<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<itemContainer xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items?output=omeka-xml&amp;page=126&amp;sort_field=Dublin+Core%2CTitle" accessDate="2026-06-21T06:12:21-05:00">
  <miscellaneousContainer>
    <pagination>
      <pageNumber>126</pageNumber>
      <perPage>20</perPage>
      <totalResults>16277</totalResults>
    </pagination>
  </miscellaneousContainer>
  <item itemId="1913" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1063">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1913/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._57._Marzo._0002011169.ocr.pdf</src>
        <authentication>ded1ecf9ec91c8f4f1e9dd8d8d969214</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74355">
                    <text>DEL

IMPERIO ,.
¡

~XICO :· Viernes ·10 de Mar~o de 1865.

TOIO,I.

NUM. o7.
/

SUMARIO

1

sándose cuái haya sido el precio del &amp;lquiler ó de la renta, y el proPAR'PE OPIOIAL.-Regl&amp;mepto para la ~ écuclon de la ley de 26 de Febrero, sobre re,-!slon.-Nombraducto percibido.
'
_
·
'
mleuiptl de Iutendente General de la lista olvil de )a 088&amp; Imperla~ Y de Gran Maestro de Ceremonl88,
NOTICIAS ESTRÁNJERAS.-Del Havre.-De Bayona.-De Hamburgo.~De la Babana,;..,1!ofi.de prec1os
Art.
4?
Los
que
hubieren
adguirido
ó
redimido
capitales,
créditos
en.N,a¡,t~
·
'
Bil!QUETE OFICIAL en la Corte.
ó acciones, presentarán sus titulos en la forma prescrita en el artíVARIEDAD~-Aq~a:1Tr~tado ,sobre la Pap~ 4 Patata,
culo 2?, acompañando una relacion, en que ademas de las noticias
contenidas .en'las fraccione_s 1\ 2~ y 3~ del articulo antetior; lle esprese:
19 Si redimieron el todo ó parte del capital, determinando, las
cantidades que ~xhibiéron' en numerario y en créditos, y acompaMüIMILIANO, EMPERADOR DE ·MEXIOO:
ñando la liquidacion formada por la oficina respectiv-a.
Para la exacta ejecucion de la ley de 26 de Febrero próximo, pa- 2? Cuál fµé la parte que quedó sin redimir, ~n fa:vor de quién la
,sado, H1í!,IO~ ,veni~~ .6?.decretar y_?.~~R~A_
Mos el ~iguiente . . continuarón reconociendo, y si han'pagado sus'réditos.
3? Cuál es.la cantidad que han percibido de estos, y cüál la que
-- REG-LAM-E.NTO,..
adeudan.
·•
•
Art. 1? Las présentacioñes pará ºla"fevision de lá's op~raciones de 4? .Si el capital se encuen~ra en alguno de los casos previstos resdes~mo~iacion y ·ñá,iióó~liiácion, se ·liárán án·te· la, Secre~a~a del pecto de,las fincas, en las fracciones ó~, 6~ y 7~- del ,articulo atlConsejo en ~~ta capital, y en los _lugares forái:ieos .ante
la pnmera terior.
,
autorida~ _pPlitica·deTPartido. · ·
_
. 1
Art. 59 Los que con el titulo de capellanes se hubieren aplicado
Art. 29 La presentacíon se liará exhibienao los títulos originales capitales,· deber.án exhibirlo éon la escritura de fundacion, si la. tuviede la adj1,1,dicacion.? reáeñcioD:,.~compa~and~ un,a ?opia1 -~~ple de ren, espresando en l!U relacion:
ellos. El Secretano ael ConseJo 6 la primera autonaad·politica an- 'l? Si la capellanfa,era laica ó colativa.
t9 1qu,iep ,~E} 1qag~ la manif~~ac\9µ, ,revisará y cp¡:¡fr-0nq1rá los títulos 2? Cuál fué la prueba que produjeron para fundar .su derecho á
éop, 1la,Agpi~ ~iq¡ple, cer.fillcar,á,al &lt;¡~lcEJ de éstf} s,u oonforn,idad con la desvinculacion en las de sangre.
.1
•
aq1,1~llPl!!Y,;deyol~~~á al .i9tE)l'es¡¡.d9 lo,s originales. ,La pre!!6ntaéion de 3? Los térininos,en,que verificaron llt"Tedencion. ~ .•i.., ·
1&lt;&gt;1$,POC"~j}l\~O~ jleber.á haperse dentro de dos meses de' l¡¡. publica4? Si han'percibido el capital-dote de la capellanía.
· 1 cio'Q ~e.&gt;l~ ~ ~(lgll¡.mento,, en cada Departamento.
·
Darán ademas, en h~ parte que les concierna, las fioticiai, preveni-.Att, Loa qµ~ t,.ubiese-9 adquiro.do bienes raices l\ virtud de ,las das en el atj;ículo_1¡1oterior.
.
,
.
l~~id!'id,eS),\-µi,o,tj~i~n y 1paQionaliza.cio~, ó pot,.,c&lt;;impra al .Cl~~o Art. 6? Las operaciones que en el plazo design!ldo no fueren rna- --..
despues de la ley de desamortizacio.n, pr.~s,e~itarán, ademas ae los tí- nifestada&amp; parn su revision, queilarán insubsistente.a, y los bien.es
tµlq~, 1,1°ª' e~pos\c,&lt;&gt;n brev.e y. clara que conteng~ las noticia~.si- qu(l,hubi~r-eh sido objeto de ellas, serán recogidos por la. administra-J
g.\li!lptes:,,
•
. .
.,
cion de bienes nacionalizados, despues de vencido el término.
,, ¡~ ,f,echa ~eJ tft~lo primitivo, procedente de las citadas leyes, Art. 7? En la S~cretaria del Consejo de Estado y en las oficinas
con espresioµ ,d~l ppn:)hre de los otorg~ntes y del escribano que lo de' cada una de las primeras ,autoridades políticas del Partido, ,se
autoriw, Cqrp,Qra,9t9µ ó iostitut9 á que ,pertenec~a ~l domjnio de la _abrirá UD libro en que por riguroso órden numérico, s~ asiente~ toQ9§~ '.!1-P.9.»-irida,i y la pucesion _
de, éste hasta el .actQal po&amp;eedor.
_ das las presei;itaciones que ~e ,hagan, espresándose el nombre de la
' 2~ Causa de la adquisicion: sifué por adjudicacion, denuncia, ven-, persona qu13 hace la 111¡¡.niFestacion, la. cosa ó cosas p~rque lá hacen 1
t~, spbr;qg1¡.Hion 1 redencion, cesion/ compensacion ó Qualquiera otra. y los _tttulo,s, que acompañan.
Si la adquisicion se obtuvo p9r compensl).cion de cr~ditos, ·se especi~ El Secretario del ponsejo y las primerás autoridades políticas, en
fu:~rá: ll;l, 1,ªlidaq y -pr9cede~c-ia de estos.
su pa¡¡o, esped,r~n al.1nteresado, en papel timbrado de i¡ ofi~ina, 'Una
. ,3! .Prf!Cl9 de ll},_1adquisicion, especies en que se hizo el pago, de- Ctopil} ~erj;iµcada ,de .~s~e asien~, con espresion del nümero d~_l¡ par~
terminando sus cantidades, oficina ó persona que lo ,recihióf y parte tida y de la foja del, libro á que se encuentré\ Cb~..-e.sta certiJicacion
qye,.l!!l).n §e aéw_u.d~. $i para.el.pago del precio se otorgaron docu- acreditará ,el.jntere~{\~O haber cumplido con el requJjto de la pr~:lll~~~Q-4, 13! eJp:r,e~ar~ c'Qántos y ~u cafül~d, número de lqs amortiza- sentacio1t,
,
.1 •
•
,.
·
dos y personas á quienes se hizo el pago.
. A~t. 8?- El gue ~nga que presentará la rev;ision dos q mas ópe4~ Si se pagq alcal&gt;~la, se.~presará la c~nt1d8rdi espe~ies en,q'u~ raciones, acómpañar,tspparadam~nte 1os documentos yrelácion conse hizo la exhibicion, determinándose sus cantidades y la oficina ó &lt;;e.mientes á.cada operl.lcion. Lps asientos se harán tambien· separapersonas--qu-e las' recibieron.
.
&lt;lamente.
. ' 1
ó~ Si la finca p!)rteneció antes al dominio de -otra persona que la .4~t. 9? ·El último1 qi~ de ca_
da, semana rerniti~án las primJras· au'hubiera adquirido en vtrtud de la citada ley de 26 de Junio, ó por ~oridades pqliticasJ ~l Pr~sidente def Consejo, todas laa manifeetáci9venta c?nvencional que le hic_iera la Corporac-ion prnpietaria. .
nes con su~,r~sp~ct\vos, docµment'os, que,se hu?i~r~?, pres~ntado e~. ,,
~. _Si en el caso antes previsto, entró en arreglos con el antiguo el curso de 1~ ~~m~nai a~9mpañán&lt;lole una copia de los asHmtos headJud1catario ó comprador, para indemnizarlo y adquirir sus dere- .chos en el li_b;q&gt;-d¡:i .r~gistro.en el qiismo period,o. Una' eópia iguMse
chos, Y. cuál fué el arreglo que celebró.
·
1 rt;imi1ir.~ 1\1 Ministeriq ,~e¡Justicia. La lieta se ir_aslada1~ al.libro de
~~ · S1 el dominiq de la finoa•está- en litigio con-alguno que alegue ásientos del Consejo, dando á las presentaciones el número que en él
~eJor derecho ~or titulo de adjudicacion ó denuncia, 6 por enajena- ¡e13 corresponda.
mon gue le hubier~n hecho el Gobiéno ó la Corporacion á que per- ~rt. 10. Las m4nifesta~iones que la Secretaria del Consejo reciba
ten~ció, espresá~(½l~e, l&amp;.s pe,sonas que lo contradicen., y el tribunal .di-~ectamente, ó d~ las primeras autoridades políticas, las pasará el
e~ que peo.de el litig\o, Si el titulo procede de denuncia,', se deter-· Presidente ~el Qonsejo á la administracion de bienes nacionalizados,
mmarán la fecha, lugar, nombre del d~nunciante y autoridad á quie!) para que instruya el espediente, consultando los libros y es¡,ediense presentó.
.tes de las oficinas.
8~_ Si la finca reconoce algunos gravámenes hipotecarios, . se deArt. Ü., El Consejo de Estado, para desempeñar la atribucion que
tt~rmmarán su [echa, títul_o, ?ª~tidad y nombre de la persona en cu- Je concede el art. 1? de la ley de 26 de F~b.rero últ!m~, nombrar~,
yo favo! estuviesen constltmdos.
conforme á su reglamento, tres ó mas com1B1ones umtai,-1as y una co9~ Si el poseedor ha hecho n1~joras en la finca, .cuáles sea,n, y su ,mision de tres individuos. Las comisiones serán· permanentes, y el
costo. .
·nom,bramiento se hará entre los Consejero&amp; y Auditores, quienes ten10~ S1 la finca ha estado habitada, alquilada 6 arrendada, espre- dráq, ,voto.en ~te caso•

a?

J

•
•

�...

230

•

lJIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

Art. 12. Luego que el Presidente del Consejo reciba de la oficina de desamortizacion ó nacionalizacion, ó que hayan sido devueltos á
de b~enes nacionalizados algun espediente ya instruido, lo pasará in- las corporaciones eclesiástica~, están obligados á manifestarlos denmediatamente á alguna de las comisiones unitarias, por turno rigu- tro del término fijado en el art. 20 de la ley de 26 de F ebrero, con
roso, á no ser que note alguna omision en la instruccion, en cuyo una relacion que espresará:
r
caso devolverá el espediente á la oficina para que se subsane la falta,
1? Cuál sea la cosa poseída, con la noticia de su ubicacion. Si
6 hará subsanar ésta en la constancia que falte.
fuere capital, se determinará su cantidad.
Art. 13. La comision á quien pase el espediente, hará la revision
2? Lo que adeude por pension, cánon, renta 6 réditos.
dentro de quince dias á mas tárdar; y si las partes se conforman con
3? El título en cuya virtud la conserva, exhibiéndolo.
su dictámen, éste se ejecutará, y la revision queda concluida; pero si
4~ Las ot_ras circunstancias que respectivamente correspondan,
no se conforman, para lo cual será parte el Gefe de ~a oficina de bie- segun la calidad de la cosa, conforme á las prevenciones contenidas
nes nacionalizados, lo manifestarán dentro de veinticuatro horas, y el en los artículos que preceden.
,
n~gocio pasará á la comision colegiada, 1~ cual fallará sin apelacion
Art. 30. Las manifestaciones de que trata el articulo anterior, se
m otro recurso.
harán en la forma que previene el art. 1?, y de ellas se llevará sepaArt. 14. No habrá lugar á recusacion de los individuos de las co- radamente un registro, observándose las1&gt;rescripciones de los artimisiones.
culos 6?, 7? y 8?
Art. 1&amp;. Ademas del fiscal de lo contencioso administrativo, el
Art. 31. Los que a.Iteraren la verdad en las relaciones á que se
Presidente del Consejo nombrará otro, y en cada caso de revision contraen los artículos 4°, 5? y 29 de este reglamento, perderán cualque ejecute la comision colegiada, oirá á ~no de los fiscales.
quier derecho que tengan por su titulo.
Art. 16. En la revision se cuidará de que los docu_mentos de las
Art. 32. Los encargados de los registros de hipotecas, remitirán
operaciones q ue·se declaren subsistentes, se est,endan en debida for- al Ministerio de Justicia, dentro del término de dos meses, una noma si no la tuvieren.
·
ticia de todos los asientos y anotaciones que existan vivos en el re.:.
Art. 17. Dec\arada la subsistencia de una operacion;-el Presidente gistro, concernientes á bienes del Qlero secular y regular y de lascodel Consejo espedirá un certificado &lt;le haberse ratificado, y en qué fradías y demas corporaciones que se consideraban eclesiásticas. La
términos. Esta certificacion se insertará integra en la matriz de la noticia comprenderá desde la fecha en que se estableció el registro,
escritura de la operacion revisada, y al ca.lee de los testimonios que y en ella se incluirá la de las tildacion-es que sobre los mismos biede ella h-qbiere. . Sin esta insercion, la escritura· no ,tendrá valor ni nes se hayan he6ho desde 1? de Junio de 856.
surtirá efecto alguno.
Art. 33. La planta de los empleados de la oficina de administra!A.~t: 18. Si~mpre que antes de termjn¡i,rse ,u na revision se presen- cion y sus sueldos anuales, es la siguiente: ,
tare alguno al Consejo por escrito, reclamando como viciosa la operacjon~ será atendida la reclamacion. Los derechos que no hayan siUn administrador::_ .• __ ••.. _..•
$ 4,000
do deducidos antes de terminada la revision, quedan definitivamente
Un contador..••...• -'~- _.. .• ...• • -;-:-_•.
2,400
Un 2?•id ... . • .••• _••...•... ••• •••. ••.
2,000
~~h
.
Un caJero .•.•............• __••• __ .••• 1,500
Art" 19. La ratificacion y rehabilitacion de que tratan los artícuGuatro gefes de seccion á 1,500 ps. cada uno.
6,000
los 6?, 7? y 11 de la ley, la harán las Comisiones Revisoras. Estas
4,000
Cinco
oficiales
á
800
ps
..•.•.
_
...
..
•
..•
•
mismas co~isiones aplicarán la ,eena del art. 21 de la ley,
3,600
Seis e~cribientes á 600 ps •• •. : ....•...••
Art. 20. Parn el otorgamiento de las fianza's'de que.trata el art. 19
800
de la ley de 26 de Febrero próximo pasado, se propondrá el fiador al
) j Un. portero 300 ps .• .... ..•..... ... .. . .
Un mozo de aseo .•.
240
Juez de 1~ instancia del domicilio del interesado ó de la ubicacion de
, la cosa, y calificada la idoneidad por el wismo juez, mandará otorgar
Art. 34. El Gefe de la oficina formará el reglamento interior de la
y firmará la escritura de fianza, de la cual no será ne6esario sacar
misma,
y lo remitirá l!l Ministerio de Justicia para su aprobacion.
testimonio en forma, pues !fflrá suficiente_, una certificácion puesta al
Art.
35.
Los empleados de la oficina son amovibles. No tendrán
calce del documento con que se acreditó la presentacion á la revision.
derecho
á
jubilacion,
cesantía ni montepío, y no podrán cobrar deArt. 21. Los Jueces de 1~ inst~ncin. •llev~rán un registro de las
rechos
6 gratificacio~ á las personas gué en ella tengan negocios. ,
fianzas ó depósitos de que trata el citado art. 19, que se ejecuten an_A1!t. 36. En el éaso {l.el art. 22 de la ley, la oficina de administrate ellos, y el dia último de cada semana se r.ernitirá _una.copia de los
cion ejercerá á favor.del erario los derechos de l¡:i escritura de reco- '
asientos que se hubieren becho en el curso de ella, al Presidente del
· 1
.,
Consejo, y otra á la primera autoridad politica del Partido, pára que nocimienio que recobre ·su vigor.
Art.
37.
Una
seccion
de
la
referida
oficina
se
ocupará
de
formar
hagan las anotaciones respectivas en los esp.e.dientes y márgenes de
la estadística de los bienes que se declararon nacionalizados, y de retila par-tida de manifestaciones de la operacion á que corresp.onda la
nir los datos que en la revision aparezcan para la formacion de la esfianza ó depósito. Les jueces de la capital solamente harán la remitadistica general de la propiedad territorial del Imperio.
.
sion al Consejo. ,
Art. 38. Mientras ·dure la revision se aumentará en la ~ecretariaArt. 22. Todos los remates se harán cQn publicidaq, y deberán del Consejo un oficial con 1,200 pesos anuales, y un escribiente'con
anunciarse por los periódicos con anticipacion por ro menos de vein- 600.
te dias á su celebracion. En el espediente deberá _obrar un ejemplar
Art. 39. Semanariameate remit irá el Consejo al Ministerio de
del periódico en que se hubiere anunciado el re.mate.
·
J u'sticia una noticia de los negocios revisados en la semana.
,
Art. 23. Eg rlingun caso se pódrá anticipar ní retardar la ho1:a fiArt. 40. Todos los plazos que se fijan en los artículos anteriores,
jad~ para remate, ni variar el lugaT designado para ~u celébracion: y en la ley de 26 de Febrero, se contarán desde la publicacion de
Si por cualquier motivo no pudiese celebrarse el remate ¿n el lugar este reglamento 'en cada Departamento.
' ,.
y hora sefíalados, se' hará nueva convocatoria por los periódicos.
N'uestro -Ministro de J osticia queda encargado de la ejecucion de
Art. 24. Para la enajenacion de fincas situadas en !os Departa- este reglamento, que se depositará en los archivos del Imperio, •pumentos, se celebrarán simultaneamente enel mismo füa y á ·la misma blicándose en el perió9-ico oficial.
'1
1
ho'ra l:los almonedas', ut1a en esta capital y otfa eh la cabecera. de'l DisDado en el Palacio de México, á '9 .de Marzo de 1865.
' '
trito de la ubicacion de la finca. El rémate ffncará en la mejor de '·
(Fi,rmad¿) MA.XIMILIANO. q
las posturas.
.
"
.Art. 25. Los remates los hará. en esta capital el Administrador de
Pqr mandato,de S., ~.1., • ;
la J ficin~ de bien~s .nácionalizados, con 1a cdncu1:rencia·Bel Inspectór
El Wnistro de Ju~ticia
,
t.
de la rili_sma oficina; y en los luga1:es fo'ráneos él Administrador de
(Firroa.do) Pedro Escudero Y Echanove.
1
reótas, eón asistencia de la prhne'ra atltorifüi_d 'po1ítlcfü,
1
Art. 26. El 'rerttate será aprobado por Nos1 á:cuyo efectó se r~miol
w 1
tirá al Ministerio de Justicia el espediente'fo~truido pap\ la enajena, '·
cion.
I ,¡
1 GRAN XAlUSCAL DE LA CORTE y Jd:QruT.BO DE LA o~ ll(l'ER!AL. .
Art. 27. En los procedimientos de la revisio~, y de la calificácion
· ·,
sECRETAllIA.
de p,;ferencias ó validez de derechos, no tienen lug~r 1os reclmos
México, Marzo 9 de 1865. 1
de apelacion, nulidad, restitµc~on, ni ~ingun Qtro. ·T~mpoc~ l~s haM. el Jflmperador, por decreto de 24 de.Febrero, se ha servido
brá contra el lapso de los términos senalados en la _ley de'26 ae Fe- nombrar Intendente General de )a lista Civil de la Casa Imperial, al
brero y en este regl~~ento.
.
.
, Sr. D. Martin Castillo.
Art. 28. Las Com1stones Revisora~ y el Gefe de la ofi;cml!- de adm1-•
nistracion, tienen la facu ltad de pedir á los encargados ·de los protoMéxico, Marzo 9 de 1865.
colos, y de las oficinas públicas las constaaciáS que consideren neceS.
M.
el
Emperador,
por
decreto
de
7
del
corriente, se ha ,s¡3~vido
sarias para la revision.
'
r
nombrar
Gran
Maestro
de
Ceremonias,
al
Sr.
D. Fn~nciscQ S, ?49ra.
• Art. ~9. Todo el que por cualquier titulo estu,viere en el goce,
posesion ó)detentacion de bienes raíces ó capita1es, pertenecientes á
1 i?. .OJ
bienes nacionalizados, que no se h~yan incluido" en las operaciones q ;) nb ., ·rn
1

0

e~

1

•

s.

t"

• : •••••••••• •••• ••

231

necido de cinco puntas y de otras tantas escotaduras en la orilla. Unas veces
es doble, de un hermoso color·de rosa, de violeta, azul, pardo de lino, blanco y aun abigarrado.
.
Estambre~: en número de cinco, la mitad mas cortos que la corola, reum•
NOTICIAS DEL HAVRE.
dos alrededor del pistilo, al cual abrazan: los filamentos son cortos, de heEnero 30 de 1865.
chÚra de lesna, adh~ridos á la parte superior del tubo:~las ant~ras oblongas,
El servicio telegráfico establecido en _las costas de Francia Pº: medí~ de inmediatas unas á otras y con cuatro surcos, compuestas de dos bolsitas pe·
El t Sh"""nmhoricas en virtud de las cuales el gobierno tiene
estaciones
ec ro- ~"owir
'
á ·
'
gadas por füe~a, separadas por den_tro, diyididas htteri~rmente por un fila1
· · t
omentaneamente de lo que pasa en el mar, trelllta o cua- mento membranoso, y abiertas arriba oblicuamente hác1a afuera.
conommien o m
.
1
d'd
·
renta millas del litoral, y puede dictar ºP?brt~amhe~tedas mt~ ~ as,q~ie exd1. l · , tancfas ha sido abierto al pu hco, amen o par w1pe a este e Pistilo· una vez mas largo que los estambres y colocado en su centro, el .
Jª~ as taci~cuns tant~ las familias como los intere¡;¡es mercantiles pueden re- ovario ti~ne la figura de huevo, y con un estilete cilíndrico termin~do por un
1as ven 1as que
estigma oblongp y desigual.
.
.
poi:tar de tan útil invento.
Frutos: bayas mas ó menos gruesas, carnosas, casi redondas, lisas, algo
NOTICIAS DE BAYONA.
chatas y surcadas por los dos }ados: verdes ~l princiRio y au:iarillentas maEnero 'r/ de 1865.
durando; contienen un gran numero de semillas lenticulares, blancas y cu• Los terribles temporales que·han re!nado ~n ?ste golfo_po~ todo él mes, biertas de una sustancia pulposa.
.
,
Hojas: aladas con impar y muchas veces sin impar; sus filiolas en mucho
han ocasionado, ademas de los naufrag1os y VIctimas co_ns1g udientEes, 1~ detencion del movimiento mercantil, especia1mente con e1 1~tora1 e psp~na. á número con peciolos ovaladasj terminadas en puntas arrugAdas, ,de un ver. ,
La crísis monetaria influye fatalmente e~ el comerc10 d_e 1a emnsu1~• de mas 6menos oscu~o por encima y mas pálido por ~ebajo.
Raíces: de dos especies, fibrosas y tuberosas; las primeras se componen
tal punto, que todos los _valores h~u padecido enormes baJas en s~s precios,
y aun los metales mas ricos se resienten; de suerte que los camb10s al_con- de pequeños filamentos .que parten directamente del cuellecito del tallo, y de
tado, apenas pueden conseguirse en esta plaza con un ?ch? y aun un diez y ellas penden las raices tuberosas; y las otras se comp?nen de tubos ~rnosos
medio por ciento de pérdida, no obstante qu? el valor mtrmsec0 de la mone- de diferentes formas tamaños ·y colores. Su superficie es muy desigual, y
da española ofrece una ventaja de cinco por ciento al menos, so_bre 1,a mon~da está guarnecida de--u~~ multitud ~e _tuberosidades, muchas veces de tubércufrancesa; y casos se han dado, en que el. peso fuerte de E_spana ha perdido los, y siempre de hoyitos ó hundimientos, que son las yemas de donde sale~
casi la quinta parte' de su valor_: esto influye_muy desgraciadam~nte, no s?lo los brotes.
•
Porte: tallo herbáceo de uno á. tres piés de alto, hueoo, acanalado, mantodas las•negociaciones particulares, ocasionando muchas qmebras, slllo
::mbien en las rentas del tesoro público: los puertos de Bilbao y Santander chado y ramoso.
,
. _
.
Sitio: prospera en todos los cl1ID~ 1 y le conv1e~e la. mayor parte de_los
que tienen tanto contacto con este de B__ayona, son de los que mas han paterrenos y esposiciones, segun las d1forentes especies; pero debell preferirse
d~cido¡
.
Pl
b.
,
1
. La emigracion hácia las riberas de la ata tam ien esta suspensa; en e las tierras ligeras. Es originaria de la América septentrional, pero pertenece
!1,1 mundo entero. Fué llevada á Europa...por W alter-Maleig.
mes no ha salido buque alguno para aquel _punto.
-1
NOTICIAS DE HillBURGO,
II.
Roma, 10 de Enero de 1865,
VARIEDADES .
El senado proponía por segunda vez á 1~ Burger~haft;, reducir de un meOnce variedades de papas se conocen en el dia~ y la época de la recolecdio á un cuarto por ciento l?s dere?hos de 1mportaci~n..
cion se adelanta ó retarda, segun la variedad, naturaleza del terr~no y tem·
Han salido para el Impeno Mexicano los buques sigmentes:
peratura del clima.
Para Matamoros el "Pacific."
Estas variedades se reproducen independientement~ del terreno y del cul·
Manzanillo el "Luneburgo."
tivo,.y.son:
.
" Veracruz el "Pbl"
ue a.
,
1ª Blanca, gorda, con manchas rojas, 6 pa:pa gallega: sus ~ojas son de un
"
HABANA,
verde oscuro, asperas pqr el en.vés, anohas, oblongas y achatadas; sus tallos
El cónsul e~ este punto remite un parte telegráfico, en que el Exmo Sr. fuertes y rastreros; sus hojas, al principio, ,rojas, disciplinad~, se vuelven
Velazquez de Leon avisa el feliz arl'.ibo á ~antiago de Cuba, de las Legacto- ,pardas, y son abundantes así como las bayas. Esta es la variedad mascomun, mas fecunda y vigorosa.
1
nes estraordinarias para Roma y Constantmopla.
2~ La encarnada larga, 6 papa de la Mancha: _tieI\e.un tallo rojizo! ve1}udo· las hojas no muy oscuras, velludas por abaJO y llenas d~ pelos, a lo lar- '
go' de las venas; la raíz áspera en la superfi,cie y con ~oqµedades, 11!, cual ti~VICECONSULADO DEL DIPERIO IIEXIO!ll'O D N!ll'TBS.
- ne un círculo rojo interior. Es de mejor calidad, pero _no tan ab~dante; de
figura arriño,p.ada: Nqui~re un terreno craso.
1
Precio corriente de las mercancías qm interesan mas especialmente á Mémo. ,
3~, La blanca larga: ~as(iante parecida á la gallega en su porte, pero de
hojas mas oscuras; las flores son pequeñas, muy escotadas y enteram,ente
PLAZA. DE NANTES.
Oon
adeudo
de
derechos.
blan&lt;;-as; produce mucho y es de muy buena calid~d-. E:-: alg~nas parter la
UNIDAD,
MEROANOIAS.
conocen con el nombre de blanca irlandesai por cult1 varse mucho en Irlanda.
20
100
k
, Palo tinte .... Campeche . .. .
4~ Violada: el cáliz está salpicado por afuera depun,titos_violaaos: la ,co25-26 ,
fustete .. Tu:,¡_pan ... , ..
rola
es mas larga, de un soto color, de violeta oscu.ro; las hojas son muy uni"
"
T
.
81
·cáñamo . , , , . amp1co , , , , ,
das
casi
redondas y de un verde. oscuro; los tallos delgiídos; las raices' pri"
7.60--8,60
1
k
Grana . ..... . ,,
me;o
son
redondas, y largas cuando crecen, sembradas· en su superficie de
140-160
100 ~
Cueros....... Mazatlan .... .
puntitos
amarillentos
y violados. Es una variedad mas temprana. ·
135-160
,, .. : , .. Tampico...... .
5~ Encarnada color de piel de rata: t3:llo casi triangular, áspero, y rojizas
"
84-94
a
,, salados.Tuxpan .. ..... .
'
las e¡¡tremidades de los ángulos superiore~: ligeramente alad~: hojas ver~Ó195
Cobre... . .. . . ,, , , • • • • 1 "
sas muy semejantes á la encarnada larga: las ~ores spn,de vario,s color~s; sus
"
,
3.50-3.75
1
k
Goma elástica. ,, , . . , , .
tubérculo.s son mas lisos, de unii, carne abundante y blanca, de poea¡¡ yemas
14-20
Añil.. . ..... ,,
y aplastadqs p,oi; un estremo, y,puntiagudos por el otro. Es de muy ,bUJlJ\ll
"
175-180
100
k
Z¡,.rzaparrUia_. ,,
30-90
1
k
calidad.
.
Y.l.'inilla. . . . . . ,,
6~ Blanca redonda: chata; el tallo v~de y fuérte¡ la boja de ver~e oliva
profundamente escotada y encrespada;_ la .fl~r disc_i~lii;iada y las· papas
BANQUETE OFICIAL.
radas del pié en luo-ar de ene9ntrarse mmediatas a el como en las otras; piel
Anoche hubo en la Corte un banquete ofici~l, al cual asistieron los señores fina y tersa y su c:rne abigarrada: necesita un suelo ligero. Es muy deliBlondel de Cuelenbrocck, Marqués de la Rivera y Conde de Lato'ur, Minis- cada.
'tros ,Plénipotenciarios de Bél~ica, Españ~ ? Italia, con e~ perso)l~l ~e sus 7~ Jí}ncarnada oblonga: es muy parecida á la blanca, larga en su ~orte: sus
Legaciones. Asistieron tambien el Sr. Mmistro de Negomos ,Estrangeros y tallos igualmente verdes l fuertes; rero las hojas son mas derechas y m3:9
largas. ,Los tuliérculos son de un encarnado oséuro y casi redondos. Las ra1los altos Dignatarios de la Corte.
ces grandes y i uesas, enteramente blancas. R~9.uiere· un terreno medianamente fuerte.
,
8~ Lengua de buey: tallos delgados y encarnados á trechos; hojas pequeVARIEDADES.
ñas y crespas; floi:e~, primero ab_igarradas y despues _pardas; raices largas,
aplastadas, y algunas veces puntiagudas en _las estrem1dades. Esta es la variedad mas temprana, aunque no florece primero que las otr~s.
TRATADO DE LA PAPA O PATATA.
9~ Larga, encarnada por dentro y por fuera: es muy semeJante'á la blanca gorda, tanto en sus tallós como en sus hojas. El color encarnado de la
I.
raíz se desvanece insensiblemente si es muy fecunda.
DESORIPCION DE LA PLANTA.
10ª Encarnada redonda: es enteramente parécida á la encarnada oblonga,
La patata es una planta de la clase de la familia de las solanáceas de J us- tanto·en ~1 color y forma de las flores, como en el porte de los tallos y figusieu· Linneo la coloca en la dilatada familia de los solanos, y la llama sola- ra de las hojas, d~ m3:nera que parece que proviene de ella: es mas tempranum' tabercum.
na que la oblonga.
·Flores: de los encuentros de las hojas salen unos ramilletes de flores apa11 ~ Blanquilla: su tallo y sus hojas son muy delgados, muy nuxp.erosos,
rasoladas, sostenidas por un peciolo comun.
,
verticales y de un verde claro: flores pequeñas de un azul hermoso: las paOáliz: persistente y de una sola pieza, en forma de campana pentagona, y pas son pequeñas, redondas y sabrosas.
·
dividido Mcia la mitad de su longitud1 en cinco partes casi iguales; ~da esIII.
cotadura es tan ancha como ·1a mitad de su longitud, y está guarnecida de
una hojita membranosa, blanca; lo demas es una especie de filamento estreM ULTil'LI0ACION.
cho, acanalado, y puntiagudo,
De dos niab.eras distintas puede hacerse lá multiplicacion de esta planta,
Corola: de una sola pieza, abierta en 6,giira ae rpseta; el tub.&gt; es muy cor·
por
sus frutos ó por sus semillas.
to1 el limbo grande, revuelto hácia afuerá, doblado en cinco parajes y guar-

NOTICIAS ESTRANJERAS.

se~~

�232

DIARIO DEL IMPERIO.
IV.

PBEFECrUllA l&gt;OLITIC,6. DIL DEPilTAJmNTO DEL VALLE DE DXICO.
ÜOMISION REVISORA.-ÜITAOION.

MuLTIPLICACION POR SUS FRUTOS.

. Una sola papa, por pequeña que sea, basta para la multiplicacion; pero
cuandp son gordas pueden dividirse: no en ruedas, sino en pedazos, de modo
que cada ~o de ellos tenga dos ó tres yemas. Estos pedazos se dejan al airi: libre por dos ó tres días, para que se. oreen 6 sequen los cortes, y no se
pudran con la humedad enterrados frescos, y más si llueve. Generalmente
esto no se practica en México donde se siembran siempre las papas enteras
y .es J]lucho mejor- que en ped:i.zos. µ¡útil nos parece decir \que para la siem'.
bra deben elegirse las papas mas chicas, pero que se hallen .bien sazonadas

Mélico, Marzo 8 de 1865.
Ignorándose la casa habitacion de D. MARIANO VELASCO Y CREYADO y necesitándose su presencia en esta Junta para revisar la redencion de un capital de 17 700 peS08 que reconocía á la Escuela de Agricultura la hacienda de la Laguna, la repetida J11Dta
ha t:.eoido á bien acordar se le emplace por los periódicos, señalándole el t~rmino de ocho
dias para que se preaente, por si ó por a~derado, con el objeto disho; bajo el concepto,
4.ue de no verificarlo, la Junta procedera de oficio en el particular, conforme á las dispo•
81ciones vigentes relativas.
El Secretario de la Comision, M. dd Valle.

AD:atilfISTRA.CION GENERAL DE CORREOS.

V.

INTERESANTE AL PUBLICO,

M ULTIPLJOACION POR 808 SEMILLAS,

El dia 11 dél corrient.e á las once de la mañana, se despacha de esta Adminietracion
Ningun medio hay mas eficaz para mejorar la calidad de la papa y evitar geue~al un eetraordinario para Veracruz con la correspondencia que debe eonducir al
que degenere, que la siembra. Y para conseguirlo, se recogerá la. víspera de estenor.el Páquete francés. Lo que se avisa al público para su int:.eligencia y efectos corIs cosecha la semilla de la variedad que se desee ~ropagar, y cuya simiente reepondientea.
Mélico, Marzo 6 de 1865.-Luis de la Peza.
se conservará. en arena fina en el invierno, ó colgáda para que se ventee, a1
entrar la primavera, mezclándola con buena tierra 'Y sembrándola. en man.
tillo.
ANUNCXOS.
Las papas producidas por la semilla no estarán completamente regeneradas: así es que se sembrarán, y los frutos que den estas papas nacidM de las
semillas, se sembrarán; y los frutos que den estas volverá.u á sembrarse al
JUZGADO 3\&gt; DE LO CIVIL
tercer año, en el cual !le cogerán pap·as completamente regeneradas y per.
En el juicio.v~rbal que sigue el Lic. D. André, del Bio, ~r D. Facundo Gomez contra
D. :Manuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 3\&gt; de lo civil, Lic. D. José M. Cordero
fectas.
Este método tan espedito y practicable produce, como se ve, una nueva ha manct.ado se haga saber la radicacion al demandado; lo qué verifico por e~presen~
de la Nao,ion.
generacion, pura, lozana. y vigorosa, que por espacio de muchos años conser. anuncio. •Mé:Iico, Marzo 3 de 1865,-Manuel Rome,-o, Escribáno público
178-3a-l
va sus caractéres y propiedades.
1

CONVOCATORIA JUDICIAL.

VI.

En los autos de int:.estado de D. Santos Rivas, ha mandado el Sr. Juez 1~ de letras civil, qué conoce de ·ellos, que se convoque por los periódicos á laa penonas que 16 comiCULTIVO.
deren con derecho á la herencia, para que en !ll término de treinta diu 116 pr611ent:.en á
El cultivo de esta planta es estremadamente sencillo, y está basado sola- deduc_irlo; con el apercibimiento de que les parará el perjuicio que haya lugar al que no
,1
~
,
mente en que· 1a tierra sté perfectamente mullida antes de la plantacion, á la lo verifique.
En conaecuenci&amp;, pongola p~esent.e.
profundidad de siete ú-ocho pulgadas, y que se conserve en tal estado du.
Mélico, Marzo tres dtl mil ochoc¡ento~ sesenta y cinco.-Migud F. Guerra.
rante 1~ v.egetacion de la planta. Así es que la papa no debe sembrarse sino
'
' 1 l
11
.,
• .
179--3a-l
en los terrenos sueltos ó ' medianamente '&lt;ioherentes; pues •en los tellaces ó
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
barreales nb' putide desarrollarse bierr. Los mejores cuando tienen buen man.
El
Sr.
Juez
3~
de
lo
civil
de
esta ciudad, Lic. D. José M. Cordero, en au~ de cuatro
tillo ó están bien abonados, son los areniscos, porque aunque se_bun'ledezel!.n
del corriente, ha mandado se convoque por 1&lt;,s 1tt1i¡iódiooa á los que se crean con derecho
mucho no fdrnran barro. J
'
'
'
á los· bienes del intestado de D~ Josefa BortiUa, lára que en el término deitreinta días 16
Dos son los modos de sembrar, y son: la plantacion hecha á mano ó con p_resenten á deducir loe que les competan; apercibidos de lo qné haya lugar ai no lo veel ,&amp;'rado _por surco, de la misma manera, que se siembra-el maiz. El prHne- rifican.
Jié:Iico, _M,arzo 8 de ld65.-Manud T. dt Meneses, Escribano público.
l~ -3,-J
ro. lls bueno 1)m"a las huertas, pero muy dispendioso. •
'
D6~ fi.erro'S generaln:iente bastart para I que el terreno quede bien prepara.
~ 2º DE LO CIVIL.
dd parll. la plantaeídn;¡ero deben ser profundos, esencialmente el p1imero
tn
el
espedient:.e
promovido
por ;o. Angu.ate Donesine, por D. Juan J. Torrea, contra el
En todo el mes de bril se hace la plantacion; y si lá tierra no se ha esLic. D. Mariano Zavala., sobre pesos, ha mandado el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. .&amp;fa•
ter.coladb al tiempo de labrarla, despues de echada la papa se le arroja.rá un nUel Pavon, á pedimento del actor, se cite i dicho ~r. Zavala para que en el término de
puñadito de estiercol y' so tapará, pasando en seguida' la grada párli allanar diez días se presente á sacar los de la materia, á efecto de que alegue de su derecho; bajo
el apercibi.mJ.ento.11.e"1(ue en1:1188 contrario se le dará J!.0r citado para aentencia. En tal
el campo hasta que comience el nacimiento de la planta.
Cuandó las plahtitas tierren de cuatro á seis pulgadas, se escardan somera- vi rtud, hago la presente oitacion¡ advirtiendo .9.J!.6 el despacho del que suséribe está en loa
Jos del núm. 7 de la calle de la Moneda. mente, y poco antes de la florescencia se aporcan, pasanilo13Un árado de1ore-1bt1México, Febi'ert&gt;.27 de !~.-Manuel. T. de Meneses, EB&lt;l.ri.b11no públí09. 176--8s-2
jeras para voltear bien la tierra sobre los dos lados,·'y quedeli así bien re
.
1
calzadas.
1
CITACIO~ JUDICIAL
"El -cultivo á. mano 6 en las huertas, se practica haciendo pequeñas hoyas¡ El Sr. Juez 4? de lo civil de esta corte, Lic. D. Evaristo Reyes, á solicitud de vario,
y éuterrando erl ellas las papas, tapándolas despues con mantillo 6 é~tiercol acreedores de D. Santiago Barthes, ha mandado Be' cit.e á los demaa y áe consideren con
' el mismo dereeho para que concurran á junta. que se verificará el d;a 13 del corriente á
y ·esca'rdándolas tambien con la mano.
'
.
En las tierras ligeras y climas resecos y cálidos, las labores se ciñen pu 1as doce,en suju.z¡¡ado, sito enel Palacio de Justicia, c¡ille de .la Hone{la, con el objeto de
que.~e.forljlal~oe e1,concurso necesario. Y en c~1;11plimiento ~el~ ':ll~~d~,o J,&gt;Ongo el preramente á tlScardas, pues si se amuralla'ran las plantas se espondrian é. se. re
º""·
Mélico, Marzo 1 de 1865.-Casimiro Fernandc, Escribano público.
174-5s- 3
carse.
'
.
•
Una vez aporcadas no exigen cuidado alguno hasta la madurez, la que se
COIIPA.lu DIL FERROCARRIL DE ltEXICO A PUDLA..
da á conocer poniéndose las hojas an_ia'rillas 'y mustias. Comienza general.
Celebrada una ;esion del Conseje Administrativo, -el día de a¡er, para arreglar las ope'lhent'e esta época en Julio;y no concluye hasta Noviembre, segun las- espe.
racionea pt611'ias-á•ladisolucion ll.e.la Sociedad, se acordó que a pesar ae estar reasnmicies, clima, terreno y cultivo.
s la mayor p1u-t.e•de las acciones en la_persona _de! ~r. D. Antonio Escandoo, se convo
A fines de ~gosto 6 principios de Noviembre se comienza la cosecha cor da
que una junta general para las 6 de la t,.rde del aía 16 de este mes en ef despacho del
tando 6 arrancando las plantas, ó se deja pastear ·ir! ganado 'én los terreno }'errocarril, pla:uelá de Guardio!a; pa,a hatar~ll de la·disoluc~on indicada. No bastando,
seµibrados de papa, para aprovechar así los mustios tallos que ya no sir'ven ~Begun los Estatütoa', una sola seB1on psra tal obJeto, ae acordó igualmente la convocatoria
ra la segunda junta, que 116 verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
4 lii. planta: y' se procede inmediatamente á la cosecha, tanto para• qúe' las paMéxico,
Marzo 7 de 1865.-Mier y_7_:erá?'·-P; Alm~tan, secretario.
17ó-8s-3
1
heladas no dañen la papa, cuanto para sembrar la tierra de grano.
1
,
'Vil.
'
¡
•
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
El
Sr.
Juez
4~
de
Jo
civil,
LÍc.
D. Evaristo Reyes, en auto de ayer }l.amand~o se conCOSECHA.
voque por los periódicos á los .que se crean con derecho áloe bienes iÍe1 intistadQ de 'D.
En los terrenosligeros se ejecuta á mano, tirando·con e4a del i-amaje y des. Marcelinó Sanchez, para que en el ijrnrino de treinta días se presenten á dlld11cir los que
·
enlerrando así las' papas unidas á, él; pero en las tierras fuertes es necésario les competan; apercibidos de lo que haya lugar Bi r.o lo verifican. ·
México, Febrero 7 de 1865.-.Manud T. de M~eses, Escribano l!Úlllico. 97-3011-23
prevenirse de una horqueta de tres dientes para arrancarlás, despues de haber aflojado la tierra.,con una labor sencilla. ·
·•
·
·,
INTEB.F.Sil'.l'i.
1
Esta operacion generalmente se encomienda á las mujert)S y á los mucha- Habiendo regresado de EureJ&gt;az::l\e ,;elto á hac1trm&amp;-Cl\rge de todos los negocios de mi
chos¡ una docena de ellos bien puede en un día desellterrar una fanega d Ctlea y de mi jardín de plalltaa ae 8, Franciacó. He retocádo en consecuencia los poderes
terreno sembrado de esta planta y limpiarla de la tiel'ra¡' despojarlas fié su qne tenia oonferidosr4ejando á- mis apoderados e11 11u buena opinion y fama; lo que avifilamentos y llevarlas al monton pará dejar!~ enjugar ál sol? &lt;lespu~ dé 1Q 80 al público por el oresente1 _para evitar abusos; ~articip11ndo, al mismo tiempo, en virtud
de las facultades qú&amp; ma'dan'loa'podéres qué tengo._qúe fa filma de mi citada casa, en lo
que se .guardan.
·
·
sucesivo, será la de "Juan Tonel y C~," la cual solo yo puedo usar, cesando en conse.
cut1ncia la de " Tonel hermanos" que se usaba.
México, Marzo 3 de J865.-Por mí y mi hermano Agustin, Juan Tonel. 173--3&amp;-2
p,· 1

J

l
1

ANUNCIOS OFICIA.~ES.'

JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.

El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. .Manuél Pavon, ha magdado se proceda á la venta.de
la casa·núm. 1 del callejon de la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada por los peritos
México, Marzo 9 de 1865.
. Manuel Gargollo y Parra y D. Juan CardQna en la cantidad de 5,621 pesos 25 ce.; aeHay doa plazas de escribient:.e vac&amp;utes en el Ministerio de Negocio■ Eelranjeroa. Pan D
alándose para las ahm,nedas los dias JO, 20 y 31 del corriente, á las doce, siendo la últiñ
obteuflrlas, se requiere:
•
J ma con calidad de remate. Y para conocimiento del público pongo el pre&amp;enüi, advirtienBuena forma de letra.
do que las personu que quieran hacer postura, _pueden ocunrir á la secretaría del miamo
' 1
Ortognifia correcta.
J uzgado, adonde recibirán las i• strucciones convenientes.
~éxiéo, Marz.o 2 de 1865.-;-Pedro Canel.
·
166--6&amp;-4
'
Conocer el idioma frances, 6 el inglés, ó el alemau.
1
.1
Laa pen10naa que lo desearen, podrán présentar sus solicitudes en dicho Miniat.erio, y
ee les informará del modo de probar su aptitud. •
El Subi!tlcretario de Negocioe Estranjeroa,
JMPR~NTA DE J. M. ANDRADE Y F . ESCALANTE,
il•
.
B4J(l6 D.&amp; SAN AGUSTIN. NUM, 1,
PEON DE Rf:ttlL
.
• im.
l

~

I

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50394">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50396">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50397">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50398">
              <text>57</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50399">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50400">
              <text>10</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50415">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50395">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 57, Marzo 10</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50401">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50402">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50403">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50404">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50405">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50406">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50407">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50408">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50409">
                <text>1865-03-10</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50410">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50411">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50412">
                <text>2011169</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50413">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50414">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50416">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50417">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50418">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7854">
        <name>Bayona</name>
      </tag>
      <tag tagId="7851">
        <name>Intendente General</name>
      </tag>
      <tag tagId="7850">
        <name>Ley 26 de febrero</name>
      </tag>
      <tag tagId="7852">
        <name>Martín Castillo</name>
      </tag>
      <tag tagId="7855">
        <name>Patata</name>
      </tag>
      <tag tagId="7853">
        <name>Servicio telegráfico</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1914" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1064">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1914/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._58._Marzo._0002011171.ocr.pdf</src>
        <authentication>44303ebab208ca18f4429c54bf537f18</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74356">
                    <text>.,.

EL

.

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO

MEXICO: Sábado 11 de Marzo de 1865.

NUM. 08.

"Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Febrero 1~ de 1865.S. M. el Emperador ha tenido á bien acordar, co_n fecha 30 de Enero próximo pasado, lo que sigue:-"Se aprueban las condiciones que Nos consulta
Nuestra Secretaría de Fomento, determinando la manera de colonizar los
terrenos que ofrece D. Luis Olivier en su hacienda de Buena Vista."..:...Las
confüciones consultadas son las siguientes:
1~ Se admiten las proposiciones presentadas á la Secretaría de Fomento,
DOCUMENTOS.
con fecha 5 del co:rriente pies de Enero por D. Luis Olivier, esceptuándose
del pago del derecho de traslacion de dominio, la venta de los terrenos que
:MINISTERIO DE FOMENTO.
En consecuencia de las propuestas que tuve el honor de elevar á enajene á los inmigrantes, solo por la primera vez, y no en las ventas suceV. E. para la colonizacion de los terrenos pertenecientes á la hacien- sivas que hagan los nuevos propietarios.
da de Buena Vista, he celebrado con D. Emilio Longuemare un con- 2~ Los contratos que Olivier haga con los colonos son periaonales, y el
no tiene en ellos responsabilidad alguna.
trato, sujetándome á las prescripciones aprobadas por S. M. l. con Gobierpo
3~ Las autoridades cuidarán de que se cumpla con las leyes establecidas,
fecha 30 de Enero próximo pasado, é insertas en la comunicacion de y que no se impongan condiciones onerosas á los colonos.
fecha 1? de Febrero último, que me fué dirigida por el Ministerio 4~ Remitirá Olivier á esta Secretaría copia del contrato que haga con cadel digno cargo de V. E.-Obsequiando debidamente la 4~ de dich~s da uno de los colonos, sin omitir en esas copias ninguna de las condiciones
prescripciones, tengo la satisfaccion de acompañará V. E. una_cop1a impuestas, espresando el valor de las tierras y los plazos del pago.•
exacta de la escritura que otorgamos los contratantes en el Oficio pú- 5~ Si Olivier se conviene ahora con las familias que trae Longuemare,
blico de esta poblacion el día 1? del corriente, por cuyo documento se comunicará al Ministerio el número que necesite, para que se le vayan remiimpondrá V. E. de que he ofrecido venderá los colonos para su es- tiendo. Las condiciones para los colonos serán:
1~ Que vengan armados para poderse defender.
tablecimiento, diez y seis mil acres de tierra, 6 poco menos, al precio 2~
Dar precisamente en cada caso cuent,a de su número y condiciones, pade un peso por acre. Segun esa estension y con vista de las &lt;lemas ra permitirles la entrada y destinarles el lugar de su establecimiento.
condiciones del contrato, V. E. dispondrá la remision de todas las 3~ Por el solo hecho de traer el carácter de colonos, renuncian su naciofamilias que juzgue conveniente; protestando por mi parte, que serán nalidad, se hacen mexicanos y quedan sujetos á todas y cada una de las lebien recibidas, y que cumpliré exactamente con el compromiso que yes del Imperio.
he contrai.do en virtud del documento citado.-Tehuacan, Marzo 5 4ª Bajo ningun motivo ó pretestv podrán pedir indemnizacion ó reclamar
de 1865.-Louis Olivier.-Exmo. Sr.Mi.nietro de Fomento.-México. daños 6 perjuicios de ninguna clase.
5~ El Gobierno ampara y protege con su autoridad y leyes la inmigraCOPIA
cion;
pero no espensará gasto alguno de los que necesite hacer el colono.
De la. escritura otorgada. en esta ciudad ante el Sr. juez letrado, encargado del oficio púEstas son las condiciones bajo las cuales se han aprobad 1 las que hizo vd.
blico, por D. Luis Olivier y D. Emilio Longueruare socios, sobre la. venta y colonizacion
de 16,000 acres de tierra, pertenecientes á 111 hacienda de San José Buena Vista.
en 5 de Enero___próximo pasado, y con arreglo á ellas hoy mismo marcha á
En la ciudad de Tehuacan, á 1? de Marzo de 1865, ante mí el suscrito ese punto D. Emilio Longuemare con 41 personas, entre hombres y mujejuez de primera instancia del Partido, encargado del despacho del oficio pú- res, para entrar con vd. en los convenios que ha ofrecido, y con las modifiblico del mismo, por ausencia del escribano que lo sirve, los testigos de asis- caciones acordadas. En tal virtud, el Gobierno se promete que los menciotencia 'con quienes actúo por falta de Secretario, y los instrumentales que al nados colonos, que no es mas del principio de los muchos que se disponen á
fin suscribirán, comparecieron los Sres. D. Luis Olivier, súbdito francés, inmigrar, serán bien recibidos y protegidos por vd.; en la inteligencia de que
propietario y labr~or en !)~te _Distrito) á quien certifico conocer, así como el Gobierno de S. M. se propone velar y cuid&amp;r por ellos en los mismos térque es mayor áe edad y que me ha manifestado su certificado de matrícula, minos que respecto de los demas habitantes del Imperio, ·por medio de las
correspondiente· ál año próx1mo· pasado, espedido en Puebla á quince de autoridades, y auxiliar el establecimiento de las co1oni~, mandando un ingeAbril del citado año, por el vicecónsul de Francia Mr. Adrian Nerón, y otro niero que se ocupe en medir y disponer los terrenos. Como segun queda incertificado espedido hoy por D. José de Romañas, Prefecto de este Distrito, dicado, es mas que probable continúe la inmigracion á México, este Minisen el que consta que el Sr.- Oli-vier·ha solicitado su competente carta de se- terio espera que vd. manifieste todas las familias que puede recibir, para enguridad, la cual no le ha sido aún despachada; D. Emilio Longuemare, D. viarle las que necesite.-Por ausencia ·del Exmo. Sr. Ministro de Fomento,
Thomas Coke Brickey, D. Robert James. Mauning,. D .. Thomas Reynolds, El Subsecretario, Manuel Orozco."
D. Seth lgnatius. Eooles, D. Le~JJ.qe¡ _James, D. Richard J ohn Barrett y D. .Que en virtud de esa aprobacion ha celebrado con los Sres. Longuemare
Thomas Tiniothy B_r1kley1 1!,0dos es.tos pro~qentes del Sur de los Estados- y demas que al principio se mencionan, el contrato que denuncian, bajo las
Unidos de América; y el Sr. Úlivier dijo: que con objeto de establecer una condiciones siguientes:
1~ Luis Olivier cede en venta á los que suscriben, para el establecimiento
colonia en terrenos ae su hacíenda de San José Buena Vista, ubicada en la
Municipa.lidad Ajalpa.n, perteneciente á este· Distrito; propuso !\l Ministerio de la colonia, 16,000 acres de tierra, que tomarán de los terrenos comprendidos entre la orilla del rio de Santiago Xoyahualulco y el último lindero de
de Fomento las condiciones siguientes:·
1~ El dueño-de Buena Vista· cede-en venta una ·estension de cuatro leguas San Pablo Zoquitlan, tomando la línea recta desde este punto, con direccion
de longitud y cuatro de latitud,.de terreno vírgen, 'á inmediaciones del Rio hácia el N&lt;;&gt;rte, hasta el llamado Cacahuapan, obligándose los colonos que
de Santiago Xoy,1.hualulco, en el lugar.que creyere mas conveniente el cien- firman, á introducir á la mayor brevedad posible, todas las familias que puetífico que al efecto designe el Ministerio de Fomento, debiendo poblarse ese dan. Si los 16,000 acres de tierra fuesen escesivos para la colonia, los colonos no quedan obligados al pago de todo su importe, sino solo al delos tersitio por familias~tranjeras de colon&lt;?s ~grícolas. _
'
2~ Este terreno será apreciado por peritos nombrados, uno por el Minis- renos que ocupen, así como Olivier tampoco está obligado á completarles
terio de Fomeñto y otro por ~l propi~tario cedente en venta, y el total va- esa estension, si el terreno deslindado no la contiene.
2~ El actual propietario y el que fuere gefe de la colonia, nombrarán dos
lor del terreno fo 1&gt;ag:.trán los mismo~ colonos, hasta _estinguirlo, con la décima p~rte neta del· producto de sus cos-echas, comenzando los abonos' al se- peritos, uno' por cada parte, para que procedan á medir y trazar los límites
de los terrenos que comprenda la colonia, á los dos años de la fecha de este
gundo año de la posesion del mismo terreno.
3~ El propietar.io .de Buena .Vista dará á cincuenta familias la suma de contrato, á fin de que los colonos satisfaga11 su importe en los términos que
150 pesos á cada 'Uoa,.en el té,mino de cinco meses, por quintas partes, con- se espresarán despues, á razon de un peso mexicano por acre de tierra, cualtando ese perío9-g d,_e~ge el qia ep. que 9c1.1p\fü el terreno; quedando en liber- quiera que sea su clase.
3~ Al llegar los colonos á su destino, comenzarán desde luego á formar la
tad de da~ las ~es_a~~s _en numer~rio, víveres, instrumentos de labranza y
poblacion á sus espensas, á cuyo efecto, Longuemare queda obligado á traganados, a prec10s corrientes. .
4~ Esta ~urna será reembolsada al prestamista, sin rédito alguno, por los zarla, segun las reglas del arte, señalando, lugar conveniente para la plaza
mismos colonos con otra décima n{lta de sus cosechas, comenzando el pago pública, templo, escuela, etc. Esa poblacion llevará poi: nombre "Puerto
al año d~ recibir avio. Bl científico- de que habla la condicion l", será espen- Olivier."
4~ Es obligacion de Olivier ministrar á Longuemare ó al gefe de la colosado por el Ministerio de Fomento. La enajenacion de que se trata, será esceptuada. del derecho de traslacion de dominio, cuyas condiciones han sido nia que los coloJJOS nombraren libremente, la cantidad de 7,5QO pesos en gaace~tadas por S. M. el· Emperador, segun lo manifiesta la comunicacion que nado, semillas, harina y útiles de labranza, á los precios fijados en la presente base, -Y cuyo entero sat;_sfará en partidas parciales, segun las necesidades
exhibe, y que á la letra dice:
SUMARIO.

DOOUMENTOS.-Importantes documentos relativos á eelo1!1zaclon en Tehuaean.-Oomunleaclon del Sr.
Ollvler al Mlnlstnio de Fomento.-Oontrato entre el Sr. Ollvter y el Sr. Longuemare.-Oomunlcaclon del
Ministerio de Fomento aprobando el eentrato.
YUOATAN.-Suscrlclon para la campa!ia contra los Indios.
SOLICITUD.-Del Sr. Larrea al Ministerio de Fomento, oponiéndose a la eenceslon de un privilegio sobre
-aparatos de petróleo.

�234

DIARIO DEL IMPERIO.

de la colonia, y previa la órd.en de su gefe. Harina de un ochenta, puesta en que en ~erecho hubiere lugar, con renuncia espresa que hacen de cuantas lelos molinos de Tehuacan, carga de 16 arrobas,25 pesos. Toros de uno á tres yes pudieran favorecerlos. Vendedor y compradores del esceso que haya en
años, puestos en la colonia, 12 ps. Terneras de uno á dos años, id. id. id., el precio concertado de los terrenos y efectos de que_se trata 6.mayor valor
10 ps. Yuntas aperadas, id. id., 50 ps. Chivos, id. id., 2 ps. Cabras, id. id., y estimacion que estos pudieren tener, se hacen gracia y don~cion pura perl ps. 50 cs. Carneros, id. id., 2 ps. Ovejas, id. id., l ps. 50 ~ - Caballos, 15 fecta é irrevocable, que el der.echo llama intervivos, con insinuacion y d~mas
ps. Yeguas de dos á tres años, 12 ps. Maehos y mulas apare;adas de lazo y firmezas legales, renunciando al efecto la ley 2\ tít. 1~, lib. 10 de la Noví.
reata, 70 ps. Sal zapoteca, en Buena Vista, arroba 5? cs. Café, p~esto en s!ma Recopilacion, y los cuatro años que ella señala para pode; pedir resci·
Tehuacan, quintal 25 ps. Aguardiente de caña de un cmcuenta, barril de 150 s1on del con~rato ó suplemento al valor verda~er?, cuyo término dan por pa-cuartillos, 20 ps. Panela, en Buena Vista,-carga 2? ps. Carne de mata~, sado como si lo fuera. Y á la firmeza y cumphm1ento de esta- escritura obli·
id. id., arroba 5 ps. Hachas, docena 24 ps. Coas, 1d., 24 ps. Machetes tes1- garon sus bienes habidos y por haber, y los colonos tambien los de 'todas
nítecos, id., 18 ps. Flete de mercancías hasta la colonia, arroba 1 ps. Si los las familias de que han ~echo r?fereglli1:1, y firm~ron conmigo y los testigos,
colonos encuentran fletaros mas baratos, Olivier pagará en efectivo y carga- que lo fueron D. Joaqmn Garc1a Héras, D. Julio Caballero de los Olivos y
rá su importe.
·
D. Edu~rdo ~e~ez Galla~do, de esta vecindad.-Doyfe.-.Manuel José Loai.
5ª El" valor de los efectos ministrados á la colonia y el de los terrenos, za.-Luis Olwier.-Emile Longuemare.-Thomas Ooke Brickey.-Robert
serán capitalizados luego que estuvieren medidos, segun se previene en la James Manning.-Tlwmas Reynolds.-Seth Ignatius Eccies.-Leander Jacláusula 2\ debiendo los colonos satisfacer el importe de unos y otros, por mes.-Richard John Barrett,-Thomas Thinioty Brickley.-Joaquin García
décimas partes, haciendo el primer entero á los tres años de esta fecha. So· Heras.-Jiulio OalJallero de los Olivos.-Eduardo Perez Gallarclo.-Asisten·
lo causarán el rédito de un 6 por 100 anual las cantidades de plazo vencido, cía, José l. .Marlinez.-Asistencia, José .María Gomez.
que_por cualquiera circunst.incia no fueren pagadas oportunamente.
6~ La re~onsabilidad de los colonos es mutua, y los bienes de todos ellos
Ministerio de Fomento.-México, Marzo 8 de 1866.-Con la nota
quedan obligados á favor de Olivier, hasta reintegrarlo de su crédito total, de vd., fecha 6 del presente, se ha recibido.en este Ministerio copia
pudiendo aquellos enajenar sus acciones; quedando hipotecados en virtud de de
escritura otorgada para formali~ar ~l contrato entre vd. y D.
este cqntrato, los terrenos y casas pertenecientes á los vendedores.
Enuho Longuemare, relativo á la colomzacion de la hacienda de Bue7~ Todos los colonos están en la obligacion de dedicar un dia mensual· n~ Vista.-Por esa ~i.sma nota qu·edó_ i~puesto de la buena disposimente para la pronta apertura de los caminos convenientes Y útiles á la co· c1on de vd. para rec1b1r las demas familias que se le remitan, en la
lonia.
·
8ª Si dentro de los terrenos ya mencionados se encuentran establecidos inteligencia de que protesta cumplir en todo sus compromisos.-Al
algunos indígena.&lt;J, quedarán, si quieren, en clase de colonos; mas si lo rehu. acusar á vd. el recibo del documento citado, creo conveniente añasaren, el gefe de la colonia les pagará sus sembrados para que se retiren á dirle, que á esta Secretada le ha parecido muy bien la manera pronsus pueblos.
.
ta con que ha obrado en el arreglo de este negocio, y que espera siga
9~ Todos los colonos, al presentarse en la hacienda de Buena Vista; ma· vd. c~op~rando á los al_tos fines del Gobierno de S. M. respecto de la
nifestarán los documentos que acrediten haber cumplido con las prescripcio• colomzac1on del Impeno; en el concepto de que para facilitar la innes que el Gobierno ha impuesto á los colonos. El nombre de cada colono migracion, M. se ha dignado acordar, que los instrumentos de
se asentará en un registro que se abrirá al efecto en el libro donde se lleva- agricultura, enseres, ganados y semillas que traigan consigo y perterán las cuentas de la colonia.
10. Si en cualquier tiempo y por cualquiera motivo se suscitaren cuestio. nezcan á los colonos, á su arribo en los puertos, sean libres de los
nes entre la colonia y el dueño de Buena Vista, se terminarán aquellas por derechos de import_acion.-Esta nueva franquicia, y las instrucoioárbitros arbitradores, amigables componedores, y ambos contratantes nos nes que se han dado á los Capitanes de los puertos de Veracruz y
CQmprometemos á pasar por el fallo que den, 6 por el de un .tercero en dis• Tampico, en cuanto á la recepcion y proteccion á los colonos que
cordia q~e nombren aquellos, ~i llega ese caso.
..
.
lleguen, segun puede vd. ver en el núm. 62 del "Diario del Imperio,"
11. S1 los colonos ~o cumplieren con algun~ ~e las con,dic1ones estipula- -es natural produzcan los efectos deseados; pudiéndose en consecuendas, se dará por termmado este c?ntrato, y Oliv1er ten_dra der~ho para re· cia lograr que la hacienda de Buena Vista y las otras cuyos propiecobrar sus terrenos, y las herramientas, ganados, semillas y siembras que tarios comprendan co
d
rdad
¡ t
lt'
hubiere, se realizarán para reembolsarlo de las cantidades mfaistradas á la
' mo Y '' sus ve
eros ~ eresE:8, se cu 1ven Y
colonia, entregando á los colonos el esoeso, si lo hubiere.
pue~len en toda su esten~10n, hoy por desgrama des1erta.:--Por au12. El presente contrato · comenzará á surtir sus efectos luego que sea senma del Exmo. Sr. _Mim_st.ro de Fomento, el Subsecret1mo, Manuel
otorgada y suscrita la escritura pública, de la que se sacarán dos testimo• Orozco.~r. D. Loma Ohvier.-Tehuacan.
nios, uno para cada una de las partes, y ademas una copia simple para el
Son copias.
Ministerio de Fomento. Las costas de estos documentos las satisfarán por
El Subséeretario de Fomento,
mitad las partes contratantes.
(Firmado) MANUEL ÜROZCO.
'
Y no faltando mas que hacer constar este contrato por un instrumento pú.
blico, por el presente en la via y forma que sea mas arreglado á derecho, = ~ -~=¡,...;==== .....==---=====-==...,..= ---==~~=-=
otorga: que por sí y en nombre de todos y cada uno de sus herederos y suceso·
YUCATAN.
res, y precisamente con sujecion á las insertas condiciones, vende realmente
y con efecto á los Sres. Longuemare y demas espresados, para el estableci• CoNTINUACION DE LAS SUSCJHCI ONES PARA LA CAMPARA CONTRA LOS INDIOS
SUBLEVADOS,
miento de la colonia, los 16,000 acres de tierra que se espresan en la condi.
Pesoa. 118.
cion primera, los que le serán pagados en los términos y al precio que de·
8.A:lffA ELENA.
termina la condicion segunda. Se obliga á ministrar á Longuemare, ó al que
Desiderio A. Lizarraga .• __ •••.• __ ••••• ~.. 6 O
resulte gefe de la colorria, y en los términos que espresa la condicion cuarta,
Juan C. Baak ·- ·············-···-···· ~· 6 O
los siete mil quinientos pesos de que ella habla, y sin variar en tiempo al•
Eugenio Mian .• ..•.. _. .. ••. • • • . • . • • • • • . • 6 O
guno y bajo niugun pretesto, los precios marcados ahora á los efectos, los
Paulino Mian . •.••. .••••••••..•..• _• • • • . 6 O
que entregará con la debida puntualidad. Declara que el precio de los ter·
Ramon Cib __ •••••• _•.•• __ •••. • • __ ••. . • • 1 4
renos que vende y el de los efectos que debe ministrar á la colonia, no ea.u.
Anselmo
Tec .•.·.. • • . . . • • . • . • . . . • • • • • • • • 1 4
san réditos, ni usura de ningun género, haciendo esta declaracion bajo el ju•
Juan Cua.•.•. .• •••• _. • • • • • • • . . . • • • • • • • 1 1
ramento que la ley exige; y solo causarán el rédito de un seis por ciento
José Kú . •••• • .. ___ • . • • • • • . • • • • • . • • • • • . 1 1
anual las cantidades de plazo véncido, que en un evento no le fueren satisfe•
chas oportunamente, segun lo prevenido en la condicion quinta, Declara
José Eleuterio Cob ....••• - ••• • .••.•••••• 1 1
igualmente que los terrenos vendidos no los tiene gravados, vendidos ni ena•
Néstor Ch uhin .• . _••••••••• _............ O 6
jenados ei:i manera alguna á distinta persona, y en consecuencia se desapo·
José Guadalupe Camal. •••••••• ·- __ •••.•• O 6
dera, quita y aparta á sí y á sus herederos del dominio qu'e en ellos ha teJuan Tzá ...•...•.. . ••••.•• _• • • • . • • . • • • O 6
nido, y con todas sus acciones reales, personales, directas y ejecutivas, y con
Simon
Kanil. • _•• _•••••• ._ .••.• _• • • • • • • • • O 6
todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, los cede, r(;lnuncia y
Apolonio
Tec. ~ •.••••••.•••.••••..••• _• • O 6
trasfiere en favor de los nuevos dueílos, para que usen y deliberen de ellos
Romano Negi:on •....•.• _••••.••••••• ,. _. • 3 O
como de cosa suya propia, adquirida con justo y legitimo título, obligándo·
J ulian España .••.•. _•• _... . • • . • • • . . • • • • 6 O
se á que esta venta les será cierta y los terrtinos seguros, y facultándolos pa.ra que con solo el testimonio que de esta escritura debe dárseles, tomen la
José M. Ek, un real cada mes. . . . • • • • • • • • • O 6
posesion que les compete; debiendo entenderse que la trasla-eion de domilúo
Eduardo Ek ... ~ .•.•• _..•• _.. ......... . . O 6
se ejecutará tan luego como el esponente esté íntegramente pagado de lo que
Juan J. Chuhun, por una vez.... .. ....... O 2
la colonia le adeudare, segun el tenor de la condicion undécima; obligándose,
Dámaso Cob, id.... • •. • ••..• ~ ..... _. • • • • O 2
por último, á la eviccion y saneamiento de este contrato en los términos y
Pedro May, id ••••.•. · ···-······-···· ••• O 1½
bajo las penas establecidas en las leyes treinta y dos, treinta y cinco y trein•
Francisco Ayil. : .. _• • • • • • • • • • • • • •. • . • • • • O 1¼
ta y seis, del título quinto, Partida quinta, advirtiendo, que si bien como ha
.José
Baltasar Chuc. . • . . . • • • • • • • . • . • . • • • • O 2
espresado, los terrenos que cede en venta á los colonos no tienen gravámen
Estanislao Bá. . . . . • • • •. • • • . . . • • • • ••. • • • • • O 1
especial, sí reportan, en cuanto á que forman parte de la finca, y en la pro•
porcion que corresponde, el capital de seis_mil pesos que la hacienda en geJuan ChL _.• •. ...•••.•• _••••....•• _• -:. • O 1
neral reconoce por hipoteca á Salazar y Vanegas, vecino de Puebla, y por
Evaristo Chuc ........... _•• _...... • • • . • 6 1
otra veintiun mil •pesos á D. Anton,io Couttolene, vecino de San Andrés.
Francisco Pool. . . • . • • •• . • • • • • • • • • • • . . . . . O 1
Presentes asimismo los Sres. ·Longuemare y demas al priueipio relaciona•
J osé_María Pool. . • • • • . . . . • . • • • . . . . • • . . . • O 1
dos, é impuestos de esta escritura, dijeron: que por sí y en nombre de todas
Saturnino Huchim. . • . . • . • • • . • . . •. • • • • • . • O 1
las demas familias que deben venir á formar la colonia, y de las cuales se
Luis
Bá, tres almudes de maiz cada mes.
habla en la cláusula primera, aceptan la venta que se les hace, óbligándose
Enrique Kit, id. id.
por su parte, á observar fiel y religiosamente todas y cada una de las con·
Emeterio May, id. id.
diciones insertas, y á cumplir exactamente las obligaciones que ellas les im·
'J&gt;Onen, bajo las penas que en las mismas se espresan, y las demas fogales á
Justo Mían, dos id. id.

!~

s.

Apolonio Vicab .• ~ .• 1• • • • • • • • • • • • • • • .' •• ~ . O
Juan Tuz Chi. .••.. .. •......••. • .. : __ • • • O
Domingo Xicum . • . .• ••.••.• ~ ....... ! . . . . O
Zeferino Yam ..•••• •. •.••.•..• . ... • .•••• ' O
José Chan Garrido ...•.•••, .•. .' . • • . . . . . • O
Juan Tuz Ba. - • . • . . . . . • • . . • • • • • • • • • • • • . O
Marcelino Cahuich..• .•..••..... ·• . . • . . . . . O.
Felipe Puch. _. ... . .... : . . . . . • . . . • . • . • . • O
José Maria Tun ...........•.•.•.••• - . ! . . O
Enrique Cob •.•.•..••• ·-·· · ····· • : ..• ! . O
Enrique Ca.huich•. - . . . • . • . . . . . • . . • • . . . • • O
Hilario Conoh . .• .. .•• • ......•. - . - . • . • . • O
Manuel Cahuich. . . • • • • • • . . . . . • • • • • . • • • • • O
Bonifacio Tuz•...•..•• : ••_- ...•••• - . • . . . . O
Pablo K ú.. • . • . . . . . • • • • • . • • • • • . • • • . • . . • O
Andrés Noh.. ................. . ........ O
Juan de la Cruz Puc•..• - • • • • • • . . • • • • • • • • O
Severiano Noh.••••••.••••• _• . • • . . • • • • . • O
ºMateo Chi. . •••••..•••.••••••.•. _. . . . . . • O
Felipe Puc •• _.. • . . . . . . . . . • • . . . • • • • • . . • • O
Marcelino Chan . _• . •. •• ••.. __ . • • • • • • • . • . O
José Chan Ek ..••••.••.••. _. _•..•.... : • O
Estéban Chi.. • • • • • .. . . . . . • • • . . . • • • • • . . . O
Francisco Cen . _••• • • - • • • . . • • • . . • . . • . • . • O
Gregorio Noh•.••..•.••. ~............ . . . O
Celestino Puc....• _• . • . . • . . • . • • • • • • • • • . . · O
Guillermo Cob. . . . . • • • . . • • • • • • • . . . . • . • • • O
Rudesindo Pool ..•••••.....• _••••• _. . . . . O
Márcos Santos. . . . . . . . . . . . . . . .. . . • . • . • . . O
Juan Colli. _....... ......... _•....•••. _ O
Juan Pio Chan •••• .. • : . . • • . • • . . • • . • • . . • • . O

Felipe Balam, id. id.
Bernardino Balam, tres por una vez.
Julian Pech, id. id.
José May, id. id. ·
Eulogio Contrel'lls, una carga por una vez.
Lorenzo Chi, id. id.
CHA.PAJI.

Hornobono Mendez •.•. • • • - • • • • • • · - • • · · · •
Lucia.no ~fanrique •• - ................ - ...•
borenzo Santos ..• • .. • • • • • .. • .. · · • · · · • • · • •
Márcqs Fajardo .•. - •.. • • • • • • • • • · · · • - • • • •
José ~arguez ..••... - • • • • • - • • • · · · · · • - · · •
Lorenzo Castro. - . • - • • • · .. · - • · · i · • • • • • • • : •
Rafael Castro ..... - - - - • • • - - · ••· - • • • • · • · ·
Escolástico Vazquez ... •. • • • • · · · • · · · · • • • •
Mánuel Jesus Pereira .•.•.•... ~., ••••••...
Juan Pio Zapata ... .• •....••••••.... . ...
Andrés Pereira...•... • • • · · · · · · · · · · • • · • • •
Luciano Sal~zar .• • • • • · · • • • - • • · · • · · · · · .. ·
José Manrique .. .• • • • · • · · · · · · · • · · · · · · · · •
Felipe Ojeda..•• - •. • · · · · · .. • • • • • · · • • · · ·
Juan Zapata .•.... • • • · · · · • · · · · • · · • • · · • • •
Remigio Salazar .. - - . • • • • • · • - • · · • • · · • • • ·
Manuel Alcocer ...• •. • • • • • • • • • • • •·• ~ - • • •
Eleuterio Manrique •• • • • • • • - • • • · · • · - • · · · ·
J acinto Martín - .•• - - . - • • • • • • • · · - · • · · · · · ·
Juan de la Cruz Góngora....•..•.•••••....
José Góngora .•.•••. • • • • • • • • • · · · - · • · • · ·
L ázaro Alvarado ••••••• • ~ ....••. - .... _•.
Paulino Ojeda ..••.•••••••••••••••.•••••
Martuel V azquez ..•...•••• _•.... _...... .
Elias Alvarado ...... : ..•••..••...•••..••
Eusebio Acosta. ~ - •.•. - ..••..••.•.....•.
José Palomo •• - .••... - • • • • • • • · · · · · • • · • • •
Hilario Castro .•••••••••••••••..•.••.•.•
Juan Alvarado. -· ..••..•..• . ...••••••••.
José Castillo........................... .
Gabriel Cortés ...•••••..•••••••. • ..•....
'Luis Pech _.......• __ ••.•. _.. •..• - ....•
Agustín Vaz~uez •.• _••. _.•••.••••..•...•
Márcos Mannque ...•••.• _•.•.••••• , • - •••
P ilar Matos .......... _.......••••. •.•••••
Fernando Alvarado .•• ~············-·····
Prudencio Castro •.••.• • ..... . ......... - .
Lorenzo Vazquez ...................... .. .
Ambrosio Sabido .••••• _•••••• - .. ........ .
Dámaso Alvarado .•••••••• - •••.••••••••••
Pbro. Adolfo Lara ... ·•• _•. - ..• • .••••. -.•••••••
W enceslao Gil ..••••••••.• _•..••..•••.••
José Delfig Manrique ....•...••••.••. • • ••
Anastasio Briceño ...•••••.•.••••.•.••••.
José J ulian Ortiz .•. ••.. _.• • •..••••••..••
Santiago Góngora •••••• : •••••.•••••...•.
Leonardo Vazquez .•••• : ••• - •••.•• . ....••
Francisc,o Vazq uez ••••••.• _••...•• - ••..•.
José Dolores Briceño .•• _• • •••••• " .•.•.•
• Pablo Chu hin .•. _....................... .
Juan Pedró Ortiz..•.••.•.••••.• • .•••••••
José Ortiz Salazar _•••.••• ••• •••••••...••
Valentin Góngora . •• ,. .••.••.•.•. • .•.••..
Márcos Gomez. _••••• - •••.•• - •...•••••.•
Basilio Santos .• . . • . .•••.•••••••••.••. - •
Higinio Ortiz..• ..•••. • ••••.•••.•••••.••
Lorenzo Manrique ..•..•••••.•••••.•••••.
José Vazquez•.••...•••••••.•••••.•.•.••
Benito Santos .•.••.••••••.•••••.•••••••
José Palomo•.••••• •• _- ••.••••••.• • •.•••
Juan Palomo ••••••••••••••• ··- .•.••.• • • •
Felipe Nieves .••••••·.............. • • • • • • •
Ricardo Manrique ............ . ... • •. • • • •
Tomás Pacheco •••• _ •••••••.•• • • • • • • • • • •
José Maria Manrique.............. • • • ... • •
José Pacheco •••••••••••••.•• - ••••••••.•
Bernardino Matos ••.•.••.••••.•••.•• - •••
Estéban Sabido ••••••.•••• •• _~ ••••••• ~ •.
Norberto Cauich. _••••• • • _••••••••••••••
José Maria Santos ••••••..••••••• _•••••••
Estéban Chi Z utú .....••.•..• , .•...•. • ••
Juan !man •.• __ ••.•••.••.••• _••••••.••.
Atanasio Vicab ..••• _.•••••••• ~ ..••.•.••
Gregorio Nahuat ••.•••••• ••• ••.••••• - •••
Francisco Bec •• • ••••• _•••••••••.•••••• •
Pascual !man •. • ••••••••••••• : ••••••••••

30 O
12 O
6 •O

6 O
3 O

3 O
3
3
3
3
3

O
O
O
O
O

3 O
1 4
1 4
1 4
1 4
1 4

1 4
1 4
1 4
1 4

1 4
1 4
1 4
1 4
1 4
1 4
1 4
1 4

1 !
4
4
4
4

1 4
1
1
1
1

4
4
4
,4

1 O
o 6ó q
O
O
O
O

6
6
6
6

O 6

O
O
O
O

6
6
6
6

O 6
O 6

o 6

O 6
O 6
O 6

O 6
O 6
O 6

O 6
O 6
O 6
O 6
O 6

O 6
O 6

O 6
O 6

O
O
O
O
O
O
José Chi...•.•••••••.•.••••••••.•••••.. O

6
6
6
6
6
6
6

6
6

6
6

6
6
6

6
6
6
6
6
6
6
6

6
6

6
6
6
6
6
6
6

6

MAMA.

1 4

1
1
1
1

6
6 '
6
6
6
6

1

f

Francisca J. Sosa. . • . . • . . . • . • • . • • • • • • • .
M. Margarita Medina é hijo ...........•...
Cura José Antonio Monforte.. . • • . . . • . • . . . • . • . •
Fabian Sosa....•.•.••.••. __ • . . • • . . • . . . .
Pablo D. Presuel.. •..•• ... • _.•. • ....... _
José Tíburcio Ferrer•... •.•.•.' ... . . . • . . . •
Eligio Asencio. • • . • • • . . . . • • . . . . • • • . • . • • .
J. M. Asencio•••... ·•••••••••••••.•• _• • • •
José Can uto Castro. _•..• . . _ . • • . • • • • .. . . •
Eduardo Albornoz......... _.............
Teodosio Cámaro.. • • • • . • • . . • . . . . • • . • . . • .
Miguel Xiu ... _••...... _..... _... ~ . • • . .
Prudencio Xiu•..••••.. •. ..•.. _. . • • • . • • •
Francisco Gonzalez Cámara . ...•..... . •. _.
Ana.stasio Gonzalez ........ _..... • . . . . • • . •
Agustín SoberaniB. • . . . .. • • . . • • • . . . • . . • • .
José M. Gonzalez Pacheco . ••. • ..•. . _. . . . .
Mariano Presuel . _........• _.•.•..... _. . . .
José Gertrudis Aguilar. . . . . • • . • . . . • . . . • • .
Agustín Gonzalez .•• .. ...•. • ... _. . . . • . . . •
Manuel Briceño. . . . . . . . . . . . . . • . . . • . • • • . .
Feliciano Gonzalez .....••.••.....•. _.. . •
Jos~Gapriel Xir.. _...•••••.••....• : • • • .
Andrés Gonzalez. _••••.•.. _ . • . . • • • . • • • . .
José Pio Vela.......... _••.. _•••... _. • . .
Toribio Medina. . . • • • . • • • . . . . . • . . . . . • . . .
· Agustfn Oastro... . • • • . . . • . • • • • . . • • • . . • • •
.Manuel Larena.. . . . . . . . . . . • . • . • • • . . .• . . •
José Fructuoso Gonzalez. ... .. ...........
Angel Vela. • • • . . • • . . . • . .. .. .. • . . . . • • . •
Manue1 Ciriaco Koh .•...•...• • •.•••.•• . _
Mateo Poot. • . . . . . . • . . • . • . • . . • . . . . • • • . •
. Salvador Chan..•••.. _. • • . . . • • • • . . • • . • . •
José María Ché.. . . .. ............ . ......
Juan Poot Ceh.•..••.•...•..••..•.•. _. . .
Bonifacio oib. . . . .. . . . • • . . . . • . • • . . . . • . • .
Plácido Jan_•.•••.•• •. •..••... _. . . . . • . •
Luis Keuel. ••.•.• . _. . . . . . • • . . . . • • . • • . . .
José Pott . • •••.•• _• J • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
José Ek ..•• _: ..••.•• _• • • • . • . • • • . . • . . . .
Crescencio Keuel.. • . • . • . . • • • . . . . . . • . • . . .
José Inés Chu-0 . . .... .".~.... • .-. . • .•• _...
Juan Candelario Poot ••••••••.• ••. : : • • . .
José Santos Tuhuch ... ~· ..•. _.... _... - • .
1
Antonio Cob. _.• • .••• . . . . . . . . . . _ . . • • • • •
b dmingo Ch~-. _• • . .••• _• . • • . . ••. • • • . • . •
Franci~co Cituk.. ••..•.•.•••. - - • . • . • • • . • •
Juan Chan Tukuch ••••••.••••.•.•.•..•••
Francisco oib .•.•. ~ ..• - - • • • . . . • . •.• • • • • •
Domir!go Ceh. : . . • • • • • • • • • • • • •• • • • • • •
Luciano Puc••' .: ••'. • • • • • • • • • • • • • • • • • .. • • •

20
16
8
8
8
1
1
1
1
1
l

o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o

O 4
O 4
O 4

O. 4
O
O
O
O
O
O
O

4

4
4

4
4
4
4
o 4
O 4
O 2
O 2

O 2
O 2
O 2

o

2

O 2
O 2
2
2

O
O
O
O
O
O

2
2

2

'

2
O 2
O 2
O 2
O 2
O 2
O 1
O 1

o 1

O 1

O 1
O 1, .
O 1
O. 1

�236

DIARIO DEL IMPERIO.

NarcisQ P.aredes, dosJ1,lmudes de maíz cada mes.
Pedro Q&amp;:rcia id. id.
. . .·
Magdaleno Gonzalez id. id.
Desiderio Gonzalez id. id.
Pedro Keuel i.d. id.
Tomas A.e id. id.
Raimundo Ac id. id.
José Nati;idad Santos, un almud cada mes.
José Jacob ·Gonzalez id. id.
Pedro Ché id. id.
(Continuará.)

ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
• s,e supli&lt;:3 á los. suscritores de los Departamen½&gt;s que no han pagado toda via el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
CITACION,
Por auto de hoy ha mandado el Sr. Juez 3? de lo civil, se cite por los J&gt;eriódicos á D.
Miguel Tentori paro. que. se preeenli9 e11 su Juzgado, dentro de ocho die.e, a reconocer una
firma; apercibido que de no concurrir en el término fijado se dará por reconocida.
Y para que surta 101 efec"tos espresadoe esta citacion, pongo el preseñlie en México á
9 de Marzo de l865.-José f'icente Piña, Escribano público.
181-3s-1
'

~ POLITICA DEL DEPARTAllENTO DEL VA.LLE DE MEXICO.
ALEJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de los tribunales del Imperio y Secretario general de.
la Prefectura política del Departamento del Valle de México,
Ce;tifico: que auñque ·~n la lista ·que se publicó"en"lo.s périódieoe, de las personas aprehendidas en una casa de Juego, se encuentra comprendido el nombre de D. Casimiro Fernandez, éste no es el escribano. público que tiene igual nombre; y para que así lo haga valer cuando le convenga, á su pedimento le doy el presente, de órden del Sr. Prefecto poMINISTERIO DE FODNTO.
lítico, en el dia de la fecha. ·
·
Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-En el "Diario del Imperio," corres- México, Marzo 1(1. de 1865.•
pondiente al dia 24 de Enero próximo pasado, se encuentra la solicitud que
El Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor. J82-3a-1

SOLICITUD.

hacen los Sres. lldefonso López, H. C.. Covert, E. J . M. Cune y H. N. Poole,
con el objeto de obtener privilegio esclusivo para la introduccion, (abricacion
y uso de los aparatos para refinar, destilar, clarificar, lavar y purificar petróleo, segun los procedimientos·químicos y mecánicos que espresan los plieaos cerrados á. qué ba-0en referencia.-Con fecha 1~ de Agosto del año próxi~o pasado de 1864, se ha concedido á mi representad.o, D. Ricardo Egea
Galindo, profesor de farmacia y residente en Veracruz, privilegio esclusivo
por el término de-ocho años, como introductor de los procedimientos estranjeros por medio .de los .cuales .se obtienen los aceites de alumbrado, que contienen 'las sustancias bitl!min.o~as, ya sean de orígen mineral ó de resíduos ó
desechos de fábricas de gas ó de estearina, segun el diseño y descripcion que
presentó al Ministerio de Fomento de su digno cargo. Y como es de presumir
que estos procedimientos éstranjeros, á 1a vez químicos y mecánicos, sean en
sus principios científicos ó en su esencia y teoría los mismos para los que se
solicita ahora un nuevo privilegio; y estando ademas comprendido el petróleo,
por ser sustancia mineral bituminosa de que se obtienen los aceites de alumbrado llamados Ke:rosene, coat oil 6 kydrocarburos en el privilegio de mi representado, tengo fundamento para oponerme á. la nueva concesion de un
privilegio que ya tiene-él-concedido.-En consecuencia, V. E. tendrá á bien
dar por presentada mi oposicion, y amparar. los .derechos de mi poderdante,
conforme á la le.y de la materia.-México, Marzo 4 de 1865.- V. Larrea.
Es copia. M.éxjco, Ma1:zo.1 d~ 1865.
El Subsecretario de ..Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.

ANUNCIOS OFICIALES.
México, Marzo 9 de 1865.
Hay dos plazas de escribiente vacantes en el Ministerio de Negocio, Estranjeros Para
obtenerle.a, se requier_!l:
.. .
·
Buena forma de letra.
Ortografía correcta.
Conocer el idioma frances, ó el inglés, ó el aleman.
Las perRonas que lo desearen, podrán presentar sus eolicitu.dee en dicho Ministerio, y
,e les informará del modo de pi::obar su aptitud.
. El Su.bsecretario de Negocios Eatranjeros,
PEON DE REUIL.

TRillUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, 7 de Marzo de 1865.
Este Tribunal, en auto de hoy, y á peticion del Síndico administrador, ha mandado ,e
cite á junta general de acreedores del concurso á bienes de D. Arcadio López, la que deberá verificarse en fa aMilmcia del jueves 16 del corriente, á las dos de la tarde.
Lo que 88 pone en conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandado.
José M. Carikña, Oficia1,2?,encargado de la secretaria. le3-3s-l
lUZGADO 3? DE LO CIVIL
En el juicio verbal que sigue el Lic. D. AndréP del Rio, por D. Facundo Gomez, contra
D. Manuel Femandez, sobre·pesos, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José M. Cordero,
ha manaado se haga saber la radicacion al.demandado;..lo que verifico por el presente
anuncio. Méxicq, Marzo 3 de 1865.;-~anuel Romero, Escribano público de la Nacion.
178-3s-2

_CONVOCA~B.IA roDICIAL.
En los auwe de intestado de D. Santos Rivas, ha mandado el Sr. Juez 1\' de letras civil, que conoce de ellos, que se convoque por los periódicos á las personlÍs que se consi•
deren con derecho á la herencia, ·para que en el término de treinta dill8 se presenten á
deducirlo; con el apercibimiento de que les _pai:a,rá ~l }!er,iuicio que haya lugar al que no
lo verifique.
'
En consecuencia, pongo la presente.
Mé1ico, Marzo-tres dll mil oobocientos sesenta y cinco.-Migue.! F. Guerra.
·
179-38-2
lUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3?·deio civil de esta ciudad, Lic. D. José,M. Cordero, en auto de cuatro
del corriente, ha mandado se po11vo9.ue por l&lt;&gt;s periódicos á los que se crean con derecho
á los bienes del intestado de D~ Josefa .Bonilla, para que eñ el término de¡treinta diu se
presenten á deducir los·que les competan; apercibidos de.lo ctue haya lugar si no lo veM~
.
.
México, Marzo_~ ~e 18?5.-Manuel T. dt Meneses, Escribano público.
180-¡3s-2 ·
roZGADO 2° DE LO .crvII..
En el espediente promovido-por D. Anguste Donssine, por D. Juan J . Torrea, contra el
Lic. D. Mariano Zav.a!&amp;, sobi:e. peJJQS, ha, manaad~ º l f;lr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á pedimento del actor, se cite á dicho ~r. Zavala para que en el término de
diez dias se preséñté á sacar los de la materia, á -efecto de que alegue de su derecho; bajo •
el apercibimiento de que en caso contrario se. le dará por citado para sentencia. En tal
virtud, hago la pres!lll~ ci_tacion; advirtiendo que el desp~cho del que suijcribe está en los
bajos del núm. 7 de la caUe de la Monecfa. · •
·
México, F'ebrero en de 1865z-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 176--Ss-3

.
C!'I:AC!ON ~ICIAL.
El Sr. Juez 4? de.lo ciyil de e~ta corte, Lic: D. Evaristo Reyes, á solicitud de varios
acreedores de D. Santiago Barthes, ha mand'.e.ao iie cite á los demas y se consideren con
PRElECTURA POLITICA DEL DEPARTAIIERTO DEL VALLE DE KEXICO.
el mismo derecho para que conenrran ájunta que se veMcará el d;a 13 del corriente á
las doce, en su juzgado, sito. en el Pl!,ijlQiQ ¡le Justicia~&lt;;_all~ de la Moneda, con el objeto de
Número 1,914
_ México, M~rzo 7 de 1865.
que se.formalice el concurso necesario. Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente.
· ·•
··
··
,
En el ex-convento de Sant.a Clara hahia e.stablecido D~ María Pensado México, Marzo 7 de 1865.-Casimiro Fer.nandez,.Escribano público.
174-5s-4

una casa de juego. prohibido, la .qlle.so_rprendida por la policía, en ella
fueron aprehenqidos D. Juan García, D. Seyeriano Hernandez, D. Juan Rabia, el subteniente D. Ignacio Pineda, el teniente D. Manuel C'árdenas, D.
Casimiro F ernandez, D. José Serrano, D. Francisco Martinez, D. Francisco Villanueva, D. Alberto Suarei, D. Leañdro Elizondo, D. Remigio Castañeda, D. Fe1ipe Romero, D. Camilo Velazquez, D. José María Machu~,
D. Longinos Cervantes, D. Cornelio Becerra, D. Cristóbal Diaz, D. Hercu·
lano Zubieta y la espresada D~ María P-ensado, á quienes sin perjuicio de
habérseles impuesto.las penas.que demarca la.ley de 25 de Febrero de 1864,
confoi&lt;me á fa fraccjon 2"' .del ai:t, j~ de la mis.roa ley, se hace indispsnsable
que sus nombres. queqen f!Ublicados p9r tres _dias consecutivos en el periódico oficial.
El secret!!_rio g~neral. de 11! f y~fectura,
. . {:firmado) Awt~nno VILLASERoR.

con

A1bA.DEL FEBiócARRIL DE MEXICO A PUEBLA..
Celebrada una sesio~ d.el C~~s~fe Ádministrativo, el die. de ayer, para arreglar las operaciones previas á la disolücion· dé la·sociedad, se- acordó que á pesl!r de estar reasumidas la mayor parte de lus acciones en la.persone.. del .sr. D. Antonio Escandon, se convo
que una junta geperal p~ra las 5 de la tarde del dia 15 de este mes en el despacho del
Ferrocarril, plazuela de Guardiola, para"tralarse de la disolucion indic,ada. No bastando,
segun los Estatút-O's, una· sola-seeion para- tal objeto, se acordó igualmente la•convocatoria
para la segunda Junta, que se ve¡ificar¡ !'I! ¡¡!_mismo de~pacbo el 23 de1 mee actual.
México, Mar~~ 7_d~ 1~5.-~itr y Terán.-P. Almazan, secret&amp;io.
175-Ss-4
O

· · roZGAD0•4~-DE.LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo·civil; Lic. D, Evaristo-Reyes,.en auto de ayer, hamand!!.do se con_voque por los periódicos á los que B.ll c~~aµ c9n de!~cho_á los bienes del intestado de D.
Marcelino Sanchez, para que en el ié'rnuno de t~emta dias.se _presenten á aeducir los que
les competan; apercibidós de lo que haya lugar 81 r..o lo veMcan.
México, Febrero 7 de-1865.-ManueJ T. dt Meneses, Escribano público. 97-30s-24
llJZG'!DO 4?. :MENOR ·DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 4.

A.Nu:NOJ:OS.

· •

1~ de Sánto -JJomingo núm, 8.

ORDEN.-lgnorándose el doniie11lo de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
emplaza para que mrel término-de treinta dias se presente en este de mi cargo por si ó
por apoderado instruido.y espensad.!I, Í\ ~opt8$tar JI\ demanda que en juicio verbal aobre
AVISO IMPORTANTE
pesos 1~ promueve el Li~·..D· José Maria Aragon en representacio~ de la testamentaría de
D. Felicrnno Rey; aperc101do dé que·et n&lt;r concurre se le nombrara un defensor de oficio
con quien Jl6 entenderá la-demanda, • • .
• .
. 135-15a-8
Se van á reimprimir 1:os números de este periódico desde el 2 hasta el 16 Mélico, Febrei:o.1.6 de 18~.-!,ic; P~rdet. _.

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIÁRIO DEL IIPERIO."

inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos númei;os
á los suscritores que los.han pedido.
.
Los Gefes de o.ftcina.&amp; y oti:as dep.ep.dencias del G'obierno, qµ(l deban suscribirse al DIARl:,o,.se S_!!rvirán dooi.!' _lo Illas ~:er.onto p~ible el, número de

IMPRÉÑ'rA "DE T. M: ANDRKDE' Y F . ESCALANTE,
• • • • • • i1lj0s"o.11: llAN Aoulltm, NUM, l.
• -..1 :,

"'1,

1

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50419">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50421">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50422">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50423">
              <text>58</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50424">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50425">
              <text>11</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50440">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50420">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 58, Marzo 11</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50426">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50427">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50428">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50429">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50430">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50431">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50432">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50433">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50434">
                <text>1865-03-11</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50435">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50436">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50437">
                <text>2011171</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50438">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50439">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50441">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50442">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50443">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7856">
        <name>Aparatos de petróleo</name>
      </tag>
      <tag tagId="7666">
        <name>Colonización</name>
      </tag>
      <tag tagId="593">
        <name>Indios</name>
      </tag>
      <tag tagId="7774">
        <name>Luis Olivier</name>
      </tag>
      <tag tagId="1277">
        <name>Tehuacán</name>
      </tag>
      <tag tagId="6612">
        <name>Yucatán</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1915" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1065">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1915/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._59._Marzo._0002011173.ocr.pdf</src>
        <authentication>5a18dfc40a9af06f60ca3831949f7175</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74357">
                    <text>({

'l (

DEL

d .RI'O.
,

NUI. 59. _
r l' H~''J ,:i;,-!f r .,, •J'
e
*......
¡
,q ¡¡. ,· •: JIJ 11&gt; .. ;. •• • .,• :&gt; viéndoles de línéa divisoria la que marcaba al Sur el Departam~nt; llam~
P,ARTE p FIOIA.L.-1,ey sqbre dlv¡slon t,ei::rlto~1.ae1 Ilpperlo ~i¡loa¡\0.-r}aD_t,de 1emp}ead&lt;il de la..~9, do' del Palenq_iüe en ló q'ue ñté Estado de Chiapas· tlná I línea recta hasta el
élna de l&gt;len'ea naclonalÚa&lt;lps. '
1 •
(
1
j l '- ¡
1,
' que
', deJe
• para Tabasco las poblaciones
' •
f 8.e Moyos
•·
·
, ' J' J 'u" n
.«·➔ 1 fo &gt;'.J 1• .,,)
.r. m Sur
&lt;de- 0 ®lota~,·
y Saba¡;;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;i;;~~e;;;;;;;;~t251
' •~0e!!r~
· !!i-.~
,1;;¡;¡¡¡f'.&gt;~:,5;5
rr3,i!,!/;
''i!i·.,~.,;i;i¡
...!!i!Í!~~l51• nilla, 'y loil'Jímites"'Australes del Departamento de Pichucq.l® ' el cual así
·!
r
' PAR!·T
· 'E, •'ol F'1'';;rf..
'"'''~\.'('-/lí. ébmóel 'délPale'nque, -pérteneceráit·á Tabasco.' :A.lOeste ~lDepartam'ento ,
h M'
r .
. 1,
\.Í,'1taJ.l•l' L 1 i- o;,,· l ~. dMI'enuanteped, del 9u~l queda separado por litcori;ientemas occidentalque
1
,
,
,
; •
•' : ''
, ' ...
'' r
·
desagua ·en la.laguna•de Cupilquillo, una línea récta desde' el orígen de esta
MAXIMILIANO E:MPERADb'R' DE:
t1c&gt;i:l HA-, corriente hasta él tor~o ~3,9,iri~ediato de1 rio Seco, J:.este mismo rio en to,J
•
, J'
...,
· •.1 ' ,.11
, ' , ' r .,t/ .
'J
: do su curs? hasta el límite del lJepa~tamento de Chiapas. Su capital San
~ITAN'llES DEµ• ~PEl,UO, S~;ED. , ' ·"
J:• ,f:K,• ,,, ti yr•
,J
Juan Bautis~a.
,
,,
, ·Qu~ oido'Nqestiro•Óohs~jo de M;inist'foJ, · contai&lt;lt!'tfu~n.ra(N~éstrd Con-, ·. V. JJepar~o ,'de Oh~a!F.' Qonfina al Nor~ ?ón el Departamento de
se)o 'de Estado, HE'M'0s .v~nido en decreta~ y' D11:b,itk'llillfos l~)r~igúi~nte:
' Ta~a;s~ en los hndes que á este, se le sefialaron-ñácia el Sur. Al Este con la
i Nrt. 1~ El territori&lt;Yd~l,Imperio Jo•formart'tod6Jlós ~stado~ 1ó Departa.· ~publicad~ Guatemala en la linea _que ~a_rca el terrimo ocupado por las
mentos, l erritbri~ é _Islas sitna~as _étí lbs&gt;m1ttés, AthÍn'.tiéO, P.acíficp y Rójó tribus d~ Lacandon~, Yel'que r~ulte_de~trv:a~en_te_para.el Soconusco. ,Al
6 de d&gt;rtés que de hecho y de derecho 'han pertehtciaó y'pérteueéen á. lo ·que Sur con el mar .P~íñco, quedando baJo su JUrisdiccion todas las Islas que le
se'Úámó R~pública Méxicána.
" 1• 't •
,J : ,
•
p_ertene&lt;;en_ y han pertenec~dq. Al ?este.el Departamento de T~huantepec,
Al Norte, son, límites con los Espados-Unidos, lo~ r~conocidos por el ~ra- siendo hr~:nt_es entre ambos la prolongac10n mas occidental del Río ~eco bastado de Guadalupe Hidalgo, de 2 de F ~brero d~ 1848,'modificaqos en párte ta su nac~miento, Y uns línea recta que parta de este punto y termme en la
p9r elitratado de la Mesilla, fechado ~n 30 dé _Diciampre de 1853. , 1 •
parte º?etdenta~ de la l~la ,de Leon, que forma la barra de Tonalá. Su capi·
• J\} ~ste, el ~olto de México,. el m~r d.: lru¡ ~ht~las, y el establecimiento ta! la muda~ de San Cristobal.
'
,
de Wahze, poseido por los 'ingleses, conforme á los 1erechos )lue_les éónce;- . VI. JJepurtamento de Tehuantepee. Confin~ al Norte con el Golfo de Medió el tratado•de Versa1les. 1
r
•1
x1co. Al Este con los Departamentos de Chiapas y de Tabasco, en 1os linAl SÚr, los límites con¡la &amp;pública di Gua~ell!hla, serán de'finitivamente des señalados á estos'hácia el Oeste. Al S~ con el ma: Pací~co. Al O.este
los que se señalen en un ttatadó especial.
•
'.
e&lt;_&gt;n, los. Dep_artamen~s •de Veracr~, de OaJaca y de ~Jutla, s1end~ }a línea
Al Oeste el mar Pacífico quedando dentro de su demarcacion el mar de divisoria la que comienza en la barrilla en el senp Mexicano, la comente que
· Cortés.
'
•· /
' . \
,
, ~ 1·
encuentre al río Huillapan, el curso de e&amp;te mismo río hasta su origen de
Art. 2? El Territorio del Imperio se divide t!J1 ínÓuenta Depa'.rtamentos, donde se tirará una línea recta al paso de Sa,n Juan, seguirá por toda esta ~or•
en esta forma: •
.. ,
1 , .,
• r .1. ,,
'· ! ,
,
riente hasta su origen y de aquí hasta i!l rill de Tehuantepec, se trazará un
I. JJepartamento de "Yucatan. Confina·'ai Norte y al Este con la Sondada meridiano hasta donde toque al espresado rio, el cual seguirá siendo el IímÍ•
Campeche, el canal de Yucatan y el mar de las Antillas. r Al Sur, con e~ Ter· te hasta su desembocadura e~ el mar Pacífico. Su capital el Suchil.
rit0Tio de Belice, W alix 6 Walize, y con la República de .Guatemala, de la
VII. JJepartamentQ de Oa;aca. Confina al Norte con los Departamentos
cual queda separado por el,rio Sarstum. Al Oeste con el Departamento de de Veracruz Y d~ Puebla, sirviendo de límites con el primero, los reconociCampeche, siendo entre ambos la línea divisoria, la que parte de la Boca del dos entre los antiguos_ Esta_dos ó Departamentos de Veracruz y de Oajaca,
Estero ó Ciénega•que sale á la costá del Sur de Cele~tun, y se prolonga há- Y &lt;J?n el segundo, el r10 Qu10tepec ó Papaloapan hasta tocar los límites del
cía el Oriente hífsta la distancia de die~ mil metros' d~l punto de partida; de antiguo Departamento de Veracruz. Al Este con el Departamento de Teaquí oontinuará al Sur hasta encontrar el. 'paralelo del punto intermedio del huantepec, en los confines 9-ue á este se le s~fialaron hácia el Oeste. Al Sur
camino ~alach6 á -Salkini, á cuyo p:nto se di~igirá en seguida y désde el con el Departamento de EJutla, sirvién~~le de lími~ e} río de Tehuantepec,
éual contmuará. en lmea recta hasta•encontl.'ar el p~ralelo del muelle de Cam- de~de el punto en que ~o corta _el meridiano que lmnta á. Tehuantepec, y
peche á. la distancia de un grado -del mismt&gt;; y desde ésa intersección hasta desde este punto -la comente arriba del mismo río de Tehuantepec, siguien·
encontrar la linea limítrofe con la R~pública de Guatemala. ·•
',
do ~l curso conocido con las denominaciones de Tavels, de Totolapa y de
Quedan bajo su jurisdiooion las islas de Cozumel, Mujeres, Cancúo, Con- Tabiche, hasta cortar el paralelo. IG0 45' latitud Norte; este mism9 paralelo
tpy, Bermeja, Alacranes-, etc., etc., con_ t¡odas las demas is1as, Bajos y Arre- hast~ donde toque el cauce-del r10 Atoyac, y despues este mismo rio hasta
cifes que siempre· han pertenecido á ~éxico, y que se ·encuentran en sus reun¿rs~. con el de I~ta_yutla. ~l. Oeste con_ el Departamento de Teposcoluaguas. Su capit¡i.l Je. ciudatl de Mérida.
t,
la, sirviendoles de lumte la comente del no Ixtayutla desde su union con
IT. JJepartament0, de Campeche. Confina al Norte ·oo.n el Golfo de M.é.¡d- el ~toyac hasta el ~ur. d~l pueblo de Sahuatlan, de este punto, una linea recco. Al Noroeste y al Este.con el J)epartl}mento de Yucatan, en lbs m.i$mos ta a la fuente D:13S ~mediata de los ra1;11ales que forman el rio Tomaltá, el
ll!l).ites señ~lados á este ·Departamento hácia el ·Oeste. Al-S.u r con la Repú· curso ~e este hasta incorporarse en el rio de Quiotepec. Su capitalla ciudad
blica de C,uayemal~ en loqrnntos correspondiente¡;¡_ á la,p~ovino,ia del Pieten. de Oa.1aea,
r
.
Al O~t~ 00!1 el Departamento,de la Laguna, siendo la líne~ µivisoria entne
:7'JlII. JJepar!am:ento de FJ;utla. Co!lfina al Norte con el Departamento de
ar;nbos, la que eomenzm¡á eAla pup.~·-del Javinal, seguirá en linea recta has- OaJaca en los límites que á este se le señalaron hácia el Sur. Al Este con el
ta encontrar al Poniente, y á la distancia de 30 minutos¡ ~l paralelo de la. J?epartamento de Tehuantepec, del cual está separado por la. corriente del
confluencia &lt;l~l r!o Nohbecan con el r,io Marpantel, á cuya confluencia .segui• np de_Tehantepec desde el punto en que la corta el límite con Oajaca, hasta
rá despues; y desde la ~ual continuilfá ·al Sur hasta encontrar la línea limÍ· su dese~bocadura en ~l ;mar. Al_ Sur con el mar Pacífico. Al Oeste con el
trofe con Guatemala. Le corresponden las islas de Piedra~ y Heselchacan Departamento de ~eposcolula, siendo la linea divisoria la cor,riente del rio
con los bancos y Arrecifes de los Triángulos, Nuevo, ·del Obispq,y·la!l Ar- Verde, desde la u~on d~l Atoyac y del lxtayutla, hasta su desembocadura
ca&amp;, con todo 19 demJlS que en aq1,1tlllos mares pertenece al Imperio, Su capi· 4}n el mar. Su capital E1utla.
.
tal el puerto de Campeche.
·
lX,. , JJepartamento de Teposcolula. Confina al Norte con los Departamen·
ID, JJfpartamento de la Lagu17f.1,, C&lt;m(ina al No1·te co~ el Go}fo de !4éxi- tos de.I~urbide y de Puebla, de los cuales queda separado por el rio Mexcaco. Al Este con el_ Depar~mento de Campeche, en ,la·.lmea senalada a este la, Poblano ó de las Balsas, desde el lugar en que se le une el rio de Coyco·
Dep.artar;nento hácia el Oriente. Al Sur. con la Republma de Guate~al~, en yan h~ta donde se le junta el rio Mixteco; este rio hasta su union con el de
los hndes del terreno ocupado por las ,tnbus de Lacandones. M Oest~ con Acatlan, y en seguida esta misma corriente hasta mas arriba del pueblo de
el Departamento dll ';rabasco, sirviéndoles de separacipn la corriente del rio Tiang~stengo en el punt6 donde tocaba el límite del antiguo Departamento
v.e San Ped~o Y. San Pablo, desde su de_sembqcadura el}. llJ, b~rra del mismo de OaJ~, y este mismo límite hasta tocar con el nacimiento del rio Hondo¡
nqmbre, 'J sig~1end,o_por el cent!'º del nQ hasta la con~uenma de los brazos la c.ornente de este hasta. su union con el rio de Juquila, y los dos juntos
que forma1 1~ isla_ º;.islas _del Chinal, proseguirá por 91. brazo mas ori~rtal, 4 hasta. ~ncorporars~ en el rio de Quiotepec. Al Este con los Departamentos
fi\de que a Jfla ó_ ~slas qu~d~n al Depart¡i.¡;n~nto ~e •Tabasco, Ji contmum.·á de O3:1aca y de EJutla en los l~ndes que á ambos se le señalaron há.cia el
PO el cent~o ~e1rio U~um~mta, ó de su ,afluente· was pl"ofundo1 hasta en- Oeste. Al Sur con el mar Pacifico. Al Oeste coh el Departamento de Guer.
contrar el hm_ite del Imper19 con la Rep*blica de Guate;mlj.la. Le pertene- rero, marcando la línea divtsoria la corriente del riode Santa Catalina des!e\~ogas las i~las que se encuentra~ ,der;i.Jro ~el. lago de '('é~mj110:, Y. -~as qu~ ,d¡i s~ des.embocadura•en el Pacífico hasta el nacimiento del ramal mas in•
ce~no siempre han pertenec1~p a Mexico. Su~capital l¡1¡. Villa del mediato a la montaña de Coycóyan; una· línea recta de este punto ála cumÍv'et
.
•·
·,
,
,
1 bre de la moritaña, de aquí ·otra línea á la fuente inmediata del rio de CoyAl E. epartamento de To,basco. Confina al, Norte con el ~olfo de México. coyan, y todo él curso de este, hasta su incorporacion en el l'io Mexcala. Su
~te con el J?eparj;amento de la Laguna, en l9s lindes :que á. es~a fraooion capital .Teposéolula1
•
se seiialaron há.cia el Oei;te, Al Sur con el Departamento de, Chiapas, sir- X. JJepartamento dt Veracruz. Confina al Norte con el Golfo de México,
r

1;

. -.

r ·r

;:.·' r ~' ,·, . :, , , ',,

n

I

f'

ÍrJ11&lt;1 'J" .,..,"

. SUA'(ll~IO,

rt

j'fr,q (

•

lT()~:•'

M~x:rcb ·,1~:e/os

1, •.

