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                  <text>GAZETA CONSTITUCIONAL
DE NUEVO LHON
Del jueves 10. de noviembre de 183 l.
r

C't tu:ela sic procuralia reipuhlic,e gerenda eal ad utílitatem earum i¡ui camiasi su,,t, non eorum ,¡uibua
,omissa est. Cic. 1. offic.
Lo mismo que una tutoria: asi se haa de tjercer los cargos publicos no para utilidad de loa que
¡obiernan liino para la de loa ¡obcroados.

CONGRESO DEL ESTADO.

1

supuesto. Corrij alo enmiende lo si puede,·
ó que haga esto territorio ó que lo manConcluye la sesion del dia IS. de aóril. tenga eu un orden cualquiera, Pero no
por que nos perdonen eso de que nues-Los nuevo.Jeone~es conoc.emos bien tra impotencia nos tiene perdonados heque en pronto n,,s tubiera cuenta admi- mas de callar lo que parece ~alud.-1ble
tir si fuera t-fectivo el perdon de los necei¡ario y obligatorio decir en circunsdiez y ocho mil setecientos cincuenta pe- tancias tan apuradas. -Concluye pues la,
sos de contingente anual que nos es im- legislatura de Nuevo Leon f¡rmaliundo
posible pagar. Pao no podemos por la la siguiente iniciativa. ,,No se cierre el
esperanza de rose consuelo incierto dime- puerto de M;:itamorvs." Se le mando dc1r
mero vender la patria por este lado. En seguidamente segundo debate y dispensacuanto !\ la imposibilidad de pagar esto do el tercero, fue aprobado. Se dió cuenya hemüs he-cho demostraciones convin- ta con otra nota del gobierno incluyendo
centes al cLngrrso frderal las cuales re- una solicitud dirijida por el ayuntamienpetimc,s aqui. Y a se ha cil ho otras ve- to de Ceral vo suscrita por los vecinos del
ces y no es por drrnas repetir aqui en rancho dc::l capadr:ro pidiendo se le muobvio de eq1,ivccccknes que ~i Nuevo &lt;le dicho nombre en el de valle de los
Leon se ha.lla en la actualidad igual con Ramones, lo cua: les fue aprobado en esla federacion en cuanto a contingente, es tos terminas. ,,En memoria de los muy
to es una ca11ualidad debida no al monto ilustres N uevolconesés Juan Ignacio Ra, de las rentas estables con que cuenta el mon y Buenaventura Ramon fucilados en
,o
:Estado, sino a Ll estraorciinaria ocurrencia Chihuahua por la independencia en consor•
o.
de los considerables prestamos y donati- cio de las primer·as victimas; se denomil.
1
vos con que la gtnerosidacl y patriotismo de nara en lo succesivo Falle de San José
lt•
los
p:nticn/ares no'&gt; L voreció en el a;iuro de de los Ramones el paraje que se llamar,.
\ la invasion e~panula de T..impico. Pero ba Capadero enjurisdiccion de Cerralvo."
c::ita esperirne-ntido y demflstrado que en Se dió cuenta con otra del mismo gobierlo 0rd1nario p;'g,-tr un contmgente de diez no relativa
la construccion de faroles
y &lt;icho mil St trcientos cincuenta pesos no para el alumbrado de la Ca~it.i;: se manhemc,s puclido ni p~dem"s. Mucho menos dó
la comision de hacienda. St'l dió asi
ahora que d dese-stanco de ti:lbacos St" ha mismo cuenta con otra con que dirijc: una.
¡
hecho fo1zoso preciso é indispt-nsable no solicitud documentada del estrangero Juan
la.menos que la provisior¡ de vac)ntes.-Q.ue Cameron reducida a que se le espida carse tome la Union todo cuanto N utvo Leon ta de ciudadanta: se mando pasar la cotiene como cubra nuestro miserable p:re• mislon de, peticiones~ Se presentó
pri-

a

a

1

a

a

�mer dehate el dictamen relativo ~ los em-

,~?Que es lo que se lncr, dice Ben~
}\leach~ que ck·ben ser escluidos ele ins, ,, tham. para engañarse a si mism1,&gt; y pard.
1

