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                  <text>,

TO~IO XLIV

Monterrey, Yiernes ;{ de Diti,·mhre &lt;le lfl09.

!\UM. 97.

Periódico 0ficial
DEL QOBIERNO DEL ESTADO L.IBRE YSOBERANO DE NUEVO-LEON.

Las leyes, los decretos y de~u disposicionas supario?as, obli[arr pJr el solo he:ha da s~r pnblie1d1s e1 este Pariodico.
Registrado como articulo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.

================. ¡1
,..

CON'DrCIONES- -Este periúdico se publica los :'.l!lrte, Y
Viérnes de cada sem1na,-Vale la subscripción CINCUEN'l'A
CENTAVOS al mes e11 estaC1pital. y CI:\ICUEXI'A Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.

Juacns

·

COXDICION'E.3,-~;l número del día vale DOCE CENTAV0.3- El número atras1do QUINCE:.-Toda comunicación oficial deberá &lt;lirio-irse al Redactor de este PerióJico.La remisión dt! avisos :e harí directamente al Administra·
dor del mi~mo.

que pa,ra nuestro país toño os li:.;onjero, motivo3 lrny dé sobra para. e:-.perar que todas la~
En la próxima semana.
clases 80Ciale-; estén prontas y dispuesht~ á to11rnr parte &lt;'11 lo:; rr-goeijns con 11110 ha 1le SLW
sulemniza1_l•~
.el grar~ anh·~r~,~rio,
.
2· de lo C1·iminal,
H' saino ~ol:ttw11ante 'llW &lt;•s hoy el Supremo MaLa. Com1s1on Na&lt;•10nal rnnt.a 1 pu~s, a. todos
1:óstra1lo de .,hhit'.O, cJidó, con Ja oportnn::\ ari- ln~ hijos de .'.\Iéxieo para que solirl1uh.mt)nte
Lrc.. EsTEBA:&lt;! E. GU.\JARDO.
t.i&lt;·ipa.eióu que el c:t:;o rr,r1niere, el aeuerUo en-J 1i.¡.i.id.os por el áureo víne:ilo de la verda.ili:ra. Jie
t;;\mina•lo A organizar lo" trahajos prepit!·ato• IJ1~rt;\1L pr•'"'tPn su acth·o concurso eu ht gran
2? d~ lo lt ·.,1.
rio .. tlo la ~mlemnhlatl y fit'.-;tas 1•011 ,¡ne tlehr, ee• soleurnidail de la p;\.lria.
Lrc. ROQUE DE LuNA.
lehrar:,e tan fan-.to aui n•r~ario; y al eft"cto, tle•
JIEXICA~Os: (t11L· el mun&lt;lo eivilizn.•lo nos cou.... i~nó cÍ. uu grupo de cinlla(fa.uo.s &lt;le paena vo- temple en l\'10, cohija1lo..¡ IJH,jo el IH'l'moso p;tluntaü y amantes de ~u patritt. p:ua. qne, cons• bellón tricolor, c~lebt·ando la fnndadóu de
tituiUos en j11nta 1•on el noml)re lle Comisión nuestros lares, t.le aqncllos am:vlo-. lare!i c1ue
.S-M·ional del Ceutenal'io &lt;lH la lndepenclen~ia, ostentan el á~uila canUal por símbolo r l\scuUo,
-lP la conveniente uni,la 1l y direcc•ión á cuant.ac. y qne tienen pOl' pl'lncipio y llivhm: lihertad,
[;ll,(Jres ~e einpr·endan con el inrlic;1.do propósi- paz y trabajo.
•
..
Nnrro Director lle la Im¡,rrnta to, por todos los áml.Jitos t!e la República.
México, 20 de .Junio de 1907.-Guillermo rle
DE TURNO

\1'1\xicaua.., ante Remcjx.nte es1)f~ctativa no llOdía
[JHI'llHllleeer indiferente un gobierno 'l ue, ~orno
¡:&gt;.l ,¡ue hoy rig-e nUP':Stl'os 1l1tstinos, ha ~abh1o levautar ta.n alto lo:,, prestigios tle lü Repi'ihliea.
l Poi' t:_\l motivo ~in 1lnda,.. el et1elarecido pat.ricdo
1

IXFOR}[ACIO~ OFICIAL.
ürl Uohirrno.

Por renuncia que hizo del cargo de Director de la ImprenU del Gobierno el Sr.
Alfredo Brondo \\.hitt, fué nQmbrado pw
el C. Gobernador el Sr. Lázaro A. Lozaro, quitn ha entrado ya al desempeño de
su cargo.

DONATIVOS
recibidos por el Gobierno del-Estado, para auxilio de las Yíctimas de las últimas inundaciones
ocurridas en el mismo.
Suma de la lista anterior publicada en
e¡ número 93 de este peri6dico correspondiente al 19 de Octubre úl:-:
timo ..................... -$86,169.26
G•)bierno del Distrito Federal,
produc-t0 de colectas en la m~nicipalidad de Guadalupe Hi300.00
dalgo .......... • • • • • • • • • ·
Gobierno del Distrito Federal,
colecta en la municipalidad
200.00
de Milpa Alta ........... .
Alcalde 1 de esta ciudad, pro•
dueto de dos corridas de to701.89
• ros ... - • • • • · · · · · · · · · · · ·
Alcalde 1 de esta ciudad, producto de una corrida de toros dada prr el gremio ,de
motoristas de los Tranv1as
Eléctricos ... • . • · · · · · · · · · $

Una de las primerns resoluciones rle la Comi-,ión ~aeional,
sido dirigirse á todos sus conciu&lt;laclimoa, excitando su patriotismo é invibántlolos á cooperar á la.s grandiosas fiestas con
que ha lle solr,muizan,e el centésimo a ni versa
rio &lt;lel memorable grito Ue Dolores.
Toca en s 1113rte á la actual geineración vivir
eu el primor aniver8ario secular ele aquel a.con•
tecimiento histórico, que marcó la inquebran•
table resolución de la Nueva España de hacerse independiente de la antigua Metrópoli, de
ser gobernada por sus propios hijos y de constituírso en Nación libre y árbitra de aus desti
no~. La obra de emancipación iniciada. con
grande aliento, arrojo y osadía; proseguida con
sin igual valor y genio militar, y consumadn
oon espí!'itu de concilacióu y de coucordia po,
aquella falange de patriotas que tuvo por solio
de su grandeza el ca&lt;lalso, reclama que sea celebrado su recuerdo cou excepcional entusias
mo, ya que excepcional fné también ese conjunto de árduoa trabajos, de inmensos sacrifi
cios y de inquebrantables resoluciones que de
termina.ron, al fin, la separaoi6n eutre esta porción do! Nuel"O Mundo y el Viejo Continente.
Si año por año coumemoran los ciudadanis
de la República, patrióticameute unidos á los
PonerPs PúbliMs, la fecha &lt;le ese aniversario
glorioso, con mucho mayor· motivo deberá ser
celebrada su secular conmemoración con todo
el impulso ele nuestro civismo y toda la magnificencia &lt;le uu pueblo libre.
No se trata, no, de las ic.leas ele una parcia·
lid ad política, ni de suceso~ que despierten memorias luctnosl\s pa.ra algunos de nuestros compatriota:;, ni qne recuerdeu disensiones .entn·
herínanos; sino de la solemnillad del común
hogar. de la fiesta tlB la gran familia mexicana.
,
Hoy que la Republica
no atrnviesa por nin.
guno de it.qnellos aciagos períodos con que má~
de una vez fué proba.lit durante la pa~a,la cen
tnl'ia.; hoy que naU.a surge que pueda can&amp;'l.rno8
inquietudes ni zozobL·as; que la, paz pública
-&lt;lón inapreciable de lo.-; pueblos-se arraiga Cii·
da día mtts en nue~tro suelo; que el trabajo
agrícolrt, minero, influ~trial r merc,intil creciPntemonte prosperan, &lt;lifurnliBn&lt;lo Al bienes-

Suma .... $ 87,687-48 tar ha~ta, los m.ii.s remotos con ti nC's &lt;le nuestro
LPrritorio; que cu:intiosos eapit;\.l('S atluyt"n al
Meoterrey, 3 de Diciembre de 1909
mi~mo; ftt1e ~1\ inauguran j!ran,lt•s \'las intero-

LA

Lan&lt;la y E.scanrlún, P1·~sidente.-Francisco D.
Barroso·, 8erripión Ferná.ndez, Rmnualdo Pa.s•
qnel, Fernando Pimenl.el y JlagoC1ga, Eugenio
Rascón, Rafael Rebollar, Carlos Rit•as, Po,:fiio Parra, Vocales.-José Oa.sarín, Secretarior·

G0BIBR80 GEXEHAL.
l'ulilktl.dt) t'll el .. Diario Olidal." de-\ ¡O de \_:ll),;to tlt• l!~"~

Seaetaría de Estado y del Despacho de Comunicaciones \' Obras Públicas.-Secci1Ín Segunda.-X úm: 335.

TARIFAS DE FERROCARRILES.
Se rl!cibi6 en e~ta Secretaría el ol·urso de
de Usted fecha io de Junio próximo pasado,
en el que ~olicita la aprobación del Suplemento ntlmero 1 {t fa. Tarifa Unida y Clasificaci,Jn
de expreso ntÍmero l del Ferrocarril Central,
expedido con objeto de corregir alguno~ crrorl!s &lt;¡ue contiene dicha Clasificacicln.
~xaminaclo el asunto por la Comisi1)11 respectiYa y en vista de su dictamen, esta misma
Secretaría aprueba el documento de que se
trata, &lt;lL"l cual le devuelvo un ejemplar debie
&lt;lamente autorizado:'.IIéxico. Julio 111 de 1900.-Fcrn.i11du.

Rúbrica. ·Al Representante de la Compafiía del
Ferrocarril Ce □ tral 1 Lic. Salvador ;\I, Cancino.--Presente.

~:s copia. :\léxico, Julio 10 de 1908.-(,'ilbcrlo J/011/icl, Sub . . . ecretario.

Secretaría ele Comunicaciones y Obras Públicas.-:,.réxico.
Compaií.ía Limitada del FL"rrocarril Central
~Iexicano. Ferrocarril Internacional ~lexicano.-Servicio ~;xpress \\'"ells Farg-o y Com-pañía.
...
SeP1.1-:,11-:xTo xl''1. 1 .\ L\ Cr.Asw1c.\CH)x
rx-rFOR:\11·, DE EXPRESO N("\I,

l.

Jtr,f.[las par({ la ap/inuiún de la Tarifa

d,· d,:,taurias
·
eeánira"' .; intPrnacionale:-i r¡nP se 11111ltiplic•an
Co:111s10:&lt;1 N,\cro:&lt;1AL DEL CENTENA· los e~tahhwimii,ntosdp r.nseña,nza; qun el ein·
Las e notas itut• l'Onstan en Ja...., ¡i.Í.gina:.. 17 ~Í
d.ulano goza, rle las lillPrta1lc\s ci\·ile::-; qne nnP~- la :!4, i,·Ju--.ir~~. ~on aplirahles l:!ntn.· tod 1s la:-.
RIO DR L ~ I:..DEPEXDEXCIA
tro Gobi~rno os respeta.do por ~u cré·lit.o e,n eJ oticina:-- tlL los. F'errocarrik.:-:. arriba citados,

Al PnelJlo }Iexicano.

mmulo financiero, y Pn ol 01·Ut~n social por Hl
honratla labor '1t3 prog-re~o; hoy, en {in, que lo
Próxinrn ya]¡¡ fech:1 ,!el 15 de Septiembre de grfLmos tal Ruma de inapreciables bienes, mer~
1910, en que se cumplirán cien ~ños de h11b.~r- ce&lt;l á una acertada administración púl.Jlica á
se proclam»do J,1 independencia de la N sc10n quien secuuda el buen ~entido del pueblo; y

con ~ujeciún .í. las n~~das que se dan :Í. continua1...·i1Jn.
Para formar lacuotaentre closoficinascom-

prendidas en las líneas que forman la concesión primitiva del Ferrucarril Central ;)Iexi-

-

•

�2

PERIODICO OFICIAL.

,ano, que en !-.eguida se mencionan. s~ tomar·,',
1a q!IL' '-·u1T\.:sponda á la distan1.:ia directa ltUe
l'l'SUltf~ en(re lo::; puntos deseado~, !';in exce-

¡·

,, Colegio Civil del E•tado
..
.,

s1e:,1P1.o:

T(•vdiuaiw-;ál'nt•ni:wai·;~.

h"llómh.

\"al.

'h-rc.

l{pd hral.

U

th:r de la:-. cuotas mítxima~ que abajo se citan lll' Tl·pt•hu;;:.,.. il Dumn;!o. 21X ~ ~~11 ~ 3 P.7 $ :1,n
L1nea troncal, \ M(!xico á Ciudarl Ju{n.~1.)
HI' Ouriina-o II Tnrrt•i'111 .... :?5;,J ¡ ,;,..
. .
D,_· v_is_i/,m de (;uadalaJ· ara, (I1·apu·,,to a; A,·,,·e•·a). r,,. Tnrrrón H Mtxi1·11 ...... r1:-i6 i ;~ 9.oo ~2.00 1~. 25
..,
OP :'iléxit·o á Vrn•rnuruc·11 .• 120
1 :JI)
2.Jli
1.MIJ

de San Luis, (Chkalote (1 rrampico).
Ramal ele Gu,majuato, (Silao (1 t;uanajuato).

,,
,,

I&gt;1ns1,Jn

C'noLi

Ramal de l'achuca, (Tula (, Pachuca).
,1ib:im:i..,,;.

Para mercancí.:ts, por 100 J.;ilo1,.!ramos

$ H.111)

:!:! ()O

..

lir1···i!,.. . . . •. ..

~11.:il ~i:-. ;¡:-; ~i:-..ts

1
cinco
ct.•ntarns]
$0.:!.).
1
.
'1íuim:1-,
..,as cifras terminales, al hacer-..t· d cobro ele
S O. 7,':, lu~ car~OS, &lt;~~l~er,li; :--ien~p~·e se;" "'ti"~) 'º.5" to·¡
1nuuclose la i..:tfi ~ mas prox1ma a l,1 u111dad que,
1 no rt=:-;u..Itare: poi· fJt'1~1pJo, s~ del c[tkulo se obtie·
·
ne _-:;1.22, se considerara como Sl.~11 y si se·
obtiene
se eh'\·arf1
á ~l.25.
' ·
_¡
! CASl.:!2}.
.
('
7 5
;' · ¡ns1cso 11 , - ,eren te General. -L. L.
flan!, Superintendente &lt;¾eneral.

Se 11hsen·ar!1n las cuotas ~i!!_
•. uic-nte~:
P;ira \·alon:s por mil pe;.-.o:--

1

. El cargo mínimo por enrío ~er;í de [veÍnll-

Heducida (;eneral, poi~IIIO ki:
.,
logramos.
.
.
. .
lJ.:!5

Autori1ada según oficio nLÍmero 3 ~5 , f'=cha

1&lt;,,,u,.,,. 10

de Juito de 1911~.

De Zateca~ á San
Luis Potosí
345 S 3.21

GOBIERNO DEL ESTADO.

Cuotadirecta. . S :{.21 $fi.06 S ,5.05
. Para [ormar cuotas entre los puntos de las
l1~e_a~ citadas y a4.uellos otros situados en las
D1v1~1011es y Ramales del lterrocarril Central 7eso re ría General del Estado Libre y Sobe
:\1.e~t~}no llllt t'n se~uida se mencionan:
1ano de Nuevo León.-Corte de Caia de
D~\-~'."'~~n de C tJernavaca1 ramal de Parral.
segunda_ operaczon de los Ingresos y EgreD!r~s~1;11 ele P,u1uco, ramal de Río Yerde.
D1ns1on de C'oahuila y Padfico, ramal ele San sos habidos en esta Tesorería durante el
mes de .Noz•trmbre de I909 . '
1Iarcos.
#n.lv~s.i1n de Salti110 1 ramal de Santa BárbaraINGRESOS.
J!1v1s1on ele ~lont~1-rey, ramal de Tulancingo.
A
Existencia
que
resultó para
h.amal de Atoton1ko .Y Ramal de Zamora.
el día 1~ del presente mes: ... $ 38,328.63
Ra~nal de Dinamita y Ramal de Zapotlán.
Se cakulaní.n híl~ta los puntos de empalme. Recaudación de Allende ... .
25.00
-a~Teu-ando tl~ allí las que correspondan •al ,, Id. de Apodaca ............ .
41.62
punto de destino, de acuerdo con la distancia

,,
rroda~ las,cuotas deben siempre calcularse ,,
por 1a na maf.i rorta_
,,
,,
,,
,,

Ii:I.
[d.
Id.
Id.
Id.
Id.

local.