\

dá

I

•

•

�-

238

t''

' '[ f .,

0
q ,L,'
[ ; r
·
¡,
• 1"
1f &gt;
/
1
.
'f r,D
·"' '11 Q u!;_,_J d¡,,n { , ,,¡., i l&gt;) ~íi_l,c,obi:ioJ''.l~ oi f
o:&gt;ill 'JL1 ·-:iuú~11.~~ ;fértpyll.t~· ~ '.s uii1corp.or,a.cion en el n;i.ar en¡lii.~·ijnta Sur ,con,los, epartam,eA~~
~ ue~l:l~r y' e Guana:1u~~93, :i1i'1 v.1;e!11;1~.1~~ e u
1
d
lfl .;~~Tl ~ ) ,...Jp{W ,C Ú'in'a ·:, ' '
'.
, ?
lindero }a corrieµt~ .1deLr10 ag1:es, Od.é'~~ntA Marítl; y1bon ~1 ~e~~t~'m h'."l
d
(fe,Jo.{lséo Confuia Noite-{ori. )~~' J?~partamen¡ tt&gt; d~ Aguáioa?eD;w:,, ~1ar,caÚdo l/l sepai·adi9n 'loS' ~Iitiga1á'~W~( -Fen n~w::.
to
l. m,ii'.~ e~tesf.d.e ~¡¡,~a~~~ y del Nayarist, .~~ los ()Ual?s ' io ,.di v~;1e .dos en~re el D1str~~
rmos/ de'l'.E~tado de ZMa~e~ s,_n mfl
¡Í)
; jjtp,r,f"t
, d~ 1 ff" G. J d s t" º"'º 6 To1olotliw desde ¡SU salida, del lauo de
y de :Aguas~lientes. Al Oeste el 1:)~uíti,vR1Yié11.td \fo ii~mlV, g~ ,..
la cornen e e no rnn e, an i.'f&gt;
,,. 1 1
.A ~ . . ,,p .
d
·1 ·· • t' h' • &lt;
el
Ó'tiente
•
s
t.
!t'•'!d
:11:t:,i ,; 1.:Li·XIall
d Qh l:¡. l\ t,a ..sn,il SE;I bp,oadura en el ~W' ,P~cifico. l .l!,ste ,el J)e¡&gt;ar- l4&gt;s ímites sei\a1a os ll, es e ¡icia
, . ,. .:lJJr ~]. a1 ~oan ~ 1s. '
,1
1
e_, " ~ .\l'~~
f) 8of!r ~7.
\
,lf· •»I Jguo de Chapa.la. tU Snr con el Deoo:rtáinen- -XXXIV. 'JJeparfamenlo'de Matehuala. , Confilta al ~oí.te 'cóti' lós
talen~➔
a,$~1el'.\~es
y " ;·1;1 1 se,.lP marco
' , ~
L r 11· ¡
.
•
wC h' ·1 ' d N 1 • . f l : n•a(;I u ,, ~ .v1~
·-~~)
•n. ' 1: ·
nfi .Jr á' 1a•'f;np.J1.iu,e
hacia el l\Tnrte
v ""11 el tnmentos .del lf?esmllo, e oa u~~ Y e ue-v.o- eón, sien 6 IaJin
to
D ~ f rtAment,o
, ''? ,·,co e_.~ºl'.fP:qElaut'~del1'c~;;f,divid;la octrriente ';5l.r'fo·'a./c~~ula,,;soria,
con·-el,pl~eI'o,1á
ierra d{ 1Corih~
¡· ,se Hijo'-~! ~1lH1H
~l u1
_1·r..Our.
¡p.r"x
L
1 . '" d ' 1·
i l 'pbí~n~
.,i., ~cohto
I . g "'rffi'
~~--l, . f/)1 1,J
4 asta.su~·
Msdé1~ ~cir~íent"&gt;
()OJPWªci.ºfl OOJ.L,~l 4!r J..r~WG.I\, Y;,ie/'f segu
' _ídp¡i.a res,Péct~vq; ~6n el,sle.g?n p,-el ·P1~~ ?.s
·~ ~ au¡~¡l,t ~ Wt\,i 1tnlf7~riorE,?;'?füo!l-!i_, 1r,r,
~~·~u
rlei:;eR¡,o=udura en la ensen¡i
i uacbichil y..con e tércero a •~~sma 1err
ua~icrn .
steffiou-¡¡.
la cornente del rrusm~¡t~
'
. J¡ 1 i'J• ,v"f: ¡
,r. •'
'' • '
) TJ JI&lt;)•~ ·
&lt;'fel jf(l'' se á (1 ci\YI...
HHJ¡'&gt;\~i ·t1" iJll&amp;h) (r¡
de Banderas en el mar Paci co: • este eón marJ&gt;ac1fico. Queaan den- ~~rtarrw.ntp de.., _am¡¡.pJpasli1 ,c½ª ,1ts ,aT1;/óy1 K2r.r'!...~:ct:,ft'\~ r1t m1n:iiw1
tro de s.ioinmrii«ioDIÍll {$.lb:Jta·fi~ablanca y las Marí~ e~ el Océano, y las cid?~ f}lr~~!~~aúti&amp;:'1ºs, . ~~~~fª~,Í¡~ª11ª ;::i] ~~~rM~~
de Mescala y las otras pequeñas que caen dentro de SU~1J1u\i~S'flbeMago de In San Lms otos1. Al Sur con
ií:¡J•rf je.-,rf 1l~'Ji ¡.,
Cha.pala. Su capital Guadalajara.
,w"!I.:" ,,:•[ :ofou).!·,½ ef· O'!J,.;uill l r 9t;pe. 'f] ,,q~ste pon,lp~ -~~p~~tte~~s, e ~-¡-;~t~P,}l,r ~1,,; .1 t?f\({ ~s,.ft.12.8
1
XXVII. Departamento &lt;k ~íl.'t~.,tGíl1,1fuia,11,l(~~ .orte--con el Departamen- 1It~as -sen¡¡._1if&lt;J~~ a. est~s lí~?1~ e _te:., .u ~.1( _a ~ ~\e. }}~ ~·,.s ,;, ,a fo n J·&gt; 1
. 0 en
1 s límitPS á. este 0.,~-lados hácia el Sur Al Este con los
íle¡Tamau{ivas
conl·J:1;fi~
D,ar~a- 1•
1
to de J allSC'
p~ .
'f :!
y . ~V
-&gt;r~
.
(X,XX'V.
.,_ ., 1 'JJepart,amento
~
~rb 1
· .IU,~
l ~ ' 10 f f),.. dCo., J'iñna,a'1
'l .Norte
) .ril:flL.
tJr...!f;, :1HI M.n.
·••me...11n/i11 ;rs\tscd y' &gt;;ii.1:Cfüi a: conforme á las líneas trazadas en emo de,.Ma.tamoros7 ue epa esti:I, 1serpar1a º ip_or, e r~q.l \ an. e~, qy,-5'• ~a..o0 b
:\, i , t
U.',&gt;f
'
~ e'&lt; ,,,,,1~ ,1.. .
' 't d '
. .t .a d
''t"' l"J ., qe\l:a\1 ,...c.
Depm""' mo
los lugareS'r~spictNB's'. 1U Silt édn el mismo ~epartameqto ~~,.Coljipt l ,pn qe,1;',&amp;t,&lt;rrª,,marma, en º· a su \l0r51~r¡.1e&lt;', e~ e 9.ue •~ ,os 1
f1 e ,mi J
1
el mar Pacífico. Al Oeste con .1el ,mar. P~c_ífiqq.1 L~c•;&gt;r[espf nde e1 puerto tb.meµto past~ .su ~ese~~??8;~ª ~ft el .mt • Al Es1
O .9tlr~~~•r ,fa'~ol
de Navidad. Su capital Autfan.
•
\ll
. •
f
,
cio:, Al Sur_con fo~ D~w~rt~Il)~ntq~. ae,Tuw~~-Y.,.d,~ 9pn~taro,. &lt;J¡th'&lt;l,tRV,t1J~.h .
XXVIII. · Departamento,i/e,iifl&amp;,an#-· C9~ral_-tforte con el Departamen- Elsla1 ~~par9ftg~or1 el.,:wo T'amipn·,p Pá~_uc~;
í9,1t lo~ ;;i:?SJW~~ll},~µ-1!,
to de D11I~lN; •siryi~¡:¡dQle:¡ de·J.íijli~ la coniente del rio Guazamot.'l, hasta tos ~t },lue:y~+epn y ~e 'Matehua1a,,,s,1;~~e~~91es ~~
¡,~rt}iqi~o,c~~?,
su reunion con el del Mezq_uital, el lecho de este hasta s~ ~eunion C?n e! de dntre los antiguos Departa1;1éntos de r¡;a~napb,P~ Y. ~~;f ~t i ?tt Jrtop1¡Yfgr1, ¡
San Blas y la corriente de,este'últin11:1 Hasta1los•antiguosU1-mites lieoonoo1dos IEfl.~eEarta~
. e~t.o d~l Potps~, en l.?.s ,ntf~~?,s :líw!t~ R~?J.~s,~~Pi\\3~~9 Ji ~
entre los estinguid0S"rDle~~men:tos,ije(IJ:alis&lt;ió Jf de Durango, y con el De- qorr1~nte ,d,el n&lt;? 1 V'~l1~s1,~~d~ ,su ,lt~~n~1en:o' , ~s/ a:&gt;sµ fCOrIJ,ºFt~f!..in J ,l,fl
parta.mento de Mazatlan, separado por todo el ,·io de las Cañas,_hasta su 11io,de S;i,nta;~r1~. ~u ~apit~l !Jmd,,fl'Y1c~ona.
, (' 1 . ,,(; { ; h ) ,,
desembocadura en el Pacífico :y la línea rec-onoi!itla aritiguainente"ehtre los I XXXVI. Departamento de _iVatamoro,s.,Ponfinaal~ 1}~onlos
·E~tadgs- .
1
Departamentos de J alisct&gt; / ia.e flin'al.Óa: -&lt;A:1&lt;:éste1&amp;on el Depa~ta~ento de 'UJ~i~~!l,.de lo~ ,cua\ef_e~t~ s~.r,a~ado rºl.:-e1
~rtt~·¡, 1$~t~itn~
¿•
Zacatecas, siendo la línea divisoria ~€1-&amp;-ltl•eorriente del rio HueJuqmlla 6 de de ~e~ico, A) ~u_r co¡1rf l J?fipart~rue~to Tamaultp~, e.,n
~~J}~-1
Jerez, desde su nacimiento has!'@, su incorpór3?ion en el rio/trande..r, un ll}e- l~do.~, a ~s~e&gt;haci~ Norte~ ID. Oeste c_~n,~. 'J?j pa~taip.entq~e ~~1,1e10-1teor, 1
_ ridiano que úna el nacitnie1:i.to:tle1 esf)1·esadb'JlH)i~&lt;M1.' la,eC1DDJ.é~te.&amp;íÍdb..Gua._1 s1r.viend9les ~e hrrn~e la ra~a .m,as &amp;nen~a1 a~l flA Ae ,paµi~i:~o..
1
z~o,t¡i,: .a~ ,Sq;r: GPA ~I;;Deparwm~n~q d~ J fl~&lt;;&gt;, del cual ,esta_~~l?ª~.!1P2,~r J uav.i, es~ ~1s_
mo n? ,~~s~¡i su ).Ucorp~r~c\&lt;l~, e~ ,el Bra¡vp, X líl¡ ~r¡.i!~:\l~ .P,Vi~ª.
el rio Grande. Al Oeste con el mar Pu1fico. Que~n,dintro p.e. ~ -Jpr¿saic- de damarcac10n reconocida entr~ los esfangmaos1&gt;ep_artamentq~ de Tamim-,
cion la Isla Isabela y todas las demas ,gue segl,lll'aereclio, ~ deban correspoµ: ~pas·y de Nuevo-Leon. 'Su capital ':M'atambros.
' .
r~~:~ ,
der en el Océano. Su capital A93'poIÍ~ta. · ,,
';¡
., .
XXXViII, JJ,martamen,to de Nueuq-f,eon . .Confina al Norte con los1 -~ - '
XXIX. Departamento de Guanaj"Ultto. Coñl.ina· al 1;N~ con··el r&gt;epit~ta- d?s·:iu'nidos, ,sirvi~n~o de ,limit~ el rip ·~ravo; /;~onel ll~pah~~ny'&lt;&gt;
mento del Potosí, sirviéndoles de límite 'el ·cttr,só 1delllio tle l_B~te~, .° ~e
del cu~I.esta ~epar:i,ao ~or el r10 _Salado1 o de, Guer1er~, 1li,~t~ ~y rp.u-,
Santa María hasta el Norte de la Hacienda de_los Bled9s,ty' ub:a·h~e~ ·récta fao~ en el ~smo r10 Bra~o. )'.A,l ~stt &lt;lOn;l?s D ~par~ameqtp~de t)fatam9ri9s ,
que parta de este punto al que antigultmert~é se-reconoma corno l!m1te•éntre y de Tamatil1pai,,}m los lmde~_se~álados a. estos h~cia eli ?pste. Al S~r, ~l
ambos Departamentos. Al .Este·'con1el ''Departamento d~ Queretaro, en 1~ Pe,pa:rtam1hto d~ 11ateh:ua\a, sirviendo de,se.p~ra~!?n }~ ~1erra ?,~1 q~!l-Clg·
línea marcada á éste hácia el'&lt;~este. ,Al' ~út:' ct¡tl los Departam~ntos de ~1- 9hil. ~~ O~~e, .~n fl Denrt~m~nto)de Coalimla, siryiendqles ,d~ 1!!11L~es 1qs
choacan y de Tancítaro, de los oual~s-~a ,s~¡i.ar_afrp po~ la. corriente, d?l r10 rE)c01,1oc1dos anti~amente e~tre afl}bos D epartamentos. Su capít~"} }'(,onLerma. Al Oeste el Departamento 1de A!l.1.msciherltes,s1gmendofo_sant1guos erey.
.
,, . , r · · ¡{.
límites reconocidos entre los esting11~qo~pel?artmrient~s de GuanaJu_ato Y de
X.X:XWll. '1Jepart(Jllne1ito de Oou:h1iila. •CQ'nfina 1al Nor:te con 'él DéparltaJ alis_co, hasta el punto en 9-ue coft;¡.~ auorn;nte ,del r1? de Ayochico, Y en 1Iie.nto,de iMa,pimi,n.si;i-v,iénfl~les de,límite ·un paralelo qJ1euúna·eliDElJ)afuta-J
segmd~ el cauce ~e este mismo ri:ó/ Hast~·su 1n-qor.11orac1on en el de Lerma. mento,d-elRuejüqu.illa,,con rla vei,tiente mas austrál dil} 11¡ó ·delfa ,Giéhega; 'eL .
Su capital GuanaJuato.
· . ' ,' ·
,,
~ismo río Jlamado sen segu,ida·&lt;bfSan Buen'aventu11a ,y Tá,pádo,, ,hasta,reunir~ i
XXX. Departamento de Aguascaliecntes. ,Confina al Norte corílos Depar se,Jl()ll .~ rio,Sa.lado, y/esteJ¼iastalel }ínute ,c0.n el Dép&gt;,&lt;trtameb.~ 1:de.Nlievo r
tamentos del Potosí y de Zacatecas., ,sir&lt;V&lt;i.éndolesJe límite!\ los antiguamente Leon. , Al Este,con el Depa,rtamento ,de' Ji'uev~~n;, réco.nooiendo ipot 1li,._
reconocidos entre los estinguid~.s l&gt;epartaID¡entos pe Aguascalientes y de Za- tnites lé&gt;.siantjguos eJ1tFe1ambos DepantMnentos. AL Sur •eón ·-ló.s Ileparta-,
ca.tecas, y entre los de Jalisco, de_San ,Luis , Potosí y de Zacatecas. Al Este tnentos de Matehuala y de Fresnillo en las líneas señaladas á estoshácia el
con el Departamento de Guanaju::1,t9r ~n lo~límit~i¡ fijados á éste, hácia ?es- Norte. A:J.,peste cbn_el De.p~rt~n'to,de Dui:11,ngo,,ael ,01:11.11 -está separaao
te. Al Sur con los Departamento~,.dii ,1hucil¡a.ro, ~ Coalcoman r _de J.alISeo, por Ua coríiiente :del no de Nieveis, y eon. el ,Departaménto de Nazas; del cual.
de los c.1,1ales lo separa la .cori;iente del r,io de Lerina, hasta su desembocadu- estárdividido por la oorl!iénte del rioJde Naza.s, fa ,Iitguba Tlahue1ilá~6 del
raen ·e1 lagdIM Olia1&gt;.a}l}, la ;trbera·de esté'y .e lrio Urit1:r~e 6 Tdl:füotlan,·désde Caiman, y los iantiguos litt.tite.s que' cofl·esptjnfüer.on áJiDepa~t;1mentb 'de.D,u.
su salida del lago hasta/ donB.e se le reune el rio de-J núliipila. A:l OMte con rango, y ·odn el Dapartamentó &lt;le H uejuquiila,, sirVii:ettdoide.línea ,de demar- &gt;
el Depar.tamento;de.~c(\1¡eoall,'SÍ~iendo de linea divisoria la corrienté del ~acion la .qµe exiátió;éntre ilos Departamentos 1de Coahuil~ y-de Ch:ihuahtla,,rio de J uchipila, desde el Norte de1 pueblo de Tab~co hasta su rel.llllón eón Su capital Saltillo.
.
,
.
; 1 v•, .
-~ l ;~
el rio Grande 6 Tololotlan. Su capital Aguascalientes.
:x.xxIX, J)epattamento 'dé MQ;pimí. ConfiU:a ,a,l Nbl'te y ,aJ. .Este ,eoalos
XXXI. Degar/~ento dr; Zacateca,s. rCol}-Íllla al Norte con el Departamen- Estados.-&lt;Unidbs, &lt;de-los cuales -está 'separado pd11 la corriente, &lt;leL-rio Bravo,,,
to de Duranto; 'ruviéhdoles l:le lím'ite"el rio de &lt;1::ltalthihuites 6 de Guazamo- .l\.J. Sur con el Departamento de Coahuila en los límites marcados á?éste.h6,.:.i
ta, y con el Departamento del Fresnillo, del cual está separado por el mis- ~ia el Norte. AH)estercon eJ. Departamento de H1!ejuquill.a; ..sirviendo lde
mo no, hasta su naeimíento en la Rstea; una línea.."l"-eetn que -úna e&amp;fe--0on las límites ,los Teconocidos entre l@s-Departamentos de Coithuila y de_Ofühua,.
ramales occidentales geµiQ a W:~ vee, J los 1it@',M :reconocidos entre los hua, y la corriente del rio que de Sur á Notte viene iá ,reunirse &lt;ion .el rio ,
Par.tido.s_de_J~ y _de~~..eLdel..F..refilrilfo. Al Este con el De- :f3ravo. Al Suroeste del presidio de San Vicente. Su capital Rozas.
partamento del Potosí sirviendo de demarcacion las líneas antiguas que seXL. Departamento de Ma'ztdlfln. 'Oonñna al"Noi.te- con el Departamento
paraban á Zacatecas ·dM:,P-etosí, y al Pattido de .Pinos del de,Zacatecas. Al de .Sinaloa1del cual está divillido por los rh&gt;s &lt;le Culiacan y de Alicál:na, désSur,,!•Sdd:e.,te.oon,.el ,Uepartarrrento ae .Aguascalientea,,en los límites queise fe que toca·en los limites :del Deparfiamento · hasta su desembocadura 'e. n el
re~dnoci~ton: ~re'el1art1Jtg'¾o·'Dipartamen,to de est,~ nombre y 'e,:.•'de Zacate: ~ár. Al Es~ con los Departamentos de Nazas i de Du.taugo¡ sirviéndo1es
~ , y;1in',J,lfg1,1:i~l¡¡, .~O!r@te,ll,ef:r:io.de Judhlpµ'3 desde el Norte del.,pue-, de Jírnite la Sier1.;a Madre, en los puntos reco'nocido,s ántiguameiltié entre ·los
blo de Tabasco halta su incorporacion en el rio lira.nd.e 6 Tololotlan, y eou· :Pepartamentos de Sinaloa.1y de Dul'ango. Al Sw: qiJl' el. Dep.artamento,fle
el Departamerlto- de Jalisco, del cual está-separado por el cauoe.deJ;rio Gi·an- ~ayarit, del cual está sepá:rado -por el ·rio 1Cañas. ·Al Oeste..por el m'ai:
de. Kl Oeste con et;)~iftatnento de1 Nayarit, en los lindes sefialalios á eífico. Su:-eárpital Ma-illtl~'n!
,,
. ·•
1
este, hácia el Oriente. Su capitM Zaeitteeas.
•
. 1 XLI. 1)epartamentp de Sim.cdoa. Gonfü:ra al Norte epn el Depa11tlpitento
XXXII. JJepartárMnto del Fresnillo .. Confina al Norte con el Departa:- de A1amos, d,el oual está dividido por el rió de\ Fuerte, :y con~LDepartamento .qe·'Oe~'iiuHa1 ~iT'viéndoles de ~nrite 1lli paralelo •que ún_a ~l nacimiento · mento de íBatopilas, ,del qúe está separado por el r1o de Ohoi:s. Al Esteicón
d~1 ramal mas boreal de los q1_le ,forman la 1ag~a .1e. Panas con E:l rio de el mismo DepartameJito de Batopilas y con el de Nazas, de los cuales .está
Nieves, el cauce del rio de los Hornos que desagu~ en l¡¡, Laguna.~e ParrasJ di:vidido por el mismo rio Choi:s hasta,su nacimiento, y ·una, línea 'tlue úha
11:-5 ~ayas !'lf:) ~J;a inisma lag\l.ll!l. y la MJ-tigua línea de de,marcacion, recono- ésta con el prinéipio de aa rama mas oriental,del de Alicama. ,Al Sur con.el
c1d4l.-entr-e-los Departamentos de' Zacatecas y de Coan'uila. Al Este con el J)epartamento de Mazatlan en los Jindés señalados á este háéia, al N·orte. Al •
Departamento de Matrthuala, s¡1•viendo de lindel'oJas cadenas de montañas Oeste el mar Pacífico. Su capital Sinaloa.
.
':i
conocidas ~ n lp¡¡ ~o~bres de Sierra Hermosa, Piquita y su prolongacion,
XLII. Departamento &lt;le JJuroogo. Confina al 'Norte con ~l Departa.mentó
por el terr_en~ ~e} antiguo Distrito de Mazapil. Al S~r con el Derartamen- de Nazas, sirviéndoles de límites el rio Tamazuela, un paralelo qúe ,íña.,esta
to d~ ~Gil,teGl!,S, en la.de:iµarcacion que á este se le señaló hácia el No1$e. corriente. con. la de Canela, y todo este rio hasta unirse éon el de Nazas, 'é·ir
~l Oes~ con el Depantame~to de Dll.l'ango, separado por la corriente .d,el rá desaguar en la laguna del Caiman. .Al Este 'COI! el Depart;amento 1de iMar10 de N1eves, yla, línea reconocida. antiguamente entre los Departamentos tiehuala en los lindes .fijados a este háeia el Oeste. Al Sur con los Detiáí·ta•
de._ZOO&amp;técá.s y de Durango, hasta tocar en la corriente del rio de Chalchi- mentas ~e Zacatecas y del Na'yarit en las líneas que á estos se les seij.alaron
hmtes, ó de Guazamota. Su capital Fresnillo.
hácia. el Norte, u\l Oeste con .el Departamento de Mawtlan, sirviéndoles de ,
KXXlII. Depart,amento del Potosí. Confina al Norte con el Departamen- limites los antiguos reconocidos entre los :estinguidos Departamentos de Duto de Matehuala,, del cual está dividido por el paralelo 23 o de latitud Nor- tango y de Sinaloa.. Su ,capital Durango.
'
•
•
te. _Al ~te éo~ ~l ~epa1:tamento de Tamaulipas, .sirviéndoles .dé limite la ~XLIII. J)epar.tame11,ta de Natas. Confina al Norte,eon el Depllil'tamento,de
antigua línea dmsor.1a ~nfü.-umbos Departamentos, y·Ja corriente del rio de uejuquilla, sirviéndoles de limites la corriente del rio de &amp;n Antorli01 y,
Valles, desde su na&lt;:1m1ento hasta su incorporacion en . el rio Pá,nuco. Al esde su recodo mas occidental un paralelo que termine eli la corriente del

l

~lg\Jl~ri~m/1

al

~iio ªl't&amp;:'fu.~~r1s
"IÍ,¡af~ '

~r

tlisco

0

,

(j 1

· ··i J'

.,~

e

l ;

f

'

r

\

I

•

t

·e· ai
ª1.J
, 1~uy,Yr~1~:11
ot~~rr1t~¾:-!"'ff:i_i~
1

1

1

t

,&gt;

J

'fl f?~~

j

~.zfo·.,, .

~~¡~s.

g~

R!o
~et

#

~r .~?lPAªe::~l~P-Jf

º.1:-.~~~
?~,Ifl\·

p~m1,

1

Fa:

..

�DIARIO DEL ~ERIQ.
o

~

J_

'

ri9,J'}?.r+,e-&lt;? .~1de Con~ho~, y cv~ el Departa?1ento de Ba11opilas en la línea
de aema:rcacion1.réco~oc1da antiguamente entre los Departamentos de Durar\go y de ChiliÚabua¡, Al Este el Departam.ento de Coahuila, en los lindes
se~ª'ladps, á, e~½, 'háoia el Oeste. Al Sur el Departam.ento de Durango, en la
demarcacion hecha á este, hácia el Norte. Al Oeste con el Departamento de
Mazat1an, en lo~antiguos límites reconocidos eiitre los Depa~kimentos i;l.e Duran~o ¡ de Sinaloa, y con el Departamento qe Siualoa en los linde~ que á
esre se le señalaron .hácia el Oeste. Su capital Indée.
•
AL~v.' Departamento &lt;k Álamos. Confina al Norte con,el Departamento
de' Sonora, s~endo la línea divísor;a el rio Yaq ui. Al Este el ~epartamento
de Batopilas, i¡irviéndole 'de límite el rio Yép,achic, hasta su incorporacion en
el_Y¡ic;_~i, un~ línea que ju_nte el naci~iento de _este _co~ el '1e _Chimipas, y
este mismo rio hasta su mcorporacion en el r10 del Fuerte. Al Sur el DeparF~nto de ~jpaloa, de! cuaJ está sepa:ado por el :rip del Fuerfe! Al Oeste
el J}lar de Cortes. Su capital Alamos.
·
XLV. Departamento &lt;k Sonora. Confina al Norte con los Estados-1Jrtidos
y con el D~partamento de Arizona, sirviendo de linea diviso_!'ia el rio de la
Asuncion ó del Altar, desde su nacimiento, una línea que úna este Mn el rio
de SÁn,Pedr2] y lá corriente d~ este mismo hasta la frontera de los EstadosU~idos. Al ..t;ste con ei· Dep~rtamento de Chihuahua, sirviendo de ,límites
los antiguos reconocidos entre los estin~dos Departamentos de Sonora ''y
de Chihuahua, y con el Departamento de J:Saropilas, del cual está separado por
el rió Papigochi. 1\1 Sur el Departamento de Alan:i:os, del cual está dividido
por el rio Y~ui. Al Oeste el mar de Cortés. Queda dentro de sus límites
la isla del Tiouron. Su capital Ures.
X1VI. Departamento de Arizona. Confina al Norte con los Estados-Unidos. Al Este y al Sur con el Departamento de Sonora. Al 'Oeste con el mar
de Cortés y con el Departamento de California, del cual está dividido por la
corriente del rio Colorado. Su capital el Altar.
•
XLVIL Departamento &lt;k Huejuquilla. Confina al Norte con los EstadosUnidos; sirviendo de demarcacion ia corriente del rio Bravo. Al Este los Dep!Lrtatnentos de Mapimí y' de Coahuila, en los lindes señalados á estos hácia
el Oeste. Al Sur 'con el Departamento de Nazas, en la línea demarcada en
el lugar respectivo. Al Oeste los Departamentos de Chihuahua y de Batopilas, de los cuales está separado por la corriente del rio Concho ó Florido.
Su capital Jimenez. ~
XLVID. Departamento &lt;k Batop_ilas. Confina al Norte con el Departamento de Chihuahua, sirviéndoles de límite la corriente del rio de Rosales,
desde su nacimiento hasta su incorporación en el Conchos; una línea que úna
el dicho nacimiento con el del rio Papigochi, y todo este rio hasta su incorpt&gt;racion en el Yaqui. Al Este. el Departamento de Huejuquilla, del cual
está dividido por el rio Conchos. Al Sur con los Departamentos de Na.zas
y de Sinaloa, en los limites señalados á estos hácia el Norte. Al Oeste con
los .Departamentos de Alamos y de Sonora en los lindes que se les señalaron hácia el Oeste. Su capital Hidalgo.
•
XLIX. Departamento de 'Chihuahua.. Confina al Norte con los EstadosUnidos, sirviend.o de límites el rit Bravo, y la línea trazada conforme al
tratado de la Mesilla. Al Este el Departamento de Huejuquilla, del cual está. separado por el rio Conchos. Al Sur el Departamento de Batopilas, en
los lindes que á éste se le señalaron hácia el Norte. Al Oeste el Departamento de Sonora, siendo la linea éµvisoria la reconocida antiguamente entre
los estingtúdos Departamentos de Chihuahua y de Sonora. Su capital Chihuahua.
L . Departamento de California. Confina al Norte con los Estados-Unidos, siendo la línea divisoria la reconocida en el tratado de Guadalupe Hidalgo. Al Este con el Departamento del Arizona, del cual está separado por
el rio Colorado, y con el mar Rojo ó de Cortés. Al Su:r y al Oeste con el
Océano Pacífico. Quedan dentro de su jurisdiccion todas las islas que en
ambos mares de hecho y derecho oorresponden y han debido corresponder
á México. Su capital el puerto de la Paz.
Art. 3? Mientras se forma la Carta .oficial del Imperio, las antedichas demarcaciones se refieren á la Carta general publicada por D. Antonio Gar,cía Cubas.
Art. 4? Cuavtlo lo hayamos por conveniente, nombraremos Comisarios
Imperiales para aquellos Departamentos en cuya administracion creamos necesaria la intervencion de dichos funcionarios.

,,

DISPOSICIONF.S TRANSITORIAS.

Art. 1? Los Distritos limítrofes de cada Departamento que resulten fraccionados á consecuencia de la circunscripcion detallada en el art. 2?, conservará.u la categoría de tales; si su censo despues del. íraccionamíento asciende
-á veinte mil 6 mas habitantes, ó bien si quedan dentro del territorio fraccionado cinco ó mas municipalidades, aunque este no contenga la poblacion prefijoo.a. Cuando alguno de dichos Distritos limítrofes no deba subsistir por
rio tener ninguna de las condiciones enunciadas, el Prefe'Cto superior respectivo dispondrá., con aprobacion del Supremo Gobier_no, que las municipalidades restantes se agreguen provisionalmente al Distrito ó Distritos mas
próximos: mientras se espide la Jey de division interior de los l)epartamentos.
Art. 2º Las municipalidades limítrofes que resulten fraccionadas, conservarán su categoría en caso de que su censo, despues del fraccionamiento, ascienda á. tres mil ó mas liabitantes. De no ser así, se agregá.rán las poblaciones restantes á. las municipalidades mas próximas, en los términos establecidos para los Distritos que no hayan de subsistir.
Art. 3? Cuatro meses despues de publicada esta ley, cada Prefecto político remitirá á. los Ministerios de Gobernaoion y·de Fome11to el proyecto
que haya formado de division política de su Departamento, subdividiéndolo
en Distritos y en Municipalidades, espresando minuciosámente con susnombres respectivos, así antiguos como modernos, las ciudades, villas, pueblos,
congregaciones, misiones, haciendas, ranchos, etc., que ácadafracoion correspondan. Con el mismo documento remitirá la relacion de los límites espre·
sados pormenor, que separan el Departamento de ~us confinantes, indicando
los lindes naturales que de nuevo se asignan, y los puntos exactos que marcaban las antiguas líneas divisorias que._quedan existentes. ,

Art. 4? Ocho mei;es despues de publicada esta ley, cada Prefecto _político
remitirá. al Ministerio de F bmentq url plano de su respedtivo1&gt;epartamebtb, rh
apro:vechando en él lo~ !11.ejores datos im-pre~os ó 1!1ªn~scritos que se·~uegan'·H
reumr. Para f9rmar JU1C10 acerca ~e su val?r cientifico, el plano vendrá
acompañado de una memoria en que se. espré$en minucios.amente lá c1G1s'e y'·
1
núl'l}ero de los' trabajos acoplados.
.
, ''
,
Art. ~? A Jos diez,meses de J&gt;Üblicada esta ley, cada 'P,refecto 1de · los ac-' J
tiiales rdmitirá al Ministerio de Fomento la estadistica de su Departamep-J;J
to, lo mas r,ninubio~a y completa que sea posible. Para lo~ Prefectos dé lds \
Departamentos nuevos, ese término de diez meses no comenzará á. cdrrer,
sino cuando hayan tomado posesion de sus empleós.
'.
Dado en el Palacio de México, á 3 de Marzo de 1865;
·
•' ,l
ll
.,
f ,h
(Firmado) MAXIMILU.N:O, , 1 'Jt
·' Pdr el Emperador,
'
'!.J 1b
qu·1: •
)
El Ministro de Negocios Estranjeros,
·j

'

'

.

(Fiimado) José Fernando Ramirez,

,J •
¡,

1

\ .11

El Ministro de Guerra y Marina,
(Firmado) Juan~ .q. Peza.

''

El Miniktro de 'Justicia,
(Firmadó) Pedro Escudero y Echamrce.

El Ministro de Gobemacion,
(Firmado)-José M. Cortés1J Esparza. '·
Por au'lenoia del Sr. )!inistro de Fome¡:¡t-0, el Subseéretario,
(Firmado) Mannel Orozco y Berra.,
El Subsecretario de Hacienda,
(Firmado) José M. de Castillo y Cos.
'

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Para llenar la planta de la oficina de bienes nacionalizados, establecida en
Q.ecreto de 9 del corriente, NoMBRAl\tOS:
.ÁDMINISTRADOR, á D. Juan Suarez Navarro.
PRIMER CONTADOR, á D. Agust.in Pardo.
SEGUNDO IDEM, á D. Julio Jimenez.
ÜAJRR6, á D. José María Bros.
GEFES DE SECCION, á D. Antonio Lozano.
D. Santiago Prado.
D. José O1·tiz Monasterio.
D. F;rancisCQ Arteaga.
D. Manuel García.
OFICIALES, á
D. Juan Flores Caro.
D. Eduardo Gallo.
D. Eduardo Chávarry.
D.·Ig!nacio Martinez.
D. Francisco Medina.
ESCRIBIENTES, á
D. Juan García.
D. Rafael Romero.
D. Lamberto Castañares.
D. Estéban Ortiz.
D. Antonio Toraya.
PoR'fERO, á
D. Man11el Hoyo.
Espídanse por Nuestra Secretaría de Justicia las órdenes correspondientes.
Dado en el Palaciq, de México, á 12 de ~arzo de 1865.

(Firmado)

th

MAxIMILIANO.

Al Mini~tro de Justicia.
Por el Emperador,

lFirmado-) Pedro Escudero y·Echa~e.
\

ANUNO:l:OS.
&lt;

;JUZGADO 5? :MENOR.-1\l MONTERILLA fflJII. 7.

Por el presenté se cita á D! Jesus Castro, para que el día ve.in.te del actu,¡l, á. laa d9ce,, .
eomparezca por sí 6 por apoderado, á contestar la demanda que le pro,mueve D. Cárlos .,
Aroceua, como apoderado de D. M;anue1 Legorreta, ~obre pesos y desocupaciol! del cuart-0 núm. 2 que ocupa en la casa núm. 11 ael Portillo de San Diego; 'apercibida de sen~ n-.
cia en rebeldía si no -concurre.
'
·
México, Marzo U de 1865.~Lic. Labat
184--&amp;-1

LEGACION DE ESPAÑA EN DXICO.

¡

Los súbditos .españoles que aun no hayan presentado sil! reclamaciones, ee servirán dirigirlas en todo este mes á la oficina de esta Legacioo, calle d~l Esclavo núm, ?· .. . .
Las reclamaciones deberán ser acompañadas de sus respect1ws document-Os Justificativos, sin cuyo indispensable requisito no serán admitidas.
'
México, 13 de Marzo de 1865.
El Secretario de la Legacion, Norberto Ballesíeros. 185-3a-l
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, 7 de Marzo de 1865.
Este"Tribunal en auro de hoy, y á peticion del Síndico administrador, ha mandado ae
cite ájunta gen~ral de acreedores del concurso á bienes de D. Arcadio López, la que deberá verificarse en la audiencia del jueves 16 del corriente, á las dos de la tarde.
Lo que se pone eu conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandad,Q.
José M. Cardeña, Oficial 2?, encargado d·e la secretaria. 183---38,-.2

IMPRENTA DE J . .M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJCS D.! SAN AGUSTIN, NUM, 1,
l.)

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50444">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50446">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50447">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50448">
              <text>59</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50449">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50450">
              <text>13</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50465">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50445">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 59, Marzo 13</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50451">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50452">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50453">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50454">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50455">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50456">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50457">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50458">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50459">
                <text>1865-03-13</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50460">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50461">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50462">
                <text>2011173</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50463">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50464">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50466">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50467">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50468">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7810">
        <name>Bienes nacionalizados</name>
      </tag>
      <tag tagId="7858">
        <name>Distritos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7760">
        <name>Empleados</name>
      </tag>
      <tag tagId="7737">
        <name>Imperio mexicano</name>
      </tag>
      <tag tagId="7857">
        <name>Ley divisón territorial</name>
      </tag>
      <tag tagId="7859">
        <name>Municipalidades</name>
      </tag>
      <tag tagId="7860">
        <name>Pedro Escudero</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1862" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1012">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1862/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._6._Enero._0002011137.ocr.pdf</src>
        <authentication>47ddf0b1f7f21989dc6e85b2de8b64eb</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74304">
                    <text>1
,

r

_,

o, 1 a

1

1

:-"DIARIO
t'

I'

DEL
TOMO l. ·

ll!NISTERIO DE GOBERNACION.
. "Imperio mexicano.- Prefectura política de Michoacan.-Núm. 43.-Moralia, Diciembre 29 de 1864.-Exmo. Sr.-El Prefecto político deLDistrito de Pátzcuaro, dice á la Secretaría de esta Prefectura, con fecha 27 del
corriente, lo que sigue: "El Subprefecto de Zacapu me dice con fecha22 del
corríente, lo que sigue: "En comunicacion de f4 del presente, que he recibido
de esa oficina~ se. sirve V. S. prevenirme le informe mensualmente sobre el
o sanitario en que se encuentre este partido; lo ha.$!:o respecto de esta
pob
ion, la de Naranja y rancherías de Zipimeo, Sta. G'ertrudis y Buena-Vista,
e son las sometidas á la causa del órden, manifestándole: que la
epidemia einante es la dé vii'ue,as, que se encuentra en estado de desarrólló
no muy el o aun.-Lo que trascribo á V. S. para conocimiento del señor
Prefecto su rior."-Lo que en cumplimiento de lo dispuesto por S. M. l.,
teñg&lt;&gt; el hon r ,de comunicar á V. E. para,. su conocimiento.-Dios guarde ó
v. E. mue os años.- El Prefecto -político del Departamento, Antonio

Moral."
Es copia.

_,.;_. . . . -•-- ~-----u-.

- '!

·éxioo, Enero 3 de 1865.
El Subsecrewio de Gobernacion,
(Firmado) Fn.uc1soo J. Vn.X,ALOBOS.

l'

"Prefectura superior política del Dístritp de-Guánajuato.-Seocion de G~bernacion.-Núm. 1.-Guan_ajuato, 2 de Enero de 1865.-Exmo. Sr.-Par&amp; que V. E. se sirvA- elevarlo al cob.ocirl'l.iento dti S. M. el Emperador, ten,
go la honra de participarle que en el Departamento de- mi mando se conservó inalterable la tranquilidad.pública el mes próximo pasado, escepto en el
territorio de Sierra Gorda y el rancho del Rayo, jurisdiccion da Apa.ceo,
dondl}. a.p11,reció una gavilla de disidentes que fué perseguida y se ha internado en el Departamentt}-de Michoacan, segun los partes sobre el particular
que he trasmitido á V. E.
Dios guarde á V. E. muchos afíos.
El Prefecto superior político, .Manuel (}11,ico Alegre.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México."
~...-u-"-.--.. . Es copia. México, Enero 6 de 1865.
•
• v•--- - ~'6se~retario de Go'fíe'fn!tm1ffl1--.....

/

CT

MEXICO: Domingo 8 de Enero de 1865.

PARTES- DE LAS PREFECTURAS.

.\

lt

NUM 6.

q_,ue fueron inv_adidas, ?5presen circunst~nciada~ente sus pérdidas, para ver
s1 entre los ob;etos qmtados á. los bandidos hay algunos de la perLenencia de
aquellos, y mandar devolvérselos.
·
Dios guarde á V. E. muchos aiíos.
El Prefecto superior político, M. Gutierrez.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México."
Es copia. México, Enero 6 de 1865.
El Subsecretario &lt;re Gobernacion,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

"Prefectura política de Vera-0ruz.-Núm. 300.-Veracruz, Enero 2 de
1865.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de ac~a.r á V~ E. recibo de la oitchlai
número 71 de 28 de Diciembre próximo pasado, manifestándole que- sema-'
nariamente daré á V. E'. el parte á que se refiere; y que por ahora solo puedo participarle, aunque con satisfaccion, que las poblaciones de la Antigua
y Srut Cárlos han vuelto al ó:rden, teniendo provtsionalmente por autoridades á D. Felipe García, la Antigua, y á D. Nicanor Ortega San Cárlos.
Dios- guarde /i V. E. muehos años,.
El Prefeeto político, D. Bureau.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.México.11
Es copia. México, Enero 7 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,
cllI
(Firmado) FRANCISCO J. VILL.A.LOBOS.
• ..., 1

"Imperio Mexicano.-Prefectura Politica deMichoacan.-Núm. 42.-Morelia Diciembre 25 de 1864.- Exmo. Sr.- La Comision de Salubridad de
esta capital, que en defecto de la facultad médica (de cuyo establecimiento
se ha hablado ya á. esa superioridad), ha nombrado esta Prefectura, dice
con fecha 20 del actual,,entPe- otl'M &lt;losas, Jo. siguiente:- " Por lo que respecta á este me~ tratándose de 1~ fiebre tifoidea, que en los anteriores hizo
grandes estragos, dígase qu.e ha. de,saparecido ca.si en su totalidad, pues
solo se presentan algunos casos aislados y benignos, no reinando tampoco
otra afeccion cualquiera_de una manera endémica.'~-Lo que trascribo á V. E.
para su conocimiento, cumpliendo con Io díspuesto en la parte relativa de
las instrucciones dadas por S. M. el Emperador á los Prefectos de los Departamentos.-Dios gum-de á V. E. muchos años.-El Prefecto Politico del
Departamento; Antonio Moral.-Exmo. Sr. Ministr.o de Gobernacion,.iMéxico."
(Firmado) FRANCISCO J. Vrn.ALOBOS,
Es copia. México, Enero 1~ de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,
(Firmado) FRANOISOO J. VILLALOBOS.
"Querétaro.-Prefectura superior p'olítica.-Seccion 1ª-Núm. 19.-Querétaro, Enero 4 de 1865.-Exmo. Sr.-La persecucionhecha á la gavillaele
Ugalde y Valencia., por las tropas de la seguridad pública. de esta ciudad, en
combinacion con las de San Juan del Río, al mando del Sr. coronel LarrauDOCUMENTOS.
ri, dió afortunadamente el resultado que me prometí, pues habiendo aquellas
impulsado cerca de las otras á los bandidos, los comprometieron al lance de
armas cuyos resultados he comunicado por la via telegráfica hoy al Exmo.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
Sr. Ministro de la Guerra, y al cual me refiero respecto á los primeros porMéxico, Enero l'? de 1865.
menores habidos del suceso.
Con posterioridad el espresado Sr. 09,rooel Larrauri dió al Sr. comandanEl Sr. Prefecto político interino de Córdoba, con fecha 28 del
te de las armas de esta ciudad s parre militar, conteste en lo esencial con próximo pasado, comunica á este Ministerio que, en 24 del mismo
aquel á que me he referid
que me trasmitió el señor Prefecto de San
Juan del Rio, quien
diez y seis vecinos concurrió al hecho de armas. mes se presentaron en aquella Prefectura Félix Aguilera, Lorenzo
Cuar~nta muerto , iez y seis prisi9-neros, sesenta caballos quitados á los Medina, Gregorio Mesa, Tomás Olmos y Estéban Flores, reconobandidos, ~orcion de armas, municiones y objetos robados, son el resul- ciendo el Imperio; añadiendo que estos indiviguos formaban parte
tado de operacion. Los dos cabecillas lograron fugarse desde el principio de las guerrillas disidentes que han permanecfdo en la Tierra Caliend~l r bate, y el resto de la gavilla, que no pasa.ria de veinte hombres, se te, y á quienes se les han espedido con acuerdo, del Comandante su~- persó en varias direcciónes; siguiéndo en la persecucion de aquellos y es· perior de la Plaza, sus resguardos respectivos, para retirarse al seno
tos, las fuerzas del Departamento.
de sus familias, y vivir pacíficamente en los lugares de su antigua
He dado las órdenes convenientes para que de la Prefectura de Amealco residencia.
·
Y de las h-icienda.s inmediatas á. los caminos que los bandidos pueden haber
~mad?,. salga ,gente á. cortarles en su fuga; y aguardo los resultados de esta
El Gefe de la seccion 2~,
dispos1c~on, as1 ~mo tambien detalles-del suceso, pues aun no regresan á
(Firmado) RAFAEL ESPINOSA,
San Jua~ del Ri? _ni á, esta ciudad las fuerzas que están en operacion~.
Tamb1en participo a V. E. haber dispuesto que los du:eño¡¡ de haciendas

•

�/

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

22

.

AOU!AOION DEL AJO DE 1864.
AYUNTiltIENTODEJALAP~
VALOR
de plata VALOR
de oro de Marcos
de la plata.
del oro.
La PrefeQtura política, cumpliend~ con la prevenc!on de S. M. el 1864• Marcos
21 quilates.
de 10 ds. 20 gs.
Emperador, gue previene la renovacion de Ay{!ntam~entos., ha nom339,603 25.
39,881 7 2.
brado para el de esta ciudad á los Sres. que á contmuac1on se es- Enero.....
"
" " " 42,360 1 l.
360,691 5'0.
Febrero...
presan:
"
"
"
"
Marzo.... 370 6 2. 36,214 O o. 50,4i)6. 308,378
Presidente: . D. Pedro de Landero y dos.
"
511,354 20.
60,045 6 l.
Abril.....
Regidor 1? D. Sebastiau Esteva.
"
" " " 50,823 4 7.
2? ,, Cayetano Jimenez.
432,789 15.
Mayo .....
"
"
"
.3? ,, Francisco Pasquel.
"
402,936 50.
47,320 6 o.
Junio.... ,
ll. "
.4? ,, Lino Caraza.
"
"
415,150
48,755 7 3.
Julio.....
ó? ,, Luis Cordera.
"
"
"
"
"
6? ,, -Cárlos Aguilera.
Agosto .... 235 O 5. 40,110 4 2. 32,016. 341,573 15.
7? ,, José Tamborrell.
Setiembre. 318 3 l. 50,893 7 4. 43,360. 433,363 80.
8~ ,, Antonio Sanchez y Esteva.
501,~_?_6
58,875 7 6.
Octuore. ..
--Síndico:
D. Vicente Camacho.
" 199)20 55.
" " 46,920 7 2.
"
Noviembre
"
" " 11
Didembre. 191 4 6. 63,245 6 3. 26,088. 538,535 50.
:MINISTERIO DE RAOmNDA.
1,115 6 6. 585,449 1 7. 151)960. 4.985,209, 20.
''NO~OIA DE LAS INTRODUCCIONES Y DE LA ACU!UCI0N DE PLATA Y ORO,
CHAS EN ESTA CASA DE MONEDA EN TODO EL AffO DE 1864, .
r

)

•

1

• ..

BE•

939. 15. 2.
984. 3. 2.

PLATA.

.
Que nuest·ra patr,·a ha_ya pasado po_r la gravé crisis de una
1
civil, es cosa que nada tiene de estrano. Todos l~s pueb s, antes
de constituirse definitiva y sólidamente, han sufndo fuer es agitaciones; todos han sido teatro de disco~dias y desastres; tod1.4os. han·pagado uno de los mas duros tributos impuestos á_la humfmda~ por,
el Supremo Criador del Uni~erso, cual es el de no p~d r llegar al
conocimiento de la verdad, smo despues de atravesar no de sangre
y montes de cadáveres.
·
.
Sujeta á esta ley de la naturaleza, ª?frió Inglaterra e? el siglo V'ry:,_
la gran revoluéion que comen~ó c_onqmstando algunas hbert~des públicas, continuó con la decap1ta_cion_de u~ rey mas desgramado que
culpable, y terminó, abjurando la república, que no pudo sosteQerse
ni aun apoyada sobre e_l gran genio de Cromwel, y acl_amando. la
restauracion de un trono que desde entonces, á pesar de los camb1~s
dinásticos se mantiene inalterable al. través de los fuertes ,sacudimientos que han presenciado los tiempos_ mo~?rn?ª:
..
La célebre revolucion francesa que d1ó prme1p10 en 178?, h}ZO
tambien un breve y sang~·iento ensayo de la forma repu_bhcanas,,
bastante para dejar desacreditadas las.te_orías de loB.4Uf; qu~eren·lla- --- - - . __,,,--- cer una aplicacion práctica del;nater-iahsmo á las m~tituc1ones politicas. Un vérti_go que-solo podía durar po~· poc?s dias, se apoder6
\
de las cabezas en aquella nacion que babia mere.cido e.l nombre
cristianísima; pero en breve la razon re~obr? su ii:nP?~~o, Y se advir;.au•"""'
tió que era imposible. el equilibrio somal SI? pr~nmpi_?~ m~~_y....,t-::religiosos. El escarm1ent9 .paw·a-qttél--puel&gt;lo~ ñTi
lo mismo que~nJ:nglaterra, las lecciones de la historia est_án pre-:
servabdo el porvenir de males sin cuento, cuya sola perspectiva, po8
:~;::ie~:potética, hace estreme~erse de horror á tod los corazones

· Su valor ••••••••••••••••.••.•••••••• ó.102.149, -157.
Suma de valores.. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 6.236.028, 82. ·
.........
ACUftACION.
J

ORO,
116, 6. 6.

Su val9r . .•....•.•.• •.. --· • .. - ••· • • • • •

1151.764. 76.

PLATA.
M1fr~oa :á 10 dineros-20 grs.•• '15815.449. l. 7.
Su valor •••••• : ••·•• • • • • • . • • • • • • • • • • 4.986.209. 2?·
•r

r

su·ma de valores ................ _••• ó.136.963. 915.
,Valor del 1 p g

20

"LA OPINION PUBLICA,

1 •

t

&lt;,

5,137,169

DEL PERIODIOO OFICIAL DE DURANGO.

A 11 dineros............... 591.158. l. 2.
A 10 q.ineros 20 granos. • • • • • 600.2152. 7. l.

'f
e

339,603 25
360,691 50
358,874 ,,
511,354 20
432,789 15
402,936 50
415,150 ,,
373,589 15
476,723
1,313 60
399,520 55
564,623 50

fRENSA DE LOS DEPARTAMENTOS.

Su valor..... • • • . • • • . • • • • • • • • • • • • • • 133.879, 26,

Marcos á 21 quilates .•••••••

TOTALES.

-.

ORO.

A 22 quilates ............. .
A 21 quilates •••••••••.••••

ademas que se halla enterado de los Reglamentos de la Escuela en la parte
que les concierne, y dispuesto á cumplir con las obligaciones que les imponen. Acompañ:ará á la solicitud la fe de bautismo del interesado, que debe
tener de catorce á diez y ocho años de edad; una certificacion de dos individuos, de buena moral, observada hasta la fecha en que se presente la solicitud, otro certificado de establecimiento aprobado, que acredite haber adquirido el interesado los conocimientos correspondientes á la instruccion primaria, y otro de un médico para acreditar buena salud y estar vacunado, sin
perjuicio del reconocimiento que debe hacer el médico de la Escuela..
2~ Cada pretendiente deberá tener una pers.ona á quien esté encargado; y
cuando ésta no sea el padre, lo será un tutor competentemente autorizado.
3~ A los pretendientes pens'ionistas se les exige asegurar la pension, presentando una fianza al mayordomo de la Escuela, de persona abonada, que
se comprometa á responder del pago de 200 pesos anuales, por trimestres
adelantados, comprendiendo el tiempo de las vacaciones; es decir, los 200
pesos por año escolar.
4~ · Las personas á quienes corresponda hacer el pago de las pensiones,
deben entregarlas en la mayordomía'. de la Escuela, durante las primeras
quincenas de Enero, Abril, Julio y Octubre; en la inteligencia de que pasado
este plazo, no podrán continuar en la Escuela los alumnos que no las hubieren satisfecho. Se advierte á los encargados de los alumnos, que en el caso
de separacion de estos de la Escuela, bien sea temporal 6 absoluta, la m&amp;yordomía no devolverá cantidad alguna del trimestre que tenga adelantado,
Art. 52. Deberán tener la ropa y muebles siguientes:
Ocho camisas de lino y tres interio:J;'.es.
Ocho calzoncillos.
Una docena de calcetines.
Dos corbatas negras de seda para el uniforme, y dos para el uso diario.
Tres chalecos blancos para el uniforme, con boton chico de águila como
el de la casaca.

Casa de Moneda de México, 31 de Diciembre de 1864.
P. p. de John Temple,
(Firmado) J osE ANTONIO DE MENDIZABAL.

jl

INTRODUCCION,

..... ......... : ..... .

?e

51.369, 64.

:· México, Enero 2 de 1866.-El Interventor, Luis f'arela."
• Es copia. México, Enero 4 de 18615~
El Gefe de la seccion 1~,
(Firmado) JAVIER DE REYG.A.DAS.

°

1

INTRODUOOION DEL AÑO DE 1864.
VALOR
VALOR
Marcos dell
de22
de la plata.
del oro.
dineros.
1864. Marcos
quilates.
Enero., 53 3 6. 37,840 1 O. 7,257 47. 312,180 56.
Febrero 200 O 8. 36,880 1 2. 27,156 77. 304,261 36.
Marzo.. 56 4 7. 67,713 O l. 7,682 90. 558,632 06.
Abril . . 38 3 3. 40,697 O 4. 5,216 40. 335,752 80.
~ayo . . 37 6 2. 58,682 2 3. 5,126 90.. 484,127 68.
Junio. , 82 1 4. 34,466 4 7. 4,369 18. 284,349 49.
Julio .. 243 O O. 40,641 5 7. 32,987 71. 33_5,294 07.
Agosto. 64 6 7. 61,810 2 O. 8,804 84. 509,934 31.
Setbre. . 50 4 O. 49,729 O 5. 6,856 07. 410,264 39.
Octub . 48 O 3. 55,148 6 6. 6,522 68. 454,977 58.
Novbte. 54 6 6. 42,172 7 o. 7,450 25. 347,925 93.
5391362 97.
Dicbre. 59 7 l. 65,376 o 7· 8,129 61 · _
___
939 5 2. 591,158 1 2. 127,560 78. 4.877,053 20.

TOTALES.

319,438
331,418
566,314
340,969

03
13
96
20

~~ ~

288,718
368,281
518,739

º

67
78
15

417,12 46
461,500 26
355,376 18
547 492 58'
'
5.004,613 98

23

Solo nuestros obstinados republicanos de 8157, fundados en la presuntuosa suposicion ~e q_ue con _su fu_nesta carta habi~n alca!1zado el
último grado de la CJencia política, tienen la pretens1on de imponer
sus ideas y opiniones á la masa de la nacion, y de hacer ~asar por
una usurpacion el gobierno imperial. A pocos, muy pocos ilusos se
halla reducido el número de los que piensan dé tal m~nera, pues solo existe en los sueños de J uarez y sus escasos proséhtos, la fuerza
de una opinion cuya impotencia está sobradamente demostrada . ¿!'or
ventura una revolucion se for.ma con solo desearlo algun ambicioso
6 algun fanático? U na revolucion en'1.ln.._gran pueblo, así coino una
tempestad en los cielos, se efectúa y estalt&amp;,~)~ que hay~ poder bastante,á contenerla, cuando la atmósfera política tá prenada de_elementos que, siguiendo una ley de la ~aturaleza, han e buscar me•
sistiblemente su asiento, y han de agitarse hasta quedar todo del
espacio en el necesario nivel· y e_quilibrio. Una re vol ~cion p
formarse en 1810, porque era prec1so que nuestra patna fuese ar trada en la corriente del progreso general; pudo haber otra'en 1821,
porque la independencia era una necesidad urgente~ inevitable; pudo venir la revolucion de Ayutla, porque· no eta posible que' la nacion saliese de su continuo marasmo y habitual anarquía, si no se
reprimian fuertemente los malos hábitos de las clases privilegiadas.
UJtimamente, ha podido efectuarse el gran cambio que por fortuna
estamos presenciando, po~que notoriamente era imposiblela consoli-

dacion del malhadado gobierno de Juarez, que era impotente para
cumplir sus obligaciones con las naciones estranjeras, y para inculcar al pueblo mexicano la persuasion de su poderío, de su moralidad
y de su duracio~. La anarquía era n~estra ~erspectiva, u~a inter~inab1e guerra civil era lo que el porvemr ofrema á n1,1estros OJOS, El mISmo partido llamado liberal, que estaba adueñado de 1~ situacion, ¿podía lisonjearse de restablecer la paz? ¿Estaba umdo y compacto?
¿No se hallaba trabajado por una ~e~union impos_ible de remedi~rse?
¿No babia una ~ultitud de notabihdades ó .confeos en ese mismo
partido, que asprraban cada uno, á veces abrnrtamente, al supremo
mando ó influencia, y á veces á dominar, por lo meo-os, sin freno ni
sujecion á autoridad alguna, en el Estado ó territorio cuyo gobierno
ejercían? Negar estos hechos, seria cerrar los ojos á la luz voluntanamente.
·
N babia pues salvacion para el país sino en la intervencion estranje~a, h:,.. cnal, libertando de la opresion á toda la masa de la poblacion pacifica, llamó á ésta á pronunciar librementé su voto sóbre
las instituciones que quisiera adoptar. A nadie se compelió á sufragar en favor de la monarquía; nadie podrá presentar un solo ejemplar de tiranía ó abuso de la fuerza sobre la conciencia ó la opinion
mdividual.
Proclamado el gobief!?,O imperial, la adhesion á él cundió como
cunde en las naciones una verdad fecunda y grandiosa; comQ cundió en 1821 la opinion en favor del plan de independencia proclamado por Iturbide. Las actas que comenzaron á levantarse en los
pueblos, presentaron desde luego, á la vista del observador menos
perspicaz, un sello de espontaneidad que nunca habíamos visto en
nuestros repetidos pronunciamientos. Vinieron á México el Empedor y su augusta esposa, en medio de las ovaciones mas magnificas,
mas populares, mas voluntarias y sinceras· que podían imaginarse.
una vez sentado el monarca en el trono, los beneficios de su pate
1 administracion y la sabiduría de sus disposiciones, comenzaá ran,iearle á m1·11a1·es ami·gos y partidarios
ron
J
'
Cachucha, casaca y pantalon de pafio azul para el uniforme, segun el moLa re olucion en favor del imperio ha podido hacerse, porque es- delo que existe en la mayordomía de la Escuela.
taba en e fondo de los corazones, en el conocimiento de los hombres
inteligent~:s, y en el instinto de las masas que carecen de instruc- Para el uso diario, dos sacos, tr~ chalecos y tres pantalones; los sacos y
oion, pero. ño ?al"e?en de un sentimiento que las inclina hácia su ver- pantalones de casimir 6 pafio.
dadera co emencm.
Media docena de pafiuelos de seda 6 lino.
Búsque e ese. sentimiento en favor de las aspiraciones de los po- ' Un par de botas finas para el uniforme, y otros dos pares de botas, boticos juaristas que to9avía intentan resistir el torrente de la opinion; nes 6 zapatos para el uso diario.
areñálense lns masas que desean la caida del nuevo régimen; deter- Seis sábanas de lino y ouatrb fundas de almohada. · : ~ .- ~ ' :J.h • '1
mínese cuántos y quiénes son los que ven corno una calamidad el Un corbetor·y \llla sobrecama.
que nuestros destinos estén regidos por un soberano exento de las Un banco de cama, 6 mejor un catre de metal. .
, .&lt;-i !')
pasionés de partido .é iriteresado única~e~te en h~cer eJ bien gene- Una mesa chica.
ral; últimamente, ¡nénsese cuiles han sido las resis_tencms que han Una silla.
hallado la intervencion 'y el imperio: si en la República y en la
nd
Constitucion de 857 hubiera visto nuestro pueblo su felicidad, él se
con jarra Y.. ba eja de metal blanco, 6 fierro galvanizado.
1
babria levantado como un solo hombre para defenderla; él acudiria
lleno de entl,lsiasmo á colocarse bajo la bandera de J uarez en el es- Candelero.
cnso terreno que pisan sus defensores, así como vuela á la bandera Espejo, navaja, tijeras, peine, cepillos para la cabeza, dientes, ropa y botas,
- impería,t elI ~~l campo queda libre de los secuaces Cuatro toallas,
de la demagogia.
·· - --------Tintero; p;p'el y plumas.
Concluiremos llamando la atencion sobre ei'aetual gabinete del- Libro de misa y los que designen los profesores.
Emperador: los liberales de buena fe, dé ilustracion y de indepen- NoTA.-La ropa debe ser nueva 6 hallarse en buen esta-00 de uso, sin lo
dencia, están ocupando los Ministerios, el Consejo de Estado, las cual no se recibirá en la Esouela. Los padres 6 tutores de los colegiales, tiePrefecturas utros im..por~n~ uestos de la ~dministracion; las nen obligacion de reponer la que quede inservible durante el afio escolar.
oonyersiones en favor del imperio son reesen.t!_simas; los hombres Art. 55. A los jóvenes que pretendan ser admitidos en clase de esternos,
mas ·notables·de todos los partidos están unién~ al re?edor del se les exige presentarse al Director en el mismo término que se previene á
trono, en cumplimiento de un sagrado deber que les prescribe hacer los demas pretendientes, acompañados de sus padres 6 tutores, y--que justi.:::~~¡~::.ª~:~:!ofi~i~~rj~:ri~~~g:!º!:
1!:i~: ::~: fiquen tener la edad y demas requisitos de moralidad é instruccion, preveni-

!!1::,U

~~:~:ti! ~:~!

nárquica es una dichosa realidad."
'

·

dos á los internos.

SERVICIO DE DILIGENCIAS,
SECRETARIA DE LA ESCUELA IMPERIAL DE MINAS. ....
Siendo indispensable termi_nar las obras materiales que se están ejecutanDEL INTERIOR.
do en el edificio de esta Escuela, necesarias para el alojamiento y servicio
Dlas y horas en que salen Dlas y horas en que entran
de los alumnos internos, 1~ apertura de las clases no podrá verificarse hasta
de México.
á México,
LINEAS.
el dia 21 del presente mes; lo qu~ Q.Umnico al público por 6rden del Exmo.
Sr. Director, advirtil)ndo ~Íregistro de matrículas q~eda abierto en esta De México para .Arroyozarco.
,,
S. Juan &lt;lel Rio.
secretaría desde hoy: h a el espresado dia 21, álaquepodránocurrir los inLúnes, Miércoles y Mártes, Juéves Y Sá,,
Querétaro.
Viernes á las 4 de bados, entre 5 y 6Salamanca..
teresados de las eve á las doce de la mañana, los días no feriados.
la manan~.
de la tarde.
"
GUJlJlajua.to.
Para m • oularse como alumno interno 6 esterno, se necesita cumplir
Lagos.
"
con l ~ revenciones del Reglamento, que á continuaoion se copian.
Guadalajara..
"
"
/ '.México, Enero 5 de 1865.
De México para Arroyozarco.
'
,,
S. Juan del Rio.
El Secretario de la Escuela,
"
Querétaro.
.. "
:Mártes, Juéves y Sá- Miércoles1 Viérnes '1
(Firmado) MIGUEL MARÍA PoNOE DE LEoN.
,,
S. :Miguel.
bado9, á las 4 de la Domingos, entre 5
,,,, Dolores.
manana..
y 6 de la tard~.
la Quemada.
1! Los que soliciten ser admitidos en clase de internos, deben presentar
S. Felipe.
al Director una solicitud firmada por el pretendiente, y autorizada por el
Jaral.
,
.,"
S. Luis Potosí.
padre 6 tutor, quien la anotará dando su consentimiento, y manifestando
,,
0

�DIARIO DEL IMPERIO.

24.
'

DE TOLUCA.
Todos los días, escep- Todos los diaB, escept&lt;T el Domingo, á
to el Domingo, en{ las "{ de la manana.
tre 2 y 8 de !a tarde

De México para Toluca.

'

'

•

DE ~ A Y cyAUTLA.

\ Mártes, J uévea y Sá- Lúnes I Miórcol~s , y
Viérnes, entre 8 y
~ bados, á las 6 de la
4 de la tarde.
J manana.

o·

f

•

DE PUEBLA.

5Todos los dias á las 4-

De México para Puebla.

1·
BÉ

Bé Méfico para Ayofüt.
·

' ,,

S. Martín.

de la manana.

!

AVISO.

1as

a

Lúnes, Miércoles y_, Lúnes, Jnéves y Sá' Viérnes, á 1as "{ de . bados, ente 2 y 8
'
de la tarde.
} -1a nial1ana.

De México para Ohalco.
Ameo'a.
,,
Tenango.
,,
Onautla.
)f

1

El Diario del Imperio se publicará en lo sucesi~o todos lQB
á -las doce, I11enos 'io!I'
lúnes y dias feetiv1&gt;e én que estén cerradas las o~cmas 4el Gob{e~o.
. .
El 'despacho se halla establecido en lit e.as&amp; wmero de loe BaJOB de San ~gustin.

DE JtÍOBELU.

De México para '.Í'olnca.
Ixtlahnaca.
,,
Maravatío.
11
Aoámbaro.
lf~relia.

UNO:IC&gt; .

Todos los los días, entre 5 y 6 de la tarde

VEMCRUZ.

EI precio de la euscricion será:
En la Capital, por un mes. . . . . • • . . . . • • .. ·: • •••. $ 1 ' 50
Id.
id. por, tres meses.. ..... ..... ......... 3 00
En los Depart9:qrentos, po,r t res meses, franoo ·de
porte ... . . .••..•.•. ••.. ........ ••.... ..• ~. . 8 7-5
El importe de las sneoriciones .se pagarÍí adelantado. .
.·
.
.
,
El _precio de los anuncios será de cuatro reales por la primera mserc1on de diez líneas
y dós rehfes por cada- una de las siguientes, y pasando de ese número de lineiis, será á pt~
~
cio convencional.
. .,
Por el pres-ente se hace sáber al Sr. coronel D. Zeferino Rodiiguez, que erl su ,eldía
sé ha dádo por contestada la delllllnda qu~ por p~~o de sesenta pe_s~s, pi:oce_ . , de ren"'..
t.as de casa, le prcmueye el general I}. Miguel Pma, _g~5?-a:nJ.9,&amp;l)i1 10 rec1b1do a. P.i;n~!Ja:
por Jos quince dias de ley que .son de contarse desae 111 publ1cac10~ del presente; r !\ mstanci&amp; del auíor se Je cita par&amp;. el iti11; 20 ael _C?f!iente á las doce,.ª ~bsolv~r pos1C~o1:1e.e,
con calidad de tenerse por a~suelta's ae1_1 perJU1C10; f de no eopcurnr a &lt;:'ün~mu11-r,el JWC\O
se~o su e~tado siendo vencido el térmmo probat.or10 por este, quedara .citado a ~entenciÍi. Mético, E~ero 5 de l'il65.-Eljuez 8? menor, Lic. Zubiaga.
11-3s-1

'

'
r ,,.

.

.TTJZGADO 7? MENOR, PUENTE DEL ESPIBlTU SilTO lfUlL 10'.

Todos los dias,,e~cep- , Todos los días, escepEn el juicio !legnido por D. Manuel P. Fernandez co~tra D! ~a\lía R?jas, se hli. conv~
to eI Sábadd, á las
to el Mártes, entre
r"
nido ®tr¡im~os,que se pub1ique Pº! la p'ren$11, q~e el fila 7 d~l mes comenté i las ~oce,
· 4 dé la uíanana,
5-y 6 de la- tarde.
~e verifique el rem~~ de la casa num. 3 ~el calleJon de l_a IDeyera, val~ada por _el m~e{, ,
riiero civil D. Re'.mig10 ,Sáyago en la cantida~ de ocho mil dosé1ent.os tremta y 1:1uev~ pesos
Camaron. . .
'. r (
setént&amp; y siete centavos, y cuyo remate deb16 tener Jugar el 28 del melf pr6X1m0 pasado
en este Juzgado.
,
DE Al'AII.
México, Enero 3 de 1865.-Lic. Flores.
3-3s-3
r
1
De México para S. tJnan Teotihuacan Lúnes, Miércoles y Mártes, JtJ.évesy Sá"
O umba.
~ Viernes á las 6 de ' bados, entre 3 y 4 E·n el incidente sobre &amp;liment-Os, fromóvido por la Sra. D~ Tomasa Arciniega, en el
juicio de divorelo que sigue contra-e General D. Ignacio Carranza, el Sr. Juez 4? de lo
"
Guarda.
' la man~a. .
de la tarde.
J
civil, Lic. D. Evar1sto Reyes, ha mandado, en auto del dia 23 de Diciembre último, que
,o· ',')
Ap~,
•
J
ll6'venda, la casa. embargada núm. 122 de la calle del Chirimoyo (llamada antes de la Par
()fil
DE l'AClllJCA,YTUii!NCilfOO.
roqui¡¡..), on la Tilla de Tacubaya, valuada por el perito tercero en discordia, D. Mar·
Leon, en 5,353 pesos 52 cs., señalando para las almonedas los dias 10, 19 y 28 del
Del
primer
¡)unto
tora,aol prime, ponto
siendo la últ1.1Da con calidad de remate.
tod,os los días, esdos los di&amp;!, escep- te,Lo
q_ue hago saber al público por medio del preáente a1mncio.
De México para S. Cristóbal.
cepto el Domingo,
to el Domingo, enMéX1co, Enero 3 de 1865.-Manuel Rmmro, Escribano público de la Nacio
Ozumbilla.
tre
8
y
4
de
fa-tarde
1.i,,.· Odo lo man.
Tizaynca.
Para el segundo pun- Del segundo punto,
\.
Pachuca.
to, Lúnes, MiércoMártl)s, Juéves y
SECCION ESPECIAL DE LA OONTRIBUCION DE OCHO AL ........~..,
les y Viérnes á las
Sábados, entre.3 y
Se hace saber á los causantes de la contribucion de Ocho al mil,la.r sob e fincas, que
dentro de los _primeros diez días útilea del presente mes, tienen obligacion d pagar en Ju
·
6 dé la mana.na.
4 de la tarde.
. '
Becaudaéionee respeótivas lo que lesJ corresponde po,r el primer trimestre de año 9ne líoy
.;t r .""to r ,r, M lf ) ,
comienza, y que las personas g,ue no cumplieren con lÍI oblipcion indicada, cnrnrán en
DE ClJERN'AVACA.,
lÓs·reea'rgos y gastos qué impone la ley á los causantes morosos.
·
·'
De México para Tepepa. ,(·
México, Enero f9 de- 1865.-'-Ignacio tk Altamira.
5--&amp;-5 •
ltártes,
Jn:éves
y
Sá)fiffll" y
Guarda.
}&gt;a.dos,
entre
8
y
4
Vierne~,
.
á
las
6
de
~ DPECIAL DE"OOMERCIO.
Huitzilac.
de la,. tarde.
la manana. ;
•
"
Ouernavaca.
Debiendo abrirse los eursbs de esta. escuela el lúnes 9 d'el entrante E'nero, se avisa á lit
peraonas ,que delreen inacribirs11 en ,ellos, que pu.eden ocurrir desde el lúm¡s 2 del n:úsmo
mes á la Direccron, calle de la ~risca.la núm. 1, de las cuatro 1,. las seis de la tarde.
DE PUEBLA A HUiltANTLA.
La enseñanza en este estabfecuniento imperial es gratuita.
,
• ,
Dlas y horas en que salen Dlas y horas en que entran
Loí a\u.n,lnos deben tener quince años cumplidos y haber complétad'o sú educaoion: en
, de Puebla.
á Puebla.
los r~mos p,&lt;i,marioe.
•
México, Djciembre 26 il.e 1864.-E. Clairi11, Direct.or.
6-5e-3
Lúnes; Miércoles y Mártes, J.uétes: y SáDe ídem para idem.
Viéi:nes á las 6 de
bados1 en~e 8 y 4
{ la mana.na.
, PRÉFE(iTURA l'OIJTICA DE MEXICO.-Comísion Re11isora.-México, Enero 3 de 18651
de la tarde.
-La Comision Revisora ha tenido á bien aaordar se emplace por los periódicos al Sr. D.
•
Antonio Gomez Portugal para que en el térmmo de quince.días se presente por sí 6 por. _
DE GUANAJUATO A LEON.
apoderado ant.e la mismo. Junta, para la revision de un _ca ~redim:loperrenement.e ~Yártes, Jnéves y Sá- J¿únes, Miércoles y á la archicofrallia del Santísimo; bajo el c ~ o verificarlo, se procederá de
•
"
,.De idem para idem.
bados, á las 6 de la
Viernes, entre 1 y oficio en el particular.
• He de merecer á vde.';'" señores redactores, se sirvan insertar esta citacion en su aprecia2 de la tarde.
~ mállanll.
ble periódico.-El Secret&amp;rio de la Comssion, M. del Valle.
3g-3
0 Mé~co, Ene:ro 'I' de 1865.
RDATE DE UNA FINCA.-Debiendo procederse á la venta de la casa núm. 383de Ih.
calle que va para San Diego, en la villa de Tacuba a coro esta de dos, una b11·a en el
fren~ y una alta en el fondo, con s ·
, re sadas por el perito D. e
a cerreca,
la pnmera en 1,993 pesQs,.y l segunda en 2,288 pesos; el Sr. Juez 3? de lo civil Lic. D
José M~r1a Cordero ha señalado para la única almoneda con calidad de remate ~l dia
del comente, á las ~oc.e de la mañana en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia. Lo
que hago saber al p1_1blico para que las personas que quieran hacer pQstura oc!!rran al despacho ~el que suscribe. donde se lee darán las in3~rucciones que ministrtm los autos.
-i
AD!lllflSTRACION GENERAL DE CORREOS.
MéX!co, Enero 3 de 1865.-Mamul T. de Meneses, Éscribano ,público.
7-4s-3
AVISO AL PUBLICO,
VENTA DE UNA CASA,
El dia 11 del corriente, á las once de la mañaaa, se despacha de esta administracion
g"énerál un esfraordinario para Veracruz con la correspondencia que debe conducir al
Se vende una cas_a situada en la _Ascension de Belen de las Mochas, núm. 22, compueseeterior el paquete francés. Lo que 11e pone en conocimiento del publico para· su inteli, ta d~ dos cuar~s: tiene de fondo omcmmta varas, y de f1 ente doce varas. Su valor es de
gencia y efectos co~d:ti.centet. .
·
· dosmentos Y cmcuenta pesos ($ 250): allí mismo darán razon.
8-4bl-2
México, Enero 6 ele 1865.-Luis &lt;Íe la Peza.
1
Por el presente se cita ~I repr?sentante d~ la testamentaría ile D. R. M. de Elorduy
TRIBUNAL DE COMERCIO.
para que comp~r~zca el dia 12, a las doce, a co~testar la ~emanda que en conciliacion le
Se recuerda á los comerciantes matriculados, la obligacion en que están de satisfacer en p_1omueve D. :E elipe Rosales sobre pago de tresc1entoa tremta y nueve pesos cincuenta y
todo el presente mes, en la'secretaría de este tribunal, los cinco pesos que por derechos s1e~ centavos, valor de ti:,es pagar~s de d_esamortizacion, números 43, 44 y 45, que tienen
de matr~culás les correspondf;ln en el año que comienza; bajo el concept.o de que los que la hipoteca de las casas n~~ros diez y s1et~ de la calle de la Merced y diez y nueve de la
no lo hayan--hecho hasta fin de este .mes, incurrirán en el recargo del seis y cuarto por 2~ call~ de Mesones, aperc1b1do de dar por mt.entada la conciliacion.
ciento para gru¡tos de cobranza, conforme á la suprema dieposicion publicada el año paMéX!co, Enero 2 de 1865.....José Mar{a Natera, 'fu.oribano público. 2-3a-2
sado.
México, Enero 5 de 1865.-J, M. Cartkña, oficial 2~
2
. TRIBUNAL DE COMERCIO DE lfEtrlJO
Méxic~, Enero 5 de 1865.-En los aut.os que sigue el Lic. D. joK. M Aragen, contra
D. Porfirio Garcí~ de Leon, este Tribunal, en auto de ayer, ha mandaao~ proceda al reAYUNTAKIENTO DE MEXICO,
mate de la casa numero 6 de la calle 2~ de San Juan, valuada por el ingeniel.'QJ). Manuel
OONVOOATORIA,
de la Cuesta YFue~t~s, en la cantidad de diez mil ochocientos cincuenta y o~pesos
Segun lo acordado por la Junta de hacienda del Ayuntamient.o de esta capital, se convo- tres centavos, publicandose nuevamente por los periódicos la almoneda por tres ~e
de ~res días, y señalándose para dicha almoneda, el mártee 10 dei corriente, á la'
ca por medio de est,e aviso á los acreedores a1 fondo de amortizacion que tengan créditos dentro
doce del día.
.
escriturados, líquidos y reconocidos, para que concurran el dia 14 del corriente á las doce
de la mañana, al 1alon de Cabildos de la Corporacion, donde conforme á lo prevenido en . Lo que en _cumplimiento de lo man~adf, se avisa al público, para que la persona ue se
el art. 67 de la ley de 25 de Setiembre de 1863, que dice: "Est.os remates se citarán con ~tere~ en dicho remate, J?Ueda ocurrir a la Secretaría de este Tribunal, donde se 1e da9-3s-2
un solo término de ocho dias; se harán por la Junta de hacieada y tendrán efecto aun cuan- ran los informes que neces1te.-José María Cardeña, oficial 2~
do haya un solo licitante, como sea de loe que tengan créditos líquidos y reconocidos " la
espreaada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida entre los acreedores que ofrezcan mayor rebaja.
'
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
México, Enero 6 de 1865.-El Prefecto Municipal, F. Somera.
2

o

Pue,bla. ,

,,

{

,.

J •r

8. Ag. del PálDÍut.
{~:&amp;a{ra. " A.
Córdoba. ~ ,~1•

0

V

•

1

,,
,,,
,,

"
"

..

l

túneo,

.ANUNCIOS OFICIALES.

14

BAJC'S DE SAN AGUSTIN, NUM,

l.

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49119">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49121">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49122">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49123">
              <text>6</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49124">
              <text>Enero</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49125">
              <text>8</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49140">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49120">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 6, Enero 8</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49126">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49127">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49128">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49129">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49130">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49131">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49132">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49133">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49134">
                <text>1865-01-08</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49135">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49136">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49137">
                <text>2011137</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49138">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49139">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49141">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49142">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49143">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7652">
        <name>Ayundatmiento</name>
      </tag>
      <tag tagId="6851">
        <name>Correos</name>
      </tag>
      <tag tagId="455">
        <name>Durango</name>
      </tag>
      <tag tagId="7651">
        <name>Escuela imperial de minas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7634">
        <name>Francisco J. Villalobos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7650">
        <name>Rafael Espinosa</name>
      </tag>
      <tag tagId="7653">
        <name>Tribunal de comercio</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1916" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1066">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1916/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._60._Marzo._0002011175.ocr.pdf</src>
        <authentication>0ec9cc9f1db6aaed968e7a7d4933a8c4</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74358">
                    <text>DEL
l'

ro ~

ú

,;·.n IARI O

1

p '

•
r / ,,r

l

.,

MEXICO: Martes 14 de Marzo de 1865.

TOIO l.

~

J v, J

1

•

:.ih r1:,·t10D ►
bni ..~ti.V e ol1'd

1 11

r

i

íi•

•

. ,r

~

,

NUI. 60;..

,« •

'J

SUMARIO
~léxico, Marzo 12 de 1865.
PARTE OFIOUL.-Dlsposlclondeclarandoce1ante a D. l . Allamlra.-ld. mlnlstrando mil pesos para el
Dada cuenta al GOb'terno de S. M', con la npta de y . S., num.
' 73, y 1ec
1' h
acueduc
to de.\pam.-Cauclonde loo empleados dela Hacienda municipal
a
NOTICIAS
DIPLOMATIOAS.-Cart&amp;
de
s. M. 1a Reina de Espa11a.
.
6..
del
actual
en
que
insert41.
la
del
T
.uwadn
3? de naz de esa ciudad consulPARTES DE LAS PREFECTURAS de México, Puebla, Toluca, Orizava y el Sallillo.
. '
.
. . ~ t&gt; Y
¡;
, •
, ,
!
DOCUMENTOS.-Contestacion delAyuntamiento de Apam al ollciopor el cualscle conceden mil pesos ¡t{lndo SI ,la suspens1on en el eJerc1c10 de los derec~os de cmdadama
Jm}&gt;tiesta
1
¡,ara
el acueducto....De.D. GumeslndoMendoza y socios denunciandovarios criaderos depetróleo; deD.M.' al L' lC.
· D' Jesus GarCJa
' es estensiva
· a' su pt0
• 1' es10n,
· ' ha te"""=•
~ •b'
SOLICITODES.'
u1uO llo
lf!l d'1spoHuerta pidiendo privilegio escluslvopor la lnv':"clondeun nuevo planchador.
ner se conteste á V. S. negativam~nte; porque entre ]os derechos esclusivbs
VARIEDADES.-Notlclru, geograllcas Y esladistlcas del Departamento deCoahulla.
de los ciudadanos no se considera inéluso el ejercicio de_ las profesiones, con
forme á los principios rudimentales del derecho público.
•
El
Ministro
de
Gobernacion,
PARTE OFICIAL.
(Firmado) CoRTESv EsPAllZA.
Sr. Prefecto político de Toluca.
JUESTERIO DE GOBERliAOIOli.
BECCION 1~
Méxi®, Febrero 2,7 de 1865.-S. M. el Er,nperador, con fecha 24 ' NOTICIAS DIPLOMATICAS.,
del actual, se ha servido dar el ~cuerdo .siguieote:~'fDeclarámos á. 1f_ , , 1
• i, ;i
D. Ignacio Altamira cesante de la Municipaliqad de México en el -.1 I'
•
,
1
r ,
, 1
1
empleo de Gef~ pe la Recaudacion de rentas, con el goce de dos ter- 1- -_
DE ~-.1! ·· tt,. ~AD' ~l'AÑA_A~ .~ P. Ep~~· ,, • ,
1
ceras partes del sueldo de ·tres mil pesos asignado á dicho empleo · Se,11Qr Jm _Hermai~o Y Pruno: 1 •
., , , ·,
;
• "
,,
• ,• J
· Frd~nci~co ~ª.?~• tal Ppºº er_ entmlfl.,!11.~~od!_svus, fl~~e~.;~~le$ta:~eT~npvi
él[?
Por el decreto ,,de 12 de Febrero. de. 1859, y reglamento . de. 12 de EsDtraor
mario y .m.m1s ro 1empo enc1ar1?J e uesi;ra, 1vw)?it u rn1 ¡ 1k~,
Marzo de _1~?~·
q1:1e -~~mumco á V. S. p_ara su co?ocimiento Y me ha entregado la carta que ·os habeis Jervidó ditigiHne: notifióáhdóme
fines cons1guientes.~El Mm1stro de Gob_ernac10n, Cortes_ y Esparza. Vuestro advenimiento al Trono, por elecciorl de· la gran m&amp;yóriá del pueblo
-Sr. Prefecto j:,olitiM d~I, Va)le de M;éx1co.
-'
mexicano. M.e ha sidOI muy grata esta. óoroun'iciacion, y me complazco en feEs copia. México Febl'ero 27 de 1866.
licitaros con tan fausto motivo. Los antiguos vínculos entrEI España y MéxJ'. •
,E·l S~bsej:retario ·de do~erµacion.,
.
. .
~o, _l.~s la~os de par~ntesco Y, ~~~t~~ que·m~ ll:ne~ á V~estr~ ~ ajestad ~..,,, · L ' .. ·
· (Fir~ado) F'RAN'CI.SOQ J. VILL.A.!J0i30S.
~h~l,&lt;as1•e~m~1!~ áb1.a. ~tmmstrac1on,con,qiié no d.udo!r8imnsJa,'N$&amp;
J?n
,
M~xiQan~, mé ha.cen·ie pe.mr-qye láS·d'.eladiqn~ 1tmtrfJ los.'1qs_,;E~t#os...f~liz,
· Seccio~ ·1~-México, Marzo 3 de 1865.-En el ocurso ;,ue presentó menWiest:t"echadas ra,ept«Elinue~tras fan;i,ili¡¡.s,,s,ei~4~,ta.1pí~U.e~ 'P'l:fl1) 0 ~ ,ll\Hh
'1
,
i;eses d~ b \l!l ·y,Qtra ~ae'ipn...c,,up.o IWJ.bos de~eap1q~1 ~a~ de ~rtos,senti,
á esta Secretaria, el Ayuntamiento de Apam, s~liqitando'.se le propor- ~ n~o;i,¡~&lt;¡&gt;lo qi.~,qqfi4it tH,gl\-r A·1Wfftrt,~~je~t,arl~.· '. eri 'q~ ace¡~te; ia_s
1 'soy; J'
cionara una cantidad para la reposicion de un acueducto, S.M. el Em- s~p,~id.~es de_il,.af'e_ct1 vfq,~~ro_ !. de Ia. es~unac1&lt;V: ~flirt H&lt;&gt;Wql:le
1 1
11
perador, con fecha 27 d,el próximo pasado, ha tenido á bien acorda{ lo
~
siguiente:-" Se ministrará por el erario.nacional al Ayuntamiento de .(J :t~ 1 •. ?F,m'1füPffi~ i{ tl~~a·l\faje~Uti'Ilñ 'li'riÁI1 , (;i 11 1I · ',t ·q .1 uh
1P~qi1 cqn;~aU~\4. de r~integro, :la-~a.n.tidatl de mi~ pesos para, que rr1,"'" ¡, ,· • J ' , ,, ' '
bnenate!ll}ai:iay,l!rin¡~ o -~.·111 ,·1
desile luego ée proceda á la reposfclon deLa:ciléducto!LEI ,Ayunta- OJ:J•jl'.J'l'I 1 ~~ - o~, : HhH .'[ .'/ ')~) 11 • 1~ •.! iG(-F-i.rmada},lSA13EII.J 'lff
miento abrirá en el municipio un registro_de súsc14Wmes vol úntariair Eniel. Pálaoio,de !Mádtid, á.l?:ida Ootu.bi:&amp;dH 864,, 1' . •1 , 1L , ,oh,,~ 1 o· · •1 11.111
para cubrir con su producto el resto del gasto· y vérificar el reinte(Refrendado) .Ale;andrOl.blCJ.Mfte....uoi'JJ;11·1'Jd
gro mencionatfo. En1 caso ,de serlinsuficiente este recurso, el Ayun- A Su Majestad el Emperador·de M'éxi6b. .\ t ,•7 '&gt; ·,:, •. ,i i"'• :I
tru11:j~nto propondrá arbitrios supleto!ios."-Lo que comunico á V.S.
, ' , ,l
1·
para su conocimienfu r., finl;lS consiguiwit~s 7~1 Ministro de Goberu'tn ~,·R,,./,ET
S "DI,:;;/',1/!A
rr s· rPRE.-P., ECTURAS.
nacion, Cortés y EsparzCC:LSr. Prefecto politieo de Tulancingo.
r ..t1. 'l'
'~ .lJ
Jiº
Escopia. México;Marzo-3ael.865.
\'!.: .o!li•f·Y ·/ '. I .,, "
rrimo',DE"Jh,i,E~:N'
-·,h-:,l ·,':
! ~ - • C..:El .Subeeoretario de Gobernacion, ~
..., .:..
1 l-.,1 t
1 ••
l,1
,p
i
.
,
~
l
,
4--&lt;t'C•!
l . ,·H/r ,.1
(Firma&lt;lo)-FRANCJSCO J. VILLALOBOS,
' Prefe,etuta politiD",d.éliDeparbaJD~J,)t~,'d~l V~lie¡q.e ;t\'M,;.JCOiw$.epSe~cion 1~_:_México, Marzo 9 d~ 1865.-S....M. el Emperador, con eion _de 'gqeí:rá.:....;...Número: ~154,..:_iiéxico, ~11¡~io ~ qe, Je 6~·:-fx,ng.
li h
l
Sr.-El Br.efectO:.de Cuaut1tlaJ1, con fe.cha d~'Eayer,.. 1P~1 dic~, lo;s1
ec a~'! 1de actu~l, ha tenid(? á bien ,acorda.r lo sjguiente:-~' Los g,úienteLEl-coman'Barite Qe. la GQar?ia ;ij.~r~l ~~Je~~~ PisJrit9,·despe
empleadQs,d~ :(Iacienda münicipaf'en esta Corte, cauéidnatán s'lrpial Zumpa~g? me dice .con fecha d~ '6oy).o 1!s,\g~i~qt~,~ijP~P~91~
nejo eJ1J§J9rJI.1&amp;, qu~ á pÓ9tipua.~íon se espres~¡ ,
.
.,. . ' V. S. ongmal un oficio del Sr. TrCJ◊., J:J.P-1~.~\f1g1~)~l,,§ifi.o.r,~prp1~ar10
1(l 1 • •
EID?LEil&gt;OS. ·
' t" · · Gl\'uoion~s: '
Municipal de Tequisquiac sobre-los a.co,ptech:µie;itos,,Qcµrntlos en la
, Gefe de la oficina de Hacienda ... - • : _- . - • • . • • • $ &amp;,000 :• ·· perse.cµoiop_ ~~ l9s_{awiio}los.;t,ll 069~&lt;?-J ¡que se refiere dice así:.
Administrador'de Obtas JAfblicas.• - -••• ~ ... ;'_. . 6,0D0 '' Hacienda de San Sebastian, Marzo 6 ·ae 1866.-A las nueve y meO
.:i M
. dOS; .•••' .• •••
. , ~ ••.•
' ' - •·' , -. - •; ••
. ·• ·• • •.,• • .·4, 000 , ' d'ia ;¡~e la noche auabo de-ree11:11r-mt
-~
- ~- o 1; ·tTd~~ N,
e ~ .erca
eorreo del-oeñor
:ttiüKito
- de
CaJ~i:o pagador-• •.• _.., •••.•. - - - • , • , • • •••. _. . 4,000
Tula, por el cual me.éom 1iw ,.lii4ir sía6 d~rrotado D. Catarino
. Recaudador de la contri,bucion~d.e alojamjeµtos .... ; , 4,000
Fragoso, quien se escapó solo por los cerros de la Hacienda de Hao · Fontan,e~o.mayor•. •-.•• ___ ............ -·.,..... 2,000
pa con quince hom\yes; ,..Lo 4ue--tengo el gusto f..: participará vd.
Guarda mayor del Alumbrado: .•.• ✓ - _ ~ ~ • • _ . . . • 2,000 ·
~ara que se sirva bacer1o al ~eñpr Subpretecto ele Z(!.tnpango, lo
1
.A:dministrador ~el Fiel-contraste•. ! . . . - . - . . -·-. 2,000
cual' le hará á .vd. co'm6eh&lt;fM que eh la lllll.drog~da de maiian!L ten-~ _l&lt;iem del Hosp1_tal ·de San Hifó)ito. : •• . .•. _... 2,000 ' go q.ue emprender mi'. ar?'Iia para/ir á1cúm~hnorr la.s 11nstru~éfól . fdem del Colegio cor~e~ciona "del Tecpan.. ___ . . 2,000
be~ gue acabo·de 'fecifü ·7".El1cbmarldifüfü1mílit~r tli!1Te!leji,•fiedad
. ~ada ~no de l_os ~dmm1stradores de loterías. _:: . 2,000'
.rf~,i_o,_:Sé~o(ppn:íisario 'Mu'~~fif aT d~~-~ü~s~~i~c(-:Yi'te~'e.l ho, L!19,C8~,erones ~~nc10nadas 'se otorgarán ái sátisfaccion del Aybn- nor de _~~mun}cáno~á ~-,§,;,TP.ªTª &amp;u.~ pe~·pr_ COP'OC~l~~fo. T-engo
~m~ento. -Y ló_t~sérto á V, S. par~ su conocimientoty-fines 'con'-1 ~a:h?nra ,ae trascplh;'!b ~ •Y, 1~_- .Pfrr',~?noci~rn~t.? d~ ·~· ~- :F¡s1gtp~ytes.-El M1m~tro de Gobernac1on, Canés y Esparza.-;-Sr.'J~re- Pt?S _g)l,~l'1e ,á v'--. ~- wuchbk
,rn!-os.-El PtE!feq~_,Po!ít1do, Azéá~ate
1
fecto politico del"Vane ·ae México 1
11 ,
...
/ MiK1'1t Mai1.a.-Extno Sf! ltf1mstro. de Gohern.a~1on., ' .
)' 11
1
I
- Ea copia,. México ,Marz9 9 qe 1¡;¡65; . . ..
~&amp; cooi~. Me'xico,'M'iirzb 9 de'18_65. ¡; '. 1 'u J
l.!
:) JII :
•t
,
. t' .
,
. ,
.r Al,. •11 1 .• 1 , JI~ ,1 f n1111c ,,r ,.,. 111 JJ. 1J ,IJ,, ,
,1, ,rJf'J, !tf, "'' u• ,: 1
tlSuhaeqretariódeGobemacioñ1
,r
, , J , . . _,
"j
ElSub1bcretar10 d~11.:fOb~~?ªff??¡ 1 01 .,,,fo¡ l'I L 'JÍ)i¡,, , 0 1 ,...-i
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS. '
(Firmado) Fru.NCISCO J. '\1'1LLALOBOS, 0 .
1

~~,.

:-~º

1

J

0

(l.

,· "

·'

:.

''cíoi~(

11

f.

:

.'·

:

•

•

)

',rn·

-

'

�242

Prefectura política del Departamento de Puebla.-Puebla, Marzo 4 de 1866.-Exmo. Sr.-El Sr. Prefecto de Tlatlauqui, con fecha 28 de Febrero próximo pasado, dice á la Secretada de esta Prefectura lo que sigue:-Por las muchas ocupaciones de que he estado rodeado, no me babia sido posible dar cuenta á esa superioridad,
de que este Distrito babia vuelto al órden, del que por la fuerza lo
habian sustraido los disidentes. Hoy tengo la honra de remitir á vd.
copia de la acta de arlhesion levantada espontaneamente por los principales vecinos, esperando se sirva vd. participarlo al Señor Prefecto
surerior para que se digne elevar la referida acta al conocimiento
de Gobierno de S.M. el Emperador.-Y tengo la honra de trascribirlo á V. E., incluyéndole copia de la acta de que se trata, para conocimiento de S.M. 1.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior, José M. Esteva.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Marzo 7"de 1866.

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura política de Orizava.-Núm. 32.-0rizava, Marzo 6 de
1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de participará V. E., para conocimiento de S. M., que en la semana última que ha trascurrido, se
ha conservado inalterable el órden público.-El Exmo. Sr. Ministro
de Fomento, D. Luis Robles, que llégó á esta ciudad el martes último, continuó el sábado su viaje para México. Los Sres. Ministros
de Es~aña é Italia, el secretario de la legacion británica y el Sr. D.
Franmsco S. Mora han salido igualmente para la capital el viernes
próximo pasado.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto
polttico superior, Alonso Manuel Peon.-Exnio. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
·
Es copia. México, Marzo 10 de 1866.

Prefectura polftica del Departamento.-Núm. 441.-Saltillo, 27
de Febrero de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de poner en el
superior conocimiento de V.-E., que en el Departamento que es á
mi cargo se conserva inalterable er órden y tranquilidad púb}ica.Reitero á V. E., Sr. Ministro, las seguridades de mi consideracion y
aprecio.-El Prefecto superior polftico, Ignacio Lozano.-Exmo. Sr.
Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Marzo 11 de 1866.

Total.

Mll!erea.

Total general.

52
50
32
52
15

61
56
61
50
10

113
106
93
102
25

DEL nrr:BBIOB.

Sumas .•• . . ••. 201

238

439

89
90
38
99
Z'/

90
96
67
100
15

179
186
105
199
42

Sumas .•••.• • • 343

368

711

Niños de l á 7 afi.os. • .. . • .. .. ..
De 7 á 16... ....... ...... . ....
De 16 á25....................
De 25 á 50....................
Ancianos. . • . • . • • • . • . . . • • • . . • .

lª

D. Gumesindo Mendoza, por sí y á nombre de sus socios, ha hecho formal denuncio:
l ~ De dos criaderos de petróleo, situados en el cerro del Chapopote, en
la.jurisdiccion de Temapache, partido de Túxpan.
2° De un criadero de petróleo en la hacienda de Cerro Viejo, de la jurisdiccion de Temapache, partido de Túxpan.
3~ De cuatro criaderos de petróleo, en estado de brea mineral, en las faldas de una. estrecha meseta, conocida por el Chapopotal, en la ranchería de
Juan F elipe; de la jurisdiccion de Temapache, partido de Túxpan.
Y habiéndose admitido los anteriores denuncios con esta fecha, en cuanto
ha. lugar en derecho, sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas,
se avisa. al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á
oponerse, lo deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.

De :México para Arroyozarco.
8. Joan del Rio.

",,
,,
",,
,,

439

Salamanca.
Guanajuato.
Lagos.
Guadall\Jara.

DE 'l'OL17CA.

711

Todoi los~ escep- Todos los días, eecepto el Domtngo, á . to el Domingo, enlas 7de lama.nana.
tre 2 y 8 de la tarde

l

Cuartel núm. 3.

93
62
63
76
19

164
148
119
155
39

Sumas .•• , .... 313

312

625

71
52
53
70
15

72
56
49
78
23

143
108
102
148
38

Sumas .•••. • .-. 261

Z'/8

53g

Niños de l á 7 años. .. • . . . .. . . •
De 7 á 16.. •. . . . . • . • . . . • . . . . . •
De 16 á25.. .. ..... ...........
De 25 á50....................
Ancianos. . . . . • . . • . . • . . . . . . • . .

n
De lléx:ieo para Toluca.
Ixtlahuaca.
",,
M.aravatio.
Acrunbaro,
,,
lloreli&amp;.

625

2ª

México, Marzo.13 de 1865.
PIDIBNDO PJ!IVU.BGIQ ÉSOLUSIVO POR u. INTBN·

DE D. .MA.NUKL H unTA,
OION DE UN NUEVO PLANOH.ADOB PARA MANTAS Y OTROS T&amp;JID08,

"Segunda. clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocíentos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Manuel ;Huerta, ante V. E . con el debido
respeto, manifiesto: que he inventado un planchador para mantas y otros tejidos, segun el modelo y pliego de esplicacion que debidamente a.compano.
Siendo el aparato indicado enteramente diferente de lQs planchadores que se
usan basta la fecha, por el sistema. de cilindros,-A V. E. suplico que con arreglo á la. ley de 7 de Mayo. de 1832, y de conformidad con el citado pliego
de esplicaoion, se me conceda privilegio esolusivo para la construccion y uso
1
de planchadores por mi método.
México, 9 de Marzo de 1865.-Exmo. Sr.-Manuel Huerta,."
Lo que se publica en los periódicos conforme al artículo 14 ae la ley de
3 de Noviembre de 1858.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL Oaozoo.

De ){éxico para Ohalco.
Ameca.
,,
Tenango.
.,,
Cuautla.
,,

n

20
30

10
32

13

29

15

47
11

Sumas . •.•...• 122

129

251

65
43
28
41
19

28
88
35
39
20

93
81
63
80
39

f.

Sumas ....... , 196

160

356

356

44

DlftJWXIUZ.

251

De llé:rleo para Ayotl&amp;.
"
s. Martín.
Puebla.
,,
S. Ag. del Palmar.
",,
Orizava.
Oórdoba.
Camaron.
,."

Nifi.os de l á 7 años............
De 7 á 16.. .... ...... . ... .... .
De 16 á 25 ... .... . .. .. .. .•...
De 25 á 50...................
Ancianos• .•••.•• , . • • . . • • • . • • •

M:UNIOIPALIDAD DB SAN BuENAVXNTURA., DEL DISTRITO DB MoNOLOVA,

La Villa de San Buenaventura, cabecera de la Municipalidad, se encuen-

45

58
26
67
16

Sumas ........ 212

45

90

42
44,
53
3

100
70
120
19

187

399

DeMéncoparaS.JuanTeotihuacan1
Lúnes, Miéreo1es y Mártes, JuéTes y SáOtumba.
baáos, entre 8 y 4
::
Guarda.
Viernes, á las 6 de
de la tarde,
.,
Apam.
J la manana.
DI P.&amp;mllJC.l Yrur.ucmao.

'Í
l

Para el primer punto Del primer punto todos los días, esoeptodos los dias, eseepto el Domingo,
to el Domingo, entre 8 y4de la tarde
á las 6 de la man.
Para el segundo pun- Del segundo punto,
to, Lúnes, Miércollártes, Juéves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 8 y
6 de la 111anan&amp;.
4 de la tarde.

De México para S. Orisi6bal.
,,
Ozumbilla.
,,
Tizayuea.
,,
Paehuca.

399 ,
DI

cum.a.v.lC.l.

D~ )léxico para Tepepa.
Lúnes, Miércoles y lLártes, Juéves y SáGuarda.
Viernes, á las 6 de
bados, entre 8 y 4
"
Huitzilae.
{ lama.nana.
de la tarde.
Los eatranjeros que residen en la muníoipalidad son cuatro un esna.flol y
,,"
Ouernavaca.
tres norteamericanos.
'
rHay un sol? sacerdote secular, que es el cura de la villa.
DI PUDL.l .l lllJ.uwrrLl.
Las ocupaciones de los habitantes, son:
Total poblac.a en la muninipalidad. 1,648

'

Todoslosdias, 81iOOp· Todos losdias, eecepto el Sábado, á 1aa
to el llArtee, entre
4 de la maflana..
lí y 6 de la tarde.

DE AP.lJL

Haciendas de Sardinas 7 Sau Blaa.

lfOTICIAS GEOGB.Al'ICAS Y EBTADISTICAS DEL .DEPABTAKD'l'O DE COAllUIL1.

1'1IDLA.

Todos los días á las 4 Todos los los días, en{ de la 111anan&amp;.
tre 5 y 6 de la tarde

De :México para Puebla.

Congregaeloo de Santa Gertrudie.

VARIEDADES.

) llártes, Juéve@ y Si- Lúnes, lli~rcoles y
Viérnes, entre 8 y
~ bados, á las 6 de la
4 de la tarde.
J manana.

539

30
62
42
91
26

Nifi.os de l á 7 años............
De 7 á 16..... . .. .. .. . . ... . .. .
Del6á25............ . .......
De 25 á50....................
Ancianos. • • • • . . • • . . . • . • • • . • • •

Lúnes, Miércoles y Lún.es, Juéves y Sábados, entre 2 · y 8
Viérnes, á las 'T de
de la tarde.
} lamanana.
DB AJIIC&amp; y atJ.lll'lLl.

CuarlA!l núm. 5.

Nifi.os de l á 7 anos . • . • . . • .. .. •
De 7 á 16.......... .. ....... ..
De 16 á25....................
De 25 á50.................. ..
Ancianos. . • . • • • . • • • • • . . • • . • • •

XODLIA.

"

Coart.el núm. 4.

Niños de l á 7 anos. . .. . .. .. . ..
De 7 á 16.. ... ....... . ... .....
De 16 á25..... .. .. .. ........
De 25 á50..... .. .........•. . .
Ancianos. . . . . . . . . . . . . . . . . • . . .

i Mbloo.

Kártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viémee y
bados, Alas 4 de la
Domingos, entre 5
manana.
y 6 de la tarde.

De México para Toluca.
71
86
56
79
20

Dlu 7 horu en que en&amp;ran

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juévee y 86Viernes á las 4 de
bados, entre 5 y 8
la manana.
de la tarde.

Querétaro.

De México para Arroyozarco.
,, • S. Juan del Rio.
Querétaro.
S. Miguel
"
Dolores.
,,"
la Quemada.
,,
S. Felipe.
Jaral.
.,"
S. Luis Potosi.
,,

Cuartel uúm. 2.

JmllBTERIO DE FO:OliTO.

tra. situada. á los 300 30' latitud Norte, y á los 1º 48' longitud Occidental de México. La estension de la. Municipalidad es muyimperfecta; la villa
está situada en el estremo Sur, y el estremo Norte distará 70leguas de ella;
de E. á O. habrá 10 leguas (término medio), dando una área de 700 leguas
El Subsecretario de Gobemaeion,
cuadradas.
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Sus límites son: al N. la villa de Muzquiz; al S. E. la ciudad ·de Monclova; al N. E. Abasolo; y al S. O. la. villa de Nadadores.
San Buenaventura está á seis leguas de distancia de Monclova, á una de
de Nadadores, cinco de Abasolo y \feintitres de·villa de Muiq_uiz, sjendo ca·
DOCUMENTOS.
minos para coche los que conducen á estos puntos.
Su temperatura es de 28 á 309 sobre O.. en .el verano, y en el invierno
KIIISTllIO DE GOBEUACIOB.
de 1 á 7º de helada (T. de Reautnur). Su atmósfera despejada: lluvias, esSecretaria del Ayuntamiento de Apam.-Apam, 8 de Marzo de casas en el estio y bastante abundantes en el otoño. En los meses de Mayo
1866,-Exmo. ~r.-Muy satisfactoriamente ha recibido esta corpo- y Junio acontecen algunas tempestades, y las granizadas que suelen caer son
racion, que tengo el honor de presidir, el oficio de V. E. fecha 3 del funestas para las cementaras de trigo. Los vientos reinantes son el N. y S.
actual, en que se sirve comunicarme la buena acogida que tuvo an- • Algunas veces aparecen nieblas en la primavera, y entonces son muy dapara el trigo.
te S. M. el Emperador nuestra solicitud, pues se ha dignado man- ñosas
La vegetaoion en toda la Municipalidad es feraz y abundante: su situacion
darla obsequiar, proporcionando á este Ayuntamiento la suma de un (en la mayortparté) es entre dos montañas, la. de Sardinas y la de i:;anta
mil pesos del Erario nacional, en calidad de reintegro, para subve- Rosa, y regada por un río y diez manantiales.
·
,
nir á los gastos que demanda la reposicion del acueducto de esta ca- Las enfermedades que se sufren en el país, son: viru~las, sarampion, es·
becera, y facultándole para abrir un regiatro de suscrciones volun- carlatina y fiebres intermitentes.
tarias en esta municipalidad, para cubrir con sus productos dichos La Municipalidad está dividida en cj!lco secciones, y á mas hay la oongregacion de Santa Gertrudis y las haciendas de Sardinas y San Blas.
gas~s y verificar el reintegro mencionado.
1
(,

116

Cuartel núm. l .

El Subsecretario de Gobemaéion,

(Firmado) FlU.NCI.SCO J. VILLALOBOS.

55

Nifi.os del á 7 años............
De 7 á 16 . • . .. • .. .. . .. .. . : ..
De 16 á 25 . • .. . . . . • • • • . • . • • • .
De 25 á 50. • .. . .. .. .. • . • • .. ..
Ancianos . . • . . . • • . • . . . • . . . . • • •

SOLICITUDES.

SouoITUD

61

Hombres.

México, Marzo 9 de 1865.

El Subsecretario de Gobe~o,

211
95

POBLACION ACTUAL,

(Firmado) FR'ANCISCO J . VILLALOBOS,

SECCION

101
46

Dlu J horu en que l&amp;len
de M6xlco.

El Subsecretario de Gobemaeioo, ·

Prefectura superior política del primer Distrito del Departamento de México.-Número 83.-Exmo. Sr.-El Subprefecto de la Villa del Valle dice á esta Prefectura, eon fecha 6 del corriente, lo
que sigue:-Restablecida la tranquilidad pública en las Municipali. dades de la Asuncion y San José Malacatepec, como tengo la honra
de decirlo á vd. en comunicacion separada, han vuelto á esta villa,
hoy á las dos de la tarde, los treinta y cinco hombres de infanteria
que sa.l~eron en per11ecucion. d~l disidente Fermin Valdés,-:Tenga
vd. á b1en ponerlo en conoc1m1ento del Señor -Prefecto super10r polftico para los fines consiguientes.-Y lo traslado á V. E. para suconocim1ento, debiendo agregar, en cumplimiento de lo prevenido por
ese Ministerio, con fecha 28 de Diciembre del año próximo pasado,
que en toda 13 semana anterior se conservó inalterable la tranquilidad pública en este Distrito.-Dios guarde á V. E. muchos años.El Prefecto superior polftico, Pascual Gomez Fuentes.-Exmo. Sr.
Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Marzo 10 de 1866.

En el año comun que terminó han nacido.. . ........... . 110
Han muerto ...........•............ ,.,,.•., .•.. 49
Aumento .•. •..• ..•. . .•

El Subsecretario de Gobernacion,

SECCION

SERVICIO DE DILIGENCIAS,

Hombrea. MuJeree. Total.

Tanto la citada corporacion como todos los vecinos de la misma
cabecera, suplicamos á V. E. se digne dar de nuestra parte una infinidad de votos de gracias á S. M. p0r tan singular beneficio, y por
el que Apam le vivirá profundamente reconocido.
En consecuencia, solo nos resta que V. E. tenga la bondad de indicarnos la oficina á quien se deba ocurrir para la recepcion de la
referida cantidad.
Esta ocasion me presenta la de protestar á V. E. mis atentas consi~eraciones y particular aprecio.-El presidente sustituto, José Manuel Hernandez,-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia que certifico.

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

243

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

1,672

3,320

Dlu 7 horu en q11e l&amp;lea Dlu 7 boru en qae enlraD

Agricul~res......••.•. , ...•• , . . , .• , , , , .•.. . , .. , , , . , ,
Comerciantes, entre los que se cuentan los dependientes de las
casas de comercio. . • • . . • • . . . . . . • • . . • . • • . • . • . • • . • . . •
Artesanos......
.. . . . . . . • . . . • • • • • • • • ' • ' • • • • • • ' • • ' • ' ' •
J -ftl
s·orlJ,IUeros
. .•.. .•. •.... , . • • . • ............ ........... .
..•.•.•. , . . • • . . • • . • . ' . .. ' . ....•...• · · ·• · · · ·
Mirv1entes
'di
e cos .......•....... , ..... •• ,..

...... ..... ..... .
~

295

de Puebla.

LINli8.

Lúnes, lliércoles y lUrtea, Juéves y 8§..
Viérnes á las 6 de
bados, entre 8 y 4
la manana.
de la tarde,

1

30
99

s

n 1110.uv.uo .1. LJ:oJr,

330
2

764

á Paebla.

De idem pAra ídem.

Kúioo, Enero '1 de 1865.

)(ártes, Jnéves Y Sá- Lúnes, lLiércoles 1
~ª.d..º.8z.f las 6 de la
Viernes, entre 1 y
wauau2 de la tarde.

l

�DIARIO DEL -IMPERÍO.&lt;T
ha m~dado~e. haga'.saber pa radicacion al demandado; lo que verifico por el presente
anuncio._ Me.qco, Marzo 3 de_18~5.-Jl!anuel Ro_mero, Escribano _público de la..Nacion.
178-3s- 3
.
.
PREFECTURA POLITICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE HEXICO.

CONVOCATORIA JUDICIAL.

SEcCION .fi.E JusrrctA.
r ,
p, , .1 , •
• , , .,
,,.
México, Marzo 11 de 1865.
El RegidoJ:1 deLtExmó. Ayuntamient-0 D,:Francisco Villanueva; el dependiMte del Sr.
Pontones, D. emnilo Velazquez; el Eircribano público D. Casimiro Ferñan®z, y el.Co.
mandante de Batallon D. Felipe Romero, han ocurrido á esta l'refectnra, pidiendo que se
les dé certificado de no ser ellos los aprehendidos en una cae~ juego·, po'r encontrarse
nombres iguales.en la lista q11e se publicó de las personas qne lo fueron; y como aquellas
estén ·de llecho prpsai!.eil la cárcel, el Sr. Prefecto político me manda suplicará vd. que
se sirva hacer es11 \l,ClarjlCion por el pei;iqdico ojioial, para que ~irva de .11atisfacciou ÍI los
interesados.
~
El Secretario general de la Prefectura,,Alejandro Villaseñor.:
PALACIO MUNICIPAL.
México, Marzól de
., • ,
3 1865 0
L!,. Junta de Hacienda del Exmo. Ayuntamiento de esta capitál, hal lléórdado se citen á
las yersonas que puedan entregar ochenta docenas de losas, de vam ctlmplip.a, que se necesitan Jlilr&amp;)a,ca~,;iil-de Betlll4em, á fin•qe .que pre&amp;en.ten sus prop(lest4~ antes de la~Jloce
del
~E!f(J9l9s,
dql
de• lll misma Corporacwn.
f .• t l5
,
r, ,corriente; en :pliego cw;r~do, ~n la Secretai:ía
,
H
1
1
1
1
1
• · ''El Secreta1-io general del Exmo. ~yunttmiento, r;~· /.l'&lt;''i 4,;1Matees:,·

Enílóilautóáde inte.l!tado de D. Santo$,Riyas, )1¡¡. mandadq el Sr. Juez 1~ de letras ci
vil, que conoce de ellos, que se convoque por los periódicos ÍI las personas que se consideren con derecho á la herencia, para que en el término de tremta días se presenten á
dedacirlo; con el apercibimiento de qliíl'les. ¡mr11rá~elp6I'Juicio que h11y11 lugar al que no
lo venfique.
En consecuencia, póngo la presente. .
.
México; Marzo tres ·de-mil ochocientos sesenta y cinco.-llfiguel F. Gmrra.
·
. 179-3s-3

da

JUZGADO 39 DE .LO: ClVO+ . .
El Sr. JÚez 39 de lo civil de esta ciudad, Lic. D. José.M. Corde1·0, en aüto de 'cuatro
?elcor!iente, h~ mandad~ se convoque por~c,s lle.tjóJl.i~o~ .4 \o~,que s.e.~rean¡ci&gt;n.~qerecho
a los bienes del mtestado de D~/osefa B?Wlla, para que en el término deltreinta dias se
fi'fi~=!~n á deducir los·que les :ompetan;_~percibidoli de lo que haya lugar· si no Jo ve

México, 'Mtirzo 8 del 1865.-Maiíuel T. d&amp;-Meneses, Escribano :público.

I

180-3s-3

roZGADO 2º DE LO CIVIL.

' · J. Torrea, contra el
En el espediente promovido por D. Anguste Donssine, por·•D. "Juan
Licl D. Mari~no Z_avala, ~obre pesos, ha_mand~do al, Sr.. Juez 29 de lo civil, Li~. n: Man~e&gt;~avon, a pedime9to1del actor, se 01te fr. dic)ip.Sr, ZllYaltl ,par1;1,qu.e. 1,in .~l WtminJ) de
1
P,REFECTURA POLITICA DEL DEPART~D
, EL
_ _:YALL,E,,
~EXICO. .·.·
diez d111s se ¡iresente ª ,t8Bear los de la matena, a efecto de !JUe ale~e de su de1.ep,h,o; bajo
·, r&gt;r r~o
, _
e) apercibimiento de /lµ,e ~n ~aso ,con~ratjo se Ie'dará por citado pará ·seh'itn&lt;fia. 'En tal
virtud, h&amp;go la presente' bitac10)!; 'advirtiendo quetil despacho-del. qne sU1mribe está'en·los
eXlco M 11 7 8 1865
Numero 1,914
En el ex-convento de Santa Clara habia establecido D~ María P ensado baj9.s del núm. 7 delaitne de láMoneda. ' . • • . •
•
' · · '· ~ '.
una casa de juego prohibido, ·]a qneº f01'.¡h·éndida por la policía, en ella
'éxico, Febrero Z'/ de,1865.-.Mati~ 'l'..de-Meneses, Escribano público. 176-Ss-4
f~erop, aJ?r~P,il}f,di_g.q13 p. J~a.n y:~·9ia,¡t(}_.§evrriano H ernandez,
JuanRa1
•
·
CITACION JUDICIAL:
b1a,,-~ ~~b.tmu¡m~ ~ : lgl'.!Jl-Q~ _i.Úmel:'la.! el.~n~n~ D · Matll!,e l Garden;is, •~. ''El Sr. Juez 49 de lo. civil de es'ta corte, Lic. D. Eyar~sto R~ye~, á-¡soncitu~ de varios
CasiJ~rn:o .F-ernaµtlez, D. Josa Serrlano, D. Francisco Martmez, D. Fianc1s- &amp;ereedores de D. Santiago Barthes, ha mandado se cite a lós demas y se consideren con
co V1llanueva, D. Alberto Suarez, D. Leandro Elizondo, D . Remigio Cas- el mismo derecho para que concurran ájunta que se verificRrÍI el d:a 13 del corriente á
tañeda, -D. Felipe Romero, D. Call')j],Q,: ~~,zq:u,ez, D. José María Machuca,- las doce, en s~ juzgado,:sito en 4l1Pal~cio ,de Justicia,. c~lle de 111 Moneda, con\i(oNeto de
D. Longinos Cervantes, D. Cornelio Becerra, D. Cristóbal Diaz, D. Hercu- que se.formalice el co~cnrso n~~aano. Y en oumplimien~ de -le mandado pongoeLprelano _Zubie~a y )a espresada D~ A1aría P ~nsado, á quienés)!hílpe'ijüit,id.. ele ,e;xico, Marzo 7 d~Í~-- ~~simiro Fcrnandez, ·E;crib~~o piíbliéo. · · · Í1~~s.::._5
habél'!íeleS'1mp tué),to las penttlYg~1e1 áem;u.;.ca la ley de 25 de F ~~rero dd864,
-;
t'
' • · .. · .. " · .. · · .. · · .. ",, l
'1
confo:rnk ál'.Th'.Jrfü~~ibn 2..,dE!l'_itttf: 1?'~e'la mis~a ley, i~~M~Jndispcnsable
l
COMPÁÑIA DEI: 'FERROCARRIL DE DXIOO· A· PUEBLA:
•
'
que sus naili'Brei 1qt/Men pubhca0ós'\i8t t~es &lt;lias cons~c\it.1vo~ f n el pl'l'iódi~alebrad~ una. _sesiv61 ~º1\8eJ8 !.d~strativo, el dia de a¡er, para arreglar las opeco oficial.
(
.nu;1 ' '
"
raronea previas a la 1li80'luc1on-dé·la Soéñ!dad; se aoerdó"qúe a pesar de estar reasumivl
da lá mayor parte de las acciones en la persona del Sr. D. Antonio Escandon, se convo..c, secretario general de la Prefectura,,,.
qu una junta general para las 5 de la tarde del dia 15 dé es.tinnes.en::lll &lt;}espacho del
.MT'(FM&lt;f-8)1A
' 4,i'ANDRO VILLASEÑOtt.
l&lt;'~ocarri~, plazuela d~ Gu11rdio}a, para tratar~e de la disoluc~on iudi9,a~a, N9 bas!a;¡d~,
=;;;;,!Si;;;;;;.;;~¡;¡;;,1F.;;;¡;;;;ªª"~;;;;;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;~;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡;;;f~;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
·.;;;4r;i!••¡[3,~q~,J/;;;~
'•·li!.,.,,;;\r;;;l
''l~i-.~;1~
v ~~ un los Estatutos, ürlaísola eésion_paraltíl objeto, se acordó 1gualmenté la convoca.fina
~ . " ., :,, &amp;. , : ,· . - ~.--+ ~-r,,i....'
.nntul:.. 5 "
p · a ,1~segunda junt&amp;¡(qp.e se '16¡;ificará {~-:el ~i~rp9 .d.e~p~c)19 .e) ~? dJl! ~.e.s ~~W'Sl•'I( l
O" 1• !) ' ),[TI Jrl
.a;.,. ·u -4,~'vl:OS.j~íJ.1:ll':J1
,.
Mex1co, Marzo 7 ~ ¡Jfl65,- -llf,er y Te'T''!r_'!·-!'.- Al?R_aZ~~•. ~e~re~rio._. _¡:Plh:¡lfs7ii~
• ,[l1'lÍ ,: ~ •
. ~' 1 ,,,.
,[;:.., , r 1
1
r r
Tff'l7GADO 40 DE T " nnFTT
o- ¡ ~, (
1
AVISO IMPORTA~TE
,,
"
,,
Sr. Juez 49 de 0°~vil, L~;lJ. EvaHÍto Re;~:::~:~~~;e~,:ba-~a~d~~ li~ton.JwJX11![.;;J.
vo{ue "!?ºr los periódicos álos qu&amp;se,cr~an-oon de;echo_á loe bienes del )ntesta~o de D.
DJ!iL •' D
I!
M rcelinq~chez, .ir~~~ que e~ P!:tél1Illl!-~~e ~~eµita ,d,ias _B\j, pl'8l!enten II ded11c1r los que
le competan; aperc1b1dos de lo que haya 1ugar s1LO lo verifican.
1
~ r,,~¡~¡r~
.,'bALnp¡p1;up1r
vI ), • f los, n~~r%
,, ;'- ~ ,iii • l LO'&gt;()T
. ,
,;{ , ....,
· .,,. a ' · F b
ar .,.J 7.' .,_M
'l.li
"l_,e.
d~ ,\)§te per1ód1co
deéae,éF~'l11ls'Ui;'él--'Je6
exico, e rero 7 de 1865,-.man...,.
. "" eneses, E scu'ba~~ Pru!'
!. ~~\ 97- 30s- 25

f1·

J?·

J

'

a

., V

k1

PARA LOS suseRITORES

la.Rl() DEL UIPERi o•

1

inclusive, y en éuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á los suscrit~res que los han pedidotr".l·
~
o,;TRIB~f' DE~~º. ~~- ~
0 ~ · f,,,.' l 'J 5 , ·¡z
1
Los·Gefes de oficinas y otras dépeñcte1miasctél
Gobierno, que deban sus!:U
t:;
, . . . ~é.:1!~ ! 7Ae.~~:z.o.~eJíjy ¡, i
cribirse al Dumo, se servirán decir lo mas pronto posfüle ~el uúqi~:Ú&gt; •dé 'L ~s,te Tribunal, enJ.!W de hóJi1Yá petjo!on 4~!.S.íl)-4i9q ~ mW~tr~o¡:,_.ha.:wiw-fa4Qí se
.
1 Adm1
~
Cita junta general 'il\jl(lreedore~ del couourso a bienes de O.Arcadio Lópe¡¡, !ll(quejee3emplares gue. nece~itan, para que , a
. ,inistracion &lt;!!° eriódico pueda be 'verificarse en la;l!iíidiencia:dfljueve'A:l'6 dllt éo'rti~l'lt:e; fi. 1ás' dós'de·ra·'tard'e:-'-:' :., A
arreglar➔eo'tlv~me~tllent'é sus ,ti•a:b,~'.1f 1
. .
... '"" I
··
o que se pone edJeonocimiento de Joá&gt;ínteresados,·cumpliend6-con lo ma'i:idtl'&amp;o!llü
1
s\?pñ~ {ii)~s 1éhscrito~é's 'd~1:ibs
¡
eÍ),°artámen~dS'¿¡Jé'no1nin pagadt&gt; to- 1
]Qjé"M. ªª'&lt;ª na, o CJ 2?' encargado de Ja.Jsecretarí11. 183-3s-3
1
davía-'e11 ptffll~P 't rimestre dél'1atffü'1a~ l'ia1,~que remitan cú~nt;fil~tes el itnpor,.
V
f' •
' "
. ' ,.
te de las suscriciones correspondientes á est{ periodo. _;;~.;;1
~
PREFECTURA POLITICA DEL DEPART~ DEL V ~ DE ·IIEXICO,
JUZGADO 6º MENOR.-CORDOB ~ NUM
·'
Al,EJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de los tribu11áJijé' dllt'Íínp1tlrid ylsN&amp;r3tario~g~Íteral de
·,
..
· 8•
la Prefectura política del Denartamento1del Valle de México, - .., , ! r. - ,• ,
Por la presente se hace saber a D. Antoolb.'{/11iíia, que en su rebeldía se ha dado por ~ .
T,t:
\ ~
,,.,
: •; . . . . . . •: . . •· r: 1 ;
'u"'' m,
contestada la ~. manda. que sobre pesos le promueve el Sr. Lic.. D.,Fran~isl)O D. Bonilla, y
e;tifico: que aunqup ~n la li&amp;i que Sjl. pubI¡.1:0.El~ le,s p!)ri~\li!lo~, de,la~.P~~n~v.a(prese !~:-.f!iíp,.p,11!,¡~~ ,,~ .~ veinti~9,s '1.el;g!)rt:\e°'tr,_q~lnparez,jaf eit'ésfe;IT~zgado fl ib~olver (JI didas en una casa d~J~ego, ~, en_cuei¡tr-a ?omp_ren!üd~ el n&lt;1~hre n,p,1m.r9, r,erposiclSJnes¡ ªR~c1b~&lt;j.p IJ.Ue dii no 1coacqrrir llfa •a'.arah por absuelt-ásf&amp; 'et(perjuicio1 que- n,yidez, éste no es el escribano ]ubhco q,11-e tiebll 1gtlal 'notnbtil; y párll. que IIBl lo'.haga::;adanilo•c'itáJó
ilíléncia. • • "' ' 1r 1 '
1
, ,h;i' )
.
let cuando le convedgá, ÍI su pedimento le'doy-el
present~. de-órden '&lt;hll a~. Préféoib po111
•
a1.u1"
-,, •·ri,,111
1·1 ·co, en e1d'1a de 1a,ec
!" ' ha. e, ~•
· ,.
México,
marz i' ·ile,1865.-/. Brlivu:·
• •·'1 l
.nu1,i86-1-1..'
,.
• .•.•. •.•••.•...••.•. , 11 ,,u;l.c
éxico, Marzo lo...dftJ865 _.
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO.
í).;~ El Secretario gm18óll de 14 iPfefectro-a,..d.tqaadro Villaseñor. 182-3a-2
En los autos del intestado del s'r1T{Jttr1~«FiJ' fu~Qt~}'ébYiitntoc, D. Luis Agustín Camargo, el Sr. Juez ha mandado se cite por los periódicos ÍI las personas que se crean con
INTERF,S~tI n~?. 7 , , ,:r,
, .1 , , · ~•.H
der.itho
· de todo~ lps n~gocio~ ~e mi
d ¡ ·fi.tlol{bíendir&lt;déLreferiduintestado¡
• bli · d
.. ,,Apára:qúé
, teen el término
J de 30 días, contados desHabiendo_ ~eg~sad~ de EnrQPa, he vu~l~ ÍI hacenne carge
e a,,·~ i»:&amp; pu caé1on &amp;eJt&amp;-avLSo-,,..,,p.i:ese11 . p en es~ 11zgado á deducirlo en for- P sa y de llll Jardín cllí plantascae s. Franesco. .lle z-evocado en eotl8ecueifc1a) l&lt;Wpddtlres
mu; 8P~J'/:lJR1~~ 4{{Jo..que ha,rA. hJgaJi.·&lt;~11,[de~ho 81 Pº 10 ver¡&amp;i,áh.,.i'LJ -~ in,.•¡ o:&gt;i • .&gt; · q e tenia conferidos ~t,j11ndojµnis apó&lt;l'erad_o~ .l\n. ,q .bµ!ll)!\ Qpill\OP.Y. f&amp;ma; ,lo'íllu~iviy!,;~ n ll~PS!!3~tl.~.~e l? m_t¡pdwJofPO}}go ~M, P,resente en Te.x,cqcq, Íi lj de M~rzo de s al público por el imsente, Pªf,ª evitar¡abusos; participando, al mismo \iempooq_n.vp:tud
186v.,- ~ ~11\W\1\ª~~o ~jl.l¡,1uzg~~,.Jé~11!,rg,¡ip~c~:ie,P· Ol'liera. • i~rJ n~iT l 87- ~1f-l
d9 la~faéultB;des que PJ/3 dan Jp'1foderes'.que tengo,·qúe' la 'firma· de' fui c~t:iid~ caji,a1 tn lo
1. • H:irrt.
.!)J'JÍ:_if.
-11~°zGADU1.!i~[Dlt LO CIVIL
.ww :iii&lt;.i.,
,.
e ces1vo1 sera la de 4.:.J'uan Tóef~ y C~,• Hfa cual· solo -yo-puedo 11sar, ·ceililndo'el) cohse1
•1·i·"1 ~)~t·~·"d 1 "' il!
"'
J/11¡,1} l ·r. .•,1[
C encial11 de, .. Tonil\ihermanos" que se-Úsaba....... ............ ,.-;(lf'!f;!:)Jf •
Aii.e e;}·' ~ ..r-.9 e o civil' !).e~!'I' 9.~¡lita,1 _Li D. M11nael Pavon, se ha denunciaMéxico, Marzo 3 de..1865.-..Eor.mí y.mi.hennano Agustín, Juan Tonel. 173-3a-3
do el faUe 1illl n mtestado de' ' ! Wí11Haá'~arullo, y el Sr. J uoz ha mandado se convoque por medio del periódico del "Diario del Imperio" á las ~erson11s que se crean con de1:1:o
Uc,.
'ÍfJzoADl2f Di:' u, ·crvit'.''f"ill •
recho á la here11cia, para que dentro ~ t ~!tl)~®lte días, contados desde la publi_ __ __
__ - cacion del presente, se presenten á deducirlo en su Juzgado, situado en el Palacio de
El Sr. Juez 29 de lo civil, Lic. D. Manuel f&amp;vop,,h11 pu1ndado ~e proceqa,á1la venJ¡ade
Justigia. ' . 1 . ·u_
! ~- .. f. . . 1 l
.i:,¡:.n¡ ,T (¡'1/Jq O' iz,)I , l casa na\ii:,f del callejon defrá&amp;nta
de,bstfá eiuaád,' v!lltlídll :por }01q1etitos
~éiiQ~}tfáVzll'1 ''.dé'I8rnt-~ A~t til&gt;'. L.afdt1¼ve,,Escribano públio-0.!,a 188-~-1
_. ~fanuel Gargollo y Parra y D. ~uan Cardona en 111 ca~tidad ?e 5,621 pes?B 25 cs.;, s~
1 '
'.
•
,,.
· •
• '
'
• , ·, ;
n lánilose _para las almonedas los dijl,s,J0,.20 y 311 del comente, a las doce1 siendo la u!t¡. •;[&gt;1111 r,[ oL
JUZGADOJ:9\'UDBILO ¡CIVIL, .1:•&gt;J¡'IIIJl'l••ll'J
:'.
¡a'fuoii-élilidltd.1üil renlá~. ,Y'para''ébnociini\ibto dei público Jfo~go"el 'pre~étillí; ad:rl~U!rlPor auto de hoy ha mandad&amp; el Sr. Juez 29 de Jo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que co- d que las personas &lt;¡,n_e qmeran hacer_po~tur11, pue~en ?CUDrrr a laf\seéretAñalde~ míámo·1J
noce de los que ha promovido D. Feliciano Ponce á D. A9drés Becerril sobre pesos, se
gado, adonde rec1~1K~ Jaa,i'lJ~\lcc1on~s conyemeµ~q, " , ·, ., ,l.-1· •u-, ( lv, u 1,l.
haga saber al segundo, que á petwioo~lmeíHo-i&gt;&lt;lllt&amp;-eGlía-ífecho publicacion de proban- México, Marzo 2 de 1865.-Pedro Canel: ¡1 ,, ,-'~JI. !,Ji,! ¡{ &lt;"I .,u , 11\6;r(ia.-5,, ,J
zas y se, h~ ,P,~ev,e~id.9 se pr~s~nt_ti,~~c~rri!1e9 e\_~rm~o ?ª diez dias á sacar los ~utos par1a 'alegar/ ~}1eJ;9¡~1fü&gt;' qné de no V~P.1fi~fl!!, se sentenciara, para lo C\llllltll&lt;}.rle cita desde
J1JZGADO 49 11ENOR DEL CUARTEL ll!IAYOR NUMERO 4.
.
uego.
~
--i:',(!~• ..• . •••• • 'fa' a; "S, ..• 'JJ . '•' .... , . .. ........ f ( [¡¡'.jn:J
1:.en cumpJimi~to d&amp;'Jo_ mandádo, poogte1'pt:dsr nte en México, ÍI 10 de Marzo de 186.'i.
i.l !&gt;l ~!JÍll'Jit ·I ,1· ,,U,'/1,,~0¡ ,.1°PJ,.,Z1J!J,~ riu¡ri:,~· ·1·11• , t ,. :i ¡¡&lt; 1111 )
-J..ost ~a~ r(}yz/All!lt•Escnbano,p,Í!Jfll~O.JJ :,¡ / (
.,l-89.:..,3sr:;1., .., '
¡ ORDI,W;-lgqo,r~l)qos~ ,el ~Qljl\tljljQ ~El P...S.apti!lgQ ViCJlri.o, pi&gt;r Ja, ,prese,llte ~eje cita y
• J ..• , ,.[ J•'
,i;o&lt;i '• "· .1 ¡
e plaza¡p!!ra que en el término de treinta dias se ~resente en este de mi ~~r_s9,.iJlºJ si ó
CITACION.
Jfr 11p&lt;&gt;4erado'inAt'riuab 'y éspeñsaao; á cóñtestar la aemaúdii que .en· juicio } ti,r1&gt;at l\()bre
Por auto de hoy ha mandado eLS; Jue~,3~ ,de.Ji&gt; Rtfil,.-a.,cite por los neriódicos á D.
sos le'promueve·el lie.· D: .José·Maria ·Aragon en representllCiOll'de- hrtesí'á11te'1i'tá\-ra de
Miguel 'l'entori para que se preséÍl~~ áh JtizgM.ti','trañfro'"'&lt;t~ ocho dias, , reconocer una . Felim&amp;íw Rey; Jtpei:ci.bido de iue ~i 110 cencurr6 s6 Je,nombra;á llll tlefeüJói")W ioficio
firma; apercibj~o qu~.de _no oo,_ncurrir.~q el *'~ifo ~jado se dará por reconocida.
,
n ~ui&lt;m, se ~n~Qd,er4 la, g&lt;¡q¡&amp;l\d.a, •. • , • • , • • • • • • • · · · · · • • • • · • • • • 1 JifJulfL
1
y; para que' surta J9ti e1ec~tª
fef)réti~~bs e,stái·ci~c100, pongo el presen4) .en México a
Melico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-15a-9
9 d¡¡ MaHIJ•.de- t865~José •¡,a;enili'Pañ~¡ ~~li~barill público.
·'i8J.L:JB~w hl O
. ,&amp;t.1 t¡{ :;!,
. ,¡Ji fit
,
......
·JUZGADO 39 DE LO CIVIL
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
En el juicio verbal que sigue el Lic. D. AndréP del Rio, ~'lfl:5:n lmlil~~l'~ tra
BAJC'B DJI: SAN AGUSTIN, NUM. l,
D, Manuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 39 de lo 01vil, Lic. D. José M, dordero,

a

a

s~

:~~'J

p
''

r.

