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                  <text>G.AZETA ·coNSTITUCIONAL,
DE· NUEVO LEON.
Del jueves t8. de octubre de 18~7.,
Ut tutela sic procuratio reipublica: gerenda estad utilitstcm eorum qui commis,i sunt, non eor~m f/U:bus
oommissa e.,t. Cíe. 1, offi,,
Lo mismo que una tutoria, asi se han de ejercer los cargos publicos;· no para utilidad de lol!
'luc gobiernan, sino para la de los gobernados.
.'

L EGISLACION.
Legum ministri magistratus: lt-gum infRr. pretes judices: legum idcirco omnes servi
sumu.s, ut liberi esse possimus. Cic. pro
A. Cluentio.
Los gobernantes son ministros ejecutores de las leyes: meros aplicadores de
ellas a los casos los jueces: con que todos
en fin para poder ser libres , somoi siervos dda5 leyes.
Prosigue el decreto m1m. 82. de l. 0 de abr:il
-:--:-- d~ 1826.
.,, ·
1
_ ::
76. Hacer que se recojan y depositen·. 7-n personas seguras todos los bienes
mostrencos -que s,~ encuentren en los tetminos de su jurisdicciori; y de los que
:fueren daHm cuenta al gobierno del Es,tado, ,...,.lfu los meses de abril, agosto, y
'dicieñibre, segun se previene en el deéreto numero 76.
7T. Llevar tambien .otro libro en que
se forme registro ecsacto' y, puntual de
iodas· · las e~crituras que en el distrito se
otorguen• de hipotecas especiales ó generales. La escritura, que no ·estuviere anot~a: en este libro no tendra en caso •de
concurso de acredores el derecho de pre.
forencia que debiera darse le. Por esta
anQtacion se cobraran los derchos señalados por el arancel.
78. Para que lo.s bandos y provi; dendas de policía, y buen gobierno de
los "yuntamientos no se hagan ilusorias,
podran imponer· a lo:, contraventores multas. dcsd~ uno hásta cien pesos las que

ecs13ua el presidente, dandoles el destino prevenido en el decreto n. 0 !, 1.
79. Cuidar de la cónservacion y arreglo del· archivo publico de su distrito.
A este efecto hara que los alcaldes formen ecsacto inventario de él, qonde no lo
hubiere o que se reconosca y compare
el que haya formado: este requisito se
observara indefectiblemente en las. entregas y recibos de los· archi~os.
80. Cada cuatro meses el presidente
del ayuntamianto acompañado de un regidor y el sindico procurador visitaran los
protocolos que deban llevar los alcaldes
con el fin de ver si los instrumentos que
contienen van arreglados firmados por ellos
y· los otorgantes.
·
8 l. En el mismo termino visitaran
los mismos los libros que deben Hebar
los alcaldes en que anoten las determinaciones que dieren en los juicios verbales, c·onfcrme al articulo 4 l. de este re~
glamento. Ninguna· falta se disimulara en
estos puntos, y con las que noten daran
cuanta al gobierno.
82. A mas de los ramos que hasta
ahora pertenecen a los fondos de propios
de cada distrito, se les asignan los siguientes: l · La tercera parte de la contribucion directa del uno por ciento- sobre
productos, conforme al articulo 3 5. del
decreto organice de hacienda. 2 La tercera parte del producto del derecho municipal, conforme al articulo 22. dél mismo decreto. 3. La tercera parte del produeto de las multas impuestas por· la
ley sin destino, y de las que impon-.
gan los alcaldes, segun el decreto ;i. 0 5 I. ·

