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                  <text>'GAZÉTA CONSTITUCIONÁ"•
DE NUEVO LE8N.
Del jueves 13· dé setiembre_ de 18!27.

p;,,;.

, Ut tutela ric proc_uratio rtipublictt: Ke;enda nt-ad utilit~tem eorum qui commiBBi ~unt, ~ tOrútl,i
oommis,a est. Cic. 1, offic.
,
.
:. - .·
.,,
Lo mismo que una tutmia, asi se han de ejercer los cargos publicoa; no para µ,titidl&lt;l,
11ue gobiernan, sino para la de los gol&gt;t¡nados.
·
_.
· "

de-~-

- be su atribucion XV. constitucional,, a
. mas de las visitas particulares necesariLegum ministri magistratus: legum intir- as al remedio de los abusos.
prctes judices: legum idcirco omnes serví
6. 0
Los que publicada esta ley y
surnus, ut liberi esse possimus. Cic. pro vefiricado el arreglo que ella prescribe . .
A. Cluemio.
usen ó tengan ptros pesos ó medidis, seLos gobernantes St'm ministros ·cjecu- ran castigados con arreglo a las leyes. t ~
tores c_le la~ leyes: meros aplicadores de
8. 0
Está ley. debe ced,er, _al arie..ellas a los casos los jueces: con que todos glo federal cuando lo haga el cot1greso en
en fin para poder ser . libres , somo, sier- uso de su facultad XV. art. 50.- ·
vos ddas leyes.
9. 0
Que esta ley se mande obserbar como dec;eto provisional en uso de
Decreto provisionar num. U{&gt; de . 7. la facultad que da al congrese el _art. 116 .
de mayo &lt;le 1 8 2 7.
de lá constitucion. '~
,,Con respecto a que los pesos en to.
do el Estado se hallan general y uniforDecreto provisional num. 1.57 de 14
memente arreglados a la libra castellana, de mayo dé 1827.
se continuara en su uzo sin novedad.
,, l. 0 El gobierno procedera a lama2
Se abrog-a la providencia de la yor brevedad a establecer la junta de dí- ,
es-dipufacion provincial de 1821. acerca ezmos de que habla la ordenanza él.e in"( ·
de medidas de lienzos , licores y gra- tendentes.
nos , en atencion a no haberse formaliza2. 0
D~cha junta se com.pondra del
do y· generalizado su ejecucion.
vice-gobernador , del ministro ~enos an3. 0
En consecuencia quedan repu- tiguo de la audiencia, del gefe de haciestas las medidas que regían anteriormen- enda, de dos jueces hacedores y el con.. ·
te a dieho arreglo para lienzos , licores tador, que hara las veces
fical mieny granos.
tras no lo tenga la audiencia.
- 4. 0
El gobierno rectificara y diss. 0 El presidente nato de esta juntribuira los padrones a los ayuntamien- ta sera el vice-gobernador: en su defe_é-:
tos para el efecto.
to el que le siga en d orden del nom0
5.
Los sellos •seran· los mismos bramiento.
·
· · r&gt;
que se acostumbraban :, y los derechos
_4. 0
La junta en uso
- ·que _llev:aba el regidor ,fiel . ejecutor, ·se cultades, se arreglara .a .lo pr~J · : ·r1
adjudi'ca a propios y . arbitrios de cada dicha ordenanza en cuanto no.4~-?opodistrhp. ·
. . _
sicion a nuestro actual sistema
.:;in tras- ·
6. ·9
El ayuntamiento pr~ticara las pasar los limites de la C.ffl'lll)itñcion del
visitas anuales acostumbradas, de que Estado, de cuyos solos diezmos debe cui~
,~:·d~tt~·cuenta_· en la memo1:ia que prescri- dar por lo respectivo a su direccion ;::reLEGISLACION.

G.
2.

°.

