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                  <text>GAZETA CONSTITtJCIONAL
DE NUEVO LHON
Del juives t. 0

de setíembre de 183 t .

. Pt tutela "~ic procuratio reipub/iéa: gerenda est ad uti/itatem er;rum qui comissi su1.t, non eorum quibu•
~omissa est. L'1c. 1. offic •
. Lo rn 1s.mo qut: una tutoria: asi se hae de tjerccr los cargos publicas no para utilidad de los que
gol;nernan smo para la de los gobernados.

CONGRESO DEL ESTAD O.
Sesion del dia 23. de marzo.

que se concede el perdona los que ha-'
y:m incurrido en delitos políticos perte•
necientes al poder judicial federal: asi mismo incluye otra copia de la circular de
12. del citado mes relativa al mismo asunto. Se mandó pasar a la comision d~
justicia. Otra comunicacion con que remite una representacion documentada de
los vecinos del Pueblo Valcnzuela de la
parcialidad de los Alazapas de la municipalidad de S. Miguel de Aguayo, contrahida a manifestar los perjuicios que resienten en el reconocimiento y suj~ion

Se leyo la acta de la ·sesion · anterior y fue aprob;:ida. Se presentó el. ciud,.-1&lt;lano diputad;_; Jo~é Antonio Lt!al, quieri
h .. biendo ecsibido su credencial se pasó
a la cpmision revisora. y presentado su
dictamen foé aprobado, acto continuo presto su juramento y tomó a5iento. Se procediu igu_alml.".nte a la renovacion de ofi.
_c1os, y resultaron ele&lt;:tos, para presidente e\ Sr. G,,rcia (D. I~&lt;,f,el,) vice-presi- a la municipalidad a que pertenecen: se
dePte .el Sr. Arroyo, primer secretario mandó a la comision de peticiones. Se
tl Sr. R.;da~ segundo s~cretario el Sr. La dio cuenta con un oficio del ayuntamienchic,1 y p;:¡ra suplente, y Tesorero e} Sr. ·to de Villa-Ald,\ma felicitando a la le1 ,ea!. Se dió cuenta con una comunica- gislatura: se mandó al archivo. Se dio
cion del gobierno con que ac0mpuíiaba cuenta con otra comunicacion del honoracuentas generales de c3rgo y ddta por taba- ble congreso del Estado de Zacatecas con
co!i, papel sellado, y naypes pertenecien- que adjunta dos ejemplares de la iniciates al :-:i110 procsimo pasado se mandó pa. tiva que ha dirijido a las camaras ele la
sar a la comisivn de hacienda. Otra co- Union sobre que no se admita el dicta. munic:1cion del gobierno con que incluye m!'n presentado por la comision de la del
dos copj.is relativas la primera a con- senado en que se varían las penas esta&amp;ulta qL1e el trib1mal municipal del distrito blecidas sobre Los abl!sos ,de libertad de
de M&lt;Hin propone al mismo gobierno so- imprenta: se mandó pasar a la comision
bre rincL1s cp1e han ocurrido para llevar respectiva; asi mismo se &lt;lió cuenta con
it tf:cto sns procedimientos, y la segun- un oficio del ayuntamiento de Cadereitada lo que se te previene observe ínterin Jimenez, relativo a la enmienda del artila legislatura da reglas· sobre la materia: culo 63. de la constitucion; se mandó pasar
se nlandó pasar a ia comision de puntos a los antecedentes de la materia. Se dio
&lt;:.onsdtuciom.les. Otra comunicacion con ta_mbien cuenta con otra comunicacion del
que ac0mrnna ej::mplar del soberano de- gobierno con que remite original el voto
creto eí.ipedido por las qmaras de la lJnion del ayuntamiento de Salinas- Victoria so.
~1 11 del" _procsimo pa~ado ~es, por elJ bre e1 mismo asun~&lt;&gt; que el anterior; s~

�Dlªn~ agr~g.a_r. ~ los antecedentes.

a :favor

S~ dió los celebres interdictos romanos

prime·r d~b'ate; altlecreto nu~. 18 l.. Con de la posesion ya para retenerla,1 ya para
· lo que· se levanto la sesion.
recobrarla: y . entre . n·osotros omitiendo
-, T

~'

. -

¡,( i, !• ·- ·. 1 ' . ,!

