t!o ha sido debidamente
tiempo que dure, dejándose á la parte ofen- pañada de su esposo y del señor José G. justificada en los términos de la ley, no
dida sus derechoi á salvo ea cuanto á la Agulrre, salió de su casa habitación, sita obstante de que á ello está obligado el reo,
responsabilidad civil, cuando como en esta ea la calle de Dr. Cosa de esta ciudad, pa• artículo 412 del Código de Procedimiencausa no se hubiere gestionado su declara· ra asistir á una fiesta que se daba en la tos citado.
ci6n, articulas 70 1 182, 208 y 287 del re- casa de una de sus amistades, donde perConsiderando: que el robo de que se
petido Código Penal.
manecieron toda la noche volviendo al trata por haberse cometido en casa babiPor lo expuesto, con apnyo además en día siguiente: que al llegar aquéllos á su tada, se castiga, según lo dispuesto en el
los artículos 5, 10, 32, 49 1 88, 516, 517 y casa encontraron que la puerta había sido artículo 366 del Código Penal con dos á
520 del Código Penal y 410 y 41 r del de forzada, pues que el candado con que es- cinco &gt;1ños ele prisión ú obras' pCtblicas á
Procedimientos Penales, se confirma en taba cerrada se hallaba roto y tlra&lt;lo en el cuya pena se agregará la de tres á noven,
t~das ~~s partes la _sentencia suplicada, suelo; advirtieron también la falta de dos ta días de arresto que en el caso corresd1spomendose que s1 dentro del término petaquillas, una grande y otra chica, que pond", atendiendo á la cuantía· artículos
legal no se interpone recurso alguno, se tenían dentro de su habitación, las que 356 fracción I y 359 del mism~ Código
expidan los testimonios de estilo, ponién- contenían prendas de ropa, libros, cuader- debiendo en el caso imponer el máximo d¿
dose al procesado Guerra á disposición del nos, impresos y otros varios objetos, per- d'chas penas por la sola circunstancia de
Ejecutivo en la Penitenciaría del Estado y teaeciendo una de dichas petacas á la se- haberse ejecutado el delito de noche y cose haga la transcripción correspondiente ñora ~ elázq uez y la otra al señor Aguirre mo además hubo fractura, anr esto máxiarchivando los autos en su oportunidad'. y en vista de lo que pasaba, dieron aviso mo expresado se aumentará en cuatro meNotifíquese. Así definiti-amente juzgan- á la Inspección General de Policía.
ses de prisión ú obras públicas· artículos.
do lo resolvió y firmó el C. Magistrado de
Resnltando: _que de las gestiones he- 374 y 37; del propio Código. '
la _r'!- Sala. Doy fe.-Lk Leobardo Cltapa.
chas por Ja Pohcía res~ltó que dados }os
Considerando: que de autos consta ue
Lic. Rafael D. Martínez, Secretario -Rú- frecuentes robos comel!dos(en esos dias el procesado Heraa'ndez es r · 'd qt
bricas."
'
.'
t
1 ' d' 'd
'
·
e1ne¡ ea e
se proced10 con ra var ~s 1Il 1v1 nos sos - pues que antes ha sido condenado or otro;
Monterrey, Marzo tres de mil novecien- pechosos por sus conocidos malos antece- delitos de robo y tal reiacidenci p
·
tos nueve.-Habiéndose _resuelto por la • dentes, estando comprendido entre ellos ble ea virtud de que para la f ha es pum3
Sala de este Supremo Tnbuaal de Justicia M .
¡ H ernan
' d
·
1 b
ec a en que
1gue
ez, quien a sa. er que se cometió el delito · porque se le juz a accon fecha veinte de Febrero último que
no ha sido legalmente interpuesto ¡l re- le buscaba, se ausentó de esta crndad, de- tualment';'. no había transcurrido eF tiemJando abandonada su c~sa donde S';' encon- po presento en el artículo
del C6di
29
c?rso de c~sa~ión de la sen~encia pronuntraron las dos petaqmllas meactonadas, Penal: que por la duración de 1 ·
_g0
c1ada el vemtlocho de Abnl de mil nove- aunque faltaban algunos objetos de los puesta al encausado la últim, ª pena lmcientos ocho por esta Sala, cúmplase con
que contenían, y en.la Inspección referi - tuvo preso por robo fa'ci'lme"atvez qude des.
lo dispuesto en dicha sentencia. Lo decre- da S
- A gu1rre,
·
· JUS
· · ce que ese delito fué, de ¡ u 1 e se e ue en t regÓ a1 senor
previa
tó y rubricó el C. Magistrado de la 1' Sala.
tificacióa, la petaquilla de sa propiedad. al de que ahora se trata p~r a natur 1e¡a
Doy fe.,-Una rúbrica.-Ltc. Lozano SeResultando: que en el mes de Abril pena que en este proce;o s
raz n a
.
'
cretarto.
del año anterior volvió Miguel Hernández debe aumentarse en
e e imponga
á esta población y habiéndosele aprehen- su duración pudienduna ':uarta dpahrte de
•
o ap11carse 1c o au-

ei'

C1Yª.

6

La Hacienda

'