/

�. 1

La ter.cera parte &lt;lel producto de las¡¡patrimomo, ó siendo hijos de familia; no
licencias d~ juegos no pn,hibidos, se¡::;un se les conoce otro empleo que el de cael decreto numero 59. 5. La tercera par- sa.s &lt;le juego, compañías mal opinadas y
'te_ del producto del asiento de gallos, con- nmguna demostracion de emprender des~
forme al decreto numero 72. 6. La ter- tino. 3. 0 Los que v1gorosos, sanos y
cera parte del valor de los bienes barran- tobústos en edad, y aun con lesion que
queños, 6 mostrencos,. conforme al decre- no les impida ejercer algun oficio, and:1n
to numero. 76. 7. La tercera parte de la de puerta en puerta pidiendo limosna.
cuota co11 ·que contribuyan por via de li- 4. 0 Los hijos. de familia que mal inclic.encia los empresarios de diversiones ecu- nados sirven en el pueblo de escandalo
estres, comedias, maromas, titeres, suer- por la poca reverencia, y obediencia. a
tes de. manos y otras; dando de todo la sus padres, y con el ejercicio de malas
correspondiente cuenta al :;obierno del costumbres sin aplicacion. a la carrera que
Estaqo, segun se previene en la. consti- los ponen. 5 ° Los que anduvieren distucion y decretos indicados.
traídos con juegos, embiragueses ó aman83. Si algun incividuo se sintiere cebamientos. 6. 0 Los que sostenidos de
agraviado po,r providencia dada por el ayun- la reputacion de su casa, del poder ó retam1ento o su presidente sobre cualquiera presentacion de sus padres, ó parientes,
de los objetos que quedan indicados, acu- no veneran las Justicias como deben, si.:.
&lt;lira al gobierno ecsibiendo previamente la no que buscan ocaciones de hacer ver que
multa impuesta con anterioridad en los no las temen disponiendo musicas, ó vaibandos de buen gobierno; y el goberna- les en los tiempos y modos que la cosdor por si, u oyendo a su consejo, re- tu.robre permitida no autoriza como regusolvera gubernatival'nente toda duda, sin lares para la honesta recreacion. 7. 0 Los
que por estos rec;ursos se ecsija derecho que trahen armas prohibidas en edad que
alguno.
no se les puedan aplicar las penas impues84. Velar sobre la buena, arreglada, tas por las leyes a los que las uzan. 8. 0
justa, y comedida recaudacion del dere- Los que teniendo oficio no lo ejercen lo
cho municipal, nombrando bajo su respon- mas del año sin motivo JUSto pue se lo
sabilidad un receptor que lo cobre dando impida. 9. 0 ~os que c~:m pretesto de
cuenta al ayuntamiento cada mes de lo jornaleros, si trabapn un dia lo dejan
colectado en el, y este cada cuatro .meses de hacer muchos, y el tiempo que haa quien corresponde.
bian de ocupar en las labores y coleccion
8 5: Se asigna al receptor sobre el to- de frutos lo gastan en la ociosidad sin.
tal colectado, un cinco poi-: siento. Si el aplicarse a otros medios de ayudar a· su
nombramiento del receptor del derecho ~ubsistencia. 10. Los muchachos foraste, municipal, recayese en el· administrador, ó ros que andan profugos y sin destino y
receptor de alcabalas, no prodra escusarse los del mismo pueblo que andan pidieneste de verificar su cobro.
de limosna, ya sea por que han queda86. Cuidar de que en los pueblos do huerfanos, ó ya por que el impio
de su distrito no se consientan vagamun- proceder de sus padres los abandQnó a
dós, ebrios, principalmente consuetudina- este modo de vida, y los mas comprenrios, taures de profeciqn, · ni coimes, ni didos en el bando circulado por el gogente alguna mal entretenida ó sin desti- bierno.
no, haciendo que los de esta clace si fue( Se continuara.)
ren habites d_e edad competel·1te; se destinC:n a las _arm.as; y si no los haran recojer para destina'rlos al trabajo que conNOTICIAS NACIONAL ES,
venga.
, 8 7. Para· ~l ma_s puntual cumplim~- San Agustín de las Cuevas 22 de setiembre.
ento de lo contenido en el art. 0 anterior, se declararan· . por.· viciosos, holgazaLa~ noticias de AGapulco alcanzan
0
ry,es, Y, mal entretenid;,ls: l.
Los. que sin has-ta 12 del corriente.
.
oficio ni b~neficio, hacienda, ó r~nta, vi:
El teniente d. José Maria Galla~do~
ven ~in saber de qu.e les venga. la. S\lQ- cpntinua en s. Geronimo a la cabezi de
sist'encii, 2: 0 Los que ten~rido al_gun cien hombres, Su plan es _d de arropr
4.

