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Nl1M., 4S 1·.-.
.

GACETA
CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE DE NUEVO LEON.
Del jueves 8

de Octubre de

18$5.

'
Ut tutela sic procuratio reipublicre gerenclá est ád utilitatem eorum qui comissi sunt, non eortt!J
quibus commissa est. Cic. l. oflic.

loe

Lo mismo que una tutoria: asi se han de ejercer los cargos publicos no para utilidad de
que gobiernan 11ino para la de los gobernados.

CONGRESO DEL ESTADO.

concepto de la comision,' que embaraze 6 impi•
da para que se lleve
efecto la espresada soS esion del dia 28 de febrero de 1835. j !icitud: aquel distrito segun el senso ultimamen- &gt;
•
l
.
te aprobado por el H. Congreso, ecsede de sieP resi.'dencia
de Sr. ,lWartmez
¡ te mil habitantes: en el art. 226 de nuestra cons-,
Leyda y aprobada la acta de la sesionan- ' titucion se ordena, que los distritos que pasen de 1
terior, se dió cuenta con un oficio del gobierno siete mil personas nombren tres alcaldes; de que
en que transcribe el del Tesorero gefe d~ ha- resulta, que cuando la municipalidad de Galea™".
cienda pidiendo las c,,.uentas de los ramas estan- pide se le apruebe el nombramiento de u:p,
cados de tabacos, papel sellado y naipes del año alcalde de instancia que acordó, . no pide.'
de 1833, para rectificarlas: se acordó mandarlas otra cosa que el úso de un derecho que
previniendole las remita a la posible brevedad. la eonstitucion Je ha conferido; asi es que la •
Se _leyó otro oficio del gobierno en que incln- comision concluye con las proposíciones siguieny.e copia del que le remitió el alcalde l. 0 de teS' que sujeta á la deliberacion del Honorable
Rio-blancó consultando sobre la renuencia de •n Congreso.-1. = Se aprueba el acuerdo de l. 0
individuo en pagar el diezmo: se mandó pasar de este que la municipalidad de Galeana hizo .·
a la comision de justicia y negocios ecle¡¡iasticos; contrahido á nombrar un 2. 0 juez de l. os insOtro al que adjunta la memoria que en tancia.- 2. os En consepuencia el alcalde procumplimiento del
art. 96 de la constitu-. cederá a reunír los electores para verificar dicha
tjon presentó el gobierno:
la comision . de eleccion." Se dió 2. 0 debate al dictamen que
gubernacion. Se dió cuenta con un oficio de la presentó fa diputacion permanente sobre la diLegislatura de San Luis Potosi en que felicita á I vision de los partidos de Linares y Monterrey, y.
ésta por la apertura de sus sesiones ordinarias: se señaló la sesion inmediata para el 8. 0 • Se
al archivo. Se leyeron las proposiciones del leyó el dictamen que la comision de peticiones
Sr. Gartia relativas a que de lo, tres. meses de presentó relativo a la solicitud del Sr. Diputado
sesiones, que segun el articulo 97 de la cons- D. Andrés Sobrevilla para que se le concedan
titucion debe tener el congreso, se dispense uno tres meses. de licencia, y fue aprobado en los terr-.
para lo que lo faculta el art. 99 de la misma, minos siguientes. ,,Honorable Congreso.-La so.
y que señale el mes de agosto para tener el ul- licitud que con fecha 3 del actual eleva á esta
timo de los dos que quedan, tiempo en que yá Asamblea el Sr. Diputado D. Andre'I Sobrevilla ...
babran venido al congreso y estaran dictamina- relativa a que se le prorroguen tres meses mas i
das por la diputacion permanente todas las cuen- de licencia segun entiende la comision, estriva ;
tas pertenecientes a los años de 1833 y. 1834: en fundamentos respectivamente debiles, variables::
se mandaron pasar á la comision de puntos cons- y poco· congruentes á la sublime confianza con ·
titucionales. Se dió tercer debate _al dictamen que lo condecora el Estado cuando lo nombró -~
que presentó la comision de peticiones relativo Diputado del mismo. Las presentes sesÍOJl&lt;;!S or:- :·
á la solicitud q11e hace el ayuntamiento de Ga- dinarias pueden cerrarse el dia ultimo de
leana para que se le conceda nombrar un 2. 0 Marzo, Abril ó Mayo, y en esto se cojuez de 1. ~ instancia: fu.é aprobado en los noce de luego que el periodo mas largo que
terminos. siguientes. ,, Honorable Congreso.- permanecería el Sr. Sobrevilla en esta legislaImpuesta la cornision de la solicitud del ayun- tu.ra seria de tres meses, cuyo caio es de tenue
tamiento de Geleana en la que pide se le aprue- probabilida•l: la comision no vé que en este,tiem:-_'.
