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                    <text>Monterrey, Martes 4 de Mayo de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. ;J6.

--.. . ico 0ficial

DEL. GOBIERNO DEL. !STADO LIBRE: YSOBERANO DE: NURV0~1EON.
---•••---

Las leyes, los decretoi y deans disposicionJs snperinres, obli[an por el solo

hJGho

de ser publicadas en este Pariódico.

Registrado corno artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la. Secretaría
del Gobierno.
.
.
CONDICIONES.-El número del día yale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de a\'isos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

• CON'DICIONES- -Este periódico se publica los Mártes Y
Viérnes de c-adasemana,-Valela subscripción CIN'CUEN'TA
CENTAVOS al me:-- en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.

bido por el .Consejo, no pudiendo vender· secundari1t y profesional de la República,
se
los medicamentos peligrosos sino e· conforme á los temas y bases siguientes:
En la presente semana.
las Boticas registradas como de primera
TEMAS:
y sf'gunda categoría. Por tanto, se re1? de lo Criminal.
,uelve: que se concede permiso al señor
Tercera. Los concurrentes enviarán
Lic. JEsus M. DEL BOSQUE.
Trinidad Gnajardo para abrir un Esta- sus trabajos al Director del Instituto de
blecimiento de tercera categoría, en el que Ciencias y Artes del Estado, empleando
19 de lo Civil.
tan solo preparará, comprará y venderá dos sobres; cientro dfl uno estará la compo:
substancias medicinales de uso común ó cicióu .tirmada con un lema, y dentro de
LIC. MACEDONIO GIL TREVIÑO.
familiar, y las medicinas de patente cuyo otro, la boleta de matrícula que acredi·
uso no esté prohibido por el Consejo. No- al autor c1mo estudiante. En el exterior
tifíquese, trascríbase esta resolución al de este segundo sobre estará escrito con
Sr. Alcalde primero de esta Ciudad así claridad el lema adoptado para distinguir
como al Vice-Presidente del Consejo Su- la composición.
perior de Salubridad del Estado, y pubUCuarta. Los premios serán los siguienMonterrey, Mayo 4 de 1909.
quese en el ºPeriódico Oficial.' 1-B. Re tes:
yes.-Lázaro de la Garza, Oficial maPrimero: del Gobierno del Estado.-Li.
bros
científicos ó literarios.
yor.
Asuntos de Saluln·hlad.
Segundo: del H. Ayuntamiento .de esta
Capita1.-$roo.oo cs.
En el expediente respectivo formado
Primero. Poesía. Oda á la Reforma.
con motivo de petidóa del Sr. Trinidad Los Nuevos Códigos del Estado.
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál
Guaj-trdo para venta de sustancias mediserá el mejor plan ,ie estudios preparatoUlgtnda otnta dt tos mismos.
cinales, recayó el siguiente auto:
rios? ...
Tercero. Composición en prosa. JuáGobierno del Estado de Nuevo Le6n.
Habiéndose concluido la impresión de
-Monterrey, 29 de Abril de ..:909.- los nuevos Códigos expedidos por el H rez no trabajó para un partido político, sino para ~1 Pueblo Mexicano.
Agréguese el oficio número 145, fecha
Congreso del Estado, que empezaron á re•
27 del actual, snscr:to por el fü. ViceBASES:
9
Presidente del Superior Consejo de Salu- gir el día 1 del actual, se hace saber al
Primera. Desde la fecha de esta Conbridad del Estado; y vistll la solicitud con público que &lt;tuedan á la venta en la Tese•
vocatoria
se abrirá el Séptimo Concurso
que principia este expediente, presentada rería General del mismo Estado, al preCientífico-Literario,
y se cerrará el día
por el Sr. Trinidad Guajardo con fecha cio de $ 2.00 cs. el Código Civil y de ....
30
de
Junio
del
presente
año
18 de i\Iarzo último, así como la diligen- $ 1.50 cs. el de Procedimientos Civiles.
Segunda.
En
el
ref~rido
Concnrso sócia que antecede, en que el mismo ConSe
advierte
á
quien
corresponda,
la
conlo
podrán
tomar
parte
los
estudiantes
de
sejo opina que es de accederse á dicha
Yeniéncia
de
la
adquisición
de
estos
nueualguiera
esc11ela
de
la
Repúblic!'\,
sea
ó
solicitud; y considerando: que el Sr. Guano
oficial.
jardo pide permiso, en primer lugar, pa- vos Códigos, porque ellos comprenden imTercero: del Instituto de Ciencias y
rá dedicarse á la compra y venta de las portantes y fundamentales reformas á los
drogas y produ_ctos químic_os y farmacéu- anteriores, como son las de dar personali- Artes del Estado. -$200.00 cs.
ticos que especifica en la hsta que acom dad legal á 1
, d
.d
Quinta. Los trabajos deben ser ínédias m~yonas e 1as ~om°:m ª:, tos y escritos en castellano.
paña; en segundo lugar, p1ra preparar d_e
Sexta. Además de los premios anterioestos medicamentos los que no son peh- des y adoptar la ltbre testament1facc16n.
-res, el Jurado otorgará un accésit en cada
grosos y que prescribe la Ley para la
tema y hará mención de las composiciones
. Venta de Substancias 1Iediciuales, tra•
tándose de Establecimientos de tercera ca- Instituto de Ciencias y Artes del que á su juicio lo merezcan.
t.,&lt;Yorfa; y por último, pide autorización
Séptima.-El C. Gobernador del EstaEstado (le Oaxaea.
do entregará los premios á las personas
pa~a. preparar también alguno·s medicamentos peligrosos, como láudano &amp;., aun•
que. los hubieren obtenido, en una solemque estos dice los venderá únicamente á
ne Velada Lírico-Literaria que con este
CONVOCATORIA.
fin organizará el Instituto de Ciencias y
los profesioni.sta~ autoriza?os por el ~oArtes.
bierno: que s1 bien el E1ecutlvo estima
que es de concederse el permiso solicita- Para el Séptúno Concurso Czentifú:o-LiteOctava. En el caso de no poder asistir
rarzo,
dedicado
al
C.
LIC.
BENITO
do por el repetido Sr. Guajardo, en cuanpersonalmente los autores que fnereu
to á los dos primeros· puntos, no sucede JUAREZ, Benemérito de Amérz'ca.
premiados,· nombrarán,
en debida forma
,
lo mismo respecto al último, por prohibirun representante a quien se le entregará·
lo terminantemente los artícnlos rn y 13
El Instituto de Ciencias y Artes del el premio correspondiente.
de la citada Ley, que prescriben que los Estado de Oaxaca, pararendir un homenaNovena. Con toda oportunidad se da•
Establecimientos de tercera categoría, co- je de admiración y ¡ratitud, el día 18 de rán á conocer, por medio de la prensa, los
molo será el que trata de abrir el ocu- Julio de est~ año, al salvador y Beneméri- nombres de las composiciones que hubierrente, deben limitarse á la venta de to de la Patna, L1c, BENITO JUÁREZ, ha re- ren sido premiadas.
substancias medicinales de uso comun ó suelto, con aprobación del Ejecutivo del
Libertad y Constitución. Oaxaca de
familiar, como sal de higuera, aceite de Estado, abrir el Séptimo Concurso Cien- Juárez, Marzo 17 de 1909.-El Director,
ricino, sulfato de quinina &amp;, y las medí- tífico-Literario entre todos los alumnos y Aureho Valdivz·eso.-El Secretario, En•
cinas de patente cuyo uso no esté prohi- alumnas de los Colegios de Instrucción rique C. Oz.ivera.
,l-CE '.ES DF TURNO