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del territorio
todos los españoles,
ha!\cedio en Jo,:; ,,r: i; anteriores. Y ,como
cometido algunos eccesos
El señor co- las cosas re¡?;,tLn,,::nte se conservan, por
ronel d. Isidoro Montesdeoca ha salido aquellos, m:.:dio~ Cj;J que se, formaron, si
con doscientos hombres a contener estos queremos sostener la primera garantia, es
alborotos. Gallardo ha invitado a este preciso
cumplamo:; con la &lt;;egunda y
gefe a entrar en el plan usando de todo tercera. ~s decir que protepmos y hael artifici0 de que es capaz, y comprome- g-imos pro,kresar la santa religion ele nutiendo su reputacion. Los amigos ~lel estr9s pa&lt;ln~s, y que la union entre los
orden esperan mucho de los ..patrioticos ciudadanos mejicanos sea cual fue(e su
esfuerzos del , señor Montesdeoca, gefe origen se lleve a puro y debido efecto,
.icreditado desde el año de 1810. en fa- sin que esto perjudique ni impida en mavor de la independencia. El señor Per- nera alguna el castigo de los que .fueren
fecto de Acapul~o, trabaja con celo y ac- traidores, la persecucion de. ios enemigos,
tividad en favor del orden, y hay funda- ni el que la nacion tome todas- las prodas esperanzas de ,que los trabajos de videncias que concidere -j\1stas, para &lt;:onIas autor-idades seran coronados con ec- servar su independecia y forma de gobi~ito feliz. En todos los &lt;lemas puntos erno. Los supremos pode;es de la fededel Estado de Mejico hay la mayor tran- racion a qui,enes espresamente esta con-;
quilidad. Las desavenencias que se lía- cedido el dar leyes, ejecutarlas, y aplibian suscitado en el mineral del Monte carlas, para sostener ]a independencia naentre la compañia inglesa de las minas cional, y prover a la conservacion y sey los barreteros, con motivo del partido guridad de la nacion en sus relaciones
que estos pretendían, han cesado, a be- esteriores desempeñan con, el mayor acineficio de la intervencion amistosa del erto y eficacia·, este deber sagrado, y cua
señor diputado Castelazo, y prudente ge- lesquicra que hayan sido ó fueren las
nerosidad del director.
equivocaciones de algutias legislatüras en
En este pueblo de San Agustin, to- punto a la in~eligencia de la constitucion
do esta en perpetuo movimiento. PerOi federal, en esta parte- se desvanec,eran
no en el que destruye, sino el que edi- muy breve, se evitara la cesion que sefica y da vida a las cosas. La casa de ria consiguiente si las medidas fuesen
moneda toca ya 3. su conclucion, y den- contrarias en un Estado respe·cto de otro,
tro depoco tiempo veremos aumentarse y renaciendo la 1 confianza marcharemos
la circulacion con la acuñacion de nues- por la s.enda, que nos marcó · el dia 27
tras barras. El palacio de los poderes de setiembre de 821 el ejercito trigaranse adelanta visiblemente; y los particula- !&lt;t de indepenpencia, religion, y union,
res movidos del poderoso resorte del in- añadiendo para cumplimiento de nuestra
te res individual, dan a sus casas m.i.s felicidad, la de federación, que es la. forestenciou y elegancia.
ma de gobierno que nos libró .ele la gerra civil y fijó por siempre la felicidad
Mejico ~7 de setiembre.
del Anahuac.
(Aguila num. 270.)

qü7

)

Seis' años hacen 'hoy que el ejercitp
~rigarante consumó la obra de nuestra
feliz emancipacion, y entró en esta capital triunfante y glorioso. Ningun me•
jiq.no puede recordar sin ternura el JU·
bilo, el placer, el entusiasmo con que
fué _celebrado un suceso tan fausto para
a nacion, y al disfrutar de loi bienes_
.1ue nos ha proporcionado, no debemos
•Jlbidar que la sola voz de independencia, sin las otras dos de religion y uni011, babia dificultado aquella, por que sin
· conciliar- los iilterese/ de todos no podia
, dejar d~, oponerse una fuerte resistenci,a
·. por
del gobierno español, como ~u:.~

'parte

Yeracruz setiem}re 22.
,
Habienu.onos faltado las gacetas que
acostumbramos recebir de Nueva Orleans
por el ultimo buque que ha traido noticias del seílor Comódoro Porter tubimos
que incomodar al señor consul ame.ricano en esta plaza, quiey ha tenidq la bondad de franquearnos las que ya recibido
y en una de las cuales se ene u entra un
articulo digno de notarse y acuya traduc.
.
'
c1on es como sigue.
_. ,,Corre la vos de que el general Mo,.,
rales ha llegado a la Hab_ana con algunas· ti:opas espaÜG~1s; que han sido tras-

i

1

'

�,portadas desde las Islas Canarias e11 dos
-fragatas y trei. corbetas de guerra. Tanbien se añade que' de Cadiz se aguar' daban de dia en dia otras mas tropa.s."
,,Segun las apariencias no ~e pasara el invierno sin que presen~iemos sucesos importa.mes en lós países que confiscan con el golfo &lt;le Mejicd."
Las &lt;lemas
noticias \ :-e contraen
'
.a lo
blen recibido que ha sido en Nueva Orlea1:s el comodoro Porter y lo festejado
que se ve el y su comitiva por los habitantes de la Luisiana. En otro nume
ro daremos mas detalles sobre el particular com(? tambien algunas reflecciones
sobre el repentino arribo de las tropas
a la Habana.-1,os erlitores del Noticioso.
( Aguila.)
(Correo.)
(Sol.)
.