Hosarlo ;i,

\'al,

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Rt'd. &lt;.inl.

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•!~ llto,-:lrin1i,Tim~1wz ..
· "~, iml',wz 1í ílátnt&gt;z Pa' l11l'io ..............
j)., Gómt•z Pal,u·io
1

'1.

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:\lonf&lt;"rr,·,.. . . .. . .

$ 1 16

Cuota llirl'd':1 ..

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1\ 11ul'~!s,
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Id. da Vallecillo ............ .
r] z;

Il

e .J l.fagoz1 0 , •., •,. • , •,. •
Bienes-del Estado ........... .
Fou,los para el Hospital
f •

t. 1 n·
,
.. i!:il&gt;.011 lf'.J'.!.011 ~t:l.:.!5
Gonz;ález............. .
f'¡:r¡; ; 11m~r 1 uot..J.d.r..:_~t..irntr •..:ua 1 quíe
,, Rqint'::gros ................... .
r, ofi • 1 ,., de ..i.--. tH•-..1. ,11te 1 .ll,' a.._ , ot.-a ~ituary tr ""lO ~r:l no (, J-I · "'S ·
,1a e·: i , Jt1,· -1◄ 11-'"s d-" Cuernc1\'n;, P:ÍntJt, 1 ,, -~~- i _ ,e.~,,,,
.
JO::; Ll•
Coa: fa,. P;__ Í!.C ,;i.l,ti 101 Alont Tt::\" .&gt; 'o~
e: sGr~., c~1e1ta de Depo~ t de.:· d • \tot 11 }, , 1n t..:, Parr;, Ri~•
:l -f' ) ... • • .•• · • • • •· •.••
~ l'r«~ ~- ~a~, \Iü.1:cos, ~a1n,. L~, r, •dn,, T ;_~ancin- , C1a de_ Ag 11:i y Drenaje ....

b~,, 1.,, n_ Ha J ¿ 1~,ot1.1n, &lt;le 1 ,.,.r,&gt;, 1:·r t..."'en- n f'&gt;e_¡:, )~Jtos • . • . ••..••...
ti.,1 ~I- x.•.:.1··4c.,_ \ ,·1ce 1·ersa, l' •.1e1 11 toma.,.~
D,~p6,-i,n --ra lc,s D
'fi
las

ti

-,lar. .. ¿s n" ..~ue

y h:lsta los p11n .rn• de em- "

I

¡;;1 ""' 0 ,
\le ,•·

CuflL d·re.•ta.

•

.•. . . .

l!f'l. &lt;,r 1:

l 80
. . $l0 20 :¡:2~.11i ~ 1.1,0:;

Cu~ndo haya que formar cuota~ entre ofici·
n_as situadas en e} Ramal de Guanace\"Í .r otra~
:-.,tuadas en las. Imea~ ele que !ó,,t.&gt; ha tratado se
' separa d amente a' la distancia que
'
ap I'1caran
resulte desd~ ~ hasta Durango; r a~í también,
cuand? la ohcma de que se trate esté comprendtda en el Ramal Carbonífero de Coahuila, se tomará la distancia separadamente des-

de y hasta Barroterán.

770/t()
2,022.éi7
4fí.(11)

353.1)0

Seguridad Pública del E-3tado ....................... .
,, Gastos Extraordinario~ .. .
,,

·
)' Pe ns1ones
................ .
,, Estaciones Meteorol6gica~.
,,
,,

Impresiones oficiales .......

ºº

7,55.b 7
85íJ.18
61U.OO

93.99
581.fi(l
4,450.-17
220.74

Gastos de utilidad púL ·ca
,, Porte de correspondencia
,, Erección de la Villa. de Colombia .................. .
60 00
,, Depósitos .............. .
4,9i0.92
,, Depósito para el Consejo de
Salubridad ............ .
S8,00
,, Banco Mercantil de Monterrey .................. , 22,000.úO
,, P. Mil mo é Hijos, Suces
(cuenta CorrietJte) .........
4,000.00
,, P. Milmo é hijos Suces.
( Je pósitos 1. • ... .. • .. 16,003.00
,, Devoluciones .......... :.. .. .
150 00
,, Subvencione8............... ..
112.00
,, Cía de Agua y Drenaje ... .
2,318.00
,, Obra en la Penitenciaría del
Estado .............. , ... .
l,480.G5
Existencia:
En rentas del Estado ..... $
I
5,855 49
,, En depósitos.
32,539.11
,. Depósito para
los Damnificados... . .
2,400.20
40,794.SO

43.35
24.55
82.69
26.14
65,29
54.99
18.84
10 07
29.35
540.23
7 l. l3
Igual. ................. $ 120,711.85
7.43
154.56 Existencia da Fondos prepies del Estado:
26.17
2,087.58 En lacasade P.:\Iilmo é Hijos
2,08
Suce_soroo ................. $ 20,:r-26 65

205.0ü

211,4 l
3, 130.0U

2FiíJ.00

f2l.ür.

cad; · d ~(&gt;.E, · d

amo

·

s. e Sta o........
,, Depósito,; pn.ra el Oo&lt;1se¡o
de Sdubridad.........

PODER LEG:[SLATIVO.
XXXV Congreso Constitucional.
6Es1ó;; D1 r. 26 DÉ ~o, rn;im,H' u~; 19,19 _

i

pa,m .

trucci6n Primaria ..... ..
,, Hospital González ....... ..
a
" Kindergºrt
~ e ............... ..
,, Pt3nitenciaría del
Estado

957

id • de Gr I T e rá n ....... .
Id
,, . de Guad alupe ............ .
,, Id. de Ga.lt,ana ........ ,. ... .
,, Id, de Garza García ......... .
,, Id. de Juárez ............. .
,, Id. de Linares, .............. .
,, Id. de Lampazos ............ .
,, Id. de Monterrey (cuenta
En la m1dma (depósito esoede fondos) ......... , 48,814.31
cial) ...................... : . . 78,775 H
,, Id. de Mina .................. ..
70.99 En la de SucAsores de Hernán,, Id. de :'.\Ion temorelos ..... ..
l ,07-~.5,
dez Hermanos. . ..... ..
7,:!2!) 73
,, Id. de .Marín ................. ,
l UJ11 En el Banco l\forcantil de
,, Id. de Pesquería Chica ..... .
301.34 •
:\IontBrre,· ......... .. 32,38! 97
,, Id. de Parás . . . . . . .
fJ0.20
En
e,to.
Tesorería .. ............. .
5,8:'i,5.4!)
•&gt;o·o..
,, Id. de Salinas Victona ....
- ·
Total. ......... $ 1H.6n.3o
,, Id. de San N:ico!ás de los
8.44
I j d SGarza~
b' .............. .
,_, , . e 1 11;1as Hidalgo .... ..
101.0:l Monterrey, :-.o,·iembre . , 0 de rq,·;¡ -El
., Id. de Sa.ut1ago .• --~ ....... .
G2 3~ Tesoref'J Genera 1 Da,•úf Cunra
., B. de Saut.i Catarina .... .
20fUfí'
11

,

•

J.·.1

,-,. 1

'llt-', ~

Abasolo .......... .
Bustamante........ .
Cadereita Jiménez .. .
Cerralvo .............. .
Colombia .......... .
Doctor Arroyo ...... .

Id. de Doctor Gooz8.lez... • •
Id. de Gral. Bravo.......... ..
Id d
• e Gral. Treviño ..... .

"·

Par~ fornlar la cuota directa entre cu~lquiera ofic111~ de la Línea 'J'roncal del Ferrocarril
Intern~~tonal J\!exicano y sus Ramale~ [con
exc~pcwn de los Ha males de Gua naced v Carbon1f~ro de Coahuila] y otra situaela en-la I..,-í11ea J .r?1~cal dél Ferrocarril Central \Iexica·
no, D1ns1ont.'s d~ G-uadalajara, dt• San Luis,
Y Hamail's de t:uanajuato y &lt;le Padltt('a, y vicercrsa, sl' tomarán las di!:-itancias &lt;lirecta·s ele
cada Ferroi.:arril por ~epara&lt;lo hasta los pun·
tos ele empalmL\ y Ja suma'. ele ambos será la
e nota. que Re busca, no fkhicndo t'&gt;-ta de e:xce·
der .&lt;le la~ cuotas m{nimas que se han t:'~ta·
hlee1d1).
1--:;: '.:'\lPLOs:

de
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Escuela Normal del Eitado
Academia Profesional para
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Dirección General de Ins-

1,913 50
796 00

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Lic. Viºrgt!'o r;,z,-~-,.

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7/lill.frf i.,e ap•ob~da,_' la S ·crelatfa di6 c,en-~

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ta con lo s1gu1ente;
24.00 La 1:,egislatura del Estado de Hidalgo
cotnumca, que el 15 del actual clausuró 1
Igual. ..... $ 120,711.85 segundo pe_ríodo de _sesiones ordinaria:,
cto rre_sytndD1ente al primer aiio de su insEGRF.SOS.
a 1ac1on.- e enterado.
El Presidente de la Cámara de DiputaPor Poder Legislativo, ......... $
2,423.66
dos del Congreso de la Unión 1 t' .
,, Poder Ejecutivo .......... ..
3,264.67 que el 19 del actual falleció el
r ~!Pª,
,, Poder Judicial ............. .
5,9±8.33 tado Ma_n°:el Castañares.-De ¡nte:ri,, Biblioteca Pública del Es0
con sent1m1ento
tado ..................... .
304.00
Ocurso del c.' Jesús María Trevifio or
,, Tesorería Gral. del Estado
1,275.00
el
qu~ pide copias certificadas de los ~e
,, Recaudación de Monterrey
nuncios de aguas hechos en di
,
(Cuenta de Empleados)
lMlOO
v=~e~
,
.
cas, por 1os Señoras Hermenegildo
Gon-

$i,

PERIODICO OFICIAL.

3

I

zále1, Antoni? ~o~_zález y Cel~o. ~e la !judicial.--: C~arto: Se_ le am1ne~ta para m~s como l~ favo•ecen las atenuantes de
Garza, en ¡unsd1cc1on del .~uo1c1p10 d_e que no re10c1da - Q111nto: Se depn a los buena a:¡tenor conducta, haberse presenGeneral T~rán.~A la Com1s1ón de Poli• deudos del occiso sus derechos á salvo en tado voluntariamente á la Autoridar! hacía y Peticiones.
cuanto á la responsabilidad civil:'' Visto ciendo coofesión de su delito y haber esSe dió primera lectura al dictamen de el recurso de súplica interpues•o de ese· tad,1 ebcio al delinquir, que siendo de prilas Comisiones nnidas de Hacienda refe fallo por la defensa, el auto de admisión y mera, segunda y tercera clase, respectivarente á las iniciativas de las leyes de Ha- la aplicación que de los autos se hizo á es mente, valen seis unidades, sin que le percieuda del Estado Y I\Iunicipal y Presu- ta Sala por corresponderle en turno: Vis- jndique ninguna agravante, procede sustl•
puesto de Egresos del primero, presenta tas las pruebas rendidas en tercera instan• tuir la pena de muerte con la mayor extrJ.or.
das por el Ejecutivo, el cual termina acep- cia, lo que expusieron las pártes y la cita dinaria de diez y seis años de prisión; ar
tando dichas iniciativas y ptopouiéndolas ción para sentencia.
tículo 36, 40 y 4r fracciones primeras, 226,
á la Cámara como suyas.,-Para segunda
Resultando: qne como i la• oclD de la 227 fracción II y 228 fracción I del Có.lilectura.
noche del veinticinco de Enero del año go Penal citado.
No lubiendo otro asun'o de qu? tratar, próximo anterior, h.1biendo rec'bido aviso
Considerando: que toda pena de prisión
se levantó la se ión, á la que concurrieron el Alcalde 3º de la Ciudad de Montemore• Ct obras públicas por dos años ó más se enlos CC. Diputados: Guza, Lozano, Bote los, de que en la Demarcación "Lerdo de tenderá siemp~e impuesta con califad de
l!o Arnulfo, Madrigal, Benítez Leal, Mar• T,jada,'' Sección Extra - - 2 ki'ómetro 19 retención por una cuarta plrle más d~
tínez, Lartigue y Salinas.,-Falta·on con del Ferrocarril Central se encontraba un t!empo que se hará efectiva en el caso de
avi~o Berlanga, Botello Salomé y Trevilio hombre muerto, mandó levantar la pre- la ley; que los honorarios de 1 &gt;s perito3
-Vir.i;ilzi, Garza, Diputado Presidente.- sente averiguación trasladándose eu el ac- que interdenen en un proceso p'.lr nom,
C. Lozano, Diputado Secretario.
to el personal del Juzgado al lugar referi- bramiento judicial !0s pagará el Municipio
Es copia. Monterrey, Noviembre 26 de do, donde se dió fe haber vi,to el cadáver donde se cometi6 el delito, á reserva de ser
1909.-Rafae! del Castillo, Oficial Mayor. ,ie un individuo que fué identificado por reintegrados por la persona que fuere deel de Teófi!o Ramos, el &lt;¡ue presentaba clarada culpable; artículos 70, 71 dei Cóuna le ióu en la cara anterior del tórqx, digo Penal y 220 del de Procedimientos
un poco foera de la tetilla izquierda, can- del Ramo; que en toda sentencia condena·
sada por instrumento punzo-cortante y de toria se prevendrá que se amoneste al reo
cinco centímetros de longitud por uno de para qne no reincida, explicándole las peSecretaría de la 3ª Sala del Supremo anchura, cuya lesión, á juic' o de los fa. nas á que se expone, y se le comrnt1rán
Tribunal de Justicia.-Monterrey, ;s;'uern cultativos nombrados al efect0, p1r sí s?la los snf,imientos que haya tenido durante
León.
y directamente ocasionó h mu~rte del ci- la tramitación del proceso dejándose á la
~Ionterrey, d'e7, de Jnlio de mil nove tado R~mo'. Examinada la Sra. Tomasa parte nfeudiJa suo;, cjerech,s lt salvo en
cientos nueve.-\'1staen súplica la presea- :'.lhrtínez, esposa dtl occiso, declaró: 1¡u cuanto Íl la responsabilidad civil, la que no
te causa que por el delito de homicidio hacía un rato habíst sido herido su esposo pu•de declararse de oficir; artículos 182,
Cú nenzó á instru'r co'.l fecha veinticinco por Inocencio Gutiérrez, pues aunque por 203 y 2':!7 del repetido Código Penal.d~ Enero í'le mil novecientos ocho, el C. haber estado ya acostada no presenció na- Por lo expuesto y de acuerdo con el pare·
Alcalde 3º de Montemorelos, ~uevo L~6n, da, su hijo, que tiene como seis alios de cer fiscal, se conlirma en todas ms partes
habiéndose continuado despnés p&gt;r e' C e,fa-J, le dijo que estaba jugando dentro del la sentencia de vista suplicada de que se
Juez de Letras de la 7ª fracción judicial carro que les sirve de habitación con su ha hecl{o mención, resolviéndose en conde! Estado, contra Inocencio Gutiérrez, papí Teófi'o, cuand0 le habló Inocencio secuencia:-Pr!men1: Inocencio Gutiérrez
soltero, de treinta y dos afias de edai, jor- Gutiérrez, quien al salir aquél le camó la es responsable como autor del delito de honalero, originario de Gua~amé, Estado de herida que tenía, á consecuencia de la cual micid'o calificado, que perpetró en la perSan Luis Potosí y vecino de aquella Ciu- falleció pocos momentos después. Agregó sona de Teófilo Ramos.-Segundo: Se
dad en la Demarcaci6n "Lerdo de Tejada:" la Señora l\fartínez que como toda la gen- condena al mismo Gutiérrez á sufrir, con
Visto el sumario de la instrucción, la dili- te del Campo se había ya acostado no hu- calidad de retención por una cuarta parte
gencia de confes;ón co'l cargos tomada al bo quien pr&lt;1senciara los hechos.
más de tiempo, en su caso, la pena de diez
procesado y lo que exprt&gt;Ó su Defen,or en
Resultando: que dictado auto de proce- y seis años de prisión, á contar desde el
1~ instancia, así como la sentencia que en der contra Inocencia Gutiérrez, é;te un veintisiete de Enero de mil novecientos
veinticuatro de J uuio del mismo afio pro- día después se presentó voluntariam nte ocho, fecha de su prisión preventiva.-Ternunció el referido Juez de Letras, quien confesando en su indagatoria haber dado cero: También se le condena á reintegrar
teniendo á Inocenci i Gutiérrez com') au muerte á Te6filo Ramos y refirió los he- eu la T~sorería Municipal de Montemoretor del delito de homicidio lo condenó á chas manifesta 1do: que con moth o de que los lo que se pagó por honorarios á los fa.
sufrir, con calidad de retención, la pena andaba ebrio tuvo un disgusto con Ramos; cultativos que intervinieron en la causa de doce afios de obras públ cas y á reint • que después fué á la habitación de éste, le Cuarto: Amonéste al reo, en los. términos
grar en la Tesorería Municipal de :'.llont • habló y al salir, sin mediar palabra, le in- de la ley, para que no reincida.-Quinto:
morelos los honorarios de los peritos qne firi6 una puñalada corriendo en el acto ha Se dejan á los deudos del occiso su, deré•
intervinieron en la causa, mandando amo- cia el monte, donde pasó la noche, y otro chas á salvo por lo que hace á la responnestar al reo para que no reincida: Vistn día fué á presentarse á la Autoridad; aña sabilidad civil.-Sexto: :-.otifíquese, y si
el dictamen que en segu~d~ instancia riu diendo que cuando corr!a hacia el monte dentro del plazo legal no se interpone redió el C. Ministro Fiscal solicitando la re- tiró el cuchillo con que de'inquió y que ya curso, expídanse los testimonios respectiforma del expresado fallo en cuanto á la anteriormente habían tenido algunos dis- vos poniénriose á disposición del Ejecutivo
duración de la pena impu•sta al procesad.'), gustos él y Ramos. Consta agregado á la del Estado en la Cárcel Pública de Monte_la quedeberi serdedi~ciséis años de_obras causa certificado de la acta de defunción morelos, al reo Inocencio Gutiérrez, transpúb:icas c,m sus &lt;lemas consecuencias le- respectivo.
críbase al J¡¡ez instructo- para su conocigales: Vistas las ale~acion~s de 1~ defeuC•msiderande: que de autos aparece bien miento y archívese el proceso. Así, delinisa de oficio e,1 la nnsma 10stanc1a y la jus\i □ cada la existencia del del-to de ho tivamente juzgando, lo sentenció y firmó
sentencia dictada el veintiuno de Julio del micdio perpetrado en la persona de Teó el C. Lic Viviano V. Villarreal, Magistr2año próximo pasado por el C. :'.llagistrad_ filo R1mos por Inocencio Gutiérrez, según do de la 3~ Sala. Doy fe.-Lic. V, V. Vi•
de la primera S1la de este Suprewo Tn · se desprende de la diligencia de fe judi llarreal.-Lic. L. E, A Ida pe, Secreta ti o.
huna! de Justicia, cuya res')lución, refor, cial del cadáver y de la lesión que presea -Rúbrica'.
mando la del inferior, conc1uye con los taba, del dictamen médiro-legal y certifi,
siguientes puntos: "Primero: Se declara cado de defunc'óu que obra en el proceso
Secretaría de la 3 "' Sala del Tribunal
que Iaocencio Gutiérrez es !e.s~onsable y de la confesión propia del in.:ulpado que Supremo de Justicia.-:\fonterrey, Nuevo
como autor del delito de ho1111c1d10 cahfi- por eí sola constitvye una prueba comple- León.
cado perpetrado en la persona de Te_ófilo ta en virtud de reunir.todos los requisitos
Monterrey, J uuio catorce de mil DO\·eRanns.-Se"nndo:
condena al mismo que la ley prescribe para ello; artículos cientos nueve. \'ista la presente causa
Gutiérrez á ~ufrir la pena de diez Y Feis r 53. 159. 41.5, 416, 4r9, .¡20, 4'23 y 424 comenzada á Instruir de oficio en dieciséis
años de obras públicas que se contarán del Có'ligo de Proced•mientos Penales. de Diciembre del afio próximo pasado por
desde el veintisiete de Enero del año ea También se just ficó que Gutiérrez al de- el C. A 1calde 2° Constitucional de Lamcurso fecha en que se le decl1ró form1! 'iuqu•r obró con ventaj,i, pues él estaba pazos N. L. en contra de José !IIaría Gamqnt~ preso, entendiéndose impuestl esa armado é inerme In víctima, y por esta lán y Román Sánche1, el primero·soltero
pena con cal;dad de retención por una circunstancia el homicidio de referencia y casado el segundo, de veintitrés y cua•'u irt'I pFte más de su tiempo en el c~so debe tenerse como calificado y castigarse renta y cuatro años de fda:l re,pedivade la ley. -Tercero: Se le c:mdena _también al encausado Gutiérrez cou Ja pena capital, mente, Galán criador y originario y ve
á reiot· g-rar en la Teso·ena '.\Iuu1c1p1l _de puesto que no obró en legílima defensa ni cino de la expresada ciudad de L,impazns,
Montemorelos el valor de los honoranos corría riesgo de ser muerto ó herido por su siendo Sánchez originario de Soledad de
pagados por ésta á los facultativos qu_e iu- adversario; artículos 492 fracción IV, 519, los Ranchos San Lui, Potosí y vecino del
tervinieron en la causa por nombramiento 537 y 538 fracción II del Código Penal; Rancho de "Los Cuates" jurisdicción de la