•

, .. . ,
t:ontinua el dictamen soóre tierras.

otras . ·,.;mu-qpas l~yo:si,t;,:.· h,aista referir' d0s- •de \'
'
·¡~pidá y una de. la:; recopi/acion.
- ,
,,Acaece a las vegaclas pleitos y con• '.'.

,
, ,~ndas entre los ornes sobre · las fuerzas '
1
Ya en primer lugar hahia puesJ'o éf ;,q\:ii'' facen unos a ·otros de manera que
.por t!tulo constit?th1:o ele la. propied~d J_a 'Jaqu,,~lo~
q~!ien ,tov:i.an ... algunas cos~s
poses1on actual: ,;La p'Oses,wn artual:41- ;.',.por•, tu,e.rza .prclen q ue Los entreguen de
,,ec: es un titulo de propiedad que pue- ,ila posesion de ellas; y los otros que las
-· .,de adelant~rse a todos, y tener el lugar ;,tomaron asi di.cen que gr:las non daran
,,de· todos. . Et
,sie~n,pre, bueno y va1~ ,,,q~1e son suyas, y · que han dn:echo
,,tedero contra todo hombre que_ no ~,en e1l3;s, y que lo quieren p~obar; ó por
,,tenga otro.· titula mejor que·, oponer ;,aventur,a viene otro ¡;¡).gun:o. que 9ice que
.,a este. Quitar arbitrariamente a aquel .1,suya es aqueUa co_sa, y que la quiere
.,que poseé para ,dar a. aquel que no po- ,,probar. E por ende-_decimos cuandci asi
nseé, ,seria criar una perdida de la una par- ,,acaesca que tales ~emandas vengan de,
..,,té y .una ganancia de la otra. Mas el Hconsurfo sobre una cosa, que la drman,,valor del placer de esta parte gananciosa ,,da de aquel que dice, que seye:ndo ei
,,no equivale al dolor ó la pena de aque- 1 ,,teneclór ge la tomaron por fue za d,.:be ¡
,,Ha otra part·e qtie pierde. Primera razon-; ,,ser oída primer'a!Ilente, é ser lib1•_;90 se~' ·
,,Un tal acto de violencia echaria ef · sus- 1,gun derecho; é de· si oyan, et tibreh l~s
t,to, ó el temor, o el rezelo, o li¼ inseguridc1d ,,demand-'ts de los otros asi convi fuese
,,enelanim'J.clelospropietarios,atacandosu ,,derecho (1. 18. tít. 11. p:ut. 7.)
,,seguridad. Segunda razon~La · post-sion
( Se continuara)
;,actual es pues un . titulo fuhdado 1:-o~re ~I -.,;;;;;;=;;;;:;;::;;;==;;;;;;;====;;;.;;.;..,:;;;;;;;;;;:;;;;;;;;;;;..;;..,¡¡¡¡¡iia&gt;
,,bien de primer orden, y sobre t'1 :bien\
N017CLiS NACIOJ.VA.LES.
,,de' segundo órden.
·
j
Aun cuando la cnmision quisiera¡
pre!teindir de las razones y fondamentos\
AfeJíco 30 de julio.
seniübles producido5 por e~te jurlscons'ui-1¡
to. en apoyo de su decision, · no hay du.; Contitma el estrncto de la numoruz dd Es"
da que fa decisi~m qne el saca en favor¡
tado de Nw,vo Leon. ·
de la posesion actual, 'toda vez que no\
Para la instrucicon pub ica hay r:n
se la oponga y se pruebe bien 0tro titu-.;el Rstado 3 l. escuelas di'litribuic.hs en 26.
lo n1ejc,r que ella, es, dt:be ser y ha sid&lt;l'1pob!aciones .. No C'Csiste otro- colegio .al~ ~~scision del dfrecho en toda sociedod¡/mas del seminario de e.sta capi!al,. in
c1v1lu:ada para f'Vltar que tod,;;-S ~s cosas cual se hallan establecidas las se s en~~ .
queden espuest;:1.s siempre y por '~iempre!!dras siguientes, de teología escolastica que
a ser _presa d_el inas ,fuerte, a titulo dellactualme:1te. esta sus~ensa, de teolo~ia mo~ '
que tlene meJor derecho: y q üe perseV'e-llral, de JLir1sprudenc1a, de fitosofüa, de'
ren en un estado de perpetua guerradm~dianos y' mayores y de mínimos y milos fuertes, asi como de perpetuo susto nares, y en ellas cursan en el di'a J 03.
y opresion los 'debiles: }o cuai i;et'ia una alumnos.
entera _absoluta confusion y· trast&lt;.Írno de
Por el decreto num. 7 s. se manda
la sociedad. A 'cuyo mal no hay pueblo formar una catedra .de medicina, la que
culto que no haya ocurrido. con eficaces esta bajo 1a direccion del Dr. D. Pascual'
y prontos remedios legales,' fa\toreciendo Constanza 'de cti ya dedícacion y tareas' ,
la posesion a~tual: de suerte que nadie hace el gobierno los mayores elogios, pro:.
por ningun titulo puede set ·en ella· tur~ metiendo se frutos uti!isimos, y que dergro ·
hado ó inquietado, sino es mediante un de; poco contara el estado con jovene5 bas-'
debate judic;i.tl ajustado ~n. Jas fortnas tante instruidos. en la facultad. Aíiade~