(

j j

Cia. Petrolera "Monterrey-·

Ea el juiolo orrlinarfo el!Crito pre movido p::&gt;r el Llo. F;ilfoltos Vi~
!Jarrea!, contra Ud. sobre re1vlnd1o!!iClón de uuoa terrenos 1 pago
de frutos, las, Sala del i3opremo Trlbnnal de J'naticla hs alotado
una r&lt;;il!OlncJóo que en lo oondneeote dice:
2o Bala del Trtbnnal Bnpremo de.fne:tloia:- Monterrev. N. León,
• í'onteney ocho de Jnn1o de mU novecientos nneve ..-Vlatoa los
antes deljnlcio ordtdiuto eeorito promovido ante el O. Jne.z lo de
LetrH dflll Bamo Civil de la Ji¡. fraoo16n Jndlolal del Estado, l)Or el
Sr. Llo. Felfcltoa vmarreal y continuado luego por e· 8f. Lic. IAta.•
ro N. del miamo A\'l&amp;IHdo como apod@rat'o &lt;ie aquél cuntra el Sr.
Anrelto M.oreloe Zuagcu, kdoa deeeta vecindad sobre retvindloao·ón de un terreno y resttt.nc16n de fruti-. ~................. Porloupuee•
to fondado eL laa dfsDrelclone&amp; le1t11lE'l!I ouadas y Mf'm,a en loa artfrn'oa 6 84.685 6!16 746 y 798 del OOdlgo Olvll y i, 38,84,S,84fi,848,680,
588,692 y '656 dei dé Ptooedtmiantoa Olviles, se reaneln: Primel"(k
El actor probó la acción que dedujo, eu conl!lecnel!cla se condena al
demandado Sr. Aurello Moreloe Zaragoza,!\ r~stituir A aqul!il lo9 terrtnoa qne ha eet.ado pORPy~udo y que ee Je reclaman. Segando.
Be Je condena también al r ferldo Br, Mo,eloa Zaragoza A lt reatltnoión de loa frut.09 perolbldoa 1\ 11. sn p , go A razón de cinonénta pesos annalea &amp; oont&amp;r deede .,¡ afio de mil ocho oieutoa noventa Y
olnoo en que oonstl. empázó !\ 1K seer loa terenoa reclamado&amp; por e.._
actor, Tero:iro. Be le oon(\ena igualmente eo las coatna de e~•
lnst•ncta, Onario. Nollr'qn.eae y en su oportnntda:! remftase ea~
,.xpadiente aljuig,i,do de au origen para loa ef ,otos leA"l\lea. Ad
def-nit.lvamente JUtgando lo reeolvló y flrm,1 el O Llo. Macedonio
lll Tamez, Magle:trado de la 2f Sala. Llo, 11. E. Tames.-.1.lo. J, K.
Vtllastfior, Brlo. - RdbrJ,.a•.
·
Lo un111t1 notill.oa A u i en eeta forma, en onmpllmfento de Jo
dlapneat-0 por el a,t. 77 d til Üodtgo de Procedimientos Qlvlles .
.llonterrcy, H de Jnnto de 1909 • L1o, J. M Vtlluenar, Brlo. 4951

NOTIFICACION.
Juzgado 19 Oonatituolotllll.-Garz.a G ■rcfa, N. León.

Sres. l!:milio Marlínez, Vicente Jiménez, Juana, P,mla, y M~ Consuelo del mismo apellido y
Eduardo, Jerónimo, Cosme, Herminia, Joselin&amp;
y Natalia Verástegni'I
En 1 ■ 1eooi6n 1, del jniolc de t11*6nado del finado D. Pedro V•
r&amp;!te1ul ee ha dictado nn■ aentenola qae en en parle reaolativ ■

diOE:

•Vonterrey,qnincede Abril de mil noveolentoa noeu-V:laliA
eeta 1, Seoolón ..................................................... ,........ •·· ··•······ ······
Por lo t:s.: ¡mee:to y oon apcyo art,.mf.a en el art. 81'l7 dt&gt;l 06dtao
Olvll, as re, u1&gt;hP: Primero. Be deo'.ar n 11n!ooay onlveral"&amp; her•
derM del Br. Pedro Verástegn1 f. ens htjoe legftimosGr,,gorlo Guadalupe y El -na; !l. ana nletoe, Alfredo, J(laé, Amalla. Natalh\CallxtoJ
Roaendo, Eplgmento, Pedro, Me Pilar, Z::&gt;tla, Pldela, Aure la, l ose
Yo, E luardo, Harminto, Jerónimo, Wenoeelada, Me Angela, no.me.1-N•talia y Josefina ve,A~tegul. A BodolfJ. Ceolllo y Urn Arbpe verA11.tegnf¡ A Manuel F . Gondle,; V,,.rAategul; Y A Oon&amp;aelo,
Paula, 1n~na y Vloente Jtménez Ver,ategoS; A aua btantetoa F:Ufherto é Irene OonzAlez VerAet.egut y á la.11 i;noel!llonea de O•brfel
Ver!l.1tegnl y Mo Joocepc1ón de lgnat apellido qntenea Je anoederln
en todoa ana dere~hoa y obltg aolones
la fürma y porotonea QD&amp;
eeta.blece la ley. Segando ee oont1rma el nom b.ratnlento de Albacea
recafdo en la pereona del Sr. Meleelo Beiua, A qnteu ae ci,n~dea
t.ode:a lae facnlladee en derecho nece&amp;arlaa para el mejor deaempefi.o de su cometido, Teroero. Conth1óeae ~n este jatclo la lniervenclón del O. Agente del Mlnl11terlo Plibllco h&amp;l!lta en tanto se preeantan 1011 legitimo" repreeenta!lt@&amp; de la anceslón de Gabriel y Maria
CJ&lt;-noetJOlón VerAstegui. Ouarto. .E.xpldase oopia de esta reeola•
cl611 para sn regte:tro. Notltrqnese, y córrase traalado al Albaoea
pa1'8 la formaoióu de laa 11uba~nentea Secclonea . A.el lo re&amp;01vló
y f irmó el O. lnez IQ de L"tra.s del Ramo Olvtt: doy fe. - Llo. 11. GH
Tr6'9i6o-Llo. Joaé Juan Vall ...jo.- R(ibrlcaa.
Lo que ae le11 notif ica§. todoa ustedes en eala forma de aouerde
con el art. 77 frao. I del Código de Procedimientos Olvtlea.
Gal"Za García Jonio 12 de 1909,-Daulel Divlla.-A...:.M, Garofa ..-4
Pablo Garcla,
4Qfi061

