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                  <text>TOMO XLIV

NUM. 91.

Monterrey, Viernes 12 de Noviembre de 1909.

DEL. QOBIE:RNO DRL. lSTADO L.IBRR Y'SOBRiaANO DR NURVOML.RON.

Las leyes, los decretos y de:n1s ñispalliciones snpario~as, obli~an pJr ~ solo hecho de ser pnblicadu en este Periódico.
Registrado corno artículo de s.e gunda c,Jase el ·f8 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretarj.,a del Gobierno.
CONDICIONES -Este periódico se ¡,cblica los :\Iártes y
Viérnes de c.ada semana--Vale la subscri¡,ci6n C[S!CUENTA
CENTAVOS al mes enestaCa¡,ital, y Clli!CCTES!T'A. Y SE[S
fuera de ella franco de porte.-[[ pago debe hacerse adelantado-

1

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CEN
TAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicaci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se liará directamente al Administra·
dor del mismo.

Monterrey, Octubre 21 de 1909.-G. R.
Super;or Gobierno del Estado el Sr. Lic.
G.
Conway, Representante Oficial é Inge•
Secnndino Roel, por acuerdo del Sr. Goniero
en Jefe.-Al C. Oficial Mayor de la
N01nbramiento de Secretario de bernador, se .,dá ·á reconrn:er su firma al
Secretaría de Gobierno.-Presente.
margen de la presente.
Hobit&gt;rno.
Lo digo i 1Jd. por acillierdo del propio
u
·
.p ara su -inteli-ncia
y fi.
República
R enu'bl.1ca .,.,exicana.
•· Gob"terno de1 E s- Sr. 'Gobernador,
. .
.,d N l\lexicana.-Gobierno
L 6
S
' del
r N
L
,
N'
'nes
cons1gmentes.
E~tado
e
l uevo
e
n.
ecretana.8
ta dEo d e uc1evol feonl.-td umero 1099 f:
Libertad y Cnnstituci6n. Monteuey, Secc:ón r'l--Relaciones y Hacienda.u uso e a acu a que me con 1ere
.
•
Nú
el artícalo 86 de la Constituci6n Pofüica H ele Noviembre de r909.-Lazarl!J ,de la
.,m. II,4 2 3· ,
. .,
d
t
el
t
1
·¡
a
.ar.;:a.-Of.
::M-Al
C.....
Me
refiero
a
la
atenta
comumcac10n
de
1
O
de1 E
. st a º•t":/t domand :n C?-1ren ª tªa cª1.s·:
· --Ud., fecha 2r de Octubre último, en la
trac16n ªP 1 11 y emas C'. cuns n as
~
e
_,
he tenido á bien '
qu~bseds.1rv_e expresar: qued esa ompam_a
q ue ed Ud. concurren,
• de es t e Gobi'erno ,
lH Uf II
i
• Wlti W rec1 e 1anamente1avisos e sus consum1nom b rar1o S ecre tano
con el sueldo de $3000 00 c. tres mil pe'. ¡'n·
. . ,. plúVlSlUlla
. . I para e.1 CO·
.
dores para qu,e sed es cortde e1 agua en sus
_
,
· 1
•
1spos1c1011
c:asas
que estan esocupa as, y que como
sos anua 1e: ~ue Ea ese e~p e~ ª s1 gna e1 :I bro resp.ecto de las casas desocu esa~ fincas tienen, en su mayoría, coPreLs?bpuesdo eC gret~ots ~•,gen M. terre
pactas.
nexiones de dro,naje, no es conveniente su·
1 -erta • yb ons
on , ,. . y, :
___
• • e1 serv1c10
· · de agu&gt;t, a, fi n d e que 1os
d I uc10n._~ 1, M
pr1m1r
N
ioLde, ovdieml reG e_:9º 9ofyo.]),"; _C·,mL
u i.rc. ¡ O'.a. de Ser-vicio de 4 ~ua y D
sifones de aislamiento conserven su tap6n
- azaro e a m~a.
. ~
.
. l"'r
""'
A
• &lt;t;
renaje de d
1' ·a
.
,
1
. R 1 p
t
1u-0nterrey, _.,,_ .
e ese 1qm o, para evitar as1 que os ma•
Secundmo oe . - resen e.
Me permito llM:Iar la atención de Ud., los olores asciendan de los colectores púPor la atent:i. Superior nota número pa,a ,que lo ,eleve al comocimiento del Sr. blicos á las c4Sas 6 banquetas, con per10 998, de fecha de ayer, quedo impuesto ¡Gobernador, que esta Compañía está reci- juicio de la saluLridari pública; en cuya
de q11e en uso de la facuhad que le confie- biendo diaria:rnente avisos de sus consumi- virtud propone Ud., que los propietarios
re el artículo S6 de la Constituc:i6n Polí. 'dore,; para que sea cortocla el agma de sus de tales fincas sean responsables por las
tica del Estado, ha tenido á biéo nombrar- casas por .a.zoo de estar éstas desoc11pa- instalaciones, durante los períodos en
me Secretario de Gobierma.
,das, ·y como dichas casas tienen, e11 su rua- que permanezcan desocupadas, cobrándoEn dehida contestaci6o, me es gr.it~ yoría, coneociones le drenaje, no es de seles s6lamente la renta del drenaje, con
decir á Ud. que, aunque sin aptitud~s m ninguna manera. conveniente descootin11ar derecho de usar ·una cantidad de agua qne
merecimientos, acepto el nomw.am1en.to el Eervicio de agua paTa que los sifones de variará de mil á tres mil litros mensuales,
que se me hace, ofreciendo desempeñar el aislamiento conrerven su tap6n de agua, según la categoría de la casa.
cargo de la m~jor manera que me se_a po- evita11do así que malos olores asciendan
Dada cuenta con dicha atenta nota al
si ble, á fin de colaborar dentro de mi esfe- de los colectores p~hhcos á las casas ó Sr. Gobernador, acord6 diga á Ud., en
ra de acción al bien y progreso del Estado. banquetas, con detrunento de la salubri- respue,ta, como lo hago, que oído el pareLo que me permito decir i :Jd_., d_ándole dad pi~lica.
.
.
cer de los S,res: Interventor Financiero,.
las gracias pGr 1~ honrosa d1s~mci6n de , . En 'lista de esto, ':°e p~nmto sugenr la Inspector Tecmco y Jefe del Departamen•que me hace ob¡do _Y. pro_testanda l_e las idea de que los prop1eta:1os sean respon to de Cobros de la~ renta~ de los servicios
seguridades de m1 di_stmgmda con!s!dera- sab}es por las mstalac10nes durante los de agua y drenaJe, estima atendible lo
ción.
penadas en que sus casas permanezcan propuesto por esa Empresa; y en conseLibertad y Constitución.-Monterrey, desocupadas, J que solamente les sea co- cuencia, ha tenido á bien disponer que
II de Nov~embre de 1,909.-S. R oe!.- hr:i.da la renta del drenaje, que les dará el entretanto empieza á surtir sus efectos el
Al C. Gobernador del Estado.-Presente, derecho -de usar de una cantidad pequeña decreto del H. Congreso del Estado por
· b"
d de agua, variando según la categoría de el que se declaró obligatorio el saneamienRepública Mexicana. - Go ierno · e1 1
de
,
r
d 1
Estado de Nuevo León.-Circular.
~ casa,
11000 a 3,000 ltros por mes, t~ e as ca~~s de la Ciudad por medio de
En uso de la facultad que me confie,e sm cargar nmguna renta de agua durante dichos serv1c10s, en cuyo tiempo deberán
el artículo 86 de la Constituci 6n Polítie, el tiempo que la ca~a esté vacía. Siendo pagarse forzosamente las rentas de uno y
del Estado he tenido á bien nombrar esta renta de drena¡e muy moderada, su otro, se proceda en la forma que Ud indi'
,... b'
S L. pago durante la,desocupaci6n de las pro- ca_, cobrando tan so_'lo la cuota corresponSecretario de este ,,o terno. a1 r.f
ic. ple dad es, no sena por manera alguna un d:ente a1 de d rena¡e, seg(m la tarifa res.
Secundino Roel, quien, previas 1as arma- ·
•
•
•
lidades de ley, con esta fec_ha ha entrado p~so _para 1os. prop1etar;os, y sí evitaría pectiva, _por 1o ql:e toca· á aqndlas ca&lt;as
perdidas considerables a la Empresa, y que, tbmendo ya mstalados tales servicios
al desempeño de su cometido.
· mn_~cesano,
·
· en 1o que se 1es sea corta do e1 de agua, á pedimento de'
• . 1O , Ud mue h o !rab a¡o
Tengo la h onra de participar a
· refiere a la forrnac10n de las cuentas.
sus dueños, por raz6n de hallarse desocu,
para su conocimiento, Y á fin d_e que se
He discutido este asunto plenamente padas, lo que se advertirá á éstos al for•
sirva mandar tomar nota de la firma del
S
I
Sr. Lic. Roel, que figura al margen de la con 1os re~. . nterve~tor Financiero _é mular su res~ectiva solicitud para que
Inspector Tecmco Oficial, y creo que mis queden entendidos de las obligaciones que
presPut•.
J
d
. a· ideas en este importante asunto están de se les imponen.
Reitero á U . 1as protestas e mi isf
'd d
1
.
.
.
.
.
.,
entera coa orm1 a con as suyas.
Reitero á Ud. las segundades de mi
trn gmda cons1derac1on.
E
d pues d
b d d
·a
·
·
Monterrey, rr de Noviembre ,fo 1909.
~peran o,. . ! e su on a.', como atenta cons1 erac16n.-L1bertad y Consti.,
,
G
ya
digo
sed serv1ra
. lo e' M illi'er Lázaro ue ,a; arza. I
, al pnnc1p10,
¡
· que
ª
¡ - Ud · tuc16n ·-Monterrey, 8 de ·Nóviembre de
-J' s
·
.e evar esto a conoc1m1ento e Seaor Go- 1909.-Lázaro de ta Garza.-Of. M.-Of. M.-Al C.· · · ·
be_rnad~r, para los fin~s de su resoluci6n, Al Sr. Iugº. G. R. G. Conway, RepresenSecretaría del Gobierno del Estado de relt:ro a Ud., S_r. Oficial Mayor, _las se- tante Oficial de la Compañía del Servicio
Nuevo León.-Circular.
gundades ~e m1 más alta y dlstmguida de Agua y Drenaje de esta Ciudad.-Pre•
Habiendo sido nombrado Secretario del conslderaclon.
sente,

INFORllA.CION OFICIAL.

1.11~v1~1~
. . . Agu' ¡ D,a~lilª·
,

¡

•

.

�2

PERIODICO OFICIAL.

f PERIODICO OFICIAL,
Instrucción Ptíhlica.

·Pendientes ... ....... ............................. .
.N'egocios civiles despachados ............. .

Según el Cuadro General del Ramo
que hoy se publica, existían en el Estado
el mes de Septiembre último, servidos por
874 Profesores, 322 Establecimientos de
Instrucci6n, á los cuales concnrrían 23,7I7
alumnos.

30

I"' Sala .......................................... ..
2"' Sala........................................... ..

'° Sala, .......................................... ..
Fiscalía ....... .................. .. ..... ............ .
Defensoría de Oficio .......................... .

3

Pendilmtes.

1"' Sala ............................................ .
.2"' Sala .......................................... .

3 '°Sala............................................ .
Defensoría de Oficio ........................ ..

Juzgado de Letras de la 5° fraceión judicial.

Negocios penales despachados ............ ..
Pendientes ...................... .................. .
Negocios civiles despachados ............... .

6
2

Pendientes.

1 '° Sala ......................................... .

Suma total.. ................ $13. t!l6.0•;:l.26

El Gerente,.fosé L. Garza.-El Contador Ia3:J terino, F. !tl. d· la C,uza .-El C.-iero. E. Mio·
~a guel.-Vº B?, El Interventor del Gobierno. Manuel E. Gómez.

Pendiemte4.

En trámite ....................................... .
Por falta de promoción ........................ .

R
l!l

5

GOBIEHXO GEXEIL.\.L.

81
87

Juzgado de Letras de la 7ª fraceión judicial.