,tnbirse en el juri: se le dió seguidamen, ,,
te ti !'-t'gnndo Y, se remitio al ter~ew p.ara ,,
fa sesion inmediata. Se dio primt!r de ,,
b,\te a\ dictamen prt-~&lt;"nt.ido a virtud de ,,
la pr,,posicion ele Jco.; S,e~. Valdez Rada,,
y LH:hiu-1, y se rest1 vo al tercero. Se ,,
dió primn debate a un proytcto de de- ,,
creto adiccional al numero l 8.1, y se re- ,,
m1tio al segundo. Se procedio a la elec- ,,
cion de la j11nta protecton de libertad de ,,
imprenf.'.:l conforme al decreto de la ma- ,,
t;:ri.l y r"'-Ultaron electo~; los ciudadanos ,,
.P.:!dro M ,rales, José dt&gt; Jcsus Car(!F,nas, ,,
J11as Vaict,,z, el pre~bítero Jose de J~sus! ,,
Cevd t, p,e::;bitero J"sé Ant9nio de la Gar- ,.
2d Martinc:z, Lic. Guu Evia y Lic. Ba- ,,
11 •~i•ros. Coll to que se levanto Ja se- ,,

~iou.

,,
h

,,

,,

Continita el dictamen sabre tierra,.

,,

PROPOSIClON V.

!,,

,,

l

J\1ncho mew,,.; se puede hacer ;ihora .. ::
por un:,i. ley gennal a cosu de los propie-i\,,
~rios, actnale:s la asi~;1acion &lt;le ejidos
11
1 l
. . lveer a· 1us pue•¡!,,
oe
1esa.:; que se om1t1,J
blos al tiempo rle fo11d-1rl,1s.
Mas vinienrb ah,ir,-\ ultimamente so.!
bre aquelh obs~rv~cion de !a L•j::i. 3. :ll del,,
&lt;londe p.-irt:! e-! g·ibierno en esta materia, 11,,
hs leyes 7. 13. 14. tit. 7. l. 4, d:: Indias:!,,
que el ~nhL~rno cita previ"'nen &amp;in dudail,,
la asig!vci,.m de ej:dos y d·.hesas comu-!I,,
nes en el ;:ict'l de f..1ndar~e cada unu
fos pueblos, m·,s no previenen ni poclian:.,,
pt~venir que se desp,je a ningnn puticu-1,,
J¡,r rle sus tierras, que a los pueblos ya¡,,
fLlnd:Hlos de mucho tiempo se les asignen:,,,

y!,,

¡',,

del!

los rjido~ que ac,1c:.o se drscuido

ó

n,} sel!,,

puJ·,&gt; aú¡;-1aries alfu•uüi,-los. Y ann cuan,!1,,
do t~l d,j ~ran esas levef. seria me.1ester¡,,
corregirlas ó esplic,rl-1s por las otr.u inu-1 ,,
merabies leyes qtiit ¡m1hibtn pue tales ope-1,,
racione~ se hagrn en el 1110 de tercero: lo que¡,,
beria mas estraño é incomp,.r ... ble con las'. ,,
1
~t.tualt!s institurir,nes repub'.ícanas que 1,
mandan mirar 1.as propiedadt's con tan re- i
ligiuso in~iolable resp1·to • C&lt;'.mº hasta et¡'J'"
h:1St!O rep1te con encHectm1ento la cons-llj"

!,,

titucion de Nuevo Leun.