PERIODlCO Of ICIAL.

v

.

�•

PERIODICO OFICIAL.
2

PERIODICO OFICIAL.

GOBIERNO GENERAL.

,, Id. de Linares, .............. . 2,902 991 En la midma (depósito espe,, Id. de Lampazos ........... ..
1 715 32 1
cial)......................... 76,480 98
,, Id. de Monterrey (cuenta
'
En la de Sucesores de'IlernánSecretaría de Fomento, Colonización é
de fondos .. , ....... . 5 619 02
dez Hermanos . ......... 42,229 78
Industria de la República Mexicana.- ,. Id. de Mina .............. ... .. .
'281 06 En el Banco Mercantil de
Sección 5~-6,474.
,, Id. de Montemorelos ..... ..
536 70
Monterrey .......... ·. . 25,825 82
195
51
En
esta
Tesorería ................ 10,170 83.
11 Id. de Marín ................. .
CONFlRMACION, de derechos al uso
11 Id. de Mier y Noriega ... .
de agnas.
308 68
Total.. ........ $179,0 13 66
11 Id. de Pesquería Chica .... ..
139 , 71 1·
Como resultado de las gestiones hechas ,. Id. de Rayones . ......... .
69 72
Monterrey, ~ 30 de Abril de H/09. por ustedes en ocurso que presentaron 11 Id. de Salinas Victoria ... .
398 76 El Tesorero'Gral., Da:vi.d Guerra.
ante el Gobierno del Estado de Nuevo ,, Id. de S. Nicolás Hidalgo ..
269 41
· León y qne el mismo envió á esta Secre- ,. Id. de San Nicolás de los
Juzgado ro. Constitucional.-Arambetaría, en cuyo ocurso piden confirmación
Garzas.............. .
129 17 rri, Nuevo León.-En la Villa de Aram~!: derechos al uso y aprovechamiento de 11 Id. de Sabinas Hidalgo ..... .
410 77 berri, Estado de Nuevo León á las diez
las aguas del arroyo de Talaverna ó Ca- ,, Id. de Santiago ............ .
463 76 de la mañana del día veintinueve de Marlaverna, en judsd,cción de San Francisco ., Id. de Santa Catarina .... .
406 03 zo de mil novecientos nueve, el ciudadade Apodaca, del Estado referido, les ma 11 Id. de Villaldama ........... .
425 20 no Alcalde ro. que suscrtbe cumpliendo
nifiesto que hecho el estudio correspon- 11 Id. de Vallecillo ........... ..
149 50 con lo dispuesto en la Ley sobre contindiente de Jo~ documentos que presenta. ,, Id. de Zaragoza ............. ..
36 50 gente de hombres que debe dar el Estado
ron en apoyo· de su petición y dada cuenta 11 Bienes del Estado ........... .
146 60 para cubrir las bajas del Ejército Naciocon él al C. Presidente de la República, ,, Fondos para el Hospital
nal y teniendo presente lo prescrito en la
el mismo Primer Magistrado, con fundaGonzález .... ; ....... ..
250 00 Circular de la Secretaría de Gobierno núment, de lo dispuesto en el artículo 30. ,. Reintegros ................... ..
5'.l2 98 mero 54 fecha 15.de Diciembre de 1 900
de la ley de r 7 de Diciembre de 1896 y ,, Patricio Milmo é Hijos Suprocedió en presencia del H. Ayu~ taen atención á que las obras b •dráulicas
cesores, (cuenta de Depomiento, reunido para este caso en el Sarespectivas están construidas y funciositos) .................. . 12,000 00 lón de sus acuerdos, al sorteo de uuo de
nando sin oposición, ha tenido á bien re- ,, Penitenciaría del Estado .. . 2,000 no los cinco individuos con que ha de contrisolver que son de confirmarse, como en ,. Cíaoe Agua y Drenaje ... . 3,400 00 buir este Municipio en d presente año
efecto se confirman, los derechos que tie- 11 Depósitos . . . . . ........ ..
400 00 fiscal, resultó designado por la suerte
nen ustedes al uso y aprovechamiento 11 Depósito de Fondos para el
Santos .Medina, soltero, jornalero de veincomo riego, de las aguas del arroyo de
Palacio .............. .
500 00 te años de edad y de esta: vecindad. Con
Talaverna ó Calaverna, en jurisdicción ., Depósito para el Consejo
lo que terminó esta acta de la que se
de San Francisco de Apodaca, Estado de
d¡¡ Salubridad ........ .
138 50 manda sacar cópla para remitirse al SuNu_evo León, y en cantidad hasta de 325
Igual.. .... $ 71 879 15 p~rior Gobierno del_ E_tado de conformitremta y dos litros, cinco decilitros por
'
dad con la prescripción legal relativa.
segu11do, como maximam; en el concepto
Damos fé.-Antonio Rosas.-Reinaldo
EGRESOS.
?e. que esta confi m1ción se hace sin per,
M. Martínez.-Estéb~n González Lauro
Jlllcio de tercero que mejor derecho tenga Por Poder Legislativo, ......... $ 623 66 Martínf z.-Oli!ón Luna.-Encarnación
y en todo de acuerdo con la merced con• 11 Poder Ejecutivo ...... ...... 3,346 00 Romo,-:Simón !-losas. -- M. Porras.-J.
cedida por la Legislatura del Estado re- ,, Poder Judicial .. . ....... .... 5 207 00 Leal, Sno. Rúbricas. Es cópia de su ori,
ferido con f~cha 31 de Marzo de 1853.- 11 Biblioteca Pública del Es,
'
ginal. ~ramberri, Marzo 29 de 1909.México, Mayo 1 de r909,-0. Molina.tado. .. . .. .. . . . . . .. . .. .. ..