J'uhlka.do e-u el ·' r11ar!o Oficial." df'\ :!i &lt;le .Julio M l:l'Jii,

Negocios penales despachados ............. .
18 Pendientes ....................................... .
33 Negocios civiles despachados ............... .

Secretaría de Estado)' del De~pacho de Co·

4

S municaciones y Obras Pllblica::-.-Sección Se2 gunda.-Xúm , 195.

:12

Pendiente,.
203 En trámite ..... ... ..............
................. .
67
Por falta de promoción ........................ .
Juzgado 2' Local Letrado.
32 Negocios penales despache.dos ............. ..
30
...................................... .
30 Pendientes
Negocios
civiles
despachados ................ .
0

s·

9g

10
i&gt;7
1!)

Pendiente,.

Negocios civiles de8pachado1.

Sala ............................................ .
Sala..... .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . . . .. .. ......... ..
Sala. .. . . .. .. . .. .. .. .. . ...................... ..

En trámite ........................................ .

1 Por falta de promoción ....................... .
4
Juzgado S° Local Letrado.
1

11.;.nsS.16

Snma de valor·e:, efectivo~ .. S 7 .tú~::f,01):f.:!6
6 Cnentas,leo,·den. Y aloresnominale,5.fi l4.000.00

Negocios penales despachados ............ .
Pendien.teo ... ....... ... .... ........ .............. ..
En el mes de Octubre pr6ximo pasa- Negocios civiles despachados ............... .
-do, s.e hizo como sigue:
Pendientes.
En trámite ....................................... ,
SrrPREllO 'fRIBUYAL DE JusTIOIA..
Por falta de promoción ....................... .
Negocios penal., d6Spachados.

48(1. &lt;:JS. 03

sos ....... .. .... ·······

53 Cnentas acreedo•
27 rasimpe,·sonaies.

En trámite ....................................... .
Por falta de promoción ...................... ..

234
1240

TARiF ADE FERROCARRILES.
Se recibió en esta Se~retaría el ocur:-:,o de
e~a Compañía, fecha 15 ele Junjo próximo pasado, en el que, entre otras cosas, solicita la
aprobación del Suplemento ntlmero 3 á la 1-'arifa Esoecial número A~4 del Ferrocarril lnternaciÜnal l\Iexicano, para el transporte de
madera extranjera.
Examinado el as.unto por la Comisión respectiya y en vista de su dictamen, esta mi:-.ma
Secretaría aprueba el documento &lt;le que se

Negocios civiles despachados .......... .

2 '° Sala ............................................ .

20

3 '° Sala ........................................... .

Ferrocal'ril Internacional ).Iexicano, C. (~uiEn trámite .................. ............ . .... . 223 llermo de Landa y Escandón.-Pre~ente.
Por falta de promoción ...................... . 2110
Es copia. ::IIéxico. Julio 7 de 1~08.- (,'ilberto
JloJ1tiel, Subsecretario.
51

J.,zgado 1? de Letras del Ramo Penal de la
1 '° fraceión judicial.

Negocios despachados ........................ .
Pendientes .................. :.................... .

Hi

20

Juzgado l!i/ de Letras del l/aino Pe1'al de la
Jtr fracci6n judicial.

Pedimeutos sobre trámites,.. . . . . . . . . .
]Je/Juzgado 2' del Ramo Civil.

Pedimentos sobre lo principal. .. ..... .
Pedimentos sobre trámites ...... .... .
· IJel Juzgado 2? Menor Letrado.
Pedimentos sobre lo principal. ............ .
Pedimentos sobre trámite..... .. . . . . .... .
IJel Juzgado 39 jJ.fenor Letrado.
Pedimentos sobre lo principal. ............. .
Pedimento sobre trámite .................... .

Banco Mercantil de Monterrey.
S. A.
l IA

30

10
6

1
1
1
1

26

Pendientes.

Valores realizables
de primer orden ..
Otros rnlores ........
Documentos descontados ......... .
Préstamos sobre
prendas ........... .
Préstamos con garantia hipotecaria
Créditos en cuenta
corriente, ......... .
Deudores diversos,

En trámite ....................................... .

Por falta de promoción ........................ .
Juzgado de Letra., de la 3ª fracción judicial.

Negocios penales despachados . . ........... .
Pendientes ....................................... .
Negocios civiles despachados ................ .
Pendie11tes.

En trámite ........................................ .
Por falt,,, de promoción ........................ .
Juzgado de Letras de la 4ª fracción judieial.

Negocios penales despachados .............. ..

20 Capital Social.. .... ..
3 Fondo de reserva .. .
Fondo de previsi6n
6 Depósitos á la vista
30 con intereses ......
6 Depósitos á la vista
sin intereses ...... .
99 Depósitos á plazo

mayor de 3 días.
Circulación ......... .
5 Créditos en cuenta

64

Secretaría de Comunit.:adones v Obras Públicas. - ~léxico Sección:?~
·

Compañía del Ferrocarril Xacianal de México.-La Compañía del .F'c:rrocarril Internacional ~lexkano.--Compañía de] Ferro..::arril
Hidalgo J' Xordeste. S. A.-Ferrocarril Interoceánico de ~Iéxico.-Departamento Ge°'.e-

3
-1-.-A DEL F.-.;;,:.aocArx1nL

lNTER~AcrONAr. ).h:x1cANO.

Se avisa por e1 presente·quc á rt:.::rir de:-;de

el

las cuota.., para madera

extranjera que constan en la 'l'ari fa mencio-

nada.

::;e

aplicarán para los siguientt.::-., artícu-

lo:, en carro~ por entero de un ~olo artkuio

ó

mixto-..:
:•~ladera, tiras tejamanile~. madera ~&gt;ara
caJa~ en huacale~ o bultos, duela~ y tapa!-, de
barnl1 D,; material para tarn1ues y cisternaR,
D., durmientes y po~tes de telégrafo ( de ..macler~), y_los ?iguientes artkulos en blanco, es
decir. ::.m pintar, barni;,ar, etc .. bastidores
para pu_ertas r ~-en_tanas con ridrios [que no
sean c1:1stales] o !-,IIl ellos: persianas, molduras1 mens_ulas 6 e~cuadras de madera, aserradas, esquinas t9rneadas ó aseri•adas, balaustres, torneados o aRerraclot-, marco:-; para puertas o Yentanas desarmados y materia! desarmado para escaleras. •·

r

799,3flt, 80
161,1;4~·ºº
710.94S.25

441,323.72

357,795.2~

•

2.614.000.00

Advice i~ hereby giren that effecti\'c

tbe rates for foreio-n Jumber authorized in the abo,·e mentio~"ed tariff will
appl~- upon the follow,ng articles in straio-ht
or m1xed carloads:
""
. "Lumber, lath and shingles, box shooks, in
racks or b!tndles, staves and headings, K. D. ·
tank and c1stern material, K. D., ties and te~

le'.'raph _pales [\\'Ooden]; .and tbe following

a, beles 111 !he wh,te, that ts to say, not painted, var111sbed, etc; ,doors and window ~ash,

glazed: [not plate glass] or not glazecl, blinds,
moul&lt;lmgs, sawed woocl brackets, turnecl or

$2.500,000.00 sa,Yed bal~usterc;;, door and window frames
222,083.88 K. D.; stair work K. D. 1 '

1

C. H-: Fish: Agente General de }&lt;'Jetes.-./.
H. JJ,rake, V1ceagente General de Fletes.
·
Mex,co, 18 de Mayo de 1908.
14 4 3 58
·
·
Aprobado por }a Secretaría de Comunicacio-

40,000.00

º

ne_:S Y Obras Publicas, según oficio número

4,093,22 190. fecha 7 de Julio de l90R
l.901,440.92
1.277.730. 00

Publica.do
en el "Diario Oficial"
,., d r .
~
, .,,
u 1= e. u 110 de 1008.
Se~ret.ana de Estado y del Despacho de Co-

mun,cac,ones Y Obras Públicas -Se . ' S
gunda.-Núm. 197.
·
cc1on e·

1

•

GOBIERNO DEL ESTADO.

SuPr.1&lt;::,1F.XTo ~ e:--.rEKO

A LA '1-'An.r.FA Kü:\IEH.O

1.261.343.Rs
En trámite ........................................ . 408
P-0r falt,,, de promoción...................... .. 380 Cuentas deudoras
impersonales ..... .
Juzgado 2° de Letra., del Ra,no Civil de la 1ª
138,lH.4-.l
fracción judicial.
Inmueble .......... ..
300,000.00
Negocios despachados ........................ .
31 Mobiliario ........... .
1~,228.85
Pendiéntes.
Suma de valores efectivos ..... $7 .118':2,00~.26
En trámite ..................................... . 350
Por falta de promoción ........................ . 450 Cnentasdeorden .Valoresnominales5.r,14,000.00
Juzgado de Letra, de la iiJª fracción iudieial.
Snmii total ................ $13,206,0G:J.2G
Negocios penales despachados ............. .
_ _ _..;.._ _
7
Pendientes ....................................... .
lli
Pasivo.
Negocios civiles despachados ............... .
6
Pendientes.

•

ral de Fletes.

t;

Juzgado 1° de Letras del Ramo Civil de la 1•
fracei6n judicial.

Negocios despachados ......................... ..

brica-~Al Representante de la Compañía del

Pendientes.

Negocios despachados ........................ .
so 8A.LA.NOE MENSU A..L P&amp;A.CTIOADO EL
Pendientes ....... ...... ................. ...... ..
39
º" OoruBRE DB 1909.
'MINISTERIO PUBLICO EN EL RA lIO PENAL. (1 ~
iFBACCION JUDICIAL.) NEGOCIOS DESPACHADOS.
Activo.
Del Juzgado 1° del Ramo Penal.
Cája:
Pedimentos sobre lo principal. ............ ..
üt Existencia en CenPedimentos sobre trámites ................ ..
1
tral y Agencias:
Del Juzgado 2° del Ramo Penal.
Oro
Nacional. ... S 518,735.00
Pedim,ntos sobre lo principal. ............. ..
52
~
Pesos
fuertes..... 214,106.00
Pedimentos sobre trámites ............ ..
MINISTERIO PUBLICO EN EL R.UIO CIVIL. {H Moneda fraccionaFBACCI0N JUDICIAL.) XEGO.CIOS DESPACHADOS .. ria ................. . 59,048.05
IJel Juzgado zº del Ramo Civil.
Billetes de otros
86,365.00
Pedimentos sobre lo principal.. . . . . . ..
12 Bancos ............. .

,

11 trata, del cual le dernel\'O un ejemplar debida5!) mente autorizado.
::11éxico, Julio 7 de 1908.-faenufodn.-Rú18

Negocios penales despachados .............. .

