<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<itemContainer xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items?output=omeka-xml&amp;page=480" accessDate="2026-08-24T06:29:01-05:00">
  <miscellaneousContainer>
    <pagination>
      <pageNumber>480</pageNumber>
      <perPage>20</perPage>
      <totalResults>16285</totalResults>
    </pagination>
  </miscellaneousContainer>
  <item itemId="8727" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7071">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8727/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._67_ocr.pdf</src>
        <authentication>fcb6d420e88890a7024b6a60635a63ba</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248083">
                    <text>Num. 67
'

¡

\

GAZETA CQNSTITUCIONA·L
DE NUEVO LEON. ·

~;
,~-,

D~l jueves '8. de.' noviembre de t8!7.

~,i.

tw.);
'f ,· }'.

t ; ,.-~,.

Ut tutela si-e ¡,r~curtJtis reipul,lice ~ermda elt aJ utilit,tem eor11m qui c11nmi4si sunt, n,n eorum ,¡wbus
Hmmissa est. Cic. 1, offic.

Lo mismo qué una tutoria, ¡asi se han de ejercer los cargos publico•; no
que gobiernan, sino para la de los gobernados.

p~ra utiliclad de les

'Y'

Monterey 5 de noviembre.

berse vengado de la injuria que les hizo
con) haberse_ ma.n_ife~tado imparcial ~ _inPlagados de calenturas malignas los di·s. ecsorable en el mc1dente de la pr1sHm
tritos ~e Cerralvo, Mota, Linares, Caderey- de los generales, que s~ quería hubieta-Ximenez Guajúco y mas que otro al'guno, se impedido, aunque atropdlara la consMonte-Morelos, el ilustre ayuntamiento de tituciori y· las. leyes; pero la. ihsercion
esta capital se sirvió nombrar la junta en el Aguila de.l oficio del sr. Pedraza, ert
municipal de sanidaq que previene la ley en que ciesaprueba altamente ta conducta ,
y que en efecto in~talada en la tarde· de criminal de ,Galla.rdo, é i9suuye al geneeste día acordó, que pues se halla la ciu- ral Montesdeoca del modo político con
dad amagada, se forme, imprima y dístti:.. que se debia manejaP .Pffa,,•seng,añar a
buya una insfruccion sencilla popular acer- los soldados ceducidos evitando un romea de los síntomas y meto&lt;lo curativo ordi- pimiento y aislando a:l cabecilla, satisfizo
nario de dichas calenturas. Que se nom- a todas las personas imparciales y despreo• .
bre un comisionado de sanidad por cuar- cupadas y dejó a cubierto el honor del
tel para entender, eri Ca$O necesario, en el ,supremo gobierno, 'dando una idea muy
socorro de los enfermos destituid'os de asís· )clara de que la naturaleza del asunto, el
tencia, medicinas, alimento, abrigo &amp;c.
estado de la opinion, el influjo y concepto de las 1 personas y las &lt;lemas circunst¡ncias que saltan a los ojos, ecsjjian inedi.
!das prudentes, mucha circunspeccion y
NOTICIAS NACIONAL ES.
calma, para evitar un pronunciamiento
que no por ser criminal e injusro dejaria
,1,l,Jejico f20 de octubre.
le produ,cir males imponderables , y tal
vez envolver a la patria en la guerra· ci~
La publicacion en el correo de algu- ¡vil, precursora de la anarquía y de la tonos partes d~l g_eneral Montesdeoc.a en tal ruina de la, independencia y libertad.,
que manifestaba este la erronea inteligen- ¡Creimos por lo mismo, que aun los -enecia que babia dado a, las prevenciones del ¡migos del gobierno, para dar una prueba
supremo gobierno, sobre el levantamiento de que no obran por venganza, personalide Gallardo, prestó ocacion a los en&lt;:migos !dad, ni espiritu de partido, y acreditar que
del sr. Pedraz_a, y del mismo supremo go- es falso lo que se asegura de' que procubierno, para 'atribuirle una conducta con- ran una revolucion cualquiera que sea ,
traria a la justicia y al orden constitucio~ para apoderarse de las cillas ministerianal é imputarle complicidad y miras cri- les, secundarian las juiciosas miras del ejeminales. Ya contaban el -triunfo, ya se li- cutivo, ó cuando menos callarían y espesonjeaban del descredito en que iba a caer el rarian los resultados. de ,los planes con
· hombre de la.fibra, y se complacian de ha- ¡que la politica de aquel trataba de apagar
1

\

,.

i

�r:

t J en su. odgen una llama qut si llega

a

tomar gar.antia~ s~tan sostenidas, y no se vericuerpo ha de abra.zar a toda la republica; ficara otra cosa , que lo . que la na, pero desgraciadamente no ha sido así: el cion por ~edio de sus representantes ha•.
cspi,ritu de partido, el odio, las personali- ya dispuesto ó cispusiere en lo d,e adelandades, las pasiones, han prevalecido en el te, en medio de la tranquilidad con ple~a 1 .·
animo de esto,s señores y se han escrito y absoluta libertad sin , revoluciones ni .
artículos en el Observador y. en el Sol desordenes. A esto aspira el supremo
llenos de veneno, de sofismas, de falceda- gobierno, y muy a pesar de los qu~ por
des; y se ha comprometido el é).Sunto de t;esentimientos personal~s, no quieren que
manera que a no ser por que la .prudencia, tenga este honor, lo ha de adquirir y ha
y, el amor verdadero de la patria presiden de entregar intacto el sargrado deposito
en las deliberaciones del g'&gt;bierno, los nia- que se le confió presentando a la republiles cr-ecerian y vendrían a ser incurable¡, ca rica, fuerte, poderosa, abundaute en
Nada nos seria mas facil que ha~er recursos, acreditada y en estado de conticallar y confundir a esos periodistas, y des- nuar su marcha mage§tuosa de la verdadee1:1ganar a los que incat1.tamente se dejan ra libertad.
sorprender con sus falcedades ecsagera(Aguilti num. 293.)
ciones y sofismas. Bastaría para ello publicar un es tracto circunstanciado de tod 1s
Mejic,- 22 de octubre.
las providencias del gobierno respectivas
Ayer por la tarde llegó a esta capial asunto de Gallardo; pero bien saben tal de la federacion el ecsmo. sr: d. Sebaslos sres. novenarios, que todavía no es tian Camacho, algo indispuesto por las muoportuna semejante m::i.nifestacion,. y' por chas incomodidades que ha sufrido en el
eso ~busan criminalmente del estado de camino. , El sr. Gutierrez secretario de la
las cosas, y tratan de aprovechar los mo- legacion acompaña a este sr. ,
m~mos para desconceptuar al gobierno, y (CorreD de tafederacion mejicana num. 355.)
paralizar sus juiciosas é importantes me-&lt;lidas. Mas 110 lo han de conseguir ni ha
Me,iicn 24- de octubre.
dt!: iardar mucho el día en que se diga a
"Hoy se dará a reconocer por comantodos los mejicanos: ,,estos males os ama- dante general a! sr. Muzquiz y el sr. Mogab'lln, vuestros enemigQs se empeñaron ra pasara cuanto antes con el mismo eny trabajaron por desorganizaros; querian cargo al Estado de Veracruz a relevar al
que hubiera una revolucion, un trastorno sr. Guerrero,. cuya apreciable salud ha
interior para realizar sus proyectos; pero padecido mucho éon aquel temperamento.
el gobit"rno no durmió, les ha seguido los
Los entu¿iastas y· ecsaltaclos de cada
pa,sos y al fin os ha salvado y ha demos- partido se aturden de las acertadas é imtrado con los hechos, que sin necesidad de parciales providencias del supremo gobidictadores, de facultades estraordinarias , reno; pero este sigue y seguira-,marchandoni de otra cosa que de la constancia, el por el camino que le señala la prudencia
tesan y la paciencia, apegandose a la cons- y el verdadero bien de la patria, sin alu- ·
titucion~ a las leyes, se puede triunfar de cinarse con los elogios ecsajerados ni arrelos conspiradores y de toda clase de ene- drarsct con las quejas y criticas causticas.. ,.
1
migós."
Podra equivocarse algunas veces porque ·~
No tardara ciertamente ese tan desea- no es dado a los hombrs el acertar siemdo momento; pero entretanto es menester pre; pero sus providencias· emanadas de··
calma&gt; conÍ!anza' en el gobierno, y mirar la .mas pura intencion y deseo de cumplir
como a sospechosos a todos los, que a pre.:- con sus deberes jamas causaran un perjui-' J
testo de sostener el orden, quieren sangre a la patria.
•:
y providencias identicas a las de V enegas,
El sr. Garci¡1 ha tenido el ministerio
CalleJa, Emparan, Flon el oidor Aguirre, de hacienaa, renunciando el cargo de se1
Bataller y &lt;lemas que nos hicieron el b,e- nador. No eremos que el senado puls.e
nefici0- de ifritar'\a fa nacion,. y decidirla inconveniente en admitirle la renuncia por
a rerecer antes que volv~r a someterse al una cau~a tan justa en que s;e interesa el ·
gobierno español. No estamos feJizJnen- bien de. la repubile;a, no habiendo COltlO
te. en ese caso: la revolucion de Gallardo ~o hay articulo constitucional que lo ~esista. ·.
acabara.,. la constitucion se observara, las
(A¡;uila nu,n. 0~9.)
.-

.

,,

(

r
r
s
];

d
té
d

Ji
n
51

él1
ni

�'

.

I

~ia-

al•
l,l

111
lO

&gt;r
lC

la
'·

to
1-

n
l•
!•

•
l•

:l
a

)

..l
a

.-

.
.."'

,.'

.

'

Estracto del tl}anifiesto que Tzace el rl'gimien- nos de la nacion meji_cana. - Victoria de
to numero 11. a los habitantes de
Durango octubre 2 de 1827. - Coman ..
Dura ngo.
dante accidental , .Alejo_ Garcia CQnde. Por la clase de capitanes, MantJel Carcia,...;_
Los individuos. que hoy forman la gu- Por la de tenientes, Emigdio A/mazan:~
arnicion de esta plaza, han dado tesmonios Por la de alferez, José Gil San~a Maria. - .
inequivocos de su amor ala patria. Ella es el Por la de sargentos, A-ntonio La,mor. ídolo de sus corazones; y la sangre que tan• Por la de ·cabos, Eucebio Reyna. - Por la
tas · ocaciones han vertido por defenderla, de soldados, Cristoval A/varado.
los releva de la necesidad de buscar otras
(Impreso de Durango.)
pruebas que acrediten la rectitud de sus
procedimientos. Bajo del mando de. 'los Filíacion de
Camilo Ibarra que de la
mas benemeritos patriotas bregaron on,ce caree/ de Cadereytd-Ximenez se fug~ yendo
años con los tiranos · de la España , sin de trancito para el presidio de Peracru:. a
donde iba destinado. ·
otro objeto que el de hacer a la nacion in•
, dependiente y ponerla en posesion de su
soberanía. Esta se ha dado iegisladores;
Sus señas estas: cuerpo bajo delgado,
a los militares no toca entrometerse en las lampiño, carirredondo, trigue:éio, ojos· nefu~ciones que a aquello~ les han sido re- gros y grandes, pelo negro, nariz a,J&gt;ericada,
servadas.
boca grande , viste con calzoneras de ga. :El congreso de la union, . depositario muza colorada, sombrero chica copa forro
de l~s poder_es de los pueblos, y digno de de ule, camisa, y chaleco negro; cuyo reo
fa mas dis.tinguida confianza, hoy se ocu- lleva una quemada reciente en el brazo
fF:l, en ecsaminar la conveniencia ó discon- derecho, siendo de edad de veinte y seii
v-eniencia que pueda haber en espulsar a anos.
k:; espaiioles: las luces y léij. prudencia de
, Es copia. Monterey 6 de noviembre
los que forman esa augusta asamblea, _de- de 1827. - Luis Zambrano.
Hoerara sin. duda lo mejor y serari soste- _
Lidas sus resoluciones por todos los que Otra del reo Benancio Espinosa que de la
se jactan de llrvar ia espada que la naci- caree! de Horcasitas se fugó yendo de trqnon les ha. confiado para el sostenimiento de sito para el presidio de /Terocruz a donde
las ley~s patrias.
. , /
iba destinado •
Los que fraguan y fingen revoluciones son los enemigos de la republica: los . Sus señales estas : estatura regular,
que miran con ojos venenosos sus rapidos delgado, carilargo, nariz afilada, ojos parprogresos: y los genios intolerantes que dos, ceja negra y grande, pelo negro con
ya destituidos de todo sentimiento genero- furía , barha cerrada, con patilla hasta la
so, quieren sacrificar millon('s de victimas barba, con una cicatriz en la frente; viste
a su capricho y á su opinion.
de calzoncillo. blanco, sin camisa, ni calzoEl regimiento numero 11 de caballe. nes de encima, trnhe un jorongo de obraria permanente por lo que debe a si mis- je betas azules , ango:;tas, y de treinta y
mo, y a la gran familia a que pertenece, cuatro años de edad.
se ha visto en la necesidad de manifestar
Es copia. Monterey 8 de .noviembre
las ideas de que se halla penetrado, para de 18.27. - Luis, Zambrqno.
desmentir a los que de algunos dias a estq, parte; han osado ac~iminarle;_ suponiendolo dispuesto a lanzar un grito de rebeNOTICIAS ESTRANGER.AS.
lion. Los oficiales todos y la tropa, estan
muy distantes de faltar a su deber: cuando
Londres 12 de agosto.
5ea necesario, usaran c·omo ciudadanos el
Acerca del nuevo ministro. -No{icia dt' ,
derecho que tienen de manifestar sus opi. _niones con lihertad y franqueza; pero ha- o.fido importante.-~·#J rey resolvió nombrar'
. jo del caracter de militares no hara.h mas un nuevo ministro mmedíatamente que recique sostener las leyes, y següir la tenda bió las melancolicas noticias del fallecimi. que les demarque el patriotico e inmacu• ento de Mr. Carming. De consiguie1,te su
lado gobierno, que hoy preside los desti-- magestad ?espachó un ccrreo a el Lof'd

te,

¡

.....

''

�conll

'Goderich, el viernts- cerca de las doce
sejo, ~l ~arques de Anglesea dejo tambi ... :
con una carta. , En el sobre escrito ha- la ·ciudad dirijiendose al real sitio don.de;I:':;
bia puesto el rey: ,,luego" con las inicia- su señoría.llegó el viernes en la noche p~- '
les de su nombre ademas. El Lord Lans- ra acompañar al rey.
, ·
do·rm secretario de la mayordomia, no haSe dice que Mr. Carlos· Grant, vicci,I.
bia llega&lt;lo a. la ~orada real a tiempo de presidente del tribunal de comerció, sera"
enviar la carta para anunciar la: lamenLable ministro del gabinete.
novedad de la muette. del ultimo primer mi( Wcekly Times.) ( Aguila num. ~95.)-_
nistro. El correo de gabinete caminó a
la ciudad con gran celeridad, y llegó cerca
Bogota 18 de marzo.
,
de las dos de la tarde. El Lord Gode- Dice una carta de Puerto-Cabello fecha.
rich se hallaba fuera de su casa a la. za~on; en 24 de abril de l 8 27. En los ultimas
pero pronto se le participó la llegada del dias Bolívar ha puesto 'un derecho de almensaJero. Tambien escribió S. 1\1. una cabala sobre todos los productos,· siendo ,
carta a Mr. Sturges Bourne que fue ul- un cinco por ciento sobre el aforo dedu~
timamente secretario de la mayoría. A la cido de las ventas corrientes: ha puesto
media hora &lt;le recibirse las cartas , los tambien una contríbucion de cuatrociendos ministros partieron de la ciudad, y tos pesos sobre todos los que comercian
h_abiendo llegado adonde esta como a las por mayor; sobre los que venden por me-cuatr l. y media, fueron introducidos in- nor una de ciento cincuenta pesos~ y somediatamente a la presencia del rey : du- bre pulperias &amp;c. la de ochenta a cien peró la entrevista de los ministros con S. sos al aíio. Estos derechos daran una renM. cerca de dos horas. El noble Lord y ta de tres a cua_tro millones de pesos.
su colega, despues de tomar alg:un refres- (Gaceta de Colombia) Correo de lojédeco se de:-,pidieron del rey y regresaron a racio11 m(jicana 1¡um 3 5 5)
la ciudad. Habiendo conferenciado en la - - - - - - - - - - - - - - - - - .
mañana s.iguiente Lord Goderich con el
Lord Canciller, envio el primero circu•
COMUNICADO.
lares a todos los ministros del gabinete
Juzgado l. 0 constitucional de Monpara que concurriesen a la secretaria de ,terey de Nuevo Lean noviembre 7 de
negocios estranjeros a las doce del dia.11 s 27. - Sr. editor - Mny sr. mio: del
Sin embargo no 5e juntaron todos, sino 11.11· nzr,-a:1o
1. e cor,:i:udcnal de la ciudad de
O
dada ya la una. El Lord Goderich, co- •S. Luis Poto~i, hé recibido ecsorto en somunico entonces a todos ,SUS colegas los 11icitnd del español José Isaru, por haber
mandatos del rey, que el y j·rntame¡ite éste con tono ;;rocero y &lt;lesp,nico rnto un
Mr. Sturges B( u:ne habian reciclido en impreso en que la junta patriot'ica de ar:-1ueJa tarde anterior. Despues de haber esta- lla ciudad anunciaba :.d publico la celebrido en sesion por algunas horas los minis- dad del 16 de setif:mbre, dia en qne se protros se separaron, y se volvieron a juntar nunció en Dolores el git1rinso grito de 1nua las nueve de la rwche, a cuya hora se estra emancipacion; y a efecto de qne no ,
creyo que estaban acordados todos los ar- qucdf~ impune el nns d~scarado atenq.do
reglos para el ministerio. El Conde de Har- que éste eneniigo de nuestra sagrada iarowby, lord presidente ce! constjo, al ti- dependencia ha c0metido, y ,qnc se:t aprecmpo de separan e finalmente los· ministrns hendido por cualesquiera ciudadano y pre- 1
del gabinete a media noche, se despidio 1 sentado, a una antoridad, para que esta se
dd Lar&lt;l Gqderich, y al otro día tempra- sirva dar aviso al juz:{ado l. 0 de S. Luis
no por ·la mañana partio de la ciudad pa- Potosi, le incluyo á V. la adjunta füiacion
ra. su sitio en Staffordshire.
para que. se sirva tener la bonchd ele inserEi Lord Canciller habiendole llama- tarla en el periO&lt;lico que redacta, a cuyo
do el rey, fué el viernes por la mañana al favor le esúra reconocido su atento serviJ"eal sitio y tubo una entrevista con suma- dor q. b. s. m. - rrineo Casti!lon.
gestad, Despues de permanecer mas de
Filiacion y señas de !sarza. -- Charlo-. horas, salió del shi'&gt; el Canciller a las parro, descolorido, pelon con furia, barba
dos y media de la ~arde poco mas ó me- poca, como de veinte y dos años &lt;le edad,
nos ,-y vino a la ciudad para asistir al pelo castaño, originario de los reynos de
consejo de gabinete. En seguida del con-iCastilla en el lugar de Vizcaya.-Cistillon.,
lMPRILNTA DEL GOBIERNO A

CARGO DEL

a

c.

LORENZO

ANTON10

DE

MELO.

G

Inur.

villa
may
que
pie
del 1
Ja pl
vara
ron
otra~
-este
.sos, '
6e p
aneg
crec1
lluvi
de e~

obis¡
s.upic
-sr. c
Aun

-la~

é:

su s:
con

'

,queb
de

:ta

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238392">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238394">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238395">
              <text>67</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238396">
              <text>Noviembre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238397">
              <text>8</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238398">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238413">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238393">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 67, Noviembre 8</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238399">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238400">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238401">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238402">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238403">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238404">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238405">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238406">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238407">
                <text>1827-11-08</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238408">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238409">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238410">
                <text>2018843</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238411">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238412">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238414">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238415">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238416">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="20729">
        <name>General Montesdeoca</name>
      </tag>
      <tag tagId="9866">
        <name>Londres</name>
      </tag>
      <tag tagId="7663">
        <name>Ministerio de hacienda</name>
      </tag>
      <tag tagId="1352">
        <name>Monterrey</name>
      </tag>
      <tag tagId="16942">
        <name>Supremo gobierno</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8726" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7070">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8726/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._66_ocr.pdf</src>
        <authentication>aaec70703a2b53ec1aa276158669d091</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248082">
                    <text>l

:·,,,¡

1

Nz)m. 66

:11:::

il

1

¡:'1

GAZETA C·ONSTITUCIONAL,

1

'lf·

DE NUEVO LEON.
Del juevea

1. 0 de noviembre de 1s,~t.
'

l

·Ut tute/e¡ sic procuratio rei¡,ublic11t: gerenda tst ad uti/.itate1t1 eorum qui commissí sunt,. non er,rum quihus
tJ1mmissa est. Cic. 1, offir, .
Lo mismo que una tutoria, asi se han de ejercer loa cargos publicas; no para utilidad de los
que gobiernan, sino para la de los gobernados.

l¡
./11

1

\1

i

:¡
1,

L EGISLACI0N.

to, la que firmaran el presidente escrutadores y secretario, que sera el del ayun.· /..,egu_m ministri magistratu,q: leJ,f-ttm int,r- tamiento.
·•
pretes judices: legum idcirco omnes · strvi
iOO. La eleccion se publicara inme' sumus, ut liberi esse pqssimus. Cic. pro ~iatamente fij~ndose rotulones en los paraJes mas publicos, se hara saber por ofi.
,., A. CLluentio.b
. .
.
./¡
os go ernantes son m1mstrós eJecu- cío a los nombrados, y se clara cuenta
.l . ·tores de las leyes: meros aplicadores de al gobierno del Estado .
'
ollas a los casos los jueces: con que todos
l O l. Si falleciere alguno de· los alcal·
cm fin para poder ser libres , somos sier~ des, ó por algun otro motivo vacare su
vos dt! lai ley e\&gt;,
plaza, se reunira la junta electoral y nombrara sugeto que la ocupe, conforme a[
Concluye el decreto 1zmn. 82. de 1. 0 de abril decreto numero 66.
de 1826.
102. Si falleciere, ó por algun otro
motivo vacare la plaza cJe algun regidor
ó procrador, se suplira del mismo modo;
CAPITULO VIII
Del modo de renovar los ayuntamientos, pero. el nuevamente electo ocupara el
ultimo lugar.
98. Celebrada la junta primera del
103. Para evitar los graves inconvedomingo primero de diciembre, y hecha }ij nientes que suelen resultar de que en
eleccion· de ckctores conforme a la ley, una corporacion haya parientes propinse reuniran estos el sei¡undo domingo del cuas, se observara en la e\eccion de los
·· mismo mes, pre'.sididos por el presídente individuos que hande formar el ayuntadel ayuntamiento; y desp'1'es de haber, miento la ley de par~n'tescos que prohive
:nombrado dos cscrutadore!t ckt entre ello~ haya en ellos padres, hijo ó entenado,
mismos, conferenciaran sobr~ las personas suegro, yerno, hermanos, cuñados y conque puedan· conveni_r para el mejor go~ cuños.
CAPITULO IX.
· bierno del distrito, y procederan a nom-.
. brar todo, el ayuntamiento por cscruti- Del tratamiento y honores deA ayuntamiento.
nio secreto y a pluralidad adsoluta de
votos, quedando los. electores en plena
f04. Todos los ayuntamientos. del
bertad para reélegir a los que les pares. Estado, tendran en cuerpo el tratarmento
can' útiles pará 'los mismos empleos, ó de· Seíioria.
equivalentes: Ja esepcion de haber ser105.,, Ningun individuo del ayunta•
vida en ellos ún · bienio anterior inmcdia~ miento podra separarse de su municipato_, se admít1ra 'por escusa legal.
.
lidad sin licencia· del mismo a yunta mirn1
99. La acta de, Ja clccc;ibn se esten- to, ·quien: solo podra concederla por dos
4era en urt libro que se lleva.ra al efec- meses: para mas tiempo se necesita l:a

J

¡¡

,

ji :
,:

¡,

¡1:t

¡'

l
1

'

H-

1\

1:

�del b0 ·obien10,
ll'i)richo de la fuerza im1)otente. La t:'rancia,
·~ ' ,
~~==~~==~~~~~~~~~!!!! de cuyo gobierno Mejico tiene mas que
recelar, estipula un tratado de comercio
NOTIC:I:L\.S ~ ::\.CID'N;;IYITJ:.:S¡:
/) . ~6~ és)J-1."·r'~publiéa,'.' pero e,s entretánt~:'t1:9a
.
•
) 1 1:
scgnriclad/de sus &lt;1,mrgables di,sposicion'es
Jtf.)ico 12 de octubre.
y nunca los tr;;i.tados de comercio, fueron
En e1 Noticio~.o de Vér'a~R\I~ dé,l6; ~rátapqs, d~f:ál1anza, y nunca trataclonjn.,
del corriente, se halla el articulo sigui- gnno fue mirad(! ror les reyes cona&gt;
ente, que publicamos para los. efectos qne h;ivialablé. Los Estados.Unidos del Nor-•
convengan, y haciendo la t'é q'üe hay'a te;' estan engaíiadüs:• Í1'o pienzan .mas-•
lugar.
que eri su defenza particular, y mas orDe :Filadelfia. es!;riben con· fecha 16' gullosos que los mejicanos se créen in•
de agosto lo siguiente.
. atacé'.bles ó invencibles por todas las foer,,La guerra contra Mejico, es in·e- .zas convinadas de la Gran Bretaña y de
vita ble dentro de muy pocos- mr,~i;s. Se. la Europa continental. DeJaran batir .enhablara de una a,rtresio11 sepañola; pero la detall a Mejico y a la America del sur,
intervencion di:ifrazada en @l objeto, y quedaran aislados y al fin, ... ¡A Dio:s
disfrazada en la ejecucion. En· d obje- _tierra de Washington! to; por que se .dice q,ue... no se .. ,ataca la
( Agu.ila mun. 28,5.J
independencia mejicana, pues esta sera ,res~
petada y la quiere el mismo rey de Esídem 15 de octubre.
paña, erigiendo es~a antigua, colonia en
una monarquia independiente de su anEs una solemne mentira. que la natigua metropoli; pero se trata unicamente c10n se halfa sin eje"rcito, y _en estado .de
de dar a :Mejico un gobierno mas col)• ser presa del que la quiera ocupar. ¡Oja•
forme a sus necesidades y al voto de la la y _que la espedicion que dhque se
_grande mayoria (a) de la nacion como lo de- prepara en la Habana se alijere con es~
muestran sus contir;rnas disenciones domes- te aviso y venga a ,,iprovecharse q.e .éJ!
ticas. (b) En la eJecución, porque los aus- Derrotada, destrida enteram_e1He, y unitriacos llenaron con' sus armas al Brasil dos con este 'incidente los patriotas qt;ie
para defender aquel imperio contra Bue- hoy discrepan por que no se entienden}qs·
nos·-Ayres. Las flptas rusa5 salen. de sus hechos, manifestarian no solo que hay
puertos para ir a obligar al tt~rco
dejar ejercito, sino que toda la nacion Io es
en paz a los griegos: las flotas fran,cesas v.an para sostener su independencia y libertíld.
a defender a. los gríeg·?s y hácer guerra a
(;lgui!a man. !288.)
Argel y obligar a Hayti a ejecutar la convencion h,echa por su. incauto gobierno.
11..Jejico 15 de octubre.
Los ingleses envian arma1as para sostener los griegos y hacer respetar ~u neuSecntaric.e de Gut&gt;rra y JJfaritut• .
tralidad en las Antillas; pero todos se
uni,ran con E_spa~a para establecer en Me-. . Por los partes que ha dirigido . V;.i$...
jico una monarquia independ:ie~1te y tam• al comand~nFje general de :1\Iejico, . qqiñJt
bien constitucionaL. Pero el Monarca ha me los ha,. transmitido o.riginales, q ue:da ·
de ser un borbon _de Españ,a :(quiza con impuesto el. presidente ele. los recie..r~tfi'.s
el titulo de emperador) y la constitucion acaecimientos en esa costa.
11a ser una concesion borbonica, es decir,
Es ' necesario tener-· bieij entendiqo
que no tenga . otra garantia que ,el ca• que cualquiera que se arroga las fa.q½I-...
.
·
.
tades del gobierno, que,branta las ley~p,
perturba el orden y ~e hace &lt;lelirtcuent~;
(a) La "Qoluntad .de la gran mayori• y que· ademas en la rep.ub1ica. no hi,
de la tfJtalidad es federacion.
persona · alguna que tenga poder par,~
(b) Las r-/,isencione8. son . de pocos: ~caudjllar gep.te bajo Q.ingun pretesto_,. ~~~
ellos conocerwz. presto sus verdaderos inte- el que fuere, pues tal conducta, a, ma~
reces f se. les haran c.onocer po1· la rpta_li- de ser ofenciya a las autoridades ,supr~..
dad, que es 1nUJI R_()~ero,a.
y
mas, es aqarquica y .. origen d~. males fu.
mente.
·· nc::stisimoi.•

a.

a

,t ·

morqj. Jisi,a~

�'

1

. De ag;ui r~sulta que el pronunciamie11to pañeros de ann;v, .y .paisanos, que son
de Gallardo .e~_ cr.imirrnl por todos sús incapaces .ele falur a l:1 patria: fi11almen·a.spe~tos, y !o es rrmchq ma.s por ab1;..1sar, te,: .que no den lirg,fr con su resistencia a
•· (;omp Jo esta hac:iendo, de · la buena, f~, qLJe se tonien mcl&lt;lidas de severidad,· ya
seiicillez y patriotismo de·- la gente que que hasta ahora por fortuna no ha haba seducido. Es indudable que no es bido necesidad ele. ellas.
Gallardo. quien clebe enmendar abusos.:
lVIe ordena asimismo el presidentt!
ctsto no toca a. el, y ~i a las autorid.ades prevenir a V. S. que en ningun caso y
:mprem;ts que .,~csi~H!!n. encarga.das por' la por ningun tiwlo se separe de su marconstitucion u.e velar para cp1e se. con- cac10n, por ser en ella absolutamente neserve el orden. y l~ paz,. cuyas autorida- c~saria -su presencia: que tranquilice la·
des han tomado ya en consideracion el costa ·que le. esta encomendada, sin eles-.
asunto qu.e ~irve a G~lla,rdo ..de pretesto cuidar el punto dtt Acapulco; y que respa1·a todos l9s ecsesos que ha cometido tablccida la paz, como lo espera el gobiy sigue cometieqdo.
. erno, en Tecpan, S. Luis &amp;c cubra laEl gobietnp esta hien satidecho. del frontera de la costa chica.
honor .y pa.triotipmo que c.aracterizan a
Por lo que hace a ijernabe Villa-.
V. S. y en prueha. ele• ello le ha confi.a.- nueba puede .V. S. descuidar, por que
.po el maqdo de uno de los puntos mas respecto de este hombre, mandado aprenimportantes de la republica cpmo lo es toda der por el poder Judicial de Oajaca; por
esa &lt;.asta, segun V. S. mismo lo confie- complice,
lo- que aparece en la causa
1a,
Po~teriormente alt~rada en ella, la de c.onspiracion del carmelita fr. Domine
tranquilidad, se cometió
V .. S. el inte- go de S. Jose, se han dictado ·ya estreresante objeto de restablecerla, confiado, chas providencias.
como lo esta. todavia, de que por sus es.
'En.:.: Tixtla hay 300 dragones para
fuerzas energi:cos oportunos se conseguj. proteger a Acapulco en un cuso que se
ria prontamente' dicho objeto, siempre que ofresca prestar este ausilio; y se hausase al efe9to de fa influencia y pres- mandado ocupar el cerro de Barrabas y
tígio que disfruta &lt;ligpi:lmente entre esos .&lt;::olocar en -la. tierr-a caliente d:e · Michoahabitapt~s,. sedqcidos ahqr~ 'por desgra- cm t.ropas bastantes para rep1 imi1&gt; cna-1. da, haci~doles presente quf.", en vez .de quiera desorden que ~e intent,,se: en ·Chihacer un_, servicio a 1a patria con la con- lapa hay ocho cientos hombres de infanducta qµe, ,m,ov.idos, por Gallado, han ob. teria
linea para cuidar di! la cost\-t chiservado en estos ultimas dias, como· ino- ca, y procurar la aprehencion del r.efori- •·
eenterneqte ,se ,le h_an figurado, van a do Villa:nueva, y se han dando sobre· '1.S•
causarle desastres, si persisten en .seme- te ultimo asunto las -ordenes conv~nientes
jante disvario, siendo elfos las primeras al comandante .militar de Ome-tepec y al
victimas de la guerra civil y fratricida a ge!1eral del Estado. ele Puebla..
·
que daran ocacion.
. Contando con estas medicl~s 1 y ,sobre
En vista d.e lo espuesto, d presi, todo con el influjo de V. S. y su deci·q.e,nte manqa que V. S. valiendose de to- sion por la patria, el gobierno espera y
dos lps medios, posibJes, entre . en rela- confia que muy en bneve recivira el avi~
. ci9n~s con . esos mfelice5 solclados fasci, so d~ quedar todo concluido, y cle que
n,dos por ~~Ua_rdo, les asegu:e, del mo~ tod~s Io_s qu~ inocentemente sigue~ en
'117 .mas posiuvo. que: el gobierno hasta la actualidad a Gallardo se han reura.do
hoy de ningun modo .los considera de- a sus casa,s y se hallan ya en el seno de
lincuentes, por qüe entiende que sus pro:.: sus familias, siendo' este un .. ntv:wo se.r-·
oed_imientos sqn J1,1jo.s. ele un patdo,is~o vicio que hara V. S. a fa causa publica,
maf entendido y nó de otro motivo a\gu, con \o qt,~ a~mentara e\ numero de los
no menos loable: que en tal virtud se: muchos que le tienen . prese-n,tes.
retiren
sus casas como estaban antes,
Todo lo que manifiesto a V. S. de
tlejando las . a~mas: de las manos: que; orde? .- st1prema: p~ra. su -debi.~a intel~descuidet1 en. que los s_upremos poderes ge11cia y -fü¡1rs cons1gmentes, Dios J L1i·emediaran lbs '.males ·que lamentan, y fi~ be.rtaq. &amp;c.
.
en como ~orresp·'on'ae J·ustamente, en los,
Lo transcribo al general Guerrero, al
1
'.
.
.
~enerales
y g;ef~s del tiercito,
sus com,' temen,te
corone l Pl
-o aneo (C o mane.ante

a

a

ae

a

•

1

1

�vida~::

Conduce diferehtes hcgt.1ciacion,i favorab16s, segun se dice, a 1a republica,
que llegan a tiempo d'e ppder set ecsami1,1adas por'. las camaras en sus sesiones
estraordinarias. ·
El Sr. d. Tomas Murplii, ex-agente.
general . de.· Mejico en Paris y que con
tanto zelo y fidelidad sirvio los intereces
.11,féjico 17 de octubre.
•. de -esta republica, ha fallecido en aqueLas noticias que tenemos de Goate- lla capital. ·
níala alcanzan hasta el 18 de setiem- (Correo de lafodtracion mejicana num. 'J44,}
bre. El Sr. Arce se mantenia en Santa
.A1ejico 1 ~ de •ctubre.
Ana, y esta suspencion de hecho de las
hostilidades da .esperanza de una recon·
-ciliacion. El llustrisirno Sr. Arzobispo
Por el paquete" ingles he recivido
ha publicado una piadosa . pastoral sobre cartas de Paris del 12, y de Burdeos del
la eleccion de obispo que se· hizo en el 8 de agosto. Me hablan de un convenio heEstado, en ei cura Dr. Delgado y acom- cho por U:n éomerciante de la ultima ciupaña impresos los breves del Sr. Leon dad con el ministerio frances para esta~II al gefe de aquel Estado y al mismo blecer una linea de paques entre BurP· ··Delgado, en que declara su santidad deos y Veracruz, que debe c0nstar de
cismatica la tal •eleccion, y nula la erec- seis buque&amp;, siendo los Anacrcones dos de
cion del nuevo cbispado. Insertaremos ellos y los otros cuatro nuevos. Saldra
tan interesaq1t,es documentos.
uno cada mes del primer puerto y otro
(Aguila num. 29Q.)
de este en días fijos llevando· la correspondencia de aquel gobierno, la carga J
· pasageros que se presentaren, nombranHabana agosto 2
clase los correspendientes consignatarios
Aquí cada vez. somos mas esclavos segun se avisara oportunamente al publico.
y soportamos todo el p'eso de la tirania;
Se espera en consecuencia en este
hace como dos meses que vino un regi• mes al hergantin Anacreon, que debe ser
miento de caballería y hay un espi.01Bje el primero de los paquetes.
tremendo, de manera que para que esta 1le(Sol num. 1587.)
-gue a poder de Vd. me. he valido de un
afnigo que va para Orleans, suplicand.ole
Pictoria de Durango octubre 1. 0
se la dirija de alli: dichosos y felices Vds.
que respiran el aire de la libertad. ¡CuanPor ca¡tas ·que- de diferentes püntos 1
do llegara el · dia ep que·. los valientes del Estado se han recivido en el ultimo '
Guerrero, Victoria, Bravo &amp;.c. nos la V(::n- correo, se sabe que en todos los pueblos
-gan a dar a nosotros!
··
del mismo se vé consolidada mas y mas
De espedicion no hay mas que de• 1a unior1) de sus habitantes, y que se ma•
seos muy .grandes: pero de todo lo demas nifi.estan en la mejor armonía los mismo's
se carece, y si algun dia la intentan ten• que antes han estado mas divididos por
dran Vds. aportuno aviso para q1J.e es: la diversidad dé opiniones. Las perS&lt;l .. ·
ten alerta. :
·
· nas de influjo se 6cUpan en inspirar se~..
(Carta particular,) El ,lemocra.tive.) ( Sol timientos de patriotismo, generesidad y be•·.·
num.1587.• )
nevolencia;•
· ·
(Ef democratico.) (Sol num. 1588.) '
Mejico 11 de oct11hre. ·
militar de Acapuico ) ' al comandante g.e...
neral de · Mejico y al general )\,foctezlima, todo eli igual fecha. = C. Pedraza. =
St. general de fa brigada D. Isidro Msn,.
tesdeoca.
( Sol Aguila.)

Ha llegado el Sr. Ca~acho a Ve,
,racruz a bordo de la corbeta de S. M. B,
Saln.ey, despues de haber tocádo en su ,
·
tra vesia en las islas de .Madera y. Ja.: Imprenta del g&lt;&gt;~ierno
·

"'"" T.n,..,,..,,,.

a _cargo d;l

Anlnntt't

ciudad,-.

d, MPln

,
·~
'

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238367">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238369">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238370">
              <text>66</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238371">
              <text>Noviembre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238372">
              <text>1</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238373">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238388">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238368">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 66, Noviembre 1</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238374">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238375">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238376">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238377">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238378">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238379">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238380">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238381">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238382">
                <text>1827-11-01</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238383">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238384">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238385">
                <text>2018842</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238386">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238387">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238389">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238390">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238391">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="20727">
        <name>Filadelfia</name>
      </tag>
      <tag tagId="20728">
        <name>Guerra contra México</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="20726">
        <name>Renovar los Ayuntamientos</name>
      </tag>
      <tag tagId="10914">
        <name>Secretaría de Guerra y Marina</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8725" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7069">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8725/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._65_ocr.pdf</src>
        <authentication>3a9844c7281ebe4c26ef0928b0c175f4</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248081">
                    <text>Hum. tJ5

Del jueve~ .~5. de octubre de t8!2'7.
'f:!lt t11tel1 -~ir ¡'!r,xuwtic ri'.,:,:1biiur g,,renr!a estad utiHtatem eorum r¡ui tc;,1:missi su"t,
GOJJ1.-,•

;_~·.·:1

.''11:;n

e~rmn 7uibu11

(.:ic, 1, !Jffic~

r:st.

\

Le• m:-;»1n c¡c1' ll'ia t::tnr:a. ,is; :,::; han de ejerce1 les cargos pub'.icos; no para ntilirlad do loaque goLinPa,1, :sin,, p:ir:i ::, ,\e :e-~ ;Ph":"nl'.ldos.
1
0

-

~ . ·:.:::::.......-:::.-::::::=::::::===--,--...=..=....:=-=---:-= -

. . . -..

--

·---

- - -.....

jtos,

:\

en el pueblo, este11dida por el cura
con e~¡wcificacion · de
secso, y erhdes, de cuya nota conservara el
f cgum mini,,tn' ma,yi:tra.'us: tr,gum iJlter- ayunt;.,m;f11to un registro; y as1 mismo
.'Jrd"s judicr.:s: lr).;-!i:!l ú/c· no 0/1/ll''S · ?1 l~•i¡ u:·ia no1:cia c1::' la clase de enfermedades
.,·1nn 1:s, . ut _ liúeri css1' j)ússimus. Cíe. pro/ ele los que han fa] !eci~!o, estendic!a por
.\. C!ut:nt10.
tl f;,cnltativo ó fact1!tat1vos.
Los gobernantes sen ministre;-; cjecn-;I
~)0. ~i se manifestase en e1 pueblo
1ores de }a,., leves: meros apJiu,-':forcs de¡t1ln1ra enfermedad renrnnte ó epidemica,
t lbs a los c::is(;s l¿s jueces: ~on que todos.1 c1:~;á el ayunt~ miento inmediat2~er;te cuen fin rara poder ser libres, so1¡10s !:&gt;in-/ 1enta &lt;il gobierno p~ra que se tomen toy.i:; dc:las leyes.
¡[cL·s bs correspondiete s medid,,s, a
_de
1 c--;rtar lus p:-c,gresos uel mnl, y aucs1liar
Ccntim'ta d drcrrto 11um. 82. de l. 0 de abril: al pucb!o con los rncclicarr:entos, y· ckmas
de 18 26.
·, ¡, scc()rrns que pueda necesirnr,. ~visandole
!en el ultimn caso sema11almente, ó aun
88. Para procura:· la correccion de esta!/ccn mayor frecuencia si el .c;cb:erno 16
clase ele gente-s !es aynnr:-imitllt.lS kllan'jrcquiricEe, del estado de la s;;lud publica
1u~·--rvro" "'l I)' C1e
1
1~ '·'rl (l'
c.,l'"
los ::,lcc::,lf'S
'(-'C:1,.)'l 1:•;·,
l·t f'")''1CJ"(
~
~ ~
~~
t
\_
\
~
.l ~ 1 e c:e r:o+.o
~
1~1:ula icforn~;,c.ion é.'ll que ~e 2ned1~e S~11
9
P::ra cuidéir en cada ¡n,eblo de
1
:rr,:rl modo de vivir, su &lt;.,ci&lt;'sidacl [,c. y la salud publica tn los casos de que haen consecuenc:a íos des,inarán · los rnis-, bla el articulo r:recedtnte, se forrn,na cames alcaldes basta por seis mese~ a tra- cla año por et a3 unt2rniento, clor,de· el
b.1j&lt;,r en algun_ oficio, taller ó labor, ba- vecindario lo ¡:ermita, cn;1 junta de sa. jo la inspeccicn ele los a\t),Os, ó menes- nielad, compuesta del a!nlde pi mero ó
trales. ~i reincidieren en sus vicios, pre- quien sus ve::ces haga, &lt;lel cura purcco
vía siempre la informacion qut haga cons- mas antiguo,, donde hubiese rnc1s de uno,
tar su reincidenci~, se &lt;iít'itinaran por ti- de uno ó mas facultativos, ele l1l'.r) ó mas
effipo, indtfinido a maestros o amos que 1 regidores, y c1e uro ó rn,:s VtTi1:cs se1
cnidt''n ele su corductc:: • los eme
no
Lab0 ·,m la estencion d"'. la p,cblé:lcicn v ccül
•
biendo, se destmaran ¡:or un termino pru- pz;ciones que ocurran; I ud:cr,do el ayur;c!cncial a cbras publicas; )' sí .tUtl con. ltamiooto volver a n&lt;,nbr2r los rnirn:os
tiuúan en incorrerribles,
· seran · remitidos, 'rer?idores
y vtci:-,os, .;v ;:;ur ff¡tnt~:,· el nuº
u
.;
pre\·iá la corresponclitnte sumaria,
pre, mero de la Jl!l~ta cu: lído cJ ,e; ~(J lo 1esidios ó arsenales.
quiera. Esta Jiunta ele s:t1~:dacl se '~cd~er.
8'.,). Los élj'Unt2r.1ientos enviaran al nara por• los reglnr:critos ec-,is 1 u·1ts ú
. goh.crn?dor del Estado c2.da tres meses que en adelante cci;isuercn; y en las rrc'n~
: una nota c:e les nacidos, . ~asados, y ~uer- .¡dencias de mc1yor ·consic~e:·~:ci!:o, rrocniera

LFCISLACIOl\'.

ó cur;1s parrccos,

1

fü:

1

',_.

,

(.

.. , \. ,l.

c.

1

.

1

l,_J l.l

l.

u\.

, (~

"

(

J.

a

.l

'.

l '- "-' 1,.

(.. _

o

,._,

.l l-

&gt;..- •

�.. ~-:,{_
'

con acuerdo del ayuntamientn.

CAPITULO VII

anoche se· han recibid,¡ avisos de tamaii1,,\
que no creémos todavia oponuno clarle~ l
lugar en el sol. (Sol num. 15SD.)

srn
SU'

me

De las rificinas de los ayuntami::ntos,

her
ran

R::miti.lo.
cada ayuntamiento st:~
secr;::tari.1 p1t.1 el desrnc'.rn y arreglo &lt;le
Lleg-o por fin el suspirad·'.) día, en.
1
los neg,h.:ids d-~ su carg-(&gt;, y una arca en·¡ que va a ten":'r sn mas cab,d cmnplimique se guarden los caud,1les de los pro- ento el voto de los pueblos. El 5 de
phs y arbitrios.·
)Ctubre,.. si, este dia a todas luces gran93. El secretario c:;era nombrado por de, y ,1 ue jam'.:ls ·m,)rira en la memoria
el mismo ayuntamieto
pluralidad abso- de los buenos, presenta
la iglesia ameluta de votos de dentro ó fuera del mis- ricana el motivo de su mayor consuelo.
mo cuerpo.
Despues de haber esta llorado· por mu94. Las obligaciones del secretario cho tiempo su_ triste viudedad, y despues
se prescribira11 en el reglamento interior de haber sufrido cual pequeña navecilla
de cada ayuntamiento.
emb3.tes de olas entumecidas, tenaces hu95. La dotacion que el secretario de- racanes y mortales peligros, sin poder
ha gozar proporcion_ada al trabajo, y a siquiera dirigir sus chmores y avisar de
los fondos municipaks, se señalara por sus riesgos al succesor de Pedro, primer
el mismo ayuntamiento; pero necesita ser piloto en la tierra,
qc1ien Jesuc:·isto al
aprobada por el congreso.
subir al cielo entregó el timon y la car(1 ~ e.e
l ~-b~,
,n,~c· S1il
.:,
i
secre t an'o p 0(lra'' se r r emovt- t" pror (l-")
1._,!1-.c
,cl 0~ -1
Jc)Cl~,,lnr.,e, '-''"'[
96 • El
do por el ayuntamiento con causa justifi- esperarlo, el viento se ccL&lt;', ia ten:pestad
cada, ó votando en su c&lt;mtra las dos ter-: calma, el m::tr se aq:1:eu, y am u1ece el
ceras panes de los individuos de Jícho rlia mas b.::llo, 9 1 le ,nw,ci,1 su seguayunt"miento.
'
iidad. La n-:ligiosa y activa camara Je.
97. La secretaria del ayunt;imiento¡ senadc,res l1:1ifi 1-r11J:11JJse con el s:,bio d:csera tambien la del pres:dente y en e, 1 L:;::-..211, q,ut· Cic::-,de el l 2 el~ L'.brcro de
mismo reglamento interior se sen:ilaran 18 :25. este11dio la de rqwest"ntantes, ven-·
las horas y trabaJOS que deba impe:1der c;ó en este solo d:;.i con nn g:/pe tan
en ella.
:1.ccr,:,:!o cm1:o jwtu cu:Intos obstac, 1 los
(5)~ conclu;°1:r,,~-.)
-;e l1dl)i:1n ·;ressntc1d,.&gt; s-.Jbre L-t s instrt1cc:o,H: s w~ ni:estrn
ur✓ i;-iclo
la corte de
L .,1:u:, y
")t1peró las enormes cLfi!..'.ultades, ·
que con dolor universal habían entorpe- ·
NOT'ICIAS N ACIO~.J AL ES,
cido este asu:1to. tan delicado como ímpor~ ·
fofo11tr:rey octubre 23
tan te.
La noticia ele tan g1orioso suceso
No hemos· hablado en nuestro~ nu-l recorre· desde luego con la veiocichd del
meros despues dd 58 de la brillani:e fon- 1~ayo los puntos del distrito mejícan,&gt;, y
cion religiosa y civica en que este vir- 1 llevando consigo la ale;;Tia y el p1acer
tuoso vecindario, iclolatra de la· indepen- mas puro insp:ra d.c nu.::vo en el p~:cho
d~ncia, se esmeró los clias l 5 16 y 17 ele sus morad 1res h e11ergia, el espíritu,
de setiernbre en espectativa de los por- el aliento y la vicL! q:1e se eclub:1 mer ·,
·
1
•
menores.
nos. N
I o n:iy qu:en r,o e,eve enternec1do sus oj &gt;S al A:risimo, y quien río le. ,
.
. . .
'
Jt,ff'jico 13 de octubre.
consag·re cam1cos e,1c:H1st,cn-,, reconoctendolo verchd'..:'.ro ori,_;e11 y principw de
El Escmo. Señor el. Sebastian C&amp;ma- tan fel:z provide:1ci 1. Con sola el la nucho -ha cksembarcadé&gt; y:1 en Veracruz. estros gobernantes nos han abierto ele.
Se nos escribe que ha Lllecido en Paris par en par las puertas d,,¡ contento y de
el señor rviurphy, ex-cofü,ul general me- la verdadera felicidad. Ya creémus ver
jicano en Francia. Si adq'...1irit11~)S otras sin perdida de tiempo
nuestro enviado ·
noticias las publicaremos oportunamente. marchando presuroso de Bruselas
Hol'or d estrao1:dinario de Jalapa llrgé!do m;1., p,:ra ofr12:~:· :'&gt;. la C?,b:&gt;za ele la ig 1e9 :2.