u,,

engañar al pueblo ~cer1.:a de t'stas grandes injusticias? Se tirne recurso a ciertas macsima~ ponposas que tienen una.
mescla de falzo y verdadero, y que d,m
a unacuestion simple en si misma~nn
aire de profundidad y de misterio politico. El int~rés de los individuos se
dice debe ceder al interés publico ¿ ,'las
que quiere decir aqui e~to? ·¿Gada individuo no es parte del pub 1ico al
tanto qne otro cualqniera?
Este interés publico que V('S personificais no es
sino un termino abstracto: el no reprcsent1 sino la masa de los interesés individuales Es menester hacerlos entre
todos en linea de cuenta en wz de c•&gt;OSl•
derar los unos ClHlFl lo son t,Jclo, y los
otros como qne i:on nada si fnese bueno
sadrficar la f ,1 tuna de LlTl in liviJuo para
aumentar la de otros, seria m:&gt;j lr aun sacrificar a un segun&lt;l&gt;, un terc~ro y h.1sta
ciento, y lu.sta mil sin qq,~ se pueda-asignar algnn termino ó limite donde para\·.
Pero que sea el que fc1ere el numero de
los que hubieses sacrificado, vos teneis
la misma r azon pHa sacrificar uno de
mas. En una palabra: ó el interés del
•
primero
es sagra d o, ó no pue d e ser lo e l
interes de ninguno.
,, Los intereses indivhluales son los
los unicos intereses reales. Te 111: d cuidado de los indiv1d1.10s. No los m:)lesteis jc1m.ts ni permitais qne se les moleste, y vos lHbteis hecho lo bastante
por el pub 1ico.
E.n muchos casos los hombres qtie
padecen por ef:cto de .llguna ley de
estas, no se atreven a reclamar ó son
desatendidos a cama &lt;le esta obscura
y fdu nocion de que el interés privado debe ceder al interé~ publico. Mas
si se trata de generosiJ,1,l ¿a quien es
menos gravoso ejercerla?
todos respecto de uno ó a uno solo respecto de
todos? y quien es peor egoista: el quedesea conservH lo que tiene, ó el que
pret~nde apoderarse aun por fueru de
lo que tiene otrd
,,El mal bien sentido por la una parte y un bien insensib'c impalp;;ble pnrla otra, es el resultado de estas bellas

,,

a

operaciones en que los individuos -son

�J

¡

.j

sacrifieaclos, ~l pub.Hco, HMientra~ m.asqt;ene.ralm.ente en comun nomas que pa,ra.,
se respeta tl principio de lá propiedad '.tijidos y dehesas? es decir ¿.para que todo.
mas se fija él ó se, ratlica en el ani~ a,qudlo adjudicado al ct mun- qued;;.:;e en
roo. del p 11eblQ.
.un estado menos fructifno, menos pro-.
.¡
,,Pequeños atentados. contra este prin. ·ctuctiv:o, menos valioso que se hdLba bacipio prf.paran aten1advs mayores M·u. J:6 la, ro.ano y esmero del propio ducniJ?
, , cho tiempo ha
sido menester para tra- l¿Y este habia- de tttirarse a otra parte mas·
1
/ ,, het el principio de la propiedad
es- ;1ej;rna
cercar
dersc:u&gt;-jar,
abrir labo" te punto de,respeto en que i.o vemos en. :res, á plantar
echa.r nuevas sacas de; _
" las sociedades civiliz_ddas: perú una fa- agua y aceqµias? fü mismo bien estar.
,, tal esperie-ncia (la. revqlucion fiancesa) ,c,omnn la riqueza general ó publica que no-•
,, nos ha mo. strado con cn:mta facilid:,ldl e,s sino la, suma de la riqueza de los in,, puede trastornarse este principio, y co- dividuqs, infaliblemente pr1deceria muchisi~
,, mo el salv;ije instinto de la rapa- mo, Seria preciso impender muchos: ca" cidad paedc recobrar su ascendiente so- pitales pór una parte: la produccion de
,,, bre las. leyes. Los poebJo,; y los gobier- valores se di~minuira por l-!i\ otra: muchos
,,, nos no son a este ~speGto sino como valores padecerían &lt;le contado. De cuyos.
1 ,,, leones domesticadas, q.ue si una vez Jl'e, considerab1es males como &lt;le otra¡¡ tantas,
,, gan a probar la sangr~, so natural fo. invenciblrs dificu'.tadcs ó imposibilidades
,, ro.cidad resucita toda enterA." (Ben- 1justamente parece lLberse hecho cargo el,
1 tan principios del codigo civil l. 111 partel:lgobierno, cuando e-spresarnente limita conc. 15. al fin. ,
t.rahe, reduce su iniciativa a !'iolos aquellos
El mal &lt;le que carescan de ejidos y p1ub/o.s donde sea /&gt;osible e! sen.ala miento de
dehesas. comunes algunos pueblos no es¡¡terrenos: y en eso mii,;mo dice clara1inen·
un mal pt&lt;.&gt;pio y pecu1iar de Nuevo Leonl¡te no querer sobre esto una providencia.
qne se hc:1lle solamente aqui. Lo mi!,mo 1;general.
•
1
sucede en toda la republica: y s.obre esoj
( Se co11tint'tara);
clamó por e~pacio de muchos años en Si.
lao, en Mejico, en Ca&lt;liz, en Madrid, e!¡
bien conocido D. Juan. Lopez Cancelad", 1
NOTICIAS NACIONALES.
,,
,,
,,
/ ,,