*

de~j._

~:y

�~·~~,;:-,

. (~~~ion é invercion.
. He!!!!~!I!!!~~~!!!!!!!!~!!!!!!!!~~!!!!!!!!~~~~. ·~ ,-,:§•t-&lt;' 5. o El gobierno pondra en cono•II ..
c1m1ento del eclesiastico diocesano el preNOTICIAS NACJ.ONALES.
sente ·decreto , invitandole al nombramiento de los juecés hacedores que se. hara
Mejico 10 de agosto.
con arreglo a la, misma ordenanza.
6. 0
El mismo gobierno comunicaHa llegado el paquete ingles y por,_¡_
ra esta resolucion a los. Estados partici- las cartas que hemos vi~to del 21 de ju-~·
nio , sabemos habian subido nuestros
,
pes en la grueza .decimal del obispado.''
nos a 70. ! y 71. añadiendose que el as.:
· . Decreto numero 198 de 14 de mayo pecto era de ir en acenso, asi como l ·
qe·:urn7 sansionando con fuerza de ley· el acciones de todas las republicas amer"'.
decreto provisional numero 10• en los ter- canas.
· minos• siguientes.
( Sol num. 152 5.)
,, l. 0
Siendo necesario y utiles en
•
. derecho para varios efectos los grados ma- Los parrafos siguientes son los dé las ca,t
yores de teología y derechos obtenidos en tas de• Paris y _Londres que recibimos ayer,.
universidad aprobada , y siendo de gravamen por la enorme distancia y costo ir
El sr. Camacho ha llenado
. a solicitarlos en la de Mejico ; se habi• damente su misioh politica , como ya to,
lita al seminario conciliar .de Monterrey sabran VV. Aqui (Paris) se acaba de da.·
pa~a conferirlos.
.
publicidad a la convencion de 9 de· mayq¿
0
·
2.
El tiempo necesario de curso como VV. lo v~an· en loe, papelei. pubfh;'
y de pasantia, los e&lt;Stndios, pruebas, ac- cos que mandé por este buque, rl"CQ~;
tos, .ejercicios 1 -calificaciones y aprobado• mendados al administrador de correos d \
nes se ecsijiran con arreglo a las cons- Tampico .. Procedan VV. en la confianzai
tituciones de la universidad de Guada- de que no se pasara tiempo sin qu~•~
lajara.
esta convencion adquiera la · solemni~}\
0
,. $.
· ·Los ·doctores de
universida- dad de tratados. Ya VV. ven cumpli•:.:
des·. :aprobadas ecsistentes en la ciudad, dos mis vaticinios anteriores, y este lo es- :i\
bárln tos ecsamenes, calificaciones y apro- ta igualmente por mas que se empefien en•t
baciones con arreglo a las constituciones di- persuadir lo contrario, gen tés que no co-, ,:
chas. En f,1lta de doctores, supliran !icen- nocen este terreno. Nos importa la amis• t
ciados_ y catedraticos de la facultad. .
tad de la Francia•, porque asi se asegu4. !?. ..· La propina de cada doctor ó ra la de el continente tod~, y poi:que asi ',
ecsaminador en grado menor , no ecsede- tambien sera. un enemigo insignificaine la ~
ra de tres pesos ; ni de uneve en grado España..
.
'
r ·,
mayor..
Tienen VV. ya nombrados·ocho obis- ·;
5. 0
El maestrescuela de la Santa pos para Colombia, Chascas y el ,Peru~ 1'
Iglesia catedral es cancelario: rector y se- vean VV. sobre esto L' Etoile de hoy
cretario sera el que designare la autori• Es punto este que debe llamar seriamen•
d,rd ·suprema eclesiastica, bajo cuya ins- te la atencion de VV.
-·
pecc:ion y gobierno ecsiste el dicho seCuidado por Dios conservar el or.
minario conciliar aunque no c,ean doctores. den y sosiego, y que no se vean .en Me6. 0
E!ta arreglara: todo lo concer- Jico los escandalos que presentan las otras
niente a la ejecuci~n de este decreto con- republicas. Gozamos ahora en Europa de
, form.e a l~s constituciones de la citada uni- un credito previlegiado , y nos respetaran
i versidad; de Guadalajara.
·
, habiendo juicio y evitando desordenes. Es
7. 0
La 'autoridad superior eclesias- necesario reputar ..J.e verdaderos asesinos 1
tica ecsaminara si. (?Onviene identifj.car .el de la. patria
los· que promuevan divi.' ..
grado de doctor_, ·COA la licenc:ia ó_ lic,en'.". ciones. La union es la unica arma vi~,.~·
datara: omitiendo· el' acto y el gasto ele! goroza que nos ·úhara triun(ar. Al que;_/;;
l?orla, como no nece1sario. a la_ calif.i.c.acipp tenga pasiones fuertes · es menester suq.~ _in~trucció'n: ~ infot"?-ara lo,que. le p;i- mergirló en la. laguna de. T.excqco para.
~es~~ ~ara que re~~ig~ª· l~. r_e.s9_l~tj.pn.~: ~ue s~ refresque,
.
.
~$J~. ll~A9.d~, ~~~~(ac~io.n. el. s,tf, ~~\

a

,.~~~,ij.i~r-~.!~-~,

-

m

ror

sr.
añc
cat

sr...