H Pendientes ................. .................. .

según merced que está rivalidándose en fué impuesta por el mencionado delito.
No habiendo otro asunto de qué tratar,
Se reciUió en e~ta Secretaría el ocurso de ese Ministerio, aprovechándola por medio
esa Compañía, fecha 16 de Junio próximo pa· de una presa de cal y canto que hace mu- se levant6 la sesi6n, á la que concurrieron
sado, en el que solicita la aprobación de la Ta~
los CC. Diputados: Garza, Treviño, Ber-·
rifa Especial Unida I. O. número 6, del Ferro· chos años tengo establecida; pero ahora y langa, Benítez Leal, Madrigal, Botello Sa•
carril Interoceánico de .\eléxico, para el trans· tal vez á causa de las abundantes lluvias
porte del tabaco en rama sin labrar.
ha aparecido, en el cauce del río de Pes- lomé, Salinas, Botello Arnulfo y Lozano.
Examinado el asunto por la Comisión res-Faltaron con aviso Lartigue, y Marpecti,·a y en rista de su dictamen, esta misma quería y como doscientos metros al Po•
Secretaría aprueba, como de competencia, el niente un vertiente que sin ser abundan - tínez.-Virgilio Garoa, Diputado Presidocumento de que se trata, del cual le devuel- tísimo sí proporciona elemento suficiente dente.-R. E. Treviño, Diputado Secrevo un ejemplar debidamente autorizado.
México, Julio 7 de 1908.-Fenuínrle?.-Rú- para ser aprovechado en la agricultura y tario.,-Arnuljo Berlanga, Diputado Se~
,
brica.-Al Apoderado de la Compañía del Fe- deseando utilizar el agua de tal vertiente, cretario.
rrocarril Interoceinico de ~léxico, Lic. Luis
Es
copia.
Monterrey,
Novíembre
5
de
que será en cantidad.aproximada de ochen·
Riba.- Presente.
Es copia. 1léxico, Julio 7 de 190S.- Cilbcr- ta litros por segundo, vengo á solicitar de I909.-Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
to fifonticl, Subsecretario.
usted la concesi6n relativa, en el concepto
de
que ya tengo, como he expresado, cons.
Secretaría de Comunicaciones y Obras Pútruidas las obras de utilización. Debo hablicas--~l~xico.-Sección ~~
SESI6N DEL 8 DE NOVIEMBRE DE I9O9.
Compañía del Ferrocarril Nacional de Mé- cer notar á ese Ministerio que siendo la
xico. -La Compañía del Ferrocarril Interna·
Presidencia del C. Lic. Virgilzo Garza.
ciona1 ~Iexicano.-Compañía del Ferracarril Hecienda de San José una poseci6n anti ..
de Hidalgo y Nordeste, S. A.~I&lt;'errocarril In- gua, tanto el que suscribe como sus ante•
A la hora reglamentaria se abri6 la seteroceánico de \Iéxico.
cesores, hemos hecb() uso de las aguas de sión con la lectura del acta de la anterior,
Ferrocarril Interoceánico de 1'-:t:éxico, en co- tales vertientes, sin opoiici6n de ninguna que fué aprobada, y en seguida se di6 prinexión con el Ferrocarril de Veracruz al Pa· especie por parte de un tercero, haciendo mera lectura á un dictamen de las Comicífico y el Ferrocarril Nacional de Tehuantela presente solicitud, á fin de que quede siones I'!c de Hacienda y Fomento, qne
pec.,-Departamento General de Fletes.
termina con el siguiente proyecto de delegalmente autorizado el uso del agua en
creto:
TA•JFA ESPECJAr, UNJDA.
cnestión.-Siendo legítima mi pretensión,
Artículo único.-Se aprueba la resoluF. C. Interoceánico J. O. Núm. 6, F. C. de Y.
á
usted,
C.
Ministro,
suplico
respétuosaci6n
expedida por el Ejecutivo con fecha
C. al p. N,ím.-F. C. N. de T. Núm.
30
de
Marzo del corriente año, relativa á
En vigor de~tle el
men te, que previos los trámites legales, se
Tabaco [en ramt1_, sin labrar].
la
exenci6n
de impuestos del Estado y
sirva concederme la concesi6n q ne soliciEn carros por entero, Peso mínimo 15,000 kiMunicipales,
durante cinco años, contados
to.-Protesto lo necesario.- Monterrey,
logramos.
.
,
desde
la
fecha
de dicha resolución, al caDe Salina Cruz [costado del buque] a 1Iex1· :N'. L., á diez de Octubre de mil novecien·
pital no menor de ocho mil pesos, que los
co. [Vía Santa Lucrecia y los Cocos].
•
Cuotas
tos nueve.-- Hipólito Gutiérrez. - Rú- Sres. Francisco Ma.rtínez Peña y Compa•
l,OOOkilw;s.
'"" brica.
ñía inviertan en la instalaci6n de una
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F. C. Nacional ele Tehuantepec .... .. .. $ 8 54
Es copia. México, Octubre 2r de r9O9. Fábrica de Aguarrás y Colofonia, que preF. c. de Veracruz al Pacífico...........
10 43
tenden establecer en el punto denomidado
Baca.
F. C. Interoceánico de de ::IIéxico.. .. 11 03 -E. O. M., E. Martínez29 de
"Santa Inés," én jnrisdicci6n del MuniciOct., 12 y 26 dé Nov.
pio de Itnrbide.-Para segunda lectura.
Cuota directa .............. $ 30 00
Se someti6 á votaci6n la iniciativa de
1t;sta cuota :-;e aplicará únicamente á remeley del Ejecutivo, referente á la reforma
sa~ ele tabaco en rama, proce&lt;lentes de algún
puerto mexicano en el 1itoral del Pacífico.
de los artículos 32 y 36 de la Ley ElectoCaduca con a viso legal.
vigente en el Estado, cuya minuta fué
r. W. Fis/i, Agente General de Fletes, F. Congreso del Estado de Nuevo Le6n. ral
igualmente
aprobada, quedando concebida
C. Intero..::eánico.-C: Cardona., Agente Gene~
Esta
H.
Legislatura,
con
fecha
de
hoy.
en
estos
términos:
ral de Fletes. F. C. ele Yeracruz al Pacífico.
Número I8.-El XXXV Congreso
-H. E. Jloorc, Agente General &lt;le Fletes, F. tuvo á bien aprobar el siguiente acuerdo:
G, Nacional de 'J'ehuantepec.
Constitucional del Estado, representando
México, 1:; ele 1Iayo de I !JOJl.
al pueblo de N nevo Le6n, decreta:
Número 6.
E:-:.ta Tarifa es aprobada por la Secretaría
Artículo único.-Se reforman, para el
ele Corrrúnicaciones y Obras Públicas, como
Unico.-No
se
concede
al
reo
de
lesiosolo efecto de las elecciones municipales
&lt;le compcten~ia, se~ún ofi.cio ntlmero 1(-17, fecha 7 &lt;le Julio de J•Ju8.
nes, Gabriel Saenz. la gracia de conmnta- del preseq.te año, los artículos 32 y 36 de
ci6o que solicita, de la parte de pena de la Ley Electoral vigente en el Estaio, deprisi6n e¡ ue le falta por extinguir y que cretándose: que las asambleas populares á
Secretaría de Fomento, Colonizaci6n é 1~ fué impuesta por el mencionado delito. que se refiere el artículo 32, se reunan, en
Io.dustria de la República Mexicana.
Protestam'.ls á Vd. nuestra atenta con- su respectiva secci6n, para elegir á sus
funcionarios municipales, el último do
SOLICI'l'UD pres.entada ante esta Secretaría sideraci6n.
Libertad
y
Constituci6n.
Monterrey,
mingo del presente mes de Noviembre; y
por el Señor HipÓlito Gufiérrez, pidiendo
conce:-.ión para aprovechar. como riego, has- Noviembre S de 1,909.-R. E. Treviño, que los Escrutaiores á que se contrae el
ta la ..::antida&lt;l de ochenta 1itros por .segun- Diputado Secretari11.-Arnnifo Bedanga, artículo 36, se reunirán, para el ejercicio
do, como inftximum, de las aguas de1 río Pes Diputado Secretario.-Al C. Gobernador de las funciones que les confiere la ley,
quería, del E~tado de Nuevo Le6n, la cual Interino del Estado.-Presente.
el primer domingo de Diciembre pr6ximo.
solicitucl ele conformidad con la ley sobre la
Lo tendrá entendido el C. Gobernador
materia, se manda publicar por tres ,,eces.
mandándolo
imprimir, publicar y circular
'durante: un me~, para que las personas que
se crean con derechos, se presenten á aleá quienes corresponda.
rrar]os
dentro
&lt;le
dicho
término
contado
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Dado en el Sa16n de Sesiones del H
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de ]a fecha de la primera pubhcac,on.
XXXV Congreso Constitucional. Congreso del Estado, en Monterrey, á los
ocho días del mes de Noviembre de mil
Una estampilla por valor de cincuenta
SESIO~ DEL 5 DE NOVIEMBRE DE
novecientos nueve.
centavos, debidamente cancelada .
I9O9.
No habiendo otro asunto de que tratar
Presidencia del C. Lz'c. Virgzt'zo Garza.
C. !llinistro de Fomentr&gt;:
se levant6 la se3i611, á la que concurrieron
Se abri6 la sesi6n con la lectura del ac- los CC. Diputados: Garza, Treviño, Ber
Hip6'.ito Gntiérrez, vecino de esta Cin
langa, Lozano, Botello Arnnlfo, Botello
dad de '.\Ionterrey, con domicili() en la ca- ta de la anterior, que fué aprobada.
En
seguida,
se
puso
á
discusi6n
y
fué
Salomé,
Madrigal, Lartigne, Salinas y
lle de '.\latamoros número 148, ante u~fed,
como mejor proceda y con el respeto debi- aprobado, el dictámen de la Comisi6n de Martíoez.-Falt6 con aviso el C. Benítez
do me presento á exponer: que soy dueño Justicia, que consulta el siguiente acuer- Leal.-Virgzt'io Garza, Diputado Presi
dente.-R.E. Treviño, Dipl!tado Secreta
de la Hacienda de San José, ubicada en la do:
Unico.-No
se
concede
al
reo
de
lesiorío.-Arnuifo Berlanga, Diputado SecreVilla de García de este Estado de Nuevo
León. á la margen izquierda y Norte del nes, Gabriel Saenz, la gracia de conmuta- tario.
río d~ Pesquería: que dicha Hacienda la he ci6n que solicita de la parte de pena de Es copia. Monterrey, Noviembre 8 de
siempre regado con aiuas de.1 dicho río, prisión qne le falta por extinguir y que le r909.-Rafael del Castillo, Oficial Mayor.

TARIFAS DE FERROCARRILES.

1.021'.,:387.47

4 Acreedores diver-

1 endientu.

Juzgado de Letras de la 6ª fracción iudioial .

.Ves pacho J LHlicial.

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corriente ........... .

3

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PODER LEGISLATIVO.

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Consejo de Instrucción Públic"' de Nuevo-León.

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ESTADO QENE.RAL. de los E.stabecimientos de Instrucción que, según los datos correspondientes al mes de Septiembre último, existen en esta :Entidad Federativa.

Estabiecim ientos de Instrucción Primaria.
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de MCuulu.

Dfrectoros.

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De nillos.

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D e nillas.

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Mixt.as .... ........ ...... 1
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TOTALES.... .. ... ...
N úmero de Escuelas Pl'1mar1as........ ............. .. . .... . ..... .......... .. .. .
30~
N úmero de Al umnos .......... ......... _.... ........ ... ....... _.. ...... .. .... .... 22,87.5
Directores .......... ..... -........ .................. .. .............. .. .... ..... .. .. ,
304
Ayudantes .......... ..... .......... -· - - .... ....... ... .... .... _... ........ ...
476

8

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52

1

792

133
,_ ____,
NOTA.--Las Municipalidades marcarlas con *
no remitieron sus datos oportunamente y fig nran
con los de J unio tíltimo.

Establecir.o.ien.tos d.e J::n.strucción. Secundaria en la Capital.
Clases.
Nomh1·es.
Alumnos.
Profesores.
Otros empleados.
13ó
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~g,~;~:z. ¡~iv~~n~~: :::: ::: ::.::: ::::::::: :::::: ::: ::::: ::::
10
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San José (de Sefíoril.ns) ..... . ...... • .... . , ... • . . .. . ....• . ..
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Instituto taurons ..................• .. ....•.......•.... •.. .
27
1

Ü FICJAL
p .6 &amp;'fICULA&amp;

ESCUELAS PARTICULARES.

de a.lt1t1m D0 8 -----¡ij°rootor es_._ ~ a . u ~ ~

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Nota.

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Sngr1itll\ 1,l"'a1uiliu .... . ....... • ..... . . . ....• • •. • . .. . . . . . • . , .
Sagrado Cor!l.z6n . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . • . . ... .. ..... . . , -. . .

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A L UMNOS.

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Particnla.res _............. .

PROFESORES

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C L ASES.

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Establecimien.tos de J:n..s tr-ucci ó:c.. Frofesion.al en la Ca.pital.
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CLASES.

Oficial

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p¡;Ucu lar

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Jlscuela deJ~-2P~~e~!S.' ............... _.... ~-L~.~~~~·..
., N or1nal tle Profc!:lores ... ... .. . .•.....•.... . ........... . .. . . ,
.. Profe~ionn.l para Senoritns.......... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colegio Mor elos . .. , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... , . • . • . • . . . • . . . . . . . . .
A cntlcmiade Dibujo .................................. . ... . •. . . . , .. ..
Se,ninu.rioMnyor ......•........... . . . . . . . . ...... .• ... . .••.......
Aca&lt;lcruit1. Co1nercinl Mo&lt;lcrua...... . ... . . . .•. . ....•... . ...• , • • .
Academia Zarfl.gozn ........... . ......... . .•... . .......... . , . . . . . .
Colegio Vel1í.zq11ez ... . •................ .• ....... , . . . . . . . • . . . . . . . . .
Instituto Cristitt.no............ . . . •. , .... . ..... . .....• . .......... ,

Colegio "R&lt;'rafin Pei"i1~u..... . . . .......... . . . . . . . . • . • • . • . • . . . . . . .
Uolcgio ''Bernurilo Re:yi'sº .. . , _.•... , . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . .

..... -~~?l~~S~·R·E -S ........................
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12 .. .... .. .... ... ... .5:30 ....... ...........

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E STABLECIMlENTOS.
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De Instrucción Pr,mana............
De Instrucción Secundru-ia.........
De Instrucci6~Profcsional... ...... .
TOTAJ,F.S ..... ... ....

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ALUMNOS.

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em¡¡leados

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31 2 ..... ............... 34 .. .... 15
530 ... .. ... ...... ....... 60 .. . ,._ 32
23,717_1.. ..... ... .. ......... 874 ..... . 47

Mo nterrey, 31 de Octubre d e 1909.

Seralin Peña.
Seore1,,e.1·io.

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l'ERIODJCO OFICIAL

¡,re,ado llenito Conchos, art, 60 del Códi. ljan á la familia del occiso sus derechos á
l!O ~·i,·il , 423 y 424 del de Procedimientos s~lyo por _l~ que hace _á la respoosa~ili~ad.
l'cn&gt;ile s así como también qnedó compro- civil. Not1f1quese y s1 dentro del termme&gt;
Secretaría de la 1~ Sa)a del Tribunal bado qne el autor de ese delito lo fué el legal no se interpone recurso alguno de
S □ premo de Justicia.-Monterrey, Nueve. pruceRado Ascención Cerda con su propia esta sentencia expídaose los testimonios
León.
•~Hl'{L
confesión que por si sola hace prueba _ple- de est~lo _ponié~dose al '.eo ;A-scención
Monterrey, Juuio trece de mil nov~ o•: v c&lt;,u las declaraciones de los testigos Cerda a d1spos•ción del ~¡ecut1vo en la
cientos nueve.-Vista esta causa comen-, pre:enciales del hecho· artículos 415 y Penitenciaría del Estado; hágase la transzada á instruir el diez de Abril último. 4 2 i del Código últimadiente citado.
' cripción correspondiente al Inftrior y en
por el C. Juez 19 de Letras del Ramo Pe
Considerando: que si bien el delito de su oportunidad archívese el proceso. Así
nal de la primera fracción judicial contr~ ho1uicidio de que se trata no puede ni de, lo resolvió y firmó el C. Lic. Leobardo
Ascención Cerda, casarlo, de cincuenta ~ h~ tcner,e como intencional pr,r que no Chapa, Magistrado de la I~ Sala: Doy fe.
dos años de edad, jornalero, originario dt hub., de parte del agente propósito de co- -i. 1c. Leobardo Chapa.-Lic. Eleuterio
de Charcas, San Luis Potosí y de esta ve meterlo. como tal homicidio fué el resul Lozano, Srio.-Rúbricas.''
ciudad por el delito de homicidio. Vista~ t:idn de uo haber tomado Cerda las pre
las diligencias practica,Jas en averigm• c,uci,w&lt;:s necesarias para hacer el disparo
Secretaría de la I. "' Sala dei Tribunal
ción del delito y de su autor, el auto d, que lo 1110tivó, teniendo en cuenta que el Supremo de Justicia.-Monterrey, Nuevo
formal prisión dictado en contra del pro- Jugar donde se estaban verificando los dis- León.
cesado Cerda, la requisitoria del C. Agen- pa~-os 110 está destinado para el tiro y que
Monterrey, Junio diecisiete de mil note del Menisterio P6blico, lo alegado por el occiso estaba parado en la puerta in me- vecientos nueve.--Vista esta causa comen•
el defensor del reo y la sentencia dictad,, dista ,. ,uuy cerca del blanco, circnnstan- zada á instruir el veintiocho de Abril própor el expresado Juez con fecha once de cias qne cebi6 haber tenido presentes el ximo pasado, por el C. Juez de Letras de la
Mayo próximo pasado en la que, teoiend- ~ autor del homicidio para..lo cual bastaban séptima fracción judicial del Estado, contra
á Ascención Cerda como responsable del ,¡na reJ1exióo y atención ordinarias d~ Nazario Rodríguez, de diecisiete años de
delito de homicidio por culpa grave lo parte de él, tal homicidio debe tenerse co- edad, soltero, jornalero y originario y vecondena á sufrir la pena de dos años en~ 1110 ele culpa que el suscrito califica de cino de esta Ciudad, por los delitos de rotro n::eses de prisión á contar desde la fe. grave ¡,orlas razones que quedan expues- bo y fraude: Vistas las diligencias del su~
cha ,n que se le declaró formalmeni.e tas y coo fundamento de 'los artículos 12, maria, la confesión con cargos tomada al
preso, con calidad de retención por un~ , .'• 14 y 16 del Código Penal.
procesado y lo que alegó su defensor en
cuarta. parte más de ese tiempo, manda
Considerandcl que si el homicidio de primera Instancia. Vista la sentencia de
decomisar en favor del Fisco del Estadc '. referencia hubiera sido intencional la pe fecha veinte de Mayo 61timo dictada por
el arma con que se cometió el delito, dir ua que correspondería aplical seTÍa la de dicho Juez en la que, teniendo á Nazario
poniéndose amoneste al reo para que 00 muerte por que es evidente que midió Rodríguez como responsable de los delitos
reincirla, y dejando. á la familia del occiso veutsja de parte de Cerda por encontrarse de robo y fraudP, le impuso la pena de un
sus derechos á salvo por lo que hace á :a ar11tado y el ofendido inerme pero tratán año ocho meses de reclusión contados desresponsabil_idad civil. Vistos el dictame,, dose c,,mo se trata de tm homicidio por de el veintinueve de Abril frltimo en que
del C. Mm1stro Fiscal en el sentido éle ,·ulp• grave tal delito está comprendido se le declaró formalmente preso; á pagar
qne se confirme la expresada sentencia, para su castigo en la frac . I dél art. 189 en la Recaudación de Rentas del Estado
lo al~gado por la de_fen~a en esta 2~ in&lt;- dd C6 ligo Penal que sefiala la pena de en Montemorelos, una multa de un peso
tancm, el auto de citación para sentenc·a dns arl(,s de prisión que á favor del incul- se•enta centavos ó á sufrir en su defecto
y cunnto más convino y debió tener pre• p1.-Jo Cerda concurre la circunstancia ate- tres días más de aquella pena, mandando
sente; y
,
.
nu~ute de primera clas~ de_ su buena an- am?nestar al_ reo para que no _reincida; y
Resultando: que el dta de la miciacié, 11 tenor conducta y le per¡ud1ca la agravan- de¡o al ofendido sus derechos a salvo por
de este proceso por la mañana, José C0 . te de tercPra c'ase de la frecuencia del lo que hace á la responsabilidad civil. Visvarrubias y Benito Conchos fueron á ía, delito en el Estado, artículos 40 frac. I y to el dictamen del C. l\Iinistro Fiscal y lo
casa de Ascención Cerda á invitarlo para 4S irar·. XII del Código Penal, citado que alegado por el defensor de oficio en favor
que fuera con e los á tirar con una cara- el valur de las agravantes superan en dos del encausado en esta segunda instancfa
bina que llevaban .Y después de haber a,,_ ""idade.s al de la atenuante, y que por lo la citación para sentencia, con cuanto má~
dado en el solar del tendajo ''El Sileoci0 " mismo procede aumentar, proporcional· debió verse; y
y recorrido el terreno contiguo á los Pan- rneute la pena señalada en la ley.
Rernltando: que el veinticuatro de ,\bril
teones, reg~esaron a_l comercio mencionaCr,asiderandc: que toda pena de obra, próximo anterior pasó Nszario Rodríguez
do Y se pu~1eron á ttrar al blanco con éi- públicas ó prisión por dos afias ó más se pcr un punto do~de pastaba un ganado
cha ~arabma sobr~ la pared Norte é.el enten&lt;lerá impuesta siempre con calidad men~r de la propiedad del Sr. Cristóbal
menctonado comerc10 pomendo al efecto de retención por una cuarta parte más de Garcia, en la Demarcación de Escobedo
una moneda de á centavo y estando para- tiempo en caso de que el reo ob,ervase jurisdicción de Montemorelos, al cuidado
do Conchos en la puerta del tendajo el "'ª la conducta dura u te el 6ltimo tercio de de do, niños hijos de dicho Sr., y habiencual quedaba muy_ cerca del blanco, al Stl ('oncieoa: que se deben imputar en la do Rodríguez dado á cada uno de éstos
preten~er C;&lt;;rd'.' d1spar~r lo verificó con sentencia los sufr:mientos que el reo haya un centavo porgue fueran á traerle agua,
mala d1recc10n _1nadvert1damente, yendo el te11ido durante la instrucción, cualquiera luego que se retiraron aprovechó su au
proyectil á henr á Conchos en la regilu que sea el tiempo que ésta dure: que en sencia para extraer de dicho ganado cua,
fro~tal, tres _centímetros_ á la derecha ée tr,da sentencia condenatoria se prevendrá tro borregas, que vendió en lllontemorelos
l'.' hnea media Y dos ar~1ba d~ la ceja y que se amoneste al reo para que no r.:in- en la suma de tres pesos setenta y cinco
s1g01endo un~ tr~yec_tona ;'bhcua de an: - cida, "dvirtiéndole las penas á que se ex- centavos á los Señores Graciano Srfuentes
ba ~ aba¡o Y ?e 1zq01erda a _derecha atra- · pune: y que la responsabilidad civil )' Rodolfo Lozano, en poder de quienes las
bezo las menm~~s y el hemisferio derec~ , sól,; Podrá d~clararse á instancia de parte rec~jió el Juzgado,. siendo va)onzadas por
del ~erebro alo¡andose en el _cerebelo ce l,,gn111ia, artrcul?s 70, 7r, 182, 208 y 2 37 peritos en la caottdad de seis pesos cin dona~ se extraio por los facnita_t1vos dd del repetido Código Penal. Por las con- cuenta centavos y entregadas al ofendí,.
Hospital González que practicaron :,. sideraciooes expuestas y con fund¡¡mento do; y
autopsí~,del cadáver de Conc,hos, pues f:&lt;- ade,uá,; en los artículos 7, 32, 35, 37, ..¡g,
Considerando: que la existencia de los
t_e ~al_lec10 mo_i;ient~s despues _de haber 5'\''-~ ,rae. I,_ 101, 102_, 220, 225, 52 7 y delitos de robo y fraude se comprobó ple1ec1b1do la lesion y 3: consecuencia de ella, 5ú del Código Penal, y 410, ..¡E y 414 namente en autog con las declaraciones de
segú~ lo expresan d~chos facultativos en del de Procedi_mientos_ Penal~s, se ~onfir- los ofendidos y la just_ificación por parte
su dtctamen respectivo.
rna la sentencia de primera mstaocia que del robado, de la propiedad, preexistencia
Resultando: que _los hechos que que- se re,·isa y se falla: Primero. Ascención y falta posterior de los animales que le
d;tn narrados se venficaroo en la forma y Cerda es responsable como autor d.el deli f□ eron smtraídos; y que el autor de esos
termmos expresados, pues así lo confiesa to de homicidio de culpa grave por el cual delitos lo fué el procesado Nazario Rodrí.
el mismo mculpado_ Ascencióo _Cerda, y se le procesa y se le impone por tal delito guez, con su propia confesión confirmada
lo declaran los, testigo, p~esenciales que la pena de dos aiios cuatro meses de pri- po, las demás constancias de la causa· arts_
lo fueron rose Covarru_bias y Salvad&lt;,r sióu á contarse desde el catorce de Abril r63 y ..¡15 del Código de Procedimlentos·
Guer,ra _dueno ~el te,oda¡o '~El Silencie.. último eo que se decretó su formal prisión, Penales.
este ultimo, qmen fue ademas el aprehen- entendiéndose impuesta esta pena con caConsiderando: , ue ~l robo de que se
1
sor de &lt;;erda; Y,
., .
. _ li~ad de _retención por una cuarta parte trata, por haberse cometido en campo abierCoos1derando: que con la d1ngencra ce n,as de uempo en su caso. Segundo. Se to, apoderándose de _varias cabezas de gafe judicial, autopsía del cadáver de Beni- decomisa á favor del Fisco del Estado el nado menor, se castiga con uno á cuatro
t~ •..:anchos_ y certificado del acta de defur: arnia &lt;·oo que Cerda delinquió. Tercero. años de prisión ú obras públicas según
~160_ del mismo gue o~ra en au(os, qu~dó .'\ moaéstcse al mismo para qne no reinci· el art!cul? 360 fracción U del Código PeJ u~t!~cada la existencia del de11to de nt da ex pli,:áodole las penas á que se expone nal~ que a esa pena deb~n agregarse la que
mic1dio perpetrado en la persona del tx• j en ca,o de contravención, C-:¡arto. Se de- corresponda por la cuantía, que en este

SECCIO~ JUIDICL!L.