;il_

1

,,

a

stn que nunca nadie le hicina caso.

a:

a

a

a

Pe-1 •

ro para la propiedad elemento cardinal &lt;le/

.A1ejico 24. de octubre.
la sociedad, y aun para e.gricultnra mas·
males en numero y 1amañ,~ debian resut-1 ·
Hoy han salido de esta capital, el di~
tu de u1H providencia general absoluta! rector de la fahrica de panus, el rneca&lt;1ue destituyese a los particulaP.s de sus\nico, y el director ele las de algodones,.
,. prnpied~&lt;les m,1~. procsimas al pueblo pa-l¡venidos de Francia los dos prim_;ros en
l? _chr a este tJld(?S y en pos ?e etbs 1 ~eptuno, y e_l terc:ro d~ los. Estadosrh-lu:·,,,:i.
pr1ip1edad d~ ~L~a'quiera ter-¡iUnidos
Los Sres. S"rnln1er y Bdland,.,
te,w n; de: snyo respeta.b11Js1ma por soh¡ 1van a. Qneretaro &lt;londe deberan presenser prupi::lbd; y e!; meneste-r que urp. mu•l¡:tarse al ~r. vice-gobernador y presidente,
cho, es menester pensar demasiado, siem-l,de la junta industrial D. Nicolas Maria.,
pre que se trate de tocar en ella. Lea- !Berazaluze para que Je haga ve-r el local
se lo que trae Bentham sobre las com- destinado para el establecimiento de la fa.
pras forz,ulas. ¿Y como y cuanto no de- brica de paños que es 1a hacienda del
beria pensarse tocar en potreros cercados, Batan situada a corta distancia de la ciuen labores abiertas, en acequias y riegosl dad de Queretaro, la que reune todas las
en huerta5 y en otras rnil cosas que so- ventajas apetecibles para el objeto. Sin
bre su real y verd,ld~ro valor tienen un embargo puede neceimar reparns y aro-,
aprecio que Benthan llama de cifeccion el pliaciones la parce del edificio: aprovechan.
cual en Inglat,er.ra. aun para los-objetos mas do para el establecimiento de la fc1brica.;_
urgentes nunc.a f-tmas set toca, siempre y los conocimientos que ya ecsistan sobre,
por siempre se escusa se t:vita se huye tint~s, cardas, calidades de lanas &amp;e, y

La

¡et

tOCflrl . ¿Y aqui 5e habia de tocar en. eso iac,ar de t~clo,, dio el partido ,po~ib!~:•

Re~

�bera desde luego proceder

y cuya:

a

la colocaci$Üerte les habían anunciado: Al
on de las maquinas nuevas.
cabo la noche se paso sin otra novedad,
El Sr. Mac Cornick va dec;tinado
al dia siguiente se supo que habían si.
Cela.ya para disponer en el comvento de S. do trasladados al amanecer, los prei,;os de
Agustin la c:&gt;locacion de Jas maquinas de la caree! vieja la nueva. El Sr. coman.
hilados y tejidos de algodon. Ademas dante general de Mejico, como responsadebera vistar
Acambaro, 1\1:orelia, Gua- ble de la tranquilidad de la plaza obró
n,1juato, y Tlapuja1rna con el objeto de muy bien y muy militarmente en mandar
observar si en esos puntos se pueden hacer acuartelar }as tropas a fin de evitar cualestablecimientos como el de Celaya y el quiera tntentona de los prescs. Mas los
de Q11eretaro, y a S. Miguel de Allende charlatanes de café, los turbulentos y repara el de una fibrica de papel.
volucionarios 6·acertaron non el objeto de
Todos llevan las correspondientes ins• aqueHa medida? Sus ecsecrables impostrucciones dictadas por la direccion del turas fueron puestas en claro la mañana
banco de a vio de esta c1pital. Espera- del l 5. y con esto han proporcionado
mes que llenen satisf.1ctoriamente su ob- una prueba irrefragable de la precaucion
jeto en f1.vor de la industria y prosperi- y juicio que se necesitan para asentir a
dad nacional, y que dentro de breve que· las noticias que se divulgan, y que lo mas
den planteadas las diversas fabricas cuya\• acertado es proceder con prudencia y
direccion ~e les encomienda.
refleccion, no JlevandtJSe en nada de Ji.
(Registro oficial m,m. 54.) gero, y me0os en materias politicas.

ay

a

a

Puebla 19. de octubre.

-M,:ji co 26. de octubre.

Por4brtas fidedignas venidas de Mejico por el ultimo correo, sabemos que el

Se han procurado esparcir.en el pu ..
dia 14. por la noche st acuartelaron las blico noticias alarmantes con referencia a
tropas de la guarnicion de aquella capi- una revoll!cion que se pretende haber estal y eso causo una grande alarma en tallado en Jalisco: tenemos la satisfaccion
sus nabitrntes. Unos, de espíritu pusila- de desmentirlas y de asegurar qne el Eini'ne- y espantadizo cr,yeron que iba a es- tado &lt;le Jalisco permanece tranquilo, y
taHar una revo!ucion; mas no decian que que el supremo gobierno veia i;obre la
clase de revulucion na, cuales serian sus conservaciun de las instituciones y del
fines, ni quiene:s la tramab:m: otros, nove- orden en todas partes. Nlerece ílamar la
]eros de genio, y que se valen de las cir•¡¡atencion sobre t'Ste particular el ~rticulo
cunstancias para darse aire de importancia,,.de la Bgide de Puebla, que insertamos
a me-dias pa!abras y en un tono enfatico, 1en m 1e~na plana anterior, para que se
profrriar. esprcsiones snrltas defrderacion, lvea la ligereza por una parte y la maligctntralismo, gobierno di::: los Estados, go- 1nidad por ia otrn, con que se estienc.!en
biern0 general, y realmente estaban un y divulgan noticias de esta clas~.
iP:nor::1ntes como los primeros: algunos, por
(R(gistro efi,cial nwn. 56)
fin, enemigos del orden y de la paz, que
no pueden wfrir un g 1:bierno justo y sistemadó, y que como se ha dicho mil veces,
solo medran en el desorden y en Ja anar&lt;-Jnia, no perdieron tan bella ocasion de
obrar en Lvor de sus tntereses personales, é intentand,&gt; &lt;lesacredit,ir y desopinar
al gobiF.·no, ya daban pur hecho un tras.
tamo del regin1'&gt;.r1 constitucion,li, y hacien~ lmjJrenta del gobierno a cargo del ciudaáa•
do el papel de genercsos y previsivos, com
no Sixto Gonzalez.
padecían los inclividtws que habian ocupado los primeros puestos en él gobierno, ·~-·

a

==~--=.;;-=::. :__; .:;:.;:. : ;:_====;;;.;s:;;:;::;::;;::;ar

�i1plement.o

A la gaceta ntun. 277.
del

¡
1

1:

· 10

de

Sres, editores: Ten¡rin VV. la bondad el.e in'lntar ~n su ~pr,·i;:i~ble p¡;riodico el sii;u.iente decreto de 1a tercera sala de la audie-r¡cia pue!ltO á
virtud de la acw,a.cio.n que h_izo C(&gt;ntra nü prrsnr,a por ti impre~or del p,:riuJico ti(ulado el a_nt{l·
gouis{a por · 1a prision que le irnpuse en (!l castJ
Ql! no habrr qutrido. &amp;at,isfocr.:r, la i:nuita que la
lcx pr,vi, ¡;¡e se. irnpvng:a ·ª los q_ue hailandose t:U,
111.1 ca~", no presentan. la firma cid r.t:sponsabie.

