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                  <text>NUM. 90.

Monterrey, Martes H de Xoviembre de 1909.

TOMO XLIV

Periódico· ©ficial
•

(

¡

DEL. ClOBIERNO DEL. ESTADO L.IBRE YSOBERANO DE NUEVO~L.EON.

Las leyes, los decretos y de;n1s disposiciones superioras, obli[an pnr el solo hecho de ser publicadas en este P8riódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIO:-.ES -Este periódico se publica lo, Mirtes y
Viérnes de cada semana.-Vale la subscripciórr CINCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SH:IS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.
JUECES DE TURNO

En la presente semana.
2° de lo Criminal,
L1c. ESTEBAN E, GuAJARD0.
2? de lo Civil.

Lrc.

ROQUE DE LUNA.

INFORMACION OFICIAL.
Nne,o Funcionario.
El Sr. AJbino G. González, fué electo
por la Junta de Escrutad'ores de Colombia,
A;calde Local Propietario de aquella Congregación, en lugar del Sr. Valentín Maldonado que renunció dicho cargo.

La Sociellaü del Cenwnterio
de San Fernando, de San Antonio,
Texas, remite auxilios en ropa
para los inundados.
República Mexicana.-Gobierno del Estado de Nuevo León.-Secretaría.-Sec
cción 3~-Gobernación y Guerra. - Núm.
10,778.
Las Señoras de la Sociedad del Cernen
terio de San Fernando, de San Antonio,
Texas, han remitido á disposici,1n del Sr.
Gobernador, por conducto de la Srita. Ida
Dunbar, de aquella Ciudad, con destino á
las victimas de la inundación habida últimamente en esta Capital, 50 cobertores de
algodón, 24 colchas, tres piezas de franela
y 2 de manta blanca afelpada, todo lo cual
tengo la honra de enviará Ud. por acuer•
do del mismo Sr. Gobernador, para que,
con su carácter de Encargada de la Enfermería de "La Cruz Roja,'' se sirva ordenar se distribuyan entre los más necesita•
dos de los perjudicados por dicha inundación.
Protesto á Ud. las seguridades de mi
res.petuosa consideración.
Libertad y Constitución. Monterrey.
26 de Octubre de 1909.-Lázaro de la
Garza, O. M.-A la Sra. Francisca Muguerza, vda. de Calderón, Encargada de la
Enfermería de "La Cruz Roja."-Presente.
Enfermería de ''La Cruz Roja."
Refiriéndome al oficio número rn, 778
fecha 26 del próximo pasado, de esa Secretaría del Gobierno del digno cargo de
Ud., tengo el gusto de manifestarle que ya

CONDICIO;-;rES.-El número del día vale DOCE CENTAVOS. El númer'o atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

han sido entregados en la Enfermería de la
"Cruz Roja" los 50 cobertores de algodón,
24 colchas, 3 piezas de franela y 2 piezas
manta blanca afelpada que por conducto
de ese Gobierno tuvieron á bien remitir
las Señoras de la Sociedad del Cementerio
de San Fernando, de San Antonio, Texas,
con destino á las víctimas de las recientes
inundaciones habidas en ésta, y cuyos
efectos se sirvió Ud. disponer me fueren
entregados para el objeto dicho, en mi ca.
rácter de Presidenta de la Enfermería de
'·La Cruz Roja" en esh ciudad.
Al expresar á Ud. mis agradecimientos
por este valioso donativo, así como el de
las demás señoras que conmigo integran
la Junta Directiva de la Enfermería aludí
da, creo conducente el asegurar á Ud. que
los ol¡jetos citados serán empleados según
la intención de las señoras que los han
donado.
Protesto á Ud- las seguridades de mi
respeto y consideración.
Monterrey, Noviembre 4 de 1909.Francisca lJI. de Calderón.-AI C. Gobernador del E•tado, Gral. Don José M. Mier.
-Presente.

Servicio ele Tranvías Eléctricos
Inspector Oficial de los Tranvías Eléctricos de Monterrey.
Tengo el honor de rendir al Superior
Gobierno del Estado por el digno conducto de Ud., el informe mensual relativo al
servicio de los Tranvías Eléctricos de esta
Ciudad, correspondiente al mes de Octubre próximo pasado.
Los itinerarios han seguido siendo los
mismos, en las líneas establecidas basta
la fecha, las cuales están en buen estado
y libres de obstáculos.
El servicio en general fué bueno, no
habiendo quejas del público respecto al
trato que ha recibido.
La velocidad con que se ha corrido es
la reglamentaria, ó sean 16 kilómetros
por hora dentro de la Ciudad, como máximo, y 32 fuera de ella.
El estado de los carros es bueno en general.
La Planta Eléctrica ha funcionado con
regnlaridad.
El día 6 el tranvía Núm. 77 atropelló á
Manuel :\Iartínez, fractnrándole el pié izquierdo.
El día 25 el tranvía Núm. 79 chocó con
n_n carretón particular sin más consecuencias.
De estos acontecimientos tomaron razón las autoridades competentes.
Protesto á Ud. Sr. Secretario, las segu-

ridades de mi atenta consideración y respeto.
Monterrey, Noviembre 4 de 1909.Bernardo Reyes, (h.)-Al Ciudadano Secretario de Gobierno.-Presente.

Banco ele Nuevo León.
BALANCE MENSUAL DEL

30

DE 0cTUBRE D1"

1909.\

.d.cti,o.
CAJA!

Existencia en oro. Central y Agencias .... . S 569.015.00
Existencia en pesos
fuertes Central y .
Agencias..........
242,529.00
Existencia en moneda. fraccionaria . Cen
tral y Agencias....
40.!J53.0l
Billetes de otros Ban•
cos ..............•• lclS,195.00 $1.047,202.01
Documentos descontados ............... .
Préstamos sobre
prendas .............. .
Créditos en cnentaco
rriente ........... .
Préstamos con garan •
tia hipotecaria ...... .
Fondos públicos y valores inmediatamente realizables ...... .
Deudores di versos ..
Cuentas deudoras impersonales ........ . .
llobiliario ........ .
Inmueble .............. .
Cuentas de órden . ( Valores Nomina les)

l. ~21.145. 59

1.174.341.6S
3.022.s41.n
96.067,H4
782.900.00
1.027,!0U. 73
97.508.74
18,U47.56
225.000,00
4 .469, 78U.00

S 13.183.000.9&amp;
Pasivo.
Capital social exhibido ....... ................ .
Billetes en circula·
ción. Central y Agencias ........... .
Depósitos y cuentas
corrientes á la vis-

ta, sin intereses ....
Depósitos y cuentas
corrientes á la vista,
cou intereses ......... .
D~pósitos á plazo mayor de tres dias ....
Acreedores di versos ..
Cuentas acreedoras
impersonales . . .
Fondo de reserva .....
Fondo de previsión ..
Fond? . especial de
previsión .............. .
Cuentas de orrlen.(Valores No minales)

$2.000,000.00
2.101,47n.oo
14,729.41
1-52. '27'±. 27

2. 762.±2:J.5U
GU l.98:l.0f;
15 t .-1-!J 3,7(1

41±.420.90
232.575.13
100.835.83
4.!ü9. 7S6. 00

S 13.183.000. 98
El Gerente, R. J.

Garcta.-El Contador,

A. Mam·ique.-ElCajero, AmadorPaz.-V?B?,
El Inierventor del Gobierno, J, J. Farlas.

�•

2

PERIODICO OFICIAL

•

Corte ele Caja.

Dado en el Sal6n de Sesiones del -H .
Congreso del Estado, en Monterrey, á los
ocho días del mes Noviembre d~ mH novecientos nueve.-Virgi!zo Garza, D:putado Presidente,-R. E. Trevzño, D!putado
Secretario.-Anmlfo Berlmll{fl, Diputado
Secretario.
Por tanto man io se imprim1, publique,
circule y se'ie dé el debido cumplimiento.
Monterrey, 8 de Noviembre de 1909.José M. 1'1/ier.-Lárnro de la Garza, Ofi
cial Mayor.

clases sociales estén prontas y dispuestas á to- pectiYa y en vista de su dictamen. esta misma

mar parte Pll los rf'-goc:ijos eou que ha, da ser Secretada aprueba el documento de que se
solemnizado el gran a.niYersario.
trata, del cual le dernelyo un ejemplar debiEl de primera operaci6n 1ue practic6 ia La Comisión Nacional invita, pues, á todos damfnte autorizado.
Jefatura ele Hacienda Federil en el E3ta los hijos de México parn que solidariamente llléxico, Julio í de 190X.-Jiemándcz:-Rú-

do, po~ el mes de o~tubre último, es unidos por el áureo vinculo &lt;le la ,·erdadera libertad, presten su acti\~o concurso en 1~ gran
como sigue:
5olemnidad de la patria.
EXIS'Í'EXCIA del
MEXICANOS: que el mnndo ch·Uizarlo nos con•
;m rle Septi,•mbre próxitemple en 1910, cobijados bajo el hermoso pallhl p:t~ado ... , ........ '$ 7 1 ~:?'.l. 8:J
bellón tricolor, celebrando la fundacióu de

Im!)orta el In~rc~ &gt;•••..• !U.(fl~. 71

Id

el Eg-reso ....

$ 93,."&gt;6') ..54

brica.-Al Representante de •la Compañía del
Ferrocarril Nacional de ~léxico, C. Guillermo
ele Landa y Escandón.-Presente.
E~ copia, :.\léxico, Julio7 de 1908.-(/ilherto
Jlo11tic! Subsecretario.
1

nuestros lfLres, de aquellos amado~ lares GU~
,, 7G.S,;3. 49 o~tentan el águila canda! por símbolo y escudo.
y que tienen por principio y o.livisa: libertad,
paz y trabajo.
México, 20 de Junio de 1007.-Guillermo de
Landa y Escanrlón, Presidente.-Francisco D.

LA Co:insroN NACIONAL DEL CENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA

Al Pueblo Mexicano.
Próxima ya la fecha del 15 de Septiembre de
1910, en que se cumplirán cieu años de hAberse proclamado la iudependencia de la N ~ción

Secretada ele Comunicaciones y Obras. Públicas.-~Iéxico.-Sección 2~
Compañía del Ferrocarril ~acional d~ 1lé
xico.-La Compañía del Ferrocarril Interna
cional Io.Iexicano.-Compañía del Ferracarril
ele Hidalgo J" Nordeste, S. A.-~'errocarril In
Barroso, Serapión Fernárulez. Romualdo Pas- teroceánico de l\Iéxico.,-Departamento (i-ene
quel, Fernando Pimentel y Fayoaga, Eugenio ral1&lt;le Fletes.

Rascón, RrifMl Rebollcir, Cai·los Rivas, Porfi·
io Parra, Vocales.-José Ga..sarín, Seeret.-~dor

:-\n,u:~rn:-.-ro Xó1EHn 1:; .( LA TAHTFA
Xt,nmo 1-A lJEr, Ff.~HH&lt;ll"AHHrr, ~AcmNAI
nE }IBx:1t·n.

E-.pg('f.\I,

GOBIERXO GEX}:RAL.
J'ublit'ado l'll el .. Dia·1·lo Olida.! ... del ~i df· .Julio de l:(h.

Mexicana, ante semej&amp;.nte espectativa no podía
permanecer indiferente uu gobierno que, 'Jamo

Secretaría de Estado

gistrado de .México, dictó, con la oportuna an-

Se recibió en esta Secretaría el ot:urso de

y del Despacho de Coel que hoy rige nuestros destinos, ha sabido le- municaciones y Obras Públicas.-Sección Sevantar tan alto los prestigios de la Repi'tblica. gunda.-Ñún1. 7Por tal motivo sin duda, el esclarecido patricio
TARIFA DE FERROCARRILES.
y sabio gobernante que es hoy el Supremo Ma-

ticipación que el caso requiere, el acuerdo en- usted fecha 2 del actual, en el 4 ne solicita la
caminado á organizar los trnbajos preparato- aprobación de la Tarifa Especial Unida G. F.
rios de la solemnidad y fiestas con que debe ce- O. número 5 del Ferrocarril de Alamas á Gualebrarse tan fausto aniversario; y al efecto, de- dalajara, para el transporte de Alcohol.
signó á un grupo de ciudadanos de buena vo- Examinado el asunto por ]a Comisión resluntad y amantes de su patria para que, cons- pectiva y en vista de su dictamen1 esta misma
tituidos en junta con el nombre de Comisión Secretaría aprueba el documento de que se
Nacional del Centenario de la Independencia, trata, rlel cual le de,·uelYo un ejemplar debidé la conveniente unidad y dll"ecc-ión á cuantas damente autoriza.do, en el concepto &lt;le que la
labores.se emprendan con el indicado propósi- cuota se aumentará proporcionalmente para
to, por todos los ámbitos de la República.
distancias mayores.
•
Una de las primeras resoluciones de la Comi- ,),léxico, Julio 19 de 1908.-Fcrnández.-Rú-

sión Nacional, ha sido dirigirse átodos sus con- brica.-Al Representante de la Compañía del

Se aYi"-a por el presente q_ue á regir desde
el
las cuotas para madera
extranjera que consta en la Tarifa menciona
da, ~e aplicarán para los siguientes artículos
en carros poi- entero ele un solo artículo o1
mixtos:
"::\-ladera, tiras y tejamaniles, madera para
cajas, en huacales ó bultos, duelas y tapas de
barril, D., material para tanques :r cisternas,
Il., durmientes y postes ele telégnfo [de madera], y los siguient1--.. artículos en blanco, es
decir, sin pintar, barnizar. etc., bastidores
para puerta~ y ventanas con ,·idrio~ ( que no
sean cristales) Ó sin ellos, pen-,iana$, moldu
ras, ménsulas Ó escuadras de madera, aserra
das, esquinas torneadas Ó aserradas, balaus
tres torneados Ó aserrarlos, marcos para puer
tas Ó ventanas desarmados y material desar
mado para escaleras .. ,
·
AclYice is hereby given that effective
the rates for foreign lumber au

ciudadanos, excitando su patriotismo é invitá.n- Ferrocarril ele Alamos á Guadalajara. Sr. A. thorized in tbe aboye mentioned tariff wil the
·dolos á cooperar á las grandiosas fiestas coa H. :\Ic. Kay.-Presente.
ratcs apply upon the followiog- articles in
que ha de solomnizarse el centésimo aniversa•
Es copia, ~léxico, Julio J9 de 190S.-Cilúer- straight or mixed carloads:
rio del memorable grito de Dolores.
to Jionticl, Subsecretario.
"Lumber, lath aod shingles. box shooks,
Toca en s•1erte á la actual generación yi\~ir
en el primer aniversario secular de aquel a.~onSecretaría de Comunicaciones y Obras Pútecimiento histórico, que marcó la. inquebran- blicas. - ~léxico.-Secciíln :H
table resolución de la Nueva España de hacer- Compañía del Sur Pacífico de )léxico, en
se independiente de la antigu" Metrópoli, de conexión
con el :F'. c. Cananea, Río Yaqui y

ser gobernada por sus propios hijos y de constitnírse en Nación libre y árbitra ele sus desti,

nos. La obra de emancipación iniciada con
grá.ntle aliento, arrojo y osadía; proseguida con
sin igual valor y genio militar, y consumad.a

cou espíritu de concilación y de concordia poi
aquella fala1.1ge o.le patriotas que tu.o por solio
•de su grandeza el cadalso, reclama que sea e&lt; -

tebrado sn recuerdo con excepcional entusias
mo, ya que excepcional fué también ese conjunto de ánluos trabajos, de inmensos sacrifi-

cios y de inquebraut,.bles resoluciones que determinaron, al fin, la separación entre esta por-

ción del N nevo Mundo y el Viejo Continente.
Si año por año conmemoran los ciudadanos

de la República, patrióticamente unidos á los
Poderes Públicos, la fecha de ese aniversario

and telegraph poi es [wooden]; and the follo

GOBIERNO DEL ESTA.DO.