.

•·

a~

ªt

1

Vér-

t==='·:!:•==========:::a~~;:::::===========

,,

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50469">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50471">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50472">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50473">
              <text>60</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50474">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50475">
              <text>14</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50490">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50470">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 60, Marzo 14</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50476">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50477">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50478">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50479">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50480">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50481">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50482">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50483">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50484">
                <text>1865-03-14</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50485">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50486">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50487">
                <text>2011175</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50488">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50489">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50491">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50492">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50493">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7863">
        <name>Acueducto</name>
      </tag>
      <tag tagId="7862">
        <name>Ayuntamiento Apam</name>
      </tag>
      <tag tagId="7760">
        <name>Empleados</name>
      </tag>
      <tag tagId="7866">
        <name>Gumesindo Mendoza</name>
      </tag>
      <tag tagId="7864">
        <name>Hacienda Municipal</name>
      </tag>
      <tag tagId="7861">
        <name>Ignacio Altamira</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7865">
        <name>Reina de España</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1917" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1067">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1917/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._61._Marzo._0002011198.ocr.pdf</src>
        <authentication>c9bf7fee167edbaae14d54756fc32e07</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74359">
                    <text>DEL

EL

RIO

¡_

MEXICO: Miércoles 15 de Marzo de 1865.

TOMO l.

SUMARIO
PARTE OJIICIAL.-Decretos Imperiales habilitando de edad a D. Manuel Eiperon y D. Francisco Azpirl
-Orden suprema sobre la Penitenciaría de Durango.
PARTES DE LAS PREFECTURAS-De Mlchoacan, avisando que en el Distrito de Aciímbaro no hay epi•
demla.-De la Isla del Carmen diciendo lo mlsmo.-De Tola sobre la derrota de la guerrilla mandada por
Ffagoso.-De Pachuca avisando que no hay novedad.
ACTAS Dl!:: ADHESION AL IMPERIO.-De Mecacalco, Jalaclngo, Tezu.ltlan, otra de Jalaclngo y San An•
drés Atzalan.
.
SOLICITUDES.-8obre privilegio de una maquina para hacer tortillas.
VARIEDADES.-Tratado sobre el Arroz.

...

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO,

e
o

IMPERIO

EMPERADOR

DE

MEXICO:

NUM. 61.

PARTES IlE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
'1

Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Seccion
de Gobernacion.-Núm. 102.-Morelia, Marzo 4 de 1865.-Con fecha 1? del actual dice á, esta Prefectura la subalterna de Acámbaro
lo que copio:-" En cumplitiiento á lo dispuesto por la circular nú:
meto 68, fech~ 8 de Diciembre del año próximo pahdo, tengo la
honra de mamfestar á esa superioridad, que en el Distrito de mi mando no hay epidemia reinante alguna, pues la fiebre, que es una de
laB rnaB arr¡¡,igada~ ~n él, ha desaparecido_ n?tablemente."-Y tengo
el honor de tr~sonb1rlo á V. E. en cumplrn11ento de las disposiciones
supre!llas.-D10~ guarde á V. E. muchos áños.-El Prefecto politico
supenor, Antonio Moral:-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.México.
·
Es copia. México, Marzo 14 de 1866.

Tomando en consideracion la solicitud de D. Manuel Esperon y
Caminero, vecino de Tehuacan, en el DepaHamento de Puebla, y en
yista de las constancias que obran en el espediente respectivo,
HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguíente:
Se habilita á D. Manuel Esperon y Camin,ero de la edad que le
falta, con arreglo á la ley, para contratar libremente y poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en ningun caso
del beneficio de restituéion in integrum.
El Subsecretario de Gobernaciou,
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicán- (Fii:mado) FRANCISCO J. VILLA.LOBOS.
&lt;lose en el periódico oficial.
.
Dado en e1 Palacio de México, á 11 de Marzo de 1865.
¿ (Firqiado) MAXIMILJA.NO,
Imperio· Mexicano.-Prefüctura superior politica del DepartaPor mandato de S. M. l.,
mento de la isla del Cármen.-Número · 11.-Mayo 4 de 1866.(Firmado) Pedro Escudero.
Exmo Sr.-EI Sr. Pre~ecto Municipal de esta ciudad me dice, con
fecha ~e hoy, lo que_ s1gue:-Con fecha de ayer dice á la R. Junta
d_e Samdad de est~ c1_udad, el médico encargado de la misma, lo que
s1gue:-En
cumphmiento de mi deber como médico de la R. Junta
MAXIMILIANO, EMPE.RADOR DE MEXICO:
de
Sanidad,.
debo manife~tar á vd. en contt;sta~ion á su apreciable
Tomando en consideracion la solicitud de D. Francisco Azpiri, vede
est_a
f~cha,
que no existe en esta capital ni en los &lt;lemas pueblos
cino de Orizava, y en ,vista de las constancias que obran en el espedel D1stnto, enfermedad alguna epidémica ó contagiosa, y que solo
diente. respectivo,
1
se presentan algunos casos de enfermedades endémicas dé la estaHEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita á D. Franci~co Azpiri de la edad que le falta, para en- cion, como las calenturas interrn~tentes y remitentes, tódas generaltrar en la libre administracion de sus bienes y poder compal'ecer en mr nte c~1radas.-La ~acuna se s1~ue propagando como de costumjuicio sin necesidad de curador, no gozando en ningun caso del be- bre, habiéndose practicado la última operacion en 26 del próximo
pasado, cuyo resultado aun no se_ ha visto."-Y tengo la h@ra de
neficio de restitucion in integrum.
rn~ert¡i.rlo
á V. E. para que se digne elevarlo al soberáno conociEste decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicánmiento
de
S. M. nuestro augusto Emperador, de conformidad con lo
dose en el periódico oficial. ,
prevenido
en
la_suprema Circular de 3 de Noviembre del año próxiDado en el Palacio de México, á 11 de Marzo de 1865 ..
~o pasad_o.-D1~s_guarde á V. E. muchos añ~s.-El Prefecto supe(Finnado) MAXIMILIANo.
r10r político y m1htar del Departamento, Tomás Marin.-Exmo. Sr~
Por mandato de S. M. l.,
Ministro de Gobernacion.-México.
·
(Firmado) Pedro Escudero.
Es copia. México, Marzo 13 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

MINISTERIO DE GOBERNAOION.
SECCION

(Firmado) FRANCISCO J. V1L4L0Bos.

3~
México, Marzo 13 de 1865.

Con fecha 10 del actual, S. M. el Emperador ha tenido á bien dar
el siguiente decreto:
"Aprobamos el acuerdo del Ayuntamiento de Durango (fecha 23
de Febrero próximo pasado), sobre continuacion de la obra material
de la penitenciaría, con la modificacion siguiente:
La Administracion de rentas de Durango suministrará provisionalmente, para ~ubvenir á los gastos de la obra mencionada, la cañtidad
mensual de cmcuenta pesos, mientras propone el Ayuntamiento y
aprue~a Nuestro Gobierno un arbitrio supletorio para sufragar esta
erogamon.
·
Dado en el Palacio de México, á 10 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAXIMILIANO.
Al Ministro de Gobernacion."'
Es copia que certifico. México, Marzo 13 de 1865.
El Subsecretario,

(Firmado) Villalobo,.

Prefectura superior política y Comandancia militarde.il'ula.-Tula, Marzo 10 de 1865.-Exmo. Sr.-EI único acontecimiento notable que ha ocurrido en el Departamento de mi mando, es la absoluta
dispersion de la fuerza disidente que acaudillaba Fragoso, de la cual
han sido apreh_endidos cosa _de trei~ta de los que la componian.L11s que acaudillaban Valenma y Ugalde, han emigrado:del Departa~ ento bastan~ menguadas, todo á consecuencia de la activa y enérgwa persecuc1on que les he hecho, con fuerza de mi ruando; habiéndose, en consecuencia, restablecido la tranquilidad.-Lo que tengo
el honor de comunicar á V. E. para conocimiento de S. M. L, en
cumplimiento de la circular núm. 4 .de ese Ministerio, fecna 1'! de
Enero último.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior politico, José María de la Peña.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Marzo 14 de 1866.
El Subsecretario de Gobemaoion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

•

�,DIARIO D)JL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

246

Prefectura politica del Distrito de Pachuca.-Pachuca, 12 de Marzo de 1865.-Exmo. Sr.-En la semana que terminó ayer no ocurrió ninguna novedad en la demarcacion de este Distrito, conservándose en todo él inalterable la tranquilidad pública.-Tengo ~I honor
de decirlo á v. E . para su conocimiento, y á fin de que se snva ~levarlo al de M. el Emperador.-Dios guarde á V. E. muchos anos.
El Prefecto político, M. B elle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion -Mé ico
Es copia. Mé:ico: Marzo 14: de 1865.

E_n. el pueblo de San J ~an Xuitelalco, jurisdiccion_del Dis~rito de
1:ezmtlan, á los ca~orce d1as d~l mes de Fe~rero del ~no de i:rnl ochocnentos sesenta y e1nco, á lás diez _de la_man~na~ re~mda en Junta popu lar la m~yor parte de este vec_mdano, á mv1~amon del Sr. Juez
local, Santiago Córdo~a, les mam~e~tó que la cita gue de ~?s person~s. hace, es c?n el obJeto de partic1p_arles qu_e _el_ d1a antenor_ha re,c~b1~0 un ofimo, con fe~ha 8 del comente, dmg1do por el senor temente -coronel H. Carrillo, en el cual ordena se haga saber su contenido: so~re la adhesion al Gobierno I!llperial.
habiéndoles ~eido
.
el
ofic10J
é
impuestos
de
él,
de
conformidad
resolvieron
estar suJetos
El Subsecretario de Gobernaciou,
1
·
h · ']d
bl ·
.
d ) F.
J ·u
LOBOS
á su cabecera; y fina mente, considerándose esta um1 e po ac1on
(F1rma o RA.NCISCO • ,v ILLA
.
b
d'
t
á
1
.
'd
d
d
.
1
d
como un ramo o e ien e a supenom a e qmen o man e.
Y habiéndose concluido el acta firmada por el juez y los que·supieron hacerlo.-Santiago Córdoba, Manuel Melgarejo, secretario,
ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
José Ramos Garcia, José Maria Santiago, José Maria Martinez Baigen, Juan Cenon, José María Ruiz, Bartolo de la Cruz, J. E. Aragon, Francisco Muerista, por los ciudadanos cabecillas, Miguel CaGENERAL THUN.-Señor Consejero de Estado..:....Acompaño á vd. racas-Ruiz, Pedro Mariano, Salvador Mariano, Diego }Iernandez,
varias actas de sumision que me ha remitido el comandante de J a- Tomás de Aquino, Manuel Mendez, Joaquin Bravo, Antonio Carala.pa.
.
.
.
cas, Francisco Dominguez, Francisco Andrés; Casiano Capristan,
Tengo el honor de ser, con la mas alta cons1derac1on, muy adicto Simon Perez Calderon, Manuel Ugil; Bernardo Cano, José Maria Alservidor de vd.
berto, Ramon Ruiz, Vicente Melchor, Mariano Hernandez, Francis(Firmado) El General THUN.
co Aburto, Salvador Valerio, Manuel Felipe, Manuel Beatriz, DoMéxico, 1? de Marzo de 18.65.
mingo de la Cruz, Rafael Pastor, Mariano V arela, Manuel Sandoval,
José María Laureano, Miguel Baltasar y Manuel Rivera que no saben firmar lo hace Manuel Melgarejo.
En la congregacion de Mecacalco, jurisdiceion de Altotonga, á los
veintiun dias del mes de Enero d~ 1865, reunidos en la Casa Municipal los principales ve_cinos que firman la presente!.. á solicitud del
En la ciudad de Tezuitlan, á quince de Febrero de mil ochocienSr. D. Miguel MelgareJO, nombrado comandante m11Itar de Altoto~- tos sesenta y cinco, reunidos por_invitacion del Sr. 9'oma~d~nte suga por el Exmo. Sr. General D. José Maria Galvez, y en presencia perior de las fuerzas austro-mexicanas, D. A. de Kodohch1, y del
del juez 1? D. Manuel Landa y del 2? D. Juan de Dios; despues de Sr. Prefecto político del Distrito, Teniente Coronel D. Hermenegil1 haberse hecho uná ligera reseña de los males que por tantos años do Carrillo, todos los vecinos mas notables de la poblacion, en la
,han agobiado á nuestra querida é infortunada patria, y teniendo pre- casa del Sr. D. Rafael Avila; el Sr. Carrillo manifestó á la junta que
,· sente ,que solo la prudencia y sábias disposiciones de S. M. Maiimi- su objeto era el que dijesen con entera libertad si reconocian y obeliano I, podrán hacer la.felicidad de -ella, hemos venido e11 acordar decían al Gobie'rno Imperial, como lo ha hecho la máyoria ae la Nl\las siguientes proposiciones:
cion, y unánimemente espu~ieron:
·
·
1~ Reconocemos espontánea y voluntariamente el Imperio MeQue reconocen, obed'ecen y ~restan su sumision al -Gobierno de
xicano.
S. M. el Emperador Maximiliano, que es el. ésGablecido en la Nacion.
2~ Reconocemos como EmpP.rador de México á S. M. Maximilia- Con lo que se concluyó este acto, que firnraron para coostar¡cia.-El
no I, y acataremos todas las disposiciones que emanen de su auto- Prefecto del Distrito, H. Carrillo; Lic. José Antonio Rivera; por enridad.
cargo del Sr. D José Tiburcio Bando, José Antonio Rivera; por el
Con lo cual, despues de haber victoreado á SS. MM. en. medio de seño1• mi padre 'y yo, José Simon Aguilar; Tiburcio Avila; por D.
cohetes y música, firmamos para 9onclusion la presente.
Andrés Ortega, Tiburcio Avila; José•Antonio Limon, Manuel CasManuel Landa, Juan de Dios Salazar, J uan.~Hilar.io, J oaquin Al- tillo, Juan Cano, Pedro Martinez, Próspero Jimenez, Diego Vallejo,
varez, Rodrigo Bello, Santiago Faviau, Juan Vida], José Victoria- Miguel Calderon, Felipe A. Camacho; por mi y por el señor mi papá,
no, José María Hernandez, Vicente Bello Andrade, José Dolores Luis B. Hidalgo; Francisco Rodriguez Contreras, J 9sé Maria Jlello
Aquino, Cipriano Abat, Manuel Salv3:dor, Vicente Vazquez, José Vazquez, Francisóo Naveda, Teódoro Hernandez, Francisco Polo,
Buenaventura Abate, Eusebio Cárlos, Miguel Bello, por mí y mi Manuel Saavedr~, I. Diazi C1¡.milo Bello, ·Miguel ,Alvarado', Félix
señor padre D. J. Carballo, N. Carballo, Casimiro P. Vidal, Pablo María de Herrera, Francisco ALvarado, Eduardo Silva; Brm:¡.o Bello,
Alvarez, José Maria Zavala, Fernando Cárlos, Manuel Alvarez, Jo- José Maria Alvarado, Luis Hernandez, Federico Casas.
sé María Tornero, Manuel Fructuoso, José Pedro, Pedro Avila, Rafael Tornero, Miguel Alvarez, José Espiritu, Pedro Alcántara, Manuel Pedro Salvador, J oaquin Bello, José Favian, Antonio Bernabé,
En la. Sa!a Municipal de la Vllla de Jalacingo, á diez y siete de
Anselmo Cárlos, Santos Hernandez, por sí y por mi señor padre D. Febrero de mil ochocientos ses¡mta y cinco, reunidos los vecinos
Pedro Pascual, Pascual Bello, Fernando Gonzaga, Ciriaco Mundo, mas notables del pueblo de Altotonga, á·solicitud de D: Miguel MelJosé María Sosa, Pascual Osorio, Bernardo Antonio, Crispin Gas- ga rejo, nombrado comandante rpilitar de este canton -por el Sr. tepar, Pascual Rivera, Cecilio Gaspar, Vicente Hernandez, Cenon niente coronel D. Hermenegildo Car_rillo, y por el comandante de las
Osorio, Manuel Salvador, Miguel Zavaleta, Leonardo Guerrero, J. fuerzas· austriacas, D. Alfonso Kodolichi. Despue.s de haberles hecho
Leandro, Ventura Abat, Juan Márcos, Luis Fabian, .fosé Leandro, una ligera reseña ·de IÓs muchos males que tanto tiempo ha sufrido
Manuel Alvarez, Antonio Rodríguez, J{)s~ del Cármen, Pedro Ma- núestra irtfortunada patria, y teniendo presentes los esfuerzos que
tías, Cecilio Guerrero, M. Salvador, JuanHernandez,,José Carballo. S. M. el Emperado1, ha hecho para conseguir lapacificacion de ella,
manifestaron estar de conformidad y que desde luego reconocen al
Imperio Mexicano.
,,.
En la Sala municipal de la
villa
de
Jalacingo,
á
los
catorce
dias
Con
lo
que
ie
,9i6
por
~rmipada
estir
acta,.
que
firmaron
_para
I
del més de Febrero dé mil ochocientos sesenta y cinco. Reunidos constancia Miguel Dominguez, Miguel MelgareJO, Fernando Pnano,
los que suscriben, á solicitud de los señores teniente coronel D. Her- por mi y en representacion del Sr. D. P. de Guzman, Antonio Monmenegildo Carrillo y comandante en gefe de las fuerzas austro-me- tiel, Ramon Aburto, Ignacio Medina, José Maria Córdoba, RamonEsxicanas, D. Alfonso Kodolichi, habiendo manifestado el Sr. Carrillo covat, Basilio Bello, Guadalupe Gonzalez, Juan de Dios Escovar,
que la mayoría de la nacion ha sostenido y sostiene el establecimien- Miguel Alfonso, Desiderio García, Miguel García, Ladislao Marin,
to del Impel"io Mexicano, y deseando que los pueblos disfruten las Antonio Fernandez, José Villa, Miguel Carballo ,Herrera, Fermin
garantías de que _les ha privado la revolucion, hace el Gobierno del Romero, por mí y en_representaciori de D. Manuel Arcos, Miguel
Emperador esfuerzos s.upremos por pacificar el pais: con tal motivo, Bello Hernandez, Vicente Carballo, Vicente Alvarez, Miguel G.
espera que la Junta, obrando con libertad, esprese su sentir. En con- Arcos, Miguel Velazquez, Domingo F., Antonio· Arcos, Leandro
secuencia, ésta resolvió, de conformidad con la manifestacion del Sr. Guzman, J. Antonio Alonso, por mi y en representacion de D. DieCarrillo, adherirse al Gobierno de S. M. el Emperador. Con lo que go Gonzalez, Luis Marin, Miguel Márquez, José Amado Cabrera,
se terminó esta acta que firmaron: José M. Barrientos, Manuel L. D. Gonzalez, Francisco Arroyo. ,
-Naveda, Ab~l A. Lavalle, Matias Tejeda, P. Mendoza, M. María d~
Groznau, Miguel Tejeda, Manuel Perdqmo, Pedro Tejeda, Juan
En el pueblo de San Andrés Atzalan, á los diez y ocho dias del
Márquez, Juan Lavalle, Felipe S. Naveda, F. P. Ruiz, Francisco
Márquez, Ismael E. Lavalle, Antonio Arroyo, J. M. Dominguez, mes de Febrero de mil ochociento~ sesenta y cinco, reunidos en la
Juan Barros Quijano, Miguel Locela, Manuel José Matus, Domin- Sala Municipal los vecinos mas notables que suscriben la presente,
á solicitud·de D. Miguel Melgarejo, nombrado comandante militar
go Pimentel.
del canton de J alacingo, por el Sr. tenien,te coronel D. H. Carrillo

y por ~l Sr. D. Alfonso Kodolichi, gefes ªt?bos de las ,fuerzas aus. tro-mex.icanas g ue esp~dicionan por la Sierra. Despues de. haberles hecho el Sr. Melgarejo una relacion de los muchos males que han
causado' á nuestra patria los diversas sistemas de Gobierno que se
han ensayado, y conociendo que solamente los esfuerzos que S, M.
el Emperador ha hecho, podrán hacer la felicidad de ella, manifestaron todos estar de conformidad en someterse á la obediencia del
Imperio Mexicano, y que acatarán todas las disposiciones que emanen de S. M. el Emperador Maxin:iiliano ~- Con lo que co?cluyó este acto, que firman para constanc1aI~nac10 Me!gareJO, Manuel Me~dez, Felipe Cavañas, Leonardo Madnd, Francisco López, J. Lucio
. C¡uballo, Manuel Vazquez, Di~go A. Mad1:id, Tomás Medina, Rafael Pasos, Vicente. Alarcon, Miguel H. RoJas,. Francjsco Barverena, Francisco Dominguez, A'ntoniQ Perez, Francisco Cavañas, J. M.
del Castillo, Domingo Terra, Teófilo Benavides, Luis Madrid, Felipe Medina, Ramon Toledano.

s.

1:

1

•

/

3247

válvula esterior surcada y terminada entuna penueña arista· seis estambres
. t urb'mado con dos _escamas opuestas
"
'l.' su base j ' dos estilos
'
un _ovar10
én
con'
estigmas plumosos; una semilla oblonga, obtusa y azucarada encerrada en
el cáliz.
'
,
Esta caña es anual y ahíja con profusion. Da uRa flor avinada tirando
mas bien á amoratada, la cual crece en la cima de la caña formand~ espigas
como las del mijo.
'
Sus cañas, de vara á vara y media de altura, son nudosas como la$ del ,
trigo; mas gruesas y mas duras.
Las hojas son largas, estrechas, terminadas en punta y alternadas, abrazando la caña por su base.
'
Las raíces son ii.brosas, semejantes á las del trigo y mucho mas fuertes
las cui&gt;les se empléan en escobetillas ó cepillos para limpiar la ,ropa.
'
II.
CLIMA, VARIEDADES, TERRENO Y CJJLTIVO.

El número tan crecido de variedades bien puede reducirse á dos, Y' son el
acuático ó anegado, y el llamado impropiamente arroz de secano ó·de mon·
te, propio de los climas que poseen una humedad perenne. · &gt;
El arroz es propio de los climas c~lidos; pero con el trascurso del tiempo
SOLICITUDES.
se~ conseguido aclimatarlo en los países templados, y existen variedades
que resisten los fuertes rigores del invierno, los hielos y las nieves.
Cuando el clima es el que ama la planta y e'sta se cultiva. con esmero ahíMINISTERIO 'DE FOMENTO.
ja profusamente, y da maravillosas cosechas, tanto el acuático com'.o ~l de
México, Enero 31 de ~865.
secano.
'
,
Existen arroces que nacen, crecen y maduran á los tres meses, como el
Sello Tercero,-S~gunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil
ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr. Ministro de Fo- trigo tremesino; tales como el dumalí de Filipinas.
mento.-Julian Gonzalez, ante V. E. respetuosamente espone, que en 26 de Tambien hay un arroz vivaz que se repro_p.uce poi: esquejes ó hijuelos.
Julio de 1859 me fué c1ncedido por el Supremo Gobierno de aquella épo- Mucho han disCQi;daq_o los.autores sobre'si la tiefra que mejor conviene
ca, por el término de doce años, segun consta de la adjunta copia, un privi• á esta _planta, debe ser Juerte y sustanciosa, ó arenisca. y ligera• per,) en lo
legio para aplicar una maquinaria para hacer tortillas. Las·circunstancias que sí !}Dánimemente convienen, es en que debe reten.er mucho Íahumedad.
políticas que en 1860 trastornaron á México, me obligaron, por mi carácter El arroz que se cultiva generalmente en la República es ta variedad acuáde súbdito español, á abandonar la República y pasar 4 mi patria, en cuyo tica ó que requiere la superabundancia de agua para poder vivir. En el agua
punto permanecí mas de dos años en espera del c&amp;mbio propicio, y esa au- se siembra, en el agua nace, eH el agua crece, en el agua espiga y en ella masencia forzosa me obligó á aplazar la realiza!}ion .de mi trabajo, no sin cau- dura su grano, ~eneficiando las tierras en lugar de esquilmarl1'S. 1 ' 1
Para cul~ivarlo debe comenzai:se por dividir la ti~rra en cuadro..s, que desarme grandes gastos y perjuicios, siendo el menor de estos, el curso de cuatro {tños que ba estinguido ya mi privilegio. Mas hoy, que bajo las sábias ben estar~1en bañados por el sol, separados entre sí por caballones ó calzadisposiciones del Supremo Gobierno de S. M. l., me puedo ya entregar con das de una vara de ancho y una tercia de altura, las cnafes ·sirven para que
tranquilidad y confianza al establecimiento de mi proyecto, tengo ·1a honra las aguas no se filtren y puedan contenerse entre 1os cuadros·. Estos están
de ocurrirá V. E. para que se sirva dar cuenta á S. ]t. el Emperador, su- unidos con sus inmediatos por dos aberturas que tienen en sus ángulos ,opuesplicándole tenga á bien, por las razones espuestas, prorogarme por cuatro tos, para recibir y comunicar e~ agua sucesivamente: y para que esta se manaños el referido privilegio, no dando por corrido el tiempo desde Julio de tenga á una misma altur;., se nivela el terreno de la siembra con un instru1859 hasta esta fecha. A V. E., por tanto, suplico, se sirva alcanzarme la mento llamado trailla, la_cual está armada de dos varas ó timones para guiargracia y justicia que imploro.-México, Enero doce qe mil ochoc~entos se- la, debiendo estar un poquito mas elevado que los .otros el cuadro que re·
cibe las aguas, y, hallarse todos ellos en un plano ligeramente inclinado para
senta y cinco.-Exmo. Sr.-Julip,n Gonzalez.
qu~ así puedan correr suave y fácilmente las aguas.
'
1
"s· e11o tercero.-Segunda c1ase.-Cuatro rea1es.-p ara e1 b'iemo
. de m1.1 · La siembra se comienza
á
principios
ó
fines
d'e
Marzo,
y
se
siembha
el
,
·
.
ochocientos sesenta cuatro sesenta cinco.-Exrno. Sr. Ministro de Fo- gra~o seco con su cascara, a~que en algunas partes tamb1en ª&lt;!?stm;n ran
y l ez antye y . E . respe
Y tuosamente espone:
·
,., Que
- en 26 .de moJarlo,
coloc~ndolo
vas1Jas1 puestas al sol,ó enterradas en estiercol.
mento-Jul
.
1·an Gonza
·1 as tierras
•
destma
· den
juJi O 1859
di,
S
n
b"
d.
ll
,
·
.
as
para a sementera de esta planta se abonan se en• &lt;.?. e
, ~e C(!nce. o e1 upre~o "'º Jerno, e :14ue ª epoca ~ pn- charca.u1 se les dan cuatro ó cinco labores
·d '
1 t ~11
vüe_g10 para fabricar tortillas
por
med10
de
las
maqumas
correspondientes
.
t
' ! endis8%1am ~ sebpasa ª rai ª pa
1ar e1 erreno y acto ()◊Ut"muo .se:_Proce
.
,
_
'
ra
1!!1la
e
a
siem
ra
por
surcos
segun consta de 1a copia que tengo la honra de acornpanar. Mas como los
"' ,
.' ·
.
·
~
,
·
t-rastornos que ha sufrido Mé .co d~sde entonces me obl'
.
Asi que la. plantít~ ha crec1d? y sobresale del agua -dos o tres pulgadas,
, . . _ , , ~
.
. , .
igaro~ por mi ca- se hace una escarda a mano quitando las mal
b
rácter de' supd1to• .espanol, a sahr
para m1
patria .y deJar estehpa1s, hasta.que
E s necesario
. tener mueh·'o cw
_ 'dado con e1 agua
as yer
as.,
.,
..
bl
renovandola
y hacrnndola
un camb10 prop1c10 me perm1t1era esta ecer m1 empresa, oy lo venfico t
.
t
t
,
-t
I
dr
'
1
· Ias sáb'1as d'1SpoS1c10nes
··
•
bªJº
del Supremo Gobierno
de S. M. l., con las cua- en Arart y· sa
d 1r cons
'· an
I emen
1 tae en ·os 1cua os. ,
les se reaniman el comercio y la industria, cuyo importante desarrollo solo
n es e espigar. a pan requiere una? y a veces otras dos escardas, las
"°nza ba.io
las garant'1as de or
, den y estab'l"d
.
queL debendr
hacerse
,
•
Se al""'
J
11 ad. Mas deseand.omeJorar,
d bsmdremover el fango m tocar la •planta. r
la
,
·
.
.
.
,
b'
h
os
cua
os
e
en
e
encerrar
perfectamente
el
agua
para
que
esta
no
se
Per1,Pecci'onar y rePorma
1,
r maquma que se me pnv11eg10, cuyo o ~eto e
.
• ó
··
1
. 1mpro
,
bo hoy escape
resqmc10
que se abra en· alguna calzada ó borde
Consegul.do a' fuerza de constantes y crec1'dos gastos, y traba¡o
• por
· da ·gun&amp;
· grieta
b1
tengo la honra de ocurrirá V. E. presentándole los adjuntos dibujos q~e re- ester1or y eJe.sm. an~ la,s p antas esp~esta~ ~ aire, las cuale,s mueren en
•
di
,
. d
los cuadros secos, por cuya razones preciso v1g1lar mucho-los cuadros
nueve.Sl·sternas ó mecarusmos
11ca
,Presentan
versos, mas or.menos comp
os,
Cu d
1
1
• la caña ·,a po.mpl'ir.,,,,dos
apl',,.,bl
,
,
,·
••
.
d
an o sazona
e1· grano,
. ~Ó mas Sl
m.,o
,
i.... es a 1as maqurnas que me 1ueron pnVl1egia as.
-11
1 o cua
d ,sel conoce en que emprnza
·
· ·
de estos dibUJ0S
· se halla ad'JUnta, y 1os d"1versos ¡¡speru;nen
.
tos hnerse aman
a, se Cierra a entra· a a as aguas y se•de1a
orear la •tierra para
La descrl·pci·on
.
•
J
•
. ·
acer d1a siega,
me, han
, da'do los resultados q_ue yq esperaba, ,a, fin d'e me3orar
mi.. pnmera
• .para-cuya1 operac1on
l usan·· de las nusmas ·hoces·que para el
manuina· y deseando teller la at te
di t
f1 . d corte e1 tngo, pero en os arroza es se e3ecúta con tíJ.as cmdado, por desgra-¡,
,
,
,
p. e~ correspon en e com? per ecc1ona o~ narse mas fácilmente.
de ella, tengo la honra de ocurnr a V. E. 4 fin de que se sirva dar cuenta a
L .
•
,
S. M. el'-Emperador, suplicándole si lo tiene á bien por las razones espues.ª srnga se hace por un poco mas aba30 ~e las esp~gas, formando haces ó
tas, concede¡me la gracia que soli~ito. México Enero 12 de 1865.-Exmo. gavillas confor~~ se va cortand?, y se deJan ,~sparc1das_ en el.~Il,lpo. para
Sr.-Julian Gonzalez."
'
9-ue se sequen b~en; despues de lo cual se cortan las espigas, por arriba y
Lo que.se publica en los periódicos por disposicion de S. M. el Emp,era- Junto á la atadura, con hoces n;iuy cortantes, y se va~ recogiendo en ~randes
dor, para que las personas que se ?Onsideren perjudicadas éon la "sul;isi~ten- esp?rtones, los que cuando estan llenos se conducen a la era para trillar las
cia de este privilegio y la ampliacion que de él se pretende puedan hace¡; la es{gas.
.
.
_oposfoion. que les convenga conforme al artículo 14 de¡¡ le de 3 de Noos ~anoJ?s de PªJª se recogen_ atados, tales ?orno quedaro~en el campo.
viembre de 1858.
'
Y
~a trilla se hace como la del trigo, por medio de caballenas ·ó de má•
qumas.
El Subsecretario de Fomento,
Cuando el grano se ha desprendido de la espiga se ahueca con el bieldo
se sacude á mano y se amontona para darle otra trilla;hasta que suelte com~
(Firmado) MANUEL 0Rozco.
pletamente el grano que le quede.
En tal estado se-avienta el arroz para qµitarle la paja menuda, y se guar- .
da
para blanquearlo despues.
VARIEDAD.E S.
III.
SECANO.
TRATADO SOBRE EL ARROZ.
La tierra destinada para el arrozal de secano debe ser mas bien arenisca
que gredosa, estar abonada con mantillo vegetal, y á falta de este co.n estiérI.
coles bien podridos. Se le darán tres fierros cruzados para que quede bien
DESORIPCIOlf DE LA PLANTA.
removida y desmoronada. La siembra se hace por surcos; en s~guida se paEl ar~oz es d? la segu.~d~ clase ~e la familia de las gramíneas de J ussieu, sa la rastra para igualar un poco el campo y llevar los granos que quedaron
y de la liexandna monog1rua de Lmneo.
encima, revolviéndolos con la tierra. En seguida se datá un riego abundante.
El arroz no adm~te especies, sino variedades, las que han hecho llegar alCuando la planta ha nacido y deja'asomar tres ó cuatro hojitas, se dará la
gunos hasta el crecido numero de doscientas.
.
primera escarda muy lig~ramenté para no remover mueha tierra.
·.Los caractéres genéri°':s del arroz _son una gluma puntiaguda, y casi sin
La siembra se hará, á mediados de Abril, si está en campo descubierto la
aristas, formada de dos valvulas desiguales, cóncavas y abarquilladas: la tierra que ha de servir para la seme~tera; pero si se encuentra ~brigada al

\

�248

DIARIO DEL IMPERIO.

Mediodía, puede hacerse á principios de Marzo, dándole en seguida un abundante riego.
\
La plantita comienza á aparecer á los doce ó veinte dias, retardándose 6
adelantándose su nacimient-0 á medida de la temperatura atmosférica. Las
cañitas aparecen teñidas de un verde oscuro; no debe dárselos agua hasta
que la pidan, lo cual hacen poniéndose amarilleutas ó renegridas.
El único cultivo que exige esta planta es el de l~s riegi,s y las escardas,
las cuales deben repetirse siempre que sean necesarias.
Cuando llega el mes de A"'osto y aun no han espigado, se les escasea el
agua cada vez mas, en cuant; sea posible, sin secarlas.
Despues que han espigado, florecido y granado, q11e es cuando se pone
amarillosa y pajiza la caña, se procede al corte, se engavilla, se seut .,- se
trilla, blanqueándolo despues.
En .muchos puntos de España se sicm brau almácigas 6 criaderos, de los
cuales se trasplantan á las éras ó tablas las plantitas, cuando tienen ccrcade
un pié de altt1.ra; se trasplantan á golpe _tres ó cuatro plantitas, segun su es' tado y desarrollo, colocándolas en tresbolillo. Las arrancan pol' la tarde y
las trasplantan por la mañana.
Las cultivap despues del mismo modo que nosotros.

efectos leg~les. Así definitivamente j11z_gando lo v.ronunciaron y firmaron los supradicbos
Sres. Pres1den_te y colegas que componen _el Tr1bunal.-Doy fe.-S. Luis Rodrigvez..Manutl Carba;al.-Pedro Bustos.-.Antomo de Udaeta, Secretario.-Concuerda con el ori~ina1 qu~ obr~ en el es~diente respectivo, á fojas }2 vuelta y 13 fr.ente, que existe en esta
~cretana, siendo testigos de su sara y correceton D. Francisco Parra y D. Antonio
ÜJeda.
Doy fe.-Qnerétaro, l!'ebrero 24 de 1865.-.Antonio Otero, Secretario interino.
Qnerétaro, Marzo 8 de 1865.
En el es!!edi,en_te principal del concur~o á bienes de D. Manuel de Vicente, con vista
del convemo últllllamente celebrado con sus acreedores de México y los de esta plaza
concediéndole las esp~ras que solicitó, el Tribunal, por auto fecha 6 del corriente defirió
á la aprobacioo, mandando, entre otras cosas, lo que sigue:
'
"Hágase sabtlr al mismo D. Manuel de Vicente, ó á su representante, á 101 demas interesados pres?ntes, y por medio de los periódicos oficiales del Gobierno del Impeno y
el que se publica en esta capital, notifíquese á los acreedores residentes en la Corte
p11ra los efPctos legales; l. hacién~ose saber de la misma manera, la solicitud del primer~
sobre que se le rebab1hte, publíquese tambien en esta plaza en los términos prevenidos
por el art. 220 del Códia:o de Comercio."
Y para que lo mandaáo tenga su debido cumplimiento, se hace saber á quienes correM
ponda.
El Secretario del Tribunal, Lie. -8ebastian Lan-ondo.
191-3s-l

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
. En el juicio promovido por D. Agustin Tello de Meneses contra el intest.ado de D~ Felipa Guerrero, sobre pesos, el Sr. Juez ,4? civil suplente, Lic. D. EvariFto Reyes, ha manCORJEO DE EUROPA.
dado ~e proceda al. remate de lacas~ num. 22_ de la c~lle del Niño Perdido, retasada por
Ayer, á las seis y media de la mañana, llegó á Verncruz el vapor "Bar- el perito D. Francisco.Somera en lllll cuatrocientos cmcuenta y nueve pesos· señalando
para la almonedad~ remate el lúnes :.!O del corriente, á las once de la mañan; en el Juzcelona." No se ha anunciado todavía la llegada del vapor francés de San gado
de FU cargo, ~1tuado en el Palacio de Jllllticia.
'
Nazario. Mañana se publi&lt;¿trán las noticias que trasnfüe el telégrafo.
Lo que pongo eu conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer
postur~, ocurran al Juzgado, donde se les darán las instrucciones que ministrafl los autos.
Mé:mo, Marzo 13 da 1865.-Antonio Landgra'Ce, Escribano público.
19'2-38-1

ANUNCIOS OFICIALES.

JUZGADO 2? DE LO CIVIL.
Ante el ~r.. Jnez.2? de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, se ha denunciaPREFF.cl'URA POLITICA DEL DEPABTADNTO DEL VALLE DE MEXICO.
do el fallec111!1ento mtesta_do de D. Mat!as Estanillo, y el Sr. Juez ha mandado se convoque po_r medio de! periódico del ·• Diario del Imperio" á las personas que se crean con deSECCION DE J USTJCIA.
rec~o a la bereocm, para que dentro del téf!Illl!O ~e veinte dias, contados desde la publiMéxico, Marzo 11 de 1865.
c11c1~n. del presente, se presenten á deducirlo en su Juzgado, situado en el Palacio de
El Regidor del Eimo. Ayuntamiento D. Francisco Villanueva; el dependiente del Sr. Justicia.
Pont.ones, D. Camilo Velaz9.uez; el Escribano público D. Casimiro Fernaudez, y el Co
-México, Marzo 13 de 1865.-Antonio LandgratJe, Escribano público.
188--3s-2
mandante de Batallon D. Fehpe Romero, han ócurrido á esta Prefectura pidiendo que se
les dé certificado de no ser ellos los apr, hendidos en una citsa de juego, por encontrarse
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
nombres iguales en la lista q•te se publicó de las personas que lo fueron; y como aquellas
Por auto de hoy hlL mandado el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon que coestén de hecho presas en la. cárool, el Sr. Prefücto político me manda suplicará vd. que
se sirva hacer esa aclara.eiim por el periódico oficial, para que sirva de satisfaccion á los noce de los que ha promovido J?· _Felician? Ponce á D. Andrés Beoernl sobre pesos, se
baga saber al segu~do, que á petieton del mismo Ponce se ha hecho publicacion de probanint.ereaados.
zas y se ha prev_e~1do se presente ~ecerril en el térmi~o ~e diez dias á sacar los autos paEl Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor.
ra alegar, aperc1btdo que de no verificarlo, se sentenciara, para lo cual se Je cita desde
luego.
PALACIO MUNICIPAL,
Y en cumpllib.iento de lo mandado, pongo el presente en México á 10 de Marzo de 186.'i
-José Raz Guzbta11, Escribano público.
'
189-'Ss-2
•
México, Marzo 13 de 1865.
La Junta de Haciendll del Exmo. Ayuntamiento de esta capital, ha acordado se cite á
las Y.eraonas que puedan entregar ochenta docenas de losas, de vara cumplida, que se neCITACION.
ceB1tan para la carcel de Betlehem, á fin de que presenten sus propuestas antes de las doce
!"or auto de _hoy ha mandado el Sr. Juez 3? de lo civil, se cite por loa periódicos á D.
del miércoles 15 del corriente, en pliego cerrado, en la Secretaría de la misma CorMiguel Tentor1 para que se presente en su Juzgado, dentro de ocho dias á reconocer una
poracion.
fi nna¡ apercibido que de no concurrir en el término fijado se dará por r;conocida.
El Secretario general del Exmo. Ayuntamient-0, Íic. Juan A. Matoos.
Y para que surta. loa efoctos espresados esta citacion, pongo el presente en México á
9 &lt;le Marzo de 1865.-Jos6 1Ticenu Piña, Escribano público.
18l-3s-3
'

ANUNO::CC&gt;S.

JUZGADO 2° DE LO CIVIL.
En el espediente promovido por D. Angoste Donssine, por D. Juan J. Torrea contra el
Lic. D. Mar~no Z_aval&amp;, sobre pesos, lia_mand~do el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. J\Ia•
nuel Pavon, a pedimento del actor, se cite á dwho Sr. Zavala para que en el término de
El Diario dtl Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las doce, menos los diez dia~ ~e presente á su.car los de la ma~ria, á efec!o de que alegue de su derecho¡ bajo
e! aperc1bllll1ento de que ~ ~aso con~rª!1º se le dara por cit.ado para sentencia. En tal
domingos y dias festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
v1rtu._d, bago la presente c1tilc1011¡ adVll'tiendo que el despacho del que suscribe está en ¡08
El despacho se baila establecido en la casa número 8 de los B11jos de San Agustín.
bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
El precio de la suscricion 1erá:
México, Febrero 9:1 de 1865.-Mmiutl T. de Meneses, Escribano público. 176-88-5
En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . . ....... $ 1 50
Id.
id.
por tres meses. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
COMPAÑIA DEL FERROCARRIL DE MEXICO A PUEBLA.
En los Departamentos, por tres meses, franco de
Celebrada una sesion del CoDBeje Administrativo, el dia de a¡er, para arreglar las opeporte......... . .............. .......... . ... 3 75
raciones previas á la disolµci~n de la Sociedad, se acordó que a pesar_ de estar reasumidas la mayor parte de las acc10nes en la persona del Sr. D. Antonio Escandon 86 convoEl importe de las suscriciones se pagará. adelantado.
El precio de los anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelant11do, ine una j~nta general para las_ 5 de la tarde del dia 15_ de e~te mes en el de~pacbo del
1i errocarril, plazuela de Guardiola, para tratarse de la d1soluc1on indicada. No bastando
ain puyo requisito no podrán publicarse.
segun los Estatutos, una sola sesion para tal objeto, se acordó igualmente la convocatori~
Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devinceutiis, encargado de para 1~ segunda junta, que_se vei:ificará en el mismo despacho el 23 del mes a.etual.
México, Marzo 7 de lí:!65.-Mur y TeT/1.n.-P. ..lflmazan, secretario.
175-Ss-6
esta administracion.

AVISO.

..

No se admiten reclama.eiones por falta de recepcion del "DIARIO," sino bastu
el dia siguiente de publicado cada númere.

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mand\do se conCITACION,
voque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del int.est.ado de D.
Marcelino Sancbez, para que en el término de treinta días se presenten á ded1tcir los que
No sabiéndose el domicilio de D. José María Segura, D. Jacinto Ortiz de la Peña, del les
competan; apercibidos de lo que haya lugar si r.o lo veriñcan.
representante de D! Margarita Peimbert y D. Agushn López, acreedores á los bienes
México, Febrero 7 de 1865.-Manuel 'l'. de Meneses, Escribano público. 97-30a-26
concursados de D. José Me.ria Noya, el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Parnn;ba
mandado se les cite ájunta para el viernes 17 del corriente, á las doce.
JUZGADO 6? MENOR.-1~ MONTERILLA NU!I. 7.
Lo &lt;J.U6 les hago uber por el presenta anuncio, como está mandado.
México, Marzo 13 de 1865.-Manutl Ro11uro, Esc1ibano público de la Nacion.
Por el present.e se cita IÍ D~ Jesus Castro, para que el dia veinte del actual á las doce
190-3s-1
compaTezca por si ó por apoderado, á contestar la demanda que le promueve' D. Cárlo~
Ar~na, como apoderado de D. ~anuel Legorre_ta, sobre pes?s y desocupacion del cuarTBillUNAL IIERCANTIL DE QUERETABO.
to num. 2 que ocupa en la casa 11nm. ll del Portillo de San Diego¡ apercibida de sentenSegunda clase.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y ¡;uatro y sesenta y cincó - cia en rebeldía si no concurre. ,
México, Marzo 1J de l865.-Lic. Labat
184-3a-2
Cuatro reales.
Querétaro, Enero veinte de mil ochocientos sesenta y cinco.-Vistos los presentes au•
to~¡ att&gt;ntas las razones en que se fuudan los señores sindicos administradores del concurLEGACION DE ESPAÑA EN MEXICO.
so, D. José Arana y D. Antonio R. Fuentes, en sus esposiciones de. fojas 5 y 8, y resulLt&gt;s súbditos edpnñoles que aun no hayan presentado sus reclamaciones, se servirán ditando de los antecedentes á que se refieren: que 111 quiebra en que fué declarado D. MaDlllll de Vicente, no presta causa alguna de 188 asignadas por los artículos 895, 896, 897 y rigirlas en todo este urea á la oficina de esta Legacion, calle del Esclavo núm. 5.
Las reclamaciones deberán ser acompañad88 de sus respectiv&lt;•S documentos justificati898 del Código d11 Comercio vigente, para reputarse fraudulenta ó culpable: que por el
contrario, ha presentado un activo mas que suficient.o para cubrir sus créditos, y que la vos, sin cuyo indispensable requisitoJIº serán admitidaa.
Mtíxfoo, 13 de Marzo de 1865.
suspension de sus pagos i:nas bien ha procedido del atraso involuntario de sus negoci&lt;•s,
motivado de las mismas c1rcnns~ncias precarias que á la vez nulificaron el comercio ds
El Secretario de Legacion, Norberto Balluteros. ]85--311-2
esta plaza: por tales consideraciones, y con presencia de lo dispuesto por el primero de
los artículos citados, del 905 y de las razone~ en que se funda el 917, los Sres. President.e y
colegas dijeren, que debian de fallar "j fallan: que el citado D. Manuel de Vicente, no es
flllhdo culpable, m responsable por quiebra fraudulenta. En consecuencia, desglosííndose
el testimonio de las fianzas que obran en los autos principales, por las que el mismo inteIMPRENTA DÉ J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
resado cauc10nó su radicacion en el lugar, en~réguesele para su cbanoelacion. Hág8f16le
uber, lo mismo que á loe fiadores, á 101 s!ndicos judiciales y administradores, para 101
BAJC'S DE SAN AGUSTIN1 NOl,I, l.

I

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50494">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50496">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50497">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50498">
              <text>61</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50499">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50500">
              <text>15</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50515">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50495">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 61, Marzo 15</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50501">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50502">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50503">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50504">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50505">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50506">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50507">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50508">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50509">
                <text>1865-03-15</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50510">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50511">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50512">
                <text>2011198</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50513">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50514">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50516">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50517">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50518">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7871">
        <name>Acámbaro</name>
      </tag>
      <tag tagId="7874">
        <name>Adhesión al Imperio</name>
      </tag>
      <tag tagId="7867">
        <name>Decretos imperiales</name>
      </tag>
      <tag tagId="7872">
        <name>Epidemia</name>
      </tag>
      <tag tagId="7869">
        <name>Francisco Azpiri</name>
      </tag>
      <tag tagId="7873">
        <name>Isla del Carmen</name>
      </tag>
      <tag tagId="7868">
        <name>Manuel Esperon</name>
      </tag>
      <tag tagId="4617">
        <name>Michoacán</name>
      </tag>
      <tag tagId="7870">
        <name>Penitenciaría de Durango</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1918" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1068">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1918/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._62._Marzo._0002011199.ocr.pdf</src>
        <authentication>9e4d2c9091b526aa614ba1d412d53bb0</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74360">
                    <text>.o . aq

. JI

r
DEL

HS

'

.

•IC!IO( , .,1 ?)JI

' f¡ () 11')! I

l

.[

'

SUMARIO
p~'l'E.OFICIAL.-Circ11lj\r previniendo que se cumplan las dlsprutlciones aoterlorea para que los _cementerl
tén bajo la dirección de la autoridad clvll, y que eu los entierros se facilite el acceso a. los llllll1stros
de i!a~~ulera culto autorlzt&gt;do.-Comnnlcaclou al Prefe&lt;:_to polltloo del V.al)e de México, diciéndole que pu~
de v debe visitar los establecimientos de ensellanza publica.
P,AR'l'ES DE LAS l&gt;REFECTORAS.-De Zacatec88 y de Tuln, participando no babe• novedad en aqudllo•
Departamentos.
nocUMENTOS.-Acla del Ayuntamiento de México, de_ 1ode Febrtro de 1S"'
"'-'· '
SOLICITUD.-Denun'cía de una veta de plata en el D!stnto de TexcC)(!o.
'
--¡

PARTE OFICIAL~

1

1•

SECCION

Núm. 8.

2~ -CIROCLAR.

.

/

· Ha llamado la atencion del Gobierno Imperial el hecho de que no
obstante las prescripciones de la ley de 31 da Julio de_ 1859, m~ndada. observar por la órden que en _18 de Marzo próximo a~tenor
espidió este Ministerio, los ceme~tepos..n_o estén como _han deb1do e~tar, bajo la direccion de la aut?ridad c1V1I. Con la nnra de cone~r
este abuso, y para obviar las d1pcultades que por 11 se han ocas1~na.do, previene el Emperador, que para lo sucesivo, y en cumphmiento de las disposiciones referidas, todos los lugar~~ ~estin~dos á
la inhumacion de cadáveres, queden en cada poblac10n rnmed1ata y
esclusivamente administrados por la autoridad política, sin cuyo permiso no se podrá verificar 'sepultacion alguna. Asimismo dispone
S. M. el Emperador, que en los entierros se facilite el acceso á
los ministros de cualquiera culto autoi:izado; bajo el concepto de que
pueden pactar coq los deudos del finado la retribucion que haya de
darse por el servicio que presten, la cual en ningun caso podrá consisti'r en bienes raíces. '
Manda, ~or último, el Emperador, que las autoridades politicas,
bajo cuya sola inspeccion esta~án en lo fu~uro los. ~ampos. r:ior~uorios, cuiden de que tengan estos las necesarias cond1c10nes h1g1émcas,
asi como del estricto cumplimiento de los preceptos relativos de la
ya citada ley de 31 de Julio de 1859.
Dígolo á V. S. para su cumplimiento.-Sr. Prefecto politico de....
Es copia que certifico. México, Marzo 12 de 1865.
El Subsecretario del Ministerio de Gobernacion,

(Firmado} FRANCISCO J. VII,LALOBOS,

MINISTEiio-»E JUSTICIA.
Móxico, Marzo 14 de 1865·

Hallándose encomendada á los Prefectos políticos la inspeccion y
vigilancia de todos los ramos de la admicistracion pública, pueden y
deben ejercerlo eficazmente en la enseñanza, visitando los establecimientos de instruccion y cuidando de cerciorarse de que los directores y profesores desempeñen cumplida.mente las obligaciones que
tienen contraidas.-En tal virtud, y con mas razon no existiendo
actualmente el Consejo de Instruccion pública, que por ley estaba
encargado de visitar periódicamente los Colegios particulares de esta
capital, V. S. puede y debe, en ejercicio de sus atribuciones, hacer
esas visitas, aun cuando dichos establecimientos se hallen incorporados á los Colegios públicos, comunicando al Ministerio, cada vez que
lo crea conveniente, el estado que guarden, para "'Conocimiento de
S. M, el Emperador.
,
Lo digo á V. S. en contestacion á su oficio de 10 del corriente.
El Ministro de Justicia,

(Firmado} EscunERo.
Sr. Prefecto político del Valle de México.
Blii;;;;;;;;;;¡¡¡¡;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,s;;;;;;¡;;;;;¡;;;;;;;;;

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO. DE GOBERNACION.
SEOCION

Oí{ l'Ul

ÍlÍ

' · NUI~ 62. ,.
HI' J

miento de S. M. I., que en la semana que finalizó el dia 4 .d~l que
ri,ge, no ha ocurrido en el De_partamento de mi c_argo cós~ _a.1$,una
notable que merezca la atenc10n del Supremo Gob1erno, relat1va•á la
po)icíá de seguridad.-Dios guarde á V. E. muchos año.s,-~l ttrefecto superior politico, José María Pereda.-Exmo. Sr. M1nil!tro de
Gobernacion.-Méxicó.
,,,
Es' copia. México, Marzo ló de 18p5.
--·,u a1, •
i.

2ª

Prefectura superior politica del ;I)epartamento de Zacatecas.Núm. 437.-Zacatecas, Marzo 6 de 1865.-Exmo. St.-Tengo la
honra de participará V. E., para que se sirva ponerlo en conocí-

,

1

'.'I

(Firmado} FRANCISCO J ; VILÚLOBO$.'.ic:&gt;
•

1

, u

México, Marzo 12 de 1865.

.

llÍ

El Subsecretario de Gobernacion,

MINISTERIO .DE GOBERNACIÓN.

.,

J 1

1~J1[

')(::,f

MEXIOO:· Jueves 16 de Marzo de 1865.

•

u:&gt;iJa:. ·

')
•

l

Prefectura superior politica y Comandancia militar de,Tula~,Número 68.-Tula, Marzo 10 de 1866.-Los Subprefectos de este
Departamento, en partes de pQlicia reci\lidos en esta oficina, dicen lo siguiente:-" Parte general de las ocurrencias habidas en
este partido del Departamento de Tula en la semana que hoy finaliza.-Subprefectura de Tula, sin novedad.-Idem de Huichapam,
sin novedad.-Idem de Jilotepec,·.sin novedad.-Idem de bmiquilpan, sin novedad.-Idem de Actopan, sin novedad.-Idem 4e Zimapan, sin novedad."-Lo que tengo el honor de poner en .el supérior
conocimiento de V. E., para que se sirva elevarlo al de S. M. LDios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior político, José
María de 'la Peña.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Marzo 13 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firm~o) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

DOCUl\lENTOS.
AYUNTAMIENTO DE MEXICO.
, En la ciudad de México, hoy viernes 10 de Febrero de 1865, se
reunieron en la Sala Capitular, á las doce y veinte minutos del dia,
para celebrar Cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto municipal, Ru 1, Espinosa, Cosio, Velez, Galindo, Reyes, Villan ueva, Barreiro, Cervantes, Berganzo, Labat, Ibarrola, Pimentel, Ortiz Cerva11tes, Rascon y Labastida.
Re leyó y aprobó la acta del Cabildo público celebrado el dia 7
del actual.
·
Se dió cuenta con los oficios siguientes:
Del Ministerio de Fomento, manifestando que acompaña para informe el espediente promovido por D. Francisco Aguirre, quien pretende abrir una compuerta sobre el rio de los Remedios, para enlamar las tierras del rancho de su propiedad, n0mbrado los Reyes, y
en jurisdiccion de Tlalnepantla.-A la Comision de rios y acequias,
avisando al Ministerio ·que no se ha recibido ~) espediente.
Del Ministerio de Gobernacion, acompañando para informe la solicitud de D. José Maria Mota y D. José L. Gomez, relativa á la
creacion de una inspeecion de carnes.-A la Comision de Hacienda.
De la Prefect ura política, manifestando que S. M. el Emperador
ha tenido á bien aprobar la supresion de la plaza de mozo de oficios
de la Prefectura MunicipaJ._.:_A sus antecedentes.
De la misma Prefectura, comunicando que S. M. el Emperador
ha tenido á bien aprobar el acuerdo en que el Ayuntamiento de esta Corte revoca el que dictó la misma Corporacion en, 29 de Julio
del año próximo pasado, con relacion al negocio de D. Maximino
Zozaya, sobre reparacion de un corral contiguo á la casa número ó
de la calle de Zuleta.-A sus antecedentes.
De la propia Prefectura, insertando ~tro del Ministerio de Gobernacion, por el que se avisa que el Gobierno de S. M. ha tenido á
bien aprobar el gasto de 3,876 pesos, que _trata de hacerse por cuenta de los fondos Municipales para construir cuanto antes la obra de

(

�250

DIARIO -DEL LIMPERIO.

DIARIO DEL
. IMPERIO.
-

Se concede á D. José Baggally, la media mercjld de agua que solicita en
una cañeria de fierro que se quiere poner en la colonia llamada de arrendamiento,
para su easa núm. 4 de la calle de la Cerbatana, sujetándose
los arquitectos.-A la'Comision de Hacienda para que se proceda á las condiciones de!las Ordenanzas y á las modificaciones que:se le hagan
al otorgamiento de la escritura.
.
al compil~t]as.
·
Del Illmo. Sr. Arzobispo, comunicando que c?n wande dificultad
OtrQ de Ja-'Oomision de diversiones públicas sobre el espediente
podrá reponer y conservar la Iglesia de Sa~ Hipóhto; que cuenta en que D. P:ul~no Landeros pide licencia para dar bailes de máscacon los vecinos y confia en que el Ay_untamien~o. pQr su parte, cuan- ra en un salon del callejon de Bethlemitas núm. 6, consultando la sido el estado de sus fondos se lo perm1ta, lo auxiliar~ con lo que bue- guiente proposicion:
namente pueda para sostener el cult~, Pº!' lo que si los padres pauOonc.édase la licencia para los bailes·de máscara á D. P~ulino Landeros,
linos rehusaren hacerse cargo de esa 1glesrn, la encome?dará á otros en los t' rminos que la solicita.
e~esiásticos que la cuiden, p~diend? desde lu~go mamfestar su_ v~En segu1da se dió cuenta con el siguiente dictámen de l~ Comi:
luntad de que permanezca ab10rta dicha_I~les1a, y de hacer lo po81sion
encargada del Tecpan, que se mandó elevar al Gobierno de
ble para ponerla en buen estado de servicio:-A sus an~?edentes.
S.M.
I.
Del Sr. regidor D. Félix Galindo, renunciand~ ~a com1sion ~e BeExmo.
Sr.-La comision que suscribe se ha il)lpuesto detenidamente del
•neficencia por no querer reportar la responsab1hdad que d1rectaocurso
que
varias personas han elevado á. S.M. el Emperador, pidiendo no
meñ~ le ;esulta como encargado del ramo, en virtud de hallarse los
se
despidan
de la casa del Tecpan á los jóvenes de ambos sexos que no sean
e~edientes guardados bajo los sellos del Se_ñor fiscal de Secreui.ria.
verdaderamente
huérfanos, y que se restablezcan los juegos de azar para que
~Se acordó .admitir la renuncia del Sr. Galrndo y nombrar en su luen lo sucesivo haya fondos bastantes á cubrir el presupuesto de ese estable$ªr al Sr. Rul.
cimiento, y se evite que sean despedidos de él los jóvenes referidos.
dió tambien' cuenta con los ocursos siguientes:
Para dar cumplimiento al acuerdo d,el Gobierno de S.M., la comision-pa: .b.e ti: 4-~stin Boµilla, pidiendo se le coloque _e? la Secci_on de sa á esponer las razones que tuvo para despedirlos, por creer únicamente
Beneficencia que se piensa establecer.-A la Qom1s1~~ de Hacienda. que es á lo que puede contraer su informe.
1
Por una órden de la Prefectura política se dispuso p,revenir á los padres
• ' Í)e D. Trinidad Campu~ano, pidiendo se le mande entregar la
de
los jóvenes que estuvieran en clase de educandos, que desde el dia 1~ de
cantidad que se le adeuda por sueldo~ _como gefe del. Resguardo
Enero
del presente año, satisfacieran la pension ·que desigl)a el reglamento,
nocturno.-A la oficina de rentas qiumf1pales para. que mfo~m~.
ó que de lo contrario se recibieran de ellos, avisándose oportunamente á la
De D. Cipriano Tinoco, d~nunciando, para que se le adJud1qu_e misma Prefectura, quiénes fueran los que aseguraban esa pension, Pª!ª forcon arreglo á las leyes de policía, un sitio ruinoso de la calle de Chi- marse el registro r~pectivo.
•
conautla., ~ntre lós númrros 6 y 7, marcado con el número 18.-Ala Desde luego se dió cumplimiento á esa órden, tanto por dima~ar de la
Comision de obras públicas.
autoridad s,uperior, como por hallarse fundada en el reglamento vigente del
De D. Antonio Vargas, pidiendo _se le_ satisfap~n sus s_ueldos ~o~o establecimiento, que esta éomision cree de su deber hacer que ten~a su p~~empleado que fué del juzgado 4? del registro c1V1I.-A la Com1S1on tual observancia; y por lo mismo opina, que ei: ~ez ~e accederse a l~ s?hc1tud sobre la que informa, debe redoblarse la vigilancia en el cumphm1ento
-oe,Hacienda.
del artículo que previene, que los padres de los niños que no sean entera· •11 La Secretaria manifestó: que el Sr. Pinal ha presentado y se ha-lla sobre la mesa un estracto razonado de las disposiciones de poli- mente huérfanos, satisfagan la pension d!) ocho pesos mensuales, ó que de lo
contrario los quiten del establecimiento.
cía, relativas al despejo y ventas de frutas, dulces., etc:, etc., en l~s
Por lo que respecta al segundo punto de la solicitud, no estando en las
-calles prohibiéndose, segun los acuerdos, bandos y avisos al públi- atribuciones del Ayuntamiento, sino en las del Gobierno de S. M. l., resolco,.q~e se espresan.-Se mandó pasara á la Comision de Mercados, ver si se deben ó no restablecer los juegos, lacomision-se abstiene de hablar
-para que agregándolos á sus antecedente~, se sirva despacharlo á la de él, y concluye, por lo tanto, sometiendo á. la deliberacion del Cabildo las
siguientes proposiciones:
mayor brevedad.
. .
.
.
1~ No es de accederse á la solicitud que varias. personas han elev~!) á
De D~ Mariana Gua), p1d1endo que el crédito de q~e es &lt;:~s10naS.
M. el Emperador, pidiendo no se despidan de la casa del T(lcpan á los jória, procedente de lo que se quedó adeudando á D. Lms Mum~, covenes de ambos SjlX0S que no sean verdaderamente hu~rfan~s, sino antes
mo contratista que fué de la limpia diurna y nocturna, se admita en bien se exigirá. á sus padres la pension de ocho pesos, que designa el regl~
. pago de los derechos_ ';Dunicipale~ que causan las personas que ella mento, si d~ean que continúen en el,establecimiento.
designe.-A la Com1s1on de Hamen&lt;la.
. .
2~ El Gobierno de S. M. resolvera, en uso de sus facultades, lo que creA continuacion se dió segunda lectura, y_fué aprobado el s1g~ien- yere justo, acerca del pedi~o de los solicitantes sobre él restablecimiento de
te convenio celebrado por la Junta de H~c10nda del Ayuntam10ntq los juegos de azar.
•
con el Sr. Schiáfino.
Quedó de primera leetura_ un dict~me? del Sr. Villa?ueva, sobre
En la ciudad de México á 1o- de Febrero de 1865, se presentó á la Junta la solicitud en que Mr. Narmso Cassm pide se le permita estable~er
de Hacienda el Sr. D. Fr¡ncisc9 Schiªfmo, con el objeto de arreglar el mo• un depósito de animales muertos para aprovechar algunas· de sus
do de cubrir las respo~ab~idades que_ tien~ pendient~s. á Í!J,VO: d~ los fon- partes.
.
. . . .
. .
. .
dos municipales y se aJusto un conven10 baJo las condiciones s1gmentes:
Se dió lectura á las siguientes noticias qu¡ da el Sr. Admm~~tra1~ El Sr. Schiafino entregará desde luego en la Tesorería municipal, quin·
dor de rentas municipales, y que se inserten en la acta por acuerdo
ce mil pes·os ($ 15,000) en pag~_éa ~e desamortizacion, ~on cuya s~a paga
otra igual que adeuda á la mummpahdad, segun el art. 4. del convemo de 30 del Cabildo, para conocimiento del público.

'!s~

de Abril de 1862, en que consta que recibió esa suma para comprar los de- NoTICIA PORMENORIZADA DE LOS DoNA'.I'IVOS HECHOS AL FoNDO MuNICIPAL
rechos de D~ Benita Cubas, á la propiedad de la casa núm. 3 de la calle d(l
DURANTE EL MES DE ENERO DE 1865.
Vergara, ofreciendo devolver _dic~a suma, por no habe~ tenido efe~to el con- 1866.
trato. El Sr. Schiafino se obliga a sanear el_ valor de dicho~p-~ares! de mo- Enero 3. Entero en esta fecha para ayuda de compostura
do ,que si el todo ó parte de ellos n? se pudiere ,cobrar, exh1b1ra su 1mport~
de la calle de la Machincuepa:
en dinero efectivo y se le devolveran los pagares, quedando entretanto Vl·
D. Miguel Mata y Reyes.................. $ Q ,,
gente la garantía que consta en el c~tado convenio de 30 de Abril de l862.
,, Fernando Norzagaray ........ . ........ . 5 "
2~ Se liquidará la cuenta del valor del ~aterial ~e la casa del ~all~jon de
20,,
,, Miguel Tellez.. ................ ... ....• 10 ,,
Santa Clara á que se refiere dicho convemo, y su importe se aphcara en la
parte concu;rente al pago de otros mil novecientos y tantos pesos que tam·
,, 24. Entero en esta fecha para ayuda de compostura
bien adeuda el Sr. Schiafino, obligándose éste á satisfacer, en efectivo el salde la calle de la Acequia:
dp que resulte en su contra.
4'75
D. Antonio 1,íendez. . ... ·. ........ .. .......
El 'Exmo. Ayuntamiento compra al S1·. Schiafino los derechos quead,, Ambrosio Orihuela..... . .............. .
1 "
qmriq de la Sra. Dª Benita Cubas, sobre adjudicacion de la'casa núm. 3 de
,, Alonso Noriega....... . .. ........ ... .. . 2 "
la calle de Vergara por el' precio de tres mil p~sos ($ 3,000), que se entre,, Julio Fresinier .. .. .. .. ....... .... • • • • • 3 "
oarán al vendedor ~n pagarés de desamortizacion, de los que él mismo adeu· ,, Eugenio Hernandez . . ............. . ... .
1 "
da á la municipalidad. El Sr. Schiafino se ~bliga á. entregar al_ Cabildo !os
D~ Guada.Jµpe Marcin del Valle ............ . ,, 25
documentos que acrediten ser dueño de los mtados derechos, hamendo ces10n
Sres. Zavalveitia y Feruandez . . . ...... .. • •. • 3 "
de ellos por ~scritura pública, á. su costa; siendo de advert~r,q~e el Exmo.
Ayuntamiento no es responsable al pago de rentas, cos~IIS, m a runguna o~ra
,, 25. Entero en esta fecha para ayuda de la limpia de
cantidad que por cualquier título se adeude á D~ Martm~ Arana, con qmen
las atarjeas·de los callejones de S. Ignacio y de
se sigue un litigio sobre posesion y propiedad de la refencta casa, pu~ cuallas Vizcaínas:
quiera suma que se esté adeudando hasta hoy, SElrá á. cargo qel Sr. Sch1afino,
50,,
D. Javier Heras, por el Colegio de las Vizcaínas.
·'
" "
y el Exmo. Ayuntamiento solo pagará al Supremo Gobierno el valor de la
rédendon del capital que por precio representa la casa, en el caso de que ob·
Total . . . ........ , .. .. $ 85,,
tenga sentencia ejecutoriada en que se declare á su favor la propiedad.
' 4~ El presente convenio se someterá á la aprobacion de la superioridad; NoTICIA DE PAGOS A CUENTA DE CRiEDITOS PAsrvos DE u MuNJCIPALIDJ.D.
y si no se obtiene, el Cabildo ejercitará las acciones que hoy tiene en este
ENERO DE 1866,
mismo asunto, pues estas no se innovan ni perjudican por este arreglo, mien·
Quita■ .
Pagos.
tras no esté aprobado.
·sres. Mora y Juncal .... .. .......•............. $ 200 ,,
Tambien fueron aprobados con dispensa de trámites los siguientes
Menores de Ortiz de Montellano..... ... . ....
100 ,,
dictámenes.
Cárlos Gochicoa... ..........,. . . . . . . . . . . . . .
100 ,,
Uno de la Comision de Aguas que co_ncluye con la proposicion siHospital del Divino Salvador. . . . . . . . . . . . . . .
90 ,,
Compañía Lanca-steriana.. . . • . • . . . • • • • . . . . . .
43 31
guiente:
·

f~

e

José Ro,sse}l, crédito t 636 S3·cs.1 con una q_ulta
de 20 lffor' 100 ..... . .... : ... .... .. .... . . . 509 07
76 73
,Yice,r¡w,,lieredia............ _.... . .... '. ... .
36 ,.
Sra. Ga'bina R. de Arroyo . . ... ... • • • • • • ... .
Sres. Ju~n·J. Tames .............. •. • • • • • • • • • • • 150 ,,
40 ,,
Luis"M:uño~'. ............• · · · · · · · · · · · · · · · ·
50 ,,
Juan Landgrave............ •••• • ••••••••••
·29 ,,
Manuel Diaz .•.. . ... . . • • • • • • · • · • · · • • • • • • •
100 38
Ér~ci'Sco Prieto ....... • • • • • • • • • • .. •···... .
400 ,,
1 , Vicente Fernandez...... • • • • • • • • • • • • • .. ... .
30 ,,
·• ·• Amado Valdés. .... . • • • • • • • • • • • · · • • • • • , • • •
Diego Pliego .. . . • • • • • • • • · • • • • , • • • • • • • • • • • 29 .,
José Felipe .• •'• - • • • ... · • · · · · ···; · • ··· · ··· • • • ·
5 "
José M. Valverde ............ ·. ... ·. . . ..•. ; . 210 ,,
José Alvarado................ . .. , ... .... .
27 ,,
Narciso Naranjo ...•..••..................
21 50

mo. _No es preciso deterl~sd e&gt;'\ esponcr.J,a, con;,erlien&lt;lill.. de la adopcion de

127 26 esta_1dea, porque es notorrn_que-toda la utilidad que pudieran percibir los
falmcantes de esos co1:1bust1_bJes, q~~dará en beneficio de la Corporacion y
de sus fondos, y que sm ,reli,f Jªr m aumentar e1 presupuesto del ramo, la

considerable rebaja de sú~ gastos, una vez. ajabpi:¡¡.do~ dich~~ iiquidp¡¡ por -oficinas propias de la oiudj\d, podrán invertirse en el aumento de farol~ enrl a
mejora ~ecesaria de•la luz, y ~n ~eneral del servicio del ramo, sin•pe~úlci◊'
de cubrirse los gastos de las fabricas, y establecer el trabajo y vigilancia'lde'
sus depéndientes y operarios.
Respecto de la del aoeite, la Comision .se..prgpone hacer los gastos de-in:stalacion desde luego sil! •áwnentar él pre.!n'lpu.es.to~
ara erogar }os de la
misma clase en la ·elaboracion -del líquido de trementina, necesita-una cantidad de pronta exhibicion, cuyo importe nq p_uede ~lc,11lai:se con exactitud
desde ahora, pero que será _cerca de seis mi~ P':5.0S ($ S,000). Nq p,rete~e
que el rondo d_esprenda de sus recursos ordmamo.s esa cantidad y pro.pone
para conseguirla-un recurso estraordinario, ~ue ~ municará opó+tnhamétíte á
la Junt:a de Hacienda, si adoptare esta id~~. como lo espera.
.
·
T~taL
......
:
....
.
....
$
2,246
99
$
127
26
Concluye,
pues,
la
Comision,
prqponiiindo:
'
,
·
,
..tl1f1
· 1~ Que se le faculte para establecer desde Juego el molino de aceite y -ar,
•
NouoIA,DE PAoos DE CAPITALES QUE REC0Noc11: EL ExMo. AYUNTAMIENTO. Teglar !!U servicio y economía.
1
2~
Qu?
el
recurso
de
que
s~
~ace
mencion
en
~l
p'ár_raf?,
an~rior;
1e
dt§tiENERO DE 1866.
Pagos.
Quitas. ne esclus1vaI1Jente al est:iblec1m1en~ de elaboi;ac1on del hquidq de tr¡imen,tina por cuenta del Exmo. Ayuntamiento, autorizándola para que de aeuendo
Sres. Juan B. Alaman .......•......•........... $ 250 ,,
con la Junta de Hacienda, promueva,lo conveniente. ,
. • .. ·
Antonio Escandon..•...........•..........
500 ,,
3~ Que la ·Comision dé cuenta opórtunamente del résul(ado de sts t'thb~Test¡lmentaría de D. J oaquin Gonzalez, por remajos y de las medidas que haya tomado en virtud de la aUtorizacjon. . .
te de t 916 25 cs. (parte del capital de $ 2,286
México, Febrero 7 de 1865.-Ortiz Oervantes.-E. Cuñas.
·
• 'l
25 cs.), ctm una quita_de 10 por 100.... .. . .
824 63
91 62
NUMERO 1.
Total. ............... $ 1,574 63 $ 91 62
NoTIClA DE ~A PLANTA Y DOTACIONES DEL RAMO DE AliUMBRADO,
1
Comandante
..................•.................. ~
66 66
NoTICIA DE;PAoos DE REDITOS nÉ CAPITALES QUE RECONOCE EL Enw. AvuNGratificacion al mismo por el forraje del caballo.. . . . . . .
8
TAMIENT0..
1 Segundo Gefe. . . . . . . . . .. . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. .. . .
50 ::
ENERO DE 1866.
1 Escribient~ pagador.. .. .. . . .. .. .. . ... . • . .. . .. .. .. .. -. 25
Pagos.
Quitas_
12 Doce cabos, diez de escuadras y dos de vigilancia, á. treinta
"
Capellanía de Peña"/ Zorrilla .... ............... $ 40 ,,
pesos cada uno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 360 ,,
,,
de Tello .. : . . ................ : .... .
20 ,,
'138 Ciento treinta.y ocho guardas á 16 pesos cada uno. . ... . 2,208 ,,
,,
de Perez Calderon ...•.....•.•.......
12 50
Fideicomiso de D. Baltasar Rodríguez. de los Ríos á
Suma ............... ... 2,7'17 66
D. Guadalupe Ceballos....... ; •.
6 04
LIBROS
PARA
EL
DESJ!:MPEÑO
DE LABORES DE OFICINA,
de las Sras. Padillas................ .
25 25
"
de D . Esiquio y D. José Rubio...... .
5 60
Un diario de caja.
".,
Testamentaría de D. Joaquin Gonzalez,
Uno de cuentas corrientes.
remate dé $ 336 03 cs., con una quita
Uno copia de las cuentas mensuales rendidas á la oficil}a de Hacienda.
de 10 por 100........·........... . 302 43
33 60 Uno con la entrada y gasto de combustibles. .
Capitales .diversos:
Uno cuenta particular del fondo especial de vestuario.
Testamentaría de D. José María Jimenez .... .
100 ,,
Uno cuenta particular del fondo especial de inmediatos.
Convento de Santa Brígida...... .... ..... .. ..
34 85
Uno registro de los faroles existentes en la ciudad.
ARcnnvo.
Total. ............... $ 546- 67 $ 33 60
Lo forman los partes diarios de las ocurrencias habidas en la ciudad los
El Sr. Prefecto dispuso pasara al Sr. Regidor comisionado del hos- recibos de los cabos por combustibles que reciben para su escuadra las
pital de San Pablo, para que practique la averiguacion correspon- papeletas diarias del pago.
I

-

•

'

J

y

diente al oficio en que la Comision de Cárceles participa que el comisario de ese establecimiento abandona sus deberes, encargando á
un preso de su desempeño.
•
El ·mismo Sr. Prefecto mandó archivár el espediente relativo al
servicio que se les encomienda á los padres capellanes de la cárcel
de Bethlem, en la de la ciudad y prision militar, por no tener efecto
en virtud ~el no_mbramiento que el Sr. Arzobispo ha hecho en el padre Bur~mcha?1, p~ra el d~sernpeño de ese servicio.
El Sr. B~rreuo hizo moc10n, que fué aprobada, para que se escite
al Sr. Sindico 2?, á fin de que para el Cabildo próximo se sirva presentar dictámen en el espediente relativo al ocurso de D. José Carrillo,. en que pretende se le deyuelva su empleo de gefe del Resguardo' gmrno,. y en que propone un nuevo plan para la formacion de
dicho cúerpo.
.
La,Comision de Alumbrado presentó su informe relativo alas mejoras y reformas que necesita el ramo, y que debe tenerse presente
en la compilacion de Ordenanzas.-Se mandó agregar á sus antecedentes y publicar cuando se remita á la prensa esta acta.
. Tenemos· el honor de remitir á V, E., con relacion al ramo de alumbrado, los datos que el Exmo. Ayuntamiento acordó en 13 del próximo pasado Enero, que se pasasen por las Comisiones á la especial nombrada pa1'a
proponer el arreglo de la Municipalidad. El que lleva el número l es la raz~n de la pla~ta y do~ciones de los empleados y depiindientes del ramo; el
numero 2 el mventar10 de la ropa, armas y útiles del mismo, y el número
~ el.proyecto der~for~a definitiva de. su reglamento. El dictado por el Se~or conde de Revillag1gedo, era perfecto en su época; pero las nuevas neces1d™3:es, el progreso Y ~~ento de los medios de iluminacion, exigen reforfas ~teresantes, que SJ bien puestas ~n práctica, en su maror parte deconormidad á lo que se consulta en el adjunto proyecto necesitan la sancion de
la autoridad para que no queden en la esferá de pur~s prá-cticas que pueden
al~rarse. Con lo espuesto, y el contenido de los ti;_es document~s que acomp~an este informe, quedaría llenado el fin que se propuso la Exma. Corpo·
rac10n ~l dar su espresado acuerdo; pero la Comisibn ha creído deber dar á
sus designios, principalménte respecto de la economía todo el alcance de
que son
·
· Al efecto propone
' como uno de los
. capaces en las circunstanmas.
m:dios mas seguros de obtener esa economía, fundar do~ establecimientos,
urudos 6 s:parados, para elaborar directamente por cuenta de la ciudad en
uno, el aceite, Y en otro.el.líquido de treméntina que se consume en ra-

eI'

(Concluirá,.)

SOLICITUD.·
MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION 1ª
México, Marzo 15 de 1865.

. D. Manuel Monterrubio y ~- Manuel Ruiz Dávila, por sí y por sus somos, han hecho formal denuncio de una veta mieva de plata situada en un
punto con el nombre de "La puerta de Oriente," y oon el m'exicano "lguezayau yutoual_li" en el cerro de Tetzcutzinco, J.1istrito de Texcoco.
.
Y ha~iéndo~e. ª?IDitido con fecha 14 el den~ncio, en cuanto ha lugar en derecho, sm perJmc10 de tercero y conforme a las Ordenanzas se avisa al
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho oponerse lo
deduzc-a ante este Ministerío.
1
'
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL Oaozco.

á'

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA

Y

SALIDA DE CORREOS EN LA ADMINISTRACION GENERAL DE EBT,\
CAPITAL.
LLEGA CORRF.SPONDENCI:A:

~ UEVEs,-;--De Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
Or1zava, Cordoba, Veracruz, Thcubaya, Lerma, Toluca Tenancingo Jxtlahuaca, San Ji'elipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua Maravatio Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec Pach~ca Tulan;ingo
T_eot~'h uacan, Otu_mba, Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan,
' Tepeji del
' Rio, Soya-'
mqmlpan, P olot1tlan, San Juan del Rio, Querétaro Guanajuato Lagos
Aguascalientes, Guadalaja~a, Zacatecas, Durango, Tula, Tlalpam, Cu;rnavaca'.
SE fDESP ACHA CORRESPONDENCIA
BASTA LAS

9 DE LA NOCHE.
J UEv~s.-Para Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, Omava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Ixtlahuaca ·san
Félipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, l\faravatío, Morelia 'Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan
O~umba, Aparo, Tlalp.am, Cuernavaca, Tlalnepantla, Cuautitlan Tepeji deÍ
R10, Tula, Ixmiquilpan, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan dei'Rio Querétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, Guadalajara, Zacatecas, Du;ango.

,,,,.

�DIARIO DEL L'1PERIO.
para los efoctos legales_; .Y haciéndose saber d~ ~ m~ma manera, la solicitud del primero
~obre que ee le rehabilite, publiqueee tamb1en en esta plaza en los Mrminoa prevenidoa
por el art. 220 del Có~o de Comert:io."
Y para que lo mandaáo tenga su debido cumplimiento, se hace saber á quienes corre•
COMISARIA CENTRAL DE POLICIA.
ponda.
.
.
Mwco, Marzo 15 de 1865.
El Secretario del Tribuoal, Lic. Sebastia,i LarrOJUUJ.
Ha sido remitida al corral de depó~ít.od una mula baya, que andaba. estra.viada en la. de191-38- 2
marcacion del cuartel núm. 5¡ lo que se pa.rticipa al público, para que el interesado ocurra
i eat.a Comw.ría Central, donde se le dará la órden de devolucion, siempre que acredite
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
110 propiedad,
·
En
el
juicio
promovido
por
D.
Aguetin Tello de Meneses contra el intestado de D~ FeEl Secretario general, L. Berthier.
lipa Guerrero, sobre pesos, el Sr. Juez 4? civil suplente, Lic. D. Evari,to Reyes, ha mandado se proceda al remate de la casa núm. 22 de la calle del Niño P.erdido, retasada por
el perito D. Francisco Somera en mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos¡ señalando
.A.NUNC:COS.
para la almoneda de remate el hínes ;?O del corrient.e, á laa onre dé la mañana., en el J uzgado de ,u cargo, situado en el Palacio de J ueticia.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer
JUZGADO DE LETRAS DE SAN JUAN DEL RIO.
poshira, ocurran al Juzgado, donde se lee darán las instrucciones que ministran loe autoa.
En el eepediente promovido en_este Juzgado por el Sr. Síndico primero del M. l. AyunMéxico, Marzo 13 d111865.- AntonwLandgrai,e, Escribano público.
19'.!- 3e- 2
tamiento de esta ciudad, D. Angel 1'11. Dominguez, solicitando que se manden chancelar
laa escrituras dornconocimient-0, que en 28 Febrero de 1861, y ant.e el Escribano D. FranJUZGADO 2? DE LO CIVIL.
cisco Ruiz, otorgó D. Manuel Casaba! á favor de la Adminiatracion de rentas del antiguo
Ante el Sr. Juez 2&lt;:' de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, se ha denunciaEstado de Querétaro por los capitules legados por la Sra m Rafaela Diaz 1'orres para objetos de beneficencia, y ijon: el J.e trecé mil cieuto sesenta pesos para el establecimiento de do el fallecimiento iu't.eatado de D. Matias Estanillo, y el Sr. Juez ha mandado ee convouna cátedra de latinidad y otra de filosofia. y comgra. de libros¡ el de nueve mil ouatroo,en- que por medio del periódico del "Diario del Imperio" á las ,eeNouas que se crean con detos pesos para au.ulio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de recho á la here11cia, para que dentro del término de veiot.e dias, contados desde la publidos mil ochocientos veinte pesos para pagar un capellan del mismo establecimiento; en cacion del present.e, Re presenten á deducirlo eu su Juzgado; situado en el Palacio de.
,,jata de no haber$8 presentado ningun inttiresado alegando derechos á los referidos capi Justicia.
México, Marzo 13 de 1865.-Antonio La11dgra-ce, Escribano público.
J8o-3s- 3
tales, y de las demas constancias que ob1 an en el espediente, el Sr. Juez db primera instancia de este Diatrito, Lic. D. Tranquilino de la Vega, con fecha 7 del corriente ha pronunciado un auto, cuya parte res.ohltiva es á la letra como aigue: "Primero: que el M. I.
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
" Ayuntamient-0 de esta ciudad, competentemente autorizado por la Prefectura Blij)erior
Por auto de hoy ha mandado el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que co
" política del Departamento de Querétaro, es parte legítima para intervenir en la imposi- noce d" los que ha promovido D. Feliciano Ponoo á D. Andrés Becerril sobre pesos, ae
" cion de loe capitales legados por la Sra. D~ Rafael&amp; Uiaz Torres p!lra objetos de benefi- haga saber al seguodo, que á peticion del mismo Ponce se ha hecho publicacion de proban·• cenc1a, y son: el de trece mil ciento ijesenta pesos para la institucion de h1s cátedras de zas y se ha prevenido se preeente Becerril en el término de diez diae á sacar loe autos pa•
·• latinidad y filosofía, y compra de libros; el do nueve mil cuatrocientos pesos para el Hos- rs, ale¡ar; apercibido que de no verificarlo, se sentenciará, para lo cual se le cita desde
" pita! de San Juan-de Dios, y el de dos ruil ochocientos veint.e pedos para eagar un ca- luego.
" pellan de este establecimiento, procediéndose con las calidades que recomienda la Pre- . Y en cumplimiento de lo mandado, pongo e~ presente en México, á 10 de Marzo de 186.,.
" fectura de quien se tr11t.a, respecto del Hospital. Seguodt&gt;: que cemo consecuencia de la -José Raz Guzman, Escribano público.
189-3e-3
" anterior declaracion, mandaba y mandó, se tilden y chanceltin en sus matrices y en loe
" respectivos libros de hipotecas las escrituras de reconocimient.o qu~ existen en la aotuaJUZGADO 2° DE LO CIVIL.
•• lidad por los precitados capitales, y que otorgó D. Manuel Casaba! como comisario teR" tamentario de la Sra. m Rafaela Diaz Torres, en~ de Febrero de 1861 ante el E8cri.1!:n el espediente promovido por D. Anguate.Donssine/ por D. Juan J . Torrea, contra el
,, bano D. Francisco H.uiz, á fsvor de la. Administracion de rentas .dcil antiguo Estado de Lic. D. Mariano Zavala, sobre pesos, ha msnd&amp;do el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Ma' Querétaro, eou eapecial hipoteca de la hacienda do S1m Clemente, ubicada en esta ju óuel Pavon, á pedimento del actor, se cite á dicho Sr. Zavala para que en el término de
" riediccion, tildándose y anotándose las reepectivu partidas de registro si existier,m vi- diez di11s se presente á ea.car los de la ruawria, á efecto de que alegue de su derecho; bajo
" vu ,m el de .hipotecaB, por este Juzgado, actualmente encargado del Oficio público y cl61 el apercibimiento de que en caso contrario se le dará por citado para eentencia. En tal
" de hipotecas Tercero: ee declar&amp; igualmente, que loe teetimouioe de las escrituraa an- virtud, hsgo la preeent.e citacion; advirtiendo que el despacho del que suscribe está en los
" teriorea que puedan apareco,r, asi como sus endoses y cesiones, son nulos, de ningun bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
' ' valor ni efecto, quedando como quedan, rotos, cancelados é insubsistentes. Cuarto: _puMé.Iico, Febrero Z'/ de 1865.-Manud T. de Meneses, Escribano público. 176-88-6
" bllquese el presente auto por el espRcio de veinte diae en el periódico oficial del De" partamento y en dos diarios de la del Imperio, para conocimiento de los interesa
COMPA.ill DEL FERROCARRIL DE JIEXICO A PUEBLA.
" dos. Quinto: que se notifiqup, lo mandado al Sr. Síndico Procurador primero del M. I.
'' Ayuntamiento de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevarria, á
Celebrada uoa sesion del Coneej0 Administrativo, el dia de ayer, para arreglar las ope•' quien se prevendrá exhiba su certificado de matrícula, que se le devolverá luego que se racione, previas á la dieolucion de la Sociedad, se acordó que a pesar de estar reaeumi" tome razou de él en autos. Y s~sto: que la Secretaría cuidará de acumular á las pre- dae la mayor parte de ltte acciones en la persona del Sr. D. Antonio Eecandon, ee convo" sentes diligencias el correspondiente número de ejemplares de los periódicos en que se que un&amp; junta general para las 5 de la tarde del dia 15 de este mee en el despacho del
" haga la publicacion prevenida. para la. dbbida constancia; y fecho, archívense las actua- }'errocarrii, plazuela efe Guardiola, para tratarse de la disolucion indicada. No baatando,
segun loe Estatutos, una sola sellion para tal objeto, se acordó iguahnente la convocatoria
" ciones formadae."
Y cumpliendo con lo que se preriene en el auto inserto, pongo la presente en San Juan para la. segunda junta, que se verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
del Rio, a nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del JuzgaMéxioo, Marzo 7 de 1865.- Mier y Terán.-P. Almazan, secrétario.
175-Ss- 7
do, Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro.
193-,-4a-l
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
CITACION JUDICIAL.
El Sr. Juez 4? de lo ci\•il, Lic. D. Evarieto Reyes, en aut.o de ayer, ha mand'ldo ae conEnjwita celebrada el día 13dol corriente, en la que ee declaró por el Sr. ~uez 4~ de lo voque por los periódicos á los que ee,c~ con de_recho_á loe bienes del intes~o de D.
civil, Lic. D. Evariato Reyes, á pedimento de los acreedores que se halla•on presentes, Marcelino Sancbez, para que en el témuno de tremta diae se presenten á ded11cir los que
concurso formado á bienes de D. Santiago B11rtller, despuee de hsberee procedido al nom- les competan¡ apercibidos de lo que haya lugar si r.o lo verifican.
bramiento de sindico, salió electo el Lic. D. Aguetin Peralta, quien pidió se cite á todos
México, Febrero 7 de 1865.- Manud T. IÚ Meneses, Escribano público. 97- 3011--Z'/
los acreedores para que en el término de diez dilil!, contados desde la publicacion de este
aviso, pre.enten en el Juzgado los justificantes de sus créditos¡ bnjo elapercibimiento que
JUZGADO 2&lt;.&gt; DE LO CIVIL.
de no verificarlo, no se considerarán como acreedores al eepresado concurso. 'Y habien'
El
Sr.
Juez
2~
de
lo
civil,
Lic.
D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda á la venta de
do determinado de conformidad el referido Sr. Juez, pongo el presente en México á 15 de
la casa núm. 1 del callejon do la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada por los peritos
l\Iarzo de 1865.- Casimiro Fernandu., Escribano público.
194-4s-1
D. l\fanuel Gargollo y Parra y D. Juan Cardona en 111 cantidad de 5,621 pesos 25 C8.; seCITACION.
ñalándose eara las almc,nedas los días 1O, 20 y 31 del corriente, á las doce, siendo la últiNo sabiéndose el domicilio de D. José María Segura, D. Jacinto Ortiz de la Peña, del ma con calidad de rema~. Y para conocimiento del público pongo el presente, advirtienrepreeentante de D~ Margarita Peimbert y D. Agustm López, acreedores á los bienes do que las personas que quieran hacer postura, pueden ocuDrir á 111 secretaria del mismo
·
concursados de D. José María Noya, el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha J uzl(lldo, adonde recibirán las ir etrucciones convenientes.
México, Marzo 2 de 1865.- Pedro Cand.
166-6a-6
mandado se lee cite á junta PJlra el viernes 17 del corriente, á las doce.
Lo que les hago saber por el present~ anuncio, como está mandado.
JUZGADO 4? JIENOR DEL CUARTEL lilAYOR NUlORO 4.
México, Marzo 13 de 1865.-Manuel RoTMro, Escribano público de la Nacion.
190-:is- 2
1~ de Santo JJomingo núm. 8.

ANUNCIOS OFICIALES.

TRIBUNAL MERCANTIL DE QUERE'l'ARO.
Segund1\ clasc.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesentli y cinco Cuatro reales.
•
Querétaro, Enero veinte de mil ochocientos sesenta y oioco.-Vistos los presentes auto~; atentas las razobee en que ee fundan loe señores síndicos administradores del concur•
so, D. José Arana y D. Antonio R. Fuentes, en sil!! esposiciones de fojas 5 y 8, y resultando de los antecedentes á que ee refieren: que la quiebra en que fué declarado D. Manuel de Vicente, no presta causa. alguna de las asignadas por los artículos 895, 896, 897 y
898 del Código de Comercio vigente, para reputarse fraudulenta ó culpable: que por el
contrario, ha preeentado un activo mlll! que suficiente para cubrir sus créditos, y que la
suspension de sus pagos mas bien ha procedido del a.traeo involuntario de sus negocic,s,
motivado de las ousmas circunstancias precarias que á la vez nulificaron el comercio de
esta plaza: por tales consideraciones, y coa presencia de lo dispuesto por el primero de
los artículos citados, del 905 y de las razone~ en que se funda el 917, los Sros. Presidente y
colegas dijeron, que debian de fallar y fallan: que el citado D. Manuel de Vicente, no es
falhdo culpable, ru respoueable por quiebra fraudulenta. En consecuencia, desglosándose
el testimonio de las fianzas que obran en los autos principales, por las que el mismo inte·
reendo caucionó su radicacion eu el lugar, entrégueeele para su ch11ncel11cion. Hágasele
saber, lo mismo que á los fiadores, á los síndicos judiciales y administradores, para los
eft!ctos legalPe. Asi definitivamente juzgando lo r.ronunciaron y firmaron los supradichos
Sres. President.&gt; y colegas que componen el Tnbunal.- Doy fe.- 8. Luis Rodriguez.Manud Carbajal.-Pedro Bustos.-A11tonio de Udacta, Secretario.-Concucrda con el ori•
ginal que obra en el eepediente respectil-o, á fojas 12 vuelta y 13 frente, que existe en esta
Secretaria, siendo testigos de en sac·a y correccion D. Francisco Parra y D. Antonio
Ojeda.
Doy fe.-Querétitro, Febrero 24 de 1865.-Antonio Otero, Secretario interino.

ORDEN .-Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la presente s.i le cita y
emplaza para que en.el t.énnino de tr~inta dias se presente en este de_ ~i_cargo por 1i ó
por apoderado instnndo y espen~ado, a contestar la demanda que en JUICIO verbal ,obre
pesos le promueve el Lic. D. José Maria Aragon en representacion de la t.estamentaria ~e
D. Felic1ano Rey¡ apercibido de que si no concurre se le nombrará un defendor de ofio10
con quien ee entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-15a- 10
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO,
En los autos del intestado del Sr. Cura que fué de Ttipetlaontoc, D. Luis Agustin Camargo, el Sr. Juez ha mandado ae cite por los periódicos ~ las_ personas ~ue se crean con
derecho á los bienes del referido intestado, para que en el termino de 30 ,?iae, co~tadoa de••
de la primera publicacion de este aviso, se preeen~n en es~ Juzgado a deducirlo en form11; apercibidos de lo que haya lugar en derecho e1 no lo verifican.
,
Y en cumplimiento de lo mandado pongo e! presente en Texcoco, a 11 de Marzo de
1865.- El Secretario del juzgado, Lic. Francisco de P. Oli,era.
187- 311- 2

PREFECTUB.A POLITIC.&amp; DEL DEPARTAIIENTO DEL VALLE DE DXICO.
ALEJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de loe tribunales del lmferio y Secretario general cte
la Prefectura política del Departamento del Valle de Méuco,
Certifico: que aunque en la lleta que se publicó en los periódieo•, de las personas apre.
hendidae en una casa de juego, se encuentra comprendido el nvmbre de D. Casimiro Fernandez éste no es el escribano público que tiene igual nombre; y para que ae! lo ha¡a valer cua:ido le convenga, á su pedimento le doy el presente, de órden del Sr. Prefecto político, en el dia de la fecha.
México, Marzo 10 de 1865.
·
Querétaro, Marzo 8 de 1865.
El Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor. 182-38-3
En el espedieute principal del concurso á bienes de D. Manuel de Vicente, con vista
del convenio últimamente celebrado con sus acreedores de México y loe de esta plaza,
concediéndole hlB espnas que solicitó, el Tribunal, por auto fecha 6 del corriente, defirió
á la aprobacion, mandando, entre otras oosas, lo que sigue:
·' Hágase saber al mismo D. Manuel de Vicente, ó á su representante, á loa demaa in•
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ~CALAN';r'E,
teresados presentes, y por medio de loe periódicos oficiales del Gobierno del Impeno y
BAJC'S D.&amp; SAN AOUBTIN, NUM. l.
el que se publica en esta capital, notifíquese á los acreedores resi&lt;lentes en la Corte,

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50519">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50521">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50522">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50523">
              <text>62</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50524">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50525">
              <text>16</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50540">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50520">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 62, Marzo 16</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50526">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50527">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50528">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50529">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50530">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50531">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50532">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50533">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50534">
                <text>1865-03-16</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50535">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50536">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50537">
                <text>2011199</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50538">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50539">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50541">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50542">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50543">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7876">
        <name>Autoridad civil</name>
      </tag>
      <tag tagId="7875">
        <name>Cementerios</name>
      </tag>
      <tag tagId="7877">
        <name>Cultos autorizados</name>
      </tag>
      <tag tagId="7878">
        <name>Enseñanza pública</name>
      </tag>
      <tag tagId="7633">
        <name>Ministros</name>
      </tag>
      <tag tagId="7678">
        <name>Plata</name>
      </tag>
      <tag tagId="7795">
        <name>Prefecto político</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="6875">
        <name>Texcoco</name>
      </tag>
      <tag tagId="7822">
        <name>Valle de México</name>
      </tag>
      <tag tagId="7879">
        <name>Veta</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1919" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1069">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1919/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._63._Marzo._0002011201.ocr.pdf</src>
        <authentication>81ddfe204f1b3ba4da8393fbfee6fbb1</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74361">
                    <text>·b
I

IMPERIO .
TiZiiiiZ

MEXICO: Viernes 17 de Marzo de 1865.
SUMARIO
PARTE OiICIAL.-Oonceslon de ~uatur al Sr. Gllrard como cónsul de.Inglaterra en 'Veracl"l1S.-ld.
al Sr Movellan como Vlceccnsul de Espaga en Méxlco.-Oomunleaclon del Minl!terlo de Justlcl&gt;1 ~eclaran•
do e1ºsentldo de los artieulos 18 y 19 de la ley de 26 de Febrero sobre rev~lon.-Clrcular del Ministerio de
~ceroaclon a. las Prefecturas, sobre la obllgaclon que tienen 101 funclonanos ~el órden guberoa.Uvo de su.scrlblrse al Periódico Otlolal conforme al ar!. 5 del decreto de 81 de Diciembre ulllmo.
RELACIONES INTERNKCIONALES.- Comunleaclones Importantes sobre el consulado de los EstadosUnld01 en Matamorot1.
DOCUMENTOS.-Ayuntamlento de México: coneluy~ la acta que empezó a Insertarse ayer.
NOTICIAS REOIENTi;:8 DE EUROPA.-Parte telegnltlco de Párl!.

PARTE OFICIAL.
JrlINISTERIO DE NEGOCIOS ESTB.ANJEROS.
México, Marzo 13 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien mand~r estender el ex:equatar de estilo de la patente para cónsul en V1;racruz, que ~- M. la
Reina de Inglaterra espi~ió en favor de1 Sr. D Enea~ M. G1ffard: y
en consecuencia se han hbrado las órdenes corr\JSf?Ond1entes pa~a que
este señor sea reconocido en su carácter consular, y pueda eJercer
libremente las funciones que le son anexas.
·
'

El Subsecretario de-Negocios Estranjeros, '

(Firmado) .ALONSO L. PEON DE REGIL.
1t!éxioo,t~arzo 13 de Hl65.

Habiéndose dignado S.M. el Emperador, nlíestro augusto Soberano, conceder el exequatur á la patente de_ Vicecónsul de Españ~, espedida por S.M. C. á favor de D. Sebastian Movellan, se ban_hb:ado las órdenes correspondientes para q~e este. señor sea reconoc1?0
en su carácter de Vicecónsul, y pueda eJercer libremente las func10nes que le son anexas.
·

Nml. 63.

funcionarios la obligacion que les impone el art. ó? del decreto de
31 de Diciembre del año próximo pasado; bajo el concepto de que
habrán de dirigir sus pedidos á la redaccion del periódico mencionado, enterando en la administracion de Coneos respectiva, el importe de las suscriciones que están en el deber de tomar.
Al comunicarlo V. S. á los Prefectos subalternoe, Subprefecturas
y Ayuntamientos del Departamento (ó Distrito) de su mando, prevendrá á las segundas que hagan el gasto coITespondiente con la cantidad que para los de oficio les ha sido asignada, y. autorizará á los
últimos para que se efectúe por los fondos municipales la erogacion
relativa.
Igualmente se recuerda á las Prefecturas, en cuyo presupuesto se
ha incluido determinada cantidad para gastos de imprenta, la obligacion que tienen-de invertir frecuentemente dicha suma en la impresion de leyes y decretos, así como de las órdenes supremas que
exijan circulacion, ,para que esta sea tan amplia y profusa como es
necesariorpara que los preceptos del Soberano lleguen á noticia de
todos los habitantes del Imperio."
Cuando por algun evento estraordinario fuese insuficiente dicha
cantidad para sufragar el gasto de impresiones en un mes determinado, las Prefecturas lo manifestarán á esta Secretaría, acompañando los justificantes respectivos, para que se re~uelva lo que convenga.
El Ministro de Gobernacióit;

· (Firmado) CORTES Y ESPARZA.
Sr. Prefecto político de....

RELACIONES INTERNACIONALES.
Ejército Mexicano.-Divísion M:ejia.-General en gefe.-Vapor
,
El SubseQretario de Negocios Eatranjeroa,
'Tackawanna de los Estados-Unidos.-Brazos.~Tejas, Febrero 18
(Firmado) ALONSO PEON DE REGIL, ,
de 1865.-Al comandante-de las fuerzas que ocupan :Matamoros.General.-Al visitar esta parte de la costa de Teias,
confiada á mi
......,_........,_,.~
J
,
cuidado, he recibido informes de que el cónsul de lo,s Estados-U nillllNISTERIO DE JUSTICIA.
dos en Matamoros, no solamente ha sido suspendido en el ejerciqio
México, l\fsrzo 13 de 1865.
,de sus funciones, sino que en virtud de una órden emanada de vd.,
La resolucion de los artículos- 18 y 19 de la ley de 26 de Febreto ha salido ya de la ciudad.-Sin pretender inquirir las razones que en
último, no afecta á todos los derechos que se tengan sobre bienes na- .concepto de vd. justifiquen esta medida estrema, cuya decision pereionalizados, sino á los que procedan de operaciones de des~mortiza- tenece ya á nuestros respectivos gobiernos, como único representancion ó nacionalizacion, como testualmente se-espresa en ellos. Así es te del mio en estas aguas, creo conveniente saber hasta qué punto
que el critierio para la calificacion ó apreciacion de los derechos á ,puede afectar ese acto al resto de mis compatriotas residentes en Maque se contraen los artículos citados, está colocado en la fuente ú, tamo ros, dedicados al comercio ó á otro trabajo legítimo del ·puerto
origen de donde proceda el derecbo de que se trate, y de ninguna que ocupan sus tropas.-Tengo el honor de ser muy respetuosamenmanera en el objeto ó materia sobre que se ejerza.
te su obediente servidor.-Gee T. Emmdres, comandante de las foerLos vales ó pagarés al portador, puestos en circulacion por el Te- ias navales de los Estados-Unidos sobr~ la costa 'de Tejas.
soro, las fincas adjuaicadas en pago de pensiones capitalizadasJ y los ' Núm. 65.-H. Matamoros, Febrero 19 ~e 1865.-Comandante.capitales destinados á cubrir dotes de religiosas y gastos de estable- /.rengo el honor de acosar á vd. recibo de su nota oficial, fechada
cimientos de beneficen~ia é instruccion pública, son valores de bie- ayer, referente á la suspension de las funciones del cón,sul de lós Esnes nacionalizados; pero los derechos que acerca de ellos correspon- tados-Unidos en Matamoros y á su salid&amp; de este puerto, mediante
dan á. sus actuales poseedores ó tenedores, no proceden de operacio- una órden que se supone emanada de mi autoridad.-Vd. desea sanes de desamortizacion y nacionalizacion, y por lo mismo no hay du- her si esta disposicion afectará á. los demas ciudadanos americanos
da' en que no están comprendidos en las resoluciones de los articu- tesidentes en esta pláz'a, dedicados al comercio ó áotra clase de tralos 18 y 19 citados.
bajos permitidos por las leyes del pais.-Aunque el conocimiento de
De órden de S. M. lo digo á vd. en respuesta á su consulta de 3 este asunto pertenece, como vd. asegura, á nuestros respectivos Godel act4al.
·
biernos, no creo inoportuno consignar los hechos que han pasado paEl Miniatro de Juaticia,
ra desvanecer los falsos informes trasmitidos á vd.-.S. M. el Empe•
(Firmado) EsoUDERo.
rador ha prevenido á los Prefectos del Imperio, revisar los pases ó
Sr. Juez de 1~ instancia de Córdoba.
exequq,tur concedidos á los agentes consulares de todos los países, en
uso de los cuales únicamente pueden ejercer las funciones de su clase.-Trascrita literalmente esta órden al Sr. D. E. D. Etchison, á
quien faltaba ese requisito indispensable, ha tenido por conveniente
KINISTERIO DE GOBERNACION.
suspender el despacho de su oficina, pidiendo espontaneamente á la
•
México, Febrero 28de 1865.
Prefectura sus pas~portes pata regresará los Estados-Unidos.-En
En v1_sta de las frecuentes peticiones dirigidas á esta Secretaría por cuanto á los ciudadahos americanos re¡¡identes en· el Imperio, ellos
loe fu~c1onarios del órden gubernativo, para que se les proporcionen son ºtratados con-las mismas consideraciones que disfrutan actualC?lece1ones completas 6 números sueltos del periódico oficial, el Go- mente los súbditos de las demas naciones, y ninguna relacion tiene
b1erno de S. M. ha tenido á bien disponer que se recuerde á dichos con su personal seguriaad la órden general sobre los consulados es-

- --

�DIARIO DEL. IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

254

tranjeros.-Acepte vd. las seguridades de mi pa~ticular aprec~o.El comandante general de Nuevo-Leon, Coahmla y Tamaulipas,
Tomás Mejía.-Al comandante de las fuerzas navales de los EstadosUnidos sobre la costa de Tejas.-Brazos de Santiago.-Son copias
que certifico. H. Matamoros, Febrero 22 de 1865.-El secretario de
la Comandancia general, Anselmo G. Ruhw.
Es copia.
El Subsecretario de Negocios Eetranjeros,

(Firmado)

PEoN DE REGIL.

DOCUMENTOS.
AYUNTAltIENTO DE IIEXICO.
(Concluye.)

NUMERO 2.
ALUMBRADO.
ÍNVENTARIO DE LA ROP.A1 ARMAS, UTILES Y E1iSERES DEL RAMO.
1,952 Farol~s distribuidos en las calles.
451 Aparatos de Baggalli.138 Linternas de mano, numeradas, en buen estado.
138 Alcúzares, id. id.
138 Medidas, id. id. .
36 Botecitos para el alcohol, id. id.
138 Escaleras, algunas de estas viejas.
1,708 Candilejas, la mayor parte viejas.
120 Lámparas de Green, usadas.
63 Ayaguales grandes, usados.
146 Mecheros.
1,490 Pares de reverberos, viejos.
50 Quemadores del gas petróleo.
157 Tubos para lámparas.
30 Ayaguales cuadrados, chicos.
91 Id. id. mas id.
PAR.A EL DESPACHO DE COMBUSTIBLES.
1 Bote para depositar 900 cuartillos de gas, en buen estado:
2 Id. chicos para aguardiente, usados.
·
1 Id. id. para gas, viejo.
8 Cueros, depósito para aceite, usados.
13 Medidas para aceite y gas, de medio uso.
1 Media jarra, usada.
1 Cucharon de cobre, usado.
1 Romana :con.su pilon, de medio uso.
1 Mesa madera blanca, vieja.
f
3 Embudos hoja de lata, id.
1 Escalera, id.
1 Charola para poner las medidas, usada.
18 Varillas de gas hidrógeno, viejas.
1 Imágen de Guadalupe con marco dorado, viejo.
VESTUARIO.
12 Uniformes, paño azul fino con adornos blancos.
12 Espadas de parada, finas.
12 Cartucheras finas.
138 Uniformes, chaqueta verde y pantalon gris, paño.
138 Idem de paño gris de Cela.ya.
138 Capas de paño azul con cuello encarnado.
138 Blusas de brin, nuevas.
138 Sombreros, forro de hule, escudo y cinta tricolor.
138 Rifles con su borla azul en el puño.
D_ESP.AOHO.
2 Escritorios, madera blanca, barnizados de negro.
2 Banquillos para los dichos,
2 Tinteros de porcelana.
1 Mesa chica para contar el dinero.
1 Sofá forrado de damasco.
6 Sillas, madera de capulin.
1 Lavamanos pintado, con bandeja y jari:a de lata.
3 Cuadros dorados.
1 Columna de yeso.
2 Escupideras de laton.
1 Tapete del pais.

removidos por el Regidor inspector del cuerpo, y en ningun caso se le interpondrá recurso alguno contra su determinacion.
Art. 3? El vestuario y armamento se compondrá: el primero, de dos camisas de manta, dos calzoncillos, chaqueta, pantalon y capote, todo de paño
azul con botón de metal, sombrero forrado en hule con cincho tambien de
metal, y un escudo con el número que le corresponda; el segundo será una
espada corta con cinturon de piel negra y una hebilla de metal para ceñirla:
los cabos en lugar de capote usarán capa, cachirulo y bota de cuero en el
pantalon, espada larga y tercerola.
Art. 4? Todo individuo de esta fuerza, en el acto de aprehension de algun
reo, ó &lt;le reconvencion por falta de policía, no usará de maltrato ni de las
armas, á no ser-que sea agredido con arma.
Art. 5? Tan luego como el guarda aprehenda á alguno, lo pondrá á disPQSicion de la autoridad del cuartel ó manzana, y á falta de aquella, lo hará
conducir por cordillera á la Diputacion ante el guarda mayor, para su consigna.
Art. 6° En los casos de obrar por órden de alguna autoridad, no harán
mas que lo que aquella mande, sin averiguar la causa de los procedimientos.
Art. 7? En toda la conducta de los individuos de esta fuerza, se deberá
observar la mas estricta disciplina, obediencia, actividad y buenas maneras;
únicos medios de hacerse estimables ante la sociedad, prestigiándose que deben ser modelo de moralidad.

·c!PlTULO n.