be por V. Honorabilidad el acuerdo en que aque- po puedan perderse loR materiales acopiados para ·
lla corporacion dispuso nombrar un 2. 0 juez la costosa casa de qne hace mension, s1;1puesto
de l.~ instancia, que ayude á llevar el peso I que dieho Sr. asegura no s~ han perdido en
de Ja tdminiotracion de justicia, nada hay e~1 1 cinco años y[t trauscunjdos: ·el embarazo de\ uso ~
.

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.

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�.de •hJ , pla;,;~ ,

•eá~. 116 ~e.be ser . gro.ye, en tarios.-Manúel M. Gorozpe, vice.:. pt"esid-ente.J·
euyo casQ fa 1ttitot1dad pohtica hahria tomado José R. Malo, secretario.-Atenóg·enes Casti.
J&gt;rovidencia&amp; _para 1emover di~bo e.m\)arnzi, tl llero, st&lt;:retario."
Por tanto, mandb se imprima, pub;l~e, cir.
queria cumplir con su deber. La 6itur.a Vfmlll
de las. diez mil cabezas de ganado menor e ctile y se le dé eldebido c11111plimiento. · Palapomo el enldado que ellati ..demand:&amp;n, p11nc~ ck, del gobierno k&lt;}eral en -~~o á 22 de semente estando su credito ~ndiente, es un~-- tiembre d~ 1836-.....,~l:gv.el ,awagan,-A D.
&lt;lamento (file pa,,ece aprocsimarse a solido,,¡ él Manuel Diez de· &amp;nilla.''y lo comunico á Y. j p~ra su inteligencia y
Sr. Sobrevilla consigue venta de sus ganados yit
no tiene e$te obstáculo que es el meJ1os c!ebil, fiaes consiguient-es:
Dios y libertad; Méjico setiembre 22 de
y se hallara a todas luces espedito para curri~
plir su honorifico empleo.· Si no las vende pron:- 1835.,r--Bonilla.
to, como la eomision entiende que la presencia
del Sr. Sobrevilla no tiePe un verdadero enlace
6 conecsion con su venta que bien puede efecPARTE NO OFICIAL
tuarse hallandose ausente, soló snia su presenE.XTERIOR
cia algo convenief!-te con respecto á _:1u cuidado.
NUEVA.
ORLEANS
22 DE AGOSTO.
Si la razon genenca de que al due~o no hay
JU!JICO . Y TEJA!¼,
~~ien lo .sustituya perfectamente se Juzga bastánte para concede~le toda la licencia q~~ qui~Cuando al gobierno de Méjico le pareció
re, lo mismo deberia hacerse con cualqmera di- coriVenietite colonizar aquella vasta pcndon de
putado, pues a ninguno le falta que cuid_ar. su territorio que média entre el rio Guadalupe
La; eomision se persuade que el SI'. Sobr~y1lla al S. O. y el de la Trinidad al N. E., cuantiene al~n adhitrio ó adbitrios para quitar ó d_js. do para llegar a poblar y beneficiar aquellas
minuir el peligro de que se pierda e.l g~nado N!- · ricas y fertiles llanuras que forman casi la micandado: tambien se persuaole que el twmJJQ de tad del estedo de Tejas, él se decidió, á falta
quince ó veinte días son suficientes para tornar de brazos, ó mas bien de industria entre los naó·práeticar providencias cond~~entes á este. fin. tural~s, a hacer inmensas concesiones a alguDe es modo entiende la com1S1on que se tten.e nos ciudadanos de los Estados-Unidos del N0r;..
presente el bien particular del Sr. Sobrevilla sin t-e, ino debia él preveer la influencia directa·
desatender al prefereutisimo del Estado. Por tall: que esto, nuevos habitantes no podrían á meto la comision p,esenta á la ddiberacion ~~ lá nos de ejercer sobre los destinos del pais?
