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JVurn, ~84.

GACE'rA
CONSTITUCIONAL
llEl., ERTADO LIBRE Y

SOBERANO DE NUEVO LEON.
Del jueves 28 de Noviembre de 1833.
Ut tutela sic prociira!io rcipnblicce gel'enda est ad utilitatem eorum qui comissi sunt, non eorum
qttilms corn:nissa est. Cic. 1. offic.
Lo mismo que · una tutoria: asi se han de ejercer los cargos publicas no para utilidad de los
q•ie g,obiernan sino para la de los gobernados.
.

el Sr. Garcia (D. Eduardo) sobre que se
suspendiera hasta la sesion inmediata, y
PRESIDENCIA DEL sEÑoR LozANo(n. cARLos)
se desecho remitiendose al tercer debate.
Los asuntos pendientes para tercer deLej&lt;la y aprobada la acta de la se- bate se snspendieron para la sesion insion anterior, se dió cuenta con un ofi- mediata. Se dio segundo debate al proyecto
cío del gobierno acompañando cinco es- presentado por e'l .Sr. Zambrano · relatita.__los de la entrega que hizo el teso-• vo a facultar á las camaras de la union
rero suspenso: que se cwnteste de reci- para enmiendas de la constitucion federal~
bo. Otro del mismo acompañando la cir- y se remitio al tesorero. Se ,pasaron á la
cular del go!Jierno de la union en qm~ ¡comision de puntos constitucionales dos
participa haber prestado el juramento el! proyectos &lt;le enmienda de constitucion
Ecsmo. Sr. vice-presülente y haber entra-•¡~e] congreso anterior. Con lo que se levan l
do en ejercicio &lt;lel supremo poder eje-,1tó la sesion.
•
cutivo por enfermedad del Ecsmo. Sr.! ~~~~~~~~~~~~~~~~
Presidente: que se conteste de enterado.'
NOTICIAS FEDERALES.
Otro tambien del ~obierno acompañan&lt;lo dos estados cortes de caja de lal
D(')CL'MENTos oFICIALEs.
tesorería: al archivo. Otro &lt;lel mismoil
Secretaria de guerra ~.r marina
acompaifando un oficio del ministro de re- - Seccion central.- Circular.- El
.ladones en que partidpa haberse encar- Ecsmo. Sr. Presidente di.,pone que los
gado del mini:,;tro de Hacienda el Ecsmo. gefes, oficiales y tropa permanentes y acSr. non Juan de Dios Rodríguez: que, tivos que se presenten á V. S. acogiense conteste de enterado. Otro del mismo! dose
la clemencia del .supremo gobigobierno en que acompaña dos decretosl erno, los mande á esta ciudad para desde las camaras de la union, uno dP.130. del tinados conforme convenga, como tambi. procsimo pasado marzo, y el otro de Sl. en alos prisioneros que se hicieren. Asidel mismo. El primero declarando Pre- mismo ha resuelto 8. E. que los civicos
sidente de la Republica al Easmo. Sr., y paisanos, de acuerdo V. S. con el Ecsgeneral D. Antonio Lopez de Santa-Auna, mo. Sr. gobernador de ese Estado, disy Vice-Presidente al Ecsmo. Sr. D. ponga lo conveniente para que no vuelV alentin Gomez Farias; y el segundo van á hostilizar a los pueblos. Tambi.
relativo al ceremonial que se debe obser-!en quiere el general presidente que las
var ~ua.ndo entre á funcionar ~l Victi armas, ca~allos y d0mas úti_les &lt;le guerPres1dente: se mandaron al archivo. Sera se recoJan por V. S., cmdando de su
dió segundo debate al proyecto con que 1conservacion y eBtregando á los gabierconc1uye el dictamen de la comision de, nos . de los Estados las que perhacienda sobre establcer presidio en la¡ tenecen á ellos y no sean de la federa:Boca de Santa Rosa; y puesto á discu-:. cion;. y últimamente que todos aquellos
sion el primer articulo hizo proposicioif individuos que por la ley de esp~si~
CONGRESO DEL ESTADO.
SESION DEL DIA 20 DE ABRIL.

