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                    <text>j,,

EL.

DEL

IIPERJO·

D-llRIO

Los números sq,eltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

JIEXlfJO.-Lúne~ lá de Enero de 1S66.
S'O'MAB.IO,

SBÑOR:

PARTE OFICIAL.-Carta del Emperador al Ministro de J11Sticia sobre el C6dill'o civil.Exposicion del Ministro de Fomento al Emperador sobre el plan de instruccion pública.-Ley
,de ii.nstruccion pública.-Reglall').ento de la ley anterior.
PARTE NO OFICIAL.-LaC&lt;fmisionMexicanaen Roma.-Lainundacion y el desagüe.
Nofacias extranjeras.

PARTE OFifJIAL.
MINISTERIO DE JUSTICIA.
México, Enero 13 de 1866.

Exmo. Seijor.
S. M. el Emperador tuvo á bien dirigirme, con fecha 21 de Diciembre
próximo pasado, la siguiente carta:

'

Mi querido Ministro Escudero:.
Hace tiempo que estamos convencidos de la lli'gente necesidad de dar á luz el Códig·o civj.l, pues sin él no pueden existir,
ni la familia, ni la sociedacl.
Para llevar al cabq cuanto antes una empresa tan interesante,
HEMOS venido en dictar las medidas siguientes:
·
La revision del Código empezará bajo Nuestra presidencia el
&lt;lia 2 de Enero del ano entrante. Consagraremos cada semana
,dos sesionés de dos horas á este trabajo.
Las personas que conmnrirán á la sesion serán, Vos, el Señol'
Ministro D. Fernando Ramirez, el Presidente Lacunza y el Au-ditor D. Luis Mendez. Cada uno de dichos Señores, teniendo en
su poder una copia del Codigo, deberá estudiar, antes de la sesion, la parte que en ella se examinará, para estar pronto á todas
las objeciones y preguntas que Juzguemos oportunas.
.
El Auditor D. Luis )iendez fungirá de Secretario, y Nos enviará, con ocho· dias de anticipacion á la primera sesion, lo que
en ella deberá discutfrse; y en lo sucesivo el programa de la sesion siguiente, con un dia de anticipacion.
Las sesiones se verificarán el lúnes y el viérnes, de dos á cuatro de la tarde.
Cuando llegue la oportunidad de discutirse las cuestiones de
.,
seguros, hipotecas, &amp;c., y demas 'puntos cuya legislacion es todavía dudosa, Nos reservamos llamar á la sesion á unos economistas extranjeros, con voz consultativa.
Cada ley, despues de .ser revisada y sancionada, será promulgada, y al fin, su coleccion se · encúadérnará, constituyendo así
el Código civil.
_
La publicacion de las leyes se encomendará á un jurisconsul_to del Consejo de'Estado, designado por el Presidente Lacunza.
Tendrá á su cargo examinar si todas las partes salen concordes,
y revisai·á las pruebas.
Comunicaréis Nuestras órdenes en este sentido á las personas
que concunirán á las sesiones, á fin de que Nos ayuden á una
.obra de que· el país entero espera tan felices resultados, y á la
cual quedará :fijo el nombre de sus autores.
Vuestro afectísimo,
1

MAXIMILIANO.

Y lo trascribo á V. E. para los fines qne se indican; en el concepto de
que no habiéndose comenzado la revision el dia 2 del actual, á causa de
la ausencia del Emperador, S. M. ha acordado que tenga lugar la primera sesion el próximo dia rn, de doce á dos de la tarde.
El Ministro de .Tusticia,

Exmo. Sr. Ministro de Estado.

NuM. 313

ESCUDERO.

La ley que teugo el alto honor de presentar á V. M., y en la que he aprovechado los trabajos de hombres superiores, 110 comprende propiamente, sino aquella parte de la instruccion pública que se llama secundaria, tanto porque esta
es la que mas necesita reformas radicales, cuanto porque sin ella no puede ser
completa la instruccion superior. Esta última y la primaria, no se han tratado ,
tau prolijamente, reservando su completa organizacion á leyes posteriores; pero
en la hoy sujeta iÍ la aprobacion de V. M., se ha procurado desarrollar en lo
posible, los principios fijados como fundamentales, en su memorable carta de
11 de Julio dél año que termina.
,
·
Con arreglo á esos principios, se ha sancionado el de que la inslruccion primaria sea obligatoria y gratuita, dejando su vigilancia á cargo de los Ayuntamientos y autoridades ~olíticas.
En cuanto á la secundaria, se han introdtwido reformas radicales, indispensables de todo punto para poner en ejecucion el plan marcado por V. 'M., y á
ese fin ha sido necesario, antes que otra cosa, fijar de una manera precisa la línea que separa la instruccion secundaria, de la primaria y superior. La confusion de estos diversos ramos, tanto en los establecimientos públicos como en
los privados, es tal vez.. el mayor de los defectos de que ha adolecido hasta ahora la enseñanza en México.
A remediar este mal se encaminan las dispo~ciones que recomiendan la mas
estricta vigilancia sobre los establecimientos privados, las que 'reglamentan la
iucorporacian de estos á los públicos, y con especialidad, las que organizan la
instruccion secundaria en los últimos, de manera ~ue sea igual hasta ' cierto
punto en todos los establecimientos y lugares. Así, la que se reciba en los liceos, que ~ la inferior y que puede bastar por sí sola, comprenderá las materias
mismas que la que se dé en los colegios; pero se detendrá en el grado estrictamente necesario á llenar el objeto de la educacion científica general, sirviendo
al mismo tiempo de base para los dos ramos principales de la ensefianza preparatoria, y que conducen, el uno, á las carreras literarias; el otro, á las prácticas.
V. M. recomienda el estudio de las lenguas clásicas y vivas, y de las ciencias
naturales.
No creo, Señor, que haya quien desconozca la importancia de estudios tan
interesantes, como los de la Histo,ria, el griego y la Historia natural, aunque
hasta ahora no hayan formado parte de la enseñanza secundaria, y sin embargo,
imposible hubiera sido imponerlos como obligatorios, sin abandonar la antigua
rutina·de hacer estudiar lm reducido número de materias en cada año escolar.
Este método, si bien puede ofrecer la ventaja de que dedicándose á solo una
materia, se pueda profundizar mas, esa ventaja no se conseguía en los estudios
enciclopédicos de la enseñanza secundari4;' por el corto tiempo que en ella se
consagraba á cada uno. Pero aun hay mas: esa profundidad que se busca en el
estudio exclusivo de una materia, no es, ni adaptada á la ed11cacion de que se
trata, ni á la edad de los que la reciben; ella es roa~ prc,pi~ de la enseñanza
profesional y de la edad madura, debiendo por lo mismo procurarse para la juventud, que aprenda lo mas posible, de manera que no olvide fácilmente, y en
la- forma mas variada, para que no se canse tan pronto, como ha sucedido no
pocas veces en el sistema adoptado hasta ahora.
.
Introduciéndose, por estas razones, ·un cambio completo en ese método C1le
enseñanza, se ha preferido el del estudio simultáneo, que es el que se observa
generalmente en los establecimientos ae Europa, l!'ácil es comprender, que la
aplicacion del nuevo sistema presentará al principio dificbltades prácticas; pero
es de tsperarse que, allanaEl.as en poco tiempo, los profesores y los alumnos sean
los primeros en reconocer sus ventajas.
Como parte componente del todo que forma el plan, entra en primer lugat
la instruccion religiosa; mas como esta corresponde por derecho y obligacion á
los sacerdotes de los diversos cultos, á ellos queda encomendada bajo la coaccion de su conciencia, que es y debe ser Ja sola norma de sus deberes.
V. M., e!i su carta á qoe he hecho referencia, recomienda eficazmente el estudio de la Filosofía, y se lamenta de que este irnportante' ramo del saber hu.
mano, no haya_sido bastante conocido en nuestra pat-ria. En efecto, aun en los
tiempos que alcanzamos, el estudio de lo que se llama filosofía, y que comprende la 16gica, metafísica y moral, se impone á los niños que apenas han concluido la gramática, consiguiéndose así, á lo mas, que sin poder abarcar esas inteligencias, débiles aún y poco ejercitadas, la suma de conocimientos abstractos
que constituyen la base generalizadora de esas ciencias, los alumnos recarguen
su memoria de principios y demostraciones que no comprenden, que no tienen
aplicacion para ellos por falta de objeto, y que olvidan con tanta mayor facilidad, cuanta es la repugnancja que les inspiran.
Para llenar este vacfo y corregir ese mal de tanta trascendencia en la ense-

I •
,I

�1

I

58

59

EL DIARIO DEL ·IMPERIO.

EL DIARIO .DEL IMPERIO..

~n 1ue uada suple la voz de la familia, única que en ciertos casos puede encañanza pública, se establece ahora, qu~ la de li: 16gica, metafísica ~ 1:1oral ele.
mentales, en vez de hacerse en los primeros anos, se haga ·en los._ ultimas ~ur- minar al j6ven en la buena senda.
Por
todas
estas
consideraciones,
se
cierra
la
clausura
y
se
prohibe
para todos·
sas de la instruccion secundaria, como complemento de las materias aprendidas
los
alumnos
que
terigan
diez
y
ocho
años
~umplidos,
y
para
-los
que
~ursen las•
y preparacion para las que se han de aorender en los estudios mayores:_ Y pa~a
Escuelas
especiales;
mas
como
sea
necesano
que
los
padres
que
no
vive":
en la
hacer corría corresponde el de la filosofía, que sacado de las aulas de nmos salicapital
y
mande~
á
ella
á
sus_
hijos,
puedan,
hacerlo
poniéndolos
en
pen_srnn
en
dos apenas de las escuelas primarias, se eleva á la categoría de una escuela esun
liceo
6
colegio,
como
sea
Justo
que
los
padres
pobres
tengan
un
asilo
para,
pecial se establece una con tal objeto, en la. que se formarán los futuros profesores.' De esta manera, Señor, tendremos á la :filosofía colocada en la altura que los suyos, se conserva esa clausura en los liceos-colegios, para alumnos menores de diez y ocho años, auxiliando 6 los,pobres, no solo con las becas de gramerece, como ramo principa.l de los estudios mayores.
Mas en balde se habría determinado el método y arreglado los ramos to~os cia sino con las municipales, que, orgamzadas como lo están, podrán proporde la enseñanza si no i;e tuvieran buenos profesores, que son la base radical cio~arles una educacion completa. Esta institucion, que tan buenos resultados
de aquella, y este eJ'a uno de los inconvenientes capitales q_ue ha_ sido ne~esario ha dado en los lugares 'donde en el país ha sido ensayada, los dará mayores siobviar. Hay una verdad en este punto, que es nece'sano deJar c011s1gna~a se lleva á efecto en todo el Imperio, haciendo cundir la.ilustracion hasta la úlen honor de México, y es que ha habido y existen todavía rr?fesores. ~u~ d1s- ' tima choza de nuestro pueblo.
Mas si es justo que á los menesterosos procure el Estado los medios todostinguidos que, llenos de abnegacion y de un raro desprend1m1entoi ca~i sm rede
instruccion y de mejora, sin exigirles mas que el empeño que' los haga digcompensa algmia, se han dedicado á la enseñanza por solo ~mor á la JU~entud
nos
de la proteccion que se les dispensa, justo es tambien qne las personas acoy anhelo por la gloria de su patria, y que han sacado, en vanos ramos, discípumod~das
vengan en ayuda del Estado, pagando una cuota m6dica por la ense-·
los eminentes. Pero al lado de estos hechos, que no son de todo punto excepñanza
de
sus hijos;. pequeña contribucion que no tanto vendrá á ser el pago de '
cionales, se presentan otros, que nos revelan cuánto en estos últi~os_ti~mpos
esa
enseñanza,
cuanto uñ auxilio para aumentar los medios de proporcionarla.
ha desmerecido la alta dignidad del profesorado, y cuánto se ha dismmuido el
á
los
pobres,
enteramente
gratuita..
.
,
núrrrero de buenos profesores.
Con este objeto, y por tales motivos, se ha prevemdo que todos los q~e ten' Causas de diversos géneros pudieran determinarse para explicar este dolora- so resultado· pero de todas ellas, como principal, puede enumerarse la cuota gan bienes de fortuna 6 gocen de sueldos 6 emolumentos regulares, contribuyan
mezquina d; los sueldos, no pagados /n fu n:iayor_ parte, que_ ~o llevab~ á las con un tanto mensual muy mo.derado, á los gastos públicos que demanda la
aulas sino á j6venes en carrera todav1a, o á licenciados prmcip1antes, 6 a hom- educacion de sus hijos.
Tal es el resúmen de lo principal, que respecto de la instruccion secundaria,'
bres de buena posicion social que consideraban su trabajo de_profesores, como
se
ha establecido. Para formar una ley especial sobre la instruccion superior,
una merced' que hacían á la juventud. .,.
,
La segunda causa de ese mal en los últimos tiempos, ha sido, que los vaive-· faltan aún los datos necesarios; pero ello, no obstante, se ha juzgado convenienues políticos han arrastrado consigo, por desgracia, á los _e~t~blecimiento_s de te establecer como base, que para la carrera literaria se abrirán por ahora tres·
instrnccion pública, llevando hasta ellos esa malhadada dms10n de partidos. Escuelas especiales: la de Derecho, la de Medicina y la de Filosofía, y otras tres
Cuando uno de ellos venci6, lo primero que hizo fué cambiar el personal de para las carreras prácticas: la Politécnica, una de Minas y -una Academia Mililos catedráticos en los colegios: p'oco importaba que el excluido fuese un búen tar. La ley en este punto co_ntiene mas bien un programa, que preceptos direcprofrsor y que el 'que se puso en su lugar distase mucho de serlo; pero mucho tos; y esto era así necesario, una vez que, no siendo posible formular desde luego
el reglamento de los estudios mayores, era preciso enlazar con estos los de insimpQriaba que el agraciado fuese del partido triunfante.
Tales causas, y procedimientos tales, debieron dar el resultado que ·h?Y se truccion secundaria, y fijar de una vez el punto á que ésta, en el plan general,
lamenta: la ca~i completa destrucciofi del cuerpo de profesores que se habia co- se dirigía. De aquí los artículos que señalan las diversas carreras que quedan
menzado ya á formar. Difícil será ahora reorganizarlo, pero no imposible; por abiertas á la juventud estudiosa de nuestro país, y de aquí tambien el principio
fortuna tenemos reconocido y aplicado el principio, de que para la ciencia no fundamental establecido en la ley, con arreglo al cual se previene, que para sehay partido, y qne la inteligencia debe aprovecharse donde se encuentre. A ese guir los estudios mayores en la carrera literaria, sea necesario que el que á ello
reclamo hecho en nombre de la civilizacion, mexicanos y extranjeros acudirán aspire, se sujete á un exámen riguroso. ~sta disposicion no tiene por objeto
á nuestras aulas, y e~contraremos buenos y hábiles profesores. Elíjame estos, hacer imposible á los j6venes la carrera literaria; la . mira única é jmportante
entre los mexicanos que sirven actualmente y que hayan servido cútedras, sin que en ella se lleva, es la de q\le las aulas de las Escuelas especiales se abran
fijarse en otras circunstancias que las ele saber; talento y moralidad, y sin duda solo para los j6venes de una instruccion bien cimentada. Y tal prevencion hoy
que se ·encontrarán bastantes, aptos para desempeñ~r las mas importantes, has- no redundará en perjuicio de nadie, porque las carreras literarias no son las únita que mas tarde, en un exámen, puedan probar que poseen todos los conoci- cas, estando abiertas otras muchas para las que no soh nece~arias precauciones
mientos que en la Escuela de ;Filosofía deberán acreditar, en la misma forma, tan esquisitas, y en las · que los j6venes podrán ser útiles á sí mismos y á su
los futuros profesores allí formados, para ejercer la carrera honorífica del pro- país. En otros, donde se ha hechp lo mismo, los resultados han sido altamente
fesorado. A alcanzar el fin deseado, viene la nueva base de sueldos de profeso- benéficos, como lo serán. en ~éxico, sin duda, llevando á faba el plan pro, .
res; ella crea para estos una posicion mas sosegada é independiente que la que puesto.
Pero no ha sido bastante en la presente ley desarrollar éste te6ricamente- y
han disfrutado hasta ahora, lo que unido á las prerogativas que se les conce- den, hará ingresar, á la ahora distinguida carrera del profesorado, hombres de en principios generales; ha habido otra tarea de gr¡J.ves dificultade~ y que ha
consistido en marcar la manera cop. que deba verificarse la transicion del antihonradez y de valía en el 6rden científico.
De esta manera organizada la enseñanza, .y determinado el nuevo método guo al nuevo sistema, y para ello, atendida la. avanzadísima época del año en
adoptado en ella, desde ~us detalles mas minuciosos hasta el establecimiento de que nos encontramos, y las novedades radicales que se introducen, ha sido prelas diversas categorías de autoridad, que médian desde el alumno hasta la di- cise renunciar á plantear la ley en los Departamentos en el año entrante, dereccion suprema que corresponde á V. M.; establecidas y reglamentadaS' las terminar el valor que en el nuevo 11istema tengan los cursos hechos ya en e1
Juntas de profesores de los establecimientos, con sus derechos y obljgaciones; antiguo, respetando df)rechos legítimamen~e adquiridos, y reconocer sobre sus
hecho lo mismo respecto de los directores, del Consejo de Instruccion Pú~lica bases actuafes las Escuelas especiales existentes. Todo esto era de justicia y
y de los inspectores del ramo, ha sido necesario ocuparse de otro punto que absolutamente necesario, para no,comenzar la reforma sobre ruinas, sino sobre
·
afecta al 6rden disciplinario de los establecimientos, y en el que por razones s6lidos cimientos.
Tal es, Señor, la ley que presento á V. M.: lo que tenga de bueno, debido
análogas á las que se han tenido para separar los diversos géneros de ensees á las ideas y principios que V.M. me ha comunicado; lo que haya de malo,
ñanzai ha sido preciso introducir reformas radicales y absolutas.
,
Costumbre muy antigua, y que toma sin duda su orígen del que tuvo entre tiene su orígen en mi corta ·capacidad y en la premura con que he tenido que
nosotros la enseñanza pública desde los días inmediatos á la conquista, há sido hacer un trabajo, que no-puede ser sino el fruto de largas y profundas meditay es en todos los colegios, la de que la mayor parte de los alumnos estén en ciones. Si ella ha de ser aceptada, solo resta que una voluntad firme y decidida
clausuw, desde que salen .de las escuelas primarias hast~ la edad avanzada• en · á llevar á cabo la reforma proyectada, salve esos principios que, de otra maneque concluyen una carrera literaria 6 práctica. Costumbre es esta, venerable ra, serian letra muerta, y que irian á aumentar el catálogo de las grandes consin duda para los mexicanos, pues que ha sido trasmitida de padres á hijos, ceppiones esterilizadas por falta de accion.
Abrigo la esperanza de que por esta vez no sucederá así; y si bien la obracomo un legado que garantiza la buena y mas profunda instruccion y la moralidad, que es mas fácilmente vigilada, sujetos los j6venes á una regla invaria- empezada no es, ni de un día ni de un hombre, ni de las que alcanzan desde
ble y bajo una dire11cion comun. Mas si todas estas ventajas tradicio1rnles, pu- luego la gratitud pública, no dudemos que, sembrada la semilla, ella fructificadieron considerarse como tales cuando se buscaba, y no mas, formar hombres rá; y no muy tarde tal vez, debido á V. M., México, nuestra querida patria, se
de aula, hoy que se ha comprendido que esa clausura durante los mejores años lévantará al nivel de las.naciones mas cultas, y el literato, el profesor y el jude la vida, en que se forman la inteligencia y la voluntad, dejaba impreso su risconsulto mexicanos, se verán entonces rodeados del universal aprecio, y sesello que quitaba á aquella su brillo, que tanto importa á su desarrollo, á esta rán tenidos en la alta estima que para ellos anhelan los amantes de su país.
Dígnese V. M., por tanto, prestar su soberana sancion al proyecto de ley
su firmeza, que es el mejor escudo contra lo malo; hoy que se •comprende que
en ese sistema los educandos quedan faltos de todo conocimiento práctico de que le presento.
la vida y de toda educacion social, sin la que la científica y la moral quedan
SEÑOR.
siempre truncas; hoy que es necesario atender á formar hombres que tengan
los dotes de vigor y energía, así en el 6rden moral como en tll físico, es preciso
El Ministro de Instruccion Pública y Cultos,
desarraigar esa costumbre que mucho pudiera influir en la debili:dad de nuestra-raza.
FRANCISCO ARTIGAS.
Y no son de menos importancia consideraciones d~ otro género, que ponen
en relieve los inconvenientes que trae consigo el que niños de diez años, y j6México, Dic~mbre 19 de 1865.
venes de- mas de veinte, estén sujetos al mismo régimen, al mismo método de
vida íntima, á las mismas prácticas familiares. Sucede, y es lo natural, que este sistema de vida comun sea nocivo para los mas j6venes, por el grande infl.u30
que uno solo de inalas costumbres puede ejercer sobre todos sus compañeros, y Al Emperador.
especialmente sobre los de edad mas tierna: por otra parte, preciso es no olvidar que, con esa clausura de tantos años, se relajan muchas veces los vínculos
que únen aJ hijo con sus padres, y que hay épocas peligrosas en la juv,entud,

admitido al exámen correspondiente, y á obtener en su caso, por este medio, el
certifipado de suficieneia que . lo habilite para continuar el estudio del año siMAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO.
guiente en cualquiera de los establecimientos públicos 6 incorpora~os.
Oído Nuestro Ministro de Instruccion Pública y Cultos, Decretamos la siArt. 13. Para abrir un establecimiento privado, ya sea que se limite á las
,guiente
materias de instruccion secundaria, ya se extienda á otras, ya tenga cualquiera
otro objeto especial, se necesita previa autorizacion del Ministerio de InstrucLEY DE INSTRUCCION PUBLICA.
ci9n Pública.
,
TITULO I.
Art. 14. El que solicite la autorizacion como empresario del establecimiento,
gerente de alguna sociedad, 6 con éualquier otro carácter, debe presentar el
De las diferentes Glases-de instruGGion.
ptograma de los estudios, designar el local en que se haya de colocar el estaArt. l ~ La instruccion pública comprende: ·
blecimiento, y acompañar la lista del director y profesores, con expresion de
·
La instruccion primaria.
,
las materias que enseñe cada uno; la autori2iacion se otorgará oído el Consejo
La instruccion secundaria.
de Instruccion Pública sobre los .dos primeros puntos, siempre que se comprueLa iustruccion superior de facaltades.
be de una manera satisfactoria, que concurren en el director y profesores las
Los estudios especial,es.
circunstancias de ilustracion y moralidad, tan necesarias para la buena educacion de la juventud.
,
TITULO II.
Art. 15. Todo estable~imiento privado, aun no siendo incorporado, está bajo
De la instruGGion primaria.
la vigilancia del Gobierno, que la ejercerá por medio drl Inspector de Instruccion pública. Respecto de los incorp'orados, podrá el mismo Gobierno retirarles
- .A.rt. 2~ A lainstruccion primaria corresponden los ramos siguientes:
ese carácter cuando lo estime conveniente; y mediando causas graves, podrá
Principios de religion.
mandar suspender 6 cerrar cualquiera establecimie11to µrivado.
Urbanidad.
\ .
CAPITULO III.
Lectura.
Caligrafia.
Est.abl,ecimientos públicos é incorporados, de ~struccion secu-iu1aria.
. Aritmética.
Art: 16. La instruccion secundaria se dará en establecimientos púbJicos 6
Conocimientos generales del sistema métrico-deincorporado$, que para el primer período de cuatro años llevan el nombre de'
cimal y del que se ha usado comunmente en la
Liceos, y para el segundo, Colegios Literarios .ó Colegios de Ar~es.
naeion.
Art. 17. En el Liceo se dará una instruccion, que correspondiendo eh cuanGramát.ica castellana.
to sea posible á todos los estados y á todas las condiciones, prepare al mismo
Art. 3? La instruccion primaria será obligatoria; en consecuencia, las auto- tiempo para los estudios mayores.
,.
·
·
·
ndades locales cuidarán de que los padres 6 tutores envien á sus hijos 6 pupiArt. 18. ,En el Colegio iiterario se continuará la instruccion secundaria prinlos, desde la edad de cinco años, á las escuelas primarias públicas, quedando cipiada en el Liceo, con el fin de preparar para los estudios 'de facultades en
.exentos de concurrirá e~as, los ni~os cuy~s padre_s 6 enca~gados justifiquen, las escuelas de derecho, de medicina 6 de filosofia, y por este motivo debe estar
suficientemente que los primeros reciben la mstruccion referida en sus casas 6 fundado principalmente en el estudio de )as lenguas antiguas.
.
en algun establecimient.o privado.
Art. 19. En el Colegio de Artes se continuará la instruccion secundaria emArt. 4~ L~ instruccion primaria será gratuita para todos los que no tengan pezada en el Liceo, con el fin de formar j6venes aptos para todas las carreras
la posibilidad de pagar la cuota mensual de un peso por cada niño: lo:¡¡ Ayun- prácticas, y de prepararlos para los estudios especiales; por esta r_azon se -sutamientos formaráh la lista de las personas .que deban cont,ribuir con esa cuota primirá el estudio de las leng~as antiguas, reemplazándolo con el de las cienpara la educacion de sus hijos 6•niños que dependan de ellas.
' cias exactas y nat_urales, y con el ejercicio de las artes útiles p__ara los que elijan
Art. 5~ Las escuelas prim11rias públicas están bajo la. inmediata vigilancia una carrera práctica.
.
de los Ayantamientos, y bajo la direc&lt;,ion del Ministerio de Instruccion Públi-1
Art. 20. Un establecimiento público con;ipleto de instruccion secundaria,
ca, que la ejercerá por conducto de los Pr~fectos.
se compone de un LiceQy de un Colegio, y los dos juntos representarán exteArt 6~ El arreglo de la instruccion primaria se determinará por leyes y re- riormente un todo indivisible: los dos estarán bajo una direccion comun, y un
,gla1uentos especiales.
.
.
,
mismo profesor podrá ejercer sus_funciones en un Liceo y en un Colegio Lite- TITULO Im .,.a. ..
rario, 6 de Artes.
~' '
Art. 21. Se, determinarán, segun los fondos, y atentas las necesidades locaDe la instruGGion seGundaria.
les, los puntos en que deba haber un Liceo con un Colegio Literario 6 de Artes,
CAPITULO I.
6 bien un Liceo solamente; pero, nunca podrá haber un Colegio sin un Liceo.
Disposiciones generales.
, Art. 22. El Liceo y el Colegio Literario se compondrán cada uno de cuatr~
cl~ses, de las que cada una de ellas formará un curso anual: el Colegio de ArArt. 7~ La instruccion secundaria sirve de preparacion para los estudios ma- tes se compondrá solamente de tres clases, de las que cada una de ellas formará
yores, en los términos establecidos en esta ley, y solo pueden ser admitidos á igualmente un curso anual.
recibirla los alumnos que acrediten por medio de exámen, 6 de un certificado
Art. 23. Los cursos anuales de las diversas materias en los Liceos y Coleexpedido por persona legalmente autorizada, estar bien instruidos en todos los gios, se dispondrán conforme al reglamento especial de esta. ley.
.ramos de la instruccion primaria; en el concepto de que la prese¡¡tacion del cerArt. 24. Ningun establecimiento privado podrá en lo de adelante llevar el
tificado no priva al director del• Liceo de la facultad que tiene de sujetar á ·n9mbre de Liceo, Colegio 6 Academia.
·
exámen al que pretenda matricularse en él, ni de la de impedir~ la entrada, -si
no manifestare en ese acto la suficiencia que se exige por esta ley.
C.A.PITULO IV.
Ar. 8° La instruccion secundaria se dará en siete 6 en ocho años en estableObras de t.exto y métorlo de enseñanza.
ci~ientos públicos 6 privados, y comprenderá las materias siguientes:

..

Lengua castellana y su literatura.
Lengua latina y su literatura.
Le11gua griega y su literatura.
Historia y geografia.
Historia natural y física.
Matemáticas.
L6gica, metafísica y filosofia moral.
Idioma frances.
Idioma i·nglés.
Dibujo,
Caligrafia.
Conocimientos de taquigrafiá.
Historia de la literatura geueraJ.
Tecnología.
'
Teneduría de libro_s.
C.A.PITULÓ II.

De las diferent.es clases de estah7,ecimi.entos en que puede recibirse
l,a instruccion -secwndaria.

I

. Art. 9~ So~ est\lblecimientos rúblicos de instruccion seéundaria, los que
tienen por obJeto su enseñanza con los fondos del .Estado 6 con Iasrentas destinadas á ia instruccion pública.
L
'
Art. _l O. Son e~tableci~ientos privados de instruccion secundaria, aquellos
AJUe temen~o el mismo. obJeto que los anterióres, S'e sostienen y dirigen por per,sonas particulares, somedades 6 corporaciones.
A.rt. ll. Los est_udjos perte~ecientes á la instruccion secun'daria, que se ha~a~ en ,los estableci~ie_
ntos pma~os, solo serán válidos mediante su incorporac1on a los establemm1entos públicos, y los demas requisitos que se explican
ai esta ley y en su reglamento.
Art. 12. La validez de un curso da derecho al alumno que lo hizo, á ser

· Art. 25. Las lecciones deberán ser orales, fundadas en textos aprobados por
el Gobierno.
Art. 26. Respecto de los que deban servir de base á la instruccion secundaria en los establecimientos públicos, se observarán las reglas siguientes:
I. Ninguna. materia podrá enseñarse $in texto aprobado por el Ministerio de
Instruccion pública.
II. Estando la misma materia sujeta á ser tratada diversamente, no se exigirá como regla precisa que se introduzca para todos los Liceos 6 Colegios el
mismo libro de enseñanza.
·
III.' La obra que se proponga como texto, contendrá todo lo que en el respectivo ramo deban pre_cisamente saber los alumnos, quedando al profesor en
todo caso, y bajo la mas estrecha responsabilidad, la obligacion de suplir lo que
pudiera faltarte.
,
IV. Síempre que no se encuentre una obra comIJleta en el sentido de que
no abrace todos los conocimientos de un ramo, y que sin embargo se juzgue
buena en la parte que trate alguna de las materias de reglamento, podrá proponerse juntamente con otra que le sirva de suplemento.
V. Las juntas Je profesores de los Licees y Colegios, tendrán obligacion de
infonn,a.r, al fin de cada año escolar, sobre el resultado obtenido con los libros
empleados hasta entonces, proponiendo otros en defecto de los que á su juicio
deban suprimirse.
A.rt. 27. Los alumnos en los establecimientos públicos de instruccion secuud_aria, 'deberán h~cer por esc~ito, en horas q~e. no sean de clase, trabajos
relativos á las materias que_estudieh, y que cons1st1rán en traducciones 6 en
composiciones sobre un tema dado.
·
Respecto de ~stos ~rahajos se tendrán presentes las dos reglas generales que
'Se ponen á contmuac1on:
.
I. Son obligatorios estos ejercici~s en la forma y materias siguientes:
A. En las clases de lenguas antiguas deben hacerse traducciones de ellas,
al castellano, y vice versa.
·

• 1

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6l

EL DIARIO DEL. IMPERIO ..

EL DIARIO DEL IMPERIO. ·

60

B. En las de las lenguas modernas se pbservará lo mismo, siendo de adver- cion, alimentos y vestido de sus alumnos en los Liceos y Colegios nacional~s,
tir que en los dos últimos años se harán composiciones libres en la lengua que será de sesenta pesos cada trimestre, que pagarán adelantados. ,
Art. 49. Por los alumnos particulares se pagará la pension, en unLiceo, de·
se aprel}de.
sesenta
pesos, y en los Colegios de setenta y cinco, por trimest.res adelantados;.
C. En la clase de castellano se harán composiciones sobre temas señalados
los que no tomen los alimentos en el establecimiento, se llaman ''semi-pensiopor el profesor.
·
nistas,'' y solo pagarán treinta pesos, en,la misma forma y por el propio tiempo.
D. En la de matemáticas se darán problemas á resolver.
E. En las clases de las ciencias físicas, de fi.losofia, de historia y geografia,
C.A.PITULO VI.
queda al arbitrio del respectivo profesor encomendf¡lr á sus discípulos trabajos
por escrito sobre tales materias.
·
Matricula de l,os alwmnos.
II. Los alumnos presentarán sus trabajos, ya corregido,s por ellos mismos,
en cuadernoss, y los profesores, despues de examinarlos con la detencion debiArt. 50. La matrícula de los alumnos en los Liceos y Colegio~, tendrá lugar
da, los corregirán por. segunda vez, su~r_a~ando las f~ltas y defectos que en ellos desde el 1 ° hasta el 15 de Enero, en que principia el año escolar.
se encontraren, y pomendó al calce el JUlClO que hubieren formado. Los cua~erArt. 51. Todo alumno que pretenda matricularse como interno 6 externo en alnos así formados se guardarán por los alumnos para presentarlos en los exá- gun Liceo 6 Colegio, para comenzar los estudios de la instrnccion secundaria,.
menes al fin del año escolar.
deberá:
I. Presentar su fé de_ 1!acimiento; en P!ueba de que tiene} nueve años cumpliC.A.l'ITULO V.
'
dos, porque no se admitirán los que tuvieren menos edad o mas de diez y siete.
,De las diferentes clases ele alumnos, y cuotas con que eleben cóntribuir.
. II. lns~ribirse antes que co~ience el año escolar, por su _padre, tutor 6 perArt. 28. Los alumnos son, 6 internos que viven en el establecimiento, 6 ex- sona de qmen dependa, que resida en el lugar donde esté situado el estableci-ternos quP, viven en sus casas 6 en las de sus tutores.
miento.
Art. 29. Los alumnos internos son pensionistas particulares 6 municipales.
Art. 52. Si el Director )legare por algun motivo que no se;1 la falta de sufiArt. 30. Los pensionistas particulares son aquellos cuyos padres los ponen
ciencia
la admision d~ un niño _p~esentado á matricularse en tie~po, los inteen algun Liceo 6 Colegio público,
que ellos mismos paguen la pension 6 que
resados podrán ocurm á la autoridad superior.
tengan derecho á una beca.
·
.
Art. 53. Solamente con autorizacion del Gobierno podrán admitirse nuevos.
Art. 31. Los municipales son aquellos á quienes sus respectivas Municipaalumnos durante el año escolar.
lidades les pagan la pension.Art. 54. Podrá negarse la admision á un alumno que hubiere sido excÍuido
. Art. 32. Cada Municipalidad de cinco mil 6 mas almas, tendrá obligacion de
de
otro establecimiento; mas queda á los padres el derecho de ocurrir al Conmandar al Liceo de su Departamento, y si no lo hubiere, al del lugar designasejo
de Instruccion pública.
·
do por el Consejo de Instruccion pública, un alumno interno que escogerá enArt.
55.
No
se
adtnitirán
alumnos
extraordinarios
que solo quieran cursartre los mas aprovechados de su escuela primaria, dando la preferencia en igualuna
6 mas materias determinadas, sino con autorizacion de la Junta de profe.dad,de circunstancias, !11 huérfano, al mas pobre 6 á aquel cuyos padres hayan
sorés.
prestado mas servicios á la misma Municipalidad.
Art. 56'. -Por cada matrícula, sea que se haga con exámen previo, 6 sin él, y
Art. 33. Las Prefecturas de los Departamentos cuidarán de que se cumpla
por
cualquiera clase que fuere, se pagarán tres pesos; quedando exentos del pacon esta disposicion; pero cer-cioradas de que algunas 6 varias Municipalidades
go
de
esta cuota los que habiéndola cubierto se vean obligados á mudar de reno pueden sostener sus respectivos alumnos, podrán disponer la reuuion de dos
sidencia,
y los notoriamente pobres.
qué se hallen en iguales circunstancias, para expensar por cuenta de ambas un
A!t.
57.
Por punto ge~er~l, el alumno q~e de un Lic~o 6. Colegio pasa i
alumno en el colegio departamental, 6 el que en su caso fuere designado por el
contmuar
en
otro establecimiento sus estudios, debe ser mscrito con vista deConsejo; informando sobre este punto al Ministerio de Instruccion pública.
los
certificados
que presente en el año que le correspoúda· pero si el director
Art. 34. Cuando se reunan dos Municipalidades para contribuir á la educajuzgare
conveniente
sujetarle á exámen, podrá hacerlo y ~olocarlo en una clasecion de un alumno, la suerte determinará quién de ellas deba designarlo.
inferior;
pero
nunqa
en una superior.
Art. 35. La rifa se hará por la autoridad política, eñ presencia del Ayunta.
Art.
58._
Todo
alumno
que se separe de un C?leg~o 6 Liceo, tendrá obligamiento del Departamento, y de los representantes ó comisionados de las Munici?n
de
avisarlo
personalmente
al dire?tor, manifestandole el permiso per es-cipalidades interesadas.
crito
de
su
padre
6
tutor,
y
de
despedirse
personalmente tambien de sus maes. Art. 36. Para que las Municipalidades estén al tanto de los adelantos de los
trós.
'
alumnos, los Directores de los Colegios y Liceos, les remitirán cada trimestre
Art. 59. Para que el alumno sea admitido en otro establecimiento deberá
un informe confidencial sobre la conducta y aprovechamiento de sus respectipresentar
~l certifica9~ de cal~caciones mensuales, de que habla~ los ~rtfoulos
vos alumnos.
66
y
67,
si
la separac10n tuviere lugar dentro del afio escolar· y si al fin el
Art. 37. Los alumnos municipales presentarán, al entrar al Colegio, al prinprevenido
en
el art. 1~8.
·
'
'
cipio de cada año, el certificado que se les haya ex;pedido al fin del anterior,
con visto bueno del que á la sazon fuere presidente de su municipio; sin este
C.A.PITULO VII.
forzoso requisito, no podrán ser admitidos de nuevo.
.
Disciplina exter_,wr.
Art. 38. Terminado el período del Liceo 6 del Colegio, los Directores, oido ,
el dictámen. de la Junta de profesores, informarán á la M-unicipalidad interesaArt. 60. Para que la educacion científica que se imparte á los j6venes en losda si el alumno da esperanzas de continuar con aprovechamiento sus estudios,
establecimientos
públicos, dé los frutos deseados, es indispensable que se cuidepara que en vista de ese informe et Ayuntamiento resu~lva si su pensionista dede
su
moralidad
en
cuanto fuere posible en el mismo recinto del Colegio.
be pasar al Colegio Literario 6 de Art.es, 6 bien si debe seguir una carrera, y
Art.
61.
Como
sea
necesario para obtener esta impórtante parte de la edu-·
cuál haya de ser.
cacion, que los padres de los alumnos cooperen á ello, por su parte se estable:A.rt. 39. Las Municipalidades tendrán únicamente obligacion de sostener á cera, a, este fin, entre e1los, los directores y los profesores, la mas !jstrecha
'
resus alumnos en los Liceos y Colegios; pero cada año se elegirá ent.re todos los lacion.
·
alumnos uel Departamento, que hayan cop.cluido su carrera en el Colegio, el
Art. 62. Los padres de los alumnos foráneos, deberán nombrar á personasmas aprovechado, segun los certificados y el dictámen de la Junta de profeso- que los representen, con los requisitos siguientes:
res,,pai:a adoptarlo como alumno det Distritb.
I. L~s padres co~unicarán al Director, por escrito, la persona del lugar del
Art. 40. Esta eleccion, que deberá hacer la Junta de profesores por mayoría de votos, impone al Departamento la obligacion de asignar y colectar de las establecimiento á qme~ encargaren la tutela de sus hijos.
II. El tutor nombJ1ado comunicará á la Direccion, en la misma forma la.
Municipalidades, las cuotas que basten á ministrar al agraciado lo necesario pia-.
'
, ra su subsistencif. durante el tiempo que curse los estuaios ie facultades 6 es- aceptacion de la tutela.
peciales.
~rt. _63. Cuando los profesor~s ?bservaren 9ue un tutor no cumple con su
obligac1on,
lo pondrán en conommiento del Director, y éste en el de los padres
Art. 41. En ningun Liceo 6 Colegio se admitirá de interno á nadie que tenpara
que
inmediatamente
propongan otro; pues de no hacerlo así se les ·entre:
ga diez y siete años cumplidos.
,
Art. 42. Solo en los Liceos y Colegios se admitirán alumnos internos: en gará el aJumno.
las escuelas de facultades y estudios especiales, se cerrará la clausura desde 1 °
C.A.l'ITULO VIII.
de Enero de 1866, en la capital y en los Departamentos.
Art. 43. Los que gocen becas para estos estudios, y los que en io sucesivo
Faltas ele asistencia Y castigos.
tuvieren derecho á ellas, recibirán su importe en dinero, pudiendo cursar los ' Art. 64. Para evitar en et.Jauto fuere posible las faltas de asistencia á las lecestudios mayores y especiales sin pagar extipendio alguno; pero sin vivir en el· ciones, en que con tanta frecuencia se incurre por los alumnos externos se oh-colegio.
servarán las disposiciones siguientes:
'
Art. 44. Para evitar en cuanto fuere posible que los alumnos abusen de su
I. El alumno que previere impedimento para col}currir á una 6 mas clases
libertad, se retirará inmediatamente la gracia de la beca 6 de la pension muni- deb~rá pedir lieencia al P;ofesor 6 _prin?ipal,. y solo la obtendrá presentando ui:.
cipal, á los que segun el informe de los catedráticos_de las escuelas :superiores, certificado de sus padres o tutor; si la hcenma durare mas de un dia tendrá quehicierer_t mal uso de ella, para cuyo efecto los rectores de esas e~cuelas darán ocurrir tambien al Director.
'
cada tmnestr~ un inf6rme motivado al Ministerio de Instruccion pública sobre
~I. ~uando la falta de asistencia no hubiese sido prevista, el alumno debela..conducta y aprovechamiento de los agraciados.
rá Justificarla despues, presentando la certificacion en que sus padres 6 tutor
Art. 45. Cada -alumno exteruo pagará en los Liceos 6 Colegios nacionales h expresen los motivos de su falta.
cuota de dos pesos mensuales adelantados.
'
III. Cuando 1as fa1tas no hayan si'do justificadas del modo expresado se·
Art. 46. Por esta cuota tendrán derecho de recibir la instruccion en todas las pondrán en conocimiento de los padres 6 tutores.
'
materias que se enseñen en las clases á que pertenezcan.
IV. La Junta ele _profe~ores declarará incapaces de sufrir el exámen, á los
Art. 47. El que presentare pruebas de ser absolutamente pobre, será dispen- alumno~ que hayan mcur1;1do en_u_n núm~ro de faltas igual á la cuarta parte de
sado del pago de lá cuota, mas perderá esta gracia cuando no corresponda á las lecmones que han debido rembir durante el año en las materias experimenella debidamente con su aplicacion y buena conducta.
·
tales: e_n las otras recaerá la misma declaracion, siempre que el número de falArt. 48. La pension que deberán pagar las Municipalidades po~ la instruc- tas ascienda á la tercera parte de las lecciones.
\

sea

I

Art. 79. Los profesores de religion, geografia- é historia, matemática~, histor1a natural, física, filosofia, literatura, castellano y, lenguas antiguas, tendrán
de sueldo en un Liceo tant-os tres pesos al mes, cuantas lecciones den en la semana, y en un Colegio tantos tres pesos cincuenta centavos al n'les, cuantas ·
leccione!- den en la sema1rn.
· A.rt. 80. Los profesores de idiomas modernos, así como los de dibujo, caligrafia, taquigrafia, teneduría de libros y gimnástica, tendrán sobre la misma
base dos pésos cincuenta centavos en uu Liceo y tres pesos en un Colegio, al
mes, por cada leccion semanaria.
·
,
Art. 81: Eu los lugares donde los artículos para la subsistencia fueren ca•ros, se concederá un aumento proporcionado y que fijará el Consejo de Instruccion públic¡¡.. Para los profesores de los Colegios y Liceos de la capital, queda desde Enero 1 pr6ximo fijado el aumento de un veinticinco por ciento.
•
Art. 82. Luego que sobre las bases de los artículo.; anteriores, se compute ,
el importe de los sueldos de los profesores, se determinará el que durante el
año deba correspon_der á cada uno.
·
Art. 83. Las lecciones de cada Liceo se darán como máximum por seis profesores, y por doce en un Liceo y Colegio unidos, 'de los que uno será el director, que tendrá la obligacion de dar de oeho á diez 1.ecciones semanarias; pero
si solo fuere director de Liceo, dará de diez á catorce.
,
Art. 84. La reparticion de las materias entre los profesores de un Liceo 6
Colegio, se hará por el Director, bajo las bases siguientes:
.
I. Un solo profesor no podrá enseñar todas las m~terias que se estudien en
una clase; pero no podrá tampoco excusarse de enseñar aquellas' en que hubiere sido examinado y aprobado.
II. Debiendo cada profesor ser apto para enseñar más de una materia, se
encargará á cada uno la de aquellas que seb.n análogas, como la lengua espa- .
fü&gt;la y la latina, la historia moderna y la literatura, matemáticas y mecánica, etc.
Art. 85. La reparticio1~ de materias entre los profesores, la designacion de
horas de cátedra, así como la de libros de texto, forman el plan de estudios
CAPITULO IX.
especial de cada colegio, que Ee presentará al fin de cada año escolar al MinisCalificaciones mensuales.
terio de Instruccion pública para su aprobacion, y para que con ella pueda reArt. 68. Se formará de cada alumno, 'al fir1 de cada mes, una calificacion en • gir desde el principio del año escolar entrante. ,
que se exprese e! ju~cio que se hayan_formado los respectivos profesores, sobre
Art. 86. Formando como forman una clase en cada Colegio 6 Liceo la totala cc¡nducta, aphcacion y aprovechamiento en cada materia, con una nota espe- lidad de las materias que se estudian en c~da u11ó de los a.ó.os, designadas por
cial de las faltas de asistencia que hubiere cometido.
es~a ley y repartidas entre los profesores, ·de entre estos se nombrará por el
Art. 69. Estas califica~iones serán concebidas en términos concisos, y debe- Director uno para cada clase, que se llamará Inspector de ella, eligiép.dose para
rán ser firmadas por el Director y el profesor principal.
·
este encargo al que tenga mayor número de lecciones, y cuya mision especial
Art. 70. Para que se obtenga el objeto deseado, los alumnos deber~n pre- será la de representar'á la clase ente'ra, tanto respecto del Director como ressentarlas de nuevo al profesor de ~u clase, con el enterado de sus padres 6 tu- pecto de los padres y tutores de los alumnos, conservándose así la necesaria
tores: el alumno que así no lo hiciere, será castigado severamente.
unidad de accion.
.· '
. Art. 71. Segun el resultado d1; estas calificaciones, se,dispondrá en cada claArt. 87. Las obligaciones y atribuciones del inspector de clase, son las sise el lugar que corresponda á los alumnos.
, .
siguientes:
~
'
I.
Con
respecto
á
sus
compañeros,
j\Cordar
con
ellos
la reparticion y graCAPITULO X.
d_u~cion del tr~bajo de ~o~ alumnos, _de una ma~era equitativa y prudente; reDe los Projeswes: · '
cibir de los.mismos noticias semanarias en los Lrneos,. y cada quince dias en los
Art. _72. L~ instruccion general y la especial, en los establecimientos públi- Colegios, sobre el aprovechamiento y conduéta de los alumnos; 'recoger las calicos, se 1mpa~tirá por profe~o'.es. que comprueben ten~r b?ena conducta, aptitud ficaciones mensuales de los alumnos, y firmarlas previa una conferencia que al
efecto tendrá al fin de cada mes con los otros profesores de la clase.
para la ensenanza y el cono01miento perfecto de la 01encia que enseñan.
II. Respe.cto de los alumnos, representar la autoridad del Colegio; recibir
Art. 73. El profesorado· constituye una carrera honorífica en el 6rden civil,
las solicitudes de lieencía y las -carta~ de excusas por falta de asistencia; investié impone obligaciones y derechos determinados por la ley. · · .
Art. 74: Todo profesor, par~ desempeñar las funciones de tal, de_.berá pro- gar el estado de los adelantos, haciendo las averiguaciones necesarias, y entre
b~r su _apt!tud en ún exámen r_1guroso, segun se determinará en ,una ley espe- ellas examinanda los cuadernos de ejercicios que deben formar los alumnos,
cia~; mie¡1tras tanto, y en cahdad de por ahora, se seguirán las reglas si- cuidando de que estén en ·el 6~den debido y con el conveniente aseo; hacer las
reprensiones y dictar los castigo$ disciplinarios á que hubiere lugar por de~a_gmentes:
I. Lo_s profesores Pª!ª los Liceos y C?legios, ~e elegirán entre los que hubie- p_licacion 6 mala conducta; comunicarse franca y frecuentemel}-te con los padres
ren se_rv~do de catedráticos en los colegios, con mayor aprovechamiento y des- y tutores de los alumnos, para concertar con ellos lo mas conveniente al adelaríto de estos.
prend1m1ento.
,
'
·
II. Los profesores nombrados provisionalmeute, desempeñarán sus respectiC.A.l'ITULO XI. ,
~os emple?s tres años, contados de$de el 1. 0 de EHero de 1866, despues de
De los Directores.
cuyo termn~~ deberán suste~tár un Pxsírnen, y segun como salgan en él, quedarán defimtivamente 6 sera11 removi&lt;los.
Art. 88. La direccion de los Colegios estará á cargo del Director, que será
IlI. Para aquellas materias que hasta ahora no han sido enseñadas en los ayudado por la Ju?ta de profesores: esta Jünta tendrá siempre voz deliberatieolegi?s nacionales, _los profesores serán nombrados por Nos, á proposicion del va, y en los negomos en que la ley lo determine, voto decisivo.
ConseJO de lnstruce1on-pública.
·
Art. 89. En los establecimientos do11de estén reunidos un Colegio y un Liceo
Art. 75. Son obligaciones de los profesores e11 el 6rden disciplinario: guar- habrá un solo Dire~tor, y los profesores de uno y otro formarán un solo cuerpo:
dar ~ hacer guardar las leyes y reglamentos fundamentales en la instruccion
Art. 90. Será Direc~or uno de los profesores del Liceo 6 Colegio, nombrado
pú_bh~a, ~ especiales del establecimiento en que desempeñen sus funciones, con por No~, y el así nombrad?, P?r este solo h_echo se hace responsable del órden,
SuJec;on a las, 6rdenes gue les_ com~nique el Di~ector; asistir con puntualidad á prosperidad y buena orgamzac10n moral y mentífica del, establecimiento. '
las catedras, a las func1011es literarias, á las ses10nes de las Juntas comultivas
Art. 91. Son facultades del Director:
de que hacen parte, y de~as actos á_ que con arreglo á la ley deban concurrir.
I. P:esidir las sesiones or?inarias y extraordinarias de las Juntas de profeLo_son en ~l 6rden,profes1onal: explicar con toda claridad y precision, las ma- sare~, mtando esta! y propo?1~n~o los asuntos s~br~ los que deba deliberarse,
terias que a cada catedra correspondan en el 6rden establecido por las leyes y relativos á la en8enanza y disc1plma del establemm1ento teniendo en ellas un
r:glamentos; d~ manera que uu mes_ antes de cerrarse los trabajos escolares del voto, y el deéisivo en caso de empate.
'
ª?º, estén exphcados todos los relativos á él; llenar cumplidamente las atribuII. Susp~nder la ejecucion de los acuerdos de la Junta.de profesores cuanmones que les competen por esta ley.
d~ 11? estuviere conforme con ellos, da~do cuenta al Consejo. de Iústruccion
Art. 76. ~ingun,profesor, sin causa justa y de que dé previo aviso al Di- publica para que resuelva.
rector, ~odra f~l~ar a u11a. sola leccion .. Las licencias hasta un mes podrá darII!, Adrni~ir á los alumnos, matricularlos, expulsarlos con acuerdo de la
las el D~r~c~or! por mas tiempo, necesitan ser otorgadijs por el Gobierno, el Junta consultiva de profesores, y concederles licencia por mas de un dia.
cual demdira s1 son 6 no con goce de sueldo. Con esta qali9ad, por razon de
IV. &amp;presentar al Colegio ante el público y ante los padres de los- alumnos
enfermedad, nunca podrán exceder de seis meses.
Art. 92. Son obligaciones del Director:
·
Art. 77. Son prerogatjvas de los profesores: no ser obligados al servicio de
. I. ~j~cutar y hacer ejec~tar bajo su mas estricta responsabilidad todas las
las ar~as; estar J1bres d~ todo c~rgo con~ejil; no poder ser destituidos sino por disposiciones de est~ ley, as1 como los reglamentos y 6rdenes posteriores que
el. G~bierno, con caus~ Just,a y 01do previament~ el_ ~onsejo d~Instruccion pú- emanen de la autoridad competente.
blica, no poder ser obligados á dar mas de vemhcmco lecc10nes semanarias
II. Procurar~e y tene: e; ~as exacto cono_cimiento del estadó en que se e)lexceptuando el caso de que 'fuere preciso suplir la falta de algun otro profesor'. c~entre la ~11senanza y disciplma en el Colegrn que esté bajo su direccion, recien el que tendrán derecho á la remuneracion equitativa
'
bi~n~o los mformes que deben ·darle los P!ofesores. en las sesiones ordinarias,
~~t. 78. Los emol~mentos d~ los profesores seránn. un sueldo que se gra- asistiendo á la:s clase_s de vez en ?uand~ y sm ~nunmarse previamente, y procuduara segun la materia que ensenen y el número de lecciones que den y la rán~ose, por los me~os que considere a prop6sito, todas las demas noticias que
Pª:te que con sujecion á los reglamentos les corresponda
los derech~s de tuviere por necesarias.
examenes.
·
.III. Dar cuenta al Gobierno· de todo lo que ocurra y fuere de importancia
V. Para ilustrar t:l juicio de los sinodales, se les ministrará por el Director,
6 por quien haga sus veces, la noticia de las faltas en que haya incurrido el
examinando, en las materias sujetas al exámen_.
·
Art. 65. El profesor deberá anotar los nombres de los alumnos que falten
en el libro· de clase, poniéndolo en conocimiento del principal de la misma.
Art. 66. Las faltas cometidas por los 'alumniis en lo relativo al 6rden disciplinario 6 comun, serán castigadas por el profesor 6 Inspector de la clase;
cuando se come~ieren dentro de ella; por el Director y J'unta de profesores,
cuando se cometieren en otro lugar, 6 fueren de tal importancia que merecieren
un castigo de órden superior.
Art. 67. Quedan expresamente-prohibidos los castigos corporales: la gradacion de los que se impongan, será la siguiente:
I. Reprension particµlar y reservada, hecha por el profesor, el Inspector, y
en su caso por el Director 6 los vigilantes.
II. Reprension pública, hecha delante de los alumnos de la clase.
_III. Repren!tion solemne con publicacion de la falta cometida, hecha por el
Director, delante de todos los alumnos del establecimiento.
IV. Encierro, solitario en un luga! salubre y_ventilado, por doce horas, cuando mas.
, ,
. V, Expulsion.
La tercera y cuarta cl~se de _castigos solo podrán imponerse por el Director,
ya por ~echos de que él mmediatame~tr: conozca, ya á mocion de los profesores, debiéndose en todo c~so no :ffiUltiphcar muc~o. los castigos de la cuarta
c)ase, y que nunca se aphquen smo con las conéhc10nes de tiempo y lugar désignados en ésta.
Los castigos de la quinta clase solo podrán ser impnestos por la Junta de
profesores, en los términos prescritos en la fraccion III, del art. 96 debiéndose dar noticia de ello con informe detallado por el Director al Óons~jo de Instruccion pública.

en

1

'

•

�62

ministr6ntlole los informes periódicos que la ley señala, y los extraordinarios que
se les pidan 6 ellos consideraren convenientes, especialmente cuando se trate
de abusos y faltas que no puedan remediar.
.
IV. Cuidar y vigilar todas las colecciones, imtrumentos, máqumas etc., de
los gabinetes del establecimiento.
.
V. Vigilar bajo su responsabilidad de que los profesores y dependientes del
Colegio cumplan con sus obligaciones.
VI. Llevar los libros siguientes:
l. 0 Un libro de los negocios corrientes.
2. 0 Un libro de prqfesores, en el cual anotará las cualidades morales, la instrnccion y puntualidad de cada profesor en el cumplimiento de sus deberes.
3. 0 La cr6nica del Colegio, en que se deberán referir los cambios sucedidos
en la corporacion de profesores, y otros acontecimientos impórtantes para el
establecimiehto.
·
4. 0 Un libro de entrada y salida de los alumnos, en que inscribirá el Director el nombre del alumno, el lugar de su nacimiento y vecindad, su edad,
el nombre de la persona que e'stá encargada de su cuidado, y si fuere externo,
las señas de la calle y casa que habite.
5. 0 Las actas de las Juntas de profesores► ordenadas por años.
6. 0 Un cat4logo principal para cada clase, en el cual se pondrán los nombres de los alumnos, en 6rden alfabético, la filiacion completa de cada uno, con
la nota de si paga la cuota para el Colegio, 6 está exento de ella, y si goza una
beca, y cuál; y, en fin, las calificaciones mensuales :y las notificaciones y ascen11os. Este catálogo debe ser firmado por todos los prpfesores de la respectiva
clase al fin del año escolar.
7. 0 Un libro de exámenes y calificac~ones del Colegio.
8. 0 Inventarios completos de los a_paratos y gabinetes existentes en que se
anotan los' aumentos habidos.
' 9, 0 El libro de clase para cada una de ellas.
Todós los profesores tienen el derecho de enterarse de los libros y actas del
número 3 al 8.
Art. 93. Los directores disfrutarán los siguientes emolumentos: l. 0 El
sueldo que les corresponde como profesores. 2. 0 Los directores de Colegio
mil quinientos pesos, y los de Liceo mil pesos anuales, en su calidad de tales
directores. 3. 0 Con ese mismo carácter, habitacion para ellos y su familia, si
hubiere local á propósito en el edificio, y si no, la cantidad necesaria para rent.a
Ale casa, designada por ,el Consejo de Instruccion pública.

63

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.
A.rt. J 01. De las actas á que se refiere el art. anterior, quedará una c?pia en
los libros del Colegió; pero la origi11al se remitirá al Consejo de Instrucc1on pública marcada con el número que le corresponda en el año escolar.
'
'
CAPITULO XIII.

Colecciones y Bibliotecas.

Art. 102. Todos los Colegios deberán estar provistos ~e los instrume1~tos,
aparatos y colecciones de ejemplares, para las clases experimentales. Los Directores, al mes de planteado el establecimiento, informar_án al Conaejo de ~n~truccion pública, sobre lo que faltare, relativo á esta materrn, en el establemm1ento,
bien para crear los gabinetes donde no los hubiere, bie_n para c~mpletarlos y perfeccionarlos donde existieren. El Consejo de Instrucc10n pública _propondrá el
ga~to que fuere necesario erogar, y éste se hará de los fondos públicos. .
Art. 103. Los gabinetes de Física, las colecciones de ejemplares de Mrneralogia y Zoología, deberán estar bajo el inmediato cuidado del pr?feaor de las cla~~s
respectivas, sin perjuici_o de la vigila11cia é inspeccion que baJO su respousab1hdad debe ejercer el Director.
,
.
. Art.104. Los mapas y objetos que estén anexos á c~da_ clase, esta~an al cmdado y b~jo la exclusiva responsabilidad del profesor prm~1p_al de la m1sm~.
Art.105. En todo Colegio 6 Liceo, deberá haber una h1bhoteca, que se ll'á formando y aumentando ::-,o-radaalmente·' de manera que an ella se reunan las obras
clásicas referentes á las ciencias que se estudian, y las que sucesivamente se vayan
publicando.
, ·
Art. ] 06. La biblioteca de cada Liceo 6 Colegio se dividirá en dos secciones,
una perteneciente á los profesores y otra á los alumnos.
Art. 107. La seccion de biblioteca perteneciente á profesores, . se _Procurará
que se forme de los libros antiguos y modernos que traten d~ las menmas que se
enseñen en el establecimiento, y que ¡.uedan servir de estud10 y_co_nsulta á los
profesores para las explicaciónes, ex.planacioues y nuevos descubr11rne11tos de que
deben ocuparse para la mejor enseñania en sus respectivas clases.
Esta seccion de la biblioteca estará siempre á dispo~iciou de los profesores.
Art. 108. La seccion de Bihlioteca de alumnos, se procurará que se forme,
ademas de-las obras clásicas, de todas las 'que puedan darles al mismo tiempo
instraccion y distraccion, perteuecientes á Historia, Geografia, Historia natural, Física y Literatura. A esta seccion podrán acudir los alumuos en las horas que designe el Director.
Art. 109. La administracion general de la Bib_lioteca, que comiste ~n la
compra de obras, formacion de catálogos, colocac1on or~enada de lo~. libros,
CAPITULO XII.
reglamento para su lectura y ext.raccion, pertenece exclusivamente al Director.
Juntas de Profesores.
El cuidado inmediato de ln seccion de profesores, incumbe á aquel de estos que
el Director designe, así como el de la seccion de alumnos al profesor de literaArt. "94. '.Formarán la Junta consultiva de la direccion de cada establecim~entura
española.
. .
. .
to todos los profesores de él, que tendrán obligacion de concurrir á las sesi~nes
Art. 110. Los profesores y los alumnos tienen la obhgamon de co11tnbu1r
ordinarias y á las extraordinarias.
con una cuota m6dica para el fomento de la Biblioteca de cada establecimienArt. 95. Es presidente nato de esas juntas el Director del est~blecimie~to, to, y la administracion de este fondo estará á cargo de la Junta de profesores.
quien designará el dia y hora en que deberán tener lugar las se~~ones ordinarias, de las que habrá una en cada mes, procurándose que se verifiquen en hoC.A.PITULO XIV.
ras que no sean de clase. Con la misma calidad podrá el Director citar á sesion
De·los 'ascensos .á clases superiores, y exámenes.
extraordinaria.
Art. 96. Los asuntos de que debe ocuparse la Junta, son los siguientes:
Art. 111. Al fin de cada año escolar, los profesores, reunidos en Junta, preI. El director pondrá en conociJitiento de los profesores, todas las disposi- sentarán un informe sobre el estado que guarda la instraccion de sus alumnos,
ciones emanadas de la autoridad superior, que se le hubieren comunicado en el comprobado con el libro de calificaciones de la clas~ y los trabajos desempeñames, y de que no les haya dado noticia ·por medio de circulares.
dos, en ella por cada alumno, designando aquellos de estos que les parezcan
II. Los profesores informarán al Director sobre el estado general de la en- mas aptos para ascender á la clase superior. Este informe del profesor es el que
señanza y de la disciplina, expresando con franqueza ·. su opiniou sobre cada da derecho á ser admitido á exámen.
punto.
Art. 112. -Los exámenes á que se sujetarán los alumnos así designados, seIII. Con vista de los informes de cada profesor, se resolverá por la Junta rán de dos clases, escritos y orales.
lo concerniente á los castigos de una clase entera, de mas de cuatro alumnos,
Art. 113. El exámen por escrito consistirá en una composicion que el alumó de uno solo cuando se trate de expulsion: estas resoluciones se asentarán en no hará ~or sí, y sin la intervencion de sus colegas, ni del profesor, sobre. un
la acta y el Director las commúcará el dia siguiente á la clase.
tema que éste•designe, relativo á los estudios hechos en la clase, y que segun
IV. El Director, primero, y despues cada profesor, tendrán el derecho y la sea esta, podrá consistir en traduccion al esJ5añol de las lenguas antiguas, comQbligacion de proponer á discusion los asuntos que afecten 6 importen al -ade- posicion en lenguas modernas, solucion de problemas matemáticos, etc. Este
lanto de la instruccion pública, y á la mejora del establecimiento y á la de la trabajo, que s!l vigilará que lo haga por sí cada alumno, se pasará para su cacoudicion de los alumnos.
lificacion, al profesor de la misma materia en la clase superior. En el caso de
Art. 97. En cumplimiento de la última fraccion del artículo anterior, debe- . que un profesor enseñare las mismas materias en las dos clases, las composirán tratarse necesariamente en las sesiones de la Junta de profesores los asun- ciones se pasarán al Director, quien tendrá el derecho y la obligacion de instos siguientes:
peccionar y vigilar estos trabajos.
(a) Cuestiones relativas al plan de estudios del establecimiento, ya se trate
Art. 114. El exámen oral se hará por el Director que preside el acto, ó por
de los medios á propósito pal'a ponerlo en ejecucion, ya de las modificaciones .persona comisionada por éste, por el profesor de la clase á que pertenece el
y reformas que se consideráren necesarias y que se propondrán á la autoridad. alumno y por el de la clase superior, versando sobre todas las materias enseñaLa iniciativa para tratar estas cuestiones, es indiferente que venga del Director das en el año, en la clase respectiva. Si una misma persona fuere profesor en
ó de alguno de los profesores.
las dos clases, inferior y superior, el Director nombrará otro que lo sustituya.
(b) Resoluciones sobre expedicion de certificaciones generales, sobre califiArt. 115. Los exámenes sE' harán por materias; pero podrán reunirse dos 6
eaciónes mensuales, sobre ascenso de los alumnos á clases superiores 6 exclu· mas, á juicio de la Junta consultiva, sirviendo de base que cada exámen dure
sion de la en que se encuentran, y en general sobre todos los p,untos que la lo menos una hora.
ley sujeta 6 sujetare en adelante á esas juntas.
,
Art. 116. Nunca podrán ser examinados al mismo tiempo mas de tres
Art. 98. Al fin de cIJ.da año la Junta consultiva de profesores de cada esta- alumnos.
blecimiento, remitirá al Consejo de Instruccion pública un informe sobre el
Art. 117. Con vista del exámen por escrito, y concluidos los orales, se proestado que han guardado la enseñanza y la disciplina en el año, y en ese in- cederá por las Juntas de profesores, á calificar á cada uno de los alumnos sobre
forme s~.expresarán las modificaciones y reformas -que se consideren útiles 6 cada materia de las estudiadas en el año, determinando el lugar que le corresnecesarias.
ponda en la siguiente clasificacion: Número l. Con especial recomendacion 6
.Art. 99, El Director, _al r~mitir ese informe, lo acompañará de una exposi- sin ella, da derecho al paseó ascenso á la clase superior. Número 2. No da
eion en que dé noticia de los trabajos y conducta de los profesores, consultando derecho á pasar á la clase superior, pero di;ja ~bierto el camino para pasar, sulas medidas que juzgare convenientes respecto de estos y.en bien del estable- jetándose el alumno á uu nuevo exámen despues de las vacaciones. Número 3.
cimiento.
Excluye de una manera absoluta el ascenso.
.
Art. 100. Las actas de las sesiones de las Juntas consultivas, se llevarán por
Art. 118. Estas calificaciones se harán constar en un certificado que firmaun profesor que funcionará de secretario, nombrado por el Director, y en ellas rán el Direcror y profesor secretario, y que 1-e entregará á cada alumno, forse asentará el nombre de los concurrentes, expresándose cuando faltare algun mando este cert¡ificado,, _y el que t~mbien deberá darle el profesor de Religion,
profésor, el motivo de su falta, las disposiciones de que el Director hubiere da- de haber concurrido á la clase durante el año, el título para el ascenso á la sudo cuenta, los informes de los profesores y las resoluciones que se hubieren to- perior, 6 el de permanencia por un año mas en la que se ha cursado.
mado. Cada acta se firmará por todos los concurrentes.
Art. 119. Para que ese certificado sirva &lt;le título de ascenso, es necesario
\

'

que conste en él, que el alumno ha merecido la calificacion número 1 en todas
las materias que s~ han estudiado duraute el año: una calificacion inferior en
una .sola de las materias, obliga al alumno á cursar un año mas la misma clase.
Art. 120. En el caso del artículo anterior, lS en el de enfermedad, ú otro motivo grave que sin culpa del alumno haya dado orígen á una calificación del
11úmero 3, el Director podrá conceder al alumno ser admitido á exámen eu los
primeros dias de Enero, despues de las vacacione~ y antes de que comenzaren
los trabajos del año escolar.
Art. 121. Todo alumno que habiendo co11cluido los cuatro cursos anuales
de un Colegio literario, quisiera pasar á cursar los estudios mayores en una de
• las escuelas especiales de Derecho, de Medicina 6 de Filosofía, deberá sujetarse á un ex~men general en el mismo Colegio, cuyo certificado le servirá, de título necesario para ser admitido en la escuela. Un reglamento especial determi~ará la forma y manera con que deberán hacerse esos exámenes, y en que
deban exp~dirse los certificados respectivos d~ suficiencia.

la cursen deberán matricularse oportunamente en los Liceos y Colegios públicos, y examinarse en el establecimiento en que estén matriculados.
Art. 136. El exámen se verificará sobre las materias designarlas para los cursos respectivos, en el Colegio 6 Liceo donde el cursante esté matriculado, y en
la forma prevenida en ellos.
'
Art. 137. Los · cursantes de enseñanza doméstica, podrán ingresar al 'establecimiento donde tengan su matrícula, sin pagar nuevos aerechos. El ingreso
lo p.odrán hacer en cualquier tiemtio del allo, acreditando la matrícula y sufriendo un exámen ele las materias estudiadas hasta entonces. Si no fuere apro-.
hado, podrá continuar sus estudios en su casa para presentarse al fin del año
escolar.
Art. 138. En ningun,. caso los alumnos de los Colegios públicos 6 incorporados, podrán pasar durante el año á la enseñanza doméstica. ,
TITULO IV.

CAPITULO XV.

CAPITULO XVIII.

De los p.remios.

De la instrucci&lt;m, superior.
Art. 13!J. La instruccion superior abraza una serie indeterminada de conocimientos, indispensab)ef para ciert~ carreras 6 profesiones.
Art. 140. Para ser admitido un estudiante á cursar las clases de insiruccion
superior, debe presentar el certificado de suficiencia, resultado del exámen mayor, y expedido por un Colegio literario, que es el que comprueba su aptitud y
aprovechamiento en todos los ramos de 'la instrnccion secunda.ria.
' Art. 141. La instruccion superior se divide en dos ramos: el estudio de facultad mayor, que conduce á una carrera literaria, y el de estudios profesionales, que conducen á una carrera práctica.
Art. 142. La instruccion superior, que comprende los' estudios que conducen
á una carrera literaria, se dará en las escuelas especiales; de las que habrá por
ahora tres: una de Derecho, otra "de Medicina y otra de Filosofia. En la primera se formarán los abogados, agentes y notarios; en ·la segunda, los médicos y
farma._céuticos, y en la tercera los profesores de establecimientos públicos, secundarios y ,primarios, y los que aspiren á las colocaciones facultativas de la
Administracion. Con este objeto, ademas de los estudios de Filosofia, se harán
en esta escuela especial, los de Filología, Historia, Matemáticas, Física, Quími.
ca y ciencias políticas y econ6mico-políticas.
Art. 143. La instruccion superior,, que comprende los estudios que conducen á una carrera práctica, se dará por ahora en tres escuelas especiales: la
Militar, la de Minas y Ja Politécnica. En la primera se formarán los militares
facultativos y_ de armas especialés. En la segunda los ingenieros de minas teorico-prácticos. En la tercera, y entretanto se establezcan otras escuelas espe1
ciales los ingenieros mecánicos, topógrafos y civiles.
•
,Art. 144&lt;. El arreglo de la instruccion superior y de sus fondos, se deterníi~
nará por una ley y reglamentos especiales. Entretanto, se establecen en México:
la Escuela de Derecho en el Colegio de San Ild~fonso, y la de Filosofia en San
Juan de Letran. Se ·reconoce la Escuela de Medicina, salvo las modificaciones.
que determine la ley; se reconoce .la Escuela de Minas con la misma salvedad,.
y subsistirán, mientras se organizan debidamente, la Escuela de Agricultura y
la de Comercio.

Art. 122. La Junta de profesores, al fin de los exámenes de cada año escolar, designará entre los alum,ios que hubieren alcanzado la calificacion número
1, los que merezcan ser premiados; tomándose en cuenta, no solo el resultado
del último exámen, sino tmnbien la conducta que hubieren observado y la aplicacion que hubieren tenido.
Art. 123. Los premios serán ordinarios 6 exfraordinarios. :
Art. 124. Los ordinarios consistirán en un diploma especial y eu libros, 6
instrumentos para el estudio de las ciencias.
Art. 125, Los extraordinarios consistirán en una medalla de oro para los
alumnos de las escuelas especiales, al terminar la carrera; en una de plata para
los de los Colegios, y en una de r:obre para los de los Liceos. Ademas de estos
premios honoríficos, se podrá conceder, 6 el goce d&lt;: una beca 6 la dispensa del
pago de la cuota de enseñanza de externos 6 de la delos derechos de exámenes
futuros: estas gracias se harán constar en un diploma especial que se entregará
al alumno.
Art. 126. No habrá mas que tres premios extraordinarios honoríficos en un
Colegio-Liceo; uno pará el alumno mas aprovechado en las clases del Liceo) otro
para el mas aprovechado en las clases del Colegio, ya sea literario, ya de artes,
y el tercero para el que hubiere observado mejor conducta, tanto moral como
social, rn todo el establecimienLo. Este premio consistirá en una medalla de
bronce.
Art. 127. En un Liceo solo habrá estos dos últimos premios. ,
Art. 128. Son compatibles en un mismo alumno, los premios ordinarios y
lo.s extraordinarios, hsí éomo los de instruccion y buena conducta.
Art. 129. La distribucion de los premios ordinarios y extraordinarios, se
hará en los_ J?epartamentos el último domingo del mes de Noviémbre, 6 -el primero de Diciembre, en la mañana, en una sala del establecimiento, por la primera autoridad política del lugar, invitándose á que concurran á ella los funcionarios públicos, los.miembros del Ayuntr.mie'.uto; los Directores y-profesores
de los otros establecimientos 'de Instruccion pública superior, secundaria y
primaria, .Yª sean públicos, ya privados, y los padres 6 encargados de los alumnos prem1~dos. En est~s solemnidades no _habrá música, canto ni otra algunit
mamfestac10n que desdiga del carácter sér10 y grave de una funcion de este
género.
·
,
' Art. 130. En la capital de México, la distribucion de los premios ordinarios
y extraordinarios, se hará en la forma y manera prescrita.s e11 la circular del Ministerio de Instruccion pública, de 25 de Setiembre último, en cuanto 110 esté
modificada por esta \ey.
Art. 131. Los Directores deherán remitir, co11 la prudente anticipacion, en
los Departamentos á la autoridad política superior, y en la capital al Consejo
de Instrucciou pública, una lista de los lil;&gt;ros, instrumentos y medallas que se
necesiten para los premios, expresa11do los valores de aquellos.
Art. 132. Los Prefectos políticos y el Consejo &lt;le Instruccion pública, aprobando el gasto, lo c:onsultaráil al :Ministerio &lt;le Instruccion pública, y este lo
decretará, debiendo hacerse de las a l'Cas ilel Erario.
'
CA.PITO LO X.VI.

De los últimos trabajos e~colares de cada año.
~t. 133, Hecitá la dist,ribucion de los premios ordinarios y ext,raordinarios,
el _D!rect_or de cada establecimie11to publicará, dando conocimiento previo al
M_1msteno respectivo, una Memoria en la que pondr{, en conocimiento del púb~co, el estado que guarde el establecimiento y los resultados que haya obtenido en el último año escolar. Esta Memoria deberá contener:
1 &lt;?' Un ~r~tado científico y pedag6gi&lt;lo, escrito por uno de los profesores.
2 9 Noticia rle las materias de estadio y enseñanza, y método seguido en
ella du rau te el año.
.,
3 2 Noticias estadísticas relativas al establecimiento en todos sus ramos.
4 P Disposiciones importantes que sP. hayan comunicado al Director y J unía de profesores, por las aatoriJades respectivas.
5 P Modificaciones y cami:iios notables que hayan tenido lu~ar.
6 P Aument? que haya ha~ido ~11 los gabinetes, colecciones, bibliotecas, etc.
,Estas }fem~nas serán publicada~ bajo el nombre y r~sponsabiligad -del Director, y necesitan, proforma, ir. encabezadas con el tratado científico de que '
se ha hablado.
1

C.A.PITULO XVII.

De la enseñanza doméstica.

Art. 134,. Seienti!nde•por enseñanza doméstica, la que I\C permite dar á los
alumno13; en sus propias casas durante los siete ú ocho afiosrde la instruccion
secandalliaJ.
Art. 136. Para que la enseñ~nza doméstica tenga validez académica, los que

TITULO V.
CAPITU LO XIX.

Del g_obi.erno y direccion de la instruccion pública.
Art. 145. La direcci0n y gobierno de la instrucáon pública, corresponde al
Emperador por conducto del Ministerio de Instruccion Pública. ,
Los Prefectos políticos, como delegados de éste en los Departamentos, tendrán el derecho y la obligacion de vigilar sobre todos los establecimientos de
instruccion pública en sus respectivas demarcaciones, y podrán proponer al Go.bierno,cuantas.. medidas estimen conducentes á sus adelantos y mejoras_
Art. 146. El Ministerio de Instruccion Pública ejerce á su vez la vígifancíay autoridad que le c~rres~onde, p~r medio de u~ Co~sejo de inst,ruccion pública, que será la autoridad mtermed1a entre las Direcc10nes de los establecimientos y el Gobierno.
Art. 147. Formarán el Consejo de' instruccion publica, el Ministro del ramo, que será su presidente. nato, el Presidente de la Academia Imperial de ciencias, que será el Yicepresiden~e; tres miembros con sueldo fijo de dos mil pesos cada uno, y crnco honorarios, Il"Of.Dbrados todos pot Nos.
Art. 148. Uno de los t~es mie~b!'os con sueldo ejercerá el cargo de Inspecrtor de instruccion p~bli~a, y desempeñ~rá las funciones que esta ley le señala.
Art. _1~9. Son atribumones del Con~eJ~ general de 1nstruccion, las siguientes:
I. Vigilar que en todos los esta?lecim1ento~ de enseñanza se cumpla ~xactamente esta ley:tomar todas las medidas necesarias fformar las proposiciones convenientes para que cuanto ante~ se ponga en planta el nuevo arreglo de estudios.
II. Resolver toda_s las cuest10nes en q~e el Consejo de instruccion pública
está declarado autoridad competente en diferentes art1culos de esta ley.
III. Revisar los reglamentos de los Colegios nacionales, haciendo en ellos
las reformas que juzgue convenientes.
IV. Fomentar y proteger la publicacion de obras científicas, especialmente
didácticas.
V. Publicar cuanto antes el programa de los autores que pueden servir de
texto en los Colegios, y conceder premios á los autores por las obras que publiquen, y con· especialidad por las didácticas.
VI._ ~stablecer Colegios _6 Liceos en los lugares q,ue_ crea convenientes, y
ptescr1b1r en ellos los estud10s mas análogos á las necesidades de los respectivos Departamentos.
VII. Dar su dictámen al Gobierno para la autorizacion de establecimientos
prirados, y ejercér una extricta vigilancia en los que estén independientes de
aquel.
VIII. Disponer las visitas de los Colegios, y dar las reglas á que se han de

�separado al informe mencionado en el art. anterior, un_ dictámen _en que ex~rese parecer, si, en vista de la presente ley y de-las c1~cu_nstancias y ueces1dailes locales crea mas conveniente trasformar el establec1m1ento _de su cargo e!1
yo~:t: 150. Se nombrarán cada año, á fines ~e\ año escolar, _d?l seno mismo un Liceo s~lo 6 en Liceo y Colegio literario, 6 ~n Liceo y Coleg10 ~e artes}hdel Conse·o de instruccion pública, cuatro com1siouados_ que vi~iten, ~ad~ uno cho dictámen deberá estar acompañado de un mforIT?e de la autor~dad_p?h~lCa
, J 1o prescriºto, todos los establecimientos
de rnstruccion
en un circu
,
. t fpublica de· del lugar, sobre el mismo objeto, para que el ConseJo d~ In~truccw~ publica,
los De artamentos, presidiendo los examenes mayol'es, ~ ~n cu~n. o uere posi- en vista de estos documentos, pued~ tomar una determmaci?n moti~ada. Los
ble ta~bien los exámenes y actos públicos. Eu estas visitas vigilará1~ que se motivos para la suhsisten_cia 6 ereccion de una escuela especial superior, debecu~pla extricta~ente esta ley, y á su vuelta propondrán todos las meJoras que
rán ser expuestos en un rnforme s~pa_rado. .
.
.
juzauen necesarias.
d d ·
Art. 161. El establecimiento publico 6 privado cuyo Director no cumpliere
del viaie disfrutarán un sueldo mensual e oscientos
Pb or tOdO e1tiemnn
con lo prevenido en los artículos anteriores,_ en e} t_érmi~o prescrita, guedará
Je
~
d" •
esos, por costos de viaje cinco pe_sos ~arws.
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. . .
cerrado hasta que el Ministerio de Instruccion publica _dicte la resolumon que
P Ar/151. El Consejo de iustruccion publica dará cad~ ano al _Mmi~t.e~10 del
un informe porn¡enorizado sobre el estado de la mstrucc10n publica_ eu c0nvenga.
Art. 162. Cuando un Colegio nacional de los a_ct~ales, y de. cualq?iera de~o~::•el Imperio, haciendo las proposi~iones d~ mejoras que juzgue necesar~as. minacion que fuere, se ~rasf?r?1are en un establecimiento pubhco d~ mstruccion
1
Art. 152. El Inspector de instrucc10n_ publica será nombrado por el Gobier- secundaria, segun las disposic10nes de la presente ley, se observaran las reglas
no entre los miembros del mismo Consejo,
,
.
.
A.rt. 153. Corresponde exclusivamente al !nspect?r P?r s~ ? por _medio de siguientes:
I. Quedarán los mismos pwfesores, cuando el Gobierno los confirme en sus
los agentes de instruccion pública: la recaudacion, aphcacion e rnversiou de ,las
.
. .
,
· es caiiitales rentas y fondos que pertenezcan á los fondos generales de empleos.
pension , r
,
,
· 1
d '
II. Los alumnos que hayan cqncluido el pru~er año de latimd~~, pasa,rau ~
instr~ccion pública conforme a la ley especia _que se ara. ,
la tercera clase del Liceo; los que hayan concluido el segundo ano, pasarán a
Art. 154. Los ,.;gentes de instruccion pública en los Departamentos, serán
la cuarta del mismo: los que hayan concluido el primer año de filosofía pasarán
nombrados por el Gobierno, y ejercerá-u sus facultades conforme ~ las reglas
á la primera clase de •u,n Solegio literario 6 de artes: l?s que hayan c?ncluido
dis osiciones que se han dictado, y ~ las 6rd~es _que les comumque el Ins- en segund_o año, pasaran a la se~unda clase de los m1s_mos; y los que hayan
y ' t P Por ohora los agentes de bienes nac10nalizados se encargarán de la
pee or.
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,
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concluido el tercer año de filosoúa, pasarán á los estud10s de faculta&lt;}.es.
agencia de la instruccion pública, abonándoles un tres por cien o poi o que
Art. 163. En caso de que se hubiere seguido hasta ahora. otro pJan de estu' cobraren para los fondos de este ramo.
dios que el que se, s~pone en_ el artícu:o anterior, el __Director convendrá_ con el
Consejo de Iustrucc1011 publica de que modo se verificará la trasformac10n.
CAPITULO, X.X.
Art. 164. Dentro de dos años se establecerán los exámenes mayores, segun
lo que tie prevengr. en el reglamento respectivo, para todos los que quiera_n se- ,
Disposíeiones genera"les, adicionales y transitorias.
guir los estudios ¡nayores en la~ escuelas de De~echo, de Medi~rna y de _FilosoA t 155 Esta ley abre diferentes carre_ras, en la forma siguiente: ,
fía, y al fin del pr6ximo año escolar, los 9ue qmeran pasa'. á !os est?d1os maLr iNsTR~ccroN PRIM'..A.Ru. -Termina:la. ésta á los ~iez años, podi'án pas~r Y?res, se sujetarán á un exámen menos nguroso, en atenc1011 a las c1rcunstanlos alumnos que 110 puedan 6 no quieran cursar en los Liceos~ á las es~uelas ci·
C1as.
• •
d
vicas ue se establecerán en los lugares cortos, y que ser~n de per_fecc10n en la
Art. 165. Desde el 1 ~ de Enero ele 1866, quedarán snpnmidas en to os
instru~cion primaria; de estas escuelas, que u~a ley espemal ,orgamzará, podrán los establecimientos publicos, las pl~zas de cape_llan~s y d~ s~cristanes. _N? _haá 1 escuela normal de profesores de pnmeras letras, a la escuela de roa-. brá en ningun establecimien~o pubhc?, r~zos, m _mis~s diai:_!~s de obhg~c10n.
~ ~ preparato~ia de A~ricultura y á la _militar d_1i cabos, para las que no Los alumnos cat6licos tendran la obhgac10n de 01r mis~ los JUéves, dommgos
se exigirán los estud10s de ~1ceos y de Coleg10s. .
.
.
. y dias festivos legales, y de confe_sa~se tres ,ve~es al año.
.
II IN TRUCCION SECUNDARIA DE L1cEo~.-Termmada la mstrucc10n de LiArt. 166. En ninaun establecimiento publico, exceptuando las escuelas miceos,· cua:do mas temprano á los catorce añ~s, puede optarse~ ya por una ,car- litares, s~ obligará á los alumnos á vestir unifor~e ..
rera literaria 6 por una tecnol6gica: ,en el primer caso, _pasara _e~ alumno.ª un
Art. 167. Inmediatamente despues de la pubhcac1on de la prese1~te le_v, se
Coleaio literario; en el segundo á uno de Art~s; pero s~ no qms~ere segmr los establecerán, segun las disposiciones de ella, en el hoy lla1pado ~oleg10 Grande
estudios de Colegio; podrá pasar á la ~cademia de Agn~ultura o á la Esc~ela de $an [ldefonso, un Liceo y un ~olegio literario, y en ~l C~legio de_Sau Juan
militar de Oficiales ó á la de Comermo, de la cual podra pa~ar mas tar?e ª. la de Letran un Liceo con un Colegio de Artes. El Coleg10 chico de .San IldefonAcademia del mismo. Una ley especial determinará la creacion y orgamzac10n , so quedará reservado para la Escuela ~e Derecho, y u.u local en San Juan de
de esas Escaelas y ,Ac~demias.
.
.
.
. Letra.u para la Escuela de l'ilo~ofi~.
' .,
.
..
Art. 168. En los Colegios di} los Departam?nto~ no reg1ran la;d1sposic10nes .
III. bsTRUCCION SECUNDARIA EN CoLEGIOs.~Ter~mada ~a ~nstrucc10n en
. · los qué quieran seguir las carreras literarias, del JUflscoosulto, del de esta ley, relativas á h instr~ccion ~ecuu&lt;la_rrn, s11;0 hasta e~ 1 • de .Enero de
1os L1ceos,
C l · 1·
·
dº d
médico 6 del profesor de ciencias, pasarán á los o e~1os ite~ar10s, pu ie!1 o 1867, continuando el año pr6xuno ba,10 el mismo orden en que hoy se hallan
estar expeditos para emprender los ~studios mayo~es a los diez y_ ocho_ anos; establecidos, con excepcion de ,quellos que se abra_n 6 se establezcan de nuevo,
,
pero si algunos no quisieren, al termmar los es!udios del Coleg10 hter~no, su- en los cuales se pondrán desde luego en observancia.
Art. 169. Los alumnos que en el presente año concluyeren el se_gundo de
· etarse al exámen mayor, sin él pueden entrar a la _escuela de ~rmac~a 6 VeJt · · 6 á la que se establecerá para los que qmeran entrar a servir en los filosofía, y que pasaren á cursar en el entrante el tercero en los Colegios_ de _los
ermaria,
. .
.
'b . ' D l ·
l
e
ramos inferiores de la Adm1mstracion pu hca. e ~ misma °:aner~, os qu_ Departamentos, se sujetarán á cursar en el de 1867 el tercero de Colegio hteoptaren por una carrera práctica, como son las del mme~o, del m~emero mi!1- rano.
•
'
1
·
· ·1 o' mecán'ico
del
Art. 1ro. Una ley especial determinará los fondos destinados á a Instrucc10n
t ar, civi
, , 6 agrimensor' concluídos
. los estudios
,
t Liceo,
- pasaran
d'
al Cole io de Artes, y terminados los estud10s de es~e ttI res anos, po . ran publica y el modo de administrarlos.
. . . .
.
Art. 171. Acompañará á esta lrY un reglamento de dismplma , ii;itenor y de
elegir 1os diez y siete una de esas carrer~s, entrando a las escuelas especiales
cursos anuales, con su respectiva tabla. ·
,
.
:.
creadas 6,por crear.
.
.1 l
¡
Art. 172. Quedan derogadas todas las leyes, decretos, ordenes y d1sposic10ues
Art. 156. Estas bases se comunicarán á lo~ ~ad~es, tutores, &amp;e, ue os a umnos, al entrar á lo3 establecimientos, y se le~ran a aquellos al ~e~rar,,e las cla- que sean contrarios á la presente_.
. · ,
.
ses en cada año, á fin de que puedan con tmo y pleno conoc1m1ento adoptar - Nuestro Ministro de Instruccion Pubhpa y Oulto.s queda encargado de la eJecucion de esta ley.
•
la carrera que quieran seguir.
..,
Art. 1.57. Desde el 1? de Enero de 1866, no se admitira~1 alumnos nu~vos
Dada en México á·27 de Diciembre de 1865.
MAXIMILIANO.
á las cátedras de Derecho en ninguno de los act_u~les Colegim, del Imper~o; Y
Por
el
Emperador,
en aquellos que se trasformen en ~o_le,gio_ liter~r10 -ó de A~tes, co~forme a las
El Ministro de Instruccion Pú))lica y Cultos,
disposiciones de esta ley, se suprimiran mmedrntament~ dichas catedras. Los
que estén estudiando actualmente perecho ~n ~l Coleg10 de San Juan de LeFRANCISCO ARTIGAS.
tran 6 en el Seminario•de esta capital, pasaran a la escuela d~ Der~_cho de San
,ndefonso, quedando el Colegio de San Juan de Letran destmado a la escuela
de Filosofia.
~
Art. 158. Cuando ~e hubiere organizado la enseñanza pública en lo:- Liceos
y Colegios, segun las disposiciones de la pres~nte ley y, _del reglameuto _anexo, MAXIMILIANO, EMPERADOR DE Mmaco:
se suprimirán en las academias y escuelas ~spem~les superi~res l secund~nas, las
Oido Nuestro Mínistro de Instruccion Pública y Cultos, DECRETA,MOS el sicátedras,de aquellas materias que sean obligatorias en los Liceos y Coleg10s, p~ra
guiente
·
que con los fondos invertidos en dichas cátedras, ~e ~u mente el de aq~ellas escuelas en provecho de los estudios especiales que umcamente se ensenen e~ el~as.
REGLAMENTO DE LA LEY DE INSTRUCCION PUBLICA.
Art. 159. Dentro del término de dos meses, contad?s desde_ la pub~icac10n
de la presente ley, cada establecimie_!lt~ públic? 6 privac4&gt; de mstrucc10n, re:
TITULO I.
mitirá al Consejo de instruccion publica un mforme exact~ en ~ue ~onsten.
De la O'l'gani~acwn y régimen disciplinari¡o de los
los ramos que se hayan enseñado en él_ha~ta ahora: 9~a cr6mca_ hist6.nca c?~Lic~os y Colegios.
pen&lt;liada, una lista de los profesores que sirvan y hubieren _s~rvido en los ~ltimos diez 6 quince años, en las difereJ,1tes cátedras, con_ noticia de ~u~ m~ritos,
CAPITULO I.
el número de los alumnos externoi é internos de pens10u, de mumc~pah~ad Y
.
De los edificios.
de beca; el plan de estudios que rija hasta ahora; los reglameu_tos mter10res;
Art. 1? Los edificios d;st~ados á Liceos y Co_leg!os, deberán_ten_er la capacilos fondos con que hubiere contado y con que cuente; los certificados de los
créditos que tengan contra el Gobierno, con un estado exacto de _su qeuda ac- . dad necesaria para contener las tres divisiones· s1gmentes: Habitacion de alurr..
. .
tiva y pasiva actualmente; el presupuesto de sus gastos y las meJoras que pa- nos y de vigi!antes, aulas, lugares de desahogo.
Art. 2? La' habitacion de alumnos deberá contener: dorm1~orios p~ra ellos, que
rezcan necesarias.
Art. 160. La direccion de cada estableeimiento públicg, deberá agregar por deberán ser separados para cada uno, siguiéndose en lo posible el sistema celu-

su

sujetar los visitadores y los comisionados que deban presidir los exámenes ma-

1

..

~;;i:,

'

E1 DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO ,DEL IMPERIO.

64

f

lar· sala de recibo, comedor, cocina y oficinas de limpieza. El amueblamiento de
los' dormitorios será de cuenta de los alumnos, en la forma que se prescriba en el
reglamento especial de cada establecimiento, y de cuenta de éste, el de los demas départamentos.
Art. 3? La habitacion de cada vigila_nte, constará ..de dos piezas, siendo de
cuenta de aquellos el amueblamiento y aseo.
,
_
Art. 4º Las aulas serán las que se consideren necesarias para cada clase, de
espacio bastante para contener á los alumnos, bien ventiladas, y con l~s _demas
-condiciones higiénica_s. Se comprenderán en este departamento, las bibliotecas
de alumnos y de profesores, y la sala de juntas de. estos.
.
Art. 5º Los lugares de desahogo, serán: un jardin en donde fuere posible, patios ventilados donde puedan los aluJÍlllOS dedicarse á ejercicios de desarrollo
-corporal, y salones con aparatos de gimnástica.
CAPITULO

II.

Del régimen interior.
\

, Art. 6º La vigilancia sup\)rior corresponde al Director de cada establecimient o, que la ejercerá por sí y por medio de éfos vigilantes en un Liceo, y tres en
un Colegio-Liceo.
Art. 7? Son atribuciones de los vigilantes:
1~ Representar al Director en todo lo relativo á las distribuciones del establecimiento.
2~ Hacer sus veces y dictar las medidas conducentes y del momento, en su
ausencia.
3~ Tener voz informativa en la Junta de profesores, cuándo se tratare de la
ünposicion de castigos.
.
4~ Tenerla de la misma !llanera, cuando sé tratare de•la calificacion de' con&lt;lucta.
Art. 8° Son obligaciones de los vigilantes:
1~ Vivir en el establecimiento, y permanecer en él por turno riguroso el tiem.po preciso, de manera que nunca falte uno en los Liceos y. dos en los Colegios.
2P&lt; Cuidar de la exacta distribucion de las horas, haciendo que los alumnos
internos se levanten á la hora de reglamento y asistan puntualmente á las demas distribuciones.
3~ Cuidar de que en ~tas se observe el mejor órden. .
4~ Cuidar del aseo del establecimiento en todas sus partes, haciendo cumplir
-con s,us obligaciones á los criados encarg.ados d~ este ramo.
,
5~ Cuidar de la buena confeccion ,de los alimentos, del buen servicio en los
-comedores, y de que los alumnos cumplan,con los deberes que impone una edu,cacion esmerada.
·
Art. 9? Son emohunentoS" d'e los vigilantes, a.~oma¡, de la habitacion y alimen1os, un sueldo de $ 600 anuales para el principal, y 8 400 para el otro ú otros
.dos restantes.
'
Art. 10. Habrá en cada establecimiento 1m ecónomo encargado de llevar la
-contabilidad, bajo la direccion del Director, y de entenders.e con la parte administrativa. El sueldo d~l ecónomo de nn. Cqlegio, .;sei;á .d e $ º1,200, y el de un
Liéeo de $ 1,000.
'.Art. 11. El nombramiento de los vigilantes, criad,os de aseo y porter~s, será
hecho por el Director, y aprobado por el Ministerio,respectivo.
El del mayordomo, se hará en)os términos prevenidos en la ley de fondos de
Instruccion Pública.

De 7,os alumnos.
Art. 12. Los alumnos internos están sujetos á la disciplina interior del establecimiento en todo tiempo; los externos, en las hor8;',,en que asistan á las aulas
y distribuciones.
Art. 13. Los alumnos internos, están obligados á cuidar por medio de criados
.particulareS' ó del establecimiento, del aseo de sus dormitorios, y por sí, del aseo
-de sus personas, que se1J esmerado.
t'
Art. 14. Los alumnos internos, católicos, saldrán dos veces á'la semana, los
juéves y domingos, a.l cuidado de uno de los vigilantes, á oir misa á una de las
iglesias mas próximas al establecimiento. ·
,

De los profesores.
Art. 15: Los profesores tienen el derecho y la obligacion de vigilar la conducta de los alumnos de su clase, así internos como externos, obrando por sí, para
()Orregirlos, .en los casos determinados por la ley, y avisando al Director y á los.
padres ó tutores en casos ex.traordinarios.
,
Art. 16. En el órden disciplinario de los establecimientos, los profesores en
,cuerpo, forman con el Director la autoridad si¡perior dl;l los establecimientos, y
,cada uno de por sí, recibirá las consideraciones y respetos debidos á su categoría.
Art. 17. Toda falta cometida por un profesor, se pondrá por el Director en
-conocimiento de la Junta, ó directamente en el del Consejo respectivo, cuando á
.su juicio fuere necesario; los profesores tendrán expeditos sus medios de defensa,
pero en todo caso estos_negocios se tratarán en la via reservada.
Art. 18. Por las faltas de asistencia inmotivada á las clases, perderán los profesores el sueldo correspondiente á un dia por cada leccion que'élejaren de .dar,
'tÍ igual cantidad por cada junta ó asistencia académica á que faltaren.
Art. 1~. Lo~ P!ofesores tienen el derecho ~e representar · ante el Con¡,ejo de
Instrucc1on Publica, por los abus'os de autondad, falta de cumplimiento de las
leyes generales ó estatutos del Colegio, cometidos por el Director; pero será
.siempre en términos respetuosos y en la via reservada.

Del Consejo de I-n-struccion Pú-Olica.
Art. 20. El Oons~jo de Instruccion fública tendrá las sesiones que determine
:su reglamento especial, y que no podran ser meno¡S de dos semanarias en el local
,que se designe po;r el Ministerio respectivo, y q~e será en el mismo en que aquel
esté establecido; siendo auxiliado en todo lo relativo á Secretaría, por la seccion
l'espectiva del propio Ministerio. ·
'
.
Art. 21. El Inspector que fuere nombrado, despachará en el local mismo con
un escribiente que se le facilitará del Ministerio, y formará el reglamento especial de las labores de su ramo, tanto en la capital como en las agencias foráneas.

65

TITULO II.
De la incorpO'l'acion de los establecimientos privados.
Art. 22. La incorporacion de un establecimiento privado, debe hacerse por el
Consejo de Instruccion, mediante la comprobacion de las cii;cunstancias siguientes:
1~ Que el Direct?r y los profesores tengan las cualidades de buena conducta,
é instruccion 'requerida para los es~ablecimientos públicos, -y
2~ Que la instruccion se dé, sujetándose al mismo órden, tiempo y asignaturas que se prescriben para los establecimientos públicos.
Art. 23. El empresario 6 Director de establecimiento privado en que debieren
hacerse estudios secundarios, y que desee incorporarlo á algun establecimiento
nacional, dirigirá una solicitud al Ministerio de Instruccion Pública, acompañando los documentos en qu'e acredite los requisitos que se refieren en el artículo
anterior y 14 de la ley.
·
·
Art. 24. El Ministerio de,Instruccion Pública, nombrará á uno de fos miembros del Consejo de Instruccion Pública, para que visite desde luegó el establecimiento, y el visitador extenderá un dictámen, sobre si ()stán cumplidos en aquel
1os, requi~itos de la ley, e;Xpresando q;iiéne~ son los profesores, y títulos que tengan para serlo, las matenas que van a ensenar, y autores que han de seguir, que
deberán ser los mismos que sirvan de texto en los Colegios á que haya de inc,;irporarse.
,
,
Art. 25. Instruido el expediente de esta manera, se pasará al Consejo del ramo, presidido por el Ministro; y oyendo al Inspector, se accederá ó no á la in-•
corp_oracion, y en ~l primer caso, se designará el Colegio á qu~ quede incorporado.•
·
Ar~. _26. Cua~~o.s~ ~ratare de establec~entos ~ue no est~1viere~ en la capital,
1~ sohc1tud s: dmgrra a lo_s. ~refecto~ ~oht~cos, qmenes h~ran 1~ visita y formaran el expediente que reillltiran al Mm1ster10 de Instruccrnn Publica, con el informe respectivo, siguiéndose les mismos trámites detallados.
Art. 27. El Director del establecimiento á que se incorporare el privado, vigilará de que en éste se cumpla con la ley, y con todas las obligacion,es que le
están impuestas, dando cuenta al Consejo de los abusqs que no se remediaren
con sus advertencias, y visitando al efecto cuando lo crea conveniente, el establecimiento incorporado. En el caso de que ,éste no se halle en la misma poblacion que el público á que está anexo, esa vigilancia la ejercei,án los Prefectos y
Subprefectos, quienes darán un informe, por 1o menos cada dos meses, del estado que guarda el establecimiento vigilado.
Art. 28. Los Directores de los Colegios nacionales, al recibir las matrículas
de los incorporados, se asegurarán d,e que los alumnos inscritos, tienen los requisitos, y en su casQ los cursos anteriores, exigidos por la ley. ..
Art. 29.· Los alumnos de los establecimientos incorporados, pódrán ingresar,
durante el año escolar, al Colegio principal, _para continuar en él sus cursos,
acreditando con los certificados respectivos, estar matriculados, haber llenado el
tiempo de curso, y tener.buena conducta.
Art. 30. Los alumnos de los establecimientos incorporados que estuvieren en
la misma poblacion del principal, podrán optar los premios anuales ordinarios,
con los alumnos de aquel.
.
.A:rt. 31. Los empres-a,rios ó Directores de los establecimientos actualmente
incorporados, remitirán á los dos mes.ea.de publicado este reglamento, al Director _del p~incipal res.~ectivo, y éste al Cons~jo, ~l cuadro de los profesores, con
designacion de la asignaturl} que cada uno hubiere de desempeñar. De toda alteracion en la enseñanza, ó variacion del Director 6 profesores, darán parte al
Colegio principal.
.
.
Art. 32. Los mismos 0mpresarios ó :Pirectores de los establecimientos, privados, qué alteren el órden de la,s asignaturas ó de curso, ó no remitan la matríoula dentro del término señalado ei: el plan de estudios, ó matriculen á cualquier •
alumno clespues de cerrada la matricula, ó cometan cualquier ptra falta contra
la ley de Instruccion Públicá y este r&lt;lglamento, serán castiga&lt;los con una multa
de $ 25 á $ )00, que les impondrá el Consejo del ramo, previo aviso del Director del Colegio á que esté incorporado el establecimiento privado.
Art. 33. Las multas &lt;!_e que habla el artículo anterior, se harán efectivas de
·plano y gubernativamente, pór la respectiva autoridad política, mediante la' órden que para su exaccion le dé el Consejo de Instruccion Pública; y se aplicar~
al fondo de la misma.
,
Art. 34. Así de las multas como de los motivos que las .. ocasionen, dará parte
el Consejo al Ministerio respectivo.
·
Art. 35. Todo alumno de un establecimiento privado, inca_rporado, tiene obligacion de matricularse en el tiempo y fQrma exigidos por la ley, y de examinarse
¡il fin de cada año, en el establecimiento público respectivo.
Art. 36. Los Directores de los establecimientos privados, admitirán á matrícula_~ ~us alumno~ en el tiemro prescrito, y ~l tercer dia d~ cerra~o el plazo, rem1tiran una copia de los asien!os al ConseJo de Instruccrnn Pul}l.ica, y otra al
Director del establecimiento á que estu'.viere incorporado; acompañando el importe' de los derechos de las matrículas respectívas. En el caso de que no hubiere
alumnos matriculados para un,a ó varias clases, el Director dará parte de ello en
el término señalado. ,
Art. 37. Si el establecimiento incorporado no se hallare en la misma poblacion
del Colegio ó Liceo á que esté incorporado, el Director de éste dará comision á
una persona de- su confianza que presida los exámenes de fin de año, el cual llevará el programa de las lecciones que hayan dado en el Colegio, para, que conforme á él se hagan los exámenes, y recogerá las calificaciones que presentará
al Director, dándole los iñf.ormes correspondientes.
.
1

,TITULO III.
Liceo.

L.áTIN.
, 'El objeto es q_ue se adquiera un conocimiento gramatical del latín y aptitud
para traducir con facilidad los sencillos autores latinos.
1~ Clase.-Cuatro lecciones semanarias. ,
GR.A.MATICA.-Las cinco declinaciones regulares, las reglas sobre los géneros
de los sustan~ivos, los adjetivos, los númerós cardinales y ordinales, los pronom·
bres, la conjugaciondel-verbo sustantivo, y las cuatro regulares, las preposiciones
conjunciones mas importantes y las formas de las oraciones, 'al aprender las cuales se deberá cuidar de la buena pronunciacion y acentuacion.
La enseñanza gramatical no deberá ser separada de la lectura y traduooion:
se harán ejercicios sobre las formas de las oraciones inmediatamente que se va-,

.,

\

/

�~-------

,

-- ~

,

66

EL DIARIO pEL IMPERIO. ~

EL DIARIO DEL IMPERIO.
LENGUA GRIEGA.

yan aprendiendo, los cuales consistirán en hacer tr~ducciones del!atin, empleando las alabras que así se encuentren para las versiones del espanol. .A.t_e~ecto,
Liceo.
se tenlá cuidado de propo17er ejercicios d~ es~a~ versiones c?n l~s prepos1C1ones
Objeto.-Conocimiento gramatical de la etimología d~l dialecto ático Y; ~as· remas usadas, y de enseñar bien el u~o del m~n~tivo y del subJuntivo, c~n la,s conjunciones de causa, fin, consecuencia y cond;cion.
. .
. glas mas importantes de la sintáxis; ademas, la forma?i~n y la compos1cion ~~
Una media hora en la semana se empleara en composic~ones que el profesor las palabras griegas, y el modo de formar, con su auxilio, palabras nuevas, aplicables al lenguaje científico y técnico del castellano.
corregirá en su casa.
.
3ª Clase.-Tres lecciones semanarias.
Trabajos particulares de los alumnos: :ecapitular los ej~rcicios 9.ue s.~ ~u?ieGRiliATICA,-Etimología general, con excepcion de los verbos en I''; empleo.
ren hecho en la le~cion y los vocablos latinos que se traduJeron; y en la ~tima
mitad del año, escribir en un cuaderno las vers10nes hechas en cada leccion del de los acentos, tanto en' la lectura como en la escritura.,
1
4~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
•
latin al español y ;viceversa.
,
GMM-A.TICA.-Irregularidades_en
el
~ombre
y
e~
el
verbo;
puntos
esencia!eS"
Para ascender á la clase superior, sérá indispensable que al fin del año ~acolar se acredite en el exámen el conocimiento de las oraciones, con la segundad de la sintáxis griega, en que se diferencia de-la latma. , .
En estas dos clases se deberá tambien hacer uso de un hbro que contenga ti:,oy facilidad en la aplicacion de sus formas ó las. t;aducciones de una lengua á
zos fáciles de autores griegos, v. gr., las fábulas de Esopo:, para esto deber?-11
otra, y á la formacion y trasformac10n ~e proposiciones.
'los alumnos prepara~se aprendiendo,de mem?ria el_mayor, numero de voc~s grie2~ Clase.--:Cuatro lecciones semanarias. .
gas que les sea posible; cada mesó cada qumce dias ~aran _una tradu~cion del
GRAMATICA.-Irregularidades en las .declinacione~, géneros y ~o?juga~iones, griego al castellano. Los alumnos que no tuvieren la mtenc1on ~e seguir 1~ ~ai:- '
con los nombres numerales, los p~rticipios, los_ adver~ios, las p_repo~ici~nes y con- rera literaria, no cursarán el griego, ni las clases 3~ y 4~ del latm, que sust1tmjunciones que no se haJ:an estudiado en e~pr1~er ano, y,las mteIJe~ciones.
rán con el estudio de otras materias, á juicio del Director.
La enseñanza gramatical permanece umda a la lect~a y traducci~n, y_ se perfecciona el conocimiento de las oraciones que se aprendieron en la primera clase,
Colegio Literario.
con el de las demas de infinitivo con aC\lJ!ativo, de ablativos absolutos, _de los
verbos que carecen de pretérito y supino, de los deponentes y otros especiales y
Oldeto.-Conocimiento de la literatura griega, por medio de la lectura de lQllo
de participio.
. ,
.
Como en la primera clase, se empleara una media hora en la semana, en una autores mas célebres.
1ª Clase.-Cuatro lecciones semanarias.
composicion.
.
LECTURA.-Los libros mas inter!lsante~ de Herodot? sobr~ la guerra d_e PerTrabajos particulares: recapitular los eje:cicios, re~las y palabras co~o en la sia, y un libro de la Ciropedia de Xenofonte.. ~ada qumc~ dias ~a lecc1on deprimera clase; cada quince dias una traducc10n del latm al cas~ellano 6 VIce versa, gramática, para conservar y afirmar el conoCimtento del dialecto atico; cada mes
y en los últimos meses del año escolar, preparar l~s traducciones que hayan de una composicion.
,. •
hacerse·en la leccion.
·
2~ Olase.-Cuatro lecciones semanarias.
. .
El e,xámen de ascenso á la clase superior se arreglará conforme á lo dicho para
LECTURA -Cuatro cantos de la Iliada de Homero, con las explicaciones ne- .
cesarías sob~e las diferencias que existen entre el dialecto jónico y el ático. Para
la primera clase.
3~ ·clase.-Cuatro lecciones semanarias.
prepararse, aprenderán los _alumnos d~ memoria todas las voces que traduz_can,
GRAMATICA.-La parte de la s~táxis que trµ.ta del :é,gimen de los casos. _ y aun algunos trozos en 1r1ego del mis~o poema. .
3ª Clase.-Cuatro lecciones semanarias.
Lectura y traduccion.-Oorneho Nepote. Se traducrran en esta clase la maL~CTURA.-Cantos
de la Iliada de Homero, una tragedia de Sófocles, y lasyor parte de sus biografías.
Cada quince dias ó tr~s semanas se empl~rá una hora entera para una com- pequeñas oraciones políticas de Demóstenes. Gramática y composicion como en.
la 1~ clase.
,
'
posicion.
'
.
.
4~ Olase.-Cuatro lecciones semanarias.
Trabajos particulares: recapitular to~as las reglas gramaticales coh _eJemplos
LECTURA.-Platon, apología de Sócrates, algun diálogo, v._gr.: Protágoras,."
relativos á ellas, y preparar la traduccion que se ha de hacer en la leccion: cada Gorgias, Tedon ó cualquier otro; un libro de la guerra del Peloponeso, de Tucrquince días una composicion.
dides, y una tragedia de Sófocles:
.
·
•En los exámenes para el asce~so á la clase ~up?rio;, ~e exi~á. una c?~posiGramática y composicion, como en l_fts clases anteriores.
cion escrita en la misma clase, sm poder recurrir a diccionano m gramatica alguna, y que estando adecuada á las reglas que se hayan_ e•tudiado. en las tres
LENGUA CASTELLANA,
clases, esté enteyamente libre de faltas graves; la traducc10n de las biografías que
Liceo.
se hayan estudiado y la capa.cidad de traducir las demas.
.l. l,
4~ Clase.-.-Cuatro lecciones semanatjas.
,
El objeto de la instruccion en la lengua materna, es: 1~, para el Liceo: ensefütr
GRAMATICA,-La parte de la sintá~is.que trat:i, de la deter~acion de los moá
leer,
hablar y escribir en ella con propiedad, y sin cometer faltas contra la ~ados y tiempos de los verbos. Traduccion. Cresaris bellum galli~um, por su mayor
parte. Hácia el fin del año escolar, se emplearán' algunas lecciones en hacer co- mática ó la ortograffa; dar á conocer las formas mas usadas_en cartas, y el estil~
nocer á los alumnos la composicion dti versos latinos, principalmentes la de los de escritos sobre negocios. Tratar de que los alumnos adqmeran algun gusto liexámetros y dísticos, dándoles á leer algunos ~rozos t?~ados ~e los poemas de terario, para lo cual se les hará aprender de memoria algunos tro~os ~e ?bras
clásicas, escritas en prosa ó en verso, dándoles sobre ellos las explicaciones neOvidio y explicándoles las reglas de la pr?sodia_ y metrica latina.
,
Las composiciones en la clase, los trabaJOS privados de los alumnos y los exa- cesarias. 2~, para el Colegio: procurar que los alumnos ~~quieran 'bastante cormenes 'de ascensos para el Colegio Literario, se arreglarán segun lo que queda' reccion y fa!)µidad para expresarse de palabra y por escrito; y_sobr~ ,to~o, que. se formen un buen estilo, ensanchando hasta donde les sea posible sus ideas y
indicado respecto á estos objetos en la tercera clase.
.
su instrúccion. Darles al mismo tiempo un conocimiento exacto de su propia lengua, haciéndoies la historia de ella: esto se co~seguirá. comp~rándola con la8'
Colegie .Literario,
otras lenguas antiguas y modernas que se estudien ál mismo tiempo. ~acer al
fin un estudio histórico y estético de la literatura nacional y ,de las meJores traEl objeto es hacer conocer la literatura romana, en todas sus fases, y p~r ella ducciones de la~ obras clásicas extranjeras; aprender las reglas para el uso de lala Repúbliéa tomana; inspirar á los jóve?es el gusto en el estilo _de _la lengua l~- forma poética y retórica, y ejercitarse en estos dos géneros.
tina y la belleza y propiedad en la locucion en general. Este obJeto se consegm1~ Olase.-Cuatro lecciones semanarias.
rá con la lectura de los mejores autores-romanos, y con hacer frecuentes traducGRAMATICA,-Una leccion.-Analogía y ortografía, una leccion. Los alumnos,
ciones del castellano al latín, -procurando que se guarde en ellas la propiedad gra- escribirán lo que les dicte el profesor, quien corregirá ét'espues los dictados subramatical y que se ·adqui~ra, P?co á poco un estilo P~:tic_~~armente latín?, así e~ lu yando las faltas ortográficas, para que notándolas los mismos alumnos, las corriexpresion como ~n la smt_ax1s, de suerte iue al prmcipio s~ a~endera mas a la jan y eviten en lo sucesivo.
exactitud gramatical, aspirando despues a la belleza en la d1cc1on.
.
LEC'füRA.-Hablar y discurrir. Una leccion.-Los ejercicios de lectura no
1~ Olase.-Cuatro lecciones-semanarias.
tienen únicamente por objeto el que los alumnos adquieran buena _pronuncfacion
GRAMATICA,-Ejercicios para formar el estilo latino. Lectura traduccion y exacta acentnacion de las palabras, sino el que extiendan el círculo de sus ideas
de -prosa: Livio. Deben estudiarse los primeros libros, los pasajes importantes so- y auimen su imaginacion: para esto serán muy conducentes las explicaciones que
bre los combates entre los patricios y los plebeyos, y la guerra de Roma contra deberá dar el profesor sobre lo que lean. Se ejercitarán tambien en referir oral.Anníbal.
.
mente lo mismo que hayan leido, y en recitar ·algunos trozos en pr.osa ó verso,
PoESÍA.-Las metamórfosis de Ovidio, de las cuales se escogerán las piezas que hayan a.prendido de memoria.
CoMPOSICION.-Una leccion.-Los alumnos comenzarán á ejercitarse, hacien-· ·
mas interesantes.
Trabajos privados de los alumnos: minuciosa preparacion para la t,raduccion, do por escrito las narraciones ó descripciones que durante la leccion hubieran
sido relatadas ·por el profesor y repetidas por ellos. Cada semana ó cada quin- '
y cada quince días una composicion ó traduccion al latin.
.
Los exámenea para el ascenso á la clase-superior, se determinarán por lo que ce días se hará una composie.ion de ·esta clase, que d,evolverá el profesor.corregida en la semana siguiente.
se hubiere estudiado en esta clase.
2~ Olase.-Dos lecciones semanarias.-Gramática, una leccion.-Sintáxis.2~ Clase. Cuatro lecciones semanarias.
TRADUCCION DE PROSA: Salustio; guerra de Ingurtha y conjuracion de Cati- Continuarán los ejercicios de ortografía y de lectura. Par~ las composiciones se
lina; Cicerom la oracion primera contra Catilina y- algunas cartas á eleccion del elegirán, en cuanto sea posible, asuntos de la historia natural, de la política y de
la geografía, observando el mismo método que en la 1~ clase.
profesor; y César, la guerra civil.
3~ Clase.-Dos lecciones semanarias.-Cesarán los ejercicios ortográficos, y
POESÍA: .Algunas églogas escogidas de Virgilio, algunos pasajes de sus Geór- no se estudiará la gramática en lecciones determinadas, pero se recordarán sus
gicas, y el principio de su Eneida.
,
reglas oportunamente en la lectura y al corregir las composiciones. Una leccion
3~ Clase. Cuatro lecciones semanarias.
semanaria se empleará en criticar estas despues de corregidas, y en hacerlas deTRADUCCION DE PROSA: Las oraciones de Ciceron mas sobrésalientes por su nuevo. Los asuntos serán los mismos indicados para la 2~ clase, y ademas, desforma retórica, y }as mas importantes respecto á la política.
cripciones y narraciones de propia invencion. Cada quince dias se dará tema paPOESÍA: Continuacion de la Eneida de Virgilio.
ra que los alumnos compongan.
.
.
Do~ lecciones semanarias se dedicarán á la lectura de algun hbro escogido, y
4~ Clase. Cuatro lecciones semanarias.
.á recitar trozos de este mismo libro, ya sea en prosa ó en verso.
PRosA.: Tácito: unos tro_zos de .Agrícola y Germáuico.
4~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
POESÍA: Odas de Horacio, algunos Epodos, epístolas y sátiras.
Lo
mismo que en la anterior, con la diferencia de que los alumnos se ejercita-·
La instruccion gramatical y los trabajos particulares de los alumnos, se arrerán
en
escribir cartas sobre negocios, y comenzarán á aprender los elementos de
glarán en todas la-s clases como quedó indicado en la primera, é igualmente los
la métrica española.
exámenes para el ascenso á las clasés superiores, excepto en la cuarta clase.
1

-

0

y

&lt;1-0legio Literario,
1~ Clase.-Dps lecciones semanari~.
, Se darán cada quince dias temas para 1a ....
..
.
dio de las lenguas antiguas. Habrá una leccion deQll:llQn, aprovechando el estuel Romance y los líricos mas notables.
"''1 la que se estu.diará
2~ Clase.-Dos lecciones semanaria11.
HisTORIA DE LA LITERATURA ESPAÑOLA.-Una leccion. Historia de la li1e·ratura española desde eÍ siglo XVI hasta principioa de este siglo. (Cervantes,
•Claldeton, Lope de Vega, Quevedo, Moratin). Se recomienda á l,os alumnos la
lectura de las obras clásicas de dicha época. Se tendrá tambien una leccion de
oomposicion.
3~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
HISTORIA DE LA LITERATURA ESPAÑOLA MODERNA.-Se hará que los alµmnos lean los autores mas notables de este siglo y qu.e reciten trozos en prosa y
,verso, sacados de ellos. Las composiciones en esta clase, serán tanto en prosa co;mo en verso.
4~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
Literatura e;1pañola moderna, comparada con la antigua y con la de los pueblos
modernos, cuyoe idiomas estén estudiando.
Para los temas que se darán cada tres 'Semanas; se elegirán materias mas difi, · -ciles que en las clases •anteriores, y que tengan relacion con la filosofía; de manera que estas composiciones tomen el carácter de discursos que los alumnos pronunciarán en la misma clase.
,,

-

- 67

4
Histori;i.
hasta la destruccion del _Im~~rio Romano e\:ñ~ed:e ~:~
despue15 de Jesucristo. Antes de entrar en la histona de ca~a pueb &lt;r. , P1
, las noticias
· · geogra' ficas de SU pais, con re1acion a OS
sente en escena, se daran
1
, conocimientos preliminares adquiridos en la 1~ clase.
.
, r 0
La historia del pueblo Hebreo, con la geografia de Palestma, que~a ca g
del respectivo maestro de religion.
~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
.
1'd ,
la geogra'n,.Jº la edad média, hasta el descubrimiento de las .Améncas,__.1~ é ~ ª
a.· '
1
H' t . d Es - a 'hlll nea
e . panrl '--111. 'erna
Y México' enlazándola Mll'ldo- que ·en· la· 2~ c ase.· · iSloriad la
h1Sto a. "'...
•
4~ Olase.-Tres lecciones semanarTas:•mtos prmcipa es e
. ·
Geografia de .América, principalmente de México, y despnes nociones·geográftcaá de todos los Estados de Europa y do los otros continentes.
Los que no tuvieren intencion de pasar al Colegio literario, tendrán en esta
clase una leccion semanaria para estudiar la estadística ind11strial y comercial de
México, y de los Estados mas importantes.
·

:ai~

ª

Colegio literario.

Objeto.-Conócimiento de la historia uuiversal considerada filosóficamente, y
con especialidad de la historia patria y de los antiguos Griegos y Romanos; las
nociones.geográficas deberán aumentarse y afirmarse mas.
'
1~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
. Historia antigua hasta la caida del Imperio Romano, con especial considera, cion de la historia de los Griegos y la de los Romanós; sus antigüedades é influjo a.e estos pueblos en la religion, las artes, la literaturá, la legislacion y las cienColegio de drtes,
cias ñlosóficas.
Siendo. el objeto de los Colegios de Artes, preparar para el estudio de las car
2~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
zeras·prácticas, quedando por tanto suprimido el de las lenguas antiguas, la en
Historia de la edad média y la especial de España ha~ta el descubrimiento de
,tieñanza de la matema se dirigirá en ellos principalmente, á ,formar un estilo cla las .Américas, á las que se reunirán las nociones mas importantes sqbre América
. ro, correcto y ,conciso, propio de hombres de negocios, y á dar las nociones de y México, antes de la conquista.
.fa literatura española de una manera mas sucinta que en los Colegios Literarios. .
3~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
En cada clase habrá dos lecciones semanarias.
B;istoria universal desde fines del siglo XV hasta la revolucion 'frances~, y esPara la lectura en la primera clase, se elegirán las µiejores traducciones de las pecialmente de España y de Améfica, hasta la separacion de l~s Colonias espa.obras clásicas, latinas y griegas, en prosa y en verso; y para las dos clases supe- ñolas de .América inclusive.
riores, las obras mejores españolas en prosa y verso, desde la época del romance
4~ Olase.-Tres lecciones semanarias.
,
hasta el actual t¡iempo.
,
Historia de México desde la conquista ha~ta los tiempos actuales, en relacion
.Ademas de las explicaciones que se hagan sobre las piezas que se lean, se da- con los acontecimientos que tuvieron lugar en Europa, desde la revolucion franrán en las dos clases superiores nociones de las épocas principales de la historia , cesa hasta ahora, dando al fin la estadística de México, y un resúmen del actual
.de la literatura éspa.ñola.
,
mapa político del mundo.
t
·
Para las, composiciones que se exijan cada quince dias, se elegirán en la priColegio de d.rtes.
mera clase temas propios ,para cartas y trabajos en estilo de negociantes; y en
J.as dos clases superiores temas que estén en relacion con las otras mat~rias que
Objeto.-Mientras que en el Colegio literario la instrnccion hi:iórica debe di:Be estudien.
rigirse á que se adquiera un profundo conocimiento, tanto de los acontecimientos
.En la última clase los alumnos deberán pronunciar discursos formados por políticos que han.conmovido el mundo, como de la manera progresiva con que se
.ellos mismos.
·
ha formado nuestra legislacion, nuestra literatura, nuestra filosofia; el Colegio de
Artes tiene mas bien el obj eto de hacer comprender por el estudio de la historia,
FRANCES E INGLES. 1
el estado económico de nuestra sociedad, cuyo fin se consigue prestando mayor
El objeto en el Liceo es, que se aprenda á hablar y escribir él frances correc- atencion al progreso del comercio, de la industria, de las artes de cada pueblo en
tamente y con cierta facilidad, y que los alumnos adquieran los primeros elemen- garticular y de todos en general. Por esto és que la manera de enseñar la
itos del inglés.
.
liistoria en el Colegio de Artes, tiene 'que ser, como su objeto, diferente de la que
En los Colegios literarios ó de .Artes se continú~' el' estudio del francés para se ha explicado para el Colegio literario.
.no olvidarlo-y perfeccionarlo con el ejercicio de hablarlo, escribirlo y hacer tra1~ Olasti.-Tres lecciones semanarias.
,ducciones de los mejores escritores francE¡ses; el inglés podrá perfeccionarse hasta
Historia antigua de los Griegos y Romanos y de la edad média, hasta el des;el ,pllilto de escribirlo y hablarlo con mediana correccion.
•
cubrimiento de .América exclusive, con especial consiqeracion•de la vida económica de los diferentes pueblos, sus progresos en la industria, en el coµiercio y en
FR.A.NCES ,
la navegacion, dando al fin las nociones de los grandes descubrimientos que señalaron los siglos XIV y XV.
Liuo.
2~ Clase.-Tres lecciones semanarias. ,
-2~ Clase.-Cnatro lecciones sem;narias.
·. Historia del descubrimiento de la .Améric~ y nociones de la de España; histo3~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
ria de los viajes ! descubrimientos que se hicieron en esa parte del ]llUndo,
4~ Olase.-Dos lecciones semanarias.
hast:i, el fin_del si~lo ~VIII: la_formacion de colo~as, su influjo en el antiguo
contment~ y la h1stona de México desde la conqmsta; dando los conocimientos
Colegio literario, •
mas precisos sobre algunos de los otros pueblos que no se mencio.nan en este
1~ Clase.-Dos leccipnes semanaria~, y para,las restantes, hasta la 4\ una lec- curso.
3~ Olase.-Tres lecciones semanal'Íás.
.cion.
Historia de la guerra de independencia de los Estados-Unidos y de la de MéColegio de drtes.
xico, comparadas entre sí y con referencia á los acontecimientos contemporáneos
Una lecciop. en cada clase hasta la tercera.
en,Europa: histotia económico-política de México, desae la independencia hasta
l~s tiempos actuales, y estadística comparada con la general de los E stados principales de Europa y América, dando por conclusion una noticia breve de los
INGLES.
desqubrimientos hechos en e~te sigl?, en la industria, las artes y la geografia.
Liceo:
,4~ Olase.-Tres lecciones semanarias.
Cole¡;io literario,
1~ Olase.-Tres lecciones semanarias.
2~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
:3~ Olase.-Una leccion semanaria.
,4~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
Colegio de drtes.
1~ Olase.-Dos lecciones semanarias.
1 .2~ Olase.-Dos lecciones semanarias.
-3~ Olase.-Uná leccion semanaria.
GE0GRAFIA

E

HISTORIA,

Liceo. ·
Ob~e~.-Nociones de la superfici~ de la tierra, segv.n sus divisiones naturales
Y pohti_cas; _de las personas mas emmentes y.de los acontecimientos mas notables
.de la historia de los pueblos, principalmente de México.
1~ Clase.-Tres lecciones semaha.rias.
'Des~~pcion de la sup_e~fi~ie de)~ tierra, ele~ntos de la geografia física y
~teI?atlca; Y al fin la di~ision P?ht1ca de la tierra, agregando algunos apuntes
lnograficos de los_personaJe~ ma~ tmporta.ntes de la historia antigua y patria, para
preparar el estudio de la Historia.
2~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
•

1

'

.

MATEMATIC.A.S.
Li~eo.
Obje~--~~g,uridad e~ e~resar los n~eros, compone:los y descomponerlos
con el e3ercic10 de las prmcipales operaciones, y preparac1on para tratar la -aritmética científicamente; conoc~miento de las figuras g,eométricas, sus relaciones y
sus ley¡:is, no ?ª~adas en la rigurosa demostracion, sino en la aplicacion práctica
de tales_conocimientos, :orno preparacion para la geometría científicamente demostrativa, y para suplu-la respecto de los que inmediatamente abracen una carrera práctica.
;
1~ Olase.-Tres lecciones semanarias.
ARITMET~CA.-Las cuatro operaciones, ejercitándolas con números enteros
q_u~~rados comun?s, denominados. y decimales, abreviaciones y prueba~ y divi:
sibilidad ~eÍos nu°;leros: convers1on de las fracciones comunes en decimales, y
al contrario; denommador comun; regla de tres simple.
GEO~T~IA.- Objetos geométricos, punto, línea, ángulo, superficie plana, cuerpo; conoctmiento de las figuras rectilíneas, regulares, y ejercicio de trazarlas con
la regla y el compás; medida de ,las líneas y de los ángulos.
2~ Olase.-Tres lecciones semanarias.
. ARJ:TMETICA.-Compfracion de, lo~ número~, r~zones y pro~orciones; aplicac!on de la re~la de ~res a casos practicos, y prmcipalmente al calculo de interés;
sistema-métrico dec1mal, comparado con los de medidas, monedas y pesos, usados ha~ta hoy en el Imperio y en los países extranjeros.
,
. GEo~:~u.-Snperficie de los tri~n~los, cuadriláteros y polígonos; conversion y diVIs10n: de las ~guras; deterlll:~a91on de los _triángulos.
3~ Clase.-Tres lecciones semananas.

�68

~L DIARIO ·DEL IMPERIO.
Colet;io Literar·· ~

\

.,

\,

'·

.

5

ARITMETICA APLICADA.
TENEDURI.A. DE LIBROS, LETRAS DE CAMBIO, DERECHOS DE ADUANA.
Colegio de J.r.tes,
Objeto.- Aptitud de resolver los cálculos que se ofrecen frecuentemente á los
ne_gociantes, y de llevar las cuentas de un negocio cualquiera en los libros prescrito~ por _l~s leyes, y segun el, modo adoptado en el comercio; conocimiento de
las disposiciones con respecto a letras de cambio y derech.9s de Aduana.
i ~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
I;1struccion sobre medidas, monedas, pesos y ·su reduccion al sistema métricodecimal; cuentas de intereses y réditos por el antiguo y nuevo sistema, para calcular los pagos á plazo, etc.; disposiciones relativas á letras de cambio y el uso
de ellas en el comercio, añadiendo los ejemplos prácticos.
2~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
'
Teneduría de libros teórico-práctica; las ordenanzas ma&amp; importantes sQbre derechos de Adu!l,na.
·
DIBUJO.
Objeto.- Representar por líneas rectas y curvas, objetos ·de la natm;aieza con
la mayor propi~dad p_osible, ó de 4,acer ~lanos· de edificios y paisajes. Este ramo,
que aunque obligatono en los años de Liceo, es solo de ornato para los que siguen una carrera literaria, en el Colegio de Artes debe considerarse como uno
de los principales y procurar que los jóv.enes. alcancen la mayor perfeccion en él.

-

reinos naturales y de lá4&gt; leyes..
01,Ve,to.- Conocimiento sistemá~ - e objeto la matemática elemental, po:r
de la naturaleza en cuanto ~JIJ'~ran algunos fenómenos de la naturaleza. 1
medio de cuya cie~,ó'tíessemanarias.
,
1~ Cl~...:..JlTURAL sistemática, segun sus partes p1·incipales: Mineraldgia~
__.E~; Zoología.
_
2~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
'
FrsrcA.-Propiedades generales y diferencias de los cuerpos. Leyes de las
uniones y desuniones químicas; las uniones químicas cuyo conocimiento sea necesario para comprender algunos fenómenos físicos y que tengan mas frecuentes.
aplicaciones' en la vida práctica; calórico, magnetismo, electricidad.
3~ Clasé.-Tres lecciones semanarias.
Frsrc.A..-Leyes del equilibrio y del movimiento de los cuerpos sólidos, líquidos y ga4,eosos, hygrometría, acústica, óptica, elementos de la astronomía con
relacion á la geografía matemática y la meteorología.
4~ Ólase.-Tres lecciones semanarias.
C~legio Literario,
GEOGRAFIA FISICA.-Geognosia, estudios sobre las petrificaciones y la formaO~eto.-Conocimiento y aplicacion .de la geometría elemental y de la ál- cion de las montañas, Fisiología de los animales comparada con la del hombre,
reparticion geográfica de las plantas y de los animales.
gebra, como ciencias rigorosamente demostrativas.
.A.RITMETICA.
Cole{if'io de J.rtes,
1~ Clase.- Cuatro lecciones semanarias.
lllSTORIA NATURAL,
Principios del sistema numérico en general, aplicados al binario, ternario, etc.,
O~eto.-Conocimiento científico de los tres reinos naturales en forma sistemáy con particular especialidad al sistema décuplo; las cuatro operaciones fundamentales, formacion de potencias, extraccion de raices, naturaleza y derivacion tica y aplicada para conocer las producciones naturales que tengfal,n en la vida.de los números negativos, fracciones, numeros irracionales y cantidades imagi- comun la mas frecuente aplicacion en las artes y oficios.
1~ Clase.- Cuatro lecciones semanarias. .
narias, aplicado todo á cantidádes literales; calidades generales de los núm~ros,
HISTOR.I.A. NATURAL como ciencia sistemática: zoología con respecto al organisconsiderándose principalmente su divisibilidad; completa doctrina de las fracciones y de las razones y proporciones, en cuanto no se necesiten las potencias mo interior de los animales, á su reparticion geográfica y al uso que se saca de
ellos en' la vida práctica; botánica general, sobre las partes de las plantas, su orraices.
,
ganismo y su sistema botánico, y botánica particular respecto á la reparticion
GEO:METRIA; Longimetría y Planimetría tratadas científicamente.
'
geográfica
de las plantas, considerándose muy particularmente la Flora patria;
2~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
,
ARITMETICA Y ÁLGEBRA.-Potencias y raices con aplicacion á los p{·oblemas aplicacion de las plantas á las artes y á la industria.
2~ Cla4&gt;e.-Dos lecciones semanarias.
,algebráicos de uno ó mas miembros, y á las razones y proporciones; ecuaciones
de primer grado con una ó mas incógnitas; teoría completa del máximun comun - Mn.TERALOGIA con respecto á la composigion química de los minerales y al
divisor. Ejercicio semanario que consista en la,aplicacion de las seis operaciones uso mas comun que se hace de ellos en las artes y en la industria; Geognosia y
fundamentales á monomios y polinomios, y reducciones ife problemas algebraicos · Paleontología.
..
FISICA.
compuestos.
·
GEOMETRIA y TRIGONOMET;RJA.-Estereometría, trigonometría rectilínea con
Objeto.- Conocimiento de los mas importantes fenómenos y leyes de la natuuna frecuente aplicacion de la arítmetica y álgebra; elementos de la trigonometría raleza, fundado no solo en experimentos prácticos, sino en la mas rigorosa deesférica.
,
mostracion en cuanto baste la matemá~ica elemental, y aplicado á las operacio3ª Clase.-Tres lecciones semanarias. '
ALGEBRA.-Ecuaciones · de pri~er -grado, indeterminádas; ecuaciones de se- nes industriales.
2~ Clase.- Cuatro lecciones semanarias.
1
gundo grado con una incógnita; progresiones; teoría completa de las combinacioLas calidades generales y la diferencia material de los cuerpos (elementos de
nes y permutaciones; binomio de Newton.
·
químjca); equilibrio y movimiento de los sólidos y líquidos (mecánica) y acústica.
GEOMETRÍA.-Aplicacion de la álgebra á la geometría; elementos de la analí3~ Clase.--!Cinco lecciones se:ma,narias.
tica en el plano! incluidas las secciones cónicas.
Optica, M¡¡.gnetismo, Electricidad, Calórico, Geografta física- y Meteorología,
Cole{ifio de J.rtes.
Astronomía física.
·
FIJ:.OSOFLA.
Objeto.-Conocimientoprofundo d~ la'm~temática elemental, comó ciencia riObjeto.~Ilustrar el raciocinio, añadir á los conocimientos experimentales ,del
gorosamente demostrativa y absolutamente necesaria para todas las carreras
1
mundo exterior el de los fenómenos del 11,lma; :relacionar las "ciencias que se ha-.
práqticas.
_
yan estudiado ó estén estudiando, y aprender á conocerse á sí mismo. Tal estu1~ Clase.-Cinco, lecciones semanarias.
ALGEBRA.-Las cuatro reglas fundamentales aplicadas á problemas algebrái- dio debe, pues, considerarse no solamente como la conclusion precisa de todo 'lo
cos; fracciones, razones y proporciones; ecuaciones de primer grado, con una ó que se hubiere aprendidó, sino como 'una preparacion para recibir convenientemas incógnita43.
mente la instruccion superior.
GEO:METRÍA:-Planimetría, con particular aplicacion á las construcciones, cálColegio Literario,
culos geométricos, y á todas las operaciones que· tienen aplicacion en la agrimensura.
3~ Clase.-Tres Íecciones semanarias.
2~ Clase.-Cuatro lecciones semanarias.
Lógica y Psicología, elementos de Metafísica.
ÁLGEBRA'.- Las potencias y raices aplicadas á problemas algebráicos de uno
4~ Clase.-Tres lecciones semanarias.
y mas miembros; ecuaciones de segundo grado, con una y mas incógnitas; proFilosofía moral; filosófia de la, historia; historia de los sistemas filosóficos y de
gresiones aritméticas y geométricas.
las principales escuelas qua se han formado de ellos.
'
·
GEOMETRIA Y TRIGONO:ME'rRIA.-Trigonometría rectilínea; resolueion de proHISTORIA GENERA~ DE LITERA.TURA Y ARTES.
blemas geométricos con auxilio de la álge~ra ó por medio de las ecuaciones; la,s
tres secciones cónicas, con particular consider!!,cion de aquellas calidades y consObjeto.- Gomplemento necesario de los estudios de las lenguas antiguas y motrucciones que hallen su aplicaeion en el dibujo.
dernas, é históricos.
3~ Clª9e.- Cuatro lecciones semanarias. ·
Colegfo literario,
ALGEBRA.-Ecuaciones exponenciales sencillas é indeterminadas; progresiones
4~
Clase.Tres
lecciones
semanarias.
· aritméticas y geométricas; teoría de las combinaciones, aplicada á binomios-y po-'
Historia general de la literatnra y de las artes, dándose la preferencia á la
linomios y á lós elementos de la regla de probabilidad; sencillos problemas de mexicana y españoJa, siguiéndose con-la antigua y terminándose con la de las
ecuaciones mixtas del tercero y cuarto grado con una incógnita; haciendo aplica- naciones mas civilizadas, sin perder de vista la aplicacion de las reglas de la
ciones al cálculo diferencial é integral.
,
GEOMETRIA.-Estereometría aplicada á la arquitectura, y elementos de la tri- Estética.
TECNOLOGIA.
gonometría esférica.
Cole~o de J.rtes.
HISTORIA NiTUR.A.L Y FISIC'.A.. ,
Liceo,
O~eto.- Conocimiento compendioso de las máquinas que mas frecuentemente
Objeto.- Conocimiento práctíco del mas ímportante de los tres reinos natura- se usan en la vida comun é industrial y su manera de funcionar; de la construcles y de los fenómenos y leyes de la naturaleza que ~e comprenden mas fácil- cion de los mas sencillos ecli.ficios, de los- gastos de su fabricacion y modo de conmente por los simples experimentos en su aplícacion práctica sin el auxilio de servarlos: conocimiento de las producciones brutas y de la elaboracion de lasmanufacturas mas comunes eñ la industria y el comercio.
las matemáticas.
·
•
3~ Clase.-Cinco lecciones semanarias.
1~ Olase.-Dos lecciones semanarias. ·
,
Tecnología mecánica: las fuerzas naturales que se emplean mas comunmente
ZooLOGIA de los vertebrados, ó sea de los mamífer¿s, aves, reptiles, batraciaen la vida práctica, y el modo de medir las de las diferentes clases de máquinas,
nos y peces.
partes principales de las compuestas y su diversa aplicacion á la industria, cono2ª Clase.-Dos lecciones semanarias.
ZooLOGIA de los crustáceos, aracnidos, ins~ctos, tratando particularmente de cimientos preliminares sobre el modo de hacer conductos de agua y de gas, sobre caminos, ferrocarriles, wagones y locomotoras.
las orugas crisálidas y dando al fin elementos de Botánica.
3ª Clase.-Dos lecciones semanarias.
TECNOLOGIA ARQUITECTONICA.
Mnn:R.A.LOGIA y los primeros rudimentos de la Física, en los cuales se comConstruccion
de
los
mas
sencillos edificios de habitacion y de uso industrial·
prenden los conocimientos de las propiedades generales de los cuerpos, del esplano
de
fábrica;
partes
del
edificio, operarios y·matei,iales necesarios para fabri~
tado de agregacion y de la calidad material interior, del calórico, de la evaporacion, formacion de los.meteoros acuáticos, reparticion del calor sobre la superfi- car una casa, modo de hacer el presupuestó de los gastos, nociones 1:lobre el arte
de oomponer caminos, diques y puentes.
cie de la tierra.
, Conocimiento de las producciones brutas comunes en la industria y el comer.:
4~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
FrsICA.-Equilibrio y fnovimiento de los cuerpos sólidos y líquidos, lo mas cio, de su aplicacion, del.lugar de su procedencia y del modo de fijar su precio,
imp_ortante de Ia ~cústica; óptica; del magnetism~, de 1~ electricidad, con expli- de las manufacturas mas sencillas, considerándose muy especialmente los procacion de los fenomenos que tengan alguna relac10n con ella, las nociones mas ductos del pais. Fabricacion del jabon, curtiduríá, tejería, fábrica d-e""hilazá, elaboracion de la caña en azúcar y en aguardiente.
necesarias de la al!tronomía y de la geografía física.

. ARITMET:C.A. y ÁLGEBR.A..-Las cuatro operaciones ejecutadas con l,o.ntidades
literales Y diversos usos del :paréntesis; formacion de las potencias de númoros
.. tteros Y q~ebr~~os; extraccion de las raices cuadradas y cúbicas de números;
O maals sdencil~o ~ importante d~ laB combinaciones y permutaciones, y teoría element e1maXIID.um comun divisor.
..rEOME;1'RI.A..-fm c~-c~lo y sus combinaciones con la línea recta, polígonos inscn4~sÓ1 circunDscritos 8: circunferencias; medida del círculo y de la circunferencfo
. ase.- os lecciones semanarias.
d
RI'l'METIC.A. y .A.LGEBR.A. Las
.
----...--;- g as e
acion con·unta d
.- _, razo~es ypr~JJft'a~tJcos; ecuaciones de
p mer ~J_!º~i~~rw-\i."e"f1s'Íogaritmos y uso de las tablas vulgares.
·
•
GEOMETRIA.-Las :figuras consideradas en el espacio, de los planos y de los
cuerpos determinados por superficies planas; de las rectas y de los planos perpendiculares y paralelos entre sí; de los ángulos diedros y poliedros; diferentes
clases de cuerpos, su forma, superficies y volúmenes.

A

69

EL DIARIO DEL IMPERIO.

rem::-

FISICA.
1ª Clase.- Dos leccion~s semanarias.
Elementos de Física; las uniones químicas mas sencillas· calórico-' ~eteóros
acuáticos, reparticion ~el calor sob\e la ºtierra,. enseñado co~pendiosa:Uente.
2~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
Elementos de la Mecánica, óptica, acústica; nociones elementales dei magnetismo y de la electricidad, con explicacion de los mas comunes fenómenos de la
naturaleza, y de su a~licacion práctica á las_artes y á la industria; nociones elem~ntales de astronomia y de la geografia fisica. Todo debe enseñars~ como en el
grimer año y con un fin meramente práctico.
·
ARJTMETICA APLICADA Y LETRAS DE CAMBIO.
2ª Clase.- Tres lecciones semanarias.
TECNOLOGIA.
2~ Clase.- Cinco lecciones semanarias.
_1m objeto en la ense~anza de las materias que preceden y que siguen, es el
1;Ilismo qi¡e en el Co~eg_10 de Artes, con las limitaciones consiguientes á la edad y
a los menores conocmnentos preparatorios de los alumnos.
DIBUJO,
1~ Clase.-Seis lecciones semanarias, consae:rando
tres para el natural y tres
0
para el lineal.
,
2~ Clase.-Sejs lecciones semanarias.
Dibujo de máquinas, planos de casas, etc.

Liceo,
En las tres últv,uas clases se deja11á campo libre á la' incJinacion y al talento
~e los alumnos, para dedicarse af dibujo natural (representando flores, follajes,
figuras humanas y de animales), ó al lineal'{haciendo columnas, eai:6.cios, etc.)' ·
CALIGRAFIA.
1~ Clase.-Cuatro lecciones semanarias.
, En la 1~ y 2~ clase, dos lecciones semanarias.
,
2~ Clase.- Cuatro lecciones semanarias. ·
. Deberá cuidarse mucho que los'alumilos adq~ieran una escritura elegante y
3~ y 4ª Clase.- Dos lecciones sema:qarias parg, los que cursen el griego, y hger~, porque c_on ella podrán encontrar ocupaciones y~colocaciones adaptadas á
cuatro para los que no lo cursen.
sus circunstancias.
Cole,;io de J.1•tes,,
INSTRUCCION RELIGIOSA.
'i~ Clase.- Cinco lecciones semanarias.
En cuanto á esta, se observará lo p1·evenido respectivamente para los Liceos y
Aplicacion del dibujo lineal á fo, construccion de máquinas, planos de edificios
Colegios.
,
y paisajes, ejercicios en el dibujo natural.
·
Dado en México á 27 de Diciembre de 1865.
2ª Clase.- Cuatro lecciones semanarias.
MAXIMILI.ANO.
3~ Clase.- Cinco lecciones sema.narias.
Por el Emperador,
Dibujo natUl"al: de flores, ornamentos, :figuras, segun muestras y modelos del
El Ministro de Instruocion P ública y Cultos,
tamaño natural ó tamaño variaao.
Dibujo lineal acompañado de lecciones orales, sobre las proyecciones 'y somFRANCISCO.ARTIGAS.
bras (en la 2~ clase), y sobre la perspectiva (en la 3~}. Aplicacion práctica á la
conatruccion de máquinas- y á la arquitectura.
,
\;
,
C.A.LIGR.A.FIA.
qbj~to.- Una es~ritura ~lara·y lige~a, segun muestras bueJ!.as. Como eje_r~icios
cahgra:6.cos, deberan considerarse todas las composiciones de los alumnos pue¡J
tas en limpio en sus respectivos cuadernos.
1~ Clase.- Dos lecciones semanarias.
2ª Clase.-Dos lecciones semanarias.
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TÁQUIGRAFIA.
.Objeto.- P~der· esc1~bir lo que se hable y leerlo al. dia siguiente: este conoci~ento es casi necesano para -los fu~uros médi~os, abogados y empleados de o:6.cmas.
' ,
Liceo
3~ y 4~ Clase._:_Una leccion semanaria.

.

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Coler;io literario.
2ª y 3~ Clase.-Una leccion semanaria.

GIMN.A.STICA.
g~nástica deberá, ~n cuanto lo permitan las ch-e'unst¡¡¡,ncias, ser un ramo
obhgator10 e~ tod?s los Liceos y Colegios. El objeto de este saludable ejercicio,
es preservar.a la Juventud_de los mal~s á ~ue, está propensa cuando no se procura d~sarrollar en armorua educac10n cientifica y moral con la :6.sica.
Escuela cívica .
~ n los_ lugares donde n~ se juzgare cdnveniente la ereccion de un Liceo, y en
los que.sm em~argo se estllll:e necesario un establecimiento donde pueaá reeibh-se una mstruecion mas alJl.pha que en la1, escuelas primarias, se podrán establecer escuelas cívicas para cada U:no de ellos, en que se den dos clases ó cursó"s
anuales en la forma siguiente:
Lengua castellana (dos clases), tres lecciones semanarias.
Se enseñará solamente lo mas necesario de la sintáxis dándose grande importancia á los ejercicios ortográficos y de lectura.
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G:EOGRAFIA E HISTORIA.
1~ Clase.-Dos lecciones semanarias.
. D_e~cripcion del globo terrestr~ (geograña compendiada), con algunos apuntes
histoncos.
.
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2ª Clase.-Dos lecciones semanarias.
_, q~ograña espec~al.de 1,Iéxico, nociones de la historia patria, su constitucion
pohtica y su estad1sttca, en cuanto afecte al comercio y á la industria.
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e Clase.-Seis leí\ciones sema,narias.
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ÁRITMETICA.- Cuatro leccion·es semanarias.
~'ra~~iones, re_gl~ de tres simple,.regla de tres compuesta, de aligacion y de
co1;Il~ama, c?nocimiento de las medidas, pesos y monedas; reducidas al sistema
metnco- decimal.
GEOMETRIA.-Dos lecciones semanarias.
Oon?cimiento de los objet~s, geométricos, vunto, línea, ángulo, ,figura plana,
c~erpo, ~l ~e las figuras rectilm~as mas .sencillas y de sus proporciones, ó relaciones mas Importantes, ;ºn las respectivas demostraciones; el ejercicio de trazarla~ co~ _regla y compa~, y d~ ca~~ular el tamaño de las líneas y ,de los ángulos; eJercicios para calcular con facilidad la superficie de las :figuras planas Rermutarlal! y dividirlas. Elementos de Estereometría
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HISTORIA NATURAL.
1~ Qlase.-Dos lecciones semanarias.
2~ Clase,-Dos lecciones semanarias.

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EL DIARIO DEL IMPERIO.

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EL DIARIO DEL IMPERIO.

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CASA DE LA EMPERATRIZ.
México, Enero 15 de 1866.

S. M. la Emperatr,iz se sirvió nombrar, con fecha 15 del c01·riente, Dama de Palacio á ,la Sra. Dª Francisca Escandon de Landa.
El Gran Chambelan de la Emperatriz,
EL ,!)ONDE DEL VALLE.

PARTE NO OFifJIAL.
Por la última correspondencia de Roma se anuncia que las negociaciones de la Comision Mexicana, cerca de Su Santidad, se encuentran muy
avanzadas y próximas á llegar á un término feliz.
1

Por la carta del Emperador, dirigida al Sr. Ministro de Justicia, q~e
hoy se publica en la parte oficial: del «Diario)), se ver~ gue S. M. babia
dispuesto que desde el 2 del comente ~e celebráran se~10nes en s~ pres_e~cia para discutir los puntos concernientes á 1~ formac10n del Có~1go c1v1I.
El viaje de S. M. al encuentro de la Emperatriz, y el luto posterior de la
Corte' por la muerte del Rey dé los belgas, han impedido que estas s~si~nes empezáran el dia que lo había dispuesto el Soberano. Darán prmc1pio hoy mismo; y como ~ste es un asunto en que S. M. ~ºII'.!-ª tan grande
empeño, y como en la citada carta se encuentra tan sabia~ente marcado
el camino que se ha de seguir para obtener un resultado q1choso, hay razon para esperar que dentro de poco tiempo estará forma~o y sancionado
el Código civil del Imperio, quedando de este modo satisfecha una de
las grandes necesidades de nuestra administracion de ju~ticia.
;Escriben de los Estados-Unidos que el general Cox, Gobernador del
E,stado de Ohio, protestó enérgicamente contra la doctrina Monroe en su
mensaje á la legislatura, y recomendó á aquel cuerpo se oponga á cualquiera demostracion hostil contra el Emperador Maximiliano.
Los Juaristas van á retirar del Mercado su préstamo, porque no han
conseguido ni aun para los gastos de renta de casa.
El Ministro de D. Benito Juarez en Washington, en la visita de felicitacion del año nuevo, fué tan fríamente recibido, que tuvo qne salir á pocos
momentos. Ninguno de los ministros de las otras naciones le dirigió la palabra ni lo saludó.

La Inundacio.... y el Desagüe.
Apenas terminado el socavon (por
Ennco Martinez) tuvo contradictores;
que la envidia no fabrica, sino desbarata. Se objetaba .•..• que era inútil
para su objeto, porque no precavía las
mundaciones.-~OROZCO y BERR,\.