30.4 00 Antonzo Rosas. -J. Leal, Srio.
rúbrica.-A los Señores Santiago Treviño ,, Tesorería Gral. del Estado 1,185 00
Guajardo y coaccionistas.-Monterrey, ,, Recaudación de Monterrey
N. L.-Es copia.-México, Mayo 1 de
. (Cuenta de Empleados) 1,061 00
1909.-A. Atdasoro.
,, Colegio Civil del Estado..
1,903 50 - - - - - - - - - - - - 11 Escuela Normal del Estado
796 00
Secretaría de la I~ Sala del Tribunal
,, Academia Profesional para
Supremo de Justicia,-Monterrey Nuevo
Señoritas .........•..
957 00 León.
'
., Dirección General de InsMonterrey, catorce de· Noviembre de
trucción Primaria... .. ..
770 00 mil novecientos ocho.-Vista esta causa
Te.ore ría Genera! del Estado Lz'bre y SobeGonzález ........ . 2,030 89 comenzada á instruir de oficio ante el Ciu'ª'!º de Nuevo León.-Corte de Caja de ,,11 Hospital
Kindergarten ............... :.
90 00 dadan? Alcalde 3º de la Villa de Mier
seg-unda operación de tos Ingresos y Egre·
Penitenciaría del Estado
353 00 y Nonega, el diecisiete de Agosto último
sos habidos en esta Tesorería, durante et 11 Seguridad Pública del Es11
c?nt_ra Tomás Vega y Pablo Guerrero, d~
#tes de Abril de I,909.
tado ...................... ..
420 08 d1ectocho y sesenta años de edad respectiINGRESOS,
11 Gastos Extraordinarios .. .
726 16 vamente,. s~ltero el primero, el segundq
,,
Pensiones
..............
...
.
f;84
00 casado, s1_rv_1ent~ aquél, _éste jornalero y
A Existlncia que rrsultó para
,,
Estaciones
Meteorológicas.
9
80
65
el día 1 del presente mes: ... $ 28,538.41
ambos or.¡;mar.os y vecinos de la Villa
,, Impresiones oficiales ....... 1,503 55 expresada p0r el :l.elito de robo habiénRecaudación de Agua~eguas ..
210 42 ,, Gastos de utilidad pública
1,365 62 dose continuado ei procedimi;nto sola,, Id. de Aldamas. , ........ .
116 80 ,, Porte de correspondencia
75 70 mente contra Vega, en virtud de haberse
,, Id. de Allende ...........
123 88 ..,, Erección de fá Villa de Co1
puesto á Guerrero en Libertad con las re133 93
11 Id. de Apodaca ............ .
lombia ................... .
60
00
reservas
legales por haberse desvanecido
,, Id. de A baso lo ......... ..
40 00 11 Dapósitos .............. . 12,360 17
los
datos.
'iue m?tivaron su detención . Vis,, Id. de Aramberri ........ .
740 13 ,, Depósito de Fondos para
t~s las d1hgenc1as del sumario, la confe,, Id. de Bustamante....... .
219 46
el Palacio .................. .
500 00 stón con cargos tomada al procesado, ·Y lo
,, Id. de Cadereita Jiménez ... 1,818 39
11 Depósito para el Consejo de
a)egad? por su defensor en la r• instan,, Id. de Carral vo ............. ..
208 40
Salubridad ............ .
114 50 c1_a, .ª~~ como la sentencia pronunciada el
., Id. de Carmen ........... .
140 00 11 Devoluciones .............. ..
150 00 d1ec1se1s de Octubre próximo pasado por •
., Id. de China................. ..
37 26 ,, Subvencione8................ .
103 00 e\ &lt;;J. Juez de Letras de la 4' fracción juId.
de
Doctor
Arroyo
......
..
1,783
41
11
,, Academia de Dibujo Lineal
150 00 d1c_1al. cuya ~entencia concluye con los si,, Id. de Doctor Gonzalez .... .
159 95 ,, Cfade Agua y Drenaje ....
,, Id. de Gral. Bravo........... .
1,633 00 l~1entes pdu~os ,resolutivos. Primero:
71 90
Existencia:
,, Id. dé Gral. Treviño..... .
pro~esa o omas Vega es responsable
39 40
del
delito de robo por qne se Je procesa
,. id. de Gral. Terán ....... .
183 19 En rentas del EsY
se
le condena por lo mismo á sufrir¡~
., Id. de Gral. Escobedo ... .
154 11
tado ..... $ 10,170 83
pena
de un año, seis meses quince días
., Id. de General Zuazua..... .
111 38 ,, En depósitos . 23,230 84
de
obras
públicas, que se ~omenzarán. á
,, Id. de Guadalupe ............ .
507 40 En depósito para
,, Id. de Galbana , ............. . 1,583 77 el Cousej o de Saconta! desde el día dieciocho de Agosto
., Id. de Garcia, . . . . . .. ..
336 06 lubridad. . . .
24 00 $33,425 67 del ano en curso, fecha de su formal prisión. S~gundo: se condena al mismo pro.
,, Id. de Garza García ......... .
103 08
76 15
Igual. ................. $ 71,879 15 cesado a pagar en la Recaudación de Ren,, Id. de Herreras ......... .
tas •del Estado en 1Iier y N oriega u
,, Id. de Higueras . • , .
~Ó~
Existencia
de
Fondos
propios
del
Estado:
., Id. de Hualahuises ...... .
1,11!1-ltJ d~ dos pesos veinticinco centav:S:
o a sufnr en su defecto cinco días m' d
,, Id. de Iturbide . . . . .
165 10 En la casa de P. Milmo é Hijos
t
1 . h
as e
,, Id. de Juárez ............. .
la4 03
Sucesores ................. $24,306 25 arres o, y se e m abi!ita por diez años
para toda clase de honores, empleos y car-

•

SECCION JUDICIAL.

GOBIERNO DEL ESTADO.

~!

