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                  <text>_.,\',.ilm. 140·

.

;

GACETA;
CON s1~1tu CIONAL
.r

•

DEL ESTADO.DE NU•~vo LEON
lJel juevt's !24,. de enero de t813.
\

.

·'

Ut ttttcíi,, .,-,.e procuralio re1publiccc gerenda ~st ad utitdatem t1.1rum qui cvmissi sunt, non eorum quib111
comissa est. Cic. 1. offic.
Lo mis;no que una tutoria: asi se han de ejercer los cargos publicos no para utilidad de los q••
í°biernan sino para la de los gobernados.
·

Continua el discurso del Ecsmo. Sr.
p1·esidente D. Manuel Gome~ Pedera:fa.
El art. 3 del. proyecto, que habla
tle la rcnovacion total de los funcionarios elegibles por el pueblo,_ha alarmado á algunos hombres que _estan en posesion de disponer de esos destinos como de un patrimonio: ellos temen - ~
. der la ,.pre- -en lus nuevas. eleccrones,
y de ahi deriva; el empeño de combatir un plan. que no halaga sus intereses;
pero precisamente ese articulo es el mas
impoítante·· --del proyecto y sin el la revolucion no habria prcducido otro resul. ta&lt;lo que la muerte de los ilustres defensores de la libertad. Al recobrar los
pueblos los derechos imprescriptibles
que 1es ·. habian usurpado, justo es que
entren en posesion de su soberania eligiendo .'libre y espontaneamente á sus
mandatarios. Encendida la guerra, irritados los partidos y ecsaltadas las pacio- •
11es, ha sido imposiblP que la calma,
1a• prudenda y el juicio, tan necesarios
'p;ira el acierto, pudieran · presidir las
eleccione~ populares. Los pueblos conforme nuestro sistema · feliz dehen ejercer estos actos en plena libertad. Honi~
bres elegidos coli madurez, escogidos
por 'el buen sentido del pueblo libre, y
escarmentados del siego furor de los
partidos que- nos han precipitado á la
:ez,, .s-~r-án sin duda los que hagan

l~

felicidad de la nacion.
Un congreso formado de tales hombres salvará á Ja republica clel naufra,gio que la ha amenazado: los enemigos
implacables del sistema conocen esta verdad, y hoy que son impotentes para resistir al torrente impetuoso de la opinion, maquinan perfidamente para frustrar
el glorioso result~do de 11'trestros afanes.
Ciudadanos que '~me eseuchais, generales, gefes y -. oficiales del ejercito
que habeis prodigado vuestras vidas en~.
el · campo del honor, gobernadores de Jos
·'
estados, legisladores de los v,~eblos,
mexicanos todos sabed, que se forma un
plan liberticida para envolver· á la na.don dentro de breve en el caos espantoso de la anarquía. Ese plan se reduce a'indisponer entre si á los amigos de
la libertad, y á 'inipedir las elecciones
prevenidas an el art. S del plan de paci~
ficacion, para dejar al gobierno aislado,
·y a Ja federacion sin la asamblea legislativa r1ue regularice la marcha consti-tu'cional desde el l de abril en adelante.
Y o desde el alto y peligroso pue;to a
· que hoy me ha elevado el desti~o, le~
vantó mi vo:z ' como guardian de las ¡¡..'..
bertados patrias, y os anuncio las maqu{_naciones de nuestros enemigos: aun es
'tiempo de eludirlas identificando nues.:..
tras opiniones, y procurando caminar
acordes y unidos hacia un mísrno fin
e~e fin ,,qued~ indicado en el plan d~

�.--º~ti:ias:- , hacer.......
respetar
· ~acificaét~~' qü;\#~~I.!~, P°tt~!lº!Jos
- ' la,. . . . . .,oberania de
~stados:'.:c~n es~ftri,J!t, ()J?!ni_&lt;,~. Vº8:-~r-, , los_'~taqos'.Ji;;f~gran~cer_. lfffederaci~n
deria ~:,:~medio; Y.,,J? al ~nun~~}a . . ~e--na;. \f!.fiJl~Za~~ la~m1ependenc1a
cala~_~d . que· (lOS -i~ara ',~\ f,erjwa, . 11acw,al; ., f{~ f~sob,4&amp;r1:Ja .paz de una
cumplo con .la mas:,.:s_-grada
-~-·~bli- , . maí:léra, ~rab~~~la.,,disiembre 26
-~
. :
.
gacio~es.