Hoy que la República no atraviesa por nin- úsese el tipo de cambio que fije el Departa-

~nno de aquellos aciagos períodos con que más mento de COntabilidad. de acuerdo con la Cirde una vez fllé probada durante la pasada cen- cular ministerial núm. XIX de fecha :?.1 de Oc
tnl'ia; hoy que nada surge que pueda causarnos tubre de 1!105.
inquietudes ni zozobras; que la paz pública .,f. O. /Jidmcll, Agente General de Fletes,
-dón inapreciable de los pueblos-se arraiga ca- Tucson, Arizona.-(;eo F . ./acl.-sou, Yiceagenda día más en nuestro suelo; que el trabajo te General de :F'1etesi Guaymas, Sonora.
agrícola, minero, industrial y mercantil ·ere.

cientemente prosperan, difundiendo el bienestar hasta los más remotos confines de nuestro
territorio; que cuantiosos capitales afluyen al

in racks or bunclles. sta,·e!-i and heaclings. K.
D .. tieS

J&gt; .• tank and cistern material, K.

wing artides in the white, that is to say. not
painted, Yarni'shed, etc.; door~ and wi-ndow
Pacífico. El F. C. de Sonora, la Compañía sash, glazed, [not plate glass] or not glazed,
''Pacífico del Sur·• ( Sistema del Pacífico).
b1ind~, moulclings, sawed "\Yood brackets, tur
nerl or ~awed corners, turned or ~awerl ballus
ters, door and window frames, K. D , stair
TAR]F.\ ESPECIAi. LXIDA G 1-'. O ..';_
F. C. C. R. Y. y P. G- F. 0. 20.-F. C. DE So,.-., ,York 1 K. D.··
(~ 11: fiºs/z. Agente General de Flttes.
G. F. Q. 2!l. - Ci.,. P. m:r. SuR );c,1.
.f.
1/. Drakc. Yiceagente General de Fletes.
F]n Yigor cle:-.de el
de Junio ele 19ÜS.
:\Iéxico, 11&gt; de ~layo de 1!108.-Aprobado
Alrolwl.
por la Secretaría de Comunicaciones v Obras
En en,·a&lt;.;,e:-, de madera ó lata::; empacada~ en Públicas. según oficio número 1110. feCha 7 de
caja:-; en t:arros por entero, pe:-.o mínimo, Julio de l&lt;JO,.
13,fiOS kilogramos.
De Sao Blas Estación, Sinaloa, á El Paso.
Texas. 'E. U. A., Yía Xogales. :Sonora.
Cuota &lt;lirecta en dólares por 1,000 kilogramos ........................................ $ 12 71J

Divisiones.
glorio.so, con mucho mayor motivo deberá ser
celebrada su secular conmemoración con todo Hasta i\ogales, Son..........................
7 iH
•el impulso de nuestro civismo y toda la magni• La C~ Pac. del Sur (Sis. ºPas). ............. .; 03
ficencia de un pueblo libre.
rl'ipo Local de San Blas á Xogalel--........ 46 2B
No se trata, uo, de las ideas de una parcia•
La cuota que señala en la presente será la
lidacl política, ni de sucesos que despierwn me- máxima que pueda cobrarse para la remesas
morias luctuosas para algunos de nuestros com- que se hagan de puntos intermedios á los mispatriota:-;, ni que recuerden disensiones entre mos destinos, y será aumentada proporcionalhermanos; sino de la solemnidad del común mente para distancias mayores.
hogar, de la fiesta de la gran familia mexicana.
Para obtener ]a cuota en moneda mexicana 1

Publicado en el•• Diario üticial.·' del 24 de .l ulio d(' 191.)s.

Secretaría de Estado y del Despacho de Co-

mismo; que se inauguran grandes vi.as intero- municaciones y Obras Públicas.-Sección Seceánicas é internacionales; que se multiplican gunda.-Núm. 190.

los establecimientos de enseñanza; que el ciuTARIFA DE FERROCARRILES,
dadano goza de las libert11des civiles; que nuestro Gobierno es respetado por su cré1ito en el
Se recibió en esta Secretaría el ocurso de
mundo financiero, y en el orden soci"l por sn esa Compañía, fecha 15 de Junio próximo pahonrada labor de progreso; hoy, en fin, que lo- sado, en el que, entre otras cosas, solicita la
gramos tal suma de inapreciables bienes, mer- aprobación del Suplemento número 13 á la r.ra•
-0ed á una acertada administración pública, á rifa Especial número 1-A del Ferrocarril Naquien secund" el buen sentido del pueblo, y cional de México, para el transporte de varios
que para nuestro país todo es lisonjero, moti- artículos.
vos hay de sobra para esperar que todas las Examinado el asunto por la Comisión res-

3

PERIODICO OFICIAL.

!OSE M. J,ffER Gobemador Constitu
cioua! zºnterúzo del Estado Libre y So•
berano de Nuevo Le6n, á todos sus habi
!antes hago saber: que el H. Congreso
del mismo, Iza deo'eta.do lo que s1r¿-ue.
Número rS.
El XXXV C·)ngreso Constitucional
del Estado, representando al pueblo de
Nuevo Le6n, decreta:
Artículo (rnko.-Se refor,man, para el
solo efecto de las eleccione, muºnicipales
del presente año, los artículos 32 y 36 de
la Ley Electoral vigente en el Estado
decretándose: que las asambleas pflpulare~
á que se refie:e el artículo 32, se reunan,
en s1;1 res12ectlva s~c&lt;;i6n, para elegirá sus
fu_nc1onanos mun1c1pales, el último dommgo del presente mes de Noviembre· y
que los Escrutadores á que se contrae' el
artículo 36, se reunirán, para el ejercicio
de_ las funci?nes que l_es confiere la ley, el
primer dom,mgo de Diciembre pr6ximo.
Lo tendra entendido el C. Gobernadcr
;°ªn?ándolo imprimir, publicar y circula;
a quienes corresponda.

•

PODER LEGISLA.TIVO.

ria, con la lectura del acta de la anterior,
que fué aprobada.
. .
La Secretaría di6 cuenta con lo s1gu1en-

1

XXXV Congreso Constitucional. ~:

1·

La Legislatura del Estado de Ja isco
SESIÓ!f DEL 29 DE ÜCTUBRE DE 1909,
participa, que e} 30 del 12asado c~aus~r6
Presidencia del C. Lic. Crispinz"ano Ma- su segundo peno"do de ses10nes ordmartas.
-De enterado.
drigal.
El Vicepresidente de la Legislatura del
A la hora reglamentaria se abri6 la se; Estado de Tlaxcala comuni_ca, que el _21
sí6n y leid:i el acta de la anterior, que fue del p.sado falleci6 el Sr. Lic._ D. rr~nct~aprobada, la Secretaría di6 cuenta con lo co S. Espeje], Diputado prop1etano .ª _dis' guiente:
.
cha Cámara.-De ent~rado con sent1m1enEl Presidente del Supremo Tnbunll de to.
Justicia del Estad0 de :\'léxico comunica,
El Gobernador Sustituto del Estado, C.
que el 22 del actual falleci6 el Sr. Lic. Líe. Leobardo Chapa participa, que ~aCongreso del Estado de Nuevo León.
Agustín J\Iar~ínez d~ Castro, Segundo !\fa. biéndose presentado á ejercer sus funcioEsta H. L~gislat1.1ra, con fecha de hoy.
gistrado de d1ch'l Tnbunal.-De enterado nes como Gobernador Interino del Estado
tuvo á bie, aprobu el siguiente acuerdo: con sentimiento.
el C. General, Lic. José María Mitr, _para
Instancia del reo de homicidio. Gabriel cnyo puesto fué nombrado por est~ Caa:a
Número 5.
Sáenz solícitándo conmutaci6n de pena. ra, le hizo entrega del Poder E¡ecut1vo
-Al~ Comisi6n de Justícia.
que estaba á su cargo.-A sus antecede·
U oíco. -Se condona la suma de doscienSe puso á discusi6n _un dictámen de_ la dentes.
tos veinte pesos, que el C. Nicanor Villa- Comisi6n r. " de Hacienda que term!Ila
El e.General, Lic. José María Mier correal adeu.da á este Municipio, procedente co'l el siguiente acuerdo, que fué aproba, munica, que el 1º del actual se hizo cargo
del Palenque de Gallos que tenía estable- do:
del Poder Ejecutivo del Estado, con el cad .
U nico.-Se condona la suma de osc1en• rácter de Gobernador Interino-De entecido en esta Ciudad.
tos veinte pesos que el C. Nicanor VíllaProtestam'ls á Vd. nuestra atenta con- rreal adeuda á este ,\Iunicipío, procedente rado.
Iniciativa del Ejecutivo del Estado .r~•
sid•ración.
del Palenque de Gallos que tenía estable- ferente á las pr6ximas eleceiones _M~mc1Libertad y Constituci6o. Monterrey, cido en esta Ciudad.
pales, la cual termina con el s1gmente
N ¡ habiendo otro asunto de que tratar, proyecto de ley:
Octnbre 29 de 1,909.-S. Botello.--Dipu
Umco.-Se reforman, pira el solo efectado Secretario.-C. Lozano.-Diputado se levant6 la se-ii6n, á la que concurrieron
los CC. Diput~dos; Madrigal, Bo_tello Sa to de las elecciones municipales del preSecretario.-Al C. GJbernador Sustituto
l')mé, LoZ1no, Bemtez Leal, Larhgu::~ Sa- sente año los artículos 32 y 36 de la ley
del Estado.-Presente.
linas, Garza, Botello A:nulfo, Trevmo, y electoral ~igente en el Estado, establecién·
Martíuez-Falt6 con av1sJ el C. Berlauga dose: que las asambleas populares á que
-C. M,idrigal, Diputado ~r,sidente.-5 se refiere el artículo 32, se reunirán en su
.
,
JJotdlo, Diputado Secretano.-C. Lozano respectiva sec~i~n para el~gi: á sus _funSecretaría ~el Gobi~rno. ~el E st ad_o Diputado ~ecretario.
cionarios mumc1p1les, el ultimo dommgo
de Nuevo Leon.-Secc1ón 3- ,--GoberEs copia. Monterrey. o~tu_bre 29 de del presente mes de Noviembre; y que los
nación y Guerra.-Circular .N" úm. 82. 1909 .-Rafae! del Castillo, Ofic1al Mayor. Escruta~ores á que se contrae el artículo
Con esta fecha el H. Congreso del
36, se reunirán pa~a el ejercicio de las_funEstado ha expedido el siguiente de- SE-ION DEL 1º DE NavIE:\IBRE DE 1909. ciones que les conbere la ley, el pnmer
domingo de Diciembre pr6xim'.J.. . . .
creto:
V C
Presidencia del C. Lic. Virgilio Garza·
Terminada la lectura de esta m1c1at1va,
"Número 18.-El XXX
(lngrehicieron uso de la palabra sucesivamente,
· ·1 d e1 E 8 t a do , 1·epre- A las siete p, m. se abrí6 la_ sesión co_n los CC Diputados Treviño, Berlanga y
so Constituciona
,1
L '
la lectura del acta de la anterior, que sm
eon,
B'&gt;tello S1lomé, haciéndola suya.
Se ntando al ¡iueb1o d e ..., nevo
, re f o_r- discnsién fué aprobad...d"'
, 1 c
·eta·.-.\.rtículo
único.-::le
f
,
La Mesa determinó que
a a L o-,
decl
En seguida se proce_ ,10, con or1'.1e a re. pasara
.
e_
glamento, á la renovac1on d e Ofic Ios, re- mí,i6n de PunUs Constttuc10na 1es Y
man' l)al·a "ú,l sólo efecto de las elecc10nes municipales del presente ano, los sultando electos para formar la Mesa en gislaci6n.
9
3r, 1 la Ley Electoral el "resente mes los CC. Diputados:
El C. Diputado Benítez Leal Presidenartícul os 3 ~ v " ue
,..
te d 3 la Com'si6n aludida manifest6: que
vig·ente . en "el Estado, decretándose
Lic. Virgilio Garza . . • Presidente.
atendiendo á las razone;; con que apoyaba
que las a~ambleas populares á que se
,, Culos L'.lzaoo • • Vice-pSresiden~e, el Ejecntivo la iniciativa de refere1.1ci~ y á
refiere el artículo 32, se reunan, en su
Dr. Ram6n E. Treviño .• 1er ~cretano. la premura del tiempo de que podía d1sporespectiva secció1~, _para ele_gi~ á sus
Arnulfo Berlanga . . • 2º Secretario. nerse p.ra la expeiici6n de la l~y respecfuncionarios mumc1palos, el ultimo doDr. Pedro c. i\iartínez . . • Tesorero. tiva, opinabi porque se suspendiera la se·
ing·o
del
presente
mes
d_e
~ov,iembre;
H•biendn toma fo po,esi 6 n de sus' res, sí6n para emitir desde luego el corresponln
'
_se con.- pectivos
puestos los electos, el C. Presi- diente dictámen.
.,
Y q ue los Escrutadores a qu_e an
para
dente
manifest6:
que
debiendo
prestar
la
Formulado
que
hubo
la
Comis·oa
sus
trae el artícul O 36 , se re~mr '
,
dictámen, continu6 la sesi6n, dándosele
el ejercicio de las funciones que les prote 5t a _de le~ a,,~te_JaMC~mara et Cd ge- lectura á éste, que termina co1sultando
. 1 1 el primero de Diciem- neral, Ve.Jase ·uana ier, nom ra o o"6 d 1 . . . .
.
t
con fi eie a ey,
,
d. d
l bprnador Interino del Estado, quedaban la aprobac1 n e a rn1ciat1va pre1nser a.
bre próxirno.-Lo tendra enten I. o _e c;misionados para recibirlo los CC. Dipu•
Se di6 pr· mera lectura á un dictá~en
C. Gobernador, mandándolo imprnmr, tados: Benitez Leal y Botella Salomé, sus- de la Comisión de Justicia que termina
publicar y circular á quienes co_rres- pendiendose, al efecto, la sesi6n. ,
con el siguientB acuerdo:
d -Dado en el ::,alón de Sesiones
Momentos despues, se presento en e
Unico.-No se couce:le al re) de lesio~~t ConoTeso del Estado, en .\Ion- s~l6n el C. General Mier y habiendo otor- nes, Gabriel Sienz, la gracia de conmuta, l"
·h d' s del mes de gado la protesta de ley, en la forma re~la- ci6u que solicita, de le part:: de_ pena de
terre~', a os oc. o ia .
ve mentaría, se ai6 por terminada la sesión; pdsi6n que le falta p:ir eX;t10gu1r y que 1'3
1
Nov,i_em_bre d~ mil novecien,tos nt ~ -~ á la que c1ncurrieron los CJ. Diputador fné impuesta por el meac10nado deltt'l.,_ \ irg1ho haria, Diputalo Pie;1 Garza, Treviño, Berlanga., Lozano, :\Iarti Para segunda lectura .
dente.-R E. 'l'reviño, Diputad? ;Se- nez. Benítez Leal, _Madrigal, B'.ltello A;No habien:lo otro asunta de que tratar,
cretario.-Arnulfo' Berlanga, l)iputa- nulf~, Sil_inas, Lartig~e Y Boteio S~~ome. se levantó la sesió1, queianio cita'.los los
do ::,ecretario".
-Vng~lto Garza, J?iputa_do resi eote. CC. DipuUdos par&lt;1 e, siguiente día.1
'
G
b
-J:.amon E. Tn,•wo, Dipu~ado Secre- Concurrieron á esta sesión los CC. Dipu0
d
Lo que por acuerdo e \-:lr . . . er: tan-:,-Amu!fo Berlan[{a, Diputado Se- t d
G
T
•- Ber'anga Bo•ello
dor
ten.i:ro
la
honra_
de
tras,cnbir
a
.
a
os:
arza,
revmo,
,
,
•
na
.,
fi
creta no. .
.
Salomé, M ,drigal. Salinas, Benítez Leal,
0
Ud. para su conocimiento Y nes conEs copia. 1-ionterrey, Nov1e_n~bre 1 d~ Lozano, Botella Arnt1lfo, Martí~ez y Lar:·
si&lt;ruientes, recomendándole se snva 1909 .-Ra(ael del Castillo, Of1c1al Mayor. tigue -Virgitio Garza, !)iputado Prestac~isar recibo de la presente.
--dente.-R. E. Treviño, D1¡mtado SecretaLibertad y Constitución. 1[onteSEsI6N DEL 3 DE Nov!E,IBRE DE 19º9· rio.-Arnu!fo Berla11ga, Diputado Secre,