\

gos públicos. Tercero: se confirma el auto de hbertad en favor de Pablo Guerrero.
Cuarto: Notifíquese y amonéstese aL reo
para que no reincida en el delito por que
se le procesa. Visto el dictamen del C.
Ministro Fiscal lo alegado por la defensa
de oficio en favor del reo y la citaci6n para sentencia con cuanto más consta de 8U·
tos y;
Resultando: que el dieciséis de Agosto
del año en curso el Sr. Rafael Cortez, vecino de Mier y Norlega, habiendo notado
la falta de la suma de ocho pesos, setenta
y cinco centavos que ·tenía guardados sobre un buró en su casa habitación y sos.
pechando que de ese dinero se hubiera
apoderado su sirviente Tomás Vega, puso
los hechos en,conocimiento del C. Alcalde
r9 de aquella Villa, quien á su vez la,
consignó al C. .lt!calde 3° mandando éste
incoar el procedimiento respectivo. Lograda la aprehención del acusado Ve"a en su
indagatoria confesó circunstanciadameute
que en efecto él se había apoderado de la
cantidad antes c'tada; que había dado un
peso cincuenta centavos á Pablo Guerrero
por una pi,tola que de antemano tenían
tra'ada y que el resto del dinero lo tenía
escondido á espaldas de la Iglesia debajo
de unas p;edras, de don~~ se recogió la
suma de siete pesos vdntl,mco centavos,
la cual fué devuelta al quejoso previo n:cibo en autos. Se procedió también contra
Guerrero, quien negó _de una manera .ab
soluta la imputación q 11 e le bacía Tomás
Vega, y como no se tuviera otro dicho que
justificarse el procedimiento, se puso á
agué! en libertad con las reservas legales y.
Considerando: que durante la instrucción con el dicho del quejoso é infora;a
cióo. testimonial rendida por el mismo, y
escencialmente con la propia confesi6n ju
dicial del procesado que por si sola hace
prueba plena y está corroborada. con las
demás constancias de autos se justificó
debidamente en lm, términos 'del Artículo
,63 del Código de Procedimientos P ena•
les, la existencia del delito de robo cometldo por Tomás Vega de la manera antes
rehcionada. Artículos 414, 415, 425 y
426 del C6digo de Procedimientos citado.
Considerando: que dieho delito de robo,
por haberlo cometido un sirviente cO'ntra
su amo, se castiga según lo dispone el Ar
tículo 363 fracción I del Código Penal con
seis meses de arresto á dos años de prisión
ú obras públicas, á cuya pena se agregará
por prevenirlo. expresamente el Artículo
359 la de tres á noventa días de arresto
que corresponde en el caso a.tendiendo á
la cuantía de lo·robado. Artículo 356 fracción I del Código citado.
Considerando: que en favor del procesado concurren las atenuantes que citan
las fracciones I y IV del ArtÍcúlo 40 y le
perjudica la agravante de 3~ á que se re,
fiere el Artículo 47 fracción XII, superando por lo tanto, el valor de ésta últim.1 en
una unidad, por cuya circustancia procede aplicar una pena proporcionalmente
mayor que el medio aritmético de las anteriormente citadas que fija la Ley. Artículos 35 á 37, 65 y 220 del Código Pena!.
Considerando: que en todo caso de robo
siempre que se aplique una pena más
gnve, que. arres_t? ~ayor, se impo_ndrá
adem~s la mhab1htac1ón correspondiente
por diez años para tod~ clase de ~?nares,
emple~s y cargos públicos Y tamb1en una
multa igual _á la cuarta parte del valor de
lo roba~o, SI como en el cas~ de que se
trat~, dicho valor exede de c1_nco peso~
Articulas rso, 351 y 352 del citado Códtgo Penal.
Considerando: que en toda sentencia
condenatoria se prevendrá que se amoneste al reo para que no reincida en el delito

p0r que se le castiga, abonándole los su•
f, imientos que baya tenido durante la
instrucción cualquiera que sea el tiempo
que ésta dure y por último que la responsabilidad civil no puede decretarse sino á
i1 stancia de parte legítima. Artículos 182 1
208 y 287 del rep -tido Código Penal.
Considerando: que como de autos aparece bien justificado que el procesado Pablo Guerrero ningún participio tomó en
la comisión del delito que se persigue, debe con el carácter de sobreseimiento coufir~arse el auto de soltura dictado en fa
vor del mencionado Guerrero Art. gO del
Código Penal.
'
,
Por lo expuesto, con apoyo ademas en
los Artículos 5, ro, 32 1 49, 88, rr5, 225 y
338 del mismo Ordenamient_o se reforma
la sentencia de la 1~ In~tmcia que se revisa y se resuelve:-Pnmero: se co?dena
á Ton¡,iis Vega como auto~ ~el_ deht~ de
robo de que se ha hecho mento~ sufnr la
pena _de un año cnat,r_o. meses, ~eienticuatro dias de obras publicas y cmcuenta y
cinro días de arresto, á contar desde el
dieciocho de Agosto del año en curso, fecha de su formal prisión.-Segundo: se le
rondena también á pagar en la _Recaudaciou de Rentas del E~tado de M1_er. y No·
r;ega una mult~ de dos pesos d1ec1nu~ve
c;:i;ta,•os ó sufrir en su defecto r?atro ?~as
má, de arresto.-'-Tercero: se le mbab1hta
por diez años para toda clase de honores,
empleos y cargos púb1ico?·-:-Cuarto: ~e le
amonesta para que no remctda.~Qmnto:
se confirma el auto de soltur~ dictado e~
favo_r de Pablo Guerrero, qmen c¡ued;ira
en libertad absoluta.-Sexto: se de¡an a la
parte ofendida sus derechos. á salvo e?
cuanto á la responsabilidad c1vil.-Sépti
mo: ~otifíquese y dése cuenta. Así lo re
solvíó y firmó el C. Lic. Leobardo Chapa,
Magistrado de la 1~. Sala. doy. fé. Lle.
Leobardo Chapa.-Ltc, Eleuteno Lozano, Secretar·o. Rúbricas.-Monterrey, Noviembre veinte de mil novecientos ocho,No habiéndose interpuesto recurso alguno
da la anterior sentencia dentro del término de la ley, con fundamento de lo dis•
puesto en el Art. 451 del Código de Procedimientos Penales, se declara que ha can
s·ado ejecutoria; en consecuencia expídanse
los testimonios de estilo poniéndose al reo
Tomás \'ega á disposición ?el Ejec~tivr
del Estado en la cárcel pública de M1er y
Noriega, hágase la transcripción correspoudiente, en su oportunidad arcbívense
los autos.-Notifíque. Lo decretó y firmó
el C. Magistrado de la r~ Sala, doy fé, Lic.
Cbapa.-Lic. Eleuterio Lozano, Secreta
rio.-Rúbricas.
--Secretaría de la 3 Sala del Supremo
Tribunal de Justicia.-M6nterrey Nuevo
Le'n.
Monterrey. siete de Diciembre de mil
novecientos ocho-Vista la prese.n te causa enpezada á instruir de oficio el día
dos de Mayo del año en curso por el C. Alcalde tercero Constitucional de )a Villa
de García, y continuada después por el C.
Juez segundo de Letras del Ramo Penal
de la primera fracción judicial del Estado,
contra Manuel Llanes y Adolfo Orozco
por el delito de robo, siendo el primero de
treinta años de edad y el segundo de cua
renta, ambos casados, jornaleros, originarios y vecinos de la Villa antes expresada:
Vistas las diligencias del sum_ario, lo pedido por el Representante del Ministerio
Pú blíco, lo alegado por los defensores de
oficio en primera instancia y el fallo que
el Juez Letrado referido pronunció el dieciocho de Noviembre próximo pasado, por
el que, teniendo á Orozco como responsable del delito de robo hecho al Sr. Blás
Fernández de la Villa de García, lo condena á sufrir cinco años, ochos meses de