I.
Todo el mundo en el dia habla de la inundacion y del desagüe; y tin embargo, pocos son los que tienen _ideas ~xactas sobre e! as~nt~. La discusion que se
ha suscitado en la prensa, leJOS de ilustrar, ha vemdo a oscurecer la cuestion; y
el público, cuyo;; intereses se t oroi:i,n en boca por todos, poco sabe de lo que
pasa.
Procuremos por un momento hacer abstraccion de los intereses que se han
agitado, para considerar ante todo los de la sociedad, que, impasible, deja hacer
y decir en su nombre, sin distinguir, á lo qne parece, á los amigos de los ene-

side¡:ablemente. En el Norte, con un dir1ue, se lrnu elevado Y. extendido la~. a~as
del de Zumpango. Xaltocan, cout'eilido por otro dique del trnmpo d~ lo_s mdios:
ha aumentado su vaso; y finalmente, más al Sur, el lago de San Cristobal. c~s1
ha sido formado por el gran dique, calzada del mismo nombre, el cual en ?1~tm-·
tas épocas ha sido levantado roas y J?ªs, hasta ~bsorve~ dentro de su _pe_nmetro
al lago superior de Xaltocan, cuyo dique, demasiado baJO, ha desaparecido hoy
casi por completo.
P or el lado del Sur, los lagos de Chalco y de X ochimilco reunidos en un·principio, derramaban su caudaloso c~ntiúgente de aguas ~obre. el lag? de_T excoco •
y la ciudad de México, por las cienagas de Culhuacan y de Mexicalcmgo, que
de las faldas del cerro de la E strella se extendían hasta el pedregal de San Angel. Mas abajo, las aguas se extendian has~ el pié del c~rro de Chapult~pec, y
rodeaban á la capital por todas partes, fertilizando las tierras de las 0~·1llas, y
llevando innumerables chinampas en su seno. E stas aguas del Sur provienen de
mil manantiales cristalinos q'\le brotan al pié de la sierra. Son potables é inmej orables par a el riego, pero eran un peligro para México; se renunció á sus !entaj as y se les enfrenó con ~iq1rns. Al lago de Chal~o _se le encerró,con el dique
calzada de Tlahuac, separandolo del lago de X ochnmlco. A este, a su turno, se
le contuvo con el dique de Culhuacan, y mas abaj o, el dique de Mexicalcingo
contenia las aguas de las eiénagas superiorea.
P or esta breve relacion se ve que desde los tiempos mas remotos, la salvacion
de México se ha debido principalmente á los diques, que conteniendo las aguas
de las vertientes del Norte y del Sur del Valle, han impedido que con su flujQ
se extienda el lao-o de Texcoco, sumergiendo en su seno á toda la ciudad.
A los diques que hemos citado, que en parte forman y limitan los lagos del
Norte y los del Sur del Valle, podrian agregarse otros muchos. Algunos de ellos
hoy han desaparecido casi del todo, y otros ya no sirven para su objeto. 'rodas
las calzadas de ,los a.hededor'es de México en su orígen fueron diques, que qefendian á la poblacion de las crecientes del lago de T excoco, ó de las inundaciones
de los rios.
·
Los diques prod1tjeron en el Valle el c,stancamiento de las aguas,· la esterilidad.
Poco á poco el número de ellos se fué aumentando; poco á poco se les dió llll\.S
extensi.on é importancia: los amagos de inundacion no cesaban. Un año se trabaj aba en contener las aguas del Norte; el año .siguiente se atendia á algun-nuevo peligro por cil lado del S ur. La experiencia de cada dia probaba la insuficiencia de los trabajos que sin descanso se emprendían. En esta lucha constanté, sostenida durante siglos, las generaciones agotaron sus fuerzas: el Valle de México
se despobló, 1a raza degeneró. Muchas veces se p(!nSó en el remedio radical de
tanto mal: el desagüe directo del Valle. Desde el año de 1580, durante el gobierno del virey D. Martin E nriquez, se hicieron estudios sobre el terreno. Pero la
. ci~ncia del siglo dudapa; no se creia en la posibilidad de la obra; las inundaciones se.sucedieron.-.Eor fin llegó el dia en qirn apareció en _la escena un hombre
de grande· alma, lleno de la fé qlile da la ciencia: ese h ombre fué el grande Enrico 1\fartinez. H ábil ingeniero, con:tproodió la posibilidad del desagüe directo del
Valle, y entrevió la tierra de prom,ision que su :proyecto baria de esta comarca
devastada por las aguas .... No fué comprendido; su gran proyecto fué des- '
echado como irrealizable. ,
Una dolorosa experiencia babia demostrado, que el peligro de inundaciou para
México, provenia de la abun!táncia.de aguas del rio _de Cuautitlan. E ste río, el
mas caudaloso del Valle, desembocaba en el lago de Zumpango, le llenaba, y en
las fuertes lluvias, le hácia derramar sobre los lagos, de Xaltocan y San Cris-'
tóbal. R epletos estos, la corriente seguia su curso para el vaso bajo de.T excoco,
lo invadía todo, y México era inundado. Enrico Martinez·puso el dedo en la llaga.
Abandonó su plan primitivo de desagüe directo del Valle, y propuso dar salida
á las aguas del rio de Cuautitlan juntas con las del lago de Zumpango, que .recogía las del rio de las avenidas de P achuca. Su nuevo proyecto fué combatido,
modificado y echado á perder, pero finalmente fué aprobado. Enrico lo ej ecutó
con extraordinaria rapidez, pero sobre él recay ó la responsabilidad de faltas ajenas. Dmante v_einte años trabaj ó en perfeccionar su obra; y cuando sobrevino la
grande inundacion de 1626, y probó á todos el error que se habia cometido al
desechar el gran proyecto de Martinez para darle un desagüe directo al Valle,
la autoridad vengó su propia imprevision sobre el anciano ingeniero: lo arrojó
en un calabozo, y al fin de una carrera laboriosa, le otorgó por recompensa la
corona del martirio.
Los detractores de Enrico Martinez consiguieron con su grita abatir al hombre; pero su obra subsiste, y mer ced á ~lla, ~ éxico no ~a vuelto á sufrir . grandes inundaciones. Se acusó al grande mgernero de lentitud en sus trabaJos; y
despues de é l, seis generaciones no bastaron par~ ac~barlos.
..
Enrico Martinez es el grande hombre en la historia del desague: México le
· debe una estátua ...:,_F, r1e Gardy.

migos.
· ém
· daguemos d e d,onde viene
.
1a mun
. dacion.
.
Ante todo, asentemos 1a cuestion
El Valle de México puede ser comparado á una elipse, cerrada por todas partes por montañas mas ó menos elevadas, formando un cerco que encierra todas
las aguas de las vertientes que lo circundan. El cent ro d(ll Valle lo forma una
( Continuará.)
mesa que, d e Norte á Sur, tendrá quince leguas de extension, y de Oriente á
Poniente unas diez. Sin embargo, en medio de esa gran planicie hay cerros aislados, lomas y pequeñas cordilleras volcánicas, que amenizan el naisaje, y subdiEXTERIOR.
viden la llanura en •tres grandes vasos ó secciones. Las aguas naturalmente marcan los límites de cada una de ellas, reuniéndose en una serie de lagos que se
' EXTRACTO DE NOTICIAS DEL PAQUETE FRANCES.
extienden de Norte á Sur en toda la parte baja del Valle. En el Norte, las·aguas
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Todas las que ha trai~~ casi se enc~erran ~n estas palabras: " H a m~~rto el
se depositan en los lagos de Zumpango, Xaltocan y San Cristóbal. En el Sur,
en los de Chalco y Xochimilco. En el centro del Valle se halla el lago de T ex- . ;Rey Leopohlo. " La pohtlca, los negoc!o~, los mtereses, todo se suspendio ante
coco, el mayor de todos: la ciudad de México se levanta sobre su márgen occi- ese gran ,sui;eso. 'l'o~oi¡_los tronos se_vistieron de}u~lo; toda la prensa de Europa está llena de sentimiento y de articulos encoro1asticos del grande hombre. que
dental.
Tomamos las cosas t al cual se hallan li.oy dia, y no entramos aqui en el exá- • acabá de perder 'el mundo. E l 10, de Diciembre pasó el_ Minis~erio de Ne~ocios
roen detallado del cambio que en ertrascurso de los siglos se ha operado en el Extranj eros de Bélgica una nota a la Legacion del Imper10 Mexicano, anunciando
ue á las 11 y 45 minutos de la maña~~ babia rou~rto el Rey, ~e una_ enfermer égimen de las aguas. P reciso es, sin embargo, el decir alg_unas palabras. E n el
origen, todas las aguas del Valle t endian á confundirse en un gran vaso comun. J ad ·que b abia sóportado con una heroica const ancia. E n ese nusmo dia, el DuEntonces el lago de T excoco era un verdadero mar. Las corrientes del Norte y que de Brabante puso al E mp~rador N apoleon el siguient_e telégram.a: " T engo
del Sur afhrian libremente á su vaso, arrojando en él todo el caudal de sus aguas. el sentimientos de anunciará V.M. la muerte del R ey mi padre. Agradecemos
Trascurrió el tiempo: lo fértil del Valle atrajo pobladorés: se levantaron pueblos. de todo corazon á V. M. y á la Emperatriz, 'la parte que han tomado en los
El hombre, mas temeroso de sus semejantes que de los e1epi.en'tos, se refugió en largos sufrimiento de mi muy , amado padre. " El ~ mperador• contestó: "Con el
medio de las aguas, y á su abrigo crecieron Xaltocan, Tonanitla, Tlahuac, Cul- séntim.iento.del mas profundo pesar, la E mperatriz y y o acabamos de saber la
muerte del Rey vuestro padre.-Por su sabiduría y elevada inteligencia, se_h ahuacan, Mexicalcingo, I ztapalapa y México.
P ero si los lagos sirvieron de asiento á capitales de reinos poderosos, sus cre- bía colocado en el prime1· rango de los soberanos de E uropa. Me mostró'1nemcientes con frecuencia pusieron en peligro la existencia de las poblaciones que se pre tanta amistad, que deploro vivamente ' su pérdi~a. No . ~udo que V. _A. R.
levantaban en su seno: México, mas de una vez, ha estado_á punto de desapare- siga en el trono tan nobles ej emplos, y siempre tenare la feh c1dad de atestiguarcer baj o las aguaa, y para preservarla de la ruina, se h an emprendido en todo le mi amistad. " .
. E~ R ey murió con una serenidad digna de él, en medio de sus hij~~ y nietos,
tiempo obras de consideracion, qué han importado mucho¡, millones, y en las cuabendiciéndolos á todos, y dirigiendo hasta México sus votos por la hiJa que COll.
es han trabajado muchas generaciones.
,
Todas las obras ejecutadas hasta el dia, constituyen un sistema ¡de desagüe tanta pasion siempre babia amado.
El dia 11, á las 112 se extendió el acta del fallecimiento, firmada por todos los
negativo para México. Merced á él, el gran lago de T excoco ha mermada con-

AVISO S OFICIAL ES:
altos funcionarios de Bruselas, que desfilaron ante el cadáver del Rey. A las dos,de
la tarde ~l Ministro de Negocios E xtranj eros notificó el acontecimiento á las Cámar a; y c~ntestaron sus Presidentes que se hallaban poseidos del mas profunMINIST E RIO DE ESTADO.
do dolor, manifestando su adhesion ,al digno sucesor, y la mas grande confianAUDIB~CIAS MINISTERIALES.
za en sus virtudes y patriotismo.
,
Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen órden que ~xige 1~ e~pediConforme al art. 79 de la Constitucion belga, el Ministerio ejerce los poderes
eion de los negocios de las .Secretarías del Despacho, ha acordado el ConseJO de M1mstros,
, constitucionales hasta el juramento del sucesor, y así Sfl verificó. D espues ~e eón autorizacion de S. ]¡{. el Emperador, las disposiciones siguientes:
bien embalsamado el cuerpo del Rey, fué trasladado la noche del 12 del P alacio
1! El Ministro de Estado dará audiencia diana de diez á once de la mañana.
El de Negocjos Estranjeros, los \_únes, miércoles y sábados, de diez á once de la mañana.
de Laek en, en que murió, al de Bruselas, escoltado por la guardia cívica y el
El de Gobemacion, todos las días de dos á treg de la tarde,
ej ércjto, y acompañado de una irn:µensa poblacion ,q_ue bañaba las calles c~n sus
El de J usticia, los lúnes, miércoles y viémes, de tres á cuatro de la tarde.
lágr.imas. Allí permaneció en una capilla ardiente hasta el 16 (en que_deb1ó haEl de Instruccion Pública y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y media á doce
b er cumplido 75' años), en que seria sepultado con la mayor pompa posible. P ara de la mañana.
·
El de Guerra, los lúnes miércoles y viérnes, de doce á una de la tarde.
que las exequias fuesen m~s ~xpléndidas, debi~n conc~rh: el Rer de Portugal,
El de Foment-0, todos los días, de las dos á las tres de la tarde.
el Prmcipe de Gales, el Prmc1pe R eal de Prusia, el. P ~mcipe L~1s ~e H esse, el
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una del dia.
Archiduque J osé, enviado por el E mperador de Austria y ,el Pn,nmpe de Wur~as personas serán recibidas en el órden con que se hayan presentado, sin distincion de
temberg. El Czar de Rusia mand_aba al Gen~ral Grabbé, _c?mandante de la caballería de la Guardia, en' roeroona de los brillantes serv1c1os que en esa-arma
que quisier; &amp;er o_ido en audi~ncia,particula.r, debérá pedirla por medí? de un~ esque1
la, indicando el asunto. S1 no concurriere con exactitud á la hora que se le. hubiere designado,
babia prestado el difunto real.
se' le recibirá. •
El dia 17 debia hacer su entrada. triunfal en Bruselas y prestar el j uramento no3~
Las personas que quisieren saber el estado que, gnardan sll:' negocios, se dirigirán al
constitucional en las Cámaras el Duque de Brabante, que tomaria el nombre de Oficial de partes.
•
. .
e Se recomienda á las personas que concur.ran á la audiencia, que sean breves en la espo•
, L eopoldo II.
,
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El 7 de D iciembre el R ey babia recibido al Marqués de Corio, que le presen- sicion de sus negocios.
5~ Los Mlnistros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
tó sus credenciales de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del
oficiales.
Imperio Mexicano.
,
·
6'.' A fin de estirpar1a costumbre taú perniciosa al buen servici9 como al decoro-del GobierE l Diario r1e Bruselas trae el siguiente porroénor lleno de ternura: "Cuando ' no, con que se molesta y ofende á los Ministros, ya moviéndoles influjos para el despacho de
los altos funcionarios entraron" á presenciar la muerte del Rey, pasó una escena los negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á lo~ interesados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S.M. ha prohibidoespregrande, sublime: E l Rey, con perfecto conocimiento, se ~allaba rodeado de sus samente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerencia en negocios estraños
hij os y nietos arrodillados alrededor del lecho real. ·Tema el R ey su mano en- • á su ramo.
•
7~ Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los Ministre las dos d; la Duquesa d~ Brábante., El Dr. ,Beck ~r'. cape~lan de _S. M.,
se hallaba allí hacia algunos d1as. Observo- el R ey a su vieJO amigo J ulio Van terios.
México, 8 de Agosto de.1865.
Praet, le pidió la roano y 'se la, apretó a~ec~~sam.ente, y. vol~ó la s~ya .á
las de la Duquesa. Minutos dcspues se extmgmo aquella vida, sm agoma, sm
ADMINI STRAOI.ON DE BIENES NACION.ALIZ.AD OS.
sufrimiento, casi sin que percibieran los presentes su último suspiro." En
AVISO.
ése momento el cañon avisó á los habitantes de Bruselas •el suceso que teRelacion de los espedientes que para sustanciarlos se necesita la presencia de los intemían. E l comercio se cerró por seis dias; todo el i:n,undo enlutó sus balcones, y las gentes lloraban por las calles. Los Diarios de Bruselas, de los que resados en esta oficina.
Secciones 1'.' y 2'.'- 144, 266, 457,476, 493, 702, 718, 868, 869, 880,890, 1,030, 1,106, 1,159,
tenemos á la vista ocho, pusieron anchas tiras negras á sus págin_as, Y. pu- 1,198, 1,200, 1,205, 1,254, 1,331, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1,658, 1,675, 1,676, 1,779,
blicaron todos biografías del hombre grande, del fundador de la nacionah dad 1,806, 1,808, 1,817, 1,884, 2,011, 2,109, 2,171, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460,
belga, del mas anciano y mas grave' de los R eyes de E uropa. Todos los mas 2,635, 2,665, 2,748, 2,B¡iO, 2,854.
1,441 al núm. 2 de Morelia. ,
papeles de E uropa, en los dias siguientes, e~tamparon desmedidos elog~os al
362 al núm. 3 de Puebl6.
1,603 . ,,
10 de Querétaro.
372 ,,
13 de id.
, mismo personaj e; y siendo imposible reproducir toªas esas bellas producciones,
1,607
14 de
id.
373
14
de
id
.
al menos copiaremos· dos trozos. -E l Daily News de L ándres, del 11, dice: "Ay~r
1,608 ,,
15 de
id.
383 ,,
24 de id.
ha muerto el Rey L eopoldo. No solamente 'su pueblo, amante y muy amado, si1,610 ,,
17 de
id.
798 ,,
2 de Oriza:va.
1,611 ,.,
18 -de , ~d.
no toda la Europa, líberal, conservador~, absolutista, demócrata, p-0demos. decir,
390 ,,
31 de Puebla.
1,614 ,,
21 de
id.
1,024 ,,
85 de id.
el mundo entero civilizado, llora·al que fué-hombre Grande-noble soldado4,246 sin núm. de Puebla.
1,047
3 de Atlixco.
sagaz hombre de E stado-firme patriota-honrado Rey."- Otro Diario dice:
4,730
de id.
1,048. ,,
5 de id.
" L eopoldo fué el fundador de la nacionalidad belga::·con su ~biduría y p,rudenAsimismo es necesaria, en la seccion l '.', la presencia de las personas siguientes:
.eia ha dado á su país t reinta y tres años de paz y de prosperidad; no ha cesado
Sr. D. J osé María Velaz9...uez de la Cadena,
'
·
de practicar en el sentido mas a~plio Y, liberal, ~~t ~stit,uciones que juró con,, Martiniano dlll Pino, y
servar, y ha probado á la Europa y al inundo entero, que la monarquía es com'Sra. D'.' Juana Sancñez.
patible con la libertad, y que el trono lealmente servido es un po.deroso elemento
Seccion de Benifi.cencia.-23, 28, 29, 30, 43, 44, 49 de Ayuntamientos, 5 de Instmccion
de progreso.':
·
,
y 23 de Beneficencia.
El Rey Leopoldo tenia las treinta y ocho cruces siguientes: Gran Maestre de Pública
Hoy se han ~levado al Exmo. Consejo de Estado, sust~nc_iados y dictaminados por esta ofi·
la Orden de Leopoldo-Gran Qruz de la Orden de Ernesto el Piadoso-Gran cina, los espedi~ntes números ~,915, 2,265: 2,355 y 3,169 umdos; 3,200, 3,202, 3,204 y 3,206
Cruz de la Orden de la Corona de Sajonia- Caballero de la.Orden de la J arne- unidos; 3,076, 1,944 y 2,833 umdos.
tiera, y Gran Cruz de la Orden militar del Bañ o de la Gran Bretaña- ,G-ran 0 ruz
2
1,526 del Valle de Santiago, sin número. 5,130 de Tla:x:cala con el núm....
de la Orden de la Legion de Honor de F rancia- y -ran Cruz de la Orqen de
,,
•••• 1,561
3,936 de Puebla con el núm. -• -•• 936 6,576 de Puebla
,, .
761
Cristo-Gran Cruz de la Orden militar de la. T orre y de la E spada- Gran Cruz
3,938 de . id.
,,
~34 6,652 de id.
6,912 de Oajaca
,,
•• •• 166
4,241 de Celay:a, sin número.
de la Orden de los Güelfos de la Casa de H annover- Cal:íallero de la Orden mi4,331 de id.
,,
litar de María T eresa en Austria- Caballero de la Orden de Sán Andrés- CaMéxico,
Enero
13
de
1866.-Pot
el Administrador de bienes nacionalizados, el primer Con
ballero de la Orden de San Alejandro Newski- Gran Cruz de la, Orden de Sant.a Ana, y Caballero de la Orden militar de San J orge, de t ercera clase, de Rusia tador, Agústin Pardo y García.
- Caballero de la Orden ,del Aguila Negra-Gran Cruz de la Orden del Aguila
AD1V1Il'fIS'!rB.ACIOl'f CHll'IEB.AL'l)JJ COB.B.EOS.
R oj a- Caballero de la Cruz de Hierro, por la batalla de Cul.nY, .Y p aballero de
.A.VISO' AL PUJlLICO,
la Orden de San J uan en Rusia- Caballero de la Orden del Toison de Oro en
El
dia
18
del
presente,
á
las
once
de la mañana, se despacha de esta Administracion geneEspaña-Gran Cruz de la Orden de la Anunciata, de Cetdeña- Gran Cruz de
ra}
para
Veracruz
un
estraordinario
con
correspondencia queh.a. de con~u~ir á.N11:eva-York,
la Orden de la Cruz del Sur, del Brasil- Gran Cruz de la Orden militar de San son esc~la en Sisal y la Habana, el vap.olar-correo
" Veracruz; " saliendo el dia s1gw.ente, á la
F ernando de las D os 'Sicilias- Cabalicro de la Orden de San H uberto, y Caba- misma hora otro estraordinario para dicho puerto con la correspondencia que ha de 1levar el
llero de la Orden militar de Maximiliano J osé de Baviera-Gran Cruz de la Or- vapor espatol " Barcelona." Lo que se participa al ,Público para su inteligencia y fines consi1
den del ~alvador de Grecia- Gran Cruz de la Orden del Leon de Oro de H es- guientes.
México, Enero 13 de 1866.- El Administrador general, Luis dela Peza.
2s- l
' se- Gran Cruz de la Orden del Elefante de Dinamarca-Gran Cruz del merito
civil de Baviera- Gran Cruz de la Oraen de. P edro F ederico Luis, de OldemburComisaría Central de Policía.
go-Gran Cruz de la Orden de San J avier, de Nápoles- Caballero de la Orden
Núm. 1,213.-México, Enero 13 de 1866.-La persona á quien se le hubiere estraviado_una
de los Serafines, de Suecia--Caballero de la Orden de San E stéban, de Ungría mula prieta, puede ocurrir á esta oficina, donde se dará órden que le sea entregada, previa la.
, - Gran Cruz de h Orden del Leon de los Paises Bajos- Gran Cruz de la Or- ' justijicacion de su propiedad.- El Secretario general,. T. Tuñon Cañedo.
2a-l
den de San J osé, de 'roscana- Gran Cruz de la Orden Na-eional de Guadalupe.,
AYUNTAMIENTO DE MEXIOO. ·
de México, y Gran Cruz con collar del Aguila Mexicana- Gran Cruz azul de
la Orden del Imperio de Persia- Condecorado con la Orden del Leon de Oro de
AVISO.
l a Casa de N assau.
Palacio Municipal. México, Enero 4 de 1866.- Núm. 35.- Por órden del Sr. Alcalde muniF RANCIA. -Nada ocurria notable. E l Sr, Hidalgo, al salir de P aria, dej ó á cipal, se hace saber á todos los comerciantes en_ el giro de casas de Empeño, la obligacion en
D . Francisco Rus, encargado ad interirn de Negocios, como primer secretario, y que están, segun el art. 1? del Reglamento de 1? de Noviembre último, de ocurrir á refrendar
licencias en todo el mes actual; bajo la inteligencia de que al qué no lo verifique, se le
lo babia presentado con tal carácter al Minist.ro de N egocios Extranjeros de sus
impondrá la multa que designa el art. 30 dé la ley de 25 de Seiiembre de 1863.- El Oficial
aquel, Imperio.
, , ·
mayor encargado de la Secretaría, José A. Ortiz.
6a- 3
ROMA.-La ciudad eterna se hallaba muy afligida con la crísis morletaria,
que aumentaba la miseria pública y la avidez de los agiotistas, á quienes cerra_ Consejo central de Salubridad de 1Vléxico.
ba firmemente las puertas dél Vaticano. Se habian mandado llevar , de F ra:ncia
México, Enero 8 de 1866.- Para dar cumplimiento á la atribucion duodécima del articulo 182 de la.ley de 1? de ~oviembre del año próximo pasado, sobre salubridad pública, el
.barras de plata y oro para acur1ar.
ITALIA.-En el P arlamentó l}e habian formado tres partidos: el centro, la Consejo central, en su sesion del dia 5 del corriente, acordó escitar por los periódicos á todos
los profesores de medicina y cirugía residentes en la capital, para que dentro de veinte dias
derecha y la izquierda, y quedaban ya nombradas las per sonas de los cargos de dejen en la casa del que suscribe, calle de Sau A~ustin núm. 2, una noticia de su habitacion
la mesa.
y el tiempo que tienen de recibidos. Iguál escitat1va se hace á los _Profesores de farmacia, á
E SP .ANA.-N o se pierden todas esperanzas de arreglo con Chile, fundadas los dentistas, flebotomianos y parteras, examinados, para formar la hsta de que habla la ley.El Secretario, José Maria Reyes.
.
3a- 3
en la me~ianía que siempre se creía iµterpondria Iuglaterra y Francia.
ECUADOR.-El Congreso cerró sus sesiones el 17 de Noviembre, y el pais
COl'fSEIO DE ES'!rADÓ.
goza de much3: tranquilidad. V arias personas, y á la cabeza de ellas el ex-pre-:
Seminario núm. 8.
sidente García Moreno, trabaj_an porque el. Gobierno haga alianza con el ChiIgnorándose
la
residencia
del
Sr.
D. Ant-0nio Bonhome, y necesitándose en esta Secretaría
le en contra de E spaña; roas se han estrellado, porque aquel Gabinete está repara hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 3,624 y anexo, se le emplaza por el
suelto á guardar la mas estricta neutralidad.
presente, para lj.Ue concurra á ella dentro de quince dias, que comenzarán á contarse desde
EL COLERA.- Segun el Diario de la Marina, está concluyendo en la I sla .An- la fecha.-México, Enero 12 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, Jo• é M. :Rotilla Guadalupe. A últi~as fechas solo había dos ó tres casos diarios.
drigm z Cosío.
6a-2

ra2fºE1

\

1

•

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

7,2

JUZGADO DE LETRAS DE TULANCINGO.
'
'
En
los
autos
ejecutivos
que sio-ue en este Juzo-ado el Lic. D. José ?ljaría Carbajal, como
Ministerio de Guerra."'7'Consejo de Sanidad militar.-Móxico, Enero 4 de 1866.-Habien
apoderado
de
D.
José
Castelló,
iontra
D.
Luis
l'.3asos
Nieto,
como
albacea
de
la
testamentaria
' do llamado la ley de 15 de Diciembre del año próximo pasado, á todos los gefes y oficiales
de Sanidad militar que hubies~n s.ervido en los gobiernos ªD:t~riores! Pª!ª ser c?lo~ados, si les de D. José Flor, sobre pesos, el Sr. Juez 1'? de paz, sustituto del de 1~ instancia, ha mandado
conviniere, en la nueva orgamzac1on que se ha dado al servicio samtano del eJérc1to; el Con- se proceda á la venta del rancho de la Alcapanosa, los llenos y casas del rancho d e~an Pabl~,
sejo de Sanidad, por acuerdo de esta fecha, ha dispuesto se haga la presente conv9.catoria por ubicados en la Barranca, de la municjpalidad de Acatlan; valuado todo por el pento D. V 1los periódicos, para que los•interesados dirijan sus ocursos á la Secretaria del Consejo, estable- ~ente Escárcego en la cantidad de tres mil cuatroc~entos treinta y seis p7sos .sesenta. Y dos. Y
me'dio centavos (3,436. ps. 62½ cs.), señalándos.e para las almonedas los dias diez y seJS Yvemcido en el Minist.erio de la Guerra.
'
tiseis de Enero próximo y seis de Febrero; siendo la última con calidad ¡le remate. y todas á
Los a,rticulos que tienen referencia son los siguientes:
"Art. 66. Las disposiciones transitorias para el pase de la antigua orgauizaciou á la que se, las diez de la mañana.
•
,
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer posestablece por este decreto, son las siguientes:
1~ Los subinspectores de la antigua organizacion, cuyo grado no figura ya en el cuad~o tura, ocurran á la Secretaría de este Juzgado, don~e se les darán las ~nstruccjones necesarias.
Tulancingo, Diciembre 30 de 1865.- El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Ol1iera.
de la gerarquía del decreto de 23 de Enero del presente año, continuarán en sus goces y con793-9a- 3
sideraciones, desempeñando las funciones y recibiendo el sueldo de los médicos principales.
2~ Los profesores de hospital y los médicos de .guarnicion de los antiguos cuerpos de Sanidad militares, podrán participar de los beneficios de la nueva organizacion, bajo las siguien•.Juzgado 5'? menor.-1~ de la M onterilla núm. 7.
tes concliciones:
En el juicio que sigue el Lic:. D. Ricardo Cicero, como apoderado de D. Juan Glahn, conA. Presentar un diploma de médico.
•
tra el Sr. general D. Luis Perez Gomez, he ~ronunciado la sentencia que en su parte resoluB. No ~ner lesion alguna que los inutilice para el servicio activo.
C. Tener los despachos legalizados para probar su identidad y la posicion que ocupaban tiva dice:-"Fallo, que el Sr. general D. Lms Perez Comez, pa.gue á D. Juan Gla)m la cantidad de ciento ochenta y dos pesos cincuenta centavos, con los réditos v~ncidos y los gastos
antes de su salida del servicio.
·
D. Los que reunan estos requisitos serán colocados en seguida de los actuales médicos de legales dentro de seis días; apercibido de ejecuci?n á su costa, ~tc."-1,;o que. se hace saber
por el presente á dicho Sr. general Perez Gomez, siendo de advertir que el térmmo comenzará
l! clase, y podrán ci:mcurrir á las vacantes del grado de médico principal.
3~ Los antiguos médicos cirujanos de ejércit-0 serán admitidos y se colocarán en las mis- á correr desde la primera publicacion de este aviso.
· México, Diciembre 23 de 1865.- Lic. Labat.
796-3a-3
mas condiciones en seguida de los actuales médicos de 2~ clase.
4~ Las mismas reglas se observarán respecto á los farmacéuticos de los antiguos cuerpos de
B.emate.
Sanidad.
Art. 69. El cuadro constitutivo se llenará de derecho c.on los o.ficiale~ de Sanidad que perEn los autos del juicio ejecutivo que sigue D ~ Santos P elaez contra la testamentarí,l, de D~
tenecen al cuerpo actual y que¡osean el diploma de su profesion respectiva, y con los de Justa Gutierrez, sobre pesos, se ha mandado por el.Sr. Juez de ellos, Lic. D._José María Corlos antiguos cuerpos de Sanida que tengan el mismo requisito y reunan las demas condi- dero en auto de 18 del corriente , se proceda á la venta de una finca urbana, conocida con el
ciones prescritas para el ascenso de la gerarquía."
nombre de "Baño de la Soledad de Santa Cruz," ubicai¡.i en la plazuela del mismo nombre,
El Inspector general, Presidente del Consejo, Francisco Mellet. 3a-2
marcada con el núm. 6, perteneciente á dicha testamenta"1a, valuada por los perito~ D. Vicente Heredia y D. Ramon Agea en 6,674 peS_?Si señ~lando p~a_las almone?as los dias 7, 19 y
✓ 31 del próximo Enero, á las doce de la manana, siendo la ultlllla con calidad de remate.
C0NCU'B.S0
Lo que se hace saber_, con el objeto de que las p7rsonas que .deseen comprarla, ocurran al
PARA LA PLAZK DE ADJUNTO A LA CATEDRA DEI FARMACIA.
Juzgado, sito en la antigua casa de Moneda, los dias y horas citados.
·
México, Noviembre 18 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
Desde hoy quedan abiertas las inscripciones para la oposicion á la plaza referida, segun el
·
769-15a-12
reglamento de esta Escuela, cuyos artículos conducentes son los que siguen:
"119. E l tiempo hábil para inscribirse será de un mes, contado desde él dia de la dicha puJuzgado de primera instancia de Fresnillo.
blicacion.
" 120. Para poderse inscribir en este concurso se nace.sita ser ciudadano mexicano, presenCONVOCATORIA.
tar la fé de bautismo y el título de profesor de medicina, cirugfa ó farmacia.
" 121. Los aspirantes se presentarán al Secretario de la Escuela los dias y horas que digan
En el espediente de intestado de D. Martín Barasorda, que fué mayor de sesenta aüos, colos avisos, y se inscribirán en un libro destinado al efecto, asentando su nombre y apellido y merciante, de origen español y residente en esta capital, cuyo espediente se instruy&amp;de oficio,
el punto de que habla el art. 123 de este reglamento.
el Sr. Juez, Lic. D. Lui,5 G. Ferniza, ha mandado por auto de esta fecha se convoque por edic"123. Las pruebas de este concurso'serán de dos clases: la primera.consistirá en una leccion tos á todas las personas que se crean con .derecho á los bienes que quedaron por muerte intesoral de media hora, sobre el punto que elija de los tres que en el a,cto de comenzar el concurso tada del referido Sr. Barasorda, para que por sí ó por procmaclores com~arezcan en este Juzle designe la suerte entre seis ó mas que fije la Junta con ant,icipacion; y la segunda, en una gado á deducirlos dentro de seis meses, contados desde hoy; en la inteligencia que de no veritésis sobre el punto que á su arbitrio elija el concurrente, pero que al tiempo de inscribirse ficarlo les parará el pe1juicio Íi que haya lugar en derecho. Lo que ha.go saber en cumplimiento
para el concurso asentara en el registro, y el Secretario fijará en la puerta de la Escuela de,sde. de lo mandado para conocimiento de los interesados.
•
el dia en que se cierren las inscripciones. Concluida la lección oral, cada uno de los candidaFresnillo, Octubre 17 de 1865.- El actuario, Ismael Perez Maldonado.
765-15a-15
tos entreeyrá su tésis al Jurado, el que designará el dia en que haya de reunirse de nuevo
para que impuesto de aquella, p~eda proceifer á la votacion.
1
"114. Los candidatos serán llamádos sucesiva y aisladamente llesponer sus pruepas, segun
el órden de la inscripcion al concu rso.
·
A
VISOS
PARTICULARES.
"107. La oposicioh no dejará de verificarse, aunque sea uno solo el concurrente.11
Las citadas inscripcion,es se verificará.u de las cinco á las seis de la tarde, todos los dias no
feriados, desde hóy hasta el 5 delpr6ximo F~brero.
·
Escuela especial de Co merci o ,
- México, Enero 5 de 1866.- El Prosecretario de la Escuela de Medicina, Luis Martinez dsl
;Jíillar.
3a- 2
Sita e,i la callé de la ll'lariscala núm. I.

C0NV0CAT0B.IA.

I

'

El dia 15 del entrante Enero comenzarán de nuevo los cursos· de la espresada escuela
abriéndose las inscripciones para los alumnos el dia 2 del mismo mes, desde las cuatro de 1~
tarde en adelante.
Los ramos de enseñanza son:
,Juzgado de primera instancia de San l uan del B.io.
Idioma castellano y correspondencia mercantil.- Idioma frances.- Id. inglés,-Id. aleman.
En el juicio verbal promovido por D . Macedonio Martinez contra D. Jesus Tabares, sobre . - Teneduría de libros.- Geografia y estadí,stica. -Historia general del comercio.- Derecho
pesos, él Sr. Juez de 1~ instancia ha mandado se proceda al remate de la casa ubicada en la mercanlil.- Derecho marítimo.
calle de la Bóveda, avaluada en la cantidad de (802 ps. 75 cs.) ochocientos dos pesos setenta
Los requisitos que se eXigen de los candidatos para entrar en esta escutla imperial, son:
.Y cinco centavos; lo que se hace saber por el presente, en calidad de segundo pregon. La perTener quince años cumplidos .
.sona que desee hacer postura, puede ocurrir á esta Secretaría~ donde recibirá informes.
Estar instruido en todos los ramos de la edU&lt;;acion primaria .
.San J uan del Rio, Enero 2 de 1866.- El Secretario del J u¡,¡gado, Lic. Celestino Diaz.
Se pueden admitir algunos pupilos.
800- 3a- 1
Sobre todos estos puntos se entenderán los interesados con el Director del establecimiento
que susciibe.- ~. Clairin.
790- 12s- 9
'

AVISOS JUDICIALES.

Tribunal de Comercio de M éxico.

México, Enero 12 de 1866.- Con fecha 9 del corriente ha ,i&gt;roveido este Tribu~al el auto
SEGUROS CONTRd INCEJt•DIOS,
sigu~ente:
"México, Enero 9 de 1866.- Vista la denuncia que han hecho J auffred y Olivier, comer- '
dantes de esta plaza, de la suspension de pagos c¡:ue ha hecho el de igual clase D. Ernesto
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADBACH.
1 ...
Aron, establecido en esta misma plaza, con cajon abierto en la casa número l½ de la
calle del Efll¡íritu Santo, para el espendio de camisas, perfuméría y otros objetos; vistas las
Capital ele fonclo ! . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
declaraciones de los cuatro testigos presentados por los denunciantes y examinados por el Presidente que suscribe, y resultando de ellas justificada plenamente la suspension de pagos heÜOMPAÑIA DE SEGUROS _DE BASILEA (BASEL).
cha por el citado-Aron, quien por ella se ha constituido en estado de quiébra, segun lo dispuesto en el art. 759 del Código de Comercio: en su cumplimiento se declara que el espresado
Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . 10.000,000 pesos prusianos.
D. Ernesto .Aron se halla en dicho estado, cuya época es de contarse desde la fecha en que se
provee el presente auto, salvo lo que despues aparezca. En consecuencia, procédase en cumplimiento del art. 794 de dicho Código, al aseguramiento y secue~tro de todos los bienes, li- '
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes nebros y papeles del fallido, y á la detencion de.su correspondencia, librándose para ello el cor- cesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
respondiente atento oficJo á la Administracion de correos. Se nombra síndico administrador á de San Bernardo núm. 2.
,
400-180s- ll2
la sociedad de Jaufl'red y Olivier, y judicial al Lic. D. Miguel Enrique, á quienes se hará saber su nombramiento para su-aceptacion y desempeño. Publíquese la quiebra por medio de
Hacienda de Temisco.
los periódicos y edictos, que se fiJarán en los parajes acostumbrados de esta plaza. Y fórmese
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion ele Cuernavaca, su
por separado ef espediente de ca¡ificacion, para que se proceda como se previene en el art. 888.
Hecho el aseguramiento, hágase saber este auto id fallido para que use de sus derechos. El venta estrajudicial, se pa;;ticipa al púb\ico, para que las personas que \luieran adquirirla, ocurSr. President-e lo proveyó y firmó solo, por la urgencia del caso, á reserva de la calificacion ran á la casa del Sr. D. ]i. N. del Bamo, Tercer Orden de San Agustm núm. 5, todos los dias
del Tribunal, á quien manda se dé-cuenta en la audiencia inmediata.- Castillo.- Luis Rodri- de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
799- 30s- 2
gzuz y Pauuio, auxiliar de la Secretaría."
· Y en cumplimiento del auto inserto, pongo el preserrte.- José Mana Cardeña, Oficial 2'?
encargado de la Secretaría.
801- 3a- 1
Atencion.

,Juzgado de primera instancia de l'acbuca.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado el Sr. Lic. D. Miguel Romo, en representacion de D. Felipe Vazquez, contra D. Luis Espínola, sobre pesos, el Sr. Juez ha man~do se cite por los periódicos al referido Espínola, á fin de que se presente dentro de ocho
~as, c?n~ad?s.desde 1~ fecha de la primera publicacio1:1 ?e este aviso, para notificarle una providencia Judicial relativa á los espresados autos; aperc1b1endo al citado con dar por practicada
la diligencia si no.se presentare.
·
Pachuca, Enero 12 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. Teodoro Zúñiga.
•
802-2s-1,

,

, C0~0CAT0B.IA.

Secretaría del Exmo. Ayuntamiento de México.- Núm. 75.-Por disposicion del Exmo.
Ayuntamiento, se rematará e\ dia 18 del co:nente, á las do1:1tdel dia, en 1~ Sala Capitular, el
resto .de una casa que se dembó en e~ caJleJon de Doloyes, Junto á la capilla, p¡ira la ,continuac1on de la calle de la Independencia; el cual se compone ·d e una vivienda con dos cuartos
~a ~ocina, pa~o y una pieza sin techo; Y. ha sido. vahrado por el ingeniero Directo~ de obra~
publicas D. Lms G. Anzorena, enJa cantidad de cuatrocientos noventa y un pesos. Lo que
se pone en conocimiento del público, para que las personas que gusten hacer postura concurran al lugar, dia y_ hora indicados.
'
México, Enero 11 de l866.- E l Oficial mayor encargado de la'Secretarfa, José A. Ortiz.
3a- 2

Se traspasa el ahnacen que hace esquina en la calle del Cinco de Mayo y San José el Real,
local ventajosamente situado y que se presta á establecer el negocio que se quiera, no tan solo
por las comodidades que ofrece, sino por el ~an tráfico que hay por ser punto céntrico. Para
tratar, pueden pasar al establecimiento refendo, donde está el dueño la mayor parte del dia,
el cual tambien tiene una casa y dos lotes de venta: el que desee hacer un buen negocio aproveche está oportunidad.
'
'

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO DE ITURBIDE.
COMPA.i.'ÍIA DRAMATÍCA.

" En.la noche de hoy se pone en escena, á la hora de costumbre, la comedia en un acto, de,
nominada: Fi, Esperanza y Osadía; en seguida, los jóvenes alumnos del director de la compañía, Sr. Gonzalez, r11presentarán el segundo acto de la comedia de D. Manuel E. GorostÍza, denominada: El Jugador; despues seguirá una piez~ de baile, y por conclusion la zarzuela
que se intitula: ¡Buenas noches, Sr. D. Simon!

MEXICO.- IMPE,ENTA IMP~RIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Codigo Civil</name>
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        <name>Inundación Desagüe</name>
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        <name>Ley de instrucción pública</name>
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        <name>Ministro de Fomento</name>
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        <name>Ministro de Justicia</name>
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        <name>Plan de instrucción pública</name>
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                    <text>,

,

EL

DE·L

DIAR'IO
Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

ltlEXItJO.-Martes 16 de Enero de 1S66.

NuM. 314

- .-.· · ·-··· -·= ··-========---============;;;;;;l;;;;;;;;========= = = = ==

-S1JllflAJUO.

SERVIDUMllRE •

PARTE OFICIAL.-Decreto refondiendo el cuerpo Médico-Militar austro-belga, en el
mexicano.-Planta de la Administracion princifal de r&amp;11tas de Puebla.-Personas condecoradas con la Cruz de Guadalupe y Medallas de mérito IDilitar.-Médico adjunto del ejército.
-Licencia absoluta expedida á dos individuos.-Asesor1del Alcalde en el municipio de Puebla.-Alcalde Municipal de Mascota.-Excepcion de la eontribucion predial á las haciendas
de beneficiar metales.
PARTE NO OFICIAL.-Audiencia de duelo.-Dem&gt;ta de indios bárbaros.

PARTE OFICIAL.
~LUIMILIANO, EMPERADOR DE MÉXICO.

•

. Portero. ........................ . ...........
.
.

365

RESGUARDO.

Primer Comandante .. ...,..................... . 1,200
Segundo id ................................. .
900
Diez gefes de garita á $750 cada uno ... ... .. .. . : 7,500
Veinte guardas de garita á $550 cada uno ....... . 11,000
Diez guardas de ronda á $550 cada uno ....... '.. . 5,500
Dos pesadores de pulque á $240 cada uno ....... .
480
Gastos menores . . . ... ...... .. .... .. ..... . ... .
500
Total.. .. ~ .......,. . . . . . . . $46,740

Considerando la conveniencia que resullará al se_rvicio sanitario del
Nuestro Ministero de Hacienda queda encargado de la ejecucion de este
ejército, de la refundicion del Cuerpo Médioo-militar austro-belga, en ~l
decreto.
mexicano,
'
Dado en México á 11 de Enero de 1866.
HEMOS venido en decretar lo siguiente:
Art. 1.º El Cuerpo médico y farmacéutico · militar austro-belga, queda MAXIMILI~O.
refundi&lt;lo en el mexicano.
Por el Emperador,
Art. 2.º Sus atribuciones, sueldos y consideraciones, serán las detallaEl Subsecretario interino de Hacienda,
das á los grados correspondientes en los decre.tos de reorganizacion del
E. Villalt·a:
Cuerpo de Sanidad militar, expedidos en H&gt; de Diciembre del año_próximo pasado.
.
1
Nuestro Ministi·o de Guerra queda encargadp de la ejecucion del preGRAN CANCIHERIA DE. LAS ORDENES IMPERIALES.
sente decreto.
México, 13 de Enero de 1866.
Dado en Chapultepec, á 15 de Enero de 1866.
S. 1\1. el Emperador, por decreto de 2 del actual, en atencion al buen
MilIMILI.ANO.
comportamiento
y valor con que se han distinguido los señores Oficiales
Por el Emperador,
é
individuos
de
tropa
del Cuerpo Imperial Mexicano de Voluntarios ausEl Ministro de Guerra,
tro-belgas
que
á
continuacion
se expresan, en los combates contra los
J UAN DE D. PEZ.a.
cuautecomacos, y en los habidos en Tlapacoyan los dias 17 y 22 de Noviembre próximo anterior, Ha tenido á bien concederles las condecoracio, nes siguientes:
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MÉXICO.
ORDEN IMPERIAL DE GUADALUPE.
Considerando la_necesidad dé reformar la planta de la Administracion
principal de rentas del Departamento de Puebla;
OFICIA.LES.
Oido Nuestro Ministerio·de Hacienda,
D. Augusto Roen, Capitan de Cazadores.
DECRETAMOS lo siguiente:
,, Cárlos Gruber, Teniente de id.
,
Artículo único. La planta de empleados, sueldos y gastos de la Administracion principal deJrentas del Departamento de Puebla, será la que
C.A.ll.A.LLEROS. '
sigue: .
D. Arminio Baron Hammerstein, Capitan de Cazadores.
ADMINISTR.A.CION.
,
,, Fernando de Leicht, id. de id.
Administrador, con el sueldo anual de'. . . . . . . . . . . . $ 2,500
,, Eduardo de Schauer, id. de id.
Gefe de la correspondencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,200
,, Mauricio Graf, Cap\tan de Artillería. ·
Oficial 1? de id. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
800
,,
Wenceslao l\liesel, Capitan de Cazadores.
Oficial 2? de id. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
500
,, Cárlos Merizzi, id. de .id.
Escribiente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . . .
365
,, Cárlos Manussi, Teniente de Cazadores.
CONTADUJU.A..
,, Sebastiañ Spacil, id. de id.
Contador .......... ... .......... ... ........ __ 1,600
,, Raimundo l\1enzel, id. de id.
Oficial 1?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
900
,, Antonio Pacholik, Teniente de Artillería.
Oficial 2? .. . .. ... .. '. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
800
,, Francisco Bachmann, Subteniente de Artillería.
Oficial 3?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
700
,, Gottlieb Katalinic, Subteniente de Cazadores.
Oficial 4?.. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
650
,, Alejandro de Deak, id. de id.
Oficial 5°. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
600
,, Aurel'io de Pigtkovsky, id. de id.
Escribiente.................... . . . . . . . . . . . . . .
400
Idem.......... ... ...... .. . .. ........ ... ..
365
,, Estéban Pekec, id de id.
Idem.. .. .. .. . . .. ...... .. . ................
300
Dr. D. Adolfo Klein, Médico superior graduado de Capitan.
TESO RE RIA.

.

Cajero pagador . ... ·. ........ ... .. _.. _.. _.. .. _.
Tenedor de libros ........... ..... .. ... . _. __ . _.
Oficial 1? .................... . .. .. ..... _. .. _.
Oficial 2° . ....................... .. .. ... _... .
Oficial 3? ... . .......................... . .... .
Escrib~nte .. .... .. .... .......... . ... ... . ... .
Idem ........ . . ..................... .. .. . .

1,200
1,200
800
600
450
400
365

DESP .A.CHO DE ALMACENES.

Vista ...... .... ............. .. ............ . .
Guarda-almacenes . . . . . . . . . .. . . . . . ............ .
Merino ......... . .. . .. - . • • - - ....... ... . - . . - -.
Otro Merino .... . .. ... ...... ...... .... .• .....

1,200
500

450
450

J\IEDALLA DEL l\lERITO MILITAR.
DE ORO,

José Salomon, Sargento de Estado Mayor.
Francisco Trinkler, Cabo de la 6.ª compañía de Cazadores.
Juan Soukup, id. de la 10.ª id. de id.
Ricardo Wischin, Cadete Sargento 1.0 de la batería de montaña núm. 2.
Huberto Nestler, sargento 1.º de la misma.
DE PLATA

D. Jorge Kristofovic, Subteniente de Cazadores.
Félix de Kochen, Sargento de Estado mayor.

\

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO. ,
Severino Spath, Sargento de la batería de montaña núm. 2.
José Lóos, Cabo de id. id.
Vicente Hlavaty, Cabo de id. id.
Jacobo Suppanek, id. de id. id.
Juan Czerny, Apuntador de id. id.
Julio Pichele, id. de id. id.
Juan Maniak, id. de id. id.
Gaspar Betz, artillero de 2.ª clase de id. id:
' Roberto Wischin, de la compañía de-Artillería.
Fernando Grosshauser, Cabo de id. id.
DE BRONCE,

D. Teodoro de Boksay, Teniente de húsares.
,, Jorge Kristofovic, Subteniente de Cazadores.
,, Federico See. id. de id.
,, Oton Rauscher, id. de id.
,, Luciano de Kubynyi, id. de id.
,, Constantino Hubert, id. de Zapadores.
,, Gustavo Herrle, id. de id.
,, .Francisco Baron de Fin; id. de Lanceros.
Emilio Merizzi, Cadete sargento 1.º de la 1.ª compañía de
Cazadores.
Miguel Kazapovic, id. id. de la 7.ª id.
Ladislao Pinter, ·artillero de 2.ª clase de la batería de montaña número 2.
Jacobo Hudetz, id. de id. id.
Guillermo Scbmidek, id. de la compañía de Artillería.
Guillermo Dollina, id. de id. id.

Con fecha 28 de Diciembre último se ha expedido licencia absoluta al
Oficial 2.º de Artillería D. Manuel Peña, por haberla solicitado.
,
El Subsecretario interino de Guerra,

J. M. Márquez.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
México, Enero 12 de 1866.

S. M. el Emperador se ha servi~o expedir el acuerdo sigui.ente: .
, «En atencion á las circunstancias que concurren en el Lic. D. Miguel
Tapia, HEMOS venido en nombrarlo Asesor del Alcalde en el municipio de
Puebla.»
Lo comunico á V. para su inteligencia y satisfaccion.
Sr. Lic. D. Miguel Tapia.-Puebla.
SECCION

1~
México, Enero 13 de 1866.

El Gobierno de S. M. el Emperador ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por esa Prefectura en la persona de D. Juan N. Guzman
para Alcalde municipal de Mascota.
Lo que digo á V. S. en respuesta á su oficio número 340, fecha 4 del
presente.
. .
.
Señor Prefecto-del Departamento de Jahsco.- GuadalaJara.
Por ausencia del Exmo. Sr. :Ministro,
El Subsecretario de Gobemaéion,

Francisco J. Villalobos.

México, Enero 15 de 1866.

S. M. el Emperador, en atencion al buen comportamiento y bizarría
con que se distinguieron en la accion de Ixc_acoaco ~l 18 de Diciembre
último, los individuos del Cuerpo de voluntar10s austriacos que se expresan, Ha tenido á bien, por decreto de 11 del actual, condecorarlos con la
medalla del mérito militar de las clases siguientes:
:MEDALLA DE P LATA.

Antonio Meixner, soldado de la· 1.ª compañía de Cazadores.
Florian Golaschefsky, id. id. de id.
Antonio Nagy, Cadete sargento 1.0 de la 4.ª compañía de id.
Francisco Appel, Cabo de la id. de id.
Luis Lempitzky, Cadete del 1.er 'escuadron de Lanceros.
Francisco Baron Bibra, id. id.
José Gründling, Cabo id. id.
José Dombrowsky, soldado id. id.
Estanislao Yanitzky, id. id. id.
Alejandro Iwanowsky, id. id. id.
Juan Waltei, id. id. id.
.

MEDALLA DE BRONCE.

D. Arminio Baron Hammerstein, Capitan de Cazadores.
,, Teobaldo Con&lt;le Geldern, Capitan de Lanceros.
,, Fernando de Leicht, Capitan de Cazadores. ·
Miguel Wiersky, soldado de la t.• compañía de Cazadores,
Cárlos Czerveny, id. id.
.
Francisco Kante, cabo de la 4.• id.
José Czech, id. id.
José Ludowatz, soldado id.
Antonio Parck, id. id.
Francisco Kunz, id. id.
Cárlos Weninger, Cadete sargento de la 6.ª compañía.
José Klemenschitz, soldado 1.º de la id.
·
Jorge Leiter, soldado del 1.er escuadron de Lanceros,
Francisco Zeleinkovsky, id. id.
·
Benko Bezanic, id. id.
Luis Krajewsky, id. id..
Julian lrzevinsky, id. id.
Guillermo Blaskowitz, soldado del 4.º escuadron de Húsares.
Alejandro Lazic, id. id.

MINISTERIO DE HACIENDA,
SECCION

Circular núm. 144.

2~ DIRECTIV.A..
México, Enero 13 de 1866.

S. M. el Emperador se Ha servido disppner_ qu~ las haciendas de beneficiar metales queden exceptuadas de la contribuc1?n predial decretada en
29 de Julio de 1865, mientras permanezcan parahza?as.
Comunícolo á V. para su intelig~ncia.-El G_efe ?-irector? J. M. López
Monroy.-Señor Recaudador principal de contr1buc1ones directas de ....
Es copia. México, Enero 15 de 1866.
El Oficial l ~,

,

r

Franci8';o M. Morales.

PARTE :NO OFJ(;IAL .
1

Anoche, á la hora señalada en el programa, se verificó la grande audiencia de duelo que se babia anunciado. El Cuerpo Diplomátic? y los
Grandes Dignatarios de la Corte y del Estado, se presentaron vestidos de
gran luto á dar el mas sentido pésame á SS. MM. por la muerte del Rey
de los Belgas.
.
. .
El Exmo. Sr. D. José Fernando Ram1rez, Mimstro de Estado, llevó la
palabra, y hallándose en pié SS. ~ffi!. el _Er~perador y la Emperatriz, les
dirigió con voz conmovida la alocuc1on s1gmente:
.

«SEÑOR: SEÑORA:
«Veis en derredor vuestro los altos funcionarios del Estado, reunidos para presentaros, en este dia de duelo, la expresion de sus sentimientos por
la grave pesadumbre que os aflig~--:-Vos, Señor, habeis perdido en la
muerte del ilustre Soberano de la Belg1ca, el padre de vuestra augusta consorte, el amigo leal, el sabio y desinteresado consejero.-Vuest~a pérdida,
Señora, es inmensa, porque ella _os ha ai:rebatado al ~utor de vuestros
días, que mas que padre, fué un _tierno amI~o, un guard1an. ª!llº ~oso solícito de vuestra juventud, y un 1lustrai.o director de la privilegiada mteligencia y relevantes calidades con ,que os h~ dotado el. cielo, y por_las
cuales sois el orgullo de vuestrO' sexo.-A nosotros tamlnen, como miembros de la gran familia que forman las naciones civilizadas, ha alcanzado
esa desgracia, faltando en su seno el que la voz de los pueblos aclamó
El Gran Canciller,
co11
el envidiable y glorioso renombre de Nestor de los ~ob,ei:anos,--:¿Cuá:
.ÁLMONTE.
les, entonces, podi·ian ser los consuelos ~ficaces q~e m1 debII voz diera a
Vuestras Majestades en tamaña desgracia?.. .. Nmgunos.-Tampo?o los
necesitais, porque los teneis todos en vuestra fortaleza, e~ vu~stra piadosa
MINISTERIODE GUERRA.
resignacion á la inviolable ley del Creador, y en la conetencia de que el
CONSEJO DE SANID AD l\llLITAR.
Rey de los Belgas ha ter'!linado su larga y pacíficamente g!oriosa carr~ra,
circundado de la admiracion, respeto y amor de los propios y extranos;
México, Enero 13 de 1866.
que ha descendido al sepulcro con la bendicion y lágrimas _de su pueblo,
, S. M. El Emperador, por decreto de 12 del corriente, se Ha servido y en tiempo para dejaros, por legado inestimable, la ~ emor1a de su~ a~nombrar para el empleo de médico adjunto de 1.ª clase, al profesor de ciones, que lo presentan como modelo de un Rey sabio, prudente y JUShmedicina y cirugía D. Juan Francisco Giorgi.
ciero.-Pero si la participacion en el sentimiento puede contribuir al
consuelo, estad seguros, Señor, Señora, de que los funcionarios en cuyo
nombre tengo el honor de dirigiros la palabra, os acompañan sinceramen2~ DIRECCION.
te
en vuestra afliccion.»
México, Enero 14 de 1866.

r

Con fecha 4 del corriente se ha expedido licencia absoluta al Teniente
Las palabras del Sr. Ministro de Estado produjeron una imprésion prode Artillería D. Patricio Gutierrez, por hal)erla solicitado.
funda en la distinguida concurrencia, que no podia menos de sentirse
conmovida en presencia de aquella triste ceremonia.

75

La Emperatriz vestia de gran luto, y no tenia mas condecoracion que
S. M. el Emperador leyó en seguida, con acento firme y enérgico, el
la banda de la Cruz de San Cárl0s.
discurso siguiente:
Despues que el Emperador leyó su discurso, las corporaciones desfilaSeñores:
ron lentamente por delante de SS. MM., que se retiraron concluido el
Os doy las gracias por la parte que habeis t.omado en el sen- desfile, despues de haber recibido las mas afectuosas muestras de la parte
timiento que Nos causa la desgracia que ha venido á herirnos simpática que todos toman en su juslo duelo.
La audiencia de anoche ha servido para demostrar una vez mas, los
á la Emperatriz y á Mí.
leales
sentimientos con que el pueblo mexicano se asocia á las pesadumEn tan grande infortunio Nos sirve, sin embargo, de conbres,
así
como á las felicidades de la familia imperial, y esta interesante
suelo, el recuerdo de los grandes y saludables ejemplos que
solemnidad quedará en la histori,a como una prueba solemne y palpitante
como una sagrada herencia Nos ha· legado el difunto Rey de de la confianza en el porvenir que inspiran las virtudes de nuestros Solos Belgas.
beranos.
El, como Nosotros, al aceptar el trono que le ofreció un pueblo, encontró una ~ acion que fué necesario constituir y un
De1•rota de indios en Yucatan.
Gobierno que fundar. Merced á la desinteresada intervencion
Ministerio de Gobernacíon.- Prefe~tura política del Departamento de Yucade la F rancia, pudo hacer suceder la paz á la guerra, y se detan.- Mérida, Diciembre 16 de 1865.- Exmo. Sr.- El dia 2 de este mes fué tesdicó sin descanso á verificar importantes reformas interiores. tigo el pueblo de Cenotillo, en el Distrito de Espita, del arrojo de los indios rePrometió la libertad á su pueblo, y por el l,argo período de beldesy de la heróica resistencia de los pocos habitantes de aquella Municipalitreinta y cinco años cumplió su palabra; prometió al país la dad.- Urgulloso el enemigo con el revés que hizo sufrir á un cue_rpo de obserseguridad y la tranquilidad, y se las dió, consolidando con ello vacion de nuestras tropas, en el punto llamado el Crucero, entre Tihosuco y Valladolid, el 27 del mes próximo pasado, y de que no recibí noticia oficial hasta el
su independencia; hizo mas, lo elevó á un rango distinguido 4 del corriente, se internó en nuestra línea, y cayó sobre el indefenso pueblo de •
entre los Estados de Europa, é hizo de él uno de los primeros Cenotillo; pero fué valerosamente rechazado, despues de mas de cuatro horas de
bajo el punto de vista de la importancia ·comercial y de la li- combate, aunque con el sentimiento de que este triunfo nos hubiese costado quinbertad del pensamiento, dejando sin mancha su noble divisa y ce hombres muertos y diez y ocho heridos. Pero estos y las familias de aquellos
han recibido de S. M. el Emperador una prueba relevante de su munificencia y
su bandera.
del interes que toma en favor de todos los habitantes del Imperio. A los heridos
Nosotros sabremos aprovechar este gran ejemplo con que se ha dignado conceder cruces y medallas honoríficas del mérito militar y la paDios Nos ha querido enseñar que su Providencia no abandona ga de un mes segun sus clases; y entre las familias de los muertos ha mandado
distribuir la suma de quinientos pesos. No por esto desmayó nuestro tenaz é imjamas á los Monarcas justos y honrados, en sus nobles empre- placable
enemigo, pues se situó á inmediaciones del fuerte Carolina, en el trasas. Su hij a, la Emperatriz, acaba de ·h acer un penoso viaje á yecto de Valladolid á Tihosuco, es decir, entre las líneas de Oriente y Sur, en
comarcas lejanas, en un clima peligroso, sin otra guardia que el donde fué batido los,dias 6, 8 y 9 del actual por las fuerzas del coronel D. Daniel
amor del pueblo: por todas partes ha encontrado una franca y Traconis, obligándolo á retirarse á sus guaridas. Su excesivo número y el corto
nuestra fuerza, no permitieron otra cosa.- Dios guarde á V. E. muchos años.
cordial acogida, que ha revelado una vez mas la simpatía que -deEl
P.refecto político del Departamento, José García Morales.-Exmo. Sr. Miexiste entre la N acion y Nosotros, cuando los descontentos se nistro de Gobernacion.'-México.
complacían en próclamar que Mi Augusta Esposa no enconEs copia. México, Enero 15 de 1865.-El Subséc¡:etario de Gobernacion,
~
traría á su paso mas que indiferencia; cuando calumniadores se Francisco J. ViUalobos.
habian atrevido á ·decir que olvida1-ia su deber retirándose á
AV I SO S OFI C IAL E S .
E uropa. En esta ocasion me es grato expresar especialmente
Mi profundo reconocimiento á la heróica Vera.cruz y al hermoso
Yucatan, que recibieron á la Emperatriz con un afecto que
:Escuela I mperial de Minas.
quedará para siempre grabado en Mi alma.
El sábado 20 del corriente, á las diez de la mañana, se verüicará la apertura de clases, !
acto deben concurrir todos los alumnos, ~~mpañados de los señores sus padres 6 tuE n cuanto á Mí, Señores, vosotros habeis sido testigos de cuyo
tores.
Desde e1 dia 10 quedan abiertas las matrículas en la Secretaría de la Escuela, de las diez A
Mis trabajos. H aciendo á un lado las teorías vanas que solo
las doce de la mañana, y de las tres á las cinco de la tarde.
conducen á la anarquía, H e consagrado :tlfis desvelos al arreglo
C&lt;&gt;ndici.ones para la admisüm de los que pretendan ser alumnos de esta
de la administracion pública, al desa.i:rollo de los elementos de
Escuela.
prosperidad y riqueza del país y á la solucion de las grandes
1~ Los que soliciten ser admitidos en clase de in~mos, deben presentar al Director una solicitud firmada por el pretendiente y autorizada por el padre 6 tutor, quien la anotará dandd
cuestiones que mas io han preocupado.
su consentimiento y manifestando ademas que se halla enterado de los reglamentos d&lt;1 la EsEn esta árdua tarea, He sabido resistir á la impaciencia de cuela en la parte que le eoncieme, y dispuesto á cumplir con las obligaciones que le imponen
y que se espresa:n á continuacion:
•
unos y al desaliento de otros1 porque las llagas abiertas por cinAcompañará á la solicitud la fé de bautismo del interesado, quedebe-tenerdecatorce á diez,
cuenta años de guerra civil, no se cicatrizan en un dia: pero y ocho años de edad; una certificacion de buena moral observada hasta la fecha en que se pre. sente la solicitud; otro certificado, de establecimiento aprobado, que acredite haber adquirido
firme con la. conciencia de Mi fé, marcho derecho á Mi fin1 con el interesado lós conocimientos correspondientes á la instruccion primaria, y otro de un médico para acreditar buena salud y estar vacunado, sin perjuicio del reconocimiento que debe
in~atigable perseverancia. Mis fuerzas podrán desfallecer, Mi hacer
el médico de la Escuela.
ámmo: . . . ¡nunca!
2~ Cada pretendiente deberá tener uná persona á quien esté enca~gado, y cuando ésta no
lo será un tutor competentemente autorizado.
De intento no procuro cambiar las costumbres · democráticas sea3~el¡adre,
los pensionistas se les exige asegurar la pension, present.ando una fianza á satisfacu.e la N acion, pues Me asiste ln conviccion de que ellas elevan cion del mayordomo, de persona abonada que se comprometa á responder del pago de 200
P!lSOs anuales, por trimestres adelantados, comprendiendo el tiempo de vacaciones; es decir,
el espíritu del ciudadano, inspir[t.µdole la conciencia de su dig- los
200 pesos por año escolar.
4\' Las personas á quienes corresponda hacer el pago de las pensiones, deben entregarlas en
nidad y de su v,alor. He resp_etad? 1~ libertad de la prensa,
la mayordonúa de la Escuela durante las p1imeras quincenas de Enero, Abril, J ulio y Octucuando no ha degenerado en libertinaJe, al mismo tiempo que bre; en la inteligencia de que pasado este plazo no podrán continuar en la Escuela los alumque no las hubieren satisfecho.
He hecho respetar la autoridad de la ley. ¡Muy ciego será el nosDeberán
tener la ropa y muebles siguientes:
que no vea que una autoridad fuerte es la última áncora de
Ocho camisas de lino y tres interiores.
Ocho calzoncillos.
salvacion de Nuestra patria!
·
Una docena de calcetines. .
Vosotros habeis podido observar Mi calma en medio de las
Dos corbatas negras de seda para el uniforme y dos para uso diario.
Tres chalecos blancos para el uniforme con boton chico de águila como el de fa
calumnias que se han levantado contra Nosotros en el extranjecasar.a.
ro. ¡Adelante, Señores!· que las calumnias pasarán, y permaneCasa.ca, cachucha y pantalon de paño azul para el uniforme, segun el modelo que
existe en la Escuela.
cerán Nuestras obras.
Para el uso di~rio, do~ s~cos, tres chalecos y tres pantalones; los sacos y p~ntalones de pano 6 casurur.
,
_F 1'.erte ~on el apoyo de Mi conciencia eon la rectitud de
Media docena de pañuelos de seda 6 lino.
Mis mtenc10nes, contemplo tranquilo el porvenir. ¡México ha
Un par de botas finas para el uniforme, y otros dos pares de botas botines 6
zapatos para uso diario.
'
p1'.esto su honor en Mis manos: pues bien; sepa que su honor en
Seis sábanas de lino y cuatro fundas de almohada.
Mis manos no menguará!
Una colcha y u.na sobrecama.
Un banco de cama, 6 mejor un catre dtl metal.
No es posible describir el mágico electo causado en todos los circu~sUna mesa chica y una silla.
Lantes por las graves _y siguiücativas palabras del Emperador. Mezclándo~~ai_nanil con jarra y bandeja de metal blanco 6 fierro galvanizado.
Bamrulla.
se en ellas la memoria de los grandes ejemplos que dió en su vida el PaCandelero.
dre_ Augusto de nuestra So_b~rana, á los nobles y generosos propósitos que
Espejo, navaja, tijeras, peine, cepillos para la cabeza, dientes ropa y botas.
Cuatro toallas.
'
abrigan SS. MM. por la felicidad de México, el discurso imperial no ppdia
Tintero, papel y plumas.
1
rnen_os_ de iJroduc1r en todos los que tuvieron la fortuna de escucharle, los
La ropa debe ser J:\Ueva ohallarse en buen estado de uso, siu lo cual no se recibirá en la
sentimientos mas nobles y mas puros de respetuoso amor á los Soberanos E sc1;1ela. Los padres_6 tutores de los alumnos tienen obligacion de reparar la que quede iny á la patria.
servible durante el ano escolar.
Los padres ? tutores contraen con e~ Colegio, respecto de los pensionistas, el compromiso de
L_a ceremonia tuvo ese sello de augusta y melancólica gravedad que no pagar.
f~ ~oleg1atura,. los gastos de bo~1c~ en caso de enfermedad, los gastos de reparacion por
podia menos de darle el doloroso acontecimiento á que estaba consagrada. el pe~wc10 que ocasionen a~ establecnruent?, proveerlos de ropa y libros, cuidar de ellos en
dias de ñesta y de vacaciones, en cuyo tiempo no se les permite quedarse en el Colegio
El Emperador llevaba su uniforme de general que tan notable se ha los
Respecto de los tut-0r~s 6 p~dres de los de dotacion, solo están obligados á lo que se ha W:
h~cho por su sencillez, cubiertas ~as charreteras con un crespon, y pen- cho de los otros, relativo á dias de fiest~ y_ vacaciones¡ pero deberán repararles la ropa en caso
diente al cuello el collar del Aguila Mexicana.
~e 9.u_e acaben la ~u~ les da el estableclDllento, así como los libros de estudio que estravien 6

r

mut1bcen, y las vidrieras, faroles y cualquier otro mueble que destruyan. A los jóvenes que

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

76

pretendan ser admitidos en clase de estemos, se les exige presentarse al Director, del mismo
modo que los internos, y que justifiquen tener 'la edad y demas requisitos de moralidad é
instruccion prevenidos á estos.
Los padres ó tutores de los alumnos no tienen derecho para.disponer que sus lujos ó tutoreados salgan á la calle en cualquier dia ú hora, ni para anticipar las horas de salida ó retardar las de entrada en los dias festivos.
Los encargados de los alumnos cuidarán de acercarse á la Escuela durante el año escolar
para informarse de su conducta moral y de su estado de instruccion.
No se admitirá á ningun jóven que haya sido espulsado (\e este ú otro establecimiento.
México, Enero 3 de 1866.-El Secretario de la Díreccion, Migttel M. Ponce de Let&gt;n.
3a-2

AVISO S JUDICIALES.
.Juzgado de primera instancia de Pacbuca.
En los autos ejecutivos· que sigue en este Juzgado el Sr. Lic. D. Migu1,1l Romo, en representacion de D. Felipe Vazquez, contra D. Luis Espinola, sobre pesos, el Sr. Juez ha mandado sll cite por los pe1i6dicos al referido Espfoola, á fin de que se presente dentro de ocho
días contados desde la fecha de la primera publicacion de este ¡¡.viso, para notificarle una provid¡ncia judicial relativa á los cspresados aufos; apercibiendo al citado con dar por practicada
la diligencia,si no se presentare.
Pachuca, Enero 12 dé 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. Teodoro Zúñiga.
802-2s-2

ADMINISTB.ACION GENEB.AL DE COB.B.EOS.

Llamamiento-de herederos.

.A.VISO AL PU13LieO,

El dia 18 del presente, á las on'Ce de la mañana, se despacha de esta Administracion general para Veracruz un estraordinario con la correspondencia que ha de conducir' á Nueva-York,
son escala en Sisal y la Habana, el vapÓr-correo "\reracruz;" llaliendo el dia siguiente, á la
misma hora, otro estraordinario para dicho puerto con la correspondencia que ha de llevar el
vap.or español "Barcelona." Lo que se participa al-público para su inteligencia y fines consi1
gmentes.
,
México, Enero 13 de 1866.-El A~ministrador general, Lttis dela Peza.
2s-2
t

ADMINISTRACION DE BIENES' NACIONALIZADOS..
AVISO.

Debiéndose sacar á remate, con aITe~lo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo
pasado, media barra en la mina del Refugio, enelMiñeral del Monte, valuada en ($150) ciento cincuenta pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran
hacerpostura, ocurranálaAdministracion de'bienes nacionalizados, el dia 24 del~res¡mte mes,
á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya;,
teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
·
·
México~Enero 11 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Sttarez y Naoorro.
6a-2

AYUNTAMIENTO DE MEXICO.
AVISO. Palacio Municipal. México, Enero 4 de 1866.-Núm. 35.-Por órden del Sr. Alcalde municipal, se hace saber á todos los comerciantes en el giro de casas de Empeño, la obligacion en
que están, segun el art. 1? del Reglamento de 1? de Nov'iembre último, de ocurrir á refrendar
sus licencias en todo el mes actual; bajo la inteligencia de que ai que no ló verifique, se le
impondrá la multa que designa el art. 30 de la ley de 25 de Setiembre de 1863.-El Oficial
mayor encargado de la Secretarla, Jos€ A. Ortiz.
6a-4

.A.VISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los albaceas el Sr. D. Bias J'ereda, ~es_idente en San_ l¡uis Potosí, y D. A1_1tonio Martiuez,
vecino de Ciudad Fernandez, por fallec1rruento del súbdito aleman D. Federico Reyther, vecino que fué de esta ciudad,'he mandado por mi autoridad en .(luto de 27 del actual, se cite
por los periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D ~María Ana Angela Hegues, padres
del espresado Sr: ~eyther, 6 bien sus hermanos ó pari_entes inmeaiatos del test_ador, vecinos
de una pequeña ciudad llamad~ Callenahat_, perteneciente al círcuJo ·gu~ernafavo Arnesverguen de los Estados de Alem¡¡.ma, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
del perentorio término de un año, que se contará desde la p1imera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este J uzgado, á deducir e derecho que tengan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á la testamentapa del espresado D.
Federico Reyther; bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, les parará el p61juicio á
que hubiere lu.,.ar y se aplicarán dicbos bienes al objeto que determine la ley. Y para que lo
mandado tengf su cumplimiento, pongo ?l prese?te aviso en la ~indad de Rioverde, á los
veintiocho dias del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cmco, que firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Ut/mrri -Asistencia, Gil J.',fendez.- .
Asistencia, J. Blas Oribe.
683-60a-17

!temate.
En los autos del juicio ejecutivo que sigue D~ Santos Pelaez~contra 1~ testamentaría de D~
Justa Gutierfez, sobre pesos, se ha mandado por el Sr. Juez de ellos, Lic. D. José ~Iaría Cordero en auto de 18 del corriente, se proceda á la venta de una finca urbana, conocida con P.l
nombre de" Baño de la Soledad· de Santa Cruz," ubicada en la plazuela del mismo nombre,,
marcada con d núm. G, perteneciente á dicha tes_tamentarfa, valuacla por los perito~ D. Vicente Heredia y D. Ramon Agea en 6,674 pesos; sen~laudo p~ra. las almone?as los d1as 7, 19 y
31 del próximo Enero, á las doce de la maüana, siendo la ultima i;on calidad de remate.
,Lo que se hace saber, con el objeto de que las p~rsonas que _deseen comprarla, ocurran al
Juz.,.ado sito en la antio-ua casa de Moneda, los drns y horas citados.
.?tiéxic¿, Noviembre 1§ de 1865.- El Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
'
769-15a-13

COlVSE.TO DE ESIJ!ADO.

AVISO_S PARTICULARES.

Seminario núm. 8.
Ignorándose la residencia del Sr. D. Antonio Bonhome, y necesitándose en esta Secretarla
para hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 3,624 y anexo, se le emplaza por el
presente, para que concum¡. á ella dentro de quince días, que comenzarán á contar~e desde
la fecha.-México, Enero 12 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rod~guez Cosío.
'
6a-3

CONVOCATOB.IA. .
Ministerio de Guerra.- Consejo de Sanidad militar.-México, Enero 4 de 1866.-Ha~ien
do llamado la ley de 15 de Diciembre del año próximo pasado, á todos los gefes y oficiales
de Sanidad militar que hubiesen servido en los gobiernos anteriores, para ser colocados, si les
conviniere, en la nueva organizacion Que se ha dado al servicio sanitario del ejército; el Consejo de Sanidad, por acuerdo de esta fecha, ha dispuesto se haga la presente convocatoria por
los periódicos, para que los interesados dirijan sus ocimos á la Secretaria del Consejo, establecido en el Ministerio de la Guerra.
Los artículos que tienen referencia son los siguiente;¡:
'
"Art. 66. Las disposiciones transitorias para, el pase de la antigua organizaciou á la que se
establece por este decreto, son las siguient-es:
·
1~ Los subinspectores de la antigua organizacion, cuyo grado no figura ya en el cq.adro
de la gerarqufa del decrefo de 23 de Enero del presente año, continuarán en sus goces y consideraciones, desempeñando las funciones y re(li.biendo el sueldo de los médicos principales.
2~ Los profesores de hospital y los médicos de guarnicion de los antiguos cuerpos de Sanidad militares, podrán participar de los beneficios de la nueva organizacion, bajo las siguiente¡¡ condiciones:
A. Presentar un diploma de médico.
B. No tener lesion alguna que los inutilice para el servicio activo.
C. Tener los despachos legalizados para probar sµ identidad y la posicion que .ocupaban
antes de su sa1ida del servicio.
,
D. Los que reunan estos requisitos serán colocados en seguida de los actuales médicos de
1~ clase, y podrán concurrir á las vacantes· del grado de médico principal.
3~ Los antiguos médicos cirujanos de ejército será!\.. admitidos y se colocarán en las mis- 1
mas condiciones en seguida de los actuales médicos de 2~ cl9-se.
4~ Las mismas reglas se observarán respecto á los farmacéuticos de los antiguos cuerpos de
Sanidad.
,
Art. 69. El cuadro constitutivo se llenará de derecho con los oficiales de Sanidad que pertenecen al cuerpo actual y que¡osean el diploma de su profesion respectiva, y con los de
_l~s antiguos ~uerpos de Sanida que tengan el mismo requisito y reunan las demas condiciones presenta~ para el ascenso de la gerarquia."
El Inspector general, Presidente del Consejo, Francisco Mellet. 3a-3

.,

:Escuela especial de Comercio,
Sita e11 la calle de la M¡¡;riscala núm. l.

El dia 15 del entrante Enero comenzarán de nuevo los cursos de la espresada escuela,
abri~ndose las inscripciones para los alumnos el dia 2 del mismo mes, désde !as cuatro de la
tarde en adelante. ,
Los ramos de enseñanza son:
Idioma castellano y correspondencia mercantil.-Idioma frances.-Id. inglés.- Id. aleman.
- Teneduría de libros.-Geografia y estadística.-Historia geneyal del comercio.-Derech&lt;&gt;
mercantil.....:.Derecho marítimo.
Los requisitos que se exigen de los candidatos para entrar en esta escuela imperial, son:
Tener quince años cumplidos.
Estar instruido en todos los ramos de la educacion primaria.
Se pueden admitir algunos pupilos.
Sobre todos estos puntos se entenderán los interesados con el Director del establecimiento,
que suscribe.-E. Clairin.
790-12s- 10
¡.

'

Hacienda de IJ!etnisco.
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Cuernavaca, su
venta estrnjudiciaJ., S!J participa al pú\¡lico, para que las personas que quieran adquirirla, ocurran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, Tercer Orden de San Agustin núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo. las cuales se celebranj, el c01¡.trato.
'
799-30s-3

Atencion.
Se traspasa el almacen que hace esquina en la. calle del Cinco de Mayo y San José el Real,
1ocal ventajosamente situado y que se presta á establecer el negocio que se quiera, no tan solo
por las comodidades que ofrece, sino por el ~ran tráfico que hay por ser punto céntrico. Para
tratar, pueden pasar al establecimiento refendo, donde está el dueño- la lnayor parte del dia,
el cual tambien tiene una casa y dos lotes de venta: el que desee hacer un buen negocio, apro- ·
veche está oportunidad.
,

De venta
Un terreno inmediato á la garita de la Viga, con 24 chinampas y una estension de 14 á 16.000
varas cuadradas: tiene una vivienda, corral para vacas y otros accesorios: es propio para el
cultivo de alfalfa, legumbres y otras producciones, y está provisto de los útiles é instrumentos
necesarios para su esplotacion. Se dará en precio cómodo. Dirigirse al despacho del Diario
del Imperio.

CO:NCVB.SO

TINT.11. INd.LTEB.11.BLE, G.JI.Btfl.NTIZ.II.Dtfl.,

PARA LA PLAZA DE ADJUNTO A LA CATEDRA DE FARMACIA.

PARA MARCAR LA ROPA.

Desde hoy quedan abiertas las inscripciones para la oposicion á la plaza referida, segun el
reglamento de esta Escuela, cuyos artículos conducentes son los que siguen:
"119. El tiempo hábil para, inscribirse será de un mes, contado desde el dia de la dicha publicacion.
"120. Para poderse inscribir en este concurso se necesita ser ciudadano mexicano, presentar la fé de bautismo y el título de profesor de medicina, cirugía ó farmacia.
"121. Los aspirantes se presentarán al Secretario de la Escuela los dias y horas que digan
los avisos, y se inscribirán en un libro destinado al efecto, ase,ntando sii nom\&gt;re y apellido y
el punto de que habla el art. 123 de este reglamento.
•
"123. Las pruebas de este concurso serán de dos clases: la primera consistirá en una leccion
oral de media hora, sobre el punto que elija de los tres que en el acto de comenzar el concurso
le designe la suerte entre seis ó mas que fije la Junta con anticipacion; y la segunda, en una
tésis sobre el punto que á sv arbitrio elija el concurrente, pero que al tiempo de inscribirse
.Para el concurso asentará en el registro, y el Secretario fijará en la puerta de la Escuela desde
el dia en que se cierren las inscripciones. Concluida la lec&lt;iion oral, cada uno de los candidatos entregará su tésis al Jurado, el que designará el dia en que haya de reu~irse de nuevo
para que impuesto de aquella, pueda proceder á la votacion.
"114. Los candidatos serán llamados sucesiva y aisladamente á esponer sns pruebas, segun
el órden de la inscripcion al concurso.
"107. La oposicion no dejará de verificarse, aunque sea uno solo el concurrente."
Las citadas inscripciones se verificarán de las cinco á las seis de la tarde, todos los días no
feriados, 9esde hoy hasta el 5 del próximo Febrero.
México, Enero 5 de 1866.-El Prosecretario de la Escuela de Medicina, Luis Martinez dsl
Villar. .
3a-3

A

LA CIUDAD DE MEXIC0.- 1~ CAL'.LE DE P LATEROS NUM. 17, Y PORTAL DE
MERCADERES.
'

No se necesita ninguna preparacion para servirse de esta tinta. Basta estender la ropa y
escribir sobre ella con una pluma de, ave, lo mismo que si fuese papel.
Es necesario agitar el frasco antes de escribir con el contenido.
,
PRECIO DEL FRASCO, 5 REALES.
739-15a- 13

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.

En la noche de hoy, á las ocho en punto, se pone en escena la ópera dividida en cuatro actos y denominada: La Tra~iata, 6 la Dama de las Camelias, en la cual desempepará el papel
del.a protagonisia la señorita ANGELA PER_µ,TA.

MEXl(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Administración principal de rentas</name>
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                    <text>EL

DEL

Los números sueltos valen 11 centavos.
TOMO

SU'll/JAB.IO.
PART~. OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Guadalupe y Medallas del
-ménto militar, por la defensa de Hatamoros.-Nombramiento de Caballerizos honorarios.Una ~eforma en la ley de papel se~la_do.- Circular para que.los Prefectos en sus partes hagan
menc1on de las personas que se distingan por su mérito.
PARTE NO OFICIAL.-Un artículo de la Nacion.-Derrota de Figneroa.- Convocatoria
«obre impresiones del Gobiemo.-Sellos extraviados del correo.
'

SnplementO'S con pormenores sobre la muerte del Rey Leopoldo.

!

' NuM. 315

lffEXIC,0.-IfIJér~oles 17 de Enero de 1S66.

III.

PARTE OFifJIAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
?t1éxico, 15 de Enero de 1866.

· S. M. ~l Emperador, en atencion al brillante tomportamiento y bizarría
de los sen?res Gefes, Oficiales y soldados que á continuacion se expresan,
en la heró1ca defensa de Matamoros, Ha tenido á bien concederles las con,decoraciones siguientes, por decreto de 15 del ¡3,ctual:
ORDEN IMPERIAL DE GUADALUPE.
OFICIALES.

D. Anselmo G. Rubio, Coronel de infantería,

,, Salvador Iglesias, Teniente Coronel de infantería.
~, Alejo _García, Teniente Coronel de caballería.
CABALLEROS.

D. Manuel J. Prieto, Comandante de Eseuadron-. ,, Manuel R. Lozada, Comandante de •batallon.
,, Gerónimo Medina, Capitan de infantería.
,, Julio Montes, Teniente de infantería.
~, Pedro C. Mendoza, Subteniente de voluntarios de Ma- ·
tamoros. ·

~

Victoriano Ramirez, !loldado de infantería.
Manuel Obregon, id. id.
J.osé Martinez, id. id.
Ruperto Torres, id. id.
Juan Gutierrez, id. id.
Ma1¡celinó Torres, id, id.
Nicolás Martinez, id. id.
Antonio Rubio, id. id.
Manuel Hernandez, id. id.
Juan López 1.0 , id. id .
.Pablo López, id: id.
Jesus Gu.errero, id. id.
José María Bravo, id. id.
Julio ReJes, id, id.
José Victoriano, id. id.
Abundio Hernandez, id. id:
José María Martinez, id. id.
F1·ancisco Tabor, id. id.
Nabor de Jesus, id. id.
Francisco Leon, id. id.
Tirso Perez, sargento 2.º de voluntarios de Matamoros.
Jesus Argüelles, id. id. id~
Félix Solís, cabo id. id.
Márcos Escamilla, soldado id. id.
Simon Escamilla, id. id. id. 1,
"
M;uiano Gomez, id. id: id. ·
Cristóbal García, id. id. id.
Fernando ·Estrada, id. id. id.
Fulgencio Chavez, artillero.
El Gran Canciller,
ÁLMONTE. ,, ·

MEDALLA DEL MERITO MILITAR, DE PLATA.

;

•

Ponciano Ramirez, sargento f.º de infantería.
Mateo Cervantes, sargento 2.º de id.
Donaciano Benitez, id. id.
Agapito Carrillo, id. id.
Luis Cruz, cabo id.
Encarnacion Gonzalez, id. id.
Atanasio Gonzalez, id. id.
Manuel Moreno, id. id.
'
Pedro Munguía, id. id. '
Exiquio Gof!zaJez, id. id.
Regino Estrada, id. id.
José María Bernal, id. id.
Rafael Martinez, id. id.
José Rubio, id. id.
Manuel Hernandez, corneta id.
Lorenzo Hernandez, id. id.,
Francisco Lagos, soldado id.
Bárbaro' Torres, id. id.
Dionisio Martinez, id. id.
Pedro Chavez, id. id.
Antonio Anguiano, id. id.
· Jesus García, id. id.
Silverio Ramirez, id; id.
José María Cruz, id. id.
Felipe Trujillo, id. id.
Ascencio Pedro, id. id.
Dionisio Mejía, id. id.
Santiago Hernandez, id. id.
Merced Antonio, id. id.
Donaciano Zavala, id. id.
Márcos Cervantes,· id. id.
Márcos Rodríguez, id. id."
José María Lozano, id. id.
Pablo Becerra, id. id.
'
Andres Martinez, id. id.

...,

,_.:::;:

:&gt;-e,

.Jo&amp;

••

MINISTERIO DE LA CASA IMPERIÁL
México, Enero 15 de 1866.

S. M. el Emperador, por soberano acuerdo de 14 del presente, Ha tenido á bien nombrar Caballerizos honorarios á los Sres.
D. Antonio Rivas y
' D. Javier Adalid, de esta capital. ·
·El Gran Mariscal de la Corte
y Ministro de la Cas'a Imperial,

ÁLMONTE.

MINISTE.fflO DE HACIENDA.
SECCION

3~

Circular núm. 145

México, Enero 15 de 1866,

Con fecha 7 del actual S. M. el Emperador se ha servido disponer lo
siguiente:
«HEMOS venido en acordar que se reforme la parte novena del art. 19 de
la ley de Papel sellado de 14 de Febrero de 1856, comprendiendo la obligacion de llevar sus libros sellados á los particulares de que habla dicho
artículo, que giren trescientos pesos de capital por 'efectivo crédito ó existencias, en lugar de.la cantidad que se señal~ de dos mil pesos.))'
Lo que.comunico á V. para su mas exacto cumplimiento.
El Subsecretario interino de Hacienda,

E. Villalva.

Sr. Administrador principal de rentas de. . . . ·

MINISlERIO DE GOBERNACION.
•

SECCION 1~

México, Enero 16 de 1866.

Circular núm. 4.

Señor Prefecto:
El Gobierno de S. M. ha visto con sentimiento que en los partes mensuales de las Prefecturas no se hace mencion ~e las personas dig~as de
,

�78

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

elogio y recompensa por sus_ acciones, y ~~y particulai·mente p_or las mejoras que hayan logrado realizar en beneficio de nuestros concmdadanos.
Pasó ya el tiempo_ en que el Go~ierno centr~l abando~aba á ~~s Departamentos á sus propios esfuerzo~, sm velar por sus necesidades e mtereses.
El Emperador tie~e la firme volu~t~d d~ corre~ir los ,a1?Usos que con _tal
motivo se introduJeron en la admmistracion baJo el regimen geberQattvo
anterior, y me manda trasmitir á V. S. J~s órden,es mas terminantes, para
q1;1e en los partes enunciados se ha~~ exp~sa_ m~ncion de las ~ersonas
que por su ejemplar conducta y acciones distmgmdas se hagan dignas de
la estimacion del Soberano y de las recompensas que S. M. se complace
en acordar al mérito.
,
J.uidará V. S. de que sea publicada 'esta suprema órden e11 todos los
periódicos del Departamento.

Parecería que tan tremenda leccion debía hacer volver avergonzados sus pasos-

á los que habían puesto á la nacion al borde del abismo. Nada de eso. .A.penas

salidos del estupor que produjo la guerra norteamericana, apenas agotados los
quince millones que se recibieron por precio de mas de cien mil leguas cuadradas de territorfo, ya no bastaron todas las combinaciones, todos los planes de los
hombrea pensadores para impedir el renacimiento de la anarquía. Mas ésta revistió 1m carácter que hasta entonces no habia tenido. Creyóse que todos los males
procedian del abuso que el clero católico hacia de sus grandes riquezas y de su
in,mensa influencia moral, y que destruyen~o el poder del clero la nacion estaba
~lvada y ya no había obstáculo ninguno para la consolidacion del sistema republicano. La historia de esta sangrienta lucha, es demasiado reciente y dolorosa
para que sea necesario recordarla. Baste decir que ella acabó con los pocos elementos de gobierno que aun había en el país:, y que éste cayó en un estado de
verdadera y horrorosa disolucion social. Y si no, dígase por los que echa-u de
menos la forma del antiguo gobierno y aseguran que él habría podido consoliPor ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
darse y curar 'las hondas llagas de la ~acion mexicana, iC0n qué elementos contaba el gobierno republicano despues de la ocupacion d~ la capital á fines de
El Subsecretario de Gobernacion,
1860 y en 186H
Francisco J. Villal.obos. '
Cualquiera que leyese la proclama del presidente, de 10 de Enero de 1861, se
figuraría que al fin México, aunque á costa de grandes y sangrientos sacrificios
po"r espacio de cuarenta años de guerra civil, había alcanzado el bien deseado de
PARTE :NO OFifJIAL.
la paz y del establecimiento de un gobierno :firme y liberal. "Gracias á vosotros,.
decía eI presideµte á los mexicanos, gracias á vuestras legiones inmortarles, no
existe ya en la tierra de Hiqalgo y de Morelos la oligarquía armada, ni la otra.
mas temible del clero, que'parecia incontrastable ·por la influencia del tiempo, de:
La Nacion ha publicado el siguiente artículo:
los intereses y de los prestigios. ¡Honor y gloria á ·los guerreros del pueblo y á
Cuando un pueblo verifica un cambio radical en su régimen político, no es sus insignes gefes, por haber peleado hasta conseguir que 1.a patria no sea mas el
ciertamente de esperarse que el ~uevo Gobierno sea aceptado desde luego y sin 01&gt;,jeto de cruel ansiedad para sus hijos, cztcompasion para sus amigos, de menoscontradiccion por todos y cada uno de los habitantes. El cambio será el resulta- precios y acechanzas para los especulad-0res de sus ~saciertos.
No había, pues, ya oposicion armada; el poder del clero estaba sometido, el
do de graves é imperiosas exigencias sociales y políticas, la mayoría de la nacion lo habrá provocado y lo sostendrá con el íntimo convencimiento de hallar órden legal restabl ecido y 1a constitucion de 1857 en todo su .vigor. Pero bien
en él las garantías de bienestar que en vano había buscado en el anterior siste- pronto se desengañaría. ql~ien tal creyera. Muy pocos -mas despues documentos
ma; pero existirá siempre l quizá por largo tiempo una minor~ mas ó menos ac- oficiales debían venir á dar por tierra con fas aseveraciones halagüeñas del pritiva, mas ó menos vigorosa que prqcurará poner obsta.culos á la consolidacion mer gefe del Estado y el programa del ministerio Zarco de 20 del mismo mes~
perfecta de las nuevas instituciones. En esta minoría, fácil será en todo caso dis- en que el ejecutivo se reservaba la facultad de legislar y de dictar medidas que
tinguir á los hombres de buena fe, que· habituados ó adictos sinceramente al an- no estaban en la órbita de sus facultades segun la constitucion de 1857, al mistiguo régimen, sienten su desaparecimiento, de aquellos que, guiados únicamente mo tiempo que se repetía hasta él fastidio, que 'la dictadura.no seguiria y que la
por pasiones mezquinas, y considerando la cosa pública como un tesoro destina- constitucion seria' respetada; y la órden para el destierro de los miembros del
do á satisfacer sus ambiciones personales, pretendan convertirlo en su propiq y episcopado ca~ólico, del 17 de dicho mes; y la circular del día 25 dirigida á los.
exclusivo provecho, sin cuidarse para nada de los intereses legítimos de la ma- góbernadores de los Estados, concediéndoles facultades extraordinarias, siempre
yoría. Aquella primera fraccion de la minoría en .cuyo seno reinará la buena fe, que del uso que de ellas hicieren dieren parte al gobierno federal, presentando
hará bien pronto justicia al Gobierno, si los actos de los depositarios del Poder este .!)ledio como de respe~o á la constitucion que se violaba, eran ya una prueba
Supremo llevan el sello de la equidad, del deseo sincero ael bien procomunal, y palpitante de que el imperio de la ley, por tl¡.nto tiempo desconoc~do, no se había
'
si encaminan á la sociedad por el sendero de la p1'osperidad en el interior, de la res.tablecido sino en las proclamas.
respetabilidad en el exterior: Bien pronto esa fraccion de hombres inteligentes y
No pretendemos hacer aquí la censura de las 'Personas que tuvieron en sus
de conciencia, vendrá á agruparse alrededor de las nue-vas institu,ciones, aun manos las riendas del gobierno. Examinamos la situacion general del país revecuando para eUo le sea necesario hacer el sacrificio de.sus ilusiones, de sus espe- lada por los ac~os oficiales de sus ,pnmeras autorida,des, porque creemos que por
ranzas y de sus ideas anteriores, persuadida de que poco impqrtan las formas de ellos se puede Juzgar mejor que de otra manera, de las probabilidades de su
los gobiernos si la realidad no viene á· demosti:ax que ellas son las mM adecua- conservacion y estabilidad, una ve~ que la:s ~edidas que se dictan para el régídas para la felicidad de los asociados. La minoría apasionada y egoísta quedará men de los pueblos, corresponden-a la¡; -,Ueces1dades de estos.
aesde entonces reducida á la impotencia, continuará siendo objeto de la reprobaLa constitucion_ de '.l.~57 era, sin _d~cla, un bello pro~ram~; era la expresion
eion universal, y dejará de suscitar dificultatielí sétias para el Gobierno que, mas elevada del liberalismo 'republicano; _pero era un bello ideal realizable solo
fyerte con la rectitud de su conciencia y con el apoyo de la opiuion pµblica, sa- en las _mentes ardientes _de sus autores. N] pafa, en _ge~eral no la miraba como el
brá reprimir con mano de hierro los desórdenes, fruto de pasil'mes ·perversas.
remedio de sus males, smo ante&amp;Jal ~ra116, cemo un nuevo combuS'tible arroMéxico, despues de haber combatido gloriosamente durante diez años por su jado en la hogllera•delaa.rfuria.g políticas. Basta leér la historia de su elaboracion
independencia, s~ lanzó inesperta y desatentadamente en el sistema republica- escrita por uno de sus autores, para convencerse de que ella no era otra cos~
. no, sin tener en cuenta el estado moral.y material de su poblacion hetereogénea, que el pendon de un bando político, y no el resultado ,de la madura reflexion de
sirl reparar siquiera en que el ejercicio de la plenitud de las libertades públicas, los hombr¡is de Estado buscando con toda imparcialidad la solucion del mas diexige costumbres 'y u11a ajucacion previa que la imnensa mayoría de su pobla- ficil de los problemas. po1íiicos, la armonía de los poderes públicos, la satisfaccion, estaba muy lejos de poseer al salir de los. trés siglos ~e la dominacion co- cion y concordia de los principios en lucl:\a. Formada en memo de las borrascas
lonial, empleados en cimentar y fortalecer la conquista de la raza: blanca sobre parlamentarias, encontró fuerte oposicio'n dentro y fuera del parlamento, fué desla indígena. La vecindad de lós Estados- Unidos del N orteJ cuyas cirCUI\Stancias peda~ada á poco por el presidente mas demócrata que México babia teuido, conexcepcionales les permitieron prosperar y engrandeet&gt;[se bajo la sábia constitu- vencido de que con ella no era posible goberna1·, y anegó en sangre el suelo de
cion republicana, formada por el inmortál Waslrington· y tantos otros hombres la patria: ipara qué? para no regir un solo 'dia, pues ·dictadura hubo constante-·
eminentes, hizo que los patriotas mexicanos creyesen ap1icable á su país la mis- mente aun despues que se la saludó como triunfadora en 28 de Diciembre de
'
ma institucion, y que apenas emancip~dos, pretendieron tener la experiencia y 1860.
discrecion de que carecían por su falta de participios en los 'negocios públicos,
El gobierno emanado de esta constitucion, ocupó, es verdad, la capital en esa
durante el Gobierno de la Metrópoli española. Las consecuencias de este error fecµa, despues de una lucha de tres años; pero para un espíritu investigador, ese
las ha sufrido México de una manera cruel y dolorosa. En v!)z de gobiernos ver- triun~o s~ debió se uramente, no á la adhesion á la constitucion republicana,, sidaderamente libres y nacidos de·la voluntad nacional, las facciones se apodera- no prmc1palmente 9
a la reforma social abrazada por el gobierno, á los intereses
ron del poder, los ódfos de los ?ª:tidos fueron creciendo d~ ~a _en dia, ,Y, lo que monetarios creados por la ley de desamortizacion de bienes de manos muertas
es mas lamentable aun, no se limitaron al terreno de.la d1sens1on pacifica, sino de 25 de Junio de 1856, á los despertados por las leyes de nacion¡ilizacion de
que desde el principio apelaron al de las an:nas para hacer triunfar sus opinio- 12 y 13 de Julio a.e 1859 que permitían enriquecerse sin costo ni trabajo. Los
nes y sus pasiones. }l:éxico fué explotado constantemente por los ambiciosos de partidarios de estas leyes, hé aquí los que hicieron triunfar al gobierno que las
uno y otro bandp. En tal estado de cosas, forzosamente debían ser sacrificados promulgó, sobre el que las rechazaba. Uno de los ministros d~l gabinete Zarco.
:los. verdaderos intereses delos pueblos, ;í los que se halagaba con las promesas lo decía en es&lt;}s dias en una carta célebre dirigida á los gobernadores de los Esmas lisonjeras, siempre olvidadas al siguiente día del triunfo. Malamente poarian tados. "La revolucion ,entra, porque no hay que hacerse ilusiones; ell.a reducida
el desó~den y la anarquía., producir el órden en la administr¡i.cion interior. Los á cifras, eUa injlexibl,e á su 'lógica de guarisrnos, encierra todas las dificultades del
elementps con¡¡titu~ivos de toda s~ciedad fueron des~onocidós y menospreciados; presente y lleva en su se_no las esperanzas del porvenir. La nacionalizacion d~
el derecho de propiedad, 1a seguridad personal, la libertad del .Pensamiento, fue- los bi~nes del clero: hé aq_uí la_ re~obUCion, esa e~ la exa).tacion del poder civil, el
ron ,pisoteados y violados én propios y ·estraños, y un dia llegó en que la nación c:1Illb10 de lqs ~lementos constitutivos de la sociedad, la democracia en su exprese 'V'ió arran~~r la mitad ~e su t~rritorio, sin q~~ la sangre y los esfuerzos gene- sion mas genuma, ese es el problema no ya patriótico, no constitucwnal sino sorosos, y heroicos 'de un cierto numero de t!US ~os, fuesen bastantes para librar- cial y humanitario que tenemos que resolver."
'
,
la de la derrota, Los .riquísimos tesoros encerrados en el vaitto territorio cedido
.A.sí se espresaba el ministro Prieto, uno ele los prohombres del partido de 57.
por unos cuantos mi?o~es de pesos, fru~tificaron como por encanto al influjo de Y ~n verdad que razon ~eni~ en d~~ir que el país había combatido por la reforma
la paz y de la labonos1dad y buen senti~o de los vencedores, cuyo poder contri- social y n~ ~or la cons~1tuc1on pohti?ª: dos cosas perfectamente distintas y que
buyeron no poco á alimentar. México, ocupado en las cuestiones políticas, re- p~eden existir la una: sm la otra. Mex1co clamaba, en efecto, por la refqrma sovolviéndose en el fango de las guerras intestinas que arruina,ban su agricultura, cial, esto es, por la libertad de cultos tan necesaria para obtener la inmi!?.'racion
su comercio y flu industria, ni idea tenia de la riqueza que perdía. Sus vecinos extr~nj~ra y aumen~ar su pobla?ion y su riqueza, por la abolicion de las órdenes
se la dieron á conocer. . . . iDe dónde provino aesastre semejante? iDe qué pro- m?nast1cas que hab1an llegado a un estado de corrupcion y decadencia tal, que
vino que la mayoría de la na.cion permaneclese impasible ante el enemigo extran- leJ~S de ~er de alguna utilidad como lo fueron en,la edad media, servían de perjero que hollaba su territorio, y que solo 11e levantasen contra él algunos cora- n~c1oso eJemplo para las mas~s, de manera que su reforma había sido comprenzones generosos que aun sentían latir las fibras del patriotismo? Vino, triste es dida como urgente por los mismos prelados católicos; clamaba, en fin, por la
decirlo, de que los pueblos trabajados por las guerras fratricidas, devorados por désamortizacion de la propiedad raíz acumulada en el trascurso de los tiempos
la ánarquía que escandalizaba al mundo aun en presencia de los enemigos, ha- en manos de las corporaciones poco aptas por los fines de sus institutos para habian perdido toda esperanza de, ser felices bajo gobierqos que no les prestaban c,e~la fructífera, y que con f~cilid~d podi~n convertirla en arma de trastornos pogarantías de ninguna clase, y llegaron á 1a horrenda situacion de estimar en na- ht1c?s· ~odas estas ~ran exigencias del tiempo y del adelanto de las ideas; pero
da. la. péraida de su autonomía, y a1m á ·simpatizar con sus é™lmigoe.
la historia de las naciones demuestra que tales reformas han podido hacerse bajo

LO QUE ERA NUESTRA REPUBllCA.

1

•,

,

79

la forma de.gobierno republicano, lo mismo que bajó la monarquía, y aun mas arreglos en el particular; encargo precursor de la medida que habia de producir la
tóda:.tfa, qué esta última es la á propósito para consolidarlas; y si la historia nos intervencion, para poner un término al escandaloso desórden del gobierno repufaltase, lo probaría lo que vemos desde el establecimiento del Imperio, que lejos blicano, asegurar el respeto á 1os, tratados y salvar á México de la disolucion
dé contraria.r la saludable reforma social, la desarrolla, la sostiene y vigoriza, socilj} en que habia caído.
Hemos bosquejado á grandes rasgos el estado de la nacion bajo la república.
purgártdola de todas las exageraciones de que la revistió él gobierno republicano, de los abusos é injusticias que á su sombra se cometieron, y clltndo la sati$- En el largo período que ésta pudo sosteneise, merced al vigor de los pueblos
faccion debida al sentimiento religioso, enalteciéndolo como el mas poderoso,fun- jóvenos y á los elementos de que la naturaleza dotó al país, no se logró_ la_p~z
damento de la moral pública y privada, pero manteniéndolo en sus justos y pro- ni la estabilidad del gobierno. Esto que nó pudo conseguirse en un prmmp10,
cuando no existían los elementos_ desmoralizadores y disolventes amontonados
pies límites.
Seo irá acaso que la dictadu,a de 1861 importaba solamente una .suspension por los trastornos posteriores, menos podía obtenerlo el gobierno de D. Benito
temporal ae-las garantías constitucionales, autorizada por la constitucion misma Juarez·, aun cuando su administracion se hubiera distinguido por las dotés de
para obtener la pacificacion completa del país y facilitar el establecimiento de moralidad y espíritu de órden de que careció absolutamente. El cáneer lo llevaba el gpbierno republicano en su seno, y se habia confirmado por una penosa·
esa constitucion.
En efecto, la entra.da del gobierno en México no había concluido ni con la y dolorosa experiencia, lo que años antes. decía un historiador mexicano: "Las
oposicion armada, ~ ~on la mas fuerte to~vía do. 1~ opinion_ públi~a; pero pre- instituciones políticas de esta riacion no eran las que requería para su prospecisamente esta opos1cion que hacia necesaria una dictadura mdefimda durando ridad.
.A.caso en otro artículo nos ocuparemos de lo que han hecho y prometen las
ya largos años, contra.ria µesde lue~o á la es~ncia del sistema republic~no,. era
nuevas
instituciones.
oposicion que se m~ifestaba en diversas é 11~1poi;tantes_partes d~l temtono y
'
que el gobierno era impotente para sofocar, umda a las circunstancias generales.
1
que habían impeqido la CQnservacion d~ los gobiernos anteriores de la RepúbliDIIB.B.O'l'A DE J'IG'UIIB.OA.
ca, y á las especialés que el de 1861 se creó y que por sí solas eran de tal magTomamos la siguiente de un alcance.. al núm. 89 del Boletin •oficial del
nitud, que bastaban para derribarlo; vinieron á. patentizar una vez mas lo inadedia
9 del presente:
cuado del sistema.
.
TEHUAN'rEPEc:
El gobierno de 1861 se encontraba con una parte considerable de la poblacion
'
profundamente desmoralizada por_la guerra c!vil, ?ª~ie_ndo perdido to.do res-pet_o
Tenemos el gusto de publicar el parte oficial que por ~:xtraerdinario acaba de
á la autoridad y á la ley, acostumbrada ál oc10 y a v1v1r de las exacciones arbi- recibir el Sr. Visi~dor Imperial.
trarias; con otra, que era la &lt;le los propietarios, arruinada ó próxima á serlo, no
La buena causa ha adquirido un nuevo y brillante triunfo.
'
ocupándose mas que de poner á: 'Salvo los pocos intereses que le reataban, y sin
Los disidentes de Figueroa, abandonando sus madrigueras y unidos á los del
atreverse á emprender nada que ,fuese de ·provecho para ella y para el p_aís, ó pueblo de Juchitan y fuerzas de Chiapas, han sufrido un descalabro completo
por la falta de capitales ó por la inseguridad y la desconfianza en la marcha del en el ataque que emprendieron sobre la heróica poblacion de Tehuantepec.
gobierno, y por último, con la clase mas numerosa, la de los trabajadores del
Por cartas particulares sabemos algunos pormenores mas de tan notable hecampo, en un estado de abyeccion y de desnudez, que, las bellísimas teorías del cho de armas.
liberalismo republicano, lejos de disminuir, habían acrecentado. Para esta clase
El empuje fué vigoroso, nos dicen, pero la defensa fué brillante. _El entusia$desgraciada, la vida pública estaba vedada, y ni idea tenia de las cuestiones po- mo de los soldados imperiales no conoció límite: sin aguardar al enemigo tras de
líticas y de los partidos, si no es por el maltrato y la!; vejaciones que de todos sus trincheras, las saltaron llenos de arrojo, saliendo á su encuentro con el marecibía. La leva, el desprecio, la servidumbre, un miserable salario gue le,propor- yor denuedo: varios soldados heridos, á quienes se quería trasportar á la ambucionaba alimentars~ menos que los brutos; era el patrimonio de esta infeliz clase. lancia, pedían á gritos continuar en medio de la refriega: todos protestabañ con
No es de estrañarse, pues, que habiendo recibido tan ricos presentes, el fondo de su entusiasmo, su decision por el Imperio.
su carácter fuese la desconfü111za, el ódio á lps blancos, y que encontrando á esLas tropas enemigos emprendieron, despues de su derrota, no ya una retirada,
tos debilitados por las guerras, se hubiese anunciado ya en alg~nos puntos un sino una fuga vergonzosa, dejando todo el parque con que contaban, y una canpeligro para la sociedad mas horroroso que todos los que sobre ella pesabantidad mayor de muertos que la señalada en el parte, pues se estaban recogiendo
la guerra de castas ....
otros mas.
Pu8s bien; ¡,qué hizo el gobierno de 61 para moralizar y volver el amor al traLa•poblacion de Tehuantepec se ha hecho acreedora por su bella conducta en
bajo á los revolucionarios, para inspirar confianza á los propietarios_y para sacar estas circunstancias á la estima_cion pública. Sus defensores son unos valientes:
de la abyeccion y de la esclavitud á la raza indígena? La constitucion de 1857 la confianza en sí mismos, el desprecio del mayor número, la indüerencia ante
habia promulgado como ley fundamental el' respeto á todos los derechos natura- el fuego y el peligro, constituyen los rasgos predominantes de este combate gloles del hombni; pero no basta que las leyes sean buenas si ellas no son observa- rioso.
'
das, y si el,pDimer ejemplo de su observancia 110 es dado por los encargados de
Los felicitamos cordialmente, lo mismo que á su esforzado gefe el Sr. general
velar por su cumplimiento. Queremos conceder que el presidente era un hombre D. Luciano Prieto, en-cuyas acertadas disposiciones y conocida pericia hemos consinceramente adicto á la constitucion, honrado y virtuoso. Un hecho hay cierto fiado, para 1a seguridad de Tehuaíl;epec.
,
y positivo, y es que jamas en ninguno de l0s anter~oreagobiernos se conculcaron
"Prefectura•política del Departamento de. Tehuantepec.- Enero7 de 1866....:.
mas atrozmehte las garantías individuale~, se dieron ejemplos mas escandalosos
de desmoralizacion, hasta el punto que el principal enemigo de la paz lfegó á ser Con la'i;nas viva ¡;atisfaccion me apresuro á cpmunicar á V. S. que esta.mañana,
el gobierno,..y de que los ciudadanos·tenian que defenderse de los abusos y aten- como á las siete, los disidentes de J uchitan unidos con Figueroa, se aparecieron
tados del poder, todavía mas que de los .ataques de los facinerosos que por des- por el barrio de San Blas en número de poco mas de dos mil.hombres de infantería y caballería, con objeto de atacar esta plaza. .A.sí lo verificaron, dividiendo su
gracia pululaban por todas partes.
fuerza
en tres columnas de las que una tomó el cerro á viva fuerza, atacando siLargo seria reoorrer uno por uno los actos arbitrarios come~dqs bajo la invocacion de la libertad y de 4i, reforma. Esto nos llevaría mas lejos de lo que per- multáneamente por Norte y Sur las otras dos, que cargaron sobre nuestras trincheras exteriores, ,que fueron defendidas bizarramen~. En estos momentos sumiten los límites de este articulo.
,premos
lancé sobre el cerro una colu¡nna de reserva protegida por el fuego .de
To.da la poblacion de México es testigo de lo que decimos.
.
Pero en lo que sé vió !)'las palpablemente el desórden y la desmoralizacion de •artillería, y con un denuedo digno de elogio, desalojó al enemigo que despavorido emprendió la fu~, quedando dueña del terreno la columna vencedora. Las
la administi:acion, fué en la hacienda,
fuerzas enemigas que habían dirigido sus. ataques por el Norte y Sur, de esta.
La desamortizacion y nacionalizacion de los bienes de manos muertas, podía ciudad, no pudiendo sufrir el empuje de las de 13: plaza, abandonaron sus posihaber proporcionado al gobi~rno cuantiosos recursos, y ser la base de la organi- ciones y corrieron vergonzosamente.
zacion de la hacienda pública. La rigueza del clero era considerable, y podía esNo puedo _en el acto decir acertivamente las pérdidas del enemigo, porque me
tunarse por lo bajo en cien millones de pesos, y sin embargo el país miró atónito ocupo de la organizacion de la plaza; pero puedo asegurar á V. E. queson cerC{t
que en los momentos mismos en que tau gran caudal entraba en manos del go- de cien sus muerto~, entre los que se encuentra M:aximiano R. V eta. En nuestro
bierno, éste no pagaba ni el ejército, ni la justicia, ni á los diputados al congreso,
poder han quedado cosa de cien fusiles, seis cajones de parquey algunos cabani atendía, en fin, á l(!_s gastos mas .ilrdispensables de la administracion p~blica.
llos. Por nuestra parte, segun las noticias que tengo, hemos tenido ~iete muertos,
El ejército que había combatido por la reforma estaba desnudo, y en cualquie- incluso un oficial, y treinta heridos, algunos de gravedad. ,
ra campaña tenia que acudir, pa.r a mar¡.tenerse, á las exacciones y préstamos
Por la poca caballería de esta plaza no pude emprender una constante _petse-·
forzosos, que unas veces eran decretados por el gobierno general, y otras eran
cusion
hasta, destruir al enemigo; sin embargo, con solo treinta caballos se le si- .
exigidos por los gefes de las fuerzas. Lp, justicia, que por la constitucion debía
guió
muy
cei·ca, causándole algunos perjuicios, _casi una legua, hasta que se
de ser gratuita, co~taba al pueblo mas que nunca· y estaba muy lejos de ser ad- internaron'de
en los bosques. ·
ministrada con imparcialidad y eficacia por los funcionarios judiciales con muy
Lueg9 que reciba los partes circunstanciados y se levante el campo daré,• el
cortas excepciones, y los diputados, de los Estados .con frecuencia carecían de
parte
detallado, sirviéndose V. E., entretanto, recibir ~il;Lfelicitaciones, que le·
19s recursos necesarios para venir á Méx:ico ó para sostenerse durante su mision.
suplico
sea muy servido trasmitir al Supremo Gobierno,,por el espléndido triunEn 28 de Diciémbre de •1860; como hemos dicho, ,se ocupó la capital por el
fo
que
han
alcanzado las armas im,Periales.
,
ejército constitucional. Inmediato.mente empezaron á practicarse los operaciones
Dios
guarde
á
V.
S.
muchos
años.El
general,
prefecto
superior
político, Lude redencion de bienes de manos muertas; pues bien, en 22 de Mayo de 1861, el
ciano
Prieto.Sr.
Visitador
impirial.-Oaxaca."
eje~u.tivo pédia al congreso autoijzacion i,tfu;{I; proporcionarse recursos extraordi\ianos para los gastos de la camp~ña, y el congreso se la concedió por un millon
. S'e llos exti•aviatlos del Correo.
d? pesos, ¡ no pudiendo ~rocurárseloli ele otra manera, se repartía en 1~ de Jumo un_presta:mo _fo1·zoso o.e$ 750,000 sobre un determinado número de personas.
.A.dministracion general de Correos.-Interesante al público.-Habiendo sido
. Vanos otros eJemp'los _podíamos citar de la penuria del gobiemo, que se repi- interceptada,, una cantidad de sellos del previo frai:queo, al ser conducida á su
tieron todos en 1_861. Ni los capitales, ni los inmuebles, ni en fin, las a1hajas del destino,,.0on el fin de evitar su circulacion y que el público sea sorprendid0 al
culto que se pusieron tambien en pública subasta, bastaban para atender á las adquirirlos, se pone en su conocimiento, que los expresados sellos están marcanecesidádes del gobierno.
dos cada uno con la cifra que representa el año pasado de 1865, y ademas con
T~l penuria seria inexp~i~able para qµien no supiere que fiobre las ventajas la 204, cuyo distintivo se da á conocer,•para que los que contengan esta numeconsiderables que como al1c1ente l:once~an las leyes de nacionalizacion, se ven- ' racion no sean admitidos, por estar considerados nulos y ae ningun valor para
dí~ y ieaJizaban á ~ua~quier pr~c~o los _valores que por importe de !ªª fincas ó el ?bjeto á que eran destinados; _pudi~ndo ser consignado el que los posea, ante
capitales ~oi:respond1an a la ~dm_m1strac1on, y que el desórden llegó a tal grado, el Juez competente, para la averiguac10n que corresponde, y se aplique al culpaque las mismas fincas eran vendidas por el gobierno sucesivamente á tres, cua- ble el castigo á que es acreedor, como defraudador de los intereses públicos.
tro y cinco personas, recibiendo de cada una el precio que luego desaparecía
México, l!,'nero 13 de 1866.-El Administrador g~neral, Luis de la Peza.
como por encanto de las arcas del Estado.
Ese mismo decreto de 30 de Mayo de 61, ordenó la suspension de pagos ó la
Convocatoria.
bancarota del erario. No se atrevieron por entonces los legisladores á suspender
Ministerio de Estado.-Méxjco, Enero 12 de 1866.-Cometiéndose por el art.,
el de las convenciones diplomáticas, si bien se encargó ya el ej ecutivo de iniciar 4~ del decreto de 10 de Abril último á este Ministerio, todo lo relativo á impre-

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

80

PRIMER SUPLEMENTO AL

'.fribunal de Comercio de l\lléxico.

. ..

, .
. sta or D Francisco Revilla en el JUICIO
México, Enero 16 de 1866.-h En latterDcerc:i~:1h~~illi este.Tribunal ha proveido el auto
'
seguid0 por D. Manuel Sane ez con ra ·
·d D Manuel Sanchez: cítese por los .Peri?dicos á
siguiente:
ontados desde la primera publicac1on co~"México Enero 10 de 1866.- Como PI e . .
D. Cárlos Revilla, para dque dden¡ro de och~I ~~:s;1:do pendiente y continuar el juicio; aperc1e ha a 1u ar con arreglo á las leyes. H ág~e
barezca por sí ó por apo era o, evacuar
idode que si no lo hace, se ¡;&gt;rocederá á lo quó fi~mó !c~stillo.-Luis Rodriumi !/ PalMt0,
·
"
saber á Sanchez. El Sr. Presidente lo provey Y
d
sente en cumplimiento de lo maudado.- Joal
au.xiliar de la Secretaría.:•
1
,
804-2s- 1
Lo que hago saber al mteresa o por e pre
María Cardtña, Oficial 2'? encargado de la Secretana.

'al
d -eando contratarla en los términos mas econó·
aion de documentos ofici e~, Y e"'
esente á los dueños ó encar·
•
f:
bl del erario se convoca por e1 pr
. .. ,
S
nucos y . ~vora e8 , fi de que antes del 30 del co1Tiente mes, d1r1Jan a esta egados ,de nnprenta, ~ten plieW'ls cerrados y sellados, con muestras de las cldacretana ~us propues
,,- d
uedan dis oner En vista de ellas, e
ses de papel y caractér~s de ~etra ~ que p de las aema~ condiciones que con.
fi" en a las nnpresiones, y
los precios que se ~
t S ' t ,a aceptará las que tengan por mas contengan dichas propuestas, es a ecre an
.
.
tes
El
Subsecretario
de
Estado,
José
D.
Ul?"bar-ri.
vemen .-

.

AVISOS OFICikLES.

'b

l d Comercio •de l\lléxlco.

. E
19 d i;rl866
r1 ~:n fe:ha 9 del corriente ha proveido este Tribunal el auto
·
Mé xico, nero - e
.
. ue han hecho J auffred y Olivier, comerADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
siguiente:
"México,'Enero 9 de 1866.-Vist_a la denuncia ie' ha hecho el de igual clase D. Ernesto
AVISO.
. · te ciantes de esta plaza, de la suspens1on de pagos 4. abierto en la casa número 1½ de la
Relacion de los es~dientes que para sustanciarlos se necesita la presencia de los m • Aron, establecido en esta misma plaza,_ con caJ?nas erfumeria y otros objetos; vistas las
del Espíritu Santo, para el espend1o-de cao~l!s c1fnunciantes y examinados por el Preresados en esta oficina.
' 4"7 476 493 702 718 868 869 880, 890, 1,030, 1,106, 1,1599' calle raciones de los cuatro testigos pre~!nt~doi•Kcada plenamente la suspension de pag:os ~edecla
Secciones 1~ y 2~-144, 266, .&gt; ,
,
'
•
•
l
645
1658
1,675,
1,676,
1,77
te que suscribe, y resultando de e as JUS i . .do en estado de quiebra, segun 10 d1s'
1 78 479
1
1,198, 1,200, 1,205, 1,254, l,331 , l,
•: 245 '2 386 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460' sidenpor el citado Aron, quien por e!Cla se ha. conslttu~umplimieuto se declara que el espresado
1
2
cha
1
0
1
2
884
1806 1,808, 1,817, 1, , , , , • • ' ' ' ' '
·
o en el art. 759 del Códig_o de omermo: en s:ca es de contarse desde la fecha en que se
buestmesto
2:635: 2,665, 2,74~, 2,850, 2,854.
1441 al núm. 2 de Morelia.
Aron se halla en dicho estado, cuya ép
En consecuencia procédase en cum.E
362 al num. 3 de P~ebla.
•
,,
10
de
Querétaro
e
el
presente
auto,
sa!vo
lo
qu~
desynes
apar::i~:to
y secuestro de t~dos los bienes, ¡¡.
prove
1 603
ento del art. 794 de dicho Código,.ª adegura rrespondencia librándose para ello el cor372 ,,
13 de '.d.
ÚOi
· 14 de , id.
tumi
373 ,,
14 de ~d.
15 de
id.
e st~ :rreos Se nom'.bra síndico administrador á
ros y papeles del fallido, y á la de(e~c1on.
1•608
ndiente atento ofic10 á l_a _Adm1~11~~on 1c D Miguel Enrique, á quienes se ha~á sa383 ,,
24 dde
ÚlO
17 de
id.
respo
1
· • · Puolí uese la quiebra por medio de
390 ,,
31 e 1 . ·
Úll
18 de
id.
la SQciedad do J auffred Y Olmer, Y J1;1 ici ª
u
nombramiento
para
su
aceptac1on
y
desemeen~costum6rados
de esta plaza. y fórme,&lt;;e
798 "
2 de Onzava.
1'614
21 de
id.
her s
85 de Puebla.
•
. ",
d p bl
1,024
los p eriódicos y edictos, que se fi~arán_en los paraJ!~e nroceda como se previene en elart. 888.
d
Atli
4,246
sm
num.
e
ue
11.
35 de :dxco.
eparado el espediente de ca¡ificacion, para qul f: ¡{do ara ue use de sus derechos. El
1,047 "
4 730
"
de id.
81 ·
1048
'
..
echo el aseguramiento, hágase saber este azto a ~c(a d~l cas1 á reserva de la calificacion
Asim~mo es,~ecesaria, en la seccion 1~' la presencia de las personas siguientes:
Sr. Presidente lo proveyó y firmdéó solo,tpor u:~tencia inmedlata.- Casti/lo.- Luis Rodricuen a en a
Sr. D. José Maria Velaz_quez de la Cadena,
del Tribunal á quien manda se
rcsente - José María Curdeña, Oficial 2?
,, Martiniano del Pino, Y
gmz y Palacio, auxiliar de la Se~retarla."
·
o0l-:la- 2
y eu cumplimiento del auto mserto, pongo e1 P
Sra. D~ Juana Sauchez.
rgado de la Secretaria.
. 23 28 29 30 43 44 49 de Ayuntamientos, 5 de Instruccion enea
Seccion de Benificencia.-:- , , • • ' '
.
Pública y~ d\Ben¡n~nE~o Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados
'!.
e!~ro::s~di::~: n~~eros 2
2 ,410 , 2,266, 2,687, 2,140, 2,003, 2,9991°,2,999 '?, •
2,999 4'?, 2,999 5°, 3287.
Venta de una Hacienda.
6,562 de Puebla con el núm.••··· 1,5~
' . d á. mediaciones de la Villa del Valle de Temas5 174 de Puebla con el núm.••··· 829 6 563 de id.
,,
..
·
1,55,
e vendo la hacienda de Sidn Juanb s;:rla: d;~iena de superior calidad, de las cuales seis
s
5:244 de Oajaca
,,
· • · • · · 366. 7,330
'
'd
690
de '. .
caltepee, y consta de mas de oce ca ª. 1 .nientas d'os varas cuadradas son de regadío para
691
5,373 l de id , sin nÚtJlero.
7,331 de 1d.
,,
caballerías y doscientas treinta .Y un ~{ Jlut con distintas maderas. Tiene su casa habitacion
4,101 S
.
571
7,333 de id.
,,
.. · ...
siemb;as, y el resto ~e mon~e b1d~!°as :fi~i!as de campo, inclusas las correspondientes á en51838 de Puebla con el núm .. •·.. 82;7 7,334 de id.
732
con p1ez¡1s altas y baJash, tr?Jª/ d' fruta agua en &amp;})unilancia para regar, que e_s pere11:neh y
51839 de id.
,,
... . . .. 828 7 335 de id
786
is
a circunstancia pueden aplicarse die as
gorda de cerdos. Esta amen
5 840 de id.
,,
·• · ... 830 1:336 de id:
756
que procede de puntos bastante fiel_evadgs, p~qru:lria En estos últimos días ha sido retasa6'1051 de id.
.. · · • · 1,571
ínfi~o valor el de 15 461 pesos 99 centavos.
ag uas al uso de molinos ú otras o cmas e m
6 086 de id.
,,
· • • • .. 1,463
por el agrimensor D: Manuel Delg:d~, y e:e~!siten instrucciones ó'cualesquiera otro dato
'
E
16 d 1866 El Administrador de bienes nacionalizados, Jvati Suarez y daLas personas que q\lleran h~cer pos wa, y .. irse en esta capital á D. Josó Juan Rowero,
México, nero
e
.respecto de la mencionad~ hac1end~, puedfn :gtodos los dias do once á doc1í de la mañana
NaTJarro.
en la calle del Esclavo num. 2, quier 1 esd:l Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay¡
e tres á cuatro de la tarde, Y en . ª.
a
e hagan han de ser antes del 12 del mes de
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
1
:echa la ~enta definitivamente.
ta1o el con~pto de que 1ads_pr~E°J~~tq~el~:
AVISOS,
.
803-ISa- l
Febrero próximo, porque e 1ª
1
l rt 24 d la ley de 26 de Febrero del ano próxi~léxico, Enero 13 de 1866.
nDebiéndose sacar á rematell, :t1V~g~Ja ~n-Dolor:s fidalgo, valuada en ( $ 350) tres.cíe
mo pasado, la casa de la ca e e a .1c . ' d 1 úbli
ara 9.ue las personas que qrueran
SEGl!BOS CONTB.'I. IJtºCEJt•»IOS,
tos cincuenta pes,os, se ~ni8 eAdc:ir:~~~!~ d: lenes~a?ionahiados, el dia 26 del pr.esente
kacer postura, ocurra~ _a
á
a hora comenzará el remate con la concurrencia q ue
COMPAÑIA. DE SEGUROS DE GLA.DB.A.CR.
.
mes, á. las_ nueve de la m,tanana, eclu ~fecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la
haya; teruéndose presen :es para
Capital
de
fondo.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
3.000,000
pesos
prusianos.
citada ley.
3a- l
México, Enero 16 de 1866.

3f09 ,f-i~

i

t

i,

;rs

Jt;~°:f

,m,

r

AVISOS PARTICULARES.

ª

vt f

1

lo al art 24 de la ley-de 26 de Febrero del año prónmo
Debiéndos_e sacará re:m~• cod ~tgio en.el Mineral del Monte, valuada en ($ 150) ~ienpas&amp;do, med111. barra en a mma e . . ~ del úblico· para que las personas que qU1eran
to cincuenta pesos, se ff:lci~::i:ie bien~ nacio~alizados, el dia 24 del l!resente m es,
kacerpostura,ocurran
á el remate con Ja con¿urrenc1a que haya;
á las ndueve de la mteañpaanr~' e1
cop::::fones de los artículos 24, 25 y 27 de la citenién ose presen s
tada le¡.
d l866 - El Administrador de bienes nacionalizados, J. SuaTez Y Na·
México, Enero 11 e
·
6a- 3

ÜO:MP.Á.ÑI.A. DE SEGU~E B.A.SILE.A. (B.A.SEL).

Capital de fondo• • • • · · · · · · · · · · · · · · · ·

·

'

:Escuela especial de Comercio,

:Escuela especial de Agricultura.

. 5 d8 Enero del año entrante, queda abierto el registro de in8·
Desde esta fecha has_!,&amp; el/t { Pu te del Correo mayor de las cuatro á las cinco de la tar·
eripciones en la casa num.
e
en
as •ustificadas ~ute el Sr. Director; pasado el dia
de. Este tégnino_ ~odár~ prorogarsde I!:ndocayuros qJue tuvieren beca de gracia la perderán.
31, ya no se adm1t1r _rungun e . uca
,
. .
·
Los ramos ~e ens~nan_za son. t
obres Doctrina Cristiana.- Urbanidad.-Lectura.
l? Instruccion pnmana para es erno~ P
·
,-Escritura.- Aritmética, h.asta_denomm~dos Ré ·roen alimenticio -Nataciou Y baños ca2'? Educaci?n higiénic~, religiosa~ s~cial.- uufástica comprendi~ndo enéstajuego d e pe• lientes.-Med1os _profilácticos.:--Equ1pa~10~ ~ g ~ dame¿tales de religion.-Juegos de recrealota columpio y Juego de Boliche.-: nnc1p1?s un
cio~.-Ejercic!os de ann~-:-Te~~;:1::és é inglés.-Lógica, dibujo natural, anató3'? lnstru_cc~on \&gt;repara na.- .
t~ 0 afia.-Primer curso de matemáticas, ~mprenmico, de pa.isaJe, ~1neal, de máqumas y cfofes sobre curvas de segundo gra~o.--Prmc·ipios
diendo h~l:3 la tngono~etriFíaP!enaQy~ca Mineralogia y Geologla.-Botánica y Zoologia.
de contabilidad, Me_cáruc~, sica,
'
- A,,.rimensura y ruvelac1on.
. 1'd d Fís'
Meteorología Química, :Mineralogia y
4'?° In~ truccion pro~Aesio;11a\~Co~~~~~~_;ráctic:.'::veterinaria teórico-práctica.- E conomfa
Geología a,,o:ricolas.- gncu ura
8 zos artesanos.
y construcciones rurales.-Apertura d po ·ere haber cum !ido la edad de trece anos, a crediPara ser admitidos en la Escuela se reqm
n • n ro~usta sana Est.ar vacunado con
tándose esto ~on la ~é de bau~f,mt:r
c~r: ::i:en instruccfun ba~tante en los estudios
esultado ~at1sfa_cton?¡ Y mam es
,
,
1
de edncac1o_n pnmana.
los agricultores es de seis afios, comprendiendo el preparaLa dtqac1on de la ~arre_ra p~ra
torio, y para los v~t~~a~od_c1~rde Enero de 1866 con la solemnidad acostumbrada.-San
6
J:c::,j;~le::r:io
1~.- El Secretario de 1~ Escuela, G. Semn.
a--6

~!\1:

-

án de nuevo los cursos de la espresada escuela..
El dia 15 del_ entr_an~e Enero comentr sel dia 2 del mismo mes, desde las cuatro de la
1
abriéndose las mscnpc1ones para os a umno
tarde en adelante.
Los ramos de enseñanza son:
ia mercantil.-ldioma frances.-Id. inglés.-Id. aleman.
Idioma castellano Y corresponfidenc t dística -Historia general del comercio.-Derecho
- Teneduria de libros.-Geogra a Y esª · ·
mercantil.-Derecho marít~mo. d
didatos .-.ara entrar en esta escuela imperial, son:
Los requisitos que se ex1g_en e 1os can
r
✓
Tener quince años cumplidos.
.
.
.
Estar instruido en todos los ra~os de la cducac1on pnmana.
Se pueden admitir algunos pupte1lot á los interesados con el Director del establecimiento,
Sobre todos estos PU?~s se en n er n
790-12s-ll
que suscribe.- E. Clairm.
,

Hacienda de '.femisco.

l h · d de Temisco jurisdiccion de Cueruavaca, eu
Convenida entre los inte;~sad os e? ~ aCJen ª
rso¿as ue uieran adquirirla, ocur•
venta estrsjudicial, se pFti~td ~li:~ocº±~::r
San
núm. 5, todo~ los diaa
~en!~ác::st !-~:-t~de, ·do~d= verán l¿s planos y avalúo, y se_impondrán ~~~; ~~ condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.

b:l:: ae

,aiustfu

0

Atencion.

. a en la calle del Cinco de Mayo y San José el Real,
Se traspasa el alma~n que hace esqU1n
tablecer el ne ocio que se quiera, no tan solo
local ventajosamente s1tuat Y q~e se pre~ta á !\ráfico que ba~ por ser punto céntrico. Par&amp;
por las comodidades que o ce,. s~o por e ~ra donde est-á el dueño la mayor parte del dia.
tratar, puede~ p3:1ar al establecund1e~tfo:!ec1~d~~nta: el que desee hacer un buen negocio, aproe! cual tamb1en tiene una casa Y o
veche esta oportunidad.

DIVERSIONES PUBLICAS .

AVISOS JUDICIALES .

TEATRO PRINCIPAL.
, sobre
a en la
setenta

Laperz.

L'lndependence Belge, periódico de Bruselas, contiene interesantes pormenores sobre este ti·iste acontecimiento. En su número de 11 de Diciemciembre dijo lo que sigue:

COMPAÑIA DRAllfATICA.
En la noche de hoy se pone en es.cena á la hora de costumbre, la comedia dividida en tre/1
1
actos é intitulada: La Cruz da matnmonw.

MEXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

. '

81

dero de su corona, juntamente con grande.Jl y nobles ejemplos, un reino libre,
próspero y feliz, que ocupa un lugar en el seno de la familia europea.
La Bélgica llorará largo tiempo la pérdida que acaba de sufrir: ella conservará eternamente la memoria de un Rey que fué su mejor amigo y su constante
apoyo; pero su~ justos pesares no le harán olvidar sus lejítimas esperanzas.
La patria no muere; y si de todas partes se levanta el doloroso grito de ¡el 'Bey
ha m~rf-0! todos los Belgas, dominando su afl.iccion, y uniéndose al rededor del
trono, harán resonar con fuerza el grito de ¡mva el Rey!

"MUERTE DEL REY LEOPOLDO.

pn luto inmenso acaba de extenderse sobre la Bélgica.
La catástrofe, desgraciadamente prevista hace tiempo, se ha consumado.
Leopoldo I, Rey de los belgas, Duque de Sajonia, murió ayer domingQ, 10 de
Diciembre, á las 11 y 45 minutos de la mañana.
Bajo el peso de esta gran desgracia púl:ilica, la Bélgica, profundamente afligi,da, pero siempre confiando en sus destinos, se estrechará alrededor del trono
.que eri~ió hace 35 años, y que tan ilustrado ha sido por el gran Rey que acaba
de monr.
Hé aquí los pormenores que hemos podido recoger sobre los últimos momen.tos del ppncipe, cuya muerte causará en Europa una sensacion tan grande, como es profunda la afliccion que ha causado en Bélgica.
Hacia ya dos dias que el estado de debilidad del Rey era tal, que el fatal
-desenlace se temia de un momento á otro, y únicamente su robusta constitucion
retardaba la crísis postrera.
' Antes de anoche se temía ya como inminente. Los Ministros se trasladaron
al castillo de Laeken, á cosa de las doce, pero el augusto enfermo acababa de
dormirse cuando llegaron. Eran algunas horas ganadas, pero no había que ha.cerse ilusiones; aquello no podia ser mas que un descanso pasajero. ,
Hacia dias que SS . .A.A.. RR. é l., el Duque y la Duquesa de Brabante con
sus hijos, y el conde de F landes, se habían instalado en el castillo. El Rey, que
los veia á menudo, los hizo llamar ayer por la mañana, y les rogó que ya no se
separáran de él.
S. M., que conservó hasta el último momento todas las facultades de su vasta
y noble inteligencia, estaba perfectamente sereno y tranquilo: únicamente su
fuerte y penosa respiracion_ revc!ab~ la prox~idad del momento supremo. Por
Jo demas, el Rey no. se hacia ya ilusion alguna sobre la gravedad de su situa.cion.
A cosa de las once, el Presidente del Senado, el de la Cámara de Representantes y los Ministros, volvieron á Laeken.
Allí se hallaba t,ambien 1ifr. Julio Van Praet, Ministro.de la Casa del Rey, su
·amigo mas antiguo en Bélgica, su mas íntimo confidente y su mas adicto servidor.
Cuando estos altos funcionario~ fueron introducidos en la Real Cámara, un
grandioso y conmovedor espectáculo se ofreció á sus ojos..
'
El Rey conservaba aún todo su conocimiento: estaba rodeado de sus hijos y
nietos, y tenia una de sus manos entre las de la Duquesa de Brabante que estaba arrodillada al pié de su lecho.
El reverendo doctor Becker, capellan de S. M., que' hacia ya dias sé..habla
'instalado en el castillo de Laeken, se hallaba tambien allí.
.Al ver á su viejo amigo Mr. Van Praet, el Rey le tendió la mano y se la estrechó afectuosamente, y despues volvió á dejar caer la suya entre las de la Du4auAlesa.
· tos despues, se P.m é extin'gmen
• do poco a' poco, sm
· queJas,
·
gunos mmu
sin
.agonía, y sin que los circunstantes se apercibiesen apenas de que estaba e:xhaaando el último suspiro.
Hé aquí el último boletin publicado ayer en la mañana en el Moniteur. El
'hacia presentir demasiado ,el término fatal, cuyas últimas peripecias acabamos
-de decir:
"El desfallecimiento del Rey hace rápidos progresos,
DOCTOR Wrn:M:ER.-DE R OUB.A.IS.

Sita en la calle de la Mariscala -núm. l.

"ª"º·

LA MUERTE DE LEOPOLDO 11 REY DE LOS BELGAS.

10 000 000 francos.

.
,
-.derados y se darán todos los informes neSe aseguran muebles é inmuebles ~ prem¡1osA:~NCIA GENERAL de E stas Compañía¡¡, calle
400-lSOs- 113
cesarios para los que gusten aseguraroe, en ª
de San Bernardo núm. 2.

~tlc~~:~

a:

'

EL DIARIO DEb IMPERIO.

N. 315.

Palacio de Laeken, 9 de Diciembre, á la11 diez de la noche."

La noticia de la muerte del Rey se ha esparcido por la ciuda.d, con la rapidez
,que suelen hacerlo las~noticias tristes.
Aunque demasiado prevista, ha causado una sensacion inmensa, un dolor, que
.golo se podrá comprender recordando todo lo que la Bélgica debe al Soberano
i]_Ue acaba de perder, y toda la gratitud, adheAion y afecto que en cambio le profesaba el país.
Digámoslo pronto, sin embargo: por profundo que sea este dolor, por inmenso
que sea el duelo general, en ninguna parte se nota inquietud ni abatimiento.
Ajuzgar por la actitud de la poblacion de Bruselas, la afl.iccion de la nacion
belga será la de las almas fuertes: llora sobre el pasado, pero contempla con
-eonfianza el porvenir.
El Moniteur publicó ayer el boletin siguiente:
MUERTE DEL REY.
Bruselas, 10 de Diciembre de 1865.

"Un ~uto inmenso se va á extender sobre la Bélgica.
. EI prunero de nuestros Reyes, el fundador de ✓nuestra dinastía, Su Majestad
L~OPOLDO I, ha muerto esta mañana en el palacio de Laeken, á las 11 y 45
mmutos, rodeado de su augusta familia, cuyo dolor no intentarémos describir.
"La histo~ia dirá quién fué el Soberano que, en tiempos de graves incertidumbres! no vaciló en respon~er al _voto de l_a nacion, vinie~do á afirmar y fijar sus
destmos; que durante casi 35 anos de remado, en una epoca tan tormentosa co.J?-º la nuestra, s~po ~aptarse el amor y la veneracion del pueblo belga, y conciliarse la alta est?Dacion y e~ respeto de los, monarcas y pueblos extranjeros; qua
~scla:70 ~e la fé Jurada, llevo hasta el cscrupulo la observancia de nuestro pacto
cons~i~uc1onal, y en pago de este deb~r tan religi~samente cumplido, y de los
.servJC10~ que ~o ceso de prestar al pa1s, lleva consigo el reconocimiento de toda
.una nac1on umda para bendecir su memoria; que deja en fin al Augusto here-

El Periódico Oficial ha publicado t.ambien un suplemento á su número de 10
de Diciembre. En él se encuentra la siguiente proclama de los miembros del
Gabinete.
"La Bélgica ha perdido al Rey que se ha asociado á sus destinos con una consagracion inalterable durante un reinado largo, apacible y glorioso.
"Despues de haber luchado con una constancia heróica contra los dolores fí.
sicos que paáeció durante los últimos años de su vida, ha sido al fin ve~cido por
la muerte el hombre á quien la Bélgica, agradecida y pesarosa, ha proclamado
ya Padre de la patria.
· ·
,
"I;,leno de venera.cion á la memoriá del Monarca leal cuya pérdida deplora, el
pueblo belga, fiel á sí mi1mo, aguardará con confianza el dia próximo en que los
representantes de la nacion reciban el juramento al heredero del Trono.
"Para garantizar á la Bélgica su libertad, su prosperidad y su independencia,
Leopoldo II, que ha conquistado ya el corazon de las poblaciones, seguirá los
grandes ejemplos de su ilustre padre, y encontrará á toda la nacion unida para
sostenerle enérgica~ente en el cumplimiento de su noble y patriótica mision.
El Consejo de Ministros:
El Ministro de Negocios Extranjeros: Oh. Rogier.
El Ministro de Justicia: Jules Bara.
E l Ministro de Hacienda: Frere-Orban.
· El Ministro del Interior: Alp. Vandenpeereboom.
El Ministro de la Guerra: Baron Chazal.
E l Ministro de Trabajos públicos: Jules Vanderstichelen."
El Moniteur recuerda en seguida que en virtud del artículo 19 de la constitucion, "á partir de la muerte del Rey, y hasta que preste juramento su sucesor en
el trono, los poderes constitucionales de Rey_serán ejercidos, á nombre del pueblo bel~a, por l~s Ministros reunidos en Consejo y bajo su responsabilidad."
Publica tamb1en el decreto que determina'la fórmula ejecutoria de las sentenc~as, juicios, órd~nes, mandatos de justicia y actos que lleven aparejada ejecuc1on, durante el mterregno.
Ayer, despue,s de la comida, fué cuando se reunieron los miembros del Gabinete en Consejo para tomar las medidas que demanda la situacion, y redactaron
la proclama y el decreto.
El Senado ha sido convocado para hoy lúnes á las dos.
El cadáver del Rey está bajo la guarda del Teniente ·General I:íahure, y del
conde Vanderstraten-Ponthoz, mayor de artillería.

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Ayer apare&lt;:ió° fijada en todas las calles de Bruselas la proclamé. siguiente:
"Habitantes de Bruselas:
¡ El Rey ha muerto!
"S. M. ha sucumbido hoy á las 11 y 45 minutos, en su residencia de Laeken.á la enfermedad que padecia hace tiempo.
"Todos los belgas llorarán la pérdida del Soberano que se asoció hace 34
años á los destinos de la Bélgica.
"La alta sabiduría y la brillante personalidad del que se lleva á la tumba
nuestros eternos pesares, han favorecido el desarrollo de una nacionalidad feliz
próspera y libre, quya existencia ha venido á ser una prenda jle seguridad y d;
paz para la Europa.
•
"L~ historia. dirá que el fundador de nuestra dinastía nacional ha legado á la
postendad el eJemplo de la mas leal consagracion á nuestras libres instituciones
y asegurado la alianza indisoluble del trono y de la libertad.
'
. "El país P?ne su confianza en manos ~~l digno hijo de un Rey modelo, del príncipe que, nacido en el suelo belga, participa de nuestros sentimientos y nuestros
votos, como nosotros participamos de su profundo dolor.
"Hecho en la Casa Consistorial, á 10 de Diciembre de 1865.
El Cabildo: J. Anspach.
Por el Cabildo: El Secretario, .A. Lacomb7.é."
Hé aquí la proclama dirigida á la guardia cívica de Bruselas, por el Teniente
General Pletinckx, Comandante superior.
" Oficiales y guardias :
"E! R~y. ha muerto! ~ ste es un duelo inmenso, profundamente sentido por la
guardia c1V1ca de la capital. E ste pesar y los homenaj es que son debid&lt;1s al ilustre fundador de nuestra dinastía nacional, encontrarán simpatías unánimes en
vuestros corazones y en vuestras filas. Nosotros hemos bendecido durante treint.a y cinco años ese reinado que ha consagrado nuestra independencia, que ha
hecho nuestra felicidad y asegurado nuestra§ libertades. .A.hora, que un mismo
sentimiento nos reuna en torno del túmulo del mejor y mas amado de los Sobe- ·
ranos. Pero despues de dejar correr nuestras lágrimas, abrámos nuestras almas
á 11.1; esperanza, y saludemos con un gi:ito de entusiasmo y de amor el advenimiento de Leopoldo II.
"El Irey ha muerto: viva el Rey!
El teniente general comandante superior, Plet·inckx.
Bruselas, 10 de Diciembre de 1865."
Todas las administraciones comunales de la jurisdiccion de Bruselas, empezando por la de Laeken, han expedido proclamas análogas á la de la autoridad
comunal de la capital.
En el_ Pal~cio de Bruselas se han ~olocado listas que están llenándose de firmas de m::finidad de personas que quieren expresar personalmente los sentimientos que la muerte del Soberano ha excitado en todos los corazones.

...

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82

EL DIARIO DBL .IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

El Consejo comunal de Bruselas está convocado urgentemente para mañana.
Todos los periódicos de la capital parecieron aye,r de luto.
La multitud circula por las calles, ·silenciosa y recogida.
Todos los almacenes de la ciudad, que estaban abiertos no obstante ser dia fe.
riado, se cerraron súbitamente. '
La bandera negra flota ya en los balcones de muchas casas.
Se hace notar un inmenso estandarte fúnebre, enarbolaao en la fachada de la
Socjedad Real de la Grande-Harmonia, cuyas puertas están cerradas. .
Todas las representaciones teatrales ~nunciadas para la noche, se han aplazado indefinidamente.
Los anuncios de espectáculos tienen todos una faja de luto, anunciando la suspension.
,
"Los miembros de la Sociedad general de oficiales pensionados del ejército belga, se servirán pasar hoy, lúnes 11 del corriente, á las siete ne la noche,
á su local (Hotel des Brasseurs), para concertar las medidas que han de tomarse
con motivo del desgraciado acontecimiento que ha herido á la Bélgica/' (co:r;nunicado.)
·La artillería de la guarnicion,de Bruselas ha anunciado la muerte del Rey con
las salvas que previene el decreto de 24 mesidor año XII. Cada cinco minutos
se tira un caño1tazo, y estas salvas se repetirán por mañana y tarde, hasta despues de los funerales del Rey.
Se está construyendo al lado de la nueva iglesia de Laeken, un 'Vasto templo,
donde tendrán lugar las ceremonias fúnebres que preceden al entierro, conforme
al culto protestante á que pertenecía el Rey.
Todos los periódicos que hemos recibido esta mañana de las provincias, están
enlutados, y la mayor parte de ellos contienen algun artículo biográfico del augusto difunto. Los que habian salido ya, han publicado inmediatamente suplementos anunciando fa fatal noticia.
A consecuencia de la muerte· de nuestro Soberano, se han suspendido hasta
la semana próxima los cursos públicos de la Universidad.

EL REY REOPOLDO.

Nunca príncipe alguno llenó mas noblemente su carrera, ni la ilustró con acciones mas grandes, que el Rey cuya pérdida llora hoy la Bélgica, oprimida de
amargura. En presencia de esa tumba,.icómo puede uno prescindir de abandonarse á la afliccion que consterna á todo un pueblo, y de evocar los recuerdos de
esa existencia Real, ilustre entre las mas ilustres1 Pero será un homenaje tributado á la memoria del Rey Leopoldo conservar, al llorarle, la fuerza de que ha
dado él mismo una muestra tan brillante hasta la última hora de su vida. La
Bélgica comprenderá la leccion que nos da esa gran muerte, y para ponerla en
práctica hallará energía bast~te en el amor que profesa á su dinastía, á ese
príncipe en quien reposa hoy la esperanza de todos, y que para dar en el trono
el ejemplo de las mas raras cualidades, tendrá la fortuna de encontrarlo todo trazado por la huella paternal.
Leopoldo, príncipe de Sajonia Coburgo Saalfeld, hijo del Duque.Francisco y
de la Duquesa Augusta Carolina Soffa de Re11Ss-'Ebersdorff, nació en Coburgo
el 16 de Diciembre de 1790. La caslk soberana á que pertenecía, era una de las
mas antiguas y mas ilu~tres, de Alema11ia: uniendo su orí~en á la de los primeros margraves de Misnia, había tenido el honor de dar á la Alemania príncipes
cuyo nombre ha resonado en la historia, como el de Federico el. Sábio, dos reyes á Polonia, y á la Francia aquel caballeroso Mariscal de Sajonia, que la salvó en Fontenoy. P ero au11&lt;j_ue eran gloriosos estos destinos, '&lt;ran todavía nada,
comparados con lo¡; que el porvenir reservaba á la casa de Sajonia Cobllfgo.
Algunas alianzas fe'lices habian unido los príncipes de esta casa á las principales familias de la Europa dinástica, y un Emperador, Leopolgo II, hijo de María Teresa, fué quien dió su nombre al futuro Soberano de la Bélgica.
Desde sus primeros ajios, Leopoldo de Sajonia Coburgo dió pruebas de la.clara inteligencia y sagaz juicio que le distinguieron durante toda su vida; y el estudio hizo muy pronto de él llllO de los. prí.ncipes mas instruidos de la Europa.
Las lenguas antiguas, las modernas, el Derecho, la bella literatura, las ciencias
naturales, las artes, todo \o aprendió: los grandes acontecimientos de que enton~s era teatro la Europa, agregaron á estos vastos conocimientos los ,de la guerra, y, lo que es mas precioso todavía para un príncipe, la experiencia ~e las &lt;;osas y de los hombres.
Un dia despues de la muerte de su augusto padre (9 de Diciembre de 1806),
y de la ocupacion del Ducado de Sajonia Coburgo por las tropas de Napoleon,
el Príncipe Leopol.do entró al servicio de la Rusia, donde reinaba entonces el
Emperador Alejandro I. El espjritu elevado de .Alejandro no tardó en apreciar
los raros méritos deljóven Duque d~ Sajonia,. que hecho ·ya gener3:l en 1807,
tuvo el honor de acompañar al Czar a la entreyista de Erfurt. Poco tiempo despues, obedeciendo á las necesidades de la política, dejó corto tiempo el servicio
de Rusia, y pasó á fines de 1807 á Paris, donde contrajo relaciones de estrecha
amistad con la reina Hortensia. Despues de los desastres de la campaña de ·Rusia, habiéndose f01:mado de nuevo la coa.licion europea contra el;Emperador Napoleon, Leopoldo volvió á tomar el mandó de su brigada de Coraceros rusoa, á
cuya cabeza se distingi.úó en Bautzen por su prudencia é intrepidez. Dresde,
Pirna, Peterswald, Culm, donde contribuyó poderosamente á la derrota del general Vandamme, que cayó prisionero de guerra con los generales Guyot y Haxo
Gersdoff, Wahldens, Limback, Etzdorf, W aschau, Leipzig; tales fueron, durante
la memorable campaña de 1813, las gloriosas etapas recorridas por el Príncipe
d.e Sajonia Coburgo, y que le merecieron dos de las Ordenes de .caballería mas
famosas de la Europa, la de San Jorge y la de María Teresa.
En seguida vino la campaña de 1814, en la cual conquistó Leopoldo nuevos títulos á la admiracion de los hombres de guerra. Tirienne, A.reís sur .Aube, La Fere Ohamponoise, le vieron dar nuevas pruebas de aquel va.lor que desde mucho
antes le babia colocado ya entre los mas bravos. Terminada la campaña con la
entrada de los aliados en París, el Príncipe acompañó al Emperador Alejandro
á la Corte de Inglaterra, donde fué presentado á la Princesa Carlota, hija del
Príncipe de Gales, despues Rey con el nombre de Jorge IV, y de la Princesa
Carlota .Amalia d&lt;; W olfenbusael. La jóven Princesa, tan notable por la elevacion y las gracias de su espíritu, como por los encantos de su persona, hizo una
impresion profunda en Leopoldo, quien, sin embargo, tuvo que dejar á Lóndres
poco tiempo despues, para.ir á defender en Viena los derechos de la Casa de Sajonia-Coburgo. El regreso de la isla de Elba le encontró todavía en la capital
de Austria; y acababa de·rem.rirse en la-S orillas del Rhin á su cuerpo de caballería, cuando retumbó de un punto á otro de Europa el cañon de W aterloo.