Mejico 29 de setiembre

un principio de op.inioncs aunque sca'erro~:.
nea, lo que eren mas seguro; querer que_.:
en una republica naciente ni en pais a~--'
guno del mundo, deje de haber hombres
perv'ersos enemigos del orden, aspirarites,
amigos de asonadas y revoluciones; ultimamente, esperan que en un sisttma en
que se logra el henepcio imponderabJe de la libertad civil é igual mente legal, no haya abuso, ni ecsesos tn el ejercicio de esa
misma libertad es pretender imposibles,
es· querer antic:parse la bienaventuranza,
es no querer sufrir nnos pequ::fios é inevitables males a cambio de tantos buenos
como proporciona el_ mejor sistema de gobierno, que hasta ahora se ~a discurtirlo
para hacer felices a los pueblos. Tengamos pues una poca de pacie~cia seamos tolerantes políticos, si queremos ser
republicanos verdaderos, confiemos en las
autoridades suprem.is y ocupemonos _ esclusivamente en procurar la · conservacion del orden, de la paz y d~ la union,
deponiendo temores infundados. _ Asi renaced1. la confianza, el comercio progresara y seremos envidiados de las naciones europeas y de todo el mundo ilustrado.
( Aguila uum. 27 l.

¡

, El haberse desechado las propociciones del señor Zerceero sobre espu!cion
-de eclesiastices españoles, casi con unanimidad en 1-a camara de diputados, habiendose admitido antes y pasadose a la
comision respectiva las del seiior Blasco,
que estan en sentido conf.,rme a la tercera garantía; el haberse aprobado con
m·as de, das tercios de votos en la: camaMtjico 18 de setiembre.
ra de senadores el articulo l. del dictamen contra la ley de hlisco, y la opiLa ecsageracion de los partidos hi
nion emitida por principal de la cuestion sido la destrucion ele la libertad france-1
con la de la mayoría; el haberse desapro- sa y la causa creadora de muchos enemibado en Chihnahua un proyecto de ley gos ele las republi_cas, porque no las creisemejante al -de Jálisco, el haber callado an jamas compatibles con el orden y la.
todos los demas Estados, a ecepcion del justicia. La moderacion llevada al estre,de Mejico, donde hasta ayer solo se &lt;lis- mo y confundida con la inercia, fué arcutia el proyecto pendiente, pero no se ma poderosa para dar el triunfo en otros
babia aprobado ·como falsamente se ase- pueblos infortunados a los enemigos de
guró: los ningunos progresos ·del grito las libertades publicas.
de Gallardo en Acapulco y otro5 hechos
La revolucion del continente amtritan publicos como incontestables, manifi- cano, dando campo a la filantropía, ha leestan ha§ta la evidencia que no hay mo- vantado el templo de la libertad y hecho
tivo ~i merito alguno, para la alarma que para siempre mucho ma5 ecsecrables los
ciertas, gentes tratan ele fomentar, ni para nombres de JVIara:t y Bobespierre. La reinspirar desconfianza ni.temores de pros- volucion americana con. una moderacion.
cripcion con agravio de la justicia, sensa- llena. de enerjia y dignidad, va consolidantéz y generoridad de la gran nacion me. do todos los princiqios.
jicana. Pretender que no hay en ella (Correo de la federacion mejicana 11um. '3 3 1)
patriotas ccsaltados que recuerden las
opresiones anteriores, que teman las in•
triga&amp; del gavinete español que desconfiImj1renta 1 del gobierno a cargo del dudada- , ·
an dt:; todo lo que . tenga este nombre,
Lorenzo Antonio de Meto.,
que se hayan r.esíntid9 por las conspir~ciones descubiertas y que busquen por, l!!m~-~!!!:1-

no

~=~~====~======::==.==-•·-·

�</text>
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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>Política y gobierno</text>
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              <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
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              <text>Siglo XIX</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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