"º

EDICTO
Juzgado de Letraa de la 7o fraooión jodlolal- Montemorelo,,
Nuevo León.
En el jnloto teatamentarlo del Sr. Felipe Vlllarreal, se ha dJt.
tado el aiguleote auto.
dlontemoreloe,Jonio trea demll novecientos nneve.-Por pN'se».t.ado con el oertlfloado do defunción y testimonio de testamento
qne ae acompañin. Radfquese en eetE, Josgado el julolo ieatamentarlo del Sr. Fellpe Vlllarreal: coav&lt;!qneee A los herederoe ln11tltur
dce en dtoho teatamento, A una Junta que teodr&amp; 11n verlf1cailvo
el jaevea diez del actual A lae diez de la mañana. oonforme al u•.
1672 del 06dfgo lle Prooedlmlento&amp; Olvllea, y iinblfqneee este auto
Por tres V80all 0011s&amp;eattvaa en el Periódico O(,clal y ~n La Voa de
Nuevo .León, y prevéngase A la menor Guadalupe Vlllarreal nombre tutor iD'8rtno qne la represan le eo este julclu. Noüf•qn~.
Lo deoreta y firma el c. Juez de Letras interlno de la 'lt (nioolO.
jndlolal: damoa fe.-LJc. L. Oautt!.-A.....J. Parlaa,-A-B. v. Oanta.
-Robrtoaa.
Lo que ee poblfoa en ellta forma de aonerdo oon lo cll11pn800 por
el art-. 1682 del 06d.i.-o de Procedlmlent.oa 0Iv1JM.
Montemorelo■, lonlo 8 de 1909-Llc. L. a... ntd Qaru,-A- 1,
Farfae.,-A-ID. V, Oautc.
4N0Bl-l'iB

NOTIFICACION.
Jusgado 3º Menor Letrado.-Monterre¡r, N, León.

Sr. Severo Treviño.