El restablecimiento de la paz emopea permitió á Leopoldo volver á los proyectos de íntima felicidad que babia formado. Despues de una corta permanencia en Paris, recibió casi al mismo tiempo, durante un viaje que hizo á Berlin,
el título de ciudadano (burgeois) de Lóndres, que le habia sido conferido por los
magistrados de aquella gran ciudad, y el mensaje solemne por el cual el Príncipe Regente de Inglaterra le informa,ba que el Parlamento había prestado su adhesion á su union con la Princesa Carlota. Este matrimonio, que colocaba al Pr~cipe Leopoldo en las gradas de uno de los mas grandes tronos del universo, y que
parecia ser preludio de los m,a¡, brillantes destinos, fué celebrado en CarltonHouse, el 2 de Mayo de 1816, en medio de las entusiastas aclamaciones de todo
un pueblo. El Parlamento inglés concedió en aquella ocasion al Príncipe Leopoldo, ademas del dominio de Claremont, una dota.cion anual ele cincuenta mil
libras esterlinas, á la cual renllllció por un escrúpulo de desinteres y deli&lt;;adeza
que jamas será bastante bien alabado, desde el dia en que fué nombrado Rey de
los belgas. Recibió tambien' el título de Alteza Real y el grado de Feld-Mariscal.
Pero. al cuadro de e11tas felicidades debían suceder muy pronto dias de dolor
y de luto: de tantas promesas embriagadoras no iba á quedar mas que el recuerdo y el amargo pesar de lo pasado. La princesa Carlota dió á luz un niño muerto el 6 de Noviembre de 1817, y ella misma murió algunas horas despues. La
Gran -Bretaña se acuerda todavía de la consternacion que produjo aquella doble
y fatal noticia: la nacion entera tomó parte en el duelo del príncipe LeopoldoLas simpatías de toda Inglaterra le siguieron á la residencia de Claremont, y el
príncipe regente le dió entonces nuevas mue~as de la profunda estimacion en que
le tenia, confiriéndole con el título de príncipe real, el dere«ho de usar las armas de
la Gran Bretaña, y dándole entrada en el Consejo privado. Poco tiempo despues,
nuevos lazos le unieron mas estrechamente aún á la familia real de Inglaterra:
una de sus hermanas se casó el 11 de Julio de 1818 cqn el Duque de Kent, y
fué despJies madre de la princesa Victoria.
Pronto debía encargarS'e al príncipe Leopoldo 11ll papel mas grande todavía.
Hacia tiempo que la Europa le miraba como á uno de aquellos hombres que por
su talento, su carácter y su espíritu, están destinadós a la difícil mision de guiar
á los pueblos; y en medio de las complicaciones políticas de 1ma época de trasformacion, la Europa no babia cesado,de tener los ojos fijos en él. Leopoldo, por
su parte, había pedido á los estudios políticos y sociales una distraccipn á su
tristeza: la meditacion de las instituciones y de las costumbres de todas lag naciones civilizadas, había inflllldido en su espíritu recto y firme la inteligencia
de las ve;·daderas leyes de la sociedad moderna, y le babia hecho penetrar á fondo las condiciones de existencia y las ventajas de los gobiernos constitucionales
basados en esta triple fuerza: el órden, el progreso, la libertad. Estaba, pues,
preparado para todas las eventualidades, y era digno de todos los desti¡:ios, cuando estalló el movimiento regenerador de la Grecia.
Este pueblo, i-ecientemente emancipado bajÓla proteccion de las grandes potencias de la Europa monárquica, necesitaba un rey; y los gabinetes de las Tullerías,
de San Petersburgo y de San James se dirigieron naturalmente al príncipe Leopoldo, á quien se pasaron comunicaciones oficiales en este sentido en los primeros
días del mes de Febrero de 1830. Sin dejarse alucinar por la perspectiva de
11ll trono, Leopoldo quiso informarse previamente del estado de los ánimos en
Grecia, y del grado de favor que allí alcanzaría la combinacion que las potencias
proponían. Por ot.r a parte, y sin aguardar siquiera estos informes, declaró que
' su dignidad no le permitiria aceptar, ámenos que la conferencia europea consintiese en contraer para con el nuevo ]¡stado compromisos formales·respecto á sus
límites, á fos auxilios financiei:os que h¡\bria menester para atravesar una,-época.
de crisis como todos los principios, y á la garantía de una ocupacion armada para rechaz9-r una. agr~sioi;t exti¡ayje.r!J,- en caso necesario. No habiendo podido la
Oo.nferen.cia admith: todas es~as condic¡ones, por legítimas que fuesen, y habiendo resultado de los informes tomados por el príncipe Leopoldo, que su eleccion
al trono de Grecia no tenia el carác~r de eJpontaneidad nacional que él consideraba indispensable, rehusó por medio de una carta, de fecha 21 de Mayo de 1820,
la alta mi$ion de que querjan investirle.
.
Esta carta,, ql!e es uno d~ los mas bellos títulos de Leopoldo ála admiracion de
la posteridad, pinta al mismo tiempo al hombre y al político: es como el programa.
de toda su vida futura. En ella se ve al filósofo que sabelo que se debe á la dignidad de un pueblo, y al príncipe gue estima demasiado su propio honor para com-.
prometerle en empresas sin, utilidad y sin grandeza. "El infrascrito vé, decía, con
el mas protlllldo pesar, frustradas sus esperanzas, y se ve obligado á declarar que 1
los arreglos de las. potencias aliadas y la oposicion de los griegos, sin permitirle
llegar á un fin sagrado y glorioso, le impondrían_un deber muy diferente, el dé
un delegado de las cortes aliadas para mantener á los griegos en sujecion por la
fuerza de las armas. 'Una mision como esta seria-tan contraria á ·sus sentimientos, é injuriosa á su carácter1 como es directamente opuesta al fin del tratado de
6 de Julio, por el cual las tres potencias se reunieron á fin de obtener la pacificacion del Oriente. En consecuencia, el infrascrito devuelve formalmente á los
plenipotenciarios un depósito del cual las circunstancias no le permiten encargarse con honor para aí mismo, ni con ventaja para los griegos ni para los intereses generales de Europa:"
.
Nunca, seguramente, había empleado la política un lenguaje mas noble, y esto habría sido bastante para cautivar la estimacion universal, si el príncipe Leopoldo no la hubiera adquirido hacia largo tiempo. Pronto se presentó una ocasion de recompensar tanta,abnegacion y grandeza de alma: la Bélgica, que acababa de reconquistar su independencia al cabo de tres siglos de dominacion ~xtranjera, buscaba un rey que pudiera ser á los ojos de la Enropa una garantía
eficaz del nuevo órden de cosas, y cuya influencia personal fuese bastante para
allanar las dificultades y evitar los peligros de todo género que surgen siempre
despues de una revolucion. Ninguno como el príncipe de Sajonia Coburgo estaba á la altura de semejante destino. Las primeras gestiones para este fin se hicieron el 22 de .Abril de 1831, por cuatro comisarios delegados del Congreso
nacional, los Sres. Henri de Brouckere, De Foere, Félix de Merode é Hipólito•
Vilain XIII, los cuales fueron á ver á Leopoldo á su residencia de Malborough
Hotlse. El príncipe, aunque manifestó las mas vivas simpatías por la Bélgica,
y declaró que "su única ambicion era hacer la dicha de sus semejantes," creyó
que no podia por entonces dar esperanzas mas precisas á los diputados. Agitábanae entonces en la conferencia de Lón.dres muchos puntos delicados, siendo el
principal la designacion de las fronteras del nuevo Estado; y el protocolo de 20
de Enero, que rehusaba á la Bélgica la soberanía del Gran Ducado de Llixemburgo, suscitaba en el país la oposicion y la indignacion mas v~hementes. Todo
parecia, pues, aconsejar una gran reserva.
Sft:i embargo, el 24 de Abril hubo una segunda entrevista entre el príncipe y
los diputados del Congreso 17acional. Leopoldo insistió particularmente en ella,

..
..

sobre el carácter (lefinitiv-0 é irrevoeable del protocolo de 20 de Enero, y sobre
Ja necesidad qµe hab1a, antes_de to~~ aceptacion por su_parte, de queelCongreso se adhiriera 'á. aquel acto diplomat1co. El 30 de Abril, en una ter.cera en~revista, se expresó de la mism~ ma~era, y fueron ?1:enester largas y .f~iertes ms•
tancias, juntas á ciertas modificaciones que se hicieron en las dec1s10nes de la
Conferencia, para triunfar de una resistencia fundada en los ,motivos mas nobles
y mas puros.
. .
.
,.
.
El Congreso nacional l'eumdo el21 de Mayo, fue mformado por M. Lebeau, Ministro entonces de Negooios extranjeros, de las disposiciones de las potencias mas
favorables á nosotros, y de la excelente·acogida que encontraba en .ella la candidatura del príncipe Leopoldo de Sajonia Ooburgo. El 25 de Mayo, ochenta diputados, á cuya cabeza.estaba Mr. Van ele W eyer, propusieron á la asamblea que
se diese á este príncipe el título de R;ey de lo~ bel?as. Senta~a así la cuesti?n
de la eleccion de gefe del Estado, fue phesta a la orden del dia el 1.O de Jumo;
pero no se abrió la_ discucion_ hasta ,el ~ia 3. E1l ?ia_siguiente, 4, S. A. R. Leopoldo-Jorge- Oristian-Fedenco, prmcipe de SaJoma Coburgo, fué proclamado
rey de I1s belgas, p~r ciento cincuenta y d~s v?tos, de ciento no!ent~ y seis votantes, con la condic10n de aceptar .la const1tuc10n tal como habia sido decretado por el Congreso nacional. La Bélgica y la Europa saben con cuanta fidelidad
ha sido cumplido este juramento.
·
Recordarémos aquí, para dar á esta manifestacion del voto nacional su valor
verdadero, que la eleccion del príncipe Leopoldo no fué, propiamente hablando,
combatida por nadie. De los 44 votos que no fueron para él, Mr. Surlet de Ohokier obtuvo 14: 19 fueron abstenciones; llllO fué anulado, y 10 solamente fuer9n
opuestos á la eleccion de la mayoría: aun esos no eran hostiles al candidato, sino
únicamente á la desmembracion territorial que algunos temían. Se puede, pues,
afirmar á la faz de la historia, que el rey Léopoldo fué llamado por un consentimiento unánime, á este tron9 que debía ocupar con tanto brillo y tanta gloria.
El 27 de Junio el decreto dél Oongres6 fué entregado al príncipe que seguía
residiendo en Marlboi:ough-House: tres días antes se babia arreglado entre el
mismo príncipe, lord Palmerstoñ, y los dos comisarios del regente, Sres. Devau:x:
y N othomb, la redaccion de los preliminares de paz contenidos en 18 artículos.
Eran las nueve de la noche, cuando la diputacion del Congreso, presidida por
Mr. de Gerlache, fué introducida á la presencia de Leopoldo, quien respondió en
estos términos memorables:
" Señores:-Me afecta profundamente el voto del Congreso belga, de que sois
intérpretes. Esta prueba de confianza es tanto mas lisonjera, cuanto que no
había sido solicítada por mí.
"Los destinos humanos no ofrecen tarea mas noble y mas útil que la de ser
llamado á mantener la independencia de una nacion y consolidar sus libertades.
Solamente una mision ~e tan alta importancia puede decidirip.e á salir de una
posicion independiente, y á separarme de un país al cual me ligan los vínculos
y los recuerdos mas sagrados, y que me ha dado_tantos testimonios de simpatía.
".Acepto, pues, seño:es, la oferta q_ue me haceis, en el COI!CeJ?to de que al Congreso de los representantes de la nacion, toca ado,Pta~· las med1da~ q.ue pueden
constituir el nuevo Estado, y asegurarle p-or este med10 el reconocrnnento de los
E stados europeos.
,
"Solamente así me dará el Congreso la facilidad que necesito para consaO'rarme todo entero á la Bélgica, aprovechando en su beneficio las relaciones que
he formado en los países cuya amistad le iuter~sa, y para asegurarle, en 'lo que
de mi depe11da, una existencia independiente y feliz."
Los sabios consejos del príncipe fueron escuchados en Bélgica, y no tardaron
en dar su fruto. El 9 de Julio de 1831, despues -de largas luchas parlamentatias
que habían precedido en el país á las agitacioµes de toda naturaleza, el Congreso
nacional adoptó por una mayoría de 126 votos contra 70, los diez y ocho artículos
que contenian las preliminares de paz. Inmediatamente despues de este voto que
constituía y salvaba el país, la asamblea decretó que unadj.putacion de su seno
se encargára de anunciar al príncipe Leopoldo la aceptacion de los diez y ocho
artículos y de acompañarle á Bélgica.
Esta diputacion, compuesta de los Sres. Leheau, 1',élix de Merode, Fleusu,
de Muelenacre y José d'Hooghvorst, salió de'Brusclas el 10 de Julio, fué recibida por el príncipe el 12, y salió de Lóndres con él el sábado 16 de Julio á las
seis de la mañana. A las ti;es de la tarde el príncipe y la diputacion se ell\barcaron en el vapor "Cmsader" y se hicirron á la vela para Calais donde se le hicieron los honores reales al nuevo soberano, que fué cumplimentado, en el puerto, en nombre,del rey de los franc0,;c~, por el general cqnde Belliad, par de Francia, designado desde antes para represent~T á esta potencia cercade la Bélgica, independiente.
..
El 17 por la manana, el Rey, a-compañado en su coche por el general Belliard,
partió para Dumkerque, ele donde llegó pronto á la,frontera belga. Fué recibiao
por una diputacion enviada por el Regente, y en la cual se encontraba M. de
Sauvage, ministro del Interior, y el valiente g~ueral W authier, respetable soldado esclarecido en veinte batallas, y que sobrevive ahora al Soberano á quien
dió la bienvenida en nombre de nuestro ejército. En, Turnai, en Ostende, en
Brujas, en Gante, las poblaciones hicieron al Soberano un recibimiento verdaderamente triunfal. r, Cuando se veian, ha dicho un historiador, las ramas de árboles Y las guirnaldas que adornaban las cabañas espai·cidas en el camino; cuando
se observ~ba la alegría. sencilla y espontánea de los pobres habitantes aglo~ er~d?s a la entrada de si1s chozas, se podia decir que el pueblo comprendía
~stmtivamente el caráct~r de esta inauguracion. Conocía que este príncipe, elegido por la asamblea nac1onal, traería consigo la prospéridad publica y privada,
la confianza, la. paz. y la seguridad."
Eran las di,cz y media de la noche cuando el príncipe llegó al castillo de Laecken, donde le esperaba el Regente, los ministros y los miembros del Congreso,
reunidos para presentarle sns felicitaciones.
La inauguracion del Rey tuvo lugar el 21 de Julio, fecha desde entonces memorable en nuestra historia, y solemnizada en dos épocas, y á veinticinco años
de distancia, por recuerdos que jamas se borrarán. No ropetirémos, ante él duelo que aflige á toda la Bélgica, los explendores de .una ceremonia que despertaba
en el corazon de todo un pueblo, 'el legítimo orgullo de un glorioso pasado. Al_
ver á ese Rey rodeado de las masas populares, jura, observar la Constitucion y
las leyes emanadas de la soberanía nacional, todo el mundo comprendió que la
cad~na de nuestras tradiciones estaba reanudada, y que la vieja Bélgica democrá_t1ca y comunal, habia al fin ·encontrado un gefe digno de ella. Se comprendió
meJor, CU3;ndo el Rey, tomando la palabra desde ese trono cuyas gradas acababa de sub1r por la primera vez, pronunció el discurso siguiente:

83

"Señores:
"El acto solemne que ahora acaba de concluir, termina el edificio social comenzado po\· e¡ patriotismo de la nacion y de sus representantes. ~ l ~ stado e~tá de:fi nitívamente cQnstituido ,en las formas ,prescritas por la Constitucion. E sta+
Constitucion, erlteramente emanada de vosotros, y esta circuhstancia d~pida á
la posicion en que se encuentra el país, me parece feliz. Ella ha alej,ado las colisiones que podian surgir entre diversos pod~res y alterar la armoma que debe
reinar entre ellos.
"La prontitud con que he venido al suelo belga, ha debido convenc~·os ,de que
fiel á mis palabras, no he esperado para venir entre vosotros, sino que vosotros
mismos desviáseis los obstáculos que se oponian á mi advenimiento al trono.
'' "Las diversas consideraciones expuestas en la, importante discusi'on que ha
producido estos resultados, serán el objeto de mi mayor solicitud.
"He recibido, desde que pisé el, ~uelo belga, los testimonios de lllla afectuosa
benevolencia. Estoy tan conmovido, &lt;;orno lleno de gratitud. Al aspecto de esas
poblaciones, que con sus aclamaciones han ratificado la acta de la representacion
nacional, he po(lido convencerme de que el voto del país me llamaba, y he comprendido todos los deberes que esta acogida me impone.
"Belga por vuestra adopcion, será para mí una ley el 11erlo siempre por m~
política.
.
·
·
"He sido igualmente acogido con una e,xtrema benevolencia en la parte del
territorio frances que he atravesado, y he creído var en esas demost~aciones que
µle parecen de alto precio, un feliz presagio qe las relaciones de confianza y de
amistad que deben existir entre los dos países.
"El resultado de toda conmocion política es lastimar momentáneamente los
intereses materiales. ·Yo comprendo dema,siado bien su importancia, para no dedican;ne inmediatamente y con la mas ,viva solicitud, á restablecer el comercio y
la industria, estos principios vivifiaantes de la prosperidad nacional. Las relaciones que he formado en los países que son nuestros vecinos, espero que secundarán los incesantes esfuerzos ~ue voy á hacer p~ra alcanzar este ' resultado; pero
creo tamoien. que el pueblo belga, tan notable por su recto sentido como por su
reeignacion, tendrá en cuenta las dificultades con que tendrá que luchar el Gobierno en medio del malestar que aflige á casi toda .Europa. Quiero rodearme de
todas las luces y provocar todas las vías de mejoramiento, y me propongo recoger en cada localidad, como ya he empezado á hacerlo, las nociones mas á propósito para ilustrar la marcha del Gobierno en este, pllllto.
"Señores: yo no he aceptado la corona que ipe habeis ofrecido, sino para llenar
una mision tan noble como útil, la de consolidar las instituciones de un pueblo
generoso, y mantener su independencia. Mi corazon no conoce otra ambicion
que la de ve~os felices.
.
.
"En esta interesante solemmdad, debo expresaros 1mo de IIllS votos mas ar
dientes. La nacion sale de una crísi¡¡ violenta. ¡Ojalá que este dia borre todos
los ódios y ahogue todos los resentimientos; qi¡e un solo pensamiento anime á
todos los belgas, el de una mrion sincera y franca! Yo me tendré por feliz concurriendo á este hermoso resultado, que tan hábilmente supo pre~arar la sabJduría del hombre venerable que con ta'n noble patriotismo se ha consagrado á la
salvacion de su país.
·
.
"Yo espero, señores, que seré para la Bélgica una prenda de paz y de tran- .
quilidad; pero las previsiones tlel ·hombre 110 son infalibles. Si á 1&gt;esar de todos
los sacrificios que hagamos por la paz, se nos amenaza con la guerra, no v~cilaré
en apelar al v.alor del pueblo belga, y espero qlle se u.nirá en torno de su gefe
para defender el país y la independencia nacional."
'
En el momento eft que acaba de ct:irrarse un reinado que ha séñalado cada uno
,de sus días con algllll·servicio liecho á' la nacion, era ne,cesario poner ante 1011
ojos·de todos los belgas esta página magnífica, que es el programa mas completo, la profesion de fé mas admirable que jamas haya hecho un Rey constitucional. Tal se mostró Leopoldo en su primer d_iscurso á los representantes del pueblo belga, tal ha sido durante,toda su, vida. Su prudencia y perspicacia, que todo
lo habían previsto y calculado, no se han desmentido un solo ·instante, y nan es._
tado siempre al nivel de su lealtad y de su honor. "Mi única ambicion," decia
él, "es la de vero!! felices:" esta ambicion sublime le ha g-uiailo, inspirado y ,sostenido durante 34 años, en medio de ~ificultades y pruebas de todo género; pero
tambien ¡cuán nobleme1tte ha side reedmpensada! Antes de cerrar sus ojos á la
luz, el Rey Leopoldo ha podido entrar dentro de sí mismo, y echando una post'í:er mirad,a á este pueblo que- amó, y al cual ha hecho fuerte y libre, ha debido
sentir una inmensa serenidad en su alma, porque ha podido llevar á la . tumba
a conciencia de haber llenado, sin desmayar, la tarea mas g~ande y mas noble
que se haya encomendado á un hombre sobre la tierra.
Desde el 21 de Julio de 1831, la historia del Rey Leopoldo se confunde por
11ll privilegio harto envidiable, con la del pueblo belga. Para decir todo lo que'
debió el país ~ la capacid,ad, á la experiencia y á la dedicacion ilustrada de su
Soberano, seria preciso volver á escribir aquí todos nuestros anales contemporáneos.
.
,
Llamado, casi el día sig1úenté al de su inauguracion, á defender con la espada
en la mano el p-aís que colocaba en él todas sus esperanzas, hizo oir á los belgas
el varonil lenguaje de un príncipe acostumbrado á combatir por el derecho{y profundamente penetrado de la justicia de su causa. A la cabeza de un ejército cu~
ya organizacion estaba lejos todavía de ser ?Ompleta, y en quien el valor no era
lllla compensacion suficiente de la falta casi absoluta de disciplina, el Rey supo
con su auojo personal y con sus raros conocimientos militares, salvar el honor
de la bandera.belga;en medio de las derrotas que hizo sufrirá nuestros jóvenes
soldados un ejército tres veces mas numeroso que el nuestro, y provisto de todos los recursos de una organizacion excelente: Como gefe experimentado, el
Rey convirtió en nuestro provecho la experiencia que habíamos adquirido, y
g1·acias á s~ cuidado y á su activa solicitud, el ejército belga, enteramente reconstituido, se -encontró muy pronto, como lo dijo el Rey al abrir el 8 de Setiembre las sesiones de la Cámara Legislativa, en posibilidad "de defender con
honor y con buen éxito la indepéndencia y los derechos de Ja patria." ·
Cuando la adopcion del tratado de los 24 artículos, impuesto á la Bélgica
vencida, por la Co,nferencia de Lóndres, vino á hacer vibrar en_el corazon de
todos los ciudadanos, las fibras mas dolorosas, el Rey empleó toda su habilidad
en calmar la indignacion nacional, empleando al mismo tiempo su autoridad per
sonal cerca de las grandes potencias, para atenuar cuanto era posible, lo que
había de insólito y de violento en la forma que entonces se empleó para obligar
nos á aceptar aquel tratado, mucho menos ventajoso que el de los 18 artículos.
Y tal-era la confianza que ya entonces inspiraba el nuev(! Soberano á su pueblo,
que consiguió en parte hacer olvidar lo que tales condiciones tenían de.. la1¡timador para nuestro orgullo nacional.

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84

SEGUNDO S UPLEMENTO AL

EL DIARIO DEL IMPERIO.
' .

Admitida definitivamente despues de 1839, en la, gran familia de los pueblos, Rey de la religiosa observancia de .;u juramento. "Señor," dijo entonces el 81'.
la Bélgica pidió á la expansion de_ ~us fuerzas interiores, ~a prosperid~d y la Baron de Gerlache; "hace veinticiuco años que cu este mismo lugar y en este
gloria que su pequeñez no le perm1t1a buscar por otros cammos, mas bnllantes mismo dia, el Congreso belga recibió de V . .AL, á nombre de la nacion, juramenal vez, pero seguramente mas peligr~sos. Leopoldo I se consagró á esta segun- to de observar la Uonstitución y las leyes del pueblo belga, y de mantener la
1da parte de su tarea, con el mismo ardor qufl habia empleado en llenar la prime- independencia nacional. Los mismos hombres que fueron entonces testigos de
ra. Entusiasta por toda idea útil, se hizo el promotor y protector infatigable de aquel solemne compromiso, vienen á afirmar hoy á la faz del cielo, que V.,M. ha
todo lo que-_ podía contribuir al progreso material y moral de su pueblo. En la cumplido todas sus promesas, y excedido á todas nuestras esperanzas. Y la naesfera política se mostró igualmente superior, practicando en el trono, con una cion entera, Señor, viene á afirmarlo con nosotros: viene á atestiguar que duranprudencia, una imparcialidad y una sagacidad nunca desmentidas, los verdade- te este reinado de veinticinco años, sµ Rey no ha violado una sola de sus leyes,
ros principios del Gobierno Constitucional, y conformándose en todos los actos ni ha atacado una sola de sus libertades, ni ha dado una causa. legitima de queja
de la autoridad soberana, con la voluntad del país manifestada legalmente. De á uno solo de sus ciudadanos. Aquí todas las divergencias desaparecen; en este
este modo, cuando se hicieron sentir en 1847 los primeros soplos de aquella tem- punto todos estamos de acuerdo; no tenemos todos mas que· un mismo corazon
pestad revolucionaria que llenó la Europa con los despojos de lo·s tronos, la di- para asociar en un ·amor comun á nuestro Rey y á nuestra patria.
"Vuestra presencia aquí, Señor, nos trae á la memoria el recuerdo de aquel
chosa Bélgica, protegida por la sabidur1a de su Rey, vió al huracan espira:· en
sus fronteras: y en 1848, el mis~o dia que, vió á Luis Felipe salir del palacio de gran dia, que ninguna demostfacion podrá reproducir; dia en que los corazones
las Tullerías, encontró á Leopoldo I firmando un decreto que establecia una emb~·iagados de gozo y de esperanza, saludaban en beopoldo I la aurora de una
nueva Bélgica que despertaba al fin de su largo sueño de dos siglos bajo la docondecoracion especial para recompensar á los trabaja.doces jornaleros.
,
Séanos permitido recordarlo con orgullo; dimos entonces un gran espectaculo minacion del extranjero. Las mismas aclamaciones le aguardan hoy en 'cada una
al mundo. Se vió al pueblo de la pequeña y próspera Bélgica defend~rse por la de nuestras ciudades, porque la idea de esta fiesta es toda popular. Sí, Señor, es
sola fuerza del buen sentido y de la gratitud; del contagio revolucionario que la .la voz del pueblo que siente la necesidad de expresar su gratitud al que despues
cercaba por todas partes. En medio de la Europa, completamente agitada, supo de Dios, ha contribuido mas á hacerle dichoso."
La Europa entera, atenta y conmovida, aplaudió las manifestaciones del 21 de
ser dueña de sí misma y ver con calma el espectáculo. que le ofrecian las otras
naciones. Entonces, volviendo á su pasado, á esos 18 años de paz, de órden y Julio de 1856, y la fama de la Bélgica creció mas en el extranjeró, así como la
de libertad, que la separaban ya de la hora en que había reconquistado su inde- inmensa reputacion de sabiduría y de habilidad de que ya gozaba nuestro amado
pendencia,.midió la extension de su felicidad, y comprendió lo que debía al prín-· Rey. Ya no se viJ solamente en él al gefe dichoso y respetado de uu pequeño
cipe que le había asegurado estos beneficios, y que firme en su fidelidad á la fe put;iblo: s~ le colocó por un acuerdo unánime en el primer rango de los árbitros
jurada, declaraba todavía que no conserva.ria su corona sin el consentimiento del de las naciones, de esos raros y profundos talentos que dt:jan una huella luminopueblo. Un grito de amor y de entusiasmo repetido de una extremidad á la otra sa en la historia de los siglos. Poseyendo la estimacion de los pueblos y la condel país, respondió á esta abnegacion sublime; el año de 184~ fué para el Rey fianza de las testas coronadas, el régio habitante del castillo de Laeken llegó á Leopoldo una nueva eleccion, hecha esta vez, no por los delegados de la nacion, ser el consejero de todos los Reyes sus hérmanos, y algun dia se sabrá cuántos
sino directamente por la nacion entera. El pueblo y la dinastía se confundierón peligros y tempestades se ahorraron al mundo con sus sabios consejos.
A las fiestas del vigésimo quinto aniversario suceclierorr muy pronto otras, meen un comun abrazo, y sellaron con trasporte el pacto que unia para si~mpre sus
nos grandiosas quizás, pero no menos significativas. En Setiembre de 1859,
destinos.
A estas alegrías tiernas y puras, á estos arranques de patriotismo, faltaba una cu¡i,ndo se inaugur~ la columna consagrada al· Congreso nacional y cuya cúspimanifestacion exterior, y se encontró en la celebracioti de las fiestas anuales de de corona la estátua de Leopold,o I, los habitantes de la nacion renovaron otra
Setiembre. La Bélgica entera fué á Bruselas para aclamar al Soberano, y e). vez el homenaje solemne tributado al príncipe á quien la Bélgica debía veintiocho
Rey por su parte, en la ceremonia de la entrega de las banderas á la guardia cí- años de una prosperidad sin ejemplo. "Que la Europa nos señale, exclamaba
vica, indicó por algunas palabras, que la historia ha conservado, la alta impor- M. Orts, Presidente de la Cámara de Representantes, el monumento elevado en
tancia política de la manifestacion á que se asociaba todo el país. "Señores:" dijo otro suelo por el reconocimiento público á cualquiera otra carta que cuente un
á los oficiales superiores de la milicia ciudadana, reunidos delante de él; "éxpe- cuarto de siglo de existencia. Que se nos muestre sobre todo al pueblo y al Rey
rimento una muy viva emocion, pero tambien un orgullo muy legítimo al dirigi- encontrándose al cabo de veintiocho años de vida comun, en presencia de la consros estas palabras. Este bello país, sitio de la mas antigua civilizacion, había titucion qu'e al principio habian jurado observar, y exclamando con un legítimo
por largo tiempo esperado una existencia, una existencia nacional; pero ¡ay! sus orgullo: la palabra jurada, nosotrqs, pueblo y Rey, la hemos guardado fielmente."
El año siguiente el mismo aniversario de 21 de Julio dió ocasion á una demosdeseos han sido á.menudo no cumplidos y los destinos del país subordinados á
intereses que le eran estraños. En fin, despues de 18 años habeis logrado con- tracion mas tierna todavía de amor y de patriotismo. Algunos periódicos_franceses,
quistar esta existencia tan deseada. Por la priméra vez os perteneceis á vosotros órganos mal inspirados de ideas que rechazan enérgicamente todos los hombre~
buenos y leales de su propio p,aís, habían dicho que la Bélgica estaba preparamismos.
"De está existencia independiente habeis hecho un uso l\oble y patriótico, y de da para la anexion, precisamente en el momento en que se disponía á festejar
esta manera la habeis cimentado mas. En esta situacion os ha encontrado una con el aniversario ele su soberlnp querido, uno de los mas grandes progresos ecocrísis política, sin ejemplo en la historia. Tia' ha.beis atravesado gloriosamente nómicos que babia realizado desde 1830, la abolicion de las aduana,~ comunales.
hasta ahora, tan gloriosamente, que muchos paises han adoptado vuestra orga- El sentimiento nacional, excitado por la indignacion, se afirmó poderosamente.
nizacion política como modelo, que vuestro nombre es por todas partes respetado en una ovacion decretada al Rey por la capital y por todas las ciudades del país.
Desde el 8 de Julio el Rey mismo, haciéndose intérprete de los sentimientos que·
y honra.do y que debeis tener el sentimiento que merece serlo.
agitaban
á la nacion entera, los habia resumido en un discurso dirigido á los ma"Sepamos mantener esta noble posicion; continuemos marchando como lo hemos hecho hasta ahora. Así nos aseguraremos un bello nombre en la historia y un gistrados comunales de Gante, discurso, cuyo pensamiento y forma , son dignos
de la historia.
glorioso porvenir."
"Estoy vivamente conmovido, habia dicho S.M., por los sentimientos tan afeeUn idioma tan elevado sonó tanto como merecia. Engrandecida á sus propios
ojos como á los de la Europa, la Bélgica, guiada por su ilustre gefe, realizó su- , tuosos que acabais de expresarme. El lugar en que nos encontramos, trae á la
cesivamente entonces por un acuerdo unánime, las mejor¡ta que antes vanamente memoria antiguos y gloriosos recuerdos. Esos viejos ·municipios eran el asiento
se querian obtener por medios violentos. La popularidad del Rey se acrecentó del comercio, d e la industria y de las artes, cuando una gran parte de la Europa
mas, así como la afeccion profunda que la nacion le habia consagrado. Se vió estaba aún sumergida en las tinieblas. D esde los tiempos mas remotos, el amor
claramente esta afeccion cuando el 11 de Octubre de 1850, la muerte vino á ce- del país y de su independencia se babia conservado como un fuego sagrado en
barse en una Reina amada: un duel~ unánime demostró que el golpe terrible que el corazon de sus habitantes. La sangre mas preciosa se derramó muchas veces
el Rey habia recibido; habia tambien lasp.mado al corazon del pueblo. Este do- par¡¡, obtener una existencia 'libre y nacional; pero no siempre coronó el triunfo
lor profundo convenia á nuestro reconocimiento, así como' era debido á tantas aqu~llos nobles esfuerzos. A nosotros estaba reservado establecer sobre las .bases m,as amplias lo que el país tanto deseó reuniendo en él lo que constituye la
virtudes.
existencia política y social mas dichosa.
Tres años despues, cuando la sábia prevision del Rey Leopoldo aseguró la
"Así es como nos encon,tró la tormenta que en 1848 trastornó la Europa, y
duracion de la dinastía nacional, dando por compañera al heredero del trono á
de
cuyos peligros tuvimos nosotros solos la gloria de salvarnos: nuestra existenla augusta princesa que ha reemplazado en el corazon de los belgas á la Reina
Luisa María, el país no se mostró m!)nos pront.o para aso.ciarse á la justa alegría · cia política permuneció al abrigo de todo ataque.
"Cualesquiera que sean las. pruebas del porvenir, el año de 1848 nos enseña
del Soberano, que lo que habia sido para participar de su tristeza. La entrada
cómo
podremos atravesarlas con honor. Dos generaciones de mi familia han naen Bélgica de la Archiduquesa María Em-iqueta, fué una verdadera marcha
triunfal, y las espléndidas fiestas que se ofrecieron á los jóvenes esposos por to- cido en medio de vosotros, "l tienen con vosotros una patria comun. Conocido es
das las grandes ciudades del país, atestiguaron el j úbilo que inspiraba aquella mi afecto hácia vosotros durante un largo reinado; y mientras la Providencia
dichosa union, y la gratitud que se sentia por la infatigable prevision del Rey. quiera conservarme, yó seré fiel á mi mision, y será inmutable el afecto paternal
La Bélgica dió pronto la medida de su· adhesion á su Príncipe, decretándola que os profeso."
Un grito de entusiasmo respondió, de un punto á otr9 del país, á las nobles
un triunfo que no ha tenido igual en la historia de ningun pueblo. El 21 de Julio de 1856, hacia un cuarto de siglo que el Rey Leopoldo habia recibido la co- palabras del Soberano. Todos los cuerpos constituidos, consejos provinciales y
rona de manos del Congreso: las Cámaras, el Gobierno J el país entero, impnl-, comunales, todas las asociaciones privadas, que en su organizacion libre, reprosados por un movimiento unánime, resolvieron celebrar dignamente aquella fecha ducen tan fielmente uno de los rasgos mas curiosos y mas profundos de n_uestro
memorable. iQué espectáculo en efecto más digno de admiracion que aquel, en carácter nacional, yotaron por aclamacion mensajes al gefe del Estado para maesta vieja Europa trabajada por las ambiciones reales y por los furores popula- nifestarle su inalterable adhesion á la dinastía y á. la independencia nacional.
res1 Un Rey bueno que habia cifrado toda su gloria en guardar sus juramentos, Las Cámaras legislativas se asociaron á aquel movimiento unánime y espontáen dedicarse durante veinticinco años á la dicha de su pueblo; un pueblo bas- neo, y el 17 de Julio, Mr. Orto, presidente de la Cámara de representantes, abrió
tante inteligente para apreci_ar su ventura, bastante generoso para atribuir el ho- la sesion dirigiendo á sus colegas las palabras siguientes, que fueron acogidas con
nor de ella á su Rey, y bastante prudente para ilustrar el porvenir con las ense- los mas fervorosos aplausos: "Señores, ciertos ataques tan insensatos como culñanzas del pasado: estaba reservado al reinado de Leopoldo I ilustrarse con esta pables, han determinado á nuestros Consejos proviJiciales á manifestar mas enérmaravilla. No recordaremos aquí las fiestas espléndidas de que Bruselas fué tea- gicamente que nunca los sentimientos que unen al país, á su rey y á la indepentro aquel dia: su recqerdo está todavía presente en la memoria de todos; pero lo dencia nacional Yo lo digo en alta voz 'para que se oiga en todas partes: esos
que es preciso recordar en esta hora de dolor y de luto, son las solemnes pala- sentimientos que todo hombre de bien respeta eu el extranjero, son unánimes é
bras dirigidas por el antiguo presidente del Congreso Nacional, á nombre de sus inalterables en Bélgica." Testigo ae estas manifestaciones patrióticas, un periósesenta y cinco compañeros, que todavía vivian, á S. M. el Rey Leopoldo I al dico frances se atrevió á decir, sin embargo, que aquel era llif entusiasmó de órvolver á entrar éste en su capital por el mismo camino que . había seguido vein-· den superior; y el pueblo de Bruselas se encargó de dar por sí mismo la respuesticiuco años antes, viéndose detenido á cada paso de su caballo, por las oleadas ta, suscribiendo con treinta y cinco mil firmas la manifestacion siguiente:
"Señor: al felicitar á V. M. con motivo del 29~ aniversario de su glorioso reide unu, multitud entusiasmada hasta el delirio. ¡Ah! fué un momento de profunda emocion para todos los que tenian elevados sentimientos de honor y de probi- nado, los tipógrafos y obreros de Bruselªs protestan su inalterable adhesion á
dad, juntos á lo que hay de mas puro en el amor de la patria, aquel en que los vuestro trono, y á las instituciones que la Bélgica se ha dado libtemente.
"Señor: se achacan al pueblo belga ·tendencias antinacionales que él rechaza.
venerables fundadores de nuestra independencia, vinieron á dar testimonio al

'

N. 315.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

85

'
,

solemn¡imente. El pueblo trabajador conoce líien el martirologio que ha costado
la autonomía de nuestra patria, y fuerte con su derecho y con la santidad de su
causa, aprovecha la ocasion de este dia memorable para renovaros los sentimientos que le animan hácia vuestra augusta familia."
El 21 de Julio, el ejército, la guardia cívica y los obreros que habian obtenido
de sus amos un dia de asueto, desfilaron en masas compactas é. innumerables
por delante del Rey, completamente rodeado por el pueblo, ,á los gritos mil veces
repetidos de ¡ Viva el Rey, viva la independencia nacional! ·c uando la cabeza de
las columnas popuÍares llegó á la presencia de Su Majestad, un obrero salió de
las filas, y entregando al Rey la manifestacion que se a&lt;¡aba de leer, "Señor,
dijo, pongo en vuestras manos la manifei,tacion del cuerpo tipográfico de Bruselas. En presencia del peligro, el pueblo se estrecha en torno vuestro."-"Mi co'razon y mi vida han sido siempre .de los obreros," respondió el Rey; y el desfile continuó en medio de una aclamacion inmensa. "Hasta en las recepciones oficiales, dice Ulll\, relacio;i líistórica, se echó en olvido la etiqueta; y se hicieron al
Rey ovaciones estrepitosas. En todos los pechos brillaban los tres colqres naciouales. La Duquesa de Brabant~, rindiendo homenaje al sentimiento popular,
se presentó en el balcon de Palacio con un tocado tricolor, para presen~ar á la
multitud conmovida y entusiasmada al J óven Conde de Hainaut, su h~o. Por
todas partes, al pasar el Rey, el ejército, la guardi~ cívica y el pueblo, prorumpieron en aplausos."
·
•
Otra cita, que será la última, probará hasta qué punto las ovacio~es de Brusélas eran la cxpresion del sentimiento de todas las clases de ciudadanos. En el
momento erí que el pueblo desfilaba por la plaza de los P alacios, el Cura decano de Huy subia al púlpito y se expresaba de esta manera: "Cuando el J;lueblo
belga se levanta como un solo hombre para aclamar á su Rey y para afirmar,
fieramente su voluntad inquebrantable de sostener sus libertades, el deber del
?lei:o es levant~se ,con él, J: Ill:anifestar sol~mnemente su amor al Rey y
mv10lab~e adh?s1on a la constituc1on que,nos rige. ,ace veintinueve años que
respo~d1~ndo a nuestros votos, Leopol~o puso el pié en el suelo belga 1 y juró la
const1~uc10~· iue acababa de dar~o~ el 1~ortal ~on~reso. Pues bien: bajo el impulso ~nes1st1ble de n~estro patr1ot1smo agradec1do, a los ojos de la Europa que
nos mira, y en presencia de esos altares, proclamémoslo con una voz unánime: él
ha guardado sus j uramentos; él rio ha borrado dé nuéstra Carta una sola de nuestras preciosas libertadés. Fiel á sus promesas, no solo ha sido el Rey, sino el
padre de su pueblQ, Juremos todos, sacerdotes, ·pueblo, soldados, funcionarios
públicos, industriales, magistrados; juremos todos consagra1 á• la' defensa del
trono á cuya sombra vivimos dichosos y libres, todo lo que tenemos de energía
en el ~orazon ~ de sangre en las venas; y si alguna vez .hubiere de haber trai_
dores a la patria, que se sepa desde ahora, será inútil buscarlos entre nosotros.'•
Perp ~cercábáse_la ~ora en que la Bélgica ·iba á ver cambiarse su alegría y
su entusiasmo, en mqnietudes· y en alarmas. Querido de su pueblo, reverenciado
~e ~a Europa e~tera q~e 1~ procla~aba por el mas sabio de los reyes, elegido
arbitro en_ las d1ferenc1as m~ernac1onales, Leopoldo había llegado á la cúspide
d~ la glona_ humana: pe;o ~ el amor de, su p~eblo ni el respeto de las otras naciones, pod1an por desgraCia sustraerle a las nnplacables leyes de la naturaleza.
P or el mes de Abril de 1862, sintió los primeros síntomas de la cruel enfermedad c~yas con~e~uencias debian,conducirle al sepulcro; y en álgunas semanas el
mal h:izo tan rap1dos progresos, que hubo los temor.es mas vivos por los dil).s de
S.,M: Entonces s~ presentó un tie~o e~pe?táculo: de todos los · puntos de la
Belg1~ llegaron a Brusela~ los t~st1IDomos irr~cusable~ del profundo afe~to.que
la nac10n le _profesab~. Los bo~etm~s del Monit,eur eran aguardados y devorados
con ~na rapidez febnl: se hab1:1a d!cho que cada uno temia perder á un padre
querido. Los es~erz?s de la c~enc1a, a.yo.dados por la robusta constitucion, y sobr? t?do por la mcre1ble energ1a d?l augusto p~ciente, triunfaron del mal, y la
Be!gic~ pudo esperar que largos dias estaban aun reservados á su buen príncipe.
As1 fue que, cuando completamente restablecido, manifestó su intencion de hacer coincidir su primera visita de convalecencia á Bruselas, con el airiversario de
!as jornadas ~e Setiembre, se vió renovar una de aquellas fiestas popular()S que
ilus_tran su remado y le consagran para siempre. Desde por la mañana del 24 de
' Setiembre de 186_2, e! pueblo Y, la guardia cívica (el Rey habia expresado eJ
deseo ~e qu~ el 0J1rc!to no tomara_p~rte alguna en la recepcion) acudieron en
trop~l a las mmediac1ones del cammo por donde debía el Rey llegar de su residencia ~e Laeke1;1, Cuando apar~ció su carruaje á la salida de la Allée-Verte,
Y ~~orno P?r la lmea de los boulevares, pasó una escena que no se puede desc1:1b1~ de nmgun m~do. L a masa popular, que estaba en plena posesion de la via ,
publica, se av~lanzo al coche re1,1.l y hasta los piés de los caballos, haciendo . oir
' las mas entus1a~tas aclamaciones. Unos hombres del pueblo sulíieron al estribo
del coclie, y baJO el arranque de un afecto sencilló y pocó cuidadoso de la etiqueta, estrecha~o~ en sus manos callosas y leales la mano del Rey, que sonreía
Y ll~r~ba de felicidad. L~s ~os príncipes que ven~an en seguida ~n otro coche,
~artlc1paban _del en!ernec1ID1ento de su Augústo, Padre, y aprendían en aquel
tierno e.spectaculo, a amar mas prof\mda,mente aun al pueblo honrado y leal, que
pagaba con tanto respeto y amor la fé que su Soberano le babia lealmente guardado.

su

P er¿ el mal, véncido la primera vez, no había renunciado á su víctima. Sin
embargo, dur9,nte dos años todavía, duró la esperanza de que el Rey babia recobrado to~a.s las ~~erzas de su fuerte vejez, cuando á principios de 1865 nuevos
smtoma,s v1meron a exten~er la alarma eh el corazon de nuestras poblaciones.
~stos smtomas se reproduJeron de una manera inquietante despues de un viaje
a Ing_laterra, emprendido por el Rey en el mes de Marzo. Aun, entonces las fuerzas v'.tale~ Y la poderosa energía ~e Leopoldo dominaron el mal y trajeron la
salud, ~eio despues de ~na e~cur~1on por Ardenne, hecha en los primeros días ·
de Noviem~re, ot~a ~·eca1d~ vmo a agotar la fuente de la vida, y á arrebatar toda
esperanz~ a la Belg1ca banada en llanto. Hasta el último dia, sin embargo, Leopoldo qmso llenar sus deberes de rey, y se pu_ede decir que hasta en sn lecho de
mdu~r:e se ocupó en los negocios públicos, velando sobre todo con aquella elevaª·razon Y aquella firn:i~za de alma que nunca le abandonaron durante su reinado. En fin, _el 10 de D1c1embre de 1865, despues de una larga y cruel agonía
1
Leopoldo I e;haló el último ~uspiro.
,
,'
:/a, pues, a cerrarse para siempre esa tumba real, á la que han bajado, con el
primer rey de los Be~gas, las ,mas caras afecciones de la p~tria. Nosotros, pues,
esta~os condenados a llorar a ese rey venerado; y de tanta sabiduría, honor y
gloria, no nos _queda mas q~e 1:n· recuerdo imperecedero. Pero este ~ecuerdo y
esto~ nobles ,eJe;°lplos, nos md1can al menos de qué modo debemos honrar la me~oria d~l prmc1pe que lloramos, y qué testimonio de gratitud debemos á sus régias_ cem~as. Duran~ 35 años de su. v!~a, Leopoldo. I no tuvo mas que un pensamiento. asegurar, a costa de sus vigilias y de su mcesante solici_tud, la 'inde-

pendencia 'de esta Bélgica, de la c~'.1-1 babia hecho su país, y que tenia el orgullo
de mostrar al mundo civilizado, como un ejemplo de lo que puede la libertad
cuando el sentimiento del ~eber está profundamente grabado en el ~orazon de
todos los ..ciudadanos. E sta obra que le era tan cara, i;i.os la. lega á nosotros, al
IJ1ismo tiempo que á _su hijo, y JlOS' ,encarga el piadoso cuidado de' continuarla y
fortalecerla. Nosotros sabremos mostrarnos á ,la altura de tan noble encargo.
, Los pueblos alcanzan ,siempre los destino,s,qúe merecen. La experiencia que tenemos de los beneficios de lá libertad constitucional, y el inestimable precio que tiene
para todos los belgas esta independencia. tan 1argo' tiempo deseada, y conquistada
al fin definitivamente, nos impone.u á t,odq~ ,nosotrós deberes que no dejaremos de
cumplir. La Europa puede estar cierta de ello: la Bélgica de 1865 será oigna de
la Bélgica de 1830. En presencia de ese féretro venerado, contra el cual no · se
levanta una queja. ni un reproche, de ese féi·etro que todo un.pueblo cubre con
sus bendiciones y sU: llanto, nosotros nos estrecharémos en torno del príncipe
querido que, 'belga por el corazon y por el nacimiento, r;ecogerá (lOn respeto ,la
gloriosa herencia. de. las tradiciones patern~es. Fuerte con ~u libertad, y apoyada en su popular dinastía, la Bélgica puede abandonars·e sin temor á una tristeza sin debilidad, porqu6 el porvenir le pertenece. Bien puede contemplarle cara
á cara con confianza; y segura de SÍ misma y de la simpatía de todos los pueblos
civilizados', decretará con un voto unánime á Leopoldo I , el sobrenombre, ilustre
entre' todos, de Padre de la Patria.
'
Él mismo periódico, L'Independence, dice en su nimero de 12 de Diciembre:
El Senado se reunió ayer á las. dos de la tarde. La asamblea estaba casi completa; y los miembros ausentes mandaton sus excusas. Cinco de los Ministros estaban presentes: solo el de la Guerra, por la indisposicion que le obliga á no salir de su casa, faltó en los escaños ministeriales. Al aorirse la sesion, el Ministro
de Negocios Extranjeros tomó la palabra, y cop una voz muy conmovida dijo:
"Señores:
,
" Venimos á desempeñar la penosa mision de anunciar al Senado la JllUerte
del Gefe ilustre y eternamente popular de la gran familia belga. E s profunda la
' tristeza en el seno de nuestras poblaciones, que agobiadas de pesar por el pasado, se hallan llenas de confianza en el porvenir. La emocion no se, limita á las
fronteras del país: por todas partes, en el extranjero, donde el nombre del Rey
era universa.lmente respetado, se manifiestan, con la expresion de la mas elevada
estimaci_on por el reinado que acaba, los votos mas simpáticos por el reinado
que comienza. Bien pronto el ¼eredero del trono vendrá al seno de las Cámaras
reunidas á prestar el juramento constitucio~al,,que guardará con la misma fidelidad que su augusto padre. Vuestro patriótico y unánime concurso, prestado de
hoy en adelante á Leopoldo II, le permitirá, Señores, continuar y asegurar la
obra nacional tan gloriosamente comenzada por Leopoldo I, y ase"'urar así á la
Bélgica nuevos dias de libertad, de paz y de prosperidad.''
i,
En nomb~e de la Asamblea, Ru honorable Presidente, el Príncipe de Ligne,
contestó en estos términos:
"Señores:
" En presencia del doloroso suceso que cubre á la Bélgica de duelo, y de nuestra. emocion1 el Senado juzgará quizá conveniente no ocuparse de proyecto alguno de ley sino d{lspues de )a sesio:Q. de las Cámaras reunidas, ante las cuales
nuestro nuevo Rey;, 1en quien se qi:fran todas nuestras esperanzas, será 1lama.do
á prestar el juramento constitucional.
' ,
,
·
"Tengo el h6nor, de proponeros, Señores, asistir en cuerpo á los funerales de
nuestro vene.ra-do'Monarca, que se verificarán el 15 de este mes. El Senado, siempre tan adicto á las instituciones nacionales, prestará su patriótico cc¡ncurso
para asegurar nuestra dinastía, extender-la prosperidad de n~estra. cara p atria, y
consoli4ar•su independencia.'' .
E stas palabras recibieron la mas.simpática acogida. en la Asamblea, que adoptó
1as dos proposiciones éfel Pr~sidente.
La Cámara de Represetantes recibió .á las tres y media, del Ministro de N egocios Extranjeros, la misma comunicacion 'l:)_ue el Senado.
•
•E l Presidente E. Vandenpee;eboom contestó en nombre de la Oámara con 1a
alocuciou siguiente:
"La Cámara de' Representantes recibe con' el mas profundo dolor la comunicacion que acaba de remitírsela sobre la pérdiáa inmensa que ha experimentado el
país. La Asamblea se hace sin duda un· piadoso deber de asistir en cuerpo á los
fun~rales solemnes.del Rey; y dará así un testimonio de su profundo pesar y del
eterno reconocimiento á aquel q,µe treinta y cuatro años presidió de una manera
tan gloriosa los destinos del pais.
.
"En esta triste circunstancia, d,amos la señal de duelo nacion¡i,l interrumpiendo
momentáneamente nuestros trabajos. Mas tarde tendremos 'Ocasion de manifestar·
nuestra firme vóluntad de fijar en nuestro nuevo Rey los mismos senti~ientos
de sincera adhesion, de l,eal amor y de unánime patriotismo.
'
, ' ,
"Tengo, pues, ~l honor de proponer á la Cámara la suspension de las sesiones
hasta convocacion ulterior, encargando al Presidente de este cuidado, as.í como del
de tomar' las m~didas urgentes que las circunstancias puedan reclamar."
Estas palabras fueron acogidas con unánimes señales de asentimiento. Inmediatamente se levantó lá sesion.
Sabemos que S. M. el Rey de Portugal, $.,A. R. el Príncipe de Gales, S. A. R.
el Príncipe de Prusia, y S. A. R. el Príncipe Luis de H esse, ,han anunciado ya
su venida á Bruselas para asistir á l os funerales del Rey.
El E~perador de Rusia envia pal:a esto mismo, y cumplimentar al nuevo Rey,
al General Grabbé, Comandante de la Guardia de caballería. E ste es un homenaje á la memoria del Rey, que desde su infancia se inscribió por Catarina II
en las listas de la Guardia de.á caballo, y que durante todo su servicio en Rusia
llevó el uniforme de este Regimiento, el mas antiguo de la caballería rusa. No_
es de uso -e1J. Rusia distraer en misiones especiales á los Generales Comandantes
de tropas; mas se ha hecho una excepcion para honrar la memoria del Rey. , El
General Grabbé ~e h' hecho célebre en la guerra del Cáucaso.
S. M. el Emperador de Austria envia por su parte á Bruselas, con una autógrafa de duelo al nuevo Rey de l os belgas, á su cuñado el Archiduque José, á
quien acompañarán el General Neipperg y el Mayor Grünne.
El Regimiento austriaco Rey de los Bel,ga.s debe tambien mandar á Bruaelas
U:na comision que le represente.
,
Ayer (dia 11) á las once y media se extendió el acta de fallécimiento del Rey
en el Palacio de Laeken, por el Ministro de .Tusticia.
Hé aquí los nombres de lps personajes citados para testigos.
S. A. R. el Príncipe de Ligne, Presidente del Senado. M. E. Vandenpeereboom, Presidente de la Cámara de Representantes.

"

�I •

81

EL DIARIO -DBL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.
1

1

poldo II, se apresura á atestiguar sus sentimientos de fidelidad á las leyes que
rigen á la libre Bélgica.
'
"En nombre de los impresores de Bruselas,
"El Presidente de la Asociacion libre de los-compositores tipógrafos de Bruselas,

I
" La adhesion de la capital corresponde, ella lo sabe, á los sentimie~tos que
Lós Sres. Rogier, Ministro ~e ~egocios ExtranJer?s; Frere O~ban, Ministro de
liácia
ella tiene Vuestra Majestad.
,
Hacienda· Vanderstichelen, Mimstro de Obras püblicas; el Tenrente general Ba"
Somos
ron Chaz~l, Ministro de Guerra; A. V andenpeereboom, Ministro del Interior;
" con el mas profundo respeto,
Bara, Ministro de Justicja.
, .
"Señor, •
Los Sres. Conde de Theux; el Teniente General Conde Goblet d Ál'Vlella;; el
"De Vuestra Majestad
Baron Nothomb· el Baron d'Huart; Merciér; Liedts; de Brouckese; De'champs;
"Muy fieles servidores."
el Baron d'Amethan;, el Cónde Le :F½n; el Baron de Vriere; Van de Wesper;
d'Hoffschmidt; Tesch, Ministros de Estado.
.
Presiaerlte del Tribunal de Casácion; Leclércq, Procurador general del mismo.
L81 triste noticia fué comunicada á los (%misarios de Distrito y de las admiEl Sr. Fallon, Presidente del Tribunal de Cuentas.
nistraciones c~munales de la provincia por una circular del Gobernador, en estos
El Sr. T eniente general Baron de Hooghvórst, Inpector general_de Guárdias
términos: '
cívicas.
.
~
. .
" Bruselas, Diciembre 10 de 1865.
E1 Sr. Teniente general Van Casteel, Comandante de la 4~ Division temtonal.
"Señores:
Los Sres. De Pagt¡, primer Presidente del Tribunal de apelacion¡ De Bavay,
"Una desgracia inmensa ha herido á la patria.
Procurador general del mismo.
"El Rey ha muerto en el Pala,cio de Laeken, hoy domingo, á las once y cua:El Sr. Dubois Thorn, Gobernador clel Brabante.
, renta y cinco minutos de la mañ~n.a. ,
.
El Sr. Auspach, Burgo-maestre de Bruselas.
" Comunicad esta dolorosa noticia a vu~stros vecmos.
El Sr. Iierry, Burgo-maestre de Laeken.
" Reconocimiento por lo pasado; confianza en ~l porvenir.
Los Sres. Conde Vander Straten Ponthoz, Gran Mariscal; el Teniente general
"El Gobernador de Brabante, Dubois Tlwrn."
de Liem, Ayudante general del Rey.
•
El Sr.,Conde de Lanoy, Gran Maestre de la casa del D~que de Brabante.
No publicamos las proclamas de las administraciones, comunales de los suburLos Sres. Van Praet, Ministro de la casllJ del Rey; el Vizconde de Conway, .
bios,
por estar concebidas en los mismo~ términos q~~ la del Burgo-maestre
Intendente de la lista civil; el Teniente_ general Lahure, Edecan del Rey en
de la capital; pero creemos deber reproducir'}~ que ~e _fiJo en e~ lugar en q,ue el
seL!:iºsres. Teniente general Brialmont; el Ten:ent~ general Dupont; el Tenien- Rey tenia BU residencia habitual y en donde dió el ultimo suspiro. Hé aqm este
te general Nonard; el General Bormánn, el General Conde de Moenkerk~, Ede- documento:
canes del Rey.
"Conciudadanos:
Los Sres. General Baron Goethals; el Teniente Coronel Goffinet; el General
"Una gran desgracia acaba de sobrevenir al país.
Frisson; lós Generales Soudain de Niederwerth, Edecanes del Duque de Bra"El Rey n~estro augusto y venerad? mon~ca ha entrego:do s1;1 alma á ,Dios
l&gt;ante.
¡ esta mañana a las once y cuarenta y cmco mmutos. La nacion pier&lt;le en el un
El Sr. Julio Devaux, Secretario del Rey.
soberl\Ilo ilustre, y la Europa un consejero cuya sabidJ.Iría y lealtad conservará la
El Sr. Teniente Coronel Burnell, Edecan del Conde de }~landes.
- historia.
' El Sr. Conde Ignacio Van der Straten Ponthoz, Mayor de artillería en servisio.
" La memoria 'de Leopoldo I permanecerá siempre en el corazon de los belgas.
El Sr. Baron de Wykerslooth, Oficial de órdenes del Duque de Brabante en
"Este lugar jamas olvidará los beneficios que ha recibido del Rey.
servicio.
"Hecho en Laeken el 10 de Diciembre de 1865.
Todas estas persona¡¡ estaban presentes, menos los Sres. Van der V( eyer y ~.
1
B. Nothomb, empleados el primero en Lóndres y el segundo en B~rli~ en ~o.mi'
" El colega, C. J. HERRY.
siones diplomáticas, y el Teniente general Goblet, que sufre lma mdisposicion,
" El Secretario comunal, EMILIO HELEB.ANT."
Los asistentes firmaron, despues de de~filar delante del cuerpo del Rey, coloeado en su lecho mortuorio.
E1 Teniente General Nesenburger, Comandante de la Escuela militar, reunió
el domingo en la noche á los alumnos, y 10_!! dirigió estas palabras: .
,
·Hemos dicho que independientemente del acta de fallecimiento extendida po~
el Ministro de Justicia, se extendió otra por el Burgo-maestre de Laeken. He
"Señores:
"Cumplo un penoso deber anunciándooa la muerte del Rey._;S, M. Leopoldo
aquí el texto de ella:
.
.•
..
, ·
En el año de mil ochocientos sesenta y cmco, el once de Diciembre, a las once I ha sucumbido hoy á las 11 y 45 minutos.
, .
y medif)- de la mañana, ante nos, Cárlos José Herry, Burgo-maestre Oficial del
"Al participaros este acontecimiento, tengo la conviccion de que la Escuela
estado civil de Laeken, Distrito de Bruselas, Provincia de Brabante, acompaña- entera, funcionarios y alumnos, se asociiµ-á al sentimiento general que va á prodo del Sr. Emilio José Adolfo Hellebant, Secretario comunal, comparecieron:
ducirse en el país y en el ejército;- sentimiento de respeto y de afilccion muy
•n~El Sr. Julio Bara, Ministro de Justicia, miembro delaCámaradeRepre- justificado por los brillantes setvicjos prestados por el Rey desde l t\31, y du'sentantes, -de edad de 30 años, vecino de Bruselas.
' rante 35 años.
, "2º El Sr. Cárlos Rogier, Ministro de Negocios Extranjeros, miembro de la
11 Pero á este recuerdo de lo pasado viene á reanudarse tambien el de la fideCámara de :{lepresentantes, de edad de 65 años, vecino de Bruselas.
lidad y de la consagracion con que el ejército ha servido siempre al país y á su
"3~ El Sr. Estéban Constantino, Baron de Gerlache, primer Presidente del Soberano: esta fidelidad y esta consagracion debemos tributar~ al heredero de
Tribunal de Casacion, de edad de 79 añcs, vecino de Txelles.
la corona, ó mas bien, al sucesor del Rey, á Leopoldo II. Si me he apresurado
"4º El Sr. Matías Nicolás José Leclercq, Procuradór general del Tribruial de á reúniros, es porque deseo q_ue esta. Escm¡la sea de las pPimeras en manifestar
Casacion, de edad de 69 años, vecino de San José ten Noode.
eu adhe'sion á la dinastía, aclamando. con todo ardor, y desde el fondo de nuestro&amp;
"5~ El Sr. Teodoro José, Conde Van der Straten Porrthoz, Gran Mariscal de corazones, al nuevo reinado, con este grito patiriótico: ¡Viva el Eey ! "
la. Corte, de edad de 56 años, vecino de Bruselas.
Los alumnos- contestaron con ·iguales vivas.
"6~ El Sr. Julio Van Praet, Ministro de la casa del Rey, de edad de 59 años,

vecino de Bruselas.
·
"Los cuales han declarado que ayer diez de Diciembre corriente, á las once
El mismo día de la muerte del Rey, el CardenaL Arzobispo de Malinas, 'priy cuarenta y cinco minutos de la mañana, ha muerto en el Palacio de Laeken mado de Bélgica, dirigió la siguiente circular al clero de su diócesis :
·
Su Majestad Leopoldo I J oTge Cristian Federico, Rey _4e los belgaa! _Duque de
"ENGELBERTO STERCKX,
.
Sajonia, Príncipe de Sajonia-Coburgo-Gotha, que nació el 16 de Diciembre de
"Por
la
misericordia
de
Dios,
Cardenal
d{l
la
Santa
Iglesia
Romana, del títu1790 en Ooburgo, hijo del difunto Príncipe Francisco Antonio, Duque de Sajolo
de
San
Bartolomé
de
la
Isla,
Arzobispo
de
Malinas,
Primado
de Bélgica, &amp;e,
nia- Coburgo, y de la difunta Agustina Carolina Sofía, Duquesa de Sajonia; viu"Al clero y á los fieles de nuestra d\ócesis, salud y bendicion en Nuestro Señor.
do en primeras nupcias, el 6 de Diciembre de 1817, de la Prin~esa Carlota Agus"Nuestros muy queridos diocesanos :
tina, hija del difunto Jorge IV, Rey de la Gran Bretaña y de Irlanda, y en se"La
Bélgica
acaba de sufrir una pérdida inmensa.
gunda~ nupcias dé Su Majestad Luisa Maríai Teresa Carolina I sabel, Reina de
los belgas, Princesa de Orleans, la que murió en Ostende el 11 de Octubre de . " El Rey, nuestro venerado Sobera.no, que desde su entrada á su patria adoptiva babia consagrado toda su existencia y toda su sabiduría á la consolidacion de
1850, hija del difunto Luis Felipe de Orleans, Rey de lo's franceses."
Y despues de dar lectura á la presente acta, los comparentes han firmado con nuestra independencia nacional, y que nos preparó un sucesor tan digno de reinar .en nuestta cara patria, ha muertó hoy á laS' once y tres cuartos.
nosotros, Oficial del estado civil y el Secretario.
,_
"Penetrado dél mas vivo dolor, y queriendo que el clero y los fieles de nuesEl Consejo comunal de Bruselas se reunió para votar una exposicion al Rey, tra diócesis se asocien con nosotros al duelo de la nacion, ordenamos que se dé
con motivo del doloroso ~uceso q_ue i¡,caba de sufrir el pais, y está co~cebido en el toque fúnebre en todos los campanarios de nuestras iglesias todas las noches
hasta el día del entierro.
estos términos:
" En los lugares en que la administracion civil mande tocar, y en aquellos en
"Señor:
,
que hay muchas iglesias, deberáp ponerse de acuerdo para que esta lúgubre m.a~
" El respeto que domina el dolor de un hijo, no-puede detener la expresion de nifestacion de la afliccion general, sea á la misma hora.
·
- la inalterable a,dhesion de la capital á una dinastía estr.echamente unida á nues''. Este testimonio de unánime pesar, prob_ará cuánto amamos á nuestro prim~r
tra nacionalidad.
• ·
' ..
Rey, y con qué fidelidad reconocemos al heredero de su corona.
"Las aclamaciones del pueblo lo han dicho á menudo al Príncipe Real: las
"Dado en Malinas bajo nuestro sello y el contra-1ello de nuestro Secretario,
emociones y las esperanzas que rodean vuestra cuna, lo han dicho á la Europa: el 10 de Diciembre de 1865.
'
esta libre Bélgica, soñada muchos siglos por nuestros padres como el fin supre
"ENGELBERTO,
Cardenal
Arzobispo
de
~atinas.
roo de sus aspitaciones, comó el precio de sus trabajos y ,de sus sufrimientos,
sois vos, Señor, el augusto representante de ella.
"Por órden de Su Eminencia el Cardenal Arzobispo, J. J. G. Baguet, secre"La fidelidaa -al juramento es una virtud belga: ella naturalizó entre nosotros tario."
á vuesh'o ilustre padre. Ella es hereditaria en vuestra familia, como en nuestra
patria comun.
Luego que se supo la-muerte del Rey, el Comité de la Asociacion de los im"El reconocimiento'público brilla en los días de duelo como en los días felices. El dará á Leopo!d&lt;&gt; I los úni?os funerales dignos de un gran Príncipe, las presóres de la capital, dirigió la siguiente alocución al príncipe que pronto se
lágrimas de todo un pueblo: y á vos, Señor, el único consuelo digno de un buen llamará Leopoldo II.
t' A Su Alteza Real Monseñor el Duque de Brabante.
,
hijo, la participacion de vuestras penas. ,
.
"La Bélgica está consternada : acaba de perder en este día á su Rey venerado.
"Vos sois la egida de tales sentimientos, y con tan nobles tradiciones comienza el reinado de Vuestra Majestad. En la expresion de su respetuosa afeccion, En presenci~ del gran duelo nacional que aflige el corazon de todos los belgas,
los habitantes de Bruselas no separan al rey de su augusta compañera; ella me- nos consolamos con la conviccion que poseemos de veros continuar las sábias
rece ·por sus virtudes llevar la corona de aquella primera Reina de los belgas, tradiciones constitucionales, inauguradas por el Rey vuestro Horado padre.
"La tipografia de Brusélas, saludando al reinado del Rey de los bel~as, Leocuyo recuerdo jamas se borrará de la memoria del pueblo.

H.Kats.

" El Secretario, H. G-regoir." .A:¡er á, la.una ~1. fraikin ha sacado el molde del r!&gt;~tro ¡le) Rey.
A-la,una y media,los Doctores·Dax.-0ubai:s: y Ilebiefve, procedieron á embalsama11 el cu.erpo de S. M.
E sta noche, mártes, las personas de la Casa del Rey irán al castillo de Laeken
para recibir los despojos mortales de S. M., que pasarán á las dlez al Palacio de
de :Bruselas.
El cuerpo del Rey irá es_coltado por, la guardia cíyica y el ejército. El acompañamiento ir~ alumbrado con antorchas.
En. el Pa.h¡.cio ere l}rusela!;! se halla,r~n todas. las autoridades para recibir el
cuerpo de S. M.
El acoi6pañamiento que irá al Palacio de Bru~elas con los despojos mortales
del Rey, saldrá de Laeken (mártes) á las nueve de la noche. El escuadron de
la guardia cívica á caballo irá delante del cadáver y detrás los coches de la corte. Escuadrone&amp;del Régimiento de.guías y de.la gendarmería cerrarán la marcha.
La. valla será formada por soldados con antorchas.
El cuerpo del Rey estará expuesto en el Palacio de Bruselas, como lo hemos
dicho, en una capilla ardiente, por tres días, miércoles, juéves_y viérnes. ,
El sábado serán los funerales de S. M.
El domingo 17, el nuevo Rey. hará su entrada á caballo á la capital.-Pasará
revista á,Ta guardia cívica y al ejército. Despues pasará al salon de la Cámara
de Representantes á prestar el juramento á la Constitucion ante las dos Cámaras
reunidas.
El Monitor Belga dice:
,
El mártes pasará el cuerpo· del Rey, de Laeken al Palacio de Bruselas.
El cuerpo estará expuesto al público miércoles, juéves y viérnes, de las nueve
á las cuatro.
·
Los funerales serán el sábado 16 de Diciembre.
Se invitará á todos los representantes de las potencias e~tranjeras á esta ceremonia:
Los grandes cuerpos del Estado y las autoridades se reunirán en el Palacio
de Bruselas á las diez· y media. .
El eptierro se verificará en Laeken.
R E VISTA PoLITICA.

Despues de los diarios fi1anceses que continúan l!I\Ciendo de la mqerte del Rey
de los Belgas el asunto principal de sus artículós, 1,ecibimos las reflexiones de-los
órgll,ll0S mas autorizados de la prensa inglesa y alemana.
El Times, en una biografia del príncipe difunto, traz(&gt; su carác~e~ y su conducta política en las pruebas de un reinado largo y á v~ces d-ifi~il: él HeraW, y el
. ·A.dvert-iser alaban su sabiduría y su moderacion. El Morning Post pronostica á
su sucesor el mismo éxito y la misma 'pop,ularidad si se sabe &lt;;:!)nducir con las
mismas cualidades. Agrega que la existencia de ,la Bélgica como E stado independiente, dependerá en gran pa;te de la condicion de que su puf)l)lo no encuentre pretesto p~ra' llamar á una potencia extral).j era á intervenir en sus asuntos.
En la prensa alemana es preciso cit;u primeramente la hoja mii1isterial de Ber.:
lin, La Gac,eta del Norte, que se apresura á declarar que la muerte del Rey L-eo-,
poldo dehe se.l).tirse por lo¡¡ que estimaron· sus cualidades, pero que no debe darse. á este suceso importancia política alguna.
·
La Gaceta de la Cruk se lilllita á tributar homenaje á las elevadas cualidades
personales del Rey Leopoldo, y á decir que la casa de Coburgo pierde en él un
gefe cuya política ha elevado á esta familia á un grado ds esplendor desconocido
en la hietoria ip.od(1rm1.
,
Napoleon suspendió las fiest,is ele Compi.égne. Ppr error hemos dicho que.
SS. MM. Portuguesas ib_a,n á, Compiégne. Se h;l,n man~ado excusar con el Eínperador y se han dirigido á París. Eran esperados en Lóndres, de donde el Rey
D. Luis vendrá á a,sistir á lps fm;1erales el 16, y de&amp;¡mes de ellos irá á pasar
quince clias á las Tull~rías.
· '
, Como lo hemos 1licho en nuestra Revista polítjca, la muerte del Rey Leopoldo
prod\lce en toda la Europa tan ~rande sensacion co~o en Bélgica. L¡i, prensa
francesa principalmente, consagra aJ ilustre Soberano que -acabamos de perder,
artículos que dan á conocer la i,mportanci~ que ella da á este acontecimiento, y
s?mo8' !lluy felices al ver qµe todofi los Diarios graves manifiestan la mas viva
s1mpa~ia, no solo por el Rey que ya no existe, sino tam~i_en por su suc~or y por
la nae1on belga. A los teiµores que _algunos pesimistas •tienen por el porvenir,
oponen una firme confianza en el patriotismo y la sabidUl'ía de un puebl9 que
despues de_ 35 años de paz, de ,progreso y libertad, desmentiría todo su pasado si
fuera suficiente un cambio ele personal en el trono para que deja1,e arruinar todo lo ~ue se ha fondado, no por un Rey, por eminente qu,e fuese, sino por el pueblo nusmo, con el conc,urso de este príncipe.
'

1

Algunos renglones cl,el Tenips, uno de los Diarios mas recomendables seguram~nt~ y ma~ sesudos de P3:ri~, _resumen perfectamente los sentimientos de los
prmmpales organos de la opmion en Francia. Despues de h,aber indicado los
pe!ig;os _que en ciertas hipótesis podri~n amenazar á la Bélgica, se pregunta el
Diario s1 contra estos peligros ella esta sin protcccion. Y responde de esta manera:
"No lo creemos. Su suerte va á depender de su sabiduría y de su pati'iotismo.
Está privada, es verdad, de la direccion de ·u n gefe hábil, cuya opinion pesaba
en los Consejos de la Eur9pa; pero nada·importa si e.stá resuelta á seguir el mismo camfoo. Se ha dicho que una mujer virtuosa siempre flS respetada; lo mismo
puede ~ecirse d~ un país libre. Con la libertad, un pueblo que tenga necesidad
de elegir su gobierno, no ,puede encontrar pretestos ú razo~es para cambios vio-

lentos. Como es árbitro de su suerte, no puede ser desposeído de sus derechos,
sino por medios que ya no son de estos tiempos. Muestre la Bélgica la misma
adhesion á sus instituciones, el mismo espíritu público, que la Suiza, y gozará de
la misma inviolabilidad. iQué potencia se atrev,erá hoy en Europa á poner mano
sobre la Suiza7"
,
Mas adelante, á propósito de la nota del Siecle, cuya extravagancia,, por no
decir otra e0sa, hemos hecho advertir, el Temps estámpa. estas reft~xiones:
"La nota del SiMle parece haber producido gran sensacion en, Bruselas. P ens~mos que el, Siecle no mÍdió su alcance. Evidentemente no quiso sino referir un
rumor; pero no reftexíonó ,que al anunciar sumariamente la division de la Bél•
, gica, mientras el Rey Leopoldo-agonizaba, y dá'.µ.do!!e-el aire de juzgar muy sencilla esta divisiou, no tenia en cuenta al derecho público europeo ni á la nacio,nalidad belga. La Bélgica es señora de sí misma, y muy dueña, si quiere, de
dividirse y de renunciar á una ·nacionalidad que hasta hoy cpn todo esfuerzo ha,,.
asegurado. Fuera de esta hipótesis, no comprendemos cómo sea la dív:ision. Si
la nota del Siecle debe consideral'se como la quinta esencia de las miras de este
Diario sobre la política extranj era, no se comprende con qué derecho continuari.a protestando contra la division de la P olonia.,''
·
El Ten:ips ha encontrado Ia·verdad. Lo qú1fp¡l,Sa eu Bélgica desde la muerte
del Rey Leopoldo, la calma qlie la tl'is.teza general no ha turbado, la actitud de la
po.blacion, el lenguaje de la prensa, todo prueba qu!)- los deseos formados por el
Twps se realiza~ ya y que no necesita e_sperar,
iQué se ha dicho en estos tierr.pos1 Se ha q._ll.erido pintar al partido' católico
belga op'rimido, y por tanto desafecto, indiferente y ha1,ta hostil á las instituciones del país. Las únicas voces discordantes que rompen la unanimid,ad de la
·prensa francesa, son voces clericales; ellas en cierto modo llaman á la rebelion
de los católicos nuestros compatriotas; mas apres.urémonos á decirlo, no son belgas, ni serán escuchadas ni aun·comprendidas. La prueba está en las palabras qne
pronuncian nuestros paisanos católicos., Debemos reproducir algunas; y nada
mejor que las el.el Diario de Bruselas, principal órgano del partido cuyas tenden. cias combatimos, pe¡:o cuyos sentimientos nacionales nunca hemos puesto eñ
duda.
·
"En presencia del duelo que cubre á la Bélgica, se ha suspendido·necesariamente el antagonismo de los partidos. Antes de volver á tomar el hilo de nuestros
debates, debemos pensar en nuestro país, y unirnos de corazon en un_ comun pensamiento de patriotismo, y gritar unísonos: ¡ Viva la Bélgi.ca! ¡ Viva Leüpoldo II!
Ob1:ando así, conjuraremos las dificultades que podrían surgir inesperadamente,
haremos caer esás amenazas insensatas que hallan asilo en cierta prensa extranjera, y daremos, ademas, al mundo u~a nueva prenda de órden y de paz. ;Es preciso que la sucesion al trono se verifique sin sacudimiento en medio del entusiasmo general. Es el mas bello homE}naje que podamos tributará la augusta memoria del Rey venerado que lloramos, y que había adquirido tantos derechos al
afecto y al reconocimiento de lo's belgas; es el único medio para nosotros de trabaj ar en la consolicacion del eclificio político, al cual el inmortal Leopoldo I aso- '
ció para siempre la gloria de su nombre imperecedero."
·iQué mas se ha dicho1 Que la cuestion de Ambéres babia sembrado en el
país un gérmen amenazador que habia comprometido la nacionalidad despopularizando al trono. El órgano mas exagerado de la opµrion de Ambéres, El Escaut, se encarga de reducir. á su justo valor. estas calumniosas observaciones. Se.
expresa así:
·
·· ,
·
, "El Duque de Brabante que sucede á su padre bajo el nombre de Tueopoldo,
II, verá. á la Bélgica entera agruparáe alrededpi:, de, é_l. Mu~ha,s espera.nzaScse
fijan en su reinado naciente; y estamos·persµadidos quel~s realizará todas á ner,za de lealtad y. de modera~cion. Que tenga co~ a -en el .amor del pueblo, que
nole faltará."
.
·
E speramos que. basten estas citas para que en el extranjero se "}omprenda bien
la voluntad bien decidida de.-t9.dos los belgas, de.cqntinuar siendo.lo que son, y
de que nada omitirán para asegurar su idependencia y. s_ue, libertades.
'
·Por fin, l'lndependence dice en ~u número del 13:
"Bruselas, Diciem)&gt;r&amp;13.
'TRAS:Y.,CION DEI;, ~::-qERPo DE S. M. EL REr LE0P0Lno DEL G,.;\~ILLO DE LAEKEN AL p ALACIO DE BRUSELAS.
,

Anoche se verificó esta ceremonia, que comenzó á las 9-y concluyó á 13:s 11.
Toda la poblacion asistió, á la que jamas hemos visto tan respetuosa ni taµ sosegada.. En esa turba enorme que se agrupó en el camino, no hubo un solo gríto
ni el menor ruido) sino la 11-ctiwd mas digna, la mas conveniente. Al pasar el
' carro fúnebre, todas las cabezas se descubrian. E ra un espectáculo imponente y
tierno á la vez; homenaje tributado á la memoria del SQberanó que ya no éxi.ste.
La partida del castillo de Laeken fué precedida de una ceremonia de extrema
sencillez·pero que al mismo tiempo enterµecia. El cuerpo del Rey, depo~itado en
un ataúd todo cubierto de negro, fué colocado en un tablado en un¡t de las salas
del.Pala!:io. Detrás del tablado h~bia una mesa con un Orucilijo y dos ciriosEl resto de la sala estaba alumbrado con lámparas. A fa, cabeza del ataúd estaba
Mr. Becker, capellan de S. M.
A la izquierda se hallaban los Príncipes, de negro, teniendo ambos él gran.:
cordon de la Orden de Leopoldo. A la entrada de la sala habi~ soiam~nte algunas personas, el Sr. Conde Van der Str~ten- Pontho~, Gran Mariscal de la Corte;
Van Praet, Ministro de Ja casa del Rey; el Teniente General de Liem, Ayudante
general del Rey; el General Bormann, edecan del Rey; Julio Devaux, Secre~ario
del Rey; Herfy, burgo-mae&amp;tre de Laeken; HelJebant, Secretario comunal; los
Pastores Vent y Drury.
,
En presencia de estas pocas personas pron,unció ll(r. B~cker una oraci&lt;,m fúQJbre, qu(r'SS. AA. Rlt. no pug.ieron oir ii,in una v:iva emocion. Concluida la
oracion., entraron doc~ sarg,entQs del reginµeµto de Granaderos; se pusieron al,rededor de la tumba y sacaron el ataúd seguidos de 19~ Príncipes, y lo colocaron
en el car¡·o. ])}¡¡te c;¡,_rruaje, sencillo y severo en su fo,rma, especie de tumba ambl}lante, estaba revestido de cuatro sellos, dos armas de la Bélgica y dos armas
del Rey. Cu.ando fué colocado en él el cu,erpo, el Duque de Brabante Y. el Conde de Flandes se volvieron al castillo. ·
·
T.oda esta escena, .alumbrada únicamente por los lacayos con \antorchas, de
gran librea de gala, ,y la,zQs negros, p~só en silencio profundo, ,y despues se formó la comitiva. Por fuera había fas tropas que debjan CO'!llponerla: un peloton
de gendarmes, la guardia, cívica·de á caballo y el regimiento de Guías.
A las 9 en punto se puso en march~, en el órden. siguiente:
Un peloton de gendarmes.

�88

EL DIARIO DEL IMPERIO.

l

grito que jamas ha dejado de pronunciarse, que j~mas dejará de hallar eco en
Un piquete de guías.
La guardia cívica á caballo.
Bélgica en todos los corazones: ¡Viva el Rey ! "
Un coche de la Corte con los tres pastores.
_
El catafalco escoltado de generales y rodeado de guardias cívicas
1
•
ORDEN DEL DU
á caballo, antorcha en mano. A LAS GUARDIAS CÍVICAS DE LA LEGIOK DE IXELLES- ETTERBEEK.
Dos coches de la Corte.
Bruselas, Diciembre 10 de 1865.
El coche del Sr. Burgo-maestre de Laeken.
Señor Teniente Coronel:
Los guías.
El Rey ha muerto hoy, en Laeken, á las 11 y 45 minutos de la mañana.
En Laeken, en la nueva avenida, en la calle de los Palacios, en la calle Real,
La
guardia cívica ha perdido al gefc que amaba,! q~e ~a miraba como uno
en la plaza de los Palacios, el gentío era inmenso. En los balcones, en las ventade
los
mas firmes apoyos de su trono y de nuestras mst1tuc1ones.
nas, por todas partes babia gente, y casi todas las fachadas tenían luto. A las
La guardia cívica, asociándose al dolor comun, llevará luto desde hoy.- Se
10, la comitiva llegaba al boulevart. Cuanto mas se acercaba al Palacio, mas
lenta era la marcha por las oleadas de gente que iba al anuncio de la artillería. pondrán crespones en las banderas y estandarte~. Los oficial~s llevarán un !azo en la espada. Los oficiales generales y superiores lo llevaran cu el bra1.o 11.Lo repetimos; el espectáculo era imponente.
quierdo.
La comitiva llegó al Palacio á las 10 y ínedia. Allí estaban reunidos los miemEl Ministro del Interior, Ap. Vandenpeereboo&gt;n.
bros del Gabinete, los Ministros de Estado, el Sr. Príncipe de Ligue, Presidente
del Senado; el Sr. Vandenpeere boom, Presidente de la Cámara; el Sr. Baron de
Todos lloramos la muerte del Rey; mas nuestro dolor no debe ir hasta el aba~
Hooghvorst, Inspector general honorario de la Guardia cívica del Reino; el Sr. timiento- Amábamos, venerábamos á Leopoldo I, porque se ~plic_ó constanteFernando de Page, primer Presidente del Tribunal de apelacion de Bruselas; el mente á aseo-urac la felicidad de la nacion, respetando la Const1tucwn y las leSr. de Bavay, Procurador general; el Sr. Dubois Thorn, Gobernador del Bra- yes. El Prí~cipe que va á sucederle, seguirá este noble ejemflo:. él :ambien trabante; el Sr. .Auspach, Burgomaestre de la capital; el Sr. Julio Van Praet, Mi- bajará por la felicidad del pueblo, sin atacar jamas nuestras mstJtuc1ones, y ponistro de la casa del Rey; el Sr. Conde Van der Straten Ponthoz, Gran Mariscal dremos siempre gritar:
del Palacio; el Sr. Conde de Lannoy, Gran Maestre de la casa del Düque de Bra¡VIVA EL REY!
bante; el Sr. Julio'Devaux, Secretario del Rey; el Sr. Teniente general de Liem,
¡VIVA LA LIBERTAD!
.Ayudante g~neral del Rey, y los demas personajes que hemos dicho firmaron el
Ixelles, Dicien\bre 11 de 1865.- El Teniente Coronel, H. Jamast."
acta de defuncion de S.M.
,
Todos estos personajes, de gran uniforme, bajaron al pié de la escalera real á
recibir el cuerpo. El ataúd, cubierto de una gran carpeta de terciopelo negro,
carta Pastoral del Obis110 de Namur al Curo ele s11, diócetil.
sembrado de leones bordados de oro, fué conducido al primer piso por sargentos
de los diferentes cuerpos del ejército. Los precedían los dignatarios de la casa
Nuestros muy caros hermanos:
militar del Rey. Seguían los tres pastores protestantes; despues los Presidentes
Ayer
á
nuestro lhunamiento os reunísteis en nuestras iglesia~, para pedir á
de las Cámaras, los miembros del Gabinete, los Ministros de Estado y lOS'demas
Dios
la
salug
del Rey: hoy venimos á hablaros del suceso presentido .r temipersonajes citados.
Provisionalmente fué depositado el cuerpo en el' salon amarillo, esperando que... do por todo el país, la muerte de nuestro Augusto Soberano. Leopoldo I, Rey de
sea trasportado á la capilla ardiente en que se expondrá al público. Los tres los Belgas, ha teqninado el largo reinado que le concedió la Pro,idencia. Los .
pastores de la Iglesia reformada se colocaron alrededor del ataúd; y uno de ellos, belgas nunca olvidarán que, aceptando el trono en 1831, el príncipe que acaban
el Sr. Vcnt, en una corta oracion, escuchada con recogimiento por los presentes, de perder, los a,rudó constantemente á salvar su nacionalidad, á constituir su inexpresó los sentimientos de dolor, resignacion y esperanza que abundan en to- depen®ncia y á preservarlos, mas de una vez, de los peligros naturalmente indos los corazones, é invocó sobre la familia real y sobre el país las bendiciones herentes al uso que hacen de la libertad los holl}bres y los pueblos. Se acordarán siempre con satjsfaccion de los graneles scrdcios hechos por el Rey, no sola- _
del Altísimo.
mente
á la Bélgica sino á _la Europa, en que sus consejos han sido á menudo esTerminada esta triste y tierna ceremonia, se retiraron en silencio los circunstantes_. D~ante la noche, el cuerpo fué acompañado por los dignatarios de cuchados. Recordarán tambien con fidelidad, que entre estos consejos hay algunos que les tocan ellos mismos, así como á su porvenir nacional, seguu el pensaPalacio.
miento que fué el alma del reinado de S. M. El dia que prestó el juramento á
.Ademas de los Príncipes extranjeros que dijimos ayer deben llegar á Bruse- la constitucion el 21 de Julio de 1831, estas fueron s;s priiperas palabras: "Que
las para asistir á los funerales del Rey, se espera al Príncipe de Wurtemberg y un solo pensamiento anime á todos los belgas, el de la union sincera y franca.''
al Príncipe Real de Prusia, Federico Guillermo. El .Archiduque José Cárlos Veinte años mas tarde, en las· fiesta,; ele 1856, que tanto lernutaron el SC'ntimienLuis, designado por el Emperador de .Austria para representarle en los funerales to nacional, el Rey, respondiendo á los discursos de las dos Cámaras, decia:
del Rey Leopoldo, es hermano de S. A. R. é I. la Sra. Duquesa de Brabante. "En cuanto al pasado, la union es lo que ha hecho nuestra fuerza en los dias del
Nació el 2 de Marzo de 1833, y es hoy Mayor general y propietario del Regimien- triunfo de nuestra nacionalidad, a6Í como en los dias de prueba en que ha agotado todo su vigor. En cuanto al porvenir, tambien en la wrtion es donde reside el,
.to de infantería núm. 37.
secref.o
de nuestra prosperidad, de nuestra grandeza y de nuestra dura.cion. Selle.Al principio de 511 parte oficial, el Monitór Belga,, publica esta mañana la simos de nuevo la alianza entre la nacion y la dinastía de su eleecion....\.firmemos
guiente rectificacion dirigida al .Diario de Bruselas:
" Un Diario de esta ciudad publica un telégrama dirigido por S. !L el Empera- la union de todos los miembros de la gran familia belga, en un pensamiento co.
,
dor de los francesés al Duque de Brabante. Esta publicacion, que reproduce el mun de consagracion á nuestra bella patria."
Estas palabras merecen ser grabadas sobre la tumba del Rey de los Belgas:
sentido benévolo del telégrama, no es testual." El Duque de Brabante ha recibido del Emperador un telégrama de los mas simpáticos; pero la conveniencia y sobre esta tumba del Soberll?o que han amado, todos los belgas deben jurar
fidelidad á Leopoldo II y á la. union de los hijos de uua misma patria.
pública prohibe darlo á luz.
Hijo de un padre cuya real prudencia celebrará la hístoria, y de una madre
de quien la cristiandad venerará siempre la alta sabiduría y la profunda piedad,
ORDEN DEL DI.A..
Leopoldo II viene á nosotros dos veces marcado con la señal de la monar1uía,
'
Te~go el honor de anunciar al ejército, que el Rey ha muerto el 10 de Diciem- en una naciorr firmemente adherida á su fé y á su libertad. ,El nos muestra a su
lado á la Reina María, la hija de María Teresa, semejante á los belgas por su
bre á las 11 y 45 minutos.
·
El ejército sentirá vivamente la pérdida cruel que le arrebata á su ilustre Ge- nombre, su nacimiento, su fé, su tal ento y su corazon. Nos muestra en las gr~das del trono á sus augustos hijos, que son la esperanza ele una dinastía Y. de
fe, á su muy amado Soberano; y se asociará con su duelo al _dolor nacional.
Se colocarán crespones negros en las banderas y estandartes de los cuerpos. una nacion, cuyos det!tinos son inseparables.
El bien por excelencia de una nacion, es no pe1tenecer mas que á sí misma.
Los oficiales llevarán crespon en la espada; los generales, ademas, crespon en el
La Bélgica lo había gozado en parte, ó al menos babia comenzado á gozarlo, babrazo izquierdo.
jo el reinado de Alberto y de Isabel; y lo gozó plenamente bajo el reinado de
Brusefa,~, Diciembre 10 de 1865.
Léopoldo I, y quiere seguirlo gozando bajo sus sucesoref!. Ella quiere seguir en
El Ministro de la Guerra, Baron Ohazal.
lo que es, lo que la historia durante siglos le babia preparado para ser, y en fin,
lo que ella gloriosamente ha llegado á ser, independiente y libre en medio de las
El Consejo comunal de Ixelles dirigió al Duque de Brabante el siguiente pé- naciones, para las que permanece en un:i. condicion de paz general.
same:
Que á la Hora, pues, en que las campanas de todas nuestras iglesias anuncien
"Señor:
la muerte del primer Rey, de los Belgas y el rluelo nacional, elévense oraciones
"Todavía bajo el golpe del fatal suceso que acaba de ·herir á la Bélgica en sus del fondo de nuestro corazon por Leopoldo II, por la gloria de su reinado, por
mas caros, en sus mas legítimos afectos; en medio de la consternacion general nuestra reina Maria y por toda la familia real.
que ha producido la muerte del primero de nuestros Reyes, apenas puede este
Con este fin, se ofrecerá en todas las iglesias parroquiales y comunidades reliConsejo dominar un momento su punzante emocion para venir á colocar á los giosas de nuestra diócesis, el Santo Sacrificio, para que los fieles puedan reunirpiés de V. M. un testimonio brillante de respeto y de adhesion.
se todos á los piés de los altlues, en un mismo sentimiento de confian1.a en Dios
"Este doloroso ¡;uceso, Señor, es no solamente un duelo, sino una calamidad y de fidelidad al Rey y á la patria. Los curas y los prelados religiosos fijarán y
pública; y si hay algun consuelo que no se nos niegue en tamaña desgracia, es anunciarán el dia en que con este objeto se celebre el Santo Sacrificio.
la profunda confianza, la confianza absoluta que }.iemos colocado mucho tiempo
Y esta nuestra Carta pastoral será leida en el púlpito el primer domingo des' .
há en el Príncipe sabio é ilustrado, objeto de todo nuestro amor, llamado por la pues de su recepc1on.
Constitucion á empuñar las riendas del Estado.
Dado en Namur bajo nuestro sello y el contrasello de uno de nuestros secre"Séanos permitido, Señor, despues de haber pagado un justo tributo de pesar tarios, Q1 11 de Diciembre de 1865.
y de reconocimiento al que ya n~ existe, y cu¡a pérdida siempre deploraremos,
Vrcron Aousn..~. Obispo de Namur.
saludar en el advenimiento de V. M. la garantía de una nueva era de independen:
Por su órden,
•
eia. y de prosperidad para nuestra bella patria, y suplicar al digno heredero del Rey
- A. F. J. Hauzeur, canciller secretario.
ciudadano que fué treinta y cinco años la admiracion de la Europa, que se digne
admitir con benevolencia la expresion sincera de nuestra adhesion á su augusta persona, á la Reina su digna compaí1era, á sus nobles hijos, que son la
Ei cuerpo del Rey fué custodiado ayer por los Sres. Teniente General Renard
esperanza del país.
y
el
Mayor Vandevelde.
"Subid, Señor, al trono; tomad el precioso depósito, que el mayor honor de
vuestro ilustre padre es el de habéroslo trasmitido intacto. Contad, Señor, con nowtros, como la nacion cuenta desde ahora con V. M.; y dignaos permitir que
La mayor parte de los augustos personajes que vienen á los funerales del Rey,
agrupándonos alreaedor del Rey y de su dinastía, desviemos un momento nues- se alojan en Palacio. El Príncipe Luis de Hesse en el Hotel de Buenavista.
tra mirada de lo pasado hácia el porvenir, para resumir todas nuestras esperanzas, todos los sentimientos de amor y de respeto 9.ue nos penetran, ~n este solo

+

89

EL DIARIO DEL IMPERIO.

TERCER SUPLEMENTO .At N. 315.

ÜIRCULAR A LOS GOBERNADOR$ DE LAS PROVINCIAS.

Bruselas, Diciembre 10 de 1865.

Una pérdida inmensa acaba de sufrir la Bélgica.
El Rey ya no existe.
.
Su Majestad murió en el Palacio de Laeken, hoy á las once y cuarenta y cmco minutos de la mañana.
La muerte del fundador de nuestra dinastía nacional, inspirará al país un dolor profundo.
. .
.
.. ,
.
Os suplico, Señor Gobernador, comun1que1s esta triste noticia a todos los habitantes de nuestra provincia.
El Ministro del interior, -

ALF. V A.NDENPEEREBOOM.
La Comision del círculo artístico y literario, ha reeuelto, en su sesion del dia
12, por aelamacion, dirigir una exposicion al heredero del trono.
La Sociedad central de agricultura de Bélgica se reunió el 11 de _Diciembre,
á la una, bajo la presidencia del Sr. Caunart d'Hamale, Senador, qmen despu~s
de anunciar á la Asamblea la muerte del Rey, expresó en pocas palabras el unanime y profundo pesar que inspira á los mi~mbros del Oo~sejo de administracion, la pérdida que acaba de soportar el pais, y su seguridad de ver marchar
al heredero del trono en la misma Mnda de su augusto predecesor.
La Asamblea con sus aplausos mostró que tales eran_ s_u~ _sentimientos.. .
Despues de un discurso del Conde de Meens, se dmg10 una expos1c1on á
S. A. R. Monseñor el Duque de Brabante.
El Consejo de administracion de la Socied~ ~eal de la Gran-H~o.nia, difirió por medio de una circular, las fiestas anunciadas para el mes de Diciembre.
Uno de los últimos actos de béneficencia de S. M. el Rey, fué el pronto envío
de un socorro pecuniario á los desgraciados hijos de Jacobs, tan cruelmente
muertos en Etterbeek.
Desde ayer los artilleros de la Guardia cívi~ y del ejército,, tiran alternativamente cañonazos cada cuarto de hora, en el Parque. frente a la plaza de los
Palacios y á la calle Ducal.
En la plaza Leopoldo, delante de la antigua Iglesia de Laeken, es donde se
construye el templo provisional, donde tendrán lugar las , ceremonias_ fú?ebr~s
que precederán al entierro del Rey. Este templo se pondra .en comurucac1on directa con la Iglesia. Concluidas las ceremonias, el ataúd será llevado en hombros al sepulcro en que descansa la Reina.
.
La apertura de este sepulcro se hará el sábado en la mañana, á presencia de
las autoridades.

Los establecimientos de enseñanza y todos los talleres de la capital, estarán
cerrados el 16 por los funerales del Rey. Lo mismo todas las aq,ministracionea
públicas.
Hé aqm el programa que publica el Monitor para el ceremonial de los fune•
rales del Rey. ·
Los funerales de S. M. el Rey Leopoldo I , se celebrarán el sábado 16, á las
once de la mañana.
Desde la.s diez, la guardia cívica de la capital y de los lugares vecinos, y el
ejército, tomarán las posiciones que se les hayan asignado.
A las diez y media, el Consejo de Ministros, las Cámaras y los Tribunales,
se reunirán en Palacio: las demas autoridades y diputaciones, tomarán el lugar
que se les designe en la comitiva.
Despues del servicio fúnebre, la comitiva se dirigirá á Laeken. Seguirá la
calle Real, la calle de los Palacios, la Avenida de la Reina y la calle de la iglesia.
Una salva de ciento un cañonazos anunciará la salida de la comitiva.
La guardia cívica y el ejército f~rmarán la valla.
Se observará el órden siguiente:
Un destacamento de gendarmería á caballo.
Un cuerpo de caballería.
La caballería de la guardia cívica de Bruselas.
Un cuerpo de artillería.
Un cuerpo de infantería de línea.
La escuela militar.
La artillería de la guardia cívica.
Los heridos de Setiembre.
La.a _diputaciones de las legiones de la guardia cívica del Reino y de los regimientos del ejército, con el pabellon del cuerpo.
Cada diputacion se compondrá del Comandante del cuerpo, de un oficial de
cada grado y de la guardia de la bandera.
El Estado Mayor General del ejército y los oficiales, sin tropa.
Las Cortes y Tribunales.
Las Cámaras legislativas y los Ministros de Estado.
El Consejo de Ministros.
El carro fúnebre.
Los Dignatarios y Oficiales de la Casa del Rey, rodeando el carro.
Los cordones de1 paño mortuorio serán llevados por
El Presidente del Senado.
El Presidente de la Cámara de Representantes.
El Ministro de Negocios Extranjeros.
El Ministro de Justicia.
El Teniente General Inspector general de la guardia cívica del Reino.
El Teniente General Comandante de la division territorial.
DETRAS DEL CARRO:

El clero, oficiando.
El Rey.
La familia real.
Los prin~ipes extranjeros.
Los representantes de las potencias extranjeras.
Las autoridades y los funcionarios civiles, y los minis,tros de los cultos.
Lo mismo que la administracion comunal de Bruselas, todas las de Bélgica
Un cuerpo de caballería cerrará la marcha.
:t
han vbtado, ó se proponen votar, discursos de pésame al nuevo Rey.
Veinticuatro sargentos tomados por mitad en la guardia cívica y en el ejército,
tomarán el ataúd al llegar á la iglesia de Laeken.
Se trabaja noche y dia para trasformar en capilla. ardiente, uno de los salones
En el momento de la llegada de la comitiva al lugar de la sepultura, se harán
del Palacio, en que se expondrá por tres dias el cuerpo del augusto difunto.
los honores militares por destacamentos de la guardia cívica y de la infantería
de línea.
Durante la marcha de la comitiva, se tirará un cañ~nazo cada cinco minutos.
El aspecto de la capital es mas imponente hoy que los dos días anteriores. Un
bosque de banderas de luto flota en la¡¡ ventanas, en las plazas públicas, en toDISPOSICIONES GENERALES.
das las calles de los principales cuarteles de la eiudad.
Las banderas y estandartes, irán cubiertos de velo negro; los tambores, forrados de paño negro. No t-0carán las músicas durante la marcha de la comitiva.
Bruselas, 12 de Diciembre de 1865. ,
El Consejo de corredor!ls de la Bolsa de Bruselas, ha decidido que todos los
miembros de la Compañía llevarán quince dias gran luto del 16 al 31 de DiEl Ministro del Interior,
ciembre.
ÁLF.

V.A.NDENPEEREBOOM.

No permitiendo las circunstancias dirigir cartas á las diferentes autoridades
La manifestacion del duelo es general. Muchos vecinos llevan crespon en el
sombrero; otros en el ojal una cucarda negra, en cuyo centro se halla la cifra mencionadas en el anterior programa, se le~ .suplica consideren este aviso como
Real en una corona de plata. Otros llevan tambien en el ojal un ramito de siem- invitacion.
previvas cubiertas de crespon, ó en el brazo el liston tricolor con un nudo de

creapon.

MEXICO.-IMPRENT.A IMPERIAL.

,.

I

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 315, Enero 17</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Ley de papel sellado</name>
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        <name>Sellos extraviados del correo</name>
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                    <text>..

DEL

EL

.'

•

DIARIO

' .

Lo¡; núm'eros sueltos valen 12 centavos.
TOMO

NuM. 316

MEXItJO.-Jneves IS de Enero de 'IS~6. .

III.

'·: i00LEGIOS.

SVMAB.JO.
PARTE OFICIAL.-Decreto erigiendo en Distrito minero el de Jalapa.
p ARTE NO OFICHL.-Trabajos del Ministerio de Fomento. Exposicion del Ministro á
á S. M.-Los Tribunales colegiados.-Dispersion de una gavilla.
Noticias de Europa

:PARTE OFltJIA.L. ·
MAXIMILIANO,

Los de Minería, Agricult~ra, 'comercio y la Aca~emia de Bellas A~!es,
estuvieron á cargo de Fomento, basta el 10 de Abril que_se establec~o e!
Ministerio de Instruccion Pública y Cultos. En el poco tiempo que a m1
direccion estuvieron, les dediqué minucioso cuidado, y pude introducir
dos mejoras positivas: la formacion d~ los programas de ,enseñ~nza, que
se publicaron, y el que todas·fas lecciones fuesen orales o explicadas de
viva voz por los profesores.
INDUSTRIA, AGRICULTURA Y COMERCIO.

EMPERADOR DE MEXICO:

En vista de lo expuesto por el Prefecto del Departamento de Veracruz
y Subprefecto del Distrito de Jalapa, en que Nos piden .se erija éste en
Distrito Minero, y oído Nuestro Ministro de Fomento, DECRETAl\16s:
Queda erigido en Distrito Minero el de Jalapa:, y en consecuencia se es-

tablecerá en él una Diputacioñ territorial de Minería en la forma y maner~
que prescriben las ordenanzas del ramo; teniéndose_por mineros matriculados para que la desempeñen, los individuos mas idóneos de entre,los
que legalmente exploten minas en dicho Distrito, cuya capital será la ciudad de Jalapa.
Dado en México á 12 de Enero de 1866.
MAXIMILIANO.

,,. ¡i'

Al :Ministro de Fomento.

·\

Por el Emperador,
El Ministro de Fomento,

Lurs ROBLES hzuELA..

Varias medidas de por~enor, como verá V. M. en la Memoria, se han
dado para favorecer á estos importantes ramos; pero lo que mas contribuye á su prosperidad son las indirectas, como la facílidad de comunicaciones, el aumento de poblacion y la ,movilizacion de las capitales.
De las dos primeras hablaré separadamente: para obtener lo último se
ha concedido ya el establecimiento de un Banco mercantil ó de descuento, con un capital fuerte, que facilitará las transacciones, y que muy pronto se abrirá al público: los Dock~ ó almacenes generales, proporcionarán
tambien gran ventaja al ~omercio, puesto que por medio de los Warrants
ó conocimientos, podrán lo~ efectos ser vendidos ó hipotecados con la mayor sencillez, y sin los gaitós y molestias de trasladar las mercancías.
Un Banco hipotecario, para,prestar capitales á bajo rédito sobre los bienes inmuebles, será el complemento de estas benéficas instituciones; pero
a.unqµe aun QQ'-ha p.odido form~rs~f .p~sar de mis esfuerzos, abrigo la-esperanza de que se realice para el 'próximo año.
MINERIA.

PARTE NO OFltJIAL.

TRABAJOS DEL MINISTERIO DE FOMENTO.
:MINISTERIO DE FOMENTO.

SEÑOR:
Al terminar él año anterior, hacia tan poco tiempo que me había encargado de esh Ministerio, que el único trabajo que pude tener la honra
de presentará V. M., fué la Carta de parte del Valle de México, formada
por los ingeniens. del Ministerio y grabada en la Academia: este trabajo
se comenzó mucho tiempo antes, y no me cupo mas parte que procurar
empeñosamente ll.l conclusion.
Ahora, Señor, 'engo la grata satisfaccion de ofrecerá V.M., como prueba de las útiles o&lt;upacioncs ele los ingenieros que me están subordinados,
un nuevo plano to\ográfico de esta capital, con todos los cambios y mejoras que ha tenido últimamente, el cual será litografiado para que pueda
ser!ir al público, q~ urgentemente lo demandaba para satisfacer sus necesulades. La Carta ie la parte N. E. del Valle, cuya exactitud está bien
comprobada por la c,mparacion de las bases geodésicas, medidas directam~nte y calculadas p&lt;r una triangulacion y por las situaciones astrnnóm1cas.
Una Memoria científua del mismo Valle, con 6bservaciones interesantes,
así de los ram?s de his'Oria natural como de arqueología.
Una Memoria sobre la determinacion astronómica de la latitud v longitud de San Juan Teotihlacan.
·
.Tambien se_~an emple&lt;Cto ingenieros de este Ministerio en el reconoci~1e~to r m~d1c10~ del Bajo, entre Guanajua,to, Querétaro . y Leon, y el_
d1stmgmdo mg~mero de njnas, D. Antonio Castillo, está ocupado por
cuenta del Gobierno en rec,nocimientos geológicos: aunque muy adelantadas ambas. cosas, no han 1:odido cqncluirse; la primera por lo complicado del trabaJo, y la segunda QOrque aun no se cumple el término estipulado,
. Los ramos de este ~lin_isterfo son por su naturaleza muy extensos y var~ados. Para dar cue1ta a V. M. de lo ejecutado, se necesjta mayor espacio del que ahora pueio dispontr; así, me limitaré á presentarlos á grandes
rasgos, reservándome ¡.ara los d~talles, á la Uemoria que estoy formando,
y~que no pu~do ofrecer hoy á V. M. porque deseo que comprenda todo el
ano trascurndo.
·

Este interesante ramo entra en las medi,das generales relativas á la industria; como peculiares á él se ha dado la ley reglamentando las de ·carbon de piedra, sal, etc., etc.; el Ministerio se ocupa con empeño de reformar las Ordenanzas del ramo, segun los ádelantos actuales de las ciencias;
y en cumplimiento de las sábias órdenes de V. M., se han dado muchos
pasos para obtener un capital considerable para el fomento de las minas.
EXPOSICIONES.

Los trabajos para organizar la próxima exposicion nacional, y para mandar á Paris los objetos mexicanos, están perfectamente organizados.
VIAS DE OOMUNIOAOION.

Son el elemento necesario para la prosperidad de todos los ramos, y en
consecuencia han llamado tan justamente la atencion de V. M., que á propuesta del Ministerio se ha establecido una direccion espe~ial del ramo,- y
se ha colocado en él á los ingenieros mas capaces é inteligentes, dotándolo así abundantemente.
Abandonadas por largos años mas de tres mil quinientas lenguas de
carreteras, en la actualidad se encuentran en un estado deplorable; así es
que, aunque en este año se ha trabajado con gran empeño, apenas es visible para el público lo que se ha ejecutado. Sin embargo, se han reedifrcado y construido de nuevo varios puentes importantes, como el del Chiquihuite, el de Yoclilo, el de Chachapa y Teotihuacan, y por varias direcciones se han construido buenas calzadas. Un trabajo activo y continuado
por varios años, es absolutamente indispensable para que los caminos lleguen á lá perfeccion apetecida y á lo que las necesidades públicas exigen.
I

FERROCARRILES.

1

Se reformó de una manera benéfica la antigua concesion del de Veracruz á la capital. Se halla en via de construccion tan activa, que todo hace esperar esté terminado de aquí á Puebla, dentro de seis meses, y la totalidad antes de tres años. El de México á Chalco fué decretado en 1861,
en c11ya época quedó solo en proyecto: debido á la eficaz cooperacion del
Ministerio y la actividad de sus empresarios, hoy se encuentra construido
ya hasta Mixcoac, y muy pronto llegará á Tlalpan.
El de Veracruz á Medellin mereció tambien la alta proteccion de V.M.,
subvencionándolo con cincuenta mil pesos para que completara sus o~ras
y' material de locomocion: está en explotacion.
El antÍguo de esta capital á Tacubaya, por consentimiento del Gobier-

�92

EL DIARIO DEL IMPERIO.

no, fné traspasado á la Compañía Imperial, la que va á ponerle rieles y locomotiva, y á establecerlo con el lujo correspondiente á una línea de recreo.
En Veracruz se ha construido una via férrea urbana, por las calles; y
en Texcoco una con carriles de madera, entre la plaza y el embarcadero.
En via de ejecucion existen las concesiones de México á Cuautitlan, la
de Toluca, y el camino urbano en el interior de la ciudad: otros proyectos se están examinando actualmente, los cuales no menciono por evitar
prolijidad.
Se aprobó igualmente la concesion hecha por el Comisario de Yucatan,
de un ferrocarril del puerto de Celestum á Mérida, que debe estar pronto
concluido.
Ademas, se han puesto los fundamentos para negoéiar un gran empréstito, con objeto de dedicarlo exclusivamente á la construccion de }as grandes líneas, que tanto demanda el desarrollo de nuestro inmenso territorio; y se ha dado una ley reglamentando y facilitando las concesiones.
, TELEGRAFOS.

EL DIARIO DEL lMPERIO.

Tan importante mejora no ha llegado átener su cumplimiento, por falta de las medidas necesarias al intento. C01ociendo toda la importancia
del adelanto, se estipuló un contrato con la; garantías suficientes, á fin de
que el año entrante sean construidas y se rqiartan á todos los Departamentos del Imperio, las colecciones que.se ~ayan menester del nuevo sistema de pesos y medidas, para que el 1.º de ~nero de 1867, pueda obligarse á todos á que hagan uso de ellas.
1

OBR.A'S PUBLIO.At

Las obras de ornato y utilidad local, perten1een exclusivamente á las
Municipalidades; no obstante, V. M. ha querido favorecer masó menos directamente algunas de ellas, ya proporcionando fondos del Estado ingenieros inteligentes, ó de otros modos indirectos.
'
Para no extenderme demasiado, haré una sencila enumeracion de las
mas importantes, tanto del Gobierno como Municbales que están decretadas y en via de ejecucion.
'
Introduccion del agua del rio Jamapa á Veracruz.ejecutada con fondos
del Gobierno, y casi concluida.
Introduccion del agua potable á Matamoros, con i)ndos municipales y
emprendida por mi indicacion.
P?zo ·a~tesiano en San' Cristóbal, con fimdos del Go~ierno y hecho por
sus mgemeros.
Pozo artesiano de Nopalúcan, en via de ejecucion.
Pozo artesiano de Santa Ana Chautempan, en via de ejtcucion, con fondos particulares de V. M., por los ingenieros del Gobierno.
Pozo artesiano de Santa Clara Cuautitla, eon fondos de 'í. 1\1.
Otros varios están decretados, pero aun no comienzan á nacerse.·
Arquería de Zempoala. Se está reponiendo con fondos del Estado.
Puente_ de Tlaxcala. Está formado el proyecto· y pmmpuest1do el gasto
para el ano entrante.
Palacio de Tlaxcala. Componiéndose por cuenta del G:obierno.
Palacio de Guadalajara. Lo mismo.
·
Monumento de l\forelos. Establecido.
· • M?nume~to á _la Independenc~a. Formados los proyéctos y modelos, y
en via de eJecucion.
.
Monumento á Guerrero. Lo mismo.
Sarcófago de Itm bide. Muy adelantada su construccion, que estará
prontamente terminada.
.
Sepulcro del general Robles Pezuela. Hechos los proyectos ~ presupuestos.
.
Penitenciaría de Puebla. Se está reparando y se concluirá para que
pueda servir á su objeto.
En el puei:to de Matamoros se estableció un sistema nuevo de alumb~ado? y se terminó el Teatro, con fondos municipales, á e,xcitacion del lfimster10.
Se qa dado µúa concesion para el ·alumbrado con gas de esta Capital,
Puebla, Orizava y Córdoba, á una compañía inglesa que lo realizará prontamente.

Los telégrafos en el siglo en que vivimos, son una verdadera necesidad; así, su desarrollo ha ocupado mucho la atencion de este Ministerio, á
cuyo fin se favoreció á la Compañía del de Veracruz, para que construya
un ramal á Tehuacan.
El Gobierno ha traspasado la línea· que úne esta Corte con Guanajuato
y Leon.
Se ha construido por el Gobie1;no:
De Sisal ~, Mérida.
Van á construirse por cuenta del Gobierno:
De Leon á Lagos.
De Tehuacan á Oajaca.
De México á Tampico por. Pachuca y Tulancingo.
De Leon á Guadalajara.
De Amozoc á Veracruz por Jalapa.
De México á Cuernanca.
Se han dado las concesiones siguientes:
A D. Rodrigo Rincon:
De Lagos á San Luis y Aguascalientes.
A D. Cárlos Clutte:
De Guanajuato á Matamoros por San Luis Potosí, Saltillo y Monterey. ..
•
De Matamoros á Veracruz, por Victoria, Tampico y
Túxpan.
De San Luis á Durarrgo, por Zacatecas, Fresnillo y Sombrerete.
·
A D. Cárlos T. Arnaux:
De México al puerto·de San Francisco en la Alta California, pasando por Toluca, Morelia, Zamora, La BarDESAGÜE DEL V.ALLE.
ca, Guadalajara, Tepic, San Bias, Mazatlan, Culiacan
y Guaymas.
Desde el mismo dia que fuí encargado del Ministerio, me ocupé de esDe Mazatlan á Durango, Cuencamé, Parras, Villa Alda- ta cuestion, cuya necesidad y ventajas me eran ya muy conocidas, por
ma, Cerralvo y Camargo.
haberlas tenido que examinar con anterioridad, ya como ingeniero, ya coDel puerto de Manzanillo á Guadalajara.
mo empleado público.
Una vez construidas estas líneas_, fácil será llenar ·los deseos de V. M.
La Comisi&lt;tn científica del Ministerio rectificó de nuevo las anteriores
de poner en comunicacion todas las capitales de Departamento con la dei observaciones; se examinaron los proyectos existentes; y er una palabra,
Imperio.
·
se tomaron todas las medidas necesarias para llevar á bum término tan
·
En la Carta que he tenido la honra de presentar á V. M., se encuen- grandiosa obra.
tran marcadas las diferentes líneas concedidas hasta ahora.
'
Nombrado en Agosto 7 el.Sr. Garay, Director general ,e las aguas del
Se estudian en la actualidad algu~as proposiciones últimamente presen- Valle, la accion del Ministerio se ha limitado á apoyar susdisposiciones y á
tadas, para establecer cables submarmos que nos pongan en comunicacion proporcionarle los elementos necesarios para el buen detempeño de su endirecta con la Habana y los Estados-Unidos.
cargo, lo cual se ha hecho con todo empeño y eficacia.
Multiplicándose los telégrafos, necesario era regularizar su servicio· con
Tambien se ha ocupado el Ministerio en promover, ce acuerdo con el
este fin se formó el reglamento correspondiente, que V. M. se dignó -de Hacienda, la formacion de una compañía que e~cute las deseadas
aprobar.
obras de la canalizacio~ é irrigacion del Valle.
1

CORREOS .
COLONIZAOION Y TERRENOS B.AµDIOS.

Solo está encargado d~ ellos este Ministerio. desde el mes de Mayo, y
apenas ha alcanzado el tiempo para conocer bien ramo tan complicado
regularizar su servicio, reformar las plantas de empleados, poner en vigo;
las Ordenanzas y establ~cer nuevas líneas en los Distritos que se hallaban
sustraídos á la óbediencia del Gobierno, á. medida que se han ido pacificando.
Se ha dado una concesion para establecer expresos por lodo el Imperio, ~ara condu~ir rápidamente los efectos d~ poco-peso y la correspond~ncia; y ya esta formad~ en los Estados-Umdos una Compañía con dos
millones d~ _pesos de c~~ita_l, pa~a llevar á ef~cto esta utilísima empresa.
Para facihtar el servic10 mterior de la capital, se pusieron sucursales
quedando organizada una mejora, con justicia reclamada por Ja crecient;
poblacion de la ciudad.
El año próximo tendré la honra de proponer á V. M. importantes reformas en este ramo.

El Ministerio ha trabajado sin descanso para conteguil' terrenos y atraer
al Imperio los inmigrantes de otros países, por medo de concesiones ámplias y liberales.
Luchando con toda clase de dificultades, ha lo~a'clo adquirir un número considerable de tierras en los Distritos de Cór&lt;bba y Zongolica, las cuales se están midiendo en pequeñas fracciones pa'a entregarlas desde luego á los colonos.
,
·
. Cuenta tambien con los vastos terrenos de ~etlaltoyuca y los de la hacienda de Michapa, que bien pronto serán meódos y repartidos.
Entre los muchos proyectos examinados pa·a una ley de deslinde general, no se ha podido adoptar ninguno, por tenor de atacar de alguna manera el sagrado derecho de la propiedad iniividual; pero del estudio de
este importante punto resultará por fuerza una medida, que asegurando
p~ra siempr~ á los '_propietarios la inalterab~ posesion de sus predios, perPESOS Y MEDID.AS.
mita al Gobierno disponer de la parte de terrenos que legítimamente le
~luchos años ha~e 'que se lamentan los perjuicios que causa la irregu- correspondan, con provecho procomunal. Por ahor:1 se ha limitado á adquirir datos, y los tiene de multitud de tmenos, cJyos dueños están dislaridad de n~~stros pesos y ~edidas actuales; para corregirlo, el año de puestos
á ceder bajo diversas cÓndicione,.
·
18~7 se expidió . .una, ley haciefido obligatorio el uso del sistema métricoT?dos
con?cen
la
necesidad
de
brazos
para
e
cultivo de las plantas
decIIDal frances.
tropicales que producen nuestras tierras calientes, las que forman cierta-

,.•

·

mente el principal elemento de la riqueza del Impe1'io, cuando, aumentado su producto se exporten para pagar las mercancías que nos vengan de
Europa. Para llenar esta neces~ad se ha con~edido _permiso, á ~na con;ipañía, á fin de introducir trabaJadores del Asia, habnuados a chmas analogos.
EST.AD ISTIC.A.

'

La falta de una paz completa ha impedido colectar los datos para 1~
estadística general, á pesar de los muchos esfuerzo~ que ha he~~o el l\1rnisterio: ademas, este- ramo interesante dehe orgamzarse, y p1·óxi~amente
tendré el honor de proponel.'lo. Los pocos datos que se han reurndo, los
verá V. M. en la Memoria.
GEOGRAFIA.

Los principales trabajos en este ramo, s_on:
. ..
Los del Valle, de que se ha hecho ~~~c10n al_ pr~ncip10.
..
Datos recogidos para reformar 1~ dm~i~n temtorial ~el_ Imperio. . ,
Recopilacion de mas de dos mi! posiciones a~tr_onomicas de d1ve1sos
puntos del Imperio, y otras tantas alturas barome!ricas. . .
Ap::ovecho con _gusto est~ ocas!on par~ poner en conocimiento de y. M.,
y dar un testimomo de gratitud a los senores que forman ~l ConseJO de
caminos las Juntas de exposiciones y colonizacion, y la Sociedad de geografía y ~stadí~tica, por 1~ cooperacio_n que con sus luces, y siempre con
buena voluntad, me han prestado.
.
.
Esta ligera reseña servirá para que V. M. quede deb1damenfe impuesto
de las labores en que se ha ocupado el Ministerio de mi cargo durante el
presente año, y si conforme á sus deseos ha_podido cooperar á las altas 'Y
benéficas miras de V. M.
~
SENOR.
El Ministro de Fomento,
LUIS ROBLES PEZUELA.

México, Diciembre 31 de 1865.

r.os TB.Ill1J'NALES CO:LEQIADOS.
Los Tribunales colegiados de primera instancia, son entre nosotros una novedad que acaba de ser introducida por la ley de 18 de Diciembre próximo pasa~o.
Oreemos conveniente, por lo mismo, daT alguna idea de las ventajas de este sistema, adoptado hoy casi generalmente _en los pai¡,es m~ adelant~dos, Y,d~ los
motivos que han determinado su adopcron con préferenc1a al de los Jueces umcos,
conservado desde hace siglos en nuestra organizacion judicial.
Comprendemos, desde luego, que el primer pensamiento hácia un caI?-bio en
esta imp&lt;&gt;rtante materia, 4a sido dictado por el deseo de hallar un remedio á los·
vicios y defectos de la administracion de justicia, contra la cual se levanta?ª~ de
todas partes quejas que no era posible desoir por m_a~ tiempo, y que obligaban
á pensar en úna reforifia radical en -su órgonizacion misma. .Aun cuando, pues,
lo que se sustiye á lo antiguo, no fuese realrn,mte mejor, el cambio,se justilicaria
con la gravedad del mal que ha impulsado á emprenderlo, y con la rectitud de
intencion que lo ha inspirado.
Pero iacaso no es bueno el sistema de los tribunales colegiados? i.Acaso no es
mejor que el de los unitarios1-Examinaremos estas cuestiones.
Una de las partes mas dificiles y al mismo tiempo mas importantes de la administracion pública, es la administracion de la justicia. Su importancia se concibe
con suma facilidad considerando cuánto estimamos nuestros propios derechos individualmente, y cuánta oposicion encontramos para conse'rvarlos ó gozarlos
tranquilamente, ile parte de los que nos los disputan de buena ó de mala fe:
cuánto desórden v cuánta confusion introduciria en la sociedad civil la falta de
un poder tutelar q_ue contenga á cada uno en el límite de su derecho, asi como que
con severa imparcialidad reprima. y castigue á los malhechores. Pero por lo mismo de estar sometiílas las mas preciosas garantías, y confiados los derechos mas
caros del hombre á la accion de los tribunales, el ministerio de estos es delicadísimo, y en _gran ma,nera difícil. Se necesitan leyes sábias, leyes justas, leyes
claras, sencillas y completas; se i;iecesitan, por otra parte, magistrados de sólida
instruccion y de acrisolada honradez; se requieré, por último, dar á dichos tribunales una organizacion conveniente.
'
Si se forma cada tribunal de varios jueces con jurisdiccion para conocer de todos los negocios de cierta gravedad, se tienen necesariamente mayotes garantías
de acierto y de rectitud en los fallos, que si se compone de un juez único; porque
mayor ciencia reunen tr~s profesores que uno, y porque es mas remoto y mas
difícil que se corrompa á dos ó mas q_ue á uno solo. La discusion ilustra las
cuestiones, y el respeto mú.tuo entre los varios miembros de un cuerpo colegiado,
los ha de o!Jligar á mantenerse en su respectivo deber, aun cuando careciesen
de otro estímulo.
Del juez único podemos eaperar solamente aquello á que alcancen sus luces
propias, su aptitud indivirlua\ del tribunal colegiado se debe esperar mas: cada
uno de sus individuos se distingue, podemos suponer, por alguna dote especial;
el uno posee memoria feliz; el otro, profundos conocimientos; el otro, particular
actividad, y de esa manera se tiene una suma de cualidadeti que.no es dado encontrar reunidas en un solo individuo. Estudiándose á un tiempo el mismo negocio, la misma cuestion, p.or los luagistrados que forman el tribunal, este e1:.1tudio
viene á ser tan completo como se puede apetecer, y el número de los errores en
que haya de incurrir, será tan corto como humanamente sea dable. La índole
colectiva de un tribunal, ofrece, por tanto, una doble garantía de acierto y de
rectitud en sus juicios, como que el error y la corrupcion son posibles en razon
inversa del número.
Estas consideraciones son de tal fuerza, que por sí solas bastan para persuadir de las ventajas que los tribunales colegiados tienen respecto de los jueces
únicos.
Pero en esta cuestion, que ha sido muy debatida entre los juristas, es menester tomar en cuenta las diversas objeciones que se hacen por los partidarios del
si&amp;ema unitario contra el colectivo, y las razones en virtud de las cuales ellos se
pronuncian por el primero.
La pluralidad, se dice, es desfavorable á la judicatura, á medida que se aleja
de la unidad: la responsabilidad del juez ante la lef y ante la opinion pública,

93

es lo que mas asegura su probidad, y esa. responsabilidad pierde en eficacia, á
proporcion que se reparte entre mas perso~as.
.
_
'
.
Otro de los peligros que preseúta la rrµsma plur~hdad, se ~n~de, ?~ns1ste .en
que un ministro de un tribunal colegiado, no temer1a al descred1to ¡u a la odiosidad al cometer una injusticia, por cuanto que siendo el hecho de todos, no lo
es de ninguno en particular.
Sucede tambien en las corporaciones, que los individu?s mas hábiles, m~s laboriosos ó mas respetables, bajo cualquier concepto, domman con su ascendrente
á los demas que, ó confian ciegamente en su opinion, ó son arrastrados por ella.
Por último, la di:scusion entorpece los negocios, mientras que el juez único
despacha las causas con toda brevedad, pues que no tiene que consultar ni discutir sus fallos con otro. alguno, á la vez que la discusion que se entabla entre los
abogados contendientes, es bastante para ilustrarlo.
Estos son los principales ó los mas fuertes argumentos que se hacen contra
el sistema colectivo y á favor del unitario. Pero á poco que se reflexione, se hallará que admiten fácil y concluyente respuesta.
Verdacl es que la responsabilidad del magistrado ante la ley, y el temor ó respeto á la opinion pública, son una prenda de su rectitud y de su esmero; pero
esa responsabilidad y este temor, no son el único freno para contener á los jueces, pues que la publicidad en los juicios, la obligacion de fundar las sentencias,
los recursos legales contra estas, son otros tantos medios de prevenir ó de remediar los abusos. Y fuera de esto, es claro que la misma pluralidad es un obstáculo contra el riesgo indicado, así porque, ~s mas difícil vencer la voluntad y cor- 1
romper la conciencia q.e varios, qi;ie de uno solo, como porque un minisfa;o del
tribunal colegiado que se decidiese á cometer una injusticia, no podria hacerlo
sin pasar por la vergüenza de descubrir su depravacion ante sus compañeros.
Mucho mas fácilmente se podrán cometer y encubrir las injusticias por el juez
único.
· Respecto del peligro á que se refiere la segunda de las objeciones que nos hemos propuesto, la ley de 18 de Diciembre lo ha previsto, y para removerlo, en
su art. 181 ordena: que se exprese en lá$_ sentenci,as e't senti&lt;lo en que haya votado
cadajuez 6 rnagistrado. De esta manera, cada uno será responsable de sus actos
ante la ley y ante la opinion pública personalmente.
Si algun magistraclo suele influir y predominar entre sus compañeros, este
mal, ademas de no deberse esperar que ocurra sino raras ocasiones, no es tan
grande que no esté compensado con todas las ventajas de la colectividad, cuando
por otra parte la superioridad misma del que predomina suplirá los defectos de
los otros. Semejante predominio no puede verificarse, por lo comun, sino á virtud
de una elevada capacidad; es entonces una ventaja y una garantía que ella dirija
el estudio y la decision de los negocios.
La última objecion es la mas débil.-La discusion en sí misma es útil, y por
consiguiente, la demora que requiere no es razon bastante para proscribirla, á
menos que se pretenda ser preferible que los negocios judiciales se determinen
sin discutirse entre personas ilustradas é imparciales, solo por no exponerse á
perder algunas horas. La rapidez y velocidad no son buenas; si no han de conducirnos felizmente al término; y de nada valdria precipitar el curso de las causas en los tribunales, para que hubiesen de sentenciarse torpemente. Y cuando,
por otra parte, la ley fija un término dentro del cual se debe fallar cada negocio,
siendo caso de responsabilidad su traslimitaoion, se suprimen los traslados, y se
establece que el debate sea verbal; cuandD, en fin, la propia ley reduce el número de instancias, es inconcuso, que no existe ni hay que temer el inconveniente
de la dilacior¡. en el despacho; antes bien será mucho mas breve que bajo el anterior sistema, pues que abreviar y ¡¡implificar los juicios, ha sido cabalmente
una de la-s princip~es miras de la nueva ley.
El Estatuto Provisional del Imperio habia establecido que ningun negocio
debería tener mas de dos instancias; tal principio contenia implícitamente el establecimiento de los tribunales colegiados, porque el número múltiplo de instancias y el de jueces, tienen el objeto comun de aumentar la seguridad de imparcialidad y 3:cierto: son dos garantías que se dirigen al mismo fin y se sustituyen
la una por la otra.-Mientras hubo mas de dos instancias, bien pudieron los tribunales inferiores ser unitarios; pero reducidas aquellas á dos solamente, era ne, cesario y consiguiente convertir esos tribunales en colectivos, sin cuya organizacion, los derechos y los intereses confiados á la administracion. de justicia no
habrian quedado satisfactoriamente asegurados.
Debemo13, pues, considerar como un adelanto en nuestro país, que nos pone á
la altura de las mejoras introducidas en la ligislacion de los pueblos mas cultos
y de las ideas y necesidades de nuestra época, la adopcion de los tribunales co,legiados de primera instancia. No puede, sin embargo, mirársele sino como uno
de los medios que contribuirán á reformar la administracion de justicia, en combinacion con las otras disposiciones de la ley, ·con la publicacion de los códigos,
prinq,ipalmente el de procedimientos, de cuyo objeto sabemos se ocupan ya alg1;1nas comisiones _EOr órden de S. M., y con la acertada eleccion de las personas
qi¡e sean llamadas á ejercer la magistratura, de cuyo importante punto depende
en gran parte el feliz ó desgrac~ad? éxito de cualquiera institucion.
I

Dis¡Je1·sion de una ~ue1·1•illa.
Ministerio de Guerra.-1~ Direccion.-1 ~ Division.-México, Enero 15 de
1866.-El Señor General Comandante de la 3~ Division territorial militar, ha
participado á este Ministerio, con fecha 10 del actual, que habiendo amagado á
la plaza de Pénjamo las gavillas que capitanean los guerrilleros Berduzco,Franco y Sotero Chavez, salió el Comandante militar de ella, Oapitan D. Juan Jurado, con cien hombres de caballería; y habiendo encontrado al enemigo én el
rancho del Pedregal, que dista media legua de P énjamo, lo atacó y_ puso en dispersion, haciéndole siete muertos y tres prisioneros. El enemigo dejó en poder
del vencedor doce caballos, cuatro mosquetes y cinco lanzas.-El Subsecretario
interino de Guerra,_J. M. Márqu'ez.

EUROPA.
De varios periódicos y correspondencias, extractamos las noticias siguientes:
BELGIC.A.-La muerte de S. M. el Rey Leopoldo, parece q_ue no producirá
las complicaciones anunciadas por la prensa europea; por lo menos, no las hará
nacer inmediatamente. Los partidos, convencidos de la gran pérdida que acaban
de experimentar en el monarca que sabia moaerarlos é impedir que sus querellas
fueran funestas al país, se están apaciguando de manera que ya nb causarán por

..

�94

EL DIARIO DEL IMPERIO..

ahora peligro alguno. El parte telegráfico que envió el Emperador Napoleon, al
saber la muerte del Rey, es muy explícito. S. 1\1. quiso ponerlo tan claro, que
no dejára duda, y no parece sino que quiso empeñar el honor del hombre en favor de las promesas del Soberano. Parece, pues, probable, que la Bélgica no se
verá turbada e]! mucho tiempo por ningun acontecimiento interior ni exterior de
gran gravedad.
FR.ANCI.A..-El Emperador Napoleon se ocupa mas activamente que nunca
en desarrollar la prosperidad comercial de la Francia. Háblase todavía de un
cambio ministerial en París, pero nada hay de positivo. El Sr. Ministro de Hacienda debía presentar su informe sobre el presupuesto, en la segunda quincena
de Enero. La apertura de las Cámaras estaba- anunciada para el dia 15, pero no
era cosa segura.
ITALI.A..-La situacion de Italia era considerada siempre como muy grave.
E s un país en fusion, que lleva al terreno de la política las luchas que siempre
le han agitado hasta ahora, las luchas municipales y provinciales. El Ministerio
ha obtenido la primera victoria en la cuestion de la presidencia de la Cámara:
Mr. Mori, liberal moderado, ha sido elegido por una mayoría de nueve votos sobre su competidor }ir. Mordini. El Libro Azul italiano acaba de ser comunicado
á los diputados, al mismo tiempo que se ha presentado un proyecto de ley sobre
la supresion de las corporaciones religiosas. En cuanto á la hacienda, será preciso crear nuevos impuestos, algunos de los cuales serán impopulares.
ESP.AN.A..-Las elecciones han dado una mayoría considerable al l\Iinisterio.
La única oposicion que se ha agitado algo., es la católica, la cual ha triunfado
en algunas provincias del Norte de la P enínsula, pero no ha conseguido sino formar un grupo de unos treinta miembros.
INGL.A.'l'ERRA.- El proceso de los fenianos sigue adelante sin nino-un notable incidente. El dará por resultado 9,ue los ingleses escuchen con m~s atencion las reclamaciones irlandesas. La Inglaterra está muy preocupada con la
cuestion hispano-chilena y con el negocio de J amaica, adonde se iba á enviar
una comision investigadora de los hechos, y un gobernador provisional. Por lo
que hace á la reforma parlamentaria, estaba muy poco extendida '1a opinion en
su favor. Se anuncia, sin embargo, que Lord J ohn Russell piensa rebajar, aunque de una manera insignificante, el censo electoral, y que quitará á alg unas poblaciones el privilegio de nombrar diputados, dándosele á otras.
ALEMANI.A..-Apenas se habla ya, de los Ducados del Elba, sino para señalar algunos hechos insignificantes. Se puede afirmar que el Gabinete de Viena se muestra mas frío y mas resistente con la Prusia, á medida que van clisminuyendose sus dificultades financieras. El grancle éxito del empréstito le ha clada fuerza y confianza. El Austria procura crearse, por medio de tratados de
comercio, si no otros aliados, por lo menos nuevas y estrechas simpatías. Se dice
que van bien las negociaciones que para este objeto se han entablado con ~,rancia é Inglaterra.
El Imperio Austriaco continúa operando sin sacudimientos, y hasta ahora con
íeiicidad, ,su evolucion política. Se puede resumir el movimiento de las diferentes
dietas, diciendo, que donde quiera que domina el elemento aleman, se ha levantado una manifestacion en favor de la patente de Febrero; pero la adhesion sin.cera de la Galizia y de Bohemia á la patente de Setiembre, y la templanza misma de la oposicion alemana, han quitado á esta oposicion todo peligro, y tambien
mucha de su importancia. La recepcion hecha en Pesth al Emperador, ha sido
realmente entusiasta, y la oposicion es tan moderada, como lo pueden desear los
:amigos del Imperio.

AVISOS OFICIALES.

INTERESANTE .A.L PUBLICO.
H abiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo al ser conducida á
su destino, con el fin de evitar su circulacion y que el público sea sorprendido al adquirirlos,
se pone en su conocimiento que los espresados sellos están marcados cada uno CQn la cifra
que representa el año pasádo de 1865, y ademas con la 204, euyo distintivo se da á conocer,
para que los que contengan esta numeracion no sean admitidos, por estar considerados nulos
y de ningun valor para el objeto á que eran destinados; pudiendo ser consignado el que los
posea ante el juez competente para la averiguacion que corresr.cnde y se aplique al culpable
el castigo á que es acreedor, como defraudador de los intereses públicos.
México, Enero 13 de 1866.- El Administrador general, Luis de la Peza.
3a- l

AVISOS JUDICIALES.
Tribunal de Comercio de México.
En el incidente promovido por D. J uan Magnoni, sobre pago de honorarios en los autos
promovidos por D. César Lausdey contra .A..rone y Caen, se ba mandado por este Tribunal se
cite por los periódicos á dicho Lausdey, con el apercibimiento de que si dentro de quince
dias, contados desde la fecha de la primera publicacion, no comparece, se tendrán por bastantes los estrados para las diligencias subsecuentes, que deban entenderse con su persona.
En cumplimiento de lo mandado se pone el J&gt;resente.
México, Enero 16 de 1866.- José María Cardeña, Oficial 2~ encargado de la Secretaría.
806-3s-1

Tribunal da Comercio de México.
Méxi1:o, Enero 17 de 1866.- En el juicio verbal seguido por el Lic. D. José García, contra
D. .A.. .A.randa, se ha proveido por este 'fribunal el acuerdo que en lo conducente dice:
" México, Enero 16 de 1866.-Cítese por los periódicos á D. A. Aranda, para.que dentro de
cuatro dias, contados desde la primera publicacion, en las audiencias de este Tribunal, de las
doce á las cuatro de la tarde, se presente á reconocer la firma puesta con su nombre en documento exhibido por el Lic. D. José García; apercibido que de no comparecer al reconocimiento, se dará por hecho y se procederá con arreglo al art. :383 de la ley de 29 de Noviembre de
1858. El Sr. Presidente lo acordó y rubricó.-Una rúbrica.-Rodriguez y Palacw, auxiliar de
la Secretaría."
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente.- José María Cardeña, Oficial 2? encargado de la S-icretaría.
807-3s-l

Tribunal de Comercio de México.
México, E nero 16 de 1866.- En la tercería interpuesta por D. Francisco Revilla en el juicio
seguido por D. Manuel Sanchez contra D. Cárlos Revilla, este Tribunal ha proveido el au10
siguiente:
"México, Enero 10 de 1866.-Como pide D. Manuel Sanchez: cítese por los periódicos á
D. Cárlos Revilla, para gue dentro de ocho dias, contados desde la primera publicacion comparezca por sí 6 por apoderndo, á evacuar el traslado pendiente y continuar el juicio¡ apercibido de que si no lo hace, se procederá á lo que haya lugar, éon arreglo á las leyes. Hágase
saber á Sanchez. El Sr. Presidente lo proveyó y firmó.- Castillo.-Luis Rodrigue: y Palacio,
auxiliar de la Secretaría."
Lo que hago saber al interesado por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José
María Cardeña, Oficial 2? encárgado de la Secretaría.
804- 2s-2

llemate de Muebles

'

Reladon de los indi1Jiduos que pueden ocurrir á esta oficina á recoger sús despachos
diplomas y documentos.

ADMINISTB.ACIOS Glll'f!IB.AL D:E COB.B.110S.

A VISOS PARTICULARES.

MISIS'l'EB.IO DII G"O'JJB.B.A.
SECCJON DE CLASIFICACION.

COSVOCATO:R.IA.
Ministerio de Estado.- México, Enero 12 de 1866.-Cometiéndose por el art 4? del decreto de 10 de Abril últhno á este Ministerio todo lo relativo á impresion de documentos oficiales,
y deseando contratarla en los términos mas económicos y favorables del erario, se convoca
por el presente á los dueños ó encargados de imprenta, t fin de que antes del 30 del corriente
mes dirijan á esta Secretaría sus propuestas en pliegos ~rrados y sellados, con muestras de
las clases de papel y caractéres de letra de que puedal disponer. En vista de ellas, de los
precios que se fij-in á las impresiones, y de las demas cor:dicioues que contengan dichas propuestas, esta Secretaría aceptará las que teuga por mas &lt;onvenientes.-El Subsecretario de
Estado, José D. Utíbarri.
,
3a-l

.

'

Comandante de Batallon de infantería de auxiliares, D. Mariano Revilla.
Comandante de Batallon graduado, Capitan de infantería permanente, D. José María
Montes.
Capitan de infante1ía permanente, D. Juan María Torres.
•
Capitanes de infantena activa, D. Víctor Ravelo y D. Miguel Carranza.
Tenientes de infantería permanente, D. Manuel Ochoa y D. Petronilo Romero.
Tenientes de infantería activa, D. Francisco Marin, D. Gregorio .A.costa, D. Juan Bautista
Garay y D. Gregorio .A..rgüelles.
Teniente de infantería de aUXiliares, D. Ignacio Gutierrez.
. Subtenientes de infantería permanente, D. Nazario Morales, D. Luis María Rosas, D. Felipe Mendoza y D. Antonio Gomez.
. Subtenientes de infantería activa, D. Pedro M~inez, D. Tomás Miguel Mendez, D. Francisco Vega y D. Cristóbal Suarez.
Subteniente graduado, Sargento 2~ de alumnos del Colegio Militar, D. Teodoro Quintana
Teniente de caballería permanente, D. Plácido Yañez.
·
Teniente de caballería activa, D. J esus Soto.
. Tenientes de caba~ería de auxiliares, D. J osé María Bárcenas, D. Inocente Crescencio LuJan y D. J esus Rodriguez.
Alf~reces de caballería perma~~nte, D. Ma_nuel Salazar y D. Ignacio Ornelas.
.Alfereces de caballería de auxiliares, D. Miguel Salazar y D. Miguel Mellado.
Teniente de artillería activa, D. LaurelU)o Liquidano.
P aisanos, D. f oaquin Mayor, D. Antonio Ch~vez, D. Fran?isco Caparruz, D. Guadalupe
Incla~, D. Máximo Mendoza, D. Man1;1e~ Castillo, D. Refugio Medel, D. Francisco Loza,
D. Lucas Cásares, D. Wenceslao Torib10 Claver&amp;n, D. José María Nájera D. I gnacio Gonza~ez Hermosillo, D. Octaviano Garc_ía, D._Juliau Braga, D. J osé María Gálvez, D. Angel
Imestra, D. José Chornll, D. Marganto RoJas, D. Manuel Romero y D. Bernabé Hoyos
Presbítero D. Luis Franqueti.
·
México, Enero 11 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra, J . M. Márquez. 3a-1

'
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
México, Enero 15 de 1866.-El Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pú.blica y Cultos, con
fech~ 13 ,del ~c~al, se ha servido dirigir á esta .A.dminislracion la órden que consta en la comumcamon s1grnente:
" Se fija un plazo de ocho dias para que los que adeuden bonos por operaciones de redencion de bienes nacionalizados, los exhiban en las oficinas respectivas. A los que no los entregaren en este plazo, se les cobrará el recargo del 50 por 100 de los mismos bonos, de que habla
el art. 37 del reglamento de 5 de Febrero de 1861; y si no hicieren la exhibicion en el plazo
de un mes, contad9 desde la fecha en que en cada localidad se vencieren los ocho dias referi~os, se les exigirá el valor representativo de los bonos, usando de la facultad económico-coactiva y sacando á remate la finca objeto de la operacion.-Cuando se tratare de denunciantes
6 re~entores de capitales que se reconocen ,en fincas ajenas, se trabará ejecucion en bienes
propios ~e los den~nciantes ó redentores, si los capitales estuvieren redimidos, y no estándolo,
en Ios mJSmos capitales."
. L o 9.ne se publica para conocimiento de los interesados.-El Administrador de bienes nac10nal1zados, J. Suarez y Na'Darro.
3s-1

En la calle de la P erpetua número 8, para el lúnes 22 y mártes 23 de Enero de 1866, á las
dos de la tarde, estando á la vista el 20 y 21. Las ventas son al contado y sin reclamacion.
EXTRAREMATE.-Ropa hecha nueva.Ignacio Diaz Triuje.que. 805-4s-l

PARA MARCAR LA ROPA.

A LA CIUDAD DE MEXICO.-1ª CALLE DE PLATEllOS NUM. 17,

y PORTAL DE

' MERCADERES.

No se necesita ninguna preparacion para servirse de esta tinta. Basta estender la ropa y
escribir sobre ella con una pluma de ave, lo mismo que si fuese papel.
Es necesario agitar el frasco antes de escribir con el contenido.

PRECIO DEL FRASCO,

5

REALES.
739-15a-14

Escu.ela especial de Comercio,
Sita en la calle de la Mariscala núm. l.
El dia 15 del entrante Enero comenzarán de nuevq los cv.rsos de la espresada escuela,
abriéndose las inscripciones para los alumnos el dia 2 del mi.mlo mes, desde las cuatro de la
tarde en adelante.
·
Los ramos de enseñanza son:
I dioma castellano y correspondencia mercantil.- Idioma frances.-Id. inglés.-Id. aleman.
-Teneduria de libros.- Geogra.fia y estadística.-Historia general del comercio.-Dereeho
mercantil.-'-Derecho marítimo.
L os requisitos que se exigen de los candidatos para entrar en esta escuela imperial, son:
Tener quince años cumplidos.
Estar instruido en todos los ramos de la educacion¡·maria.
Se pueden admitir algunos pupilos.
Sobre todos estos puntos se entenderán los interes os con el Director del establecimiento,
que snscrjbe.- E. Clairin.
790-125- 12

DIVERSIONES PUBLICAS.
'l'EATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.

La noche de hoy, á las ocho eu unto, se ¡&gt;one en escena por la primera vez en la temporada presente, la grandiosa ópera de maestro Rossini, dividida en cuatro actos y denominada:
Semframis, desempeñando en ella el papel de la protagonista la Srita. ANGEL.A. PERALr.A..
'
Manana en la noche tendrá lugar el beneficio de la Srita. ISABEL A.LVA.

1

M:EXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

IIPEB ·

DIARIO

~· Los números sueltos valen 12 centavos.
'TOMO

lffEXl(;O.-Viernes 19 de Enero de IS66.

III.

SU'MA'JLJ;O.
PARTE OFICIAL.-Autorizacion para construir un ferrocarril desde Puebla al mar Pacifico, aprovechando la navegacion del Mezcala.-Pliego de condiciones _para l.o anterior.
PARTE NO OFICIAL.-Informe relativo al decreto sobre el ferrocarril de Pueb~al Pa&lt;!lÍfico.-Adbesion de Papautla.-'Derrota de disidentes.
'
'
DENUNCIOS Y SOLICITUDES.-Seguuda y tercera p,ublicacion de vatios.

PARTE OFICIA:f1 ... :·
1

MAXIMILIANO, E~tf;RADOR J?E MEXICO.

Visto el decreto de 2 de Octubre de 1865;
Vista la solicitud de D. Nunia Dousdebés, :O. Julio Ziegler y D. Ramon
Zangroniz, para obtener la autorizacion de construir y explotar un camino
de fierro de Puebla al Pacífico, DECRETAMOS:
Art. 1-° Se concede á D. Numa Dousdebés, D. Julio Ziegler y D. Ramon
Zangronis, privilegio exclusivo para la construccion y explotacion, duran.te setenta y cinco años, de un ferrocarril de Puebla basta el mar Pacífiéo,
pasando por Atlisco, Matamoros lzúcar y Valle de Atoyac; aprovechando
la navegacion del rio Mexcala en la parte que conve,nga; entendiéndose
i¡Ue para 1a navegacion solo hay eoncesion y Iiú privilegio exclusivo.
Art. 2.º El tramo entre 'Puebla y Matamoros lzúear, .se establecerá para
traccion de animales, y el de Matamoros Izúcar al mar Pacífico, se construirá segun se acuerde, en vista de los planos y perfiles que presentarán
1os concesionarios á Nuestra Secretaría dé FotJ1ento, á los seis meses contados desde la fecha de este decreto.
Art. 5.0 El ferrocarril de Puebla hasta Matamoros lzúcar, deberá estar
rconcluido y puesto en explotacion el dia 1.º de, Enero de 1869.
Art. 4.° Cuando sean aprobados los plahos;y perfiles de que habla el
:arl 2.º, se tomará en consideracion la importancia de la línea para acordar la subvencion que el Estado pueda otorgar para el segundo tramo, y
se fijarán los plazos en que hayan de comenzar los trabajos y terminar la
via en toda su longitud.
·
Art. 5.º Los concesionarios quedan sujetos, ademas, á todas y cada una
de las esti¡mlaciones contenidas en el pliego de condiciones anexo á este
decreto.
.
·
Art. 6. Nuestro Ministro de Fomento queda encargado de la ejecucion
.de .este decreto.
'
Dado en Cuernavaca, á 8 de Enero de f866.
0

MAXIl4ILIANO.

..Al Ministro de Fomento.
Por el Emperador,
El Ministro de Fomento,

LUIS ROBLES PEZUELA.

"

.

PLIEGO DE CONDICIONES A QUE SE REFIERE EL DECRETO ANTERIOR.

'.l'ITULO I.
Tt-azo y co11striicciot1.

Art. l? Se autoriza á D. Numa Dousdebés, D. Julio Ziegler y· D. Ramon
'Zan_groni~, para construir P()r su cuenta y üesgo, segun el trazo que se fije por
los mgem.eros del Gobierno, un fen-ocarril que, partiendo de Puebla, termine en
el punto en que sea conveniente continuar la via por la navegacion del rio Mexcal;t hasta el mar Pacífico. E\ ferrocarril pasará por Átlixco y Matamoros de
1zucar, y se establecerá en él \m servicio de carruajes, destinados al trasporte
-de carga y pasajeros.
\
El servicio de ~ste cámino se hará por medio de animales, de~de Puebla hasta
Matamoros de Izucar, y de este !\Unto al Pacífico, será segun se acuerde, en vista de los planos y perfiles que deben presentar los concesionarios, á los seis me·ses con_tados_ desde la fec~a del de&lt;!feto relativo.
Los mgemeros de~ Gob1e1;no dete\minarán los puntos de partida y llegada en
las expresadas localidades, a propueata de los concesionarios.
.Art. 2? '.El camino se dividirá en dos secciones distintas.
La 1\ de Puebla á Matamoros lzÚcar, deberá .estar terminada y puesta en
&lt;explotacion el día 1? de Enero de 1869.
La 2~ seccion, de Matamoros al Mexcala, se terminará y pondrá en explota•cio~ el día qu_e se fije al aprobarse los planos y perfiles ele que se habla en el
,arti~o a.nter1~r, se?alánclose entonces ta.mbien la fecha en que, mediante la náve_ga,c1on de dicho no, ha de quedar establecida la com\micacion hasta el Paeí.6.co.

NuM. 317

Art.' 3~ El feITocarril podrá establecerse ~obre el camino carret~ro, y sus obras
' ele arte, tomando lma zona de 5 m de ancho en uno de sus la.dos. El resto de la
calzada quedará expedito para la circulacion ordinaria, s_in q~e esta ~ueda ser
interrumpida ni embarazada por las obras de los conces10nar1os. El ancho del
camino carretero no deberá ser menos de 5 m.
Art. 4? El camino de hierro se1á de una solii, via, y .tendrá las dobles vias
necesarias. El número, la extension_ y la colocacion de estas últimas, se determinarán por los ingenieros del Gobierno, oidós los conc~sion_arios.
.
,
Art. 5? El ancho de la via féi-rea entre los bordes mter1ores de los neles, sera
de 1 m 45.
La distancia entre las dos vias, fln los lugare~ en que se e~tablezcan, ser~ á lo
menos de 1 m 80, medida entre los bordes exteriores de los rieles de cada via.
La anchura de los acotamientos, ó en ptros términos, la anchura entre lo~ bordes exteriores de los rieles extremos y la arista exterior del camino, deberá ser
á lo menos de 1 m 50 en las partes en terraplen, y de 1 m en las cortaduras y rocas, entre los paJ.1apetos de los puentes y en los subterráneos.
Art. 6º El peso ele los rleles será de 28 kilógram~s por metro.lineal. .
El radio mínimum de las curbas, para la explotae1on por medio de ammales,
será de 25 m.
El radio mínimum de las curbas para; la explotacion con locomotivas, será
de 90 m.
•
La pendiente máximum de la via férrea, para ·la explotacion por medio de
animales, será de 8 por 100.
Da pendiente :lnáximum de la vía fé1Tea, para la1explotacion con locomotiva
será de 6 por 100.
'
,
.
Art. 7? La via férrea quedará separada. del camino-carretero por 11n foso, necesario para el desecamiento de la via, y para dejar correr las aguas. La dimension' cl,e este·foso será deterl'.llinada~¡x,r los ingenieros del Gobierno, segun las
circúnstancias locales, á propuesta de los conceaionarios; pero dejando siempre,
cuando menos, 5 in del camino carretero, libre para la circulacion o,rdinaria.
Art: 8? El fierro, la madera y otros elementos constitutivos de la via, deberán
ser de buena calidad, y apropiados al uso á· que se destinan. Los concesionarios
se conformarán con todas las reglas del arte, á fin de obtener una construccion
perfectamente sólida.
Art. 9? Los puentes, los subterráneos; y en general toaas las obras de artes,·
no podrán ejecutarse sino conforme á planos, previamente aprobados por los
agentes del Gobierno.
Art. 10. Los concesionarios ejecutarán la:s obras por medios y con ~gentes de
su eleccion; pero quedando sometidos á la inspeccion y á la vigilancia de los
ingenieros del Gobierno.
_
· Esta inspeccion y esta vigilancia, tendrán por objeto impedirles apartarse de
las disposiciones prescritas en el presente pliego de condiciones, y las que resulten de los proyectos aprobados.
Art. 11. La via férrea podrá cruzar toda via ele comuni~acion pública ó particular.
Árt. 12. El número de estaciones y el lugar que ·deban ocupar, serán determinados por Jos agentes del Gobierno.
,
Art. 13. Los concesionarios estarán obligados á restablecer y asegurar, por
su cuenta, los desagües que se hayan detenido, suspendido 6 modificado por sus
obras. Iguaimente repondrán en su estado primitivo los caminos públicos 6 particulares que les obliguen sus obras á modificar.
Art. 14. Las indemnizaciones ptlr perjuicios causados por los. trabajos ó por
la explotacion de la via férrea, serán por cuenta de los concesionarios .
Art. 15. Todos los terrenos necesarios para el establecimiento dela via férrea
y sus dependencias, serán comprados y pagados por los concesionarios.
Siendo la Empresa de utilidad pública, los concesionarios quedan investido1:1,
para la ejecucion de las obras dependientes ele su concesion, de todos los derechos que confieren las leyes_ al G~bierno, para la adq~sici~n de los ter~enos.~or
via de expropiacion, y al nusmo tiempo, quedan s·ometidos a todas. las dispos1C10nes que se derivan de estas leye,s.
.
.
.
Sin embargo, el Estado cede a los conces1onanos el goce g~atwto de los terrenos de su propiedad, necesarios para la via, durante el tiempo de la concesion:
no obstante, este derecho no se extenderá á las construcciones actualmente existentes, ni á los terrenos situados en las poblaciones.
•
Árt. 16. A medida que los trabajos se vayan terminando en algunos tramos
de la vía, ele manera que estos tramos puedan ser puestos útilmente en explotacion, se procederá á su recepcion por uno ó varios comisionados que el Gobierno designe.
El acta del 6 de los comisionados no será válida sino despues de homologacion por el Gobierno. Des~ues de esta hom~logacion,. l_os concesi~narios podrán
ponei· en explotacion los dichos tramos de via y perc1b1r los precios de trasportes determinados en el presente pliego.
Sin embargo, estas recepciones parciales no se considerarán como definitivas,
sino hasta la recepcion general de la via concedida.
Cuando todas las obras comprendidas en la concesion estén concluidas, la ~ecepcii&gt;n general y definitiva . tendrá lugar en la misma forma que las recepc10- ·
nes parciales.
1

�96

Adhesion de P apantla.

J

Art. 17. En el plazo de dos me~es, ~espues ~e pu~sta en, exp~o~acion c~da
seccion de la vía férrea, los concesionarios estaran obligados a remitir al Gobierno un esta.do descriptivo que comprenderá: 1~ La desc~pcion de, todos los terrenos que sirvan de asiento ,á la via y á sus .dependencias: 2~ La de las obras
de arte comprendiendo los puentes, alcantarillas, acueductos, casas de guardas,
estacio~es, almacenes y todas las denias obras construidas, segun los planos aprobados por los ingenieros del Gobierno.
TITULO II.
Cotuenacion y explotaeien.
.A.rt. 18. Los coricesionarios mantendrán siempre en buen es~a~o la via férr_ea
y todas sus dependencias. En caso de negligencia se proveera ello de oficio,
por su cuenta.
,
.
.A.rt. 19. Los carruajes destinados al trasporte de personas, seran del meJor
modelo, con asientos adentro, y con vidrie~as e~ las ventanillas ! puertas. .
.A.brá asientos de dos clases. Los concesionarios se conformaran para las disposiciones de los asientos de cada clase, á lo que determinen los agentes del Gobierno.
,
·
Art. 20. La velocidad mínimum de los trenes de viajeros, por traccion de animales, deberá ser de 15 kilómetros por hora, y de 25 ki).ómetros por traccion de

ª·

vapor.
, por tracmon
. de amma
. ·¡es, haran
, a, 1o menos 8 k"t'
Los trenes de mercanciaij,
i ometros por hora, y con máquinas locomotivas 16 kilómetros.
,
.A.rt. 21. Los concesionarios estarán obligadosá establecer, por su cuenta, donde haya necesidad, guardas ,en número suficiente, para asegurar el paso de l~s
trenes sobre la vía, y el de la circulacion·oydinaria en los puntos en que la via
férrea ijea atravesada á nivel por algun camino.
.
.A.rt. 22. Los concesionarios tienen obligacion de someter á lo aprobacion de
los ingenieros ó agentes der Gobierno, todos los reglamentos relativos al servicio y á la explotacion de la vía férrea.
TITULO III.
Dwracion de la concesioti, etc.
.A.rt. 23. La duracion de la concesion ·será de setenta y cinco años que comenzarán á contarse desde 1~ de Enero' de 1869.
.A.rt. 24. En la época fijada como término de la concesion y por el solo hecho
de haber terminado, el Gobierno subrogará á los concesionarios en todos sus deréchos sobre la vía férrea y sus dependencias, y entrará inmediatamente en posesion de todos sus productos.
'
'
Los concesionarios quedan obligados á entregar en buen estado de conservacion la via férrea y todos los inmuebles que dependan de ellá, cualquiera que sea
su naturaleza, tales como los edificios de las estaciones, talleres y depósitos, las
casas de guardas, etc.
·
Lo mismo se efectuará con todos los objetos mobiliarios que dependan igualmente de diéha via, tales como las barreras y vallas, las vias, cambios de vias,
plataformas giratorias, depósitos de agua, grúas hidráulicas, máquinas fijas, etc.
En los cinco últinios años que precedan al término de la concesion, el Gobierno tendrá el derecho de apropiarse los productos de la via ferrea, si loS' conce,.
sionarios no toman sus medidas para cumplir plena y enteramente esta obligacion.
En lo que concierne á los objetos muebles, tales como el material de explotacion, los animales, los combustibles y provisiones de todo género, los muebles
de las estaciones, los útiles de los talleres, el Estado tendrá que pagarlos segun
el avalúo que se haga de ellos, á juicio de peritos, si el concesionario lo exige; y
reéíprocamente, si el Estado lo requiere, los concesionarios tendrán que cedérselos de la inisma manera.
.A.rt. 25. Si los concesionarios no terminasen las obras en el plazo fijado en el
art. 2~, y si no se cumpliesen las diversas prescripciones que les son inipuestas
en el presente pliego de condiciones, caducará la concesion; y en este caso el
Gobierno, segun lo juzgue conveniente, podrá ordenar la de¡,truccion pura y
siniple de los trabajos por cuenta de los concesionarios, ó su adjudicacion á otra
persona.
Esta adjudicacion se hará-conforme á las cláusulas del presente pliego de condiciones, rematándose las obras ya construidas, los materiales aprovisionados y
las porciones de camino ya puestas en explotacion.
Los concesionarios cesantes recibirán en este últinio caso el valor que se obtenga en el remate.
Si la adjudicacion abierta no conduce á ningun resultado, se tentará una segunda sobre la¡, inismas bases; si pasan tres meses sin que esta segunda tentativa tenga resultado, los concesionarios perderán definitivamente todos sus derechos; y las obras ejecutadas, los materiales reunidós y la parte de la via abierta
á la explotacion, pasarán á ser propiedad del Estado.
Art. 26. En el caso de interrupcion parcial ó total de la explotacion de la via
férrea, la .A.dministracion tomará inmediatamente á expensas de los concesionarios, las medidas necesarias para asegurar provisionalmente el servicio.
Si á los tres meses de la o,rganizacion del servicio provisional, los concesionarios no han probado que tienen los medios suficientes para continuar por su cuenta la explotacian, la caducidad podrá ser declarada.
Una vez declarada la caducidad, la via férrea y todas sus dependencias se
pondrán en pública subasta, y se procederá como se ha dicho en el artículo anterior.
.Art. 27. Las disposiciones de los dos artículos anteriores no serán aplicables,
y la caducidad no tendrá lugar, en el caso de que los concesionarios no hayan
podido cumplir sirs obligaciones por causa de fuerza mayor debidamente comprobada. ,
TITULO IV.

.A.rt. 30. Todo tratado particular, cuyo efecto fuera ~e~ucir la tarifa tan solo
en favor de algunos remitentes, queda formalmente prohibido. .
.
Sin embargo, esta disposicion no será ~plic~ble á _los convemos q_u~ pu?1e~en
formarse entre el Gobierno y los conces1onanos en mteres ~el se~vlCl,o pub_hc?,
ni á las reducciones que fuesen concedidas por los concesionarios a los mdigentes.
,
.
.
.
Art. 31. El Gobierno tendra derecho de reVIsar la tanfa de precios de trasporte, cuando los productos netós de ~3: expl~tacio~ exc~dan del _15 pg del_ capital empleado; sin embargo, esta reVIsion no podra verificarse smo cada mnco
años.
.A.rt. 32. Los concesionarios contraen la obligacion de hacer con cuidado, exactitud, celeridad, y sin favor particular, el trasporte de viajei:os y mercanc~as, y
para ello, poner y -~onservar en _servicio, en ,toda época, el numero de vehiculos
y aniniales que ex1Jan las neces1dade~ d~l tra~~o.
, .
. .
Los concesionarios deberán poner a disposic10n del pu~h~o1 en el servi~io de
toda la línea, 25 coches de pasajeros y 200 c~rros de eqm~aJes_y_ ~ercancias,
.A.it. 33. Los bultos y objetos de cualesqmera clase, se mscnbiran en la estacion de donde partan y en la de lleg~da, en registros. especiales, :11 momento d~
ser recibidos ó reinitidos; sobre el registro de la estacion de partida, se anotara
el precio total que se deba por ~l trasporte.
,
_
.
.
Toda expedicion de mercancias se comprobara con un rembo que los conces10narios estarán obligados á dar al reinitente.
.
Este recibo manifestará la naturaleza y peso de los bultos, el precio total del
trasporte y el tiempo en que éste deba efectuarse.
.
.A.i·t. 34. Los concesionarios por sí ó por otro encargado que obre baJO su responsabilidad, tendrán obligacion de conducir á dorr.iciJio de los consi_gnatarios,
las mercancías que les sean con~adas, dentro de un perimetro y en el tiempo que
el Gobierno determine.
Las tiµ-ifas que por e~ta conduccion á doinicili~ haran de esta~lec~rse: serán
fij,adas por el Gobierno a propuesta de los conces10nar10s, y se aplicaran a todos
sin distincion.
Los reinitentes y cÓnsignatario~ quedan libres _de hacer por s!, y á su~ ~~¡iensas la conduccion de las mercanc1as, de la estacion de llegada a su domiciho,
Art. 35. Los carruajes y otros medios de trasporte que los concesionarios empleen en la conduccion de rieles, máquinas y materiales destinados á las obras
de la línea, no estarán sujetos á ningun inipuesto ni peaje durante el tiempo de
la construccion, siempre que no trasporten mas que efectos destinados á dicha
const~uccion.
·
TITULO V.
Extipulaciones relativas á diversos servicios·públicos.
Art. 36. El trasporte del correo se hará gratuitamente_por los_ conces~o~ario_s.
Los ingenieros del Estado ó agente~ encargados_~e la mspeccion ! .VIgilanm;i,
de la via férrea, los empleados del telegrafo que VIaJen para el serv1c10 de la hnea eléctrica, serán traspoitados gratuitamente.
Los empleados del Gobierno en coill.Í$ion, los militares ó marinos que viajen
en cuerpo 6 aisladamente por causa del servicio, despachados con licencia ó de
vuelta á sus hogares, cuando hayan cumplido su tiempo, solo pagarán, tanto ellos
como sus equipajes, la mitad de la cuota fijada en la tarifa del presente pliego de
condiciones.
Si el Gobierno tuviere necesidad de enviar tropas y material de guerra á alguno de los puntos de la via férrea, los concesionarios estarán oblig~dos á poner
inmediatamente á su disposicion, por la initad de las cuotas dela tarifa, todos sus
medios de trasporte.
.
Los individuos provistos de un certificado de inmigrantes, gozarán ellos y
sus equipajes de una rebaja del tercio de la c1,1ota de la tarifa.
.A.rt. 37. El Gobierno se reserva la facultad de hacer, á lo largo de la vía, todas las construcciones, y poner todos los aparatos necesarios para el estableciinientp de una línea telegráfica.
.A pedimento del Gobierno se reservará en las estaciones de las ciudades y de
los lugares que se designen ulteriormente, el terreno necesario pai-a el establecimiento de la-s casas destinadas á recibir las oficinas telegráficas y su material.