.Asamblea la proposicion siguiente. ,,\)e los~\'~ 1;No .~ebia ooll6iderar1 que. el contraste que iba
JAeses de procroga. de. licenc.ill ·91ut ~i~; ,\lt ·s,; · iiM,p¿,¡iil:tltúnvnte a· establecerse entre los ·nuevos
Dipi~dó D. An~ So~evi!Jfl. ~
~~~tle y 'los viejos habitant~ de Mé_jico en el carácter¡ ·
ano!' Se pasó a la.cornnuon de hacte~da biso- las costumbres; el idioma, las necesidades, las
licitud presentada por el oficial 1. 0 cesante de inclinaciones, y on todos los princípios sociales·
esta secretaria D. Trinidad de ,Arrece. Con to y politieos, opondrfa grandes obstáculos á su
que se levantó la sesion a que no asistieron los Sres. desijnio de formar de . ese nuevo estado una
Paras, Sobrevilla y Va,ldes, el primero por ~11- parte integrante de la republica, y poner á sus
fermo y los dos ultimos con licencia.
bablitantes bajo el yugo de las mismas leyes, de
la miilma servidumbre que los &lt;lemas ciudadanos1
EI congreso general mejicano no podía ig-;
norar
que no debieran conforR'larse largo tiemo1VOT1CI.9.S X.11CIOXJJLE8.
po con su sistema de gobierno los nuevos ciuPrimera secretaria de Estado. l)"partamento del I dadanos que llCabahan de jurar obediencia á sufl
interior;~EI Ex.mo. ~r. Presidente ínterin? de los leyes y 1tna fidelidad ilimitada á la constitucion
Estados-Unidos Mejicanos se ha S6rvtdo dirigirme dd pais. Sin duda ellos hubieran cumplido coR
d decreto que sigue.
sus obligaciones si hubiesen encontrado en so
E\ Presidente lnterino de los Estados-Uní- nueva patria todas las garantias, todos los ded!,s Mejicanos a los habitantes de la Republica, , reehos políticos que les cornpetian. Pero 1~
sabed: que el congreso general. ha d1tcretado lo anart:¡l\kl en que ~sta 1mmido el gobierno; las re.
siguiente,
voluoiones que con tanta rapidez se 811ceden
Art. 1
,,El congreso general munido, soore toda la 'superficie de la union; el itrpecomo lo . previene la ley de nueve de setiembre rio de las leyes confiado al poder militar y a
del presetite año, ha reasumido, todas los atri- 1as bayonetas que le rodean: el derecho inconsb1tciones así comunes como peculiares d« cada titucional que se ha arrogado el gefe supremo
cámara: quedando suspensos los articulos de la de la repuhlica, de intervenir con la fuerza armada
acta constitutiva, de la constitucion general y del en toda&amp; las h-ansaciones civiles; finalment~, el cenreglamento inte1ior del congreso en la parte en tralismo que se adelanta á paso de gigante des1:1ue previenen ó suponen la division de cániaras. de el jtsmo de P_anamá hasta mas alla de las
2. ? Las dudas -que ocurran a consecuen- montanas de la Sierra Madre, y desde el golfo
eia de tficha suspension, se resolveran económi- de Méjico hasta el Oceano pacifico, sistema horeamente, 'a nó ser que el congreso estime neee~ · roroso, cuyo escopo es hacer á los estados
aario hacerlo por ,nedio de ley 6 decreto.
. de la f&amp;di:racion tributarios de la metrópoli, y á ·
· S. o Las.PO&amp;Oluciones del eongre,o general, sus habitantes vasallos de un ~ictador, de · un
Jnientras pttnna~a reunido,. se comunicaran al ti~no; por todas estas razones los ~olonos de \
~ o íirmadti- .pqr -ci ~ fd0$seer1t~ Te¡as deben aa,cei;¡e ua1'eoor M pro~r-&amp;U for.:..~

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°

�_,j
~e.sistenoia,
inrnistria, .... fl(tiv~wr. y. f· biM ttl
mas que toih, su liherta"i p &gt;lltica inde-pendtn\- ¡¡ias,
,m

iUl

~

mis~. Sattta;AUN.

