<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="9641" public="1" featured="1" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items/show/9641?output=omeka-xml" accessDate="2026-05-17T15:18:33-05:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="8171">
      <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/191/9641/Semanario_Politico_de_Gobierno_de_Nuevo_Leon._1837._Tomo_1._No._63.pdf</src>
      <authentication>68a27b2dba6343631eba9d0c56e0fb1a</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="56">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="280231">
                  <text>SE MAN A -R I

o

PO'LITICO
DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio reipublicre geniada r.st al uti.litntem eorum qui comissi sunt,
non corum qu,=ims commissa est. Cic. 1. offic·

-LülillSlllO-que una tutoría, as1 se hau
de eierc~r los cargos pubiicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para l~
de los gobernados.

ToM. l.

0

Jueves 26. de Enero de 1837.

GOBIERNO GENERAL.

NuM. 6S.

1

¡ al

•lenunciante, imponiendose de plano sin form:t
1'de jui"io, por las fl.Utol"idades, gefes de oficinas,
Concltiyc la circular comen::ada en el númere an- i juzgados. ú tribunales, con· la punr.ualidad rlebiterit'Jr.
Ji ·aa: admitiendose esta clase de denuncias com:.1
•
.
.
! de accion pop11lm:.
13. El recibo de las c:m:1darles de libran- ¡:
gira'1as en países estrangero,, se_ com.~nzará ORGANiZACION DE LAS OFICINAS DE
a estenrier se¡;un co~turpbre, en la rn1~ma nbranPAPEL SELLADO,
,:a;- y se co~tinuara e°fr papeJ de!. selio que cor- 1
responda a st1 valor, bajo las penas estableci- y METODO DE su EXPENDIO EN LA REPUBLICA.
das en el art. 7. 0
14. Los sellos errados de la pri111'.::ra y se. ,18. Desde l. 0 de Enero de 1837 comen'."
gunda clase, ~e admitiran en. cambio segml es z_a1aJ1. usarse en, tod,)!il _los Depal.'~a.mentos de
costumbre, interviniendo el .valor de dos reales. la ,R,~púb\ica, .el papel sellado. que al· efectl,)
El cambio del sello tercero, ~e hará, me.dian- remitira ia Direccion general de rentas segun el
re el valor de mt:dio real. P,1ra todo cambio pre- presQ11te decreto. . . ..
.
eedera la constancia de escribano, autoridad ó
19. Sin perjuicio de .dicho nuevo surtimigefe de la oficina respectiva en el pliego que cntp para lo sucesivo, se consutl)it;án desde lue•
se baya errado.
.
.
go. todas las existencias d::: papel sellado de ac15. Los séllos sobrantes con que se halla tuapiones que hubiere en cada, d_epartamento,
ren los particulares, ofidnas, tribuniles ó juzga- continuand0se su espendio en los terminas cor
dos· al fü1 .. Jel bienio, lo, pueden camhiar e11 to- respondienks segun el decreto de 29 de Seti.c.
do el mes. de. Eaero de la . nueva cir.culacion em"re próximo p¡tsado; per:&gt; ningun papel ma$
bie'nal.
se ~ellara desde el recibo del presente del 6. , Los ·p:}rficular~¡; y .corporaciones p11c- creto.
.
den usar de libros formados .~n el papel y tér20, En la Capital de cada. Departamento
minos que gusten; ocup-ieµdo e_n i\léjico á ' la habrá una Administracion general del ramo dy
TeF1orer1a· derQsitaria de papel selladu: en las papel sellado, y lo será la oficina principal . de
~apital~s de !os D~partamentos, a la Administra- rentas del mismq Departamento. El .. gefe de
cion general, del ramo, y en los demás lugares ella, cualquiera que_ §:Ca su denominacion de Ada• la respectiva oficina det mismo, para satisfa- ministrador, Tesorc10., Director &amp;c. de sus. rencer los tres granos por cada. foja del selló cuar- tas, será el Auministrador general de papel seto que debe contener el libro: poniendose en liado; y estarán subor.dinados a. to él c.uantos adla. primera foja certifwacion de la oficina, que ministradores ó expendedores del citadq • ramo
acredite el .numero de fojas, y la cantidad con- haya en el propio Departamen. Dicho .Admisiguientemente recibida.
nistrado.r general s,~rá el re,ponsable ante el go.
· 17. La falta ,le la neees;iria constancia del biern,) supremo del• manejo, contabilidad, rep¡igo de que tinta el arficulo anterior en los li-1 coleccion de productc&gt;s, conservacion de la mibros. de l,•s comerciantes y los demas que espre-, tad de ellos par-a los gastos de la re11ta, y
san los p;uafos X y XI del art. 6, sera castiga-! de cuanto concierne al giro y adrninistraciou
da por la primera vi,z con 11na. multa por c,1da del ..repetidJ ramo de papel sellado. ·
. .
libro, que no baje de diez pesos ni exceda de
21. Todos los sellos de que se ha usad.o
cincuenta: por la segunda, c0;n el duplo; y. por hasta ahora en las, Departamentos.,• deben ser
)a t~rcera y dt;mas reincidencias, con el ~ripio inutilizados á presencia del . Contador' m~.ror de
de dichas cantidades, cuyas multas se aplicaran la seccion de Hacie.nda, segun lo di~pye~tó pqr
&amp;n su totaliqad, sin deduccion .ni ª.ll~ \ _c;ostas, el art. 18 de la ley ele 26 de Enero ,dp ~~~\;