1

a

a

)

�&lt;lehan salir del terl'itorio &lt;le Mfjico, aun¡;&lt;le ]as clases privili¡;;;ia{h~, vimos al puecuando se hayan presentado, se hará que !blo en cot,tiuua :.1cciou i;a~,ta destruir y
lo verifiquen hajo la responsabilidad de laniquilar la ruina y vergouzosa reaccion,
V. S. y del repetido gobernador de escjrrianifestáu&lt;lo qne ama mas lo:s f;oces reaEstado.-Todo lo que comunico á V. S. les y efectivos de la libertad, que
¡n1ra su rnas esacto cmnplirnicnto.-Oios,el encanto de voces mr:;1;:ca,, &lt;,ue en la
y ]ibértad l\Jejirn, noviembre o &lt;le 18:33. epoca del feuilalismo lo :,rra~.t1aba11 ú la
-Jose ~1arza Tornel.
¡mafanza
la carniccria con q11e crcia
. ..
.
/agradar a un Dios &lt;le paz y nrnnsedumCircubr.-EI F.csmo. Sr. presidente ibre.
,
se há servido mandar que todos los indi-)
Aun subsisten g-avillas de lo-; subleviduos comprenJidos en la ley de espul-/!lv . . . dos; aun no se goza de alnwluta trau. sion, aun cuando se hayan presentado, quilidad, y ya vemos a los dignos lesalgan fuera del territorio Je la republi-¡1gisladores de la Union ocu¡;ados 01 quica, bajo la mas e~trecha responsabilidad rrar los escombros del edificio gótiro desde los Ecsmos. Sres. gobernadores y co- :trnido, para que sea franca y sin tromandantes generales de los Estado:s; y jpiezos la marcha de la fe&lt;lu;;don. Han
de suprema. orden lo comunico á V. pa-¡ hecho cesar la obligacion el vil &lt;le pa-g-ar
ra su inteligencia y esacto cumplimiento.¡ el diezmo eclesiásfic·o en toda Ia repúbli-Dios y libertad Mejico, noviembre 6 ca,. dejando en libertad absoluta las conde 1883.--'José .Marza Torne!.
ciencias de los ciudadanos para pagar o
El Fenix• no pagar esta pension, y en efecto, pal!'!l!!!!!!!!!!l!!!"'!"'!~~~!!!"!!!!'!!~-~·~~~1!!•':!!'!!.'!!!'!!!!!!!!!!!!' ra cumplir un precepto edesfastico. ¡Que
4
·
otro te&amp;orte &lt;leve moverse que el de la
TOLUCA,
NOVIEMBRE
3. .
~oncienda! No partiendo la obediencia
Todos les dias recibe él mundo .al pontífice y a ]os concilios de otro printe,s.ti?'ionios -~utenticos ?e que en l~ re-1/cipio qoe del con!enc~miento de su supubhca meJicana ecs1ste un germedprema potestad directiva en la congrellle~ting_ible de libertad, que con la es-f/gacion de los fieles, ¿que otra coacciou
per1encia de los desastres y la escuelit debe haber para ohedecer sus man Jatos',
d_e las oscilaciones pofüi.cas, va ad9uí-¡ q_ue Iá que partá de e_sa con:vencion? l'renendo gradualmetite mayor perfecc10n; c1s0 es que haya d1fercnc1a entre el AlA los pocos dias de haber humíllado cora11 y el Evangelio, entre la vi&lt;1lencia
4?{ pueb. lo rey á la bárbara adr_n.inii,tl'a-jl,y la persuacion, entre lá _cimitarra y los.
c10n de sangre de D. Anasta~10 Bus-11mpulsos del corazon. Siendo las leyes
tamante, y de haber~e restituido a sul civíles p&lt;&gt;ra conservar el órden y eq11iprimera dignidad, encargandose de lal librfo social, para garantir los derechos
diteccion J.e sus destinos, una turba deide los ciudadanos, y para precisarlos al
· sóeccs esclavos, de arlequines polificos,! cumptirrliento de sus obligaciones, ¿como
y de n~blés de ayer, en cuyos perganiiJ:hacerias estensivas a mandar hacer oblanos despreciables no hay mas pr0ezas, ciohes, a convettir en contríbucion los d.oque alguna traicion, algun asesiható, ó nes de los fieles,
crear pingües rentas
~lguna bajeza, dirigida siempre á sos- ,pata el alto clero; cuando estos objetos
tener la usurpacion de sus antiguos amos, :en vez &lt;le dirigirse a la conservaóon de
no contenta eon el destierro de los pa-[la sociedad, la desquician, crea1,do colotibulos y las humillaciones, intentó pa- sos que oprimen
las masas
amagan
talizat la marcha de la ftderaciort, Ha- la soberania? ¿Como en una repúblimando en llH ausdlio la consetvacion
federal conservar leyes civiles que
los fueros, que. aquella debe des.trtíit, mantengan privilegios y de~truyan la igual.
y la teligion, que nadie atacaba, · pe· dad? Esto envolvía una barbara contra•
gue era preciso invocar para mar1tener dicion de principios, y los lt:gisladores
la superstición, el fanatismo, las ventas al · hácet cesar esa coaccion civil, han
industriales de éosas santas, el abuso de vengado
Ju instituciones hau quifala credulidad y las preeminencias y gran- do· a la federacion una de ia~. ~uuchas
deg prerogativas del alto clero, siempte trabas que hast::l hoy han su bs1st1do por
l'foioso~ siempre prostituido y amigo si- el hábito de trecie11tos años.
empre del manclo de señores; mas á pe~
Han mandado disolver los cuerpos
sar de los muchos üítereses que movía pérmanentés y activos q1,e se han ~t;ble-¡,or. simpatias este, esfuerzo de a-gonw vado tQlltr:a las instituciones, con ci'et,;.