Ft

rrey, 8 de Xoviembre de 19 o9 .-Lá- Presidencia del C. Lic. Virg·zlio Ga~za. tario.
Es copia. Monterrey, Noviembre 3 de
l l Gcu-za ' O · :M.-A.l C. Al- Se abrió la sesión á la hora reglamenta- r909.-Rafael
zaro e e9 a
del Castillo, Oficial Mayor.

calde 1 de .. ••

�¡

PERIODICO OFIClAL.
SESION

NOVIE1IBRE DE
1909.
Presidencia de! C. Lic. Virgi!zo Garza.
DEL

4

PERIODICO OFICIAL.

DE

Diciembre del año anterior. mandó amo. dado dar sepultura al repetido cadáver, se
nestar al reo para que no reincida y dejó r~cavó y agregó á los autos una copia cerá los deudos del occiso sus derechos civiles t1ficada de la acta de defunción relativa
á salvo: visto el dictámen que en seo-un, levantada por el C. Juez r º del Estado
Abierta la sesión con líi lectura del acta da instancia rindió el C. Ministro Fi~cal civil.
Resultando: que como por lo pronto
de la anterior, que fué aprobada, la Se- solicitando se reformara aquel fallo e~
cuanto á la duración de la pena impuesta ningunos datos pudieron recogerse acerca
cretaría dió cuenta con lo siguiente:
Segunda lectura del dictamen de la Co- al procesado, que debería ser de ocho años de la mu~rte de Epifanía Ramírez, se en.
misión de Puntos Constitucionales y Le- de obras públicas, en virtud de ser igual comend6 á la Policía hiciera algunas ingislación relativo á la reforma de lós ar- el valor de las atenuantes al de las cir- vestig8ciones de las que resultó que sobre
tículos 3 2 y 36 de la Ley Eelectoral del cunstancias agravantes que en el caso el particular sabía algo Guillermo Her,
Estado, que terwina con el siguiente concurren; haberse cometido dicho de'ito nández, quien al ser examinado manifestó:
de homicidio en riña por el agredido y que después de haber andado juntos él y
proyecto de ley:
además
ser reincidente el acusado: visto Ramírez tomando licor en varias partes
Unico.-Se reforman, para el solo efecto
lo
expuesto
por la defensa de oficio y la comó á las ocho de la noche del seis d~
de las elecciones municipales del presente
resolució;1
~ue
en tre_ce de _Mayo _Próximo Enero ~e mil novecientos dos, llegaron á
año, los artículos 32 y 36 de la Ley Electoral vigente en el Estado, decretándose: pasa~o dicto en la misma 10stanc1a el C. la Cant10a denominada ''La Montaña Aque las asambleas populares á que se re M~g1strado de la 2~ Sa!; de este Supremo zul'' donde estaba Alejo de la' Cruz en el
fiere el articulo 32, se reunan, en su res• Tn~una), cuya resolucton reformando la departamento que sirve de fonda en la
pectiva 8ección, para elegir á sus funcio- del_ mfer10r co~cluye con los puntos si· misma Cantina; que este último levantán.
narios muoicipales, el último domingo gmentes: "Primero: Se condena á f\-lejo do~e de su lugar se dirigió á Ramírez con
del presente mes de Noviembre; y que los de 1~ C::r?z &lt;;Orno respons~ble del delito de qmen se puso á hablar saliéndose luego
Escrutadores á que se contrae el artículo hom1c1d10 eJecutado en riña y por el agre- los dos á la calle y pasado un momento
36, se reunirán, para el ejercicio de las dido en la persona de Epifanía Ramírez y se fueron cogido~ del brazo rumbo al Norfunciones que les confiere la ley, el pri. sien~o aq1:él rei_ncidente, á sufrir la pena te, creyendo el declarante que aquellos se
mer domingo de Diciembre próximo.
de siete ai:os, Hete meses, doc;e ?ías de habían disgust~do por el tono de las palaLa Mesa propuso á la Cámara se admi- obras púb)icas? q;1e se empez~r~n a contar bras que se dec1an, pero no supo Jo más
tiera desde luego á discusión el dictámen d:sde el ~1a d1ec1ocho de D1c1embre del que sucediera por haberse quedado en el
de referencia, en atención al corto lápso ano próximo pasado_ en que se le declaró Establecimiento referido. Pablo Longode tiempo de que podía disponerse para for?Jalmente pre~o, impuesta esa pena cou ria y José Rodríguez, empleados, como
expedir con oportunidad el correspondien. ca;1dad de retenc_:;ón por una cuarta parte f~ndero aquél y e) segundo como depente decreto, y concedido ésto, se sometió á mas de su durac-1011 en el caso de la ley. diente de la menc10n:ida Cantina declara.
debate en la forma reglament&amp;.ria; más no S~gu;1do: Se_ 1~, amone,ta para que no ron en los mismos términos que' Hernán.
babiendo discusión, se dispuso, conforme remc1da, adv1rt1endole las penas á que se dez, expresando el Sr. Tomás G. Gonzáal artículo rr8 de la Constitución del Es- expo~e en caso de contraveoci?n· Tercero: 1ez dueño de la Cantina "La Concordia"
tado, se mandara copia del mencionado Se de¡an á los deudos del occiso sus dere que el seis de Enero citado en la noche'
dictámen á la Imprenta del Gobierno pa• chas á_ s~lvo en cuanto á !ª responsabili- temprano, estuvo Ramírez 'en su Estable'.
ra su publicación; quedando señalada la dad c1v1I. ~uarto. Not!fíquese y dése cimiento volviendo después como á las
sesión del día 8 del actual para votarse. cuenta''. Visto el recurso de súplica in- tres de la mañana siguiente acompañado
En seguida, se dió segunda lectura al terpuesto por la defensa y la aplicación de de un individuo que po,r su~ señas parti,
-dictamen de la Comisión de Justicia re- los autos_ a ~sta Sala por correspond 7rle calares creía fuese Alejo de la Cruz; y Maferente á la conmutación de pena solicita- en t1_1rno. visto lo que en esta t;rc~ra ms- teo Bustamante dependiente del Sr. Gonda por el reo de lesiones, Gabriel Saenz. tancia ale!\aron las partes, la cltac1ón pa zález declaró en el mismo sentido que és-Para discutirse en la próxima seeión.
ra sentencia y cuanto más debió y con\'Í· te, agregando que Ramírez cuando estuvo
No habiendo otro asunto de que tratar, no verse.
en la Cantina, aprovechando un descuido
se levantó la sesión, á la que concurrieron
~esultand~: que como á las ci~co de la del i~dividuo qu~ lo acompañaba le dijo
los CC. Diputados: Garza, Treviño, Ber- °:'-anan'I del s1e~e -~e E;1ero de mil no~e- qne este era .su nval, á qmen tenía miedo
langa, Madrigal, Lartigue, Botella Aruul- cientos dos, rec1b10 aviso el C. Juez ins- porque era muy felón: Los Señores Ve~
fo, Lozano, Salinas y Botello Salomé.- tractor de que sobre la banqueta corres- nancio Tejidor y Lamberto Guerra decla·
Faltaron con aviso Benítez Leal y Mar pondie?te á la casa número 60 en la calle raron qne el repetido día seis d~ Enero
tínez.-Vz.r¡,zlio Garza, Diputado Presi- de "Mma", hoy 5 de Mayo, de esta ciudad, deron á Epifanio Ramírez qne andando
dente.-?.. E. Treviíío, Diputado Secre- esta?ª un hombre muerto, por cuyo moti- bastante ébrio con su pistola en la mano
tario.,--Arn11!fo Berlanga, Diputado Se- "? d1c~o funciona_rio mandó levantar ave- decía "tengo ganas de matar á un chivo;
cretario.
nguac16n trasladando,e en el acto el per- ó lo mato ó me mata á mí''.
Es copia. Monterrey, Noviembre 4 de sona! del Juzgado al lugar referido donde
Resultando: que en razón á los datos
1909.-Rafael del Castillo, Oficial Mayor. efec~Iv~~ente se encontró el cadáver de recogidos se mandó proceder contra Alejo
un rnd1v1duo_ q~e pudo ser i~entificado de la_~ruz, libr~ndose la orden de _apre·
por el de ~p1f7,n10 Ramirez? 9u1en serví~ h_e~~10n respectiva, y más después se reen la Can~ma La Concordia' como coc1- c1b10 del Juez 2? de lo Criminal dela Ciunero; se d1ó fé de una lesión punzo-cor- dad de México, testimonio de unas dili.
t~nte
como de dos ce1_1tímetros de exten. gencias practicadas contra Elena de la
Secretaría de la 3~ Sala del Tribunal
~Ión.
que
en. la reg1,ón supra-clavicular Cruz, quien había descubierto que su her.
Supremo de Justicia.-l\lonterrey, Nuevo
tzqu~erda
á
siete cent1metros de la línea mano Alejo del mismo apellido había dado
León.
m;du,. presentaba el_cadáver,de referencia muerte á Epifanio Ramírez, no habiéndoMonterrey, veintiuno de Junio de mil as1 como de que este tema sus ropas se logrado la captura del mencionado Ale.
novecientos nueve.-Vista en súplica la bastante manchadas de sangre, y ~mpuña- JO de la Cruz hasta á fines del año próxipresente causa que por el delito de homi- ha en la mano derecha, con el gatillo com- mo pasado que volvió á esta Ciudad
cidio comenzó á instruir de oficio con fe. ple~amente montado, una pistola Colt,
Resultando: que AleJ·o de la e·
cha siete de Enero de mil novecientos dos calibre 41, conteniendo en el cilind,ro cin. rendir su indagatoria confeso' termi;nuazntªe.1
el C. Juez primero de Letras del Ramo co. cartucho
.
s 11 enos, cuya arma fue reco- mente su delito, expresando que anduvo
Penal de la 1~ fracción judicial del Estado g1da JUntamente con una cartuchera y tomando vino desde el cinco d E
d
contra Alejo de la Cruz, rnltero, de dleci'. funda correspondientes que traía el occiso mil novecientos dos h i d e ne~o e
nueve años de edad cuando •ielinquió, co• fajadas en Ja cintura y algunos otros ob tod 0 1 d' . . , ac e~ 0 10 mismo
· t e am bu ¡an te, ong1nario
· ·
· de S an Jetos
.
'
e 1a stgmentes,' contmuó
por la 11 O·
merc1an
que ninguna relación
tenían con el· che hasta
d
1
1
Luis Po!o.sí Y -..:ecino de esta capital: vis- delito. A continuación fué remitido el na habien1~ :a1f~:o aªel ª~e os _de maña.
t~s las d1hg~~crn~ que comprende el suma- cadáver mencionado al Hospital González ñón'' donde se tom
o&lt;laJo El Ca
r10, la reqms1tona del Representante del donde se Je practicó el reconoci·mlento y f , ,
t
ó un cua~to de mezcal
..,,. ·
· Públ.
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ue a sen arse en una glo t
d
.n101steno
ico, y o que en primera autopsía respectivos por dos Médicos del p 1 . d G 0b'
ne a cerca e1
·1ns t anc~a
· a1egó e1 .defensor, _as1' como la mismo
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Establecimiento, quienes al rendir cu 0 unto lle ,
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sentencia pronunciada el tremta y uno de el dictámen del caso después de hacer la d.l dpl
g ó a poco un md1v1duo p¡.
• t
•
. .
,
1en o e mezca 1, Jo que no p d0 d ¡
Marzo de1 corneo
1
e _ano por e referido descripción de la herida antes citada con- siendo eso el único m .
u
ar;•
Juez de Letr~s, quien conceptuando al clnyeron expresando que ésta fué la cau- ara in'uriarlo
otlvo que tuvo aqu:l
procesado AleJo de la Cruz responsable sa determinante de la muerte de Epifanio 1- d J
t , gravemente de palabra d1·t
d
h
·
'di
·
R
,
en
°
que
ra1a con qué querer! o, e' 1nv1.
· ·
t
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d
l
como au or e e 1 o e om1c1 o que e¡e• amirez pues el agente vulnerante hirió tánd 1 , -·
1
O
~ut6 e:1 riña, sie_ndo agredido,_ lo condenó la vena arteria subclavias, atravezó obli- te lnao:::~to que aceptó_ el declaransufnr, con calidad de retención, la pena cuamente el lóbulo superior del pnlmon Mt.Y h .
s. para la antigua calle de
decua t ro ~nos,
.
.
e1 0 nente
de la .c·1U dad , Y a1
once meses, tr~ce. d',as de 1zqu1erdo,
terminando en la aorta toráxi. lle na
ar áac1a
un call
.,
obras públicas, á contar del d1ec1ocho de ca que también ofendió y habiéndose man cesg d 0
. deJo n no queriendo el pro.
'
·
a seguir a e1ante le dijo á dicho Jn.

SECCION ,JUDICIAL.

!f

?