:ms

1¡'

¡

�!ro~·

s

E .fa/ .11 :N" .,q R I

o

p

o L rT J· e

tJ

con_c_u_y_o_ol_jeto cuitlar~~Í;;~- Gobernadores ~e del ramo de t11da · 'departahlerito, segun .los conrecoger eu~ntos existan en ~.I DeJJartamento Be ,mmos lle ellas.
su mando, rrmitiendolos a la Direccion general
'is.· Para la continuacion de los surtimitnde rentas lo mas pronto posible, bajo las segu- tos, de&gt; suerte que nunca falte el papel neceridades oportunas.
'
·· ~ ; sario, petliran -los ,Gcbernadores á Ja Direccion
22. J&lt;;l dia del reéíbo de este miimo D13- general, ,ahora ·y en ·Jo de adelante, con la macreto en cada oficina, form&amp;iá p1ecirnmente e1la ,1 ycr anticip acion' po~ible, Pl numero de sellos de
un corte de cajá de la exfattncía de caudales-:'dé!-j'! cada clase que comruren podi:á expeuders_e
ramo, y a s11 calce un im·en1aric, del num: · de ! en el Departamerito hasta en el tiempo de seis
salios de· papel de cac1a dase, tanto -de rictua- mese~.
·
ciones como &lt;le oficio que exjstan en la oficitia; 1
29. Para la debida segmidad en el fiel
fümandolo -el empleadorespon~able, y autorizfm- . manPjo de !os iuteresrs de esta renta, los Goberdolo el·Comisariorespectivo, y donde no lo hu- 1nadores depart&amp;mentales lliFpond1án que cuantos.
biere, la primera autoridad p6lí7ica del lugar.
1 Admiuistrndnres
y expe1;dedores subalternos no
_
23. Estos docun;entos , e extenderirn por ha_)an :ifürnzado su manejo, lo ejecuten d~ tocuplicado, quedando un ejemplar en la üficina da preferencia en las cantidndes que designen
respectirn y dirig;iér;doEe el otro a la adrnínis- los Administradores generales y á su co_mplrta
tracion general del Departamento, con el objeto 8atisfaccion; pues que estos han de sn respon!'le que fo tenga presente rem1ie1;~\olo á los de- sabl1rs por si -y por tcdos sus su?a_lternor, ~e
ma&amp; de las ot1as adrnír:1stracioues, para formar cuantos caudales y efectos se admm1stFen ba:_Jo
sóbre todos ellos el prÜPer ,::orte 6 esta:do de suA .ól'denes en ehiepar~rnento,r~~e.ativ?· - ~
f'XÍFtencias de caudales y efectos de cada arlmi- · gobernadores remilirán por ahora á la direcc10n
f!;i::tracicn rnbalteina y rle la gtneral, ,el dia de general .solo una ,noticia ,circunstanciada de las
h pthlicaeion de tste dt'creto en cada para ge. fianzas que tengan dadas los !l&lt;lministradores
f·· : , :err,&lt;lo ¡!"{;neral teferido,.~e ·remitilá.un ejtf-m- gerernles; expresando la eantiood .de cada -UJT\l,
d ,. ú ~a ;Difecei-on de- ,rentas, con el .visto el nombre de los fiador.~~, si se halla jtJstifieada
(;ut,no utl Grbernador.
en los tfaminos debidos la surenivencia é ido·
24
Al recihírse tambien el presente de- neidad de ellos, y C'1ales son las ·cla.usulns de s~
ereto ~n ~aaa oficina del rnn10 de l0s tler,&amp;1ta- o'bligacion, igualmente que las con que ,se o:W1~
mentos, ~~ corfa.rán las cue11fas de papel ~ella- guen los que huyan de afianzar en Jo. suc~s1vo.
clo, asentandose en sus libros de caigo y data
30. Los Adminirstrm!ores generales d1Sfr,u1.ma rnzc,n que •a~l lo é-xp1eFé, fü-Jr:ifüa fXlr: él tnrnn'i.el -prémio. il ,honvritrio de cuntro,por .ciento
resp~nrn,ble ó responf.ibks y_ ,autori~?.da por el sofo'e el imr,orte, de_ todo el pa¡;el , ~eUado que·Con!i~árro, 'y· e'n ·su •-faifa _por• la pl'1mePa 'auto- !:"X¡)~n'dm, .· por s1 nmm0%, y uno ror óiento,sobre
