<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="8806" public="1" featured="1" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items/show/8806?output=omeka-xml" accessDate="2026-05-17T21:51:11-05:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="7150">
      <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8806/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1829._No._149_ocr.pdf</src>
      <authentication>ff23aa39dd7b6c4e246928c540329861</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="56">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="248162">
                  <text>n1enta{
:ar, ha
s granrepu1tuciasles con
:ivismo
1nestos
~altado.
·a siem;: repe ...
servansos bie' ~ que
)S

sacn-

~ del cata aqui~
irio fue-

GAZETA CONSTITUCIONAL
DE NUEVO LEON

Del jueves ~8. de ma¡o de .18!9
Ut tutela sic procuratio reipublica: gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi wnt, non eorum r¡uibu•
oommissa est. Cic. t. offic.
Lo mismo que una tutoria, asi se han de ejercer los cargos publicos; no para utilidad de los qucgobicrnan, sino pa1a la de los gobernados.

habeis

alabra el
que sm
mn de la
lo condu:::l honor· , ecshor1 e1· mas
r sincero
npr_e vuam1go.----:-

o a la es-·
~·el ultim•
Barcelona Y'
nbarcan&lt;lose·
1.600 homle la Haba- •
recibido ins ..
íola al manlista v reci.- ·
· Ant~nio, y .
&gt;·•con el ob.;,
1s _:;l. su legitima .en cer.· de Españ'1

r4, la fragá:.
e enseño el "
de 1829.
1· ·•n11m. 335.) )¡

CONGRESO. DEL E.STADO.
Continua la sesion del dia 4 de abril.
_

Se aprobó en tercer debate el decreto
'. provisional del tenor siguiente. ,,En caso de
··que no sé verifique ó de que cese la fa.
:. bricacion de cigarros por contrata; el gobi:' erno podra restablecer la fabrica provicionalmente en ia manera que ecsistió en 1827
: y 1828 con los ,rnmentos de sueldos y &lt;lepen. dientes que la esperiencia haya acreditado ó
,:.'acredite necesarios á juicio del mismo gobi, erno." Se sancionó en tercer debate el
decreto provisional num. 73. que contiene el plan de instrucion publica del tenor
siguiente. ,, l. 0 Se observaran religiosa,_ mente los artículos constit11cionales 253,
254, 255, 256, 257, 258, 259. como tambien la atribucion 13. de art. 108. las
atribuciones l O. 11. 12. 13. 14. del art.
, 230. y asi mismo los arüculos de la ley
organicé;\ 42 y 4.3. 2. e La correccion
que ·toca hacer al gobernador segun la
atribucion ;;. art. 123. ó al alcalde l. e
como resorte inmediato del gobierno se~
· gun el art. ~20 y ley citada afü, ó a los
otros alcaldes segun el art. 15 1 de la
consütucion y ley que alli se cita y demas que. tratan de correccion, empezara
siempre por ia instruccion del individuo
en 1as obligaciones cristianas y civiles y
en algun oficio ó ejercicio de industria
util ( si no lo tiene para pasar honestamente la vida) sea que la coneccion se
haga en 1a carcel o sea que se hag-a en
la casa de beneficencia ó bien sea en la

casa de algun empresario ó labrador ó ma•
estro de algun arte u oficio a cuyo cargo se ponga el inclivido, el cual quedara
responsable de dicha instruccion, sin la
cual nadie puede salir de la correccion
aunque haya cumplido el termino prefijado.
3. 0
Este ramo de la instruccion en las
obligaciones cristianas y civiles y en algun oficio ó industria util manual y faciJ,
sera muy atendido en las casas de cari•
dad beneficencia y correccion y tambien
en las carceles, y de ello cuidara el gobierno, los alcaldes y ayuntamientos y procuradures sindicas auciliandose de los parrocas y de otras personas caritativas sin.
perdonar a gastos ni a diligencia para lo
grar este fin. 4. 0 Los padres de familia que por su pobreza no pueden ense.
nar por si mismos ó hacer enseñar dentro de casa sus hijos y domesticas las
obligaciones cristianas y civiles, corno tambien a leer escribir y contar, seran obii.
gados a embiarlos a la escuela publica,
salvo la prudente condesendencia que la
autoridad poiitica debe tener respecto de
aqueHos a quienes sus padres, tutores· ó
amos tengan nececidad de ocupar en la
labranza ganadería ú otra ocupacio:1 util.
5. 0 Los padres pobres que no puedán por
si mismos· enseñar alguna industria util á.
sus hijos, seran obl.igados a ernbiarlos a
aprenderla en la oficina de algun empresario ó con algun labrador ó maestro de oficio.
6. 0 Sera muy loable y se tenclra como
una prueba realzada de virtud y de patriotismo aun en la gente de facultades

