<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="8925" public="1" featured="1" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items/show/8925?output=omeka-xml" accessDate="2026-06-10T18:45:04-05:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="7269">
      <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8925/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1832._No._298.ocr.pdf</src>
      <authentication>de643f1e5bd7c302af12fc429db14b44</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="56">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="248281">
                  <text>GAZETA CONSTITUCIONAL
DE NUEVO LHON
Del jueves 5. de abril de t83~.
Ct tutela sic procurati9 reipublica: gerenda est ad utilitatem eorum t¡lli comissi sunt, non eorum ,¡uióu,
c,missa est. Cic. 1. offic.
Lo mismo que una tutotia: asi se haa de ejercer los cargos publicos no para utilidad de lo.t que
cobicrnan 1;ino para la de los gobernados.

.

.

CONGRESO DEL ESTADO.
Sesion del dia 8 de febrero.-

la sesion,· no asistieron los Sres. Garcia
D. Joaquín, y Garcia D. Rafael por cnfermcdad y el Sr. Arroyo por tener licencia ..

Leida y apróbada la acta de la sesion anterior: se dió cuenta con nota del
NOTICIAS NACIONALES.
gobierno a la que acompafia un ejem pi.ar
..
de Ja memoria que ha recibido de! F.csmo.
CONTINUA EL DETALL DE LA ACCION
$r. gobernador del Estado de ChihuaDE 'foLoME.
hua: recibo con aprecio. Otra del mismo gobierno acompañada de una comu- ?y.lerecen tambien ser recomendados
nicacion en copia del comisa.río general particuJarmente, el comandante del batade San Luis Potosí que le ha sido trans- Hon activo de 'f'o1uca, primer ayudante
cripta. por el comisario subalterno de es- D. Jose Garcia Conde, que se condujo con
ta ciudad. Asi mismo tambien en copia valor entusiasmo y serenidad, y a su vez
Ja contestacion que el gobierno ha dado se mantuvo firme en los fogares de marelativo todo a la declaracion que ha he• yor riesgo; los capitanes del propio cuercho el supremo gobierno general para que po D. Luis Dorantes y D. Vicente Mense abstenga en lo sucsesivo de dar vo- daza, que fueron herido's, el segundo ayuletos &lt;le licencia para siembras de taba- dante del mismo D. Luis Gallegos, que
co en el Estado al referido comisario de desempefió sus funciones con el mayor zeesta capital: recibo noticiandosele al go- lo y actividad, y los subtenientes D. Igbierno que de preferencia se ha pasado a nacio Guzman, D. Ildefonso Vega, y D.
la comision respectiva. Se puso tambien Ignacio Garduño, que asi mismo se maa segundo debate el proyecto de ley so• nejaron con valor y decision; el teniente
bre recurso ql!e se da a Jas providencias del septimo batallan permanente agregado
emanadas de los tribunales municipales al cuerpo referido D. i\malio Alarcon oh•
de apelaciones verbales: se remitió al ter servó una conducta igual a- la de los ancer debate para la inmediata sesion. Se teriores. ~ o es menos recomendable el
dió cuenta con rlictamen de la comision Sr. coronel D. Juan l\laria Azc:arate, que
de hacienda, y seguid.mente se puso a lleno de valor y serenidad entró en la
primer debate el proyecto de ley que pro- accion al frente de su cuerpo, y completó
pone pata la sesacion del d'.J~ por ciento de el desorden del t'nemigo, sin haber teniestraccion de moneda del Estadc: se man- do_ otra perdida que cinco soldados herido reserbar al segundo debate para la dos, motivo por que lo recomiendo parscsion procsima. Con lo que se levantó~ücularmente, asi como a los oficiales de.

�...

'