I

I

SECCIO~ ,JUDICIAL.

0

0

s~

.

�4

PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL.

citaca Ciudad por el delito de lesiones que tan te d: que éste dice no reconocerla co--, que dure la instrucci6n habrán de habomutu&amp;mente se Íi.,firieron. Vista las di- mo suya, sin c!mbargo está justificado que¡ narse á los reos los sufrimientos tenido3
ferentes diligencias practicadas durante el al momento en que se sucit6 el pleito de durante ella: que en toda sentencia consumario de la instrucción para el exclarc:• que se trata hubo uu disparo de arma de denatoria se prevendrá que se amoneste
cimiento del delito cometjdo, las confesio- fuego y además el procesado Gaián ase• al reo para que no reinc'da, kaciéndole
nes con c_argos t?m~das a los prncesados, gura haberle visto temprano á su contra• 1saber las penas~ que se expone ,r que la
l~s defen,as l;'ro□ uc1d~s por_sns p~trones no port_ar la pistola recogida; y
responsabilidad civil s6lo re decretará á
) la l se,ntrncrn de. primera mstanc1a que .. Cons1de_rando: que la exi,tfncia del de- instancia de parte legítima. Artículos
co0;c U) e co~ los siguientes puntos reso- lito de l&lt;stones de que se ha hecho niéri· ror ro2, 182 208 y 287 del C6digo Pelut11·os · Prnnern· · . Román .Sánche. z es 1t o que d6 su fi c1entemente
·
comprobada con na] 'y 220 del 'de Procedimientos Penales
responsable
del
delito
de
les10nes
mfer1·l
d1·11·
·
d
f'
·
d.
· 1 que obra en · Por las cons1derac10nes
·
·
· ··
d ,
~
,
. ,
.
a
gencia e e Jll 1c1a
expuestas, dispo1
, as a /~s~ Mana Galan, Y se )e cast ga autos, en el dictámen de los médicos que sicione-s legales citadas v de acuerdo con
~º: t~ ellto c~n la pena de d1:z meses reconociernn y clasificaron las lesiones y el pqrecer fiscal reforma.la sentencia de
,emt1cnatroá dias
de obras públicas
' cons t anc1as
·
·
·
'· qne se reVJsa
· y se re•
,
, ·, . que
. con las demas
procr-sa 1es; as1' pnmera
mstancia
se emp~za~. n_ a contar desde el dia d1ec1 como qne sus anl-0res lo fueron José suelve. Primero: José '.\Iaría Galán y
nueve e d 1ciembre próximo pasado, en María Galán y Román Sáochez con sus Romá• Sánchez son responsables como
1ar6 , formalmedte
•que dse . 1Je ec
preso · Se- prop1·as con f estones
·
· 1·1c1a
· l es que
' por s1' autores respectivamente
·
·
, M
G ,
JU'
de las les10nes
1
~:J°d ºút os~ ar!a
ª .ª~ e~d resp~sa~le solas hacen prueba perfecta, Artícnlos qne mutuamente se infirieron y d'3 que se
, e O e 1eswn~s lll en as a ornan 4r3, ,.p9 fracc16n IV y 424 del Código ha hecho mérito· dándose por compurga~anchez b)"dsedle _da_ ro{ compnrg~da sn de Procedimientos Penales.
da la responsabilidad del primero de ellos
1
;sti:onsa 11 ª . cnmtnfa. por tal d~l!to con
Considerando: que como la lesilín más con el tiempo sufrido de prisión (cuatro
e,
que
sn ndo
de • grave sufr1ºda
p orel procesa do G a J'an esta' meses c!nco dias);
'
· queda
bº 1en,po
d
¡ tiene
.
, de pns16n
•
•
en consecuencia
1
O
die~ ~ por bm~si~o pinerse~e en ,1ber~~d c?,mprend1da ¡ arf su castigo en la frac- éste en absoluta libertad Segundo: Se
~osteestanteogroi·a eªJº e atJz~ 0 de cancion cwn III del Articulo 503 del C6digo Pe- condena á Román Sánrhez á sufrir la pen su¡ &lt;caso mientras
este fa. nal ' pncs deJ·6
,
' se h a d.1· n:&lt; d e un ano
- nue\'e meses de ob·as púbh·
¡¡P
,·
•
• T
.
.en 1a cara
sfgun
0
con~:::~~~e!º,r
.up~nor_.
frc¡o: Se cho una c1catnz perpetua y notable, su cas á contar desde el diecinueve de Di,
.
as ª ª 111 os Incn pa rs a1 autor se ha hecho acreedor á la pena de clembre pr6ximo pasado fech
0
; : ~ f:g;~s~Ie:1:rtiªu!~clº:t~:ºL2os que uno á tr_es años de prisi6n . ú o~ras pñbli- declaró f~rmalmente preso.
r:~ce{~~e ~:
se hayan pagado á los fa~ultativos mqt~:zos car-~ c"tº
las Gotr¡ª,8 seis les10nes que condena a ambos procesados á reintegrará
.
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.
re. st1 no e mismo
a an cuatro curaron prorrata en la Tesorería Municipal de
1
1
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~:iitr::ibi~r:~ ca~~~;::
~:\ qu';' d_espués ~e quince ~ías y dos antes de ese L~mpazos la cantidad que por honoralos mismos proces~dos en s~ caráct!/ d!
~i~aPº~~~a:1nogs:ª:u~~re1]:~sean
ri~1;5e haya ·p_a~ado_ ~or esa Ofitina á los
,ofe!1didos sus der_e~hos ~ s_alvo e~ cuan nera con un 'mismo hecho varias disposi~
§~ed:ia!\:~m:~onf::a: d~[°ceso.

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~:~o~le·!~t~~r:~t~~:hf!:i:ci;i~~~
i~~ulpado Sánc~ez el cuchillo que tam- de segunda clase y 1:s• d~s ~~~~~;r1:;r~~ to¡ ~mone1te_s~.: 1º1 reo~ para que no
?1en se le recog16. Sexto: Se amonesta mera en l'irtud de la facultad
'
re n~1 an a vlr I n o es as penas .,en
.i los reos para que no reincidan.
Notifí. ta apreciación deja la le á ·uf~e ~arJa es- ~ue l~ctSuren. en ,raso de contravenc1011.
-qnese. Vistos en esta sPgunda instancia Artícul
f
.,
Y J ·0 e uez. exto. e deJan a salvo los derechos de
1
4
el dictámen del C. Ministro Fiscal los dones{~ fI
º:' XI 0 Y 5°3 frac- }ºs reos en su carácter de ofendidos por
alegatos de los defensores de ]os inc~l a.
C-:msicierand~- ~ismo
igo.
º, q:'e hace ~ la responsabilidad civil.
8
dos· y el auto de citaci6n para senten~ia lesiones sufrid~sq peo:!?f~~~l;eiª s?ºs feptm~o:_, No¡1fíquese y dése ~uenta: Así
0
con cuanto más convino verse, y
chez merecen una ena de ocho ª, , an- 0 ,:eso VIO Y, r:11ó el_ C. Magistrado de la
Resulundo: que la noche del doce de meses de arresto
a· ·, . dias ª trJs
Sala doy_ fe.-L1c. Leobardo Chapa.
Diciembre del año pasado, con motivo de multa 6 ambas· ena l~z : cien P;s_o~ _e ic. E)euteno Lozano Srio. Rúbricas.
1acelebración de una fiesta religiosa en del Jnez confor~9 ,sl J~U a;enrdaÍUI_CIO
t_Ionterrey, Junio veintiuno de mil nola casa de la Sra. Yda. de Don Clem~nte do artículo o, del a C~ /acc1 n
e cita- vec1entos nueve. No habiéndose interQuiroga, sita en el Rancho de "La Rosi• ya dispo-icróñ está o igo Pe~~~ en ~u- pne~to recurEo alguno cJ.e la anterior sen•
ta'' jurisdicci6n de Lampazos, acudió mu- hiendo tenerse como ia~~~apren l as; e: ¡°nci_a dentro del término de la ley; ccn
cha gente de los Ranchos y Haciendas pondiente á una de ellas
l~ena corre~ undamento ~n _el articulo 45r del C6dlcercanas, encontrándose por tal causa en dernrla como circun t
Y otra cons1- go de Proced1m1entos Penales, se declara
a~u;l pt¡nto los procesados José María 1 .-., clase.
s aocia agravao.te de que ha ;ausado ejecuto_ria; e_n consecuen
Galan_ y Román Sáncbez, quienes habían
Considerando· ue 1 1 .
.
. tia ~,xpidanse los test1mon10s de estilo
tenido disgu~tns anteriores; surgiendo en- das en riña ¡.,~r ~l ª"" asd_/siones rnfenj poo_ietJdos., al r_eo R_omán Eánchez á dis,
0
1ci6n del EJecut11'0 &lt;n la cárcel pfrtre ellos desde luego nna riña en Jaque¡ p'.·esente caso deben co~re \
como e\ e
no_ se suro quien fnera el agredido y' ber dnda sobre quien decf¿s ~~~st:n~?r a- 1 i_;cª. d,\ 'Lampa~os, hag~se 1~ transcrip·qm~r el agresor, por no haber habido fue-e agredido . uien a. resor
ientes c1on co~.espond1&lt;;ute al rnfenor y en su
testigos presenciales del principio de los gan con las tres° ~inta· ~ t
se cash- oportumdad_archc1·e•e el proceso. Xoti•
hechos y de la cual resultaren huidos c¡ue la ley señal1 cuan,do¡,sr es_ e ]ta pe1;1a:f19ue,e: .\-1 lo decretó y firm6 el O. Mab
t d.
.
.
'
e eJecu an sin g1strado -0e la 1 "' S-1
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f' L.
am o~ con en lentes: e1 pnmero con Siete esa circunstancia artículo o
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0_1' e.,- IC •
11eridas producidas por iustrumento cor- del menciomdo •c6 d; 0 p 5 \ re arma
B½ªP~--L'c. Eleuterio Lozano Srio.ta~te, de las c_uales la más grave fué cla
Considerando: qn~gcua:~~- la le, fiºa ubncus.- E. L.· de-Vale doy fé.
sf1cad?. po, tencrmcnte entre los que cu- el máximun y el mí □ imun par ¡ ) 1
n,,1: después de quince días y dejan cica- caci6n de una pena el Juez deªntr~ ap . Secretaría de la 2~ Sala del Tribunal
t1;1z perpetu~ y notable en. parte visible, términos impondrá '1a que estime j ests,¡Supremo de Justicia.-l\Ionterrey Nuevo
sm ¡;oner nrnguna en peligro la vida; y teniendo en cucn ta las circunst us_ ª• Le6n
'
el segundo dos heridas c_on instrumento del delito y delincuente que en el p~~i~~~
Monterrey, nue,:e cle Julio de mil novepunzo c?1tante, !Js que igualmente_ fue-- te caso obra en fa,·or de los acusados 1 · cientos nueve.-V1Jta en apelaci6n la preron clasificadas entre_ las que 1:º ponen ni circunstancias atenuantes de priimra ci8~ sente causa emp,~zada á instruir de oficio
plteden pon_er en peligro la vida y curan :e ~e la confesión de su delito y les
el día ocho de Diciembre del año pr6xim¿
antes de qu1nc~ d!3s. .
~udi~an )~s agrav~nles. ya _indicadas por pasado, por el C:. A!ca_lde 2 ° de LampaResultrndo:__que h~b1endo ocurrido al :a v10lac1on de varias d1spos1C·iones pena. zos, cont:ª. P:d_ro C1p_rtano, soltero, jornalngar de la nna va1;1?s personas y con l~s y además la de tercera clase de ser lera, de \e1_nt1ctnco anos de edad, originaellas e) C. Juez Auxiliar de "La Rosita'' frecuente en el Estado el delito de lesic- no d~ la Cm dad Ro muo Rubio Coahuila
procedieron. á la ~pre_hensi6n de Jos rijo- n_es. Artículos 40 fa~ci6n IV, 47 frac-_ Y vecm(} de la citada_ ~it:dad de Lampazos:
sos y recogieron a Sanchez un machete c16n XII y 65 del C6d1go Penal.
por el dehto de ho1mc1d10 perpetrado en ]a
grande con _el cual co,nfes6 haber herldo
Considerando: que los instrumentos con l'.erson_a de Jua_na Chal'ana; Vistas las diá su co_ntrano y ademas otro cuchillo que que se comete un delito aun cuand 0
l!gencias practicadas durante el sumario
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P . a ª, a c1~ ura; no .~ecog1en o arma e uso 1~1to e erán decomisare á favor la confesión con cariros que se tom6 al en-'
mng~ma a ~alan, ~t~es d1¡0 ha?erla tira- d~l Erano del Estado si fueren de la ro- ~ausado, lo qu: alego_ en favor de éste 511
do _leJos de ~1; tamb1en se recogt~ durante piedad de los acusados y estos fuiren efe:1sor en pnmera 1nst_ancia, y la stnla mstrucclon_ un_a _plstola que fue encon- c?ndenados, y que estos mismos deberán t~ncia que con.,fecha treinta de Marzo ítltrada po~ t!n rn_d1v:duo concurrente á la nnl:grar en la Tesorería Municipal res tiamo, pr_~nu:1c1? ~1 C. Juez de Letras de la
fi_esta rehg10sa mdtcada en el lugar de la pectlva lo que por honorarios se ha
?· fraccton ¡nd1c1al del Estado en la que
nña Y en la misma noche del proceso, la gado á los peritos que interviniera/: Pf" ¡uzga nd0 á Pedro Cipriano ~esponsabl~
-cual se atribuye á Sánchez, pues no obs, causa: que cualquiera que sea el tie: ~ como autor del delito de homicidio califip cado, lo condena á sufrir la pena capital y