Tendra

a

el
Sl!l
51111

cte1
ene
duc
ros

a

no,
smc
Iigi1
pre
del
tam
con
has

a

ri

LL

1

:moc

do,

0

des(
alm

y P·

1:

1

a

0

a

-,

a Sl

a

sola
cer
n1er
1nur
·•

''

puel
so
sent

viad

y d
de l
de e
Si,
amo

men
tena
accH
vez
:ic

lo

lUVlC

puec
patri
pub!
las 1
y en
patri

las t

�sia los \rotos de unos pueblos, ,sieq1pre. dirigir la opmw11, prnpoJcicmar el acierto
suyos, y que en calid,ad de tales se pro- en las elecciones, y d~scubrir a los enemeten · que tendran la aceptacion mas migos de la in:lepc\lencia, de la . ]ibet.benigna sus pretencio:1es. Ya nos figu- tcid y del orden, pu fo alucinar a los prinramos oir, que la Italia repite gustosa: ,cipios, cuando se veia:1 hs casas en meel nombre de la catolica Mejicana, y que ra teoria; perr cuando los hechos calma~,
'sin que obste dist.Jnc::ia, nuestro santi .. cua·ndo se palpan los desordenes, cu,rnsimo Padre correspondiendo con un amor do los resultaJos estan demostrandÓ que
eterno · a núestra filhl obediencia, esti- las sociedades seg.ret1s solo sirven para
ende su mano para bendecirnos. ¿Q,·.1ien !Jacer inal, para embarazar la marcha de
duda, que corriendo p·Jr su venerable nllestras instituciones,. para desacreditar
rostro las lagrimas, dara gemidos al eter- y perseguir a los mej,Jres patriotas, ¿sera
no, al ver que, no sola nente continua, posible qúe solo lleven adelante un casino que se. estrecha e'!ita vez mas el re- prid10, por nó confesar que· se herró, se
ligioso vinculo, que enlazara para siem- prqsigan formando con tanto cmpeíio unos
pre al opulento Anahuac con la capital establecimientos tenebros'Js y positivamendel mundo cristiano? Ya finalmente es- te perjudiciales? Asi sucede por . destamos libres de ob~taculos que puedan gracia, sin que quede ya otra esperanza
contrariar nuestra feliz conclicion. Am- _sino Ja de que el congreso general ponhas cama ras (loor eterno a su prudencia, ga el remedio porque clama toda la nacion;~
a su estudio é infatigable empeño) del djctandp una ley que estermine para
modo mas fir:ne y estable han sanciona-! empre estas juntas y partidos, y haga olcln esta ley tan jnsta y tan conforme ?-lj vidar hasta los nom!.)res de escoceses,
deseo gener:al de los Esta::1os. Loor jgu-¡ yorkinos, novenários, borbonistas, iturbialmc:nte eterno al catolisismo, p1-e-1ísion; distas, centralistas, fanaticos y cuantos ha
y politica de nutstro gobierno, que no 11inventado el aspirantismo de cada- partido
solamente no t•.160 observacione5 ql1e ha- 1l!para desacreditar a sus contrarios, sin que
c~r al tr;~t:use este ,asunto, sino que te-,'e:,t() pudiera impedir en manera alguna.
niench b:en c•mocida por tantos l1echns
el descubrimiento y castigo de los traidores
inumerabies iu1;;,eSG'&gt; la voluntad de los'\)or los medios legales. (Aguíla m11n. 281)
pueblos, el mis:nu, instó, pidió y propa
so los puntos que_ dthi.an tenerse preAftjfro 9 de octubre.
sentes en las instrucciones a nuestro enHa terminado la cuestion •SUC}tada.
viada.
entre ambas camaras sobre si pertenecia
1
Des&lt;le hoy por tanto, Señor Ecsmo.
las actua!es sesic,nes, si era ó no asutito
y desde este dia grandioso, padres todos!;economico, el señalamiento de dia para
de la patria, vais a vivir en e.l corazon abrir los pliegos de las legislaturas, que
de cu&lt;}{Ítos C&lt;:)Illf))J1en el dichoso Anahuac. contienen el nombramiento del ministro
Si, descansad confrulos en la gratitud y que falta en la s~prema corte de justiamor de los mejicanos, que estan firme- cia. Se ffa designado para la apertura
mente persuadidos ( pese al ignorante y de ellos ~l l 5 inmediato.
tenaz incredulo) de que en todas vuestras
En el domocratitJo frderal de Duran,accio11es_ os seguira la prosperidad, una
vez -que en ella os ai1teceda, como h'?Y go, se !te et szi{uiente articulo e litoral.
acreditan vuestra fe intacta y vuestra
inviolable religion-/1. C.
/Tictoria de Duram.ro 27 de setíembre.
De lo~ diez y '~cho individuos que
M,jico 8 de octub1·e.
deben compÓner la actul legislatura del
Solamente porque - se esta viendo se- Estado, tres se han negado a ~oncurrir
puede creer que haya ciudadanos de a las sesiones, y esperan que el c.ongrepatriotismo, sensatéz y buen concepto so de la union anule cminto se' ha pracpublico, que pertenescan a cualqúiera de ticado: nosotros descansamos en, las lulas tres logias y las sostengan con ardor ces de la· asambl_ea nacional, y estamos
y entuciasmo. Un deseo del bien de la en el convencimiento de que no se ens atripatria, un concepto equivocado &lt;le que trometera 'en 10 que no e5 de
las tales asociaciones podian servir para buciones. ~i Durango estub;era aun sm

si-

é:

:a

lo

.

st•

�- ''
poder legislativo a cansa de altercaciones,,¡cial, suje,tandolo a la voluntad nacional C.S•
el congreso general tal vez se apresura- presada, por lo~ organos unicos, que tic- ·:
ria a sanjarlas, usando de la facultad que ne en nuestro sistema.
' '
tiene para tomar medidas conservadoras
Tenemos la satisfaccion de anuncia,r •
de 1a Qnion federal; pero ese casri ya pasó. que el señor Blasco retiró ayer su pr~En el Estado se ha termil}a&lt;lo un asunto posicion sobre que no pasara al gobierne&gt;
que es de su administracion interior: los el acuerdo de ambas camaras, acerca
poderes supremos pudieron y solo en obvio las instrucciones a nuestro enviado a Ro•
de males de trascendencia universal ma. En cosecuencia han pasado al go•
haber cortado las disputas; estas han aca- bierno.
(Aguila num. 283)
bado . y el desconteI?to de los señores;
alcalde E~carzaga y Arriola, lo unico
Afrjico 8 de octubre.
que prueba es, que a ninguno de los tres
,,1\1r. Stapleto.n, secretario de Mr. Canagracla lo que se ha hecho; y _que en ning, publicó lo siguiente-.
ninguna parte faltan genios descontenda,,Chiswic,k 8 de agosto,-Mr. Candizos: sin embargo, Durango se halla en ning espiró esta mañana sin dolor, a las
una marcha muy feliz y goza de la paz cuatro menos diez minutos de ella." ( CouLL. EE.
ril'r' dr: Londres.)
· Por carta de Vailadolid fecha 3 deEl constit~H.:ional de Paris del 12 de
octubre se nos dice lo siguiente.
1agosto dice: que una gaceta inglésa hace
D. Casimiro Ponce administrador de l,1 /1a obser,,acion de que Mr. Canning muhacienda de t:oapa, en la maiiana del 3 de 1 :·io en el 1nijmo mes del año a la misoctubre, en un cerro inmediato :il pueblo nn edad y en el mismo cuarto de Chis- 1
de Acuicho, con solo siete hombres, sot~- wick que el celebre ministro Fox.
prendió y 'aprendio al revolucionario CrisUna carta particular de Lonclre~ ditoval Mejía y a los &lt;lemas princ:p,dt&gt;s que ce: que la mue ne de Mr. Canning ha causan Ben tura Gu~rerro, Jo:,é .Maria. Nleto,: saclo un St'ntimiento general en el pue1
y Dionicio Calderon.
1
bto, parecicnduse al que se espe1imenta
(Aguifa 1mm. 282.)
11or la perdía de algun héroe de mar ó
d:; tierra en accion: la sensaci~n en el con]Jfejico 1O de octubre.
rinente ha siclo muy grande en el partido
1
Despues de tanto como se ha h:=tbla- liibl-'rcd, especialmente en Francia, a donde
do y de los rnuchoc, debates que ha su- jjn11tamente fue cunsiderado como el funadfriclo, en el congreso del Estadc; ele l\Tejico ¡dor cLi n·icvo sistema ele la politica inglesa.
1.t ley sobre espulsion de españoics viene ,(Correo de lajedcracion mejicana 11úm. '341.)
a ,resultar en sustancia, c:ue sr1:o se espe- .
len aquellos que no solo 110 &lt;leben ecsis
/1 't:jicn 6 de octubre.
tir en dicl10 Estado de ::\1cjico, pero ni
Ha lleg-é',do el p;:iquete de Londres
empunto &amp;lguno de la rqrnb:ica; para los qu~ trae noticias hasta el dia 12 de agosto
cuaks no hab1a necesidad de ley. Las y entre ellas la funestisima para los vermedic:as de policia q Le formall la. otra daderos amigos de la lidertad, de haber
parte de la misma ley, son en nuestro con- fallecido el stñor Ca.nning el dia 8 de dicepto claras y peligrnsas; pero el congre- cho mes de resultas de un colico. Queda
so que las ha dictado, habra tenido da, el cunsuelo de q'ue le 1::a sucedido el sefior .
tos suficientes para perferirlas a la sim- Robinsc,m que 110 de-jma &lt;le continuar el
ple ecsitacion al gobierno para que por bendico s1stcma de aquel hombre vermedio de lo:; prefectos, cbservase y vigi- daderamente grande-. _t:,l seriar Camacho
lase la conducta de los espanoles y diese se h,1bia embarc;,do el clia 17, y nuestros
los/avisos oportunos al poder judicial. bonos sufrieron alguna baja.
De esta manera, sin .una espulsion indi(Aguila num. 279.)
recta y odiosa, se habría conseguido· el
mismo fin. El efecto que si creemos producira la espresada ley, sera quitar todo
retesto. a Gallardo y que el g0bierno del Imprenta dd gobierno a cargo del ciudad«P
no Lorenzo Amonio de Meto.
Estado coopere y aucsilie al supremo pa•

de ·

ra hacer entrar en el prden

a

==~'=====~====~,====••

aquel ofi- .e=,.a:.

: ' '-l:iit
;_'

;~~
.
.

.

-,., ,

-

-tare
olla
en,
vos

Ih

d01
ele
se
//

,¡;,_,

··a,1

"i·at1

.;

. bp,

nü

:~o:

-~

-~

ca1

VU

to,

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238342">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238344">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238345">
              <text>65</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238346">
              <text>Octubre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238347">
              <text>25</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238348">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238363">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238343">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 65, Octubre 25</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238349">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238350">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238351">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238352">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238353">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238354">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238355">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238356">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238357">
                <text>1827-10-25</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238358">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238359">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238360">
                <text>2018841</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238361">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238362">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238364">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238365">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238366">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="455">
        <name>Durango</name>
      </tag>
      <tag tagId="6589">
        <name>Gobierno</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="7731">
        <name>México</name>
      </tag>
      <tag tagId="1352">
        <name>Monterrey</name>
      </tag>
      <tag tagId="20725">
        <name>Oficinas de Ayuntamientos</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8724" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7068">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8724/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._64_ocr.pdf</src>
        <authentication>50a13cb2a94ecaa86fd00d9f4ad36651</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248080">
                    <text>G.AZETA ·coNSTITUCIONAL,
DE· NUEVO LEON.
Del jueves t8. de octubre de 18~7.,
Ut tutela sic procuratio reipublica: gerenda estad utilitstcm eorum qui commis,i sunt, non eor~m f/U:bus
oommissa e.,t. Cíe. 1, offi,,
Lo mismo que una tutoria, asi se han de ejercer los cargos publicos;· no para utilidad de lol!
'luc gobiernan, sino para la de los gobernados.
.'

L EGISLACION.
Legum ministri magistratus: lt-gum infRr. pretes judices: legum idcirco omnes servi
sumu.s, ut liberi esse possimus. Cic. pro
A. Cluentio.
Los gobernantes son ministros ejecutores de las leyes: meros aplicadores de
ellas a los casos los jueces: con que todos
en fin para poder ser libres , somoi siervos dda5 leyes.
Prosigue el decreto m1m. 82. de l. 0 de abr:il
-:--:-- d~ 1826.
.,, ·
1
_ ::
76. Hacer que se recojan y depositen·. 7-n personas seguras todos los bienes
mostrencos -que s,~ encuentren en los tetminos de su jurisdicciori; y de los que
:fueren daHm cuenta al gobierno del Es,tado, ,...,.lfu los meses de abril, agosto, y
'dicieñibre, segun se previene en el deéreto numero 76.
7T. Llevar tambien .otro libro en que
se forme registro ecsacto' y, puntual de
iodas· · las e~crituras que en el distrito se
otorguen• de hipotecas especiales ó generales. La escritura, que no ·estuviere anot~a: en este libro no tendra en caso •de
concurso de acredores el derecho de pre.
forencia que debiera darse le. Por esta
anQtacion se cobraran los derchos señalados por el arancel.
78. Para que lo.s bandos y provi; dendas de policía, y buen gobierno de
los "yuntamientos no se hagan ilusorias,
podran imponer· a lo:, contraventores multas. dcsd~ uno hásta cien pesos las que

ecs13ua el presidente, dandoles el destino prevenido en el decreto n. 0 !, 1.
79. Cuidar de la cónservacion y arreglo del· archivo publico de su distrito.
A este efecto hara que los alcaldes formen ecsacto inventario de él, qonde no lo
hubiere o que se reconosca y compare
el que haya formado: este requisito se
observara indefectiblemente en las. entregas y recibos de los· archi~os.
80. Cada cuatro meses el presidente
del ayuntamianto acompañado de un regidor y el sindico procurador visitaran los
protocolos que deban llevar los alcaldes
con el fin de ver si los instrumentos que
contienen van arreglados firmados por ellos
y· los otorgantes.
·
8 l. En el mismo termino visitaran
los mismos los libros que deben Hebar
los alcaldes en que anoten las determinaciones que dieren en los juicios verbales, c·onfcrme al articulo 4 l. de este re~
glamento. Ninguna· falta se disimulara en
estos puntos, y con las que noten daran
cuanta al gobierno.
82. A mas de los ramos que hasta
ahora pertenecen a los fondos de propios
de cada distrito, se les asignan los siguientes: l · La tercera parte de la contribucion directa del uno por ciento- sobre
productos, conforme al articulo 3 5. del
decreto organice de hacienda. 2 La tercera parte del producto del derecho municipal, conforme al articulo 22. dél mismo decreto. 3. La tercera parte del produeto de las multas impuestas por· la
ley sin destino, y de las que impon-.
gan los alcaldes, segun el decreto ;i. 0 5 I. ·

/

�. 1

La ter.cera parte &lt;lel producto de las¡¡patrimomo, ó siendo hijos de familia; no
licencias d~ juegos no pn,hibidos, se¡::;un se les conoce otro empleo que el de cael decreto numero 59. 5. La tercera par- sa.s &lt;le juego, compañías mal opinadas y
'te_ del producto del asiento de gallos, con- nmguna demostracion de emprender des~
forme al decreto numero 72. 6. La ter- tino. 3. 0 Los que v1gorosos, sanos y
cera parte del valor de los bienes barran- tobústos en edad, y aun con lesion que
queños, 6 mostrencos,. conforme al decre- no les impida ejercer algun oficio, and:1n
to numero. 76. 7. La tercera parte de la de puerta en puerta pidiendo limosna.
cuota co11 ·que contribuyan por via de li- 4. 0 Los hijos. de familia que mal inclic.encia los empresarios de diversiones ecu- nados sirven en el pueblo de escandalo
estres, comedias, maromas, titeres, suer- por la poca reverencia, y obediencia. a
tes de. manos y otras; dando de todo la sus padres, y con el ejercicio de malas
correspondiente cuenta al :;obierno del costumbres sin aplicacion. a la carrera que
Estaqo, segun se previene en la. consti- los ponen. 5 ° Los que anduvieren distucion y decretos indicados.
traídos con juegos, embiragueses ó aman83. Si algun incividuo se sintiere cebamientos. 6. 0 Los que sostenidos de
agraviado po,r providencia dada por el ayun- la reputacion de su casa, del poder ó retam1ento o su presidente sobre cualquiera presentacion de sus padres, ó parientes,
de los objetos que quedan indicados, acu- no veneran las Justicias como deben, si.:.
&lt;lira al gobierno ecsibiendo previamente la no que buscan ocaciones de hacer ver que
multa impuesta con anterioridad en los no las temen disponiendo musicas, ó vaibandos de buen gobierno; y el goberna- les en los tiempos y modos que la cosdor por si, u oyendo a su consejo, re- tu.robre permitida no autoriza como regusolvera gubernatival'nente toda duda, sin lares para la honesta recreacion. 7. 0 Los
que por estos rec;ursos se ecsija derecho que trahen armas prohibidas en edad que
alguno.
no se les puedan aplicar las penas impues84. Velar sobre la buena, arreglada, tas por las leyes a los que las uzan. 8. 0
justa, y comedida recaudacion del dere- Los que teniendo oficio no lo ejercen lo
cho municipal, nombrando bajo su respon- mas del año sin motivo JUSto pue se lo
sabilidad un receptor que lo cobre dando impida. 9. 0 ~os que c~:m pretesto de
cuenta al ayuntamiento cada mes de lo jornaleros, si trabapn un dia lo dejan
colectado en el, y este cada cuatro .meses de hacer muchos, y el tiempo que haa quien corresponde.
bian de ocupar en las labores y coleccion
8 5: Se asigna al receptor sobre el to- de frutos lo gastan en la ociosidad sin.
tal colectado, un cinco poi-: siento. Si el aplicarse a otros medios de ayudar a· su
nombramiento del receptor del derecho ~ubsistencia. 10. Los muchachos foraste, municipal, recayese en el· administrador, ó ros que andan profugos y sin destino y
receptor de alcabalas, no prodra escusarse los del mismo pueblo que andan pidieneste de verificar su cobro.
de limosna, ya sea por que han queda86. Cuidar de que en los pueblos do huerfanos, ó ya por que el impio
de su distrito no se consientan vagamun- proceder de sus padres los abandQnó a
dós, ebrios, principalmente consuetudina- este modo de vida, y los mas comprenrios, taures de profeciqn, · ni coimes, ni didos en el bando circulado por el gogente alguna mal entretenida ó sin desti- bierno.
no, haciendo que los de esta clace si fue( Se continuara.)
ren habites d_e edad competel·1te; se destinC:n a las _arm.as; y si no los haran recojer para destina'rlos al trabajo que conNOTICIAS NACIONAL ES,
venga.
, 8 7. Para· ~l ma_s puntual cumplim~- San Agustín de las Cuevas 22 de setiembre.
ento de lo contenido en el art. 0 anterior, se declararan· . por.· viciosos, holgazaLa~ noticias de AGapulco alcanzan
0
ry,es, Y, mal entretenid;,ls: l.
Los. que sin has-ta 12 del corriente.
.
oficio ni b~neficio, hacienda, ó r~nta, vi:
El teniente d. José Maria Galla~do~
ven ~in saber de qu.e les venga. la. S\lQ- cpntinua en s. Geronimo a la cabezi de
sist'encii, 2: 0 Los que ten~rido al_gun cien hombres, Su plan es _d de arropr
4.

1

,
•

(

l
~

J

)

.

e
r
'

f
r
t

l.
t
s

r
ti

e

ft
p
j1

b
ft
a

11
•JI
Cl

or

.. co
de

po

�a

y

del territorio
todos los españoles,
ha!\cedio en Jo,:; ,,r: i; anteriores. Y ,como
cometido algunos eccesos
El señor co- las cosas re¡?;,tLn,,::nte se conservan, por
ronel d. Isidoro Montesdeoca ha salido aquellos, m:.:dio~ Cj;J que se, formaron, si
con doscientos hombres a contener estos queremos sostener la primera garantia, es
alborotos. Gallardo ha invitado a este preciso
cumplamo:; con la &lt;;egunda y
gefe a entrar en el plan usando de todo tercera. ~s decir que protepmos y hael artifici0 de que es capaz, y comprome- g-imos pro,kresar la santa religion ele nutiendo su reputacion. Los amigos ~lel estr9s pa&lt;ln~s, y que la union entre los
orden esperan mucho de los ..patrioticos ciudadanos mejicanos sea cual fue(e su
esfuerzos del , señor Montesdeoca, gefe origen se lleve a puro y debido efecto,
.icreditado desde el año de 1810. en fa- sin que esto perjudique ni impida en mavor de la independencia. El señor Per- nera alguna el castigo de los que .fueren
fecto de Acapul~o, trabaja con celo y ac- traidores, la persecucion de. ios enemigos,
tividad en favor del orden, y hay funda- ni el que la nacion tome todas- las prodas esperanzas de ,que los trabajos de videncias que concidere -j\1stas, para &lt;:onIas autor-idades seran coronados con ec- servar su independecia y forma de gobi~ito feliz. En todos los &lt;lemas puntos erno. Los supremos pode;es de la fededel Estado de Mejico hay la mayor tran- racion a qui,enes espresamente esta con-;
quilidad. Las desavenencias que se lía- cedido el dar leyes, ejecutarlas, y aplibian suscitado en el mineral del Monte carlas, para sostener ]a independencia naentre la compañia inglesa de las minas cional, y prover a la conservacion y sey los barreteros, con motivo del partido guridad de la nacion en sus relaciones
que estos pretendían, han cesado, a be- esteriores desempeñan con, el mayor acineficio de la intervencion amistosa del erto y eficacia·, este deber sagrado, y cua
señor diputado Castelazo, y prudente ge- lesquicra que hayan sido ó fueren las
nerosidad del director.
equivocaciones de algutias legislatüras en
En este pueblo de San Agustin, to- punto a la in~eligencia de la constitucion
do esta en perpetuo movimiento. PerOi federal, en esta parte- se desvanec,eran
no en el que destruye, sino el que edi- muy breve, se evitara la cesion que sefica y da vida a las cosas. La casa de ria consiguiente si las medidas fuesen
moneda toca ya 3. su conclucion, y den- contrarias en un Estado respe·cto de otro,
tro depoco tiempo veremos aumentarse y renaciendo la 1 confianza marcharemos
la circulacion con la acuñacion de nues- por la s.enda, que nos marcó · el dia 27
tras barras. El palacio de los poderes de setiembre de 821 el ejercito trigaranse adelanta visiblemente; y los particula- !&lt;t de indepenpencia, religion, y union,
res movidos del poderoso resorte del in- añadiendo para cumplimiento de nuestra
te res individual, dan a sus casas m.i.s felicidad, la de federación, que es la. forestenciou y elegancia.
ma de gobierno que nos libró .ele la gerra civil y fijó por siempre la felicidad
Mejico ~7 de setiembre.
del Anahuac.
(Aguila num. 270.)

qü7

)

Seis' años hacen 'hoy que el ejercitp
~rigarante consumó la obra de nuestra
feliz emancipacion, y entró en esta capital triunfante y glorioso. Ningun me•
jiq.no puede recordar sin ternura el JU·
bilo, el placer, el entusiasmo con que
fué _celebrado un suceso tan fausto para
a nacion, y al disfrutar de loi bienes_
.1ue nos ha proporcionado, no debemos
•Jlbidar que la sola voz de independencia, sin las otras dos de religion y uni011, babia dificultado aquella, por que sin
· conciliar- los iilterese/ de todos no podia
, dejar d~, oponerse una fuerte resistenci,a
·. por
del gobierno español, como ~u:.~

'parte

Yeracruz setiem}re 22.
,
Habienu.onos faltado las gacetas que
acostumbramos recebir de Nueva Orleans
por el ultimo buque que ha traido noticias del seílor Comódoro Porter tubimos
que incomodar al señor consul ame.ricano en esta plaza, quiey ha tenidq la bondad de franquearnos las que ya recibido
y en una de las cuales se ene u entra un
articulo digno de notarse y acuya traduc.
.
'
c1on es como sigue.
_. ,,Corre la vos de que el general Mo,.,
rales ha llegado a la Hab_ana con algunas· ti:opas espaÜG~1s; que han sido tras-

i

1

'

�,portadas desde las Islas Canarias e11 dos
-fragatas y trei. corbetas de guerra. Tanbien se añade que' de Cadiz se aguar' daban de dia en dia otras mas tropa.s."
,,Segun las apariencias no ~e pasara el invierno sin que presen~iemos sucesos importa.mes en lós países que confiscan con el golfo &lt;le Mejicd."
Las &lt;lemas
noticias \ :-e contraen
'
.a lo
blen recibido que ha sido en Nueva Orlea1:s el comodoro Porter y lo festejado
que se ve el y su comitiva por los habitantes de la Luisiana. En otro nume
ro daremos mas detalles sobre el particular com(? tambien algunas reflecciones
sobre el repentino arribo de las tropas
a la Habana.-1,os erlitores del Noticioso.
( Aguila.)
(Correo.)
(Sol.)
.

Mejico 29 de setiembre

un principio de op.inioncs aunque sca'erro~:.
nea, lo que eren mas seguro; querer que_.:
en una republica naciente ni en pais a~--'
guno del mundo, deje de haber hombres
perv'ersos enemigos del orden, aspirarites,
amigos de asonadas y revoluciones; ultimamente, esperan que en un sisttma en
que se logra el henepcio imponderabJe de la libertad civil é igual mente legal, no haya abuso, ni ecsesos tn el ejercicio de esa
misma libertad es pretender imposibles,
es· querer antic:parse la bienaventuranza,
es no querer sufrir nnos pequ::fios é inevitables males a cambio de tantos buenos
como proporciona el_ mejor sistema de gobierno, que hasta ahora se ~a discurtirlo
para hacer felices a los pueblos. Tengamos pues una poca de pacie~cia seamos tolerantes políticos, si queremos ser
republicanos verdaderos, confiemos en las
autoridades suprem.is y ocupemonos _ esclusivamente en procurar la · conservacion del orden, de la paz y d~ la union,
deponiendo temores infundados. _ Asi renaced1. la confianza, el comercio progresara y seremos envidiados de las naciones europeas y de todo el mundo ilustrado.
( Aguila uum. 27 l.

¡

, El haberse desechado las propociciones del señor Zerceero sobre espu!cion
-de eclesiastices españoles, casi con unanimidad en 1-a camara de diputados, habiendose admitido antes y pasadose a la
comision respectiva las del seiior Blasco,
que estan en sentido conf.,rme a la tercera garantía; el haberse aprobado con
m·as de, das tercios de votos en la: camaMtjico 18 de setiembre.
ra de senadores el articulo l. del dictamen contra la ley de hlisco, y la opiLa ecsageracion de los partidos hi
nion emitida por principal de la cuestion sido la destrucion ele la libertad france-1
con la de la mayoría; el haberse desapro- sa y la causa creadora de muchos enemibado en Chihnahua un proyecto de ley gos ele las republi_cas, porque no las creisemejante al -de Jálisco, el haber callado an jamas compatibles con el orden y la.
todos los demas Estados, a ecepcion del justicia. La moderacion llevada al estre,de Mejico, donde hasta ayer solo se &lt;lis- mo y confundida con la inercia, fué arcutia el proyecto pendiente, pero no se ma poderosa para dar el triunfo en otros
babia aprobado ·como falsamente se ase- pueblos infortunados a los enemigos de
guró: los ningunos progresos ·del grito las libertades publicas.
de Gallardo en Acapulco y otro5 hechos
La revolucion del continente amtritan publicos como incontestables, manifi- cano, dando campo a la filantropía, ha leestan ha§ta la evidencia que no hay mo- vantado el templo de la libertad y hecho
tivo ~i merito alguno, para la alarma que para siempre mucho ma5 ecsecrables los
ciertas, gentes tratan ele fomentar, ni para nombres de JVIara:t y Bobespierre. La reinspirar desconfianza ni.temores de pros- volucion americana con. una moderacion.
cripcion con agravio de la justicia, sensa- llena. de enerjia y dignidad, va consolidantéz y generoridad de la gran nacion me. do todos los princiqios.
jicana. Pretender que no hay en ella (Correo de la federacion mejicana 11um. '3 3 1)
patriotas ccsaltados que recuerden las
opresiones anteriores, que teman las in•
triga&amp; del gavinete español que desconfiImj1renta 1 del gobierno a cargo del dudada- , ·
an dt:; todo lo que . tenga este nombre,
Lorenzo Antonio de Meto.,
que se hayan r.esíntid9 por las conspir~ciones descubiertas y que busquen por, l!!m~-~!!!:1-

no

~=~~====~======::==.==-•·-·

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238317">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238319">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238320">
              <text>64</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238321">
              <text>Octubre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238322">
              <text>18</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238323">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238338">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238318">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 64, Octubre 18</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238324">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238325">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238326">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238327">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238328">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238329">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238330">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238331">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238332">
                <text>1827-10-18</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238333">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238334">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238335">
                <text>2018840</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238336">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238337">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238339">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238340">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238341">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="6590">
        <name>Empresas</name>
      </tag>
      <tag tagId="20721">
        <name>Hipotecas</name>
      </tag>
      <tag tagId="20722">
        <name>Juicios Verbales</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="20723">
        <name>Recaudación de derecho municipal</name>
      </tag>
      <tag tagId="20724">
        <name>San Agustín de las Cuevas</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8723" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7067">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8723/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._63_ocr.pdf</src>
        <authentication>2de5f73b1c07f5ec2fadadcea1fc0b0f</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248079">
                    <text>:-

.-

·GAZETA CONSTITUCIONAL
DE NUEVO LEON.

s

• Del jueves f t. d~ octubre de 18~7.
tutela sfr procuratio reit,ublicte gerend-a est ad'utilitatem eorum qui com.missi simt, no~ e,;ntm v¡u:zl&gt;ua
•ommfssa est. Cic. 1. ofür.
·
,
Lo in1smo que una tutmia, asi se han ·de ejercer los cargos publico,; no para utilidad de 108
que gobi~1 nan, sino para la de 'lm, gubernaclos.

,[Jf

del estado eit que se hallan los distintos
bjetos pue5tos a su cuidad'&gt;, los medios
/,cgum ministri nrngi.,tratus: lrJ1;11m ·intRr-' conducentes y obsta.culos que &amp;e présenta·n
jn~et,:s judiccs: !fguin ir/cirro omnN; strvi para llevarlos adelan_te.'
.wm11s, ut liberi esse possimus. Cíe. pro
58 .. Nombar Ún 5ec.retario de de:niro ó
r\. Cluentio.
fuera del cuerpo cuy'a dotacion proporcio-:.
Los 9-cbernantes
son ministros óecu- na&lt;la al trabaJ·o, v a los fondos murnc1T:,
tores de ia~. leyes: meros aplicadores de¡ pales, necesite ser aprobada por el conellas a los casos los jueces: con que todJs,,greso.
1
·
t'n fin para poder ser libres, somos sicr-!
5 9. Sufragar para la_ e1eccion de1 gevos dél as lc:yes.
\ beniador en los terminos que prescribe
. el art. 77 de la constJtucion del Estado.
0
de
ab1~ili
60. Conet1 rrir a la formacion de las
Sigue el d,,creto 1rnri1. 82. de l.
leyes en l.a manera qu,e ordenan los ,art. ·
de 1&amp;20.
11 L y 1 14. de la misma ccnstimcion.
54. Cuidar de la a&lt;lministracion y re6 L Cooperar a las adiciones ó en:
gimen de la caree], casas de caridad ó, micndas de la constitucion, segun se ¡:recorreccion, y de cualquier:, otros tst:ible- viene en lo~ art. 268. ~69. y 270. ~e di:.
cimientos &lt;le bcndice:icia o:1e
hava
en el {1cha constitucion.
J.
..;
distrito d·)Dd )S de fondos de :1quel comun, 1
62. F'ormar ordenanzas. munici1)ales
.puestos a su car"~º por la ley ó por la para el buen gobierno del distrito y povoluntad de los fon(kdores.
licia, µe seguridad, correccion, educacion,
55. }'li·omover la agricultura 1 la mi- salnbticlad, comodidad y demas objetos
neria, la manufactura, el comercio y to- concernientes al bien estar de los índido cuanto conduzca a proporcionar me- viduos que componetl[ d, distrito: propodios de subsistencia, y adelantamiento de nerlas en junta de vecindario, y solicil!ar
la fortuna el~ los individuos, de que re- su aprobacion del congr1:so.
sult~ la riqneza publica.
63. Al formar estas ordenanzas cui•
í 56. 17 ormar el censo con espresion ciaran de que en nada contravengan a Ja
~le la protesion. arte u ofi,;io d~ cada per- constitucion ó a las leyes, ni invad~n en
son a; y la estadistica de todo el distrito, lo mas minimo la seguridad de las.'· per, remitiendo anuahnente dos copi1s en el son'as propiedades y derechos d.e fo·s: in;.
mes de enero al gobierno con las aclic.iQ, dividi.10s, ni los m()le~t'en en mant'.r~ a1. nes a ~que diere. lugar el aumento ó &lt;le- guna sin grande, evidente inevhahle • nece. cadencia de la poblacion, riqueza ó in- sidad.
'tlustria.
64. Cuidar de la limpieza y aseo de
·, 5 7. Dar cuenta al · mismo tiempo al las calles,.·. mercados y· plazas · publicas:
. ,gobierno en 'una .memoria por ?uplicado de que los alimentos y. b_c;bidas .que §C

LEGISLACION.

l

-.1

1

J

�a

las buena1r ·cós'!'.&gt;
_vendan sean de- buena calidad, y de que nes que tanto ofenden
el péso y medida sea arreglada a la ley. tumbres. Para impedir esto po&lt;lran:: y
6 'S. Proc1uar la desecacian de las la- deberan. compeler a los Padres ¡de fat»i•
las esc'uefas
gunas ó pantanos, y dar curso a las agu- 1ia ;qut envíen sl1s hijos
ó los tengan dentro de casa en ocupaas insalubres 6 estancadas,
66. Rt&gt;m~wer-todo b que en sn ter- cion, imponiendo á los contraventores las
ritorio pueda alterar la salud publica, as1 multas o· apremios que crean convenientes~
7 5. Tomar en un libro que al efecto
&lt;le los hombres como de los ganados.
6 7. Húcer que los caminos rurales se formara razon individual de todos los
y trave!-iias de su territorio se mantengan fierros y letras ele herrar o, señalar los
compuestos y desmontados p'lra el mas ganados con espécificacion de sus dueños
comodo transno, comunicacion y comercio. y registro, si los tuviesen ó la autoridad
- 68. Cuidar de que en su respectivo que les permitio. Para cumplimiento de
pueblo haya cementerio ó campo . santo esto publicaran bando :fijando termino prudente, dentro del cual se les presenten
convenientemente situado.
6 9. Procurar la conservecion de los los duenos de fierros y señales para que
bosques, y arboledas sin permitir se arran- se tome de ellos l,a correspondiente razon;
que ningun arbol servible sin· que antes la que se firmara por el presidente y
se planten por el qué lo haga, y estén ya secretario. Dos reales se cobraran de deprendidos otros tres de la misma ó me- rechos.
( Se continuara.)
jor especie; ecsitando a los particulares a
&lt;1ne cuiden sus· bosques.
70. Cuidar de que a las orillas de
NOTICIAS NACIONAL ES~
los rios se planten arboles y con mas particularidad cerca &lt;le los ojos -ele agua, y
J';,fcjico 26 de setiembre.
de que estos se mantengan b;en cercados
1
para q .1e no sean trillados, cegados ó destruidos por los ganados, si11 concenür que
· Un súgeto de Oaj1ca con fecha 18
estos bajen por el rumbo de donde se del corriente nos dice lo que sig:ue.
considera viene la agua.
La causa de lo~ conspiradores sigue ~
7 l. Procurar qnc en los cami,1os
con la mayor violencia, resultancb hasta
planten a los dos lados, linias de arboles 1ahora siete sargentos y dos cabos de Teutiles.
huantepec, y tres sargentos ele Tres-villas,
7 .2. Hacer que previa la correspon- entre estos Francisco :Mateos que estuvo .
cliente licencia, se construy.m donde fue- de esc,ribano ele la causa tres clias; todos
re necesario a co.sta del comun y de los tienen ya dadas sus confesic,nes, por conarbitnos ordinarios, y en defecto de esMs siguiente 11Qmbrado~ sus defensores. El ,
de los estraordinarios, tanques capaces carm~lita al lerle la fo,ta de los subalcon arboleda al derredor, y que en esta ternos de esta guarnicion para que escodase de obras publicas tan inportantes jiera el suyo, dijo: que el ultimo de la.
se empleén por via de correccion los va- lista, y le -tocó a d. José Maria Oñate,
gos ociosos y mal entretenidos.
alferez de caballería con ocho meses dé ·
7 3. Formar la nota de los que en serv1c10 y diez y siete años de edad.
su territorio sean ciudadanos cuyo efecto
(Aguila num. 269.)
nombrara una comision cPmpúesta del regldor ,decano y uno de los procuradores,
Jf;fejico 23 de setit:m_bre.
la que héJ,ra la lista de los que lo sean
en un libro que se llevara a este fin tiEn una gaceta de coiombia que et
tulado R,,gistro de los ciud:tdanos. Esta honorable señor Miguel Santa Maria, mi~ ,
lista servirá ,al ayuntamiento para resol- nistro plenipotenciario de aquella republi~ ,
ver las dudas que ocurran en las elec- ca ha remitido al gobiern0, se lee lo si•'&lt;
ciones y &lt;lemas en que se requiere la guiente.
ciu.cladania.
,,Roma-Las comunicaciones oficiales.
7 4. Velar sobre que no anden por de ·nuestro agente -el señor Tejada de 26
las calles muchachos de uno u otro secso de enero y de 27 ele febrero del presenaprendiendo desde temprano los desorde- te año, dar; bastar:te idea de · 1a bcneva-- 1

a

se

a

'

-·

.

~

Je
zf
_}1(

d,
. Jo
di
Sl

ti1

/ di

ro
ol
to

e
CI

ce
Cl

ne
ne

pe
re
pr
ne
na
di
de

pa

e,

li2
el

NI
ta.
bl&lt;
so

'el
qu
la~

pa

JU:
lffi

do
fe1

da
alf
&lt;lit
ha
Ce
ere
gol
Sl

JlCí

ser
cm

su1

�V.-\Rii,DADFS.
lenci~ con que la santa sede ha empezado
.~tender Jas solicitudes del gobierno de r'9Ion,bia ~n favor de 1as nece,sidades espirituales de} religioso pueblo éo.
Señores editores del Aguila: teng:in
lombiano. .El ejecutivo no podia ser in- VV. la boudad de insertar, en ·su apre
diferente a ellas, y desde 1823 se apre- siable pedodico ia ecsortacion apostrofe
. suró a llenar los deseo.s del congreso cons- que hacen a sus paisanos los mejicanos
tituyente y los suyos propios. , Enm~• libres, desde su glorioso sepulcro, los i.lusdio de las dificultades _que nat·1ralmente tres padres de nu'estra feliz independenrodean a un gobierno naciente, y &lt;lea los áa, Ecsmos., señores d. Miguel Hidalgo: .
obstaculos que impiden a la silla apos~ y Costilla, y d. Ignacio Allende. VV. distolica entrar en relaciones especiaies con pensen esta molestia, a: su muy roconociColombia, tenemos la satisfaccion e.le anun- do servidor y constante amig.o q. b. s. m.
ciar al publico que la santa sede condes- -José Maria Gastaiieta y Escala_,da.
cendiendo con las insinuaciones del ejecutivo, ha nombrado al canonigo de MeHidalgo
rida dr. Buenaventura Arias, obispo de JeMejicanos ilústres y valientes.
rico in partibus injidelium, .rnciliar dr 1 Gbis- perezca para siémpre mi memoria,
pode Merida, cuyas bulas han llegado a la si os levantais con pechos disidentes
respectiva secretaria. Igualmente estaban en el cercano-día de tanta gloria:
procsimos a ser preconizados el arcedia- de mtev(I, union las letras refulgentes,
no de esta catedral &lt;le BQgota dr. Fer- ·adornen nueva pagina en la historia,
nando Caicedo, para arzobispo de esta y en -el ·obscuro seno del olvido
dioce sis rnetropolitan2.: el maestres~uela hundase el destrutor fiero partido.
de la misma dr. Ramon Ignacio Mendez,
para arzobiS¡)o de la metropolitana de
Celebrad jústamente eJ victorio,so
Caracas; el dean de la de Quito, dr. Ca- grito ele libertad dado. e11 _DglQres
lixtro l\:1iran:la, para obispo de Cuenca; yj con brillante cometa magestuoso,
el canonigo de la de. Ilogota dr. José: con himnos ·dulces de inmortales loores;
lvlaria Esteves para obispo de Santa Mar- ma_s no· prive is al pecho ele reposo
ta. Oportunamente instruiremos al· pue- con tempestad de crueles sinsabores
blo de lo &lt;lemas que le importe saber que proboca la guerra· fratricida
~obre estos negocios."
por mí_ desde la tumba malde,cida
El al"!terior documento prueba, que
el R. P. fr. Buenaventura Arias Lespront, . Borrense escosia y york de los anales,
que se nos presentó en Veracruz con bu- del pacifico P.Ueblo mejicano;
las y despachos de obispo de Jericó in para que &amp;eais, mi!. hijos, inmortales, ,
partibus, y ausiliar de Merida, se, tuvo llamaos patriotas, lo &lt;lemas es vano:
justisimamente por sospechoso, pues es sostened con esfuerzos divinales
imposible &lt;1ue en Roma hayan despoja- el edificio que os alzo mi mano 1
do al seíior Arias del obispado, y c0n- seran de duro bronce sus cimientos
feridolo al P. Lesproflt, sin las formali- viviendo unidos y a mi ~z atentos..
.
dades necesarias, y sin hacerse mencion
alguna de la vacante. Tambien se acreAllendt
dita que Su Santidad en la pr6vision que
Que, ?mi patria adorada
p,a hecho del arzobispado y obispados de en sangre de sus hijos inundada
Colombia ha obrado enteramente de acu- ha de cambiar por penas
erdo y conforme a los deseos de aquel el placer de haber roto sus cadenas?
gobierno, de lo que podem'os inferir que Piadoso, JUSto cielo,
si el enviado de los Estados-unidos me- no permitas tamaño desconsuelo
jjcanos hubiese · tenido instruciones y presentadose al señor Lean XII habría ya
No acabe vuestra Yida
conseguido el remedio de los males que el agudo puñal del fratricida;
sufre nuestrá iglesia.
ni la discorcia fiera
.
(Aguila nmn. 266)
os precípite en la voras hoguera
;que en cenizas convierta¡

ª:

'

.

�toda su vida.
,
·
.
. r
Cuando brindaron por el Comod'oru '&gt;
Porter, Jo que hicieron con mucho
El humilde artesano,
tusiasmo, se levantó y habló estas palad organo del pueblo soberano,
bras. ,,Séñores: en esta ocácion mas que
el sabi9., el opulentq:,
en cualquiera otra, siento cuanto dificil es
el miserable rustico, el hambriento,
siendo a su voto leales,
espresar mi gratitud por los honores que
me han dispensado: honores que el gounanse ya con lazos fratarnales
, bierno de mi país adoptivo, que sedigna
tomar intétes en cuanto me concie·rne,
Y del leon arrogante
no dejara de apreciar. Si yo he hecho
triunfara en llegando el crudo instante:
I
servicios ai ¡'&gt;ais de mi nacimiento, no
y el genio de la historia
hice mas que mi deber, y por ellos heciescribira en los fastos de la gloria
ilustres altos hechos
do mas que compensado por la aproba· de nobles almas y valientes pechos.
cion que mis conciudadanos me han acor~
dado; pues es debido sin duda· a ella mi
Linares 29 de setiembre
recepcion en el pais que adopté: y si en
Filiacion del reo Valentin Martines él puedo de cualquier modo· servir la
que se fugó de la caree! de Linares el. causa de la libertad yo moriré contento."
29 &lt;le setiembre sus señas las siguientes.!
La bandera escreffacla de los EstaEstatüra regular, cor:.testur&lt;!, gruezo, caraj 1dos unidos y la tricolor de J\Iexico, p1~eredond-t, picado de virue~as, colot casi!· dan flotar siempre jumas para reun;on ·
rubio, poca barba, naris redonda, oj&lt;,s gran• de los libres, y terror de los tiranos
( Es- de~ ' pel.o rubio: tiene un lunar en ei tractado para el correo de b federacion
p~rparo de un ojo es originario del cerro de la Lonsiane advertic;er.)
.
de Santiago, soltero, de 27 años, no tiene (Correo de lafeduacion uu:jicana 11ú111. _'3::27)
residencia fija- Pedro José ·García.
Londres 20 de julio de 1827.

una rica heredad casi desierta.

l

NQTICIAS ESTRA~;GERAS.
New-Orlea,11 30. de julio.

El sab::do 28 varios hab;ta:ites de
,esta ciudad obsequié! ron al seri.r;r Co1110-

en-

Ayer foé ratificado el tratado celebrado
con Mexico.
Se esta a listc1ndo en Portsmouth la
corbeta de S. M. B. Salney para conducir al c.eri.cr Camacho a Veracruz 1 y saldrá. a füies de este mes.
'
Se ha firmado el trau,do en fabor
dt" les griegJs. I:1glat,~rra, Franc:a, y R11cia, v,;.n a pedir la cesacion de hostilidades entre los turcos y griegos; y si esto.
no se cunsi/ue en el tern-.ino de un mes.
lo harán nt{evame11te con mas energia.
Puestn termino
la guerra trataran de
po,ier
los griegos en posesion de las
' de .sus ant~nas:-1dos, con la f',1cu 1tierr:1s
tad de esco,gei· la /orn11. de gobierno que
les conveni;a, p;-¡g,:ndo pcr e:;te bcnefi::io
una renta anual al Grn1 Scúor.

doro Porter con un mazn,f:.co bar~guete:
la f'a!a estaba adornada con los nabellones de los Estados-1111idos
-An/erica y
mexicanos: en el medio estaba el nornbre
de Pc)rtcr con el siguiente mote: ,,Hoi:or
al v.dierve:" enfrente los nombref; de
\Vasigthon, Victoria, L .. fayette y Frana
klin, cor;, motes _a'.usívos debé:jo de cada
a
uno. Durante Ta C('rnich scbríndó por
los Estados-unidos l\Iejicanos. Nuestros
vo¡rn. que elevap'm al ciclo· cu11stamemente: por su· c:mancip¡c:on el yugo ele la
tirania española, y por. su fel:cid,HI y
prosperidad ... Por los presidentes de los
Fonr!os m,jirnncs·.
· Estadós-unidos de America y Ivlexic;mos.
5 por 100. • . . . . . . . . • 56 O
Bolivar: no podpnos crer que el heroe
6 por 100. . . • . . . • . . . 68 ~
del sur deje de seguir el eJemplo del1 (Oricafr de Xalapa.)cori-co de la j~dt"racion
1
.,
•
de 1 Nr
·
..
' )
i1eroe 1rnstre
y patnota
I ·orte.
· 1·
· .,a-¡r
mryzcana
mun. 329.
fayette en su retiro a la Grmz.r:re mira eli
· 1 · b. ·
,·
d l • · d d. ·
. r
·
. · . .
.;' .
. , 1 mhr.:nta fe 1 P-O u:rno a carrro e cw a atrmn10 de esto.s princ1pws lwerales por. F
,
. ,..,
·
. ..•.., •· ·· - · ·· · ·· · · ·
.
, , ~ ·• - 1 •
·
, 120-Lorrnzo rlntomo de 111do.
¡os cu::i l es .l;a pe1e::~.. o ia.11 g1onosamente•
·
• . .·
.

ele.

Lrg
. pret1
sum

A. e
tore
ellai
en f
vos
Pro,

ten

:rnos
inin1

fuer
iado
dici&lt;
éret&lt;

se
·toda
otor
rale:
tada
conc
f~re:
anQ1

lado
,den1
los

pod1
tas

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238292">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238294">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238295">
              <text>63</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238296">
              <text>Octubre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238297">
              <text>11</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238298">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238313">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238293">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 63, Octubre 11</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238299">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238300">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238301">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238302">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238303">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238304">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238305">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238306">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238307">
                <text>1827-10-11</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238308">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238309">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238310">
                <text>2018839</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238311">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238312">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238314">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238315">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238316">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="10756">
        <name>Administración</name>
      </tag>
      <tag tagId="1897">
        <name>Agricultura</name>
      </tag>
      <tag tagId="9046">
        <name>Allende</name>
      </tag>
      <tag tagId="6589">
        <name>Gobierno</name>
      </tag>
      <tag tagId="4776">
        <name>Hidalgo</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8722" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7066">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8722/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._62_ocr.pdf</src>
        <authentication>aef9a86ae5785f4f2d8f70ec6ad8d9b9</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248078">
                    <text>tleza dt ,
:nte col;!
sald:r~
e Acateninte

1quella

DE NUEVO LEON.

ejicana
&gt;s Re-,
e-el de
señas
. regu.1lar V
r, ojos
pelon;
1 cuae, caembre

:a que
el dia
5men•
r vernariz
,hupi9 de

1a he:ida a
a ve\ co ..

[ndia.
e Mr.
ílOSOS

:irada
recho
L_des-

e ha~ureuelto

Del jueves·- 4. ·de octubre de 18!1.
1

Ut tutela sic prQcuratia reip~hlica: gerenda est ad utilitattm earum qui 'c~mmÚsi sunÍ, nó~ t~tum /Juibi.ta
oommissa est. Cic. 1, offic.
.,
·
Lo mismo que una tutoria, asi se han de 'ejercct los ca!gos publiéos; no pa~a-4tilid~&lt;l d.c ios .
que gobiernan, sino para la de los gobernados.
a ..

LEGISLACION.

ces de primer:i. instancia propids reconoce'ran en lo contencioso al Juzgado más
Legum mzmstri magistratus: legurn intrtr- inmediato, sin que este pueda· mezclarse
jJretes judices: legum idcirco omnes scrvi en otro algun asunto d~ aquel distrito;
sumus, ut liberi esse possimus. Cíe. pro
38. Los Jueces de primera instancia
A. Cluentio'.
'
·
foraneos daran cuenta a la audienciél denLos gobernantes son mm1stros ejecu- tro de ocho dias y los_ de la capital dentores de las leyes: meros aplicadores de tro de tres, de- las causas que en , sus
ellas a los casos los jueces: con que todos juzgados se ofrézcan. por delitos cometi~
en fin para poder ser libres', somos sier- dos en sus distritos: dtspues continuaran
vos delas leyes.
dando c·1enta en las epocas que la ley
ó la audiencia les designe.
CAPITULO. V
3 9. Los jueces de instancia no tenDe la.s ji:tcultaies _v atribuciones de !ns otros dran voto en los asuntos que traten en
alcaldes.
·
el ayuntamiento sobre los cuales puede
~moverse litis por la misma corporacion a
Sf;. Los a1caldes no primeros en los fin de quedar espcditos para conocer en
lugares en donde haya mas de uno son ellos.
jueces de primera instancia, y por lo mis40. En las causas ó pleytos que pamo pueden y deben conocer en todas las sando de cien· pesos no ecseqan de doscausas contenciosas que en su territorio éientos, conoceran los jueces de primera
se. ofrec_en por escrito y_a sean civiles ó in5tancia en juicio escrito conforme a decriminales haciendoseles constar haberse reého, y las semenciaran previo dictamen
intentado el medio de la conciliacion.
del asesor genéral del Estado en definiti36 •. Esra se ejecutara ante los regi- va sin apelacion, ni otro recurso qt1e el
dores que turnen por los alcaldes, ante de nulidad que se interpondra ante el misel alcalde prirnero ó quien sus veces ha- mo juez dentro de .ocbo dias para la auga, pues segun el articulo 229 de la cons- diencia, conforme al ar'ticulo 1 L capitulo
titllcioa del Estado no puede encargarse 3. 0 de la ley de 9 de octubre ele 1812.
del juzgado de primera instancia unico
41. En los -juicios civiles que no
obstacul·o .que pudiera . irrfpedirles conocer asen de cien pesos y· en los. ~riminales
.
..
~siquedán~oles, com:o s'egun que_ no merezcan peqa corporal ( que son
•e, ''1. de •la. misma .constituci- a los que 110 debe preceder la concilia€i.· '"'' . • .· · t&gt;tspeditas las facultades on) conoceran todos los alcaldes en JL'.l. ~~~ .,., el; conciliatorias y judiciales cio verbal nombrando dos asociados, uno
. que les concede la· ley de 9 de octubre por cada parte y los terminaran por pro1812.
videncia sin mas formalidad que la de
3 7 •. Los. d.istritos que n.o tengan 1ue- asentarse la determinacion con. es pre sion
1

�. .sucitíta de los ·ª2tecedel\tes; firmancola el. los abusos que ,haya observado; si.
/·alcalde, los .asociados y parte~ si supíeren, r~ de su il)cumbencia remediarlos.
y en su defecto el e.scdbano en un libro ... 50. Cuida~ de la construccion y r~
que se llevará al ~fecto~
CAPITULO VI
De las facultades y atribitciones · de los
dyimtamientos.

paracion de las carceles,• ~asas consis1triales, calzadas y puentes, &lt;le la cónser.- :
vaci,on de montes y plantíos del comuri, &lt;
y de todas las obras publicas de nec~:
sidad, úti\idad y ornato.
.•
.
51. Velar s0bre que no sea invadi'"
7
da la seguridad de las persoñai y · "
piedades de los individuos~ J de que llfJ_
sea quebrantada la constitucion dando CQ:""%
enta al gobernador ó al congre·so con al,.'
guna infraccion.
52. Promover la buena educacion de'
la juventud: establecer escuelas d~ pri'."''j
meras letras bien dotadas; cüidar de la .
conservacion y buen regimen de las ecsis..,'
tentes, y de cualesquiera otros estableé"&gt;
mientas concernientes a la instrué:ci
publica del distrito; salvo el especial.¿·'
recho de alguna persona ó corporacion;·,,
5 3. Visitar semanariamente las e?cuelas é informarse de su estado y pro•
gresos por la preferente atencion y _con-.
ünua 'vigilancia que se merecen.
·
,..
( Se continuara.)
0

42. D~ben los ayunta1Úientos hacer
el repartimiento y recalÍda9ion de las contribuciones directas generales para gastQa de la federacion y del Estado y. remitirlas ·a la tesorería respectiva.
·
43. Dar parte al gobi~rno ó bien en
su casp. al c.ongreso de ..los abuso.s que
· . note en la admini'stracion de las rentas
publicas· de la federacion y del Estado.
44. Proponer al congreso arbitrios
ordinarios para escuela 5, carceles, y' ~emas gastos. de comun, y estraordinarios
para obj_etos importantes al bien estar de
los individuos ·que componen el distrito:
acerca de su aprobacion sera oido t:n
todo caso el gobierno.·
45. Cuidar de la recaudacion y admi- nistracion de lo5. propio~ y arbitri,Js or.
dinarios nombrando mayordomos b·:jo su
responsabilidad, y remitíendo cada. cuatro
NOTICIAS NACIONALES.
meses la cuenta al gobien10- del Estado,
para que glosada por la contaduría y
visada por el gefe de hacienda la pase con,
Jlfcjico 14 de setiembre:
1
·
.
f"
l
1
•
. s.u m orme _a congres1) para su u,uma¡
.
apru6acion.
.
(
Hemos recibido él numero l. del De-&gt;
.
46. r:acb ayuntamiento al remitir 1mocratico federal que ha comenzado a¡:&gt;U~
el ultimo tercio de cuenta a fin de año acom-i blicarse 'en Durango, y refiere el restá"".
paña.rá un estado comprencivo de los ar:- blecimiento del orden en ·aquel aprecia•
bitrios que tiene aprobad1f:i, con_ ,espresi- bl~ Estado en los ter minos siguiente,s.:
on de la frcha · de su, aprobacion.
· . , ,,En 25 de agosto procsimo pasado
4 7 Publicar y fijar cada año en los ofició el ecselentisimo señor goberna~lor;
parages mas publicas una plana· que ma- a los señores senadores alcalde, E.sean: \nifi.este con toda claridad fas entradas de ga y Arreola, ecsiiandoles a que se. re,i._'
propios y arbitr_ios, · su inversion y ecsis- uniesen para nuevas juntas ·preparatorias,,
tenc.ia.
presentando les .esta medida como la· uni48. Hacer-' que estos_ caudales.- se ca que podia salvar al Estado .de -la poguardin en ·arca· de tres. Haves de- las sicion. violenta en que estaba, y precaber:
que' una tendra e·l alcalde l. 0 , otra · ~l a los pueblos con oportunidad de los ma-:
_regidor mas ª?tig~o, y otra el mayordo- les de la anarquia: los tres se negar_on.
mo; y que en· ella el dia de la semana
este paso détndo por razon, segun se!
qu:e señale el ay1,1ntamiento en la junfa dice, la &lt;le que su ca mara ya se. habi&amp;:
ordinaria se introd~zca lo colectado en declarado constitµida. Pasó igual oficio
la_ semana .~on la debida cuenta y razon. los. sen.ores Mena, Matos, Barraza, y Va-:.
. -4-9. Atender a la cor~servacion y búe-¡¡lenu!ela, y los cuatro conte~taron auce°:'
na 1nvers1on de qua-lesquiera fondos de losfftes a lo· que se les ·propoma para. obs .,
pueblQs,, tomar :uent_a a 1~s administra"llqui~r de esta manera a la s~l~d pub~~
dores y _darla a· qmen corresponda de
'Para la tarde del ~9 sito et se _. _
0

i

a

a

'°

-

..