,.
..
dde .
lJr[Jrme(JJ.omez-Jf.!edr°ír,a.
:E~os _.m~quiqa,do~es,: _de_ que
li..a- :,,~ .;;:.¡.· a.- ..G .... . ,;. ----- LS ....&gt;.
, .Gobierno . sup,r.e11,1o&amp;}e la nacion-Larblo, son actue!Jos. ,qu~ p'jser~~i!It .g,s ~e-,:'..·
rechos y cla~o~es de un pueblo i:ey, 1os ·· go. · ti~mpo ·arra~n.i_da ~ la nac1on por el
que le abgteñ. y corn}lfimen, l()s que .: , {1;tn~sto. \lltlµxo, ~e . l~sl, partidos á conti;-~ª1Lvi9l~µ~ Ja. ~onstitucipu y_ ~gpr,ul~~',io _. ., :l~-~S,¡ .dt~~~~~~.mes ¡. á ... J:eJqlutjones,. ~ Jio·... las fe yes; y' los que .· querrian haoer na-;, . lentas qne tocJo fo -~~n ~esqtµs.ia~~ y qlle
dar por un. siglo a Jos restos d~ sus her- , ; pan; ,s¡ido _:qrige.~~e. gravisjll}c;&gt;S ;malest cu!!1ª1!.ºS __ ~n c,eL...~ _,;,ge §¡}ngre_~~e.. ~ª :. ,, ya .~Pt~.911.r_i:~g~~.1:Y~~~~a dilatada, los mejicanos clamaban ardienteanarquia
sin . termino;
poc.os
_son,...cierta-.
. .
• ·.·
V
...
·•'··
..
mente,. aunque. bllrh~ros y_ tenaces; pero · . mente _por·: la' .. paz.-En l~s momentos
conocidos ··del p~eblo, y éóúira .ellos ~e , menos esperados, ·cuando · fa. guerra civil
, hara ~~icame:n.t:~ .• la· g~e~i:a,
~~bfe, i!!s . ardia en todo su furor, se . alcanzo
cabezas, si n·o se huínill¡m á · la vol un- : · f~~mente aq uell,a; · y en virtud · de \os
.. tad.
de ' ia nácioñ, ·'éle;carg;~a '. trata,do&amp; . que la Jse~rarnn • la nacion
. la justicia" s~
ihe~~orablé: . " ""' . • comenzaba en· .estos . días a· recobrar viPar&amp; di~1gír" 'la:-, ~archa" de µn ~ gran • gor,. el ~rete»· firm~za y las Íeyes ·su
pueblo,
sido .'llamado del destien-o: . · esacfo: C!,l~plill.,\iento,-·En· esto~ , mismos
y si .enton~es . hubi~r~ esct,1chado ~ota- : instantes_ ,se, me -riene a co_mu~.J~ar
'en lo~ estados_ del .int,erior $.e•· pide_ a~iermente los díéti\~enes dé .. mf raz~n-, nunca me hahria pres~~d~· (;n~~rg~~~e (Je : ·tam~nte U!Jª ~&lt;&gt;QV,:~qsi~n,:_.P?r -~~nsi~~rat:_la _-_~üpy~~a ~Íl~~i;átura .de_ qt1e··,ac~i&gt;,o fa ei me~io _rpas .~por_t•}~º"i ~e ..s.alvar Ja
de tomar __ p~esiQn; , pero . conve~cldo, qe ; . patria;. y tal n~t~&lt;:ia.~e :~~~9rp~~ndido y
~usitdo .el n;iayor s~ntipú~nto_,':'.-~ o pue. 4ue '1á· nacio1í"···
t~ponia .. s~s
ss. ~é_scq9o~~r _c~anto _· impor_ta
· sob~~as,, S(ul pre~~1o ~bede~~' )1_.p~- \ ~~Ii
s~a dable
al -Íenor
. decer ·sin .r;pli~á ..,D.~~de
~~~~nto i .. atenernos
. . ..... ·-·
-en,~- .ló que
. - .