�macho'' pues que en EurGpa ha formadoffpor mil titulos, El sr. Esteves ; cansa...
" ·no solo. el tratado con Inglaterra, sínol!grado eternamente a la edL cacion de. nu"".
·. tambienun _convenio con Francia y acaba de estra juventud, merece por sus, virtudes:
:}irmar tratados de amistad y comercio con la tiara .. Y el sr. Miranda, lleno .de. virHolanda, c_iudades ansiaticas y Hanover.
tudes, ha sacrificado cuanto tenia por ver
, En pQlitica no hay nada de nuevo, lª· su patria independiente y libre. El go.·., ino lea continuacion de los trabajos de las bierno de Colombia en virtud de su. ley de
,cortes de Inglaterra y Francia con fa de patronato, ha conferido dignidades, ca/Madr~d. para hacer. que l&lt;"'ernando cambie nogias y prevendas a sacerdotes veneme',sus instituc~ones politicas, lo que tarde ó ritos que habían trabajado con actividad
¡temprano tendfa lugar.
por la. republica, y el papa lc,s domina
El articulo del periodico de Paris, con los títulos con que el gobierno de Co- ·
titulo. la Estrella. del di-i 9 de junio di- lombia los habia recompensado, ''
ce as1.
. ·
·
Muy plaucible debe ser la noticia que
. ProtJision ie ohispadoi, · hedha por el papa en coniene el _articulo anterior para todos los
'el consistorio celebrado en el baticano el 21 · de mejicanos y muy interesante para que se
mayo ultimo.
acuerden con absoluta preferencia en las
procsimas sesiones las instrucciones para
Arzobispado de Santa Fé; don Fer~ nuestro embiado a Roma , a fin de que
nando Caysedo y Flores, vicario· general; disfrutemos como Colombia de este recode! arzobispo. Arzobispo de· V ene zuela en nocimiento casi espreso de la indepenCaracas d. Ramon Ignacio at\'.Iendes , vica- dencia a lo menos en lo .eclesiastico , que
rio capitular de esta metropolitana. Obis- ha hecho la silla apostolica, pues por
pado de Antioquia, l{, P .. Garnica. Obis- lo que se indica en la C&lt;1rta que acabapo de Quito , d. Manuel de los Santos mos de copiar es casi indudable que el
· Escobar, dignidad de la ~atedral de Popa- arzobispo y obispos. nombrados. son los
yan. Santa Marta, d. Mariano F.steves, mismos que presentó el gobierno de Co. canonigo de aquella catedral. . Obispado lombia.
de Cuenca en el Peru, d. Calistro MiHa llegado a Veracruz el R. P. Lesranda, canonigo de Qnito. Obispado de pron, religioso zacatecano, que salio de
Dorila in partilus d. Matias Terrazá.s ·, aqui, segun se dice el año de 24. · Es
dean .de la metropolitana de Charcas o obispo in jJartihus, y asegura que trabe bula Plata, y actualmente ·vicario general la de aucsiliar de Maracaibo; mas como
· de la referida diocesis.
·
por ot~a pa-rte se dice que el aucsiliar es
· ,,Tenemos motivo para creér que los un canonigo de Venezuela , y el R. P~
. RR. arzobispos y obispos confirmados pa- Lespron , se embarco en Burdeos sin co•
ra Colombia , han sido nombrados y pro- nocimiento de los ·agentes de esta .rep~•
puestos al papa por el gobierno de aq ne- blica, el supremo gobierno no le permitilla republica, y añadimos con satisfaccion ra entrar sin asegurarse previamente de
las noticias que de sus cualidades politi- !a l_egitimidad de sus documento~, y pe·
cas y morales nos ha ministrado una car- ~?s objetos que lo pue_ndan traher a- Me-ta 9e una persona muy respetable y muy JICO,
. conocedora de Colombia. El sr. Caysedo
(Aguila. num• 223)
-es un ecleciastico muy ilustrado y tolerante, a quien los españoles persiguieMejico 28 de· agostD.
ron siempre de la manera mas atroz.. El
Se ha reunido· por fin la nueva . le•- •
sr. Mendcz ha estado constantemente en gislatura de Tabasco é instalados-e con to-nuestros ejercitas, cooperando. desde el das las formalidades constitucionales sc--,año de 10 al buen ecsito de la gloriosa gun parte oficial que se recibio-aye-r. Tam~.
causa que defendiamos. El padre Gar- bien se. asegura en. carta de perso~a, ~fnica , , provincial dominico , . ha sido en to- de digna.· que la de Sonora y SipalQQ ºse·
das oca cione~ amigo desu. pais, protector. de babia, reunido en .el fuerte ,.. q µe:. os el 1u-las luces y bien dispuesto hacia. todos.Jos ~ar, que. asigna su. oon&amp;titu~~-·. Parec~hombres ,. sea cual: fuere., ·su, orencia.. El qµof aye.r:~ se: trato, en, ef1oonsqp&gt; de~ g~!. &amp;r•. ~AAr ~ \Ul, CJ;l~i~süc~. v~ne.r~~
S i ) ~ adicion~ ljt.au\yoi:atOiia., a. so,1

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que.
su►ara.