su cuerpo.-El teniente coronel comandan-~pagina de honor en Ia historia de las gfote del tercer batallan permanente D. Felizf rías de la republica mejicana.-En la briMerino, es acreéJor ato~a recomcnd_a~io_n gacta de Caballería, el te~ie_nte coronel c~pOr sus acertad-ls maniobra~ a1 res1st1r mandante áel octavo, reg1m1ento D. Alv1•
dos cargas de la cahalleria enemiga, las no Peres, el mayor de ordenes de aquecuales paró con la mayor serenidad, sien- Ha coronel graduado D. Rafael Navarredo infatigable en reunir su tropa que mat-. te, y los &lt;lemas oficiales de dicho cuer•
chaba fatigada y de prisa sobre un terre- po en el acto de operar lo hicieron con
no Heno de estorJ&gt;os y de dificultades, é vafor, presteza y serenidad; é igual conigualmente los oficiales de su cuerpo~ mtly &lt;lucta observaron los aventureros D. Peen particular el teniente graduado de ca- dro Pablo Ferino y D. AnJres Marin, que
pitan D. Jáa·qui:n BarreiTo, qffe herido en u-nidos a la c&lt;&gt;mpaiiia de lanceros se bauna pierna des'de los primeros tiros no tiéron cort el mayor entusiasmo; y tales
quiso retirars~ del lugar del conbate has- circunstancias merecen que Jas tenga V.S.
ta que no se terminó, y en tal situacion presentes.-El Sr. coronel graduado D.
!lenó esactamentc sus debe.res, caminando.¡· Francisco. I;I~rnandez, mayor · general de
a pié al frente· de una guerrilla de su cuer-. de esta d1v1s10n, estubo presente en el
po, inclusa en .la avanzada que. mandaba lug_ar del riesgo siempre que sus atenel capitan de Toluca g~duado de tenien- cion_es se lo permitían; pero particularte coronel D. José Ballesteros, el Cllal
mente se distinguió por haber llenado esac•
sistió con soló 54, hombres el primer cho~ tamente mis ordenes, por que preparó la
que de la cab.&amp;lleria enemiga, protejida defenza de la retagm1rdia con un ohih que
por u?~ partida de_ infanteria, a cuyo acto se _colocó en una altu~~ a proposito, sos1
Je aus1háron el teniente de casadores dell,tcmdo
por una companta del batallan _acpropio cuerpo D. José Montañéz y el sub- tivo de Puebla y por otra del de Tres
. t~niente D; ·A1:dr~s ··p~z, junto· ~on el J~a:.
cuyos fuego_s causa~on algun p~rpitan de Tres V1llás D. Francisco Fria$ 1mc10 a la caballeria enemiga, que varias
y el teniente. vetera_no agregado al mism_o 1iocasiones se dejaba ver por aquel lado: tamb'ataifon D. Calisto Zaragoza, en union del bien cspeditó el angosto callejon en que
pitan'. D .. Estevan de· la Mora, y del al- estaba tendida la division, por.iendo a los
féréz D. José lVIaria Roca, ambos del de- lados colocadas en orden, y completamen..
cimo regimiento permanente,· que corrieron te custodiadas, las cargas y piezas de ara protejer1e ·con su paruda.-Los cuerpos tilleria que no servian en aqlletlos momende ingenieros y artillería operaron unidos tos, y por cuya ruon mis ordenes se comucri tá11' memorabl~ j0rnada, y son dignos nicaban con toda prontitud: asi es. que sus
ele -~á,;-~tencion del gobierrio los individ_uos scrvicios ~on dignos de una particular re•
9-~ áquéltos que se hallaron en la acc1on, 1comendac10n.-No la merecen menos los
entre· lo·s qué ocupan un lugar disti-l1gui- mayores de ordenes de la primera y sedo el te~iénté corónel graduado .D. Luis gunda brigada, teniente coronel gradua.
de r~s .fiédr~s, que como mayor de orde- do D. Nicolas Condclle y primer ayudan:nes
:tá brigada· ctimplio en un todo con ~e D. Mariano Salas, que cumplieron sus
sus obligaciones: el capitan D. ·Francisco deberes, conduciendose con valor y acti~
Sousa, el teniente D. José Gil Parte Arro- vidad.-Son igualmente acreédore~ a ella
yo. hicieron lo propio, . conbatiendo vale- los ayudantes de e.ampo de los Sres, mi
rosaínen~e al frente del enemigo, y el sub- !,egundo y mayor general, capitan del duoteniente D. José Maria Sanchez, que des- decimo regimiento permaneute D. José Made una altura proj)orcionó al Sr. Iberri nucl Guevara, el teniente de dicho cuer ..
el paso con sus trop1~ por la derecha de po D. Francis("o Padron, y el segundo
los contrariós, que se habian replegado ayudante del batallan activo de Acayucan
algo a su centro a· causa de los acertados D. Francisco Cosi J, que a pesar de hallar•
tiros que Sanch~z !es di,ijio: el _capitan se enfermo se esforzó a cumplir esacta•
D. Clemente Tirado, que resibio una he- mente con cuanto se lf' previno, y sin
rid,a mortal en el acto de prestar a lapa- demora alguna, como lo hizo el segurido
tria sqs inportantei servicios, merece una,
primero, que acompa~o, al Sr. Ibcr-

re-

ly~a~~, _

ca

ae

y ~r

01
en

po
ofi
mi

co
m
es
di

JU
es
g&lt;

ªI
m
iH

fü

bl
el
dí

�.

