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                  <text>SElfANA·RIO
POLITIUO
\,

DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
· Ut tutela sic procuratio reipublic~ ger,n,411, est .·ad utilitatem ,enrum ·qui comissi sunt,
non eorum quibus commissa e st. Cic. 1. oflic,
Lo mismo que una tutoría, asi se han
de ejercer los eargos publicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

Jueves 17 de .Mar~o de 1842.

NuM. 63.

pueblos del Departamento en los tiasos de incenNOTICIAS

DEL DEPARTAMENTO.

Gobwmo Superior del Departammto dl ·J\l'tJ,B,11, Leon.-José ,Maria de Ort~a, Gobernador y
Comandante general del Departamento de NuetJo
Leon, á sus habitantes, sabed:
Que habiendo notado éOD sentim'iento la fa!,
ta de concur~encia de vecinos· á los . incendios

dio.

·
Y para que tlegue á noticia de todos, y ten

ga su debido cumplimiento, mando se publique- por
esta Capital, y en las demas ciudades,
'tJillas y lugar~s de la i;omprertsion de este Depariamento, fiJandose et\ los parages a.costuf)lbrados, y citw.landose il quieties corresponda.

l bando · en

Dado en Monterey á 25 de Febrero de
1842.-José Maria de Ortega.-Santiago Viacaecidos ultimamente en esta Capital, he creido tl•urri, Srio.
del todo indispensahle ñjar reglas que contengan semejante abuso y que tiendan á evitar los
progresos drl fuego ~e la !11anera posible 1 á _cuyo efecto se observaran estrictamente las s1gmenGobierno Superior del Departamento de ,N'ueiJo
tes prevenciones.
Leon.-José .Maria de Ortega, gobernador y col. 111 Al toque de campanil establecido en mandante gentral del Departamento de Nuevo Leon,
esta Capital para avisar de alguna ó mas que- á los habitantes de esta Capital, hago saber:
mazones, acudirán inmediatamente las autoridaQue habiennose visto espuesta esta ciudad á
des politicas y todo el vecindario sin excepcion envolverse en un inc~ndio g-eneral por los que
de personas, y se ocuparán con el mayor em- han acaecido ultimamente cun mucha f1encuenpeño de apagar el fuego. Al efecto se tendrá cia; y deseando precaver un suce~o de tan graprevenida en el local del Alcaide la herramien- ves cunseéurncias que podria verificarse á cauta y utiles necesarios, los cuales conducirá bre. sa de la multitud de jacales ubicados en el
vemente la policia al punto donde se advierta centro de la poblacion techado&amp; con carriso y
el incendio, entrt:gandola al juez del respecti, oja de caña y d1·stinados los mas de ellos pavo cuartel.
ra cocinas, he tenido á bien en uso de mirs
2. i:i&gt; No quedan esentos de la concurren- facultades acordar las siguientes prevencioneR.
cia los demi\S miembros del Ayuntamento que
l. °' A Totlos los j:icales que existen ubivivan por el rumbo en que se advierta el fuego. cados desde el centro de la ciudad hasta la
S. 111 Es obligacion del juez de cuartel calle de la Alameda por ('.I Norte, á la plazue_donde se halle la quemazon asistir a apagarla la de la Purl~ima por el Poniente, y al margen
eon todos los vecinos del mi8mo, y cualquie- del rio por el Oriente y Sur~ se les quitarán
ra omísion por uno u otros, será castigada se- por sus respectivos dueños lo~ techos que tieveramente; debirndo el mismo cuartelero dar cu- nen del referido material, poniendoselos de ter...
enta al alcalde l. 0 de los individuos ·que no rado.
prestaron dicho aucsilio, y éste al Gobierno para
!. 111 Para hacer efectiva la anterior preaplicar á los culpados el d11bido castigo. La mis- vencion el Sr. Alcalde l. 0 concede1a á los
ma obligacion é iguales penas tienen los encar- dueños de dichos jacales que sean de propor~
fados y vecinos de los cuarteles inmediatos, y ciones el término de seis meses, y á los que a
aun los de los ma9 distantes, a excepcion de su juicio carezcan de ella~, se los ampliará por
aquellos que viviendo en los estremos opuestos de un año, á cuyo efecto formará una lista con la
.la ciudad al en que Re halle el fuego, no pue- ra:i;on correspondiente.
.
dan ocurrir oportunamente.
8. = Se prohibe para lo sucesivo que en
4. 111 Iguales formalidades y bajo las penas lo!! términos comprendidos en 111 primera pre•
a que hubiere lugar se observatáo en todos los vencion y en lo demas de la ciudad se fabri•