~n:o.,

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a

siones ·estraordinarias, aumentando
lost'do el edificio socraf no se pµede sosten'
asuntos asignado,.s. el relativo a la inicia- en la republica, que constantemente es -·
tiva del bstado de Sonora y Sinaloa pa- blanco de las 'insidiosas y pedidas ma''' · ·
.ra formar dos.
naciones de algunos vicionarios ari
La legislatura de Chihua~ua ha su- cratas.
frag-ado par·a la vacante de la suprema cor;Al presentarme en el Estado os. va
te ~e justicia, por el sr. d. Jacobo Vi- cino que nuestros hermanos todos no tá
llaurrutia. Hasta ahora ha venido la no- daran en ahogar resentimientos de c
ticia de elecciones de 15 legislaturas ; y quiera especie que sean sacrific~ndolo t''
de ellas han sufragado 9 por el sr. Sal- do por la paz é impidiendo que siga el
gado, 4 por el sr. Villaurrutia, 2 por el sr. candalo de llevar ádelant~ pretencion ·
-Tarrazo.
que puedan reputarse como una ver~
. (Aguila nz'tm. 204.)
&lt;lera hostilidad, a un gobierno constitui
do por el voto sagrado de los pueblos. Con
.El comruidante general ciudadano Vicente fio en que no tendré el desagradable se
Guerrero ,a las tropas que guarn_ecen el Es- timiento de que salgan fallidas mis espl
tado rie Yeracruz.
ranzas y de que las armas mejicanas tri1
Soldados: esfuerzos grandes y pade- unfen solo de los antiguos opresores
cimientos insufribles nos ha costado la nuestra libe!tad. Perezcamos antes que re'
cara patria que a vuestra lealtad, obedi- troceder un punto de tan gloriosa carre
encía y valor ha confiado el sostenimien- ra. En ·momentos de calur que no _vol ve·.
to de su libertad y_ el respeto de sus sa- 1;an a parecef, algunos han olvidado su(
bias leyes : vosotros como militares y co- obligaciones ; vuestros ejemplos son utiles:
mo mejicanos jamas os desviareis una li-. para que se considere en su verdadero pun."
nea ,de estos principios: en vano confian to de vista a que grado debe,")lebarse la'
los enemigos de la independencia en sus obedencia a las· leyes: duros trabajos
miserabies y tenebrosos manejos. Seguro largas penalidades nos ha costado elevar
yo de que entre vosotros conservo la a la nacion al rango sublime que hoy ocu·
op~nion de_ amante a esta patria· que os pa, muchos mas nos faltan que hacer pa;,
es tan .adorable, porque diez y siete años ra su conservacion: conseguiremos estó
de sacrificios me hacen acreédor a. vues- uniendonós muy estrechamente, sin per.tra confianza, he creido hallaros bastan- der de vista que el primer luga.r del ciu-',
te dociles para esclamar mis consejos , re- dadano y del soldado, es la obedencia Y,)
&lt;lucidos siempre a que desoigais las per- subordinacion_ a las leyes, sacrificandoio
fidas sugestiones de los envidiosos ene- todo por el bien general de su nacion. ' ·
'"migos de vuestras glorias: mas cercanos
Jalapa agosto 18 de 1827. - f/icent
a nosotros. de lo que comunmente se juz- Guerrero. ·
ga y se presum,e , eritre nosotros viven
( Impreso de JalajJa.)
y con sagaciélad se introducen en el sen9 de las familias:. sedi.entos mas y mas
l
AVISO.
dt san'gre mejicana libran la victoria. fo~
mentando los partidos con opiniones diversas, opacando el genio de los mas celoTenemos a la vista documento fehal
sos magis¡ados , y forjando especies des- ciente de el que ciudadano Bernardo Guiml
nudas de foda verdad, presentando con- barda ( el padre) paga el .triplo de la coni
los ~as negros coloridos las determina- tribucion directa de uno por . ciento soA
·•dones de _un gobierno justo que ha se.: qre productos .
ñalado ·todos sus pasos con el sello del patriotismo mas acrisolado. Acontecimien· Errata num. 51 pag. 2. el$ col.
-tos grandiosos ha_n sido el resultado de .sus lin. 18. estencion leé estincion.
· constantes é infalibles desvelos ; por esto
·es y sera el objeto, de las bendiciones de
los partidos, y .de todos. aquellos que mírán Imprenta del ·gobierno il cargo .del ciudada;
\
.con imparcialidad sµs deliven'cione~, y que
no
I:,ortnzo
Antonio de Melo.
"()&lt;&gt;nocen que si alguna vez se mueS'\ra,dn-

e:

y

,

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,., fl,ot~le,

a su pcsa~,:es :porque

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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 59, Septiembre 13</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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