TITULO VI.
Cláusulas diversas.
.A.rt. 38. En el caso en que el Gobierno autorizase ú ordenase la construccion
de caminos ó ferrocarriles que atraviesen la línea, objeto de la presente concesion, los concesionarios no podrán oponerse á estos trabajos, con tal que se tomen todas las medidas necesarias para que no resulte ,ningun obstáculo para la
construccion y el servicio de la via fénea, ni pérdida para los concesionarios.
Art. 39. El Gobierno se reserva expresamente el derecho de autorizar, en la
inisma Direccion, cualquiera otra empresa de trasportes, usando de la via ordinaria, y ademas el de hacer nuevas concesiones de ramales que se empalmen sobre la que hace el objeto del presente pliego de condiciones, ó se establezcan en
la prolongacion de la misma línea.
.
Los concesionarios de estas nuevas líneas, podrán hacer circular sus vehículos
sobre la línea de los concesionarios actuales, y recíprocamente, mediante el derecho del peaje que fije el Gobierno y los arreglos que hagan entre sí, y bajo la
reserva de sujetarse á los reglamentos de policía vigentes. En caso de qu_e los
concesionarios no pudieren arreglarse sobre el uso dé esta facultad, el Gobierno
decidirá las dificultades que entre ellos se suscitarE\11.
.
.Art. 40. Los concesionarios no podrán reclamar ninguna indemnizacion por
perjuicios que el tráfico ordinario pueda causar á Ja ·via férrea, ni con motivo del
estado de la calza~a Y. ·de la influencia que pudiera ~jercer sobre ~l e~tado ! conservacion de su via, m por la apertura de nuevas vias de comumcac10n, ru tampoco por los trastornós é interrupciones en el servicio, que pudieran resultar de
trabajos ejecutados en la via pública, ya sea por el Gobierno, ya sea por las
Compañías ó particulares autorizados regula:i;mente, ni en fin, por cualquier moCotidiciones relativas al trasporte de viajeros y mercancías,
tivo que resultara del libre uso de la
públi~a. ,
. .
.
Art. 28. Para indemnizar á los concesionarios de sus gastos y de las condicio- ,
Art. 41. Los concesionarios quedaran sometidos a la contribuc10n predial, tannes que se les iniponen en el presente pliego, las cuales tienen obligacion expresa to por la superficie del terreno ocupado por la via concedida y ~us dependencias,
de llenar exactamente, el Gobierno les concede la autorizacion de percibir, du- como por los edificios y almacenes que dependan de la explotaci?n, y en general
rante todo el tiempo de la concesion, los precios de trasporte que fijará de acuerdo á todas las contribuciones existentes ó que puedan ser establecidas por la ley.
con los concesionarios, antes de que se ponga el camino en explotacion.
.A.rt. 42. Se nombrarán uno ó mas inspectores ú Coinisarios, encaTgados espe.A.rt. 29. En el caso de que los concesionarios juzgaren conveniente réducir el cialmente de vigilar las operaciones de los concesionarios, en todo aquello que
iodo ó una parte de la tarifa fijada, las cuotas así reducidas no podrán sei· cam- esté fuera de las atribuciones de los ingenieros del Estado.
biadas sino despues de un plazo de tres meses. Estas modificaciones deberán ser
.A.rt. 43. Los gastos de visita, vigilancia y recepcion de las obras, serán reaprobadas por el Gobierno.
portados por los concesionarios.

'?ª

•

97

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Art. 44. Los concesionarios quedan sometidos á las ~rescripcion~s de la ley
no sean contrarias á este phego de conCarri.les, de 2 de Octubre' que
b
so. ·re fierro
de po11e1a
. , y de vias
· de comul\,lcac1
· ·ou, de'
1
reglamentos
generales
d1c10nes, a o8
,1
di t
eglar la
etados y por decretar, y particularmente a os que se e aren para arr
.cd~1Bpos1c10n,
· · distribucion, cjrculaciou y colocacion de los wagones del nuevo servitt. 45. Como garantía de ejecucion de las obr~s de cainino de.fierr?, con~~r...me á las éondiciones extipuladas en el presen~e phego, los concesiona~ios daran
la cual no les sera devuelta
una fianza de $15,000, á satisfaccion del Gobierno,
.
sino despucs de haberse terminado los trabaJOS.
· .
..
•
En caso de que la concesion caducare antes de la recepci~n defimtiva de las
las obras, la fianza se hará efectiva y su produ~to pe1tenecera al Estad?.
.A.rt. 46. Los concesionarios tendrá.u obliga~10n ~e entregar cada seis meses,
en el Ministerio de Fomento, el estado de su situac1on.
.
.
.A.rt. 47. Las diferencias que se suscitaren entre el ~obierno y los conces~onarios, sobre la interpretacion ó cm;nplimiento de las ~lausulas del pres~nte pliego de condiciones, ser~n sometidas al fallo de la Secc1on de lo Contenc10s0- .A.dministrativo del ConseJO de Estado.
,
, .
, d
Art. 48. La Compañía que formen lo~ concesionarios, quedara SUJeta a to as
las condiciones antes enumeradas. ,
Es copia. México, Enero 16 de 1866.
El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimenez.

PARTE NO OFl{)IAL .

Ministerio de Gobernacion.-Señor.-El señor Prefecto del Departame~to de
Puebla me acaba de dirigir el siguiente telégrama:
. .
"Papantla ha hecho su adhesion al Imperio, segun parte que recibi anoche
muy tarde. El General Thun y una guarnicion austi·iaca ocup~n aquella pla~f•
para donde se dirige el Visitador ~ID;Pe!·ial. .Acabó la guerra po~· aquel pu~to._
Lo que teng? 13; honra ~e tr!1sc11bir a M. p~ra su conocIIDiento.-Senor.
El Subsecretáno ae Gobernac1on, Franciseo J. Villalobos.

y.

Al Emperador.

México, Enero 19 de 1866.

De1·rota de disidentes.
Ministerio de Guerra.- 1ª Direccion.---'e Division.-Mé:x;ico, En~ro 17 de
1866.- Con esta fecha se ha recibido un telégrama de Puebla, an~nciando que
las tropas austro-mexicanas tuvieron el 12 del presente, en el paraJe llamado de
Agua-Dulce, cerca de Papantla, un encuenti:o c_o~ Mendez y .A.latorre. M?ndez
fué herido· dos oficiales y cuarenta y cinco mdmduos de tropa, pertenecientes
al enemig¿, quedaron muertos en la accion; y en poder del vence~or cayeron
cien fusiles, ocho cajas de municiones de guerra y 1~ corresponden~1a d~ Mendez. Por parte de las tropas iniperiales hubo un ~apitan de caballeria y diez ~oldados muertos, pei-tenecientes á las, fu_erzas austr1~cas, y do~e soldado&amp; mexic~nos muertos tambien. Resultaron heridos dos oficiales y vemte soldados mexican~s. En el mismo dia los húsares austriacos avanzaron hasta Papantla.- El
Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez.

INFORME RELATIVO AL DECRETO PUBLICADO HOY EN LA- PARTE OFICIAL.
. . d d 1 s. D
e os res. ?usdebés, Ziegler y Zangroniz para establece~ u?a v1a ferrea entre Pue~la, .A.tlixco
y Matamoros Izúcar, comprometiéndose a eJecu~ar las obr~s ~ecesanas en e} valle de .A.toyac para hacerlo servir á la comunicac10n del .A.tlantico con el Pacífico,
no puedo menos de expresar á V.M. la gran satisf~ccion que me _c~~sa ver que
empieza á producir sus naturales frutos el pensamien'to que presidio al estableciniiento del ferrocarril de Veracruz á Puebla poi- Jalapa. .
. .
E ste pensamiento, que ha encontrado e~ V. M. ~a protecc10n mas ~ec1dida, y
ue está ya en vía de realizarse, fué tambien el mIO, segun tuve ocasion de maJifestru:lo á V. M.; y.si hay para el empleado en el servicio público mom~ntos de
amargura y desaliento en el curso ~e sus tar~s, puedo tambien aseg~ar a V.M.,
ue cuando sus esfuerzos ó la débil ~ooperac10n que presta al d~~arro~o de aliunas ideas benéficas, dan resultados como _el que _entraña la ~ohc1tud .ªqueme
refiero, por este solo hecho olvida las penalidades, mherente~ a su destmo Y adquiere mas vigor y entusiasmo para consagrarse a ~esempenarlo.
.
,
El proyecto de los solicitantes no puede_ ser m.a? im~ortante: ya se atí~n_da a
sus efectos en el órden material -y económico, ya a su mfluenc1a en la pohtica.
Prolongada.la via de comunicacion de Ve~·acruz _c?n, Puebla hasta to~ar con
Matamoros Izúcar, el comercio de exportacion recibira un ele~ento d~ VJda con
las ricas producciones del valle de .A.tlixco y de 1~ inme~iata tiena ~liente. ~as
cosechas del trigo en .A.tlixco son de una abundancia adIDJrable, y la tierr~.cahente, que empieza en Matamoros y se extiend·· hácia el Sur abrazando casi t~do_ lo
que fué Estado de Guérrero, es el su~lo pnv113giad_o d,onde crece Y se mn:t1plica
la caña de azúcar, el café, una especie de algodon mdigena,, el palo d~ tm!e, el
cascalote y un sÍilllÚmero ·de vegetales útiles á las _artes y a la 1:1d~s~na. Si ademas se considera, que las rocas de aquel suelo enci~rran vetas nqmsIIDas de ~lata, oro y cinabrio; si se atiende á que e~ti·e las des1gualdade~ de SU/! mont~nas
los europeos que inmigren á nuesti·o•pais pueden hallar un cl~a favorable a su
establecimiento; y finalmente, si se tiene en c~enta que e_s pr_ecis? sacar los_elementos todos de aquellas regiones de la especie de amortizac1on o estancamI~nto
en que se hallan por falta de trasporte fácil, no dudo que V. M. se penetrara de
' la importancia de la vía que se trata de est3:blecer:
.
Pero esta importacia sube de punto atendiendo a la parte que. y-0, considero
mas digna de aceptarse en el proyecto que nos ocupa, y es la ~elativa a las obras
ue han de ejecutarse en el valle del .A.toyac. S\Lbe muy b~en V.M. que este
~o, llamado tambien Poblano, Mexcala y de las Balsas, atrav1esa·en su curs~ los
Departamentos de Puebla, Guerrero y Michoacan, desembo~~ndo en e~ P.ac1fico
cerca de Zacatula. Las obras á que hacen referencia los solicitantes, tienen por
objeto sin duda la canalizacion del .A.toy-ac en los puntos dond.~ el cauce natural
no se presta fácilmente á la navegacion, y alcanzando e~e ~bJeto, el resul_tado
grandioso que se obtendría inmediamente, seria la comumcaci?n pronta Y merta
de los_dos mares que bañan nuestras costas. Las consecuencia~ _d~ e~te hecho
las someto respetuosamente á la considera~ion de V: M. No OmI~u·e, sm embargo, llamar la atencion de V. M. hácia la circu~stancia de que vanas de _esas ventajas se alcanzarán sin gravámen pa;ra el Erar10, ª?-puesto que la conces1on Re _solicita sin subvencion alguna por la parte comprendida entre Pueb~a_y Matamoros,
circunstancia que, estoy cierto, tendrán en lo de adelante las sohcitud~s para _establecer vias que partan de algun punto de la Mesa Centr!11, que est~ ya umdo
al litoral del .Atlántico ó del Pacífico, hácia alguna poblac1on de la misma Mesa
ó del interior.
Hay otro aspecto por el qn3 debe verse la obra ~ue tratan de e~prender. los
solicitantes. Los Departamentos ele Guerrero y Michoacan,. sustra~dos· en parte
á la obediencia del Imperio, podr~n ser sometidos por la mflue~c1a ver~ad~ramente proveéhosa que ejercerá la vía atraves~ndo por sus re_spectivos temtor10s.
El Sur de Jliichoacan es actualmente un semillero de guerrillas1 y algunas partes del Departamento de Guerrero obedecen _otra~ leyes que no son las e~an~das rle la sábia administracion de V. M. Haga V.M. pasar un torrente d~ ~~igracion por esas regiones, y no resistirán por mas tiempo á la voz de la cmh~_acion y del vert1adero pati·iotismo. ¡Y qué conquista mas digna y bella á los OJOS
de la humanidad, que la que se realice por un medio como el que se propo~~ !
No he podido menos de hacer est11s reflexiones al imponerme de la, solicitud
de que me ocupo, y me ha sido dificil resistir al deseo el~ exponerlas,ª M. al
tener la honra de presentársela. .Al hacerlo, no me ha gmado otro mo_VI_l que el
de contribuir de alguna manera á la adopcion de un proyecto de pro_dig1osos resultados, y que me prometo hallará en el ánimo de V. M. la protecc1on que merece.
,_
SENOR.
Soy con el mayor respeto, obediente servidor de V. M. I .
S, Mendez.
SEÑOR:

DENUNCIOS Y SOLICITUDES

•

.Al tener la hom-a de poner en manos de V. M.,la ~ohcitu

Y·

ANTE EL IIIINISTERIO DE FOMENTO.

...
(2~ publicacion)

México, Diciembre 4 de 1865.

Solicitud de D. Julian Hourcade pidiendo privi'legio exclusivo, como introductor de
unas máquinas inglesas para la congel,acion del agua.
"Segunda cla:se.- Cuatro reales.-Para e! bienio. de inil. ochocientos ses~ntfl: Y
cuatro y sesenta y cinco.- Exmo. Sr.- El infrascrito Julian, Hom-cade, sudbito
frances y vecino de esta capit_al, ant_e V. E., re~petu?samente expongo: que ~aseando introducir en el Impeno Mencano, maqumas mglesas para la ~ongelacion
del agua, cuyos diseños y descripciones tendré la honr~ de presen_tar a Y_.~- antes del plazo de dos meses, fijado por la ley para el examen de di~hos disenos Y
discripciones.-Considerándome el prinier in~roductor en el I~~en~ de es~e descubriniiento, suplico á V. E. se digne concederme tod_os los pnvil_egio~ aplicables
á ini pedido para la fabricacion é introduccio°: ~e dichas máquma~ mglesas_ de
cualquier dimension que sean, con lo que recibiré merced y gracia.- Méx1co,
Diciembre 2 de 1865.--Julian Hourcaile."
..
Lo que se inserta en el Dv.irio del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3
•de Noviembre de 1858.-El gefe 1~ de la Seccion 1~ del Ministerio de Fomento,
~

Franciscq Jirnenez.

...-

·

(3~ publicacion.)

México, Noviembre 2 de 1865.

D. Charles T. Arnoux, por sí y en representacion de los Sres. Theodore Gillespie y John F._Proctor, ~a hech~ formal demu~cio_ de un pozo y criadero de
petróleo y materias betummosas, situado ~n el Distrito d? Mac~spana, Departamento de T abasco, en el punto llamado LIIDon, perteneciente a D. Manuel Rovinou, á seis millas de distancia del rio Mascalapa. ~
.
. .
Y habiéndose admitido el denuncio en cuanto há lug¡lr en derecho, sm per_¡mcio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al público; ,en e! concepto
de que dicho denuncio se comunicó á la Prefectura de Tabasco, 8: qmen corresponde sustanciarlo.- El Su1&gt;secretario de Fomento, Manuel Oroico. '
(3~ publicacion)

México, Noviembre 2 de 1865.

D. Charles 'l'. Arnoux, por sí y en representa~ion de los Sres. '.l'heo~ore Gillespie y J ohn F. Proctor ha hecho formal demµ1c10 de unos pozos y cnad~ros de
petróleo ymateri~s betuminosas, situados en el Distrito de San Juan Bautista, del
Departamento de Tabasco, en un terreno perteneciente á Máxinio Gonzalez,
.A.braham Brasconcelos, etc., á una milla del agua y á legua y media del pueblo
de San Francisco en diréccion de San Fernando, y el otro pozo situado. en el
inismo terreno y á media milla al oriente del anterior.
.
. .
Y habiéndose adinitido el denuncio en cuanto há lugar en derecho, sm per_¡m•
cio de tercero y conforme á las ordenanzas se avisa al público; ~n e~ concepto
de que dicho denuncio se comunicó á la Prefectura de Tabasco, a qmen correspond,e sustanciarlo.-El Subsecretario de Fomento, Manue~ Orozco.

AVISOS OFICIALES.
.

.

.A.DMINISTR.A.CION DE BIENES N.A.CION.A.LIZADOS.
AVISO.
Relacion de los.. espedientes que para sustanciarlos se necesita la presencia de los interesados en es4\ oficina.
Secciones 1~ y 2~-144, 266,457,476,493,702,718,868,869,880,890, 1,030, 1,106, 1,159,
1 198 1 200 1 205, 1,254 1,331, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1,658, 1,675, 1,676,, 1,779,
1', 8r/., i,884, 2,011, 2,109, i111, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,635,
2,665, 2,748, 2,850, 2,854.
362 al núm. 3 de Puebla.
1,441 al núm. 2 de Morelia.
372 ,,
13 de id.
1,603
10 de Querétaro
373 ,,
14 de id.
1,607 ,.
14 de
id.
383 ,.
24 de id.
1,608 ,,
15 de
id.
390 ,,
31 de id.
1,610 ,,
17 de
id.
798 ,,
2 de Orizava.
1,611
18 de
id.
1,024 ,,
85 de Puebla.
1,614 ,,
21 de
id.
1,047 ,,
3 de Atlixco.
4,246 sin núm. de Puebla.
1,048 ,,
5 de id.
4,730
,,
. de id.
Asimismo es necesaria, en la seccion 1~, la presencia de las personas siguientes:
Sr. D. José Maria Velazquez de la Cadena, y
Sra. D~ Juana Sanchez.
Hoy se han elevado al Exmo. Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados por esta ofi-

úoo'.

.,

�98

EL DIARIO DEL IMPERIO.

cina, los espedientes números 519, 978 y 1,420 unidos; 1,000, 2,296, 2,636, 3,189, 3,592, 4,644,
4,646, 4,647, 4,739, 4,793, 4,917, 5,243, 6,044, 6,213, 6,214, 6,215, 6,558, 6,565, 6,568, 7,003,
8,027.
México, Enero 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y
Naf!arro.

Tribunal de Comercio de México.

México, Enero 12 de 1866.-Con fecha 9 del corriente ha proveido este Tribunal el auto
siguiente:
'
✓
• •
"México, Enero 9 de 1866.-Vista la denuncia que han hecho Ja~ffred y Olmer, ~merciantes de esta plaza, de la suspension de pagos q~1e ha ~echo el de igual c!ase D. Ernesto
Aron, establecido en esta misma plaza, cou caJon a].llerto en la casa nu!llero 1~ de la
calle del Espíritu Santo, para el espendio de camisas, perfu~ería y otros ?bJetos; vistas las ,
Secretaria del Consejo de Estado.
declaraciones de los cuatro testigos presen~dos.~or los denunciantes y exanu~ados por el PreSemi11ario núm. 9.
sidente
que suscribe, y resultando de ellas J ustifi~ad_a plenamente la SUSJ?ens1on de pagos ~e•.
cha
por
el citado Aron, quien por ella se ha constttmdo en estado de qwebra, segun 1-o disIgnorándose la residencia del Sr. D. Mateo Jimenez, y necesitándose en esta Secretaría puesto en
el art, '759 del Código de Comercio: en su cumplimiento se declara que el espresado
para hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 989 y anexo, se le emplaza para que D.
Ernesto Aron se halla en dicho estado, cuya época es de contarse desde la fecha en que se
concurra á ella en el término de quince días, que comenzarán á contarse desde la fecha.
el presente auto, salvo lo que despues aparezca. En consecuencia, procédas~ en cu~México, Enero 18 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodríguez y provee
plimiento del art. 794 de dicho Código, al aseguramiento y secuestro de todos los bienes, hCosío.
3a-1
bros y papeles. del fallido, y á la de.tencion de su con-espondencia, libráud?se' para_ e!lo el correspondiente atento ofic¡o á l_a fdm~is~~cion de_ correos .. Se no~b.ra sínd1co_adnnmstrador á
la sociedad de Jauffred y Olmer, y Jud1c1al al Lic. D. M1!'\uel Enrique, á_ qwenes sehárá saComisaría Central de Jtolicía.
ber su nombramiento para su aceptacion y desem)?eño. Publíquese la qmebra por me?10 de
Núm. 1,213.-'México, Enero 13 de 1866:-La persona á quien se le hubiere estraviado nna • los periódicos y edictos, que se fiJarán en los paraJes acostumbrados de est~ plaza. Y fonnese!llnl~ pri~ta, pnede ocu~rir á esta oficina, donde se dará órden que le sea entregada, previa la por separado el espediente de ca1ificacion, para que se proceda como se previene en el art. 888.
Jnstificacion de su propiedad.-El Secretario general, T. Tuñon Cañedo.
2a- l
Hecho el ase.guramiento, hágase saber este auto al fal~do para que use de sus dere~hos. _El
Sr. Presidente lo proveyó y firmó solo, por la urge!lc1a_ d~l caso? á reserva ~fo la ca~ficac10~
del Tiibunal, á quien manda se dé cuenta en la audiencia mmediata.-Castülo.-Luis Rodn.AYUNTAMIENTO DE MEXICO.
guez y Palacio, auxiliar de la Secretaría."
_
.
AVISO.
Y en cumplimiento del ,auto inserto, pongo el presente.-José María Cardena, Oficial 2?
801-3a-3
. Palacio Mnnicipal. México, Enero 4 de 1866.-Núm. 35.-Por ó,den del Sr. Alcalde muni- . encargado de la Secretaría.
cipal, se hace saber á todos los comerciantes en el giro de casas de Empeño, la obligacion en
qne están, segun el art. l ? del Reglamento del? efe Noviembre último, de ocurrirá refrendar
Tribunal de Comercio de México.
~us licencias en todo el mes actual; bajo la inteligencia de que al que no lo verifique, se le
En el incidente promovido por D. Juan Magnoni, sobre pago de honorarios en ~os autos
impondrá la multa que designa el art. 30 de la ley de 25 de Setiembre de 1863.-El Oficial promovidos por D. César Lausdey contra Ar-one,y Caen, se ha mandado por este Tnbunal se
mayor encargado de la Secretaría, José A. Ortiz.
6a-5
cite por los periódicos á dicho Laus_dey, con ~l a~ercibimiento de que si dentro de quince
dias, contados desde la fecha de la pnmera publicac10n, no comparece, se tendrán por bastantes los estrados para las diligencias subsecuentes, que deban entenderse con su persona.
CO:NSJl,TO DJI JIS'l'ADO.
En cumplimiento de lo mandado se pone el presente.
México, Enero 16 de 1866.-José María Cardefui, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
Seminarw núm. 9.
806-3s-2
Ignorándose la residencia del Sr. D. Antonio Bonhome, y necesitándose en esta Secretaría
para hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 3,624 y anexo, se ¡ e emplaza por el
Tribunal da Comercio de México.
presente, para ~ue c9ncurra á _ella dentro de qtúnce. di.as, qut&gt; comenzarán á contarse desde
México Enero 17 de 1866.-En eljuicio verbal seguido por el Lic. D. José Gareía, contra
la fecha.-Ménco, Enero 12 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodrig1Uz y Cosío.
6a-4
D. A. Ar~nda, se ha prov.eido por este Tribunal el acuerdo que en lo conducente dice:
"México, Enero 16 de 1866.-Cítese por los periódicos á D. A. Aranda, para que dentro de
~uatro dias, contados desde la primera publicacion, en las audiencias de'este Tribunal, de las
CO:NVOCA'l'OB.IA.
doce á las cuatro de la tarde, se presente á recon~c~r la fuma puesta con su nombre en. d~cuSecretaría del Exmo. Ayuntamiento de M:éxico.- Núm. 75.- Por disposicion del Exmo. mento exhibido por el Lic. D. José García; aperc1b1do que de no comparecer al reconocuruenAyuntamiento, se rematará el dia 18 del couiente, á las doce del dia, en la Sala Capitular, el to, se dará por hecho y se-procederá con _aneglo al a~t. ?83 de la ley de 29 de l1_fovie~b.re ge
resto.de una casa que se derribó en el callejon de Dolores, junto á la capilla, para la conti- 1858. El Sr, Presidente lo acordó y rubncó.-Una rubnca.-Rodriguez y Palacio, aimbar ae
nuac10n de la calle de la Independencia; el cual se compqne de una vivienda con dos cuartos, Já Secretar.fa."
una ~ocina, pat)o y una pieza sin techo; Y. ha sido vl\luado por el ingeniero Director de obras
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente.-José María Card~ña, Oficial 2? enpúblicas D. Lws G. Anzorena, en la cantidad de cuatrocientos noventa y un pesos. Lo que cargado de la Secretaría,
807-3s-2
se pone en conocimiento del público, para que las personas que gusten hacer postura, concurran al lugar, dia y hora indicados.
México, Enero 11 de 1866.-El Oficial ma.yor encargado de la Secretaría, José A. Ortiz.
A VISOS PARTICULARES.
3a- 3

AVISOS JUDICIALES.
;Juzgado de primera instancia de San .Juan del B.io.
En él juicio verbal·promovido por D. Macedo~io Martinez-contra D. Jesus Tabares, sobre
pesos, el Sr. Juez de 1~ instancia ha mandado se proceda al remate de la casa ubicada en esta ciudad en la calle de la Bóveda, avaluada por-los peritos D. Guadalupe Pemsquía y D. Antonio Manuel.Chavez en la cantidad de (802 ps. 75 cs.) ochocientos dos pesos setenta y cinco
centavos: lo que se hace saber por el presente, señalándose para las dlmonedas los días 21, 22
y 23 del corriente, á las once de la m~a en punto, siendo la última con.calidad de remate.
San Juan del Rio, Enero 11 de 1866.-'-Él Secretario del Juzgado, Lic. Celestino Díaz.
808-3a-1

'l'ribunal de Comercio de México.
México, Enero 17 de·1866.-En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los periódicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los smdicos administradores los comprobantes
de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion;
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
•
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento dé lo mandado.-José María Cardeña,
Oficial 2? encargado ,de la Secretaría.
809-15s-1

:Llamamiento de herederos.

B.emate de' Muebles
En la calle de la Perpetua número 8, para el lúnes 22 y mártes 23 de Ene.ro de 18li6,_ á !,is
dos de la tarde estando á la vista el 20 y 21. Las ventas son al contado y sm reclamac10n.
EXTRAREMATE.- Ropa hecha nueva.
Ignacio Diaz Triujequ.e. 805-48-2

Venta de una Hacienda.
Se vende la hacienda de San Juan, situada á inmediaciones de la Villa del Valle de Temascaltepec, y consta de mas de doce cabaf!erí~s:de tierra de superior ca1idad, de las cuales seis
caba11erías y doscientas treinta y un mil qwmentas dos varas cuadradas son de regadío para
siembras, y el resto ~e mon~e bien poblado_ y con distintas ~aderas. Tiene su cas~ habitacion
con piezas altas y baJas, ti:oJe y d?nias oficinas d(:l' campo, i~clnsas las co1Tespond1entes á engorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abunaanc1a p~ra regar, que es perenne y
que procede de puntos bastante e~evados, por ?UY~ circunstanc~a _Puede~ aplic~rse dichas
aguas al uso el~ molinos ú otras oficinas de maqwnana. En estos ult1mos d1as ha sido retasada po¡ el agrime~nsor D. Manuel Delgado, y es su ~nfiID:o valor ~l de 15,461 peso~ 99 centavos.
Las personas que quieran hacer postura, y necesiten mstmcc1ones ó cnalesqwera otro dato
respecto de la mencionada hacienda, pueden dirigirse en est~ capital á D. José Juan Ro~ero,
en la calle del Esclavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á docé de la manana
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay¡
bajo el concepto de que las proposiciones que se hagan, han de se!· ~ntes del 12 del mes de
Febrero próximo, porque el dia 15 debe quedar hecha la venta defimhvamente.
México, Enero 13 de 1866.
803-15a-2

SEGUROS CONTRd INCENDIOS.

AVISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los albaceas' el Sr. D. Bias Pereda, residente en San Luis Potosí, y D. Antonio Martinez,
vecino de Ciudad F emandez, por fallecimiento d~l súbdito aleman D. Federico Reyther, vecino que fué de esta ciudad, he mandad,o por mi autoridad en auto de 27 del actual, se cite
por los periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D! María Ana AngelaHegues, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó parientes inmediatos del testador, vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesver- ,
guen de los Estados de Alemania, pertenecientes á,S. M. el rey, de Prusia, para que dentro
del perentorio término de un año, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tengan á _los bienes que ~e h'al!an ~n.d~pósito, perten~cientes á 1~ testamentaria del espre~ad? D.
Fedenco Reyther¡ baJO el apercib=ento de que si no lo verifican, les parará el pelJ uic10 á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que detelTnine la ley. Y para que lo
mandado tenga su cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
veintiocho días del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmé con los de
mi asis.tencia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domi11go Ut/1urri-Asistencia, Gil Me-ndez.Asistencia, J. Bias Oribe.
683-60a-18

COMPAÑIA. DE SEGun·o s DE GLADBACH.

Capital de fondo. . . . . . . • . . • . .

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de fondo ........ '. ..... •••••• 10.000,000 francos.
1

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los in~rmes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AtlENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 2.
400-180s-114

Hacienda de Temisco. ,
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Cuernav:aca, sa
venta estrojudicial se participa al público, para queJas personas que quieran adquirirla, ocurran á la casa del S;. D. F, N. del Barrio, Tercer Orden de San Agustin núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el _contrato.
799- 30s- 5

B.emate.
En los autos del juicio ejecutivo que sigue D'.' Santos Pelaez:contra la testamentaría de D'.'
DIVERSIONES PUBLICAS.
Justa Gutierrez, sobre pesos, se ha mandado por el Sr. Juez de ellos, Lic. D. José Mana Cordero, en auto de_ 18 del corriente, se proceda _á la venia de' una finca urbana, co~ocida con el
nombre de" Bano de la Soledad de Santa Cmz," ubicada en la plazuela del Dl)Smo nombre,
TEATRO IMPERIAL.
marcada con .,1 núm. 6, perteneciente á dicha testamentaría, valuada por los peritos D. VicenOPERA ITALIANA.
te Heredia y D. Ramon Agea en 6,674 pesos; señalando para las almonedas los días 7, 19 y
:n del próximo Enero, á las doc~ de la mañana, siendo la última con calidad de remate.
En la noche de hoy, á las' ocho en punto, se ejecutará la funcion á beneficio de la primera
Lo que se hace saber, con el obj'eto de que las personas que deseen comprarla, ocurran al dama, señorita ISABEL ALVA, en el órden siguiente:-Representacion del primer acto de
Juzgado, sito en la antigua casa de Moneda, los dias y horas citados.
la aplaudida ópera denominada: Yone: en seguida el famoso cuarto acto de la intitulada: Los
:h-féxico, Noviembre 18 de 1865.-E! Escribano público, A11tonio Campos de la Vega.
Hugonotes; y por último, los actos tercero y cuarto de la ópera antes citada que se denomina:
769-15a-14
Yone .

.Juzgado de primera instancia de San .Juan del B.io.
En el juicio verbal pr¡¡movido por D. Macedonio Martinez contra D. Jesus Tabares sobre
pesos, el Sr. Juez de 1~ instancia ha mandado se proceda al remate de la casa ubicad~ en la
calle de la Bóveda, avaluada en !re cantidad de (802 ps. 75 es,) ochocientos dos pesos setenta
y cinco centavos; lo que se hace saber por el presente, en calidad de segundo pregon. La persona que desee hacer postura, puede ocurrir á esta Secretaría, donde recibirá informes.
San Juan del Rio, Enero 2 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lu. Celestino Díaz.
800-3a- 3

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA.

Esta noche, á la hora de costumbre, se pone en escena )a comedia dividida en dos actos,
que se intitula: El Primito, y en seguida otra en un acto, denominada: Un nut!lo Q;uifitiliano.

1'.IEil(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

· NuM. 318

IUEXl(JO.-Sábado 20 de Enero de 1S66.-

III.
'

SlJ'MAB.IO.

PARTE OFICIAL.-Nombramiento de dos Chambelanes.-Personas condecoradas con la
Crnz de-Guadalupe y medallas del mérito civil y militar.-Consejeros de gobierno de Jalapa.
PARTE NO OFICIAL.-C6digos. Artículo editorial-Obras del desagüe.-Disidentes presentados.-Tranquilidad en Colima.-Abogado del Imperio.-El terremoto del 2 en Veracmz.-Enfermedad de las gallinas.

sejeros propietarios del Gobierno del Distrito de Jalapa; y los d~ D. Ramon
M. Terán y D. Mariano Caraza, para suplentes.
1
Digolo á V. S., en contestacion á su oficio núm. 14,Jecha 12 del corriente.
1

•

1a

Por ausencia d.el Exmo. Sr. Ministro,
El Subsecretario de Gobernacion,

Francisco J. Villalobos.

Documentos para la historia de México.

Sr. Prefecto del Departamento de Veracruz.
Denuncios.

PARTE OFl(JIAL.

PARTE 1'0 OFl(J1AL.

GRAN MARIS.CAL DE LA CORTE Y MINISTRO DE LA CASA IMPERIALL.

ªlDICJ.OS.

.

La codifi.cacion, tal como se ha resentado en los últimos tiempos, esto es,
sencilla, clara y' breve, es un beue i,o de suma importancia para la sociedad¡
S. M. el Emperador, por acuerdo de 13 def actual, se Ha dignado nombrar
.A.firma y pone fuera de discusiort los derechos individuales.
Chambelanes, á los Sres.
Asegura su observancia popularizando el conocimiento de ellos.
D. José María Landa y
' Destierra la arbitrariedad.
,
D. José Dolores Ulíbarri, Subsecretario del Ministerio de Eslado.
Y, en una palabra, satisface á esa necesidad imperiosa de todo país que rio
, . es despóticamente gobernado, la fijeza y la publicidad de los derechos.
El Gran M.ariscal de la Corte
y Ministro de ia Casa Imperial,
En todo país e~ que se respete la libertad individual, que e~ el primero y
mas
importante de los beneficios s~iales, debe haber reglas que limiten y diALMONTE.
rijan el ejercicio. del poder público:1J:zias esto no es bastante para evitar la arbitrariedad, y aun seria del todo inútil si las ,declaraciones del Estatuto ó de la
Constitucion habrían de reducirse á nuevas teorías y principios abstractos, cuGRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES;
yas consecuencias solo podrian-desenvolverse al hacer su aplicacion en los C6México, 13 de Enero de 1866:
digos. 'Sin estos, sin una legishicion clara, met6dica, que fije los derechos y haS. M. el Emperador, por decreto de 8 del actual, Ha tenido á bieñ conceder ga fácil y popular su conocimiento, la seguridad personal no quedará á cubierto de atentados, la libertad)ndividual y el derecho de propiedad se hallarán
las condecoraciones siguientes:
expuestos continuamente á violaciones, y no tendrán garantía efectiva, por mas
ÜRDEN IM:PERIAL DE GUADALUPE.
que en alta voz las proclame la ley fundamental.
Así es que los adelantos de la inteligencia, y el sentimiento de la dignidad
OFICIALES.
humana
han ido haciendo reconocer la importancia y utilidad de la codificaD. Francisco de P. Casanova, General, Prefecto político de Cuernavaca.
cion
sencilla,
clara y br~ve, principalmente despue~ del ejemplo dado por FranD. Angel Perez Palacios, General.
cia, y de su gloriosa iniciativa seguida en otros muc~os pueblos, de importanCABALLEROS,
tes resultados mas 6 menos completos hasta ahora.
Verdad es que en algunos países la codificacion' ha sido objeto de una larga
D. Juan Francisco Lamadrid, propietario.
cliscusion,
ó sufre todavía una tenaz resistencia, lo que se explica por causas y
D. 'romás Baron, Cura párroco de Cuernavaca.
circunstancias peculiares, que hacen en ellos de esa cuestion, un~ cuestion enD. Francisco Guerrero, Director del hospital de id.
teramente política y revolucionaria. Así ha sucedido en Alemania, donde, como
D. Luis B. Argandar.
lo hace notar el sabio profesor Ortolan, pugnaban los intere~es de la antigua
D. Cornelio Villagran, Comandante.
nacionalidad con los de la· reorganizacion moderna; así se verifica en InglaterMEDALLA. DE PLATA DEL MERITO CIVIL.
ra, donde presenta la lucha de los tiempos pasados con los presentes, y la so~ '
lucion no se halla pr6xima todavía.
D. Miguel Escobar, vecino de Cuernavaca.
En México mucho tiempo hace que se está clamando por la farmacion de
D. Francisco de P. Celis, id.
núevos
Códigos. Dispersa nuestra legislacion en la multitud de los que hasta
D. F. Hernan~ez, Alcalde de Acapatzingo.
ahora hemos tenido, y en muchísimas leyes sueltas, su conocimiento ha venido
á ser casi imposible; n.o diremos ya para la generalidad, mas aún para los homMEDALLA DE PLATA. DEL MERI'l'O MILITAR.
bres de la profesion y de la ciencia. Esos Códigos útiles en parte, y en general
D. Agustín Maldonado, Teniente Coronel de la guardia de Cutzamalá.
inútiles; la confusa mezcla en todos, de las leyes que por su naturaleza y .objeto pertenecen á diversos ramos; la iuterpolaciou de lo anticuado con lo de acMéxico, Enero l7 de 1866.
tual uso, de las disposiciones derogadas con las vigentes; la cansada reiteracion·
de
infiuitas, la referencia continua de unas á otras ·disposiciones, y lo incomS. M. el Emperador, por decreto de hoy, Ha tenido á bien nombrar Caballepleto
por faltar en ellos lo 11uevamente establecido, ha hecho de nuestra legisros de la Imperial Orden de Guadalupe, á
lacion
un intrincado laberinto, que compromete la libertad individual, que hace
D. Juan Francisco Flores1
imposible
la buena administracion de justicia, y que nos acusa de atraso enpor su brillante comportamiento en la accion de la La(l'una
de Parras el 16
O
medio del adelanto general de la civilizacion.
de Diciembre últime; y á
'
Los prog.resos de esta, las nuevas necesidade8, y la gran diferencia de tiemD. Ramon Zepeda, gefe de la compañía de artilleros
pos y circunstancias, han hecho, por otra parte, insuficfente y defectuosa la levoluntarios de Matamoros,
gislaciou antigua, que demanJa imperiosamente una completa reforma, principor su buen comportamiento en la her6ica defensa de Matamoros.
palmente en matéria criminal y..de procedimientos, para acomodarla á nuestro
El Gran Canciller,
estado social, á las condiciones del actual régimen político, y á los principios
ALMONTE.
de la nueva organizacion introducida por él.
Aun antes de ser adoptadas las instituciones que hoy nos rigen, y de tiempo
atrás, ha sido tan evidente para todos la neqesidad de refo;tmar el Derecho civil,
y la de asentar sobre mejores bases tanto el criminal como el sistema de procediMINISTERIO DE GOBERNACION,
mientos, que no se ha levantado siquiera una voz sola para poner en duda la neMéxico, Enero 16 de 1866.
cesidad de que venimos hablando, ni para abogar p6r la existencia indefinida de
El Gobierno de S. M. se Ha servido aprobar los nombramientos.. hechos por nuestro Derecho, tal como le tenemoiil en ~l dia. Los Gobiernos que por espacio
V. S., en D. José María Pasquel y D. Miguel Huidobro Gonzalez, para Con- de algunos años se han sucedido entre nosotros, si bien fundados en distintos
México, 19 de Enero de 1866.

�100

EL DIARIO DEL IMPERIO.

principios, y reconociendo y proclamando encontradas ideas sobre las cuestiones políticas y sociales, no han podido menos de ponerse de acuerdo en este
punto, y de promover 6 comenzar varios de ell@s, t,rabajos dirig!dos á ese objeto lo cual viene á ser una comprobacion solemne, de que umversalmente se
c;nviene en los vicios v lagunas de la antigua legislacion, y en que es indispensable proceder á si{ reforma, y á la formacion de nuevos Códigos.
Lle\'arla á cabo ~taba, sin embargo, reservado al Imperio, bajo cuyos auspicios esperamos ver realizada en breve esa importan~ísima mejora; e~tand~ ~n
particular muy adelantados, segun sabemos, los trabaJOS sobre el Cód1g1 ClVll,
que en nuestro concepto debe ]_9receder á la publicacion del Código Criminal,
porque si bien este último pareceria reclamar una atencion prefe!ente por ser
nuestras leyes criminales las mas defectuosas, y depender hoy casi enteramente
del arbitrio judicial, sin sujecion á reglas ni principios fijos la calificacion de l_os
delitos y graduacion de las penas, lo cual es un mal de enorme trascen~enc1a,
y que no sabemos c6mo ha podido disimularse entre nosotros_ t~nto_ tiempo,
como entre los diversos C6~igos hay y no pueden men?s de exist1r. m~rtas relaciones de armonía, dependencia y órden, ellas- dete~mman una pr10ndad del
Código Civil respecto del Criminal, fundada en la m1sma naturaleza de las cosas, y que no puede desconocerse. Primero es establecer los_ derechos, que ~a-·
rantizarlos con la sancion de la pena. Seria, pues, muy equ1vocado querer mvertir un 6rden tan absolutamente necesario y lógico.
Un notable escritor y jurisconsulto ºdiscurría de ese modo, tratándose_ de la
formacion de nuevos Códigos en Bs~aña, y no podemos meno~ ~e convemr_ con
sus ideas, y hasta cierto punto tambien en la de que no ex1st1end_o el nnsmo
inconveniente en anticipar la publicacion de los O6digos de actuac1on, porque
el procedimiento civil y el procedimiento criminal sean independientes respecto á las leyes civiles 6 penales, seria de desear que se apresurase aquella publicacion todo lo posible.
Sin embargo; obras de ese género, decimos hablando en general de los 06digos, que no se pueden estar cambiando, sino que deben _tener estabilidad y
perm~nencia, requieren por lo mismo ser detenidamente med1~adas; y por grave
y urgente que sea la necesidad que las reclame, es preferible esperar _algun
tiempo mas, á que resulten imperfectas. Aprovechar de nuestra leg1slac10n lo
que pueda tener de útil y digno de conservarse, que no cre~mos sea poco, en•
materia civil, y completar ésta reduciéndola á un órden sencillo, claro y met6dico; levantar sobre un nuevo sistema la legislacion criminal, y perfeccionar el
procedimiento, acomodándolo á la actual organizacion, tan diferente de la antigua, es una tarea difícil, es una obra de estudio, de severo exámen y profunda
meditaciou, si no ha de adoptarse inconsideradamente el Derecho extranjero,
si los buenos modelos que el de otros países nos presenta en sus O6digos, han
de ser imitados con crítica y discernimiento, teniendo especial consideracion á
nuestras costumbres, á los antecedentes y circunstancias peculiares de nuestra
nacion; si la nueva legislacion, finalmente, ha de venir á coadyuvar á nuestra
regeneracion social y política, y á fecundizar con su infl.uenpia los ricos elementos de t.odo género que encierra nuestro país. Es por lo mismo oportuno terminar las ligeras indicaciones de este artículo, con la siguiente observacion de
Portalis, en su preámbulo al Código civil frances: ''Demasiadas "\teces se piensa como si el género humano concluyese y comenzase á_cada instante, sin conexion entre una generacion y la siguiente. Pero el legislador dejaria aisladas
sus instituciones, sí no observase co,idadosamente las naturales relaciones entre
lo presente, lo pasado y lo venidero, por las cuales un pueblo, á menos que no
se le extermine 6 caiga en una degradacion peor que el aniquilamiento, no deja en cierto modo de tener una semejanza á sí mismo. Demasiado aficionados
hemos sido á mudanzas; y en materia de instituciones y de leyes, si los siglos de
ignorancia son teatro de abusos, los siglos de filosofia y de ilustracion, son con
harta frecuencia teatro de excesos."

Ob1•as del de~agüe.

Habiéndose secado algunos potreros al Sur de México, se han vuelto á introdµcir las aguas en ellos, con el fin de aumentar.la e".aporacion.. Con el mismo ~n
se repusieron en la semana las presas que habian sido destruidas en las zanJaB
desaguadoras que pasan por debajo de las calzadas de Guadalupe. •
El :¡.gua sigue bajando lentamente en los lagos. En la semana, ellago deZumpango bajó 23 milímetros. El de San Cristóbal en quince dias ha bajado 45 miJímetroa. El lago de Texcoco, desde el 20 de Noviembre hasta el dia de hoy, ha
bajado Q,m25 clmtímetros~ Este lago sigue ai~lado casi por completo ~e ~as aguas
e:J1,teriores; pero las que recibe por las filtraciones del lago de San Cristobal, que
lo domina, sostienen en parte su nivel.
Respecto á la reparacion del dique de ese lago, tengo presentada una consulta á V. E., y de su resolucion detinitiva depende que esta Direccion fije los trabajos que en él deben de ejecutarse.
Protesto á V. E. mi consideracion y respeto.- El Director de las aguas del
Valle, F. de Garay.-Exmo. Sr. Ministi:o de Fomento.

· Disidentes presentados.
Ministerio de Gobernacion.-"Prefectura política del Departamento de Iturbide.-Cuernavaca, Enero 15 de 1866.-Exmo. Sr.- En virtud de la ampliacion
del término señalado para que los disidentes se acogieran á la amnistía de la
ley de 3 de Octubre último, la solicitaron oportunamente Jesus Aguilar, Juan
Castro y José Baena, á quienes se les ha ~xpedido el documenlo correspondiente, previa la protesta prevenida¡ cuyos individuos se presentaron hasti.i,. hoy, por
haber estado enfermos dos de ellos.
,
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto político, F; G. Oasanova.Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion~-México."
Ministerio de Gobernacion.-"Prefectura política del Departamento de,Tlax- ·
cala.-Tlaxcala, Enero 12 de 1866.-Habiéndose presentado á esta Prefectura
Miguel Perez (a} el Colegial, antiguo disidente y vecino de la municipalidad de
Tepeyanco, acogiéndose á la amnistía concedida por S. M. I. en el decreto de 3
di! Octubre último, y prorogado por la circular d~ ese Ministerio, de fecha 29 de
Noviembre del año próximo pasado de 65, y habiendo reconocido al Gobierno
Imperial, protestando obedecer las ley-es vigentes y obligádose solemnemente á
prestar sus servicios al mismo Gobiernq, cuando y adonde los necesite, así como
de vivir quieta y pacíficamente en el seno de su familia, e~ta Prefectura le ha
expedido el respectivo salvoconducto, sin perjuicio de tercero.
to que tengo el honor de participar á V. S. para el debido conocimiento de
S. M.-Dios guarde á V. S. muchos años.- El Prefecto superior, J. Bilnano
Beltran.-Sr. Subsecretario encargado del Ministerio de Gobernacion.-México."
Son copias, México, ,Enero 17 de 1866.-El Subsecretario de Gobernacion,
Francisco J. Villalobos.

Tranquilidad en ()olima.
Ministerio de Goberna-eion.-"Colima, Enero 6 de 1866.-Exmo. Sr.-Esta
Prefectura superioF tiene el honor de participar á V. E., para su superior conocimiento, &lt;¡Ufl segun los partes· recibidos de las cabeceras de los Distritos de este
Departamento, en todo él se disfruta de la mas perfecta tranquilidad.-Igualmente se ha participado á,la misma Prefectura, por los Subprefectos de los mismos
Dist~itos, qu\l los caminos se encuentran limpios de malhechores, y en consecuencia en la mas completa seguridad, por no haber ocurrido novedad alguna.Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior, J. M. Mendoza.-El
Secretario general, Miguel Zires.
Es copia. México, Enero 17 de 1866.-El Subsecretario de Gobernacion,
Francisco J. Vill.al-Obos.

A.bogado del Imperio.
Ministerio de Hacienda.-Seccion 7~-México, Enero 15 de 1866.-Pór el
oficio de V., fecha 6 del actual, quedo impuesto de que á consecuencia de las leyes de 18 del próximo pasado Diciembre, que han dado nueva organizacion á los
Tribunales y al Ministerio públicp, ha1 c~sado V. en el cargo de abogado representante del Fisco, lo Il}ismo que los agentes D. Teófilo Fonseca y D. José de
J esus Romero.
Como este Ministerio ha palpado la decidida eficacia, inteligencia y rectitud
con que ha desempeñado V. la defensa de los intereses de la Hacienda pública
en la multitud de expedientes que con el auxilio de dichos agentes ha despachado en la via administrativa y en la judicial, de los cuales solo han quedado pendientes ti·es por no haber recibido oportunamente las respect~vas instrucciones,
cumple con un deber de justicia, contestando en estos satisfactorios términos su
referido oficio, disponiendo se haga pública,esta demostracion por medio del "Diario del Imperio."-El Subsecretario interino de Hacienda, E. Villalva,-;-Sr. Lic.
D. Miguel B. Romero, Abogado general, del Tribunal Superior de este Departamento.
Es copia. México, Enero 15 de 1866.-E. Villalva.

Direccion de las aguas del Valle de México.-México, Enero 16 de 1866.Exmo. Sr.-Tengo el honor de poner en su superior conocimiento, el adelanto
habido en la última semana en las obras de ~sta Direccion.
En el dique de Zumpango se reforzó el revestimiento de mampostería, en un
tramo de 164 metros lineales, con un bordo de césped de 1,"'15 de ancho y 1,m10
de altura, con su talud respectivo.
·
·
En el bordo de Sa.nta Inés, que contie.u,e las filtraciones superiores, se reforzó
un tramo de 31 metros, quedando con esto concluido.
En, li;i li,mpia del canal de Vertideros no se pudo adelant3¡r en la semana, pues
la gente rehusó el trabajo en el agua con motivo del frio.
La limpia de los derrumbes en el rio de Cuautitlan, se- sigue. Se desembarazó
un tramo de 124 metros lineales de "los bordos caidos, que tenian un ancho de 3
metros por 32 de altura; y se sacaron y destrozaron treinta árboles. Parte de la
-cuadrilla se ocupó en completar el encortinado que se hizo para tapar la última
reventazon, subiéndolo hasta igualar el bordo y aumentando el espesor compeEl terremoto del dia 2 en Ve1·acruz.
tentemente, haciendo uso para, esto de tierra y césped.
Ministerio de Gobernacion.-" Prefectura política de Veracruz.-Seccion 1~Por el Sur se sigue levantando el dique de Culhuacan, ampliándolo convenientemente para el tránsito de carros, y rectificando la línea. Al terminar la sema- Veracruz, Enero 8 de 1866.-Exmo. Sr.-Participando á V. E. las ocurrencias
na anterior, babia en la obra 658 trabajadores, 11 carros, 15 carretillas y 8 ca- notables habidas en la semana anterior, tengo la honra de informarle que el dia 2
del actual, á las seül y media de la tarde, se sintió en esta ciudad, y con la difenoas.
Las dispo~iciones tomadas han dado muy buenos resultados. Hoy toda la gen- rencia consiguiente de minutos en todo el Departamento, un sacudimiento de
te se presenta vohmtariamente al trabajo, y sobran los brazos, habiéndose pre- tierra, de Oriente á Poniente, trepidatorio al principio y oscilatorio á la conclusentado esta semana, hasta el dia de ayer, 884 operarios, sin contar con 200 mas sion, que duró en esta ciudad de 25 á 30 segundos. Respecto de la poblacion y
que con antici,pacion se tenian pedidos á Toluca, y que deben de llegar de un_ mo- de casi todo el Disti·ito de Veracruz, nada hai ocurrido con este accidente; no pudiendo decirse otro tanto de las ciudades de Córdoba y Orizava, que han sufrimento á otro,
He dispuesto que para la semana entrante el número de trabajador~s se fije en do, la primera con la caida de la cúpula del convento de San Antonio, la parro800; teniendo ahora la ventaja de poder escogerlos, y de ahorrar los dias de ca- quia amenazando ruina, y casi todos los edificios muy maltratados, y algunos
mino que se pagan siempre que por las autoridades loeales se mandan los rele- completamente arruinados.-Por lo que hace á Orizava, algunos edificios se han
venido á tierra, lastimando á cuatro ó seis personas: la cárcel se halla á pique
vos semanarios.
La mayor parte de la gente se halla alojada en el ·Curato de Culhuacan, en el de desplomarse: el último tram9 de la parroquia, recientemente constiuido, cayó,
cual el Sr. Cura D. Silverio Uribe, la ha recibido, movido de un sentimiento de y la iglesia de la Concordia quedó destruida totalmente: Los pueblos del Distrito de Orizava han sufrido considerables estragos, esencialmente el de Maltrata,
bumanidaq., que habla muy alto en su favor.
en
cuyo punto ha habido desgracias en ocho ó diez personas, de las cuales dos
Tambien trabaja una cuadrilla en abrir el canal de la compuerta vieja en Mexifallecieron y las otras están mas ó menos lastimadas.-En vista d-e todo, esta
calcingo, para espeditarlo, con el fin·de facilitar el tránsito de la~ canoas.

101

EL DIARIO DEL IMPERIO.
Prefectura levantó, con fecha 6 del actual, los acuerdos siguientes:-Prevéngase
á las-Subprefecturas y Comisarios municipales formen y remitan á esta Prefectura superior, una noticia circunstanciada de las desgracias ocurridas en la comprension de sus 1:espectivas demarcaciones, con motivo del accidente de que queda
hecho mérito; especificando, respecto de personas, la situacion de cada una de
ellas; y respecto de edificios, la clase de deterioros que hayan sufrido, sus propietarios, las circunstancias de estos, y el costo aproximativo de las reparaciones,-Segundo. Recomiéndese á los Subprefectos visiten, si es posible, los pueblos que tengan noticias hubiesen sufrido de alguna manera por causa del referido
temblor, á fin deque produzcan el informe que se pide en el art. 1~-Tercero. Levántese una suscricion en todo el Departamento, destinada á auxiliar á los infelices que se encuentren en los casos de que ti·atan los artículos anteriores; en la_
inteligencia ele que la suscricion deberá colectarse por comisiones especiales que
se nombrarán, en la capital del Departamento, por V. S.; en los Distritos, por
los Subprefectos respectivos, y en las municipalidades del Distrjto de V_eracruz
por los Alcaldes ó Comisarios de ellas. Logrado el objeto, y en vista de los datos que proporciorren las mismas Subprefectmas y municipalidades, se hará, de
acuerdo con la Prefectura superior, en cada una de las Administraciones de rentas municipales, el reparto ele lo que corresponda, en la proporcion relativa.Cuarto. Dése cuenta al Gobierno de lo ocurrido en el Departamento, de conformidad con lo que hasta aho1:a tiene conocimiento la Prefectura, así como de las
disposiciones que se acuerden, haciéndolo tambien al Consejo general de Beneficencia para los fines convenientes, supuesto que en las bases de aquel cuer,po
está consignada la recaudacion de donativos en los casos de grandes calamidades
públicas.-Oportunamente daré cuenta á V. E. del resultado.-Con fecha 2 participa el Comisario municipal de J amapa, que una fuerza como de 150 hombres,
al mando de Honorato Dominguez, pasó porla demarcacion, rumbo á Cotlalxta, y
que á pesar de que algunos individos de la guardia rural estable se aprestaron á
batirlo, no les fué dado hacerlo por la violencia de su marcha.-El. Comisario
municipal de Soledad, da cuenta en la misma fecha de que una partida de 25
hombres pasó por el paraje de "Dos Matas," rumbo á la barranca de Palmas;
que segun las noticias que ha adquirido, pertenecen á una fuerza que se halla en
el Cocuite, procedente de Tuxtepec. El mismo Comisario asegura que se persigue activamente á los malhechores alojados en la barranca de Palmas.-El Presidente del Ayuntamiento de Alvarado participa en oficio fecha 31 de Diciembre
último, recibido ayer, que el agente ele policía Mateo Ruiz, atropellado por José
Manuel Mora, á quien conducía á la cárcel en virtud de disposicion superior, se
vió obligado á hacer uso de la pistola que portaba y ca,u.;ó la muerte al referído
Mora. He dispuesto que sé proceda á formar una averiguacion, á efecto de esclarecer las circunstancias de este accidente.- Entre dos y tres de la madrugada
de ayer se dec1aró incendio en esta ciudad en la casa conocida por panadería de
la Nacion. El fuego, segun aparece, se inició en la pieza en que se hallaba colocado el horno, y en virtud de la p_roximi_dad en que estaban de este lugar doscientas y tantas pacas de heno, que se quemaron en totalidad, así como algunos efectos y una gran cantidad de timbres para calzada, que·pertenecian á la Legion extranjera. M~c~a parte de _lo que h~ia en la ~~sa se sa-l:7ó., merced á los muy
buenos serv1C10s q~e pr~sto la poblaci_on, la ~olici.a,,1a marma y la guarnicion de
la plaza. La parte mterior de la casa mcendiadi, num, 528, ha quedado inservible, lo mismo que la contigua, núm. 528½, que habitaba D. Francisco Gomez Cabre~a, quien h~ quedado reducido_á la mas compl~ miseria.- Los pueblos del
antiguo San Carlos, Paso de 9veJas y Puente Nacional han s~do evacuado_s por
Jas fuerzas de l;fonorato Doilllllguez, y han LJ.uedado restablecidas las autoridades respectivas.-En lo demas del Departamento no ha ocurrido novedad alguna.
-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior político, D. Bureau.Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion,"
"Ministerio de Gobernacion.-México, Enero 17 de 1866.-Seccion 5~-Dada
cuenta á S. M. el EI?perado~· con la ~omunicacion _de y. S., de 8 del que rige, en
que da parte de las desgracias acaecidas en los Distritos de Córdoba y Orizava
con motivo del temblor que se sintió el dia 2, y de las disposiciones que V. S.
tomó en alivio de las personas que han sufrido por dicha causa; S. M. ha tenido
á bien aprobar las providencias dictadas por esa Prefectura, habiéndose dignado
ver con agrado ~l celo que ha desple~a~o V. S. en favor de ~a humanidad afligida.-Por ausencia del Exmo. Sr. Mm1stro, el Subsecretario de Gobernacion
Frantisco J. Villalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Veracruz."
' '
Son copias. México, Enero 17 de 1866.-El Subsecretario de Gob'ernacion
Francisco J. Villalobos.
·
'

DOCUMENTOS PARA LA HISTORIA DE MEXICO.
ANTONIO LOPEZ,DE SANTA- ANNA, 1Benemérito de la Patria, General de Ditiision, Gran
Maestre de la N1tcional y Distinuuida Orden de Guadalupe, Cobalkro Gran Crut de la Real y
Disting!lida Orden de Cárlos Ill, y Preside;nte de la República Mexicana, á todos /4s que las prese;ntes mere;n, salud:

. Autorizado por la N acion Mexic~na para constituirla bajo la forma de gobierno que yo creyere mas conveniente para asegurar su integridad territorial
y su independencia nacional de la manera mas ventajosa y estable, seguu las
plen~simas facultadts de que me hallo inve~tido; y considerando que ningun
Gobierno ~nede ser mas adecuado á la ~ac10n que aquel á que por siglos ha
estado hab1tuada y ha formado sus peculiares costumbres;
·
Por tauto, y para cumplir este fin, teniendo confianza en el patriotismo, ilustracion y celo del Sr. D. José María Gutierrez de Estrada, le confiero por las
presentes, los plenos poderes necesarios, para que ~erca de las Cortes de 16ndres, París, Madrid y Viena, pueda entrar en arreglos y hacer los debidos ofrecimient~s, _para alcanzar de todo~ esto~ Gobiernos, 6 de cualquiera de ellos, el
establemm1ento de una Monarqma derivada de alguna de las casas dinásticas
d~ estas potencias, b~jo las calidades y condiciones que por instrucciones espemales se establecen.
En fé de lo cu.al he hecho expedir las pres.entes, firmadas de
mi mano, autorizadas con el sello Je la N acion y refrendadas
Lugar del sello, por ~l Ministro de Relaciones, todo bajo la conveniente reservll
en el Palacio Nacional de México, á primero de Julio de miÍ
ochocientos cincuenta y cuatro.
[FirmadoJ A. L.

DE

S,rnTA-ANNA.

Exmo. Sr. D. José María Gutierrez de Estrada.
San Tomas, 30 de Noviembre de 1861.
Mi muy querido amigo: Las noticias que se ha servido V. c~municarme en
sn estimada de 3~ de ~ctubre, que he recibido por el último Paquete, me han
causado un ~ozo mdec1ble, porque son tan interesantes que, si , se verifican,
nuestra patria se habrá salvado de su ruina. ¡Quiera Dios que nuestros sueños
se realicen cuanto antes!
-~l candid~to d~ quien V. me h~bl~ (S. A. I. el Archiduque Fernando Maxim1liano), es mmeJorable; por cons1gmente, me apresuro á darle mi aprohacion.
Hágame V., pues, el favor ~e participárselo, co'm.o tambien á nuestros amigos
pero con to~a reserva, porque bien sabe V. que en política hay cosas que no
deben publicar antes del mo~ento opor~uno, por el mal que podrían producir.
. Supongo q_ue las fuerzas ahadas estaran delante de Veracruz en los primeros
dia~ del _pr6x1mo mes de Enero, y que su presencia será un motivo de gran
sa~1sfacc10n para todos los buenos mexicanos, porque,no verán en ellas un enem1go que los amenaza, sino la mano bienhechora que-va á salvarlos -de la-peor
de las tiranías.
·1 •
No dudo que la opinion se pronunciará muy pronto en el sentido que conviene á aquella sociedad.
Per!,uadido de que ha lle~ado el momento de obrar, ·estoy dispuesto á presentarm~ lo mas pronto pos1ble _en ~l suelo de la patria, decidido á trabajar con
to~a~ mis fuerzas has~a la realizacion completa del negocio. Por el Paquete
prox1mo de 17 deDic1embre, avisaré á V. el dia de mi partida de esta isla y
le diré c6mo me ha de dirigir sus cartas.
'
Ya v: V., amigo mio, que es~oy lejos de dormirme cuando se trata de poner
manos a la obr~, y. que mis acciones est~n de acuerdo con mis palabras.
_Seré muy fehz s1 antes de cerrar los OJOS, me es dado ver á mi patria constituida de ~odo que sea en adelante dichosa y pr6sper-a.
No deJe V. de co.municarme todas las noticias que tenga.
Soy de V. affmo. servidor, que S·. M. B.

s;

.AN.T.ONIO LOPEZ DE S.ANTA-ANNA.

( Se ,o-ntinuará.)

Enre1·1ne,lad de las gallinas.
Consejo Central c1e Salubridad ele México.-México, Enero 13 de 1866.-El
Presidente de la Sociedad médica, trascribió al Consejo el siguiente hecho importante:
"Habi_éndose notado en estos dias, en el gallinero de un ';'ecino de la Capital, con~iderable mortandad en los animales que poblaban aquel, tomé empeño
~n ~vengua_r cuál era el accidente que del mismo modo y con prontitud mataba
a dichos ammale~, y ~n una hermosa gallina que babia muerto aquel día, pude
observar todo el mtenor de la boca cubierto de una abundante erupcion diptérica. Como las enfermedades de esta clase se tienen por contagiosas, seria de de~esear que el público fuese advertido del peligro que se corre en casos semeJantes."
Toma~a en consideraciou l~ relacion anterior, que fué juzgada de importancia,
el Cons~J? ~entral ele Salubridad adoptó las siguientes medidas:
1ª Dmgir~e _al S1:. Prefecto P?lí~ico y al Sr. Alcalde municipal, suplicándoles
redoblen la ,1gilanc1a del cmnphm1ento de la ley que prohibe. la venta de animales mu~rto~ de enfermeda.~. 2~ V~lerse de los medios que están en la órbita de
las atribuciones d_el ConseJO l?ara mvestigar las creces que pueda tener el mal y
P~ºP?~e~ las me~1d~s convementes para evitar el peligro de que se generalice; y
3 ., dn:igITse al publico ~on el fin de advertirle que con hacer uso de la carne de
los ammales ~uertos, s~empre se corre peligro: y habiendo en el hecho denunciado ~or la sociedad _médica uno de trasmision por contagio, las personas en cuyos
gallmeros haya ammales muertos, deben abstenerse de darlos como alimento á
las gen!es, ni á los otros animales domésticos, tanto poi· el riesgo de una enfermedad igual, cuanto porque no se propague en los otro~ animales ó e.n los hombres.-El Secretario del Consejo Central de Salubridad, José María Reyes.

DENUNCJIOS Y SOLICJITlJDES
ANTE EL MINISTERIO J:\E FOMENTO,

-(l~ publicacion.)

México, Enero 15 de 1866.

Solicitud rle D. Juan Boivin, pidiendo privilegio exclusivo por la invencion de una
tela impepneable.
,
"Segundá clase,-:Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cmco.-Valga para los años de 1866 y 1867.-El Gefe Director de la Seccion 3\ Agustin Tornel.-Exmo. Sr.--Juan Boivin, mecánico
frances domiciliado en la casa número 28 de la calle de Belem de esta capital,
ante V. E., con el respeto debido, expongo: que despues de repetidos experimentos en un largo período, he logrado, con la aplicacion del cahonchon, llamado hule ó goma elástica entre dos telas, formar una tela impermeable, que nada tiene
de comun co~ las conocitlas; estas son duras, quebradizas, y tienen un olor desagradable; mientras que las que yo presento ahora son suav.es, no son quebradizas, carecen de olor y cuya invencion puede aplicarse aun á las telas mas finas.
Para el uso de esta invencion (puede aplicarse),'con arreglo á la ley de la materi~, solicito ~ri~legio exclusivo por el término de doce años. Acompaño por duphcado un dibuJO del aparato que empleo para esta ope~acion.~En tal virtud, á
V. E. suplico que, previos los trámites legales, se sirva resolver de conformidad,
en lo que recibiré gracia y justicia.-Juro lo necesario.-México, 11 de Enero
de 1866.-Juan Boivin.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
Lo q~e· se publica en el Dit:irio del Iml?er_io, c?~fom.e al art. 14 de la ley de--~
de Noviembre de 1858.-El Subsecretano mtenno de Fomento, Francisco Ji-

menez.

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

102
(l'.' publicacion)

México, Enero 16 de 1866.

Solicitud de D. Andres Nico"lás Cancela, pidiendo privilegio exclusivo para la introduccion de unos sombreros que denomina "Ventiladores de resorte."
1

"Segunda clase.- Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.-Imperio Mexicano.- Ministerio de Hacienda.- Valga para los años de 1866 y 1867,-El Gefe director de la seccion 3~, Agustín
Tornel.- Exmo. Sr.-D. Andres Nicolás Cancela, fabricante de sombreros, con
el debido respeto, á V. E. expone: que creyendo haber efectuado una mejora material en la manú:factura de su ramo, segun podrá apreciar V. E. por la muestra
que acompaño con esta misma fecha, y cuya mejora consiste en aplicin- un resorte como fuerza sostenedora, en vez de la goma que tan pesado hace el sombrero y tan incómodo, sobre todo, si no se ha de trasportar en la prisma cabeza,
ofreciendo ademas con el uso la desventaja de pasarse la goma, poniendo el sombrero envejecido y de mal aspecto antes de tiempo; siendo, por el contrario, el
sistema que propongo, muy sencillo y limpio, con la cualidad de librar las materias primas del efecto desastroso de la goma, económico por el adelanto de
tiempo de la mano de obra, lo 'que hará bajar el precio, y cómodo por la razon
de poderse doblegar á la elasticidad del resorte.- Como podrá verse por la citaida muestra, he introducido otra mejora notable en el ventilador de alambre rosqueta, colocado entre el forro de cuero y el sombrero. Este es un gran preservativo contra él sudor, pues quedando un hueco entre la cabeza y el sombrero, el
sudor no alcanza á penetrar el material, deslizándose otra vez de la badana, al
alambre; así es que, cambiando solamente el forro de cuero, vuelve á quedar el
sombrero limpio. En los paises cálidos, sobre todo, es inapreciable esta ventaja,
no solo por lo que evita el sudor, sino tambien por el fresco que continuamente
penetra por la rosqueta de alambre. El cuerpo solo de la persona, puesto en movimiento, basta para renovar el aire, que de otro modo queda caliente y comprimido entre la copa del sombrero y la cabeza, pesando sobre ésta una atmósfera
sofocante.-Esta mejora fué introducida en Francia en el año próximo pasado,
. y su introductor obtuvo por ella sola una patente de privilegio. Añadamos á esto el sistema de resorte que propongo, y que es aplicable á todos los géneros de
toda clase de sombreros, y habremos adquirido una manufactura extremadamente cómoda, ligera y económica.-.A.sí, pues, por todo lo expuesto,- .A. V. E.
suplico se sirva acordarme un privil&lt;!gio exclusivo de introduccion, para que en
el término de diez años, contados desde la fecha de la concesion, nadie P.ueda
importar ni fabricar en el territorio mexicano, sombreros iguales, que denominaré "Sombreros de resorte ventiladores."-V. E., que sabe apreciar y estimular
las artes, considerará justo, sin duda alguna, este premio á la constancia y el
trabajo.-Es gracia que el exponente espera merecer de la alta ilustracion y rectitud de V. E.-Dios guarde á V. E. muchos años.-México, 15 de Enero de

por el presente á los dueño,s ó encargados lle imp~enta, á ñn de que antes d~~ 30 del cor_riente
mes dirijan á esta Secretaria sus propuest[!S en pliegos cerrados y sellados, con muestras de
las clases de papel y caractéres d!l letra de que puedan ?i~poner. En vista de ell_a s, &lt;le los
precios que se ñjen á las impresiones, y de las demas condiciones que contengan d1ch~ propuestas, esta Secretaría ~ceptará, las que tenga por mas convenientes.- El Subsecretano de
Estado, José D. Utíbarn.
3a- 2

-==-=

·~------=-·

-- = = = = == = = = = = ==
AVISOS J UD ICIALE S.