•

obras ~úblicas Y nov':?ta días de arresto,
cou cah lad de re~enc10n en su caso, );' á
contar desde el d1a cuatro ge Mayo último
en que se le declaro formalmente pres 0 j Y
juzgando ~ Manuel Llanes autor de robo
antes referido, y del perpetrado ~11 la_ casa
de la Sra. J?sefa &lt;;ha~les ~e la villa c1t!da,
lo ;onde?ª a sufrir se1;5 a_r:ir,s, _ocho me.es,
vemte dias de obras publicas y cu~tro meses de arresto, contad,..s desde l.~ m1sma fetha 9ue para Orozco, y con cal!~ad de retenc1ón en el caso de la ley, Y a enterar
en la Recaudación de Rentas del Estado
una multa de dos pesos sesenta Y cuatro
ce?tavos ó sufrí~ ea ~~ d~fecto seis días
°;lªs de arresto; mhab1hta a ambos sentenc1ados por diez años para tod~ clase de
honores, empleos y cargos púbh_c~s Y les
~and~ amonestar_pua qi:e no relCld,an, de¡ando a lo~ cfend1dos s~~ dei e~~-os ~. salv~
e1;1 cuanto a la resp?sab1'.1d;~cl\1l. '1sto é
dictamen del C. 111u1stio F1&gt;cal, lo ex pues
to por l~s d~!ensores de oficio_ ar testa eSa ·
la~ la c1~~c10n para sentenua ~- cuanto
mas deb·o verse y consta de ~u~º:'• Y
R saltando primero: Que m:c1a~&amp; e~ta
cansa en la fecha expresada con 1'.lot1_vo
de los robos efec_tuados :_n las habHac,10ues de los ofendidos Senor Bla? Femande_z y Sra. Jo?efa Char1e_s, vecmos d~,l_a
V1ll~ de Garcrn, se practicaron l~s _d11generas co~ducentes al _es~larec1nnento
de tales delitos y descubrim_~ento de los
responsables, y de la confes10n de'. proce,sado Adolfo ?r~rc,o se desp_rende. ci.:1e la
noche del ve111t1d~s de ~bnl del auo en
curso, _andando ebrio, fue á la_ c~s~ ?e su
co~cuu~ Manuel Llanes y lo 11:v1to a que
sahe!·a a tomar unas copas, _yendose en
s7gmda en busca _de una cantrna ó con-erc10 1 como á media noch,e, pero al pasar
por la casa del Sr. Fernandez acordaron
penetrar en la. huerta, lo _que efectuaron
salvando la tapta c¡ue la circunda, y luego entraron al patio saltando Llaues otra
tapia y habriéndole después uoa puerta
de entrada que babí~: que en seguida se
apoderaron, él de una frazada y de unos
pantalones y su acompañante de las demás prendas robadas á dicho Sr. Fei:nández las que estaban en un cuarto abierto,
saliéodose después y dejando Orozco
abandonados sus huaraches al saltar la
tapia. El encausado L1ai.e,, coDfesó baber andado con Orozco la noche expresada y haberlo acompañado hasta el exterior de la casa, donde· recibió de éste un
cedrón y un acero que le dió y le fueron
recogidos, µero negó haber penetrado al
interior; más como el ofendido declaró
que habían dejado huella los la&lt;lrcnes al
penetrar, de las cuales se dió fé por el
Juez que inició el proceso, se nombraron
peritos para que las reconocieran y dictáminaron acerca de si erJn dichas huellas
:le uno ó dos individuos, y expresaren,
gue las de la tapia exterior pertenecían,
unas á un individuo que usuaba buaraches y otras á uno que calzaba zapatos,
siendo de entrada y salida, y en la tapia
interior había solo huellas de uno que
induvo descalzo y únicamente de entrada, sin que se pudieran poner de acuerdo
los procesados al practicarse el careo entre e1]os, pués cada quien se sostuvo en
su declaración:
Resultando segundo: Que aunque al
principio, negó el inculpado Manuel Llanes, en su inquisitiva, haber tenido participlo en el robo de varias prendas de la
prop!edad de la Sra. Charles, diciendo,
que las que se le habían encontrado en su
poder pertenecientes á dicha Señora, se
las habfa dejado en su casa un individuo
!Jamado Hermenegildo, posteriormente en
una audiencia que solicitó y le fué concedida, confesó, que la noche del veintiocho
del citado mes de Abril último, encontró