ri&lt;lad pohtica de]· fugar. De egtas :razories•se e:x- el Talar de las ventas de sus subalternos, iles~e
ift1tle1án· coplas :f)Qr 'duplicado en ·igurilts tér- queil.q11ellos comirncen {¡ ser respousah!es ba10 '
'Jl'lincs; ·y ''á •·cada· uno 'ue: los ejemplmres de ellas, las debidas fianzas, por ••el manPjo de estos..
se dafá eI mísmo curso que it los inveutatfos-de
_· 3:J. ·· Dichos Admini-'tradores subalternos y
· que ·ttnta -·el· articulo -anter·ior.
ex)jetii:ledores; disfrtitarán el- cuatro por ciento
25. Los' .Comisarios ó ·anto-ridades f11bliticas selite·, el- Unparte &lt;lel papel sell&gt;ado, que vendan.
'de cada· 'lugar, en su respectivo caso, ·luego
.. . 32. Sera obiigacicn precisa He lo A Adm~
-que ½layan -.amorizado I la rnz1'm · de que -#a:ta ,el mstraooré~i' generales formar y presentar al Got\rticuJó · áttt_eri'Qr, rubricarán lils fojas sigcientes 'de be-rmltfor respectivo al fi-n de cada mes, un es·Ios ·libres 'dé ;elsta -renta~ ·y los foliarán si ·no lo ta4o ·ó Télncíon e1nrct.a y-circunstanciada que.ma·estubiesén, ;á '!fin de •·qtie·-se abra en ·los mjsmos nifie&amp;teih •.· entrada, salída y existencia .de· cau1ibtos · la' l'lusva cuenta que debe llev&amp;\•se, ·car- . dales del mes anterior en la propia AdministracÍOJÍ
gándose por primera partida l~ ec~istencia _que re- general y todas sus subalternas; _,y otro del pasulte de "oautfoles y de papel ·sellado eh es-pecie, p~l selfado de. cada elMe recibido_, oonsumido ·y
.:uyas :partidas -'se documentarfrn con• el·'~brte'' de existente en fin del prc:&gt;pio mes anterior~ en l_a
caja é "inventario expresados;. t,miéooose J)i-e- 'í\.dminístrncion general y s~ snbalte~nas.
13ente (}t1e•-i;;e ·deben lle,a1" con ·absoluta separa-33. 'Para el exaclo cumplimiento •de esta
·cion, ami.que sea en diversas fojas de un ~s- di~pesicron, -sobre la .ouat no tofera.ra-11 los , g~
n10 libro, : lo,s asientos de Ja cuenta de -cargo , y bernffdores ninguna demora ni omision, será del
-d'ata · de ,séllos de cada clase, y los 'de- la de caigo y r€sponsabilidad de los administradores
caTgo 'y· 'data 'de caudales.
genmlés recoger de ca'da uno de -sus subal:26. ':La ·'direccion ·general· de rentas co- ternos los estti'dos respeetivos del ,mes anterior,
menzar~ lo , .mas pronto, p_o'sible los sttrtimien- iguales en sus partidas al método -,de los. pretos de toda·"clase de 'papel 'sellado, remniéndo!o v~nid'os en el precedente a,tlculo;visados por eI
los Gobernadores .de 'los 'departamentos, bien -comisario ó autoridád primaria pofüica de cada
. por ·médio .de conductores cuando el volumen lugar ~n falta de este. Sobre dichos docu··oe fa reme$a' lo ·exij¡i, y puedan aquellos pro- mentos formará los suyos fa artministracion ge·poi:cionarse, ó bien por fa estafeta, siempre que neral, abrazandolos_/todos, .incluyendo lo que
110 exceda ·'de una resma de papel el· ·envio 'á. pertenezca á ella mism¡i~ y los pr-esentará nI go:cada (l:pbierno.
.
bernador, qnien c(l)n p,-esencia de 'los datos re.· · ~- Lus Gobernadores acusaráll'a 'Tii diree- feridos tes pondra su visto bueno-, remitiéndo•cio'n_ ·el·;'re~füo de cada : partida de· -papel que los con este requisito á la Direccion general de
',ésta ·tes':~rivie; y en 1 segnida dispondran ;,Ja pro- . rentas.
•tioréionmla ·distf'ibucion del .papel en fas óficinas
·S4. J)el ·mi!fflo modo ·y bajo las propias
1
\