�a

StQ•.

sernun
ece..:

igoberrtador
los siete señores senadores -trfota, se reunio con el ayuntamiento
a fi~1 de que tuvieran la primera jupta que' la espera,ba, pr~sidido ~.1:.-~L /st;,iior
preparatoria: se verifico; pero no ,a'sistie- gob.ernador, 1 dcl disrrito. El ,Ecsmo.;-s.e.ron -los tres· que.se habian escusado~ La íior presidente de la jtmta ciud,adano Man~segunda la tu vieron el S· l por la maña- e,l lV~ier y T~ran pronu_nci9 :e-1 d}icutt,
na: en la · tarde se declaro constituida la que 1!1sertamos en segmda, y· se depd~:
ca mara del senadQ, y acto continuo, reco~ t,q · en una oaja de. madeta,rJ.iD¡a con las
noció y fué reconocida por la de diputados. actas del Ecsmo'. ayuntamieúto y de la
J\yer s~ hart . abierto las sesiones del J~nta, relativas la cole&gt;~~cion de aquella.
segundo congreso constitucional con toda piedra, monedas· de. oro;y, plata de tod_as
la ~olemnidad que prescribe la ley, y hoi las clases qlle · usa hoy la· republica, y
comienzan sus· trabajos los nuevos legis; el Aguila'. de ayer,· por contener , la noladores.
.
.
· ticia de la ceremónia; cerraqa- fa ;caja, y
La providencia nos ha protejido: el otrada en oja. de iata'. y. :cpJo~,B ~ · ptÍ- ·
horisunte politice, estaba muy cargado: Du- .so dentro . de la pi~raL~~,'.-Gqlo~9:~est;i
rango se encuentra iibre de aquella tem- por el señor Teran; y· r e~~rt!~ la· )~Ye
pestad,á lo:r individu()s de ambas caniara's al señor glibernador, quien· la· ¡,usó: ,a;l
toca el consolidar la unían. Bendiciones senor Azcatate, sindico del a:y~ntamiento
sin cuento vengan sobre los que se ocu- Y este. al _secretario; terminandose el a-6pan en hacer virtuosos a los pueblos y en to con :vivas y aclamaciones a fa fod~rattonservarlos en la paz.-L. EE."
cion mejicana, y a los digoos patriotas
(Aguila.)
· (Correo.)..
(Sol.)
que tanto han trahajado por ella;
,
El citado discurso dice as1.
A1tjico 15 ·de setiembre
CoNcrúnAi,AÑos: en .este lugar 1~ tiranía ha cometido tm grande crim~n: l~~
Los a.::untos de Colombia van cada que impediaa- la J~b~rtad. del ¡Ariahua_c
dia de mal éñ peor segun l~s ultimas no- mmol.aron aqui al get\~r~l Leó~árdo Braticias, y en Centro-America habia pocas vo; pero at cab0'. de ·J5., a,iitis.. y ien el
esperanzas de que terminase· la_ guerra goce pleno de •aquella misma tibertad · vecivil. 'Aqui· no habra. nada y seguir~mos _nimos a purificar este sitio. funesto y
marchando ,bien, si corno es muy. de;' es- edificar en el una cbra qt~e. al paso que
perar, los h01nb1:es de jui~i~ -y patriotis. 1sir;ve, de ·re~stro en ~l li~ro _de la ininoF-.
mo que han tenido la deb.1hda-d de m:ez- (ahdad, _donc1.e se,· &lt;\Stenta el nombre &lt;le
darse en las logias e.scc&gt;cesas. yorkinas y los grandes hombrest · sera tambü:n el
novenarias, abren. poi: fin lo~ ojos y se oprobio de los opresbres de los pueblos.
empeñan en que, se disuelvan esas, socie- Es en vano que el furor de estos man' dades secretas origen fecundisimo de discor- che diversos puntos de I.a tierra con la
' "días animosidades, ecsaltacion y escandalas. sangre efe victimas ilustres, por q-ue,;con•
Si se cree que en alguno de los 'tres tiros seguido el triunfo, que siempre 'es.' de la
hay coñspiraciones,. ¿por qué no se' de- buena causa, vient luego la gratltud y,
' nuQcian a, Jos tri.bunales y se· castigan .co- la admiracion de todo un · p-4eblo; y lema al padre Arenas? ¿por q'ue ..~.[ pero vanta sobre el suelo ensangrentado un
es ya · inutil estenders'e,. pues ya · se ha monumento cousag~ado a la · virtud, dondicho demaciado sobre el particular,, y de- se inflama el· cor;zon de los h 1lmbres
Ja. 'que se necesitan son provid~ncias de generosos de todos los tiempos y son
"Jos: supremós pocJeres para evita't- lo.s,ma- arrebatados a iniitat los- ejemplos subliJles.
Dejemoslo pues, y tratemes de.co- mes que han dejado 'los' ilustres varones:,
·,-sas, agradables.
.
aii se perpetuan las aéciones/ grandes,. y
Ayer se verificó la colocacion de la la: 1?emoria de .un heroe queinspira el no-·
primera piedra del monumento a la me- ble ardor de segitlo.
.
maria. del señor don Leonardo Bravo. ,
Para cumplir el designó ·con' que, nos
La ceremonia se hizo con el mayor. .de- ·hemos, reunido; dejemos- a qui, conciudacoro, orden.y ·entesiasmo. La junta pa- danos este aviso a la ,posteri_dad~ La junta
. rjotica ma;ob'ó, a ·pie desde palacio: lle- &lt;;ivica -dd año de'• 1827. compuesta ele
igaµa. _al sitio, donde fue sacrificado el 14 392 cíudáda,nos. invitada por el ayurtta•. "~ore·. . de·~ l'812, aq\1eL insigne pa- miento de la ciud2.d &lt;le• Mejico, . y en:.
0

adi- :

pro-· ,

_no
cual-

de
pri: la
s1sec1- '

L

:10n

·de- __;
10n.
es)ro-

a

a

�cL~mp1irnicnto de nn decreto del congreso( gles- de los. intereces de sus subditos ..
nacional puso la primera piedra de este diseminado varios buques de guerra:' ' ·
monumento consagrado a la memoria del ra que recojan sus_ propie'dades en aq:ü'
general Leonardo ~rabo, benemerito (fe na· republica; y con igual motivo ha v
la patriá, quien fue sacrificado en este nido la Bermud"a: a este puerto la fraga ..
·mismo sitio por la crueldad del gobierno ta de guerra Autora, por si· en este sué•::
español en tiempo del virey Venegas.-·Ma- lo habia propagadose esta epidemia. · Mas{
mu:{ de Mier y Teran.
·
por fortuna no ha sido asi, y pronto de-''
·
( Aguila num. 2 5 8.)
sa pare cera ( segun se dict) , dicho buque:
é ira a donde sea mas necesario su ausilio.
¿Mirad msjicanos los efectos y con-··
Mejic'o 17 de setiembre.
secuencias de los partidos? ¿La Consti- ·
El aniversario del glorioso grito de tucion boliviana es el fuego de la discor-.;
Dolores ha sido celebrado ayer de una dia en esos paises done.le se l~a derramamanera digna de un pueblo ilustrado, en- do tanta sangre presiosa por la libertad! :
tüciasta por su libertad, y, amigo al mis- apresuraos a uniros y que en nuestro sue- .
mo tiempo del o,den y de la ley. .
lo no se repite mas que un ion, libertad &lt;'·
La noticia ll'egada ayer mi~mo por y federacion. Luego que tengamos deél paquete de Londres de estar ratifica- talles mas circunstanciados nos apresura- ,
dos nuestros truados con la gran :Ere- remos a publicarlos.
taña, aumentó el placer de que estaban
( Sol nitm. 156.'3.)
poseidos los ca.razones. Las demas noticias de la Eurnpa las daremos succesivamente, por no haber recibido toda v1a¡¡
··
núestra co~respodern~ia. ,
\Estr~do d~ ingresos que ha habido en la ad( Aguzla)
( Sol)
(Correo)
¡mmzstraczon de alcabalas dd Estado libre ·.
rcle Nuevo Lean en todo el mes de lafecli«
Mejico 18 de seticmlre.
1
1y jJor todos los ramos que se detallan.
La noticia de la llegada del pague- J
/7alores.
RAMOS.
te ingles vino por el correo• de gab1nete de 1
Pesos. R. C.
la legacion mglesa, que hi~o el· viage en
28 horas. Por cartas particulares se sabe que el senor Camacho estaba para em- Alcabalas al :'i jJ01· ciento. ,,
barcarse, ,trayendo los tratados que estan Derecho de consumo· al 3
ya ratificados: que el gobierr.o nuevo de
, jJor cihzto.
los griegos fue reconocido por la Francia Derecho de estraccion de "
la Rusia y la. Austria, e-.. decir por las
1 t 6. 3.
moueda al 2 jJor, 1OO. ,,
mas poderosas potencias de la Europa:
Licencias de ganados. , ,, 012. 4. o.
que a ·consecuncia del viage de Ofalia, y
,i · 357. 6. l.;
conferencias· entre los agentes ele Ingla- IJf'jJositos.
térra y Francia, se habia acordado que
Suma, , ,,
921. l. 4.
salieran las tropas de aquella, de ~_)ortu'
gal, y las de es ta de España. Esto eb
1o mas notable que hemos visto en una
J}f&lt;Jnterey setiembre 00 de J 827.
carta ·de Londres de In de Julio.
( Aguila num. 26 1)
Pedro Noada.--Fto. Bnc.-r. Castii/011 ..
Peracruz 8 dc.idem.
1

Con el rriayor dokr 1; i:cmos que anumc·1ar al publico las nct 1ci1.s cine han circulado hov en esta pl¡;¡;;;ai y son: que en Imj1rmta del gobierno a cargo del ciu1ada· Colombia "y el Peru ha'. prendido-el fuena Loreuzo Antonio de JJ1elo .
. go devorador ele la guerra civil é intestmn •. Qne la v;g:tqcia el gobierno lll·t ai:r.:111=11==-::a:=-========::=:;:==.::::m===-

t
l':

r

s

Cl

¿¡

.pu
vo
ne

do
dici
la
su]

de
son
rEn:
me¡¡

nes
. cad1

'dus

,gofr

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238267">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238269">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238270">
              <text>62</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238271">
              <text>Octubre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238272">
              <text>4</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238273">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238288">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238268">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 62, Octubre 4</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238274">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238275">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238276">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238277">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238278">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238279">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238280">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238281">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238282">
                <text>1827-10-04</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238283">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238284">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238285">
                <text>2018838</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238286">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238287">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238289">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238290">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238291">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="8821">
        <name>Alcaldes</name>
      </tag>
      <tag tagId="9719">
        <name>Ayuntamientos</name>
      </tag>
      <tag tagId="16782">
        <name>Gobernantes</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="6929">
        <name>Leyes</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8721" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7065">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8721/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._61_ocr.pdf</src>
        <authentication>10255a1bcddba25747dc67f54ca13d8c</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248077">
                    <text>•
que···
que
dias
dis- -Cl

etiró,
lOCtO ,'i

Ut tu~ela sic Pt~tdi{~f,ul!ictt: geiendo

a"'
alid~/
. de~i;.
pue.t
do

commts&amp;a est.

Crcf

ti(,,,

LECISLAClON.
g:up.os,

, puel!it-:

s. que;

d, scJ
'i

y por.•
...

:sp~n-.(

eso de,.,

lat

-14.

•.

1

r

Vde\
•
· 1 r·
. L~ mismo ·q~ una' tutotia; asi -ti., ~i\
, q_ue ¡obiemal\ii¡,,~ipo p;ll'.~ la de lo• g~.er ,

1gad,t·'.

'

orum fUÍ commi• •. . '

Legum ministri ,nagistratu.t/ le~ int~
1tretes judices: legurn idcircfJ omnes: strriJ.l:
•~umas, ut liberi esse possimus. 'Cic. p,j},

.A.

-:.Estado. - '

~~i~;:. 18

.·

.· . ,.

Cúíµat¡a. d~l otden de. ~,~r~n(\~Í~,
:. jQ publica~ .deJa segutitia3 de 1la.s per.
.· :•~·. nas~ y 'bienes; de la ejecttdé~ de· -las
., es y ord~nes ··que · coml:Jniquc el . góbi•
~o en ·su di$trito, y gcnera!mente de to•

Cluent_io.
·
·.
Los gobernantes son ministr~s ejecu:.: ~ , 1:0 que ~rtent'ce a la bueua p&lt;&gt;l fo_ia.
tores de las leyes: meros aplicad ores i _de &gt;'? J 9. Co,róunicara-. :inm~diatarnente· al
llas a _los caso~ los juece·s: con que .to.dos · 'Y'!ntluniento ftlsi decretos
ó.rd~e'S que· ·.
én fin para podér _ser libres , som_o_s· srerJ !-e~ib_e haciend~ · pi~l}~t -~!t ~i n&gt;ii~{o.-to~vos ddas leyes.·
, . . umbra do los que a'S.1 lo:p1dan:, cuyo r~c1--bo. y constancia de publicacion 'se firmara
CAPITULÓ IV
..
por el ~ecretario . d~l ayuntamic-nto.
los preside.ntes &amp;:lf&gt;8._--ayuntamie17:tos. ~
2q: Cuid~r~ ~eJ ayuniaroi~n-

r

..

qu~

. . . , -~), .. ·.: , .. ·, · ·-~•·. ó~~e~~,~~::J,.:·· · !&lt; 5~. · ~,-.J~•;·•-~~f
·pres1deru-es --~ fos ay\1nt:ami~,;q.tdenaf:N:~S·~
·. ~,, ,vñc,lo;~%&amp;}i!á-,
'ntos los alcaldes unic;:os· ddndt.110'1íaya: ~ildos ·S!il Jo'S,:ttt:a$,;. ,'.&lt; f.iet~inan:,y ~
~as de_ uno; ! en los ~istrito..s en·;dondeJló,s vo_c~l~.s ~ue.,rm',cori~han , ella_s. por
ltaya mas de uno, el pnm~ro. .·
. fÍmoros~cad, o abandon~, com.o t;,tm:h~~1) a.
;

:·:·

14 Son

0

l !:, . El . presidente de\ .aynntamientollios'.qüe no cumplan con. las comisiifries
la primera autoridad politica gel .&lt;lis~ lque se les encargan en un tiempd teguirito subalterno del gobernador, cuyas !lar, les ecsijira la multa pecuniaria que en
· rdenes ejecutara con inmediata respon- ;las mismas ordenanzas munitjpales .se ha. abilidad a el, segun y como lo hacian los lya impuesto conforme a la falta y propor..efes poliri·cqs ':subalternos respecto de los !cion del individuo.
.
efe~ politioos . sureriroes 'conforme a la 1
. 21. Remitira _al .:fin de cada i_nes al
ff1 · de ·23 de· 1url10 de 1813. . , _
gobierno un ceruficado co,mprens1vo .en
~: · 1_6 ·A fin de quedar mas (}Spedito pa- 1estracto de todo los oficios,. circulares, or·' a ··cl· ~:onto' cu~plimiento d~ las ?rdenes fdenes,. tlec_re_ios y. leyes~ 9ue en
me~ s~
del _g?6_1e~n~
encargara del 3usgado ¡hayan_ rec1b1do del.·._ mismo ,gob1frno as1 ·
e, :prtmcra··tns·tancia., .
·
,en su JUsgado, cqmotn ~l ayuntamrergp ~u17 En consecuencia de esto solo que- yo ce·rtifi.cado serv1ra de recibo, se ltrmadan espeditas, ;'-af.i;r~~iclente c;lel ayuntami- cit. por el presidentt).;·Y. secretario -d~l 9yun~
'e~t_o. -l~~ f~c.·
r_~ccional_~s ~oncilia• tamien~o; q.uien lo es tender~ b. ªJ_º._i_ _· :e_···
. pt1as, y jutb~ta , .... r .•contenciosas, que ponsab1hdad y la dd pres1dente•.t-r, ·
e~:(coneede··la~~f · 9 de ettubre de 1822
22. Velara atentamente so~,t~. la bue.
:~eFd.ócreto- ti. 0 : 2's de: ,23 de. aclril de ¡na administracion é invercioJ\.:,&amp;e)os fon-/
¡,

:,s

jos ne-1,
, pica-'·
.

'

~ro, pe-,

;amisa,:,

n(?_ -~

u~:~.....

.:!2~~/~t~·.·. ~ongr!-~·~· •:~~;t~il~l:~~~n!~ l,,e_s- ~~os de

:1

/tts·.

propios y arbitoi~st:ltati~ndo que

l

�-

,

r•'.•

~{;/ .ft~rZ~-

i, '

'

:

eg~itn}amiento 1iemita las cuentas en· los calde conforme a los.
· · · · tiepip_:&gt;s ':design.ados· por Ja l.ey.
. ...
6,9. y 70.
.,, · ~3. Ausiliar,/al'. ayuntamiento parala
32. En donde no haya mas de·· .
.lt&gt;rmaéion del ~fnsQ y estadistica ..del-dis- calde sus·- ausienci~s ·y enfer.1111!dadet"

trito, y cuidar?C1!e que se haga y ¡em.i- supliran por, el regidor a quien toque
ta segun e.sta· mandado en la atrib.uciórr gun la Jey ·Y uso que ha regido. ).
1411 del articulo 230. de la constitucion
S 3. Pre~idirª al ayuntamient&lt;¡t en.
del Estado..
1
das las funéiones a -que éste deba
24. Procurara que en el distri~o,se es- tir y en los acuerdoSc c~pimlares; en
· table~éa el numero competente cte,escue- que solo tendra el voto decisivo: tam:
·'las _de primeras letras pára la enseñanza en presidid, todas las juntas de eleccio . ·
-~ lajuventud ec5aminando sus precepto- que haya en el distrito de su territo · ·;
res y cuidando de que el ayuntamiento
34. La secretaria del pré~idente s .
las visite como le esta prevenido por la la 'del ~yuntamiento, su oficina ó des~'
constiíucion del Estado.
· cho en el parage -principal de las casas
25~ Proc~rara que, tambien ~n las consistoriales.
rancherías se -establezcan escuelas, dictan( Se continuara.)
. do para ello la~ providencias gübernativas que sean nécesarias.
26. poara imponer correcc;onalmente
NOTICIAS NACIONALES.
,.. multas. desde uno hasta cincuenta pesos
'
.
segun el tamaño de la falta y circunstanMtjico 6 de setiembre.
cias de la persona a_ los que de cualquie-·
ta modo turben el' orden, tranquilidad ó
El sr. comandate general ha decla.
sociego publico ó le falten al respeto; y 1rado con dictamen de asesor no resultarau~Hrara · en caso necesario a la· _t\1.sticia cargo de complicidad en la .conspiraciou.
para que se ecsijan irremisiblemente, las del/ padre arenas . al r. p. doll}inieo .fr.
impuestas por las leyes. sea la ·que; foe- Manul Mendez, a quien en consecuncia'
re su ~u.antia; ~uidando de que se dé a ha dejado a dis.posicion del s-r. provisor·
unas y: otras &gt;el· des.tino 'ptevt'nido en el 'para que detnmine por si solo en la cau._
decreto n°. 51. de 9 de julio de 1825. saqueseleformo. Muchocelebramosque.
27. Podra tambien imponer correccion- clesr&gt;ues de tantas y tan cumplidas diligcm- ·
almente y sin figura de juicio destle u11 cias como ecsije una cau~a de conspiradía hasta un mes de arresto o de obras cion tan general y ramificada, se vaya con. publicas- en el mismo lugar segun las cir- siguiendo la indemisacion de los que han.:
. cunstancias.
sido aprendidos por dato~. fundados y l~28. S.i la seguridad del. public? lo :gales, que se desvanecen despues, y e
ecsijiáe decretara -el arresto de alguno ó conve~cimiento o -confesion de los verda 1
· algunos ciudadanos consignandolos a su de ros reos para su justo escarmiento. Pron.i&lt;
respectivo juez en termino de cuarenta y to se vera lo mio y lo otro y el .bon .
ocho horas.
de los tribunales &lt;le la nacion queda ·
29. Tambien lo decretara· de -los que acubierto de los tiros no solo de la ma ·
se hallen delinquiendo infraganti, pa&amp;ando- ledicencia, sino de los que por €ompacio"
' los al juez respectivo dentro de veinte y ó amistad con los p·rocuados u otros mQ:-:
cua,.ro. horas.
ti_vos inocente&amp; en si, _culpan a les juece•
30. Aconpañado de uno ó -dos re- por las demoras que. ~on de absolu ''
1
gidores. y'üd sindico procurador, visita- nece&amp;idad en esta clace de a~unto.
·
ra c,ada me~· la carcel; .a. cuya visita se
(.dguila: num. 249)
le presentarañ todos los reos que haya,
· y dara cuenta ··a17. gobierno de 1o que en
Oajaccr 2:9 de agosto-.
ella :notare.
' ''Y; .
. 's l. Las au&amp;.e.fims, enferm~dades, ó
Se sigue can bastante actividad y
. impedimento def aief.lde primero se supU;. han tomado a los reos. s:us declaracienes '
·ran, en donde háya'·mas' de un alcalde Seguiran los careo~ y de ellos resulta
p,,ir '~ suplente,. y~ en· qefect_o de este por ina¿_ hueJJ.a _para-rastrear la verd~. · H~
él• que. ultima~ente · haya ejercic;J,o' de ·al- haila ahora. siete sargento&amp; presos de ...
¡

I

1

,...-.,---,

r-.

os

Gar1
•'
· re'S

que
que
carr

c:on
ID\e

mis
.· ,~ac,
ente

Par
no
to,
· ard,
Se
criti
de
rito
mu
ent
aba

Y.

~

···ria

.mic
zan

un

aI
das
ta

en
cifi

qu
tró
de:
rer
tos

.Pª

. ch1
y,
.cel
pr~
ert
los
la
1m
nei

err
ria
be1
ma
-,rio

.Ja:
.. ret
· cor
!;.

•.

n1c

�bos batallones •. · El de Tre's-viÚas P~9loLJy. sus s,ueldos a los· otros. Se de~pacha~.Garcia que fue el denunciante, ha sidolJrían correos) diferente~ puntos de la·~&lt;?,Spres.o . ultim.ament~'. d_e donde inféri~os¡i;t~.-i otr~s ~t?cmientc Ua~ad()· a aJ~~~s
que alguna co111pl.1c1ud - tenga. · -Se . dice• h&lt;:,ífires utilt;:s gue .pu41er~n. servir f l
. que muchos. dias antes. se entendia con el pr.&lt;&gt;1.ecto. ·Al que admiti~sc ~ le reci&amp;i:carmelita y entraba a la prision a habl.tr fia. y ,al qia~ no se descchária. Luego
.con el resel"\'ilda{jente y est-0 sin conoci- ue estubiese ·todo orga~izado, el ·car·me-.
miento de sus gefes; y aunque la nochf; lita abdicaria el. go9ierno y se retiraría a
misma lo: denuncio -de:spues de habedó su~,convento ó
pin,insuJa a vivir :en·,
~acado de la prision, fue por un movimi- l~ soledad de .\m. ·_claustro.
,
:
ento ·de turb:,,cie&gt;n ,creyendose descubiet«q ; .: .. El ~ayor)~1isteriº'. dt; ~sta conspira.
Parece qu~ el otto f~ligioso franci~c · -~, ':-., n,consiste
la .. infalihllida~,
qµ~
no estaba 1gnoran¡e Jl~ tuera d:l. porye~ _· Sautores J.- h~~1¡¡~ . -, ceb1do; r~n emto, y aunque se. quedo en la pr1~JO?, a~1 bargo q~e t()(i,a,
/;lt, 1 iJ ~/;~~ c_al-_
ardaba :en ella el ~omento de la VlC.
culos. Po~ . cal._c_ul.,Qt,.ff ·. ' . . Ji~_.~•·; "''!;tal.es·
S~ hallo al carmelita un cua9erno ll)a,~, 1,. tales p~rs~r.ias, d.c~,-a~J ';' --~~-,y~r
crito todo de &amp;u letra que es un di.ffffl ~~l-culo o (ama, que otras· la: fav,(&gt;recetían;
_de sus ocurrencias desde que pisó eJ •~ y ,por calculo. habian puesto,. en· la ~is~:~~
ritorio de .este Estado. Habla 1en' ef4.r la proscrip~i~n-~a otra~ a &lt;Jµi~n_e,s. ~~~~a
muchas personas publieas a quienes: nit ijan conoci~o... Pero el car~elita·erá cuenta. por sus nombres y "1s re~rata éom'ó tioso . en pregúntar y todas sus coti~~rabandonada~ a lo sumo de la corr,upci&lt;m,, 1.sacionei; ~on ._ los sargentos, y persoriat
y se esplica como el autor de·Ia, hi$to- que ent1:aban a.verlo se reducian· asa-~
· ria secreta de la americ;a que · se. i_,mpfl.. per la fue~~.· de. T~es.'\l'i~las, de T~hínm- ·
.mió. en 1o,_ ulti~os numeros deLv.e:racri,~ tepeque, el1~l~~ta_do,~;1,~~~f.ln~~d~1cazano y se. mserto Cll . el .. :sql; .. a,l ñn trae sadorei;,{\el ~,~tc;rf, -~1'lf&gt;( y ~o,r•zpfl 'dé los
un parrafo Targo de pi,:otesta de ser. fitl oficiales; o.e "sps ami&amp;'~ff ~e~~u~,'de bUS •
a Fernando VIL y ..,aerifiéaTle cuantas vi-, ~ntret~imie,q~o~ ,~:-~~~pnl,'q).te guardas. tuviera y cons·e¡var su memoria has- 'dan con .sús gt~es y' del pátJido que domita despues de muerto: .,.s~ hayó tambi- na.e~ .el pueblo y !a,s inemi_stadcs qµe reinan.
en dentro del, b1tevi~rio _una clave para
•
,
.,
cifra que aparentemente se. asemeja)t,_h~ ,: , .. _ " ,'.'··- .,... /fa.y J,r;e:1os ,,. .
que se intereeptó .a Ri(p\c\a y, se en,coni . ·.·• .,·,J:-r~,D~ing9'.,,d_~ ~an losé; .carµielita,
tró en la causa del padre Are~ás. , fJ plall' (t~ Mate9 ...Nl~iari. fané~$ca:n.o.
.. ·
del carmelita segun . l~s noticicls qup cor- .· · ,,
- ,· . . .
·
· ·
ren mas v~_rosimile~ era con los . sargerí.;
· De Tres,vill«.,
~ tos que esiabin a su devocion y la .tro..
Sargento segundo Pablo Garcia.-De
\.. _pa que ellos condtJje~n ocupar _en Ja no- Te!mantepeque-Sargento p¡.yieraJ9sé Ma. · che del domingo;.cl c~artel de Tres-yiHas ria Gop.zalez.+-Sarge·ntos Pedro_ J&gt;ablo Ro)'1 . tomandQ{es las. a_r~s pasar a ,la ~ár- c:lriguez.-Sargento Gregario ~i~~da.-, sar~
· -~e,Lar ·~~-•~. ,,. }()S_ pre~"' En seguida gento segundo Albino Rustrfa~.-Sagen'.:. pr.e~er a. ~lg~t autot~~,ade~ Y,.
m"1- to Julian Lopez-Sa_rgento ·Isidro Garcia.
· erte .a otras to~r las .~()$ · t~~rer1as y
( .Aguzlp,t1u~. 2 5 4)
' . los bienes de ~lgun~s ,pe~W\ás_ ~~etas a
.
• 1 . ·' •
la independecia. E11, eslQ ;~~a,n que se
Mejico 11 de setietn6re
.. ~nr~iria
poco tie!ll~ pu~s· al; am~- . Aye~ d~spac4o }~; ~mision ~e pu~.necer es~na todo tranquil&lt;? P9J'- .~l ~b•· tos const1tuc1onales de fa camara de d1er,no, espaíit&gt;J. ,en ,cµ10 nombre . ,~o'rma.. putidos, y parc~e- 1:l}l&lt;: opina. ck_ acuerdo
ria una JUnta de. cincQ individuos·. qU;e go- con el gobierno, ·sd'6re ser_ del resorte del ·
· her?ª~'? .~-(~s~:. •,A ']Js ocho'-. de . la cong~.so gen.e~••1 '.~,sel u_si~~men~e,, ~l _pun, manana" tie· p~bhcana un bando con va- to acerca de· ~spulc1on de , e-spall,oles.
· .-iosl2atil~d"~~-·,estab.m.~.acor4~~,,,,.en ~o ~ puede ~enos de espetar-9,ue se de--k~:m~ ~''· l~s; 9t~se,:r~~s,_ clarar~. asi por ambas c~~!á~. pot las
•. _-ntira.~Q ..,'~: ", · · ,.,'6l·:~~~ª' ,~~-.,q~1,te~ r~:i~s tan poder&lt;&gt;sa~, qr.ie&lt; ~nd1_ca el go•
,. •:~nt!mµJ~ -~;• , . qu,st- de estos dom,'.". b1er,iq,.. y que se pueden, ~mphar hasta
~-~~;ab&lt;m--,
-¡·:.t1Kiri~
~t-· .1p¡.~J1hos. oon!e·JJ:C~I a 1~ mas encapr~hados,. · r~~
·-,-, . - .....
i

n to-

·ª la

~&lt;&gt;~.

en"

casas '·

~n,.

~ll~

e

&gt;visor,
L cau1s que.
ligenspira-~

con-·
e han
y- 1~
y

1

rerp ,'
Pro.
hon te~'•

?ªr

°'.ºY .

s~

-

.

1

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238242">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238244">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238245">
              <text>61</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238246">
              <text>Septiembre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238247">
              <text>27</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238248">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238263">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238243">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 61, Septiembre  27</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238249">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238250">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238251">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238252">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238253">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238254">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238255">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238256">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238257">
                <text>1827-09-27</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238258">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238259">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238260">
                <text>2018837</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238261">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238262">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238264">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238265">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238266">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="20719">
        <name>Comandante General</name>
      </tag>
      <tag tagId="20720">
        <name>Declaración</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="7731">
        <name>México</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
      <tag tagId="678">
        <name>Oaxaca</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8720" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7064">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8720/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._60_ocr.pdf</src>
        <authentication>7d30b8afcf924cbe41815afe6f3f4cbb</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248076">
                    <text>Num. 60

GAZETA. CONSTITUCIO·NAL
DE NUEVO LEON.

Del jueves !O· de s~tiembre de f 8!7.
Ut tutela .tic p,-.curatir; reipui/ice rerenda e.i· ad utilitstem eorum qui commis,i mnt, n,n eoru,n ftÑMU
MJmmis11a est. Cic. 1, offic.
·
Lo mismo_ que una tutoria, asi se han de «:jercer los cargos publicos; no para.utilidac;l de loa
ciue gobiernan, sino para la de los gobernados.

•

LEGISLACION.
.
Legum ministri magistratús: le.1sum . int~rpretes judices: legum idcirro omnes stroi
.sumus, ut liberi esse posslmus. Cic. pro
A. Cluentio.
Los gobernantes s°(1 ministros ejecutores de las leyes: tner&lt;&gt;s aplicad~res de
ell_a·s a los casos los jueces: con que todos
en.fin para po9er ser libres, somos siervos delas leyes. . .
Omitimos en su lugar
decreto pro..
' vicional. num. 8-2 por hallarse actualm~nte
· en jliscu~ion para reci.bir el cara ter de ley
., con ·algunas modificácione-s sin embargo advirtien~o que aun faltan meses para la aberura de las sesiones ordinarias ·y que entre ..
{ tanto d.ebe observars~ dicho decreto creimos
'deberlo poner aqui segun y como se halla.
Decreto provisional num. 82 de 1 °
. de abril de 1826. ,
-----·~--

nez comprende• en su territorio los distritos de los ayuntamientos· de la ciudad
de Cadereyta-Ximenez su cabecera , y los
de las vill:u de Cerralvo, Agualeguas, y
Marin.
,
·
.
- · 4. 0
El partido de. Monte-Morelos
comprende en su territorio los ayu~tamientos de la ciudad d~ Monte-Morelos su cabecera, valle. de la Mota, y valle de China.
~- 0
El partido de Linares comprende en su territorio los distritos de los ayuntamientos de la ciudad de Linares s:u s:abecera, valle ,de. Labradoi:-es, Rio-bJanco,
y Huai.ahuices. .
·
6. 0
El partido de Boca de Leones comprende en su territorio los .-distritos de los ayuntaminetos de Boca de
Leones , su cabecera Sabinas , Vallesillo,
Punta de Lampazos, y san Miguel de
Aguayo.
7. 0
La distribucion .de partidos establecida para facilitar las elecciones, y
para la circulacion de las ordenes, no tie·. , CAPITULO l.
ne otro algun efecto legal en el Estado de
,
· .¡Je los partidos que se compt:enden en el Nuevo Leon.
.territorio del Estado. ·
CAPITULO II.
l. 0
El territorio del Estado se diDel gobernador y sus. facultades .
. v,ide por ahora en los partidos : Monte·rey, Cadereyta-Ximenes , Monte-Morelos,
8. 0
Todas las facultades qúe teLinares, y Boca de Leones.
nian los gefei ,politicos superiores y que·
. 2
Elpartido de Monterey capital del no han sido derogad.ts por el sisteill, tff·
~stado OOmprende e~ su territorio los dis- publicano feaeral competen. al 81&gt;~f~r
'tritos de los. ayuntamientos de la iiudad del E,s(ado.
\'· · ~-., ''
·· e Monterey~·su cabecera, Santa Catalina, ·
-·-: ·.- CAPI1'ULG&gt; III.
.· _~sq'.lerfa'.. gr~nge, Salinas &lt;:;añon deCuada- .
De los ayuntamien'trJi."
.-µ..
:Uª?atup.é Mont~r~y, y G~aj~1co.
... .
•. ·~ , __. &gt;o· ·. Et paffido de Cadereyta,.;X111:1e.;,.
9. 0 . "'.En los distritos· dónde· no hay,

el

° ..

~_w.

,d:

.

�...

a

«yu'ntamiento se conservar~, menos que¡¡hei:nos esperiment~do que par~ .cu~renta
por la cortedad de aquel pida este al con- traidores, ~astan diez leale~. _Qms1era pues
greso unirse al mas cercano.
, que las v1r-tudes, y her01c1d~d con q~
10. Todo dístrito qqe Ueg1Je a mil ha'n obrado estos fuera premiada con gealmas puede pedir al congreso que se le nerosidad por el s~premo gobierno a Jo
conceda formar ayuntamiento y se· _le con;; lllenos haciendo subteniente ó teniente al
cedera i.i es necesario ó útil.
sargento Pablo Garcia, por el importante
11. Los cl.istritos que tienen menQs servicio que acaba de prestar al Estado
de tres mil almas nombraran un alcalde' de Oajaca y .a la republica entera, asi co-.
dos regidores y un procurador sindico. mo repetidamente lo hacia el gobierno es- 1
Los que tengan de úes a cinco mil, nom:. panal con aquellos que obraban contra la
braran dos alcaldes, tres regidores v un patria. No menos que severamente cas~rocurador sindico. Los que tengli'n de 'tigados los infames sargentos, el fraile, y
cinco a siete almas, nombraran .dos .al- cuantos resulten reos de traicion. Pero
caldes cuatro reg1dores y procurador. sin- con velocidad y sin dar lugar a embrollos
dieo. Los que tengan de siete mil arri- y· dila wrias. De este modo se manifesba, nombraran tres alcaldes seis regidores tara al mundo entero que en la nGlcion
y dos procuradores sindicos: el distrito mejicana sabemos apreciar la virtud y el
que necesitare mas funcionarios municipa• merito, y detestar el crimen de los trailes los pediran al congreso.
dores.-El que no puede ver el sol.
12 . Los empleos de alcaldes regido.
res y procuradores sindicas son anuales:
Oajaca 21 de agosto
son elegibles y reélegibles para ellos los
vecinos. en el ejercicio de los derechos de
El domingo 19 a media noche iba
éiudadania, son cargos consegiles que na- haber en esta Capital u11a revolucion a
die puede renunciar, si no es que las ha- favor de España, y estando como siemya. eiercida Ull b~enio_ c9ntirwo anterior in- pre muy ocupado, te referiré lo que iba
med,t4tQ...
.
·
.
a. suceder, aunque no por menor por fal- ~
1_3. Lo_s erµp~eados en las rentas del ta de tk:npo, pero si tediré la sustancia.,
Estado gozan ecepcion de estas cargas con~ y es como s.tgue.
segiles segun el decreto num. 49.
El fraile carmelita frai Domingo de
· Se continuara.
S. José que se hallaba, preso en este convento de Santo Domingo, por conspirador
contra nuest:-a ind~pendencia en la costa de
NOTICIAS NACIONALES.
Jicayan, desde el año pasado, en compañia de fray José Moran, Franciscano azul:.
COMUNICADO.
(como llamamos en esta) y de cuyo asun.
to te supongo instruido, y salió el refeSeñores editores de la Aguila. Co. rido día 19. a las ocho de la noche con
tD:º entre lo que han insertado hasta ahora permiso del sargento comandante de la
l~s periodos incluso. el de VV. sobre la guardia de la prision; de allí se pasó a la
nueva conspiracion que el reincidente frai,; plazuela de la. sangre de cristo adonde- esle carmelo iba a realizar en la cuidad de tuvo con un, sargento segundo de casadoOajaca la noche del 19 del corriente. no res del batallan de.• Tres-villas, a quien le
haya leido, una carta mas circ.unstanciada, manifestó que a media noche se iba a proni que dé un por menor del suceso que nunciar en favor de Esp~ña y que con
la que tengo el honor de pr~sentar a. VV. el batallan Tehuantepec. iba a sorprender
segun veran. por ~u contenido; .me parece al prirrcro. El sargento de Tres-villas le
· q,ue tendran. lé.!,. bondad de insertarla en diJo al fraile,. que· el lo seguiria pero que
su periodico para., que el publico se ins- le parecia oportuno seducir a ijlgunos intruya m.ejor del. modo visible• con· que -la- dividu.os de. su- batallan para que se diprovidencia nos proteJe y defü:nde de los ficultAe. menos la . empresa; y. convinienatentados y máquin~ciones con, qlle. nues-: dose con esto. e). padret se marcho el sar.
tros_ enemigos nos quieren &gt;arruinél.r,.y re-, ge~to (dejandolo a la vista de un soldado)
~uc1r a la mas, .espai;.itosa escla.vitud:.mas a comunicarlo al primer oficial que en.... no lo lograran porque hasta la . fecha ya ~ontrase de su cuerpo, de facto en S\l:..

' l

1

l
l
1
(

)
(
(

e
r
r
8

a.

t1

q
S,

../

ti

r
V

r
d
e
a

q
11
b
tr
le

d:
la
to
V&lt;

g,
Cl

fu

ru
sa

P:C

r,¡i
ve
de
lJlj

�·~~é:por

·

dbce··

· ·:.lii~~ .

fa'~üpfi '.·

.1!1ismo cuartel qüe es el de aquella plt1,
ya habian cfBrl:o· I~s
'~é. zue!a, encon!ro, ª.l .:su~ayud~nté dofr. t ·1 :
lo ruis~,~ ..,c?·e&amp;e/011í'
nac10 V.aldes, qulen mstrm~Io · de ,t&lt;fi .
.. cas~ del: eo:tna·ndante general lo meti-··
mando al sargellto que se fuese ~ dl_-:; · 'n; lo·· régistYáróñ;, no se le hayo arma
dar al_ fraile .insistiendo en que ló 5cgu1-· : lguna · ni ·papeles, s~lo un silicio' en la
ria en su plan mientras el iba
coftvt?$ ' • 1sa, y tres peÉi~ f.reaJ.es; en su prision
. nirse con el e-sptesado fraile, fo qué veJ ~dio se le encobif~br/ lt.)s ühimos peribdi- '
rific_o en. el ~ct_o que se vistio de sold,~dti} i~s . venidb's
,V¿racrüzt 1 ,
.
Después _9.üe el padr·e sé deshago coi:\ vat-;:: :-. ( Q:uedaá pfésBs y sitF cótnuriicacion los
des, y qué 1~ mánifesto que contaba ,cori is;~,rgentos ~usfr~~h Piti,~d~ r:()a-rcia el.q~e
.t?do el bata!l?n d·e T~huantepec, con . e· ,estfba· de g~ar~.1a_ en. 1~; _p.i•isJ?.~::1., ~(i.~,~,de10
sargento A:lvtno ·Rus trian que actualmeh! ,sáhr que tlmbien es de, TI!)~Qte~t
' te e?ab~ de guardia' en él principal fCré:{ . FJ ~arg_erlto'
~a~ad~ff~/Fres- ·
gono Pmeda de igual clace y cuerpo, gud villas que . lb aes(;tibrio'. todtii:S~':llaniá Pa·lo estaba. en la pre ,r-encion de su b~tatlotf b,lb Garcia.
.
.
le dijo que lo esperase ínterin iba .a sedu~
Todo se hitó con tárito disimulo que •
cir a los que pudiese . de su cuérpo, eh cu~ liasta el siguiente dia lo supo, ~ste vecin-.
yo momento se marcho a comunícarló to.; dario, a _pesar· d~ haber comen·zado la codo al comandante general quien le dijo; sa a las o.cho y media a. cuya hora ya toque inmediatamente se fuera' a cbtintiar la dos los o:ficiales·estaban ala cabeza de $Ui
conversacion con el padre y que procu compañia·s.
rase descubrir col\ el mayor disimulo quieEl fiscal de fa causa lo es cL José
nes estaban mesclados en la conspirácion Maria· de la Pe:ii~ capitan· graduado de·
&amp;c. &amp;c. &amp;c. ínterin el p,roporcionaba uriQ teniente coroüel agrégado al batallori de·
testigos que lo fuesen aoir a m·as de' :fos. Tres-villas; ar fr'ai!e aurique· ·a:ntes,'lo .jti¡~
que ya lo habian oido que eran Valdes:. ef g:,tba· el juez _de d~sitií,6~a}i~l&lt;?· ~~ jut."
sargento y el soldado, y mientras tabmien gando el militar el' otro ffuile franciscano
tomaba todas las medias de precausion pa- 110. se. movió, de su celda; :r eL carmelita
ra evitar aquella revolucion, y que vol- aunque· se -salió__ de. l_a' prision' en·_pechos_
viese, pero :,in deséuidarse. del padre pa-i dé camisa;.. resültó' con sti'sori1ore'r9 jaré\:".
ra que no se fugase. Valdes mar9ho a: no, sus botas qe' gamtisa'; y' Stl Jór'cirigo,
donde habia dejado al fraile y. ya· no lo , ay v!emos quien fué $!1 tlichoso que lo ha- ·
encuntro, ni al sargento ni al soldado. ¡Cu- ¡bifüó .e este trage. ·
al seria la sorpresa de este oficial al en-.
L ·, tropa del batallan de Tehuantecontrarse sin aquellos individus! asegura .,pee se portó esa noche perfectamente· bien,,,·
que ya ·queria atrabezarse. la bayoneta que de modo que ció pruebas ele -no estar:co~llebaba, pero a poco rato ligaron, y se ha- plicado y si solo los sargentoi Soy_ tu afecti
bian ido a ver al referido sargento Rus- stmo pisimo&amp;c.
trian _del principal quien a presencia de
los de Tres-villas dijo que estaba dispuesto a entregar a medianoche. aquel puesto..
NOTJCI!\.SESTRANGERAS.
Valdes- se volvio a la casa del coman- ·
dante general quien habia tomado todas
Estado. del Safvador,,.
la·s pre.causiones necesarias para. evitarlo
todo, y tenia- dispuesto al Ca pitan Torres
Secrc.taria-· del1 gener~r en gefe.-Al '.
vestido de soldado, y tres soldados, de su _cuidadano" seoretal'io d'el" desp,acho de la.
gqardia para, que fuesen con Valdes a. oir guerra._,;.En~ not~~, &lt;;té.· 15. del corriente tü- ·
cu arito. el padre. había-. dicho, de facto· se ve el· honor: de, :p,atticipar a V: par~ ·co: ·
fue To res y- los- &lt;lemas, y con pretesto de pocimién·to, del: supremo p,oder-: ej~~utivQ •
no ser. oidos, se Jo llevaron a al puerta de que- las., trop,as de San-Salvaeor- ~'. _ntando,
santo Domingo, adonde. lo reP,itio todoi y de Grtgo_rio Zepeda habian. eric'trado es-·
p_or ma!- que trab~jaron, no pudieron ave .. ta:: ciudad 1&amp;· tard_e del· dfa, aritedór,;y que~
r..iguar· q.nienes,. estaban mezclados en. la re,,._ ócup,adár CQdac mañana, de;! nüstno.'. dfa.:1 16,
volucion; el padre insistio en. que:: er.u tar.. t\o:m dps,;- escuadrones, de.: m::testra1 cab'a.ll~-de Yf:t y no era; tiempo de habfar q1!e sé ~ia;: qu~ •!riie~on, en ~esct1hiérti1'. a;, vangu..:marcliasen p_ara el batallon de Tehuttfltei.
a. det eJ~tc1to, _hab1a. el todo de . este. coru-

y ~1:,Pª~ªr.ret'

a

ae

~e_

0

·-

�1:inuado su marcha al mando del brigádier la retirada que habian hecho de esta ciu•;
Francisco Casca~ con el mismo objeto de dad las tropas de San Salvador, de que ·
-ocupar este punto. quedando el presidente eran parte, y huyendo del ejercito. que
con su estado mayor en el inmediato de habia ocupado a Chalchuapa en los dias
Chalchuapa.
13 y 14. Deponen igualmente que la disVerific,1.ba el ejercito su entrada a persion fue completa desde el primer ataesta ciudad, cuado a media legua de dis- que y que los dispersos habian . tomado
tancia de ella se. dio parte por un paisano diversas direcciones.
al brigadier Cascara de que serca del porEntre tanto la fuerza que .se retiró
tezuelo se hallaban como unos treinta hom- de esta ciudad la tarde del 14 pernoctó
hres _de las tropas de San Salbador. que el 15 en Opico, tambien ya reducido a
le habian hecho un robo ratera.-Se des- un numero cortó, porque desde la salida
tinaron cuarenta hombres a perseguirlos de este punto comenzo a dispersarse desy el ejercito hizo su entrada en al ciudad. filando. los soldados a sus respectivos pue-En el acto de verificarla se recibio aviso blos, de suerte que en esta madrugada
·del comandante de la partida, de que el era insignifücante la fuerza que salió renumero de salvadoreños asendia a tresci- unida de ,,.O pico, segun refieren algunos
entos hombres.
paisanos vecinos de alla.-Se puede, pues
Entonces, 51n perdia de tiempo, mar- asegurar que µ1as de mil hombres que
cho, el brigadier Cascara con una division llegaron a reJ'nirse en esta Ciudad, se
&lt;le infanteria y caballria a perseguirl: s por han disuelto por ambas dispersiones y por.
el cerro de Santa Lucia, donde se asegu- 1a escandalosa desercion, que se esperiraba se habian situado.-Alli tuvo noticia: mento antes y progresó con el regreso de
por algunos paisanos que los 40 hombres 1¡ algunos heridos, que tubo el dia ·14 la,
perseguian a los enemigos por el camino partida que fué a tirotear a una de nuTexistepeque, y que un gran nume- estras abansadas de Chualchuapa.
-ro de estos se habia ocultado en un bos~
El presidente llegó hoy a e_1,tl Ciuque.-En el fueron atacados por cien in- dad con su estado mayor y escolta, de--fantes, oblig:andoseles a huir por una ca- jando enbiorto el punto de sonsonate con
ñada aspera y tragos a, y habiendo entrado]· una fuerza, que destinó aq l~el punto desla. noche con una gran lluvia; fue preciso de el mismo Chualchuapa.
retirar la tropa y. situarla en unas casas
Todo lo pongo en noticia de V painmediatas al mismo bosque, para conti- ra que se sirva elevarlo al supremo ponuar al amanecer en seguimiento del ene- der ejecutivo.-D. V. L.-Cuartel genemigo.
ral de Santa Ana 16 de julio de 1827. •
A las tres de esta mañana recivió par- -Manuel /l1óntufor.
1.e el brigadier Cascara del comandante de
Estracto de una carta de Cartagena,
las partidas destinadas al camino de Te- fecha lU de junio.
:xistepeque, de que continuaban en perCaree/ nacional de A1onterey.
seguir a los enemigos, aunque ya iban eu
,, compl~ta dispersion despues del primer ataFiliacion del reo Luis Lopez, de es•
&lt;J.Ue, que les dio la guerrilla, y que los tatura regular, gordo de cuerpo, ojos neque se quedaron enhoscado.s no escedian gros grandes, nariz derecha grande, picade cincuenta hombres.-Desde el amane- do de viruelas: poéa barba pdo negro, pecei; se cotinl1ó por ambos puntos en la lon: viste de calzan de gamusa y camisa,_
-persecusion de los dispersos, encontr4 n- sin botas, y sombrero negro.
dose por todas parte·s rastros de la sanMooterey setiembre 14 de 18 27 . •gre de los heridos: y ha.ciendoles seis pri- Ayala.
sioñero s; otros salieron del bosque y de
)a caíiada a presentarse \'oluntariamente
con sus armas y continuan presentandose.
Todos estos &lt;leponen que· los SOO
l10mbres habian salido de esu ciudad acia T. ,1, . d l
bº . ,
dl · d d
Metapan,. al ruando de Puch, ó Pueches, .im.l'renta e go zerno a ~argo e . ciu a ay vuelto por el desaque a buscar la enno Lon nza Antonio de Mefo.
irada por Santa Lucia_; ~gnorando sin duda

de

a::::

·to,
,el]

en
·VI

·D
·en

;:··ge
,l ge
... Je,

.

da

en

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238217">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238219">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238220">
              <text>60</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238221">
              <text>Septiembre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238222">
              <text>20</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238223">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238238">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238218">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 60, Septiembre 20</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238224">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238225">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238226">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238227">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238228">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238229">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238230">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238231">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238232">
                <text>1827-09-20</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238233">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238234">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238235">
                <text>2018836</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238236">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238237">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238239">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238240">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238241">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="6589">
        <name>Gobierno</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="14763">
        <name>Noticias extranjeras</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
      <tag tagId="678">
        <name>Oaxaca</name>
      </tag>
      <tag tagId="6602">
        <name>Partidos</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8719" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7063">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8719/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._59_ocr.pdf</src>
        <authentication>216208c6548f049d83b0273ede242bf5</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248075">
                    <text>'GAZÉTA CONSTITUCIONÁ"•
DE NUEVO LE8N.
Del jueves 13· dé setiembre_ de 18!27.

p;,,;.