ya

1

1

1

a

a

a

y

dejéa

a

y

�SUPLEMENTO
A LA GACETA CONSTITUCIONAL NU:\l. SS1. DE NUEVO

L-mON. ·

del jueves 23t de noviembre &lt;le 1833.

Lista de los negocios despachados en la aseroria general del Estado i1, car..
go del que subscribe desde 1. e de junio del corriente año hasta la fecha,
ASUNTOS CRIMINALES.
Numero 45.
Numero 46.
Numero 4i.
Numero 48.
Numero 49.
Nun,ero 50-.
Numero 51.
Numero 52.
~umero 53,
Numero 5,1.
Numero 55.
Numero 56.
Numero 57.
Numero 58.
Numero 59.
Numero 60.
Numero 61.
Numero 62.
Numero 63.
Numero 64.
Numero 65.
Numero 66.
Numero G7.
Ni.¡.rrero 68.
Numero 69.

Bn definitiva la instruida en el .i•u:gado llegundo de Villa Aldama contra Franciscq
Cruz y Jesus Garza, por heridas que infirieron.
'En tramites la instruida en el juzgado segunJo de Sabinas Hiualgo contra Estanislao Flores.
En ídem la instruida en el juzgado segundo de idem, contra Francisco Sanchez,
por ahijeato.
Dos consultas hechas al juzgado segundo de Monte-Morelos, sobre heridas y
adulterio.
Otra hecha al mismo juzgado sohre si deheria fJrmarsele ca1..1sa a Rafael Curie],
por muerte qne dió al ladron Mnriano Casares.
En tramites la instruida en el juzgado tercerv de Cadereita. Ximenez contra José Maria Peña, por abijeato.
·
La instruida en el ,iuzgado segundo de Santa Catarina contra Pascual Romero, :
por adulterio, é indicios de muerte.
En definitiva la instruida en el juzgad,) segund0 de Purisima Conccpeion contra.
O. Rufino Ovalle y D. Miguel Medellin, por haber intcntJ.do estraher violenta.,mente da la carcel á unos reos.
La instruida en el juzgado segundo de idem. oontra Lucianó Esquive!, Antonio Almansa, Miguel Cama.cho, José Flores y Macedonio Medranc, por desobedientes ·
á las autoridades, en tramites
En tramites la instruida en el juzgado tercero de la Ciudad de Linares eontra
Eugenio Castañon por abijeato repetidas veces cometido.
En definitiva la instruida en el juzgad) de la Yi!la de Marin contra D. Valentin
Guerra por crueldad en la pe1sDna de su h~ja.
En tramites la inst111ida en el juzgado cuarto de esta Capital contra D. Bacilio de la
Garza, acmado de incendiario.
En definitiva la instruida en el juzgado segundo de Cadereita Ximenez contl'a ·
lg·nacio de la Garza y Martín Cortés por asalto
F.n idem la instruida en el juzgado tercero de esta Capital contra José Rafael
Pcres por haber dado muerte a Coronado Silm.
La instruida en el juzgado segundo de esta Capital contra Lorenzo Gonzalez poi
haber dado muerte á Igm;cio Rendon tambien en definitiva.
En i&lt;lem la instrv.ida en el juzgado segund0 del Vaile de la Mota contra M a-.
cgdonio Reyes, por golpe&lt;.; que &lt;lió.
En definitiva la instruida en el juzgado tercero de Monte-Morelos contra Patricio Manoc¡uin y Maria Inocente Nrnrtinez por muerte perpetrada en el marido
de ésta ;\l anuel Rodriguez.
En idem la instruida en el juzgado tercero de Linares contra Atanasio Coronel
por encubridor, y Francisco de ia Garza indiciado de lt,dron.
En tramites la instruida en el juzgado tercero &lt;le idem. contra Timoteo Gomes
y Maria Damacia de la Garza, por adulterio insestuoso.
En iúem la instruida en el juzgado ídem de ídem contra Ancelmo Aguírre y
compiices por robo con asalto.
En tramites la instruida en el juzgado segundo de la Villa de Santiago contra.
. Rafael Guerra por rapto.
_,
En definitiva la instruida en el juzgado segundo
Vílla Aldama para averiguar
quien fué el- que violó a Maria Felipa Gonzalez,
En tramites la instruida en el juzgado segundo de Santa Catarina contra Toribio •
Flores, por a1ijeato.
En definitiva la instruida en el juzgado idem de idem contra D. Antonio r.füeles, ·
por golpes qne infirió a D. Julio Morales.
..
La instruida en el juzgado .~e~uado _
idem contra Pascual é Isabel Romero en ·