a

e

\

�reglas-y .prevt&gt;neione!I, l'ecoger~n )os .Ad1ninistJadores gene_rafos dentr~ ·del P:i~r,mes, despues
de condmdo cada ano ecoi1oin1eo, las ~~nt1's
de todo él, que delíleu rendirle sus subalternes,
comprobadas cQn los .documentos re¡pectivos:
y dentro de los dos -mese1:1 -~iguient-es funnara y
presentará su cuenta.g,eneral, qne las. c0mprenda
todas, al.gobenu,i.dor; quien las remitirá a la direccion general oe tentas.
25. Sera del mas estrecho, preciso é indispensable cargo de los Ad. ministradores gener-ales del ramo en 1-0s Departame~tos, reccger
y eouservar :en arcas al fin .de cada mes, la
mitad de. -los productos llquidos del anterior en
todas sus administraciones -_subalternas y en la
propia administracion general, y r€mitir por el
primer correo siguieate el total de dicha mitad,
en libranza segura pagader.a en Mejico, á favor
del :'Eesorero -áeposi,ario del ramo -en la misma
clase ,-de· moneda :que se reciba, ó bien en otra;
pero,abonuidose o descontándose en este caso la
renta, el premio de c1u11bio que .corresponda, asi
como •tambien se abt;&gt;nara. ó descontara el premio
local que sea preciso, procurándose siempre el
mayer beneficio ó me.nos gravamen µm,ible de
estos fondos.
S,6. ,.Cuando no se pudieren . proporcionar
libranzas de la u1~~ei:a •e.xpresa&lt;l1,1, conservarán
los ad1!1inistratlores gene_ra~s e,n sus arca,s
cha .mitad .de producrtos Uqu~&lt;los mens.uales_a d1sposicioo. de la direcci0ti ,g~neral, para que esta
1i.bre ,ó provirlencl.e :lo ¡{)_ne éonvenga, en -los términos referidos por el artículo anterior; .bajo el
CQnce(-\to de q_ue por niHgun motivo ni pretesto
po~ra. r haeerse uao de la mitad ,d~ .pro4uctes
para,,ohjéto ialguno, ·por .,grav~, urgt1nte ,y privilegiado que • sea; ffü~ll la subsistencia de la
1enta, ref.tuiere for:zo~a· é indi~p~nsablemente
esos ,,caudales para la ,compra de papel, gastos
de impresion y ;:ellos, .''fl.et~s, y demás -erogaciones
generales .del ramo.. . . .
..
37. Los admm1stradores generales rem1t1·ran ia la ;mre-ccion dichas tibraDZJlS; p0r condudo
del .,gtibemndor re&amp;pectivq; ,y las que ella gire
en ,;~ ,casos, serán dando ,aviso a .los mismos
gii&gt;einaaores, ...á :qui1mes por, tatato &lt;S~ i:eeuca,:ga,
muy encarecidament~ _un cuidado y en_ipeño
siag.t:Uar,?&amp; "tl - ~ F te ,,tle ,,\es,:00sciaflleliloil
ant~o;res, ,por los ,pod~r?sos .Y tr~scendental~s
funlláriumtoi e:11.pu..estos q.@ los mot1vap. .
3&amp;. .:,Ji;,µ ,t~~, l.Qs negocios ooncerJJ~entes al
ramo de, papel sellado se entenderan los gobern~dQ~Sr, ooo ,J:a direecion. genera-! .Ae ·rentas, y
ésta. QOl\"·áquelles.
'00. Por. conl!eenencia :de este 11rreglo,. cesarán •el día ,3_1 de ;Diciembre del· presente año,
las· ft'dmtl'l-istraciones, dé pa,pel -sellado del gobierno .:general que en la actualidad e.xis!e_n á cargo•·de , los ,colectores de · loteria, adm1mstradores
de· •-correos ,o ·de otras rentas que antes w Uamt\.\ÍOU, :de ,la ,fede,aoion, continuando p0r ahora
so lo las administraciones del ramo en los .. territorios conforme hoy se hallan.
.,_, ~-· . '!Mf! "admin.istr_aeiones -~~ ,-O_&amp;san, ,en
tregara,n d~c~o .,dia 81 de Diciembre venidero, los
caudales y el ,_papel sella'.do de todniH:1,at:6s que
entonces exista ·en su ,poder, al ·respeci1vo ad-