ª.

1

~era

el,

1

,re~éritas por las . leyes, , Nadie

ignora

q\le. se prepara

a l?resentar a sus· did¡..:;

�./

·pulas a ecsarnen · y que éntonces el pu-•ilo ?espectivo al cTedito pasivo de 17.248.
·blico sensato apreciara el esmero y vigi- pesoJ qne contrajo el 1'.stado por el deque ha impendido en su enseíianza creto federal de 7 de agosto dt" 1829. eseste medico recúmendable~
ta cubierto eh gran parte, y cumplidas reHablando ele la industria agricola, ligiosamente }as disposic10nes que se diemercantil y fabril, dice: que esto~ ramos tarón sobre ei panicular. [ Se c(mtinuara]
.continuan en los miimos terminas qae
(Regtstro oficial num 91.)
·fos anos anteriores, y que las recias he-ladas que sobrevinieron en el Estado en
VERACRUZ.
el ultimo diciembre, no dejaron de causar considerables perdidas a los fabricanCtiando esperabamos que el Estado
tes de pilor&gt;ciflo. Al tocar e.sta mate·ria de Yucatan volviese al orden cornstituciorecuerda el vivo interés; que el gobierno nal por covencimiento de los mi~mos
general ha tomado en promover de todos·¡que lo habían separado de la union foclemodos. la industria del pais, y la invitacion!!ral, y nos congratulabamos por que se tvique hizo al del Estáido, así cnmq a los:/t,1se la efusion de san~re y los males
&lt;lemas de la confederacwn mefcana para'¡cnnsiguirntes a toda guerra civil, hemo:¡
que si, habia posibilicl.td se f,¡rmJ.ra una,.visto con sentimiento que los gtfes de. lüs
junta de industria, ó se subscribieran sus;/revolnciooaríos tan lfjc&gt;s dr. apresurarse
habitan.tes a 11 junta general que con ese 1:a entrar en sus deberes y reconocer s.us
mismo {:bjeto se ha formado en esu ciu-:/yerros, sé obsecan f'n sost("'nerlos y madc1d federal. Manifiesta que· anim&lt;&gt;do del/nifie~tan ele un modo obstensible su d1slos mismos deseos que el supremo gd&gt;kr- 11 posicion P.ara llevJr a1 c,ibo s·(1s vcrdaho de la: federacion, qu,iso oir prímero !o/rieras planes de separar aquel Estado de
1
votos de los ciuJad:rnos, principales, pa-'¡ la unLm Lderal.
·
ra reso(ver con c1cierto sobre este pun-1
Por mas cr.imin::i.les que a.parezcan
to, y con tal motivo los convocó a una' tales act:&gt;s, ao lo son menos los medios
junta general de la que resultaron va.íos que han adoptado para su re'.-lliz:,cii.in.
·proyectos, para promover en el E5tado Ya en Yucatan no hay libertad de imdiversos ramos de industria; que la re . prenta, y Hamamos la atenciun de .nnessolucion de ellos se libro a la misma j..1ri-:,tros lectores a la desjJedida de los periota; pero que enfc:1·m.:c.L1des y ocupaciones distas &lt;le Merida, que inservunos en r:surgentisimas ~1an impedido vó'. ver a ctin- te numtro. Las prisiones y deportaciones