/· ri

al tiempo de ejecutar el rcsgoso mo-.' rar · las restricciones que aHi se han ñ, vimiento que practicó a fin . de colocarse: jado a su autoridad. Recordamo_s estos
· a• retaguardia del enemigo: el teniente co- principios tan comunes y triHaclos por qué
ronel graduado D. Miguel Dominguez y en fuerza de los trastornos que la nacion
el subteniente de ingenieros D. Onofre ha esperimentado desde que se constimFrias, que sirvieron de ayudantes al Sr. yó en 1824. parece que van cayendo
coronel Rincon, · y que por lo tanto estu- desuetnd y en olvido, mas por fuertes y
vieron, como este gefe, siempre presen- por claros que hayan 5ido los golpes que
tes y con serenidad en el lugar &lt;le mas ries- nuestro pacto nacional ha sufrido desde
go.-Los mios, que lo fueron el tenien. su infancia, no se habia presentado haste coronel graduado agregado al segundo ta ahon. ejemplo de otro que lo rompiebatalLm permanente D. Guillermo Thom- ra tan de mc:rtio a medio como el que acaba
pion, el segundo ayudante dtl duodeci- de darle la junta legislativa de Tamaumo regimiento, capitan graduado y capi-' lipas en su acuerdo de 19. del pr.ocsimo
tan de mi escolt:i D. R&lt;1fael Hernandez,j&gt;asatlo marzo. Lo mas ser.sib1e es
el ca pitan del escuadran activo de Alva-/ique a1gun veterano j 1cobino halla lograrado D. fose Mari.i. Diaz, el teniente del do inspirar en los entendimientos de aquecu,uto regimiento permanente D. José Ma- llas pobres gentes que Tamaulipas caria Cast;Uo lberri, y el teniente del batallon mo Estado de la federacion Mejicana ei.
activo de Puebla D., J u_an Azotla, _to~os_ He. soberano absoluto: si esto ~s asi. no pue1
naron sus deberes a m1 entera sausbcc10n: ;de
ser ya mas claro el origen de tama1
y serenos a mi lado, cuando áquellos lo¡ ños desaciertos .. Los Estados son sob~permitian estarlo, se mantuvieron espues- ranos del mismo modo que lo es un homtos a todos los rie.~gos que las circunstan- bre en su casa, es decir en cuanto a lo
pias ofrecian.
interior y economico y nada mas; pues
· . El sargento primero de artilteria Ni- asi como el padre de familia . con todo y
colas Cuev-as, y los segundos de la mis- ~er .. absoluto en su casa _esta sometido a
roa arma. Fernando Gavilanes y Andréi;1 las autoridades publicas, asi los F.stados
Orueles, y el gastador del octavo regimi- respfcto de las autoridades Je la Union'\'
Cnto Rafael Gaona, procuraron con su com• de las leyes y de la c~nstitucinn federal
portamienuto imitar el de sus gefes y que· há criado esta i:nisma confcderacion.
oficiales. causa porque los recomiendo¡ Dijimos. y nada mas por que asi lo dice
muy particularmente.
1el artic.ulo 6. 0 de la acta constitutiva
(Se continuara-): ,,Sus partes integrantes son Estados independientes, libres y soberanos en lo que
esclusivamente toque a s.u administracion
y gobierno interior." Luego aningun EsMOJVTERREY
tado le es licito ecseder esta orb1ta limí5 de abril de 1832.
tadiiima de soberanía sin infringir l~ mis.
El poder de los mandatarios publi- ma ley que se la ha acordado. Pretencos para regir a los pueblos esta consig• der pue~ Nuevo Leon óTamaulipa, o cual.
,;iado en las bases de asociacion en que quiera otro Estado arreglar puntos gene.
estos han convenido ya por si o por me- rales de la federacion es un ecseso que
dio de ,us representantes: sancionadas y no lo sufre la constitucion federal: es un,
juradas estas, forman 10 que se llama acto atentatorio contra los derecho! priescritura de pacto ó publico convenio entre vativos de los · poderes supremos de la
gobernantes y gobernados; y asi como a un Union y t:s en una pa1abra meterse en caapoderado no le ·es licito pasar los termi- misa· de ·once varas: iniciar es una cosa
nos ó condiciones del poder para el ma- y arreglar es otra, lo uno se puede, lo
nejo ó giro del negocio que se le ha con- otlo no se puede: hacer por los E!.tados.
:fiado, del mismo modo un mandatario puEl articulo 7. 0 de la misma acta
blico esta obligado a ajustarse :\ los dere~ constitutiva y el 5. 0 de la constitucion
chos que sobre sus gobernados Je acuer- cuentan a Tamaulipas entre los Estados
da el p~cto publ~co · y a respetar y vcne- que componen la federacion Mejicana; pe•