1i-

, ~ . 4 3 c ~ ~ r ,.4¡:l ·. t~U:~¼p ,:p9r -.~l ,,Pe~

:;'par~atuel}to tn cada lugar, para que eontinue la
\:;~nta-s\~. ningun,a i1»1mupeio11. ni p~rj1ücio_ :pu\ blico. Dichas entr:~s .se rer1ficar.l:ln ·bap e\
,correspondiente corte de caja de caudales y
balance con la constancia consiguiente del papel
.,sellado en f!specie; interviniendo y autorizando
·tales docúment0s, el respectivo comisario y en
su falta la primfüa aütoridad polltiea del lugar,
y extendiéndose por cuatriplicado, a fin de que
¡ un éjemplar sea remitido desde lut'go á la dircccion. general ,ae rentas por el ad:ninistrador que
cese: otro al gobernadm· re!'lpectwo por el •fon¡·cionario que recibe: otro ·sirva a este de co111-_
,·próba11te de los cargos que desde luego debe.
\ formarse en sus cuentas de caudales del ramo,
_v de pa¡-,el Sf'llado en especie; y el otro quede
en ·rioder de dicho administrador que cesa, para
acon,pañarlo -como comprobante de las datas
de -ambas clasf's en sus cuent_as, que debe cerrar i:Oll esas p:1.rtidn•, y remitirlas prw el primer ·corr-eo á b direc~ion general, bajo los,términos vrevenidns, y en los libros que para •el
efecto '-4es ,envió la misma rn su del'.ii&lt;lo t_iempo.
'41. Se encarga mucho ál celo ·{le los Gobernadores · y de lá direccion general, que se
hagan los pedimentos y remesas de toda clase
de papel sellado con la mayor oportunidad para
el tiempo de seis meses, segun expresa el art.
2~, con el ~n. de que en :iingun Ju 9a_r falte j~mas . e\ surunuento necesar10 ah,e,1'Y!l1eto del puhlico y de .la ·rent'li, ly á efe:Qto tambien de qJ10
se p,r,oc1ne siempre ,ey.itar la necr_s,iilad de habili:ta11iones; pero 6i, en ap•~~b foeren abso1utamente indispensables, se podran habilitar los
s.ellos ·•m;uy precisos :de Ja clase :ó clases que se
requieran momenfaneament"', ajt)CU~ose :laJU\•:
bilit~eión en :Jas :ca~ales· de. aes •Departamentos
por el administrador general y elcomisario,•c®
previa aprobacion del gobernador, y en los den®f:.Wgares por él ':A'.fl.minístr-li'der :y -eó!ll-Ísai:io
respe~tivo, y ~n fa:-ta . de este, p,or la primera
,autondad política. - ·
42. La babiliü\ci@ ,¡¡e verific.a-ra e,n papel
.con fa marca de la oficina, expresandoseJa clase
'del a~llo, su valor,;- el bienio ·.á. que pertenezca,
el lugar y la fec~a, cpµ las firmas del adrr .inistra.dor, comisario ó autorida~ poll.tica.
• •
43. En el- acto Je eiecu-tsare cuales'lu\era
h~pilitaciones,. se carg~rá, el atlministrad0r _los
'¡¡sellos respectivos, espec1fi.carnfose el numero total
:dé _ellos y s:us clases, cuya par.tida en el libro
de la cuenta, firmará el comisario ó autoridad
.poJ;tica que intervenga en la habilitacion, dando
,aviso ¡el administrador con certifi&lt;;acion .de 1¡1
.partida, al .gohe:n~dor del .departamento por
.conducto del· adm1mstrador g~neral d~I r~mo, y
r{lmitiendo el gobernador a la DJrecc 1on · de
rent~sel expr~sado d?cume.nto como una constanela• concerruente a las . cue?tas del I~Jill.O.
.
Por tanto, n¡ando se ~plPl'l1!1ª? publique,
éircule y ,se _le de. el ?ebi,do c;um ~)~IIlle~to. Palcio del gobierno nacional en .J\le31co a . 23 de
Noviembre de 1836.-José Jmto .Corro.-A D •
Ignacio Al~s.
,
.
.
•
,Comun1colo ª. V. E;, para su inte}1gencm ,Y
,efectos correspon?1en!es.
.
, .
;v_ lo transc:i:1_bo_ a V. S. para ,¡¡u publ1q~1on
y. ntJ·1cta ob$1;\~Vi\llCJ.a,
/1

�252.

~

E .M J1 N .9. .R I O P ·.o L 1 T 1 O O.