JUZGADO DE LETRAS DE TQLANCINGO.
En los autos ejecutivos que sigue en este JuzSado el Lic. D. José María Carbajal, como
apoderado de D. José Castelló, contra D. Luis lasos Nieto, c9mo albacea del~ testamentaría
de D. José Flor, sobre pesos, el Sr. Juez 1? de paz; sustituto del del'.' instancia, ha mandado
se proceda á la venta del rancho de JaA.lcaparrosa, los llenos y casas del rancho d e~an Pabl~,
ubicados enÍa Barranca, de la municipali_dad de A.~atlan; v~luado to?o por el pento D. Vi•
cente Escárcego en la cantidad de tres mil cuatrocientos tremta y seis P?Sos _sesenta. Y dod_Y
medio centavos (3,436 ps. 62½ cs.), señalánd_ose para!ª~ almonedas.los d1as diez y seis Y vemtiseis de Enero próximo y seis de Feb$ro; siendo la últuna con calidad de remate. y todas á
las diez de la mañana.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas _que qui.oran hacer ~os•
tura, ocutTan á la Secretaría de este Juzgado, donde se les darán las _mstrucc!ones necesanas.
Tulancingo Diciembre 30 de 1865.- El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Olvera.
·.
'
~~~

Tribunal de Comercio de México.
En el incidente promovi'40 por D. Juan Magnoni, sobre pago de honorarios en ~os autos
promovidos. por D. César L ausdey contra Arone y Caeu! ~e, ~a mandado P?r este Tnbun~l se
cite por los perióilicos á dicho Laus?ey, con ~l ªfermbumento de que s1 dentro de qumce
días, contados desde la fecha de la pnmera pubhcac1on, no comparece, se tendrán por bastantes los estrados para las diligencias subsecuentes, que deban entenderse con su persona.
En c~mplimiento de lo mandado se pone el presente.
México, Enero 16 de 1866.- José María Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
806-3s- 3

,

Tribunal da Comercio de México.

México Enero 17 de 1866.- En el juicio verbal seguido por el Lic. D. José García, contra
D. A. A.r~nda, se ha proveido por este Tribunal el acuerdo que en lo conducente dice:
"México Enero 16 de 1866.- Cítese por los periódicos á D. A. Aranda, para que dentro de
cuat¡-o dias: contados desde la primera publicacion, en las audiencias de este Tribunal, de las
doce á las cuatro de la tarde, se presente á recon~c~r la firma puesta con su nombre en. d~cumento exhibido por el Lic. D. José García; apercibido que de no comparecer al rec~nocumento, se dará por hecho y se procederá con _arreglo al art ~3 de la l~y de 29 de 1_fov1elll:b:e de
1858. El Sr. Presidente lo acordó y rubncó.- Una rúbnca.-Rodriguez y Palacw, auxiliar de,
la Secretaría."
•
Y en cmnpliruiento de lo mandado pongo el presente.- José María Cardeña, Oficial 29 encargado de la Secretaría.
807- 3s- 3

AVISOS PARTICULARES. ·

-1866.-Andres Nico"lás Cancel.a."
/
·
Lo que se inserta en el Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3

B.emate de-Muebles

,de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino del Ministerio de Fomento,

Francisco Jimenez.

En la calle de la Perpetua número 8, para el lúnes 22 y mártes 23 de Ene.ro de 1866,_ á las
dos de la tarde, estando á la vista el 20 y 21. Las ventas son al contado y sm reclathac1on.
'EXTRAREMATE.-Ropa hecha nueva.
Ignacio Diaz Triujeque: 805-4s-3

.AVISOS OFICIALES.

TINT.rl. IN.!1.1,,iFBBd.BLB, G.!l.R.!l.Jt•TIZ.!l.D.'1.,

.A.DMINISTRACION DE BIÉNES NACION~IZ.A.DOS.

PARA MARCAR LA ROPA.

'AVISOS.

I

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo yasado, la casa de la calle de Mier y Terán, en Dolores Hidalgo, valuada en ($ 900) novecientos pesos, se pone en conocimiento,del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados- el dia 25 del presente mes,
á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la !l(lncurrencia que haya;
ten~ndose wesentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25y27 de la citada ley.
México, Enero 16 de 1866.
.
3a- l

A

•

LA CIUDAD DE MEXIC0.-1~ CALLE DE PLATEROS NUM. 17, Y PORTAL J?E
MERCADERES.

No se necesita ninguna preparacion para seryirse de es~a tint.a. Basta estender la ropa y
escribir sobre ella con una pluma de ave, lo .rr:1smo que s1 flue~e papel.
Es necesario agitar el frasco antes de escnbrr con el contemdo.

P1¡\ECIO DEL FRASCO,

5

REALES.
739- 15a-15

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa de la calle de la-Victoria, en Dolores Hidalgo, valuada en($ 350) trescientos cincuenta pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran
hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados, el dia 26 del presente
mes, á las nueve d11 la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que
haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la
' éitada ley.
México, Enero l6 de 1866.
3a- 2

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEA'rRO DE ITURBIDE.
COMPA~'L\ DRAMATICA.

En la noche de hoy, á la hora acostumbrada, se pone en escena la comedia denominadaFé, Esperanza y Osadía; en seguida se ej~cutará una pieza de baile, y por conclusion se re:
presentará la zarzuela que se intitula: La cola del diablo.
.

Debiéndose sacar á remate, con arre~lo al art. 24 de la ley de 26 de F ebrero del año próximo
pasado, media barra en la mina del Refugio, en el Mineral del Monte, valuada en ($150) ciento cincuenta pesos, se pone en conocimient-0 del público, para que las personas que quieran
Domingo 21 de Enero.
hacerpostura, ocurran á laAdministracion de bienes nacionalizados, etdia 24 del presente mes,
á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con Ja conmmencia que haya; ·
TEATRO IMPERIAL.
\eniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la ciOPERA ITALIANA.
tada ley.
México, Enero 11 de 1866.-El Administi:ador de bienes nacionalizados, J. Suarez y NaEn la tarde de este dia se pone en escena la aplaudida ópera denominada: La Tra~i11ta, en
la cual desempeña el papel de la protagonista la señoritaANGELA PERALTA.
6a- 4
En la noche, la muy aplaudida ópera que se intitula: Yo11e.
0

"'ª"º·

Administracion Principal de B.entas de México.
AVISO INTERESANTE.

TEATRO PRINCIPAL.

~úm. 68.- En !_os al~acenes da esta Aduana e~ten sil?,domumento los bultos que espresa
la lista que á_ cont1~uac1on se pone, y á cuyos duenos se cita por medio del presente, para que
· dentro de tremta dtas, contados desde esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando su propiedad; entendidos de que de no verificarlo, so procederá á Jo que hubiere lugar.

Fedtas de entrada.

25

L¡:. ··--·· ··--·· ···--· ·--~-- ......... ....

11

,,

13
18
20

,,

Uu baúl conducido por Souberbielle . . _.............. _. . . . .
Dos cajas entregadas en esta oficina por el dependiente del
Resguardo D. Francisco Rivera ........ ---· ............ .
Tres bultos varillas de fierro._ .. .... .... _•..••.. .. ..•• ... .
Un baúl conducido por Zenteno .•..... _..•...... _ .... . •...

1
4
2

COMPAÑIA DRAMATICA.

En la tarde se pone en escena el drama de grande aparato, denominado: El Jorobado.

TEATRO DE ITURBIDE.

Bultos.

Noviembre 15 de 1865. Una cajita con botellas, entregada en esta oficina con oficio de
la Comandancia del Resguardo...•...••.••••............
,, Cuatro bultos conducidos por Souberbielle .. .......... ·-· -··
Dos bultos conducidos por Chavero •.•.•...••• _.... .. ..•.. .
Diciembre 9
Un bulto, marca

"
"

1

COMPAÑIA DRAllfATICA.

· En la tarde, la comedia denominada: Sulli~an; en seguida los alumnos de declamacion del
director de la compañía de este watro, desempeñarán el segundo acto de la comedia de Gorostiza, que se intitula: El Jug(ldor, y por final, la zarzuela intitulada: ¡Bue11as noches, Señor

Don Simon!

I

1

Lúnes 22 de Enero.

CONCIERTO EN LA LONJA

2

3

1

15
, . D'1c!em
. b r~ 3 l_ d e 1865.-El Guarda-almacenes, Joaquin Carbajal.
Mexi~o,.
Adtn.llllstrac1on Pnnc1pal de Rentas del Departamento del Valle de México Enero 10 de
1866.-El Administrador Principal, J. de la Barrera.
' 6a-1

CONVOCA'l'OB.IA.
Ministerio de Estado.-México, Enero 12 de 1866.- Cometiéndose por el art 4~ del decr11to de 10 de Abril último á este Ministerio todo lo relativo á impresion de documentos oficiales
y deseando contratarla en los términ9s mas económicos y favorables del erario, se convoc~

'

A BENEFICIO DE LOS ENFERMOS POBRES DE J,,A PARROQUIA

.

DEL SAGRARIO,

Las señoras que componen la Junta de la Caridad de la parroquia indicada, ·con el objeto
de procurarse fondos para socorrer á sus enfermos desvalidos, han dispuesto el gran concierto
que se aniincia, compuesto de muy escogidas piezas que desempeñarán la orquesta de D. Eusebio Delgado, los individuos de los clubs Español y Aleman, diversas señoritas y caballeros
y algunos otros profesores. El precio de entrada es el de dos pesos, y los boletos se espenden
en la tercena de tabaco situada frepte á la reja de la P rofesa.
1

1'IEXICO.-IMPRE~TA IMPERIAL.

..

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Abogado del Imperio</name>
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        <name>Chambelanes</name>
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        <name>Consejeros de gobierno</name>
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        <name>Cruz de Guadalupe</name>
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                    <text>1

DEL

EL

DIARIO ·
Los númer/Je sueltos valen 12 centavos.
TOMO

SUX.&amp;lLIO.
PARTE OFICIAL.--SfiiioMS eondoooradas con la Cruz de San Cárl.os.-Per80nas condecoradas con la Cruz de Guadalupe y Medalla del mérito civil.-Varios nombramientos de cargo/! municipales en los Departamentos de ItUI,bi!le, San,LuiJ y Verac11;1Z.-Subprefocto de Chi1
contepec.-Convocatoria para el desagüe.
PARTE NO OFICIAL.-El Supremo Tribunal de Justicia.-Ocüpacion de Pa})@tla.Ar.cion de Tehuantepee.-Fallecimientos.-Combate con Porfirio Diaz.-Pasajeros llegados
• Ct,mpeohe en Novia~ 7 á Tampico e_n Diciembre de 1865.

de Orizava, en las personas que expresa la lista que vino adjunta á la nota de
V. S., fecha 16 del corriente.
Sr. Prefecto del Departamento de Vemcruz.
8ECCION

2~

S. M. el Empel'$do.r ha tenido á bi~n dirigirme la 6rden siguiente:
"En at.encion á las circunstancias que concurren en el Teniente Coronel D.
Luis G. Palacios, · HEMOS venido en nombrado S~bp1e(ecto del Distrito de
Chicontepec/'
,
,
Y lo coIDJUW:o .á V. para su inteligencia y satisfa~cion.
Sr. Teniente Coronel D. Luis G. Palacios.

D.ocumeutQa Jlll,1'ª la historia de México.
Denuncios y solicitudes.

PA.RTE OFl~IAL.

,

Por_aJl§.!lnCiJ d~l Epno. Sr. Ministro,
El Subseoretuio de Gobernacion,

'Prancisco J: Yilfal.olJos.

GRAN, C'ANCltlERIA llf. LAS OROiNES IMNRIALH.
M4JillQ, 13 de,Enexo d.e J8641.

.

SS. MM. II., por decreto de 8 del act11al, l,1¡u te1.1ido í..bien.cond.ttootai·cJm
la Cruz de la Imperial .Orden de San :Cárlos, á las Señoms:
D~ Dolores SD.llann, de Portilla,
D~ A.na Tenorio de Arriola,
~ Concepcion Diaz de Blanco,
resid~ntes en Cuernaraca.
lfé;ico, 20 de Enero de 1866.

S. M. el Emperador, por decreto de 18 de DicieUU1re pró'Iimo pasado, Ha
tenido á bien conceder las condecoraciones siguientes:
,
ÜRDEN bJ:PERIAL DE GUADALUPE,

•o

OFICIAL.

• D. Manuel Marfa Sandoval, Prefocto político de la Isla del Cármen.
C.A.B.A.LLEROS.

D.
D.
D.
D.

, NuM. 319

lJIEXl(JO.-Lnnes 22 de Enero de 1S66.

III.

Serapio Carrillo, Juez del ramp criminal de la Isla él.el.Cármen.
Francisco Perez de Alcal, Sec.retario de la Prefectura de ídem.
Buenaventura Albert, Cura Párroco de Palizada.
Victoriano Nives, vecino de la Isla del Cármen.
MEDALLA. DE PLATA DEL MERITO ÜIVIL.

D. Francisco Mayaya, Administrador del Hospital de idem.
El Gran Canciller,
ÁLMONTE.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
México, 16 de Enero de 1866.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
por esa Prefectura en D. Pablo Cambron para Alcalde municipal de Puente de
Ixtla, y en D. Agustín Estrada para Comisario municipal de Tlaluepantla Cuautenca.
.
Sr. Prefecto del Departamento de Iturbide.-Cuernavaca.
SECCION 2ª

México, Enero 18 de 1866.

El Gobierno de S, M. _ha _tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
p_or el Subprefecto de~ ~1stnto de Tula en las personas de D. Crist6bal Montiel para Alcalde mummpal de la cabecera; de D. Justo Acuña para el mismo
en:ipleo en Santa Bárbara; de D. Ramon Saldaña para el mismo cargo en Palmillas, y D. Gerardo Alonso para igual emple6 en Jaumave.
Sr. Prefecto del Departamento del Potosi.-San Luis.
México, Enero 19 de 1866.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por
esa Prefectura en la persona de D. Cruz Detor, para Alcalde municipal de
Maltrata.
Sr. Prefecto del Departamento de Veracruz.
SECCION

1~

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
por esa Prefectura para Comisarios municipales de las poblaciones del Distrito

MINISTERIO DE FOMENTO.
CONVOCA.TORIA..
S. M. el Emperador, penetra¡l.9 &lt;fo la impo.rtancia· y necesidad de hacer el
des&amp;güe directo qel Valle de México, y con la i:eso}ucion de llevar adelante esa
obra, arbitrando, ,en defect-9 de otros medios, los recursos 11ecesarios para hacerlo efoctivo, h.a quiirido p.rornovei: an.tes la foi:macion de 'una empresa libre
que acoflt~tii~e su, ejec11ciol},. á la cual acoge,ria con gusto y daría su alta proteccion.
EnJal virtud, el Sr: Subsecretario de Hácienda y yo~ convocamos una junta
de propietarios, y despues de haber expuesto los deseos de S. M., ·qued6 nombrada una comision que redactase la bases bajo las cuales se promovería la empresa. Estas bases son las siguientes:
1~ El Gobierno del Emperador autoriza la formacion de una compañía nacional ó extranjera, que se encargue del desagüe y canalizacion del Valle de México, bajo la condicion de realizar el desagüe, bien sea con sujecion al proyecto
científico y planos formados por el ingeniero D. Francisco Garay, bien por cualqµiera otro que la compañía presente en el término ~ue estipule con el Gobierno,
y que merezca la aprobacion y sancion de éste.
2~ El Gobierno ejercérá sobre las obras del desagüe y de canalizacion, la sobrevigilancia necesaria para cerciorarse de que se ejecutan convenientemente, y con
entera sujecion á los planos y proyectos aprobados;' para cuyo efecto nombrará
los ingenieros ó empleados que tenga por conveniente; mas la direccion y adminis_tracion de las obras, serán exclusivamente de la empresa.
3~ La Compañía se obligará, y garantizará á satisfaccion del Gobierno, la realizacion de las obras de desagüe y canalizacion, empleando, para ellas el capital
que sea necesario, sin lim'.i.tacion á presupuesto formado, ó g_ue se formare, y sin
obligacion de rendir cuentas al Gobierno de la invetsion de sus fondos.
4~ Los canales que deban formarse en el Valle, despues de verificado el desagüe, serán convenidos por la Compañía con·el Gobierno, dentro de los dos meses siguientes al completo desagüe del Valle, y con presencia de las facilidades
ó dificultades del terreno y de las necesidades de la capital, conciliables prudentemente con los intereses de la Compañía; y á la vez se estipulará el plazo en
que deban concluirse.
5~ El Gobierno del Emperador podrá hacer á la Compañía, por sus gastos y
trabajos, y por el gran beneficio público que producirán las obras de desagüe y
canalizacion, las concesiones siguientes:
e La pr~piedad plena y absoluta de todos los terrenos que resulten desecados y pertenezcan al dominio público¡ ó de Municipalidades del Valle, en los lagos de Chalco, Xochimilco y Texcoco, y lagunas de San Cristóbal y Zumpango,
debiendo calüi,carse como lagos y lagunas, los que aparecen delineados como ta, les en el p1ano hidrográfico publicado por el Ministerio de Fomento.
2~ Los terrenos de propiedad particular, con legítimos títulos de dominio,
que resulten desecados por el desagüe general, y que son ciénagas ó lugares anegados, conforme las delineaciones de dicho plano hidrográfico, quedarán del dominio de sus mismos propietarios; mas se hará de ellos tasacion en su actual estado de ciénaga, y en el de terreno desecado, y los ptopietarios quedarán obligados á pagar á la Compañí¡¡. del desagüe,' el 40 por 100 sobre el mayor valor que
resulten tener sus terrenos desecados, sobre el que tenían en estado de ciénaga,
en dinero efectivo ó en terrenos de los mismos desecados, á voluntad del dueño,
y por el precio de tasacion: mas sí los propietarios no pudieren ó no quisieren
pagará la Compañía esta cuota, en dinero ó en terrenos, quedan obligados á
contribuir á ésta anualmente, por e,5pacio de quince años, con el 4 por 100 sobre
el valor total de la diferencia de precio; y si al9un propietario no quedare tampoco conforme en pagar este canon, l¡¡. Compañia le comprará y pagará de contado el valor da,do al terreno en estado de ciénaga.
3ª El Gobierno concede á la Compañía la propiedad y usufructo de todas las

�104

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

"Papantla, Enero 14 de 1866.-Papantla está ya en nuestro poder. Una parte
de la columna Schauer que marchó el dia 4 de Rincon para Agua Dulce, fué
atacada de repente por los flancos y el frente, en un terreno muy escabroso. En
esta sorpresa perdimos un cañon mexicano, despues de que la mayor parte de
los sirvientes de la pieza y su escolta quedaron muertos ó prisioneros. Un medio escuadron de húsares que venia á retaguardia de la expresada columna,.dió
una brillant\) carga al enemigo, el cual perdió 50 hombres, muertos á arma blanca. El capitan de Susani, que venia á la cabeza de esa caballería, murió en el
con¡bate. El enemigo huyó entonces hácia Papantla, perseguido de cerca por
nuestras tropas. Yo mandé suspender la persecucion, para no inter!11mpir los
convenios de paz con anterioridad comenzados.
"El Oapitan, Conde de Geldern, con medio escuadron de lanceros, atacó el mismo día al enemigo en Tecolutla, haciéndole 33 muertos, 11 prisioneros, y dispersando 'el resto de su gente.
"Pronto daré los pormenores de estos dos hechos de armas tan favorables á las
tropas imperiales.
"Los llamados generales Muñoz y Alatorre se me presentaron en el punto del
Rincon, despues de la accion de Aguª' Dulce, solicitando un armisticio. Yo hice
reth-ar al Rincon mi tropa, que estaba avanzada sobre Papantla, y elegimos á
Agua Dulce como terreno neutral.
. "Consideré como una cuestion de honor el recobrar el cañon perdido, y mandé
al Capitan Graf, como parlamentario, á Papantla. Despues de una interesante
conferencia con el titulado General Alatorre, el Capitan Graf, que amenazó con
Y conforme á los deseos de S. M., de hacer pública la participacion de esta tomar á Papantla á viva fuerza si se rehusaba el enemigo á devolver la pieza,
·
vasta_ empresa, que será igualmente provechosa para los que la ejecuten y para consiguió que se le entregara el cañon.
"Hoy se han firmado los convenios de paz, y mañana entrarán nuestras tropas.
el pa1s; se convoca por la presente á todas las personas que deseen por sí solas,
6 formando compañía, emprender la obra exp_resada; para que en el término de á J;&gt;apantla.
"En consecuencia de este feliz resultado, he dispuesto distribuir mí fuerza en
dos meses presen_ten sus proposiciones al Ministerio de Fomento, arreglándolas
distintos
puntos, como lo creo mas conveniente.-El Comandante del Distrito,
á las bases anter10res, qúe siri embargo, .no deben considerarse como absolutas,
Schonowski,
Mayor."
·y podrán modificarse si así lo juzga conveniente S. M. el Emperador.
"Segun
okas
noticias que he recibido en la noche de hoy, las bases esenciales
México. Ene~o 20 de 1866.
,
'
para la recuperacion de Papantla, han sido:
El Ministro de Fomento,
"Papantla reconoce el Imperio.
L. ROBLES.
"El en~migo entrega todas las armas y útiles de guerra, recibiendo sus principales gefes pasaporte para el extranjero.
"En otra correspondencia me informan que el Capitan austriaco De la Sala, ha.
PARTE NO OFICIAL.
celebrado un convenio con Juan Francisco Lúcas, por el cual se obligan los
cuautecomacos á recop,ocer el Imp.erio ·bajo las .mismas condiciones que Papantla. La pacificacion militar de la Síerra del Norte y de la costa anexa de BarloEL S'U'l'B.EMO 'l'B.IB1J'11'AL DE .J'U'S'J!IICIA.
vento, queda, pues, terminada felizmente.- El Coronel, Gefe de Estado mayor,
Zach.-Exmo. Sr; Ministro de Guerra."
'
SEÑOR:
Son copias.- El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez.
El Preside1~t~, Magi~trados, A.bogado general y Secretario del Supremo Tribunal de J ust1cra, qu_er1endo_ perpetua~ la me~oria del beneficio que V. M. ha
Po.rmeno1·es de la accion de Tehuantepec.
hec~o al ,Pª~s con la rnstalac10n del primer Tribunal ,del Imperio, dar un testimo~10 public? de la adhesion á las Augustas Personas de V. M. y de la EmpeMinisterio de Gobernacion.-"Prefectura política del Departamento del Istmo
ratr1zt y m~mfestar de alguna manera la gratitud y recqnocimientci tan justa- de Tehuantepec.-Tehuantepec, Enero 11 de 1866.-Exmo. Sr.-Po.ngo en el
mente &lt;leb1d~s á la bondad. c?n qu~ V. M. se ha dignadó. confiarles los cargos superior conocimiento de V. E. que el 7 del actual, á las siete de la mañana, los
que dese~ penan en la admm1strac10n de Justicia, acordamos costear de nues- disidentes de Juchitan, reforzados con los de la sierra que se les incorporaron
tros prop10s haberes, y colocar en -el Salon de Audiencias del Tribunal, los re- el día 4 bajo las órdenes de Figueroa, atacaron esta plaza dividiendo su fuerza.
t~tos de V. M. y de la Emperatriz; ~ncargándome el Tribunal que, al trasmi- que ascendía á mas de dos mil hombres, en tres columnas, de las cuales una totir este acuerdo á V. M., fuese el fiel mtérprete de los profundos sentimientos mó á viva fuerza el fortin del cerro, y las otras dos avanzaron por el Norte y
Sur sobre las trincheras que tenia formadas de antemano. Conociendo la ventade amor y respeto que ofrece á V. M.
ja
que adquiría el enemigo con la posesion del cerro, lancé una columna para que
Nada podia, Señor, ser mas grato para mí, que cumplir un acuerdo tan conlo
desalojara de este punto, y á los pocos momentos de haber ordenado este moforme co~ los votos de mi co,ra~on. Dígnese V. M. aceptarlos con aquella bevimiento, los valientes que lo ejecutaron con bizai;ría infundieron tanto terror á
ncvolencra que le es caracteristica.
·
los disidentes que no pudieron menos de emprender la fuga, ·dejando en el lugar
Soy,
varios cadáveres. En ese- mismo instante todos los defensores del órden que cuSEÑOR,
brieran las trincheras se abalanzaron simultáneamente sobre las columnas situade V. M., su mas fiel y obediente ~ervidor,
tuadas al Norte y Sur de la plaza, y las dispersaron completamente, causándoles pérdidas cohsiderable8,
El Presidente del Supremo Tribunal de Justicia,
Esta funcion de armas, que duró poco mas de una hora y que hace tanto hoTEODOSIO LARES.
nor á los Tehuantepecanos, ha costado al ~nemipo 118 muertos, incluso un jefe
México, Enero 17 de 1866,
de la caballería de Figueroa, qull se han recogido en esta ciudad y en sus alrededores.-En nuestro poder han quedado ciento cincuentafusiles, dos mosquetes, una.
Al Emperador.
lanza, nueve cajas de parque, una caja de guerra, varias prendas de ropá, cuatro
caballos vivos y siete muertos, y nueve indígenas de la Sierra que por la fuerza
Mi querido Presidente Lares.
fueron obligados á traer en hombros las cargas de Figueroa, y mandé poner en
libertad.-Por nuestra parte tuvimos un oficial, dos sargentos primeros, un cabó
, Con satisfac~ion HEMOS re~i~ido eÍ testimonio de afecto que y once soldaclos muertos, y heridos un Subteniente, dos sargentos segundos, un
el ~upremo Tribunal de J ust1cia Nos ha dado en su primera ·cabo y veintiseis soldados.
Todos los Sres. gefes y ofi~iales han cumplido honrosamente con su deber,
~~ª
Manifesta~ á ese Ilustre Cuerpo que sinceramente le agrade- dist~g_uiéndose con. m~s pa~tic~ari~ad ~1. Sr. Coronel del batallo~ Pavicio, D.
Remig10 Toledo, que eJecuto mis disposiciones con la mayor precision y cargó
c~~os esta espontáne~ demostTacion; y como prueba de recono- sobre la columna enemiga del Sur, que dispersó; el Teniente D. Manuel María
cmuento, la Emperatriz y .Nos, tenemos á honra ofreceros Nues- Lópezry Subteniente D. Pedro Cortés que con intrepidez condujeron al cerro la
tros retratos para el objeto que os proponeis, y como un recuer- columna que desalojó al enemigo, resultando gravemente herido el segundo; los
comandantes D. J. de Jesus Cruz y D. Antonio A. López; las capitanes D.
do de las simpatías que nos unen.
Bernardino López, D. Eustaquio Terán y D. Lucio Montaño; teniente D. LauDesde N?-~stra llegada al país Nos convencimos de que el ra- reano Arias y subtenientes_D. Manuel Ortiz, D. Leonardo Alegría y D. Epifanio
mo de Justicia era el que con mayor urgencia necesitaba una Santomé, todos del ba'tallon patricio. El Capitan de caballería D. José I. Ortiz·
r~forma: esta reforma est~ ya hecha, y contamos con el patrio- teniente D. Sebastian Gonzalez y subteniente de artillería D. Catarino Toledo:
tismo y talen~os d~ los miembros del Supremo Tribunal, para merecen ser mencionados, así como mis ayudantes, capitanes D.' Jesus Rojas y
D. Manuel Valderas que comunicaron mis órdenes con puntualidad en medio del
asegurar su eJecuc10n.
peligro.
Por la poca caballería de la plaza no pude emprender una persecucion consChapultepec, Enero 20 de 1866.
tante: sin embargo, treinta caballos persiguieron á los disidentes una legua has}!AXIMILIANO.
ta internarlos en los bosques, ocasionándoles algunas pérdidas, pues por los partes posteriores_que he tenido llegaron á ?uchitan varias_ carretas 'cargadas con
muertos y hendos, contando entre los primeros el cabecilla mentado por sus críOcnpacion de. Papantla.
menes, Mariano }1artinez (~) Buho, y Maximiano R. Vera que fungia de Gefe
Mini~terio ~e Guen•a,-;-1 ~ Direccion.-1 ~ Division.-México, Enero 20 di) político de aquel Distrito sublevado.
1866.-"Seccion austro-belga.-México, Enero 19 de 1866.-Exmo. Sr.-En esEntre las depredaciones en que se esmeraron los disidentes, la mas escandate moment? acabo de recibir de la Comandancia del Cuerpo la adjunta noticia losa fué, el saqueo que sufrió la casa del súbdito inglés D. Tomás H. Woolich,
de haber sido, ocupado Papantla por tropas austro-mexicanas, con los ,porme- cuyos almacenes encerraban un cargamento cuantioso procedente de Génova,
nores _q~e vera V. E.-Tengo el honor de comunicarlo á V. E. para su superior que un mes há introdujo dicho señor por el puerto de la Ventosa.
eonoc~ento y satisfaccion.-El Coronel gefe de Estado mayor, Zach.-Exmo.
~ que comunico á V. E. para que se digne dar cuenta con lo expuesto á S.
fü. Mmistro de Guerra.
M. el Emperador, felicitándole en mi nombre por el triunfo de sus armas.-Dios
aguas que sean sacadas del Valle, por toda la extension que recorran, hasta perderse en el rio caudaloso del Imperio á que lleguen á incorporarse, y el usufructo perpetuo de ellas, para riegos y movimiento de máquinas dentro del Valle, ·
sin menoscabo de los canales.
4~ La propiedad igualmente y el derecho de beneficiar por sí ó por diversas
Compañías, las minas que acaso se descubran en el corte ó tunel que se haga
para el desagüe, sean cuales fueren los minerales que se encuentren, concediéndosele á uno y otro lado del tajo ó tunel, el mayor número de pertenencias que
las leyes conceden á Compañías colectivas descubridoras, segun la naturaleza y
calidad de las minas.
,
5ª El usufructo de los canales que se construyan dentro del Valle, y por término de cincuenta años, contados desde que se pongan al servicio público, para
el solo objeto de cobrar por razon de peaje, los derechos que se fijarán por la
Compañía,, y cuya tarifá será aprobada por el Gobierno. Mas no podrá la Compañía monopolizar el uso de navegacion.
6ª El Gobierno auxiliará á la Compañía con mil presidiarios, por todo el tiempo que duren las obras de desagüe y canalizacion, siendo mantenidos, vestidos y
alojados por cuenta de la Compañía.
7~ Las reclamaciones que se hagan á la Compañía por indemnizacion de terrenos que necesite ocupar para sus obras, ó por perjuicios que con est:¡,s se ocasionen á particulares, serán pagadas por la Compañía, conforme á las leyes de
expropiacion por causa de utilidad pública, en el caso legal de indemnizacion.

g_iiarde á _V. E. ~uchos años.-El G:e~eral prefecto político y comandante super1or, Lucianó Prieto.-Exmo. Sr. Mirnstro de Gobernacion.-México.
, Es copia. México, Enero 20 de 1866.-El Subsecretario de Gobernacion,

Francisco J. Villalob0s.

Fallecimientos.
Ministerio de Guerra.- Gabinete.-México, Enero 20 ele 1866.-El Exmo. Sr.
Ministro de Negocios Extranjeros y Marina, con fecha 16 clel actual traslada á
e~te Minis~rio el ?fi~io que le dirigió el Exmo. Sr. Enviado extiaordinario y Mimstro plempotenc1ar10 del Imperio en Paris, remitiendo las actas de defuncion de
los individuos siguientes:
Antonio Barradas, prisionero mexicano, muerto el 30 de Enero de 1863 en la
isla de la Martinica.
. Martin .A.brahan, fus)lero ~e- la 2~ compañía mexicana del ,Regimiento extranJero, muerto en el hospital militar de Córdob,a el 11 de }.,ebrero de 1864.
Gabino Gonzalcz, nacido en el año de 1800, murió en la mar á las doce de la
noche de! 23 de Abril de 1864, á bordo del trasporte " La Dryada."
Antometa de Heras, de 54 años de edad, nacida en México, viuda de Francisco Barrier, muerta en París el 5 de Noviembre de 1864.
Nanuel Víctor, fotógrafo, de 20 años de edad, Nacido en Campeche (Yucatan), murió en el hospital civil de Niza el 18 de Noviembre de 1864.
D~ Juana María Ignacia Agustina Orth de Rosas, Dama noble de la Orden de
Marí3, Luisa ~e España, de· 7¾años de edad, nacida en el Rosario (Departamento
de Sonora), vmda de D. José de la Cruz, murió en Paria el 19 de Marzo de 1865.
J ose María Vargas, prisionero de guerra me:ricano, murio en la isla de la Martinica el 26 ele Marzo de 1865.- El Subsecretario interino de Guerra, J. M.

Márquez.

105

C?n.abso_luta confianza, el voto entusiasta de los mexicanos, y, con paso firme,
dir~ase a las playas mexicanas, seguro de ser recibido con las muestras de amor
y de~ mas profundo respeto, persuadiéndose á la vez que solo su agradable presenc1_a ,bastará. para que la conéordia asome por todas partes. La ocasion es
prop1crn; V. A. I. puede hacer la dicha de, los mexicanos, colocando su nombre entre los héroes que la posteridad bendice.
El vasto, hermoso y rico suelo de México, abunda en elementos para ser el
p_rimer Imperio del Cout~nente americano; por consiguientE:, no es un poder
ndículo con el qué se brinda á V. A. I. Verdad es que el país ha sufrido la
auarquí~ de me~io siglo; pero bajo los auspicios de la paz, con un gobiei-no patern~l, J_usto é ilustrado, sus quebrantos se repararán en pocos años, y será la
adm1rac1on del mundo. ¡Pluguiese al cielo que así lo viera antes de terminar
mis clias!
·
Dígnese V. A. I. reconocer en el decano del ejército mexicano á un adicto
Y· desinteresado amigo, y al .mas obediente servidor que le desea 1:s mavores felicidades, y atentamente B. 11. II. MM. de V. A. I.
·
San. Tomas, Diciembre 22 de 1863.

A. L.

DE SANTA- ANNA • .

A S. A. I. y R.
el Archiduque Fernando Maximiliano de Austria.,
Sr. D. José María Gutierrez de Estrada.
. .'
San Tomas, 15 de Octubre de 1861.

.Mi apreciabl~ amigo.
,
Tengo á_ la vista su gr~t~ del 15 de Setiembre, y en su contestacion le digo
que
tema algunas not1cras ~obre la resolucion tomada por las tres potencias
mantlmas con respecto á México. .
,.Lo 9u_e V. me dice hoy, me demuestra que no puede haber duda en el camb10 pr6x1mo de la situacion.
Lo que ~o~vendr~a ah~ra, seria aprovec~ar una ocurrencia tan propicia para
que se realizaran mis antiguos deseos, te1;11endo presente que la ocasion es calv~ y no se presenta dos veces. Mucho convendri¡i que V. se acercára á esos·go- '
biernos para r,cordarles sµ~ antiguas solicita?iones, haciéndoles p~esente, sobre
_todo, qµe Mex1~0 no tendra paz duradera, m10ntras no cure radicalmente · s u /
mal, y el rem~d10 no _pu~de ser otro q~e sustituir á esa fars~ llamada República, un Impeno constltumonal. Esas mismas naciones podrian elegirle de comun ac~erdo: Hágale~ V. presente ta~b~e~, que hoy mas que nunca estoy dispuesto a realizar esta idea, y que trabaJare sm descanso para ello. Yo no quiero
~ue se J?-enoscabe la _nacionalidad de México: lo que yo deseo únicamente, es la
mstalacron de un _gobierno de 6rden, ~apaz de reparar todos ¡os males que ha causado la demagogrn, y de _hacer 1~ feh_mda~ de los mexicanos, empezando por
r~stablecer eY culto· cat6hco,. casi extmgmdo en un país que se ha distinguido
srnmpre d~ una manera pa!ticula~, por su. res~eto y sa amor á la Religion.
Ruego a V. q~e comumque m1 resoluc10n a nuestro comun amigo el Señor
.. ... .... ... ... quien espero empleara toda su influencia en hacer que triunfen los
.buenos principios.
,._
. Debo decir á_ "V_., por último, que despues de la profanacion de nuestras Iglesias, me he de~1d1do_ á s~r _el vengador de tantos ultrajes sacrílegos, confiando
en que la P~ov1denc1a Divma me dará las fuerzas necesarias para llevar á cabo
esta resoluc10µ .. ... ,. Mucho he adelantado ya, y pronto estaré en México.
Sabe V. que soy su afectísimo amigo y paisano.
' .

r

Combate con Pol"firio Diaz.
Ministerio de _q-uerra.-1~ ~ireccion.~lª Division.-Mé~ico, Enero 18 de
1~66,;--El Sr. V1SI~a.dor In:i.p'erial d~ !os Departamentos de Oajaca, Tehuantepec
Y. Chiapas,. ha p~t~cipado a _este ~misterio, c'on fecha 13 del presente, que habi~ndo temdo not1c1~ el Temente Coronel D. José Ramirez .A.cevedo, el dia 6 del
IDlS~O, que e_l, c~becilla D. Porfirio Diaz, con quinientos hombres, se dirigia sobre
TlaJiaco, saho a su encuentro con_ la corta guarnicion de aquel punto, y habiéndose _trabado. el combate en las lomas de San Pedro, lo obligó á retirarse, con
pérdida de 23 h~mbres entre muertos y heridos.-El Subsecretario interino de
Guerra, J. M. Marquez.
.

Pasajeros llegados á Tampico y Campeche.
Ministerio de Negoci~s extranjeros y M~ri_na.-Noticia_ de los pasajeros llegados al puerto de Tampico, en el mes de Diciembre próximo pasado con expresion de su sexo y nacionalidad.
'
Hombres:
3

Franceses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Españoles . .......... ............ . . .. : . . . . .
Italianos. . . . . . . . . .....~. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Americano. . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Prusiano........ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Mujeres.

2

8
2
1
1

"
"
"

15

2

"

RESUMEN.

Hombres. .. .. . ... ................ .... .. 15 ' ,
Mujeres .............................. : . . 2
'l'otal............

ANTONIO LOPEZ DE SA.NTA-ANNA,

( Se continuará.) .

17

México, Enero 17 de 1866.
Noticia de los pasajeros llegados á Campeche, procedentes de otros puertos del
Imperio, en todo el mes de Noviembre de 1865.
·
Hombres.

Mexicanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . .
Frances . ............ . .................... .

8
1

ANTE EL :MINISTERIO DE FOMENTO.

Mujeres.

"

"

Totalr . . . . . . . . . . . 9
,,
México, Enero 15 de 1866.-El Subsecretario de Marina, L. Détroyat.

.

DENUNCIOS Y SOLICITlJDES

SECCION

(2~publicacion.)

2~
México, Noviembre 30 de 1865.

S()~icitud.&lt;le D. Oiriaco Riegas, pidiend.o privüegio exclusivo por diez añ-Os, para 7,a
invencwn &lt;le un nuevo sistema de rie7.es movibws adaptarlos á las ruedas, y que
producen el efecto de que estas puedan caminar lihremente por cualquier terrena
arenoso, cenagoso ó pantanoso.

"Segunda clase,--;Duatro reales.- Para_ ~1 bi~nio de mil ochocientos sesenta 1
cuatro_y sesenta y cmco.--:Exmo. Sr.-9maco Riegas, ante V. E. con el respeDOCUMENTOS PARA LA HISTORIA DE MEXICO. ,
to debido: comparezco y, digo: Que dedicado hace años á la conduccion de carros por divei's_os caminos del país, y últimamente en la frontera y en el vecino
SEÑOR:
Es1!1~º. de TeJas'. he tenido ocasion de sentir p;·ácticamente las graves molestias,
. Al llegar á mi noticia que un considerable, número de mis compatriotas mo- pCIJUICIOS y cr~c1dos gastos q~e, el comercio principalmente, tiene que sufrir en
~idos _d~l mas _puro patriotirn10, fijaba su vista en V. A.. I., llamándolo al trono la penosa estacio_n de l~s lluvias, ~n qu~ ~uchos de nuestros caminos se ponen
ver~aderamente mtrans1table~. Digo prmc1palmente, porque á los mismos incon1exico, m_i alma rebo_s1 de con~ento. Si me hubiera encontrado en posibi- yerue~te_s se hallan exp~estos todos los viajeros que caminan, ya en los carrua1 a de seguir á la Com1s_ron rne:x1can~, V. A. I. habria oído por la voz de
Jes pubhc~s, ya en particulares, .Y tambien el Gobierno con la artillería y trenes
un_o de los pr6ceres de la rn~ependencrn, por el que ha ocupado tantos años el de ca~pana. De~eoso yo de obviar tantos y tan graves males, y estudiando el
PÚ1mer lugar entre su~ concmdsdano$, ratificar lo que el digno presidente de mecarusmo d~ las rued~s que desde tiempo inmemorial se usan para toda clas~
e a expresaha con tanta elocuencia como sinceridad.
de carros, crei que, v~r1ando este mecanismo, se, evitaria el que las ruedas se
. Sí, Señor; al tener el honor ~e saludar á V.. A. I. como Emperador de Mé- ~tascara? y ~ntorpecieran la marcha de los veh1culos. Desde luego me dediqué
xi,co! secmi~a~iclo el voto de mis co~p!l~riot~s, al ofrecerle respetuosamente mis a 1~ reahzacion. de este pensamiento, y despues de mucho estudio, cálculos y exdeb1les serv1~10s, pu~do asegurarle sm _hsonp, que mi adhesion á su augusta perllllentos, he- mventado un sistema de rieles moyibles.adaptados á las ruedas y
rrsona no treue límites; Y Y-~ que la distancia me ha privado de la satisfaccion que produc_en el efecto de i ue estas puedan cammar libremente por cualquier
e _verm~ ~n su prese~crn, m1 pl~ma s~pl!rá ese deber desde este lugar de mi terren? arenoso, cenagoso o pantanoso; conservando una perfecta igualdad de
res1de~c1a. las expres1~nes de mis sentimientos, ac6jalas V. A. I. con la bene- roza~ento, como que nunca tocan el piso, sino constantemente á los rieles.~erm1~ame V. E. que en esta solicitud no entre en difusas explicaciones de mi
volencia que le es propia.
mvenc10n,
ya porque el modelo ~ue tengo el honor de presentar las contiene,
Puedo tambien asegurará V. A. I. que la voz que en México se levanta
aunque
de
una manera co~pendiada, ya porque me propongo presentar á V. E.
proclamando_ su res?etable nombre, no es la de un partido. La inmensa mayoun ~arro que tengo.construido conf~rlne ~ modelo, y en el que prácticamente se
ría de la numon asp1_ra á restablecer el Imperio de los Moctezumas con V.' A. I. advierten la,ri _ve~taJaS de la nueva mv:encion, pues no es solamente la principal
la cabeza, persuadid~ ~e ser el único remedio que puede curar los graves roa- 1ue antes he mdicado y que ~ra el obJeto á que tendía mi estudio, sino la de que
es de la somedad, la ultima áncora de sus esperanzas. Acoja, pues, V. A. I. a pesar del mayor peso que tiene un carro con rieles, ya de madera ó ya de fier-

l'd

f

�106

EL DIARIO DEL IMPERIO.

ro, la fuerza motriz necesaria para arrastrarlo es de una tercera parte menos que

la que se emplea en un carro comun; de manera que si antes se necesitaban seis
mulas para estirar un carro cargado con 100 arrobas, mediante la aplicacion do
los rieles movibles, el mismo carro puede ser conducido por cuatro, ventaja no
pequeña si se atiende á que hoy, para hacer salir un carro de un atolladero, se
necesita muchas veces duplicar y triplicar los tiros, lo que ocasiona un maltrato
de los animales que, á la larga, exige fuertes gastos de reparacion. Si como no
dudo, V. E . se convence con la teórica y se persuade con la práctica de que mi
invencion es de grande trascendencia y de una inconcusa ventaja para el comercio y para todo el que tiene que transitar por caminos que no sean de fierro, espero y pido en toda forma á V. E., que se sirva recabar de S. M. el Emperador
un privilegio por diez años, para el uso de los rieles movibles, con exclusion de
cualqufora otro que no podrá construirlos ni aplicarlos sin convenío previo con
el inventor.- Mi solicitud es arreglada á la léy, y en tal virtud á V. E. suplico
se sirva proveer de entera conformidad.-Monterey, Agosto 30 de 1865.-Exmo.

Sr.-Ciriaco Riegas."
Lo que se publica en el "Diario del Imperio," conforme al art. 14 de la ley de
3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.

AVISOS OFICIALES.
MINISTERIO DE ESTADO.
AUDIENCIAS MINISTERliLES.

Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que exige !&amp; espediaion de los negocios de las Secretarías del Despacho, ha acordado el Consejo áe Ministros,
con autorizacion de S. M. el Emperador, las dispasiciones siguientes:
1~ El Ministto de Estado dará audiencia diana de diez á once de la mañana. .
El de Negocios Estranjeros, los lúnes, miércoles y sábados, de diez á once de la mañana.
El de Gobemacion, todos los días de dos á tres de la tarde,
El de Justicia, los lfines, miércoles y viémes, de tres á,euatro de la ~arde.
El de Instruccion Pública y Culto¡¡, los m&amp;1es, juéves y sábados, de diez y'llledia á doee
de la mañana.
El de Guerra, los lúnes miércoles y viémes, de doce á una de la•w:de.
.El de Fomento, todos los días, de las dos á las tres de la tarde.
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á Ja una deLdia.
Las personas serán recibidas en el órden con que se hayan presentado, sin distincion de

-;rEl que quisi8J8 ser oido ,en ~dienela p~icular, deberá pedirla por medio de una e,¡que-

la, indicanao el asunto. Si no concurriere con exactitud á la hora que se le hubiere designado,
noselerembirá.
1P. LIII penome que quieren saber el eftldo que guardan ms negocioe,.se dirigirán al
Otioial de panes.
4~ Se recomienda á las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la espo·tllelon de sll8 negocios.
~ Los Mlnistroa no reciben ,visilaa en su deap¡;ql'Q, ,niuatan en!:lll habi&amp;aeion los negocios
oficiales.
~ A fin de estirpar la cqstumbre tau:::iciosa a1 buen servicio como al decoro del Góbier·no, oon qu&amp; se molesta y ofende á- los
uoe, ya moviéndoles influjos para el despacho de
Jae negocios, ya distrayéudolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á 1011 inreresados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra faUa, y que S.M. ha p~ohibidoespresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerencia en negocios estraños
ásuramo.
7~ Una copia de e,ste acuerdo se conservará- permanentemente en la entrada de los Ministerios.
México, 8 de Agost-0 de 1865.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

AVISO.
Relacion de los espedientes qne para sustanciarlos es necesaria la presencia de los interesados en esta oficina.
Secciones 1'!- y 2~144, 266,457,476,493,702,718,868,869,880,890, 1,030, l,106, 1,159,
1,198, 1,200, 1,205, 1,254, 1,331, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1,658, 1,675, 1,676, 1,779,
1,806, 1,808, 1,817, 1,884, 2,011, 2,109, 2,171, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460,
2,635, 2,665, 2,748, 2,850, 2,854.
362 al núm. 3 de Puebla.
1,441 al núm. 2 de Morelia.
372 ,,
13 de id.
1,603
10 de Querétaro
373
14 de id.
1,607
14 de
id.
383
24 de id.
1,608
15 de
id.
390 ,,
31 de id.
1,610
17 de
id.
798 ,,
2 de Orizava.
1,611
18 de
id.
1,024
85 de Puebla.
1,614 ,,
21 de
id.
1,047 ,,
3 de Atlixco.
4,246 sin núm. de Puebla.
1,048 ,,
5 de id.
4,730
de id.
Asimismo es necesaria, en la seccion 1! , la presencia de las personas siguientes:
Sr. D. José María Yelazquez de la Cadena, y
Sra. D! Juana Sanchez.
Hoy se han elevado al Exmo. Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados por esta oficina, los espedientes números 1,131, 1,425 1,941, 1,995, 2,126, 2,127, 2,132, 2,246 3~, 2,246 4~,
2,283, 2,522, 2,901, 5,194.
1,101 de Yeracruz con el núm .•.... 6 4,864 de Querétaro con el núm ••.. 355
1,10-2 de id.
7 8,110 de Puebla
231
1,103 de
id.
8 5,246 de O1aca
377
"
1,266 de
id.
16 5,249 de i .
380
"
" sin número.
1,267 de
id.
17 6,074 del Valle de Santiago,
"
1,268 de id.
18 6,125 de Querétaro con el núm.... 259
"
1,269 de
id.
19 6.354 de S. Luis Potosí ,,
164
1,270 de -id.
20 6,355 de
id.
16.5
-···
"
1,272 de id.
22 6,773 de Guadalajara
--.. 216
"
1,273 de
id.
23 7,172 de Puebla
---. 689
"
"
1,281 de Córdoba
7 7,332 de id.
. ... 1,024
"
1,282 de id.
8 7,402 de id.
-..... 250
"
"
1,283 de id.
9 7,408 de id.
---- 1,243
4, L68 de S. Luis Potosí " ,
2 7,409 de id.
• ... 1,242
México, Enero 20 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y
Natarro.

ADlIINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

sente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la con~urrencia
que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 Y 27 de
la citada ley.
México, Enero 18 de 1866.
3a- 1
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 5 de la calle de Santa Rita, eu Orizava, valuada en($ 2,951.9'~ cs.)
dos mil novecientos cincuenta y un pesos. noventa y dos centavos, se pone en .~noc~ento
del público, para que las personas que qmeran hacer postura, ocurran á laAdmm1Strac1on de
bienes nacionalizados el día 30 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 19 de 1866.
3a-1
Debiéndose sacar á remate1 con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del alio próximo pasado, la accesoria letra C, calle del Cármen Bajo, en Oajaca, valuada en (~ 300) trescientos pesos, se pone en conocimiento del público, para que las ~rsonas que qweran hacer
postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el d1a 31 del presente mes, á
las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que ~aya; teniéndose presentes para el efecto ]as prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley. ,
México, Enero 19 de 1866.
3a-1
Debiéndose sacará remate, con arreglo.al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año pró~o
pasado, media barra en la mina del Refugio, en el ~in~ral del Monte, valuada en ($150) .ciento .cincuenta pesos, se pone en conocimiento del publico, para que las personas que qweran
hacer postura, ocurran á laAdministracion de bienes naci,;&gt;nalizados, el dia 24 del ~resente mes,
á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que ha~;
teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México Enero 11 de 1866.-El A,dmin.istrador de bienes .nacionalizados, J. Suaru 1J Na"ª"º· '
6&amp;-5

AVISOS JUDICIALES.
.Juzgado de prim~ra instancia de San luan del &amp;io.
En el juicio verbal promovido por D. Macedonio Martinez conqa D. Jesus Ta~ares, sobre
pesos, el Sr. Juez de 1~ instancia ha mandado se pr~a,af rema.te _de la casa ubicada en esta ciudad en la ealle de la Bóveda, avaluada por los pentos D. Guadalupe Perusquía y D. Áll·
tonio Manuel Ch1n:e,i en la cantiaad de (802 ps. 75•cs.) ocbooientos dos-pesos setenta y eineo
centavos: lo que se hace ~ r po1 el.presente1 señalándose para las.almonedas los diaa 21,'22
;r23 del corriente, á las once de la mañana en punto,. siendo 1a última &lt;:On calid~ de _rem&amp;lie.
San Juan del Rio, Enero 11 de 1866.- El Secretano-0.el J~gado, Lic. Ctkst1110 ~ 808-3a- 2

'l'ribunal de Oomeroio de 'Mé:doo.
M6xieo, Enero 17 de 1866.-Eu el espediente ~e concurso á ~ienes- de ~- ~mesto ~ •
este Trjbunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de l011._p.en6d1oos y edid9s;
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comproban~
de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo:mandado.- Jon María Cartkña,
Oficial 2? encargado de la Secretaría.
·
809-15s-2

B.emate.
En los autos del juicio ejecutivo que sigue D~ Santos Pela.ez'contra 1~ testamentaría de D~
Justa Gutierrez,.sobre pesos, se ha mandado por el Sr. Juez de ellos, Lic. D. José Mana Cordero, en auto de 18 del corriente, se proceda á la ven~a de una finca urbana, co~ocida con el
nombre de" Baño de la Soledad de Santa Cruz," ubicada en la plazuela del lll!Smo nombre,
marcada con el núm. 6, perteneciente á dicha testamentaría, valuaaa por los peritos D. Vicente Heredia y D. Ramon Agea e,n 6,674 pesos; señ11lando para I11s alJnonedas los días 7, 19 y
31 del próximo Enero, á las doce de la mañana, siendo la última con calidad de remate.
Lo que se hace saber., con el objeto de que las P?rsonas que. deseen comprarla, ocurran al
Juzgado sito en la antigua casa de Moneda, los aias y horas citados.
' Méxic¿, Noviembre 18 de 1865.-El Eiicribano público, ,foto-nio Campos de la Vega.
769- 15a-15

AVISOS PARTICULARES.
Jtemate de Muebles
En la calle de la Perpetua-número 8, para el lúnes 22 y mártes 23 de Enero de 1866, á las
dos de la tarde, estando á la vista el 20 y 21. Las ventas .son al contado y sin reclamacion.
EXTRAREMATE.-Ropa hecha nueva.
Ignacio Diaz Triujeque. 805-4s-4

SEGUROS CO.J'VTBd INCENDIOS,
Co~AÑU J)E SEGUROS DE G;r..A.DBACH.

Capital de fo!ldo. . . . . . . . . . . . .

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE Il.A.SILEA (BASEL).

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compaiiías, calle
de San Bernardo núm. 2.
400-180s-115

Baeienda de 'l'emiseo.
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Cuernavaca, su
venta estrajudicial, se participa al público, para que las personas que quieran adquirirla, ocurran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, Tercer Orden de San Agustin núm. 5, todos los días
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
799-30s-6

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO DE ITURBIDE.
cm1PA1'"1A DRAMATICA.

Esta noche, á la hora de costumbre, se pone en escena la zarzuela nueva en un acto, que
se intitula: El loco de la bolutrdilla, 6 última noclte del Q,itijote; en seguida se bailará una pieza,
y por última vez se representará la otra zarzuela denominada: La cola del diablo.

AVISOS.
Debiéndose sacar á remate, con aneglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa de la calle de los Olivos, en Dolores Hidalgo, valuada en ($180) ciento
ochenta pesos, se pone en conocimiento del público, para que fas personas que quieran hacer
postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 27 del presente mes á
19:5 nueve de la maflana, á- cuya hora come112:ará el remate con, la conc~encia que haya; 'teméndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 18 de 1866.
3a- l
Debiéndose sacar á remate, con aneglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 10 de la calle de Calzonzí, en Querétaro, valuada en ($ 542) qwniento~ cuarenta y dos pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que
qweran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el día 29 del pre-

CONCIERTO EN LA LONJA
A BENEFICIO DE LOS ENFERMOS POBRES DE LA PARROQUIA
DEL SAGRARIO.

Las señoras que componen la Junta de la Caridad de la parroquia indicada, con el objeto
de procurarse fondos para socorrer á sus enfermos desvalidos, han dispuesto para la noche de
hoy el gran concierto que se anuncia, compuesto de muy escogidas piezas que desempeñarán
la orquesta de D. Eusebio Delgado, los individuos de los clubs Español y Aleman, diversas
señoritas y caballeros y algunos otros profesores. El precio de entrada es el de dos pesos, y
los boletos se espenden en la tercena de tabaco situada frente á la reja de la Profesa.

ll.lEXIVO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 319, Enero 22</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Cruz de Guadalupe</name>
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EL

DEl

Dl!B10
Los números sueltos valen 12 centavos.
°TOMO

III.

SVM:AB.IO.
PARTE OFICIAL.-Magistrados suplentes del Supremo Tribnnal de Justicia.-Id. id. del
'Tribunal Superior.-Circular á los Prefectos sobre diferentes puntos.
-.a-ARTE NO OFICIAL.-Sentencias de la Corte Marcial de Tlalpam.-Disidentes p,esenltados.-Movimiento en el ferrocarril de Chalco.
Noticia&amp; extranjeras.

,·

1&gt;euuncios y solicitudes.

PARTE OFifJIAL.
MINISTERIO DE JUSTICIA.
8ECCION

1~
México, Enero 22 de 18'i6.

S. M. el Emperador, por acuerdo fecha 20 del presente, Ha tenido á bien

a

membrar magistrados suplentes de ese Supremo Tribunal de ,Justicia, los abo~dos siguientes:

D. Juan Rodriguez de San 1,{iguel.
,, Crispiniano del Castillo.
,, Agustin Flores Alatorre.
,, Gabriel Sagazeta.
,, Alejandro Ara11go.
,, José Guadalupe .Arriola.
'! lo comuniéo IÍ V. E. para conocimiento-del propio Tribunal, y fi.nes consi~1entes.
.Señor presidente del Tribunal Supremo de Justicia del Imperio,
S. M.. el Emperador, por acuerdo fecha 2-0 del presente, Ha tenido á bien
~ombrar magistrados suplentes de ese Tribunal Superior de Justicia, á los abo.gados siguientes:
D. Francisco Villavicencio.
,, Manuel María Bustos.
,, Juan N. Vértiz.
,, José María Zaldívar.
,, Benigno Payró.
,, Francisco de P. Tabera.
~ lo ~omunico á V. S. para conocimiento del propio Tribunal y efectos cor'respon&lt;hentes.
.
Señor presidente del Tribunal Superior de Justicia de esta Corte.
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
Circular núm. 5.

NuM. 320

1'IEilfJ0.-1'Ia~tes ~3 de Enero de IS66.

México, Enero 19 de 1866.

Señor Prefecto:
Antes Je la promulgacion de las leyes de 1? de Noviembre del año pr6ximo pasado, exp~didas para complemento y amplificacion de los preceptos del
-Estatuto, la accion de las Prefecturas divergente,y mal segura _por falta de re.glas fijas que la dirigieran en sus variadas aplicaciones, ha podido resentirse de
retardos y desvíos que reclamaban la indulgencia del Gobierno, tanto como su
it1.tenen_cion impulsivs y reguladora; pero una vez precisadas detalladamente
las func10nes de los gefes de los Departamentos, y trazada la amplia 6rbita den-tro de la cual van á ejercerlas, todas las providencias de ellos emanadas deben
&lt;00nverger_ hácia la unidad administrativa, sin rémoras ni descarríos que ya no
•encontrana~ excusa ante ~os ojos del Gobierno, y que éste se propone reprimir
•con mano firme. En tal virtud, me previene el Emperador que excite á V. S.
·de_ la manera mas formal, para que procure con solícito afan dar el mas cum·phd-0 ·lleno_ á los deb~res que ~e. incumben, con .objeto de que se haga sentir lo
menos posible 1~ acc1on coerc1tJv3. del poder central. Las instrucciones del Emperador, com_umcadas á los Prefectos en 3 de Noviembre de 1864, de las cuales acompaño á V. S. abundantes t&gt;jemplares por segunda vez, previniéndole
que observe punto por punto los mandamientos en ellas contenidos presentan
-un modelo de administracion ordenada, por el que deben normars~ los actos
:prcl'ectorales, y ~roporcionan á V. S. un campo muy vasto para acreditar su
-ce~o ante .el Gob1er~o, y ante el ~a~s su ~mpeño y su decision por el bien pú(8~00. ,La ley or~~1ca de la adm1~1strac1on departamental gubernativa, armo.rozando los movimientos de las d1ver:Sas esferas administrativas, demarca la ex-

tensio11 de los deberes que los funcionarios del 6rden gubernativo contraen_ para con la sociedad y el Gobierno, y la suma de facultades que para cumph~los
se les delega. La vida de los municipios ha sido hasta hoy precaria y trabaJOSa
por falta de los elementos necesarios para ~xpe~sar los servicios pec_uliares del
réw.men comunal. La ley provee á e.qta ex1genc1a arregla~do la hacienda ~~­
nicipal y ministrándole abundantes recursos; pero es preciso no explotarlos 1hmitadamente, sino arbitrarlos á medida de las necesidades, para no cegar los
manantiales de la riqueza pública, que lo son tambien de la prosperidad. del
erario, La implautacion de la policía, tantas veces frustrada, es una necesidad
imprescindible _en nuest~ _estado de civilizacio_n,_ y V: S. ~e?e esforzarse por
organizar este 11nportan~1S1mo ra~o de. la adm1ms_trac1qn, v1g1lando . por la o_bservancia de la ley relativa, y temendo presente siempre, que la pohcía, lo IIllS•
mo que la justicia, ha sido instituida para asegurar la ejecucion de las leyes y
110 para infringirlas; para garantizar la libertad individual y no para atentar
contra ella; para hacer efectiva la seguridad de los hombres humados y no para emponzoñar la fuente de los goces sociales.
Es, pues, necesario, Señor Prefecto, imbuirse el espíritu de esas leyes y de
todas las demas que forman el C6digo oigánico del Imperio, analizarlas en sus
pormenores, descubrir la combinacion general que presenta el conjunto de ellas,
y entrar con seguridad y franqueza en la via de la reorganizacion social y del
progreso. El Etnperador espera de V. S. aquella exclu;iiva consagracion al servicio público, que demandan los multiplicados deberes é inapreciables intereses
encomendados al cuidado de los gefes de los Departamentos, y ella será con~iderada en lo sucesivo como condicion esencial para el desempeño de las funciones prefecto_rales.
La legislacion constitu~iva de un. pueólo es inconcusamente la mas necesaria é importante de las mejoras morales; pero como el Emperador se afana con
iufati~able solicitud por la realizacion de todas las que permita plantear la a~tual situacion del país, necesita, para prepararlas, los datos que paso á especificar, y que cuidará V. S. de proporcionar con la mayor exactitud y regularidad posibles; bajo el concepto de que acompañará á sus informes los documen·
tos justificativos correspondientes.
•
Se servirá V. S. producir mensualmente informes detallados acerca &lt;le los
puntos siguientes: estado y número de las cárceles existentes en el Departamento: cuáles son las gavillas armadas que lo infestan, y fuerza de que se compone cada una de ellas: casos de robo acaecidos en el trascurso de cada mes:
fondos de las escuelas de instruccion primaria, ademas de la parte de los munici·
pales que se destine á sostenerlas y fomentarlas: progresos de la vacuna: noticia
de los ingresos y egresos, manifestando si se ha acostumbrado formar mensualmente el estado comparativo de unos y otros: número, nombre y tendencias de
los peri6dicos que se publiquen en el Departamento, expresando si se forman
colecciones de cada uno de ellos.
·
Ademas de los informes enunciados, practicará V. S. escrupulosas averiguaciones para descubrir lus terrenos baldíos que existan en el Departamento, y
en caso de que los haya, informará sin demora respecto de su extension y calidad. Tambien indágará V. S. si hay antigüedades descubiertas ó por descubrir, acompañando una descripcion de las primeras é indicando los lugares en
que pueden encontrarse las segundas.
,
Propondrá V. 8:, por último, las personas que sean dignas de obtener una
condecoracion, y los agricultores y ganaderos que merezcan recompensas, procediendo con el mayor discernimiento é imparcialidad en la designacion de unas
y, otros, yhaciendo una concienzuda apreciacion de sus méritos.
De 6rden del Emperador lo comunico á V. S. para puntual cumplimiento
de las prevenciones precedentes.
Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
El Subsecretario de Gobemacion,

Francisco J. Villalobos.
Sr. Prefecto de....

PA.RTE NO OFifJIAL.
Sentencias de la Corte Marcial de Tlalpam.
Prefectura Política del Departamento del Valle de México.-"Número de la
sentencia.-.Art. 140 del Código de Justicia Militar.-O1·den Número.-Sentencia pronunciada por la Corte Marcial de los Distritos de Tlalpam y Chalco, de
la 1~ Division Militar.-Maximiliano Primero, Emperador de México, á todos
los presentes y venideros, salud:-La Corte Marcial de los Distritos de Tlalpam
y Chalco, de la 1~ Division Militar, ha pronunciado la sentencia. cuyo tenor es el
siguiente:-Hoy, veintiuno de Noviembre de mil oéhocientos sesenta y cinco, la
Corte !{arcial ya citada, compuesta, conforme á la ley de 20 de Junio de 1863

�,.

108

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

de los Sres. Comandante de Batallon D. Joaquin Esquerra, Presidente; Capitan
de Infantería D. Manuel Echeverría y Capitan de Caballería D. Mariano Cuadra, vocales; Teniente D. Francisco Villegas, relator, y Sargento 1? Rafael Oropesa, actuario, los que no se hallan en ninguno de los casos de incompatibilidad,
previstos por los artículos 22, 23 y 24 del Código ae Justicia Militar.- Convocada la Corte por órden del Sr. Comandante Militar, conforme al art. 111 del
Código citado, se reunió en el local ordinario de sus sesiones, en audiencia pública, para juzgar á los llamados J ulian Peña y .Antonio Chavez, acusados de asaltos y robo en cuadrilla, á mano armada, y haber el primero queridó desarmar á
la patrulla que lo conducia.- Abierta la sesion, hizo traer el Presidente y poner
delante de.él, sobre la mesa, un ejemplar del Código de Justicia Militar, y mandó á la guardia que trajese á los acusados, que fueron introducidos sueltos, sin
grillos ni cadenas, y acompañados de sus defensores; del primero, D. Felipe Becen-il, y del segundo, D. Juan B. Pineda, Subteniente de Infantería.- Preguntados por BllS generales, respondieron: el primero, llamarse Julian Peña, natural
de San Gerónimo, casado, de veinticinco años de edad, y de oficio jornalero: el
segundo dijo llamarse .Antonio Chavez, natural de San Juanico, de veintiun años
de edad, de estado soltero, de oficio jornalero.- El Presidente, despues de haber
hecho leer por el actuario la órden de convocacion, el informe préscrito por el
art. 108 del Có'digo de Justicia militar, y los documento¡¡ cuya lectlll'a le pareció necesaria, hizo saber á los acusados los hechos por los cuales se les juzga, y
les hizo, así como á los defensores, la advertencia indicada en el artículo 121 del
Código precitado.- Despues de lo cual procedió al interrogatorio de los acusados, hizo oir pública y separadamente los testigos de cargo y descargo, habiendo
antes prestado los citados testigos juramento de hablar sin odio y sin temor, y
jurando decir la verdad y nada mas que la verdad.-Y ademas, habiendo llenado
el Presidente, con respecto á ellos, las formalidades prescritas por los artículos
317 y 319 del Código de Instruccion criminal.- Oido el Teniente Relator en sus
peticiones, dirigidas á que estando probado el delito, se les debe aplicar la pena
señalada po¡ los artículos 381 del Código penal ordinario en su primera parte,
ºanexo núm. 18, art. 248.-Oido á los acusados en los términos de sus defensas,
tanto por sí como por sus defensores, los cuales han declarado que ya no tienen
que añadir en lo que han dicho en su defensa, y han sido los últimos que han
tenido la palabra, declaró el Presidente que habian terminado los debates, y mandó á los acusados y á los defensores que se retirasen.- Los acusados han sido
vueltos al lugar de su prision. El rela.tor, el actuario y los concu1Tentes, se retiraron á invitacion del Prcsidente.-Deliberando la Corte en sesion secreta, propuso el Presidente las preguntas conforme al art. 132 del Código de Justicia
militar, del modo que sigue:-¡,Son culpables los acusados del hecho que se les
imputa1 Poi: lmanimidad, son culpables.- iHan cometido este hecho con circunstancias agravantes? Lo han cometido, segun la ley.-iHan cometido este heclio
en circunstancias que los haga excusables, segun la ley1 No hay circunstancias
que los haga excusables.-Recogidos los votos conforme al art. 133 del Código de
Justicia militar, comenzando por el segundo vocal, y siendo el Presidente el último en emitir su opinion, la Corte Marcial declara á los llamados Julian Peña
y Antonio Cha.vez, culpables del delito que se les imputa, con circunstancias
agravantes.-Despues de lo que, y en atencion á las conclusiones formuladas por
el Teniente relator en sus pedimentos, leyó el Presidente el texto de la ley, y
volvió á recoger los votos con arreglo á lo prescrito en los artículos 134- y 135
del Código de Instruccion criminal, para la aplicacion de la pena.- Vuelta á
abrirse la sesion pública, el Presidente leyó los motivos y la parte resolutiva
antes mencionada.- En consecuencia, la Corte Marcial condena á los llamados
Julian Peña y .Antonio Chavez, á que sufran la pena de ser pasados por las armas en el paraje donde cometieron el delito, por fundamento de los artículos 1?
de la ley de 20 de Junio de 1863 y l? del Soberano Decreto de 3 de Octubre de
1865.- Manda al Teniente Relator que inmediatamente haga dar lectura en su
presencia, de esta sentencia, á Julian Peña y Antonio Chavez, delante de la guardia formada con armas, advirtiéndoles que esta sentencia es ejeeutoria á las veinticuatro horas, y sin apelacion.- Hecho, cerrado y sentenciado el dia, mes y año
citado, sin separarse en sesion pública, firmando los de la Corte con el actuario
la minuta de la presente sentencia.- Oomandante de Batallon, Presidente, Joaquin Esquerra.-Capitan, primer vocal, Jfanuel M. Eclteverría.- Capitan, 2?
vocal, Mariano Cuadra.-Sargento 1?, actuario, Rafael Oropesa.- Hoy, veintiuno de Noviembre de mil ochocientos sesenta y cinco, se leyó esta sentencia por
nos el Escribano que abajo firma, á los llamados J ulian Peña y .Antonio Ohavez, advirtiéndoles que es ejecutoria dentro las veinticuatro horas, las que comienzan á correr desde la conclusion de este dia.- Se hizo esta lectura en presencia de la guardia formada con armas.- El relator, :Francisco Villegas.- Sargento 1?, actuario, Rafael Oropesa.
Es copia exacta.- El relator, Francisco Villegas.-Comprobada.- Sargento
1 º, actuario, Rafael Oropesa."
,
Es copia. México. Enero 16 de 1866.- El Secretario de lá Prefectura, Cárlos

reció necesaria. hizo saber al acusado los hechos por los cuales se le juzga, é hizo, así como á su defensor, la advertencia indicada eu el art. 121 del Código precitado.- Despues de lo que procedió el interrogatorio del acusa~o é hizo oir pública y separadamente los testigos de cargo y de descargo, habiendo an~es prestado los citados testigos juramento de hablar sin odio y sin temor, y decu la verdad y nada mas que-la verdad.- Y ha~iendo ademas ,el presidente llenado ~o~
respecto á ellos las formalidades presentas por los articulos 317 y 319 del Codigo de instruccion criminal.-Oido el teniente relator en sus peticiones, dirigidas
á que estando probado el delito se le aplique la pena señalada por el art. 248 del
Código de justicia militar y anexo núm. 18. Oido el acusado en los términos de
su defensa, tanto por sí como por su defensor, los cuales han declarado que no
tienen que añadir á la que han expuesto en su defensa, y han sido los últimos
que han tenido la palabra, declaró el presidente terminados los debates, y mandó
al acusado y al defensor que se retirasen.- El acusado fué vuelto al lugar de su
prision por la escolta.- El relator, el actuario y los concurrentes se retiraron á invitacion del Presidente. Deliberando la Corte en sesion secreta, propuso el Presidente las preguntas conforme al art. 132 del Código de Justicia militar, del modo
que sigue: iEs culpable el acusado del hecho que se le imputa1 Por llllanimidad lo
es en cuanto al conato de homicidio. Recogidos los votos conforme al art. 133 del
Código deJusticiamilitar, comenzando por el grado inferior, y siendo el Presidente
el último en emitir su opinion, la Corte Marcial declara sin responsabilidad, en cuanto al de robo, al llamado Paulino Torre~; despues de lo que, y en atencion á la conclusion formulada por el relator, el Presidente leyó el texto de fa ley y volvió
á recoger los votos conforme á lo prescrtto por los artículos 134 y 135 del Código de Instruccion criminal, para la aplicacion de la pena.- Vuelta á abrirse la
sesion pública, el Presidente leyó los motivos y la parte \'esolutiva antes mencionada.-En consecuencia, la Corte Marcial declara al llamado Paulino Torres,
sin responsabilidad respecto del robo; y como responsable del delito de conato de
homicidio, manda se consigne al juez letrado de lo criminal.- Manda al relator
que inmediatamente haga dar lectura, en su presencia, de esta sentencia, á Paulino Torres, delante de la guardia formada con armas, advirtiéndole que esta sentencia causa ejecutoria dentro de veinticuatro horas, sin apelacion.- Hecho,
cerrado y sentenciado en sesion pública, el dia, mes y afio ya citado, firmando
los miembros de la Corte con el actuario la minuta de la presente sentencia.
-El Presidente, Comandante de Batallon, Joaquín Esquerra.- Capitan, primer
vocal, Manuel Marza Eclieverría.- Oapitan, 2? vocal, Mariano Ouadra.-Sargento 1?, primer actuario, Rafael Oropesa.-Hoy, primero de Diciembre de mil
ochocientos sesenta y cinco.-Se leyó esta sentencia por nos el Escribano que
abajo firma, al llamado Paulino Torres, advirtiéndole que es ejecutoria dentro
de veinticuatro horas, las que comenzar~n á correr á la conclusion de este dia.Se hizo esta lectura en presencia de la guardia formada con arma8.- El relator,
Francisco Villegas.-Sargento l?, actuario, Rafael Oropesa.
Es copia exacta.-El Oficial relator, Francisco Villegas.- Comprobada: Sargento 1?, actuario, Rafael Oropesa."
.
Certifico ser copia de su original. México, Enero 16 de 1866.-El Secretario
de la Prefectura, Cárlos Zavala.

Disidentes presentados.
Ministerio de Guerra.- !~ Direccion.-1 ~ Division.-México, Enero 22 de 1866.
- El Prefecto y Comandante militar del Departamento de Túxpan, con fecha
nueve del actual, participa á este Ministerio que, procedentes de Papantla se le
han presentado á protestar su adhesion al Imperio, D. Ignacio Galindo, D. Luis
Martinez, Bernabé Correa, Manuel Hernandez, Andrés Avelino y Abraham Alvarado; cuyos ind,ividuos fungian unos como oficiales y otros como soldados en
las bandas armadas.- El Subsecretario interino de guerra, J. M. Márquee.

F errocarril de México á Cb alco.
COMPAÑIA MEXICANA.

Noticia del mo11imiento de pasajeros habido entre Mé~ico y Tacubaya la sema11a del 15
al 21 de Enero.
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Zavala.

Prefectura política del Departamento del V allc de México.- Seccion de J usticia.- Núm. 385.- "Sentencia número.- Art. 140 del Código de Justicia militar.
- Orden núm.- Sentencia pronunciada por la Corte marcial de los Distritos de
~lalp~m y Chalco, 4c la 1~ Divi~ion militat.-Maximiliano I, Emperador de México, a to&lt;los los presentes y veruderos, salud: La Corte marcial de los Distritos
de Tlalpan y Chalco, de la 1~ Division militar, ha pronunciado la sentencia cuyo tenor es el siguiente: Hoy, 1~ de Diciembre de mil ochocientos sesenta y cinco, la Oortemarcial ya citada, compuesta conforme á la ley de 20 de Junio de
1~63, de los Sres. Comandante de batallon D. Joaquin,Esque1Ta, presidente; capitan D. Manuel M. Echeverría, y ca.pitan D. Mariano Cuadra, vocales· teniente
D. Francisco Vil~egas, relator; y sargento 1? Rafael Oropesa, actuario; los que
no so hallan en nmguno de los casos de incompatibilidad prescritos por los artículos ~2, 23 y 24 del Có~!go de justicia militar.-Convocada la Corte por órden
del srnor comandante militar, conforme al art. 111 del citado Código, ¡¡e reunió
en el_ local ordmario de sus sesiones en audiencia pública para juzgar al llamado
Paulino Torres, acusado de ladron y da portar arma corta.- Abierta la sesion
h~o tra~r e~ ~resi?~nte y poner ~~la.nte de é), sobre la mesa, un ejemplar del Có~ go de ~ust)cia imli~ar1 Y. mand_o a la guardia que trajese al acusado, el cual fué
mtrodncido suelto, sm grillos m cadenas, y acompañado de su defensor, comandante de Rur~les D. J uan Olv~ra:- ~reguntado por su nombre y apellido, dijo:
llamarse Paulm~ Torres, de ve1~ti~eis años de edad, soltero, natural y vecino de
San Bartolo Amillalpa'. y de oficio Jornalero. El presidente, despues de haber hecho leer por el actuario la órden de convocacion, el informe prescrito por 'el art.
108 del Código de justicia militar, y los demas documentos cuya lectura le pa-

tros de Estado, á quienes seguia e1 carro mortuorio. Este cm un inmenso monumento de veinticinco piés de alto y quince de ancho, sobre el cual había una gran
corona de la que pendía el manto del Rey. A los lados se vcian las armas reales y ~n los cuatro ángulos urnas doradas despidiendo humo de incienso. Iba
tir¡do por ocho caballos cubiertos de crcspo_n, guiados por lacayos con casacas
encarnadas y grandes bandas negras. Segma al cano el _caballo del Rey, h~rmoso corcel, ensillado y cubierto de crcspon. Despues vemau el clero y los Prmcipes de la familia real y representantes de otras naciones, en el órdcn siguiente:
- El primer canuaje, con,cl Rer ~eopoldo II, el Re! d_e Portugal y el ~onde
de Flandes.-El segundo, el Prmc1pe de Gales, el Pnncipe Real de Prusia, el
Archiduque José do ~u~h-ia y el Príncipe de Wurtemberg;-~n el _tercero, el
Príncipe Jorge de SaJorna, el Gran Duque de Badcn, el Pnn~1p~ Lms de _liesse y el Príncipe Arturo ele Inglatcrra.- En el cuarto, el Prmc1pe Agustm de
Saxe Coburgo Gotha, el Príncip~ de Joinvi~e .Y sus dos hermanos D~ques _de
Aumale y de Ncmours.- En el qumto, el Pr~cipe de ~~henzollern- ~1gmarmgen y el Duque de Cambridge. Despues. segman los M1mstros extr~nJeros, d_e
uniforme, en sus carruajes. A estos scgman todos los pedestres, los consulea, diputaciones de sociedades de varias clases, sacerdotes y clero protestante, estudiantes, &amp;c. La procesion era de dos millas d~ ~argo, é hizo cuatro hasta L_aeken, en donde se celebró el funeral por un cler1go protestante, en una capilla
construida para este objeto junto á la católica, en que descansa el cuerpo de la
Reina, cer~a del cual fué sepultado Leopoldo."
El mismo corresponsal escribe el 17:
"¡Le Roi est mort!- ¡Vive le Roi!- Ayer un Leopoldo bajó á la tumba; hoy
otro Leopoldo sube al trono. -:lyer .ae veía la ciuda~ cubierta de ~egro; ho.}'.' ostentan todos los balcones el tncolor belga. Por casi todos se ve el mote: ¡ Viva el
Rey!¡ Viva la Reina! y las armás nacionales. El nÚlnero de extranjeros es hoy
mayor que ayer.
"Poco despues de la~ d!~z s~lió el Rey con sus Ministros, todos á ~aballo, del
Palacio de Lacken. La Rema iba delante en coche, y fueron detemdos ambos
monarcas por el blll'gomaestre de Laeken, que les dirigió un discurso de felicitacion. Despues pasaron á Bruselas, de donde salió. á recibirlos el burgomaestre,
presentando al Rey las 1laves de la ciu~ad, dici~ndole . que en n~gunas manos
podian estar mejor. En las calles se oi~ un gnto uruve1::ial: ¡viva el Rey! que
aturdía, y de todos los balcones se movian manos con pannelos y algunas con
banderas: de muchas partes caian ranios y millones de flores para tapizar el
paso de la real comitiva, que siguió hasta el Palacio de la Nacion, donde esperaban las dos Cámaras para recibir el juramento de1 nuevo Gefe.
"La escena en el salon del Congreso fué expléodida. A las doce y cuarto un
Chambelan ~nuució: La Reina. Todo el mundo se levantó, y se presentó la Reina en la tribuna, precedida de dos Chambelanes y seguida de sus damas de honor,
vestida, del mas serio luto y con go1To de crespou negro. De una mano llevaba
á su niüo, el Conde de Hainault, y de la otra á su hija la Princesa Luisa. Al
entrar, pasó una de las escenas mas entusiastas que he visto. Toda la concurrencia gritó con 'suma fuerza ¡viva la Reina! y S. M. hizo señales de agradecimiento,
y se sentó. Volvieron á gritar, y la Reina volvió á pararse y saludar, y seis veces se repitió esto mismo. La Reina es mty hermosa y tiene retratada en su semblante grande inteligencia."
~
Minutos dcspues entraron á la tribuna el Rey de Portugal, el Príncipe de Gales, el Príncipe Arturo de Inglaterra, el Duque de Cambridge, el Príncipe real
de Prusia, el Conde de F landes y multitud rle Duques y Príncipes de los pequeños Estados de Alemania. A la hora- fijad..:., doce y media, entró Leopoldo II,
recibido con mas entusiasmo que la Reina, contestando con grande afabilidad.
Despues subió las gradas del trono, y .con voz muy clara, alargando su mano
derecha, pronunció el juramento constitucional: "Juro obedecer la Constitucion
y las leyes del pueblo belga, sostener la independencia y la integridad nacional." A esto siguieron nutridos y prolongados aplausos, y despues que terminaron, se sentó á leer su discurso, que á cada paso era interrumpido por los
aplausos. En la noche hubo gran ·iluminacion, y el Rey recibió á los Ministros
extranjeros.
Las noticias mas importantes, son la aceptacion ele España de la mediacion de
Inglaterra. y Francia en la cuestion Chilena. Se decis1&lt; que el Ministro italiano
babia renunciado; pero necesita confiri-nacion.

De las noticias venidas por el Paquete Americano, que alcanzan hasta el 8
de Enero, de Nueva-York, y el 22 de Diciembre, de Europa, tomamos las siguientes:
Leemos en el Herald la siguiente relacion del entierro del Rey Leopoldo:
"Jamas Bruselas, dice el corresponsal, ha presentado un espectáculo igual.
Maa de doscientas mil gentes de las otras ciudades belgas y del extranjero, han
venido á presenciar los funerales, y miles durmieron en las calles la víspera para
tener buen lugar el dia 16. Se han alojado en diversos palacios y hoteles, los
príncipes de Gales, de Prusia, el Rey de Portugal, y muchos duques y-príncipes
de los peq~eños Estados~~ .A.lemania.-Muy temprano (el 16} las calles por
donde debia. pasar la colllltlva, estaban llenas de gente, y presentaban un aspecto solemne y fúnebre. La mayor parte de las casas tenian cortinas negras, y muchos balcones se veian adornados con banderas negras. El palacio en que se hallaban los restos reales, se hallaba, se puede decir, tapizado de paño negro, sembrado por muchas partes del leon dorado belga. Añadió algo á la solemnidad, el
haber alumbrado todos los faroles de las calles, cubiertos de gasa negra. Hasta
el dia nublado contribuia al duelo, y se veia mas triste con el cañonazo de cada
cinco minutos.
"La procesion comenzó á moverse á las once de la mañana, escoltada por la.
Guardia Nacional y grupos de los cuerpos del ejército. Los tambores tocaban á
la sordina, pero no habia música. Despues de los soldados seguían los jueces
con largas túnicas negras, los Senadores y Diputados de uniforme, y los Minis-

Y habiéndose admitiao el denuncio en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al público; en el concepto
de que dicho demmcio se comunicó á la Prefectura de '111tbasco, á·quicn corresponde sustanciarlo.-El Subsecretario de Fomento, JJfanuel Orozco.
(3~ publicacion.)

Méxi,co, Noviembre 17 de 1865.

Solicitud de D. E.M. Rojas y D. E. Cugin, 1Jidiendo dos patentes de privilegio
exclusivo para la f abricacion y el corte ele jabr&gt;n, por los nuevos sistemas de que
son inventores.
"Segunda clase.- Cuatro reales.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.- Exmo. Sr.- Los que suscriben, E.M. Rojas y E. Cugin,
tienen el honor de exponer á V. E.: que E. Cugin, ingeniero civil, ha descubierto un nuevo modo de fabricacion de jabon combinado, y las sodas cáusticas con
toda especie de mate1•ia grasosa ó resinosa: los precios del jabon hecho por este
nuevo procedimiento, son mas baratos que los que hoy tiene en el mercado, y las
operaciones tan prolongadas en la jobonificacion ordinaria, se reducen á algunas
horas de trabajo, obteniendo en él todo un producto equivalente á los mejores ja.bone~ que vienen del extranjero. El mismo ingeniero es tambien el inventor de
un cuchillo mecánico, que permite cortar cerca de mil quinientas libras de jabon
por hora.
En consecuencia, los denominados suscritos solicitan de V. E. la patente de
privilegio exclusivo para el uso de esos dos procedimientos en todo el país mexicano, por el espacio de ocho años, y adjuntamos ~os planos y relacio~es ex~licativas, las cuales hacen palpar en detal las ventaJaB que ofrecen esas mvenciones; conformándonos con lo que prescriban las leyes de la materia.
Repetimos que á V. E. suplicamos se sirva conceder lo que pedimos respecto
á las dos patentes •de privilegio exclusivo que solicitamos, en lo que recibiremos
merced.-México, Noyiembre 14 de 1865.- Exmo. Sr.-Rojas y Ougin."
Lo que se inserta en el "Diario del Irnperio," conforme al art. 14 d~ la ley de 3
de Noviembre de 1858.- El Subsecretario de ]!,omento, Manuel Oroeco.
(3~ publicacion,)

Méico, Noviembre 14 do 1865.

Solicitud de Hans Nostitz y Jorge L . Kwrczyn, pidiendo privilegio exclusivo á fin
de introducir en el Irnperw la máquina "Elnpire Swie" para la elaboracion de
gas.
. "Exmo. Sr.- Hans Nostitz, súbdito prusiano, y Jorge L. Kurczyn, súbdito
inglés, ambos de esta vecindad, ante V. E. con el mas debido re~peto; so~citan
de ese Ministerio un privilegio exclusivo por ocho años para la mtroducc1on de
una invencion relativa á la elaboracion de gas, para uso del alumbrado conocicido en los Estados-Unidos de la Amériea del Norte, bajo el nombre de "Empire State gas mechine, Levi Steven's patent" máquina de gas del Estado imperio
patente Levi Steven's, siendo adjuntos el dibujo Y, la explicacion.- En vista de
las grandes utilidades y beneficios públicos que resultarán por la iritroduccion en
el Imperio de esta invencion, los infrascritos suplican á V. E. que los derechos
de patente sean cuotados al mínimum que asigna la ley.- Juramos no proceder de
maliciá y lo demas necesario.- México, Noviembre 13 de 1865.-Jor,qe L.Kurczyn

- Hans Nostite."
Lo que se inserta en el "Diario del Imperio" conforme al art. 14 de la ley
de 3 de Noviembre de 1868.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
(3~ publicacion.)

México, Noviembre 6 de 1865.

El Sr. Martinez y 0\ vecinos de este comercio, han hecho formal denuncio
de un criadero de carbon de piedra y dos pozos de petróleo y materias mínera.les, situados en te1Tenos de bienes propios de la Municipalidad de Ixhuatlan,
pueblo que corresponde á Minatitlan, Departamento de Tehuantepee, confinando dichos pozos y criadero al Norte, con el arroyo.de Cuatajapan; al Sur, con el
arroyo Blanco, al Oeste con el mismo arroyo y al Poniente, con el rio de Goatzacoalcos.
Y habiéndose admitido el denuncio en cuanto há lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al público; en el concepto
de que dicho denuncio se comunieó á la P.refectura de T ehuantepec, á quien corresponde sustanciarlo,- El Subsecretario de Fomento, Manuel Oroeco.

D~lffJNCIOS Y SOLICITUDES

AVISOS OFICIALES.

ANTE EL IIUNISTERIO DE FOMENTO.

SECCION

(1~ publicacion.)

'l'ribunal de 1 ~ instancia del Departamento del V alle de México..

2~
México, Enero 22 de 1866.

Solicitud de D. Juan Hough, pidiendo privilegw exclusivo como inóroductor ele la,s
máquinas de Blake y James Broady, para moler piedras.

NOTICIAS EXTRANJ ER AS.

109

"Segunda clasc.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y ciuco.- Exmo. Sr.- Juan Hough, ciud3;dano de lo~EstadosUnidos, y de esta vecindad, ante V. E. respetuosamente expongo: que deseo introducir en este país las máquinas de moler piedras, inventadas por Blake y James Broady. La máquina de Blake, inventada en Inglaterra, fué perfeccionada
en los Estados-Unidos, y en ambos paises se ha obtenido la correspondiente patente para. su uso. La última es mucho mas compacta, tiene mas poder y necesita menos fuerza motriz c1uc la do Blake, y p11ede sor movida por vapor, agua ó
caballos. Ambas pueden sustituir con gran ventaja los molinos que se usan para
moler el metal en las haciendas de beneficio, á cuyo efecto solicito, en los términos de la ley, privilegio exclusivo como iutroductor, á fin de usar dichas máquinas; para lo cual acompaüo por separado y en pliego cerrado, los dibujos y esplicaciones ncccsariae. Es justicia y gracia que solicito.- Zacatecas, Diciembre
22 de 1865.- Juan Hough.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
Lo que se inserta en el "Diario del Imperio," conforme al art. 14 de la ley de
3 de Noviembre de 1858.- El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

menez.

(3~ publicacion.)

•

SEGUNDA SALA.

de-

Esta Sala se ha instalado el día 10 del actual en la sala de visitas de la cárcel imperíal
Belem, donde tiene sus acuerdos de ñueve de la mañana á tres de la tarde, comenzando las
vistas de las causas el lúnes 22 del corriente.
México, Enero 19 de 1866.- El Secretario, Lic. Luis A. Vteyra.
3a-l

AVISO IMP OB.'l'AN'l'E.
Casa del Emperador.- Direccion del Gran Chambelanato.-Palacio de México, Enero 2-2
de 1866.-Habiendo qu.:dado suprimida en el presente mes la oficina de Direccion de obras
del Palacio Imperial, se avisa al público, que todas las personas que tuvieren cuentas pendientes ?&gt;~ la estinguida oficina, se dirijan al s~ñor inge;11iero D. Ramon Rodriguez y Arangoity;
advirtiéndose que en lo de adelante se considerará sm valor alguno cualquier contrato respecto de trabajos en la Casa Imperial, que no sea estipulado directamente con la Direccion del
Gran Chambelanato.- El Director del Gran Chambelanato, GUnner.
3a- 1

AVISO.
Ministerio de Fomento.- Seccion 4~i\'Jéxico, 19 de Enero de 1866.- Siendo ya muy frecuente el caso de que este Ministerio se vea en la necesidad de desechar solicitudes sobrQ amparo de minas, por haber desaparecido en varios Distritos las circunstancias de guerra que, de
las causales de la parte final del artículo 14, título 9? de la Ordenanza de Minas, es la que ha
motivado estas declaraciones especiales, se avisa á los interesados en fundos metálicos ubicados en Distritos tales, como Pachuca, R eal del Monte, Atotonilco el Chico y demas que se
hallan en su caso, que es inútil hagan solicitudes en el sentido de que se trata, supuesto que
no podrá concedérseles.- El Subsecretario interino de F~mento, Francisw Ji1nc11ez. 6a- l

Cl'l'ACIOl'I',

México, Noviembre 2 de 1865.

D . Charles T. Arnoux, por sí y en representacion de los Sres. Theodore Gillespie y J ohn T. Proctor, han heclio formal denuncio de un pozo y criadero de
petróleo y rratcrias betuminosas, situado en el Distrito de Macuspana, Departamento de 'I'abasco, á una milla al Sur Oeste del pueblo de San Fernando, á ocho
del río Ohiapilla, en terrenos de la nacion.

Administracion principal de rentas d'I México.- Núm. 88.- Necesitándose en esta oficina á
Ma;11uel Pio Muñoz para un ~egocio qno Je i1!-teresa, y no habiéndose podido indagar su
s1denc1a, se le emplaza por medio de este anuncio, para que dentro de treinta dias, contados
desde la fecha, se presente en esta oficina, por sí 6 por apoderado acreditado competentemente; quedando apercibido de que de no verificarlo, le parará el perjuicio á que haya lugar.
Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de lléxico, Enero 16 de
1866.- El Administrador principal, J. de la Barrera.
3a- 1

1?·

�110

EL DIARIO DEL IMPERIO.
!Jscoela Imperial de Minas.

A.D)IrnISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

El sábado 20 del corriente, á las diez de la mañana, se verificará la apertura de clases, á
euyo acto deben concurrir todos los alumnos, acompañados de los señores sus padres ó tu-

México, Enero 15 de 1866.-El Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pública y Cultos, con
fecha 13 del actual, se ha servido dirigir á esta Admiuistracion la 6rden que consta en la comunicacion siguiente:
" Se fija un plazo de ocho dias para que los que adeuden bonos por operaciones de redencion de bienes nacionalizados, los exhiban en las oficinas respectivas. A los que no los entregaren en este plazo, so les cobrará el recar~o del 50 por 100 de los mismos bonos, de que habla
el art. '.r, del reglamento de 5 de Febrero oe 1861; y si no hicieren la exhibicion en el plazo
de un mes, contado desde la fecha en que en cada localidad se vencieren los ocho días referidos, se les exigirá el valor representativo de los bonos, u•ando de la facultad económico-coactiva y sacando á remate la finca objeto de la operacion.-Cuando se tratare de denunciantes
ó redentores de capitales que se reconocen en fincas ajenas, se trabará ejecucion en bienes
propios de los denunciantes,6 redentores, si los capitales estuvieren redimidos, y no estándolo,
en los mismos capitales."
Lo que se publica para conocimiento de los interesados.- El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Na1Jarro.
3s-2

&amp;ores.

Desde el dia 10 quedan abiertas las matrículas en la Secretarla de la Escuela, de las diez á

las doce de la mañana, y de las tres á las cinco de la tarde.

Oondiciones para la admi-sion de los que pretendan ser alumnos, de esta ,
Escuela.
l'!- Los que soliciten ser admitidos en 'clase de internos, deben presentar al Director una solicitud firmada por el pretendiente y autorizada por el padre 6 tutor, quien la anotará dando
su consentimiento y manifestando ademas que se halla enterado de los reglamentos d ~ la Escuela en la parte que le eoncierne, y dispuesto á cumplir con las obligaciones que le imponen
y que se espresan á continuacion:
,Acompañará á la solicitud la fé de bautismo del interesado, que debe tener de catorce á diez
y ocho años de edad; una certificacion de buena moral observada hasta la fecha en que se presente la solicitud; otro certificado, de establecimiento aprobado, que acredite haber adquirido
el interesado los conocimientos correspondientes á la instruceion primaria, y otro de un médico para acreditar buena salud y estar vacunado, sin perjuicio del reconocimiento que debe
hacer el médico de la Escuela.
2':' Cada pretendiente deberá tener una persona á quien esté encargado, y cuando ésta no
sea el padre, lo será un tutor competentemente autorizado.
3'!- A los pensionistas se les exige asegurar la pension, presentando una fianza á satisfaccion del mayordomo, de persona abonada que se comprometa á responder del pago de 200
pesos anuales, por trimestres adelantados, comprendienifo el tiempo de vacaciones; es decir,
los 200 pesos por año escolar.
41!- Las personas á quienes corresponda hacer el pago de las pensiones, deben entregarlas en
la mayordomía de la Escuela durante las primeras quincenas de Enero, Abril, Julio y Octubre; en la inteligencia de que pasado este plazo no podrán continuar en la Escuela los alumaos que no las hubieren satisfecho.
.
Deberán tener la ropa y muebles siguientes:
Ocho camisas de lino y tres interiores.
Ocho calzoncillos.
Una docena de calcetines.
Dos corbatas negras de seda para el uniforme y dos para uso diario.
Tres chalecos blancos para el uniforme con boton chico de águila como el de la
casaca.
Casaca, cachucha y pantalon de paño azul para el uniforme, segun el modelo que
existe en la Escuela.
Para el uso diario, dos sacos, tres chalecos y tres pantalones; los sacos y pantalones de paño ó casimir.
Media docena de pañuelos de seda ó lino.
Un par de botas finas para el uniforme, y otros dos pares de botas, botines ó
zapatos para uso diario.
Seis sábanas de lino y cuatro fundas de almohada.
Una colcha y una sobrecama.
1
Un banco de cama, ó mejor un catre de metal.
lJna mesa chica y una silla.
Aguamanil con jarra y bandeja de metal blanco ó fierro galvanizado.

Bacinilla.
Candelero.
Espejo, navaja, tijeras, peine, cepillos para la cabeza, diente~, ropa y botas.
Cuatro toallas.
Tintero, papel y plumas.
La ropa debe ser nueva i) hallarse en buen ~tado de ~o, ~in lo cual no se recibirá en la
Escuela. Los padres ó tutores de los alumnos tienen obligac1on de reparar la que quede inservible durante el año escolar.
Los padres ó tutores contraen con el Colegio, respect-0 de los pensionistas, el compromiso de
pagar la colegiatura,_los gastos de bo~i~ en caso de enfermedad, lo~ gastos d_e reparacion por
el perjuicio que ocasionen a~ establec1ID1ent?, proveerlos de ropa 1 libros, CU1dar de ellos en
los filas de fiesta y de vacaciones, en cuyo liemP? no se les permite_ quedarse en el Colegio.
Respecto de los tutores ó padres de los de dotac1on, solo están obligados á lo que se ha dicho de los otros, relativo á dias de fiesta y vacaciones; pero deberán repararles la ropa en caso
de que acaben la 9-u~ les da el establecimi~nto, así como los libros de estudio qu~ estravien 6
inutilicen, y las VJdneras, faroles y cualqU1er otro mueble que destruyan. A los Jóvenes que
pretendan ser admitidos en clase de estemos, se les exige presentarse al Director, del mismo
modo que los internos, y que justifiquen tener la edad y demas requisitos de moralidad é
instruccion prevenidos á estos.
Los padres ó tutores de los alumnos no tienen derecho para disponer que sus hijos ó tutoreados salgan á la calle en cualquier dia ú hora, ni para anticipar las horas de salida ó retar1
dar las de entrada en los días festivos.
Los encargados de los alumnos cuidarán de acercarse á la Escuela durante el año escolar
para informarse de su conducta moral y de su estado de instruccion.
No se admitirá á ningun jóven que hay_a sido esp~sa~o de e~te ú otro establecimiento.
México, Enero 3 de 1866.- El Secretano de la Duecc1on , M1guel M. Ponce de Lwn.

Secretaria del Consejo de !Jstado.
Seminario núm. 9.
Ignorándose la residencia del Sr. D. Mateo Jimeuez, y necesitándose en esta Secretaria
para hacerlo una notificacion relativa al espediente núm. 989 y anexo, se le emplaza para que
concurra á ella en el término de quince dias, que comenzarán á contarse desde la fecha.
México, Enero 18 do 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José .llf. Rodriguez y
Cosío.
3a- 2

---- ... -----AVI SOS JUDICIALES.
,Juzgado de letras de A pam.
En el j uicio que sobre despojo é inde~nizacion de daños y perjuicios sigue en este Juzgado el Lic. D. Pedro Quiros, como apoderado de D. Pedro López Haro, contra D. Enrique
Hirsch, el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fecha se cite por los periódicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en el término de ocho
días se presente, por sí ó por apoderado instruido y espensado, á alegar de buena prueba; apercibido de darse p~r alegado en el juicio si no lo verifica.
Apam, Enero 18 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. Jofé María E1pejel. 810-Ss- l

'l'ribunal de Comercio de México.
México, Enero 17 de 1866.- En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los periódicos y edictos;
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comprobantes
de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos do que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber-por el presente en cumplimiento de lo mandado.- José María Cardriia,
Oficial ;l~ encargado de la Secretarla.
809-158-3

Ltamamiento de herederos,
.A.VISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los albaceas el Sr. D. Bias Pereda, residente en San Luis Potosí, y D. Antonio Martinez,
vecino de Ciudad Fernandez, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reythcr, V P,cino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad en auto de Z'/ del actual, s~ ci1~
por los periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D~ Mana Ana Angela llegues, padrtll!
de1 espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó parientes inmediatos del testador, vecinos
de una pequeña ciudad llamada Calleuahat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesverguen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. M. el rey de I'.rusia, para que dentro
del perentorio término de un ~ño, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,'
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecbo que- tengan á _los bienes que ~e hallan ~n.d~pósito, perten~cientes á 1~ testamentaria del espre~ado D.
F edenco Reyther; baJo el aperc1b1m1ento de que s1 no lo venfican, les parará el pe!Juicio á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que determine la ley. Y para que lo
mandado teóga su cumplimiento, pongo el presento aviso en la ciudad de Rioverde, á los
veintiocho días del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.- Firmado.-Domingo Utliurri -Asistencia, Gil Me 11dez.Asistencia, J. Bias Oribe.
683-60a-19

A VI SOS PARTICULARES.
SEGlJR OS CONTR.!I.. INCEJl~DIOS.

3a- 3
ÜOMP.A.ÑIA DE SEGUROS DE GL.A.DB.A.CH.

MINIS'l'E JLIO DE GV'EB.B.A.
SECCION DE CLASIFICACION.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA DE SEG'UROS DE B.A.Sll,E.A. (B.A.SEL).

Capital de fondo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos .
.Belacion de los ilidfoidu-0s que pueden oc11rrir á esta oficina á rU()ger sus despadws,
. dip/.omas y documentos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes neComandante de Batallon de infantetfa de auxiliares, D. Mariano Revilla.
Comandanté de Batallon graduado, Capitan de infante1fa permanente, D. José Mana cesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 2.
400-lS0s-116
Jlontes.
Capitun de infantetfa y ermanente, D. Juan María Torres.
Capitanes de infantena activa, D. Víctor Ravelo y D. Miguel Carranza.
Venta de una Hacienda.
Tenientes de infantería permanente, D. Manuel Ochoa y D. Petrohllo Romero.
Se
vende
la
hacienda
de
San
Juan, situada á inmediaciones de la Villa del Valle de TemasTenientes de infantería activa, D. Francisco Marin, D. Gregorio Acosta, D. Juan Bautista
caltepec, y consta de mas de doce caballerías de tierra de superior calidad, de las cuales seis
Oaray y D. Gregorio Argüelles.
' caballetfas y doscientas treinta y un mil quinientas dos varas cuadradas son de regadío para
Teniente de infantería de auxiliares, D. Ignacio Gutierrez.
Subtenientes de infantería permanente, D. Nazario Morales, D. Luis Maria RosM D. Fe- siembras, y el resto de monte bien poblado y con distintas maderas. Tiene su casa habitacion
con piezas altas y bajas, troje y demas oficinas de campo, inclusas las correspondientes á enlipe Mendoza y D. Antonio Gomez.
'
Subtenientes do infantetfa activa, D. Pedro Martinez, D. Tomás Miguel Mendez D. Fran- gorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abunclancia para regar, que es perenne y
que procede de puntos bastante elevados, por cuya circunstancia pueden aplicarse dichas
cisco Vega y D. Cristóbal Suarez.
·
'
Subteniente graduado, Sargento 2~ de alum~os del Colegio Militar, D. Teodoro Quintana. aguas al uso de molinos ú otrlla oficinas de maquinaria. En estos últimos dias ha sido retasada por el a,,orimensor D. Manuel Delgado, y es su ínfimo valor el de 15,461 pesos 99 centavos.
Teniente de caballería permanente, D. Plácido Yañez.
Las personas que quieran hacer postura, y necesiten instrucciones ó cualesquiera otro dato
Teniente de caballería activa, D. Jesus Soto.
Tenientes de caballería de auxiliares, D. José María Bárcenas, D. Inocente Crescencio Lu- respecto de la mencionad~ haciend~, pueden dirigirse en est~ capital á D. J osé Juan Romero,
en la calle del Esclavo num. 2, quien contestará todos los d1as de once á docé de la mañana
jan y D. Jesus Rodriguez.
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
Alféreces de caballería permanente, D. Manuel Salazar y D. Ignacio Ornelas.
bajo el concepto de que las proposiciones que ,se hagan, han de ser antes del 12 del mes de
.Alféreces de caballería de auxiliares, D. Miguel Salazar y D. Miguel Mellado.
F ebrero próximo, porque el dia 15 debe quedar hecha la venta definitivamente.
,
Teniente de attilletfa activa, D. Laureano Liquidano.
México, Enero 13 de 1866.
803-15a- 3
P aisanos, D. !oaquin Mayor, D. Antonio Ch~vez, D. F rancisco Caparruz, D. Guadalupe
lnclan, D. Máximo Mendoza, D. Man1;1e~ Castillo, D. Refugio Medel, D. Francisco Loza,
D. Lúcas Cásares, D. Wenceslao Tonb10 Claverán, D. José Mana Nájera D. Ignacio Gonulez Hermosillo, D. Octaviano García, D. Julian Braga, D. J osé Mana Gálvez D. Angel
DIVERSIONES PUBLICAS .
Iniestra, D. José Chomé, D. Margarito Rojas, D. Manuel Romero y D. Bemabé Hoyos.
Presbftero D. Luis Fran~ueti.
TEATRO IMP ERIAL.
México, Enero 11 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra, J. llf. Márquez. 3a-2
OPERA ITALIANA .

.AYUNT.AMIEN'l'O DE MEXICO.
A VISO.
• Palacio Municipal. México, Enero 4_ de 1866.-N~. 35.-Por órden del Sr. Alcalde muniapal, se hace saber á todos los comerciantes en el guo de casas de Empeño, la obligacion en
que ~stáni segun el art. 1~ del Reglam.ento _de 1? de ~oviembre último, de ocurrirá refrendar
sns licencias en todo el mes actual; baJo la mteligenc1a de que al que no lo verifiqne se le
impondrá la multa que designa el art. 30 de la ley de 25 de Setiembre de 1863.-El Oficial
mayor encargado de la Secretarla, José A. Ortiz.
6a-6

En la noche de hoy, á las ocho en punto, se pone en escena, por última vez en la temporada, la aplaudida ópera dividida en cuatro actos, denominada: U11 hallo in maschera.
En uno de los días de la presente semana se pondrá en escena la ópera del Sr. Morales,
denominada:

ILDEGON D .IJ. ,

MEXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Corte Marcial de Tlalpam</name>
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                    <text>DEL

EL

.DIARIO
TOMO

.

'

III.

,

Los números sueltos valen 12 centavos.

NuM. 321

MEXIfJO.-Miércoles 24 de Enero de IS66,
.

SÚ'MAB.IO.

PARTE &lt;;)FICIAL.~Decreto !lut_orizando la for!Ilacion de una Compañía para c~lonizar y
•explota!' ~anos ~~~nos en el DIBtnto de Huauchinango.-Nombramiento de Presidente de
un ConseJO de rev1S1on.-Bases aprobad~ P?r S.M. para la enajenaci~n de va~os terrenos en
~acuba.-:-4-cuerdo sobre factm:as y conocumentos del E;xpreso Impenal mencano.-Conce:s1on definitiva para el fetrocarril de México á Toluca.-Establecimiento de cuatro mozos de
:garita en el Mineral de la Luz.-Supresion de la plaza de Alcaide en la Aduana marítima
-de San Blas.
PAR!E NO OFICIAL.-Suscricion para los inundados y personas socorridas.-Noticias
-eetá&lt;!ísticas.-Actas de la Academia Imperial de €iencills.-Junt.a de colonizacion. Dos actas.

cion, luego que se le entreguen por la oloina de tierras las cinco leguas que se
mencionan en el art. 4 ?
·
Art. 14. Si pasare un año, contado desde µoy, sin que la Compafiía introduzca los quinientos colonos portugu~s,_ caducará este_ contrato, así como
tambien en el c'aso de que falte al c~mptim1ento de cualquiera _de_ sus artículos.
Nuestro Ministro de Fomento queda encargado di:l cumphmiento de este
'deereto.
- ~
Dado en México á 18 de Enero de 1866.

MAXIMILIANO.

Noticias extranj"eras.

Al Ministro de Fomento.

Denuncios y solicituaes.

Por el Emperador,

PARTE OFitIA.L.
MAXIMILIANO;

El Ministro de Fomento, .
LUIS ROBLES PEZUEL.A..

E.MPERADUR DE MEXICO:

MINtSTERIO DE GUERRA.

Oido Nuesbro Ministro de Fomento, DECRifflllOS:
Art. ~ ? Se autoriza á D. Maníiel B. La Cunha Reís para ·1a formacion de
,una soCJed::id en cómandita, 6 an6ni'ma, estableciaa po~ acciones, que tenga por
,J()bjeto la explotacion y colonizacion de los terrenos de Mitlaltoyuca y Amixtl.an, en el Distrito de Huauchinango.
Ait. 2 ? A este fin se c.edeJl á aicha Compafifa, sin retribucion alguna, vein.tiseis leguas cuadradas de dichos terrenos, que dividirá en lotes alternados de
una legua, quedando la mitad de ellos á beneficio del Gobierno.
Art. 3 ? La Compañía, de acuerdo con la oficina-de tierras, nombrará agri·mensores para el deslinde, mensura y levantamiento parcial de plano~ de los
,terrenos que se le ceden, los cuales se le irán entregando conforme aquellas
-0peraciones se vayan concluyendo y rectificando. Los gastos que se originen se·lt'án satisfechos por mitad entre el Gobierno y la Compañía.
Art. 4? La oficina de tierras dispondrá lo conveniente para que desde lue.go se deslinden, midan y pongan en posesion de D. Manuel B. La Cunha Reis,
-cinco leguas cuadradas de los expresados terrenos, para que pueqa dar principio á los trabajos de construccion, con el objeto de colocar los primeros colonos. El resto de las veintiseis leguas se le entré$arán conforme se vaya ejecut ando su medicion.
Art. 5 P La Compañía se obliga, en remuneracion de -la cesion de terrenos
,que se le hace, á introducir á ellos, en el plazo de seis años, ocho mil colonos
portugueses; no pudiendo bajar de quinientos los que ingresen en el primer año,
&lt;:ontado desde la fecha de este decreto.
Art.. 6 P Los equipajes, utensilios domésticos, ganados de cría y de tiro; útiles de labranza, máquinas, semillas y herramientas de todas clases que sean ne~esarias á los colonos para ejercer su oficio, industria 6 arte, ent.rarán libres de
todo derecho de importacion é internacion; mas no podrán importarse sin pa.gar los derechos legales, mercancías ú otra cualquiera cosa para vender, cambiar 6 traficar,
Art. 7? Los inmigrantes que se establezcan en las colonias que forme.la
'Compañía, quedan exceptuados del servicio militar durante cinco años. Esto
.no obstante, se éonstituirán en milic:ia sedentafr1, con el objeto de proteger sus
propjedades y las cercanías.
·
·
Art. 8 9 Los colonos quedarán exentos de toda contribucion é impuesto,
ieualquiera que sea su naturaleza, durante un año, contado desde el día en que
se establezcan en los lugares que designe la Compañía.
Art. 9? Las colonias qué se formen en los terrenos de que se trata, podrán
,elegir, luego que tengan el número suficiente de vecinos, sus autoridades lo-eales.
'
Art. 10. La Compañía se obliga á señalar.á 10s colonos que 'traiga, el tert"ellO necesario para que pueda1_1 proporcionarse la subsistencia¡ así como tamliien los víveres á los que carezcan de tocio recurso, y los demas auxilios,que les
~ean indispensables para explotar el terreno. En cousecuencia, está autorizada
·para extipular con los inmigrantes los contratos correspondientes, sobre el moilo y tiempo en que han de reintegrarle los auxilios que de ella reciban.
Art. 11. Las faltas de cumplimiento por parte de los colonos al tenor de los
contratos que celebren con la Compañía, y de ésta para con aquellos, serán
.puestas en conocimiento de la autoridad local, para que en juicio verbal y sin
apelacion, resuelva lo que fuere de justicia.
Art. 12. En las poblaciones que se formen, queda obligada la Compafiía á
,dejar el espacio suficiente para calles, iglesia, escuela y demas edificios pµbli,eos. Los terrenos que en esto se inviertan, se tol)larán por rnitad de loá lotes
cqae pertenecen al Gobierno y de los de la Compañía.
Art. 13. La Compañía se obliga á dar principio á lo~ trabajos de construc-

1'.' D~ccion.--4'.' Division.
Meii.co, Enero 23 cle 18&amp;6.

S. M. el E~per.ádor se ha servido nombrar al Sr. General marqués de Riváscacho, presidente del Consejo,de revision que ha de conocer. en la causa del
Coronel D. Manuel R. Arellano, yJ)omisario Imper~al del mismo C~usejo al
Coronel D. Rafael B. de la Colina.
, .
·
1
El Subsécteb.rio interino de Guerra,

J. M. Márquez.

MINISTERlcr DE" FOMENTO,
SECCION 4~

México, Enero 12 de 1866.

Remito á V. S. copia de las bases aprobadas por S. M. el Emperador para
la enajenacioli de varios terrenos, que en el pueblo de Tacuba y sus cercanías,
pertenecían á obras pias.
'
Asimismo le adjunto copia de la noticia en que consta el número de dichos
terrenos, su,nombre, extension y precios, segun el 1lano que levantó el ingeniero de este Ministério. Sírvase V. S. disponer que la autoridad política de
dicho pueblo les dé la debida publicidad, á fin de que impuestos los habitantes
de lo acordado, obren .conforme á lo que se expresa en las misma bases, y les
den su debido cumplimiento.
El Ministro de Fomento,

L. ROBLES.
Sr. Prefectó político del Departamento del Valle.
Bd.SES aJlr'obadas por el Emperador para la ena;e,uu:ion, de
1Jarios terren,os que en, el pueblo de Tacuba y sus inmediaciones perteneeiert1n, á obr_as pias..
1~ Los terrenos que estén cultivados y en los cuales hayan construido habi-

tacion los antiguos arrendatarios, se darán á estos en venta á razon de cuatro
centavos metro cuadrado si fueren de primera clase, ó de dos si fueren de segunda. Ademas,_se incluirá en el valor del terreno el d~ los magueyes que hubiere,
en propoi.;cion de un peso por cada uno si tienen una vara ó mas de alto, y de 50
centavos docena si no llegan á ese tamañu.
·
2~ Los terrenos que solo estén cultivados, pero que no tengan casa, ni estén
habitados por los antiguos arrendatarios, se venderán de preferencia á lós extranjeros que quieran avecindarse en ellos. Si el cultivo fuere de plantas permanentes, como hortaliza ó alfalfa, será obligacion de los coll}pradores indemnizar á los
dueños de los sembrados, y hasta que no presenten la constancia de haberse arreglaao, no se les extenderá el título de propiedad. Si no se tonvinieren en el
monto de la indemnizacion, la señalará el ingeniero que nombre el Ministerio de
Fomento, y por ella pasarán ambas partes. Si el cultivo fuere de plantas pasajeras se dará á los que las hubieren sembra,do el tiempo necesario para que recó•
jan sus cosechas.
3~ Si despues de un plazo que se señale para la adquisicion de los terrenos
por extranjeros, quedaren algunos terrenos sin enajenarse, se venderán á los nacionales que los soliciten, con la precisa condicion de poblarlos y cultivarlos, dentro de un año contado desde la fecha en que se les entreguen, ·bajo la pena de
perderlos si no lo hicieren.
'
4ª A ninguno de los vecinos actuales de'Tacuba, Popotla, Sa.n Juanico, ó San
J oaquin, que tengan en propiedad te1Tenos ó casas, se venderán los de que se trata, pues lo que se desea es el aumento de la poblacion, y que la propiedad raiz
no se aglomere en pocas manos.
5~ Se nombrará por el Ministerio de-Fomento una persona que conozca la sitnacion de loa terrenos, para que examine si faltan algunos en el plano, por ocul-

�..

acion que hayan hecho los poeeedores, y para que los vaya entregando segun las
órdenes que le diere el :Ministerio.
6ª Conforme se vayan vendiendo los terrenos, y se den las órdenes para que
se pongan en posesion de los compradores, se avisará al Gefe político del Departamento, á fin de que ordene á la autoridad política de Tacuba, que notifique á
los antiguos arrendatarios quién es el nuevo dueño del terreno, y para que acompañe al encargado del Ministerio al dar la posesion.
7~ Las capillas existentes en algunos lotes, no se venderán poi· ahora; pero
los que compren aquellos tendrán derecho de preferencia, si se acordare en lo. sucesivo la enajenacion de ellas.
8~ Se publicarán en los periódicos estos artículos, y se fijarán en la casa Municipal de Tacuba, para conocimiento de todos los vecinos.
9~ Cuando los terrenos sean de corta extension se podrán conceder dos ó mas,
pero de manera que no exceda su total superficie de ocho mil metros cuadrados.
10. El precio que resulte del terreno y de los magueyes que contenga, se quedará á reconocer con hipoteca especial do los mismos terrenos, y de las mejoras
que contengan, pagando un rédito de 6 por 100 anual. El capital se amortizará
por q_uintas·partes, comenzando la primera un año despues de haberse tomado la
poses1on.
,
11. Los réditos se pagarán por semestres cumplidos; y si se dejaren-de satisfacer dos, se pérderá el derecho al terreno, y el Ministerio lo dará á qu~en se encargue de pagarlo y de cumplir con las condiciones expresadas, las cuales se harán constar en los títulos que se expidan.
12. Se dará aviso de estas condiciones al Sr. Ma~iscal Bazaine para que diga
si hay soldados cumplidos que quieran avecindarse en los terrenos conforme á la
oferta que les ha hecho este Ministerio. En d caso de que no ocurran dentro de
dos meses, contados desde la fecha de la publicacion de estas condiciones, se dispondrá de los terrenos en favor .de los nacionales que los soliciten.
México, Diciembre 24 de 1865.-El Ministro de Fomento, L. ROBLES.
Es copia. México, Enero 12 de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimene¡.

'

NOTICIJ. de los terrenos del ptieblo de Tacuba, que pertenecian
tí diversas obras pías, y que aliora co'l"l'esponden al Gobierno.

NOMBRE DEL TERRE/'lO.
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2963
4727
374
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938
1430 e
4227 1~

MINISTERIO DE FOMENTO .
NOMBRE DEL TERRENO,

NOMBRE DEL TERRENO.
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Ps. Cs.

METROS CUADRADOS.
San Gabriel ..... .
Santa Magdalena..

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,, Miguel .... ..
Santa Magdalena..
Nuestro Amo.....
Santa Magdalena..
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Santa Magdalena..
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San Gabriel . . .. . .
Encarnacion ..... .
Santo Entierro .. .
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75 92 San Juan .... ,. ..
36 62 San Gabriel ..... .
76 24 San Francisco ... .
30 72 San Juan ...... .' .
185 88 Nuestro .Apio.... .
209 92 San Nicolás ...•..
66 20 Nuestro Amo.... .
138 96 San Nicolás ..... .
160 20 San Antonio .... .
440 00 Nuestro Amo .... .
26 52 Santiago .. ..... ..
40 48 San Gabriel.. ... .
118 80 San Diego ...... .
4-9 96 Santa.Ana ...... .
44 40 San Pedro ....• .- .
137 88
,,
197 60 El"Tránsito
.. .. . .
21 44 San Pedro ...... ..
27 40 Nuestro Amo .... .
8 36 San Pedro ...... .
15 72
41 60 El Tránsito ..... .
83 20 Nuestro Amo .... .
442 56 Santo Entierro .. .
302 60 San Gabriel ......,
18 48
,, "
12 40 Nuestro·Amo .... .
18 00 Santa Ana ...... .
57 76 San Juan ....... .
35 36 El Tránsito . ~ ... .
70 20 San Miguel. .... .
197 60 Santa.Ana ...... .
48 16
156 24 No" tiene"nombre . .
563 52 San Antonio . . .. .
142 50 San Nicolás .... ..
15 08 El Tránsito ..... .
23 68 Santiago ...... ..
42 00 ' Santo Entierro .. .
34 32 Nuestro Amo .... ..
,,
,,
159
33 44 San Nicolás ..... .
.24 08
" ,,
803 52 Jerusalem ...... .
66 60 Nuestro Amo ... . .
107 00
" " . . ... .
183 32 El Tránsito
14 96 Angel.. ........ .
55 44
"
30 96 Nuestro
Amo •..•.
57 20 No tiene nombre ..
169 08 San Francisco . ...
J)

ºº

113

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

112

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173
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28
23
137
43
56
89

66 88
80
40
17
39
59
71
76
129
114

48
60

28
60
80

28
32
80
24

25 44
544 00
34 32

43 86
209 88
128 18

83 20
92 18
132 00

63 42
76 67
19 44
33 60

San Francisco ... .
Santa.Ana ...... .

"

,,

San Francisco ... .
Santo Entierro ... .
Santa Ana ...... .
San Francisco ... .
No tiene nombre ..
Todos Santos . ...

"
"

"
"
" .. . .
San Sebastian
J erusal_em ...... .
Santa Crnz ..... .
Santa Ana ..... ..
Angel.. ....... ..
Nuestro Amo ...,.. .
No tiene nombre... .
Santo Entierro...... .
Nuestro Amo .... .
San Diego....... .
Todos Santos .... .

"

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Jemsalem. ...... •
San Diego....... .
San Sebastian.... .
San Roque ...... .
Todos Santos .. .. .

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,,

..

San Diego....... .
Todos Santos ... ..
San Gabriel ..... .
San Miguel. ... .. .
Todos Santos .... .
Jerusalem....... .

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Todos Santos .... .
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"

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Todos Santos .... .
San Diego....... .
Jerusalem....... .
San Sebastian.... .

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Jerusalem....... .
Todos Santos .•...
San Francisco.....

"
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Jcrusalem

150
151
152
153
154
155
156
157
158
159
160
161
162
163
164
165
166
167
168
169
170
171
172
173
174
175
176

177
178
179
180
181

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183
184
185
186
187
188
189
190
191
192
193
194
195
196
197
198
199
200
201
202
203
204
205
206
207
2·08
209
210
211
212
213
214

880
2324
2875
1246
1280
1120
468
646
2223
2310
405
2280
4355
5475
6270
1008
4639'
703
576
1971
666
4095
5145
2484
3188
2550
1184
2720
646
1360

520
1200
1472
5766
1886
2450
1600
1538
2992
510
1400
1804
2190
3528
3476
3630
2856
1088
1520
330
2289
2107
1620

1122
416
5181
1369
4224
779
3034
2070
1882
1109
7040
6035
3784
4620
2381
312
1776
2139
1764
1624
950
1887
836
2331
14560
792
418
880
20610

"
Los Dolores
... ... .
San Diego....... .
San Francisco ... . .
San Diego ....... .
Nuestro Amo ... . . ,
Todos Santos .. .. .
San Diego....... .
Nuestro Amo .... .
Santo Entierro ... .
San Miguel. ..... . 215
Todos Santos .... . 216
217
,,
"
Jerusalem....... . 218
San Sebastian.... . 219
San Diego....... . 220
Todos Santos ... . . 221
San Sebastian . . . . . 222
San Antonio..... . 223
San Sebastian.... . 224
San Antonio ..... . 225
San Diego...... .. 226
San Sebastian.... . 227
San Antonio ..... . 228
229
,, "
Jerusalem....... . 230
San Sebastian.... . 231
2880
Todos Santos .... . 232
1457
Jerusalem.... . .. . 233
Todos Santos .. .. . , 234
1014
San Sebastian.... . 235
1870
Santo Entierro ... . 236 16600
Nuestro Amo ... . . . 237
8~68
El Tránsito... ... . 238
8853
Santo Entierro ... . 239
8163
Nuestro Amo..... . 240 20114
Jernsalem... . ... . 241
3190
Todos Santos .... . 242
2964

"
"

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250 3025
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,,
1120
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2223
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2310
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2280
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5475
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,,
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78 4717
703
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" 1971
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230 4325
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126 2676
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120 2840
,,
646
,,
1360
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280 1480
,,
1472
,266 . 6032
,,
1886
,,
2450
400 2040
380 1956
690 3682
340 850
,,
1400
,,
1804
,,
2190
,, 3528
118 3594
270 3900
,,
2856
,,
1088
,,
1520
,,
330
,,
2289
,,
8207
,,
1620
,,
1122
,,
416
,, 5181
,,
1369
,,
4224
,,
779
,,
3034
,,
2070
552 2484
,,
1109
,,
7178
,,
6103
,,
3784
,,
4620
,,
2381
,,
312
,,
1776
236 2375
,,
1764
58 1682
,,
950
,,
1887
,,
836
,,
2331
,, 14560
,,
792
,, • 418
,,
880
2080 23010
,,
2880
,,
1457
,,
1014
,,
1870
1260 18028
600 9648
370 9299
544 8827
1120 21514
225 3487
,,
2964

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1~

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2:)2:)2:)2:)2:)2:)2:)2~
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2~
2~
2~
2ª
2~
2ª
2~
2:)2:)-

35
92
115
49
51
44

.18

25
88
92
16
91
174
109
125
20
185
28
23
78
26
163
205
99
127
102
47
108

20
96
00
84
20
80
72
84
92
40
20
20
20

50

40
16
5'6
12
04
84
64
80
80
36
52
00
36
80
25 84

54 40
20
48
29
115
37
49
32
30
59
10

80
00

S. M. el Emperador, con fecha ~O del actual, se ha servido expedir el acuerdo siguiente:
.
.
"CONCEDEMOS permiso á la Compañía del Expreso Imperial Mex.1cano1 para
que las facturas y conocimientos de los objetos que conduzca, vengan visados
por los agentes respectivos de dicha Compañía, en vez de que lo sean por los
C6nsules del Imperio, quedando sujeta en todo lo de~as á las leyes aduanales;
en la inteligencia de que este permiso cesará en el primer fraude que cometa
la referida Compañía."
SECCION 5~
México, Enero 9 de 1866.

'!En consideracion á que dentro del plazo fijado_ en la promesa decret~da el
1? de Octubre último, ha presentado V. los proyectos que. ella determ1~~' y
habiéndose examinado estos, se declara, que estando cumphdos los requisitos
prevenidos en la citada promesa, queda _defi.nit.ivamente )lecha la concesion pa·
ra el ferrocarril de México á Toluca, baJo las cláusulas á que se refiere el mencionad~ decreto de l ? de Octubre."
El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimenez.
Sr. D. Scipion Sauvage y C !"

MINISTERIO DE HACIEND.A.
SECCION 1~

S. M. el Emperador, con fecha
acuerdos siguientes: '

18 del actual, se ha servido expedir los

"HEMOS venido en acordar que en la Receptoría de rentas del mineral de la
Luz, en el Departamento de Guanajuato, se establezcan cuatro mozos de gari·
ta para que vigilen las avenidas de aquellá poblacion y conduzcan á la oficina
los cargamentos qqe se presenten, dotándose á cada uno de los indicados mozos con la cantidad de cien pesos anuales."

44

32
"HEMOS venido en acordar, mediante lo informado por Nuestro Ministerio de
72 Hacienda, que en la Aduana marítima de San Blas se suprima la plaza de Al·
00 caide, cuyas funciones desempeñará el oficial 2 ~ de aquella oficina, al que se
00 hará un a~mento en su sueldo de cuatrocientos pesos anuales."
76
El Subsecretario interino de Hacienda,
84
20
E. Villawa.
28 00
36 08
43 80
70 56
69 52
72 60
CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
57 12
Susc-r_icion en favor de los inundados.
21 76
30 40
Suma anterior .... ......... .. .. .
$ 27,186 68f
6 60 Fueron colectados de Ía Municipalidad de Capullmac...... .
22 56½
45 78 Fueron colectados en la Subprefectura de Otumba ...... , .. .
121 30
42 14 Idem ídem en la ciudad de Zacatecas.................. ..
226 18
32 40 Se recibieron de la brigada de artillería de I guala diez pesos
22 44
en la forma siguiente:
,
8 32 Capitan 1~ D. Ignacio Oataño....... ............ ..... .. 3
103 62
,, 2~ D. Joaquin Acosta.......................... 3
54 76 Teniente D. Joaquin Reyes ...... ......... .... ... ..... 2
168 96 Subteniente D. Rafael Barrueta ............... : ........ 1
3116 9ficial 1~.D. Domingo Villegas .. . ... ~.................. 1
10
121 36
41 40 Fueron colectados en la Municipalidad de Otzoloapan ..... .
90 87
37 64 Contribuyeron los vecinos del Distiito de Tlalnepantla con
22 18
233 82
la cantidad de . .. ... .. . . .................... . ... . . .
140 80 Contribuyeron los empleados de las Administraciones de ren120 70
122 08
tas de Tula y Jilotepec con la cantidad de.. . . .. ....... .
75 68
92 40
Suma .... : ..... . ........... $ 28,013 50¡
47 62
Nota.-Al participar de Zacatecas la cantidad q:¡ie habían colectado, pidie6 24
35 52 ron que se les diera para los vecinos de San Juan de la I sla, y por acuerdo de
42 78 S. M. la Emperatriz, se les avisó la tomaran.
35 28
~Continúa abierta la suscricion en la casa del Sr. D. Antonio Vértiz, calle
32 48
de Medinas núm. 21, adonde podrán ocurrir á inscribirse en un registro las per19 00 eonas que se crean con derecho á ser socorridas con los productos de la suscri37 74 cion. .4;J
·
16 72

PARTE :NO OFitJIAL.

46 62
291 20
15 84
8 36
17 60
412 20
57 60
29 14
20 28
37 40
332 00

1-79 36
177 06
163 26
402 28

63 80
69 28

LISTA de las personas inundadas que ha socorrido la Comision del Consejo de
Beneficencia, ioombrada por S. M. la Emperatriz, con los productos de la suscricion abierta al efecto.
(Continúa.)

334
335
336
337
338
339
340
341

Suma anterior . ....... ..... ..... $ 11,213
60
6

Conrado López, Estampa de la Merced ............. .
Victoriano Alguera, pueblo de la Magdalena Mixuca .. .
Ignacio Flores,
,,
,,
,,
,,
.. .
Estéban Gomez,
,,
. ,,
,,
,,
Florentino Rosas, ' ,,
,,
,,
,,
Juan Rosas,
,,
,,
,,
,,
Gregorio Amaro,
,,
,,
,,
,,
Benigno Rosas,
,,
,,
,,
,,

8
6
8

8
8

5

A la vuelta.. .. .. .. . .. . . $ 11,322

�Acaden1ia Imperial de Ciencias y Lite1·atura.

De la vuelta •.• . ........... $11.322
6
342 José Luna,
,,
"
"
"
18
343 Cristóbal Valencia,
,,
"
"
"
8
. 344 Luciano Valencia,
,,
"
"
4
345 Gabriel Rojas,
,,
"
"
"
6
346 Evaristo Oros,
,,
"
"
"
4
347 Juan Durán,
,,
"
"
"
3
348 Calisto Vazquez,
,,
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"
"
5
349 Bibiana Hernz,
,,
"
"
"
8
350 Hipólito Flores,
,,
"
"
6
351 Filomeno Bardales,
,,
"
"
"
8
352 Diego Rosas,
,,
"
"
8
353 Teresa Alguera,
,,
"
"
15
354 Florencio Tenorio,
,,
"
80
355 Ambrosio Flores,
,,
"
"
"
20
356 :Mariano J ull,rez,
,,
"
"
8
357 Romualdo Juarez,
,,
"
"
"
35
358 Gabino Cañas,
,.
"
"
"
15
359 Ignacio Alguera
,,
"
"
"
40
;,
360 J oaquin Alguera
,,
"
8
361 Timoteo Hernandez ,,
,,
''
"
8
362 José Rosas,
,,
,,
"
"
15
363 Diego Martinez,
,,
,,
"
"
20
364 Cenobio Martinez,
,,
,,
"
"
8
365 José María Mauro,
,,
,,
"
"
.,
8
366 Benito Rosas,
,,
,,
"
20
367 José María Oros;
,,
,,
"
"
10
368 Felipe Balbuena,
,,
,,
"
"
16
369 Cruz Galicia,
,,
,,
"
"
20
370 Casimiro Nava,
,,
,,
"
10
371 José María Flores,
,,
,,
,,
"
18
372 Feliciana Suarez,
,,
,,
,,
"
,10
373 Eulogio Luna,
. ,,
,,
,,
"
12
37 4 Cirílo Plata,
,,
,,
"
8
375 Manuel Plata,
,,
,,
,,
"
14
376 Casimiro Cárdenas, ,,
,,
,,
"
25
277 Manuel Luria,
,,
,,
,,
"
20
378 Paula Vilchis,
,,
,, .
,, .
"
8
379 Nabor Gomez,
,,
,,
,,
"
12
380 Juan Tarinda,
,,
,,
,, •
"
381 Hipólito Flores,
,,
,,
,,
15
"
~
12
382 Sixto Galicia,
,,
,,
"
5
383 Santos GoÍnez,
,,
,,
,,
"
15
384 Dominga Amaro,
,,
,,
,,
"
15
385 Ambrosio Rojas,
,,
,,
,,
"
12
386 Rómulo Alguera,
,,
,,
,,
"
387 Isidro Tarinda,
,,
,,
,,
3
"
388 Lorenzo Valencia,
,,
,,
,,
10
"
389 Gil Valencia,
,,
,,
,,
5
"
390 Pedro Quevedo,
,,
.,,
,,
30
"
391 Luz Rosas,
,,
,,
,,
3
"
392 José María Plata,
,,
,,
,,
6
5
393 Florencio Luna,
,,
,,
,,
,,
394 Felipe Melendez,
,,
,,
,,
,,
18
395 Leandro Rios,
,,
,,
,,
,,
8
396 Gerardo Rios, ·
,,
,,
,,
,,
8
397 Ignacio Rios,
,,
,,
,,
,,
6
5
398 José María Gomez, ,,
,,
,,
t•
399 J oaquin Morales, Peñon de los fü,ñoa .............. .
15
400 Fermina Corona, ..... . ............. . ... ...... . .. .
10

Ac'l'A NUM.

'

ACTA NUM.

2.
México, Setiembre 2 de 1865.

Se reunieron los Sres. Presidente Ramirez, Lacunza, Cuevas, García Icazbalceta, Orozco, Almazan, Rio de la Loza, Castillo, Jim,enez, Mier y. Teran (D.
Joaquin) y el que suscribe.
·
.
El Sr. Presidente dijo que se debia proceder al nombramiento de una comision.
que formara el reglamento de la Academia. El Sr. Lacunza manifestó que, en
su concepto, esa comision debia componerse del primer miembro de cada clase;
adoptada esta idea, guedaron nombrados los Sres. Río de la Loza, Almazan y·
Cuevas.
Agregó el Sr. Presidente que cada una de las clases debia pr-0poner.los miem- 1
bros que faltan para completar el número de académicos que .designa la ley. A
proposicion del Sr. Cuevas se acordó que por ahora cada clase proponga solamente tres socios de número y cinco corresponsales.
Se dió cuenta con una .excitativa del Gobierno ~perial para.que la .Academia
for~e c_u~tro inscripciones que debep. ponerse en el pedestal ~e una estatua que
va a erigirse en honor del cura Morelos. Se acordó esperar a que esté íntegra
la Academia, á fin de nombrar con mas acjerto las personas que deban encargarse de formar las ins~ripciones.
'
Se acordó la impresion del acta núm 1, en que deben incluirse los discursos deinauguracion pronunciados por S. M. y por los Sres. Ramirez y Lacunza.
Por último, se manifestó la necesidad que habia de que la Academia tuviese
un secretario, para cuyo cargo fué nombrado el que suscribe, interinamente.
Se levantó la sesion, quedando citados los Sres. asistentes para el mártes próximo á la una de la tarde.

,

Ministerio de Fomento.- Méxi&lt;;o, Enero 17 de 1866.-Muy útil será á este
Ministerio la adjuisicion de datos estadísticos concernientes á la propiedad raiz
que esa compañia deslinde en virtud de la autorizacion que tiene concedida por
su contrato de 10 de Marzo último, pues ademas de las luces que ministran á la
administracion pública, serán un principio para la formacion del catastro.
ACTA NUM. 3.
Pero por importantes que sean dichos datos, no quiere el Gobierno que ellos
se adquieran con perjuicio y molestias de los propietarios: de consiguiente, al
México, Setiembre 12 de 1865.
procurárselos la Compañía, pr!)cederá con la mayor circunspeccion, principalSe l~~ó. una comunicacio~ del Sr. Mini~tro de Bélgi~a, acompañando un mapai
mente en el avalúo de las propiedades, el cual, sin que carezca de exactitud, no
1
de
Abisima, levantado por el, y se acordo que se le diesen las gracias por este
deberá considerai:se como oficial, sino como noticia curiosa, que siempre es con•
'
veniente tener, pues para que lmdiera dársele aquel carácter, seria necesario que obsequio.
Quedaron
nqmbrados
como
miembros
de la Academia los señores siguientes:
se hiciese con acuerdo é intervencion de los propietarios.
Para
la
primera
clase
D.
José
Salazar
Ilarregui, D. Francisco Jimenez y D.
Para que esas noticias llenen el objeto que se propone el Gobierno al adquirirlas, se pondrán por el agrimensor que haga el deslinde, de la manera si- Mateo Maury.
guiente: En primer lugar se expresará la Municipalidad, Partido, Distrito y De- , _Para la segunda clase D. Alejandro .A.rango y Escandon y D. Manuel Larpartamento á que pertenezca la finca ó el terreno que se deslinde. En segundo, ramzar.
Para la tercera clase D. José Sebastian Segura, D. José G. Arriola y D. José
el nombre que tuviesen, el del dueño á quien pertenezcan, y el rumbo y distanUrbano
Fonseca.
cia á que se encuentren de la capital del mismo Departamento. En tercero, la
Concurrieron los Sres. Presidente Ramirez, Lacunza, Río· de la Loza, García
extension total que tenga la finca ó terreno, segun el deslinde practicado, y la
que le corresponda conforme á su título, señalando, si lo hubiere, tanto en el pla- Icazbalceta, Castillo (D. Antonio), Mier y Teran (D. Joaquín), Orozco y Berra,
no como en la noticia, el exceso que se encontrare. En cuarto, expresará la clase Almazan, Dr. Jimenez y el Secretario interino que suscribe.
de los terrenos, aguas y montes que tuviere, y la del cultivo para que sean propios. En quinto, señalará el valor que corresponda á cada clase, segun los precios que tuvieren en el mismo lugar terrenos semejantes; y por último, todas las
México, Setiembre 19J de 1865.
demas noticias de poblacion, establecimientos industriales, y cuanto sea propio
para la formacion de la estadística. ,
Se reunieron los Sres. Presidente Ramirez, Lacunza, Almazan, Larrainza.r
Lo que digo á V. en respuesta á su oficio de 10 del presente.-El Ministro de Maury, Jimenez (D. Francisco),Fonseca, Cuevas, Jimenez (D. Miguel), Arriola:
Fomento, Lms ROBLES PEZUEL.A..- Sr. D. José Gadea, presidente de la Comi- Segura, García Icazbalceta, Castillo, Orozco y Berra, Rio de la Loza y el Sesion descubridora de terrenos baldíos.- San Luis Potosí.
cretario interino que suscribe.
.
Es copia. México, Enero 18 de 1866.- El Subsecretario interino de Fomento

lt,ancisco Jimenez.

·

Se leyeron dos comunicaciones, una del Sr. Segura y otra del Sr. Larrainzar,
admitiendo el nombra.miento de miembros de número de esta .Academia.
Se presentó una obra intitulada: "Les devoirs" por Mr. Arthur Desjardins.
Se acordó q,ue se le den las gracias por su obsequio.
Fué aprobaqo para mie.mbro de número de la seccion segunda el Sr. D. Teodosio Lares.
.
El Sr. Orozco y Berra recordó que para el dia 30 del presente mes deben estar formadas las inscripciones para la estatua del Sr. Cura Morales. Despues de
una ligera discusiou quedó encargada la clase filológico-literaria de formar di•
chas inscripciones, y presentarlas en el término debido.
El Sr. Cuevas .manifestó que la comision de reglamento se ocupaba en formarle, y que tau luego como hubiese algo concluido se pre!!entaria á la Academia.
Se acordó que las sesiones de la Academia continúen teniendo lugar lo~
mártes á la una de fa tarde.-Fi·ancisco Pirnentel, Secretario interino.

Junta de Colonizacion.
ACTA NUM.

37. ,

Sesion del viérnes 10 de N@viembre de 1865.
A las dos y cuarto de la tarde, reunid~s los Sres. Presidente Fonseca, Vicepresidente Collado, Schult;,z, J ourdanet, Perry y Secretario que suscribe, ,
Se leyó la acta de la sesion anterior, y fué aprobada.
En seguida s.,e &lt;lió cuenta de una comunicacion del Ministerio de Fomento, en
que contesta á la que esta Junta le dirigió en 28 de Octubre último, sobre pedir
á nuestro enviado en el Brasil algunos ejemplares de la legislacion sobre colonizacion en aquel Imperio; manifestando estar pedidos los ejemplares que se de.
sean.- A su exp'edie-nte.
•
'
De otra del Prefecto político de Michoacan, en la que, contestando la que la
Junta le dirigió en 30 de Octubre próximo pasado, propone las nueve personas
que cree á propósito para desempeñar el encargo de miembros de la auxiliar de
colonizacion en Morelia.- La postulacion quedó como de primera lectui'a.
No habiendo otra cosa de que dar cuenta, el, Sr. Presidente manifestó, que
atentas las dificultades que expresa la proposicion que hizo, y ~e que se dió cono- cimiento á la Junta en su sesion del 2 de 'Setiembre último, relativa á pedn· al
Ministerio de Fomento que se sirva nombtar á los Sres. Prefectos políticos, presidentes de la¡¡ auxiliares de los Departamentos, cuyos fundamentos amplió con
otras razones nuevas y de interes, que persuaden mas sobre la necesid~d µe
aquella medida, pedia á la Junta se sirviera aprobar la referida,proposicion, á
cuyo fin se le diera segunda llpctura.- Llenado este requisito, la proposicion fué
sin discusion aprobada.
Se acordó por la Junta, á mocion del Sr. Presidente, que se excite por escrito
á la Comision encargada d~ abrir dictámen, con relacion á los ' pu:atos de cuyo
estudio debe encargarse á las Juntas auxiliares, á fin de que se sirva presentar
en el término mas breve el que crea oportuno.
,
El Sr.. Schultz presentó una carta del Sr. Gene1al Hindman, dirigida al Sr.
D. J. de Ibarrondo, la cual contiene un plan formado para la colonizacion del
Istmo de Tehuantepec, y cuya 'traduccion es !a siguiente:
1

Noticias estadísticas.

,

l.

En la ciudad de México, á los seis dias del mes de Julio del año del Señor d&amp;
1866, reunidos en la gran Sala del Palacio, conforme al ceremonial publicado en
el Diario del Imperio, correspondiente al 5 del presente, pani la i,nstalacion de la
Academia de ciencias y literatura, creada por decreto de 10 de Abril último, los
Señores Ministros de Estado, de Justicia, de Inetruccion Pública, de Fomento;
el Señor presidente del Consejo y los Sres. Consejeros D. Hilar.lo Elguero, D.
Urbano Fonseca, D. Teodosio Lares, D. José López Uraga, D. Vicente Ortigosa, D. Pascual Almazan, D. José Linares, D. Na.poleon Saborío, D. Manuel Cordero, D. Luis G. Cuevas, D. José Ignacio Pavon, D. Antonio Fernandez Monjardin, D. Bonifacio Gutiérrez, D. Joaquill Castillo Lanzas, D. Tomás Moran y
Cribelli; los miembros electos de la Academia de ciencias; las O.omisiones de las
Corporaciones científicas y literarias1 y los demas caballeros y señoras invitadas
por órden de S. M. para asistir á este acto de inauguracion, fueron todos los presentes colocados en sus asientos por los s,ecretarios del Gran Maestro de Ceremonias.
Dando la una de la tarde, SS. MM., precedidas del Gran Maestro de Ceremonias y del pequeño séquito de la Corte, llegaron al salon, donde aguardaba la
concurrencia, y tomando asiento SS. MM., despues ile saludar, el Emperador-pronunció en voz alta y sonora el discurso siguiente: (1)
Despues el señor Subsecretario de Estado leyó el decreto de creacion de la
Academia. Concluida esta lectura, S. M. el Emperador se dignó poner por 81
mismo al cuello del Exmo. Sr. Presidente de la nueva Corporacion, D. J. F.Ramirez, la cadena que es el distintivo de su cargo, entregándole el decreto de instalacion de la Academia.
El señor Subsecretario de Estado díó lectura á éste y al nonibramiento de las
personas elegid~s por S. M., para organizar y Gonstituir las clases de la Academia.
Fué en seguida pronunciado por el Señor Presidente de la Academia, el dis_curso siguiente: (2)
·
A continuacion de esto, el Exmo. Sr. D. J. M. Lacunza, como académico, 1~
yó el siguiente discurso, con arreglo á lo prescrito en el ceremonial. (3)
·
Concluido este discurso, SS. MM., levantándoie de su asiento, se hicieron presentar á varios de los miembros de la Academia, que no conocian, por su digno,
Presidente, y despues de haberles dirigido algunas palabras afectuosas, lo mismo
que á los Sres. Maury, Zorrilla y á otros ilustres extranjeros allí presentes, se
retiraron á su'S habit_aciorres en el mismo órden guarµado en la entrada.
Y por mandato de S. M. se levanta la presente acta de todo lo ocurrido en este acto de insta~adon de la Academia de Cienc~s, para la debida constancia y
para su publicacion oficial.
México, Julio de 1865.-El Subsecretario de Estado, J. D. Ulíbarri.

SUDll:t ..... : . . . . . . . . $12,095

'

115

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

114

(1) Publicado en el núm. 155 del Diario, correspondiente al 7 de Julio de 1865.
(2) Publicado en el núm. 156 del Diario, correspondiente al 8 de Julio de 1865.
(3) Publicado en el número citado.

"México, Setiembre 21 de 1865.-QuerEo Señor:-Con arreglo á los deseos
de V. tengo el honor de someterá-V. el siguiente plan de colonizacion.
"En mi opinion, el Istmo de Tehuantepec es la region en la cual el mayor número de buenos ciudadanos d~ los Estados confederados, puede ser atraído en el
término mas corto.
,
"El suelo, en general, es allí suficientemente fértil, y el clima no es mas insalubre que aquet al cual nuestros plantadores de algodon y azúcar están habituados. 'l'iene, ademas, su bella posicion comercial, y su perspectiva futura atraerá fuertemente á los hombres emprendedores de todas profesiones. Estas ventajas, unidas á la facilidad de su acceso, pueden asegurar los resultados.
"La circunstancia de que la autoridad del Emperador no tenga por el momento el libre dominio en el I stmo, no es á mi vista un grande y sério obstáculo.
l!na _colonia, tal como la propongo, la estableceria sin embargo, y la conservaría
sm riesgo en el porvenir. Para obtener esa colonia sin dificultad ni dilacion, solamente se necesita que S. M. L dé ún decreto, como adicional á los privilegios
concedidos hasta aquí, conteniendo las cláusulas siguientes:
"1 ~ Una faja de una extension de sesenta millas, ó mas, que corra de mar á
mar, será concedida para la colonia.
2~ El viaje libre para los colonos, ó bien una donacion de cinco centavos de
peso ~or cada milla para todos los inmigrantes, jóvenes, muchachos y aprendices
mclus1ves.
. "3~ La organizacion, armamento y equipo; el sueldo, raciones y otras inmu~1dadcs de los soldados del Imperio, hasta la toma de posesion de la parte de
tierra~ concedida;;; y despues, hasta que esta posesion esté libre de todo peligi·o,
los mismos derecho¡; y facilidades, excepto el pago y las· raciones.
4~ Todas las tierras del Gobierno comprendidas en la colonia, así como las de
particulares qne los propietarios quieran conceder, deberán ser medidas por cuen~ del Gobierno simultanea.mente con la ocupacion del territorio, en secciones
iguales d~ _640 acre~ cada una, todas numeradas sucesivamente, y el plano de
esta medic1on debera ser depositado y conservado en la colonia.
5~. Las s_ecciones designadas por los números pares, serán dadas en absoluta
propiedad a los colonos, y se repartirán como sigue: á un inmigrante casado en el
moment? de su ~sta~leciínien_t~, ó que se casare ~n los doce meses siguientes, y
que tuviese conSJgo a su familia, una seccion entera, y á todos los otros inmigrantes la mitad de esta cantidad.
~~ Los números impares ó nones, de las secciones, pertenecen al Gobierno, y
seran conservados en espera de demanda de ellos por los inmigrant.eR, limitánl~s á una cantidad igual á la recibida por cada uno á título de propiedad, al precio de ~ 2 50 el acre, si la seccion está á cinc\) millas del terreno señalado para
el ca:mmo de fierro interoceánico; á $ 1 25 si dista mas de cinco millas, y menos
de diez de la via citada, y á 50 centavos de pesos si dista mas de diez millas.
El valor del precio, pagadero sin causa de intereses en todo caso, antes del año
de 1871.
,
. "7~ En el año de 1871 todas las tierras reservadas al Gobiemo, que no hayan
sido compradas antes, serán vendidas en subasta pública á los postores, y al con•
tado, despues de los anuncios fijailos en toda la colonia, hechos á lo menos con
trei~ta dias de anticipacion, indicando el dia, hora y lugar donde la venta debe
verificarse; y el producto, así como todo el efe~tivo que se hubiere recibjdo de

las ventas hechas, será aplicado sin demora á desarrollar los m~dios de educacion en la colonia.
"8~ Los inmigrantes y todas su~ propiedades, serán exceptuados de toda con~
tribucion hasta el año de 1871: la misma excepcion deberá hacerse á las tierras
de otras personas que hubieren cedido la mitad de sus propiedades para la colonizacion, en la manera explicada.
'
"9~ Para la construc.cion de un camino de fierro interoceánico que atraviese la
colonia, todas las tierras de ella deberán ser gravadas regularmente de año en'
año, hasta que la obra quede terminada; y una contribucion doble para el mismo
objeto, deberá ponerse sobre todas las tierras de las pers~nas que no hubieren
concedido la mitad de su propiedad para la colonizacion.
"10. El nombramiento de una persona apta para llevar á cabo los artículos
del Decreto, con la remuneracion cor;·espondiente, y de inteligencia á propósito.
"Bajo las bases ir;idicadaá, adoptadas desde luego y sostenidas sin vacilar, estoy persuadi4o que el Istmo de Tehuantepec, seria bien pronto poblado de inmigrantes obedientes á las instituciones existentes, y llenos de inteligencia y de
empresas, de las cuales este género de instituciones depende para producir buenos resultados. Esto aseguraría una tuerza militar, la que en tiempo de guerra
seria de una grande importancia, y en tiempo de paz, el tributó del comercio del
mundo entero, vendria á llenar el Tesoro Imperial. Las ventajas que se piden son
grandes; pero icuál es su valor comparado con los resultados que 'deben obtenerse1
"Sin conocimientos oficiales, y poco afecto á distraer á las auto1·idades con
peticiones particulares, estoy encargado de pedir directamente la adopcion de las
ideas aquí manifestadas. Si V. tiene la bondad de procurar obtener esta adopcion, hará un bien positivo á los confederados y conócidos, y lo creo uno no menos gra.nde para México. Pero es necesario tener presente en la imaginacion,
que todo este proyecto, si.fuese bastante afortunado pata ·ser sancionado por S.
M., puede ser destruido por el mas pequeño retardo. El momento de oportunidad
es este, mientras. que la fiebre de la inmigracion reina en toda la confederacion,
y antes de que sea atraída á otra parte por la accion de otros gobiernos, ó bien
que sucumba bajo la presion yankee.
"Tengo el honor de ser, &amp;c.- Firmado, J. O. Hindman.- Sr. D. J . de Ibarrondo.- México."
Este 'proyecto se mandó pasar en comision, para que se sirvan ,abrir dictámen
sobre él, á los Sres. Piña y Cuevas y Masseras.
Se levantó la sesion á las tres y cuarto de la tarde, habiéndose acordado que
la siguiente sea el viernes 17 del corriente, á la una; y no habiendo asistido ,á la
.de hoy, el Sr. Masseras por ocupacion; por igual motivo el Sr. Piña y Cuévas, y
sin aviso los Sres. Davidson, Sauvage y Pimentel.- J. Urbano FOlflSeca.-J.

Rascon.

·

·
AcTA

NÚM. 38.

Sesion del SálJado 23 de Dicwnibre de 1865.
A la una y media de la tarde, reunidos los Sres. Presidente Fonseca, Davidson, Pérry, Schultz y Secretario que suscribe,
Se leyó la acta de la sesion anterior, y fué aprobaaa:
Se dió cuenta de las comunicaciones siguientes:
Una de D. José María Q-utierrez, renunciando el cargo de miembro de la Jun•
ta auxiliar de Oolima.- A su expediente.
Tres del Prefecto político de Colima: la primera, ,en que manifiesta que, por
la nueva division territorial, hoy no es el Manzanillo sino un Distrito de aquel
D~partam~nto, por lo que cree que en Colima es en donde ha de residir la Junta
auxiliar, de cuya instalacion se trata¡ la segunda, en que espresa no haber procedid-o á la instalacion de la Junta, por no haber recibido aún la noticia oficial del
carácter que se babia dado á cada nombramiento; y la última, en que, contestando la que en 28 de Octubre le dirigió esta Junta, manifiesta 9.ue, obsequiando
los deseos que en ella expresó, quedaban citados los individuos nombrados para
la instalacion de la Junta, y la Prefectura cumpliria, por su parte, con la que le
· incl!mbe en la ley relativa.-Contéstese acusando recibo, y que, con arreglo á la
resolucion del Ministerio de Fomento, de 13 de Noviembre, publicada en el núm.
266 del "Diario del Imperio," aquella Junta auxiliar debe ponerse bajo la preF1idencia y proteccion de la misma Prefectura, con quien directamente se entenderá esta Junta central; manifestándole haberse recibido ya la acta de la instalacion de aquella Departamental, cuyo acto se h~ visto con satisfaccion: comuníquese la instalacion al Ministerio de }fomento.
,
Otra de D. José María Gutierrez, miembro de la Junta auxiliar de Colima, á..
que acompaña la acta de la instalacion de aquella; de la que resuitaron electos,
para ~residente y Sec~etario, el mismo Sr. Gutierrez y el Sr. ,D. Crescencio ,
Orozco; quedando, por lo mismo, admitido por el primero, el nombramiento que
en su primera comunicacion renunciab,a.-A su expediente.
•
Otra de D. Manuel María Gonzalez, admitiendo el encargo de miembro sup!ente de la Junta auxiliar de Tepic, Departamento de Nayarit.-.A su expe-diente.
' ·
Dos de la Prefectura _Política del mismo Tepic, manifestando en la primera,
}as razones porque no hizo propuesta de personas para la Junta auxiliar que se
trataba de establecer en San Bias, y la segunda, en que acompaña la acta de
insta~acion de_la de ~quel Departamento, de cuyo acto resultaron electos para
Presidente, Vicepresidente y Secretario, los Sres. D. Ramon Menchaca, D. Juan
Sanroman y D. J. A. Tostado.-Contéstese haberse visto con satisfaccion la
inst~lacio~ referida, Y, que deb~endo quedar aquella Junta Departamental bajo la
presidencia y proteccion del m1smo señor l?refecto, segun el acuerdo del Ministerio de ~OI~ento, publicado en el núm. 266 del "Diai;.io del Imperio," con ella se
entendera directamente esta Junta central: comuníquese la instalacion al Minis~erio.
,
Do_s Je la Prefectura polít~ca del Fr~snillo: .la primera, en que propone un
cambio d~ personas en los m1embros nombrados para formarla Junta auxiliar de
~quella ciudad, p~r las razones que expone; y la segunda, en que avisa quedar
mstalada la mencionada Junta y nombrados para Presidente, Vicepresidente y
Secretario, los Sres. D. Francisco J. de la Parra, D. Jesus Vergara y D. Mateo
Mourell.-Igual acuerdo que el anterior, aprobando, ademas, el cambio de personas propuesto.
'
Otra comunicacion de D. Javier de la Parra, en que, como Presidente de la
Junta a~a,r del -~resnilJo, comunica po_r su parte la instalacion de ella1 y ofrece la proxuna remlBlon de la acta respectiva.- .A. su expediente.
. Otra ~e la Prefect?~ª política de Veracruz, en que informa á esta Junta de la
mstalacion de la auxiliar en aquel puerto, y acompaña la correspondiente acta;

.,

.,,

�116

•

habiendo sido electos para Presidente y Secretario, los Sres. D. Pedro Thuillier
y D. Jorge de la Serna.-Dígase en respuesta, haberse visto con satisfaccion, y
que conforme ~ la resoluci?n del Ministerio de Fo1:1ento; pu?licada en. el ~úm.
266 del "Diano del Imperio," aq,uella Junta contmuara baJo la pres1denc1a y
proteccion del mismo Sr. Prefecto, con quien esta central se entenderá directamente: comuníquese la instalacion al Ministerio de Fomento.
Otra del Sr. Prefecto de San Luis Potosí, en que acompaña la acta de instalacion de aquella Junta auxiliar, de que resultaron electos para Presidente y Secretario los Sres. ·D. Ramon Adame y D. Francisco Bermudez.-El propio acuerdo último.
·
Otra del Ministerio de Fomento, en que contesta la que dirigió esta Junta con
fecha 11 de Noviembre próximo pasado, pidiéndole que se sirviera nombrar á
los Sres. Prefectos políticos, Presidentes de las Juntas auxiliares, de conformidad con lo ¡¡olicitado, y previuiendo que en caso de que esta central les comiera
el encargo, sea sin perjuicio de que aquellas tengan los cinco miembros que les
concede el artículo relativo de la ley que las establece.-A su éxpediente.
Otra del propio Ministerio, en que resuelve competirá la Junta el exámen de
aptitud de los empleados de su Secretaría, del cual trata el art. 23 del decreto de
12 de Octubre último.-Pase á la comision de policía.
Otra comunicacion del Ministerio de Negocios Extranjeros, imponiendo á esta
Junta del nombramiento del Sr. D. Luis Arroyo para Subsecretario del mismo
Ministe,rio, y dando á reconocer su firma.-De enterado.
Otras dos de los Sres. Griffon y Piña y Cuevas, comunicando el primero haber hecho su renuncia del cargo de miembrQ de esta Junta, y haberle sido admitida por el Ministerio de Fomento; y el segundo haciendo renuncia ante esta
Junta del igual cargo que tiene, fundán_dola en haber sido nombrado Ministro
letrado del Tribunal de Cuentas.-Contéstese al Sr. Griífon haberse visto, con
sentimiento su renuncia; y respecto del Sr. Piña, elévese la suya á conocimiento
del Ministerio de Fomento. manifestándole que, aunque esta Junta cree que no
hay incompatibilidad legal, sí la hay fisica, y que eh vista de ello se sirva resolver lo conveniente.
No habiendo otra cosa con que dar cuenta, se dió segunda lectura á la·postulacion que hace el Sr. Prefecto político de Morelia, de las personas de aquella
ciudad que cree á propóslto para desempeñar el encargo de miembros de aquella
Junta auxiliar: la referida postulacion fué aprobada en la parte necesaria, quedando- electos los Sres. siguientes:
.
. { D. Adolfo Tremonttel. } E t .
P rop1etaríos.
. Maubassm.
.
x ranJeros.
,, F, eder1co
Mexicano.
F-ermin Ortega.. ... .
id.
Suplentes.. . ,, Juan N. Oviedo .... .
,, Luis Brutió ....... . Extranjero.

"
1

Comuníquese así á la Prefectura proponente, agregándole, que segun lo dispuesto fºr el Ministerio de Fomento en su comunicacion á esta Junta, publicada
en el num. 266 del "Diario del Imperio,!' el mismo .Sr. Prefecto será quien tenga
bajo su presidencia y proteccion á aquella Junta auxiliar, y &lt;¡on quien esta se
,e:ntenderá directamente, excitándolo á que se instale aquella. Comuníquese los
nombramientos referidos al Ministerio de Fomento. ·
El Sr. Presidente manifestó que, estando en poder de una comision del seno
de esta Junta, para que dé su dictámen, el proyecto sobre colonizacion del Istmo
de Tehuantepec, y siendo conveniente, que no ¡;e i;etarde el curso de asuntos 9.ue,
,como este, pueden ser de importancia, opinaoa que se pidiera á la comision el
expediente relativo en el estado que tuviera, y se elevase el proyecto al Gobierno: el Sr. Davidson pidió la palabra para indicar que creía conveniente ,que se
_pidiera el expediente, aunque sin elevar el proyecto al Gobierno, sino que estuviese en la mesa para la próxima sesion, y en ella resolver lo conveniente.-Se
• aprobó como dijo el Sr. Davidson.
·
·
Se levantó la sesion á las dos y media de la tarde, no habiendo asistido, por
ocupacion el Sr. Collado, y sin aviso los Sres. Masseras, J ourdanet y Sauvage.

-J. Urban-0 Fonseca.-J. Rfi,scon.

KO'PICIAS EX'PB.A1"3'EB.AS.

DENUNCIOS Y SOLICITUDES

najes del Congreso y del Ejecutivo para obtener empleos en las filas de dicho
éjército y en las oficinas.
El Ministro de Hacienda ha publicado el 3 de Enero la relacion oficial ~e la
deuda pública de la nacion; resultando que el dia 1~ del año debe el Go~1erno
americano la cantidad de 2,807,310,357 pesos; es demr, noventa y dos millones
mas q_ue el 30 de Noviembre pasado.
Muchos desórdenes hubo enCharleston y Savannah en la Noche-Buena y dia
de año nuevo por la gente de color, resultando muchos muertos y heridos de los
negros y los blancos.
Se ha establecido entre N. York y el Brasil una línea de vapores que tocarán
en San Thomas, Fernambuco y Rio J.aneiro. De este modo la correspondencia
de México al Brasil empleará ahora mucho menos tiempo que antes.
En casa del Vicecónsul de Francia en N. York se ha establecido una reunion
semanaria de los Cónsules, en que se estudian y discuten puntos de derecho mercantil, marítimo y consular, uniformándose así dichos funcionarios en sus opiniones y, en la conducta oficial que deben observar.
El Secretario de Estado, Mr. Seward, había emprendido un viaje de mar por
causa de salud; y algunos diarios de N. York, sin fundamento, hacían venir á gran.
des negocios ~ aquel hombre de Estado á la Habana y V eracruz; pero al fin todo
ha"salido falso.

ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.

S:ECCION

Méjico, Diciembre 4 de 1865.

D. Manuel Ortega y García, por :;Í y en repre¡;entacion de sus hijos, presentó
un ocurso ante este Ministerio, pidiendo se le dechv·en bien registrados cuatro
criaderos de betum petróleo, situados: dos en Tageuilolostoc, márgen derecha del
rio Apulco (paso de Santiago), y en Ilamatco, márgen derecha é izquierda del
mismo rio, paso de la Canoa; ambos lugares se liallan en lajm-isdiccion de Tlaslahuqui, en el Departamento de Puebla; otro en Comalteco, siendo su principal
ojo contiguo á un estero y un frondoso pochote, y otro arriba del paso de Pajasgo,
en la márgen izquierda del rio del Espinal, registrados ante ~l juzgado de letras
de San Juan de los Llanos: á estos registros se agrega un quinto, hecho ante el
juzgado de letras de Tezuitlan, y está situaüo en el lugar llamado Pa-guatatempa,
al Oriente de las casas del rancho del mismo nombre.
Y habiéndose acordado de conformidad, se ·avisa al público para su conocimiento.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.

Méjico, Diciembre 2'J de 1865.

(2~ pnblicacion.)

Sol·icitud de D. Iluis Dorte, pidiendo privilegio exclusivo como ·inventor de wn nue-·
vo sistema de collares para bestias de tiro.
,;Segunda ciase.- Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta-y cinco ..!.....Exmo. Sr. Ministro de Fomento:- Luis Ddrte, súbdito frances, á V. E. con el debido respeto expongo: que habiendo trabajado hace
mucho tiempo para perfeccionar el siste~a de collares de bestias de tiro, he logrado inventar uno cúyo diseño es adjunto. Espero que V. E., conforme á la ley,
se sirva concederme el correspondiente privilegio, decretando el mínimun posible,
por mis escasos recursos.-Por tanto, á V. E. suplico así lo determine. -México.
Diciembre 21 de 186.5.-Iluis Dar.te."
Lo que se publica en el "Diario del Imperio," conforme al art. 14 de la ley de
3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino, Fra_ncisco Jimenez.

wn,

GUATEMALA.-El 25 de Noviémbre inauguró la Cámara de Representan-tes
las sesiones del tercer período constitucional. El Ministro de Gobernacion
PRAN CIA.-El Príncipe Napoleon llegó á Paris el 18 de Diciembre, y fué á
leyó
el mensaje del Presidente, de cuyo documento hacemos el siguiente extraclas Tullerías. Han ocurrido nuevos casos de cólera en París. E l general americano Schofield fué á Lóndres y volvió á París. Se han fijado papeles en los lo-- to. Hablando de la política exterior, dice el General Cerna:
cales de Paris de corporaciones científicas, haciendo saber á los estudiantes que
"En el corto período de seis meses que han trascurrido desde que me hice
cargo del gobi~rno, he procurado consagrarme exclusivamente á conocer los nesi perturban el órden, serán expulsados de la Universidad para siempre.
gocios públicos, y á estudiar las necesidades gen,erales del pais. Persuadido de
ESPANA.-La corte de Isabel II debía volver á Madrid el 14 de Diciembt¡l, que la opinion de la gran mayoría de los pueblos está bien avenida con el sistey ~e 'decía como probable que la Réina abriría las Cortes. · ,
ma establecido por mi digno antecesor, he creído que la tarea del Gobierno debe
INGLATERRA.-Ha sido nombrado Sir H. Storkees Gobernador de Jamai- hoy tener por objeto adelantar é ir perfeccionando la obra emprendida, corrica, y habia salido para su destino juntamente con la comision que iba á examinar giendo tambien, prudente y gradualmente, los abusos q_ue el tiempo ó otras caulo ocurrido en la isla para reprimir la revolucion de los negros. Parece que est~ba sas hayan podido introducir en los diferentes ramos del servicio público."
En seguida congratula á la República por las ~elaciones amistosas en que se
concluido el tratado de comercio entre Austria y la Gran Bretaña, y q_ue pronto
halla con las demas naciones, haciendo solamente 'excepcion de la República de
será ratificado por ambas.
Costa-Rica. "Con esta, dice, hubo necesidad ~e suspender las relaciones en Fe~EMANIA.-Algunos diarios de V!ena anuncian q_ue las dos grindes po- brero del corriente año, por motivos de que tienen conocimiento los señores ré•
tencias alemanas han firmado -un convemo que debe agregarse al de Gastein, en presentantes, habiéndose publicado oficialmente los fundamentos de aquella resoque se hacen ciertos arreglos para las guarniciones de Rendsburg. Se agrega que lucion. Posteriormente, habiendo cesado el principal de aquellos motivos, el Goel Austria había contestado la última nota del Senado de l!'rancfort.
bierno dispuso abrir las comunicaciones comerciales y postales con Costa-Rica;
mas como desgraciadamente no han mediado las explicaciones amistosas que son
SUIZA.-Se dice que varios cantones han pedido la revision de nuevo de la
indispensables para que Guatemala pueda considerarse desagraviada de la ofensa
Constitucion.
que gratuitamente se le infirió, desatendiendo sus corteses y amigables indicaESTADOS-UNIDOS.-El 5 de Enero se abrieron de nuevo las Cámaras ciones, han tenido que continuar interrumpidas las relaciones oficiales."
que hab_i~n estado en r~ceso poco mas de una semana. En ese dia se presentaro~
Concluye la parte que se refiere á los asuntos extranjeros, con las siguientes
tres pet1c1ones de los cmdadanos negros de Alabama, Mississippí y Colomd: del palabras:
primero, sobre remedio de los males que sufren; los del segundo, reclamando el
"Con el mas penoso sentimiento he visto la reciente ruptura entre el Gobierno
~erecho de votar; y _los del tercero, que no se reconozca el Colorado como parte
mtegrante de la_ Umon. Se entrevé que habrá grande oposicion en el Capitolio de S. M. C. y el de la República de Chile: por uno y otro pais hago los votos
mas sinceros porque se obtenga al fin un arreglo justo y honroso, que ponga
al elemento radical por los demócratas y aun por los conservadores.
. El co_rresponsal de la Prensa Asociada del Norte en Washington comunica con término á ese conflicto por tanto~ motivos deplorable."
El resto del mensaje se ocupa de la administracion interior, justicia, comercio,
techa 2 del que cursa, que se hacian allí grandes y repetidos esfuerzos para obt!lner que de hoy mas el efectivo del ejército de los Estados-Unidos no baje de 150,000 educacion y hacienda. En cuanto á la última, vemos q_ue aun para el año que
hombres de todas armas. Al mismo tiempo que por un lado se hacían esos es- viene habrá un déficit, pero menos que en lo's años pasados.
fuerz~s, por otro los m~itares.de ideas mas avanzadas, que han tomado parte en
la reciente guerra, pornan en Juego sus recursos y la influencia de ciertos perso-

2~

(2~ publicacion.)

Leemos en el Courrier des Etats- Unís 'del 4 de Enero:
" Se ha notado una cosa en la recepcion del cuerpo diplomático en Casa Blanca, y es que ningun Ministro extranjero dirigió la palabra al Ministro Romero
de la República Mexieana, pues no lo consideran. como representante de gobierno. Fué recibido cordialmente por Mr. J ohnson, pero ¡;olo quedó algunos instantes en la sala de recepcion, retirándose mucho antes que los demas miembro_s del
cuerpo diplomático."
'
El Congreso americano ha recibido una peticion de señoras, reclamando los
mismos derechos que se han concedido á los negros, pues no son estos de mejor
condicion que diez y ocho millones de americanas que pisan aquel territorio.
La Tribune, diario de N. York, hablando contra la propaganda en favor de la.
República Mexicana, trae estas palabras:
~• iPor qué buscar complicaciones exteriores1 tNo tenemos bastante que sufrir
de la guerra para toda esta generacion1 iTenemos motivo de hablar tanto de la.
doctrina Monroe1 iNuestros diarios y nuestros oradores no tienen otras cuestiones que tratad Hemos olvidado que tambien tenemos una d-Octrina de Washingrelativa á relaciones con las potencias extranjeras, y no nos acordamos que
los últimos consejos de Washington á la nacion tenían por objeto ponerla al abrigo de todo ataque del extranjero y de la manía de la propaganda republicana.iLa civilizacion mexicana, en lo que tiené de mejor, comprendido su republicanismo, está hecha para que gastemos en su favor nuestra sangre y nuestro dinero? iNos embarcaremos, pues, en una cruzada á la Don Quijote para rescatar
una República que no ha sabido gobernar-se1 Dejemos seguir el curso de la11 cosa~.
Tal era la opinion del difunto Tomás Corwin, nuestro Ministro en México, cuando se expresaba libremente sobre el pasado, présente y porvenir de ese dllsgraciado pais. Nuestra palabra de ór~en sea pues: Nada de guerra."
El dia 8 de Enero estaba el oro enN. York á 142. Por letras sobre Lóndres
piden de 9 á 9¼ á 60 días, y á corto plazo de 10 á 10¼ y sobre París de 5.20 á
5.16¼ y de 5.13 á 5.12¼ respectivamente. Letras sobre lféxico se conseguian de
8 á 10 por 100 premio á plazos regulares.
Los diarios de los Estados-Unidos publican el mensaje del Gobernador del Estado de Ohio, el general Cox, al reunirse la legisla~ura, el 1? de Enero; y al hablar de la doctrina Monroe, se leen las siguientes palabras: " La doctrina Monroe es un principio en que jamas hemos estado de acuerdo entro nosotros mismos. Su orígen es dudoso; sus fines inciertos. Su significacion hasta hoy no se
ha especificado. México jamas ha sido ni puede ser república, á menos que su
pueblo nos haga el favor de nacer de nuevo de padres enteramente distinto¡;.
Esa República, lo mismo que sus hermanas de la América del Sur, han estado
desde un principio y sin interrupcion, en la mas viole~tá, sangrienta é incendiaria anarqúía."

117

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.·

Méjico, Noviembre 17 de 1865.

(3~ publicacion.)

Soiicitud de D. Pablo Torna.ssek, pidiend-0 privilegio exclusivo por diez años, para
un establecimiento de l,avandería de ropa, 1Jor vapor, y para l,a máquina destinada 4 este objeto.

J

"Segunda clase.-Cuatro reales.-Sello 3?-Para el bienio d~ mil ochocientos
sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Pablo Tomassek, capitan de
ingenieros, ante V. E. con el debido respeto, expongo: que la falta que se experimenta generalmente en el modo de limpiar la ropa, y la propia ~xperiencia que
yo tengo de que pasan semanas enteras hasta que las lavanderas devuelven ·10
que se les ha entregado, así como el grande deterioro que esta misma ropa sufre
en el modo de--&lt;tratarla, me han decidido á rrméa.iar este mal.- El golpeo sobre
las piedras, y las fuertes frotaciones de las 1,-&lt;'z¡is lavadas por este sistema, no
solo deteriora mucho el hilo, sino que inutiliza enteramente en co¡:to tiempo la
ropa, por la cual cobran muy subidos precios las lavanderas.-Todos estos males pu~den remediarse por medio de un procedimiento sencillo y arreglado, cuya
deseable mejora material ha pasado á ser ya.una necesidad, para lo cual estoy
construyendo un edificio con las condiciones á propósito.-Por estas razones me
tomo la libertad 4e proponer á V. E. un establecimiento de lavar, donde se efectúe la limpia de la ropa por vapor, suplicándole al mismo tiempo me conceda
privilegio exclusivo por diez años, así para el establecimiento indicado, como para la máquina q_ue ~a de emplearse en tal objeto, construida por mí. Adjunta
verá V. E. la relacion de las ventajas que por este nuevo sistema se obtendrán,
con rebaja de los actuales precios que se cobran por el lavado, conservacion de
los génei:os y extraordinaria violencia en•su entrega, y reglas que han de observarse en el particular; no .a_compañando á esta instancia los planos y dibujos,
tanto del edificio como de la máquina de q_ue he hecho mencion, por estar en espera de que me los devuelva el Gabinete Militar de S. M. el Emperador, adonde
los presenté.-Prometiéndome que V. E., convencido de la utilidad de mi proyecto, me prestará su respetable apoyo para realizarlo, tengo el honor de ofrecerme de V. E. su mas atento servidor.-Pablo Toma.ssek.- Elxmo. Sr. Ministro
de Fomento."
.
Lo que se inserta en el "Diario· del Imperio," conforme al art. 14 de la ley de
3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de Fomento, lJianuel Orozco.
.

AVISOS OFICIALES.
ADMINIS'l'RA.CION DE BIENES NACIONALIZADOS. ·

AVISOS.
Debiéndose sacar á remate, con arre~[o al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa llamada del "ObraJe," en la calle de Alvarado, en Qnerétaro, valuada en
($1,925)\IIlil ·novecientos veinticinco pesos, se pone en conocimiento del público, para que
las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados
el día 19 del entrante Fe~rero, á las nuev? en punto de la mañana, á cuya hora comenzará el
remate con la concurrencia que haya; teméndose presentes para el efecto las prevenciones de
los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
·
'
3a-1
México, Enero 23 de 1866.
'
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa de la calle d~ l?s Olivos, en Dolores Hidalgo, valuada en ($180) ciento
ochenta pesos, se pone en .c~noc~ento d~l públic~, par~ que las p~rsonas que quieran hacer
postura, ocµrran á ~a AdU1Jmstrac1on de bienes nac1onahzados el d1a 27 1el presente· mes, á
18:9 nueve de la manana, á cuya hora comen~ará el remate con la concurrencia que haya; teruéndo~e pre,sentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 18 de 1866.
'
3a-2
Debiéndose sacará remate, con arreglo al art. 24 de.la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 10 de la calle de Calzonzí, en Querétaro, valuada en ($ 542) qmniento~ cuarenta Y dos pesós, se pone en co_n~cimi~nto del _público, _para. que las personas que
quieran hacer postura, ocurran á la Admm1strac1on de bienes nac1onahzados el dia-29 del pre-

sente mes, á las nueve de la ~añana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia
que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de
la citada ley.
·
México, Enero 18 de 1866.
3a- 2
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al a~t. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 5 de la calle de Santa Rita, en Orizava, valuada en($ 2,951 92 cs.)
dos mil novecientos cincuenta y un pesos noventa y dos centavos, se pone en conocimien4)
del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de
bienes nacionalizados el día 30 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las pre,
venciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
3a-2
México, Enero 19 de 1866.
,Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrern del año próximo pasado, la accesoria letra C, calle del Cármen Bajo, en Oajaca, valuada en ($ 300) trescientos pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer
postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 31 del presente mes, á
las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones, de los_artfo'ulos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 19 de 1866.
3a- 2 ,
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa de la calle de Mier y Terán, en Dolores Hidalg!), valuada en ($ 900) !)O·
vecientos pesos, se pone en conocimiel!.to del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 25 del pres(lnte D/-es,
á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya;
teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y '.{l de la citada ley.
México, Enero 16 de 1866.
3a-2
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa de la calle de la Victoria, en Dolores Hidalgo, valuada en($ 350) trescientos cincuenta pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran
hacer postura, ocurran á la Administr~ion de bienes nacionalizados, el dia 26 del presente
mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que
haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la
citada ley.
México, Enero 16 de 1866.-ElAdministrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Navarro.
3a- 3

Administracion principal de _la renta de Papel ·selladol
EN EL D)!:PARTAMENTO DEL VALLE DE MEXl9O,

Se han publicado ya los cuadernos números 5 y 6 del "Boletín de las leyes," y se hallan
de venta al-precio de ocho centavos el primero y diez y ocho centavos el segmldo, en todos
los espendios de· esta renta, en esta capital, que se mencionaron en el aviso publicado por esta
Administracion en 20 de Noviembre del año próximo pasado.
'
México, Enero 23 de 1866.-El Administrador principal, J . .llf. de [caza é ]turbe. 3a-1

Comisaria Central de Policia.
Núm. 1,213.-México, Enero 13 de 1866.--'-La persona á quien se Je hubiere estraviado una
mula prieta, puede ocurrir á esta oficina, donde se dará órden que le sea entregada, previa la
justificacion de su propieda,d .-El Secretarj.o general, T. Tuñon Cañedo~
2a- 2
Núm. 1,326.- México, Enero 23 de 1866.-Los agtintes de policía encontwon en la esquina de la calle del Salto del Agua un cajon conteniendo varios objetos de mercería: la persona
que se crea con derecho á él, puede ocurrir á. esta oficina, donde se Je entregará, previa la justificacion de que le pertene,c e.-El Secretario general, T. Tuñon .Oañedo.
3a-1

Juzgado segundo de letras,del Distrito de 'Polaca.
En este se hallan depositados algunos efectos de mercería que vinieron entre los de ropa
libertados del robo que sufrió D. Gil La.I;a en el paraje nombrado "El Portezuelo," camino
de "Sta ciudad á la capital del Imperio, el domingo 31,de Diciembre del año próximo pasado.
Y no habiéndose podido averiguar quién sea e¡ dueño de los referidos efectos, de órden del
Sr. Juez 29 de letras, Lic. D. José García Aguirre, se pone en conocimiento del público, para
que la persona que se crea con derecho á ellos, ocurra á deducirlo, y probando su propiedad
Je serán entregados.
·
Tolnca, Enero 19 de' l866.-El Secretario del Juzgado, José D. Valdés.
3a-l

ADMIKIS'PB.ACIOK GEll'EB.Ali DE COB.B.EOS.
INTERESANTE .A.L PUBLICO.

Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos d~J previó franqueo al ser conducida á
su destino, con el fin de evitar su circulacion y que el público sea sorprendido al adquirirlos,
se pone en su conocimient-0 que los espresados sellos están marcados caaa uno con la cifra
que representa el año pasado de 1865, y ademas con la 204, cuyo distintivo se da á. conocer,
para que los que contengan esta nnmeracion no sean admitidos, por estar considerados nulos
y de ningnn valor para el objeto á que eran destinados; pudiendo ser consignado el que los
posea ante el juez competente para la averiguacion que corresponde y se aplique al culpable
el castigo á que es acreedor, como defraudador de los intereses públicos.
México, Enero 13 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
3a- 2

Administracion Principal de B.entas de México.
AVISO INTERESANTE.

Núm. 68.-En los almacenes da esta Aduana existen sindomnmento los bultos que espresa,
la lista que á_ conti~uacion se pone, y á cuyos dueños se cita por medio del presente, para que
dentro de tr~mta dias, contados, d~sde esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando su propiedad; entendidos de que de no verificarlo, so procederá á Jo que hubiere Jugar.

. Fechas de entrada.
Bultos..
Noviembre 15 de 1865. Una cajita con botellas, entregada en esta oficina con oficio de
la Comandancia del Resguardo....••... ..•.. . . ......•... 1
,, CuatrQ bultos conducidos por Sonberbielle ................. . 4
"
Dos bultos cqnducidos por Chavero ....................... . 2
Diciembre 9
,, Un bulto, marca
1
11
,, Un baúl conducido por Souberbielle...... . . .. • .. . . . . • • . . . . 1
"
13
Dos cajas entregadas en esta oficina por el dependiente del
Resguardo D. Francisco Rivera ........................ . 2
18
Tres bultos varillas de fierro ....................... , ..•••. 3
20
,, Un baúl conducido por Zenteno ...•...................•... 1

25

Lt..................... :.. ............ ..

15
México, Diciembre 31 de 1865.-El Guarda-almacenes, JolUjuin Carbajal.
Administracion Principal de Rentas del Departamento del Valle de México Enero 10 de
1866.-EJ Administrador Principal, J. de la Barrera.
' 6a-2

COKSll3'0 DE IIB'PADO.,

Seminario núm. 9.
Ignorándose la residencia del Sr. D. Antonio Bonhome, y necesitándose en esta Secretaría
para hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 3,624 y anexo, se le emplaza por el
presente, para c¡_ne concurra á ella dentro de quince días, qui! comenzarán á ,contarse desde
la fecha.-México, Enero 12 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodnguez II Cosío.
6a-5

�EL DIARIO DEL IMPERIO.-

118

Tribunal de Comercio de México.

Mill'lS'l'IIB.IO DE Cl1711B.B.4..
SECCION DE CLASIFICACION.

&amp;lacion de los indi'lliduos q1re puede11 ocurrir á esta oficina á recoger sus thspaclios,
dipúnnas y documentos.
.

México, Enero 17 de 1866.- En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los peri6dicos y edictos;
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comprobantes
de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo maudado.-José María Cardeña,
Oficial 2? encargado de la Secretaria.
809-15s-4

Comandante de Batallon de infantería de auxiliares, D. Mariano Revilla.
Comandante de Batallon graduado, Capitan de infantería permanente, D. José María
Hontes.
Capitan de infantería permanente, D. Juan Maria Torres.
Llamamiento de herederos.
Capitanes de infantería activa, D. Víctor Ravelo y D. Miguel Carranza.
Tenientes de infantería permanente, D. Manuel Ochoa y D. Petronilo Romero.
.A.VISO.
Tenientes de infantería activa, D. Francisco Marin, D. Gregorio Acosta, D. Juan Bautista
En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
Garay y D. Gregorio Argüelles.
por los albaceas el Sr. D. Bias Perecfa, residente en San Luis,Potosí, y D. Antonio Martinez,
Teniente de infantería de auxiliares, D. Ignacio Gutierrez.
vecino de Ciudad Fernandez, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, veSubtenientes de infantería permanente, D. Nazario Morales, D. Luis Maria Rosas, D. Fe- cino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad en auto de 27 del actual, se cite
lipe Mendoza yD. Antonio Gomez.
por los peri6dicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D~ María Ana Angela Hegues, padres
Subtenientes de infantería activa, D. Pedro Martinez, D. Tomás Miguel Mendez, D. Fran- del espresado Sr. Reyther, 6 bien sus hermanos 6 parientes inmediatos del testador, vecinos
cisco Vega y D. Cristóbal Suarez.
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al circulo gubernativo ArnesverSubteniente graduado, Sargento 2? de alumnos del Colegio Militar, D. Teodoro Quintana. guen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. llf. el rey de Prusia, para que dentro
Teniente de caballería permanente, D. Plácido Yañez.
del perentorio término de un año, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
Teniente de caballería activa, D. Jesus Soto.
se presenten por sí 6 por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tenTenientes de caballería de auxiliares, D. José María Bárcenas, D. Inocente Crescencio Lu- gan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á la testamentaría del espresado D.
jan y D. Jesus Rodriguez.
,
F ederico Reyther; bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
Alféreces de caballería permanente, D. Manuel Salazar y D. Ignacio Omelas.
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que determine la ley. Y para que lo
Alféreces de caballería de auxiliares, D. Miguel Salazar y D. Miguel Mellado.
maudado tenga su cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
Teniente de artillería activa, D. Laureano Liquidano.
veintiocho dias del mes de Octubre 'de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmé con los de
Paisanos, D. Joaquin Mayor, D. Antonio Chavez, D. Francisco Caparruz, D. Guadalupe mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.- Domingo Utliiirri - Asistencia, Gil Mendez.lnélan, D. Máximo Mendoza, D. Manuel Castillo, D. Refu¡1-io Medel, D. Francisco Loza, Asistencia, .l. Bias Oribe.
683-60a-20
D. Lúcas Cásares, D. Wenceslao Toribio Claverén, D. Jose María Nájera, D. Ignacio Gonzalez Hermosillo, D. Octaviano García, D. Julian Braga, D. José Maria Gálvez, D. Angel
JUZGADO DE LETRAS DE TULANCINGO.
Iniestra, D. José Chorné, D. Margarito Rojas, D. Manuel Romero y D. Bernabé Hoyos.
Presbítero D. Luis Franqueti.
En los autos ejecutivos que signe en este Juzgado el Lic. D. José María Carbajal, como
México, Enero 11 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez. 3a- 3 , apoderado de D. José Castelló, contra D. Luis Pasos Nieto, como albacea de la testamentaría
de D. José Flor, sobre pesos, el Sr. Juez l? de paz, sustituto del de 1~ instancia, ha mandado
se proceda á la venta del rancho de la Alcaparrosa, los llenos y casas del rancho d eSan Pablo,
OOll"VOO.A'l!'OB.I.4..
Ministerio de Estado.-Méxfoo, Enero 12 de 1866.-Cometiéndose por el art 4? del decre- ubicados en la Barranca, de la municipalidad de Acatlan¡ valuado todo por el perito D. Vicente Escárcego en la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y seis pesos sesenta y dos y
t-0 de 10 de Abril último á este Ministerio todo Jo relativo á impresion de documentos oficiales,
y deseando contratarla en los términos mas econ6micos y favorables del erario, se convoca medio centavos (3,436 ps. 62½ cs.), señalándose para las almonedas los dias diez y seis y veinpor el presente á los dueños 6 encargados de imprenta, á fin de que antes del 30 del corriente tiseis de Enero próximo y seis de Febrero; siendo la última con calidad de remate. y todas á
mes dirijan á esta Secretaria sus propuestas en pliegos cerrados y sellados, con muestras de las diez de la mañana.
Lo que pongo en conocimiento del público, pára que las person&amp;s que quieran hacer poslas clases de papel y caractéres dé letra de que puedan disponer. En vista de ellas, de los
precios que se fijen á las impresiones, y de las demas condiciones que contengan dichas pro- tura, ocurran á la Secretaria de este Juzgado, donde se les darán la&amp; instrucciones necesarias.
Tnlancingo, Diciembre 30 dé 1865.-El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Ol'Dva.
puestas, esta Secretaria aceptará la8 que tinga por ma~ convenientes.-El Subsecretario de
793-9a-5
Estado, José D. Ulíbarri.
3a-3

ADMINISTRACION DE BIENES NACION'.AtIZADOS.
México, Eneró 15 de 1866.- EtEimo. Sr-. Ministro de Instrnccion pública y Cnltosí con
fech~ 13.del ~e~,~~ ha servido dirigirá esta Administracion fa 6rden que consta en la co.mumcac10n siguiente:
-'' Be fija un plazo de oclío dias para que los que adeuden bonos por operaciones de redentéion 'lle bienes nacionalizados, los exhiban en lM oficinas ¡espectivas. A los que no los entre_garen en este plazo, se les cobrará el recargo del 50 por 100 de los mismos bonos, de que habla
,.el art. '.r/ del reglamento de 5 de Febrero de 1861; y si no hicieren la exhlbicion en el plazo
~e un mes, contado desde la fecha en que en cada localidad se vencieren los ocho dias referi~os, se les exigirá el valor represent~tivo de los bon~s, usando de la fac1¡Uad econ6mico-coactíva y sacando á remate la finca obJeto de la operac1on.-Cuando se tratare de denunciantes
..6 redentores de capitales que se reconocen en fincas ajenas, se trabará ejecucion en bienes
¡propios de los denunciantes 6 redentotes, si los capitales estuvieren redimidos, y no estándolo,
,en los mismos capitales."
Lo que se publica -para conocimiento de los-futeresados.-,-EI :Administrador de bienes na,cionalizados, J. S"uarez y Na'Darro.
3s-3

,Juzgado de primera instancia de San .Juan del B.io.
En el juicio verbal promovido por D. Macedonio Martinez contra D. Jesus Tabar~s, sobre
peso&amp;, el Sr. Jue~ de 1~ instancia ha mandado se proceda al remate de la casa ubicada en esta ciudad en la calle de la Bóveda, avaluada por los peritos D. Guadalupe Perusquia y D. Antonio Manuel Chavez en la cantidad de (802 ps. 75 cs.) ochocientos dos pesos setenta y cinco
centavos: lo. que se hace saber por el presénte, señalándose para las almonedas los dias 21, 22
y 23 del corriente·, á las once de la mañana en punto, siendo la última con calidad de remate.
San Juan del Rio, Enero 11 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. Celestino Diaz.
808-3a- 3

A VISOS PARTICULARES .
PlAKO DE VEN'l!'A,
Un piano supérior, de rosa, de siete ochavas, con todas las mejoras modernas, euteramente
nuevo, se vende al precio- de costo, porque su dueño tiene que salir de la capital dentro de
pocos dias. Se puede ver en fa calle de Santi.Isabel núm. 11, frente al níim. 3.

Secretaría del Consejo de Estado.
Seminario núm. 9.

SEG"l!ROS CONTR.rJ.. INCENDIOS.

!~orándose la residencia del Sr. D. Mateo Jimenez, y necesitándose en esta Secretaría
para hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 989 y anexo, se le emplaza para que
concurra á ella en el término de quince dias, que comenzarán á contarse desde la fecha.
México, Enero 18 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodriguez y
Cosío.
3a-3

Tribunal de l
./

~

instancia del Departamento del Valle de México.
SEGUNDA SALA.

·

Esta Sala se ha instalado el dia 10 del actual en la sala de visitas de la cárcel imperial de
Belem, donde tiene SllS acuerdos de nueve de la mañana á tres de la tarde, comenzando las
vistas de las causas el lúi¡.es 22 del corriente. ·
México, Enero 19 de 1866.-El Seci:etario, Lic. Luis A. Vieyra.
3a-2

AVISO IMPOB.'l!'Al'fTlt
Casa del Emperador.-Direccion del Gran Chambelanato.- Palacio de México, Enero 22
de 1866.-Habiendo quedado suprimida en el presente mes la oficjna de Direccion de obras
del Palacio I~per!al, se a_visa al p_ú~lico, que_tod_as las_personas que tuviere:n cuentas pendientes?º~ la estmg111da oficma, se dmJan al s~nor mge!llero D. Ramon Rodnguez y Arangoity;
advirtiéndose que en lo de adelante se considerará sm valor alguno cualquier contrato respéct.o de trabajos en la Casa Imperial, que no sea estipulado directamente con la Direccion del
Gran Chambelanato.-El Director del Gran Chambelanato, G1lnner. ·
3~- 2

AVISO.
Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, 19 de Enero de 1866.-Siendo ya muy frecuente el caso de que este llfinisterio se vea en la necesidad de desechar solicitudes sobre amparo de minas, por haber desaparecido en varios Distritos las circunstancias de guerra que, de
las causales de la parte final del artículo 14, título 9? de la Ordenanza de Minas, es la que ha
motivado estas declaraciones especiales, se avisa á los interesados en fundos metálicos ubica·
dos en Distritos tales, como,Pachuca, Real del Monte, Atotonilco el Chico y demas que s-e
hallan en su caso, que es inútil hagan solicitudes en el sentido de que se trata, supuesto que
no podrá concedérseles.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez. 6a-lt

CIT.4.CION,
Administracion principal de rentas de México.-Núm. 88.- Necesitándose en esta oficina á
J?· Ma!luel Pio Muñoz para un ~egocio que le ~teresa, y no habiéndose podido indagar su
s1denc1a, se le emplaza por medio de este anuncio, para que dentro de treinta dias, contados
desde la fecha, se presente en esta oficina, por sí 6 por apoderado acreditado competentement.e; que~a!ldo ~perci~id~ de que de no verificarlo, le parará el perjuicio á que haya lugar.
Adm1mstramon principal de rentas del Departamento del Valle de México, Enero 16 de
1866.-El Administrador principal, J. de la Barr__era.
3a-2

AVISOS JUDICIALES.
,TUJ;gado de letras de Apam.
En el juicio que sobre despojo é indemnizacion de daños y perjuicios sigue en este Juzgad~ el Ltc. D. Pedro Quiros, como apoderado de D. Pedro L6pez Haro, contra D. Enrique
Hirsch, ~l Sr. Juez le~r~o del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandádo en auto de estafe~ª se cite por los pen6dicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en el término de ocho
~~ se present~ por sí 6 por apoderado instruido y espensado á alegar de buena prueba· apercibido de darse por ale"'ado en el juicio si no lo verifica.
'
'
Aparo, Enero 18 de 1§66.-El Secretario del Juzgado, Lic. José María Espejel. 810-8s-2

Co:M:P.A.ÑI.A. DE ~EGUROs DE GLADB.A..GH.
Capital de fondo. ~. . . . . . . . . . . 3.000,000 pesos prusianos.
Co~P.A.ÑI.A. D~ SEGUROS DE BA.SILE.A. (E.A.SEL).

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos lo~ informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la; AGENCIA GENERAL de Estas Compañias, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s-117

, Venta de una Hacienda.
Se vende la hacienda de San J uau, situada á inmediaciones de la Villa del Valle de Temascaltepec, y consta de mas de doce caballerías de tierra de superior calidad, de las cuales seis
caballerías y dosciex¡tas treinta y un mil quinientas dos varas cuadradas son de regadío para
siembras, y el resto de monte bien poblado y con distintas maderas. Tiene su casa habitacion
con piezas altas y bajas, troje y clemas oficinas de campo, inclusas las correspondientes á engorda de cerdos. Esta hacienda disfnita agua en abundancia para regar, que es perenne y
que procede de puntos bastante elevados, por cuya circunstancia pueden aplicarse dichas
aguas al uso de molinos ú otras oficinas de maquinaria. En estos últimos dias ha sido retasada por el agrimensor D. Manuel Delgado, y es su ínfimo valor el de 15,461 pesos 99 centavos.'
Las personas que quieran hacer postura, y necesiten instrucciones 6 cualesquiera otro dato
respecto de la mencionada hacienda, pueden dirigirse en esta capital á D. José Juan Romero,
en la calle del Ese-lavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á docé de la mañana
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Marluel Garay;
bajo el concepto de que las proposiciones que se hagan, han de ser antes del 12 del mes de
Febrero pr6ximo, porque el dia 15 debe quedar hecha la venta definitivamente.
México, Enero 13 de 1866.
803-1:ia- 4

Hacienda de 'l!'emisco.
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jnrisdiccion de Cuernavaca, su
venta estrajudicial, se participa al público, para que las personas que quieran adquirirla, ocurran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, Tercer Orden de San Agustin núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
799- 30s-7

De venta·
Un terreno inmediato á la garita de la Viga, con 24 chinampas y una estension de 14 á 16.000
varas cuadradas: tiene una vivienda, corral para vacas y otros accesorios: es propio para el
cultivo de alfalfa, legumbres y otras producciones, y está provisto de los útiles é iustmmentos
necesarios para su esplotacion. Se dará en precio cómodo. Dirigirse al despacho del Diario
del Imperio.

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEA'rRo PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRA!ltATICA.

Esta noche se pone en escena la comedia nueva, dividida en cuatro actos, que se inti tnla:
Don Felipe.
,

lttEXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 321, Enero 24</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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'

• DEL

EL

1

•

DllRI· Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

III.
_

MEXICO.-Jneves 2:i de Enero de 1S66.
SVMAILJO.

PARTE OFICIAL.-Pension á una hija de D. Julian de los Reyes.-Alcaldes y Comisa•
ilarios municipales de Mascota, Jiutepec, la Cañada, la Magdalena, Ameca y Cocula.-Con-sejeros del DJStrito de Salvatierra.-Secretario general de la· Prefectura de Zacatecas.-Con:aejern departamental de Querétaro -Administrador de la Casa de moneda de Oajaca.-Varios nombramientos en el ramo de Hacienda.-Varios des1¡&gt;achos expedidos por el Ministerio
,de Guerra.-Concesion de una licencia absoluta.,Conces1on del empleo de Comandante de
-escuadron á D. Sebastian Ab(ljador.
·
PARTE NO OFICIAL.-México y lo)! Estados-Unidos.-Socorros á los inundados.-Di·sidentes presentados.-Corte Marcial de México.-Correspondencia para el exterior.-Socie,dad de Geografia y Estadística. Dos actas.
.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 5~
México, Enero 19 de 1866.

Dada cuenta á S. M. el Emperador con un ocurso de D. Juan Pitman, en
,que solicita se declare una pension á D~ Andrea de los Reyes, hija del finado
-Oobernador de San Luis Potosí, D. Julian de los Reyes, tuvo· á bien S. M.
deeretar lo siguiente:
"En atencion á los méritos contraídos por el finado Gobern~dor del antiguo
Estado de San Luis Potosí, D. Julian de los Reyes, CONCEDEMOS á su hija
D~ Andrea, una pension de trescientos p~sos anuales, que será pagada por el
,erario durante el tiempo de la menor edad de la .agiaciada."
Lo que comunico:á V. S. para su conocimiento y efectos correspondientes:
--Señor Prefecto del Departamento de San Luis Potosí.
Es copia. México, Enero 20 de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion,

. Francisco J. Villalobos.

SECCION 1~
México, Enero 19 de 1866.

NuM. 322

SECCION 1~
México, Enero 19 de 1866.

El Gobierno de s.' M. ha tenido á bien aprob~r el. noll'.\bramiento del Li~.
D. Jesus María Jimenez, para Secretario general de esa ~r?fectura, en _sust1tucion del Sr. D. José María Saldiérna, á quien se le admitió la renuncia que
hizo del cargo.....:...Dígolo á'V. ·s. en contestacion á su oficio número 24 de 10
del actual.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. f'illalobos.-Señor P~efecto del Departamento de Zacatecas.
Impuesto el Gobierno de S. M. dél oficio de V. •S., n~mero 45, d_e 16 del
actual, en el que inserta'el oficio de D. José María E~qmvel, ~enu~cian.do el
cargo de Consejero departamental, y pf!&gt;pone á D., J os~ María LIZardi -para sustituirlo· ha tenido á bien admitir la dimision y aprobar la nueva propuesta.Por au;encia del Exmo. Sr. Ministró, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Villalobos.-Señor Prefecto del Departamento de Querétarp.
Son copias. México, Enero 20 de 1866.
El Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martinez.

MINISTERIO DE HACIENDA.
GABINETE.

S. M. el Emperadór, por acuerdo fecha 10 del corriente, se Ha servido disp~ner que D. Francisco Santaella, nombrado por el Sr. Visitador Imperial de
Oaxaca para el empleo de administrador de aquella Casa de Moneda, á virtud
de la renuncia que hizo D. Francisco Bonequi que lo servia, continúe desempeñando dicho empleo con la calidad de interino.' .

El -Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por
,esa Prefectura, en las personas que expresa la nota de V. S., fecha 10 del corCon fecha 16 del actual, ha.sido nombrado D. Domingo Diaz y Tamariz,
.riente, para des~mpeñ~r los cargos de Alcaldes y Comisarios municipales del para eL empleo de escribiente de la Aduana marítima de V~racruz, con arreglo
Distrito de Mascota.-Por am¡encia del Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion, al decreto de 19 de Julio del año próximo pasado.
,el Subsecretario, Francisco J. Viltalobos.-Señor .Prefecto del Departamento de
I
Jalisco,
~
,
Por fallecimiento del guarda de la Administracion principal de rentas de San
Luis Potosí, D. Estéban Rodríguez, ha sido nombrado con fecha 18 del corEl Gobiernp de S. M. ha teuido á bieu aprobar el nombramiento hecho por riente, para cubrir la vacante, D. Agapito Hidalgo.
&lt;esa Prefectura, en la persona de D. Sixto Valero, para Alcalde municipal de ,
J iutepec.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de GobernaHabiendo renunciado D. Antonio Ponce el empleo de escribiente de la .A.d,cion, Francisco J. Villalobos.-Señor Prefecto del Departamento de Iturbide.
ministracion de rentas de Puruándiro, ha sido nombrado D. Jesus Arias para
-Cuernavaca.
el referido empleo.
SECCIO~ 2~

'{

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por
,esa Prefectura, en la pérsona de D. Pedro Pascual Sanchez, para Alcalde mu,nicipal de la Cafiada.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario
-de Gebernacion, Francisco J. Pillalobos.-Señor Prefecto del Departamento·de
,Q,uerétaro.

1

Para la plaza de ·escribiente de la Adm_inistracion p~incip_al de r:?tas de G~anajuato, que resultó vacante por separac10n de D. Tiburc10 Zúmga, ha sido
nombrado, con fecha 18 del corriente, D. Francisco Romer'o.
México, Enero 20 de 18Q6.
El Subsecret3rio de Hacienda, interi\J-O,

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por
•esa Prefectura, en D. Antonio Barajas, para Alcalde municipal de Ahualulco,
J en D. Tomás Carrillo para Comisario municipal de Magdalem.-Por ausen-cia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Vi,llaloboa.-Señor Prefecto del Departamento de Jalisco.-Guadalajara.

E. Villalva.

MINISTERIO DE GUERRA.
Relacion de ws despaclws que'se lian expedid-0 por este Ministerw en las fechas
que se citan.

El Gobierno de S. M. ha teni90 á bien aprobar los nombramientos hechos
por esa Prefectura, en los Sréd. D. Juan Gomez y D. Abundio Rincon, para .
Diciembre 21 de 1865.
Alcaldes municipales de Ameca y Cocula.-Por ausencia del Exmo, Sr. MinisPor acuerdo de esta fecha y á solicitud del Teniente Coronel D. Nicolás Torre,
tro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Villalobos.-Señor Prefecto se le concede su baja para separarse del servicio.
del Departamento de J alisco.--Guadalajara.
Son copias. México, Enero 19 s.e 1866.
Diciembre,22 de 1865.
El Gefe de la Seccion 1~,
Por acuerdo de esta fecha se concede retiro, con solo uso de uniforme de re·
José G. Martinez.
tirado, al Capitan de caballería permanente D. Francisco Barragan, por no corresponderle otra cosa.

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

120
Enero 6 de 1866.

Por acuerdo de esta fecha se concede al Capitan D. Edmundo Claret el empleo de Comandante de escuadron.
Por sentencia ejecutoriada el 3 del actual, el Consejo de guerra de la tercera Division militar, condenó á destitucion de empleo de capitan á D. Manuel
Romero, Comandante del escuadron qe San Juan del Rio, acusado de cobardía.
Por decreto de esta fecha se cbncede licencia absoluta, por haberla solicitado, al Capitan D. Ignacio Villanueva.
Por decreto de esta fecha se conceden los empleos siguientes, para que los
sirvan en la compañía presidia! de Río Grande.
Capitan 2~ D. Fourrier Renaud.
Teniente ,, Tiburcio Aguirre Zavala.
,,
,, Francisco de Paula Baeza.
Alférez
,, Antonio Rey.
,, Antonio Juno11.

"

Enero 9 de 1866.

Por acuerdo de esta fecha se co'ncede"licencia absoluta al Teniente de caballería permanente, D. José Mostoviche, por haberla solicitado.
Enero 15 de 1866.

Por decreto de esta fecha se concede el empleo de Comandante de escuadron
al Capitan D. Sebastian Abojador.
·
México, Enero 23 de 1866.

De ninguna manera.- La Inglaterra, que dió á los rebeldes el Alabama, iseria
completamente desinteresada1 Tal vez.
,
Nuestro Gobierno, sobre el cual pesa una deuda. de mas de tres mil millones
de pesos, mira. de mal ojo el Imperio Mexicano, y se niega á reconocerle, mientras que el Ministro de la República es recibido por el Secretario de Estado, y
hasta. por el Presidente, trata de negociar empré~titos, y publica falsos boletines de victorias nunca alcanzadas.
iY qué decir de todo esto1 Podria detenerme aquí, y sacar algunas c¡mclusionea de la corta, pero significativa sentencia pronunciada por nuestro General
Comandante, en una reunion de leales unionistas, tenida en Nueva-York en honor suyo. El General Grant dijo que no consideraba. la. guerra. como acabada,
sino cuando Maximiliano fuera arrojado de México.
Estas palabras no tienen importancia, sino porque son de él; pero para obrar
conforme á ellas, seria necesario un ejército mucho mas numeroso que el que el
Gobierno piensa conservar.
Mas suponiendo que aun con los restos de un ejército de un millon de hombres, pudiésemos derrocar el trono de Maximiliano, iBe acabap_a la guerra1 No.
Por todas partea se gritarla: ¡á las armas! Tendríamos una guerra inevitable con
Francia é Inglaterra. tY qué seria. de nuestra hacienda con la bancarota completa é inmediata, los préstamos forzosos; la conscripcion, y Dios sabe cuántas
otras calamidades1 No: yo levanto mi débil voz contra una política semejante,
verdadera. política de suicidio.''

El Subsecretario interino de Guerra,

CONSEJO GENERAL DE BENEFICENOIA.
J;,ISTA M 'las personas i,iuncltula¡s que ha socor:rid.o la Comi.sion del Consejo de
Beneficenci,a, nombrada p&lt;W S. M. UJ P}mperatri$, con los productos de-la suscricion (lbierta al efecto.

J. M. Márql@.

(Continúa.)

PARTE 1'0 OFl(JIAL.
· M:IIDCO Y LOS BS'.fADOS-V'lfIDOS.

El Missouri &amp;publican publicó hace pocos días el artículo siguiente, escrito
por un americano que había llegado recientemente de las orillas del rio Bravo.
S~s ideas y ap~eciaciones son dignas de atencion. Dice así:
La prensa americana" parece que se ha entregado á esfuerzos sistelfJ-áticos para
persuadir al público que el Imperio de Maximiliano pende de un hilo, que es
enteramente impopular, que tiembla desde su base, que los liberales han alcanzado grandes victorias; que ocupan ciudades, villas y aldeas; que triunfan, en fin,
por todas partes, y no han menester mas que el apoyo moral de nuestro gobierno para asegurar su triunfo definitivo.
Hay que observar, sin emb¡ggo, que-mientras estos liberal,es de México no piden mas que un apoyo moral, hacen todo lo que pueden para obtener de nosotros
dinero, municiones, armas y toda especie-de auxilios concernientes al material de
guerra.
Ahora bien: despues de haber estado observando atentamente durante los últimos dos meses, loa acontecimientos de México, no vacilo en decir que el Imperio
ae encuentra ma,s vencedor que nunca; y afirmo que las fuerzas, ó iai.se quiere,
loa ejércitos de loa liberales, no son otra cosa que bandas errantes de guerrillas,
semejantes en todo á las que tantos males causaron en Mis,souri en 1862, 63 y
64. Una vez ha mandado Juarez poner sitio á Matamoros con 600 hombres, y
~entras que la ciudad se defendía ()on v.na débil guarni.cion, los liberales se fv.e•
ron á El Paso.
iQué han hecho los liberales de mt ~ á ~sta. parte1 Han sorprendido pequeñas aldeas, arrebatando á los habitantes los efectos que necesitaban, dinero sobre
t.odo. Fuera de esto, no han hecho nada. Reducidos á esta extremidad, errantes
de un punto á. otro, procurando escapar de las tropas del Emperador á favor de
las tinieblas, no son en suma mas que pequeños guerrilleros.
A menudo se hace esta pregunta: i4.ué piensan los hombres de negocios y los
habitant~a ricos de México1 A esto respondo yo: prestan á Maximiliano un apoyo uná~e, y fundan esta. conducta en su interes bien entendido. Uno de los
ma.s ricos_co.~erci¡tntes de M~xicQ decia: "Nosotros 9-ue¡:emos un gobierno esta.ble: Maximihano nos le puede cla.r, y ,i;iunca le tendria,mos con J uarez, suponiendo 'lue él pudiera de~bar el µnperio. Las rivalidades entre los gefes del partido liberal, perpetuanan una guerra in-testina que baria imposible todo gobierno.
~osotros ~atamos en fa~or del Imperio_, po~que, 1:º~ dará un gobierno sólido; y
em loa agitadores que siempre han temdo a Mcx100 en estado de fermenta.cion,
gozaremos una. paz completa."
Y esto es verdad. Maximiliano posee y gobierna hoy el país con mano firme,
p~rque ocupa la capital, todas las ciuda.4les importantes y aldeas de las costas,
Illlentras que las bandas de Juarez merodean por diferentes puntos, robando víveres y dinero á los indefensos que caen en sus manos.
Ahora pregunto yo: i~ estos merodeadores qujere el gobierno federal pre11tar
su apoyo moral y su am:ilio1
No quiero averiguar cuáles puedan ser las simpatías de nuestro pueblo. La
gran cuestion e.a una cuestion de política gubernativa, en l¡¡, cual está interesado
cada ciudadano de nuestro país.
Si hubiera signos de debilidad en el gobierno de Maximiliano; si fuera probab!e al menos que Napo_leon re~ára tarde ó temprano su a.poyo al Imperio de México, entonces el negocio tendna otro aspecto. Pero no hay ningun signo de debilidad en ~l gobierno de M~imj_\jano: Juarez al&gt;,cla Fr la frontera ·huyendo de
una parte a otra como un faldero perseguido; y mientras él está un dia en el
Paso, y otro descendiendo las má,:ge~¡;¡¡ qel Rio Gr;i,nde, !}~ emi,sarioa aQlicj.tan
socorros en los Estados-Unidos. El Emperador, por el contrario, rige apaciblell}ente sus _Estados, sostenido por las tropas francesa y austriaca; su gobierno esta reconocido por todas las potencpas de Ewopa, excepto quizás una, y la mayor
parte de ellas están ~spueat_as á ministrar a:r;mas y dinero antes que ver derrumbaree el nuiwo impeno Mexicano.
. Esto me conduce á considerar la segunda parte del asunto, á saber: la poaic1on en que se ha colocado nuestro gobien\O con respecto á México.
• En pi:uner lugar,
proba.ble, visto el ~ácter de Napoleon, que vea con indiferencia. la deatru~on de su obra en Ménco por la intervencion de las armas
de los Estacloe-Umdoa1 No.-El Emperador de Austria, iseria mas indiferente1

'~ª

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Suma. anterior ....... .. .. . $ 12,095
401 José María Oaatillo, Peñon Viejo........ ..... ......
10
402 Manuel Estrada, Puente del Correo Mayor.. . . . . . . . . .
12
403 Angela Oamacho, Calle de la Cadena . ..... . , . . . . . . .
10
404 Néstor Santillan, Callejon del Pato............ ..... .
10
405 Ramon Rábago, calle del Ave María ...... ....... . . . 1
10
406 Juan Torre&amp;, Peñon de loa Baños..... .. . . . . . . . . . . . .
8
407 Pedro Aguilar,
,,
,1
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
408 Sabás Rodriguez
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
409 Vicente Sedillo
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
410 Camilo Corona, Calle 2~ de Mesones............... .
10
4U Micaela Guadarrama, Estampa de la Merced. . . . . . . . .
5
412 Pedro Flores,
Peñon de las Baños . . . . . . . . . . . . . .
12
413 María Guadalupe,
11
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
8
414 José Cárlos,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
6
415 Narciso Corona,
,,
11
11
.. • • • • • .. • • • • • •
12
416 Crescencio Vallejo 11
11
• • • • • • • • • • • • • •
6
11
417 Teotimo Padilla,
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
8
11
418 Tomás Perea,
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
8
11
419 Eusebio Espinosa, 11
,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
8
420 Filomeno Sedillo,
11
,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
8
421 Secundino Morales, ,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
10
11
422 José Faustino,
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
8
423 Magdaleno Contreras 11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
424 Teófilo Sedillo,
11
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
10
425 Porfirio Flores,
,,
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
11
426 José Sedillo,
11
,,
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
427 Maximino Sedillo,
11
• • • • • • • • • • • • • •
8
11
11
428 Marian,o Flores,
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
429 Mariano Morales,
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
430 Ruperto Morales,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
11
431 J acinto Buendía,
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
432 Tomás Delgado,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
433 Justo A.rpide,
11
,,
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
434 Man1J.el Arpide,
,,
,,
,, . . . . . . . . . . . . . .
4
435 Miguel Sefe~i;io,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
• 4
436 José Buend1a,
11
,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
437 Angela Vallejo,
11
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
438 José María Corona, 11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
439 Simon Corona,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
440 Gabino .A.guilar,
,,
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
441 José Santillan,
11
,,
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
442 Miguel Sedillo.
,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
443 Cenobio Sedillo,
,,
,,
,, . . . . . . . . . . . . . .
4
444 Pablo Barrera,
11
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
445 Fermin Arpide,
11
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
446 Pablo García
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
44.-7 4gustin Aguilar
,1
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
448 Blas Sedillo,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
449 Gervaaio Sedillo,
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
·, 450 Francisco Sedillo,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
451, Alejo Corona,
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
452 Bárbaro Sedillo,
11
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
4
453 Cayeta.no Sedillo,
11
.,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
454 María espejo, Callejon de Santa Inés.... . . . . . . . . . . . .
10
455 }.[anuel Rerna;ndez, San Juan de Arag¡m........... .
10
456 Teodoro Suarez, Puente del Correo Mayor . . . . . . . . . . .
10
457 Matías Sedillo,
Peñon de los Baños . . . . . . . . . . . . . .
4
458 Tomás Sedillo,
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
459 Guadalupe Rodriguez 11
,,L
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
460 J. M. Samaniego
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
461 Tomás Flores,
11
,.
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
462 Hilarlo Medina,
4
463 .Aguatin Aguilar,
11
11
• • • • • • • • • • • • • •
l
11
464 Micaela Sedillo,
,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
465 Rosa.lío Morales,
,,
,,
• • • • • • • • • • • • • •
t
11
466 Sebastian Pedraza ,.
"
• • • • • • • • • • • • • •
4
11
467 Sanwa ~,ila.r,
11
11
,,
• • • • • • • • • • • • • •
4
11

11

,,

,.

• • • • • • • • • • • • • •

Suma. . . . . . . . . . . . . . $ 12,508

121

Disidentes p~•esentados.

de diversas publicaciones, tales como el de las propiedades físico-químicas de
azufre, la valuacion de los sulfuros y la constitucion del acero, que no carecen
Ministerio de Gobernacion.-"Túxpan, Enero 9 de 1866.-Exmo. Sr.-Ten- de interés.
go la honra de poner en el superior conocimiento de V. E., que se han acogido á
"Ütros dos muy importantes bajo el punto de vista. fisiológico, son relativos á
la amnistía, procedentes de los disidente$ de Papantla, los individuos siguiente~: la influencia de las bebidas alcolwlicas en la nutricion, y á la accion .fisiológica del
D. Ignacio Galinas, 2~ teniente de la Armada.-D. Luil1 Martinez, capitan de la, ácido carbónico.
Compañía de Casones.- Soldados: Bernabé Correa, l\Ianuel Hernandez, Andrés
"Bajo el rubro de Variedades, aparecen algunos pequeños artículos de interés.
1
Avelino y .A.brallam Alvarado.- Los individuos expresados han formado la acta
"Hay, en fin, el resúmen de las observaciones meteorológi,cas, del mismo mea
que ¡&gt;reviene la Circular núm. 60 de 8 de Noviembre de 1865.-Lo que pongo en de Mayo, durante Abril.
el superior conocimiento de V. E. para los fines consiguientes.-Dios guarde á
"La comision propone que se agregue dicha entrega á las anteriores, aguardanV. E. muchos años.- El General Prefecto político, Comandante militar, Gregorio do la conclusion del primero de los artículos menci9nados, para juzgar si condel Callejo.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion."
viene publicarlo.-L. Rio de la Loza.''
Es copia. México, Enero 20 de 1866.- El Subsecretario de Gobernacion,
1
Francisco J. Vilkilobos.
Se acordó de conformidad con su parte resolutiva.
6~ La comision de agricultura comenzó á dar léctura á un extenso dictá.men
Ministerio de Gobernacion.- "lmperio Moxicano.-P1:efectura de Puebla.- sobre las diversas memorias que para su exámen se le h;i.bian pasado,' cuya conPuebla, Enero 19 de 1866.- Exmo. Sr.-Con fecha 15 del presente me dice el clusion quedó pendiente para otra sesion.
Sr. Comandante de la 2~ Division militar, lo que sigue:
7~ Se presentó la cuenta de la venta. de boletines en el presente año, y se dis"Tengo la satisfaccion de participará V. S. que con fecha 22 de Diciembre puso pase á la. comision de policía y fondos, para su exámen.
próximo pasado, el Sr. General D. Luciano Prieto, Prefecto y Comandante mi8~ Se recibió por duplicado el núm. 31 de la Gaceta Médica de México, con
litar de Tehuantepec, participa á esta Comandancia haberse acogido á la gracia que termina el primer tomo de esta interesante obra, compuesta de artículos inéde indulto, concedida por S. M. por la ley de 3 de Octubre último, los soldados ditos de la Seccion Médica de la Comision cientifica, encargados de .redactarla..
Teodoro López y Leandro Vazq~1~z, pertenecientes á los disidentes de Juchitan. .A. propuesta del Sr. Vicepresj.dente, se acordó que se le den las gracias, maniIgual parte da el Comandante militar del Canton de Huatusco con fecha 20 de festándole al mismo tiempo su satisfaccion al ver terminado el primer tomo de la
Diciembre, referente á los disidentes indultados, José María Mendoza, Benigno Gaceta, y la estima con que la Sociedadna visto tan importante trabajo.
Rivera y Gabino Alvarado. Con fecha 14 cW mismo Diciembre, el Sr. General
Se levantó la seaion, á que concurrieron los Sres. Fonseca (Vicepresidente),
Ramirez, Comandante militar de Túxpan, anuncia haber~ indultado el gefe di- Aguilar D. Jeaus María, Castillo y Lanzas, Castro, Abate Domenech, Dr. Dusidente Mariano Sanchez. Lo que tengo la satisfaccion de trascribir á V. S. para rán, Coronel Durán, Fleury, Larrainzar D. Manuel, Rio de la Loza D. Leopolsu conocimiento y fines co.rreapondientes.''
do, Salonio, Soto, y el Secretario perpetuo que suscribe.-J. Miquel Arroyo.
"Y tengo la honra de uascribirlo á V. E. para conocimiento de S. M.-Dios
guarde á V. E. muchos aflos.- El Prefecto-político, A.M. Peon.-Exmo. MinisACTA NUM. ,51.
tro de Gobernacion."
ffitima sesion celebrada el dia 28 de Diciembre de 1865.
Es copia. México, Enero 23 de 1866.- El Subsecretario de Gobernacion,
Francisco J. Villalobos.
Aprobada el acta. anterior, se dió cuenta:
1? De un dictámen de la comision de policía y fondos sobre la revision de
la
cuenta de venta de boletine11 en el presente año, cuyo resultado da en éfecCo1·te lllarcial de llléxico.
tivo ciento tres pesos setenta y ocho ce~ta;vos, y treinta Y' nueve pesos noventa
Prefectura Política del Departamento del Valle de México.-Seccion de Jus- y un centavos en existencia de boletines. Propone la comision recoja el Teso~ticia.-Número 554.- México, Enero 22 de 1866.-El Comisario relator de la ro la existencia en efectivo, y que la cuenta. se agregue á sus antecedentes. A.sí
,
Corte Marcial de México, en oficio de 20 del que rige, dice al Sr. Prefecto polí- quedó acordado.
2? La comision de Estatutos presentó el proyecto de refo~ma del reglamento
tico lo siguiente:
"Tengo el honor de poner en el superior conocimiento de V. S., que hoy se ha de la Sociedad, reservando para la discusion el manifestar las razones que habia.
reunido la Corte Marcial de México para juzgar al llamado Rafael Pe:rez, acusa- tenido presentes para las modificaciones que babia hecho. Se le dió primera lecdo de haper ,Pertenecido á una banda de malhechores; y la misma Corte Marcial, tura y dispuso el Sr. Vicepresidente quedara sobre la mesa para que los señores
en su sesion de eata fecha, no lo ha reconocido culpable del hecho que se le impu- socios lo examinaran detenidamente, aplazando su fliscusion para las primeras
sesiones del año entrante.
ta, y lo ha absuelto de todo cargo, mandándolo poner en el a1tto en libertad.3? El Sr. W aldherre que, como soc1o corresponsal, concurrió por primera vez
y tengo el honor de participarlo á V. S., suplicándolo, si lo tiene á bien, dar sus
respetables órdenes, á fin de que se publique esta sentencia en. el "Diario del ' á fas sesiones de la Sociedad, presentó en un escrito algunas observaciones soImperio.''
bre los indios bárbaros de Yuca.tan, al que·se dió lectura, disponiendo que pasaY por dispoaicion del Sr. Prefecto político, se publica en el "Diario del Impe- r¡i. á la comision de boletin, para que examinándolo, disponga su publicacion. •
4? Se recibieron las observacionc'S·magnético-meteorólogicas, hechas en elohrio."-El Secretario de la Prefectura, Oárlus Zavala.
'
servatol'ÍO del Real Colegio de Belen de la Habana en los meses de Setiembre y
Octubre de este año.- Que se únan á su coleccion.
,
5? El Sr. Vicepresidente levantó la sesion, disponiendo se citara á junta geCorrespondencia pa1·a el Exte1·io.r.
neral para la primera que debe celebrarse el año entrante: á esta asistieron loa
Administracion General de Correoa.- Aviso al público.- El día 29 de corrien- Sres. Fonseca (Vicepresidente), Carbajal Espinosa, Castillo y Lanzas, Castillo
te, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general ·para D. Antonio, Ca¡,tro, Dr. Durán, Rio de la Loza D. Leopoldo, Salonio, Soto, S.
Veracruz, un extraordinario con la correspondencia que ha de conducir al exte- W aldhe_rre y el Secretario perpetuo que suscribe.-J. M. Arroyo.
rior el Paquete inglés.
Lo que se pa.rticipa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.
-México, Enero 24 de 1866.-El Administrador general, Iluis de la Peep,.
AVISOS OFICIALES.

Sociedad Mexicana de Geog1•afia y Estadística.
A CTA

xu:u. 50.

El tomo sétimo de las leyes.
I~as personas que han comprado los primeros tomos de la coleccion de leyes,
últimamente publicada, pueden ocurrir por el 7?, que co11tiene las de J usticia, y vale 1 peso, al mismo local en que hayan adquirido los anteriores.

México, Diciembre 21 de 1865.

Aprobada el acta anterior, se dió cuenta:
ADMINISTR.A.CION DE BIENES NACIONALIZADOS~
1? De una comunicacion d~l Ministerio de Fomento, acusando recibo del plaAVZS.O.
no que se le facilitó, y comprende la parte oriental de la península de Yucatan,
Relacion de los espedientes que para sustanciarlos se necesita la presencia de los inteen que están los rios Hondo, Nuevo y W aliz, y la lí:nea dirisoria entre este úl resados en esta oficina.
timo punto y México.- A su expediente.
Secciones 1! y 2\1-- 144, 2{¡6 457,476,493, 702, 718, 868 869,880,890, 1,030, 1,106, 1,159,.
2? Del Sr. Socio Camacho, ofreciendo remitir, para mecµadps de Enero, el 1,198, 1,200, 1,2Q5, 1,254, 1,331, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, l,64~, 1,658, 1,675, 1,676, 1,779,
1,806, 1,817, 1,884, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,635, 2,665, 2,748, 2,850,.
dictámen qJ1e tiene pendiente sobre los minerales de cobre del Departamento d.e 2,854.
Michoacan, que se le pas6 para su exámen.-A su expediente.
362 al núm. 3 de Puebla.
1,441 al núm. 2 de Morelia.
3? Del Sr. Socio Sartorius, de su hacienda del Mirador, en el Distrito de Hua372 ,,
13 de id.
1,603
10 de Querétaro
tusco, remitiend? _una Men;o~ia sobre el e~tado de la agricultura en aquel partido,
373
14 de id.
1,607
14 de
id.
383 ,,
24 de id.
1,608 ,,
15 de
id.
con algunas noticias estadísticas y topograficas, y ademas, varias observaciones
390
31 de id.
1,610
17 de
id.
sobre su geología y clima. Incluye tambien un resúmen de las observaciones
798
2 de Orizava.
1,611 ,,
18 de
íd.
meteorológicas que ha hecho allí el año próximo pasado.- Contéstesele el reci1,024
85 de Puebla.
1,614
21 de
id.
bo, m~nife~tándole_ ~l agrado co~ que esta Sociedad. ha ".isto su ?r[e:iµoria: que
1,047 ,,
3 de Atlixco.
4,246 sin núm. de Puebla.
1,(!48 ,,
5 de id.
4,730
,,
de jd.
p~se ~sta. !1- la com1s1on _do boletm para que la examme, y disponga sn publfo_a.
c10n s1 lo Juzga convemente.
Asimismo es necesaria, en la seccion 1~, la presencia de las personas siguient{ls:
4~ Se dispu~o se conteste la comunicacion del Sr. Vandermaelen de Bruselas
Sr. D. Jo~é Maria Yelazquez de la Cadena, y
Sra. D~ Juana Sanchez.
ma~i~estándole no 4aber llegaq_o ~ún 1~ ~;tJ·tas, pl~nos y noticias q~e dice habe;
remitido por conducto de la legac1on mexicana, alli, y que se mencionan en el . !!Qy se l!an ~levado al Exmo. Co~o de Estado, mtanciados y qíctllminadQS p.or.e.s.ta o.ficina, los espedientes números 521, 728; 609, 6,369, 6,370 y 6,880 unidos; 1,335, 2,105, 2,348,
acta núm. 47.
5? Se leyó el siguiente dictámen de la comision revisora de publicaciones pe- 2,360, 2,667, 3,389, 5,011, 7,400.
~di~:
'
•
1,~ de Córdoba con el núpi. ..... S fi,Ba'] de P~iibla con el núm...... 826
1

11

"'?omisiP.n rijvisura de p~bli~ciol}.es periódi~.¡¡s.,- Uiciw:Pbr~ 21 de 1865.-La
Revista de Madrid sobre loa progresos de lítS ciencias físicas, correspondiente al
mea de Mayo de este año, contiene el principio de un buen artículo, tomado del
Oosmo~, y cuyo título es: "El Observatorio de Paria y sus astrónomos, desde su
fundac1?n _h~sta. nuestros días.'' La. futidez y amenidad con que está escrito, los
datos h1stónco¡¡ en que a~i.u:¡da, y líUI ob~Jrvaciones a~t¡i:onómicaa ~u,e meiwi¡¡na,
lo hace~ verdadel'~mente mte1:esan~e, debiendo esperarse que lo sera la parte que
aun esta por publicarse. Contiene }~i,ln.lente la entrega, otro.a artículos tomados

1

11

1~ de
id.
• • • • • • 11
5,&amp;1 de Puebla
,,
. • . . • . 831
11
4,408 de Veracruz
. • • • • • 76 5,842 de id.
,,
. • • • • . 832
UQ7 d!l id.
,,
. . • • . . 71? 6,Q76 del Valle de Santiago, sin número.
4,109 de id.
11
• • • • • • 77
6,077
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~,645 de Gqadalaja,ra ,1
•••••• 263 7J)50 dtl QuadalaJara con el n_úm. . 275
&lt;J,649 ()e id.
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5,lQ3 d,e Pue)&gt;la
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•• • •• - ~
7,7&amp;3 de Tlµcala
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76
11
5,106 3e id.
,,
..• ••. 224 6,045 de Puebla
,.
•. 1,555
5,~ de id.
,,
...... Sll,5
Kéxico,, Enero 24 de 1866.-El Adminiairador de bienes nacionalizados
StlOrtt ,
Nat,arro .
t.:
•
.,.
• '

J"°"

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

122

,Juzgado de letras de Apam.

Prefectura politica del :Departamento del Valle de México.
AVISOS.

Para proteger el desagüe que se está haciendo en las calles inundadas de esta Corte, y á
fin de no omitir ningun medio para su realizacion, el Sr. Prefecto político ha creido conveniente prevenir á todos los dueños de pozos brotantes, cualesquiera que sea la especie de ellos,
que po~· medio de largos tubos y dentro del término de cuarenta y ocho horas, impidan el curso continuo de sus aguas, usándose solo de la que necesiten, sin dejar correr el resto de ella
á los caños 6 atarjeas, en razon de que su abundancia seria escesivamente noeiva al fin pro1
puesto.
Esta providencia durará por todo el tiempo que se crea necesario mientras tanto se acaban
de estraer las aguas estancadas en las calles de la ciudad, y para que sea levantada se dará
oportuno aviso¡ bajo la inteligencia, de que el que faltare á 'su cumplimiento, será multado en
veinticinco pesos, imponiéndosele doble cantidad•si reincidiere, y destinándose su producto á
los gastos del desagüe.
Lo que se hace saber al público para su inteligencia.
México, Enero 7 de 1866.-Por el Oficial mayor encargado de la Secretaría, el Oficial 39,
J. Romero.
3a- 1

En el juicio que sobre despojo é indemnizacion de daños y perjuicios sigue en este Jll?'gado el Lic. D. Pedro Quiros, como apoderado de D. Pedro López Raro, contra D. Ennque
Hirsch, el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fecha se cite por los periódicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en el término de ocho
dias se presente, por sí ó por apoderado instruido y espensado, á alegar de buena prueba; apercibido de darse por alegado en el juicio si no lo verifica.
Aparo, Enero-18 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. José María Espeje/. 810-Ss- 3

AVISOS PARTICULARES.
Colegio de Abogados.
En junta de señores conciliarios celebrada el dia 17 del corriente, se dispuso que los señores abogados que estuvieron incorporados al Colegio antes del 14 de Abril de 1864, y que conforme al acuerdo de esa fecha que se publicó en los .periódicos, se .reputan fuera del Colegio
por no haber dado el aviso de que habla dicho acuerao, volverán á ingresar al Colegio y conservarán la antigüedad que les corresponde por la fecha de su matrícula, si dentro de un mes,
contado desde la publicacion de este -aviso, se arreglan con el Sr. Tesorero, quien al efecto
está ampliamente facultado, sobre el pago de lo que adeudan desde el mes de Agosto de 1861.
Y para que llegue á noticia de los interesados, y por acuerdo de la Junta, se publica el presente.
Mé~ico, Enero 25 de 1866.-El Secretario del Colegio de Abogados, Lic. Pedro CO'!Jarrúbias.
·
· s12-9a- 1

Existiendo algunos jóvenes huérfanos ó abandonados de sus padres, y queriendo el Sr. Prefecto político que se dediquen á algun arte ú oficio para hacerlos útiles á la sociedad y moralizar sus costumbres; conforme al art. 75 ~e la ley de 1~ de Noviembre de 1865, se invita á los
maestros que tengan talleres, lo mismo que á los dueños de finca-s agrícolas, que quieran recibir á algun jóven bajo su cargo y direccion, par:¡. que se presenten en la Secretaría de esta
Prefectura, á fin de que se les ministre las instrucciones necesarias.
México, Enero 10 de 1866.-El Secretario general de la Prefectura, Lic. Cárlos Za'l!ala.
6a-l

SEG-lJROS CONTRd. INCEJ'l'DIOS.
Dispone el Sr. Prefecto que entretanto se concluye ia limpia de las calles que estuvieron
inundadas, y á la que esián destinados lof carros que recogian las basurás, éstas sé depositen
en las casas has.ta que se concluya dicha operacion. De órden del Sr. Prefecto se prohibe arrojar las basuras en las coladeras y albañales, bajo la pena de cinco pesos de multa cada vez
que se infrinja esta prevencion.
·
Lo que se comunica al público para su.cumplimiento y demas fines.
México, Enero 20 de 1~.-El Secretario de la Prefectura, Lic. Cárlos Za'l!ala.
3a- 1

CO:MP.A.ÑI.A. DE SEGUROS DE GLA.DB.AGH.

Capital de fondo .......•• _. . .

Capital de fondo . . ... . ,_. _•.. _.. . ... _, 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENEllAL de Estas Compaiúas, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s- ll8

Tribunal de l \' instancia del Departamento del Valle de México.
SEGUNDA SALA.

3.000,000 pe.,os prusianod.

ÜOMP.A.ÑI.A. DE SEGUROS DE B.A.SILEA ( B ASEL).

,

Esta Sala se ~a instalado el dia 10 del actual en la sala de visitas de la cárcel imperial de
Belem, donde tiene sus acuerdos de nueve de la mañana á tres de la tarde comenzando las
vistas de las causas el lúnes 22 del corriente.
'
México, Enero 19 de 1866.-El Secretario, Lic. Luis A. Yieyra.
3a- 3

V enta de una Hacienda.
Se vende la hacienda de San Juan, situada á inmediaciones de la Villa del Valle de Temascaltepec, y consta de mas de doce caballe1fas de tierra de superior calidad, de las cuales seis
caballerías y doscientas treinta y un mil quinientas dos varas cuadradas son de regadío para
siembras, y el resto de monte bien poblado y con elis tintas maderas. Tie¡:¡e su casa habitacion
con piezas altas y bajas, troje y demas oficinas de campo, inclusas las correspondientes á engorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abundancia para regar¡ que es perenne y
que procede de puntos bastante elevádos, por cuya circunstancia pueden aplicarse dichas
aguas al uso de molinos ú otras oficinas de maquinaria. En estos últimos dias ha sido retasada por el agrimensor D. Manuel Delgado, y es su ínfimo valor el de 15,461 pesos 99 centavos.
Las personas que quieran hacer postura, y necesiten instrucciones ó cualesquiera otro dato
respecto de la mencionada hacienda, pueden dirigirse en esta capital á D. José Juan Romero,
en la calle del Esclavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á docé de la mañam,
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
bajo el concepto de que las proposiciones que se hagan, han de ser antes del 12 del mes de
Febrero próximo, porque el día 15 debe quedar hecha la venta definitivamente.
México, Enero 13 de 1866.
803-lf:a-5

AVISO IMPOB.TAll'TE.
Casa del Emperador.-Direccion del Gran Chambelanato.-Palacio de México Enero 22
de 1866.--;-Habiendo qu&lt;ldado suprimida en el presente mes la oficina de Direccio~ de obras
del Palacio "!3PB~al, se a_visa al p_ú~lico, que_ to~as las_personas que tuvieren cuentas pendientes~~ la estíngmda oficma, se dmJan al s~nor mge!llero D. Ramon Rodriguez y Arangoity;
.advírtíénd~se que en lo de adell!-llte se considerar~ sm valo~ alguno cualquier contrato respec.te de trabaJos en la Casa Impenal, que no sea estipulado directamente con la Direccion del
•Gran Chambelanato.-El Director del Gran Chambelanato, G-Unner.
3a- 3

CITACION.
Administracion principal de rentas de México.-Núm. 88.- Necesitándose en esta oficina ·á
D. Manuel Pio Muñoz para un negocio IJ.ue le interesa, y no habiéndose podido indagar su
•sidencia, se le emplaza por medio de este anuncio, para que dentro de treinta dias, contados
,desde la fecha, se presente en esta oficina, por sí ó por apoderado acreditado competentemente; quedando apercibido de que de no verificarlo, le parará el perjuicio á q'tle haya lugar.
Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de México, Enero 16 de
1866.-El Administrador principal, J. de la Barrera.
3a- 3

Hacienda de Temisco.
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdic,cion de Cuernavaca, su
venta estrajudicial, se participa al -público, para que las personas que quieran adquirirla, ocurran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, 'fercer Orden de San Agustin núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
79g..:._3os-8

:AJ&gt;Mill'IS~B.ACION GENEB.A:L DE COB.UOS.

De venta

INTERESANTE A L PUBLICO.

Un terreno inmediato á la garita de la Viga, con,24 chinampas y una estension de 14 á 16.000
Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo al ser conducida á varas cuadradas: tiene una vivienda, corral para vacas y otros accesorios: es propio para el
su destiI¡o, con el fin de evitar su circulacion y que el público sea sorprendido al adquirirlos, cultivo de alfalfa, legumbres y otras producciones, y está provisto de los útiles é instrumentos
se pone en su conocimiento que los espresados sellos están marcados cad_a uno con la cifra · necesarios para su esplotacion. Se dará en precio cómodo. Dirigirse al despacho del Diario
que representa el año pasado de 1865, y ademas con la 204, cuyo distintivo se da á conocer, del Imperio.
para que los que contengan esta numeracion no sean admitidos, por estar considerados nulos
y de ninguu valor para el objeto á que eran destinados; pudiendo ser consignado el que los
AVISO.
posea ante el juez competente para la averiguacion que corresponde y se aplique al culpable
Con
el
objeto
de
que
la
persona
que
pretenda
tomar en subarrendamiento unos entresuelos
el castigo á que es acreedor, como defraudador de los intereses públicos.
de la casa núm. 4 de la calle de Santa Teresa, que actualmente tienen cédulas llamando ar• México, Enero 13 de 1866.- El Administrador general, Luis de la Peza.
3a- 3
rendatarios, porque se desocuparon el 31 del pasado con intervencion judicial, no sea sorprendida, se le hace saber: que antes de contratarlos, cuide de reconocer si se ha compuesto ya el
techo de la pieza que sirve de cocina y de piso á la azotehuela, de donde pasa para abajo el
derrame de las inmundicias que debían dirigirse al comun, pues esto lo ha sufrido la persona
AVI'SOS JUDICIALES .
que da este aviso, durante tres meses, de los que dos pagó anticipados, esperando, en vano, la
compostura radical, que solicitó desde el momento ¡¡n que sufrió la primera inmunda descarga; alegándole en respuesta que ella correspondía al propietario, á quien mediante los repetiTribunal de Comercio de México.
dos reclamos se ocurrió, para que la hiciera tan mal, que siguió la corriente como antes, obliMé_xico, Enero 18 de 1866.- En los autos de concurso á bienes de D. Anacleto Tinoco, es- gando esto á suspender el arrendamiento anticipado para satisfacerlo vencido, dando por rete Tnbunal, por aut? de hoy, ha mandado se cite por medio de edictos y en los periódicos á· sultado la demanda sobre cumplimiento de contrato y desocupacion ante un juez, donde el
los acreedores de dicho concurso, para que en el término de qtúnce dia-s, contados desde la apoderado, que no pudo hacer lucir la respuesta al cargo, tuvo que recusar áesejuez, y que ante
primera publicacion, presenten al síndico administrador los justificantes de sus créditos· aper- su sucesor conviniera diverso adoderado en la desocupacion para el citado 31, pagando vencido, sin embargo de que prestó el consentimiento contrariandó sus instrucciones espresas,
cibidos de que si no lo hacen, les parará el perjuicio que haya lugar.
'
reducidas á sostener lo que sostuvo su antecesor, que no pudo presentarse en ~ste segundoLo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña
.
Oficial 2'? encargado de la Secretaría.
811-3s- 1
' juicio.
La cláusula de mejoras á beneficio de la finca, merece que se haga muy pública y perceptible la distincion entre las de comodidad y ornato, que son aplicables á ella, y entre las de
!eribunal de Comercio de México.
fábrica material que deben tocar al propietario de la finca, ó en su lugar á la persona que la
para entregarla servible, 6 cuando mei¡.os hacer raber el defecto, antes de que ba·Méx:i~o, Enero 17 de 1866.-En el espediente de 'concurso á bienes de D. Ernesto Aron, subarrienda,
la buena fé se acepte tal condicion, para exigir por ella la reparac¡on; siendo esta otra causa
este Tnbunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los periódicos y edictos; jo
porque se da el presente aviso en beneficio público.
á los acree~ores á dicho concurs?, present~n á lo~ síndicos administradores los comprobantes
México, 12 de Enero de 1866.
3a-1
de sus créditos dentro del térmmo de qumce d1as, contados desde la primera publicacion
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
'
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña
Oficial 2'? encargado de la Secretaría.
809-15s- 5
'
DIVERSIONES PUBLICAS .
1

JUZGADO DE LETRAS DE TULANCINGO.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado el Lic. D. José Maria Carbajal, como
apoderado de D. José Castelló, contra D. Luis Pasos Nieto, como albacea de la testamentaría
de D. José Flor, sobre pesos, el Sr. Juez 19 de paz, sustituto del de 1~ instancia, ha mandado
se proceda á la venta del rancho de la Alcaparrosa, los llenos y casas del rancho d eSan'Pablo
ubicados en la Barranca, de la municipalidad de Acatlan¡ valuado todo por el perito D. Vi'.
cent~ Escárcego en la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y seis pesos sesenta y dos y
~e~10 eentavos (3,436 ps. 62½ cs.), señalándose para las almoneda.s los dias diez y seis y veintise1s_de Enero próximo y seis de Febrero¡ siendo la última con calidad de remate. y todas á
las diez de la mañana.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, OCfil!an á 19: ~ecretaria de este Juzgado, donde se les darán las instrucciones necesarias.
Tulancmgo, D1c1embre 30 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Ol?Jera.
793-9a-6

'

'·

TEATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.
I

En la noche de hoy, á las ocho en punto, y por última vez en la presente temporada, se
pondrá en escena la ópera de Donizetti, di'tidida en tres actos y denominada: María de Rohan,
en la cual desempeñará el papel de la protagonista la señorita ANGELA PERALTA.
El sábado 27 se v~rificará el estreno de la ópera del Sr. D. Melesio Morales, que se intitula:

ILDEGONDd.,
El lúnes 29 es el destinado para la funcion de beneficio de la señorita PERALTA.

MEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL _

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DIARIO

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..
Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

NuM. · 323

MEXICO.-Viernes ~6 de Enero d~ IS66.
MINISTERIO DE JUSTICIA. ·

SU'lVlAllJO.
PARTE OFICIAL.-Decreto estableciendo un impuesto e1;1 la ciudad de Leon para ~loja•
mientos.--Consejeros-vocales de Sau Juan del Rio.-Gefe de policía de San Luis Potosí.Comisario municipal de Pánuco.-Alcalde municipal de Toquicingo.-Registro de escrituras
de Compañías en comandita.
.
.
,
PARTE NO OFICIAL.-Defensa de Tehuantepec.-Disidentes presentados.-Derrota de
disidentes en Jico..-Sentencia de la Corte Marcial del Val!e.-Exposicion industrial de Mérida.-Sociedad de Geografia y Estadística. Dos actas.-Academia de ciencias. Cuatro actas.
Noticias extranjeras.
Progresos.

PARTE _OFI()IAL~

SECCION

1~
México, Enero 24 de 1866.

En contestacion al oficio de V. S.,. fecha 18 de Setiembre último,en el que
hace presente que varias compañías an6n_imas y en_ comandita, e~tablecifas con
autorizacion del Gobierno no han ocurrido á registrar sus escrituras a la Secretaría de ese Tribunal, ~orno lo previene el art, 252 del C6digo de Co~er~io;
manifiesto á V. S. que dichas compañfa1,1 n? están exceptuadas de~. cumplimiento de esa obligacion que el citado artículo impone á todas las soc!edades mercantiles.
.
Lo que digo á V. S. para su inteligencia; ·pr~viniénd~le, que para desv~ecer cualquiera mala interpretacion que haya podido susCitar.se sobre el particular, dé publicidad á la presente comunicacion.
El Ministro de Justicia,

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Oido Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS lo siguiente:
Art. l? Se establecerá en la Ciudad de Leon un impuesto de tres al millar,
para subvenir á los gastos de alojamientos, en los términos en que está arreglado por decreto de 18 de Febrero de 1864 el ocho al millar que para el mismo
-0bjeto se récauda en la Capital del Imperio; bajo el concepto de que las cuotas
determinadas en los artículos 7? y 8?, se disminuirán en razen directa de la
base prefijada para la primera de las enunciadas poblaciones. ,
Art. 2? Quedan exceptuadas del pago del impuesto á que se refiere el artículo anterior, las fincas en que se proporcione alojamiento gratuito á los Gefes
y Oficiales tlel Ejército expedicionario.
,;
J
Dado en el Palacio de México á 20 de Enero de 1866. - · ·
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Gobernacion.
Por el Emperador,
En ause~eia del Exmo. Sr. Ministro,
El Subsecretario,

Francisco J. Villal-Obos.

ESCUDERO.

Sr. Presidente del Tribunal Mercantil de esta Corte.

PARTE 1'0 OFICIAL.
De:fensa de Tehuantepec.
Ministerio de Gobernacion.-Seccion 3~-México, Enero 23 de 1866.-El Emperador se ha dignado oir con agrado la relacion que hace V. 8. en au nota de 11
del corriente, acerca del bizano comportamiento de los habitantes de la ciudad
de 'l'ehuantepec, con motivo del ataque sobre ella, intentado por los disidentes de
Juéhitan, y me previene que por ello los felicite en nombre Suyo. V. S. cuidará
de trasmitir á esos dignos ciudadanos esta expresion de la benevolencia de S. l'{.,
y excitar á las demas poblaciones del Departamento á imitar la conducta obser·vada por el de Tehuantepec en la memorable jornada del dia 7, porque justamente merece servir de modelo á los pueblos que tienen la conciencia 'de su dignidad y de su fuerza.-Sr. Prefecto del Departamento de Tehuantepec.
Es copia. México, Enero 23 de 1866.-El Gefe de la Seccion 1\ José Guadavupe Martinez.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
Disidentes presentados.

SECCION 1~

México, Enero 21 de 1866.

El Gobierno de S.M. ha tenido á bien ¡¡.probar los nombramientos hechos
por esa Prefectura, en las personas tle D. Ramon, ~ascota y D. Agustin Ruiz
Olloqui, para Co~sejeros vocales del Consejo de San Juan del Rio.-Por ausencia del Exmo. Sr. ·Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J.
Yillalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Querétaro.
Es copia. México, Enero 21 de 1866.
\
El Gefe de la Seccion l '.'-,

- ,,,

José G. Martines.
SECCION 2~

México, Enero 23 de 1866.
El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar el nombramiento de Gefe de
policía de esa capital, hecho por esa Prefectura en la persona del General D.
Manuel Echeverría, segun lo expresa su oficio de 17 del que rige, que contesto.-Por Msencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion,
Francisao J. ritlalobos.-Sr. Prefecto del Departamento del Potosí.-San Luis.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien' aprobar el nombramiento hecho por
esa Prefectura, en la persona de D. Gabriel Borrego para Comisario municipal
de Pánuco.-Dígolo á V. S. en respuesta á su oficio fecha 12 del corriente.Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion Francisco J. Villalobos.-Sr. Prefecto de..Zacatecas.
'
'

El Gobierno de S. M. h~ tenido á bien aprobar el nombramiento hecho en
la persona de D. José Carr1llo, para Alcalde municipal de Toquicingo.-Dígolo á V. S. en contestacion á su oficio relativo de 18 del corriente.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion Francisco J.
Yillalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Toluca.
'
Son copia~. México, Enero 23 de 1866.
El Gefe de la Seccion l '.',

José G. Martinez.

Ministerio de Gobernacion.-"Prefectura superior política de Querétaro.-Ene-ro 21 de 1866.-Seccion, 3~- Exmo. Sr.-El Subprefecto del Distrito de Tancanhuitz, en oficio del 10 del corríente, me dice lo que sigue:- " Tengo el honor
de poner en el superior conocimiento de V. S., ~ue con fecha 4 del actual se han
presentado en ésta Subprefectura, acogiéndose a la gracia que concede el art. 14
de la ley de 3 de Octubre del año próximo pasado, y próroga de la circular de
29 de Noviembre, expedida por el Ministerio de Gobernacion, concedida á la. citada ley, el Subteniente D. Sóstenes,Rodriguez Flores, que militó á las órdenes
del Gefe liberal D. Pedro Blanco; y con fecha 8 de este mismo mes hicieron igual
presentacion, solicitando la misma gracia, el Teniente D. Manuel .A.ltamirano,
que militaba en las fyerzas de Mendez, y el soldado Miguel Meza en las del
guerrillero .Alejo Mejía; habiendo firmado todos el acta de reconocimiento al Gobierno de S. M."-Lo que tengo la honra de trascribir á V. E. para conocimienta de S. M. el Emperador.-El Prefecto político, M. Gumerrez.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion."
Es copia. México, Enero 25 de 1866.-El Gefe de la Seccion 1~. José Guadalupe Martinez.

Der1•ota de disidentes en Jico.
Ministerio de Gobernacion.-"Tulancingo, Enero 21 de 1866.-Exmo. Sr.-El
Subprefecto de 'Huauchinango, en oficio de 17 del corriente, dice á esta Prefectura superior lo siguiente:-Con fecha de hoy me dice el Comandante militar de
Jico lo siguiente:-El Comandante superior de la línea, Capitan Merizzí, con fe.
cha de,ayer me dice desde la Mesa de San Diego, lo que sigue:-Le participo á
vd. que el ep.emigo ha tenido que' sufrir un descalabro por las fuerzas del Impe-,
rio, y lia perdido una pieza y algunos prisioneros.-Lo que inserto á vd. para su
superior conocimiento y fines consignientes.-Y téngo el honor de trascribirlo á
V. S. para que se sirva ponerlo en conocimiento del Sr. Prefecto superior político del Departamento.-Y me honro de trascribirlo á V,. E. para su superior conocimiento y el de S. M. el Emperador.-Dios guarde á V. E. muchos años.-:
El Prefecto superior, A. Ricoy.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Enero 24 de 1866,-E} Gefe de la Seccion 1\ José Guada.._lupe Martinez.
1

---•

..

�124

EL DIARIO -DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Sentencia de la·C01•te lffa1•cial de México.

Sociedad llltxicana de Geografia y Estadística.

Prefectura política del Departam.en~o del Valle de México.;--Núm. 5~.-México, Enero 24 de 1866.- El Sr. Presidente de la Corte Marcial de Mé:u,co, con
fecha 22 del actual, dice á esta Prefectm-a lo siguiente:
"La Corte Marcial, en sesion de hoy, absolvió á los reos Nicolás Vidaurri y
Cristóbal Hernandez, acusados de connivencia con los disidentes, dejando al primero en clase de detenido hasta que la autorida..d judicial examine un certificado
de indulto que presenta este individuo."
Lo cual se publica en el "Diario del Imperio" por órden del Sr. Prefecto político.-El Secretario de la Prefectura, ()árlos Zavala.

ÁCT.A. NUM. l.
México, Enero 5 de 1866.

Aprobada el acta anterior, se dió cuenta:
. .
1~ De un oficio del Sr. D. Andrés Terán, de Guadalajara, renunciando- e1
nombramiento de socio corresponsal.- A su expedi~nte.
.
2~ Se dió lectura á una comunicacion del Sr. socio honorano Maury, sóo;e la
importancia de introducir y aclimatar en el país el árbol &lt;Jencl~ona,, ~el Peru, de
cuya corteza se extrae la quinina, como se ha hecho en la India baJO la proteccion del gobierno inglés, y la direccion del Dr. Clemente Mackha-~, c~n,muy buen
euceso. El Sr. Maury trascribe una: c~ de aq~~l s~ñor ~~ctor, md1ca~dole_qu_e·
á su regreso pai:a Europa, en 1867, hara un~ v1S1ta a . Me:uco con el obJeto ~~­
cado por el Sr. Mam-y; pero propone.que sena converuente se m~dal'a pol' Mextco desde ahora á la India, un jardinero escocés para que él lo mstruyera y exaExposicion industi·ial de lllérida.
minftra prácticamente en el cultivo de aquel árbol. Con este objeto el Sr. Maury
somete á la consideracion de la Sociedad, la siguiente proposicion:
Ministerio de Fomento.-México, Enero· 15 de 1866.- He visto con suma sa"Se nombrará una Coinision que, acercándose á S. M._I. en nombre de la _Sotisfaccion el oficio- de V. S., de 26 del pasado, en que al ac~sar recibo de la circiedad,
le haga presente la importancia- y utilidad de enriquecer la flora m~x1eacular de este Ministerio, núm. 22,.me comunica que en la exposicion presentada
na con el árbol de Oenc1uma, suplicándole se digne señalar fondos á la Sociedad.
á S. M. la Emperatriz, por la Junta de ese Departamento, en nada se ha gravapara aceptar las proposiciones y of~~tas hechas P?r el Dr. Clement~ Mackham."'
do el Erario público; pues los gastos- que ocasionó fueron costeados por los indi- - Se acordó que todo pase en coID1s1on al Sr. socio D. Leopoldo R10 de la Loza,.
viduos que componen la misma Junta.
para su exámen, y que proponga lo conveniente.
Sírvase V. S. aceptar: para sí y dar á sus socios las debidas gracias por su
3~ Se recibieron los siguientes cuadernos:
. .
,
patriotismo, disponiendo que de los objetos presentados en dicha exposicion, se
El número 6, tomo 15 de la Revista de los progresos de las ciencias exactas,
remitan á este Ministerio los que á juicio de V. S. merezcan figurar en la de esta etc., que se publica en Madrid, y contiene los artículos sigui~tes: "Astronomía-:capital y en la Universal de París, aplazada para el año de 1867.-El Ministro El Observ;atorio de Paris y sus astrónomos, desde SJl fundac1on hasta nuestro.sde Fomento, Lms ROBLES PEZUEL.A..- Sr. Prefecto político del Departamento dias. "Quíinica: sobre los fosfatos de talio.
'
de Yucatan.-Mérida.
·
, Meteorología. Resúmen de las observaciones meteorológicas hech.as en. el Real
Observatorio de Madrid en el mes de J unio de 1865.
"Junta perm,anente de Exposiciones.-Junta de Exposiciones del Departa.
"Jardín botánico de Madrid. Plantas floridas dm-ante el mes de Junio de 1865.
mento de Yucatan.-Objetos presentados en la exposicion verificada en Mérida
"Resúmen de las observaciones meteorológicas, hechas en el Real Observatoel dia 10 de Diciembre de 1865, á que se dignó concurrir S. M. la Emperatriz. rio de Madrid en el mes de Julio de 1865.
Frutas de las mas abundantes en el país, naturales y representa-das en cera;
"Jardin botánico de Madrid. Plantas floridas durante el mes de Julio de 1865.
verduras natm-ales y en cera; pequeña coleccion de &lt;,onchas,. de las costas del
"Agricultura. Sobre Ia composicion de los quesos. Informe de Mr. Rouss~Depártamento; algunas víboras en aguardiente; varios licores destilados en el ganlt, adoptado por la Sociedad Imperial de agricultura, acerca de una Memoria.
país; miel de abejas; aceite de higuerilla ó palma cristi; una canastilla formada de Mr. Brassier.
con cigarros de paja de maiz, llena de los mism\¡s cigarros (presentada á S. M.
"Fisiología comparada'. Memoria sobre la demostracion experimental, de la prola Em¡~eratriz por la Junta de ex_posicíones del Departamento); dos candeleros duccion de electricidad, por un aparato propio de , los peces del género de las
de plata; un terno dti ópalos y rubíes; un rosario de filigrana y coral menudo; una ,Rayas.
almohadilla de carey (presentada á S. M. la Emperatriz por la J.unta de exposi"Botánica. Sobre las relaciones sexuales entre las formas del Lythrum salíciones); las llaves de plata de la ciudad, que fueron presentadas á S. M. el dia de caria.
su entrada; una almohadilla de maderas curiosas (presentada á S.M. laEmper¡i.triz
"Geología. Sobre los ofitas de los Ph-irteos.
por varios jóvenes );_peines de carey; pedazos de madera barnizada, propios para la
"El Boletín de la Sociedad de Geografía de París, del mes de Octubre, que
ebanistería; varios libros empastados; una redoinita torneada en cocoyol y hueso; contiene!! los artículos siguientes:
ciga,rrera y tabaquera de tanza é hilo de oro; un eslabon en forma de perro; dos
"Noticias sobre la colonia de la Australia meridional ó provincia de Adesortij as de acero; cuatro id. de cocoyol; una cadena tejida de hilo de oro; una ci- laida.
·
garrera de jipijapa; zapatos; tres bastones con puños de madera labrada; un mo"Itinerario de J erusalem.
delo de fuerza rr.otriz, y máquina de raspar henequen; un modelo de la máquina
"Noticia sobre una parte del Turkestan meridional.
de raspar henequen, inventada por el Br. Villamor; una caja de fósforos; tabacos,
"Actas de las sesiones de la Sociedad.
puros y cigarrillos de varias clases· y fábricas; tabaco en rama de variaJ;l clases;
"Noticias y hechos geográficos.
una hoja de tabaco con cincuenta 1pui·os torcidos en la inisma hoja; diferentes
"Obras- ofrecidas á la Sociedad.
.
cla&lt;'!es de azúcar de caña; una coleccion de ternos (trajes de las mestiza¡¡) de va,.
"Bibliografía y Geografía.
t.ios tamaños, bordados de blanco, negro y de colores, de hilo y de estambre; una
El número 8, perteneciente al mes de Agosto, del Boletín de la Sociedad Imtoalla adamascada de algodon; catorce muestras de tejidos hechos á mano, de perial Zoológica de Aclimatacio}!, que contiene lo siguiente:
diferentes colores; instrumentos que emplean los indios para telar á mano; ins"Noticia sobre la educacion de los Hoccos.
trumentos _para hilar á mano; capullos de algodon; hilo de algodon, blanco y de
"Educacion de los cardenales grises de cabeza c9lorada.
Color natural; id. i~. negro; puños de madera para bastones; un bollo de hilo de
"La merla y su educacion, hecha en Burdeos.
heneqÚen torcido á mano; un baston formado de unª' vigueta tdmada de las rui"Noticia sobre tres especies de pescados chinos, y su uso en la industria y la
nas de Uxmal (obsequio á S. M. el ~mperador); ídolos y vasijas de barro, de aclimatacion.
,
las ruinas de Uxmal y J aima; cera cruda de colmena; cera blanca; cascarilla de
"Ütro sobre la cultui·a de la Pistacia lentiseus.
huevo; almidon de sagú; jabon blanco y de color;. piedra litográfica; piedra pomez
"Otro sobre la aclimatacion en 1854, en Inglaterra,, y ademas un extracto de·
fina; gu~ano llamado Nin; aceite que se extrae de, dicho animal; sebo en estado las sesiones de 'aquella Sociedad, en Julio y Agosto.
natural; id. clarificado; vainilla silvestre; goma de cedro; incienso; copal; nabá;
"El número 1 del tomo 2~, duplicado, de la Gaceta Médica de México."
s.al de Inglaterra, extraída de las salinas; sulfato de sosa, extraido de la,\! salinas; ., 4? pon arreglo al art. 18 y 23 del reglamento, se procedió á laeleccion de vi-.
sulfato de magnesia, id., id., id.; extracto de id., id., id.; yodo extraido del sarga- cepresidente y segundo secretario, resultando para lo primero, reelecto el Sr~
zo; magnesia calcinada, de las salinas; sal marina en grano blanco y de color; Consejero D. Urbano }'onseca, habiendo sacado cuatro votos el Sr. Dr. Dui·án,
sal de espuma; daican ó sal de sosa; hule ó cahutchuc; side ó chicle (resina del uno el Sr. Salonio, uno el Sr. Arroyo y otro el Sr. Castillo y Lanzas. Para secrezapote; añil; cola¡ una imágen de la Señora del Refugio; sombreros· de paja y tario resultó electo el Sr. D. J . Rafael de Castro, habiendo sacado un voto cada
jipijapa, de varias clases y colores; sombreros de vaquero; una guitarra encha,. uno de los Sres. Carbajal, Dr. Durán, Soto, Salonio y Rio de la Loza: se dispuso
pada; cueros curtidos, con pelo y sin él, blancos y negros; dos monturas con sus se comunicara la eleccion á quien corresponde.
• arreos; una silla vaquera con su coleto; una. vaqueta; una maleta de cuerp para
.5~ El secretario pe:q:&gt;etuo, de conformidad con lo que previene el reglamento,
señora; una id. id. para hombre; una coleccion de catorce pájaros disecados; un dió lectura á la Reseña anual que había formado de los trabajos de la Sociedad
manojo raices de joyoc; aparato para tejer encage de hilera, con bolillos; escobas en el presente año, la que fué escuchada con agrado, disponiéndose su publicade guano, de diferentes tamaños; zuela para monturas y zapatos; levisas; espon- • cion -é insercion en el Boletin de la Sociedad.
jas; manaté; petacas de caña, de distintos tamaños; brazos de hamaca, de heneCon lo que terminó la presente sesion, á la que conturrieron los Sres. Fonsequen, de colores; sogas teji~as, de henequen, para colgar hamacas; filamento de ca, vicepresidente; Azcárate, General .Aguilar, Aguilar D. Jesus Maria, Castro.
, ~enequen; id. de plátano; id. de chichibé; riendas y f.alsariendas de henequen, Carbajal Espinosa, Castillo y Lanzas, Cuevas (D. Luis), Dr. Durán, Ga'rcía y
t1boronera, de henequen de colores; bosalillo de cerda: cuartas de henequen; cos- · Cubas, Martinez, Ortega D. Aniceto, Pimentel, Reyes, Rio de la Loza D.M.,
tales de hen~quen, de diferentea clases; hilos de id., de diferentes gruesos, torci- Soto, Salonio, y el secretario perpetuo que suscribe.- J. M . .Ar1·oyo.
dos en máquina; lisera de henequen', sabucanes de henequen, finos y ordinarios,
blancos y de colores; habucos de henequen; enjalmas embutidas y aparejadas;
AcT.A. :rruM. 2.
cabestros de mecate y tejidos de henequen; chuyubes ó incepsarios de henequen,
México, Enero 11 de 1866.
de colores; cestos de hueso de guano; id. de bejuco; petates y esteras de caña;
Por
falta
del
Sr.
Vicepresidente,
el
Dr.
Durán,
como
socio mas antiguo, abrió,
hamacas de henequen, de todas clases; id. de filamento de plátano; alfombra de
henequen¡ de colores; hí y barro con que se fabrica loza; utensilios de barro; lu- la sesion, y,leida el acta anterior, fu.é aprobada.
Se dió cuenta:
cés y jícaras blancas y pnitadas; ah:hidon de yuca; ají 6 frijol de varias clases;
1~ De dos comunicaciones de los Ministerios de Fomento y Gobernacion, avichile de id. id.¡ semilla de ciilabaza; maíz blanco y amarillo; cacahuate; jarcia de
henequen; cueros de venado; baña~eras de cedro: banco y p-ie-dras para moler sando quedar enterados de los nombramientos de Vicepresidente y Secretario de
,
maiz; bateas para lavar; ruedas de carruaje; cerda; algodon en rama; treinta cla- la Sociedad.-A su expediente.
2° Del Vicepresidente de la Sociedad de Mejoras materiales de Aparo, remises de maderas de construccion y ebanistería; un estante de jovillo; animales de
varias clases; cañas de azúcar; ensayos de pintura al óleo, fotografía y lito- tiendo dos memorias sobre el cultivo de la vid y de la morera, indicando al mismo tiempo hallarse ocupada una comision, de escribir otras sobre el lino, olivo y
graña.
•
maguey de pita, que ofrece remitir oportunamente.-Que se le conteste de enteMérida, Enero 3 de 1866.- El Secretario, .,foiceto Ortega."
rado con satisfaccion, ,manifestándole el aprecio con que la Sociedad ha visto esSon cofias. México, Enero 24 de 1866.-El Subsecretario.,interino del Minis- tos trabajos; que se pasen á la comision especial de agricultura para su exámen.
terio de :E omento, Francisco Jimenez.
3? Del Sr. socio D. I. Spstein, de Monterey, acompañando el resúmen de las
,
observaciones meteorológicas hechas por él en aquella ciudad en el año próximo
,
pasado, así como una oemostracion gráfica de la temperatura média en todos los
meses del año próximo pasado, y la curva del estado medio barométrico.-Que

se le acuse el recibo de los interesantes documentos que reinite, y que se publiquen en el boletín, con cuyo objeto se pasarán á la comision respectiva.
4~ f?e reci~ió un cuaderno impreso en :rilorelia, dedicado á la Sociedad por su
autor, intitulado: Colonias nacwnales y extran:jeras e,n Mexico, por Othon Welda.
- Que pase en coinision al Sr. socio Maury para su exámen, acuaando el recibo
al autor del cuaderno. •
5? La coinision de policía y fondos presentó el libro y comprobantes de las
cuentas de los fondo~ asignados á la Sociedad en el año anterior.- Se acordó
reunirlo á los anteriores.
·
6? Se leyó un dictámen del Sr. Gárcia y Cubas, relativo al Cuádro Sinóptico
estadístico del Departamento de Querétaro, que se le pasó para su exámen.-Se
acordó posponer la discusion de él para otra sesion, en que concurra el Sr. García y Cubas.
7~ El Presidente de la comision especial de agricultura, continuó por media
hora la lectura del dictámen pendiente de dicha coinision.
,
8? Se dispuso que para la próxima sesion, postule la mesa á los individuos
que d-eban integrar las coinisiones de reglamento para el presente año..
Se levantó la sesion, á que concurrieron }os Sres. Dr. Durán, que presidió,
Castillo y Lanzas, Castro, Fleury, Larrainzar D. Manuel, Abate Lanusse, Maury, Martinez, Pimentel, secretario1 Soto y el Secretario perpetuo que suscribe.
-J. M. Arroyo.

Academia Impe1•ial de Ciencias y Literatura.
ÁCT.A. NlJM. 5.
Se retmieron los Sres. Presidente Raniirez, Larrainzar, Almazan, Segm-a,
Orozco, Jimenez (P. Francisco), Lacunza, Mier y Terán, Rio de la Loza, Fonseca, Cuevas, Jimene2 (D. Miguel), García- Icazbalceta, y el secretario interino
que suscribe.
El Sr. Orozco dijo que por estar muy avanzado el tiempo, no había sido posible esperar á que la clase filológico- Iiternfia presentase las inscrjpciones que se
le han encargado para la estatua del Sr. Cura Morelos, y que por este motivo
S. M. el Emperador le había ordenado que forip.ase, desde luego, dos de esas inscripciones, las cuales fueron leidas y aprobadas despues de una ligera discusion,
quedando encargada la clase filológico- literaria de formar las otras dos inscripciones que fa.1tan, •
·
El Sr. Rio de la Loza, como presidente ~e la. Comision de Reglamento, leyó la
parte que de este' se ha formado, quedando de primera lectura.-México, Setiembre 26 de 1865.-Francisco Pimentel, secretario interino.
ÁC'r.A.N1JM. 6.
Se reunieron los Sres. Presidente Ra.mirez, Arriola, .AJmazan, Fonseca, Cue·
vas, Lares, Larrainzar, Segura, Orozco y Berra, Jimenez (D. Francisco), Jimenez (D. Miguel), García Icazbalceta, Mier y Terán (D. Joaquín), y el secretario
interino que suscribe.
Se leyó una comunicacion de S. M. el Emperador al señor ~residente de la
. Acadeinia, pidiendo una lista de los gobernantes que ha tenido el pais, y otra de
las personas célebres en todos los ramos, sin distincion de color político, á fin de
adornar el Palacio Imperial con sus retratos. Se acordó que cada clase de la
Academia presente la lista de las personas notables, en su respectivo ramo.
El Sr. Fonseca leyó las dos inscripcionc;; que faltaban para la estatua del Sr.
Cura Morelos, como presentadas por la seccion filológico-literaria. A proposicion del Sr. Arriola, se acordó dar copia de las inscripciones á cada uno de los
miembros. de la Academia, con e1 objeto de que se púdiesen estudiar, y hacer sóbre ellas observaciones en la sesion próxima.
A virtud de una 'indicacion hecha por S. M. el Emperador, al Sr. Presidente
Ramirez, se acordó que las actas de la Academia, se publiquen en el, Diario Oficial.
El Sr. Rio de la Loza leyó el al't. 1? del proyecto de reglamento, que dice así:
"Podrán ser nombrados, bajo la denominacion de Académicos asociados, hasta
diez personas para cada una de las clases, y un númer&lt;í indeterminado de acadéinicos honorarios, ademas de los de número y corresponsales residentes y no '
residentes, que establece la ley." Los Sres. Ramircz, Lr,res y Larrainzar, habla•
ron en contra del establecimiento de .Académicos asociados; defendiendo esta idea
los Sres. Rio de la Loza y Jimenez (D. Miguel): el resultado de la discusionfué
que la Comision de Reglamento retÍl'fJ,Se la parte del art. 1?, relativa á Académicos asociados, quedando aprobado lo demas del mismo artículo.
Se pusieron á discusion los artículos 2? y 3~ del mismo proyecto de reglamento, que fueron aprobados sin modificacion alguna.
~o asistierron á la sesion los Sres. Roa Bárcena, Castillo (D. Antonio), Lacunia, .AJ:ango y Escandon, y Maury.- México, Octubre 3 de 1865.-Francisco
Pimentel, secretario interino.
ACT.A. NUM. 7.
Se reunierol\ los Sres. Presidente Rainirez, Lacunz-a, Lar;ainzar, Arriola, Segm~ Mier y Terán (D. Joaquin), Orazco y Berra, Jimenez (D. Miguel), Jimenez (D. Francisco), Foneeca, Río de la Loza, Cuevas, García Icazbalceta, y el
secretario interino que suscribe.
El señor Presidente manifestó que el Sr. Lares tenia que hacer algun~s observaciones á la inscripcion presentada por la clase filológico-Iiterária, para la
estatua del Sr. Cura liorelos; pero que acaso no podría asistirá la sesion, por, tener una ocupacion urgente: no habiéndose presentado el Sr. Lares en el curso
de la sesion, se difirió para la siguiente el exámen de la referida inscripcion.
El Sr. Lacunza presentó otrainscripcion con el mismo objeto dela anterior, y
se acordó que se repartiese una copia de ella á los señores Académicos, para que
se examine tambien en la ses¡on próxima.
'
.
El Sr. Rio de la Loza continuó leyendo el proyecto de reglamento, comenzandd por la parte segunda del art. 3~ La fraccion primera fué aprobada con lamodiñca.cion de que bastasen siete votos por cada clase, y no ocho, ppa ser propuesto como socio de número. La fraccion segunda se aprobó con la modifica:cion de .que, en lugar de ser necesario el votó de los cuatro quintos de 1os miembros de la Academia, para ser admitido en ella, fuesen necesarios veinte votos.
La fraccion tercera se aprobó, agregando ·que la Memoria ó diseitacion que lean
los nuevos Académicos, al presentarse por primera vez, sea sobre un punto especial. La f~accion cuarta se aprobó sin modificacion alguna, y de la inisma. Int"
nera fueron aprobados los artículos 4?, 5~ y 6?.
No concurrieron á la sesitm lo!! Sres. Roa Báreena, Maury, Lares, Arango y
Esca:u.don, Castillo, y .Almazan.-México, Octubre 10 de 1865.-Francisco Pi-nwntel, secretario interino.

fr

125
ACT.A.

s.

NlJJ,{.

Se reunieron los $res. Presidente Ramirez, .A.rrio.la, Arango y Escandon, Larrainzar, Segura, Orozco y Berra, Jimenez (D. Miguel), Jimenez (D. Francisco),
Río de la Loza, Cuevas, García Icazbalceta, y el Secreta.río interino que suscribe.
Se leyó una comunicacion de Guadalajara, suscrita por D. Luis P. Vidaurri,
acompañando un opúsculo intitulado: ''Coleccion de tablas para facilitar los cálculos aritmético- comerciales." Se acordó que se le contestase dándole las gracias.
Se le-yó despu,es una comlmicacion de la Sociedad. de Mejoras }1ateriales de
Aparo, ofreciendo sus servicios á la Acádemia. Que se le conteste de enter.ado,
con satisfaccion.
El Sr. Cuevas leyó la inscripcion.ptesentada por la cla~e filológico-literaria,
para la estatua del Sr. Cura Morelos, con diversas modifitaciones que habia
creido oportuno hacerle. Igualmente se leyeron otras dos ÍI,lscripciones para el
mismo abjeto, una del Sr. Lacunza y otra del Sr. Segui·a.
Despues de una detenida dlscusion, se acordó que la Academia tomase en consideracion, para su exámen, la inscripción leida por el Sr. Cuevas, por ser la que
presentaba la clase filológico- literaria, y al efecto se hicieron varias observaciones por algunos de los señores académicos, que deberá tener presentes la referida clase.
No concurrieron los Sres. Mier y Terán (D. Joaquín), Oastillo, Almazan, Roa
Bárcena, Maury, Lares y Fonseca. El Sr. Castillo está ausente de la capital, y
los señores académicos que pertenecen al Coniejo, no. concurrieron por ocupacion urgente.
M'éxico, Octubre 17 de 1865.- Francisco Pimentel, secretario interino.

NO~IOJAS BX~B.AN,1':l!IB.~S.
ABOLICION DE ESCLAVITUD· EN LOS ESTADOS-UNIDOS.

El Ministro de Negocios Extranjeros de los Estados- Unidos, ha circulado el
siguiente decreto, de grande importancia, que traducimos literalmente:
"GUILLERMO H. SEWA.RD, SEdRET.A.RIO DE EST.A.DO DE LOS EST.A.DOSUNIDOS, .A. TODOS LOS QUÉ L.A.S ;I'R-ESENTES VIEREN, S.A.BED: QUE EL 1? DE FEBRERO DE ESTE .A.ÑO EL CONGRESO DE LOS,EST.A.DOS- UNIDOS TOMÓ L.A. RESO·
LUCION SIGUIENTE:
1

''Se somete 4 las Legislaturas de los Estados, una proposicion que enmienda la
Constitucion ele los.Estados- Unidos.
"I{a sidq resu,elto por el Senado y la Cámara de Representantes de los EstadosUnidos de América, en el Congreso reunido (habiendo concurrido dos tercios de
anibas Cámaras), que se proponga el artículo siguiente á las Legisla.turas de los
diversos Estados, como eninienda de la Constitucion de los Estados- Unidos, el
cual, ratificado por los tres cuartós de dichas :j:,egislaturas, será válido, bajo todos aspectos y para todos los casos, como parte de la propia Constitucion; á
saber:
".A.RTÍdULO XIII.
"Seecion 1 Ninguna esclavitud ni servidumbre involuntaria, excepto el caso
de castigo por ~ delito bien probado, existirán en el territorio de los EstadosUnidos, ó en lugar alguno sujeto á su jurisdiccion.
"Seccion 2~ El Co'ngreso queda plenamente autorizado para llevar á cabo este
artículo por medio de leyes adecuadas."

ª

"Considerando: que existen en l)S.te Departamento documentos oficiales en que
consta q,ue la eninienda propuesta para la Constitucion de los Estados-Unidos,
ha sido ratificada por las Legislaturas de los Estados de Illinois, Rhode Island,
Michigan, Maryland, Nuevá- York, Virginia Occidental, Maine, Kansas, Massaehusetts, Pen&lt;lilvania, Virginia, Ohio, Missouri, Nevada, Indiana, Luisiana, M'.inesota, Wisconsin, Vermont, Tennessee, .A.rkansas, Connecticut, Nuevo Hampsire, Carolina del Sur, .AJabama, Carolina del N01-te y Georgia; por todos, 'veintisiete Estados; .
"Considerando que el número total de los Estados en los E stados- Unidos es
treinta: y seis, y que el número de los.referidos, cuyas Legislaturas han ratificado
la eninienda propuesta, constituye tres cuartos del número total de los 'EstadosU-nidos;
"Considerando que yo, Guillermo H. Seward, Secretario de Estado de los Estados- Unidos, estoy competentemente autorizado para publicar las leyes, en..
virtud de la Seccio'n segunda del acta del Congreso aprobada en 20 de Abril de:1818, que se titula: "Acta que arregla el modo de publicar las leyes de lds Es-.
tados- Unidos," Ü'.ERTIFICO: que la antedicha efimienda es válida para todos los
efectos y casos, como parte de la Constitucion de los Estados- Unidos.
,
"En testimonio de lo cual, pongo aquí mi firma y ,el sello del Departamento,
de Estado.
.
"Fecho en la ciudad de Washington el diez y ocho de Diciembre del año de,
Nuestro Señor, mil ochocientos sesenta y cinco, y de la fodependencia de lo.a;,
Esiados-Unirlos-de -América, -el nurragésimo.

l~

GUILLERMO H. SEW.ÁRD,
Secretario de Estado.

P1·ogresos.
Una de las principales causas ae los felices resultados que produce el trabajo
del hombre, es la actividad con que para obtenerlos se maneja. Ganar tiempo
es un beneficio seguro; es 1a mas segura de las utilidades, segun la experiencia.
La mecánica, tan admirable por su regularidad y precision, por lo perfecto de los
objetos que fabrica, lo es mueho mas por la velocidad con que los produce. El
antiguo problema que la indulltria ha querido resolver, se reduce á trabajar lo
m11,s y mejor en el menor tiempo posible; porque un cuarto de hora ganado día,.
riamente, produce algunas veces un capital considerable al fin del año. i&lt;lue diremos de esas ingeniosas máquinas que realizan tan incomprensibles prodigios,
comparados con la lentitud característica o.e los tiempos antiguos1 Ellas serán,
sin embargo, todavía perfeccionadas, porque la idea humana es susceptible de
perfeccion siempre, y un adelanto conduce á. otros progresos en toda clase ae

ramo!!.

Sabemos todos, poco mas ó menos, cómo se fabrica el papel, cómo se impri-

�,'
'I

126

EL DIARIO aDEL IMPERIO.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
men los -caractéres sobre él para la formacion de un libro, con una velocidad que
asombra, que demuestra el poder humano: pues bien, todas las operaciones que
AVISO.
se verifican hoy ins~ntáneamente, desde el uso de sucios é inútiles pedazos de
Relacion de los espedientes que para sustanciarlos se necesita la presencia de los inte-trapo, hasta su completa trasformacion en blancas y preciosas hojas de papel, resados en esta oficina.
.
Secciones 1~ y 2~-144, 266,457,476,493, 702, 718,868,869,880,890, 1,030, 1,106, 1,159,
que prestan el grande servicio de difundir en todas las clases la instruccion, y
1198 1200 1205 1254 1 331 1397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1,658, 1,675, 1,676, 1,779,
tra,smitir á enormes distancias tambien los adelantos continuos de las ciencias; úoo: i,811, Í,884, 2,oii, 2,100, 2,m, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,635,
rodas esas rápidas operaciones actuales, repito, eran en la antigiiedad objeto de 2,665, 2,748, 2,850, 2,854.
,
la pérdida del trabajo humano por espacio de algunos dias. En los Estados362 al núm. 3 de Puebla.
1,441 al núm. 2 de Morelia.
Unidos del Norte fué donde se empezó á hacer uso del vapor para dar mayor
372 ,,
13 de id.
1,603
10 de Querétaro
373
14 de id.
1,607
,,
14 de
id.
velocidad á esta clase de máquinas ya perfeccionadas, y poder marchar confor383 ,,
24 de id.
1,608 ,,
15 de
id.
me á su dogmático principio: "el tiempo es dinero." El movimiento es comuni390 ,,
31 de id.
1,610 ,,
17 de
id.
cado por un motor tan poderoso, la materia bruta sujeta á las diversas trasfor798 .,
2 de Orizava.
1,611
,,
18 de
id.
maciones, y al ·cabo de unos cuanros minutos sale convertida en una limpia oja
1,024 ,,
85 de Puebla.
1,614
,,
21 de
id.
1,047 ,,
3 de .A.tlixco.
4,246 sin núm. de Puebla.
de papel, si se quiere, ya impresa.
1,048 ,,
5 de id.
4,730
,,
de id.
Nada raro seria hoy ver á un fabricante de paños vestir por la tarde un traje
Asimismo
es
necesaria,
en
la
seccion
1~,
la
presencia
del
Sr.
D.
José María Velazquez dtt
que en la mañana de aquel mismo día no hubiese sido otro cosa gue la blanca
la Cadena, y de la Sra. D~ Juana Sanchez.
lana que abrigaba á"un inocente cordero; y sin rayar en lo imposible,, bien podía
Hoy se han elevado al Exmo. Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados por esta ofiverificarse que el citado fabricante enviase en el mismo día á su socio otro traje cina,
los espedientes números 331,358,421,453,455, 566, 567, 6'!", 628, 644, 687, 688, 743,
igual, á una distancia respetable, por el camino de :fierro. ,La mecánica y el va- 744 781 782 862, 865, 912, 913, 95~, 960, 966, 1,046, 1,165, 1,286, 1,298, 1,879, 2,031, 2,032,
por se encargarían de allanar toda clase de obstáculos.
2172 2175 2176, 2,206, 2,236, 2,237, 2,238, 2,239, 2,240, 2,395, 2,396, 2,397, 2,482, 2,493,
. 1:Iac~ medio siglo que_ pocos hombres tenían la ?ª,adía de empr~nd~r un largo 2:494.: 2:689: 2:832, 2,871, 2,880, 2,884, 2,994, 3,014, 3,033, 3,158, 3,394, 3,412, 3,466, 3,470,
VIaJe, s~ tomar p~e~uc1ones que rayaban en r~dículo; era un difícil y espino- 3,578, 3,570, 3,586, 3,797.
ª? _neg?c10 que ex1gia largas y pro~das med1tac1o~es con mucho tiempo de an- NOT.A..-Para conocimiento de los interesados, se advierte que esta publicacion contiene
todas las presentaciones á revision de una de las Co~paiiías que redimi~ron las fincas á que
tic1pac1on. No pocos, antes de emprender su ~xcurs10n\ arreglaban sus negocios esta
noticia se refiere. Se llama la atencion á los opositores á esas redenc¡ones, para que sepan
como quien va á exhalar el último suspiro y á dejar sus afecciones para siempre· que esta .A.dministracion ha despachado el negocio en su totalidarl,
escribían &amp;us disposiciones testamentárias, como quien cree segura la muerte ~
México, Enero 25 de 1866.-EI Administrador de bieueg nacionalizados, Juan Suartz y
causa de ~as fatigas y peligros de una co:rre~ía ta!1 larga y expuesta. Hoy, por Navarro.
el contrano, se recorren largas y enormes distancias, no solo por necesidad como
antes, sino tambien por gusto, con solo el fin de conocer países extraños, de adAVISOS JUDICIALES.
,
mirar sus adelantos, de adquirir conocimientos para plantearlos en el país natal
y tener el or~~l? d~ ver figurar á la ~adre patria entre las naciones que van al
frente de la c1vihzac1on y el progreso; todo esto s·e hace en la actualidad sin ries'l'ribunal de Comercio de México,
gos, sin molestias, sin los enormes gastos que solo los poderosos capitales podían • México, Enero 18 de 1866.-Ev. los autos de concurso á bienes de D . .A.nacleto Tinoco, e3soportar en los años anteriores. Tal vez dentro de poco, las regiones aéreas se te Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se cite por medio de edictos y en los periódicos á.
encuentren sujetas á la voluntad del hombre¡ y entonces la rapidez en las comu- los acreedores de dicho concurso, para que en el término de quince dias, contados desde la
nicacion.es humanas dará resultados inmensos, y la ·industria y comercio de los primera publica~ion, presenten al síndico admi~~~ador los justificantes de sus créditos¡ aper·
cibidos de que s1 no lo hacen, les parará el perJmc10 que haya lugar.
puebl?s ~n.contrarán ~a nueva ~eta de riqueza~. El
en que los·pueblos lleLo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José .María Cardeña,
guen a v1S1tarse contmuamente, a frecuentar sus relac10nes mercantiles y J!oder- Oficial 2? encargado de la Secretaría.
811..!..3s-2
se comunicar con facilidad sus conocimientos industriales, tal vez llegarán á vivir como hermanos y desaparecerá el azote de la guerra. Tales son los buenos
'l'ribunal 4e Comercio de México.
resultados que necesariamente debe producir la rapidez y actividad.
México Enero 17 de 1866.-En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
A estas grandes ventajas que producen la rapidez en el trabajo y la conduc- este Trib~nal, por auto de hoy, ha man&lt;J.ado se notífiqu~, por m~di? de los periódicos y edictos,
.ei?n, q11e form,an ya la conc~encia ~el género humano debemo~ agregar, para ter- á los acreedores á dicho con~urs?, present~n á lo~ síndicos adm1rustradores. los compr?ba1;1tea
1
~ar este articulo,.' las que mmediatamente alcanzanamos aplican~o esos princi- de sus créditos dentro del terllllno de qumce d1as, contados desde la pnmera publicac1on,
pios en nuestro pais. En efecto; dotados por la naturaleza de un vasto territorio· apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña.,
con toda clase de climas y producciones; con los metales precios&amp;s, que son eÍ ·oficial
2? encargado de la Secretaría.
800-15s- 6
símbolo del cambio, la industria del hombre está llamada aquí á explotar fuentes
de riqueza, las unas vírgenes aún, y las otras desconocidas en el antiguo mundo:
Llamamiento de herederos.
los obstáculos son las distancias, que se vencen con los caminos de hierro, con
AVISO.
-cl. telégrafo, con multiplicar las vías para aumentar los mercados; la dificultad
En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
_para el trabajo,,que no tiene mas motor, generalmente hablando, que la mano del
por los albaceas el Sr. D. Bias Pereda, : e~idente en ~an. Luis ~otosí, y D. A1;1tonio Martinez,
-operario, la cual se vence con el empleo de la maquinaria; y por último, la falta vecino
de Ciudad Fernandez, por fallec1m1ento del subd1to aleman D. Fl)denco Reyther, ve-de brazos para la produécion, lo cual se vence con el interes individual, el em- cino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad en auto de Z7 de!,actual, se cite
J&gt;leo de los auxilios del arte, y con la colonizacion que el bienestar privado atrae por los periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D~ María Ana Angela Hegues, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó pari~ntes inmedi,1tos del test_ádor, vecinos
forzosamente.
.
una pequeña ciudad llamad~ Callenahat_, perteneciente al círculo gu?emativo ArnesverEn los tiempos de discordias civiles, las disensiones políticas, los odios, las ri- de
guen de los Estados de .A.lemama, pertenecientes á S. M. el _rey de Pi:isia1 para que de~tro
va,lidades, el deseo ae los puestos públicos, la improvisacion de fortunas inmere- del perentorio término de un año, que se contará desde la pnmera publicac1on
de este aviso,
cidas y _vergonz~sas, forman el primer deseo ,de los habitantes del pueblo que se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tendesgraciadamente se hace presa de la anarqma. Cuando la paz comienza, el tra- gan á los bienes que ~e hallan ~n.d~p6sito, perten~cientes á 1~ testamentaría del espre~a_d? D.
~eyther; baJO el ~perc1b11~nento ?e que s1 ~o lo venfican,.les parará el pe!JWCIO á
bajo nace, la industria lo multiplica, los hombres, por el ejemp~o y el interes, son Federico
que hubiere lugar y se ap_hc_arán dichos bienes al obJe~ que detern_une la ley. _Y para que lo
arrastrados á una vida pacífica, de entretenimiento y laboriosidad; y al fin los mandado teno-a,su cuuiplim1ento, pongo el presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
pueblos, aumentando el bienestar individual, acaban por cimentar la felicidad so- veintiocho di~ del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que fumé con los de
cial y tomar su lugar entre los mas cultos y felices. Ojalá que las ideas que in- mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Uthum -.A.sistencia, Gil Mendez.•
683-60a-21
dicamos se generalicen entre nosotros y nuestros compatriotas, convencidos de ,.A.sistencia, J. Blas Oribe.
la conven,ien~ia de 1;1Ilª vi~a de trab~j_o, rapidez y movimiento; la '?da del siglo '
XIX, la sustituya a la agitada, estenl y destructora de la revoluc1on.-Miguel
A VISOS PARTICULARES.

!º

?1ª

0

Blimco.

Cd..BTILL.!l. GEOGB.!1.FIC.!l. Pd.Bd. LOS NIÑOS,

AVISOS OFICIALES.
El tomo sétimo de las leyes.

• POR D. ANSELMO DE LA PORTILLA.
Se.halla cÍe venta en los puntos siguientes: Librería Madrileña, Portal del .A.guila de Oro.l;,ibrería de los Sres. Andraile y m, Portal de .A.gustinos.-Imprenta literaria, 2~ calle de Santo Domingo núm. 10.
PRECIOS.

Las personas que han comprado los primeros tomos de la coleccion de leyes,
últimamente publicada, pueden ocurrir por el 7~, que contiene las de Justicia, y vale 1 peso, al mismo local en que hayan adquirido los anteriores.

\

Un ejemplar ....•..•................•....•.. 1 real.
Una docena, ••......•.....•.•...• - ..... - •.. 6 reales.

Hacienda de '1'emisco.
AD:MI1\TIS'1'B.ACI01\T GEl\TEB.AI. DE COB.B.EOS.
.A.VISO AL PUBLICO.

El dia 29 del corriente, á las once de la mañana, se despacha de esta .A.dministracion ~eneral para Veracruz, un estrordinario con la correspondencia que ha de conducir al estenor el
"Paquete inglés." Lo que se participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.
México, Enero 24 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
2s-1

:Mil\TIS'l'EB.IO DE GlJ'EB.B.A.
5~ DffiECCION.
De 6rden suprema debe procederse á construir un mil vestuarios para el ejército: en consecuencia, se participa al púb1ico, á fin de que las personas que gusten hacer postura, presenten
.sus propuestas en esta Direc&lt;iion, acompañadas del Jlapel de abono y bajo 'J)liego .cerrado, el
mártes 30 del presente, á las doce del dia; pudiendo desde luego ocurrir á recibir las instrucciones convenientes.
México, Enero 24 de 1866.-Por órden del Exmo. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion,
Francisco Mimtero.
3s-1

Comisária Central de Policia.
,

Núm. 1,326.-México, Enero 23 de 1866.-Los agentes de policía. encontraron en la esquina de la calle del Salto del .A.gua un cajon conteniendo varios objetos de mercería: la persona
que se crea con derecho á él, puede ocurrir á esta oficina, donde se le entregará, previa la jusüficacion de que le pertenece.-El Secretario general, T. Tu.ñon Cañedo.
Sa-8

Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Cuernavaca, su
venta estrajudicial se participa al público, para que las personas que 9.nieran adquirirla, ocurran la casa del S;. D. F . N. del Barrio, Tercer Orden de San ¼nstín núm. 5, todos los días
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
799-30s-9

a

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA.

'

..

En la noche de hoy, á la hora de costumbre, se pone en escena la comedia en un acto, ~enominada: Rueta contra las suegras, y en seguida la zarzuela que se intitula: La cola del diablo, exornada co.n todo~ los cantos que requiere su argumento.

TEATRO IMPERIAL .
Mañana Z"/, la compañía de ópera ejecutará la ópera nueva del maestro.mexicano D. Melesio Morales, denominada:
•

ILDEGOND.!l..
El lúnes 29 tendrá lugar el beneficio de la señorita ANGEL.A. PERALTA.

MEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Academia de ciencias</name>
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        <name>Consejeros vocales</name>
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        <name>Disidentes</name>
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        <name>Impuesto para alojamientos</name>
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        <name>San Juan del Río</name>
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                    <text>.,

EL

DEL

·ellRIO

'

ll.l .ERIO
Los números s eltos valen 12 centavos.

TOMO

.

III.

MEXIUO.- Sábado 21 de Enero de IS66.
SECCION ~

SVMAB.10.

,

fARTE _OFIC~~.-Perm\s~ para usar una condecoracion e:ittranjera.-Vocal del Con·
seJo d~ sarudad nnlitar.-Adm1~strador general de los hospitales militares.- Capitan 2? de
Ingerueros.-Vocales de~ ConseJo de Amealco.- Alcaldes muniQJpales de Tizapan y Juchitan.- El Sr. Algara, TeruenteAlcalde de México.- Alcalde munic¡ipal de Naolinco.- Alcaldes
y comisaritis municipales de Tulancingo.
PARTE N,O OFICIAL.-Viaje de SS. MM.-Socon:os á los inundados.--La pr6roga del
Sr. Juarez.-Alumbrado de gas.- Correos.-Derrota de disidentes.- Disidentes presentados.
-Receptoría de Apaseo,:-Aca(\emia de ciencias. Cuatro actas.
Mecánica agrícola.

NuM. 324

·r

PABTE OFI UIAt .
GRAN CANCILLERIA DE lAS ORDENES IMPERIALES.

México, Enero 25 de 1866.

El Gobierno de -S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo
esa Prefectura en la persona de D. Antonio•Mesa y Aguilar, para Alcalde Municipa'l de Naolinco.-Por ausencia del Exrao. Sr. Ministro de Gobernacion,
el Subsecretario, Francisco J. Villalobos.- $r. Prefecto del Departamento de
Veracruz.
__.....f
El Gobierno de S. M. ha tenido á bien -~robar los nombramientos hechos
por esa Prefectura hasta el 21 del corrienttt para Alcaldes y Comisarios municipales de las poblaciones de ese Departaminto.-Adjunta á la nota de V. S.
de esa fecha-, se ha recibido la lista de las rsonas nombradas.- Por ausencia
del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario d Gobernacion, Francisco J. Vi'Zla'lobos.- Sr. Prefecto del Departamento de T

México,•26 de Enero de 1866.

S. M. el Emperaoor, por acuerdo· de 16 del presente1 ha tenido á bien conceder permiso á !). Ambrosio Aguih1r, patron de la canoa de guerra "Paula,"
en el puerto de Sisal, para que pueda usar la condecoracion española titulada
"de María Isabel Luisa,'' que le concedi6 S. M. C. por su noble y generosa
conducta con lo$ náufragos del vapor mercante español ''México," á quienes
prodig6 con la mayor generosidad cuantos auxilios requería su aflictiva situaciou.
El Gran Canciller,
ÁLMONTE.

MIN ISTE RIO DE GUE RRA.
6~ DIRECCION.
México, Enero 26 de 1866.

S. M. el Emperador, con fecha 23 del corriente, se ha servido nombrar vocal del Consejo de Sanidad militar, establecido por la ley de 15 de Diciembre
último, al médico en gefe de las fuerzás de voluntarios austro-belgas D. Federico Semeleder, desempeñando las funciones de médico principal.
S. M. el Emperador, con fecha 24 del corriente, se ha servido nombrar A.dministrador general de los hospitales militares, al Coronel graduado, Teiliente
Coronel de infantería D. Domingo Al varado.
S. M. el Emperador, por decreto de 22 del actual, ha tenido á bien conferir
el empleo de Capitan 2~ de Ing~nieros, á D. Pablo María Senot.
El Subsecretario interino de Guerra,

J. M. Márquez._

MINISTERIO DE GOBERNACION,
SECCION 1~
México, Enero 23 de 1866.

El Gobierno de S. ~ - ha tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
en las personas de D. Jesus Yilarde y D. José Mada Ruiz Reyes, para vocales
del Consejo del Distrito de Amealco.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Viltalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Querétaro.
·
México, Enero 24 de 1866.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
por esa Prefectura en D. Ignacio Velasco para Alcalde Municipal de Tizapan,
y en D. Domingo Flores para el mismo cargo, en J uchitlan.-Por ausencia del
Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Villalobos.
SECCION 2~
El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiimto hecho en
la persona de D. Ignacio Algara, para Teniente Alcalde de esta Corte.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Franciaco J. ·
Villalobos.-Sr. Prefecto del Departamento del Valle de México.
Son copias. México, Enero 24 de 1866.
El Gefe de la Seccion l '.',

José G. Martinez.

laísta á que se refiere la

robacion anterior.

DISTRITO DE T L.ANCINGO.

TuLANCINGO.-Alcalde, D. José Migue Sotomayor.
HuAsC..\.-Alcalde, D. Mariano L6pez.
ATOTONILCO EL G.&amp;ANDE.- Alcalde, Lic. D. José A.ntonio Asiayn.
AcATLAN.- Comisario propietario, D. Gabriel Ortiz; idem suplente, D. Vicente Olvera.
METEPEc.-Comisario-propietario, D. Ajjonio Franco; ídem suplente, D. Tomás Ortiz.
·
Ac.AxocHITLAN.- Co~isario propietario, D. Francisco P.once; idem suplente, D. Mariano Martinez.
TENANGo.- Comisario propietario, D. Martin Gallegos; ídem suplente, D.
Francisco Gallegos.
HUEHUETLA.-Comisario propietario, D. Pedro Lúcas; ídem suplente, D. José Patricio.
SAN LORENZO AcHIOTEPEC.- Comisario propietario, D. Pedro Lúcas; ídem
suplente, D. José J ulian.
,
'
ZAÓUALPA.. =Comisario propietario, D. Juan Monroy; ídem suplente, D. Cayetano Grageda\
SA.N PEDRITo.-Comisario 'propietario, D. Atanasio Oliver; idem suplente,
D. Antonio Soto.
TuToTEPEc.-Comisario propietario, D. José Velasco; ídem suplente, D. Manuel Solano.
SAN BART010.-Comisario propietario, D. Cristóbal Cervantes; ídem suplente, D. Francisco Hernandez.
·
SINGUILUCAN.-Comisario propietario, D. Felipe L6pez; idem suplente, D.
Juan Islas.
,,
DISTRITO DE PACHUCA.
PACHUCA..-Alcalde, D. José María Galindo.
MINERAL DEI MoNTE.-Alcalde, D. Agustín L.. García.
ÜMITLAN.-Comisa1;io propietario, D. Donaciano Munguí-a; ídem suplente.
D. Jorge G. Manuell.
MINERAL DEL Cmco.-Comisario propietario, D. Luis Rodríguez; ídem suplente, D. Rodrigo Mora y Villamil.
TIZA.YUCAN.-Comisario ·propietario, D. ' José María Rodríguez; ídem suplente, D. Vicente Gom~.
ZEMPOALA..-Comisario propietario, D. Cesáreo Enciso; ídem suplente, D.
Felipe Torres.
EPAZOYUCA,-Comisario propietario, D. Vicente Ortiz; ídem suplente, D.
Juan I. Zamperio.
'PEZONTEPEc.-Comisario propietario, D. Atilano Orozco; ídem suplente, D.
Eusebio Lara.
ToLCAYUCA.-Comisario propietario, D. Pedro Trejd; ídem suplente, D. Leocadio Mayorga.
DISTRITO D.E ACTOPAN.
ACTOPAN.- Alcalde, D. Vicente Aspeytia.
CARDONAL.-Alcalde, D. Luis Gutierrez.
T1A.LC!IICHILC0.- Alcalde, D. Tomás Gomez.
ARENAL.-Alcalde, D. Antonio Reyes.
, DISTRITQ DE METZTITLAN.
METZTITLAN.-Alcalde, D. Fulgencio Piña.
METZQ,UITITLA.N.- Comisario propietario, D. Miguel Antonio L6pez; idem
suplente, D. Miguel Miranda.

�/ EL DIARIO DEL IMPERIO.

128

SAN LoRENzo.-Comisario propietario, D. Pedro Perruzquía; idem suplente,

D. Antonio Nájera.
SAN SEBASTIAN.-=-Comisario pro~ietario, D. Je3us Martinez; idem suplente,
D. Joaquin Vargas.
ÜHICHlCAZTLA.-Comisario propietario, D. Casimiro Abseo; idem suplente,
D. José Zapata.
CHAPULHUACAN.--Oomisario propietario, D. Eulogio Gutierrez; ídem suplente, D. Juan Matías.
DISTRITO DE ZACUALTIPAN.
ZACUALTIPAN.-Alcalde, D. Cri;anto Chagolla.
MoLANGo.-Alcalde, D. Vicente Anava.
TBANGUISTENGo.-Alcalde, D. BonifaÓio Hernandez. ,
LoLOTLA.-Comisario propietario, D. José Mendoza; idem suplente, D. Manuel 'l'orres.
TEPEHUACAN.-Comisario propietario, D. Casimiro Cano; idem suplente, D.
José María Espinosa.
,
TLAHUELOMPA.-Comisario propiíitario, D. Leocadio Hernandez; suplente,
D. Ignacio Leiva.
XocHICOATLA:i,r.-Comisario propietario, D. Pedro Lara; idem suplente, D.
Manuel Montaño.
Son copias. México, Enero 25 de 1866.
• El Gefe de la Seccion 1\

José G. Martines.

PARTE .NO OFIC,IA.L.
SS. MM. el Emperador y la Emperatriz salieron esta mañana muy temprano
del Palacio de México para Cuernavaca. A las cuatro y cuarto llegaron á Tlalpan, do11de fueron recibidos por el Prefecto de aquel Distrito y demas autoridades. SS, MM. deben haber llegado á _Cuerií.avaca antes de las doce.

CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.

LISTA de l.a._s personas ilni1.mdadas que ha socorri&lt;lo la Oomiswn del Cons;o de
Beneficencia, nombrada por S. M. la Emperatriz, con los productos de la suscricion abierta al efecto.
(Continúa.)
Suma anterior ............ $ 12,508
468 Angel Alcivar,
Peñon de los Baños .... , ........ .
4
469 José García,
,,
,,
,,
..... .. ...... .
4
470 Leandro Gutierrez ,,
,,
,, ............. .
4
471 Gumecindo Gutierrez ,,
,,
,,
...... . . ..... .
4
472 Sabás Gutierrez,
,,
..,,
,,
............. .
4
473 José Sedillo,
,,
,,
,, ............. .
4
474 Martín Hernandez, ,,
,,
,, .•... . ... .....
4
475 Domingo Alcibar,
,,
,,
,,
........... .. .
4
476 Féliz Caballero, , '
,,
,,
,, ..............,
4
477 Cayetano Caballero, ,, . ,,
,, .......... . . . .
·4
478 Benito J uarez,
,,
,,
,,
............. .
4
479 Victoriano Caballero ,,
,,
,,
............. .
4
480 Juan Estéves,
,,,
,,
,,
.. . .......... .
4
481 Gerónimo Samaniego ,,
,,
,,
.. . . .... . .... .
4
482 José Sedillo,
,,
,.
,,
. •...... ...... .
4
483 Roman Seclillo,
,,
,,
,,
..... ..... ... .
4
484 José María Setlillo, ,,
,,
,,
........... . ...... ,..
4
485 José Epifanio,
,,
,,
,,
•........... . .
4
486 José Celedonio,
,,
,,
,,
.... .. ....... _
4
487 José T.oripio,
,,
,,
,,
.. . ...... , ... . '·
4
488 Francisco Bibiano, ,,
,,
,,
.......... . . . .
4
489 José Pablo,
,,
,,
,,
............•.
4
490 José Agustín,
,,
,,
,,
........... . . .
4
491 José Octaviano,'
,,
,,
,,
............ . .
, 4
492 Juan Pablo,
,,
,,
,,
............. .
4
493 -Petra Arellano, Calle de-la-Cadena ..... ·....... .. .. .
5
494 José Cosme,
Peñon de los Baños ........ . .. ..s •
4
495 José Pantaleon,
,,
,,
,,
. . ........... .
4·
496 Gregorio Salcedo, Puente del Correo Mayor., ....... .
50
497 José Mariano,
Peñoú de las Baños .... .. ....... .
4
498 José Longinos,
,,
,,
,,
........... _..
4
499 Pablo -Tiburcio,
,,
,,
,,
...... __ . _. .. .
4
500 José Florencio,
,,
,,
,, . . ...... _..... ,_,
4
Suma ...... : ....... $ 12,687

EL DIARIO DEL IMPERIO.

titucion republican(J-. iPor qué reconocían al Sr. J uarez, recibian á su agente Romero, y acreditaban cerca de él un Ministro? Porque á sus ojos el Sr. ~uarez
era el representante de esa Constitucion que miraban como subsistente, si no de
hecho, al menos de derecho. Pero hé aquí que esa Oonstitucion se ha violadt&gt;
por aquel mismo, que no tenia ma-s autoridad legítima que la que de ella le V'enia, y esa Carta no tiene hoy representante legal. El Presidente de la Suprema
Corte de Justicia, Sr. D. Manuel Ruiz, á quien vuelve el derecho é incumbe el
deber de interpretar la Constitucion y de decidir cuestiones en que ella esté interesada, demuestra que ~l Sr. J uarez viola· el pacto fundamental, y no es ya mas
que un aventurero, presidente por su propia y exclusiva voluntad, y sin sancion
legal de ninguna especie. Constitucionalmente el Sr. D. Manuel Ruiz debía ser
el s11cesor del Sr. J uarez; pero se encuentra surlantado y se retira á la vida privada. iEn dónde está, pues, el gefe de la Republica1 iDónde está el Gobiemo
republicano? ilnsistirán, pu.es, los Estados-Unidos, en reconocer á un hombre
que ya no es mas qué un usurpador; y alentarán así la negacion de los principios republicanos que pretenden defended
Seria de desear que el Gobierno pasase este negocio al Sr. Speed en consulta.
Creemos que la respuesta no seria dudosa, y qu,e ese procurador general no poch-ia sacar sino conclusiones iguales á lati del Sr. Ruiz.
Pero dirán los ·obstinados, los que no quieren oi.r la razon cuando se trata del
Imperio Mexicano: las circunstancías han sido superiores á la Constitucion, y
justifican á J uarez. Si tanto se hace á un lado el punto de derecho constitucional, ilas circunstancias y los actos no justifican muchísimo mas al Emperador
Maximiliano7 iEl Sr. Juarez no podía trasferir sus poderes á· su·sucesor legítimo1 iPor qu~ retenerlos1 Y si se aduce la cuestion de salvacion,pública, mas imperidsa que las leyes, ies el 'Sr. Juarez el único capaz de salvar su patria1 En ·
su propio campo otros veinte han mostrado mayor capacidad y-ma'.s valor. Elno
ha brillado jamas sino por una prudencia exagera.da, igual á· la terquedad con
que se ha asido á una sombra de pode'r. La causa de la República, ¡,no ha sido
mejor servida por los Régules, los Porfirio Diaz y aun por los Escobedo1 iNo
tienen estos el derecho, tanto y mas que el Sr. Juarez, de tomar la plaza -vacante, invocando la razon suprema de salud pública?
.
Ignoramos de qué manera verán la cuestion las Comisiones de Negocios Extranjeros del Congreso, ni aun sabemos si se les someta. Pero á nuestro. modo de
ver, hay aquí para los Estados-Unidos una cuestion de dignidad, y no pueden
continuar, sin puerilidad, reconociendo á un Gobierno que ya no existe, ni de hecho ni de derecho. Que se le antoje á Porfirio Diaz ó á Alvarez acreditar un
agente en W;i.shington; tendrá este igual derecho de ser admitido que el Sr. D.
Matilde Romero. Muchas veces se ha alegado en los Estados-Unidos, á pesar
de numerosas manifestaciones en contrario, que faltaba al Imperio la sancion popular. Admitiendo sin ·conceder, que no se haya consultadó el sufragio universal
mexicano en las formas posibles, únicamente en paises en que reina el órden, ha
sido mucho menos consultado por el Sr. Juarez, que ha sido él solo su UNICO
elector, y sus poderes hoy solo le nacen de él mismo."

Alumbrado de gas.
Ministerio de Fomento.-"Compañía de gas Imperial R exicana.--México, Enero 24 de 1866.-Señor:-En días pasados tuve la honra de trasmitir á V. E. el
prospecto y copia del acta de asociacion de la compañía de gas, formada en Lóndres en vista del decreto Imperial fecha 3 de Agosto del año próximo pasado, y
ahora me es sumamente grato comunicarle que el capital necesario se halla enterado, que se han hecho contratas con un fabricante de Inglaterra para la provision de
las cañerías ó tubos, y que los primeros cargamentos de estos debian despacharse
para este Imperio en Diciembre último. Tengo igualmente que poner en conocimiento de V. E. que se ha efectuado la compra de la casa y corral llamada "La
Escobillería," y qué tenemos sobre dicho terreno los materiales necesarios 'para
dar principio á los trabajos, los cuales están al cargo del bien conocido arquitecto
D. S. Evans.-Reitero á V. E. las' seguridades de mi mas alta consideracion y
aprecio -Guillermó Lloyd, Director gerente.-ixmo. Sr. Ministro de l!'omento."
Es copia. México, Enero 25 de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez.

fJorreos.
.A.dminisírácion general de 'correo's.-México, Enero 215 de 1866.-Exmo. Sr.
-En oficio de 20 del actual se me comunica por el Actmínistrado1· principal de
correos de Jalapa, lo ·siguiente:
Con esta fecha, segun los avjsos que he recibido, quedan establecidas las Administraciones de correos de Misantla, Tlapacoya y Jicaltepec, y desde luego la
de Nautla, pues esta une á la úlíima su correspondencia. Asimismo quedará
abierta prontamente la de Papantla, segun aviso de la .A.dministracion de correos
de Tesuitlan, y tan pronto como 1esto_'tenga verificativo lo participaré á V. S.Lo que tengo el honor de poner en el superior conocimiento de V. E. para su
inteligencia.-Dios guarde á V. E. muchos.-El Administrador general, Luis de
la Peza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Es copia. México, Enero 26 de 1866.-El Subsecretario interino del Ministerio de Fomento, Francisco Jimenez.

Derrota de disidentes.
La próroga .().el S1~. Juarez.
Ministerio de Guerra.-1~ Direccion.-1~ Division.-México, Enero 26 de
El C0urrier des Etats-'{J_nis de Nueva-York, del 5 de Dicie¡nbre, publica la 1866.-El Sr. General D. Ramon Mendez, desde Ario, con fecha 21 del actual
protesta de D. Manuel Rmz, y le consagra un largo editorial, eb. que se hallan
entre otras muchas razones, las siguientes:
'
"El Sr. Juarez, conforme ft los términos de la Constitucion mexicana de 857,
que tanto ha invocado para justificar una resisteneia, tan criminal por las circunstancias; el Sr. J uarez-, decimos, no es mas que un usurpador, aun á los ojos
de los mexicanos mas afectos á él.
D. Manuel Ruiz nos evita, en su protesta motivada, la pena de di~cutir este
punto, que establece por medio de argumentes ir.refutables: ningun sofisma, ningun artificio puede en manera alguna paliar ya la-usurpacion del Sr. Juarez. El
Sr. Ruiz, dejando el campo de los liberales, se ha llevado consigo el último vestigio de autoridad legítima que los .disidentes podían alegar.
Pues bien; iqué harán ahora el Gobierno y el Congreso americanos1 ¿Cómo
trat&amp;;ba_n_ de justifi~ el no reconocimiento del Gobierno_ defact~ del Emperador
Maximiliano1 Tratandole de usurpador y afectando considerar en vigor la Cona-

comunica á este Ministerio que el dia ant~rior hizo salir de Pátzcuaro una fue,:te
columna de caballería á las órdenes del Coronel Santa Cruz, sobre Tacámbaro,
donde se hallaban los cabeeillas Canto, Perez, Hernandez, y otros, moviéndose
el mismo General con otra columna de infantería hácia Ario, donde permanecia.n
Salgado y Ugalde con doscientos hombres. Esta operacion dió por resultado
que el enemigo, que había huido de Tacámbaro á la aproximacion de las tropas
imperiales, fuera alcanzado por la cQlumna del -Coronel Santa Cruz, á las inmediaciones de dicho pueblo, donde lo batió y dispersó completamente, haciéndole
prisioneros cuatro gefes y oficiales y treinta y siete individuos de tropa, varios
muertos y heridos, y quitándole las armas y ochenta caballos.'
,
El Teniente Coronel Pineda batió y dispersó al enemigo en Ario, tomándole
quince caballos, quince 'mosquetones y seis sables.
En Tacámbaro ha quedado gravemente herido el titulado teniente coronel Fernando Gonzalez, que servia en las filas de los enemigos.-El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez.
,

Disidentes presentados.

129
ACTA NUM.10.

Se reunieron los Sres. Arriola, García Icazbalceta, Jimenez (D. Francisco),
Jimenez (D. Miguel), Lacunza, Larrafuzar, Mier y Terán (D. J oaquín), Rio de la
Loza, Segura y el Secretario interino que suscribe.
El Sr. Lacunza presifüó la sesion.
El mismo señor manifestó que aun no estaba terminada: la inscripcion para la
estatua del Sr. Cqra Morelos, por enfermedad del Sr. Lares.'
El Sr. Rio ele la Loza continuó leyendo el proyecto de Reglamento, y fueron
aprobados los artículos 9~, 10~, 11º, y parte del rn~
El Sr. García Icazbalceta manifestó que no pódia: concurrir á las sesiones durante algunos dias, por tener que saliT de México.
No concurrieron á la sesion los Sres. Presidente Ramirez, Arango, Almazan,
Cuevas,
Castillo, Fonseca, Lares, Mau~y, Orozco y Berra, y Roa Bárcena: los
Ministerio de Guerra.-"Imperio mexicano.-2~ Divisiou territorial militar.Sres.
Lares
y Orozco avisaron que estaban enfermos.-México, Octubre 31 de
Comandancia superior de los distritos de Ver~cruz y J alapa.-Lista nominal de
los individuos que se presenta¡onenJJlanclel Rioel 14deNoviembreúltimo, aco- _1865.-El Secretario interino, Francisco Pimentel.
giéndose á la gracia de indulto conce?i~a por fa ªº?~rana ley do_ 3 de Octubre
del año anterior, cuya acta de reconocimiento y sum1s1on a.l Imperio firmaron los
ACTA NUM. 11.
que supieron hacerlo:
,
1
Se i:eunieron los Sres. Larrainzar, Jimenez (D. Francisco), Almazan, Segura,
Soldados: Guadalupe Rivera, Ignacio Rojano, Aciano Hernandez, Mauricio
Orozco
y Berra, Lares, Arriola, Rio de la Loza, Jimenez (D. Miguel). Lacunza,
Lovato, Antonio García, Mateo Flores, Dolores Medina, Hipólito Hernandez,
.
Severiano A.lfayo, Abundio AJfayo, Pascual Hernandez, Francisco Gonzl\lez, An- y el Secretario interino que suscribe.
Se
leyó
una
comunicacion
del
Sr."Ramirez,
recomendando
el
nombramiento
de
tonio Casas, Tomás Casas, Víctor Estrada, Mai·iano Serna.- Ja.lapa, Enero 20
un
Presidente
interino,
durante
su
viaje
á
Yucatan.-Habiéndose
procedido
in0
de 1866.-El Coronel Secretario, N. Hernandez.- v' B?-El General Oomanmediatamente á ese nombramiento, recayó la eleccion en el Sr. Rio de la Loza.
dánte superior, Calderon.
El Sr. Lacunza leyó la inscripcion que está penaiente para la estatua del Sr.
Son copias. México, En¡ro 25 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra, Cura Morelos,. y preguntó si la Academia estaba conforme con las ideas que conJ. M. Márquez.
tenía, á fin de perfeccionarla y presentarla en la;' sesi?n próxíma.-Los señores
Académicos contestaron afirmativamente, con excepcion de los Sres. Lares y
Larrainzar.
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•-r-El Sr. Rio de la Loza continuó leyendo el proyecto de reglamento, y fueron
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aprobados los artículos del 12 al 17, este último con algunas modificaciones proCll
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puestas á la comision, y que ésta adoptó.
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El Sr. Larrainzar propuso que en las actas se mserten los artículos del regla&lt;a
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,....¡mento conforme se vayan aprobando.-Hablaron en contra de esta proposicion
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el Sr. Río de la Loza y el que suscribe; no habiendo sido aprobada por la Aca·soi.1,
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demia.
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El Sr. Rio de la Loza recordó la excitativa hecha á la Academia por S. M.,
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para que se le presentase una lista de los gobernantes que babia tenido el país,
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y de todos sus hombres ilustres. De lo primero habia qúedado encargado el Sr.
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Presidente
Rami.rez, y no se encontró persona que diese razon de si habia formado
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la lista. Respecto á lo segundo, se acordó que desde luego se reúniesen las cla~
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ses de la Academia para cump~ con el encargo de S. M.
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A proposicion del Sr Arriola, se acordó que se ~ompren y repartan entre los
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Sres.
Académicos, las leyes relativas á la Academia.
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El Secretario interino que suscribe, dijo: que la Academia había acord3:do, por
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indicacion del Sr, Ramirez, que sus actas se· publicasen en el "Diario Oficial;"
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pero que no habiéndose hecho así, era preciso verificarlo. Como las actas están
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en poder del Sr. Ramirez, se acordó que se pidiesen al Sr. Subsecretario de Es.... 00
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en cuyo poder deben haber quedado.
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conéurr:ieron á la sesion los Sres. Ramirez; Mier y Terán (D. Joaquín),
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Castillo,
G. Icazbalceta, Cuevas, Roa Bárc¡ena, Maury, Arango, y Fonseca.
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Los
Sres.
Rami.rez y García están ausentes, y el Sr. Cuevas manifestó que
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estaba enfermo;
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México, Noviembre 7 de 1865.- El Secretario interino, Francisco Pimentel.
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ACTA NUM. 12.
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Se reunieron los Sres. Presideñte interinol1io de 1a Loza, .A.rriola, Castillo,
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Fonseca,
Jimenez (D. Miguel), Jimenez (D. Francisco), Lacunza, Larrainzar,
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Lares,
Maury,
Mier y Terán (D. Joaquin), Orozco y Berra, y el Secretario ino
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que
suscribe.
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El Sr. Presidente interino manifestó, que teniendo la .A.c!l,demia necesidad de
un local propio, se había acercado al Sr. Ministro de Instruccion pública para
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pedírselo, el cual había proporcionado en su mismo Ministerio el salon donde so
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verificaba la sesion, y dos piezas para la secretaría.
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Se leyó una comunicacion del mismo Sr. Ministro, manifestando estar enteraCll
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del nombramiento de Presidente interino de la Academia, que recayó en el Sr.
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Rio de la Loza.
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Se leyó otra comunicacion del referido Sr. Ministro, contestando la del Presi~
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dente interino, fecha 8 del que cursa, relativa á 1á necesidad que tiene la AcadeCD
mia de hacer varios gastos para proveerse de algunos objetos. Con este motivo,
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el
Sr. Mier y Terán propuso que se formara un presupuesto minucioso de los
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gastos
de la.A.cademi!l,,,POr una comision compuesta del Presidente deJa misma,
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• p &lt;l) Cf)
el Secretario y los Presidentes de las clases.· Esta proposicion fué aprobada.
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El Secretario que suscribe presentó algunas obras sobre México (que había
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recibido de Alemania) con el objeto de que se examinen. Se acordó que pasasen
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á la clase filológico-literaria, para que haga respecto á .ellas lo que le parezca
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conveniente.
El Sr..Lacunza ·leyó la inscripcion pendiente para la estatua de Mo1,elos, formada por aquel y el Sr. Lares. Se acordó que, sin mas exámen, los autores de
la inscripcion le diesen la última mano y la remitiesen á la Secretaría para que
Academia l:ui.pé1•iá:i de fJiencias y Lite1·atura.
esta la envie al Gobierno.
ÁCTA NUM. 9.
El Sr. Rio de la Loza comenzó á !eer la lista de mexicanos ilustres, pedida
por
S. M. el· Emperador. A proposicion del Sr. Lares se acordó que cada clase
Se reunieron los Sres. Prcsir1cute Ramtrez, Lares, .A.rriola, Segura, Mier y Teran (D. Joaquín), Larrainzar,'1 Roa Bárcena, Jimenez (D. Miguel), Fonseca, La- de la Academia presente para la sesion próxima una lista particular, conforme á
cunza, Orozco y Berra, Jimeuez (D. Francisco), García y Icazbalceta, Rio de la sus respectivos ramos.
No concurrieron los Sres. Ramirez (ausente), Almazan (ausente), García IcazLoza y el Secretario interino que suscribe.
Se discutió la inscripcion presentada por la clase filológico-literaria para la es- balceta (ausente), Cuehs (enfermo), Roa Bárcena (sin aviso), .A.rango y Escandon (si11 aviso), y Segura (ausente).
tatua del Sr. cura :Morelos, y no fué aprobada.
México, Noviembre 14 de 1865.-El Secretario interino, Francisco Pimentel.
Segun lo acordado en la sesion anterior, se procedió al exámen de la inscripcion que con el mismo objeto presentó el Sr. Lacunza, á la cual se hicieron varias observaciones por algunos de los señores académicos. Entonces el Sr. LaMecáníc'a Agrícola.
cunza presentó la inscripcion reformada; pero habiéndole hecho todavía algunas
observaciones el Sr. Lares, se dispuso que éste, de acuerdo con el Sr: Lacunza,
Escuela especial de Agricultura.-Habiendo sido tratada la ciencia de la Mecápresentasén la inscripcion, con las c_orrecciónes debidas, en la próxima; sesion.
nica por tantos hombres ilustres, como Laplace, Ponc~let, Girard, Boucharlat, &amp;c.,
No conct1rriéron los Sres. Castillo, .A.lmazan, Cuevas, Maury y A rango; el pri- dedicándose unos á la Mecánica racional, otros á la aplicada á las artes é indusmero por estar nusente y el Sr. Cuevas por enfermedad.
trias, y otros á la Mecánica celeste; muY,__pocos de estos grandes hombres se han
México, Octubre 24 de 1865.-lirancisco Pímente'l, Secretario interino.
ocupado de la Mecánica •aplicada á la agricultura, tal vez por la resistencia que
Ministerio de Guerra.- "Imperio mexicano.-2~ Division territorial militar.Comandancia superior de los distritos de Veracruz y _Jalapa.-Lista .n?minal
de los individuos que se presentaron en Paso de OveJas el 24 de Diciembre
próximo pasado, acogiéndose á la gracia de indulto concedida por la soberana ley
de 3 de Octubre último, cuya acta de reconocimiento y sumision al Imperio
firmaron los que supieron hacerlo:
.
.
Capitan, D. Mónico Gonzalez.-T~niente, D. Ram.on !}t~ffop.- Su?temente,
D. Francisco Velazqnez.-Cabo, J ose Pozos.-Soldado, C1pr1ano Murrieta.- Jalapa, Eneto 20 de 1866.,-El Coronel Secretario, N. Hi!!rnandez.-V? B?--;El
General eomandante superior, Calderon.

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�EL DIARIO DEL IMPERIO.

130

siempre han opuesto los agricultures á toda innovacion y adelántos. No porque se bienes nacionalizados el dia 30 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora cohaya abandonado antes la Mecánica agrícola, deja de ser uno de los ra.mos mas in- menzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y Z"/ de la citada ley.
teresantes para un agrónomo, y tanto mas, cuanto que sobre este asunto no hay,
México, Enero 19 dé 1866.
3a- 3
como en las demas aplicaciones de esta ciencia, el sinnúmero de autores que, ocupándose sin cesar de la materia, han acopiado datos preciosos, que sirven de base
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art~ 24 de la ley de 26 de Febrero del año pr6xipara la resolucion de cualesquiera caso que se presente, por complicado que sea. mo pasado, la accesoria letra C, calle del Cárme9 Bajo, en Oajaca, valuada en (~ 300) tresReducido es el número de personas ilustradas, que empleándose en la agricultura, cientos pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que qmeran hacer
hayan hecho los estudios necesarios, para poder aplicar los conocimientos que se postura, ocurran á la Adminis!racion de bienes nacionalizados el día 31 del 1;&gt;resente mes, á
nueve de la mañana, á cuya.. hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teadquieren en la Mecánica general, ,á la agrícola. No me considero con los tama- las
niéndose presentes para el efecto las prevencione$ de ,los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
ños suficientes para hablar de una materia tan importante; pero circunscribiéndoMéxico, Enero 19 de 1866.
•
3a-3
me á demostrar que no puede haber un agricultor completo sin poseer la ciencia
de la Mecánica agrícola, creo haber he~ho algun servicio á la ciencia, y a los individuos que se dediquen á una profesion tan honrosa como lucrativa, y que es
AVISOS, JUDICIALES.
la que presenta el mas risueño porvenir en nuestra patria.
El agricultor que trata y se afana sin cesar por sacar de sus tien-as el mayor
Almoneda judicial.
fruto posible, debe de poner por su parte cuantos medios crea conducentes para
llegar al fin que se propone. Si los terrenos tienen una grande tenaciaad, debe de
Para proceder á la venta de una casa con su huerta y magueyal anexo, ubicada en la plaemplear una clase de instrumentos muy diferente de cuando sean suaves las tier- zuela de los Licenciados, del pueblo de San Angel, jurisdiccion de Coyoacan, que avalu6 el
perito D. Alonso Mariscal en la suma de $29,357 75 cs., de pedimento de D. Manuel Payno
ras que trabaja. Segun la calidad .y clase de las semillas que trate de sembrar, en
los autos relativos que sobre ejecucion de un fallo del Exmo. Consejo, sigue contra la tesasí es como debe de elegirse la naturaleza del arado y demas instrumentos que tamentaría del Lic. D. Manuel de Zea; el Sr. Juez 19 civil de Instruccion, ha mandado por el
han de servir para el objeto. Las distintas labores que estas mismas semillas re- proveido en esta fecha, que se celebren las almonedas correspondientes los días 1?, 12 y 22
quieran, son otros tantos estudios que el agricultor tiene- que hacer, para que á del entrante Febrero, á las doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber
público, para que los que deseen hacer postura con conocimiento de los autos mencionados,
la vez que se consiga el ~ue fructifiquen con mas abundancia, se establezca con- al
ocurran á la Secretaría del propio Juzgado 1? civil de Instruccion, situado en los entresuelos
venientemente la econ01ma bien entendida. Una vez cosechados los frutos sem- del Palacio de Justicia, en donde se les ministrarán las instrucciones que consten de autos.
brados, y aun despues de practicarse esta operacion, el agricultor tiene todavía
México, Enero 22 de 1866.-Urbano Morali, Escribano pi1blicu.
814-3a- l
mucho que ocuparse de ellos, para lograr ponerlos en el estado que es indispensable para poderlos situar en los mercados, en que debe de verificarse su consu.Juzgado de letras de Apam.
mo. El trasporte de estos objetos á los mismos mercados, de manera que al inteEn e~ juicio que sobr? despojo é indemnizacion de daños y perjuicios sigue en este Juzgaresado le resulte de todos modos la economía apetecida, es otro estudio muy do el Lic. D. P edro Qmros, como apoderado de D. Pedro L6pez Raro, contra D.' Enrique
-interesante para el labrador, y el que le quitará algunas horas de las que tenga Hirsch, el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fedisponibles para su descanso. Todas las operaciones que ligeramente acabo de cha se cite por los pe1i6dicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en el término ~e ocho
se presente, por sí 6 por apoderado instruido y espensado, á alegar de buena prueoa; aperenumerar, necesitan la ayuda de la mecánica agi:ícola, para que sus resultados días
cibido de darse por alegado en el juicio si río lo verifü:a.
.
sean favorables al agrónomo, bajo el doble punto de vista de la perfeccion y ecoApam, Enero 18 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. José María Espejel. 810-Ss-4
nomía, porque, iSi un agricultor no sabe la manera de conocer cuál es la tenacidad de la tien-a que va á labrar y el instrumento que, debe de aplicar para conoTribunal de Comercio de México.
cerla, podrá ejecutar sus labores con el acierto y seguridad indispensables para
México, Enero 18 de 1866.- En los autos de concurso á bienes de D. Anacleto Tinoco eslograr' buenos resultados1 imposible. Si el agricultor no conoce la naturaleza de te Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se cite por medio de edictos y en los peri6dic~s á
las fuerzas y su modo de obrar, no puede, por mas que se afane, economizar es- los acreedores de dicho concurso, para que en el término de quince días, contados desde la
tas mismas fuerzas dándoles las disposiciones y puntos convenientes de aplica- primera publicacion, presenten al síndico administrador los justificantes de sus crédito~· aper'
,
cion. Solo un agricultor suficientemente instruido en la Mecánica agrícola, puede, cibidos de que si no lo hacen, les parará el perjlúcio que haya Jugar.
Lo que hago saber por el pres~nte en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña
al usar un arado en la multitud tle labores que se ofrecen, apreciar con la debida Oficial 2? encargado de la Secretaría.
811-3s- 3
'
inteligencia, si todas ~us piezas ó partes están bien colocadas y coadyuvan al
objeto á que se les destina. Solo él, en vista de cotinuas observaciones, suminisTribunal de c'omercio de México.
tradas por la práctica y consultadas despues en el gabinete, aplicando para ello
México, Enero 17 de 1866.-En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
los principios generales de las máquinas en movimiento; solo él, digo, puede in'fribunal, por a_uto de hoy, ha mandado se notifiqu~, por me_di_o de los periódicos y e,lictos,
troducir las mejoras, ya sea para el perfeccionamiento de esta misma máquina, este
á los acree~ores á dicho concurs?, pre~ent~n á !~~ síndicos adm1mstradorrs_ los comprobantes
ó ya para la invencion de alguna otra. iDe qué le servirla á un agricultor tener de sus créditos dentro del térnuno de qumce dias, contados desde la ¡,nmera publicacion
'
. un vasto conocimiento de las épocas en que deben de sembrarse las diferentes se- apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
L? que hago saber por el presente en cumplimiento d,e lo mandado.-José María C(lrdeña,
·millas, las labores que ellas exijan despues hasta su cosecha, si debiendo emplear
•809- 15s-7
para todas estas operaciones un gasto como de diez, pudiera haber hecho lo mis- Oficial ;l? encargado de la Secretaría.
mo con uno de cinco, valiéndose únicamente para ello, del conocimiento que pro. porciona la aplicacion de los principios de la Mecánica á la agricultura7 De lo
A VISOS PARTICULARES.
, que llevo manifestado se deduce, por consecuencia, que no puede haber un agricultor completo, sin que posea los conocimientos de la Mecánica general, aplicanPB.OTESTA..
• do sus principios y doctrinas á la Mecánica agrícola.
Sabedor el que suscribo,, de que D. Gabriel Gonzalez Angulo trata de enajenar los capi.México, Enero 16 de 1866.-.Luis G. de A.nzorena.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTB.ACIOlV GE1'TEB.AL DE COB.B.EOS.
.A.VISO .A.L PUBLICO.

El dia-29 del corriente, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general para Vera.cruz un estrordinario con la correspondencia que ha de conducir al esterior el
"Paquete inglés.'\ Lo que se participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.
•
México, Enero 24 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
2s- 2

1\l!I1'TISTEB.IO DE GtJ'EB.B.A.
5~ DffiECCION.
De 6rden suprema debe procederse á construir un mil vestuarios para-el ejército: en consecuencia, se participa al públic?, á fin de q°:e ll).s personas que gusten hac_er po~tura, presenten
sus propuestas en esta Direcc1on, acQmpanadas del papel de abono y baJo pliego cerrado, el
mártes 30 del presente, á las doce del dia; pudiendo desde luego ocurrir á recibir las instrucciones convenientes.
México Enero 24 de 1866.-Por 6rden del Exmo. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion,
Francisco' Montero.
'
3s-2

ADl\íINISTRAOION DE BIENES NACIONALIZADOS.

AVISOS.
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año pr6ximo pasado, la casa llamada ~el _"_ObraJe," en la calle de Alvata~o, en Quer~tar_o, valuada en
($ 1,925) mil novecientos vemticmco pesos, se pone en C?n.ocum~nto de_! publico_, pa~a que
las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Admm1st_rac10n de bienes nacionalizados
el dia 19 del entrante Febrero, á las nueve en punto de la manana, á cuya hora comenzará el
remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de
los artículós 24, 25 y Z"/ de la citada ley.
3a-2
México, Enero 23 de t866.
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año pr6ximo pasado, la casa núm. 10 de la calle ae Ca.lzonzí, en Querétaro, valuada en ($ 542) guinientos cuarenta y dos pesos, se pone en conocimiento del públiéo, para que las per.sonas que
quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionaliza~os el dia 29 d.el pr~
sente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia
que haya; teniéndose presentes para el efect-o las prevenciones de los artículos 24, 25 y Z"/ de
la citada ley.
1
México, Enero 18 de 1866.
3a-3
Debiéndose sacar·á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año pr6ximo pasado, la casa núm. 5 de la calle de Santa Rita, en Orizava, valuada en ($2,951 92 cs.)
dos mil novecientos cincuenta y un pesos noventa y dos centavos, se pone en conocimiento
del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de

tales que reconoce la hacienda de San José Tasimaye, situada en jurisdiccion del Departamento de Tula, que pertenecie'ron al 'estinguido convento de J esus Ma1fa y á 1a capellanía
vacante de D. Luis Vazquez, los cuales fueron cedidos en pago judicialmente por la parte de
Gonzalez á mi poderdante D. J. M. Baez; manifiesto á las personas que se interesen á estos
capitales 6 á la finca, que ésta es responsable al pago de ellos; y que por lo espuesto, ninguna
persona puede disponer su euajenacion sin anuencia y consentimiento formal de mi poderdante, ni percibir cantidad alguna por réditos; y en caso contrario, protesto desde ahora á salvo los derechos de mi representado, para d-,ducirlos en forma ante quien corresponda sobre
la nulid¡td de cualquier acto que se practique, haciendo esta protesta pública para qu¡ no se
alegue iguorancia.
México, Enero 25 de 1866.-P. P., Ignacio Beltran.
813-3a-1

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.

FUNCION EXTRAORDINARIA.
En la noche de hoy, á las ocho en punto, se pone en escena la ópera nueva del maestro
mexicano D. Melesio Morales, dividida en cuatro actos y denominada:

ILDEGOND.JI.,
la cual ha sido prolijamente ensayada por su autor.

TEA'fRO DE ITURBIDE.

•

COMPAÑIA DRAMATICA.

En la n?che de hoy se P?ne en ~scena, á la ~o~a de costumbre, ta comedia denominada: El
imwr y d interes, y en segmda la pieza que se mt1tula: La sal de Jesus.
Domingo 28 de E11ero.

TEATRO PRINOIP AL.
COMPAÑIA DRAJ\1ATICA.

En la tarde del citado dia se pone en escena la comedia intitulada: Receta c011tra las suegras·,
y en seguida la zarzuela denominada: La cola del diablo.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRA~1ATICA.

En la tarde, á la hora de co~tumbre, tendr~ lugar la fu?cion sig?iente:-Represen~acion de
la zarzuela denominada: El loco de la bohardilla; en seguida se bailarán, por la pareJa del ramo, diversas piezas, y entre ellas el Jart;f&gt;e mexicano; éfespues se repres~ntará la comed~ intitulada: Fs, Esperan~a y Osadía, y por último, la zarzuela que se denomma: La cola dd diablo.

MEXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Academia de ciencias</name>
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        <name>Condecoración extranjera</name>
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        <name>Consejo de sanidad militar</name>
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        <name>Disidentes</name>
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        <name>Hospitales militares</name>
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        <name>Inundados</name>
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                    <text>DEL

EL

DIARIO
Los números sueltos valen 12 centavos .
TOMO

•

NuM. 325

lJIEXIC,0.-Lunes 29 de Enero de IS66.

III.

sVKA:a.ro.
~ARTE OFICIAL.-Consejeros del Dilltrit.o de SalvaHerra.-Comisarios municipales de
van~s_Pueblos ~e J:alapa.-Alcaldes 1!1~nicipales de las poblaciones de Tlalpam.-Comisario
~umcipal de OJuelos.-Alcaldes muwc1pales de varios pneblos de Tlaxcala.-Id. id. de vanos pueblos de Querétaro.-Varios despachos militares.
PARTE NO OFICIAL.-Suscricion para los innndados.--Derrota de disidentes.-Tribunal de Comercio de México.-Correspondencia para el extranjero.-Academia de ciencias.
Cnatro actas.
Noticias de los Estados-Unidos.

PARTE OFifJIA.L.
MINISTERIO DE GOBERNACION.

COYOACAN. } D. Marcelino Larrañaga.
I XTil'ALAPA,
Ix.uc.A.Lco.-D. José María Silva.
HASTAHUAC.A.N....:D. Rafael del Arco.
,
Tuliu.&amp;c y
} D. Mauricio Chavarría.
TuLYEHUALCO. D. Feliciano Bennejo.
MILPA-ALTA.-D. Luis Alvarez.
SAN PEDRO AucPAN,-D. Ramon Vega:
SAN PABLO ÜxTOTEPEc.-D. Eligio Molina.
XocHIMILco.-D. Luis Tercero.
ÜUAJIMA.LPA.-D. Angel Gonzalez. ·
México, Enero 26 de 1866.

1

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo
esa Prefectura, en la persona de D. Leouardo ~u~vedo para Comisari~ municiAprueba el Gobierno de S. M. los nombramientos de D. Francisco García y pal de Ojuelos.-Por ausencia del Exmo. Sr. Mmistro, el Subsecretano de GoD. Jesus Soto para Consejeros propietarios del Distrito de Salvatierra, y de D. bernacion, Francisco J. Villaloóos.-Señor Prefecto del Departamento de Aguas, Sebastian Tejada y D. Rosalío Cisneros para suphmtes.-Por ausencia del calientes.
E:uno. Sr. Ministro, 'el Subsecretario de Gobernacion, Francileo l. Villaloóo,.
-Sr. Prefecto del Departamento de Querétaro.
El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos que hizo
esa Subprefectura, en las personas de D. Antonio Covarrubias para Alcalde municipal de Tlaxcala; de D. Bibiano Hernandez para el mismo cargo en Zacatlan;
8E00ION 2~
de D. José Daniel Posadas para igual empleo en Tetela, y de D. _José María
MéI.ico, Enero 23 de 1866.
Serrano
para el mismo cargo en San Pablo del Monte.-Por ausencia del Exmo.
El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos que hizo
Sr.
Ministro,
el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Viztalchos.-Señ.or
esa Prefectura para Comisarios municipales de los pueblos del Distrito de J a.
Prefecto
del
Departamento
de Tlaxcala.
'
lapa, en las personas que expresa la lista adjunta á la nota de V. S., fecha 17
del actual.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Sqbsecretario de Go'
México, Enero '%1 de 1866.
bernacion, Francisco J. Villaloóoa.-Sr. Prefecto del Departamento de Veracruz.
El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar los nombramientos que hizo esa
Lista á que se refiere la aprobacion anterior.
Prefectura, en las personas de D. Valentin V~rgas para Alcalde .muni?ipal de
Toliman; de D. Amado de la Mota para el uusmo cargo en TolimaneJo,_y de
CHJCONQUIA.Co.-D. Mariano Morales.
D. Rafael Olvera ·Medellin para igual empleo en Peñamiller.-Por ausencia del
SAN Ju.A.N MI.A.HUATL.A..-D. Donaciano Hernandez.
Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gober.aacion, Franciaco J. Villaloóos.
SAN JosE MIAHUATLAN.-D. Angel Casas.
-Señor Prefecto del Departamento de Querétaroi
Ac.A.TLAN.-D. Tomás Bautista.
\
SAN MIGUEL AGUAZUELA.-D. Cruz Hemandez.
Son copias. México, Enero 27 de 1866.
El Gefede la Seccion 1~,
SAN A.&gt;{TON!O TEPETLA..t'f.-D: Cayetano Reyes.
José G. Martinez.
ToN.A.YAN.-D. Mariano N. ,Jimenez.
Cru..PULT.EPEc.-D. Pedro Ramirez.
PASTEPEc.-D. Mariano Bonilla.
CuACUAZlNTLA.-D. Ramon Santiago.
MINISTERIO DE GUERRA.
SA.N P.A.BLo.-D. Mariano Salvador Barradas.
SAN MARcos.-D. Andrés A. Dorantes.
Relacion de los Oficiaks á quienes se les lia expedido 1.os despachos que á contiJ1LOTEPEC.-D. Prudencio Aparicio.
nua.cion se expresan.
SAN MrnuEL DEL SoLDADo.-D. Manuel Isidoro Rodríguez.
2? BATALLON RuRAt DE YucATAN.
8.A.N ANDRES.-D. Juan Matías Diaz..
SEOCION 1~

México, Enero 19 de 1866.

CHILLOYAc.-D. Juan J. Olivo.
TLACOLULAM.-D. Nemesio de la Cruz.
SAN S.A.LV.A.DOR.-D. Francisco Muñoz.
LA Hou.-D. Leonar&lt;lo García.
VrnAs.-D. Joaquín Ortega.
TATATtLA.-D. Antonio Cayetano.
ACTOPAM.-D. Juan de Aguilar.
B.A.NDERILLA.-D. José M. Garrido.
Et Ca100 .......D. Eustaquio Contreras.
TEocE10.-D. Lázaro Soto.
J1co.-D. Tomás Hemandez.
AP.A.Sil'AM-D. Manuel Abraham Vela.

Plana Mayor.-2? Ayudante D. Juan Lope; Subayudante D. Alonso Puga.
1~ Compafiía.-Capitan D. Francisco Riego; Teniente D. Felipe Padilla;
Subteniente D. José Martin.
2~ Compañía.-Capitan D. ~erman Castillo; Teniente ·D. Roberto Osmio;
Subteniente D. Justo P. Esquivel.
) .
3~ Compañía.-Capitan D. Arcadio Muñoz; Teniente D. Joaquin Valdés;
Subteniente D. Juan Solís.
4~ Compañía.-Capitan D. Roberto Eroza; Teniente D. Bernabé Morales;
Subteniente D. Máximo G6ngora.
6~ Compañía.-Capitan D. Pedr0 Soria¡ Teniente D. Andrés Gomez; Subteniente D. Teodosio Perere.
6~ Compaílía.-Capitan D. José Santos Centeno; Teniente D. José D. Solís;
Subteniente D. Pastor Osorio:
7~ Compañía.-Capitan D. Vicente Ruiz; Teniente D. Domingo Escalada·
México, Enero 24 de 1866.
Subteniente
D. Nazario Valadez.
'
El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
8~
Compañía.-Capitan
D.
Romualdo
Portilla;
Subteniente
D
.
.
Julian
Solís.
por esa Prefectura para Alcaldes municipales de las poblaciones del Distrito de
Tlalpam, en las personas que expresa la lista adjunta á la nota de V. S., fecha
TERCER BAT.A.LLON.
de ayer.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de GobernaPlana Mayor,-2? Ayudante D. José María Cachon; Subayudante D. Agusc~on, Francisco J. Villalobos.-Sr. Prefecto del Departamento del Valle de Métin Quintero.
xico.
1~ Compañía.-Capitan D. José MaríaRamirez; Teniente D. Joaquín Leon·
Lista á que .se refiere la aprobacion anterior.
Subteniente D. Cayetano Canto.
'
TLALPill.-D. Pedro Soriano.
2~ Compañía.-Capitan D. Tomás Espada; Teniente D. Fermin Martín;
SAN ANGEL.-D. Loreto Becerril.
Subteniente D: Refugio Bautista.

�3~ Compañía,-Capitan D. José S. Leon; Teniente D. Romualrlo Alamilla; de tropa muertos; y que el enemigo contara un oficial y ocho soldados muertos
Subteniente D. Casimiro Montalvo.
4~ Compañfa.-Capitan D. Casimiro Osorno; Teniente D. Nicolás Tadeo;
Subteniente D. Néstor Canto.
5~ Compañfa.-Capitan D. Roman Gallarreta; Teniente D. Gregorio Aran•
da; Subteniente D. Victoriano Montalvo.
6~ Compañfa.--Capitan D. A&amp;cencion Serrano; Teniente D. Sixto Arcila;
Subteniente D. Francisco Alpuche.
7~ Oompañía.-Teniente D. Miguel María Pinto; Subteniente D. Zeferino
Suarez.
ga. Compañía.-Subteniente D. José D. Quiñones.
Caballería.-Capitan D. Tomás Arroyo Alanís.
'

y dos heridos, habiéndosele hecho dos prisioneros y tomádole algunas armas y

municiones. Concluye el citado General Rivas elogiando la conducta del gefe
frances y de su fuerza, así como de los individuos de la brigada de su mando
que tomaron parte en aquella expedicion.
El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Máirquez.

ACTA NUM.

. Resúmen de los expedientes de que conoció el Tribunal de Comercio de esta
Corte en el presente año.
Entrados. . . . .. . . . . . . . • . . . . 780
Concluidos ..............' ... 478
Quedan en giro.. . . . . . . . . . . . . 302
México, Diciembre 23 de 186'5.-El oficial 2? encargado de la Secretaría, Jo-

sé María Cardeña.

POR EXAMEN PARA SER COLOCADOS.

Teniente veterano D. José María Flores Orihuela; Subteniente id. D. Nazario Morales; id. id. D. Juan N. Garay.
LICENCIAS ILIMITADAS,

Al Comandante de Batallon D. Jacinto Ordoñez.
LICENCIAS ABSOLUTAS,

Al Subteniente D. Félix Guzman, por haberla solicitado.
México, Enero 27 de 1866.
El Subsecretario interino de Guerra,

J. M. Márquez.

·

Correspondencia para eJ Extranjero.
_Administracion general de correos.-Aviso al público.-El dia 2 del próximo
Febrero, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general
para Veracruz, un extraordinario con la correspondencia que ha de conducir fa,
Nueva-York, con escala en la Habana y el puerto de Sisal, el vapor-correo
"Manhattan."
Lo que se participa al público para su inteligencia y efectos corresp9ndientes.
-México, Enero 27 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.

·

Academia Imperial de Ciencias y Lite1·atura.

PARTE NO OFICIAL.
CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Suscricion en favor de los inundados.
Suma anterior ........... .
Recibido del Sr D. J. M. C...................... .
La Sra. D~ Francisca Roman de Malo, Dama de Palacio, colectó en Morelia las cantidades siguientes:
Sr. D. Ignacio Peredo ........ . ........ ........... $
,, Lic. D. Fermin Ortega ......... : ............. .
,, D. Juan N. Oviedo .................... ... . ... .
,, D. Manuel Elguero .. : ....................... .
,, ,, Ireneo Alta .............................. .
,, ,, Francisco Infante ......................... .
,, Lic. D. Luis G. Segura ....................... .
,, D. Juan B. Lozano .......................... .
,, Lic. D. Zeferino Páramo ................ •......
Sra. D~ Guadalúpe Gárfias de Magajia............. .
Sr. D. Ignacio Solórzano ............... . ........ .
,, ,, Ignacio Morellon ............ . ............ .
,, ,, Antonio Barrera .......................... .
,, ,, Cruz Ansiola .... . ........ . .............. .
,, ,, José Mariano de Anzorena ...... ,. ......... .
,, ,, Pedro Quiroz ............................ .
,, ,, Manuel Milanes ........ . ....... . ......... .
,, Mayer .................................... .
,, D. Félix :Al.va............................ .. .
Sres. Maconzet hermanos ........................ .
Sr. D. Rafael Saavedra.......................... .
Sres. Ladet y Ayet .... .. ..................... . . .,
,, Dos y Garce.............. • ...... .- ........ .
Sr. D. José María Alday ........................ .
,, ,, J oaquj.n. Estrada. .............·............ .
,, ,, Luis Infante ............... ~ .......... , .. .
,, ,, José María Infante . . . : ................... .
,, ,, Teófilo Cortés ................ : ......... _..
,, ,, Ramon Ramirez .......................... .
,, ,, Ignacio Reinoso. ·......................... .
,, ,, Juan T. Gonzalez ........................ .
,, ,, José María Sanchez ................... _'.. ,
Sra. D~ Ignacia Ansiola........... . .......... . .. .
Sr. D. Felipe Hernandez ........................ .
,, Presbítero Br. D. Luis Maconzet ...... ........ .
Srita. Pilar Bris................................ .
Sr. Doctoral Dr. D. José Guadalupe Romero.. .. : .. . .
,, Canónigo D. J . Alejandro Quesada ............ .
,, Lic. Racionero D. Mariano Carreon ............ .
Sra. D~ Francisca Roman de Malo. • . . . . . . . . . . . . .. . . .
\

SUJl\ª· ••••............

$ 28.013 50¼
10

20
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1
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3
2
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5
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5

1
3
3
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2
25
1
2
2
1
• 50

AcTA NUM. 13.
· Se reupieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza, Arriola, Castillo,
Cuevas, Fonseca, Jimenez (D. Miguel), Jimenez (D. Francisco), Larrainzar, Lacunza, Lares, Mier y Terán (D. Joaquín), Orozco y Berra, Segura, y el Secretaiio que suscribe.
· El señor Presidente dió cuenta con lo ocurrido en la semana, y preguntó si la
Academia autorizaba el gasto de uno por ciento que cobraba el habilitado del
Ministerio de Instru,ccion Pública, sobre dos mil pesos que habia sacado de la
caja central para la Academia. El Sr. Orozco citó una ley vigente que se opone
á este gasto, por cuyo motivo no fué ayrobado.
La A~ademia autorizó á la Secretana para tomar un escribiente con sueldo
de seiscientos pesos anuales, un mozo con trescientos pesos anuales, y para hacer los gastos de escritorio que fueren necesarios.
El Sr. Rio de la Loza manifestó que, conforme á la ley, debe señalarse local
á la Acadl)mia en el Palacio Imperial, }lor el Ministro de la Casa de S. M., á
cuyo efecto había pasado á este señor una comunicacion, que fué leida, y la cual
aun: no ha sido contestada.
Se leyó una comtmicacion1 fecha en Guadalajara, del Lic. D. Agustín Caravantes, preguntando si la Academia podía publicar una gramática y un Diccionario de la lenguahebrea·que estaba escribiendo. Que pase para su resolucion
á la clase filológico-literaria.
. Se leyó una comunicacion del E:xmo. Sr. Ministro de Instruccion pública, ma~estando que S. M. el Emperador desea-"que la Academia forme una inscripcton que ha de ponerse en el monumento dedicado á D. Vicente Guerrero. Que
pase para su ejecucion á la clase filológico-literaria. . ' ·
S~ acordó que cada una de las clases que forman la Acaaemia, presente su
presupuesto lo mas pronto posible.
El señor Presidente interino propuso que, como una prueba de la consideracion y respeto con que los Académicos ven á S. M. el Emperador, como fundador de la Academia, se colocase en la sala de sesiones su busto ó retrato. Esta
proposicion fué aprobada, bajo el concepto de que sea retrato lo que se coloque
y qu~ la clase filbl~gico-literari~ forme nna i¡nscripcion adecuada al objeto. EL
Sr. J~en~z (D. M~~u~l) agrego, que en su conc!lpto, _sedebia pasará S.M. una
comumcac10n, partic1pandole el acuerdo de la Academia. La prnposicion del Sr. .
Jiménez fué aprobada.
El Sr. Rio de la Loza dijo: que conforme á la ley, el Ministerio de Instruccion pública debía poner en comunicacion á la Academia con las autoridades del
Imperio, y pr~guntó si se hacia esto desde luego. Los Sres. Jimenez (D. Miguel)
Fonseca y Cuevas hicieron varias observaciones; acordándose que no se lleve
efecto la proposicion del Sr. Rio de la Loza, sino hasta que esté concluido el
Reglamento de la Academia.
El Secretario que suscribe manifestó que tambien debía ponerse en comunic~cion la Academi~ con las sociedades científicas y literarias de Europa y América, alegando varias razones para que esto no se demore. Esta proposicion fué
apoyada por algunos de los señores presentes, y se aprobó.
Se acordó que cada una de las claees presente los puntos que les parezca conveniente, para el certámen literario que ordena la ley.
El Sr. Cuevas propuso que se celebrara una sesion extraordinaria todas las
semanas, con el objeto exclusivo de terminar el Reglamento. Se acordó de conformidad, y que la sesion sea los viernes á las cinco de la tarde.
Despues de una ligera discusion, se acordó que se cumpla con lo que previene
la ley, respecto á exigir á los impresores un ejemplar de cada una de las obras
que impriman.
La Secretaría presentó la inscripcion para la estatua del Sr. Cura Morelos,
formada por los Sres. Lares y Lacunza, la cual va á remitirse á S. M. el Emperador. La inscripcion dice así:

i

5

226
$ 28,249 50¼

De1·rota de disidentes.
Ministerio de Guerra.-1 ~ Direccion.-1~ Division.-México, Enero 26 de
1866.-El General D. Cárlos Rivas, Comandante militar de Mazatlan, con fecha
2 del actual comunica que el dia anterior se acercó á Palos-Prietos una fuerza
de 300 hombres de caballería, capitaneada por el cabecilla Leonardo Pintado la
que fué batida por una avanzada que se encontrába en aquel punto. Agr~ga,
que en e~ acto que tuvo aviso de esta ocurrencia, se puso á la cabeza del resto
de su Brigada, y marchó con el fin de proteger á dicha avanzada y atacar al
enemigo, _dan~o aviso de su movimiento al_ Coronel Roig, gefe militar de aquella
plaza, qmen a pocos momentos se presento en Palos-prietos con 150 hombres de
su fuerza¡ y que habiendo combinado juntos el ataque sobre el enemigo, no dió
es~ el resultado que debía, porque aquel, como de costumbre, emprendió la fuga,
haciendo fuego en_ retir~a á la tropa que lo perseguía, lo que ocasionó que las
fuerzas del Imperio tuvieran un oficial y un soldado heridos, y cinco individuos

dó pendiente en la sesion anterior; pero por ser ya la hora avanzada solo se pudo aprobar la parte primera del art. 26.
No concurrieron los Sres. Ramirez [ausente] Castillo [sin aviso], García Icazbalceta [ausente], Roa Bárcena [sin aviso], Ilarregui [ausente], Maury [sin aviso], Araugo [sin aviso], y Lares [sin aviso].
.
México, Noviembre 28 de 18(&gt;5.-El Secretario interino, F1rancisco Piment.el.

J OSE MARI.A. :r.!ORELOS,
EXTRAÑO AL ARTE DE L.A. GUERRA,
SUPLIÓ CON SU INGENIO LA CIENCIA. MILITAR.
VENCIÓ .A. LOS ENEMIGOS,
Y DIÓ LIBERTAD A SU p .A.TRI.A..
FUE EL PRIMERO QUE IMPRIMIÓ ÓRDEN
AJ. MOVIMIENTO NACIONAL.
.AJ, p .ADRE

Tribunal de Comercio.

\

6? BATALLON DE LINEA.
Teniente veterano D. Miguel Osorno; id. id. D. Pílade Steffanelli.
PARA EL

133

EL DIARIO DEL IMPERIO.

. EL DIARIO DEL IMPERIO.

132

"loSEPHVS. MARI.A.. MORELOS
.AB. ARMIS. ALIENVS
INGEli(IO, EXPERIENTI.A.M. SVPPLBNS
PROFLIG.A.TIS • Hos·rrnvs
p ATRI.iE, LIBERTATEM, DEDIT
PRIMVSQVE
POPVLV?d. IN, ORDINEM:. REDEGIT.

p.ARENTI. PVBLICO
GR.A.TA . POSTERIT.A.S.

DEL PUEBLO,
POSTERIDAD .AGRADECIDA .

16.

Leida la acta de la sesion anterior, fué aprobada con la modificacion propuesta por el Sr. Lari'ainzar.
.
La Secretaría dió cuenta: ,
l_? Con una, coniunicacion del Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pública, en
Los Presid~ntes de las clases segunda y tercera leyeron la lista de hombres la que avisa. haber dado la órden correspondiente para que sean publicadas en el
ilustres, que tienen formada, y que debe remitirse á S. M.
"Diario del Imperio" las actas y demas documentos que la Academia remita.A proposicion del Sr. Fonseca, se autorizó á la Academia' para poner en la A su expediente.
sala de sesiones el retrato de S. M. la Emperatriz.
2? Con una carta de S. M. el Empe_rador, dando las gracias á la Academia
No concurrieron los Sres. Ramirez (ausente), Almazan (por ocupacion), García · por haber acordado colocar en la sala de sus sesiones el retrato de ,S. M., como
Icaz~alcet_a (ausente), Roa Bárcena (sin _aviso), Salazar Ilarregui (ausente), Mau- fundador de la Academia, y el de la augusta Emperatriz¡ ofreciendo que tendrá
ry (sm aviso), y Arango y Escandon (sm avis◊').
el gusto de regalar á la Academia dichos retratos.-Que conste en la acta haberse
México, Noviembre 21 de 1865.-El $ecretario interino, Francisco Piment.el. oído con satisfaccion el contenido de la carta, y que se conserve ésta en el expediente respectivo.
ACTA NUM. 14.
, Continuó la discusion del Reglamento, y fué aprobada la segunda parte del arSe reunieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza Fonseca Jimenez tlculo 26, despues de alguna discusion enti·e los Sres. Orozco y Berra, Jimenez
[D. Miguel], Jimenez [:Q. Francisco], Lanainzar, Mier y T~rán [D. oaquinj, [D. Miguel], Rio de la Loza y Mier y Terán¡ habiendo quedado como artículo 28
Orozco y Berra, Segura, y el Secretario interino que suscribe.
esa segunda parte.
El Sr. Rio de la Loza continuó leyendo el, proyecto de Reglamento, y fueron
El artículo 29 fué aprobado sin discnsion.
aprobados~ s~ mo?ificacion alguna, •los artículos 18 y 19.
lJ:l Sr. Jimenez ,[D. Miguel], dijo: que como un complemento á lo aprobado, se
Puesto a d1scus1on el art. 20, se acordó que se agregase al 4\ por ser el lugar designara la retribucion ó derechos correspondientes á los socios colaboradores.
que le col'l'~sponde. El art. 21 fué aprobado sin discusiorl.
, El Sr. Larrainzar pidió que se hiciera la proposicion por escrito, á fin de que
El Sr. R10 de la Loza preguntó si la Academia encontraba inconveniente en fuera cuidadosamente, examinada por la comision.
l~ admi~ion ,de Académicos de oficio, como lo acostumbran algunas otras corpora~l. Sr. Orozco creyó, que debiéndose limitar á lo preveni,do en la ley, le pareciones científicas. El que suscribe hizo algunas observaciones en contra de esta recia ser mas conveniente el solicitar de S. M. la designacion de los derechos de
idea, la cual no fué aprobada.
que se trata.
Se puso á discusion el art. 22, que trata del niímero de Académicos de que se
El Sr. Rio de la Loza dijo: que podía ponerse la proposicion en consonancia
componen las clases. A proposicion d~l Sr. 1\1:ier y Terán, se agregó el número con la base 14~ de la ley, y con la fra&lt;,)cion A de la 16~
que debe haber de socios corresponsales.
El Sr. Segura habló igualmente en este sentido, así como el Sr. Terán.
El art. 23 fué aprobado sin discusion.
El Sr. Rio de la Loza propuso en consecuencia que se adicionara el artículo 26
. Se, leyó el art. 24 que trata de las sesiones de las clases y de las memorias de JSta manera: "y 1~ retribucion que deba darse á sus individuos, conforme.al
cientificas que debe~ presentar: segun el diGtámen de la Comision de Reglamen- artículo 14 _Y la fracc1on A del 16 de la ley."
to, ~ada clase deber1a presentar una memoria mensual. Hicieron algunas obser- _ El Sr. R10 de la Loza, como individuo de la comision, presentó el capítulo 3~ '
vac~ones los Sres. Fonseca, Jimenez [D. Miguel], Larrainzar y el que suscribe ,del Reglamento, y la Secretaría consultó á la Academia si se daba lectura a tohabiéndose acordado que cada clase tenga obligacion de presentar una memoii¡ d~ el capít~lo ó se pasaba desde luego á la discusion de los artículos: la Acadeca~~ tres meses; quedando en libertad de elegir la materia sobre que quieran es- m1a- resolVIó por el segundo extremo.
crib1r.
.,
.
.
.
•~n, consecuencia, fué leido y quedó aprobado sin discusion el artículo 30, que
El_ar~. 25 sufrio una detemda d1scus10n, y despues de rlla fué aprobado por paso a 31. • .
unallllllldad. .
El 32 lo fué igualmente despues de una breve discusion.
~o c?ncurrier~n los Sres. Ra-mirez, [ausente], Castillo [sin aviso], Almazan' [por
Lo fué sin ella el 33; y con una adicion propuesta por el Sr. Orozco á, la prioc~pacion] Garc1a Icazbalceta lausente], Cuevas [enfermo], RQa Bárcena [sin mera parte del 34, lo fué igualmente hasta la fraccion 10~
aviso], Lacunza [sin aviso], Ilarregui [ausente], ~Iaury [sin aviso], Arango [auA la 11~ se agregó, á propuesta del Sr. Jimenez [D. Miguel], lo siguiente:
senteJ, ;ciares [~usente] y Arriola [enfermo].
,
"como Presidente de ella."
:Mex1co, Noviembre 24 de 1865.-El Secretario interino, Francisco Pimentel. , ~a parte 12~ y 13~ quedaron tambien aprobadas, agregándose al fin de esta
ultlilla: "y de las clases."
Q~edaron aprobados los artículos del 35 al 38, con las siguientes modificacioACTA NlJM, 15.
nes: a la, fracc1on 2~ del 37 se añadió esto: "de las sesiones académicas." A la
Se reunieron los Sres. Presidente interino Rio de.la Loza, Almazan, Arriola, 6ª. .· " qumce.
.
d'ias; " y a' 1a 7ª. : " bªJº
· su responsab"lid
1 ad, confiorme á la ley."
Cuevas, 1!'onseca, ~imenez [D. Miguel], Jimenez [D. Francisco], Larrainzar, LaA_ la fracc1on 2~ del artículo 38 se cambió solamente el órden, quedando así:
cU?za, M1er y Teran, Orozco y Berra, Segura y el Secretario interino que sus• " Cludar de Jue sea estrictamente cumplido el Reglamento de la Secretaría, el
cnbe.
,
cual f~rm~ra ~e acuerdo con el primer Secretario y someterá á la aprobacion del
Se leyó una comunicacion del Exmo.' Sr. Ministro de Fomento acusando reci- ConseJO drrect1vo."
bo de la inscripcion para la estatua del Sr. cura Morelos.
'
. A proposicion del Sr. Terán quedó agregada al Secretario segundo la obligaSe leyó otra comunicacion del Sr. Salazar Ilarregui admitiendo el nombra- c1~n de formar las actas del Consejo directivo, cuyo encargo se había puesto al
miento de Académico de número.
·
p,r!Illero.
_
Se le:y~ luego una comunicacion del Exmo. Sr. Ministro de Instrncion públiConcluyó la sesion á las siete y media de la noche.
ca, part1cipan~o que se había _dad~ la órden respcctjva á quienes corresponde, á
Asi~tleron los Sres. Presiden~e Rio de,1a Loza, Castillo, Jimenez [D. Miguel],
~n d~ que los 1mprcs~res remitan a la Academia un ejemplar de las obras que Larramz:i:r, Orozco y Berra. Mier y Teran, Seglll'a, y el Secretario accidental
!Illpnman, conforme a la ley.
que suscnbe.
'
_E! Sr. Río de la Loza ~anifestó que hasta ahora no había contestado el Sr.,
Faltaron, por hallarse fuera de la capital, los Sres. García Icazbalceta RamiMm~sti·o de la casa Impe~1~ respecto al local que debe proporcionar á la Academia; pero que el Sr. Mimstro de Instruccion pública le había informadd que rez y Sala~ar Ilarregui: por enfermedad, los Sres. Arriola, Cueva~ y Pime~tel:
por ocupa~10n .~n el Consejo de Estado, los Sres. Almazan, Fonseca, Lacunza, y
él estaba encargado de esto.
Lares¡
! sm ~':ªº' los Sres. Arango, Maury y R~a Bárcena.
El mismo Sr. Rio de la Loza, como Presidente de la clase matemático-física
México, Diciembre 1? de 1865.-Francisco Jimenez.
ley? el presupuest_o de su clase_ y una lista de cuestiones para el Gertámen lite~
r~n~ ~ue debe_ abrir la AcadeIDia. El Sr. Orozco, miembro de la clase filosófico~istorica, ma~1festó que por s~ parte no podía presentar ni el presupuesto ni la
EXTERIOR.
li~ta de cues,tiones para el c~rtamen, porque no habían podido reunirse mas indiPoi
el
vapor
"~anhattan,"
llegado ayer á Verac;uz, se han recibido noticfasVIduos que el y el Sr. Larramzar, pues los otros que componen su clase, se hade
los
Estados-Umdos.
lié
aquí
las que ha ~rasmitido el télégrafo:
llan ausentes ó muy ocupados.
El. Sr. Segura, como, Secretario de la clase filológico-literaria, leyó la lista de
Veracmz, Enero 28 de 1866.-De Nueva-Yor, Enero 1; de 1866.
cuestiones para el ce~tamen que presenta su clase,, pero no presentó el -presuEl_ Senado1: Chandl~r. ha hecho mocion en el Senado para que' el Gobierno
puesto _porque aun l? falt~ban algunos datos para formarle.
Tem~nd~ en cons1derac1on la Academia todo lo expuesto, se acordó, que tanto ~er~cano retll'e su Mimstro de Inglaterra y se suspendan las relaciones con ~slo relativo a los puntos para el certátnen, cpmo al presupuesto, se reservase pa• te pais, por habe:s~ negado á accederá los reclamos pendientes. El licenciamienra cuando las clases 2~ y 3~ hayan presentado lo que les falta.
to ?e troras ~o~tmua sin interrnpcion. Se hacen preparativos en el Sur ara
El Sr. _Seg_ura manitestó que la cla.se filológico-literaria se había impuesto de e~i~ar a Mex1c?. Ha desembarcado en este puerto el Sr. Baron de Ma.,.P
onus,
la_ comumcac1on del Lic. Oaravantes, preguntando si la Academia podría impri- M1mstro de Prusia.
mu· .1111a gramá~ca y un diccionario ~e la lengua _hebrea que estaba escribiendo,
y que na~a podia r_esolver la cl~se mientr~s no VIese la:s mencionadas obras; por
cuyo motiv? acordo la Academia que se pidan al autor.
AVISOS OFICIALES.
El Sr._!~10 de la L?za prop~so que se autorizara á la Secretaría para tomar
otro escribiente. El Si-. Larramzar habló en contra de esta proposicion que no
MINISTERIO DE ESTADO.
fué aprobada.
AUDIENCIAS MINIS1'ERIALES.
El mismo Sr: Río de la Loz:i, diJo: que _para que desde luego se pongan de una
manera converuente las com~1ca?1ones, diplomas, etc., de la Academia, iba á leer . Queriendo con~iliar el mejor servicio con la regularidad y buen órden ue exi e·la es edila parte de~ Reglamento relativa a sellos. Habiendo leido el art 1? se acordó que c10n de l~s n~goc1os de la;¡ Secretarías del Despacho, ha acordado el c!sejo d~ Miniitros
de S. M. el Emperador, las disposiciones siguientes:
'
la ~cademia se sujetará enteramente á la circular de 1? de Noviembre y á lo pre- con1~autonz,a.&lt;;1on
El Ministro de Estado dará audiencia diana de diez á once de la mañana
v_emdo por la ley q~e fu~d? la Academia. ~l art. 2? fué aprobado sin modifi~aEEll dde NGegocios ~stranjeros, los lúnes, miércoles' y sábados de diez á once d~ la mañana
c1on !11.gnna, y al 3. se hIC1eron algunas adiciones, adoptadas desde luego por la
e ob~~ac1on, todos l~s dias de dos á tres de la tard;,
·
Com1s1on de Reglamento.
El de Justicia,. los lún~s, miércoles y viémes, de tres á cuatro de la tarde.
~ strucc1on Pública Y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y media á doce
Se continuó despues la discusion del mismo Reglamento en la parte que que• deE1a1 de
manana.
LA

J

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

134

El de Guerra, los lúnes miércoles y viérnes, de doce á una de la tarde.
El de Fomento todos los dias, de las dos á las tres de la tarde.
El Subsecretar¡'o de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, ele las cloce á la una del dia.
Las personas serán recibiclas en el órden con que se hayan presentado, sin distincion de
rango.
· · part1c
· ula_r, deber..• ped'rr1a por med'1? de un~ esque2~ El que quisiere ser º!'do en aud'ie_nc1a
la, indicando el asunto. S1 no concurriere con exactitud á la hora que se le hubiere designado,
no se le recibirá.
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dirigirán al
Oficial de partes.
e Se recomienda á las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la esposicion de sus negocios.
5~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
oficiales.
6~ A fin de estirpar la costumbre tan perniciosa al buen servicio como al decoro del Gobierno, con que se molesta y ofende á los Ministros, ya moviéndoles influjos para el despacho de
los negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á los interesados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S. M. ba prohibido espresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerencia en negocios estraños
ásn ramo.
7! Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en. la entrada de los Ministerios.
México, 8 de Agosto de 1865.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISOS.
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próxi
mo pasado, el terreno llamado Campo santo de Pobres, en Durango, valuado en ($2,290 't'l
es.) dos mil doscientos noventa pesos vemtisiete centavos, se pone en conocimiento del'-público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á l'.1-Administracion de bienes
nacionalizados el dia 8 del entrante F ebrero, á las nneve de la manana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
·
4a-l

Tribunal de Comercio de México.
México, Enero 17 de 1866.- En el espediente de concurso á bienes de ~- Iprnesto. ~on,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifiqu?, por me_di? de los penód1cos Yedictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos admimstradores. los compr?ba~tes
de sus créditos dentro del término de quince dlas, contados desde la pnmera publicac1on,
_
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que ha"'o saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardena,
Oficial 29 en~argado de la Secretaría.
809-15s- 8

Ialamamiento de herederos.
.A.VISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este_Juzgado de mi carg? prom~vido
porlos albaceas el Sr. D. Bias P ereda, residente en San Lms Potosí, y D. AJ:itomo l\fartmez,
V ecino de Ciudad Femandez, por fallecimiento.?el sú~dito aleman D. Fedenco Reyther, ~ecino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad en auto de 27 del actual, se cite
orlos periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y_á D~ l\~aria~a AngelaHegues, p~res
el espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó pan.~ntes mmediatos del test_ador, vecmos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo .gu~ernat1vo Arnesveruen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. l\I. el _rey de Pi:1Sia! para que del!tro
el perentorio término de un año, que se contará desde la pmi:era pnbl_icac1on de este av1So,
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tengan á los bienes que se hallan en dep§sito, pertenecientes á 1~ testamentaría del espre_sa_d? D.
Federico Reyther¡ bajo el apercibimiento de que si no lo venfican, _les parará el pe1Jmc10 á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objet~ que detem_nne la ley. _Y para que lo
mandado tenga su cumplimiento, pongo ~l prese:°te aVIso en la ~mdad de Rioverde, á los
veintiocho dias del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cmco, que firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.- Domingo Utliurri -Asistencia, Gil llfe-ndez.Asistencia, J. Bias Orihe.
G83-60a-22

ª

§

A VISOS PARTICULAIU:S.
SEGlJBOS CONTRA INCENDIOS.

Debiéndose sacar á remate, con arreglo !\l art. 24 .a.e la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa y terrenos de labor, en Toluca1 nombrados Hospicio de Jernsalem, valuados en ($ 1,748 37~ cs.) mil setecientos cuarenta y ocho pesos treinta y siete y medio centavos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura,
ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 9 del entrante Febrero, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que baya; teniéndose
presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
4a-l
Debiéndose sacar á 'remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 6 de la4~ calle'del Calvario, en Orizava, valuada en ($2,852 Só~ cs.)
dos mil ochocientos cincuenta y dos pesos ochenta y medio centavos, se P.Qne en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion
de bienes nacionalizados el dia 10 del entrante Febrero, á las nueve de la mañana, á cuya
hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto
las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 26 de 1866.
4a~ 1

-,- .

-

Debiéndose sacar á remate, con arre~to al art. 24 de la ley de 26 de F ebrero del año próximo pasado, la casa llamada del "ObraJe," en la calle de Alvarado, en Querétaro, valuada en
($1,925) mil novecientos veinticinco pesos, se pone en conocimiento del público, para que
las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados
el dia 19 del entrante Febrero, á las nueve en punto de la mañana, á cuya hora comenzará el
remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de
los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
·
México, Enero 16 de 1866.-ElAdministrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y NaMN'O.
.,.
3a- 3
°

Tribunal de Comercio de México.
t:Jon fecha 24 del presente, dice el Exmo. Sr. Ministro de Justicia al Sr. Presidente de este
Tribunal, lo siguiente:
"En contestacion del oficio de V. S., fecha 18 de Setiembre último, en que hace presente
que varias Compañías anónimas y en comandita establecidas con autorizacion del Gobierno
no han ocurrido á registrar sus escritums á la Secretaria de ese Tribunal, como lo previene e1'
art. 252 del Código de Comercio, manifiesto á V. S., que dichas Compañías no están esceptuadas del cumplimiento de esa obligacion que el citado artículo impone á todas las sociedades
mercantiles.-Lodigo á V. S. para su inteligencia, previniéndole que para desvanecer cualquiera mala interpretacion que haya podido snscitarse sobre el particular, dé publicidad á
la presente comunicacion.-El Ministro de Justicia, Escudero."
Lo que de 6rden del Sr. Presidente pongo en conocimiento del públi.co.-José María Cardeña, Oficial 29 encargado de la Secrefaria.
3a-1

M:Ill'ISTEB.IO DE GVEB.B.A. .
5~ DffiECClON.
De órden suprema debe procederse á construir un mil vestuarios para el ejército: en consecuencia, se participa al público, á fin de que las personas que gusten hacer postura, presenten sus 'propuestas en esta Direccion, acompañadas del papel de abono y bajo pliego cerrado, e1
mártes ~O del presente, á las doce del dia; pudiendo desde luego ocurrir á recibir las instrucciones convementes.
•
,
México, Enero 24 de 1866.- Por órden del Exmo. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion
'
Francisco Montero.
3s-3

COMPAÑIA DE SEGUROS DE GL.A.DB.A.CH.

Capital de fondo. ___ . . . . . . . . .

3.000,000 pesos prusianos.

COMPÁÑIA DE SEGUROS DE B .A.SILE.A. (B.A.SEL).

Capital de fondo __ ...... . .... . . .... - 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los in~ormes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compauías, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s-119

Venta de una H acienda.
Se vende la hacienda de San Juan, situada á inmediaciones de fa Villa del Valle de Temascaltepec, y consta de mas de doce cabaµen~s _de tierra de superior calidad, de las cuales seis
caballerías y doscientas treinta y un mil qmmenta~ d_os varas cuadrad.as son de regadí? p~ra
siembras, y el resto d_e mon\e bien poblado_y con dlstmtas ~adaras. Tiene su cas~ hab1tacion
con piezas altas y baJas, troJe y demas oficmas de campo, 11!clusas las correspondientes li engorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abund_ancia par~ regar, que e_s v~reu_ue y
que procede de puntos bastante el_evados, por ~uy~ circunstancia _Pt:Nle~ aplica_nie dichas
aguas al uso de molinos ú otras oficmas de maqumarm. En estos últimos dms ha sido retasada por el agrimensor D. Manuel Delgado, y es su ~nfim_o valor ~l de 15,461 peso~ 9ll conta,·os.
Las personas que quieran ha_cer postura, y n~~e~iten 1nstrucc1o~es ó cualesqmem otro dato
respecto de la mencionada hacienda, pueden dmgrrse en esta capital á D. José Juan Romero,
en la calle del Esclavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á doce de la mañana
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
bajo el concepto de que las _proposiciones que se hagan, han de se~ ~ntes del 12 del mes &lt;le
Febrero próximo, porque el dia 15 debe quedar hecha la venta defimtivamente. •
México, Enero 13 de 1866.
803-foa-6

.

AVISO.
CdBTILLd GEOGBdFICd Pd.Bd LOS o1YIÑOS,
POR D. ANSELMO DE LA PORTILLA.

Se halla de venta en los puntos siguientes: Librería Madiileña, Portal del Aguila de Oro.Librería de los Sres. Andrade y C~, Portal de Agustinos.-Imprenta literaria, 2~ calle de Santo Domingo núm. 10.
·
PRECIOS.

Un ·ejemplar ..... . .. .....•.... ... ... - - ...... 1 reál.
Una docena ...•............ ·-·· . ..... ·----· 6 reales_.

Hacienda de Temisco.
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Ouernavaca, su
venta estrajudicial, se participa al público, para que las personas que quieran adquirirla, ocurran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, Tercer Orden de San ¼ustin núm. 5, todos loi,dias
de una á tres de,la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
799-30s-10

Colegio de Abogados.

COll'SE.TO DE ESTADO.
Seminario núm. 9.
Ignorándose la residencia del Sr. D. Antonio Bonhome, y necesitándose en esta Secretana
para hacerle una notificacion relativa al espediente núm. 3,624 y anexo, se le emplaza por e1
presente, para 9.ue concurra á ella dentro de quince dias, que comenzarán á contarse desde
la fecha.- México, Enero 12 de 1866.- El Subsecretario del Co~ejo de Estado, José l'tt. Rodriguez y Cosía.
6a-6

AVISOS JUDICIALES.
EDICTO.
Por auto de 16 del corriente, el Juzgado de lo civil de esta capital, ha declarado en estad o
de quiebra á D. Pedro Barrios, debiendo contarse la época desde el dia diez del actual ( con
calidad de por ahora y sin perjuicio de tercero). Han sido nombrados provisionalmente, defensor del ausente el Lic. D. Manuel Rios é Ibarrola, Síndico judicial el Lic. D. Apolonio G
de 1~ Cadena y Síndico~ ad~stradores D. Joaquín Llaguno y D. Juan B. Alatorre, y se
ha fi¡ado el plazo de,tremta dias para que dentro de él presenten los acreedores á los síndicos
los justificantes de sus créditos.
Pongo el presente para conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo dispuesto por
dicho Juzgaao. Zacatecas, Enero 17 de 1866.-Toinás Sando'l!al, Escribano público.
·
815-3a-1

,Juzgado de letras de Apam.
En e~juicio que sobr~ despojo é indemnizacion de daños y perjuicios sigue en este Juzgado el Lic. D. Pedro Qurros, como apoderado de D. Pedro López Haro, contra D. Enrique
Hirsch, el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fjecha se cite por los periódicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en el término de ocho
dias se presente, por sí ó por apoderado instruido y espensado, á alegar de buena prueba; apercibido de darse por alegado en el juicio si no lo verifica.
Apam, Enero 18 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. José Maria Espejel. 810-Ss-5

En junt.a de señores conciliarios celebrada el dia 17 del corrie~te, se dispuso que los señores abogados que estuvieron inc01porados al Colegio antes del 14 de Abril de t864, y que conforme al acuerdo de esa fecha que se publi~ó en los periódicos, se reputan fuera del Colegio
por no haber dado el aviso de que habla dicho acuerdo, volverán á ingresar al Colegio y conservarán la antigüedad que les corresponde por la fecha de su matrícula, si dentro de un mes,
contado desde la publicacion de este aviso, se arreglan con el Sr. Tesoréro, quien al efecto
está ampliamente facultado, sobre el pago de lo que adeudan desde el mes de Agosto de 1861.
Y para que llegue á noticia de los interesados, y por acuerdo de la Junta, se publica el presente. ,
México, Enero 25 de 1866.-El Secretario del Colegio de Abogados, Lic. Pedro CO?Jarrúbias.
812-9a-2

,

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.

FUNCION EXTRAORDINARIA A BENEFICIO DE LA SENORITA

ANG-EI.A l'BB.AI.TA.
A las ocho en punto de la noche de hoy tendrá lugar la funcion indicada, en los términos
siguientes:-Comenzará el espectáculo con la representacion del primer acto de la ópera denominada: Tra1,iata; en seguida, los Sres. Camacho, Sanroman, Vazquez y Velasco tocarán,
en dos pianos, una fantasía sobre temas de la ópera mencionada; seguirá el segundo acto de
la denominada: Puritanos; la señorita Concepcion Mendez leerá luego una poesía, compuesta
por D. Ricardo Ituarte; la beneficiada cantará despues la aria del Pardon de PliJermel; el
actor D. Merced Morales leerá otra poesía compuesta por D. Luis Ortiz; y por conclusion, se
pondrá en escena el tercer acto de la ópera intitulada: Maria de Rollan.

1'1EXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

...

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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Comisarios municipales</name>
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                    <text>EL

DEL

Bl!RlO

·JIPEBIO

...

Los números sueltos valen 12 centavos .
TOMO

III.

1'1EXIC0.-1'1artes 30 de Enero de 1,S66.
8171\flAB.IO.

PARTE OFICIAL.-Nombramiento de Caballero de la Orden de Guadalupe.-Comandantes militares de Zacatecas y de Aguascalientes.-Alcaldes y Comisarios municipales del Distrito de Mascota.
,
PARTE NO OFICIAL.-Redencion de capitales.-La Srita. Peralta.-El ferroc¡u-ril de
Jalapa.-Colonizacion en el Cármen.-Corredores de México para 1866.-Movimiento en el
ferrocarril de Chalco.-Academia de ciencias. Cuatro actas.
Solicitudes.

NuM. 326

usufructo, reconocerá e!l la misma finca el quince por ciento del ~apital, en los
términos antes expresos; si fuere extraño, la escritura se otorgara por _lJ s dos
quintos del capital, entregá~do~e l~s otros ~es quintos en bonos, y procediendose
en ambos casos con total suJeé1on a los artículos 56 y 58 de la ley de 5 de Febrero de 1861.-Y lo digo á vd. e~ contest~i?n á su oficio de 18 d~l ~tual."
Lo que se publica,para conocimrento.de los mteresados.-El Adnnmstrador de
Bienes füi.cionalizados.-Juan Suarez y Navarro.
_

La Señorita Peralta.

PARTE OFICIAL. ·

La Nacion de hoy publica la carta siguiente airigida.á esta célebre cantatriz
mexicana.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.

Casa del Emperador.-Servicio del G;an_ Maes;ro de Ceremonias.-Palacio
Imperial de México, Enero 29 de 1866.-Snt~: D. Angela Peralta.-:--EI E~peS, M. el Emperador Ha tenido á bien nombrar Cal:fallero de la Imperial Or-· rador, antes de partir para Cuernavaca, me ~eJ.º el encargo de mamfestar a,vd.
den de Guadalupe, al Teniente Martinez, de' la guardia rural de Alaqmnes, en el pesar que tienen SS. MM. de no poder as1st1r, por ~l luto que guardan, ª. la
funcion de su beneficio; siéndoles esto tanto mas sensible, cuanto que han temdo
atencion á 1;1u valeroso comportamiento en la a:ccion que tu,o lugar en Ojo de ocasion de apreciar su privilegiado talento. Pero deseando que á pesar de Su auAgua el 22 de Diciembre pr6ximo pasado.
sencia tenga vd., en los recuefaos de este día, una memoria suya, me manda poEl Gran Canciller,
ner en sus manos el pequeño obsequio con que ac~~pañ~ esta carta.
Al.MONTE.
Al mismo tiempo me ordena el Emperador partíe1par a vd., que con esta fecha se ha servido nombrarla Cantarina de Cámara.
Admita vd. la seguridad de mi distinguida consideracion.-El primer Secretario de las Ceremonias, Pedro O. de Negrete.
MINISTERIO DE GUERRA.
México, 28 de Enero de 1866.

1~ DIRECCION,-1~ DIVISION.
México, Enero 28 de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo fecha de ayer, Ha tenido á bien nombrar
al Sr. General D. Antomo Ayestarán, Comandante militar del Departamento
de Zacatecas, y asimisrno Comandante militar del Departamento de Aguascalientes al Sr. General D. Plutarco Cabrera.

. ..

El Subsecretario interino de Guerra,

J. M. Márquez.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 2~
México, Enero 19 de 1866.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar los nombramientos hechos
por esa Prefectura en las personas que expresa la nota de V. S., fecha 10 del
corriente, para desempeñar los cargos de Alcaldes y Comisarios municipales del
Distrito de Mascota.'-Por ausencia del ~xmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Vitlaloóos.-Sr. Prefecto del Departam~nto
de Jalisco.
Lista á que se refiere la aprobacion anterior.
MAscou.-Alcalde municipal, Lic. D. Juan N. de Guzman.
JALPA.-Id. id,, D. Manuel Rivas.
ToMA.TLAN.-Id. id., D. Urbano Betancourt.
SAN SEBA.STIAN.-Id. id., D. Francisco Cortés.
ATENGUlLLo.-Id. id., D. Marciano Topete.
HuACHINANGo.-Comisario, D. Ramon Salazar.
CIRALE.-Id. D. Atanasia Santa-Anua.
Tu1TO.-Id. D. Nemesio Ríos.
Son copias. México, Enero 26 de 1866.
El Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martinez.

PARTE :NO OFICIAL.
Redencion de capitales.
Aclministracion de bienes nacionalizados.-Seccion 3~-México, Enero 29 de
1866.-El Kuno. Sr.. Ministro de Instruccion Pública y Cultos, con fecha 27 del
actual, ~e ha servido dirigir á esta Administracion la prevencion siguiente:
"El plazo que puede concederse para l,as. redenciones ~ que se refiere la circular de 17 de Octupre de 1865, es, como max1mum, el de diez y ocho años, con ex~
hibiciones anuales, en cuyo caso la desvinculacion deberá hacerse con el quince
por ciento: si la redencion se hiciere de contado, entonces se hará con el diez por
ciento.-Si el usufructuario que redimiere, fuere pariente del que· constituyó el

El Ferrocar.rib de Jalapa.
El Boletin Oficial de Jalapa dice lo siguiente en su número de 25 del actual:
El domingo pai.ado se ha publicado solemnem,ente el decreto que concedió privilegio exclusivo al Sr. D. Ramon Zangroniz para la construccion de un ferrocarril entre Veracruz, y Puebla pasando. por Jalapa y Perote.
Desde muy temprano los balcones y ventanas, estaban adornados de cortinas,
y en los edificios públicos izada la bandera nacional.
A la una·del dia un piquete de dragones montados, precedidos do una buena
música militar, recorrió las calles principales de la ciudad, y los sold¡i.dos de la
policía repartían ejemplares del decreto á la multitud que se agolpaba en las calles para recibirlo.
En las esquinas se fijó el decreto, impreso con grandes caractéres de colores.
Los repiques á vu~lo en todos los templos, la salva de artillería y los cohetes
que se lanzaban al aire, excitaban el entusiasmo de esta poblacion agradecida,
porque comprende los inmensos bienes que le resultarán del establecimiento de
la via férrea.
Por la tarde, en. nuestro hermoso paseo de los Berros, se elevó un globo aerostático, con el siguiente lema: "Viva el Emperador Maximiliano,'.' y por la
noche otro enla Plaza de Armas, con el de "Viva la Emperatriz Carlota." Los
frentes ,de casi todas las casas, en la noche, á la hora de costumbre, estuvieron
iluminados con aparatos de gas.
Jalapa en está vez ha sabido corresponder á la bondad del Soberano, y estamos seguros que en todas estas manifestaciones ha habido la mayor expontaneidad. Ojalá y muy pronto podamos sentil' la benéfica influencia de una mejora como la que ha sido decretada para esta ciuda&lt;l.

C:olonizacion.
Se ha publicado en el Cármen lo siguiente:
Aviso importante.-Necesitando el que suscribe jornaleros para su establecimiento "San Roman," situado en el márgen derecho del rio Chumpan, convoca
á los mozos libres ó colonos extranjeros que quieran servirlo, bajo las bases siguientes:-H Pagará un jornal de cuatro reales diarios, en efectivo ó efectos,
siendo la mantencion de cuenta del jornalero.-2~ Les dará casa para vivir, en
la finca, con un s·olar para crianza de animales.-3~ Les dará en la semana un
dia para que trabajen en sus labores, y tierras para hacerlas, sin arrendamiento.
-4ª A los cinco años de servicio, les hará donacion de cuatro acres de tierra
(36 mecates) y les fabricará en esta posesion una casa de huano, de doce varas,
todo gratis.-5~ Los dias que por enfermedad ú otro motivo hubiesen dejado de
trabajar, tendrán obligacion de reponerlos despues de quedar independientes.6~ Pasados los cinco años quedan libres de todo compromiso, y cuando quieran
servir voluntariamente, ganarán un jornal de cinco á seis reales.-7~ Los terrenos que necesiten para sus labranzas, ademas de los cuatro acres, sé los venderá
ó arrendará convencionalmente.-8~ El propietario se obliga á tener 'siempre en
el establecimiento los artículos de primera necesidad, para que se surtan los colonos.-9~ Para el. mantenimiento del órden, quedarán todos sujetos al encargado de la finca durante los cinco años del compromiso.-10. El jornalero ó colono

�I

que se separase antes de este plazo, pierde el derecho á estas prerogativas.-11.
Las tareas serán las mismas que se den á los demas sirvientes de la finca, lo
mismo que el preci~ de ~os efectos.-12. El pasaje de ~s~ ciudad á la ~nea, s~rá
por cuenta del propietano.-13. Cada año, el 31 de Diciembre, se hara una rU:a
de cien pesos, en presencia del Juez auxiliar y dos vecinos, entre todos los habitantes de la posesion, que se entreg.arán en el acto del sorteo al que res}1lte agraciado.- 14. Otro premio de cien pesos se adjudicará al que resulte ten~r menos
fallas en el año.-15. Los dos artículos anteriores se cumplirán tan pronto como
haya diez jornaleros que tengan mas de seis meses de estar en la finca trabajando.
, .
_
.
La finca está situada en un lugar saludable, a orilla de un hermoso no: sus
terrenos son muy fértiles para todas las producciones del país: las aguas excelentes y abundantes de pesca: hay suficientes maderas para todos usos, y arroyos y caminos abiertos para la extraccion de frutos.
Cánnen, Enero 16 de 1866.-Peifecto Vadillo.

COB.1\EDOB.ES
HABILITADOS POR EL EXMO. SR. Mrn:rSTRO DE FOMENTO PARA EJERCER SU
PROFESION EN ESTA PLAZA, DURANTE EL PRESENTE. AÑO.

Cuarta clase.

esta no se habia rmmido, por cuya causa aun no se l1abia formado el presupuesto. Con este motivo se suscitó una ligera discusion acerca de los presupuestos
particulares de las clases y el general de la Academia, resultando de ,la discusion, que se designase la cantidad de tres mil pesos á la clase :filoló.gico-literaria.
El Sr. Rio de la Loza hizo presente, que á las listas de hombres ilustres, formada por las clases, aun faltaba que agregar la de las personas eélebrcs en milicia y política. Despues de haberse discutido este punto, se acordó, á proposicion del Sr. Larrainzar, el nombramiento de una comision compuesta de un
miembro por cada clase para formar la lista que faltaba: fueron nombrados los
Sres . .A.rango, Castillo y Arriola.
Se nombró otra comision coILpuesta de los Sres. Larrainzar, Mier y 'l'erán y
Segura, para que dé su dictámen sobre las westiones que deben presentarse para el certámcn.
El Sr. Río de la Loza continuó leyendo el proyecto de reglamento. Fueron
aprobadas las fracciones H, 2ª y 3~ del art. 39, sin modificacion alguna. La fraccion 4º fué aprobada, agregándole la pafabra inf orrn~r, propuesta por el Sr. Orozco. La fraecion 5! sufrió una detenida discusion, en que tomaron parte los Sres.
Cuevas, Orozco, Jimenes [D. Francisco] y Segura, resultando modificado el artículo en los términos acordados por los señores presentes, y que adoptó la comision. Las fracciones 6~ y 7ª se aprobaron sin discusion. La fraccion 8&lt;!- fué aprobada, agregándole: "que no se saquen copias de los manuscritos sin permiso de
la .Academia.
.
No concurrieron los Sres. Salaza-r Ilarregui [ausente], Maury [sin aviso], Ramirez [ausente], García Icazbalceta [ausenté], .A.rango y Escandon (por enfermedad], Lares [con aviso], Roa Bárccna [sin aviso], Lacunza [sin aviso], y Fonseca [sin aviso].
~ '
~léxico, Diciembre 10 de 1:865.- El Secretario interino, Francisco Pimcntel·

Fianzas, 500 pesos.

ACTA NUMERO 18.

.Aguil'era D. José, Ca¡llejas D. Luis, Callejas D. Aristeo, Casillas D. Mariano,
Enciso D. Manuel, Enciso D. Vicente, Farías D. Leonides, Herrera D. Néstor,
Martinez D. Anselmo, Nuevo D. Romualdo, Priego D. Joaquin, Rodriguez D.
Luis.

Sesion del día 9.

Segunda y tercera seccion de la segunda clase.
Fianzas, 3.000 pesos.

Aguilar D. Antonio, Barquera D. A:itonio, Benavides D. Jesus, Bo:r~so D.
Ignacio, Campos de la Vega D. Francisco, Campos D. Manuel, Cas~amza D.
Francisco, Castillo D. Paz del, Gonzalez D. Teodoro, Guerrero D. Jacmto, Llera D. Felipe, Martinez D. Lino, Matamoros D. Rafael, Millan D. Modesto,. Miranda D. Adrian, Miranda D. Miguel, Montero D. J oaquin, Moreno D. Francisco,
Rodríguez D. Pedro, Saldaña D. l!'lorencio, Saráchaga D. Cipriano, Zayas _D.
Juan E.
Ter.cera seccion de la segwnda clase.
'Fianzas, 1.000 pesos.

Almazan Morales D. Vicente, Andrade D. Antonio, .A.randa D. Severiano, Arpide D. Manuel, .Avila D. Vicente, Barron D. Manuel, Bayardi D. Sabás, Fajardo D. Ramon, Fernandez D. Rafael, García D. Luis, Garduño D. José María,
Gres D. ]hancisco de P., HeITera D. José Eugenio, Hinojosa D. Ignacio, Martinez Quintero D. José María, Montesdeoca D. Luis, Negrete D. Mariano, Noriega D. l!'ernando, Quintanar D. Jesus, Rivero D. Camilo, Sanchez D. José María, Santiago D. Epitacio de, Vazquez D. Telésforo, Veliz D. Julian, Villegas
D. Federico.
Tercera seccion de la segunda clase y cuarta clase,

Primera clase, y primeva, segwnda y tercera seccion de la segunda.

Fianzas, 1.500 pesos.

Castaños D. Miguel, Hurtado D. C~rmen.

Fianzas, 11,000 pesos.

Alva D., Ramon, Basurto D. Mariano, Cancino D. Rafael, Carmona D. José

María, Castañeda y Nájera D. Roman, Eguía D. Pascual, Espeje! D. Manuel,
Gonzalez Cárdenas D. Antonio; Gutierrez D. Luis G., Haro D. José María, Huve D. Jorge Federico, Lama D.José de la, MolinaD. Juan José, Mora D.Francisco, Movellan D. Francisco F. de, Paul D. Domingo, Rodríguez y Falcon D.
Basilio, Salas D. José María, Sanchez Trujillo D. José, Tellez D. Cayetano,
Terroba D. Ignacio, Vértiz D. Antonio de

Primera clase, y primera y segunda seccion de la segunda.
'
Fianzas, 10,000 pesos.
Algara D. Ignacio, Antoñana D. Antonio, Durr~ty :q; Adolfo, Hülsseman D.
Federico, Ibarrola D. José Ramon, Landa D. Jose Mana, Leon D. José, Sua.rez Teruel D. José Antonio, Trueba D. Rafael.

Primera clase, y primera seccion de la segwnda.
Fianzas, 8,000 pesos.
I

Argandar D. Alejandro, César D. Longinos, Goss D. Ricardo, Ouvrard D.
Juan H., Sevilla D. Juan N.

Primera clase, y segunda y tercera seccion de la segunda.
Fianz~s, 9,000 pesos.

Fuente (de la) D. Salvador. .

Primera clase, y segunda seccion de la segwnqa.
Gallego D. Manuel, Genton D. Pedro.

Pritnera clase.
'

Olguin D. Silvestre, Rivera D. Joaquin.

Corredores que han obtenido licencia pdra ausentarse del Imperio, para desempeñar
comisiones del Supremo Gobierno, 6para dedicarse á asuntos incompatibles con la
corredurría, la cual no pueden ejercer mientras dure la licencia.
Barbedillo D. José R., Baume D. Fernando, Doussine D. .Agustin, Fernandez
D. Francisco, Gibbon D. Enrique, Labat D . .Alfonso, Lange D. Pablo, Marcel
D. Federico, Marticorena D. Victoriano, Pino D. Tomás del, Rodríguez D. F.
Javier.

Corredores que lu11n perdido todo derecho para que en lo sucesivo se les reluibilite,
por no haber refrendado sus títulos en tiempo oportuno.
Baca D. Trinidad, Baca D. Vicente, Béistegui D. Miguel, Cüijosa D. Luis G.,
Marroquin D. .Agustin, Savignon D. Julio, Villar D. Félix María del, Zendrero
D. Agustin.
.Tonta de Gobierno.

Fianzas, 6,000 pesos.

Capetillo D. José María, Gutmann D. Simon de, Keymolen D. Luis, Rondero
D. Juan, Urquiaga D. Manuel.
·

Primera, segunda y tercera seccwn de la segunda clase.
Fianzas, 5,000 pesos.

Almazan D. Leonardo, Barona D. Cipriano, Basurto D. José María, Baz D.
José Maria, Bravo D. Antonio, Colin D. Mariano, Cordero D. Luis, Córdoba D.
Fernando, Dacomba D. Francisco, García de Leon D. Cayetano, García Serralde D. Antonio, Gonzalez Cárdenas D. Joaquin, Gonzalez Peregrina D. Juan,
Herrera y Valle D. Felipe, Huerta D. José Wenceslao, Jorges D. Mateo, Lozano D. Juan B., Mangino y Bringal! D. Rafael, Miranda D. Juan N., Ortiz de
la Huerta D. Joaquin, Pendás D. José, Pino D. Manuel, Rangel y Russi D.
Mariano, Revelo D. José María, Revilla D. Francisco, Reyes D. José Guadalupe, Reynoso D. Luis G., Salgado D. Juan, Salguero D. .Agustin, Santivañez D.
José Anastasio, Sanchez D. José Manuel, Trejo Carbajal D. Sebastian, Veraza
D. José Maria, Vilchis D. Manuel, Zárate D. Vicente.
1

Primera y segunda seccion de la segunda clase.
Fianz~1 4,000 pesos.

Alvarez D. José María, Baume D. Amadeo, Galan D. Ramon, Goyhenne D.
Juan, Labat D. Juan, Mangino D. José, Penavade D. .Agustin, Peña D. Felipe
de la, Rico D. José María, Torr~b1anca D. José Uton.

Primera y tercera secion de la segunda clase.
Dnrán D. Mariano.

Individuos agraciadtJs por el Supremo Gobierno para intervenir exclusivament,e
en los contratos de cal.

SÍNDrco.- D. Antonio de Vértiz.
ADJUNTOS.-1 ?, D. Pascual Eguía; 2?, Ignacio Algara; 3?, D. Antonio .Antoñana; 4°, D. Ignacio TeIToba. '
SUPLENTES.- 1?, D. José María Sanchez; 2?, D. José de la Lama; 3?, D. Rafael Mangino y Bringas; 4?, D. Felipe Llera,
SECRETARIO.-José de la Lama.

Fiánzas, 8,000 pesos.

Fianzas, 3.000 pesos.

Primera sececion de la segunda clase.
Fianzas, 2.000 pesos.

Audiffr~d D. Luis, Córdova D. Manuel N. de, Dupont D. Juan, GandoulfD.
B. Eugemo, Jauffred D. Melchor, Malda D. Mariano, Martinez D. José María,
Jrlassou. D. Ernesto, Santa Marina D. Justo, Sommevialle D. Francisco, Vion D.
Juan B., Zubiaga D. Mariano.

137

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

136

Ferrocarril de México á Chateo.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta cou lo siguiente:
1? Se recibieron varios ejemplares de la casa del Emperador, relativos al ceremonial para la funcion de Nuestra Señora de Guadalupe el dia 12 del presente, y en consecuencia se avisó oportunamente á los señores .Académicos.
2° Se recibieron las entregas 8 y 9 de la novela "Luisa," que está escribiendo ·el Sr. D. Francisco de P. Palomo.
El Sr. Cuevas, P residente de, la clase :filológico-literaria, leyó la inscripcion
latina trabajada por el Sr. Segura para el monumento que va á erigirse al Sr.
General D. Vicente Guerrero, cuya inscripcion se discutirá en la sesion próxima.
Continuó la discusion del Reglamento y fueron aprobados los artículos 40, 41,
con su fraccion l'espectiva, 42, 43, 44, y el 45, poniéndose en lugar de la palabra
"censura" esta otra: publicaciones. Despues de una ligera discusion se aprobaron
los artículos 46, 47, 48, 49, 50 y 51.
Se dió lectura al capítulo que trata de los fondos de la A_cademia, y se aprobaron los artículos 52 y 53; éste con ligeras modificacione~: las dos primeras
partes de la fraccion 8" se aprobaron tambien, y se reservó la. discusion de la
3~ para i,u tiempo, habiéndose aprobado el artículo 54.
Por renuncia que hizo el Sr. Arango, pue~ se encuenti:a enfermo, se nombró
al Sr. Roa Bárcena para integrar la comision~que ha de escoger las personas mas
distinguidas en política, milicia, ciencias y_ l:tP.ratura.
Concluyó la sesion á las tres y media. de la tarde, y asistieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza, .A.rango y Escandon, Arriola, Ouevas, Jimenez
(D. Miguel], Larrainzar, y el secretario accidental que suscribe. Faltaron por
ocupacion los Sres . .Almazan, Fonseca, Lacunza, Lares, y Pimentel; por estar
ausentes de la capital, los Sres. García Icazbalceta, Ramirez, y Salazar Ilarregui; y sin aviso los Sres. Mier y Teran, y Maury; por enfermedad el Sr. Castillo.
Los Sres. JiÍnenez [D. Francisco], y Orozco y Berra no asistieron por estar
equivocada la hora de la cita.
.
El Sr. Roa Bárcena manifestó que por ocupacion no ha concurrido, y que así
lo hizo presente al Sr. Presidente Ramirez.
México, Diciembre 11 de 1865.-Secretario accidental, J. Sebastian Segura.

COMPAÑÍA ME-XICANA.

ACTA NUM.19.

Noticia del ,nommiento de pasajeros habido entre Mé:1.iw y Tacubaya la semana del 22
al 28 de Enero.
.

Sesion extraordinaria del dia 13 de Diciembre de lStw.

Pasajeros.

De 1~ clase.. . ... _. . . . . . . . . . . 3,946
De 2~ clase ................ . . 10.109
Sumas .............. 14,055
México, Enero 29 de 1866.-.Arbeu y socios.

Productos.
$

493 25
630 50
1,123 75

1

Academia Imperial de Ciencias y Literatura.
ACTA NUM. 17.
Se reunieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza, Arriola, Cuevas,
Castillo, Jimenez [D. Miguel], Jimenez [D. Francisco], Larrainzar, Mier y
Terán [D. Joaquin], Orozco y Berna, Segura y el Secretario interino que suscribe.
Se leyó y aprobó el acta de la sesion anterior.
El Sr. Río de la Loza manifestó que no obstante la órden dada á las autori-dades respectivas por e: Ministerio de Instruccion pública, para que los impresores remitan á la Academia un ejemplar de las obras que impriman, no se babia
recibi~o hasta ahora impreso de ninguna clase. El Sr. Segura prometió poner
un aviso sobre el particular en el periódico "El Cronista," que sirviese de recuerdo á los impresores.'
El Sr. Orozco dijo: que estando yp, para ~onerse la inscripcion á la estatua del
Sr. Cura Morelos, debería nombrarse una comision que tuviera cuidado de hac~rlo con toda la escrupulosidad debida. El Sr. Segura propuso que esa comision fuera ~a misma que formó la inscripcion, y así fué acordado.
El referido Sr. Orozco, como presidente accidental de la clase filosófico-histórica, presentó la lista de gobernantes que ha tenido el país, pedida por S. M., así
como la lista de cuestiones para el certámen; agregando que, respecto al presupuesto de su clase, que se le tenia pedido, calculaba una suma de cinco mil pesos.
El Sr. Cuevas, como presidente de la clase :filológico-literaria, manifestó que

.Aprobada el acta de la sesion extraordinaria del dia 11, con las variaciones
que en ella se hicieron, manifestó la Secretaría haberse recibido lo siguiente:
l? La entrega núm. 10 de la novela intitulada "Luisa," del Sr. D. Francisco
de P. Palomo. 2? "El Cronista" ,desde el dia 1° de Diciembre y "Pájaro Verde"
desde el dia 7 del mismo mes.
,
A propuesta del Sr. Orozco y Berra se nombraron para la correccion de esti.,,
lo del Reglamento á los Sres. Roa Bárcena y Segura.
Para entrar desde luego en la discusion del Reglamento, se ácordó diferir el
exámen de 1n. inscripcion trabajada para el monumentó del Sr. general Guerrero.
Se puso á discusion la parte 3~ de la fraccion 8~ de1 art. 98, y por unanimidad
fué desechado, declarándose que no se diesen gratificaciones distintas de las
marcadas en la ley.
El art. 99 se aprobó sin discusion. Puesto á discusion el capítulo 5~que trata de las sesiones, etc., sin ella se aprobó el art. 49. Se aprobó tambien el art. 50, y á p1·opuesta del Sr. Roa Bárcena _
se sustituyó la palabra "notabilidad" con la de persona distinguida.
Por indicacion del Sr. Larrainzar, se agregaron á la fraccion 3~ estas palabras:
y los denias que.fueren necesarios.
Los artículos 51, 52, 53, 54 y 55 fueron aprobadós despues de una ligera discusion.
El art. 56 se aprobó omitiendo la última parto que dice: "Y á la eleccion de
académicos, etc."
El art. 57 se aprobó con la siguiente variante: en lugar de "el presidente que
concluye" ha de decir el presidente que entra pronunciará un breve discurso, etc.
Se aprobaron sin discusion los -artículos 58, 59, 60, 61 y 62. El 63 volvió á
la comision, y se aprobó el 64.
Se puso á discusion el capítulo 6? que trata de las comisiones, y sin ella se
aprobaron los artículos 65, 66 y 67.
Se levantó la sesion' á las cuatro de la tarde. .Asistieron los Sres. presidente interino Río de la Loza, Arriola, .Almazan, Cuevas, Fonseca, Jimenez [D. Miguel],
Jimenez [D. Francisco] Larrainzar, Maury, Mier y Terán, Roa Bárcena, Orozco y Berra y el Secretario accidental que sus1,;ribe. No asistieron por ocupacion

m-gent~ los Sres. Pimentel, Lacunza, Lares; por enfermedad los Sres. Castillo y
.A.xango, y por estar ausentes los Sres. Ramirez, García Icazbalceta y Salazar
Ilarregui.
México, Dicie,mbre 13 de 1865.-El Secretario accidental, J. Sebastian Segura.
ÁCTA NUM. 20.
Se reunieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza, Almazán, Cuevas,
1!,ons'eca, Jimenez [D. Miguel], Lares, Larrainzar, -Maury, Mier y Terán, Orozco
y Berra, Roa Bá'rcena, Segura, y el Secretario interino que suscribe.
Se leyó el acta de la sesion anterior, que fué aprobada.
El Sr. Río de la Loza ~omenzó á leer el capitulo 7? del proyecto de Reglamento. Puesto á discusion el art. 68, hicieron algunas observaciones acerca de
él los Sres. Orozco, Mam-y y Segura, quedando aprobado con el agregado delas
palabras: bajo todos sus aspectos, y explicándose queJos trabajos científicos de la
.Academia, "comprenderán los teóricós y los prácticos."
El art. 69 fué r~tirado_por la. comisiqn, á virtud de las observaciones hechas
por algunos de los señores presentes. .
El art. 70 fué reprobado despues de una detenida discusion, en que hablaron á
favor los Sres. Cuevas, Rio de la Loza y Larrainzar, y en contra los Sres. Segura, Orozco y Lares.
El art. 71 se acordó quedase agregado al primero en estos términos: "presentando siempre por escrito los resultados de estos trabajos."
El art. 72 fué aprobado tambien, omitiendo las palabras "propios y extraños.'f
El art. 73 fué igualmente aprobado, omitiendo las palabras "con claridad."
El art. 74 fué aprobado sin modificacion alguna. ·
El Sr. Rio de la Loza pidió á la .Academia que 'tomase en consideracion algunas adiciones que habia hecho á la parte aprobada -del Reglamento, cuyas adiciones fueron puestas á discusion y aprobadas.
El Sr. Larrainzar leyó un dictámen que se le tenia encomendado, como Presidente, sobre convocatoria para el certámen literario, y quedó de primera lectura.
Fué nombrado en comision el Sr. Mier y Terán para fonnar el proyecto de
Reglamento en la parte relativa á certámenes literarios.
No asistieron los Sres. .Arriola [sin aviso], Arango y Escandon (enfenno), Castillo [ausente], García Icazbalceta [ausente], Jimenez D. Francisco· [por ocupacion], Lacunza [por ocupacion], Ramirez [ausente] y Salazar Ilarregui [ausente].
México, Diciembre 14 de 1865.- El Secretario interino, Francisco Pimentel

DElVIJNCIOS Y SOLICITUDES
ANTE EL !11INISTERIO DE FOMENTO.

(3~ publicacion.)

México, Noviembre 14 de 1865.

Solicitud ele D. Cárlos Rienseh, pidiendo privilegio exclusivo, com-0 .inventor della
destilacion y purificacion del aguardiente de caña, por medio de un nuevo procedimiento.
"Segunda clase.- Cuatro reales.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Cárlos Rienseh, natural de Prusia y vecino de Colima, ante V. E., como mas hay;a lugar, comparece y expone: Que habiendo logrado encontrar un pro·cedimientd por el cual,se purifica completamente el aguardiente de caña, pierde todo olor y queda aguardiente puro, segun compruebo en el pliego cerr~do adjunto;- A V. E. suplico se sirva concederme, con
arreglo á la ley, privilegio exclusivo por nueve años, por la introd.uccion y perfeccionamiento de la destilacion del aguardiente de caña y su completa puri:ficacion, segun el método nuevo en el país, que .presento.-Es gracia que espero obtener de la bondad y justicia de V. E.- México, Noviembre 22 de 1865.- E. Cárlos Rienseh."
Lo que se inserta en el "Diario del Imperio" conforme al art. 14 ele la ley de
3 de Noviembre de 1858.- El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
(3~ publicacion.)

México, Noviembre 21 de 1865.

Solicitud de D. Pedro Valdés pidiendo privilegio exclusivo por cinco años, coma
inventor de una composicion que deMmina ''Malbó, 6 Asfalto art·ijioial."
"Segunda clase.- Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos ses-enta y
cu~tro y sesenta y cinco.-Exmo.Sr.-Pedro Valdés, ante V. E. como mejor proceda, digo: que soy inventor de una sustancia ála cual, en razon de su composioion,
he dado el nombre de '.'Malbó, ó .Asphalto artificial," la que á la vez que llena los
mismos objetos que el asfalto, tal cual hasta aquí se ha aplicado, ofrece mayores
ventajas, no tan solo por razon del precio, sino por sus :resultados, pues á la vez
que 'es mas resistente á la accion del agua y del sol, pres~nta u_na t~z mas pulida, como puede verse en la muestra que acompaño.- La mvencion a que me re-fiero es mia, y así lo juro, y sús detalles constan en el pliego que cerrado acom-..
paño: por tanto-A V. E. suplico, que teniéndome por presentado, y previas las
formalidades de la ley, se sirva concederme privilegio exclusivo por el término •
de cinco años, en lo que recibiré justicia.-México, Setiembre 16 de 1865.-Pedro Valdés."
.
Lo que se publica en el "Diario del Imperio" conforme al artículo 14 de·IA
ley de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozc&lt;P.
(3~ publicacion.)

México, Noviembre 24 de 1865.

Solicitud de D. Juan N. Adorrw pidiendo jJatente de invencion por una máquina para alzar agua. ·
"Segunda elase.- Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.- Exmo. Sr.-El C. Juan N. .Adorno, ante V.E. con el
debido respeto expongo: Que he inventado una máquina para elevar agua, distinta de todas las conocidas, y bajo principios enteramente nuevos de cuantos hasta
ahora se practican en las diversas partes del mundo.- Para cerciorarme de que
mi máquina era realizable y que no elaboraba yo bajo la influencia de una ilusion, he construido una maquinita_peque~a, la cual ha realizado todas mis esperanzas, elevando el agua con tal rapidez y a costa de tan pequeño esfuerzo, que verdaderamente sorprende sus resultados, y con ella puede estar México seguro de
salvarse de la presente anegacion de sus calles y de la probable inundacion que
amenaza para el año venidero, como estoy pronto á demostrarlo con la maquinita ya construida, si V. E. me lo ordena.-Si, como Dios no pennita, la inundacion

�138

EL DIARIO DEL IMPERIO.

en el año próximo tuviese lugar, y la altura de las aguas no fuese éxtrordinaria~
mi máquina asimismo debe salvar los edificios privados, pues al paso que puede
construirse á poco precio para las grandes extracciones de agua, de ocho y diez
mil metros cúbicos cada veinticuatro horas, puede tambien fabricarse con suma.
sencillez y baratura, al alcance de todas las fortunas, para desaguar las casas
nna vez aisladas de la agua exterior de las calles.- Finalmente, la referida máquina, multiplicada y colocada convenientemente, puede dominar las aguas de
una inundacion de esta ciuda&lt;l, con tal de que ellas no excediesen en altura á los
canales de derivacion propiamente dispuestos para evitar una catástrofe; todo lo
cual, así como un pfa.n preventivo de ella, tendré el honor de comunicarlo, si
V. E. lo creyere oportuno.-Entretanto, como mis circunstancias personales me
obligan á procurar obtener algun producto de mis afanes é invenciones, ruego á V. E. se sirva concederme patente de invencion por la referida máquina,
por doce años, segun la ley, para lo cual le acompaño en pliego cerrado los dibu-'
jos y explicaciones del principio fundamental y de los medios mecánicos que empleo para realizarlo.-Por tanto, á V. E. ruego se sirva acceder á mi solicitud,
en lo que recibiré merced y gracia._._México,_ Noviembre 20 de 1865.-Juan
N. Adorno."
Lo que se publica en el "Diario del Imperio" conforme al artículo 14 de la
ley de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de Fomento,Manuel Orozco.

AVISOS OFICIALES.
ADKll'l'IST_JLACIOW GEN.EB.AL DE C::OB.B.EOS.
AVISO AL PUBLICO,

El dia 2 del próximo Febrero, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion
general para Veracmz, un estraordinaiio con la,cortespondencia que ha de conducirá NuevaYork, con escala en la Habana y el puerto de Sisal, el vapor-correo "Manhattan." Lo que se
participa al público para ¡¡u conocimiento y efectos correspondientes.
México, Enero Z'/ de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
Ss- 1

· · C::omisaria Central de Policía.
Núm. 1,384.- México, Enero 29 de 1866.-En esta oficina se-solicita al súbdito americano
Hr. Thomas Smith, que fué asaltado hace dias por unos ladrones, mas allá de la garita de Vallejo, para comunicarle un asunto que le interesa.-El Secretario general, T. Tuñ011 Cañedo.
3a-1

Ayuntamiento -de-Mémo. .

videncia por medio de los periódicos y por edictos que se fijarán en los parajes ~e costumbre,
y fórmese el espediente de calificacion de la quiebra. Practicado el asegura1mento, hágase
saber el presente auto al fallido para que use de sus derechos: la Secretaría c~rtHique, que en
la lista de corredores del año proximo pasado aparece el nombre d~ D. Anton~no Barque!a.Los Sres. Presidente y colegas lo proveyeron y fumaron.- CastiUo.- Gardula.- Cata110.L1tis Rodriguez y Palacio."
En cumplimiento de lo mandado publico el presente. México, Enero 27 de 1866.-José María Cardetia" Oficial 2~ encargado de la Secretaría.
816-3a-1
' JUZGADO DE LETRAS DE TULANCINGO.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado el Lic. D. José María Carbajal, como
apoderado de D. José Castell6, contra D. Luis Pasos Nieto, como al)lacea de la testamentaría
de D. José Flor, sobre pesos, el Sr. Juez 1~ de paz, sustituto del do 1~ instancia, ha mandado
se proceda á la venta del rancho de la Alcaparrosa, los llenos y casas del rancho de San Pablo,
ubicados en la Barranca, de la municipalidad de Acatlan; valuado todo por el perito D. Vicente Escárcego en la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y seis pesos sesenta y dos y
medio centavos (3,436 ps. 62k cs.), señalándose para las almonedas los dia's diez y seis y veintiseis de Enero próximo y seis de Febrero; siendo la última con calidad de remate, y todas á
las diez de la mañana.
Lo que pongo en conocim?ento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Secretaría de este Juzgado, donde se les darán las instrucciones necesarias.
Tulanéingo, Diciembre 30 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Lic. Franci~co di P. Ol-oera.
793-9a- 7

Almoneda judicial.
Para proceder á la venta de una casa con su huerta y magueyal anexo, ubicada en la plazuela di) los Licenciados, del pueblo de San Angel, jurisdiccion de Coyoacan, que avaluó el
pelito D. Alonso Mariscal en la suma de $ 29,357 75 cs., de pedimento' de D. Manuel Payno
en los autos relativos qu'e sobre ejecucion de un fallo del Exmo. Consejo, sigue contra la testamentaría del Lic. D. Manuel de Zea; el Sr. Juez 1~ civil ile Instruccion, ha mandado por el
proveido en esta fecha, que se celebren las almonedas correspondientes los dias 1?, 12 y 22
del entrante Febrero, á las doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber
al público, para que los quii deseen hacer postura con conocimiento de los autos mencionados,
ocurran á la Secretaría del propio Juzga~o 1~ civil de Instruccion, situado en los entresuelos
del Palacio de Justicia, en donde se les ministrarán las instrucciones que con~ten de autos.
México, Enero 22 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
814-3a-2

Juzgado de letras de Apam.
En el juicio que sobre despojo é indemnizacion de daños y perjuicios sigue en es.te Juzgado el Lic. D. Pedro Quiros, como apoderado de D. Pedro López Raro, contra D. Enrique
Hirsch, el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fecha se cite por los periódicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en el término de ocho
dias se presente, por sí ó por apodera¡lo instruido y espensado, á alegar de buena prueba; apercibido de darse por alegado en el juicio si no lo verifü:a.
Apam, Enero 18 de 1866.-El Secretario del J uzgado, Lic. José Maria Espejel. 810-8s- 6

Tribunal de Comercio de México.

Palacio municipal,'Mexico, Enero 29 de 1866.......:EI Exmo. Ayuntamiento necesita cuatro
pequeños carros, que serán tirados por hombre,. y que deberán servir para conducir á la
cárcel los ébrios que se encuentren en la calle. A este fin ha dispuesto _que las personas que
deseen hacer los référidos -c-arros,-presenten sns propuestas en la Secretarfu municipal, en el
preciso término de ocho dias, contados desde la fecha; bajo la inteligencia de qne se preferirá
á la persona que ofrezca mayor ventaja.-El Oficial mayor encargado de 1a Secretaría, José
.d. Ortiz.
'
3a-1

México, Enero 17 de 1866.-Bn el cspediente de ¡:oncurso á bienes de D. Ernesto ,Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los periódicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los sindicos administradores los comprobantes
de sus créditos dentw del término de quince días, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el ,rresente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña,
Oficial 2? encargado de la Secreta1ía.
809-158-11

.Administracion principal de la renta de Papel sellado

A VISOS P ARrrICULARES.

EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO.

"Se han publicado ya los cuadernos números 5 y 6 del "Bolétin de1as leyes," y se hallan
de venta al precio de ocho centavos el primero y diez y ocho centavos el segundo, en todos
los espendios de esta renta, en esta capital, que se mencionaron en el aviso publicado por esta
A.dministracion en 20 de Noviembre del año próximo pasado.
México, Enero 23 de 1866.-El Administrador principal, J. M. de ]caza é ]turbe. 3a-2

SEGVBOS C'oNTBd INCEJl,.DIOS.
COMPAÑIA DE SEGUROS DE

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

GLA..DBACH.

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

tuzgado segundo de letras del Distrito de Toluca.
En este se hallan depofüados al~unos efectos de mercería que vinieron entre los de ropa
libertados del robo que sufrió D. Gil Lara en el paraje nombrado "El Portezuelo," camino
de ~sta ciudad á la capital del Imperio, el domingo 31 de Diciembre del año próximo pasado.
Y no habiéndose podido averiguar quién sea el dueño de los referidos efectos, de órden del
Sr. Juez 2? de letras, Lic. D. José García Aguirre, se pone en conocimiento del público, para
que la persona que se crea con derecho á ellos, ocurra á deducirlo, y probando su propiedad
le serán entregados.
Toluca, Enero 19 de 1866.-El Secretario del Juzgado, José D. Valdés.
3a-2

Administracion Principal de 1\entas de México.
AVISO INTERESANTE.

Núm. 68.-En los almacenes da esta Aduana. existen sin domument9 los bultos que espresa
la lista. que á continuacion se pone, y á cuyos dueños se cita. por medio del presente, para que

dentro de treinta dias, contados desde esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando su propiedad; entendidos de que de no verificarlo, so procederá á lo que hubiere lugar.

Fecltas de entrada.
Bultos.
Noviembre 15 de 1865. Una. cajita con botellas, entregada en esta oficina con oficio de
la Comandancia del Resguardo ......... : . ... ______ ..... . 1
,,
,, Cuatro bultos conducidos por Souberbielle .•••..........•... 4
25
Dos bultos conducidos por Cha.vero . ...........• . . . ........ 2
Diciembre 9
Un bulto, marca
1
,, ú
,, Un baúl conducido por Souberbielle...... . . . . • . . . • • • . . . . . . 1
,,
13
Dos cajas entregadas en esta oficina por el dependiente del
Resguardo D. Francisco Rivera ............•. ..•.. . ..... 2
18
Tres bultos varillas de fie,rro . . ....... _.......•. . . . ....••.. 3
20
,, Un baúl conducido por Zenteno . .. •. . .• .. . . . ...... . .. _.... 1

Lt, .......... :. .........................

15
México, Diciembre 31 de 1865.-El Guarda- alma~nes, Joaquin Carbajal.
Administracion Principal de Rentas del Departamento del Valle de México Enero 10 de
1866.-El Administrador Principal, J. de la Barrera.
' 6a-3

AVISOS, JUDICIALES.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y s~ darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s-120 '

Hacienda de Temisco.
Convenida entre· los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Cuernavaca su
venta estrnjudicial, se participa al público, para. que las personas que quieran adquirjrla o~urran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, 'rercer Orden de San Agustín núm. 5, todos l¿s dias
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contrato.
799-30s-11 ·

PROTESTA.
Sabedor el que suscrib? de que D. Gabriel ~onzalez _A.n¡¡:ulo tr~ta_d~ enajenar los. capitales que reconoce la hacienda de Sau José Tas1maye, s1tuaaa en Jur1sdiccion del Departamento de Tula, que pertenecieron al estinguido convento de J esus María y á la capellanía
vacante de D. Luis Vazquez, los cuale,s fueron cedidos en pago judicialmente por la parte de
_Gonzalez á mi poderdante D. J. M. Baez; manifiesto á las personas que se interesen á estos
capitales ó á la finca, que ésta es responsable al pa~o de ellos; y que por lo espuesto ninguna
persona puede disponer su enajenacjon sin anuen~1a y consentimiento formal de :Ui poder_dante, ni percibir cantidad alguna por réditos; y en caso contrario, protesto desde ahora á salvo los derechos de mi representado, para d~ducirlos en forma ante quien corresponda, sobre
la nuli~ad de cu_alquier acto que se practique, haciendo esta protesta pública para que no se
alegue 1gnoranc1a.
México, Enero 25 de 1866.-P. P ., lgnácw Beltran.
813-3a-2

DIVERSIONES PUBLICAS.
Miércoles 31 ~e Enero.

TEATRO IMPERIAL .
OPERA ITALIANA.
Para la noche del dia citado está dispuesta la reptesentacion de la ópera de Verdi, denominada: El TrO'Dador; en la cual desempeñará el papel de Leonora la señorita ANGELA PERALTA y el del protagonista el Sr. Tombessi, acompañándolos en su ejecucionla Sra. Sulzer
y los Sres. Padilla y Comago.

Tribunal de Comercio d~ México.
~o~ fecha 26 del ~ctual, ha proveido este Tribunal el auto que á la letra dice:

Vista la denuncia que ~an hecho los Sres. D. Francisco Revilla, D. Eugenio Linarte y
D • ~anuel Herr~n,. comerciantes de ~sta plaza, de la_suspension de pa¡os que h~ hecho D. Ant.omno Barquera. VJ~tas las declaraciones de los _testigos, y resultando de ellas Justificada plellll:mente la suspens1on_de pagos hechos_por el citado Barquera, quien por ella se ha constiénido ?n. estado de qUJebra, segun lo dispuesto en_ el art. 759 del Código de Comercio: en su
cumplimiento se declara que el espresado D. Antomno Barquera se halla en dicho estado cuya
época e~ de contarse desde la fe_ch~ del presente auto, salvo lo que despues aparezca. E~ consecuencia, procédase, _en cu~plimiento del art, 794 ~e dicho Código, al aseguriuniento y se~esl;o de todos los b1enes1 libros y papeles del f~l~do, y á la detencion de su correspondenCI.&amp;, _h1:&gt;rándose atento oficio para ello á la Adm1mstracion de correos. Se nombran síndicos
adl!11rustradores á los Sres. D. Ma~uel Herran y C~, y j1;1dicial al Lic. D. Miguel Enrique, á
qu.¡.enes se hará saber su nombramiento para su aceptac1on y desempeño. Pul&gt;líquese la pro-

El juéves 1? de Febrero se verificará el beneficio de la señorita MATll,DE PLODOWOSKA
cuyo programa es el siguiente:-Opera denominada: Lucía; duo de Norma por la beneficiad~
y la señorita Peralta; aria de Beatriz di Tenda por el Sr. Biacchi; aria del Domin6 neuro por
la beneficiada.
.
"

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA.
El miércoles 31 del presente, la zarzuela denominada: La cola del diablo, y la comedia nueva que se intitula: El miércoles.

1'.IEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero de la Orden de Guadalupe</name>
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        <name>Colonización en el Carmen</name>
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        <name>Comandantes militares</name>
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        <name>Distrito de Mascota</name>
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        <name>Ferrocarril</name>
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        <name>Redención de capitales</name>
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EL

DEL

DIARIO
Los números sueltos valen,12 centavos.
TOMO

lllEXlfJO.-IHlércoles 31 de Enero

III.

81JMAJLIO.

-

PARTE OFICIAL.-Deereto rebajando los dereebos á los efectos extranjeros que se importen por Sisal y Campeehe.- Gran Oficial de la Orden de Guadalupe.-Renunciaaceptada
del Subsecretario de Hacienda, Sr. César.-Acuerduq\)re f.l()legial.llS del Colegio de ~, 1:gnacio.-Asesor del .Alcalde del municipio de México.-Miembros de la Junta de sa},.ub¡:i.4aq de
Puebla.-Comisario municipal de San Cárlos en el Departamento de Veracruz.-Alcalde municipal de Coatepec.
PARTE NO OFICIAL.-Casas demoneda.-Telégrafode Cuemavaca.-Disidentes sometidos.-Trlbnnal de cuentas.-Ac~~ d&amp;.Cienc~. ~~Noticias extranjeras.
Denuncios y solicitudes.

'i'

PARTE O)?J(JJ..J.i,
\

MAXIMILIANO,

EMPERADO~ J)E ME~CO:

Oido Nuestro Consejo de Ministros, DÉcRETJ.HOS lo siguient.e:
Art. 1? Los efectos extranjeros imp~rtaaos en la Península de Yucatan, por
los puertos de Sisal y Campeche, desde el dia que se publique en ellos el presente decret-0, solo pagarán el sesenta por ciento de los derechos de importacion que señalan la Ordenanza de ·Aduanas m&amp;rítimas y fronterizas, de l? de
Enero de 1856 y disposiciones posteriores, quedando libres de los derech'os de
internacion y contraregi,stro ..
Art. 2? La harina i:itranjera que se introduzca por los referidos puertos, pagará un derecho especial de cuatro pesos por quintal neto, como único derecho.
Art. 3? Los efect.os importados en Yucatan que hayan disfrutado de la rebaja y exencion de derechos de que habla el art. l? de este decreto, cuando se
extraigan para otros Departamentos del Imperio, pagarán en los puertos á que
se dirijan, el 40 por ciento restante de los derechos de importacion, y sobre la
totalidad de estos, los adicionales de internacion y de coutraregistro.
Art. 4~ Los frutos y efectos nacionales que se exporten de la expresada Península para el extranjero, pagarán un cinco por ciento sobre su aforo, con
excepcion del palo de tinte, que continuará pagando el que actualmente tiene
fijado.
·
Art. b? Se suprimell las oficinas establecidas en la repetida Península, para
el cobro de los derechos de consumo sobre efectos nacionales, y de contraregistro sobre extranjeros, así como el resguardo establecido para vigilar el tráfico
interior, reduciéndose á lo muy necesario en los puntos convenientes de las
costas.
'
·
Art. 6? Subsisten los impuestos establecidos al ganado vacuno, al de cerda
y al tabaco.
,
Nuestro Ministerio de Hacienda qúeda encargado de la ejecucion del presente decreto.
Dado en México á 213 de Enero de 1866.
MAXIMILI.A.NO.
Por el Emperador, ,

de IS66.

NUM. 327

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 3~

México, Enero 29 de 1866.

,S. M. el Emperador, con fecha de ayer, 1Ia tenido á-bien acordar lo siguiente:
·''Con 1a mira de imJ!artir oport?nos: soc9rro! á las personas arruinadas po.r
el Jincehdio ae Astata, HEMos venido en autorizar á la '.Prefectura de ~ehu~~
tepec, par.a que erogue el gasto que de'ma~de la ejecucion .d_e las provid~nc!as
siguientes:-!~ Se ministrarán por espaci? de u!1 m~s, gun)ce cen~~vos dia:ios
á cada una de las personas mayorés de qumce anos, y diez á los ~mos.-2, A
la~ fapi~lias que hay~n verdido sus habi~~~io~es, se les proporcionará pa~ la
1
r~pos1.~iqn pe sus ,c~ozas, adell¡1as ~~l ~~X\~~ a que se r_e~ere el artículo anten_or, .
lá cantidad de doce pesos ;por ,familia, cuya suma se ira en~re~anao á ,medida
q~e vayan efectuanilo las reedificacion·es.-3~ La Prefectura duipondra que á
las personas que·carezcan de hiibitacion, se les dé asilo por espac1? de un mes,
en los templos, ex-conventos, establecimientos y edificios del Gobierno ó de los
municipios, .y c~sas. particµlares vaeía11 de los pueblos comarcanos.-4~ Quedan
por el término ~e seis meses, contados desde la fecha, .exentos. del pago _de
impuestos generales y municipales, los materiales de construccion que se lil·
ti:oduzcan al pueblo de Astata para'la roposicion de los edificios incendiados."
Y lo trascribo á V. S. para' su conocimiento y demas fines.-~or ause~cia
del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernaci:on, Francisco J. "'fillalabos.-Sr. Prefecto del Departamento de Tehuantep~c.

. S. M. el Emperador, con fecha'dé~yer, se H~servido expedir el acuerdo que
sigue:
..
"Teniendo en consideracion que las solicitantes, en el hecho de optar p~r el
. ingreso al Colegio de San Ignacio, perdieron el derecho de obtener la cantidad
que se les ofrecia en caso de que hubieran. preferido volver al se~o de sus
milias, y quedaron, en consecuencia, sujetas á los estatutos de dicho Cole~o;
y como por ellos se.previene que las colegialas solo tienen derecho á la pension
mielltras permanezcan en el esta.blecimiento, HEMOS venido en resolver:-1?
Por consideraciones de equidad, se dispensa á las solicitantes Ja falta e~ que
han incurrido al separarse del establecimiento sin la licencia correspondiente,
bajo la precisa condicion de,que ingresen á él dentro del término de un mes,
contado desde la fecha.-2 ~ Una vez trascurrido ese plazo, el Presidente de la
Junta directiva remitirá al Ministerio de Gobernacion una relacion de las señoras que hayan vuelto al establecimiento.-3? Los lugares que esta fundacion
debe tener en el Colegio de San Ignacio, serán por ahora trece, ademas de los
cinco de que habla la fraccion 5~ de, esta 'resolucion, sin perjuicio de que
por esta vez admita y sosten·ga el establecimiento á todas las que ingresen
á virtud de lo dispuesto en el a:i;t. 1?- 4? El Presidente dará aviso de las vacantes que resulten, po11 no volver al Colegio las agraciadas, 6 por cualquiera
otro motivo, para que se proceda desde luego á la provision, que hará el Gobierno, sin sujetarse á los Éstatutos del Colegio de San Ignacio; bien entendido -que los nombramientos han de recaer solamente en personas menores de
veintiun años, no casadas, y de buenas costumbres, y que estos requisitos se
El Subsecretario de Hacienda, inierino,
han de acreditar previame~t.e ante la Junta directiva.-5? ~eguirá administránE. Villalva.
dose á las cinco alumnas del Colegio de Belen, 1a pension que les está s~ñalada;
pero el Presidente designará nominalmente á las señoras que han de disfrutarla; y faltando las nombradas, se dará aviso al Gobierno para que provea los lugares que vaqüen, quedando así aumentadas l1asta diez y ocho las plazas que
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
establece la prevencion 3~"
México, 30 de Enero de 1866.
Lo que inserto á V. S. para su conocimiento y fines.consiguientes.-Por auS. M. el Emperador, por decreto de 26 del actual, Ha tenido á bien nom- sencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario del Despacho de Gobernacion,
~rar Gran Oficial de la Imperial Orden de Guadalupe, al Sr. General de Bri- Francisco J. "'filtalobos.-Sr. Prefecto del Departamento del Valle de México.
gada D. Severo Castillo.
Son copias. México, Enero 29 de 1866.

!ª·

El Gran Canciller,

El Gefe de la Seccion 1~,

ALMoNTB.

José G. Martinez,
México, Enero 29 de 1866.

MINISTERIO D.E ESTADO.
Con fecha 2,9•dei corriente mes, S. M. Ha tenido á bien participar á este Ministerio, haber admitido la renuncia que de la Subsecretaría de Hacienda le ha
presentado el Sr. D. Francisco de P. César, á quien da las gracias por los buenos servicios que ha prestado.
El Subsecretario de Estado,

José D. mt'barri.

Hoy digo fll Sr. Lic. D. Miguel Hidalgo y Terán, Asesor del Alcalde de este municipio, lo siguiente:-Por acuerdo fecha de ayer, S. M. el Emperador
Ha tenido á bien nombrar á vd. Asesor del Alcalde de este municipio. Lo comunico á vd. para su satisfaccion é inteligencia, previniéndole que desde luego
se presente á desempeñar las funciones de su empleo.-Lo inserto á V. S. para
su conocimiento y efectos consiguientes.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
el Subsecretario del Despacho de Gobernacion, Francúco J. "'fillaloboa.-Sr.
Prefecto de~ Departamento del Valle de México.

�SECCION

3~
México, Enero 25 de 1866.

S. M. el Emperador' Ha tenido á bien aproba~· las propuestas que V. ~- hace
para miembros titulares de la Junta de S~lubndad de esa _capita!. D1golo á
V. S. para su conocimiento, y en contestac1on á su :r_io~a relativa, num. ló~, fecha 2~ del actual.-Por ausencia del Exmo. Sr. Mnnstro, el Sub.secretario de
Gobernaeion, FranC'isco J. Villalobos.-Señor Prefecto del Departamento de
Puebla.
J

•

•

l'ropuestas á que se refiere la anterior comun1cac1on.
D.
,,
,,
,,
,,
,,

~anuel Ort!z, }. Como médicos.
Simon A.gmrre.
Mariano Cal, como farmaceútico.
Manuel Dominguez.
Francisco Marchena. Adjuntos.
José María Crespo.

¡

cuentran llenos de gratitud; y yo en su nombre tengo el honor de daros las gracias por el bien que Os habeis dignado dispensarl_e.
.
_
P ermí.tame V. M. repetirme su atento y obediente' serv1dor.-~ENOR.-El
General T. O'Horán.-.A S.M. Maximiliano I, Emperador de México.

Disidentes sometidos.
'Ministerio de Gobernacion.-Prefectura política de Veracruz.-Seccion 1~Núm. 37.-Veracruz, Enero 22 de 1866.-Exmo. Sr.-Confecha20participael
Sr. General Calderon, Oomandante superior de los Distritos de Veracruz y J alapa, que han ingresado á sus hogares, en la ~ti~a, trein!a y cinco vecinos de
la poblacion, despues de haber protestado obediencia al Gobierno de_~- M. el Emperador.-El Prefecto superior político, D. Bureau.-Exmo. Sr. M1mstro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Enero 29 de 1866.-El Gefe de la Seccio~ 1\ José G.

Martinez.

Tribunal de cuentas.

El Gefe de la Seccion 1~.

José G. Martinez.
SEOCION

2~
México, Enero 30 de 1866.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo
esa Prefectura en la persona de D. Nicanor Ortega, para Comisario municipal
de San Cárlos,-:-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretar~o de Gobernacion, Francisco J. Villalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Veracruz.
r

•

El Gobierno _de S. M. ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por
esa Prefectura en la persona de D. J. Severiano Izquierdo, para Alcalde municipal de Coatepec.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de
Gobernacion, Francisco J. Pil{alobos.-Sr. Prefecto del Departamento de To-.
laca.
Son ci;&gt;pias. México, Enero 30 de 1866.
El Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martines.

PARTE NO OFifJIAL.
(Jasas de Moneda.
Ministerio de Hacierida.-SEN'OR.-Ra.biéndose ordenado en la circular de
l? de Noviembre del año anterior, que cada tres meses se presente por este Ministerio á V. M., una noticia ae las cantidades de oro y plata acuñadas en las
casas de moneda del Imperio, tengo la honra de cumplir esa soberana disposicion,
acompañando un estado que manifiesta la acuµacion hecha en todo el año de 1865
en México, Guanajuato, Zacatecas, Oatorce, Durango, Guadalajara, Oaxaca y
San Luis Potosí, expresando en las notas que contiene, el.motivo de no incluir
el valor de la moneda labrada en Ohihuahua, Culiacan, .Alamos y Hermosillo, de
las que me propongo remitir la noticia completa, cuando se reunan los datos que
faltan en la actualidad.-SEN'OR.-El Subsecretario de Hacienda interino, E.
Villalva.-México, Enero 26 de 1866.

.

.

Ministerio de Hacie;da.-Noticia de la acuñacion de oro y plata, verificada
durante el año de 1865 por las Casas de Moneda siguientes:
ORO.

Casa de Moneda de México.. . . . . . . . . . . . .
,,
de Guanajuato..........
de Zacatecas . . . • • . . , . .
"
de Catorce . • . . . . . • . . . .
"
,, • de Durango.............
,,
de Guadalajara.... . • • . .
,,
de Oaxaca..... ... . . . . .
,,
de San Luis Potosí.....

,, 213 957 ,,
,, 488 000 ,,
,, 52 000 ,.
,, ,, ,, ,,
,, 17 680
,, ,, ,, ,,
,, 44 072 ,,

,,

,,

,. ,,

PLATA.

4 281 645
3 572 000
4 268 000
1 321 545
., 625 431
,, 480 417
,, 189 693
,, 180 301

TOTAL.

Habiendo comenzado' las operaciones de glosa, el Tribunal de cuentas ha fija.do para las horas de asistencia diaria de sus empleados á la oficina, que se halla
situada en la casa núm. 28 de la calle de Ortega, de las nueve en punto de ~a ~a-ñana á 111, una, y de las tres á las seis de la tarde: lo que se pone en conoc1IDiento del público.
México, Febrero 1~ de 1866.-El Secretario de Gobierno del ,Tribunal, J.

.ACTA NUM. 21.
Se reunieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza, Mier y Teran, .Almazan, Cuevas, Jimenez D. Miguel, L;u:rainzar, Orozco y Berra, Segura, y el
secretario i:qterino que suscribe.
Se leyó el acta de la sesion ap.te~ior, que fué ª.Probada.
, .
Se dió cuenta con una comunicacion de la Sociedad de Geografia y Estadistica, participando quedar enterada éon satisfaccion de la instalacion de esta .Academia.
Se presentaron varios periódicos y folletos recibidos en la semana.
El Sr. Segura presentó á la .Academia una ?bra en 3 tomo_s, intitulada: "Código de la ref\tauracion." Se le dieron las graCias, y se acordo que se registrase
en el libro de donaciones.
· Pu.esto á discusion el proyecto de Reglamento, se aprobó la parte relativa á
convocatorias, omitiendo en el art. 78 el párrafo que comienza con la~ palabras
"cuyo exámen:" respecto al artículo siguiente, se acordó que los escritos que no
sean premiados, se 'conserven en el archivo y se devuelv!n á sus autore~ cuando
los pidan: al art. 79 se agregó que las medallas de premio tengan la m1sm~ forma que .se habia pensado pll,l'a el distintivo de los académicos, y que el mínnnum
de premio sean 500 pesos.
. .
,
· Se pasó á discutir el capítulo 8°, que trata de las pubhcac1ones. El art. 84 fue
ap1:obado, omitiendo que los escritos de los académicos seayt calificados por la
.Academia. ,
Los dos artículos siguientes fueron aprobados sin discusion alguna. El art. 87
lo fué tambien, quitándole las palabras "que se acordaron," y el art. 88 omitiendo
la fraccion 3~
Los capítulos que tratan "de los empleados y sirvientes" y de las "disposiciones generales," quedaron aprobados, sin modificacion alg~a:
Se acordó autorizar á la Secretana para tomar otro escribiente.
Falta1on los Sres Castillo, sin aviso; Sala..,,ar llarregui, ausente; Jimenez D.
Francisco, por_ocupacion; Maury, sin aviso; Ramirez, ausente; ~arcía lca~balceta, sin aviso; .Arango y Escandon, enfermo; Lares, por ocupac1on; Roa Barcena, sin aviso; Lacunza, sin aviso; Fonseca, sin aviso; y .Arriola, por ocupacion.
México, Diciembre 18 de 1865.-El secretaTio interino, Francisco Pimentel,

55 • 4 495 602 55
ACTA NUM. 22.
,, 4 060 000 ,,
,, 4 320 000 ,,
Se reunieron los Sres. Vicepresidente Ri,o de la Loza, .Almazan, .Arriola, Cue,,
1 321 545
vas, Fonseca, G. lcazbalceta, Jimenez D. M., Larrainzar, Lacunza, Maury,
., ., 643 111 ,,
Mier y Terán, Roa Bárce11:a, y el Secretario interino que suscribe.
,, ,, 480 417
Se leyó el acta de la sesion anterior, que fué aprobada.
,, ,, 233 765 ,,
,, ,, 180 301 ,, . Se leyeron dos comunicaciones del Ministerio de lnstrnccion pública, acusando

,, 815 709 ,,

14 919 032 55 15 734 741 55

uis deirias presenta.das por las clases, con cxpresion de que la Academia vería con
Telégraco.·
agrado que en ellas se ocuparan los hombres instruidos y estudiosos, á fin de que si
Imperio Mexicano.-Prefectura política del Distrito de Tlalpam.-Tlalpam, sus trabajos resultaban bien desempeñados, pudü;ra hacer uso respecto de ellos, de
Enero 24 de 1866.-SEÑOR:-Cumpliendo co~ una órden especial del Exmo. Sr. 7n,facuUad que se le concede en lafraccion A mayúscula, base 16~ de la ley de su
Ministro de Fomento, tengo el honor de comunicar á V. M. I. que la línea tele. creacion.

gráfica mandada establecer á Cuernavaca, ha llegado hoy á este punto, y continúa activamente para el primero.
Este Distrito de mi mando ha recibido una mejora notable, y sus vecinos, que
sienten el beneficio de los adelantos que emanan del Gobierno de V. M., se en-

Puesta á discnsion esta segunda parte, fué retirada por la comision.
Habiéndose tenido noticia de que el Sr. Ramirez, Presidente de esta .Academia,
se hallaba enfermo en Veraeruz, ¡¡e nombró al Sr. G. lcazbalceta para que tome
informe con la familia del Sr. Ramirez sobre el estado de su salud.

23.,

VINCENTIO. GV13RRERO
STRENVO. v:rno

E.

Academia Imperial de (Jiencias y Lj.teratura.

NUM.

Se reunieron los Sres. Presidente interino Rio de la Loza, A.lmazan~ Cuevas,
Jimene?i D. Miguel, Lacunza, Segurn, y el que suscribe.
Se leyó el acta de la sesion anterior, que ~~ aprobada.
.
.
El Sr. Cuevas, como Presidente de la comis10n nombrada en la ses1on anterior,
leyó la inscripcion para la estatua del General Guerrero, y fué aprobada: dicha
inscripcion es la siguiente:
.

Nori,ega.

recibo del Reglamento, y tra;:;cribiendo una comuuicacion del Sr. Subsecretario
de Estado, manifestando que S. M. el , Emperador dispone que la .Academia reNoT.A.-Por haber estado ocupada la capital de Chihuahua por los disiden- mita cada semana para el "Diario del Gobierno" un artículo científico ó literario.
tes hasta hace poco tiempo, no se han recibido las noticias de la acuñacion he- Se acordó que esta comunicacion pasara á la comision de Reglamento para su
eha\n aquella Casa de Moneda; y aunque se han pedido ya, no se remiten aún. resolucion.
Se dió ~egunda lectura á la primera parte del dictámen de los Sres. Larrainzar,
Falta la de la Casa de Culiacan, por estar todavía dicha capital en poder de
Segura y llier y Teran, sobre los puntos que deben proponerse para ·el certámen,
~~~
'
De las de .Alamos y Hermosillo no se tienen noticias, porque el Gobierno no los cuales, segun el parecer de la €Omision, deben ser los siguientes:
" l ~ El mejor sistema de desecacion por tubos, aplicable á los terrenos del
ha reconocido el contrato de arrendamiento celebrado por el Estado en el año de
1860, y que no aprobó el Gobierno de México, cuyo negocio está pendiente del Valle.
"2~ Historia práctica de la fiebre amarilla ó vómito negro, su orígen, propagaarreglo que se haga con los empresarios; á cuy~ fin debe venir un agente á esta
'
capital próximamente, y sin embargo de esto se han pedido las noticias respecti- cion, causas, descripcion y medios preventivos y gurativos."
Despues de una detenida discusion se reprobó el primero de dichos puntos, y
vas á los interventores, por todo el tiempo que llevan de éstar abiertas de hecho
se aprobó el segundo, El Sr. Rio de la Loza propuso: que en. lugar del asunto
las propias casas.
desechado por la .Academia, se propusiera "una descripcion botánica de las plana1 México, Enero 26 de 1866.-El.Gefe Director de la Seccion 18, JavierdeReytas· del Valle de México, con su aplicacion á la industria y medicina." Esta progadas.-V~ B~, E. Villalba.
posicion fué aprobada.
Se leyó la segunda parte del referido dictámen, que dice así: Se publicarán
Sumas........