•

En el jo.lelo ejeouUvo mercantil qne ll(lbre oobro de peaoa J poi!
ans proptoe derecho, elgne contra Ud. el Sr. Lto. Loren.o Boe.l, •
ha dictad.o una seate1oclaou:,a parte reaoluth·a ea oomo sigo.e:
aa:ont.errev, Jnoto doe de mll uoveolentoe nueve-Vlat.o 6l1e jal,,
olo ejecutivo mercantU &amp;obre cobro de pe1101 promovido por el Br.
Llo, Lorenzo Boel contra D. Severo Trevlño amboa de eat.a 't'ecinda.C

~~~.;¡;;~·¡,;¡¡9;;;¡~·~;;·9·¡ ·;;;t:··¡404·d·e·106dr~r A: ó!:i~~~ l.:! ~:·

cea citado ee rel!luelve: Primero. Procede el preaente Jalolo l'Jeou•
ttvo meroant.n de que ae viene hMlien 1o mérito, en conaecnenclll..,.
declara obltl[&amp;d.o al Sr, Severo Treviñ1 A pa1ar al Sr. Lio. Boel la
suma de SiM.80 ciento eeaenta y cuatro peeos tirelnta aentavoa qoe
ae le reclaman, oon mf.a el 1nt.er6a legal del 6 PS eeill por 0!90'8
annal deede la (echa del venclmlento del docnment.o haata qne ae
verifiQUe el pago. Segn.ndo: Be oondeaa al demaud:f,do al pago de
las ooataa de eet.e juicio. Terecro, Hlgaee tTance J rema\e de loa
blenee embargadoa y oon en prodnct.o pago al acreedor. lil'otlflqnese. Aal d&amp;f1nttlvamente juzgando l'&gt; reeolv\o J r,rm6 el O, Ju.e.
89 Menor J..etrad.o: damQl!I fé-Llc . 1. Di\dla.- A-J. P. Gonziles.-A
M D. GonzAlez -Trea R4brloaa,
Lo qne se notifica A U J en F&amp;t.a f&gt;Jrma de 110nertlo oon el ad. 718
del Oódlgo tle ProcedimlenMa: damos fa-Lle I. Dliv'Ua,-A-Ma.r.
tin A , Oondlez. - A-J. P. Gonzá.lez
tllO

EDICTO.

Juzgado de L trae de la 7~ fracción juclloial. -Mont ,•moreloe ,. N, León .
Hoy se ra.1io-1 en este de ml cargo el juicio de inteshdo del 8:r. BasHio H erná.ndez vt:1clno que fu6 de e:i-

t u. Cludad.

Lo que ee hace e-abar al ptib\loo para el que se crea
eón derech () á la. herencia se presenta Adeducir lo dentro del término de la Ley,
Montemorelos , 11 de Jonio de 1909 ~Lle. L. CanttiGar m-A J Far!as ~ A-Ernesto V. Cantti 495256-1711-

•

COMPAÑIA MINERA TOPO CHICOcoNvocATORtA.
La Junta. Directiva en sesión de hoy, acordó convocará loa Sre-e. A.ooiontetaa, á Asamblea Ganeral ordinaria para el dta 30 del presente mes á la.a 5 P M.
en el edificio de la Bolsa Min&amp;ra Calle de Dt. Mier nQ..
mero 84, bajo la et~ulente.

Orden del Día:
1 · Informe de la junta directiva,
2 Dlotámen del llomlsarlo.
3. Examen y aprobación del balance.
4 Nombramiento del ooneejo de Admintatraot6n.,_
Comloarlo ¡r supleute.
Monterrey, Junio 12 de 1909-Aurellano de León,
Brlo.
495051

•

�PERIODICO OFICIAL

8
REMATE.-_1&lt;!- Almoneda.
J,ugac!o !o de loOlvll. -lt r,acclón jodlolal.-E!tado de N.Lf.611
El dfr. velntidnco del mt'll actual á las dieE &lt;le 111
mañana tendrá vertfioativo f'n el local da e!3te Ju.,ga
do el remattl de un!!. finca urbana de la propiedad áel
Sr. Tomás C'havama, situada en la Villa ce Ciénega
de Floree de ~ate fastado por ·la oaJle p,:inoipal de la
2? plaza, compuesta de dos piezaa de ten-ado tu1a CO·
cine. y el derecho medianero de uua noria ubicada en
un terreno de veinte metros "chenta ce:ctfmt trc.e &lt;le
frente por cuarenta y un metros novent.a centímetros
de fondo, la cual finca fué f'mbergada en el julolo
verbal que atgue el Sr. Lic Braullo Moralet1, como a
poderado de D Zeferino García, contra el •mencionado Br. Chavanm sobre cobro de pesos.
D~nte el término de las publicaciones y hasta la
hora del remate se admitlrin postoras que no bajen
de las dos terceras partea de la cantidad lff26,00. en
que toé avaluada dicha finca; en el oonoepto de que
en eata Secretarla se mtnistrario A loa interesados loe
daios que necesiten.
Montierrey, , 4 de Junio de 1got-Lle. J. Garcfa
Guajardo, Srio·
474849

Banco Mercantil de Monterrey,
Bocledad Anónima.

A VI
u

•

So.

te.

46 6 fiO,

C.mpaiiía· Jlinera TodH Santos 8. l.
AVISO.
El Oonsej o de Admintetraci(a en aeelón de hoy a
cordó repartir á ouent&amp; de utilidades de esta Oompa·
fifa entre loe acocionlstaa de la ml!ma el 4° dividendo
de $6,COO 00 cinco mil posos, , razón de cinco p8808
por acción.
El pago se bar§ en la Oficina de eeta Oia., calle de
Hidalgo No. 272 desde ~l día 15 de Junio en adelante
y en cambio del recibo oorreepondiente,
Lo que se hace saber á los Sres. accloniet!Wl por me·
dio del presente aviso para su conoc!mtento.
Monterrey , Moyo 2g de 1ocg -El Secretario, Juvencio Villarreal.
474849

VENTA DE PRENDAS.
Los dfas 24 y 26 de 61te y 16 y 16 de Julio próximo,
se hará de lee cumplidas, correspondientes á los me
ses de Noviembre, Diciembre y Enero próximos pa
sadoe que 6xieten en el empeño •La Idea•
Los lnteNaadoa en ellas, pueden ocurrir en tiempo
hibil á deeempeñ•ulae, refrendarlas ó presenciar su
venta, que ee verificará con arreglo al reglamento vigente del ramo.
Monterrey, Junio 8 de 190ij.-Buoesor de Trevifio
Hnoe,
.
47.{84g

Cía linera ''Jesús María J Aoexas''S. !.
CONVOCATO RIA.
De acuerdo con la M.iaa Directiva de la Compañía,
se convoca á Ju11t.. Geoeral extraordinaria á 108 80·
ct,e de eet.6 Compañia para el dfa 17 de este mes , las
4 de la tarde en la casa N• 104 calle Benito Ju,res de
Esta 01Udi.d, para tratar respecto de una proposlcl6n
de arrendamiento con opolón de compra de la Mina
•Jea~ Matta y AnexU&gt;l, propiedad de et&amp; Compañia.
Konterre7. JUDlo 9 de 1809,-El pree.idente, Ciprta110 Villarreal.
4U84t

Cia. Mínera "LA SORPRESA" S. A.
CONVOCATORIA.
Por acuerdo del Consejo de A.dministraoión, en
Junt.a celebrada el día 9 del preeente mes de Junio
se cita , los ::,rea. aooloniltu 6 Asamlblea general
extraordinaria qúe ae Terlrlcu6 el dia 28 del mismo
mea de Junio , las 6 de la t..rde en la oua nt1m. 23 de
la calle de Benito Ju!rez, casa del Sr. Dr. Enseblo
Rodríguez, para tratar de 101 punto1 que oomprende
la slguientie orden del día:
1~ La aparcería. que propone D. Jerónimo Ellzoado, para explotar las minas de eata IIOciedad bajo las
proposfclonee que presenta por eeorito.
2• De la renuncia que de su cargo de Pro-secreta
rlo de la Mesa Directiva ha dirigido 4 áeta D. Isidoro
Oanales de au nombramiento en su caso.
Monterrey, 9 de Junio de 1909..-Por el· Becretarlo,
Eusebio Rodñguez, Tesorero.
4748411

EDICTO.
Jmgado ~?delo Oivll.-1• fraoolón Judicial-Estado de .N. Laón.
Oon fecha de ayer, se radicó en este Juzgado el jui•
cio de inteetado de D. Juan de Dios Martrnez Garza
vecino que fné de esta ciudad.
Lo que se hace saber al pt1bUco para que los que se
crean con derecho á la herencia se presenten á deducirlo dentro del tésmino de ley.
Monterrey, 22 de Mayo de 1909.--Lio. J. García
Guajardo, Secretario.
434649-171

EDICTO.

!R!frli~

Josgedo 1 0 de Jo 01
jndiclal-Ee~do
Juzgado 1• de lo Oivll.--1• fracción judioial.-Eetade Nuevo León.
.
te do de N. León.
Oon ftcha siete del actual Mayo, se ,acicó Pnte 6EI
Monterrey, Diciembre (21} veintiuno tl'A~¡&amp;~ri~~et~~~º~~
Ju■gado el ju!cio de lntfst&amp;me.ot:..na del Sr. Domingo 1(1~8¡-Vfsta e•la !n&amp;tanclal~e
noQ:BtO el nombramiento y
G. de Lb.no, vecino que foé de-esta Olu~ad.
llol1ho ftlcló 1u1~~ ~t~~?i,0, que el Jtuga1o bito en la persona
y por dJapoeioión del O. Ltc, M scedomo G!l Trevi- ace~•°i.~!. tiguel Olrllo, para que en la tnatanola repreaentara al
ilo Juez de Letras del Ramo Civil de la primera frac- ~;0; 1Bobert.o eteele. Vlatoa loa ~~,~~~~o~~~~~ºba~\~lliu d:,
c1ón jndioial del Eslllldo, manda publicar el prE-eerfn~ mAa pru~b:t:~;;':ii:.~
j'{,ª,!:,cf~ !po81to. ~to por el llllsllaterlo
6
edicto por tres veces de dlesa: en dlez d188 en el PE
c':,mo por el tutor ln'8rlJ!o,, qulelle&amp; por ou orden ■- codfoo Ollclal del Estado y V 01. de Nuevo León, j fin de ::.~~ t:elado de la Instancia &gt;¡¡jJubet-¡01~•&lt;1l~~rJn•J;~~ol~e:~
que laa peraona■ que se crean con derecho á la heren ouaatrlbnclonEB. Vlat:cfe°bló .,9
!nnno tener pre•ente; y,
ola 18 pNeenten 4 deducirlo en el térmido que seftala ten~¡.~ge~:!~t;toe eatar&gt;do ptenam•nte justlflo•4o co~ loa
1~ :..~!ªge
el art. 1687 del Oódlgo de Prooedimtentos CivilfB.
certtftoadc• de 88\ado ctYU e:xhtbldo■, Y
Monterrey, 14 de Mayo de 1909 ·-Lle· Jos:Ji:~ ~~ :~~~n:!d:i:t\ua~J!!ojAJ':'pa~ri~•~ea~~ tiene lncapaolded u~tullejo, Secretario.
ral y'Jepl para gobernarse por al ~ 8~f,d1Í P~ t&amp;n~;.;¡8~~ 81':,!1~
&amp;tutele ·qua en el caso M"glln el ar,, ...., e 0 110
•
CTO
giüma
qoe correaponde (481, (rae, 1, del mismo Código) A lltl8 herEDI
•
mano■'Mannel y Oli'ferlo Steele, po1qoe ht.D acreditado plenameaJuzpda 2. Constitucional. -Apodoca, Nuevo León·
oaract..r.
Con fecha 4leolocho del mes en curso Y r.r diepo~
Oonlllder:udo 2°:
e~r:e:~~
!!:;
slcl6n del Juez l? de Letras del Ramo Civite d:
~¡~
le•;:~~:Asapto para eloar«o de tutoi:.larUS2 del
O
frooi6n judicial del Estado, ee radica en 88
.,uzga
Ordeuamlentooltat!o)
conolderaudo 80 Que el futor, aal-,o loa caaoa eueplu~oa por
el fnt.e8tado de D ' Lucas Garcfa' vecino que fue de la ley
antea de que ee le dlaolema el cargo, prestar&amp; oauatvn para
ésta, en Agua tria·
aae¡unr 80 manejo prol&gt;Oroionada al oau~lll que halla de lldmlLo que se manda publicar en eeta forma, para que nlllirarae 000 ante;a sujeción A lo■ arta. 453 Y alguentes relafuoa
¡88 pel'IIOnae 3,ue ee orean oon derecho , la herencia del 06dlgo OlvU, debiendo expreaar el tutor al acepta!.lltl n(ombra... 1
seftala el art · miento
al tiene ó no blenea en qn6 conalltufr btpo..oa arttonocurran , de uoirlo en e 1 ..,rm no que
1~ 1 1:iai ,. t858 del Cddfgo de Procedlmlentoa 01-,11- • )
1686 del OodJgo de Prooedlmien'" Oiviles.
Por ¡0 npna.to, y oon fundamento. ac!emú, eu loa arifouloa
d&amp;CII,, Mano 26 de 1909.-T. G. Zambrano.-A '°17'4I del OódlsoClnl, y l&amp;i8, 1m,·t1Ndel06dlgod• Prooe41• J F Esdo T~Ieaiae 4846(9171 mlentoe Olvtlee,eerea11e1.,., PYlmaro:8edecla1'&amp;elleatado4aml•
H q u1O Gara• -..a.· •
• ,.
uorldad •I jo'f8D Roberto 8Mele; en cnnNCUencla. l!eCUDdo: Bl
Jur¡pdo le nombra de tuwr 1e.it1mo • ■D herm11110, Bellor Ollnrlo
&lt;!el mlamo apellido, 6 quien, preYI&amp; ■D -píaorl!n Y Ueua4o■ loa
EDICTO •
de""8 uqu1■1kl■ 4e que habla el 11ltlme1 couafderando, • le dl■Agencla de la Secretarla de F'omnto ea al llamo de TerrellC&gt;I c,,,rntr&amp; el cargo ea to1a f.&gt;rma. Teroer": tfot1f'qaeee y pub'fquBaldloa.
..- ruoluotOD, tru ncee ea el Plrt6&lt;llco 0601111 del Jta~-ado 1 ea
El o, Enrique Ji'loree, mayor de edad 1 domlcfllado en Villa! La vos de NwaYo León. AJJf lnterlocutorlllmeate lnz~o la redama • L ba ocurrido ne fortna eula Hla Asenaf•, 4ei,unetaa- ' aol'fl(I 7 flrmó el o. Ltn, )hcadonlo Gil Tre'fltlo, In-■ 1° da IAtru
do oom¿ ti.idto para ea eu oponunldad 1e le ■.dJulllqDe por la Se· del Bamo
Ol'fll: doy te~tto. 1(. GU Trnllio.-Lto.loel ln&amp;n Vallel•
cret.ña u }l'omeato 1111 teneuo 1IIO ea I• jul1■4focf(la del lfn.nlcl- Srlo BObrlca11,
Mon~rreJ', llano sel■ de mil noTeolentoe nuHe.-Vlst.o el
1110 da Bll8iaman"8 de eete eataclo ooa •nenald• npetflolal epro•
z1nul4&amp; de MO Doolentoa CIJ!cueuta Hectiaru •nlendo dtc)lo nombramlent.o do tutor legftlmo del menor Rob&amp;rto Btaele, be·
terren• por colladancla■ por el None Y 8nr Jaa clm• de lu siena cho por eate Jn,gado en la penoua 4• ■u hermano Don 0U'f8rfa
de Llauoa y Vald4!z y Bnetamaute rupeclt-,amenh, por •I Orlen.. del JDlamo apellM!o, 7
t&amp;rraGOI de la comunidad de 1!u1iama11te 01111ocl&lt;1a por del otro
Buultando to: Al aceptar el tutor m nombnmlant&lt;&gt;, e~e■6&lt;
lado da la Boca, limitado■ esto, doe dltlmo■ rumboa por NroH •e que paya aeegnrar m mauejo,-tba dltl¡;ueellO &amp; otorgar la hipoteca
alambra.
que preneue la ley; pero qne como 10a bienes rafoe■ 7 lo■ de &amp;ll