¡

�quen j¡icaJ. es'licon el tcho. defif. riso y o.i~ d.? ca. n.-~~i..
4. ""CÍ los c&lt;1!raventQ1'1_ á cu,lqmera ',..1fo
Jas anteriores dispos1ciones·'se castigarán con um!'
multa arreglada al tamaño .,d~. s_us faculfades. ~ •
y para que Hegue a tt_ot1c1a dé todtks y teL.ga su debido eumpliinie_tüo, n:iando se puhliqpe
por han.do en esta' CapttaJ~ fiJánd1&gt;se en los µ,a-•
rajes acostumbrados.
, ., ,Dai.fo en·A1ontere:y,iii5 _Marzo;.ide 1~42.~JoS,é:,M,wia de -Ortega.-.Srmh~ Vii,da,,,,mt Sr10.-,i:,r.:Alcaldé l. 0 .,c\e ,etita ,_Qppital-1 ..
·
------··-·-·· -- ·-

',

-

lla, .l¿.e ensen,. llj.'i ~rden . d_e•.;.• V. ~-: para q~e
marcqara con 1'Jl3i'O a buscad y bat1, "al enem1go, y me ·manifest? la' inutilictñd.ten _qu~ ~e hallan los
c~allo~, 11 ~ºi ~?•e!fd~ relevar s1qmer_a ~os dos
qiie tr~;.g\:i m11,ew1bles:.:con este motivo hbro sus órnes para_ ~-1 r!l~cho de la Manteca, a cuyo pun;
.to ~e d1r11~, ~para, qu~ en •,aquel lugar o:ie de
el JUez q111nce o vem~e nombres. y evitarles.
por este rumb~ la retirada y ,castigarlos pues
segun me ha~ 1_nformado todos ~,te e.s uno de
los puntos prmc1pales de ~u s.ahda.
Acabo de sab..,r tarnbien que D. Manuel
'l''..!J:J ~~J
f.•,H':t·'•
Mo!ano con los def~risores de Maria se hallaba
0
11
Juzgirilo 1 'f!
'tle E/inates . ..:.:Pata dar con en el ranchp de las Lajitas el dia 8, y Je dirijc,
1
}a -~saeH"t;ud• n~es\irfa 1&amp;'' nótfoia &lt;rre'S. E. de- _una comunicacion para que obremos.de acuerdo
sea tener del estado q,1él':gú1íi'tlli él presidio de segun V. E. me previene, haciendo lo mismn tan
~
~wantos d~I ,c.l\mino este

fcº~ft

e~

~S§

�!59.
en los Corrales; y les r,rnsenté accion de• guerra, est-a distinguida en" las" pei'8onas de· los· que, ;fa,
y viendo la impo~ibílidatl :par•a verificarlo, · firrgl dirigen,·· lib,,es·'de"los; vaivenes resultando d.e las
retirada fal~a mientras• &amp;111ian del 11araµeto y ·en 'pasionee, ign&lt;,l'l\ftCta, , Ó· ·intriga/ sus fr'ntus son
1

1

la misma- plaeeta lo verifique; en donde• me"botí
con ellc s con catorce soldados• en ,eontra·"de
•t,reinta indios, e hicieron retirada y tuivimas ,·.Ja
felicidad de salir victoriosos, y solo de ellos van· ,ai.
gunos heridos y todos derrotados y, . algunos -á
pie, pues no-los hemos-dejado remontar: ·esto ,a,vi:so á· V. · para su gobiemo sirvlcndose dar aviso
aLde· M1mtemorelos."---Digol&lt;r V. con el•sentimiento de no saher que destino· tomó' el reato
de ta demas gente, pues entre• los catorce de
·que habla, ;el Sr. comandante, se cuentan oinco
de los v.ecinos de esta villa, segun que asL lo.e~resa
el soldado que·· trae el pa·rte. Sírvase V;· dar
par•te de e&amp;ta ocurrencia, al Sr. Goberna&lt;lot pa~
ra éu conoeimiento.''
Lo que trascribo
S: para que· se;sirva ponerlo en el su·periar conocimiento• de:l Exmo.
Sr. Gobe-rnador.
Dios y libertad; Montemorelos :Mal'zu· M
dP 1842.-.9ndres de lbarra·.'-Sr. Sri(}. de: Gobinflo. de t&gt;sk Departamento. ·
1

a

a v·.