~.~.$ti.,,•·

dfa, asaoh~d~ de·
;tras de espesas, b.ilel.'41a de bl\YQQl!ta.\ cvwpr._.,
, fl1'tiende B\l cetro y su voluntitd. &amp;obro tqdt. }ii
,~z de la l'()pl\blica, y amena~ª. Wl ·nn¡.e,:r:te a:1
cñi~ no. i:t,wonozca au. poder suprel'.l!Q~ Las k:.yes, l11s garut~s in4ividuales, la soh,.faDiil dé.
cuando las llunurns de Te_ps. se cubran 00 s9l- los estados, todo ~ huella con 1ms pies. ~ ¡l,1,
qaQQS. ~'ltrépkh, r·e.,11clh1 s, i1 perecer en d~tie~..;i c;ENTR.Al-~SMO/. , •• he ~ui el sistema qw, qlliod~ sus derechos C,)fflO h,rn,bres libre:,, y (j~ ims r~ dar á. los, w.ejicanoÍ. ¡'La l)ICT:4D1,)R~ eeiü•t¡:~
pi:evilegios, cm110 ci11dadanos, ¡,p.odr:'1 la his;foria TU4.••. He aqui lo q:qe iqui,ere po~ t,l.tnisroo.
oafükar de rcvolt.-:30~ 6 sedi¡•iosos lo:i biza\'~ :Pero, tou0.l s~rá e, sucttso de prQy~et&lt;M tan
esfuerzo.'! que hagan pnra con~Prvar J,,s prime-:- ~ulpables? Su reirado es iJJstantilneó, ] 1\0. es.FQ'&amp; y asegurar los ,cgundos1 Todas Ju,; nacio- ta leJ(lS el . tiempo eu q11e el pu1;ibk&gt; se ha1 ¡t
1uis libres dd antiguo continente, todns lo, pue- justicia por si mismo. Mil compiraciones se ha11
blos del nuevo mündo, c1e:-.de el e8h:e&lt;·ho &lt;le 1.1rdido ya para derribar al tirano. Hemos ,is.
MagaUanPs hasta las estri•n1idadl's ➔eptcnh·ionales I to ya al noble est;;do de Zacatecas lrncer rsfü&lt;lel Canad:'.1, ino rp:anifüian cordial.nente
ese erzos para defender sus derechos constitucio;.Q•
@ q,ue. ~s eJ idolo @l

ci~ n\i;~~l\~l, c()ntrabs peligros con qu~ ~v~n.
~ll,i,:iw},Js; y cuando snf'11c11 }os tm~no,¡ de la
gtJer.ra; Cl\,.&lt;\!1d,) e,l ¡mtrbtismo cr~:va improvis;;l~W'~~ in,ve,nci.ble~ f,ilange~ y hara de tOl;lp bombre •1lJ oi'ucladano y de todo ciudadano un Mraf';

a

grito de independ.,·nda q11e les hiciera rntcndt:'r ¡' les, su h•&gt;nc:,r y sú indepPndellc:ia: la trnjcion PO~
ll.n pnehb hern1a!w, y uo harian acaso los tnas , lo pudo inutilizar s11 ntlor, y t'l 't'ictm·íoso Su n~
i;iuceros votos pura el sucese de una c;rnsa que íll¡ ta-Anna Fe hizo todal'Ía Ir&gt;as ex:ecrab!e. por s11s
}ia llega,\o ú se!· en el din la de todos? ~ire- ¡ infames crueldadef. Z~cntrcus. f!itt $Ojuzg·ndo·
nws mas: los cwdadanos &lt;le los Es:ados-Umdo~, pero ha consn,·ado sus rese11t1m1entos contra eÍ
iªº se upre;;urarhu ú _¡,rrst,~r, indi1idwd1nentc, to- ¡I usurpadur, y los cstndc~s de Ta01au:ipDs, de Nued,s Jo,; :ioco1T0s pus1ble,; a los colonos de Te-¡·! vo Leon, de Sa11 Lrns, de Cl11hu:1hua, de Ou-_ias en la lucha pciigrm:n, pero sublime, que nrng·o, &lt;le Jufüco, es!iln ~·a resueltos :1 fo1m4r
es.tos .se viesen provocados á soste11P1· eontr:¡, lus 111ma liga contra los de Mí·ji,·o, P11ebhi, Vcru·
tropas mercenarias d,·i d/::~pota Srrnta Anna1 La~ crnz, Oajuca, Michoadrn, Chiar a,, por si «caac'.itud bost_il qu~ _rn tomr.11!Io el Estado di~ C&lt;:a- ¡1 so es.tos e~.tados se declaran en farnr Tdel tiroHo.