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manda decomi~ar la navaja con que se j dicha arma varios golpes causándole la sent~ncia cotJdetJatoria se prevendrá que
ejecu~6 el delito: Vista la expresi6n del herida de que se d1ó fe por el Juzgado: se amoneste al reo para que no reincida,
agrav10~ del defensor de oficio ante esta qne la occisa lanzó una queja y ocurrieron haciéndole ver las penas á que se expone
Sala, el dictamen del C. Ministro Fiscal sus padres, por lo que, el procesado em- en caso de contravenci6n; deben ab8narse
en que pide la c,1ufirmaci6n del fallo refe-. prendi6 la fuga. presentándose después á á éste los sufrimientos que haya tenido
rido, la citaci6n para sentencia y todo lo la Autoridad en la noche, como antes se durante la instrncci6n, condenándosele al
demás q11e consta de autos y debi6 tener- ha expresado, habiendo declarado además pago de lo3 honorarios de los perito3 que
se presente; y .
á interrogación que se le hizo, qne llevaba hub;eren interl'enido en el proceso. por
Resultando primero: qne en la fecha de abierta la navaja para herirá la occisa por nombramiento judicial, deben decomisarla in;ciaci6n ele esta causa, como á las dos sus burlas, pero nunca tuvo la intenci6n se los instrumeotol con que se delinque
y media de la tarde, se present6 la Sra. de matarla.
cuando fueren de la.propiedad del seutenJosefa V•danrri de Gallardo, ante el C
ConsidCiando primero: que tatJto la ciado y d~jarse á los deudos del occiso sus
Alcalde instructor, manifestándole, que en existencia del delito de homicidio que se derechos á salvo por lo qne hace á la resla ca'a del Sr. Félix Flores sita en la ca- persigne perpetrarlo en la persona de Jua- ponsabilidad civil artícnlns 70, 102 1 182,
lle de Juan Ignacio Ram6v en la Ciudad na Cha vana, como que su autor lo fué el 208 y 287 del C6digo Penal y 220 del de
de L:&lt;mpazos, había sido muerta de nn~ encausado Pedro Ciprioao, qued6 legal y Procedimientos Penales. Por lo expuesto,
puñalada la Señorita Juana Chavana, por perfectamente comprobado en autos, con de acuerdo en parte con lo pedido por el
lo que se procedi6 desde luego á levantar la diligencia de fe judicial del cadáver de C. Ministro Fiscal y cotJ apoyo además de
1a averiguaci6n respectiva, constituyér¡do aquella y de la herida que presentaba, los artículos ro, 35, 37 1 50 fracci6n I, 5r6,
se el personal del Juzgado acompañado con el dictamen de los perit&lt;Js que practi- 517 y 520 del Código Penal y 4rr del de
del médico municipal, en la casa mencio- caron la autopsfa, la copia certificada del Procedimientos Penale?, se reforma la
nada, y se di6 fe allí del cadáver de una acta de defunci6n que corre agregada al sentencia apelada y fe falla: Primero: Se
muger que fué ident,ficado como el del proceso, la confesi6n del citado Cipriano, declara que Pedro Cipriano es responsaJuana Chavana, el que registrailo que fué que reune lo, requisitos legalea para ha- ~le como autor del delito de homicidio case le encontr6 nna herida causada al pa- cer prueba plena y las demás constancias hficado, perpetrado en la persona de Juana
recer con instrumento cortante situada en relativas de la causa; artícnlos 153 1 419, Chavana y por tal delito se le castiga con
la cara anterior y superior del torax y al 423 y 424 del Código de Procedimientos la pena de dieciséis afias -de prisi6n en
lado derecho, como de diez centímetros de Penales,
sustituci6n de la capital que se empezarán
extensión; nombrándose en s~guida dos
Cunsiderando segundo: que el homici á contar desde el once de Diciembre del
facultativos para que practicaran la autop- dio de que se trata, aparece ejecutado con &amp;ño pr-óximo pasado, fecha en que se le
sía correspondiente, quienes después de premeditaci6n y ventaja, la primera que declar6 formalmente preso, entendiéndose
hacerla, dictaminaron de~eribiendo la he- se desprende de la misma confesi6n del dicha pena impuesta con calidad de rerida que presentaba el cadáver, en el sen- reo de que al penetrar á la casa de la oc- tenci6n por una cuarta parte más en el
frlo de que ella por si sola y directamente cisa llevaba preparada, a blerta y oculta la caso de la ley. Segundo: Se le cond.etia
caus6 la muerte de la mencionada Señori- navaja con que delinqui6, con el propósito también á reintegrar en la Tesorería Muta Cha vana, clasificándola como de las de herir á la citada J nana Cha vana por nicipal de Lampazos, lo pagado por honoeomprendidas en la fracción I del artículo las burlas que le hacía, y en cuanto á la rarios á los peritos que intervinieron en el
520 del C6digo Penal. Luego se dispuso ventaja queda constituida por los hecho
procew por nombramiento judicial. Terpor el Juzgado la inhumación del cadáver de haberse hallado armado el reo é inerme cero: Se le amonesta para que no reincida
y se recab6 el certificado de defnnci6n res- la occisa y ser aquel superior á ésta en haciéndole ver las penas en qne incurre
pectivo que se mand6 agregar al proceso. fuerza física según su Fexo, sin que Ci- en caso de contravenci6n. Cuarto: Se deResultando segundo: que practicadas priano corriera ningún riesgo de ser muer. comisa en favor del Fisco del Estado la
las diligencias conducentes al esclarecí- toó herido ni obrara en legítima defensa; navaja con que dclinqui6, Quinto: Se demiento de los echos, como no hnb:era tes- pues qne la occisa pretendía huir cuando jan á los deudos de la occisA &amp;ns dereduis
tigo alguno qne los presenciara, s6lo Pe él le hac~a _las r~clamaciones de que _se ha á salv_o por lo que hac_e, á la resr,onsabilipndo averiguar por la declaraci6n del en· hecho mento; siendo en consecuencia de dad c1v1l. Sexto: Not1f1qnese y dese cuencausado Pedro Cipriano, qne se present6 co~ceptuarse como cal!~cado dich,n delito, t~~ Así definitivam~nte jnzgan~o lo resolyo]untariamente ante la autoridad en la art1cu]os 490 1 492 frac10n I y I\,, y 537 v10 y firm6 el C. Lic. Macedonio E. Ta•
noche del mismo día que tuvieron lugar, del _C6digo Penal;_ y por lo mismo la pena mez, 1_fa¡óstrado de la segunda Sala: _doy
qne había pasado de 1:i, mallera siguiente: rphca?le al reo C1pnano como autor, es fe._:--Lic. _M. E. Tamez.--L1c J. ?,I. Villaque el citado Pedro C1pri~~o, que mante , la capital, segfrn lo pre,ceptuado por l?s Eenor, Sno.--R~b'.1cas.
.
.
nía relaciones amorosas hcitas con la occi- 1fracc10nes I y II del articulo 538 del misMonterrey, d1ecmueve de Jnho de mtl
sa Juana Cha vana, desde hacía a111;unos I mo Ordenamiento.
novecientos nueve. :No habiéndotje interI
me'ses, Jo cual también se desprende df
Considera~o terce\o: que obr_an en fa pues_to recurso alg\mo _de la ant~rior senvarias cartas que se le recogieron á aquél,' vor del reo las atei_rnantes de pr1mera cla tencia dentro del termrn_o legal, s~ declara
pas6 por frente á la casa ckmde ellr;. vivía,. ,e. de btten~ añtenor conducta, la de se- que ha cansado ejecutoria d,e conformidad
sita en la calle de Juan Ignacio Ramón' guncla consistente en la de haberse pre con lo dispuesto par el art1cnlo 451 del
hacia el Norte de la Ciudad de Lampazos, sen'.ado volunta:!amente á la Auroridad, ~6digo de P;ocedimientos _Pen~les. :--;ot_icon o~jeto de comprar una cajetilla de ci- i hac1e?do confes_10n de su delito con todas f1quese! exptdanse los testlmom~s ~e est1;
garros en la casa de. una vecin:t situ2cfa, sus_ c1rc~rnetaoc1as y la de enarta de haber 1_~, pom~ndo,e al_ reo_ Pedro Ctpnano a
eu ]a propia ca_lle. y co~o al notar la oc- del111qmdo en estado de cegueda'1 y ar'.e- ª;sposlc1ón ~el E1ecutivo del Est~do en la
cisa la presencia de aquel soltara una car- h_ato provocados por actos de la ?cc1sa caree! _PÚ?hca de Lamr_azos, haga~e la
cajada en tono de burla, se volvi6 poco e1ecntad?; contra d ml_smo reo, art1cul,is transcnpc16n, ~orrespond:~nte y arduvcse
de 1 pnés el mismo acusado hacia la casa de 4? fracc10,n _I, 41 fracc1_6n I y 43 frac_ci6)1 la causa. A~; mterlocutos1am':!nte ¡uzganella con el prop6sito de rerom·er.irle aque XI del Cnd1go Penal; s10 que le p 'r¡ndt- do lo re~olv10 y firm6 el C. Lic. Macedolla burla, y al verlo la Cha vana le, hizo. qne agravi:nte algu_na, puesto que e1 ha- nio E. Tamez, M~gistrado de la_ segunda
un ademán con la mano como llamando- ber cometido el del!to en la casa del ofen- Sala: doy fe.-L1c. Tamez.-L1c. L. E.
lo, por Jo que, se dirigi6 á la puerta para dida y faltará la conslderaci6n debida á Aldape, Srio.-Rúbricas.
entrar, pero ella le impidi6 el paso cerran• ésta por su, sexso, ~o pueden estimarse
do en el acto dicha puerta, cosa que se re c?;1 tal caracter en v1:tud de
provoc~Secretaria de la r~ Sala del Tribunal
piti6 tres 6 cuatro veces, pues ]a occisa c1~n de parte ~e la mISma ,occisa qne d1ó Supremo de fusticia.-Monterrey, Nuevo
abría y voh-ía á cerrar porque Cipriano se onge~, al dehto y _ade:1ias por tratarse Le6n.
quedaba en observaci6n en la acera de tam!)len como_ constitutiva de _la v~nta¡a
Monterrey, Julio diez de mil novecienenfrente, hasta que al fin se qued6 en un la circu?:tanc1a de ser ~quella rnfenor en tos nueve.-Vista esta causa camenzada á
lado de la puerta por fuera, y al abrirla fuerza f1sic_a al reo, debtdo á stt sexo, _Y co instruir el veintid6s de Febrero del cootra vez la occisa peñetr6 aquél al inte mo el valor de las atenuantes enunc1ad?s rriente año, por el C. Juez rº del Ramo
rior de la casa, la cogi6 de una mano y le excede de_ cuatro unidades y una de esas c1r- Penal de la primera fracci6n judicial con.
reconvino sus rizas burlescas preguntán- cunstancias es ~e c_uarta clase proee~e que tra Juan Salas, de veintisiete años de edad,
dale á la vez para que lo llamaba y ella le se haga la sust1tuc16n de ~apena cap1tal_de soltero, albañil y originario y vecino de
contest6 que no trataba de burlarse, que que se ha hecho referencia, por la de die- esta Ciudad, por el delito de lesfones. Visno cerraba la puerta y con otra!\ evasivas ciséis años de prisi6n, de acuerdo con lo tas las diligencias del snmario, el dictamen
procurando huir; entonces la tom6 Cipria- dispuesto P?r los art~culos 2,2z fracción II del C, Agente del Ministerio Público y la
no de los hombros y ]a requiri6 Pª:ª que y 228 f1;acc16 I del citado Cod1go Penal.
qn~ aleg? el d~fens~r del procesad_o en
le devolviera ]as prendas que le habta da~?ns1derando cuarto: _que toda pena de pnmera_1n:tanc1a. Vista _la s~ntenc_ia de
do á lo cual se resisti6 ella y en ese acto, pr1s16n por dos 6 más anos debe entender- fecha veinticuatro de Jnn10 último, dictada
echando mano el acusado de una navaja s~ impuesta siempre con calidad de reten- por el expresado Juez, en la que teniendo
que llevaba abierta y preparada al efecto, C)Ón por una cuarta parte más de su dura- á Juan Salas como respcnsa~le del delito
oculta en uno de los bolsillos, le tiró con c16n en el caso de la ley; y que en toda de lesiones lo conden6 á sufnr la pena de
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�PERIODICO OFICIAL.
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ocho meses veintiséi, días de arreHo, con.
tados desde la fecha de su formal prisión;
maodó amonestar al reo para que no reincida y dejó al rfendido sus derechos á salvo por lo que h ace á la re?poo sabi !idad
Civil. \ ·istas en esta se~ unda in st ancia el
pedimento del C. Ministro Fiscal, lo que
alegó la d efensa en favor del prccesado fa
citación para sentencia con cuanto más
i1ebió ver,e; y
Resultando: que el día de la iuiciacióo
de la presente causa p'. r la tarde andaban
ehrios, por el barrio de"La Cuesta Blanca''
de esta Ciudad, Feliciaoo Guzmán y Juan
Salas, y babiéndo -e disgustado Salas, cogió una piedra y se la arrojó á Guzmán
causándo 'e una lesión en la cabeza que no
puso ni pudo poner en pe!; gro la vida y
curó después de quince día~.
Considerando: que la existencia del delito de lesiones á que estos autos se refie
ren quedó plfnarnente comprobado con la
fé juaicial de la herida que sufrió Feliciano Guzmán y con el dictamen médico legal ~e los peritos que la reconocieron y
clas16caro11 y que su autor lo fné el procesado Juan Salas, con sn propia confasióo
corroborada con las demás constancias del
proceso, arts. 423, 424 y 415 del Código
de Procedimientos P.,nales,
•
Cons;derando: que la lesión de que es
u 'ponrnble Juan Salas pr r ser d e las que
no ponen ni pmclen poDer en peligro la
vida.del ofendido, habiendo curado después
de quince días, se castigan con la pena de
dos á once meses de arresto ó dos á dieciocho meses de prisión ú obras públicas, art.
~03 frac. I del Código Penal: que obran en
favor del procesado las circunstancias atenuantes de haber confesado su delito de
primera c 1ase y la de embriaguez incompleta y accidental de tercera, y en su con•
tra la agravante de tercera ckse de ser
frecuente en el esta -:lo el delito de lesiones,
superando el valor de aquellas al de ésta
en una unidad, por Jo que debe impo~ér,
sele una pena proporcionalmente menor
que el término .ned;o de la pena antes dicha, arts. 40 frac. I y 220 del mismo Có
digo.