•

•

7

PERIODlCO OFICIAL

•
caso será la de tres á ncventa d!as de arres- ! Así lo decretó y fir:nó el C. ',fogi3,r,do de
Cfa. Ferretera de Monterrey
to por no exceder de cincuenta pesos e- la 1• Sala: doy fé.-Lic. Chapa.-L1c&lt;El Barco;, S. A.
m~nto del robo· una multa igual á la cuar- Eleuterio Lozano, Secre:ario.-~.R,,c)ricas.
CO~VOCATORIA.
ta parte del v~lor de lo robado por ser 1- - - - - - - - - - - - - - - - - - El Con~jo de Administración de esta Cia. en sa ees!6n de hoy acordó olt&amp;r á los Bree Aoctonist.aa, da
mayor de cinco pesos; y la inhabilitación
conformidad oou el art. 20 de Joa Estatatoa á Aeam•
por diez años para toda clase de honores,
blsa General' Extnordinaria, que deberá veritlcaree
en Jas Oficinas de eeta Sucursal del Bt\nco de Londres
empleos y cargos públicos, por merecer
y ~éxico. 4. laa 0000 de la maiiena del dta 24 de No•
EXTRACTO.
dicho delito una pena más grave que la
viembreoorrlente. bsjo lashrniente
01
Ra'Olo
Orden del día:
de arresto mayor, artículos 359, 351, 352 Agencia de la Secretar!; de Fomen~ ea
de ~un~r!a en Oerralvo, :N • L6ón.
. .
• d Ad i · tracló
t
(',on fecha v¡,fntlocho del llda&amp;l prese1lt6 oca. ,1, .\ .Mt-" Uncia
I Ret:r::tegrar el .OonseJO e
m n1e ·
ncon OS
y 150 del mismo Código.
el Sr. George HagbH, Norte.J.meriéan", mayor d1t edMI '/ d~ i!&lt;I~ '
nombramientos de .Prestdsnr.e, V-0cal 1~, Teeorevf'clndad, en que solicita nna ooncesidn minen. da otbo ~rt,:,ue:lro y Secretario.
Considerando: que el fraude á que este claspa
1a ampliaran solicitad minera denominada , E~hella. del
II E 1°"'Ción de Oomise.rio y sus doaeupleDtm
Norte•
ubicada
en
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vertiente
Norce
de
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cordlllen
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Potr.,.
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•••
proceso Ee refiere cometido en los términos ro de San Gerónhno de eata Munioipaltdad, .1. cor dlf!Uloncl11- del :\loutarrey,
Noviembre 8 de 1909-F. de a.en~
fondo
minero
•El
Llano"
deblenlio
loei.lizari,e
dich~t
p~rt~aeui:lsj
PresJdenve.
-..4.
Huguet.
Seo
re
cario.
910293
de la fracción II del artículo 395 de di- del modo qne qae a!gue: partlendo de la mOJ, Ni¡ 2 IS
\11, C&lt;IN. W. del filudo La.Estrella del Norte ae m,dirAa tC!~ Ul-,t.
--cho Código Penal, se castiga como robo alQUi"la
N. 51º 3f/ W; de aquf 300 met. t.l 8. ~ 30' W; lu.-if'O 40! 1 Mtot. ,,.¡
a
51º ~ · E· en aegulcta 800 met al N. 3g:t 30' E; eu ~(lid.A lOO IU&lt;I\ ,
E
D
I CT Ü •
sin violencia: que obran en favor del pro ai N, 51º 30~ w. para llegu A Ja·eaquina N. E. del foodo •E.,lr&amp; I •
ilel Norte~ el qua quedad rodeado por 1ua ladoa Poníiwte. 80.r f
Juzgado
ele Letras de la 6 "' fracción judfoia .. -Vl•
cesado las circunstancias atenuantes de su O.tente y teniendo por 00Undancta1 el repetido tundo, v r 1(?rii,n· Ualdams. N, León.
Norte y Poniente y por este a1t1mo rumbo umbtEn h .rolicllu'1
Oon facha de hov 88 radicó 80 este Jm:~ado de mt
buena anterioé conducta v haber confesa- teminera
pendiente •El lf&amp;ine.• llllantf1eata el inter~•do QÚII ~,,.t 1
• ,
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•
H
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de e11:1&gt;lotar meta lea con 1&gt;lo:no y plata. La sollcitnd
reg1~1r6 cargo el JU o 1o de intestado á hl!!D88 del Sr.
erca~•
do su delito circum,taciadámente, que son bajo
el N9487 y llevui por no:n.bre•J.mpllacióll de E,r. uilh• &lt;:1"' 1 t-or• no Garza, vecino quemé de edta Villa.
de primera clase; y eu su contra la agra m~!:brado perito el Br. 01prlano Toscano da ea, ... •ec1u.hd .v · , Lo queae hace saber al pt1bi:ico para qu~ las peri,oacepiado por él el cargo, Sel abre nn plazo impzonos!lblé •t&amp; 01:1•tio nas que ae crean con derech'&gt; á la herencia ae preaenvan te de tercera de ser frecuente en el Es- mtisf!I
contadoa deade h-01 pan\ Is snb9u.nc1&amp;0tóa. df.ll ;,, 1"""1 .iot':! ten á deducirlo dentro del término que fija el Brt. 1687
tado los delitos de robo y fraude, superan- eno:;~!i!f~~~f!u. de Oatnbre de w1l novaot3nto4 ci.u(! .. ;,.-t-:1 , . ª" del Cód.go de Procedimientos Oivi?ee.
_
➔ 1 9m
Villa'.dema. 20 de Octubre de 19'~9-Uc. SLmón Oaado ésta á aquellas en una unidad, por lo H.-o. Solía Gntlérre-t.
iardo -A-Marlan'l8iintoa Tn:iv1ii.o.-A-Joeé B
que debe imponérsele una pena mayor que
NOTIFICACION.
:ta;cri!lll.
91e401-11s
el término medio: que cuando el acusado
lo.z.gsdo lQ- dd lo Civil lt tracción jll.:licf)I!. Bltj,;10 J.e ~""•o 1
·
EDICTO.
fuere menor de dieciocho años, pero ma- León.
Sr.
Refugio
M.
Sandoval.
Jagado 2' conatltnclonal.-P,.quari• Cb.:C.., Nuevo
Eii el juicio verval ,sa.mario que en eu ooo&amp;ta at,t;..- ,il ;ij1. Lic. :.eón.
yor de catorce, se le impondrá rec_lusió~
o .S.i.Unse. como apoderado de 1). Pranctsco Z_i.mhr.-.n,&gt;. oJ:1Le
d ¡ Ra
por un tiempo que no ba¡e de la mitad m Gtln&amp;ro
bre p•go de N!IG,as y deeooupaclón d,;i ca,111,, se b!I d1ci..dt,
•nt(l
H ·Y por dbpo~:ción del O. ,f nez 2' de
tras e
·
que i i.a Ietradfce:
· mo Civilaa r 1dtcó en este Juzgadado eljnicio de lnOOB•
exceda de las dos terceras partes de la peMont· rrey, valntlnnode 01t11bre de mil a.o ~e,.L1v• .:1ti&lt;-,.,, - r;ado de la finada Mana Mloaela Gana, vecina que ftt(\
ae ptde en la anterior andieocta, tt!ugue por oouk. 1Jod• 1.1, de eeta VIiia en,_ Hacienda de &gt;an Io1·dro_
na que se le impondría siendo mayor de como
anterior demanda en aenttdo negativo y de coo!orwld-.d con lo•
~
v
arls. 918 y lOilO del Código de ProoedimJentoeCJvi ee, 11,nr• e !} pri;Lo que se hace saber al pdbl(oo para que Jos que ea
edad: que en el ~aso que ?ºs ocnp~ ha- aaute juicio .'i prn11b~a ¡,or el tl!rmto.o de ntnw dtaa c3ul,J.U&lt;ilt ~. tm crean oon deracho á la herencia ae presenten 4 dftdn•
pror1ogablee. Notifique&amp;e. Lo deor:ttó Y 11rm6eJ O.Jtt'!'t lo d" r,1tt1n cirio ~n el ••rmlno qtte -~ii&amp;la el ••t. 1681 del 06dlgo
biendo acumulac16n de delitos, debe impo- delR1omoClvU:doyfé-T.!c.Treviño.
-r.tc.J'3dálllaJl. \'11,fü1j,:,, ~d...
..
-Rt1brlca11.
Procedimientos CivtlES
nerse la pena más grave, aumentada hasta LoqaeMinotiilca!.Vd.eo ~eta fo'l'maea cn::n.i,Umiru·-., J J •n deP-esq::t.i!rl!I
Obiea., Octubre 30 da \90R-A1ejandro
del C6'1!10 de Proc~mtentoe Ohi.,ea.
.
.
~ .c.~ u·• G
con una cuarta parte más de la correspon- ¡7}fontarrc.y,No'f'ter::;¡b1eSd.e
1009.-Lic JCl!á J\Un. 7a.1Je4;:i,, iM, ► . itl.tl Gr.tent1.-d-Jo.Iiá.n 1¡hapa . - A -.1 ae\,l,Q
a.arra,
diente al otro{¡ otros delitos, arts. 214 y
NOTIFICACION.
NOTIFICACION.
200 del proplo ordenamiento.
.,ª Sais
dal 3uprsmo Trfb11nal de Jaattota.-lio»1.",.,,:,. ~'J"••&gt;
J!UW'l'do '!'&gt;delo 01 .. u---1, rra.ccE' '"iº i,••, lct11i.b-E,l tad~1e N Laó11
,ó';:
-SecN!i:atlil.
'\
t:1r
J"6á
MtJe
toa Santoe,- n el n :i o ver a anm,,.no promoConsiderando: que cuando la ley señala L
•
~
•
· norldo pc&gt;r &lt;MSr Lto. Dtódoro d11 loa Santos, contra 111 Sra Gt111o•
Sr.
Antonio
Jaime.
d&amp;!ape 8epdh·t1d&amp;d1!1 Sutos, A qo!ea Ud. representa. ha r!Ca!do un
el máximum y el mínimum de una pena,
A solicitud dt'l S LJc Salomé Bo~Uo aobre qu~ 1e. Ol•ti.dq.i~ aucodel leoor algrilanUt:-•M'onterrey, primero de Octnb~ de mil
•dlode ~fcto8 en orfrtod de i'ga.ot•,u~ ~o :e3i.t~ac••· novecientoe nn11ve.-T!lngase por oontffl!tada la demanda en el 11811:1.•
puede el Juez imponer la que crea ¡usta 1 t:d · ...,...
.,,.,r,ru ·
• •·
¡
¡ ·
vid ..,..
¡ St t1do qne se lndlca, y, de acuerdo con el art. 1080 del Oódlgo de P,oan aato d1atado 1in el JO!cto ord e.arto ea:r to p~mo O "'"'.
.oedl.ailentoa OlvUea 1'oraae una dilaolón prob'i.torla de veinte dial
L~a y contlnaado por 1a reptuent.aotóu d&amp; •' 3(.dNl.1d
.
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N tlf'
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&lt;l.eotro de esos dos términos: que en toda Pascaal
Anónlm.io•S;ceeoreadePaacualLecO?a,•oontn.11M1SteJ, 'Fr-u,¡;l.sooy oomnnuf ¡mprorrog.1 ,es~pu"',ªm u PI\ ea.·º·. iqa~.
'l
Pedro Jaime y el Ayuntamiento ae L11.mpazoe. 90bre l"f!lhi.Qdtc.r:lón, froveyó Y lirmóel C. Joe;.'t de L ,tras del Ramo Olnl. doJ te-Ltc.
sentencia condenatoria se prevendrá se de
unos terrenos llo!l ha dictado nn aato que dice;
, ...una. - Wc. J. Garcl::1 Gu Jddo, Srfo -RO.brlcaa.
Octubre velnticieco de mu n(;veoti!"ut-.&gt;,i" u11e•$.
Lo qasse no~,o• i U1. 9n esta f,)tma, de ac,u,,enl~ con lo q1n
amoneste al reo para que no reincida, ad- A réMonterrey,
uese ¡ sns reforencfaa y como lle pide notil'rq11e:1~. Lo d&lt;tCr1i- &gt;;&gt;reviene ,el art. ~· del Qó:'!lgo de Proced mitnto• .. tvt.e~.
!norteó el c. MP.glstrado de ta 3l Bala: doy f&amp;-'-L.lc. L. P.: ••, ld1•
,'.\1011.t.erre:,. Noviem3re d de 19&amp;1-Lic. J. llaroh, Gua;udo. ~o.
virtiéndole las consecuencias de su coutra- to'y
pe, Srto.-B!lbrlcaa.
~11,1:.o.
El anto qns se trata do! uotffl.oarle di~: llonterray •. ,,;11Hltré11
venci6u · y que la responsabi:idad civil de Octobrede