•

�4

PERIODICO OFICIAL

la casa de la Sra . Charles con el candado noche y con fractura, correspondeapllcar-/gistrado_-de la seg~nda Sala:cl?yfé.:-Lic.
de la pn rt., s·a cerra•, y abrién !ola ps- e al reo, el máxirnuo de 'as penas á 'l"e !\f._ E . 1ame~.-Ltc. J. M. Villasenor.netró a; i, teri r y se., cú un colchóu, :n acjuellas disposiciones se rdicren, estn · s. Sno. -Rúbricas. . .
. .
metate y otias ¡,rrnu, s que se J¡~,ópa-a .,1. ~inco años de prisión ú obras p6biic~s
_111onter:ey, velntlctnco de Di~;embre _de
casa y luego le fueron recogidos por la tres meses de arresto, y además cn,ün m!l novecientos od10.-No hab1endose ~npoilcía al ser apreheodido, sin que in ter- meses tembién de prisión ú obras púh_h- terpues'.o recurso algu,no _de la, anterior
viniera en dicho robo n ngun, otra rerso cas por haber concurrido dos de las c1r- sentencia dentro del termmo legal, por lo
na; y la ofendda Sra Jo efa ChH!es, e- n t ,
q1v 111, nciona el artícnlo 374 que hace al procesado Adolfo qrozco, se
claró, .:¡ue es t noche tuvo qne irá aorw1 ,. qm se ha hecho ref,rcncia: que 1guqJ_ ieclara que ha causado e¡ecntona tal fa.
á la casa de la Srita. Juana Ro1rígue,, ce- mente se debe hacer efectiva al expre~ado llo en cuanto á él de, conform·dad co,n _lo
rrando la puerta de la suya con candado reo L1anes una multa igual á la cuarta dispuesto por el articulo 45r del Cod1go
y al día ,iguientP, cuando regresó, enc()n- parte del valor de !o roba-lo, por exceder de Procedimieutos Pen~les; ~n consecu~utró el candado descompuesto y que le ha éste r1e cin.:o pesos artículo 35 r del cit:t- cia expídanse los tes ti momos de estilo,
bían robado :varias prendas, de las cual.,, do Ordenamiento.
poniéndosele á disposición del Ejecutivo
se recogieron algunas y le fueron después
Considerando enarto: Que en virtn,l de del Estado en la Penitenciaría del mi,mo
entregadas; dándose fé por el Juzgado de que el reo Llanes es juzgado á la ve7. por y hágase la transcripción correspondiente
la descompostura del candado referi~o. los dos delitos mencionados, que ejecutó al Juez de la causa. Y por c~aoto á ·que
Consta así mismo de autos. yue los ofer- -n actos distintos, pr,x:ede que se C1b-erve se ha interpuesto el recurso de súplica, resdidos rindieron información testnnonial para calcular la pena aplicable, las re¡(as pecto del procesado 1fanuel Llaues, se deen los térmlnos del artículo r63 del Códi- que para IQs casos de acumulación e!lt&lt;-ble clara admi,il,le rlich, recurso, de conforgo de Procedimientos Penales, y qu~ las ce la ley. y por lo mismo, siendo las pe- midad con lo p1 eceptuadu por el artículo
prendas recogich,s á los procesados de .la nas de tales delitos mayores de tres afü,s 492 del mismo Código; disponiéndose en
propiedad del Señor Fernández fueron va- le prisión ú obras pú blicas se debe impo- esa virtud se remita la causa á la Secretalorizadas pC1r peritos en la suma de dos ner la del más grav, a 1 mentada hastn p" rfa del Tribni,a]. Pleno parn los demás
pesos sesenta y dos centavos, y las perte• uoa tercera· parte de sn ,hrac,on
' de , , 11e - . f vdu, ', ~ 1 . 'T, t·'f',quese. A s1' tnter
.
1unecientes á la Sra. Charles en diez pesos do con lo preceptuado por los artícul o, 27 t ,nameutc Jll ,; ,fo l, 1es~lvió y firmó
cincuenta y sfete centavos.
y 198 del repetido CódigC1 Penal.
el C. Lic. Mecedonio H. Tamez MagistraCons 'derando primero: Que la existenConsiderando quinto; Que toda pena de do de la segunda Sala: doy fé,-Lic. Tacia de los delitos de ,ol') k que ¿eh he- prisión ú obras púb'ícas por dos ó rnás méz.-Lic.J. M. Villaseñor.-Srio.-.Rúd10 mérito, se comprobó legal y pu hcta- años, se debe impo .,er siE:mpre con ca 1id~d bricns.
meU:te en autos, con las declaraciones dt: de retención por una cuarta pat te rnf,s el
los ofendidos, las informaciones testiwo- su duración en el caso de la ley, y por Secretaría de la 3~ Sala c!cl Tr huna!
ni, les q, · :indieron para justificar las tratarse en este proceso dd delito de robo Supremo de Justicia -Monterrey, Nuevo
causales del arlíc· !, 163 del · Có·lig0 de fíen ~o la pena aplicable más grave qnc León.
Procedimientos Penales, la cónfe,iúu de arresto mayor, d, be asimismo iuhabilitrrMonterrey, siete ele Noviembre de mil
los acusados y el hallazgo de las prendas se á los reos.por diez añ&lt;•s, para toda ~!?.se novecientos ocho,- -Vista uta cau,a corobadas en poder de estos; comprobándo de honores, empleos y cargos públicos ar- meazada á instruir de oficio ante el C. Alse así mismo, que el autor del robo hecho tfculos 70, 150 y 352_ del Código Penal. calde 2º de China. N. L. el día catorce de
en la casa de la Sra. Charles lo fué el proConsideraudo sexto: Que cu toda •sen- Enero del añó rn curso contra Lino Gne•
Llanes, según $ll prop;a confesi6n que tencia concjenatoria se preveudrá que se rra y Guillermo Sanced,1, por el dt',ito de
reune los requisitos legales para hac ' r- amoneste á los reos para que no reinci ·~'lfl robo, sirndc¡ de treinta y dos y treints. y
pmeba plena, y respecto del verifica,,o en explicáudole h,spenas á que se exp,m~n eo ciuco años de e,:lad respectivamente, viudo.
la casa-del Sr. Fernánc!~z, que fuewn su, caso de cootr,,vencil'in, debe abouár,ek c1 . 1 ¡,rimur, casarlo el segundo y ambos
autores ambos encausados, pués Orozco tiempo que hayan sufrido de prisión y el - vaqnen-s Y. Yecm, s de la Villa d China