�a

a

y.

dedicar . s1.1s. hifros
las tar.• eas m. ecani-¡semejantes:
tambien p. or 1a constitucion..•.&lt;:
cas de 1a labranza ó al aprendizage de al- 15. El gobierno en todo el Estado y el,
gun arte u oficjo m.~anic.o y :,e tendra d~ ayuntami.eoto en el disti:ito podra dar pro'7i-'
tales padt-es -,é;; hijos , la c~nsiderac¡ori
tiendas para; acopio de ~jernplares de los u.:,
aprecio debido
una tal prueba de non~ bros indicados. J 6. Como de las madres
radez, de amor al trabajo utU y de aver. se. reciben necesariamente las i&lt;l~as y Ja/
cion .~ la inmoral ociosidad. 7. 0 'Lo ~clueacion primera, importa mucho que se•·.
mismo se entiende respecto de la instruc- atienda en cuanto sea posible la buena 1,
cion de las hija/5 pobres ,ó ri,ea&amp; en Jeer, crianza de las -nifias .( sobre: la cual hay
escribir, contar, y en i'ndustrias acomoda~ un tratadito de Fenefon) y su ensenanza :
das a su secso capaces de proporcionar- en la doctrina en la moral en los ejersici- ·
les· ahorros de gastos en su casa y tam os caseros aun de la economía rural y
bien su honesta subsistencia en caso ne- domestica~ en hilar, tejer cintas, cordones tecesario. 8. 0 Se procurara con prudt"n- las, medias, coser, lavar bien y demas la.
~ia y suavidad evitar en el modo posible bores proporcionadas a sus fuerzas prolique se emplen los hombres sanos y ro- gidad paciencia curiosidad y delicadeza: en
bustos en hacer cigarros y en otras obri- leer escrivir y contar en c_onocer y esplicar
!~as mas pr?pia_s para la debilidad proli- l~s colecciones de ~stampas mo~aks é histo- .·
Jld~d y pac1enc1a de las mugeres. A las11 neas de que abaJo se hablara. 17. Pacuales conviene dejar libres -tales ramos¡ ra la ensei1anza de moral que hade ser
de indtBtria. 9. 0 Se procurara que se comun a niños a varones a viejos a homvaya introduciendo entre la.s mugaés la bres y a mugeres, se- mandara desde luehabil.id.td de hacer medias, cintas, zapatos, go trabajar un proyecto de coleccion de
y rupJs especialmente de mugeres. 10. Se estampas que figuren sucesos celebres de
ecsorta a ios &lt;lueiios de tenerías obraJes y; la historia sagr,1da y profana antigua y
otras fabrit:as, y a los maéstros de oficios! moderna especialmente americana", los cuamecanicos a q•1e en pró de sns semtj:m.! les esten acordes con el sistema republit~s y de toda· L1 socied:td, sean libera!~s y: cano. 2. 0 Al pie de c~da estampa ha
fra.n::os en admitir aprendices y ~t:lusos:,dc: ir una breve pero clara narracion del
l
i'
.
d
. e su enstn:uiza
y arreg,o
11. Se ecsrnt::1)suceso.
3. o '\T
1. mas
a b ªJº una esp ¡·1cac1del misr:10 rntdo a los labr,1rJores á que;\m de la virtud ó virtudes morales que,
recib::rn facili~¡c:nte y tomen á su c:,rgu yi\&lt;impean en aquel ca-,o todo tan claro y
en"cnen el oficio a los m1ichachos huer- tsencillo q;~c ló puedan entender los niiios.
fa::os ,v desam¡1:uacbs. .ln·truccirm ,!J;·,'m,~- 11 ¡ ;~. L~~ta co!eccion debe ¡Jresentar un cura. l J. f\ mas de la cabecer.1 de: l disni- :eqx) · de filosofia moral acomodada a ni.
to donde qüiera que puedi str c,.;mc,ch-- '.íi.rJs lo m;ts reducido pero lo mas comple. mentt?, se establecera escuela clr: p,irner::s ;w que fuere posible. Debe tambien al
letras p,1ra niñus y para n11i::s y donde jmismo tiempo presentar por su orden eroquiera que se pretench se daril lic';¡¡
inologico los principales sucesos hi~toricos
para ella y se protcjera, se zclara y vigi 1que den una idea general cual baste a
lara sobre su arreglo corní~ionand el nlrios, de la historia general del mundo.
ayuntamiento personas ele confianza que El grav::iclo ( que no debe ser muy pulisemanariarnente la visiten si esta muy Je. do sino tan solo pasable) no puede cosjos de la cabezera. 13. En las escuelas tar n1'Jcho en Nueva-York. 1~. Los pa ..
de primeras letras se enseñara
leer es- cires qu1:: tiern'.n comodidades comprarán
cribir y contar, el catesismo de la doctri- para ;us híjus ejempbres de esta coleena cristiana y un compendio de las ob[j. ,cion. de estampas, y alguna ó algunas. se
1
gaciones civiles que se trabajara al efecto comprarún de los fondos de cada escuela
sacado_ del espiritu de la consütucion del ó de ios propios y arbitrios para que sir-:Estado: en el interin poclra servir el, li- ,van en comun él los hijos de los pcdrrs
bro titulado Tesoro de los niiios. 14. Se que n0 tengan con que comprarlas. 20.,
procurara que lean los niños y niñas por Se adiestrara
los niños e11 conocer y,
el catesismo de I•lfuri o por el compen en tender cada estampa, referir el su~eso