SrP,S edítóres clel' .. S'emanário.~.Mokt~r_ey·
,Marzo 14 de 1842. ".".""Muy _señores· mios:. conio

~eguros, eomo c¡t,e 9U''curso es"invariable, sus
maximas en'''(JltlffStantE}, r,,':ii'étiea~ y· su, foente pu·ra· '.é inagotabl,,_,;,, Paroi .. ay! rque desgracia para
·el" pai¡; 'que"Íillctf1a·'entll'é• lo bueno' y lo· malo de
·una: ma,,era, queh-toea en· indiforen-eia sobr.e un
punto de la mayor importancia,! ,·.Allí, las pasiol'res"desorgan;;cadoráS',' perniciosas·' 'f déstmctoras
son las que, prevalecen';· ·y ffi"•edificie- soeinl, 'én
·-vez -de·. levantahle;' se desplom'II. en· sus cimien.tos., Era reset•va-do· al Góbierno ilustJ'ado de
f. E.- cortiat' 'Y. r~vetiir · estos males, fi,cihtando
recursos, positivos }'"'Sufientes, pa-ra· ¡;ostener 'Y fomentet· las institueicmes.•capaees de, dar cuerp()
y 1vida:• á"la soci'edad,_; · ·
V.''K "que'tanto"an-hela1 por, el 1'ien publico
•habrá· notado' Con'éenfudli inscripciones, ·avisos, letreros y' rotuloneiHijarl6S en I paflllgt&gt;S publicos, sin
ortografia; Y:''otros· qué"}'Of l&amp;'thsunion de las le1tras· ó· de las 'sHaball,, -dan· lugM" á&lt; exi¡)licaciones
obcenasi a· Ja, risa• y, ainrsion de los burlones,
en· daño positivo de la civilizadon, ridicuJizan·do hasta la- nacion que los tolera. ·. Ma pareoo
-oportuno llamar la aténcion• de' V. E. sobre ello,
'para que, si la t11,viere á bie,i,;, disponga que los
escíitos· referidos·, se pl't:senten· desde luega al
ex1imen d&amp; perrtasi, que . al ·efecto se nombren, y
'q11e füs· que ·e81f'e-~e9n •d'f'sptrts del· Yisto Dltf'no,.
'Y de· la·d..,~da e,rtugraña; · é!tusen ·á sus autores
1u,a·'·multu«de l~ow 1~s p6áos a'plteilda. al fondo.
de instruccion publica.
· .,
·
·
··, . •LoiJ. ~ofll~eis, dé,1edtieac?o1t 1 seg11ndaria y de
·primerás 'latras pueden:•sev encargados- de la vis1 ·ff1arttféflfáTla ,. con . Utia simple
·t¡¡, rrlent!ibnada;
rubti~ a)• mMgeti·del&lt;éfigfoal&lt;••ij 1de la,.·c6ipia.
Este ''l:rabiijo es tan corto '~üe 00 1 exige sueldo.
ni pto· al¡tttW&amp;.1 ' 1 ·
•
''','. )" ;L( me~Íd'a· '~riter;ior: pareci~ndome tin paso
á fa 'civílfa;aciorí;
la pure:ia de un idioma qüe tiene la gran ventaja de . ser hablado
por · fodd's tos habit'lilfes de la Re publica, sm prgon provincial, ni gerigonza que re perj11dique,
no.. hl es menos el fijar la base de una buena
pronunéiacion y sólida ortografia, quitando Íl'l'emisiblemente la confusíon d.,. la b con la v. La a-