, Ut tutela ric proc_uratio rtipublictt: Ke;enda nt-ad utilit~tem eorum qui commiBBi ~unt, ~ tOrútl,i
oommis,a est. Cic. 1, offic.
,
.
:. - .·
.,,
Lo mismo que una tutmia, asi se han de ejercer los cargos publicoa; no para µ,titidl&lt;l,
11ue gobiernan, sino para la de los gol&gt;t¡nados.
·
_.
· "

de-~-

- be su atribucion XV. constitucional,, a
. mas de las visitas particulares necesariLegum ministri magistratus: legum intir- as al remedio de los abusos.
prctes judices: legum idcirco omnes serví
6. 0
Los que publicada esta ley y
surnus, ut liberi esse possimus. Cic. pro vefiricado el arreglo que ella prescribe . .
A. Cluemio.
usen ó tengan ptros pesos ó medidis, seLos gobernantes St'm ministros ·cjecu- ran castigados con arreglo a las leyes. t ~
tores c_le la~ leyes: meros aplicadores de
8. 0
Está ley. debe ced,er, _al arie..ellas a los casos los jueces: con que todos glo federal cuando lo haga el cot1greso en
en fin para poder ser . libres , somo, sier- uso de su facultad XV. art. 50.- ·
vos ddas leyes.
9. 0
Que esta ley se mande obserbar como dec;eto provisional en uso de
Decreto provisionar num. U{&gt; de . 7. la facultad que da al congrese el _art. 116 .
de mayo &lt;le 1 8 2 7.
de lá constitucion. '~
,,Con respecto a que los pesos en to.
do el Estado se hallan general y uniforDecreto provisional num. 1.57 de 14
memente arreglados a la libra castellana, de mayo dé 1827.
se continuara en su uzo sin novedad.
,, l. 0 El gobierno procedera a lama2
Se abrog-a la providencia de la yor brevedad a establecer la junta de dí- ,
es-dipufacion provincial de 1821. acerca ezmos de que habla la ordenanza él.e in"( ·
de medidas de lienzos , licores y gra- tendentes.
nos , en atencion a no haberse formaliza2. 0
D~cha junta se com.pondra del
do y· generalizado su ejecucion.
vice-gobernador , del ministro ~enos an3. 0
En consecuencia quedan repu- tiguo de la audiencia, del gefe de haciestas las medidas que regían anteriormen- enda, de dos jueces hacedores y el con.. ·
te a dieho arreglo para lienzos , licores tador, que hara las veces
fical mieny granos.
tras no lo tenga la audiencia.
- 4. 0
El gobierno rectificara y diss. 0 El presidente nato de esta juntribuira los padrones a los ayuntamien- ta sera el vice-gobernador: en su defe_é-:
tos para el efecto.
to el que le siga en d orden del nom0
5.
Los sellos •seran· los mismos bramiento.
·
· · r&gt;
que se acostumbraban :, y los derechos
_4. 0
La junta en uso
- ·que _llev:aba el regidor ,fiel . ejecutor, ·se cultades, se arreglara .a .lo pr~J · : ·r1
adjudi'ca a propios y . arbitrios de cada dicha ordenanza en cuanto no.4~-?opodistrhp. ·
. . _
sicion a nuestro actual sistema
.:;in tras- ·
6. ·9
El ayuntamiento pr~ticara las pasar los limites de la C.ffl'lll)itñcion del
visitas anuales acostumbradas, de que Estado, de cuyos solos diezmos debe cui~
,~:·d~tt~·cuenta_· en la memo1:ia que prescri- dar por lo respectivo a su direccion ;::reLEGISLACION.

G.
2.

°.

*

de~j._

~:y

�~·~~,;:-,

. (~~~ion é invercion.
. He!!!!~!I!!!~~~!!!!!!!!~!!!!!!!!~~!!!!!!!!~~~~. ·~ ,-,:§•t-&lt;' 5. o El gobierno pondra en cono•II ..
c1m1ento del eclesiastico diocesano el preNOTICIAS NACJ.ONALES.
sente ·decreto , invitandole al nombramiento de los juecés hacedores que se. hara
Mejico 10 de agosto.
con arreglo a la, misma ordenanza.
6. 0
El mismo gobierno comunicaHa llegado el paquete ingles y por,_¡_
ra esta resolucion a los. Estados partici- las cartas que hemos vi~to del 21 de ju-~·
nio , sabemos habian subido nuestros
,
pes en la grueza .decimal del obispado.''
nos a 70. ! y 71. añadiendose que el as.:
· . Decreto numero 198 de 14 de mayo pecto era de ir en acenso, asi como l ·
qe·:urn7 sansionando con fuerza de ley· el acciones de todas las republicas amer"'.
decreto provisional numero 10• en los ter- canas.
· minos• siguientes.
( Sol num. 152 5.)
,, l. 0
Siendo necesario y utiles en
•
. derecho para varios efectos los grados ma- Los parrafos siguientes son los dé las ca,t
yores de teología y derechos obtenidos en tas de• Paris y _Londres que recibimos ayer,.
universidad aprobada , y siendo de gravamen por la enorme distancia y costo ir
El sr. Camacho ha llenado
. a solicitarlos en la de Mejico ; se habi• damente su misioh politica , como ya to,
lita al seminario conciliar .de Monterrey sabran VV. Aqui (Paris) se acaba de da.·
pa~a conferirlos.
.
publicidad a la convencion de 9 de· mayq¿
0
·
2.
El tiempo necesario de curso como VV. lo v~an· en loe, papelei. pubfh;'
y de pasantia, los e&lt;Stndios, pruebas, ac- cos que mandé por este buque, rl"CQ~;
tos, .ejercicios 1 -calificaciones y aprobado• mendados al administrador de correos d \
nes se ecsijiran con arreglo a las cons- Tampico .. Procedan VV. en la confianzai
tituciones de la universidad de Guada- de que no se pasara tiempo sin qu~•~
lajara.
esta convencion adquiera la · solemni~}\
0
,. $.
· ·Los ·doctores de
universida- dad de tratados. Ya VV. ven cumpli•:.:
des·. :aprobadas ecsistentes en la ciudad, dos mis vaticinios anteriores, y este lo es- :i\
bárln tos ecsamenes, calificaciones y apro- ta igualmente por mas que se empefien en•t
baciones con arreglo a las constituciones di- persuadir lo contrario, gen tés que no co-, ,:
chas. En f,1lta de doctores, supliran !icen- nocen este terreno. Nos importa la amis• t
ciados_ y catedraticos de la facultad. .
tad de la Francia•, porque asi se asegu4. !?. ..· La propina de cada doctor ó ra la de el continente tod~, y poi:que asi ',
ecsaminador en grado menor , no ecsede- tambien sera. un enemigo insignificaine la ~
ra de tres pesos ; ni de uneve en grado España..
.
'
r ·,
mayor..
Tienen VV. ya nombrados·ocho obis- ·;
5. 0
El maestrescuela de la Santa pos para Colombia, Chascas y el ,Peru~ 1'
Iglesia catedral es cancelario: rector y se- vean VV. sobre esto L' Etoile de hoy
cretario sera el que designare la autori• Es punto este que debe llamar seriamen•
d,rd ·suprema eclesiastica, bajo cuya ins- te la atencion de VV.
-·
pecc:ion y gobierno ecsiste el dicho seCuidado por Dios conservar el or.
minario conciliar aunque no c,ean doctores. den y sosiego, y que no se vean .en Me6. 0
E!ta arreglara: todo lo concer- Jico los escandalos que presentan las otras
niente a la ejecuci~n de este decreto con- republicas. Gozamos ahora en Europa de
, form.e a l~s constituciones de la citada uni- un credito previlegiado , y nos respetaran
i versidad; de Guadalajara.
·
, habiendo juicio y evitando desordenes. Es
7. 0
La 'autoridad superior eclesias- necesario reputar ..J.e verdaderos asesinos 1
tica ecsaminara si. (?Onviene identifj.car .el de la. patria
los· que promuevan divi.' ..
grado de doctor_, ·COA la licenc:ia ó_ lic,en'.". ciones. La union es la unica arma vi~,.~·
datara: omitiendo· el' acto y el gasto ele! goroza que nos ·úhara triun(ar. Al que;_/;;
l?orla, como no nece1sario. a la_ calif.i.c.acipp tenga pasiones fuertes · es menester suq.~ _in~trucció'n: ~ infot"?-ara lo,que. le p;i- mergirló en la. laguna de. T.excqco para.
~es~~ ~ara que re~~ig~ª· l~. r_e.s9_l~tj.pn.~: ~ue s~ refresque,
.
.
~$J~. ll~A9.d~, ~~~~(ac~io.n. el. s,tf, ~~\

a

,.~~~,ij.i~r-~.!~-~,

-

m

ror

sr.
añc
cat

sr...

�macho'' pues que en EurGpa ha formadoffpor mil titulos, El sr. Esteves ; cansa...
" ·no solo. el tratado con Inglaterra, sínol!grado eternamente a la edL cacion de. nu"".
·. tambienun _convenio con Francia y acaba de estra juventud, merece por sus, virtudes:
:}irmar tratados de amistad y comercio con la tiara .. Y el sr. Miranda, lleno .de. virHolanda, c_iudades ansiaticas y Hanover.
tudes, ha sacrificado cuanto tenia por ver
, En pQlitica no hay nada de nuevo, lª· su patria independiente y libre. El go.·., ino lea continuacion de los trabajos de las bierno de Colombia en virtud de su. ley de
,cortes de Inglaterra y Francia con fa de patronato, ha conferido dignidades, ca/Madr~d. para hacer. que l&lt;"'ernando cambie nogias y prevendas a sacerdotes veneme',sus instituc~ones politicas, lo que tarde ó ritos que habían trabajado con actividad
¡temprano tendfa lugar.
por la. republica, y el papa lc,s domina
El articulo del periodico de Paris, con los títulos con que el gobierno de Co- ·
titulo. la Estrella. del di-i 9 de junio di- lombia los habia recompensado, ''
ce as1.
. ·
·
Muy plaucible debe ser la noticia que
. ProtJision ie ohispadoi, · hedha por el papa en coniene el _articulo anterior para todos los
'el consistorio celebrado en el baticano el 21 · de mejicanos y muy interesante para que se
mayo ultimo.
acuerden con absoluta preferencia en las
procsimas sesiones las instrucciones para
Arzobispado de Santa Fé; don Fer~ nuestro embiado a Roma , a fin de que
nando Caysedo y Flores, vicario· general; disfrutemos como Colombia de este recode! arzobispo. Arzobispo de· V ene zuela en nocimiento casi espreso de la indepenCaracas d. Ramon Ignacio at\'.Iendes , vica- dencia a lo menos en lo .eclesiastico , que
rio capitular de esta metropolitana. Obis- ha hecho la silla apostolica, pues por
pado de Antioquia, l{, P .. Garnica. Obis- lo que se indica en la C&lt;1rta que acabapo de Quito , d. Manuel de los Santos mos de copiar es casi indudable que el
· Escobar, dignidad de la ~atedral de Popa- arzobispo y obispos. nombrados. son los
yan. Santa Marta, d. Mariano F.steves, mismos que presentó el gobierno de Co. canonigo de aquella catedral. . Obispado lombia.
de Cuenca en el Peru, d. Calistro MiHa llegado a Veracruz el R. P. Lesranda, canonigo de Qnito. Obispado de pron, religioso zacatecano, que salio de
Dorila in partilus d. Matias Terrazá.s ·, aqui, segun se dice el año de 24. · Es
dean .de la metropolitana de Charcas o obispo in jJartihus, y asegura que trabe bula Plata, y actualmente ·vicario general la de aucsiliar de Maracaibo; mas como
· de la referida diocesis.
·
por ot~a pa-rte se dice que el aucsiliar es
· ,,Tenemos motivo para creér que los un canonigo de Venezuela , y el R. P~
. RR. arzobispos y obispos confirmados pa- Lespron , se embarco en Burdeos sin co•
ra Colombia , han sido nombrados y pro- nocimiento de los ·agentes de esta .rep~•
puestos al papa por el gobierno de aq ne- blica, el supremo gobierno no le permitilla republica, y añadimos con satisfaccion ra entrar sin asegurarse previamente de
las noticias que de sus cualidades politi- !a l_egitimidad de sus documento~, y pe·
cas y morales nos ha ministrado una car- ~?s objetos que lo pue_ndan traher a- Me-ta 9e una persona muy respetable y muy JICO,
. conocedora de Colombia. El sr. Caysedo
(Aguila. num• 223)
-es un ecleciastico muy ilustrado y tolerante, a quien los españoles persiguieMejico 28 de· agostD.
ron siempre de la manera mas atroz.. El
Se ha reunido· por fin la nueva . le•- •
sr. Mendcz ha estado constantemente en gislatura de Tabasco é instalados-e con to-nuestros ejercitas, cooperando. desde el das las formalidades constitucionales sc--,año de 10 al buen ecsito de la gloriosa gun parte oficial que se recibio-aye-r. Tam~.
causa que defendiamos. El padre Gar- bien se. asegura en. carta de perso~a, ~fnica , , provincial dominico , . ha sido en to- de digna.· que la de Sonora y SipalQQ ºse·
das oca cione~ amigo desu. pais, protector. de babia, reunido en .el fuerte ,.. q µe:. os el 1u-las luces y bien dispuesto hacia. todos.Jos ~ar, que. asigna su. oon&amp;titu~~-·. Parec~hombres ,. sea cual: fuere., ·su, orencia.. El qµof aye.r:~ se: trato, en, ef1oonsqp&gt; de~ g~!. &amp;r•. ~AAr ~ \Ul, CJ;l~i~süc~. v~ne.r~~
S i ) ~ adicion~ ljt.au\yoi:atOiia., a. so,1

'•

1

mplira lo
~ dar
nayo
ublireco)S de
anza

que
mn1npli) esn en
1 co- ·
.ffilS•

egu:
: as1
.e la
&gt;bis1erll,
hoy
nen·
or-

Me,tras

adc
uan
Es
1nos
Jiviv1..

que.
su►ara.

~n:o.,

�•

a

siones ·estraordinarias, aumentando
lost'do el edificio socraf no se pµede sosten'
asuntos asignado,.s. el relativo a la inicia- en la republica, que constantemente es -·
tiva del bstado de Sonora y Sinaloa pa- blanco de las 'insidiosas y pedidas ma''' · ·
.ra formar dos.
naciones de algunos vicionarios ari
La legislatura de Chihua~ua ha su- cratas.
frag-ado par·a la vacante de la suprema cor;Al presentarme en el Estado os. va
te ~e justicia, por el sr. d. Jacobo Vi- cino que nuestros hermanos todos no tá
llaurrutia. Hasta ahora ha venido la no- daran en ahogar resentimientos de c
ticia de elecciones de 15 legislaturas ; y quiera especie que sean sacrific~ndolo t''
de ellas han sufragado 9 por el sr. Sal- do por la paz é impidiendo que siga el
gado, 4 por el sr. Villaurrutia, 2 por el sr. candalo de llevar ádelant~ pretencion ·
-Tarrazo.
que puedan reputarse como una ver~
. (Aguila nz'tm. 204.)
&lt;lera hostilidad, a un gobierno constitui
do por el voto sagrado de los pueblos. Con
.El comruidante general ciudadano Vicente fio en que no tendré el desagradable se
Guerrero ,a las tropas que guarn_ecen el Es- timiento de que salgan fallidas mis espl
tado rie Yeracruz.
ranzas y de que las armas mejicanas tri1
Soldados: esfuerzos grandes y pade- unfen solo de los antiguos opresores
cimientos insufribles nos ha costado la nuestra libe!tad. Perezcamos antes que re'
cara patria que a vuestra lealtad, obedi- troceder un punto de tan gloriosa carre
encía y valor ha confiado el sostenimien- ra. En ·momentos de calur que no _vol ve·.
to de su libertad y_ el respeto de sus sa- 1;an a parecef, algunos han olvidado su(
bias leyes : vosotros como militares y co- obligaciones ; vuestros ejemplos son utiles:
mo mejicanos jamas os desviareis una li-. para que se considere en su verdadero pun."
nea ,de estos principios: en vano confian to de vista a que grado debe,")lebarse la'
los enemigos de la independencia en sus obedencia a las· leyes: duros trabajos
miserabies y tenebrosos manejos. Seguro largas penalidades nos ha costado elevar
yo de que entre vosotros conservo la a la nacion al rango sublime que hoy ocu·
op~nion de_ amante a esta patria· que os pa, muchos mas nos faltan que hacer pa;,
es tan .adorable, porque diez y siete años ra su conservacion: conseguiremos estó
de sacrificios me hacen acreédor a. vues- uniendonós muy estrechamente, sin per.tra confianza, he creido hallaros bastan- der de vista que el primer luga.r del ciu-',
te dociles para esclamar mis consejos , re- dadano y del soldado, es la obedencia Y,)
&lt;lucidos siempre a que desoigais las per- subordinacion_ a las leyes, sacrificandoio
fidas sugestiones de los envidiosos ene- todo por el bien general de su nacion. ' ·
'"migos de vuestras glorias: mas cercanos
Jalapa agosto 18 de 1827. - f/icent
a nosotros. de lo que comunmente se juz- Guerrero. ·
ga y se presum,e , eritre nosotros viven
( Impreso de JalajJa.)
y con sagaciélad se introducen en el sen9 de las familias:. sedi.entos mas y mas
l
AVISO.
dt san'gre mejicana libran la victoria. fo~
mentando los partidos con opiniones diversas, opacando el genio de los mas celoTenemos a la vista documento fehal
sos magis¡ados , y forjando especies des- ciente de el que ciudadano Bernardo Guiml
nudas de foda verdad, presentando con- barda ( el padre) paga el .triplo de la coni
los ~as negros coloridos las determina- tribucion directa de uno por . ciento soA
·•dones de _un gobierno justo que ha se.: qre productos .
ñalado ·todos sus pasos con el sello del patriotismo mas acrisolado. Acontecimien· Errata num. 51 pag. 2. el$ col.
-tos grandiosos ha_n sido el resultado de .sus lin. 18. estencion leé estincion.
· constantes é infalibles desvelos ; por esto
·es y sera el objeto, de las bendiciones de
los partidos, y .de todos. aquellos que mírán Imprenta del ·gobierno il cargo .del ciudada;
\
.con imparcialidad sµs deliven'cione~, y que
no
I:,ortnzo
Antonio de Melo.
"()&lt;&gt;nocen que si alguna vez se mueS'\ra,dn-

e:

y

,

.

.

.

,., fl,ot~le,

a su pcsa~,:es :porque

de .0tro-ll10-

L

pr
.~u

A
to
el
CI

V

-vi
e1
C&lt;

v:

. tt
d,

d

J

V

r

I

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238192">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238194">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238195">
              <text>59</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238196">
              <text>Septiembre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238197">
              <text>13</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238198">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238213">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238193">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 59, Septiembre 13</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238199">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238200">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238201">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238202">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238203">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238204">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238205">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238206">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238207">
                <text>1827-09-13</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238208">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238209">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238210">
                <text>2018835</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238211">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238212">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238214">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238215">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238216">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7975">
        <name>Decretos</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="7731">
        <name>México</name>
      </tag>
      <tag tagId="369">
        <name>París</name>
      </tag>
      <tag tagId="20718">
        <name>Provisión de Obispados</name>
      </tag>
      <tag tagId="3388">
        <name>Vicente Guerrero</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8718" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7062">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8718/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._58_ocr.pdf</src>
        <authentication>293bc776956521ae6478937810b0842c</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248074">
                    <text>'ll

.
'

~eci ..

diri.:' de
gerdia
)liC•

. del·
)anntae se

ade

Pª:·

1ac1En
san
cua:dle,.
ana-··
e la&lt;
la a ,
tira- -

Pºª
gun
:mti..
iudo·

7;,::,

'·

' ·_ tnientos satga el que tenga mea.o~ nu~e-·
ro de votos.
Legum ministri magistratus: (egum int~r":
4
En.,, caso de empate d~cidira
pretes judices: Íegum idcirco omnes1 sef1Ji la suerte," ·
sumus,. ut liberi esse possimui. Cic. prp
A. Cluentio.
'
•(
Decreto numero l 50 de 25 de ,abril
Los· goberna,ntes ~on ministros, .'éj~l)- de 1827 sélp~g.~ndo, con· fuerza d~,. lij,'el
_tores de las leyes: roer.os: .apfü~í\d~~~, de decreto provisiona¼11:iun~ro· ,l\~- ep lQJ tfl'"'
ellas a los casos lo's júe,ces: ~OllqU~ todos inos siguierit~s; .....-'.~.•:.. ·, . : •.. :: -: -~ . .
en fin pará poder ser libres , somos. sier,, l. 0
M.q,:~(lw. 9 impósibili'-~dose
vos _dela:; leyes.
perpetuamente él gohernador ó viée-go.
b_ernador el primer aíio del bienio, y ha:.. ·.,.,qctcreto numero 14,8 de ~J&gt; de qbrjl hiendo tiempo. para ponerlo en noticia
de' I 8'27 sansionando con· fuerz~ .d~ ley ~l atll) cJ~ J&lt;;&gt;§ ªJll:n,arnie11tQ~ .mas. distan\es,
de_creto _P~o.visional UUlllefO ....77 ,el,l l~s te'._r..; ~l;gppi{rtJ.?; ']~$ .
inti~ar~ _que
romo$ s1gm,entes.
. .;' . P!,Ofejlé.ln ., ~l &lt;i, .de, etJ~f9 inmediato a la.
,,Que· a hingun distrito se cor1c~datde f9tµ¡~~i0,~ y re1nisiort de las listas que
nuevp juez de primara in~tanciá. canfor- previen.e el art. 7 7 de la constitucion. .
me al art~ _152 de la constituci0n, sin
2. 0 1~a, diputacion permanente en
oir a tod_o~ y cada üno de . l.os '1istritos desempeño de su primera, atribt1ci9n ~rt. ' __
que por_ su. loc,didad hande quedar su- 109 de la constitucion-, ,velara. s9hre el
jetos· a_ aquel nµevo juzgado segun el. a,.-t. cump,im~~nto dt esta ley en.- su.,iaso pal§;S.Aé= ~' •&lt;;9I15fitucion."
.
. ra informar al ·cong:r:eso de;, ~ualqµiera
· ·· · ' · •" '
-'-infraccion~"
- ' '·Décr~á/nu.mero 149 de 25 de abril
,
. -.. .
:d·e _.Í)327 san~i~nando c~n fu~rta deley; el
Decre.to ni1m~ J¡¡Jv...~~6 de abril de
.dec;r.~t~_pi;ov1s~dnal numero ,~$ el)- lo~ ter- 1827 sans1onando,,.~{l;í.:ji~na de ley el
)niQo,~ $igt1i!=n~es...
.
..
.
decreto_ provision~l 1puip. 108 en los tert' ·''\,l~ O'_, Que ]a"ley de parehtesco~,~e minó_s siguientes.,
' '.. .
...
-~ .~!~U&lt;\: ;v,igt_µte y en observancia ~n lbs
J,l. o Que, se ob'serve el reglame.n.~or iglJflldad f" ª.uti., pia- \to
)unta pr&lt;,\tC,Ftqr_a de iwprenta d,e ;is
. yana ci~ ,ra~qrr I se hag~_estens1va, aJ_ce&gt;~~ _,de JUWO de .1~2J,., ...
.
. • ,,·,
0
~.f~_-. ~-.'_',J:i J!:ª_,,uq.iericia. y a ~a jun. t~ con~ulti.~ . .' .?_.
El -_~ó-~qr~~ientq ele. J~:;~~te
· . ~Y~~ t(~o~irr?º.'. . · _ ~- . . . . . . . ": ~\: , 1md1v1duos que cleben comp~~~}~, ~ot~e~LEGISLACIO~T.

°,

a~r~.: é:

·....,~.~~tlW1~~ht9~~

1e

. J'iy¡i¡:;• !{l4Jl~\)~~~,~~f;:~~~ ~:\,;¡fº~-•~ _f\lf!f ~~ '.bnt~~,'!I'"\i~m~• -;o•
1

p~l~,.. :sed,.,,~7~pre. }~SlC}~, Y.::
}li~ü· J!J\:,Jfflc~·!:.c: , ., ''{:,· ,.·¡'.·izh ..

euetpos ,. safttt~,-P~tfr:g9, r~q,m}t'.ia_dp; :,·,~i,f:

0

-~'.:.):,¡!1¾\1tMtitrlfrb'.f.
1

¡

es~:rip~po

·.; ' }

"'.:'/::,:_;

,

�~1'~i~d~t n,m~
'#;,:;~;il-d~- 182'.{. ,·

l SI de !S !i$ eitar dist~y~ttdo
.

a lo~ demas.

_

,y

.

' ·'1~'.~Jri;J;-~::'J!q~
f~. :ir;~l ok':8" qu~a~d:u:mk.~·
goner•I del
a_,

de
ta electóral
Estado, unerve- mas lucrativa que las labores •comunes
nidos , ~ ~nm~ridirlos. ·
. -~
los otros presos , se le pe~mitira , no ha-'•
. . . . ·~- ° Fuera del caso' de clara eiideri- hi:end6 'para· elld algun inconveniente. Del ·
nulidaq. ;:' lit;' misma jm].ta no Jiene _q.e- producto se pagara su alimento , custo- , .
recqo. pa.ta r.tv~ar ninguna elección: un~ dia y servicio, ·y lo &lt;lemas se le dara pa-i
vez. ~t~ ·
· .
ra socorro de sus necesidades , scguri que."!lfs:/O' · Si algun individuo opinare ser da prevenidu en el art. 2. 0
viclc,sa algfnia elccion , tiene el recurso
5. 0
Se cuidara en lo po.sible que. ,
~1-~greso ·en fonna y por escrito:
· los individuos conocidamente· viciosos, no ·_ •
- · _ 4 • .J -, El decr,eto num .. 90 e~ e&amp;ten- es.tenjunt_os con· los ná viciosos, ó muy:-:',
civd eri general
todas. las juntas elec- ppco viciados , para que estos no recivan · '.
l ' t9rales.
daño en su moral,idad.
·
·
,.
;~
. 5. 0 -El que 'maquina-re ó atentare
6. 0
El ·derecho que suele éobal'se .
coñtra la formador{ ó contra la soberana qm el nomb1e · de carcelage que antes
1-ibeitad de la junta ele Estado, ó de cu- quedaba. a beneficio. del teJ}dor alguacil
alquiera de sus individuos en elegir~ se mayor,. por que era. de su• cargo la cusTeputara que maquina ó atenta contra la _todia de presos , sera, arbitrio que se apli1,ibertad y soberania del Estado.
cara desde luego al mismo ·fin ~- y lo ar0
·.· 6·, " , Que se· mande observar .en ca- reglara equitativamente el ayuntamiento
lidatl ele deireto provisional, en uso de la por formal ordenanza municipal, sin. ecse:.
factrlta:d · g_ tie da al congre~o. el art.. 116 der en manerá alguna de lo acostum'." '
d~ la cónstitucion:''-brado ~n · cada pu~blo.
E! ayuntami-ento dispondra lo conveniente acerca
·
Decreto prov1.siona'l nu.m~. 1 ~3 de so de su cobro,. distribucion é invercion. /
•d'étibril td.e · ,1827.
·· · ·
. ·' , ;·,•·
· En ningun á_aso se ecsijira. del indivi-. ·,;t• ';, l. tf: &lt;;.~n! t~dos aqueH~s dís.t_ritos que duo que resultase inocente ni del ahtienen sobrantes en sus fondos, man·dara solutamente insolvente declarado, tal. por
1
él gobierno ·que ·se proceda inmediatamen. el. alcalde,
·
te -'a ·'gast.ar'ae· ellos eri ampliar a lo me~
7~ 0
El regimen economico de lanos ~on corrales. de paredes fuertes y _al- ~arcel, es una de las comisiones que el.
tas·, las. ·carceles que lo. necesiten, para ayuntamiento distribuya entre sus indisu segurídad, salubridad y .aseo·,. y pa~ viduos. Donde pueda haber. alcayde, es-.. ·ra. ql:le los presos se ocupen en. aquo- te correra con lo necesario y con la me•
llas labores. hones!aS q:ue se pueda y, con- n~da ctienta y fazon .de c.ílda preso. No pu~ _,
~enga a juicio prú&lt;lente del ayuntamiento. d1endo, este hacerlo se nombr~a quien l~
2. 0 . En. lo~ arbitrio$.ordinarios pa·- p.aga asignandole algo- por su trabajo.
·'
ra· la custodia y alimernos· de· Jos, presos,
8 º· Las beneficencias particvlá.res \ro·•. '
entrara.en primer lugar el trabajo dé ellos luntarias u otros arbitrios a nadie gravosos, _J.
mismos , que. c_aclí ayuntamiento oportu- que puedan criarse, como tambien .las 1¡.~1,.
namente ira estab-ieeiendo ,., ordenando y iµosnas de. los que quieran hacer esta ca•/'
arregl.i.ndo_,en terniit?,os que pµeda: has- ridad:, han entrado siempre y det,en entrár.,:
, t~r'. oiéli~ari_a~ente al ~lipie?to y c_usto,: ~-?trct _los arhitrio$ ¡~ara: la.·: manút~ncioq\f
q1a, de,l. -~nq1v)qt,10., Y. _aun si puede ser, c{e la. carcel;
.
.·. , ·•
0
q_ue le.: '~uedf 3:l~ú~ .sohr~nte; eJ c_ú~l ~t;:~ ,'_: 9. : . Cuando _tos dicfw~ arbifrios n~,;'
le entregue -a su. sahda o &amp;e )e ministre ..,asten, se coste·ara el de{ic1ente .del fdn-t,
ei:11.:},~~· necf!sida~es'_~f ,~~\. fa:!f~lía ó· sny.t! ~- public~ 'del distrito~ . '. , . •· , . ..· . '
J&gt;roP1ªS, de ropl1. . Q;, apr~g~, 1\1,~e__mrali P.&lt;:r~: {. . lOi En' falta tle todo arb1tr10 "y a:tf~
_S!rV&lt;:rá preso~ · . :· , · ·· , · . · · \~~-'. ~ f011do,s, el vecindario esta obligado a· fa::
·. . S·; -~ ~1- rreSOJ;lt\~ tqbiere r,c_l}.ltá.d~ ,'·a,qute,ncioíf y éu_i;;tódia de ·presos_, y '-e,lt:
par!\- ~l\l!\ent~ts~ ,pol','&gt;si' l}Q s_erJ, oblig¡.~ ·- -ilnt~miento cuidai:a de distribuir est~i... ;
g~-0 "i_,Jp~gar~·i¡µs:: ·a1ím~füos. ~i'll~ ·&amp;olá ,: '. ,.. 'r,gas. co~ 1a depida igual~adJ. ,~ ,
J
. ~(ffl"Q"~tá- f ·serxjcjo;m~f
n\Í~ s~~íf-épnieii~ "-:t. lj¡~ - ~ tiv\lñi.mientOi~ ...ntcw\ia
~

ta

te

a

be
·cu.

·,

~r

el

cit,

de
hot

ªaquP

I

\

•'

¡

~-

:

estr
cha
al'ril
part
de,:
que.
cesa
con

Labc
a: la

�.· ,c:h~~~si~~?f·ti~. ':\b~. ~~rliitri~· c~:itu·· ~;-~e ,-~~t~ r·ót~z~:el ~:"·
:c~H~rt~aJ,,~e~~t?~~tí\\ .:liiló' ·o•más ·s~rvi~~; ~~'.~t;1,''e~_·9~º- batalton~ •!'~
. f&lt;s P.t!~ifos·,eqÜ:fthiVabié'nte ·que· sirvan]&gt;aí '~. · ' . - V~~tµ~. "tefua ·#fi . y

tf{.:tJ.,;.· ·i'~rá··:~~-':·d¿ii,~'
iltt'siF - _·/ c.;~erkroit'~ ·_ :" ,

:,:¡: ~$td$~ty•~t:ai.~~n!t:par~ ·llev,'.ar: 4,ifl;~
Jº..l-.ts. pro~ainciis?'}~··1os· alcal~ts; '··.
1

"0:1 ieEt¡lel'notitiuso,t

·.mut:has· vet~~' s~ hJen iluSO.fia:s por .,faJ; ·•

,ta _de· ~l,lcsil19 ~pP~tuno."
.

..
)

•·

•

. .

,,. !,~ ·

,. Jt

· ., ~ .

: , .•;r: .
a:'..-~Decreto "~mtl num. :154.~~s~ fl~·

ide. abril de 1827:..}. .
. ; .,
,, l. 0
La ley núm. 63 es cstensiva
. a todo alto funcionario del Estado~
.
. 2. 0
El art. ~- 0 de dicha, ley de"!
be entenderse ·prieéisa. y unicam~nte e:n
.cuanto a la.comparecencia :personal. . · · ..
·
. 3. 0
En caso de creér necesíU,ia-:,
. fomparecenda. personal ~-.. la defenza d!
: sµ derecho , c:ualquiera _de . las p~rteS•' .•. .
el juez pedira' la licencia· que preserive: Iá
citada ley num, 63.''
·
. ,/
.
. · '
--Decrf'tO provisional'·num. 155 d~•;s
~e m~yo de 1822. _. . . : . . . _-,,1. 0
Que la ses10n- se habra a~ .la
hora asignada.
· .· ·
· t;
2. 0 . Qú€ el sr. dipatado'.qttet)O'este
a punto_, pierda la mitad, de, -la., dicta, _d~
aquel d1a." ·
·
.·

.·

·,fi·.

Jalapa. ·u~ de

agostó,

. · . .. .: . . . ·

. .

·. .

Ayer :a·llas·'tré~·y.;m1e&lt;li'a:'de· la tarife·

,lijg6

a esta

villa S. E. el¡ sr; Barragar.·,
?hoy se espera al. Ecsmo; Sr,. ·cu:ertero.
\ ,:
(C:órreo de· l~, ftderatiri#1 _ flfa)?~~-~
~/Jr, fium. 290.),
_ . . . .·· · ·
,:': .
..,e··. ;~ ,.a::;.:l.· ,._:. . ·
Mej~éo 21 u1 ...0 0 @ífl,
, . ,. •
, , Las, cartas· ele Veracrt?-z: ·que herh.oili
r~civido, al~anz;i.n. ha.,,sta ~Ll S. Los par•.··
~Í&gt;, oficiales.: aseguran, qoe· tf!inaba un~: .
~nquilidad; oct_ayiana ,, .y alguna ..,carta, .
'.¿rticular'.· 'ríos, dice· que· los, distttrvio~·
~ cesa.'dd y que todo !~_rminara, _con -~
~J1da de. Jo;s~_cuau-9, }t~1h:tares·- enfermas;,
Pó~tílla ,, ~a'd*.t~;i?,~'zq\'!~z--,., y . Sant~T(Ma:nuet.)~}~~&lt;~~~tb ~~~,-~&lt;&gt;~,.,
a9 ·de pensar··,,_ '_!'ii:::~t~~---~:,f~~'S~,
denté Se et:pe ·, tierra_",: .~m~'.. tl"is'~: ~a~-·
tos·- stesi;, i:, ún., -asunto, ·t~rt escan'dafozó ·
. • r. qlJc justa~rien~~ ha llamado, .la· atendárt;
·
~o~a:- Ja,. •repul)lica.
~

:f .,

-

. , ·. .
0

NOTICIAS) NACIO:NALJiiS,
'
· · .•· . \

:~ra,.

J~~J;1;

itt

4

•

.{:

..,

•.

,

••••• •

•

L:f . ~_1;_t),,t5i,;,_:.ll~T~ga.rr,-_·s1·:g~sr. ·J(bn--

!7, .

agr,itQ~.
. , ., cf)rr,. -~¡,~1':iregt~~nto n'um.
si' lqs eéf~:
.
. . . · tórcs: ' det ·.yeraórtfaáJió ,~ y si- cualquiera /
. . Se nos-.
cotnunicad'ó et .s1·gtüentc. ~ o , , per ttltimof de} la clase,, nacion .
estracto de una carta de la Habana· re-. o condicion .que: fuese·,, han infringido fas·
: cha ·-5. del proe'6imo pasado junio.. J . · leyes, rtosottois s.iempre damaremos· P'&lt;&gt;!qu~·
.
, Pur .un. )buqu~ de Gibraltar que h¡ la cuchilla, energica dce Ja. j~sticiá cé\iga-, •
a:rrioado hoy_,.s'\be1'1os_no. _habia, nada de sobre sus caliezas.. Envani:&gt; se- procla-·
par.tkular_:.. e.n . Éuropa ,, . las., reboluciones mar~ la· calina, la p~z:•,, ~~-quiet~d: si i ·
·de , ~sp_!l~ '. no~ co,~1ti~~~~.n con ~l . vigor ~Qs d~li~~~,~--~~~~~, · ; ~ - ~ ~ - :
. qu~«lQ _a,l prmc1p10: las. trol?as_ fran-- é~~ és~O~: ·üu~r
.", .. : rbllr},
· cesas no ocupan mas-- vtaza•-•erh_España ~· sus,félic~~~r~s'\il~i~
.. /l\irk- ét&gt;ffll&gt;{.,
'• que Barcelona,. ff•., éadiz&amp;:. Fernanaa h~- en otra vt!~bfl'ht' _·_. ·
., ,·. Htit'~
. bia reforip.,a_dB las fronteras de,_ ,llórtu1al / . . Sonor~ j 'S1ñaló ,'::i, tá:ta· tienrpb f&amp;t
. c~,n nuevas~ tropas)'.
·
de- fütmar dos Estad~'fEl congreso se·
: · Se anuncia la retirada del comod~o }i.av dividi~o •~ cádlr ~tóifin prétende sei.-:'
~ab:o,;#, ~-· .C,yo-Hueso,. quien\ ai:rio~ li légitijt¡aiJ.. Es!á~~jieiá: .sé tiche ¡mr ~n,
a: hf Hab_ana 18 del pasado.:. -, · ·.. estraotclírt~ri,rJ' quf ~~iti• ef '~~rito

Mejico:

_IQ

de

na

"'i

el:

(Correo de,

,.

,.,,,. ~"-); .~'

{r,

.·

federaciow\..mejican

..

. •.
:~~Wiz:· 11 · ·tfi,!· ó11ob#P ·
.

,

.

0.-

. ., ,t-.•,..

' m·
·.. ·...~;..,
...___,._
.... ~.--'.-·_t -~f··R1•n·~
&gt;PA....·~
··
A,W•·'U-IICC
-

_ ...·

..

,,_ ,. -'•

.·c·u.._.p·
li-:· .
.,
Q.1

. ~·-~iti~::.~~

_tto.~
. Dutant,,· ":~·t.~Í,':~el Aé~ ª'l?~Í''E.~~~º-·:

t, · &gt;·' -;.(Cotrerd1,·117t~acm•~
,,al,,,,;: S19·s :)) .· · ·• ··

t • ,.f_,,J·&gt;,~•íi
l~ · }:-.·:_ , /

'

i ·

V''

·, ;,

.

,

.,; "y._auij,tT

.;' .l.+ e~:~

i;;.1·•1&lt;
~

',

.'

'"/#.¿}~:':- ..

: •

141
·

:

.,

:Jf::r ·

u•:,•'• "f.~·

, ; _ : , , L ~ t;j

.

.

,

.}:-t:tl:Íl"ll.!';:x;

'·

--~.

"'1!~al~ •~ar•~f--•at'.«it•,··~"(f',

-

-,: ; '.,/

·¡

.

y

}'I:_

'

.• ,

.\

�1'~
1

ag~ard~ridQ·~r~! la,P-1'?~~~, · ~),~Ri,t,,~~!7~¡,; ·
a. esta V1lla. No., tiene fondO:$. A., . , S· ·para . fa.cdhat,. 1

·a qui:e~ .•se&gt; h~ fstado
1

&lt;has•,'' ,llegara hoy

s. ~-

~as qu&lt;! e.st~nder, la v_i~~;) :~ohr~, ~1
t~:l'r1tor10 '-del ,f;~_ado y' CO~?~er~,c1_e1J~~o i
lueg~ .1. ª. ~rm.&lt;:&gt;~lf de. sus_ autor~. ~a~s ,Y ~1
bJ1e_n JUtc10 d~ . Str.L habitantes_. ·
a ser
tesugo del ll)a~ ace!'P'idrado patrioi1smo, d~
la de~isjon,,'m:Js denodada por- mantener
el Qfd~ri\) eotiservar la tranquilidad 'pub!ica ,&gt;y'':,ostener el sistema federal, y
' fiµahjente del odio .mas entrañable i FerVil a toda testa 1coronada, ó .cofi.f. que s.e· Je paresca: virtudes que ca~
r~cterizan a .los veracruzan~s. S. E. ha
pisado el pa'.1s natal de la libertad, y se
,encuentra en su ·elemento.
·· · ·
, (Corrro de lafe1eracion mejicana n~m .
'g¿}(Sai.num.1136.)

·"'ª

. ~a~o

Mejico 18 de agosto.

, , 'En ~aria de persona fidedigna . de
·Gli~dalajara, ·fecha 9. del corriente , se
dice· lo' siguiente.
,,S~gun ·me escriben de Lima, ~stab~ -alli ~l _bergant~n Aquile~ con los P!empQtenc1ariqs, de . Buenos-Aires y .Chile
.;ll congreso de Tacubaya. ,En l;t misma
e p~~~ .~e,. 9allaba el. ~~. Jq~e1,i:. ~~- Aran-

," .ori1~dg....!''

· . ·It/ \ \ , _ ·
·
•::., · El c::9riiJ:r~so ~é · Chapa;/y-elde Ca.a-

gra~_io.q ,~S&gt;~s?P,!~ros, 4}?~,•;?e '1d~ .
4,ij&lt;7~,?S: ª)~ ~~t~1'1~ ~i,s!r~\,~(J~ur~4.;,:: / "
com,erfr.• ) r;{_M
. "°~'º_so..: de '·~r,~,:-~J_.•.:). ;-~}l.:.·

. ·.. . . ( Correo. de la fette.ra~1on 'nitjtC~,
num, 2!J+. ')
,
, ..
·
t~ol ·iz~,r,. 1536.)

A V.ISO .
.
.. El ilustre ayuntamiento de esta ca.
pital ha n0robrado la junta patriotica qucr
debe entender en la celebracion del ani.-,:::
. .. .
.
.
.;
.v~rsar10; de ,nuestra glonosa mdependen-,
d1a el 16. del corr,i~nte: a cuyo· efecto'·
la junta activa ya todas sus di'sp:osicio\
nes.
,
Estado de ingresos que ha habido en la ad- •
ministra.don de alcabalas del Estado libre ,
de Nuevo Leon en todo :el mes de lafech¡ .
. p
d · ¡
d 1/
., :
y or to os os ramos que se eta an.
.

.

RAJ.ttOS.

Ya{rJl'es.
· Pesos. R. G.

'

. h,uila h:i sufragado por· el Ecsmó. Sr. Sal.g~do . para'" la suprema c )rte. de justici~ Alcabalas al .s por ciento. ,, 086. 5. 2.
Derecho de consumo al 3
•
·
/(Aguila num-,230)
..
por ciento.
,
; ,, · 25.~. 6. 7.1
. Dert;dw de estrac~ion de
. '.,, ¡ .. : .
moneda al 2 por lOO. ,, 1,5,I;.. o..
~
~
Licencias,de ganados. , ,., ,Q5d; ,1), O.
Depositas~ , , , , ,, , ·.f'~7V t~
·.· .. , ,, Segun los .. qltimR~ dwios. de· Nuew~
Suma. , ,, · 1 .040. 5. 6.i ·
. , -~rk.; la caJa d§, ai!i?r1izacion ha esti~- .
.,.¡g,uid,o la deuda. hasta el ano &lt;;l~ 1813: se han .
'.dado ordenes para r(::dimir d1,1co millones
id,~l erhprestito. c_on,rato. en .este afio, y en
M~ntére¡ agosto 3· l de 18 2 7.
~18~~:;i,;~?s. E.stados-U_mdos del Norte qp
/~~p4r,-P,;1:)ít Aeu~¡1 .n.~.c~o~al_~: _ · . . 1 ...
,,:,

1'; ;;-/

• ·,

·.

·~;:,:.&gt;

----·---

,, .. , ···U:~JJ,~}~tf 9ue :ºfurnp· eI). .el,,p~~l,P.~mento ingles., i~R. sesion del 21 , _pru~~ Pedro Noceda.-Pto.

Bn~.-- '.r... Cas:tillon •.. .

· .~ ~l ef~cto ·qt\~J~!~A~~.v~,.cpmposició1f$ifil .. .
.
.· ::~~ptst.erV? 1?-a. p~~qncya .· sobre \a p~o{lperidad. publica. ·l,;; a confianza. qµe ~i§':
.. pira el ministe!io .~~. causado 'U:na· m#Í1~:: Imprenta ,?rt gQb!ertH• a:car.[JOJlifl ciudada• . '
st
r~ . d_.••e ...~ª_1.•~
...:~2"1._g
ie
;;n .~l '.~ ad~_. · ·~_•._.~_1.
·no Lo·rt nzo A.itonio de Melr,.
· · ,co~zc.10 y ~t,i1as ~anurn-cturas, qu~ e·1 . .
·
· r.~• IEQ~t~M:i~ -,~ ·,~.reid.p l,oo.~r :il.e$d,e_cirte, · 'de ' ·. '
;,·-' :~, '· · ·
~T~•::,!,~rJ-4•.[,_~
~••'~ •~•
!..,_J. ~- .'.,'
,"•Aé &gt;~ (J~ii:-".i&amp;)p~•• •", -~••i•••/L,t.1-..~, ,¿ '.1,)IL

~¡~_,~t.

•,)'1.J'..

-•

t•

--. .\ ·
1

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238167">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238169">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238170">
              <text>58</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238171">
              <text>Septiembre</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238172">
              <text>6</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238173">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238188">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238168">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 58, Septiembre 6</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238174">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238175">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238176">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238177">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238178">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238179">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238180">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238181">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238182">
                <text>1827-09-06</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238183">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238184">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238185">
                <text>2018834</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238186">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238187">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238189">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238190">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238191">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="1769">
        <name>Jalapa</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="7731">
        <name>México</name>
      </tag>
      <tag tagId="14763">
        <name>Noticias extranjeras</name>
      </tag>
      <tag tagId="369">
        <name>París</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8717" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7061">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8717/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._57_ocr.pdf</src>
        <authentication>f7bb19f45f0ed3c0842ea8cd5acb3b6e</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248073">
                    <text>ci

f

ie_
u- .
\

)

'
1

Del jueves 30. de agosto de 18~7'.
,

mnt,

Üt 1utela ne pr.ocuratia reipuilic11 rerend~ e•! atl utilit11úm Hrum"'r11i r:11wmi.r.ri
ntta earum ,juibit,
· commi.t•a est. Cic. 1, offic.
·
,
,
·
Lo mismo que una tutoría, asi 1e han de ejér~er lo1f&gt; earpa publico,; no para utilidad ele lu
flUC gobiernan, sino para la de, los gobeml!dps.,-::-; _: , ¡ ,,,,
l•

o

e
a

1

1

LEGISLACION.

40. Cuando la votac1on resulte empatada por que falte algun · innividuo del
'congreso,' seguirá la d:scucion bien sea
en aquella o en otra sesion.
'
CAPITULO VI.
'
De las rfprtsentaciones y prop.osiciones.

Legum ministri magistratu.~: legum int,rpretes jndices: legum idcirco omn~s 8trvi
sum,,s, ut liberi esse possimus. Cic. pro
bd·'tt~'.lll•
'
, ·
·
A • el llC'll
40.• · . , , •.· ·
. ·
. Los g~~i:naii1es son min~rlsi' ejecutores- ,de .las' le~ye·s:· "'1eris apli~adore_s d~
ellas a- lo~ casos los Jueces: con.que todos
- 41. Todó miembro que en una se4l
cl l'·•'d
•
•
lll&gt;cn fi n par«I',
po er ser . }'bJl.
1 ~&amp;. ,. so~~~ sier- ~iorf:ttq uiera. hacer _a1_$una representacion
vos ddas leyes.
••·
-.. 9'~-· ,-~
' ti.v,aca'it;fráWifii'tre J.éyet; estara obligado acstenderta por escrito, y a dar copia'de ·
Ctncluye el decreto provisional num. 147 de, ella, ó manifestarla al presidente antes -_
"'. • 7 ·de aóril de 1827.
de presentarla a la asamblea.
,e:;,.~.-, ~¡e·,
4·2. Todo miembro que en una···seCAPI'PM--tO V.
sion quiera hacer alguna proposici,t1n, deDe la 'VO!acion. ·,.' . .
bera ponerla por escrito y, leerse testual- ·
,
:~. · • \ · · ~-~:.,-_ ~· .~· mente en la asambfea;~·"· ·
34. !!ah_~~' dos modos· ~e~~/5t~~} ~- 0~ . ; " .,
--·· ·
· - ~ .\
0
el sumario, 'y' 2.
el_,n~mma,L. ....{·.. ,. •
35. Ni~g?,n-..~J-i?~adp,?'¡re-s.entc pue.. . 1/•'.:', Del.Las !,co~z~iqn~s. ,•¡ef:,
de dejar de_ votar en pro o en contra. •
. ••¡...
·1.-, i;:ii!JA,,.f~1'Jo
36. Concluido el debate se pregun43-. La .,\.asamblea1 podr~,-nombrar si...
tara s( se aprueba la propoüon a disc1:1ci- empre de su· ~·no-::éon~ts_io~és ordinarias
· · -on, y se . prt&gt;ceder~ en seguida
contar ó especiales a -I~~ _qucfp;,.ínitira el ecsa-~- los v;:os·'en - pro ó en contra, &amp;egun los· men de algun- próyetto-; "ó · la preparacion
que se hallen en pie o -sentados, y se pu- de algun trabajo. ; ,
'r.~'blicara el resultado.
44. En· todo caso en que haya pe37. Todo diputado pu~de pedir se ticion para el pase a comision apoyada
repita la operacion · ·de ponerse en pie ó por tres miembros, sera puesta a votacion.
se:r:itarse, y contar los que cstan de uno
45. Decretado el pase a comisi&lt;ta,
y otro modo.
·
todo miembro te~dra · derecho a pedir la
, 38. · Si un proyecto se compone de palabra para manifestar los puntos d~ que
muchos articulos, estos se votaran con de~a que la coinision se· -ocupe, y ten.· separacion.
dra lugar esta pr:econsultacion antes que se
39. Para la _votacio~ nominal basta proceda a la eleccion.
·
que tres diputadQs aprueben .que sea- en
46~ Las comisione_s se;. nombraran

:J;- ,.-. . . CAF:It~~&lt;?.~:JI.. :~,

ª·

:esta ÍO!tna•

-~

--

-

_ ,

: ·,

.

de do&amp;-_manera¡; ó por indic~cion que h,,.