;:vi

"'ª
;.#

/y,

a

'.~

)'Uf

;¡;,\~
.r~-

·· . ·ffi¡
i

: ad

·~Úi

0

1)

a

a

dio de la religion de finton u otrt&gt;s libros¡ q.ue representa~ y dar tambien id,a de la

·l!·i
se:
au

h

fec
da
en,
Sin

,, gn
mi

prt
,

ga1
ó 1
na
CO&lt;;

ma

ese
tru1
cur
fió

na11
·aqu
que
gan
, mer
1n an

pas,
da :
nurr

perf
'_ Est,
grue

por
fir

a

$Orne

tes
· geog

1

26. ,

.niñoi
desp1
taditc
tanto

urba1

�ó do'mt'n1elttó r1ue ·eJ·sticfs'o insr1ra c4'fara qtié fas ·esénelás ·1e.b'g~t1J, agu~}o.r~
ha stá qúe puetlah li:ícérlo: por rithte- y gí-aric!e·s corraliz-as clori"de lqs 'ü~ños,
· pro\Ti- '.
. if mi_smo sin leer lo qu·e esü escrito- en h1, büúí ó'rdeñ y evitando·' ei;1 'todo
los li- \
lo baJcr clt! la éstámpa: haciendo qtfe los que
iíííp-ongán
iriéi'v1r retaso se éjer~
naclres ~.
unos que·. ya lo saben 10, ense.ñen
los citen
ciertas _horas bajo la, vista y diss y la.-,.:
olto·s que lo ignoran, y que todo sea por posicion CÍ'el ipa,éstro, en la focha, en la
que se ,
. iyíodo de diversion ó entretenimien'to. 21~ carrera, en lazar, en tirar al b'lánco con
buena' . ·
' __ l!'stas -colecciones de e&gt;támpas, _serah ~I flecha
con bala, e'n slmñrar
ttaspl~nal hay
adorno de lá::; aülas de eshníio•:s, dé escue- tar arboles y mafüs útíle5~ en én'freñar-enenanza.
1as de primeras letras, de las salas de sillar y montar
caballo,
ordeñar las
jersicisesion de las socie'dades pátrioticas, dé las, cabrás y las bacas, en forinar filas y co'Ural y
aulas. de labor de. instru~ti?~ y de los re- l~m~~ marc?~r
hae,er cuarto~: ~). ~O:m~
mes tefectonos de las casas de candad beneficen- bers10n y sr pueae ser hasta en JPgar, .el
1as la- .,
cia instruccion, y de todós los establecí- florete y sable de paro: '·si -haf 'p:01r-aje
prolientos publicas donde· s·e juzgue oportuno aproposito para que se en~s·enen a nadar,
eza: en
sin escluir si puede ser la sala del con- ,no se omitira adiestrarlos temprano á es:.s.plicar
greso ni las salas consistoriales ni a-un las' te imflOrtante ejercicio necesario mucf1as
é histomismas carceles: pues que lá moral debe¡·veces· }l la ¡j'fopia coriservaéion. 28. _Se
7. Papresidir en todas partes. · 22. 5e encar- •ip·rocurara que la formación de las let~ras.
cde ser
garan a Nueva-York. muchos e}einpfares 1sea por principios 'segtüi · Tório · ü afros
a homó una impresion entera éopiosa de algu :que han escrito de es·ía ,matéria. _·. 29. A,l
tle luena cokcdon s·eHcitia &lt;le mapas geografi. enseñar á los. niñus la'S cüatfo reglas de
:ion de
CO'i, q·.1e los h,1y espresamente hechos por ilcontar, se les procurara hacer "enlerider.
bres de
may·or para la enseíianza de I'os niños: 1iclara y senciila pew cientificamenté elfüntigua y ·,