Del modo con que deben prestar Btls servicios.
Art. 1? ').'oda la fuerza debe.estar otganizada por escuadras de un cabo y
trece guardas, numerados todos sucesivamente, tanto en las escuadras como
en los individuos, de manera que resulten diez escuadras, para cubrir así la
demarcaciori de la ciudad.
Art. 2? A las cinco de la tarde se hallarán reunidos frente al portal de la
Diputacion para pasar lista: en ella se presentarán con las prendas, armas,
linternas, alcuza y demas útiles del servicio, sin que se les admita á los que
no la lleven, sin escusa ni pretesto alguno.
Art. 3? Pasada la lista, en la. que se observará por el sefior guarda mayor,
que tanto los cabos como los guardas estén aseados en sus personas y prendas, marcharán sin demora por escuadras y con sus cabos á la cabeza, á cubrir
el ramo que les toque, á fin de que al toque de ora&lt;lion esté encendido el
alumbrado, y en segui~ ronden constantemente sus demarcaciones.
CAPITULO

m

Obligaciones de loa guardas nocturno,.
Art. 1? Al cuidado de esta fuerza queda el servicio del alumbrado, buen
órden, seguridad y aseo de esta capital en sus noches; y para cumplir exactamente estas obligaciones, podrá cualquier individuo de dicha fuerza aprehender al que interrumpa ó infrinja Jas disposiciones de buen gobiernó relativas á los espresados ramos, sea de la clase, sexo ó condicionque fuere. En
caso de resisteñcia, sonará el pito, de que tambien estará provisto, para que
el cabo y los demas gtim:-das se reunan en su auxilio.
Art. 2? Vigilarán que el alumbrado esté constantemente con buena flama,
los faroles muy limpios, que en las calles no se arrojen inmundicias, ni se
cometan por sus habitantes actos de indecencia alguna, así ·como las puertas
de tiendas y casas se hallen seguras y fuera de peligro de los rateros, que
los carruajes marchen en las calles en el mejor órden, que en las tabernas no
halla escá.ndalos, que los vendimieros no griten palabras obscenas, y condu.,
cirán á la cárcel á los ébrios escandalosos y á los que por el mismo motivo
se hallen tirados en las calles; vigilarán mucho de que en las calles que tengan caño no se arrojen en ellos inmundicias ni basura; comunicará á su cabo
cuando se reviente alguna cañería, falten tapas en la atarjea ó cualquiera otro
deterioro en las vias públicas. ·
Art. 3? En caso de incendio, tocará alarma con el pito y correrá la palabra a la Diputacion para aviso y conocimiento de las autoridades, bomberos
y obreros que requiera el caso. Los cabos de las escuadras vigilarán que al
toque de incendio concurran á. él los números impares de la que es á su cargo, cuidando que el resto de ella quede con mas vigilancia en la de;r:narcacion
correspondiente; impedirá siempre en tod~ las horas de la noche el tránsito
de personas con bultos, arrestando á los que así lo hagan, como sospechosos;
recogerán á los mendigos que pululan por las calles, remitiéndolos á. la Diputacion.
.Art. 4? En los casos de riña simple sin armas ni golpes, se limitarán los
guardas á separar á los contendientes, previendo así el mal de ser encarcelados por causas leves; y por último, serán responsables de todaomision en
prevenir los crímenes, vigilar las infracciones, arrestar á los delincuentes
auxiliar á los habitantes de la capital en todas sus necesidades.
Obligaciones de los cabos.
Art. 1? El cabo responderá del buen manejo de los individuos de su escuadra, y tambien de cualquiera falta que vea y no la evite, aun cuando el
q~e la cometa per~nezca á otra escuadra.
Art, 2? Podrá arrestar por sí á cualquiera guarda que falte á. las obligaciones que prescribe este reglamento; en la inteligencia que dará cuenta por
escrito inmediatamente al guarda mayor.
.
Art. 3? Cuidará de que antes de las cinco de la tarde esté formada su
escuadra frente á la Djputacion, le pasará revista de ropa, armas y útiles,
remediando la falta antes de la revista del guarda mayor.
Art. 4. o No permitirá se retiren de sus puestos los individuos de ijU escuadra, hasta que los guardas diurnos hayan presentádose en la demarcacion
de aquella.
Art. 5° Observará un trato sostenido y decente con todos los individuos
de este cuerpo, principalmente con los de su escuadra: tendrá presente que
no deben usar de chanzas sobre nombres y apodos.
Art. 6° Se prohibe la mas mínitna murmuracion que induzca á la crítica
respecto de los superiores. Por lo mismo, el cabo que la tolere y no dé parte, justificada que sea esta falta, perderá el destino.
Art. 7° Los guardas nocturnos deberán tener un trato decente, resp1¡tuoso y comedido con el público y las autoridades; en consecuencia, los cabos
serán responsables del menor disimulo en este. punto, como una de las bases

y

Con el objeto de organizar el ramo de alumbrado y su resguardo nocturno, y que los habitantes disfruten los beneficios de una. regular policía, he
dispuesto que el cuerpo de' guardas nocturnos se sujete al siguiente reglamento.
·
CAPITULO I.

Organizaclon del cuerpo de guardas nocturnos,
Art. 1? Para ser guarda n1cturno se necesita tener buena conducta, salud
y circunspeccion. Para optar este destino es indispen!!able un fiador que responda en cuanto á lo primero, y ¡;ambien del vestuario y armamento.
Art. 2º Esta fuerzr. constará, por ahora, de un guarda mayor con 66 pesos
66 cs. dé sueldo, y 8 pesos más para forraje del 0$ballo¡ otro segundo, con
el sueldo de 50 pesos cad.a mes; un escribiente con el-de 25 pésos; diez cabos
de escuadra y dos de vigilancia con el de 30 pesos mensuales, y 138 guardas
con 16 pesos, tambjen mensuales. Tanto los cabos como los guardas, serán
vestidos de su cuénta, con un descuento de un teal diario los cabos y medio
real los guardas, cuyo fondo se invertirá segun mas adeiante lo espresará el
artículo sobre contabilidad. TantoJos gefes como lo!! demas individuos serán

·

'

2,55

que deberán guardar,. y hacer gu~r~ar, haciéndose así acreedores á la consiArt. 4º El primer gefe recogerá todos los días los partes por escrito, y
deracion de sus superiores y el publico:
.
.
consignará por ellos á los reos aprehendidos en la noche ante las autoridaArt. s• Evitarán, por todos los me~1~s posibles, que sus subor~mados ha- des competentes, cuidando de espresar sus consignas, la 'acusacion acusado
n uso de las armas si no es en los ümcos casos que lo permlte el regla- y residencia de éste.
'
:ento; en el concepk&gt; de que por cualquiera ~buso q~e, de las espresad~ arArt. 5° · T~dos )os días, á l:19 och_o de la mañana, hará situar al cuerpo en
mas sa haga, y que el cabo pudiendo DO lo evite, sufma las penas relativas algun punto interior de la D1putac1on, Y les pasará escrurulosa revista de
que establece el mismo reglamento.
.. . .
ropa, armas, pito y útiles, cuidando de que ~do esté en e mejor estado de
Art. 9• Vigilarán constantemente para.que los md1V1duos de su es_cuadra aseo y servicio, acostumbrando así á los servidores del cuerpo á ejercer estenaan la mayor urbanidad y circunspeccion. A los que sean de gemo pen- tricta policía en su persona, la cual influye siempre en las buenas costumden~iero y no se contengan en los Iímites de moder~ion y decenci~, les bres, y castigará con arresto de veinticuatro horas á los que se presenten
amonestará para que se corrijan, y s1 esto no fuere suficiente, consultaran un con falta.
Art. 6° Siempre que el Prefecto Municipal, ó el Regidor del ramo, cite á
castigo.
·
.Art. 10. Los cabos cuidarán de que. los guardas ~onduct-&gt;res de reos no revista el cuerpo, lo presentara, con e1 decoro que ·ese acto reqmere,
y e1
hablen con ellos mas que lo muy preciso, á fin de evitar que en su represa- guarda mayor, en union del escribiente paga~or, presentarán tambien en
lia se haga uso de palabras descompuestas desvergonzadas.
revista los libros y justificantes de que el cuerpo está perfectamente ajustaArt 11 Se previene á. los cabos que rev1sen todas las noches y todos los do en sus haberes, fondos, y de que la. papelera se halla con todos sus docudias, que Íos faroles del alumbrado se hallen sie~pre limpios, sin r~turas, mentos en corriente, segun lo previenen las obligaciones dél escribiente paque las );\mparas estén con sus cargas de combustibles completas, evitando gador.
el fraude de los guardas, y que tambien se ~allen en per_fe_cto estado ~e uso
Art. 7º Las faltas accidentales de guardas ó cabos que no concurran al
las escaleras, alcúzares, linternas y demas útiles del sery1c10 de los mismos servicio, se cubrirán por ahora con los dos inmediatos al ramo del faltista,
guardas.
.
abonándoseles por mitad el sueldo de éste.
Art. 12. Recorrerán constantemente los cabos sus escuadras, cmdando de
Art. 8º Todo cuerpo de delito, ya sean armas, dinero, joyas ó cualquiera
que los guardas ronden continuamente su ramo, que cumplan estrictamente otra prenda que se recoja, será, sin la menor escusa, presentada al remitir
sus deberes rindiendo cada dos horas en la. noche parte verbal en la Dipu- el parte. La falta de olvido en este punto, será motivo suficiente para separar
taoion ante 'el guarda mayor, ó su segundo, de todo lo ocurrido en su escua- ,del servicio al culpable,
.
,
.
dra en aquel período de la noche.
Art. 9º Los sobrantes que puedan ocurrir, quedaran en poder del esonArt. 13. Una hora despues de toque de alba de cada dia, se presentarán biente pagador, para 1¡~plearse segun acuerdo con el regidor é inspeccion
los cabos á la cabeza de sus escuadras, á rendir parte por escrito de toda$ las de la oficina de contabilidad.
ocurrencias habidas en la noche anterior en sus respectivas escuadras; en seArt. 10. Vigilará constantemente toda la noche, alternando ronaa con el
guida presenciarán el recibo de cada guarda del combustible que se le dé en 2. 0 para que ningun guarda falte á su puesto, que se hallen vigilantes "/ en
el depósito para la carga de los f..roles; les pasarán nueva revista de ro~a., pié, que los cabos estén igualmente rondando la escuadra de su responsabiarmas y útiles y marcharán con la escuadra á su demarcacion, hasta deJa, lidad, y que los guardas corrar¡ la palabra diciendo: "Alerta" cada cuarto de
cargadas las lá~paras para el ,alumbrado de la noche siguiente; disolverá á hora.
. .
. .
los guardas en la Diputacion, a fin deque se les pague.
Art. 11. Al honor, act1V1dad, valor y conomm1entos de este gefe, queda el
Art. 14. Todo el que obtenga la plaza de cabo, tiene obligacion de pre- puntual desempeño del servicio en aquellos casos que no señala ó indica essentarsé montado en caballo propio, y de cuidarlo personalmente, como lo te reglamento, teniendo por regla gene_ral qu! la eduell;cion, justici~ y honor,
requiere- su servicio tan activo y fuerte.
son el norte que debe proponerse seguir y asi educar a sus subordmados.
CAPITULO 4'?
Art. 12. Por disposicion general se previene, que el que hiciese armas
DISPOSICIONES GENERALES.
contra los servidores de este cuerpo, sufrirá seis meses de servicio público ó
cien pesos de multa, conforme al espíritu del reglamento dado por el Señor
Pérdida de empleo y prision.
Conde de Revillagigedo para el alumbrado dé las calles, en 7 de Abril de
Art. 1° Se aplicará esta pena al que desobedezca á toda .autoridad Muni- 1790, cuya pena tendrá efecto sin perjuicio de las que la autoridad judicial
cipal ó judicial sufriendo, ademas de la pérdida del empleo, las demas pe- imponga por el delito que con dichas armas se cometa.
nas á que hay; daao lugar su falta, con arreglo á las leyes.
Obligaciouea del guarda mayor segundo.
Art. 2° Al que venda armas, ropa, útiles ó combustible, sufrirá dos meses de servicio público, sin perjuicio de la paga del fiador. Si la falta fuere
Art. 1? Bajo las órdenes del primer guarda mayor, obedecerá todas las
dé ropa, ya satisfecho su importe, sufrirá la pena de reponerla inmediata- que este le prevenga, alternando con él en todas las obligaciones que le presmente con un descuento estraordinario de un real diario.
cribe.este reglamento, sucediéndole en todas, caso de vacante, ó enfermedad
Art. 3° El que se le justifique gubernativamente y sumariamente cohe- ó ausencia, bajo las penas prescritas al mismo primer gefe, y demas del reglJJ.cho, i¡oborno, peculado ó conniven~ia con c~alquiera infractor, perderá el mento, por las faltas en el cumplimiento de sus deberes.
empleo y será consignado ante un Juez del crimen para su proceso.
Obligacionee del escribient.e pagador.
Art. 4º Perderá el destino y sufrirá. d~ dos á cuatro meses de servicio público, el que en lugar de prevenir los delitos ó infracciones, se valga de arArt. l º Será. nombrado y destituido de la misma manera que se previene
dides para que se cometan.
para los gefes.
Art. 5° Tambien perderá el destino y sufrirá de dos á cuatro meses de
Art. 2° Bajo la inspeccion y órden del Regidor comisionado del ramo, lleservicio público, el que en cualquier delito de policía falte á la verdad, sea vará. en la. papelera los siguientes libros:
en pro ó en contra del acusado.
Uno de partes y ocurrencias diarias, con registro de reos y sus consignas.
Art. 6° Perderá el destino y sufrirá cuatro meses de servicio' público,
Otro libro de gastos diarios de aceite, aguarrás, mechas y todo lo relativo
siempre que sin necesidad abuse de sus- armas, supuesto que solo debe ha- al pábulo del alumbrado, con noticia de la entrada de combustibles y !!U
cer uso de ellas en caso de ser acometido y en defensa de su persona, sin per- consumo, en número detallado de faroles que existen en la ciudad.
juicio ~e quedar sometido á las penas de las leyes, _s~ el abuso ~ere grave.
Otro libro con cuenta diaria de sueldos, gastos de artesanos y demas que
Art. 7º El que en actos del desempeño del serVJC\O se embriagare, per- ocurran en la administracion del ramo.
derá el destino y ademas sufrirá quince dias de servicio público.
Otro libro, por último, en que conste escrupulosamente el cargo y data
Art. 8° Igual pena sufrirán por no obedecer al Guarda Mayor ó cabo, sin de los fondos, de vestuarios, sobrantes y demas de la administracion econóperjuicio de satisfacer los daños que con su desobediencia resulten: por fal- mica del r~guardo.
tar tres dias consecutivos al desempeño de las fatigas; por faltar en su puesArt. 3? Diariamente, y antes de las nueve de la mañana, bajo la direccion
to y vigilancia por tercera vez sin causa legítima; por flojedad ó desidia en y firma del guarda mayor, estenderá consi~na de todos los reos ante'las auel cumplimiento de las órdenes que se le den; por no dar el mas exacto cum- t &gt;ridades competentes, y partes generales a la primera autoridad política y
plimiento á los artículos de este reglamento en la parte que á cada uno cor- Regidor del ramo, de todas las o.currencias de policía, con espresion del
responde; por informar falsa.mente en cualquier asunto del servicio; por el guarda ó funcionarios que intervinieren en cada una de ellas, y noticia al úlhecho de faltar al. respeto debido á las autoridades, murmurando sus órdenes timo de las horas en que funcione el alumbrado, número de faroles que si:i:ó procedimientos.
vieron y cantidad que se consumió en ca.dll.-uno, con division del gasto perNombramient-0 y obligaciones del Gu_ardo lb.yor le:&gt; y 2\&gt;
manente y del de .observacion por la luna.
.
Art. 4? El dia 1 ? de cada mes rendirá cuenta pormenorizada de todo lo
Art. 1° El guarda mayor, l. 0 y 2. 0 , serán nombrados por el Exmo.
Ayuntamiento á. propuesta del regidor inspector del ramo, y de la misma pasado, con firma 'del guarda mayor y V ? B-º del Regidor, ante la oficina
manera serán destituidos cuando den lugar á ello; amb.&gt;s estarán bajo las in- de contabilidad municipal, adjuntando á dicha cuenta estados del gasto diario
mediatas órdenes del Prefecto Municipal y del regidor espresado; por lo mis- de combustible; noticia de ingresos y egresos de fondos, nómina del persomo todas las que reciban, ya sea de palabra ó por escrito, serán fielmente eje- nal del cuerpo, y justificantes espresos de todas las partidas de la cuenta
cutadas, siendo responsables personalmente de cualquier acto en que falten mensual.
Art. 5? Intervendrá, bajo las órdenes del guarda mayor, en el recibo de las
á. su cumplimiento.
Art. 2° El primer guarda mayor y el segundo bajo sus órdenes, vigila- cantidades que diariamente se ministren por la Tesorería municipal para los
rán constantemente el cumplimiento de las obligaciones de los cabos y gastos del ramo, y de la misma manera hará el reparto diario entre los serguardas: rondarán noche por noche, dividiéndose por mitad la ciudad, á. fin vidores de él, bajo la constancia de la papeleta. respectiva.
Art. 6° Con el loable objeto de que los fondos para vestuario y demas
de que tanto el servicio de seguridad como su alumbrado, se encuentren
siempre perfectamente cumplidos; en el concepto que toda falta ú omision, útiles no se distraigan de su fin, estarán siempre empleados eu construccion
es de In responsabilidad de dichos gefes, sin que jamas puedan disculparse de vestuario, _calzado y demas, abonando diariamente el monto del descuento
con los inferiores: ambos gefes deben recibir en la Diputacion los partes v~r- al constructor ó contratista; de manera que el dia que quede paga~o lo penbales de los cabos, de que en las noches y cada dos horas se han prevel'lido diente, se abrirá un nuevo contrato de construccion de prendas, baJo las bases de exhibir diariamente el descuento. Los documentos de contrata se reya en este reglamento.
·
~t. 3º En la mañana presenciarán, en el depósito, el reparto de los com- dactarán como hoy se acostumbra, con la mayor claridad en las mutuas
bust1blE:8, é inspeccionarán la revista de aseo, y lo menos dos veces por se- obligaciones, y firmados por el guarda mayor, el contratista y el V? B ? del
~ana eJ?cutarán vista de ojos en las escuadras, para que se conserven lim- Regidor.
Art. 7? Con todas estas constancias de papelera, formará á fin de afio la
pios ,Y sm destruccion los faroles, y averiguar si hay fraude en la carga de
las lamparas.
memoria del ramo en todo él.

?

�2.56

DIARIO -DEL IMP:rultf{f.
,

.
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
, Ar~.1.8~, ia n;¡.enoi: omision en el .cumplimiento de estas obligacioues será
Palacio de Justicia.-l'rléxico, Mal'zo 15 de 1865.-El Sr. Juez, Lic. D. Manuel Pavón,
n,i9~~yo. ~~ ,res:pon1?abilidad y destituéion del escribiente pagador.
ha mandado por auto de 14 del corriente, se proceda á la. venta de la cas¡l y terreno núm.
u,Terminó'la sesion ·á la una y media de la tarde. No asistie!'on con 4 del callejon del Corazon, en el barrio de Sto. Domingo en Tacubaya, retasada por el perito D. Ventura Alcérreca en la cantidad de 319 pesos, y ha señalado para la almoneda.
licencia el Sr. Payno, y sin ella los Sres. Buck, Mejía, Cawis, Rin- coa
calidad de remate el dia 29 del coniente á las doce.

éon, Hope, Gomez Parada é Hidalgo y Terán.
' México,
Marzo 13 de 1865.
J.

Y lo pongo en conocimiento del públicó, para que las personas que deseen hace; postu•
tura, ocnrran á esta Secretaría, donde se darán las instrucciones ne~sarias.-Lú. M.
Frias, Secretario.
197-3s-1

• 1 (

• , El .Se-0retario ge»ernl del 'Exmo. Ayuntamiento,
(Fil'mado) LIC. JUAN

CITACION .JUDICIAL.
En junta celebrada el dia 13 del corriente, en la que se declaró por el S~. Juez 4~ de lo
civil, Lic. D. Evaristo Reyes, á pedimento de los acreedores que se hallaron presentes
concurso formado á bienes de D. Sautiago Barther, despues de haberse procedido al nom·1
bramiento de síndico, salió electo el Lic. D. Agustin Peralta, quien pidió se cite á todos
¡
los acreedores para que en el término de diez dias, contados desde la publicacion de este
! '
aviso, presenten en el Juzgado los justificantes de sus créditos; bajo elapercibimiento qu1
.
(Por telégrafo.)
•
1
l
i
de no verificarlo, no se considerarán como acreedores al esyresado concurso. Y habienAye,r llegó á Veracruz el vapor frances Emperatriz Eugenia. A continua.- do determinado de conformidad el referido Sr. Juez, pongo e presente en México á 1~ de
194-4s-2
ciop., ponemos las noticias mas importantes de Europa, contenidas en el si- Marzo de 1865.-Casimiro Fernandez, Escribano público. ·
gu\ente par¼ telegráfico:
CITACION.
"Paria 15 de Febrero de 1865.
No sabi~ndose el domicilio de D. José María Segura, D. Jacinto Ortiz de la•l'eña, del
'.I!,a:1nolítica de S. M. en el incidente ocurrido con Mónseñ9r Meglia, ha representante de m Margarita Peimbert Y D. Agustm López, acreedores á los bienes
r
l
E
concursados de D. Jo~é, María Noya, e1 Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D., Manuel Pavon, ha
merecido áquí la aptobacion general. Todos los a tos funcionarios del sta- mandado se les cite ájunta para el viernes 17 del corriente, á las doce.
do y otros jurisconsultos distinguidos, con qui!)nes he hablado, me han.dicho
Lo que les ba~o saber por el presente anuncio, como está mandado.
que la Santa Sede acabará sin duda por conceder lo que ha sancionado otras
México, Marzo 13 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Naciou.
veces en 'Francia y en España.
;
190-:ls-3
La.prensa¡ adicta al Gobierno y la de oposicion, han dado una franca aproTRillUNAL MERCANTIL DE QUERFl'ARO.
.
bacion á la política de~- M. Solo la prensa ultra-conservadora
manifesSegunda clasé.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesentA y cinco ....:...
·
Cuatro reales.
·
tado su disgusto.
, ,
·Querét.11ro, Ener~ veinte de mil ochocientos sesenta y cinco.-Vistos los presentes au. La cartá de S. M. á su Minist'ro de Justicia ha ~ido· muy leid&amp; 'en esta toK; atrntas lás razones en que se fuudan los señores síndicos administradores del conqurcorte.
'
so, D. José Arana y D. Antonio R. Fuentes, en sus esposiciones de fojas 5 y.8, y resuli El Nuncio de Su Santidad en Paris, gue personalmente ~stá bil:m visto
tando de los antecedentes á que se refieren: que la quiebra en que fné declaradd D. Ma,
.,_.ó
·
t f¡ 1· 't d ' -v." · Ob'
u
h b'
testad0 nuel de Vicente, no presta causa alguna de las asignadas por los artículos 895,896,897 y
1
a1u1, eson"' unas car as e ict an ª ..rios ispos q e a ian pro
·
898 del Código &lt;le C9mercio•vigente, para reputarse fraudulenta ó culpable: que por el
enlirgicamente cóntra una medida del '(fobiernd frances sobr e 1a pulJ!i(lacion con:trario, ha presentado un activo mas que sunciente para cubrir sus créditos, y que la.
de la• Encíclica.
•
suspension de sus pagos mas bien ha procedido del atraso involuntario de sus negoci&lt;•s,
El Gobierno ha estrañado esta aprobacion dada por el Embajador á fun- motivado de lais mismas circunstancias precarias que á la vez nulificaron el comercio de
eiona1'ios del nais hostiles al Gobierno cerca d.e l cual está acreditado, y se ha esta plaza: por tales consideraciones, Y con presencia de lo dispuesto por el primel'o de
r
los artículos citll4os, del 905 y de las razones en que se funda el 917, los Sres. Presidente y
quejado oficialmente á Romn, anunéiándolo así• el Mo,nitgr. En el número colegas dijeron, que 4ebiau de fallar y fallan: que el citado D. Manuel de Vicente, no es
de hoy 11iparece que el Nuncio ha dado esplicaciones verbales al Em ¡)erador, fallido culpable, ni responsable por quiebra fraudulenta. En consecuencia, desglosándose
y que S. •M. 'las acogió con benevole'uoia. MonMñói;' Ohigi que~a, pues, en el testimonio de las fianzas que obran en los autos principales, por las que el mismo inte;, · p •
· ,;
resado caucionó su radicaciou en el lugar, entréguesele para su cbancelacion. Hágasele
su pues'to u.e ans.
·
·
saber, lo mismo que á los fiadores, á los síndicos judiciales y administradores, para los
' Los motines· de Turin que han s~_uido C(?n · moti'vó de la t:rashíciün de la efectos legales. Así definitivamente juzgando lo pronunciaron y firmaron los supradichos
Capital•á Florencia, se agravan desde que e] congreso. declaró que'110 babia Sres. Presidente y colegas que componen el11Tribunal.-Doy fe.-S. Luis Rodrigutz.lugdr á obrar contra. el último Ministerio.
'
Mantul Carbajal.-Pedro Bustos.-Antcmio de Uda'éta, Secretario.-Concuerda con el oriEl 30 de Enero los amotinados silbaron apedrearon los carru3:jcs de los gilllll que obra en el espediente respectivo, á fojas 12 vuelta Y13 frente, que existe en esta
. Secretaría, siendo testigo~ de su saca y correccion D. Francisco Parra y D. An.tonio
que se dirigieron al baile del Palacio, rompiendo los' cristales d eI carruaJe Ojeda.-Doy fe.-Querétaro, Febrero 24 de 1865.-Antonio Otero, Secretario inttirino.
del Ministr.o inglés y de algunos otros del cuérpo dirlomático.
·
••
·
,
•Querétaro, Marzo 8 de 1865. ·
·
Los enviados de Francia, de Méxicó y otros, bajaron de sus canuajes Y
En el espediente principal del concurso á bienes de D. Manuel de Vicente, con vista
siguieron á pié. El Rey, profundamente triste, y x~sentido sob'r~ todo al ver del cónvenio ú~timamente celebrado con. sus acreedores de México y los de esta plaza,
la actitud de la municipalidad, no ~üso qu,ed~rse un :uipme~to mas en Tu- concediéndole las espPras qne solicitó, el Tribunal, por auto fecha 6 del corriente, defiri6
, 1
·
l
d
L
á la aprobacion, mandando, entre otras cosas, lo que sigue:
'
riq, Y se marchó á las 24 horas a i orenc1a coµ un SQ O ayu ante.- a ac"Hágase saber al mismo D. Ma~~el de Vicente, ó á su representante, á lo• {leJl)as inti,tud. de los amotinados µe 'furin ha encontrado '\)na desaprPbacio11 general teresados presentes, y por medio de los periódicos oficiales del Gobierno del Imperio y
en el resto de Italia, .donde es bien sabida la adhe1:1ion á Yíctor Manud, quien el que se publica en est'a capital, notifíquese á los acreedores residentes en_la Corte,
ha tenido en Florencia una brillante recepcion.-La capital, pues, de1 Reino para los efe'ctos legales! .Y hacién~ose saber d~ la. misma manera, la solicit1;d del pr~ero
·t l'
d a en Florencia y eltey no volverá á Turin en mucho tiempo. sobre que se le reh~bi:Ute, puhlíque~e tamb1en en esta plaza en los térmmos prevemdos
1 a 1ano. q?e a Y
·. ,
.
•
nor el art. 220 del Codigo de Comercio."
Contmuan lps demostraCH)f\e.S en Italia en favor de..V1ctor Manu-el.
Y para que lo mandado tenga su debido cumplimiento, se hace saber á qnienes corre,
I
El Gobierno de. Víctor Manuel ha dado permiso para la publicacion de la pnnda.-El Secretario del Tribunal, Lic. Sebastian Larrondo.
19¡..:..38_3
Encíclica.y del S,yllabu~, : eservanclo s}n. embargo lo.s. derechps ·del Estad.ó y 1
. .
JUZGADO 4'? DE I.O CIVIL.
de la Corona, y sm admitir las p~op9s1c10nes contemdas en unos documenEn el juicio promovido por D. Agnstin Tello de Meneses contra el intestado de m ]fetos que son contrarios á las instituciones y á la legislacion del pais. . El con- lipa Guerrero, sobre pesos, el Sr. Juez ,4? civil suplente, Lic. J?.: Evari~~ Reyes, ha mansejo de Estado en España ha opinado lo mismo. Aµn no llP,ga el com·eo dado ~e ptoceda al.remate de la cas~ num. 22.de la c~lle del Nmo Perdido, retas~da por
,1
el pento D . .Franmsco Somera en mil cuatrocientos cmcuenta y nueve pesos; senalando
fr
an,ces. 1
para 111 almoneda de remate el lúnes ;¿o del corriente, á las once de la mañana, en el Juzgado de fÚ cargo1 situado .~D: el Palacio ,de.Justicia.
,
.
.
••
Lo que pongo en conocimiento del publico, para que las personas que qllleran hacer
postura, ocurran al Juzgado, donde se les darán las instrucciones que ministran los autos.
México, Marzo 13 do 1865.-Anto11i0Landgralle, Escribano público.
19'2-3s-3
' 'Pll.EFECTURA POLITICA DEL DEPARTiltENTO DEJ. VALLE DE IIIEXICO.'
SEcc10N DE GuEIÍRA. ,. i
JUZGADO 2° DE I.O CIVIL.
En el espediente promovido por D. Angoste Donssine,{p&lt;•r D. Juan J. Torrea, contra el
1
México, Marzo 16 de 1865.
Lic. D. Mariano Zavala, sobre·pesos, ha mandado el Sr. J Jez 2? de lo civil, Li'c. D. Ma11ii1 Sr. Prefecto de Texcoco, con fechli l 3 del presente,· dice-á esti} Preféctv,ra Jo que nuel Pavon, á pedimento del actor, ae cite á dicho Sr. Zavaln para que en el término de
sigue: •
'
·,
diez días se presente á sacar los de la materia, á efecto .de que alegue de su derecho; bajo
"EU¡ una de las espediciones que constantemente hace la fuerza móvil de este Distrit.o, el apercibimiento de que en caso contrario se le dará por citado para sentencia. En tal
se encontró en'el Monte tres caballos buenos, que han estado algunos &lt;!fas d¡ipositados virtud, hago la presente citacion; advirtiendo que el despacho del q,ue suscribe está en los
para volverlos lue~o que a¡iarezéa su dueñó; ma~ no presentándose este, me ,veo en !'a, bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
••
precision' de participarlo á V. S., suplicándole se sirva anunciarlo por medio del periódico
México, Febrero '%1 de 1~5.-Maniul T. de Meneses, Escribano público. 176-Ss-7,
oficial, á fin de que la persona que tenga derecho á ellos lo deduzca en esta-oficina, donde
_
ju~tific11da la pro,Piedad, le serán entreg_a~os," .
COMPAÑIA DEL FERROCARRIL DE lllEXICO .é. PUEllLA.
Y por disposicion del Sr. Prefecto político ~.e manda publicar •en el "Diario de~ lm •
Celebrada una.sesion del Conseje .Administrativo, el dii ,de a¡er, para arreglar las opeperio."
•.
·
.,
. · _
raciones previas á disoluci~n ~e la Sociedad, se -acqrdó que a p~sar de estar r~sumi1
El Secretario general de la Prefectura, Altjándro Villasenor.
das 1~ mayor parte de las acciones en la '}&gt;ersona del Sr. D. Antomo Escandon, se convoque una junta general para las 5 de la tarde del dia 15 de éste mes en el. despacho del
1
F.errooarril, plazuela de Guardiola, para tratarse de la disolucron indicada. No bastando,
('
~egun ,lps Estatutos, una sola sesion para tal objeto, se acordó igualmenfe la convocatoria
:para la segunda junta, que se verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
México, Marzo 7 d¡i llj65.-Mier y Terán.-P. Almazan, secretario.
175-Ss-8
CITACION .JUDICIAL
A LOS AvIADORES Y AVIADOS DE 1,A Mrni DE SAN FEI:,IPE.'
JUZGADO 5'? MENOR.-1~ MONTERILLA NUM. 7.
'El represenfui.nte de la Junta menor directiva de la espr~~ada mina ha pedido, y el J uz
Por el presente se cita ÍI D! Jesus Castro, para que el dia veinte del actual, á las doce,
gado 1? civil ha mandado, qúe se citep. ájunta para el dia 20 del presente mes, á las doce comparezca por sí ó poi· apoderado, á contestar la demanda que le promueve D. Cárlo
de la mañana, y en el local del mismo Juzgado, situado en el 'Palacio, do Justicia de esta Arocena, como apoderado de D. Manuel Legorreta, sobre pesos y desocupación del cuarcapital, á los aviado~ y aviadores de la misma mina; con apercibimiento, á los que no con· to núm. 2 que ocupa en la casa núm. 11 del Portillo de San Diego; apercibida de sentencurran, de que estaríin y pasarán por lo que acuerden los que co11curran, sea el número cia en re)&gt;eldía si no concwre._
qµ&amp; fµere; advirtiéndoRe que uno de los objetos principales de que aebe tratars'l, es el de
México, Marzo 11 de 1865.-Lic. Laba~
184-3a-3
,iue'Iio dllío.-Y para los efectos consignádo~, los cito por el pres¡,nfe.
·
LEGACION DE ESPAÑA EN IIEXICO.
• México, Marzo 15 de 1865.-Migiiel Fernandez GIU!rra, Escribano público.
Los súbditos españoles qúe aun no hayan presentado sus reclamaciones, se servirán di! , ·
l!l5-3s-1
rigirlas en todo este me.s á la oficina de esta Legacion, calle del Esclavo núm. 5.
JUZGADO DE PAZ DE J'OJUTLÁ.
Las reclamaciones deberán ser acompañad.as de sus respectiv(ls documentos justificatilgnortíndose el paradero de D. Marcelo Agnilnr, vecino que fué de esta villa, 'por el vos, sin cuyo indispensable requjsito no serán admitidas.
·
pfesente se le cita para que dentro del t&lt;1l'm.ino.de treinta iias, contados desde la publi· - México, 13 de Marzo de 1865.
e¡leion de este aviso, se presente en este J uz~ado per si 6 por apod,erado, á contestar la
El Secretario de Legaoion, Norberto Ballesteros. 185-3a-3
demanda que en juicio verb:i.J, sobre pago de renta de terrenos, le promueve D. Pedro
Cuadra, en rep,reijei¡tacion de D. Ramon .Remande~, administrador de la hacienda de S.
.IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Nicolás; ape1cibido de lo que haya lugar BI nv lo vénfi~~• ,..
Jojutla, Marzo 7 je 1865.-El Juez d~ paz, Cornel1¡, Ca,t11i¡011.
1 1196-3s'T""l ,
11.1.J(IS DJC SAN J.GUBTIN1 NUM. l.
1 , , ,

A. MATEO S.

NOTICIAS RECIENTES DE EUROPA.

,·'

1

,4

~ª.

°

y

ANUNCIOS OFICIALES.

1

!ª

.A.NUNOXC&gt;S. ·:: '.

'

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50544">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50546">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50547">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50548">
              <text>63</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50549">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50550">
              <text>17</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50565">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50545">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 63, Marzo 17</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50551">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50552">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50553">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50554">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50555">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50556">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50557">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50558">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50559">
                <text>1865-03-17</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50560">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50561">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50562">
                <text>2011201</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50563">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50564">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50566">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50567">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50568">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7772">
        <name>Ayuntamiento de México</name>
      </tag>
      <tag tagId="7882">
        <name>Cónsul de Inglaterra</name>
      </tag>
      <tag tagId="7881">
        <name>Eneas M. Giffard</name>
      </tag>
      <tag tagId="588">
        <name>Estados Unidos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7880">
        <name>Exequatúr</name>
      </tag>
      <tag tagId="6527">
        <name>Matamoros</name>
      </tag>
      <tag tagId="7620">
        <name>Periódico oficial</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7883">
        <name>Sebastian Movellan</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1920" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1070">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1920/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._64._Marzo._0002011203.ocr.pdf</src>
        <authentication>87054e2f2d6360211e67882aee17f21e</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74362">
                    <text>)IlfA [

DEL

DIARIO

IMPERIO .

MEXICO: Sábado 18 de Marzo de 1865.

TOMO l.

SUMARIO

PARTE OFICUL.-Orden del Ministerio de Ne,oclos Estr1njer~ sobre Inteligencia del art¡ful_o ~ del

NUII. 64.

PARTES DE LAS PREFECTURAS.

jleglamento del Archivo general-Circular (repetida) del Mltlsteno de Gobernacion sobre el Diario del
Imperio."
,
PARTES DE LAS PREFEOTU,RAS.-De Teziutlan, avisando que se han retirado a la vida ~oll\éstica tres
geles dlsldentes.-De Toluca y Jalapa, avisando que no hay oovedad.-De Tlaxcala, participando varias
ocurrencias de aquel Departamento.
.
DOCUMENTOS.-Ayuntamlento de México. Acta del Cabildo de 14 de Febrero.-Yucatan. Suscrlc1on para
la campal!a contra los Indios. (Continuaclon.)

MINISTERIO DE GO13ERNACION.
Imperio Mexicano.-Prefectura política del Distrito de Teziutlan,
-Núm. 69.-Teziutlan, Marzo 13 de 1865.~Exmo. Sr.-Tengo el
honor de poner en el superior conocimiento de V. E., para que si lo
tiene á bien se sirva elevarlo al soberano de S. M., que se hao prePARTE OFICIAL.
sentado á esta Prefectura, protestando retirarse á la vida doméstica,
el coronel D. Márcos Heredia, comandante de escuadron D. Agustin
R.
Marañon y capitan D. Antonio Camacho, que servían en las filas
:MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
disiden~es.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto politiMéxico, Mai:zo 8 de 1865.
co, H. Carrillo.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Para la mejor inteligencia del articulo 56 del Reglamento vigente Es copia. México, Mai·zo 16 de 1865.
de ese Archivo, y para que asi se practique en todos los casos que
• El Subsecretario de Gobernacion, •.
puedan ocurrir, se servirá vd. tener pres~nte: Que la_s autoridades ju(Firmado) FRANCISCO J. VILLA.LOBOS,
diciales con cuyo mandato han de espedirse las copias de documen•
to.a á que ese artículo 56 se refiere, son todas las dellmperio¡ y no '
esclusivamente aquellas bajo cuya jurisdiccion estén los solicitantes; Prefectura superior politica del primer Distrito del Departamenpero que es requisito esencial la previa citacion á todos los intere- to de Méxfoo.-Toluca, Marzo 14 de 18G5.-Exmo. Sr.-El Sub. sados, hecha por medio ~e exhorto judicial, eiempre que el juez á prefecto de Tenancingo dice á esta Prefectura, con fecha 9 del actual,
quien se pide el mandato no sea el del lugar en que los interesados lo siguiente:-" De los partes que he recibido de los Prefectos municipales de este partido, no aparece que en todo el mes de Febrero
residan.
anterior se hubiera alterado en manera alguna la tranquilidad púEl Ministro de Negocios Estranjeros,

(Firmado) RAMIREZ,
Sr. Director del Archivo general y ptiblico del Imperio.
:MINISTERIO DE GOBERNAOION.
México, Febrero 28 de 1865.

,,.

'

En vista de las frecuentes peticiones dirigidas á esta Secretaria por
los funuionarios del órden gubernativo, para que se les proporcionen
colecciones completas ó números sueltos del periódico oficial, el Gobierno de S. M. ha tenido á bien disponer que se recuerde á dichos
funcionarios la obligacion que les impone el art. 5? del decreto de
31 de Diciembre del año próximo pasado; bajo el concepto de que
habrán de dirigir sus pedidos á la redaccion del periódico mencionado, enterando en la administracion de Correos respectiva, el importe de las su¡¡cricion.es que estáa en el deber de tomar.
Al comunicarlo V. S. á los Prefectos subalternos, Subprefecturas
·y Ayuntamientos del Departamento (ó Distrito) de su mando, prevendrá á las segundas que hagan el gasto ~orrespondiente con la cantidad que para los de oficio les ha 8ido asigna.da, y autorizará á los
últimos para que se efectúe por los fondos municipales la erogacion
relativa.
Igualmente se recuerda á las Prefecturas, en cuyo presupues,to se
ha incluido determinada cantidad para gastos de imprenta,, la obligacion que tienen de invertir preferentemente dicha suma en la impresion de leyes y decretos, asi como de las órdenes supremas que
exijan 'circulacion, para que esta sea tan amplia y profusa como es
necesario para que los preceptos del Soberano lleguen á noticia de
todos los habitantes del Imper.io.
Cuando por algun evento estraordinario fuese insuficiente dicha
cantidad para sufragar el gasto de impresiones en un mes determinado, las Prefecturas lo manifestarán á esta Secretaría, acompañando los justificantes respecthm.s, para que se resuelva lo que convenga.
El Ministro de Gobernacion,

. (Firmado) CORTES YESPARZA.
Sr. Prefecto político-de....
'

1

•

Esta comunicacion se re~ite por .haber ..salido equívoc:.a&lt;la en su tercer párrafo.

. . .. - .... -

blica.-Lo digo á _V. S. para que se sirva dar cuenta á su señoria el
Prefecto superior, y entretanto admitir etc."-Y lo traslado á V. E.
para su conocimiento.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior ·político, Pascual G. Fuentes.-Exmo. Sr. Ministro de
"Goberna:cion.-México,
. - .... ,
a.._ ;;e•.,._
Es copia. México, Marzo 16 de 1866.
,

El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALO~OS,
Prefectura politica.-Distrito de Jalapa.-Jalapa, Marzq 10 de
1865.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de poner en conocimiento de
V. E. que en la P-!·jmera semana que~ª. concluid~ del corriente me~,
s~ ha conserva?º ~naltera?le la tranqmhdad pública en la comprens1011 de este D1stnto.-D10s guarde á V. E. muchos años...:...El Prefecto político, F. P. Mora y Daza.~4,l Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México:
Es copia. México, Marzo 16 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
1

•

SECCION

1~

l

I

i

Prefectura politica del Departamento de Tlaxcala.-Núm. 40.Marzo 11 de 1865.-Exmo. Sr.-Para el debido cqnocimiento de
S. M. el Emperador, tengo el honor de participar á V. E. las novedades ocurridas en la semana que hoy termina en el Departamento
de mi mando.-La Guardia estable de Contla que recorre la montaña de la Malintzi, el dia ó del actual aprehendió á un soldado desertor de la Legion estranjera, en el monte, el que mandé remitir inmediatamente al Sr. Comandante de la Subdivision de Puebla.-El dia
6 se acogieron á la ley de amnistía Pánfilo Mesa y Feliciano Perez, que
en la clase de soldados servian en las fuerzas disidentes de la Sierra,
quienes de buena fe han reconocido al Imperio, ofreciendo vivir pacífica y honradamente; previa la caucion debida, en este Departamento, de que cuidará esta Prefectura poli_tica: este mismo diada
parte el Presidente del Ayuntamiento del pueblo de San Dionisio, de
que en la noche del dia 1? le robaron un buey á D. Pedro Vazquez,
del pueblo de Tlacuilocan, el que no se ha encontrado, y se sigue la
averiguacion correspondiente.-EI dia 8 da parte el Presidente del
Ayantamiento de esta ciudad, de haberle dado tarnbien parte el Juez
de San J uau Totolac de que por el monte de Temetzontla pasaron

..

�'

258

DIARIO DEL IMPERIO.

959

zo de.qna merced á la casa núm. 7 del Estanco· de Mujeres, en retribucion de una accesoria de la misma finta, ocupada con fuente
pública, y cuyo dictámen tEl'mina en la s1luiente proposicion:
Es pídase por,la Secretaría €l certificado que solicita D. José Figueroa,
con in~ercion de'este dictámen, y despues de que se llenen por elinteresado
los-requisitos qne se espresan en su parte espositiva.
Otro de la Comision de ros y acequias, sobre el ocurso en que
D. Manuel .Maria Galicia plde permiso para constr!!ir de mampostería, la toma del agua que disfruta un terreno de su _propiedad, ubicado entre los rios "Chico ! el Consulado," consultando se exijan al
solicitante los documentos ,1ue acrediten los derechos que pueda tener para hacer uso de las aguas, á que se refiere, para que unidos á
la solicitud, se pueda examinar si r.s 6 no conveniente acceder á su
pretension.
Oti:o de la Comision de I~struccion pública que concluye. cop la
siguiente/proposicion:
DOCUMENTOS.
Espídase el título de profesora de primeras letras á la Srita Adela Velasco.
A-YUNTAMIENTO,._DE DXICO.
Otro de la Comision de diversiones públicas, sohre el espediente
En la ciudad de México, hoy m~rtes 14 de Febrero de 1866, se relativo á.cla subvencion de 600 pesos mensuales que la compañi¡.i.
reunieron en la Sala capitular, á la una menos cuarto de la tarde, dramática del teatro de Nuevo-México pide se le conc~da, y cuyo
,para ~lebrar Capildo ordi11ario público, los Sres. Prefe?to Municipal, dictámen termina en la siguiente proposicion.
Ortiz Cervántes, Cañas, Velez, Gomez, Cervantes, Espmosa, Bergan- "Unica.. Devuélvase esta solici~ud al ~upremo Go~ierno, con recome~darzo, L81bastid~, Rincon, Buck, Rulr Ibarrola, Reyes, Oosío, Pimentel, cion especial del Exmo. Ayuntannento, a fin de que imparta su protecc10n,
-M8'jia 1 Labat, Villanueva, Galindo, Rascon y Barreiro.
si le fuere posible, á los arte¡;anos mexic¡mos que forpian la compañía draSe leyó y apr_óbó la acta del Cabildo público celebrado el día 10 mática, en los términós que 'la solicitan."
'del ~tual.
.
A continuacion se dió cuenta con las siguientes proposiciones:
':se di6 cuenta con. los oficios &amp;iguientes:
,
Del Sr. Rincon, pidiendo se autoric~ á los vecinps d~l callejon de
De.la Prefectura politicá, recoll?en~ando- se ocupe de preferen?ia Areneros, para q_ue lo puedan cerrar.
.
el E~mo. _Ayuntami!.mtó en el esped1_ente q~e sobre bomba~ ?e 10Puesta á discusion COQ dispensa de trámites, el Sr: Prefecto d1scend10 existe en la Secretaría de la Corporac1on.-A la Comunon de pu,so pasara á ·1a Comision de obras públicW:1, para q?e informe si ~e
Hacienda, de preferencia.
tiene necesidad de ocupa'!· alguna parte de.ese ·calleJOD para la vra
De la misma· Prefectura. concediendo autorizacion para que se de- pública, y 01ande levantar el plano, marcando la servidumbre q_ue
mande al poseedor de la casa núm. 3 del callejon de Dolores y Ta- tenga.
_f,asq1ül¡p, por la oposicion para q~e _se ocupe la parte q_ue el E:x:mo.
Otra del mismo Señor, por el que pide se adopte el proyecto;del
Ay.untamiento ha comprado de la misma finca para contmuar la pro- jardinero Barenne, para el riego del Paseo, la cual se mandó pasa-longacióñ 'de la, calle de la Independericia.-A1 Sr. S"fndico 1?.
ra á la Cornision de Hacienda.
··
' Del Ministerio de Gobernacion, acompañando para que se mfor- Otra del referido Sr~ Rincon, que dice:
me' lo conveniente, él ocurso de D. Francisco Prieto por el que soDiríjase un atento oficio al Señor Prefecto politi~, pidiénd?le ~e
)icjta, áe; libre recuerdo del Exmo. Ayuntamiento, á fin de que infor; sirva mandar quitar de la Alameda el juego mecámco llamado de
me spbre su pretensipn relativa al pago .d~ 25,946 pesos que_ asegu- los caballitos.
'
rase le adeudan.-A la Comision de Hacienda, de preferencia.
Puesta á discusion con dispensa de trámites, fué aprobada.
Del Ministerio de Fomento, remitiendo, por disposicion de S. M.
Otra del Sr. Labat, que a la letra .es como sigue:
·
el Emi&gt;.erad01:, _la esposi~iou de.D. Cárl~s J. Arna~lX, p~diendo pri- Unica. Elévese al SupreIQO Gobierno atentay~dada solicitud,_ recaban·
vilegio esclus1vo, ó permiso, por el térmm? de tremta a~os, para es- do las faculta.des suficientes para que pueda el Cabildo, por med10 de sus
tablecer ferrocarriles ea las calles de esta c111do.d 1 ~ouform~ á)~s pro- Comisiones, proced~_r ~~me~atall',lente al ayreglo,:de )¡as ofi?inas de esta CorpQsiciones que hace al efecto, con presencia de las cual,es'deberá ar-1 poracion, bajo las bases de mayor economia y buena elecc1on en el personal
reglar ~l ~~mo. Ayuntami~nto con el ~n~eres_ado. el .contrato resgec- de los emplea~os. .
.
.
,
tivo renntiéndole en segm8a á ese M1msteno, pa1 a someter _á. 1a
Puesta á d1scus1on con d1Spelilsa de trámites, fué aprobad.ai ,queapr~bacion de S. M. la resol ucion que corresponda.-A la Com1~1on ,dando nombrado ~l sefior s_u autor para redactar la minuta·de Ja es~e Hacienda.
.
.
..
posicion de que se trata.
·
De la rrefectura Política, acompañando para rnforme 1~ sol~ci_tud
Otra del mismo Sr. L~bat, que dice:
'dirigida á S.M. el Emperador por D. José Juan Cervan~s, pidién-1 Unica. Se autoriza á la Comision de Mereados para que inmediatamente
•dole sé le devuelva una cantidad, que segun dice ha debido pagar proceda á renovar todos los contratos de arrendamiento de las localidades
po~' 1a li.céncia para una corrida de toros.-A la Comision de Ha- de díversbs Mercado;;, sujetando los espresados contratos á la. previas1mcion
cienda.·
de la Junta de Hayienda.
.
- Se dió tambien cuenta con los ocursos siguientes:
Puesta en discusion con "dispensa·de trámites, foé a.probada.
De D. José Maria Castillo pidiendo ser examinado para· obtener, Se levantó )a ,e'sioQ pública para entrar en secreta á~las d_os de la
titulo de profesor. de instruccion primaria.-A la Comision de Ins-: tarde. No asistforon por enfermedad el Sr. Rope, •con hce~c1a el 81,.
truccion pública.
Payito, y. sin ella lós Sr~si Tarada ~ Hidalgo y; Turan. 1
De D. José de Ja Luz Moreoo, ~idieodo se le exima del pago de la1 .Es copia. Méx.ic.o, Marzo 16 de 1.866.
Hf 1•.
licencia para la obra que está haq1endo en la calle nueva que atra,
El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento,
vesó el convento de San Bernardo.-A la Comision de Hacienda.
En seguida se dió cuenta con los siguientes dictámenes que fue(Firmaqo} LIC. JUAN A. }4TJ!:OS.
-ron ap~ob.ados con dispensa de trámite~.
.
Urió 'de la Junta ·de Hacienda que d1ce:.
YUCATAN. .
· México Febrrro 11 de 1865.-La Junta de Hacienda, en sesion de hoy1 Co1mNUAOION Dij LAS suspR,OfONES PARA LA C.AM.U~f ·ooN:rRA ~?ª .Il\Dlpa
'áco'rdó:' qJe el eSpediente sobl'e construccion del teatro Itu_rbide pase al Sr.
SUBLEVADOS,
Sínfücb 1° p'ara que se sirva promover lo que crea converuente:
TEKI't, •
•, P¡rsos1 ~•·
de la. mis"uia junta sobre el oficio que dirigió ~l Sr, Elguero
Ramon-Montalvo.
.
.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
.
•
•
•
•
•
•
•
•
24 , ,O
por.parte de D. Antonio Escandon, preguntando, gue erl ~xmo Ay~nManuel
J
esos
Pardenilla,,.,
•
•
..
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
.
24 ; O
tamifnt'ó' ,Pºr las diez Acciones_ qu~ ti~ne en el ferrocaml de México
Arcadio
Alonso
••••••••••••.•••.•
.'....
24 ,O
á·Pliebla, cuál de los tres medios siguientes adopta:
Pedro ·G6ngora SobeJJapis ••• ;........... 24 -O
' 1~ s'eguir como accionista de M~xico á V eracr1;1Z, l?ºr la ¡nteg~id~d de sus
Ireneo Manzanero ••••••••• _.••••••.... . 24 O
_ acciones, continuando sus enteros en los plazos fiJad,s por la nueva ComMan ue1 Herrera: . .'. • . ..... • • • • • . • . . • • . • • 24 O
Pablo Antonio G6ngora. • • • • • • • • • • • • • • • 18 O
' pi~-~cibir en acciones enter¡is lo que hayan desembolsado, gozando del
Nicolás Alonso.••••••••......· .•••.•••.•• ,.J-6 ,O
'beneficil,) lle 'un ocho por ciento.
Pario G6ngora.••••••••••.•.•••••...• : 12 O
3'.fDevolv'erle~ su capital si así les conviniere.
JülianMesa.,......................... 12 O
, La J unt_a presenta su dictámen consultJJ.ndo se ~i~a á la e~p~e~a
Mateo Góngora.. • . • . . . • . • • . • . . • . . • . . .
12 O
·. que la Qor¡ioracion escoge la terc~ra de las propo~1c10nes.
.
1
Silvestre
Rodriguez
.•••
·
•
•
.
.
•
.
.
.
.
•
.
.
•
•
•
•
1~
O
1
·' · •· Qtro de,l11. Com,ision de Aguas sobre el ocurso eh que I). José F1•
1
Florencio
Alonso..
•
•
.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
12
O
1 !gueroa
se- fe de copia certificada de la concesion que se lé hila noche anterior doce h~~Jes sospechosos, montados y arm_ados,
con cinco jumentos carga.Bos con ropa de lana, rumbo á 1~ ~ac1enda
de San Nicolás, del Distrito de Apam. Inmediatamente dmgi órdenes á los pueblos del tránsito para que l?s persiga~ hasta fuera de los
lim\tes del Departamento, lo que asi verificaron, sm darles alcance; y
se füó aviso á las ,autoridades independientes de esta Prefectura para
que hagan lo mismo1 lo que han ofrecido ha?e~·• ~egun el parte que
he recibido del Juez de Calpulalpan.-,-Contmua rnalter!ble el órden
y tranquilidad pública.-Dios guarde á V. E. mu?hos anos.-El G~neral Prefecto superior, J. de _Ormaechea y Ernaiz.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-Méx1co.
Es copia. México, Marzo 16 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

-

Ar;
füll

·' Otr~

pi\le

1

'

.,

José•M.'Maniá.nero .•.•..•.•••. : .•.•.•.
li)tricio
•- · )Manzanero.••.•••••.. . .....•. . .
Francisco Góngora, .......••••....••..
I!'ermiq•13arroso.•.•••
Felipe Cámpos.. .•...... - - •• - ••••...••
Atanasio Monje. .••.. . ••.•..•••••.•..•
Bernardo Alonso ........•..•..•••...•.
Juan Góngora S.uarez •.••••.•..••...•.•
Luis Parra.•.•••••••••.•.....•.•.....
José M. Nove lo . ................... . . .
José M. Rodríguez.••••••••••••......••
Ladislao Tadeo .•••••...•••.....•.•...
José M. Gonzalez. · .•..••.••.•.•.•..•..
G-regorio Suarez.••••••.•.••.••.•.•...•
Lean ardo Martin ...••••••••• _•• ~ ••••••
V.alentin. Maznan ero.................. .
Cecilio Romero ••..••••••.•..••..••.••
José Lara Suarez.•.••.•...•......•..•.
Gerardo Puerto. . •.•••••...•.•.•..•..
Feliciano Lara...•.. . •.•..•••••. : ...• ~
J úan Góngora Alonso.•••• • •.•. ~ .••..•.
Enrique Góngora•...•..•.•..•••......•
Lorenzo Alonso •.••.•.......••........
Andrés Saarez ..••...•••.•••••••...•.•
Martin Alonso ..••••.•••••.•••..•.•••.
Felipe Pacheco....•••...•......••..••.
Gerónimo Góngora ••• _••.•..•.....••••
José Pacheco ........................ .
Cristóbál Cachon.. .
. ............. .
José Ignacio Romero...•......•.....•.•
Santiago Alonso.....••••••...........•
José Góngora Carrillo.••.•...•.••....•.
AQtonio Briseño .••••• . •..••••••••.•• •
Martin Manzanero: ..•..••.•.•••••.•••.
Venancio Manzanero... . ...••...•..•.••
Nicolás Suarez .•.•.••• -~ •..•.•.••••••.•
Pedro Góngora Alonso..... . •.•...•....•
Juan Manzanero.••...• . .••••••••.•....
Enrique Soberanis..•...•... ••••• ...•••
Francisco José Coello .......•.•• : ••••••
Domh1go Solía •••..•••••••.•••••.•••••
Eduardo Mendez..................... .
Norberto Briseño ...•••..••••••. ~ ••.•••
·Rafael Briseño ..... . ................ ..
Abad Manzanero .•••••••..........•.••
Luis Lara...• •. •••.•••••••....•••.•••
Victoriano Varguez .••......••..••• -~ ••
Benito Reyes ••••.•••••••••••.••••.•.•
.e a

H

,

J

'

r

..

•••••••••••••••

1

12, O
12 O

8 O

6 O
6

O·

6 O

3
6
6
3

O
O
O
O

4 O

3 O
6

6
6
6
6
6
3

·ºO
O
O
O
O
O

3 O
3 O
3 O

.l

l~teri¡~.· · ··· · ·· ·· · ··: ·· ·

'

TIP~

Manuel M. G:6ngora .•••.•.•.•••••••••.
José M. Morales..••.•• ~ •..••.•.....•••
Teodoro' Castañeda ••.•••••••••.....•••
. Manuel J esus G-óngora..• •...••.•••.••.
José Góngora..•••.....•••••..•••..•.•
Doroteo ,Góngora ••.•••••••••...•••••.•
José Ramon MukaL •.•.•.•.•••...•.•••
Marcelo Mis..................... .. .. .
Juan Antonio Ek..•....••••••..•• ~ •..•
Pedro Paat..•...•••.•...•.••.• ••• ; •• "' •

2 O
3 O

- 1 .O
1 o

i ,a

1 O
1

O

O 4
0 .2

O 2
O ,,.2 ,

Total. .••.•••.••• 1,991 3½
\

,.

~

f

)

Ticul, Enero 20· de 1866.-Yuan'J. 0rtegon~-Benjamin Cuevas,
secretario.

1 4
6

SERVICIO DE DILIGENCIAS,

O·

1 4
1 4

DEL INTERIOR.

3 O
1 4

3
3
3
3
6

O
O
O
O
O

6 O
6 O
6 O
'3

O

3 O

3
3
3
3
6
1

O
O
O
O
O
O

O 4

O 2

De México para ArroyoZArco.
,,
S. Juan det Río.
,,
Querétaro.
,,
Salamanca.
,,
Guanajuato.
,,
Lagos.
,,
Gnadalajara.

Lúnes, .Miércoles y Márte_s, Ju_éves y. SáViernes á las 4 de bados, entre IS y 6
la manana.
de la ,tal'.de.

De México para Arroyozarco.
,,
S. Juan del Rio.
,,
Qnerétaro.
,,
S. Miguel.
Dolores.
"
la Quemada.
"
S. Felipe.
.,"
Jaral.
S. Luis Potosi.

Mártes, Juéyes y Sá- Miércoles, V,iérnes y
hados, á las 4 de la Dotningos) entre ó
manana.
y 6 de la tarde.

"

DE TOLUCA.

Todoslosdias, eseep- •-Todoslo"SdillS, e&amp;eep•
to el.Domingo, á to ,el Domingb, enlas 7'delamanana. ·tre 2y SdeJ.a.tat&lt;}e

l

De México para 1:oluca.

O 2
10
10

O

8

O

O

3 O
4

o
o.

4
4
4
3
3

O
O
O
O
O

ó

3 O
3 O

DI ·ICORELIA.

De México para Tolnca.
Ixtlahuaca.
"",
Maravatio.
Acámbaro.
,,
Morelia.

O
O
O
O

2 O
2 O
2 O
2 O
2 O

2 O
2 O
1 4
1
1
1
1
1
1
1
1

O
O
O
O
O
O
O
(j

l

Lúnes, Miércoles y ·Lúnes, Juév~s, y SáVi~rnes, á Iás 7·de bados, entre 2 y 8
la manana.
de la tar4e.
'f

· DI lllBCA Y CUAUTLA.

De Méxicq para 0halco.
Ameca.
"
Tenango.
"
0uantla.

! Mártes, Juévee y Sá- " Lúnes,
~

bados, á las 6 de la
J me.nana..

"

,

¡_

'

Mi~rcoles y·
Viérnes, entre 8 y
4 de la tarde.
-

DE PUEBLA.

5Todos los dias á las 4 Todos los los dias, en1 de la manana.
tre 5 y 6 d~ la tarde

De México para fuebla..

2 O

2
2
2
2

Dlaa y ho1u en que entran
á México.

Dlaa y horas en que salen
de M6xloo.

LINEAS.

O 4

IWn

Cura Manuel E. Rivero.•.•
Juan Antonio Marin .. : : : : : : : : : : : : : ~ : : :
Baltasar Contreras..•.•.••••..••.•.••••
José Calixto Varguez..••• . ••.•••..•••••
J uan_Buena.ventura Bustillos.••••..••• . .
José Leon Marin
Juan Torres .• .,_:::::::::::::::·.::::::
Isidoro Castañeda..................... .
Marcelino Interian....•••..••••.•••••••
Simon Alonso.
Pedro Ortiz.. ·· ··· ·-··-·········· ····
Pedro Torres: • • · · · · · • • • • • .. · • • • • · • • · •
Calixto Suarez • • • • • · · · · · • · • • • · · • • • • · • •
Anastasio Contr~~~-: : : ·_: ·.: : : : : ·.: : : : : : :
' Pablo Pacheco.
Juan de Dios
Felipe Ortiz •••••••• • : : : : : : : : : : : : : : : : :
Francisco Interian.................... .
Ignacio Bustillos •.••••••.•.•••••••.•• •
Abad Quintal.. • • • • . • •. . . • . . • • . . . • . • •
~~ulino Trej o . _•••.••••..•••••• _.•• : •
efonso Jimenez ••••••...........•..•
JTua~b~autis~a Alonso ••••••..•• . ...••••
on 10 Mann
Lúcas Marin.• : : : : : • • • • • • • • · • • · • • • · · • •·
Pablo López.. . • . . · · · • · • • • · • • • • • • • · • ·
Pedro Pacheco Per;z::: • · • · • · • • • • • · • · • ·
Santia o Cam o.. • • • • • • • · · · · • • • · • • • •
P~dro lachec¿ Velase~· · · · · · • • · · • · • • • • •
MJiguel Villacia •• _••• :::::::::: · · · · • • •
osé M.
· ••· •· •
Fr
. Cabrera. .....................•
J u:~c;~o Cabafias.•..... • .•.••••••••••
B
p. ~ .........................•
uenaventur&amp;·Gat ••••••••••••••••••.••

El comisi~nado de la l~seccion entregó..•
3 ó
El de la 2.•.•••••.••••.. , •••.••••• • ••,¡~ 1 · · 3.,¡ .O · .. lf IJCT
El de la·3~........••.............. ; r.f. · o ó½
El de la. 4~. . . . . . . . . . ... • • . • . . ...• ...., ..
... .
3 O

DI VUACRUZ,

De México para Ayotla.
,,
S. Martin.
,,
Puebla.
,,
S. Ag. del Palmar.
,,
Orizava.
,,
0órdoba.
,.
0amaron.

Todos los dias, escep- Todos los dias, escepto el Sábado,. á laa to el Mártes, entre
4 de la manana.
5 y 6 de la tarde.

DI APAll

l

De México para S. Juan Teotihuacan Lún ..,1.é 1
,,
Otumba.
~s , 1 reo es y Mártes, Juéves y Sábados, entre 8 y 4
Guarda.
Viernes, á las 6 de
de"la tarde:
::
Apara. ·
j la manana. .
J}

DE PACl[tJCA Y TULANCINOO.

De MéxicG para S. 0ristóbal.
,,
Ozumbilla.
,,
Tizayuca.
,,
Pachuca: ,

.Para el primer punto J)el7Pripier pnnto tú·
todos los días, es- dos los·d\as, e~pel Domingo, to .elDomingó, enf· ácepto
las 6 de la man.
tre3,y'4.de la tarde
Para el segundo pun- Del segundo pµnto,
to, Lúnes, )iiércoMárte's, 1Juéves y
le~y Viériles h las' Sábados; entré.8 y
6 de la manana, ·
4 de la tardé!' '

l

�DIARIOLDlID' [MPERIO;

260

,.

de remate; debiepdo advertirse, que la rey~tida finca, al,adquirirla ií virtud de una permu á
D. Juan Tamborrel en Diciembre del ano pasado, fué estimada en($ 12,500) doce mil
quinientos posos.
•
• • ·
De Yéxiéb pára Tepepa. . . • . • . . { Lúnés· Mié)•c6le~ y· · :Mártes, Juéves Y SáMéxico, Marzo 16 do 1~.
,;
1 Gu~r~a~ • • • •. • • •
Vie;nes, á las-6 de· . bados, entre 8 y 4
El Administrador .principal, Ignacio de la.Barrera.
~,
. Hmtzilac. ,
la mana.na.
.
de la1 tarde.
,,
Cnernavitcn:
· ••
t

(.,

.. ,V

l)~ ~AY~CA.

' 1

.

PREFECrURA P-OLITIGA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE IIEXICO.

DE PUEBLA A HUilfANTLA,
1&gt;las yñoraa en que salen 1llas y hQraS en que entran
de Puebla.
á Puebla.

LINEAS.

• · •••• •
De ídem para idem.

{1únes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViéi;nes á las 6 de
bados, entre 8 y 4
la mana.na.
de la tarde.

.. . . . DE GUANAJ1J.ATO A LEON.

Mártes,·Ju.6ves y Sá- Lúnes, M'.iércole'l y
bados, á las 6 de la
Viernes, entre 1 y
.
.manan,a. .
2 de la tarde.

1

De ídem para ídem.
México, Enero 'l de 1865.

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA

y

SEooroN DE GuERRA.
México, Marzo 16 de 1865.
. El Sr. Prefecto de Texcoco, con fecha 13 del presente, dice· á es~ Prefectura lo que
sigue:
..
"En una de las espedicion~s que constantemente hace la fuerza móvil de este Distrito,
se encontró en el Monte tres caballos buenos, que han estado algunos dias depositados
para volverlos lue~o que apt1rezca su dueño; mas no presentándose este, me veo en la
precision de participarlo á V. S., suplicándole se sirva anunciarlo por medio del periódico
oficial, á fin de que la persona que tenga de"recho á ellos Jo deduzca en esta oficina, donde
justificada la propiedad, le serán entregados.''
Y por disposic1on del Sr. Prefecto político se manda publicar en el "Diario del Im .
perlo."
·
~ Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor.

ANUNCJ:OS.

•• 1 ,!

SALIDA DE OORRE_OS EN LA AmuNISTRAOION GENERAL DE ESTA
CAPITAL.
LLEGA CORB.ESPQNDENCIA:

SABADo.-De Texcoco, Ayotla, SanMartin Texmelucan, Tlaxcala, Pu~bla,
Jalapa Orizava Córdoba Vera.cruz Tacubaya Lerma,, Toluca, Tenancmgo,
Temas~ltepec, 'sulte~ec, Íxtlah_uaca: San Y-elipe_del Obrajet ~~eral del Oro,
Tlalpujahua, Maravat10, Moreh a, Guadalupe Hidalgo, San vristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba, Apa.1'.1, _Tlalpa~i Cuer~avaca, Tasco, Tepecoacuilco, Iguala, Tlalne~antla, C,uautítlan, T~peJI del R10,
Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del R10, Quereta:ro, Guan_aJu~to, Aguascalientes, Lagos, Guadalajara,· Zacateca-s, Durango,_Tula, Ixm1qmlpam.

'

CITACION J1JDICIAL

A 1i0S AVIADORES Y AVIADOS DE LA. ·MINA DE SAN FELIPE,
El representante de la junta menor directiva de la espresada mina ha pedido, y el Juz
gado 1? civil ha mandado, que se citen á junta para el dia 20 del presente mes, á las doce
de la mañana, y en el local del mismo Juzgado, l!ituado en el Palacio de 'Justicia de esta
capital, á·Jos aviados y 11,viadores de la misma mina; cori apercibimiento, á los que no con•
cuq¡rn, de que estarán y pasarán por lo que acuerden los que concurran, sea el número
que fuere; advirtiéndose que uno de los objetos principales de que debe tratarse, es el de
nuevo avío.-Y para los efectos consignados, los cito-por el presente.
México, Marzo 15 de 1865.-Miguel Femandez Guerra, Escribano público.
• ··
1!&gt;5--,3s-2

JUZGADO .DE PAZ DE JOJUTLA.
Ignorándose el pareder9 de D. Marcelo Aguilar, vecino que fué de esta villa, por el
DoM~Noo.-DeAyotla, San Martin Te~melu~n, Puebl?, 0-izava, Cór~oba, presente ~e Je cita para que dentro del término de treinta tlias, contados desde la publiV Jracruz, Tlalnepantla, Cuantitlan, TepeJ1 del R101 Soyamqmlpan, Polot1tlan, cacion de este aviso, se presente en este Jhzgaao por sí ó por apoderado, á contestar la
demanda que en juic:o verbal, sobrti pago de renta de terrenos, Je promueve D. Pedro
San Juan del Rio, Querátaro, Allende, San Luis P otosí, Monterey.
Cuadra, en representacion de D. Ramon Hernandez, administrador de la hacienda de S.
Nicolás; ape1cibido de lo que haya Jugar si nv lo yerifica.
LuNEs.-De Texcoco, Chalco, Cuautla, Amecameca, Ayotla, San Martin
Jojutla, Marzo 7 de-1865.-EI Juez de·paz, Cornelio Castañtm.
J96-3s-2
Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracru~, Tacubaya, ~erma, To~uca, lxtlahuaca, San Felipe del Obrage, TlalpuJahua, Maravat10, Moreha,
JUZG~~ 2~ D;E LO CIVIL.
Guadal~pe Hidalgo, ~an Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam.
Palacio de Justicia.-México, ~ll-rzo 15 de )865.- El Sr. Juez, Lic. D. Ma11.uel Pavon,
ha mandado por auto de 14 del corriente, se proceda á la venta de la casa y terreno núm.
4 del callejon del Corazon, en el barrio de Sto. Domingo en Tacubaya, retasada por el peSE ¡DESPACHA CORRESPONDENCIA
rito D. Ventura Alcéi:reca en la cantidad de 319 pesos, y ha señalado para la almoneda
HAST,A LAS 9 DE LA NOCHE.
con calidad de remate el dia 29 del corriente á las doce.
Y lo pongo en conocimiento del pú6lico, para que las personas que deseen hacer postuSABADo.-Para Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Puebla, Jalapa, tura, ocurran á esta Secretaría¡ donde 110 darán las instrucciones necekarias.-Lic. M.
Orizava, Córdoba, Veracruz, Tlalpam.
Frias, Secretario.
197-3s-2

Dowmoo.-Para A yotla, Sa_n Martin Texmelucan, Tla~cala, Puebla, Oriza-

va., Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, T~luca, Tenancm~o, Ixtlahu~-0a, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, TlalpuJa.hua, Marava~IO, Morel~a, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancmgo, Teot1huacan,
Otumba Apam Tlalpam Cuerna.vaca, Ta-seo, Iguala, Tepecoacuilco, Tlalnepantla, Cuautitl;n, Tepe/ del Rio, Tula, lxmiq_uilpam, Soyaniquilpam,. Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, GuanaJuato, Lagos, Aguascahentes,
Guadalajara, Zacatecas, Durango. .

·CITACION ·J1JDICIAL.
.En junta celebrada-el dia 13 del corriente, en la que· se ·declaró poul Sr. Juez 4'.' ae lo
civil, Lic. D. Evaristo Reyes, á pedimento de los acreedores que se halla!on presentes,
concurso formado á bienes de D. Sautiago Barther, despues de haberse procedido al nom·
bramiento de síndico, salió electo el Lic. D. Agustín Peralta, quien pidió se cite á todos
los acreedores para que en el término de diez dias, contados desde la publicacion de este
aviso, presenten en el Juz'gado losJustificantes de sus créditos; bajo el apercibimiento que
de no verificarlo, no se cQnsideraran como,.acreedores al espresado concurso. Y hailien•
do determinado de conformidad el referido Sr. Juez, pongo el presente en Mélico á 15 de
Marzo de le65.-Casimiro Firñandez; Escribano público.
194--4s- 3

LUNEs.-Para Texcoco, Chalco, Cuautla, 'Amecameca, Ayotla, Sa;n Martin
J.UZGADO 2° DE LO CIVIL,
Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, ToluEn
el
espediente
prom9yido
por D. Anguste Donssine, por D. Juan J. Torrea, contra el
ca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Lic. D. Mariano Zavala, sobre pesos, ha mandado el Sr. Juez 2'.' de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á pediment&lt;f del actor, se cite á dicho Sr. Zavala para que en el término de
Río, Querétaro, Allende, San Luis Potosí, Monterey.
diez dias se presente á sacar los de la mate.Pia, á·efecto de que alegue de su derecho; bajo
el apercibimiento de q_ue en caso contrario se le dará por citado para sentencia. En tal
virtud, hago la presente citácion; advirtiendo que el despacho del que suscribe está en los
bajos del núm. 7 de Ja,calle de-la Moneda.
·
México, Febrero 2'( 4e l~.-Manuel T. de Meneses, Escriban_o públic~. 176-Ss-8

ANUNCIOS OFICIALES.

• ÍUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El
Sr.
Juez
4?
de
lo
civil,
Lic.
Evaristo Reyes, en aut"o de ayer, ha mand\do se conTRADUCTOR.
voque por los periódicos á loS' que se -cr~ con de:echo_ á los bienes del _intest~o de D.
En el Ministerio de Fomento se necesita una persona que posea los idiomas inglés Y Marcelino Sanchez, llªfll qiie.eJLel téruuno de tremta dias se presenten &amp; dedlic1r los que
aleman donde se colocará con el sueijl.o dErl,200 pesos. El plazo para la presentacion de les competa11.; apercibidos de lo que haya logar si LO ~o _verifi!)!IV.• , . • ' •
los que' se crean aptos, es el de 1fi _dias, contados desde la fecha.-~arzo 18 de 1865.
México, Febrero 7'db1.S65:.:.Ma11uá 'I'. iie Meneses, ~seribano publico. 97-30s-28

:o:

ADJtllNISTRACION GENERAL DE CORREOS.
INTERESANTE AL PUBLI()O.

IJ

JUZGADO 4'.' &lt;MENOR
4.
• •
• DEL
• CU~T.EL UYOR NUJIERC&gt;
.

l ~ Jk Santo Domingo núm. 8.

ORDEN .-lgnorándose el domicilio. de D. Santiago-V:icario, por la presente .se le cita y
El dia 20 del actual, á las 'iince de la mañana, ae despacha de esta Administracion general, un estraordinario para Veracruz con la corre~I!ondenci,a.que debe co~duci_r al e_ste- emph1za pa!'ll que en el término de tr~in_ta dias se pres_etit!l en esie de. ~i.cargo por sí ó
rior el Vavor español " Barcelona." Lo que se participa al publico para su mtehgenc1a Y por apoderado instruido yespensado, a contestar la demanda q~e en Jlll&lt;;Jo verbal sobre
pesos le pro.mueve el Lic. D. José Mai'Ía Aragon en representac1on de la testamentaria ~e
efectos correspondientes.
D. Felic¡ano Rey; ape~cib_iqo de que si no concurce.se Je nombrará un defenijor de oficio
México, Marzo 16 de 1865.-Luis de la Pe:,,a.
con quien se entendera la demanda.
Mexico, Febrero 16,le 1865;-Lic. Poulet.
135-1511-ll
ADMINISTRACIQN P~INCIP AL DE RENTAS.
REMATE DE UNA FINCA.
Para eubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, de que es responsable D. Juan
Tamborrel, como aceptante de una libranza, valor de ($5,000) cinco mil pesos, girada á
su car~o y á favor de esta administracion ¡&gt;or D. Francisco Schiafino, la que no fué satisfecha a su vencimiento; eon reserva de la accion que esta oficina tiene contra· el girador,
á cuyo efecto la letra fué protestada en forma á su debido tiempo, ha embargado una ti.a.ca de la propiedad del primero, que no ha pertenecido á ninguna corporacion civil ni eclesiástic&amp;, situada en la calzada de la Ver6mca que va de la igle~ia de S. Cosme á la garita
del Calvario, mirando al Oriente, contigua á la conocida con el nombre de Jacal Nuevo
que fué del finado Inspector del cuerpo médico militar D. Pedro Vander Linden; y de·
biendo procederse al remate de dicha finca, se anuncia al público, para que las pers'lnas que
quieran, hacer postura, lo nrifiquen, acompañándolae del cor.respondiente papel de abono; en el concepto de que las almqnedas se celebrarán en el despacho de esta administracion,}IJi!lcipal los dias 20 y 30 del1 ~ctua\ y 10 del entrante, siendo la última con calidad

JUZGADO _I~E 1~- INSTANCIA DE TEXCOCO.
En los autos del intestado del E¡r. Cura que. fu.é.de Tepetlaontoc, D. Luis Agustin Camargo, el Sr. Juez ha iiiand11:do ~e cite por los periódicos ~ las_ personas iue se crean con
derecho á los bienes de-1 refendo mtestado,lJara" que en el térmmo de 30 dias, contados desde la primera publi~ci'l.ll.de eBte.o.riso,.se presen~o- en es~ Juzgado á deducirlo en form11; apercibidos de lo que haya lugar en derecho s1 no lo verifican.
Y en cumplimiento dé lo manaaáo pongo el presente en 'fexcoco, á 11 de Marzo de
1865.-'El Secretario del juzgado,. Lic.,Francisco tle P. O/vera.
187-311-3

IMPRENTA. DE J... .M, ANDRADE Y F. ESCALANTE,
• BAJC.8 Dlil_SAN AGUSTIN, NU}(,

l.

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50569">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50571">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50572">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50573">
              <text>64</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50574">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50575">
              <text>18</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50590">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50570">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 64, Marzo 18</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50576">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50577">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50578">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50579">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50580">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50581">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50582">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50583">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50584">
                <text>1865-03-18</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50585">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50586">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50587">
                <text>2011203</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50588">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50589">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50591">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50592">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50593">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7884">
        <name>Archivo general</name>
      </tag>
      <tag tagId="7772">
        <name>Ayuntamiento de México</name>
      </tag>
      <tag tagId="593">
        <name>Indios</name>
      </tag>
      <tag tagId="7885">
        <name>Jefes disidentes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7784">
        <name>Ministerio de Negocios Extranjeros</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="6633">
        <name>Teziutlán</name>
      </tag>
      <tag tagId="6612">
        <name>Yucatán</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1921" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1071">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1921/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._65._Marzo._0002011206.ocr.pdf</src>
        <authentication>da34ba878b075b919411a975d18d4160</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74363">
                    <text>DEL

~;din,:
•,

1 ,

u'

:i

·

np

~

· , , uuhiio
J'
1

,

•
r
"'.JÍJ-l'"i, 1i• • '
', 1 l O'
'1Í-t1 1•, 1 &lt;t A • •SU~~l;tIO. l

•

[

1

¡ot

,

•

t

r

1

1
1
1 J.111 ,IV. '(
·1),-' p . •lf"t
1 , :" 1/1 1/. 1,•1
'[ ( '
,l ;.
· PARTE OFICIAL.-No111bramlen\o ~el Sr. Campillo para subsecretario de Haclenda.- Resoluclou. de S. M·
nnuollcfüul 6"elloho111enlailtéi tle.Ll¡rpo.ol.-Cbicuftír sóbfe:Oeles yfcflclalt!í'íle dlsponl6ilfdad.~
ramlenw del Sr. Vall~-~l\ra Gefe poti} ge Tl¡lxcala¡-l)lsp'\slclOIJ ~ll/',11. ac¡tlvar los. V,abQ,j_os ,4el j).1\~
Jillno
lJ,ntlie~élato' a 'l'amplc&lt;l.-Permlso,¡ía ~brlr nn eafiilno entre CMlul!I Áineell,...lNombr~mlen\o íf&lt;!I
General Agullar para Ayud_arite de Campe,-,-I~ Pe.&gt; Chaeu¡elan~-¡r~oma . d.t
CiftPI.IJ~
como Subsecretario de Hacienda.
•
•
• f .lRTFS ,D:&amp; LAS l'P,~O~!!,~~fVa!íe~ei}I~filOO, ,'l'&gt;rl\ la.oenwiol!\ d,~ p¡ú~ p~unc1aaí co.n•
iila lto¡rleró y to_gij,á!!'ércls y ejecuc¡iob." de elµ.; - :p~ Córdqlía, participando las ocurreqcyis de aquel DIS·
ir1;o...;i&gt;e Toluc¡i¡ ~lpa'julo,un ~"J'JW)tr(I c~n)o, djal~~ll~'-Dll Olll(~tla-y Ql'Í1,l!Va,' ,¡lartlciJ&gt;lll)~ll)l!llf
no hay novcdad.-Del Saltlllo sobre morunlento de los disidentes, Y 111edid8' dictadas contra ellos.-De Oajac&amp;, remitiendo actas de adbesion.
•' )~ ,
' 'I'' ' ' , , •
1 , 1 1t 1
DOCOMENTO.-Ayuntamiento de México. ~'!J'pslclopéf s¡&gt;bre, der"111es,~~ 6g\188,•
,
r
NOTICIAS ESTRANJERAS.-Francla.-Apertúi+. del Cuerpo Le~iUvo.-Dliéul'IIO del Einpeiador.

· !llllll l:J i'jlJ 'J

¡

~bfe8lº°od~\ ~'

7

\ PARTE 'd'FICIAL.
/

MINISTERIO DE OOBERNACION.1.
11 1 ~ n; Sá_ct110N 1~
Marzo 1,8, p~l1865,-S.M. erEmperador ha tenido á bien nombrar
á V. S. para'. 'Prefecto super1or político de Tl¡¡,xcala; y al .com\lnicar
§}V~·s. sd1dÓm6támieritb, Je(\rlartifiesto que s. M. esperar d211u'---civismo que cuanto antes se prese·nte en el Departamento d~ ·s'u mando á tomar po&amp;'esiori del e!D_pleo 'que se le' c&lt;,Qfiere.:..:...El"Mioistro de
Gobernacibn, Corfés1y Espa,'rza.-Sr. Lic. D. Guille'I'.mQ'Va.lle, Prefeéto superior plilíticd déi Tlaxcata.
· '. : 1 ,. , 1 ; 1 1
- Es .copia~ Méxrco, Marz'o i8'oé 1865:
' J. (lJ1 1,):.) ,;i. 1 1 JJI
IJIJ ')
1
'OI
I Lt' '
&lt;,Ul'J.
¡1 :w •¡ •
1
• c,r :&gt;.
'I
1 El Subsecretano de Gobepuw1on,
!/111Jlf
'1
l 11 , ,
• ;
'I
,-••l
• v' r; (firmado) F~ANCIS~O J .,VIIfAJ.Onos.
,

1

1

MAXIMILtAN0,
EMPERADO'I? b~ MExit1ó'P' ! " · ' '.&gt;"'' ''
f.a.. ~,..,
l t JI.., l1J:, '•tO
•-.; ""af1 l.►--.,

_,

1

st

91C!J•

1

1

• • - • ..

_ En atencioo á l¡i.s ~\l·cupst@.\lcias,qu~ co~Cl-\118"0- -eµ [J, léljx Cam, ti\.
-Rij_lo,r;Jiemos vepjdo/en·nomhr¡i.rle .S_µ,\)se~r.et¡u:io ioterjnq1 d~l Mjnjs.:
111IliISTERIO DE FOMENTO.
~¡¡iotle~aci~~qa. · ,, 11 p • t 11 ¡ 1• 1.- 1 t ¡/,,' •¡1 • • ~ ,·,
P ,. ~•,
&lt;'. 11
SE~?r~N~~
•·. ~ue~Jro ~l!llftWd~. FJ&gt;tado .,gueµa· encarg~do de la e3ec9,c1~!};,de _ México, Marzo 17 de 1865.~Con esta fecha dirijo al Sr. Prefecto
.est~ Nu~s!ro,.l\mHm~o.
; ;:? ,( , 1i'&gt;
, r
1·, ;· 01 .,'J 1 !l oh ~ de Querétaro la comunicacion ·que sigue:-" La apertura del cati D~dp en eJrI:ala~J~ de México, á¡J6 deJd1m,o pe ~865-.- .1 " J, · mino de Querétaro .á1 puerto de Tampico es,1fna verdadera mejora
oh(·¡ - .... ,,, · '? , ) · ,
(, :u ,
{Firmado) MAXIMILIA':Ñb. , • parih,el pais 1_po,rque !lerá una nueya arteria que dé·yida y movi~eoút Poi:,mandato~efo1M.J., . . , ~ "•.· ,., q d, 1 l :;i ,:~ , 1 ,( t9 á aquellas }l otras.qiq~h,!lS pqblaciones, desarroflandq s~ •.agricul.o~i1l.nr¡ ,E.l ~ir_li de
;r: - t dw1.11 1 tura, ~c9mercio.,é, industria.,,As\Jo comprendió S. ,M., el Emper~qr.á
.o:,ir.M ~ -. oiy;s 1n 1 • ) ''(é -'
). f.~ :·J;.
"\Y ,M.i. ~u.,tránsito por ~sa.._ ciud.,ad,.y lo Aecretó en Agost.o del año pasado1¡- n,n00. 0 • • x ~'.41', m_ir1~t·,'J • ·r
Jt{as. habiendo vistq que,, los t,~bajos de este nuev~ camino 09 .ªYª~
M6xico, Marzo 18 de 1865.
iai,, ~on la p~onti~ud~qua seri~ de ?esear, be _o~denado ~ase á esa cjuj
.•~ ri • • d ,,..,. · tr l ;:¡_1a·l d 1 d 'á S M
da4, el Ingemero·mspector. de,cammo¡¡ D. Miguel Iglesias, para qu.e
V· 1811G •en ~onSeJO
os a Sv u:;lLU
l..
d,e const rµ~c1on,
.
d'1ct'aodo ª&lt;lue.
· t de .w.IBIS
.
· · e1 eva d'a t . •. 6por1 .lliC.'t·1v~ cuaµ t o sea pos1'bl~ 11·as1 o"ras
Onos .c~merman es e 1 iverpoo1,~u~ ongma vaª JUn a, opm e lla!! pro';idenc\as,qu~ S~!}n ,necésarias l!,l fin ~nqicado.-Lo que parti-91!1IBJ0· 1• &lt;., o. :..1..
:· d - ,.,,, · , 1
•
• •
• • • cr
' .cipo 4,Y. S. para. su ~onocimi,ento."-Y lo traslado á vd. ~oo el fin
,. 1 ~N~-°40193~~.'ilte 6 ~ pued~ conce.der ,al come;rpio. la franqui~l&amp;, q_
~ f d~ qµ,e confo:r~e•á ~s{a di~p'osfcion ae diriia al punto meocionadÓ
solicita· ;,
·
,t ,
,
_, ,
.,
,
1
,
r :• ""- -.,
'
1 " , •
, ·
.,, 1 "
, • t " ' para cumplir con ella quedando desde luego autorizado p~ra el arE~ ?¡ ~esnrcta l9s irga~eq~I aue fl~l~_ron. ~eí ~~ ~;edt9~i/e reglo.,de lRS \rjihajos-y cuentas ~orrespondientes al camino, así como
. -.flfºbRª a~
~ pdµ !)3Cl~Il lief:h¡ eclrJe ºi~f. P~!:ª e
,l.;p- p"ara los de mas asunto¡¡;concer,nientes al mismo.-El Ministro de Fp·Ytle~t rn; .ras. "11as eSP,U(lS~ e~ ,ec ª · !!\ pu l~aCIOD en 1 JC ,&lt;?r, mento, L. Robles.-Sr. Ingeniero Inspector' de c'ainioos, D. Miguel
puer os.
' ' "
'- Iglesias
·
2?
Que
no
es
de
estenderse
la
g'"acia
á,
las
mercancí:as
que.
han
E
·
·
Mé
·
M
d
~
18
186
'd
·
•
'
:,
" •
•
'
S COD!a,
XlCO arzo
e
u,
s1 o encammadas háma los puertos del. Pacifico.
,
. " ~ . . .n r' , &gt; 1 . , •, , , •·
Y habiéndose servido. confqrmar coµ ~sta opinion S. M. el Empe-1
El Subsecretano de Fomen~,
rador', \o· comunico 'á 'V. S. como resultado' de dicha solicitud, que
. · (F~wado) MANUEL ÜRozco.
como de la competencia de ese Ministerio, V. S. hará se notifique á ,&gt;Jf" • ••..
r1 n. 1
._
•
quien f;&lt;:n¡responde. ,
,
.
,
~inisfflnq
~
-Fomento.-Seccion
4~-Méxic~,.
Marzo
17
de
1866.
11
, -. •xEnwnistro de N!lgociíoé,Estranjer~s•. ,' ' r1 '~ ·' 1 '
"
' ' ' .1.lr 1 - Co_p est~ fecha digo al Sr. Prefecto de Chalco lo que sigue:-" En
1
1
1
~ - • J 1 '''.''' '' ' . • · ' '.Encargado delM.misfFri?ae Estaao:·
, i•
• t
· contestacion ai' oficio de V. S. fecha 15 del presente, en que solicita
1
1 1
l ·t
•
'.ºr
(Firo1ado) 'RAMIR~Z'
1
/
·
permjso para abrir un camino' carrétero de Cholula para Ameca,
• 1 Sri Su~secretario de Hacienoa.
e 1 ' 1•
. '
., J
isr,. que se nomhre .un ingeniero q'ue diríja la obra, le digo á V. S., que
l
)
I"
.
( •
1
j • I.JV . l)t¡ ( h
'Y
•
'
,
., 1 ·;
,,
•
•
.. · • · •
·J. ,
,
•
• e~ta) $~~retaria concede el espresado pe~miso y hoy ~ismo nombra
11
1
1
0
1
1
~1~ 1i ~· ·.'
· , Km!STERIO DE'. Gl!ER~~ '' ·
' • ~ c.• a\,Jingenierb D., Rafael Barba, encargado del camino de México á
1
- o 11 Ita 110,~ ' . 1. ',l
1
, ¡._, '
l - . í ¡ :11:J-O,il '
p 11¡ebla, para que
. umcameote
, .
. y v1gi
. ·1e 1os. t rabaJOS
. de1 de
.
P~µ DJRE0010N.-PRIMEB .Dms10N.
. .. ,
e:icamme
1
1
J;~ " · : I ·:u;m ,
• •
.... •
ÜIRO(!L,AR.
1 que s~, trat¡l, p~rp no pa;a que lqs dirija."-Lo que trascribp á vd.
1
1
1
1
1 1
1
•
.
.,
l
' • • •
•
México, Marzo 11 de 1865! ' ' 1 para, sll,jnte)igen~ia y con el objeto de que, conforme á esta resol u- 'l .M:. ,él Emper,dg{ ~ebido ~o?éony~oierlt~ disp?'I)'.~r '!Lu~,~ los ci9nJ se, pr~sen.~ al Sr. Prefecto político de Chalco _para el d~sempeq;e~érale~, Gefes y ~q~ml,é.st de los Dep~~it~! d1sponibjli,%ª?,' s~ l~s; ñ/J. d_e,I,a·,t;omision que s~ le coofia, en los términos espres~dos:a)P
p1,1ed~ nombra~ por &lt;;imeµ, corresponda y erí ri~uroso turno, el serv1-i M\n)stro.de Fomento, L. Robles.-Sr. D. Rafael'Barba, Director del
' lli&lt;r de gefeJ ae füa, mi¿~bios de los) é ó'rt'sej&amp;s! de guerr'a 6 Cortes' cariiini "de1Méxi¿o á Puebla. .
( . .
. .
1
1
,,Il!drfi,a!es/fisca}.~s ,de~cau~as, intervénci~_n' e~✓ias revis~as:a~,dbmis,a-¡ vi ,)!;s CQPta.:;iM~xi~i, Marzo 1,8 d~ 1865~
; "n . . 1
, no! «5"de mspecc100 .~e _los cuerpos qel ei~c1to;_y en general cu~l-¡ 1 &gt;•• 1
, r, El.,Sul¡secre,tario de Fomento,
• __
_quie,ra ptro.qu_e t~nga 1e~ car~cter. pe pas1yo, Y, ~Iefflpre que aq?e( sea , _qu~ oin ~,. Jh
,
(Firmado), MANUEL ORozco. 11
&lt;~~h~Q del radio d~ 1a ,poblac1ón.6 lugar de .la residertcia del non1 _ 1 ¡ a·,¡:,·t r¡ 0 ;-: ' • r ·
. ·
·
orado~ • - 1.1J1 t,
i
•
• ,
•'"·
'
,
,
'
..
•
~ - • ..
Q

i,~~~,:~f:~11:,ri;:de'~sf~&lt;io',
'Ila' .
4

1

1

~t

;8 ,1·

d'
°~-,

1

1

'

'

'

"

l

}

y

.

1

,!

pa'

,

•,

•

,

•

-

•

•

q~,

I

t,

Po~~golo á' ~d. pata_ ·s~ cono¿imien_to y efecto'!! á que p~~ªJlu~ar:-: ' s. M. el Em~e~~or,.por ¡;~reto del,9 del ~ctua~, se ha servido nombrar
1 Exmo. Sr. Mrn1stro de ,9;ueira, -el General.de DIV1s1on, yefe Ayudante de¡Campo 'ál.Sr General D Bruno !gu1lar.
de la primera Direccion (firmado) A 1Parrod' i)' 1' • '• 1° 1 e.
•
•
••
'
Es copia.
'
'1 ,~ •
i.
•,:t: lli
r. Por-dec\:leto de !1·de1 presente mes, s. '.M. el ~m¡&gt;erador se ha servido
~ ,
•
, ., , q t ~f,,
· •T\.
nom}lrar·Chambelanes {i los
•
•,
, , .1 ,
1 ,
1
'·
Él 8-áb'aecretan"o de EatitÍo 1 deliligplJiho-6.e Guerra,
·wu ) , • , J • ll Sres. D. Jo¡¡é Javier Cervantes.
r,1
1 ,&lt; n J
- - --(Firmado) J. M. DURAN,
• uln! ; { sI Jl 'C:,; ,
y D. Juan Cervantes.
•p 1 :¡
11

V

•

�262

•

DtmID·, DEL JMPEH&gt;lO. ·

DIARIO DEL IMPERIO.
,' ,, ,.. , ,

IOlffSRBIO DB· &amp;UJ1,li

La convenci'.&gt;n del 15 de_ S~ti~bre, li\)re de i,n,tei;pr~tapion,es141,p,1Wi,o~g~;,
consagra_dos grand~ pl'mmp1os: el robustecimiento del nl!~ViSlJrei~r (\eJta,
Pre&amp;3tura. strperi'or pofftfüá,,de-OaJa'ca,-'-Núm. 16.-OaJaea, Mar- lia, y la_ mdependenc1a de la Santa, Sede. El es);aao pi;oVF,ip1_1al X,Pfflqre·iEt
zo 9'de"i865.-Exmo. Sr.-don fefha 6 del' presente mes, dice el S~- q~e esoitaba tantas ~l~rm_as-, va a d~sapare~r- )fo, . u,o, 9?»., lo~ ~p9c.1.o~c),,&amp;
D.-1'e~i'o 'fofodo a.l' Sec'ffl!~'rlO general de esta Prefectura lo 81- m1em~ros de la p~tr1ª' itaha~~' procurando untrse. cgn¡q~J?_u~~ V¡~ru;ml~lt,.\\¡1),llJ
,- , "' fi"· ,i Á ,· - ·a td con es'ta feéb'a la acta de adbesion y s'tl- pequeno Estado situado al pie i;le los .Alpes; es, un g.i·,ay, pa)StJ$11#1?! eleí\lán,4}&gt;_ijJ3;
g~n:-t= compano
·,
or romul ar de S. M. el Ém e- por encima de las preocupapiones local~, y despreciSAq,o esci~aeioni1s fr~~m1s10n alas leyes promulga~as Y P • P
g
.
P flexivas, trasporta atre.ridamente s~ capital al corazo!}, d~. 1~ Pew!ffi\tlJ,.J'Jm
r~or1 que ac!)rq6 el n~evo A~upl!amiento de eSta em~ad Y,d_e~as coloca en medio de los Apeninos como en up.a ciud~dcla i11e;pµgqab}e. · :JmJil
IJ81'80l1M not'ahles,· par&amp;'. q,ue ~1 -~u~re de su -~~ado, ae smza dmg1rla, este acto de patriotismo, la Ita.Lía si) constit_uye .d(llin.itj.yam!lµ,t¡e,, -¡. ~ &gt;\:M.99i-J
á'.,f« ~geeHór_idhtresppp~va"t ~ .m1smo- p~rtic1po á vd., para que Sé ?iliª al ll),ÍS~O tiempo con el mu~do catóhcQ¡ se; C~ll'\pr.o_¡nete á., re~pE)~J-.111,¡
SÍVVfl.haeérfo ,al :Pr.eí~ sµpcr)Ql'1 ,quJ) 1a plaga que se pallaba mdependenma de la ~!liUta Sede y ~ prot~gedas ÍJOJ.It®a~,d,e)p~ E~!P,~?,S ,ra;-i
~~m\ii-'ads.-é'fil•Jú1fü~t!Rit ,et'I '.niím~r-e-de,12.~•h,ombres det _batallon¡Za.- man?~, _Y de ~ste mod,o, nQ!l permite retirar, ,n~st:,ai, 1rQP,¡¡$.,,Ji;lil?l!~'-l~Qrjp
·'l';u i-fJ;.,; ~~~arpñi4o,
e} rufhlYo _de Cñiapas¡ p_er~ d_esd~ ~a;sa- ~t1fic10, elj~mente ga11a.Iit1zadf, se encuent¡¡~ ~l!J0,la sa{y~gu11,r4111,,rll!l •:Wl)
~ de · . eHBt p@bla&lt;llon ,óomel)zarbn ále~b.aadar,se-á distmtos rum- tratado que liga solernn~me_1tte a los ?ºs gobiernos. La _con~enc10.n ~ ,~.;
\! •.. "lr-¡¡!~iffi&gt;-dipti¡das 6td~rre's'á li!,~ poblaéiol1es ih'rrredjatas part que ¡pues, u.na ,aa:ma ,de guerra¡ -smo uu;i. obra, de paz y_ de ®. n@~io»:,· L ·1,, l
0 ÓIÍ~·"1
_,, a-: . •, d·. .
fi .
d
;l !ói'
•
t
"Eu Mexico, el nuevo ~rono se consohd~, el pais se paciJicA, s.m;,j¡µneJlsQS&gt;
eond~zcan á ésta fos . 1~persos,.c~n_e1 . n e esll~ll'.I~!
y_cQn es~) IFecur~os ~e desarrollan; d~choso ~ectQ. del v,a,~or ~e1n~est.ros ¡sql~~Jd~h
hll~j~g~!l ~~-9-ü~á-e"1 pae1?ca~1@~ est~ J?1s~~1to. -:-Y ~eo~o buen sentido de la poblac10n me~Cl!,n~, de la mtehge.M ~·Y· .energW-•&lt;d~l iSei
é1 ~oqor ae,vt~ascriforfo á V. 'E. pata su eónocmhento,.J eón ~l obJe- berano.
.
., ·
·i'J'lu o·i,,i !' •
to--de-qtte se-s-i:rva elevarfo al de S. M. el. Emper~dor.-D!os guarde
"En el JapQn,,1l.J.~estra m,.a11ina, µnida 4 J.a de ft¡,glaterraJ d~illlJH.!Pla4J.dJ!:dY&gt;
á V. E. muchos años.-Et-firefecto superior polit1co de OaJaca, J. P. d,e lo'S E¡¡tadas-Ü)udos, ha dado una nueva prue.ba,de fo ,qqe)¡puede: y,1fo; ~
1
Fr,ql1éJ..::.:....~xrxrQ ,Sr. !{i~istro éle,1a Gderrn.,
que sabe h~r. . l • •
• ¡
'
•
' . '
1 II 1
,;J; , _. c, 1i
É8 · p'\a. 'Méxfoo· htarzo·1s de '1865. '
"En Afi;1ca,y~ msur.i;ecc101), repe~tuia ~yen1~~ &amp;cturb11,1~la_;sag~ithtd1de
,co J .
'.
,
nuestra!, p&lt;:&gt;~es1qnes1 y ¡ID~trar cu~to d!íjt:J,n ~Wlf alguniw1t¡¡¡'1bll~:de ,E»JW:;
E.Sdlí'secretano de Estado Ydel D'lisp!lc~ dé lll Guerrli,
' ·
c..er nu~stra (uerza y nu0$ti;as iqtenoiones benévplas. 'En.~l l;l')Q?Iléü\OJelli,q1J!t¡
(Firmado) J. M. DURAN.
por un espíritu de generosit jµ$ticia, la,F¡¡ancia asegÍn:a.ba•ht,, p1~pif.dadldll
,1 J.
, - . ,.
a&lt;:tuel sqe:lo á. la pqbi;i.cton áirahe$ en que, por mea.i-o MUber.ales medi.~Jprocurábam~. hacer co,1npr.,ender á áquel pueblo t:0al~raia&lt;10: qu~.lejpa,de Qp1;ir
..Q~~~ M_ENT ,•
mirle, quer,iamo~ llama,rl!l, ~ \os beneficios de la civilfa:.a.ció.n~ en ·est~ m@mau. ,, ,
ro, digo, es cu11o1:1,do estray,4d,os por el fanatismo religioso, los; ~rllib~,veí}jtíos
,
, AYUlfTA:IIEirro DE JIEX100.
,
del desiei:t,o han1evantll,do, un es~nda,rte rebelde. A pe$.ar de ~ rufioultades
"
, ··
'-. ' '
·,
que ofrecía.el terr(lno, y n-0 obst¡m~e los rigorClS de la ClStaeio.n, nuesliro,-ejérciEl Etmo: Ayurlt'atriiento, en ~abildo celebtado· el dia dfi ,ayer, ha to,..di:rigidQ con babilidad, ha ,dado pronta cuen~ de la insU?reooion;t¡y,des,
aprobado \a¡¡ áigl'fümtes pro'p~lciones presentadas ppr .,el Sr. Regi, pues del ,co,mbate,, ninguna represion. sangrienta., niqgun..a sev.e:r,ida.d inútil
dot· oomi&amp;il)'DMÓ,dé aguas, ,1.
"
J •
han venidQ á entristecer 1~ victori:,.. El celo y la.experiencia del.get'e q~
~'l ~ Todas aas ,pérsonss qua, oisfr.utan derrames agua ,sin p~gar r~ntlt al mania en la Ai:gelia, la unidad del mando que se ha restablecido; la. deinosEi'.m.o. Aya'iít&amp;tni~to, "j las ,que los-li.&amp;yan coneedido,de sus- fuentes sin igm¡l tracion paJ;ente de lo~ gen.erosos ,designios de 181 Fra.u.ci,a;-todo esto .c.o~curri;.
r~qb.isit:o, pa"sartn una. tloticia és'dtitá. en papel simf1e al Fontanero- mayor rá, yo k&gt; espero, á e;vitar la repetioion de tales, desórde.ne.5~í ,
,;. , ·, ~
dt} la Ci~dad,. dentro 4e los quince dias siguientes a 1a pubµcacion de este
".Asi, todas m,1estras espmioiQlles tocan á su fin. ~µes.tras tropas, de.lier,.
. ,
.
~a han evaéuado ,lª China: l~ marina hasta par,a.so.stener nuest1os, estiableoiárlso en. los periódicos. ~,.
·· ,
· t d C h' t. ·
·' ·
d Afr'ica va a' ser tedui1'd@;¡e1 de
"~~ En.:dieha.n&amp;tfom ,se espresa:t&gt;A-si la-dañer-ía,toma- los df!N'ámes· de la mien os e oc iiic,,1Iia; nuestro eJer-01to e
·
,,
,
México
~tá
ya
regresando
á
Francia·,
la
guarnicion
d~ ~orna volv~rá ,muy
tAzlt 6 füertt'e mercedada, 1f lo séa en propiedlld 6· 'eli .arreñdl.lrniento, &lt;Y·:si
~
se ~r,te-,-de 'la cañ.eria que. 1le'v'a _el !l,gJ!~ á ésta, como ab):ls"ú:amente se 'hll. pronto; y a1'cerrAr·el templó ae :1a guerra, podremos con orgullo inserlbir
f)tadiaailb'en. algunas iloolas de.seubiel1,i$ ú,lti:tnllAJllJ}te,::pevr.qu.fl en t~l .~Q en un nuevo arco de triunfo estas palabras: .A la gloria de los ejércitosfr/M..
no son derrames sino verdaderas níe1oodes -Otlplicadas-en tn .¡nir.tidor-comun ceses, por las rvictoriá3 obtenidas .en .Jílwl'opa, -Asia,,.Af,-ica ·Y· iAmérrictL. ~- .&gt;
qütfaét'raud~n·doblemente á lé1s 'fo'rldos municipáles1
"Entr.eguémanos sin inquietud á. los tiiabajos·,de.la-pazr. Ell inter~Ió de
"3~ Pasadps los ref~ridos q:J.!i~oe dias, ptócellerá 'la :domision éte aguM .las sesiones s_e emplM en buscal'-los nredros dé aumentar e~ bienestar ®O'oon ,todo rigor.par&amp; ca.,tige;r á le.s .robJidorea !le ¡¡,g~a, y ¡¡u~ cóm,pli~efl., con- -ra.l Y material del puehlo¡ y toda idea.útil lJ -yerd~ra -tiene ,l a rseguri&lt;ia4
forro_~{r lo!f_l'átrafos 3~ y 6~ de las Ordenanzas, interesando á las personas de ser ,¡,oogida. P0 r mi Y aqoptada.po11 vosotr~, Examinemos, .pues,.junf.os,
que descubran estos abusos con un,.&amp; cuartaparte de las multas que se apli- -las"Jnédid'."8_.que sean_ á PllºP?sito JJ;&gt;ªr~ ~recentar ~a:pr.osp~ridad.del hrlperib.
quen." .
'
-·
.,
L~ rehg1on y la mstrucc10n publica son_el obJ~to dem1s constantes pr~
,._ !1&gt;s ,P,áplt\fos fitadps dicexi así: "3~ Que ha de cqida.r (el mercedado) no · c~paciones. To~os los cu~t~s g~zan de ~na igu~l hb;r~d: el clero católico
",• ·:vfort.a J rel)l&amp;n.ep,~ 3 1~ ®lle, -;y no dls.,pql}.er d} g1 ,pa:ca .otra- (inoaJ ltup eJ&lt;:_rce, aun fuera d,e- su mm1s~er10, ~na.mfluenc1a egifima. porla ley 'fr'ir- err~~ándo-lleU de, sn pr-opied&amp;d1 por ielmltat en .petijmcio de esta Muuic1i:ial~ senanza concurre a;Jfil:tÍuca~iv 4!~ J~"{~l\ij,f'ti '1_!¡ l_ey. electoral puede
... dáif.~! Quij lib curnplieh'do con cualquiel'a de las estipulaeiones,á 1 ue' entrar en los conseJOS pub11cos; por· la const~(um_o~ tiene asiento e~ el Senat/¡ qüeáá ~ajeto, ó áh~hdo p~-~tgüú móilo de ellas, se 11! S'Uspe'rld~rá imil~- -do. Pero cuanto7Il1LS' ~ ,:od~mtr?'slte-consid'era-c10n:e-syrreferwm:a-r,tIDrn&gt;
" diatamente el ~~por~ CapitJl'Jiw comisiol',lado; _y-calificááa la.infni.¡icion m:is contamos C9ll ~ue ,e¡ ,re,s~tarl} las ley~ funqa;m~p~a.l~s 4~fEstado. Es
" por el Eioino,.AfWitauiient0¡ s·in ,oo~tiendá de j-Wéio nLQtr@.tl'IÍim~te, se .so- ~1 deber mantener mt~cto~ los ~erechos ~el p~d_er civil, que desde S. Luis
".meter"'i·á sus r.esoh1ciones1 IJ,asta la de Jl.erder la merced, no pudiendo hacer
soberano ha ab~ndonád? Jam~s ?n F,ranci~. ,
,, . .. .
. .,
"reclamo alguno, ni alegar .ñingun"détecho."
. desarr?~lo ~e_.}a iilsti:u,ClJ1on_¡P,ub~1qa 9er'ede ,. V\l~~~~ s~J.~,g~t~~-·
l}l
, ,
.
• • ..
'"
,
•
_pais del sµfrag19 UI1:1veri,al, to~o c~\l~a:q~no depe ·sabr¡: J,ée¡¡ .Y .~~PrIQJ?j,,i,Q.
1
.. ,~b_'~ongo en eonoouniento de v1es., :~ ~n de que po~ medio &amp;el ,proyecto de ley os será presentado para pro.te~er más•&gt;Y,más. la. instr.uc&lt;íie.n
p~ijódj~ que r.e&amp;ietan, llegue al c~noc)µ:nento del.pub'hco.
pJJimaria.
·
, ;o' .. 1 r.'
, •~
)ié;í1Q°G, Mmó ,18 de 1866.
•,
· "Yo!me esfuerzo todos los ,áños por -dism,inuir ' fas -tV1fül:w qúe s'e·o~ohilti
. Ei Secretario gllD8ral d.el ~.j.¡yµntaimeqto,
ú
..
hacé largo tiell?,~O en 'Fr¡,¡.ne~· á 1~ ~i\re 6$.,Pansiop, M1~ kw11it~ya WM1:Í9-\1%:Por la ley s~bre las coaliciones, votada. el ajio último, JOfi.que tr¡¡,bajan.¡ -~í
(Firlnado') Lre. j UAN A. MA'.t'EOS,
como los que dan trabajo, hnn !j,prendide á zanjar. entre sí 1sus diferenóia8,•,sín
necesidad ee acudir' siempré á la intiirvencion de1,~óbi~~rii&gt;, que·ies w!~◊~~,te par~.arreg1ar 1~'relaciqtjeJ t¡i.n VM'japJes en~r~ ,h!, ,qfé¡:l¡á, i j\a,':4~ij~~~"":':""_ _ _ _ _""":T".,.....·U..;:o--:-f,;;,
_ _~.,._-1._.._~...,.....-~_~_.1..-i1
.
_ _ _ ___,,..__ Hoy-, p,ue;v-0s p.r&lt;1yeotoS;it~ndrán por fin aejar UJla.·libérta'&lt;lirnas.,gnapde,1111lás
11
'· ·
asociaoi0nes &lt;00merciales,,sepm-ando de ellá.s la res-pónsabilfüAd siempre-.LUú. ,Q,UiCJ,4.
•
soria
de la administracion. Yo me he esforzado por destruir los ,ob~ií.6u'los
1
- pei ~ónlteu/r 'flnivmel tra~uclmos1lo sigtnénte:
. J
que se opo~ia~ i la. creacion de las sociedaqes ~~stinadas.J á mtjóraf'1á 'con'.Hey.. á:.Ia, Jlllª (15 de_ Fe'b_rero) el Emperador ha al:íierto en persona ,l~ did'cion de' ias c as'es obreras: Permitiendb e1 establecimiento de estas socied -1 e
1 l
l
l d
L
ades sin abandonar las~a~ntías de la segurlda.d pública, allanaremos el_;.¡.
s~!ones ~ uerpo eg1S atnw, en a gran sa a e1 pa1acio del ouvre.
mino para una útil PYnerieñcia.'!,
•
.
Su 1faJestad, colocado en el trono y rodeado de los miembros de la fa--=-r
'milla i~e'rial, ha pronunciado el discurso siguiente:
El -Consejo de..E~o..ha.estudiado ouidadosámente-un&amp;-ley que-tienda-á
- ",Se~ores S~adores:
dar á los Consejos municipales y generales mas grandes atribuciones. Los
::s11oores Dlp11tadosi , .
.
municipios ( 001:1-munes) y los De~artament_os serán llamados dr ~s~ mopp á
En-,la épooa de nuestra última. reumon, yo esperaba que un Congrreso tratar por si mismos de t,ms _prµp10s negoc10s, los cual.e~ sed,Ji.:¡;e~li~ltos CQ1jl
~lanai:!3 _las}ifi_cultades que amcn-azaban el reposo.de la Europa; pero no ha mas prontitud en los Jugares misnios donde ocurran. Esta.refor.mii eomple.aido ~J: yo lo _siento, porg_ue la.esw~da. suele cortar las cuestiones ~in resol- ta:rál el conjunto deilas disposiciones que ya se, han di$dó po.:ra simplifie&amp;T
verla¡¡, Yla lÍnica base de una. paz dur.ade1ta es la satisfacoion qJ1e el ac_uerdo ó suprimir reglamentos minuciosos que complicaban in'útilmehte la máquin,a
de los soberanos da á los verdaderos intereses de los pueblos.
de la administracion.
. , . - ''
1,· "En p~e~e~cia del conflic~o qu~ ha surgido á las orillas del Báltico, mi GoLa liber~ comercial, inaugurada por el tratado con Inglaterra, s~ 'ha es·A
drv1~~0 entre sus s'J.tnpatías por 1.a Dinamarca y su buena voluntad , tendido á nuestras relaciones con Alemania, Suiza y el Reino Unido de Suea AJ.e~~1a, h~ _observado la mas l}Stricta neutr¡¡,lidad. Llar.n11,do en una cia y Noruega. Los mismos principios debian naturalmente aplicarse á la
&lt;J?nfer: a em1t1r iiu ,voto, se_ .ha Jimitado é, sos.tener el .principio de las na:- industria. de los 'trasportes marítu,nos, y ya se está' estudiando una ley pára
&lt;ctooa M. s Y el td.ereo~o queétiooen lOSl pmi?los á. ser consultados.sobre su establecer en la mar 1~ concurrencia., que es la única que yu~1de excit'?-r ,é1
&amp;llel'te. .t1ileS~o lenguaJe,.:eonfonne. á .la actitud rese1,vada que queriamos progreso.
"
ha 81~º mode~ado y amif&lt;¡&gt;Sº l¡)&amp;ra am~a.s par~es. • .
En fin, la·nápida ~~ion de,nuestros femocarri,le.s, de ~~ésliros
e1 'MedioHdia de l~ E~,:,~P.ª ta accion de la Francia deb1a eJercerse mas les_.y de nue\jtros ~in_ps1~rreteros, es ~l oompleipento,necesa:ri~e&gt; las1mé1
resue tamente. e quéhdo nacer posible la solucion de un dificil problema. joras comenzatlas. Este,afio consum&amp;rémos'una parte de :nuésti-á1á.rea, p:ro••

.

1

,

•

•

•

•

s~.

•

s~.

par(

a

º·,:

ª

t

'

Ó-

.· · ·

1

de

•

I

m~;~

.Jrrl

NO.ffC•~-Q EQrN) • J.-1?º ~-s.
,
_ w

L

-

1r~t

gu~Ea.:,

~n.i

�DIARIO DEL IMPERIO.