vocarla. D'"'sea que su succesor te11ga de aquellcs ciudadanos, se aumentan camas facilidad para llevar addc1nte este da clia: hoy h:1. llt~gado a este puerto el
asunto, y hacer ricos y fe tices a los N ue- g ,bernador de aquel Est:1do. lanv,dn de
vo-leone5es. q_ue en el ramo de mm:1s su sudo mita{ por, aqne:l!os f1ccÍ:bos,
nada se adelanta, y antes bieri se h,ibian .. despue.:i de haber sufrido tucL1. cLi.se de
suspendido los trabajos que se h:-bianl;wj.iciones, y cada buqi1e que arriba a es,
comenzad,) a emprender, segun los ínfor- ,ta bahia, procedente de aquel desgraciames que se le han d.,.do.
j[&lt;lo país, conduce ciudadano~ que han elePasando
tratar de l~&gt; relativo
la jado abandonadas sus fa'Ililias. En el in~
hacienda publica dice, que son conocidos. fi::lice Yucatan solo se escucha ilorar a
!os gastos que el Estado tiene que erogar\ la esposa y gemir al hijo, porque se deanualmente y muy conoc~da tambien lal portó ó encarceló al marido ó al padre
ley que los ordena, Se refi,:re en ésta' 1que tuvo dignidad para sostener sus demateria a la memoria que ha de presen- rechos y los de su patria, en medio de
tar el gefe ele hacienda, en la que se ha- la furibunda grita de unos freneticos que
la debida distincion de los diversos intentan Sojuzgar á aquel pueblo, llc:úarrólmos que forman el erario, y dara cu~nde ignominia, y hacerlo sufrir, en silen-'
ta del credito activo con la federacion cio las cadenas de la esclavitud.
respecto del contingente, verificando )o J
Empero los Yucatecos no ceden en
mismo -con el tamo de t&gt;1baco, en el qu~ ¡¡mor
la libertad
los dem~s mejicanos.'
, creé tener tt.lmbien, alcances. Que por 'Tenemos a la vista diver::,as actas rle Los'

·uas

a

-ra

a

po

a

a

�ayuntamientos que con el mas heroyco
entusiasmo ,e han pronunciado contra
sus opresores: la guerra civil es ya inevi~
tab!e en aquel .Estado: su situacion es
demaci.id._&gt; cirtica; y la iusticia, el hono_r
y la politica demanda imperiosamente del
gobierno supremo providencias enérgicas,
''para evitar t;rntos males que se miran sobreyc&gt;nit en esta parte integrante de la
Nacinn.
Por ser demasiado tarde cuando re.
cibimoa hoy las ultimas notidas, que motnr:rn esta!\ indicaciones, no podemos detent'rnr,s ahora en una cuestion que es
p;ira nosotros del mayor interés; pero
al conf,nuar insertando los documetos de
que hc::·mus hecho mencion, levantaremos
la vos C{Jl1 la entereza que nos caracteriza
t.n dv:f..·nsa de las Jibert~drs de los Yucatecos, y en sostér1 Je las garantías individua'.es que el Pur,blo 1l1ejica120, Soberano
Lib, e e Iír/Fj1nnliente acordó a todos y
a c:.da uno de sus miembros en su Sagra ·•