cuest,n muy poco: deben pedirse en. pa- :da mento y los j)rincipios de. la operacion
los cua.' pd c?mim para qne cuesten rneno~. 2t. J:p_or.'el libro iritifülado f.eC~ionés de a_ritinerepubli, Con ·estos mapas ~e adorn~ra_n_ tamb1en_ \asl:tz,ca para uso r~e l~s esrndas ~el Slll~ .de
rnpa ha
• tscuelás ·aulas y establecimiento de rns- :San lldifonso Ge o por otro libro que se
:;io11 del
trucc.ion primaria. ~H- Tamb·ieil se pro- lencuentre· más sem;iilo que este ó iñ&lt;ts
splicacicurara encargar ~lgunos globos terrestres ,aproposito para nmos. so.· Donde Haya
les que~',·
no muy detallados · propios para la ense- proporcion se daran .los·· nifü.Js. uri0s· haclaro yi
fianza de los niños •a menos qué puedan ciones elementales de la geometria p·ór el_
s niños.
· aqui hacerse, asi cürno esferis ;-irmilares libro intitulado Geometria &lt;le los niños ó
,. un cuque es m~s f1cil }letra cpe 'los niños ju- por el compendio de el.' Manuel Yhojosa
1a a .n1 .. ,
, gando adqL1ieran estos conocimientos de- ,presbitero, ú otro mas aproposito po~ lo
complementales a::itrono~licr¡s y geograficos su q_ue import~ para habilitarlos varios
n,bien al
m:1mente neces&lt;}rws de que 2lgu110s qne c10s mecamcos que e11 gran manera, .se
den cropasarí por instruido's carecen aun por to i.1tilizan con dichas nociones. 31. Don:.
i~tori:cós
da su vida. 25. Se procurara traher un de fuere po~ible se daran a los niños por
baste a
numero competente de juegos de mapas el mismo Torio ú otro compendio apromundo.
. perfectos y detallados particulares -de lps pasito, rfociones de la gramatica y ortograuy puli' Estados Unidos Mejicanos en carton muy ,fia castellana y que al tnseüarles la lenede cosgrueso de suerte que se puedah recorur gua latina se les hagan notar las análoLos papor las. divisiones de los diversos Estados gias y las diferencias, que hay entre es1mpraran
. a fin de que los niños. acomodando &lt;lesa- ta lengt1a y la castellana. 32. Se procuta colectomodando y volvieodo a ácomodar las par- rara dar a entender a los nifios donde y
·unas, se
te's del mapa. aprehendan por menor la cllando sea posible el uso del terinome~ro
' escuela:
geografia del pais por modo de juego. y del barometo y de la aguja magneuca
que sm•
26. Para enseñar desde temprano a los y tambien el del cuadrante:_ pües poi su
s p¡dre-a
niiios la urbanidad/, es util hacerles . Jeer' misma simplicid111 es el tinico instrume~las. ·20..
despµes de_ las . nociones religiosas el tra, to de este genero propio p~ra que los m,noeer: y1 ,, tadito de Esco¡quiz u otro cualquiera de ños midan los grados de latitud _Y ·se pue:1 suceso . tantos que hay a pto,posito acerca de la
hacer de madera en cualc¡~11ra parte,
lea: de. la•
urbanidad~ 2c7·, Donde sea posfüJe se pr-0. 1
Se conch:tdt.