mil noved@D.toi(:lnCO. HAgMe 311.bor 11 l•a pa.rt~
EDICTO.
del pr911en~e inicio a1:1te Hta \ial11 Jll&amp;ra, el &gt;1jerclclo de
Juz!1'AdO
'!' de lo 01.v1l. -1~ fr...co.i6n Jadlolal.-Eat!lproveni~ote de _un delito sólo yodrá de~la- 'aillB1adioacló:1
derecbo.'I. Lo decretó y rubricó el C. lleglstn.no ·1.t 1~ 3~ S-,.1~: ,
aE. s. Trevlfü&gt;, 9r10.-Bfi.brl~M.
do de .Y. León
rarse á lnstancta de parte leg1t1ma, arncu- doy Lof.!.,;netrns11e Rdbrlca,_ctic.
notlfl.ca :i t'd en eata forros. d,;i cOllfonni.h.d Co)n el
Oon fecha cinco del corriente se, radicó en este Jnz1os 65, 20S y 287 del repetido Cuerpo de ::r.rt. M:ni.t..,;:rey,
fU ael Códlgode P;:ocedlmle:ntc.i CivilN.
&lt;'?&amp;do e! juicio de inte&amp;tJ\do dEil Sr. Ponclano Gflrs&amp;
~.:n:.~?:lbre 6 J.t ~~.Lfo, l. E . .l:,l1lp1t, dd", JLtN:l f 'd
t e· dad
Guerra. v-ectno que .u" e ea !J. Ul
•
Leyes.
Lo que se !:iece aalaer al prtbUoo para que 1as persoPor las anteriore&amp; cor;si¿erac;ones, ron
nad q o.e 3e crean con dMecho ~- 1 s herencia se preeen •
NOTI?:CACION,
,Juzga.do l ,¡ de io O'.-;i'..-~J- fr~¡;¡:ó::i joi%oral. -Il'.llt... ,:IJ •Id ,..-11;,vo ten á dadu.olr!.c dentro del término que para ello
ndamento
además
en
los
art:culos
5,
10.
fu
ma:rce la ley.
,
~
. 1 C'o, Le6n.
Lo que ae pubUca en esta forma en cumpHmlent-J
50, fracción I, n5, 187, 188 ,Y )4 8 cte.
Se. P:iEci:iano Silier.
de lo disput'ato ?-O?' el an. lrl87 del Código de P.r,o.cedl
E11 &lt;";1 j:.'clo o rdinario i,rou:iovldo en '3n _contra íJO'r •I "11. l,i{r\ •digo Penal y 424 y 425 de1 cte p\ocedi_- clo dep:llved4,
comospoder&amp;do g:t11er,U de1 Sr, l?r01:1bftd:" .fu!'n B mieDr;os CivCee
mientos Penales y de acuerdo con e, pedt- Mart111, aobrt&gt; coOro de la caattdad fl, 30)_JO ca. !loe tnil t~,1,1chmtoJ ~on:;err~v Nov!e:t:.ire lC d;s. 1~9 -L~c. J. García
veaoe, con mil.s loe tntereseit le~ale1 y dano:i y perjuioto&gt;,. u, l1•dl1?• Guaja:rdo, Srh
9!S497 198
oor e~~Jurgedo nn aata del ienor .Dgniente
mento del C. :Ministro Fiscal. se reforma tadoMonteney
vetnimoeve de Octubre d:e mil novoc:~u:.01 1u1..fv.i.
EDICTO.
~Oomo lo ptd; la y.arte &amp;etor11 en :Ji 11od6aacfl1.o. qo·-t 1u1-,~d.
la sentencia de primera instancia que se ibt&amp;&lt;le
J"lz~1do da Letraa de ~a 3' r.racc:.Sn jud!ofal-Llns-,t p-:-eMnte uiclo i pru&amp;b&amp;l_ ,ar al tJrmiuo de an,,r1"&lt;1h ,lf •,
é Jr.ip~-:,r.rogt.blea. 'NottLqJ:Jt!l!k" L:, deorei?S ! :i..wo .ti O rea. N . Lie6n
revisa v se resuehe: Primero: Se con- com!ltll!S
Jae1: lo do Lettu d';!~ !tamo Civil: do~..,. t1-L:O Treviu,,-[.lc. Jwé
Oon recha. :nueve del actna1 se radicó en este Jtt~gA•
dena 'Nazario Rodríguez como autor de Ju•mLoVallejo
, Srlo.-Bó.iJrics3.
qae ;;e not; l:,oa 1 Ud . en ea-ca.fo:m~ de.soneráo voo lu ,th- do el juicio de intestamenCi!..fÚi i1. bienes de la Sra. Oatarina Gar'M V da. de Elb;ondo. vecina que fu6 de 88•
los delitos de robo y fraude, á sufrir la_pe• pueato
p0r e:
del O.ldi,ro dft ?:ooedtmteu.Wa of,•it.&lt;H.
Jton'8:i:ay, 2. J.a :•fov!em.b~e de t90!1-:.fo. Joai; ftJJ1•1 V .11..,ju, 3;,. ta Oía.dad.
na de un año nueve meses de reclu~16n, cret.s.tlo.
·119'.?
Lo que ae pubaoa en .eeta forma para q ne laa perMaaa que se crean con df)l'eoho li la herencia ee presen..
contados desde el veintinue,·e de Abnl ael
;en A.deducirlo dentl'o del término que fija el articulo
REMATE.-1• A'.::noneda.
año en curso. Segundo: Se conde~,a al
687 del Código de Procedimiertos 01vi1ee.
.Linares, Noviembre 10 de Noviembre de 1909--Lto,
mismo reo á enterar en la Recaudac1on de Juzgado 2~ Loci,,t Letirado -l'fonte.r~ey N. 1,E:ón.
El veinte del aotual á. las d1ez. d:a la maña.tui. y ~n el Luis Treviñ.o.-José lL Guajardo PeD.a.-Antonto
Rentas del Estado en Montemorelos una local
de este Juzgado, tendrá lug1u el renrn~ de ao Herrera GaTtta. .
919497
multa de un peso setenta y d~s centavos, tejaMu de madera que le fu6embargado al Sr. l,oo- 1
VE:'.\TA DE PRENDAS.
ó á sufrir en su defecto tres dtas más de nardo Olivares. en el juicio ejecutivo mel'oantn que Lc;,a días 24 y 25 de loa corriente3 y14y15 de Dlciembro
su contra ha aegoido la representación de loe Sru. t próximo se pondrán en subasta pO:bhca en la casa de
reclusión. Tercero: Se le inhabilita por en
Juan F. Garza y Cia. ; sirviendo de base pau b ~ p-Oa• empeño ,La Favoritan las prenda.e perdidas de cuatro
&lt;l.iez años para toda c)ase de honor;s em turas lae dos terceras psrt,ea de la cantidad de ~heo- meeea de plazo de .Mayo y Junio del corrients &amp;fi.), y
pesos en que tué valorizado dicho tejabl\n.
' las perdidas de un mes, de J alfo, Agosto y Septiem•
pleos y cargos públicos; y amonestes_ele ta En
el local de este Juzgado Y hasta la hora del re- bre tUtimoa.
para que no reincida. Cuarto: ~e de¡an mate se ministrarán á. quienes lo deaeen los dato&lt;J ne Lo que se avisa en este. forma al pó.bUco, y á. loa in•
teresados para que ocurran en tiempo hábil á sacar•
á salvo los derechos de los ofendidos por cesarlos.
Monterrey No~elllb re 6 de 190ít =:.fo, J . M.. Villa- las, reformarlas, 6 li presenciar su venta que se hará
919293 de oontormidad 90n el Reglamento vigente del ramo~
lo que hace á la reponsabilid~d civil. N?- eeñor.
--Menterrey, Noviembre 10 da i909-Celedonlo Gq.na
tifíquese y dése cuenta. As1 lo resolvió
919293
y firmó el C. Magistrado de la :~ Sala: Cía. Fundidora de Fierro y Aeero de Mou{~rrty.
EDICTO.
.Sociedad Anónima
lazgadol?,) Local Letrado. -llonterrey , N. L
doy fé-Lic. Leobardo Chapa.-Lic. E leuSr. Francisco G. Yidaurri.
AVISO.
terlo Lazado, Secretario.-Rúbricas.
.
En 1!8.!lión celebrada pcr el Conaejo de Ad.mfnl11ti::,..;:t(la u-a &amp;11l.11.
En el jnloio ordinario mercantil gu, en an contra y del Sr. A.poto.
el dt&amp; 25 de o,,tnore del preeente año, ¡9, B~cahrl~ dld ufo Trevtño, tiene promovt:lo el Br. J nao F. Gana, comoapo4eralfo
Monterrey, Junio velntk1:~tro de_ uJtl comp&amp;ñla
'
¡¡ lt d d ¡ s D Bevnaldo Gruimán J@ Voawi- de la razóneoclal doau F. Gana Y Oia• , s~ ha dictado un ant.o q111t
caen t aconunaao
c u e r . • ~•
enlooondncenUI dfoe·
novecientos nueve.-No habiendo~e mter- rrey' N. L., en la que
nu..11ifleeta !\ la Jtinta. Dfreotlva ll~b.;n.. l,e 8X·
Monterrey, Agoat.o 'vel.Dtfelfü de mtl noveolentoe nueve.-Por
travlado aeia acciones dela i:ompañla maroa.das oon to~ oi'.'ui,;roi I presentada y admitida en cnanto b!l lngar en derecho Juntamente
puesto recurso alguno de la anterior sen· 11lgulenteay que en.u de !IO. ~optedad:
con,el documento privado y e11Critnra de eocledad que se aoompaéia;
Aeaionee.
Tft.ulon
! tenléndoee en vista de éata al Sr. Juan F. Gsrta, oomo •~erado
tencia dentro del término de la ley, ~011
•1e la razón social que e11:pre11a, la cual devaálbfloSele previa toma da
85481
18461
rasón; y de conformidad con el art. 18'18 del Cód!Jo de Oomerofo,
fundamento en el artículo 451 del Código
85462
18462
8M 6R
1346&amp;
~m~l&amp;ceae A loa demandadoa Brea A.polonio Trevlno y Franciaoo G.
Vidanrrl para qne en el tármino de cinC(J dlaa oonteat;en la demanda
de Procedimientos Penales, se declara q?e
:::
}:!!:
que se les promueve; para cuyo efecto ae leacorreri haelado .d@ Isa
1
ha causado ejecutoria! en co~secuensia,
&amp;Mss
rn466
~=r~:11,.:'~°&lt;i"c,:!1~:1J:i~=~id;.. ·e~:..b~~:~~c¡~ ..Ci'' V;d·~·o:~-;
con el a.rtfcE1to M- d,a !os l!li!ltatutos, &amp;~ e&gt;uhJi-.,• .,~,,, emplkesele por medio de edictos qne ae pllblfoar!\n en el Perlódlou
expídanse los testimomos ,de esti~o, P?n!e~- aviaoCumpliendo
para que las per90nas qne a:e orean oon dereoho :1 dicha.is ;a.e- ' Oficial del Estado por tres 'Veces ooneecntivaa, para qne dentro dct
oonrra.n !\ lae OBalll&amp;e de esta Oompaiila 11it11ad1111 en 111, ca~t. ¡ios dles dtaa deapnes de la tl.ltima pabllcaatón de este auto, l!NI p:"dose al reo Nazar!o fodnguez a dis~si- cfonea
nAmero ates y sets de ta oalle de&amp;n .Agust.fo de eata. ch.11,ht1, i .11ui,- sente ante eate J,;u:gado A r8&lt;1lblr 16 notificación del mtam~, arts.
eu inconformidad dentro del ¡,lazo de doe me.11e11 • aooLn \ 1070 1071 del Oódlgo citado. Notlfíqueae. Aal lo proveyó y firm.6 el
ción del Ejecutivo del Esta~o en la caree] nifeetar
de eata fecha como lo dlllponen loa Eet.a.tatoa, ent.endlri!udose: qae O. Jnez ~ Menor Letrado: damos rn.-I.to. ~. Gómez Balleeter&lt;la.dl~ho pluo, no sed, admUtda por la O&amp;mi,Añfa ntngu.n• 1 A-A, Gómei. A-B. Palaoioe.-Rdbrloa!I.
ública de Montemorelos, bagase la tras- tr&amp;SCnrrldo
reolamao16n y se le uped.lria. al tnter&amp;Mdo los dapUosoo, (loe 4o- ' w qaeaenotittca .t. Ud. en eat;a forma de oonformldad con lo df&amp;..
por el ad. '17 del 06dfgo de Procedlmlent.oa Otvil•a.
pción correspondiente y en su. oportu- llolta1.:'!hico,6deNovtew.brede 1009-Lta. Guillermo Ottr&amp;gdP Jt .. [ ,;innto
Mont;erry, Noviembre 6 de 1909, Lic.J, M.. Vlllaa&amp;ñ.ot,-A.--.F.
N 12,li,2', Oll:.10,li .'M,lU Q6Ull'H,-A.-.B, P&amp;l&amp;c:ioll,
Ylll291
nidad archívese el proceso, Not1fíqnese. Beoret&amp;rto.