El Sr. Segura, como miembro de. la clase filológico-literaria, leyó la inscripcion para la estatua del General Guerrero. Puesta á discusion, fué acord,ado 9.ue
el mismo Sr. Segura, en union de los Sres. Cuev~s y .Al.mazan, hagan a la mscripcion las modificaciones que les parezca couvementes.
El Sr. Río de la Loza manifestó: que tenia una duda acerca de la fecha en que
debe celebrarse el concurso literario que previene la ley; y habiéndose enco~trado dificultades para que sea el 6 de Junio próxim?, se acordó pedir al Gobierno
que para el año de 867 se ~ropongan cuatr~ ~uest~ones en lugar .de dos. ,
Se procedió al nombramiento de Tesorero mtermo, cuya eleccion reca.yo en el
Sr. García lcazbalceta.
El Sr. Roa Bárcena leyó la lista de hombres célebres eu política y milicia,
que se le tenia encomendada, y d~be r~mitü:se á S. M.; cuya lis!a fué aprob_ada.
No concurrieron los Sres. Castillo, sm aviso; Salazar Ilarregm, ausente; JlIIl.enez D. Francisco, sin aviso; Ramirez, ausente; Orozco y Berra, sin aviso; .Arango y Escandon, par enfermedad; y Lares, por ocupacion.
México, Diciembre 22 de 1865.-El Secretario interino, Francisco Pimentel
.ACTÁ