ª

y

5

dividuo que «allí estaba bueno», y en el que se obtenga conforme se ha expresado veintidós de Julio último fecha de so
formal prisión. Segundo: Se le condena
acto aquél, sacando una pistola que porta- en el Considerando precedente.
Considerando: que toda pena de prisión igualmente á reintegrar en la Tesorería
ba le dió con ella dos golpes, por lo que
de la Cruz entonces haciendo uso de una ú obras públicas por dos ó más años se Municipal de General Terán los honora.
-cuchilla zapatera que traía, sin saber de entenderá siempre impuesta con calidad rios de los peritos que intervinieron en
donde la hubo, descargó sobre su adver· de retención por una cuarta parte más el proceso. Tercero: Amonéstesele para
sario un golpe hiriéndole, sin poder pre de su tiempo, en el caso de la ley; que no reincida. Cuarto: Se dejan á los
cisar en que parte, exclamando en el mo- que en toda sentencia condenatoria se deudos del occiso sus derechos á salvo por
mento aquél, «ya me mataste», y de la prevendrá que se amoneste al reo para lo que toca á la respons~b_ilidad ~ivil:
Cruz después de hacerle la recomendación que no reincida, abonándosele los su- Visto el dictámen del C. M1mstro Fiscal,
de que no se fuera á rajar, se dirigió pri frimientos que haya tenido con motivo las pruebas rendidas en ésta instancia,
mero rumbo á Catedral y luego á su casa del procedimiento y dt&gt;jarse á la parte lo alegado por el defensor de oficio, la cipara ausentarse de esta Ciudad el mismo ofendida sus derechos á salvo res- tación para sentencia y todo lo demás
día. Se practicaron sin lograrse su objeto pecto á la responsabiliad civil, la que que debió verse y consta de autos; Y
Resultando primero: Que en la fecha
los careos procedentes entre el procesado no puede declararse sino á instancia
de
parte
legítima;
artículo
70,
71,
182,
deJa
iniciación de ésta causa á las nueve
y los testigos Guillermo Hernández y Tomás González, sin que pudiera lograrse 208 y 287 del repetido Código Penal,- de la mañana, tuvo noticia el Alcalde 1 °
la comparecencia de los demás testigos, y Por las consideraciones anteriores y fun de la Villa de General Terán, de que cer•
por último del informe rendido por el Se, &lt;lamentos legales asentados, confirmándo- ca de la Hacienda del Carrizo de aquella
ñor Director de la Penitenciaría aparece se en todas sus partes ·]a sentencia de vis• jurisdicción, se hallaba un hombre muer•
que en ésta, por el delito de lesiones estu- ta suplicada, se resuelve:-Primero: Ale• to, por lo que desde luego se constituyó
vo preso Alejo de la Cruz desde el veinti- jo de la Cruz es responsable 'como autor aquel funcionario al lugar expresado Y
nueve de Julio al veintiséis de Diciembre del homicidio de Epifanio Ramírez ejecu, en el camino que conduce de la Hacien·
de mil novecie.atos uno, en que se puso en tado en riña por el agredido, y por tal de- da de que se ha hecho mérito al paso de
libertad por haber cumplido su responsa- lito, siendo además reincidente el procesa- los "Horcones'' dió fé de que se encontrado, se le condena á sufrir, con calidad de ba el cadáver de un individuo que fué
bilidad criminal.
retención por una cuarta parte más de identificado cnmo el de José Es pinaza el
Considerando: que durante la instruc- tiempo, en su caso, la pena de siete años, que presentaba och o h en·a as causa a· as a¡
-ci6n con la diligencia
de fe judicial del siete meses, doce días de obras públicas parecer por rnstrumen
·
t o punzo-cor t an te
~
cadáver y de la lesión que presentaba, con ue se contarán desde el día piecioc h o de sltua
· aas, una en ¡a reg1'ó n 111
· t ereos t a11· z.
el dictamen emitido por los peritos médi- qDiciembre del año próximo pasado, fecha qmer
· da, otra en 1a reg1on
., ex t erna 1 a' me•
-co legistas del Hospital González, y con de su prisión preventiva.-Segun do: Amo-- a·10 centlme
, t ro d e ¡a l'mea me a·ia, Ja t erel tcertificado
de defunción
en néste,e al reo en los términos de la ley pa- cera so b re ¡a pare a antero- l at era l deJ
d' b'
· t'fi d constante
¡ t' mi
au ods, qlue ºt, tenl JUS 16ca o end olsCóerd1· o. ra que no reincida.-Tercero: Previo el abdomen al lado izquierdo, otras cuatro
nos ¡e os ar 1cu os 51 Y 52od ¡e d p g rec1'bo correspon a·1en·te devue'Jvase ¡a p1s· en los dedos de la mano derecha, y la úlp
2
2
20
ed~a _Y 4tI9,d4! R, 4 3 Y 4 4 . et
~ºj tal recogida del. occiso Ramfrez por el tima en el dedo meñique de la mano iz.
~e ~miden hos ~ 'di amo, 1ta dexis elnc a eo Juzgado instructor á los deudos del mismo qnierda; nombrándose por el juzgado pa•
-ue11to e ·fom1c1
ah ob''en da pers
· occiso,
• a, qmenes
•
· sus ae- raques e 1 1·c1ese
·
¡a autops'1a de d1'cho ca· R o e¡ecu
,
J.
tam bl,en se deJan
11
10
1
d
E
1:ªfi ed _P
tamirez, ¡ª ietn ºae
rechos á salvo por lo que hace á la respon, dáver al médico Sr. Hermenegildo Cha1men e que e au or e e e b'J'd d · ·¡ C t . N t'f'
ti ca
o
1gua
. ¡ f , Al · d ¡ e
ú se sa 1 1 a c1 v1 . - uar o. o 1 1quese y. s1· pa y el práctico Sr. Martín Cantú quiedel !to ºa ude
eJO ~ ª r°z_,, se~ d~ . dentro del término legal 110 se interpone nes al rendir su dictámen correspondien·
despren e : s~ p7prn con eswn ebu 1pºt1 recurso, líbrense los testimonios respecti. te describieron las lesiones refer;das ex•
1a que ~or s1 so a o~ma unalpru ª .. e· vos al Superior Gobierno del Estado po- presando que Espinosa murió instantána en virtud de reu111r todos os reqmsitos 1' a
,
d'
· .,
¡ p ·t
neamente á consecuencia de la herida pe•
elío exige el artículo 4r5 del n_ e~ osle a suAl 1spdos1cl1011Cen ah' e111 en].
.
1
q uepara
• .1:¡t·
t ·t d d bi'endo con- c1ana a reo
e¡o e a ruz, agase a netrante de pecho descrita en primer u·
Código ,1 1mamen
• •, corres pon a·ten t e y are h'wese gar: que en segm'd a se or den ó l a 1·nhu. ·
d' h e 1c1 a · o,· di e s c etió transcrtpc10n
cept?ars~ que ,e o _1om1c1 o e dom
la causa. Definitivamente juzgando, as! mr.ción del cadáver, recabándose copia
en nña siendo agredido el procesa 0 , por 1
'ó fi O, ¡ e L.
v certificada del acta de defunción que se
fü:to que \~_ sentenc1 l\1 :111
t de a· ic. a Sivi anod ·
q ue. así lo ha referido éste, único
d
I 11arrea 1, ,ag1s ra o e 1a 3.
a1a: ay mandó agregar al proceso.
existe ªter~ de la man~\ e
pasa fe. -Lic. Viviano V. Villarreal.-Lic. L.
Resultando segundo: Oue practicadas
~~:c\~!es e; a~s~!tse~irº ap~r~c~:s ~!ºJe~f:: E. Aldape, Secretario,-Rúbricas.
las diligencias conducentes á la averiguaración del reo corroborada ce.o los datos
·- - ci6n del delito referido, de ellas aparece
dT
·
d
f
Secretaría
de
la
2.
"
Sala
del
Tribanal
que el día anterior á la iniciación, como.
1
que
· ·
"
N nevo a' las ocho de la noche se hallaba el pro. a· arroja
· ¡ la enunciada igencia e e Supremo d e Just1c1a.-monterrey,
JU tcia ·
León.
cesado Jesús Carrasco acompañado de Ju.
Considerando: que el homícidio ejecuta;\lonterrey, once de Junio de mil nove- lio García, Longinos Limón y otros indido en riña por el agredido se caS t iga con cientos nueve.-Vista la presente causa viduos por fuera de un tejabán que llaseis años de prisión ú obras públicas; ar• empezada á instruir de oficio el veinte de man "La Cantina" sita en la Hacienda
tículo 530 fracci6n II del Código Penal; Julio del año próximo pasado, por el C. del ~'Carrizo" jurisdicción de General Temás como en favor del inculpado obran Alcalde 3.0 Suplente de la Villa de Gene- rán, cuando llegó allí José Espinoza Y couna atenuante de primera clase, la confe. ral Terán, contra Jesús Carrasco, Julio menzó á dirigir indirectas al primero de
sión que expontáneamente hizo de su cu!- Gsrcía, Praxedis Morales, Longinos Li- aquellos provocándolo á reñir pués el
pabilidad, Y otra _de ~ercera, d~ h3:b;r an- món, Cruz Ríos, Guadalupe Gouzález y día anterior habían tenido un disgusto Y
dado ebrio al delmqmr, 00 perJUátcao dole Zeferino Cruz por el delito de homicidio como Carrasco le dijeron que estaba á sus
más agravante que la frecueocia del delito perpetrado en la persona de José Espino- 6rde•es se retiraron para arreglar la enesen el Estad&lt;', que es de tercera clase tam- za, continuándose Juego el proceso por el tión pendiente que había entre ellos y á
bién, supera el valor _de aquell~s e~ una C. Juez de Letras de la 7."' fracción judi- corta distancia fueron alcanzados por
unidad, lo que a~enta la aphcacwn de cial del Estado sólo contra Carrasco por Longinos Limón y otros que evitaron la
una pena propo_rc10_nalmente menor ~ue haberse puesto á los demás en libertad con riña pero no obstante eso, al seguir su cae! término med_10 fiJado por la l;j'i articu- las reservas de la ley, siendo aquel, salte- mino Espinosa siguió provocando al aculas 3$, 40 fracción IV, 42 fraccion ~, ,47 ro, jornalero, de diecisiete años de edad, sado quien se diPiriji6 á donde aquel esfrac71ón XII, 66, 67 Y 22o del refert d o originario de San Francisco de A podaca taba y al encontrarse riñeron causándole
Código Penal.
y \'ecino de la expresada Villa de Gene. el segundo al primero con un cuchillo que
Considerando: que Alejo de la Cruz es ral Terán en la Hacienda del Carrizo: portaba las ocho heridas de que se ha he.
reincidente tJ0r que antes de cometer 1 Vistas las ~iligencias practicadas duran- cho referencia, en el concepto de que al7 te el sumario, la confesión con cargos que gunas de ellas confiesa el procerndo que
delito por el cual ahora se le juzga habia
sido condenado por otro del mismo gén:• se tomó al encausado Ca;rasco,_ l~s prne; se las infirió estando Espinosa casi caído
ro, según aparece de autos, cuya relnc1- ~as que_ el defensor de ,este rindió en I y sin que se le viera ninguna arma: que
deuda por haber cumplido ¡-l procesado_su 10stan~1a y lo que alego en favor. de su el C. Alcalde Instructor hizo constar que
condena anterior y 110 haber transcurn?o patrocmado, así como ~a sentencia_ que al practicarse la diligencia de fé judicial
ra cuando nuevamente delinquió el ter• el Juez de Letras refenno pronu_nc1ó el se encontró cerca del cadáver una piedra
~ino sefialado en el artículo 29 del Códi- cinco de Enero. de~ año en curso, concl~- como de un kilo de peso de las que había
Penal es punible con arreglo á Jo pre yendo con los siguientes pontos resolutl• muy pocas en aquel sitio y además traía
!;ptuado 'en el artículo 207 fracción III vos: Prime~o: Jesús ~a:r~sc~ es respon- otra piedra en la bolsa de la blusa. El
del mismo Código en virtud de que el de- sable del dehto de hom1c1d10 e¡ecutado en procesado Carrasco manifestó en su inl't d
ahora se trata es más grave la persona de J0sé Espinoza y por tal he• quisitiva tener dieciocho años de edad pe1
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que
que el anterior; ésto es, aumentando en cho se le impone la pena de seis años de ro en ésta instancia solicitó prueba
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una tercera parte de su duración la pena obras públicas que se contarán desde el fensor recabándose copia certifica a e