lle

ge

�Numero iO

de ñn Ít i'hi .
En it'em fu iniltnti,!a en ei· jdzgt&amp;b scgunifo; de Sán Nioo}á&amp; Hida1g·o contra San-

tiago Orfo,:5 por gol11c:s que dió a su muger. ..
Ntlmer{') 71. · En tromires ta imtruida en el juzgado segundo de'-Concepdoo contra José Mariá ..Rin~
con por re:,istet~cia it una ronda
Numero 72. La ifütrnida, en el j1tzgo.do,~eg-ú11do de Santa Catarina contra D. Juan de Arzola por
hendas que iufüió: en dédnítiva.
.
Numero 'i:3. En idem Ja instruida en el j\1:tg·adoro tercero de Cadereita Xirnenez cont.ra Valeriano
Ro.drig.uez: por heridas , que ~qsoron_Ja, f).1Lt,erte a Nicola~ Hernandez. ,
N~;~ero 74'. En definitiva la instruida en ffj"íizgauoseg;undo de Ag·ualeg·uas contra l\11guel Jau.
rP¡rni por• falta de respeta . .al alcalde, segnrn'o.
•
Ntúncro 75-. É;t i¡1e1n la instruida en el j~tzgadtl té-réefoífo' Monte-Morelós contra Rafael Oz.una ¡
Antonio Oilenides· por falta de res¡:ieto al alcalde juez de ronda.
Numero 76 En idem la instruida. en el'juzg_ado se_g:1mdo· de Santa Catarina contra Francisco
Leon f'lo,r~s por indicios &lt;le complicidad en un robo.
Número 77 La in:,ttulda en el jüzgadi;J terctro dé 1\fo:rite-Niorelos contra GttarJalnpe Naiar roota,.;:
(br de Eufracio Tostado, é !gimci1 Caí'den:is y Juan de la Jarza indiciados de
complicidad en el mismo homicidio: en'. .definitiva.
Numero 78. En diefoitiva lr.t instrni1a en el ju~gado segundo de la Villa de Galeana contra
NicoJ[i,, Cortés por heridas qúé irtfltio. .
Numero 79. En idem. lii instruida en 61 juzgado segundo de Linares contra Juan Granado.
pt•r heridas que díó.
rNumero 80. En tramites la instruida en el juzgado segundo dé Santa Cata'fina contra Anacl~to ~arela, por robo.
Numero 81. En ídem. la i.n~truida en el juzgado cuarto de esta capital contra Alejo Vrdiales
y· Lirio San Miguel p;,r indicios· de haher: asaltado en el camino á Doña. Francisca
Tamés y .\~aria Deonicia Garcia:
.
Nurr1ero Sz. En trr1mites la instruida en el júzgado segundo del Valle de Concepcion contra
.fosé Maria Santolla por robo.
Numero 83. l.a instruida en el juzgado segundo de idem. contra nicardo Coles y .Antonio
Jaramillo por golpes que dieroil por estraher de sus padres á Maria Seberiana 'fores: en definitiva.
,
-Nctfoero 84. En tramites la instrnídlt e\1 el ,ittzgádo ídem de ídem, eil aberiguaciun de quien
ó· quienes- fueron los homicidas de, Espiri,lion García.
·
Numero 85. En i.de~n._ la )n,,truida en el juzgado. de'. Abasolo contra Stlcundino Ollvares por indicios de habe.r matado· á su esposa.
Numero 86. En tran¡ites la, instruida eu el juzgado seg,mdo de sabinas Hidalgo contra Jo~é
Maria Flores, José Maria· Sanches Francisco Sanches y complices por rob0$.
Numero 87. La instruida en el jusgado ség\tndo · de Agualeguas tarnbien en tramites devuelta
Numero 8S; En ídem. fa instruida en el juz.gado sPgundo de Vilia Aldama;co11tla Simon Briones
por robo .
.Numero 89. En dl:-finitiva fo instruida en el juzgado segundo de Santa Catarinacontra Agabo,
Aguilar por estupro.
Numero 90. La instruicl'a en el juzgado ·segundo de Santa Catarina contra Anacleto Garcia,;
en tramites.
Numero 91'. En tramites la ittstruida en el juzgado seguncio: de Villa Aldama contra Francisco
Quiñones; por muerte.
.
Numero 92. En definitfra la ·instruida eh, el juzgado segundo de Santiago contra Ráfuel Guer,..,,
ra por rapto.
Num~ro 93. En tramites la instruida en' el juzgado· gegundo del Valle de la Mota oontraGer...
vasio Olivares por abigeato.