�f"~jP~~~ñl!: -~e1. tuun'ero

'simple

~e

fos miembros .que han qe formarla, .cu-

y~ _lista se , sµ$C.1,~

~a· _la

.~P\"QPi:\C~n-_ de

_la asam\){ea, "t~ 'f' VQtara leyan~~n~ose y
sentandose; · e,· 'pot'' escrutinio, · y ~- pluralidad respectiva de votos. Siempre ~ csi:p~
sultara a la asamblea cual ,de estos ,dos modos es. el que prefre,re.
47. ·. Si un tniembro 'de la C¡Q~isioi;i
pide fa palabra, obtendra la prefe~~ncia. ·
48. · Cualquiera miembro de la CO•
mision tiene derecho de hablar para c,errar
.el debate, .fUando ya ninguno pi~a ~a
1
palabra.
· 49. -Cada comision -clara cuenta a la
. asamblea por lista del estado de los ne.g9cios, pendientes en ella el dia l. 0 y el
. dia 15'. de cada mes.
.

·ha·~ ton-signarse -ert ·la?acta. .. · ,
. 57. Cuando. el gobernador se presen!e J1 p{eSt~r el jura:~~nto.,ó ~• ~&lt;:to ~e a~r_it•
~e y .cerrar~&lt;! las sesiones del congreso, _le,
saldra a reci.ir a la puerta de1 salón una
c9µ,.is,ipn compµcsta de íos dos secretarios,
y dos diputados que nombrara el presidente, la que le acompañara a su salida.
58. Cuando algun diputado ó el vicegobernacfor se presenten a prestar tambien
el juramento, se recivira por los secretarios·
que acompañaran al ultimo_ a su salida. ,
59. .El presente reglame1,1to se observara como decreto provisional a virtud
del.articulo -116 de la constitucion.
NOTICIAS

:,

q

·e◄

'.éi
~

..

el

le

C&lt;
::..r -.~

i

d

"(

_q,
bi
Il(

e~
to
cr

NACIONALES.

la
CAPITULO VIII.
Tampico de Tamaulipas 6. de agosto.
_De la po{icia.
...
El 3. del presente fondeó en esta ba5_0. S_(!. tendran sesiones' lunes, jue• hia la goleta americana Retnrn proceY!~i y :.~é!-.lJª~lo de cáda semana, qtie CO· dente de New, OrleaJ:Y&gt;, su e,:fpiffi'h JuaI)
menzaran _a las nueve de la mañana y Bautista Pansent, con ·11ueve;, ·hombres de
terminaran cuando lo mande el presidé'nte. tripulacion:, siete_ dias · de.-·n~veg.aci?n, · de
51. La asamblea acorch¡..ra las dem~ porte de .cuarenta y nueve toneladas, su
sesiones que fueren necesarias 1 · En. caso cargamemo -_t'b'arrotes , consignada a d.,,
no previstd_ podra. 'reuil'ir;;t'a· ..rsamb-iéa~-i~J Antoni~ ,Maria• de Miranda. .presidente .. ·
.
5Z ;;,Las ses~or¡es seran publicas fueS. Antonio de B('jar 4 -de agosto.
ra de los . casos,, en que se aven~ el
.-,ccsito del negocio con publicidad-~\ que Comandancia general de los Estados inter. por'- otr·o titulo sea preciso el secreto a
nos ·ele- Orirnte.
juicio, del congresoA que consultara el pre _
En. la ciudad de Bejar a, los d~ez y
s1dente luego que se habra la sesion, que oche di~s.~dd fnes qe · julio de mil ocho.
creyó, deber (ení!i eL caracter de secrela, cientos.. ~biñte y siete: halla.ndose presen:·
53" Fuer~de esto habra. sesiones ~lf:s· el..Ecsmo. ~r, general de division del
secretas\ ordiñ'irfas' los· Iones y sabá'tlos ejercito de lá republica mejicana C. Anasde cada seinana para tratar- los asúnt~ tacio Bustain~mte, comandante general ·t
econorriicos del congreso, ó algunos otros inspector de los Estados inte:rnos de Ori. que ocurran &lt;le la naturaleza antes dicha. ente, en la casa de su akijamiento: el C. ·,
54. . Siempre que se· trate de votar gefe politico· de este departamento Jos-é An. tendran tres. miembros. el derecho de sus- tonio Sauceda: el comandante-principal del
peder la votacion si el numero de los. mismo C. teniente coronel Mateo Ahumavocales presentes no llegan a siete.
. da: el C. teniente. coronel graduado Frap- -' -t;5. Si-algun miembro del congresQ ei¡co. Ruiz como apoderado de lqs indi. toma la· t1alabra:- sin que se le haya conce- os de la naci~n. Comanche: los capitanes
dido, ó turba -dct: cualquier modo la, discú.; de estos. Quelluncs, lncoroy y Quelh.Jat;er,.
.cion, podra el presidente llamarlo nominal~ con o.tros vari~s. individuo&amp;. de. dicha~ amente al' ortlen.· ··
· _
· ··•:!' I: qon; y el ·secretario de la com,andanc -·
· 56. Si el llamado al o.rden se pf)'ftat: general C-.. coronel José ~arian0; GtJtrr~ ·
se con indocilidad-,' p.odra. el_ presiden\~ tomó. fa palal?ra dicho Sr.. Ec~mo. y (lij9:
mandarle salir de Iá sala rn.iéntras. qq - que: no pudicndos.e concluir un formal tra. .
acuc_rda la. .;isam~lea"·st merece. af~n ~e~ tacto de·¡a~ cóaJa. n,ctan~Cp!Jlanche W:
· eeto:..,de· reprcnc1on,; ·1 determina sa· ·
l1a. dc·algtJ.na:&amp; 4c sus. prm.1,es. ,,;:_
1

Vél

co
se
CI:

pa

reI

di,
~o

,_br
. be
·1m

v

po
fic
su
ma
nu
, los
. rar
cid

, pre
ent
_ser

·.,~é;
. pro
nid

van

a lé
su
0

1'.IlaI

;· con

•.• J9s

da.·' do ◄

�~,l~.

e:n
&gt;S

º- .

•

etI).

ie
ie

, que se hallan en,cimp,afia &lt;:9n1raJos H~a.- !!·il~fp,~wto-(;u@rra, ,Sec~i~~tJ.~,,c~
ces, entre tanto estos regr.ei¡~n, s~ estable- .. 4él-J'1Cla generrl. -Es
J\eJéLI'~...
ce una. suspencion de armas bajo los á.r ~;4 .ele 1827. - Guerra. .
;
ticul?s sjgui~ntes.
·
. -· \ &gt;-,
, .
· _ l-º. Supue.stó que la nacic;m Co~~;
. FC;raf}ruz 3 de idem.
che prtténde . de , buena fé tener pc3,i_: ~on. _ Los_. p_é.l,~J.&lt;~s- franc.eses, llegados por el
los mejicanos, .éstos no llo,stil,izaran-~·;.~ l\;f¡mli1¡1s ijl,caniin hasta fines tje mayo;
comanchc·s ; a no ser que rccivan algun _lps hemos -l'ecoTripo y ahora ofrecemos~ a
_daíio o insulto d~,-ellos, y des,de Juego-fe sóa• ll,uestros lectores U!}. 5Utjnto analisis de _
_pende.toda espedici,qn _contra los mis,m~s.
fo que cont1ene'n •. ·
.
2
Los gefei; de los c:omancJw.
_El dia 30 _ de abril fu-é cuando apa-..
_que. se hayan . presentes , prome~qn · t~- recio ·1a orden. real Jnandando 'licencial" la ·
bien __ por si y a pombre de )os a~~c»t~s g»?,rdia nacional, lo ,qu~ ha c;uu;ado en
no .dañar en m:inera alguna a los: m,-ji- Francia un gran desco,Qt~nto Y, una .descanos ( entendiendo , bajr. este noml&gt;te~ flproha~iQn .. g~ncral. , .
· ·, -, ·
todos_ los colones) ni en sus es~ble~i,mi~.
; L_as _sesiones.- de· la ca.mara. de dípu·
cntos ni en su5 correrias.
·
tados estan consag,radas a la discucion d.el
3 o
~ingt;n rneJicano se a~eF~é}.ra, ~ Budjet; muchos oradores,. entre ellos el
las rancherias de los cqm~nchc,s sin JI_e¡í banquero l\1r. Lafitte , han ~mitido la opivar un pasarorte de la alltoridqd civil~ nion de que se _acuse al ministro que ha
con conocimiento de la m11itar, que cspre~'. ~rmado la orden de reforma •.
se el. objl"to de su viaje, _y en·_ consecur
Ha habid~o varios -disturbios en Pacia tQdo el qµe se encuentre sin . dicJ-i4 f~S ~ .los genda.rmes han corrido por las.
P¡asal?orte acia la_s inmedi~ciones. de ,.Ja~ G~lles sable en, m~no- tras los pacifico.s
referidas ranchenas, deber~ s.~"t ap1;e,tien.. 11cmdada_nos , de__ t;ntre, Io-s cuales . ha 1 h9,•
didu por . los comanches_ c·ppio :s~specho~ bido _uno matado a sabl,aios y otu,s, .q\.W
sos, y conducido. a esta, ciµdAd ,cua1xfp_ por huir dtl Ja f~rifl.-~~e ,.sus ,perseguido .. ·
)\1enamentel)uecian verificarlo~.. _t .rf!S se habi~ri a._rrojado .a-l .Se-r¡a., han el).4
T~mpoc~s comanches_ de. ¡c-ontrado· alh la muerte, ahogandosc: en
. beran_ acercarse a los establecimientos de_ las. aguas de este rio.
J~s :t;ntJicanos-:, ni a. los caminos.,.y, campos _ E~. triste d cuadro que presentan espor donde estos acostumbran hacer su tra~ ¡t~s escer1as,. y, .cqmo .lo ha dicho un c;lipu-fico y. correriéJ.S ~ndispensables para . su .tado, en la trjbgn,a ._,1Qs. prim_eros- dias de
_subsistencia, y por•consiguiente los·'
-• · revb,1"\&lt;m-han.vuelto a parecer." · :
manches que se encucn\ren (;U cualquiera .. '
ha'tia, aban~- !óbte Paris un cuer'nuníero cerca de ·10~ establecimientos de pÓ\:Tt • '.to.000'.- ñombres·.
los mejicanosJ ó con· direccion a ellos,, se•- · El conde de Ofalia ha visto burlados
. ran tratados como sqspechosos y condu. 'S"\lff .proyectos sobre esta repub-lica, y necidos a este pumo don¡;le permaneceran 1gada su demanda de que se r.etíra~n las. presos hasta, que haya. · opurtunidad- .de tropas inglesas y francesas- efe la pern,n,sula..
entregarlos a sus .g'1fes principales, a nó
La causa de los gdegos, ...pres4ñta.ha
_~er que ve,ngan por los camino~ que·condu._ un aspecto muy favorable.
•· . .
~én en derechura a est~ . ciudad..
.
Para fines- ~- j_unio · se· ppera&amp;T en
5. 0
Los gefes presentes, ~se· com- Portugal al, emperador t1el" Brasil;, d
.. prometen a..solicitar de los ausentes su- ve- Dr. Abramtes, ·as~, lo babia, astgurado •. La
nida a este punto para concluir· definiti• princesa regente· est..\:&gt;a foera· de peligro,
va mente. el correspondiente tratado de .paz segun eL 12•. 0 bG&gt;letin con- fecha 9: ce mayo.
fa mayor posible brevedad anuneiando
El. 26,de: mayO'. estaban los bono.s mesu aprocsimacion con antifipado. aviso.
jican0s.; en Lond,:es-_a, 68 y: tres octavc;&gt;s.. ·
·
En lo, q11e convi_nieron todos., y, lo fir:.
· Pf&gt;,!}lJ:la,_gace·ra.de· Nueva: OrJ~a.&amp;que·. , rnaron _para. constancia y demas, efo~tos. llegó.i i)r(r. a nuest,r..as m-anos, V:€moSi que. el\ .
consiguientes.----An.astacio., Bustamanfe; - c9~0-'\ Porter· estaba en Nuc:v~: (i)deans,
· J9sé Antonfo-. Saucedo .. - . Mateo, Ah.u~a;. ~[ ~7,.;j,~liQ. (L .. .EE.- dcCnwicioso.)
da.-R,amon !f.u~quiz;-_:Como apode~ i
· d!&gt; de los.., ca~e_s, prese_ntes el"&lt;?· la !}a:• . ·., :~:,. -G~ana1uato' .2, de Julio~. _ .
. ~- ~~lll~_r_i~e~ ~-- Pr'!!Jf:i~ca· }~uf.z. ~
~9ttgreso cons~~~W~l- del~ E.s.•

,

°

1

;y

Se

a

&lt;/._,; - ~ _ . _ _ .

1P+ ' -: _

r

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238142">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238144">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238145">
              <text>57</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238146">
              <text>Agosto</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238147">
              <text>30</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238148">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238163">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238143">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 57, Agosto 30</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238149">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238150">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238151">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238152">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238153">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238154">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238155">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238156">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238157">
                <text>1827-08-30</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238158">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238159">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238160">
                <text>2018833</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238161">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238162">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238164">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238165">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238166">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="20717">
        <name>Comandancia General de los Estados Internos de Oriente</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="4165">
        <name>Policía</name>
      </tag>
      <tag tagId="20716">
        <name>Representaciones y Proposiciones</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
      <tag tagId="14628">
        <name>Votación</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8716" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7060">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8716/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._56_ocr.pdf</src>
        <authentication>03d73860dd82284cbdcd1af0f32e0a0e</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248072">
                    <text>&gt;lum.·'56

GA.ZETA CONS:TITUCI-ONAL·
-.

,

•

1

~

,

1

'

,

'

,._

1

•

•

.... ' DE NUEVO LEON.
'
,

· Del jrteves !23.- de .agosto (de . 1~7.
1

•

:.

:;.:

~~· 3':,t'f .. ,

t

'

'

Ut tute/a Bic procuratia reipublic~ reren4a eat adJtfi.Jf(atem eorum r¡ui commi8Bi ,unt, n,n a,mm 'J.t.li~ ,
oommissa est. Cic. 1, 'offic.
.
. ',j•:
,· ·
'
' ··
· .·
Lo mis~o que una tutoria, asi se han d•ejercer los cargos publicoa; no para utilidad de los
quo gobiernan, sino para la de los gobernados•. •·' ,
·

, 0
Si el presidente· qui,siere uzar
•
d~l cfer.echo que tiene para deliberar, como ·
Legum m(nistri magistratus: lel(um interpre- miem~ro del congreso, podra hacerlo y votes judices: legum denique idcirco omnes ser- tara como dipu~ado.
'Vi sumz1s, ut liberi esse possimus. Cic. pro
-- 5. 0 ' Cuando falte el presi,dent~, hara
A. Cluentio.
· · este oficio el vice presidente: a falta de es1
Los gobernantes son_ ministros ejecu:- te, el presidente que ulti.mamenté haya. ejertores de las leyes: meros aplica.dores de ellas cido: cuando éste tambien · falte, entrara el
. a los casos, los jueces: con que toc;los en vice-presi'deme ~e s1;1 tiempo: y asi profin para poder ser libres, s-Omos siervos de gresivamente retrocediendo. ·En falta de
las leyes..
·
'
todos el secretario mas antiguo.
6. 0
El mismo orden seguira la
Decreto provisonal numeró 147. de 7. ile subs~itucion de secretarios; y ¡en absoluta.abril de 1827. .
falta de quien' lo, haya sido, nombrara la
~samblea.
· ·
-·
0
7.
Las. actas de las sesiones conCAPITULO. I~
'tendran
los
diversos incidentes que deban
De la presidá1cia.y de la secretaria.
notarse, la lectura de las proposiciones, su
,, l. 0
· La presidencia sera ejercida resultado y numeró de votos que haya
por el diputado que reuna la mayoria ab- de una y otra parte cuando se cuenten.
· soiuta de votos del congreso cuya eleccion
8. 0
Se llevara una lisra de, todos
se debera h:icer el primer día de se'iton los negocios ;por· ~l orden que oéurran dede cada mes. Del ,mismo modo seran pndo blanco ~mficitmte en· lo bajo para
'nombrados el vice-presidente, dos secreta- ·anotar sus tramites, y conclüsion.
rios y un suplente, que servira tambien la
, CAPITULO .U.
tesoreria; sin poder el presidente .ser reélecDel modo de deliberar.
to _en aquel afio para eL oficio que tenia.
2. 0
Al abrirse la sesion hara el presidente leér la acta de la anterior, y des9. 0 ·, fuesta un~ propos~cion 'a dispues de aprobada la firmara-y. en seguida cucion y ames_ de v_o;iarse; mnguna otra
lo .haran ta,mbien los secretarios. · Luego pudra hél_cerse, si no es ~n ]os siguient~s
se clara cuenta con' los oficios del gobierno casos.
·. · ·
•.
de los part;iculares, ó corporaci&lt;efnes: s.e
l. Para presentar una ;:idiccion, 9, im;hara leer la .ord~g cliel -~i_a, y .;o,men~ar)os miend~.
,
· r -~
trab::ijos de -ia· asambl~a. · ·
\ ,
11 .P~a .peclir susp~n~iqq,•f:1~ .la dis3. 0 · Dicha orden ·comprendera. 'lRs cuc'ion •.. :
·
· : :r'.
suntQS :que en Ja sesion, aQt~rior ~e h~.~, ' III. '. irA rc;clamar u;ft¡:, ' ·-~:de ord~n
~íialado :Pºr. el . Pte&amp;~er11e · ·p~ra )a di~:c~~: ~n el ·Bf:.qJAiepto_ (!~ ,_qµept . . ~e~ . '
.·... n ~y ;éUlliU.Cla4o .por~-lp&amp;¿Ge(:r#~.. iM,ó~&lt;; ·
10. , La d1s~µ~1o~;¡tf :.JA ,Yq}';\CJ9J.l ~9µ
LEGISLACION •. ·

r

--

..

�dos operaciones distintas;· y no puede co-~
23. Sobre cualquiera otra mate.ria.·.
menzarse la ultima, sin que la primera es-Ude _deliberacion sea la que fuere, diversa
té co~duida.
·
_
de .un proyecto de ley, podra la asamblea
l D. Toda proposi,cion debera fon- dispensar uno ó dos debates.
darse. por s_u autor, y puesta a discucion
24. Los discursos no se dirijiran si:.
se preguntara si se toma en consideraciou. no al presidente ó a la asamblea.
12. Tomada que sea en considera25 Al contestar las ordenes que pre-.
cion se volvera a preguntar si pasa a una cedan, se evitara el designarlos por sus ·
comision.
·
nombres.
'
1
1'3. Los diputados hablaran alternan26.- Todos los oradores hablaran es•
do en pro ó en contra segun el orden con tanda en pie, sino es que se obtenga 'perque hayan pedido la palabra.
miso especial- del presidente.
14. Si ninguno quisiere hablar, fija-·
27. Toda imputacion de mala intenra el presidente la cuestion y hara votar. ilion sera juzgada .violacion del or4en.
. 15. No habiendo ya quien tome la
CAPITULO III.
palabra, podra hablar de nuevo. para e.errar el debáte el autor d·e la proposicion.
De las enmiendas ó adicirmes.
16. Ningun proyecto de ley pocha
ser decretado, sin sufrir tres discuciones
28, Todo miembro de la asamblea
o debates.'
que quiera poner alguna aclicicin , debera
17. El primer debate se contrahera a haverlo por escrito antes ele la ultima disccsamina,r. .la conveniencia del proyecto por cucion de la pí-oposicion princ1ral.
mayor, y se terminara con· la pregunta
29. Ninguna aclicion sera puesta a
¿ quiere la asamblea que el proyecto se discucion si no se. ;,poya lo menos por tres·
someta al segundo· deb::He ?
inclividu0s. .
18. El objeto de este segundo de
30. Las subcorrecciones ó adiciones
bate sera el ecsamen cl~l proyecto por me- de adiciones, ser~n. votadas antes que las
nor, y de. las adiciones ó enmiendas que correcciones ó a&lt;t1c10nes, y estas antes que
,e hayan· propuesto. Cada enmienda ó la principal proposicion.
cada ~rticulo • se pondra a discucion si:1l
3 I. El presidente propondra el orpasa.r a otro hasta que la asamblea d..:c1- den en que deben ser presentadas la~ corda que e.lita suficientemente discutido. El! recciones ó ad:ciones ; y si hay reclam()
debate se terminara eri la resolucion de 1 sobre esto; h ;;isamble,1 dr cidira la prioriesta pregunta ¿quiere la asamblea que d! lbd que tkbe conccdcr:s-f ,.:-s.
proyecto se remita al tercer debate?
C,\PITULO IV.
19. En este podran promove1·se de
nuevo tochs las cucstioPes tratad:=ts en los
dos primeros: · se abriri't discucion sobre
cada uno dt los _articulo~: cada uno de
32. Cua!quiera miembro poc1ra al ti
elio!i, y cada énmienda se votara suficien- emp0 del debate propo1,er una dilacion ·
temente.
suspencion con tal que no interrumpa a,1. 20. En un debate ninguno tendra gun discurso; y si esta proposicion se apo
derecho de hablar mas de dos vece5 so- ya por tres, ocupara el lugar de la que se
bre una misma materia.
estubiere discutiendo.
-~ . 21. Esta regla no quita a los m133. La proposicion suspensiva podr'
emhros el derecho de volver a tomar la hacerse aun en el intervalo del tiempo qu
palabra, ya par. a manifestar algun hecho¡' hay entre el ultimo discl}-rso, y el acto de. po
a la asamblea,s ya para desatar equivo ner la materia a votacion. La dilacion ó su ',
caciones acerca ·del sentido de sus' pala- 1 pencio'n podra ser indefinida ó con termino.
bras.
Se continuara.
'
22. Los tres debates deben ser di- ·
vers~s: pudiendo verificarse en un mismo
dia los . dos primeros si lo pidiere algun
NOTICIAS NACIONALES.
diputado, y la asamblea lo resolviere; peMejico 3 de agosta.
ro el ultimo debe ser un dia emplazado, a,
ao ser en caso urgente.
Nunca. nos persuadimos que,
0

~~=~====~==========

v,

d
q
n
y
y
t,

e
y
s

e

r
e
(

t

1
t
1

�.,,-,..:~ •.r,·
·r

.

'

{

•·

,

.Pedraza dejase de contestar a. los cargos ási lo seguiremos
, 4u~ -tenqu_e le han hf:'cho 'en el Obsev_a,dfJr ci~c~ gam_os un,empeño de ,q,u( ·_·
senores senadores ya por tene¡ abundant• e el alto honor qe conf~retictar f¡)()n po~..
materia para: ello, y y~ p~rque esa el-asé !1,~ ~r?s, sino-1~ra llamar la .ª~~Gi~ti~~'"' ·
papeles escritos - con seriedad, y por ~r- t'):.ue se lte~n ,Q.e las ester1on~dea.i1i
.
sanas de quienes no de.be persumirse q:i,te bello estilo, de las citas de AA. de Tfi ,
escriban con fines siniestros, no ,.pu~~ y efe las de&amp;ta.J~ciónes, sin buscar la' siisverse con ~l desprecio que los que enin~~ t~ncia de los hechos, !}Í si hay ó no• ,fundio de uno u ot,o sofi_sma no conüencn más damento .para ,•.hacer:· aplica.cion a nuestro
que insultos y personalidades. Celebra- estado· d~ a9_sas~ dé fa$ ·doctrinas y princimos pues mucho que se !laya p~blieado· ios que .se'Vierten·con tantp aparato.
·
ya la contestacion a los terrible.s cargos;
( Aguila nurn. 215)
· y tant~ mas cuanto que a nuestras. cortas luces satisfacl:! victoriosamente y ,deja'
•Fragata Li°l!rr"a,d 4, tlt-ju,~ifí, .··
el hc.,nor del gobierno suprem~
pur
· ·
. ... , : , ,.:t , .• &lt;
y terzo _como un cristal, lo que intefe.
Mi.estimado amigo: ~i),ergáñth) ,,Brasaba én las presentes circunstancias; pu- vo fué d con_ductor de .mi ultiína:1 .)a pre:.
ei U'1 gobiern9 sin preqigi:&gt;, l.111 gobier: sente v'a' en la ~oleta mercante tfdmar''¡u
ne, desacreditado, y acu.sado ante la na• patron d. Hf"nriq~e · A. Barclay,:,
·. ·
cion de infractor de la constitncion de .
En. mi citada ultima di a yd. nqticiás
de despota, y de todo lo &lt;lemas que con" ct~'haberse habilitado un corsarió"d~ ~a repú~
tiené el Observador, no podra obrar c~ft blica,, nombrado Molestadora y que habia
la energia c~rrespondiente eu las circuhs.,. salido a ¡::ruzar: 'ya esta de regreso y su ~rutancias &lt;le venir 2. fragatas de guerra, y cero ha tenido ~uen ecsiw hab.ien{io apre- .,
berg~ptin español
cangear IS. pri,. sado sobre
·costas
Cüb~. 4f~s.. -buszonero~ cuando no drJán esos bu:ques•fas /qt~e~ del trafi~_o," c~nduc1endoo?~~ ,~g_m
aguas ·de Veracruz, y cuando - los edito:. 1pns10neros; as1 queda. com,Pens~do el da.res de un periodido enemigo acerrim:o jño que htzo sobre la!i·,de Yµca~an,'el cort.lel gobierno supremo de la federaéion, lsario habanero' Vengador. Las fuerzas
. pr~voc~n con furias atroce_s al comandan- enemi~as se hay~n ~odas en la Hab~na;
te particular-de la' plaza de Vera.cruz y del el eqmpo _del nav10 sigue muy p~u1anna:, -ca~tillo, cuyo c~. racter ~eli~ª?º -p~ntilló~o /mente y segun apar~encias 1~0 :~ald_r~·~ ·
conocen muy bien, y precipitan a su ofi- mar hasta tarde.. Estari'.los _buenos d'e Siillr
cialidad, dan~o ~&gt;cacioñ · a .que sucediera jllud Y. abundant,s t:Il viveres y t~dq_·1~ helo que liemos visto; y ql1e tal vez ten.:. cesario•. · ·
·. ·
·
dre:nos q~ llorar con ~.angre.
Q,u&amp;da por tanto bien sentada la opiP. D. Pa,:zzacola ·14 de julfoi
nion &lt;lel gobierno que como hemos di.
l
cho, ~unca i~teresa mas q1_1e hoy y lo~ q_ue .. Llegarnos aqui a asuntos é:lel's~fv1cio'de.t
todavia p~P. los otros _arttculos y d1scur- Jando la escuadra b}oqueadora. enfr,ente .
sos_ del Observador vacilasen algo, queda- de e~yo-Hueso, compuesta de dos fragaron perfectamete convencidos .ton .·solo la tas y un bergantin, défde aqui _seguimos
observac_irm de.· que ~l Observador y ,todos a la Nu.eva-Orleans.
·
los· otros que hablan eh su sentido, que
,
~
nos pintan. cercados ._de males, oprimidos
"lfejic_o 8 'de 'idem.
por. el mas fiero despotismo, sobre :el crá,
ter _de un volean, sin hacienda ,
recur· Han sido. absiieltos con dictádi~rf qe ·
sos, y heeh~s juguete de una faccion &amp;c. asesor, y puesto&amp; _,en pl~na libertad por te&amp;c. Cuando se les ataca de frente., cu- solucioh del comandante generar ··Do.;. .·
an&lt;\9 se l~s ecsije que fijen. hechós, que mingo J\bedul ·Ji lo.s &lt;lemas pñc1if
, rindan ·,pru;ébas, cuando se les hacen· ,pre- pendie.ntes que fuerpn proc .:'.
guntá~'iib}&gt;'óft:ante,s para•· adara-r-lis 'CU~s- :strá;vio de u.na carta relat~v,. · .,.,, .
~io_n~. §l ~n· ~~~ª_,t _p~labra ~uan~~ .s,~ les-_ i.m- pirac_ .~? del padre Aren.a_s•!_ ,&amp;}
. \-i_.•· .., _~y eren.~?
. p~gna? o ~ t a ocac!on, ¡&gt;ltta entrtl~ en padre tr. M. l,\1_endez ~a s~ :. i_as}a~ado a ,,
. a1s.&lt;:µc1~
... ''· -~-_,,_n·. ,y $~~~CU\ s_u :~irel)a. su oon_,. ~llt.O ba.JOJa_?~!.·IXJ J~h~~d_d?_ Sl!..
-·~•:~~o,:::~e~:~~~,. CQn .repct_~,_,y vrel~,-\4~ndf&gt;_~-~qs1c_1on de dicho.,.

,;ff:Pen-

tan

u~

.ª

~as

1e

to

1

.Ja-

rs.

ni

a.

IT
.·. _

�;:sr.. comandante hasta que se termine su distinguido. al feliz ccsito de la Jorn .
causa.
.
del 20; espera que 'lo ponga en cono
Anoche han sidó presos por complicidad en dicha conspiracion d: Pedro del
Valle' ca pitan que fue en tiempo del go:.
bierno es pañol ,- y d. N. V aliada res , duelio de la fabrica de vidrios de Santa Cruz.
( Aguila num. 220.)

m.iento del•. Ecsmo. Sr. presidente, y·.'. .
saluda COR su mas distinguido aprecio.-.!.\
Carlos :Albpra. - Ecsmo. Sr ministro de.)
la guerrá d. Francisco de la Cruz. ( Su .. ·,.
plemrn[o al Telégrafo de Lima num. 2. ) · ·~
(Correo de la federacion .lldejicana.)

•

Cuatemala 23 de junio.

NOTICIAS ESTRANGERAS.
Proclama del gife del Estado. ,
Republica argentina 21 de feóre.ro.
Cuarttl gmeral en marcha.•
Importante.

1

'

•• Cdmpatriotas:. en menos de

un

mes ,,

el ejercitó de operaciones ha· recobrado

1

con. ventajas su anterior importante acti- ,
El general en gefe del eJerdto republi- tud. Ya marcha magestuoso sobre el pa- ·
canó tiene ,la satisfacion de comunicar al . ~ de la an~rquia, y en su movimiento· . \
'Ecsmo. Sr. ministro de guerra; que despues convinado arrastra tras si al valiente es- ·
· de los encuentros parciales en que fue ataca- cuadron de patriotas y otras fÚerzas de inda y batida la divic.ion de Ventus ·Ma_nuel fanteria que veis salir de esta corte.
por el, coronel La valle el 13 . y por el
Virtuosos guatemaltecos: todo lo que
ge1_1eral Mansilla· el 16, ayer 20 se enéon- se ha hecho en tan pocos dias, es obra
tró d ejercito republicano con el imperial de. vuestra firme cooperacion, de vuessobre ,el can'lpo de Huzaingo. Su fuer• tros multiplicados sacrificios, y de ta inspiza que asendia a 8500. hombres de las racion divina, que velando siempre sobre
tres armas, se baüo por seis horas con nuestras rectas intenciones, dirije .los suce- •
habilidad y energja. Cedio al fin al es- sos de una manera tan maravillosa, que
fuerzo de nuestros ,br:i.zos, siendo com- justamente me permite anunciaros · un
pletamenta derrota&lt;!a y dispersa su ca- triunfo &lt;lecisivo.1
balleria, abandonando el campo de ~ataSi: los triunfos son siempre el re•
lla y dejando en él mas de 1200. cada- sultado de la constancia y de h1, esperiencia
,veres, entre ellos el del IIJariscal Abren, en las combinadones. Hoy que de nue-.
diez piezas de artille,ria, todas las muni- vo continuamos lta grande ..obra de la reciones y bag:ojes, y crecido numero de generacion de la republica, todo~ los
prisioneros y arrnamento.
accidentes concurren a presagiar sucesbs
·
La perdida del ejercito de la repu venturo5os. Esta abierta' la nueva comclica no alcanza' a 400. hombres entre eri· pañia: se ha dado la voz de alarma gene~
dos y muertos, siendo sencible ~ntre es- ral para todJS los pueblos; y mientras los
tos el intrcpido coronel Bradsen, que ca- ejercitos de nuestros valientes soldados
yó ,en la carga :il frente de su regimiento. aniquilan por su pericia y b~avura ,el verEs imposible por ahora dar un de- tigo funesto de la anarquia, permitidme
tall de los sucesos del 20. El.. general amados guaiemaltec_os, un deshago a mis
en gefe los remitira bien , presto: entre sentimientos.-Lo fausto, lo célebre del
tanto el tenien_te coronel Agu~rre, que dia de hoy en que se &lt;la nueva vida a ,';
conduce e;;,ta , instruira de ell~s al sr. la patria repito, que todo es obra de vues- •, ·
1Jninistro,, de la guerra, y presert~ra ~os tra constancia y heroicos sa~rificios. .Ellos
banderas que·son los trofeos del, eJerc1to. b;,111.: pesado antes sobre m1 corazon, y no
Las ventajas que ofrece la vicforia y sus idtb,o menos que recomendarlos encareconsecuenci~s son Ít)~ensas. El general ~iaame'nte -a la gratitud nacional.-Guateen gefe sigue el sobre, enemigo para aprove, mal.a junio 17 de 1827.-_ 11,fariano de Aycichar~e de ellas y. feli,cit_4 a nombre p~ ... na. ( Ji;¡Jicador de Guatemala )
. tjetcito .a la nacion . y , P.! . gobierno. ~ ,~ ,
,: . . ( Sol num. 15 18.}
_general·. t~ene la iat!sfa_ciqn ~Je. -~~e?ur~t ¡'¡;F~entCz :ajfr o6iefn~ a cargo 'dd ciud• ,)
"6_.}/', ..r b··•LfJ:,.. ,;. 'A t • .... ., . 111 ¡
·
.al sr.••' m1mstro,
. •• , que, _,toq-rt~
·¡_¡ ;-t los md1v1du~_ti
.
~1".... ' . aan , . urenz.., ,an onzo r,e .J.r.J.( O,
,,~} ,CJ~9J;tO. han_ cgntr· rnuJQ .d~J modo m, ' ,1,
p, E' , '~[
U¡
•. e
( '
¡

1

;,º'

.

L

pr
$U

A

ve

e,

el

de
tar

rep
se~
y e
'mu

. .scp

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238117">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238119">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238120">
              <text>56</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238121">
              <text>Agosto</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238122">
              <text>23</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238123">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238138">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238118">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 56, Agosto 23</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238124">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238125">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238126">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238127">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238128">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238129">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238130">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238131">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238132">
                <text>1827-08-23</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238133">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238134">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238135">
                <text>2018832</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238136">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238137">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238139">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238140">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238141">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="20713">
        <name>Enmiendas</name>
      </tag>
      <tag tagId="20715">
        <name>Fragata Libertad</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="6595">
        <name>Presidencia</name>
      </tag>
      <tag tagId="20714">
        <name>Proposiciones Suspensivas</name>
      </tag>
      <tag tagId="19197">
        <name>Secretaría</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8715" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7059">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8715/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._55_ocr.pdf</src>
        <authentication>5414100bb889aa05d963fc7a1b385e66</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248071">
                    <text>s.~~-

10~,,,•

,dcl.d~-,

i:;a,, . es.~

~que~
iento •.

~fodtr«•

consti-r

perten~c;:c;r a este nuc:v&lt;;&gt; distritó.
• • • •
\ •
.
:. " •. · :, '.t; ~ s.
Q.ue
dé por admhid~, para ·
Legum mznzstrz magzstratus: leKurn tn.terf!rt ' ;idos "8~mas•.1 usos comtmes, la cesion
tf'S judices: legum .denique idcirc.o omnea ft'.t',; ;',e todo
terret10 que esta· cercas afue'Vi sumus, ut liheri
possimus •. ~!.c~..,·P!~ )i~ ·constante ._af:principio del respectivo
A. Cluentio. ·
·
· ·· . , .. :"·, ·· 'spediente y ratiijcada anté ~l ayuniamiento
Los goberrttmtes son ministros ej~c~,i t'nauto de 27. de agosto procsimo pasado.
!ores de las leyes:_meros aplicadoresd~.&lt;ru,;:
, . 4. o _Q,':'e. 1_s.~ c,on~tru_ya a_ la. mayo_r
a los casos, los Jueces: con que ~od&lt;&gt;s e~ . revedad a. cosla d~l vecmdino ~ repa.rufin para poder ser libres, somos sierv&lt;&gt;s.: ~ 'da en proporcio'n &lt;J.é la~.Jacultades de ca~
las leyes.
·
... : : da uno, 'sa-la consistorial, caree! y escuela.
_
·
5. 0 Que la cabezera del nuevo disD«creto · numero 143 de 3 de. abril trito· se dedomiñe .(lbasolo.
de 18 27 sansionanclo con fuerza de ley el
·
decr~t~ provisional numerq 109 en los ter~
• r,&gt;ecreto proyisi!)n~\ numqro ~146. · de
minos siguientes. .
.
• . , f 6. de ahril. de l 8 ~7.
·
,,Al vice-gobernador ·se seiiala e,t
,,1: 0 Se concede. por ahora al valle de
cldo .de mil pesos, sea ó no vecino. de "la la Purisima Concepcfon nombrar su ayun
capital, desde febrero de 1827. en adelante. 1' tamiento compuesto de dos alcaldes, tres
., .
·
regidores, y un sµidico.
'
Decreto. I'.l\tm_ero · 144 de 3
abril
2, o- Que el gobierno ofi~ie al alcalde 1827 .sarisionando con fuerza de ley el calde de Rio-blanco petra quelpor si, ó
decre~o provi~ional numero 111 en los te~- enviando un regidor, convoque· a los ve.· 1 minos sigaj~J\tes~ ·.
_1 ,
•
'• • cinos
y presida las juntas, que· con arre. ,,~e . ~csim,en del derecho.·~ •lca~a-. glo a las leyes del E~ta~o·~en c~lebrarse..
la or~mana y de consum..o: l. 0 eÍ ma1z.,
s. 0 Que oficie atas· ~utor1dades de
-~·..~ Ja. ca.r11~ fre5C!e.; 's. 'o el fríjo.l prodi¡~ Rio-blanc?. y L?:br~A,~r,,~, par.a qu~ concido en: el ~stado."
·
_: curriendo ~&lt;&gt;Il Jas. d,·~9ncépcion, señalen
·,- . _ ,.
_ · _. ~
.. los respectivos limii~s &amp; sus distritos,
. : DeGr.et~&gt; mi~ero 145 de s de tb,'. ·. 'd.andó cuenta a e~qt honorable legislatura
cpn.. ~~~rz.a .·ele. l,ey; . para ~ ~prooaci9l,\~~i '
. ··
,
. --~4~r~~ prt.W;i~iqn,a! numeto 117 e1ffüi; t~.tr
..
· ··
•

,;\;é. -~ no

LEGlSLACION.·'

o· .
1

:

encendi~.

provin .., ..'.
reparaba, :.
ia circu-~
,
•. 1
1

fronter~:
brillan-..

!.

:·baJ.o las"· .

~anz:mdQ
;e se de•.·
1 todavla/
: . ., ',. u .mten,q:. ·

,. confi.~~
tien·e~ .
r por ñn

,:ue

spiraciQ'G{

iüd,d_ el~

,s. porJ~~

...de
¡ .. i,')

se

0

1

ece que;

el

esse

1

su:

de

:#

:·) P,~i, _1sail,sli~a½o:
0

1...

-W'M.·--.,.(~~i~.·~.'··•;•··.·.,.·

,'. ::.;

, •1

,.,.l•.¡,:· ·

,&amp;e,

'"'~J.

. das de ··:,:
···~jllr~, 11;.,lrt,!.~
,')mf¡;9J~l .

·

·d¿C')arc¡~t~_., ,. .
~,.•:..-,:,-,'.,\.•

. . •·

-_._:,.··. -.'::_:_.·.:.,.-'.·-

·»f,,.~"~t.J•.··kr;'';.,+f1,, ,,:...:r.

·,_··.

.. -~;, ,
~nce da a 1as ~,
,.u.i&lt;;l.~p¡1

•'~b.ipl~e-;&lt;ri.ze~:. ,';~ ::·

·· . ·... '\.~J;,O._,,: · ,
◄

'"

:,:·,

tutei. aic procurmio reipu/flice'kn'ffllllt&gt;
Cic.. t. offic,
·
,
··
Lo· 'mismo que una tutoria; aú ~
fJ.U• ,obier-~, sino para la de los go~ ·

opedien,.
·'q~terid~
9· .. To-:-J

•

•,,,

Hmmia66;~at.

se de la~
: ens:ier!".
s. L~s.·
·minado:
9 env1~r,

qkr&lt;
.., ,

,

••t

:qnstitu~l

&gt;stinada:1te a la

..-·DE

De.1 jll~v.~s,

i)

.1yente

~

¡f

ri .de ij".'1
~

'

'

~.

,

i-f~./9 ,4,i~fit?i rtf~'i · ·

. rt,ie:~:~yqnti~l§J\~(¡JI
· ij.i&lt;f~rió áe MqffetQ
.

~, ~ \líaJt~ l~·- . · :y~~-.~.•.t.f::- :·-~t-~~•··_fr ~t\ ,: .··
&amp;..,..

&lt;-'}:~.

·,·;-

1',
... "
.. "".-::-·'T.·1c1
.•.n.o
·Áé·
;¡.,v

.·

.

'

'

. ,

·.··,,

i•.

,.,·-.·

·,/,tj,;"\-·-

.

· · Mejito'I. 'de ago,.")i/'
. . ;,:, '' .. \'

&lt;tqf?ttié'nsages

'

'.'''·· .
del' t"+iQe • presidente

d~ ~lqP,~~_que he,;t\Qi'
.

...

1
NA_tlO:N'A!•.··,'.f
..·n·,.;;~;.·1,,.~-...··.·.·.r.··.:
·..~

~ ~

, , ~,. , . . ti

,::-: \•

:.

~~e.r~sl~, ayer · y-

·.~?--, ·.::/ .,. -·

j!

•--=, ... •"···.,

.◄

••

,

�'

.

.

antier dan lugar ~ muy seri'as reflecciones·

\

s enemigo5: no pierden oc~ion, ni

f!Ue deben llamar fuertemente la atencion de precian medio que pueda contribuir a nu~;t::
los mejicanos. . ¿Que sera hoy de aquella estro de~conc~p\o, y al desaliento dé lo~;
bellisima porcion del continente america- amigos que nos .aucsitian. Con este fi~J:
no, aquella republic~ tan abundante de ;uo· cesan de ponderar a los .estrangeros la . .• elementos para su prosperidad y engran,. 'nutilidad .de sus. gastos en las minas, y
decimiento? ¿A qué es.tado se mira redu- les pronostican miles de sucesos. desgracia-,..;
cida _P°:r
alzami~l}to .del fe.neral P~e~ ~ ·do_s para retraerlos ..de _unas ?ego~ia':iones:
de mas 1nc1dentes,. y proyectos de meJora o. que puestas en su: debido giro :fi:jaran.... de: . '.
reforma'" de.l sistema adoptado y JUrado, so.- ..U-n modo inmutable la. prnsperidad y-suer- . ;
lemnemertte?. Y ¿qué sera demro de bre- 'te de la repuhlica.
Algun efecto han
ve si se llevan adelante esos mismos pro- .producido es-tas e~pecies, que han compro~
yectos, y ~trqpella el orden,, separandose 'hado con las ningunas ventaj:as que logran :1
del. camino unico- que señala• la con~tituci- 'en algunos de los minerales. Atribuyense- ··
on para reformarla?... ¡Compatriotas!. has- a esto los resultados. de una. administracion,
ta ahora logramo&amp; la dicha de ·mantener la sin economía ni calcufo, y se quiere dismi-.
forma d~ gobie_rn9 que conforme a }a es- Íluir el credito de vetas y l?aiunos qµe abun. · pre:sa volul}tad .'11~ }05 .pu~l9los nos:: dio el &lt;lan en.plata~ para cohonestar los yerros era ..
coµgreso const~~uyente en el memQ,rap,le 4 ¡sos qu~. se, han com~tido~ En el laborio, ,
de octubre- de_ 1824. Conservandola, d·es •. y las grana.es erogac10nes que se. han he.
confiemos. clel que nos, proponga aun la .cho, en ohras sobre muertas innecesarias,.. .
· menor. alteraGio.fl;. de ella, a pretesto de :por· hombres sin inteligencia;. pero dotados.
reforma· o. qe m~jpra... Hemos tenido ta ;de una muy ·regular c.ocis de amor .,prosuerte_ de plant-ear- sin sangre el gbbierno prio. No nos v€riam.os en este· caso si
que :m~ior comoina _la llbertad naóonal, todos los que han intervenido en estos.
(;Oil la 'libertad civit del ho~bre,. un gobi- negociados tubieserí los tamanos y medierrio, por consiguiente del que l\lejico de~ das de los directores de ·las negociaciones.
be esperar toda _s1:1: prosperidad¡ y eng:-an.- nes de 'Jffalpuj;ahua. Yá. ven logradas sus.
,lecimi:etitq~ •, Go;n _que e5-tém9s alerta so- taf!eas:· co.n;lo 10 justifican. los parrafos de
bre las arte·rias.,dtt: nues-trÓ5 enemigos, q;u~ cartas qu.e inserto a VV.,, rógandoles las.
no pierden tiempo; que hace 6 anos. que pubiiqu~n en su periodico para que ·ten-.. '
trah:tj,an. con tes~m por desunirnos, que si gan un dia de placer, lo.s buenos-;: y los ma-h q u.e Dios n.o quiera, llegaran· ~ conf-e- Los. que.·. ra bie.;1.
guirlo,. ó. ·ahiertamente p a pretesto, de .me: ,
· jora-r· nue~tra s,uerte, nos rohariar.} una l~- ·.
TlaljmJahua 14 de ido.ni,
. bertad q,ue es. el fruto de tant-os pade~1- 1
•
mientas y sacrificios. (;:onservemos, pues., .
lWt sr .. cura y. amigo.
tmidos el gpb,iern,.o que nos la garantiza y otr,o. hombre le daria a V. la noticia dr
~za,,,
. que ternnnos bonanza en San Estevan ,•.
(Aguila num~ 2J.3}
Coloradillo, Ocotas., San Juan,. San Joa- ·
~uin y l\1alduermes;_ pero yo•• solo, me con.
JHem 26 de jnlio. •. ·
tcnto coa rogarle a V.
no difate mu'.'.''
.
.
.
. cho en regresar a este real para· 1que pueHemo"S procuradp,ayeriguar la vuda da o:liciar la misa de gr.acias, el' te Deum. :;
&lt;fe _los ~echos _gue se refieren en el Correo y. un de profundis po~ los-enemigos.
l
de· 1-a ~deracion del' dia 24i' del ~orrient i. . 1.os _incredulos que vengan á y:er, Y'';
sobre haberse:· ®do a, La borde un banqüe:.. q_ue se. desenganen._ :La mm&lt;1- Arevalo la.:&gt;
te e1J San, luan. de Ulua &amp;c., y nada se :Semana que· entr.a esp~ro no se qued~ra.i.,:.;
nos ha..;-dicho.;
qt1e tienen motiv.:orde tras sino que seguira el huen e~mpl'a. ,;
' saberlo,; ni_ nos. }Cl.eseriben nuestro corre~ .Queda.~· la. diaposicion de V. com.o su S'é,._i;;
pansa.les, de Ver.acruz"' N.o por ~s,,to; lQ guro servidor y amigp 4: b •. s;. µi, - · P. e.le:·,..
ten.emos.. po~.imp-?~le ;, l?.ero, si pot·
_Rivafinoli::.'·
- . ·
. . . . . ' :.
UJ.Yerosimil:.
· ,. ·
.
r .
Con fecha· 2·r dét m-ismo· díGen · al di~i:
, ú~&amp;uila:nu~~ot.J} ·.. :,,U,t,ido,
mineria d.¡ Marc_eUnn·C:iron, YÚ
·
·
· ••
., :,. ._ dt Jiosé. A,t~yalor ~tlti; u ~ ~~~ -la 4it'J.C!;:c;'
si1,~, .
,: . . . . - ~ . · - .
~·&amp;

el

t

q·ue-

~*

a

m.ur

.

de:

·., ;&amp;e~f~s·c~ºifS: Jer AQ!n~. ltuifi..:.
·-·

... ..

-

.

~n

ah
va
un
•
nn

se
loi
vii
qt1

na

E5

:ha

:pr
re1

M.
dij
, da

�ni des,uir a nu- fo dé los_:
· este fin.
:ngeros la
mmas, y
le sgracia- .
&gt;ciaciones.
i:jaran.._ de:
d y-suerecto han
1 compro~
ue logran.·
·ibuyense1istracion
!re dismi-.
¡¡ue abunerros era•
l . laborío,, ,
: han he!cesanas,. •.
) dotados.
mor _procaso s1
en estos,
y mediciacione:;,
·adas sus,,
rrafos de
doles las,
:iue ten-f los ma-- ·

t,

esquieraL
oticia d~ -.
~stevan ' ,,, ·:
~an Joa.:..
me ron. 1
!ate mu~- ·
'
¡ue pue-- ..
e Deum.:.
·-'

r

i

y.er, ·.

~evalo
qued.
e_wmp
LO

su·

.:_, P.