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acta de nacimieneto de encausado, de la sobre ese particular artículos 184, 208 y delito referido, la pena de trece meses dieque aparece que éste no cumplía aun los 287 del Código Penal y 220 del de Pro- ciocho días de obras públicas, así como
dieciocho años para la fecha en que se cedimientos Penales; y por cuanto á que tambieu el pago de los honorarios de los
perpetró el delito que se persigne.
de las constancias de autos, no resulta peritos que intervinieron en la causa,
Considerando primero: Que con la di- que los inculpados Julio García, Praxe- amonestándolo además para que no rein-ligencia de fé judicial del cadáver y de dis Morales, Longinos Limón, Cruz Ríos, cida. ViHos: el dictamen del C. Ministro
las heridas q ne presentaba, con el dictá- Guadalupe González y Zeferino Cruz; Fiscal, en el que pide se confirme la senmen de médico práctico que hicieron la hayan tenido alguna participación en el tencia relacionada, el alegato del patrono
autopsia de dicho cadáver y que fué rati - delito de que se trata, procede se sobre• del reo en esta segunda instancia y el
ficado por otros dos facultativos nombra- sea en su favor, disponiéndose en conse- auto de citación para sentencia, con cuan-dos al efecto y con la coia certificada del cuencia, queden en absoluta libertad .
to más consta de autos; y
acta de defunción de Espinoza se comproPor lo expuesto, de acuerdo con lo peResultando: que el dos de Abril de este
bó legal y perfectamente la existencia del dido por el C. Ministro Fiscal y con apo- año, como á las once de la noche salieron
delito de homicidio, justificándose del yo además de Jo dispuesto por los artícu- Felipe Rivas y Carlos Castillo de la canmismo modo. q_ue el procesado Jesús Ca- los 10, 35, 34, 66, 516, 517, 520 y 527 del tina de Dn. Fernando Cabriales, sita en
rrasco fué el autor d~ tal delito con EU Código Penal y 4n y 421 del de Proce- la expresada Ciudad de Linareil, dirigiénpropia confesión judicial que reune los dimientos Penales, se reforma la senten- dose _á su casa, pero ya para llegará ésta,
requisitos de ley para hacer prueba ple- cia que se revisa y se falla: Primero: ee Castillo se adelantó dejando algo det·ás á
na y se halla corroborada con las demás condena á Jesús Carrasco como responsa- Rivas quien se hallaba en estado de ebrieconstancias de la causa, artículos 153, ble del delito de homicidio que en riña dad; éste al pasar cerca del transeunte Sr.
159, 415, 419, 423 y 424 del Código de y siendo agredido perpetró en la persona Dn. Bernabé Ballesteros, le pegó un gol~
Procedimientos Penales.
de José EEpinoza, á sufrir la pena de cua- pe involuntariamente con su cuerpo á
Considerando segundo: Que el delito tro años, un mes de reclusión que se em- causa de un tropezón que se dió, lo cual
de que se trata debe estimarEe como eje- pezará á contar desde el veintidós de Ju• fué motivo para q ne Ballesteros se disgusentado en riña por el agredido, pués lio del año próximo pasado en que se le tara con el ebrio y después de injuriarlo
consta que el procesado y el occiso se re, declaró formalmente preso; impuesta esa lo agrediera con una cuchilla causándoletiraron del lugar en que primeramente se pena con calidad de retención por una dos cortadas en el sombrero, de las que
hallaban, con el objeto de reñir y en vir- cuarta parte más de su duración en el ca- dió fe el Juzgado, en ton ces Rivas cogió
tnd de provocación del segundo y como no so de la ley. Segundo: Se le condena una piedra y tirándola sobre Ballesteros
pudo averiguarse quien fuera el agresor también á reintegrar en las Tesorerías le infirió una herida en el pómulo izquierdebe tenerse al reo como agredido por ser Municipales de Montemorelos y General do de la cara, de cuatro centímetros de exlo que le favorece, y en ese concepto el Terán lo que se hubiere pagado por ha- tención que curó antes de quince días y
homicidio está comprendido para los efec, norarios á los peritos que hayan interve- otra pequeña contusión en el molar del
tos de la penalidad en la fracción II del nido en el proceso por nombramiento ju- mi_smo lado que curó en el mismo tiempo,.
artículo 530 del Código Penal que casti- dicial. Tercero: Se amonesta al mismo deJando la primera una cicatriz perpetua
ga al autor de ese delito con seis años de Carrasco para que no reincida, advírtién- y notable en parte visible, según el dic prisión ú obras públicas como término dale las penas á que se expone en caso de tamen de los facultativos que interviniemedio; más como al reo favorecen las ate- contravención. Cuarto: Se dejan á los ron en el proceso; y
nnantes de primera clase de su buena deudos del occiso sus derechos á salvo en
Considerando: que con la fe judicial
conducta anterior y confesión de su deli- cuanto á la responsabilidad civil. Quin- respectiva, dictamen pericial y demás dito, perjudicándole la agravante de terce. to: Se sobresee en favor de Julio García, ligencias de autos se comprobó plenamenra de ser frecuente en el Estado el homi- Praxedis Morales, Longinos Limón, Cruz te la existencia del delito de lesiones de
cidio y la de haber obrado con ventaja Ríos, Guadalupe González y Zeferino que se ha hecho mérito, y que ~u autor
respecto de su adversario que el suscri•o Cruz quienes quedarán en absoluta líber- lo fué Felipe Rivas, con su propia confe.
estima también de tercera clase por no- tad . . Sexto: Notifíquese y dése cuenta. sión judicial que hace prueba perfecta,.
reunir las condiciones legales para ser Así definitivamente juzgando lo resolvió artículos 4 r5, 4 r9 fracción IV y 424 del
calificativa, superando el valor de las y firmó el C. Lic. 1\lacedonio E Taméz, Cód,go de ProceJimientos Penales.
agravantes en cuatro unidades, por lo que Magistrado de la segunda Sals: doy fé. . Considenrndo: que el delito que se per-procede aumentar el término medio de Lic. M E. Taméz.-Lic. J. l\L Villase· sigue está comprendido para su castigo
que te ha hablado en la parte del tercio ñor.-Srio.-Rúbricas.
en la !r~ccióu III reformada del art. 501
que proporcionalmente correspouda á ese Monterrey, veintidós de Junio de mil del Co :hgo Penal que sefiala para su anexceso sobre las atenuantes artículoa 40 novecientos nu~ve. No hab,éndose in- tor la pena de uno á tres años de prisión
fracciones I y IV, 4J fracción XII, 220, terpueEto recurso alguno de la anterior u' o'uras pu'-b'.1cas: que deutro aE&gt;
' 1o, termi,
492 fracciones II y IV y 543 del Código sentencia dentro del término legal, se de- nos indicados el Juez podrá imponer la
Penal.
clara que ha causado ejecutoria de canfor- pena que estime justa teniendo para ello.
Considerando tercero: Que como de la midad con lo dispuesto por el artículo en cuenta las circunstancias atenuantes y
acta de nacimiento que obra en la causa 451 del Código de Procedimientos Pena- agravantes que en el caso concurran . faaparece que el reo Jesús Carrasco era me- les. Notifíquese, expídanse los testimo- voreciendo en el presente al reo las' atenor de dieciocho años y mayor de catorce nios de estilo, p"niéndose al reo Jesús nuantes de primera clase, de su -buena.
cuando cometió el delito de homicidio, la Carrasco á disposición del Ejecutivo del conducta anterior, su confesión expontápena que se le debiera aplicar según las Estado en la cárcel pública de la Villa de nea y detal!ada del d-lito, y la de tercera_
anteriores consideraciones si fuera ma- General Terán, hágase la transcripción clase de hallarse al delinquir en estado de
yor de edad, debe couve1tirse en reclu- correspondiente y archívese la causa. Así embriaguez incompleta, perjudicándole
sión por un tiempo que no baje de la mi- interlocutoriamente juzgando lo resolvió las agravantes de haber violado varias
tad ni exceda de los dos tercios de ague- y firmó el C. Lic. Macedonio E. Taméz, disposiciones penales y la de ser frecuen:..
lla de conformidad con lo prevenido por Magistrado de la segunda Sala: doy fé.- te en el Estado el delito cometido, artícu
el artículo 212 del Código Penal expre- Lic. Taméz.-Lic. J. M. V1llaseñor.-Se los 40 fracs. I y IV, 42 frac, I 45 frac.
sado; y por cuanto á que la pena que co- cretario Rúbricas.
XI, 47 frac. XII, 65 y 185 del citado Córresponde imponer al citado Carrasco es
--digo.
mayor de dos años, debe aplicarse con ca,
Secretaría de la r."' Sala del Tribunal
Considerando: que á las lesiones infe lidad de retención por una cuarta parte Supremo de Justicia.-:\Ionterrey, Nuevo ridas en rifia por el agredido tal como sumás de su duración en, el caso de la ley León,
cede en el caso que nos ocupa deberán
según lo dispuesto por el artículo 70 del
Monterrey, treinta y uno de l\Iayo de aplicarse las tres qnintas partes de la pemismo Ordenamiento,
mil novecientos nueve.- Vista la presente na señalada en la ley, art. 504 reformado
Considerando cuarto: Que en toda sen- causa comenzada á instruir en tres de del Código Penal.
tencia condenatoria se ha de prevenir que Abril del presente año por el C. Juez de
Considerando: que en toda sentencia
se amoneste al reo para que no reincida Letras de la 3"' fracción judicial del Es- condenatoria se prevendrá que se amonesadvirtiéndole las penas á que se expon~ tado en contra de Felipe Rivas, casJdo, de te al reo para que no reincida haciéndole
en caso de contravención, y condenarlo veintián años de edad, jornalero, origina- saber las penas_á ~ue se expo~e y abonán.
así mismo al pago de los honorarios de rio de esta Ciudad y vecino de Linares, dosele los ~ufnm1e.~tos que haya teniJo.
los peritos que hubieren intervenido en Nuevo León por el delito de Jeciones. Vis- dur~nte la rnst,rucc1on, cualquiera que sea
el proceso por nombramiento judicial; de- tas las diferentes diligencias practicadas á el tiempo que esta dure: que el reo debebe abonársele el tiempo que hubiere per• fin de averiguar la existencia del delito y
rá ~er con~e_naco á reintegrar en la Tesomanecido preso durante la instrucción, y el grado de culpabilidad del encausado, la
reria, Mumc1pal respectiva los honorarios.
dejarse á los deudos del occiso sus dere- confesión con cargos tomada á éste, Ja9
que _es_ta haya pagado á los peritos que inchas á salvo en cuanto á la responsabili- alegaciones de su defensor y la sentencia
dad civil, cuando como en el caso no se de r "' instancia, en la que se aplica á Fe terym!e~on en el proceso por nombramiento ¡ud1c1al, y que la responsabilidad civil
hubiere hecho gestión alguna en forma llpe Rivas considerándolo como autor del
,ólo se decretará á instancia de parte Jegí-

7

PERIOl)lCO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL
tima, artículos 185, 208 y 287 del Código
Penal y 220 del de Procedimientos Penales.
Por lo expuesto, con apoyo en las disposiciones legales citadas y además en los
artículos 5, ro, 27, 32, 35 á 38, 49. 50 fracción IV, 172, 220 y 487 del Código Penal
y rº, 134, 4ro y 4n del de Procedimientos
Penales, se reforma la sentencia que se
revisa y se resuelve: Primero: Se condena á Felipe.Rivas como autor del delito de
lesiones de que ~e ha hecho mérito, á sufrir la pena de un año veinticuatro días de
obras públicas, á contar desde la fecha de
su formal prisión [ cinco de Abril del presente añc], Segundo: Se le condena además á reintegrar en la Tesorería M unicipal de Linares, 1,uevo León, los honora
rlos que ésta haya pagado á los peritos que
intervinieron en e~ta causa. Tercero: Amonéstesele para que no reincida, advirtiéndole las coosecnencias de su contravención. Cuarto: Se dejan al ofendido sus
derechos á salvo por Jo que hace á la responsabilidad civil. Quinto: Notifíquese
y dése cuenta. Así lo resolvió y firmó el
C. Lic. Leobardo Chapa, l\Iagistrailo de la
r~ Sala: doy fe.-Lic. Leobardo Chapa.·Lic. Eleuterio Lozano, Secretario.-Rúbricas.
Monterrey, Junio ocho de mil novecien
tos nueve.-No habiéndose interpuesto recurso alguno de la anterior sentencia dentro del término de la ley, con fundamento
de lo dispuesto por el artículo 451 del Código de Procedimientos Penales, se declara que ha causado ejecut?ria;. en cons_e
cuencia expídanse los ~estlm_omos, de_ est1l?
poniéndos~ al r~o Fehpe R1vas. a d1spos1•
ci6n del E1ecut1vo del Estado en la caree!
pública de.Linares , há&amp;"a~e al inferior la
trascripción corresP,ond1ente, y en _su oportunidad archívese la cansa. Not1Hquese
Así lo decreró y firmó el C. l\Iagistra~o
de la r~ Sala: doy fé.-Lic. Chapa.-Lic.
Eleuterio Lozano, Secretario. -Rúbricas.

EDICTO.

EDICTO.
,Juzgado de Letras de la 6• frsoc!ón Jud!oial.~ Vlllol
dama, N. León.

Oon fecha de hoy ee rarilc6 f'ln eete Juzga~o de mi
cargo el juicio ele Intestado A bienes de los Sree. José
Maria Santos Villarresl y ea. esposa D• ~aria de Jest1e
Treviño, véciDoe que fueron de esta VilJa.
Lo que ae pnblioa en fata forma para que las persa
nas que ee crean con derecho A. Ja herencia ee presenten á ñednctrlo dentro del térmiDo que fijll el artículo 1687 del Código de Procedimientos Civiles
V!laldema. 22 de Octubre de 1909-L!c. Simón
Guaiardo.-A-~I. Santos Treviño---A-Jopé B. VH1arreal.
879093 196

EDICTO.
Juzg•do 2º de lo Civil.-!• fracción Judiclal~Esta
do de Nuevo Le6D.
Con esta fecha se radkó en este Jnrgado el juicio
de intE&gt;ste.do del gr. Pánfilo Garza vecino que fné _de
est.aO!ndad.
Lo que se hace saber al pó.bUoo para que las persoDE.8 que se crean con dnecho á la herencia se preaPn ·
tenten á deducirlo dentro del término que para ello
m a.roa la ley.
Lo que ee publica en esta forma en camplimtent.o
de lo dispneeto per e! art. 1687 de) 06dJgo de Procedimientos Civiles.
;llonterey, 23 de Octubre de 1909 -- Lio. J . Garcla
Gnsjardo, Brlo.
879093-196

EDICTO.

-..Juzgad:&gt; 2° OonstituoionRl-Salin.as Vfc~rle. N. L.
Ea el juicio testamentario del Sr. Lanr1ano R. Guzmán, ha recaído nn ento que á 1a letra dice:
Salinas Victoria, tres de No'"iembre de mil nove·
ci?ntoe nueve.
Radfqueee Pn este Juzgado el juicio t.estamentario del Sr- Laurlano R Ouzmtta, dénse los a.visos
de lf'-y y pubUquPee Aflte &amp;.uto por tres veces fin el P er iódico Oflc!al y La Voz de NueYo León y cftese á l~•
interesados á. una junta que se verificará el octavo d1a
de notificados de este auto á la que concurrirá el Br.
Racaudador de Rentas df'l Estado y cítese lm go para.
9entencia.. Notifiqueee. Lo decreta. y firma el O. Alcalde 2? Local: damoe fé.- Severiano Flores Garza. - A
Jmm Mo . alee Garza.-A-Fnncisco Oantti-R11brlcaei.
Lo que ae publica en esta fürma en cnmplfmtento
del auto ins~1-to.
Sallnu Victoria Noviembre 3 de 1909-Sevniano
Flores Garza,......,A-..Juan Morales Garza.-A-Francleco Oantú.
909192-198
0

C'ía. Minera &lt;:Las Higueras:&gt; S. A.
Por acuerdo de la Junta Directiva se cita á loe accionistas á Asamblea General t.•xtraordtnarlaque ee
etectuará el dfe. 26 del corriente mE&amp; á. las clnoo de la
tarde en el Salón de Jnntne del Bauoo .Mercantíl, para lo slgniente:
Dar cuenta de unas propoetctonea que ha recibido
la Junta Directiva para trabajar 1&amp; mina en participa~
cl6n y resolver acPrca de e1lae.
Monterrey, Novi3mbre 5 de 1909.----..P. Benítez Leal,
Becr&lt;tario.
909192