BI expadiente reh,ttvo tuA nglmeclo bajo el lfo. IO l«benla) tutorMdo. qne pc11een en oomlln, 11egCln la blJoela que obre "ª
y para 1u m.u aun y dNliDde del terreno ien1111elel!o ae oonflrlD aotoa, eet&amp;n 0008 en lltl¡io y otro■ h1potecad011 deede en TI4a de
comllli® al o. lng. Eulo¡io Onlr,Yeclllo da•• ciudad.
1 ru, padrea, 7 tambldn deapa68 bao alélo emb&amp;r¡pdoa otro• blenea en
Lo go• •~co11ooeral poblloo por madi• 4•1 PJHl!D~ • • jnfOioa que lea
bao promovido como heredero• de aquello,, pide
tr&amp;Ok&gt; en onmpltmlan'-&gt; y pera loa tfeot.o■ qua 118 •::q,re•n en loa ,1 Juzgado te le dl110lerna el cargo con releHofón de garantla, ■e·
arta.16 y 28 del Raa:lameuto de I• ley Fel•ral de 2e de lfarao die gt1n la fraoolóo U del ertfOt1lo 461 4el0641go Ol•II, A flu de vder
189' !ljaudose 1111 pfiuo lmprarroR•ble de tres mell!l■ oou-.doe d..a. consumar el arreglo de e!oa julcl011 y dem'8 uDDt.oa peu41entea,
hoy para la aabot.anclactón del e:rpedlente en eat&amp; Ollcfua.
prote•'6ndo d&amp;r ouenta de ello al ,rrugado, para que ableu(!o lo
Monterrey, Junio 9 de 1m -•El, A. O, T, B, .loo!~ Qulut~11, •
• qoe Ju quede libre, otorgar la garanl!a como Jo previene el ar8
9
0
• • u
tfculo 46ll del citado Oódlgo: 1111n juatlfloar en aoerlo pldtd al Jtu•
gado se trajeran, la vista, loa Ju1ctos qu&amp; ante él lllguen loa 8r~e.
Lic. L&lt; renzo Boa!, con poder 4e d&lt;D JoaqnlD Zepeda; el Lle, MaEDICTO.
nuel Goniiles Garza,
con poder de D. Fnwoiaoo Bada, y el Sr. D.
Jnz,-do 2" Couetltnoloual de HIJluoraa. N. teón.
detsle tl 1tlruo a;&gt;t&gt;llldo
E11 el jolelo d" lnt~tado de Jc,s Sres. ETarlsto M.,rtfnez y ll!arla Alb~rfo
10 29: 8e mandaron traer A la vista los jalcloa ennn•
Resalta,.,
ne .Taetls Gouul.lu, ae ha dictado un aulo qoe copiado A la letra cio;doe y ee dló vlata de todo al O, Agente del llllnfaterlo Pdbilco,
dice:
que el tutor pre•tara fianza por l~s bl6nea ea
•Htauarae, treinta y uno de lftyo de mil uoveoleotos nuave- quien foé da ophllón
estuviera en ~-16n efectiva, y por lo dem'8 se pro•
Vlsto afuvrlor aomb·amleuto de tutor lllterluo hecho por eate que el menor
como Jo ordena el oltade arttoulo 46.3. El tutor Interino Sr .
.TulllJadO •.n la persona del Sr, Franclaoo E. Mantoea pua que oou cediera
Olrilo, que ee nombró al m~no, en e11ta lnstaueta,
tal oadcter re11reaente en eete jofclo A loa meuona de oatoroe Lic. Miguel
con lo ordenado J)Or el art1oul&lt;' 1866 del OMlgo de Proo&amp;años Enrt■to y Marta d• Jesds Marttu..; Ylsta la aoap\aclón y pro• cumplió
dlmtentoa
Olvlles,
determinando, l&gt;Ordltlmo,el lurgado qoeel tutor
testa del nombrado. debfa discernirte y le 41oelerno .,¡ cargo, oon- l•gft1mo, para gar11ntlxar
ftrll!udole lal facultades en derecho ne&lt;'eaarlaa pa,a el mejor deeem· ¡aoo 00 Mlacleutos p;,«01, y su m&amp;Dfj,&gt;, oto, gari !lanza por valor de
1)( ño de au ()(\metido. Notlflqu&lt;&gt;oe ;¡, publfqaese e.te auto por trett
Ocnolderand~: Que el tutor legitimo aoe1&gt;t6 el oargo y otorgó
v..cea en el ■Periódico Oflc1al d~I Elotadc• v ■La Voz ce l'ínevo I,~du•
autos la flon&amp;a fljada por el juig&gt;Ml.o, quien la oallflc6 de bastanLo decretó y firmó el O. Jaez 2Q de est.Vllla: damoa fé Juan G. en
te,
quedandu,
couaeouencla, oomo naoor de aquel, el Sr, Notarlo
Gon1!U.,.,=A-Olprlauo Vlllarreal. A-Vicente Garcla,-Rdbrloae. D. Dlódoro deen
loa Santos.
Ee cdpla. Higuera,,, 1unto 2 de lOOIJ-.Tuau G. Gonñler,- .\--01·
Por
lo
eX1)oesto,
y con t'andamento. ademAII en loa artfculos ffl
priauo Vlllarreal-A- Vtoente Oarcta,
474849-l'n
del, Oód'gO 01vll y 1859, 1865,1368 y 13'73del Oódtgo de ProcedlmieDtoa Olvlles, ee repuelve: Primero: 8e dll!clerue en toda forma al
Sr, Ollvarlo Steele, el cargo de tutor legftlmo del menor, au hermano. ROberto del mismo apellido, f,ocultAndolo para qne lo deaemJ)Eft9 con s~ j ;clóu ti lae leyes, con derecho ti una retrlbncltln del die..
Ju1.1rado 2° de lo Civil.-1ª fllooion judiclal.-Eetado por ciento ae Ju rentas ltpoldae de loa bieuee 1)911en&amp;elentea al
e::rpreaado menor. Sagundo: Prev6nga!l8 al tut.or nombrado, que
de Nuevo León.
d1&gt;l t6rmlno de tres mese,, con Intervención del lllnlatarlo
El tercero dla habll deapues de hecha la dltlma publicMl!óu tle dentro
Pdblloo, forme Inventarlo clrcnustanclado de onanto conatltnye
este HIOO A lu diez de la mafian• 7 en el looel de eine Jutpdo el patrimonio del menor, y lo preeeute al Jn1gado para lo• tlnu de
tendr6 l11gu el remate de loa a!gufentea blenee embargadca el e.. la ley. Tercero, Publ!qu•ee e11te auto por treo veoea coneecuttvaa
Bare!ln Garcfa Gana en eljulcto •Jecutho mercantil que le algoe
el Per16dloo Ot1clal 7 la Vo• de Nue•o Le6n. ¡, prevéogaee al tuel Llo. lfannel Goru6lez Garuoou poder de Do. Praac!BCO Ga,_ en
t.or cumpla con lo que preacrtb9 el ertloulo ~ del 06dlg&gt; Olvil; pa·
Tre-,iño: Un carro transportadora con u, tiro de mol••• o.,. ra cuyo f fdcl{), to::rpfdaeele copia certificad• de esta reaoloolón, y
1&gt;rlt1'a J 1111a obacura, cat.orce boraa de aana en la toma de Oblbaatutlmoulo• "e ella que l'&lt;lll~fte i&gt;ar&amp; acreditar en peraobua, oon ■u tierra oorrnpoJ!dleute •n jnrledlccl6n de cedel't'lta n. loe dem'6Ouart.o:
Notlfiqoese 61naor,bue estA auto ea el libro
m6n•z; dnoe boraa de agu11 coa eu tierra cnrreepondlente en !alo- nalldad.
rHl)6Cli•o.
Allf lo reaolTló y firmó el o. Lle, MaoedOnlo Gll Tte·
ma de Vargu en Ben :Rafael en la múma jnrlad1cclón 7 tree moll- 'fiño, Jnez lode
Letras del Ramo Cl'fll: doy fll.-Llo. 111. Gil Trennoa da Geno ablcados en la mlnna t.oma de Ve,pL
Llo. Jeté Juan Vallejo, 8ecretarlo.- '8dbrloea.
Lo que ■- pn blle&amp; ea eata forma da acuerdo con el art. un MI