me baUo en esta ciúdad evacuando asuntos que
llaman. mi_. antehcion, se aprovechó desde' lu'ego
de esta op01túnidad eI Sr. Lic. n 'Juan Mateo Garcia juez de letras dt&gt; Cadereyta Jimeriez,
lugar de mi residencia, para dirigir la carta que
con fecha 9 del actuat aparece en eI Centiuela del dia doce del mi~mo, relativa· á manifestar al ¡.iublico/ haber· faltado · yo~ á la verdad,
cuando info1 mé al Exmo. Sr. Gobernador sobre las ocm:rencias de .la eleccio11 d.e alcalde l. 0
de aquella ciudad qut&gt; recay6 im el ·sr. D. .I\J!l,nuel Guimbarrla; y no permitieudome !as c~rcunstancias conte~tar sati,factoriamente poJ 'a.lwra, protesto verificarlo tan luego como mis.. at~nciones me lo. permitan; sirviendos.e :W. entr~ t&amp;?to, dar un logar en una de su&amp; apreciab~s columnas á esta protesta que hace quien 1e titula ,u affmo. atento S. Q, B, S, M.~ J.i'rari,cís~o ademia •• M 11 id ftml'l~'?"ffll~m·aa:dt!J' -~"._,u,.
de Mier.
·
"
tima no . debe Uamar&amp;e u consonante ni u de corazon, sino que la b se llá.ma y suena bé secot-·
j1ttand6 y- apretandt, iffll labi6s, y 11:briendolM·-eoo
SOBRE' INSTRUCCION .PÚBLICA, violenci11. El Ronido...d.e .~ 11-, ¡¡e. fo~ma: ponieo.
do el labio. inferior
·contacto cori.
diente■
. E_xmó. Sr. .:._~9s ).1~ntró -icos:
geµerosos superiores, y re-ulta un sonidQ blando que i¡¡ale del
sentilmentos qui:, .amm\ln .a V. E, á. favor de los aliento. El· nombre de bi vucal ú. '1:ia de tener.
.pUt·blos éuyoij destinos dignament'é rigP, y la re- un- solo 1ioni1ct '' · ·
solucion de adoptar enérgicamente cuantas meLa e tan .frecuentew,ent~ confimdida con la.
mtdidas Aean conducentes á la propagacion de s y la z1 aunq1w. no .hayá habido determinaQiOn
iLS 11 , :1uB II
dfilfk_Sffi2~~-lffimf;" y . de mµdar Rµ
re .y spn1do .~ sé(. se ba
sin las cuales narla puede ser estable, firn:e ni discutido sin. em ,' go~ y ri,e parece que todo..
dmadero, ni.~tampoco,!~de'·progresar ninguna concurre á qu,e debe 11~nar. eorno &amp;- antes de
l!~-~!.9.!!i:,..L!!!.!lCh.~.mtmM. la que COJlliL..eJlta_.ha e, i, y n&lt;&gt; como z. Djs;,o.niendolo asi seria quipad•:cidu fü,•rte. sacudimientos, son motivos que tar una. gran tr,aqa ~.la ej~cucion de la proounme impulsan imperiosamente ,a cumplir,.. en cu- ci'aciop,
1~ upiformari11 con el uso de la maanto µei1da de mis . cortus alcancM, con la. ta - yor p¡nte de .los Departamentos...
rea q•·e V. E. se ha s~rvido imponerme.
· -~ _')~udi_eran. l~rar~e.esos,objt)tp~,.de u,n modo
-- - •-En -lo&amp;-paises--doatle 111: iostrnecion ptlblica ·factl, que seria imponiendo pena del e'mpfeo

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y.

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ºº!·...

Y

a

�todo p,eceptor pag«do de los foPdos ¡;ublicos,
y prohíbirion de tjnrer a 1011 -df·mas si dentro
-de tres me¡.es de la J&gt;-romu 1gacion de la ley ó
l'eglan,ento, todos sus -dii;oi 1.ulos 1es¡.f.ctivos, que
file¡,an leer, no nombran y pronuncian en la ma.nera expresada ias mencionadas fetru.
Bien
enteridido que la medida no contprendnia mas
-que a los que hubieben cutiado tres meses -en
la n;¡isma esc_uela.
V. E. sabe que los pue-blos d.,J Departamen•to carecen de una instruccion regular &lt;le primeras letras, y anf'ia por remediarlo. Para -eso
necesita que los lrbros y el n,étodo sfan arreg!ados á la -com,enienda del mayor numero. El
método de enseñar.za mutua es el mas acomo·.
dado a ella, puesto que un solo preceptor pue\
de dirigir hHsta mil niños; pero yo supongo que
\,. sean comuumente trescientos; imponiendo a todo sirviente, por cada hijo que tt11gll, de siete
.años para arriba, un real cada meQ; dos al quP
tiene labor ó algun modo mas libre de ,;ubsistir; y aumentando proporcionalmente hasta un
peso, fácilment-e s-e reunia una asignaciun de cerca .de cien pesos para un prereµtor de ranchos.
.Un mapa, ó una estadi~tica muy exacta de los
putblos y de sus distancias, es indispensable para conocer el numl'f'o que babia de concurrirá
cada escuela; la climension que el local babia
&lt;le tener; y los gastos a¡,roc~imativos para aviario
de todo lo neoesario. Sin emba,go, yo ju7,go que
Jos uknsilios J libros de cada escuela, una con
-Otra, y obrando con economia, podrían importar trescientos pesos.
Si el numero .de mis alumnos llega al gra.do necesario para establecer el sistema lancasteriano en toda su pureza, esto es -contanrlo unieamente con mis propios recursos, la aula de
p.rimeras letras pudiera servir de escuela normal r,ara los preceptores nombrados y que ~e
Jlombren en todo el Departamento. Un reglame.nto especial determinaria lo necesario en este caso. El tiempo que se requiere para sugetos de aptitud y col)Ócimientos seria de un mes
á seis semanas. ✓