Jwgado 2Q Locat.-Gral. Teriu, Nuevo León,
Por dl!J)01ici6n del c. Juu de Letne de la. 7t fraoclón jo~fclal df'l
Estado, oon recha de hoy se 1'adic6 en nt.e de mi cargo el Juicio de
intntado del Sr. Tomie Pacheco vecino que fo! de est• villa..
Lo que se manda publfoar en el Perl6do Oficial del Estado y •La
Juzgado 2º dblo Civil.-!• fracción Jndlolal Estado
Voz de Nuevn León• para que las per&amp;ODMI que se Cl'ean oon der&amp;oho Ala her1&gt;ncla, 11e presenten l deduclTlo pn el término que esta.- de N. León.
blf'ce el arlkmlo 1,687 del Olidlgo de ProcPdlmtPntoe Ofvllee.
Gral. TerAn. Octubre 21 de li09.--.Jes0.s G, Oortlua.-A-A~ Rodrtgaa.--A-L. Trevi.ño.
8191»:J-li&amp;
En 00 juicio hipotecario df' procedimiento convencional que ha
PF-guldo el L'c Sal-va.dor Gonz&amp;le1, &lt;'omo al)Odera.do general de la
Sociedad .Joopen,tiva de AhorTM é In-verelonea de Monterrey, contra el Sr. Olemente Barrera, ae ha dtct.ado un auto del M!nor al•
gntE-nt-e:
i
Juzgado 3" Menor Letrado-'.llonterr&lt;y . N• León.
..Monterre:,, dteot,4111!1 de Octtibre de mi.! no_-veofentoe nneve.-A
Oon fecha de ayer ee radicó Fn eate de mi car,go el julr10 Aqoe ee refiere, justamente con el oerlilkado qoe 16 acomjulolo de lnt.etado de la Sra. Concepción Maldonado, paña, y oomo l'e pide, de acuerdo con Ip, incfBOe F. Y G. de la emrf•
tura de proef:ldlmiento oonvenclonal, siqnen~ 1\ rE&lt;mate loa blenu
vecina que fné de fata ciudad.
blpotec&amp;doe ann:aclli.nd011e J)Or tree veces consecuttvu en el PerióLo que ae hace saber al pdbllco en general para. qne dico Oficial del F.etado tomAndO@e oomo postora lfga.l la cantidad
lae personas que se orean con derecho á. la herenciA., de cuatro mll ochocieÓtoe pesos y teniendo hag&amp;T el remate &amp;I dEoimoQulnto dfa hli.bil, i lae diei de la. mañana, d~&amp;pné~ de hecha la
es presentf&gt;n á d~uclrlo dentro del término que fiija tlldma
-ptibUcacllin, y por cuanto á que el nuevo dUfnO de la finca
el att.. 1687 del Cld:go &lt;\e Procedimientos O!v!les.
que ae trau. de rematar es el Sr. Lic. Jot6 Veree, cayo domicilio u
Monterrey.!\ 23 de Octubre de !909~Llc. I. Dávlla ignora., notiflqnesele elte auto previamente por ed,ctos publloadoa
por trea "t"ect'l'I en el Periódico Ofl.ciel y • La Voz de Nuevo León• Y
-A,-F. Gomez Garcl'.a.-A-.A.. Gómez.
879093-196 en
la puerta del Ju~edo, de acnndo oon el artfculo 84 del OódJgo
de Prooedimle11to1 Clvtlee. NoUtfq_nese. Lo proveyó y firmll el O.
Jun 29 de Letru del Ramo Civil: doy fe..-Lto. Luna.-Llc. J. Oa.rcfa Gnajudo, Brlo.-B~brioae.•
.
Lo qae se nt&gt;tlf!ca A Ud. de aooerdo con lo dispncato Pn el m11mo
auto tneerlo y en el art. 787 del 06d.tgo de Procedlmlento11 otñ!es¡
JwgMo ~ Conatfü:ietonal de Hlgnt'ras.
advirtiéndole que la. propiedad qne se vi\ Arematar oonalaUi en o.na
Con f~hll de ho¡, y por mandato del O. Ine-r 2~ de Lf'trat1 de la llnoa r~etlca, denominada. •El Prendim1ent&lt;-,• alta A inmedh,clone11
lt fraoollin jndictal del El!tado, ee radlcll en f'Ste Jurgado de ru de la Congregación de Bt.jl\n, Distrito de Konolova. E11tado de
cargo el juicio te@te.ml:'ntarlo de la @ra. Balc:,mé de la Garza Vda. de Coa halla y compu96ta de un lote de terreno de agostero can una
Gonzilez, vecina que fuá de esta Villa.
eoperfl:cfe, más 6 wéao,, de cnatro mil ochocientoa Tetntialete hecLo qne sq manda publicar por tres veo.,11 consecutivas en el Pe. tarae, noventa y sela aras, O aean dos s tree cuarto1 stUoe de ~anadódloo Oftcla.l del Estado y La VC1:,; de Nue-vo León, de acuerdo do mayor af•ctendo dicho terrf'no 1a configar&amp;('Jón de un tri&amp;ngaooo lo dl.!!puesto por el articulo 166'2 del Código de Procedimientos lo que coÚnda en uno de l!UI! ladoa un terreno de la mtema OOngre- •
Civl)P(I,
¡tacl6n otro con fil Rancho de Agua Nueva, propiedad dfl los hereH!guPrH Oc!ubro 6 de 1909-,1 can G. Gond.les.-A-('luriano dero, de D. Juan Barrua, y el otro con propiedad que fué de la
'Villarreal.- Á-Vicente Garcfa.
848':90-196 tlnaóa Sra. Ro&amp;ffa. VUJarreal,
Monterrey, 23 de Ootnbre de 1909.-L!c. J. Ga1'Cia. Gnajardo, Brlo.

CITACION.

Sr. Lic. José Verea."

EDICTO.

0

EDICTO.

SEl89'JC--19'1

EDICTO.

SECCION DE AVI~O~.

Joigado lt- de lo Olvll.-lf fraccJfn judlclal.=Es!ado de N. Leen.
ED el jo lelo testamEntarlo del Sr. Ana~taolo Ge.ria veclno que fué
de esta Ciudad, @e ha dlctado un auto del tenor sfgulente:
"Monterrey, JnUo ctnc&lt;i da mil noveci.,ntos nuue.-Por pre&amp;entado oon el teata.mento pGbllco abierto y outtfioado del F'At&amp;do Civil que se acompañan; y de conformidad con el artfcnlo 1,662: del
n6d•go de procedimientos Olvilf'e, radfquese ante este Juzga.do el
Jazgado 2° de Dletri~ de TamauU_paa.-0. Larado. juicio
testamentario df'l Sr. AnastasJo Garza;_ pobltquese este a.oto
Habiénd'o~e recogido por vecinos de h;&gt;:3&gt; ran- ool" tres veceeconaecut¡..-ae en el Periódico Qfiotal del Eiltadoy «La
V&lt;'t de Ntl"'"º León•; dese el HiAO que previene el ar;tfculo 159 de
chos '-San Francisc&lt;?:·· "El Tepehuaje, "~a la tey del Timb?"e, y otteee i los intereaados para la Jtlnta de que
h&lt;1.bla el artfculo l,67!1: del mlsmn Ordenamlf'nto la que tendri au
Laja" y "Yalade~es d~ este Est_ado, en la ul- verlflcatlvo
al octavo dfa Abll despt1é1 de b1&gt;cha la tUUma notifica•
tima avenida del Río Bra\·o, ocas10nada por el ci6n, en el lt:'oaJ qn1:1 deeignen loe lntereudoe. Nc_&gt;tlrlque.se. Lo decretó y tirm~ el o. lner: 10 de Letras d~l Ramo 01vll: do~, fe.-• Lic.
M.. Gil Trevlño. Llo. foft!i Juan V•lleJo, Brlo -R6brlcas.
la ciudad de Monterrey, ~ ne.Yo Leon, y algu- Lo que se publica e.o eata forma en cumplimiento del a.uto in18Í:i:.iieney, 8 de Julio dej19C9-Jo,E Juan Vallejo, '3rio. 888990-197

CED"CLA HIPOTECARIA.
Juzgado lº de lo Clvil.,-1• tracciOn jodicial-F.etado de N. L&lt;ón.

El dfa qnince ñ.e AeptlPmbre pasado, 1e presentó ant-e e1te Ju.z..
gado el Sr. Ji,ftis G. Gond,lex, oomo ct1fonario del derecho hipotecario i que ee -refiere esta CiMnla que P.n m favor hlzQ D. Enseblo
Oal&amp;a.do, &lt;\@mandando fin la vfa sum11rl11- y en juicio hipotecarlo l.
la Sra. Dña. Delt!.na Barrera de Gana C•mtCI, representada por eu
eepo110 D Gnadalnpe de eete 61tlmo apellido, 1.obr1:1 pago de la oa.nttdad de :fil, 1C'5. 56 seis mil c!ento clnoo peeos olncuenta r eeiB oentavoe. vamr de un préatamo i mntno oon interéa mAl!I loe tmpuestoa
y los tntPl"fli!IP!I vencidos, loa Qne se vencieren, contribuciones, ooa
\a8 y perj nicles,
F11naa e"t actor sn demanda en do&amp; test lmonlos de eecrltoraa
p{lbllcafl J&amp; une. qne es la de ce@16n del dertocho hipotecul~, otorgado en ellJta O:iudad ante el Notatci PO.bltco D. FranclBOO L. Péres. el
H de Enero de 1908 por pi Sr. D. En*bio Cal:iano con anuencia. de
11.u upou, á favor del ar. JesO.s G. Gond,lei; constando en dicha
e80 rttura. las notlfloactones de~ellln hooh11a á la deudora Sra. Delft~
Agosto último, varias ngas. ngue ,as .. ~ - as.
na Barrer&amp; de Gana Canttl y i sn espose; f el aegnndo tedimonto que es el de primera hipoteca especial y expreaa otorgada
hojas de puerta, asf como otras made1 as. un
¡gu11,Jmente en eata Ciudad ante el Notulo á que se ha hecho referenol&amp; el dls. d1ec11efa de M"•70 de 1907 por l• Bra. Delfl:na Banebote de manteca, una caja de _gas,
botes
ra con exprel!IO conaenthnlento de s11 eapo90 D. Guadalupe de la
conteniendo alcohol y un barn1 con vmo 1:11ezG;na Cantti ¡ fuor de D. Eutlf=blo 0&amp;1.z:&amp;do, de lacaaa Nº 200 de la
Juzg&amp;do
1?
de
lo
Civil
1
•
fraooión
judicl&amp;1~Eetado
calle
de Hidalgo, en 111 aotnalldad, ant,E,a Itarblde No 70. compne-ata
2
T ••n.
de una pieta y un ugni'l al frente de dicha caUe, una recime.n.,
de "-nevo
-~
u,c,u
una cocina., dos pleua de alto y demA1 mejorH conatrnfdaa en el
Oon fecha. veinte c!E"l a.ctual ee radicó en eate Joigado el Juicio de mlmlo, y l&amp;a que e,n lo suoe11lvu ea hicieren obloado en uu terreno
.
lnt:eetado dl.\ la. Sra, Carolina Joseph, vecina que filé de Laredo Ta· qus mldfl once metros veinte 01&gt;ntlme~rot1 de frenie 1\ la expresada
o fi c1a
,
s manlipa11..
.
,,.
d calle de Hida.lgo con quien linda por PI Norte, por treinta. Y nueve
diez
diez clías, citando todas,, 1
y por dlepoelclón del C. Lic. Maoedonlo Gil Trev1fio, .,u61 to e metro 8 cincuenta cenUmetro1 de tondo al Bur hael:4 colindar l)(lr
Letr
e
del
Ramo,
Olvil
de
Ja
lt
fracoilln
jndfcla.l
del
Eatado.
S'! eate rumbo oon prl"lpiedadde l&amp; Sra Olotlld"- Barrera Vda. de TI9
que se consideren con derecho a os o Je o: manda
po.blioar el -presente edloto l)Or tres veces oon.seeut1va1 de jerlna, colindando por el Oriente con callejón sin nombre, que nmencionados, para que se presenten ante ~s dlez en diez dtu en el Perl6dlco Oficl•l del Estado Y en .-La. Voz le de la Plata de la L\11,ve -para e,l Rfo; y por el Poniente con proptede Nne,;:o León• á fin de que las personas que se crean oon derecho dad de herenerca de D. Rafael ~aldafi'l. La. finca deacrita es
á
¡ la biuenola. ae prf.leenten i dedn~lrlo en el tér!llino que ~stable- propiedad ad de Ja Sra. Ba.rrera de G&amp;rH Os.a.to. y con la cual garance el s.rt. 1,687 del 06dlgo de P1ooed1mlentos otvtles.
•
tiza el pago de 1&amp; oantida.d de '6,105 56 os. aeta mil cte~to olnco peMonterrey, 25 de Octubre de 1909.-Ltc. Jos6 Jo.an Vall•J o.~o . _ 808, cincuenta y seta centavos que le fa.ollitll el Er. Cando i mtl!o.O
.,_¡
se declara
8 7IN,,.,. 196 oon el interéa del doce por cieuto anual por el tA•wtno de doe anoa
¡ oontar deade el ella prlmero del mee en que se otorgli e1ta e&amp;·
rá el valor de ellos, como aproYecbanuen os
crltura y capitalizablee lOl!I lnteraees y contr1buclonea al mlrm.o tipo
del doce l)(&gt;r clent.-0 aDnal eettpnlado, aleudo condlotón del oontrato
que si 1.. deudora se atrojare en el pago de lnterese1 y contrlboctoLo que se manda publicar en esta _formad:_ Juzgodo 1! de 1~ Civil-!~ fracolón jndiclal -Esta- Des por un aiio ae dará. por vencido el plazo Esta e!crltara de hipo.
tecajué regiiitrada el dfa veintiocho de Mayo de 11107 En drtnd
do de N, León.
de lae oonatanctas que preceden queda l!llljeto i jntolo hlpe~rlo
Ji, finca. de que se ha heoho m6rUo propiedad de la Sra. Barrera de
90~
Ga.r a canto.
24
1 . - ic:
Lo que se bree saber al pO.blloo y A las antorldadee para qne no
.
,'
·
79-82-80
En el incidente que sobre declaración de ojecuto- &amp;e practique en ella ningdn. embargo, toma. de poseai6D, dlllgencla
prooautorla. 6 cualquiera otra qae entorpeica. el coreo del 1)r6llenta
rla de la eentlencia dictada en el juicio ordinario esori- juicio
y [l(ll!eaión Interina que por este auto se confiere al Sr, Jes01
t.o que sobre divorcio }e tiene promovido el Sr. Ns.za- G GontAlez.
· Monterrey cuatro de Octubre de mil noveclento no.e..-e.-Ltc.
rio
Acufi.a,
se
ha
dictado
una
sentencia
que
en
lo
con25 y
M. Gil Trevlñ~.-Lic.Jo&amp;é.Tnan Vall@jo.
90919l
De con l orm1"d ad con lo dispuesto en el bartículo
al • blico
ducente dice:

EDICTO.

•

formidable temporal que ~nund6 U\1ª parte de

nas poblaciones de es_te mismo tEstatdobl en

&lt;l?,

EDICTO.

cal el C..Juez ° de Distrito de Tama ~hpas
ha ·dispuesto se publiquen en los pe_nodicos
les de dichos Estados tres Edictos de
en
a
als perbs_onta

t Juzgado deducirlos dentl'O. de los _d,ez
siguientes después del último Edido; baJo e'.
concep to de que " no lo venfican,
· t
del Erario Federal.

NOTIFICACION.

conformidad con Jo disquesto por dicho fon
cionarioL"
de
e Laredo Septiembre

Sra. Rita Garza.