Lo que ae publica en eata forma en cumplimiento del teroar
oMIIO da
&amp;d'Yirtléndo■- que durant. IH J)'Gbllea&lt;,foDe■ punto de la eentencla l111e1ta,,
y huta la hora del remate ■61o N 114mttb6n 1&gt;0.tnr. . que cubrsa
Monterrey, lo da Abril d• 190t,-tlo.1oa6 JD!ID Va!Jej&lt;&gt;, 8"""8t&amp;
1M doa teroe... 1,1nwade la O&amp;Dtfdad da ft,110,08 ce. mil f'leot.
!S4lli0-l7t
ninte pe■o■ en qua foeron fflorludoa dlch11 bienu,' mlai.tr&amp;nclo- rlo.
■e ea -■ta 811a. loa 4aio. neoee■.rto■ A lu s,enoue q ne ~ Q•
oar po■tura,,
l(out.rray, t da JODlo de 1889•.-Ltc-. J. Garcfa Gnaj1rdo Seo..
tarlo.
48'91D
Presidencia lilunlolpal.-Csdereit.a Jlménez N. L.
El miércoles 80 del oorrlente, de diez , doce del
CUARTA ALMONEDA.
dfa,y en el lO&lt;lal de eet..a Presidencla,sevenderá en pt1bllca subaata y 88 rematará en el mejor postor, una
Presidencia Munioipal.-Montemorelos N. León,
El 8'bado, 19 del corrlenb9 Junto á 1u 10 de la ma,- lonja de terreno rle loe Bjtdoa de este MnnlclDlo, de
fta.n a y en el local de &amp;tita Preaidenola, 88 venderá, en ftgnrA lrl'f'golu situado al Sor ~t"' de la Cluda1,
subast.a pdbUCft, un terreno de agoetadero mostrenco, con una 1nperAoie de 6 hect.rae, 7,b76 metroe cuadraeituado en el Potrero de la Trtntdad de e&amp;ta Jurlsdfc doe, y qoP coltuda por el Oriente y Norte, con proc16n, con una superficie de 1,097 hectarae 2,550 me- piedad del Sr. Pollcarpo Gut,iéntz y Poniente y Sur
tros ouadradoe, teniendo por collndanoiae: al Norte, con terrenos de loe Sre,, Matz y Oompllftfa del ComerSur y Oriente, terreno de loe 8res. Vatentin Rlvero cio de Monterrey.
Lo que ■e pone en concclmiento del póblfo.,,de con,
Buceaores de Monterrey, y al Poniente, terreno de
formfdad con lo dispuesto Pn la Inetruooión 2• de la
los herederos de D. Apolonio Gaona.
Lo que se hace aaber al pdblloo, para que laa peno.. mperior circular n'dmero 28 fecha 1 ° de Septiembre
nas que tangen interée en el terreno d880rlto. paaen , de 1,890 , fin de que Isa pereonu que tiengan interés
hacer eus postura, con la debida oportunidad; bajo el en el terreno delinudo. ocurran, oportunamente, á
ooncepoo, de que eervfrA de base para el remate la can- preeentar eua posturas· bajo el concepto de que. 68tas
tidad de $3,656.11 cs. , con deduolón de nn diez por no bajarán de la cantidad de $26,00 ce. ventlolnco peciento; Peli(I Pe, que se tendrá como postura legal la sos, que se ha fijado como bBl!., p,ra el r&lt;mate, por
suma de $3,199.60 cs., teniendo el derecho del tanio los peritos avaluadorea nombrados al efecto, y de que
el denunciante D. Juan Rodríguez, veolno de la Villa tendrá derecho del tanto el denunciante de dicho tede SantieJ(O.
rreno, Sr. Jeet1e Marfa Guttérrez.
Cadereita Jiménez, Jun10 9 de 1go9 -Policarpo MarMontemorelos, 11 de Junio de 1909.-Arnulfo Berl11nga.-Olpriano Ordoiie?, Srio.
484960 ttnez.
484950

at!:'1:

0

~f

1:,,°e;

i:t~;

1 f: !:

te""'

la¿-

~e.i:~

,~oe:i:~:~~~I

~\:~:d!

!t:.

u

Oe11~0 de Admlnlatraclón da 11t. Benoo
acordMlo ae manp,war el reet.o del 4h1den4o oorre■Pondlente de 1,11111, 4aeteta4o

por la Aa&amp;mbleaGanenlor41aarla de aoato111ataaoelebnda al clfa
:U4e llano C!Ulmo---7 del quue pacaron p f'.00 po• aoclóa dNdael
• de llaero 4•1 aiio en cuno.
lll pago del oomplemento• ller&amp; dMde el lf da Julio pr6:ldmo en
adeluw, 6 raa6n da JI.Ce oonlra copón N9 1 de lu acclonff 7 '5.00
eontra cup6a 1'o I de lo■ bonoa ftlndadorea 4• e■a IJIJltltuctón,
por el propio Banoo y aaa .lg•nolaa ~r el Banoo Oenb&amp;l Kexl·
cano, por el Banco de San J..ula Poklaf. por el Banco IIIDero 4•
n•.aabua 7 por el Banco de DuraJ!¡ro,
lllanterrey, 1(, L, 6 1 de Junio de 1NI-Jo9' L, Gana, Geren-

•

PUBLICACION.

Juipdo 2odelo Olvll,- lt fracol6u jndlci&amp;l.-Eatado de Nuevo
Le6n.
Con fecha veintitrés de Octubre de mil novecientos se radicó ante el Juzgado 1? de Letras de esta
íraoolón judicial, el intestado de D. Luis Marttnez Ro·
dríguez, vecino que fué de eeta Oiudad.
Lo que ee hace saber al público para que loe que se
crean con derecho i la herencia, se prcs6nten á. de
duclrlo dentro del término de ley
Monterrey,22 de Mayo de 19011.'""-Lic.J. García GuaJardo, Srio.
434649-171

REMATE.-l" Almoneda.

{lo=-•

PREGON.

NOTIFICACION.

Jmpdo de Letras de la 7t fraootón Jndlcllli.~l!letado de Nuevo León.

S'r. Guadalupe Barbosa.

VENTA.DE PRENDAS.
Los días 26 y 27 de los corrientes, 17 y 18 del próximo Julio se verificará. la de las cumplidas correspondientes á los meeee de Noviembre, Diciembre y Ene~o próximos pasados que exleten en la casa de empeno «El Fénix•.
Loe interesados en ellae, pueden ocurrir en tiempo
hábil á. desempeñarlas, refrendarlas ó presenolllr en
venta que ee hat'á con arreglo al Reglamento vigente
del Remo.
.
Monterrey, Junio 11 de 1909.-Treviño Garza Rafael.
481950

En el Juicio sumario verbal que contra U d. sigue
como representante legitimo de eu esposa M• Dolores
de Anda Granados de Barboea, el O. Eutlmlo Benavidea, como apoderado de D. Manuel Elizondo sobre
rescisión de co~trato, entrega de una finca, y pago de
rentes ha NCa1do un auto del tenor slguientf':
«Montemorelos, cinco de Junio de mil novooientoe
nueve-..-Abrase á pruebas eaoo Juicio por el término
de veinte días comunes á Improrrogables. N otlfíquese, Lo decreta Y firma el C. Jat'z de Lstaas interino
de la 7• traoolón'judiclal: damos f6-Lto.L, Cantt1.-..A
J. Farfaa -A-E. V, Cantt1, -Rúbricae.
Lo que se notifica á Ud. en esta forma de conformi
dad_ con lo dfapu"eto en el art. 77 del Oódigo de Pro- IMPRENTA DEL GOBIERNO, EN
cedimientos Civiles.
DIRIOTOR Y!DIIN18TR!DOR,
Montemoreloa, Junio 8 de 1009.-Lio. L. Cantt1 Garza. -A- J, Farfas...-A-E.V. Oantd,
,
4849

A. Brondo Whitt.

PALAOIO,