264

vocando las empresas particulares, 6 aplicando _á ~os trabajos públicos los recursos del Estado, sin comptómeter la buena económía de nuestra hacienda,
•v ~n. tener qui! apelar á los recursos del ere'd1'to. La facilidad de las comunicaciones, a~í eli el interior cómo en el exterior, daa_ctivid•ad á los cambios,
estimuld la industria y evita la demasiada escasez -6 la demasiada abundancia d_e los productos, cuyos efectos son alternativamente dañosos {¡, los-consumidores·y• á los productores. Cuanto
roayol' sea
1
1 la estension queadquiera
•
nuestra marma mercan~e, mas fáciles serán las re aciones, y menos mbtivos
habrá para temer esas bl'uscas mudanzas que suele sufrir el precio de los artíclllos de primera n~sidad. Así es como pódrert\os conjurar , el maléstar
!Lreial qu~ aflige hoy a' la1 agricultora. Alªunos atribuyen esteim
_ al ""o· men.
6
m
P
táneo á la supresion lle 1la: escalái m_óvil; peto olvidan que en 1851, cuando
esta existía, la baja de precios en lds cereales era mucho may(H'/ y que en
este mismo año las esportaciones de trigo escedén con mucho a"las iínportaciones.
, ,•
1
1

Velasco, se fija_ á los ac~ee~ores el ~_rmino~de veln½ di'aa,pira que presenten loe justifican;
tes de sus c_reditos al Srn~ICO admrnIStrador nom~rado, y ~starevencion li8 les notificara
eu
!os califica'Clon
téi:mwo~ que
el art.
Bl.3 ¡11)! C?di~o
!Ilenc¡on~a lop.·dispuesto
l&lt;~órmespeneléÍ'!lBpedi¡ipte
sobl'e
deprevi~ne
la qwebra,
y publiqull$e
está conforme
precltado
,n-ticulo 794.''
• , ·,
•11
•
-- • , ,"
h . ox
L~ que se pone e~ co¡iocim,iento de los intereaadQ81fn ,oumpliqi¡entq ,de lo·IIlJLildado. {l
,.Me11co, Marzo 13 de 1865.-Josi
María 1Cardenal Oficial 2~, eBc¡irgado 'de ti .Se1
cretaría.
'
:&gt; •' • ,
• 199-1.:!.it' · "'I
-----------,--------"T----'-'--...:..:~..:........::_~~
~.
.
"CO..,..,.,OCªTO'DTA vi 1 • ¡&gt;•
·, (¡O(.
'"• o. ........
El 'Sr. J,uez 3'? de.lo_civil, •~¡J'. D. 'José M~J)old'.er6i ha mandado p9r auto de hoy!
·convoque a D. Florenc10 Dollllllgttéz; como m!indG y coliJUil!al persona den~.S«ñedadr&amp;n-¡
tillaln, á D. Pedro Diaz, á :Q,M.auuel T. Nájera1fQmo ml;{rid~t~e D! r,uz·Di~, á.R~ G_ua,
da µpe Aduna de Diaz, v~uda de D. )oa:¡uin, por si y por JIU nija m .Dólores, á m .JosefJ!.'
y Dl!-Paula Soriano, á D!-- Dolores Oristome1, á D. Lúis-&lt;'Jabreta como marido de•D'f Vioenl.a Fierro, á·D! Dolores Castrejop., á D~J)Jnca,rnacion Diaz y á las temas per~½I&amp;' qu,e
se. crear¡ herederos det fideicomiso de D. Ba,rtolomé Ruiz Mora1Ps1 lara que en él terñúio de un mes, contad() desde la prinie'ra pnblicacwn de( éste: preséntén· ír'deducñt
y comprobar su derecllo; bajo el apercibimiento, sino1lo ved.6.can, de q1Jiidefinitivamenti,l
Por el centrarlo, gracias á, una•legislacion liberal, y al im&gt;pulso dado á to- se ap!i_cará el sobrante q_ue á su favov ha ¡:esul~o ~e los bienes del re.i,~ ra®'ljd¡iicomiso,
dos los elementos de la tiquezá- de la Nacion, se ha visto -que nuest'f o C61t1¡er- únicamente entre los que cumplieren; entendidos 'igu'almeh'te de que·e~ ei filtlmó't'é~o'
1
cío exteri-0r, que en 1851 'era de 2,&amp;14 millones de fránoos, sube hoy 181 que-pot' equidád se concedé.
' '' ,
&gt;, ·
J ' 1: n .i\,,
·•
•
d
d 7 000 mill
Y err cup¡plimiento de i&gt; mandado, pongó el· p¡:esente¡ ' advtrtiendo 111!\¼ el /!1Zg!\do sa
1
prodigiosa suma e' mas e ,
ones.
halla sito en el Palacio de.Ju¡iticia. México, á 14 de Marzo de ·1865.-José 'Raz GÚzman~
En otro órden de ideas se os propondrán ~uevas leyes, que tendrán por E'sériband público. t 1
' · 1
•
•
• I ,
1
'1 - ' 200.J3a..011(•
•J
objeto aumentar las garántías de la libertad individual: la primera-autoriza
•
·
'
.
..
.
, 1
1 j • 1
que los acusados selln pt1estos pw&gt;visionalmente en liberta.él, cbn caucion 6
1·
..
VENTA DE PRENDAS. • _
, ,1, ~· J•¡ -1 11 •.1 ,V .
sin ella, aun en materia crin1inal, y esto disminuirá los rigopes di la' detenEl 26 del presente se hará la venta de las pren,das &lt;lUl',IJ&gt;{Í~as quer~liskp en~ tienda
1
cion preventiva:,la segunda suprim~ la prision en '!Ii'áteria civil y en' matéria ~e la _esquina de la plazuela de Júan C.arbonero1 y ; Juáh eyoni,uqeltc).; 'lóqüire av'iü
e1:&gt;mercial; innovacion qull despues de t6do, no es•más que, la reaparicion de ª los mteresados. 18
•
· ,,
L ,:l-'..IJ/Lili20 J;HfO:&gt;1 :'
u~ principit muy antíguo. - Desde los 'pr~erórsíglos;~ e' Roma estabá.- déciMérico, Marzo de IB65.-J~~é La~sq., '· • • ,¡h
d1do q~e_la fbrtfina y no l~ persona.del deudo!u~sp·o~diese de,las deudns.
, : • '• ' .. , TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
" Contmuemos, pues, maFchando por el catnino trázado: en el exterior viEn los autos de concurso á bienes de D. TriJ!idad Morales, este tribunal, con fecha 6
vamos en paz con t~das las na_ciones y no_ hagamos OÍi' la voz de- la Francia, del corriente, proveyo -un auto que copiado á la letra aice:
-· ,...._:-- - · sino en favor del d · ch v d l · t' ·
1· t ·
• te'
'd
"México, Marzo 6 de 1865.-Por presentado el 'IIP,llé9~ente escrito del síndico admiere O J e a JUS icia; en e m En-ior pi·o 3amos 1as I eas ni.§tr.!ido,.-=-.0onstando por el escrito que el difunt&lt;t sútdiclJ D. Sebastian Balmaceda pre~eligios~ sin ceder. nada _en los del'echos del podéI'l.-civil; yropaguemos li senté en 4 de Marzo de 1860 (fojas 17), que-ijiu autórizadon del1iizgado nídelos acreemstruOC1dn por todas las clases de la sociedad; sim_plifiquernos sin destruirle dores, el mismo síndico, lejos de promoverJ\16 se diera ellll)plimiento á lo dispuesto en el
nuestro admirable ~istema administrativo; demos al Municipio y al Depai:• art. 7'?, cup. 17 de las Ordenanzas ae"Bilbao, p'br si re~1&gt;Mó' f¡úe los bienes quedaran en
tamento una vida mas indep d' t
•te'
• • • ti' , d' ,'d ·
Jl,08.er del ~eud9r1 quien ~egun de los,astosresulta; pa¡;~h9y los fºBse,va; en nh~prvllJlcia
.
en ien e; susci mos 1aimcia va m ivi ua1 Ye1 ªpl ~rticujop1t11~0.,YdeÍ79~ del 9óÍ!igo de c?,merc_101 el l]lihisP;b,:eJecb~r~pr&amp;'éo.~•a1 seespíritu de -asociacion; elevemos, en fin,•iel alma y fortifiquemos el cuePpo de cuestto de' los bienes, ¡papeles y libros dal fallido, &lt;qne se enfreg11ran 1&amp;1 smdieo adfi11rtistraia Nacion. Pero al mismo tiempo que seamos los promotores ~rdientes de d?r·. Confo~~ al citad? ~rt. 7~4 del Código y al 11, cap.17.de la&amp;101'dep~~s ~e;Bilbaó,
las reformas útiles, mantengamos con firme'ta.
bases de Ja Cdnstitúcion. diriJase oficio a la administrac1on de Correos para que sea deteIDda la correspondencia
Opongámonos á las tendencias exa!(eradaá de los que prbvocan cambios con del fallido, á quieh sa declara en este estado desde-e}26 de Junio de 1&amp;&gt;6, á i-eserva'de Jo
~
que des pues reimlte. Oíteae á los acreedores J.is~os en la foja 1~, 1á. quienes en atepcióf:
el so1o fin d e minar lo que hemos fundado. La·utopia es al bien lof que h. á la ausencia de va,:ios d,e ello~, se señala (ll té,rmiu,o de un mes para que pre¡¡enten al sín-1
ilJ.sion· es á la, verdad; y elprogreso no es la reá:lizacion de una te~ría' rtlás 6 dico sus respectivos.comprobl).ntes.
.
·• ·
' , ·
,
n. nos in_geniosa, sino la aplicacion de los resultados de la experieñcia, conRemitase copia á los periódicos, para su publicll'.ciotJ., de este 11uth, espresando que loe
88i;rados por el tiempo y aceptados por la opinion pública." , •
, de concurso iniciados en el juzgado 6? de lo civil en Junio de 1856,' s&amp; paaarod á eate Tri'
huna! con,oficio de 15 del próximo FE1brnro, que fu&amp;-recibido en,17, y {j_UE! por no haber
El ·
u. ·t
bl'
·f¡ h
d F b
l , r.
síndico ni mas persona q~e promoviel'll, que el representante de los ¡wreedor!ls, no pudq
. ID1Smo m.oni eur pu 1ca, con ec a 16 e e rero, e p~rra,o si- proveerse este auto hasta qne despues de haberse oido'á él y al deudór comun', en auto
gmente: . ·
,
.
del 25, se nombró sfudico administ~ador al Lié! D. José' Maria Sanrorium, y judicial al
"El Nuncio ha- tenido el honor de ser reoibiao en audiencia particular por Lic. D. José Mi~uel Enrique, de los c~álee el pi-imero aceptó Jlasta el 3 del comente,
1 , ·~ ,,
el Emp ad
S E él ·
h·
t d fl' 'd
l
bl' 'dad d
segun co~ta á.foJa~ 44 vuelta de los miamos autps, .
,
.
, er or. n. se en°I:ª, s~ a ~os ra ? a 1g1 o por a pu 1c1 . . aLos senores presidente y colegas lo proveyeron y firmaron,-Castillo.-García.-4ba1
da a sus cartas particulares dlr!gtdas a los Obispos de Orleans y de Po1t1ers, , diano.-José María Cardeña, oficial 2? '
•
' ,
· J
y ha asegurado á S. M. que penetrado de los deberes de su carácter diplo- Lt, 4.ue te hace saber á los inter~sados en cnmp!imien~ de lo'inandado.
· . '•
mático nunca tuvo la intencion de faltar al respeto debido á 1as reglas del
Mexrco, Marzo 10 de 1865.-José María Cardeña., 06.c1al 2? encargado dela BOOceta.ria.
1
1
.derech¿ internacional. S. M. ha acogido con benevolencia estas esplicaeio202-:38--,&gt;.l ' ' •
nes."
CITACIOlf JUDICIAr.,
,u.·, Jh 'JP
A LOS Av1ADORES Y AvuDos DE LA M:rnA DE 8.AN FELIPE. ··.11 wp
.. ,
El rep'resentante d~ !ajunta lrtenor directiva de la esp,r&lt;ll!ada mina ha p~d6,,,:'eduz
gado 1? civil ha mandado, que se citen á junta para el dia 20 del presente 'méa!' á iás 'docb
de la mañana, y en el local del mismo Juzgado, situad,o,en el Palac,io dtt Justie~ d!l,~t&amp;
cap~tal, á log aviados y aviadores de la misma mina; cpn apercibin¡\ento, á Joe ~no.con.,curran, de que estarán y pasarán por lo que acueideu los qne concurran, sea el .iiúm~ro
que fuere; adyirtiérídose que uno de los objetos principales'de -que debe tratarse, es él da
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
r..
n=o ai,ío.-'-Y para los efectos consignad6s, los cito pJriel_pre)!ente. · 1 -• n• . • •
REMA.TE DE UNA FINCA.
México, Marzo 15 de 1865.-.Migutl Fernandez· Guei'r11, Escribano. p_úblioó:
·:~ •
1
Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, de que es responsable D. Juan
• 1
•• 1 , , 1!)5--;3ir-3,. ,, "
Tam~ofrel,,como ~cep~nte de.U?ª lib!anza, valor de($ 5,000)' cinco mil pesos, girad~ á
lUZGADO DE PAZ DE JOroTLA.
,
, , , •1. ,;!•¡• ·
su car~o y a füvor de esta admiillStrac1on por D. Francisco Schiañno, la que no fué áa6s-,
.,
.
.
.
fecha a su vencimiento; con reserva de la accion qué esta.oficina tiene ~ontra ,el girador, t 1~orandose ~l paredero de D, 'M~rc~l~ ~nqar, ye?;~~, 1!.Jl.9
q!l esta1~a, tl!P' ~l
á cuyo efecto la letra fué protestada en forma á su debido tiempo, ha embargadQ UDaJja- pre~ente se,le ~1~ ~ara que dent~o a~l termrn? de tre~ta ili~1 cqntados ~~sd~ ~ p11blica dela propiedad d~l prime~o, que no ha pertenec~do á,ninguna porporacion civi~ JI¼ acle- cacion de este ªV:I;~, ~e ¡irel!ente en este Juzgado ¡l~r s1 6-pór a{&gt;óiléradó.,a c~~f)ij.
siástica, situada en la calzad.a de Ja Verónica que va de la i&amp;lesia de s. Coeme á ¡11 iarita, demanda que 8Jl Jwc:o. verbal, sobrti pago de reo~ de ~~enoi, lJl-P..W!JiU~, DM)édro
-del C'11lv_ario, mirando al Orie~t,e, contigua· á Ja conocid~ eón el Hombl'e de Ja~al ¡l'luevo C!1a~a, en re~r~sentac1on de D. Ramon _m1mande~, 11:d~1J111strador de 1~. hac!enda d'e S.
4!1ª fné del finado Inspec~r det cuerpo médico militar D: Pedro Vander L¡pden; Y' dé- N1co\as; ap61c1b1do de lo q_ue haya lugár s1 nulo veriíl~.
_
1r
b1~nd9'proo~derse al remate d~ dicha finca, 88 1:1\unoia al J!Úblico, para que las persón&amp;s que
J OJutla, M~ ?1~e }865,-:El .Jpe~,de, paz1 q&gt;rnelio Castanon•.
J 96-3s-3
qiperan hacer postura, lq verifiquen, acompanandólaa del correspondiente papel de abo"
2
D?; en ~lc?ncepto ~e que las almonedas se celebrarán en.el ~espacho ~e esta administralUZ_GADO ? DE LO CIVIL.
- .... ,. .... c1ón pnnc1p1Ll \os días 20 y 30 del actual y 10 del entrante, siendo la ultima con calidad
Palacio de Justicia.-~~xi(¡Or,,Mwz.o 15 deJ{i65.-~l-$r.,.f_n_ez1 I,.i.o, D. Manuel Pavon,
de remate; debiendo advertirse, que la rePfltiila finca, al adquirirla á virtu_d da una, permu á ha mandado por auto de.14 d~l'e'or'1eiíte, íe ,proceda íw 1i 4n~dl!. fA ~asa y terreno núm.
D._J!11111 Tamborrel ,qn Diciembre del año pasado, (ué estimada en($ ;12, §00) doce mil 4 del callej'on del Córazon;-en-el lmrrio1le Sto. Domingo-en 'facubllya;-retasada porelpeqlllil1entoe pesos.
rito D. Ventura Alcérreca en !11 cantidad. de 319 pesos, y ha señalado para la almoneda
México, Marzo 16 de 1865. ,
.
con calidad de remate el dia 29 del corriente á11111 doce.
El Administrador princip_al, J?na¡io dé Ía Barr;ra.
Y lo pongo ~n conocimient.o d,el públicp, para, que~~ person~ que dese~n hacer 11ostu,.
tu¡a, ocurran a esta SecreWiil, dónde gi daran las i.rl.Btrucc1onlle necesarlas.-Lic. M.
1 1
1
Frias, ·Secretario. '
l
··
197-3s~3 i

,el

'ª

a

i-Aa-

las

ANUNCIOS OFIOIALES.

tá

'

.

.A.NUNCJ:OS.
,
'T
.

l

"

CITACION.

.

.

El Sr. Juez i~de lo civil, Lic. p. M.anuel ;María de la Sierra, ha m~ndad~ por auto de
catorce del corriente se cite ¡ior el periódico oficial a. D. Isidro Marin, á linde qu'e se presente, en el _Juzg~~ºi ~o~ sí ó yor apoderado, dentr~ de quince días contados o.es~e la fe·cha, a eegn1~ el Jwc10_ e)eoutivo. que le ha promovido D. Sixto López; a~ercibido•·que
deno cumplir .se segwra. aquel en sn ausencia y rebeldía, dándose los est1'jl.áos del Juzga.
do por bastantes.
·
'
·
. '
México, Marzo 20 de 1865.-EJ EsQribano público, Ant,;mio Campos de ia 'Vega.
·
19S-3s-l

. ,.

•

TRIBUNAL DE COMERCIO PE

:MEXIco:

.

'

Este Tribunal, en auto de hby, ~a prove\do !o sig'uieu,te:-"M éxicQ, 1\1:arzo 13 de 1865.Pot ,prei!lntado_con elyoder ~ijpecrnl y c~tlla !illAJlle del balance que se acompaña; d~clárase
en estado de qmebra a J?· Vicente Casti!l~, cuya época se éontará desde hoy, salvo lo que
deepues aparezca; procedase al aseguramiento de los bienes, libros y papeles del deudor
y_detencion de ~u C?rr~spondencia, ?ºª. arreglo á_lo•qu~ pievien·e el artículo 794 del có:
dlj!9 de COI11erc10, librandos~ el oficio corresp.endiente a la Administracion de Correo.a;
nombrase Smdico adminisifaaor á D. Pr~o~io ,Ve!asco y judi8ial, al Lic.
JosfM:

,p.,

CITACION JUDICIAL,
f/

:

t

(

)

j•

Enjm1ta celebrada el di1113del !lorrien_te, en la qu.~:se·dec)aró P,Or,el Sr: Jp.ez ~~ ~e¡lo
civil, Lic. D. Evaristo Reyes, á pedimento de los acreeaores. que' se hallaron pi:esentes,
concurso formado á bienes de D. Sauti11go Barther, despnes dehaberse1 prpcediao'al'nombramiento de síndico, salió electo el Lic. D. Agustín Peralta, quien pidió e cite' á tbdos
lo@ a.oreeaores pal'&amp; que en el término de die.z días, oonta~oa ,desde la publicaciQn de este
aviso, pre_s~nten en el Juzga_do los_justifi~~ntes de BlfS ~réwtos; bajo ela~rcibimiento 9-ue
de no verificarlo, no se cons1d~raran como acreedore~ al espresado concurso. Y habiendo determmado de cpiiforn;iidad el referido Sr.'Juez, pongo el presente en,Mético á 15 de
Marzo de l e.65.-Casimiro Fernandez, Esc~báno público.
'.
194-4s-'--4
• lUZGADO 4~ DE,LO CIVIL. , ·, .
;,
, •
.r '
' El Sr. Juez 4~ de lo civil, ~ic. D. Evaristo.Reyes; ~ll auto ~e ayer, ha,~¡md\do ij\l convoque por los periódicos á los que se crean con derecho· á los bienes def intestado, de D.
Marcelino Sl)n~b.ez, _p~ra que en el té:r~ntNe tJ:einta dias:se f res~nitln i ,a'.eql!cit !QIÍ que
lés competan; aperc1b1dos de lo que,,haya. lúgat 81 I.o lo verifican. •,
•·
r
:.Mé.ililo, Febrel'o 7 de 1865.'-M&lt;thU4l1T. de M~es,.Escribano púolico. .97-30,11-29
·

r

r ..

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50594">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50596">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50597">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50598">
              <text>65</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50599">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50600">
              <text>20</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50615">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50595">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 65, Marzo 20</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50601">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50602">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50603">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50604">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50605">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50606">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50607">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50608">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50609">
                <text>1865-03-20</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50610">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50611">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50612">
                <text>2011206</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50613">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50614">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50616">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50617">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50618">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7695">
        <name>Caminos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7887">
        <name>Comerciantes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7890">
        <name>Derrames de aguas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7833">
        <name>Disidentes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7886">
        <name>Felix Campillo</name>
      </tag>
      <tag tagId="7888">
        <name>Liverpool</name>
      </tag>
      <tag tagId="7811">
        <name>Oficiales</name>
      </tag>
      <tag tagId="7889">
        <name>Secreatio de Hacienda</name>
      </tag>
      <tag tagId="4216">
        <name>Tlaxcala</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1922" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1072">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1922/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._66._Marzo._0002011207.ocr.pdf</src>
        <authentication>80e352faea99454633d5f6523293bd03</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74364">
                    <text>-

•

DEL

IMPERIO

·DIARIO
I'

1

MEXIOO: Martes 21 de Marzo-de 1865.

TOMO l.

SUMARIO
Ol)[ENTERIOS.-Pr&amp;nnclones de la Prefectura sobre lo que han de costar los entierros en los cementerios de la capital
SOLIOI'l'UDES.-Denunclo de un ojo de betun mineral en jurlsdlccion de Tempoat-Otro de un manto de
earbon de piedra y un criadero de petróleo en jurisdiccion de Hueluatlan.--Oiro de earbon de piedra en las
Inmediaciones de Cullacan.--Oiro de lo mismo en la misma jurlsdlcclon.-&amp;Ucitud de privilegio para un
motor de viento.
DOOUMENTO.-&amp;cledad de Geografia y Estadística. Acta del 28 de Febrero de 1866.
LA MIJ!ION DEL GEN ERAL MARQUEZ.-Artículo sobre est.o.-COmunlcac!on del Cónsul mexicano en
la Habana.

Y habiéndose admitido él registro con fecha 16, en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á, las Ordenanzas, se avisa al público para que si ~lguna persona se encuentra con derecho á, oponerse, lo
deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firiado) MANUEL ORozoo.

CEMENTERIOS.

México, Marzo 17 de 1865.

PBD'D7l'UBA l'()LITICA DEL DEPJ.RTAKDTO DEL VALLE DE DXICO,
__

1

Para cumplir con lo dispuesto en circular de 12 dél presente, sobre panteones, y teniendo á la vista las prevenciones publicadas por
el ex-gobierno del Distrito en 10 de Febrero de 1861 el Sr. Prefoc•
.
•
•
? •
to polit1co ha temdo á brnn disponer se observen las s1gu1entes:
1~ El cobro de sepultura, segun el lugar y cl8.6e de sepulcro, se
arreglará á la siguiente tarifa:
Pant.eon de Santa Paula.

Entierro en ni cho •••••••••••••.•••••• $ ló
9
Id.
en portal .••••••••••••.•••.••
2
Id. en pavimento •.••.•.•• .'. ~ ••••
1
Id. en camposanto............... .

00
00
óO
00

Pant.eon de loa Angelee.

Panteon de San Femando.

Entierro en nicho .•••• ••••••••.••.••• $ 40 00
Id.
en galena 6 portal. ••••••.••.•
16 00
Id. ·en pavimento....... -: •• : ••.•••
8 00

D. José Giron ha hecho formal registro de un msinto de carbon de piedra
'( ~n ~ri~dero de petróleo, situados en la barranca nombrada de Te¡ietatitlan,
JUr1sd1cc~~n de Huel~a~lan, en e! Departamen_to de Puebla.
Y habiend?se ª~)t~do el registro con la mis°!ª fecha en cuanto ha !ugar
e~ d~recho, sm per;mcw de tercero Y conforme a las Ordenanzas, se aV1sa al
publico para que s1 alguna persona se encuentra con derecho á, oponerse
lo deduzca ante este Ministerio.
'
El S b
ta . d F
to
u secre rio e ome(Fn. ' ad ) M
ITID O
ANUEL 0 ROZ0O.
México, Marzo 18 de 1865.

Entierro en nicho .•• ., ••.••••••••..••• $ 18 00
8 00
Id. ~µ pavimento . • ••••••••••••••

•

D. Ildefonso L6pez ha hecho formal denuncio de un manto de carbon de
piedra, á inmediaciones de Culiacan, Departamento de Sinaloa, y al Sur del
que ha sido hecho por el Sr. General D. Emilio Langberg.
Y habiéndose admitido el denuncio con fecha 17, en cuanto ha lugar en de·
recho, sin perjuicio de tercero y conforme á, las Ordenanzas, se avisa al público, para que si alguna pe.rsona se encuentra con derecho á, oponerse, lo deduzca ante este .Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozoo.

Panteon de San Pablo.

Entierro en nicho .•.•••.......••••••• $ 16 00
Id.
en bóveda •••••••.·.•...•...••
10 00
1
Id.· en pavimento .•••.•...•.•.•••
8 00
Id. en camposant?, .••. : ••.•••••.
1 00
..

.Pant.eon de San Diego.

Entierro en nicho ••••••.•...••••••••• $ 40
Id.
en pavimento ••••••••••••..••
20

00
00

Panteon del Campo Florido.

Entierro en nicho .................... $ 16 00
Id. en pavimento. • • • • • • • • • . • • • • •
8 00
Id.
en camposanto .••••• - , • .. • • • • .
1 00
Las cuotas.espresadas se entenderán para los entierros de adultos,
y l¡¡.s de párvulos se pagarán rebajando de ellas la tercera parte.
2~ Los entierros en la fosa común, llamada generalmente zanjon,
se harán siempre gratis, ya vaya el cadáver en cajon 6 descubierto.
Estos entierros solo se verificarán en el panteon de Santa Paula.
3~ Mientras se dan las disposiciones definitivas sobre el particular, las boletas de entierro para todos los campos mortuorios de la
~unicipalidad, se espedirán por la secretaría de esta Prefectura, previo el pago de los derechos correspondientes, esceptuándose el pante?n de Santa Paula, cuyos derechos seguirá percibiendo el Ayuntamiento de esta capital.
México, Marzo 20 dé 186ó.
El Secretario general de la Prefectura,

(Firmado)

NUII. 66.

ALEJANDRO VILLASENOR,

S OL ICI T U 1) E S.

---.....;...;.;...._;____:_______________..:...:._ _ __:_

MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION 1~
Mé,ico, Marzo 17 de 1865.

D. ~ispin Nava, por sí y sus socios, ha hecho formal registro ·de un ojo
6 vertiente de betun mineral sit~o en el lugar de Cantarranas terrenos de
Tempoal i j~ri~di':°ion del mismo pueblo; y de otro en la loma del Gallo de
la m1Sma JUrisd1co1on,
•
'

México, Marzo 18 de 1865.

D. Cárlos Carrera ha hecho formal denuncio de un manto de carbon de
piedra, á inmediaciones de Culiacan, Departamento de Sinaloa, y al Norte
del que ha sido hecho por el Sr. General D. Emilio Langberg.
Y habiéndose admitido el denuncio con fecha 17, en cuanto ha lugar en
derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á, oponerse,
lo deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozoo.
SECCION 2ª
Mé1ico, Marzo 18 de 1865.
80LIOITUD DB

D. GBNARO VERGA.RA, PIDIENDO PRIVILEGIO •ESOLUSIVO

PARA. INTRO·

DUOIB EL MOTOR DE VIENTO DB QUE HA.OE MENOION,

"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos se•
senta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Ante V. E. con el debido
respeto espongo:-Que habiéndome solicitado algunas personitspara que les
construya motores de viento de los que se han inventado últimamente en
los Estados-Unidos, y no queriendo yo perder los estudios que del referido
motor he hecho, así como los costosos viajes que me importa su conocimien·
to; conforme á las leyes que conceden privilegio á los introductores de mejoras, espero ·de V. E. se me concederít-Este motor, de cuya construccion
acompaño modelo, es de grande utilidad para toda clase de agricultura, aplicándolo á bombas ú otro aparato de subir agua, tanto porque es muy eco·
nómico, pues basta el poner una máquina para que sin intervencion de hombre ni costo alguno posterior, trabaje de dia y de noche, como porque en un
terreno dado, se pueden colocar cuantas máquinas quepan, sin que por eso
quede alguna sin parte en la accion del aire. Este motor tambien es aplicable con ventaja, á molinos de harina, café, colores, etc.-Las pe.rsonas que
no tienen para cubrir el elevado precio de un pozo artesiano, pueden con
muy poco obtener un aparato' de estos, y hacer fértiles sus tierras áridas.Ruego á V. E. se me conceda el referido privilegio, en lo que recibiré gracia y justicia -México, Marzo 15 de 1865.-Genaro Vergara."
Lo que se publica en los periódicos conforme al art. 14 de la ley de 3 de
Noviembre de 1858.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozoo.

�DIARIO DEL. IMPERIO.

.DIA'RiO ~-DEfu IMPERIO~

1
eI ai-tiou1o de MM. Pelouze y Cahoms, en el que se trata de los petróleos de
Amérlá.
-Aünque el que suscribe recibió igualmente "&amp;l:f-tbmo que lleva por título
L
"La
gr.anlleza Italiafi)t," no se ha ocupado de él, por juzgar que debe encarSOCIEDAD MEXICANA
gars~ Ja revísion ~ algun otro de los señores Socios: cree que el Sr. Secretario perp~uo de~meeñaria debidamente este encargo.
DE C~OCRAFIA Y ESTADISTICA.
Eu el caso anteri'ór se encuentran los dos cuadernos titulados "flevista
t Ac~A NUMER~ 81,
del Mundo colonial;' én cuyós impresos aparecen artículos sobre México,
1
l
México, Febrero 23 de 1865.
escritos por el Sr.,Gagern: dichos cua&lt;lernos deben pasar á una Comision esI
Apro'baaaia acta anterior se-dio cuén1a: pecial.
·
•¡ d J
En atencion ~10 espuesto, concluye la Comision proponiendo.
1? De un oficio del Presidente de la Junta auxl iar e alap~, re::Pritnyr.o:,.~e-se dicten las disposiciones convenientes para que la Sociemitiendo doce ejemplares de un informe sobre el cultivo Y p.rodu-c.. dad-c6ntimí:e 1·ecibiendo con la regularidad conveniente el periódico titucion del algodon en aquel Distrito.-Que se acuse el recibo dándo- 19.1:it&gt; "El Monitor Belga."
le las gracias.-Que se pase un ejemplar á la Comision especial de
Segundo. Que se encargue á uno de los señores Socios la revision del toªK!·icultura y otro á la de redaccion_ del Boletín para lQs fines con- mo que lleva por título "La grandeza. Italiana;' y á otro los dos cuadernos
siguientes.
~
•
d? la," Revi~ta del ~lfndo colonia\." .
•
2~: t&gt;eJa.P.refectura de Querétaro, s~ e Í estravío.áe l'J.tlipéqu\i ~ Mexi.c&lt;]t lEl~retd ~Jie l865.-L. Rio de la Loza.
• \J • •u
ño~_caj.a.n..con muestras da cai:h~n ~n_e1:3.l,-que,,._ remití~ á la .Socia-- . Tomad? en ~onsideracion y d~c!ara:do de olrvía resolucion se pudad.-Que se le c~nteste habe1__se 1ec1b1d~ Y.ª .?:c~o caJon11y q_ue l~s sieron á d1scus10n las dos propgs,1_.c1ones, con que termina, y ambas
~liestras.que confaen~ se, pase_111_ a,~ S~.•socio R1_&lt;&gt; la Lozaieh com1- fueron, 11,proba~a~, nombrándose p&amp;ra f~ revision del tomo .en.it&amp;liano
ª1?1l es1pe~1al •par~ que las _ex~mme1·y -di:'! t~1 _op1n.1?n. .
. , al S1·. Secreta,r10 perpetuo, y para la de los cuadernos de .fa ~.i~ta:
' !30 Dél -St. soc10 corresponsal en J afapa;, D. A'.rl~nib M. Rébolle- al Sr., Castro D. Rafael.
·
, ·,
, · ., ,
do, acusando recibo de su _diploma.-Al aré:llN5:'';· . .
'
7º Se procedi6.á_la V(!faéion para socio corre~porisal en les;·Est,r'
4: De una carta del Sr. A.. ~alte-Brún; s.e~retano gen~r~I de la do.s-Unid~f de D. Luis de.Arroyó; y füé aprobado. Se ac@rl611m_ni
Soc1~dad •de ~ografia d'e fans,c fecha 9 de Diciembre, rem1t1endo la tirle un ejemplar de la coleccion del Boletín.
'
resena que hab!a presentado en.la_segunda asamblea ge?eral de el_la ·-8? Se-p-roc-edió-á-·htvota-cion para s-o-cros- coTrespimS!le-s efi QUe-sobr~ su_s }1a~ªJP.~.Y Jo~ pro.,gresos de aquella Corporae1on. Al tms- r~taro de los Sres. D. Desiéle:Hóifü;S~aniego, Lic. D. Manuel MenD'f.PL~~e19p9,,y~po!P).,enaa.,~1..Sr. _¿\bate Erµ~.a.f\uel Do~eneeh, ·quepa- d10la Y;-~ .J). J o~é Si~ob1 y f~ron aprobados, d:ispcznién:doJm' :que
s@!I':~1~~1\c.0; para. &lt;tQtJ,tmuar 13u~ traba;1os- ~thnog¡;áfi.cos isobre la al rem1t1r sus nombramientos al g¡., P-refecto político, se le recomienAm~nca.-Que :..sft;: 1(1 den_ la~ gracias, _reg1s.t~~nd.o_s.~ el cu.ad.eruo·íqu.e de_, que: con. ellos y el Sr.- Lic. D. Víctor Covarnrbias proceda.~ i'ds~\lJ1eQ~ la. r~s.ena en el JLb1·0, respectivo, el que se pilSará á la Cdm1- talar .la.Juilta auxiliar, quiem deberárpresidirla cowo·'S~io hoootatia'
sion/e..rev~s1on de o~ras. . .
·
. 1 • ·. .'
•• .
qu~ ies de esta Soci~dad. . ,
,
,,, , ,. ·1• •
, ó, , E1l"conse~uenc1a: se h1e1etott las siguientes postulac10ni:'s, que
9? La Secretar[&amp; dió.cuenta con el eaiálogb qlia por , füs~i3i.eioo,
quedaron de primera lectura. .
·
·
,
tle la Soo~dad se: insert~· á conbinuaoion, registrándoslJJl&amp;Sobr'&amp; q.ue
Concurriendo en el Sr. D. V. X.:Malte:.Brun las clialidades· que !'reviene ~I contiene en el libro respectivo.
,,.
'
el reglamento, lo pbst~larrlos para! miembro correspQns&amp;l de esta S,1ciedad. h
México, Febrero ~3 de 1865,-.T. U,r-haM Fonseca.-J. M. Arroyo.-Fran- vATALOGO DE LAS OBRAS, CUAD'E'RNO'SY-MÁJIAS Q1rE EL INSTITUTO S.Mfl\HSONU.,
cisco Pimentel.
\ .T·
No DE W A'é!rnGTOWREMITIÓ' co.r,i:o 11'N" osfíi.tiiitd 1 E'sú'1So~ftitto.

LA. IIISION DEL GENERAL IURQUEZi t• ·
, • r¡''
Transacciones- áe J..!18 ' omé9UU1·í:eolaa del Estado
de Massaohusetts.-1 S!}Z.... . • • • . • ... ... .. • ... .
1 Existe en la Habana un periódico intitulad9 ":C~
~t bt~i'
Colecciones de nÍiscelánea del Instituto Smithsoniano
Idem.
par~ce que ha tomado empeño en zaherir al Iin.periJ·~~Jican.q ~P •
de Washington.-1862 . ... • •,, •. •.......... . .. 4
demgrnr todo lo que ái él se refiere. En uno de sus mím,eros de Ji.pelJ•
Franees. Ojeada.•so-bre la hidrología-de México; y principalmende Febrero, al hablar de la mision confiada por S. M.-,a1 Generat
·"
t'e de su parte O'riental, por Em·ique de Sansure.Márquez, se expresó en términos tan descomedidps¡ que el ICónsül'
1862....... ,·.•· · · · · · · · · · · · · •' • · · · · · · · · · · · · · · ·
mexicano en la Habana creyó de su deber dirigir al S'ééret~riotd'e'
Sobre la ma-rcha an'ual del termómetro J baróm~tro en
ldem.
Nierlandia y en di~er~os lugares de ÉurbEa, de~ucila capitanía general, la comunicacion que, verán nuésh=ds' lectótea-Jf
da de. obsocvaciones snnultane:is, hechas·1m 49 a 59
pié de estas líneas.
i ·• · ,ip !9b •1
. pon Buys Bnyot. Amsterdan; 1861.. ,, .. , . .r.,.. . . l
La respuesta dll,da al Cónsul por órden dyl ~eñoF Cap~ta¡ri'1G1bj{e:
Sobl'e- las lig-as de éo'tlre y únc¡'POr' StQlft.-1860. . . . l cuad~
"ldém.
ral
~e Cuba, que tambien insertamos á contin~~cio~,: e~ Jq. '.qlUhl}?"'
R.elacion anual dirigida al Minrsterio·de H:rcienda por
Idem.
po&lt;l1a menos de esperarse del alto funcionario JJU~ r,epr~enta1.:tan •
el Dil"ootor del Observátori&lt;J físico central de San
Petersburgo.,..._¡}852 á 55 ..... , . . . . . . . . . . . . . . . . 7 id. djgnamente en aquella isla á una nacion ,ámiga de Mé~ioo-. No.podía¡"
en ~onseeuencia, ser mas s_a~isfactoria; y nádá ,mas t.enHFiamos qú(
Cuarto cuaderno de datos meteorológiaos, pnlüícados
Idem.
par autoridad de una. Sooiedad comercial en Lóndec1r, despues de. dar pubhc1dad á los documentos oitadbs,· si est~ in!"'
dres.-1860.... , . . .-... .--,.,- . .. ....... . . . . .. . . 1 id. cídedt.e no nos diera ócasion p'ara respoúdér~eti br~és ~a1abrafs ~Tas .
1
Documentos sobr'e i-nscripcioIYma ítima, policía de naldem.
m&amp;li~n'as vétsio~es y 'á los co~~ntarios d~ mala ley ~~; há ;ng1
V~Mion, pesea y ~nsiones del ejército de ·mar, por
espintu de partido sobre la m1s1on de que hablamos. . · 1 • •
el Mihisterio de Marina. Pari's, 1862 ..... . •. .1 ••••, l • id. "
'I
Para desmentir esos comentarios y versiones de que se ha hecho
' ~femorids de la Acádemia imperial de ciencitts, ahés
ldem,
e?o
"La Prensa de la Habana," no tenemos nece~ida,d,d~'l'eptQduy literatura, de Dijon ......... . ............. .. ·24 tdm.
CJrlos:
~asta recordar que se reducen á infundir la falsa idea de que
Boletín -d&amp; la Academia.. Real de ciencia's, literatura y .
Idem.
pellas artes de Bélgiea.-1860 y 61....... .·.... _. · 4 id. el General Márquez es una de las victimas de la politica teneqresa
Memotiás ¡fremiadas y algunas otras publicadat por 1a 1•
q':e procu_ra alejar del país á l~s hombres. de ciertas ideas~ q~~ pQ,..
Idem.
Academia .Real de Bélgica.~186-1 y·62 .... ·. ·.·.... 2 id. dr1an servu de estorbo en las c1rcunstancrns presentes. ·
. ,., 1
Memorias de la Aoádémia, de .Stanislas.-1859 . . , . . . 2 ui
Idem.
Nada mas contrario á la verdad que-esas gratuitas·suposicioo~s,y·
PFooedimlenttos dé~ lhstitrtw•k1•1trreot&amp;gico_ aei lá Gra'tl
I~és.
Bretaña é Irlanda.-1846.. : ..1. ......... : . .. _.. 1 id. nada mas patente que la mala fe de los qúe las propagan. .]ll,gene-"
ral Márquez ha sido 'honrado, y estamos autorizados parn deelararlo
Memoria ilustrada de hÍSto'tía Y' antig,iedades del conasí,
con una mision •digna de su mérito, de su pclsiéion y de slls'set..:
dado y ciudad de York.-1848 . ........ , . . ... i . 2 id.
vicios.
El Emperadbr de México, que se honra eón el gldrioso tíhl :.
Relaeion de la reunion vigésima y vigés.imasegulidá
Idem.
de la as-ooiacion británica pata- el ádelatito de las
bre de Príncipe católico, ha resuelto establec~r pa~·/l ,SU país ¡os deciencias.-1852 y 53.............. . . .. . ..... . . 2 id. rechos qu_e Je_ cQrresponden en los Santos Lugares. E{asta aqui lip.bj~
Relacion de la primera, segunda, te1·cerá, cuarta y quinldem.
España eJerc1do est,os derechos, enviando de México los cuantiosos
ta ~eunion de la asociacion bnitáhiéa-para el adelanto
fondos con que se sostenía el culto en Jerusalen. Ha llegado la épode las elencias .. ............... . , ...... .·.:. : . .4 id.
ca en que México independiente _euede reclamarlos y establecerlos;
El Diario americltnó de clenclás médicas, 1edabtado
Id'e'tti.
y
para llevar á cabo esta obra de independencia y de catolicismo, ha
' por Isaac Hays. Fifadelña.. .......... . ........ ,. 10 id.
enviado
S. M. á Constantinopla al general Márquez, encargado de
Diario americano d&amp;sanidad, por los.oficiales del cuergesti~nar
este importante negocio cerca del Emperador de Tur,quia,
po médico- de la cas11, de locos del mado de N. Yo.rk.
1863.. .... ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 id. y de rnstalar un Consulado mexicano en Jerusalén. Ademas' de ·esEl Diario medico mensual.-1854 ..... _.......... 1 cuad~ to, ~l Emperado1:, respondiendo á la piado~a iniciativa de la Empe- ldem.
Revistfa tfimEl~tre de la médicina&gt; y cil'11jía1 práctica briI~.
ratr1z, ha_determrn~do comprar la casa de la Virgen en Jerusalen,
•-tár¡i'&amp;' y ~~tll.il.Jéra, 11 duatlérnos desde' 1853 á 61. 11 Id. con .el O~Jeto de edific_11r a!li J ~? :cesta u~s~ntqfl'¡i~..que pertenezca
Númerqs &amp;3 y 68 de las Me.morías de la Univ.ersidad
Idem.
á la nac10n; y ha dad'o esta com1s1on al general Márquez, que ha ido
de los regentes del Estado de Nueva-York á la Le-,
gislatura de aquel estado en 50 y 55.·........... 4' tóm. á d~sempeñarla, provisto de fondos y de ricos presentes para ello,
cleb1enqo ser ayudado por cinco religiosos franciscanos, que le a,pQJn•
FráDeé&amp;: Re\lista dél Oriente, relativa á la Argelia, y las colopañan en su viaje á la ciudad sant~.
nias, y las' actas tlll la Sociedad de Francia desde
1847 á 56....... . . !- ••• • ••• ••••••••••• - • • • • • • 6 id.
E~te.es el hecho en suma; y este hecho es altamente cristiano y
Caté.logo, de los producto¡¡ de las (Jolonios francesas,
patnót1eo, puesto que se ~~·ata de que tos- mexicanos tengan en los
ea-vlados á la esposicion deiLóndres en 1862. . .... J cuad? Santos Lugares un Santu ano_q_ue les pertenezca; pensamiento digno
Viaje de la esploracion erl la Guayana fl'itrtcesa, 1861,
Id~mi
por el teniente N. Vidal. ........ . ... , . . . . . . . . . 1 cuad? de un·monarca que sabe asoe1ar el respeto á la.s tradibioóe¡neligió-.
sas con:los progresos. sociales de su época, y que aspira á. edaltecei¡
De 1o~ peces grandes que se encuentran en los mares
Idem.
polares por el teniente J. Layole..... .... . . . . . . . 1 id. con las ~obles ideas de Religion, de Libertad y de Patria,. el espiJ:Ítu amortiguado del pueblo que le ha confiado su,s dei;ti~os,.
,
Inglés.
Sobre lit telegrafia meteorol6gica en Inglaterra. . . . . . 1 id.
Fl'ánces. • · Viaje á Madagascar en 1862, por el Baron Bross!trd
Por lo &lt;lemas, apenas merecen contestacion las ridículas especies
de Cdtbigny..... . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . .. . l id .
que han vertido algunos sobre el contraste que pretenden encontrar
Idem,
Révisti geográfica de 1861, estractada de Ía Revista
entre el carácter del enviado y la rnision que lleva. Ella debía conmarítima y colonial de Francia ...... .'. . .... , . . . I id.
fiarse, como lo co~pr_end~rá todo el mundo, á un personaje de alta
Segunda }4:~mo1:ia de un reconocimiento geológico en
categorfa,
qu~ se d1stmgu!era ademas_ por ,la pureza y la constancia
la parte del Sur y central de Arkansas hecho en
de
sus
sentñ.m1entos
catóhcos; y reuméndose estas circunstancias éIÍ
1859-á 60 ............... . . .... .... .'......... 1 tom.
el
general
Márquez,
nadie mas á propósito que él para un encargo 1
Catálogo
de
la
6ª
exhibicion
anual
del
Instituto
de
MaIdem.
de esta naturaleza. Debemos añadir que al encomendársele S. M. el
rylandia, para, · promover el adelanto de las artes
mecánicas, 1853'............ . . . . . . . . . . . . . . . . . l id.
Emperador, no solo quiso honrarle con una prueba de confianza siNúmero 3 del primer volúfnen de los trabajos de 1a.
Idehl..
no tambien proporcionarle los medíos de consultar á los facultativos'
Academia, de ciencias de San Luis en los Estadosmas·afamados de Europa para la curacion completa de la herid~ qu~r
Unidos .. .. ......... .. ... .. ........ .. .... , . . 1 cuad. recibió en l\forelia.
Frances. Di6cionario geográfico de ta provincia belcra de Lux:embourg....................... -... ~. . . . . . . . l t-0mo . No necesitamos decir mas1 sobre un hecho tan sencillo, que mal
mterpretado adrede_por fos enem_igos' de1'Iii1perlo, mientras que esPortugues. Anales de las ciencias y literatura, publicados bajo los
tán gozando á su sombra de todas las garantías, ha sido adulterado
auspicios de la Academia reat de ciencias de Portugal en 1857 y 58.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Si cuad. y desnaturalizado por algunos órganos de la prensa extranjera co-lnglée.
Reseña astronómica en 1SS9 y 60, del Observatorfo mo lo ha sido por el periódico ya citado de la Habana. Se comprenReal de·C!heenwicli............... ... . . . . .. . . . . 2 id.
de que la política del Emperador encuentre opositores dentro y fueldem.
Exaéta aproximacion de ascension y distancia al polo
ra_ de aqu~, P?rque no todos juzgan las cuestiones mexicaJJas por un
d;l Norte, ó 720 estrellas tomadas por las observa~1smo criterio: lo que no~ puede comprender, ni mucho mebos L
ciones hechltl! en el Observatorio de Greenwich... . 1 cuad.
d1sculpar, es que se achaquen tniras rastrera¡¡ á esa; política, C1.1iindo'
Frances. Desc:ipcion d? 'Un nuevo género de fósil, conteniendo
ella es tan franca, tan noble y tan elevada, como conviene ~ la gran- ,
vanas espe01es parecidas al Glyptodon, por L. Node obra de regeneracion que ha emprehdido el' Soberano de Mélico.
do}.,·, .. ,.. . . ... ............ .. ............. 1 id.
Hé aqui ahora las comunicaciones de c:tl)e hablamos a:l prinéipioc '
Resefi.a anual del Teniente Coronel J. D. Graham sol
bre la mejora de los puertos de los lagos de los Es- ,
CONSUL!DO GENERAL DEL lnERIO MEXICANO EN LA' R!l!ANA.
tados-Umdos, 1858 y 60. Duplicado............ 4 tom.
Portuglles. Cuad_r? elemental de las relaciones políticas y diploNúmero 26.
Haban11.y M11rzo,3 de '1865. · , '. '.,
mat1cas de Portugal con las demas naciones. Tomo
1
Cdn motivo el suelto' iue ;publicó la "Prensa1 de, la Jfab~na;" { ~ue-!
Frances. ~:a~o i~
1~
iS62
~~inpa'fio á v. E.·ad;ju~to, diyig1 a_l señor secretario d~t gohi~~I;lO ;sull¿hg~\,~
civil,
la nota que copio a contmuac10n:
...
.,., ,
( Concl11ir6..)
1 "Fe~R 24 de 1865.7.Muy señoi; mio y deJµii respeto: Con penosa sor-

266

DOCUMENTO.
......

Inglés

•

.1

,

M9,'e.f'.

1

l

El &amp;r! .i\.bate, E~¡:¡.uel, DbmeJ1e'chl Misionem Apbs:t-óJic0,cCarió.nigu1de IDIOMAS.
•
•• •
•
, .,
J I TOMOS.
lt{qr¡tp.~e~ y,iµjero,bro .de,la Aeadenúa.P.on_ti:fihla,_ se .halla actuaJ.mente 'eri Ínglés.
Jnfo~me a~~al que ~a el .superintendente, ae.1¡ leva~!&amp;
México, para seguir su!l. tr!\bajos E1tho.nográphi.oos.- sobt·e l¡i" Améri.ta, cuy;a ,
1mento de planos d.e la cps_ta en los Estados-Unidos
comjsi9n ej1:11,1~íJ)oa,¡¡e le ha enoargaqo p0r eli.gobiéimá frane.es. DidLO séñor
al Senado: compreñde-desde 1854 á 1860.......•. . 7
Ab,a.te }m p~pl~dQ y9¡ v;ru¡ias o.brasrel,J.tivas ~ su•.oomision:y' á sus vi¡ljés: Frances. 1Geolbgía de Bermont?-1861:.. : . . ·.. . . .'.. .''. ..._.J°J 2
1
ci:eerol)s ,que será t;nuy íitil y conveniente el que diqha s.eñrir pi¡rtfmezqa, s, Ídem.
An:áles del ObsePvaterie·f:rsioo·&lt;léhíráldeRu~ia.-llfflU'; 2
esta Sociedad, con cuyo objeto lo postulamos para.,shcio hollOl!ll.l'io ,te. elia~ ·,Jdem.
Anales del Observatoxio real de &amp;uaelas.-1861.... 1
México, Febrero 23 de 1865.-J.
Tfrb(tn()c Fon~e~a,.-Ji:r.
'&lt;lncisco P:mentel. nglés. { ~ Ob~erv~cig!}~s. ~e~~r9lóa!~asJe)a o.f\é!J}~ dp.n~fffi .'.l..
;I
'J \.
., " 1
::.1
1
.:J l I
•
r:,
hs ;::,
d 't\,'aah
·r
-J. L Duran.-J. miguel Arróy_q.
lo I,O¡le
n~t~:u~ o~i! _~~Í~l;l.% e¡rv :er.J~ni:ne l~M
859
Se ley•(;¿ th1lctá~en q\ie' si'gu;;_
_
1
r , ~ l · · · · · · · · · · • • · • • • • • :t\ •1.1. •, .. ., ••••••••••• , l
_
ldem.
EsploraciOll!fs p:n-11 lfrf a&amp;'tñino·ae'nerr~ 'deHió MissJSLa Comision revisora de v b,~s periódicas ha leido todas las que última- ,
sipí al Océano E®íi@J- =-1860. ... . . . . . . . . . . . . . . 2
mente le p!is'ó lft Sdctéü'ád, ); s~bre las cual~ espondrá su parecer ~OQ. el la- Idem. , ,C Es~afüstic!,l, _m~diCll del ejfrcitQ de lo$-EsmdQsa-lJnidós¡1 ~
conismd q,ilé'Úebe hacél'lo, ya pol! ser cóno~a!i~otlnion~hfo rela~i".O á·Íós
¡
de¡l855 á_5_9: .. ~ ... . ·:.:: .. ·.•.• ....', ! .¡, •••. ,. 2
puntos g'en~•¡j}es, ref'erenté!f á lá- natltralez&amp; de esas pub1icacionés1,"ya por ' no ldem.
Noticias físicas é hidráulicas del,r.j9 MiS&amp;issiIJÍ.r-1861. 1
demorar este d;iotáhien, 'Y' ya, en ful, por falta.r'él tieiíi~tJ neeesilrio•,para 1érl- J Portugués Hi~toria y iñeiñór1as- ae fa- Aca~em,¼ dé. 'C\~,Ícias. 4~
ti&lt;ar en p0m\en@res dti que- podrá. bcuparlle ver1&gt;a4ménte en el casd dá qile se
f..isboa, afi.b'!l -a-e·IS35, '37, ~; 48, 50, 'Ai.', 54, 55,'~6
cMYere1 ihdisp&amp;1,l!able. ' ,
. ' · 1· • '.
•
·
• ,
y 57 ...... ... ..... r ·" . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
.La eblllÍSlOrr•cuidará. póco de seguir uwótden broµo\ógicd, el de IhateHá~ ldem.
,His.tbria de.lDs monumentos poi:.tugu~s.Í-1866 y, 58 ' .8
ú otro; en su narracion adoptará mas bieu el de l'as públifacibnes· de que se · Idem.
1 lnscrjpciont¡s romana.a .eu .Po:cwgal, por Levi María
ha ido ocupando; y comenzará. p9r .el M9nitGr,3clga qu~,ultimamente reciJordan.-1859 ... __ .. . .. ... . ... •. . . . . . . . . . . . . 1
bió la Socie1~d, )
. •a • • • • • •
•
ldem.
1 Leiend:.¡.s de la 1ndili,"'por · Gaspar Con:ea, pub)ica~
Este es uno de lo'S per1ód1cos mas ut!les a esta, por contener vanos datos 1
. p_b\- fa Aéadeiñia ae·ciéñciás"déJ.,isboa.-1~58 f5'9. ~
estadísticos referentes á ese país. Bs-ttrra-publicacion oficial, y en el número Inglés. 1 Observaciones-magnéticas trtE!tedró1óglks-;heclras en'l#
correspondiente al 30 de Diciembr!} d,lll año que acaba de pasar, se encuencblonias- británicas pOT·órdeh del Mmirab'ta.zgo ·1h~
tran variq;1,decretos, tant-0 r~la~bos á los presupuestos del presente, como á
L glés, q~59-e 11 á 50 . . ...• . .. .... , ...... ·. ,. 1 • • • • 1, , j3
la admision de donativos de beneficencia, ¡&gt;agos de créditos, organizacion mi- lder~:
Keduc~\On¡d,e las observaciones de !os plan~ta.E!Ien-el , , ·, 1v
litar, disposicioires referen~es á fas cd1Jlisiohes de Esta'dístíca, central y proObservatpri9 de Greenwj.ch, de gmo á 1830 •. ~ . . . 11 ··,. •
vinciales, á la Academia Réal de B'élgica, Escuela de Horticultura, munici- Idlfü'i.
Reducéioh d~ las 'observ·acfoii.es liín'ares-' hechas en él , ·7 8
1
palidadés, vías de comunicaoidn por mar-y tierr~ correos, instrucción públí- .
! fl. • ObsiiHl.átbricl dé Gl:etihmcll,-di.i'r-óO a 1836'.: ... ·.. ~ 'l!'lt ~
ca,'trlbunliles y•oti•os muchos datos-tJ_ue clan ,una idea bastante •de-la marcha haneesi lMemofiá~'d~ la AcWd~mia re.A'11de•cienéja~, l~teratrf1•:tr ~~
11
admini~rati.va del Gopierno.
,
•.
·1
• bellas aptes, dé Bélgicá;, añO's ae•l858 á '61 .'._..... ·. -tf. .c..•
.La .seccion no 'oficl.ál no, es menos importante, ya poi11ue l!o obstante el luiléái · i 11Efeméridl!'S y a.lmanaque·náutioo arn'ei\ioanti,,de 1'855 , .f ,wf
rul&gt;lio, comprende documentos oncia)es, cómo;la. relaéi&lt;J.n del 11mistro sobre 1-') f
,· á.-;186,!4 ... ,..... . ... ,.... :,. H ¡: ... . -~,;. . .. . . . '· ¡ ·;¡ ~ . ; ulf..
A-sari1bleasnacionales, etc., y ya tambien por la reseña en'que-sé encuentran i4e.JP,t1
~oyic.iai, agrí.l}ola de Ohio (EstAflos-lfoidós),-l,$óli, 1 J • 01v
1 1·•
las notieias.dél estierior; que tanW ínt~res'an•aotualmen'té. ·
, t 1 ';,..l5t (\9 y 61,.¡, .;..., .. ..... .. .'.....,, , . ,.. ,, .\ ,., 14. , 51, 'ld'.:rt
En atehoion, á.. lo espuesto, juzga la Comishm que 'd~be hacerse· lo éorrve- Idem. · LteTacion a.el Instftutb Smithsoniano dé 'o/½h'i~gt(ll), ~e 1i ,; iru
niénte .para que la Sociedad cohtimí.e recibiendo, el MonitOl' Belga con la :re1855, 56, 57, 58 y 60 ......... t·: , . e ._.. {. . •• . 6
gttl&amp;Didad debida.
'
, 1 1: , , ·,
¡
ldem.
1'ransaeciones de la Sociedad agrícola él.el E~tad8 'dél
'
En cuanto al num. 9 del Boletín de-)a 8t&gt;oíe'dittl 11ImperlM tle Aclimáta- ,
Visconsin.-1851 •)"1852. : .. .. ,'l, •••••\ • . ' . . . . . . . 2
cion, ·no· h&amp;lla el que •suscribe, art.ículo·algii.nO'.de,inWr-es·&lt;Urecto -á fa de Geo- Iaem.
T~nsac_éio11es .de la ias.o~iacion :noofonal para la promografia y Es1¡a~ístle!a, M obstah~e, qlle todós ló tíenen baj&lt;J tla ótras-conside'l'acion de la ciencia social, por J eorge W. Hasting_s.
cioné.s, siendo dé tee!omendarse. el d~l Doellor Ruf! dé' L!wison, sobre la OVO• L
Lónares, 1.86l. ~ ..... , ..... . .. . . . " M '•'• • • • • • • • • • . 1
logia.
,
,· •
· ' ··• .,
ldem.
Transacciones--de la-asociacion;de-ge6logos y naturalisEl núm. 7 de la Revista•sobre ros prog~sos de laslciertdias 'éxactas, cortasaméricaños.-1840y w..·.. .. ..... ... ...... T
respondiente al ines de Octubre, _con~iéne a1:tícul0s' iitteresa'nf.es, il.lguuos dri• ldem.
Procedimi~os-&lt;fé 1a asociación farmacéutica ameriginales; como los ;relativos á las:observooiones meteóroló_gi.ca!f hechas-en Ma'. L
cana.-1862....... . ... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
drid, la flora sil~~e de, Ti.táguas•puébll:I d~ Víil~oia&lt;¡y,-e1Citleúdario fló'rál Idem.
RelacJÍ·qn. del S~p,~r!nt~ndente de la Instruccion pública
en e} Járdinibótál:iico de esa cápitáh otros;ton'la:&lt;los&lt;'de-vAria:s publicaciontis
. de Estado deJt!i~h}ngan.-1858. 7 • ••••• '. •••••• !'. :, • 1 1
estranjeras, y sin duda muy importantes, tambien relativos! á- las ciencias' [l!e'tn:·
' Relacio,n 'de1,l~ ?Jiqin,, cr~J.p,atent~; ,;Est!Wf&gt;iVqí~.~~, ,r •il~ ,·, ;)
exactas, á las físicas y las naturalesf 09n,•máij IJPi e¡,tract.Q,sebt'e diversas ma- L ''
, ªrfr?:s ~ 1
X~l. •u! i:11· •e ·i;,J;Jt·: !&gt;. ,'.,,·•,~
·• , Íi" l ' ( ll. 1ru· 11'
terias bajo el rubro de "V~rieda~P-&lt;i,)" Llama la atencion ent;e los segundos, iagcl: u
a vo!untáu tiumana, por .tijspy. limcmat1, 1 ., ,.•,.,¡.,_, t' r., ~;u11.,¡
. ~:.J~Oj¡\J .' U.
,1 'iT1
1 ,
,.
,

]f."

'

j

?ª

r

t

y

'1

?e

•

1&gt;r~~~t

n

~~ ~~;i~~·;. ~~Í~Itl~~ ·fr~~~s~~ ·¡;
0

1tl~~

1

'

i :t

�268

DIARIO DEL IMPERIO.

"presa he leido el suelto que en su número de hoy publica la "Prensa de la
"Habana," á propósito del tema con que por tercera vez, en muy pocos dias,
"parece resueltá á_ sostener el interes de su diario, y á escitar...el aplauso de
"sus sucritores, la crítica mordaz y apasionada de los actos y de la políti"ca de S. M. el Emperador de México. Obedeciendo al sentimiento de mis
de?eres, me creo en el caso de dirigirme co~fid~ncialmente á V. S.,_por me"d10 de la presente, para someter al recto cr1ter~o de S. E .. ~1 Capi;an Ge·
"neral la conveniencia ó inconveniencia de continuar perm1t1endo a la re"dacci~n de la "Prensa de la Habana," la publicida~ deartícu}os del género
"del que me ocupa, y que tengo la_J)ena,de,incluir a V. S. adJunto para su
"exámen.
"En un pais en que la constitucion orgánica de la pr~nsa periódi_ca no
"permite la publicidad de ~ada que_ ~erezca la des_ap~obac1on _del ~obierno,
"seria sensible que la particular opnuon de un per1od1sta pudiese mterpre"tarse en Méxieo como la genuina expresion de los sentimientos de este go·
"bierno hácia la persona de S. M. y hácia el nuevo órden por la nacion acla"mado y establecido.
•
"El noble deseo de evitarlo ha' puesto' hóy,~señor Secretario, la pluma en
"mi mano, y yo me congratularé sinceramente de que así lo reconozca la
"muy respetable autoridad superior de Cuba."
Sr. D. Ramon Carballo, Cónsul del Imperio Mexicano.

ANUN:OJ:C&gt;S.
AVISO IMPORTANTE

PAllA LOS SUSCRITO RES DEL "DIARIO DEL lllPERIO."

Se van á reimprimir los núme;ros de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á. los suscrit~res que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobier1;10, que deban suscribirse al DIARIO, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan., para que la Administracion del periódico pueda,
arreglar convenientemente sus trab9:jos.
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado todavía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.

AVISO.
El Diaria del ImperifJ se publicará en lo sucesivo todos los días á las doce, menos loa
, domingos y días festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustín.
El precio de la suscricion 11erá:

En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . , . . ...... $ 1 50
Id.
id. por tres meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de
porte...................................... 3 75

Habana, 25 de Febrero de 1865.

"Muy señor mio y de toda mi consideracion. He dado conocimiento al
"Exmo. Sr. Capitan General, de la carta confidenciaY fecha de ayer que se
"ha servido vd. escribirme, y se ha enterado con disgusto de la publicacion
"que el periódico "La Prensa de la Habana" ha _hecho de un artículo alusi"vo á la poÍítica de S. M. el Emperador de México.
"En su consecuencia, ha pre-oonido al censor dé imprenta que examine con
"la mayor escrupulosidad los artículo,s que se presenten á censura, á fin de
"que no vuelva á suceder el caso que V. S. ha puesto en conocimiento de
"esta Secretaría.
"Soy de V. S. con la mas alta consideracion su atento servidor Q. B. S.
M.-(Firmado) José Valts y Puig."
Lo que para satisfaccion é inteligencia de V. E. pongo en su superior conocimiento.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Cónsul General,

(Firmado) RAMON CARBALLO.
Exmo. Sr. Ministro de Estado y Negocios Estranjeros del Imperio.México.

l.

El importe de las suscriciones se pagará adelantado.
El precio de los anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado,
sin cuyo requisito no podrán publicarse.

Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincentiis, encargado de
esta administracion.
No se admiten reclamaciones por falta de recepcion del " DIARIO," sino hasta
el dia siguient.e de publicado cada númere.

.JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
En los autos del intestado de D. Leonardo Gonzalez se ha mandado por el Sr. Juez 4'?
de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se llame por los periódicos á las personas que se crean
con derecho á los bienes de a.icho intestado, á fin de que Ee presenten en el Juzgado á
deducirlo dentro de treinta. días cqntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-EI
Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
203-;-8s-1
lllPERIO :M.EXICANO.-JUZGADO 1? llENOR DE LA CORTE.
/

(falle cerrada de la Moneda núm. 10.

ORDEN.-Ignorándose la habitacion de D. Ignacio Izaguirre, por la presente se le emplaza para que comparezca en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y espensado,
dentro de tercero dia, contado desde la publicacion de este aviso, para alegar de su derecho en el juicio que le tiene promovido D. Felipe Zamora; apercibido de darse por ale. gado si no concurre.
México, Marzo 16 de 1865.
El Juez H' menor, Lic. Joaquin Perez y Giiemei
204-38--1
EN°TRADA Y SALIDA DE CORREOS EN LA Am.nNISTRACION GENERAL DE ESTA

SERVICIO DE CORREOS.
CAPITAL.
LLEGA CO~NDENCIA:

MA-RTEs.-De Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, TJaxcala, Puebla, Tacubaya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec, Tenancingo, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan,
Otumba, Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, San Miguel Allende; San Luis Potosí,
Guanajuato, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Tula, Ixmiquilpan, Tlalpam,
Cuernavaca.

.JUZGADO 4? DE LO CIVll,
De órden del Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se convoca por el presente
anuncio á los que se crean con derecho á los bienes del intestado D. Guillermo Pacheco,
para que comparezcan á deducirlo dentro de treinta días; . apercibidos de que si dejaren
pasar el término, sin mas emplazamiento se procederá á lo que hubiere lugar.
México, Febrero Z'/ de 1865.-Manuel R01nero, Escribano público de la Nacion.
205-3s-l

.JUZGADO 8? lltENOR DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 8.
Por la presente se hace saber al albacea de D. Ramon Vaca, que en el juicio seguido
contra la testamentaria por D. J esus Goríbar, se ha dado por contestada la demanda y
abierto el ne~ocio á prueba por ocho días; citándose igualmente al r,ferido albacea para
SE DESPACHA CORRESPONDENCIA
que el día vemticinco del actual se presente, á las doce, á absolver posiciones; apercibido
de darse por absueltas y quedar citado para sentencia si no concurre.
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.
México, Marzo 18 de 1865.
MARTEs.-Para Texcoco, Ayotla, S. Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
El Juez 8" me11or, Lic. Zubiaga.
206-3s-1

Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, Temascaltepec, Sultepec, Ixtlahuaca, San Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec,
Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba, Aparo, Tlalnepantla, Cuautitlan,
Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Tula, Polotitlan, San Juan del Río, Qnerétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, Guadalajara, Zacatecas, Durango,
Tlalpam Cuernavaca.

ANUNCIOS OFICIALES.
ADMINISTRAQION PRINOlPAL DE RENTAS.

/

REMATE DE UNA FINCA.
Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, de que es responsable D. Juan
Tamborrel, como aceptante de una libranza, valor de ($ 5,000) cinco mil pesos, girada á
su car~o y á favor de esta administracion por D. Francisco Schiafino, la que no fué satisfecha. a su vencimiento; con reserva de la accion que esta oficina tiene contra el girador,
á cuyo efecto la letra fué protestada eu forma á su debido tiempo, ha embargado una fil¡.
oa de la propiedad del primero, que no ha pertenecido á ninguna corporacion civil ni ecle·
siútica, situada en la calzada de la Ver6moa que va de la iglesia de S. Cosme á J.a garita
del Calvario, mirando al Oriente, contigua á la conocida con el nombre de Jacal Nuevo
que fué del finado Inspector del cuerpo médico militar D. Pedro Vander Linden; y debiendo procederse al remate de dicha finca, se anuncia al público, para que las pers11nas que
quieran hacer postura, lo verifiquen, acompañándola&amp;del corre~pondiente papel de abono; en el conce¡lto de que las almonedalhl!e celebrarán en el despacho de est.a admmistracion principal fos días 20 y 30 del actuar y 10 del entrante, siendo la última con calidad
de remate; debiendo advertirse, que la repAtida finca, al adquirirla á virtud da una permu á
D. Juan Tamborrel en Diciembre del año pasado, fué eetimada en($ 12, 500) doce mil
quinientos pesos.
México, Marzo 16 de 1865.
El Administrador principal, Ignacio de la BaTTera.

CITACION.
El Sr. Juez 1? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sierra, ha mandado por auto de
catorce del corriente se cite por el periódico oficial á D. I sidro Marin, á fin de que se presente en el Juzgado, por sí 6 por apoderado, dentro de quince días contados desde la fecha, á seguir el juicio ejecutivo que le ha promovido D. Sixto López; apercibido que
de no cumplir sé seguirá aquel en su ausencia y rebeldia, dándose los estrados del J 11Zgado por bastantes.
•
México, Marzo 20 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campos d~ la Vega.
198--38-2
.JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo civil, Lio. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, hama.nd,do se convoque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D.
Marcelino Sanchez, para que en el t;érmino de t~einta días _se presenten á dedlicir los que
les competan; apercibidos de lo que haya lugar s1 :.o lo verifican.
México, Febrero 7 de 1865.-Manuel 'l'. de Meneses, Escribano público. 97-30s-J0
.JUZGADO 4? MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 4.

1~ de Santo Dorningo núm. 8.
ORDEN .- Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
empli1za para que en_el término de tr~inta días se presente en e~te de_ ~i. cargo por sí ó
por apoderado instruido y espen,ado, a contestar la demanda que en JUICIO verb~l sobre
pesos le promueve el Lic. D. José María Ar~gon en r epresentacion de la testamentaría de ·
D. Felic1ano Rey; oporcibido de que si no concurre se le nombrará un defe11sor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
México, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-15á-12

1

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJ('S DJ!l SAN AGUSTIN, NUM. l.

/

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50619">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50621">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50622">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50623">
              <text>66</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50624">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50625">
              <text>21</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50640">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50620">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 66, Marzo 21</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50626">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50627">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50628">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50629">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50630">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50631">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50632">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50633">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50634">
                <text>1865-03-21</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50635">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50636">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50637">
                <text>2011207</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50638">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50639">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50641">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50642">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50643">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7892">
        <name>Betún mineral</name>
      </tag>
      <tag tagId="7847">
        <name>Carbón de piedra</name>
      </tag>
      <tag tagId="7875">
        <name>Cementerios</name>
      </tag>
      <tag tagId="7893">
        <name>Culiacán</name>
      </tag>
      <tag tagId="7891">
        <name>Entierros</name>
      </tag>
      <tag tagId="1643">
        <name>La Habana</name>
      </tag>
      <tag tagId="7894">
        <name>Motor de viento</name>
      </tag>
      <tag tagId="7686">
        <name>Petróleo</name>
      </tag>
      <tag tagId="7684">
        <name>Prefectura</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1923" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1073">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1923/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._67._Marzo._0002011208.ocr.pdf</src>
        <authentication>b4c168922c4a138f0163264cd0bc846e</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74365">
                    <text>.'dl' U

1

EL

1

I

.r

I

l'l .,. .; J

Ofo:.1 'jl , ~

.a

•lIM-PERIO
.lt -~
; (

SUMARIO.
PARTE OJ'ICIAL.-Decreto Imperial sobre las divisiones militares del Imperlo.-Comunlcaclon del, Mi"
nlsterlo de Fomento al Director de la Marina, sobre habilitar como puerto la barra de Jesus María en Ta•
maullpas.-clrcular para que sean castigados los que lnterumpan las líneas telegraftcas.-Aprobaclon de
las condiciones presentadas por una Compa11ía para deslinde de terrenos baldíos-Condiciones de que se

o

1

MEXICO: Miércoles 22 de Marzo de 1865.

TOMO l.

!ilfj)

NlJM. 67.

/¡

Gefes y oficiales q~e han de cubrir el personal á que•se refiéren los
articulos 2? y 4?
.
·
Dado en el Palacio de México, á 16 de Marzo de 1861&gt;.

trata.

PA.RT~ DE LAS PREFEOTURA.S.-De Tulanclngo, sobre un encuentro con los dlsldentes.-De Querétaro, sobre movlmlentos de guerrlllas.-De Tezuitian, participando la sumlsion de varios Gefes disidentes de
la costa de Veracruz.-De Pachnca, sobre ocurrencias importantes de aquel Distrito.
DOCUMENTO.-Bocledad de Geografta y Estadística. Concluye la Acta empezáda ayer.
NOTICIAS ESTRANJERAS.-Prlslones en Roma,-Estado de la plaza mercantil de Amberes.

(Firmado)

MilIMILIA~o.

Por mandato de S. M. el Emperador,
El Ministro de Guerra,

\)

(Firmado) Juan dé D. Peza~

PARTE OFICIAL.
1

MAXIMILIANO,. EMPERADOR DE MEXICO:

/

Siendo necesario arreglar la division militar del Territorio del Imperio, en conformidad con la nueva division política del mismo, HE
venido en DECRETAR lo siguiente:
Art. 1? El Territorio del Imperio se divide en ocho divisiones
militares.
La primera comprende los Departamentos del Valle de México,
Iturbide, , Toluca, Guerrero, Acapulco, Micboacan, Tula y Tulancingo. La capital de esta &lt;livision será Toluca.
La segunda consta de los Departamentos de Veracruz, Túxpan,
Puebla, Tlaxcala, Teposcolula, Oajaca, Tehuantepec, Ejutla. Su capital Puebla.
La tercera está formada de los Departamentos de Fresnillo, l\fatehuala, Tamaulipas, Potosi, Querétaro, Guanajuato. Su capital San
Luis Potosi.
La cuarta comprende los de Nayarit, Zacatecas, Aguascalientes,
Jalísco, Autlan, Colima, Coalcoman y Tancitaro. Capital, Guadalajara.
.
La quinta consta de los Departamentos de Coahuila, Mapimi, Nuevo-Leon y Matamoros. Capital, Monterey.
;
La sesta contiene los Departamentos de Durango, Nazas, Chihuahua, Batopilas y Huejuquilla. Capital, Durango.
La sétima division consta-de Campeche, Yucatan, La Laguna, Tabasco y Chiapas. Su capital Mérida.
La octava está formada de los Departamentos de Mazatlan, Sinaloa, Alamos, Sonora, Arizona y California. Su capital Culiacan.
Art. 2? El mando de cada una de estas divisiones se confiará á un
General de Division, General de Brigada 6 Coronel, quienes en el
desempeño de su e~c~rgo se sujetarán á. las instrucciones que tengo
acordadas con el M1mstro de la Guerra. En los asuntos ordinarios se
~tenderá~ con el MinIBterio;_ ffi3:8 en los urgentes que puedan ocm·nr, lo ~enficarán con el Comisano Imperial que se baile en su demarcac1.on.
· Art. 3? Los Gefes de las divisiones militares tendrán el mando de
las-tropas consignadas á sus Distritos, y en ellos serán jueces militares; mas resp_ect? de las Divisiones 6 Brigadas móviles que transiten,porsu temtono, los Gefes que las manden se entenderán directamente co? el Ministerio 6 con el G~neral en gefe del ejército
franco-mex1cano.
·
• Art. 4? dada ·Gefe de division militar tendrá un Comandante de
lngen!eros, otro de_Artillerla, un oficial de Estado Mayor que desempenará las funciones de Secretario, y un auxiliar de la clase de
subalterno.
•

?~

Art. ó? En cada una ~as capi~ales de los nuevos Departamentos de que consten las d1v1B1ones mditares habrá un Comandante de
l~ clase de Gefe 6 Capitan, quienes serán Subinspectores de la Guardia rural de .sus Departamentos, y de la misma tomarán un oficial
cara que les sirva de Secretario y Ayudante. Los Com·andantes de
os Departamentos de Acapulco, Oajaca, Potosi, Matamoros, Mazatlan, Campeche y Yucatan, serán de la clase de Gefes.
Art. 6? El Mini~tr&lt;;&gt; de la Guerra queda encargado de la ejecucion
del presente decreto, y en consecuencia me propóndrá á los diversos

.l

.;J

l , .,

~STERIO DE FODNTO.
SECCION

3~

1

México, Marzo 19 de 1866.-La cúestion mas grave para la pro~peridad y el comercio de nuestra frontera del Norte, es que en ella
haya un buen puerto en que las descargas se hagan con facilidad y
e?onom!~, presente seguridad para los buques anclados, y sea defendible mihtarmente.-Ninguna de estas condiciones esenciales tiene
el ac~ual puerto de MatamorO!!l, que, como vd. sabe, solo es una par~e ~b1erta de la costa, tan espuesta á los vientos nortes durante el
rnv1ern?, como á los surestes del verano, en que los buques anclan
muy leJos de la boca del rio, y son descargados por lanchas 6 alijos,
que con frecuencia zozobran en la barra,. muy peligrosa por su poco
f~ndo (poco mas d_e un metro), y la cual no puede pasªrse cuando el·
v_1ento es fuerte,. m cuand~ es demasiado flojo.-El exámen de c.uestwn de tan alta importa~c1a me ocupó mucho en Matamoros, y se~
gun los datos que adqmrl allí, ~arece que_. seria regular puerto la
bar~·a de Jesus_ ~arfa, que ~omumca con la laguna Madre.-Segun
vanos reconocimientos, la barra tiene un fondo constante de mas de
dos me~ros, y como la laguna es navegable por vapores, facilita.ria
muchísimo las comunicaciones con el mismo Matamoros y tambien
c~n Monterey po~ Soto la Marina, Abasolo, Jimen~z, Villagra~ y
L1_n_ares, todo, pa1~ poblado.-Las ventajas bajo los puntos de vista
militar y m~rcantil so~ de tal manera claras, que ofendería la sensate~ de vd. s1 me detuviese á enumerarlas; pero como los reconocimientos hechos basta ahora no merecen confianza, yo babia resuelto
man?ar unos Inge~ieros que los w~cticasen cientificamente, y como
medida preparatona concedi permiso á D. Pablo Zürn para que pudiese pasar por dicha barra con un buque cargado de maderas, para
construii: unos ~lmacenes.-Pe este negocio m:e he ocupado, pol'.que
pertenema á m1 ramo; pero UDi\ vez establecida la Direccion de la
Marina, á ella toca, y no dudo que la c1rnstion será resuelta pronto
y concienzudamente, si á los conocimientos especiales de vd. se reune el concurso de la Marina Francesa que actualmente se halla en
el Golfo, y cuya buena voluntad me es personalmente conocida, tanto
d~ su distinguido Comandante como de los Gefes supe.riores que tuvieron la bondad de acompañarme en la esploracion que practiqué
en l~ bahía de Anton Lizardo y Matamoros.-Acepte vd. con este
motivo las seguri9ades de mi consideracion.-El Ministro de Fomento, Luis Robles Pezuela.-Sr. Director de la Marina.
Es copia. México, Marzo 20 de 1866.
El Subsecretario de Fomento,

(Firmado) MANUEL

CmcULAR

NUM.

5.

ÜROZCO.

,,,.

México, Marzo 20 de 1865.

Siendo continuamente interrumpidas las lineas telegráficas, con
grave perjuicio público, porque los transeuntes y los vecinos de los
pueblos, rompen 6 se roban el alambre, E:S necesario precaver este
mal; para lo cual tomará V. S. todas las providencias que crea oportunas, con el objeto de aprehender y castigar con severidad á los
culpables y hacer responsables á las autoridades respectivas; en virtud de lo que impondrá V. S. las multas que juzgue convenientes á

�OJ)JARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

270

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
, los Subprefectos, Alcaldes ó propietarios de los lugares por donde
se interrumpa la linea t~legráfica.-Dígolo á V. S. para su inteligencia y cumplimiento.-El .Ministro de Fomento, Luis Robles Pezuela.
MINISTERIO DE GUERRA.
-Sr. Prefecto político de ....
Mé1ico, Marzo 20 de 1865.
Es copia.
Prefectura política de Tulancingo.-Marzo 15 de 1865.-Exmo.
El Subsecretario de Fomento,
Sr.-El Sr. Co~andante principal de Zacualtipan, en oficio de g del
(Firmado) MANUEL ORozco.
presente, me dwe lo que copio:-" Ayer á las ocho de la mañana se
acer~ó
al puebl? ?e San Lorenzo, punto avanzado de mi linea, una
SECOION 4~
partida de los d1S1dent~s de San Sebastian, en número de cuarenta ,
México, Marzo JO de 1865.
ho~bres; pe_ro fué bat1da\J derrotada por las fuerzas de mi mando,
S.M. el Emperador, con feéha de ayer, ha tenido á bien acordar hab~eodo deJado eo nuestro pod_er catorce mancuernas de reses que
lo que sigue:
·
hab1ao robado, un caballo _ensillado, nueve fusiles y seis muertos:
"Se aprueban las condiciones bajo las cuales Nos propone Nuestra por nu~stra parte no hubo m un herido.-Todo lo que tengo la honra
S~cretaría ?e Fomento la admision de las _b ~es presentadas por el de mamfestar á V. S. para su conocimiento."-Y teno-o el honor de
Lic. D. Lms Orozco y C~, para el descubrimiento, apeo y deslinde insertar!~ á V. E., et?.-Dios_guarde á V. E. muchos ~ijos.-~l Gede los terrenos nacionales llamados baldíos."
ne_r~l Prefecto superior politico, Francisco G. Pavon.-Exmo. ~r.
Lo que pongo en conocimiento de vd. como resultado del ocurso Mm1stro de la Guerra.
·
que presentó con fecha 4 de Enero último, acompañándole copia auEs copia.
toriz~a de las condiciones aprobadas por 'S. M., á las cuales debe la
El Subsecretario de Estado y del Despacho de la Quiirra,
Compañia sujetarse en t~das sus partes; siendo _de advertir, que pa(Firmado) J. M. DURAN.
ra ~u~ pueda proce~e~ d1ch~ Compañia al deshnde de que se trata,
es mdispensable avise previamente en cada caso á este Ministerio,
que ·se den las ~rd'enes riec_esarias ~ las l\Utoridades respectivas;
MINISTERIO DE GOBERNACION.
á fin ?e que lo pe~~itan, ~r~teJan y cmden del cumplimiento de las
, Querétaro.-Prefectura superiorpolitica.-Seccion 1~-Núm. 266.
mencionadas condiciones, umco titulo legal en este negocio.
-Q?~rétaro, Marzo 11 de 1865.-Exrno. Sr.-Tengo la honra de
El Ministro de Foment.o,
part1c1par á V. E. que en -la semana que ·hoy termina se ha conser(Firmado) L. ROBLES,
va?º la tranqu~li?ad pública en este Departamento.-La campaña
Sr. Lic. D. Luis Orozco.
ab1~rta sobre Z1mapan y la ~ocarnacion, minerales situados en el
CONDICIONES a que se refiere el soberano acuerdo anterior
ve~mo Departarneot.o de México, continúa aún. El Ca pitan i). ~leu1~ Se autoriz_a á D. Luis Oroz&lt;;&gt; '.[ Compa~a, para que le sean presenta- teno Landaverde, despues de evacuar el primer punto en l? del cor~os pqr los duenos de las finoa.s rusticas, Jos t1tulos de propiedad y en su riente, volvió á oc~parl~ el dia 5, Y á tr~s )~guas de él; en un paraje
!~ta yro~eda a1 ~peo y tleslínde' juaicial de los terren~s espresado~ en los llamado la Estancia, qmt6 á Fragoso siete caballos ensillados un
-:•J,Smqs tí\Ulos, a; fin de separar lbs que al ,Propietario corresponden de los mos&lt;luete Y varias malet~ de _ropa.-La _fuerza de Fragoso ' 8~ ha
l. ltlíos q'lle perteneceñ á la Nacion.
fr_accwnado á consec~enc1a de la persecuc1on activa y tenaz del Ca. .!~ D. Luis Orozco y Compañía, procederán á hacer la operaQion antedi- pitan Landaverde. Dicha fuerza ha disminuido considerablemetite
cr.!l, formando un plano topográfico en que se demarquen, así los terrenos y hoy se encu_entra en mal estado, falta de municiones y aterroriza:
que á la finca correspon.den, como á. los que resulten baldíos.
d
El
ti
t d J l
3ª Los propietario~ que ~uieran practicar por su cuenta el apeo y deslin- _a.- con n~en e e a pan, al m~ndo del Capitan D.' J esus iYad~ de ,sus fincas, podran verificarlo. En este caso, lo manifestarán así á. la nez, se ha movido sobre la Encarna01on,1:0cupando el ~ia 4 la Ferr.eCompañía y formarán el plan) topográfico de su propiedad, señalando en él ria, despues de batir una gavilla que manda un tal Herrera haciénl?s terr~i:tos que le pert~Il:ecen .Y los bal_díos si los hu~i?r~. Copia deJ plano, dole cuatro muertos Y un !)risioner?., y qu~tándole cuatro fu;iles. En
de sus títulos y de las diligencias practicadas, se rem1t1ran al Ministerio de su marcha sobre Santa Maria LepeJi, volvió á tener otro encuentro
Fomento. · .
.
con la misma gavilla y desa.loj6 de la posicion que habia elegido de
4~ L?s prop1e~rios deberán tener co~cluidas las operaciones de deslinde antemano, haciéndole tres prisioneros.-En resúmen; permanece ocuá_ loS' seis meses 1mp:-oroga~les _d? publicado este ~ntrato. Si, así no lo ve- pado Zimapan por los voluntarios 1de Toliman y Cadere ta al manij,ficare.n, la Comparu~ po~a .e~1gu-les la p1:ese.nta~10n _de sus títulos, y pro· 1 do del Capitan D. Eleuterio Landaverde1 quien .se ha y d' ·dO
cede~á,11,l
- con va1o_r y energí~·· I gua1 e1o~o
. merececonel uci
en
~cas. apeo y deslinde JUdic1a)., en los nusmos termmos que en las demas est a ca~pana
Capitan
·' 5~ ~os propietarios que cumplan con las prevenciones de la cláusula 3~, D. Gmller~o R:esendis, subordmado del primero. La Encarnacíon
no ob~tant,e iue es d~ su obligac~on tener e~ regla sus títulos y conocer la debe estar 1gualmen~e ociipada por la~ ~uerzas de Jalpan, á las que
estenswn de .su pr?piedad, g?zaran por _gracia en los terrenos b~ldíos que re- se han agregado.los md!genll,.s de la m1s10n d~. Cerro Prieto, D.eparsul~~ren, de las mISmas cantidades de tierras que á la Compañia se le seña- tamento de México; y s1 es un hecho la sumiswn de los Gefes de la
1an'en ~te ~~ntra,to; ?l resto quedará á disposicion del Gobierno para dispo- ~uasteca, como lo aou~cian los periódicos, pronto acabarán las ganer de el enJ.os termmos que le convenga.
villas de Fragosó Martmez y Terrazas -Sirvas V E
¡O
-6~ Los Subprefectos de los Distritos en que estén situadas las fincas ba· · t d 1'GOb· · d S M
e • · poner en
jo }a-vigilanci~delPrefecto del Departamento, cuidarán y protegeránp~rsí c~nocimien ~ e
ier~o e • . .- los g?arde á V. E.• much~s
6 P?r medio d¡i lo$funcionarios respectivos, de las operaciones de la Com- a~os.-El Piefecto _supenor politico, M. Gutierrez.-Exmo. ~r.,Mipafu~, representando los intereses de ·la nacion en todo aquello que confor- mstro de _Gobern~mon.
me,a las)eyes vigentes tienen facultad, dando cuenta al Ministerio de FoEs copia. México, Marzo 16, de 1865.
,
mento con el resultado de las repetidas operaciones.
El Subsecretario de Gobernacion,
·.. · J_
·. ?' Ni l9s Prefectos ó ~übprefectos, ni 1~ Cóinpañía, pueden hacer compo(Firmado) FRANCISCO J. VILLA.T.o,noa. •
simones_ con los tenedores-de terrenos baldíos, con objeto de evitar el deslin~ '-'-1 ,;,
de ó,d(Uar en su poder las tierras baldías; solo el Gobiern'J puede disponer
Prefectura política del Distrito de Tezuitlan.-Marzo 16 de 1S65.
de los b~díos en la forma que le convenga, y los actos que no emanen de él,
-~Úf!!, 87.-Exmo. Sr.-Teogo el honor de poner en el superiornof?On nulp~ y de ninguq valor.
•
.
·
, ~~- i~~ pompapia, _por. e~te COJ?ti:ato, no adquiere derecho algunp sobre los nomm1ento de V. E., para que si lo tiene á bien, se sirva.elevarlo,.a.l
ter~eno~ que. denuncie, s1no especialmente sobre cada µno de los que plano- soberano de S.M. el Emperador, que se bao presentti,do á estl' frefecr'tfi~ '/ d,~slinde, llevando_ la operacion hasta su último término, y no antes, tura, ofreciendo retirarse á la vida d~IJ?éstica, ~l Goberni~ór d~l EijpuéS· sr comenzare un deshnde y no lo terminare, no puede aducir derecho taao de V,eracruz D. !raocisco Hernandez y Hemandez, el G6nerl)J
alguna.
D. Francisco de P. M1lan, Coronel D. Márcos Heredi~, Teqien~ Co9~ ~a C?~fañÍa no p~ede ~edi~ in~emnizacio~ alg~m~ por los g~tos que
ronel D. Ricardo' B. Suarez; y Secreta.río del GoJ:&gt;ernador 'Ji José
haga o perJU1C1os que remba, ru baJO mngun-mot1vo m pretesto.
. 10~ La Compañía hará de su. esclusiTa cuenta los gastos judiciales de pe- Maria Cort~s, que mandaban las fuerzas disidl'lntes en'.Ja-~os,t a'de V.er
r~tos Y todos los que sean necesarios para terminar elapeo y deslinde de las racruz.-:-Dws guarde á V. ~: muchos años:-~! Pr~fe¡:ito poJitico,
tierras.
H. Carrillo.-Exmo. Sr. Mm1stro de Gobernac¡on.-México.
1
En compensaeion, el Gobierno le concede, de los terrenos baldíos que se
Es copia. México, Marzo 20 de 18(jó.
'
encontraren, u~a sesta parte de los cuatro primeros sitios de ganado mayor
El Subsecretario de Gobernacion,
un.,.7~ p~r los siguientes sitios hasta llegará doce, y un 8° de trece en ade~
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALQBOS,
lante. 81 no resulta~en terr~nos ba~díos, la Compañía habrá perdido sus gastos, y no puede pedir se le mdemruce por ellos en todo ni en parte.
11~ l¡Jste contrato.es a~sol_utamente libre, y el Gobierno y la Compañía
Prefectura política del Distrito de Pachuca.-Núm. 60.-Pachup~ep.e~ sv~r,.enderlo o rescmd1rlo cuando lo creyeren conveniente, qando preca,
M~rzo 18 de 1866.-Exrno. Sr.-EI dia primero se estable·ció en
Vio a11so a la otra parte.
es!ª. C1u~ad el Cuer~o d? policía, conforme á lo prevenido por ese
Es copia. México, Marzo 20 de 1865.
Mm1steno en comuq1cacwn de 30 de Enero del corriente año, y cu- ·
El Subsecretario de Fomento,
Y.ª f~erza desde luego comenzó á prestar su~ s.ervicios, segun su ins(Firmado) MANUEL ÜRozco.
titucion.

cura párroco de la Municipalidad del Mineral del Monte; siendo por Francés.

Re;1·

M

.......

Pª:ª

:i:r

1

'

•

Él mismo dia 1? f~lleció el Sr. Bachiller D. Jo~é.lfaría

~jr-:aµ.9,

Noticia de lo ern½&gt;lores_~ tierra-en 1'857, y un su,pJem~nto 'de los acaemdos en años anteriores, por
A. Perrey ...•...... , . . • . .
.
il ouadº
qu~_enl',m~a concurrió á ·los funera~es, y permaneció toda ella en lu- Inglés.
Npticia del,an4lis,is quínü&lt;io dei-ag~~~iffu;d;Í1po;~ ,
·
to 1r1g'\!rO!lO por ..espa.cio de nueve d111.s.
.
artesiano de Lafayette en Jos :Es.tados-,Unidos... •• 1 id~
,El día ·3,llegó á-esta Ciudad la cuerda de '7-2 presidarios destina- Idem.
Reseña .&lt;fo los cpmisippados de los -edificios )públroos
de Washingto,n, Hl59 .............. ... ... __ .. ., .,. J.~,Ad.
dos _al presidio del ~ineral del Monte, procedentes de esa Capital, y
Del flujo y reflujo de los lagos de Norte América por
c?stodiad-Os por el capitan. de la fuerza ru~al D. Juan Cortazar, ha- Idem
el teniente coroneLG1:aha.m ........... . .... '. . . . 2 id.
biendo fallecido en el camm.o el reo Jo!!_qUJ.n ó Fernando Blancas.
Reseña anual de la Sociedad de agricultura del Estado
El dia;.4, fueron cond.ucidos las espresados presidarios al presidio Idem.
de la Carol.ina d.el No:i:te eruto""s~stados-Unidos, en
··del
d~l 1M~nte, lugar de -su destino.
.
1858 .. - .... · ... · · - . · . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . l id.
- El día ó falleció' .D. Juan Roddguez, Juez 1? de .paz de Epazoyu- Frances. Estracto d~ los an1tles d~ la, $ociedad En~moiógfoa , . ~
1
'.&amp;,1W/ 1 en :ceonsecuencia fué nombrado para sustituirlo D. Pedro
deFr,neta ...... ... , . , , .....• .. , ., ., ... , ...•,.. ,,.1 Jd. .
Carta sobre la nece,sjd14d de µn sistema,general de ob- . ·
Tdem.
-Roldan.
El dia ~ 11~gll,ron á esta ,Ciudad, procedentes de Tulancingo, los
servacione¡¡ náuticas y ,rue~eorológica$ .. ... ·~
J id. ,
Memoria de la Sociedad filosófica americana en ?~58,. 11 .:id.
'reos José María Sanehez, H.erculano Ruiz, ·Frnncisco Pandos, Lúcas Inglés.
Aleman. Los .dos rr.apas generales, !Qs mas antigu.os de A.méri
Atvarez y Manu~l Licona.
ca, formados en las esploraciones de los años de 1-527 , ~ 1 ,
El di.a 10 marcJ1aron dichos presidarios al presidio del Mineral del
J
1529, de órden del ;Emperador Cárlos Quinto. Pu.
Monte, á cuy3i pena los condenó la Corte marcial del espresado De~licado por J. Rohl de la Academia geográfica de
_pa~mento !le Tulancingo.
.
Veinar.-1860 .......... , . . . . . . . . . . . . . . . . ... 2.
El dia 12 1-legaron á esta Ciudad, procedentes de Hu~jutla, el co- ldem.
Viaje de la vuelta del mundo por el buque de guerra '
ronel D. Ignacio Ugal de, c&amp;pitanes B. Juan Gonzalez, D. Victoriaaustriaco "Novara" en los años 1$57,.1858 y 185.9,
no Flores, D. Porfirio Castellanos, D. Agu1itin\.. Vidales, D. Agustiu
baju el mando del Comodoro B. Von Wall~storf-Urbair. Parte física-naval.-1 ~ Division.-Con la deViniegra, D. ·Francisco Rive~a, D. Rafael Ramirez, D. Simon J uaterminacion geogi:áfica d(l J?,p11t01, _x oh.servar.iones
rez, D. Antonio Castro y D. Pedro Muñoz Campuzano, subteniente
sobre 1as mareas.-Publicado en Viena.-1862.D. Laurea-no Orta y particular D. Juan. Zamora; cuyos indivirluos
.
Con un atlas con los mapas correspondientes... . . . 1
.presentaron un salvoconducto fechado en Huejutla el 1? del actual
Holandés. Obs~rvacio~es meteoro~ógicas en fos Paises Bajos, y
por el Sr. general francés L'Hériller, manifestando que van con diobservaciones barometricas•en otros lugares de Eureceion á la Capital del Imperio.-El dia 14salió el espre~apo-Ugal-ropa.-De 11353 hasta 1861 .... . . . . . .... .' ...... ·5 "tom.
d13 para esa .Capital con cinco de sus compañeros en la diligencia que Idem.
·Observaciones so.bre los vientos reinantes en algunas
-sale ,diariamente.-Estos son los sucesos mas notables que han ocurregiones del Dcéan,).-Publicadas ·ror el Realilnstituto de los Países Bajos.-1856 ry 185-7. . . . . . . . . . 2
rid_o en 1~ primera quin1iena del corriente mes, conserv.ándose perfectamente la tranquilidad en todo el Distrito de mi cargo.-Dígolo Aleman. Observaciones meteorológicas sob¡,e la ,entension de los, ,
vapores pantañosos en los dios del 20 hasta elOO-de
á V. E. para su conocimiento.-Dios.guarde á V. E. muchos años.
Mayo
,de 1860, y sobre .la temperatura de· Mo,cú,
....:.El Prefecto políticQ, M. Belle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro de
por el Dr. Prestel.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . •.. . l ..,
Goberoacion.-México •
Dos pequeños cuadernos de la Sociedad de historia
/
Es copia. México, Marzo 21 de 1865.
natural. en .Emden.-1856 y 1858.. . . . . . . . . . . . . . . .2
El Subsecretario de Gobernacion,
Diario de la Sociedad de geología alemana.-1861.Idem.
Berlin . .. ......... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALO.BOS.
Revista trimestre:;o'brefa-curacion de las muelles, dienIdem.
,tes, por el Dr. Norris Heider;-Viena.-De 1861 'á.
1864......... . . .. ................... .. . . . . . t i&lt;i".
DOCUJIENTO.
Parte anual sobre los progresos de la ciencia ae fi,si9li,
•'
de Jacob Berzelius.-Química de las plantas.-fdeni
de los animales y geología. . . .. . . . . .. . . .. . . . . .. l 1
SOCIEDAD MEXICANA
Discurso á la memoria del Baron Aleja;ndro de HumIdem.
boldt, leido en la sesion general ae la Academia de
DE CEOCRAFIA Y E-STADISTICA.
ciem:ias de Bavier.a, el 28 de Marzo de 1860,.. .. . • 1
Aou NUMERO 8.
Noticia da~• á la Academia Imperial de cilltlcias de
Idem.
Vfona sobre un viaje ,en las Américas e,esde el afio
(Concluye.)
de
1852 hasta 1855. . . . . . .. . . . . . . . . .. . . . . . . . . . 1
Noticias mensuales de la Real Sociedad de astronomía
Inglés.
Sobre la. vacilacion de las locomotivas 6 máquinas dé
de Lóndres ..................•............... 12 cuad. Idem.
vapor en los ·camincis de, fierro, ;por el Dr. G..ZenFrances. Boletín de la Sociedad de Geografia de París, 4~ série,
ner.-1861.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . ,1
tomo 2~, 1851 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 tomo
Convocatoria
para los exámenes en la Escuela pública
-ldem.
Diario
americano
de
educacion,
publicado
en
los
EsInglés.
de
artes
en
Leipsique.-1851........ . ... ... . • . . l
tados-Unidos cada tres meses, 1859. . . . . . . . . . . . . 1 id.
Archivo
de
la
junta de los amigos de la historia de la
Oti:o idem idem mensual, publicado en Ohio Estaldem,
naturaleza en Mekl.emburgo.-1862.-Publicado por
, t,
dos-Unidos .......... . ................ '. . . . . . 1 cuad.
Ernesto
Boll.-.
..
.
..
..
..
..
.
..
.
..
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
1
Primera reseña anual de la Secretaría de la Sociedad
Idem.
Programa del Gimnasio Real de Gotlia. . . . . . . . . . . . 1
de agricultura de Boston, 1854.... . . . . . . . . . . . . . 1 tomo IdeI)l.
3~, 5~! 8~ '.[ 13~ reseña anual de los Regentes de .la
Francés. Sconografia general delos Ofidianos por el Dr. Jan.
Idem.
-1860.-(Prospectus.).. . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . 1
Umvers1dad, sobre el estado de la historia natural
y coleecion de antigüedades del gabinete del Esta~
◊ARTAB DE·VARIA~ soNDAs ENLA cosu Dli1 :tds EsrADos-UNtnos.
de Nueva-York, 1850 y 52.. .. . .... ... .. .. .... 4 tom:
Carta de un' reconocimiento de sondas, hecho en la costa de WashingMemorias de la Sociedad de medicina del Estado de
Idem.
ton y sus inmediaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Nueva-Yorkenl85ly53 ... , ................. 2id.
Reconocimiento
de la costa al Oeste de los Estados-Unidos, desde él
AlmanaqQe americano de varios años, desde 1832 á. 56 19 toro.
i[dem.,
rio
Umpgah
hasta
el límite. . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Revi~ta.. ó ·diari~• trimestre de la medicina y cirujía
Idem.
practica, publicada en los Estados-Unidos....... 1 cuad. Otra de la costa Oeste de los Estados-Unfdos desde San Francisco
de California á San Diego . . . .. .... .. . .... .. ...... ·. . . . . . . . • 1
Dia:vio trimestre de la Sociedad de agricultura de los
ldem.
Otra
de la misma cost;a desde San Francisco al rio Umpgah.. . . . . • ll ,
Estados-Unhfos, 1853 y 54... ... .. . . . . . . . . . . . . 2 id.
Otra de lo bahía de San Diego de Oalifornias... . . . . . . . . . . . • . . • . . 1
ldem.
El Diario trimestre americano de Ciencias médicas
1861 .. ....... . . .... . .. . ................... : 1 tomo Entrada de la bahía de San Francisc6 de Californias. . . . . . . . • . . • • t
Otra carta preliminar de la entrada de la bahía de Pansacola ep la
Idem.
Gui_a de la a~queolqgía del Norte, publicada por la SoFlorida, Estados- Unidos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . • • . . . . • . . . . . . • . 1
ciedad Real de anticuarios del Norte.. .. ...... .. . 1 cuad.
Otra del puerto de Key-W este... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . 1
Franaes. Anuario del Observatorio Real de Bruselas ........ . 2 id.
ldem.
Idem de la Academia Real de ciencias de Bruselas .. . 2 cuad. Otra de la parte Este de la Isla Larga, cerca de Nuev,a-York. . . • • . 1
Otra de la parte médir. de dicha isla.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . 1
ltaljano. ldém del Real Observatorio astri,,nómico de Nápoles
Otra del fondeadero de dicha isla hasta Nueva-York·..... ~ ... . . ,. 1
Pr~!!~:
~~¡¿¡ ·a~l~~i. d~. i~ .g¿~i~d~d. d~ 2 tom. Otra de la bahía 'y puerto de Nueva-York. _.. , . . . . . . . . . . . . . . • . . 1
Inglés.
~is_toriabdel Estado de Wisconsin, en el año de 1855. 2 id.. Otra del puerto de Boston. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . ..• . . . . • -1
Carta general desde Gay-Head al Cabo Henlopen. . . . . . • . . . . • • . . 1
ldem.
D1~rio so re 1a educacion en el Bajo Canadá en 1860
a 62.............
1 id
14
ldem.
Sobre el Congreso inte~~~io~~i d~· ~¡~stic~;;;~;id~
·
en Lóndres en 1860. . . . . .
1 cuad~ . Con lo que con'cluyó_la sesion á que asistieron los Sres. VicepreIdem.
Obse;vaciones sobre los fenóm~~~~ p~~iódi~~~ d~-1~· ~~
sidente, Andra~e, Castillo y Lanza_s, Cas+,ro, Dr. D~ran, Fleury,
mosfera. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1 id Ibarrola, Larrarnzar (D. Manuel), P unentel, Reyes, Rto de la Loza
ldem
Lista de las librerías púb~icas, instit~~lon·e~. ·s~~i~da:
.
Soto, y el secretario perpetuo que suscribe.
'
des_ en los Estados-Umdos y en las provincias bri,(Firmado)
J.
MIGUEL
AR&amp;o;ro.
tárucas de Norte América. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 1 tom.
11wi notprias :viltudes .generalmente sentido por ~oda la poblaeion,

,.

/!~~a~·

y

1

••

•

,

�DIARIO DEL IMPERIO.
,

, , ,

,,

ICITACIOii. ,, ,

.-'oTrcus EBTRANJEUS.

1

'H •¡ ,~ !I : •· 1 •
Roma, Febrero 6.
Aciban .de.hacerse.en. aquelJa-oiudad importantes prisiones, ocasionadas
por el deecuqrimiento de-una asociacíon que á merced ~e agtesiones nocturcli,s, pl-ocuraba. tenerjen agitacion la capital. , Hacián parte de dicha asociacion persoDM de cierta clase y comodidades, lo que da_lugar á creer, con
i;ó.licha probabilidadr que.habia un principio político en esta reunion y sus
atentados, .1 • 1

0

.1:

.... .. . ...... .
&lt;

.

,

..

NOTICIAS llERCAl'ITILF.11.
. . . . . . . . . . . . . . Amberee, J!'ebrero J4.

El abatimiento que pesaba sob1·e los mercados principales, va ya disminu~ñdo y .dando lugai: á. una situacion mas -animada para los negocios en
general: como prueba de que este mejoramiento tiene un carácter serio, hay
que· notar Jas xeducciones eli la tasa del descuento en las bancas, con particuláridad.en París.
Las plazas de B&amp;11e,'O van saliendo de su entorpe,cimiento, los fondos vuelven á. llaIIlar la atencion del público, y hay traza de que los del gobierno
mexicano sigan el movimiento señalado: son una prueba de esto las últimas
apreciaciones, pues el movimiento en los fondos mexicanos de un mes á. esta parte, ha.subido.en solo la Bolsa de Amberes, á cerca de cien mil libras
esterlinas "nominal.,,-El público antes indiferente para estos valores, comienza á. negociar sobre sus fondos.

.A.N"UNC:I:OS.
, AVISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IMPERIO."
· Se van ·á. .reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la r eimpresion se remitirán estos números
á los susQritores .que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al D:wuo, se servil'á.n decii' lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar G&lt;&gt;meniel).~e¡nente sus tr¡i.bajos.
Se suplica á. los suscritores de los Departamentos que no han pagado todavía el pr~e.r ~run,e,sti:~ del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las su$criciones correspondientes á éste periodo.
. .:

... iUZGADO 69· HENOR.-1~ KOliTElllLLA

irnx.

7.

En eljui.tio que sigue D. Cárlo,a Aroemia, apoderado de D. Manuel Legorreta, contra
D! Je8U8 Castro, sobre pago de ciarenta y nueve pesos, procedentes del arrendamiento
del enarto que ocupa. e1;1·1&amp; t:&amp;a&amp; número oncé del Portillo de S. Diego, por la. desocupacion
del cua.rto y lo que siga. venciéndose hasta que ésta se verifique, he mandado se dé por contesta.da. la demanda, se reciba. á prueba. por ocho días y que si dentro de ese término no
88 presenta, á prob!lr laa eacepci?uea que tenga., se le da.rá por citada para sentencia, que
se pronunciará &amp;1 lapso del téilllJJlo.
México, Marzo 2l de 1865.-Lic. Labat.
207-3a-l
.JUZGADO 6~ CIVIL, ENCARGADO DE :WS NEGOCIOS DE HACIENDA.
Enjunta de acreedores celebrada en cuatro del actual, en los auto~ del concurso á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en este Juzgado, se acordaron entre otros puntos,
los siguiente.:
Prunero. Que ·~ entreguen loa autos al Sindico judicial para que promueva lo conveniente, presenúuido el estado del crédito activo y pasivo.
Segundo. Que .ie convoque por los periódicos á todos los que se consideren acreedores,
para que en el preciso término de quince diaa. present.en los documentos jll8tilicativos de
sua créditea &amp;l ::líndioo; con el apercibimient-0 de que paaado dicho término ain verificarlo, seguirán loe autos su estado en su rebeldía.
Y babiéndoee "preven.ido el cumplimiento de dicho acuerdo, pongo el presente para loe
efectos que eapreaa el segundo puoto inserto, y que el Sindico es el Sr. O. José Dans, que
vive en la calla de las Ratas núm. 10; en México á diez y ocho de .Marzo de mil ochocientos aeeenta y.cinC9.
. . .Agll8tin Perez de Lara, Notarlo de Hacien&lt;ia y público del Imperio.
.
.
208-3e-l
.JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
Eu los autos del intestado de D. Leonardo Gonzalcz se ha mandado por el Sr. Juez 4~
de lo civil, Lic. D. Evarieto Reyes, se llame por loe periódicos á las personas que se crean
con derecho áloe bienes de dicho intestado, á fin de que se presenten en el Juzgado á
ded11c1rlo dentro de treinta días c•mtados desde la. fecha. México, Marzo 21 de 1865.-EI
Escribano público, AnÚlllio Campos de la Vega.
203-Se-2

Dn'ERIO JIEXICABO.-rozGADO l '?. ][DOR DE LA CORTE.

Oq,lle cerrada. de la Mo¡¡pda núm. 1O.
ORDEN.-Ignorándoae la. habitacion de D. Ignacio lzaguirre, por la presente ae le emplaza para que cQmp~rezca. el! este J lllgado, ~or si ó por apoderado instruido y espensado,
dentro de tercero día, contado desde la. publicacion de este aviso, para alegar de su derecho en éljfli'cio qué le tiene promovido D. Felipe Zamora; apercibido de darse por alegado si 110 concurre.
México, Marzo 16 de J865.
• El Juez 1~ menor, Lic. Joaquin Perez y Gflemez
204-3s-2
rozoADO 4? DE LO CIVIL
De órden del Sr. Juez 4~ de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se convoca por el presente
anuncio á los que se crean con derecho á loe bienes del intestado D. Guillermo Pacheco,
para que ci&lt;tmyarezcan á deducirlo dentro de treinta días; apercibidos de que si dejaren
paaar el témuno,-ain mas emplazamiento se procederá á lo que hubiere lugar.
México, Febrero '%1 del865.-Manud Rmuro, Escribano público de 111 Nacion.
205-3&amp;-2
rozoADO 8'? DNOR DEL CUARTEL MAYOR BlJllERO é.
- •-Ppr la. pr886nt~ se hace saber al albacea de D. Ramon Vaca, que el! el juicio seguido
co!lt.ra la ~~tam!lntari11 por D. Jesuíl ~on'b~r, se h11. dado por contee~a la demanda y
'ab1erio el ne$oci11 á prueba por ocho días; citándose igualmente al refendo albacea para
~ue el dial veinticinco del actual se presente, á las doce, á absolver posiciones; apercibido
Je dane ~r absueltas y quedar cifado p11rueqtencia si no concurre.
México, Marzo 18 de 1865.

.o ,

•,

1 1

,1

f ,, 1 I')

El Sr. Juez l? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sierra, ha mandádo por áuto' de
catorce del corriente se cite por el periódico oficial á D. Isidro Mario, á fin de,que se presente en el Juzgado, por si ó por apoderado, dentro de quince diu contados desde la fecha, á seguir el juicio ejecutivo que le ha promovido D. Sixt-0 López; •apWéibido 'que
de no cu.mplir se seguirá a.que! e1,1 su ausencia y rebeldía, dándos~ !Qs estr&amp;doe' il.el J\IZg&amp;do por bastantes.
México, Marzo 20 de 1865.-El Egcribano público, Antonw- Campos de la' Pega.
1 ~ ,,
1

.JUZGADO DE LETRAS DE Sil .JUAB DEL RIO. 'l
En el espediente promovido en este'"Juzgado.JKl'.r el Sr.lSindicoprimé~ del I. Ayun.
ta.miento de esta ciudad, D. Angel 111.'bominguez, solicitando que- se manden cbancelar
!!le escrituras de 1econocimiento, que en 28 l!'ebrero de 1861, j ante el Escribano DrFran.
cisco Ruiz, otorgó D. Manuel Casaba! á favor de 111 Adminiatracion -rlmtas cl61 antiguo
~atado de Queréta!'8 por los capitales legado_s por la Sra m Rafael&amp; Diaz Torre@ par~ ól).
Jetos ~e beneficen?1~, y son: el úe trece ~l 01ento sesen~ pesos para el estable~iJnúwtef!le
una catedra. de latuudad y otra. de filosoha y compra. de libros; el de nueve ¡nil cuairoo,entos pesos para uu.xilio y fomento del Hospital de San Juan de Diós ae"l!Stlt ciu&lt;iad, y el de ·
dos mil ochocientos vemte pesos para pagar un capeUan d~l mia1Do estjlblecimíento· en
vista de no haberse presentado ningun interesado alegando derfchos á Joa refe_ñdoe ¡~i
tales_, y de las dema~ cons_tancia~ que 0~1.an en el esped.iente, e Sr. jltei de pl,'Ílnera inatancm de este Datnfo, Lip. D. rran!luilino, d,e la Vega, cou _fü~ha. 7 del boh1ente h&amp; pronunCJado un auto, cuya parte resolutiva es a la letra como sigue: '\ P¡;imqro:·queelM.I
" Ayuntamiento de esta ciudad, competent.emente autoriza'do por ;tii Prefectura snperio;
" política del Departamento de Querétaro, es parte logítima. pará intllrvetlir en la impoei" cion de los capitales legados por la Sl'a, D\' lwfaela. uiaz T11rrea eara' óbjetos'de. benefi" cenc1a, y son: el de trece mil ciento sesenta pesos para la institue1on de las cátedra ade
" latinidad y filosofia, y éompra de libros; el de nueve mil cuatroclientos pesos para el llos" pita! de San Juan de :J?i~s, y el de dos_~ oohoeieutos v~inte pClílOs pa.ra pagar 1l.Il ca" ~ellau ae este_ estableclllllento, procediendos~ con las calidades que r~comienda la P~e" tecltura. do qwen se trata, respecto del Hosptttll. Segund(I: que como consecuencia. de La
" anterior declaracion, mandaba y mandó, se tilden y chancelen en sus matrices y en los
" respectivos libros do hipoteca.a las escrituras de rt1conocimiento que !Jii.sten en la actua" lidad por los precitados capitales, y que otorgó D. Manuel Casaba! como' comisario tes" tameutario de la Sra. D\' 1'afaela l)iaz Torres, en 28 de Febrero de 1861 ante el Eacri" bano D. l!' rancisco ~uiz, á favor de la Admin.istracion de rentas diil antiguo Estado de
' Querétaro, con especial hipoteca de la hacienda de San Clemente, ubicada en aata. ju
" risdiccion, tilclándose y anotándose las respectivas pa.rtidas de registro si existieren vi" vas en el de hipotecas, por este Juzgado, actualmente encargado del Oficio público ydel
" de hipotecas. 'l'ercero: se declara igualment.e, que loe testimouioe de .las escrituras an" teriores que puedan apar0Cl,r, así como sus endoses y cesiones, son nulos, 4e ningun
" vll!or ni efecto, quedaudo como quedan, rotos, cancelados é insubsistentes. Coarto: pu" blíquese el presente auto por el espacio de veinte di11s en el pei;iódico oficial del De" partamento y en dos diarios de la. del Imperio, para conocuniento de loe int.Qreaa
" dos. Quinto: que se notifique lo mandado al Sr. :Síndico Procurador primero del ·M. I.
" Ayuntamiento de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevarria, á
" quien se prevendrá exhiba su certificado de matrícula, que se le devolverá Juego que 88
" tome razon de él en autos. Y sesto: que la Secretaria cci.idará de acumular á las pre" sentes diligencias el correspondiente núméro de ejemplares de los periódicos eu que 88
" haga la publicacion preveruda. para la debida. const3ncia¡ y fecho, archivense las actua" clones formadas."
• Y cumpliendo con lo que se previene en el auto inserto, pongo la present.e en San Juan
del Rio, á nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del J uzg11do, Lic. Jv.an .Manuel Diaz Barreiro.
l\13-4a-2

M.

"

.. r J
. . . . . . .. . .

I

• Él Juez s~ meaor, Lic. Zubia¡a.

206-31-2

ae

_/
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 3~ ae lo ch-il, Lic. D. José M. Cordero, ha mandado por auto de hoy 88
convoque á D. Florencio Dominguez, como marida y conjunta persona de D~ Soledad Santillan, á D. Pedro Diaz, á D. Manuel T. Nájera, como marido de D'!- Luz Diaz, á D\' Guadalupe Aduna de Diaz, viuda de D. Joa:¡uin, por si y por su hija D\' Dolores, á D\' Josefa
y D'!- Paula Soriano, á D~ Dolores Cristomel, á D. Luis Cabrera como marido de D\' Vicenta Fierro, á D~ Dolores Castrejon, á D! Encarnacion Diaz y á las demu peraonas que
se crean herederos del fideicomiso de D. Bartolomé Ruiz Moral"B, para que l'n el térmi»o de un mes, contado desde la primera publicacion de éste, se presenten á deducir
y comprobar su derecho¡ ,bajo el apercibimiento, si nt&gt; lo verifican, de que definitivamente
se aplicará el sobrante que á su favor ha resultado de los bienes del reiterado fideicomiso
únicamente entre los que cumplieren; entendidos igualmente de que es el último términ~
que por equidad se concede.
Y en cWDplliniento de lo mandado, pongo el_.presente; advirtiendo qae el Juzgado se
halla sito en el Palacio de Justicia. Me1ico, á 14 de Marzo de 1865.-José Raz Guzma11
Escribano público.
200-3&amp;-~
'
VENTA DE PBDDAS.
El 26 del presente se hará la venta de las prendas cumplidas que existen en 1A tienda
de la. esquina de la plazuela de Juan Carbonero y S. Juan Nepomuceno; lo que se avi311
á los interesados.
México, Marzo 18 de 1865.-José Lasso.
201-3&amp;-2

TRIBUNAL DE COKERCIO DE HEXICO.
En loe a.u.tos de concurso á bienes de D. Trinidad Morales, este tribunal, con fecha 6
del corriente, proveyó un auto que copiado á la letra. dice:
.
"México, Marzo 6 de 1865.-Por presentado el antecedente escnto del síndico adminietrador.-Constando por el escrito qu.e el difunto síndico D. Sebutian Balmace3a presenté en 4 de Marzo de 1860 (fojas 17), que sin autorizacion del juzgado ni de loe acreedores, el mismo síndico, lejos de promo~er que se «½era cw:nplimiento ~ lo dispuestó en el
art. 7~, cap. 17 de las Ordenanzas de Bilbao, por e1 resolvió que loe bienes quedanm en
poder del deudor, quien segun de los autos resulta, hasta hoy loe conserva; en observancia
del artículo citado y del 794 del Código de comercio, el miimtro ejecutor. proceda 111 eecuestro de los bienes, papeles y libros del fa.llido, que se entregarán al sindico administrador. Conforme al citado art. 794 del Código y al 11, cap. 17 de las_ Ordenanzas de Bilbao,
diríjase oficio á la ad.minilltracion de Correos para que sea det;ewda la oorrespondencia
del fa.llido, á quien se declara en este estado desde er 26 de J lllllO de 1856, á reserva de lo
que despues resalte. Cltese á los acreedores listados en la foja 1~, á quienes en atencion
á la ausencia. de varios de ellos, se señala el término de un mee para que presenten al sin·
dico sus respectivos comprobant.es.
. .
Remítase copiJ!,_ÍI. los periódicos, para su p~b~ca01on, ~e este auto, espreean~o que 10!'
de concurso iniciados en el juzgado 6? de lo civil en Jum~ ~e 1856, se puaron a este Tribunal con oficio de 15 del próximo Febrero, que fué rec1b1do en 17, y que por no haber
síndico ni mas persona q!!e promoviera, que el represent.1nte de loe acreedores, no pudo
proveerse este auto hastaJ~n1espues de ha:,,Orse oído á él y 111 deudor com11~, ~D: auto
del 25, se nombró síndico
strador al Lic. D. José María Sanroman, y Jndic1&amp;l 111
Lic. D. José Mi~el Enrique, de los c~ales el primero aceptó _hasta el 3 del corriente,
segun consta á_foJa~ 44 vuelta de loe mlBmos autos.
.
Los señores presidente y_colega~ lo P,~veyeron y firmaron.-Castillo.-García.-../Jbadiano.-José María Cardena, oficial 29
L, q,u~ se hace saber á los interesados en cumplimiento de lo mandado.
Mé.t1co, Ma.rzo 10 de 1865.-José Maria Cardeña, oficial 29 encargado de la secretaría.

.

202--3&amp;-2

IMPRENTA DE J. M. ANDR&amp;DE Y F. Fi:!CALANTE,
• • · · • • B,UQi D-.&amp; IIAN ÁGUSTDI', NW.

l.

.

;"'

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50644">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50646">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50647">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50648">
              <text>67</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50649">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50650">
              <text>22</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50665">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50645">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 67, Marzo 22</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50651">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50652">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50653">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50654">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50655">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50656">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50657">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50658">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50659">
                <text>1865-03-22</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50660">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50661">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50662">
                <text>2011208</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50663">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50664">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50666">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50667">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50668">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7833">
        <name>Disidentes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7895">
        <name>Divisiones militares</name>
      </tag>
      <tag tagId="7897">
        <name>Líneas telegráficas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7900">
        <name>Plaza mercantil Amberes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7899">
        <name>Prisiones en Roma</name>
      </tag>
      <tag tagId="7896">
        <name>Puerto Jesús María</name>
      </tag>
      <tag tagId="7898">
        <name>Terrenos baldíos</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1924" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1074">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1924/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._68._Marzo._0002011209.ocr.pdf</src>
        <authentication>cb76a4b6bb79fa90bf82dd2a46e14d3a</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74366">
                    <text>EL

.IDIARI o
MEXICO: Jueves 23 de Marzo de 1865.

TOIO l.

l

SU.MARIO.

• PARTE OFIOIAL.-Oomunlcaclon del Ministerio de Negocloe F.stranjeroe reconoclendo IJ Sr. llerklott. coino encar¡¡1,do del Consulado de Hamburgo en Veracruz, durante la ausencia del propletarlo.-Otra, reconociendo del mismo modo al Sr. Mlron por las ciudades de Bremen y Lubek.-Clrcular del Ministerio de Estado il los Visitadores Imperiales, para que al dar cuenta de sus asuntos, lo hagan con la correspondiente aeparaclon.-~venclones de la Prerectura de México sobre salubridad pública.
PARTES DE LAS PREPECTURAS.-De Mlchoacan, participando que en el Distrito de Cultzeo van deaapareciendo el tifus y las v!ruelas.-De Pachuca eobre el Coronel U~alde y eumlslon del Sr. Ler~.-De Tu:~~i!~~:_ciendo que no hay novedad.-Otro de Michoacan, parti pando varias ocurrenclae de aquel De•

l

, ;/}

•J

PREFECTURA~LITICA DEL DEP.ARTADNTO DEL VALLE DE·KEJJ:CO., ,, ,1,,
.,

El señor Prefecto político ha tenido á bien diioner se ob . l
•
•
.
.
ferve~
dictadas para aten e,r á la salubrid,ad
)) d
l
pu lea Y a lmpteza e as Ca e8 e esta Capital.
Art. 1? En .todas las calles en, que existan at¡ujeas, los dueños,.rr:~.
ACTAS DE ADil.ESION AL IMPERIO.-Oomunlcaclon de la Comandancia de Tulanclngo, y acta&amp; de las ca as mandarán constru1·r con1u 11es e
. pnnCJpa
. ( . j )jjl,,
municipalidades de Huauchlnango1 firmadas por D. Rafael Cabrloto y demas Geres disidentes.
,On Sa)ºd
1 as á Ia ata'Jea
DOCOlfENTO.-Oomunlcacíon oel Mlnlsterlo de Fomento al Sr. l\Jendez ,obre su obra de ferrocarrllee.
y en las casas de vecindad donde no fuere posil:&gt;le su construccion se
SOLIOITOD.-Reg!stro de un mineral de materia ferruginosa cerca de Zongollca.
l'
;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡¡¡;;;¡¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡¡¡;;;¡¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡;;.,;;;,;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;e;;;;;;;. 1ormarán ~lbañales para que en ellos puedan vaciar los vecinos, quie~
nes al venficarlo llevarán la agua suficiente para dejarlos limpios: ·
PARTE OFICIAL.
A_rt. 2? En lo
ad~lante, conform~ se vayan construyenqo l,a~
atalJeas, será obhgatono la construcc1on de comunes y albañales,
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
debiendo tenér los comunes salida para las atarjeas, con arregló á ló
México, Marzo 20 de 1866.-Con esta fecha digo al Sr. Cónsul de ~ue queda prevenido. Pa~a el efe$)to es obligacion bajo respons~fü!
Hamburgo en esta capital, lo que copio:-" Dada cuenta con la co- hdad personal de los arqmtectos ó maest1·os de obras que co'nstrumunicacion de vd., fecha 14 del actual, relativa al encargo del Con- yan, reedifiquen ó reparen alguna finca situada en calle donde no
sulado de Hamburgo en Veracr1:1z, que D. Teodoro Horn hace, mien- haya atarjea, d~jar preparado el local convenientemente situado patras durare su ausencia, á D. Nicolás Herklotz, S. M. ha tenido á ra la construcc1on del comun ó albañal.
bien aprobarlo, y en consecuencia se libran con esta fecha las órde- Art. 3? Para la construccion de comunes y albañales se concede
nes oportunas para que el Sr. Herk.lotz sea reconocido oficialmente el término de cuatro meses, á cuyo veucimiento el propietario de
como encargado del Consulado de Hamburgo en Veracruz."-Lo co- fincas que falte á lo prevenido, sufrirá una multa de cinco á veintimunico á V. S. para su inteligencia y registros correspondientes.- cinco pesos, y si á los cinco días de notificada esta pena no empieza
Dios guarde á V. S. muchos años.-EI Ministro de Negocios Estran- lo obra, se le embargará la renta ó rentas que tenga, para cubrir lo11
costos de ella con un recargo de un diez por ciento, en castigo de su
jeros, Ramirez.-Sr. Prefepto político de Veracruz.
inobediencia, y el comun ó a.baña! se construirá bajo la direceion de
Es copia. México, Marzo 20 de 1'i6ó.
la obrería mayor.
•
El Subsecretario do Negocios Estraujeroa,
Ar~.
4?
Al
vencimiento
de
los
cuatro
meses
fijados
en
el
ártículo
(Firmado) PEoN DE REGIL,
anterior, los carros nocturnos no pasarán para desempeñar el serviMéxico, Marzo 20 de ·1866.-Con fecha 13 del actual digo al Sr. cio que hasta hoy están dedicados, por las calles donde existan las
D. Cárlos G. A. l\fartens, Cónsul de Bremen, etc., en Veracruz, lo atarjeas ó de nuevo se fuesen construyendo.
Ai:t·. 6? En las cal)es donde haya atarjeas queda espresamente
que copio:-" Dí cuenta á S. M. el Emperador con la comunicacion
proh1b1do
á los que tienen pulquerías, tortillerías, fondas ó bodegode vd., fecha 20 de Febrero último, en que manifiesta, que teniendo
n;s,
y
en
general
á toda clase de personas, el arrojar las aguas suque ausentarse del Imperio, se proponía dejar encargado del ConsuCJas
en
la
calle,
á
menos que no establezcan una coladera de recinto
lado que vd. desempeña en Veracruz, al Sr. D. Francisco de P. Mió
chil
uca
convenientemente
dispuesta segun el modelo que dé la diron, Vicecónsul de Portugal en el mismo punto; y habiendo aproreccion
de
obras
públicas,
á
fin de evitar la descompostura ele los
bado S. M. esa propuesta, se libran con esta fecha las órdenes neempedrados
y
la
permanencia
de aguas en el pavimento de la c¡1lle.
cesarias para que el Sr. Miron sea reconocido oficialmente como
Art.
6?
En
las
calles
donde
no baya ata~eas, el derrame de toda
encargado del Consulado de las ciudades l~bres y anseáticas de Breclase
de
aguas
se
hará
precisamente
en el arroyo central.
·
men y Lubek, y el Gran Ducado de Oldemburgo en Veracfuz.-EI
Art.
7?
El
Ayuntamiento
cuidará
de
completar,
tan
luego
como
Ministro de Negocios Estranjeros, Ramirez.-Sr. D. Cárlos G. A.
Martens, Cónsul de Bremen, etc., en Veracruz."-Y la traslado á le fuere posible, los cuadros de las atarjeas existentes, para. que queV. S. para los efectos y registros:consiguientes.-Sr. Prefecto polí- de enteramente prohibido el tránsito de los carros nocturnos por las
3
calles donde ya existan atarjeas.
·
tico de Veracruz.
1
México, Marzo 20 de 1866.
Es copia. México, Marzo 20 de 1866.