Pedro Gonj)leE

SÍi°.A S I .A S ,

670 del 06digo Oivil vigente, se I1~.ce sa er . pu
'
en e1 1 Tesorería MUnicipal de esta cmdad, eXIste depoq~n suma de $87.0Sochenta y siete pesos ocho centav~~
;rocedentes de los sobrandtes dde pruenfas J~~;~r"cui:r~:a los remates efectua os uran1e os . . .
.
1

1:

f:
z~, ~dril. Matº· !e?!~~:a~/«~c;::in~!:U:;i ~é~ix::
~:SB!:!;!L~ Idea~, ';:i S~~do;a.y 2«~~t:is:o~i:i~

de Mo~r~ey», Y ~~~~urridos seis meses. contados' ~esda
conceJo co! q~:~i~re persona alguna á reclamar con Justa
~l!gitimo tífulo, las ex.yresadas demasia.s{ ~s
sar en la Recaudamón de Rentas M:ummp e~
de acuerdo con lo preceptuado en el mtado ar·

s_e

r:J:d,

991!01~¡.t•i1InM.
·

íclli~nirrey, 7 de Diciembre de 1908

:s. llamlrez Angulsuo, Srlo.

feªª!fe'.

d1oDterrey, veintitrés de Octubre de mil novecientos nueve-.. Vistos estíos autos en articulo ;y ......... --Por lo expuesto y con apoyo además en el art · 600
del mismo Ordenamiento, se resuelve: Se declara que
ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el julclo
de que se ha hecho mérito,con fecha veintidós de Bep·
tiembrelPae&amp;do. Notlflqueee. Ael interlocntorlamente ¡uzgando lo resolvió y flrmO el C. Lle. Macedonio
GI Trevlño. Jnez e de Letr&amp;ll del Ramo Clul): doy !6
-Lic. 111. Gil Trevlño.-Lio. José Jnan Vallejo, Brlo.
-R11brlcaeLo qne se notifica A Ud. en esta forma en cumpll•
miento de lo dispueet.o en el art. 77 del Código de
Procedimiento• Clvllee.
Monterrey, 2 de Noviembre de 1909-"Lic. José Juan
Vallejo· Secretarlo.
9091

•

EDICTO.
Juzgado de Letras de la 7• !raolón judlo!al~Monte•
moreloe, N. León.
Hoy se radicó en eat.e Juzgado el juicio de int.eeta•
do del Sr, Pablo Sánchez Elizondo vecino que fn6 de
esta ciudad.
Lo que se hice saber al pl1blioo para que loe qua
ee crean con derecho A la herencia ee presenten A deduolrlo en el término qne eeñala el art. 1687 del Código de Proced!entos Civiles.
Montemorelos, 3 de Septiembre de mil noveclent;o11
nneve .-Llc. L. Cantd Gana.-A-J. Fariaa .-A~B.
V- Cantd
77_808S.18i

'

\

�•

8

PERIODICO OFICIAL.

C'.a, M'.::era "LA FALCMA" s. A

REMATE.
Juzg&amp;do 3" Menor Letrado.-Monterrey, N, León.
El siguiente dla háb!l ~ las diez de la maiiana des
pn6a de hecha la Oltlma publicación y en el local do
este Juzgado, tendrli. lugar el remate del derecho al
retracto de 1a venta de un predio urbano ubicado en
esta Ciudad en el barrio de Jeada Marta en el extremo
Norte de Ja calle de Diego de Montemayor, en la man•
zana 32 -13; el cu&amp;l derecho foé embargado en el juicio ejecutivo mercsntfl ee~tdo por el Sr. Lic. D. Lorenzo Roel contra D. Oevero Trev:iño¡ será postura le
gal Jl;l que cubra las dos tet"Of';taB partee la que cubra
las dos tercerae partee de $300 00 treeoientoe pesoe en
que fué valuado el mencionado derecho; en el concep
to de que en el despacho de este J nzgado se minietra
trarán á quien 1n Df'cActte loa datos rA1ativoe.
Monterr"'Y, á 1° de Noviembre dA 1009......,LJc. I. Dli
vllo.~A-F. oom .. G,rc!a.-A-Salvador Saavadra.
8S8990

AVISO.

Por acuerdo del Consejo de Admlnistraot6n df' esta Compañía ee pone en conocimiento de loe Sres.
aooionlstas que desde el di&amp; 81 del actual en adelante
se pagará, de 8 A 12 a.m . en la Teso~rla de la misma.
negootact6n, calle de Dr. M1er N° 125, el dividendo
Ne 4 de $9,000,00 ó sean $3.00 por eoolón.
Mont~rrer, '22 de Octubre de 1909-Ootavlano Zam
brano, Secretarlo.
888990

NOTIFICACION.
Juzgado 2'.' de lo Olvll.-1• frsco!ón Jndlclal.-Estado de N. León.
.

TOMO XLIV
OCTAVA ALMONEDA
Prt'sidencla M'nulolpal-Yontemorelo1, N. León.
El Bibado, 13 de Noviembre en curao, , lu tOde la mañana y·
en el local de e&amp;ta Pre3ldencta, 186 vender&amp;, en anbaata pObltc:a, un
tt&gt;rreno de agoetade'l'o mostrenco, altnado en el Potrero de la Trinidad, de esta jnrladlccl6n, con nna snt,erllote de I,01l7 hect.uair
2,550 metros cnadrado11, teniendo por ooltndsnclu: al Norte, Bnr yOriente, terrenc11 de los Sres. • V. Rlvero ~ncesoree de Monterrey,..
y al Poniente. terreno de lo, beredero11 de D. Apolonlo Gaona.
Lo que se publica, para que las peraonas que tengan tnteréa en
el terreno mostrenco d" que 186 taata, nasen A haoer aua postnras
con la debida oporlunidar'; en la lntellgenola, de qne aervlrA de ha•
se para el remate la 1uma de $l,882.52 CII, con deduooión de un dler
uorclent(); en cuya vl'l'tmJ. 11e te.ndrii comQ Postora leR•l. laqne o-abra la cantidad de fl,099 27 Qtl. t:enlendo el derecho del tanto el denunciante D. Jn"D Rodrf1uez, vecino de Villa de Santiago.
M()ntemnui\01 1 4 de de Noviembre de 1909-Ln.ia Zozaya.-otprlano Ordóñez.
!990

Sr. Erancisco A. Villanueva.
En el Incidente sobre declaración rle ejecntorla de
la Bflintencla dtot&amp;da en el Jutcio Fj8&lt;'utivo mercantil
qne he. seguido contra usted el Lic. 8alvedor Gonzá.
lez , como apadera 1o de la Sociedad Oooperatlva de
Ahorros ~ Inversionee de Monterrey. ee ha dictado
une 1'88oluoi6n que en Jo conducente dice:
"')!onterrey, dicinueve de Octubre de mll noveolen•
tos nneve.,--Vfeta la anterior solicitud .................... .
. . . . Por lo expuesto, y con fnndament,o, además, en
el art 600 del Códl¡zo de Procedimientos Clvllea, se resuelve: Primero. Se deolara que ha caneado ejecuto•
ria la eentenoia definitiva dictada en eate jnicto con
fecha veintiuno de Jullo del presente año. Notltíqneae. As', lnter!ocntorlamente Ju•~ando lo resolvió y ftrmó el u. J nez 2' de Letras del Ramo Civil, doy le. Lle. Ro que rle Luna. -Lle. J, Garc!a Gnajardo, St!o.

NOTIFICACION.

Las leyes, los decretos y de]U ñispnsicionei snvarioras, obli~nn pJr iM solo hecho de ser publicadu en este Periódico.

Jn,gado de Letras de la. 7'" fracción Jndlclal=UontemoreJoe, N. León.

Sr. Miguel Valdés Jaramillo.

Registrado como artículo de s_e gunda Cilase el r'8 de Septiembre de r908.

Responsable la SecretarJi.a del Gobierno.
CO'.'!DICIONES -Este peri6dicose ¡,eblicalos Uártes y
Viérnes de cadasemana,-Vale la subscripción C[NCUENTA
CENTAVOS al mes en estaCa¡,ital, y CDl'COEN'TA. Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-B:l pago del&gt;e hacerse adelantado,

Super:or Gobierno del Esta.do el Sr. Lic.
- - - - - - - - - - - - - - - - · Secnndino Roel, por acuerdo del Sr. Goberna dor, se ·.aá á reconocer su firma al
Nombramiento de Secretario de ·margen
de la presen.te.
G-o bi4'rno.
f Lo digo á Dd. por ac~_erdo_ del propio
Renública Mexicana.--Gobieruo del Es, Sr. ~obe:n~r, para su 1.nteltgienc1a y :fitado
Nuevo Le6n.-Número I099 s.
nes constgwentes. . .,
En uso c1.e la facultad que me confiere
Liberta~ y Const1tucton. ~Ionterrey,
el artículo 86 de la Constitución Pol1tica lude Noviembre de 1909.-Lazaro ,de la
- -u
, P.-ir.=a.-Of.. M -A,,] C.. . . .
d e1 E sta do, y t aman do en cu.en t a 1a 11 s. ·
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nom rar1o ecretano e es e o terno
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con el sue1do- de ,$3000 ·oo c. t res mi'I
pe-' ID'
· · " prov1siona
· ·
I para
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.
1spos1cum
e l C0·
1
1
1
sos anua e: ~ueEa ese e°7p e~ asigna e , bro resp.ecto de las casas desocu

CONVOCATORIA.

EXTRACTO.
Agencia de la Secrelarfa de Fomento en el Ramo de Mlnerfa en
0ern.JTO.
El Br.8ant1a10 Hu1ues, Norte-americano. mayor de edad y de
Mta vecl11dad, en escrito p'l'esentado, A la ofürtna de mi cargo con
fecha treioe del actual, &amp;ollcita una concf'st6n minera de sets pertenencrtal!I para la 8Iplotacl6n de una 'téla con melalea con plomo
plata y dnc, qne oone aproximadamente d~ Orlent:e A Poniente ;
se halla, al Oaate del fundo minero •El Lobo• nbioado 6n el Potrero de Los Reyell de eeta l't(unlclpalldad, rlf'blendo locaUzane dlch&amp;11
NrtenenclM en nn pa1'alel6gramo de 200/300 metros, de mt•do qne
1a veta quede en el C'eutro, y con las siguientes oollndancias: por el
Oriente fil expresado fnndo •l!ll Lobo• y terreno Ubre por 1011 demb rnmbos La solicitud 89 re11:lstró bajo el n11mero 486 y llevará
por nombre • Ampliactnn El LI' b:&gt;. ~
Nombrado i&gt;or esta oficina como perit.o el Sr. André1 Toscano de
e1ta Teolndad, i aoeptado p'lr él el cargo, 116 abre nn plat.o tmprorrogsble dt' ou11.tro mesea contadoa desde hoy para la anbstanclac!6n del expedle1Jte en esta of cina.
Oer -alvo. Octubre qnlncl! de mll nove.:l~nto&amp; nneve.-E. A. dA w.
O. Bolls Gnt1érre1.
888990

Cía. Fundidora de Fierro yAcero de Monterrey,
(Sociedf\1 AnónlmA .)

A VISO.

En sesión celebrada. por el C-&gt;nsFjo de Administración de eeta Compa füa, el dll\ 2 del corriente mes de
Octubre, la 8eor3tar1a dió rueota con una solicl
tud del señor D ..Román S. Guerra, de Monterrey,
N·L, en la que manifiesta á }a Junta DireotivP- ha.bér
eele extraviado ouatro a 'miones de la Oompeñta mar·
cadas con loe nt1meros siguientes y qne eran de eu
propiedad:
Acciones

lu 4 de la tarde concnrrrn á Is caes N° 104 calle de B
Judres á fln de tratar los miemos punt.oa de 111. orden
del día para la que fneron convocados; eperolbidoe de
9.ue si no lo verifican por sí O por apoderado, tendrá
lu~ar la Aaamblea por Joa sooJos que concnl'1"Bn. y lo
que ee acuerde seré obUgatorio para todos. cuya orden del díR. es la siguiente:
t• lo"o mede la Junta Directiva.
~? lnfl)rme del Oomlearto.
3? PISPPntRclón de las cuentas por el Tesorero y
aprobación de éllas en su caBO.
4' Nombramiento de la nueva Jtlnta Directiva.
5? Tratar sobre los asuntos de Importancia qne
ee propongan por alguno 6 algunos de los ao-

Sociedad Tel'psícore, S. A.
Secretaría.

blea.

Monterrey, N. L. Octubre 19 de 1909.-S, R. Gómez,
888990

Preeldente.-Antonlo Ferrara, Secretarlo,

,v,v

Ola.
Lo que se pone en conocimiento del ptibllco en de-

_c"'{¡~·

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Oompanfa, se hace saber á los Sres accionistas de Ja
mlemql q,;10 ~on esta fecha se ha decretado el cobro.
de la 9 li.xh1btci6n de la Segunda F.mtsión qne será
de $0.50 cincuenta centavos por ación y se Pagará. en
la oficlna de la Oomos.fifa, caJle de Ocampo "-º 29
r.r!1onterrey, 14 da Octubre de 1909,-El Se~retarlo
nuel González Gana.
909192:

Carla pomiln osrn1f11 l« f,Irm1tfa ~n 1&lt;&amp;

rot ,tlata.
Prf·r1101t(' 1111tnl

á ¡:,r m,:&lt;firr, fo

qttl' opiHa

OORENTA DEL GOBIERNO, EN PALAOIO.

de lru Piüiorrts del lJr. Ay,:r.

PreparadssporelDR.J.C. AYERy CIA.,

h.'l.--.-..~ Lowell, Maaa.,E. u. de A.

t.=-----...,!::...~'-.--•

/:t;

••°i

DIBICTOB Y.lDIINISTRüOB,

,, A. Brondo Whitt,

Secretaría de Gobieruo.-Presente.