PERIODICO OFICIAL

Demasías.

SECCION DE AVISOS.

AVISO.

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PUBLICACION
Juzgado 1~ de lo utvtl.-1! rracci6n judtcla.1.--Estado
de N. León.
En el juicio de quiebra. del señor Manuel Morales
B!lrr6rs, ae ha dictado un auto qua á. la Jf.tra dice:
" Monterrey, veintiuno de St ptiembre de mil nove
cientes nueve. Pür pres~nttt.do con el e"'tado de
cuent 1s que se acompafia. Fórmase expediente, y con
fundamento en 1os drtículos 14 '5 frac. 1, 1416, 1417,

l, ............ r,. ._
T_""!rc·.,

"I.A PALOMA" S- A

Por acuerdo del Oonsc Jo de Administración de dicha o,.,mpt- füa, ea pllne en conocimiento de Joe señores accionistas de la misma, que dESde el dfa primero
de DJcier:nbre pr{x•mo en aaelante se ragará fn la Te•
eorerra de dicha ne,goctactón, calle de Dr. Mler ntim.
126, el dividendo nóm . 6 de $9,000,80 OA. nueve mil
pesos-, ó sean $3 00 tres pesos por acclón.
Monteruy. l'í ~O de Noviembre df' 1909, - El Secretario1 Oota.vi11no Z imbnno.

dbre. 3. 7 y 10, 3vl.

1429 ~ 1468 del 0ódlgo de 0omerclo, téng••• p&lt;r !n!-

'. iado el jukio de quiebra del stfior Manuel Morales
Barrera; as~górenee los bienes, libroP., corrPsponden
eta y doouoo.ent:: s del ocurrente. á cuyo .efdC.to. éste
Juzg'l.do nombra como Síadioo é lntervFntor provl
3lonalee, r esprc tivQmerit" á 10s Sres. Ltc s. Manu1'
Gonzá.lEz Garza y E f11:s VUla.-rreal á quienes se les hiré
saber Bu nombramiento para loe eft&gt;c-tc,s lrga}ea; déetJrjen al A imlniatrador de Correos de e ita Ciu :lad pa
ra que entregue al ex9:resado Sindico la oorrespon
denoia que venga dirigida al exprese.do Slfi.&gt;r Ma
nuel Morales Be.·rera á quien se proh·b0 hacer pagos
6 entregar efect;s, ordeniindosele además qu~ entre
gue los bienes &lt;ie en negociación al Bt:ndico uombra.dv
apercibido de et gundo pago en el prtmrsr caso y d t'
declararlo culp; ble de ocultación en el segunde: publíquese este auto por tres veces oúneecuttvas en el
Partóclito Ofici&amp;l d9l Estado y regístrese el mismo en
la Oficina resp"'{&gt;tiv&amp;¡ y en su oportunidad c6mplase
con lo diepneü,., por el art. 1430 del mismo Ordena
mient.o. Notlfíquese. Lo decretó y ftrmó el O. Juez
primero de Letras del Ramo Civil, doy fé. Lfc. M·
Gil T.r6viño.=Llc. Joeé Juan VallPjo, Srio.-'-RO.brloas.H
Lo que se pul/fea en esta forma de acuerdo con lo
ordenado en el anterit r auto.
Monterrey, Xoviembre 25 de 1909.--Llc. José Juan
Vel!f'jo, Srio.-Rdbrica.

dbre, 3 7 y 10 . 3vl.

Cia. Jiinera .. La Oriental, S. A.:&gt;
CONVOCATORIA.
_, PJr sonerdo de la !unta. Dlre_ctlva de e,. t a. Oompn·
m~.·ee cit, á loe Bfnores Acmo:liatne de Ja misma,
1\ Janta GenMal 0.rdioe.rfe. qua ea verificará en esta
f.'iudad á his 4 p m. d,.J día 16 de D'.o1embre próximo.
en la enea de! a. ñ ~r P~uk.rco G:..nditz. cita por la Oc.
lle dal Oomerclo nóm. 52 para t:-at:ir lc;e aauntoe que
comprende la e!guieñte

AVISO.

Cía. Minera &lt;:Las Cahl'illas,:&gt; S. A.
Por acuerdo del OonsPjo de .A dministraciOn de di
cha Compsñte. se pone en conocimiento de los señores aocionistae de Ja mis-ma qne desde el día primero
de Dlctembre prt-x'mo, en actelante, se pagará. en la
Teeorerfa de la expresada negocJaclón. calle de Dr.
.'dler nóto. 125 eJ dividendo nó.mero 53 de $10.400,00
dlu mil cuatrocientos pesos, ó sean $!0,00 diez pesos
por acdOn.

Monterrey . A 29 de Noviembre de 1909.-El Secreta-

rio, Octaviano z,mbrano.

dbre. 3. 7 y 10 . 3vl .

Cia. )Iinf'ra · Santa Catarina y
Anexas.:&gt; S. A.
CONVOCATORIA.
Por acuerdo de hoy de la Junta Directiva de esta
Oom¡:añta, es convoca á 1oa eooloe de Ja misma, á, la.
Ju nta general ordinaria de Reglamento, que tendrá
lagal' el dta 17 del próximo Diciembre á. las sfrte p.m.
en Js casa ndm,..242 de la calle Arramberri, de e6ta
cinda4:J. cuya ju uta se verificará con la representación
de lo~ socios que ai:ilshn y oonfo me A la siguiente

Gompanía de servicio dr, A[na y Drenaje
PrOBldenc!a Mun!c!pal.-Monterrey, N. León.~sec. f
d~ Monterrey. S. A.

ción 2 113 -Relacloneey Ha~fenda,-Nóm.
Apartado 291.
De contormldad con lo dlapueat, en el artículo 26

cuenta cent.avos, procedentes de los sobranOOB de
prendas de plazo vencido, que resnltaron en los re
mates verificados dara.nte loe mfl88s de Junio1 Julio,
Agoet--, "eptiembre y Octnbre tiltim'ls, por l9s ºª"RB
de empefio denominadas 11,~J Féo.lx,1. «La Idea. 11 l(La
Banca,1) uLa Favorita.» l(Monte de Pieiad de Monterrey• y «Sucursales 1 y 2~ del mlsmo y «Montañ\ de
Piedad ;• en el oancepto de que, et t ranscurridos tres
meses. contados desde hoy, no compareciere pereona
a lgnna á reclamar con justo y Iegt: imo trtuto, las eix•
preeadas demasías, ee lee mnndará ingresat" en la re•
caudaclón de rent!IB mnniolpa.les de esta Ciudad, de
acuerdo con lo qu~ previene el artículo 25,
Monterrey, X'Juiembre 19 &lt;le 1909 . ...---P. O. l\Ia.rtfoez
-R. Ramírez Angutano, Srlo.-Rdbrioae.
NoT. 26 y 30 .-Dbra. 3, 7 y 10.-6vl.

2·· Apr.1bación de las CU€nta.s giradas por la Tesore•

rfa de la C.mp:.fifa, durante e! t.fí:,cltJ.do.
3: La elección de loe i;niembrCJs da Js nueva Jauta

Directiva para el pr6x!monñQ s ocial. , y
4° Tratar alguno otro aeunto de int~ns general para la Negociación.
1° loforme de la Mesa Directiva.
Mo ~terrey, Novi~mbre 28 de 1909.-.José Marra.
2? Presentación de les cuentas girados por la 'l'eso- Oantd. Secretario.
Terfe.. pna su aprobación AD su CHO.
db,e. a, 7 y 10. 3vl.
3o 'Xombromient.J de la nueva Mesa Directiva.
4° Tratar &lt;'Ualquier otro asunto que ae presente á.
NOTIFICACION.
dlacuet6n.
Lampazos . ~ovlembre 27 de 1909.-El secretario,
Juigado 2? L~cal Lf'.trado.-Monterrey, N, L,
Plutarco González.
Sr. Ismael \ \'infield,

Cia. )linera &lt;:La Oriental, S .A.&gt;
AVISO.
El ConsPjo de Administración de esta Oompañta, en

sesión de hoy, ecrrdó decretar la e-xhiblción nómero
O, de cinco centavos por acción: cuyo pago deberán
Vf'rificar los socios, del dta primero al quince de Diciembre próximo, á. cambio del recibo correspondiente, en Ja 'l'eeorería de la misma, cih por la calle del
OomHclo nem. 78 de est-a Oin:Jad.
Lo que se pone en conocimiento de los señoree Ac
cionistaa, óe ecuerdo con lo preve&gt;Jldo en el art. 8• y
para 101:1 FOfectos de los arts. 9 y lO! de ioa Estatutca
de esta S 1ciedad,
Le.mpazna , Noviembre 27 de 1909.-Et Secretarlo,
Plutarco Gonziilez.

Gerente de la Oompafüa Fundidora de Fierro y Manuft10turera de Monterrey.
En el juicio verbal ordinario que el señor Lto. Migael Oir111o, con podFir del Sr. Osear Weatendarp
sigue contra la Oompañia. de que Vd, es Gerente so:
bre pesos, es ha dictado un &amp;uto que á la lEtra dice:
•·Monterrey, Noviembre veintitree de mil novecientos nueve.-Oomo se pide dese por contestada la demanda en eent1do nPgatlvo y tbrase el juicio á prue.
ha por el término de veinte días ccmunes 6 Improrrogables para ambas partes de conformidad con el ar•
t~&lt;'ulo 1080 del Código de Pr"cedJmtentoa Oiviles. Xo•
tiflqu"ae. Ast: lo proveyó y firmó f-1 O. Jm:iz 2º Menor
Letrado SuplentP, damos fé; Lfc. J, M. VUlaB(:ñor.A .. A. Gómf'z. ::: A,, R Palacios. Rt'!brlcas»
Lo que se notifica á Vd. en esta forma de acuerdo
oo_n lo dts1:ueeto en el srt . 78 del 0ód1go de Procedl·
m1entoe C1vfles: damos fé.
Monterrey, Noviembre 29 de 1909.-Lic. J. M Vt.
llaseilor.-A,. A. Góme~. - A B. Palacios. Rób~fcaa
dbre. 3 y 7. 2vl. '

Considerando: que cuando la ley seíiala
el mínimo y el máximo de una pena puede el Juez imponer la que crea justa den.
tro de esos dos términos: que en toda sentencia condenatoria se prevendrá se amoqbro. 3 7 y 10. 3vl,
neste al r~o- para 91;e no reincida: y que la
NOTIFICA CION.
responsab1l1dad c1v1l proveniente de no de
Jazgado 1• de lo Clv!l-1~ frao!ón Judicial . Estado de
VENTA INTERESANTE.
lito s6lo poclrá declararse á instancia de Nuevo León.
No
habiéndose
ver1 fhedo, pcr falta\ de poetorn la
parte legítima, arts. 65, 208 y 287 del
fir. Jo'é Ignacio Azcárate.
venta
qu_e
an_unclé.
como Síndico Provfsional d~ Ja
En el fuiclo hipotecarlo promovido por el Sr. Lic.
expresado Código Penal.
o~goclac1ón talllda 'Gon2ález SernP , Hnos.» de loe
Silomé B1tello como apoderado del Sr.José Díaz con•
tra Vd . se ha dictado un auto que á la tetra dioA:
'·Monterrey. velnttcuatro de N ovtembre de mil no
veoier,toq nueve. Oon antecedtmtes ; y como ya causó ejecutorifl la sentencia dictada en artículo de pre•
vio y eep""ci111 pronunclamtento. promovido por ]&amp;
parte dfm'lndarla sobre falta de puntualidad en e1 sct-lr, com'l se pide y con fündamentn en la disposición
qne se invoca; ii.braee Al presente juicio á prueba por
~1 término de veinte dt:ae comunes é Jmp"rotrogab'ea,
N"t \fíqu ~Bft. Lo decretó y firmó el G. Juez 'Primf&gt;ro
de Lf'tr8B rlel R&lt;\mo OiviJ. dov té .,--Ltc. Trcviñ.o.-L1c
foEéJuan Vallfjo. Srin.--Rabricas .
Lo que se notiflci:i. á Vd. en f\Sta torma de acuerdo
con el A.rt . 77 del Código dA Proce;; imleneos Civiles
Monterr6y, Noviembre 27 de 1907.- -Lic. José Jna~

Por las consideraciones expuestas de
acuerdo con el dictamen del C. Ministro
Fiscal, y con apoyo además en los arts. 5 ,
ro, 32, 35 á 37, 49, 50,182,487, 496 y 501
del própio Código, se confirma la senten cia que se revisa y se resuelve.-Primero:
Se condfna á Juan Salas como autor del
delito de lesiones li rnfrir la pena de ocho
meses veintiséis días de obras públicas,
contados desde el cuatro de Mayo del preEente aíi.:i, fecha de su formal prisióo.- Vallejo, Sr!o.-Rdbr!ca.
dbre. 3 y 7, 2vl.
Se_gu~do: Am?né:tese al reo para que no
re1nc1da, adv1rt1eodole las penas de su
c?ntravención.- Tercero: Se dejan al ofen- Co111pañía Minera &lt;Santo Tornas í
Anexa~, S.A.&gt;
··
dido sus derechos á salvo por lo que hace
á_ la responsab}lidad civil, Notifíquese y
AVISO.
s1 dentro del termmo legal no se interpone Lq, Junta Directiva de esta ciomoeñta en Rf"E'ión oerecurso alguno expídanse los testimonio5 l~brada el día de h·ly, acor i6 S1" hi ..iera eeb"r á ioe "'~
ñores accionistas de ill Compañ~ll, ocurrieran á Ja Te
de estilo poniéndose al reo Juan Salas á qorPria
de la misma den11ro del pJa,,Q de quince dfaq
disposicón del Ejecutivo en la Penitencia- C'lnhd,:,e di&gt;edf'I la ur,mera publicación de este avls~•
pag,¡,r Ji¡. exh\blcl6n de Pfl,IE'ntl!. ~Antavos por acciór
ría del Estado; há¡(ase la trauscripc'ón co áriecretad3
en la ees'ón dlchR. advirt'énrfose á loe qnr
rrespondiente.al inferior y en su oportu- no lo veriflq'l"n de qu9 corrido eJ pla?.'o d;~ qriln('f&gt;
·Uae antt-s 11cho, l!t PMpia. Junta Directiva &lt;lech,re.r4
nidad archívense los antns, Así lo resolvió IR,lpqArcl6n de tas acciones qnq no se pongan al 00
v 5rmó el C. Lic. Leobardo Chapa Magis- rrienh, de conf 1rmld11.d con lo prJ:ivA-,ido en Ja ola.ti
octava de la escritura c:metitntlva de }a rx Jretrado de la 1~ Sala doy fé.-Li c. Leobardo sala
eg,dl\ Oompsñfa
Chapa.-Lic. Eleuterio Lozano, Srio.- Monterrey. Noviembre on&lt;'.e de mtl novecientos
nneve.-El Secretarlo, E. Vlllsrreal.
Rúbricas.
dbre. 3, 7 y 10. 3v!.