SECCION DE AVISOS.

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PERIODICO OFICIAL.

Cía. Fundidora(Sociedad
de FierroAnónima.)
y!tero de Monterrey,

A VISO.

En sesión celebrada por el Consejo de Admlnletr&amp;clOn de eeta Compañte, el día 2 del corrlente mes de
Octubre, la 8eoretar1a dtó ouenta con una solioi
tud del señor D. Roml1.n S. Guerra, de Monterrey,
N ·L, en la que manlfteata, á. la Junta Directiva habér·
aele extraviado cuatro acciones de la Oompañta marcadas con los nd.meroa siguientes y que eran de eu
propiedad:
Acciones
T!tuloe
99071
27071
99072
27072
99073
27073
990'14
27074
0nm pliendo con el artfon1o 24 de loe Estatu ros ea
pnbllca este aviso para que las personas que se crean
oon derecho á dichas acc1onE-e, ocurran á las Oficinas
de esta Oompañía situadas en la oaaa n~mero diez y
eeia de la cal le de San Agustín de esta ciudad, fi ma.nlteeter en fncontormfdad dentro del plazo de dos
meses A contar de esta fecha, como lo disppnen los
Estatntos, entendiéndose que trascurrido dicho plazo,
no será admitida por la Compañía ninguna reclama•
ctón y ee le expedirán al interesado loe duplicados
que solicita.
.
México. 4 de Octubre de 1909-Llc. Guillermo Obregón Jr., Srlo.
Oc.19 á Dic. 17

•

Compaiía. Mi~ra "La Florida ··s. A
AVISO.

Por acuerdo de la junta dlrectlva de esta Sociedad
ee hace saber á loe Sree. aooioni8tae que desde el 5 de
Noviembre próximo en adelante 8e repartirl\ el Dividendo N° 4 de la Serte B. de cinco mtl pesos que 8e
pagará todos loe d!88 Mbilee en cambio del recibo correepondiente en eeta Ciudad en la cua del Sr. Teeorel'O, D. Manuel Garza Gna.jardo, calle de Jnárez N° 20
de 2á5 P.M.
Monterrey, Octubre 31 de 1909.-El Srlo, Jes11e E.
Fernández.
899091

Cía Minera ''Jesús María y Anexas" S. A.
CONVOCATORIA.
Por acuerdo de la Junta Directiva. y en virtud de
no haber tenido lagar ayer la Junta General Ordinaria l)Or falta de quo-rwn, ee clts. de nuevo A loe Bree.
aocionletae á fin de que el dfa 15 de Nov. próximo á
lae 4 de la t&amp;rde ooncurrrn i1. la casa N° 104 calle de B
Ju,rez á fl.n de tratar loe miemos puntos de la orden
del d!a para la que fneron convocados ; apercibidos de
que el no Jo verifican por et O por apoderado, tiendd
lugar la Asamblea por loe eooloe que concurran, y lo
que ee acu"irde seré obllg11.torio para todos. cuya orden del día"ª la e:lgulente:
l O lnfo me de l&amp; Junta Directiva,
2? Informe del Oom:leario.
3? Presentación de 1ae cuentas por el Tesorero y
aprobación de éllae en su caso.
4° N"mbramiento de la nueva Junta Dlrectlva.
ó? Tratar sobre loe asuntos de importancia que
se propongan por alguno 6 algunos de loe socios.
Monterroy, Octubre 31 de 1909.~EI Srlo. Pedro
Garza Oantll.
899091

CIA. l[INERA ·'LA PAZ", S.) A.
AVISO.
Por 81)Uerdo de hoy de la Junte DJr@ctiva de esta
Oompeñra. se hace saber l\ loe S"ee accionistas de Ja
miemf!., que con esta fecha se ha decreto.do el cobro
de 1a 9ª Exhibición de la Segunda Emisión, que será
de $0.50 cincuenta centavos por ación y ea pagará en
la oftoina de la Oomoeñfa, calle d~ ◊campo 1~•? 29.
Monterrey. 14 d~ Ootubre de 1909.-El Secretsrio,
Ma nuel González Garza
909192

CEDULA HIPOTECARIA.
Juzgado 1° de lo ctviL-1• tracción jndlclal-Est&amp;•
do de N. León.

EDICTO.

EDICTO.

--.JuzgadJ 2° Oonetltnoional-Sallnae Vict.cria, N. L.
En el jnloio testamentario del Sr. Lauriano R. GnzmAn, ha recaído un auto que á la letra dice:
Se.Unas Victoria, tres de Noviembre de mil novecient.oe nueve.
Re.dt'qa.eee en ~te Juzgado el juicio testamentario del Sr. Lanrlano R. Guzmán, dénee loa RVteoe
de ley y publfqueee eete auto por tres vecee en el Periódico Oficial y La Voz de Nuevo León y clteee á loe
interesados á uqa junta que se verlO.carA el octavo día
de notificados de este auto A la que ooncurrlrA El Sr.
Raoondador de Rentas del Estado y cítese luego para
sentencia. Notlf:íqoeae. Lo decreta. y firma el O. Al
calde 2~ Local, darnos fé,-Severlano Florea Garza.-A
Juan Mo.:ales Garza.-A-Francteco Oantt1-R11brfoae.
Lo que ee pobllca en eeta forma en cnmpllmiento
de1 auto inserfio.
Sallnaa Victoria Noviembre 3 de 1909-Beverlano
Floree Garza ......... A--.Juan Morales Garza.-A-Francleco Oantú,
·
909192-198

Juzgado 2º de lo Oivi1. --1 • fracción judicial. •-Estate&gt; de
Nuevo León.
Oon esta fecha se radicó en eete Juzgado el juicio de
lnteetado á blence de la Sra. Natalla Rnlz de Gonzá-•
lez vecina que fné de esta ciudad.
Lo qua se hace eaber al pdblic.&gt; en cnmplimlento de
lo dlepueeto en el aró. 1687 del O6dlgo de Procedimientos Olvilee, y para loe que ee crean con derecho
l\ la herencia comparezcan á deducirlo dentro del término legal.
Monterrey, á 13 de Octubre de 1909-Llc. J, Garcfa
Guajardo, Srlo.
868891

EDICTO.
Jazgado de Letras de la 2t fracoiónjndiolal-O&amp;dereltaJiméne&amp;.

N. León,

Hoy se radicó en este Jnsgado el Juicio de lnteeta
mentaría del Sr. Sixt.o de León, vecino que fué de
esta Ciudad, con reaidenota en San Lorenzo.
Lo que se hace BBber al pó.blico para que las personas qne ee crean con derecho d. los bienes, se presenten á deducirlo en el término á que 8e refiere el
art. 1687 del OOdfgo de Procedimientos Olvllee.
Oaderelta Jlménez,12 de Octubre de 1909-Llc. PoPor acnerdo de la Junta Directiva se cita A loe accionfet.ae á Asamblea General extraordinaria que , se lloarpo Morales. -A-Jes11e Bslleetoroe. -A-Joe6
85889-1' 196
etect11&amp;rá el día 25 del corriente ;mes á. las cinco de la Duarte.
tarde en el Salón de Juntas del Banco Mercantíl, pa
ralo siguiente,
EDICTO.
Dar cuenta de unas propoelclonea que ha recibido
Juzgado 1° delo Olvll-1• lraoclón judlolal-Retado
la Junta Dlref"tiva para trabajar la mina en participade N. León.
ción y resohH acerca de ellas.
Oon fecha eefa del actual se radicó en este Juzgado
Monterrey, Xovlembre 5 de 1909.~P. Benftez Leal,
Secretarlo.
9091g2 el juicio de lnteetamentsrla del Sr . D. Martin Garsa,
vecino que tné de esta Ciudad.
Y por dlepoelclón del O.Llo,Maoedonlo Gil Trevlilo,
Jnez 1º de Letrae del Ramo Oivtl de la 1• fracción
NOTIFICACION.
Judloial del Estado· se manda publicar el preeent.e
Juzgado 1? de lo Civll-1! fracofón judicial .-Esta- edicto por tres veces de diez en diez dfse en loe perl6do de N, León.
dlooe •Oficial del E atado, y La Vozlde Nnevo Leó¡1, f.
fin de que la persona qne se Juzgue oon derecho A]a
Sra. Rita Garza.
herencia se presente á deducirlo dentro del término
En el Incidente que sobre declaraolón de ejecuto- de la Ley.
Monterrey, 13 de Octnbre de rnog_-Lio. Joe6
ria de la -sentencia dictada en el Jnlolo ordinario esorl858891-196&gt;
t.o que sobre divorcio Je tiene promovido el Sr. Naza- Juan Vallejo, Srlo.
rio Acuña, se ha dictado una sentencia que en lo con•
dnoente dice:
"Monterrey, veintitrés de Octubre de mil noveclen·
toa nueve-.. Viat.oe estos sotos en artfoalo ;y ........... .
REMATE- 1~ Almoneda.
Por lo expuesto y con apoyo además an el art 600
Juzgado da Letras de la 4\ Fracción Jndlolal.-Dr.
del mismo Ordenamiento, ee resuelve: Se declara que Arroyo, N. L.
ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el juicio
El dfa treinta de Noviembre próximo á 188 dlez de
de queee ha hecho mérito 1 oon fecha veintidós de Sep- al mañana, tendrA lugar en el local de este Juzgado el
tlembreJpaeado. Ne. tlftqueee. Asi lnt.erlocut.oriamen· reme.te de loa bienes elguientea1 pertenecientes al in~
te juzgando lo reeolv!O y firmo el C. Lic. Maoedonlo testado de Don RosaUo Romo. en el cual se declaró
011 Trevlíio, Juez 1? de Letras del Ramo Ciuil: doy fé heredero al Fleco da! Estado: Un terreno erJszo y ce-Lic. M. Gil Trevlño.-Llo. Joe6 Juan Vallejo, Srlo. rril compueeto de 82 hect.aras y_ de sembradura con
-Rtlbrlcae.
super6.oie de 27 bPctarae, ubicado al Oriente de esta
Lo que ee notifica i\ Ud, en est!l forma en cnmpll• Ciudad, en $800.00 ochocientos pesos. Una finca urbamiento de lo dlepueeto en el art. 77 del Oódigo de na cuyo trente es de 36 metros 50 o«:1ntfmetros, comProcedimientos Civiles.
puesta. de un patio y diez piezas de tel'l"ado y ubicada.
Monterrey, 2 deNovlembredel909-Lic. Joe6Jnan en la S,cclón 2• de esta Ciudad en $900 00 noveclentoe.
Vall•jo· Secretarlo.
9091 pe308. Un armazón dEf. tienda en estado regularen
$80.00 ochenta pesos. Ua.na mesa redonda en $3. 00
tres peeoe. Y una mesa de billar ind.til incluso ea.e &amp;O·
oeeorioe en $5.00 cinco pssQS; en el concepto de qae
la venta de dichos bienes se efectuar, en dos lotee
oompufleto el primero;de loe terrenos eriazo-cerril y
de sembradura A que se refieren lae dos primeras partidas y '31 aegnndo de fa flnca urbana y de loe reetant-ee bienes, sirviendo de bese para el remate el precio
El periódico ilustrado más hermoso de
'lvaldo.
Hasta la hora del remate y en la Sscretaría de este
y práctico sobre asuntos campestres, Jnzgado
se suministrarán todos los datos que soJlcf.
ten loe tnterE'eadoe.
se envía gratís una copia de
• Dr. Arroyo, Octubre 27 de1909-Llc. E. Hinojosa.
á los subscritores del Perió- -A-Leoca.dio M. Gonzt11ez.-A-L. Duerte Ram&lt;'B.
899193
dico Oficial y La Voz de N. León,que