noviefftbre

bia ele declarar y d&lt;'cl:1r:1ba inapc:lahl~ el cs¡.¡resa,.
do auto d~ 28 de octubrt:;_ y ql1.e ¡tor cuanto a la,
n:sponsahi!!d~d que se le ecsije a\ juez :ictuario
por las WJac10nes que se: asegura h.-ber h~cho a.
la p~:rs,,na · d,;l q.ue 1,~. desi~nó por respon~abl~ &lt;ld
rtfrrido ano11m10! l&gt;1Jo as1 mismo: que no viniendo documrntacjm: aquellos hechos ni haQiendose
intrnt.c1do la acusaci.on de ~l!os por Ía. parte agra.,,nada, 1~1e es la un11;a leg1t1m.:.t en este caso, no
si:, adrn;t1:1 por ahora, y que notificado. este act,J
lal ap~1a_t1tc,_ se d1,vuelv:rn l~s de la materia al ju¡c"l. ongm.ano para sus ulteriores ¡Jroviu~ncias. .A,i
lo. mando_ y firmo. el esprtsa&lt;lo ~r. ~e q1~,; doy féL1c. Dav1la y Pn.-to--Ante m1-l• raucu1co Lopez
Portillo, secretario de c.;mara.
,

Vl ontn-rey novi.-mhre 3 de 1831.-Visto por
,,\ Sr. maí?;1s.trado que forma la terctra s":a de
h, :rndin1cia de eRtt Estado el anJ,·c,e1c:nte rccur1,0 ,.k apt:'iacion que por via de mtjnra h¡¡ introdu
c1do e1) esta ~11p,riori&lt;,iad d. !Vl au~,:l Maria dt
l\li·r. tle la qut interpuso ante t! alcalde tercero ·
Esto sirva para vindi.cacion de los insultos
dt esta C.ipital cuando s~ le notificó el auto de 28 que se me prodigan en d numero 30 de aquel
d oct~1hr · cid prl'.i;ente año, en qm: se le conde- 1mrncionado periodico, en su articulo Ocurrb1cias
Qa á ~nfrir la pena dt un lll,S. dr. pris.jon e.n la del dia. Y en cu~nto a la otra t'.sp~cic de que enc·.t•·a :it- b.endic&lt;'ncia por no · hab,;r presentad() la · tregué· al responsable asegurado d amarrado tan :so•
firma de 1a p• rsona qu~ designó C(Hno responsa- lo por responsable, todo el mundo sabe que eí haQ
blt- ·n el c,omunicado mserto t'.n, d numero 29 del berlo aHgurado no fué por rt:sponsable del impre•
antagoni~t¡i bajo el anonimo dd cu~iqso, a, pesar so, s.ino p0rque siendo est,e un criminal que se
d h!&lt;b,.:·1'11,.)e requerj~Q judic,ialm1;nt~ al efecto dijm halla . en la caree! ?e esta ciudad con causa penqm ~,q avnsion a, que dicl\f pena tit!ne todo el diente, y que iva a pasar por entre una multin · ,,ctn di correcciona\ por hab!'r sid_o impuesta tud de gente, no lo h,,bia d~ fiar suelto y a 111
~ vírt~id dr. una falta leve é inc.Ídente l'D d juicio arbitrio tan solo por responsl¼bll" del ant:,guMistJ
prmc,¡:,a,, y en que por lo mismo los alcaldes sin.
Sc,y de VV. Sreii, EE. afrctisim,, Q i. :0 , , B.
~¡] '.t(, :n ni ütr&lt;&gt; rec1.:rrso p11ed~11 conocer y rcs,plV~~ breve y su~~uiamcnte sin1 tigur~. dt Juicio, de•
P~drfl . .de la Garzu .Ayaic

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.•
.
rs

n

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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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