'ª,ªblr_revenc1one_s
s1_gu1entes,
á1 1
d 1

?e

El Secretario general de la Prefectura,

El Subsecretario de Negocios Estranjeros,

-----·

(Firmado) PEON

DE

REGTL,

ltINISTERIO DE ESTADO.

(Firmado) ALEJANDRO VILLASENOR, ',·:

PARTES DE LAS PREFEOTURA8.

,,

CrnouLAR.

M,~i:ico_.l\f&amp;rzo 22 de 1865.

Para evitar la confusion y retardo que suele ocasionar en el despacho de los negocios el que en una misma comunicacion ó espediente se trate de asuntos diferentes, mezclándolos de manera que no es
fácil ni pronta su distribucion entre los diversos Ministerios á que
corresponden; por órden de S. M. debo prevenir á V. S., que, en lo
sucesivo, al dar cuenta de los asuntos cuya visita se le ha encomend~do, lo haga c?n )a correspondiente separacion, para que sin demora
m estorbo se distribuyan en los Ministerios á que cada cual toque.
Asi habrá mayor órden y claridad, los interesados no sufrirán innecesario retardo en la resolucion de los negocios, y V. S. tendrá mas
pronta respuesta á sus consultas.
El Ministro de Negocios Estr&amp;ojeros,
Encargado del Ministerio de E1tado,

Sr. Vi.eitad~r imperial de .•••

(Firmado) F. RunREZ. ,

ll
'1
MINISTERIO DE GOBERN.ACION.
Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-N? 116¡.
Morelia, Marzo 16 de 1866.-Exmo. Sr.-Con fecha 13 del actual,
dice á esta Prefectura el Subprefecto de Cuitzeo lo que copio:" Para cumplir con lo prevenido en la circular núm. 68, de 8 de Diciembre próximo pasado, tengo el honor de informar á V. S., Pª!'ª
conocimiento de la Prefectura superiot política, que, ségun los datos
suministrados por los Presidentes de los Ayuntamientos, Jueces de
paz, Tenientes y encargados del órden en las rancherías, parece que
la fiebre tifoidea va ya desapareciendo, pues en el mes pasado uno
que otro caso se dió en este pueblo, en el de Cópá~daro y Ruandacaréo; y respecto de la epidemia de viruelas, ~amb1en va c?ncluyendo, pues comparativamente á los meses ante~1ores, ha hab1~0 pocos
atacados de dicha enfermedad en las poblaciones pertenecientes á
este Partido.-No ha aparecido otra enfermedad que merezca llamar

�274

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

la atencion, y por lo mifruo, /J. esto limito por ahora el presente in-

MINISTERIO DE GUERRA.

forme, el cual no hahla d!ldo con mas oportunidad, como está prevenido, porque los Jueces de paz y los &lt;lemas encargados de darme
ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
los datos respectivos, se demoraron en hacerlo."-Tengo el honor de
trascribirlo á V. E. para cumplir con la disposicion de la materia.Di~ guarde á V. E. m,uchos años.-EI Prefecto político superior,
Mé1ico, Marzo 22 de 1865.
A•io Moral.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Comandancia de Tulancingo.-Número 57.-Tulancingo, Marzo
El. copia. Méxicv, Marzo 21 .de 1865.
19 de 1865.-Exmo. Sr.-En la mañana de hoy se han recibido de
El Subaecretario de Gobernacion,
D. Rafael Cabrioto, gefe de las fuerzas de Huauchinango, las siete
(Firmado) FRA?\CISCO J. V11LALOBOS.
actas de la cabecera y Municipalidades de aquel Distrito, y los municipios de Tenango y Tutotepec, de esta. demarcacion, que justifican la adhesion al Gobierno de S. M. I., y que con mi ayudante el
Prefectura política. del Distrito de Pachuca.-Pachuca, Marzo 19 capitan D. Rosendo de Ulloa, me honro de acompañará V. E. para
de 1866.-Tengo la honra de poner en copocimiento de V. E., para que se digne elevarlas al alto conocimiento de nuestro Soberano.
que'se sirva elevarlo al de S. M. el Emperador, lds 'novedades ocur- He creído conveniente, de acuerdo con mi compañero el Sr. general
ridas en la semana que hoy termina.-El día 12 llegó á esta ciudad, D. Frnncisco G. Pavon, Prefecto superior de este Distrito, solemniprocedente de Huejutla, el Coronel p. Ignacio Ugalde en union de zar este feliz acontecimiento, que nos conduce á la pacificacion y fealgunos oficiales,-y el 14 marchó en la diligencia en union de cinco licidad de una parte considerable de este territorio, y continúo ocude ellos, en direccion á esa. capital, presentando antes un salvocon- pándome de predisponer las cosas para que el Distrito de Zacatlan
~uéto fifmado por el general L'Hériller.-El 17 compareció en esta siga tan loable ejemplo.-Dios guarde á V. E. muchos año!l.-El
Prefectura D. Lúcas Lara., haciendo la protesta de adhesion al Go- general comandante superior, Ettgenio de Ulloa.-Exmo. Sr. Minisb~erno de, S.-M. el.Emperador, porque dijo haber prestado sus ser- tro de la Guel'ra.-México.
Es copia.
vicios ~n la clase de Ca.pitan en el ejército de Oriente, y ofreciendo
El S11bsecretario de Estado y del despacho de Guerra,
retirarse á la vida. privada, por cuyo motivo se le estendió el salvoconducto respectivo.-La tranquilidad pública se conserva en la
(Firmado) J. M. DURAN.
com~reosion de este Distrito, lo mismo que la seguridad en los caminos, _pues la conducta de platas que salió para esa ciudad, regresó
"Gefatura política del Distrito de Huauchinango.-" En la ciudad
á é(ita sm novedad.-Dios guarde á V. E. much(ls años.-El Prefecde
Huauchinango, capital del Distrito de su · nombre, pel'teneciente
to polftico, M. Belle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernaal
Estado
de Puebla, reunidos en el salon del despacho de. la comancion.:_México.
dancia
militar
los vecinos principales, autoridades civiles, gefes y
'.Es copia. México, ·Marzo 21 de 1866.
oficialidad
de
la
gµarnicion de esta cabecern, las autoridades de los
El Subsecretario de Gobernacion,
pueblos
de
esta
Municipalidad
y las de las Municipalidades de Zi(Firmado) FRANCISCO J: VrLLALOBos.
huatiutla, Tlaola y Chiconcuantla, que son indígenas, bajo la presidencia del Sr. general de brigada D. Rafael Cabrioto, gefe de las fuerzas de sierra de Huauchinango, pronunció S. Señoría un breve discurPrefectura. política. del Distrito de Tulancingo.-Tulancingo, 15 so, en que esplicando el objeto con que babia convocado la reunion,
de Marzo de 1866.-Exmo. Sr.-Consecuente con lo que V. E. tie- espuso:
ne prevenido á las Prefecturas por órden de S. M. el Emperador, me
Que siendo constante que la mayoría de la Nacion ha adoptado
honro de manifestarle, que respecto del Distrito de mi mando, no ha tácita ó espresamente la forma de-Gobierno emanada de la intervenocurrido cosa ninguna notable durante la primera quincena del pre- cion europea;
sente mes.-Dios guarde, á V. E. muchos años.-El general PrefecQue siéndolo tambien que las fuerzas organizadas con que el Goto superior, FranciJ~ Pavon.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion. bierno constitucional contaba para repeler la forma monárquica, han
-México.
sido destruidas en dos meses, quedando puramente las guerrillas,
Es copia. México, 19 de Marzo de 1866.
cuya inutilidad para una guerra franca y de derecho está justificada
El Subsecretario de Gobernaoion,
por la esperiencia;
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Que de continuar la defensa del Distrito no se conseguiría mas
ll
que prolongar la situacion de estas localidades por muy poco tiempo, quedando entre tanto muy espuestas las fortunas y personas á
desaparecer
por consecuencia precisa de ]a guerra;
Impe~o Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Seccion
Que
siendo
notorio que todos los actos de S. M. el Emperador
de Gobernacion.-Núm. 111.-Morelia, Marzo 13 de 1866.-Cumvienen
probando
de una manera inequívoca su buena intencion pa- pliendo con lo prevenido por supremas disposiciones, tengo el honor
ra
conservar
y
fomentaylas
ideas liberales, progresistas, dominantes
~e estractar, para conocimiento de V. E., los partes de policía de seen
el
pais;
y
supuest&lt;fbaber
aceptado el trono de México renuncianguridad de las diferentes demarcaciones del Departamento.-Con
do
sus
derechos
futuros
al
de
la Austria, se ha hecho mexicano y
fecha 27 del pasado, el Subprefecto de Cuitzeo participa cornwrvarcomo
tal
9ebe
procurar
el
engrandecimiento
del Imperio, la integris~ la tranquilidad pública en todo su partido.-Con la misma fecha
dad
del
territorio,
desarrollo
y
proteccion
de
las
ciencias y artes, que
el Subprefecto de Indaparapeo participa que el dia 22 fué sorpreuson
la
fuente
de
donde
emana
toda.
riqueza
pública.
y el bienestar de
d~~~ upa partida de treinta disidentes, capitaneada por N. Vargas, en
todas
las
clases
de
la
sociedad,
la hacienda de Santa Rosa: el comandante D. J esus Gonzalez la disY por último; que para entrar cuanto antes en el goce de-los inespersó completamente, tornándole dos _ó tres prisioneros, caballos y
timables
beneficios de la paz, proponia se- sometiera el Distrito al
algunas armas.-Con fecha 28 del pasado, el Subprefecto de CuitGobierno
Imperial Mexicano, reconocido ya por la mayoría de la
zeo ~a~ticip~ qu~ su partido conserva la tranquilidad pública.-Con
la misma fecha dice lo mismo el Juez 1~ de Charo, correspondiente Nacion, preví~ una discusion prudente y franca, dilatada cuanto neáeate partido.-El presidente del Ayuntamiento de Tarímbaro, tam- cesario fuere, en la que todos y cada uno de los concurrentes manibien de este partido, da igual notioi¡¡..-El Subp.refE¡cto de Indapara- festara con entera libertad su opinion: que á _nadie queria estrechar
peo, igual óoticla con fecha 5 del actual.-Con fécha 1? del actual á opinar y firmar en el sentido que ha propuesto; pero que si se esdice lo mismo el Prefecto de Acámbaro.-Con fecha 7 del actual, el forzaba por persuadir, en razon de la conveniencia de este paso, para
actual, el Prefect~ de Puruándiro participa haberse cometido en es- evitar consecuencias tan deplorables como estériles, y que quedaba
tos ,días un robo,, como en valor de 115 pesos, á unos viajeros, cer- cada uno en su derecho para resolver como le pareciera mas acerta·ca de la hacienda de Villachuato, á 4 leguas de Puruándiro; al mis- do; en la inteligencia de que S. Señoría está resuelto á obsequiar y
mo tiempo avisa estar tomando las medidas eficaces para la averi- sostener la resolucion de la mayoría.
Suscitóse en seguida una dilatada discusion, en la que quedando
gpacion y castigo de los criminales.-Con fecha 12 del actual, el
perfectamente
esclarecida la verdad de los antecedentes espuestos
Subprefecto de Indaparapeo, participa la tranquilidad de su partido.
por
el
señor
general,
se convino unánimemente en firmar los artfoulos
-Tengo el honor de ponerlo en el superior conocimiento de esa susiguientes:
p~rioriaad, conforme á lo mandado.-Dios guarde á V. E. muchos
1&lt;? El Distrito de Huauchinango, representado por sus gefes de
años_.-El Prefecto político superior, Antonio Moro.l.-Exmo. Sr.
la
Guardia Nacional, autoridades civiles y personas notables,que- se
Mmistro de Gobernacion.-México.
hallan
presentes, reconoce, acata y presta su mision y obediencia des1
'Es copia., México, Marzo 21 de 1866.
de
esta
fecha, al Gobierno de S. M. Máximiliano I, Emperador de
El Subsecretario de GobernaciQn1
México.
(firmado) FRANC~S&lt;;o J, V~LLALOBOS,
2&lt;? Se sacará testimonio de la presente acta, autorizado por quien
corresponda, para que- por conducto del Sr. general Cabrioto, se eleve al gabinete de S. M. I. de la manera que- mejor parezca a~ elipre/

sado sieñor lae'neral. Con lo que se concluyó la Junta celebradl~ hoy d~ s. M. l\laximiliano I, reconociéndolo cotn'ó Emperador de MéXJCO,
•
dia quince de Marzo de mil ochocientos ses·enta y cinco.
2&lt;?
Queda
asimisrno
la
~Iunicipalidad
sujet4
á
la
subordinac1'
óñ de
General en gefo, Rafael Cabriot~; corouele~, Anton~o Perez, Rasus
autoriclades
superiores
en
el
ói:dén
e~táblecido
ó
que
se'éstahl~zfael Barron, Dimas López, Baltasar Telles G1ron; tenientes coroneles Abraharh Plata, Miguel Alvarez, Manuel Matus; co!nan&lt;lantes de ca en lo sucesivo.
escuadron Paz Reve!:l, Vicente Oropeza, José Maria Rivera; coman- 3~ Copia de esta acta se elevará á 1~ superioridad por conducto
dantes de hitallo1; Marciano Rios, Y-ictoriano Escobar; capita.nes de del C. General Cabrioto, de Haauchinango, quedando desHe, fuego
1
caballería Felipe Céspedes,, Francisco Oontreras, Tomás V1ve!os, a.bie1-ta la comunicacion con las autoridadés p110~ip~lds jiél Dep&amp;r~
Rafael Leal Doroteo Henr1quez, José de Jesus Oropeza, Francisco tamento, para los fines consiguíentes: corí lo qú·e concluya. líi.' ~éU.' 118e lii'ré~
,· riioh
Perez Joaquín Gutierrez; capitanes de infantería Guadalupo More- niou, t!eia.ndo firmada la presente todos los indiv,i4u~
J.
C
l
N"
1
M
d
C
l
·•
I rt tle
?-1
que
supieron
hacerlo..
corone
,
ico
as
éri
,
.
may
no; J~a.\i Rosete; 2.~ ayudante Manuel Repn:; tenlentés de caballería Francisco Eapinosa, Fernando_Bede, ~ibrado García_, Manuel órdenes, J osé Maria Tolentino; C. ayudante, Rafuel .thtez; cO-'
Espinosa, José Maria Torres; teme~tes _de mfantería Bemgno Her- pitan, Francisco Perez; teniente, Juan Tole)1tin?; ~ubtr,nte~ye~ )fa.,
nandet Aurelio Márquez, Cayetano Ruiz, José de J. }Iuesca; alfé- nuel Gudnan; sargento 1?, Patricio San A~ustln:irosé de s'an Jukn;'
rez Sebastian Covarrubias, Francisco Escalona, Juan Montes, Anto- sargento, José 1'abera, Fernan&lt;lo Trejo·, FeHpe Castl'O, Ju'ab Tolen-·
nio Vazquez; ,subtenientes E~uardo M~lo, Rafael Rotfriguez; sargen- tino, Gabriel Velasco, Rafael Meqaozá, f.r!iqciscd áe ~arl;:Tuá'n1 J'otos 1os José Mmfa Rivera, Zeooo Barnos; por la clase de sargentos sé efe San Agustín, Francisco Perez, Jós~ Merida', Mii.nuél 9,uet'~
José Vela.seo, Lorenzo Torres, Benito Toleutitió, Mariano S'.ihl' A~Üs-.
2os Antonio Serrano; por la clase de cabos Agustin ~erea; gefe P?litico del Distrito Antonio Várgas; alcalde 1&lt;? concil1ador, LuCio tin, Tomás Mendoza, Juan Tolentino, J'osé Tr'e)o, Manuel G~man,
J'uíln: Matiüel
Hernandez; suplente del alcalde 1&lt;? conciliador, Domiugo Moren~; Andrés Castro, Mai-iano de la Cruz, Miguel de
alcalde 2? conciliador, Juau Vergara; suplente del alcalde 2? conci- Perez, Manuel Tolentino, Crescencio García, Franciscd Alrr\áráli
liador Fernando Hernandez; síndico Rafael Cardona; juez auxiliar ~fl!,nuel S. Agustin, Francisco Velasco, Rufino tó¡&gt;ef, '.Nicolás Guzde la ~eccion de San Juan, Ignacio Grageda; juez auxiliar de la sec- man, Vicente Pere_z, Mltnu~l Tole~~ino, Francísco San..~güstm, J~~
cion de San Franciscó, Julían Castro; juez auxilial' de la seccion de sé de San Juan, Vicente Perez, J ose Matfas, Juan Me9,d za, Mhfüie1
· Santiago Francisco Lechuga; juez auxiliar de la seccion de Santa de San Juan, Andrés Flores, Manuel López, Frapcist; t!feliaoid;'
Catarina' Juan Nava; tesorero municipal, Bartolomé Andrade; teso- Tomás de San Juan, Manuel San Agustín, Franéiséo Toléntino,'JJo~
rero del fondo de rebajados, José María Agúirre; alcaldes de Huila- sé Velazquez, Vicente Flores, Francisco Trejo, Antoníó Tolentino,
capistta, J oBé Francisco y José Antonio; de Cuaxiutta? José Maria Mariano San Agustín, Mariano Trejo, Manuel Tolentino, José Vey José Dionisio; de Nopala, José Andrés y José Antomo; d~ }Iatta- lasco, Francisco San Juan, Diego Trejo, José Maria Elizalde; Franluca, José Antonio y José Manuel; de Alceséc~n, José V1cen~. y cisco Hernandez, Cl'istóbal Trejo, Rodrigo Trejo, GabrieLJiernanManuel Antonio; de Tenohuatlan, Mateo Francisco y José Pa~nmo; dez, Remigio Hernandez, José ~aria TQlentino, Mariano de la Lui,
de Ayóchincuautta, Juan Pascual y~ oséJ uau; de Cu~~ueyaestta, ~o- Camilo Lemus, Domingo Montes, Luciano Montes, Feliciano Ortiz,
sé Antonio y José Manuel; de Cuas1cala, José Antonio y Jós~ Cris- Gregorio Blancas, Juan H:ernandez, Severiano Antonio, Juan Parra,
tóbal; de Necaxa, José Francisco y José Vicente; de Acuautta, Jo- Apolinario Perez, Severiano Solfs,·Rafaél Blancas, Juan Felipe Sansé María y José Antonio; de Patoltecóya, José Pascual y Manuel tiago, J·oaquin B:ernai:idez, José Maria Blanca&amp;, ,Ea(a.el Eliz/\lde,
Antonio; de Michinca, Francisco Cortés y José Antonio; de Tatola- Guadalupe Cáseres, Francisco Javier, Cárlo~ SalM1 Cain,ilg Silv.a,
pa, José Ricardo y José Manuel; de Tenango, José Asencio y José Francisco Garcia, ~ntonio Bi&gt;rbolla, Mari.ano Retam~, Igpacio G-,k
Maria; de Papattatta, Agustin Domingo y Agustín JQaquin; de Xas- lioso, Pedro Cabrera., Refugio Silva, Tomás ~olís, Jqs~ &lt;je,ala UJYZo1
tepec, José María López y Antonio Hernandez;' de Musacattan, Ni- Tomás de la Cruz, Agustin Velasco, José San Agustín, ,f.-~QCl§OOt
colás Antonio y José Antonio; de Xilcuautta, Agustín Santiago 7 Vel asco, Roberto Cabrera, J oaquin Plata, Nicolás .M,aJ;tinei,,)la.Que
Juan Manuel; de Cuacuila, Isidro Juan y José Andrés; de la Muni- Velasco, Felipe Velasco, Vicente García, Juan Vel asco, Fxa.'Qcj~Q.
cipalidad de Chiconcuautta, Juan Jimenez y Andrés de la Cruz; de Resalde, Pedro Avil a, José Mendoza., Antonip La-zc3¡n9, J9$.é r.,JattiZernpoala, José Francisco y Juan Agustin; de Tlalhua, Juan San- nez, Encarnacion Corbero, Aoqrés Hernandez, VicElllte -!{.elaQ1a, "134-;
tiago y Aparicio Santos; de '!lalximehual~, Jos~ G~egorio y_ Pedro fael Borbolla, José Galloso, Ignacio;La,zcano,,,Diegl;\ ,Martine~, JJJii
Antonio; de Tlaltenango, Nicolás Antomo y Santiago Fehpe; de Cristóbal, Lázaro Solía, Pantaleon Borbol1a, Manuel M~IQ1 José Guz-·
iuii , ,,
Tixtla, José Antonio Hernandez y José Antonio; de Tlacbeo, José man, Vicente Silva, Martín Guzman, Agapito Pabrer{\d
Es
copia
de
h~
original
que
obra
en
esta
Corp11:1J&lt;Jl},
l
}C!ll¡,¡
.fjJl&amp;l!ChiSantiago y José Antonio; de la Municipalidad de Tlaola, Juan Pedro de la Cruz; de Xaltipustla, Manuel Francisco Antonio y José nango, Marzo diez y ocho de mil ochocientos sesenta y ~inco.-~nClemente; de Tritsicasapa, José de los Santos y José Castillo; de tonio Vargas.
Tetla, Felipe Santiago y José Miguel Anotes; de Xochinanácatlan,
Juan Agustín y Jacinto Bias; de Coauila, José Vicente, José MaMéxico, 2'.! de l\farzo de 1865.
nuel Antonio; de Tlatapanala, Onofre Santiago y José CrisMto Antonio; de Cuautzoutiepa, Juan Santiago y Nicolás Antonio; d'e Huist- Juzgado de Pahuatlan.-A los catorce dias del mes de Marzo de
ta, Gregorio Salvador y Manuel Antonio; de Ctiichahuautla, (Juan mil ochocientos sesenta y cinco, en Pahuatlan, que .es l11i...Cab_ecera
Santiago y Nicolás Antonio),.. José Aparicio y José 1\forales; de la. del Distrito de su nombre, sujeto al principal Distrito de HuauchiMunicipalidad de Zihuautitta, Nicolás Antonio y José Antonio; de nango, del Departamento de Puebla, los vecinos notables de dicho
Tecpattan, Matias Santiago y F.elipe Santiago; dt1 Ocomacétta, Fa- pueblo, convocados por el C. Coronel y Alcalde 1&lt;? José Luis Lebian Antonio y Miguel Santiago; de Telolotta, José Arejandro y Jo- chuga, hizo presente este señor que había solicitaqo la repnion con
sé Trinidad; de Masacoattan, Antonio Gornez y Pablo José; de Ca- el fin de poner de manifiesto la conveniencia de qu'e Pahuatlan recalmattan, José Manuel y José Manuel Francisco: de Cuátechalotta, conociera al Gobierno Imperial Mexicano, por cuanto á iue la ~arAntonio Santiago y José Mariano; de Cuanepisca, Miguel Aparicio cha de S. M. Maximiliano I está acreditando que lejos de atac~r aI
y José Luis, Julio Hernandez; por Manuel Hernandez, Salustiano gran partido liberal nacional, lo pr?t~ge con Jeyes 1 sábia~ y jµ,f&amp;;,
que conducen al pais al engrandec1m1ento de que es sup~eptil?l~, Cl,lde la Madrid, Bonifacio Aranda.
yas
hau sido siempre las miras del citado partido; despues de .otras
Es copia de la. original que obra en el archivo de la Gefatura dé
muchas
razones que espuso, y que fueron acogidas con entusiasmo,
mi cargo, á la cual me remito.
.
.
se
acordó:
Huauchinañgo, Marzo diez y seis de mil ochocientos sesenta y cin1&lt;? El Distrito de Pahuatlan queaa sometido al Gobierno de S. M.
co.-Antonio Vargas.
Maximiliano I, reconociéndolo como Emperador de México.
2&lt;? Queda asimismo este Distrito s~je!9 á Jt s~J:&gt;...ordinacion de sus
Gefatura política del Distrito de Huauchinango.-A los cato~·ce autoridadt'S superiores en el órden estabíecido, ó que se establezcan
dias del mes de Marzo de mil ochocientos sesenta y c'inco, reunidos en lo sucesivo.
3&lt;? Un tanto de esta acta se elevará á la superiorid~d p.or ~onducen Tutotepec, que es la cabecera del Distrito de su nombre, sujeto
al Departamento de Tulancingo, los vecinos notables de dicho pue- to del C. General Rafael Cabrioto, gefe de las fuerzas de la sierra,
blo, convocados por el C. Coronel Nicolás Mérida, antiguo gefe de para los fines correspondientes.
1
1
la Guardia nacional, hizo presente este señor que babia solicitaclo la
Con lo que concluyó la reunion, dejando fi rmada la pre~ente toreunion, con el fin de poner de manifiesto la conveniencia de que dos los individuos de la reunion que supieron hacerlo.-José Luis
Tutotepec reconociera al Gobierno Imperial Mexicano, por cuanto á Lechuga, José Maria Morales; comandante militar, Daniel Calva, ca&lt;lue ~- M. Maximiliano I está acreditado que lejos de atacar al par- pitan 1&lt;? de caballerfa, Ignacio Villegas, Miguel Morales, teniente,
tido liberal nacional, lo protege en todos sus actos con disposiciones Manuel Hernandez, subteniente, Francisco Hernandez de• la Orta,
sábias que conducen al pais al engrandecimiento de que es capaz, lo teniente, Vicente Hernandez, subtenienw, sargento 1? Feliciano
cual ha procurado siempre el citado partido. Y despues de otras Trejo, Jesus Monten-ubio, sargento 1&lt;?, sargento 2&lt;? de artillería, Cármuchas razones que espuso y que fueron acogidas con entusiasmo, men Barredo, J:,uis Agúilar, sargento 1&lt;?,_ por c1,1atrp s¡1rgEmtqs ~egunse acordó:
dos que no saben firmar, Feliciano TreJO, por ocho cabos que no
1? La Municipalidad de Tutotepec queda sometida al Gobierno saben firmar, Jesus Monterrubio, por la clase de soldadÓs banda;

s;n

y

�DIARiO DEL L'1PERIO.

216

Vicente Lozano, Mateo Cayetano, capitan de Chila, José Domingo,
éapitan de Za~ap~huaya, José Soledad Aparicio, sargento 1?, Felipe Saptiago, sargentp 1?, José Guadalupe Rosales, sarge~t~ 1? d~I
4,huacate, Julian A. Trejó, alcalde 2? ~e esta cabecera,_Tnmdad J1menez, regidor de indios, José Luis G. ~ópez, s~cretano, Gua?alupe Victorio Perez, Alvino Rivera,_ Ft1ustrno ~gmlar, Manuel M1llan,
Valeriano Soto Mayor,·Juan Aguu-re, ~ranc1sco ~uzman, José Esp,;jo, Manuel Carballo, Braulio_,Valdespmo, Ag~stm Galaz, Marcelino Zejo, !ndrés Ruiz, Cayeta~o. Cuevas, pomm~o. Gomez, Ignacio Sarmiento, Guadalupe Apanc10, Gregono Apanmo, JoséMan~el
Bonilla Manuel Galindo, Rafael Miranda, Manuel Guzman, Franmsco' de 1~ Cruz, alcalde de Xolotla, Pascual Diego, juez de Mamiquet1a, Juan de la Cruz, alcalde de Atlantongo, Salvador José, alcal•
de 'de Astla Pascual de los Santos, alcalde de Acalapa, Pantaleon
Jarill~, juez de Cuauneutla, José Silverio de los A?gel~s, juez de
Tlalcruz, José Silvestre, Juez de Soyatla, Tomás Aibmo, Juez_ de Paciolta José Mariano alcalde de San Pablo, José Ventura, Juez de
Zacapehuaya, José Hilario, alcalde de Chila, Francisc? Baltanar,
juez de Huchuetliya, Juan José Vargas, alcalde del partido Magd~lena, José Crescencio Hernandez, juez del~ R~ Magdalena, ~n~omo
Rósales, juez del Ahuacate, Francisco ~evenn~, alcalde de Ah1la, Ignacio José, alcalde de Tlaxcio, Ignac10 Santiago, alcal~e de_ Cuaxtla, Mariano Cayetano, alcalde de Atlalpan, Juan Fehpe, Juez de
TÓtonacos, Francisco Antonio, juez de Acalman, Pantaleon _venancio, juez del Rio, Andrés Leon, Francisco López, Ramos J1menez,
José Maria Aparici9.
Son copias.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de ll\ Guerra,

paral la audíencia7del viérnes 24 del corriente, á las doce; apercibidos de que sí no coneurren, el Tribunal resolverá lo que crea necesario y de justicia, conforme al art. 771 del
Código de Comarcio.
'
Lo qut1 se pone en conocimiento de los acreedores en cumplimiento de lo mandado.
José María Cardeña, Oficial 2'?, escargado de la Secretaría.
209-2s-l
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
l\fé1ico, Marzo 16 de 1865.
En los autos del concurPo á bienes de D. Rafael Duarte se ha ha ptoveido uu auto, que
con la insercíon á que se refiere, es como , igue:
" México, Marzo 14 de 1865.-En atencíon á que en estos aut-0s la última providencia
8e dictó el 19 de Octubre de 1852, por lo que uo es fácil que las personait que tenían derecho que deducir en el concul'\lo conserven la memoria de ellos, cítese á los acreedores
por cédulas y por medio de los periódicos (inserta¡¡do en los avisos la lista de fojas 7), á
j_unta general, solicitada por el Síudíco, para la audiencia del dia veintinueve del presente,
a la una de la tarde. Lo proveyó el Sr. Presidente y firmó.-Castülo.-Lúis Rodriguez y
Palacio."
D. Victoriano Marticorena ...........•.....••... $1,340 ,,
Lic. D. José Mai1a Duarte.. .•. . . . . •. . . . . .. . . . . . 1,624 6
Sres. Perríssin, Gautíer y C~ .•...... •. __. . . . .. . .
160 ,,
D. Maximiliano María Chavert....... . • . . . . . . • • . . l,086 4
D. Manuel Grumbak.. ... .. . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . .
550 ,,
D. Rafael Cancino...... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
309 ,,
D. Fernando Muller. . . . . . . • . . . . . . . . • • . . . • . . ..
347 7
Dusseaux y Gutíerrez....... . . . . .. . . . . . . . . . . . . . .
75 7
Dans hé~an?_s.. • • • . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . .
61 ,.
Doorman e hiJo................... . ...... . .....
60 ,,
Danton .•. . . . . .. . ... . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. . .
35 ,,
D. Francisco de P. Sáyago.................. •. . .
59 ,.
Loyola. . .. . . . . . ... . . . •. . . . . • . . . . .. . . . . . . . . . . . .
24 3
Berjes . • • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . .
100 ,,
Bouche.................. .... .. .. .............
17 ,,
López é hijo .•.••...•..........•..... :-. . . . . . . . .
42 ,,
México, Agosto 30 de 1852.-Rafael Duarte.
Lo que pongo en conocimiento de los 'señores acreedores, cumpliendo con lo mandado.
José María Cardeña, Oficial 2~, encargado de la Secretaria.
2J0-2a-1

(Firmado) J. M. DURAN.

DOCUMENTO.
KINISTERIO DE FOMENTO.
Sr. D. Santiago Mendez.-Secretaria, !"farz? 19 de 11~65.-M?Y
señor mio que apreoio.-He visto con satisfacc1_on el tratado e~cr1to
por vd. sobre ferrocarriles, en el cual veo mamfiesto su empeno de
proporciona~á nuestro país, y particularmente á la nurner?sa .clase
que no conoce la materia, el conocimiento de la construcc1?n y legislacion en punto t3¡n interesante para la verdadera prospendad del
Imperio.
.
Estimando en g{i justo valor esta producc10n, no solo ~celebro el
patriótico designio que se propuso vd. al ~mpren~erla, srno que lo
felicito por su buen éxito; y en consecuencia, considero un ~eber de
justicia manifestarle por la presente el agrado con que. ha sido acogida por el Gobierno.
.
.
· Soy de vd. afectísimo servidor q. s. m. b.-Luis Robles.
Es copia. México, Marzo 19 de 1865.

.

CITACION.
No sabiéndose el domicilio de D. Jose María Segura y D. Agustín López, ni quiénes
son los represeutlintes de D. J acíuto Ortíz de la Peña y D~ Margarita Peimbert, el Sr.
Juez 2? de lo civil, Lic. D. J\Ianuel Parnn, ha mandado se les cite ájunta cumo acreedores del concurso de D. José María Noya, por medio del "Diario del Imperio," para el
viérnes 24 del corriente, á las doce; en cuyo cumplimiento los emplazo por el present.e
anuncio.
·
_
México, Marzo 20 de 1865.-Manuel Romero, Escribano púolico de la Nacíon.
211-2s-l
JUZGADO 8? MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUMERO 8.
Seminario núm. 8.
Por el presente, y á instancia de D. Ramon Madrid, se emplaza á D.N. Nevraumont
(padre), para que en el término de oc)lo días, contados desde la publicacion del presente,
comparezca en este Juzgado á contestar el juicio conciliatorio que por pago de pesos le
promueve el nominado Madrid; apercibido que de uo hacerlo, se tendra por intentado el
acto y se espedírá el certificado respectivo.
México, .Marzo 2'2 dé 1865.
El Juez 8'? menor, Lú. Zubiaga.
212-3s-1

JUZGADO ó'? CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
En junta de acreedo1·es celebrada en cuatro del actual, en los autos del concurso á bienes dt1 D. Gabor Naphegy, que giran en este Juzgado, se acordaron entre otros puntos,
los siguientes:
Primero. Que se entreguen los autos al Sindico judicial para que promueva lo conveniente, presentando el estado del cl'Mito activo y pasivo.
Segundo. Que se convoque por los periódicos á: todos los que se consideren acreedores,
para que en el precisó término de quince dias presenten los documentos justificativos de
sus crédít&amp;s al tiíndico; con t1l apercibimiento de que pasado dicho término 11in verificarEl Subsecretario de Fomento,
lo, seguirán los autos su estado en su rebeldía.
(Firmado) MANUEL ÜRozco.
Y babiéndose prevenido el cumplimiento de dicho acuerdo, pongo el presente para los
efectos que espresa el segundo punto inserto, y que el Síndico es el Sr. D. José Dans, que
vive en la calle de las Ratas núm. IO; en !\léxico á diez y ocho de Marzo de mil ochocien•
tos 11esenta y cinco.
.Agustin Perez de Lara, Notario de Hacíentla y público del Imperio.
208-3s-2
KINISTERIO DE FOMENTO.
JUZGADO 4'? DE LO CIVIL.
En los autos del intestado de D. Leonardo Gonzalez se ha m:iidado por el Sr. Juez 4'?
SECCION 1~
de lo civil, Lle. D. Evaristo Reyes, se llame por los periódicos á las personas que se crean
México, Marzo 20 de 1865.
con derecho á los bienes de dicho intestado, á fin de que se presenten en el Juzgado á
D. José María Cid y Carrillo, ha hecho formal registro, de un mineral_ de deducirlo dentro de treinta días cqntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E
203-Ss-3
materia ferruginosa, sito en la cañada•de Xonamanca y al Este de la villa Escribano público, .Antonio Campos de la Vega.

SOLICITUD.

1

de Zongolica.
Y habiéndose admitido con fecha 2 del actual el registro en cuanto ha lu.
gar en derecho, sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas, ~e avi.
sa al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho a opo.
nerse, Jo deduzca ante este Ministerio.
1 1
El Subsectetario de Fomento,
(Firmado) MANUEL Ü&amp;ozco.

IMPERIO :MEXICANO.-1UZGADO l '? MENOR DE LA CORTE.

Galle cerrada de la Moneda núm. 10.
ORDEN.-Ignorándose la habítaciou de D. Ignacio Izaguirre, por la presente se le emplaza para que comparezca en este Juzgado, ~or si ó por apoderado instruido y espensado,
dentro de tercero día, contado desde la pubhcacion de este aviso, para alegar de su derecho ~n el juicio que le tiene promovido D. Felipe Zamora; apercibido de darse por alegado si ao concurre.
México, Marzo 16 de 1865.
El Juez l'? menor, Lic. Joaquín Perez y Gilemez
204-3s-3

ANUNCIOS OFICIALES.

JUZGADO 4'? DE LO CIVIL
De órden del Sr. Juez 4'? de lo civil, Lic. D. Evarísto Reyes, se convoca por el presente
anuncio á los que se crean con dérecho á los bienes del iHtestado D. Guillermo Pacheco,
COMISARIA CENTRAL DE POLICIA.
para que com_parezcau á deducirlo dentro de treinta dias; apercibidos de que si dejaren
Núm. 1,257.
México, Marzo 21 de 1865..
pasar el ténmno, sin mas emplazamiento se procederá á lo que hubiere lugar.
Han sido remitidas al corral de deposito tres burras, que se encontraron estrav1.&amp;dos en
México, Febrero Z'/ de 1865.-Ma11uel Romero, Escribano público de la Nacíon.
e
205-38-3
la demarcacíon del c~artel núm. 8; lo que se pone en conocimíen~ del J?Úblico, pa~ qu_
.
el interesado ocurra a esta oficina central por la órden de devoluc10n, siempre que Justi
JUZGADO 8'? MENOR DEL· CUARTEL MAYOR NUJr!ERO 8.
que su propiedad.
El Secretario general, L. Berthier.
Por la presente se hace saber al albacea de D. Ramon Vaca, que en el juicio seguido
contra la testamentaria por U. Jesus Goríbar, se ha dado por contestada la demanda y
abierto el ne~ocin á prueba por ocho dias; citándose igualmente al referido albacea para
que el dia vemticínco del actual se presente, á las doce, á absolver posiciones; ·apercíbidCI
ANUNCJ:OS.
de darse por absueltas y quedar citado para sentencia sí no concurre.
·
México, Marzo 18 de 1865.
El Juez s~ me110r, Lic. Zubiaga.
206-38-3
TRill'UlUL DE CODRCIO DE :MEXICO.
México, Marzo 17 de 1865.
En el eapecliente del coucuno á bienes de D. Arcadio López, este Tribunal, en auto de
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
hoy, y á coneeouencía de no haber tenido verificativo la junta mandada reunir el día 16
BAJ('8 DJ SAN AGVSTIN1 NVM, l.
o
del preeente, ha acordado se cite nuevamente á los señores acreedores á dicho concurs
I

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50669">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50671">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50672">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50673">
              <text>68</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50674">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50675">
              <text>23</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50690">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50670">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 68, Marzo 23</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50676">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50677">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50678">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50679">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50680">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50681">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50682">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50683">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50684">
                <text>1865-03-23</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50685">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50686">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50687">
                <text>2011209</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50688">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50689">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50691">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50692">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50693">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7901">
        <name>Consulado de Hamburgo</name>
      </tag>
      <tag tagId="7905">
        <name>Cuitzeo</name>
      </tag>
      <tag tagId="7784">
        <name>Ministerio de Negocios Extranjeros</name>
      </tag>
      <tag tagId="7903">
        <name>Prefectura de México</name>
      </tag>
      <tag tagId="7904">
        <name>Salubridad pública</name>
      </tag>
      <tag tagId="7906">
        <name>Tifus</name>
      </tag>
      <tag tagId="7907">
        <name>Viruela</name>
      </tag>
      <tag tagId="7902">
        <name>Visitadores imperiales</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1925" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1075">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1925/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._69._Marzo._0002011210.ocr.pdf</src>
        <authentication>e0bfcc9b8de4351c8d0e94fdbc1a7838</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74367">
                    <text>DEL

\

!,.

MEXICO: .Viernes 24 de Marzo de 1865.

TOIIO l.

SUMARIO. ,
PARTE OFlOIAL..-Decreto Imperial nombrando cuatro c»nsejeros ~ Estado.-Otro, nombrando cuatro
Auditores del Oonsejo -Acuerdo lmperla.1 aprobando lá nuevÁ fllánta de empleados para la administraclon
de rentas del Ayuntatclento.-ld. dando permiso para la publicaclon de un periódico en Zacateca.s.-ld. lle•
clarando una cesanlía.-Una aclaraclon del lfinlslerio de J usticia sobre la .ley de 26 de Febrero.--Otra so•
bre biooes de Ayw1tamlentos y estableclmlentos de beneficencia é insn-uccion.-Otra sobre que nv son ya
admisibles las denuncias para operaciones de desamortlzaclon.-Deereto bombrando director(l!I de tas Adna•
nas del Golfo y del Pa,;iftco.--Otro dando de baja en el ejército al Oomandanle Koning.--Oircular del Ml•
nlllerlo de la Guerra par&amp; el cumplimiento de los decretos de 28 Y 26 de Enero de este allo.
NOTIOIA DIPLOMATICA.-Carta del Rey de llalla al Emperador de México.
ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.-Varlas del Distrito de lluauchluango.

NOM. 69.

por ser transítoria y meramente• circunstancial, no importa una
derogacion del decreto de 2 de Enero de 1864.-El Ayuntamiento
cuidará, bajo su responsabilidad, que la reduccion de empleados
que pi·opone no ceda en perjuicio de la administracion municipal." -Y lo comunico á V. S. para su conocimienoo y &lt;lemas fines.-El
Ministro de Gobernacion, Cortés y Esparza.-Sr. Pr.~f~oto polftico
del Valle de México.
PLANTA DE LA AnMINISTRACJON DE R&amp;JfTAB MUNJCIPAI,ES.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ~faxioo:
En atencion al mérito y circunstancias que concurren eu las personas que adelante se espresan, y conforme á lo decretado por Nos
en 4 de Diciembre del año pró;ximo pasado, HEMOS venido en decretar lo siguiente:
Son Consejeros de Estado los señores
Don Pascual Almazan,
Don José Linares,
Don Napoleon Saborfo,
Don Manuel Cordero.
Nuestro Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion del
presente. decreto, qu_e s~ depo~itará en los archivos del Im_pe_rio, publicándose en el periódico oficial para q_ue llegue á conoe1m1ento de
quien corresporrda.
Dado en el Palacio de México, á 22 de Marzo de 1866.
(Firmado) MAXIMILI.ANO.
Por mandato de S. M. l.
El Hi.nistro de Estado,

(Firmado) José F. Ramirez.

Administrador, Gefe de la oficina ..... ...... .. $
Tenedor de libros.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
·Auxiliar de idem. . . . . . . • . • . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gefe de Seccion.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial2?....... ....... . . . ......... • ....
Oficial 3°. • . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 4? ...•.... . ...... : . • . . . . . . . . . . . . . . .
Id. . . . . . . . . . . • . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Escribiente.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • • . . . . . . .
Ia.... ... .... .•• • • • •• •• •. • . . . . . . . . . . .
Id. . . . . . . • • . . . • . . . . . . . . . • . . . • • • . . . . . .
Id. . . . • • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Id. . . • . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . • . . . • . . . .
Cajero pagador. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . .
• Auxiliar de idem .... .' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . .
Cobrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mozo de oficios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . .

Suma ...... . ... .•. . .. S 13,600
Es copia. México, 22 de Marzo de 1866.
El Subsecretario de Gobernaciou,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
SECCION

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

2,400
1,200
800
1,000
800
800
800
800
600 .
600
600
600
600
1,200 '
600
600
200

3ª
México, Marzo 22 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien espedir el acuerdo siguiente:
Conforme á lo decretado por Nos en 4 de Diciembre del año próxi- "Concedemos á D. Mariano Sanchez y á D. Francisco Linares limo pasado, y en atencion á las circunstancias que concurren en las cencia para publicar en la ciudad de Zacatecas, un periódico que se
personas que á continuacion se espresan, HEMOS venido en decretar intitulará La Civilizacion."
lo siguiente:
Lo que inserto á V. S. para los efectos consiguientes.-Por el MiSon Auditores del Consejo de Estado los señores
nistro de Gobernacion, el .Subsecretario, Francisco J. Villalobos.Sr. Prefecto polftico de Zacatecas.
"
Don Francisco Artigas,
Es copia. México, Marzo 23 de 1866.
a
Don Joaquin Escalante,
Don Juan Herrera,
El Subsecretario de Gobernacion,
~ ll
Don Manuel Ramirez Aparicio.
(Firmado) FRANCISCO J. Vrr,LALOBos.
Nuestro Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion de
S&amp;OCION 4~
. e1te decreto, que se depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el periódico oficial para que llegue á conocimiento de
Méiico, M!ll7:o 22 de 1865.
quien corresponda.
Dada cuenta á S. M. el Emperador con el espediente promovido
Dado en el Palacio de México, á 22 de Marzo de 1866.
por D. Emigdio Garcia de Leon, sobre declaracion de la cesantía que
le corresponde como empleado que fué de la Cámara de Senadores,
. '.
(Firmado) MAXIMILIANO.
ha tenido á.bien acordar el decreto siguiente:
Por mandato de S. M. l.,
El Ministro de Estado,
"Conforme á lo prevenido en la fraccion 2~, artícl,\\o 2? de la ley
de 18 de Abril de 1837, DECLARAMOS á J?. Emigdio Garcia de.Leon,
(Firmado) José F. Ramirez.
cesante en el empleo de oficial 2? de la secretaría de la Cámara de
Senadores, con el goce de una pension de quinientos cincuenta peJtt!RISTERIO DE GOBERNACION.
sos anuales, que equivale á. la mitad del sueldo asignado á dichoemSEcc.ioN 1~
pleo, por los acuerdos del Senado, de fechas 21 de Febrero de 1826,
r
México, Marzo 22 de 1865.
6 de Julio de 1838 y 27 de Abril de 1844."
S. M. el Emperador, con fecha 17 del presente, ha tenido á bien Y me honro de trasladarlo á V. S. para su conocimiento y efecdar el siguiente acuerdo:-"Con la mira de introducir el mayor nú- tos que correspondan.-Por el Ministro de Gobernacion, el Subsemero posible de economfas en los gastos del Ayuntamiento de esta cretario, F-ranci,sco_ J. Villalobos.-Sr. Subsecretario de Estado y del
Corte, para cubrir el deficiente que reS'ulta en el presupuesto del Despach~ de Ha?1enda.
presente año, Hemos tenido á bien aprobar, con calidad de provisio- Es copia. México Marzo 22 de 186ó.
· nal, la nueva' planta de empleados que la Corporacion propone para
El Subsecretario de Gobernttcion,
au administracion de rentas; bajo el concepto de que esta disposici~n,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBos.
/

�f

MINISTBlÚO DE JUSTICIA.
Mélico, Marzo 14 de 1865.

Previniendo la ley de 26 de Febrero último la presentacion de los
documentos de las operaciones sujetas á la revision, es claro que los
interesados tienen su derecho espedito para sacar todas las constancias referentes á ellas, y por ló mismo, para hacer las tildaciones y
anotaciones de las operaciones practicadas con anterioridad á la espresada ley de 26 de Febrero.
Lo digo á vd. para ~u conocimiento y en contestacion á su oficio
fecha de ayer.
El Ministro de Justicia,

(Firmado) ESCUDERO,
Sr. Escribano D. Manuel T. de Meneses, Encargado de la oficina
de ijipotecas.-México.
.
_ E"s copia: México, Marzo 23 de 1865.
El Subsecretario de Justicia-:-

(Firmado) Fr,p¡,cisco de P. Tabera.
¡México, Marzo 22 de 1865.

'

DIARIO DETu IMPERlO.

DIARIO DEL IMPERIO.

278

Exmo Sr.-En vista del oficio de V, E. de 16 del actual, en que
trascribe el del Prefecto del Valle de México, que contiene la solicitud de la junta revisora de enájenaciones de bienes de ayuntamientos y establecimientos de beneficencia é instruccion pública, sobre
que se declare que esas revisiones no debe hacerla~ el Consejo de Estado ~ino la misma junta, S. M. se ha servi90. disponer conteste á V.
S. que las disposiciones de la ley de 26 de Febrero último, no se refieren ~ los bienes de beneficencia, insfrucciorí pliblica, ayuntamient~s y Q~mas ~orpor.~~iones civiles; pero las opei;aciones qµe s~ hu. hieren eJecutado hamendo entrar en los efectos de las leyes de 12 y
13 d~ 1J ulio de 869 bienes de esta clase, ú otrós no corhprendid'os en
las mismas leyes, áeberá el consejo revisarlas f declarar nula la operacion en que se hubiere cometido este abuso. tas m·anifestaciones
que se presenten al Consejo, de operáciones ejecutadas en 'esos bienes á virtud de las disposiciones especiales dictadas a~ér~ de ellos,
las re~itirá la comision revisoi·a áel Consejo a las juntas 1-hisoras de
enajepaciones de bienes de 6enéñcen·cia, creaaiis por e1 ·at\c'réto de 22
de Mayo de 863.
~ digo á V. E. ·para su conocimiento y efectos éorisiguientes.
Dios guarde á V. "E. muc~os años._
· El Ministro de J!lsticia, .

,

(Firmado) ESCUDERO.
Exmo. Sr. Presidente del Consejo de Estado.

Señor mi Hermano,
De Vuestr11 Májestad Imperial
buen Hermauo,

(Firmado)

(Reó:endado) Aifonko La Marmora.

:MINISTERIO DE GUERRA.

ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
México, Marzo 22 de 1865.

(Ji'irmado) F. Campillo.
Se com_u~icó á los Sres. D: Luis José Rolland y D. J. Descaq, y
á los admm1stradores de las aduanas marítimas· ae Veracruz Tampico, Matamoros, Túxpan, Campeche, Sisal, Isla del Cárm~n Mazatlan, Manzanillo y San Blas.
'
Es copia. México, Marzo 19 de 1866.
El Gefe de la seccion 1~

- --

(Firmado) JAVIER DE REYG:ADAS,

MINISTERIO DE GUERRA.

'1

IJ

J

;,,

México, 'Marzo 21 de 1865.

. P_or s~premo decreto de 19 del cprriente, S.M. el Emperador se
sirvió disponer que el comandante Koning, que se halla empleado
de intérprete de la l~gi~n austro-belga en Jalapa,_sea dado de baja
1
en el escalafon del eJérc1to, por faltas en el servicio militar.
El Subsecrfltario de Guerra,

(Firmado) J. M. DÚRAN. '
DIRECCION .-CIRCULAR.

Para la intefigkncía de vd., le acompaño los decretos de 23 y 26
de Enero del presente año. El primero determiha las labores de es(Firmado) Francisco de P. Tabera.
te Ministerio, en lo~ dif~rentes ser~icios ~el ramo de la guerra; y el
¡,segundo
la r.eorgamzac.10n general del e1é,rcito. Y para que esta, en
México, Marzo 22 de 1865.
1o que concier?e á la 101antería
c.
"
y caballería,
pueda verificarse dieEn respuesta á la comunicacion de V. S., de 17 del actual, en tando las medidas conducentes, es de todo punto necesario tener coque consulta diversas dudas que le han ocurri~o s_obre la ley,de 26 no_cimiento p~rf~cto de la situacion que guardan los cuerpos ~e acde Febr~ro próximo pasado y su reglamento; ~e ~rdj:lp de S. M. di- tualmente ex1s~n; y á este efecto se recomienda á vd. la exacta y, esgo á V.. S. que la espresada ley y reglamento se dirjgen á que se re]
,
d 1 d
t
· d'
visen todas las operaciones de desamortizilcion y nacionalizacion de crupu osa re~iswn e os ?Cumen os penó icos de reglamentq, del
b'
que está á sus órdenes, haciéndolo por de pronto y á precisa vuelta
1enes ec1esiásticos, y á que se recojan los qq~ n.9 se hayan incluido de correo, de un estado de fuerza, otro de vestuario, otro de•armamenen ell~, obligando á los ten~dores á manifesta:los, pajo las penas es- to y equipo; una noticia del estaao de fa caja y relacicin .,.. á t·
tablec1das en el art. 21 de dicha ley: por lo mismo no son ya admi- •edad de efes oficiales sar entos
'
• d .t'or n Isibles las denuncias para practicar nuevas operaciones de aquel gé- t s á que ~erte!ecen.
Y g
' con espresion e las companer·
~,. \ 1
• ,
Se advierte á vd., que debiendo de cesar los Consejos de adminisos dema,¡¡ ,PJiptos á que se1 contrae su dwha consulta, son referen- tracion central los eventuales de los cuer
·á
te d'é d
te á t 'b ·
· f d 1C
· d E tad
fi • d
,
,
,
pos segmr n en n I n os .ª.n u~JOnes co.me i as ~ _º? 8eJO e 8 0 Y _á Ia 0 mna. e se con la 6~ Direccion de este Ministerio tan solo en la arte relaAdm1mstra~10n de b!enes nac10nahzados; Y. las auto:1dades políticas .~i\il!, á la cohtabilillád, edtretanto' se 1!0 l~tnent'ah 'las 'atri8ution6s de
d~ !os Part1d?s, no ~ienen,_por ahora, otra mte_r!enc1on que 1~ de ~·e- las Subcomi~arfas de ·Us'mismas y se 3etermina el módo
lfé'
c1bir las mamfest~c10nes y d?cumentos, y re.m1tirlos al ConseJo, eJe- aquella.
e vr
entando en el registro los· asientos que previene el reglamento.
. L_as comun~c~~i~nes se dirigirán á este Mini~tei·io, índi~a'ridbs~hHa
El Ministro de Justicia,
cubier~a la D1recc1on que de este del:ía·conocer de su füispac'lio.
(Firmado) ESCUDERO.
México, Marzo 3 de 18.6'l&gt;,¡--De órden del Exmo. Sr. Ministro de
-i
la Guerra.-El General de Division, Director de Infanteria y CabaSr. Prefecto, politico de ~olÚca.
lleria, A. Parrodi.
Es copia.
Es copia. Mixico, Mario 23 de 1865.
El Subsecretario de Justicia,

a

'

\

1

(Firmado) J. M. DuR.AN.

(Firmado) Franci,sco de P. Tabera:

MINISTERIO DE RACmNDA.
SECOION

1~
México, Marzo 19 de 1865.

NOTICIA DIPLOl\lATICA.
CARTA DE B. M:. EL REY DE ITALIA.
Dios y por la voluntsd de la Nacion Rey de·Italia
á Su Majestad el Emperador de México, salud.
'
'

VtCTOR MANUEL ll¡ por la gracia de

S. M. el Emperador se ha servído espedir con· esta fecha el decreto que sigue:
.
Señor mi Hernia.no:
"Considerando que los productos de las aduanas maritimas cons- ..P.?n la m~s viva sat¡sfaccion he reci~ido de mano de D. Gregoriq r B~antituyen J~ parte mas imp?rtant~ de _los jpgresos del Tesoro, y que .d,aran la carta por }¡t ou~l Vµjl&amp;trl) Mru~tad tuvo 11}.cqroP1!c~ncia «e anµ,npor lo mismo es de necesidad orgamzar aquellas oficinas de manera ciarme que, por el voto universal de los Mexicanos, hab1a t&lt;&gt;mado posesion
I

•

\

d_el Distrito de H.uauchinango, á que este municipjo per~e~~~ y,
si.empre h;, obed~~1do, dt3be reconocer al gobierno del ImpeFi~ Me- 1
xwano, _la g11arm,c10T_l de esta pl~za no debe por lo ~i~ho op,oners~ ~
la pol_füca de su General en gefe D. R~fa~l _Cabriot?; que p_or últi:.,,
mo, siendo de todo punto un contraprmc1p10 continuar la guerra.
contra un gobierno que ha sido ya reconorido p9r la mayor~ de 1~ [
~acion, ~stá resuelto á se~uir la m~rcha política de !a caball~ria de .,
:ijuauchmango. La reumon, conte~tando despues de discutidas la.'!
razones que quedan asentadas, unánimemente acordaron los articu~ 1
los siguientes:
.·
1'! La Municipalidad de Tlacuilotep,ec se sqmete.~l G&lt;;&gt;bier~o
p~rial Mexicano, reconociendo á Maximiljano I. Emperador d~· ij~,.

Im~

XlC.O.

• 2'! Las autoridades de este municipio obedecerán como s~_prk { 1
las superiores de la cabecera de Huauchi1ango.
~· · ' ·'
3'! Se sacará copia de esta acta para que por C!)nducto del'Sr: General en gefe D. Rafael Cabrioto sea elevada á la superioridad,_:_Y estando todos conformes, concluyó el acta que firm amos.-Casimiro Rios1
Comandante militar; Manuel Flores, Alcalde 1'!; Cristóbal Ortiz •
Dec~no; Casildo Paredes, Regidor; Juan G:utierre~ Regidor; Ignaci~
Santiago, Alcalde de Itzatlan; José Antomo, Juez de paz; Juan Diego, Alcalde de Pápalo; 2'!, Santiago Feliciano; Mariano Paredes,
Juez de paz; Rafael Rios, Subteniente; Bruno Mendoza, Subteniente; Luciano Sanchez, S_ubtenient~; por la cl_ase de tropa, Frl!,ncisco
Ortega, s~rgent? 1'!; Vicente. Espinosa, sa~ge~to 2'!; Miguel Barragan, Mariano R10s, Rafael R10s, Tomás Martmez, Casimiro Martinez, Ignacio Ortiz, Márcos Mor~les, Antonio Vargas, Antonio Rangel, José María Ortiz, José Mar~inez, Fra_ncisco García, Agustín
Vargas, José de Jesus López, temente de rnfanteria y secretario
de la Comandancia.
Es copia que certifico. Tlacuilotepec, Marzo 14 de 1866,....:_Jasé de
Jesus López, teniente de infantería y secretario de la Comandancia.

En la cabecera de la Municipalidad de Jico, del Distrito de Huauchinango, perteneciente al Estado de Puebla, á los quince dias del
mes de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco, reunidos en el Palacio Municipal las autoridades todas de la cabecera y pueblos de la
Municipalidad y personas notables, bajo la presidencia del C. Rafael Cabrera, coronel de la Guardia Nacional, manifestó este señor
que babia convocado la reunion con objeto de persuadir á los ciudadanos presentes, representantes del municipio, de la conveniencia
de reconocer el Gobierno Imperial, adoptado ya por la mayoría de
la Nacion.-HicieTon uso de la palabra varios señores para esclarecer las indicaciones del C. coronel, y despues de una suficiente discusion, se acordaron unánimente los dos puntos siguientes:
1'! La Municipalidad de Jico, del Distrito de Huauchinango, perteneciente al Estado de Puebla, reéonoce, acata y obedece al Go- En la Pimientilla, de la Municipalidad de Jalpa.ntepec, en el Disbierno Imperial Mexicano, sancionado ya por la vol untad nacional. trito de Huauchinango, á -los trece dias del mes de Marzo de mil
2'! Se elevará el duplicado de la presente acta por conducto de la o~hocientos sesenta y cinco, el C. Miguel Tellez, capitan de miliautoridad superior del Distrito, al Ministerio de la Guerra, para co- CJano~ y comandan.te de las _fuerzas espedic~onales de la Sierra, pernocimiento de S.M. Maximiliano I, Emperador de México.-Y de- tenecientes al batallon de Jicotepec, en un1on de los oficiales y sarj1md-o la acta firmada los concurrentes al acto, terminó la Junta con gentos de la espresada fuerza, y con anuencia de las autoridades del
demostraciones de júbilo y vfotores á la Paz, Progreso y Fratemidad municipio, cuyo cor1sentimiento recibió de antemano. Considerando
que 1~ consecuencias de la guerra cada dia hacen mas infelices á
de todos los mexicanos.
Jico, Marzo 16 de 1866.-Coronel, Rafael Cabrera; teniente coro- los pueblos, y que los vecinos de estos andan errantes por los monriel Juan Valderrábano; comandante de batallon y alcalde Munici- ~s con sus familias, y que seria infructuoso ya prolongarla por mas
pal, Francisco Valderrábano; capitan ay"udante, Fernando Lechuga, tiempo, acordaron todos los concurrentes el articulo siguiente:
Articulo único. La fuerza armada y la municipalidad de Jalpan2'! ayudante, Atenógenes Tellez; capitan, Guadalupe Larios~otro id.,
tepe_c,
reconocen y obedecen d~de hoy_ ~l Gobierno lmper.ial estaJesus Lechuga; otro id., Manuel Cabrera; tenientes, Mariano Olivablemdo
por voluntad de la nac10n, remitiéndose copia de esta acta á
res, Francisco Castañeda; subtenieJ1tes, Jesus Gonzalez, Trinidad
quien
conesponda,
para que llegue al conocimiento de S. M. el Em08
Espinosa, Antonio Escamilla, Rafael Esca milla; sargentos 1 , Antoperador
de
México.
05
nio Márquez, Jesus Márquez, Marcelino Quiroz; sargentos 2 , CayeCon lo cual concluyó el acto, que firma!·on los .que supieron hatano !barra; otro por sí y á nombre de los que no saben escribir,
cerlo.-Como
comandante de la fuerza, Mtguel Telle.z; como capiAntonio Morales; cabos, por si y á nombre de los que no saben estan
de
la
1~
compañia,
José María Martinez; subteniente, -Francisco
cribir, Eugenio Aranda; soldados, por sí y á nombre de toda la tro!barra;
subteniente,
Dario
Rodr~guez; teniente, Francisco Lechuga;
·pa, ·Francisc~ Márqu~z; por el C. al?alde 2'!, uli~n $.ilvestre, y por
por
la
clase
de
sargentos,
Ignacio
Tellez; por la clase de cabos, Misi el secretano Refug10 Muñoz; Regidores, V1ctonano'Tadeo, Frangu~l
Aranda;
por
la
clase
de
soldado~,
Ignacio Rosales; por las aucisco Salas, Antonio Carballo, Rafael Quiroz; síndico, Manuel Valtoridades
que
no
saben
firmar,
Ignacio
Montes, Miguel Tellez.
derráb~no; cura pá_rroco, C. Miguel Gonzalez; jueces de paz, Angeles Quuoz, Asenc10 Eduardo, Ramon Aranda; suplentes, Simon
Márqtrez, Manuel Salas, José Maria Valderrábano, Juan Calvo; jueces de paz de las ,rancherías, Leon Gayoso, Felipe Aguilar, Guada- E~ Tenango, cabecera de la Municipalidad de ,su nombre, á ,los
catorce dias del mes de Marzo de mi! ochocientos sesenta y cinco,
lupe B~ñ?s, Oayetano Cabrera, Ignacio ~e~nandez; por los vecinos reunidos en la Sala Municipal las autoridades ciyi les y ·1a oficialidad
que as1st1eron á la Junta y no saben escnbir, Gabriel Marta Gonzalez; por el C. alcalde de San Agustín, su suplente, y por si el secre- de la Guardia Nacional, b~jo la presidencia del ciudadano Coman
'taño. J~aquin Cruz; por l~s d? igual clase del pueblo de Tlapehue- dante. Militar, ~ornelio Me~doza, m~nifestó este señor que habiénla, C1priano Alva; por los de igual clase del pueblo de Jalapilla, d?se mterrumrido las rel~c10nes ofi~iales· con la comandancia s4peAntonio -Romero; por los de igual clase del pueblo de Tlascalanto~- nor de Tulancmgo, por cucunstanmas que no era del caso referir,
de creerse sustraído de la obediencia á la Municipalidad
go, Refugio Muñoz; por los de igual clase del pueblo de Ixtla, Joa- alde estremo
Tenango,
se estaba en el caso de levantar de nuevo un documen.,quin Cruz; por los de igual clase del pueblo de Ocopetlatlan, Santo
en
que
se
ratificara
la adh.esion de la referida Municipaltdad al
tos Aburto.
Imperio
mexicano,
convinieron
todos los concurrentes en suscribir
Es. copia sacada del odginal que obra en el archivo de la comanese
documento,
que
quedó
reducido
á la presente actai en qué 13e
danma de este pueblo. •Fecha ut supra.-Franci.sco Valderrábano.
acordaron los puntos siguientes:
1'! La Municipalidad de Tenango, perteneciente á la capital del
"En el pueblo de Tla~uilotepec, cabecera de su Municipalidad, á Departamento de Tulancingo, reconoce al Gobierno Imperial mexieatoree d_e .Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco, reunidos en la cano, ,y presta subordinacion y obediencia á todas las autoridades
sala mumc1pal el Sr. Comandante militar, el Alcalde LO del Ayun- que de aquel emanen.
-tamiento, _los Regidores del mismo, Alcaldes ,y Jueces de paz, los 2'! Para los fines consiguientes se elevará el duplicado de e~ta acSres. Oficiales, Sargentos y Cabos de la guarnicion.y demas perso- ta á la comandancia superior de Tulancingo, por conducto del gen~ notables d~ esta poblacion, presididas por el Sr. ComaQdaÓte, neral C. Rafael Cabrioto, de Huauchinango, á causa de estar in'terdiJo: que el obJéto ~ qu~ convo?~ esta reu~i.on, es el de poner á to- rumpidas las relaciones oficiales directamente de esta Municipalidos al tanto .de_ la situac1~n pohtica .del pais, .citando los mas ~ota- dad para con la. espresada c~pit~l de_Tulanci~go, qued~ndo espedibles acontemmientos que se han vemdo sucediendo durante el tiem- ta para lo sucesivo la comumcac1on sm necesidad de la rntervencion
po e.n que honrosame~te se ha luchado co~tra la intervencion es- .qel citado C. general Cabrioto.
tranJera; que convenmdo de una manera evidente que la caballería , Y no teniéndose mas que agregar, terminó el acto firmando todas

?

a

El S11bsecretario de Guerra,

1

El Subsecretario de Justicia,

VrcTOR MAN UEL

Tnriu, 2" de Octnbrll de7.~6j-

El Subsecretario de Hacienda,

1~

Es copia. ,México, 23 de Marzo de 1866.

del Trono en calidad de Emperador de México. Este acto importante que
da la. pa:z á ese pueblo, y que es un signo seguro de su prosperidad, servirá,
no lo dudo, al aumento de amistosas relaciones en recíproca ventaja de los
Estados .cuyos altos destinos nos ha confiado la Providencia. A la vez que
presento á Vuestra Majestad mis mas sin~eras congratulaciones por ese fe.
licísimo ncontecimiento, Le doy gracias por su cortfs anuncio y Le suplico
acepte las seguridades de los sentimientos de alta estimacion y cordial afecto con que soy,

qu~ _se.-obtenga u_na acc~on mas. enérgica espe.dita para el desempeno de sus func10ncs, mtroduc1endo la umfonrndad en la inteligencia de la Ordenanza y el modo de percibir los derechos·
Queriendo utilizar de la manera mas provechosa á Íos intereses
del Erario el sei:vicio de los agentes franceses, puestos á disposicion
de Nuestro Gobieri;10;
H~~os d~cidido que e~ Inspector Luis José Rolland se encargue
provisionalmente de la d1reccion de las aduanas marítimas -ael Golfo, y que el de igual clase J. Descaq, desempeñe las misi:nas funciones en los puertos del Pacifico.
. Las atri~uciones de estos directores se arreglarán á las disposiciones de la cucu!a~ nú.m. 12, de i4 de Setiembre de 1864, espedida
por Nuestro Mm1ste110 de Hacienda.
~os agentes Dencitz, Gervosgn, Rendu y Sainte, y los brigadieres
Teiller, Domange y Roger, serán colocados bajo la autoridad del director Rolland.
·
Los agent~s Correa~d y Will~ens y el brigadier Fréchín, serán·
ocupados baJO la autoridad del director Descaq.
Dado en el Palacio de México, á 19 de Marzo 'de 1866.
(Firmado) MAX.wILIANO."
Al Subsecretario de Hacienda.
Y lo comunico á vd. para su inteligencia y fines consiguientes.

�DIARIO DEII IMPERlO.
las personas concurrentes. Comandante, Cornelid Mendoza; capitan,
J oaquin Soto; oficial, Antonio Gallegos; sargento 1?, Ramon Monroy; ~argento 1?, Guadalupe Gomez; sargento 2?, Antonio Gomez;
sa-rgento 2?, Pedro Santos; sargento 2?, Roberto Cabrera; sargento
2?, Pablo de S. Juan; sargento 2?, Juan Monroy; sargento 2?, José
Francisco; sargento 2?, Ignacio Francisco; sargento 2?, José Tomás;
comisario, Martín Gallegos; 2? comisario, José de Soto; juez de paz,
Juan Gallegos; 2? de paz, Gaspar Peralta; jueces auxiliares, Martin
Concha, Antonio Cabrera, Manuel Felipe, Manuel J oanico, José Patricio, José Mariano, José Trinidad, José Francisco, Toinás He1·nande~, •Angel Monroy; vecinos, J. M. Peralta, José M:' Espinosa, Victoriano' Gallegos, Eligio Mendoza, Francisco Velasco, Antonio Amador, Gabriel Roldan, Miguel Hernandez, Miguel Roldan, José Mendoza, Juan Francisco.
Son copias.

res del concurso de D. José María Noya,~por medio del "Dillrio del Imperio," para el
viérne_s 24 del corriente, á 1118 doce¡ en cuyo cumplimiento los emplazo por el presente
aml.DCl0.
México, Marzo 20 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
211-2s-2
JUZGADO 89 MENOR DEL CUARTEL HAYOR NUMERO 8.

Seminal'io núm. 8.
Poi· el presenw, y á instancia de D. Ramon Madrid, se emplaza á D. N. Nevraumont
( padre~. para que en el término de ocho días, contados desde h1 publicacion del presente
comparezca en este Juzgado á contestar el juicio conciliatorio que pQr pago de pesos 1~
promueve el nominado Madrid; apercibido que de no hacerlo, se rendra por intentado el
acto y se espedirá el certificado respectivo.
México, Marzo 2'2 de 1865.
El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
212-3s-2

JlJZGADO 69 CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
En junta de acreedores celebrada en cuatro del actual, en los autos del concurso á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en este Juzgado, se acordaron entre otros puntos
los siguientes:
'
Primero. Que se entreguen los autos al Sindico judicial para que promueva lo conveniente, presentando el estado del crédito activo y pal!ivo.
Segundo. Que se_ convoq~e por los_perió~cos á todos los que se consideren acreedores,
El Subsecretario de Estado y del Despacho de la Guerr!I,
para q~~ en el g~ec~o térmmo de q~~ dias presenten los documentos justificativos de
(Firmado) J. M. Duru.N.
sus créditos al Smd1co¡ con el aperc1blllllento de que pasado dicho término 11in verificarlo, seguirán loe autos su estado en su rebeldia.
•
,
Y habiéndose prevenido el cumplimiento de dicho acuerdo, pongo el presente para los
efectos que espresa el se-gundo,punt-0 inser~, r q~e ~¡ Síndico es el Sr. D. José Dans, que
vive en la calle de las Ratas num. 1O; en Mexico a diez y ocho de Marzo de mil ochocientos aesenta y cinco.
Agustín Perez de Lara, Notario de Hacienda y público del Imperio.
DEPOSITO DE SÜOBES GEFES Y OFICIALES EN DISPONIBILIDAD.
208-3s-3
La-mañana de'l dia 2S del presente mes, ·y á las nueve de ella, se hallarán en la .Mayoría
JlJZGADO
4\1
DE
LO
CIVIL.
de la Corporacion todos los Sres. Gefes y Oficiales que la componen, para cumplir disposiEn los aut-0s del intestado de D. Leonardo Gonzalez se ha mandado por el Sr. Juez .4?
ciones urgentes del servicio. México, Marzo 23 de 1865.
de lo civil, Li~. D. ~varisto Re_yes, ~e llame po~ los periódicos á, las personas que se crean
El General Gefe de la corporacion, E. de Grimaresl.
con derecho a los b1en~s de _dicho mtestado, a fin de que se presenten en el Juzgado á
deducirlo dentro de tremta dias cqntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E
CO!IISAIUA CENT~ DE POLICIA.
Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
203-8s-4
Núm. 1,267.
México, Marzo 23 de 1865.
Han sido remitidas al corral de deposito dos burros, que se encontraron estraviados en
JUZGADO 49 MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUMERO 4.
la demarcacion del cuartel núm. 9¡ lo que se pone en conocimiento del público, para que
1~ de Santo Domingo núm. 8.
el interesado ocurra á esta oficina central por la órden de devolucion, siempre que justiORO
EN
.-Ignorándose
el
domicilio de D. Santiago Vicario, por la presente ee le cita y
que su propiedad.
emplaza para que en el término de treinta dias se presente en este de mi cargo por sí ó
El Secretario general, L. Berihier.
por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre
pesos 1~ promueve el Li~. p. José Ma:Ía Aragon en representacio~ de la testamentaría de
D. Felic1ano Rey¡ apercibido de que s1 no concurre se le nombrara un defensor de oficio
ANUNO:IOS.
con quien se entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-1511-13

ANUNCIOS OFICIALES.

INTERESANTE.
Debiendo D . Gil Varache salir para Franci11, del 25 al 31 del presente mes de Marzo,
avisa á las personas que tengan negocios ó cuentas pendientes con él, 'lue podrán ocurrir
hasta dicha fecha al café de Paris, calle del Coliseo Viejo núm. J8, de las diez á las doce
de la mañana.
Participá tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de piedras para molinos, cuy11 clase será la mism11, quizá mejor, que
las que trajo en su último viaje y que tan 11precir.ilaa fueron por los conocedores.
2l3-7s-l

JUZGADO 6~ MENOR.-1~ MONTERILLA NUJL 7,
En el juicio que sigue D. Cárlos Aroceua. apoderado de D. Manuel Legorreta, contra
D'?- Jesus Castro, sobre pago de cuarenta y nueve pesos, procedentes del arrendamiento
del enarto que ocupa en la casa número once del Portillo de S. Diego, por la desocupacion
del cuarto y lo que siga venciéndose hasta que ésta se verifique, he mandado se dé por contestada la demanda, se reciba á prueba por ocho dias y que si dentro de ese término no
se presenta á probar las escepciones que tenga, se le dará por citada para sentencia, que
se pronunci11ra al lapso del término.
·
México, Marzo 2l de 1865.-Lic. Labat.
207-3a-2

'IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE

CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 39 de lo civil, Lio. D. José M. Cordero, h11 mandado por auto de hoy, ee
convoque á D. Florencio Dominguez, como marid9 y conjunta persona de D~ Soledad Santillan, á D. Pedro Diaz, á D. .l\lanuel T. Nájera, como marido de D~ Luz Diaz, á D! Guadalupe Aduna de Diaz, viuda de D. J oa;¡nin, por sí y por su hija D~ Dolores, á m Josefa
y m Paula Soriano, á D! Dolores Cristomel, á D. Luis Cabrera como marido de D~ Vicenta Fierro, á D! Dolores Castrejon, á D~ Encarnacion Diaz y á las demas personas que
se crean herederos del fideicomiso de D. Bartolomé Ruiz MoralPs, para que en el térlllÍllo de un mes, contad') desde la primera publicacion de éste, se presenten á deducir
y comprobar su derecho; bajo el apercibimiento, si no lo verifican','de 9.ue definitivamente
se aplicará el sobrante que á su favor ha resultado de los bienes del reiterado fideicomiso
únicamente entre los que cumplieren¡ entendidos igualmente de que eP el último términ~
que por equidad se concede.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente; advirtiendo qtte el Juzgado se
.JUZGADO 49 MENOR.-1~ DE SANTO DOMINGO N11lt. 8.
halla sito en el Palacio de Justicia. Mexico, á 14 de Marzo de 1865.-José Raz Guzman,
200-3a-3
Ignorándose la habitacion del Lic. D. Mariano Tagle, se le cita para la práctica de una Escribano público.
diligencia en el juicio que sobre pesos le tiene promovido la Sra. D~ Merced Espada de
VENTA DE PRDDAS.
Bonilla¡ apercibido de que si uo concurre el di.a veintiocho, á las doce, á este Juzgado, se
El 26 del presente se hará la venta de las prendas cumplidas que existe¡¡ en la tien~a
practicara en su ausencia.
de la !lsquina de la plazuela de Juan Carbonero y S. Juan Nepomuceno; ,lo que se avisa
México, Marzo22 de 1865.-Lu:. Pouiet.
215-1-1
á los mteresados.
México, Marzo 18 de l&amp;i5.-José La,sso.
201-311-3
TRIBUNAL DE COMERCIO DE l'IIEXICO.

REMATARÁ
todo el menaje de la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el miércoles 29 y juéves 30 de
Marzo de 1865, A LAS DOS DE LA TARDE, estando á la vista el 27 y 28.
Las Tentas son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
Los comisionistas pagarán seis por ciento; pero no pujarán sus efectos.
Se hacen valúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c., con gran economía de tiempo y
dinero, pues no es lo mismo buscar y pagar trés peritos, que uno.
Se alquilan pianos y toda clase de mueble11 finos, y se hace la compra, acarreo y empaque de los mismos, con responsabilidad y sin ella.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junto al¡¡úm. 8.
214-3s-l

En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los •periódicos á dicho D.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince diae se presente por si 9 por 11poderadu instruido y espensado, á contestar la demanda¡ apercibido de que no haciéndolo,
en au ausencia y rebeldía se continuarán los procedimientos hasta pronunciar y ejecutoriar la eeatencia.
·
,
México, Marzo 21 de 1865.-José María Cardeña, Oficial 29, encargado de la Secretaría.
216--Ss-1

+

.

JlJZGADO 1\1 DE LO CIVIL.
El Sr. Juez l? de lo civil, Lic. D. Manuel Mari11 de la Sierra, ha mandado se convoque
por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D. Cosme Gallegos, para que en el término de treinta dias, contados desde 111 publicacion de este aviso,
eé presenten á deduclr lod que les competan¡ apercibidos de lo que haya lugar si no lo verifican¡ advirtiendo que el despacho del que suseribe está en los bajos de la cua núm. 7
de 111 calle de la Moneda.
México, Marzo 22 de 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 217-2s-l

TRIBUNAL DE COMERCIO DE l'IIEXICO.
,
México, Marzo 17 de 1865.
En el espediente ~el concurso á bienes de D. Arcadio López, este Tribunal, en auto de
hoy, y á consecuencia de no h~ber tenido verificativo la junta mandada reunir el dia 16
del presente, ha acordado se cite nuevamente á los señores acreedores á dicho concurso
para la audiencia del viérnes 24 del coi:riente, á las doce¡ apercibidos de que si nr, concurren, el Tribunal resolverá lo que crea necesario y de justicia,'conforme al art. 771 del
Código de Comercio.
Lo que se pone en conocimiento de los acreedores en cumplimiento de lo mandado.
José María Cardeña, Oficial 29, e&amp;cargado de la Secretaria.
209-2s-2
CITACION.
No sabiéndose el domicilio de D. Jose Maria ~ a y D. Agustín Ii6pez, ni quiénes
eon loa representantes de D, Jacinto Ortiz de la1&gt;eña y D~ Margarita Peimbert, el Sr.
J11e1 2\l de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se les cite ájunta como acreedo-

TRIBUNAL DE CO?IIERCIO DE l'IIEXICO.
Eu los autos de concurso á bienes de D. Trinidad Morales, esre tribunal, con fecha 6
del corriente, proveyó;un auto que copiado á 111 letra dice:
·
"México, Marzo 6 de 1865.-Por presentado el antecedente escrjto del sindico admi- ,
nistrador.-Constando por el escrito que el difunto sindico D. Sebastian Balmaceda presenté en 4 de Marzo de 1860 (fojas 17), que sin autorizacion del juzgado ni de los acreedores, el mismo síndico, lejos de promover que se diera cumplimiento á lo dispuesto en el
art. 7~, cap. 17 de las Ordenanzas de Bilbao, por' sí resolvió que los bienes quedaran en
poder del deudor, quien segun de los autos resulta, hastll, hoy los conserva¡ en observancia
del artículo citado y del 794 del Código de comercio, el ministro ejecutor proceda al secuestro de los bienes, papeles y libros del fallido, que se entregarán al síndico administrador. Conforme al citado art. 794 del Código y al 11, cap. 17 de las Ordenanzas de Bilbao,
diríjase oficio á la administracion de Correos para que sea detenida la correspondencia
dél fallido, á quien se declara en este estado desde el 26 de Junio de 1856, á reserva de lo
9.ue despuee resulte. Citese á los acreedores listados en la foja 1~, á quienes en atencion
a 111 ausencia de varios de ellos, se señala el término de un Jil0B para que presenten al sin·
dico sus respectivos comprobantes.
. .
Remítase copia á los periódicos, para su p~b~cac1on, de este auto, espresando que 101
de concurso iniciados en el juzgado 6? de lo civil en Junio de 1856, se pasaron á este Tribunal con oficio de 15 del próúmo Febrero, q11e fué recibido en 17, y que por no haber
síndico ni mas persona q~e promoviera, que el representante de dos acreedores, no pudo
proveerse este auto hasta que despues de haberse oido á él y al deudor comun, en auto
del 25, se nom'br6 sindico administrador al Lic. D. José María Sanroman, y judicial al
Lic. D. José lfi~uel Enrique, de los cuales el primero aceptó hasta el 3 del corriente,
segun consta á foJas 44 vuelta de los mismos autos.
Los señores.presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Castillo.-García.-Abadiano.-José Maria Cardeña, oficial 29"
Lt q,ue se hace saber á los in~resadoe en cumplimiento de lo mandado.
México, Marzo 10 de 1865.-José María Cardeña, oficial 2? encargado de la aeoretaría.

202-3a-3

L.\lPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJC'S DB SAN AGUSTIN, NUH.

l.

•

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50694">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50696">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50697">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50698">
              <text>69</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50699">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50700">
              <text>24</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50715">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50695">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 69, Marzo 24</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50701">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50702">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50703">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50704">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50705">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50706">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50707">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50708">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50709">
                <text>1865-03-24</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50710">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50711">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50712">
                <text>2011210</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50713">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50714">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50716">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50717">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50718">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7693">
        <name>Aduanas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7909">
        <name>Auditores del Consejo</name>
      </tag>
      <tag tagId="6370">
        <name>Ayuntamiento</name>
      </tag>
      <tag tagId="7910">
        <name>Cesantía</name>
      </tag>
      <tag tagId="7908">
        <name>Consejeros de Estado</name>
      </tag>
      <tag tagId="7760">
        <name>Empleados</name>
      </tag>
      <tag tagId="7850">
        <name>Ley 26 de febrero</name>
      </tag>
      <tag tagId="7164">
        <name>Periódico</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1863" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1013">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1863/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._7._Enero._0002011138.ocr.pdf</src>
        <authentication>d9c71079970261c38540217f3b85d00c</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74305">
                    <text>•

•

IMPERIO
.,.

DEL
MEXICO: Mártes 10 de Enero de 1865.

T0I0 l.

PARTE OFICIAL.

oj

SUMARIO.
Nombramiento de Auditores del CoMejo de Estado.-Oontestaclon á una demanda en devolucion de terrenos en Ouaulla Morelos.-Decreto que autoriza el estableclmlento de colonias alemanas.

CONSE.TO DE ESTADO.

A propuesta de Mi Consejo de Ministros y del Presidente del Consejo de Estado, he nombrado para Auditores de este alto Cuerpo
consultivo, conforme á lo dispuesto en su ley orgánica, á los indivi~ 0s siguientes:
1

D. L~is Mendez.
D. José María Rodríguez Villanueva.
D. Joaquín Degollado.
D. José)M. !turbe.
D. José M. Durán.
D. Santiago Mendez.
D. Juan Barquera.
p. Antonio Vértiz.

.,i!J

I,

I

r

•

Mí Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion de este

Mi acuerdo.

Dado en el Palacio de México, á 4 de Enero de 1866.
(Firmado)

MAxrnILIANO,

· Por mandato de S.M. I.
El Ministro de Estado,
(Firmado) Joaquín Velazquez de Lean.
, l
.,_;.- • • • • •

• r

#'&gt;

. . ,,.,. . . .

1

~

__.,.~

··m TER~ ffi.TlCIA. . '

México, Enero ó de 1866.-En vista del ocurso presentado por
Narciso Medina y José de los Santos, vecinos del pueblo de Anene--~uilc~en q~:~~ devolucion de unos terrenos, S. M. el Empe
lt,üor se ha v1 o resórver: qüe conforme, ála ley de 26 de Junio
de 1866, no pueden tener las corporaciones civílesblooes raices en
comun; y que afectando á sus derechos personales los hechos de qu_e
se quejan los vecinos de dicho pueblo, deberán hacerlos valer individualmente en la forma que corresponda, para que así puedan examinarse las circunstancias particulares que en cada uno concurran,
y dictarse con justificacion la resolucion correspondiente.
Lo comunico á V. S. para que lo haga saber á los interesados.
El Ministro de Justicia,
(Firmado) ESCUDERO,
Sr. Prefecto político de Cuautla Morelos.
!A

MEMORIA
SOBRE LA FUKDACM°~E COLONIAS ALEJWiAS E1'J'm, lltPERIO XEXICANO.

Traducida por ÜLOARDO

IIAsSEY, ,

(\

.&amp; De todas 1~ naciones ew·opeas ninguna tiene en tan al~ grado la capaci.,,.~~~ nat~al~rse en países estranjeros, como la nacion alemana.
el valor y la perseverancia se reunen en ella para vencer
18 ~a~t!hgencm,
a.deza desfavorable, los terrores de las selvas primitivas y las persecuciones e los indígenas cuando qmere
. establecer una nueva patria.
.
E s •un hecho h'18t6rico,
· que no permite duda, que el emigrado aleman, establecido una vez, sabe conservar su conquista con una tenacidad trasmitida

NOI 7.

de los padres á los hijos, que hace durar sus creaciones y le constituye en
elemento predominante de la poblacion.
A esto se agrega el carácter leal del aleman, que llama la atencion de los
gobiernos estranjeros, para que en su propio interes favorezcan de preferencia su inmigracion.
Siendo las relaciones de la industria y del comercio de Europa-y en consecuencia tambien de la Alemania-con los Estados-Unidos de Norte América, tan ramificadas, se ha visto la influencia perniciosa de la guerra civil
del Norte, en los mil hilos de la vida comercial é industriosa de Europa. El
ínfimo trabajador en una fábrica de algodon, ve amenazada su existencia.
La emigracion alemana en particular, y la europea en general, no envía
ya como antes sus capitales y sus trabajos al Norte, limitándose con mandar solo gente a.venturera. y desesperada, á las costas de Norte América, la
que espera todo de la punta de la espada.
Entretanto, ha subido sobre el trono de México en la vecindad de la república desorganizada, un príncipe aleman, uno de los mas nobles é ilustres
de la sangre alemana mas antigua.
Con eso se ha establecido un hecho que garantiza. un 6rden duradero y un
estado asegurado.
El comercio aleman y la industria alemana se alientan con esperanzas, y
no está remoto el tiempo que se verá la conexion íntima entre la antigua patria del Emperador de México y su nueva patria.
En verdad, la sangre alemana, la inteligencia alemana, el comercio y la
industria alemana, en una palabra, la nacion alemana tiene desde este mo·
men~o el derecho de interesarse con preferencia por el Estado mexicano.
Se puede esperar que el tor~:.ente de la e~~aoion alemana se dirigirá desde ahora en masa á Vera.cruz, como antes á Nueva-York 6 Boston.
Se ve la necesidad de darle otro cauce, y solo es la. cuestion del pr6ximo
porvenir de encontrarlo.
Con la emigra.cion alemana á México, no solo ganarán los colonos y el
pais, sino la nueva dinastía aumentará la seguridad de su existencia, del 6rden provechoso y de las artes, de la paz, que estenderán su benéfica influencia sobre los tiempos vei¡ideros.
La fundacion de colonias alemanas en el Imperio, será, pues, digna de la
consideracion mas seria, y será un acto de la mas alta sabiduría en política,
si se concede la mayor posible proteccion á tal empresa.
Segun un cálculo aproximativo, que comprende el costo del envio de los
colonos, se requiere como primer req_uisito de la fundacion de colonias alemanas en México, un capital de
Dos MILLONES DE FLORINES AUSTRIACOS,

Este capital se puede reunir por
20,000 acciones, del valor de cien florines cada una, y pagaderas en prorateos mensuales.
. Para los trabajos preparatorios, las medidas de los terrenos, las co11Strueciones para alojar inmediatamente á los colonos á su llegada á esta tierra,
que le es desconocida, se necesita enviar allá á un hombre esperimentado y
conocedor del negocio, quien entrará en comunicacion con el gobierno para
arreglar todo lo relativo á estas cosas.
Para conseguir los fondos adelantados que se necesiten para los objetos
indicados, parece ser conveniente. que cada accionista se obligue á pagar cinco florines por cada accion, adelantados, en el momento de suscribirse.
Tan pronto como se haya tomado la mitad de las acciones, se considerará constituida la compañia de colonizacion.
Entonces debía llamarse una asamblea general de los accionistas, para
discutir lo conveniente, en la ciudad de Viena.
El primer objeto de la discusion seria la eleccion del .Directorio.
Este Directorio se compondria:
De un Director con plenos poderes en Viena.
De un Tesorero con fianza en Viena.
De un Director general en México.
De un Tesorero con fianza -en México.
El Imperio de México tiene inmensos terrenos que todavía no están cultivados; tiene montes, cuyas riquezas minerales aun no se dan á luz; todavía
le falta una red de caminos de fierro y telégrafos, recurso inllispensable de
la civilizacion moderna, y necesarios para el aumento del comercio y de la
industria, en un pais tan ricamente dotado poz: la naturaleza. .
.
Solo la nacion alemana tiene la perseverancia y las fuerzas fis1cas y espirituales para esta tar~a, y ella sola puede cor.responder perfectamente á lo
que se pedirá con razon, de la corona.
•

•

,

1

,

�26
I

DIARl'O DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

PARTES DE LAS PREFEOTURAS.

te número, se completará con jóvenes que tengan al menos diez
En primer Jugar, necesita el jóven Estado para arreglar su hacienda y auaños de edad.
mentar sus entradas, del auxilio activo y provechoso de la agricultura.
2! Cada familia recibirá en propiedad . veinte acres de tierra, y
• Ninguna nacion puede con respecto á ésta, hacerle ser.vicios tan esencia- cada comunidad de cien familias, Ull/1 milla Óuadrada alemana de
les qomo la alemana. Sera, pues, de su interes, de conseguir nna numerosa
terreno y monte, como bienes comunales.
'
poblacion alemana.
1
La esperiencia 'ha den¡ostrado que leyes de colonizacion poco liberales, 3~ Todos los miembros de la colonia tendrán el goce de ,os derenunca obtienen un éxito fefü, y qye en caso de oponérsele obstáculos, se ve- chos de ciudadanos mexicanos, renunciando los de estranjería y querifica la palabra del poeta: "Crece la humanidad cuando se propone un gran dando sujetos á las leyes del Imperio.
.
. .
.
objeio-n el círculo estrecho, se estrecha su carácter."
4~ A cada familia dará la Compañia, sm exigirle remu~erac1on,
El jóven Estado, pues, para aumentar la posibilidad de sus súbditos, de una casa con dos cuartos, seis barriles de harina de á 200 hbras, sepagar mayores contribuciones, y para aumentar en consecuencia sus pro- millas de algodon, tabaco, trigo y maiz, segun lo nec¡isiten ~n los
pias rentas, verá la necesidad de ser muy liberal con la emigracion, principrimeros tres años, y en general todo -lo que prometa buen éxito de
palmente con la alemana.
Por estas razones, que pudieran estenderse aun en otros ramos, será ne- cultivo conforme lo acredite la esperiencia. Tambien le dará dos
cesario para el gobierno de S. M. Maximilinno !, de apoyar la empresa de ca)Jallo~, dos yuntas de bueyes, cabras y ovejas; tres vacas, y los tola compañÍa para fundar colonias alemanas en México, y se convencerá S, ros, caballos enteros, carneros, etc., que se necesiten para la cria
M. en su alta inteligencia, que tendrá que conceder á esta empresa y á los asimismo Je dará para su alimentacion las semillas que
Bite, á
colonos, su particular proteceion.
• los precios mas bajos.
En consideracion de esto, se verá obligada la compañía: á suplicar á ;5,
5! En retribucion, la Compañia pei·cili1rít la tercera parte de toM. que le ceda de dieo á veinte milla, c-uadradas de terren ; y considerando dos los pFoductos de los colonos, desde su establecimiento hasta desla importancia de esta empresa, p~ede entregarse á la esperanza que S. M.
pues de diez años cump)idos. .
. .
lo concederá, y que esta súplica tendrá su verificativo.
6~ Cadl\ colono. se suJetiná, sm,cond1c1on alguna, al ~eglamento
La cesion del mencionado territorio á la disposicion libre de la compañía
se sancionaría bajo las condiciones que nos permitimos reunir en los párra- que espida el Directorio, que ha de establecerse en México ?uando
se tenga por constituida la Compañia, haciendo esta declaramon anfos siguientes:
. La compañía se obliga en el curso de cada uno de los años siguientes, tes de embarcarse ante un agente apoderado de la misma Compa• contados desde 1865, con el fin de la colonizacion, á trasportar cie1&gt; familias
alemanas á México.
7! El colono que
prestare obediencia á_ las órdenes del_ Dire~· Se obliga con este objeto á entregar sin remuneracion á cada fu.mili!' de
]los colonos: una casa con dos cuartos, seis barriles de harina de á 200 libras; torio, perderá sus derechos y podrá ser esclmdo de la comurudad sm
·
:5erµillas de algodon, t.,baco, trigo y maiz, segun la necesidad i&gt;ara los pri- necesiaad de otro paso.
m,ros tres años de la colonia; en general todo lo que promete buen éxito de · 8! Ademas de estas bases, los colopos quedarán oJ¡)igiidos ~ \as
que en :!i!éxico ºestablezca rl Directorio de la empresa, laslua)~s·s,~
~tivo en el suelo mexicano, conforme con la esperiencia.
. Ademas:
rán prevtamente aprobadas por Nos.
Dos caballos, d6s yuntas de bueyes, cabras, ovejas y tres vacas, .es decir,
9~ Nuestro Gobierno solo se compromete á dar ~ la empres
300 vacas para 100 familias; los toros, caballos enteros, carneros, etc., que lonizadora las diez millas cuadradas de terreno que ,pide, si •ndo di.¡¡e necesiten para la cría, etc,
LaoompailÍa pone como condicion, que cnda familia se calcule como consis- chas millas alemanas, de 15 al grado, é igual cada una e ellas en
longitud, t\ 7,408 metros que hacen 548 No kilómetros cuadrados
tiendo de cinco personas.
'
En caso que una familia no tenga este número de cabezas, podrán otras ó sean 31 ¼ leguas, tambien cuadradas, mexicanas.
10~ Esos terrenos serán elegidos por• la empresá en la serranía
personas completarla; pero en este caso será mas de la mitad de varones, y
conocida con el nombre de Tlacuilotecatl, pertenecie te hoy á la
el mas jóven á lo menos de diez años de edad.
, Una familia recibirá veinte acres de tierra como su propiedad.
Municipalidad de Zongolica, Departan¡ento de Veracr z, cercano á
Cada comunidad de 100 familias recibirá una milla cuadrada de terrenos Córdoba ,y á Orizava, y al efecto comisionará persona ue examine
y montes, como bienes comunales.
.
terreno, .lo m\da y reciba,_sin que la Comp~ia pueda d8i&gt;pU!JS
Todos los miembros de la colonia tendrán al mismo tiempo el goce de to- el
alegar engaño ru fraude de nmguna. clase. Un mgemero nombraao
dos los derechos del ciudadano mexicano.
Pára el reembolso de sus gastos pedir• únicamente la compañia accionis- por Nuestro Ministro de Fomento ayudará en esta operacion al cota para la fundacwn de colonia$ alemanas en Mé,:ico, que se le dé la tercera misionado de la empresa.
11~ Esta.cantidad de t.errenos es la única que Nuestro Gobierno
parte de todos los productos de los colonos hasta cumplidos los 20 años desde el establecimiento de las colonias en los terrenos que han de cultivar.
concede para la Compañia y lo·s colonos, sin que pueda exigírsela
Para el provecho de la colonizacion, es decir, tanto de los colonos como por uno ú otros ninguna cantidad mas.
del gobierno, tiene la compañía el derecho de pedir, que cnda colono se su12~ La Compañia podrá hacer las obras que le convengan en el
jete·sin condicion alguna al reglamento del Directorio mexicano.
terreno
que se Ie cimcede; pero no lo tend,r~ por suyo completamenA esta obediencia se sujetará el colono antes de embarcarse, declarando
te,
sino
despues que haya introducido y establecido en poblaciones
anté un ajente apoderado de la compañía, firmando su nombre y -asegurando
6
en
Departamentos
agrícolas, las primeras quinientas
··
que tiene que obedecer en cualesquiera circunstancias las órdeues y disposi13!_ Una_ v~z entr~gad_os los
, " p,ifPañia no podrá al~ciones del Directorio mexicano de la compafiía.
Es del interés de la compañía, que el colono que no preste obediencia á gar, m_ped1r m~mza
, ni perjuicios 'de,ünguna clase, baJO
las órdenes del Directorio, pierda, en consecuencia del convenio antes dicho, cualqme~ pretesto que sea. TampoQo los cqlono~ podrán exigir cosa
sus derechos, y puede ser escluido sin haberse dado otro paso, de la union de alguna m entablar reclamacipn contra nuestro Gobierno, dejándoles
la comunidad. .
Ademas, será obligacion del Directorio mexicano establecer haciendas de su derecho á'salv~ ~uando se creyeren agravi~dott por la Compañia,
14~ Nuestro Mm1stro_lle 'Fomeuta-n&gt;\.,.~-&amp; i'.l&lt;h-1,:a.w. ,o.mp · · •
modelo.
to
de este co,ntreto;- y caso de que la Comp11ñfa faltare en ¡¡lgo á lo
Conforme con la fertilidad del suelo, será su primer.a obligaciou, plantar
café, vaiúilla, etc., y tendrá q_ue cuidar de la cultura de la cochinilla y de estipulado, le e)ligirá su observancia, y si no se obtuviere, la Comotras cosas que prometan baJo tan rica zonil el mayor provecho.
pañía per~~rli las tierras que se le asignan, en proporcion ~l númeLa hacienda-modelo se obligará con el Directorio, de entregará los colo- ro de füm1has que no haya llegado á establecer en el Imperio, ·
nos á los precios mas bajos toda clase de semillas que pudieren necesitar
15~ Ocho meses despues de recibido el terreno, si la Compañia
en provecho de la colonia, y en este respecto será obligacion del Directorio no hubiere introducjdo las primeras cien fl!¡ni)ias d,~ C9lonos, se·tende mostrarse aun demasiado liberal, que querer economizar.
El interes de la compañía requiere que se le ceda para su benéfica activi- drá por nula y dar4 por caducada esta concesion. "
dad un Distrito en cuyo limite hll.ya un rio, con libre disposicion á su favor, . Dado en el Palacio de México, á 19 de Enero de 1865,
6 que sea atravesado por un río.
(Firmado) MAXrnILIANO,
No hay duda que las colonias florezcan ),ajo esta condicion, teniendo vias

~-

PREFECTUU POLITICA DEL DISTRITO DE PACHUCA.
Pacbuca, Enero 3 de 1865.
. Exmo. Sr.-Para cumplir con las instruceiones que S. M. se sirvió dar á
los Prefectos políticos, mandé recoger todos los datos y noticias corresponruentes á las cosechas recogidas de semillas en el -Distrito de mi mando, y
puyo estado tengo el honor de acompañar á V. E., debiendo manifestarle
que en concepto de esta Prefectur~, el espr~sndo es imperfecto, y sus cifras
representarán la mitad dela verdadera cosecha, á causa de la resistencia y
ll,esconfianza de los agricultores para manifestar el verdadero estado de sµs
siembras, por no cpmprender con exactitud los objetos de paternal ip.teres
con'que se les piden para remediar la carestía.
'
Este Distrlto, que es mas minéro que agricultor, pues cuatro de' sus municipalidades son minerales, "º es veydaderamente productor de semillas;
per.o esta Prefectura cree que la recogida del maiz, que aparece ser de diez
y seis i!. uatrocientas cuarenta y siete cargas, y debe escedei en su concepto de treinta 1ml, f.,Sto.e'!, de dos millones ochocientos ochenta mil cuartillos,
pues la carga tiene noventa y seis cuartillos en su division, es bastante para el
j\basto de su poblacioni no así la de cebada, aunque su guarismo de veintitres mil ochocientas cuarenta y cuatro cargas de ciento ocho cuartillos cada
·una, aparece superior, ya porque las acémilas que conducen, los metales de
las minas á las haciendas es numeroso, como por el tráfico' mercantil y min"!'O que es activo, a.sí como por la mayor cantidad que consume cada acé·
mila, que es de cuatro cuartillos, respecto del maiz que consumen los individuos, que se gradúa en una cuarta parte de cuartillo por persona, y a11n
menos los de menor edad.
, La proximidad de los Distritos de Tulancingo y Apam, que lindan por
el Norte y Oriente con este de Pachuca, y que son esencialmente agricultores, facilita la importacion d~ granos de aquellas localidades; de manera que
,si.alguna vez se esperimenta temporalmente alguna escasez, haciendo subir
e1 precio, éste guarda un equilibrio regular, y nunca se hau;padecido en este
1:&gt;istrito que en otros á ése respecto .
Sírvase V. E., si lo tiene /¡ bien, poner todo en el a.]to conocimiento de
S. 1, el Emperador.
Dio
arde á V. E. muchos afios .
El Prefecto político,
(Firmado) M. BELLE C1sNEROS,
inistro de Fomento.-México.

-

no

fco--

de comunicacion.

El tratar de las relaciones pormenorizadas, toca á los peritos de la primera asamblea general de los accionistas. Estos tendrán que tomar sus decisiones, y será reservado á S. M. decir la última palabra· decisiva y alentadora sobre estas resoluciones.
C. A. R1TTERE VoN BóRVENS,
Viena, Octubre 3 de 1864.
Floriani GM¡o Núm. 44, Josephs Stads.

NoTA DEL TRAnucroa.-Las millas que se mencionan en el escrito que precede, son millas de Alemania, y los florines son los de Austria.-OL. HASsEY.

1~ Los colonos ve.ndrán en proporcion de cien familias cada año,
empezando á inmigrar desde el entrante de 1865, y teniéndose por
familia la de cinco personas. En caso de que alguna no Jlegue á es-

'
AYUNTAMIENTODE GUAD.ALAJARA.

- En cum?limiento de la disposicion que sobre renovacion de cuerpos munimpales publicamos hoy en nuestra seccion oficial, se ha
procedido por la superioridad ~espectiva á hacer el nombramié.!;to
ae las personas que en el próximo año de 1865 deben desempenru:
,)as funcion~s municipales en el ayuntamiento de Guadalajara, -9.ue
Bon como siguen:

- ~--,t,--,---------.-,----r1
~
&lt;?,
¡¡

,:

1;l

&lt;I

"'&lt;I

·111¡¡nnii.:,

a

a

a

a

a

a

a

a

a

..,._,

a

a

a

a

a

a

a

a

a

...

a

a

a

a

"'o...

a

a

a

a

a

a

o

..... ... ..... ... ... "' .."'

.,~

...
a

t

"'

,.
&lt;I

a

....,n,

&lt;I

lll

~

~

..,111"""

..,
o

PI
"1
r,,
&lt;I

o

"' "'

•~no

a

a

a

a

a

tt-

a

a

a

........ a
l "'...

"'

no

a

PROPIETAR~O,S REGIDORES.

~

a

o

;.

a a a a a :

a

:

~

:

:

:

::;l

:

a

a

:

a

a

a

a

a

a

a

a

a

a

a

:

a

a

:

a

."' "'...
.
."'... . ."'
a

a

a

a

a

a

~

a,

"'~

a

a

-~ a

a

...

a

L~

--

"'...

a

T

o
o· "g

o

o
a a,

•

,,;

o

o

o

"'o... ....,_, ...
...PI
~ "'

a

a

a

a, o

a

a

a

....

'~ .e:i
'o fa&lt;

¡i..~

o

~

,.!l
"
"""" ¡i.."" -

"'"
--~"

~

"...&lt;I ........, ........
111
t ....
....
=

o

1

Al Ministro de Fomento.
Por mandato de S:'M. I.
El Ministro de !Fomento,

,,..

(Firmado) Luis Roble. Pezuela,
Es copia. México, Enero 6 de 1865.

1
i;

"'·

a

a

:

a

a

a

a

a

"'¿;

a

a

a

:

:

:

:

....

"

"'

a

a a,
o

....·

·$

'{'. oo

o.. ~--

"'

~-

:a
,,

:s
'\'Í ól

g ""ól

e :::1

¡i..

"'....

~ 'al iil
e '§ e
:l
¡i.. j

o

i

ADEIIISTUCIOII' OEIIERAL DE COlfTIIDIUCIO!fF.S DIRECTAS,

~ l teartlculo l? del decreto de 8 de Marzo de 1864 dispone Jo sigmen :
'
tr·~Pª!ª restver sobre los reclamos que hagan los causantes de con1 uc10n_es irectM, con respeoto á las cuotas que les hayan asignaJ

"
,,

.....

.l

DOC U1'IENTOS.

(Firmado) Manuel Orozco,

SUPLENTES REGIDORES.

1

g

. eo

o
-"

. . º·... "'...~-

Fo-

r

1 D. Eufemio Alonso.
2 Dr. D. Pablo Gutierrez.
3 Lic. D. Dionisi"o Rodríguez.
4 D. Antonio Alvarez del Castillo.
ó D. Valente,Quevedo.
6 Lic. D. Pedro Gil Romero •
7 Lic. D. Emeterio Robles Gil,
8 D. Manuel R. Alatorre.
9 D. Ramon Ochoa.
10 D. Lázaro Perez.
11 D. Pablo V~zquez.
12 Lic. D. Miguel Verea.
13 Lic. D. Roque Gutierrez Hermosillo.
14 Lic. D. J uan Genaro Robles.
ló D. J esus Castillo .
16 D. David Bravo.
17 D. Matias Gomez.

SINDICOS,
1 Lic. D. Luis Gutierrez Otero.
2 Lic. D. Luis Castillo Negrete.

i:i
""...."

El Subseoretario de Fomento,

$e concede á. Rittere Von Borvens, establecer en el Imperio
colónias alemanag, bajo las bases siguientes:

do las Juntas calificadoras por sus giros mercantiles ó establecimientos industriales, se establecerá en cada pobl.l)cion una 6 mas Juntas
revisoras, segun •sea necesario, compuestas .de un, Regidor de un
empleado y de un individuo del ramo ó giro á que corresponda la
revision, cuyos nombramientos hará la autoridad polltica."
En su cumplimiento, la Prefectu\·a politicli del Valle de México
me dijo con fecha 5 del actual lolque sigue:
"Para llenar la prevencion del ai:t. 19 de la leY, de 8 de Marzo de
1864, y conforme al oficio de V" fecha 2 del que rige, he nombrado
al Regidor del Exmo. Ayuntaqiiento p. Alfonso Labat y á D. Victoriano Quijano, empleado en esa .A'.dministracion, para que formen
la Junta revisora, por cuanto al ramo de giros mercantiles; y al Regidor D. Pedro Hope, y al empleado de la misma oficina D. Jósé
María Zavala, por cuanto á establecimientos industriales; quedando
árbitros los espresados Regidores para nómbrar por su. parte el tercer individuo del ramo ó giro á que cada uno corresponde, para que
unidos formen la Junta de que se trata, segun el tenor del citlldo
articulo.
DJgolo á V. para su inteligencia y demas edictos, dejando con ello
contestado BU mencionado oficio.
El Prefecto Polltico,- Azcárate Miguel María,\'
Todo lo que se pone en conocimiento del público para su inteligencia y usos que puedan convenirle.
México, Enero 8 de 1866.
u
El Administrador general,
(Firmado) E. VILLALVA,

,.

J,

1 D. Mateo Gonzalez Hermosillo,
2 D. Bias Sanchez Pareja•
3 D. Pablo Reyes (Lic.)
4 D . Clemente Mendiofa.
6 D. Juan Zelayeta (Lic.)
6 D. Severo Gonzalez Guerra.
7 D. Cenobio Gonzalez.
8 D. R~yes Flpres.
9 D. Benito .Eerez •
10 Lic. D. M11cario Llamas.
11 D. Néstor-Arce.
12 D. Guillermo Llanos.
13 D. Rllmon 10¡omez,
14 D. Ignacio Gomez.
15 D. Emil\q Casti)lo Negr~te.
1(\ D. José Hij~r y Hnro.
17 D. Cárlos Bazave.
BINDIOOS.

1 Lic. D. José de Jesus Camarena.
2 Lic. D. Manhel Zelayeta.
'

1
;

.1

1

�o_

DIARIÓ DEL IMPERIO.

28

AYUliTilllENTO DE AGUASCALIUTES.

1UZGADO 4'.' DE LO CIVIL.

El 1'? de Enero ha tomado posesion el Ayuntamiento de aquella
capital, quedando compuesto de los señores siguientes:
Prefecto Municipal, D. Antonio Salas.
Regidores:
1'? D. Fernando Olavarrieta.
2'? ,, Luis Aguilar, hijo.
• r
3'? ,, ,Guillermo F. Puga.
4'? ,, Navor Macías.
ó'? ,, Miguel Guinchard.
6'? ,, Apolinario Guridi.
7'? ,, Simeon Frutos.
r
8'? ,, Juan N. Mario.
Síndico 1'? Lic. D. Pedro E. López.
Síndico 2'? D. José Maria Perez.

OITAOION.

ANUNCIOS OFICIALES.
INBPECCION GENERAL DE INFANTERIA.
;México, Enero 7 de 1865.~ Hiibiendd fallee\do el primer ayudante D. Andrés M. Peza,
habilitado de la Co~poraeioa de ilimitados, dispone ol señor Ge~eral Inspecto~ de 1!1fan•
terla que los individuos que componen aquella se reunan el dia 12 del comente a lat
cinc~ de la tarde en la casa del General D. José María García, calle del Hospicio de San
Nicolás número para que bajo su presidencia como Gefe de estas corporaciones, se proceda al nuevo nombramiento de habilitado.
Lo que se publica en el Diario del Imperio para conocimiento de quienes éorresponde.
El General Secretario de la Inspeccion, José María V. de la Cadena.
2-1

5,

Ignorándose quiénes sean los t.enedores de cuarenta. y cuatro vales de desamortizacion
suscritos por D. Roeendo Laimon, con hipot.eca de la casa número 18,de la calle de Cadena valor cada uno de ellos de 78 pesos, y cuya sene corre~onde a la época. que comen;ó á correr desde Enero de 1864; en el juicio de esperas solicitadas por. el }D:lsmo Sr.
Laimon el Sr. juez 4'.' de lo civil, Lic. D. Evarieto Reyes, ha mandado se cite a Junta general á Íos t.enedores espresad08, para el dia 16 del corriente, á las once de la mañana, teniendo lugar esa junta en su juzgado, sito en el Palacio de justicia.
Y en c11mplimitinto de lo ~andado, P?~go e! presente en Mélico á 9 de Enero de 1864,
- José María Ocampo, escribano de diligenc111s.
12-3s-1
En el juicio ejecufüo promovido por el Sr. Lic. D. Ignacio Otero, en represe~~CÍ$_D
de D. José del Juncal contra D. Manuel Arrieta, sobi;e pesos, el ~r.juez 2° de lo mvi!,.J J,
Manuel Pavon, ha mandado se proceda al remate de l11s casas numeros 6 y 3 del calleJon
del Coyote, valorizadas por los peritos D. Ignacio Garfiaa y D. Ventura Alcérreca, e~ cantidad el.e 2 001 pesos 63 centavos la primera, y 923 pesos 23 centavos la segunda, ~enaJan.
do para 1~ segunda almoneda la mañana del dia 18 d~l corriente á las doce, en el Juzgado
de su cargo, situailo en el Palacio de justicia.
_,. ..
Lo que pongo en conocimiento del púb}ico, p~ra que ;as personas. q~e dese n-tacer postura ocurran al juzgado, donde se les daran las 10strucc~ones que lllllll
os autos.
Mélico, Enero 9 de 1865.- .A,itonio Latzdgra!e, ~oo-pútl co. 13-3a- 1
Por el presente se hace saber al Sr. coronel D. Zeferino Rodriguez, que en su rebeldía
se ha dado por contestada la demanda que por pago de sesenta pe.s~s,. proc9!1~nt.e~ de rentas de casa, le promueve el general D. Miguel Piña, quedan~o el.Ju1010 recibido~ pru~ba
por loe quince dias de ley que son de contarse desde la, publicac10~ del presente; r ,á llllltancia del autor se le cita para el dia 20 del.c?1;riente a las doce,.ª ~bsolv~r. pos1c\o~e~,
con calidad de tenerse por absueltas á su perJwczo¡ ~ de no concurnr a ~on~muar,el JlllCIO
segun sn estado siendo vencido el término probatorio por este, quedara citado a sentencia. México, E~ero 5 de 1865.- Eljuez 8'.' menor, Lú. Zubiaga.
11-38- 2

En el incident.e sobre alimentos, promovido por la S.ra. D~ Toma ea Arciniega, en el
juicio de divorcio que sigue contra el General D. Ignac1? Carranza, ~l Sr. J~e~ 4'.' de lo
COIIIISARIA CEHTRAL DE POLICIA.
civil, Lic. D. Evansto Reyes, ha mandado, en auto del dia 23 de-D1c1embre ultimo, que
se venda la casa. embargada núm. 12:2 de la calle de~ Chirimoyo ( ~ ada ~ntes de la farNúmero 573.- México, Enero 8 de 1865.-En la ¡¡omisaría del cuartel número 5 se re- roquia),
la villa de Tacubaya, valuada por el perito tercero ~n d1s cordia, D. MarJ!ln&amp;
cogió una vaca que andaba va~ando, y fué remitida á la Direccion general de obras pú- Leon, enen
5,353 pesos 52 ca., señalando para las almonedas los dias 10, 19 y 28 del comenblioas; lo 9.ue se participa al publico, para 1ue ocurra el dueño por ella, pagando los gas- te, siendo la última con calidad de remate.
t-Os que ongine.
Lo (J,Ue hago saber al público por medio del presente nuncio.
- El Secretario, L. Berthier.
2-1
Mé.uco, Enero 3 de 1865.-Mamul Romero, Escribano público de la Nacion. C
1-8Bt,v

COIIIISARIA CENTRAL DE POLICIA.

?\'.~. 584.-México, Enero 9 de 1865.-Slrvaee vd. insertar en su periódico el eiguien-

te.ayiep:

•
,
.
,
.
Lit persopa que se crea con dere-cho a reclamar un pilon de azucar que fué recogido
eDJP._na de las calles del cuartel número 5, puede presentarse en esta comisaria central,
donde se le entregará.
1
El Secretario, L. Berthúr.
2-1

SECCION ESPECIAL DE LA CONTRIBUCION DE OCHO AL ~ .
Se hace saber á los causantes do la contribucion de ~o al ~ SC1ibre tlncaa, que
dentro de los primeros diez dias útilea del presente mes, ti~nen o~ligacur,1n de P!gar en las
Recaudaciones respectivas lo que les correst&gt;&lt;&gt;nde por el pr1;1ller. tr~e~tl' e de! ano ~ue hoy
comienza, y que las personas que no cumplieren con la obligac1on mdi 'Ida, 1nc11n11án en
los recargos y gastos que impone la ley á los cau88ntes morosos.
México, Enero 1'.' de 1865.- Jgnacio de Altamira.
5--Ss-6
•

J.'REFfflURA DEL PARTIDO DE TACUllAYA.
Tacubaya, Enero 7 de 1865.- Se hace saber á los propietarios, administradores ó arrenESCUELA ESPECIAL DEICOMERCIO.
datarios de !11&amp; fincas rústicas y establecimientos iudustrial&amp;e comprelldidos en la demarcacion de este partido, que con 11rreglo al reglamento do la ley de 7 de Noviembre último,
Debiendo abrirse los eureos de esta escuela el lúnes 9 del entrante Enero, se avisa 10
publicada en 28 de Diciembre próximo pasado, deben reunirse en esta Subprefectura, pa- personas que deseen inscribirse en ellos, que pueden ocurrir desde el l!Ílles 2 del mimo
ra lo que se señala el din M á fas 'llueve de la mañana.
mee á la Direccion, calle de la Mariscala núm. 1, de las cuatro á las seis de la tarde.
El Subprefecto, Luis Gomez y Gándara.
2-1
La enseñanza en e~te establecimiento imperial os gratuita.
.
Los alumnos deben tener quince años cumplidos y haber completado su edueac1on en
los ramos primarios.
ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
&amp;léxico, Diciembro 26 de 1864.-E. Clairit1, Director.
6-5s- 4
AVISO AL PUBLICO,
El dia 11 del corriente, á las once de la maña11a, se despacha de esta administracion
:B.EIIIATE DE UNA FINCA.-Debiendo procederse á la venta de la casa núm. 383 de la
general un eetraordinario para Veracruz con la corresyondencia que debe conducir al calle que va para San Diego, en la villa do Tacubaya, compuesta de dos, una baja en el
esterior el paquete francés. Lo que ae pone en conocÍJJllento del publico para su inteli frente y una alta en el fondo, con su jardin, retasadas por el perito D. VenturaAlcérreca,
gencia y efectos conducentes.
la primera en 1,993 pesos, y la segunda en 2,288 pesos; el Sr. Juez 3'.' de lo civil, Li~ D.
México, Enero 6 de 1865.- Luis de la Peza.
2-2
José María Cordero ha señalado para la úuica almoneda con calidad de re~te el ~
del corriente, á las doce de la mañana en su Juzgado, s i t ~ \ i OeJus'tic111.
TRIBUNAL DE COMERCIO.
que hago saber al p~blico para que las~nasqü'e quieran hacer postura oc::rranal desSe recuerda álos comerciañtes matriculados, la obligacion en que están de satisfacer en pacho del que suscnbe. don.de,~ arán las instrucciones que ministran los autos.
todo el presente mes, en la secretaría de este tribunal, los cinco pesos que por derechos
México, Enero 3---aé' 1865.-Manud T. de Meneses, Escribano público.
de matriculas les corresponden en el aüo que comienza¡ bajo el concepto de que los que
7-4s-4
no lo hayan hecho hastii fin de este más, ii:currirán en el _reca!S:o del ~is y cuar!&lt;' por
ciento para gast-Oe de cobranza, conforme a la suprema d1spos1c1on publicnda el ano paJUZGADO 2'.' DEL RAMO CIVIL.
sado.
México, Enero 5 de 1865.- J. M. Cardeña, oficial 2'.'
2-2
En loa a.utoe que siguen en e s t e j u ~ ~ ~ 1 7 Q J \ ~
l!'ernando Rioarey,¡ Camaño, con el Sr. D. José Juan Cervantes, sobre cumplimiento de
un conveniv conciliatorio, se ha ma•dndo por el Sr. juez Lic. D. Manuel Pavon, que en
AYUNTAIIIIENTO DE MEXICO.
los dias JO, 21 y 31 del coniente, se verifü¡ue la primera, segunda y tercera almoneda en
dicho juzgado, sito en el Palacio de Justicia de esta Corte, siendo la última con calidad
CONVOCATORIA,
de remate, de la casa núm. 3 de la Plazuela de la Paja, valuada por los peritos D. José
Seg¡rn lo acordado por la Junta de hacienda del Ayuntamiento de esta capital, se convo- Durán y D. Ventura Alcérreca, en la cantidad de veinte mil trescientos cincuenta pesos
ca por medio de este aviso á los acreedores al fondo de amortizacion que tengan créditos ($ 20,350). Las personas que quieran hacer postura, podrán ocurrir á esta Secretaria,
escriturados, líquidos y reconocidos, para que concurrnn el dia 14 del corriente á las doce donde se les ministrarán las instrucciones que necesiten.
de la mañana, al salon de C1abildos de la Corporacion, donde conforme á lo prevenido en
México, Enero 3 de 1865.-Lú. M. Frias, secretario.
10-2a-2
el art. 67 de la ley de 25 de Setre¡nbre de 1863, que dice: ".Estos remat.es se citarán con
un solo término de ocho diae¡ se harán por la Junta de hacienda y tendrán efecto aun cuan.
.
do haya un solo licitante, como séa de los que tengan créditos líquidos y reconocidos," la
Por el presente se cita al representante do la testamentaria de D. R. M. de Elorduy
espresada J unta rematará la cantidad hasta ahora reunida entre los acreedores que ofrez• para q1,1e comparezca el dia 12, á las doce, á contestar la demanda que en conciliacion le
can mayor rebaja.
promueve D. ]'elipe Rosales sobre pago de treecientoa treinta y nueve pesos cincuenta y
México, Enero 6 de 1865.-El Prefecto Municipal, F. Somera.
2-2
siete centavos, valor de tres pagarés de desamortizacion, números 43, 44 y 45, que tienen
la hipot.eca. de las casas números diez y siete de la calle de la Merced y diez y nueve de la
2~ callo de Mesones, apercibido de dar por intentada la conciliacion.
México, Enero 2 de 1865.- José María Natera, Escribano público. 2- 3a- S

ANUNO::COS.