en

1

il

.i

,.

o

n
n
,O

r-

�•

♦

r.o estos articn1os es tan abiertamente con. ~cera esto ecsageracion; mas no es ast
tr;,ri;dos
·el decrt-to de 19· de marzo !por que siendo como son las relaciones pu.::
cit;:ido, y &lt;le hecho Tamaulipas no perte- !biicas que mantienen entre si los Estados.
r,ece a la fedet,¡cior: se ha eliminado, se ¡emanadas del pacto federal, substraído Ta•
l1a e"'comu'g'.'do del resto de la republica maulipas de él, con el hecho de substraque vive b·.jr) el pacto q~ie él ha roto _herst! y negar la obediem:ia a los poderes
¿ a que viene pnes decir en el ~rt. l. 0 1/Supremos que f..mnan la Union, y por
que Tamaulipéis ratifica su Juramento de \decirlo asi la piedra angular del sistema;
sostener el siste-ma republicano con suje- ha quedado reducido a una potencia abcion a la carta federal y a las leyes, cuan- soluta y soberana que no pertenece a nado esa~ leyes y la carta ~~n sido destrui die mas de a sí misma: hé aqui los efecdas por el mismo decreto en sus articu- tos naturalts del decreto espedido por_ la
los 3. 0 4. 0 5. 0 y 6. 0 ? · ¡Estraño mo- (junta legislativa en 19. de marzo citado.
&lt;lo ele sujetarse a la carta y a las leyes! ¡/Cuan funestos y lamentables son los reLa ca1 ta dice que Tamaulipas es E:-;tado ¡sultados de' las pasiones/ Pero aun hay
de la federacion, y su jDl)ta.legislativa. di- mas: por cartas fidedignas sabemos que
ce Tamaulipas no es Estado de la fedealgunos infelicei de aquel Estado se les
r::icion. Lai; leyes dicen que las rentas !pasea la idea de separarse para siempre
federales como fo son las que producen !de la federacion formando una republica
fas aduanas maritimas deben ingresar'en !separada compuesta de Tamaulipas Nuelas are.Is generales, y la junta legislativa vo Lcon y Coahuila y Tejas qoe· tendría
(lice: qne han de entrar en las arcas dd por division. la que llaman sierra madre
Estado. Las leyes dicen que los emplea- ¿y que especie de republtca seria la nuesdos federales deben criarse y removerse !tra sin poblacion, sin sabios, sin industria
por los supremos poderes de la union, y tsin ninguno de 1os elementos necesarios
Ja junta legislativa dice: no, yo puedo re- /para esta. separacion y contra el mismo
mover estos empleados y criarlos a mi orden natural de las cosas? Estos son dearbitrio. La carta dice en el art. 7. 0 lirios que produce la. fiebre de las pasiosecc10n 2. ~ titulo 6. 0 q·.1e los Estados nes. Destariamos por lo mismo que el
estan obligados a contribuir para consoli- !congreso de Tamaulipas en sus S('sioncs
dar y amortizar la deuda publica, y la estraordinarias revocando el décreto de 19.
junta legi~lativá dice: no estoy en rsa obli- de marzo restituyera a ese Estado a la
gacion, lejos de eso declaro mias las ren- dignidad que le corresponde en que cotas federales, y al fin del CUt'nto ¿como mo hermanos_ de los Tamaulipecos estan
andaremos de cuentas? Dios lo s&lt;1.be abo- tan interesados los Nuevo Leonéses.
ra, pero. entendemos que aun cuando Sa.n-1
ta-Anna obtuviera un triunfo decisivo con---tra el gobierno y llegara a sentarse ya ·co-1
mo monarca ó como presidente en la pri- . Publicamos en suplemento el citado
mera silla de la nacion, reclamaria siení- decreto de la junta legisl:.itiva y las obpre y _muy eficumente el entero de unas servaciones que ha merecido' del Ecsmo.
rentas que jamas han pertenecido a Ta- Señor comandante general de estos Esta•
maulipas, y que habían de produs:ir un dos ciudadano Manuel de l\lier y Teran.
deficit en las rentas generales para cuE.E.
brir sus atenciones ¿y el Estado entonces?
El Estado quedaria secuestrado
y . . . . no sabemos que mas.
Si 'Limaulipas pues no pertenece a la
federacion ¿bajo que pie se entiende esa
alianza y unL.m de que habla la junta led,
gis! ativa en el articulo 2 , o de su decre- Imprenta del gobierno a cargo del ciuda atol ?Enviaran los Est1dos sus agentes
dano Sixto Gonazlez .
. diplomaticos a Tamaa!ipas, lo mismo que¡