1

bienes que eetoe presftitaron para el psgo de ene cré·i itos p~tvoe, en cumplimiento de lo dispuesto por el
Sr. Juaz 2° de L9trae del &amp;mo Otvil, qus conoce de
los aut.oe de quiebra. haca ea bar al Pt'ibltco. que desde
hoy hasta el qu\nce dAl actua.J , á J,,.9 doce del ót:a, ad mi Irá poEturae c'e compJ:a áloe refe1 Idos bienes: bajo
el conoepto de que ABtos comprenden sólo los exlatentt's sln Incluir el efectivo y cuentas cobradas y d 8
que la vents:t 88 hará. al mejor postor.
'
Las proposfcionee deben hacerse al contndo y por
A&amp;crlto, en mi Mll'a-~.Aramberrl 242 en donde puedo
mtnietrar los informes que sa me ptdan, apart-e de lo
que arrojan loe auto3
is
Monterrey, l? de Dkiembre d"I HIOíl.-Generoao Garza,.

Rdbrloa.

dbre. 3, 7 y 10.
NOTIFICACION.
Juzgado de Letras de la 7• Fracción Jadiclal lton
temoreloA, N. L.
.--.
81"88. ~mérico y Mario Morales.
En el Ju lclo sumar\n verbal promovido por E:l Sr
ManuP-1 Rodr1guez Quintanillo, como apoderado d~
Don Me.rtfn Oant11. oontra Udf8. sobre c.:.bro de rentas se ha dicta.do u 11 auto que !l la 1~tra dice ·
"~fontemoreloe , Noviembre trflce d~ rnil novecien
be rtnve.- Como se pide se dá la ar t rior df&gt;n1Anda
nor contestada. en BAntldo nfgativo y se ábre á rua
b'!A r~t" juicio por P.l término df'I relut;e dfJls ccnfuneA
~ ª1:1,b ·s pRrti::s 6 in:airorr~-gablrs. Nct'flqut=sA. Lo
. ec t":i_y firmó el C, ,Tu r. de L,,tra!3 da la 7~ frt,C-Olón
Jlldlcial. damos fé Lle, M G6mi"z Rill&lt;c1eteros. ..A
J. Fat!ae. A. E. V. Oantd Ró:brlc.;.s »
Lo qu~ se notifica á V deP. en eah f,)rma de no A ..
con lo dtSpuesto en el art. 77 del Código de Pr~~!dr
ml,:ntoe Olvitf-e.
M:ont:;imoreloe, 27 de Noviembre de l!JOO Li M
&lt;Hmez Ballesteros. A., J. Far!a,. A E · v oc, t•·
0

Rdbr!css.

·• · · an u.
dbre . 3 y 7. 2vl.

¡·

conecta.dos con las CAñerlaa de esta Empresa, qae ha.biendo Utspneato el Superior Gobierno del Esta-do con
fech, ocho del ac.tua.1, que entretanto empieza á. surtir
eue efectos E'l Decreto del H. Oougreso por el que se
declaro obligatorio el ea.nesmiento de la.e oaeas de la
Oindad por medlo de dichos servloioe, cuando loe inter~eados. por razón de hallaras desocupadas sus caeaa,eoliciten lee sea cortado el de agua ,se proceda cobrando solamante la cuotii que corresponde al de drenaj~, eegón la tarifa respectiva.
Al haceree el cobro en Ja torma antes indicada, no
se hará cargo alguno por -,•en.ta del aparato medid01·.
mtentrM perm""oezca desocupada una casa, -n..i se co
brará tampoco la cantidad de agua qu.e se deya. d diapoBici6n de tales casa,, dw-ante ese mtemo tiempo,

I

siendo d!oha cantidad
deoada oaaa:

CategorSa.

EDICTO.
Jzugado 2? de lo Olvll.~i- fraoolón Jad!clal -Estado de N . León.
En el ja!cio tsstamentarlo de la Srit.a, Porl!rla Lo-

zano. se dictó un auto que á 1a let,ra dfca:

" Mon1iPrrey, X..&gt;viembre ocha de mU novecientos
nueve. - Por presentado con e] t ~etlmonfo de tee~s
mento pó.blico y certificado de defunción queee acom
pañau . y de conformidad con el art. 1162 del Códlgo
de Prooedtmlentes Oiv1 1es, téngaoe por radicado el
julolo t.estamfl!ntsrlo que se denuncia ; convóqueee A
loe herederos á la junte. respectiva que tendrá Jugar
el siguiente día hi'~btl deepuéa de nutifJoadoe, publicáudo::te eate auto J!Ot" trea vaces consecutivas eu el
Periódico Otlcial y a:Rgnaoimiento" y dénee loe avisoa

qae praaoriben los arta, 169 de la ley del Timbre y 30

la

Hoy ee radicó en este .Juz~ado el juicio de intest11.do
de la Sr. liarla Altegraoie. Fidalgo, vecina que faé de

que se pabUca en cumplimiento d~ Jo mandado

en el auto Inserto.
~
Montarrey, 22 de Novlt,mbre de 1909.-Lic. J. Garrí• Guajardo . Brlo.-R4brloa.
Nov. !16. 30 yDbre. 3.~Jvt.

NOTIFICACION.
Jnogado 1• de lo 0!vl!-1 • traccl6n

ca.uttd&amp;d de agua
dl.l!lponlble, Ubre
de ooeto,

cterodel Gobierno.

Nov.

23.

26y 30.-Dbre. 3, 7, 10.14, 17 y 21.-9vl.

· EDICTO.
Juzgado de Letras de la 6 • fracción Jud!c!al.-V!llaldama, N. León.
.
Oon fecha de hoy se radicó en ••te Ju111ado de mi
cargo el ju!olo de !nt.estado A b!enee del Sr. Hercnla-

Jugado 2° Oonstttucional.-Peeqnería Chica, Nuevo
de tres hores veinte minutos de agua y eu agosta·
dero correspondiente en la Oomunidad de Santa Oa León.

tarlna de este Estado. se ha dictado an auto qu, 11. la Hoy por d!epos!c!ón del O. Juez 2' de Letras del Ra
mo Clvll •• radicó en OBte Jnzgad•do eljnlc!o de !ntes
letra dice;

·•~onterr9y , Vflintlotnco de Ootubre de mH nove tado de la finada Marla Mioaela Garza, vecina que faé
cientos nueve. Apareciendo del anterior escrito qae de esta Villa en la Hacienda de Ssn Isidro.
ae ignora el domloillo de la otra parte, en el doca· Lo que ee hace Hber al plibUco para que los que ee
mento cuya copla se solicita, de confot-midad con el crean con derecho á la herencia se presenten á dedu

art. 84 del 0ódlgo da Procedimientos Civiles, oltese cirio en el término que sefiala el art, 1687 del Código

•

18

PREGON
Ju2gado 1 1 Oondltuoional.-:Vma de Gua:J 11.lupeN. 0otl.
L•ón.
d
fE1Cba 'k4 de _'l1o de lllól aq. presentó auta el Gobierno el

F;Ste.d:o el Sr. B ·:lamfn 8oMfgun df'DUDCÍ~':1.•fo COW(HllfflUIW8 doe
lote-,de terreno ublr...a1011 en eet.,. muutclp10. teniendo el primero
nua. 11upat11Cte de 2~1' 87 doa mil aetedent.oe novr.nta Y u~o metroe t.reintay aiete de01mt"'tro1 ca!!.dradoa. y el &amp;""gundo 27M 29 doa
mil l!!et.e~lflrt08 eatflnt.!l y dnco m.t-ittoa velnt..aneve dscfmetro&amp;
cusdradoe y por eoJtndandat Jap elRtJlentee: I11o del prime.ro al ~orh hel'ederoa de Natividad AletHC.!h l'i Sor Ca.lle da Hidalgo, Al
Oriente calle de Zmuus y Pontent
n t.E!rreno dt-1 Sr. N!c:)1'8 F.
dela.Gana· yla8dE&lt;l11tglll',lio.J1l
Calle de Jiménn, al Sur,
propiedli.d de fa!rlro Pa:al Orlsnle con ~rreno del Br. Juan Ramos
y 11 Pon11mt1;1 Q¡:Jlle da Josefa Ort.hde D&lt;'mfngoez,
A1.mit!do el denudo y mandado austanc!iu- el e:xnBdle_nte r.:-a~
pt,~tivo en esU. Juicado, ee prooedió 11,l avalüo da dlch~s &lt;"lfl lot.e:;
de terreno flja.ndcle loa l)E;rltoa norobradoa al ttccto lll oati.tldrui
det,MO.OC l-res clant.ct1clncuenta ~so• el primero :t tr250 00 dos clen.

g::ª.:~~

toa r~c'!ie'Jn!:
I?:Sbiico, ñe CNlformid&amp;d COD lo dlapuaeto en ei1arlfon1o 669 del 06dlllo Oirll v:gente en el Eatado; bajo el
conca1&gt;to de qlltl!I al l)&amp;e&amp;ics aellf m::ses A contar desde bo:r, no se
preeenli.re opoelctón al 1n:enolon&amp;do denunolo,IÍ&amp; verlfie&amp;ri la eub~·
ta en tos Uirmtnos preecrlt.oeen el artfcuto 674 dfll referido Oódlgo.
vma pe Qu:¡de.lupe1 Junto U de 1909.-Alblno D.mteJ.-Jmá M
Barboea, Srio.
J9 AS 81 B 28 022 N 19 D14 E7

CIA. :MINERA "MONTAÑA S.A."
.

AVISO.

La J un t&amp; Directiva de esta Oomps lifa acordó con fe.

oh• de hoy el pege de la 7• exhibición de $0.10 diez

centavos por aeoión, la o~al deberá expresamente pa•
garsa. antes. del 16 de Diciembre próximo, pues para
ésta fecha y segdn lo expresan los estatutos, se declararán desertas las aooionee que no hayan sido ca•

blertas

919497

,,
,,

ten 11. deducirlo dentro del término que fija el art. 1687
del OócLgo de Procedimientos Olv!IOB.
Sr. Florentino Cantú.
V!llaldama, 20 de Ootubre de 1909~Llc. Simón 0aaEn la solicitad del Sr.Ricardo :.l .• Gon,ález,sobrc que jardo -A-Mariano Santos Trevlño.~A-Jo,é B v¡.
919497-1 2
s e le mande expedt:r segundo teattmonie por bab6rse1e llarreal.
EDICTO.
extraviado el primero,delaeeoritura_de la compraque
su tinado padre Sr. J06é GonlAlez Trevlño hizo 11. Ud.

4 11, y

[..tnaree, Noviembre 10 de NovJembre de 1909-Llc.

Lals Trev!ño .-Jos6 :.l. -Onajardo Pei'ia.-Anton!o

nares , N. l.eón.
Oon fecha de hoy se radicó en este Jai:ga.do el jui•
oto de lnt-lBhmenhria á bienes de la stfi:&gt;rita Ana
111,
DomiDga Valdés. vecina que toé de esta Ciudad.
IV.
2,800
L') que se publica en e1:1t1 turma para lae personaa
3,600
V
que se orean con derecho á la herencia se preseutsn,
vr.
{000
"
dednclrlo dentro del término quq fija el articulo 1687
5,600 ,,
3• Oláasula.
del Código de Ptoced!mtentos O!vlles.
Para el mejor servicio. y á fin de evitar cualquiera
Linares, Noviembre 30 de 1909 .-- Lic Luis Treviño.
omisión ocasionada por el extravfo de una carta, se ..--A • José M. Guafardo.-.~., A,tonto H~rrera Garsuplica á los interesados se sirvan mandar llenar sus ct:3. . Rdbrlcae.
aoltcitudee en el Talonario que al efect.o se tiene eu
dbre. 3, 7 y 10 3vl.
la Oficina respectiva de eet!I Empresa, en la intBligen•
eta de que las mlem.s.e serlm atendidas lnmediaiamen te.
EDICTO.
1.600
2,400

de N. León.

Vallejo. Srh-Rdbrloa.
Nev. 26. 30 y Obre 3. 3vl. Dbre.

587 del 0M!go de Procedimientos Oiv!les,

1,000 litros.

I.
11.

no Garza, vecino que m6 de est;a VIila.
Lo queso h•ce saber al pdbllco plll'8 que las persojudlolal-Rstado nas que se crean con derecho 6 la herencla se presen·

le pu mejio de edict1e q11-, se pnb~icarán p or tres ve.•
cea oonaecnttvas en el Periódico Of,otal del Estado y
en Lq, Opinión, fijiindose cédula oitatoria en la puerto
del Ju"tgn.do. pua darle conocimiento de la anterio...
soUClitu i, para el eferoiclo de sus derrchoa. Nd¡'ff.
quee:e, Lo resolvió y ftrmó el O. Juez _de Letras del
Ramo O!vil doy fé.~Llo. M. Gil Trev,ño.-L!c. Joeé
JnJlU \Rllpjo.-Rúbrlroe:1111t
L'l' qa~ ae notifica. ti Vd e11 esta forma en cumpli·
miento á JQ diapuAeto en el nutr&gt; inserto. atondo Oe
advertir que esta D'lfiif1caoi6n earttrá sus etectos }pga
!OR ni décimo día hábil despnls de hecha la dttll:na
pnhiioaclón.
Mmtorrey, 26 dA Octubre de 19úG Lk. Jof!é Juan

Juzgado de Let.ras de la 3~ fraccJón judioial-Llnaree. N. León.
Oon techa nueve del aotnBl se radicó en eete Ja.zgit.
do el jaiclo da Jnt~tam-,ntarfa A bl~nes lle ]R SNI. Q¡1,tarlna Garza V da. de Elizondo, vecina que fuá de ee•
ta O!ndad.
Lo que se publica en esta forma para que las personas que se crean con de:rech&lt;&gt; á la herencia se preeen~
tAU á. deducir o dentro del térmi no que fija el artkulo

EDICTO.
Jazgado de Letras de la 3\ Fracción Jndlc!al.~Ll-

0

ú,

Montemortllos. Octnbre 28 de 1909.-Lio . M. Gómez

Bslleateros.~A~J. Farlss.-11-E. V. o,ntd.859194-97
EDICTO.

s!ga!ente, segdn la categorla Herrera García.

Lo decret6 y ttrm6
Monterrey, N. L Noviembre 10 de l!JOII.el e, Juez 2° de Letras del R,mo Civil ; doy fé.-L!c. G, R. G. 0onway, Represenbnte Oficial 6 Ingeniero
&amp;,que de Luna,-Llo. J. Garcla Guajardo, Sr!o ·~R4- en Jefe. -V B? Juan F . Fart:as, Interventor Flnan-

de la de Hacienda. Notlfiqu,ee.

brloa,,»

Orden del día.
1' laforms de la Janh Oirocttva, aoercB del eshdo
d6 la Neg,Jf.i:t.cióo, ·aurante el presente aüo social.

OaUe de Mata.me ns 161.

EDICTO.
Jutgado ds Letraa de la 70, fracción judicial-Montemoreloa,
N. León.

esto 0ludad.
Lo que se publica en este. form11. para que las pereo•
delReglamentopara0asas deEmpeñoyenel670del 1IMPORTAXTE AVISO AL PUBLICO. nes que ee crean con derecho h. la herencia, ee preeen•
0ódlgo Civil vigente •• hace sabar al pdbl!oo. que en
ten á dP.daolrlo en el término qa~ fija el arttculo l,6'37
la T69orer1a Mantoipa.l de eatf\ Ofndad, Existe depot1lS:, pone en cono1imiento de Joe propietarios de ca del Qóoigo de Proced!m!ent,e lllvlles,
tada la suma de $76 66 "cs. setenta y seis pesos oin sa.s, cuyos servicios interiores de egua y drenaje está.u

Orden del Día:

dbre 3 7 y 10. 3vl.

1

de ProcedimlentJe Uiviles.
Peequerfa Chica, Octubre 30 de HIOD-Alejandro

Guerra.-A-Jnllán Cbap•.-A-Jesde M• Guerra.