-. '
..
precido,
·
f
~~e
treµ1eµ:4~,
\
'.li~fal.
!~~l
..
&lt;:º~º.
!
u~~arn!!nt~l,
ya
que
pa.
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r,1-P•- ....
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v~lter
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sen~a.
que
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4ema~á.aúnq11e _~ugusto¡enc:árg,o, ~urara, _por q:~s .
1
da: IlP ~ ·s~a, _po~ible s~uir es~c~m~nte lo
111ésés;.
··~!~ós.:,.s,.~r.e
•· ::bl~méo
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:-.-: c. ,1l\
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/Jlle ~: P[fr!E:!le :?~- las. ac!~al~s ,.an~~~i~7
--~ fu~r j~. l~ -l?~~!~t1~is, t~n~r: r9~e
}q~q?r. ~~~~r\~:!1~.WIJgS/Sdi~~~~ ._e-~?.!ª'" 4as C:,~1:~1:l;Il,st~~c~as; mas es .. a~ _que
1es; ~~ft~-l~f?~~; ~-1-,~ti~ª_:Jª.: ~on,- • ~e. ~tfetj&gt;o ,~st~~i:&lt;finario. que -~e ~~sea,
~r~a- y.J,a ~~az n,o ._#~~~~f~e • ~,n .::el . esa coriveneion es del todo desconocida en
·nob~e ~esigmó ,~e .re~~ndliar t&lt;&gt;&lt;los~J~e . ~~~~tfo --~~~ili~:
aqui mi misioñ -y .mi ,P~·cipá( Óbjito, ·_. dos desde este hasta t. el . de.
Yuca.tan
in.... ,,: ..:.
. ·-~
.: .
en .-~--....
todas sut
'qúe, no p~~cie",~n~olvet en)~1~i~~d~J,4s . cluc1vamente . han c.·, admitido
=~··•.,:'._,_·,. r•.
e~es: el pl,n ;:.de ~if!c~~i~n y ~e e~
~a-~es, ~de.)~ .5.°:.~Jl~~~~s
d~ .)~
~~ _pcup_aµ,40 .r ~~µ : ari-~glo :fo ,el, de ,s~
_p~~~• . ~ l l ..~ira P.Cr!~~:-..~~~
~~~vas _el~cc~o~es·.· , ¿P,o~o habia~
~oy .e1_ ge_!}et~~ carac~~r de ~s,p~~.~.:4lhs
rlla ;ravoresido. ml~ - esÍtJeriosf~- .· ~ro · ell~s -:~e .;?onforwarse: pué~. con e_sa in;nQ'!'
... ::.-,;ru: ,j,•i't;·.,;,or-;,,··an :,.,· ;;,¡_,•;~ t\•·... .,.
~~~'?ª ~s,_ '\~e..;:,~ ,me ,~s \~~e~~ ta~i~n, ·especialmente cua~do no han ina:
~e,~~o .su ~piniori ,~~re .la .materia y
··.&lt;\e .-t?d~ .l~~ '~t¡jotiíi•en' tkii ·' loli0$o.. em eño,
}'~rian: precisado~ á. sµspe11der eÍJ
~alv.ailas ---unos. 'j a de,hac~! ~~ ~~~• ló ya ·~o.,, ... .
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�estuviese hecha fa e1eccio~ del supremo
magÚtrado que. d~be • relevarme, se de-!·
tud del rcforldo plan se .!'euna sera compur :sü) :,;in &lt;luda de patriotas acredita- • heria proceder á lo que para tal even" ·
to dicta aquella, y entonces se h::illaria
dos y verd:i.deros federalistas: las legisque · no ecsistia ni poder ejecutivo, ni;
1att1r-;1::; m:i,¡•¡i._:::;tares
•wzarún tambien de
1
, __,
representativo nacional, ni consejo de golu mie:na V1:'.ntaja; Jurante los dos años
bierno que nombrase los asociados· dd
de una en,J::,1
lei:ásbtiva
tan favorable
'
o
; :cs1deute de la alta corte de justicia
pndra discuti.tse dtlibcr11damente la macon lo que la na6on quedaría asefala;
teria, e:n:L1:'.;1do sus p:•rceeres sobre ella
y se ofrecia ademas otro inconveniente
todos los ci.ududanos que g~1:,;tasen tognnoisimo en atencion aque el que acmar parte en la cuestion .,v :sl la ODi,
tualmente ocupa ese pue... to no es meji.:..