Dios y libertad. Monterrey 21 de Enero ta de la nacion, pero al can mas . lijero se le
de 1837.-Juan Nepomuceno de lri Garza, y· vá la liebre, y los articulistas se han engañado
en suponer idoneos a todos los individuos proEvia.-Pedm del Valle, Secretario.
pu&lt;:stos en su voto: tQl1irn padra negar el
meritd de un Bustamante, de un Bravo, de un
Gusman, &lt;:le nn Tagle, de un Michelena y de
SECRETA RIA DE HACIENDA.
otrai personas m11y respetables que comprende?
Seccion 4:,., -Circu,lar.
nadie
la verdad sin ser un temerario, y acre.
~ . ...,
.
.
. &lt;litarse ignorante de la historia d~ nuestra inE. Sr.-E? ,~csmo.__ ,✓ r.. rresidente_ mt~r)· dependencia, y de las persona!i que han figun_o de la Repub,wa m~Jtcana se ha servido dm- rado con honor en ella; pero cuando al lado de
g1rme ~I ~ec:eto qu_e 81 (5'Ue.
, .
.
tan ilustres ciudadanos se coloca un D. Fran..
,,F...,l i res:den~c mtermo de la Republica Me- cisco Vita.l Fernandez que todo el mundo sabe
Jtcana, a los h~b1ta_ntes &lt;le el_la, sabed:. Que en que ha venido
hacer su papel en el tiempo
uso de la auton~acton c~n?edida al gobierno por , aciago de la anarqula desde donde data su carla ley ~e 20 Setiernb:e ultimo,. y c?ns~ltando al i i·era militar y politica, 110 puedo menos que
beneficto del c_o~ercw, hP, tcmdo a bien decre- inferir que se ha engañado la pctrte mas culta
t~r como ª:la_iac10n de) decreto de 23 &lt;le no- de la Repúblicct y que Jo¡: individuos propuesvrnmbre procs1m? antenor_ s~bre arreglo del ra- tos en· su voto ·no son todos idoneos, ni conomo de papel .s~l~a&lt;lo, lo sigmente.
cida su aptitud para los clestinos que se pretenr ,,_Se adm1t1:a~ en papel d~I sello cuarto !os de. Estaba por creer que
D. Francisc~ Vipemmentos de gums, los ~e de~pacho, las hoJa!! tal Fetnandez no lo conocen los votantes s1 no
d~ este, y todos los &lt;lemas ocur~os del comer- es por informes, y á Ja verdad no muy ecsac•
c10 _en l~s Adua~as, ?uan&lt;lo s~ refieran solamen- tos. ·
.
te a la mt_r~ducc1011 o extracc10n, de efectos;_peYÓ quiero seguir en esto el juicio de. lil
10 las sol1c1tud~s qne promuevan los come)·cianparte rne¡or intencionada aunque tenga qne set~s, sobr~ esenc1~nes _tle. derc_chos, devo!uc10ne~, pararme del voto de la mas culta, y es: que 11 r
u otras cualesqu_iera 1'.1c1den~1-~s,. s~ haran prec1- se deben admitir todos - los propuestos ni se desamente en -papel del oello te1.ceio.
ben escluir tampoco todos: que al hacer
Por tanto, mando se imprima, publique, cir- la~ eb.:ci rn-~~ n':&gt; s)lo se ati€nda · á los serculc, y se le dé el debig0 cumplimiento. Pa- vici0s prestados a la patria ni a las condecora.