No que da asunto criminal alguno en . la as:esoria.
CAUSAS CIVILES
N_umero 4.
Nµmero 5.
Numero 6.
Numero 7.
Numero 8.
Nurnero 9.
Numero 10.

En definitiva una consulta hecha ·por el jusgado unico de fa Punta de Lampazor
sobre pago de una deuda.
En tramites una consulta hecha al' regido!' de cano· juez- pribativo de concursos
de· esta c'apital.
En difinitiva el espediente instruido poi' ef apoderado de- :Albarcones sobre que
se le desocupara ef P.:a'l'lcho· de la Cruz.
E.n, difinitivn. los su_marios instruidos en el juzgado de Cañas sobre despojo de que
se quejb D. Simón Cardertas
En tramites al jusgádo ·cuar~o·
está éapital'•lá dbnanda sobre ihjurias .puestacontra n. Francisco Ag'Uirre. ·
En difinitiva el e~pediente instruido en el jusgado segtmdo de Monte-Morek,1 sobre
retracto de comú:nfon·.
·
(,:!on~uJta ,al, j,u:,;gago. ~~g~lirl&lt;? ~e Sá:n Fr_a'tlsi~cÓ' dé Cañas sobre duda,. que pulsab-a para condutf· til · negocio tlet despoJo' de Cardenas.

de

�Numero 11 ..
Numero 12.
Numero 13.
Nnmero 14.
Numero 15
Numero 16.
Numero 17.
Numero 18.
Numeio 19.
Numero 20.
Numero 21.
Numero 22.
Numero 23.
Numero 24.
Numero 25.
Numero 26.
Numero 27.
Numero 28.
Numero 29.
Numero 30.
Numero SI.
Numero 32,

Numero ·ss.

' en - el juzgado segundo de la Villa de Santia;..
En definí ti va el espediente·: instruido
go sobre medida d~ tiétrai! indil'isas.
Una consulta al Juzgado segundo de esta capital sobr-e tramites para la adopcinn.
En tramites la sumaria instruida sobre injurias contra D. lcrancbco Ai·uirre en el
juzgado cuarto de esta capital.
En tramites P-1 e::;pedieftte • iuatniido en el juzgado segundo de Villa Aldama soLre cobrn de pes111·a lá- haeienda del Ca.TrisaJ..
En diliuitiva la misJHa:- sumária. sobre si a Yirtud de la acusacion contra Aguirre se
le deberia intin;ar ó no· ~ Una consul!a didjidá al-jÍf"~ primero de• Cadereita-Ximenez sobre tramites
para recobrar la posecion .&lt;fu,.,u,)m. tierra perteneciente a aquella municipalidad.
.En difinitiva una 00111n1lta hecha por el jL1.zgaJo. segundo de esta capitaJ sobre
reintegro d,~ dinero, mal pag-0.d'().
En tramites el es~diente instmirlq en el juzgado segundo de los .Aldamas sobre
tierras entre la Laja y la Manteca-:
En tramites el espediente instruid@ en el juzgado segundo de Rio--blanco a instancias de D. Miguel de Reyna sobre recobro d4;i- pesos.
En definiti rn la sumaria instruida en el juzgado cuarto de esta capital a pedimento
de Do1fa i\faria Francisca Martinez para acreditar y justificar la ultima voluntad
de su esposo O. Pc(i.Po Gonzalez.
Una consulta dirijida al alcaWe primero de ~an Nicolas Hidalgo sobre arreglo en
la .Jimpia de una acequia com1.l'n.
En definitiva una sumaria instruida en el juzgado cuarto de esta capital a pedimento de D. Manuel Zambrano para acreditar la ultima voluntad de su esposa.
D. Maria Petra Garcia.
Consulta al juzgado seg·nndo de Pesqueria Grande sobre renuncia del cargo de
tutor y curador te,tamentario.
Consulta al juzgad@; tercero. de Monte--Morelos sobre duda en la secuela de unos
inventarios.
ldem al mismo - alcalde· sobre quien de dos amos seria preferido al servicio de
un mozo que se ha;raba empeñado con 1rs d0s _ .
Consulta al juzgado segundo de San Nicofüs Hidalg1J sobre un concurso brebe
de acredores.
Idem. al juzgado tercero de Cadedereita--Ximencz sobre que si ecsigiendo un
desed!lie•te natural podran admitirse a la herencia los desendientes espurios ó de
dañado a yunta, iento.
Consulta al alcalde segundo de Concepcion sobre tramites sobre inquisici~n de
un robo.
Una consulta al alcalde segundo de la Villa de Santiago sobre si los acendientes y herederos en pe1juicio de los_transberales sea cual fuere la linea por donde
bengan los bienes
Consulta el alcalde tersero d~ Monte--Morelos sobre si foé lejitimo ,el acomodo
de un peon &lt;ilue despues resulto fugado.
Consulta en difinitiva sobre la sumaria informacion instruida en el juzgado tercero
de Linares a pedimento de Agustín Becerra como abuelo y heredero de una nieta
suya
.
Consulta dirijida al alcalde primero, de Cadereyta--Ximenez sobre si los bienes
del primer marido debe reserbarlos la muger para estos hijos cuando contrae
segundas nupcias.
En difinitiva 1a informacion instruida en el jusgado segundo de Pesquería Grande
sobre mejora de herencia.
QUEDAN PENDIENTES.