nion general decforase ser- op;y,tu:rn la
cano de nacimiento. De aqui po&lt;lran
realizacion del proyecto se veriü:::arr ,in
V
V. S S. inferir el cumulo de rn~obstaculos y sin incurrir en la prcupi.
.
. ' 1 a.10ra,
l
se
les inmenso y gravisimo que
t acwn
mentan.e
de que r,c val.
1/
.
Sírvanse·
.atraeria sobre la infeliz nacion.
dnan o,; contranos para desacrc&lt;lítar
VV. SS. dar cuenta con esta comunicacuanto se l1icicre y para procurar m:e.cion á esa honorable legislatura cuyos
vos distmLios·---Yo como ciudadano, taílustni,dos miembros espero i:iue reflecciomo particnbr y como mar:istrado
supre,:,
nar{,n at¿Ltamente sobre lo expuesto, y
mo protesto \ VV. s~. qne de insisque proce&lt;líem.:o con la circunspccáon
tir sin aq:ie~ prev~o ecsamen (;ll llevar
y n:adurez que acostumbran en sus deadelai1te tal prdcwüon, la 1ntria repor:
liberaciones en lugar de oca'cionar a la
taria perjuicios del mayor taurnuo y nos
emholvetiamos en la ma.s desa~;trosa auar- . ·.·. Patria un dia de luto- cooperaran .u hacer
~ efectivo el triunfo de la liberta&lt;l fan gfo- · ·
qqia, ]' es muy de notar el co11traste
riosamente adquirido y que pone en nnsensíble que presentan estas . legislatuestras mtnos la futura prosperiJad de b
ras y el ejercit0 permanente, este cediuacion objeto primordial· de todos m:esendo honrosamente en el furor del combate
tros csfucrzos.-Dios y libertad. IH :..jila voz de la razon para asegurar los in
co Enero 10 de 1833.-Manuel Gs;:ae:,,: ·
tereses· uac.iona!es protestando ser su mas
Pcdraza.-Sres. diuuta&lt;los sccrct.:.rios de
firme snsten, y aquellos moviendose á
,. '
.
.
la
Legislatura de
UCYO Lco11,
proponer mCG.'(,as que es muy posible
comprometer esos mi:)rnos intereses; y
~1&lt;WMSIITI
!MWif:liiDGiBP:WC5
'
no solo eso, sino que &lt;le esa manera inEl Ciudadano Joaquin Garcia t:ro~
ciden la~ indicadas legislaturas por un
bernador dtl Estado libre de Mtevo J~edeseo noble de llegar• al optimismo en
on 8 todos sus l.abltantes hago saber: queotro mas triste caso, cual
el de hael llonorable Congreso del Estado ha tecer · suyo y pedir como tal el propio plan
nido a bien decretar lo siguiente.
propuesto por los enemigos declarados
Núm. 326,-Se bá propuesto al eón-.
d~ la libertad, y de que hict referencia
greso un proyecto de ley del tenor ú- ·
en mi discurso pronunciado en Puebla
guiente.
al tiem!JO de prestar juramento, plan que
l. 0
Reconocieudo la legislatura de,fe 1;regz,:n ~o S'.ÍS estados de Ja fcderacioú · Nuevo Leon como legitimo ~.presidente
entorpeceria las funciones principales dei
de la republica al Ecsmo. Sr. ge,ncral
congreso general de la union.-Sobre toD. Manuel Gomez Pedraza, adopta eu
do, .yo este y resuelto a no ocupar el
todas su~ partes el plan de pacificacipoder ni un dia mas de lo que; :rwescri"
on pre¡,entado por los gefes de los dos
be la constitucion, qne es hasta el I. o
ejercitos. · beligerantes y apr.obfl-dQ po~1
del procsimo al,uil: si p~ra entonces no,
S. E ►

dw?:_-El congreso gen!;')ral que

en vir.,.,.