lacio de I gobierno nacional en Méjico á 15. de ciones que · disfruten los individuos, sino princiDiciembre de 1836.,Jose Justo Corro.-A D. palmente ~ su capacidad y aptitud para desem.
Ignacio Alas.
·
·
peñar. con provecho y utilida1 pu.blica los desConi unieolo a V, E. para-su foteligencia y efec- tinos a' que· sean llamados.· Este es el · verdatos correspondientes,
dero voto de la parte se·nsata y mejor intencioDios y libertad. Méjico 15 de Diciembre nada de la Rip1:tblica, el que es de esperar sea·
de 1836.-.lUag,
seguido :por las juntaB" Departamentales, y todos
cuantos intervengan etl l:ts elecciones de Presi- ·
dente, Poder Conservador', Ministerio, Córte Marcial,
y las rrns qae se de~an verificar al en-·
COMUNICADO.
trar en el r,uc:vo órdén consci:uc:nnal.
Sirvanse VV. SS. EE. darie publicidad en las
.. Sres. Edfotores del S~manario.-Mis _aprecolumnas de su aereditado pcriódi.;o : como·
ciable~ conciudadanos. . .' .' .
,., En los nCrmeros 56 y 57 de la Lima µe i;e los suplica· un ornante sincero de .su pátria •
VuJcáno h~ visto jnserto ún articulo que· se ti- y de VV. afectísimo q. ss. mm. b.-,K. 1'. ./J.. Y.
tula Voto. de la p_árte mas éülta y bien intenciouttda de lá ·Jkpúbliéa; par'a Presidente de ella en
el. procsimo fJerio'á&lt;f constitucfomtl. Este v:itó por
lo que yo entlendó' · rió envuelve otras .miras que
formar la opinion de los que ·han de intervenir ·
.Montetrey 26 de Erw.ro de 1,837: ·:
en la c1eccion de Presidente y h de los otros
destinos que 1·e:1ere, para que recaiga en los in-.
Se nos ha remitido el comunicac.fo .. que hoy··
divifluos que propone por que sin duda se creen publicamos ¡:obre l.as personas que deben ser
tales sugetos con In idone;dad necesa,ria para taA' postuladas para los 'diversos cargos pi)blicos
aitos puestos. · Nada mas iast:J q11e ilustrar la que ha creado la nueva constitucion. Conveniopini011 en materia que aJ tod:Js interesa y por mos en i&lt;le~s 'con el a_utor del comunrc1J,do
lo mismo me creo con ia-ual derecho a llatnaf. . en cuanto, a.. la sw,tancJa,, a.unqae sobre las
fa atencion de los eJectorc~ en e~te punto ma- ¡i personas: debimos suspende.r J;luestro ju.icio por
nifcstandvles el mio; que sin .embargo de :.er I no poseer de mucha.• ele ellas los conocimientos ·
singular, y de no pertenecer el que lo emite a de que parece bastante instruido el ¡articulista.
la parte mas culta &lt;;le la R'é¡iublic~, no por eso -EE. .
.
debe ser menos· atendible; ¡J'Jr que seame'_ llci·
to.. decirlo, tampoco pertenec~ \l la parte insen~.
sata, ni está escluido de la-s filas· de la mas
Imprenta del Gohi~mo á cargo
1Jien. intencionada.
. ª ·.
,
1
del C. Froylan de .Mier. ·
· No·:dudo· -de los bue~os d~éos de sus autol'es ni de que pertenescan ·il· lo. parte mas cul-