rcr

la

1

fa nacion

a Francia, bg!

ól t~

rra. &amp;::,?

Pare-

"J"-l::11»11111:==--==;;;ar;e:::::,;,........
¡;;;;;;::::;¡:;ga;¡¡¡■s;::;==:===:.::===-·•·

~

e

. co,r,i,s,
L
¡obier

-=
CC

ante1
no.re
pia l.

Tl~s
ticul
. 1nnc
cibo
otra
ciud:

nulic

el
&lt;l.a

a

,
1

S1011

te e

. de .1
pror
ies:
brar
,., . esta
. vo ~
segt
tivo
cien
'so (

.. da

~Y di
.lo (
r,on

. .D .,
1

po~

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="163">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="3092">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="479236">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
    <elementContainer>
      <element elementId="102">
        <name>Título Uniforme</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243342">
            <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="97">
        <name>Año de publicación</name>
        <description>El año cuando se publico</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243344">
            <text>1832</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="54">
        <name>Número</name>
        <description>Número de la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243345">
            <text>298</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="98">
        <name>Mes de publicación</name>
        <description>Mes cuando se publicó</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243346">
            <text>Abril</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="101">
        <name>Día</name>
        <description>Día del mes de la publicación</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243347">
            <text>5</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="100">
        <name>Periodicidad</name>
        <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243348">
            <text>Semanal</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="103">
        <name>Relación OPAC</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="243363">
            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
    </elementContainer>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243343">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1832, No 298, Abril 5</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="49">
          <name>Subject</name>
          <description>The topic of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243349">
              <text>Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="243350">
              <text>México</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="243351">
              <text>Publicaciones periódicas</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="243352">
              <text>Política y gobierno</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="243353">
              <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="243354">
              <text>Siglo XIX</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="41">
          <name>Description</name>
          <description>An account of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243355">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="45">
          <name>Publisher</name>
          <description>An entity responsible for making the resource available</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243356">
              <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Sisto González</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243357">
              <text>1832-04-05</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="51">
          <name>Type</name>
          <description>The nature or genre of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243358">
              <text>Periódico</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="42">
          <name>Format</name>
          <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243359">
              <text>tex/pdf</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="43">
          <name>Identifier</name>
          <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243360">
              <text>2019042</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="48">
          <name>Source</name>
          <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243361">
              <text>Fondo Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="44">
          <name>Language</name>
          <description>A language of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243362">
              <text>spa</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="86">
          <name>Spatial Coverage</name>
          <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243364">
              <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="68">
          <name>Access Rights</name>
          <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243365">
              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="96">
          <name>Rights Holder</name>
          <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="243366">
              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
  <tagContainer>
    <tag tagId="8138">
      <name>Aduanas marítimas</name>
    </tag>
    <tag tagId="21407">
      <name>Armas en Tamaulipas</name>
    </tag>
    <tag tagId="21404">
      <name>Enfrentamientos Militares</name>
    </tag>
    <tag tagId="21406">
      <name>Protesta en Tamaulipas</name>
    </tag>
    <tag tagId="21405">
      <name>Revolución en Veracruz</name>
    </tag>
    <tag tagId="9251">
      <name>Santa Anna</name>
    </tag>
  </tagContainer>
</item>