. 1

1

.

a

'r,

%2

es

~

�~- 0

El ~jcrntfro del ·Esta~ usara
fa.cultades que le conñete el d.-

de la~
'tacÍo p1:m, h;:..cioido que·

a lo InilS

tarde
clentrn d_c1,, ph1,-:o ¡m;Ííjado Ui el, si es
poiiiblc, Hi };::;gan 01 todo el Estado 1ns
nuenis ckcc:t,1,c::; t.'.c que t.aL1a el aú.
q

...,,

·e v''t'l
. .,._

l"i~1·'
.. ('J
..1.1 ...
11
~

f,J.,,,

·

~

(, .... ,

0

el ~eto uom. j~.
t. .(t El dia Si. ·c.fol m:smo -se ctlé1

bra~ las juntas. secundarias: tomando~
se en conseci;iencia, fos electores primarios que d,eban ocurir á €llas, el tiempo
ncsesari-0 para estar en. sus respectivas cal'(
bezeras dos ellas antes de que Hegne fa
' eleccion de secundarios para que tt:nga1\
el tiempo 3/ la oportunidad de ctunplir coa ·
lo qne previenen los articnlos 60: y 51. dG. la coustitucion &lt;ld Estado.
·"'
S. c-s efectua&lt;las asi las eledones $.e-~
cundarias las personas en quienes haya
recai&lt;lo el 11on1bramiento emprehenderan
su marcha a la mayor posible brevedad
, computando estar en la capital tres &lt;lias
. antes del '7 del procsimo febrero en fque
precisamente se celebraran la~ elecciones,·
de EstaJo en cuyo acto se, observarinr
rcligiosaruente las formalidades prescritas
por la cclJ.stitucion.
4, "° Al d.ia siguiente la misma junta ·
de Estado pro-ce&lt;lerá it elegir el Dipu• ·
tado' y suplente que debe representar a1 ·
.;"Estado en la camara :de D,iputados ctet ··
Congreso Genen1!.
5, ¡,;: EJ día 15 del mi.sn10 mes t:l
congreso nuevamente electo abrir-a stis,s,e..,.·
si011es ordinarias previas las· formlt&lt;lm!fes
qne previene la constitucio.u del Estado.·
Este mismo congreso procederá el día
1. 0 de ma~o a elegir pM solo e&amp;ta ve:Z
dos senadores, y dos personas para preei&lt;lente ~y vice-pteside1:i.te de la republi:ca. ·
y pa.ra su roas e.saeto útti-1rp1imiento.
mando se i1nprima publique y c-ü:ctifo~
reencargando ,la mas -puntmil. 0'11:H:rv-::.ncia 1
en todas s11,s partli;1~. :lU:'0n1io.rr't'T 'l.9 d~
enero. de 1833·
Joq,quin Garcia-.P'()tlr&lt;J tld Pcdle}-----

. S.
La Jiputacióo perrnan~ntc concluye sus fur,c~ol,fs el pia ultimo de
enero del prc-srntc ai'í0, }' ·el gobierno
del Estado con la junta de comeje 1:011dra en pose¡;i0c al nuevo congreso.
4. (.) l\ücntrns la kgislat,,ra qúe se
há &lt;le hombrar de nuevo, f,rocede á la
regulacíon de votos &lt;J.e gubtmrndor y
magistrados, subsisten !vs at;tualcs.
5. 0
El ejecufrvo con su conseio
acordara cu.i.nto convenga soLre reglamentar y llevar ú efecto este decreto.
'l'endralo entendido el gobernador
del J;:stado mandandolo imprimir, p1,1blicar
y circular a quienes corresponda para sn
cumpiirniento. Monterrey enero 19 de
H3:J'J.-Pedro .Jim'onio E:::nal diputado ..
presidente.-Diego Cetwvio LacMca &lt;li.Jfütado sccretario,;-Jose Francisco de
Rarln, diputado secretario.