huila, y Tt-Jas hacia el gobierno general; el giro 1 ¿Cual seta la señal del cowbate? l 11a m,en1
que deheran tomar i5 ualmente fos 1wgodos en I l'ejacion por parte del gefe s1.1prcmo; un estado
wna cuestion semPjante
la que 1,0. su~cita en- um{)naza&lt;lo en $U i::ober:w:a: pues bien, el mo~
tre la rep1)lica mej1ca.· na y u.no de los estadof: de me.nto ha lkgndo. El e.'ltado de Coahui!a y 'fcj;út
la federacion;, la revolucion que de l'llo pochia . a.c.illil de f.'na1·b{)1nr Sil bandt-ra; ha hecho· resonar
resultar en toda la C'stension de ar¡uel rnsto ~ en el seno de la capital su grito du guerra y
ti::rrit.or~o, llam~ la atencioµ de los. rq¡uhJicanos 1 de indt·per;dcncia; ha proclamado en tcdts lo~
de aml;&gt;os mu.n~os. Se Ira.ta de 11\ sµe~·te fut11- ';1 iingulos de la union su digna protesta contra el
ra d~ Mejico; pero no de un porvenir de dis- poder arbitrnrio del gobierno: su ejemplo, no du¿ordias. civilea, de gnerras intt:stínas; de degilello!', . d.tmos de e:Jo, sera in¡itado por todos los otMs
d,e asesinatos, de fanatismo y persec11cio11es, sino i estados del Norte. ¡Tiemble Santa Anr.u! Tíde una ern 1~,i prosped~ad, de paz, de ind«':pen. / emblen todos los que quieran oponer diques á
d..nci¡i y cil'ilizacion: y ia n,voluciun de. Tejas, ¡\ ese torrente pr&lt;'&gt;csirno ~ de~bordar: 11? está e~t
logrando el 1esultado que esperamos, cleu.e pro- /1 s11 poder &lt;k1encr su cui·s,o, ha de HílHH1ar a
&lt;lucir infalib1en1cnte un c1ich:Jso d11_nbio.
j/ toda la 1t:p11hlica; y entonets la w,ci,m entern
Desde la época en q•,!e d gdnemo general ¡ podrá exclamar: ,,Q·uicro ser, y soy rkide hc,y,
ab~ó l~s pue1.·! as.' de sus. rica~ p~'-cciones. la co- libre é iudtpc;w,.líe.ite. •.'
( L:i ./lbeju.)
Jomzacnn, esta revolucwll ha sido pred1ch:.i por
!Qs filosofos y pub'icistns de tc,fos ]9,; pai,es; cm 1 1P
!-ª t 7'! -'J"'!! ! ! ! E . " " ' ~ ~ ~ ~
i111posible pers1wdir,;e de h contn, rio. Los prin- ,¡
r , .,
-,
,
P
, ,_,, T
cipios polític;)S c'.e lns nuev,is colonos, su cariic- . PRO\ Í1
J)E, LEY ~RL&lt;..S1'..Nter indeperwieute, Sll3 costurnhres, sus usJs repii- ¡ tados al congreso gmernl en las ses:cnes de 24.
blicanos, y sobrr1 tod? sil nmor. ilin,itado ::1 un .[ 'V 25 .. di sGticmbrc
~~5. por la cornisjon_ rcsp~ ..
g..ibier~o pnpular. 1 _d:·h1an co::iurncnrsc como un j'I.
t,rn, sobre reorgan1:;acwn de la repubhca.