Son copias. México, Enero, 29 de 1866.

141

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

140

PRIM.IS. PATRl.iE, LTIIBRTATIS. VlNDICIBVS
POS'l'. ACCEPTAS. CLADES
VNI. SVPERSTITI

Qvr.

MAGNO. .A:NIMO

DIVITIAS. SPREVIT. ET. HONORES
MilIMILI.A.NVS, .A.V!-J-.

.Á..D. EIVS. MEMORI.A.M. POSTERIS. CONSIGN.A....."IDA.M
.A. D. MDCCCLXV

~

VÍCENTE GUERRERO
INDOMABLE EN L.A. GUERRA
UNICO QUE SE SOBRE-PUSO .A. LOS INFORTUNIOS
DE LOí¡ PRIMEROS DEFE..'&lt;SORES
DE LA I NDEP ENDENCIA NACIONAL

Y CON GRANDEZA.DE

ALMA

DESPRECIÓ RIQUEZAS' Y li'ONOT:ES

p AR.A. ETERNIZAR SU ~ORI.A.

'

ERIGE ES'.rE Mogu .:'J.ENTO
EL EMPERADOR MAXIMILI.A.NO
.AÑO DEL SEÑOR MDCCCLXV

El Sr. Río de la Loza leyó un dictámen de la comision de Reglamento, que
dice así:
"La remision de las actas correspondientes á las sesiones científicas académicas y de las clases, así como los artículos ó trabajos q'ue estas juzgaren adecuados á las inteligencias comunes, se remitirán al "Diario del Gobierno;" anotándose este acuerdo en el libro correspondiente."
Este dictámen no se admitió á discusion. Entonces el Sr. .Al.mazan hizo la proposicion siguiente, que fué reprobada:
"El señor Presidente de la .Academia designará el órden en que los individuos
de la corporacion remitirán los artículos al "Diario del Gobierno."
El Sr. Cuevas presentó una proposicion sobre el mismo asunto, que se copia
en seguida, y que tambien fué reprobada:
"Que se conteste al Gobierno que, habiéndose remitido ya para su aprobacion
el Reglamento de la .Academia, donde está prevenido el modo en que se han de
hacer las publicaciones de los discursos ó memorias sobre asuntos científicos y
literarios, cree que se llenan los deseos de S. M. con dichas publicaciones en el
"Diario del Imperio;" y que si á pésar de aquellas prevenciones se creyere necesario el cumplimiento de la órden recibida, está dispuesto á dárselo."
El Sr. Rio de la Loza, teniendo presente todo lo dicho en la discusion, presentó una nueva proposicion, que fué aprobada, y es como sigue:
"La comision de Reglamento tiene el honor de proponer á la .Academia, que,
á fin de dar el debido cumplimiento á la disposicion de S. M., comunicada por
el Ministerio el 20 del actual, se remitan al "Diario del Imperio," desde el dia
1? de Enero, las actas correspondientes á las sesiones científicas académicas y
de las clases, así como los artículos ó trabajos que estas juzgaren adecuados á
las inteligencias comunes."
El mismo Sr. Río de la Loza propuso que se nombre por la Academia los socios de número que faltan, y se acordó que cada clase presente sus candidatos
para la próxima sesion.
Faltaron los Sres. Mier y Terán, sin aviso; Castillo, sin aviso; Salazar llarregui, ausente; Jimenez D. Francisco, sin aviso; Maury, sin aviiio; Ramirez, ausente; García Icazbalceta, por octtpacion; Orozco y Berra, por ocupaciou; .Arango, enfern:io; Larrainzar, por ocupacion; Lares, por ocupacion; Roa Bárcena, sin
aviso; Fonseca, por ocupacion; y .Arriola por enfermedad.
México, Diciembre 26 de 1865.-El Secreta.río, Francisco Pimentel.

oficial de la Legacion seria á principios de Enero.-En Santander había hecho
estrao-os el cólera en el mes de Diciembre.
"
.AUSTRIA.-El 14 de Diciembre abrió el Emperador la dieta de Hungría. El
discurso de S.M. fué intenumpido veintiseis veces por gritos en~usiastas de Elzen
(viva); gritos que en cuatro de esas veces duraron algunos mmutos. El pueblo
magyar ama cordialmente á su soberano, y espera que acepte las leyes ,de 1848;
sobre lo cual aun no es conocida la voluntad de S. M. Por todas partes no se
oye en Hungría sino palabras de confianza ~~ el porv:enir, y de amplia libertad.
.Antes de salir el Emperador de Pesth, ofrecio volver con su augusta esposa Y
el Príncipe Roclolfo; promesa que fué correspondida por la Dieta con grnndes
demostraciones de júbilo. El cuerp_o diplomático
fué á Pesth, y solo _concurrieron los Secretarios de las Legac10nes franc~sa e mglesa, para presenc~ar todo
é informar á sus Gobiernos.-La disputa habida entre el Ban de Croacia y los
diputados de esa Dieta pr~~ncial, fué de~idida por. el Emperado:·-~La Gace~
de Viena desmiente la noticia de haberse mterrumpido las negoc1ac10nes matnmoniales del Rey de Baviera con una_.Archiduqu~sa_ ~e .Austr~a, por. el re~onocimiento del reino de Italia por la Baviera.-.A prmc1p1os de ano se iban a derogar las leyes vigentes en .Austria, sobre la usura.

~º-

INGL.ATERR.A.-El 27 llegó á Lóndres el Ministro plenipotenciario de México, D. José María Duráñ.-Habiendo espirado el plazo ,del tratado d_e extradicion de reos con Francia, se asegura que no se prorogara, ·y por lo misll:10 espira.-Han salido el año pasaao de Liverpool para los puertos del Imperio, 89
buques, y llegaron del Imperio 197: total, 286. ,
13EliGIO.A.-El nuevo Rey sqbió al trono el 17, segun hemos dicho en otro
número. La situacion política del país es sat~sfactoria; d~smintiéndos,e los rumo:
res que habían circulado los enemigos de la mdependenc1a. En las ca~ar_as casi
no habia oposicion; dando los diputados y senadores I?uéstras de patnotISmo !
abnegacion en los momentos de inaug~r?Ise el nuevo rema~o:-El Re;y no acepto
la renu~cia que como de costumbre h1c1eron todos los Mm1str?s; as1 e? que. 1~
política no ha sufrido modificacion alguna.-El Congreso ha fiJado la lista civil
_del Rey en 3.300,'000 francos. Se han decretado ademas .700~000 franco_s ~ara
reparaciones ,de las residencias reales.-Han decretado las Oamaras la siguiente fórmula· de promulga_cion de las leyes: Las Cám.a~as lian_ ~p~o y Nos ~mos sancionado lo que sigue:-Se han mandado Plempotencianos a las doce prmcipales Cortes de Europa, á notificar el advenimiento de Leopoldo II.-;--~e ha
celebrado con júbilo inexplicable en todos lo¡¡ Departamentos este advemm1ento.
TURQUIA.-El 5 de Diciero'bre llegó el Sr. Raro á Jerusalen. Fueron á
seis leguas á recibirlo, co~~iones del Gobernador, dé todos_l?s. consulados, y de
todas las comunidades religiosas. Luego que entraron, se dirigieron al Santo Sepulcro, y de allí pasó nuestro cónsul á su morada. El día 9 fué recibido por Izet
Pachá, Gobernador, ante el Gran Oonsejo del Medjibe, compue~to de las co~unidades religiosas de J erusalen. Todos los consulados mantuvieron cuatro d1as
enarbolados sus pabellones. Ningun cónsul ha sido recibido ante el Gran Consejo; así es q'1e fué una muestra del aprecio que tiene el Pachá á nu~s.J;ro Empera~or.-El 12 celebró de pontifical sobre el Santo Sepulcro, el P~tnarca Monseñor Vallei:ga, en honor de Nuestra Señora 'de Guadalupe, estrenandose en la
misa el cáliz y la custodia que envió de regalo nuestro $oberano.-Despues se
cantó un Te-Deum por el mismo Patriarca. Todo ef día estuvo expuesto el Divino Sacramento y el trozo de la Cruz del Salvador_qu~, el Soberano, siendo Archiduque de .Austria, regaló personalmente á la capilla de Santa Elena, y solo se
expone el día 3 de Mayo de cada año. En la tarde el Patriarca d.ió u1;1 gran convite, á que concurrieron el Exmo,- Sr. General :M:árquez y el Sr. Raro, y todos
los cónsules católicos residentes en la ciudad Santa.
La mision extraordinaria del Imperio en Roma, presentó á Su Santidad, el
25 de Diciemb~e,_sus homenajes de felicitacion por el término del año.
En Diciembre salieron de Burdeos para Veracl'nz, la María Adela con 3,348
, bultos, y para Tampico el Ferdinand con 2,370 bultos.
El 20 de Diciembre salieron de Sán Francisco de California para el Departamento de la Arizona (Estados- Unidos) cuatro compañías de infantería, á las que
se unirán otras seis para reemplazar las que han sido licenciadas.-Se decía en
San Francisco, que el primer regimiento de caballería que está en Nueva-Orleans, debía pasar al propio Departamento. Tambien se decía que el Comandante militar, General Mac Dowell, debia pasar á la .Arizona, y los enemigos del Imperio hacian mil comentarios sobre estos movimientos militares, que no tienen
mas objeto que la persecucion de los indios bárbaros que incesantemente cometen mil depredaciones.

DENIJN(JIOS Y SOLl(JITUDES
ANTE EL !IONIST-ERIO DE FOMENTO.

SECCION

,

(2~ publicacion.)

Las que ha traido el Paquete inglés son del 2 de Enero, de Europa.
ESPAN.A.-El dia 27 de Diciembre abrió las Cortes S. M. la Reina, leyendo
el discurso que insertaremos otro dia.-El dia 23 fué recibido el Sr. .Aguilar y
Morocho en audiencia particular por el Ministro de Estado, y la presentacion

México, Diciembre 30 de 1865.

D. Manuel Mariscal, natural d~ Zacatecas y vecino de esta corte, por sí y á
nombre de sus socios D. José M. Guzml!,n y D. Roman .Ahedo, ha hecho formal
denuncio de un placer de oro situado en el arroyo de San Mateo, entre el camino
de Toluca á San Juan Zitácuaro, en el monte, cuyo arroyo corre de Oriente á
Poniente y da vuelta hácia el Sur en la desembocadura del camino que se nombra el Salitrillo, y está lindando con la hacienda de .Ayala: por señas particulares
hay un potrero de madera al lado del Poniente, y unas matas de mirto. .A dicho
placer le ponen por. nombre: "Los placeres de la Bu~na Ventura."
'
Y habiéndose admitido el denuncio en cuanto há lugar en derecho, sin peijuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al público para su conocimiento; en el concepto, de que dicho denuncio se comunicó ! la Prefectura de
Toluca.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez.
(2~ publicacion.)

KO'.HCIAS JJX'.rB.All'.TEB.AS.

1~

México, Enero 3 de 1866.

D. Pablo de Iriarte, en representacion de loll Sres. D. Mariano, D. José, D.
Ignacio y D. Francisco García, vecinos del pueblo de ;A.paseo, ha hecho formal
registro de una veta vírgen con pinta_s de plata, ubicada en el cerro de Texca,
municipalidad de Chilcuautla: corre de Sur á Norte y tiene por seña~ partlculares un árbol del Perú hácia el Sur, á doce varas, y un huisache al Este, á poco
menos distancia que el anterior: la veta queda bajo la advocacion de San Nicolás.
Y habiéndose admitido el registr~ en cuanto há lugar en derecho, sin perjuicio

...

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

142

de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al público para su conocimiento; en el concepto de que dicho registro se comunicó á la Prefectura de Tula.El Sub¡¡ecretario interino de Fomento, Franci~co_Jimenez.
'
SECCION

(2~ publicacion.)

2~
México, Enero 2 de 1866.

Solicitud de D. Sebastian Pane, pidiendo privi7,egw exclusivo, por la invencion de
wna máquina que tiene por objeto desecar en poco tiempo, ciudades, pueblos, aldeas, y toda clase de wrrenos inundados.
"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.- Exmo. Sr.- Sebastian Pane, natural de Italia y vecino de México, ante V. E. respetuosamente expo:i,¡go: Que siendo inv~ntor de
una máquina que tiene por objeto desecar en muy corto tiempo, ciudades, pue,blos, aldeas, y toda clase de terrenos inundados, por grande que sea la cantidad
de agua que estos contengan; que estando cierto del resultado de su invento, y
atendiendo á las críticas circunstancias en que se encuentra la capital, á V. E.
pido se sirva concederme un privilegio exclusivo por el término de quince año¡¡,
para usar de mi invencion en donde quiera que sea necesario aplicar este proce.-Oimiento. Y en la suposicion de que alguno probare que esta idea ha sido produ~ida con anteriotjdad á la mia, pido igualmente ser tenido en ese caso como intro4ll.ctor, gozando de todos los priyilegios que las leyes me conceden como á tal.En atencion á la urgencia del caso, no presento los modelos 'prevenidos poi: la,
ley; pero me comprometo solemnemente á hacer funcionar la máquina misma el
día 3 del entrante Enero, siendo el resultado indefectible, el de~üe' completo de
la 'ciudad en el término de tres dias.-México, Diciembre 30 de 1865.-Exmo.
,Sr.-SebástianPane." ·
Lo que se publica en el "Diario deU~perio," conforn:te al art. l4 de la ley de
.3 de Noviembre de-1858.-El Sul&gt;secre~io interino del Ministerio de }fomento,

Francisco Jimenez.

AVISOS .Q.FICIALES.
.ADMINIST&amp;CION DE BIENES N,ACIONALIZADOS.
AVISO.
Relacion de los espedientes que para snstanciarfos se necesita le. presencia de los intePlB&amp;dos en esta oficina.
Secciones i~ y 2'.'-144, 266, -457, 476, 493,,702, 718, 868, 869, 880, 890, 1,030, 1,106, 1,159,
-1.198, 1.,200,J.,205, l,254, 1,33I, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1,658, 1,675, 1,676, 1,779,
1,80(), 1,817, 1,884, -2,011,·2,109, 2,171, 2~, 2,386, 2,4fip, ·2J57, 2,4-58, 2,459, 2,46.0, 2,635,
1!,665, 2,748, 2,850,-2,854.
_
362 al núm. 3 de Puebla.
11441 al núm. 2 de Morelia.
372 ,,
13 de id.
1,603 ,,
10 de Querétaro
373 ,,
14 de id.
1,607
14 de
id.
383 ,,
24 de id.
1,608 ,,
15 de
id.
390 ,,
31 de id.
1,610 ,,
17 de
id.
798
2 de Orizava.
1,611 ,,
18 de
id.
1,024 ,,
$5 de Puebla.
1,614 ,,
21 de
id.
1,047 ,,
3 de Atlixco.
4,246 sin núm. de Puebla.
1,048 ,,
5 de id¡
4,730
de id.
Asimismo es necesaria, en la seccion E, la presencia del Sr. D. José María Velazquez de
la Cadena, y de la Sra. D':' Juana Sanchez.
Hoy se han elevado al E.xmo. Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados por esta ofi.
d:Ína, los espedientes números 340, 1,088, 1,172, 1,464, 1,80"8, 4,045, 4,2~.
4,400 ( de S. Luis Potosí con el núm. 163 6,996 de P~ebla con el núm...... 645
1,012·~
6,647 de 1d.
,,
··-·-· 742
. 5,107 &lt;le Puebla
226 6,858 de id.
,,
.•• _.. 480
\'.5;39-2 de id.
489 7,061 de id. .
,.
. .... . 1,486
5,706 de id.
,,
235 7,696 de Guanajuat.o
· ··-·· 106
5,707 de id.
236
México, Enero 29 de 1866.- El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y
Na-oarro.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISOS.
Debiéndose sacar á remate, con arreglo ai art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año pr6xi
mo pasado, el teneno llamado Campo santo de Pobres, en Durango, valuado en ($2,290 27
--es.) dos mil doscientos noventa pesos veintisiete centavos, se pone en conocimiento del pú•
blico, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes
nacionalizados el d_ia 8 del entrante Febrero, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concunencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenc:i.ones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
4a- 2
'Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año pr6ximo pasado, la casa y tenenos de labor, en Toluca, nombrados Hospicio de Jerusalem, valuados en ($1,748 37~ cs.) mil setecient-0s cuarenta y ocho pesos treinta y siete y medio centavos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura,
~man á la .A.dministracion üe bienes nacionalizados el dia 9 del entrante Febrero, á las nueye de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose
presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
4a-2

.. EDICTO.
Por aut-0 de 16 del corriente, el J uzO'ado de lo civil de esta capital, ha declarado en estado
de quiebra á D. Pedro Barrios, debienio contarse la época desde el dia diez del actual ( con
calidad de por ahora y sin perjuicio de tercero). Han sido nombrados provisionalmente, defensor del ausente el Lic. D. Manuel Ríos é Ibarrola, Síndico judicial o! Lic. D . .A.polonio G.
de la Cadena y Síndicos administradores D. Joaquin-.Llaguno y D. Juan B. .A.latorre, :f se
ha fijado el plazo de treinta dias para que dentro de él presenten los acreedore.s á los síndtcos
los justificantes de sus créditos.
Pongo el presente para conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo dispuesto por
dicho Juzgado. Zacatecas, 'Enero 17 de 1866.-Touiás Sand01Jal, Escribano público.
815-3a-2

Llamamiento de herederos.
.A.VISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los albaceas el Sr. D. Bias Pereda, residente en San Luis Potosí, y D. Antonio M&lt;\rtinez,
vecino de Ciudad Fernandez, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reytlier, ~ecino 11ue fué de esta ciudad, he mandado por mi au1qridad en auto de 27 del actual, se cite
por los peri6dicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á Dª María Ana Angela Hegues, padres
del espresado Sr. ~eyther, ó bien sus hermanos 6 pari_entes inmediatos del tes~dor, vecino¡¡
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesverguen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. M. el _rey de P1:15ia! para que de~tro
del perentorio término de un año, que se contará desde la pnmera pubhcac1on de este aviso,
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que ten.
g.an á los bienes que se hallan en depósito, p~rtenecientes á la testamentaría del espresado D. .
Federico Reyther¡ bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que determme la ley. Y para que lo
mandado tenga su cumplimiento, pongo el presenté aviso en la ciudad de Rioverde, á los
veintiocho días del mes de Octubte de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.- Firinado,_;Domingo Ut/nmi - Asistencia, Gil Mendez.Asistencia, J. Bias Oribe.
683-60a-23

.Juzgado de letras de Apam.
En el juicio que sobre despojo é indemnizacion de daños y perjuicios sigue en este Juzgado el Lic. D. Pedro Quiros, como apoderado de D. Pedro L6pez Haro, contra D. Enrique
Hirsch, el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en nuto de esta fe.
cha se cite por los peri6dicos al referido D. Enrique Hirsch, para que en 'el término de ocho
días se presente, por sí ó por apoderado instruido y es_pensado, á alegar de buena prueba; apercibido de darse por alegado en el juicio si no lo verifica.
.A.paro, Enero 18 de 1866.- El Secretario del Juzgado, Lic. José Maria Espejel. 810-8s- 7

Tribunal de Comercio de México.
México, Enero 17 de 1866.-En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los peri6dicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comprobantes
de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña,
Oficial 2? encargado de la Secretarí¡l.
809-15s- 10

A VISOS PARTICULARES.
SEG-l!BOS CO.lVTB.tl. INCENDIOS .
COMPAÑIA DE SEGUROS D.E GLADB.A.CH.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILE.A. (BASEL).

__

.

Capital de fondo. . '. . . . . . . . . . . ,. . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s- 121

Colegio

de Abogados.

En junta de señores conciliarios celebrada el dia' 17 del corriente, se dispuso que los seño;
res abogados qué estuvieron incorporados al Colegio antes del 14 de Abril de l864, y que conforme al acuerdo de esa fecha que se publicó en los peri6dicos, se reputan fuera del Colegio
por no haber dado_ el avis_o de que habla dicho acuetdo, volverán á ingresar al Colegio y conservarán la antigüedad que les corresponde por la fecha de su matrícula, si dentro de un mes,
contado desde la publicacion de este aviso, se arreglan con el Sr. Tesorero, quien al efecto
está ampliamente facultado, sobre el pago de lo que adeudan desde el mes de Agosto de 1861.
Y para que llegue á noticia de los interesados, y por acuerdo de la Junta, se publica el pr~sente.
México, Enero 25 de 1866.-El Secretario del Colegio de Abogados, Lic. Pedro Co!1arrúbias.
812-9a- 3

,DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPERjl ITALIANA.
En la _no~h? ?e hoy se pone en es~n~, á las ocho en punto, la aplaudida ópera del maestro Verdi, dividida en cuatro actos é mt1tulada: El Tro!1ador, en la cual desempeña el papel
de Leonora la señorita A.NGELA PERALTA.

Mañana, 1? de Febrero, tendi-á lugar el beneficio de la señorita MATILDE PLODowos~.
Debiéndose sacar'á remate, con arreglo al art. 24 ae la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 6 de la 4':' calle del Calvario, en Orizava, valuada en($ 2,852 80~ cs.)
. ' TEATRO PRINCIPAL.
-.dos mil ochocientos cincuenta y dos pesos ochenta y medio centavos, se pone en conocimienCOMPAÑIA DRA!llATICA.
to del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion
d.e bienes nacionalizados el dia 10 del entrante Febrero, á las nueve de la mañana, á cuya
ji,ora comenzará el remate con la concurrencia que haya; tenién_dose presentes para el efecto ' En la noche de ht&gt;y, á la hora acostumbrada, se pone en escena la comedia nueva, en un
acto, denomin·ada: El miércoles, y en seguida la zarzuela en dos actos, intitulada: La cola cid
las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
diablo.
México, Enero 26 de 1866.
4a- 2

AVISOS JUDICIALES.
JUZGADO DE LETRAS DE TULA.NCINGO.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado el Lic. D. José María Carbajal, como
~derado de D. José Castell6, contra D. Luis Pasos Nieto, como al)&gt;acea de la testamentaría
&amp;D. José Flor, sobre pesos, el Sr. Juez 1~ de paz, sustituto del de 1':'instancia, ha mandado
- proceda á la ve¡¡ta del rancho de laA.lcaparrosa, los llenos y casas del rancho de San Pablo,
ü1cados en la Barranca, de la municipalidad de .A.catlan; valuado todo por el perito D. Viamt~ Escá.rcego en la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y seis pesos sesenta y dos y
~ o centavos (3,436 ps. 62~ cs.), señalándose para las almonedas los dias diez y seis y veinW81S de Enero próximo y seis de Febrero¡ siendo la última con calidad de remate, y todas á
!u diez de la mañana.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que ·quieran hacer posma, ocurran á la Secretaria de este Juzgado, aonde se les aarán las instrucciones necesarias.
Tulancingo, Diciembre 30 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Ol1Jera.
793-9a-8

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRAMATICA.
Mañana, 1? de Febrero, se pondrá en escena la comedia nueva, denominada: Ayer y hoy.
TERCER .A.BONO.

Con la fuucion antes citada principian las ocho correspondientes al tercer abono, que ofrecemos á nuestros favorecedores en los mismos precios por igual número de funciones; y estas,
distribuidas dentro de un mes, aunque alterando los días en la forma que ya próximamente se
hace mas conveniente al público y á la compañia.
La primera será el juéves 19 de Febrero, y continuarán las siguientes en las noches de los
domingos y juéves de cada semana con la acostumbrada puntualidad.
' Para los abonos de las tardes, están destinadas las de los domingos; y los días festivos de
entre semana, para funciones estraordinarias.

Itl.EilVO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                    <text>,,.

' '

DEL

DIARIO
Los n{¡meros sueltos valen 12 centavos.
r

ItIEXl()O.-Jneves 1~ de Febrero de 1S66.

Tm,rn III.

[W'Mañana no S!l publicará el Diario, por ser dia de fiesta.

NuM. 328

nido en acordar que en la Subreceptoría de Tetela del Oro, se establezca un
guarda con la dotacion de ciento veinte pesos anuales."

SVMAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Decreto concediendo permiso al Sr. Kieffer para establecer varias
líneas telegráficas.-Un guarda en Tetela del Oro.-Otro en Paso Real (Túxpan).-Acuerdo
encargando el Despacho de Fomento al Subsecretario, mientras esté ausente el Ministro. Alcalde municipal de Rincon de Romos.
PARTE NO OFICIAL.-La instruccion pública. Artfoulo.-Escuela especial de agricul&amp;ura. Aviso.-Balance de 1865 en la Administracion de Leon.-.Academia de Ciencias. Acta
número 24.

T!-

"HEMOS venido en aprobar que ínterin se somete al Imperio el pueblo de
huatlan, en el Departamento de Túxpan, haya dis~uesto aquel Prefecto político el establecimiento de un guarda dotado con tremta pesos mensuales, en el
rancho llamado Paso Real, con el objeto de impedir se defrauden lo~ derechos
que causen los efectos que se extraigan del mencionado pueblo de T1huatlan.
México, Enero 30 de 1866.

Denuncio.

El Subsecretario interino de Hacienda,

E.' Villalva.

PARTE OFl()IAL.
MAXIMILIANO,_EMPERADOR

DE MEXICO:

Oido Nuestro Ministro de Fomento, DECRETAMO~:
Art. 1? Se concede á D. Francisco A. Kieffer permiso para establecer en el
territorio del Imperio, las líneas telegráficas siguientes:
1~ De Querétaro á San Luis Potosí, pasando por San Miguel de Allende,
Dolores Hidalgo, San Luis de la Paz, la Sauceda, Santa María del Río, y la
hacienda de la Pila.
2~ De Morelia á Querétaro, pasando ppr Acámbaro.
Art 2? Durante quince años, ninguno podrá construir lí!leas telegráficas
por las mismas direcciones.
Art. 3? Esta concesion caducará y se tendrá por no hecha, siempre que el
"referido Kieffer no cumpla con las prevenciones· siguientes:
1~ Si dentro de seis meses ·contados desde la fecha de esta concesiou, no
acredita competentemente el concesionario ante Nuestro Ministerio de Fomento, que cuenta con el capital n~cesario para establecer las referidas líneas.
2~ Si dentro de ocho meses, contados desde la misma fecha, no hubiere concluido la línea de Querétaro á San Luis Potosí, con el ra,mal de Dolores Hidalgo á Guanajuato; y dentro de un año1 que principiará á correr desde la propia
fecha, la línea de Morelia á Querétaro.
Art. 4? En el caso de que el concesionario no cumpla con lo prevenido, 6
incurra en la falta prevista en el artículo anterior, pagará la multa de veinte
pesos por cada kil6metro que no hubiere construido, dando por garantía de esto la caucion necesaria, á satisfaccion de Nuestro Ministerio de Fomento.
Art. 5? Para facilitar la pronta construccion de estas líneas, el Gobierno
otorga al referido Kieffer la subvencion de treinta pesos por kil6met.ro, pagadera en el plazo de un mes despues de estar en uso un tramo de cien kil6metr-os.
Art. 6? El importe de la subvencion lo garantizará el conce~ionario con los
útiles de éonstruccion que introduzca; y las sumas que por ,dicha subvencion
hubiere recibido, las reintegrará al Gobierno con el producto de los mensajes
oficiales.
Art. 7? El valor de las referidas líneas, se considerará á razon de ochenta
pesos cada kil6metro, entendiéndose incluso en este precio, las baterías, máquinas, útiles y cuanto, perteneciendo al referido Kieffer, sea necesario para la inmediata explotacion de las líneas; pero no los dep6sitos de efectos, enseres y
materiales que tenga de refaccion.
Art. 8~ El concesionario se considerará en todo sujeto á las prescripciones
de la Jey y reglamentos de'telégrafos que se expidieron en 1? de Noviembre
del año próximo pasado.
1
Nuestro Mini~tro de Fomento queda encargado de la ejecucion de este decreto.
·
Dado en Cuernavaca, á 30 de Enero de 1866. •
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.
Por el Emperador,

...

MINISTERIO DE FOMENTO.
S. M. el Emperador, con fecha 28 del actual, se Ha servido expedir, en
, Cuernavaca, el acuerdo siguiente:
.
. .
"Durante la ausencia de Nuestro Minh;tro de Fomento, el Subsecretario mterino, D. Francisco Jimenez, queda encargado del despacho temporal de los
ne~ocios de la Secretaría del ramo."
México, Enero 31 de 1866.

El Subsecretario interino de Fomento,

Fmncisco Jimenez.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 2~
México, Enero 30 de 1866.

· El Gobierno de S. M. Ha tenido á bien ap,robar el nombramiento que hizo
esa Prefectura, en la persona de D. Cárlos Barron para Alcalde m)lnicipal de
Rincon de Romos.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario
Francisco J. rillalobos.-JSeñor Prefecto del Departamento de Aguascalientes.
Es copia. México, Enero 30 de 1866.
E l Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martinez.

PARTE NO OFl()IAL.
J.A INS'l'B.VCCION PVDJ.ICA.

Hoy que se publican leyes orgánicas sobre diversos ramos de la administracion; hoy que está ya á la vista de todos la tan importante como deseada, sobre
la instruccion pública, no nos parece fuera de prop6sito emitir algunas consideraciones acerca de este ramo tan importante, no ya para que sean consignadas nuestras ideas en el nuevo plan de estudios, que á la hora en que escribí. mos estas líneas corre de mano en mano, sino para que mas tarde sean tenidas
en consideracion, ,si por acaso fuere necesario hacerle algunas modificaciones.
Emitiendo nuestra opinion sin otro fin que el de cooperar, en cuanto esté á
nuestro alcance, á la mejora de un ramo, el mas importante, sin duda, de la ad- ,
ministracion, creemos que lo primero de que debe cuidarse, es de que la ense,
ñanza pública se uniforme en todos los establecimientos, no solo en los autores
de asignatura, para que no suceda lo que hasta aquí, que los alumnos de un establecimiento sostengan una doctrina y los de otro la contraria, sino tambien
El Ministro de Fomento,
en cuanto á las materias de enseñanza, lo cual no puede conseguirse sino obliLUIS ROBLES PEZUEL.A..
gando á todos los establecimientos, sin excepoion, á que se sujeten á )a observancia de un mismo plan de estudios.
,
Profanos en otras carreras profesionales que no sea la del foro, nos abstenemos de hacer indicaciones acerca de lo que seria mas conveniente estudiar en
MINISTERIO DE HACIENDA.
ellas,
dejando este trabajo á las personas versadas en las mismas. En estas líSECCION 1~
neas nos limitaremos, pues, á exponer ligeramente nuestra opinion sobre los
S. M, el Emperador se Ha servido expedir, con fecha 28 del actual, los so- ramos que debe abrazar, en nuestro concepto, el estudi.&gt; del abogado. Ciceron
beraeos acuerdos que siguen:
creia, y con fundamento, que el abogado debia estar instruido en todas las cien"En vista de lo informado por Nuestro Ministerio de Hacienda, HEMOS ve- cias y en todas las arte11; y sin que pretendamos tomar esta máxima en toda su

�''

EL DIARIO DEL IMPERIO.

144

extension, como no la habria tomado el mismo orador romano, sin embargo,
no nos dispensaremos de probar cuán importante es para el abogado el conocimiento, al menos superficial, de varios ramos extraños, unos del todo, y otros
apenas conocidos, para los j6venes dedicados al estudio del derecho.
Entre los segundos, se encuentra el estu-dio del idioma latino, digno de una
dedicacion mayor de la que hasta ahora se le ha consagrado, para que no se dé
el caso, demasiado frecuente por desgracia, de abogados que no saben traducir
ni la fostituta de J ustiniauo. Creemos de buena fé que debe exigirse un estudio algo profundo, de tal idioma á los j6venes que aspiren al título de abogados,
y al efecto apetecido con sobrada razon por_]losotros, para el remedio de tales
male~ seria conveniente establecerse, que el curso relativo á su estudio no baje
de tres años, y esto b~jo la direccion de personas empeñosas y prácticas, dotadas al efect&lt;&gt; de un modo competente y, digno del magisterio.
Al estudio del idioma latino debe asociarse el de otros idiomas, no tan ne.cesarios como aquel, pero importantes sin duda para conocer, con el estudio de
los autores nacionales y extranjeros, la legis1acion de las naciones todas que
marchan·hoy al frente de la civilizacion, y cuyas relaciones con la nuestra, imponen á la juventud dedicada á la carrera del foro, la obligaciou de conocer el
idioma propio de esos autores. A.sí, pues, creemos necesario para dicha carrera,
que se obligue á los j6venes dedicados á ella; á que estudien, ademas del latín,
el griego, el frances, el inglés y el aleman; á cuyo efecto debe prolongarse por
otros dos años el curso de las cátedras de idiomas, adoptándose por base, que
estudien á la vez, y á lo sumo, dos idiomas diversos, con el objeto de recoger
frutos superiores, resultado del estudio comparado que de ellos se haga.
. Igualmente opinamos porque al curso de filosofía se' aumente otro año, en
el que se estudie especialmente geografía é historia, distribuyéndose todo lo
demas que hasta hoy ha sido objeto de dicho curso, en los otros tres años, en
los cuales es conveniente que estudien los cursantes, ademas de la 16gica, metafísica, moral, mat~máticas y física, la química; realizando el pensamiento consignado en un plan de estudios, que no pudo llevarse al término apetecido, á
pesar de su utilidad, por causas que no es del caso referir.
En cuanto al estudio del Derecho, somos contrarios al sistema adoptado para su enseñanza, en algunos establecimientos, en que sujetan á los estudiantes
á comenzar por estudiar el tr~tado de acciones, sin conocer previamente otros
tratados explicados con razon por los tratadistas ante,s que aquel, y sin cuyos
conocimientos no es fácil comprenderlo. Debe, pue~, establecerse, que se enseñe
la jurisprudencia, siguiéndose el 6rden adoptado por los autores que se designen como textos de asignatura, en lo cual, por prudencia siquiera, debe consultar~e la opinion de los profesores, cuyo acierto lo garantizan la experiencia
y el estudio particular de esa ciencia, á cuya enseñanza están dedicados.
Creemos necesario á la carrera de la abogacía, el estudio del derecho internacional, descuidado hasta últimamente, y el del administrativo, descuidado del
todo; respecto del cual, si es permitido á un simple oficinista que arregle las
labores de su oficina á la rutina, no es perdonable á 11n abogado la ignorancia
de tal derecho, cuando por su misma P.rofesion está llamado al desempeño de
los altos puestos, en que con tanta frecuencia tiene que ejercer actos que emanan del derecho administrativo. ·
·
Hasta hoy se ha visto ~on desprecio el estudio de la literatura en la carrera
de la abogacía, creyéndose err6neamente, que ese estudio solo corresponde á los
poetas: tal error es la causa de multitud de faltas, que se corregirán sin duda, si
se exige el estudio de la literatura á los j6venes dedicados á la carrera de la abo,
'
gacrn.
Para adquirir el conoéimiento de todo lo relacionado, comprende~os que es
necesario aumentar el número de años adoptado hasta hoy, -para el estudio de
la jurisprudencia, en lo cual no encontramos inconveniente alguno, cuando nos
proponemos indicar los remedios, conducentes al objeto de que existan en nuestra saciedad, personas de edad y juicio maduros, que honren á su patria y la
hagan feliz, utilizando prácticamente los conocimientos que adquieran en las
escuelas.
No somos partidarios de la enseñanza enciclopédica, tan generalizada en nuestros dias, ni admitimos' de una maner~ absoluta el sistema de estudios simultáneos, si no es en la enseñanza de los idiomas; y esto, en cuanto á dos solamente, consultando á la utilidad de su estudio comparado: por lo mismo, opinamos porque se aumente el núm:ero de años, en cuanto baste para adquirir la
..suma de conocimientos correspondientes á los puntos indicados.
Convencidos de que solo estudiando mucho, y exigiéndose á los j6venes que
aspiren á la noble profesion de la abogacía, pruebas muy sevéras de su aprovechamientq, consignamos nuestras ideas en estas breves líneas, á efecto de que
los abogados tengan en nuestra sociedad el lugar prominente que merecen .
los que adquieran en lo sucesivo título tan ·honroso, á costa, si se quiere, de
muchos años de sacrificio y de estudio, empleados concienzudamente con tan
loable objeto.

Escuela especial de Agricultura.
• :Ministerio _d~ Instruccion Pú~lica, ,Y Cultos.-Autorizada esta. Escuela por el
~xmo. Sr. ~1mstro de Instrucc1on Publica y Cultos, en virtud de las circunstancias excepcionales en que se encuentran los establecimientos superiores de enseñanza, para prorogar el plazo fijado á la clausura de'las inscripciones, se avisa á
los padres y tutores que se continuará recibiendo a,lumnos hasta el día 20 de1
p~óxID;o Febrero; advirtiéndoles que en este establecimiento no se ha hecho modiñcac1on algunl},, en _armonía con la ley de instruccion pública últimamente publicada, que ha determmado subsista bajo sus bases existentes mientras se organiza
debidamente.
San Jacinto, Enero 29 de 1866.-El Secretario de la~scuela, G. Sermn.

•

EL. DIARIO DEL IMPERIO.

Balance de 186i'i en la Administracion de Leon.
Ad.ministracion de Rentas de Leon.-Balance del libro mayor, correspondiente al año de 1865.
.
,
Débitos.

Fs.

138

101
122
105
134
27
137
f35

133
130

129

Inventario de 186 ....
"
Ministerio de Hacienda.
Ministerio de Hacienda
por remisiones de
otras oficinas.. . . . . . .
,,
Fincas nacionales . . . . .
,,
M1,1ebles y enseres.. . ..
,,
Caja ... ............. 69,231 27
Letras por cobrar. . . .
,,
Ordenes por pagar. . . .
,,
Depósitos provisionales.
,,
Depósitos judiciales ....
,,
Derecho de alcabala general. ...............
"
,, de Alcabala de
venta de fincas .....
"
,, de Alcabala de
tabaco nacional ......
"
,, de Aguardiente
del país .............
"
,, de Tribunal
Mercantil ..... ... •.
"
,, de Contadmía
mayor .......·.... .
"
,, de Desagüe: ..
"
,, · de Contraregistro .................
',,
,, de 3 p g sobre
la plata ......... . .
"
,, de 3 p g sobre
el oro ...............
"
,, de Fundicion y
ensaye ........... .
"
,, de minería, un
real por marco ..... .
"
,, de Export;acion al 6 p g ...... ..
"
,, de Circulacion
al 2 p g ... _,_..... ..
"
,, de Hospitales

Saldos
deudores.

Saldos
acreedores.

"
"

"

,,"

"

"
"
"
"

"

Créditos.

"

" 27
69,231
"
"

"

"
"
"

"
"
"

"217 69

217" 69

"

39,855 07

"

39,855 07

"

3,987 40

"

5,452 98

"

884 53

"

3,084 14!

"

2,189 41½
1,527 16

"

2,817 78

"

"

"

"

"

"

"

"

"

3,987 40
5,452 98
884 53
3,084 14½
2,189 41½
1,527 16 '
2,817 78

"

"

"

"

J&gt;

"

"

"

1

2 p g ............ ..

"
,, de Herencias
transversales y legados .. . .... .. ...... .
"
116 Proveedores del ejército
frances, devolucion de
derechos .......... .
715 32
55 Remisiones á la ad.ministracion de rentas de
Guanajuato . . . . . . . . 49,292 70
Aprovechamientos . . .. . .
,,
110 Almacenaje..........
,,
54 Devolucion de derechos
por error en la liquidacion ........... .
191 93
A.nticipacion ·.de de,rechos ..... . ...•....
"
Multas judiciales ... .. .
"
128 Multas de empleados....
"
59 Multas por ocultaéion ó
fraude .. . . . ....... .
"
Restituciones sigilosas...
"
Descuentos por montepíos militares ...... .
"
19 Sueldos de empleados de
esta administracion. . 1,943 31
20· Sueldos del resguardo. 2,484 ,,
Salario de los mozos de
las garitas .......... .
"
17 Gastos de administracion por rentas de garitas·............... .
265 ,,
18 Gastos menores.. de administracion.. . ..... .
199 79½
34 Gastos extraordinarios
30 ,,
de administracion.....
103 Gastos de éonservacion
del edificio de la Aduana y sus garitas .. . ..
66 63
Honorarios y gastos de
las admipistraciones
foráneas y subalternas............... ..
"
Idem ídem de las receptorías de........... .
Contaduría mayor..... .
"
Sueldos de la oficina de
ensaye ........,.•.•.
"
Gastos de la oficina de
ensaye ........... .
"
Gastos menores de id ..

"

2 09

2 09

1,045 65

1,045 65

141

"

Al frente ••.••. 126,419

9.5¡

"

715 32

"

49,292 70

" 24 75

"

"
"

, 24" 75

191 93

"
"
"

82

"

8 ·70

"

"

"

,," 82

"

8 70

"

"

"
"

"

"
1,943 31
·2,484 ,,

"

"

"

"

"

265 ,,

"

199 79½

"

30 ,,

"

66 63

"

"

"

",

"

"
"

"

'

1

1 ,,

"
"

"

"

"

"
"

"
"

"
"

130,329 45 55,188

68½ 61,098

4~ No figura en el balance por separado la partida de renta de casa-Aduana,
porque ochenta pesos mensuales que se ministran, vienen incluidos en la libranza
de sueldos de la Subprefectura, como renta de casa, ocupando las oficinas de
Del frente..... .126,419 95½ 130,329 45 55,188 68½ 61,098 18 Aduana una parte del local.
Cesiones á favor del'
Leon, Enero 14 de 1866.- El Administrndor ,de Rentas, Valentin Perez de
erario............. .
Castro.
"
"
"
Préstamos ........... .
"
"
"
23 Sueldos de la receptoría
300
de Piedragorda.•...... 300 ,,
Academia Imperial de Ciencias y LiteI"atu,ra.
24 Idem de empleados y
ACTA NUM. 24.
resguardo de la recep349 92
349 92
toría del Rincon ... .
Se reunieron los Sres. Vicepresidente Río de la Loza, Almazan, Cuevas, Fon26 Gastos de dicha oficina
seca, Jimenez D. Miguel, Larrainzar, Mier y Terán, Orozco y Berra, Roa Bár72 ,,
72
por renta de casa....
cena, Segura, y el Secretario interino que suscribe.
72" 37
,, "
72 37
123 Derecho de importaciou.
Dada cuenta con el acta de la sesion anterior, fué aprobada.
7 23
7 23
124 Idem de internaciou .....
Se leyeron dos comunicaciones del Exmo. Sr. Ministro de Instruccion Pública,
"
25
25 ,,
52 Instruccfon pública ... .
relativas
á la remision que deben hacer los impresores á la Academia, de las
"
"
4 "
90 Mandas de Bibliotecas.
4 "
obras
que
impriman. De enterado, y á los expedientes respectivos.
"
"
"
237 ,,
237
102 Reintegros al erario .... .
Fueron presentadas á la Academia las ~bras siguientes, recibidas por el cor"
"
"
6,284 56 reo: "Historia física del hombre: opúsculo tra.ducido del fra,nces por D. Luía
6,284 56 ,
9 Recaudacion de peajes...
"
"
l0 Enteros de la AdminisSantaella." "Elementos de del'echo administrativo, escritos para la cátedra res10~ 58
109 58 pectiva del Instituto de Oaxaca." "Elementos de Geometría, por el C. Mucio
tracion de Correos ...
"
Auxilios á la misma ofiGama."
.
1,200
cina . ..... ....... , 1,200
El Sr. Río de la Loza hizo la siguiente proposicion:
"
53 Devolucion de depósitos
"Pido á la Academia, que luego que sean integradas las clases, se haga el
242 69
judiciales .... , ...... . 242 69
nombramiento
de los funcionarios que faltan."
·
"
72 Suscriciones al "Diario
Suficientemente discutida, fue reprobada.
22 50
22 50
Oficial del Imperio."
El Sr. Almazan presentó á la Academia la obra que ha escrito, sobre ferro"
"
79 Enteros por cuenta~ l~
carriles. Que se le den las gracias y se registre en el libro de donaciones.
.Administracion, geneLa clase matemático-física propuso para miembros de ella á los Sres, Dr. D.
12 23
12 23
,,
ral de peajes......... .
José
María Vértiz, D. Alfonso Herrera y D. Juan Manuel Bustillo, los cuales
"
1
88 Cartas de seguridad.... .
1
"
fueron
admitidos.
"
"
"
671 21
671 21
118 Contribuciones directas.
La clase filológico-literaria propuso á los Sres.~:· D:.Manuel ~oreno. J º".'e,
1
"
"
686 41
686 41
131 Papel sellado..... . ... .
'
l'
Dr. D. Ignacio Montes de Oca y D. Miguel°A'Iii.ñmez, que tamo1en fueron ad"
119 Enteros hechos en la
mitidos.
.Aduana de GuanajuaSe acordó que la clase matemáticq-física presente la MemÓria de Reglamento
to, por cuenta de esta
correspondiente al presente mes.
566 12
566 12
.Administracion...... .
El Sr. Río de la Loza recordó á los Presidentes de las clases, la necesidad que ·
"
113 Ministerio de }"omento,
hay de que cada una forme su reglamento y presente la lista de libros que nece6,521 14½ ,,
por gasto de caminos. 6,521 14½
site, como tambien de nombrar su Presidente y .Secretario.
"
3,131 18 1
117 Ministerio de Guerra .. 3,131 18
No concurrieron loa Sres. Arriola, sin aviso; .Arango y Escandon, por enfer"
126 Administracion civil,
medad; Castillo, ausente; García Icazbalceta, por enfermedad; Jimenez D.Fransueldos de la Subprecisco, por ocupacion; Lacunza, sin aviso; Lares, por ocupacion; Maury, por ocu629 3,2
629 32
foctura ........... .
pacion; Ramirez, ausente; Salazar Ilarregui, ausente.
"
"
114 Idem, gastos de dicha
México, Enero 2 de 1866.-El Secretario, Francisco Pimentel.
200. ,,
200 ,,
oñcina .. , ........ .
"
"
125 Aclministracion de J usticia, sueldos del juzDENUNCIOS Y SOLICITlJDES
gado de letras y gas•ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
tos de la Corte Mar.,
557 78
557 78
cial ............. .
"
127 Enteros á hospitales por
SECCION 1~
2
09
2
09
. el 2p g .., ......... .
·(E publicacíon.)
México, Enero 81 de 1866.
"
"
137 Multas por ocultacion ó
D. José O. Forns, vecino de esta capital, ha hecho formal regil!tro de unos
fraude; distribncion á
criaderos de chapopote, que en estado sólido ó petrificado contiene el cerrito de
2 90
2 90
los partícipes ..... . .
Aginché, así como tambien de varios veneros que emanan del mismo cerro, el cual
"
,,
6 62
6 62
132 Multas, depósito ..... .
se
halla en terrenos de la hacienda de Limon, Departamento de Tamaulipas, al
"
21 Renta de la casa de la
lado N. del río Pánuco, al N.O. del punto llamado Tamicho, y á unas veinte leSubprefectlll"a y ofiguas al S. O. del puerto de Tampico.
240
240 ,,
cinas ...........,. ..
Y habiéndose admitido el registro en cuanto há lugar en derecho, sin perjuicio
"
"
"
20 82
20 82
140 Pensionistas civiles ... .
de tercero, y con arreglo á las ordenanzas, en atencion al estado de guerra en
"
"
22 Producto de alcaba,las en
que se,encuentra aquella localidad, y no poder dirigirse el interesado á la autola receptoría de Pieridad correspondiente, se avisa al público para su conocimiento; en el conceptó
dragorda y en sus Subde que se comunicó á la Prefectura ·de Tamaulipas.-El Subsecretario interino
receptorías, J al p a,
de Fomento, Francisco Jirnenez. _
Puerta de San Juan,
Jesus María y Pueblo
Nuevo ............ . 1,593 16 1,593 16
"
"
24 Productos de alcabalas
AVISOS OFICIALES.
en la receptoría del
Rincon ............. . 1,965 66 1,965 66
Ministerio de !'omento.
"
"
México Enero 31 de 1866.-Por no haber ocurrido los individuos que en seguida se espre,
Sumas . .. , .. 142,021 36 142,021 36 69,231 27 69,231 27
Fs.

Débitos.

Créditos.

Saldos
deudores.

Saldos
acreedores,

r

NOTAS ACLARATORIAS.

"

18

145

l ª Hasta que empezó la Adminis1!acion del que sus~ribe, en el mes de N?·
viembre del año pasado, comenzó á llevarse en esta oficma la cue~ta_ de su CaJa
y del libro mayor en el órden que debe efe~!uarse, pues con anter1or~dad se v~rificaban los pagos de los libramient?s, hac1ell:d?se ararW;r ~n la caJa como ~nero, y remitiéndolos en fin de mes a la Admm1strac1on pnnc1pal con tal caracter: es decir, aparecían durante todo el mes do'cumentos por datar, que es cos~
absolutamente prohibida, y por esta razon no figuran en el balance las sumas m1nistra~as por auxilios á la Administracion de C?rreos, 1?ªs que de lo~ mese~ ~~
Noviembre y Diciembre, sin que haya constancia de lo que esa oficma rec1b10
en el resto .del año: asimismo tampoco figuran las cantidades líquidas de los ramos de contribuciones y papel sellado, que conforme á las disposiciones supremas han debido enterarse en la caja de la Aduana que centraliza los produc~os,
ni se sabe lo que se ha ministrado en diez meses al Director de cammos, m lo
ministrado por sueldos de los empleados de la Subprefectura, Juzgado de letras,
Corte Macia!, ni los gastos habidos por el ramo de guerra.
2~ No figuran los honorarios que h.!!:!l .recibido los Subreceptores de Jalpa,
Puerta dé San Juan, Pueblo Nuevo y Jesus Mar¡a, ;Porque no se ha llevado cuenta de ellos en esta oficina, y por lo mismo no ha.y constancias.
.
3ª La partida que figura por enteros ~s en la.4-d~ ~ ~rtCVuato, por
cuenta de.esta ofioina, g.p.arte de la de ,~~18Wf2e8 á l,a. .Admi~istrac_wn_ &lt;k ~t;f,as
-de &lt;hanajuato, es por libramientos rembidos de aquella oficma pnnmpal, de oficio, contra ésta, sin marcar el ramo á que pertenece el ente,ro, por cuya razon no
tiene tampoco aplicacion-en la cuenta de esta-oficina.

san, á, saber el resultado de sus ocursos, elevados á. S. M. I. sobre diversos asuntos, se hallan
detenidas .en esta Secretaría las resoluciones que han recaído, y á ella deberán ocurrir para,
saberlas: mas para que en lo sucesivo pueda so~c~tarse á los ,interesados en sus casas, se recuerda lo prevenido, sobre que al calce de las sohc1tudes escnba cada uno el lugar de sumorada. Los interesados son:
·
Aubert D. Nicolás, .Arzuvide D. Juan, Antiga y C!, Barrera D, Trinidad, Batista D, José,
Berna! y Zepeda D, Manuel, Blancas D. Miguel, Greffos D, Luis, Guerrero D. Manuel, García D. Roberto, Hale D. J. H., Toma,sse~ D. Pablo, LÍ1?1on D~ Fe~ípa, ~ópez m ~anuel~,
Lazo D. Daniel, Mot.a, D. J. M., Martm y m, Martinez D. Lins,,Ort1z D, Antomo, Ortra
D. Felicíano Orozco D. Luís, Rodríguez D. Pedro, Ramiro D. Rafael, Romero D. Florentino, Revilla D. Joaquín, Santoyo D. Matilde, Sanchez D. Jorge, Strfníg, Surplice D. Tomás,
Vega D. Cosme.
6a-l

Ayuntamiento de México.
Palacio municipal, México, Enero 29 de 1866.-El ]Jxmo. Ayunta~iento necesita _cuatro
pequeños carros, que serán tirados por hombre, y que dtib~rá.n servir para cond~crr á. la
cárcel los ébríos que se encuentren en la .calle, A este fin ha dispuesto que }as p~r~onas que
deseen hacer los referidos ,carros, presenten sµs p.ropues!as e~ la ~ecre~aría mumc1pal, en_ el
preciso término de ocho días, contados desde la fecha; l¡aJo la mtehgenc1a de que se preferirá
á la persona que ofrezca mayor ventaja.-El Oficial mayor encargado de la Secretaría, José
A. Ortiz.
3a- 2

Juzgado segundo de letras del Distrito de 'J!'oluca.
En este se hallan depositados al~ps efec\os de m~rcería que vinieron entre los, de r?Pª
.libertados del robo que sufrió D. Gil Lara en el paraJe nombrado ." El Portezuelo,' callllllo
de !'Sta ciudad á la capital del Imperio, el domingo 31 de Diciembre del año próximo pasado,
Y no habiéndose podido averiguar quién sea el dueño de los referidos efectos, de órden del
Sr. Juez 2? de letras, Lic. D. José García Aguirre, se pone en conocimiento del público,. para
que la persona que se crea con derecho á ellos, ocurra á deducirlo, y wobando su propiedad
le serán entregt1,dos,
Tolnca, Enero 19 de 1866.-EI Secretario del Juzgado, José D, Valdés.
3a-3

�EL DIARIO DEL. IMPERIO.

146
I

.Juzgado de btras de Apam.

Comisaría Central de l'olic:ia.

t

En el juicio que sobre despojo é indemniz:ciou de daños perjuicios sigue en este Ju~gaNúm. 1,384.-México, Enero 29 de 1866.-En esta oficina se solicita al súbdito americano
0 el Lic. D. Pedro Quiros, como apoderadcde D. Pedro López Raro, contra D. Ennque
d
Mr. Thomas Smith, que fué asaltado hace dias por unos ladrones, mas allá de la garita de Va- Hirsch el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en au!o de esta fe.
llejo, para comunicarle un asunto que le interesa.-El Secretario general, T. Tuñon Cañedo. 1 ha se ~ite por los periódi~s al referido p. ~iique Hirsch, para que en el término d~ ocho
c
3a- 2
di as se presente, por si ó por apoderado mstmdo y espensado, á alegar de buena prueba, apercibido de· darse por alegado eu el juicio si n&lt; lo verifica.
Aparo, Enero 18 de 1866.- El Secretario dt Juzgado, Lic. José María Espejel. 810-Ss-8
Administrac:ion princ:ipal de la renta de Papel sellado
EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE !11EXICO.

'!l'ribunal de Conereio de Méxic:o.

Se han publicado ya lo¡; cuadernos números 5 y 6 del " Boletín .de las leyes," y se hallan
de venta al precio de ocho centavos el primero y diez y ocho centavos el seg~do, en todos
los espendios de esta renta, en esta capital, que se mencionaron en el aviso pubhcado por esta
Administracion en 20 de Noviembre del año próximo pasado.
México, Enero 23 de 1866.-El Administrador principal, J. M. de [caza é lturbe. 3a-3

Con fecha 26 del actual, ha proveido este '.'ribunal el ~uto que _á la letra dice: .
.
"Vista la denuncia que han liecho los Srn. D. Francisco _Rev1lla, D. Eugemo Lmarte y
D . Manuel Herran, comerciantes de esta pla:a, -0c la_suspens1on de pagos que h~ he?ho D. Antonino Barquera: vistas las declaraciones delos _testigos, y resulta~do de ellas Justificada pl~n amente la suspension de pagos hechos por ,1 citado Barquera, qmen . por ella se h~ constttuido en estado de quiebra, segun lo dispusto en_ el art. 759 del Código de_ Comercio: en su
c umplimiento se declara que el espresado D. \.ntonmo Barquera se halla en dicho estado, cuya
é poca es de contarse desde la fecha del preslllte auto, sa~vo lo qu? despues aparez~a. En consecuencia, procédase, en cumplimiento del a-t. 794 de dicho Cod1go, ~¡ aseguram1ent~ y secuestro de todos los bienes, libros y papeles iel fallido, y á la detenc10n de su correspondenciª librándose atento oficio para ello á la\.druinistracion de correos. Se nombran síndicos
ad~inistradores á lQJ! Sres. D. Manuel Herr:n y C~, y judicial al Lic. D. Miguel Enrique, á
quienes se hará saber su nombramiento parasu aceptacion .Y desempeño. P_ublíquese la providencia por medio de los periódicos y por edctos que se fiJa!án en los paraJes ~e costumbre,
y fórmese el espediente de calificacion de fa quiebra. Practicado el aseguram!ento, hágase
saber el presente auto al fallido para que usi de sus derechos: la Secretaría c~rtifique, que en
1a lista de corredores del año próximo pasad, aparece el nombre d~ D. Anto~no Barque.:a.L os Sres. Presidente y colegas lo proveyeon y firmaron.-Castillo.- Gardzda.- Cata110.Luis Rodríguez y Palacio."
.
• .
. .
En cumplimiento de lo mandado publico d presente. Mex1co, Enero 27 de 1866.-José Muria Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secetaría.
816-3a- 2

'!l'ribunal de C:omerc:io de 1\l!éxic:o.
Con fecha 24 del presente, dice el Exmo. Sr. 'Ministro de Justicia al Sr. Presidente de este
Tribunal, Jo siguiente:
,
"En contestacion del oficio de V. S., fecha 18 de Setiembre último, en que hace presente
que varias Compañías anónimas y en comandita establecidas con autorizacion del Gobierno,
no han ocuxrido á registrar sus escritu.ras á la Secretaría de, ese Tribunal, como lo previene el
art. 252 del Código de Comercio, manifiesto á V. S., que dichas Compañías no están esceptuadas del cumplimiento de esa obligacion que el citado artículo impone á todas !as sociedades
mercantiles.- Lodigo á V. S. para su inteligencia, previniéndole que para desvanecer' cualquiera mala interpretacion que haya podido suscitarse sobre el particular, dé publicidad á
la presente comunicacion.-El Ministro de Justicia, Escudero."
Lo que de órden del Sr. Presidente pongo en conocimiento del público.-José María Cardeña, Oficial 2? encargado de 1,aSecretaría.
.
3a- 2

AD1\1!11"IS'!l'B.AC:ION GENEB.AL DE COB.B.EOS.

A VISOS PARTICULARES.

A VISO AL PUBLICO,

El dia 2 del próximo Febrero, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion
general para Veracruz, un estraordinario con la correspondencia que ha de conducir á NuevaYork, con escala en la Habana y el puerto de Sisal, el vapor-correo "Manhattan." Lo que se
participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.
México, Enero Z7 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
3s- 2

SEGUROS C,OJtTBd INCENDIOS.
ÜO:M.P.A$IA. DE SEIUROS DE GLADJlACH.

Capital de fondo ........... ~.

,

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA. D;E SEGU1OS DE BASILEA (BASEL).

l'refec:tura polític:a del Departamento del Valle de 1\l!éxic:o.

Capital de fondo .. •. . . . . . . .. . . . . . . . . . 10.000,000 francos.

í

AVISOS.
1

Para proteger el desagüe que se está haciendo en las calles inundadas de esta Corte, y á
ñn de no omitir ningun medio para su realizacion, el Sr. Prefecto político ha creido conveniente prevenir á todos los dueños de pozos brotantes, cualesquiera que sea la especie de ellos,
que por medio de largos tubos y dentro del término de cuarenta y_ ocho horas, impidan el curso continuo de sus aguas, usándose solo de la que necesiten, sin dejar correr el resto de ella
á los caños ó atarj~as, en razon de,que su abundancia seria escesivamente nociva al fin propuesto.
Esta providencia durará por todo el tiempo que se crea necesario mientras tanto se acaban
de estraer las aguas estancadas en las calles de la ciudad, y para que sea levantada se dará
oportuno aviso; bajo la inteligencia, de que el que faltare á su cumplimiento, será multado en
veinticinco pesos, imponiéndosele doble cantidad si reincidiere, y destinándose su producto á
los gastos del desagüe.
,
Lo que se hace saber al público para su inteligencia.
,
MéXico, Enero 7 de 1866.-Por el Oficial mayor encargado de la Secretaría, el Oficial 3?,
.J. Romero.
3a-2

"Dispone el Sr. Prefecto que entretanto se concluye la limpia de las calles que estuvieron
inundadas, y á la que están destinados los carros que recogian las basuras, éstas se depositen
en las casas hasta que se concluya dicha operacion. De 6rden del Sr. Prefecto se prohibe arrojar las basuras en las coladeras y albañales, bajo la pena de cinco pesos de multa cada vez
, que se infrinja esta prevencion.
'
•
.Lo que se comunica al público para su cumplimiento y demas fines.
.México, Enero 20 de 1866.-El Secretario de la Prefectura, Lic. Cárlos ZaMla.
3a-2

--

/

Se aseguran muebles é inmuebles- á prenios moderados, y sti darán todos los inf~rmes necesarios para los que gusten asegurarse, en a AGE.l(CIA GE¡o,;ERAL de Estas Companías, calle
de San Be~ardo núm. 3.
400-l S0s-122

Bac:iend~ de '!l'emisc:o.
Convenida entre los interesados en la hacenda de 1'emisco, jurisdiccion de Cuerna vaca, su
venta estrajudicial se participa al público, ¡ara que las personas que quieran adquirirla: ocurr an á la casa del S;, D. F. N. del Barrio, TO"cer Orden de San Agustín núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los panos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contato.
799- 30s- 12

l'B.C?fES'!l'A. '
Sabedor el que suscribP, de que D. Gabrel Gonzalez An~o trata de enajenar los capit ales que reconoce la hacienda de San J oséTasimaye, situacta en jurisdiccion d~I Departamento de Tola, que pertenecieron al estiiguido ~onvento de J ~su~ ~aría y á la capellanía
vacante de D. Luis Vazquez, los cuales fueon cedidos en pago JUdtcialmente por la parte de
Gonzalez á mi poderdante D. J. M. Baez; nanifiesto á las personas que se interesen ~ estos
capitales ó á la finca, que ésta es responsabe al pago de ellos; y que pol' lo espuesto, nmguna
persona puede disponer su enajenacion sin muencia y consentinúento formal de mi poderdante, ni percibir cantidad alguna por rédits; y_ en caso contrario, pro~sto desde ahora á salvo los derechos de mi representado, para dJucirlos en forma ante qmen corresponda, sobre
la nulidad de cualquier acto que se practiq1e, haciendo esta protesta pública para que no se
alegue ignorancia.
México, Enero 25 de 1866.-P. P., lgnaca Bdtran.
813-3a-3

\

Existiendo algunos jóvenes huérfanos ó abandonados de sus padres, y queriendo el Sr. P refecto político que se dediquen á algun arte ú oficio para hacerlos útiles á la sociedad y moralizar sus costumbres; conforme al art. 75 de la ley de 1? de Noviembre de 1865, se invita á los
maestros que tengan talleres, lo mis'mo que á los dueños de fincas agrícolas, que ~uieran recibir á algun jóven bajo su cargo y direccion, para que se presenten en la Secretaria de esta
Prefectura, á fin de que se les ministre las instrucciones necesarias.
México, Enero 10 de 1866.-El Secretario general de la Prefectura, Lic. Cárlos Z(ivala.
·
6a-~

AVISO.
Ministerio de Fomento.- Seccion 4~-México, 19 de Enero de 1866.-Siendo ya muy frecuente el caso de que este Ministerio se vea en la necesidad de desechar solicitudes sobre amparo de minas por haber desaparecido en varios Distritos las circunstancias de guerra que, de
las causales d~ la parte final del ai:t,ículo 14, t~tulo 9~ ~e la Ordenanz'~ de Minas, e~ la qu~ h a
motivado estas declaraciones especiales, se aVISa á los mteresa_dos en fu11;dos metálicos ubicados en Distritos tales, como Pachuca, Real del Monte, Atotoni!co el Chico y demas que se
hallan en su caso, que es inútil hagan solicitudes en el sentido de que se trata, supuesto que
no podrá concedérseles.-El Subsecretario interino de Fomento, Fra~cisco .Timenez. 6a- :-i

AVISOS JUDICIALES .
.Juzgado de letras de Cuautitlan.

DIVERSIO:NES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPElli ITALIANA. ·
J..'UNCION EXTRAORDINARil A BENEFICIO DE LA SEÑORITA

:Matilde l'lodowoska.
En la noche de hoy, á las ocho en punto tendrá verificativo la funcion espresada, en los siguientes términos: Se pondrá en escena laaplaudida ópera de Dounizetti, dividida en tres
actos é intitulada: Lucia de Lammermoor; ID el intermedio del primero al segundo acto cantará con la beneficiada, la Srita. Peralta, elgran duo de la ópel'a Norma; en el otro intermedio del segundo al tercero, D. Napoleon Biicchi contará una aria de: Beatrice di Tenda, y por
conclusion la beneficiada cantará una aria &lt;e la ópera denominada: ll domino néro.

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑA DRAMATICA.
E,n la noche de hoy, á la hora de costmmre, se pone en escena la comedia dividida en tres
actos y denominada: El rábano por las hoju;.

TEATRO DE l'l'URBIDE.

En los autos del concurso de D. J osé Pico de San Martin, se ha mandado citar á los acredore~ ájunta, que tendrá lugar el dia 7 de Febrero' próximo, á las diez de la mañana, en es te
.Juzgado, para nombrar nuevamente síndico administrador y tratar otros puntos del intéres de
los mismos acreedores. Y se publica para que sirva de formal citacion.
Cuautitlan, Enero 31 de 1866.-El Juez instructor, José Zubieta.
816--3a-l

COMPAÑA DRAMATICA.
En la noche de hoy, á la hora de costunore, se pone en escena la comedia nueva dividida
en cuatro actos denominada: Aytr y hoy.

'!l'ribunal de Comerc:io de 1\l!éxfoo.

'l'EATRú IM PE RIAL :

Viérne 2 de Febrero.
México, Enero p de 1866.-En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por'medio de los periódicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comprobanteB
,,de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeñ a,
-Oficial 2? encargado de la Secretaría.
809-15s-11

EDIC'!l'O.
Por auto de 16 del corriente, el Juzgado de-lo civil de esta capital, ha declarado en estado
.de quiebra á D. Pedro Barrios, debiendo contarse la época desde el dia diez del actual ( con
,r.al.idad de por ahora y sin perjuicio de tercero). Han sido nombrados provisionalmente, deiellllor del ausente el L ic. D. Manuel Rios é Ibarrola, Síndico judicial el Lic. D. Apolonio G.
de la Cadena y Síndicos administradores D. Joaquin Llaguno y D. Juan B. Alatorre,-y se
· ka fijado el plazo de treinta diaa para que dentro de él presenten los acreedores á los síndicos
los justificantes de sus créditos.
·
Pongo el pre~ente para conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo dispuesto por
dicho Juzgado. Zacatecas, Enero 17 de 1866.-Tomás Sa11doval, Escribano público.
815-3a- 3

OPEIA ITALIANA,
En la noche de ese dia, se pone en esceia, á beneficio del cuerpo de coros, la 6pera intitulada: J,os Puri.ta"!°s, en la cual desempeñael papel principal la Srita. ANGELA PERALTA.

TEATRC PRINCIPAL.
CAMPAÑA DRAJIIATICA
En la tarde de ese dia, á las cuatro en pinto, se pone en escena la comedia en un acto denominada: El miércoles, y en seguida la zazuelii dividida en dos actos que se intitula: La cola del diablo.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑA DRAMATICA.
En la tarde, á las cuatro en punto, tendri lugar la funcion siguiente: Representacion de la
zarzuela denominada: El loco de·la boardila, 6 última 11oche del Quijote: baile por la pareja del
ramo; la comedia denomida: Fe, Espe.uznzGy Osadía; la zarzp.ela intitulada: La cola del diablo.

1'.lEXICO.-I!PRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

NUM. 329

lllEXICO.-Sábado 3 de Febrero -de 1S66.
.
SVMA-B.10.

PARTE OFICIAL.-Carta del Eljlp~rador al Ministro de Instrnccion plll\1ica sobre Colegios intemos.-Decreto autorizando al Sr. Hammeken para establecer una coll\unicacion por
el canal de Chalco y el de San Lorenzo hasta la garita de San Lázaro.-Otro~ disponiend~
que á los Prefectos y Subprefectos se abone doble sue1do mientr~ duren s-qs vi.sitas á los Departamentos. 6 Distritos.-Vocales del Consejo de Jalpan.-Comisario municipal de Hércules
(Querétaro).-Ofi.cial de la Secretaria del Consejo de Beneficencia de Fresnillo.-Acuerdo autorizando un gasto para el sarcófago de Iturbide.-Licencia absoluta al Sr. Bema1.
PARTE NO OFICIAL.-Tribunal de cnentas.-Los representantes de México en JerusaJe~.-Sentencia y ejecucion de García Cano.-Derrota de R~les.-Dispersion dé,disidentes.
-4Bilo de mendigos.
'

, ca no se entorpezca, y se ponga al alcance de las personas de
poca fortuna de los Departamentos.
Confiando en vuestro acreditado ~elo y notoria actividad, Esperamos que pronto dejaréis aneglado este· negocio, y Nos d-areís un informe pormenoriza.do de cuanto en. éLhubiéreis hecho.
Recibid las. se_guridades de Mi benevolencia.
MAXIMILJ~NO.
Cnemavaca, Enero 31 de 1866.

Al Ministro de Instruccion Pública.

Noticias extranjeras.

PARTE ÓFICIA.L.
Mi querido Ministro Artigas:
Al redactar la ley de Instruccion pública, se ha incurrido en
una equivocaci~n respecto de las disposiciones transitorias que
deben quedar VIgentes hasta que puedan plantearse todas las reforma~ que Hemos introducido. Poi· otra parte, no cabe duda
que en el público se han exagerado mucho las coriseeuencjas de '
dicha equivocacion. Hablamos de J;i, sup1:esion de los colegios internos.
,
yos, 9.ue conoceis Mis principios en materia de instruccion, sa?e1s me3or que nadie que no creemos convenientes los colegios
mternos, por razones que muchas veces os Hemos explieado, y
que se contraen á los puntos siguientes:
Es muy difícil formar el carácter y corazon de jóvenes distintos y diversamente educados, por medio de reglamentos unüormes para todos y bajo la direccion de una persona que, por mas.
honrada y concienzuda que sea; nunca podrá tener el vigilante
interés de un padre 6 pariente cercano. '
Tampoco es fácil que .se desarrollen en establecimientos organizados bajo un pié casi militar, los sentimientos naturales de
independencia y entereza, que, mas tarde, deben constituir las
mas preciosas cualidades del hombre público.
· Por último, lª' salud y el desarrollo físico, no podrán obtenerse del todo conservando al alumno en un edificio ceITado, y sin
el ej~rcicio corporal, tan necesario á la juventud.
. Es~s. razones son bastantes para justificar que en sí misma la
dispos1c1on de la ley es buena, y dará frutos en el porvenfr; pero no olvidemos que, aun las reformas mejor entendidas, han de
establecerse sin choque ni trastorno', por medio de una tran,si~
cion suave, que sin perjudicar á su fin, se adapte á las costumbres ya establecidas.
La opinion pública se ha expresado con justicia 13n este sentido; y fieles á Nuestros principios de atenderla, po.rque generalmente se encamina al bien, Deseamos que se p0nga oportunamente el reme.dio á _las fundadas quejas de los padres de
f~mi~a de los Departa~entos, que tenían sus hijos en los coleg10s internos, y repentinamente se encuentran con ¡a, dificultad
de colocarlos convenientemente.
'
·
·ne consiguiente, dispondréis que en el acto se arreglen un.o
6. dos de .los colegios, para recibfr en ellos á los jóvenes estudiantes que no tengan otro albergue; proponiéndonos las personas dignas de la confianza del Gobierno, que por sus buenas
~stumbres, tino y genio de 6rden, sean ~ propósitp paira dú.igirlos.
'
·
.
. Esta me~da e~ meramente. tran&amp;ito;da y , dic~dq, CQJ;l. el motivo de facilrtar todos loi; medios, para .que 1a lnstrqccion públi..1

. '

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Considerando qu'e las vias .navegables son de inmensa utilidad, por la facilidad y baratura que ;roporcionan al trá~co comercial; '
Oido Nuestro Ministro de Fomento, DECRETAMOS:
Art. 1~ Se autoriza á D. ·Jorge L. Hammek.en para establecer una comunicacion por el canal de 'Chalco l el comeuzado de San Lorenzo (llamado de Garay), continuando la ~pertura de éste hasta la garita de San.L~zar? de ~sta capital, segun el trazo marcado ep el proyecto de desagüe y canahza01011 del Valle
da México, del ingeniero D. Francisco Garay, actual Director de las aguas.
· Para la indicada prolongacion del canal, y para :fijar la profundidad y amp1itud de él, deberá ponerse de acuerdo el Sr. Hammeken con el expresado Director.
Art. 2~ El Sr. Ha¡pmeken queda obligado á construir una presa que tenga
la suficiente resistencia, en el canal de San Lorenzo, á fin de evita!,' que las aguas
de Chalco se.comuniquen por la vía con las de Texcoco; pero las obras que
practiqt1e para pasar la carga de un lado á otro de, dicha presa, no estorbarán
en manera alguna que pueda darsa-salida á las aguas, siempre que se estime
conveniente.
Art. 3~ Siendo la obra de utilidad pública, puege el Sr. Hammeken pedir
la expropiacion de los terrenos necesarios al establecimiento de la via, sujetándose á las prescripciones de la ley de 7 de Julio de 1853, respecto de los pertenecientes á particulares y municipalidades; y en cuanto á los de propiedad
nacional,..s.e le concederán ,grátis.
Art. 4~ El empresario podrá usar, para la conduccion de pasajeros y carga,
de canoas y botes de cualquiera coustruccion, movidos por hombres, animales,
vapor ú otra fuerza motriz; pero los vehículos serán 'de manera que no perjudiquen á los otros que transiten: y si fuere necesario quitar 6 elevar los puentes,
esto. se hará de acuerdo con la Direccion de las Aguas del Valle, y bajo su direcc1on.
Todo perjuicio que cause el Sr. Hammeken,.ser.á á su costa, debiendo reparar el mal inmediatamente.
Art. 5? El Gobierno puede establecer en el huevo canal un peaje que no
,exceda de las cuota!! que se cobren en los otros canales; quedando libre el ,Sr.
Hammeken para exigir por el paso de sus obras propias, como exclusas, planos
inclinados, &amp;c., el precio que por este servicio considere equitativo.
. Despues de cinco años, el Gobierno podrá comprar al Sr. Hammeken las
obras clel canal por el mismo costo que se justifique suficientemente hayan tenido; 'Yesto si se enpontraren en buen estado, pues de no 'ser así, se rebajará
del valor el demérito sufrido. '
Art. 6? El Sr. Hammeken no puede impedi; la ejecución de dbras, ni reclamar indemnizacion alguna con motiYo de ellas, siempre que la autoridad competente ~ la Direpcion de las aguas del Valle 1o disponga.
Art. 7~ Los trabajos comenzarán á los dos meses, y deberá estar terminada
la via dentro de un año, ambos plazos contados aesde la fecha de este contrato;
en la inteligencia de que la falta de cumplimiento de uno ú otro, causarán la
nulidad completa del mismo c-0ntrato, sin que haya derecho en el Sr. Hammeken para indemnizacion 6 pago de ningun género, aun cuando hubiese practicado alguna obra.
·
1
Dado en Cuerpav,apa, á 28 de Enero de 1866.
MAXIMILIANO.
A.l Ministro de F~mento.
(
Por el Emperador,

.

El ~istr11 ·de Fomento,
.En su ausencia, el Subsecretario interino,

Francisco J"imenez.

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

148
IIAXIMILIANO,

EMPERADOR DE

MEnco:-

EL DIARIO DEL IMPERIO.

PARTE NO OFlfJIAL ..

Oido Nuestro Consejo de Ministros, HEMOS venido en ·decretar lo $iguiente:
'J!IB.IBU'l'fAl.i DE OU'Jll'f'J!IAS.
Art. 1? Se abonará á los Prefectos y Subprefectos, por los dias que durel}
!u visitas que deben practicar ._en los respectivos Departamentos y Distritos,
Tenemos positiva satisfaccion al anunciar qu!J, en cumplimiento del decrete&lt;
doble sueldo, que percibirán por quincenas y días vencidos. Antes de hacer di- del Emperador, de 31 de Octubrti,último, ha quedado establecido el T-ribueali
dias visitas, darán los Prefectos aviso al Gobierno, y los Subprefectos á la Pre- de Cuentas, habiendo emprendido desde l? del actual, la importante tar~ defectura respectiva.
la glosa.
Art. 2? Unos y otros llevarán un diario de sus operaciones, que remitirán
En la visita de despedida que nuestro Soberano hizo en Bélgiaa al sentidopor cada correo, los primeros al Ministerio de Gobernacion, y los segundos á Padre de su augusta Esposa la Emperatriz, el finado Leopoldo I, para venu i
la Prefectura respectiva, con objeto de que se pueda apreciar la importancia ocupar el trono que le tenia preparado el espontáneo y casi unánime vot0- cld
y la actividad de sus trabajos.
pueblo mexicano, di61e el sabio Rey, entre otros graves consejos, el de estabJcArt.. 3? Por regla general, y cuando el Gobierno no disponga otra cosa, el cer convenientemente un Tribunal de Cuentas, como el mejor cimiento- de- la.
Prefecto saldrá á la visita acompafiado de uno de los empleados de la Secreta- administracion hacendaria.
ría, que sea acreedor á su confianza, y quedará el Secretario encargado del desY S. M., despues de examinar la organizacion del Tribunal y Audiencia elepacho ordinario, baj9 las instrucciones que le deje y le siga comunicando el Cuentas de la llamada Nueva-España, y la que, consumada la. independellfit,
Prefecto. Lo mismo harán los Subprefectos; y si tuvieren solamente para el se dió á la misma institucion, unas veces con el nombre de Trihnnal1y otrs
despacho de la Subprefectura u'n Secretario y ·un escribiente, 6 solamente un con el de Contaduría Mayor; con presencia tambien de las leyes que- la arre-·Secretario, no llevarán consigo ningun empleado de la Secretaría, y ocuparán, • glan en Francia, España y Bélgica, adopt6 la combinacion que desenvuef-n:- d
para las operaciones de la visita, á los que estén al servcio de las municipalida- decreto arriba citado.
des visitadas.
Por él se erige una autoridad superior, con el doble concepto de administnArt. 4? Los Prefectos no podrán emplear mas de dos meses en la visita, ni ti va y judicial, para exigir, con el primero, la rendicion de cuentas de todos loslos Subprefectos mas de un mes.
·
que manejan caudales públicos, revisarlas y fenecerlas, y para conocer con el
Nuestro Ministro de Gobernacion queda encargado de la ejecucion del pre- segundo, de los negocios contenciosos que surjan de la glosa, solo p!lra , exigir
,ente decreto.
la responsabilidad pecuniaria, pues el conocimiento de las causas que haya neDado en Cuernavaca, á 29 de Enero de 1866.
cesidad de formar por los delitos de concusion, falsedad y otros que puedan
aparecer cometidos por los empleados, se sujeta á los jueces comunes· q,ue ejerMAXIMILIANO.
cen la jurisdiccion ordinaria; por cuyo medio. ni se somete al Tribunal, que coPor el Emperador,
mo hemos dicho es una autoridad administrativa, un poder judicial demasiado
En ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
füerte, ni se le priva de la facultad represiva, necesaria contra los abusos de 1-El Subsecretario de Gobemacion,
que manejan los caudales públicos, por deficie,ncia de la cual fr~casó el estableFrancisco J. Vilkilobos.
cimiento de la Contaduría Mayor.
Podráse notar en la composicion del Tribunal de Cuentas, la falta de núme-ro competente de contadores de revision. Nosotros creemos tambien haberla;;
mas en este particular pes6 mas en el ánimo del Soberano la consideracion debida á la presente situacion del erario, rese'l.-vando para cuando mejore, y de&amp;MI NI.STE RIO DE GOBE RNA CION•
pues de conocer por experiencia propia las verdaderas necesidades de la nueva
SECCION 1~
institucion, proveer á ellas y perfeccionarla; lo que nunca se alcanza en los pri-México, Enero 31 de 1866.
meros pasos que se dan en estas difíciles empresas.
.
El Gobierno de S. M. Ha tenido á bien aprobar los nombramientos que hiPor lo demas, súplese de dos maneras á la falta de empleados: por el celo~
zo esa Prefectura, en las personas de D. Alejo Altamirano y D. Crescencio de y laboriosidad de los que han sido nombrados, y por el sistema de glosa sucela Torre, para vocales propietarios del Consejo del Distrito de Jalpan; y los de siva que se introduce por el decreto del Emperador.
D. Rafael Bisuet y D. Pedro Trejo para suplentes del mismo Consejo.-Por
En cuanto á lo primero, S. M. oy6 á su Consejo de Ministros para la elec-ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Franciaco cion del Presidente, Contadores mayores y Fiscal; y en la de los &lt;lemas emple.J. fillaloboa.-Señor Prefecto del Departamento de Querétaro.
dos defi.ri6 á la propuesta del Tribunal mismo: el resultado ha sido plenameDie--sa'tisfactorio.
u:
En
cuanto
á
lo
segundo,
el plan ha sido complexo. Supone, ante todo, una,
México, Febrero l'? de 1866,
contabilidad especial, combiuada de manera que las cuentas de las oficinas suEl Gobierno de S. M. Ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo balternas se resúman en las de las principalea, y fas de las principales en las geesa-Prefectura, en la persona de D. Florentino Basaldua, para Comisario muni- nerales, p~ra que estas ofrezcan, á un golpe de vista, el cuadro del movimieDcipal de Hércules.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de to anual de cada renta, ya general, ya municipal: esto por_ lo correspondiente·
Gobernacion, Francisco J. Villaloboa.-Señor Prefecto del Departamento de á la recaudacion. Respecto á la distribucion, la nueva contabilidad dará por-·
Querétaro~
resultado el resúmen de todos los gastos generales y locales en las partidas del.
presupu~sto anual de uno y otro Departamento.
Recibiendo la contabilidad pública este grado de perfeccion, á que fácilmeJJ-··
El Gobierno de S. M. el Emperador se Ha servido aprobar el nombramiente
se la irá conduciendo por la introduccion gradual de la partida doble, sabreto hecho por esa Prefectura en el Lic. D. Ramon G. Torres, para Oficial 1? de
mos
algun dia, que podrá acercarse como lo queramos, si lo procuramos con efiJa Secretaría del Consejo de Beneficencia de esa ciudad. Lo que comunico á
V. S. como resultado de su nota relativa de 20 del pr6ximo pasado......:.Por au- caz esfuerzo, y sabrémoslo por demostraciones aritméticas indefectibles, cuánsencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. to importan los verdaderos productos de las rentas; cuánto los gastos de la administracion; si el Ministerio se ha excedido en ellos al monto de los presn,.:
Villatoboa.-Sr. Prefecto del Departamento de Fresnillo,
puestos; y cuánto es el déficit que tengamos necesidad de cubrir con sacrificiotJSon copias. México, Febrero l ? de 1866.
extraordinarios mientras nos hallemos en este sensible extremo.
El Gefe de la Seccion 1~,
Tal conocimiento es de por sí"un gran bien, como lo es en las enfermedades,
el de su índole verdadera; siendo un axioma, tanto en medicina como en admiJosé G. Martinez.
nistracion, que una enfermedad, un mal conocido, es una enfermedad, un mal,
r_nedio curado.
Arreglada así la contabilidad, la ley orgánica del Tribunal dispone que }a,
MINISTERIO DE FOMENTO.
glosa de cuentas sea sucesiva, esto es, que las oficinas principales glosen las-'
S. M. el Emperador, con fecha 28 del actual, en Cuernavaca,
se Ha servido cuentas de las subalternas, las cuales les servirán de comprobantes; que lascuentas de las,oficirias principales, de esta manera comprobadas, sean á su vez,.
expedir el acuerdo siguiente:
"Autorizamos el gasto de ciento ochenta y cinco pesos que importa renovar glosadas por las oficinas directivas, cuyas cuentas gei1erales sean la~ que revise·
el nicho eít que se ha de colocar el sarc6fago de bronce que Nos Dispusimos se el Tribunal, quien por este medio no tendrá que ocuparse, sino en muy señala.-hiciese para depositar las cenizas del Emperador Iturbide; dibiéndose cubrir dos casos, de los últimos detalles, cuyo análisis absorveria con poco fruto tod~
su tiempo. Ordenadas así las cuentas. y su glosa, el Tribunal podrá llenar s1&gt;
de asfalto la parte inferior del mencionado nicho."
principal mision, que consiste en presentar anualmente el resultado econ6mie&amp;México, Enero, 31 de 1866.
del producto de todas las rentas, y de la inversion de todos los fondos públicos...
El Subsecretario interino de Fomento,
Por lo que mira á la responsabilidad ministerial, hállase, por el Decreto de
Francisco Jimenez.
31 de Octubre, garantizada cu~nto es debido. ;El Ministerio como la receptoría del último pueblo, tiene que rendir su cuenta anual: está obligado á contestar á los reparos que acerca de ella se le hicieren: queda sometido al juicio del
Tribunal: ha de sujetarse á sus fallos inapelables. Para esto se dispone que el,
MINISTERIO DE GUERRA.
Tribunal dependa solo del Soberano, cuyos mandatos se le comunicarán por eL
2~ DIRECCION.-1~ Dms10Ñ.
Ministerio de Estado, que no maneja :ni tiene intervepcion en las rentas. Lo.Magistrados del Tribunal no pueden desempeñar niugun otro cargo. Son, ade-México, Febrero 1~ de 1866.
mas, inamovibles.
.
,
~n fecha 3~ de Enero pr6ximo pasado, se ha expedido licencia absoluta al
Este cuerpo está, por tanto, llamado á ejeroer una gr1mde influencia morali...
teniente de artillería D. Mariano Bernal, por haberla solicitado.
Su alta mision se halla elocuentemente definida en el siguiente extracto d1ll di&amp;curso pronunciado por M. Barthe, primer presidente del Tribunal de Cuentas de
El Subsecretario interino de Gue~,
Francia, en la solemne sesion de ll_U apertura v-erificada en Noviembre de }8&lt;\9':..
,T. M. Márque:.
"Vuestra justicia, decía el presidente á sus colegas, libra al Erario público detodo des6rden y dilapidacion: vosotros impedís que se ponga mano criminal en,

;

149

el dep6sito consagrado exclusivamente al sostenimiento del país, á su seguridad,
bienestar y adelantamiento: sois los guardianes del tesoro que se forma con los
sacrificios de todos los ciudadanos, desde el mas miserable hasta el mas opulento.
En todos tiempos, y bajo todas las formas de gobierno, los intereses protegidos
por vuestra justicia, han s'ido sagrados. Hoy volveis á contraer el inviolable
compromiso de aplicar al desempeño de vuestra honorable misiou, toda vuestra
rectitud y todas vuestras fuerzas."
No necesitamos, por cierto, dirigirá los distinguiclos mexicanos que forman hoy el 'l'ribunal de cuentas del Imperio, un ap6strofe semejante, para estar seguros del completo y satisfactorio resultado del nombramiento con que su
Soberano los honr6.

día 22 del mismo mes y año á las dos de la tarde menos diez minutos, pasando
por las armas delante de las tropas de la guarnicion á Cárlo.s García Cano.-Por
último, á las cinco de la tarde se mandó por oficio número 53 del R. F., á laAdministracion principal de rentas:

Los representantes de México en Jerusalen.

Total.-. ... .......... . . $ 500 ,,
5? Una pistola.
6? Una libranza de quinientos cuarenta y nueve pesos doce centavos.

Escriben de J erusaleu con fecha 13 de Diciembr.e de 1865:
El dia 5 de este mes llegaron á esta ciudad el' Sr. General Márquez, Ministro
de México en Constantinopla, con una parte de la legacion, y el Sr. Raro, nomb~ado hace poco Cónsul general del Imperio en Tierra Santa. Fueron perfectamente recibidos, y de una manera que ha llamado la atencion, formando valla
las tropas, y acompañados de todos los representantes del Gobierno, corporaciones y consulados, con los Cavás, tambores, &amp;c.
..
' Sin perder tiempo, el Sr. Generál Márquez estableció desde luego el Consulado. Se pusieron las armas del Imperio Mexicano á la entrada, y los retratos del
Emperador y la Emperatriz se colocaron bajo un dosel, en un trono dispuesto al
efecto en la sala.
Tuvo lugar despues la recepcion oficial del Sr. Haro en presencia del Consejo
de M.edgliss, que lo forman los representantes de todas las autoridades civiles,
militares y religiosas, cuya manifestacion, de que no hay otro ejemplo, fué dedicada especialmente como una prueba de particular cariño al' Emperador Maximiliano.
. El general Márquez, con el secretario de la Legacion, asistió vestido de gran
uniforme á este acto, en que tambien formaron., tropas, y que se verificó con tanto esplendor como no lo ha sido ningun otro. En presencia de ,dicho Consejo y
de una numerosa concurrencia, el Sr. Márquez dió posesion al Sr. Haro de la
manera mas solemne.
Luego pasaron el Sr. Haro, el general y el secretario, todos de uniforme, á la
casa del patriarca católico, Monseñor Vallerga, en cuyas manos puso el Sr. Márquez la gran cruz de Guadalupe, explicándole el grande anhelo que tienen los
Soberanos mexicanos por la Tierra Santa, la resolucio11 en que están de hacer
cuanto puedan en su obsequio, y de enviar cada año una limosna tan cuantiosa
como sea posible. Todo lo cual agradeció mucho el patriarca, quien encargó al
general presentase á los emperadores sus homenajes de gratitud de la manera mas
eipresiva.
En seguida, el Sr. Cónsul general D. Pedio de Haro, puso tambien en sus manos el regalo que los Emperadores le confiaron, y que consiste en una rica custodia, cáliz y patena.
.A.yer se verificó con toda-solemnidad, en la capilla del Santo Sepulcro, la fun.
cion nacional de Nuestra Señora de Guadalupe, á la cual concurrieron el Cónsul
General,y la legacion mexicana, de riguroso uniforme. Ofició de pontifical Monseñor Vallerga; se estrenaron la custodia, el cáliz y la patena, y se expuso en la
capilla del Santísimo Sacramento el relicario que contiene el pedazo de cruz dado por el Emperador de México, y que permanece en la capilla de Santa Elena
Nuestros lectores pueden ver por las solemnes ceremonias que acaban de celebrarse en Jerusalen, que, lejos de desatendet los intereses de la sagrada religion que profesamos, nuestros Soberanos quieren al contrario, uo, omitir nada
de cuauto realce su esplendor; y tienen á honra el darnos á conocer ante el
mundo entero como cristianos fieles cuya fé se conserva inalterable.

Sentencia y ejecucion de García ~ano.
Ministerio de Guerra.-•'1~ Division Militar.-1 ª'Subdivision.-Núm. 36 de la
sentencia.-Fecha del delito, Diciembre 28 de 1865.-Corte Marcial.- Sentencia que condena á la pena de muerte al llamado Cárlos García Cano, acu'sado de
haberse sublevado contra el Gobierno del Imperio, con circunstancias agravantes, en el mineral de Pachuca, el dia 28 de Diciembre á las once de la noche, del
año próximo pasado. El año de 1866, el día 21 de Enero á las dos de la tarde,
la Corte Marcial de Toluca, compuesta de los Sres. coronel Manuel Palomino,
presidente; capitan Luis Alegre, juez; capitan Juan Dueñas, juez; capitan Nicolás Parra, relator; sargento 2? Nicolás Salazar, escribano, nombrados todos por
el Ministerio de la Guerra. Ha pronunciado la sentencia de que se ha extractado
lo siguiente:
MAXUIILIA.i~O, EMPERADOR DE MEx.rco. A todos los presentes y venideros, salud.-La Corte Marcial de Toluca ha pronunciado la sentencia de que
se ha extractado lo siguiente:-La Corte Marcial, despues de haber oido al Comisario relator en sus peticiones, ha declarado al llamado Cárlos García Cano,
ex-coronel de caballena:-A la 1~ cúestion, culpable por unanimidad.-.A. la 2~
culpable por unanimidad.-A la 3~, que ha cometido los 'hechos que se le imput.an sin circunstancias excusables segun la ley, por unanimidad.-A la 4~, que
no se recomiende e~ indulto por mayoridad.-En consecuencia, dicha Corte condenó al acusado Cárlos García Cano, ex-coronel, de 25 años de edad, originario
de Jalapa, casado, domiciliado en Pachuca, á la·pena de muerte, aplicándole el
art. 1? ie la ley de 3 de Octubre de 1865, disponiendo: que con arreglo á lo dispuesto en el art. 139 del Código de Justicia militar, se introduzcan á las arcas
nacionales la cantidad de quinientos pesos de plata y oro, de cuya cantidad se
deducirán los gastos que hizo por sus alimentos; la libranza de quinientos cuarenta y nueve pesos, doce centavos, y la pistola, la cual aparece como cuerpo de
delito á otra causa, devolviéndole al expresado Cano el reloj con su cadena, dos
anillos de brillantes y la cartE}ra, lo que es de su propiedad.
Hoy, 21 del mes de Enero del año de 1866, se leyó la presente sentencia por
· nos el escribano que abajo firma, al llamado Cárlos G~cía Cano, hecha esta lectura en presencia del Comisario relator.-El escribano, Nicolás Sala.ear.-Oomi.Bario relator, Ni.colás·Parra.
Esta sentencia ha comenzado a recibir su ejecucion el dia 21, á las dos de la
tarde, del mes y año. ya citado: en el acto se le devolvió á Ca.no el reloj con su
.cadena, los dos anillos de brillantes y la cartera.-Se continuó esta ejecucion el

1? 24 onzas de á 16 pesos........... $ 384
2? 3 ídem de á 20 pesos. . . . . . . . . . . 60
3? 3 medias onzas de á 8 pesos.. . . . .
24
4? En plata.. . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . .
1 56½
Suma .. ......... .. .... $ 469 56½
Habiendo pagado la cuenta de la fon.
da que ministró los alimentos . . . . . . 30 43½

..

Certificado conforme.-Comisario relator, Nicolás Parra.-Confrontado.-El
escribano, Nicouís Salazar."
Es copia. México, Enero 31 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra,
J. M. Márquez.

Derrota de Régules.
, Ministerio de Gobernacion.-Recibido de GuanajuatQ el 1? de Febrero de 1866,
á las 12 y 10 minutos dél dia.-"Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-EI Sr.
General Baron .A.ymard me dice de Leon en este momento y por la via telegráfica:-" El 28, en la Palma, toda la fuerza de Régules ha sido completamente
derrotada por Mendez, quien está en Tangancícuaro lleno de prisioneros, de armas y caballos: Régules, Ronda y otros, han huido."-Lo que tengo el honor de
comunicar á V. E.-EI Prefecto político, P. G. Montes."
Es copia. México, Febrero 1? de 1866.-El Subsecretario de Gobernacion,
Francisco J. Villalobos.

Dispersion de disidentes.
Ministerio de Gobernacion.-" Imperio mexicano.-Prefectura política del Departamento de Nuevo Leon.-Núm. 11.-Monterey, Enero 20 de .1866.-Exmo.
Sr.-El Sr. Coronel D. Ji¡lian Quiroga, con fecha de ayer, participa á esta Prefectura el parte que sigue:- " Sr. Prefecto: Conforme acordé con V. S., ayer por
la tarde mandé al Comandante Cantú, con instrucciones bastantes, emprendiera;
un movimiento hácia San Francisco de Apodaca, con setenta y tantos ,hombres,
el cual ha dado el resultado que verá V. S. en el parte que aquel Gefe nie ha
dado, y que me es honroso trascribirlo á V. S.- "Ejército imperial mexicano.G:uardia rural del Departamento.-San Francisco de ,Apodaca, Enero 19 de
1866.-A las doce y media del dia.-.:Sr. Coronel: En virtud de las instrucciones
que V. S. tuvo á bjen comunicarme, emprendí mi movimiento de Monterey, tocando en mi tránsito á San Nicolás de las Garzas, dirigiéndome en seguida hasta San Francisco el Viejo, en donde dispuse que una fuerza de diez hombres, ,.al
mando del .Alférez Valle, batiera una avanzada del enemigo que defendía el camino; y habiéndose trabado un reñido combate, me vi precisado con toda mi fuerza
á auxiliar á Valle, logrando arrollar al enemigo, que en número de cincuenta
se hallaba en San Francisco de .A.podaca, persiguiéndolo una legua mas allá y
dispersándolo en todas direcciones; perdiendo el enemigo por su parte dos hombres muertos, un prisionero herido, cuatro caballos ensillados y cuatro rifles. Las
fuerzas de mi mando no tuvieron la mas ligera novedad."- Y tengo el honor de
de insertarlo á V. S., felicitándolo por el triunfo que han adquirido las armas del
Imperio."-Y tengo la honra de insertarlo á V. E., suplicándole se sirva elevarlo
al alto conocimiento de S.M. el Emperador.-Protesto á V. E. las seguridades
de mi distinguida consideracion y respeto.-El Prefecto político, J. I. de la Garza García.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion."
Es copia. México, Enero 31 de 1866.-El Subsecretario de Gobernacion,

Francisco ,J. Villalobos.

lAsilo de mendigos.·
Prefectura política del Departamento del Y alle de México.-Aviso.-Se invita á todos los menesterosos é incapaces de trabajar, para que se inscriban en una.
mesa que se encontr:i,:á en el portal de la D_iputacion, á fi~ de que reciban una.
boleta, para ser admitidos en una sala de asilo, en que seran atendidos en sus
primeras necesidades: advirtiendo que la mendicidad queda prohibida de todo
punto, y la policía recogerá á todo el que se encuentre piruendo limosna; y será
juzgado como vago el que, no estando imposibilitado, ab-qse de la piedad pública.
De órden del Sr. Prefecto se anuncia al público para su conocimi,ento.
México, Enero 31 de 1866.-El Secretario general de la Prefectura, Cárlos

Zavala.

NOTICIAS E:Z:'J!IB.Al'f.TEB.AS.
Salió cierta la renuncia del Gabinete italiano, que anunciaron los diarios ' de
Nueva-York. El General La Marmora recibió comision del Rey de formar el
. nuevo Gabinete, y se presumía en Florencia que babia de ser conservador. El
General había presentado ,á la Cámara el !Abro verde. El Ministro de Justicia
había presentado un proyecto de ley contra los conventos. El de Hacienda present~ una especie de Me~oria, que ~ntre otras cosas contiene lo tiguiente: El
déficit para 1866 se gradua en 265 millones, 206 del presupuesto ordinario y 59
del extraordinario. Para remediar el malestar financiero, el Sr. Sella ha trabajado mucho, y cree proporcionarse recursos mediante el desarrollo de la contribucion indirecta. A consecuencia de un convenio monetario entre Italia, Francia,
Suiz!J, y Bélgica, los Gobiernos de las dos primeras han ofrecido retirar de la circulacion las piezas de 20 cé:atimos.
,
.
Los. Gabinetes de Berlín y Munich van á propotler á los Estados de Zollverein
la celebracion de un tratado de comercio con el Gobierno de Italia.
El 17 de Diciembre prestó el Rey Leopoldo II, ante las Cámaras, en medio de
entusiastas aclamaciones, el juramento prescrito por lá Constitucion.

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

150
,

S. 111. pronunció un elocuente discurso. " Sucediendo en el trono, dijo, á un
padre tan venerado en vida, tan llorado despues de su muerte, eLprime1 deber que
contraigo ante los representantes de la nacibn, e~ el de seguir con religiosidad los
preceptos y los ejemplos que me ha legado, el de no olvidar nunca las obligaciones que me impone tan 'preciosa herencia.
" Si no prometo á Bélgica, ni un gran reinado, como el que ha fundado su indepependencia, ni un gran Rey _como el que hoy lloramo~, le ofrezco al menos
un Rey belga de corazon, cuya vida entera le pertenece."
Estas palabras fueron acogidas con caloro~~s ª'plausos.
,
"El porvenir de la Bélgica, añadió S. M., es el mio: siempre la he considerado con la confianza que inspira el derecho de 1,ma nacion libre, honrada, animosa,
que ama su independencia, que ha sabido conquistarla y mostrarse digna de ella.
que sabrá conservarla á todo trance."
El nuevo Rey manifestó su gratitud á las naciones extranjeras, que tanta parte han tomado en su duelo; expresó su deseo de que terminen las diferencias que
separan á los partidos; aconsejó el espíritu de fraternidad, y concluyó su.discurso
con esta frase: "Al subir al trono, decia mi padre á los belgas: "Mi corazon no
tiene mas ambicion que la de verqs felices." Estas palabras, que su reinado ha
justificado, las repito yo ahora con todo mi corazon."
Una salva de aplausos y entusiastas,vivas al Rey, á la Reina y al Conde de
Hainant, heredero del trono, puso fin á esta grandiosa ceremonia.
.A fines de Diciembre llegó á París una embajada del Rey de Marruecos.
La Paf;rie de Paria dice que Francia é Inglaterra no han ófrecido en•la cuestion chilena mediacion, sino buenos oficios, y que han sido aceptll.dos por España.
El 20 de Enero desembarcó en la Habana el Secretario de Estado, Mr. Seward,
que vino á bordo del vapor "De Soto." Se aseguraba que el Capitan general le
daria un convite, y que se le preparaban otras aemostraciones de simpatía en la
ciudad.
El 15 de Diciembre salió de Hi+mburg.q Pª!lL M¡i,~!l,l\J-OXOS la .goleta hannoveriana ' 1Probus," co~ 1,477 bultos; y el ilia 23 ell&gt;e.5gantin hamburgués "Toluca,"
con 1,873 bultos y 25,000 ladrillo.a.
'"
'
t~ •
El 1~ de Diciembre salió del,Hav¡e para V er¡3:.c,uz lalra_sata francesa "Zanzivar," con l,5Ó2 bultos. El 4,"¡~ira Mázátlan, la fragafa1'rancesa "Albatro," con
'4,913 bultos. El 5,'la fragata francesa "Le9:Q,tint;i,",,fflll
f755oµltos para Matamo1
ros y 953 para el Cármen. El día 28, 1tai-á Verá'érui, Tafiagáta·n;ancesa "Emperatriz Carlota," con·4,933 bultos.
t.. r
"
" •&lt;1 ~ -~""
"

Adminii;tracion Principal de l\entas de México.
AVISO

!1

• • -.

f

Fechas de entrada.
Bultos.
Noviembre 15 de 1865. Una cajita con botellas, entregada en esta oficina con oficio de
la Comandancia del Reso-uardo .. .. .. . . ......... .... .... . 1
,, Cuatro bultos conducidos pir Souberbielle ... - ... -- -... - ... . 4
,, Dos bultos conducidos por Chavero . ............ -. . .. - . . . - . 2

"

13
18
20

1
.!
3

1

AVISOS JUDICIALES.
'l'ribunal de Comercio de ~éxico.
México, Enero 17 de 1866.-En el espediente de concurso á bien!ls de D. Ernest-0 Ar\&gt;n,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los periódicos y edictos,
á. los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comprobantes
de S"us créditos dentro del término de qtúnce dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que )lago saber por el presente en cumplimiento de 1\1 maµdado.-José María Cardeija,
Oficial 2~ encargado de la Secretaría.
809-l(&gt;s-12
1-

Lamamien~o de lÍerederos.
AVISO.

En el e.,spediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de _mi cargo promovido
por los albaceas el Sr. D. Bias Pereda, residente en San Luis Potosí, y D. Antonio Martinez,
vecino de Ciudad Fernandez, por falleci.n;iiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, 'tecino que fué de esta ciudad, he mandado por mi auto1idad en auto de 27 del actual, se cite
por los periódicos del ~mperio á D. Andrés'Reyther y á Dª María Ana Angela Hegues, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó parientes inrnediatqs del testador, vecinos
de una pequeña éiudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesv~rguen d_e los Estados de Alemania; pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
del perentorio término de un año, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó _por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tengan á. lós bienes que se hallan en dep6sito, pertenecientes ála testamentarfadelespresadoD.
Federico Reyther; ]:&gt;ajo el apercibimiento de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que determme la ley. Y para que lo
.mandado tenga su cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
veintiocho dias del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, qne firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Uthurri - Asistcuéia, Gil llftndez.Asistencia, J. Blas Oribe,
683-60a-24

~,....'-ll 0

·-

AVISOS PARTICULARES.

.A.VISO INTERESANTE.

SEGlJROS CONTR.rl. INCENDIOS,

En los almacenes de esta Aduana existen sin documento los bultos que espresa la lista que
se pone á. continuacion, y cuyos dueños no han ocurrido á. sacarlos, sin embargo de los avisos
que esta Administracion principal ha publicado con ese objeto. En tal virtua, se les advierte
por última vez, que si en el improrogable término de quince dias,,contados desde esta fecha,
no ocurren á. sacarlos, acreditando su propiedad, se procederá. con arreglo á. las disposiciones
de la renta.
'
'
' ~
Administracion principal de rentas del Departamento del · Valle de México, Enero 30 de
1866.-El Administrador principal, l ..de l.a Barrera.

ÜOMP.A.ÑI.A. DE SEGUROS DE GL.ADB.A.CH.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseiruran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s-123

.
,

Bultos,

t.;.;.c.

4 de 1865.
Una hoja de sierra, grande •• ;· ••••... _••....•..... __ ..
14 de
Dos cajas de vino tinto con 15 botellas.................
31 de
N. W. Un bulto muestras, con peso de ~ arrobas ..•. . ___ _.. __ ..
15 de ,,
L. T. Un bulto, tubos de cristal, con peso ae 'i arroba 18 libras.
28 de ,,
C. Una caja, lámparas de cristal, con peso de 9 arrobas. ___ ..
8 de
R. C. Una caJa, planchas de hierro para lavand~ras, con peso de
9 arrobas ........ --.... - • - . .• •.. ... _• • . . . . . . . . . . . . .
,,
8de
J. B. Una barrica, bombillas de vidrio, casi rotas..... ..... . __ .
, Agosto 2 de ,,
Un baúl, equipaje: parece periénecer á. Mr. Maurdec Bloch.
Octubre 30 de ,,
Un bulto equipaje, que parece pert1U1ecer á.Mr. Yorke....
México, Diciembre 31 de 1865.-El Guarda- almacen~s,.Jo~uin Car/¡ajal.

3.000,000 p~sois prusianos.

ÜOMP4ÑI.A. DE SEGUROS DE B.A.SILE.A. (E.A.SEL).

Lista de los bultos qm sin docmnento existen en los almacenes de esta Aduana, lwy día

Marzo
,,
,,
Abril
Junio
Julio

1

15
México, Diciembre 31 de 1865.-El Guarda- almacenes, Joaquín Carbajal._
·
Administracion Principal de Réntas del Departamento del Valle de México, Enero 10 de
1866.-El Administrador Principal, l. de la Barrera.
oa- 4

~syacion l'rincipal de B.entas de México.

Contenido.

JJn bulto, marca UL ••• - • - •· • • • - • • • - • • • • • • • • • - - - · • • • • • • • - • •
,, Un baúl conducido por Souberbiel)e ... - ......... .. : . - . . . . .
1Jos cajas entregadas en esta oficma por el dependiente del
Resguardo D. Francisco Rivera, .. ...... ............... .
Tres bultos varillas de fierro"' ............... . -........ -. ,, Un baúl conducido por Zenteno .. . . ...... ...... .. .. ..... . .

11

~utorizada eijta Escuela por el Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pública y Cultos, en virtud de las circunstancias escepcionales en que se encuentran lo;¡ esta)llecimientos superiores
de enseñanza, pará P,rorogay el plazo _fij_ado á. la cfau¡mra de lll;l !~~ripciones, ~e avisa á. los
padres y tut'ores, que se continuará rec1b1endo alumnos hasta el día 20 aer próximo .Febrero;
advirtiéndoles qué en este establecimiento no se ha hecho lnodificaéion alguna en armonía
con la ley de instruccion publica últimamente publicada, que ha determinado subsista bajo
sus bases existentes mientras se organiza debidamente.
San J"acinto, Enero 29 de 1866.-El '$ecretari2_de la.Es&lt;iuela, G. Semn.
3a-1

de la f etlia.

25

Diciembre 9

Jlse:_~ela espe4aill d~ 1-Jti~ul~rA,

Fechas de entrada. Marcas.