mcion.~

º'

) y el:

·: :~irtud

.·a practicar:

se
a

a

ras~

·ar

y

:r

a

en

r

a

1

'

•

I

pe

á

ofi:

�D. Blas Antonio Esnarriaga;

Lista de loa espánolés . espulf os d;l Estado
de Nuevo Leon y de la republica l1, virtud
de ta ley de 20 de marzo" de este año, con
pasaporte ((et_, gGllierno d~l mismo Estado.

D. Eugenio Az'urmendi.
D. Pedro de la Herran.
Momerey 22 de mayo de. 1s2,.

, D. Francisco Arjona con· su muger y Lista de los espori oles de este Estado

uri_ hijo ~doptivo.
' ID,'' Ygnacio Bulnes.
., ·D. Ramon de la Riva.
'·· D. Juan García.
D. Antonio Casado con su· familia.

D. José Garcia.
D. Antonio Arguinzonis con su familia.
D. Hilario Mariá Zavala.
D. Manuel Bamonde con un hijo adoptivo.
·
'
D. Garpar de la Oliva con su esposa.
Presb. d. Diego Dias de Mendivil.
··D .. Eugenio Cerrano.
D. Francisco flandc:s.
D. Manuel Abila.
Socorridos hasta el puerto por indigentes.
D. Jo5é 'Chichon.
· D. Cayetano Rodriguez.
D. Antonio Mier.
D. Francisco Antonio de Abaíia.
D. Juan Muñoz.
.
D. Franci~co de Leon.
I&gt;. Juan Manuel Aibarez.
D. Luis Guirado.,
D. Hipolito de Hoyos.
D. José Maria Conde.
D. Rafael Gonzalez.
D. Pedro Marañan.
J\fonterey 22 de mayo de 1829.

.
éeptuados. de• la ·ley de espulsion de 20 de ·
marzo de este. año por la camara del sena• ,'.
do en 2 1 de abril del mismo.

D. Matias del Llano.
D. Antonio Casado.
D. Antonio An;iaviscar.'
Canonigo el. Pedro Hombre.
D. Andre_s Viteri.
D. José Tomas Delgado.
D. José Gará.y.
D. Jorge Soriano.
D. Francisco Marichalar.
D. Juan Francisco de la Penilla.
D. Casimiro Sada.
Monterey 22 de mayo de 1829.

,.
~J(

' .Ut
.

•¡

3.'.l

¡.,·

Secretarfo del gobierno del Estado.
Filiacionts de los reos fugados de la caree!
nacional de Cadereyta Ximenez, que se hallan
comprehendidos en el robo y as,ecinato ejecutado en el .Ajancual.