,
contagio a los e,;pmtus y corazones de sns
cinos; y e~ta primera revolucion, ae~ecida en 1
~I estado de ,la republica es berdaderamen~
Jo moral ele los habitante~ de las pr,:JV111cias sep- te peligroso, y esta al alcance de todos lo crltentrionales, dehia tal'{le ó tempra,1., producir la tico &lt;le nuestra situacion, rarti~os que ,trl!,t~n
que se estú dcsar,·ül:awJo e11 el &lt;lia.
de suplantarse y reparar sus quwbras; d!8~ol°'"
Y ¿e Jmo es posihle evitnr esta revolucion, ó que esp_eran medrar en el desórden; ambiciosos
impedir que c;'t:i1bie i~:1!eramente el ª~P:~cto ac- y famehcos qu~ tem;~ perd,,_r los pu~stos y emtual del gch:erno mejirano? Ya les. es insupe- pleos en q1~e. sm ~erJto y sm trab~J~ han fin.·,
rabie a todos los estad•Js de la ur11on el yugo ¡ cado su . suos1stencia; gobt&gt;~nantea ümidos,, p~
de hierro qne se les ha imµuesto: ya e4an to- que ~onrn!eran SI! autoridad muy. pr~cana y
dos convencidos dt. que lejos &lt;l,~ disfrutar ele próxima a cambfor; 9obep1apos mso~ntados,
la. soberania que h,s es g.1rniitida por 1:. con;· por que creen rotas o .desatadas. las '!gadu~s.
titudon federal, l~stnn sumergid,Js en 1a csclav1- de las leye~; leye~ sospechada~ -0e 1!'subsísteneta;
tud ma~ hu,ni\!ante, y abandonados al mas ho- 1Y. por lo nnsmo la~gUI~!IS y sin vigor; est&amp;dos_
iible despqtifmo. m congre,o general, ó mas.!\ sm fobcn1adorcs m lcgtilaJuras, !'°r ha~~
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�tadb •en: unos totalmente, y babérseles minora• el articulo que inMrfamos hoy en r1úestras éd'do en otros el prestigio y la fu~rza moral; un lumnas para instru-ccion de nuestros lectores y
gobierno general entrabado para hacér el bren como prueba ineluctable de los conatos anarquipor leyes que no debe_n existir, é inhábil para' cos y Jniras insidiosas que en wclos tiempos ha
obrar por fa)ta de las que deben da1·se: tal ,,· abrigado su autor contra la republica mejicana.
en bospuejo imperfecto, nuéstra sociedad; tal, y Para nosotros l,laua de esto es nuevo, asi como
mucho peor la crisis en que se halla. De esta no lo es para: ningmi mejicano desde que se sasituacion á la anarquía desenfrenada no hay
be que el redactor de la Abeja de· N. Orleans
dos dedos de distancia, y Ps de asombrar en lo es et Sr. O. Saut.-Angelo. Expatriado dos veces
politico, y de excitar hasta lo sumo en lo re- de la rebubiica por la ingratitud con que creyb
1igioso, la gratitud y reconocimiento
la especial deber coresponder la hospitalidad que tan geprovidencia de nuestro Dios, el que con tantas nerosamente se le concedió por et gohierno mey tan poderosas concausas no hayamos caído jicano á quien dcspues desdeñó y ultrajó icinien
mm en ese abismo, el mas insondable, el peor puede egperar de la pluma del Sr. O. Santpara las sociedades.
Angclo ni Justicia ni imparC'ialidad respecto
La gravedad del mal exigP, remedios encr- gobierno de mcjíco1 El articulo que nos ocupa
gicos y no sufre demorns en 1-111 aplicaeion. El qu€ 11') es mas que un botafuego, un grito de
sagrado deber de la consenacion natmal estrc- alarma diriiido ú la nacion contra el presidendía al congreso de la naci:m ú 0c11parse dia te de la r·~püblica y que contiene por otra pary noche, sin de,canso, en Ím'e6tig·a1· los medios te ideas notoria.mente anarquicas y surersoras, ne,.
de alejar de nosotros los males experimemados nos sorprende tanto en la política de su autor,
y los justamente temido~.
como el que en la lista de los estados lig-adoli
En esta creencia la comi,ion de rcorgani- contra el gobierno general haya incluido a N.