Una in1truida en el juzgado segundo de Villa Aldama entre Doña Maria Josefa Iparraguir-

l'e y su esposo d. Manuel Larralde por cobro del capital que aquella dice haber introducido
al matrimonio.
Otra formada en el juzgadc, segun.do de Montemorelos,entre D. lgnaci:J Agustin de Echavarria y los herederos de U. Gregorio Ramos por cobro de pe.sos.-.Monterrey 30. de octubre
de 1833.-Lic. Juan Nepomuceno de la Garza y Evia.
MONTERREY
IMPRENTA DEL

16.3a:

SUPREMO, GOBIEBNQ

..1&gt;1BIJIDÁ l'·OR Ffti&amp;l'!ClUQ Jl~A.:

�tas restriccion.es y p'róvidencias preca.itfidire-~ta l indire;tamente irnporiiar.i cualtorias, que al mismo tiempo que alcjan 11quier genero de roas;cion para el cnmde la medida la injusticia, impiden que~¡1f&gt;limierito de los votos mona;,ticof; es
se haga. ilusoria. Y habiendo derribadolldecir, han hecho d&lt;;saparecer e~a mosya una fuerte columna de la tirania, ¡,que !truosidad con que !as leyes preci~:.ilrnn
'·providencia mas acertada que destruir lá cumplir ofertas qnc habia Iiedw it Díla otra mas forrible, al menos en aque-los el corazon, dando fuerza de cor·1n,to
Jla parte en que amág-aba mas de cercaf ú oblig:.1cion civil
ur,:i. prnn:oa qce ~oá las instituciones? Viva enhorabuena! lo debia estribar en los btinrulo1; oc la
á espensas del erario aquella porcion de conciencia, y que las mas veces er.:1 ,¡¡:ciudadanos que despues de haber con- ranrada por el engaño, t;0r lo~: fc,bos
tribuido á la independencia .Y libertad de consejos, por el temor de caer en la
la pátria, reconoce y sostiene la so- ¡desgracia de ciertas periw11as, ,por el enberania del pueblo; pero abandónese a1tusiasmo ardoroso. de un. molllento t:m
si misma la de aquellos que vuelvern temible en la juventud, por la inespericontra el Estado las armas que puso eni encia y por otras cau,rnlcs que .se tienen
sus manos para su defensa, y vuelvan¡1presentes para librar a un homhr~ &lt;le la
al comun los que por los galones y bor- 1ohligacion que pesa sobre sus intereses,
dados se creían semidioses y juzgábán que se despreciaban, para . ecsimirlo de
no pertenecerá la especie humana. Qu1- la que lo pr1'aba de su libertad, de la
tese ese antemural á la opresion; )' há- que lo ligaba para siempre a observa.r
gase sentir y palpar á esa calse orgullo- ¡costumbres en pugna cqn la naturaleza,
sa el peso de la autoridad de un alcal- 1de. la que lo hacia, en fin, iufeli7, y dcs&lt;le y la suprema potestad de un pue-lgraci¡ido para siempre. Ya de huy en
blo libre.
ade~ante los . monastedos 120 serán guaHan declarado nula la ley de 16 ridas de criminales? y mazmorras d,~ esde mayo de 1831, los ascensos y pro- clavos como hast.a áqui con pocas eccpvisiones de vacantes hechas en su con- ciones, sioo asilos Je virtucl en donde