V en mio de las facultades que en
Ji.cho decreto me son conceJidas y por
&lt;:na,iío en su mas e:-nc1o curn plimiento
estriba la salud de la patria que toca ya
el abismo en que la precipitaron los
disturbios interiores en que dcsgruciadamente há est:\do euvuelta mas há de
quatro ttí1.os ire venido e11 ordenar para su mas puntual obsernnicia fas bases
siguientes.
•
l. ~ El . sábado 26 del corr.iente
se verificarán .' en todos los distátO's del·
Est,ado las elecciones de tantos elector.es primarios cuantos les conespondan
Srio.
ii cada uno atendido el numero de
~iones que tiene . aprobadas pur la
honorable legislatura en :lá circular :de!S,
Ecsp0'Ci-cwn ¡pte lo$ dip1ttados
~e May@ de 8$12. advirtiendo paÍ'á !i ~r-4fjil&gt;s &lt;al futuro :5. 0 có1lg'res(J- r:ons(itu. .
evitar dudas y equivocaciones qne 'ningü- 1 ai(!ngl &lt;ti.el Estruló di'Pijéli'.a lit4 at.tuül le.-: .
no de e~os e1ectorcs prhnarios puede ;/
gi.slaYIJir-á. ·
HONORADLE C0N!Gl?ESO, ..,:_ ,
representar e:n la cabezera de su párti- !·•.
mas-\le tres aeciónes ·como r~~ie11e
~e~id{)S ,los .,qe sabsenl:kn de ·ioS:¡fo•

,wm~

,¡

o·

f

!

�&lt;ior,esvpÚ"'hlicos deLestado bajodis fomas\
~Gnstituoionales,. proximos a-remplasar esa'
honofable asamblea sin. que se haya'ob~
jetai..lo el ,mas leve· v:icio ni defecto,: a,;_ la €leccion, ni á sus personas, acaban de sa..
h.er que se ·les destituye,- con\ desaire: y
desonor, _(1) del derecho justamente· ad. quirido para representar este estado, con
·notoria fofraccion de todas las. formas tutelares de las leyes · fundmu-entales, · y
del estado.
·
Jamas se ha interrumpido desde que•
felizrµente _sé adopto . eL sistema federal,
e] regime:n interior de este Estado, no haviendo sufrido la mas leve variacion ni aun
en el malhadado y mil veses funesto plan
de Jalapa: VuesitHonorabilidad ha convatido, _con una muy. leve :(2)·intt!r.rupcion,
los principios · del · -actual plan, · .contra el
yoto bi~n. notoi:io de ]os que deben re, emplas~d~, con sacrificio de gente, y de cu •
antos fondos reunia el· E-stado, y su adopcion hoy, traspa~~ndo, todas las . formas ,
constitudonales al _tiempo mismo de con- ·
· clµir su period~, .podría muy bien ínter- ·
pretarse en odio de los nuevamente (3)
electo_s, mas bien, que por una conricci- ¡
· on de que ha estado muy lejos esa
Honorable Legislatura, y mucho menos
(1 }. lmpidiendolcs la reunion

a las

juntas preparatorias que previ811,e el articulo 91 de la constitucion del Estado-,
mas por - u,i efecta de partido qNe por
obsequiar un _plan _que han convalido&gt; y
. en su corazon detestan.
_, (2). Alude al mes que estuhe pro' nuncíado el Estado, mas en fuerza de
.los siu;esos gloriosos del,Pozo de .los Carmeles, y Victoria de Tamaulipas-, qtte por
adhesion a los principios,. que en igt1ales
circunstancias- adoptan 4oy.
(S). _Se i'fliere dd ~ontest.o li'6dl
del -pla~ donde no- suena .un solo, amcu~
-lo ptw el que se:faculte a la acluál Le,..
gislatura~ ·ni «l ejecutivo,; ·para · que SUJtpendan del exercicia coastilucional, • la
.flsarJJIJ,leat. que se mand-!' ,tenoo.ar .dejandit
- as~fale el Esta-do-,. y un pretntfl" t# nu,.-

liáad para: la /'Ulura eleccion.