TRIBUNAL DE COIIEROIO DE MEXICO.
México, Enero 5 de 1865.- En los autos que sigue el Lic. D. José M. Aragen, contra
El Diario del Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las doce, menos los D. Porfirio Garcia de Leon, este Tribunal, en auto de ayer, ho.. mandado se proceda al remat.e de la casa número 6 de la calle 2~ de San Juan, valuada por el ingeniero D. Manuel
domingos y dias festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
de la Cuesta y Fuentes, en la cantidad de diez mil ochocientos cincuonta y ocho pesos
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agusti.n.
tres centavos, publicándose nuevamente por los periódicos la almonedanor tres veces,
El precio de la euecricion será:
dentro de tres dias, y señalándose para dicha almoneda, e1 mártes 1Odel comente, á las
doce del dia.
En la Capital,·por un mes.. .. .. .. .. .. . .. ...... $ 1 50
Lo que en cumplimiento do lo mandado, se avisa al público, para que la persona q
Id.
id. por tres meses.. . . .. . .. .. .. . .. . .. . 3 00
interese en dicho remate, J,meda ocurrir á la Secretarla de este Tribunal, donde se le
En los Departamentos, por tres meses, franco de
rán los informes que neces1te.-José Maria Cardeña, oficial 2~
9-38-3

AVISO.

porte . ... .. ..... . . . . . . . .. . ......... .. . .. .. . 3 75

El importe de las euscricione,s se pagará adelantado. .
.
.
.
El precio de los anupc1os sera de cuatro reales poi: la primera mserc10n de diez líneas,
y dos reales por cada una de las siguientes, y pasando de ese número de líneas, será á precio convencional.

IMPRENTA DE

J. M. 4NDR4,DE Y F. ESCALANTÉ,

BAJ&lt;'S

DE SAN AGUSTJN, NUM, l.

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49144">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49146">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49147">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49148">
              <text>7</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49149">
              <text>Enero</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49150">
              <text>10</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="49165">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49145">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 7, Enero 10</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49151">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49152">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49153">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49154">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49155">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="49156">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49157">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49158">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49159">
                <text>1865-01-10</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49160">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49161">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49162">
                <text>2011138</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49163">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49164">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49166">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49167">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="49168">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7654">
        <name>Auditores</name>
      </tag>
      <tag tagId="7661">
        <name>Ayuntamiento Guadalajara</name>
      </tag>
      <tag tagId="7658">
        <name>Colonias alemanas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7655">
        <name>Consejo de Estado</name>
      </tag>
      <tag tagId="7657">
        <name>Cuautla Morelos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7656">
        <name>Devolución de terrenos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7660">
        <name>Prefectura política</name>
      </tag>
      <tag tagId="7659">
        <name>Rittere Von Borvens</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1926" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1076">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1926/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._70._Marzo._0002011211.ocr.pdf</src>
        <authentication>5fffb52ac31e0cd3cbe5023135c069de</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74368">
                    <text>· RIO
..••••.•... r •. u ,r ,;,o•,

.1:&gt;

, . Jh

.~e .bi 10
:;1i,, . ,

MEXICO: Sábado 25 de Marzo de .1865.

· TOMO l.

SUMARIO.

PARTEOPICIAL.-Decreto habilitando de edad aD. Ramon Ortlz y Cortés.-Oartaa de naturallzac!on
concedidas a varloe estraqjeros.-lnstalaclon de la oficina de bienes naciónallzados.-Cir~u\ar del ~isterlo de Fomento con pr ovldencias para evitar dificultades entre los propietarios y los Ingenieros de csmroos.
-Trayecto del ferrocarril de Cbalco basta San Angel.-Planta de empleados para )a admlnlstraclon de rentu municipales (rectificacion),'
•
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-Del Valle de México, prohibiendo quemar cohetes el próximo Sabado
de Glorla.-De la mil!ma sobre el asesinato del Prefecto de Tlalpam.-De Tulancingo, sobre sumlslon de D.
Rafael Cabrloto.-De Mérida, sobre acontecimientos de aquel Departamento.-De Orlzava, córdoba, Jalapa
y San Luis Potosí part!clp2ndo no haber novedad en estos blstr!tos.-De Oajaca, sobre sulÍlIBlon del coronel
Morales.-De la .:i1sma, participando un encuentro con los dil!ldentes.
DOCUMENTO.-Esposicion del Ayuntamleneo de Mérita il S. M. el Emperador.

PARTE OFICIAL~
MAXIMILIAN o, EMPERADOR

DE MEXICO:

_Tomando en consideracion la solicit.ud de D. Ramon Ortizy Cortés, vecino de la villa de San Felipe, en el Departamento de Guanajuato, y en vista de las constancias que obran en el espediente respectivo; HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita á D. R~mon Ortiz y Cortés de la edad que le falta para entrar en la libre administracion de sus bienes, y poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en ningun caso
del beneficio de restitucion in integrum.
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el periódico oficial.
Dado en el Palacio de México, á 19 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAxIMILIANO.
Por mandato de S. M. I.,
El .Ministro de Jui;tieia,

(Firmado) Pedro Escudero.

·

El Subsecretario del Ministerio de_Fomento,

(F\rmado) MANUEL ÜROZ!JO. . ,1 l
Se circuló á los directores de caminos.
.:i z

S. M. el Emper~dor ha tenido á bien conceder carta de naturalizacion como mexicanos á D. Lorenzo Lena y á D. Domingo Garibaldi, en vista de sus solicitudes relativas y renuncia de su nacionalidad italiana.
Igual concesion se ha servido hacer S. M. I. á D. f uan Fernandez,
D. Domingo de Aguirre, D. Juan Bautista Ereznna, que la solicitaron y re_nunciaron su nacion31.lidad española.
La propia gracia ha tenido á bien conceder S.M. á D. Pedro Guill~rino y á D. Adrian Domec, que renunciaron por su solicitud correspondiente
su nacionalidad
francesa que tenían.
H
•

___ _____

El Gefe de la Seccion de Cancillería,

._.

De conformidad con lo consultado por .esa empr~sa, s~ aprueb:a.-.~L
nuevo trazo que propone en su oficio de W del presente, adop.tándose, en consecuencia, el trayecto ~ig~ie1Jte:
,
·
1 , 1
Partirá la linea en esta capital, del punto de 1la .M.erned, recorrien- i
do las calles de Rejas d~ Balvanera, Porta-C&lt;;eli, Slln Bernardo, Ca- ,
pucbinas, Cadena, Zuleta, Rebeldes, Nuevo-México, Alcone&lt;lo 'Y
Providencia, atravesando en ángulo recto el p~seo de Bucareli, y describiendo un cuarto de circulo alrededor de la·alber.ca P.ane; saldrá
á la calzada del acuedúcta, siguiendo en line~ recta hastl!, tocar en
la puerta de la residencia imperial de Cha.pultepec, donde por me- ,
dio de, ot ra curva enfilará la entrada á Tacubaya, y siguiendo por el·
cal lejon de Algara, continuará á Mixcoac y San A,.ngel.-Lo que pat- ,
ticipo á vdes. para su inteligencta y efectos consiguientes. . , _.,_
El Ministro ae, Fomento,

(Firmado) J. H. '?t'lANERO.

•

AD:lillNISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

El Subsecretario de Justicia,

(Firmado) FRANCISCO DE P.

TA.BERA.

ENISTERIO DE FOMENTO.
SECCION

•

- Circular núm. 6.

4ª

México, Marzo 22 de 1865.

_-Para- mejor_ inteligencia de la !~y de 26 de Julio de 1863, y ofreciéndose contmuamente graves dificultades entre los propietarios y
los ingenieros de caminos, por los materiales que se toman para la
reparacion de las vias públicas, á fin de evitar los abusos que se notan en este punto, en lo sucesivo se observarán las prevenciones si-

guientes:~·

,

~

·

, ... ,1

J., Il J, ..uJ

1.;;"1,

Es copia. México, ~arzo 22 de 1866. .

..Exmo.,Sr.-Tengo el honor de poner en conocimiento de V. E.,
que }loy ,ha quedad·o instalada esta oficina de mi cargo, y que puede
comenzar s1,1s labores inmediatamente.
,México, Marzo 20 de 1866.-Juan Suarez Navm·ro.-Exmo. Sr.
Mini~ro de Justicia.
.Es copia.
.

· • 'J1 m,:.i-

.

' (Fírmád~) L. ROBLES. . ' fj, ti')
1
Sres. D. Francisco Arbeu y socios emprJ~arios del ferro~1rril ·d~'
México á Chalco.
'
, '
.1 '
"
• ' •

IIINISTERIO DE J'VSTICIA.

,

'

M:~ico, Marzo 22 de .1865, . , : 1

i

Mélico, Marzo 24 de 1865.

'· NOII. 70.

1~ Todo propietario de úna cantéra,· y~ ska caliza 6 de cualquiera
otra roca, que tenga establecida con anterioridad una venta pública
de los materiales que de ella estraiga, recibirá del ingenier-0 el pago
de es~os, materi_al_es al mismo_pr.ecio·que tenga par3: eJ pú~1lipp1-~ ,.nenor SI así convrnier~ el_ prop1eta1 io, por un_..p,rincipio de¡p~w~~,S!99: ;
2~ Cuando los propietarios uo tengan abiertas y estable.éi~as,sufl
canteras, 6 se trate de piedras, cantos rodados ú otros materiales que
les sean inútiles, no se les pagará ninguu dinero, y se to~marán todos
los mencionados mater~l~s e~ el acto gue·se-nece-sitpo, pul3sto que
la ocupacion de ellosir parA los"prometarios ~as bien UD beneficio
que un mal, y sirven para una obra de utilidad pública.
3~ Solamente se pagarán aquellos-'j&gt;e,juioios ·que se caasén en las
propiedades, cuando en la estracoion del matel'ial sea inevitable·pasár al través de algunos .campos cultivados 6 derribar algunos árboles, muros, cercas, etc., y este pago 6 indemni.zacion será siempre
proporciona~o al daño causado.
·
•
.·. 0 1
4~ Las mismas prevenciones ¡¡;e observarán respeéto de los bo13-,1
ques.
.
.
1 J'.J io·,
ó~ La infraccion de las presentes prevenciones y los abusos eoqie 1
tidos á su sombra, se castigarán con la destitucion de los ingeñieI:OS
directores, si estos fueren los contraven~ores, y con multas 6 demas
penas ~ que haya lugar·si los propietarios incurriesen en esa falta.
Es copia.
,
,

"\

IIINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.

• •: lh J

¡¡ '

· , do ,. &amp;b u:.i w \.LBfi
El Sub.~ cretario de Fomento,
,l 1)J'.)•';1,.,-11 i3.
(Firmado) Manuel Orozeo. · •,; 3 1 &gt;0 •if,
~ ••• •
,o·
,1 f O' l ~:-f
1

MINISTERIO DE GOBER?iACION.
'
Por una equivocacion se puso~n .el número de ayer la copia de la
planta antigua de la administracion de ren~a~. M~nicipal1es, _debien_~o
ponerse la nuevamente ap!'obada, que es la "k1gment~:
i . __i,·,
1
PLANu

DE LA OFICINA DE HACIENDA DEL

ExMo.

AYUNTAMIENTO. ·

de la oficina con,1~1sue,Wo

'1

,.

b
")

Un administrador gefe
, ohd
anual de .. _. _•.....•. _ . __ . ___ ... _·... - $ 2,400 1 si~
Un escribiente auxiliar del administrador para
copias ae informes, de cu~ntns, esorituras, to~
v1 ¡~
~as de razon, etc, . __ . _...... - . - . - .. -, . • . ,,
500 ~ ,,10q
Un tenedor de libros '..... _d... - .. $_1t i200
JCJrJ c1
.. , ,
JI
t.,
Un escribiente auxília! df:l i •• • - • •~ • ",. 400 ,
, . ,.: f •(l
- - - ,,

1,600

�DIARIO DEL IMPERIO.

282

DrABIQ/DEL 'IMEERID.
I

/

Un cajero pagador . .. ...-(..•.... ... $ 1,200
Un escribiente para el mismo, encargado de recoger los enteros que hace la
aduana. • . . • . . . . • • • . . . . . •. . . . . . .
600
,, 1,700
Un oficial H, inspector de mandamientos, juegos permitidos, licores, fondas, cafés, canales,
rezagos .........•........ : ..... •-· :··",, 1,000
Un id. 2?; pulquerías, vacas de ordeña, diversiones públicas, licencias de obra, casas de
empeño, carruajes y carros, rezagos de tabacos, multas....... . . . . . . . . . . . • . . • . . . . . . ,,
900
. Un id. 3?, cuentas de fincas, de mercados, de
capitales, de mercedes de agua, loterías y depósitos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,,
900
Un escribiente para la glosa de las cuentas de
\ los diversos ramos, encargado de libramientos. ,,
600
Suma.... • • • • . . . . . . . . . . . . . $ 9,600

- -• - •México, Marzo 24 de 1865.

de· S. M. I. Me lisonjeo, Sr. General Prefecto, que sabrá V. S. apreciar la importancia de este suc~so, supuestf ,gue de sus consecuencias vendrá el bien general para estos y a:queHos pueblos; bien tan
suspirado h3.$ta hoy por las personas_ la?o11osas y h?nradas. Congratulándome con V. S. por tan fausto mc1dente, remito por el ordinario de hoy las mencionadas actas al Ministerio de la Guerra, para
que por su coñducto lleguen al alto conocimiento del I. Soberano
que rige los aestjños de nuestra muy ~mada patria."
Como este acontecimiento es plausible por mfl títulos, y _muyesencialmente porque tiende á la consolidacion de la paz, bien el mas
inestimable. y anhelado poi S. M. el Emperador, me apresuro con
muy grata satisfaccion á ponerlo en conocimiento del público, con
la seguridad que los leales y buenos mexicanos y amantes de la ver
&lt;ladera libertad y biene.star general, tomarán en este suceso la parte
de gozo que les corresponde, saludando con júbilo, como yo lo verifico; el dia qu~ sen, la la union de los pueblos y de nu~~tto§. hermanos.
Tulancingo, Marzo 19 de 1866.-El General Prefecto Superior,
Francisco G. Pavon.-EI encargado del despacho de la secretaría,
José Vicente Moreno.
Es copia de la original á que me refiero. Tulancingo, Marzo 19
de 1866.-El encargado del des~acho de la secre.taría, José" v.·Mo-

si&gt;,bv.enir en parte á los-gastos que den?aod~ la espedició_n,_ se ha
reunido la cantidad de cuarenta y, un mil ' vemte pesos méd1ó reiil,
segun 1~ noticia circunstanc\ada con que á ~nes dé la quincena. última-ruó cuenta la junta central de esta capital, y que fué publicada en el número 49 del periódicó.. o..ficia.1. de este. Depart~me~to.Dio,s gua,rd~ á. V. E . mucbos.-El_~l'efecto supenor político mterino,iDavub Cásareao.-Exmo. Sr. M1ntstro ~e Estado y del Despacho
de Góbernadon ....:..México.
.. Es-c~pi~. México, :M¡t-rzo -21 de' 1865,11
.

PREFEC'l'Ull POLITICA DEL DEPARTAJIENTO DEL VALLE DE DXICO
SECOION DE GOBERNAOION.

· México, Marzo 24 de 1865.

El Sr. Prefecto político ha tenido á bien acordar qae en el próximo sábado de Gloria no se quemen cohetes de ninguna clase en esta capital, prohibiéndose asimismo la venta de las efigies conocidas
con el nombre de Judas, bajo la pena de dos á veinticinco pesos de
multa y la pérdida del efecto.
·
l.o que se hace saber al público con oportunidad, para su conocimiento y puntual observancia.
El Secretario general de la Prefectura,

Ptefectura política del Departamento del valle de México.Número 310.-México, Marzó ·21 de 1866 ......:Exmo,• Sr.-El presidente municipal de Tlalpan; -eirparte de ayer que acabo de recibir, me dice lo siguiente: Tengo el sentimiento de comunicar á
V. 1S. que en este momento, que son las cinco y tres cuartos de la
tarde, viniendo el señor Prefecto del pueblo ·de Ixtacalco, adonde
fué en union de un hermano, hijo y su secretario, á hacer una visita para subsanar algunas ·diferen,__cias; en el camino yen el punto llamado Puente de Piedra, una cuadrilla como de diez hombres que se
infiere es de Vicente Garfias, tenia parado el ómnibus que venia de
esa Corte. A esa sazon llegaban las personas mencionadas, y comprendiendo el Sr. Prefecto que estaban robando á los pasajeros, se
echó encima de los bandidos, los cuales le dier.M muerte. Al saberse
en esta poblacion tan desgraciado acontecimiento, todo el vecindario corrió en persecucion de los malhechores, pero estos ya habían
huido por el pedregal."-Y para conocimiento de S.M. el Emperador, tengo el honor de comunicarlo á V. E. manifestándole que en
contestacion al oficio porque se participa este acontecimiento, he
encargado al preside,nte municipal, que mientras se presenta el Sr.
general O'Horan á recibirse de la ,Prefectura, por ser la person!t
nombrada para ello por S. M., se encargue con toda actividad·ae la
persecucion ae los malhechores, así como de conservar la tranquilidad y órden de la poblacion.-Dios guarde á· V. E._hlachos·años.El Prefecto politico, Azcárate Miguel María.-Exmo. Sr. Ministro
de Gobernacion.
,
.
Es copia. México, Marzo 22 de 18G6.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmaao) J'RANCISCO J. VILLALOBOS,
•

---

1

'

P~efectura polftica del ,Distrito de ~ulancingo.-¡Viva el Impe~io
mex1cano!-EI S-r. General D. Eugemo Ulloa, Comandante superior
de este Departamento, se ha servido dirigirme la siguiente comunicacioo, con motivo de la que acaba de recibir del Sr. D. Ra(ael Cabrioto, gefe de las fuerzas de Huauchinango y otros puntos de la
Sierra.
·····
· · ·· ·
"Grato y muy satisfactorio me es comunicar á V. ~-, para que se
sirva dar publicidad en el De~a~tamento que manda~?S, que ·hace
pocos momentos ac1d10· de rec1b1r lllS ·a•ctás de Huauclimango y otros
puntos de la Sierra, que justifican la adhésion y reconocimiento que
D. Raf~l Cabrioto y las fuerza.s·que le obedecen hacen al Gobierno
(,,I\J,

"

--

....

¡

0

"-..

. (Firmado) FRANCISCO J.•7ILLALOBOS.

Imperio Mexicano.-Prefectura superior .. política del Departamento de Mérida.-Exr;no.,~r.-Te,ngo eH;ionor de participará V. E.,
en cumplimiento de la circular de 28 de Diciembre último, que en
la primera quincena del presente mes no ha ocurr_ido cosa alguna
notable en el Departamento de_mi cargo.-Continúan los preparativos para recibir á las tropas que tiene resuelto enviar S.M. el Empérador á e~te Dep~rtamento de mi carg9 -para procurar la tefmina•
cron de la guerra de indYos.-La junta ~n'cargada de récaudar d'onativos para auxiliar al Gobierno en los cuantiosos gastos iue1.há¡ de
·absorber I!!; emp1:esa indicada, ha empezado á forma,r el ·res~níen de
las cantidades ofrecidas en los pueblos del Departamento, las cuales
prueban, supuesta la miseria del país, Ja plena confianza que 'I!{ iñs:.
pira el Gobierno Imperial, pues áquell_as esceden consider~bfoMepte '
á cuanto en otras épocas ha llegado á ofrecerse pa1:a· el mismo -vítál
objeto.-Dios guarde á V. E. muchos arfos.-El PtefMto ·kup~rior
político interino, David Cásares.-Exclo. Sr. Ministro 'de Gob~111óá- 1
1 '
cion.-México.
· ·
Es copia. México, Marzo 21 de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion, .

'--

J?·

- Oajaca, ,Miuzo· 16 .de 1866.-F. P. Franco. '-Son copias.
•

.

1'

'

. ". ~· n

l

°Él •Subsecretario de Estado y' del Despacho' de Guerra, •

.

.
.

Imperio mexicano.-Prefectura S~Jlerior política d"el_Departamento, de Mérida.-Mérida, Marzo 2 de~l866:~Exm'(); Sr;-a-Gumplietldo con lo prevenido en la circular de eS'e MinistfetÍ'o, 1de 1.28rfde- 1bi-1tJ
ciembre último, tengo el honor. de inform'arle·que en 1aii11tin'la quin.!' •
cena del mes próximo pasado, solo ha ocurrido 'dé'~·I!otablé ,tel:'Í
Departamento, la llegada de la Seccion Galvez, corrlpuestA:·de-seis-1
cientos hombres, como parte de las fuerzas que S. M. I. tiétie · deltinadas para concluir la guerra de castas que h'acé diez y siete años
afüje _á nuestto pai~. ':!-'a.nto en 1~ espresada' q~i.ncena, ?uanto en las
·anter10res desde prmc1p10s del ano, no ha om1t1do med10 alguno esta Prefectura superior, ~e reunir t:o.dQs los'."""e:ler:ñeñtos necesarios para el recibimiento de dichas tropas y su marcha al interior. Todo,
pues, está listo, conforme á las órdenes del Exmo. Sr. .Comisario Jmperial de !a Península, y á. tas inst rucciones del Sr, ,l,,fay,9r :Uoleslavoske, complaciéndome en manifestar á y. E., que tqrta§ !,as a~r·
toridad~s su~alternas ,han. ~qop!)r~do efic~zrµe.P..t\l P., l¡¡, po~J~micü(&gt;nu
0
de tan importante obJetp. 1 ,
,-.
,
, ,:. ,
,
I No debo omitir que habiéndose establecido juntas p_
a triót~j,J3Jl ,,
todos los partidos para abrlr suscriciones con el laudable obj~~ 11g_~
6
1

,e~~

'

r /

.
l[

(Firrt1ádo) J. M: Du&amp;iN:
Méxicó, Marzo 23 de 1~ .S.

Prefectura superior política de Oajaca..!....N úln. 19'.~Óaj~ia; l\!¡rzo
14 de 1866.-Exmo. Sr.-El Prefecto po1ítico dM 'I&gt;iJtritob~e':
El Subsecretario de GQbernacion,
Hqaju~pan, en oficio de 10 del actual, dice al señor.sebrrtário g~ne~·
(Firmado) FRANCISCQ J. VILLALOBOS,
ral del ·despacho de esta Prefectura, lo que· sigue: Como\ manifeste
á vd. en mi anterior, fe~ha1 8, desde el dia 7 del corriente dispuse
· Prefectura polftica de Córdoba.-Córdoba, Marzo 19 de 1866.que ·saliéran de esta•-villa sesenta'hombres al mando del capitan de.
Exmo..Sr. -El infrascrito cumple con el deber de particjpar á V.
la guardia civif Üe Si1~cayoapan, ·D: Manuel Pri'mo López, con insE., para ,conocimiento del Gobierno de S. M., que en el Distrito de
trucciones para caminar de noche, y puntos que de'bM ocupár 'por
mi mando se conserva inalterable la tranquilidad pública hasta esta
partes de-dia, á firr de lograr sorpren'der la fu.erza deJ ·cabecil lf Jufecha; y que no ha ocurrido suceso notable que merezca consideraliari Torres/ que aun perm'an·ecia·en Sihicayoap!j.n. En , la tarpe a-er "
cion en esta parte.-Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecdia 8, dispuse, de acu'erdo con el' sefior comandante 1¡uperior, qu_e
to político, J. A. Nieto.-Exmo. Sr. Ministro de Gobemacion.
saliera
en apoyo del'·movimiento de 'López -el piqueté de caballeria·¡Es copia. México Marzo 23 de 1866: · ·
del -teniente coronel ·D. Vicente Moreno, patte tle la compañí!l frán.~
El Subsecretario de Gobe~acion,
cesa·y 'veinticinco hombres de la guardia civíl•'de esta villa1 cuya.,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLA-LOBOS,,
fuerza se situó en San Sebastian del Monte con el SubJ;&gt;réfecto de.t
Silacayoapan, D. Miguel Moreno, y allí recibió éste el parte que me
Prefectura política d.el Distrito de ·J alapa.-Jalapa; Marzo 17 de inserta con feclía 9 del presente, y es el .siguiente: "4-JU:S sei"s ,d eJa
1866.-Tengo la-honra.de poner en conocimiento de V. E. que en tarde de hoy he recibido el parte siguiente:-Guarélia civil de Silala segunda semana que ba trascurrido del mes actual, se ha mante- ca.yoapan.-Cali-httalá-, Marzo-9 ~e l866.-Teng9 la, dulce satisfa-c- ...,
nido.inalterable la tranquilidad pública..en las .poblacio.nes-qu-e com- cion de participar á· v:d.' el trUln'fo~q ue,,el dia de hoy, y como á las
prende esta ·Prefe~~ura.-El Prefecto político, J. M. ,Mora y Daza. dos de la mañana,-hemos obtenido-sobre las huestes- que ocupaban ·
-Exmo. Sr: .Mióistr9 d~ Gobernacion.
este punto, habiendo logrado apre~eg~~n!!l facoioso J ulian Torres,
Es copia. México, Marzo 23 de 1866.
'que los acaudillaba con otro oficial llamado Montiel, veintisiete in. El Su~aecrebw-Q de j:}obemaciQn,
dividuos de la clase de tropa, y ent re ellos algunos heridos, cuatr-o
muertos, contánd~se ef!tre estolL u-n fra'nces, y veinticinco armas eQ(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
tre µiosquetes y fusiles.-Por,.nuestra· parte no tuvimos nov-edad, ,
Pr~fe.ctura s_up~i;-iQr política del Departamento &lt;le San Luis Poto- sin emb~~go d~l r~ñido combate que se ~mprendió; ~esul~an&lt;lo 1de -:
sí.--San Luis-Potosi, Marzo 17 de 186ó.-Nl1m. 68.-Exmb. Sr.L. esto,el triunfo ~ompleto;á fa\;'or del Impen&lt;&gt;-.y ta)· como lo deseáóa:
Tengo !a satisf~ccion de particip~r á V. E., que en. _este Departa- .mos. S~plico á vd._ comunique este aconteci~iento al Señor P~ef~c-·
mento se conserva la tranq~ilidad pública, menos en- la parte de to-po~ftt?o de !HdaJtiapan,•'para gue por su digno condu~to l1egue á,
Tancanhuitz; de donde no he recibido aviso favorable á la causa del conoC1m1ento de S. M. el Emperador el buen comportam10nto de los
órden.-Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecto superior l:lijos de Silacayo~pa1;::., N&lt;ím._1f,Pa~ce fu~era del caso manifestar el ·
polftico, José- María Fadia.--Exmo. -sr. Ministro de G.ol&gt;ern¡lcÍOn. buen comportam10nt&lt;Lde..tóaos los que. tne ae-otnpañaron á esta glo~~JQtco.,
riosa jornada, y muy-en-lo pa1ticalar recomiendo á vd. el manejo
Esccopia. México, :22 de Marzo de 1866.
del sol_dado Pedro Gatica, que junt_o conmigo penetrq hasta esla plaEl Subsecretario de Gobernacion
za batJéndose con mucha valor o/" vrntoreando á S.~- el ;Emperadon
(Firmado) 'FRANCISCO J. VILLALonds.
Maxiiniliano !.-Estoy _di~~oniendo mi .m~rcha para Silaca~oapan;
y ·aunque Manuel Rodr1guez (á) Zapa~ero, se halla en Tlach1cbtlco, .
• '•' "
no puedo perseguirlo por no tener la órdeñ de vd. y por ho abando.::··~
MINIS'.l'EBIO. .DE. GUEBJU.
1.
nar á. los. prisioneros.-~ios guarde, eto.-El capitan, Manuel Pri.- ·
.
.Méxii:o, Marzo 23 de 1865. ·
.. mo Lópc;........Y t.engo el ho1;10~ de trascribirla á vd. para-c~n?cimien•
Pref~tür$ superiol' oolitica de 0ajaca.-Núm. 23.-0ajae ;•Mar~. to. del Señor Prefecto · supenor del Dee~rtamento, part1mp~ndole ·
zo·l&amp;'-!iEf1866:..:...Exm9~.~.Sr,-;-Con echa 4e ayer dice á ·la,Se&amp;etarja. !que y~ se ha dado órden para q,ue l~s p11s10n~ros_sean condu_c1?,o~ ~·:.,
di ~i¡:;P.reieDt:uta superior;.el J&gt;refeoto politico"d.e Ejutla, lo que- _esta, _v1~!a entre tanto S. Sría,. ord~na !&lt;? ~onveme~te; •y as~r:ti1s~o J;
sigae-:ei:J." Pollgu·en'ePsuperior·conocimiento de vd., que á esta hora;' he dispuesto q~e el Sr\ ~ubp~~feeto D. M1g?el Mo1en~ _con_tmúy só
que serán la~ t!e.~e-de l~.nocµe, l:'cab.Q de llega.r del cerm de y ogana, mar~~ª para Sil~cayoapart, pa1 a la persecuc10n del f~cc1os'o Manu!ll
en donde he;,ténido una- conferencia con el Coronel Mofa{e,s, la cual Roduguez, á fin de que.:en L?s. p.ueblos de aquel Paftido se acabe de
tuvo por regnftaúo p~ne!se ~~~d~ ~oy.-á dtiiposic¡on g_el .Supremo Go- restablecer la .p az.-A1h ~ar~1crp~rle lo ~spuesto, :me congratul~ con
bierno, en union ~e .los que Jo acompañaban. Dicho Morales mema- S._ Sna:, p~r este-~u_e;vo tnunfo, recoill:en1ando como es der~do el •
nifestó, que el p;•esidente-de San· Gerónimo -le, babia espeqido un re- b?~n man~o,~el cap\~~-D. Manuel ,P:nmo López y . ~ompania . de ,,
cibo, cuyo docilment_ó vf, de cuarenta y seis armas que tenia y le S1faca7,oapan, q_u? uq1d~s á; los solda_d~_s _de -Tlap~, h1c~eron la so~~ l,
entregó, y que las demas-se las llevaron los dese~tores, ofreciendo pr_esa¡ - :f t1:qg~.~l hor¡_or de trascribirlo á ~ - E. para, su_cqµge1- ,
que me dari~ una li~t~. d~ l_os·~~getos qy~.Jas. tj~:q~n_;_11).S cuales ten- m1e_oto, eta:-D10.s g~arde á. V. E. muc~os anos.-'-El Pr_~~ecto ~u~~~
go el mayor:. empeño. en recoger~-Esper.o se sirva. vd.. manifestar penor ~?lí~~ 1e ÜaJac~, ![, P. Franco.-.-~xmo. Sr. M1mstro d1:
todo lo espuestc;, al Sr. Prefecto·saperior; para·q_ue se·digne mandar Guerra Y_Mar~n.a,-;-México.
.
~
lo l
d t d u ··l
l
·
Es copia --~ ,. _.__
s sa VOCOD ,UP os ~ _.11-10ra es. "I e .l~s. que e acompañan, pues esta
'El 'St1biecret.ario ae- Estádo_y del desp.acho,de Guerra,
tarde se los he mandado espedu prov1s10nal-es.-Todo lo que tengo
;
·
. - 11. •
•
el gusto de manifes_tarl?, suplicándole que las- dichas armas y treil'I~
(Fumai:l«?) J. M. Du.RAN, l
ta. y nueve-más•q'ue-deJó el Sr. Coronel Carrillo, queden en esta villa
para perseguirá los malhechores y "'establecer completamente el órden en el Dis'frito."-Y tengo la satisfaccion de trascribirlo á V. E.
para-su eonocÍ!fliento, acompañándole copia de la lista de los oficia- · Imperio Mexi·carr; '.-=-Ayuntarµrento de Mérida.-Señor: Cuanles presentados, con el objeto de que se sirva elevarlo todo al de do los designios d_e la Provi"dencia} la vol.untad del pueblo mexipaS. M. I.; mariifestándolel que éon:Ja sumision de D. José Maria Mo- no~ .l!al'lJ~fo~~~ y,. 1~ . ~ · 1.egir ~fü;mep.te nuestrQ~ .destin·~¡;\ todq_~ lO¡i .,
rales, queda co~pletamente pacificado todo ehDistrito de Ejutla.- corazones:,se,sintieron ,conmov1dos·por la,esperanza·de una regene~L1
r
_
i

(Firmado): EJu.NCJ.S::-éo JJ VILLALOBOS.

-

D. Jo~é María Morale¡,, D. Estéban , Aragon, 'D. A.'1).tonfü,-de'J'a· Garza ,,
D. Bernar~ino Idiaq_ue,z, D. Fdipe Jimenez, J ul~an.Reyes;D. Eélix San~
c?ez, D. Migue! d~ la Gar7,a, D. ~anuel,MariaGut1errez, D.,S~b~~Í/l!};'GÍ'J'r ~
cia, D. Anastas10 Salmero1 D. Jose Maria de fa Garza, :O; Lp.i.s Be1lo M'ejítl
presentádo nó ·militar, ~éró qué estalla ~n el Sr. Mo~~l~t n. Cir\ac.9 ~f'
checo, pres~n'tiado J!Or sí, separado haci l:has del Sr. Mora1es, Y. ~u~ ~-r~ 1~-)
niente; D. J0s&amp; Domií1~01Arellano, suboobient'e, presentad(jlfüi 1Míkhuátl!fu';1l
D. ,Paulino Cruz, sargento'!º, •presentado en 1Almolóngá, 1&amp;&gt;!1· titt½:ifle 'dé'~l
coll)pu~sj;o. .,
. ,

a

Comisario imperial de la Península de Yucatan.-Mérida, Marzo
9 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de acompañará V. E. las
dos noticias que remite á ese Ministerio el Sr. Prefecto superiorºpo-·
lftico del Departamento de Mérida, sobre los acontecimientos relativos á las dos qyincenas del mes pasado.-De los Departamentos ~
de Campech~ y del Cármen solo be recibido las noticias de la·'primera quincena, y por esta razon no las remito á V. 'E.--Profesto: á
V. E. mi respetuosa consideracion y particular aprecio,._:_Dios· güarde á V. E. mucho$ años.-El Comisario im·perial de la Pepí_nsulii de
Yucatan, José Salazar Ilarregui.-Exmo. Sr. Ministro de .~s'tado y
del Despacho_de Gobernacion.-México.
''
•
Es copia. México, Marzo 21 de.1866.

•

LISTA DE LOS ÜFI~IA.LES A QUE SE OO~Tl\,AE LA ANTERIOR CO,MmtÍ0.1-0ION,

0

El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) ALEJANDRO VILLASEROR.

----

Prefectura política de Orizava-.-Orizava, Marzo 20 de . 1866.. Exmo. Sr...:...Tengo.el honor de p~rticip~ á· V. E., para cori_o,ciqii~nto de S.M., que en.la. semana qu.El ha-,pasa.ao no ha ocurrido novedad ~lguna en es~e Distrito.-Dios guarde á V. E. much~s ~ño,s.......
El Prefecto político, Alónso Mamtel Peon.-Exmó. Sr. M1mstrQ de
Gobernacion.
Es·copia. México, Marzo 22 de 1866.

S. M. el Emperador se ha servido nombrar, por decreto de 17 del reno.
actual, ayudante de campo al señor general gradúa.do, coronel Don
Es copia. México, Marzo 22 de 1866.
Juan·Humana.
El Subsecretario de Gobernacion,
(Firmado) FRANCISCO J. VIL~ALOBOS,

PARTES DE LAS PREFECTURAS.

-. : -. ' . :~1,Su~sec¡.-et.ario.de· Go.b~rlljlciou, ,
- :-i. ~
(Firma~o) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

Dios guarde á V. E. muchos años.-EI_ préfecto superior políficdide ~
Oajaca, F. P. Franco.----AI Exmo. Sr. Ministro de la Guerrá. ,Mé-xiéo.11

a · ···· ·

1

�284

DIARIO ~DEL IMPEltfú.

racion completa para la patria, bajo la direccion de un príncipe tan ralas almonedas los dias 27 del corriente.y 5 y 22 de Abril próximo, á las once y media,
la tercera cc,n calidad de remate.
'
il_ustrado, tan firme y tan bondadoso como V.M. Yucatan,. mas des- siendo
Lo que hftgo· saber 11! público de órden del Sr. Juez.
"
graciado que cualquier otro Departamento del Imperio, por la ince- Méxicó, Marzo 23 de 1865.-Mantul Romero, Escribano público de la Nacion. '
220-1-1
sante y asoladora lucha que sostiene hace quince aiios con los indí1
1
genas sublevados, no fué el que con menos fe esperó de su.Soberano
INTERESANTE.
el pronto y eficaz remedio de sus males; y ahora contempla co11 l·a -Debiendo D. Gil Varacbe salir para Francia, del 25 al 31 del presente mes de Marzo,•
f fi ·
~ d
V M ·
á l
¡ ' é · a b · ay¡sa á las personas 4110 tengan negocios ó cuentas pendientes con él, 'lue podrán .ocurrir
sa 18 _acc1on mas proiun a, 4?~ • • v1en~ co mar~ ~ s. ne ~ e-. hasta dicha fec4a al café de t'aris, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de)as,diez á las doqenefic10s que con paternal sohmtud le ha d1spens~clo, ~n.v~aµd9 ,una de la~ª?ªºª· . ,
_
..
,,
. , •: . 1
Comision de personas competentes y distiogmdas, á preparar el Participa ta~bien a \os duenos de m_olinos que volvera a_Verac_ruz enS~tiJmb~e pro.u•
.
.
,
l . d' b' b mo con un_surt1do ~e ,p1edr~s.para mol111os, cuy_a , clase sera la misma, qUJZa_meJor, que
l y los ~rabaJOS
pan
de una campana a,ct1va contra os ID .1os ár a- las que traJo en su último v111Je y&lt;¡ue'tan aprec!lldas fueron por los conocedores.
ros, que deben llevar á cabo las tropas que•V. ~Lse ha dignado en1 , .
'
213-7s-2
viar para tan importante empresa, y que son esperadas con impáIGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
ciencia por un pueblo que confia s.u completa ~acificacion á las sáREMATARÁ
bias y benéficas medidas de V. M.
·
todo~¡ ~enaje de la ·casa nú'm.• 8, calle de la Perpetua, el miércoles 29 y juéves i3!! j}
El Ayuntamiento de Mérida, intérprete fiel de los s~ntirnientos Marzo de 1865, A LAS DOS DE LA TARDE, estando á la vista el 27 y 28.
•
de profunda gratitud y sincera adhesion que animan á su municipio ·Las ventas son al contado Y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas poi'me•
norizadas.
.
_
,
,
hácia V.M., por tan señaladas distinciones en favor de Yucatan, de • Los comisionistas pagarán seis por ciento; pero no pujaránsus.~fectos.
•
de esos Se hacen valúos de mu1,bles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c., con gran economía de tiempo y
Posita respetuoso á los pies del trono de V. M. el homenaie
~
dinero, pues no es lo miswo buscar y pagar tres peritos, que uno.
seµtimientos; deplora que V. M. no haya podido ¡:ibaodonar las altas se·alquilan pianos y toda clase de mutJblea finos, y se buce la com,Pra, acarreo y empa.
i graves atenciones gue le retienen en g\_capital ,del_ Imperio, para. que de los mismos, con responsabilidad y sin ella.
· •
•
Vfnir á proporcionar á los hijos de este suelo, una feliz ocasion de El despacho eSté. en la.calle l! de Santo Domingo, junto al núm. 8.
214-3s-2
manifestarlos á Vuestra Augusta perso.na: e~pera. con impacif)ncia
TRIBUNAL DE COMERCIO DE HEXICO.
la visita que V.M. I. se ha dignado prometer _á Yucatan, y rueg¡i. á EneljuicioverbalpromovidoporlosSre-s.Ponton hermanos contraD. Leonardo La•
· ~ t unadOsueI9 sus alt. os bene- Leonardo
redo, eiite '1.lribumi.l, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódioos á dicho D.
V • M• con t.ID úe d'ispensan do á es te rnior
La~edo, previniéndole qm, dentro de quince di11t1 so presente ppr_sí-ó por-apo: ¡
ficios, de que procurará hacerse digno.-Señor.-El Prefecto l\funi- derád., instruido y espensado, á contestar la demanda,; apercibido de que no 'haciéndolo;
cipal, Arturo Peon,· el regidor 1?, Alonso de Regil Peon; e,l reizidor ª!1 su ausencia_y rebeldía se continuarán los procedimientos hasta pronunciar y ejecuto&gt; ,
...,
r1ar la sentencia.
2?, Joaquín Hübbe; el regidor 3?, Leandro L. Ayala; el regidor 4?, México, Marzo 21 de 1865.-José María Cardeña, Oficial 2~ encargado d~ la SacreJ. D. Capetillo; el regidor 6~, Luis Escalaote; el regidor 6?, José M, ,taríál
'
:ll~s-2
·
Oviedo; el regidor 7?, Gregorio Salazar,; el regidor 8?, Felipe Moli-.
JUZGADO l ? DE LO CIVíL.
na; el regidor 9?, Tomás Aranda; el regidor 1O?, José Espinosa Ren- El Sr. .fuez 1? de lo civil, Lic. D. Manut&gt;l María de la Sierra, ha mandado se convoque 1
don; el regidor 11?, Joaquio Quijano; el regido,r 12?, Cárlos C. del porlosperiódicosáloaquesecreanconderechoálosbíenesdelintestado deD.CosmeGa.
Castillo,· el síndico 1?, José D. Rivero Figueroa,· el secretari·o, Se- liegos, para que en el término de treinta dias, contados desde la publicacion de este aviso,
se presenteu á deduc;r los que les competan; apercibidos de lo que haya lugar si no Jo vebastian Heredia.
rificau; advirtiendo que el despacho del que sus~ribe está en los bsjos de la casa núm. 7
de la calle de la Moneda.
Mérida, Febrero 17 de 1865.
México, Marzo 2-i de 1865.-Manuel 7'. de Meneses, Escribano público. 217-2s-2
A S. M. el Emperador Maximiliano.-México.
J'UZGADO 8? MENOR DEL CUARTEL MAYOR Nt1l1ERO 8.
Seminario núm. 8.
Por el presente, y á instancia- de D. R11mon Madrid, se emplaza á D. N. Nevraumoni '
(padre), para q_ue en el término de ocho dias, contados desd_e la publicacion del presente,
comparezca en este Juzgado á contestar el juicio conciliatorio que por pago de pesos le
promueve el nomim1.do Madrid; apercibido que de no hacerlo, se tendrá por intentado el acto y se espedirá el cortlticado respectivo.
·
México, Marzo 2-i de l!:l65.
El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
212-3s-3

ANUNCIOS OFICIALES.
lfIBISTERIO DE GUERRA.
5!" Dlrecclon.

AVISO.
Conforme á lo dispuesto por suprema órden, debe procederse á la venta en almoneda pÚ•
blica de cuarenta caballo~ sobrantes del ejército. Lo que ·se partieipa al público para que
las personas 9,ue gusten hacer postura, oc11rr11n al Palacio de Justicia, en que se encuentra
eetablecida dicha Direccion, el dia 29 del corriente, á las doce, en que ha de tener lugar
el remate, prt&lt;sentando sus propuestas bajo pliego cérrado y pudiendo ocurrir desde hof
á t.omar las instrucciones convenientes.
Mélico, Marzo 23 de 1865.-El Intendente de ejército, Gefe de la 5! Direccion, Francueo Montero.

ANUNCJ:OS.
AVISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL DIPERIO."

1UZGADO 4? DE LO CIVIL.

En los autos del intestado de D. Leonardo Gonz1lez se ha mandado por el Sr. Juez 4~
de lo civil, Li~. D. ~varist-0 Re_yes, ~e llame
los periódicos á las personas que se crea~.
con derecho a los bienes de dicho mtestado, a fin de que ee presenten en el Juzgado o ,
dea.1c1rlo dentl'o do treinta dias c&lt;,ntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E,
Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
·
'
203-Ss-5 ~ - J

Pº:

JUZGADO 4? MENOR DEL CUARTEL MAYOR Nt1l1ERO 4.
1~ ffe Santo Domingo núm. 8.

·

ORDEN'.-Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la present.e se le cita y q
emphiza para que en el término de treinta dias se presente en este de mi cargo por'-111"6
por apoderado mstruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre
pesos le promueve el Lic. D. José María Aragon en representacion de Ja.test¡unentaria de
D. Feliciano Rey; apercibido de que si no concurre se le nombrará un defensor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
·
Méiico, Febre.ro 16 de 1865.-Lie. Poulet.
ll31&gt;-15a-14

Se van á reimprimir los números de este periódico ~esde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpre~ión se remitirán estos J,1.úmeros ,
TRIBUNAL DE COMERCIO DE _MEXICO.
á los suscrit'.&gt;res que los han pedido.
.
. .
, .
Mt&gt;11co, Marzo 16 d~ 1865.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del dolíier'no, J uef deban sus. ! En l?s an~s dJI concum a bienes de D._ Rafael Du11rte se ha ha proveido un auto, que
• ·
D
· , d · l
t , 'bl i1 l
d ,. con la mserc1on a que se refiere, es como t1gue:
c:1b1rse al URJO, se _serviran , ec1r o mas .P:ºn o. pos1 e e . ,n~mero e
"México, Marzo 14 de 1865.-En atencion á que en_estos autos la última pro~dencia
ejemplares que necesitan, para que. la Adn11rustrac1on del penod1co pueda se dictó e~ 19 de_Octub1·e de ltl52,_¡,orlo q~e·no es fá?il quo las pefsopa~ que teman idearreglar convenientemente sus trabaJ~S.
1
1., .,
recho_que deducir en. ~l concu~~? c?ns_erven_la memor1! de e~o~, c1te~e !!' los ac_reedore, .
suplica á los suscrito.res de los Departament{)&amp; q.ue no han pagado to- per cédulas y por. ~édio de los ~,er1?dicos (1nserta~do ?n los aviso~ 1~ !Tuta de'fi¡'Yª~ 7), ,
,e
.
.
•
.
.
Junta general, solicitada por el 8mdico, para la audiencia del dia 'verntmueve de presebte,H&gt;
davia el prilller trimestre del ano aotua,l , que rem1~an cu¡mt9 ,a ntes el 1mpor• á la una de la tarde. Lo proveyó el Sr. President.e y firmó ...-Oasti/.lo.-Luis Ro~i r ·
1 , ''r." • ". ·
te de las suscriciones correspondientes á este periodo.
.. ,
Palacio."
. .
.
'
, •
11
D. V1ctomn0Mart1corena. ! •...• ! . . . . . . . . . . . . . . $1,340,, 1 1
JUZGADO DE l! INSTANCIA DEL PARTIDO DE T'ULA.•
Lic. D. José Maria Duarte .•••.....•••..• .•. ,;.:, . ,1,624 6
ob l!'l
' Sres. Perrissin, Gautier y C~ .......... . ., • • . • • . . .
160 ,,
, .t
En los autos promovidos ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en representacion'
0
D. Maximiliano María Chavert.... . .. •. . . • . . • • . . . 1,086 4
de la test3mentaría de D'!- Melcbora Zúñig11, contra la de ,D. Miguel Ballest.eros, sobre .
D. Manuel Grumbak. •.•.•... ..• ..•••.. • : • . . • . • . 550 ,,
entrega del rancho de San Isidro Chi9uibatha, á pedim~nto de ambos albaceas, lie man.'
D. Rafael Cancino ..•••..... •..•..•••..•.....••. · 309 ,,
d11do pur otro de esta fecha, se citen a los herederos de dicha Srá, Zúñiga y D. Enstaquio
D. Fernando Muller.... •• • • . .. • . . . • . . . . . • . • • •.
341 7
Serrano para una junta, que deberá verificarse el 19 del entrante Abril .i:n este propio
Dusseaux y Gutierrez.... .. . • . . . • . .. . . .. . . . • . • • .
75 7
Juzgado, á. las diez de la m11ñana¡ é ignorándose el paradero de los espresadoa hered, ros,
Daos hermunos... . . • . . . • . . . . • • . . . • . • . •. . . • • • • • .
61 .,
los cito por !:'l presente con el fin indicado; 11percibiéndolol! de que de 'ño concurrir el dia y
Doorman é hijo.... • • . • • . . • • • . . • • . . • • •• • • • . .. ..
60 ,, ·
hora indicados, por sí ó p¡,r apoderado instruido y espensado, les parara el-perjuicio que
Danton .... . •.-. • • . • . . . • •. • . • . . . . . . • • . . • . . . • . • . .
SS ,,
baya lugar en derecho.
,
D. Fruciaco de P. Sáyago••.••.. :. .• . .. • •• . ••• .
59 .,
Tula, Marzo 16 re 1865.-Lie. José Jesus Dominguei.
218-3a-l
Loyol~ ............................. -·..... .. ..
24 3
Berjes .••.....•....•.•. - . • • • • . • • • • . . . • • • . . • • . .
100 ,,
JUZGADO 2~ MENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADILLO NU11l. 6. •
Bouche • • . • • • . • . • . . . . . • • . • • • . . . .. . • • • • • • . • • • . •
17 ,,
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pediPJento del agente. do hegocios
Lóp~z é liijo .•..•.... . ., . • . . • . . • • •• . • . . . • . . . . •.
42 ,,
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesionario de D. Ignacio Trejo, por el present.e se le cita, para que dentro de ocho dias, por si 6 por apoclerado instruido y espensaMéxico, Agosto 30 de 1852.-Rafael Duarte.
do, se vrosente en este Juzgado á contestar 111 demanda que en juicio conciliatorio, sobre
Lo que pongo en conocimiento de los señores acr~edores, cuinpliendQ con lo mandado.
pesos, le promueve dicho Cevallos; apercibido que de no verificarlo, so dará por intentado
José ,llfaria Cardeña, Oficial 2~, ·encargado de la Secretaria.
,.,
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
2J0-2a-2
México, Marzo 22 de 186.5.
.
I J
' '{
El Juez 2? menor, Lu;. Unanue y Pa11011.
219--Ba-1
J

•

s

.

JUZGADO 4? DE LO CIVIL
.
'
!
En loa autos ejecutivos que siguen Sor Guadalupe de los Cinco Señores y Sor Joa~uina
de lóa Dolores, contra D. Antonio Monterde, sobre pesos, el Sr. Juez 4? de lo civil ha
mandado que '6 venda el baño del Jordan, ,ahwlo en 40,492 pesos 89 cs., y señalado pa-

,(

.1

IC '

_, IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCM,ANTE, .'f .2
BAJC'S D.&amp; S.A.N AGUSTni, NU.lol, l.

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50719">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50721">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50722">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50723">
              <text>70</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50724">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50725">
              <text>25</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50740">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50720">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 70, Marzo 25</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50726">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50727">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50728">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50729">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50730">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50731">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50732">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50733">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50734">
                <text>1865-03-25</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50735">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50736">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50737">
                <text>2011211</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50738">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50739">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50741">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50742">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50743">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7913">
        <name>Bienes naturalizados</name>
      </tag>
      <tag tagId="7912">
        <name>Cartas de Naturalización</name>
      </tag>
      <tag tagId="7760">
        <name>Empleados</name>
      </tag>
      <tag tagId="317">
        <name>Ferrocarril</name>
      </tag>
      <tag tagId="7915">
        <name>Ingenieros de caminos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7914">
        <name>Propietarios de caminos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7911">
        <name>Ramón Ortiz y Cortés</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1927" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1077">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1927/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._71._Marzo._0002011212.ocr.pdf</src>
        <authentication>29688800ac332b3b9bc5b8319f4887aa</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74369">
                    <text>J
)JlP -

.
'
R
~
1·0_:
.
·
:
PE
'1

DIARIO

o

1

a

•

SUMARIO

PARTES DE LAS PREFECTU~A8.
MINISTERIO DE FOMENTO.
SECOION

3~

Prefectura política deJ Departarliento de Puebla.-Seccion 1~Núm. 1,255.-Puebla, Marzo 21 de 1865.-Exmo. Sr.-En respu~sta á la comunicacion circular de V. E., fecha de ayer, en que se suve recomendar á esta Prefectura se tomen providencias para evitar
que se interrumpan las li~eas telegráfica~, debo manifestarle: 9ue
recientemente se ha recomendado esto mismo á todas las ~utor1dades de la comprension de este Departamento, y se estará,á la mira;
para que sirva de gobierno, que algu_no de los casos de rotura de_ los
alambres han venido de haberse dernbado los palos pot fuertes v1entos.-Dios guarde á V. E. mue~~s años.-El Prefecto su~erior, José María Esteva.-Exmo. Sr. Mm,1stro de Fomento.-Méx1co.
Es eopia. México, Marzo ·24 de 1865. ·
El.Subs.ecretariQ de Fomento,

(Firmado) MA.NuEL ORozco.

•

J

1rJ

'

'

,

1

.J J ;

'

NlJI; 7t.

ME;XICO: Lunes 27 de -Marzo de 1865.

'pARTES DE LA!! PREFEOTURA3.-De Puébla, sobre interrupcion de lineas t&lt;?legrilftcas.
ACTAS DE ADHESION.-De Abuazotepec y de Naupan.
.
DOOUMENTOS.-Comunlcaclon relativa al establecimiento de un segundo ~Jambre t&lt;?legraJlco entre la
capital y Puebla.-Otra sobre u;i accidente en el ferrocarril de Veracruz.-,Agrimdtl,ra. Informe de la Prefectura de GuanajnatA&gt; sobre diversas plantas ~e aquel Departamento.-Ayuntam!ento de México. Acta del
Cabildo de 17 de Febrero.
SOLIOITUDES.-Una sobre privilegio por la lntroducclon d~ aparatoa para elaborar petróleo.
NOTIOIA.-8obre juramento prestado por los nuevos Conse,¡eros.

• (

'

••

'.

1010 l.

. ')
: 1

reunidos los ciudadanos alcaldes de los pueblos en la Sala del despacho judicial de esta cabecera, bajo la presidencia del Ayuntamiento de la referida cabecera, su presidente. el ciudadano ,aJcald.e
Cristóbal Fernandez, instruyó á los circunstantes de qµe"la 1·Jutita
tenia por objeto hacer que la Municipalidad secundara el·~so dado
ya por otras Municipalidades del Distrito, reconociendo 1üGobierno
de S.M. 1\faximiliano I, .Emperador de México, P!l.es que la Municipalidad de Naupan no debia callar su_buena volun"fad, cua,ndo no
solo la mayoría de la Nacion, sino aun la capital del Distrito á que
pertenece dicha Municipalidad, proclamaba ya esos principios. Todos estuvieron de conformidad absoluta;-y·en esta yirtud se acordó
levantar por duplicado la presente acta, con objeto de que sé archi-'
ve•·un tanto de ella y se eleve el otro á la prirnera autÓridad militar
del Distrito para su conocimiento y fines consiguientes.-Naupan·,
Marzo 16 de 1865.-Cristóbal Fernandez; 2&lt;? Antonio Juan; regidor
José Miguel; regidor 2&lt;? Pedro Felipe, sfndi()o, José Francisco, alcalde del pueblo de Tlaxpanaloya,-Andrés Trinidad, 2&lt;? Juan Felipe, alcalde del pueblo de Chachalrí1atta, ciudadano·' Diego Domingo, 2&lt;? Domingo Lúcas, alcalde del pueblo de Isotitta, Francisco Domingo, 2&lt;? Pedro Juan; alc,alde del pueblo de Meztta, José Domingo; 2&lt;? Juan Agustin; alcalde del pueblo de Copila, Manuel Martín;
2&lt;? Francisco Juan, alcalde del pueblo de Cueillatta, Antonio Juan;
2&lt;? Manuel de la Cruz; alcalde del pueblo de Tenextitta, Juan Diego; 2&lt;? Gaspar Ignacio.
. - _, Son copias.
El Subsecretario de Estado l del Desp!ieho de Guerra,

·(Firmado) J. M. DURAN.

ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
DOCUl\lENTOS.
Comandancia de Tulancingo.-Tulancingo, Marzo 21 de 1865.Núm. 61.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de acompañará V. E., para
que se sirva ponerlo en el alto conocimiento de S. M. el Emperador,
las actas de las Municipalidades de Ahuazotepec y Naupan, pertenecientes al Distrito de Huauchiuango, y que por un olvido involuntario no me fueron remitidas para que yo lo hiciera á V.•E., con
las que lle'?Ó mi Ayudante D. Rosendo de Ulloa.-Díos guarde á V.
E., etc.-El general comandante superior, Eugenio de Ulloa.-E.
Sr. Ministro de la Guerra.-Méxic9.
~

..

·Juzgado de Ahuazotepec..---;-En la Municipalidad de Ahuazotepec,
pertenecient~ al Distrito de Huauchinango y al Estado de Puebla,
a los diez y siete días del mes de Marzo de 1865, reunidos los ciudadanos de este pueblo y el señor juez de · paz de Ayotla, en este
juzgado de mi cargo, bajo la presidencia de los alcaldes 1&lt;? y 2&lt;?, ciudadanos Francisco Ramirez y José Mana Sanchez, instruyeron á los
~ircu_nstante~ ae que la Junta tenia por objeto hace1· que la Municipa:lidad secundara el paso dado por otras Municipalidades del Distrito, reconoci~ndo al Goi&gt;ierno de S. M. Maximiliano I, Emperador
de México, pu_es que la Municipalidad de Ahuazotepec no debia callar su buena voluntad para advenir á este nuevo órden establecido,
cuando no solo la mayoria de la Nacion, sino aun la capitahiel Distrit0 á que pertenece dicha Municipalidad, proclamaba ya esos principios. Todos estuvimos de conformidad absoluta, y en esa virtud
se acordó levantar por duplicado la preseate acta, con objeto de que
• se archive un tanto de ella, y que se-eleve el otro á la primera autoridad militar del Distrito para su conocimiento y fines consiguientes.-Ahuazotepec, Marzo 17 de 1865;:..._Francisco Ramirez, José
Maria Sanchez, José M. Vazquez, Francisco Sanchez, Gregorio Valdés, Aurelio Q-uerrero, Rafael Cabrera, Cristóbal Ramirez, Miguel
Gonzalez, y Rar,iirez, juez de paz de Ayotla, Antonio Cuevas, suplente, Antonio. Martinez, Ignacio Hernandez, Trinidad Parra.

MINISTERIO DE FOMENTO.
Direccion del telégrafo eléctrico de México á Veracruz.-México,
Marzo 23 de 1865.-Exmo. Sr.-Con la mas grata s~tisfaccfon tengo el honor de poner en conocimiento de V. E., que hoy á las- tres
de la tarde ha quedado establecido un s.egundo alambre telegráfico
entre esta capital y la ciudad de Puebla. Al _emprender la empres!:'
esta obra, ha sido en la confianza que renace y se va afianzando cada dia mas, bajo el gobierno de nuestro digno Emperador¡ y, al participarlo á V. E., me lisonjeo de que acojerá esta mejora con el interes que toma en todo lo que se halla á su digno cargo.-Dios
guarde á V. E. muchos años.-Por la empresa y -por e1 director, José de la Vega.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Es copia. México, 24 de Marzo de 1865.
El Subsecretario de Fomenio,

(Firmado) MANUEL ÜRozco.
_
Direccion del camino de Orizava á Veracruz.-Veracruz, Marzo
18 de 1865.-Exmo. Sr.-Inmediatamente 'que recibí el parte telegráfico de V. E., en que me ordena le dé una completa informacion
acerca del desgraciado accidente ocurrido en el ferrocarril de Veracruz, me dirigí al _lugar del desastre para ver cual era la causa prin-.
cipal que lo había motivado, é hice todas las averiguaciones que
creí necesarias para cumplir debidamente con sus órdenes.
El resultado es el siguiente: El dia 15 del corriente se dirigía un
tren estraordinario del Camaron á Veracruz, conduciendo tropa
francesa, y un poco antes de llegar á la Purga, con10 á- las once y media de la mañana, sufrió un descarrilamiento que originó la muerte de dos soldados, diez y nueve heridos y la destruccion de la locomotiva y tres wagones. Lá causa del descarrilamiento fué proveni•
da de que estándose verificando algunas reparaciones en ese lugar,
cercano á un pequeño puente de madera, se babia construido una
Juzgado Municipal de Naupan.-En Naupan, cabecera de Muni- doble via provisionalmente para evitar demoras, y en el instante
cipalidad de indígenas del 'Distrito de Huauchinango, perteneciente mismo se estaba acomodando el riel cercaµo á la llave. Estando coal Estado de-Puebla, á los diez y seis dias del mes de Marzo de 1866, mo á 20 metros de distancia la fragua en que se hacia esa operacion,

ya

.

�el llavero, que era el 4.u~ l,a ej~cutaba, babia quitado el riel, y al estar concluyendo llegó el trén oon una gran velocidad, sin haber hecho con anticipacion ninguna señal de llegada, como se licostumbra generalmente al llegar los trenes á los puntos en donde se hacen repartlCiones;_no e'stan·do la llave puesta de manera que pudiera
seguir la vía principal, 'resultó que tómó la otra que no tenia continuacion, y lo dirigió pr'ecisamente sqbte el puentecito _de madera,
al cual' chocó éegun su misma direccion: una vez detemda la locomotiva, los tres wagones inmediatos salieron de su lugar respectivo
y fueron á caer á un lado, habiendo quedado el primero enteramente destruido.
La culpabilidad parece se encuentra en dos personas, el maquinista y el llavero; el primero por no haber dado señal alguna con
añticipacion y llevar una velocidad estraordinaria, en lugares precisarqeñte. en donde está mandado por frecuéqt'és órdenes que he visto
de la administracion, de llevar una velocidad que no pase de cuatro
mi11a.s porbora; y el segundo por no haber puesto ninguna señal de
pelig~o 1en.~l mqmento fln que )labia qui.tiJ,d~ el riel, ,y no tener la
11,axfl pµ_esta eq la yja pri~cipal com9 era su deb~r. El p~imero está
gA'/l:V,l}I!lente quemado, y el segundo ha desapa~ec1do, hab1éndóse ya
dict§~o po~.l~s ~utoridades respectivas, las medidas necesarias para
~u ap~~~n~ion.
,•
;Las vic\i!l)/l¡~, segun todos lps informes que he reunido, no han
pas~rto... de los dos ~olqado,s muertos de que. ya hice mencion, y el
~ti,z~o~ q~e m~~ip dos días despues; y respect de los Ireridos hay
mmtro ,de ,graved_ad.
~o:r lo ,e~puesto v~rá V. E. que las dos p~rsop.as designadas, por
np haber cu~plido con sus deberes, han dado origen á ese desgracia4,o acon~epimi~nto, qqe tan caro ha costado á uno de ellos; y digo JIO haq~r cumplido con sus deberes, porqu~ me consta haber vist,o. ~.n l¡\_o.ficina de la Soledad, en los libros copiadores, con fecha ante~Q!, 1~ pr~sprjpcione~ r~Jativa~.
,
Acepte ,y. E. las se_guridades de mi atenci9n.-El Ingeniem, A.
Be.;~J"~-~X.!IH?· Sr. ?,finistro de Fomento.
Es cop\a. México, Marzo 23 de 1865.
,·
. (,
El Subsecretario del Ministerio de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRÓZeo.

AGRICULTURA.

1

l

•

J

)

SUCINTO ESTRACTO

I

-

•

..,.

•

de lu noticiaa-que sobre cultivo de plantas agricolaa, ha remitido la Prefectura política

·

·

de Gua.najuat.o.

L:i. Subprefectura de Salamanca dice, que por falta de. regadío no pueden
emprenderse otras sieriibras que las d~ témpó1'al, ~ mo maiz, frijol y cebada, ·pues el trigo y garbanzo solo lo siembran los que tienen bas-es suficien·
tes para ello, y que como la temperatura es tan desigual n&lt;T permite hacer
]a siembra del caie, algodon y la morera, que Ít.Únque estas vegetan admirablemerlt'e, su producto es,escaso y comunmente ekpuesto á perderse, hacien·
do la mi:;ma temperatura esterminar el gusano. La caña de azúcilr se da,
aunque notablemente menos que la d~ tierra caliente, por la falta de riego,
irr¡pidiepd.o esto el hacer la siembra del camooo, cacahuate y otras varias se·
~U.las; de manera que á escepcion del café, algodon, rr¡orera y otras, de tollo lJ'aemas se puede emprender su plantío.
· La 1~oliprefeétura del Valle de Santiago manifiesta, que por no sér á propó~ito 'aquel clima no 'se éultiva el tabáco, cafia, café, algódon, olivos ni
p'árras.
.
:ta. Prefectura. de Sierra Gorda ·manifiesta que en aquel partido y los de
Ititrbide y .Tierral;llleva, solo p.roduce en años abundantes, y en grado superlativo, en el segundo ~e dichqs partidos, el maizJ frijol, trígo y cebada, y en
pequeño, por falta de agua, el chile; qµe los olivos, las ~v_as y l~ seda se pro·
&lt;lucirían muy bien si hubiera abundancia da agu11,. El terreno del partido de
San Ciro, es cálido y iertil, por9..ue generalmente las lluvias son abundantes,
y produce 400 'fa~egas' de·mmz p01:: año, escaseando el frijol á consecuencia
de los temporales; pero en su defecto produce el garbanzo. La caña, el algoqsm1 el lino y las moreras se cultivan tll.lllbien con buen éxito en los pun!R~ 1ollf!e. se .P,u~de pfopo~cionar el ri,ego. En elJ!ªr~ido de la ,Victoria, que
f~ 1tfmplado, se da con profusion )a lima, la naranJa de china, zapote y otras
1rutá$.
'El cÍima &lt;lel mineral de Xióhu, él 1del Espíritu Santo y Atarjea, es cálido
.y produce bién la caña, el tabaco, el algo~on 1 el afiil, habiéndose dedicado
sus habitantes al cultivo de ·1a pr'imera ·y no de lás &lt;lemas, por falta 'de cono·
cimientos. Se produce tambien el pino, de que podria sacarse el aguaraz y
l;&gt;rea; conteniendo ambos minerales la plata, el oro, el fierro, el bronce, el
plo,mo y los crj~eros de estaño. Lps dos primeros metales se be{).efician por
(und~ci9n y I?atip, y e!l cada uno de ellos, particularmente en el primero,
existel!,¡_ aunque paradas por falta de fondos, varias haciendas de beneficio.
l're'fectur~ munic_i¡&gt;al de Guari~juato dice que · allí solo se cultiva el
-r/i.á'iz, ceba-da y poco trigo, beneficiá'ndose por· mero reéreo en alpuno que
ótro•punto, pequeños arbustos ó matas del algodon, y qúe{n lo general los
terrenos son propios para su cultivo, si bien las fincas rústicas no son m'uy
abundantes en regadío.
,;La Subprefectura municipal de Silao trascribe el sistema que observa un
cuJt~vad.or de 1a ·uva, quie11 lo ha espe1'imentado durante trein,ta a.ños.
.,~ª~f.{etectura qe! ,Valle d~_~an Miguel de Allei;i.de remite un estenso informe sobre el particu1ar, indicando que hasta ahora los agricultores se han

.ta

DllltlO DEL lMPERlO.

DIARIO DEL IMPERIO.

286

Luego que comienzan. las..agtias, cesan los riegos~l&gt;~ro si estas se reta~dan
AYUNTA1llENTO DE ·DXÍ.CO.
~
ó suspenden, hay necesidad de qontinu~rlos h~sta en tanto el fruto este en
En la ciudad de México, hoy viernes 1'1 de Febrero 'de 1866, .se ·
todo su crecimiento, que es cuando comienza a rayar~e; entonces cesa el trabajo hasta el 15 &lt;;l.e Dctubre, que regularmente~ tiem~o en que el sol ha reunieron en la Sala capitular, á la.una menos une}uarto de' l¡¡jtarde,
consumido el agua superabundante del fruto, ,Y el ,JU~o esta meloso: entonces para eelebrar Cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto, Bai:reiro1
acdstumbramo~ proceder al corte~ porque as1 esta d1spues_to para dar la me- Rincon, Cosio, Gom~z, Pimentel, Cervantes, Ibauola, Velez, Hidaljor clasé de vino.
,
11' •
,
go,ECañas, Reyes, Galindo, Labastida, .Ortiz Üijrvan~, Rul, Mejfa,
Algunos años sucede ~ue las ag.uas son bien escasas, como..Jo fue el ~asa- Rascon, Labat, VillanQeva y HoP.pe. Se _leyó y ~probó 1la acta del
do de 1863 y entonces el fruto 11e mad~a.mas pronto Y no hay necesidad Cabildo pú'.blico ordinario ce_lebr~do_ el dia 14 de~ actual.
de,eilperar
ae Octubre para la vendimia ó cosecha.
Se dió cuenta con los ofic10.s siguientes.
.
PLANTIO DEL SARMIENTO.
Del Ministerio de Ff mento, pidiendo informe_ ~ l~ C'orporác~o»
En el tiempo ~1,la poda se escojen las varas ¡maého_s que estén mas ro- acerca de una solicitud hecha por el Ayuntam1,ent,o y vecii;tos d~l
bu ta\!~ ánll8 'll\S qlfe debén tener de-largo•vara Y media; eh el acto de col"- pueblo &amp;e Santa Fé para introducir dos naranjas de agua en ese,pue.:
tar:e se :ume:gen dentro del agua ó,se plan_tdan en á.lfáclgos, entérr~do 6 blo, en cambio de las que tienen concedidas desde tiempo inmemo..
sum~rgiendo en el agua ~l ~ronco donde.ha si Ocorta 0 , para que e aire no rial en el Bosque sitµado en el prQpio .puebl9. A la Cotnision lle
reseque la vara y la perJudlque.
,
aguas;
.
.
J
A }os seis dias ae sumergida en.~l agua, está dispuesta ª p~ntarse.
De la Prefectura politica,del Dep[\rt~meqto c;Iel V 11lle, t r8$atibien,.
Pre ado el terreno como se_ diJo _en el lugar corr~pontliente, y formar
dos loIToyos, ó cajetes, á. la distancia ~e vara y media cada pl~nta,_se en- do una comunicacion del Ministerio de Gobernacidp~~ob(é que,se._si;- ·
tierra la vara 'en el 'centro, á la profunditi'a.d de una cuarta, pomendole ?na. ga abonando ¡i.l Secretario de la 'Comision revisora la gi'&amp;tiíiaaoibn
estacá ó rodrig'on 'de cinco cuartas de altura para atar ~a plant&amp;, pues as1 se que de antemano le babia sido concedida pQr el Gobier-nct @ $. M.
consigue qµe en~ruese y se mantenga derecha. Es preciso tomarse ~l traba- el Emperador.
_
, ,
jo de comenzar a regar el día-siguiente l~ fº~tura á mano, por medio de _un
De la misma Prefectura, insertando la disposiciQn del Ministerio
cántaro ó barril á chorro, pues la esperiencia ha demoSt rado ser el meJor de Gobernacion p¡¡.ra que se contipúe abonando á la Compañia Lánmodo de regar, ínterin prende la vara.
casteriana la asign~cion de 4,800 pesos anuales, ~staplecida por deEN1ER1'fEDADrui DJ: 1,A :PLANTA,
creto de 25 de Setiembre d[' 1~6.3, ~ que &amp;nqalmerlte revise y
Varias son las enfermedades que padecen los viñedos; pero el abonar el glose la cuenta de inversion de dic~o fondo. A la Administracion de
terreno cada tres años es el mejor remedio para precaverlos, lo .mjsmo que rentas municipales.
oon la limpia 6 raspa de los palos, pues estª operacion evita que los palos se
Otro de la misma Prefectura, insertando la disposicion del Minis-

limitado al cultivo del maíz, frijol, trigo, garbanztJ chile; pero que los terrenos parecen á propósito para cultivar con b1~¡ Qróxiel tabaco, el algodon,
el lino y la seda.
, ._
Respecto al partido de Dolores Hidalgo, espr~sa que sus viñas son las de
mejor calidad en todó el país, por el buen clima: que aunque su fruto no es
muy abundante ni crecido, sí tiene un agradab~e sabor, opinando que por la
mucha agua con que_se cultiva, no sale con el vigor competente para obtener
un buen vino.
Refiere las esce~ciones que sus cultivadores gozaron en otro tiempo de toda contribucion J del servicio en la milicia, las cuales cree conveniente se les
vuelvan á conceder para impulsar este ramo de industria.
La que sÓbre todo recomienda es la de las moreras, para lacria del gusano de seda, que plantó por su mano el cura Hidalgo, y de los que aun permanecen ·respetables vestigios, brindando á los especuladores con sus cuantiosos productos.
La Prefectura de Leon manifiesta que puede cultivarse el tabaco, el algodon, lós olívos, los viñedos y las moreras chinas.
La Subprefectura de lrapuato informa que los terrenos de su comprension
son susceptibles del cultivo de la caña, el caie, el algodon, el lino, los viñe-·
dos que producen vino de regular clase-y las moreras que cuentan para su
desarrollo con muy buen clima; que ademas producen el,llllj.,guey1 cuya planta podría propagarse en grande escala Y. rendir utilidades de coiuiideracion.
La Prefectura de Cela.ya informa tambien que en S).I territorio se bultNa
el tabaco, el lino, las moreras, la cafia, el algodon, el olivo y las viñas que
dan vino de muy buen gusto.
México, Marzo 23 de 1865.
El Subsecretario de Fomento,
(FirmadJ} MANUBL Oioz'co.

hl.1'5

~e

Subprefectura municipal.-Silao, Diciembre 20 de 1864.-Cumpliendo
con el encargo que la Subprefectura de'l ca1'go de V. S. tuvo á bien recomendarn;¡e, p-ara formar una Memoria estad:í'stica §ob're el cultivo de la uva, conforme al método que practico en el plantío de mi própiedad, P.ª~- á d~mqstrarlo con las obse,rvaciones que h'e creido oportunas para su major inteligencia y buen resultado, advirtiendo que lo que practico está fundado en u~a
esperiencia de treinta afios.

emift:i ¡:ta~;rTii1~ que arruina los vifiedos, es el que lo~ esplijloles lla- terio, en que -el Gobierno-de S.M. ha -tenido á biefi aprobar ta reunión
man..odium, y se distingue en que al ~r la.pla~ta su flor, se va ?ºn\tirtien- que el Axmo. Ayuntaajént'o líizc3; fle la Administracion de limpia á
do ésta en una especie de pelusa, que a pocos d1as cae al suelo sm amarrar la Direccion de Obras públicas. A itus -antecedentes.
ningun fruto, en término que de quinientos granos que debía contener el raSe dió cuenta con un ocur~o de D. :Apti:mioJtcrcanegra, en que piéimo viene á aw.arrar dos ó tres: esta enfermedad puede prolon_gar~e por al- de se le adjudique á censo un pedazo de terreno que queda, en Ja
guno~ año$. Para la cura de esta temible enfermedad, el mejor.,remedio,es ca- huerta que fué del convento de Santa C_lara, y cuyo terreno sea el
lentair~l terreno por medio de un f~er_te abono, bailando ,luego el palo, el mas cercano á la calle.de Vergara, señalándose el alineamiento_ por. la
que estai'-á bien limpio, 'con un cocm~iento ·de azufre en_ agua-de pozo, por persona que designe la Corporacion. A la Comision de haoienda.
contener esta mas cantidad desales mmer.ales que la de rao; esto es segun fo
Se dió cuenta con un dictámen de la Comil;ion de haéienda sobre
que he podido calcular despues de la esperiencia.
la solicitud que hace D . .José de la Luz Moreno para que ~e le éxifu'a
Esuoo Aé'l:UAL DEL :P-LAN'l'Io.
del pago de la licencia para obra que está hacíeiid~ e'id~ call~ pue'De o¿ho á diez mU plantas habrá en esta poo,lacion, Y gradúo su prf!duc- va de San Bernardo, el cuál fué aprobado y se' mandó pas~r á)a_M ,~
to en término medio tle -seis Jibras por &lt;Ma ,planta, 10 que da un resultado cina de rentas municipales para que haga ~1 ~obro, por no _po,derse
anual de dos ;IIlil quinientas arrobas. Este -producto es rtlUy 'es_e ~ó á 'causa acceder ,á su peticio[).,
de lo costoso del cultivo Yla escasez 'de ·agua, pues la tenemos á una profunQuedó de primera lectura un dictámen del Sr. Sintlici&gt; 2? .en i el
didad de siete á ocho vai;as_; lo que aumenta el costo del fruto á tal esceso,
q~e vendida -la uva ~.medio neal fa li~ra., que es un pr~cio comun,. ~~ ~ espediente s&lt;&gt;bre que.se vuelva. la plaza de Gefe del re_sguardo diurno,
el. cosechero mas utihdad que"lln 2ó o 30 por lQO. El costo se '&lt;l1smmm,á y proposiciones para el arreglo de la fuerza de poliei~ de s~guri~á:d.
con pro'por.cionar l.os Tiegos por medio de dos fuentes bl'otantes,pues entonTambien se dió lectura á un dictámen de la Cpmision de bac!etir,a
ces uniformando el beneficio, y CO)l elauxilio del agua., cadaplant11,daria por en que consulta que estando destinadá para Panteon \{~ntbipál la,
t~:,;~ino medio una -arroba, ·pudiéndose estender el plantío, pues el terreno parte del pt&gt;trero del Quartelito, de que ya ~stá. en pose~iqii el Exroo,
se-presta muy bien) tanto para esh planta, eomo para el cafü, algodon, ta- Ayuntaniiento, .se pro.ceda á ent~rrar los cadáveres eje las pe_r,o~aa
baco etc. Hoy se encuentra esta industria en un estado de i:uin1l, porque
d d
l d
ó
d
d
l
siéndonos tan costosa, no es posible nivelar el Viecio de nuestros vinos con cuyos eu os así o u¡pongan carezc~n e,recur.sos, pagan o en e
lo¡¡ que rienen del estranjero;,razon po~ lo que PºC&lt;?s nos dedicamos ásuifa- primer caso la cuota qµe se sejiale en el reglamento que fo¡,mp,rá la
bricacion ¡Si algun dia en nuestra patl'la :se favoreciera el consumo! eón so- Comision de·•panteones, y en .el segundo sin otro requisito que la bO::
}o un 'banco de -avio, los cosecherds implllsarian este ramo á su IUayor altura. leta.. de la Prefectura munieipal. ,Puesta á. diséasion, de·sR~es de al- .
Pór los años de 45 ó 46 estaba Ja industria de que ll}e ocupo en, su mayor gun debate, se suspendió á mocion del Sr. Hidalgo-, ii.cord:indose pase
d~dencia, y el Sr. Presidente D. },1:al'iano Arista, animado de los mejores á una co~ision especiál,, có~pu~sta ·de los ¡jeñ:o'tes.fa~~lt2ti.'"'.OS de.}~
séntimientos Tespecto 'de la inilustria del país, nos concedió á los fabricantes Corporacwn, para que as~c:ado!i con l?s S;es. D. ) ,,µJs y _D 1 _Fr~ndel -vino éle uva, la gracia, por veinte añ~s, de _que fuese libre este arlfoul;&gt; cisco Gargollo, den su op1mon sobre s1 del;&gt;e adoptarse el l)led10 que
de .toda clase de aleaba.las, pudiendo cammar libremente por toda la Repul ,
,
,
bliqa.
propone la Junta de hacienda ó e que estimen por conveniente.
Esta gracia nos animó á trabajar, pues habiamos abarrdonado la ·empresa
El Sr. Mejía presentó Ún dictámen, que concluye con la siguiente
pór lo.S fuertes impuestós que reportaba; y merced á esta cqncesioa, hemos, proposicion:
.
'
en lo posiñle perfeccionado é$ta indust:r¡ia,rpor lo que ahora sé ve aumentada Pídase á la Secretaría el espetlfon'te fol!i.tívo á traslacion de las zahurdas
r~ecto·&lt;le e;tonces; pues muchas personas emprendieron luego:mievos plan- fuera d.&amp;"la ciudad¡ para que dorra,los tmámites neeesacios,hitstll llevar .á'_efectios, 'y ffllllq11e han tropezado para la elaboraoion del vino, con l'OS obstáculos to tan importante mejo¡,'~.
que•dejo ml:licados, solo se limítan á 1a venta de la, uva.
,.,_
·
El Sr. Prefecto dispus~ que se busq·ueri Io~'~litecéderites relativos;
.l,J!JRRENOS.
para que el Sr. M-ejiff, 'Mocia~o ~e \m Sres,Villanveva y"Itey-es, próEn una ,circunfer¡lJlcia de c~tro leguas, todos los terrenos son á propósito
para e,sta, planta, pero ·en todos se 'tiene de lu.cha-r oon la escasez de agua; ra: pongan lo convenretite,.:aoompañand.o ~~~eR- lá-ct»~rnnicamon sobre
S'Omer:a dirtgió a_l G-obterno de S.M.
zon -porque- los 1agrreultores no dedican sus terrenos á otras siem'bi·as que las el mismo negocio, que -el
.
Los
Sres.
Reyes,
Pimentel,
OrtiZ' Cervante'S_y Labastida, presenque se pui\den ooténet á merced del tiempo de, las lluvias.
. .
Termin9 diciendo que lo _relatado ~asta aqm es lo ,q_ue :ta espe¡neRoJ&amp;. me taron las proposiciones siguientes:
hadado,t cooocer en el cultivo dela uva; y aunque la Subprefectura del car1~ A reserva de lo que dispb~an las Ordenanzas municipales, se nomgo de V. S. nose•digiió: demarcarme los puntos ·principales de sol'ucion en
nuestra comprehsioJ¡, ;nfü l\.e dirig,ido por las ,prevenciones gen~rales de la brará una Oomi'sion de higiene publka, com,puesta de cinco D;1iefubrps¡,p~ra
C()mmµeacfon 4.ue el .Exmo. Sr. Ministro de Fomento remitió á las Prnfec- q_ue unida á la.~ Comisiones respectivas, vigile todos los ramos .que estén en
turas ~políticas de los Departamentos; si he acertado en la inteligencia del relacion directa·con la satub:tridad.
2~ Esta ·Comision, oyéndo la opini0n ,del C?n~_eJo.superior de Salubri~a,~!
verdadéro -sentido de la espresada comunicacion, disfrutaré la satisfaccion de
haber contribuido por esta vez con mis pequeños conocimientos, al engran- formará re&lt;1lamentos sanitarios sobre estable~mientos msaluores de la ClJ,pl·
tal, sujetándolos á la aprobacion del Cabildo.
decimiento de nuestro país.
Í)i,sfruto la, honra lle protestar _á V. S. ;mi mas distinguicfo apreciO' y respeto.
~u estas á discusion,-,fueron repr.obadas &lt;lespues -de alguna disEs copia que se sacó de la original que presentó á esta Subp'refectura el
cus10n.
Sr. D. Pedro Romero Macías, que se comisionó ,para este objeto.
La Comision de di~ersiones pú'b'licas prese_nt6 ?n di?táme_n sobre
Sil~o, I)iciembre 31 de 1864.-El Subprefectq municipal, Jilrarwi~co de J&gt;.
que se conceda permiso al Sr. Raya :r&gt;. IJ;omaspata da1 func,ones;bn
MendfJZa.
Es~oopia. México, Mai:zo 23 de 1865.
el Circo Clíiarihi en la próxima.cuaresma, esce_ptu~ndo _so1amente1la
Semana mayor. Este dictáO'len fu~ apro~ado &amp;m _d1~cµ~~Ii~ . '' '
El Subsecretár-io de Fomente,
La Comision de aguas presentó otro dictamen en el espefüente sor
(Firmado) MANUÉI. ÚROZCO.

PREPARACfON DEL TERRENO.

En los meses de Noviembre y Diciembre ge fórinan 'sébre'él ~rterto-gran
des montones de estiércol de caballo, borrego, etc., el que 'estrál'ído biim sooo,
se pulveriza para estenderlo sobre la superficfe de la tierra que •se tiene rde
abonar, dando luego el barbecho á la profundidad de media v,ara, á,~rg,emover la tierra y que venga á quedar lo de abajo arriba, con el objet9, ~e. _9ue
el estiércol quede bien incorporado, lo que se consipue dando al barbecho
dos fierros cruzados, cuya operacion se praética con pala de fierro y azaáon.
Concluido el último fierro, se procede á desmenuzar el tenon para igualar
~a superficie y cónvertirlo én'un iúetludo polvo. Así pasa el tiempo en que
la fuerza del sol, di~olviendo las sales del abono, prepara la tierra para su
ferti1izacion.
En Febrérb se %rman las regMéras 'y báj~s _al fj&gt;ié de fa planta, el que
debe tener de circunferencia cinco cl!,_artas, y de profundidad una tercia, dejando cov la misma tierra bien arropada á su derred,o,r las raices de la planta, pues contribuye ~sta operación~ que la'planta1le robustezca y -gua½-de
bien·la humedad. Alguna vez he cubierto los cajetes con un ,polvo ·ae iyilso
calcinado al comerizar los riegos, y este ·sobreabono ha ·duplicado el fuuto,de
la planta; pero lo he· practicado solo 'por esperimelito, pues es costosa Ta
operacion.
PoDA.
'
, Al comenzar la luna de 'F~l:lrero se _pro~de ,á la po~a~ lo 41:\~ se ~r~et\ca,
o con 11odones de fierro ·fabricados al mtento, o por medio de t1Jeras mg!eS&amp;S
de muelle, que se conócen con el nombre 4e !ijeras de poda. Se tiene especial cuidado en separar las varas ~em?ras ae los machos, aistinguiénaose1as
primeras en que sus tramos de nuaoa nudo son mas lar~os y delgados: las
segundas sdn mas cortos y r0bo.stos. Las varas hembriis 1se alargan ·'demasiado, y su fruto ·es casi milo y de _mala clase, óuando•él'macho lo'próducé
abundante y de buena calidad. Por estas 'razones S'eparamos•en la, poda 1as
varas hembras desde 'SU primer nudo, ylos machos se po~n •del segundo al
tercero, segnn el grueso de la vara.
EJ corte en la poda debe darse como tajo de pluma, y jamas· pe man,~ri¡.
que _presente una superficie·pla~a: &lt;;l()ncluida ~~ .poda s~. _erpcede á lim:p_i~r :ª
planta desde su _tronco,Pº;. medio de ~n raspiidqr part ttn:p:bar l~. cor~zaqu~
durante la estacion de 1as ~uas ~a c1;ado -el palo. 'Esta opei'acion , oe pt1da
!e ap1ica lo mismo á la'~lanta·baJa, q_M se cono'ce-'con él nombreié llepa¡como á la qu'e se llama ·voladora, por 'éstenéferse sollre e'iúparrltdos 01'Ú1pestles
formados de varas.

-

-sr.

RIE90S,

Por ser este terreno bastante seco, es preciso a1 c61lcluir 'la p(&gt;da cotnenzar el riego, ó mejor dicho, lo que se va po'dando •se ;va: regando, y estos rie·gos se repiten semanariamen~ hasta que el frut? esta }nen lleno, p'rocuD&amp;n~o
en todo este tiempo tener la tierra lo mas l1mp10 posible, segapdo el qµehte
ó yerba que se cria durante los riegos: por este procedimiento el fruto adquiere mayor fuerza, por ser nuestro terreno ~an escaso de humedad.
DxsQUILLAR, ó CORTE DE VARAS tNUTILES y 'RETOROS .
Cuandó el fruto está á la initad de su crecimiento ·se proced.e'á una operacion que la denofüinamos bajo el rlomore de desquillar.. Esta oohSiste&gt;en
cortar todas las guias lárgas que no há'n dádo fruto, lo mrsmo que los retqños y hojas que salen en el tronce,-pues así se consigne que el fruto participe de1 jugo que debían absorbersé'las guias, qúe én el plantío·d¡i las e~pas ó
plantas cortas, de nada sirven: de esto r_esulta q,ue el frutp cre'Dfl' Y epd~lce
mas pronto; lo que no sucede si se le deJa á ·cubierto del solrP?r el J;'amaJll y
-hoja que se cría.
·
.....

..

�· 288

DIARIO DEL L'1PERIO.

bre denuncia hecha á la Prefectura política de que en el molino de
Santo Domingo (Tacubaya) se lava ropa sucia en el agua potable que
viene á la ciudad, que concluye con la siguiente proposicion:

AVISO IMPORTANTE

D_evuélvase este éspediente al ~r. Prefect,) superior político, para que PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IIWERIO."
impuesto de las piezas que se han recogido, y lo demas que se ha practicado,
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
dicte las providencias que sean de so resorte.
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á los suscrit'.&gt;res que los han pedido.
.
Fuá aprobada sin discusion.
Los
Gefes
de
oficinas
y
otras
dependencias
del
Gobierno,
que
deban
susLa misma Comision presentó un infbrme que termina en la siguiencribirse al Du.RIO, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
te resolucion:
ej emplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
Remítase este informe á la Comision de hacienda, para que con vista de arreglar convenientemente sus trabajos. .
los antecedentes, consulte cuál de las dos maneras de cobrar las composturas
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no ha.u pagado tosimples á los dueños de mercedes de agua debe subsistir, y los medios prác- davía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto.anw.s el importicos que empleará la Administraoion de rentas municipales pata vét·ificar te. de las suscdciones- correspondient_es á este periodo.
los cobros.
INTERESARTE.
Puesta á discusion, con dispensa de trámites fué aprobada.
Debiendo D Gil Varache salir para Francia, del 25 al 31 del presente mes de Marzo;

El Sr. Prefecto dispuso se diera cuenta con un ocurso de D. Pablo Sala.zar, pidiendo á nombre del vecindario de Santa Fé, se sirva
apoyar el Exmo. Ayuntamiento la peticion hecha á S. M. el Emperador para introducir dos naranjas de agua en el mismo pueblo. Con
sus antecedentes, á la Comision de aguas.
Se levantó la sesion pública para entrar en secreta, á las dos y
media de la tarde.
No asistieron, con licencia el Sr. Payno, y sin ·ella los Sres. Buk,
Berganzo y Parada, y por enfer.medad el Sr. E~inosa.
Es copia. México, Marzo 20 de 1865.
El Secretario general del Exmo. Ayuotamieotó, ·

(Firmado) Lic. JUAN A.

MATEOS,

SOLICITUD.
llINISTERIO DE FODNTO.
Segunda dase.-Cuatro l'eales.-Para el bienio de mil ochocientos ses~ny cuatro y sP.senta y cinco.-Exmo. Sr.-Francisco Bardet, ciudadánó
frances y residente en el Imperio mexicano, ante V. E. con el debido respeto espone: que los Sres. D. lldefonso López, súbdito español, é Hirán C
Cobert, Edmund J. M. Crune y Henry Ward Poole, solicitan del gobierno
· 1e S·. M. privilegio esclusivo por la introduccion, fabricacion y uso de los
apar~tos para refinar, destilar, clarificar, lavar y purUicar petróleo, seguu
los procedimientos químicos y mecánicos que se espresan en los pliegos que
aeompañan.
•
'
Ya en México se ha. elaborado el petróleo por medíos y sistemas no inventados ni perfeccionados por los solicitantes, y es~o, que es de pública notoriedad, está ademas comprobado por la. oposicion qué ha hecho D. Francisco Larrea á la concesion del privilegio. Es, pues, claro, que esta. es una
industria entregada de tiempo atrás al dominio público, y no cabe por consiguiente el privilegio.
Los solicitantes no lo impetran por una invenciQn suya, sino por la introduccion de algun aparato; mas aun así carecen de razon, porque en virtud
de la libertad en que todo~ hemos estado para hacer renir del estranjero loll
qu~ meJor nos pareciesen, y son conoeiél_óS al menós teóriúamente, hemos
podido encargarlos; y por lo que á mí toca, ya me 'Viene en cámino una máquinaique.tiene el mismo destino que las á que se refieren •los •solicitantes
Esto supuesto, y á reserva. de esplanar mas los fundamentos que tengo para oponerme al privilegio solicitado por dich,os señores, me opongo, fundado
en el art. 3~ de la ley de 3 de Noviembre de 1863, y-á V. E. supl\co s e
sirva denegarlo, en lo que hará justicia y un positivo bien á su patria.Exmo, Sr.-.Jirancisco Bardet.-México, Marzo 22 de 1865.
Es copia. México, Marzo 23 de 1865.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.
ta

avisa á las personas que tengan negocios ó cuentas pendientes con él, 41.ue podrán ocurrir

hasta dicha fecha al café de Paris, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de las diez á las doce
de la mañana.

Participa tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de _piedras para molinos, cuya clase será la misma, quizá mejor, que
las que trajo en su últllllo vi.Bje y que tan apreciadas füeron por los conocedores.
213-7s-3

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
REMA.T.A.RÁ
todo el menaje de la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el miércoles 29 y juéves 30 de
~iarzo de 1865, A LAS DOS DE LA TARDE, estando á la vista el '%1 y 28.
Las ventas son al contado y sin reclamacioo.-Oportunameote se darán listaa pormeoorizadas.
Los comieitmistas pagarán seis por ciento; pero no pujarán sus efectos. •
Se hacen valúos de mue,bles, alhajas, ropa, &amp;o., &amp;o., con g~ economía de tiempo y
dinero, pues no es lo mismo buscar y pagar tres peritos, que uno.
Se alquilan pianos y toda clase de mueble11 finos, y se hace la compra, acarreo y empa,que de los millmos, con responsabilidad y sin ella.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junto al núm. 8.
214-3a-3
TRilllJNAL DE COlllERCIO DE IIEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Pooton hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á dicho D.
Leonardo Laredo, previniéndole qui' dentro de quince diaa se presente por •f ó por apoderad" instruido y espe088do, á contestar la demanda; apercibido de que no hapiéodolo,
~n su ausencia y rebeldía se contin11aráo los procedimientos hssta pronunciar y ejecutoriar la senteocla.
·
·
México, Marzo 21 de 1865.-Josl Maria Cardei!a, Oficial 2?, encargado de la Secretaria.
216-&amp;-3
JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
En los autos del intestado de D. Leonardo Goozalez se ha mandado por el Sr. Juez 4'!
de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se llame por los periódicos á las personas que /l6 crean
con derecho á los bienes de dicho intestado, á fin de que ee presenten en el Juzgado á
deducirlo 4eotro de treíota diaa C'lotados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E
Escribano público, Antt&gt;nio Campos de la Vega.
203-Be-6
JUZGADO 6? DNOR.-1~ JlORTEBJLLA :RUJl. 7.
En el juicio que sigue D. Cárloe Aroceua, apoderado de D. Manuel Legorreta, contra
D~ Jesus Castro, sobre pago de cuarenta y nueve pesos, pr0cedeetefl del arrendamiento
del enarto que ocupa en la casa número once del Portillo de S. Diego, por la desocupacioo
del cuarto y lo que siga venciéndose haata que ésta se verifique, he mandado se dé por contestada la demanda, se reciba á prueba por ocho dias y que si dentro de ese término no
se presenta á probar las escepciooes que tenga, se le dará por citada para senteocia1 que
se proounciat,aal lapso del término. México, Marzo 2L de 1865.-Lic. Labat. 207-3a-3

,

JUZGADO DE LEl'RAS DE SAN .JUAN DEL RIO.

En el espediente promovido en este Juzgado por el Sr. Sindico primero del M. I. Ayun.

tamieoto de e¡¡ta ciudad, D. Angel M. Domioguez, solicitando que se manden- chancelar
1as escrituras de 1ecooocimiento, que en 28 Febrero de L861, y ante el EBCribano D. Francisco Ruiz, otorgó D. Manuel Casabal á favor de la Admioi11tracioo de rentas del aotigqo
1Estado de Quérétaro por los capitules legados por la Sra D~ Rafael11 Diaz Torres para obj etos de beneficencia, y ~oo: el ile trece mil ciento seseota pesos fara el establecimiepto de
una cátedra de latinidad y otra de filosofía y compra de libros¡ e de nueve mil cuatroo entos pesos para auxilio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de
dos mil ocbocieot-0s veinte pesos para pagar un capellao del mismo eetableci~eoto; en
vista de no haberae presentado oingun interesado alegando derechos á loe- referidos capi
tales, y de las demas constancias que ob1 an en el espediente, el.Sr. Juez de primera int•
taocia de este Distrito, Lic. D. Traoquilino de la Vega, con fecha 7 del comente ha pronunciado un auto, cuya parte resolutiva es á la letra como sigue: "Primero: que el M. I.
'' Ayuntamiento de es~ ciudad, competentemente autorizado por la ·Prefectura superior
'' política del Departamento de Querétaro, es parte legítima para intervenir en la imposiNOTICIA.
', cion de los capitales legados por 111 Sra. D~ Rafael&amp; Uiaz Torrea para objtito~ de beoefi' cenc1a, y son: el de trece mil ciento 888epta pesos para la-iostitucion de las cátedras de
Ayer domingo, á las once, han prestado juramento ante S. M. e1 ''' latinidad y filosofit\, y comprá de libros; el de llueve mil cuatrocientos pesos para el HosEmpel'ador los Sres. Consejeros D. Pascual Almazan, D.José Lina- " pita! de Sao J uao de Dios, y el de dos mil ochocientos veinte peeoJ para J!Rg&amp;r un ca' ' pellao de este establecimient.o, procediéndose con las calidades que recomÍeoda la Preres, D. Napoleon Saborío y D. Manuel,q~·dero.
,. ,
,.
" fectura de quien se trata, respecto del Hospital. Segundt': que cerno consecuencia de la
" anterior declaracioo, mandaba y mandó, se tilden y ohaoceleo en sus matrices y en los
" respectivos libros de hipotecas las escrituras de r!'Oooocimieoto que éxisteo en la aetua.
" lidad por los precitado&amp; capitales, y que otorgó D. Manuel Casaba! como comisario tes.
"tamentario de la Sra. D~ Rafael&amp; Diaz Torres, en 28 de Febrero de 186~ aoteeLEBCri•
" bano D. FraociBCo Uuiz, á favor de la Admioistracioo de rentas d.il antiguo Estado di\
' Querétaro, con especial hipoteca de la hacienda de San Clemente, ubicada"en esta j'u
IIINISTERIO DE GUERRA.
" risdiccion, tildándose y anotándose las respectivas partidas de registro si existieren viIS~ Dlrecdon.
" vas en el de hipoteC11s, ]&gt;Or este Juzgado, actualmente encaritado sel Oficio público y del
" de hipotecas. Tercero: se declara igualmente, que los test.imooios de las escijturaa anAVISO.
Conforme á lo diepuest-0 por suprema órdeo, debe procederse á la venta en almoneda pú- " teriores que puedan aparece,r, aai como sus endoses y cesiones, aon nulos, de niogun
blica de cuarenta caballOll sobrantes del ejército. Lo que se participa al público para que " v•lor ni efecto, quedando como quedan, rotos, cancelados é in, ub3isteotes. Cuarto:.pulu per100111 ~ue gusten hacer postura, oc,u-rao al Palacio de J ueticia, en que se encueotr11 " bliquese el presente l\uto por el espacio de veinte diait en el periódico oficial del Dee1tablecida dicha Direcoioo, el dia 29 del corriente, á las doce, en que ha de tener lugar " partameoto y en doe diarios de la del Imperio, para c0llocunieoto de loe interesa
el remate, p~seota~do sus propuestas bajo pliego cerrado y pudiendo ocurrir desde hoy " dos. Quinto: que e~ notifiqu11 lo maudado al Sr. Síodioo l&gt;rocurado..r primero del M. I.
" Ayuntamiento de esta ciudad, D. Angel M. Domioguez, y á D. Gil de Echevarría, á
á tomar las 10strucc1ones convenientes.
Méiico, Marzo 23 de 1865.-El Iotendénte de ejército, Géfü de la 5~ Di;eccioo, Fra n- ." quien se prevendrá eibiba su certificado de matrícula, que se le devolverá luego que se
" tome razon de él en autos. Y &amp;Psto: que la Secretaría cuidará de a.cumular á las precuco M011tero.
" eeotes diligencias el correspondiente número de ejempláres de los periódicos en que se
" bltga la publicacioo prevemda. para la debida constancia; y fecho, archíveose las actuaADIIINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
" ciooes fonnadas."
Y cumpliendo con lo que se previene en el auto inserto, pongo la presente en S11n Juan
AVISO AL PUBLICO,
del Rio, a nueve de .Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del Juzga,El día 29 del actual, á las once de la mañana, se despacha de esta Admioistracioo do, Lic. Juan Mamul Diaz Barreiro.
193-4a-3
general un eatraordinario para Veracruz con la correspondencia que debe conducir al
eaterior el paquete inglés. Lo que se participa al público para lm inteligeoó1&amp; y efecto8
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
oom•eondiente•.
'
!iHnco, Mano 24 de 1865.-Lui, dt la Pe:a.
BAJ08 D.S: SAN AGUSTI1(1 NU'M. l.

ANUNCIOS OFICIALES,

c¡

l 11

11 1\J,.J • 1

/

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50744">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50746">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50747">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50748">
              <text>71</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50749">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50750">
              <text>27</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50765">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50745">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 71, Marzo 27</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50751">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50752">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50753">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50754">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50755">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50756">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50757">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50758">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50759">
                <text>1865-03-27</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50760">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50761">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50762">
                <text>2011212</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50763">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50764">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50766">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50767">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50768">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7916">
        <name>Actas de adhesión</name>
      </tag>
      <tag tagId="7917">
        <name>Alambre telegráfico</name>
      </tag>
      <tag tagId="7772">
        <name>Ayuntamiento de México</name>
      </tag>
      <tag tagId="317">
        <name>Ferrocarril</name>
      </tag>
      <tag tagId="513">
        <name>Guanajuato</name>
      </tag>
      <tag tagId="7897">
        <name>Líneas telegráficas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7918">
        <name>Plantas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="443">
        <name>Puebla</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1928" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1078">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1928/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._72._Marzo._0002011213.ocr.pdf</src>
        <authentication>b73219770902b9170c7dc9f1a8603999</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74370">
                    <text>DED

EL
,,

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO
•

NlJI. 72.

MEXICO: ~Iart-es 28 de Marzo de 1865·.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-Resoluclon del Consejo de Estado en lo contencioso administrativo sobre compra de la
Imprenta de Querétaro.-Pr6roga de plazo para la presentaclon ?e créditos, conforme al decreto de 22 de
Setiembre del afio pasado.-Orden del Ministerio de Ilaclenda a los Administradores y Directores de las
aduanas del Golfo y del PacíJlco. •
'
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-De. Tezlullan, participando haber reconocido al ll!lperlo varios Gefes dlaldentes.-De Veracruz, sobre el cementerio de la Soledad y organlzacion de Guardia rural en Cotax·
tla.-Del primer Distrito de México, avisando que no hay novedad.
MOVUIIENTOS MILIT.ARES.-Partes de la brigada del Sur.
DOCUMENTOS.-Movlmlento m&amp;ritlmo del puerto de Génova.-Yucatan. Suscrlclon para la guerra contra loa Indios.
•

PARTE OFICIAL.
CONSEJO DE ESTADO.
SECOION DE LO CONTENOIOSO Am,nNISTR,lTIVO.

México, 18 de Marzo de 1865.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

2~
México, Marzo 25 de 1865.

S. M. el Emperador, en acuerdo de esta fecha, se ha servido prorogar por dos meses, que comenzarán á correr el 26 del presente y se
vencerán en 25 de Mayo próximo, el plazo que el decreto de 22 de
Setiembre del año próximo pasado fijó para 1~ presentacion á la sepa
cion de registro de los créditos pertenecientes á individuos radicados
en ]os lugares que pertenecieron á los antiguos Estados de México,
Distrito y.Valle del mismo nombre, Puebla, Veracruz, Querétaro,
Guanajuato, Michoacan y Tlaxca]a.-Igualmente se ha servido prorogar S. l\f. ~or tres meses, que deberán contarse desde 26 del presente y se cumplirán en 25 de Junio próximo, el diverso plazo que
fijó el citado decreto para la presentacion de los documentos correspondientes á los de los lugares que pertenecieron á los antiguos Estados de Oajaca, Colima, Jalisco, Aguascalientes, Zacatecas, Tamaulipas, San Luis Potosí, Nuevo Leon y Coahuila.-Comunfoo]o á v4.
para los finés consiguientes.-El Sulisecretarfo de Hacienda, Féli:+
Campillo.-Sr. Gefe de la seccion de regiatro de créditos.
Es copia. Seccion de la deuda pública del Ministerio de Hacienda~
México, Marzo 25 de 1865.
!'

Exmo. Sr.-En el negocio que sigue ante esta Seccion D. Migue1
Villa, sobre subsistencia de ]a compra de la imprenta de Querétaro,
que hizo en tiempo de la administracion pasada, se ha acordado lo
siguiente:
. .
.
.
"México, Marzo 16 de 1865.-V1stos los autos seguidos por D. M1guel Villa, s~bre su~sistenoia de la .c?~pra ?e la imprent~ de Querétaro, que hizo en tiempo de la admm1strac1on pasada: V1sto el auto de 17 de Febrero de 1864 en que se declaró incompetente el Juez
El Gefe de la Seccion,
~ · ,,
de letras de Querétaro, y considerando: 1'! Que siendo de órden público la incompetencia de la autoridad administrativa, no puede ser
(Firmado) J . .M. DE lcAZA E IruRBJi':, il!I
turbada ni modificada por la autoridad judicial, y que por lo mism.o
si no es mediante resolucion en el caso de conflicto de jurisdiccion,
SECCION 1ª
la declarácion de ser incompetente la autoridadjudici&amp;l no puede atriCirc;nlar núm. 49.
México; Mario 23 de l865.
buir á la administrativa el conocimiento de un negocio que no le
pertenezca, ni impedir el que sea remitido á quien de derecho cor- El Exmo. Sr. Ministro de Estado me dice con fecha 18 del actual
·
responda.. Considerando: 2'! Que las cuestiones sob~e _inteli~encia y lo siguiente:
cumplimiento de los contratos celebrados por la adm1mstrac1on cuyo ''.Vista en qonsej_o de ~inistros la soli.ci~ud eleva?ª á S. M., por
conocimiento-corresponde á esta seccion, son aquellos que se versan va~1os. comerc1a~t~s de L1verpool, que ongmal va adJunta; opinó e)
sobre contratos que tengan por objeto algun servicio de utilidad co- ConseJo:-Que umcamente s~ puede conceder al comercio la fran,
,
.
mun, conforme á la fraccion 4~ del art. 2'! del reglamento de 25 de quicia que solicita:
1
'!
Respecto
de
los
cargamentos
que
salieron
de
los
puertos
de
EuMayo de 1853, referente á ]a fraccion 2~ del art.'1 '!dela ley de igual
fecha, porque solo en esta c1ase de convenios ó 3:justes el Estado con- ropa antes de la publicacion del decreto imperial de 23 de Noviemtrata para administrar. Considerando: 3'! Que en el contrato de ven- bre, ó tres días despues de hecha la pu?licacion en los,dicbos puertQs.
ta de los bienes que perteneeen al Estado, éste se individualiza y se 2? Que no es de estenderse ]a gracia á las mercancías que han siconsidera como propietario, quedando sujeto como cualquiera otro do encaminadas hácia los puertos del Pacífico. '
Y habiéndose servido conformar con esta opinion S. M. el Empeal derecho civil. Considerando: 4'! Que para decicftr sobre el con
rador,
lo comunico á V. S. como resultado de dicha solicitud, que
trato de venta de la imprenta de Querétaro se necesita la aplicacion
de las leyes civilest·y considerando: 5'! Que la áplicacion de las le- coi:no de la competencia de ese Ministerio, V. S. hará se notifique á
yes civiles no corresponde á la autoridad administrativa, aun cuando quien co~re~po~da."-Y lo traslado á vd.. para su .i~teligen~i~ y
se tratara de actos administrat.ivos, segun la fraccion 6~, art. 1? de fines consiguientes, como resultado de las diversas solicitudes dmgila ley antes citada. ~e declara: que el conocimiento de este negocio das á este Ministerio, para que se hiciera la rebaja- del 60 por 100
no corresponde á esta seccion, y que debe remitirse á la autoridad de los derechos de importacion á los buques que llegaran despues
judfoial. Y no constando en la forma debida la declaracion de D. Mi- de terminado el plazo que señaló el decreto de 23 de Noviembredel
guel Villa, ni el informe de la Prefectura con que debió rei;nitirla, año próximo pasado.
El Subsecretario de Hacienda,
•. 1
en ,cumplimientb del art. 30 del reglamento mencionado, manifiéstese al Ministerio de Hacienda, por si creyere conveniente hacer so- ·
(Firmado) FELIX CAMPILLO. • "
bre esto alguna prevencion á la citada Prefectura, á fin de que seordene el procedimiento cuando el negocio sea administrativo. Lo que Se comunicó á los Administradores de las aduanas marfümas del
,'
se notificará á las partes, pasándose copia de esta resolucion ~ todos Pacífico y al señor Director de ellas.
Es
copia.
México,
Marzo
23
de
186~.
·
·
I
los Ministerio~, en cumplimiento del art. 20 del repetido reglamento
El
Gefe
de
la
Seccion
I
~,
de 25 de Mayo de 1853. Asi ]o decreta.ron y firmaron los Sres: Pre(Firmado) ·Javier de Reygadas.
sidente y Consejeros de la Seccion. Doy fe.-Presidente, Lares.Consejeros, López Uraga.-Silíceo.-Lic. José María de !turbe, Secretario de la Seccion."
Circular núm. 49.
México, Marzo 23 de 186S.
Y tengo el honor de comunicarlo á V. E. en cumplimiento del
El Exmo. Sr. Ministro de Estado me dice con fecha 18 del actual,
art. 20 del reglamento antes citado.
lo que sigue:
Dios guarde-á V. E. muchos años.
(Lo insérto en la eomunicaeion anterior.)
El President~ de la Seccion,
Y lo comunico á vd. para su conoci~iento y fines consiguientes_;
advirtiéndole, que en todos los casos en que á consecuencia de la in(Firmado) TEODOSIO LARES.
se~ta
disposicion se pretenaa que se ha~a á algu~ cargamento la reI Al Exmo. Sr. Ministro de Estado.
baJa del 50 por 100 de ]os derechos de 1mportac1on, dará vd. aviso
inmediatamente á este Ministerio, de Ja·fecha de la salida del buque,
J

¡
1

r

'

�DIARIO DEL IMPERIO.

290

esponiendo todas las circunstanc~as que concurra? y las razon~s que
Todos- los oficiales y tropa se manejaron muy bien, cumpliendo
le asistan para creerlo comprendido ó no en la n11sma resoluci?n, á con sos deberes, lo que digo á V. S. para su superior conocimiento,
fin de que el Gobierno resuelva lo que corresponda, permaneciendo suplicándole se digne hacerlo saber al s~ñor Coronel Comandante
entretanto suspenso el cobro.
•
en gefe de· la brigada, para lo que estime conveniente."
El Subsecretario de Hacienda,
Y tengo la honra de trascribirlp á V. E., manifestándole que tan•
to las armas corno los caballos los he destinado al servicio en el mis•
(Firmado) FELIX CAMPILLO.
escuadron de Chilapa.
Sé comunic6 á los Administradores de las aduanas marítimas del moDios
guarde á V. E. muchos años.
Golfo y al Director de ellas.
El
Coronel
Comandante en gefe,· A. O. d,e la Peña.-Exmo. Sr.
Es copia. México~ Marzo 23 de 1~65.
Ministro de la Guerra.-México.
El Gefe de la. seccion l '!-

(Firmado) Javier R,eygadas.
México, Marzo '%7 de 1865

...'

PARTES DE LAS PREFECTURAS.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
Prefectura política del Distrito de..Teziutlan.-Núm. 88.-Exmo.
Sr.-Tengo la honra de poner en el superior conocimiento de V. E.,
para que se sirva elevarlo al soberano de S: M.• el Empera~or, que
se hafl presentado á esta Prefectura de m1 cargo, rec?~omendo al
nh~erio, los comandantes de batallon de las fuerzas d1~1dentes, D.
J"osé ~aria Correa y D. Rafael .Murgufa, protestand? retirarse al se•
no des.u familia.-Todo lo que me honro en comumcar ~V.E. pa•
ra su -Sátísfaccion y la de nuestro augusto Soberano.-D1os guardé
á V'•.'.E. muchos años,-El Prefecto político, H. Carrillo.-Exmo.
Sr. Ministro de Gobe~nacion.

- P~efeptur~ política de. Verac~uz.-y~racruz, Marzo 20 de 1865.
-Exmo.' Sr.-Me es satisfactóno part1c1par á V. E., que en la se•
i'.nana pasada no ha su~rid? alteracion la ~ranquilidad públic~ eri las
popl~ciones de este D1stnto.-La obra del nuevo cementeno _de )a
Soledad, toca á su término, segun me comunica el señor comisario
municipal de aquel punto; y tal suceso, debido al celo de ese fun•
cipnari?, 'es visto ?ºº !~ . mayor satisfaccion por el vecinda~io que
largo tiempo se v1ó privado de un lugar adecuado_ para depositar los
restos de sus deudos.-En Cotaxtla quedan 9r$amzadas una compa•
ñfa de infantería y o~ra de caballería de Guardia Rural es.table, formando un total de ciento noventa y cuat_ro hombres.-D10s guarde
á V. ~- muchos años.-EI Prefe.cto polítlco, D. Bureau.-Exmo. Sr.
Ministro de ffi&gt;bfSrnacion.-Méx1eo.
Prefectura superior política del primer Distrit? del Departamen•
to de México.-Núm. 106.-Exmo. Sr.-En oficio fecha 1? del que
cursa, dice á esta Prefectura el Subprefecto de la Villa del Valle, lo
sigttiElnte:-Sírvase vd. poner en c_onocimiento del Señor .Prefecto
superior político, que en este Partido se ha conservado srn altera•
cibn alguna la ti:anquilidad pública la_ s~mana pasada.-Y lo _trasla•
do á V. E., nutnifestándole, en cumphrniento de lo que previene la
-circular de ese Ministel'io, fecha 28 de Diciembre del año próximo
pasado, que en todo este Distr~to y se~ana anterior, se ha conser•
vado iríil.lterable el órd-en púbhco.-D1os guarde á V. E. muchos
años:-El Prefecto superior político, Pascual Gomez Fuentes.-Exmo.
St: 'Mihistro de Gobernacion.-México.
Son copias. México, Marzo .:l4 de 1865.
El Subsecretario de Gobemacion,

(Firmado) FRANCISCo·J . VILLALOBOS.

.-

MINISTERIO DE GUERRA.

MOVIl\lIENTos MILITARES,
México, Marzo 26 de 1865.

Ejército del Imperio,:--Brigada de operaciones en el Suri-Igua•
la, Marzo 20 de 1865.-Exm_o. Sr.-~l _señor coronel Carranza,. á,_
cuyas órdenes puse una secc1on de se1scientos.hornbres, con el obJe•
to de perseguir las diferentes partidas que hab~an invadido este Dis•
trito,. procedentes del Estado de Guerrero, .con fecha'l6 del corrien•
te me dice lo siguiente:
"Habiendo tenido noticias dé_que una partida. babia 'tomado el
rumbo de Ostutla, ordené al capitan D. Joaquín Suastigué, que con
el escuadron de Chilapa marchase sin descanso hasta alcanzarla y
batirla;_ y con esta fecha me escribe desde Ostutla que sigue:
"Senan las dos de la mañana del 14, cuando rec1bi un parte de
Xotla, que venia u_na fue-rza como de cien hombres, al_ mando del
comandante Francisco Bello, y al momento mandé ensillar cuaren•
ta y cinco caballos que son á mis órdenes, me pasé del otro lado del
. río, tomando el mismo rumbo que ellos traia?, y á_ las seis de lama•
ñána me encontré con ellos entre Xotla y M1tlancmgo, donde fue.
rbn derrotados, habiéndoles hecho cinco muertos, y dejandó en nues•
tro pod'er trece armas entre buenas y deteriorad-as, tres caballos, una
&lt;--ca~tuchera y una canana con p~rque; por parte de nosotros no hu•
·tJc; m~·novedad que habernos matado un ca'ballo.

!o

291

DIARID DEL IMPERIO.