91949i 1 2

Juzgado ds Letrae del&amp; 41 Fraoo16c .Tndlolal,.-Dr. Anoyo, N . L.
En l&amp;e dtll¡enciu aobre df"c!&amp;rttcl6n de auaenaj&amp; del Beñot !11&amp;..
nue1 Alvando, recayó un auto del ten01' e'g11le1&gt;ki:
''Doctor Arroyo, Noviembre velnttoinco oe mil novr.oientoa •••"Ve.-Estando comprob:1da la an'6ncl&amp; del Sªñor Manuel A]"Varad.o
oon la lntormaolón l'eclblda ahfacto y el mat.rlmooio del mlnno
con la BEñora Marta. Refugio Apertelfa de Alnndo con el certiH011.do de matrimonio que obra en auto!- de O'.&gt;n/ormtdad con lo prN•
orlto pot IC'S artfoalOl!I MS y 567 del OóiÍtgo OhtJ~ té11g1,10 i la Seiio-n ApeRf'g1a oomo repreaentanle legitimo de eu e1J)OBO, 11n •lrwd.
de no baber dflj,1,'10 éste apodera:1o. y olteae al mtamo 8efl'lr Atn.
rado por medio de edlotol!I qae ae publtcariu en el Pel'l6dlcc Oficial
y en •La Optnlón• po1'aelevecee OGD int..ervaloa de qn1noe dfa, p&amp;ra
que comparezca ante ene Jnrgado dentro de loe 'lree mfltell oont&amp;aoa desde la Qltima publloaoton. Not.!f qneee. Lo dearet6.,.97 ann·d
el o. Jtft&gt;z de LAlru de la cuarta fraoolóo jadlota1: damoa f6 ...-Ltc.
E Hlnoj&lt; H . A .• U!Oat.dlo 1(, Gonliln. A., L. Duarte. Ramos
RQbriCH •
Lo que ae notltloa en esta f-.,rma ae oout.:,rmldad cou lo dlapW!!"lt.o vor el auto Inserto,
Dr. A.noyo. Noviembre '15 de laoi. Lfc, E. Htnojoea. A., Leocadlo 11. Gondlaz. A.., L., Dnarie Bamoe. R4brloáa.
dbre. s, 1?', at enero H. 25 y fabro. 8, ~fl•t. d. t '5 e, lti 30 r. ta ta.

AUTOGRAFO.
J1U1edo i 0 Looal.-'4:ler J Norl~p, l'foa•o León,
En el lutolo de tututamen&amp;arla i bienes del Stñor Apolinar Súche., vecino que fa6 de esta Villa ae ha dlot.ado un auto que i la
letra dfce.
''llier y Norleg~. "Veintinueve de No•lembre de mU nov~ctent.oa
n11ne.-.A gri!gnese al p1'esente jnloto el enrJto que preaentó la 8&amp;
ñ ora Ane.stacia Men1.or.a Vda. de Binch,r., y como en dicho eecrikt
lo solfclta la oturrente upfda11e al aut(lgrato reepectlvo pan. lapabUoacl6n de eete au•,o por hea "VACee con11eCntt-,a1 en el Pertód.leo
01tcJal y .. Le, OotntOn• de cocfoi!.mtdad con el artfculo 1687 del Oó~
dlgo de Procedtmtento11 Otvilea. Notlf1qn.el'le . Lo decretó y flrm.6
el C. Alca!d~.segnndo local: de,m(ls fé.- L . Caetlllo, A•, 1''111111to de
León -A, B11n(1elto Dne.rt.11.-RQbdcal!.•
t.o que se pnblloa en esta form11 de • ~u!ndo oouno mandado en el
auto Inserto
)!ler y NoilegJ., 29 de Noviembre de 1909........r, 09st.lllo ..-Rdbric•.
dbre.S'lylO. 8'\'I. db1'e t ll y- 13.

Cia. Refinatlora tle Ateites y
)!antecas. S. A.

EDICTO.

CONVOCATORIA,

Ju1-gQdo de Letras de la 7.;s fracci6u judicial= "M:on•
bemorelos. N. L96n.
Hoy se radie() en este Jtlzgado el juicio de intesta
do del Sr. B!ae Suarez, vecino que fué de estaciudad.
Lo que ee hace ttabcr al póblioo para que la, personas que ee crean con derecho á la herencia s0 pres~nt:m á deducirlo en el término que fija.el ut. 1,68·7 dtl
Oódigo de Pr(ICE!dirulentos Otvilee.
)lontemorelns, Noviembre 12 de 1909.---Lfo. M.
G!\m,zBa11eeteroa.-A., J. Ferias-.!.., E. V, Oantd.
-Ró.brketL
Nov. 23. Dbre. 3 y 13.-3ul, Xov. 27. Dbre. 4 y 11.

Por ocu~rdo de la Junta Directiva de esta Compa•
ñ 1 a, en ~,esión de h1y, ea oor,voro. á lrs acclonfatas da
la misma. á la Junta Ge"'.erai Extraol."dinarla qn~ ten·
dr.i verltloativo el tifa. 15 del c...1rrlf'lnts á las 8 _30 p.rp.
en lll caes del Pr.::eider.t~. esqniaa de les callee )lodeato Arraola y Puabla, para tr.i.tar los asuntos contenl•
{fosen le slgu'lentP

Cía. Fundidora de Fierro r Acero de Monterrey,
(Socled~d Anónima.)

dbre

A VISO.
En sesi6.1;1 ce,ebrada p1r el ConsE-jo de Administra•
oión de eetq, t'cmpnñts, el «Ha 2 del corrknte mea de
o~tubre, Ja 8oonihrfn dió cu,inta con una solJoitud del sEñor D. Román S, Gaerra, de Monti:&gt;:rrey,
N·L, en Ja quo.m~niileata á ia Jnnta Dlr~ctiva hibér·
ee!e extraviado cuatro acctonee de la Oompañta mar·
cada.e con los n11meros siguientes y que eran de su

propledcd:

Aeolones
99071

99072
99073
99074

Títulos

27071
27072
27078
27074

Oumpllendo con et arttoulo 24 de loa Estatutos es
publloa este aviso para que las personas que se crean
con derecho á dichas acotonee , ocurran á las Oflcfnas
de esta Oompafiía eltaadae en la oaea n11mero diez y
se!e de la calle de San Agustln de OBta oludad, A m•·
niteetar su lncontormtdad dentro del plaro de doa
mesee á. contar de esta fecha, como lo disponen loe
Estatutos, entendiéndose que trascurrido dicho plazo,
no serA admitida por la Compeñta ninguna reolama
4

o!óu y se le expedlran al Interesado los daplloadoa

Monterrey, Noviembre 20 de 4909. -El Tesorero. que eoliolta.
México. 4 de
Ubeo Dupoyet.-Rdbr!oa. nov. 80 dbre. 3 7 7_ tfl. gón Jr., Sr!o,

Orden del Día.
1~ ~1mbrar l&amp; nuev:i. Dlrectlv'\ qua hn de fnr:~!."- el
~ ñ • ptóxlmr..
29 ~hmbrH.r una C!lm!s:6,11 'f'í'nt que acCimpañado
riol Gerentei 1 prr.ci, qufl u:1 B'!'llnnce Gane:-al, y
3° LtlS dem§.s aeuntoa de l!.lteru general que ee
pr,&gt;pongan.
Mont~rrey, li 1° de DiciernbrCl d· 109of El S~re,ta•
rio tnt9rlno, Ramón N. Oon1.álo.

0otubre de 1909~Ltc. Guillermo ObreOc.19 , Dio. 17

·i. 7 y

lQ 3vl

dbre 4, 11 y

18.

EDIC'l'O.
Re¡-,dbl'.~ !fe:x¡cua. -Juzgg.Wo de Dfetdto de Nne;o León.Mont,t&gt;1'tey.
Sres._ Di ·g,, Agus'.{n, Pruie!telo y Jo!!á W11, 06vuoa, F'JDAbfno
i'a.ntó1 .lo•A ,.,.. Fllomano, Ureecsnoto. Lule, Santl11g,:&gt;, R:uuón á
lgne.olo Alanfs, Igo!l.Cio y Jo•é Aug •l E'q)t.:-ncsd.11. Jll~l.'1 Tamc:.z
Franoll'co, l!lifasy Sel'er•J Ba.,b;)8~ J~os Gsn&amp;, V1ot,orlano An:
das, A.ntonlo A.lmegtu:1r Al&amp;nfe, A.ntoola de V!ón, Jrllá M't Ooganoyo, Ignsolo Alm&amp;guer, ~annel B~ja'I, Mhimo Silva y Gregorlo
Leal.
En el jttfofo sobre opoetctón al dennnolo de t:Mr.-no~ b11ld(011, st•
tos en el Oerro d(lnomln~o•La .JJoquilia» f!n j,1rtedicdón de OadereJt. Jht1énez, hf!oh por D. Pantaleón Ollvarea he prov~ido nn auto
del t.enorelgntente:
e \(ont.errey, Julio 7 de 1m--.Ignod,ndo11e el dnmictl1o de la.
Bree. Diego, Agnst(n, F rudencfo y 1°"é Ma Oavazoe, Fe.u&amp;Uoo oant d, Joeá lit, Fllomeno. Oreac..nolo, La.te, Santiago, Ramón á Iicnaolo Al!!infll. Ignaoto y Joat!i Ang"ll E,pronceda, Jua,n Tam'!Z, Francl&amp;oo, Elfa.e y Revero BarbOlla, 1olláGarr.a, Vlotorbno Andu, Antonto
Alme.gner Ahmls, Antootode León, JoeE 11ft Ooganoyo, Ipacio AL
mfl.guer, Manuel Roja.a, Mhlmo Silva y Gregorlo Leal, li qulsnea,.
deb&amp; cite.rae a. eete juicio, eroplioeeelM por medio de edtot.oe qn&amp;
11e pnbltcat4:n por 12 veeoes de 16 en 16 d1'Rt en el Dl11odo Ollc!al d~l
Supremo Gt,b!erno y 6IJ el Oficial dee11~ El!ltado, por un t.énnlno
de aeill mell68 A oont&amp;r desde ele,, tgulent.e dfa a1 de la t11ttma DOtUlcaclón de este auto, i !lp de que ocurre.u i bacet uso de loe derechoa qae ia ley 1e11 concede en este jalclo, oomo lp dlsi,one el at'l,
126 del Códlco Federal de Prooedtmientoe Olvtles. Motif qoeee.
Lo decretó!, firmó el O. Jnez de Dlatdto en el E-!lte.do Jle Nnevo
Le6u. Doy e-.Llo. VillatreaJ,,-Llo. Háctor Gon.r.6,lez. Brto.BQbrioaa
Lo que ee hace eabe1' i Uds. en eet.a forma en oumrltmtento dtl.
lo dlspnMto en el ad. 195 parte lt del Qódlgo Federa de Proced.
mientos. Oivllee
llont.errey, Zullo 9 de 1900.-lll Beoretarlo, :Lio. Háotor Qoa,.,.
s6les
17S85i H, D1o.M

•

�r

o

PERIODICO OFICIAL.

o

qo.e mida el fundo solicitada. al &amp;ñ~r Josa :'!!arfa Bantoe Gondle-1,
de Mta veclnd&amp;d, quien aceptó el cargo,

Lo que s~ h11ce asber al pllbl:lco de conformidad oon lo dispnes•
llrt ículo n5 y to por el art. 2l del Reglamf-nto de :'IIlne-rla y para los efeot,es A qne
• ".
eecontraeelart.22delmlsmoRea:lRmt&gt;nto
en e1 610 !lel &lt;:'od1go Cn il ngente, ,;C huce s11ber al pubhco,
Vtllald,m1t, Ncvlembre 18 de 1909.-E. A. ·de lf., Mat!uel J. Tre~
que en la Tesorería MunH.:l\Jlfl de csfo cnulad,_ existe 1fopo- 1-vlño,-RObrtca.
eitaih la suma de $~7 Q'-, 1w wnta y siete pl'sos ocl10 centaYo~ 1
nov ll6, sn Y Dbre 3-8vl

De

RE:.IATE DE PRENDAS.

' avlsoede eabJ oficina l)Or el término legal y lie nembr6 perito para

DE !IA SI AS.
couformida,1 con Jo i}i,imC' 'to en el
,..
, .
.
.
:-;

proee(lentt's tfo los sulmmtf'S de prnendas de plazo cumpli- !
--do en lo:- remates CÍl'l:Íll1t(lo:- durnnte los de Febrerr&gt; M1tr•
a
zo, At,riL )Iayo, SeptiPnrnrt&gt; y Octubre últimos. por la~ ¡ ·
·
·
tn.s,is 1le &lt;"lllpd'io rlenominntlas 11Lu. Favoritun, 1(Rl Ffnix.&gt;1.
Juzgado 3? Locat Letrado.-Monterrey N. LfóD.
•L.1 B1111l•ttn, 11La Idell.", ~L1, Surtitlm·ll.~. r,)fonte de Piedad
El 3er_ dt'.e. h§.bil á las diez de la mafiaoa flrepué&lt;i de
de )Iontt&gt;rr':'y,), y Suscur~mllc's No!'.&gt;. 1 y 2 del mi:smo; en el publicado este edicto por trfe Vf'IC88 de siete t&gt;U siete
conceptli ele que. ~¡ trascurri&lt;lo:- seis u!ese\.'. contnclos &lt;~e:::;de días en el Periódico Oficta.l del Estado t.tmdrá. su verihoy. ,11? C'o"'!parec1ere persona H.l¡;untt. n !'ecli'Un11.r con JmtR ft!:!8tivo en el locsl de este Juzgado, el remate de los
Y leg1t1mo titulo, hes J&gt;X_p1~Hlas demn:,111.:,: ~e les nrnnrlllr• blen~s que li continnat..ión se expresen, le.e cuales fue
~gre~al' en la Recaudación rle Rentas Mu111c1pale~ {fo e~te rrn emba1"gado1 al BfñOl' Miguel AyB1e, en el juicio
rndad. rle ar.:ut'rilo co11 lo prc(:eptuii.do eu el citado ar ejecutivo mercantil que le sjguA el Bt ñor Lic. Braullo
foulo 25.
Mornlee. como apoderado de Don Ignacio :U.artínez
MontPrrey, 7 de Diciembre de ÍQOS.-P. C. l\Iart{nfl, Cantó., sobre cobro de pesos.
B. Ramtrez Alignllluo, Srlo
9910010l•H. 11 M
Un re!oj chapeado de oro marca 11TrentOn "'a··ch
Oo., valuado en diez pesos. Un anl11c,, parte de oro y

RE11A TE -1

Almoneda

•

Tflndrá en veritlcatiuo de las existentes en la casa
de f'mpfño · La Banca.» Corree pon dientes á los meBPft
rle Janio y Julio pr~x·mQ pasado. en los d1aa 5 y 6 y
25 y 6 de Dtctt=1rnbre entrante,.
Lo que se hsco Mber al ptiblico y á loe interf!eadc,s
p8"'1. les efoctns df'-1 RrglamAnto dfl lb.mo.
Monterrey. Noviembre20 d.:i 1809.-Dcmfogo Parhz.
Rdbrlca.
Nov. 26 30 y Dbr,, 3.-3v2.

I

La Hacienda
El periódico ilustrado más hermoso

y práctico sobre asuntos campestres,
se envía gratis una copia de "La Hacienda" á los subscritores del Periódico Oficial y La Y oz de X. León,que
lo soliciten. El precio de la subscrición
es de $3.00 oro americano por año,

Opíniones

•

"Lo considero altamente benéfico é
instructiYo. "

Porfirio Diaz
"Tal ,ez la prime1'a ilustración a~
grícola del mundo''
Alfonso X ITI
La Hacienda C
P.O. Box 974.
Buffalo, N". Y., E. U. A
0

,

P.0.Y.V.D.N.L

EDICTO.
Juzgado 2° de lo Criminal 1~ fn.ooión judiclal.--Honterrey, :,;, León.
En la causa qae se tnetruye en contra del que reenl
t.e reeponeable del dellt:&gt; de fraude, ha reoatdo un auto que i la letra dice:
•· Monterrey, trece de N"ovlembre de mil noveclen
toa nueve.--81endo ncoeaarta ante este J nzgado la
eomparooenoia del Sr. Saturnino Slller. p11ra la prlic
tlea de dlltgenclu en eeOO huta.ncla é tgnoriodoee su
aotaal residencia, oon fundamente, en lo dlspiieato por
loe artículos 27 y 2 :i del Código de Procedlmtentoe
Penales, oftenle por m~dtode edlctos qua se oublica
rán tree vooee consecut\vM en el PerlOdfco Oficial á.
fln de que se pressnt~ dentro del t.érmtno de la pubU
cactón 6 durante los diez d1ae sl¡rolentes y recomienden á la pt:1ltcfa quecontir u6 inve3tfgando su paradero
Lo decntó y ftrm6 el C. Juez 2' 11e Letras del Ramo
-Penal. ~oy 16. Lic . Guojardo.-Lic .. Sapdlvede.-Rdbricas."
Lo que se J ubliea HJ n:ta iorma en eumplfmlento
de Jo mandado en el aot:&gt; in~P?to.
Monterrey, 16 dft Moviembre de 1~,-Lic. SeRt1.l•
veda, Srio. -Rt1.brica.
Nov. 26. 30yDbre. 3,-3v3.