· . c.uu'd&lt;;; ,,ya se !entre· ve·' que -maclJ!as- 1de
las' eleccióné!HJ ué proéedeuael mismó ori
.. gen -( 4) que - el:· cQ,-igreso - que trata de
r.et)Ovarse ,-se·' rde;jan' subsistentes, : cuya
, a-eepcion::::ent.~táles: actos~- induce -el concepto se,guro; de -·una avercion; marcada
contra nuestra~----personas. El (ó) ejecµtivo que, siempre -ha ,-abundado· en las
, Mismas ideas, nó·· puede inspirar tampoco la confuinsa necesaria; y 'mucho menos concluidos sus poderes,. que no es da,do á nadie . . prolongar -por ·un··· día' mas,
sino: al Pueblo que lo tiene ya rémplazado. El plan propuesto de pacificacion
podrá, conforme a nuestras particulares
circunstancias, tener o no su verificath,o,
pero -este deberá · obsequiarlo quien· Je..gitimamente puéda o deba: (6) y como su
efecto por nesesidad haya de retardarse
, hasta el periodo en que los poderes ac. tuales. han sesado, los que subcriben (7~

' ( 4). lle 'dejan •a1,hsislentes todos -lós
ayuntamientos · del Estado, · que ~r01J
.'etectos,por los-..mismos electores que kicie.'ro11- la Legislaturá: que -se remplllza sin
acord&lt;trsé que'el plan los·incluye, tintr~ lóS'
fm1cionarios p"WJl:icos de· elecci'on p(flUlar~
( 5). En honor, de· es-te supremo funr
·eionario . direm()S; fJ1te• esttJ ve~ ke ha ma·nejadfJ' r:tm imparcialidad, "!f cordura, que
._mz9 óbsercaciones ál ·'decreto de· la legis-lttlura, qw ·impide: la rewion del fut,,-...
_ ·ro· 5 ~ cungreso -constitucional: pero qnefueror, desechatlt1S', ti,,· ·iifkaherae· 'loma- ·
' do, •ea canaider-amon.
.. (6) N.o ,.eesistiem/-o ,ya la aetual legislatura para el sr ·de tmért&gt;', 1!11 qt,e
aea&amp;J su-períodq constíluciona-limprwrro:gable-, .y tvitamlose· com&lt;1 se quiere ki reu..,
nion -.tle ·la que ·cunstitúei01tal•tmt'e tle~
. _fngw ,1 :r e de f elw-er-&lt;&gt;, -pregrt•tmnoaconforme t1.l plim. _¿()ual legislatura et;.
lo, fJW' •· renueva:1· '!La que ya· ao e-e-~ ' 1'i: •.ae puede ltmru1r - tal.1 .. frO la,
nomfwada, pe nOI se quiere ·de_jmr- /1'n-1

•

'1-

,. ,_
1rcaitw

C,(IJ&amp;(Jr ►•

{?). La¡Ít,tJnfittt~ eon "'_e· ,e ÁÍ#'!f
uú. doc~ " la LegislaN1li

�se creen con derecho para reclamar cu.
alquier acto que tienda á enervar los
· poderes que ya tienen, y a impedir su reuunion constitucional y de los poderes
que deben reemplasar,
los }):yactuale~c{:t¡ protestando de nulidad, de 4l!nos
hechos que sin notorio perjurio y preva:
ricato, no pueden sancionarse.
Monterrey enero 19 de 1833.-.Manuel .Maria de Llano.-Pedró T1·eviño
Y. Pereira.-Francisco Tomos de Iglesws.-:--Joaquin Caso.-Camilo Gutierez.
- . •,tJntonio .llyala.-Bernardo Quiros Diputado Suplente. ·

a

Monterrey 24. de Enero &lt;le 1853.