Ejército del Imperio.-Brigada del Sur.-Iguala.., Marzo 20 de
1865.-Exmo. Sr:-Los enemigos del Imperio, que no cesan de trabajar por hacer volver la anarqufa que por tantos años lra desgarrado á nuestra desgraciada patria, se están dirigiendo á los gefes que
mandan fuerzas, con el objeto de seducirlos. El coronel Carranza,
comandante del batallon del Sur, que pertenece á esta brig~da, ha
recibido una carta y unos borradores que err copias-me ha entrega.,
do, y que tengo la honra de adjuntar á V. E. para· su superior co•·
nocimiento.
Sin embargo de las tentativas que tal vez oontin:úen haciendo .p~·
ra seducir estas fuerzas, puedo asegurará_V. E., sm temor de equivocarme, que las tropas que componen la brigada del Sur, serán el
modelo de fidelidad á las instituciones-que nos rigen y á 1a augusta
persona de nuestro Soberano, y qu&amp; t-anto yo como mis gefes subal•
ternos, vigilamos por conservar el órden y hacer respetar las armas
que el Gobierno Imperial nos ha confia-do.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Coronel Comandante en gefe, A. O. d,e la Pe11a.-Exmo. Sr.
Ministro de la Guerra.-México.
México, -Marzo 27 de 1865.-1:1- Direccion.-1:1- Divisio:µ-Me be
.impuesto de la nota de vd. núm. 140, ~e, 20 del presente, en q.ue
manifiesta que los enemigos del Imperio, que no cesan qe trabajar
.por hacer volver la anarquía que por tantos años ha desgarrado á
nuestrá patria, se están dirigiendo á los gefes que mapdan, fuerzas
en esa brigada, para seducirlos; pero que sin embargo1las tr-0pas de
su mando serán siempre fieles al Gobierno Imperial
Con ella he dado cuenta á S. M. el Emperador, quien me ordena
decir á vd. en contestacion, que 'está persuadido de la lealtad, deci:sion, fidelidad y patriotismo de todos los individu~s que com~onen
esa brigada.. de su digno maodo; y en consecuencia le recomienda
haga vd. saber á todo,s sus subordinados fa escelente opinion qµe me.recen al Soberano.
El Ministro de la Guerra, Peza.-Sr. Coronel D. A.brahan O: de
la Peña, Coman.dante en gefe de la brigada del Sur.-Igua..la.
Son copias.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra,

(Firmado) J. M. DURAN,·

DOCUMENTOS.
RELACION de los buques que han entrado en el puerto d~ Génova, proeedentesde,lo, del
Imperio llexicano en t.odo el año 1864.

Enero 29. Bergantin italiano "Nicaragua," procedente de Mfoa.
titlan, capitan F . Vasallo, 194 toneladas, su tripulacion 11, cargamento 146 toneladas palo mahogany, ctreros, etc.
Mayo 14. Bergantin italiano "María Eugeni~,.',' p~oced1mte del
Cárinen, capitan P. Parodi, 332 tóneladas, sd tripulacion 13, cargamento 7,730 quintales palo de tinte.
• .
May~ 21., Bergantin italiano "Matamaros,''. P,I~c~dente.de Th.ba,s.
co, capitan A.. Bruzzone, 120 toneladas, su tr1pulacion 9, cargamen•
to 134 toneladas palo de tinte.
Junio 17. Schooner italiano "Veracruzana," proced·ente ' de Ta•
basco, capitan A. Dassoré, 163 toneladas, su tripulacion 8, carga•
mento 3,200 quintales palo de tinte.
Agosto 13. Schooner italiano "Eolo," procedente de la L~guna
de Términos, capitan 'J, Giletto, 120 toneladas, su tripulac1on 9,.
cargamento 100 tonelada~ p~lo _de tinte. . ,.
,
Setiembre 14. Bergantm 1taha110 "México," procedente de Máta:moros·, capitan S. GaUeano, 171 toneladas, su t'ripu1acion· 9, car~a•
mento 141 pacas lana y 90 pacas algodon, cueros, etc.
Setiembre 23. Bergantín italiano "lndipendente," procedente de
la Laguna de Términos, capitan G. Negri, 1~8 toneladas, su tripu•
Jacion. 10, cargamento 123 toneladas palo de tmte.
Génova, á 26 de Enero de 1866.
El Cónsul,

(Firmado) J. B . .Musso.

RELACION de los ~uque1 que llan z&amp;rpado de} pueño, de Génova para. los del
Imperio Kexioano en el año 1864.

Marzo 19. Buque "lndipenden~e," bande~a itali~na, ca.pitan. S.
Negri, 138 toneladas, su tripula~ion 9, pasaJeros mngun?, destrno.
Veracruz, cargamento 1,325 termos papel blanco, 500 caJas pastas,
2 cajas mármoles, etc.
. r
•
Mayo 22. Buqué "Fortuna é -Constanz_a," ba~dera ita ian~, cap1•
tan G. B. Ardissone, 206 toneladas, su. tnpulac1on 13, pasaJeros. 3,
destino Veracruz, cargamento 124 bult~s papel bla11co, 20? caJas
aceite de olivo, i27 caja,s fide?s, 170 caJas Yermouth, 42 cajas ala.
·bastros.
d
· 1·
·t L
A. osto 24. Buqu~ "Ye\-acru.zapa,:' _han era 1~a 1ana, cap~ an .
Lom\ardo, 161 toneladas, su trip~lac1on 8, pasaJeros ?' destrno Ve•
racruz, cargamento 1,978 bult?s papel blanco, 200 caJaS fideos, 12
ca·as tablas.de .mármoles; 3 caJas coral. . .
.
.
dOctubre 13. Buque "Rosa," ban?era 1tahan~; cap1t~n G. B. Ch~•
chiznola, 211 toneladas, su tripulamon 12, pa~aJer.os nrng~no, dest1•
no Tampico, cargamento 660 b~ltos papel blanco, 291 caJas fideos,
200 cajas aceite de olivo, 20 ca.Jas, VeJm.Quth.
.
.
Octubre 21. Buque "Rebecca," bantlera harrovenana, cap1tan ~S. Otten, 113 toneladas, su tripulacion 6, pasajeros ningun~, de~tI•
no Vera.cruz, cargamento 1,568 ?ult?s papel blanco, 32 caJas vrno
y licores, 6 cajas alabastros, 6 caJas hbros.
,
Génova, á ~5 de Enero de 1865.
ElC6nsul,

(Firmado) J. B. Mus.so.
YUCATAN.
CONTINUACION DE LAS SUSCRICIONES PARA LA C.A:MPA1U CONTRA L.08 INDIOS
SUBLBVADOB.

Pe~os. Re.

D.
,,
,,
,,

José Amábilis en tres mensualidades..... 6 O
José Félix A.mábilis..••.••.... ~ • . . . . . . 3 O
ValentjJ) A.mábilis. . • • • • . . . . . • . . . • . • • • 3 O
Francisco García. . . . . . • . . • • . . . • • . • . . . a O
Suburbio•de Santiago.

A§uncion P. Hernandezi ...• , ••., . • • ... • . 10.
Hermenegildo Camal, ..•.. ·-. .. • . . . . . . 1O
Pánfilo Centeno..•••••...•. • • . . .. . . . . . 8
Bartolomé Bermejo..•••..•...... ·-~· • . 8
Baltasar Góngora............... .. , . '. . 6
José D. Rivero Figueroa ......... , . . . . 6·
José Leonido Koyoc. ·- . . . . . . . • . • . . . • • 6
A.tanasio Jáuriga................. . ... 6
Felide Yam.. . . . . • . • . . . • . . . • • • . . . . . . . 4
José Salom~ Valencia ..............
4
Florentino Pech.. .. • • • . • • . .. . . • . • . . .. 3
Casimiro Mendoza............. . . . . . . . 2
Joaquin Loza. . . • . • . • • • .. • . ... • • . . • • • • • 2
.Aniceto Cocom•..•.•..•. ,. . . • . • . . . . . . 2
J ustino Canto... . . • •. . . . . . . . . . . • . . . . . 2
Hilarlo A.guayo.. . . . . .. • . . • . • • . . . . . . . . 1
Juan Evangelista Hernandez ..• . . . . . . . . .. 1
Ignacio Kanil. . . • . . . . • . . . . • • • . . . . . . . . 1
, 1 Bonifacio Rosado ...•.• ". . . . . •
1
,, José Maria Diaz. . . . . .. . . . . . • . • • . . .. • . 1
,, Anselmo Pinzon.. . . . • • • • • • . • . • . • . • • • . 1
,, Domingo. Cortazar. . • • • ... • . . • . • • • • • • . . 1
,, Rafael Ramirez................. · ••a• • • • 1
,, Vicente Gomez.. • . . . . • . . . . . . . . . . . • • . . 1
,, Tomás Pacab ••••.•.•••.••.•.... ~ . . •.. O
,, Calixto Pech.. . . . . . . • . . . . . • . . • • . . . . • • O
,, A.lejo Poot............ ... . . • . . • . .. . . • O
,, Laureano·J a-u.. . .. • • . • • • . . . . . .. . . . . . . O
D~ Lugarda Canto...... • . • . • . • • . • . • • . . • • O
D. Tomás Ruiz..•..•••....•.... : . . . . • . • . O
,, M.ateo Rosado. . . . . • . . • . . . . . • . . . . . . • . • O
. ,, Felipe Coh. ... . ... • . . . . . • • • . • . • • • . . • o
D~ Fa.ustina A.cevedo. . • . . . . . . . . . . . • . . . . . O
D. Casiano Perez, 30' arrobas de tasajo.
,, José M. Esquive!. . . . . . . . . . . . . .. • . . . . • 26,, Francisco Góngora, en seis men&amp;uaHdades. 6
,, Pastor Mendo~a...................... _ 6
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
.,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,

N

•

O
O
O
O

O·
O
O
O

O
O
O
O

O
O
O
O
O

O
O
O
O
O
O
O

4
4
4
4
4
4

4
2
2
O ..

O
O

Partido de Santiago.

Hacienda Chenkú, D. Pedro Ruz, abonados..
,,
Cheuman, D. Leonido López.. . . . .
,,
Nohac, D. Gervasio Gamboa. .....
Luneros de dicha hacienda.. . . • . . .
Rancho Papacal, recaudacion.. • • • • . . . . . . . .
,, San Mateo, id.. • . . . . . . . • . . . . • . . • .
,, Nohluc, id.. . • • • . . . . . . • • • • • • . . • •
Hacienda Chuno:xil, id.. • • • • • • • • • • • • • • • • • .

1 O
2 O
1

O

O 3½

3
2
2
1

7
7

1!

4½

Rancho Chú, id .........•...•••••••.•.•.
,, -oitya, j d..........••. : ••..•..•.•
· ,, Choycñae, id ........•..•.••••• _•.
Hacienda Tzeal, id.........-...•.........•
XoGmuc, id...................•
"., Chalmuch, D. Claudio Sanéhez.. ·..
Recaudacion hecha en los lunetos..
Suculá,. D. M-anuel -Cabañas.••.•••
"
Ele.u teri0- Cabañas .......•.....•
J osé-M. -Cabañas...••••••••....•
Recaudacien de 1-uneros ...•• : ..••
Cinco cargas cinca almudes.de.mafa,recaudado
en distintos ranGhos y haoieadas.
•
Buburoio~e San Cristóbal.

•

'

2 4
2

2½

1 O
2 O
1• 4

1• O
2 6
1 O
0 ·4

i· o
6 ·· 1
1

I

,.
•

D. José Eulogio Carrillo, en una rñeQ&amp;H~llda¡~. 6 O
,, Estéban· Solfs. : .......•..........1. , . r • 4 . O
D
. a. B'asi·¡·1a- Gut·1errez......•... , .• ,- ..,. t • : . ,._ . • .o
]). José?· Lá~adores .....•..••....•,•.•..• ri2' ..o
,, Dommgo Villanueva ..... . ........ _. ••. ¡' 1i_ •.o
,, Cristóoar Monforte.:......... .'• ..,••.• ., ' o
,, José M. Sal azar.. . . . . . . . . . . . • . • • •. • . • 1 · O
-.
,, José M. Perez......•...•.....
,. ... 1/ • • • • 1' .O
· ,, Tomás ,Cardeña.....••• ~ •.~·····-•--·• 1 ·o
,, FulgencfoPasos .....• . : .......-.• , •••c"T' ,1- O
,,. Policarp~ ~osel. ..... : ..•.• : :: ~ · ~~ ·--r , 1 _O
,, José de la Rosa Barrera......••. : ••1• '), . , f1. 4
,, José M. (!arda ..•..•..... 7 •••••• •j- . ~ · O 4
,, Tomás ÜJeda . .•.............•.... , . ; · Q 4
,, Cristóbal Sal azar: .. : ...... . .: . . . .. .,: . ,,,1
,, Pablo_ Garrido................. : .:. , 11 • •, g : 4
,, Vale~10 ~os~d_o...•........... : ,. ,,. t • ~•· • O 4
,, Do~rn_go ~~gaña..•. . . .-... . •. ~ •1•• , ~. • o 4
,, UrcmoCehs .••••••..••.••.•••.-... .... ~ .O 4
· . ...•.•.......•. . .••..•. •. • • , , • O' 4
,, Juan- p erez
1
.
D ªB
. emgna perez ..........•... _ . . . . • . . • . , O . 4
,, Narciso Nájera.... ·... : ....... . ..,. . . . o 2
D. Silvestre' Bojorquez: .......... ~ .•• .' • ..• ' O · 2
,, Juan Landa .....•........ : :.:....... ~.ó 2
,, José M. Cetina.................. . . '. . .o 2
D~ Felipa Góngóra......... ·.... : , ..•.. : :1 ;:;,b 2
D. Macedomo Tello.•••••. : .•.,... ·r .,. ., . . . O '"2
D~ Berrrardina
. . R.L_ara ... ·... -_ ...... :, ...•.r ~ . .' t' · 2
D . D.
10mS10 ejon....... _. ~....... •• . . . . 1 ' 2
D~ María D: Pinzon ...... .-.....~. : : ...•.• !'I O • 2
. L avadores·..... ,. ......•. _....
. ,.~ O · 2
,, Narcura·
D. José D. Estrella.. : . .... . ...... .'~:,.. :. · O·' 2
t
. . ........•.
,, ' ••. .p 2
D.a p erona
·oul.. .... : .•••.
,, María G. Canché ........ . ...• _. . . . . . . o · 2
. . . Basu lto.... : ....... ~·.......
' &lt; • •'O
r ·2
D • D 10ms10
. lG-omez............... : .• '-:. • . • • O
' p
,, Mai:c!a
1
,, Basiho Sarrtus...-.....•..• ¡ · . . . . . .. . . . O· ;i
,, Paulino Durárr..••••..•..•.... : . : ...• ·• O· 1
D~ Marfai Ascorra .. ·.••..• • . ·•. ·.... _.... ~ , p i. .
,, A.polonia Canul. . =. ; . . ... : . . ·..... .'. '.., p ' 1
· poot. . . . . . . . . . .·• . • •~• . . • L. . . • p-· l1
,, A sunc1on
,, Su sana B-arre1'a........• : : ...••... , . • . O 1
,, Cirila Canta ..........•. • ::.....·.•.•. 'o·, 1
. D. José Anger Salazar, diez llrrobas t~ajo, á'
6 reales ..........•....•..• : : .. -~ .'. . • . 7·' 4
,, Estéban A.maro, cuatr.o, arrob\ls: ... _.... ~ a o
,, José del Sárrnen Ortiz, su servicfo personal.

9-•·•

I

,

•.

I

1

1

Suburbio de Sa.n Sebastia.n.

D. Esiquio,Saqza,,, en, una¡ mensqali~, d:-.,.... 1 o
,, Pablo Calfrera.. . . . • . • • . • •. . . . . . . . . . . 1 O
,, Juan Gonzalez Valencia............... 1 O
,, Manuel Sabido ..••• . ....•..•••.. ~.... 1 O
,, Julian Flores ........•••.•... ,· ··...... 1 O
,, Aquilino Flores......... . ......... ~. •. 1 O
,, Balbino Leon.. . . . . . . . . . . . . • . •. . . . . . . 1 O
,, Estéban Gonzalez. ·. ..............,•.._.. O ,4
,, J u¡1n Gonzalez. . • . . • . . . • . . . . • • . ..• • . . . . o, 4
" Frl!,llciscQ Poot. ~ ................... ,... . O ~ 4
,, Luis Estrella .• ~ ..•...•••.... _.......- o 4
,, Feliciano A.lvarez. . . . . . . . . . . . . . .. .. . . . O 4
,, Tomás Escamilla. . . . • • • . • . . • . • . . . . . . . O 4
,, José Guillérmo Medina. . • . . . . . . . .. . . . . O 4
,, José M. MQ.rales..... ,.. r • • • • • • • • • • • • • O 4
,, J ulian Tello .••••••••••••.••••••••• r • , O 4
,, Fermin M~y ..••...•• • •. •,•• ·•·-·····.., O 4
,, J Jrsino Flores....•...• . ..... .,_ ••.• 1 . . O 4,,
,, !Antonio Blanco,._ . . . • . . . . • . . . • • • • • . . . O 4
,, Juan Bautista. Blaneo .••....•.•. • , . . . . O · 4 1 •
,, Gregorio Canul. ........ u . . . . . . ~ • • ~ -. Jo J ·3

•

�DIARIO DEL IMPERIO.

292

D~ Ros~ Rodríguez ... ~ ........", ..•......
,, Facunda Briseño·...........•••• •.....
,, Dolores Mendoza. . . . . . . . . . . .. ! ..... .
,, Ang(ll.a. Buendia. . . . . . ........ ... ... .
,, Isabel Cetina ...•....................
i, Desid~ria Camacho •••••• . ..... . .... ..
,, Maria Rosa Rodriguez. . ............. .
,, Petrona Canto ... : .................. .
D. Roqu~ ~acinto Pech ................ . .
,, Juan de Dios Poot $olís .......•.......
,, German. BJanco . . .•.•.•........ . .....
,, Crisanto Brito........ .... ..••... . ...
,, Cosme Vargas .•..••........•.. ......
•,, ~fanuel Poot . ............ " ........... .
,, Justo Berzunza.....•.................
,, Santiago Gonzalez .............•..•••.
,, Ricardo Uc .•........•...............
,, Francisco Dominguez .. : ..•...........
,, Prudencio Aké.......•••••...........
,, Pablo Chan .. .-.....................• .
,, Prudencio Perez ..••••..........•.....
,, José M. Suarez .••............. .. .....
,, Marcial Valencia. ; .................. .
,, Maña Lu-ciana Basto ... .. . ... .••..•...
,, Rodrigo Camal. ........••... . ........
,, Nieves Cat .•..• : ..........•.•••.... •
,, Nazario Perez .•.•..•........•..•.....
,, Silvam, Campos ...•...•... .. .........
,, José M; Ché•.• : •...................
D~ Claudia Castillo . .•...• ... : ...•.••.•..
D. Cecilio Uribe ........••• : . .......••. •
:,, Pedro Basto .• : ..•.... : ......•.......
,, Marcelino Flores..........•.••..•....
,, José A. Ruz ••·....•...•.......•.....
,, Pedro 1I'e1lo, seis arrobas tasajo, á 6 reales.

,

ANUNCIOS OFICIALES.

O 2
O 2

o·

2

IIIINISTERIO DE GUERRA.

O 2
O
O
O
O
O
O
O
O
O
O
O

IS!' Dlrecclon.

2
2
2
2
2
2
2
2
2

A VISO.
_Conforme á lo dispuesto por suprema órden, debe procederse á la venta en almoneda pú•
bhca-de cuarenta caballo~ sobrantes del ejército. Lo que ae participa al público para que
las pers~nas!lue gust_en h~cer pos~1ra, 0C011nn alPa~ciodeJuaticia, en que ae encuentra
eat11blec1da dicha D1recc1ou, el diá 29 del corriente, a las doce, en que hlt. de ten_er lugar
~l remate, P!~senta~do sua prop~estas bajo pliego cerrado y pudiendo ocurrir deade hoy
a wmar las metrucc1onea eonvementes.
Mé1ico, Marzo 23 de 1865.-El Intendente de ejército, Gefe de la 6~ Direceion, Francuco Monuro.
·

ADIIINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
AVISO AL PUBLICO.

2

El dia 211 del aot~al, .á laa once de la mañana, ae deapacha de eata Adminiatracion
general un eatraordmano para Veracruz con la correspondencia que debe conducir al
esterior el paquete inglés. Lo que se participa al público par&amp; au inteligencia y efecto,
correspondientes.
.Mélico, Marzo 24 de 1865.-Luis ,ú la Peza.

2

O 2
O 2
O 2
O
O
O
O
O
O

2
2

1

2

AVISO IMPORTANTE

2

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IMPERIO."

2

2
O 2

O
O
O
O
O
O
O
O
O
4

1
1
1
1
1
1
1
1
1

5

O
O
O
O
O
O
O
2

Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha. la reimpre ion se remitirán estos números
á los suscrit,res que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al Du1uo, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado t,o.
davia. el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
TUZGADO 4'? KENOR.-1~ DE BABTO DOJCINOO Bl1ll 8.
:

4

,
•

4
1
1
1
1
1
O
O
O
O
O

o

INTERESANTE.
Debiendo D Gil Varaclie ·B&amp;lir para Francia:, del 25 '131 del presente mee de Marzo,
aviB&amp; á laa personaa que tengan negocio• 6 cuentas pendientes con él, \Ue podrán ocurrir
hasta dicha fecha 1\1 café de l'arie, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de laa diez á las doce
de la mañana.
Participa tambien á los dueño, de molinos que volverá á Veracrnz en Setiembre próximo con un surtido de piedi:as para molinoa,.cuya clase será l&amp; misma, quizá mejor, que
las que trajo en su últuno viaje y que tan apreciadaa fueron po~ lo, conocedores.
213--78-4

2

2
2
2
2
1
1
1
2

TRIBUNAL DE OOllERCIO DE JIEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos contra D. Leonardo l.&amp;·
redo, este Tribunal, por acuerdo de.hoy, ha. m1ndado ae cite por1oa periódicos á dicho D.
LeonRrdo Laredo, previniéndole que dentro de quince dias 16 presente por si 6 por apoderadv instruido y espensado, acontestar la demanda; apercibidQ de que no haciéndolo,
en su ausencia y rebeldía se contimiarán los procadimienloa haat&amp; pronunciar y ejecutori!llr la senwncia.
México, Marzo 21 de 1865:-}osé Maria CarlÚño., Oficial 2'?, encargado de la Secretaria.
216-Ss-4
· 1UZOADO 4'? DE LO CIVIL.
En los autoa del inteatado.de. D. Leonardo Gonzalez ae h" mandado por el Sr. Juez 4'?
de lo civil, Lio. D. Evaristo Reyes, se llame por loa periódicos á las personas que se crean
con derecho á los bienes de diclio intestado, á fin de que @e pre&amp;enten en el Juzgado á
dedt1c1rlo dentro de treinta di&amp;B c'lntados deade la .feeha. Mé.uco, Marzo 21 de 1865.-E
203--&amp;--7
E scribano público, ÁtJtQllio Campos dela Vega.

O
O
O
O
O 2
O 1
O 1
O O¼
O 1
O 1
O 1
2 O½

JUZGADO 4'? KENOB DEL CUARTEL KAYOR NlJ1IERO 4.

1~. de Santo .Domingo núm. 8.
OROEN.-lgnorándoll8-el donucilio de D. Santiago Vicario, por la presente ae le cita y
empl11za para que en el término de treinta dias 88 presente en este de mi cargo por 11 6
por apoderado instruiao y 6Spensado, á contestar la demanda que en juicio verbttl aobre
pesos le promueve el Liu. D. Jo&amp;é .María. A.ragon en representacion de la testamentaria de
D. Felic1ano Rey; aper_pibid!&gt; de qµe si no concurre 16 le nombrará un defengor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Pould.
•
[195--15&amp;-15

(Continuará.)

/

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA Y SÁLIDA DE CORREOS

EN

LA Am,UNJSTRAOION

GENERAL

DE ESTA

CAPITAL.

LLEGA OORUSPO'.lmDCI.A:

MARTEs.-De °Texcóco, Ayotla, San Martin Texmelucan, Tlaxcala., Puebla, Tacuba.ya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec, Tenancingo, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan,
Otumba., Aparo, Tlalnepantla, -Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, San Miguel Allende1 San Luis Potosí,
Guanajuato, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Twa, Ixmiquilpan, Tlalpam,
Cuerna.vaca,
81 DESPACHA OORRESPOlfDElfOIA
8ASTA LAS

9 DE LA NOCHE.

Mar:e:s.-Para Texcoco, Ayotla, S. Martín Texmelucan, Tlaxcala., Puebla,
Orizava, Córdoba, Vera.cruz, Tácubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, Temascaltepec, Sultepec, Ixtlahuaca, S~ Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepeo,
Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba., Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan,
Tepeji del Rio, Soyaniqu.ilpan, Tula, :EoJotitla.n, San Juun del Rio, Querétaro, Guanajuato, J.agos, Aguascalientes, Guadalajara., Zacatecas, Durango,
Tlalpam Cuerna.va&lt;:_&amp;,
.
•_ ._ ,

,,

• ÓRDEN.

Por ignorarse el domicilio de D. Ramott Montañez, se le cita y emplaza por l&amp; pre88Bte
para que en el término da diez diu, contados desde la primer&amp; publicacion de este aviso,
comparezca en este Juzgado á contestar la demanda que enjuicio verbal sobre pesos le
promueve D. Juan Adalid; apercibido de darse por contestada la demamla, siguiéndose ea•
te juicio con loa estrados del juzgado.
México, Marzo '%1 de 1865.-Lic. Poukt.
221-3s-l

Partido de Santa .Ana.

D. Wenceslao Encalada .........•........
,, Pilar Ceballos ...................... .
,, Felipe Contreras...............•.....
,, Manuel Duarte........•...•.........
,, Secundino Duarte ...........•.•.•... .
,, Cristóbal Aranda....•...............•.
,, ;Hilarlo Zavala .••..•.........•••.....
,, Márcos oib .....•.•..................
,, Bueóaventura Quijano ............... .
D~ Maná Paula Encalada...•.......... ...
,, Basilia Encalada: ......•....... ., .....
D. Luis ·Valencia.......... ........ ....•.
,, ,Lorenzo Bermejo ..............•..•...
,, José M. Coba..... ... ~ ., ............. .
D~ Olalla Rosado .............•.........
D. ;M, c1e 1os S-antos Cambranos........... .
.D~ Antonia Arjona....•...·••............
D. J. Anastasio Martín ........•..•.......
D~ Felipa Baquedano ... .... .. .... ..•....
D. Salvador Durán . ....... . . ..• ....•.. . .
D~ Juana Címé...•......•........•.....
D. Francisco Segura •..........·..•......
D~ Eusebia Pech ....................... .
,, Patricia Figueroa. . . • • .. . . ••. . . . . . .. .
El éácique y su república .... . ........ .

ANUNCJ:OS.

JUZGADO DE 11!- IlfBTANCI.A DEL .PARTIDO DB TULA.
En los autos promoviáoe ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en tepreaentacion
de la testamentaria de D'!- Melcbora Zúñiga, contra la de D. Miguel Ballesteros, sobre
entrega ael rancho de. San Ieidro. Chi~uibatha, á pedimeo~ de ambot_!ilbaceae, he mandado por otro de esta fecha, se citen a los heréaeros de dicha Sra. Zúñ1ga y D. Eustaquio
Serrano para una junta, que deberá verificarse el }9 del entrante Abril en eate propio
ºJ uzgado, á las diez de la miman a; é ignorándose el paradero de los espresa\los hered, roa,
los cito por t-1 presente con el fin indicado; apercibiéndolos de que de no concurrir el día y
hora indicados, por sí 6 p1,r apoderado instruido y espensado, les parará el perjuicio que •
haya lugar en derecho.
Tula, Marzo 16 ,'e 186.5.-Lu . Jo,t Jesus Dinni11guei.
2JS-3a--2

JUZGADO Z'? KENOR DB F.STA CORTE.-EJIPEDlW&gt;ILLO Jfl111, 6.
l¡(uorándoae la habitacion d11 D. Rafael Moreno, y á pedimento del agente de negocio•
D. ~fanuel G. Cevallos, apoderado juridico del cesionario de D. Ignacio Trejo, por el presente se le cita, para que dentro de ocho diae, por 1( 6 por apoderado instruido y espenaado'88 uresente en este Juzgado á contestar la demanda que en juicio conciliatorio, ,obre
pesos, le promueve dicho Cevallos; a~rcibido que de no verificarlo, se dará por intentad.o
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
México, Marzo ~ de 186.5.
El Juez 2'? menor, Lic. Unaniu tJ Paro•.
219-Sa-2

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
B.Ut'8 D.&amp; BAN .A.GUBTIN, ltUV:, 1.

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50769">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50771">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50772">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50773">
              <text>72</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50774">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50775">
              <text>28</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50790">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50770">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 72, Marzo 28</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50776">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50777">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50778">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50779">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50780">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50781">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50782">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50783">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50784">
                <text>1865-03-28</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50785">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50786">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50787">
                <text>2011213</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50788">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50789">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50791">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50792">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50793">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7920">
        <name>Cementerio la Soledad</name>
      </tag>
      <tag tagId="7655">
        <name>Consejo de Estado</name>
      </tag>
      <tag tagId="7740">
        <name>Créditos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7921">
        <name>Guardia rural</name>
      </tag>
      <tag tagId="7919">
        <name>Imprenta de Querétaro</name>
      </tag>
      <tag tagId="593">
        <name>Indios</name>
      </tag>
      <tag tagId="7885">
        <name>Jefes disidentes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7922">
        <name>Puerto de Génova</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1929" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1079">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1929/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._73._Marzo._0002011214.ocr.pdf</src>
        <authentication>487e07ec5a6f34d65763f6a8351bc9c6</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74371">
                    <text>t'IÓ

r.'; 10;{

O :!~!), 8Q!1

)

:J 11(.1 •
• J

'I

MEXIOO: Miércoles 29 de.Marzo de 1865.

TólO l.

SUMARIO
P~TE OFIClAL.-Decreto imperial estableciendo una Junta de colonlzacion.-Otro sobré condecoraelqnea y gradOI mllltares.-Otro sobre habUltaclon de edad.-Parte sobre movimientos miUtarea en el Sur.

Nombramiento de un Chambelan.-Donatlvo de SS. MM. al Hospicio de Morella.
NOTICIAS ESTRANJERAS.-Las últimas llegadas de Europa. ,
V.A.llIEDADES.-Agricultura. Tratados sobre la calla de azúcar y la baba.

-ES!!!!aEB==;;;;;;;;ii!!i5===========;;;;;;;;========-==E!:!!ii=ii!!=ii!!!!!!i!!=m=

PAJlTE OFICIAL.

\

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
.
.
.
'
Considerando que uno de los principales elementos de la prosperidad de Nuestro ~mperio es la poblacion, y que el medio,mas pi•onto y mas seguro de aumentarla es proporciona1: tierrás á los inmigrantes que vengan á establecerse en el pais, '
HEMOS venido en decretar y DECRE'l'AMos:
·.Árt. 1? Se estable.ce una Junta llamada de Colonizacion, compuesta de naciónalés y éstranjeros, y sujeta al 'Ministerio de Fomento.
Art. 2? La Junta tiene por objeto estudiar y proponer los proyectos de ley y de reglamentos, en lo ,relativo á colonizacioo, libre y á
costa de los inmigrantes, ó por cuenta del Tesoro Imperial, y en lo
tocante al descubrimiento, deslinde y distribucion de los terrenos
baldfos.
Las cuestiones á qúe dará lugar preferente en su r'esolucion, serán:
l. Medios prácti~os para llegar á conocer cierta y prontamente,
en cada Departamento, las propiedades de dominio público y los terrenos nacionales.
·
II. Medios prácticos para recobrar los terrenos ocupados indebidamente por personas que no tienen sobre ellos derecho alguno.
. , 'III. Manera en que pueda. lograrse que los legítimos propieta1·ios
cedan. en venta para los coloMs la parte in cu Ita de sus tierras, adoptando de prnferencia el sistema Farnier.
IV. Modo de proceder eficaz y rápidamente en los juicios de deslinde.
V. El estudio climatológico de las com~rcas, bajo el punto de
vista higiénico, para servir á la aclimatacion de las diversas razas.
VI. Condiciones y ventajas de los lugares escogidos para recibir
á los inmigrantes, con relacion al cultivo y á la pronta y segura cosecha de los frutos.
VII. Estudio ·del modo espedito de atraer la inmigracion y distribuirla en el Imperio, por el exámen de las principales vías decirculacion á la corriente de inmigracion, proporcionando trasportes
baratos y cómodos; distribucion equitativa de las tierras; ventajas,
derechos y privilegios que pueden concederse; deberes y obligacio·nes á que han de sujetar.se los colonos.
VIII. Puertos en que desembarcarán los inrnigrnntes, recursos,
establecimientos ó campamentos provisionales, posadas, depósitos
de provisiones, y necesidades en general.
IX. Trasportes marítimos, tarifas, reglamentos y vigilancia que
debe ejercer sobre los inmigrantes durante su viaje para trasportarse al Imperio.
~'.,
X. Reclutamiento de los colonos en el estranjero y su reglamento1 primas, publicaciones en los periódicos, etc., etc.
, .
.' Art. 3&lt;.' Un reglamento especial, formado por Nuestra Secretaria
'
de Fomento, fijará las atribuciones de la Junta de colonizacion, y
la manera con que han de ejercerlas.
Dado en el Palacio d.e México, á 28 de Marzo de 1866.
.

• · Pore!Emperador, .
'
·
El Ministro de Fomento,

'

(Firmado) MAX.Ill:II~lANo.

(Firmado) Luis Robles Pezuel.a.
MAXIMILIA
.
NO, EMPERADOR DE MEXICO:
Considerando:. qu.e _es altame~te verjudicial para el servicio mi_litar el que .haya mdmduos que representen un empleo que no tienen, s1gu1éndose el inconveniente para la disciplina, que en mu-

~boa casos los individuos condecorados con insignias superiore1 están

mandados por otros qué representan menor categofía; y consitlerando, P?r último, que la concesjon de un grado I iinporta· ~~l $.~sto al
agramado, de q,ue no puede reem~.olsarse, pué~to que nó :tiene ningun aumento de paga, ;HEMOS vemdo-en decretar y DECRETAMOS lo
si0O'U iente·
" r (, .• ,
·
Art. 1~ Q~edad ab~lidas todas las leyes que concedian al Gobierno la facultad de conferir grados militares, .Ypara lo sucesivo no se
concederá gracia alguna de esa especie.
, · · ·r
Art. 2? Para recompensar el mérito, Nos concederemos' condeco•
raciones honorificas á aquellos que lo merezcan.
Art. 3~ Lo.s indiviciµos del ejército que actualmente disfrutan gr-a,.
dos nlilitares, los conservarán, siempre que les hayan sido reconocidos por la Comision clasificadora. ..
. . . .. . . / ··
El Ministro de la Guerra queda encargado del cumplimiento de
este decreto. Dado en ttl Pala~iu- de Mé~ico, á 26 de Mar~o~de !S6ó.
(Firmado)

MilnnLIANO.

Por mandato de S. ;M. I.
El Ministro.de Guerra,

(Firmado) Juo.n de ]2. Peza.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Tomando en consideracion la, scfücitud de D. Leopoldo Ruiz, ve- , ·
cino de Tampico de Tamaulipas, y en vista de las constancias que
obran en el espediente respectivo:
·
HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita ~ D. Leopoldo Ruiz de la edad que le falta, con arre-.
glo á la ley, para entrar .en la libre administracion de sus bienes y
poder comparncer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en
ningun caso ·del beneficio de restitucion in integrnm.
Este decreto sé depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el periódico oficial.
Dado en el Palacio de México, á 24 de Marzo de 1865.
Por mandato de S. M. l.,
El ~istro de Justicia,

(Firmado) M.AXIMILliNO,

(:firmado) Pedro Escudero,
MINISTERIO DE GUERRA.

Ejército del Imperio.~Brigada de operaciones en el Sur.-Número 149.-Iguala, Marzo 23 de 1865.-Exmo. Sr.-El Teniente
Coronel D. Antonio Nava, desde Zilacayuapan y con fecha 12 del
corriente, me dice lo que copio:-" Tengo el honor de participar
V. S. que en la madrugada del dia 9 del corriente fué sorprendida
por las fu erzas nuestras y la guardia civil de estaJlOblacion, en la cabecera ae Calihuala, la partida que acaudillaba el cabecilla J ulian
Torres, quien fungía de Suoprefecto en este Distrito, habiendo caído
prisionero err union- de su- Mayor de órdenes y 26 de tropa; habiendo quedado muertos un italiano que fungia de oficial, un sargento 1? y dos soldados, aunque regularmente deben haber mqerto
otros de los que salieron h~ridos en la fuga; dejando en nuestro poder 32 armas de fuego; 15 lanzas, un cajon de parque de percusion, ,
2 arrobas 5 libras de plomo en tejos-, un tercio de machetes de cinta,
cosa de 16 caballos, y 2 mulas de carga: por nuestra parte no tuvimos ninguna novedad, habiéndose manejado la oficialidad y tropa
eón valor y decision. El día de ayer se me dió parte por el Capitan
D. Guadalupe Navez de que tiene ya reunidos en Tlachichilco una
fuerza de cincuenta y tantos hombres, y que pronto se me incorpo1·ará: asimismo mo han dado ·parte otros oficiales de estar haciendo
sus reuniones, por lo que probablemente creo que á la vez que V. S.
emprenda su marcha sobre la capital de Guerrero, estarán ya pro•
vistas las compañías para auxiliarlo con violencia, aunque la muyor
parte ,sin armas.-A las 1iete de la mañana del dia de hoy llegó á

«

�294

DIARIO DEL IMPERIO.

esta villa la fuerza francesa que viene á espedicionar á este Distrito
en union de otras pequeñas fuerzas mexicanas, y segun es quedarán
á la espectativa hasta la aproxirnaciori de la columna que por esa ciudad marchará para el Sur: no deje V. S. de escribirme, como me
lo ha ofrecido, para estar al tanto y normar mis operaciones sobr~ el
Distrito de Tlapa, que es donde se han reconcentrado todas las gavillas que babia por este rumbo."-Y tengo la honra de trascribirlo
á V. E., manifestándole que he dicho en contestacion al Teniente
Coronel Nava, que los prisioneros sean remitidos al Departamento
de Puebla, para que con arreglo á la carta imperial de fecha 3 de
Noviembre, sean sujetados á un juicio, y que las armas y los C!),ballos sean ocupados por su fuerza en asuntos del servicio.-El Teniente Coronel Nava y otros oficiales de la Legion Selecta de esta Brigada, andan por los Distritos de Tixtla, Chilpancingo, Chilapa
y Tlapa, para evitar que aquellas poblaciones desmayen, y que estén prontas para que se reunan á la columna que se destine á la
campaña de Guerrero. El resultado de esta med_ida lo está patentizando V. E.-Dios guard~ á V. E. muchos años.-El Coronel Comandante en gefe, AlYraham Ortiz de la Peña.-Exmo. Sr. Ministro
dé la Guerra.-México.
Es copia. México, Marzo 27 de 1865.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra,

. (Firmado) J. M. DURAN.

____,.,...., ....,......_._.

S. M. el Emperador se ha servido nombrar Chambelan, por decreto de 11 del actual, al Sr. D. Francisco Osio.
SS. MM. han hecho un donativo de tres mil pesos al Hospicio de
Morelia. Esta cantidad ha sido entregada al Sr. D.Pedro Gutierrez,
y de ella son dos mil pesos de la caja particular del Emperador, y
mil de la caja de la Emperatriz.

NOTICIAS ESTRANJERAS.
Hoy á las siete de la mañ&amp;na llegó á esta capital un correo estraordinario
con la correspondencia de la Corte, traída de Europa por el Paquete .inglés
llegado ante,. de ayer á Veracruz.
Hé aquí algunas de las noticias que hemos encontrado en varias tiras de
periódicos y algúnas correspondencias.
El Rey de Italia hizo una visita á Turin, y llegó á aquella ciudad el 23 de
Febrero. Causó su presencia gran júbilo en la capital del Piamonte.
El gobierno británico habia publicado su presupuesto de la guerra para el
afio de 1865 á 1866. Asciende á 14.348,447 libras esterlinas; es decir, 495,641
menos que el año pasado. En el presupuesto de marina ha habido tambien
una reduccion de 316,427 libras esterlinas.
En Viena, la Comision de Hacienda habia resuelto proponer una dimiriucion ·de 2.390,000 florines en los gast.:&gt;s marítimos.
De Madrid hay una noticia financiera muy importante. El nuevo Ministro de Hacienda, D. Alejandro Castro, declaró á las Cortes que retiraba el
proyecto de ley sobre anticipacion del impuesto, y reclamó el concurso de
los diputados en favor de las medidas que les serian presentadas para mejorar la situacion del tesoro.
.
El Moniteur de Paris ha publicado recientemente un importante trabajo
sobre la publicacion en Francia de las _Bulas y Rescriptos pontificios. Su
autor es Mr. Gustavo Choix D'Est--Ange, abogado.
El Marqués Corio se ha casado con la princesa Casteliscola. Con ocasion
de esta boda, el Sr. Hidalgo, ministro de México en Paris, dió el 17 de Febrero un gran banquete, al cual asistieron, ademas de los novios y los miembros de la familia, Mr. Drouyn de Lhuys y su señora, el Príncipe y Princesa de Metternich, el ministro de Bélgica y la baronesa de Beyens, y el
personal de la legacion mexicana.
La víspera habia dado el Sr. Hidalgo otro banquete para obsequiar á la
comision que acababa de arreglar el negocio del Banco de México.
El Moniteur publicó en su número de 26 de Febrero el prólogo de la Vida de Julio Oésar, obra del Emperador Napoleon, que acaba de publlcarse
en Paris.
El discurso del Emperador de los franceses en la apertura de las sesiones
del cuerp,o legislativo, había causado una impresion satisfactoria en Europa.

VARIEDADES.
TRATADO SOBRE LA HABA.
l.
DESCRIPCION DE LA PLANTA.

La haba es del género de la clase décimacuarta de la familia de las leguminosas de J ussieu. Linneo la denomina vi tia faba, y la clasifica diadelfia
decandria.
.
Flor: ama!iposada; el estandarte oval, uñuela ancha, la cima escotada con
lina punta pequeña, y sus labios encorvados; blanco teñido ligeramente de
encarnado 6 de púrpura en su base, y señalado con unas rayas casi negras:
sus alas son dé un negro a.terciopelado con las orillas blancas, oblongas, casi
acorazonadas y mas cortas que el estandarte: la quilla blanca, casi redonda
y mas corta que las alas; su uñuela está dividida en dos y en el fondo. tiene
un nectario. Los colores de la flor varian mucho.
Fruto: legumbre coriáéea, redondeada, larga y terminada casi en punta,
que contieJle varias semillas ovales, oblongas y a_pla-stadas.
J

DIARIO DE1 IMPERIO.

. Hojas: alad~; las hojuelas enteras y casi adh~rentes al tallo están prendidas de tres en tres, de cuatro en cuatro ó de cinco en cinco, y son oblongas, un poco gruesas y venosas.
Raiz: rastrera y fibrosa.
. Porte: tallos de tres á tres y media varas de alto, segun el terreno y cultivo, cuadrados y huecos. Las flores nacen dP, los encuentros de las hojas y
hay muchas prendidas á un mismo pedúnculo: las hojas nacen alternativamente en los tallos.
8_itio: los c.ampos y las huertas: es planta anual, originaria de Egipto, y
cultivada en grande en nuestros campos para recoger la semilla y venderla
seca, y en las huertas para comerla verde, y es muy gustosa. ·

TRATADO SOBRE LA OA.IA DE AZUCAR.
l.
DESCRIPCION DE LA PLANTA•

La caña dulce fué cúltivada de$de la mas remota antigüedad por los chinos, y en Europa se introdujo, así como la fabricacio~ de la azúcar, hace
cerca de dos mil años. Linneo la llama saccharum officinarum.
La caña dulce se compone de muchas seccioD;es ó cañutos, cuyo conjunto
presenta un tronco con raices y un tallo con hoJas alternadas que lo abrazan.
Cada seccion está marcada esteriormente por un borde acordonado que se
llama nudo, y cada nudo tiene d~, dos á tres pin~ de grueso, con unos puntos particulares, djspuestos en tr1~ngulo y en ~os o tres filas, de los que brotan las raices. Este borde del canuto se v~ umdo por un ~oton gru?so como
na lenteja y apuntado por la parte superior, el cual contiene el germen de
una nueva ~ña.· á este nudo sigue un entrenudo (la longitud de cada cañu;
~) cuya dimen;ion es desde una hasta seis pulgadas, y está terminado po11
una hoja. larga.hasta de ci_nco piés, la cual se halla dividida .~n dos por un
nudo particular; la parte mfer1or, que nun~ escede de un pie, en:vuelve la
caña y le sirve de vaina. _La corteza ó cubierta del tallo es u~a u°:1~n estrecha de vasos leñosos, y la mterna. de vasos ondulosos; en tal d1spos1c1on, que
presentan otras tantas capas hori~ontale~, sos~nidas á distancias igu~les pór
otros vasos leñosos que los atraviesan: las cavidades de estos vasos mcomu.nicados entre sí, contienen la materia azucarada.
.
Estos vasos lefi?sos se separan á ciertas distanci~ de la dire~ion vert!cal conservando otros la horizontal, los cuales forman una especie de tab1qu~ y vienen á. reunirse en un punto con los otros, en el boton indicado,
rompiendo la corteza para formarlo.
.
El número de cañutos suele algunas veces subir hasta ochenta, y la altura
de la caña hasta cinco 6 siete varas.
La cepa ó tronco tambienes articulado como el tallo; su longitud de seis
á ocho pulgadas, corva y pivotante: de ellas salen las raices, que son numerosas cilíndricas y se estienden de ocho á diez pulgadas.
Ed la época d~ la madurez el tallo se divide en dos partes, una casi desp&lt;&gt;~lada de hojas, en la cual se halla formado ~l azúcar, que es ~n la parte
tl!t,a, y_ tiene hasta sesenta cañutos¡ y la superior poblJM].a de hoJas- que se
elevan en planos opuestos y se inclinan formando un abanico. A esta parte
se llama cogollo 6 oaoe1.a de la caña.

ll.
ESPECIES Y VARIEDADES.

La haba comun, que es la que acabamos de descripir, ocupa el primer lugar, y es al parecer el tipo de las demas especies cultivádas. Se cuenta entre estas la que los franceses llaman haba de Inglaterra ó redonda, y los españoles de Tarragona, que se distingue de la comun por su forma y delicadeza.
•
_
Existen otras varias, tales como la abundante que es la generalmente cul
tivada en México, la.juliana ó haba pequeña de Portugal, la enana y lapanosa ó caballuna. Todas estas especies se cultivan de la misma manera y
requieren los mismos terrenos.

111.
CLIMA, TERRENO Y CONTRATIEMPOS.

La haba necesita un clima templado y requiere ter;renos sustanciosos, bien
abonados y labrados; en los ligeros y areniscos se da muy mal, El frío_ le
es contrario; así es que ·conviene sembrarJa en sitios abrigados y espuestos
al Mediodía. En con.secuencia debe precaverse de los hielos así como de algunos animales, entre ellos los topos· y los ratones, que gustan mucho de
ella.
_
Si se temen mucho los efectos del rigor del invierno, no se hará la siembra hasta Febrero 6 Marzo, segun el clima.
La siembra se hace en tablas destinadas solamente al haba, y se hace
por surcos, ó bien se siembra en las labores del maiz.
En la mayor parte de los Departamentos se hace la siembra en Octubre,
y solamente en algunos de los dél Norte, en que el invierno es muy crudo,
la retardan algunas veces.
La época ó tiempo en que debe sembrarse, segun el clima, la determina
la naturaleza misma, y esto se conoce sembrando (lu~o que los piés desti·
·na.dos para la siembra estén secos y sazonado el fruto) uno 6 dos gra¡¡os; y
la época en que broten será la en que deba sembrarse. Enterrándola anticipadamente, dice Rozier, dará mejor nutridos y desarrollados los frutos.
La planta, luego que llega á cierta altura, necesita amurillarse y escardarse, cuya operacion se repite segun sea necesario, hasta la é;poca de la florescencia. En algunos puntos tienen la costumbre de deslechugar la planta cuando florece, pretestando ser estraida la savia por los cogollos; pero segun algunos autores, no debe seguirse esta regla por carecer de fundamento y ser
evidentemente contraria á la naturaleza.
El principal enemigo del haba es el pulgon, que la debilita mucho por la
extravasacion de la savia que le causa la irritacion de sus piquetes, y sin duda alguna de aquí viene la idea de descogollar las plantas, porque es la parte mas tierna de la planta, y naturalmente es la que ~taca con preferencia.
En tal caso, sí es conveniente descogollada, por ser esto menos nocivo que
las picaduras innumerables del pulgon. Los cogollos invadidos por este enemigo, y cortados, deben sacarse de la sementera y quemarse, para destruir
en cuanto sea posible esta plaga.
Cuando de una sola siembra quieren tenerse dos cosechas,' despu.es de cogidas las mejores vainas verdes, se cortan los tallos á flor de tierra, cubriendo los tronquitos con mantillo y aflojando la tierra de su alrededor.
Deben dedicarse para la siembra las plantas mas lozanas y de mejores
vainas, dejándolas secar en pié, y arrancando las plantas en tiempo seco.
Despues se trillan, limpian y guardan en lugar seco.
La simiente de uno ó dos años es igualmente bue~.

Il.
CLIMA y TERRENOS.

que tenga una ti~ia humedad atmosférica, porque la caña teme mucho la~esequedad y ama el agua.
.
Las tierras que deben elegirse para las plantacjones de caña, de.ben ser
gruesas, sustanciosas Y, mas bien arcillosas que areniscas, por requerir bastante humedad esta plant.'1.; deben tener asimismo una buena 8$posicion y
abundar en mantiUo, para cuyo efecto deben abonarse perfectamente.
El abono único que aquí se les da es el de la quema del bagazo y los retoños, y algunos estiércoles, y sin embargo se dan magníficas cosechas.
Las tierras deben estar bien sueltas, para que las raices penetren fácilmente, y asimismo para que broten sin obstáculo las plantas.

III.
PLANTAOION.

IV.
CULTIVO EN LOS OAMPOS.

Cuando ya no se teman los hielos, es el tiempo de hacer la siembra de esta planta, la cual hacen los labraqpres de varios modos, pero generalmente
es á surco, echando puñaditos de tres ó cuatro habas y tapándolas como el
maiz.
Al mes de nacida la planta s·e le da un fierro, que ~ la pr~era escar~a,
para amurillarla y destruir las yerbas dañinas, y esta operac1on se repite
otra ú otras dos ocasiones antes de la florescencia.
Estas escardas son el único cuidado del cultivo de la planta.
Llegada la época de la madurez y cuando las vainas y los tallos se han
marchitado y -desecado se procede á la cosecha, arrancando las matas y no
cortándolas, para que ~o gasten sus raices inútilmente los jugos de la tierra,
mientras se las remueva y arranque al barbechar de nuevo para abonar la.s
tierras con ellas.
La siembra manteada debe usarse cuando se destine la sementera p!l,ra
forrajes. El terreno se ~rep:i.r~ y se sieID:bra, pasando despues la grada·. ~n
la época de la florescencia. se siega, se deja secar en el campo, y en segmda
se conduce á la hacienda, practicando lo mismo en la segunda y, tercera siega.
Estas siembras se destinan á la engorda de cerdos, y se dan remojadas á
la caballada, y hechas harina á los bueyes para cebarlos.
La especie que se cultiva en México es la denominada por Rozier alnundante.
Las habas secas y limpias, como dijimos ya, deben guardarse en trojes secas y ventiladas, y removerse con frecuencia para que no se enardezcan y se
llenen de cocos, lo cual sucede si se dajan amontonadas mucho tiempo y no
se. traspalean.

.

El clima mas á propósito para la siembra de esta planta, es el caliente,

1

La plantacion se hace por estacas, las cuales no so¡:i otra cosa que trozos
de la misma caña, las cuales se colocarán acostadas, y á continuacion unas
de otras, empalmadas, en surcos que se habrán abierto antic,ipadamente. Despues de puestas en tal disposicion, se cubrirán con una media pulga.da de
buena tierra ó de mantillo. En seguida. se dará un abundante riego, al cual
llaman de asiento, y si no se tienen aguas disponibles no se hará la plantacion sino cuando haya esperanzas fundadas de próximas lluvias, porque si
falta el agua se mueren las cañas, perdiendo su humedad y no teniendo la
que necesitan para precaverse de la sequedad de la tierra, que les roba, estando seca, la que naturalmente tienen.
Estas estacas destinadas para los planteles, pueden conservarse quince
dias en buen estado, amontonadas y cubiertas con paja. Aunque se siembren
un poco marchitas, si se les riegan bastante las-tierras ó si abundan las lluvias, nacen prontamente.
En España ~ostrnp.bran tomar para la plantacion los cogollos; pero aquí
se despuntan las cañas solamente para forrajes, y las estacas se hacen de la
parte azucarada de la caña.
En la isla de Cuba plantan las cañas enteras en surcos abiertos con el a.za.don, de una. cuarta de hondos y tan largos como el cañaveral.

295

funcion que ejerce es un todo particular que independientemente de las otras
recorre todas las fases y periodos de su vegetacion.
Las flores que producen las ~as s?v estériles en México, y no sabemos
que se reproduzcan por sus semillas smo en el alto "Egipto. El boton de que
hablamos al describir la planta es, pues, el que contiene la esperanza. de una
generacion futura. Como las cualidades del germen son las mismas en todos
los botones, su desarrollo necesariamente esta sujeto á las mismas circunstancias, las que jamas varia.u, sea cual fuere la parte en que se;halle el boton.
Generalme1lte. cuando se desarrolla el boton presenta cinco secciones particulares, que parecen solame11te destinadas á echar raices. Entonces no tienen ni boton ni entrenudo, únicamente están señalados con _una hoja. A este
conjunto de secciones radicales se llama cepa primitiva, por estar. destinadas
las raices de esta cepa á echar las que sirven al primer desarrollo de la
_planta.
Del centro de la última seccion radical sale el gérmen del primer cañuto;
y en él se contiene el principio de la vida de la caña y de la generacion de
los nudos, el primero de los cuale.~viene á ser la matriz del segunao, este la
del tercero, y así sucesivamente. U:1a vez establecida esta sucesion, el principio Jie la generacion pasa del nudo formado ya al que se forma de nuevo, en
tanto que los primeros se robustecen y crecen poniendo siempre entre sus
diversas revoluciones un grado de diferencia marcado con'el tiempo de su
generacion. Así es que las secciones de la caña pueden considerarse como
otros tantos círculos escéntricos, cuyo centro ocupa siempre un punto que á
su vez _se convierte en círculo, reemplazándolo otro nuevo punto, y los cuales se elevan unos sobre otros ensanchándose hasta llegar á un diámetro determinado en un tiempo dado. Los primeros cañutos que siguen á las secciones radicales son los que forman la cepa secundaria, de la cual salen las
raictJs que deben servir para el desarrollo de los cañutos que sobresalen de
la tierra y forman la caña.
Ocho dias duran las revoluciones que esperimente el cañuto desde su germinacion hasta su madurez, y se dividen en cuatro épocas. En la primera
aparece como un punto ó nudo en el centro quia toma la figura de un cono
pequeño y pasa á formarse saliendo del centro donde le reemplaza otro.
En la s~unda, que es la de la form~ion, nacen la hoja, el entren~1o y el
nudo, formandose el cañuto, el cual se desenvuelve en seguida tomando un
carácter mas notable. Esta época se divide en muchos tie,I11pos destina.dos á
la generacion y formacion. La mutacion que acompaña á estos tiémpos se
marca tanto sobre el nudo, que ya formado se desarrolla, como en-el jugo
del entrenudo que se modifica gradualmente. Durante el desenvol-vroiento
toma un sabor el jugo, dulce y herbáceo, así como en su olor, semejante al
de algunas frutas verdes.
La época del acrecentamiento tambien se divide en muchos tiempos qu_e
corresponden á los de la primera época. Estos tiempos no se marcan tanto
en el cañuto acabado de formar, cuanto en el jugo del entrenudo, 9.ue esperimenta nuevos cambios de grados de elaboracion, dejando poco á poco sil\
olor y sabor herbáceo, hasta adquirir el que le es peculiar, que es la cuarta
época en que se halJa ya la caña azucarada.
.
Cuando los dos ó tres primeros cañutos han perdido ~us hojas y presenta
la caña otras doce 6 quince hojas verdes, en forma de abanico, se considera
la caña en todo crecimiento, porque si se halla en la época de la florescencia.,
florece en efec~o, y _el principio de su vida y de .la generacion pása á las partes de la fructifi.cac1on para desarrollarlas. Entonces los cañutos que se forman presentan dos partes, y la primera se halla privada de botones y puntitos, 6 elementos de las raices. Las divisiones de los vasos de la sávia que
el?- los precedentes se dirigia trasversalmente á la superficie del nudo 'para
formar el boton, pasan á las hojas, y de esto resulta que disminuye el número de vasos en los nudos á medida que se van formando. Estos últimos
~udo~, que se alar.gan mas, contienen un corto número de vasos, tanto en su
mterior como en su corteza, que se adelgaza á proporcion de su longitud. El
último nudo tiene cinco piés, poco mas ó menos, y termina en una espiga ó
panoja d~ flores estériles, de diez y ocho á veinte pulgadas de largo.
Las hojas de los ú1timos nudos son muy largas en su parte inferior y forman una apretada envoltura que acompaña la flecha hasta la panoja y la sostiene. Tanto las hojas como los nudos de donde salen se secan juntamente
con la flecha.
•
Si la caña no florece es, porgue ó no se halla en la época de la florescencia.
ó porque el cultivo la ha alejado de su estado natural, y entonces el principio de la vida pasa á engendra1· 1,uevos cañutos; generacion que continúa
hasta que los vasos saviosos de la cepa, leñosos ya, no dejen pasar el jugo.
En la caña se advierten dos movimientos; uno que pertenece a} sistema de .
los vasos de la savia y se estiende á toda la planta vivificándola y contribuyendo á la generacion de los nudos, y otro particular dependiente de los vasos propios, que hace la funcion particular de cada uno.

v. '

IV.

VARIEDADES.

V EGETACION y DESARROLLO DE tA cAnA.
Como llevamos dicho, en la superficie de cada nudo, propiame~te dicho,
se halla un boton y unos puntitos. Estós puntitos se desenvuelven y forman
las raices, pero son inútiles á la planta que va á nacer. El boton contiene el
gérmen de la nueva planta y funciona como semilla: cada estaca tiene de
ocho á diez, pero algunos no germinan.
Cuando la~ circunstancias son favorables, las cañitas con muchas hojas comienzan á aparecerá los quince dias y comienzan á crecer. Desde los cuatro
á los seis meses de su nacimiento, segun el clima, el terreno y cultivo, se
consideran e.orno plantas entei:amente desarrolladas. Las primeras hojas se
ponen mustias y se caen, dejando desnudo el cañuto, que paree.e perder la
p~rte que tenia en la vegetacion, a medida que comienza á mad\lrl}r. A me~1da .que se van formando nuevos nudos, van secándose las hojas de la patte
mfer10r y se madu.ran otros cañutos. Esta sucesion es continua por doce,
catorce y hasta vemte meses, que es el mas largo periodo de vida dela caña,
en el cual se cosecha- sin -atender á- la estacion.
Todas las partes de la caña se forman,se desenvuelven, crecen y s~ elevan
sucesiyl}~ente unas sob.re otras; de manera que cada una con respecto á. la

A primera vista parece que no hay diferencias en la caña, pero realmente
existen, y son tres, á saber:
La caña de constitucion f-uerte, la cual se 'divide en f ue1·te en primero, ~e•
gurul,o y tercer grado, la que solo prevalece en tierras llanas, húmedas y francas. Es la más vigorosa, se eleva hasta doce ó quince piés, de Cáñutos muy
gruesos, hinchados y cortos, que nunca pasan de tres pulgai!.as de largo, ·y
tié~e un cofor amarillo cetrino. . El periodo de su vida se prolonga hasta
vemte meses, y da de cuarenta á cmcuenta cañutos madu'ros muy suculentos,
de mucho azúcar y de escelente calidad.
La caña de constitucion fuerte en segundo grado presenta los mismos ca.ractéres, pero no tan marcados. Prevalece en las tierras llanas, medianam~m~ resistentes, pero fáciles de labrnr. Es sensilile.á las influencias de las
estaciones, vive hasta catorce meses y presenta treinta ó cuarenta cañutos de
un color ambarino, de jugo muy abundante y fácil de estraer, que siempre
conserva un olor ligero de caña. 1
,
·
La caria de constitudon fuerte en tercer grado, que tiep.e los mismos ca.ractéres que las anteriores, pero mucho menos marcados, y- pt:_evalece en· las
tierras altas, fuertes y secas, y etJ las mgntañas; á la cual aprovechan mucho

�29,6

.DIARIO DEL L'1lfER10.

las lluvias abundantes y la 'sequedad la· perjudica. Perece á los catorce ó
quince meses; presenta. maduros de véinte á treinta cañutos pequeños cor,
tqs, dEl una á dos pulgadas de largo, de -un color amarillo cetrino, y es muy
sens,ible á las intlue1iclas del otoño; su jugo es poco abundante, pero da mucqo azúcar de buena calidad, aunque se estrae con dificultad por dar un materiAl j¡ibonoso que dificulta la desecacion.
La cafla de constituaion delicada y buena, que prevalece en las tierras llanas y el} las altas, siendo bastante ligeras, á 1a que pe1judican las lluvias abuh4an~es y¡ mata la seca. Vi ve desde doce hasta catorce meses, y, da de veinte
~ treinta cañuto¡¡, los·cuales son gruesos, pequeños, de dos á. tres pulgadas,
pocO' hinc:hados, derechos, y algunas veces encorvados, segun las circunstancias. Tiene un color naranjado, y su .maB.urez frecuentemente se anuncia con
.unas rayas de color.rojo.
J
La caña de constititcion delicada y mala, que ama las tierras húmedas -~
-~Cl},jpsas y en lás que se oultiYa por primera vez, que teme las lluvias y la
sequedad ,Je apr,JVecha. Ofrece de treinta á cuarenta cañutos gruesos, de cinco ,á s~Ís pulgadas de largo, frecuentemente derechos y rara vez hinchados.
Tiene un amarillo pálido, tirando á veces á verde, y perece desde los quince
h11:Sta los -diez y oého meses. Su jugo es abundante y fácil de purificar. En
la primavera, despues ·de una larga sequedad, da bastante azúcar.
Estas dos últimas variedades están algunas veces torcidas; el viento las
tira fá-Oilmente, y cuando están tumbadas, los·puntos que se notan en la superficie de los nudos se convierten en raices.
En vista de lo espuesto debe tener mucho•ouidado el cultivador en conocer bien la caña y sus funciones comunes y particulares, para poner en juego
los diversos agentes convenientes á su vegetacion y madurez.
0

•¡

VI.

1

.CUIDADO QUE REQUIERE

ENTRADA Y SALIDA DE CORREOS EN LA ADM,INISTRACION GENERAL DE
CAPITAL. .

VII.

'
CAÑA DURANTE SU VEGETACION,
Ef mas importante de todos los cuidados que requiere la caña es el de las
escardas, las ·cuales se ejecutan á mano, destruyendo d~ esta manera las malas rerbas y favoreciendo el brote de la planta. Las escardas propiamente
dichas comienzan á darse cuando la planta tenga dos p;és y medio de altura
y se recalzan ó aporcan. Esta es la época de ~abrar lós entredoses:
,
Los riegos deben darse solamente cuando la tierra lo pida y segun la clase de planta.
Como generalmente no prenden to'das las estacas que se plantan y l{(ie.
mas algunos brotes son mas, pesados, ó se pudren ó se caen con el agua, es
. i¡tecesario reponerlas, y de aquí proy,iene la diferencia de edades que se nota
en la cosecha.'
·
Generalmente las plantaciones tienen cuadro&amp; de cañas nuevas y de soca
ó sobre~uevo, Estos sobrenuevos se distinguen en primeros, segundos, ter1
ceros, &amp;c., segun que provienen ~el primero, segundo ó tercer brote· despues
del corte de la caña nueva. La cosecha de los sobrenuevos se adelanta dos
meses á la de la caña nueva, y no necesitan tantos cuidados, pues ni se aporcan y solamente se escardiin.

ESTA

LLEGA CORUSPONDENCIA:

MIERCOLEs.-De Te~coco, Chal~o, Amecameca, Ay~tla, San Martinl'exmelu·can, Puebl¡i, Jal~pa, Orizava, Córdoba, V,eracruz, Oajaca, lTacuqaya,
Lerma, Toluca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecat,epec, Pa9huca, Tlalpam, Tlalnepan,tla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpat¡, Polotitlan,
San Juan del Rio, Querétaro.
¡'
·
1
1

••

SE DESPACHA CORRESPONDENOii ,
HASTA LAS 9 DE LA NOCfrE.
'

.

•

•

,

J.

l.

r•. 1

~ ,rj:i .·

1! J

MIERCOLES,.._Pa,·a Texcoco, Chalco, Amecameca, Ayotla; San,Martin Texmelucan, P1,1ebla, J al¡ipa, Orizava, Córdoba, Verá.cruz, Oajaca, Tacubaya,
,Lerma, Toluca, Guadalupe Hida!JJo, San Cristóbal Ecatepec, Pa&lt;?htica, ['lalpam, Tlaln(}pantla, Cuautitlan, Tepeji del Rió, Soyaniquilpan, Polotitla..n,
San Juan del Rio, Querétaro, Allende, San Luis P.otosí.
·•
,&gt;

ANUNCIOS OFICIALES.

, '

J.

AYUNTA.MIENTO _DE¿'.MEXICO.
Núm. 778:

CONVOCATORIA.

DIFERENCIAS QUE GUARDAN RELATIVAMENTE A SUS PRODUCTOS,
Distinguen la caña, con respecto á su reproduccion, en caña nueva, y eu
caña de sobrenu~vo ó retoño, á la cual dan tambien el nombre de soc.a.
La caña nueva resulta del brote de los botones de las estacas, plantadas co,
mo llevamos dicho, y la soca del brote de los botones. de los nudos que forman la cepá secuhdaria de la caña cortada.
. La dureza de la tierra que no se ha removido no permite el qeseuvoM'miento d~ los botones, y la resistencia. que oponé á las raices hace que sean
meu'ores que las de ·1~ caña.nueva. Ademas, las eminencias de la cepa tambien impiden' que el agu~ penetre hasta las raiées, á no ser muy abundantes.
Todas estas circunstancias hacen disminuir naturalmente el número .de hrotes y que sea menos vigorosa la vegetacion. El aire y el calor tienen 11simi~mo mas influencia sobre ellas cuando llegan·á la madurez~ pero en compensacion tienen mas azúcar.
Las cañas nuevas es verdad que son mas hermosas y están mas espesas,
pero la depuracion es mas trabajosa y el azúcar es de inferior calidad que
el de las de soca, que tambienes mas hermoso.
' La caña fuerte en un terreno ya cultivado, debe sembrarse á menos distancia que en aquel en que por primerá vez se siembra.
i1,a caña fuerte en segundo grado, debe sembrarse en hoyas mas junt:as, po11
prevalecer solamente-en las tierras cultivadas.
La caña fuerte en tercer grado se siembra mas jun~ aún,.por prer¡\lecer
lÍnicamente en las tierras altas y necesitar aire y sol.
,.
1
' La C'.lña buena y delicada se debe plantar á tanta mayor distancia cu~~to
'mejor sea por sembrarse en tierl'itS ligeras y necesitar aire y sol.,
,·
La caña delicada y mala debe sembrarse á distancias tanto mas gl'andes
cuanto mas fuerte es la tierra, mas húmeda y nueva, para que la vegetacion
sea mas vigorosa y reciban las cañas mejor la influencia del aire y el calor.
' Segun las circunstancias debe modificarse la accion del agua y. el calor pa1ra la mejor ela.boracion de la sustancia azucarada, y es en lo que consiste el
arte del cultivador.
• '
En las tierras donde la vegetacion es activa y vigorosa se planta la caña
á grandes distancias y se deja por cuatro ó cinco años, como se hace en algunos de los departamentos del Mediodía; pero si la vegetacion es median~
ºó débil, es preciso replantar á menudo ó labrar la soca.

•

SERVICIO DE CORREOS.

,

La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de este aviso á l~,s , acreedores al fondo de amo~ac~on que tengan cré?ltos escriturados, líquidos y reconooidoR,
para que concurran el dia cmco del entrante, a las doce de la mañana, al Salen 8e Cabil,
dos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo· prevenido por la ley relativa,, la ea,
preeada Junta rematará la cantidad hasta ahora reumda, entre loe acreedorea c¡ue ofrez.
can mayor rebaja.
:
Mé1ico, M~i:zo 28 de 1865.-El Prefecto Municipal, F. Somera."

ANUNO:tos.
CITACION,

No aabiéndoae el domicilio de D. José'M. Segura y D.Agu,tin Lóp~z, ni quié11e1 aon 106
albaciaa de D. Jacinto Ortiz de la Peña y D! Margarita Peimbe'rt,• el Sr. Juez, D. Manuel Pavon, ha mandado se les vuelva á citar á junta como Jcreedoree de D. Joeá Maria
Noyaa, para el dia seis del entrante Abril álas doce; bajo el apercibimiento de dictarse la
medida ó resolucion á que hubiere lugar.
Lo que lee hago saber por este aviso. México, Marzo ~ de 1865..!...Manud llqmero
Esc~bano público de la Nacion.
.
.
· ~2e-l
'
TRIBUNAL DE COIIERCIO DE KEXICO. '
En los autos de_ concur~o_á bienes de~. GustavoHa!fen1 e.ate T~ibunal, en aúto de hoy,
ha ~ombrado ei0:d1co ad1~m1etrador de dicho_ conc~rs.o a D. Eugemo ~aillefert, en sustituc10n de D. Lut.8 Cometlle, que lo era, á qmen deJa en sn buená'opmion y fama· mandan~o se cite de nuevo á tod?s los _acreedores de dicho concurso, para que prese~ten al
eindt(:O noID:brado, D. Eugemo Maillefert, los comprobantes de sus créditos, en el ténnino
de qumce dias.
Lo que pongo en conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandado.
México, Marzo 23 de 1865.
•
José Maria Cardeña, encargado de la Secretaria.
223-3s-l
' ,.

rozGADO 4'? HENOi.-1~ DE SAKTO DO:amtGO NUIL 8.

ORDEN.

~o;~

Por ignorarse el d?micilio_de J:?· Ramon Montañez, se 1~ cita y emplaza
preaeate
para que en el térmmo de diez dtas, contados desde la primera publicacion. de e-te aviso
comparezca en este J~gado á ~o~testar la demanda que enjuicio v~rbal sobre peehé!;
promueve D. Juan Adalid; aperc1b1do de darse por contestada la demanda, siguiéndoa" ea•
te juicio con loa estrados del juzgado.
·, ,
,1
México, Marzo 27 de 1865.-Lic. P~~,.
•
~ii-as-i
1

LA

0

VIII.
ÜORECHA.
La cosecha ó corte de la caña debe hacerse cuando esta esté en todo su
vigor-y ~adurez; ;s decir, cuand?' tengamayorcantidad de mate~a azucarada; y varia en la epoca y en el tiempo ~ue dura, segun hayan temdo que reeembrarse mas ó menos estacas, y se ejecuta con gruesos machetes cortantes, dando un solo tajo oblícuo á las cañas¡ las que se conducen en seguida á
la hacienda para eatraerle~ el azúcar.

........

1

t

INTERESANTE.

f ,¡

Debiendo D. Gil Va.rache salir para Francia, del 25 al 31 del presénte!m'es ·de Ma;zo
avisa á las personas que tengan negocios ó cuentas pendientes con "él, que podrán oeurri~
hasta dicha fecha al café de París, ca.U~ del Coliseo Viejo núm. 18, de las diez á las'doce
de la II!ª!i&amp;na. .
_
.
,
, • · ,,í
-.
.
Participa tam~1en á los duenos de molmos que volvera á Veraqruz en Setiembrjj próximo con un surtido de piedras para molinos, cuya clase será 'fa 'misnía, quizá mejor, aue
las que trajo e¡¡ su últU!lo viaje-y que tan apreciadas fuerón por 'loé conocedores,
1t
213-7s-5

TlUBUNAL DE COJIERCIO DE !IEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos; ' contra D. Leonardo La•
redo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á·dicho D.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince días se presente por si ó por apoderado inatr~ido y eepe!1™1o, á ~ontes,tar la deman_da¡ apercibido de que no 11aciéndolo,
6!1 1u ausencta.y. rebeld1a-se contmuaran loe prooedinuentos liasta prónunciar y ejeeutonar la sentenc11.
,,
,
México, Marzo 21 de 1865.-José llfarta Cardeñá, Oficial 2?, eacargiido de )a Secre.
tarla.
·
· ,
216-Ss-5
1UZGADO 4~ DE LO CIVIL.
En loe autos del intestado de D. 'Leonardo Gonzalez se ha mandado pór el Sr. Juez •~
de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se llame por 1oe periódicos á las per,sonas que ae orean
con derecho á los bienes de dicho intestado, á fin de que se presenten en el J uzgaa,0 á
dedaoirlo dentro de treinta diaa o•intador desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865-E
Escribano público, Antonio Campos dt la Vega.
203-&amp;..:.a ·

IliPRENT4 DE J. M. ANDRADE. Y F.
I.UOt J&gt;JI 1-U 40178'11', 1'VX, l.

ESCALANTE, ·

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50794">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50796">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50797">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50798">
              <text>73</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50799">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50800">
              <text>29</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50815">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50795">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 73, Marzo 29</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50801">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50802">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50803">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50804">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50805">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50806">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50807">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50808">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50809">
                <text>1865-03-29</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50810">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50811">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50812">
                <text>2011214</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50813">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50814">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50816">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50817">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50818">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7930">
        <name>Caña de azúcar</name>
      </tag>
      <tag tagId="7928">
        <name>Chambelan</name>
      </tag>
      <tag tagId="7924">
        <name>Condecoracioes</name>
      </tag>
      <tag tagId="7925">
        <name>Grados militares</name>
      </tag>
      <tag tagId="7926">
        <name>Habilitación de edad</name>
      </tag>
      <tag tagId="7929">
        <name>Hospicio de Morelia</name>
      </tag>
      <tag tagId="7923">
        <name>Junta de colonización</name>
      </tag>
      <tag tagId="7927">
        <name>Movimientos militares</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="1930" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="1080">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/133/1930/Diario_Imperio._1865._Vol._1_No._74._Marzo._0002011215.ocr.pdf</src>
        <authentication>5e7482c4db13b55289ca29c64b8209ce</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="74372">
                    <text>DEL
'

..

'DIARIO
TOIO l.

IMPERIO

MEXIOO: Jueves 30 de Marzo de 1865.
SUMARIO

a

PARTE OiICIAL.-Decreto abolle,¡¡do todas las disposiciones relat.lvas los asce111os por tiempo e11 lps
cuerpos de Artlller!a é lngenleros.-Aprobac!on relativa al coeto del vapor H08(Ju4to para el servicio de la
barra de Tamplco.--Orden sobre petlclon de Indulto del Sr. ..upllcueta.-Clrcular a los Administradores
principales de rentas sobre lo que deben hacer en virtud de la nueva divls!on territorial
NOTICJA DIPLOMATICA.--Oarta del Rey de Hannover al Emperador de México,
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-De Jall.sco sobre u.¡)&amp;Obra en Lagos.
DOCUMENTOS.-Basajeros llegados aVera.cruz en el mes de Febréro.-Elecolon de un Diputado y dos
,uet.itutos para la D!putaclon territorial de minería de 7Jmapan.-Comun!cado del Sr. Martlnet del Rlo
sobre el tifo.
3§;;a;;;;!!!E;;;;;;;;;;;;;--;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;:;;;;;;;-;:;;;;;;;;:;;;;;;;--;:;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;5;;;;--:,!!!!;;!~

PARTE OFICIAL.
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.;.c._;;_;_;;,.;.;.;...:....:..:c;__

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXIGO:
Considerando lo perjudiciál que han sido al buen servicio y disciJina
de Nuestro cuerpo de artillería los ascensos por tiempo conP
.
d
.'
'
cedidos _á los ofi c!ales llama_ os prácticos, pues que muchas veces ha
acontecido que simples capitanes han temdo el mando sobre coroneles de infanter[a:
Considerando que por los efectos y gracias concedidas por la ley
de 26 de Abril de 1816, y Reglamentos de 838 y 846,' los capitanes
de artillería prácticos, no tienen ninguna necesidad de estudjat y
adelantar sus conocimientos para obtener un ascenso, pues con esperar un cierto núniero de años llegan á alcanzarlo; y
Considerando, por último, que esas mismas leyes se han hecho
_ilusorias, porque jamas se ha esperado, 6 al menos en muy pocos casos, á que un fodividuo sirva el tiempo prevenido por aquellas para
adela.ntarlo en su carrera, sino que se han concedido esos ascensos
por motivos diferentes:
HEMos venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
1? Queda abolida la Real 6rden de 26 de Abril de 1816, así como
los Reglamentos de 838 y 846, y en general cualquiera 9isposicion
que prevenga que por tiempo de servicios se conceda á los capitanes
prácticos de Artiller[a 6 Ingenieros, ascensos á tenientes coroneles y
coroneles de infanteria.
·
·
2? Los ofiéiale~ de Aryillería é Ingenieros serán todos facultativos,
y por consecuenma segmrán su escala en sus cuerpos respectivos.
3? Las vacantes de subtenientes se cubrirán con alumnos de la
Escuela militar, que seguirán despues los cursos prevenidos en la
Escuela especial de Artillería é Ingenieros; pero un tercio de dichas
vacantes se cubrirá con sargentos cada dos años, siempre que tengan
los conocimientos requeridos.
·
4? Los·-0fieiales de Artillería é Ingenieros que en clase de prácticos pertenecen hoy á estos cuerpos, seguirán en ellos; pero 'solo podrán ascender ~asta capitanes en su escala de prá~ticos, pues para
pasar á gefes, tienen q~e ~cender en su_ cuerpo, y por consigufonte
posee! todos los ~onommientos ~ecesarios. El que no se aplique y
estudie ~~ pasará,, en consecuenma, del grado de capitan.
El Mimstro de Guerra queda encargado de la ejecucion de este
decreto.
.
Dado en el Palacio de México, á 26 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAXIMILIANO.
Por mandato de S.M. el Emperador,
El Ministro de Guerra,
(Firmado) Jua,n de D. Peza.

NUM. 74.

IIINISTERIO DE GUERRA.
l ~ DmEccroN.
México, Marzo 28 de 1865.
• s. M. el ..Empe'rad.or, á quien d[ cuenta con el ocur1:io de D. Fran,M
t"
CJS?º. ana_de Azplicueta, que _v. s. me rem_ iti6 en 9 del que rige,
so11c1tando m du)to, por haber s1do aprehendido entre los disidentes
de la villa de Q~íroga: ha' ~enido á bien acordar: que no se puede
a.e-cederá lo pedido por el interesado, porque éste volvió á enti:_ar en
relacion_es con l?s disidentes, s1~ndo ocupado por ellos despur,s de·
haber s1d~ anteriormente indultad.o; por cuyo motivo la justicia"" de,b~rá segmr su ·c?rso en es-e neffºCl?·:-Dígolo á vd. para su conocí~
~mento Y ~l del mt?resado.-E ~mi_St r0 de Guerra, Peza.-Sr. 'Pre1ecto polítwo de Michoacan.-Moreha.
Es copia. México Marzo 29 de 1865
'E'
.
·
, Subsecrf\tano de Guerra,
(Firm_ado) J. M. DuRA;N.
_
...
,....,,..._ _
ENIS'PERIO DE JIACIENDA.
1
8Ec010N 1~

Circular núm. 47.
México, Mar; o 21 de 1865.
. En el Dianb del Imp~, núm. 59, fechá 13 de este mes, se hal]a
1~s~r~o el decreto _esp~dido por S. M. el Emperador en 3 del mismo,
d~v1d1e?do el Ter~tºfl:º en cincuenta Departamentos para su admimstra~ion económica; mterio,)Jir
Como la espresada' division debe observarse no solo por lo·rejativo al 6rden po1itico, sino tambien en todo lo tocante al ramo de Hacienda, quedando las administraciones de rentas, receptorias y subre~eptoria~. que ha~a. den~ro de los límj~s de cada Departam1nto,
baJo el cm?a~o y ~1gilanc1a de las adm1mstraciones que residen -en
las re~pe_ctivas cap~talei, las. guales han de desempeñar las funcioneJi
de pnnmpa1es, segun está dispuesto por punto general en el art. 6?
del decreto de 2 de Junio de 1853, prevengo á vd. que sin demora
alguna haga las prevenciones oportunas á los administradores de rentas que hayan de quedar bajo su conocimiento por hallarse en 1a
deJ:?arcacion _del Dep_artamento ae ......... _. : pará que en lo suces1vo se entiendan d1rectamente con la oficina del cargo de vd., considerándose dependi~nt~s de ella, tanto para el entero de los product~s y envío de cortes_ de caja y demas documentos que están pr11vemdós para la centrahzacion de las cuentas, como para las consultas
que_ l~s ocurran en los'"Casos dudosos que se presenten, y dirigir las
not1cias que deban comunicarse á la administracion principal 6 al
Gobierno en su caso. •
Al hace_r las indicadas preven?iones cuidai:á _vd. ~uy particularmente de md~gar con toda exactitud las admm1strac10nes, rec'Eiptorí~s y subreceptorlas qu~ _hay en_ la nu~va dem~rcacion de ese prop10_ Depan:amento, rem1tiendo sm pérdida de tiempo á este Minist~no, para ~ue tenga el conocimiento que le corresponde, una noticia ~ener,al en que se comprenda todo el número de lasniencionadas ,
oficmas.
Lo que comunico á vd. para su pu:itual cumplimientq.
El Subsecretario de Hacienda,
,,,
(Firmado) FELIX CAMPILLO.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Aprobamos el gasto ~e $ 7,774 7~ cs. que hay de diferencia en: Sr. administrador principal de rentas de ... _.:
tre los $ 28,000 concedidos por Nuestro acuerdo de 3 de Setiembre;
Y el valor t~~al de ~ 3~:774 73 cs. que ha. tenido ~e costo el vapor
r~molcador Mosquito, qomprado á la Compañia rnglesa de TamNOTICIA DIPLOIIATI~A.
p1co, para el servicio de la barra de aquel puerto.
Dado en el Palacio de México, á 26 de Marzo de 1865.
CA:RTA DE S. IIL EL REY DE HANOVER.
,
.
Ilustre
y
poder~so
Príncipe:
(Firmado) MAxIMILIANo.
~i muy querido hermano y primo. Por la estimable .carta deJ Y11sistra
Al Ministro de Fomento.
Majestad
Imperial de 27 de Junio del presente año, Ife visto con mucho
Por mandato de S. M. I.,
gusto que despues de haber aceptado en el castillo de Miramar el 10 de Abril
El Miniatro de Fomento,
último, la corona ofrecidfl á Vuestra Majestad, por la gran mayoría del pue' (Firmado) L_uis Robles Pezuela.
blo mexicano, tomásteis posesion solemnemente del Trono, como Empera·

�..

298

DIARIO DEL IMPERIO.

dor, el 12 de Junio, en presencia de las Corporaciones de la Capital y de los
Diputados de los Departamentos: Por este acontecimiento tan feliz, que será para la nacion confiada a1 amparo de Vuestra Majestad Imperial, una era
llena de bendiciones, Me apresuro á felicitaros sinceramente, suplicando á
Vuestra Majestad Imperial Se digne estar convencido de lo mucho que aprecio las relaciones amistosas que existen entre nuestros dos países, y de que
Mis esfuerzos tenderán siempre á mantenerlas y hacer que se estrechen cada vez mas.
Con los ~ese~s mas íntimos de que Vuestro reinad? sea de larg~ dur~cion
y de una dicha imperturbable, Os ofrezco las seguJ'ldades de la mvar1able
amistad y perfecta estimaeion con que soy,
De Vuestra Majestad Imperial,
Vuestro hermano y primo afectísimo,
(Firmado) ,TonoE, REY.
Hensenhnusen, Diciembre 14 de 1864.
(Refrendado) Adolfo,
Conde de Platen y Hallermund.

PARTES.. DE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO- DE .FOIIENTO.

'

1

Prefectura política superior del Departamento de Jalisco.-Seccion 2~-Núm. 4.-Gu,adalaj;i.ra, Marzo·18 de 1866.-Exmo. Sr.Con fecha 14 del corriepte me die~ el Sr. Prefecto político de Lagos,
lo q1,1e copio:
, ''Cumpliendo co1:1 lo pi:evenido por el Exmo. Sr. Ministro de FoTQento en su comunicacion de 27 de Jfebrero último, que en copia
remití á vd. con mi comunicacion de 7 d~l presente, pretendí un
arreglo con la dueña de la huerta situada á la ori11a del rio, contigua
al puente, por cuya parte de terreno inculto debe establecerse una
de las .rampas de este; pero habiendo resistido su apoderado toda
clase de arreglo, ayer he procedido á destruir un cuarto de adobe
fabricado sobre un puente que fué construido por mí en el desagüe
de la máquina hace cinco años, con dinero destinado á la continuacion de la obra del establecido sob,re el z:io, y hoy se han comenzado
las cortinas, que pronto quedarán terminadas. Aunque he deseado
formar inmediatamente el espediente que la ley previene, no me ha
sido posible efectuarlo por haberse negado la relacionada dueña del
terreno ocupado á acreditar su propiedad y á esponer las razones en
que ha fundado su negativa.-Me parece oportuno consignar en esta comunicacion que el cuarto que estaba sobre el puente, y que
ayer be destruido, se ha fabricado desobedeciendo la órden de suspension de la obra, dada en su principio por una comisfon del Ayuntamiento y por el Juzgado de letras, á ~edimento del Presidente de
aquel ilustre cuerpo.-Con lo espuest&amp;, espero se servirá vd. dar
cuenta al Sr. Prefecto superior politioo del Departamento, para que
si á bien lo tiene, se sirva elevarlo al conocimiento del ~xmo. Sr.
Ministro de Fomento."
Y tengo el honor de trascribirlo á V. E. para la resolucion que
estime conveniente, manifestándole que ya se previene al Prefecto
de Lagos que á la mayor brevedad organice el espediente relativo á
est~ importante negocio, y luego que lo reciba dicho funcionario,
daré cuenta con él á ese Ministerio.
·
· .Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto político,

, (Firmado) MARIANO
Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-México.

MoRETT,

DOCUMENTOS.
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
N0TICia de los pasajeros llegados á Veracruz durante el mes próximo pasa- do., con espresion de su nacionalidad y sexo.
,

11
JOt

1,

Hombres.

Españoles.. _.... _.......... : ••
Francese~ • . . • • • _.., . _.• . _; . _..
Italianos. _
Alemanes.. __ . _.. _.· .. ·. _.. ..• .
Ingleses. _. . ___ __ . ____ • __ - -. .
Mexicanos ___ . __ . _·_- _... - .. -.
Americanos •.•.. __ : ... -- -- - . Austriacos __ _. \ _.. _... ... • -. Prusianos. ______ '. __ .. _.. - - - . .
0

__ • • • • __ • • • _ • • • • • • -

Mujeres.

¡30

1

4-2

2

f

13
4-8
ó
3

197

,, "
2

, l
•

l (

1"

"
"
6

Resúmen.

Hombres •.. : .••. ____ .• _: .... 197
Mujeres ... __ ... _. __.. __ . __ . . 6
TotaL _- ..... _. . . 203
México, Marzo 29 de 1865. •
El Gefe de In Seocion de Cancillería,

·

(Firmado) J. H.

MINISTERIO DE FOMENTO.
En el Mineral de Zimapan, á los seis días del mes de Marzo de mil

ochocientos sesenta y cinco: En virtud de la convocatoria que previamente se circuló á todos los mineros de esta demarcacion, á efecto
de que concurriesen á nombrar un Diputado y dos sustitutos de esta
territorial de minería, para reemplazar á los que han cumplido su
bienio, se reunieron en el lugar designado, á las diez del dia, los que
despues se espresarán, y presididos por los Sres. Subprefecto del Partido D. Luis Noeggerath, y Diputados D. Rafael Rodríguez y D. Miguel Basualdo, hallándose tambien presentes los Sres. sustitutos D.
Evaristo del Rello, D. Anastasio Escalante, D. Eulalio Santos y D.
Benito Lora, antes de procederse á la eleccion se leyó por el,Secretario nombrado provisionalmente para el objeto, la órden superior
que previno tuviese verificativo dicha eleccion en los primeros. dia~
de Enero, y los artículos relativos á ella contenidos en el titulo segundo de las Ordenanzas del ramo; siendo de advertir que en .aq'uella
fecha no se efectuó por razon de qoe estando la poblacion ocupad&amp;
por fuerzas disidentes, no se disfrutaba de tranquilidad ni se consiguió reunir á los rnineros.-Consecutivamente se dió principio á la
eleccion del Diputado, en votacion secreta por medió d~ papeletas que
los votantes introducían en llna urna puesta sobre la mesa, y leidas·
despues en voz alta por el Sr. Presidente, obtuvieron D. Mahuel
Gomez catorce votos; D. José Luis Chavez, seis; D. Emeterio Mendoza, tres, y D. Rafael Miranda uno, por lo que quedó elegido el Sr.
Gomez.-En seguida y bajo el mismo órden se hizo la de un susti~
tuto, reuniendo D. Félix Angeles seis votos; D. José Luis Chavez,
cinco; D. Mariano Martinez, cinco; D. Rafael Miranda, uno; D. Emeterio Mendoza, uno; D. Evaristo del Rello, tres, y D. Anastasio Escalante dos; mas no resultando mayoría, ni debiendo ser reelegidos
los dos -últimos, por prohibirlo el artículo doce del titulo citado,: se
procedió á la segunda eleccion, en la que obtu_vieron D. Félix Angeles quince votos; D. José Luis Chavez, siete, y D. Mariano Mar-.
tinez uno, resultando una papeleta en blanco, por Jo q~e quedó ele-.
gido D. Félix Angeles.-Por último, se hizo la del otro sustituto, en
la que reunieron D. Mariano Martinez ocho sufragios; D., Emeterio
Mendoza, seis; D. José Luis Chavez, cuatro; D, Rafáel Miranda,i.tres',1
y uno D. Praxedis Lora; mas no resultando mayoría, se ·repitió '1a,
eleccion entre D. Emeterio Mendoza y D. Mariano Ma:rtinez,·reuniendo el primero diez votos, doce el segundo y dos. papeletas en - 10
blanco, quedando nombrado el Sr. Martinez. Y, fo1:man la Diputacion territorial actualmente los Sres. Diputados D. Miguel Basualdo
y D. Manuel Gomez, y sustitutos D. Eulalio Santos, D. Benito Lora,
D. Félix Angeles y D. Mariano Martinez..-Concluida la. espresada
eleccion, se les espidió á los electos sus respectivos nombramientos
y se disolvió la Junta, que la componían, á mas de los Sres. Subprefecto y Diputados q-1,1e la presidieron, los Sres. sustitutos que se han
mencionado y los demas mineros D. Manuel Gomez, D. José Luis,
Chavez, D. Praxedis Lora, ú. Mariano Martinez, D. Emeterio Men-·
doza, D. Francisco Leon, como apoderado del Sr. D. Ismaél Castei.•
lazo, encargado de las negociaciones de la Compañia del Mineral del
Monte; D. José Ramirez, D. Rafael Miranda, D. Pedro Nava, D. Zenon Salazar, D. Manuel Resendes, D. Juan Resendes, D. Francisco
Montes, D. Emiliano Recendes, D. Benito Nava, D. Ignacio Lozano
y D. Juan Garcfa. Estendiéndose en seguida la presente, de que se
remitirá copia á la superioridad, y la firmaron los señores que presidieron dicha Junta por ante el Secretario que da fe, y de que se ha
asentado en papel comun por no haberlo sellado en la oficina de su
espendio en este Mineral.-L. Noeggerath.-Rafael Iwdriguez.-José Mig1tel Basuald{}.-Julio }barra, Secretario. ·:
•·
·,
Es copia de la original que obra en el archivo de la. J?iputaciohl
territorial de esta Cabecera, á que me remito y certifico. Zimápan,
Marzo ocho de mil ochocientos sesenta y cinco.
u,.
.
- (Firmado) NoE~dERATH: 1, ~ ')
(Firmado) J1tlio }barra, Secretario.
.(,.,(,,,, r)
0,f1r,&lt;r

,.

8

17
31 .

DIARIO DEL IMPERIO.

MANERO,

Señores redactores del IJiario Oficial.-Milan, Febrero ~ de 1865.Muy señores mios: Con mucho sentimiento h&amp;sab\~ qué actualmente reina una epidemia de tifo en varios puntos del Imper10; y deseando mitigar
los estragos de 'semejante calamidad, suplico á vdes. que me hagan el favor
de publicar las observaciones que paso á presentarles, co.n referencia á un
remedio á la vez preventivo y curativo, no solo dfi dtch'.1- epferm~dad, &amp;ino
tambien de todas aquellas que suponen alguna fer~entac10n morb1fica y (\On1
siguiente alteracion de la sangre.
Conviene esplicar en primer lugar que el orígen de ciertas enfermedades
se atribuye en el día por algunos facultativos á la alteracion que produce
en la sangre una verdadera fermentacion, del todo anájoga á la ·que se observa en las materias orgánicas fuera del organismo vivo. Apoyada esta ldea
por la respetable autoridad del Dr. Claudio Bernard, ha sido luego cqrµirmada por las interesantísimas y .numerosas esperiencias que de diversas maneras se han practicado, introduciendo en las venas de algunos perros, ya la
sangre de otro animal en estado muy avanzado de putrefaceion, 6 ya algun
pus muy corrompido, etc. Pero no bastaba para el bien d¡l ,la humigüd,ad el
simple conocimiento de los efectos desastrosos que prodn&lt;!e la fermentacion
de la sangre¡ faltaba descubrir el modo de conte¡¡,er1 de dominar, y aun de
.

}

'

299 .
-&lt;

r

f

impedir esa fermentacion, y esto es pre~is~mente lo Jue ~a cons~g~ido el
N. B. La preparacioli de- éstos sulfitos es IJlUY facil 'y séncilla. Basta. ha,.
distinguido Dr. J;&gt;olli, catedrático de qmm1ca en el Instituto Tecmco de cer pasar una corriente de gas ácido sulfuroso lavado, por medio de un aparato de Woulf, en una solucion de carbonato de ,sosa (sosa cristalizada), 6
Milan."
, ''
.
·
.
Segun la opinion de Bernard, no era. ~os1?le conte~er la fermentac1on de en una leche de carbonato de magnesía, ó de magnesia cáustica, desleída en
la sangre por medio ele los 11.0'entes ant1sept1Cos conocidos, ya que estos •no agua, hasta el punto de satUJ"acion. ~l sulfito de sosa, que es muy soluble
"
d
' lac10~
' de una maner'."
se pueden introducir en el torrente
e al
cn:cu
a .qu~ en el agua, se hace cristalizar evaporando la solU(~ion: el sulfito de magnesia,
sea compatible con la vida.'1 No_obsta~te, qms~ ~ver1g~ar el Dr. P_olh, s.1 que es poco soluble (ya que exige 20 partes de agua), se,precipita casi compor ventura no conservaría la m1sm~ virtud el ac1do sulfuroso, ~ue ~1ene so- pletamente; bajo una forma arenosa, en. pequeño~ cristales granulosos, que,
bre las fermentaciones al estado de libertad, en estado de c~mbmac10n con se recogen, se enjugan ,sobre un filtro y se dejan, secar. '
:
los álcalis es decir en la forma de sulfito, y con este fin emprendió una seI
rie de esp~riencias; que pu?lic'ó de un~ mane1:a m~y c_ircunstan~iada, y cuyo --- resultado 110 podia ha~er sido mas sat1sfactono. S1gm_endo su eJemplo, otros
facqltativos apliC&lt;'.rorJ el uso de las sul~tos de mag~es1a y de sos~ al tratamiento de algunas enfermedades mas o menos malignas, como tifo, afectos
:: . :....· ....
puerperales fiebres eruptivas, intermitentes, etc., y con tan feliz éxito, que
DIL I1'TERIOR.
el-número de ensayos clínicos ha ido creciendo al grado de formar en el día
Dlas y horas en•que salen
Olas y horu en que entran
una autoridad muy respetable.
LINEAS.
de México. "
·
• á. México.
1
Parece, pues, imposible el impone1:'se de los ?e~hos clíni~s que se h~n
'
r
observado en diversos puntos de Italia, en la Belg1ca, en Egipto, etc., sm De México para Arroyoza.rco.
'!'(
\.
S. Juan del Rio.
quedar convencido de la virt4d que real y verdaderamente poseen los sulfi"
,,
Querétaro.
Lúnes, Miércoles ·y Mártés, Juéves'y Sátos para combatir y tambien para evitar el desarrollo de ciertas enfermeda,,
Viernes á las 4 de , bados, entre 5 y 6
Salamanca.
des. Por otra parte, su accion fisiológica1 que ademas de antif~rmentativa y
la maflana.
de la tarde. . ,
Guanajuato.
"
desoxidante, es ligeramente evacuante? leJOS de pugnar con las ideas generalLagos.
",,
menté admitidas en cuanto al tratamrnnto de muchas de esas enfermedades,
Guadalajara.
mas bien concuerda con ellas, y muy particularmente con referencia al tifo. De. México para Arroyozarco.
_ _ t...._,Tl"TT r
Me parece pues incuestionable, que el uso de los sulfitos es muy conveS. Juan del Rio. ,
.._ , J , ...
niente para ei trat~miento del tifo, y sobre todo, como profiláctico de esa
"
Qnerétaro.
pefürrosa enfermedad. Bien considero los escrúpulos que tendrán algunos
"
S. Miguel.
Mártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viérnes y
"
facuitativos para adoptar este nuevo tratamiento del tifo, mientras no lo haDolores.
hados, á la&amp; 4 ele la
Domingos, entre 5
"
matlan·a. - "
y 6 de la tarde.
la Quemada.
ya sancionado plenamente la práctica general; pero seria insensatez negarse
"
S. Felipe.
á emplear un arbitrio tan sencillo é inocente como simple medio preventivo
.,"
Jaral.
del tifo y de las •demas enfermedades que hemos indicado mas ar1·iba, y
S. Luis Potosi.
tambien del vómito.
"
:J.
DE TOLUCA.
Aunque otros sulfitos, como los de amoniaco, potasa y cal, poseen la misma virtud, es preferible el sulfito de magnesia para el uso interno, porque
Todoslosdias, (!Scep- . Todoslosdias., escep
tiene muy poco sabor y lo toleran muy bien las vias digestivas: el sulfito de De México para Tolt1ca.
to el Domingo, ñ · ·to el Domingo, en- &gt;
1 tre 2 y 3 de~a tardé
sosa es muclio mas soluble que el de mágnesia; pero tiene un sabor fuerte y
~ las '1 de la matlana.
deságradable; por lo cual conviene mas bien para el uso esterno: tiene ·tamDE KOlllLIA.
bien la ventaja de ser muy barato.
De
México
para
Toluca.
A continuacion agregaré las instrucciones que el mismo Dr. Polli me ha
Ixtlahuaca.
Lúnes, ,Miércoles . y Lúnes, Juéves y Sácomunicado para el uso metódico de estos medicamentos, y tambien procuMaravatio.
Villrnes, á las '1 de- bados, entre 2 y S
raré remitir al Exmo. Sr. Ministro de Fomento varias Memorias que tra-.
"
Acámbaro.
la manana.
de la tarde.
tan de esta materia, para que, por su respetable conducto, se propaguen las
"
MorelÍa.
J
luces que ellas encierran.
"
DE AJIECA Y CUÁUTLA.
Celebraré infinito que todo sea con buen éxito; y me anticipo á dar á
1 \
•
vdes. las mas espresivas gracias por la insercion de este comunicado, ofre- De l{éxico para Cha.leo.
·
1
Mártes, Juéves y Sá• L~es, Miérboles y''r.
ciéndome al mismo tiempo á las Órdenes de vdes. como su ate¡¡to servidor ,
,,
Ameca,
~ hados, á las 6 d'e 111
Vi~rn.¡if, en,íi;e '8' y
Q. L. M. B.'-Pablo .Martinez del Rio.
,,
Tenango.
4·dé In t.arde. ' ·
J ~anana. ·
Cuaut.la.

SERVICIO DE DILIGENCIAS.-

f

1

0

.•

•

l

iNSTRUOOION DEL DR. PoLLI PARA EL USO DE LOS SULFITOS.

l. 0 Los sulfitos mas activos y los que mejor tolera el organismo, son los
de magnesia y de sosa.
~
.
2. 0 La dosis es de 15 á 20 gramas en las 24 horas, para los adultos, y
la mitad para los niños.
El sulfito de magnesia se administra en polvo, es decir, en papeles de 2
á 3 gramas cada uno, en un poco de agua. El sulfito de sosa en solucion, en
algun cocimiento mucilaginoso, y endulzado con algun jarabe aromático.
3. 0 La solucion de sulfito de sos~, en la proporcion de una parte de sal
y diez á quince de agtia, puede servir para lavativas y para el usq esterno,
para la cura,cion de úlceras fétidas ó gangrenosas, etc.
4. 0 Nunca se deberá administrar junto con los sulfitos, ó ·poco,despues,
ninguna bebida que contenga algun ácido, aun cuando solo f~era vegetal,
como jugo de limon ó de naranja, jarabe de grosella, tamarindo, cremor de
tártaro, etc., sino únicamente agua pura, horchat_a ó alguna otra especie de
emulsion, leche, etc.
5. 0 Si hay eructos ácidos ó sulforosos despnes de tomar este remedio,
como stiele suceder por motivo de algun ácido gástrico escesivo1 es preciso
mezclar con el sulfito algun poco de magnesia cáustica (media grama en cada papel), si se trata del sulfito de magnesia, ó bien de dos á ,tres gramas
de magnesia para la cantidad de solucion de sulfito de sosa que se deba beber en las 24 horas.
6. 0 Si hay diarrea ó evacuaciones demasiado frecuentes, antes ó despues
de administrar los sulfitos, será preciso agregar un poco de opio ó de láudano.
7. 0 . Para el tratamiento profiláctico, 6 sea preveµtivo de la enfermedad,
se administra, dos veces al día, es decir, por la mañana y por la noche, una
toma ~e tres á cuatro gramas de sulfito de magnesia, dejando un intervalo
de dos ,horas antes ó despues de los alimentos; ó bien se administra cada
no?he a· la hora de acost:arse, de cinco á ocho gramas de sulfito de sosa, en
una sola t'oma, en alguna ligera infusion aromática, por ejempb en un poco
de té. Este ~ra~mien1i? puede sufrir suspensiones de 24 á 30 h9ras, y aun
frecuentes, sm nmgun moonveniente ya que el remedio tarda mas de dos
días para ser completamente evacu;do.
8. 0 _Para el tratamiento cura!i"? se administra un papel de sulfito de
magnesia cada dos ó tres horas, o bien la solucion de sulfito de sosa á la dosis ya indi~~a. E~ caso de vómitos repetidos (sobre todo si se tratare de
curar el vomito prieto), se hará uso de la solucion de sulfito de sosa en lavativas, segun se ha esplicado ya en el número 3.
9~ La lengua. se~ Y_ rajada, las encías fuliginosas, etc., no constituyen U~mas una ?ontr~md1cac1?n ~ara el uso de, este remedio, ya que, bajo el infiuJO
de su acc1on, siempre d1smmuyen esos smtomas.
10~ El trata~iento pór med!o de lo~ sulfitos es compatible con toda otra
clase de tratamiento, como el smtomát1co 6 puramente paliativo esceptua.n·
qo úni()llmente el uso de todo ácido,
'

"

-DE 'PU;DLA.

JTodos los días á las 4 Todos los los clias, en¡ 9e la ma1iana. . . . tre ó y 6 de la tarde

D~ México para Puebla.

,

DI VIBACBVZ.
De México para Ayotla.
,,
S. Marti11.
,,
Puebla.
Todos los día$, escep- Todos los dias; escep,,
S. Ag. del Palmar.
t.o el Sábado,. á 1~
to ~l l{ártes, entre ·
Orizava.
4 de la manana..;
5 y 6 de la tarde.
",,
Córdoba.
,.
Cama.ron.
~1 1
il'

.

DE A.Pil.,

--)

11

I

De México para S. Jnan Teotihuacan Lúnes, Miércóles y: Mártes, Juéves y Sá"
Otumba.
~ Viernes á las 6 de
bados, entre S y 4 .
,,
Guarda.
. la ma1ia~a_
,
de la tarde.
.,
Aparo.
J (

DE PAcmJCA YTUUNCilfGO.

De México para S. Oristóbal.
,,
Oznmbilla.
Tizaynca.
"
Pachuca.

"

•

Para el primerpuntó Del ·primer punto t.otodos los dias, esdos los dias, escepcepto el Domingo,
to el Domingo, en· á las 6 de la man.
tre 8 y4de la tarde
Para el segundo pun- Del segundo punto, .. ,
to, Lúnes, MiércoMártes, Jn~ves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 8 y
6 .de la maflana.
4 de la tarde.
·1

f

l

, DI CUIRBAVACA.

De México para Tepepa.
Guarda.
",,
Huitzilirc.
,,
Ouernavaca.

y

Lfules, Miércoles y llártes, Juéves SáViernes, á las 6 &lt;le
bados, entre 8 y 4
{ lama.nana.
de la tarde.

.

.

DE P1JDLA A llUilUITLA, ••

u

Dlaa 1 horas en que salen Dlas y horas en que entran
de Puebla..
.
á Puebla.

LINEAS.

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViérnes á las 6 de
bados, entre 3 y.4
de la tarde.
~ la mafiana.

De idem para idem._

DE G1J.ANAJ1JA.r0 A LEON.

De ídem para idem.
México, Enero '1 de 1865.

1

Mártes, Juéves y Sá- Lúnes, *iércoles y,1
bados, á IM6 de la
Viernes, entre 1 y
mane.na_
2 deJa tarde.

l

')

�.DMRIO DEL L\fPERIO.
1T

, SERVICIO DE CQRREOS.

ENTRAPA Y' SALIDA DE CORREO.S EN LA AmlINIST&amp;ACION GENERAL DE ESTA

.

CAPIT.U.

LLEGA CORUSPONDENCI.A:

TRillUN.AL DE COMERg!O DE MEXICO.
En loa autos de concurso á bienes de D. Gustavo Halfen, este TrilÍunal, en auto de h.oy,
ha nombrado sindico administrador de dicho concurso á D. Eugenio Maillefert, en sustl'tucion de D. Luis Comeille, que lo era, á quien deja en su buena opinio11 y fama; mandando se cit,e de nuevo á todos loe acreedores de dicho concurso, para que presenten al
sindico nombrado, D. Eugenio Maillefert, los comprobantes de sus créditos, en el término
de quince dias.
Lo que pongo en conocimiento ~e los interesados, cumpliendo con lo mandado.
México, Marzo 23 de 1865.
·
José Maria Cardeña, encargado de la Secretaria.
223-3s-2
JUZGADO 4? MENOR.-1\' DE SANTO DOJIIINGO NUM. 8.

J UEVEs.-De Texcoco, Ayo'tla, Sa~ Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
Orizava, Córdoba, 'Veracrúz, ',('a~mbaya, Le¡;ma, Toluca, Tenancingo, Ixtla,.
huaca, San Felipe del Obraje, Mineral del rOro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo,
Teotihuacan, Otumba, Aparo, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, SoyaORDEN,
niquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, Guan3:juato, Lagos,
Por ignorarse el domicilio de D. Ramon Mont&amp;ñez, se le cita y emplaza por la presente
Aguascalientes, Gµa4t~jara,~t~ , J?11tangó} Tu),á, TlMpam, Cuernavaca. para que en el término da diez dias, contados des~e la primera publicacio)l de este aviso,
SE DESPACHA CO1lRZ:SPONDENCIA
HASTA LAS

9 DE LA ÑOCHE.

JuEvEa.-Para Texcoco, Ayotla, San Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, Orizava, Córdoba, Vera.cruz, Tacubaya, Lerma, Tolµca, Ixtlahuaca, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Mar.avatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal EC'-atepec, Pachuca, Tulaneirrgo, Teotihuacan,
ÜtUIJ;lba; Aparo¡,Tlalpam, Cuerna.vaca, Tlalnepantla, Cuautítlan, Tepeji del
Rio, Tula, lxmiquilpan, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan: del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos; Aguascalientes, Guadalajara, Zacateeas, Duraugo.

comparezca en este Juzgado á conrestar la demanda que enjuicio verbal sobre pesos le
promueve D. Jua!lAdalid; apercibido de darse por conrestada h1 demanda, siguiéndose ea-te juicio con los estrados deljuzgado.
México, Marzo Z'/ de 1865.-Lic. Poulet.
221-3$'-3

'- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ' - - - - - - - -

INTERESANTE. Debiendo D Gil Varache salir para Francia, del 25 al 31 del presente mee de Marzo
avisa é. _las personas que _tengan ~egocios ó cuent~s pen!1i:ente_s con él, que p?&lt;l,rán oourri; ·
h1111ta dicha fecha al cafe de Pana, calle del Coliseo V1eJo num. 18, de las diez á las doce
de la mañana.
·
Participa tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de piedras para molinos, cuya clase será la misma, quizá mejor, que
las que trajo en su último viaje y que tan apreciadas fueron p_or los conocedores.
2l3-7s-6

ANUNCIOS OFICIALES.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Pont.on hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á dicho D.
AYUNTAMIENTO DE ItlEXICO.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince dias se presente por sí ó por apoNúm. 778.
deradv instruido y espensado, á contestar la demanda¡ apercibido de que no haciéndolo,
en su ausencia y rebeldía se continuarán los pwcedimientos hasta pronunciar y ajecutoCONVOCATORIA.
riar la sentencia.
·
México, Marzo 21 de 1865.-José Mária Cardeña, Oficial 2?, encargado de la Secre- ·
La Junta de Hacienda ha dispuest.o se CQnvoque por medio de este aviso á los acree- taría.
·
216--8s-6
dores al fondo de amortizacion que tengai'l.' créditos escriturados, líqui4os y reconocido~,
para que ooncurran el dia cinoo del entrante,'á las doce de la mañana, al Salen de CabilJUZGADO DE l'.' INST.ANC1A DEL PARTIDO DE TULA.
dos del EXD\º· A'}'Ulltamiento, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa; la esEn
los
autos
promovidos
ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en repreaentacion
presada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida, entre los acreedores que ofrezcan mayor rebaja.
de la testAmentaría de D\' Melchora Zúñiga, contra la de D. Mignel Ballesteros, sobre
entrega del rancho de San Isidro Chi~uibatha, á pediment.o de ambos albace11s, he manMéxico, Marzo 28 de 1865. -El Prefect.o Municipal, F. Somera.
dado por otro de esta fecha, se ciren a los herederos de dicha Sra. Zúñiga y D. Eustaquio
Serrano para una junta, que deberá verificarse el 19 del entranre Abril en este propio
Juzg~o, á las diez de la mañana¡ é ignorándose el paradero de los espresados hered.,rós,
los cito por el presente con el fin indicado¡ apercibiéndolos de que de no concurrir el dia y
' .A.N"UNOJ:OS.
hora indicados, por sí ó pc•r apoderado instruido y espensado, les parará el perjuicio .que
haya lugar en derecho.
Tula, Marzo 16 i!e 1865.-Lic. José Jesus DtJminguez.
218--3&amp;-3

AVISO.

'
JUZGADO 2? MENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADILLO NUM. 6.
El Diario du Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las doce, menos los
domingos y diaa festivos en que estén cerradas las oficin1111 del Gobierno.
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pediment.o del agente de negocios
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustin.
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesionario d&amp; D. Ignacio Trejo, por el preEl precio de la suscricion aerá:
sente se le cita, para que dentro de ocho dias, por si ó por apoderado instruido y espensado, se presente en este J uzga¡lo á contestar la demanda que-en juicio conciliatorio, sobre
En la Capital, por un mes . . .. . . . . . . . . , ...... .. $ 1 50
pesos, le promueve dicho Cevallos; arercibido que de no verificarlo, se dará 'por intentado
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
Id.
id. por tres meses. . .. .. .. . . . . . . . . . . . . 3 00
México, Marzo 22 de 186.5.
En los Departamentos, por tres meses,' franco de
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y.Pa?J&lt;!n.
219-&amp;-3
porte .... .. .. ·,............................. 3 75
JUZGADO DE LETRAS DE SAN JUAN DEL RIO.
- En el espediente promovido en este Juzgado por el Sr. Sindico primero del M. I. Ayuntamient.o· de esta ciudad, D. Angel M. Domingnez, solicitando que se manden chancelar
las escrituras de reconocimiento, que en 28 Febrero de L861, y anre el Escribano D. Francisco Ruiz, ot.orgó D. Manuel Casabal á favor de la Adminiatracion de rentas del antiguo
Estado de Querétaro por los capitales legados por la Sra D~ Rafael.a Diaz Torres para objet.os de beneficencia, y son: el de trece mil cien~ sesenta pesos para el eatablecimient.o de
Lós recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincent,ii's, encargado de una cátedra de latinidad y otra de filosofia y compra de libros; el de nueve mil cuatrooientos pesos para auxilio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de
esta administracion.
dos mil ochocientos veinte ·pesos para J.&gt;agar un capellan del mismo estableei.níient-0¡ en
vista de no ,haberse presentado ningun mreresado alegando derechos á los referidos capi
No se admiten reclamaciones por falta de ~ecepcion del "DIARIO," sino hasta
tales, y de las oemas constancias que ob1an en el especliente, el Sr. Juez de primerá insel dia siguiente de publicado oada númere.
tancia de este Distrito, Lic. D. Tranquilino de la Vega, con fecha 1 del comentella pronlmciado un auto, cuya parte resohi.tiva es á la letra como signe: "Primero: que el M. I.
T
'1
" Ayuntamiento de esta ciudad, competentemente autorizado por la Prefectura superior
AVISO IMPORTANTE
" política del Departament.o de Querétaro, es parte legítima para inteTTenir en la imposi" cion de los capitales legados por la Sra. D~ Rafaela Diaz,Torres para objetoe de benefi" cenc1a, y son: él de trece mil. ciento sesenta pesos para la institucion de las cátedr11s de
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16 " latinidad y filos.ofia,1' 'compra delibtbs¡ el de nueve mi1 cuatrocientos pesos para el Hosinelusiv.e, y en ¡manto esté hecha. la. reimpresion se remitirán estos números,, " pita! de San Juan d&amp;Díos, y el ae dos mil ochocientos veinte pesos para pagar un ca" pellan de este establecimientp, procediéndos&lt;i con las calidades que recom¡enda la Preá los suscr-itores que los han pediiro.
( ~ ·, · 1
" fectura de quien ke trata, 1·especto del Hospital. SegundC': que cemo consecuencia de la
Los Gefes de oficipas y otras dependeucjas del Goóier.nq, ,que deban sus- " anterior decl,¡.racion, mandaba y man~ó~ se tilden y chancelen en sus matrices y en los
cribirse•al DuRio, se servipán ·deci:r,: l&lt;&gt; mas pronto posible el número de " respectivos' libros de hipotecas las escrituras de reconocimiento qué erisren en la actuaejempla¡res que necesitan, pai;a q'!le la Administracion del periódico pueda. " lidad por IQ'S precitados capitales, y que otorg6 D. Manuel Casallal c9mo comisario te11" tamentario de la Sra. D~ Rafaela Diaz Torres, en 28 de Febrero de 1861 ante el Escriarreglar ponvenientemente sus trabajos.
" bano, D. Francisco Ruiz, á favor de la Administr~ion de rentas del antiguo Estado d¡¡
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado to- ' Querétaro, c&lt;in especial hipoteca de la haciepda dé' San Clemente, ubicada en esta ju
davía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el impor- " risdiccion, tildándose y anotátidose las respectivas partidas de registro si existieren vite de las ,suscricion~correspondientes á este periodo.
,
..,
' " vas en el de hipotecaa, por estll Juzgado,,actualmente encargado del Oficio público y del
" de hipotecas. Terc6ro: se declara igualmente, que los testimonios de las escrituras an" teriores qu'e puedan aparecer, así como sus endoses y cesiones, son n,ulos, de ningun
JUZGA.DO 2? DE LO CIVll.
" valor ni efect.o, quedando como quedan, rotos, cancelados é insubsi,stentes. Cuarto: puEn los autos ejecufü-os que signe D. Clemente Peimbert, contra D. Higinio Gorostieta, " blíquese el present.e auto por el espacio 'de veinte filas erl el periódico' oficial del Desobre peso~, el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. ManúeLPavon, ha mandado se venda la ha- " 1!art&amp;ment.o y en o.os diarios de· la flel Imperio, para conocimient.o de los interesa
cienda de Huayater;ico, ubicada en la jurisdiccion de Sultepec, valuada en cuatro mil qui- " dos. Qu.jnto: que s~ nQtifi,que lo mandado ~l Sr. Síndico Procur~or primero del M. I.
uient.os pesos; ~eña~do para las 11lmoueda,s los dias seis y veiJ.tiseis del entl!ant,e Abril, y " Ayuntamieu1ci de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevama, á
" quien se prevendrá exhiba su certificado de mil.trfoula, que se le devolverá luego que se
cinco de Mayo próxrrno, é. las doce, siendo la última con calidad de remate.
Lo que hago sa,ber al 'público. México, Marzo 24 de 1865.-Manuel Romero, Escribano " tome razon de él en aut.os. Y aesto: que la Secretaría cuidare de acumular á las pre,, sentes diligencias el correspondiente número de ejemplares de los periódicos en que se
público de la Nacion.
'
, /
224-3s-1 ·
" ha~a la publicacion prevenida. pal.'a la debida constancia¡ y techo, archívense las actua" ciones formadas."
CITACION. •
Y cumplienao con lo que se previene en el auto inserto, pongo la presenre en San Juan
No sabiéndose el domicilio de D. José M. Se~a y D. Aguatin López, ni quiénes son los del Rio, a nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y ciuoo.-El Secretario del Juzga193--4a-4
albaceas de D. Jacintó-Ortiz·de la Peñ.a·ym Matj¡arita Peimbert, el Sr. Jue,z, D. Ma- do, Lic. Juan Manuel Diaz BaTTciro.
nuel Pavon, ha mandado ee les vuelva á cita;--ájunta como acreedores de D. José Maria
Noyas, para el dia aeis del entrante Abril é.las doce; bajo el apercibimiento de dictarse la
1 '
medida ó resolucion á que hubiere lugar.
JMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Lo que lee hago saber por esre aviso. México, Marzo Z'/ de 1865.'- Manuel Romero,
Escribano público de la Nacion.
222-2s-2
:
BAJOS l&gt;.f SAN A.Gtl'ST-IN ':Nlnd. l.

El impor~ de las suscriciones se pagará adelantado.
•
El precio de los anuncios será de cuatro reales por la primera insercion de diez líneas,
Y.dos reales por cada una de. las siguientes, y p1111ando de ese número de líneas, será á premo convencional
"'El precio de loa anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado,
sin cuyo requisit.o no podrán ·public_arse.
·

PARA LOS SUSCRITORES .DEL "DIARIO DEL IMPERIO."

1

..

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="133">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3062">
                  <text>El Diario del Imperio</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479262">
                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50819">
              <text>Diario del Imperio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50821">
              <text>1865</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="55">
          <name>Tomo</name>
          <description>Tomo al que pertenece</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50822">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50823">
              <text>74</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50824">
              <text>Marzo</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50825">
              <text>30</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="50840">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50820">
                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 74, Marzo 30</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="89">
            <name>Accrual Periodicity</name>
            <description>The frequency with which items are added to a collection.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50826">
                <text>Diaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50827">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50828">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50829">
                <text>1861-1867</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50830">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="50831">
                <text>Periódicos</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50832">
                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50833">
                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50834">
                <text>1865-03-30</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50835">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50836">
                <text>text/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50837">
                <text>2011215</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50838">
                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50839">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="38">
            <name>Coverage</name>
            <description>The spatial or temporal topic of the resource, the spatial applicability of the resource, or the jurisdiction under which the resource is relevant</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50841">
                <text>México</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50842">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="50843">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7931">
        <name>Ascensos</name>
      </tag>
      <tag tagId="7932">
        <name>Cuerpos de Artillería e Ingenieros</name>
      </tag>
      <tag tagId="7936">
        <name>Diputación territorial</name>
      </tag>
      <tag tagId="7934">
        <name>Francisco María Azpilcueta</name>
      </tag>
      <tag tagId="7648">
        <name>Prefecturas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7710">
        <name>Rentas</name>
      </tag>
      <tag tagId="7935">
        <name>Rey de Hannover</name>
      </tag>
      <tag tagId="7933">
        <name>Vapor Mosquito</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
</itemContainer>