secuencia; es decir, . han destruido uno se .ofrecerán á Dim: ai1aa.s puras con
de los ¡apoyos m;is firmes que los Ala- plena y espontánea voluntad. ¡Loor
mane.S y c01;11pa:sa, crearon para_ eterni-¡,eterno á tan sabios y b~nefi~os legislazar su &lt;lommac1011: han destnudo esail dorP.s, que ..con sus providencias nos hauueva aristocracia de clerigos noveles, cen concebir que ya habitamos en un
que en premio de su refinado servilismo, p&lt;lii$ .re;publicano, :r. .que DO' volveremos
fueron trasformados eo canónigos entu-ijamas á ser esclavos!
(R~formador)
ciastas, que enchidos de orgullo y del
[El Fenix]
hipocresía, vivian á espensas de un ''!!!!!l!!!!l'!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!'!!!'!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!'!!!'!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!l!!t
pueblo miserable, sembraban la discordia'
~n el pulpito y en el confesonario, preMinisterio de justicia y negocios
dicando con supina ignorancia que la sa- eclesiasticos.-El Exmo. Sr. Presidente
pa moral está en contradicion con la li- de los Estados-Unidos Mejicanos se ha
l;&gt;,ertad. ¡Ignorantes! ¡P~rberso.s! Vues- servido dirigirme el decreto que sigue,
Jro bienestár, vuestra molicie, vuestro lu- -,,El Pesidente de· los Estados-Unidos
jo escandáloso vue1;tra preponderancia y M ejieanos á los habitantes de la Re-supercheria es la que Jamas podran de- publica. sabed; Que el Congreso geuecir bien con la ilustracion, que pone en ral ha decre.tado lo siguiente.
~laro vuestras rnaldade~. y que convier- ,,Se derogan las leyes civil€s, que imte en ridiculo ese orgullo, ese andar gra- ponen cualquier genero de coaccion, di:v,e y .m.agestuoso :cori que instiltais ,al recta ó inder~cta, para el e11mplimieuto
pueblo 9.ue alimentaba vue~tra . holgaza- de los votos monás,ticos.-Jose Maria
':ne,ria ... Terminó el engaño; y el trapo Berriel, diputado presidente.-Manuel
'que portais por divisas, llamado bolillos !guilera, -vice-presidente del Senado.ó puños, ya no os presenta como unos V~cente Prieto, diputado secretario.entes celestiales, sino antes bien como Vicente Manero Embi&lt;les, senador seseres degradados, q.ue abtisais del ininis- cretario."
terio que no nierece1~, que os esforzais pa- J&gt;or tanto, mando ~e imprima, publique,
ra destruir la libe~tad y ,que no tenei~ Jnas circule y &amp;e le de el dehido cumplimiento.
Dios ,Jii patria qlle yue~tra sensualidad, :I&gt;alacio del Gobi~rno ,fe.deral en Mejic.o
H~ de.rogado las leyes civiles que 6 de Noviembre de ISSS.-Antcmio "to-.