~d

"
Hoy en la tarde han comen~ •
art'i'culo d~l C-&lt;5tréo·~-;-,¿¡..,:.-::
. cortar la beta de Jesu~_ Maria· ó , Arevalo,: 1,c.•t7.. · .
_
_
· · •. _
·En el oro sig11en··en-.~ 'buen suceso r.~
,: · P/iéa la patria.. :·" ·. · . ,.
:.,metales para-su ..miha•l!e· V. el Cdnsu ·
--~-;· ·.
,. En San· Juan- pertenencia del sacraí!reíiloJ ·rasgó el 'VfftJ que cubria lo8 proyectos de:.,
'. cortan !a beta eri me,tales de lo JéjorAtfi:
'abl~s de [r,t~trtiíilores.
ha dado el oro. _ Aquj en Tlalpujahua~h&amp;y ·/ . Hemos e~tendido ,q~é antes de ano.,- cinco minas en buenos, metalés que_
l ' : '.h~ 1ha sido'· so:rptenditl6· 61 general Arana
:, Ocotes, Sat;i Estevan;· Coloradilla, San\Jut '.~lándo con el·demestn: del padre _Marti.:.
', an y San Joaquin, de· suerte que como~st .
teniente verazco, ·que ~en· su clase de' señores se fi1en sobre los metales con utios ijériiente estaba dt grt~rdit en palácio. Pa-i:
trabajos muy activos, no dudo que-eh ;~;r ~a:dformar. co~ce'pío't:le·,:~st~ s~iéso·;-•d·ebe'
ve se .pondrian a cubierto de lo gasta9ó/ , _ .,, . erse presente- que l-begb &lt;q\l_é':e:1 1e~tádot ,
. progresa~ esto a pasos agigantados: : &lt; '. ~ la causa de cliélté l'éfij.fo$o-:'re~iji'ó
El estado de las minas es é¿séTéñ .. ~ombramient&lt;Pdé dcfoñsor;-. sec·1e"~eqiiirio
. en San Joaq~in signe el rico metal, . yJhás ' 'ata qne Io_·élesigriara, y prese1ítahdole uná·
- abundante, toda la beta pinta ltevando µna 'ista de los o:fidáles de la guamicion, en.vara de ancho. En la orilla alta ·ñeñe ·trc los_ cuales; eligió libremente itl espresa- ·
una cinta de mas de un dedo de grueso cori itló V elasco, ·Para desempeíiar este - sµ
· "mucho oro, y cada dia promete mas~·, La e,ncargo se p~1so en comunicacion • con el
semana pasada ·empeso a salir--metal d~ ¡~o, el cual trato de seducido irlteresanclolos Ocotas y te aseguro que yo no ºbabia· lo con p:resindencia de.. su causa en la_ misvisto piedras mas cárgad::is de petlancj1.1e~ _ ma conspiráción que la motiva , y en la.
Repito a VV. mi suplica'·, -"y -u· de p.ontir¡uacion &lt;:fe: s\ls planes _revolucion.irique ofrezcan calificar con las' cartas 9rigi-'_ 'os. Como en esta. ~~ducci.qñ" nó:-;-podria:
na les iÍ alguien _d:1dare de_ su e.csiste~c~a.lfconfundir~e el caracth .d~- AeJ~~sor,_,r VeEs de VV. &amp;fe~.tLsuno servidor q. b. Si.· m.\lasco debia posponer. toda 9tra considera- El Minero.
·
•¡don a la seguridad. de· su patri~, se creyó,
obligado a dar aviso ál" éoman~ante·'genel'dejico 28 de idem.
ral de las espa:1t~sas maguin~~iort~ del
,reo. Con conoc1m1ento dé es-iNbf~1dad,
Desde antes de ayer 1habiamos oido 1eonfüru6 tratandó · éón, &lt;:Martine~, si_n. em- ,
hablar· de La ocurrencia de haber sido sor- b-arazarle relaciones- €_on S:tis' c'otigatYds. De
prendido el general Arana en una eonfe- l}as - mismas.-...instruci-ones- de es t~ _reo ema. renci.a secreta con el defensor del padre no la comt1nicaeion que- Velazco entabl.o
Martinez,. ten'iente Velazco, de quien se con el general- Arana, y sorprendido este
dij0 tiempo hace,.' que ~u cliente, lej.&lt;?s de en la conferencia formal sobre ]os_ planes
_ darle instrucciones para su defensa, estaba ~ue 'cl&lt;i!bian seguirse, se ha 1Jegatlo d de~mpeñado en ganarlo p..ra la conspiracion,. senlase de estas ecsenas, en qu~ se han
en que aun insiste. ~ada, dij;im~s ayer visto en competencia ta enormidad de los, por no' tener datos nj;~s, ni sabeF.1os. por- crimenes proyectados,. y la a»daeia cle em' menores del ·sucteso; pero e'n el Córreo. de prenderlos desd~ las mismas prisiones en,
}a federaci-on se inserta el arti,mlo-que e@- ,que debia ócupar a los r~o~- la confusion::
: piamos a contimiacion de la idea 'bastante, y el temor de la severic,ia:&lt;l qe ia justicia ..
para que· se aquieten lbs homhres de bue..4guilá. 'num. 209
na inteneion, que se mostraban ya queio- ;
· ·
'
sos die· la· demora· cle las causas, y ve&lt;in ,
Feracruz- ~:1- el-e; idem.
1
que· -su, misma graved~d y naturalei-a.,, la' :
,
· - _. ,
_.
_
cliversi~ad de ·tt~mites,. Y. ocurrenciaSs im~ · .. Ayer eeroa 'dé"fi-¡i;J cic!ho ,a~ li-~añan$
previ_sta_s -tt·.los· nuev. os;_ de~cub.-rim-ie~.t?s ~ zarpo de este p~et'to;: el 'bergan9µ. rgolc!~
han 1m~~1a E:onclu-c10n; y el ~ndi~·ftt de g~err.'l espanol parla.m€t;itanct/ ,: DeJO''
to qu,e· 5e ~~- · ~ ~ P1:1:~Hco; de &lt;lliC: R~ diez pri&amp;fone~09'_de gu~rrá· mepéanos , . y
s~ J1a·_ía-ltaoo~~(lé~ ~-la\g, leyes,'l.,!~lJ~~ se: le· @11tl!ega1"on por _las- autoridad~&amp;- cm•
•~- ~tido_ ~tigeqci~.• ~~\p~ner; c;~,:~MO! pt~nt~.,~-~:,·~, ~effl__l'arri~f~1'e~~:.... · , .,~
ya ~~CJ,",\~1-a:11·,y~4\,_~J'~,5Lm~ COll\~ ·
·feir.e~1ecicntes 'd,-· New.Otféa~s-,
-► ~ ~-,-~:~--¡r~~-:·:Biec 1•~ 1$Íi
~4\~i~o\ ffl~' e~ aq_uet J?Uerto :&gt;c.: hai:-

son

l

-~

e1 ' -,

1

·••

.

•

· •

• •

e,~~

�NOTICIAS ESTRANGE.RAS.

bia · es.parcido la notie.ia, como positiva , deft

haber llegado de España a la Habana unay
'fragata de guerra con varios. trasportes, y
CartagenG ~O de marzo •.
en ellos 1.500 hónibres de tropa, vari~s
Se dice ·que es• departamento se .,
gefes militares y un inte11dente.
,
a separar de Bogota. Se dice que el 1~:
.
( Aguila.) (Correofedera!.).
.bertador ♦i,ene a est~ plaza dentro de tr!") ,
inta dié;ls.
'•
/
Insertau~os éon ·Ia mayor sat,isíac;cion .
De positivo' ha ·salido la fragata Uri.(;,·
la lista de los sres. diputacidos · y senadQ- ca con el general Carreño, Carcaño, Ag1,1i;
~res que ·con la mayor tranquilidad y• orden nagarde. y cuatro ma&amp;, t0dos caraqueír'os
fueron electos en les cinco grandes partidos para verse con Bolívar; y se dice que vaf
ckl Estado qe Yucatan que constitucional- como comici~nados · por el departamento~
mente entraron en turno para fungir en para _invitarlo a que venga: tambien se 1
los años de 1827 y 1828; congratulando- dice han hecho una acta reservada ha-/
nos haber recaido en patriotas independi- ciendo ciertas peticiones al lidertador; pe-:.
entes,, sin tacha de chaql,letismo, por lo que ro no ·se sabe cuales scran.
. ,
&gt;
la republica descansara en las virtudes ciLos animos estan muy ariscos, en
vicas de es.tos ilustres ciudadanos situados terminos que· ninguno qúiere ya salir a ,
e~ la banguardia de la federaci?n mejicana. la calle, por que no lo comprometan. La ·
tempestad ¡&gt;ronto se vera; pues todos la•
Ciudadqnos diputados.
esperan a consecuencia de los rumores
1'alladolid.
sordos que circulan. Nosotros estamos
Manuel Lopez Constante.
muy m~l · todo se vuelve vigilancia, esJuan de Di_os Helguera.
pias y escudriñadores de· las opimones, :
Joaquin Rus.
·
y np se sabe ya como ha de manejarse uno.
Suplente.
Un sugeto fidedigno y recien veniRaimundo Rus.
do de la capital del Peru, informa· qt•e ·.
lzamal.,
es mucha la opresion que, alli reina, y_,
Joa'quin Yenro.
que en la misma proporcion es el &lt;lesa- ':'
Joaquin · Cervera.
grado cel pueblo: que residiendo algunos
. Fran.eisco !barra.
dias en Bogot~ donde, se opina se escribe,
Suplente.
y se vive con tanta· libertad y desahogo, se
Narciso Lopez.
palpa mas· 1a penosa situacion de los'. peTecax.
ruanos.
(Aguila nu_m. 208)
José Maria Valle.
Estado de ingresos que ha habido en la adEucebio Castellanos.
ministracion de alcabalas dtl Estado libre
Suplente.
de
Nuevo Leon en todo el mes de la fecha.•
Francisco Galera.
y
por
todos los ramos que se detallan.
Sotuta.
José Antonio Lenad.
RAMOS,.
J:alores.
Felipe Antonio Molina.
Pesos. R. G.
8'..1pleme.
Alpabales al;-, por ciento. ,, l 30. 3. - s.
Miguel Gomei. . ,
Derecho de consumo al 3
lchmut.
por ciento.
,
, ,, 38 l. 7. H.
J?er~a,ndo Valle._
Derecho de, estraccion de
I Juan Ximenez.
moneda al '.2,ftor 100. ,, 104. o: O.
Antonio ·Paz. . Lic,pu:ias de gar¡,ados. , ,, 0~7. 4. Q.
· · ·- '. Suplente.
,; f)ep9~i~os~ _ , , , , ,, 4.00.
&lt;:;,ura .GaH~oi Gom;~ez.-¡ .. : :• ...
. - 1• . , ': ¡SfJ1,a¡/9r~s., ,
. -. -, •
-~uma. ,, ,, L0..54.. 6. O,;,r.
'Julian.- Castillo., .
·'i;,: ', . :;[ ¡ ' : ~· , . . ~~~~:tÍ.
Ma~lleJ J..eon~'.
:.e·
. , ~ ~0.1&gt;:terey: julio ~1 - de , 1J3)l7. • . : ( r
._
_. .
S~plenter .
.
.. . ,
,,, i '. Pe_,dra ;;+1,_a_ctí/(i.--/7,tQ,:' Bno~ &lt;;:astjflpn~;:o.
· Pedro Gutierre~ , _•· '.
..
..
1
(/Jfft:1d/,f/l, :4,e Anp~~· ~ Ner,il¡Q, qe rucatan) : if;lréiita del ·;griliiérnr/_ a ,.edfgor: deL'ciudi

i&lt;

'

, ·t

:l()',)

''ilami'Lortnzo:Antonit/é'df:Melo.
:. :·
-~r
~

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238092">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238094">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238095">
              <text>55</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238096">
              <text>Agosto</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238097">
              <text>16</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238098">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238113">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238093">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 55, Agosto 16</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238099">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238100">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238101">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238102">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238103">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238104">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238105">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238106">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238107">
                <text>1827-08-16</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238108">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238109">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238110">
                <text>2018831</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238111">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238112">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238114">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238115">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238116">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="20601">
        <name>La patria</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="7731">
        <name>México</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
      <tag tagId="8910">
        <name>Tlalpujahua</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8714" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7058">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8714/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._54_ocr.pdf</src>
        <authentication>a5ef241d34c8f2a228e2943ff7c3fb00</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248070">
                    <text>,

,u.

&lt;

.,

~

'

••

_:

:

.:

•

··'

tu_tele akpro~uratio• reipu~lite prmtill_ est atl ufüitatem eorum ·
c,rzf!!i!ai mnt~ ~•n :r?rtm pi•~ ! ,r
MJmmrasa est. C1c. 1, offic.
., .
·
.
. . , .
_Le&gt; mismo que una tutoria, asi se_ han de ejc:fcer 1t1s'car¡óí'ffüblkóa{ n~·p~~ '11l~fü!~d'(,fa ld'a ·:~;q
ttue ·gobiernan, aino para la de los gobetnádoe.
- :·
- _ .
. -. .
~:

Wt

LEGISLACION.
_
_
1,egum ministri magistratus: lel(Um interpre.
tes judices: (el(um dr:nique idcirco omnes ser-vi sunms, ut liberi esse possimus. Cic. pro
A~ Cluentio. · ·
· ·
Los ·gobernantes son ministros ejecutei:es de las leyes: meros aplicadores de ellas
a los casos,, los jueces: co11• que tod-0s en
-:fin para poder ser libres, somos siervos de

qüe. se vendan~: fa que se ftrtiaara po'r el

presidente, regidor juez de campo, y -secretario de~ ayu_nt~rniehto.
__
_- - 5. 0 _ A trias de este libi-ó; formara
dicho regidor ún-a. planilla en que se áno~
ten- los anima}es··presentados, con espri~
sion de su especie, su color," fierro y set
ñal: esta planilla s.é :t_endra _fijáda, en las
cas~s consistoriales en páraje · publico. '
· 6, 0
En l'os meses de ma_yo y no_-··
las leyes.
viembre, -remitira ·el indicado regidor a' t-0dos los ayuntarniehtos del Estado y á los co~
. :n~creto numero 138 de 15 de ·marzo marcanos·, aunqu~ sean de otro Estado,
d'e 1827 sansionando con fuerza de ley el una ··copia de Ja- plartilla refonda en el
tlecret'o provisional numero 67 en los ter- articulo anterior, para· que se publique en
minos siguientes.
aquel distrito a fin de que si algun in"1
El ayuntamiento nombrara de en- dividuo tiene de_recho de propiedad aftre sus individuos, un regi'dor juez de cam- guno · de los bienes contenidos en ella,
po, ante quien presentaran los vecinos to- ocura a hacerlo constar al lugar de don, cfos los· animales· que haya en el distrito de se ha remhitlo la. indicada planilla.
de fierros ó :.eñalei:i. no conocidas.
7.
Conchüdo· que sea el estado ó
~
2: 0 Si algun vecino retuviese algun ani- plana general de' fierros, el gobie~no cir.
mal de fierro ó ~eñal no conocida sin presen- culara copias sacadas cuidadosamente a
tárlo ál regidor -indicado; el alcalde a pedi- todos los distritciS;· y cada' un ano comu-·
·mento de dicho regidor ó tle oficio, le impon.: nicara tambien planas de los fierros nuedra la penah-gal ó bien correccional que esti vos que se con_cedieren.
rrre·convenie_nte la cual sj· foere·pecuniaria se
~- o , Nihgun· animar sé ,•endera sin
destinára éoh _arreglo al decreto numero 51; :que hayan pasado seis· ni eses ele· q tie fu6
~·:·--'. :3. o El·indicado regidor llevara un pres-erit,atló_ aF·regidd?" jt1ez·de campo'.
.lfüto tituladt&gt; :: registro de hárranqueiios,
9&gt; 02· . E·stt: -pa.fi;·veri.fü:ar· la- venta;
epiiqiue se arrate clara y distintamente la notnb'rata dos hotjl~slirite'gros: y dehierii
. f¿b}ía en- q_:t.le ·. se le- -presenta ~ada animal, que '-fos1 jüstiptedén; :va justíp-re2ia-dos sr!
' s,q[:especie; sq color, su fierro~ su ·señai, pubHcarart ·:
retti~táraH-:-. én el: niayof ~y-1
ft'is; señ-as ~particulares· si 1a:s-- ttibíere; 'el mejor- postot:,y se'½:n'at-da-ran', cort &lt;J~' niir?
· ~9.1:1?!e del \ncJivip.~10 qu~ ,hr' P.res~*tb;'J •¡!ca UtlÍ~orme que designe . y 'dé'La-ít:onocer'
1 cl!~e,, a_quel 't'n-:qu1en lo tlepos1ta.
· _.
el gob1~r~&lt;?· . . ------. ._
• ,_J·,"&gt;t.; ~: E)ste • libro, sef~·cóstet'rra po~el · · - )O,) 'El 'vaJo-t" id6 :fos r Hi.en~s; -'de' ~sta
f?hdci ·~e prppiQs ·del· disrritó~ tn· el He~· clasé:iqti~ :se' ventiart ,-·,s:e;; divídfra "en- trés:
&lt;Wri )iambien;fa•k:uentai dié.;fos-'.anhna!ei p·art~;·cfeJJas qú€~\irnt1 se'apf~affti ál! ::fui,l)

°

a

°

i

·se

�do de}•pJopht~• t,~~\distrho: las otras dos se
remitiran
teso'reria del Estado en los
Jll~.,c;e~ de.. é!Jiril a¡o~~ y,,.d¡ci~mbl:$!.,.J;QP la
cqtrespop~fo~\el't qu~3:1t,.,/ q~nqola~, ta-rb~c~
,1-gob1erho-eH'as-111~ína:s epocas. · ··
1 l. Si despues de 'iV.eµdido ~lgun
animal de los contenidos e!r el artic\rto ánt-erior, se presentas,~ ,aliun indiv1~uo t hiciere constar plen,a.itíciue Otl &lt;ihati,¡i~ kle
propiedad que a dicho animal tiene , no
habiendo pasado tres años la pres-eti'ffleion
de él al regidor juez de campo, se satisfara en-: el ffi\'~b- ·piedó:¿t'f{j:ue fue vettclido
por _el _folldo d~ propJos.. :r tersoreria_~&lt;l~l .Es.,
tado, según lo recivierón; pero si cstan ya
cumplidos los tres años de la presenta_cion
del animát;·-nó' sera c1i&lt;lo por haberse cumplido el· .ter.~o pt:eSp,do ppr, la .Ley; '.p~r~
J~;:prcsc~~pp9n,de los.$emovieutes." -

a1a

~-:-

'

.

'

·,

, . .Decr~tq·
rnumero. •-·~ 3 Q.- .. de 15 :.de.·
mar- ,.
-.
- ,
!-º· de; ..182:Z:,sansionando .c&lt;-:m foerz.~-¡el~·:leY,
el decreto prÓvisional numelo,99 en.la;, ter.minos sigui~ntes.
,,Sqlo: pueden los a.yuntamientqs. en
vir_tu&lt;l del articulo 40. c~l decreto org~nico
uzar por una vez en el año de la cantidfld en
él asignada, remitiendo antes de verific.arlo
~l presupuesto de él al. gobierno parpo su
inteligencia, y para que haga sobre ~l asunto las prevenciones que jusgue opqrt.qnas."
_)

'-~

..

-·

,

, '

.

~

Decreto provision;&lt;ll numero l 40~ de
J5 de marzo ,de 1827.
,,Qµe en cada cor,te de caja de tesorería se haga tambien corte de los depositos
de particulares ecsi~tente.s en arcas."

minos siguientes.

.,
u l.
Cuando no alcance
cubri~
cad_a me~ el total p.e.los.sueld0¡.~.,de emµ~-~
dos en ~jercicio, se repar5ita1 e.ri.';e~tos
rata el caudal qtte haya a flrr ae el. ·
· 2. 0
D~ fo primero que »obre a fin
de cada ·mes, satisfechos los empleado¡ en
ej~rcicj9, en seguida 1 y de toda preferen.
cia s11 ~atisfai-an.. r}Qs lactd.dores del Estado, prorrata de sus creditos activos."

°

a

p_~, ·.

'

.\fi~~
~

el ·
de
éon

1

dos

ase

..'JJ'arnpioo df ,.Tamaulipas •1(h; ,;dejulff.
'El 15 del actual fonde;r-~n esta. 'ha:
hia la goleta americana, H©'ll!lP,, procedente de N ew-Orleans, su capitan Be a teman,.
con .,och o hombres .de• tri pll1acio 11', -seis, 4½i\
de. nav:egaciop, de. porte de, s.ese.nta y.-c1,I)~
CQ .tor.i,eladas, su cargamen;o 'ropa. y ao,ar,,
rotes, consignado a los sres. r;ordon Tu\ ,
yés y ~on1paíiia;,trajo a s.u,bµrd,o dies pa- •,
sajer0:s, d. Teo:6Jo Labrue!:~e, d, l&gt;. B. D9h •
honde, Eduardo Porter, comerciantes, Bo,..
isbla110 Tardu, sastre, G: .L:: D01üculy~ ,'
carpinteros americanos del Norte, d. l~t~if :a•
Pesehira, comerciapte ,_Pertolami, patro11 ·1•
cosinero, ambos ,genoveses, lLNolte, co.,. ·
merciante, Fed~riek mozo sirviente. amb'.)I; ;'
alemanes y Patriek Moo(j, Irlandais y d~ .·
oficio c:upintero.
. I

&lt;

ldem 2S de idem.
El 17 del presente se hizo

,

;-,aR
~e:~

·NOTIClAs· NACH}NA.LES
.. 1
"
,¡

'
se
pas

do
. áb1
- las

ron

vio

e:

dia
la q
día;

'. c¡ue
, pue

'.- Orli
·,.óyó

,: de e
fe.·
· que

,_ dirij
· puel
; simt

;.i

a vela pa, . .

ra New-Orleans la goleta americana Eclin,
ce con 16.200. peirns plata fuerte y frutos
del pais.
El 20 del mismo fondeó en esta lmr .
hia el ;bergantin americano Principe Eqµ 1 t
ardo , proc:eclente de N ew-Y ork, su qp,h
tan Juan Hawland, con siete homl;n:~
de tripulacion, veinte y un dia s de n~y~, ,
gacion, de porte de cien toneladas, su car• :
gamento ropa y abarrotes,.. consignadQ ;~
los sres. Spitta Hage&lt;lorn y compafüa; .tr¡~-, jo a su bordo dos. pasageros, d. Coberts, rn;
Amb1Jrgo viene- a la casa de Harrisqn_1,
c.ompaiiia, Poutehet de Habre de Gra~4..
comerciante.
,r
· · El 22 del mismo fondeó el berg~1:1t~
. , Decreto , numero,: )..4~ · de 17 de: níar- .ingl~s Melantho , procedente de Londres
~ 1827 sansionan~~ .'rº~ fµerza de ley el_ 'c;on arribada en y era cruz, su capita.n . ~
d!1-c;.et(?_ P.fO_~i~iom\l 11'Umer.Q 7 ~ ·en lo~ tet- Uerm~ ~oatfond, co~ ~~h~, bQmbr~~ _df· ·

Decreto numero 141 de l 7 de marzo
de 1827 sansionando con fuerza de ley el
decreto provisional numero 68- en, los ter·
mino.;; sjg_~i~ntes.
,,Que el privilegio concedido. por el
decreto uumero 18 a la feria de -~inares
Y. por el decreto numero 31 a villa de CeTralvo de~ r~baja de mitad del c}erecho de
~lca,bala,, se. ha_ga eslt:nsivo a todos)los distritos y lugares .clel, E:5tado, y a tpqo~ los
tiem,pos_ como ley geyner.aJ: esto• .es, que ge.néralmente &amp;e pague un tr~~ por .ciento sin
perjuic;io p.el dere,ch9 ;d~;, tre~ por ciento
.. de can~um~t
1

.tfq''·'

.,.

~·do e

: Pari
· zadc

.se e

éaml

la:s

e

1110S

.Ihacl
la d•
'. sr. 1
dt;. b

�rtipufadbJr/s,esetitá~y 'tiu~vé '4i~s';dé·. na.~ '11á·'~ahia. y',íahcfó:: que sañ&amp; ~~
vegacío.n; de' porte) de iCÍento sesenta y:fres ~~iYo \lel yuerto' y recivió pliegos; qµe ,el'

oSéia'l (in~-:

:.~1:t~•¡¡~:;.;t:ttg~~c:;:~1:~it ~lf~a:~:f~tit;e,b:j•~~c~mJ!!ª:ti~6J!1!·
sut,'í~l_é's', ·
,

·· .. ·~-

,

&gt;J.

1
'P"~rlU'ru}S: 11:4 de_juli/ .

',': ¡1f511ible'~~\\.a,visita, era el cange de
·..

. .:i

Todos ~~s _años a principios de mayo,
el rey de Francia·· pas·a una· gran revista
de lé\ g~~rn]cion nacicmal
d~.Paris., que se
1

éompnne·tie sugetos ret0mend'ábles'.b~jo tq-

1

pri•
1oneros. Ya veremos 1o ·que resulta; lo
tt.Y~b ·es, qué ni los sres. Barragan y Rinque estan 'ani a l;1~.:vj..sta, ni el supre~bierno. se hal). de d~j~r engañar: que
.~nemos fuerza fisica sufi~íente y moral
~i}j-idisima, y que si hay ~orno se p.resµ-

•

~Rn
'_o

in~ ~~Jgun rríisforio

Ó,

inkntóna. nos ha tan

'acabar

dos .as~e¿t~~~ ycuyb Jntimero asciende ·comJ tol ·enemig.os. el·. gran li~~ñfió· ele.
aso.od_~.-~&lt;?mbres. · Este año cuanclo el rey' P,qµ;'fos p¿¡.rfr19s que· 14~1?o!J°:s.::hím ,1Pép-ti_. se pres-enr6 a los campos de Marte, pa,ré\ M:caqo; pues ,en estos casos t9dos,. todos Jos
' pasár'fa :.i¼!vista. acost_*mbrada, füé recivi:-: jsgustos domesticos se ha'cen a ujn Ja.do:,
do por ·Icrs ;clamor~s d·é: "abajo los ministros, . ,_ii.i es la voz. y t1na la· causa que, se' sos~
ábajo coi1: f'os jes~i~ds/_. ~t.le saliá,h" d~ l?s
lías. t~ mqrir. Indep. endenci~ y,'&lt;tP.IlS ...•: _
las de ra, ~pard1a n~;~10nal,_y q~e. md1gn~.~ 1 ~9wn _federal del 4 de- octubre de·2.4:...
ron tant~;-_~l rey que_ er.i el acto mismo vol- ; . ·~. aqm los dos puntos en que no ecs1s,
v!ó f~'al;a2io sin qu~·~·er pasar re"_'is~a. Al :te ·.ni puede ecsistir~ diver.sidad de opi:nio. ~la $1_g:_~~e1!t,e_ apatec1O_. una or_den real, por :~~s que ~9s tendremos todos hasta pere ..
· la qae se ,mandaba e.I. desarme de la guar- ·~-~r en la lµcha.
• , ;.
.
·
dia;, fo -~úe causó' ~n descontento general,
( Agui(a num. 204,) · •
4.ue no' se trató de o'cultar. D.ós 9ias des.
, • ·; ·
· pues; ya'séa~do'se ef,~éy con ~It,duque de •
lrÍern 24 'de idem.
·. Orléarls, :a:l ·pasar ·por la plaza qe "Luis XV:
•
1Por estraordinario llegado ayer de
óyó
~o:ce·s de 'Viva· Orleans' que salian
de en~re ~_na reunion muy crecida de. gen- Veracruz, enviado por el sr. Barragan, se
te.·· Edrohces se v·0Ivió• el ~ey ácia el du- s·abe , que los buques españoles no han
que y l~ dijo:, ,,es a voz, prihio, }l quien. se rnanifestado otro objeto de· su venida, que·
1
'dirije." · Señor, le respondió el duque, el
del_ cange de prisioneros t¡ue se verificó
.pueblo ya no quiere ser gobernddo por mac- en el momento.
· simas antiguas.
Se nos há asegurado por persona fi.
Desde este momento el rey ha esta- decligna, que ayer se acordó en el conse'.do cabilo'so, y ha hecho acercár tropas de j9 de gobierno, que se pongan para las
Paris. Los ministros habian sido amena- procsimas sesiones estraordinarias, los pun' fados varias veces, y a la salida del l\'Iars tos que tengan relacion con el patro-"
.se es taha aguardando por momentos un nato, y el interesantisimo de las instruccio•
éambio en el mjnist.erio.
nes del enviado a Roma. Tambien pare1
• " ( Los editores dd Jtloticioso.)
ce que se tratara de las grandes réformas
·
que demanda el reglamento de imp~en_ta.

fi.~ mf.ilra
r

la~

el

Mrjico 23 de idem.

( Aguila num. 205.)

,

Ha llegado _eJ paquete de Londres:
s Cáttas y periodicos que hasta ahora he:: os. vist~- Ilegal\ al 19 dei mayo: el sr.. Ca. :cho-estaba en dicha corte de regreso de
,a de ,P.aris, y esperaba solo lá llegada dél
,r. Rbc.ifüerté· para emprender su viage
i_buelta.. Nuestros bonos estaban
nta y seis cinco octavos, y las acciones
i11as a sesen~ -.y seis un octavo~
~uestros c~rte_sponsale.s clt Veracruz
dicen que el bergantin español Emi-

:.
:_'
En los pocos dias que el sr. Camacho ha estado en París, ha hecho mas de
Jo que pudiera esperar·se a favor del reconacimiento de la independe~cia, en honor
de la nacion que dignamente ha representado, y del supremo gobierno que depositó
su confianza en tan recomendable ciudadano.·· En varias cartas de personas fidedigñas que h~mos tenido
la vista, se refie-

.,.~ -l&gt;~cl~ra par~~~ta!~--ent~'·~~$fa

qq~ en las divcna&amp; con!'~r~~c!as que

a•·~~

s

ldem 25 de· idem,

re

a

�~.

:~h

tubo dicho st', con los .sru. Villele l.
~"$e~~':~~~-~~'•-~---,-·
nistro de Estado, en que se propomaJH\~, J?.~Q. J)~.~os l~.s~p~f~J~ ~:~tt;,,,~,,
,convencion mercant!l entre amba_s n_~cW,n·e., ¡M:ariq*i~cde .Neib~.,, de Anti~~,- del,~~
p~,r· tie_mpo in.defi?i~o, e_csigló que _se afa;~ p~r,~~ent~-~e C~gt y .delde -~~1ª~-" .-~~~,
diese cowvencion de am18tad, y q~~ _se_ )e; p-ios e11terados del mucho entuc1astp.o que•~'
ñjas. e 'termino, _p,ra c¡ue _se. le dles~ ~1.·-.,~.r~¡ r··ausado este importante acontecimiento •.
!acter de tra~ado: que hab!~t1~osc .n~g~4~ •,. (E.~ C?ml.uctpr) '.(CD,:rci fit laftdm- .
a: ello el, gobierno fr1lncés, p•~ho el ~.r. 'G.a~ taon nu;¡uana num. 260.)
.•
macho su pas_a porte y cqa114o )e' d~~ pedi~ :: .
., .
del_ s.r~. Villele., :volvió esi7 a ~o ver _la_ ~?-~!
EepµJlfra qrgenJi,za,:
ve_rsa,c10n so~r~ J.a materia y, lo per_su~c\i.é&gt; 1 ·
.
.
.
•• •
· ,
.
.
•
, b
a que esperase otro~ diez drn~ p~r.a. _v9~-- ,' L~s noticias que tc.nemo$ _son .de (i'!l
ver a tomar en consideraci_on tl .a_s.\i:n_t,ó: nes de. Jtqyie¡µ.bre. El congreao . con~titu1)
a'si se verifico y quedó firmada l¡¡ cc;mve,n.• yente h~9.ia,· c&lt;;mcluklo de acordar 1,.con,u!.
cion bajo las consid~radones que ~csljia tucion de la r~publica sobre la base 4~ la. •
el sr. Ca macho, señalando se el termino· de concentracjon; pero se a.segura qu,e e~ier; \
diez y ocho mes~s para lm; tratado,. für 7 :ra disposi~iónes alt~mente lib.or~les .. ·L~3·
males; se apro_bó todo por el rey, quién -disencionés intestinas l)P habi~n termin,ado:, .
firmó el exu¡iwtur de las p~tenttli clél ·.sr: algunas provinpias habian resi~t~d9 env1ir1
:Murphi de consúl mejii.:ano' y tle esten~ sus diputados al con¡r,e.so cons-,h\lyente o:
dieroú en debida forma lo~ dt"~pach~s 9~l los habiaf) retirado,; ~~ .opinan ·-obstinada-,
sr. Martin.
·
·
mente a l~ union y. principalmente · a la .
tamMcn las cartas , que e! sr. cqncentraGion; habian rei.¡sado su ,o.pedien,. -'
Vasquez estubo, en. Puis a ver al sr. Ca~ cia a algurias leyes, y" no; babia~ ,-'q~1erido~
macho; .y que tanto los ministros de Fran- reconocer al presidente . nombrad9.. To~ ·
cia, como los embajadores de otras poten- davi~ mas, \a guerra dy1l se hi-éncendi{
cias, y el nuncio de su santidad le han hecho do, se han librado coinbates y paree;!!_ q~
e\ mayor aprecio. y ecsitadolo a que .pase en cllt,s h_ari. obten!do v~n~ajas las1 provin~
a Roma, donde no se duda que sera trata- das di_sideritcs. · El congreso nrtparab•),.
do con el decoro correspondiente a la na- \ma elncuen,e· alocucion que de~ia circu'."1
cion por quien gestiona, y que terminara fe. larse con la constitución,. ·
·
.. .';
lizmente d objeto de su mision.
.
Entr~t;¡nt~ el t'jt:r~ito de fa . frorÍt ···
Dicen por ultimo las . mismas carta~ con el Bracil, se hallaba en un ¡li~. brJ
que el ministro plenipote.nclarie, de Suecia, te, bien organizado y dicip!inado, .\&gt;~).O J.,
,.estando ya en Londrt:s el sr. Camacho le ordenes del ge11eral Alcvar, y alcanzandr/ •
manifoto que estabiA amoriudo por su go~ a nuevem,il: .honibres. No obstante se d~•-·
bierno para entrar en conftrencia,s a fin· cia, que el ej(:rcito del Bracil es; tod_ay1aí-• ,
de formar tratados de amistad y comerció mas numeroso y qu~ ademas, su.iniei1i~:· ·
con los Estados~Unidos mejicanos.
· es conservarse sobre la defensivé\,. c.o~fii-~
·
· · · (AguUa mtm. 206.)
do de que el estrecho bloqueo q:ue_ uen~1 .
~m puesto , es bastante para obtener
fin
~---·· ·· -· ·
el triunfo con mas &amp;egun&lt;lad.
NOl'ICIAS ESTR.ANCERAS.