Cía. Minera &lt;:Las Higueras&gt; S. A.

La Hacienda

"La Ha-

cienda"

lo soliciten. El precio de la subscrición
es de $3.00 oro amerirano por año.

RE MATE. rst Almoneda.
Juzgado l • de lo Oivll-! fraolón Judicial-Estado de
Nuevo León.

Opiniones
"Lo considero altamente benéfico é
instructivo, "
Porfirio Díaz
"'l'al vez la primera ilustración agrícola del mundo''
Alfonso XIII
La Haciend aC
P.O. Box 974.
Buffalo, N. Y., E. U. A

El dfa quince de Bept\,.mbre p:uado, se presentó ante e.de Ju-r:gado el Sr. JeaO.s G. Gonúh•i, como cealonarlo del derecho hipotecario i que ■ e refier@ et1ta,éJnla que @n 80 fa,or hb:o D. Ene@blo
Oaliado, '1.emandando en 1&amp; vfa 81lm&amp;ria y en jolcio bfpotecarto i
la Sra. Diia. Delflna Ba:rrera de Garza'Cantd, repruent&amp;da por 110
epoao D Gnao:!alupe de este 11\tlmo apellido, sobre pago de la cantidad de $fl, 105. 56 ael11 m11 ciento clnoo pe~ olnonenta :v aele oentavo11, va1or de un préatamo A. mutuo oon interés mAs 1011 impueatos
y los lntE'lreSf!s vencidos, los que se vencieren, contrlbocfone11, 0011
0
ia11 y perjolclos.
,
Funoa el actor 911 demanda en dos teet!monlos de escrltnru
ptibUcas le. una que es la de ceal6n del dfrecho hipotecarlo,otorga.
do en eata Oludad ante el Notalo Pdblloo D. Fraoclsoo L. Péres. el
H de Enero d,i 1908 por f'I Sr. D. EuMblo Caliaoo oon anoenola de
P.O.Y.V.D.N. L.
110 esposa, Afa.ver del Sr. Jeetts A. Gon1AlEoi; conatando en illcha
escr1tttra Iae notillcaofone8 de ce.tifón heohae A. l&amp; deudora Sra. Delfi.
na Barrera de Gana Cant\1 y A en eepOIK'; y el segundo teethnonlo que ea el de primera hipoteca eapeolal y e:rpreH otorgada
Igualmente en Pata Ciudad ante el Nntarto á. que se ha hecho referencia el dfa dled~efa de May,&gt; de 1907 por la Sra. Delfina BaneJurgtdo de Letra.a de la 7t fracotón jndioial-Montemorelo8,
l'a, con f'XPr8SO consenth:nlento de sa espoao D. Gua&lt;lahtpe de la N, L&amp;óll.
Garza Canto. i ft\vor de D Ens ..blo Oalndo. de lae&amp;88 Nº 200 de la
Hoy
ee radicó en este Juz2ado el juicio de intestado
calle de Hldahro, en la actoalidad, antes Purblde No 70, oompuesta
deo nna pjem y na zagal112 al frente dfl dloha calle, una redmara. de la Sr. Merfa Alta gracia Fida1go, vecina que fué de
uua cocina, dos -plena de alto y demll.8 mejoras oonstrnldaa en el eeta Oludad.
mlamo, y lae qne en lo sucesivo s9 hicieren abfcado en an terreno
Lo que se pn blfca en ei,ta forma para que Jae pereo•
que mldfl once metros veinte centlmetl'OB de frenWI A la expresada nas que se crean con derecho fll. la herencia. ee preefln
Mlle de Hl,\algo con quien linda por el Nor!:-e, por treinta y nueve
metroa c1ncnenta cent1metroa de fondo al Bur ha.ata colindar oor ten á deducirlo en el término que fija el artfonlo 1,687
este rnmbo con 1&gt;r1&gt;pled&amp;d de la Sra Olot!Mfl Barrera Vda. de TJ- del Q6digo de Procedlmlentoe Olvllee.
·arlna, oollnl1a11do por el Oriente con callejóu sin nombre, que u.Montomoreloe, Octubre 28 de 1900.-Llc. M. Gómez
e de la P!aiade la Ll11t.ve paYa t&gt;I Bfo; y pM el Poniente con propiedad d@ hereneroa dE! D. B11fael Baldafia. La fl.ooa descrita es Ballesteroe.-'-A-'-J. Far1ae.-A,-E. V. O11,ntó..889194-97
propiedadad de la Sra. B!ltnerade Oan:a Canta. y con la cnal garantiza el pago de la cantidad de $6.105.56 08. aeta mtloleoto cinco pesos, cincuenta v s.,ls canta vos que le bcllltd el Sr. Calzado A mdtuo
con el interl!a del doce por ciento anual por el término de dos añila
A. contar desde el dla primero del mee en que se otorgó t&gt;sta es·
Juzgado 2° de lo OivU.- 1• fracción jndicial...-..Esta
crltnray eapJtaltu.bles loa intenaee y contrlbnc1onea al mla:mo tipo do de N. León.
del doce por ciento anual estipulado, siendo condlolón del oontrato
qne st la deu"lora ,~ atrojue en el pago de lnteresB11 y contribttcloOon recha velntleiete del corriente, se radicó en ee•
nea por na añ 1 se dari por vencido el p]uo: Esta 61!crlturade hipoteca jué regl11trada el dls. veint1ocbo de )layo de 1907 En vlrt-nd te Juzgado, el juicio de Intestado de los Sree. Horael
de laa oonstanolas qo~ -preeeden queda. sujeto A Jalolo htpetecarlo y Margarit11, .8U11-bnel1, vecina la t11tfma df&gt; eat,a Cln•
la fine,. de que ae ha hecho ml!rlto propiedad de la Sra. BarreY&amp; do dad y aquel de Hoospeston. Condado de Vermellion,
Gar a Canta.
Lo que 11ehrce saber al p6.blfco y Alas autorldadaa para que DO Estado de Jlllncle, E. E. U. de América.
Lo que se hao6 saber al p11blioo para que loe que ee
ae practique en ella nlng6.u embargo, toma de posesión, dtltgtinoia
precantorta ó cualquiera otra que entorpezca el corso del pre111ente orean con derecho á la herencia, se presenten á dedu juJolo y poeea:lón lniertnaqoe por eate aoLo aeoonflereal Sr. leed• cirlo dentro del término de la ley.
G. Goll1Alm.
lllouterrey, 29 de Octubre de 1909-L!o. J. García
lJonterrey,coatro de Octubre de mil nore~ento nn9ve.-Lfc,

Bs ha f.jado por Pl O. Lic. '.\li.cedonto Gil Treviño, Jnsz h-'de Letra" del Ramo OlvU, el 15 da Noviembre próximo. AJu dlei de la
msñana,_en el local de e11te Juxgado, para que ee revlfique el rema.te ordenado uor ant,;i de fdCb, irece de Octubre del oorrlente añ;,,
dictado en el juicio hipotecario promovido por el Lle Salomé Botello como apoderado del Sr. Attlaoo Guerra, contra Dn. Lino Gar•
ola, de la ficea ettuMia en eata Olndad, en la 88Q.Uina Snr-Oaste de
laa Canea, 01.Dco de MaJo y r..aa Bayón, compoeata. de varias pfeiu,
coclna.11 noria.a y demá.s mejoras Pn un terreno que mide oleDto cuatro metros setenta J' otaco cantlmetrca de trente, al Norte 7 6 ls. calle del OillCO de Mayo. por treinta J' atete metroa setenta J' n.o oenUmetroa en au frente al OrleDte hacl&amp; la calle de toa Bav6n, setenta y ocho metros treinta y cuatro oenUmetros en aa !Mio Bnr por
dood"' oollnda con el L1o. M'&lt;ledonlo E Tamsz y Juana Flor88, y
por el Polliente, veinttdóa metrcs cincuenta oenUmetroir, Undando
con ho!rederoa de Do. Vlotor GontAle-z y D.ña. Juana Flores,
Lo que se hace eabqy al pt\b!ico A f,n de que las personas que
tengan fn~rés en la finca mencionada, aa presenten ante este juzgado donde ae les snoololatrarAn loa da toe neoe11arlos; en el concepto de que durante Pl t~rmlno de lu pnblfcacfonea y ba!lta la b•na
del remate, 88 admltb-an postora.e qne no b.tjende lae dos terceras
partes de la C111ntldad tres mil quinten toa ochenta y tres paso11 que
es fil valor sobre el one.l pa¡t&amp; oontrlbnolonea al F's'.lO del E9tado.
MonterreJ, Ootnbre 23 de 1909.-Lto ..Tol!é J"nan Vallt&gt;jo, Brio. 6i091

EDICTO.

l

EDICTO.

M. GU Treviño,-Lfc,Joaélnm Vallejo,

909192

Guajardo, Srlo.

889194-197

EDICTO.
Juzgado 1° de lo Olvll.-1\ fracción judlclsl.-Eetado de Nuevo León.
En et juicio teebmentario A. bten,a del finado z~nón Mora ve
clno que faé de Ja Vtua de Garcla, 11e ha dictado por este Juziad;
un auto que Ala letra dice:
•Monterrey, dos de Octt1bre de mll novf'Olentos nueve-Por present11do con las actr.a de defanclón y ~sttmonio de testamento
pGbUco abierto qae se a.compaiian; yde cocformlda&lt;I con el art
1662 del 06dlgo de Procedlmtenloe Civiles, radiqnNe ante est8
Juzgado el jalclo testamentario del Sr Zenón Moya, déuae los- avisos que prevlPnen loa arta. 159 de la Ley del Timbre vigente y 44.
de la Ley de Hacfenda del E~tado; onbllqoese eate anta porttea veese oonsecntlvas en el Periódico Oficial del Estado y La vo, de
Nuevo León; v luegoae citan\ A jnndta. Notlfiqa,.se. Lo decretó
v flrm~ el O, Joei 19 de Letras del Ramo nhu. doy fé-Lic. M. Gil
Treviñc-Lto, Jo11é Ju11.n Valle-jo, Srio.-Rt1brfcaa.
en er°an~~!:e~~~llca en estA fJl'ma de acuerdo con lo ms.ndado
Monterrey, Oct. 13 de 19-09-Ltc. Jo.aé:1aanVallejo, Srio. 858691-196;.

IMPRENTA DEL GOBIERNO, EN

DIRHCTOR Y.!.DIIJ!SfR.!.DOR,

~

A, Brondo Whitt,

p A.LA.!JIO.

�</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 91, Noviembre 12</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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