José Maria, de la Garza Segundo.Cuerpo bajo, de un gruezo regular,. barba rala, patilla regular y negra, pelo negro, ojos pardos, color ttigneño: ;viste ca- .
misa y calsonera de coleta, za patos .al:&gt;rochádos por delante, y es natural y vecino
Lista ~e los españoles que a _vii·tud de la de Cadereyta.
1mperior orden del E. S. jJresidente de la
Dimas Arambides, alias Guerrero.republica de 8 de abril anterior tienf?n he- Cuerpo y" gruezo regular, barba rala, pa- .'
chos sus ocursos solicitando esctjJcion di.º la 1illa ~ab :coyta, p'eio negro, ojos pardo5,_ ,,
, 'ley de 20 de marzo ultimo.
'color trig"1."eífo,, tiene una señal &lt;le cortada
en el bra'z·o izauierdo como de mm sesma .·
1de larga: ·vt~te ca misa y, caísonera de .coleD. Pedro Vidal.
p. Julian Antonio Tato. ,
zapa te{~ ''ab:ocl:1,1,d~~j IJOr .de-lante, y es
l•r. Justo Rojo.
matural .del mismo ,Cadereyta. ·
·
·
• Cuya~ .filiadói1e·~ ·;;~:insertan en la gaFr. l•rancisco Feliú .
1). Ped~o Lopez.
ceta para. los· ~fe,cws qúe indica la circular
I). Ignacio Agustin .,~le Echav,ania,'.
&lt;le esle i-91:ite.rpo_· di' de mayo de 1827. ,
D. Sant~ago Vedia.
Monterey 26, de 1Uayo de 1.829.-Pe- ,
dro del ,.Valle.. - , Secretf1rio.
. . .·
. ·
D. Pe9,r.o Elias Muela.
b. Antonio Vallejo.
· 1
&lt;
.
'
,:.
D. Fraricisco Moyano.
. Impre11ta dtl · gobierno ii -cargo del ciudada- .
D. Tomas Muñas.
no Si:xto Gonzalez.
D. Manue~ Inguanzo.
:

J.

\ta,

l

t

~tnmtssa
~,- ,.Lo 1
~icrna1

.to• tubi
ten· vo
p'nblica
la

que

proteje
Ítttes

l

S4. 'Si
chor·· g

en

~g1
dra de
dbmest
netalog
n·omia·
e,iencia:
Estado

trato (:

35. 'Q.1

dotara
1has'·ne
'da tlel

í.cilit'8tle
·&lt;'pieza.
't'.'n.

ef. l

ridad• fi
~tlieó ci'

'on,. pra
~htos f.
'íalliien1
~~ ~ll
-~r·

a~

·ifintq.s

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="163">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="3092">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="479236">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
    <elementContainer>
      <element elementId="102">
        <name>Título Uniforme</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240367">
            <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="97">
        <name>Año de publicación</name>
        <description>El año cuando se publico</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240369">
            <text>1829</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="54">
        <name>Número</name>
        <description>Número de la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240370">
            <text>149</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="98">
        <name>Mes de publicación</name>
        <description>Mes cuando se publicó</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240371">
            <text>Mayo</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="101">
        <name>Día</name>
        <description>Día del mes de la publicación</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240372">
            <text>28</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="100">
        <name>Periodicidad</name>
        <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240373">
            <text>Semanal</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="103">
        <name>Relación OPAC</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="240388">
            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
    </elementContainer>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240368">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1829, No 149, Mayo 28</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="49">
          <name>Subject</name>
          <description>The topic of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240374">
              <text>Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="240375">
              <text>México</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="240376">
              <text>Publicaciones periódicas</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="240377">
              <text>Política y gobierno</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="240378">
              <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="240379">
              <text>Siglo XIX</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="41">
          <name>Description</name>
          <description>An account of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240380">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="45">
          <name>Publisher</name>
          <description>An entity responsible for making the resource available</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240381">
              <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Sisto González</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240382">
              <text>1829-05-28</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="51">
          <name>Type</name>
          <description>The nature or genre of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240383">
              <text>Periódico</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="42">
          <name>Format</name>
          <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240384">
              <text>tex/pdf</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="43">
          <name>Identifier</name>
          <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240385">
              <text>2018923</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="48">
          <name>Source</name>
          <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240386">
              <text>Fondo Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="44">
          <name>Language</name>
          <description>A language of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240387">
              <text>spa</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="86">
          <name>Spatial Coverage</name>
          <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240389">
              <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="68">
          <name>Access Rights</name>
          <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240390">
              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="96">
          <name>Rights Holder</name>
          <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="240391">
              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
  <tagContainer>
    <tag tagId="6370">
      <name>Ayuntamiento</name>
    </tag>
    <tag tagId="20971">
      <name>Elección de Oficios</name>
    </tag>
    <tag tagId="20969">
      <name>Empresarios</name>
    </tag>
    <tag tagId="6589">
      <name>Gobierno</name>
    </tag>
    <tag tagId="20970">
      <name>Jefe de Hacienda</name>
    </tag>
    <tag tagId="6588">
      <name>Legislatura</name>
    </tag>
  </tagContainer>
</item>