•
1

Dícen

~~~!!!!!~~~~!!:!!!!======·

por

Chile.

1!~8º!ª

17 d~ a~rilr
· ·•
l;n t,od~s la~ pr9vincia~. colom?lanas
?.e~de dond: l?a.st~ ,hora hemo~ ~QCÍ~4p Jt
c1v~r _comu~ica._c1211;es_, 5-~bem?s ...qu:)~a,,~tlp
r_c 71v1i'i~ con much~ apfa.1.um:· yJu.b.11-? J~~~g~
t1c1a tfe .aa n?bl~ r_es~lucion CJ.1:1e 'h~ ,t?~~r
do. nuestro C'Jt':rc1to.en el Peru,·declaranqo:.:
pronto ~ 'sos~et:er' .·1a constiúrcitíri'{J~\
1~ d •
.} ·¡· . ·:1 'l'b · · ·d' f,1··
eycs, y a._ t'Jar e11_ 1~ 1 mut_á~1t ! ~rJa ~,
··

·

se

J:U;b,lo.:Perl:a.ho~cQri:o ert1: dé
~1~1~,

f~~~,

~?~~1a:t

r.ig?i9s,a.,ju~~

.

. .
.
descubierto uni co.nspiraciQG( ;
tí favor de lo$ es¡~añol:~s: e_n l~. ch1ir~~decl.'1 ':
~f~- (~arI9s,, y habian s:~9 .P~~ad;?t-BQrJ.~ ;
~r~a.s 18 d~ lq~_c:or~lp11~es.1
, ;:·
d
;
( Sq( 11"4111.• 1sq5i.,)¡,: :.e

8-e, ha1,ia

¡ .

&gt;

;
!

.

.

.

;i~·-- --- "' ,·., ,1,

. :

-

.

·

.
.

,..

.

/ '•

:..'.

.....~

.·~- :- :~:,;_~'

~mprtnl&lt;,&amp;,,UfAi,gOv&amp;erJJO::.. , a,cargo,.acl.--l'I~
! . ..,
.... , .. - ,
. . .
. .~
.

i-~-

1 ··,::~drm~

!?u?, negtftóf}~m·!Jtf;lti·

'Lor-Htzo Ant{?n:'·º de Me~~:··;

,:':i.

P."'-!.!lP.ll!c:;;;:;;.·a;;;;;;:;:;;;;::¡:;:;;:;:::;;;::==:=-IIIIIM

&lt;

e

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238067">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238069">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238070">
              <text>54</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238071">
              <text>Agosto</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238072">
              <text>9</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238073">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238088">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238068">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 54, Agosto 9</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238074">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238075">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238076">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238077">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238078">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238079">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238080">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238081">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238082">
                <text>1827-08-09</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238083">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238084">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238085">
                <text>2018830</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238086">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238087">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238089">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238090">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238091">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="15306">
        <name>Bogotá</name>
      </tag>
      <tag tagId="7975">
        <name>Decretos</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="15778">
        <name>República argentina</name>
      </tag>
      <tag tagId="20677">
        <name>Tampico Tamaulipas</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8713" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7057">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8713/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._53_ocr.pdf</src>
        <authentication>100eae9d0bdae7ee268ad7a5c36e6881</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248069">
                    <text>GAZETA CONSTITUCIONAL
DE- NUEVO ·LEON.
Del jueves ~- de . agosto de· t8!7.

l• e:•

le .

~

ta,

a·

Ut tutela sic procurati, reipul,lié#lgtrenda e1t tul uti/itate,n e,rum ful commi~,i ,unt, ""' '"""" ruib
tUJmmissa est, Cic. 1, offic.
··
· •
Lo mis,no que una tutoría, asi s~ han de ejercer les cargos publicos; no para utilidad de les
41uo gobi~rnan, sino para ~a de los gobernados.
,
.
. _·

LEGISLACION.

Jª
Ln
1S

le
)5

P·

:le

Legum ministri magistratus: legun:i interpretes jucfices: legum denique idcirco omnes sertii sumus, ut liberi esse possimus. Cic. pro
: A. Cluentio.
.
Lt:s gobernantes son ministros ejecutores &lt;le l:1s leyes: meros aplicadores de ellas
a los case•:;, los jueces: con que todos en
pa·:·;i, poG::r ser libres, somos siervos de
l'tyc3.
Ikcrcto numero 130 de 1 O de marl.8 27 sansionando- con fuerza de ley ·el
decreto provisional numero 107 en los ter-

nur:os ~iguieues.
,,De todo impreso se dél.tan segun y
c~mrn y al tiempo que esta mandado, ·ejempiares a los fiscales de la imprenta y a la
union. A mas se dara un ejemplar de
éacl~ impreso a )é!, legislatura y otro al gobiorno del Estado, bajo la multa de veinte
pesos."

Decreto numero IS2 de JO de .mar'zo
de 18 27 sansiona·ndo con fuerza de ley el
decreto provisional numero 72 en -los terminos siguientes.
,, l. 0
Que cada ayuntamiento vea
si conviene 6. no permitir en su distrito la
divercion de gallos.
.2. 0
Q.ue. en caso .d~ juzgarlo conveniente, cuid~ de que _el asiento se rema .. •
te en el -mejor postor.
s. 0 Que 1~ tercera, pa~te --del {&gt;ro- .
dueto de tales arriendos entre a la arca de
propios del distrito, y• la&amp; otras dos -a la
tesorería del Estado."

. · Decretcfhumero ·1 SS 'c!e 10 de marzo
de 1827 sonsionando con fuerza de ley el
decreto provisional n·Jmero 87 en los terminos siguientes.
_
.,,El derecho de licencia de estraccion
de ganados que-· se ha a~ostum~.rado cobrar
por los go~ernadores de Nuevo Leon, es
haber del Estado."

Decreto .numero 131 de l O de marDecreto numero 134 de 10 de marzo
zo de 1827 sansionando con fuerza de ley de 18.27 sansi?,nando con fuerza de ley el
el decreto provisional numera 70 en los ter- decreto provistop.al numero. 96 en los: ter.· minos sígnientes. . .
minos siguientes .
, . ;, 1. 0
Que en falta del alcalde pri.· ,,Que r,esp~ctivaµie'?:te_ el gobiern9, el .
meto 'y de su suplente, supla el ciudadc1- gefe_ .de . h~~~e;nda. y el adminisu:ador,
n;o que ultirnamente ha ejercido en propie- cuid~n. de :&lt;IA'r" ninguqa; _&lt;?a;ntidad con~ide.; .
-.lad dicha alcaldía.
rabie de ainero perteneciente a la hp_&lt;;:_i_~~~
0
2.
·cuando dicho alcalde cesante d~ pu~l~ca _d-t;~ ,~.&amp;tado, :ecsista n;rn&lt;rhP ti-·
e'stubiere ausente,. ó impedido, entrara a empo fuera de la tesoreria," . ·
: ,~ ·:· ·
• ftmcior,ar_ ·su suplente: cuando este taiµ'
~·;...,~~
~ :.. ..
--~, ! '
~
bie!} ló esté, süplir~.
alcalde primero que . . Décreto número 1S5 de 10 de marzo:
..s'e ~ig~f eri_ an'tigüed~cl:·. a falta; de, ~sie ,SU d~ :J827 say~iop.and&lt;&gt; con_.. fu,erz¡ d~ i~i,';.t:I
~'uplente; 'y ~si progi~~ivamerite·.:,--."'. ·. ·_ ·:· ije_creto pro_vi_sional numero l 13' en _los te:rihmos s1.guie!)tes.
•

rt

•-

••

.. ,i

•. ,. ... , ~- ·.,¡

~

1t

•

11 ,_ •

• ..

•

• •

., ,

'

,

. l

•

~

... ,

'" .,, •

•

~

'

.,

�,, i.

0

Mejico 11 julio.·

Se traslada al 31 de diciembre
el fin def.año economico para cortar en dicho dia las cuentas de todos y cé\(ia uno
de fos .-ramos.
2/ 0 ' Esta disposicion comprende no
solo la tesoreria y la á.dministracion general de rentas y cada uno de sus . ra.mos;
sino tambien las·- cuentas de los distritos
municipales, asi de propios .y arbi.trios, como del uno por ciento sobre productos, ·derecho municipal y &lt;lemas de s1,1car_g9. .füi:i
perjuicio de cumplir cada cuatro meses eón
lo mandado en e_l 4 rtlculo 23Q de la constitucfon parrafo cúarto."

EL AMIGO DEL PUEBLO •.

Sobrado tiempo el pueblo por VISfJ.
Al error ful sujeto y al engaño.
Cansóse ya del cetro y lo ha rompidi
VOLTAiltE,

Con este titulo se pubilcara un pe,
riodico todos los miercoles, en cuarto, que:
constara de cuatro pligos y medio, y de'
cinco al fin de cada mes, en que se· da.,-;
ra la lista de precios corrientes en la pla.·,
za, acosrunmbrada en el men:tagero co·.
Decreto numero 136 de U de marzo mercial. El primer nnmero saldra el dia
,le 18.27 sansionando con fuer-za de ley el l. 0 del procsimo agosto. Este periodico•
decreto provisional numero 81 en los ter- tratara. de politica, cienci.s, literatura y: ·.
midos siguiéntes.
comercio.
,,Para el presupuesto anual de gastos.
Algunos amigos sinceros del pueblo,.
que debe presentar el gobierno 'a la legis- se comprometen a redactarlo, conteniendo-\.
latura empieza a contarse el año econo- se siempre en los terminos de una justa'.'.•
mico lo mismo que el comun, desde I. 0 !libertad. Distantes de la adulacion , no·&lt;
de enero hasta ultimo ele diciembre.''
menos perniciosa a los des potas que al pue-' ·:
-·
blo, sostendran los derechos imprescript1&lt;"
Decreto numero I 37 de 12 de· mar- lbles de .iquel, sin alhagar Jamas ni irritar.'.
zo de 18 27 sansionando con fuerza de ley!\pasiones. La federacion que· es el voto·:
el decreto provisional numero 105 en los 1,mas solemne del mismo pueblo, ser~
term:nos siguientes
!\principal objeto de sus tareas.
· ,._,
1
,, Las sesiones estraordinarias se abri- 1
·
·
1
ran y cerraran con las mismas solernnida-j
La subscripcion se pagara adelantada:,
&lt;les que laii ordinarias."
· ·
en Mejico se recibe en la alacena del ciu-, ·
cladano Domingo Llano, Portal de Mercade• ·
res y en la imprenta del Aguila, calle de MeNOTICIAS· NACIONALES.
dinas num. 6; y en los Estados los ciudadanos siguientes: en Veracruz por Antonio
Carta particular que acabamos de re- Juille y Moreno: en Jalapa por el dr. José
éibir de Acapulco, fecha 10 de este, nos Maria Perez: en Oajaca por Francisco San~
dice que por el bergantin Maria Esther. taella: en Yucatan por Noberto 'Molina~
que llegó dt Lima el dia 7 con veinte y en Puebla por el Lic-. José Maria Inclan:
seis dias de navegacion, se s1abe que en en Q_ueretaro por el comisario Juan José
Guayaquil ha habido una rcvolucion para Garcia: en Guadalajara ror el diptlta&lt;lo Pe-·
agregar aquella provincia al Peru: pero al dro Tames: en Zacatecas por :Marcos de Es~·
fin· han vencido los colombianos.
· parza; en S. Luis Potosi por el diputado Vi.
•En el Peru no quedaba ya ningtin sol- cente Romero:· en Durango por el Lic.
dado de Colombia, se,,hallaba muy revuel- Francisco Elorriaga: en el Saltillo por Jota y ·1a opinion demaciaclo dividida.
_ . sé Viezca: en Monterrey por Rafael del'
El 'nuevo congreso se reunió y qúit? Llano: en Guanajuato por el diputado An..
al presidente Santa-Cruz, nombrando al tonio del Raso: en Victoria de Tamaulipas:
generar Lamar.
por el diputado dr. Eustaquio Fernandezt
En -Valparai'sp ·permanecia el navio en ciudad real de las Chiapas por el teni-congreso perfectamente recorrido para do. ente coronel Nicomédes del Calleja: en Sa11--.
blar el Cabo de Hornos; pero le faltaba Agustín ,de las Cuevas por el Lic. Manu•
plata y hombres. ·
·
. . · el Diez de Bonilla; en Culiacan por el teni~. ·
((:orr.e~ rklafederarión mejieana num. S59~) ~rttt ·coronel· Fernando Espinosa de los'
, ,; ·,
·· · ~
· !\Iontcros~ err .Agua~cali.entes pot · el Lic.·

er:·

·• t
i.

(

(:

l

F
~

d
n

U!

E
m

ra

tu
an
na
~

tin

- Ga

f:

pfo

dat

�Lúis · de la Ró~a: en Orizaba por el coro·- •(ragata' Libertad qnedab~i·scrla:&lt;en Cayo-·
nel ·y-icente Prieto: en Chihuahua por Pe• Hueso con el'cómolloro Porttr, por hal,lar&lt;lro' ·-Irigoyen: en Tlaxcala por el· coronel se fuera en ·comision. El bergantin GúerPatricio Lopez. En 1(1S &lt;lemas lugares de reró ·y bergantin :goleta Herm.on: que tá~·s-'
la federacion en las administraciones de cuadrilla' mejicana continúa sin novedad
corréos, - Su precio en la capital sera ~l alguna, ·moles~ando considerablemente .lá
d'e dos pesos al mes, y cuatro reales mas enemigá.
··
·
·
por la francatura, fuera de ella.-Impretr- ::
El Bravo fué'pe}seguido en su viage
ta del Aguila.
por las fra.gatás · españolas Lealtad de dncuenta cañones; Casil'da de cuarenta y urto:
y 'bergantin go,leta Amafüi de. cinco; cuyas·
Mt;jico 17 de ídem.
fuerzas quedaron btlrfada:s ,.por 'd es¡:&gt;~rtci;¡
Por cartas de Filadelfia de 29 mayo, comandante Wyi,e. ,Nunca 5eran bastante;
se asegura lo mismo que indican los. pe- aplaudidas las op'e'taci6riet 0 de'P 1ttivo y
rit&gt;dicos de Paris que hemos insertado ac~r y benemerito comodoro· Poft'ér: 1y -los &gt;dfi~:
ca de la inision del conde de Ofalia; a salier ciales que Je acompá.ñan. :Ea' piúria '·ie·¡:
que llevaba por· objeto reservado acordar conoce los importantes servicios ton qhe''
con _los gavinetes francés y britanico 'so- esos bizarros marineros cubt-étl· de· glorfiC
bre. su proyectada espedicion de reconquis- :su pabe1lbn.
.r
ta, con el infante d. l&lt;'rancisco de Paula ala
Sabemos que la· corbetii.' Tepeyac e's-'
cabeza; y aun se añade, que en la Haba:na· se ta en e!· mar con diteccion a este puerto.
estaban construyendo nuevos cuarteles; y
( Los EE. del veracruzano libre.)
haclendo otros preparativos que denotaban
( Aguila núm. 199)
que se espernban grandes cosas. Nosotros
~~n &lt;lar entero asenso, ni tener por falsas
NOTICIAS ESTH.AN'GERAS;
e~as especies, las damos para que se tenga·
t;;, t justa precaucion, y nos prepararemos
por ~i ,1caso para resistir.
Cayo-Jlueso 23 dejunio.
Un amigo de Burdeos nos die~' con
fecha 22 de abril lo siguiente.
A Láborde lo han hecho trniente ge;;.
,,Camacho comió el 16 de este en casa neral de la marina española, y Lemaur és
de Villele muy sati~fecho del ecsito de su condecorado con lá gran cruz de San Fermision cerca de este gobierno.
. nando. El comodoro Porter , llegó aqui
·.Murfi que le sirve de interprete, ha felismente, no obstante la posicion ventajosido reconocido consul general de Mej1co;l sa que para /evitarlo conservaba el gefe es.
iJero rio s~ pienza que conserve largo ti- panol.
·
empo este empleo, pues debe venir un
La escuadra espanola se compone de
~embajador de esa."
dos fragatas, un bergantin, frente de es• Acabamos de recibir noticias muy pla- te punto , &lt;los fragatas que· s,alieron parcl
u,sibles de nuestros hermanos del Sur. el seno, con comision ignorada.. E-l navió
En Buenos-Ayres ha derrotado completa- Guerrero, una fragata y un bergantin en
mente el ejercito de la republi,ca al empe- la Habana, y algunas otras fuerz1s menorador del Bracil. Los congresos del Pe- res que protejen el comercio. Pronto satu y de Colombia se reunieron ya, y todo len de la Habana un pequeño corsario
anunciaba paz, orden y prosperidad. l\:Ia- de poco calado para.:las -aguas baps de
nana daremos los pormenores.
Yuca.tan;· mas pronto'' tambierí tendremos:
( Aguila niim. 198.)
corsarios ~que en :ef: mismo· sen.ddo obren:.
·
sobre Cqba.
,
,éracruz 9: de- idem.
(f:r;r~eo de !a'Jedéracion, m}ni. ,259.) ..

a

1e
le

.a

o

y

r

1

,-

.

','
-

Ayer fondeo en es~á- bahia elbergan:Cartag~na } de abril,'.
tin·de guerra nacional Bravo procedente de
~ayo.;.Hueso con escala cn·Campeche y~ diez
.P?'!)os periodi~os y cartas de Bogo~
~ siete días del primer punto. Cortd~ce ta traitio~ ·por los .ultimo.s _correos, creépliegos para el aho gobie:rno; y su oomari• mos qu~. :no ,se ·verificara la· instalacion
ante. Guillerm&lt;f A. · Wy,•s~ dice: ~:,ta del' Cón¡reso en el Fresente mes, Est~-

�tardanza producira en nuestro humilde .con-fllivar iban volviendo de. Chile y otros pun- - .. _.
cepto, las grandes ventajas de dar tiOJn•Utos. Las tropas de Colombia, que ante;,S , ;
pó á que se despeje algo mas el horizón- formaban la guarnicion de_ Lima, que fue".'_ ~,,
t~ politico; a que lleguen los diputados ron i9strumentos de la revolucion contra·
de varias provincias interesantes y tam- la constitucion bolivia y que re·stauraron .
bien las representaciones y peticiones, que la antigua constitucion de los peruanos; se
probablemente habran sido dirijidas al cu- embarcaron en el Callao el 19 de marzo .
erpo leg!slativ.o por muchos de nuestros en. numero de 2200 hombres: el 25 echa;
C:ompatriot~s. del N arte y del Sur, que ron a tierra a los batallones, segun lo con~.
nq)1ayé!-'1?- ;s]do ipdiferentes a las graves ~o- venido en Payta, los que marcharon pale~~ias q~~e n~s aflijen y ª1!iquilan, ame- ra Cuenca: el dia siguiente bajaron a tierqa~ando . a la vez la ecsistencia de la re- ra los de mas con la intencion de posesiop4}.Jlica.
_
narse de_ Guayaquil para· destru~r el gobiEsperam,os que los· dignos .represen- erno dictatorial y establecer el legitimo de
tantes de )a nacion consagren sus impor- Colombia: su objeto ulterior era marchar
t~tes meditac~ones, coadyuven con eficacia unidos contra Quito, para hacer alli lo misal triunfo de la voluntad nacional y al bu- mo. Este se debe llamar verdaderamensuceso de los designios altamente pa- te el ejercito libertador.
trioticos · cleí lIÓertador presidente, que sin
El general Sucre babia mandado al
duda. anhela· unicamente dar mayor per general Cordova para tomar el mando de las
foccion y solidez a la .obra de sus inmor- tropas colombianas; pero afortunadamen..
tales esfuerzos; y cuyo voto es de muy te llegó demaciado tarde, pues ya se hagran peso en las actuales circunstancias, bian embarcado. Se decia que iba a mantanto por la basta influencia, credito y re- dar 1000 hombres de los 3600 que tiene
putacion que goza, como por sus distinguí- en .el alto Peru; pero los limeños estan
dos talentos, inmensa esperiencia y singu- prevenidos y les• impediran el desernbarlares virtudes.
qúe: de esta manera Sucre disminuira. sus
Si el cuerpo legisb.tivo presta la de- fuerza5 envano, dando lugar a que se levida atencion a los males publicas, allana- vanten en el alto Peru, donde la constitura todos los obstacqlos que se opongan a cion bólivia ya se ha hecho odiosa._
su pronto remedio; y ie quedara la gloria ( Correo de lafedaacion mtjicana num. 244.) ·
de haber tenido mucha -parte en hacer: duradera y solida la restauracion de la tranBogcta 27 &lt;!e rnm .?o . .
quilida&lt;l
ele la concordia, que ia justicia y prevision del libertadür han produYa parece indubitdJ:e q,_. -: _ t~ndremos
ciclo en todos los angulos de Colombiª.
congreso de un &lt;lia a otro; y si e.ste cu-.
Mas en caso que por desgracia adop- erpÓ, que parece ser hoy el centro ccmun
te el cuerpo legislativo una marcha cqntra- al cual todos vuelven sus miradas, corresri~, desoyendo asi los consejos de la pru- ponde a las altas esperanzas que los p~e&lt;lencia y. de la. sahicluria, presagiamos des- blos libran en sus resuluciones, no hay
de ahora ( qú~e"ra el ~ielo que sea ~in fon- duda que vamos a ver muy pronto res&lt;lamento) las mas dolorosas consecuencias; tablec1da la· general confianza; que todos
tal vez nuestra glJriosa, pero desdi.cna~a vamos :a entendernos; que la i~tegridad de.
pavia se convertira ~~Il}!º; de poc&lt;? ~~ ~~:~ la, r~publica se co'.1servara: que su reuní-,
Pt?tos:&lt;?.)ea.tFo, de k1s Il_la.s (granq_es .!}~rrg: qn se hara 11"/.ªS .solida Y- sir~c~ra; que ~e 7.
r~s, y ~1p,.~ejaf_én:os a m1:::,str&lt;?s h1ws ?lr~~ paremos con u.suras nu~s~r? .~ue_n j1::~~}?~
h~erencrn q\J-:&lt;:·_: rum_qs,; y pesadas .é 1gi;iom1~ y m~e~tro cr.ed~to r91?- ;~l estran~ero, y
mosas cadenas.
·
- , ,. .. i ,, .. que sacando el mas ventaJoso partido que
( El corp}_tq.) ,(Cpt.~r...e~;c,de la fid€.(fÚioñ pos sea da\)l~ ';d.e,_ l~s ca;c:1-~1i~dcs pasamrjicána nitriz. 244.) ( Sol 1wm. 149.)
F1-as, las sabremos convertir en nuestro
Hem~s ,t~civ~d°cnqth~i11s ,~le:~ima_ que QFR,~~~ y 1 aprpv,t;chctmi\~nw, 1 . _.·-,.
alcanzan hasta el 23 ele ::ibnI. Casi to-,:_¡ .,(/!,l ~9J1d~u;tqr.) (Agmla_ntffll, 19.9.),,¡ 1
do~ los mie,rp.bros. dei.~•WJffO. congre!?O rse
.
.
,
1
~~ll~ban. Y~- ~ ~.- aqu~ff~.,s~udcJ.d~ ~
Imprenta del ,_gobierno a car.go del -cü,,d~
l?~n est~: re~ndos i?;lQ¡-"i ~l .1.0 qe µ1ayfü ... dano. Lqrell:Z-fJ 'Autonio f}.e. Melo~ '·'i
~:os. patrio_\as_.~~steH,Ci~-qs Ae ?~q(;~ E1s ~5t /f q •;
_,; v. z:i;¡
1_ . . . . . . . ~ ,_
~.
,.9

en

1

-iª
l

y

i

.~~·r:rrf~

t

I

t
·r
(

r
e]

M
e
f¡

s.:
11
l1

él

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238042">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238044">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238045">
              <text>53</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238046">
              <text>Agosto</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238047">
              <text>2</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238048">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238063">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238043">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 53, Agosto 2</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238049">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238050">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238051">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238052">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238053">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238054">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238055">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238056">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238057">
                <text>1827-08-02</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238058">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238059">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238060">
                <text>2018829</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238061">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238062">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238064">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238065">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238066">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7975">
        <name>Decretos</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="14763">
        <name>Noticias extranjeras</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
      <tag tagId="20712">
        <name>Revolución de Guayaquil</name>
      </tag>
      <tag tagId="449">
        <name>Veracruz</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8712" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7056">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8712/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._52_ocr.pdf</src>
        <authentication>8826db2de7757b76ca8c129c1eaf3d02</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248068">
                    <text>.,

;

';-~

~

4 '

-

.,

GAZETA CON$TITUCIONAL
DE NUEVO LEON.

pel

jueves ;26. de julio de 18~7"

ftTt tutela sic procuratio reipublicre gerenda estad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum ,¡ulbus
oommissa est. Cíe. 1. offic.
Lo mismo que una tutoria, asi se han &lt;le ejercer IÓs cargos publicoa; no para utilidad de los
que gobiernan, sino para la &lt;le los gobernados,
!

L EGISLACION.

Esto~ decretos de la sociedad
que precisamente deben constar en las acLegum ministri magist1·atus: legum interpre- tas, se citaran en el libramiento del presites judices: legum tlmiqut' ükirco omnes ser- dente, y sin esta circunstancia no pagara
vi sumus, ut tiberz esse J;osswws. Cic. pro el tesorero.
A. Cluentio.
28. Las memorias, libros, estampas,
Los gobernantes son ministros ejecu- mapas, y &lt;lemas recaudos instructivos, pertores de las leyes: meros aplic,adores de ellas maneceran en la sala de la sociedad y
a los casos, los jueces: con que todos en se franquearan a ·Jos socios que quisieren
fin para poder ser libres, somos siervos de léer a horas determinadas por la so~iedad
fas leyes.
misma y bajo el cuidado de un bibilotecaúo
que se nombrara cada mes rn;entras :no
Concluye el decreto num. 128.
pueda haberlo dotado de los fondos d~ la
sociedad.
De las sesiones y resoluciones.
29. El bibliotecario que sale entregara al que entra por formal inventario
~3. Las sesiones sera.u cada domin- !que firmaran uno y otro con intervencion
.go a puerta abierta en lugar publico, de-'lde la junta economica del presidente, tesocente, oportuno y a la hora que :fije es- rero, procurador sindico y secretario.
pontaneamente la misma sociedad a plura30. Cualquiera individuo puede prelid.d de votos.
sentar memorias, y ¡jroponer a la so¡::iedacl
·24, Ningun individuo es obligado a. por escrito firmando sus pensamientos uti.
contribucion pecuniaria pero el tesorero re- les. Y si la cosa es de obvia resolucion,
civira lo que espontaneamente ofreciere se en1rara luego á. votar no pidien.do nadie
cualquiera socoio ó no socio dan&lt;lole re- la palabra.
·
c1vo.
31. Si alguno ó algunos quisieren
25. Si 5e prevée que habra lo sufi- h,lblar se lo concedera el presidente por el
ciente para snbs-cribir la sociedad a algun orden con que haya cada . uno pedido la
periodico; se hara: y declarara, cual dt:ba palabra. ·
·
ser,~.
32. Si el a&amp;µt~t'o presentare graveclad
.
26. Si hubiére para comprar algu- ó dificultad, la sociedad determinara que
110s libros, estampás ó muebles, ó modelos pase a una comi':sion_ y nombrara a plura.:
de mstrumentos, ó maquinas de las artes, lidad res:pectiva tres individuos que la como hubiere necesidac,l ó utilidad de imprimir pongan.
memorias sobre cultivo ó sobre fabricacion
33. Cuando estos hubieren dado por
-de· algun genefo util; algun metodo, ma- es.crito .. su-di¡:;tamen 1;11 manera que pueda
.quiil.r ó instrumento: la ·sociedad plura- imprimirse, -se entrara c~e nuevo la disrlidad absoluta de votos d~cretara dichos cusion y se resolvera. a pluralidad absolu27.

a

¡as.tos.

a

ta de votos el asunt~ y luego si debe pu~

�blicarse · aquelfa idea en los periodicos, óltguido tambíen como traidor, y sufi:-ira fa
bien a costa de la sociedad en alguna me.- pena de muerte. Los &lt;lemas delitos que
mona.
se cometan contra -la religion, seran caSW\
tigados con las penas prescrit:as por
leyes.
Facultades de las sociedades.
3 •.
Cualquiera que de palabra ó
s 4. Bien entendido que la sociedad por escrito tratare de persuadir que no deno tiene aut(,ridad ,de cpmpele.r ni mandar be gtrardare la constitncion federal ó la
nadie sino solamente facultad de conser- coi1titucion política del Estado en todo ó
varse y gobernarse confome a las l_eyes y parte, sufrira destierro de ocho años, y
de aucsiliar a los individuos nuevo-leone- perpétuo· si foere estrangero.
·
0
ses, como dicho es, para· que por_ si mis4.
Si incurriese en el mismo delimos conozcan su bien y espontaneamente to a1gun empleado civil ó eclesiastic&lt;&gt;'~~ '
lo busquen: por si mismos conozcan su mal discurso verbal; oficial, ó en bando, cartc1, ·.
y e~pontancamente lo huyan ó eviten.
u otro escrito oficial, sera espulsaclo par&amp; __ :
3 5.
Por tan-to las sociedctdes se obs- siempre del Estado. Y la autoridad poli_7z :
tendran delicada y cuidadosamente de in- tica, alcalde ó juez respectivo, que inme.
teri.tar coaccion, de efectar mando o a1.1to- diatamt&gt;nte no recoja el e:.crito y proceda
,-idad; y de todo cuanto puede parecer in- c·omra el culp'.1ble, sufrira una multa de.
vasion de las atribuciones del ayunta.mien- cinco hasta cuatrocientos pesos al pruden,.\,
to de los alctlde~, ni menos de! goberna- te arbitrio de los jueces, segun l.a grfi.ve,n
dor ó de la legislatura\
dad dd caso y el mayor ó menor gr,tdo,,,
36. Y la sociedad que faltare en es- de la culpa.
te punto sera inmediatamente disuelta por
5. 0 , Si el empleado civil ó ecksiasel gobierno del Estado, y castigado con- tíco con su discurso ó escrito oficial, catwt
1
forme a las leyes y separad.o perpetuamen-j' sarc alguna sed:cion ó albaroto p,'.Jpular,,: '
te del cuerpo de aquella sociadad y de to• sufrira la pena de este crimen segun cor..ii
da otra del Estado el individuo que 1al; responda.
. .í
promoviere, y el presidente que a ello die6.
Cualquiera que de pahb:a ó ·
re lnisar y el sec;retario que autorizase con por escrito prop,1.gase macsimas 6 &lt;loctrisu firma un acto tan ilegal y contrario al nas que tengan u:1a tcndenc;a directa a
orden publico al respeto '-le la autorid¡;¡_d y destruir ó trastornar la ·co:-!stituciun del :.
la sumisioa de las leyes.
Estado sufrira segun la ~r:1.vtdad de las
circunstancias, la pena de un&lt;1 acuatro~1ños
D,,creto numero 12V ck 10 de marziJ de destierro
Si -el rto de este delito fur--i
de l 827 sans¡onando con fuerza de ley el re estrnp-;'.l') empleado civil, ó ecleciasti-• el decreto provisional numero 107 en los, co, se úuplicara la pena privado de su·
terminns siguientes.
j empko.
•.
_ l. :i
Cualquiera persona que conspi-•
7.;)
El que incurra en el crimen d~
r:ase directamente y ele hecho a trastornar imprimir papeles subversivos no oficiales,
ó destruir ó alterar la constitucion de los Es sera castigado con las penas impuestas por
tados unidos mt"jicanos en Nuevo Leon ó la la ley de libertad de imprenta, la cual so
constit~cion po 1itica de~ Estado de Nuevo 1. publicara y o_b?ervara j ~ntamente con el
Leon, o la forma de gobierno republcano re. 1 reglamento ad1c10nal mtJicano en la parte· ·
presentativo que las dichas constituciones revocada por la constituc;;ion federal. y lé1o
establecen, ó a que .se confundan en una yes consiguientes.
pe\sona ó cuerpo las potestades legislativa ,
ejecutivá y judicial,_ ó a que se ·!adique en
otras · corporaciones· ó individuos que los
NOTICIAS NACIONALES.
que designan dichas constituciones ; sera
perseguido como traidor y condenado a
TamjJico de Tamaulipas 25. de junio.
muerte.
El 19 del presente · fondeo en· esta. .
2. 0
El que conspirase directamente y de hecho a establecer en Nuevo Leon Bahia el bergantin goleta. americano Reliotra religion,
qüe se deje de profesar anse procedente de N. Orleans su capitan
Ja: •catolic&lt;1- apt&gt;stolica romana, sera perse• Agustín W sheafe, con ocho hon1bre~ de·,

la,_J

º

a

°

a

,i

óá

�'',tripulacion, cfo~. dias: de · naveg:icion, de s~ger,us nacióna:les . - · ,-~ ~
porte de ciento diez y séis toneladas, su I;
En el mismo día ·sé el:nbarcar.on ~,en 'j:cargamemo tnadeia, consignado - a d. Gu:i- Ja~::goleta· nacional Flor de la Mar que ha ..
·uermo,Watsou Davitson y compañia.
te iviage a Néw.-.,Orleans, cuatro mil ocho- • · ,. En' el mismo dia fondeó el -~ergantin ':;entos pesos:plata fuerte.
mgles Ardwell procedente de L1berpool; ! •
·. ¡_·-::
s~ ca pit~n \Vaddey II, ~on nu_eve hombres ~e · /¡
ldem '9 de, idem_. ,
tnpul-c10n sese:1ta y:cmco d1as de navegac1-. ·i¡
_
.. ,
_,
onde porte de ciento setenta y tres toneladas ::
El 3 del presente se embarcaron a.
su cariamento mercancias consignado a d: gordo del bergantin americanq Anna EliGuillermo Watson Davidson y compañia. ~éiliet ocho mil quinientos pesos plata fuer- ·
El 20:del mismo se embarnaron en el te, ·y frutos deI pais.
, bergantin-,de guetra de1S .• M. B ... nomb_ra• do Pritomar -cuarenfa y ocho mil cuatro•
Merida de Jucat'an 9 de junio
• cit:ntos pesos, y va con destino al puerto
,; de Portsmout.
Ho.y ha,. sido puesto en prision el cu.El 22 del mismo.se em.barcaron a bor. ;ra de Teabo, es fraile español, José Maria
do de la goleta americana Tabasco, que .~Iesequer, de.spues de-alg.un tiempo de ha.hace v:iage para N ew.-Y ork, treinta y seis ;berse iniciado •su causa, se asegura que e¡·
mil ochocientos veinte y cinco pesos plata de la misma. naturaleza que fas de los consfuerte, va:rios efectos que se resportan ·por piradores de Mejico.·fray. Joaquín Arenas,
invendibltts y frutos del pais.
eL. padre Ma.rtinez y otros ; pues estand&lt;t
En -el mismo dia se embarcaron en la en su curato en pacifica posesion de el, ios
goleta americana Hetta que hace viage pa- amantes de la.independencia advirtieron que
ra New,Orleans dos mil quinientos pesos entre sus fdigrese-s sembr.aba la rebeJion, y
_y frutos. del pais.
\asi atentos a su conducta, supieron que en
·
·
un festin ·brnndó por Fernando 7. 0 y una
L!em . .2- de julio.
noche salió p(')r las·calles de su pueblo a
victoriarlo: ~m cuya virtud &amp;e le acusó, se
El: bergantin de, guerra de S. r~:r. B. formó causa, -Y ahora ha resultado la cap,.:
· Pritómar; que di a vd. parte el correo pa- tura de su persona.
sado, 6mbarcó mas s~senta y tres mil :res . .
(Aguila num. 187.) ·.
cientos pesos.
.
r
El 28 del pasado se embarcaron a
A{ejico 1 l de julio.
bordo de la barca Industria que hace viage para Tabasco dies mil pesos.
¡ En e1 sol de· ayer manifie&amp;ta el sr. L.
·
El SO del mismo fondeó en esta Ba- \Z. A. grande curiosidad por saber que es
hia la goleta americana Ec'.ipse proceden- ¡1~ que ha oc~trrid? con los an~n~mo~ que
te de New-Orleam, su capnan Juan Bau !'¡dieron causa a la c1rcular del mm1ster10-de
tista de Bergel, con !'ieis hombres de tripu-·.gnerra que sin autorizacion alguna se. pu]acion, nueve dias de navegacion de porte\!bJicó en- el oriente de Jalapa. NPsotros
&lt;le cincuenta toneladas, sn cargamento ro-Jlvamos a, satisfacer al publico, csponier,do
pa y abarrotes consignado a d. Juan Ro-' lo. que baste para evitar las alarrn~s que
bert y compaíiia, trajo a s'u bordo tres pa- se sucitan, y Jas siniestras intcrpretaóones.
sageros Siro español y comerciante de Pue- · Sépase, pues, que· el anonimo qt!e
blo-viejo , Cuesta compañero de Siro y principaltnente llenó la atencion del gobiFrancisco Marqueta de Cartagena de In- erno, foé una carta dirijida al ecsmo. sr.
1
,dias, de oficio arquitecto.
comandante y gobernador &lt;lel Estado de
En el mismo dia fondeó la goleta na- Puebla, quien la. embió por estraordinario
cional Josefa procedente de Veracruz, su al supremo gobierno, y en ·que &amp;e le esc~pitan d. Francisco Pereda ,- con nueve citaba a adherirse a un plan de conspiracion
iJiomh~es de tript1lacion, dos dias de-nave- que aunque con otros terminas y con ob ..
gacion, de porte de treinta itoneladas ; su jetoiilaparentes 'de libertad , y ·de, 'ester- .. cargamento arina, café pita y otros efectos minar · a ; los ·, yorkinoi · ( sin hablar ' padel pais, un p&lt;;&gt;co ~e _papel consignado a d. labra-i.de-:escoceses) el .resultadQ ~~r~ia '~
· ~a-n Sube-aga, tr.aJo a su bo.rdo nueve pé\· ser,·sobre pQco mas-,.. ó 'menos 'el m1::;mo .l
0 "•

.

,

~• ,-~~-:~

_

�qne propm10 el padre Arena·s .al sr. ·coman-,fl

Y(raeruz; '!J. 'S, de junio. .

· · i/f:

da'nte 'general de Mejico.
·
H
: -.
· :;-(l ':
· Es·to es lo mas importante qne ·ha
El bergaritin france!j Mocteusuma. que;:f
ocurrido, y ya veran los que hayan leydo fondeó ayer, en esta Bahia proced.e.nte .de(! ,
el sol de ayer, que desvanece enteramen- Burdeos en cincuenta y ocho dias trae las
te las sospechas, y desconfianza que q uie- 110ticias siguientes. Qne el ejercito fran- :
te inspirar d s'r. L. Z. A. ·
ces babia principiado a evacuar a Cadiz •. : .
( Aguila núm. 192.)
Que el sr. Camacho debía salir muy pron-u
to de París, hadiendo concluido el objeto .deo
Zacatecas 6 de julio
su mision. Que el gobierno faances Jtab:.
retirado su iniciativa sobre reforma::dei ·
Con harto dolor se advierte por fos ley de imprenta como se vera por- el die:
ultimas papeles de Mt'jico que los asuntos to que sigue que hemos traducido.
de escoceses y yotkinos siguen agitandose
( Sol num. 1430)
con el calor que es propio de los partidos
ecsaltados: unos y otros por defender sus - - ·
respectivfJS intereses, coinsiden en atacar
NOTICIAS ESTRANGERAS.
con impudencia al gobierno en quitarle el
prestigio y consideracion que· merece y en
Vemos por las gazetas inglesas que·
preparar, cuanto esté de su parte, la rui- ecsiste una generosa competencia entre
na de nuestras actuales instituciones. Sus !os ingleses y norte americanos : ios primiras, sin embargo, se frustraran no me- meros estan alarmados por los rapidos
nos que las de los rrsortes rstrangeros que progresos que estan haciendo los segunandan en la dama aprovecbandose de nu- dos en su comercio y marina mercantil.
estro candor; porgu&lt;" el sistema de federaEl editor del sunday Timrs se queja
cion es el que ha de salvarnos. Los Es- de que los negociantes· americano&amp;, sacan
tados de que se compone tan feliz asocia~ mas provecho del comercio de las Indias
cion, no son ya aquillas provincias , q·1e orientales que los mismos ingleses. Dice
con una simple orden de cualquiera mun- que ya la america del Norte no depende
darin, hacian lo que se les antojaba en de la gran Bretaña por sus necesidades
l\'lejico: el uso de su soberanía el conoci- domesticas. Que dentro de breves años
miento de sus imprescriptibles derechos, contaran con las mismas fabricas, c9n ecepy el noble ejercicio que hacen de e11os, cion, tal Yes de las de sed:1 y musolinas.
son cosas que aunque Iturbide volviese
Nuestro monopolio ( d:ce) de comerdel otro rnundo, con tod,ls las aureolas de cio y manúfacturas ya no ecsiste; ni en tiun bienaventurado, no las habían de aban-. empo de paz ni en el t:e guerra. Ya una
donar por venir a ser subd1tos, esclavos o1multitud ele nuestros mejores fabricantes,
lo que se quiera: igual resultado deben es ha emigrado, llevando consigo sus artes é
pel'ar los que pretendan centralizar la re- industria a los Estados Unidos.
publica, o bajo ese pretesto hacer esclava a
La bandera estrellada se deja ver en
: la naciun de cualquiera frgitimo: y a to- todos los mares.
&lt;los sean centralistas escoceses, borbonisL&amp;s pescaderías eran antes la cria de
tas, yorkinos o iturbidistas les diremos pa- nuetros marineros, y ahora las deI labrarn su consuelo: pasó ya el tümpo..... ¡Cu- dor y Terra-nová e~tan casi esclusivamenan&lt;lo se ks ha· de dar Dios ...... !!! Asi que te en manos de los americanos. Mandan
sosteniendose los Estados con la firmeza a aquellas playas mas de cuatro mil buque deben, consiguientes al sistema que ques y emplean en este comercio cincuen. '
hemos jurado; muy pronto nos reiremos ta mil marineros. Estos se crian en mediode los afanes de es.coceses y yorkinos, &amp;in de las tempestades de aqu_ellos mares y
·que les quede a estos muebles . 0tro con- .-se hacen familiares con los escollos y pe,,
suelo, que en su clespecd-10 y desl=spera- ligros de la dificil navegaciot1.
·
. ·
,cion, decir llenos de confucion ergo erra- {Correo de lafederacion mejicana num. 239.)
'Vimus ..... que quiere decir: ltaciamos- ra:
cuent_a
;s-in la huesprda..
T. ,,,1
t a ae.
, l · .go ·b zerno
··
.a, ·cargo
· . · tu:
,.,J 1· . · · d:..i.
·
..
, ,,,....
) . .iml'ren
ci~i .u~
(Oa(rco polltzco üe• ¿acatecas ,num. 22 .
dano Lorenzo Antonio de Meto: .

to

ª

/fo
]a

~e
dt
rn

p
u
c.

b

p
z
e
11

il

e

f

1:

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238017">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238019">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238020">
              <text>52</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238021">
              <text>Julio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238022">
              <text>26</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238023">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238038">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238018">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 52, Julio 26</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238024">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238025">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238026">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238027">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238028">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238029">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238030">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238031">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238032">
                <text>1827-07-26</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238033">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238034">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238035">
                <text>2018828</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238036">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238037">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238039">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238040">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238041">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="7975">
        <name>Decretos</name>
      </tag>
      <tag tagId="20689">
        <name>Facultades de las Sociedades</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="20711">
        <name>Mérida de Yucatán</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
      <tag tagId="20677">
        <name>Tampico Tamaulipas</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8711" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7055">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8711/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._51_ocr.pdf</src>
        <authentication>6e40973839d2b4e7d1a3ce9eda43fed0</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248067">
                    <text>.,._

·aria
·que
:sel
io alf,

'GAZETA. CONSTÍl'UCIO:N~
;_

~

~

!

l

•

,

\

•

DE N-UE."f-0. LEON.

'leS t

cho
estas1gten-

Nu.m. 5 t .

•

"&lt;

.

,. . ~.tt. : .

Del jueves 19.

:~fe·· julio de 18~7.

Se
(Cll
.-IU•

Ut tutela si~ procuratio reipuhlica: gm:ndá e~t ad, urm'tOiot{Nrum fui commissi •unt, n,n eorum
(J(Jmmissa est. Cic. 1, offic.
·
·• •
· i ..
-

1cia

1."

fJ.U8

iJUilnl•

Lo mismo que una tuto.ria, asi se han de ejercer los cargos publico,; no para utilidad de_ los
gobiernan, sino para la de los gobernadot.
·
.

ins-

onca¡ue
ion
nsida
de da&gt;a1-

ma.
sa, y

LEGISLACION.

se
tes

en

Legum ministri magistratus: legum interpre'es judices: legum deuique idcirco omnes ser,i sumus, ut liberi esse possimus. Cic. pro
\.. Cluentio.
'
Los gobernantes son ministros ejecu)res ele las. leyes: meros aplicadores de ellas
los casos, los jueces: con que todos en
111 para poder ser lib.res, somos siervos de
as leyes.
Prosigue el decreto num. 128.

po-

ne

los funcionarios.

Se nombrara a piuralidad abso.
luta de votos un presidente , un vice-pre.
sidente , un sindico procurador un tesorero y un secretario cada un año el primero ó segundo domingo de enero , y ca•
da cuando vacare alguna plaza.
1 l. No hay embarazo en que el que
desempeñqclo bien sea reélecto. Si re•
presentare serle de gravamen la conti•
-nuacion, resolvera la junta consideráda y
:-(equitativamente.
12. Al presidente teca convocar
' :socirdad, abrir y serrar la sesion, dar la
palabra a quien corresponda , mantener
,el orden, llamar aun nominalmente a el,
. proponer censura a la sociedad contra
;eualquier individl).o que Jo turve con in· 'ocilidad.
1.s: Toca tarnbien al.presidente pro20. El fin de la sociedad es procu ..
oner las materias , dar tramite a los ne. · cios , librar los gastos, llevar l_a cor- rar. conocimientos y ayudar a los indiviEn todo aqneJpondencia _aucsiliado del secrctar_i&lt;rqué duos del distrito: , 1. 0
con el.
llo que conduce a la concervacion de la
10.

ca.rer
1eLO;i

ue
:os

14. En falta del' presid;nte hara todos estQs oficios el vice-presidente ; y
falta de ~ste el presidente que ultimamente hF1ya ejercido en propiedad.
, ·
15. Toca al _tesorero : recoger los
intereses que pertenezcan a la sociedad y
pagar sus gastos , Ilevando la debida -cuenta y tazan, que clara al cabo de! año a
la sociedad.
16. ,' Esta para su revisi&lt;;m y gloza
nombra~ a pluralidag de votos tres individuosj ~y oido su dictamen aprobara ó
reprob.tra las cuentas.
·
.17. Al sindico procurador pertenece promover todo lo conducente a la subsistencia y perfeccion de la sociedad.
18. Al secretario toca recivir y custo~iar _los papeles, acordar con el presidente su fectura en la sociedad en buen
orden st:gun su importancia, estender la
correspondencia y las actas , é intervenir
todas las funciones del presidente y las
del tesorero.
l 9. Para entender en los negocios
economicos urgentes y menudos de la sosiedad, habra una junta compttesta del
presidente , tesorero , procurador sindico,
y secretario. Sus resoluciones se sentaran a co11tinuacion de las actas de la sociedad, y en la inmediata. 'sesion se dara
cuenta de todas· las que se hayan tomado, y la so~iedad las aprobara ó censurara •.
Del fin y obligaciones.

la

�~.
0

vida del hombre. 2.
En la adqui~i ¡¡gunda generacion de las cochinillas , q~ ,
cion de m~~ios de subsisten~ia_ suya y nacieron so~re los nopales , y que habi
de su familia. 3. 0
En arbitrio:. para endoya crec1c.lo y hechose fuertes han p ·
él aumento de su riqueza, de sus alivi- pagado la especie. Pero como entonce
os , y de sus comodidades y sus goces. al recojer las cochinillas madres , recojen
21.
Pe consiguiente el buen esta- tambien muchas de las hijas, y suedo y aumeüto de la pastoria, de la agri- len raspar las pencas para despeogarlas,
cultura , de la mirieria, del trafico, del mtsclando estas raspaduras con la cochi '
comercio , de las artes mas necesarias y nilla, por eso dan regularmente a la de
utiles; la econornia domestica y rural , la esta tercera cosecha el nombre de gra '.
química , y las otras ciencias naturales y nilla.
ecsactas aucsiliares del hombre para conCuando ya se acerca el tiempo de las. llu.
servarse y para facilitarse los medios de vias y los frias, cortan los oapcaqueños las
su subs:cstencia y de su su riqueza en penc;;is del nopal mas cargadas de nueva
el ejercicio Lle las artes: todo entra en cocllinilla, y 'Jlevandolas a sus casas wn-,
las miras de dichas sociedades,
servan en ellas estos insectos , que se
22. 'Los medios y arbitrios para 1a mantienen y crecen con el ;,:;.brigo_.
estencion de la mendiguez voluntaria, de
Estos nopales son c:e la naturaleza
la inmoral holgazanería , y de la mala cri• del Aloe , y ele ctras p1:.:.:1tas jugosas ó ·
anza ociosidad y abandono de los mu- suculentas , que s:endo muy hu medas,
chachos ; son objetos muy principales de pueden aun sin raices, y sac,écbs fuera
las sociedades como haces de la moral y de la tierra, concervarse por mucho tiemriqueza publica.
po sin po&lt;lrirse ni secarsé', porque la
( Se c0nt~·nuara)
abundancia de ~u jugo ies sir,:e para que
se mantengan frescas. Luego que ya ha
pasado la estac;on de bs lluvias, vuelven los oc1j;;ic2queP1'S a comenzar las co•AGRICULTURA ECONOMIA.
sechas, cok-cand,) las cccl:.ir.illas reservadas , como queda dicho, y de es\e moCoucluye la instruccian sobre la grana.
·
ó cochinilla.
do prosigue ele l!ll ,,E.o a ctro sin varia.
Es verdad que la cochinilla silves- c10n en su metodo,
tre, que se rnultiplica por si misma sobre los nopales que nacen en las mon111odo de ahogar la cochim"ti'a.
tañas sin cu:tivo, esta espuesta a aguan~
tar todci.s estas incomodi&lt;lades; pe:·o no se
En Oc:j:,-::a no mnelen como aquí la.
multiplica y abnn&lt;la tanto como la fina, cochi:1i1'2. sino que l:&gt;. b,cen r~·.orir en agua
c,ilíepte 6 eri h;c tr•n1·.,~('Cl!,&gt;c;: ('"'' SOlíi u11ac
med12..nt':' es:a. diligcaci:1. y esm('.ro.
¡especi~s de Lomos p::1.1uefü1~ l:echos esCosecha de fa cochinilla.
pn:s2.,T1ente p::i.ra el casn: las hacen moHacense cada año en Oajaca tres rir tambien tostandobs en con.al ele hiercosechas de cochir:illa fin.a y de estas es la ro que coloc::m sobre el fuego como .
primera la dí:! las madres , que clespues para cocer las tortillas de mais.
de .haber prop;;igado su especie mueren en
El modo de ahogar la cochinilla insus nidos. A los tres ó cuatro meses se- fluye mucho sobre su color y la hace hJ•
gun el clima ó temperamento del ayre mar varios nombres. Llamase renegrida
cuando ya las primeras cochinillas han 2quella que se ha ahogado en cestas mecrecido y engordada lo suficiente para dar/ tidas en agua caliente, porque queda de
otra nueva generacion, y aun cuando ya un encarnado muy obscuro y pierde en
han comenzado
darla, las van recoji- el agua aqutl blanco estcrior de ·que la
enclo con mucha precaucion de encima cochinilla fürn esta cubi(;rta cuando vive:
de los nopales, y para ello se sirven de a la que se ha hecho morir en los temasuna especie de pinsas destinadas a este cales, se le da el nombrr~ de j:.tspeada,
uso. Y esta es la segunda cosecha ó la porque con efecto lo queda ;:isi por el pol ..
primera de la cochinilla que se ha cria- vo blanco que naturanrnente tiene sobre
do al descubierto. Tres ó cuatro meses¡¡si eLinsecto, y por el colo; encarnado y traspespues recojeh del mismo modo la se-»parente con que le ha dot'1.do la narnra~
..,.,

.. ..._..

,.,

•

¡J

~,._.a..

'--•••··"-"'""'-'V'\

fLl'..J

(

J

j

i

l
(
(

s
:;¡

a

F

c

g
s

�leza; y la que se tuesta en los comales tante sángre américaña. ¡Consecuencias
-se llama negra, porque resulta como que- horribles del .furor de los partidós, del
mada. ·
espiritu de_ insubordinacion, de los abtiLas madres muertas por si mismas sos de la 'imprenta, y las deJ.?a's éausas
de~ues de haber propagado su espec~e, bien concidas de los amantes del orden
y que por esta razoq. han quedado flacas, y de la' verdadera libertad! En Mejico no
no producen des pues de desecadas ; mas se ha ··llegado a estos estremos , ni se
que de cuatro libras una ; pero las co- ~legara, Dios mediante, porque el supremo
chinillas que se han cojido vivas sepa- gobierno trabaja con fruto en cortar di, randolas de las pencas y que despues se· ferencias, y hermanando la prudencia con
han ahogado y desecado dan de tres la energía, no permitira .que nu~stros
libras una.
crueles enemigos t~ngar el barbara plaEl antes pobrisimo pais de Oajaca cer de ver a los mejicanos peleando con
da hoy anualmente cuatro mil zurrones ó los mijicanos.
treinta y dos mil arrobas ele grana fina,
El sigmente- aniculo de la gaceta esque a diez y siete pesos arroba en Vera- tr:wrdinaria de 29 de mayo da uná idea del
cruz asciende a un valor de dos millones estado de las cosas de Guatemala.
y cuatrocientos mil pesos; y es de notar
En la estraordinaria del 22. anunw
que aunque hay nopalerias hasta de sesen- ciamos qúe el ejercito de operaciones hita mil nopales, la mayor parte de esta pro- zo su retirada en buen orden, replegandigiosa riqueza no. es producida sino en &lt;lose al reducto de A popa. Posteriormen•
·cantidades pequen.as por la prolijidad y te se ha recibido parte de que la contipaciencia de las familias sumamente po- nuó hasta Santa Ana,
bres. Estas venden en pequen.o sus coSituando alli d ejercito, tuvo noticia
sechas a los comerciantes, y esto5 hacen el. 22. de que se aprocsimaba la fuerza
su negocio sin tiranizar a aquellos pobres;, del Salvador, en _numero de dos mil hornporque el uso y la multitud de los que bres.
El general en gefe , despues
tratan en eso ha equilibrado y arreglado de oir el consejo de la junta ele gefes
necesariamente la jnsücia de los precios.
y oficiales, resolvió salirle al epcuen ..
tro al dia siguiente. Con efec.to, empren~
dida la marcha , encentro al enemigo a
dos leguas· de distancia. La primera guerNOTICIAS N ACION A.LES.
rilla de nue5tra caballeria le hizo cuatro
muertos Y. le quitó once caballos y otr?s .
.Afejico 4. de julio.
tantos sables. Pero el gruezo de las trop2.s de san Salvador se habia co1ocado
\con anücipiicion, como lo tiene de cosPost - scritum.
Acabarnos ele s;1ber qnc el tercer ge- ltumbre, en un cerro inaccesible, cubrife de seguridad publica de este distrito endo desde la noche anterior todas las sufederal, aprehendió en Puebla a J os~ bidas; y como nunca presenta la cara paAzpeteguia, principal reo de los que ro- ra combatir en carnpo razo, fue inutil
baron al sr. Pakenham, y al compañero toda la &lt;llli!jencia que hizo el ejercito pade aquel Cristoval .Mejia, cabecilla de la- ra sacarlo de sus rocas y hacerlo contidrones. Mucho nos complacemos de que nuar la accion.
se . h_ayan acredita~lo con los_ efectos , la
_Entra_da ya la ~?ci.e se noto alguact1v1d;.d del gobierno y acierto de sus na d1sperc10n en el eJercJto , y fue prtciprovidencias.
• so emprender la retirada : con ella se au( Aguila núm. 185.)
mentó algun tanto la dispercion, y disminuida asi la fuerza del ejercito , parecio
JJfejico 3. julio.
prudente replegarse hasta Guajiniquilapa,
en donde el dia de mañana sera reforzado
Hemos recivido gacetas y otros. im- de pronto con mil hombres de toda arpresos sueltos de centro-america que al- ma, que han salido ya de esta ciudad, al •
canzan hasta 31 de mayo; continua la mando del comandante general de o:IJEraguerra· civil en aquel herm·oso pais , y ciones del Estado, coronel· A1itonio Jose
su tctal continuacion costara todavia bas- de Insari, llevando dos piezas de cua..

a

�tro y un grnezo pntque. Quedan prepa- vincia de Tras - os - Montes y de Beira~ ·
randose nuevos refuerzps, para dar al
Nuevas y mas urgentes ordenes acaejercito toda la respetabilidad necesaria.
Esta mañana ~e ha recivido parte
del gefe departamental de Chiquimula,
quien comunica: que todo el departamento, animado del mas vivo entuciasmo, se
alarma va tanto. para auc~iliar de nuevo al
ejercito de operaciones , como para su
propia defenza; y que los soldados de
aquel batallan, que se habian separado
del ejercito , desde luego para ir a defender sus casas que veían de cerca amen.izarlas, se reunían segun ivan llegando
y estaban llenos del mayor ardimiento. En igual disposicion a la de Chiquimula
se encuentran todos los departamentos del
Estado de Guatemala, y en todos ellos pro•
sigue con actividad el alistamiento de hombres.
Posteriormente se recivió tambien otra
nota del presidente general en gefe, fecha del 25. en Yupiltepec, en que participa que se diriJe a Guajiniquilapa, y que
la fuerza de su mando se aumenta progresivamente con los dispersos que por momentos se .le incorporan.
( Agwla 'núm. 134.}

van de mandarse a los cuerpos munidpales, al efecto de poner en actividad mas
y mas el alistam;ento de veinte y cinco
mil hombres ultimamente decretado; y '1na.
multa muy consickrable se impone a los cuerpos municipales que no hubieran mandado su contingente de reclutas para el
fin de mayo procsimo,
El gobernador de Gibraltar ha recivido en los ultimas días del mes procsimo pasado de parte de su gobierno , la
orden de poner esta plaza en un estado
completo de defenza: ya empezó la ejecucion de estas ordenes por la &lt;lemolicion de algunas casas que se habian edificado fuera de las murallas, a tiro de cañon, en la llanura llamada de san Roque.
El gobierno espaíiol parece tener algun desembarco de parte de los constitucionales sobre las costas de Levante, y se
¡asegura que estos temores vayan funda&lt;los sobre los informes que la policia ha
recivido de sus agentts en Lisboa.
(Ag1tila mttn. 179.)

Portugal.
Se conso!Ua el sistema constitucional
:y cada dia disminuye el numero de fac1 •
. .
. les y espano
~ 1 se
c10s0s. I ,,os ejtTcitos
mg
NOTICIAS ESTRANGERAS.
hallan acu:utelaclos sobre las fronteras; pe•
ro ::cin inclicacion alguna ele movimientos
J.1ladrid 2. abril.
hostiles.
El conde de Ofalia ( don N;,rciso de
CorresjJOndecia jJarticular.
I-krcdia)
se haya todavia en Paris, don1
De Sevilla acavan de mancbr una gran can- ¡de tiene mucha::, confúencias con el emti&lt;lad ele polvora para Estre:11a&lt;lura y para ¡bajador ruso y los r.:üni:C,!ros franceses. En
otros puntos de Castilla la vieja; en Madrid ·bre,·e seguirá p:1,a L&lt;.mc1res. Sn mision
un gran numero de oficiales operarios estan uer.c un doble objeto; 2.cord;~r la evacuaempleados en el parcr-1e &lt;l~ san José a cion de la pe:~insula por las trnpas franhacer cartuchos. Los cst:tn haciendo ta.m- CCS.'.'t'- é ingkfas, y 1u;:~·rar sccorrns de par.
1):,·e11 en S"go,,ia,· ".' de a111b.1s ciucl:.,_des te Jn FJ"'"ci:i. 'T
J la
'- ,,·,n•0,·•:,1••.trl c1p P"':t
·L~ . namandar} pc1.ra ciucbd. - Rodrigo, cada serna- turalid,~d uLsc;h.:t:i. ,:e p:,1,c c:e:: b [Tan Bre~
1
t 7.a en h eS')e,no
11a, los que se e.ncuentran acavauos.
' l ... :,.;c" G't''
1~-'"'"' i,,. Fc:,,"~-1
~~1''".A.•1...
·
Se cree gtneralrnente y por otra par• solo prJyecta: sino tit"ne rcsue]:~1 contra
te todas las cartas de Castilla lo anun- i\iejico, de la cual esta nornbrado cornanci,rn, que el marques de Chaves bolvera d,1..nte el general Lor~ga. Ernpero la cituaa entrar de nuevo en Portugal antes del cion acttn1 de la peninsula no le permite,
fin del mes; y lo que hay ele cierto, es que no obstant~ sus deseos, el hacer semejanuna parte de sus trcp:1s no esta to&lt;lavia tes espediciones.
desarmada. Las ca :-t ;s l:c: que hablo di,cen tambien que el viscorn:e de Monteale.gli volvio a entrar en Portugal, disfrazado Imprenta del gobierno a cargo del ciudade paje, para intentar otra vez organizar
dano Lorenzo Antonio de J11dp.
por si mismo una sublevaci.on en la pro-t.: ,..=================~
......,\...-..,.1

,.

.,,,_

t...,

0

1.: .. 1.""

1•1-ll

~ ...

L,.._0l11...:..L'

1..1..._,_.._ ,.1..i

'

~--------------::-'-·

.,.,...._...,

..........

i ... ~

.J.._

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237992">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237994">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237995">
              <text>51</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237996">
              <text>Julio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237997">
              <text>19</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237998">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="238013">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237993">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 51, Julio 19</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237999">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238000">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238001">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238002">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238003">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="238004">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238005">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238006">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238007">
                <text>1827-07-19</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238008">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238009">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238010">
                <text>2018827</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238011">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238012">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238014">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238015">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="238016">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="1897">
        <name>Agricultura</name>
      </tag>
      <tag tagId="867">
        <name>Economía</name>
      </tag>
      <tag tagId="6642">
        <name>Funcionarios</name>
      </tag>
      <tag tagId="20710">
        <name>Grana Cochinilla</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="6972">
        <name>Portugal</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8710" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7054">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8710/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._50_ocr.pdf</src>
        <authentication>3d351ee55a142b8e1076506f1739d3be</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248066">
                    <text>tUO'

en
i?'"

GAZETA CONSTITUCIONAL

c1a,

,pl•

DE NUEVO LEON .

. se-

,ir-

Del jueves 12. de julio de 18~1.

da,.

no",
~io-•
ha.
in-

Ut tutela sic procuratio reipublic« !Jerenda estad utilitatem torum t¡u.i tcmmi1si 1t1nt, ,,,,. ,,,... f"N
tH&gt;mmissa est. Cic. l• offic.
Lo mismo que una tutoría, asi se han de ejercer los cargos publicos; no para utilidad de los
41ue gobiernan, sino para la de los gobernados.

t10-r:
1te~-..

LEGISLACION.