República Mexicana.- Gobierno del
Efta?.º de Nuevo. León. -Secr~tar!a.Secc,on 1~-Relac10nes y Hac1enda,N~,m. n,423. ,
. .
Me refiero a la atenta comun1cac16n de
Ud f h
d O b
úl ·
¡
ec a 21 e
ctu re
timo, en a
que se sirve expresar. que esa Compañía
recibe diariamente avisos de sus consumi¡
¡
dores para que
se es corte e agua en sus
,
casas que estan desocupadas, y que como
esa~ :fincas tienen, en su mayoría, co1
PreLs~bpuesdo eC gret~ots ~ gen ; nter e ' _pactas.
nexiones de dr.enaje, no es conveniente su·
1 erta
y ons I uc1 6n. 1,1o
___
· · 1
· · d
á fi d
¡
• b d 1
_r , M
,r-r y,
pnm1r e serv1c10 e agua,
n e que os
roLd~ No,.~ml r~ e_ 9º9 ói'º:
l O;a, de Servicio de Agua y Drenaje de sifones de aislamiento conserven su tapón
- a;;;:º ~ a a;za. t ·
·
· l1fonterrey, S. A,
de ese líquido, para evitar así que los maSecun mo oe1. - resen e.
Me permito llamar la atención de Ud, los olores asciendan de los colectores púPor la atenta. Superior nota número pa,ra,que lo ,eleve al conocimiento del Sr. blicos á las c%as 6 banquetas, con perIO 998, de fecha de ayer, quedo impuesto ¡Gobernador, que esta Compañía está reci , juicio de la salul.iridad pública; en cuya
de que en u so de la facu{tad que le coniie- biendo diaria:mente avisos de sus consumí• virtud propone Ud., que los propietarios
re el artículo 86 de la Constitución Polí. idnr.,,; para que sea cortada el agua de sus de tales :fincas sean responsables por las
tica del Estado, ha tenido á biéo nombrar- !casas por rn.zÓl:l de -estar éstas desocupa- instalacion es, durante los períodos en
me Secretario de Gobierno.
:das., ,y como dichas&lt;:asas tienen, eu suma- que permanezcan desocupadas, cobrándoEn dehida contestaciéiu, me es ¡:;r11.t~ yoría, coneociones te drenaje, no es de seles s61amente la renta del drenaje, con
decir á Ud. que., aunque sin aptJ!tud~s n1 ningl!na maneu conveniente descootin11ar derecho de usar una cantidad de agua qne
merecimientos, acepto el nomb.ra,meIDto el Eervicio de agua ¡¡ara q_ue los sifones de variará de mil á tres mil litros mensuales,
que se me hace, ofrecie11do desempeñar ,el aislamiento conrerven su tapón de agua, según la categoría de la casa .
,cargo de la mejor manera que me sea ¡;,&lt;)· evita-ndo así que malos olores asciendan
Dada cuenta con dicha atenta nota al
sible, á fin de colaborar dentro de mi esfe- de los colectores púhlicos á las casas 6 Sr. Gobernador, acordó diga á Ud., en
ra de accióa al bien y progreso del Estado. banquetas, con detrimento de la salubri- respue,ta, como lo hago, que oído el pareLo que me permito decir iÍ. ~d_., d_ándole dad pf:.~lica.
~
cer de los S,res: Interventor Financiero,.
]as gracias por 1~ honrosa d1s;mci6n de , . En ;vista de esto, ':lle p~nmto sugerir la Inspector Tecmco y Jefe del Departamen'que me hace obJ~to _Y. pro_testaadol_e las _idea de que los prop1eta:1os sean respon to de Cobros de las renta~ de los servicios
seguridades de 1111 d1_stmgmda conSl!dera. sab!es por las mstalae1ones durante los de agua y drenaJe, estima atendible lo
ción.
penados en que sus casas permanezcan propuesto por esa Empresa; y en canseLibertad y Constituci6n.-Monterrey, desocu¡¡adas, y que solamente les sea co - cuencia, ha tenido á bien disponer que
II de Nov~embre de r ,909.-S. R(J.I!/,- br'lda la renta del drenaje, que les dará el entretauto empieza á surtir sus efectos el
Al C. Gobernador del Estad?.-Presente, derecho de u_sar de una cantidad pequeña decreto del H. Cong'.eso ~el Estado por
República ;&gt;.Iexicana. - Gobierno .del de agua, variando según la categoría de el que se declaró obhgatono el saneamienla casa, de 1,000 á 3,000 litros por mes, to de las casas de la Ciudad por medio de
Estado de Nuevo Leóu.-Circular.
En uso de la facultad que me confiere sin cargar ninguna renta de agua durante dichos servicios, en cuyo tiempo deberán
el artículo 86 de la Constitución Polítk, el tiempo que la ca~a esté vacía. Siendo pagarse forzosamente las rentas de uno y
del Estado 1 he tenido á bien nombrar esta renta de drena¡e muy moderada, su otro, se proceda en la forma que Ud iudiSecretario de este Gobierno al Sr. Lic. pago durante la ,desocupación de las pro- e~, cobrando tan s?lo la cuota corresponptedades, no sena por manera alguna un diente al de drena¡e, según la tarifa resSecundino R oel, quien, previas las formap~so
_para los. propietarios, y sí evitaría pectiva, _por lo q1:e toca á aqnP.l!as ca,as
lidades de ley, con esta fecha ha entrado
perdidas considerables a la Empresa, y que, tt mendo ya mstalados tales servicios
al desempeño de su cometido.
Tengo la. honra de participarlo á Ud. mucho trabajo innecesario, en lo que se les sea cortado el de agua, á pedimento d~
refiere á la formación de las cuentas.
sus dueños, por razón de hallarse desocupara su conocimiento, y á fin d_e que se
He
discutido
este
asunto
plenamente
padas, lo que se advertirá á éstos al far,
sirva mandar tomar nota de la firma del
con los Sre~. Interve~tor Financiero é mular su res]:&gt;ectiva solicitud para que
Sr. Lic. Roe!, que figura al margen de la
Inspector Tecn1co Oficial, y creo que mis queden entendidos de las obligaciones que
present 0 •
•
•
ideas en este importante asunto están de se les imponen.
Reitero á Ud. las protestas de m1 disentera conformidad con las suyas.
Reitero á UJ. las seguridades de mi
tinguida consideración.
E:perando,
_pu~s
de
su
banda~,,
como
atenta
consideraci6n.-Libertad y Consti1
Monterrey, rr de Noviembre -le 1909.
ya
d1g~
al
pnnctp1~,
q_ue
se
servtra
Ud.
tuc16n.-Monterrey,
8 de Noviembre de
- /os¿ M. Mi'er.-Lázaro de la Gana,
elevar esto al conoc1m1ento del Señor Go- 1909.-Lázaro de fa Garza.-Of. M.-Of. M.-Al C.....
be_rnado,r, para los fin~s de su resolución, Al Sr. Ingº. G. R. G. Conway, RepresenSecretaría del Gobierno del Estado de re1t~ro a Ud,, S.r. Oficial Mayor, _las se- tan te Oficial de la Compañía del Servicio
Nuevo León.-Circular.
gundades ~e m1 más alta y d!stmguida de Agua y Drenaje de esta Ciudad.-Pre•
sen te,
Habiendo sido nombrado Secretario del cons!derac!on.

El !'lvl~l~

Com1milía. Minera "La Florida''S.

00 NVOCATORIA.
Por acuerdo de la .Mesa Directiva de esta Sociedad
en J1:1nta celebrada ayer, ee cita á loe Sres. Bocios
Prop1etartos, para la Asamblea General Ordinaria que
tendrá lugar el dfa 28 de Na~iembre próximo á las 10
a. m. en el Salón de Actos del Banco Mercantil de
Monterrey, bajo la stgoientA
ORDEN DEL DIA
1. Lectura y Aprobación en su caeO del Acta de la
Aeamble1 General anterior.
2. Informe de la Mesa Directiva sobre la marcha y
estado de la Sociedad.
3. Preeente.cl6n de las cuentas giradas por la Teso•
rería hast.a la fecha.
4. D!ctAmen del Sr. Comisario.
5. Elección de miembros de la Mesa Directiva, Oo•
misario y Oomtsiouados de Vigilancia que deberán
fungir en el próximo año social.
6. Oualqufer otro punto que se presente á la Asam-

Juzgado 3• Menor Letrado.-Monterrey N. León.
El tercero dia Mbll deapn6a de hecha la t1ltima publicación, á las diez de la mafia.na y en el local de eete Juzgado, tendrá lugar el remate de un lote de mer•
oancíae, que fueron embargadas al Sr. D. Salinas, en
el Jalclo ejecutivo meroanttl sobre pesos, que contra
este tiene promovido el Lic. EdelbE&gt;rto Garza Oonzález, como apoderado general de los Sres. O. Holk y

manda de post.ores, en la tnteltgenota de que durante
ctoe.
Monterrey, Octubre 31 de 1909.~EJ Srio, Pedro el término de las pubJtcaolones que e~ harán por tree
veces consecutivas en el Periódico Oficia! del Estado,
Garza OanM.
899091
y hasta la hora del remate, solo ee admitirán posturas
A
que cubran lae doe t.ercerae partes de la cantidad d6:·
.Jl59. 68 ciento cincuenta pesos sesenta y ocho centaAVISO.
Por acuerdo de la junta directiva de esta Sociedad vos , y de que en este Juzgado se ministrarán áloe inse hace saber á loe Sres. accionistas que desde el 6 de teresados loe clatoa que eoliclten.
MontArrey, Octubre 20 de 1P09.-Lic. I. Dá.vl!a.Noviembre próximo en adelante se repartirá el Dividendo N° 4 de la Serte B. de cinco mil pesoe que se A.-J.Gómez García.~A.-Guadalnpe Guerra. 888990
pagar1 todos los días hábiles en oamblo del recibo oo·
rrespondtente en esta Oiudad en la caea del Sr. Tesorero, D. Manuel Garza Guajardo, calle de Juárez N° 20
de 2l6 P.M.
Monterrey, Octubre 31 de 1909.-El Srlo, Jeed.s E.
Fern!1ndez .
899091

Tftnlos

99071
27071
99072
27072
99073
27073
99074
27074
Onmpllendo con el artfcn.lo 24 de los Estatutioe ea
publica este aviso para que lae personas que se crean
oon derecho á dichas acotones , ocurran á Jae Ofiolnae
de eeta Oompañía situadas en la casa nómero diez y
sets de la oalle de San Agnatín de esta ciudad, á manttestar en fncontormidad dentro del plazo de doe
mesee á- contar de eet11. fecha, como lo disponen loe
Estatutos, entendll1Ddose que tl'aeourrido dicho plazo
no será admitida por la Compafíta ninguna reclama:
o16n y se le expedirán al interesado los duplicados
que solicita.
México. 4 de Octubre de 1909~L!c. Guillermo Obre·
gón Jr, Srlo,
Oc.19 l Die, 17

Monterrey, Octubre 21 de 1909.-G. R.
G. Conway, Representante Oficial é Ingeniero en Jefe.-Al C. Oficial Mayor de la

áe

REMATE.

y práctico sobre asuntos catilpestres,
se envía gratís una copia de "La Haeienda" á los subscritores del Periódico Oficial y La Voz de N. León,que
lo soliciten. El precio de la subscrición
es de $3.00 oro americano por año.

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CEN
TAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación ofic~al deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

INFORMA.CION OFICIAL.

Cía Minera ''Jesús María yJnexas"S, A.

dad y aceptado por él el cargo, ee abre un plazol improrrogable de 4 meeee para la eubatanclaicón del ex
pediente en esta AgenclaMonterrey, Septiembre 25 de 1909.~B. Valdés Lla
no, A. de M.
888990

NUM. 91.

DJI1 OOBIE:RNO DEL iSTADO 1IBRJI Y 'SOBE:B.ANO DJI NUE:V0~1RON.

En el juicio ordinario Hcr!OO prcmovtdo contra Ud. Por el Sr. VI•
cente C. Gana sobre cnmpllmlent() de un contrato se ha'd!ctado
nna •eutencla cnya perte resolutiva dfCfl MI.
'
Montemorelolo~. nne.ve de Julio de mll noveclentoa nnev~
Agf'lncfa de Ja Becretarla de Fomento en la Ramo de Klnerl&amp; en
Visto
este
jniclo
ordinario
promovido
pcr
el
Br.
Vicente
O.
Garza
Jfonterre:,.
·
ante el Jn,gado de Letra• de la a~ fraocl6n Jndlcial y continuado
•nte este Jnrgado por el Sr. A.naréa DAvila como apodetado del Sr
Exp, 1679.-El Sr. Dr. Jeeóe H. Treviño, mayor de
Gana contra Mltrttel Valdéia Jaramllo, 1obre ()Umpllmiento de uñ
toda excepción y de eRta vecindad, ha solicitado snte
oontrato y pago de dafi.08 y i,erjnlcioa ............................................... .
eeta. Agencia doce pertenencias mlnerats que se nbtca......... Por Jo expuesto y oonfanaamento en l.111 dtspoaiotonea le1alea
c!tacht,ll debfa debfa de fallar y f.i,llo: Prlmnl": El actor nrobO an
rén en el Oe1'ro del Montoso como á la mitad de su alacción Y f'D con1ec1Jencla, D. r.rlirnel Valdé, Juam,lllo, debe y eat4
tura por el Sur y como á Js mitad de l&amp; distancia que
obligado 1 vender al Elr Vicente O. GauA el Rtincho de Santa Maghay entre loe oaiionea del Tule y La V1rgen. Esta sodalena por la cantidad de doa mll ol,.n tieeca p11.gaderos en menanalldadE'9 de cien peeoB, tormando dicho Rancho nn altto y cuarto de
llcttud qnfldará ubicada en mnniolpaJidad de Santa
ganado mayor, colindando al Norte la mugen derecha del rfo de
Catarina, Nuevo León, debiendo de praotlcar8'3 la.e ---..Rtibrtoae,"
al Bar, tenenosde la propiedad de la Srlt.a. C:armen ValLo que se ncMflca á Ud. en eeta forma, de acuerdo Oonchoa
medidas formando un rectangulo de 400 mete. de E
dés, Bancho llamado el Paerto de FlorSP; al Oriente terreno de la
con
lo
dlapneato
en
el
art.
77
del
Oódlgo
de
Procediá W. oor 300 de N. á 8 sobre una veta que corre de
propiedad de D.Fanstlno Dfar;, Bancho llamado el tanque de Flores;
y al Poniente oon el Rancho de Jaa Anima,. Segundo. En ta 0&amp;"N. á S. que existe en el cerro indica.do; debiendo de mientos Olvllee.
tldad que debe pagar el Sr. Gana-por la propiedad del Bancho de
Monterre~.
26
de
Octubre
de
1900.-Llc.
J.
Garc!•
quedar nn trabajo nuevo que hay sobre la veta en un
lfagdalena 186 Je abonar, lo q ne Jtutiftque haber dado como
8889 Santa
punto donde ee cruz&amp; oon unos mantos. oomo 160 met Gnajardo, Srlo.
anaa. Te,.cero Be condena i D. "Mhrnel Valdéa Jaramillo el pago
dfl
lC'II
dafioa
y perjnioloa qua ae huyan ocaclonado A Gana por no
á E. de la lfnea W. del rectángulo que se mida y cohaber cumplido lo oon v-enfdo y Onarto. No se hace exi,resa conmo 200 metros al S. de la línea N. del mismo. Al E.
denación en costas. Nottnqneae. Alli definttlvamentejnzgando lo
del trabajo mencionado y como á 20 met. hay un rereaolvf6 y llrmO el C. Jnez de L-etras interino de la 7t fraocl6n jadfclal damoa f6-Llc. L. Oant6.-A-J. F&amp;1ía---.A-E. V. OantO,·•-RdUz en forma de codo. Los metales que hay en el te•
Por
acuerdo
de
la
Junta Directiva. y en virtud de brtoaa
rreno son fierrosos, plomosos y zinoosos con ley de no haber tenido lagar ayer la Junta General Ordlna
Lo qne senotlflca A Ud. e■ e11ta forma en cnmpllmfento de Jo
plata. Esta solioitnd tien~ por Dombre ctEI Sal vadorit. ria por falta de q_ ucn-um, ee cita de nuevo A loe Sres. dlllpnesto por el artfcnlo '17 dPl 06dlgo de Procedlro.lentoa Olvllea
?&gt;!ontemoreloa, IS de Octubre de 1909-Llo. )[. Gómez Ba.Ueirte:
Nombrado perito el 8?'. lng. E. Ortt1, de eet.a veoln•
accionistas á fln de que el día 15 de Nov. próximo á roa,
g990

EXTRACTO

Monterrey, Viern~ 12 de Noviembre de 1909.

•

•

Agu' y Dr. •

, .,

�</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 90, Noviembre 9</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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