Por ladron ratero y vago se le esta
siguiendo causa de oficio, la cuai se halla al concluirse el juicio sumario. Linares 22. de agosto de 18 31,-Carlol•
Gomez.
---

de

Eusebio Briones, hijo
Bernardino
y de Vicenta Campos, naturales de S. Luis
Potosi, y avecindados en la de CadereytaJimenes: sus seílas estas.-Pelo negro erespo, ojos pardos, nariz boleada de la punta, color trigueño, cuerpo regular y fornido de sus miembros: joven de 24. años, y
tiene una cicatriz por el pes~uezo que segun
él decla1ó foé tranchetazo: lleva unas
:calzoneras viej~s ele coleta y va sin camisa.

Pio Quinto Gornez, hijo de Toribio
y de Maria Manuela Gornez: naturales
y ve cínos del
mineral de Catorce, sus
señas las que siguen.
Peio castaño
y quebrado, e}ls sarcos, color aperw
pucto federal.
lado, cara redonda, nariz afilada, cuerpo
{.La egide de 1a ley num. 338) _fcirnido y de b::.ja estatura, tiene tres ci~atrices al redt.dor de Ja gargant;,. que seFzliaciones.
gun· parecen serian incha~vnes que se le
revent~·1ón 1 es j.,ven de veinte y cinco a.
J"&lt;;ns Fiores natural y vecino de vi' veintr~ y seis úíus y no lleva mas vestua~
1l 1gr.rn, de ufic10 labrador, de estado sol río que unos ca!sonciilos blancos. Linate:r•.) } de vr:ir,k y cinco años de ed~d, res y 1\gosto 22. de 183 l.-,Harcelo
clt- e-.t&lt;1tura ngular, cohr trigueño, bar. Gomez.
ba nep·a y no muy cei'rada, .Pelo negro
-- -pintando en cana qued¡:¡nJo calvo, ojos
Ju,10 de Je,rns G:ncia de oficio balo m11,,mo, nariz grande, le falta un dedo, quero y pa:~tnr,
edad corno de veinie y
~~ los de en medio de la mano dencha, ;, cinco ,¡ñ"s, de es!Jtura regular, cu\or triy r;o se le advierte otra seri,al particula?gueño, 1, mpriio de barba, robuc;to, grue 7
viste de gamusr1.
Izo, mer~bruc!o, vestido caiz,.H1 de lienzo
Por hdron ratero y vc1go, 5e le es. !bta.-,co, y calzor¡cillos, cun ctu.,hiJeras de
ta siguiendo causa de oficio la cual se ha. 1g;imuzii, sin mas otra ropa qu-e una fra-.
Ha al c:uncluirse el JUtcio sumario. Lin::i-¡¡sada corL1 i1;servible
rota, Y, !lev~ l!a-,
res 22. ne c1gosto de 1831.-Carlos Ga-'¡gacbs las piernas del rose de 10s grillos.
mcz.
¡-Linares agosto 22 de 1831- Marce/a

«o

ce

1

de

, Gr1mcz.
Cuv;1s fi:i:~t:ionos se insertan en
vecino df: g;;zeta co:·1.~mucio•,21.l par~ les fines que

la

Pedro Calcleron, natural y
ie'
vilbgr2,.n, de dicio baquero, de Estado indican en la circular del gubierod' fecha
sc,!lt ro, y d~: vunte _v tres ancs de edad, 5. de Mayo de 1831.
ele est,-,tura regular, color trigueño, pelo
lu mi~,mo, nariz regular, sin barbas, tiela barba, y una

ne un lunar negro en

~ícau iz muy curta cerca de los labios al bnprenta dfl gobicn1ó a ,cm·go del ciudadrr~ '., {
lado dert:"cl.:o viste de gamusa y sin .=ilgúno Sixto Go11zalez.

z:ia o,tra sen.;:.ll.

,~

..,

-·
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1

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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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      <name>Dictamen de la comisión de puntos constitucionales</name>
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      <name>Seguridad General de Las Propiedades</name>
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