poderes del estarlo eull~tltó 110 han prestadó aún el juramento que previene el
codigo fundamental que es ]o que da la
~ investid~ra y cuando en el mismo hecho de
adoptarse el plan de pacificacion handebido' suponer que lejos de tener un derecho
esa posecion reclamada su ele•é.
cion' callo desde ese mismo punto: de
manern que seria absolutamente incon~titu
cional la disposicion que resolvieta atribuirles esa posesion, mucho mas si 11e considera. que su eleccion no es muy constitucional por la esclucion ilegal de uno
de los electores de estado pretesto de
&lt;Jue era vice gobernador cuando otro
qu~ Jo hasido todo el año p9r ausencia del
propietario, no ha sufrido jamas repulsa
· en ninguno de los cuerpos electorales
que se ha presentado con el caractr:r de
elector. E aqui un modo gr.!cioso de hal cer de la ley un comodin: curnplase la
• ley cuando es aconiodada a las miras e
intereses nuestros, disimulese el cumplimiento de la ley cuando no púede sernos
favorable. Tal es la esposicion que sin
duda circulara ya por los pueblos y hasta
las majadas &lt;lel Estado: engañense enhorabuena los hombres, pierd .. n y arruinen
su patria; pero al menos no seremos responsa b lcs ante la sociedad de haber omitido estas rcflecciones ¡:ara advertir el
mal a los que irrcfleciblemente pueden
incidir eu el. Las miras son ya bastante
conosidas y antes de ser, ya nos disen lo
que son t-n su mayoria y lo. que harían
los Diputa&lt;los elccctos en el ultimo diciembre.
EE.

a

a

Ynscrtamos
una esposicion
qt:e dirijicron
la actual Honol'ahle Legislatura siete individuo"l de los
que en el ultimo diciembre resultaron
elt'ctos para el futuro congreso, ella
es un z trsidJ de gro serias torpei,; y de
i; u:to,; los mas insolentes contra el congreso co1,tr.i el gobierno y contra el misr1,o plan
de p'.ic1ficasion mandado observ::::r por la
primera autoridad de la republica.. para
est ableser un orden en el desorden general en que por efecto de la revc:lqcion se encuentra actualmente la naci:m
mejieana. En w conteswra y formacion
se están invocando con descaro la .anarquía y el trastorno por medio de
la desobediencia e irrespet•JOi-idad á
las autoridades y á la ley. EHa es una
confesion genuina y una manifestacion
clara y terminant.e del aspirantismo mas
ERRJI.TJJ.
descubierto, unico movil y principal objeto
para cuya consecucion se han dado ante la gente sensilla e incauta el falso • · .Jll imprimir el &lt;lecreto nmn 326. del
IIono.rable Congreso del E-~t✓tdo, por una
barnis de patriotas y liberales, puesto que
equirocasion de la imprenta se le puso al
el interes que ]os ha movi&lt;lo ií. dar esca he !a formula comun de todos los de• te paso, es la posesion que s~1ponen decretos en ~·ue se previene se circule en caberseles dar el l. 0 del procs1mo febre~idad de decretos provi~ionales para que les
ro y en que imisten quien sabe con que
puedun hacer obscrbacwnes las auto1'idades
fines. Se suponen investidos con los
qui enes consede esta facultad el articulo
---~1~1
l 19. de lt: constituci"n del 1:1i.&lt;,mo Estado, y
~stando m momentos de cerrar sus j~cfo'corno ·qmera que la Legislatura al dc:r
nes, no permitio que se les presenlaie a
el 1·eferido dec1·eto no Ita usado de esta
la firma, a otros dos Sres. Diputados,
formula en el original, ni esta es una ley
qtie se hayan en la Capital; pero sepase
que pueda rrdmitir tales observasiones, de
que los que la subscriben forman /,a mar,rden
del supremo Gobierno del Estado
yoria de los once diputados que tiene
se
hace
entend1r asi al publico con el
asignados el congre~o del Estado
fin de salvar aquella aqui/Jocacion del imprel):J=-.N"o se tomo este en consideracion
sor, -Pedro del Valle:-Secretario,
despues de leida, por que disque esta .
insultante a su honorabüida.d que acaba;
corremos traslado a los sensatos mientras
documentamos nuestros . acertos., que
Imprenta del Gobierno ..dirigida por el
sera muy tarde.~
.
-¿ • ()iudadttno Francisco del Pq::u,.

a

a

no

�</text>
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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1833, No 340, Enero 24</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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