zacion, no ha perdido momento en sus discu- Leon cuyas ideas constan temer. te han r;ido ot1'a,; que
sioncs y tan~:1s, y se apresura ú presentar el las que profesa la Abeja. Cre&lt;'n10s q11e t·sw
f'nsayo ó pri11ticias de ellas, &lt;lesprec1ando el te- error no tiene su origen sino de la proc.,im1dad
mor de la censura defrstinacion, nunca mas in- de este Estado con el de Ccahuila y Tejas en
justa que en nuestras apuradas circunstaiwias. cuya capital se supone em\rbolada la bandera
La cornisi,m tiene pol' muy cject,tivas dos de la rebclion y proch¡rnando el grito de guerra y
clases de medi&lt;lai', una ~ue comprenda las que de independencia
E . .E.
restituyan ¡1 las autoridades locales la respetab1li- /
dad ó prestigio que han e, les parece haber¡
perdido,. y á bs leyes el vi.gor que los perver- ~:
sos apar~ntan desconocer; y la otra que &lt;;on- ,
tenga Jas que, anuncia1'ido ]0 que debe ser en
fo futuro, disipen e_u unos. infundados temores, il
Ha resuelto el suscripto abrir una escueta
1_mti:an en aquel!?s Justas esperanzas, _hagar~ sen- i[ d0n&lt;le enseñar;¡ la doct~ina cristiana, leer, estn· a otro3 ~ent~f!S ve1:,_hde:·:is, f qu:'.en a to-¡/1cribir y cont~r a'gun tanto mas de lo que c0dos la pred1spos1c1on h1Ja Je la rncer.idumbre Y rnunmcnte se practi,'.a. Et nurnero de alumnOII
de la _debilidad, que, Iss (me:- t~ptos para pres- ¡1 serú muy corto para poder de este modo detar,.;e 1w¡at)\amentc a m:, rnstigr1cimws de los mal- I! :;cmpeiiar el cargo con rt,a3 esactitud.
.,
Ya(~os, fff\Wncloles •1e csc.afones prtr;, akr:nzar el /j
Les ¡:arlf'e,; de fami:ia que g-usten deposit~.
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l~c¡.p, pa_r~ p1·e(:~vc,r rn:1:cs, rL-:r una orgarnz?- ;; lito de Hoyos.
cton ~ro\1s1onal a las lJJrtcs lle rnte8tra socie- !.:
dad qne no la tieuc:1,; uuiLrniar :1 todas Jlara ~
El qne subscribe r:nn:h:·a,k, s;nruco deposi.
alejarlas cfol peli.'.;rn. E! segundo proyecto contiene las principales bases org}rni,_~a~ cH si3tema, taiio de los b;enes de D. Di,·g·, i ;:aiit, por la
que á su juicio, convernirú se2;uir en h foturn. ¡nnta !!:eneral d.~ acred ·r•,~ tenid:, d 17 del
-Hoy presenta el priml!r,) di; diches prnyectos; 'corrie1;'te ante ei Sr jue;&gt;, J. 0 dé! ,'.,ta Yifü1,
y pocas horas rle5puc;; to,1cká el lwnot de pre- participa ¡.¡ todas las pcrw:inas (JllC tcn~an cuentas pendlf nlts ccn d ci:ado G1ai.t ,e ~irrnt1
sentar el .segundo.
·
¡wesentarlas pr,r ~¡ ó pu upodernd,) d¿n~r,) del
[:::'e conCn11ar¡1,] terrni:10 ele :re:1:ta &amp;,s deitle la frch,1, u¡ l'.:sta
oficina de la siudi,~:.i: 11ra.,,¡..'am su 1·e1 isicm. y demr,s ef,cct,,s (':m,i¡j':1icn1 es.-Parras y ~ricmbre
.'30. (:e 18:3:5.-J. D
Frndi'·i.---~'l;1d1co deposi-

ni

a

doo

.AvisttS

r

GACETA DE NVO-JLEON,
.Monterrey 8. de octubre de

1835.

, · .:En el num. 144. del Diario cb Ius E. U.
mejiéanos se copia de la Ahe_:a dt: K 0:·1c-:iri:J

,hnprenta del E,sfru.lo ü

...

cargo

del C. ·Proylun d., .Mict.

�</text>
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                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
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