a

1

a

a

a

1

SEl\JrANAJPUO,POLlTLCÓ

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="191">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="3120">
                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="479208">
                <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
    <elementContainer>
      <element elementId="102">
        <name>Título Uniforme</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263699">
            <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="97">
        <name>Año de publicación</name>
        <description>El año cuando se publico</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263701">
            <text>1837</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="55">
        <name>Tomo</name>
        <description>Tomo al que pertenece</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263702">
            <text>1</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="54">
        <name>Número</name>
        <description>Número de la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263703">
            <text>63</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="98">
        <name>Mes de publicación</name>
        <description>Mes cuando se publicó</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263704">
            <text>Enero</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="101">
        <name>Día</name>
        <description>Día del mes de la publicación</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263705">
            <text>26</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="100">
        <name>Periodicidad</name>
        <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263706">
            <text>Semanal</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="103">
        <name>Relación OPAC</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="263721">
            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822164&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
    </elementContainer>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263700">
              <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1837, Tomo 1, No 63, Enero 26</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="49">
          <name>Subject</name>
          <description>The topic of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263707">
              <text>Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="263708">
              <text>México</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="263709">
              <text>Publicaciones periódicas</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="263710">
              <text>Periódico Oficial del Estado</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="263711">
              <text>Política y gobierno</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="263712">
              <text>Siglo XIX</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="41">
          <name>Description</name>
          <description>An account of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263713">
              <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="45">
          <name>Publisher</name>
          <description>An entity responsible for making the resource available</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263714">
              <text>Imprenta del Gobierno a cargo de Floyran Mier</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263715">
              <text>1837-01-26</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="51">
          <name>Type</name>
          <description>The nature or genre of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263716">
              <text>Periódico</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="42">
          <name>Format</name>
          <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263717">
              <text>tex/pdf</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="43">
          <name>Identifier</name>
          <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263718">
              <text>2019292</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="48">
          <name>Source</name>
          <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263719">
              <text>Fondo Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="44">
          <name>Language</name>
          <description>A language of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263720">
              <text>spa</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="86">
          <name>Spatial Coverage</name>
          <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263722">
              <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="68">
          <name>Access Rights</name>
          <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263723">
              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="96">
          <name>Rights Holder</name>
          <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="263724">
              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
  <tagContainer>
    <tag tagId="10756">
      <name>Administración</name>
    </tag>
    <tag tagId="107">
      <name>Comunicado</name>
    </tag>
    <tag tagId="23239">
      <name>Corporaciones</name>
    </tag>
    <tag tagId="11827">
      <name>Gobierno general</name>
    </tag>
    <tag tagId="8134">
      <name>Papel sellado</name>
    </tag>
    <tag tagId="401">
      <name>Secretaría de Hacienda</name>
    </tag>
  </tagContainer>
</item>