a

1

1

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�(],e Santa~Jl.nna.-A D. Amires Quin~'\;vado, en _todos sus_ '•pa~os, y todas las
tana Roo." ·
idemai circunstancias mfaustas que les
Y para que la dtspuesto en esta ley 1:rndeaban, para que sin continuar su tetenga su mas exacto cumplimiento, se¡meraria resistencia, reconociesen llanaha servido el Exmo. Sr' Presidente/!mente la dignidad del supremo gobieracordar los art~c1;1los .sig.u.ientes.
federal y se. pusiesen
sus ~rrlenes.
1
1
Los rehgwsos de amuos secsos1 fan buenos efectos ha producido esa
quedan en ausoluta libertad, por lo que! 1medida de 1enidad y de política en los
xespcct~ á la ,aütoridad y órden civH, pa-¡lincautos estraviad~s, q1;1e hoy con el mara contrnuar o no en la clausura y obe-¡iyor placer comumco a V ",E., se han lle&lt;lient ia de sus prelados.
\!nado en el todo mis miras, habiendo ce2 ° Los que se resuelvan á continuar dido
mis indicaciones los encerrados
1
en Ja comuui,-ad de los conventos y mo-,en
aquella plaza, así del ejercito pernasterios respectivos, deberán observar su 1manerite como dvicos
ind1genas que
instituto y sujetarse á la autoridad de los \por distintos principios pudieron secunPrclados que quedaren o elijan nueva- dar el barbaro prouunciamiento de Es1
1,eute por su falta.
calada.-Zacapoaxtla, pues, ha vuelto al
5
El Gobierno, asi como protftjerá !orden, someticndose á las autori&lt;lades fela jmta libertad de los religiosos de 1derales, descansando en ]a filantropia del
ambos secsos que voluntariamente quie- lsupremo g&lt;?,bierno,
quien se dignará
ran abandonar los claustros en confor-iV. E. coniünicarle este acontecimiento,
mirlad con lo dispuesto en esta ley, auxi-/no poco plau.sib]e para los ftderalistas
liará tambien
los Prelados en los ca- !y benefic6 á la causa comun de loj pu esos en que sus súbditos que se resuelvan ,blos de estos departamentos, cuya paz
~eguir b c:omuuidad les falt_en al r~s- ¡vuelve á rcn,icer ya calmadas las borraspeto, ó desc,kozean su autoridad y dis- 1,,cas de la guerra, á costa de muy poca
.. po~ic1ones divi:5ida)j al cumplimiento de:¡sangre que pudo vertirse la~timosamente
sus deberes y observancia de su insti- \;si de otra manera hubiese alcanzado la
t·:.to.
•
,
1· :toma de aqu~lla plaza-Los pormenores
y 1n !Cf'''1l11f'O a ' . rara su rnte11-¡¡Je toda la JOrnada y recomendac10gí;g, a J ,,:fo,.''"' cc-nespontheRtes,
jlnes de los sres. gefes y
oficiales
Dio,- y Libutad. l\ícxico 6 d~ No-;\quc me han acompaiíado en ella, los deviembre de 1833.-Quintana Roo.
\\tallare _á V. E. tan Juego como verifiiiiliiiiíiiiiiiiiiiíiiiiDiiiiimiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiíiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiíiiiiiiiiiiiiiiia iique rrn entrada
en Zacapoaxtla 1 que
'¡sera el dia de mauana si un temporal
NOTJCI.O. ESTR.Jl.ORDJ.N..,1.RI.ll. ¡desecho no obstruyere o paralizare mis
lmovimientos.-D1!!nese V. E. elevar esEl Ecsmo. Sr. Presidente ha reci- Íta comuni'cacion ~l alto conocimiento del
bido en la noche de ayer comu~icacio-jE~si:11?· sr. P,resi.dente de la ,republica,
nes oficiales del general 'Y' ale_nc1a,.. en ¡fehc1tandolo_ a m1 ~ombre por _las glori~s
que avi~a haberse puesto a d1spos1c1011 que cada dia comngue _Ia patria, y re11
&lt;lel gobierno supremo ,,~acapoaxtla y !os 1teran~ole como lo hago a. V. ~- las
doce pueblos de la Sier:a que ha~rn.n ¡n?as smceras prote~tas de_ m1 considera•
loO'raJo sublevar los enemwos de las ms- ,Cion y respeto.-D10s y hbertad. Camtit~1cioncs federales, Estt resul.tado que :po en el l\Iolino, Noviembre 14 de
tanto honor hace al general V .1lencia y í,1893.-Gabriel Valencia-Ecsmo. sr. sea las tropas fieles, se noticia en el ofi- ;cretario del despacho de guerra y mac10 siguiente.
j'rma. E
, .
1\,r ••
N . 1.
,s copia. ne,11co
ov1emure 16
SECRET.!lRI.il. DE GUERR.9. Y1 ,de 1833.-Ignacio Jusliniani .

JJPZ

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.M.O.RI.N".ll·

(.!llcance al Telegrafo.)
1
1

Division del Norte.-Ecsmo. Sr,¡
· -Como dije á V. E. en mi nota de 9'
del que rige, desde el pueblo de S. Ju- - - - - - - - - - - - - - - - an de los Llanos, dirig1 una escitativa a
MONTEmlEY 1833.
los pronunciados de Zacapoaxtla, paten- IMPRENTA DEL SUPREJ110 GOBIERNO
tizándoles el estado actual de la revoDIRIJIDA roR FRANC!sco MoLINA.
_lucion, la marcha retrograda que ha lle-.. ________________,.._

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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1833, No 384, Noviembre 28</text>
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              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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