r.

5.

o.

--

c10n, tan solamente se hande observar cuando se trata de alguna adicion ó de alLegum ministri magistratus: le1sum interpre- guna enmienda de la misma constitucion,
tes judices: legum denique idcirco omnes ser- y no en otro algun caso .
. vi sumus, ut liberi esse ftossimus. Cic. pro
2. 0
Acerca de todas y cualesquieA. Cluentio.
ra otras leyes que se ofrezcan hacer, se
Los gobernantes son ministros ejecu- deben obEervar las disposiciones del tit •
tores de las leyes: meros aplicadores de ellas IX. de. la misma.
s. o Carla informe ó. representacion
a los casos, los jueces: con que todos en
fin para poder ser libres, somos siervos de sobre alguna ley debe hacerse aparte para que se una y obre en el espediente reslas leyes.
pectivo a aquella ley.
·
0
4.
La misma separacion de mateDecreto num. 124. de 3. de marzo de
1827. sancionando con fuerza de ley el de- rias y por la misma razon se observara
creto provisional num. 114. en los terminas en las representacion~s ó peticione!! de iniciativa, pues cada una debe formar espesiguientes.
,, l. 0
El gobierno establecera inme- diente aparte hasta su resolucion. "
diatamente con arreglo a la ordenanza de mineria donde sea necesario por ser tierra de
Decreto num. I 26. de 3 de marzo de
minas, una ó mas diputaciones particulares 1 1827 sansionando con füerza de ley el de ...
_que conozcan en todo5 los casoc; y negocios¡ creta provisional num. 101. en los termi_que les atribuye la ordenanza.
nos siguientes.
2. 0
El gobernador del Estado en,, ART. unico. En los distritos don, ,tienda en la parte gubernativa del ramo de se observa la loable costumbre de ci- ·
. de mineria.
tar por villetes a las ran_cherias para las
3. 0
La audiencia conocera en los juntas primarias, guardese: donde no esfegocios judiciales de minería en el gra- ttibíere en uso, introduzcase."
do _que en los clemas.
•
4. 0
Que la ordenanza de minería
Decreto provisional num. 127. de S
. gu.irde, cumpla y ejecute en todo cu- de :marzo ele l 8.2i.
nto .no s~ oponga al:. sistema· °federal y a
,, ART. unico. Las memorias y mo'st~ d°GCJ~to. "
·
·
·
nu~~ntos honoríficos por. servicios y me•;. ritos contrahidos para con el Estado, de. D"ecreto ni1m. 12~. de 3. d~-: :marzo ben acordarse por los tr.amites, que para
~ 1827~. sá.nsiouarido con fuerza de ley el enmiendas ó adiciones constitucionales se
·úetc:&gt; provisional num. 100. _en· l9s tc,:r. prescriben en el tit. XX. de la constitucion '"
inos siguientes.
,. ·:
· ·
_ ,, 1
Las disposiciones queQ_se con•¡
Decreto num. 128. de 8. de marzo san.
'.. ~n en todo el iit,. XX! de l.a: ,cgnstitu• sionando con fuerza de ley el decreto pro•

°'

.,

:

"

'

f

J

J

~

•

•

• ••

•

,,.,

,.

�visional numero .83 en los termino&amp; sigui-n

- entes.

.AGRICUL'FURA ECONQMIA.

11

Grana ó cochinilla.
:Es mucha la abunda.ndia co~que
Del estahltcimiento y formacion de las so-•
cria en Nuevo Leon y en. todo el pai _;
ciedades patrioticas.
vecino la grana silvestre especialmtnte ea(
0
,, l.
En cada cabecera de distrito aquellos años en que escasean las lluv~as •'.:
puede haber una sociedad patriotica de sin mas trabajo que el de tecojerla ras..:-}
amigos de! pais. Su presidente nato y pro- pandola de los nopales silvesters, limpiarla,.}
tector sera el gobernador del Estado.
molerla y hacerla pastillaA: tS considera.·,:
2 ° Se fundara a lo menos con ocho :ble la cantidad de este genero que cose--\
individuos, que elegira el ayuntamiento de chan y venden los pobres aun al precio- ·.
los mas aptos, patriotas y amantes del or- de cinco, seis, siete, y oaho reales· la Ji.
den entre los muchos que hay residentes ·bra. Las mugeres del pais sin saber del ._
en el distrito.
arte de la tintoreria, matizan con dicha gra- '-;'
3
Hecha la eleccion se les comu- na de be11isímos colores de escarlata, car- .,
nicara de ·ofici~, señalando les día y hora mesi, morado &amp;c. los jorongos tapetes col ..
en que deban concmrir a la sala consis- chas, alfombras &amp;c. De todo lo cual se
torial; y estando asi presentes nombraran infieren dos proposiciones ó avisos impor.
por esta véz ante el ayuntamiento a plu- tantes. Primero que la grana silvestre esralidad absoluta de votos de ~ntre ellos un fruto necesario y ya valioso en NuevcJ
mismos, un presidente, un viée-presiden- i Leon, capaz de socorrer a muchas familias
te, un iindico procurador, un tesorero y !pobres: y aun digno de que ]os comerciun secretario.
_
antes lo mirasen con mas atencion para aco•_
4
Concluida 1a votacion se declá- piar a precios equitativos las muchas ·pe•.
rara por el alcalde 1
estar instalada la queñas cantidades que venden los pobres ·
sociedaJ patriotica de amigos del pais; y y mC?deradamente ganar en tlla, no sol~
entregandoselc al secretario copia de la vendiendo la por menor, sino remitiendolá al
acta de instalad m, se levantara la sesion. estrangero: Segundo , que este fruto es e~~:
5 ° Estos destinos seran anuales, y. paz de aniquilarse.y. faltar si se persigue m1.f
el primer domingo de enero se haran por cho, y tambien quiza por la abunclancía de;:
los socios eleccion de todos: S"er~n el~gi- agua. Busquemos .pues medios o· arbitrio ,
bles y reélegibles, pudiendo solo servir de facilmcnte practicables a la gente pobre col\;,
escusa el haber servido un bienio conti- los cuales pueda conseguirse su conservan~, '.
nuo anterior inmediato.
cia, y al mismo tiempo el mayor posible au- ·
6 °
Los oficios que en adelante va- mento de este precioso frutd.
•
· '";
yan siendo necesarios seran tambien anuaNo es mi intento entar en cuestion de'~,
les, electivos por la misma sociedad y en licada sobre si la grana fina ó arinosa dt::
ia misma forma.
Ojaca la .Misteca &amp;c. es de la misma espe:,
7
Sera admitido en calidad de so- cie que esta nuestra silvestre ó algodonozit'
cio cualquiera ciudadano que lo pretenda Sea lo que fuere nuestra grana silvestre•~•
ante la sociedad, y esta a pluralidad ab- ::ilgodonoza, vale dinero y sirve admirable~:
soluta de votos juzgue conveniente su _ad- mente para colorear be1lo y firme nue5tro_smision.
·· ·
sarapes alfombras &amp;.c: luego siempre ganar'
8 ° L_a sociedad a pluralidad absor el pobre algo, y aun el comerciante se útili,,/
Juta de votos, podra espedir espontanea-, sara en asegurar y aumentar la cosecha p/
mente nombramiento de socio a cualquie- este precioso genero, y ¿que fuera s•i con 1t
r~ individu?
considere dotad~ ~f, ~fü; c&lt;1.dtivo se me~orara, perfeccionara, Y, aum~~;
tltu_d para mflu1r en los fines de 1~ $.6,r: tara la especie, como en todas l~s e~peci:ll ·
-cied'ad: _
.
. _.
. __ , ·i' './ a_co17-1e~~?
pri~e~o y principal e~emig.
9 ° Los socios residentes- fueta,del· ?e la: grana o cochmdla son las Uuv•as:, .
cJ.i~.trito capaces- de influir e_n el bicr(·pt{- en: ef~~t~. cuando aqui escasean es pp,nt\l
bhcQ de él, se. llamaran, socíos corrts,p,dh.r mente tttahdo abünda mucho la gr.tna,(;f
sale.s.,
· mo acaba de suceder ahora en 1821 •. Pa
d_St '. CDntinuara.J .. ,:: _ que:'Ho. peresc_a pues enteramente l:i.;;espe . .-.

°

°

°

°,

q~: .

f:l

1
•

•

'

~Qn fa&amp;· Uta.,vias, _se euede aqui to.ma t -la

�f.

ma precaucion qlle con la co:hinilla :fina odas pencas que estan · mas ál abrigo dé los'
arinosa usan en Oajaca: y es co,tar las pen- vientos, y de las lluvias. Con las oochini- ·
cas del nopal mas cargadas de cochinilla llas finas mientras que son ·tadavia pequ·e'- ·
( cuando amen,azan las lluvias) y ponerlas ñas, tienen un cuidado estremo las famili•'
bajo de techo h~sta que las lluvias se reti- as nopaleras de Oajaca, para· impedir que'
ren : .el nopaf aun cortado se mantiene fres- las mat'en ó inc'omoden otros insectos, paco por largo tiem¡fo: las cochinillas se ali- ra mántener las pencas limpias, desembara-·
mentan y se propagan , de alli pasaran a zadas de ciertos ilos semejantes a las telas·
cuantos otros ·nopales se quiera que se pa- de arañas que se forman sobre los nopales,
sen por si n1ismas, colocando en ellos las preservarlas del mucho frio o del mucho capencas cargadas.de estos-animalitos , ó sem~ lor, que son igualmente contrarios dél misbrandol_os como dicen alla en Oajaca. Asi es mo modo que del viento y de la lluvia y es~
, que no solamente la guardan alla los pobres pecialmente cuando van naciendo; (porque
dentro de sus cho!Sas para sembrarla despu- si entonces penetrase el agua sus nidos, se
es en los nopales; sino que la pasan alterna- moririan) hay partes donde en tal caso hasta
tivamente en las mismas pencas e.le nopal cubren los nopa'es con los petates de dor.:.
.desde el valle &lt;le Oajaca hasta las nopaleras miró cosa equivalente.
de la sierra de Ystepeje: y luego &lt;le estas
( Se continuara)
a las del valle huy-cndo de las lluvias, que
asi mismo alternan alla en el valle y sierra
di.chas : · pára es·to acomodan las pencas en
NOTICIAS, NACIONALES.
una especie Je huacal entre capas gruezas
de saca te a fin de que no se maltraten en
ftft&gt;jico 23. de junio.
~J traspo.rle que, hacen llevando a cuestas
.
el huacal. De esta manen pnede aqui la coAl leér el veracruzano libre de1 dia 16
~hinilla irse estendiendo y propagando a
y
el-c«)rreo
de la fedracion de ayer, nos llenatodas las nopaleras donde no la hay, hasta generalisarla tanto que si perece por des- mos ·de pronto de pesar. pareciendonos que
gracia en unas partes, se concerve en otras; la ecsaltacion de los partidos , el odio y la
de &lt;lol)dt buelva despnes facilmente a res- animocidad habiardlegado al colmo; y que
estando procsimo a romper podrían emboltablecerse alli donde hubiese perecí~,º·
ver a la patria en la guerra civil, y males que
le son consiguientes ; pero un momento de
Siembra de la, coc!tinilla
re fleccion no~ ha tranquilizado y creemos
l&gt;ara esto hacen ·en Oajaca con heno, que suced era.lo mismo a :o.los los mtjicanos
pastle, ó zacate muy fino con moho de ar- imparciales qu~., sin pertenecer a una, ni
boles, ó con la borra interior del coco , unas otra logia, observan las desavenencias de .
especies de nidos muy pequeños semejan. ambas.
tes a los de los pajaros, a los cnales dan el
¿ Q.ue conseguirán los escoceses y yor• ·
,nombre de pasteles: colocan en cada uno quinos con tant-as imputaciones como se
de ellos doce ó catorce cochinillas, y esta- hacen , con tantas verdades y secretos co ...
blecen tres ó cuatro en cada una de las mo se descubren, con un aspirantismo tan
pencas u ojas de la planta, en donde que- declarado por ocupar los primeros puestos
dan asegurados por medio de las espinas. de la nacion.? ¿ Esperaran por 't'"entur:t que
Alcabo de tres ó cuatro días producen aque- íos supremos poderes de la federacion yde
· ll-!s cochinillas en sus nidos millares de los Estados, el-ejercito, las juntas electo-·
hijuelos estraordinariamente pequeños y rales y la gran mayoria de la nacion, tomen:
.mueren las madres pocos días des pues. parte én · sus· disturbios, se decidan por ,
, ·,:Entretanto salen del lugar de su nadmien- unos u otros, los elijan y. coloquen para.
, · to las ~pchinillas recien nacidas , y trepan- que la: gobiernen?. Se -equivocan misera- · do por' las·:pencas se afianzan en~ elbs y blemente: lo ·que han conseg-uidó, -eon mu•
, .;;.ohu pan su J\lgo,, que es su unico alimento. chas ve-ntajaa-de la patria, . es que set: per- ·
.
Estos animalitos buscan siempre Ios si- suadan,.todos· practicanrente ·de; los fonestos:
_,. 1ios de las_pláhtas ·mas verdes,, mas,,ahun- efectos~ de. esas asociaciones.,, tenebrosas·::
dantes. de 'jugo· paraJograrr.mas~aliinemo-,- q1:1edas:gentes sensant~s" é, ifuparciáléss se:~

~~=~==~==========~
'

)

i

L•

0

0

· r~ticnen·euiq3do. de··ppnerse:_en los~iti:ós~e ~m~iiflr.co-mon00essdet.dúdar;: &lt;Rle~e:enn«

�penaran, e11 convencer y separar de ambos relaci~nes políticas con su pais, a~rava~i ·
partidos a los buenos patriotas que por un mas el estado de las cosas , mas bien q .
error de entendimiento y con fines muy di- producir bienes acia aquellos paises.
·
v..ersos se metieron en ellas; y que verificada
El sr. Camacho salio de Londres
Una fusion ó concordia entre los escoceses lunes ultimo ; y hoy mismo ha llegado a;·;
y yorkinos que sean capaces de ella, por Paris.
que amen a la patria, se disuelven las tales
He aqui lo que se lee en el Times 1
sociedades y la faccion oculta , que no es con motivo de su salida: ,, El sr. Ca macho .•
escosesa ni yorkina, sino atizadora de la pasa a Paris; en su pasaporte, que esta-~·
discordia y promovedora de la guerra civil, firmado por el embajador frances esta desig--··
quedara desairada en sus proyectos
fa. nado, con el titulo de ministro plenipoten- ·
vor de la antigua opresion.
ciario de los Estados-unidos de Mejico. Se·;
Si, compatriotas, esto es lo que va a dice que esta. concesion le fue reusada en '
suceder; ó a lo menos lo que con funda- un principio; pero que.el sr. Camachoºha in.
mento debe esperarse del patriotismo, sen- sistido declarando que no pasaria a Francia
satés, amor al orden, a la paz, a la in- sino se reconocia su caracter diplomatico."
dependencia y a la verdadera libertad de
Tenemos fundados motivos para, ere- ·
qúe estan poseídos muchos de los mejicanos¡ ér que el periodico _ingles ha sido bien ins,de ambas logias, y todos, todos los que truido. Luego el gobieano frances ha con110 pertenecen a ellas. Lloremos pues los¡ sentido en recibir al sr. Camacho con el ca--estravios de nuestros hermanos: miremos/ r~cter public~- de las alt~s funciones . que
con horror y escandalo esos sarcasmos CJerce en MeJ1co, y de la fmportante m1s1on
y personalidades con que se insultan é in- que le ha conducido a Europa.
jurian mutuamente; pero esperemos y coAdemas las cartas de Londres nos insoperemos a ello, que la crisis ó desenlaze truyen, que pocos dias antes , la embajad~
no hade sl!r otro que lá rcconciliacion, lal francesa había recibido la espedicion de
consolidacion del actual sistema de gobier- una resolucion ministeral , consecuente a la•no, uníco que nos hade hacer felices.
cual todos los agentes franceses en los pai( Aguila num. 17 4.)
ses estrangeros deben es pedir sin ninguna,
r~s_tri~cion ni escu~a lo_s pasapor~es ne~es~
-=-===;;;;;==::;:;;==-==-....:=-¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡iiiiiiili,:¡¡;¡¡¡¡¡. ¡nos a_ todos los__ subd1tos de Colombia f
Mrtjico que desearen pasar a Francia, y po- _
NOTICIAS ESTRANGERAS.
ner el visto bueno a los pasaportes que se _,
hubieren espedido
Par;s por loj agent~s '
Paris 24. de marz.o.
de las republicas de Mejico y de Colom•
bia que actualmente se hallan en esta e~
En nuestro periodico del 13. de este pital.
mes anunciamos la procsima llegada a Pa¿Palparémos por fin el momento de ver
tis del ministro de negocios estrangeros de enteramente coronados los votos que no helos Estados-unidos de l\lejico, y al mis- mos cesado de manifestar de muchos año,
mo tiempo ministro plenipotenciario de es a esta parte? debemos creerlo asi; porque
ta republi.ca en Londres. Manifestamos los en otro caso nos ha1lariamos mas remotos
deseos de que el gobierno no dejara esca- que nunca. ¿Quien no comprende, en efecpar esta ocacion de satisfacer a las necosi to, que si el viaje del sr. Camacho a Padades del comercio frances, y que al fin ris quedase sin resultado, el gobierno de :
,cediese su5 votos , colocando por ultimo 1;\' ,:j ,co no solamente perderia las esperan• ,:,
bajo la proteccion de .un tratado los inte zas df&gt; regularizar sus relaciones con este v
;teses de comercio en aquellos opulentos pais sino que tambien cree ria comprometi• ·;
_países.
do su honor para tratar al comercio fran. ,,
Esta esperanza nos parecía tanto mas ces con el mismo miramiento con.que f1,1.,c•:
fundada, cuanto que estamos qien persua- ra tratado su ministro en Francia]
\ ;~
didos que el honorable sr. Camacho no
··
vendria a Paris, sino con el caracter publi.co con que e:;sta revestido, y que el dejarlo Imprenta del gobierno a cargo del ,iud,- .1
saUr.sin hacer variacion ninguna al estado
dano Lorenzo Antonio de Melo~
incierto.. en que se hayan todit,vi~ nuesU,-?.,J

et

a

en

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237967">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237969">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237970">
              <text>50</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237971">
              <text>Julio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237972">
              <text>12</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237973">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237988">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237968">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 50, Julio 12</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237974">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237975">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237976">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237977">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237978">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237979">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237980">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237981">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237982">
                <text>1827-07-12</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237983">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237984">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237985">
                <text>2018826</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237986">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237987">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237989">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237990">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237991">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="1897">
        <name>Agricultura</name>
      </tag>
      <tag tagId="867">
        <name>Economía</name>
      </tag>
      <tag tagId="16782">
        <name>Gobernantes</name>
      </tag>
      <tag tagId="20710">
        <name>Grana Cochinilla</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="20709">
        <name>Sociedades Patrióticas</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8709" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7053">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8709/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._49_ocr.pdf</src>
        <authentication>865e61d322a04e0314d019d27128fa2b</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248065">
                    <text>Nil,1',. -~R ,·

GAZETA CONSTITUCIONAL.
DE NUEVO LEON.
Del jueves 5. de julio de 1s,1.

'
U, tutela aíc prr;curatio reipublice rerenda e.e ad utilitatnn e,rum r¡ui ,:,mmia.i 1,unt, n,n. 11or1111t fU;t;u,·
~mmissa est. Cic. t. offic.
.
..
..
lfUC

Lo . mismo 9ue una tutoría, asi se han de ejercer
gub1ernan, Sino para la de los gobernados.

LEGISLACION.

ll".' 1

e_h

0

~!~.

101

cargos publico,; ao para utilidad

de lo, .
·

son haber del Estado que se cobrara. en la
tesoreria con conocimiento del gobierno.
Legum ministri magistratus: legum interpre2. 0
Estos derechos que ascendian
les judices: legum deuique idcirco omnes ser- a veinte y tantos pesos, se reducen comunflÍ sumus, ut liberi esse possimus. Cic. pro mente a seis pesos."
A .. Cluentio.
3. 0
Respecto de los individuos po.
Los gobernantes son ministros ejecu- bres se rebaja urna mitad, esto es, tres pesos
iores de las leyes: meros aplicadores de ellas
·
a los casos, los jueces: con que todos en
Decreto provisional num. 122. de 22.
fin para poder ser libres, somos siervos de' de febrero de 1827.
~s leyes.
,, 1. 0
Se ecsonera al ~dministrac!or
.general de los ramos de tabacos, papel seDecreto num. 117. No se pone aqui Hadó y~ naypes.
porque lo hemos de colocar sansionado
2. 0
Dichos ramos se ponen a carbajo el num. 145.
go inmediato del gefe de hacienda., con
intervtncion del contador.
Decreto num. 118. de l. 0 de febrero
3. 0
La responsabilidad por dichos
de 1827.
intereses, se caucionara por los mismos
,, ART. unico.
El hijo de familia que fiadores que tienen dados ó por otros.
4. e
U no de los escribientes que
.a•m cumplida la edad para el uso de los
derechos civiles persevera baJo la patria hay en la administracion, se trasladara al
potestad, se reputa contribuir con la cuo- gefato de hacíenda."
ta misma que contribuye su padre para el
Decreto num. 123. sansionando con
,olo efecto de elegir y ser electo a las confuerza de ley el decreto provisional num.
_:fianzas y cargos publicos."
66 en los terminas siguientes.
Decreto provisional num. 120 de 12.
,, l. 0
Por el asenso de cµalquier indije- febrero de I82i.
viduo del ayuet ,m:ento aejercer de diputado
,, ART. unico.
El repartimiento de queda vaqante aquella plaza que ccupaba.
hombres para la milicia permanente ó a~2. 0
Dicha vacante se llenara para
1iva, se hara precisamente con arreglo a la aquel año de la ·misma suerte que las que
· base de poblacion de los distritos, entre suceden por cualquiera otro titulo: esto
(l\íienes disponga la ley se ejecute.
es, haciendose nuevo. nombramiento par la
junta electoral del distrito.
· necreto provisional num. 12 l. d~ _17 ·
!3. 0
Las vacantes se llenaran en esta
febrero de 1827.
·
for~a en cuálquiera evénto, aunque falten
.
,, 1. 0
Los derechos que pagabé\P .m.enos de cuatro meses para cumplir el año.
il&lt;,s nuevo-leoneses en la intendencia: &lt;l:e
4,. 0 . Por bienio en. el art. 228. de la
· ~n Luis Potosi por el registro ele fierro~, .constitucion· se ~nticnde la mayor .parte de

�'61: esto es, un a~o entero y cualquiera parte de otro.

NOTICIAS NACIONALES.

a'

p

Tampico dt Tamaulipai 18. de-junio.
j:1 15. del presente abrió registro l«.'·
goleta americana Mariland que va a hacer
AGRICULTURA ECONOMIA.
viage a Philadclphi~ , llevamlo a su bordo
Concluye la instrucion sobre el aiiil indigo. efectos que por invendibles se resportan.
El 16. del presente fondeo en .esta Ba- ·
Despues se ha usado de unas como hia la goleta Tlella, su capitan F. F. Peter..
cuchara·s o cubos en lugar de las paletas, y son procedente de N. Orleans con seis homtambien se han usado y se pueden inven- bres de tripulacion , trece días de navega•
tar otros modos de obtener el indicado fin cion, de porte de setenta toneladas , su car•
con mas alivio y facilidad.
gamento maderas ferretería y esperma, con•
Conocer el momento en que las par. signado a Harrison Broom y compañía, tra ...
tes colorantes de la substancia llegan a jo a su bordo cuatro pasageros Ricarda
unirse y coagularse para precipatarsc: al Jorge Ingles Y. del comercio, Daniel Ma- ~.:
fondo, es en lo que consiste toda la ci- claren su hermano, ambos anglo - america•.,
encía del fabricante y tambien alli va su nos, debiendo los dos regresarse, Jose L~i
ganancia. Para esto se sirven de una tasa pes español de este comercio y Casimir•:
de plata pequeña bien limpia, la cual lle- Prieto sobrecargo.
nan de esta agua mientras que los trabajadores baten, y segun observan que el añil
;.l/ejico 16. de junio
.J
se precipita ó se va al fondo de la tasa, ó
En medio del escandalo que ha ~au~~
se mantiene nadando, mandan cesar ó pro- sado la publicacion del procedimiento del',
seg-uir el batido.
honorable congreso de Veracruz contra el,
Luego que se ha cesado de batir, de- sr. Esteva, ha producido el bien de hacerj,
jan reposar la materia y entonces la fecula una nueva demostracion a los enemigos dell
ó el asiento que es el añil se precipita al sistema actual de gobierno , de que su&amp; ¡
fondo del pilon donde se junta como una conatos para destruirlo les hande ser infru.·;
especie de lodo: y el agua descargada ya tuosos. Apenas se difundio la sospecha def
de las partes colorantes sobrenada y se que se había espelido al sr. Esteva , porque-- :
aclara. En este estado se van abriendo babia proyectos que no se podían ·consu.las llaves de las fuentes que tiene la bate- mar a su vista, cuando se pronunció la,
ria en los caños hechos a diferentes dis- opinion de la manera mas imponente: lo&amp;
tancias de su suelo, comenzando pot los enemigos mas conocidos del partido Yor..;
mas altos para dejar así escurrir, der- quino, todo este y casi todos los habitanramar y arrojar perdida el agua pura. tes de Mejico ~e mostraban preparados pa-•
Cuando ya llega a descubrirse la superfi- ra salir a la defenza de la libertad . Gracias
cie &lt;le la f~cula ó lodo asentado que es el a Dios que aquella sospecha, que nosotros
mismo añil, entonces se abren las llaves personalmente jamas tubimos, se vaya deg.
mas bajas del suelo de la bateria para que vaneciendo, y gracias a Dios tatnbien, por
todo caiga en la tercera pila ó pilon de asi- que con estos desengaños es preciso, que
~11/0 ó de reposo que algunos llaman diablo- cierta faccion nos deje ya marchar tranqui ...
tin. Alli todavia la dejan reposar un po- los y no ecsite el odio de !a multitud con•
co de tiempo y despues la van echando tra muchos inocentes, fieles y honrados•·
en unas mangas de lienzo de 15 ó 16 pul• que sienten sobremanera que se les comprogadas de largo, que rematan en punta co- meta sin tener ellos parte ni culpa alguna~
mo las de colar: en las cuales acaba. de escurrir él resto de agua que puede queMejico 17. de junir&gt;.
darle.
:
En cartas de Paris y Londres que te.
Al fin lo es tienden en cajones de ma- ncmos mas a la vista, fecha 12. y 17. d&amp;
dera de tres a cuatro pies de largo, dos de ,abril se contiene que el sr. Cama cho no- so
ancho y como tres pulgadas d~ hondo e movió de Londres hasta que recibió el pa.
las cuales se espone al ayre para que se~ saporte del principe Polignac con la cspre.
que enteramente cuidando de que no Ic. sion y consideracion de ministro publico ~ ..
dé ~bsohitamente el sol ni le llueva. - ·los Estados-Unido&amp; Mejicanos, para lo cq. ·.
1

n
te

zc
C(
~(

JO
~s
dt
'h.a

, ci¡
do
do

, J&gt;a.
, ·tod
-da!

; d1r-

,

sas,
'1 4'

&lt;:on é
- pape
.el re~
a:uno
-~van

�&gt;.

, le.·'.
lCt'r'

,rd&lt;&gt;
tan.

Ba-·
ter..
:im-

on•
tra•
rdo
vfa ..
,.ca-

í,olire,

no ,

au..del
l el
cer
del·
;u6

rude
[UC

su]a,

lo&amp;

paias
ro&amp;

es&gt;or

uc
Ul-·

,n-

,s ·-

ro-

al:espero dicho prineipe y redbió orden es- maica hasta: !l. ck mayó; de tRas he.m&lt;tspresa del ministro frances: que como tal mi- hecho el cstracto siguiente.
nistro publico fue recibido y considerado en
En com,ecltencia de haber sido, nom.~
todos los lugares de su transito, y aun en la brado Mr. Canning ministro de hacienda y-.:zelosa aduana de Calais no se tocó a su presidente del coseJo seis de los de mas·
. cquipage , ni al de sus compañeros de via- ministros habian hecho dimicion de sus·
ge : que el sr. Villele presidente del conse- empleos entre ellos el Lord W ellington
; jo de ministros ; el barori de damas que lo quien no se babia limitado a esto sino que
es del tribunal del comercio , los ministros babia tambien dado su dimisión de genede mé\rina y de estado, le visitaron persa- ralisimo. No se sabia todavia por quienes
"2'1.almente ; que el baron de damas , el prin- serian ocupados los' sillones vacantes.
dpe Tallerand, y el ministro de los EstaNo babia temores de que la paz de
dos-unidos del norte, le han· dado esplendi- Europa fuese interrumpida.
dos convites a que han asistido los princiEl sr. Ca macho sigue recibiendo en
. pales personages de aquella corte, y que Paris de parte del ministro francés las matadas las clases del Estado es tan empen a- yores pruebas de distincion , y se cree que
.das en que se aproveche la ocasion de deci- el tratado con la Francia sera tan ventajoso
d1r a la Francia, aplaudiendo mucho la re- para los Estados de esta federacion, ·como
.solucion del sr. Camacho de no haber que- el ya concluido con Inglaterra.
rido pasar a Paris sino con el mismo caracEl sr. de Murphi habia ya ricivido f,U
1er que tenia en Inglaterra; y por ultimo que exequatur y el rey mandaba al sr. Mar.
las conferencias habian ya empezado, y qúe tin su nombramiento firmado de su pucuando menos conseguira el sr.. Camacho
para que ab-interin resida en Mejico,
dejar el camino allanado para que el que hasta que llegue la persona que hade rele suceda en la comision recoja . un fruto levarlo; en cuyo caso tendra que bajar a
agradable, por tener S . .E.. que embarcarse Jalapa en calidad de co'nsul general de Vepara esta republica por el mes de junio .
racrm:.
Esto dice la carta de Paris; y la de Lon- ·
Los fondos mejicanos flutuaban de 70.
c1rcs a mas de lo que anunciamos ayer so- a 72. y los de Colombia habian bc1jado
bre los sres.~ Martin y Murphi, añade: que hasta S6.
sigue la p_az de Europa, y continuara asi
La fragata de S. M. B. Twced aun no
apesar del :cámbio del ministerio inglés: qu~ babia llegado y se habían hecho seguros soOfalia fué a Paris, para ir de alli a Lon- bre ella hasta un 20. por 100. Esta tar.
dres a negociar la evacuacion de Espaiia danza no debt dar cuidado, pues se sabe
y Portugal de las tropas francesas é ingle- que no salió de la Habana sino el 26. de
sas, y que nada conseguira de lo segundo; marzo.
( Los ~ditorrs del nctici6s0. )
'J que en Londres se creia que Bolívar
con su regreso del Peru, con pacificar a
Yeracrut. 1 l. de junio.
Colombia y con su dimision ultima, ha tenido habilidad para entronizarse en aque-,
Por el capitan del bergantín ingles
llas comarcas .
Las noticias que dimos ayer de Gua- MiJauth GuiJlermo Dobliut que ,fondeó en
1emala son tomadas de las cartas al pueblo, este puerto el día s. se sabe que encon•
periodico de Oajaca. Recivimos ya aunque tro al bergantin Guerrero , y bergantin go.· &lt;:_on algun atraso nuestra correspondencia y leta Hermon el dia 6 'del corriente , a dispápeles de aquella repuhlicá, que anuncian tancia de diez millas al O. de Sisal ; y
· el restablecimiento de la paz y contienen al- que habiendosele ac·ercado el Guerrero le
runos pormenores que iremos dando succe- dijo su comandante andaba en persecucion
de un corsario de la llabana que habia
.ejyamente.
( Aguila num. 16 8.)
saqueado algunos buques de la costa de
Yucatan.

'

Y.eracruz I o de junio.

( Sol num. 1474.)

La,s noticias de Inglaterra recibidas
Se habla como de una cosa decidir los dos buques ingleses llegados ayer da de que habra guerra en Europa. E
_lllall hasta 2fl. de abril: y las de Ja- uartel general español que estaba en Ta

�labera, se 'ha adelantad; a Jerez de Iosflsean olvicfados: ¿cuales el patricida
cabafü!ros, inmediato a Portugal. Q,ue alliUquiere se repitan ? Confiad, peruanos , ca
se descubrió una conspiracion y fueron el que esta pronto a derramar la ultima~fucilados doscientos hombres. Q,ue al pa ta de sangre por sostener la independeno·' ·.
recer los ingleses estan maniobrando en y la integridad nacional, y que no aspi~~~
el mismo ejercito español para sublebar- ra a otra gloria que a que en su tumba
lo.' sembrando a m~nos il:nas el oro. Q,ue escriba. ,, En este st,ldado _la primera c,i,.;_l
Mma que estaba a 30 millas de Londres, tud fué el amor it s11 patria: lo probo en
se ha acercado a la capital, y que se crée campaña y en el gabinete, y solo sintid 11l9"':• ,
que es con el objeto determinado y com- rir porque dejaba de ser utit a sus i:.ompatr;ip~!J
vinado con los &lt;lemas emigrados. •Q,ue la tas" ! Peruanos¡ la confianza: que me hllt.
fragata brasilense que llegó a Francia, beis mostrado esta vez siempre mC? hace~; ·
para conducir al infante d. Miguel a rio separable de vosotros: ved por mi hon~rl'.
Janciro , se tendra que bolver sin él como yo veré por vuestros comunes intcl"-:/
porque el Austria se ha opuesto a su resea. - Lima 28. de enero.
l
salida , y el gabinete de V ersalles lo ha
( Correo de la federacion de J(~-- ,
apoyado; y que la Inglaterra ha conside- jico uum. 225.)
rada la respuesta de ambos gabinetes , cor.io una medid~ hostil , aunque no lo ha
manifestado.
Estado de ingresos. que ha habido en la ad:.
ministracion de alcabalas del Estado /iírt i'
di Nue'(Jo Leon en todo el mes de la Jech4,:
y por todos ramos qae se detallan.
NOTICIAS ESTRANGERAS.

M~:
ú¡,t

-

&gt;

Lima 3 1. de enero.

RAMOS.

PaHes efh:iale! - Don Andres Santa eruz ,
gran mariscal de los ejercitos del Peru , pre- Alcabalas al S por ciento.
sidente del consejo de gobierno• A la nacion.
Derecho de co11sum0 al 3
, Peruanos.:-El gobierno del Peru no
por cirnto. , , , , , ,
seria fiel a sus obligaciones si desatendie- Derecho de estraccion de
se un eco que llega a sus oídos desde los
moneda al 2 por cientfl.
puntos mas remotos de la republica, y le Licencias de ganados. , ,
dice. ,, La continuacion para Bolibia no fue Depositas . . , , , , , , .
recivida por una libre voluntad, cual se
Resultas de f:uenta general
requiere para los códigos políticos. "

de 18 ~ 6.

L
te,

•.

tOJ

Yalores.

ª

fin

Pesos. R. G..

las

,,
n

,,

292. O. 5.

181

ere

sig
,,

,,
,,

, , , , , , ,,

148. o. o...
037. 4. o.
323. 3. 5.
020. 2. $.

El gobierno no puede consentir en que
se crea que pudo tener la mas pequeña coSuma. ,
1.031. l. 101
nuivencia en la coaccion ; porque es el
'
"
garante de la liberta&lt;l nacional y de su absoluta independencia. El gobierno que soLbe
Monterey junio 30 de 1827.
hacerse obedecer y respetar, tambien conoce que debe prestar un oido atento a los justos deseos de los pueblos; y por esto es que Pedro Noceda.~ Fto. Bno. Cq,sti(tpp~
en estemismo,diaconvoca un congreso cons
tituyente que ecsamine , arregle y sancio•ne la carta que debe regirnos. Asi lo habría hecho antes , a no haberse persuadido que un consentimiento espontaneo ~'
prestaba a la con.s!~!uci:on que se juró. Na~ Imprenta del gobierno; a. cargo del ciud•
da mas puede ecs1J1r el amante de su pa,
.
.
'
tria.· Pretenciones desordenadas nos conJ
dano Lorenzo Antomo. de Mela.
duciran ~ la anarquia y confusion. LQs
~Jcmplo.s funestos son recientes par~ q.~••---¡:;;;;:i-=;¡¡:::::===,;:;:;:;;;¡:;¡:;;;:;:;:::a:::::i=:;z:é•W

----r.

dia1
neri
min

.que
que
tiern
de 1

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237942">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237944">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237945">
              <text>49</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237946">
              <text>Julio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237947">
              <text>5</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237948">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237963">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237943">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 49, Julio 5</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237949">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237950">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237951">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237952">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237953">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237954">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237955">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237956">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237957">
                <text>1827-07-05</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237958">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237959">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237960">
                <text>2018825</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237961">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237962">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237964">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237965">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237966">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="1897">
        <name>Agricultura</name>
      </tag>
      <tag tagId="7975">
        <name>Decretos</name>
      </tag>
      <tag tagId="867">
        <name>Economía</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
  <item itemId="8708" public="1" featured="1">
    <fileContainer>
      <file fileId="7052">
        <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/163/8708/Gazeta_Constitucional_de_Nuevo_Leon._1827._No._48_ocr.pdf</src>
        <authentication>6846985c9c4850826a5ff78c697ffb5e</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="56">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="248064">
                    <text>»ue•, .,,

Nu:rn. . .48

1nes, ;,

llla~1on. · .· ,.

7:;

AZETA CONSTÍTUCIONAL:

nu•,

estQ,

DE NUEVO. LBON:

ma.-,

Del jueves

: de
g,r;a•,

,s.

de junio de 18!7.

Jai ..
·Yª

~

de

,. del
:&gt;r y,

per•

preel
Ve-

:&gt;

1co.r•

y el
el
ados
11lon
t1

a de

cadolo
oral .. ; ; '·

l

licho
', 't\1i
lS' .5. "I ;

} '·1
fo."
'
· \,;q,:
1'

~stl.Jl rt .,
e laij il

. . .:~.;
,l S\l .

1

'fil tutels sic pn;euratio rdpub/ic~ rerendfl: estad utilitatewi eotum. t¡ui a,mmis,i ,unt, n,n •61'1ffll pilrt.
Hmmissa est. Cic. 1. offic.
Lo mism~ que una tutoria, asi se han de ejercer, los car¡-01 publico■; no para utilidad ele 101
&lt;fUe &amp;'l&gt;bier,nan, sino para laº de los gobernadoa.
· ·
·

LEGISLACION. '

Decreto provisional num. 11 l. No se
pone aqui porque lo hemos de colocar ya
egurn ministri m(lgistratus: legum interpre- sancionado con fuerza qe ley bajo el num.
s judices: legum denique idcirco ornnes ser- 144.
i sumus, ut liberi esse. J1ossimus. Cic. pro
'
. Cluentio.
Decreto provisional num. 112. No se
Los gobernantes son ministros ejecu- pone a.qui porque lo hemos de colocar ya
res de las leyes: meros aplicadores de ellas sancionado con fuerza de ley bajo el num.
los casos, los jueoes: con que todos en 150.
n para poder ser libres, somos iiervos de
6 leyes.
Decreto provisional num. l lS. No se
. pone aqui p_orque lo hemos de colocar ya
Decreto provisional num. 106. de 281 sancionado con fuerza de ley bajo el num.,
135.
e abril de 1826 •.
,, AR T. unico. Los empleados en las ,ofi~
-cinas del Estado no podran ser .removidos
Decreto provisional num. 114. No se
de sus destinos sin causas justificadas " pone aq·li porque lo hemos de colocar sancionado ya 'con fuerza de ley bajo el num.
Decreto prov}sional num. 107. No se 124 .
ne aquí porque lo hemos de colocar sanionado ya con fuerza de ley haJo el num.
Decreto. provisional num. 115. de 15
~9 y 130
.setiembre de 1826 .
1. 0
Que de todos los derechos que
1
; • Decreto provisional num ·
No se se cobran segun arancel en la audiencia se
· ne aqui porque lo hemos de
car san- haga un :fond0 sep'arado en la tesoreria del
'¡mado ya con fuerza de ley bajo el num. Estado. para iihrar prec¡samente sobre él
1,
los gastos ele escribania y la subsistencia.
:,
,. , .
----rdel escriban9. de cam~ra y sus dependien•
. né·~,;~to provisi~nal num:.. JO!&gt;. No .lo tes.
· _ll§J:~H,&gt;s,.a¡qui, porqp-,e 1 lo he~o~: de colocar
2. 0
Qn.e ~l escribano de camara des.. i9_~c;o ya:c9,n--:.fu,e¡za -de l;y bajocel P'-:1:~S de gra4uados segun _arancel los de.J/f,: ~~íl· ,
·; .:. 1 •
,, , .
recpos que d~ban pagé\r,se, clara una boleta
·
,,
.;.•. ~
., .
, aJ :5fOteres.a40, para que con ella pase a enDe&lt;;f~!o pr~v,is\qµal nu·m. :110. qe_ 2? ~r~gar~os a~ \esorero ge1:.e~al , y_ es,te al cal· i½füWdle. 182¡6,;iiJ:&gt;
. :·
.
C!;: 4e ella pondra su rec1vo, sm cuyo re10 A.\l.'l:! unicq._,c Q.iy: seactiv~ ..~~ enca;g?_ iquisito no se entregará 'documento alguno
.9 ~;)1.eGho, 4~~na :~mpre,pta del~ Es- 14&lt;::s.pachado a la parte .
.9 ;x §1! cstagle~ ,4n. ella_, u,~~-'-ªCreta .~5~ -,- , 3. 0
En fin de cada m~s remitira el
f~.~onstitu~i~!Jfl de ij~c:.v9., Le~n/~., ,~~c,rihano d~ ~amara al gobierno ~na noti-

.·:, · · -- Q , ,

�da visada-- por uno de los magistrados deff zon para el archivo, e-sean.os para los abo...
los de_rechos cobrad?s en el, do~ume_ntada¡jgados, y _escribano de e.a.mara, mesas-~ sill~s .·
con-:a1chas voletas; a fin de ver s1 esta con~ }¡ls qne fueren necesarias para la escnban1aj
forme con la partida de este ramo que debe sentarse en el estado que presente la teDecrto num. 116. de 16 de setiembre· ·
sorena.
de 1826 .
.4. 0
Precisamente sobre este fondo
l. 0
Se faculta al gobierno para que'·
podra librar el gobiftho~n rrirrier lugar todo ponga en ejecucion. la elaboracion de taba.
lo necesario para. papel tinta y de mas gas- cos ó fabrica de cigarros.
tos de oficina.
2., 0
Se ocuparan en ella un admi•
0
5.
En segundo lugar padra librar nistraclor, un portero guarda fabrica cela.
el gobierno sobre dicho fondo , y no so~ dor ó esculcador, y dos mosos para los serbre la tesoreria del Estado, seiscientos pe- visios mecanicos que en ella se ofrescan ..'
sos anuales
favor del escribano de ca· S. 0
El administrador gozara el suel~'.
mara.
do de cuatrocientos pesos anuales: el 0por.te,
0
6.
Si aun sobrare poJra el gobi- ro el ciento vein pesos anua les ; los m
erno librar sobre el mismo fondo hasta dos- de noventa y seis pesos anuales cadauno.
cientos y cincuenta pesos para un escri4. 0
El aJmiriistraclor recivira ba
biente.
la inmediata inspeccion del gefe de hade
7. 0
Si aun hubiere sobrante y el da los tabacos que se destinen a la fabt'
mismo que esta u otro que entre de por- ca. Entregara al administrador de rent"SI
tero tubiere capacidad de servir tambien unidas los labrados que necesite para el sur.i
de escribiente, poclra librar el gobiérno en tido de los estanquillos y fielatos, ta!Ilbie
sn favor cincuenta y seis pesos a mas bajo la inspeccion y conocimiento del gefe!'•
de los c;ento cuarenta y cuatro pesos que de hacienda , a quien dara cuenta mensua
le es tan_ senalados para el completo de dos" de todas las entradas, salidas, gastos· y
cientos pesos anuales cuya totalidad en écsistencias que haya habido en el mes. ;i
dicho caso debe salir de dicho fondo, re5.
Cuidara con toda ecsactitud y
tirandose entonces la parte con que ayuda vigilancia de que no haya desperdicio al
aJ presente la tesoreria del Estado.
_ guno, sino que en todo se guarde la eco
8. °
Cuando no alcancen los dere~ nomia posible: de que el labrado sea, si·.
chas para cubrir las asignaciones dichas, en- no de mejor calidad, a Jo menos igual al/
traran a prorrata los accionistas en repar- mejicano: de que no se Jabre taba"º po-:&gt;:•
timiento de lo producido -por los mhmos drido, avisando eri caso de que alguno re.:~
derechos: y el- dtficit sera lo primero que suite así al gefe de hacienda, para ~ue esse saque de los sobrantes cuando los haya. te reclame y clebuelva a quien correspon•
9. 0
En caso de quedar aun algun c;la: y por ultimo ele todo cuanto conciersobrante, se agregara al fondo de penas de ne al buen regimen, orden y administra• .
ca mara; las cuales se seguiran colectando cion, de la fabrica que es a su cargo ·. y::
y depositando en la·. misma tesoreria con la a que e~&gt;0nsable.
.
· · .·
debid1 cuenta y razon.
6. . u
'biendose recibir de los ta• ·
.10. Todo lo dicho en los artic.ulos bacos pape numerario para sueldos y gas.:.
antecedentes se entiende provisionalmente tos, y mas utensilios , necesarios para Ia·1
y hasta la conclucion definitiva de los es- fabrica, deb~ por consiguiente dar la cor.¡
pedientes mandados instruir en decreto~e respondient_e fianza, la ·que se otor:gara
28. de abril ultimo~
.
.
· satisfacion dd gobierno.
ú. El papel sellado que se neces~- ,
7. 0 · Se faculta al gobierno para quéI.
1
té para las causas ciriminales de oficio /sé si fo. tubiere- por oportuno, con señalami.:/ ·
&lt;lara en la administracion pdhie11do intne._ ~nto de tiempo que no pase de •fres aieti
diato a cada sello el escribano de c.(rn~ra l en el mejor postor,. arriende la empresa.
para causas de oficio y media firma: y darll q.e· claboraeion y venta ·efe tabaco.
·
do recivo con el visto bueno de un· th~· ;
s.º· Todo lo dicho en los articulo&amp;-'
,gistrado.
· '.fi]l ~mtecederites ~e entiendé provisionalmente. ·.
1
12 El gobierno podra librar sobre:~'
9, 0 ; &gt;Ninguna de todas estas dispo,- ·,
te~oreria ( como de primer establecimicnt~). . icloncs· ·derogara en- :manera alguna el de-1 ·.· .
103 g.t:stos de traslacion del estrado, arótj. t:reto. por - d cual el producto integ-rG tie:,:. ·

a

°

a

✓

1
t

t

e
r
t1
s

s:
e:

�al

pá-ra

ester fnllló se: adjudica' y reservá
pago,'lt\ic:t. .Primero se uso
esta bp_eraeiotf
de· huf ecsistencias r~cividas al tiempo de' de un eje lleno de paletas de· madera ace•
· la separacion rle rentas, y del contingente.,, g~rado en los bordos de la pila: a cny~ ma•
, -,
quina se daba el movimiento violentó y éon•
tinno abraso, por medio de maniguetas ó
AGRICULTURA ·ECONOMIA.
manubrios ó sigüenas colocadas en ambos
cabos del eje. · Se concluira .
Continua la insirucion sobre el aiiil indigo.
admi..
a cela•
os

ser•,

:sean. , ~
~l suel•. ,
1 porte• •
ozos el.

1acien- ·
fabri ..

el sur-.
:1mbie
.el gefC' ·.
tensuaf'
lStOS

Y

nes. ,,
titud y.
:icio al )
·la eco

los
,y
para
la
rg~r

Nosotros escribimos para lus pobres los
NOTICIAS NACIONALES.
~uales trabajan en pequen.o para su gasto y
para vender a otros pobres y tambien para
Álamos 2 5. de abril de 18 2 7.
vender a los comerciantes que quieran hacer considera-bles acopiós de estas pequeñas
Copia del p~rte oficial del genera}. cantidades para vender al menudeo en sus
tiendas ó para embiar tambien a los puertos. Tengo el honor de participar a V • .E., que
Sin embargo, si alguno quiese traba- en este dia acaba de esterminarse para
jar en grande y con mayor alivio y fa. siempre la revolucion de lo~ Yaqui~ y
cilidad, diremos la manera y facilidad de ~fayos. De estos se me acab.m de presentar
hacer los pudrideros , las pilas y maqui- al indulto mas de dos mil hombres capitanas· de vatir el añil. Se hacen tres pilas neados por Juan Y gnacio Ju saca mea , a1ias
de cal y canto , fuertes tersas y limpias: Bandera, que para el efecto comisione desla mas grande y mas alta de todas , es de el Yaqui luego q1::1e hizo rendir aquellos
el" pudridero de 20 a 22 pies de largo, pueblos: aquellos y estos quedan entera- ·
y i2. a 15. &lt;le ancho. L::i. otra que se mente· pacificos , arrepentidos de sus hierllama batería, porque alli se b::te y mue- ros y obedientes al supremo gob~erno etc.
( Correo· político de Za ca tecas
be el anil , debe ser una mitad menos que
el pudridero y dtbe est~u su bordo ál ni- m,m. 12. )
vel _del suelo del pudridero para que de el
c:iiga toda el agua , y despues el .diil por Charcas del Estado de san Luis Potosi.
junio 8. de 1827.
varios caños hechos desde el nlvel del suelo para arriba a diversas distancia~ soltandolos a su tiempo. La tercera pila cuyo
El honorable congreso del Estado por
bordo debe estar a nivel del suelo de la decreto de diez y siete de octubre ultimo,
batería para que reciva el agua de elia por concedio a e~ta Villa una fttia anual con
cllños que, a su tiempo se sueltan, es la li?ertad de ?erechos en los ocho primeros
menor: de todas y~ se llama de asiento ó de ¡chas de sctiembe_. y como_ se esper~ q~e
teposo, del tamano dicho. Cave ~n el pn• la hagan concurtHh las s1rcLrnstanctas ele
dridero hasta 18. frasadas ó s,,banas llenas ser camino recto y en tsos días transito fre.de yerva sobre la cual se echa agua has- cuente para la acree.litada del Saltilio que
tante a cubrirla, y para que asi permanezca se celebra~ el 24. del mismo mes, la, estaci.
seie cargan encima palos. Aleaba de al- on del ano que proporciona abundantes
gúnas horas que suelen ser de seis a vein- provisiones, un solemne novenario y prose: t~ segun el tiempo y la- madurez de la plan- cion en culto de esta santisima Virjeri nuetrar
,ta;aquella agua fermentada, como el mosto patrona cuya devoción esta estendidé1, por to•
en- lás cubas ·ó tinajas , se espesa y colo- dos estos contornos tanto como la pe san Ju•
rea de un azul que tira a morado. En es- an·, y amas que se ejecutaran todas 1as di~
~nd,o asi sé sueltan las llaves de lo5 caños verc1~nes que permi!en las leyés; lo espo•
.~ados al nivel del suelo del pudridero. n&lt;: as1 este ayuntamiento al ilustrado pu:..
1fin tacar la·yerva, y cae toda aquella agua bhco, asegurado que si le honra con
in la segunda pila llamada batería.
asistencia hara mas lucida: la funcion.
Aqui · se remueve y se vate violenta
- continuamente toda aqu&lt;"lla masa de agua:,
.lJlejico 9. de junir,.
ra que· las partes colorántes dice minas ó. esparcidas en ella, .se tbquen y adConcluido el proceso del padre Are. n y coij;tilen en si por su afinidad qui- _nas r que fué el primero y principal , y.

,

su

_J

�en ,que se contenian co11stancias y docu-¡se a estallar el plan que tanto se anuncia, •
mentos, que se necesitava tener la vis- si algunos gene-rales mejicanos se alucina•
ta, en.los &lt;lemas se trabaja con la mayor ac- ran ó enloquecieran , seria tan- general el
tividad en redondiar estos para llevarlos a pronunciamiento en contra , que quedarían
estado de que recaiga sentencia. Entre confundidos y arruinados.
ellos el que terminara mas pronto, sera el
( Aguila num. 160.)
de el general Arana, cnyo consejo de guern. es mas probahle que se celebre en la seMt'jico 12. de juni(').
mana procsima. Persona fidedigna é im
parcial , que ha teÍ1ido motivo para impoJ\1ucho celebramos que los sres. del
ponerse en lo actuado , nos asegura que correo nos hayan prevenido en lq .que babia- 'tal vez en la propia semana quedara des- mos resuelto decir sobre el comunicado
corrido el velo, que era menester que cu- que insertaron en su periodico del dia 10.
briese las actuaciones y que toda la na- Es en efecto falso falsicimo que las camacion se convencera de que no se ha tra- ras sean obra de ningun partido, ni que
tado de unaf,:ailada, ni yorkinada, como el gobierno propenda a favor de alguno de·
se ha querido suponer; sino de un. con_s- los dos. Las camaras , el gobierno, los
piracion real y efectiva con su comisionado tribunales y todos los mejicanos sensatos.
regio a la cabeza, autorizado por Feman. é imparciales, inclusos en estos muchos de:_
do VII. y la que habia no solo las rami- los que han pertenecido a sociedades secre•,
ficaciones y comp1ices que se· han indica- tas, declaman contra ellas, conocen los
&lt;lo ya, sino algo mas de lo que se piensa.
perJuicios que nos han fomentado; pero ni
Es mucha la alarma que ha causado las camaras, ni el gobierno, ni nadie hael mal meditado decreto del congreso de de llevar a bien , que con el falso é hipocriVeracruz para la espulcion del sr. Esteva ta pretesto de acabar con los que se ll:1men
Todos ( exeptis exipiendis) temen y des-,\y_orkinos, .Y quitarles~ el iní:lujo en las elecconfian, y los mas prudentes esperan con\\cwnes, qmeran los senorr:s qne se llaman es-.
ancia el manifiesto de los motivos. He- \cosescs apoderarse de ellas , muelar gobier• ,
mos oído declamar fuertemente contra la 1nos a su antojo y &lt;lom:n,n a la nadan. Es• .
rrovidencia a personas que han sido siem- \to es lo que no se quiere, y para que en efecpre contrarias del es patriado reo, y obser- !to no se verifique, se estrechan y unen fuer-.
vamos que la cuestion se va fijando en la 'ternente todos los mejicanos, que aman denpin;on publica bsjo el punto de vista en lveras a su patria, hacen una sola causa 'y:
que la propusimns c1yer; es decir, prescin- \1iande sostener hasta rnorir la inclependenchemlo de la persona y ecsaminando si ha ¡cia y sistema actu2il; obr:rndcse toclo esto sin
habido ó no facultades etc.
,perjuicio de disentir y disentir en otros pun-,
Habra por tar¡to guerra de papeles, se ltos en que se b~lbn conformes.
·•
1 .
•
d.
h
i
C.•
h
·¿
d
•
e;:,c:·:,)n-a y se · 1spatara mue, o; e su pre- .
,,e a cre1· o qne 1a ccm1s10n e 1mrno gobii::rno de la union obrara con la ener- 1portancia, a que dicen los editores del Sol
gia y prudencia de que ha dado tantas salió el sr. es-diputado Zozaya, es_ del supruebas, y a1 fin el congreso general ten- premo gobierno , . y relativa al asunto del
dra que terminar las diferencias. A esto sr. Esteva , y h;;i hiendo nosotros tratado de,
se reduce todo, y debe reducirse, porque averiguar la verdad del hecho, se nos ha
tl asunto es entre mejic.1nos interesados autorizado para asegurar que .es falso que'.
todos en el bien de la patria, y demacia- el . supremo gobieno haya dad? com1s10111
da convencidos y desen~añ.ados de que. nu- algu;1a de ninguna clase a dicho sr. es~di•t
estros enemigos trabjan sin cesar en intro- putada.
&lt;lucir la discordia; de que se visten con-el
Tambien S::\bcmos que,. es falso qµ~
escoce sismo con .el yorkismo, con la reli- haya pedido pasaporte el sr. obispo de O~~:
gion , con el fanatism_o, y con cu;.rnto~les jaca, como se indicó en el cor-reo de la f~
puede servir_ c1c. medio ó de pret~&amp;hJ·-;pa• deracion.
. __ ..,
ra que ningun sistero..1. de gobierno se.
.
( Aguila 11u111. 163.)
consolide en Mejico, mi.entras no sea et '!!!..~~-"!::!_~~~-~~~~~~~~~~~~
qu: ellos han crerdo nnico ;_ po~que es· e,11 Imprenta del .g;~i"&lt;J~1zo a cargo( del ciud~
um.co_ en que -ellos hande mflmi. , -,Podr~ ·
dano Lorenz,o- Antonio -.d-e Melo.:&gt;
_ser que nos equivoquemos; pero si Ue¡a~_Jl¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡;¡;¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡¡;¡¡;;¡¡;.¡;¡¡;¡;;;¡¡;¡¡.;;¡¡¡;;;;;¡;;;¡;¡;;;;¡¡¡;;¡¡;;~¡.¡:;;¡¡;;;.;,;¡¡¡¡¡¡¡¡;=

a

l

1

•

(

p
b

•

h
lÍ

b

q
d

Je

s

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="163">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="3092">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
            <element elementId="41">
              <name>Description</name>
              <description>An account of the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="479236">
                  <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <itemType itemTypeId="1">
      <name>Text</name>
      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="102">
          <name>Título Uniforme</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237917">
              <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="97">
          <name>Año de publicación</name>
          <description>El año cuando se publico</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237919">
              <text>1827</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="54">
          <name>Número</name>
          <description>Número de la revista</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237920">
              <text>48</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="98">
          <name>Mes de publicación</name>
          <description>Mes cuando se publicó</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237921">
              <text>Junio</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="101">
          <name>Día</name>
          <description>Día del mes de la publicación</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237922">
              <text>28</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="100">
          <name>Periodicidad</name>
          <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237923">
              <text>Semanal</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="103">
          <name>Relación OPAC</name>
          <description/>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="237938">
              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822163&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </itemType>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237918">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1827, No 48, Junio 28</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="49">
            <name>Subject</name>
            <description>The topic of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237924">
                <text>Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237925">
                <text>México</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237926">
                <text>Publicaciones periódicas</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237927">
                <text>Política y gobierno</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237928">
                <text>Periódico Oficial de Nuevo León</text>
              </elementText>
              <elementText elementTextId="237929">
                <text>Siglo XIX</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237930">
                <text>Gazeta Constitucional de Nuevo León, 1826-1835. Aun cuando existen publicaciones anteriores, se considera que el periodismo local y regional comienza el 3 de agosto de 1826, cuando se publica por primera vez el actual Periódico Oficial del Estado, bajo el nombre de Gazeta Constitucional de Nuevo León. En esta primera edición se citaba al orador latino Cicerón: "Ut tutela sic procuratio reipublica gerenda est ad utilitatem eorum qui commissi sunt, non eorum quibus commissa est.", con su respectiva traducción al castellano "Lo mismo que su tutoría, así se han de ejercer los cargos públicos; no para utilidad de los gobiernos, sino de los gobernados". En este periódico se publicaban noticias nacionales y extranjeras, campañas de Gobierno y suplementos, tales como proclamas, poesía, manifiestos y discursos. Desde su origen formal en 1826 a la fecha, el actual Periódico Oficial del Estado ha variado su nombre en más de 30 ocasiones. La primera época se conoce como la de las "gacetas", porque llevaba esa palabra en su título, y concluye en 1835.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="45">
            <name>Publisher</name>
            <description>An entity responsible for making the resource available</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237931">
                <text>Imprenta del Gobierno a cargo del C. Lorenzo Antonio de Melo</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237932">
                <text>1827-06-28</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237933">
                <text>Periódico</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="42">
            <name>Format</name>
            <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237934">
                <text>tex/pdf</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="43">
            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237935">
                <text>2018824</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="48">
            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237936">
                <text>Fondo Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237937">
                <text>spa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="86">
            <name>Spatial Coverage</name>
            <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237939">
                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="68">
            <name>Access Rights</name>
            <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237940">
                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="96">
            <name>Rights Holder</name>
            <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="237941">
                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
    <tagContainer>
      <tag tagId="1897">
        <name>Agricultura</name>
      </tag>
      <tag tagId="7975">
        <name>Decretos</name>
      </tag>
      <tag tagId="867">
        <name>Economía</name>
      </tag>
      <tag tagId="6627">
        <name>Legislación</name>
      </tag>
      <tag tagId="14762">
        <name>Noticias nacionales</name>
      </tag>
      <tag tagId="11920">
        <name>Tesorería</name>
      </tag>
    </tagContainer>
  </item>
</itemContainer>