•

Núm. 68.-En los almacenes da esta Aduana existen sin domum,ento los bultos que espr¡¡sa
la lista que á continuacion se pone, y á. cuyos dueños se cita por medio del J?resente, para q~e
dentro'de treinta días, contados 2,esde esta fecha, ocurran á sacarlo~, acreditando su propiedad; entendidos de que de no verificarlo, so p1'ocederá á lo que hubiere lugar.

AYISOS OFICIALES.
-

INTERESANTE.

Hacienda de !remisco.

1
2
1
1

Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jurisdiccion de Cuernavaca, su
venta estr~judicial, se participa al público, para que las personas que quieran adquirirla, ocur-.
ran á la casa del Sr. D. F. Ñ. del Barrio, Tercer Orden de San Agustín núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los planos y avalúo, y se impondráµ del precio y condiciones bajo las cuales se celebxará el contrato.
799-30s-13

1

l'IA·K O DE VEK!l!'4,,

1
1
1

Un piano supsrior, de rosa, de siete ochavas, con todas las mejoras modernas, enteramente
nuevo, se vende al precio de costo, porque su dueño tjene que salir de la capital dentro de
pocos días. Se puede ver en la calle de Santa Isabel núm. 11, frente al núm. 3.

1

, D.IVERSIONES PUBLICAS.

6a- l

Domingo 4 de Febrero .

.ADMINISTR.ACION DE BIENES NA.OION.ALIZ.ADOS.
AVJSOS.

TEATRO IMPERIAL.

Debiéndose sacar á. rnmate, con arreglo al art 24 de la ley de 26 de Febrero del año próxi
mo pasado, el terreno llamado Campo santo de PobresJ~ n Durango, valuado en ($2,290 27
cs.) dós mil doscientos noventa pesos veintisiet¡l centavos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes
nacionalizados el dia 8 del entrante Febrero, á. las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
.
4a-3

OPERA ITALIANA.

FUNCION EXTRAORDINARIA A BENEFICIO DEL MAESTRO MEXICANO

D. MELESIO MOllAiiES.
;¡j:n la n9che, á )as ocho en punto, se pone en escena,la ópera compuesta por el mismo .beneficiado, que se intitula: J/degO'llda: ademas, en el primero de sus entreactos, c¡mtará el Sr.
l'adilla la romanza de: Mliría cu Ru,bens; y en el último, la señori~ Peralta desempeñará el
Garna1Jal áe Venecia.

1

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la l~y de 26 de Febrero del año próximo pasad,!&gt;, la casa y terrenos de labor, en Toluca, nombrados Hospicio de J·erusalem, valuados en ($1,748 37! cs.) mil setecient-0s cuarenta y ocho pesos treinta y siete y medio centavos, se pone en conocimiento del público, para que las persona¡¡ que quieran hacer postura,
ocurran á la Administracioi:J. de bienes nacionalizados el día 9 del e'ntranoo Febrero, á las nueve -de la mañana1 á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya¡ teniéndQse
presentes para el efecto l~yrevenciones de los artículos 24, ¡¿5 y Z"l de la citada ley.
México, Enero 24 de 1~.
4a-3

.

' . TEATRO PRINCIP .AL.
COMPAÑIA DRAMATICA.

En la tarde las zarzuelas denominadas: La isl.a de San Balandran, y La cola del diablo.
1-

TE..¡\.TRO DE ITUR.BIDE. .
COMPAÑIA DRAMATICA.

Debifndose sacará remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de F.ebrero del año próximo p~ado, la.cása n~. 6 de la4~ calle del Calvario, en Orizaya, vah~adaen ($2,852 80! cs.)
do~ mil oc~ocrnntos cmcuenta y dos pesos ochenta y me.dio centavos~ se .P,One en conocimi_ento d~l público! par~ que las J&gt;t;rBOnas que quieran hacer postura, o.curran· á la Administración
de b1e,nes nap1011&amp;1izados el d¡a 10 del entranoo Febrero, Ji las hueve de la mañana, á cuya
hora comenzará el remate con la concurrencia que haJai WJliéndose presentes para el efecto
las prevenciones de los artículos "24, 25 y 27 de la citad,a ley.
lléxíco, Enero 26 de 1866.
4a-3
1

En la-tarde, á la hora de costumbre, se pondrá en escena la comedia denominada¡ El amor
y el interes; en seguida tendrá lugar una pieza de baile, y para finalizar, la representacion de
la comedia qu-e ~ i-ntitula: Mal de ojo.
En la nocne, á las ocliÓ en punto, la comedia en tres actos, intitulada: L_o posjtitJo, y en seguida la zarzu~la deno~ipada: La cola del diablo.

1

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Colegios internos</name>
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        <name>Consejo de Jalpan</name>
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        <name>Disidentes</name>
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        <name>Hércules Querétaro</name>
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        <name>Jorge L. Hammeken</name>
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        <name>Subprefectos</name>
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                    <text>f

EL

DIARIO
Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

NuM. 330

llIEXl(JO.-Limes á de Febrero de 1S66.

III.

--== ===============~=======-=:-_;;;;;;;;;= = ==-- ---SU'MAB.10.
PARTE OFICIAL.-Alcaldes y Comisarios municipales del Departamento de Túxpan.Prefecto del Departamento de Chihuahua.- Prefecto del Departamento de Iturbida-Prefectos. sup_lentes de los Departamentos de Matehuala y Coahuila.- Alcalde municipal de Teqmsqmac.
,
'
PARTE NO OFICIAL.-Venida del Emperador.-EpizoÍia en el ganado lanar.-Obras
del desagüe.-Juntas de exposiciones.--!Camino para el Mexcala.- Boticas.-Parte sobre la
derrota de Régules.- Las intervenciones francesas. Artículo de la Nation.-EI discurso del
Presi~nte Johnson.
Noticias extranjeras.

.

'

SECCION 1~
S. M. el Emperador, ·con fecha 1~ del actual, se Ha servido expedir el acuerdo siguiente:
"En atencion á las circunstancias que concurren en D. Tomás Zuloaga, HEMOS venido en nombrarlo Prefecto del Departamento· de Chihuahua.- Dado
en Cuernavaca á 31 de Enero de 1866."
Y lo comunico á V. S. para su conocimiento Y, satisfaccion, y á fin de q~e
cuanto antes se presente á desempeñar el cargo que se le co_n:fia.-Por ausencia
del~Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario, Ft'ancisco J. Vil/.tJlobos.-Sr. D. Tomás zuioaga, Prefecto d~l Departamento de Chihuahua.
Es copia. México, Febrero 1~ de 1866.
El Gefe de la Seccion 1~,

PARTE OFI(JIAL.

José G-. Martim.ez,

MINISTERIO DE GOBERNACION.

S. M. •~1Empera(Jor, con fecha 29 de Enero, se Ha servido expedir el acuerdo siguiente:
Mé:deo, 1'ebrero 1~ de 1866.
"En atencion á las circunstancias que concurren en el General D. Pedro
Et Gobierno de S. M: Ha tenido á bien aprobar los nombramie~tos hechos Valdés, HEMOS venido en nombrarlo Prefecto del Depllrtamento de Iturbide."
Lo comunico, á V. S.. pará su qonocimiento y satisfaccion, pnwiniéndole que
por esa Prefectura para Alcaldes y Com•isariós municipales de ese Departimendesde
luego se presente á tomar po~esion del cargo que se le confia.-Por auto· en las personas que expresa la lista adjunta á la nota rle V. S., fecha 18 del
sencia
del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, JJlranci8co J.
pr6:xtimo pasado.-Por ause11cia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de
77illaloóos.-Sr.
General D. Pedro Valdés, Prefecto del Departamento de IturGobernacion, Francisco J. 'fillalobos.-Sr. ~Prefecto del Departamento de
bide.
'
.
,
Tuxpan.
·
'
Lista á que se refiere la aprobacion anterior.
DISTRITO DE TUXPAN.
S. M. el Emperador, con fecha 29 de Enero, se Ha servido expedir el acuerdo
siguiente:
MUNICIPALIDAD DE TuxPAN.-Alcalde D. José Antonio L6pez Martorel.
,
"En
atencion á las circunstanéias que coucurren en D. Francisco Soberon,
,,
DE TAMIAHUA.-ldem D. Agustín N. Romo.
HEMOS venido en nombrarlo Prefecto suplente del Departamento de Matehua·
,,
DE AMA'l'LA..'f.-ldem D. Patricio Salas Betancourt.
la."
,,
DE TEMAPACHE.-ldem D. Manuel A. Gorrochotegui.
Lo comunico á vd. para su int~ligencia y fines consiguientes.-Por ausencia
MuNICIPlO DE TANcoco.-Comisario D. Francisco Barrios.
del
Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de -Gobernacion, Francisco J. T&lt;illa,,
,,
-Suplente D. Manuel Lerdo de Tejada.
lobo8.-Sr.
D. Francis~o Soberon, Prefecto suplente del Departamento de MaDE TEPEZINTLA. -•- Comisario D. José María Valero. --\
"
tehuala.
,,
-Suplente D. Gabriel Avendaño.
"
Son copias. México Enero 29 de 1866.
SECCION 2~

El Gefe de la Seecion 1\

DISTRITO DE OZULUAMA.

José· G-. Martinez.

Ml NICIPALIDAD DE ÜZULUAMA.-Alcalde D. Francisco F. Mascarefi.as.
,,
DB TAMPlCO .A.1ro.-Idem D. Ignacio Mellado.
DE PUEBLO VrnJO.-ldem D. José María Barrios.
",,
DE PANUCo.-Idem D. Joaquín Valladares.
,,
DE TANTIMA.-Idem D. José María Juarez.
1

México, Enero 29de 1866.

DISTRITO. DE TANTOYUCA.

MUNICIPALIDAD DE TANTOYUCA.-A.lcalde D. Francisco Menendez.
,,
DE ÜHIGONAMEL:-Idem D. Miguel Espinosa.
MuNIOIPIO DE TEMPOA.L.-Comisario D. A.ntónio Ponce.
,,
,,
- Suplente D. Guadalupe Mevas (hijo).
,,
DE SANTA MARIA lxCA'!'EPEC.-Comisario D. Santiago Alvarado.
,i
,,
-Suplente D. Diego A.nastasio,
DE ÜHAUTLA.-Comisario D. Pablo García.
"
,,
-Suplente D. lhancisco Ponce.
,I

.

"

DISTRITO DE CIDCONTEPEC.

DE ÜHICONTEPIW.-Alcalde D. Desiderio Hernandez.
DE HuAYACOCOTLA.-Idem D. Mariano Castillo.
DE.lxHUATLAN.-Idem D. Felipe :tf. Medina.
DE T1ALCHICHILC0.-Comisario D. Vicente Villanueva.
,,
-Suplente D. Narciso García.
DE TEXCATEPEc.-Oomisario D. Pedro José.
,,
-Suplente D. Mauricio 'l'omás.
DE ILA.MATLAN.-Comisario D. Jesus Martinez.
,,
- Suplente D. José Máximo.
DE ZoNTECOMATLAÑ".-Cornisario D. Juan Miguel.
,,
-Suplente D. Antonio Soto.
DE XocHIOLOCO.-Comisario D. Joaquín Avila.
,,
-Suplei1te D. Benito Alvarado.

MUNICIPALIDAD

,,
,,
MUNI.CIPIO

,,
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,,
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,,
"
,,
"
,,

Son copias.' México, Febrero l ~ de 1866.
El Gefe de la Seccion 1\',

José G. Martines.

r

S. M. el Emperador Ha· tenido á bien expedir el acuerdo siguiente:
"En atenciou á las circunstancias que concurren en D. Máximo Campos,
HEMOS venido en nombrarlo Prefecto suplente de Coahuila.-Lo comunico á
V. para su inteligencia.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Villalobos.-Sr. D. Máximo Campos, Prefecto suplente del Departamento de Coahuila.- Parras.
SECOION 2~
,

México, Febrerq,3 de 1866.

El Gobiemo de S. M. Ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo
esa Prefectura en la persona de D. Eligio Vargas para Alcalde municipal de
I 'equisquiac.- Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernaciqn, Francisco J. Villalobos.- Señor Prefecto del Departamento del Valle de México.
Son copias . .México, Febrero S de -1.866.
El Gefe de la Seeeion 1~,

José G. Martinez.

PARTE NO OFl(JIAL.
S. M. el Emper¡idor vino ayer de Cuernavaca á esta capital, y llegó al Palacio de México á las seis y media de la tarde.

Epizootia en el ganado lanar.
Prefectura Política y Comandancia Militar del Departamento de Tula.-Tu'la.
Enero 29 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el sentimiento de comunicar á V. E.,
para que se sirva ponerlo en conocimiento de S. M., que en los Distritos de este
Departamento se presentó en el mes próximo pasado, en el ganado lanar, ·una.

�152

EL DIARIO DEL IMPERIO.

epizootia que continua haciendo sus estragos particularmente en este Distrito. No
especifico su carácter, por no tener datos fijos sobre el particular, aunque sí puedo asegurará V. E. que es bastante violenta.-Dios guarde á V. E. muchos
años.-El Prefecto político, EUgio Ruelas.-Exmo. Sr. Ministro de Gobemacion.

-----

D. Cristóbal Espínola, y de Secretario al Sr. Lic. D. José Ignacio Rivas."-Y lo
trascribo á V. E. para su superior conocimiento.-El Vi&lt;;epresidente, L. Río de
la Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."

Ministerio de Fomento.- " Junta permanente de exposiciones.-Núm. !O.Ministerio de Gobernacion.-México, Febrero 3 de 1866.-Contesto la nota México, Enero 31 de 1866.-Exmo. Sr.-EI Si-. Prefecto político del Departade V. S., núm. 21, fecha 29 del mes anterior, en que participa que en los Distri- mento de Puebla, en oficio de fecha 18 del actual, participa á esta Junta la retos de ese Departamento se han visto atacados los ganados lanares de una epi- nuncia hecha por el Sr. D. Femando Jardo y el Sr. D. Julio Z. A2cué, Viceprezootia cuyos caractéres no puede aún determinar, manifestándole que el Gobierno sidente el primero y Secretario el segundo de aquella Junta auxilíar de exposide S. M. se ha servido disponer, que mientras el Consejo de Salubridad consulta ciones, y propone en,consecuencia para reemplazarlos á los Sres. Lic. D. Cárlos
las providencias que deban adoptarse para minorar los estragos del mal, dicte Baez y D . .Antonio Perez Larrea,-Y habiendo sido aprobada dicha propuesta,
esa Prefectura las siguientes:-!~ Todo propietario ó detentador de ganado ovi- tengo el honor de comunicarlo á V. E. para su superior conocimiento.-El Viceno en las municipalidades en donde haya aparecido la epizootia, y que tenga uno 6 presidente, L. Rio de la Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
mas animales enfermos, lo avisará inmediatamente á la autoridad1ocal, con objeSon copias. México, Febrero 3 de 1866.-El Subsecretario interino del Ministo de que sean reconocidos por un perito; y si este declara. que realmente están terio de Fomento, Frwncisco Jim,enez.
enfermos, dispondrá aquella que sean separados de los demas, que no se les lleve á los pastos ó abrevaderos comunes, y que se les mantenga encerrados en un
lugar destinado á este objeto.-2~ La autoridad local dispondrá que todo el gaCamino para el Mexcala.
nado ovino del municipio sea marcado con una señal indeleble, que se hará coMinisterio de Guerra.-!~ Diie.ccion.-1~ Division.-México, }'ebrero 3 de
nocer al público por los periódicos, para que sepa que los animales así marcados, provienen de un lugar infestado; y se prohibirá, además, extrictamente la 1866.-"Prefectura política del Departamento de Iturbide.-Seccion 3~-N~ 6.
traslacion de ellos á otro municipio, bajo el concepto de que luego que la epizootia -Cuernavaca, Enero 29 de 1866.-Exmo. Sr.-El Subprefecto de Taxco, con fedesaparezca, se les pondrá una contramarca, que tambien se hará saber al públi- cha 27 del presente, dice á esta Prefectura lo que sigue:-" En la presente semana
co, para que vuelvan á entrar en el comercio.-3it- Podrán, sin embargo, matar- se han concluido de cohetar los peñascos que babia en el camino abierto dél Amase dentro de los municipios los animales que sean necesarios para el consumo, cuzac al Mexcala, y que aun embarazaban su tránsito; de manera que ha quedado
con las condiciones siguientes: El perito escogerá los que estén sanos: el car- ya totalmente practicable, y es una mejora de mucha importancia para este Distrito,
nicero n.o entrará en el establo: los animales escogidos serán matados dentro de en la que tengo la satisfaccion de haber cooperado, como autoridad, hasta donde
las veinticuatro horas siguientes al reconocimiento: el propietario ó detentador 'ha sido posible, y de que el gasto haya sido tan económico que apenas asciende á
no podrá deshacerse de los animales que se destinen á la matanza ni matarlos poco mas de cuatro mil pesos, lo que parece increíble á cuantos lo han transitado
el carnicero, sin permiso de la autoridad.-4~ Los animales muertos á consecuen- y conocieron el mal estado en que se encontraba.-Lo que aviso á- vd. para cocia de la enfermedad se enterrarán en fosas de mas de un metro de profundidad, nocimiento de su señoría el Sr. Prefecto, á quien ruego en nombre de todos los
y distantes, por lo menos, un hectómetro de las habitaciones; bajo el concepto habitantes de este Distrito, que una vez vencida esta dificultad del camino, inde que para conducirlos á la fosa, no se les arrastrará, sino que se les llevará en terponga el influjo de su autoridad ante el Supremo Gobierno para alcanzarnos
carros cubiertos, y si posible fuere, tirados por caballos. Los carros serán fre- el inestimable bien de que se haga la campaña contra los disidentes de Guerrero,
cuentemente lavados con agua caliente. Se prohibe extrictamente arrojar los ani- para que tengan término nuestros sufrimientos de tantos años, y que cada dia se
males muertos á los campos, caminos y rios.- 5~ La infraccion de cualquiera de aumentan por las bárbaras depredaciones de ese enemigo que conserva un orlas disposiciones precedentes, será castigada con multa de 10 á 300 pesos, ó con gullo infundado, púes no tiene la potencia que aparenta."-Tengo la honra de
arresto de quince días á tres meses.-6it- La Prefectura cuidará de que inmedia- trasladarlo á V. E. para conocimiento del Gobierno de S. M.-Dios guarde á
tamente se instale la Junta de Salubridad conforme á lo prevenido en la ley de V. E. muchos años.-El Prefecto político interino, Epigmenio a.e .ArechavaJ.a.policía.-Y lo comunico á V. S. para su cumplimiento.-Por ausencia del Exmo. Exmo. Sr. Ministro de Guerra.-México."
Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Vill,al,obos.-Sr. PreEs copia.-El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez.
fecto del Departamento de Tula.
Son copias. México, Febrero 3 de 1866.-El Oficial 1~, José G. Martinez.

Boticas.
Obras del desagÜe.

C¿nsejo central de salubridad de México.-México, Febrero 3 de 1866.-El
Consejo central de salubridad, en su sesion ordinaria de hoy, ha acordado excitar á todos los señores dueños de botica del Departamento, á fin de que den á
esta Secretaría noticia de cuál es su eFtablecimiento y quién el profesor responsable, con arreglo á la ley; en la inteligencia de que á los de dentro de la capital se les señala el término de quince días, y el de un mes. á los foráneos.-El
Secretarlo del Consejo central de salubridad, José María Reyes.

México, Enero 30 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de acompañará V. E.
la relacion del adelanto habido en la última quincena, en las obras que están á
cargo de esta Diretcion; no habiéndolo verificado la semana pasada, por no haber recibido á su tiempo algunos de los partes de lo~ ingenieros,
.
En el lago de Zumpango, en las dos semanas, se han hecho en el dique 275
metros lineales de revestimiento de césped de 1•10 de ancho, por 1mo de altura con el talud correspondiente, habiéndose terminado el revestimiento en toda la
Parte sobre la derrota de Régules.
ala oriental del dique. En esta semana se sigue haciendo el mismo trabajo en la
Ministerio de Guerra.-!~ Direccion.-1~ Division.-México, Febrero 4 de
ala opuesta.
1866.-"Üomandanciasuperior
deMichoacan.-Tangancícuaro, Enero 28 de 1866,
Con el fin de acelerar la baja en el nivel de este lago, he dado permiso en debida forma, á las hac¡iendas de Santa Inés y San Mateo, para que saquen agua á las doce de la noche.-Exmo. Sr.-Por fin, hoy á las dos de la tarde he tede ella para sus riegos. Igualmente he accedido á la solicitud de los vecinos del nido la fortuna de hallarme con una columna de mi Brigada, compuesta de cuabarrio de San Pedro para que tomen de la misma agua, con el fin de hacer la trocientos infantes y trescientos ginetes, frente á frente de las bandas de Régupesca é inundar cier~s tierras para el tiro de patos. Se cuida mucho de que nin- les, fuertes en 3,000 hombres, que al saber mi aproximacion se posesionaron de la
guna de estas aguas baje al lago de San Cristóbal, para lo cual sirve el bordo de mesa del Rancho de la Palma y Paso de la Carreta.-Lo he derrotado despues
Santa Inés, y de este modo se consigue beneficiar en algo á los pueblos y parti- de una batalla reñida de cinco horas en el cerro de San lgnacio.-Ha dejado en
mi poder de seis á setecientos prisioneros, todo su parque, cargas y armamento,
culares, aumentando á la vez la absorcion y evaporacion del agua.
Se sigue abriendo el canal de Vertideros; se han abierto en las dos semanas dispersándose el resto de su fuerza.-He venido á este p'ueblo á tomar cuarteles
272 metros lineales de 4 metros de ancho y uno de profundidad; y 162 metros para mi tropa, y mañana, despues de levantar el campo, tendré el honor de dalineales con 2 de ancho y la misma profundidad, con el fin de abrir cuanto antes á V. E. el parte pormenorizado de este hecho de armas que hará honor al Sur
premo Gobiemo.-SÍJ.'.vase V. E., si ló tien~ á bien, el~var al conocimiento de
un conducto á las ag1:1as, sin perjuicio de anchar despues el canal.
En el rio de Cfuautitlan se siguió limpiandd la caja de los bordes destruidos S. M. el Emperador este nuevo suceso.-Dios guarde a, V. E. muchos años.en un tramo de 406 metros, habiéndose sacado de ella 3,200 metros cúbicos de El general, lla11wn .Mendez.-Exmo. Sr. Ministro de la Guerra.-México."
arena, y 66 árboles. Tambien se reforzaron con tierra algunos puntos de los borEs copia.-El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez.
dos, y se revistieron en una extension de 210 metros, con 992 _metros cúbicos de
césped.
Los árboles sacados del rio, he dado órden que se distribuyan entre los veciLas intervenciones francesas.
nos de los pueblos inundados de las orillas del lago de San Cristóbal, que careDel periódico la Nacio.,,, del sábado, tomamos lo siguiente: '
cen absolutamente de combustible.
Los trabajos en el dique Culhuacan siguen adelantando rápidamente. La calA me°:udo hemos ~ido decir á person~s, p~r otra parte muy respetables, que
zad.a se está ampliando conforme estaba antiguamenté, á 5 metros 50 centíme- el I~perio no se habia grangeado sus simpatias, porque se apoyaba en la intertros, con taludes de 45 grados. Su frente se fortifica con cinta y estacas.
venc10n francesa.
En tierras de la hacienda de San .Antonio, de acuerdo con su propietario, se
_Nos _parece que ~atas personas han olvidado las lecciones imparciales ae la
está levantando un contradique para alejar las aguas de la calzada de Tlalpam. His~oria, desconocido la mision que la Providencia confió á los ejércitos franceEn Mexicalcingo se sigue abriendo el canal de la compuerta vieja. Hasta aho- se~ i;11terventore_s, y el auxilio que prestaron con tanta eficacia á las naciones que
ra se han abierto 150 metros de caja nueva, de 5 metros de latitud y 2 de profun- qmsieron sacudir el yugo de sus op¡:esores, y llevar al cabo sú regeneracion.
didad, y se han desazolvado 190 metros con las mismas dimensiones.
Sin remontarnos mas allá del siglo pasado, vemos al esforzado pueblo de los EsEl nivel del agua en el lago de Zumpango, eq catorce dias ha bajado 3 centí- tad?s- U~idos correr á las ai:~8:8 pa~a defender sus libertades: largo tiempo quemetros.
'
da mdec1sa la lucha entre milicias bizarras pero bisoñas, y los veteranos de la
El lago de Texcoco ha bajado en el mismo tiempo 35 milímetros.
Inglaterra; mas la opinion de la Francia se declara en pro de los oprimidos: los
El nivel del lago de San Cristóbal no ha podido ser observado, por el oleaje ~a Fayette, Rochambeau, Berthier, &amp;c., dejan á Europa para ofrecer sus servique produce el viento.-Protesto á V. E. mi respeto y consideracion.-El Direc- cios y su esp~a á los americanos; despues el ejército frances viene á desembarcar
tor de las aguas del Valle, F. de Garay,-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
en las playas de la Virginia, y se aú.anza la independencia de los Estados- Unidos. Parece que del otto lado del rio Bravo se ha olvidado ya este beneficio; pero basta leer los partes de Washington, para conocer lo que esperaba con sus
m!licias solas, y recordar quiénes fueron los que obligaron á Cornwallis á ca.Juntas de Exposiciones.
pitular.
. Ministerio de Fomento.-" Junta permanente de exposiciones.-Núm. 9.-MéE~ 1827 rompen !os griegos las cadenas que les habian itttpuestó lós tdrcos,
Xieó, Enero 31 ~e.1866.-Exmo. Sr.-~l Sr. Prefecto político de Campeche, en y qmeren hacerse dignos de sus antepasados. Desgraciadamente sus fuerzas no
nota de 28 de J?i~iemb~e próximo pasaao, dfoe á esta Junta lo que copio:-" La corre~ponden á su voluntad, f la~ ~tanzas_ de Missolonghi van ~ esparcir el
Junta de exposiciones mstalaéla en esta ciudad nombró de Vicepresidente al Sr. desaliento por entre sus mas mtrepidos patrtotas, cuando _la Francia les tiende

EL .DIARIO DEL IMPERIO.

su mano poderosa y siempre generosa; sus tropas arrancan á los turcos su último baluarte, y fa libertad de los griegos nace al abrigo de las bayonetas francesas.
Resuelve la Bélgica en 1831 desatar los lazos que, contra su voluntad é intereses la ligaron en 1815 con los Países Bajos. Sus primeros esfuerzos son coronados con buen éxito: sin embargo, sus fuerzas no están todavía organizadas,
cuando la Holanda amenaza invadir de nuevo su territorio y restablecer su dominacion. El momento es crítico; pero el ejército frances se presenta, quita á los
valientes holandeses la fortaleza de Amberes, y queda asegurada para siempre
la independencia de Bélgica.
iSerá necesario recordar aquí los esfuerzos que hicieron en valde, aunque heróicamente, los italianos en 1848 sin el au.xfüo de la Francia, y comparar el resultado que logr'aron, al contrario, en 1859 con ese auxilio1
En 1860, el mundo entero sabe con indiguacion las matanzas de las poblaciones cristianas en Siria. E stas ignoran de quién les vendrá la salvacion, cuando
asoma la bandera francesa, y los zuavos van á restablecer la paz en el monte
Líbano.
Pero, dicen los disidentes: sin la intervcncion francesa, México se hubiera
constituido. ·
A esto contestaremos con una verdad irrefutable.
La desorganizacion, al contrario, era tan rápida, que los centenares de millones que debieron producir los bienes nacionalizados del clero, desaparecieron
del todo, sin ningnn provecho público, dejando á la nacion en una banca.rota
completa.
México caminaba, pues, á una ruina inevitable al desembarcar el ejército ie la
Francia, "Único en el mundo que se bate con desinterés por una idea noble.' .

El discurso dél Presidente Jo1lnson.
El Mo11iteur; periódico oficial del Gobierno fra11ce~, publica una carta de
Washington, en la cual se encutntran los pasajes siguientes, sobre lo que dijo
el presidente Johnson en su discurso acerca de la~ relacio11es extranjeras:
Esta declaracion nada tiene de inconciliable con la política seguida por la
Francia en México.
Cuando el Gobierno frances se presentó en aquel país, su proyecto era únicamente sostener, como lo habían hecho antes los mi~mos Estadoi--Unidos, una
serie de reclamaciones que habian sido indignamente desconocidas. Circunstancias que Napoleon III no pudo evitar, le obligaron á declarar la guerra al Gobierno que entonces existía en México. Aquel gobierno cayó, y ha sido reemplazado por otro, salido del sufragio universal. La Francia ha debido naturalmente defender contra los ataques de los insurrectos, la única administracion
que podia asegurarle la reparacion de su~ agravios.
El iabinete frances ha indicado en todos sus actos, así como en todas sus declaraciones, cuál era el fin que se proponia: ningun espíritu de conquista le ha animado; nada ha tomado ni aceptado; nada quiere conservar de los territorios que han
pacificado sus tropas. Su ocupacion, coi;no lo sabe ya todo el mundo en los Estados-Unidos, es temporal, y cesará cuando ccscn)as causas que la han producido.
Por lo que hace á la forma de gobierno que los mexicanos han elegido libremente, el mismo gobierno federal lo ha reco.,ocino en muchas ocasiones. El Presidente Monroe envió un representante cerca de Iturbide; y cuando en 1854 el
ministro de Santa-.A.nna en Washington recibió órden de su gobierno para que
hiciese saber al de la Union que pronto se verificaria en México un cambio de
instituciones, Mr. Marcy se contentó con responder que México, nacion independiente y soberana, tenia el derecho de escoger la forma de administracion que
creyera mas- adaptada á su carácter. Estos precedentes atestiguan que no existe
antagonismo absoluto entre la política de los Estados-Unidos, y la adopcion de
la forma monárquica por un pueblo vecino.

153

días la conciencia del derecho de las naciones. El Senado consigna con satisfaccion, que gracias á la prudencia de nuestra &lt;.onducta, el nuevo reino de Italia goza de bts simpatías de los pueblos y de los gobiernos extranjeros, como ló prueban los tratados de comercio concluidos con las principales potencias de la Europ_a
y el reconocimiento de Italia por parte de la España, cuyo ejemplo van á seguir
la Bavie'ra y la Sajonia.
"Si la amistad de las razas latinas es preciosa para los italianos, no lo es menos la alianza de las valientes razas del Norte, de ¡os pueblos slavos y germánicos. La mision de los pueblos es la misma: el acrecentamiento del bienestar y
' de los intereses materiales; el triunfo de la justicia y de la libertad.
"Señor: el Senado está persuadido de que en las tentativas que se hagan para llegar á un acuerdo con la Santa Sede, el gobierno de V.M. sabrá siempre separar los intereses temporales de los intereses espirituales, no aceptando en
modo alguno cualquier arreglo que comprometa los derechos del trono y de la.
nacion. El Senado, por su parte, empleará toda la reflexion necesaria en sus deliberaciones y en el exámen de las leyes que le presente el gobierno de V. M.,
ya se trate de separar la Iglesia del Estado, ó ya sea necesario suprimir la personalidad civil de las corporaciones religiosas ó coronar la unidad legislativa del
reino.
"El Senado estudiará especialmente las cuestiones que interesan ar paternal'
corazon de V. M., procurará restablecer el equilibrio de la Hacienda; y puesto
que es preciso para obtener este resultado, imponer nuevos sacrificios á la nacion, se e¡;merará en repartir los cargos de la manera mas justa y hacer mas soportable el peso de las contribuciones. El Senado, en fin, se ocupará de las leyes
que sin atentar á la regularidad de los servicios públicos y sin debilitar las fuerzas de mar y tierra necesarias al sostenimiento dél país, puedan dismintlir el
descubierto.
"Señor: el Senado abriga la misma conviccion que V.M. La nacion, unida á su
Rey con lazos indisolúbles, sabrá llevar á cabo la obra gloriosamente comenzada
sin temer en lo sucesivo, ni á sus"enemigos ni á la adversa fortuna. El reino de
Italia no es solamente la obra del hombre, es la obrar admirable de la Providencia."
-Se lee en la Gaceta de Viena del 21 de Diciembre:
"S. M. el Emperador se ha dignado escribir al canciller de Hungría lá siguiente carta autógrafa:
"Querido Canciller áulico de Mailath:
"Al partir de la capital de mi querido reino'de Hungría, no puedo menos dedar una expresion á los vehementes sentimientos de gratitud que han despertado
en mi las cordiales pruebas de leal adhesion, y la cóoperacion espontánea de todos los habitantes de las dos ciudades hermanas, para la conservacion de unórden ejemplar.
"Vine lleno de confianza, y parto con mayor confianza aún y con la esperanza de un próximo regreso, porque me anima la firme creencia de que, con el auxilio de Dios y la realizacion de los sentimientos expresados y de la confianza recíprQca, estos dias de júbilo habrán inaugurado un próspero porvenir.
"Deseo que mi canciller ponga en conocimiento de todos los habitantes la
espresion de la satisfaccion que siento profundamente, y les trasmita la seguridad de que las horas que he pasado entre ellos serán para mí siempre de gratos
recuerdos.
"Buda, 20 de Diciembre de 18'65.
FRANCISCO J OSE, m. p."

-Se lee en el Memorial Diplmnático:
"Cuando el Emperador Francisco José se dirigía en la inauguracion de la
Dieta húngara á la capilla real del palacio de Buda, le precedia un prelado que
llevaba la cruz, y que durante la misa del Espíritu Santo permaneció debajo de
la tribuna de S. M. El mismo prelado precedió al Emperador á la sala donde
estaban reunidos los individuos de la Dieta, y se colocó al pié del trono.
"Para comprender la significacion de esta parte del ceremonial, conviene recordar g_ue el año 1000 el Pap:l Silvestre II confirió á Estéb~n I, gefe de los
magyares, la dignidad real con el título de Rey apóstol, lo cual le valió la gloria de ser canonizado despues de su muerte, y llegar á ser el patron de Hungría.
1"0'.rIOIAS E%'.rllA1"1EllAS.
La misma diadema que el Papa le envió entonces, sirve aún_ en el dia para la..
consagracion de sus sucesores, que desde aquella época no han ceskdo de llevar·
Despacho telegráfico.
el
título de Majestad .Apostólica.
Verncruz, Febrero 3, a las dos de la tarde.-Nueva-y ork, Enero 23 de 1866.
"A este título, que es puramente honorífico, va unido el ejercicio del patrona-El Congre.so continúa ocupándose de la reconstruccion del Sur y del derecho to supremo respecto del reino apostólico de San Estéban. En virtud de este pade sufragio de los negros.
tronato, el Rey nombra todos los arzobispos, obispos, canónigos, y una gran
En la Cámara de diputados han conseguido los radicales la a.probacion deun parte de los abades de las congrE!gaciones religiosas. Los obis~os nombrados por
proyecto que concede esto derecho á los negros en el Distrito de Columbia. Se el Rey entran inmediatamente en posesion de los derecnos civiles inherentes á
cree que el presidente le pondrá un veto si es aprobado tambien por el Senado. su dignidad, y únicamente necesitan la confirmacion de la Santa Sede para el
ejercicio de los poderes espirituales.
"En una palabra, el Rey dé Hungría reune en su persona las atribuciones de
La prensa francesa 'asegura que el Príncipe Napoleon se ha reconciliado perun
iegado nato del Papa, y como signo distintivo de este carácter, le precede UIL
fectamente con su augusto primo el Empérador, y 9,ue volverá. á ocupar todos
los p"4estos que an,tcs tenia, inclusa la presidencia de la Exii~sicion Universal de prelado con la cruz apostólica en las ce¡:emonias solemnes." •
-La agencia Havas-Bullier publica los siguientes partes telegráficos:
1867. Se siguen haciendo grandes preparativos para que esta sea superior á las
"Marsella, 22 de Diciembre.-Las cartas de Roma, del 20, confirman la noti-·
anteriores. Se ha fundado en Noviembre un periódico semanario: Le Moniteur
a.e la Expositi(m a.e 1866, con solo el objeto de publicar todo lo concerniente á cia de que el Consistorio ha sigo aplazado para el 8 de Enero. En esta reunion
el Papa preconizará once obispos y el patriarca de Constantinopla. Se asegura.
ella.
El Gabinete de Florencia, sin rechazar 'la intervencioo de ~'rancia en las ne- q~~ Su Saµtidad pronunciará una alocucion sobre los negocios religiosos de los
gociaciones entabladas entre 1,[r. de Sartiges y el Cardenal .A.ntonelli, para tras- diversos Estados.
ferir la deuda pontifrcia á I talia, quiere asistir á estas negociaciones, diciendo
"Los rumores de un arreglo con la Francia rel~tivamente á la deuda pontificia, llaman la atencion de la diplomacia; pero puede asegurarse que nada se ha
que se considera la parte mas interesada.
Desde el 1~ de Enero todos los buques que lleguen á puertos romanos, paga- decidido aún.
rán un derecho de tonelaje: los pontificios pagarán un bayoco pot tonelada, y
"Los gefes de la partida de bandidos dispersos por el monte Cacume, han
los extranjeros dos bayocos.
puesto á pre-cio la cabeza de los oficiales pontificios."
La Nazüme de Florencia publica el texto del mensaje del Senado italiano, en
_El 16 de ;Diciembre se firmó ~l tratado de ~01°:ercio entre fnglaterra y Auscontestaeion al discm-so de la corona. Hélo aquí:
tna. A partir del 1~ de Ene"ro dé 1867, los su.bditos cfo ambas potencias disfru"Seño,r: lo mismo en las orillas del Dora que en las del Arno, testigos ambos tarán de los privilegios de las naciones mas favorecidas. Austria se compromete
de tanta gloria, la voz de S. M. llega siempre á nuestro corazon, cuando al inau- á modificar su arancel de tal modo, que el máximum de los derechos que han de
gurarse una"Dueva legislatura confirma nuestras esperanzas y hace brillar á pagar las ~rimeras materias producidas por la Inglaterra, no pasará de un 25
nuestros ojos la imágen de un porvenir venturoso.
por 100 hasta Enero de 1870, y de un 20 por 100 desde este dia.
"Para alcanzar el destino que nos está reserva\lo, es necesario, Señor, tener inEn Marzo de 1866 se reunirán en Viena comisionados di! amba~ naciones, paterés, confianza. en V. M. que no perdona medio para llegar al deseado fin lo mas ra fijar las medidas reglaníentarias·del tr~tado.
pronto posible.
El Parlamento inglés se reumrá el dia 1~ &lt;le Febrero: así al menos se ha.
"Italia tiéh~ esta confianza en, V. ;\L y las altas corporaciones dél Estado es- anúnciado eni el últim~ C,onsejo privado, que se remiió en Lóndrea! Mr. Evelyn
tán do acuerdo con el pueblo para destruir los obstáculos que se levanten en- J?enison es el' candidato a la presidencia de la Cámara, y S'e crée que su reeleefrente de nosotros, sin precipitar los acontecimien_tQs, sin violar los tratados, y ?ion ~ó encontrará el menor obstáctilo. Los miembros de la Cámara prestarán
apoyándose lealmenté en esa fuerza moral, irresistible, que géneraliza todos los Juramento el 6 ó el 8, y en uno de estos dias se pronunciará el discurso regio.
I

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I

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�EL DIARIO DEL IMPERIO.

154

En la Epoca de Madrid, del 14 de Diciembre, se leen las dos siguientes noticias:
"El 6 pasó revista de salida en la Carraca, la magnífica fragata .Almansa, que
inmediatamente pasará á reforzar nuestra escuadra del P~cífico, Y. en breve la
seguirán la Gerona, Navas de Tolosa, Te&amp;uan y· Ooncepczon, los vapores San

.Juzgado de letras de Cuautitlan.
En los autos del concurso de D. José Pico de San Martín, se ha ~andado cita! á los acredores á junta, que tendrá lugar el día 7 d_e Febre!º. próximo, á las diez de la manall;a, en este
Juzgado, para nombrar nnevame~te sindico ad~m1stradory tr~tar _otros puntos del mteres de
los mismos acreedores. Y se publica para que suva de formal citac1on.
Cuautitlan, Enero 31 de 1866.-El Juez instructor, José Zubieta.
816--3a- 2

Quintin y San Francisco de. Borja.
"El Gabinete británico ha mandado un despacho al Gobierno de S. M., manifestando su gran satisfaccion por el real decreto expedido en Octubre último, so~
bre la trata de negros."
Se decía en Dinamarca que un ingeniero polaco ha concebido el plan de unir
el mar Negro y el Báltico por medio de un canal.
Han salido en todo el año de 65, del puerto del Havre para el Imperio, veintinueve buques, sumando sus toneladas 10,129 con 62,937 bultos; y han arribado en el año expresado al mismo puerto, de los del Imperio, diez y nueve bu:
ques con 5,628 bultos, 1,084 pacas de algodon y 18,400 cueros. En quintales
esta exportacion de México, suma 89,807.
La Opinion de Florencia dél 13 de Diciembre. dice qne el proyecto de supresion de las corporaciones religiosas reduce la pension de las religiosas de mendicidad á 240 francos anuales por individuo. El patrimonio real convertirá los bienes
suprimidos en papel de estado, 'del crédito, del cual parte será dada á los municipios que poseen instituciones dedicadas á la enseñanza y al cuidado de los enfermos, con consideraciones especiales para Sicilia: lo que quede será aplicado á los
gastos del culto. Los curas tendrán un mínimum anual de 800 francos. Los diezmos eclesiásticos están abolidos, y por fin se establecerán nuevas circunscripciones de ruócesis.
.
Nápoles, 11 de Diciembre.- Se confirma que el general Villarey ha recibido
la órden de guardar mas atentamente. que nunca la frontera romana; se avalúa
á mao de 20,000 los soldados encargados de vigilar la raya pontificia.
ee,

3-ftí5e:2r:....,.,,.,....,..,,,

AVISOS OFICIALES.

Tribunal de Comercio de México.
México, Enero 17 de 1866.-En el espediente d_e concurso á ~ienes de ~ - ~rnesto ~on,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se nohfiqn~, por me_di_o de los pen6d1cos y edictos,
á los acreedores á dicho concurs?, present~n á lo~ síndicos adm1m~tradores. los compr?ba1;1tea
de sus créditos dentro del ténmno de quince dias, contados desde la primera publicac1on,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña,
Oficial 2? encargado de la Secretaría.
809-15s-13

Tribunal de Comercio de México.
Con fecha 26 del actual, ha proveido esté Tribunal el ~uto que _á la letra dice:.
.
"Vista la denuncia que han hecho los Sres. D. Francisco. Revilla, D. Eu¡¡;emo Lmarte Y
D. Manuel HeiTan, comerciantes de es'ta plaza, de la_suspension de pagos que h~ he~ho D. Antonino Barquera: vistas las declaraciones de los _testigos, y resnlta~do de ellas Justificada pl~namente la suspension de pagos hechos por el citado Barquera, qmen. por ella se h~ constituido en estado de quiebra, segun lo dispuesto en_ el art. 759 del Código de_Comercio: en su
cumplimiento se declara que el espresado D. Antonmo Barquera se halla en dicho estado, cuya
época es d.e contarse desde la fe_cñ~ del presente auto, sa_lvo lo qu? despues aparez~a. En con:
secuencia, procédase, en cumpli!Dlento del art. 794 ?e dicho Código, ~l asegura!Dlento Y se
cnestro de todos los bienes, libros y papeles del falhdo, y á la deteumon de su correspou~enqia, librándose atento oficio para ello á la Administr~cio_n_ de corr~os. ,Se ~ombran s!ndlcos
administradores á los Sres. D. Manuel Herran y C~, y J1;1dicial al Lic. _D. Miguel Ennque, á
quienes se hará saber su nombramiento para su aceptac10~.Y desempeno. ~ublíquese la p~ovideacia por inedio de los periódicos y por edict~s que se fip)·án en los paraJes ~e costumbie,
,y fórmese el espediente de calificacion de la qUJebra. Practicado el aseguram!ento, hágase
saber el presente auto al fallido para que use ae sus derechos: la Secretarla c~rttfique, que en
la lista de corredores del año próximo pasado aparece el nombre d~ D. Anton!no Barque~a.Los Sres. Presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Castillo.-Garilida.-Catano.Luis Rodriguez y Palacio."
.
.
, . ,"
,
E11 cumplimiento de lo mandada publico el EWSPT\tf'. Méinco, Enrio 2, ,ti~ J~:36.-José María CardBña, Oficial 2'.' cnc;trgado de la Secrnturía.
tll t&gt;-.:,a-3

Prefectura política del Departamento del Valle de México.

A VISOS P ARrrICULARES.

AVISO.

Se invita á todos los menesterosos é incapaces de trabajar, para que se inscriban en una
mesa que se encontrará en el P.ortal de la\Diputacion, á fin de que.reciban una boleta, para
ser admitidos en una sala de asilo, en que serán atendidos en sus primeras necesidades: advirtiendo que la mendicidad queda prohibida de todo punto, y la po}icfa recogerá á todo el
que se encuentrl) pidiendo limosna; y será juzgado como vagQ el que, no estando imposibilitado, abuse de la piedad pública.
De órden del Sr. Prefecto se anuncia al público para su conocimiento.
México, Enero 31 de 1866.- El Secretano general de la Prefectura, Cárlos Zavala. 6a-l

Ministerio de Fomento.
México, Enem 31 de 1866.-Por no haber ocurrido lo.~ individuQs que en seguida se espresan, á saber el résultado de sus oclÍrsos, elevados á S. M. I. sobre diversos asuntos, se hallan
detenidas en esta Secretaria las resoluciones que han recaitlo, y á élla deberán o'currir para
saberlas: mas para que en lo sucesivo pueda solicitarse á los interesados en sus casas, se recuerda lo prevenido, sobre que al calce de las solicitudes escriba cada uno el lugar de sumorada. Los interesados son:
,
Aubert D. Nicolás, Arzuvide D. Juan, Antiga y C!, Bauera D. Trinidad, Batista D. José,
Bernal y Zepeda D. Manuel, Blancas D. Miguel, Greffos D. Luis, Guerrero D. Manuel, García D. Roberto, Hale D. J. H., Tomassek D. Pablo, Limon D'.' Felipa, López D~ Manuel11,
Lazo D. Daniel, Mota, D. J. M., Martin y C~, Martinez D. Luis, Ortiz D. Antonio, Ortiz
D. Feliciano, Orozco D. Luis, Rodríguez D. Pedro, Ramiro D. Rafael, Romero D. Florentino, Revilla D. Joaquín, Santoyo D. Matilde, Sanchez D. Jorge, Strlnig, Surplice.D. Tomás,
Vega D. Cosme.
6a- 2

Ayuntamiento de México.
Palacio municipal, México, Enero 29 de 1866.-El Exmo. Ayuntamiento necesita cuatro
pequeños carros, que serán tirados por hombre, y que deberán servir para conducir á la
cárcel los ébrios que se encuentren en la calle. A esté fin ha dispuesto que las personas que
deseen hacer los referidos carros, presenten sus propuestas en la Secretaria municipal, en el
preciso término de ocho días, contado~ desde la f~cha; bajo la inteligencia de que se preferirá
á la persona que ofrezca mayor ventaJ¡¡,-El Oficial mayor encargado de la Secretaria, José
A. Ortiz.
·
3a- 3

SEGURO CONTRA INCENDIO.
La Co:mpa•íiia Hambu,rguesa - B1·eniesa de Ser;urós
CONT&amp;fJ. I,1'\"CENDIO,
Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo Y Bremen,
y ofreciendo, pues, todas la~ garantías que puedan desearse.
ASEGURA MufilBLES E hMUliHLES A PREMIOS MÓDICOS.- !) A&gt; lNIIOlilll•;s
Y All.,R,})GLA.N: P6LIZAS

Los Agentes,
LEFFMANN

90a- l

&amp;

GuTHElL,

Bajos de Porta-Creli núm. 4.

D.EMA'l'E DE M'UEBLES
En la. calle de la P erpetua núm. 8, para el viémes 9 y sábado 10 del corriente, á las dos de
la-tarde, estando á la vista el jueves 8.
México, Febrero de 1866.-/gnacio Diaz Tri11jeque.
818-5s- l

Colegio de Abogados.

AVISOS JUDICIALES.

En junta ele señores conciliarios celebrada el día_17 del corriente, se ~ispuso que los señores abogados que estuvieron incorporados al Colegio antes. del 14 de Abnl de l:B64, y que co~forme al acuerdo de esa fecha que se publicó en los periódicos, se reputan fuera del Coleg10
por no haber dado el aviso de que habla dicho acuerdo, volverán á ingres~r al Colegio y conservarán la antigüedad que les corresponde por la fecha de su matricula, si den~·o de un mes,
contado desde Ja publicacion de este aviso, so arreglan con el Sr. Tesorero, qUJen al efecto
está ampliamente facultado, sobre el pago de Jo que adeudan desde el-mes de Agost? de 1861.
y para que llegue á noticia de los interesados, y por acuerdo de la Junta, se pubhca el pre-

Tribunal Mercantil de Guanajuato.

se:~~ico, Enero 25 de 1866.-El Secretario del Colegio de Abogados, Lic. Pedro Cotarrúbias.
812-9a-4

Ignorándose el lugar en que se halla D. Epifanio Paz, por el presente S" le cita, para que
dentro de quince días, contados desde la primera publicacion de este aviso, se presente ante
Venta de mía Hacienda.
este Tribunal Mercantil por sí ó por apoderado 1egalmente constituido, á contestar la demanSe
vende
la
hacienda
de
San
Juan, sititada á inmediaciones de la Villa del Valle de Tllmasda que en su contra pone D. Victoriano Frias, sobre pago de una letra; apercibido de que si caltepec, y consta de mas ~e doce
caba_lleri~s _de tierra de superior calidad, de las cuales seis
así no lo hace, le parará el perjuicio que haya lu~ar.
·
caballerías
y
doscientas
tremta
y
un
mil quIDJenta~ d_os varas cuadrad_as son de regadí? p~ra
Guanajuato, Enero 27 de 1866.-El Secretano del Tribunal Mercantil, Juan Eduardo siembras, y el resto de- monte bien poblado_
y con distmtas ~aderas. Tiene su cas~ hab1tac10n
Eclteverr{a.
3a- l
con piezas altas y bajas, troje y demas oficmas de campo, ~clusas las correspondientes á en- ,
gorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abundancia para regar, que es perenne y
que procede de puntos bastante e~evados, por ~uy~ circunstanc~a _:pnede1;1 aplic.a_rse dichas
.Jnzgado de letras de Tulanqingo.
aguas al uso de molinos ú otras oficmas de maqumana. En estos ultimos d.1as ha sido retasaEn los autos éjecntivos que sigue en este Juzgado D. Manuel Gonzalez Barona, en repre- da por el agdmensor D. Manuel,Delgado, y es su i_nfim_o valor~l de 15,461 peso~ 99 centavos.
sentacion de D. Luis Barragan, contra D. Vicente Vera, sobre pesos; e~ Sr. Juez l? de paz,
Las personas que quieran h~cer postma, y n?~e~1ten mstrucmo!1es ó cualesqUJera otro dato
sustituto, del de 1~ instancia, Lic. D. Manue'l Arroyo, ha mandado se proceda á la venta de respecto de la mencionada hacienda, pueden dmg1rse en esta capital á D. José Juan.Romero,
los terrenos nombrados la Trinidad y ranchos de la Mohonera y Aguilar, perteneeientes á la ha- en la calle del Esclavo núm. 2, quien contest~rá todos los dias de once á doce de la mañana
cienda de San Francisco Huatengo, valuados por los peritos D. Rafael Gonzalez y D. José y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
Fernandez en la cantidad de ($ 17,637 80 cs.) diez y siete mil seiscientos treinta y siete pesos bajo el concepto de que las proposiciones que se hagan, han de se~ ~ntes del 12 del mes de
ochenta centavos; señalándose para las almonedas los dias 15 y 27 de Febrero y 10 de Marzo, Febrero próximo, porque el día 15 debe quedar hecha la venta defimtivamente.
á las diez de la mañana, siendo la última con calidad de remate.
.
México, Enero 13 de 1866.
•
803-15a- i
Lo que pongo en conocimiento del público, para que l as personas que quieran hacer postura, ocurran á la Secretaria de este Juzgado, donde se les darán la~ instruccione,s necesarias.
Tulancingo, Enero 30 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. Framisco de P. Olvera.
DIVERSIONES PUBLICAS.
6a-l
JUZGADO DE LETRAS DE TULANCINGO.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado el Lic. D. J osé Maria Carbajal, como
apoderado de D. José C~telló, contra D. Luis Pasos Nieto, como albacea de la testamentaria
de D. J osé Flor, sobre pesos, el Sr. Juez l? de paz, sustituto del del'.' instancia, ha mandado
se proceda á la venta dél rancho de laAlcaparrosa, los llenos y casas del rancho de San Pablo,
ubicados en la Ba113nca, de la municipalidad de Acatlan; valuado todo por el perito D. Vicen~ Escárcego en la cantidad de tres mil cuatrocientos treinta y seis pesos sesenta y dos y
mt!~10 centavos (3,436 ps. 62½ cs.), señalándose para las almonedas los aias diez y seis y veintiseJS de Enero próximo y seis de Febrero; siendo la última con calidad de remate, y todas á
las diez de la mañana.
Lo que pongo en conocimiel},to del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Secretaria de este Juzgado, aonde se les daxán las instrucciones necesarias.
Tulancjngo, Diciem,bre 30 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P . Olvera.
793-9a-9

TEATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.

Mártes 6 de Febrero.
FUNCION EXTRAORDINARIA A BENEFICIO DEL BARITONO

SEitOB. PADILLA.
Mañana en la noche tendrá lugar la referida funcion, para la cual ha dispuesto el beneficiado la representacion de la ópera denominada: Rigoletto;en la cual toma parte la Srita. Peralta;
y ade~as de esa ópera, se cantará el segundo acto de la otra que se intitula: Lindf! de Chamoumx.

MEXl(}O.-IMPRENTA IMPERIAL.

'

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

llIEXIfJ0.-1'1artes 6 de Febrero de 1S66.
SVKAB.10.

PARTE OFICIAL.-Decreto concediendo p_ermiso para e&amp;,table~r un ferrocarril urbano
en Puebla.-Nombramiento de un médico del Gluerpo militar.-Alcaldes municipale~'de' Tepps.&amp;n, Angan~ueo, Salvatie'rra, Calvillo y Zumpaugo.-Ereccion de Soyaniquil~n en mu;
aicipio.-ConseJeros de Tola, "Q6rdoha y Que¡;ét4ro.-Comisarlo mul\ic.ip11,I &lt;lf&gt; l:',~ _N@.r
~~

(

PARTE NO OFICIAL.-La euestion de las ra~as.-La froi¡ite~.-Dj¡¡fden~s presen~
4os.-8entencia de la Corte Marcial de México.-.Casa de Mone~ d~ M€iíoo~Compañí)f,lfe
eegJlros.-Correspondencia para el e~terior.-Mevimiento en e'l►femícarñl dé.:Chaléó. ,. ''
-

!

•

•

,,

"

Noticias de Europa,

MAXIMILTAN.6),
. .

'

EMPERADOR l)E ME~CO:

.
'
...
)\
.
Consideran~o que las vias_Jér'1:eas ,e.11 ~ iuttiri(l! •de, u11a W\l~Q.1~Qp~{Q.oon
...

~

g.i:andes ve1,taJas á la po_blac1un,;
Oido Nuestro Ministro .de Eorn,ento,
DECRETAMOS:

• 1

~

·

o

o ,

1

')

NuM. 331

sea cual fuere su nacionalidad, que 'los que tendria un mexicano, en _todo lo
concerniente á las obligacipnes, servicios y gravámenes que en cualquiera ma11,~F,~ puedan afect~r ,sµ pJ-Qpi~dad.
,
• •
1
i)¡rt. 11. La ,simp,le f~ta ,&lt;W, cump\i~iento de alguna de la~ con!J.ic1one.,s de
erite contraw, P,O; pprt~ el~¡~ el,Ilp~~,¡5erá sJficte11ti: para ,la cadu~ida,d c~mP~ta del ~lJlº cpn;rato, si111nw 1~,t;{l}I?r~satiqs .ten,,_g~ dertc!l_o á mdemmz,~i~~ 6 .reclam&lt;&gt; ,ningµn ~g~:q~p.
,
· irt, 1~1 , El ~y1ua~~¡niento ,vigila.\'~ )~\l--*r~o§1de .9q~ri1ceipn R(-!JDQ .de. se~~d ~e :la.vi,a., ;y, ,pq~,c.siemw-e,qu!),Qfl-~r ~9ijr re_%lllOCAf P,l C~JH~P,
sus dependencias y el material En caso d~ q~p 111~~~ algu,~os defec~~, los
hará presentes á los empresarios parU11Jl~J&gt;ida reforma; mas si estos se rehusaren á verificarla, dará cuenta con lo ocurrido á Nuestro Ministro de Fomento, para qae éste, ,previo el reconócimiento 'de un ingeniero, obligue á dichos
.~,W,,P~e,¡¡¡ui.os,á que praptiqµen .~s obr,a~ .~ ref~r¡na,s que se estim~P. ju~tas.
, Aif;. 13. ~me~t~ent~ rtes~~ei¡ ,He acep_tad9 el compro~iso1 los,e~p~~sa!\Ol!,~e,Mafá~,;6 s~t½f.~.ce1g:r;i ~~J A¡unta,nue~to, que c~~utan con Alfap~ta]
ne~$rio para fj~cuta.r,~ ººl~ c,?n~µ&lt;!'lnteJ -~l esta~eclm\ento y ~.~P1?tac10¡¡.
clel ferrocarril urbano, en los térmmos de esta conces10n.
Art. 14.. Será obligacion de la emEresa ~rasportar sin ex.tipendio alguno la
correspondencia pública, los agentes de policía, los empléados del correo y los
ingenieros del Estado en comision del se~vicio; que~11ndo tambien sujeta á lo
demas que,p.re'liene el art. 99 de la ley de ferrocarriles generales, de- 2 de Octubre del año ,pr6ximo p8$ado .
Art. 15. Las diferencias que pue,dan o.frec.erse entre los empresarios y el
AyurttamientQ, se decidirán_por N6Ml'RO Ministro de Fomento.
Dado ·en Cu~rnavaca á 3 de Febrero.;-de 1866.
1

·ª'

Art. 1~ Se concede pe~miso, sin el carácter de privilegio exclusivo, á los
&amp;es. Kimball, Keilh y C~ PWª esfaplecer y explotar por espácio de cincue~t¡¡,
.años, una via férrea para tr~ccion animal en las calles de la ci~d~~ ~e Puebla,
y para locomotora en los t~~mos comprendidos desde las garit~s ,d~ d{cha ciudad hasta los pueblos á que alcance la jurisdiccion de aquel lriuIÚffpiq. ,
Art. 2? El trayecto que hayan de reili&gt;..rrer los carruajes dentro y fuera de la
-ciudad, y &lt;lemas estudios respectivos, serán sometidos á la aprobacio11 del AyunMAXfMILiá.NO.
tamiento, previamente á la construccion de la via,rdebiendo e~presai al efecto
Por el-Emperador,
los concesionarios con claridad, la direccion principal de lflí'ne~, marcan~o su
El Ministro de.Fomento,
anchura y fijando exaetamente los puntos por donde haya de pasar.
Lm:s
ROBLES PEZUELA.
Art. 3~ Los _concesionarios l)o pueden establecer vía alguna en la línea gue
_ _______ &lt;
corresponda á compañía privilegiada con a~terioridad, ni podrán construir''dos
vías férreas en una misma calle. La autorizada quedará colocada precisamente
-á igual distancia de las aceras.
,
MINISTERIO DE GUERRA .'
Art. 4~ Las obras que se ejecuten, nunca obstruirán ni entorpecerán en na6ª DIRECCION.
da el libre y cómodo tránsito del público, debiendo usar al efecto de rieles conMéxico, Febrero 3 de 1866,
vexos. Dur(\nte la ejecucion de los trábajos, los empresarios tomarán las mediS. M. el Emperador, por decreto .de 1~ del corriente, Ha tenido á bien con.
das y harán los gastos necesarios, para que el paso quede expedito en las calles
ferir,
el empleo de médico de 21!- cfase del Cuerpo :Médico Militar, al profesor
y en los puntos de los caminos que el ferrocarril tenga que cr~zar.
de
Medicina
y Cirujía D. Pedro L6pez . Negrete, y de médico adjunto de H
Art. 5° La empresa hará siempre por su propia cue,nta, sin cargo alguno al
clase,
al
profesor
D. Felipe Zepeda.
·
tesoro municipal, no solo las obras indispensables para el establecimiento . y
El Subsecretario inter4&gt;,o de Guerra,
explotacion de la via, sin!) tambien las necesarias y c011ducentes á 'mejorar, 6
J. M Márq_uez.
por lo menos· á conservar el descenso actual de las aguas pluviales. D_ichas
obras presentarán regularidad y armonía en toda la longitud ,y latitud de las
,calles, cuyas aceras no sufrirán alteracion de ninguna clase en la altura, hori·
MINISTERIO DE GOBERNAOION.
-zontalidad ú oblicuidad que por hoy tienen, en los casos en que esta alt,eracion
0Ngiut1 á juicio del Ayuntamiento, perjuicio grave al público 6 á los e~ificios
l}l Gobierno de S. :M..Ha tenido á bien aprobar el nombrarnientp hechd por
ó á sus propietarios.
,
esa .Prefectura en la pers_ona de, D. Nicolás Gqnzalez para Alcalde municipal
Art. 6~ La conservacio11 de la pi¡rte del empedrado comprendido entre los de ,T,epostbn, cuyo empleo estaba vacante por renm:icia de D. Francisco Narieles y uu metro mas á carla lado de la vía, será exclusivamente de cuenta. de varrete que lo obtenia.-Por ausencia del Eimo. Sr. Ministro, el Subsecretario
la empresa, la cual hará las reparaciones conducentes¡ así á esta consei:vacion, de Gobernacion, Francisco J. VilZaZobos.-Sr. Prefecto del Departamento de
como á la del declive que tienen al presente las calles de la ciudad, siempre que -Iturbide.
~e lo prevenga el Ayuntamiento.
Art. 7° Los empresarios del ferrocarril, para ejecutar sus t,ra.qajos, se ponEl Gobier_I\o de S. M. Ha tenido á bien aprobar el nQlllbramiento hecho por
drán de acuerdo á fin de evitar reclamacjones con la empresa de cañedas, la
esa,Prefectufa
en la persona de J). Pedro Fernandez para Alcalde municipal de
que podrá colocar y reponer sus tubos del¡ajo del tramo ocupa~o por el ferrocarril, sin mas requisito que el aviso de su maestro de obra'S1 ~esign,a~do la ho· Angangueo.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion: Francisco J. Viltalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Tora en que se haya de practicar dicha operacion.
Art. 8~ Cualquiera desgrtlcia 6, perjuicio que dimane de la c:onstrl,lccion 6 Inca
de la explotacion del ferrocarril, será precisamente indemnizado porJos conce·
sionarios, quienes quedan tambien obligados á couservar el material de la e1:- · El Gobierno de S. ,:M. Ha tenido á bien aprobar el nombramiento que se
plotacion y la via férrea en perfecto_estado de servicio; pero la policía cuidará propone hacer esa Pr~fectura en la persona de D. Ramou Vera Quintana para
en circunstancias ordinarias, de que el público no la entorpezca ni obstruya.
Alcalde municipal de Salvatierra, cuyo empleo desempeñaba D. Pedro Herrera
Art. 9° Los empresarios quedan obligados á comenzar los trabajos de con~- que lo ha renm\ciado con causa justa.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
truccion dentro de diez rp,e.ses, contados desde la fecha de esta croncesion, y á el Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Villatobos.-Sr. Prefecto dél Detener concluidos por fo menos cu~tro kilómetros en el térmi110 de diez y oiho partamento de Qu~rétaro.
meses, contados desde la misma: fecha.
Art. 10. Los peticionarios usarán de esta ccmcesion eor sí mismos, 6 bifn
formando nueva compañía, ó taµibien traslada11do s~s derech,os á otra persona
El Gobierno de S. M. Ha tenido á b}en aprobar' la providenpia ~ictada por
6 'personas, la cual 6 las cuales quedarán directamente sujetas á las cláu_~ulas esa Prefectllra, sobre que el pueblo de Soyaniquilpam se erija en.Municipio, por
de este contrato, y sin otros ni mas derechos ellas y todos sus dependientes, encontrarse en el caso de que trata el art. 41 de la ley órgánica de la adminis-

..

~

�tracion departamental gubernativa.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el
Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Villalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Tula.
Son copias. México, Febrero 3 de 1866.
El Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martines.
SECCION

~

1~

Contesto la nota &lt;le V. S., fecha 31 del mes anterior, manifestándole que el
Gobierno de S. M. se ha Ha servido aprobar la propuesta que en ella hace
para que D. Desiaerio Macotela sea nombrado Vocal suplente del Consejo
Departamental.-Por au~encia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Gobernacion, Frantiaco J. Vitalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Tula.

e.

La libertad política, los grandes principios regeneradores del siglo XIX. la
dignidad del hombre, son proclamados y puestos en práctica por el Imperio, que
ademas se ha comprometido solemnemente á no sufrir ataque alguno contra la
independencia del país.
¡,Las costumbres democráticas se han alterado1 Ni en lo mas mínimo.
¡,Qué resultado puede producir, pues, la lucha actua11. No dará al país ventaja
alguna; es la rémora de cualquier adelanto material, moral é intelectual. No dará.
á la nacion ni una.libertad mas, ni mal! pronto progreso.
El único resultado que podria dar, seria una intervencion que acanearia Ia
muerte de nuestra raza. Que los ilusos visiten las Floridas, Texa$, Californias,
y busquen lo que ha sido de la noble raza española!
LA FB.OlVTEB.A.
El N. York Times, al referir los sucesos de Bagdad, los califica de actos de
filibusterismo y de un carácter muy serio, por la circunstancia de que dos de
lo~ soldados imperiales fueron muertos y varios heridos; y acompaña la narracion de los pormenores con las siguient/es reflexiones:

El Gobierno de M. se Ha servido aprobar el nombramiento hecho por esa
Prefectura en la persona de D. José Fernandez de Castro para Consejero suNo nos causa sorpresa ~aber que el Gobierno ha mandado órdenes perentoplente de la Subprefectura de Córdoba.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, rias al general Sheridan, de tomar todas las providencias necesarias para apliel Subsecretario de Gobernacion, Francisco J. Viltakbos.-Señor Prefecto del _car la severidad de la ley á Crawford y sus filibusteros que, con sus atentados,
Departamento de Veracruz.
tratan de envolver nuestro país en graves dificultades por el lado del Rio Grande. Es estraño que el general Sheridan haya necesitado órdenes especiales en
un caso como este. E s singular que haya permitido que ocurriesen, se repitiesen
Han sido aprobados por el Gobierno de S. M. los nombramientos hechos y continuasen sucediendo cosas como las que presenciamos en nuestra frontera
por esa Prefectura en.las personas de D. José Rivera y D. Fernando' Espinosa mexicana. Esto manifiesta que él ve sus deberes allí bajo una luz muy diferente
para vocales propietarios del Consejo del Distrito de Jerécuaro, 'é igual- de lo que los veia en el Shenandoah, un año hace. Si fuese Earty el rebelde, en
mente los de D. José Rodríguez y D. Secundino Rojas para suplentes del mis- lugar de Orawford el filibustero, el que estuviese en ·su Departamento, pronto le
mo Consejo.- Dígolo á V. S.. para su conocimiento y en respuesta á au oficio veriamo,s volar contra él con la velocidad del rayo. Y, sin embargo, para el fiel
relativo núm. 75, fecha 27 del mes anterior._:_Por ausencia del Exmo. Sr. Mi- soldado ó el inteligente patriota, el deber que le impone el gobierno debe ser
nistro, el Subsecretario de Gobernacion, Frantisco J. Villakbos.-Sr. Prefecto cumplido con la misma buena voluntad, en uno y en el otro caso.
Segun las noticias mas exactas sobre la toma de Bagdad, parece que esta hadel Departamento de Querétaro.
zaña fué ejecutada por soldados negros que llevaban nuestro uniforme, y que
fué emprendida para los fines mas viles, como excesos de toda clase, y saqueo.
SECCION 2~
No dudamos que las autoridades procurarán el pronto castigo de los culpables·
porque la indifere~cia y audacia con que Crawford continúa obrando, puede ver:
El Gobierno de S. M. Ha tenido á bien aprobar el nombramiento hecho por se por las 'siguientes líneas del despacho telegráfico: "Despues de haberse disesa Pre~ectura en la pers?na de D. Francis~o. Ortega para Alcalde municipal putado por varios dias con el general Escobedo el mando de las fuerzas liberade Calvillo.-Por ausencia del Exmo. Sr. M1mstro, el Subsecretario de Gober- les, el general Orawford se marcl,,ó para Nueva Orleans (adonde ha llegado des~acion, Franciséo J. Yillalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Aguasca- pues) en l&gt;usca de refuerzcs y para hacerse de recursos."
'
lientes. .
.A. estas noticias se agrega que " el General Mejía ha notificado al General
W eitzel que en caso de que se viese atacado por el lado americano del Rio Grande, abriría el fuego, y algunos de los tiros podrian caer en Brownsville; y entonEl Gobierno de S. M. Ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo' ces fué enviado el General Giles .A.. Smith á conferenciar con el General Mejía."
esa Prefectura en la persona de D. Epigmenio Porras para Alcalde municiEs evidente que se necesita en nuestro servicio del :J.l,io Grande un hombre que
pal de Zumpango.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de únala comprension y habilidad de un-hombre de Estado con el vigor y el valor
Gobernacion, Francisco J. Villalobos.-Sr. Prefecto del Departamento del Va- de un militar; y cuanto antes tengamos allí un hombre de esta clase, tanto mas
pronto se acabarán estas miserables maquinaciones que mantienen el pais en un
lle de México.
,
estado de inquietud.
·
El Gobierno de S. M. Ha tenido á bien aprobar el nombramiento que hizo
esa Prefectura en la persona de D. Tiburcio Castro para Comisario municipal
de Puente Nacional.-Por ausenci11 del ;Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario
de Gobernacion, Francisco J. Pillalobos.-Sr. Prefecto del Departamento de Veracruz.
Son copias. México Febrero 5 de 1866.

En la sesion del 22 de Enero, de la Cámara de representantes del congreso
americano en Washigton, Mr. Stevens, diputado por Pensilvania, present6 una
mocion para que se encargase á la comision de negocios extranjeros informar sobre la conveniencia de que los Estados-Unidos garantizasen un empréstito á la
república_ mexicana, par~ que pueda impedir el establecimiento de un gobierno
monárquico; pero la retiró para presentarla en otra ocasion.

El Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martinez.

PARTE NO OFICIAL.
liA C'U'IISIJ!IIOll' DII LAS B.AZAS.
La Nacion de hoy publica el artículo siguiente:
Los acontecimientos que acaban de verificarse en Bagdad, tienen en sí mismos
una profunda signifiéacion.-La nacion mexicana ha sabido con horror las escenas de estupro, matanzas y pillaje que han deshonrado allí la humanidad, y dado por resultado el aniquilamiento de una poblacion entera.
Los negros se portaron en esta ocasion como en todas partes, cuando han pa-.
sado de _repente de la esclavitud á la libertad. Se mostraron feroces, sanguinarios
y desapiadados para con la raza blanca. Lo que aconteció en Bagdad, ha sido, en
escala menor, una copia de las atrocidades que cometieron en Santo Domingo, J amaica, y por regla general en todas las Antillas.
,,
Los Estados-Unidos han comprendido, que la presencia de los negros libres,
enfrente de sus antiguos dueños, principalmente en los Estados del Sur, ha de
ocasionar mas tarde ó mas temprano fatales desgracias: las festividades de la
Navidad próximo pasada lo han demostrado demasiado. Hombres previsores aseguran, que esta conviccion es tan arraigada entre nuestros vecinos, que procuran
dese~barazarse de_los negros. Recordemos aquí las notables pal~bras que pronuncio un general ilustre en un senado europeo. "Tal vez n.o está muy lejos el
dia en que las Antillas caigan en poder de los negros, volviéndose á repetir las
escenas de 1793."
.
. No parece, pues, inverosímil suponer que si llegara á verificarse una intervene1~n ~rmada por parte de los norteamericanos en :México, su ejército lo formarían
pnncipal~ente esas chusmas de negros cuyas ideas se cifran en un solo fin,
cuando tienen las armas en la mano: el exterminio de la raza blanca.
. Sin duda, ?ficiales pundonorosos, y llenos de honradez harían por evitar seme3antes barbandades que repugnan a su caballerosidad; pero ¡,lo que no pudieron
precaver en ~agdad, conseguirán impedirlo en otra parte1
An~e esta_ cuestion de vida ó muerte, no acertamos á co~prender por qué hay
todav1a mexicanos obcecados que no se unen con la mayona de la nacion alrededor de la bandera del Imperio.
iExisten e~tre los imperialistas y los disidentes tales divergencias de opiniones, que medie un abismo entre unos y otros, q_ue la reconciliacion sea imposible?
De ningun modo.
,

157

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

156

Por despacho telegráfico de Veracruz, Febrero 4, se recibió el parte oficial
del General Mejía, en que participa la ocupacion de Bagdad por la columna
imperial al mando del Teniente Cor-0nel Kodolich, el 25 de Enero, sin haber
encontrado ninguna resistencia; quedando restablecida la comunicacion entre
dicho punto y Matamoros. Hay apariencias de que va á cambiar la polít.ica de
los americanos en el Río Grande.

Disidentes presentados.
'

Ministerio de Gobernacion.-"Túxpan, Enero 15 de 1866.-Exmo. Sr.-Con
esta fecha digo al Ex.roo. Sr. Ministro de la Guerra, lo que en seguida copio.••Tengo el honor de adjuntar á V. E. la lista nominal de los individuos que se
han acogido á la amnistía, procedentes de Pánuco, excepto D. Guillermo Betancourt, que es vecino de Ozuluama, cuyos individuos han firmado la acta respectiva de sumision y reconocimiento al Gobierno de S. M. l."-Y lo trascribo á
V. E. para su superior conocimiento, adjuntándole la lista nominal de los individuos de que se hace referencia en la preinserta nota.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El general Prefecto político y comandante militar, Gregorio del Oallejo.-Exm.o. Sr. Ministro de Gobernacion."
'

Lista nominal de los indiv-iduos acogidos á la arnnist-íf¡ concedida por el art. 14 de
la ley de 3 de Optubre de 1866.
Comandante, D. Guillermo Betancourt.
Soldados: .Apolinar Chirinos, Celso Mendoza, Benito Gamboa, Francisco Perez, Prisciliano Solís, Mauricio Perez, Francisco Torres, Celestino Gonzalez,
Eduardo Rodríguez, Fernando García, Felipe Lucero, Jesus Rivera, Juan del
Busto, Amado Paita, José María Gomez, Anselmo Guzman, Rafael Arteaga, Andrés Gomez, Pedro Medina, J ulian Mogica, Oruz Sanchez, Felipe Torres, Nicolás .A.guilera, Félix Resendes, Juan .Alvarez, A.mado García, Juan Nava, Cristóbal L. Perez, Paz Gomez, A.mado Flores. Wenceslao Guzman, Blas Valdés
Cristóbal Rivera, EranciBco Silva, Fernando del Busto, Vicente Correa, Ju~
Perez, .A.tilano Perez, Basilio Dominguez, Candelario Ruiz, Ildefonso Perez,
Manuel Cruz, Tomás Flores, Pedro .A.rellanos, José María Canos, Agustín Hernandez, Eulogio de la Trinidad, Francisco Vazquez, Cecilio Castillo, Lázaro
Rocha, Eutimio de la Rosa.
Túxpam, Enero 15 de 1866.-El general y Prefecto político, Gregorio del

Oa°llejo.

Son copias. México, Febrero 1~ de 1866.-EI Gefe de la Seccion 1\ José G.
Martinez.

EUROPA.

Sentencia de la Corte ltta1•cial de illéxico.
Prefectura política del Departamento del Valle de México.-Seccion de J usticia.-Núm. 838.-México, Febrero 3' de 1866.-El capitan relator de la Corte
Marcial mexicana, en oficio de 1~ del que rige, dice al señor Prefecto político lo
siguiente:
"
"La Coi-te Marcial do México, en su scsion de hoy: Vista la causa instruida
á José María Cortés, acusado de robo y asalto en cuadrilla, en despoblado y á
mano armada.- La misma Corte Marcial, no encontrando probado el crímen de
que se le acusa, ha declarado al llamado José María Cortés cómplice por receptador, y lo ha condenado con arreglo á los artículos 61, 62 y 63 del Código penal ordinario, á que sufra la pena de un afio de trabajos forzados.-Y tengo el
honor de participarlo á V. S., para que si lo tiene á bien se publique esta sentencia en el Diario Oficial del Imperio."
Y por disposicion de su Señoría se publica en 'el Diario del Imperio.-Por el
secretario general de la Prefectura, el oficial mayor, Manuel Aguilar.

Casa de illoneda de México.
Noticia de las cantidades de plata y oro introducidas y acuñadas tn esta Casa de M011eda en
.
todo el mes de Enero &lt;iltimo.
INTRODUCCION.
PLATA.

Márcos. Ms.

Márcos. Ms.

ORO.

.A. la ley de cambio ...... · 46,169 406 .A. la ley de cambio ..... .
.A. la ley de moneda.. . . . . 46,879 705 A la ley de moneda..... .

288 299
302 028

Valor á ley ele moneda ... $ 398,477 49 V~Íor á ley de moneda ... $ 41,075 77
Smpa de valores ...... $ 439,553 26
ACUÑACIOK DE PL.á.TA.

En márcos.

En moneda.

43,923 672. . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pesos ........... .'. . . . . 374,000 00
168 781. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pesetas. . . . . . . . . . . . . . . . 1,438 25

México, Febrero 1~ 'de 1866.- El Interventor, Luis Varela.

Compañía de Segu1·os n1t1tuos.
, Intervencion de la Compañía de Seguros mutuos sobre la vida, "La Bienhechora."-México, Bnero 26 de 1866.- Exmo. Sr.-La Comision nombrada
por la Junta general para revisar las cuentas de esta Compañía, pertenecientes
al año próximo pasado, ha dado, con fecha,de ayer, el dictámen siguiente:
"Los que suscribimos, Consejeros de vigilancia ue la Compañía de Seguros
mutuos, titulada "La Bienhechora," y nombrados en la Junta general celebrada
en 3 del corri!!nte, para la revision de las cuent,'ls rendidas por la Direccion de
la Compañía en el período del 15 de Febrero de 1865, en que empezó á funcionar, hasta 31 de Diciembre del mismo año: reunidos en las oficil\as de la misma,
y despues de poner á nuestra disposicion el scñ.w Director los libros, los documentos de pago y la cuenta general, sobre todo lo cual hemos hecho en variaa
sesiones, el mas detenido y escrupuloso exámen.-Dictam.inamos: haberlas encontrado fiel y exactamente arregladas á los documentos de data presentados, y
conformes en todo con los asientos llevados en los libros, por cuya razon las
aprobamos, declarándolas buenas y de ailmitirse á la Direccion; debiendo hacer
notar la gran diferencia que en los gastos ha hecho el señor Director, desde que
en 15 de Julio del año pasado se encargó de la Direccion: siendo de esperar aún
que las expresadas economías introducidas en favoT de la Cómpañía, serán mayores una vez planteadas las reformas de los estatutos en la parte á ellas referentes, y cuyas reformas, explicadas por dicho señor, no pueden menos de producir el buen resultado que se propone.-Cumpliendo con nuestro deber de imparciales defensores de los intereses de nuestros coasociados y del engrandecimiento de la Compañía, declaramos que el Sr. Director D. Tomás Raya, ha llenado cumplidamente su deber, y que de esperar es que al frente de ella sabrá
desarrollar tan útil y benéfica institncion.-México, Enero 25 de 1866.-Francisco G. Pavon.-Luis Hidalgo Oarpi.o."-Y siendo este dictámen tan honroso
para el Directo~, me apresuro á ponerlo en el superior conocimiento de V. E.,
como es debido, dándole con ·esto á la vez una muestra de la imparcialidad con
que le informo sobre todo lo relativo á la Compañía, segun me lo previene el art.
106 de los ~statutos.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El interventor, Ma-

.

De una correspondencia de París, fecha 31 de Diciembre último, tomamos
'

los párrafos siguientes:
El discurso pronunciado por el Emperador de .Austria en la apertura de la
Dieta Húngara, ha sido mas que un acontecimiento. Se le puede considerar c~mo el principio de una revolucion monárquica, y compararle al golpe de viento
que disipa las nubes por largo tiempo amontonadas. No babia mas que una palabra para aclarar la situacion,'una sola palabra para resolverla: todo el mundo
buscaba esta palabra; nadie ignoraba que oxistia: el Emperador la ha pronunciado, y todos han comprendido que era la palabra salvadora, la palabra que lo
ilustraba todo, qu~ lo resolvía todo, y que á todo i:espondia. Pragmática-sancion: hé aquí la palabra que estaba en el pensamiento de todos, y que todos pronunciaban; pero cuando se la oyó en el discurso del Emperador, tan neto, tan
claro, tan firme y tan franco, esta palabra, que era como el centro luminoso de
todo el discurso, pareció tomar una significacion nueva. Todo el mundo ha comprendido, como en virtud de una revelacion, que este era el verdadero punto de
partida, el terreno bien preparado para toda transaccion honrosa. En efecto, partiendo de aquí, todo es lógico: en primer lugar, se tiene para fundamento de la
discusion un principio que todos reconocen, y que es superior á todos los partidos; y despues, este fundamento, bastante sólido para resistir á toda discusion,
es bastante ancho para que sobre él se operen todas las transformaciones. La
Pragmática-sancion es la ley, la Carta, el contrato, que asegura la union del
Austria y la Hungría.
Se ha concluido un tratado de comercio entre Austria é Inglaterra, y empezará á regir desde 1° de Enero de 1867. En él se admite un máximum de derechos de 21 y despues de 20 por ciento. Los ingleses están llenos de satisfaccion.
El tratado con Francia sigue su curso, y pronto estará concluido.
El Ministerio italiano ha tenido que retirarse ante un voto de censura de las
Cámaras, en la cuestion de hacienda. Se dice que algunas amenazas de disolucion pronunciadas por el general La Marmora, ban exasperado á los diputados
y precipitado la crísis. La situacion era, sin embargo, tan dificil, que 'el Rey,
despues de haber llamado en vano á Ricasoli y Ratazzi, dió al mismo La Marmora el encargo de formar otro ministerio. Parece que lo ha logrado, dando la
cartera del interior á Mr. Ohiaves; la de hacienda á Mr. Sccaloja, y la de-trabajos públicos á Mr. J acini.
El discurso pronunciado por Leopoldo II de Bélgica, á su advenimiento al
trono, ha sido muy aplaudido. El nuevo Rey ha conservado por lo pronto á los
antiguos Ministros; pero ha manifestado el deseo de que se retiren de la discusion parlamentaria los proyectos de ley irritantes, y sobre todo, el relativo á temporalidades del culto, que exaspera á los católicos. Las elecciones que tendrán
lugar en la primavera próxima, decidirán la política del Rey, quien parece resuelto á limitar hasta entonces la actividad de los Ministros á los negocios puramente económicos.
La apertura de las Cámaras inglesas está aplazada para el 1~ de Febrero. La.
Inglaterra se ocup¡¡. poco en la política por Navidad; pero la agitacion de Irlanda
preocupa los ánimos, y ella servirá de punto de apoyo á los Obispos católicos
que están negociando con el ministerio el proyecto de crear una Universidad católica. Los periódicos ingleses se muestran algo conmovidos por la denuncia que
ha hecho el Gobierno frances del trata-00 de extradicion entre la Francia y la Inglaterra. T emen que el Emperador, acordándose del atentado de Orsini, quiera
pesar sobre el ministerio pal'a hacer presentar una ley que restrinja el derecho
de asilo para los refugiados políticos.
La reina de España ha abierto las Cortes. Su discm·so es de poca importancia, aunque ha llamado la atencion el sesgo embarazado de sus explicaciones sobre el reconocimiento de Italia, y el no mencionar las tentativas de conciliacion
que se han hecho por las potencias amigas en el negocio de Chile.
El Rey de Portugal ha salido de Francia, y acaba de pasar un dia en Madrid.
La Grecia parece siempre en vísperas de una revolucion.
Ya no se habla de los Principados Danubianos.
El empréstito otomano se va cubriendo lentamente y con trabajo.
Háblase de las tendencias parlamentarias que cada dia se desarrollan más en
las asambleas provinciales de la noblesa rusa.
La cuestion mexicana está atravesando una crísis dificil: la fiereza del Emperador Maximiliano tendrá que pasar tal vez ~or duras pruebas; pero contamos
con sn prudencia, demostrada ya en muchas graves ocasiones, y sabemos que,
si él quiere, (es la palabra que marca la opinion pública), triunfará de todas la¡¡
dificultades. Aquí, veo que va mejorando la situacion, y tengo motivos para pensar que será ampliamente auxiliado el Gobierno de México en la cuestion financiera. Sé tambien que Mr. Drouyn de Lhuys ha dicho recientemente, que no se
piensa en retirar por aho1'a nuestras tropas.

nuel Bucheli.
Es copia. México, Febrero 1~ de 1866.:...El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez.

AVISOS OFICIALES.

Correspondencia para el Exterior.

.ADMINISTR.A.OION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

.A.dministracion general de correos.-.A.víso al público.-El dia 10 del actual,
á las once de la ma?an~, se despacha de esta ~dmiuistracion general para Vera.cruz, un extraordmano con la correspondencia. que ha de conducir al exterior
el "Paquete frances."
Lo que se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes.
-México, Febrero 5 de 1866.- El Admiuistmdor general, Luis de la Pe.ea.

, '

Ferroca1•ril de Itléxico á C:halco.
COMPAÑIA :MEXlC.aSA.

Noticia del mo~imicnto de pasajeros habiclo entre México y Tacubaya la semana dd 29 de Enero
al 4 ele Febrero.
Pasajeros.

De 1~ clase.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6,185
Abonados de id. id. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
76
De 2~ clase.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12,968
Abonados de id. id.. . . . . . . . . . . . . . . . . .
65
Suma............ 19,294
México, Febrero 5 de 1866.-Arbeu y Socios.

Productos.
$ 773 1
,, 304 O

,,
,,

810 6
130 o

$ 2,017 7

Relacion de los espedientes que para sustanciarlos se necesita la presencia de los interesados en esta oficina.
Secciones l 'c' y 2~-144, 266, 457,476, 493, 702, 718,868,869,880 890 1 030 1106 1159
1,198, 1,200, 1,205, 1,254, 1,331, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1:658, '1,119,' 1,'800,' 1;811:
1,884, 2,0ll, 2,109, 2,171, 2,'-91, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,584 2 611
2,635, 2,665, 2,748, 2,850, 2,854.
' ' '
362 al núm. 3 de Puebla.
1,440 al núm. 1 de Morelia.
372 ,,
13 de id.
1,441 ,,
2 de
id.
373
14 de id.
1,603
10 de Querétaro
383
24 de id.
1,607
14 de
id.
390 ,,
31 de id. '
1,608 ,,
15 de
id.
798 ,,
2 de Orizava.
1,61Q ,,
17 de
id.
1,024 ,,
85 de Puebla.
1,611
18 de
id.
1,047 ,,
3 de Atlixco.
1,614 ,,
21 de
id.
1,048 ,,
5 de id.
1
4,246 sin núm. de Puebla.
1,438 sin num. de Chalchicomula.
4,730
de id
Asimismo es necesaria la presencia de las personas sigttlentes, en la s~ccion I ! ,
Sras. D'.' Juana Sanchez, y I)'.' Maria Dolores Alba.
. Hoy se han ~levado Jl Exmo. Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados en esta oficma, los espedientes numeros 341, 342, 444, 477 y 6,883 unidos; 2,527, 3818.
5,389 de Puebla con el núm...... . . . • • • . • 983
7,780 de Huejotzingo ,, . . . • . . . . • . . • . . 1
8,378 de Puebla
,, ...•..•,. . . . • . . 624
México, Febrero 5 de 1866.-El Administrador a'e bienes nacionalizados Juan Sua,u r

NaTJarro.

'

,;

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

158

J~gatlo de p.a~

Consejo Gentral de Salubridad de MéxiGo.
México, Febrero 3 de 1866.-El Consejo central de Salubridad, en su sesion ordinaria de
hoy, ha acordado escitar á todos los señores dueños de botica del Departamento, á fin de que
den á esta Secretaría noticia de cuál es su establecimiento y quién el profesor responsable, con
arreglo á la ley; en la inteligencia de q.ue á los de dentro ~e la capital ~e les señala el términ?
de quince dias y el de un mes á los foráneos.-El Secret!ll'lo del ConseJO central d'e Salubndad, José María Reyes.
6a- 1

Santa Fe, l!'ebrerg_ 6 de 1866.-Ignorándose el parader~ del $1'ibdito ~spaüol D. A~gel Orespo' por la presente se cita y·emplaza, para que. en el térmmo de ~oce d_1as, co9tados desde esta fecli~ ,comparezca en este de mi cargo, por sí ó por apoderado rnstrmdo_y espens~d?, _á contestar 1a' demanda que. enjuicio verbal, sobre desocupacion de cas~, ?~nos y p,e1JUJC1os, le.
p_romueve D. Crispin Valdés; apercibido de que le parará en los pe~¡mc10s á que haya luga~
819- 3a,-1
SI no concurre.-El Juez de paz, Inés Ocampo.

AD:MINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISOS.

iaamamiento de herederos.
A.VISO.

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de F ebrero del año próximo pasado, la casa y terrenos de labor, en Toluca, nombrados Ho~picio d~ Jerusale~, valuados en ($ 1,748 37½ cs.) mil setecientos cuarenta y ocho pesos tremta y _siete y medio centavos, se pone en conocimiento del público, para que las ersonas que quieran hacer posfara,
ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados e dia. 9 del entrante F ebrero, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose
presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
4a-4

En el espediente que sobre inventarios ha seguido eu este Juzgado de mi cargo promovido
p0, los albac.eas el Sr. D. Blas Pereda, :es_idente en San.Luis Potosí, y D. A?tonio M~rtinez,
Vecino de C\udad Fernandez, por fallemm1ento ~el súb_d1to aleman D. F edenco Reyther, ".ecino que fué de esta ciudad, he mandado por m1 autondad en auto de 27 del actual, se mle
orlos periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther Y. á m l~aría ~na Angela Hegues, pa?res
el cspresad(? Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó pan.entes mmediatos del test_ador, vecmos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perlettec1ente al círculo gu?ernahvo Arnesveruen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. M. el _rey de Pr~s1a! para que de~tro
el perentorio término de un año, que se contará desde la pnmera pub~1cac1on de este av1So,
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e ~erecho que tenan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á 1~ testamentaría del espre~a_d? D.
~ederico Reyther; bajo el ~percibil?iento ~e que si !!º lq venfican, les parará el pe1Jmc10 á
que hubiere lugar y se- aplicarán dichos bienes al obJet~ que deterzi:ime la ley. _Y para que lo
mandado ten&lt;&gt;a su cumplimiento, pongo el presente aviso en la mudad de R10verde, á los
Veintiocho di~s del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Ut/iurri-Asistencia, Gil llft:1dez.Asistencia, .!. Bias Oribe.
683-60a-25

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al ~- 24 de la 'ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa núm. 6 de la4~ calle del Calvario, en Orizava, valuada en($ 2,85.2 80k cs.)
dos mil ochocientos cincuenta y dos J;&gt;6SOS ochenta y medio ceJ?,tavos, se pone en conocimiento del público, para qué las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion
de bienes nacionalizados el dia 10 del entrante Febrero, á las nueve de la mañana, á cuya
hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto
'w~venciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citad!}. ley.
·co, Enero 26 de 1866.
,
~a-4

Mé.uco .Enero 17 djl 1866.-En el espediente da.concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Trib~nal, por auto de hoy, ba, mandado se notifiqu~, por me_di? de los periódicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presen~n á lo~ síndicos admmistradores. los compr?ba?tes
de sus créditos dentro del término de qmnce d1as, contados desde la primera publtcaciou,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por ti! presente en cumplimiento de lo mandado.-José Marfo Cardeña,
Oficial~~ encargado de la Secretaria.
809-15s- 14

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Fobrero del año próxi
mo pasado, el terreno llamado Cllmpo santo de Pobres, en Durango, valuado. e~ ($2,290 ZJ
cs.) dos mil doscientos noventa pesos veintisiete centavos, se pone en c?n.ocmu~nto de~ publico, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á l~Adm1rustrac10n de bienes
nacionalizados el dia 8 del entrante Febrero, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Enero 24 de 1866.
4a-4

1

'

-

Mr. Thomás 'Smith, -qué fué asaltaclo Jíace dias por unosládrones, mas allá de la ~a_rita \ll¡ Vallejo, para comunicarle un asuntQ. que le in,ter(lsa.- El Secretario general, T. Tuñon Caíiedo.
·
3a- 3

llscuela espetial de Apicultura.
Autorizada esta Escuela por el Exmo. Sr. ~ de ln,&amp;trnci,iion públi,ca 'l Cultos, e11 vir-

tud de las circunstancias escepcionales lin que'se e1,1.cueriiranlos establecimientos superiores
de ens.eñ$nza, para prorogar el plazo fijado á la clausura a&amp; lás inscripcionés, se a'\jsa á los
padres y tutores, que se contipu~r3 ~e~il,ii~ndo alum,nos hast$ el dia 20 del próximo Febrero;
advirtiéndoles qn.: en este establecimiento no se ha hecho modificacion 1'_lguqi en armonía
con la ley de instruccion J.lública últimamente publicada, que ha d,eterÍninado subsista bajo
BUS bases existentes mientras se organiza debidamenle.
San Jacinto, Enero 29 de 1866=-El Secretario de la Escuela, G. Serin,'n.
3a- 2

JtrefeGtara politiGa de1 Departamento del Valle de llléx~Go.
AVISOS.

♦

ª
!

~nibunal de ComerGtc, de lY,[éxi~o.

_

,

Oomisa; ia C:entr3~ de ~OliGi~
. NJ4n. 1,384.-México, Ep.ero 29 d~ 1866,-En esta ofi~ ~e soJicita ,aj ,úbdit9 amepcflno

,

d8 la Jm,;iicipfllitJ,arl de SaJJ,Ja Pe,

-Para proteger el desagüe- que se- está haciendo en las calles inundadas de esta Corte, y á
fin de no omitir ningun medio para su realizacion, el Sr. Prefecto político ha creido con.veniente prevenir á todos los dueños de pozos brotantes, cualf;lsquiera que sea la espeéie de ellos
que por medio de largos tubos y dentro del término de cuarenta y ocho horas, impidan el cur-'
so continuo de sus aguas, usándose solo de la que necesiten, sin dejar correr el resto de ella
. á los caños ó atarjeas, en razon de que su abundancia seria escesivamente nociva a1 fin prosto
• puE
e sta· proviºdenc1a
· dnrará por todo e1 t·1empo que se c~el} necesario
\
' IDJlln
. tras tanto se acaban
. de estraer las aguas estancadas en las calles de la ciudad, y para que sea levantada se dará
, oportuno aviso; bajo la inteligencia, de que el que faltare á su cumplimiento, será multado en
weinticinco pesos, imponiéndosele doble cantidad si reincidiere, y destinándose su producto á
los gastos del desagüe.
Lo que se hace saber al público p!W\ su inteligencia.
México, Enero 7 de 1866.-Por el Oficial mayor encarga.do .de la Secretaría, el Oficial 3~
J. R/J'mM'O.
3a-3
'
Dispone el Sr. Prefecto q,ue entretanto se concluye la limJ?ia de las calles que estuviero n
inundadas, y á la que están destinados los,ca,rros que recog1an las basuras, éstas se depositen
én las casas hasta que se concluya dicha operacion. De órden del Sr. Prefecto se proliibe arrojar las basuras en las coladeras y albañales, bajo la pena de cinco pesos de multa cada vt z
que se infrinja esta prevencion.
•
Lo que se comunica al público para su cumplimiento y demas fines.
México, Enero 20 de 1866.-EJ,Secretario de la li'refectura, Lic. Cárlos Zavala.

3a-3

Existiendo algunos jóvenes huérfanos ó abandonados de sus padres, y queriendo el Sr. Pre;
fecto político que se dediquen á algun arte ú oficio para hacerlos útiles á la sociedad y moralizar sus costumbres; conformo al art. 75 de la ley de 19 de Novie!J)bre de 1865, se invita á los
maestros que tengan talleres, lo mismo que á los dueños de fincas agrícolas, que quieran recibir á algun jóveu bajó su cargo y direccion, para que se preS"enten en la Secretaría de esta
PrefectUl'a, á, fin de que se les ministre las instrucciones necesarias.
México, Enero 10 de 1866.-El Secretario general de la Prefectura, Lic. Cárlos Zavala.
6a- 3

A VISOS PARTICULARES .
.JlMA!H1 DE M~BLE$.
En ta calle de la Perpetua núm. 8, para el viérnes 9 y sábad~ 10 del corriente, á las dos ,de
1a tarde, estando á la vista el jueves 8.
México, Febrero de 1866.-Ignacio Diaz Triujeque.
818--5s- 2

Venta de una Hacienda.
Se vende la hacienda de San Juan, s-ituada á inmediaciones de la Villa del Valle de Temascaltepec y consta de mas de doce caballerías de tierra de superior calidad, de las cuales seis
caballerías y doscientas treinta y un mil quinientas dos varas cuadradas son de regadío para
s-iembras y el resto de monte bien poblado y con distintas maderas. Tiene su casa babitacion
con piez~ altas y bajas, troje y demas oficinas de campo, inclusas las correspondiente~ á engorda de cerdok. Esta hacienda disfruta agua en abund_ancia par~ regar, que e_s peren!le y
que. prQCede ele puntos bastante e~evados, por ~uy~ mrcunstanc1a _puede1;1 aphca_rse dichas
aguas al uso,de molinos ú otras oficmas de maqumana. En estos últimos dias ha sido retasada por el agrimensor D. Manuel Delgado, y es su í_nfim_o valor~! de 15,461 peso~ 99 centavos.
Las personas que quieran hacer po~tura, y n~~e~Jten mstrucc10!1es ó cualesqmera ot.ro dato
respecto de la mencionada hacie.nda, pueden dmgirse en esta capital á D. José J uau Romero,
en la calle del Esclavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á doce de la mañana
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
bajo el concepto de que las proposiciones que se hagan, han de ser antes del 12 del mes de
Febrero próximo, porque el dia 15 debe quedar hecha 1~ venta definitivamente.
,
México, Enero 13 de 1866.
803-15s-8

SEGlf.ROS CONT.R./1. INCENDIOS,
COMPAÑIA. DE SEGUROS DE GL.A.DBAOH.

Capital de fondo . . . . . . . . . . . . .

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten a$egtll'arse, en la AGENCIA GENER4 de Es.tas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 3.
400- 1.S0s-124

· Hacienda de 'l'emisco.
Convenida entre los interesados en la hacienda de Temisco, jm-isdiccion de Cuernavaca, su
venta estrajudicial, sf;l participa al público, para que las personas que quieran adquiiirla, ocurran á la casa del Sr. D. F. N. del Barrio, Tercer Orden de San Agustin núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, dot1de verán los planos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cu¡¡les se celebratá el contrato.
' 799-30s-14

De venta
Un terreno inmediato á la garita de la Viga, con 24 chinampas y una estension .de 14 á 16.000
varas cuadradas: tiene una vivienda, corral para vacas y otros acceso1-ios: es propio para el
cultivo de alfalfa, legumbr~s y otras produccione_s, y está prbv(s~o _de los útiles é instrnme!lt~s
necesarios para su esplotac1on. Se dará en prec10 cómodo. Dmguse al despacho del D1arw
del.Imperio,

.

AVISO.
Ministerio de Fomento.-Seccion 4~- México, 19 de Enero de 1866.-Siendo ya muy frecuente el éaso de que este l\:linisterio se vea en la necesidad de desechar solicitudes sob1·e amparo de minas, por haber desaparecido en varios Distritos las circunstancias de guerra que, de
las causales de la parte final del artículo 14, título 9? de la Ordenanza de Minas, es la que ha
motivado estas ieclaraciones especiales, se avisa á los interesados en fundos metálicos ubicados en Distrjtosl'tales, como Pachuca, Real del Monte, Atotonilco el Chico y demas que se
hallan en su caso, que es inútil hagan solicitudes en el sentido de que se trata, supuesto que
no podrá concedérseles.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez. 6a-4

AVISOS JUDICIALES.
J,u;;ado prime-ro de inst-ruécion del -ranw citJil de J,Iéxit:o, 1
'

CONVOCATORIA.

Habiendo fallecido intestado en esta ciudad D. Adolfo Compagnon, natural de Francia, el
Sr. Juez l? de instruccion, que conoce de los autos del mismo intestado, ha dispuesto en auto
de 24. d~l actual, se c~nvoque á los que se !,rean con derecho á los bienes que quedaron por
fallecuruento del refendo Sr. Com~agnon, para que se presenten á deducirlo ante este Juzgado dentro de cuatro meses, contados desde la primera publicacion en los periódicos de esta
ciudad; bajo el apercibimiento de que, á los que no se presenten, le.s parará el perjuicio que
haya lugar en derecho. Y cumpliendo con lo mandado, pongo el presente en México, á, 27 de
Enero de 1866.-Lic. Julio C/iavtz, Secretario.
820-3a-l
\

3.000,000 pesós prusianos.

ÜOMPA.ÑIA. DE SEGUROS DE EA.SILBA (BASEL).

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPERA ITALIANA.
\

FUNOION EXTRA.ORDINARIA. A. BENEFICIO DEL l'~IMER BA.RITONO ABSOLUTO

D. MAB.IA1'lO PADILLA.
En la noche, á la hora de costumbre, se verificará la funcion mencionada, en los términos
siguientes:-Se pone en escena la ópera del maestro Verdi, dividida en cuatro actos, que se
intitula: Rigoletto, 6 el Duque se diuierte, en la cual desempeñan los principales papeles la señorita Peralta, Sra. Sulzer, y Sres. Tombessí, Cornago y el benefi9iado, y en el intermedio
del segundo al tercer acto se cantará el segundo áe la otra ópera intitulada: Linda de Chamounix, por la señorita Alba, Sra. Sulzer, Sr. Tombessi y Sr. Padilla.

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA

Mañana miércoles 7, se pone en escena la comedia nueva, de magia, r.scrita por D. Juan
A. Mateos, intitulada: La mulata de C6rdobct.

DEXI(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.

'

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Comisario municipal</name>
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        <name>Ferrocarril urbano Puebla</name>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IIPEBII
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

III.

MEXICO.-Miércoles '7 de Febrero de 1S66.

NuM. 332

SVM:ABI~.

Derrota de Ga1·cía Morales.

PARTE OFICIAL.-Oficial 2? de la Secretaria de la Prefectura de Guanajnato.-Planta
ele empleados de la Administracion de correos de Túxpan.- Administrador de rentas de Te-

Ministerio de Gobernacion.- " Imperio mexicano.-Prefectura del Departamento del Potosí.- Núm. 48.-San Luis Potosí, Enero 31 de 1866.- Exmo. '8r.
- Tengo el honor de acompañará V. E. ejemplares del alcance al Periódico oficial que se publica en esta capital, y que bajo el nú.m. 4 ha visto la luz pública
el dia de hoy. En él se servirá ver V. E. las noticias que el Exmo. Sr. General
Douay se ha Sl;lrvido comunicarme, relativamente á la derrota completa del cabecilla Antomo ~arcía en Pesqueira Grande po_r los Sres. Comandante Soussier y
Coronel Quiroga. Tambien se hace relacion del ataque que sufrió el Coronel
López, mandq,ndo los escuadrones de la Emperatriz en San Salvador, por una
partida de la banda de Pedro Martincz.- Sírvase V. E. elevar al conocimiento
del Supremo Gobierno, para su satisfaccion, el contenido de las noticias á que
me refiero, recibiendo entretanto las seguridades de mi considera'cion y aprecio
muy distinguido.- El Prefecto político, 'Darío Reyes.-Exmo. Sr. Ministro de
Gobernacion."
' A1cance á que se refiere la anterior cmnunicacion.

,

Jllcala.-Planta de la Administracion de rentas de Leon.
PARTE NO OFICIAL.- Donativo del Emperador.-Derrota de García.Morales.-Derrota de otros disidentes.-Sal en Guanajuato.-Prevenoione.s de poliéía para el Carnaval.-Aca..iemia de Ciencias. Acta núm. 25.
Noticias extranjeras.
La incubacion artificial.

PARTE OFICIAL.
MINISTE1HO DE GOBERNACION.
SECCION

1~
M6xico, Febrero 5 de 1866.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar el ;10mbramiento hecho por
V. S. en D. Próspero García vara oficial 2~ de la Secretaría de esa Prefectura,
~susticion de D. Francisco de Paula Enrile que desempeñaba i;se emyleo.1.&gt;or ausencia del Ex.mo. Sr. Miuistro, el Subse'cr~tario de Gobernacion, Fran&lt;eÜco J. Viltalobos. -Sr. Prefecto &lt;lel Departamento de Guanajuato.
Bs copia. México, Febrero 5 1866.
E I Gefe de Ja Seccion 1! ,
José G. Martinez.

de

MINISTERIO DE FOMENTO.
S. M. el Emperador, con fecha 3 del actual, en Cuernavaca, se sirvió expedir
1
~, acuerdo siguiente:
"Aprobamos la planta de los empleados en la Administracion de correos de
Tuxpau que Nos consulta Nuestro Ministerio de Fomento, y es la siguiente:
Administrador con el sueldo a!mal de..... ... .............. $
Cartero
,,
,,
,,
. .. .. .. . .. . .. . .. .... ..
Renta de casa al año .................. .. .................... ~.
Gastos de escritorio id.......... .. ..... .. ..... . ... .. . .. ... .. .

500
180
96
36

Suma.... ..... ... ... .. .$ 812
México, l!'ebrero 5 &lt;le 1866.

Periódico oficial.-Alcance al núm. 4.-San Luis Potosí, Enero 31 de 1866.Derroth de disidentes.- Por disposicion superior publicamos en seguida lo que el
Exmo. Sr. General Douay, Comandante de la Division del Nordeste, ha comunicado con esta fecha al Sr. Prefecto político, manifestándole, entre otras cosas, lo
siguiente:
"En. el momento de firmar esta comunicacion, he recibido del Norte noticias
que suplico á V. S. se sirva poner en conocimiento de la poblacion.- El 23 de
Enero, el Sr. Comandante Soussier, á la cabeza de dos compañías expediciona,ias
del Regimiento extranjero, y de un destacamento de sesenta hombres de la Guardia rural de Salinas, á las órdenes del Coronel Quiroga, ha sorprendido en Pesqueira Grande la banda de Antonio García, fuerte de doscientos hombres de caballería y de cincuenta infantes, y la ha puesto en derrota completa. El enemigo
ha perdido cuar9nta hombres muertos y cien heridos: entre los primeros se encuentran los Gefes Juan García Elisondo, Eueebio Sepúlveda y Francisco Salinas. Ochenta y siete caballos ensillados han quedado en nuestro poder. Nosotros
no hemos tenido de nuestra parte mas que un s.argento levemente herido y algunos hombres contusos.-El 27, á las dos de la mañana, el Coronel López, mandando los dos escuadrones de la Emperatriz, ha sido atacado en San Salvador
por una partida de la banda de Pedro Martinez. El enemigo fué rechazado y
perseguido por el Coronel López, que le ha muerto cuarenta hombres y herido
un número que no ha porudo calcular. Los escuadrones de la Emperatriz tuvieron tres muertos y veinticinco heridos.- Despues de esta accion el 09ronel López ha continuado su marcha sobre el Saltillo sin otra novedad.- Reciba V. S.,
Sr. Prefecto, las seguridades de mi alta consideracion.- El General Comandante
del Nordeste, F. IJou,ay. 0

Ministerio de Gobernacion.- "lmpel'io :Mexicano.-Prefectnra superior de, Sonora.-Hermosillo, Enero 7 de 1866.-Exmo. Sr.- El señor Subprefecto encar- ·
Franc'isco Jimenez.
gado provisionalmente del Distrito de la capital, con fecha 3 del corriente me
roce lo que sigue:-El señor Subprefecto del Distrito de Magdalena1 Comandante en gefe de la seccion Tanori, me dice con fecha de hoy, desde Satibuclii, por
MINISTERIO DE HACIENDA.
extraordinario que recibí á las cuatro de la tarde, lo siguiente:-Ocupado urgentemente en la persecucion del enemigo, no habia tenido el tiempo necesario para
G.AJ3INETE.
dará vd. el detal de la accion que tuvo lugar en l1;1s inmediaciones de Nacori,
S. M. el Emperador se Ha sei·,~do aprobar _el nombramiento hecho por el el dia. de ayer, cuyo resultado lo tengo comunicado en el acto de nuestro triunAdministrador principal de rentas de Cuern!).vaca en D. Fernando Ramirez, pa- fo. Cumplo hoy con este deber, manifestándole que á las dos de la tarde del 3
n que se encargue de la admiuistracion de rentas de 'fetecala, que result6 va- se nos avistó el enemigo en número de sei¡¡cientos cuarenta hombres, de los que
doscientos diez y siete eran de caballería. Pasada una hora, en que puso en jue.cante por muerte de D. Antonio Valdés y Mosquera que la servia.
go toda clase de provocacioi¡es, qu~ por nuestra parte toleramos hasta donde nos
fué posible, en cumplimiento de las órdenes superiores que teníamos recibidas,
Para cubrir la planta de la Adminis.tracioT\ de rentas de Leon, S. M. el Em- rompió el fuego á las tres y mema de la misma tarde, y una hora despues ya
-perador se Ha servido nombrar á los individuos siguientes:
.
retrócedió, quedando á las cinco "'/ media en completa derrota, y en nuestro poContador, D. Darío Herrera; escribiente tenedor de libros, D. Miguel Her- der ciento cincuenta fusiles en buen estado, cinco cajas de parque, cincuenta carumdez; escribie.¡1te, D. Francisco Romero; portero, Oármen Margarito; coman- ballos, una pieza de artillería y quince -prisioneros.-'-Dado un ligero descanso
.dante del Resguardo, D. Orescencio Almaraz; guardas, D. José María Camacho, sobre el campo de honor á la tropa, procedí á dar sepultura con los honores deD. José Arellano, D. Francisco P. Casas, D. 'romás Alvarez, D. Eufemio Pom- bidos, al recomendable teniente de Apodepe, D. Juan Santillanes, quien murió
pi, D. Librado Mares; y guarda-rondas, D. Néstor Rodriguez y D. Néstor Ri- combatiendo como un héroe digno de su patria, y á tres soldados mas. cuya pérdida es la única que tenemos que lamentar por nuestra parte. En seguida em~~
.
prendí
mi marcha sobre Masape, con objeto de no dar lugar á que el enemigo se
México, Febrel'O o de 1$66.
rehiciese, dejando órden á la autoridad de Nacori para que reconociera el campo
El Subsecretario interino d!l Hacienda,
de batalla y sepultase los muertos.
E. Vill.alva.
Hoy al amanecer me ha dado parte dicha autoridad de haber dado sepultura
á ciento veinte de estos desgraciados, y que aun no acababa de hacer el reconocimiento total del campo. Entre los muertos han sido reconocidos el ComandanPARTE NO OFICIAL.
te de Escuadran D. Manuel Oruelas, el Capitan de artillería Olvera, el Capitan
de caballería Lauterio Martinez, y los de igual clase de infantería Fernando CoS. M. el Emperador se·ha dignado conceder un auxilio de ($ 270) doscien- rella, Ignacio Escalante, Manuel Maldonado y Pedro Félix.- En Mazape solo
tos setenta pesos á los vecinos de los barrios de San Bartola y Zacatlán por encontré un pueblo desolado y lleno de confusion, y entregadas las esposas, las
lo que han sufrido en la inundacion.
madres, hijas y hermanas al mas profundo pesar por el rudo golpe que han recibido.-Réstame solo recomendar á vd. el conocido valor del General D. Refugio
El Subsecretarío interino de Fomento,

�160

EL DIARIO DEL IMPERIO.

· EL DIARIO DEL IMPERIO.

Tanori, rien, como siempre, se portó digno de su brava fiel
·0
.1ºsº
~'il?".:eno Múeno, que llenó á satisfaccion Íos deb:r:~ ;~ :~
:u~s de r~u der:.:'!ªyº~e p•:J~lloe Latnddavazo, que se incorporó á esta seccion des. .
n o os momentos como un gefi d'
d ¡
;n;umentos y )iincipios que.defiende, así como tambien al Oap1ta~gn;yn:an~:

~~efector~ Política del Departamento del Valle d M, .
pohtico ha dtBp11esto qué en el próximo Carnaval see obextco.Sr. Prefecto
serve e1 ~l
s1gmente

ci:Ue:a.0&gt;1:: M:;::t.z r!:;u:'~~~:%oi~r iu Jalor Y entusiasmo; y á _los ofiredes, Comandante de Compañía D Mi uel' ~ro esus Atondo! D. F~rtmo PaPatricio Parral y D G b · ¡ M
_g
,
yo, D. Evamto Brmecas, D.
.
· ª rie aso,1· qwenes
a 1a cabeza de sus e
_'1
beron defender y adquirir la victoria· al Tenie t D, .d . G ompamas, su-

Art. 1~ Ningun
municipal
Lo -, baile de máscara pued
, e ven'fi carsc sin licencia de la alcaldía
.
s s,wones en que se efectúen deber'
, d
para expºedirse la licencia serán previamente reco~oc~~~/omo os y decentes, T
Art. 2. NJnguna persona entrará á los salones con
d .
..

y~~

!::

'rts

~:!:¡~;{

: F:~F~~l!~~

i~;~:i!i;;r.si~{fE!ii°i~~b~~~~:~1:~1irf

J:~

~::~~~~pir::~1:1 l;eb~o de N acori á lo; diside:t;~c~~:~ i::u~iltt:Gte~n
se sirva tomar en su alta consideracion los mé 't
&lt;J,Ue ian conlra:do los .gefcs, oficiales y tropa de la seccion del Gene 1 , / os
n, qalmue tan glonos~ trmnfo han adquirido en favor del Go)lierno de SraM,_?oente reconnendo á V S al Sub fi
D
.
· · .I gu
servia de 2º gefe en la Sccci~n Tanori Pife!::do ·atanc1sco A. Gándara,. que

i'

.

..

;~~;::Pi,:::::,

1
, t~~t~a!ª
º!~it~fln;i{: te:a~ira:FG!b;~:~i~e;t efya!\~~::
honra de mserta ¡ ' v E , ¡· . ,
terno. tengo la
ro a • ., ,e tcitandolo por tan importante triunfi bt 'd
por 1as annas del Imperio, y recomendándole cl mérito ,
h
o o0 em o
dores todos l~• que coi:tcnrrieron á la defensa de Ja C::u1:•a:~ ó~!::: ~c;ef.artamento; anadtendo que posteriormente he sido inform d
.
e eect? de U res, de que el disidente García Morales (á) Oa:ho po; el ~r. Subpre[::E:ndose del teatro de los acontecimientos, con cerca de
~~¡"'cap:•e

;¡:~

j~

¡~~

gu:::• J:::ii:ne~t: t~d~ por. el punto de Mazocaqui, distante ~~[,,e
ga hasta ponerse dentro ¡lel:r:e: !'tzp_e, de donde es robable continúe BU fufara volver de nuevo á causar mayor~:r:¡e~ D~pa:.!en~ral ~ coalstumbre,
nana mismo para Ures á reor a .
1·d
en o.- o s
ma-

!i

fº

1:~~:

~~li~":u~o:~:~;1dt.~i:r!~ Ei!~!c~nh:nJ~;::ict;:~:cl~isr.s C:!!~~
reconocer por órden suprema.-Dios Jáeq~e con tal carac~r se ha mandado
superior de Sonora, Santiago Ca»IJ)iUf'- EIS V.tE._muchos anos.-E I Prefecto
Mayen ."
.
ecre ar10 general, Francisco Gomez
,}oln copias. México, Febrero 6 de 1866.-E I Gefe de la Seecion 1' 'osé G

.LU.ar me.e.

.,

rJ 1

Derrota de otros disidentes ·

•

Prevenciones sobre ináscaras,

REGLAMEN'ro.

=ª

con baston, a excepcion de las autoridades
Ji ,
e nmguna clase m
la pena de cien pesos de multa ó seis mes;,Pde ~tba y ' btarl.es en servicio, bajo,
Art · 3ºE
¡ hb
· n td osaon
a rádos bastoneros n rasbpud icas · ,
Comisario central, y su obli acion ser' dir' . ' om_ ra os ~on nprobacion de:t
do responsables á la autorid~d de los desó;~:nlos bailes y cmdar del _órden¡ _sienpartc op~rtuno _para evitarlos ú corregirlos. es que se cometan, s1 no dieren.
Art. 4. Se dispondrá en cada salon una ie
1
.
para recibir y devolver las capas, sombrer P z~ con º\c~rrespot)dientes criad0&amp;
Y. annas permitidas y portadas legalmenteo~ ) emas a _r1gos, as1 co~o bastones,
hiendo un boleto numerado á fin de evita 'tado~ que ~meran depositarlas; recisable de las reclamaciones '1ue se hagan. r o o extrav10. La empresa es respon--

°

. Art. 5? En el interior de os salones no se v ndé , .
.
St se notare que alguno se introduce en e
e ra mnguna clase de hcore.-_
espulsado por la policía, á la que debe , •~do de ebriedad, será inmediatamenlede toda persona que altere ó pretenda :~:e ar )a~tedlos ~astonero~, lo mismo queconcnrrentes.
.
rar e or en moleste a alguno de 100&lt;-

°

Esta disposicion se haco extensiva á todos 1
.
.
blicos, como resfa1trants, cafés neve , &amp; os paraJe• y estaBlecnnientos p1Í&gt;
Art 6º E l R 'd
'.
r1as, c.
1 1
cho p.;,; obliga:~¡~: i~:s~~:!
t~tro, Y el Ü?misario central, tienen dereconocerlas cuando por cualquie! falf.:'. a:':r:fta, áque se la quiten, á efecto d..entrar con careta á los alcos
al ,
ugar . ello. A nadie es permitido
ra au~oridad, ya sea en )a
fn :~~~:~ta~tf ntJ Bmo que_dirigirse á cualquie-de~oJado primero de la careta.
p teos ó particulares, sm haberse
n los salones particulares tiene las mi
t:
do de presidir.
amas acultades el Comisario encarga- •

ª::

ª

ca11[

Ningun máscara tiene derecho para introd •
expr~so penniso dcl dueño y las com
uctrse en 1as casas particulares, sin
medio de sus bastoneros, pasando adelti~as 1. qub~~en se har~n conocer por
Art. 7? Se prohibe el uso d t ·
~ . 0 . VJer,en el pel'Illl8o enunciado_
delicadeza de los institutos é :i.~fu°c':o!ue rtdtbftc~n. u ofendan la estimacion ó
ó privadas.
es, es a ecmnentos Y personas públicas

Art. 8~ En las cantinas que se
¡
Ministerio de Gobernacion «p f tnr d M' h
•
de 1866.-El Sr. General o~~d:~:C ª .º te oacan.-Morelia, Enero 24 alcaldía municipal se cobrará cl ~on_gan e~n e correspondiente permiso de la,
cha 19 del actual recibido hoy y de de 'pP:"tOr dcl De~artamento, en ofició fe- ren hasta las doce' de la noche· y pd:c~~t co~rtente d~~• efectos que se expendieen a ,ante,.~asta la cuarta parta
Prefecto:- A mi,salida de Mo;.elia :re a zc~aro, me dice Jo,. siguiente:- "Sr. de aumento, fijándose una fu.rifa ne
municipal
para
su
aprobacion·
balo
lapm~'
t
dente.
sera renntida al señor .Alcalde
una colunma de ciento cincuent p. \ esta CJUda?, desprend1 sobre T ecacho
Art 9° E ¡
' ,
m a e cien pesos
se hallaba en Quiro a
a g~ne es, con obJeto de que el enemigo que
. . n as puertas de los teatros y en 1 d 1
·1
. as e os sa ones particulares ea
El T eniente Ooro!1'
f::re~~ cse_mi intencion Y pudiese ser batido.- que se den bailes de má,,;cara, se fi'ará
edplar_ d~ e_ste reglamento, cuidando.
vesó el ce~TO del Zirate, y)ogró 'ba:'f/1:~tº f¡'In
órdenes que rec!bió, atra- la empresa de su conseA,acion ba{o la
Art. 10. Todos los que con protesto d
e _vernti_cmco pesos.
recurso, dispersó su banda en laB mo t - ce a rtos, el que no temendo otro
prisioneros, se le qnitarbn doce cabal~:.n:~t~~o~stantc, se le hicieron qnince j etos que puedan lastimar á las perso e , ¡emon, tirasen ~iedras ú otros ohque tengo el honor de participará V S ara
s es Y. c~atro,,mosquetes.-Lo palabras obccnas ó insultantes· los qu:~ ~ emerttar ¡5us traJes; los que dirijan
n errumpan ~ órden establecido para la
el honor de insertar ' v S
· ·.P. Su conocumento. - Lo que tengo marcha de los carruajes en la; call
ordinario
á
los
caballos,'
atropelland~s
[
¡;metes que sacaren del paso,
-El Prefecto susti~to·
s~ ~onoc~tento, y que sirva elevarlo al de S. M.
d o a los tr~nseuntes; y en gencde Gobernacion.-México."
p r amen °• l!fanuel Elg¡tero.-Sr. Subsecretario ral todos los que alteren el órden ser'
municipal.
1
'
an arresta os y castigados por la alcaldía
. ~\uiste¡io de Gobernacion.-"Prefectura de Michoacan - S . d G
Art. 11. Para comodidad y se ·d· d d
- , um. 45.- Duplicada.-México, Enero 24 de 1866 El S eceton e uerra. en los dias de Carnaval los ue gnn a , e 1as personas que concnrran al paseo ,
1
vayan a caballo íJ en
·
clir' . ,
dante del Departamento, con fecha 21 del
,1
.:· Gener~, Ooman- as eali es del Hospital de• Sanq Andrés
p
te d 1
~arruaJe se
tgtran por
~opio:-:"Üon fecha de ayer me dice desde ~~:~:nba~~s~•s AcJ°' me¡ ~ce lo qne Portillo de San Diego si iendo o t' nen e a Manscala, San Juan de Dios,
o que s1gue:-"Sr. General:-El enemi o O
r._ orone anta Cruz r~gresando por &lt;il lad~ o~ntal d~l ~:,~~ t~:::el: haS ta la calza~• de la Piedad,
acaudillaba de los de Riva Palacio Pe~ez anto 'Y cuatrome~to• hombres que
diendo prolongaree la carrera hasta las calles de O~statua¿b _O~rlos IV, y pu- las fuerzas de Ario, la Piedad, y ufa seccio:1J" ~dez,. h~n Bt~o derrotados por y entrando en la ciudad por este mismo lad al f' rpir rtsti ó la Alameda,
hasta ahora treinta prisioneros de la el
d t e . reg1m1ento. se le han hecho
Se prohibe la entrada en la Alamed , 1
ren!e e San Fraucisco.
le han q1útado una porcion de caballo:•e n:'u1 ropa, y ctatro gefes .Y oficiales; se toda seguridad y comodidad á los de ,ª ~éas
carruaJes y caballos, para dejar en
ha hecho hasta Olmpio no ha llevado .Y . as, { enb a persecucton que se le
Art · 12• .n..
' nmgun
·
,
máscara ya va aapis 1·
tamiento de los Oapita~es Sal . , O m qmnce om res reunidos. El compor- tar armas
de ninguna especie.'
• Y• o o o en comparsa, le es permitido porMacías con el Alférez Lópcz º:tJg r~zco, el 2~ Ayudante _Avalos, y Teniente
13· Los que alquilan traj es de máscar
d
'
Mañana saldr~ para Ario confonne toº 1 e ~ods uednoV
s sServ,dores del Imperio. en Art.
los establecimientos fuera de ellos n
. a, ya sea _entro de los teatros, ó
e te
.__ _,
'
n as or enes e
Al haber ad . ·a
s pequeno tnwuo, no puedo menos de fi ·tar , V
qwr1 o cipal; y ésta, al concederla, dará á la'
la t;c~~cta de la autoridad muniotro participio que el d h b
•
e tCI
a · .. aunque no he tenido den, que se fijará de una manera visible en I sta eetntJento un_número de órel honor de trascribirloeá eSr eJecutado fielm_ente sus pensamientos."-Y tengo
. E l Comisario central queda enear ado deJ°luerta, aun en las noches.
· · para que se StrVa participarlo· ' ¡
t 'dad
que corresponda, manifestándole que
te
bl
h . a as au or1
es r1ores prevenciones.
g
xacto cumplimiento de las anteae mi llegada, 200 hombres de Sal at e; ~de o s~ aliaban a:i:er, poco antes
Lo que de órden del Sr Pref. t
rr
han recibido un pequeño descalabr~
g, / { Villa]obos, qmenes tambien para
su inteligencia.
.
ec o po I tco se pone en conocimiento del público.0
les algunos caballos y annas."-Lo ' u:fe~rs•~ ~ os _c m]!letámenJe y quitándoMéxico, }'obrero 6 de 1866.-El Secretar'.º de la Prefectura, Cár/.os Zava/a_
conocimiento, y que se sirva onerl¿- e
go a orna de msertar a V. S. para su
sustituto del Departamento Íanuel E~g~ d~ S M. Sel bEmperad_or.-EI Prefecto
de Gobernaeion."
'
ero.- r. u secreta.no del Ministerio

ro~U:ª

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C:.:ºa!i:

s· .-

ili'

8

Academia Imperial de Ciencias y Literatura.

Son copias. México, Ji'ebrero 5 de 1866.-El Gefe1 de 1a Secc1on
.
Martmee.
1~, José G.

ACTA NUM. 25.
Se reunieron el Exmo Sr Presidente R .
1
Bustillo, ~nevas, Garcí¡ Ic:izb•lceta,
os ~r1!i Al~zan, Arriola,.
Manry, Mier y Terán, Martinez Orozco B '. lll;enez . Miguel, Lacunza,..
Segnra, Vértiz y el Secretario i~terino q!,, , erra?bRio de la Loza, Roa Bárcena•
Se leyó
b.
usen e.
S , di Y apio o 1a acta de la sesion anterior.
e l Mó _c1;1cn4 con las comunicaciones siguientes·
..
De
m1s\er10 de Instruccion p 'bl'
d·
ta Academia en 28 de Diciemb u , t~•• acusan o recibo de la que le dirigió esres de la inscripcion aprobada ; :!r~funo pasado, dacompafiáudofo ti·es ej emplaexpediente.
monumento el general Guerrero.-A sn

He::i""J

. Sal en Guanajuato.

.

. .Administracion principal de renta d G
.
..
ctda á esta capital en todo el mes d s E e uanaJuat,o.- Nottcta de la sal introdugas, su procedencia y recios ue e ~ero, c}n cxpres1011 de la cantidad de carde la Suprema úrden le fcc!taq19
~ enb a pdla¡za! forma~a en cmnplimiento
1c1em re e ano próxnno pasado.

f:n•

Cgas. Anb.

De Salinlas, Departamento de San Luis Potosí -De 8 , 9
con ~ azo de tres á cuatro mesee. . . .. .. .... :
a pesos 1,962 4
De Oolima.-A 17 pesos, al contado. . . . . . . . . . ·...
· · .· .· .· ·........
·······
5 "
Total· · · . . . . .. . 1,967 4
Administracion principal de rentas de G
.
-- )llin!strador principal de rentas, J. J. Roble;.anaJuato, Enero 31 de 1866.-El ad-

Otra del mismo Ministerio en la que se Ir·
'b
cretario de Estado, avisando '. haber dad 1 óasdcrt e una nota_ del señor Subse0 a r en correspondiente p
·t '
A d
remt an a esta ca emia, ejemplares del Diari d I I
.
ara que senes que se hagan por aquel Minister1·0 '
o e mdpelno y demas publicacio-'d
.-.,. sus antece en es
·
0 tra 1 em, acusando recibo dcl
en cmnplimiento de la base 13ª de):º!:ypi:;:troqá1°
frdmó en esta Academia,
diente.
e
rt e 1865.-A su expe-

~b

Otra del mismo Ministerio, trascribiendo la que le dirige el señor Prefecto d..-

,'

161

Conviene recordar, ademas, que el consumo del huevo no está limitado al que
directamente hacen las familias, pues sin duda que, el indirecto es mucho mas
considerable: ¡quién no sabe que el sazon principal de esa inmensa variedad de
bizcochos, conocidos con tan diversos nombres y de formas tan caprichosas, tiené por condimento el )iuevo1 ¡que los postres, las pastas y multitud de dulces,
lo tienen igualmente1 ique aun la.terapéutica numera entre sus medios cmativos esa
preciosa prodnccion de las aves, ,y que varias industrias le deben, aclcmas, útiles
ventajas1 No es necesario, por tanto, especificarlas, ~uesto que todo¡ conocen el
grande consumo que se hace del huevo, y por lo mismo la conveniencia q_ue resultará en .procura.r que el precio del efe,cto sea proporcional al de las fortunas
mas escasas.
Oreo, por otra parte, no se pondrá en duda que toda industria•fundada en reglas constantes y racionales, guiada por instrnmentos de precision, y dirigida por
la voluntad y por la inteligencia del hombre, es mas segura y mas productiva
que aquellas que tienen que someterse á la caprichosa volubilidad de los animales, á su estado fisiológico, relativo á las influencias tempqrales y á otras muchas
mas ú menos contrarias á los resultados que se buscan. Que la incubacion artificial se encuentra en el primer caso, y la natural en el segundo, tampoco puede
dudarse, supuesto que la cuestion está resuelta por los innmnerables hechos que
demuestran, que con aquella se tiene un aumento hasta de un veinte por cient'o
mas que por ésta, y eso aun pPr aquellas personas que confiadas en su práctica,
ó bien faltas de insti,unentos, é ignorantes del uso y utilidad de ellas, se gnian
por sus propias sensaciones y por la práctica rutinera, cµyos medios son casi
siempre insegnros. Así, en los establecimientos de los Chinos ó Pao-jang, por
ejemplo, destinados á la incubacion artificial, la temperatnra es muy vária, tanto
en el aposento como en el costo incubador. M. P . Dabry, cónsul de Francia en
Han- Keon, observó en uno de esos establecimientos, en los primeros meses de
este año, que en los veintiun dias que tarda la incubacion, varió la temperatura.
del aposento de 18' á 32' c., y la a e láS cubiertas en el _cesto de 35º á 42° c.
NOTICIAS llXTB.ANlllB.AS.
Mas no obstante la perniciosa influencia que deben ejercer esas variaciones de
Las traídas por el Paquete Americano, alcanzan ál 7 de Encyo, de Enropa; la temperatura en una operacion delicada, se lograron de setenta á ochenta por
23 del n¡ismo, de Nueva-York; 25 de Nueva-Orleans, y 30 de la Habana.-El ciento de los hueyos empleados, lo cual manifiesta las ventajas dé la in_cubacion
artificial, aun cuando sea tan imperfecto el procedimiento como lo ha sido en el
oro babia bajado en Nueva-York á 139!,
La comision de. libertó, de la Cámara de Diputado,( en Washington, pensaba ej emplo citado.
Por otra parte, debe recordarse que la incubacion artificial' no solo es convehacer una vis ita de iuspeccion por el Sur.
El Times de Nueva-York publicó el 22 un telégrama de Washington, anun- nientemente aplicable á las aves de uso comun, como las gallinas y los pavos ó
ciando que 11 10s asuntos políticos estaban avocados á una crísis," y que antes de gnajolotes de México; tambieu presta importantes servicios aplicada á las acuámuchos dias se babia de decidir la cuestion entre cl Presidente y el Congreso. ticas, con la grande ventaj,t de que, siendo las hembras mas ponederas, se recoge
El 18 de Diciembre llegó de Chihuahua á Paso del Norte, D. Benito Juarez. mayor número de huevos. Verdad es que la buena y abundante alimentacion
Las Cámaras francesas estaban convocadas para el 22 de Enero. Las reunio- tiene grande influencia en ese p.umento; mas como por fortuna se consigue ésta
nes preliminares de la oposicion se. celebraban eñ casa de los Sres. 'l.'hiers y á muy poco costo en los mismos lagos, las utilidades son segnras. Véase cuál es
Marie.- EI Príncipe Imperial de }&lt;' rancia babia recibido del Emperador de Aus- la práctica•sencilla adoptada por los mnpolladores de la vjlla de Parteros, segnn
tria, el Gran Oordon de San Estéban de Hungría.-Habia llegado á Paria el fe- la descripcion dada por M. de la Gironniere en los Anales de Agricultura de las
niano Stephens; y se dice que el Gabinete de St. James pidió la extradicion, á colonias y de las regiones tropicales: "Un solo indio, dice, provee af sustento de
que se negó el do las 'fullerías, por !1aber espirado el plazo del tratado de extra- todo el ganado. Pesca todos los dias en el lago grande cantidad de pequeños mariscos, los quebranta, los arroja al arroyo en nn lugar circunscrito por medio &lt;le
dicion entre ambos países.
.
El Gobierno de S. M. B. piensa hacer reducciones en el ejército. La principal cañas flotantes, que sirven de límite á su ganado é impiden que sus ánades se
es ele dos compañías por batallon, lo cual dará un a rebaj&gt;t de 850 oficiales y confundan con las del vecino. Las hembras descienden al fondo en busca dcl ali16,000 sargentos y soldados.- Se sienten nuevas inc1uietudes de fenianos en Ir- mento, y en la tarde, al primer toque del Angel1,s, se les ve salir del agna y reJanda.- En el afio de 65 hao salido de Livcl'p&lt;Jol ¡ma los Estados-Unidos, tirarse á una pequeña choza para poner sus huevos y pasar en ella la noche,- ..
Cada propielario tiene de ochocientas á mil hembras, las que le producen cada
121,046 emigrado~. •
Se ba calculado que en Enero debía tener lugar el alumbramiento de la Reina dia de ochocientos á mil huevos, ó sea uno cada hembra."
Creo conveniente extractar iilgo mas de, dicho artículo, con referencia al mede Espaiia.- El 4 de Enero se.sublevaron dos destacamentos do caballería estacionados en Aranjuez y Ocaña; pero sin consecuencias. El Ministro de Marina dio calorífico y económico adoptado en esa comarca.
saliú de Madrid con una fuerte columna, y los rebeldes huyeron á las montañas
Consiste en pequeñas chozas cónicas, con una estrecha puerta, construidaScon
de Cuenca. El Rey y la Reina de Portugal fuero¡t recibidos en Madrid con gran paja, colocadas en un lugar seco, abrigado de los vientos y dispuestas de maneentusiasmo.-Sc ha confirmado la noticia de la muerte del almirante español Pa- ra que reciban dnrante el dia los rayos solares. El empo_llador coloca convenienreja, á bordo de la Villa de Madrid, dándose un tiro en la sien derecha. Le sucedió , tementc en su reducido aloj~ento,,hasta, mil huevos ¡;_ lo mas, permaneciendo
en el mando de la escuadra D . Casto Mendcz Núiíez, Comandante de la Numa11cia. en él como en una prision durante el tiempo necesario para el nacimiento de la
- En el Perú el dictador Praclo ha roto el ú_ltimo tratado con Espafia; haciendo nueva cría. Por estos medios consigl,le economizar el gasto de combustible, mansn gobierno impopular con tanta órdcn de muerte y do destierro que prodiga.
tener una temperatnra que es de 35? á 38º c., y aprovechar la mayor parte do
Se ha nombrado el nuevo gabinete italitmo. El General La Marmora es P,e, huevos, siempre que ha hecho previamente la eleccion de ellps. Aunque de pronsidentc del Consejo y Minisb·o de Negocios Extrnnjeros.-EI Sr. Ohiave~ del to repugna la esclavitud á que tiene que suj etarse el mnp-0llador, es realmente
Interior.- EI Sr. Scialoja de Haciendu.-El Sr. Defalco de Gracia y Justicia. menos molesta de lo que· parece, sobre todo para aquellos habituados á esa inac-El Sr. Jacini de Obras públicas.-Se cree que el General Oadorna tomará la cion temporal. Depositados los huevos convenientemente en una caja de madecartera de Guerra, y el General Angioletti conservará la de Marina.-Por fin se ra, ésta sirve al operador de asiento, de reclinatorio y de lecho, ol cual abandocelebró el tratado de comercio anunciado entre Italia y el Zollverein; y como na de tiempo en tiempo durante el dia, á fin de satisfacer sus necesidades corpohay muchos Estados, sobre todo Hannover, obstinados en no reconocer al Rey rales, de respirar algun aire libre y de disminuir la molestia consiguiente al Ji..
Víctor Manuel, tendrán que esperarse las partes contratantes largo tiempo para mitado trabajo que está obligado á desempefiar en su estrecho y rústico alberlograr los beneficios del tratado. Se creia que el parlamento italiano autorizaría gue. Este trabajo consiste en cambiar de vez en cuando . la posicion de los hueal gobierno para llevar á cabo el tr'atado cuando estuviese ajustado por la mayo-· vos, á fin de que todos conserven la temperatura co¡¡veniente al buen éxito de la
ría de los gobiernos alcmanes.-Tambicn se trata de abrir negociaciones para un empresa.
·
tratado de navegacion entre Italia y los E stados marítimos de la Alemania del
Se ve, por lo dicho, que con este. sistema reproductor se ha procurado comb1Norte.
.,
nar el procedimiento de la incubacion solar con el del calor animal, combinacion
Los negocios políticos de la Grecia van tan mal, que se dice que Inglaterra,
que juzgo tanto mas útil, cuanto que Jlermite, sin grnn fatiga, una sobrevigilanoia
Rusia y },rancia, protectoras del reino, van á tomar grandes medidas.
.
cousts;nt~, un cambio de posicion á los .h_uevoS' mas oportuno y mas conforme con
las practi~s naturales, y en consecuencia un resultado mas productivo para el empresano. No obstante, ¡será mas ventajoso el procedimiento fundado en el
LA XNCUDACXOl'f AJL'.HJ'XCXAL,
empleo ~e las estufas de aire caliente1 Yo lo dudo, fundado en que el gasto en
iOfrece algunas ventajas la ·incubacion artificial!
combustible dnrante tres y cuatro semanas, disminuye notablemente las utilidaHé aquí una pre~unta ~uc parecerá c~traiia á ~os que_desconocen los usos y des; tanto, que en muchos paises ha sido abandonada como anti-económica la
~ostumbres de Méx1Co, y a los que no tienen motivo de mteresarse en sus ade- incubacion artificiál, á la que por otros motivos no faltan igualmente opositores.
l~n~os. _Nunca mas que ahora. conviene proporcionarse eSe medio sencillo de mul- Oreo, sin embargo, que nn país como México, en el que sobran climas propios á
tiphcac1?n, porque nun~a mas que de algun tiempo acá han faltado la paz, la ~sta clas_e de empresas, que no cuenta Con, brazos suficientes aun _para sus trabatranquthdad y la segurnlad indispensables para el abastecimiento de las pobla- JOB mas 1IDportantes, y en el _que la clase mfi":" y ~arte de la media carecen geciones! por lo~ med1~~ ~c-ncr;1l!nentc usados en nuestro país: así es que, aun cuan- ueralmente del vigor necesario, en cuyo mal tiene sm duda unn. grande iufiuendo la mcubacto~ ar_tthcrnl no fuera un medio económico y ventajoso en épocas cia la alímeutacion casi exclusivamente feculenta, ganaria mucho proporcionáncomunes, lo seria sm duda en la actual, por la carencia de los productos.
dose á muy poco costo alimentos ta.u albuminosos como el huevo, tau sanos y
Reflexiúncse un momento sobre el consumo que hay en el vasto teITitorio me- ademas tan agradables. Y como por otra parte tengo la creencia de que la incuxicano, no solo de las aves, que es el resultado inmediato de la incubacion, sino bacion artificial hará bajar la mercancía hasta ponerla al alcance de la clase poprincipalmente ele lo~ ~uevos, cuyo alimento general y necesario es agradable á bre, no he dudado. recom~ndar tan benéfica industria, especialmente á aquellas
la clase acomodacla, util y ann económico á la média, apetecido y solicitado por personas que, dedicadas a la pequeña cultnra, se hallan en condiciones mas fa.
la ínfima, siempre que el ~recio venal lo p~rmite, pero que hoy esta clase no pue. vorables para su establecimiento.
de contru· con él, porque siendo la producc1on menor que el consumo1 los precios
Si no me he ocupado en la descripcion detallada de cada uno de los diversos
son tan subidos, que ella misma, que en gencrul es la vendedora, encuentra mamétodos
ado~tado~ en otros pai~es, es po:que tengo. plena confianza de que no
yor atractivo en la moneda ~ue recibo ~ue en la mercancía que ha recogido: la
cln~P méd10., por razones ana.logas, se priva. de su gusto y aun de su necesidad, son _desconocidos a nuestr~s agricul~ores 1lustrados, a ~uienes corresponde introductr y fomentar en el pa1s esta me¡ora, tan benéfica a ellos y mas nún á sus
cuanto lo exigen la escasez de sus recursos y el valor del efecto, resultando que
trabajadores.
solo la clase elevada queda incliferente á esa alteracion de circuns\ancia"'

Zacatecas, relativa á los impresos que deben remitirse á esta Academia.-A su
expediente.
Otra del sefior Secretario de la clase rnatemático-fisica, participando haber recaído el l)Ombramiento para presidente de dicha clase, en el Sr. Dr. D. Leopoldo
Rio do la Loza; y para •ecretario de la misma, en el Sr. D. Alfonso H errera.Al archivo.
Se dió cuenta con cinco comunicaciones de los Sres. Dr. D. Manuel Moreno
y Jove, D. Ignacio Montes de Oca, D. Migue!Martinez,Dr. D.José María Vértiz y D. Alfonso Herrera, admitiendo el nombramiento de académicos de número.- .Al archivo.
•
Se leyó otra del encargado de la impronta del Gobierno de Querétaro, acompanando una coleccion de números del periódico La Esperan, a:-A sus antecedentes.
El Exmo. Sr. Presidente Ramirez presentó un libro titulado: "Elude sur les
origines lx;uddhiques de la civilisation americaine," á nombre de su autor Mr.
Gustave d'Eicl1thal- Que se le den las gracias y pase á la clase filosófico-histórica para su cxámen. ,
El Sr. Rio de la Loza leyó una Memoria ,obre los trabajos de la Academia,
durante la ausencia del Exmo. Sr. Presidente Ramirez á Yucatan.
El Sr. García Icazbalceta pidió algunas instruccione para hacer los pagos
como tesorero.-Que se lo dé copia del reglamento en la parte respectiva.
, Se acordó citar á los señores académicos para sesion el sábado próximo.
No asistieron: por enfermedad, los Sres. Arango y Fonseca; por ocupacion, los
Sres. Castillo, Jimenez D. Francisco, Lares, y Moreno y Jove; y por estar ausentes, los Sres. Larrainzar, Salazar Ilarregni y Dr, Montes de Oca.
México, Enero 30 de 1866.- E I Secretario interino, Francisco Pimentel.
1

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

162

.Juzgado de letras de Cuautitlan.
En resúmen; las ventajas que resultarán de establecer en el país la iucnbacion
En los autos del concurso de D. J osé Pico de San Martín, SP ha mandado citará los acr&lt;'artificial, serán:
dores á junta, que tendrá Jugar cl dia 7 de F ebrero próximo, á la, diez de la mafiauá, ,•n eslr
e La de introducir una nueva industria útil, económica y productiva.
Juzgado, para nombrar nuevamente síndico administrador y tratar otros puntos del intcres de
2~ De proporcionar á la clase pobre un alimento agradable, sano y eminente- los mismos acreedores. Y se _publica para que sirva de formal citacion.
Cnautitlan, Enero 31 de 1866.-El Juez instructor, José Zubieta.
816- -3a-3
mente reparador.
•
3~ La de disminuir notablemente los trabajos de cocina, pudiendo entonces
Tribunal Mercantil de Cluanajuato.
ocuparse las mujeres en otros varios de utilidad pecuniaria.
Ignorándose el lugar en que se halla D. Epifanio Paz, por el presentes• le cita, para que
4~ La de proporcionar la robustez y sanidad que faltan á la clase pobre.
dent~l&gt; de quince dias, contados desde la primera publicacion de este aviso, se presente ante
5~ La de bajar los precios de todos aquellos efectos en cuyo condimento entra este Tribunal Mercantil por sí ? poi: apoderado legalmente constituido, á con~~tar la deman:
el huevo.-Enero 11 de 1866.-L. Río {le la Loeci.
da que en su contra pone D. Victonano Frías, sobre pago de una letra¡ aperc1b1do de que s,

AVISOS OFICIALES.
.A.DMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZ..A.DOS.
México, Febrero 6 de 1866.-Ignorándose la habitacion de las personas que á continuacion
se espresan, se les cita por el presente, para qne dentro del plazo de cuatro dia,s, contados
d~sde esta fecha, se presenten en la Caja de esta Administracion, por ser necesaria sn presencia para saldar las cuentas que tienen pendientes, de réditos, con esta oficina.
1

1

D. José M. Calderon Arroyo.
., Lúcas Castillo.
., José A. Salazar Jimenez.
., Luis Galmanini.
., Tomás Iglesias.
,. Juan Tamborell.

D. Nicolás Tejada.
., Gerónimo Leroni.
., Femando Balderrama.
,, ?tfiguel Estrada.
., Santiago Sosa.
., Pablo Granados.

El Administrador de bie~es nacionalizados, J. Suarez y Natl&lt;lrro.

ADllUKlS'l'B.ACl0K CIIJXJIB..4.J. DE C0B.B.JI0S.
AVISO .A.L .PUBLICO,

El dia 10 del actual, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general
paralVeracrnz, un estraordin(lrio con la correspondencia que ha de conducir al esterior el "Paquete frances." Lo que se participa al ~úblico para sn inteligencia y efectos correspondientes.
México, Febrero 5 de 1866.-El Admmistrador general, Luis de la Peza.
3s-1

1\I0ND DE PIEDAD.
Manuel de los Cobos, Juez interino del departamento de ventas, y Juan E stanislao Monterde, Interventor del mismo, participan al p(1blico que el mártes trece (l 3) del que cursa comenzará el remate de la ropa empeñada en el mes de Julio del año anterior.
Las personas interesadas en ella, pueden ocurrir con oportthiidad á desempeñarla ó á presenciar su venta; en concepto de que ésta principiará á las doce en punto con la concurrencia que haya.
México, Febrero 7 de 1866.-Manud de los Cobos.- Con mi intervencion, Juan Estanislao
Monterde.-Vº B? Lazpita.
'
5s-1

Administracion Principal de B.entas de 1\léxico.
AVISO

INTERESANTE.

Núm. 68.- En los almacenes da esta Aduana existen sindomumento los bultos que espresa
la lista que á continnacion se pone, y á cuyos dueños se cita por medio del presente, para que
dentro de treinta días, contados desde esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando sn propiedad; entendidos de que de no verificarlo, so proeederá á lo que hubiere lugar.
Fuhas de entrada.
,
B11ltos.
Noviembre 15 de 1865. Una cajita con botellas, entregada en esta oficina con oficio de
la Comandancia del Resgua1·do .....•............ _..•.•.. 1
Cuatro bultos conducidos por Souberbielle.•...........• ... . 4
"
., Dos bultos conducidos por Chavero .•..•.................. . 2
"
Diciembre 9
., Un bulto, marca LLL' ••••••••••• • ··--· · ••• ••• •••• • •• •• ••• • 1
11
Un baúl conducido por Souberbielle.•. ••. ... ... . ..•.•• : . . . l
13
., Dos cajas entregadas en esta oficina por el dependiente del
Resguardo D. Francisco Rivera .....•..•...••..••..•.... 2
Tres bultos varillas de fierro .•............ . ..•.. _.....••.. 3
18
Un baúl conducido por Zenteno ..•.•............•.....•... 1
20

25

asi no lo hace, le parará el perjuicio que haya lugar.
Guanajuato, Enero '%7 de 1866.-El Secretario del Tribunal Mercantil, Juan Edvardo
Ecl1t1Jerr-ía.
3a-2

Tribunal de Comercio de 1\léxico.
México, Enero 17 de 1866.- En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Trlbunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por medio de los periódicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los s!ndicos administradores los comprobantes
de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omisiou les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimieJ!tO de lo mandado.-José María Cardeña,
Oficial 2~ encargado de la Secretaría.
809-15s-15

AVISOS PARTICULARES.
SE VENDE
Una casa situada e~ la es&lt;¡uina del callejon de P11checo y plazuela de Mixcalco. Está (ecien
construida, tiene agu~ y un grnu corral, propio para formar en 61bnlios ó lavaderos, y produce
sobre sincnenta pesos )11e.nsualcs. Nunca ha pertenecido á corporacion al~uua.
La persoua qu(! ·se iutni·se, puede ocurrirá la pajería de la ca'lle de 1a Alegría, letra B,
donde
se darán
lasdemas
823-4a- 1
- --/......... iustrucciones necesarias.

__________________
A VISO.

El que suscribe se hn r ·t·ibido de la Notaría conocida por "OFICTO MAS A...\'TlGUO DE
GOBIERNO," y se ofr,·c,· á la disposicion de sus an,igos y del pítblicú &lt;'ll general. como Notario, en )a calle de Santa Teresa, letra B, aC&lt;)ra que mim al Norte.
México, Febrero de l ti66.-At1tonio Campos de la Vega.
824- lOa-l

B.EMAT:E D.E HVE:&amp;LES
En la calle de la Purpetua núm. 8, para el viérnes 9 y sábado 10 del corriente, á las dos de
la tarde, 1:stando á la vista el jueves 8.
México, Febrnro de l866.-Jg11acio Diaz 'l'riujeque.
8IS-5s- 3

Venta de una Hacienda.
Se vende la hacienda de San Juan, situada á inmediaciones de la Villa del Valle de Temascaltepec, y consta de mas do doce caballerías de tierra do superior calidad, de las cuales seis
caballerías y doscientas treinta y un mil quinient.'18 dos varas cuadradas son de regadio p¡ua
sie,mbras, y el resto de monte bien poblado y con distintas maderas. Tiene su casa nabitacion
con piezas altas y bajas, troje y demas oficinas de campo, inclusas las correspondientes á engorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abundancia para regar, que es perenne y
que procede de puntos bastante elevados, por cuya circuustancia pueden ~plicarse dicha,¡
aguas al uso de molinos ú otras oficinas de maquinaria. En estos últimos dias ha sido retasada po~ el agrimensor D. Manuel Delgado, y es su ínfimo valor el de 15,461 pesos 90 centavos.
1
I.as personas que quieran hacer postura, y necesiten instrucciones ó cualesquiera otro dato
respecto de la mencionada hacienda, pueden dirigirse en esta capital á D. J osé Juan Romero,
en la calle del Esclavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á doce dCI la mañana
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
bajo el concepto de que la~ proposiciones que se hagan, han de ser antes del 12 del mes de
Febrero próximo, porque el dia 15 debe quedar hecha la venta definitivamente.
México, Enero 13 de 1866.
803-15s-9

SEGllBOS CONTRA. INCE.lt"DIOS.
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

, Capital de fondo. . . . . . . . . . . ... .

"

15
México, Diciembre 31 de 1865.- El Guarda-almacenes, Joaquin C~rbujal.
Administracion Principal de Rentas del Departamento del Valle de México, Enero 10 de
1866.-El Administrador Principal, J. de la Barrera.
6a- 5

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASlLE.A. (B.A.SEL) .

Capital de fondo . .. ..........'. . . . . . . 10.000,000 francog.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los iufonnes necesarios para los qt~e gusten asegurarse, en la AGENCIA GENER~ de Estas Compañías, calle
de San Bernardo nlim. 3.
400-180s-125

Tribunal de Comercio de 1\léxico.
Con fecha 24 del presente, dice el Exmo. Sr. ?tfinistro de Justicia al Sr. Presidente de este
Tribunal, lo siguiente:
"En contestacion del oficio de V. S., fecha 18 de Setiembre último, en que hace presente
que varias Compañías anónimas y en comandita establecidas con autorizacion del Gobierno,
no han ocurrido _á registrar sus. escrit11:as á la Secretaría d~ ese Tribunal, como lo previene el
art. 252 del Código de Comercio, manifiesto á V. S., que dichas Compañías no están esceptuadas del cumplimíento de esa obligacion que el citado artículo impone á todas las sociedades
mercantiles.-Lodigo á V. S. para su inteligencia, previniéndole que para desvanecer cualquiera mala interpretacion que haya podido suscitarse sobre el particular, dé publicidad á
la presente comunicacion.-El ?tfinistro de Justicia, Escudero."
·
Lo que de órden del Sr. Presidente pongo en conocimiento del público.-José María Cardeña, Oficial 29 encargado de l,aSecretana.
3a-3

SEGURO CONTRA INCENDIO.
La Conipa,iía HamlnH•;;uesa -Breniesa de Se;;ttr os
CONTRA. INCENDIO,
Formada de entre los' comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo y Bremen,
y ofreciendo, pues, lodas las garantías que puedan desearse.
AsEGUJtA MuEBLl!:S E' bMUEBLES A Pl1EMIOS

r

========="""'================="'·.--.,. ..
'l'ribunal de Comerc:io de 1\léxico.

, .Tnzgado de letras de 'l'ulancingo.
En ~os autos ejec!ltivos que sigue en este ?nzgado D. Manuel Gonzalez Barona, en represent~c1on de D. L~ .Barraf:l'an, ~ontra D. Vicente Vera, Sobre pesos; el Sr. Juez 19 de paz,
sustituto del de l. mstanc(ª•. Lic. D. Manuel Arroyo, ha mandado se proceda á la venta de
l?s terrenos nombrad?s la Tnmdad y ranchos de la Mohonera y Airuilar, pertenecientes á la hacienda de San Franc1~co Hn:ttengo, valuados por los peritos D. Rafael Gonzalez y D. José
F emandez en la can~1dad de ($ 17,637 80 cs.) diez y siete mil seiscientos treinta y siete pesos
ochent~ centavost S_!lnalán~ose para las almonedas los dias 15 y &lt;¡;¡ de F ebrero y 10 de Marzo,
á las diez de la manana, ~1endo la última con calidad de remate.
Lo, que pongo en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocur_ran á la Secretaría de este Juzgado, donde se les darán la:i instrnccionea necesarias.
¡u1ancmgo, Enero 30 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Ol1Jera.
6a- 2

INFORMES

Los Agentes,

AVISOS JUDICIALES.
'
México, }'ebrero l'? _de 1866.- En los autos seguidos en este Tribunal por los Sres. H. Nagel y C~ contra D. Isidoro de la Torre, el Sr. Vicepresidente 19, Lic. D. Fran\:isco de P. Tañera, ha mandado por auto de esta fecha, que ~n )a audiencia del sábado 17 del corriente, á
las. dos de la tarde, tenga_ lugar la almo!)cda publica de un cuarto de barra de la mina de San
Cnstó~al Y el Balcon, ub1ca~a en el ~meral. de Pachnca, ! valuada por el perito D. J osé
S~bastrnn Segura en la cantidad de qumce rrul pesos, anunciándose previamente por los periódicos, por tres veces dentro de nueve dias.
L? que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José Maria Cardeña,
Oficial 2? encargado de la Secretaría.
8'22-3a-1

M6mcos.-DA~

ARREGLAN P6LIZA.S
LE1''FM.A.NN

S-21- 90a- 2

&amp;

GUTHEIL.

Bajos de Porta- Creli núm. 4.

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA.

En la noche de hoy, á la hora de costumbre, se pondrá en escena la comedia nueva, d~
grande es-¡iectáculo y de gran maquinaria, escrita en verso por el p01,ta mexicano D. Juan A.
Mateos, dividida en tres actos y denominada:

La Jriulata de Córdoba,
Sn argum6Dto está t-omado de una tradicion mexicana, y para no desvirtuarlo en manera
alguna, la com-¡iañía dramática empresaria no ha omitido gastos ni trabajos. Al efecto ha hecho construir cinco nuevas decoraciones, las cuales están pintadas por el Sr. D. Manuel Serrano, y ha encargado de todo lo concerniente á la maquinaria al conocido maquinista
Sr. Franco.

TEATRO IMPERIAL.
Mañana 8 de Febrero, se verificará en ese teatro una magnífica funcion, cuyos productos
se destinan al socorro de los pobres y enfermos de la parroquia de Santa María.

MEXICJO,-IMPRENTA IMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 332, Febrero 7</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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