lo confiesa terminante y Llanes quedó jarse á los ofendidos sus derechos á snho expresada. Vistas las d1ligeucias ce sucoovicto, ccn haber andado acrmpafiado ;ior cuanto á la responsabilidad civil ar- mario, la confesi6n con cargos tou,ada á
de acpé' s&lt;'gÚn su confosión hasta haber tícnlos 182, 208 y 287 del mLJLo Cf l:g. Jichos prncesados y loalegado por sus deestado fuera de la casa robada, hab~rsele Penal.-Por lo expuesto, de acuerdo et; fensor•sen la 1':' instancia. Vista la sentenrecogido parte de los objetos de la propie- parte con el parecer fiscal y co;. :c;•ny, cia pronunciada el ciuco del Septitrnbre
dad del ofendido, y haberse dado fé de la además de lo dispueto por los artícnl,1s- último por f'] C. Juez de Letras de la 5"'
existencia de huellas de d0s iud v•dnos ro, 50 fracción I, 65, r r5 y 348 del C'órli- Sah fr~cción judicial del Estado, cuya sen que salvaron la tapia de dicha cas~, lo cual go Penal y 4 II y 424 del de Prcccdin•i ·n te:..,i:1 concluye con las siguientes puntos
corrobora lo declarado por Orozco acerca tos Penales, se reform, Jc¡ sentencia T.te re-olutivros: Primero: se declara á Guillarde que lus dos peuelrarou al interior, sien- se revisa y se falla: Primero: Se concl, na mo Sauceda resp·,nsable del delito de rodo osas presr,ncionts ba•ta. te pard formar á l\fanuel Llanes como autor de lC1s de;i- bode que se ha hecho referencia y se le imprueba perfecta artículos 4r5, 423, 425 y tos de robo acnmnlados que perpetr., en poue por tal delito la pena de dos años y
429 del Código de Procedimrentos Pena- las casas de los ofendidos Sr. B'ás F rniín seis meses-de obras públicas, y cnarenta
les.
dez y Sra. Josefa Charles, á sufrir la pe- y cinco días más de arrcst", com 11tada
Con°iderando segundo: Que en cuanto al na de siete años, seis meses, veinte dfas, desde el día veintiséis de Enero último,
robo ejecutado al ofendido Fer~ández aten de obras públicas y cuatro mesPs de arres- fecha de u formal prisión, entend1éndodiendo á que se perpetró en de~endencia to, que se empezarán á contar desde el día se dicha pena impuesta concalidad de rede un lugar habitado, está comprendido cuatro de mayo ,;le! corriente año eu qu, ten.ción por una cuarta parte más de tiem
para el castigo de los respensables en el se le declaró formalmente preso; y á t· te ,,o en su caso. Segundo, se le e, ndena
artículo 366 del C&lt;ídigo Penal que señala rar en la Recaudación de Rentas del E,- ,demás á pagár en la Recaudaci •n de
la pena de dos á cinco años de pr;sión ú tado, en la Villa de García, una multa de Rentas del Estado en la Villa de Chin:t
obrns públicas, á la que debe agregarse, dos pesos, sesenta y cuatro centavos ó su- una multa de dos pesos cincuenta ccnta~
la de tres á noventa días de arresto, según frir en su defecto cinco días más rle arres. vos ó en su defecto á sufrir cinco días más
su cuantía y de acuerdo con lo prevrn,do to. Segundo: Se cond.,na á Adolfo()- ,o de &amp;r,esto. Tercero: Se le inhabilita al
por !_os artí_cnlos 2~6 fraccióll: I y 35~ del como,autor ,del r~bo verificado~] '
d• mir
o inculparlo por diez años para toda ·
prop10 C6d1gc, debievdo aplicarse a, l~s Fernandez a sufrir la pen~ de r
es, ch. ~ de honores, empleos y cargos públireos como autores de tal delito el maxl• ocho meses de obras públicas y no !'ta cos. Cuarto; Se declara á Lino Guer ., enmún de las penas expresadas y n,á, • &lt; ho días de arresto, á contar desde el día cua. cubridor de r"' clase del delito de ~abo
mese~ de prisión ú obras públicas ¡mr ha tro de Ma_Y?, último en que ~e decre5ó su menc!onado y se le dá, por compurgado
her sido dos los ladrones y haber e¡ecuta. formal prlsion. Tercero: Se Impone a am- con siete meses, doce d1as que ha sufrido
do el delito de noche y con escalamiento, bos reos las penas antes expresados con de prisión, desde que se le declaró bien
de ;onformidad con lo preceptua?o Pº: el calid~d de retenció1;1 por una cuarta par- preso, disponiéndo que se le pongd en 11artlcu lo 374 reformad? del rep, ti 'o Codt ta mas de su_ duraci_ón
el caso de 1~ ley. bertad ba¡o de fianza de veinticinco pesos
go _Pen~I ~n sus fracc_10nes I, II -l:' ~ y •, Cuart,,; Se tnhab1hta ~ los_ sentenciados ó de cauci6n prctestatoria en su caso.
último mciso de la misma dispos1c10n le- Orozco_ y Llanes por diez anos para [Qda Quinto: Amonéatese á los reos para que
gal.
.
clas~ de honores, empleos y cargos p6bli- no reincidan, advirtiéndoles las penas á
Consi§erando tercero; Que respecto del cos, y se.le~, amonesta para qn_e no reioci- que se exponen. Sexto. Se dejan al ofen·
otro delito de robo hecho en la c &gt;sa de la dan, adv1rt1endoles las penas a que se ex- dido sus derechos civiles á salvo para qm¡
Sra. Charles, del que aparece ún!co res: ponell: en ;aso de c~ntravend6n. Quiuto: las ejercite en tiempo y forma si le conponsable Manuel Llane~ tamb1en esta Se de¡an a los ofendidos sus derechos á viniere. Visto el dictamen del C. Miniscomprendido p~ra su castigo, en los a•t~- s~lvo por cuan~o, á la responsabilidod ci- tro Fiscal, lo alegado ante esta Sala en
culos 356 fracc1ón_I. 359,Y 36? del Cód1- vil. ~e:"to: Noh f~qnese y dése cuenta. ,\sí favor de ambos procesados por los defeng'o Penal, con la diferenci a úmcame1;1te de deJmt1vam_en te ¡uzgan~o lo resolvió y fir- sores de oficio y la citación para selltenq ue por haberse perpetrado es~ delito de mo el C. L tc. Maceclom o E. T amez Ma- cla con c:anto más consta de autos y.