A\'ISO IMPORTANTE.
Contorme con lo disruesto por los artículos 32, 33 y
de los estatutos habrli asamblea gf&gt;neral extraordl·
naria de loe Bf"ñorPs accionistas rle Ja compail1a San
Salvador Mtning Co. 8. A., el dia 14 Oe Dlotembre de
1909 6 les 10 de la meñana f'D IR casa. nó.m. 27 de la
ca11e Hidalgo en la. Ciudad de Monterrey1 N. León,
ltféxlco para tratar conforme la siguiente
40

ORDEN DEL DIA.
Aprob11ci6n dsl contrato celsbrado PI día 22 de Octubre de 1909 entre el .American Smelting and &amp;fining Oo. Y. el San Salvador Mining Co, 8. A, para Ja
compn y ienta de metales extrafdoe de 188 minas de
dicha San Salvarlor Mtnbig Oo. S. A.
Flrm'ldo. C W. Carpeott"'r, Preeldente.-Firmado
Bobt- P · Glfford, Secret.arlo.
'
nov. 30. dbre. 3 y 7. 3v2.

EXTRACTO.
Ait"nclA de la Secretad&amp; de Fomento en el Ramc ,de M1nerfa
Villaldama.
E:a:pedl~nte nl'.im. JfllO.-Oon ftcba dooe del me!I en curso y eien
do Jas ocho de la m&amp;ñ'\na, ee pre,aentO ante esta A~encla de Mfne"fta.. el Sr. Oregorio Leces, mayor de edad y vecino de estA Villa
1101lcltacdo conce~l6n de, eiete (7) pertenf&gt;nClRs mlnera11, sobre va~
rios mantoa de metalf'8 ft1nuglnoeM con plomo y plata, que 8'I
encnentran e,1 !ns ladoe Nort-e del Rt11cón de R11m6n alto en la
Bien&amp; d., ~!nas Ylejas P"rtenecieute A est'\ .'llt1nlclpaltd11,d ; 1&amp;11
en alee forman parte del fnndo cadocó llamado "La tioltanaa v cuJU pe-rteoenciu ""' medirán de la maner, elgolente: tomandO corno punto de p&amp;.rtlrla h1, boca-mina rlel mf"nclonado fundo "l,11,
8ult"n"·• se m.e.:fü1n 20 metros al R. 2'l-' 31'1', E. dP aqo1 80 metr~ 11 ¡
N. 6i~ Jljl' E; lueozn 100 met.roe al N, 22~ 80' W; d" :eflte »nnto IO~
metroe al N. 67º :1~• R: dP aqut 200 Dl5trOII al N 22" 86' W; lnel{O
BOO metros o." S 6io 30 W: de t-ste punto 200 metro!! al S 220 3!)' E•
de aquf 100 metrne fll N. 6'io 30' E: d+&gt; e~te punto \00 metros al@:
22o 3,p y de aquí W metrC1e al N. 67° 30' E. para ce,nr el perímetro,
El Cando minaro solicitado por el Sr. L~cea, ee domlna ''Argelia• y
colinda por todos rumbos con terrenos Ubre11,
A.dml&amp;ldo el anterior dt'Dnnolo, se manda publicar en ~l Perló·
111.oo Ollclal del Ettado, por1res vecet consecutivas -¡ eo 11\ tabla de
•

•

PUBLICACION.
Juzgado 2° de lo ivH-I- tracción judJcial.-Eeta•
dode N. León.

En la Instancia sobre nombr1111nlento d~ tutor definitivo del menor luan Gnzmin se dicto un &amp;oto qu" dice:
•)lontt&gt;rrev, Noviembre cudro de mil novttiPnt.osnneve,-Vlato
el noruhrarulento dfl tnt-Or defiT !tivo del nIJJLOr ,J nau Onzmá.c, he•
choporeete Jcz1tado en la pP.rson• d•l Sr. Vic11nte GuzmAr.·
visto la aoeptact6n y protf!ata qne para dnPmpfñar dlobo cargo bt-'
zo dicho ae!Gr v la blpotecl\ qu~ otorgó p11Ta caur:lod&amp;r la adminbpute de metal cha1&gt;9ado, con vei~ tluna piedras co- traoi6n y manejo de los blenu dt-l menor, con f'lndamento t&gt;n los
rrientes, valuado en diez pnos. U.l terreno alto en artfca.lcn•, 1859, 1S6l'i y 1366 d~l 06dlgo de Procedimientos Oivllea,
debfa de dl11ernfrsele al ffñor Vicente llnzmAn, oomo en efectivo
el barrio de San Lulsito de esta Otndad de 39.m 38 se
le t'llsclrne el e:rp~eaado cargo (11CuUA.ndolo para que le ejena
c. m. de frente,con un fondo, parte del terreno dP con @njsof6n A la ley. tentendo derecho para Pfll'(liblr el dl"z po,clento
delas rentae líquidas de loe blenn del rtf•rldo menor; publi·
20.m.98 c.m, siendo f'l fondo del resto del terrPno
trPB vecea ee,é an~o y PI &amp;nt.erior relativo en el Periódico
hasta l~s c:irrientes del rfo. el caal colinda por el Ncr cindol!e
Orlcl•l del Estado y •la. Opln16n• de esta otndod. y hecho que le
te-Poniente con el citado ño, de Sants Oatarlna, por rnere prf'lvén¡ael'le al tutor cumpla"ºº lo que ordena el arttculo 95
el Sar-Oeete con propiedad de la sdiora Ocncapotón del C16dl1to ntvll; A cuyo flfoctri expMase copla certfticJ.da de e1t11
y demti3 t.ell"'lmrmloa que de ello. S&lt;'Uclte l)flU. aeredltsr
Alanfsde Guimán y camino de la Villa de Sant'ago, .1esllucl60
l'U penonalldad. N&lt;&gt;tlf1qne~e. Lo drcretó y fmnó el O. J11et segnnpor el Sar-Est-&lt;1 &lt;&gt;n11 un andador 6 servidumbre de pa- do &lt;1e L6traodel Ramo C'ivll; doyfé, Lle R"qne de I.nt1a.-J.
so y por el Nor-Este con propiedad del s1:ñor Adal- Garef&amp; Gnajardo, Srio.-Rtibrlcaa.~-llonterny, Agrato ocho de
novec!ento~ nnPve.-No habiéndose prertenhdo persona !llguna
berto Oavazos. tit nlendo dicho terreno por ,.mE-jotaa, ámil
E-j-"'rcltar los derechril' Ala tutela lt1 gttfm11. del mt'TIOrJnan Gn:uu!.n
una noria, tres jacalee, una peded de etl111.r cerno de no (lbetant~ la convocatoria que p&amp;ra el t:footo se blio, ee el caso
velr. tlséie mctrl s de largc\ valuado en $450 00 cuatro de proveer A dicho menor de un tntor do1lvo, de cooformldsdoon Jo
precepluadn por el &amp;rt, 40 en su frac, I del c:'6:flgo Olvll, y ('IOmo
cientos cincuenta pPsos. Otro terreno sito en la ce.llo de
antoe aparece que el citado menor de mAyor de oatorce años.§.
de Chihuahua de esta Oittdad que mide S.m ·38 c.m., él toca hacer la de11ignación de tutor, ~art. 441 del citado ordenade frent~ por treinta y tres mstros clncu,:1nta y dos mfent(', como tal deshcnaclón recayó en IA pi&gt;raóns. del B('Üor ViGu.má , e-e.te Juigado de ocnformldtod con la dltlma dle¡,oelcenUmetros de fondo colind&amp;ndo pol' el Xürte y Po- Ofnte
le¡ral citada oonfoma tsl nombrami~ntC1, en virtud. de no ba
niente con propiedad c:tel s. ñi)r Ignecio Martínez Oan c16n
bf? can.!!&amp; en contra.110, pr"'vhléndose al señor :ouzml1n que en caso
t11. por el Sur con propiedad det Sr. Juan Garcfa y ~~ fJU\&gt; l'lci&gt;pte el cargo cnmpl• oon lo preceptuado JKH' loa artfculoa
•3'i3 Y l~/i9 dbl 06digoda Prooe1fmlentve Olviie,. en ;relllclón oon loe
por el O dente con la citada calle de Oh!huiibm,, ya rapectfica.doeen
loeart. 44/i. 45'1, 453, 45¡ v 456 del 06dlgo Givll á. fin
losño en cien pasee.
de dl~rnirle i&gt;I &lt;'&amp;rgo. Noliffque1e. Lo decrelO y firmo Pl C.
Dnrante el té:-mino de las publiollCJon~e y h9stn la Jn,:.z R-ltDDdo de Letres del R!r.mO "Olvll.; doy fi.!: Lle. Luna.- r.tc.
hora del remate so admitirán posturas que no b¡;je,n 1• llarcfa Gu j,udo, ffcre'arlo. -RO.hrlca~ •
f.1} qu~ s~ ¡,·.bllcs en m1mpllmlento de IÓ dispuesto Ein el auto in
de la, dos tercuas partee de la canttdnd eri que b'"lu
4

sido \·alundos cada Uflo de los bienes descritos eeparu
dam'-?-nt~: en el c::.ncepto d.e que en este Juzgado se
m.inf:,trar4:n á. los lnte .. 38ados l"a demás dEtoa que se•
liciten .... E. L q'lO.-\'alon. E. L, n1i.:h.' yala. dt1·
moa fé.
)Ionterrf"V, á 23 de Noviembre de 190it-Ltc L. Trev'ñ? -A., J Gbm~z Gsrc1a.-A., 1\larUn A.. G¿nzález
Rtibrlcaa.
nov. 30. dbre. 3 y 7. 3,2

La Zarzaparrilla
del Dr. Ayer

t

es un tónico maravilloso. Limpia,
depura y enriquece
la sangre, expe~
liendo todos los
venenos del sisw
tema y comunicando vigor á los
TománJula

La Sangre es Enriquecida
Los Músculos son Fortalecidos
Los Nervios Vigorizados
Y la Salud Restablecida
La zarzaparrill:1 es sólo uno de una
docena de ingredientes de q,~e est:í. compuesto este maravilloso remedio, cada
uno de los cuales ejerce nna acción especial en la obra restauradora de esta.
medicina. Esto no puede decirse de
otras iarzapa.nillas, pnes sólo ('.S Yerdad de la Zarza11arrilla clcl Dr.

Ayer.

No se deje usted persuadir ó engañar
por alguien que con urgencia le recomiende otra Zarzaparrilla de la que
nada sepa. Proc1írese usted la legitima Zarzaparrilla 0 del DR. AYER."
(No contiene alcohol)

aerto.

)[¡;n\ev,,v. 25-i \'.ovlembre dt, 1~19_ -Lle, J. Garcta Ouajudo. reoretarlo. · Rl'.ibrfoa
':\"ov. 80, Obre, 3s i.-3v1. dbre4. 11 y 18.

NOTIFICACIO~.
Sr- Trinidad Martínez.
Jazr.ado 1°delo Oivll - l~ fracción judioial.~Estado de Nuevo León.
En el joicio C1rdtoarlo escrito promovido por el Sr.
Eduardo González Trevlño contra Vd. como Albe.c6&amp;
de la tiestamentaria de Ja señora Marta del RPfuglo
Mari'inez de Gonz4.lez sobra nulidad de testamento
se ha dicta.do un auto que li 1a lEitra dicf&gt;:
'
"Mon~rrey, nutve de Octubre de mtl novf'clentos.
DUAVe. -Por presentado en tiempo TéDg,ee por con•
testad&amp; la demanda en los térmfncs á que ee l'f&gt;flere el
oonrrent.e: y de conformidad con el artículo 366 del
Código de P:-::,eedimtentoe Civtlfl&amp;. Abrase el preeente
juicio'- prueba. por el liérmlno de cuarAnta dise oomunee é improrrrgablea. Notlft'queee. Lo decretó y ftr
m6 el· O~Wuez vrtmflro de Letras deJ Ramo Civil: doy
fé. Lfc, Trevifio.-L1c Jqs6 Juan Vallej", 8rlo.-Rt1briou.•
Lo que ee noti8.oa 6 Vd. en eeta forma de acueedo
con Jo dispuesto por el art. 77 del Oódtgo de Procedi.
mhmtos Ctvtlfs,
Monterrey, Noviembre 26 de 1909.-Lic. José Juan
Vell•jo. Brlo.~Rdbrloa.
nov. 30 dbre. 3

EXTRACTO.
Agencia de la Reoretaria de Fomeuto en el Ramo,
de MJnert'.a.
Expediente nómero 484.-EI Rr. Enrique Barrenechea, vecino de lt!&amp;tf huala. solfc'.t, cuetro pu-tenen•
ciia 111 mineras, en J,i, municipalidad dft l\fier y Norie•
ga, ellllterr~noe de la Baclenda «La Oarrlone,• en un
lugar donde pasan vetas de plata.. pl,..mo y zinc. 00 .
lindando J&gt;Or el 8ur eco la cabPcttra ~orte del fundo
))San Lula Gonz11ga ,, midiéndose en un cuadro de 20(1
metros de largo por 200 de ancho, con el rumbo de Je.
veta, que ee de Sur á Norte, aproximadamente: partiendo la medida ~a una boca-mina antigua, conocida
con. el nombre de 'La Luz.• La. mtna se llamará «La
Trintda1,11 y pR.n su medición fné nombrado perito y
aceptió,e Sr. Enrique DuMnd, de Matehuala. Le&gt;
que se pubUca para loa efect?s Jpgal,s correspondientes. en el ooncepto de qu1:1 se ha abierto un plazo de
c~utro meses, oont&amp;doa desde hoy, para la snbstan~
01ación del fXpedlente en la Agencia.
Lfnnres. 18 de NovlPmbre de 1P09 ...._E A. de M
JoEé V. Norfrga.-Hubrica.
·
· '
·
nov. 30 dbre, 3 y 7 ,~3v3.

Cada frat1u1 otftrnttt '" ¡,;rm 11lrt en ltt
l',•ry1111t,·11!'-t,·1f 1f si, m,:,1¡,-0 fl')
q11e opi11t1 de 111 Z,11•:,i1mrrUli,
r 1),-.
Ayer,

t•of11/af11.

EDICTO.

,t,

Preparada por el DR. J. C.AYER y CIA.,
Lowell, Mass., E. U. de .A..

Juzgado 2! delo Olvll.-1• fracoión jndiclal.-Eata-

do de N. León.

Con fecha cinco del corriente se radicó en este Jt:11.•
gado el Jutcio ele Intestado del Sr. P ... o.clano Oarze.
Guerra. vecino que faé de eeta Oiudad.
Lo que ee hace saber al pdbltco para que las personas que e~ crean cr,n derecho§ tahQ,rencia se present;m á deducirlo dentro del término que para ello
marca la lf"y.
AVISO.
Lo que se pub1icR en esta formR Pll cnmp~fmiento
de lo dlsp1;7esto por el art. 1687 del 06dtgo de PrvcediPor ecn-:1rdo de la Junta Directiva de esh Sociedad mfo,ntoa
C1vil811.
se h&amp;ce sabn á los señores acctonlsfu9 qus desde e~
Monterray. Noviembre 10 de llJ(.9 Tlc. J. GarcÍA
Oía 5 de Diciembre próx 1mo en &amp;df\hmte se rep1ntira.
O·f,197-1 2
el Dividendo n11m•·ro 5 de 11\ Ssrfe B. de $5.000 oo oio. Gm,j!lrdo, Srlo.
co m\l peses, que serán pagados todos los,dfas bAbiles
de 2 á5 p. m, en cambio del recibo correspondtenb:
en esta OiurJ.ad, en la ossa de Oomerclo del sefior Te~
sorero, Don :\Ianuei G.irn Gu11Jardo, calle de Juáre~ IMPRENTA DEL GOBIERNO, EN
PALAOIO
nrtmero 20
Monterrey, Noviembre 26 de rno9.-El Secretarlo
BIRICTOR r !DIDIST&amp;l.DOR,
Jeede E. Fern!lndez.-Rdbrlca.
'
nov. 30. dbre. 3y7, 3v2,
A,
Whitt.

Cía. Minera La Florida S. !.

Brondo

-

•

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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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