1

del Centinela no se leen ma~ quP insultos, pues
en resumen nos califican de aduladores y vulgares. iA donde iriamos á parar si norntros
volvieramos injurias 1,or injurias1 Ct&gt;rramos nuestroe labios, y si algo de lo que vamos diciendo
les puede dPsagradar, prote-tarnos solemnemente
que no nos mueve tal intencion al poner este
articulo. Queremos si ma11ifie~tar al publico sensa-to que callamos por que conocernos cuales
pueden ser los resultados de ~acar las cuestiones
de sus quicios naturales y darles un carácter que
repugnan la desencia y los preceptos de la prensa.
Esto escribimos par-a el publico, apelando
a su fallo, no dirigiendonos en lo mas leve a los
espresados Sres. E.E. con quienes no conservamos la menor antipatía ni resentimiento; pues
nada tienen que ver con la, personas las cuestionfs que SUPien suscitarse con relacion a los
negocios publicos. Protestamos por ultimo, que
si el Setiianario. tiene necesidad en lo sucesivode rntrar en mate!Ía con el Centinela, enmudecerá tan luego como se le combata con
las armas que se han jugado en la cuestion an·
terior dirigiendose contra nuestras personas; y si en
el asunto de que se_ trate puede afectarse la dignidad rlel Gobierno ó de cualqúiera 'citrá atitoridad, la Superioridad tomara las providencias que
orea -conveniPntes, porque para semejautes ma•
les la ejP.cucion de las leyes relativas es un antidoto eficaz.
La conducta que nos proponemos seguir
sugun lo que dejamos asentado, nos pondrn a
salvo .de que nµe11tros individuos &amp;ean e,1 blanco
cuando las cuestiones degeneren.
·

VOCES SUELTAS.

Por éstas hemos llegado á entender que el
Sr. Lic. D. Juan Nepomuceno de la Garza y
Evia ha creído que lo' comprendimos en nues•
tro editorial de 3 del corriente contl'B el Centinela. Para satisfaccion de dicho Sr. Garza y
(Continuará.) Evia protestamos que nunca hemos pensado tocar
i:u respetable persona, porque conocemos muy
bien el bello conjunto de sus cualidades pollticas
y morales, como hombre publico y privado.
en nuestro editorial referido hablaS.EMANARIO POLJTJCO, mos Cuando
de itifluencias, nos contragimos á ciertos periódicos; :y estando_ muy persuadidos que el Sr.
Magistrado Garza y Evia no escribe en el Cen.Monterrey Marzo 17 de 1842.
tinela, este solo hecho es el mejor g,nante que
Por que el Centinela al refutar el dictamen podemos presentarle de nuestra sinceridad. ¡Ojalá
de la Exma. Junta Departamental subre nduc- que su brillante pluma se consagrara al publico!
eion de SUPldos sP excedió, en nuestro concepto, r-E.E.
en ciertas proposiciones y especin; nos resolvimos á dilucidar la matn·ia -con sus E. E. yendoles a ta mano en todo aquello con que c11,j.
mos ofendían la dignidnd del Gobierno y de la
MONTERR.EY:._1842.
tnisma Junta. Esto di6 margen a que aquellos Sres. se indispusieran contra nosotros hasta
el grado de at, ibuirnos que nos habíamos vafi.
lmprenta del Gobierno a cargo dt
·do de satiras y bi!jPsas al tocar el asunto, de
·
Froylan de ./lfier.
donde provino tambien que la cutstion se acato.rara tn términos de que en el ultimo artículo

�</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
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                <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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              <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1842, Tomo 3, No 63, Marzo 17</text>
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              <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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