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="177">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="3106">
                <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="479222">
                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
    <elementContainer>
      <element elementId="102">
        <name>Título Uniforme</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227276">
            <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="97">
        <name>Año de publicación</name>
        <description>El año cuando se publico</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227278">
            <text>1909</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="55">
        <name>Tomo</name>
        <description>Tomo al que pertenece</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227279">
            <text>44</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="54">
        <name>Número</name>
        <description>Número de la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227280">
            <text>49</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="98">
        <name>Mes de publicación</name>
        <description>Mes cuando se publicó</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227281">
            <text>Junio</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="101">
        <name>Día</name>
        <description>Día del mes de la publicación</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227282">
            <text>18</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="100">
        <name>Periodicidad</name>
        <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227283">
            <text>Bisemanal</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="103">
        <name>Relación OPAC</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="227299">
            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1752682&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
    </elementContainer>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227277">
              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 49, Junio 18</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="49">
          <name>Subject</name>
          <description>The topic of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227284">
              <text>Monterrey (Ciudad)</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="227285">
              <text>Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="227286">
              <text>México</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="227287">
              <text>Siglo XIX</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="227288">
              <text>Periódico Oficial del Estado</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="227289">
              <text>Política y gobierno</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="41">
          <name>Description</name>
          <description>An account of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227290">
              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="45">
          <name>Publisher</name>
          <description>An entity responsible for making the resource available</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227291">
              <text>Tipografía del Gobierno en Palacio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="37">
          <name>Contributor</name>
          <description>An entity responsible for making contributions to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227292">
              <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227293">
              <text>18/06/1909</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="51">
          <name>Type</name>
          <description>The nature or genre of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227294">
              <text>Periódico</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="42">
          <name>Format</name>
          <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227295">
              <text>tex/pdf</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="43">
          <name>Identifier</name>
          <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227296">
              <text>2010566</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="48">
          <name>Source</name>
          <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227297">
              <text>Fondo Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="44">
          <name>Language</name>
          <description>A language of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227298">
              <text>spa</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="86">
          <name>Spatial Coverage</name>
          <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227300">
              <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="68">
          <name>Access Rights</name>
          <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227301">
              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="96">
          <name>Rights Holder</name>
          <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="227302">
              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
  <tagContainer>
    <tag tagId="14831">
      <name>Congreso constitucional</name>
    </tag>
    <tag tagId="20332">
      <name>Estado Mayor</name>
    </tag>
    <tag tagId="509">
      <name>Guerra</name>
    </tag>
    <tag tagId="7119">
      <name>Marina</name>
    </tag>
    <tag tagId="20335">
      <name>Mesa electoral</name>
    </tag>
  </tagContainer>
</item>