;º

=~=== =====

PERIOnICO OFI.nC~IA~L~.

=======~•=======71=:....:::=====--~
. . , d DiConsideran do: que e' t, da

,)

.

,·eintidós de Septiembre próximo pasentevc1
1 T t
Resultando: que el vtinti~:es a oestade- co11drnatoria se prevendrá que se arn,mes ,aJo J)UI' ,.¡ t·efl't ido Jnl'Z le ,e ,ras
cie~bre próxnno P"~&lt;1do_;n d I tilla de te al reo para que no reincida en el dehto quien tenif'ndo ;, Jo,6 ~atit,,11eda co1'0 sltuado ea ¡udms iccw~
e ª ó nna or que se le c,st", ,. abe,• ií.ndosele los su mu autor del delito de les10ues lo_ ?onde
Chi1;1a, Gi_11llerm0 S ~uac;a ag:r~e una irnnietos que h.ya te- ,
an_t" la íos- nó á sufrir, con calidad de ret~nc10n por
mnltta ore¡ena _que ª;1 M' . /García.en- trucción cualquiera qne ~ca,, t1e11:3poque una enarta parte rn{i, ele t.i_ºtnjl0 _eu
yegua perteneciente_ a ~xt: , Lino Gue é•ta (jure y se dejarán al ofendido sus u caso, la pena de dos ai1u,. o, ho
tregándola en esa m1,map~fo!! ·urisdic. ,1: rechos saivo en cuanto á la res_ponsa- ~
d
rra en el r~ncho d~, la ne Gue~r; sabién l,ili 'a civil si como"" est:t causa n10gúoa meses de obras públicas, á co~t~r esci6n deChma tamb~en,,qS
eda la muli- gestión se hubiere hech' sob,, el put ct,i de el vPintitrés de Agosto ultimo en
do que?º partenec1~r:6 a~; var os días lar Arts. r82, 208 y 287 del repetido Co- que se le declaró formalmente preso·
ta refenda, la mdancD S lp e' Qniutoilla digo Penal. Por lo expuesto con apoyo
mandó amonestar al reo para que
a yegua e
ª
om
'
70 7r Y
d 1
2
cobn.~ad .
lment¡ que aqué la tampo-- además en los Arts. 5, ro, 3 , 49, d'
' no reincida Visto al dictámen
e
sa 1en o igua
b
K d J m1smo 0 r ena
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á éste Sr. pertenecía, y cuando am ?s 88. 1 T S 225, Y 3 .
, de 1 "' ins- C. Ministro Fiscal los alegatos p~esen a
~~usados supieron que D. Máxi!°o Garcia mM~to se rdo:mv~sl: seset;.,,\idve: Prime- dos por la defenRa a_nte e,t1. i:,1.la ~a
bnscaba el semovie □ te en cnest16n, sal ta• taucia :1ue se Se
Lino Gnerra son c1·taci'ón para sentencia t·on &lt;»Jan t.o nus
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1 rnpo
ro· Gutllermo auce a Y
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ron este e nuevo en e ca
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bl s del delito ·cJe robo rdendo, consta de autos Y
Result{indo: que puesto~ lods ec ?s.~~ responsatore el primero y ,.1 segnndo como
Res11ltando: que el veintiséis de Aconocimíento de la Autouda ' se 1mc10 com" au
' .
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esta averiguac;ón para los dectos legales; encubndo r. s~g'
~ r _"" . ·., J.· re , 0 oto riel aiio en curso, por la noc e
los procesados Guerra y Sauceda en su_s llen~~ Sauc::ªa ~i:;ta arte .más de ticm . ',!.!;•Í Jo,é CHsfafü•da pretendien_do
indagatorias respe~tivas confesaron terml• tenc10n por
la pena
dos años nueve acostar,;e, al u1e,11LI (!lll' t'tl e,-ta Cmnan•emente su delito, Y dos peritos¡ nom- po ~n s~_c:f:dhn ,Jr:., el. obras p(1blicas y rla.d tiene Don Margal'ito Lt,na, µero
brados al efecto por el juzga 'o va uaron me,, s, ie · .
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á contar &lt;•.orno Francisco Prado qLie estaba _en
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en la suma de diez pesos 1« mul, de refe- cmc.,e ,ta ~ e.',
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. , ievio el recibo correspon iente.
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1 mismo Sauceda á rn aquél ¡ l lll:tº 1'1'''11"0 co~to un~
Considerando: que durante la ms:ru~ cero: Se le condena. a.
de RPntas del pi¿dra y'la arrojó ,uu
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ció'l se justificó debidamente en los termt- psg-ar ea !~ R;,cfud;ció~1•~s N L una quien cansó una lesión en 1,a frente
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ó loticle l",. ¡ r~o'
coii aqt1ella ,v a conseno del •:\.rt . r63 del Cóell. ¡·de f'roced.
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ales la existencia del e 1to e ro o; a- mu, ª e O
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n_énrlose ustificado también la respousa- á sufrir en su dt:fccto. cmco_ . ,a, 1 ~ oiez 11(':1c·i,L J,• .,,.,... ''º pe, f' _repe
¡ d ~e ~n ese' delito tienen Sauceda arresto. Cuarto: se le rnh ,bihta po
· do cayó al suelo, , ;,H · , '.lo~e ('llt_oni tc ~"uqto,' y Guerra como e11cubridor1 se- años para toda clase d~ hon~re;; emp1eos ,·es otra herida en la rel[ión maxilar
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Q uuto· .-~P n•1 p •r 0e1m ·
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Ún se le,prende de sus pn•&gt;'iss C0ufes10• y cargos P icos. lb
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mpleta y están corro orac as rno ,.1uerra co
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a co constac1ss
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A 1·t.s. qne 1ia es tldo preso
s demás
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A.p n- trnctor que man I eYai1
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lar •es a d con ª I - f
· II d 1 Código Penal y c,,isele en libertad abso'nt · xt~ · mo- •· irrnacióu dio fé ( e as es10ncs e 8 5° frac. ';~ ra\ 6 det de Procedimien- ~éskse á ambos procesados r,a ª que.'' e rita;, y tauto el ofendido como Cas
415, 4t2~ 4 :J y 4
r,i,,citlan. Séptimo: se de¡an al' oflend1do tañtlda ··¡¡uc fué apn·hen(iido infrnga.tltos,en
r, a1 º·
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¡ . , silvo "" c-uantn a a res'
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t'ra·•·'"
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lrnb·end,,s~come
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' 1·r1
' ,,., 1 .e,, y d'e'&lt;' te ' refii·1·ei·on los • hechos e a manera
b . . 1 b · ele r fereLc,a a 1 n(•II- au•
1 •, &lt;., v 1. ,-T
"
-en campo f: rrtc ~t:·a,b~ c·a ti ár,ele', se '.uen~~- Así d,·finil ~fll;\ l t· Jll g., •1o
indicad:t.
.
autor! de die_ o de 1 Art •60 ~frfc lII del res"lv1ó y firmó el é.11agtst,~ o de larl{e;;ultando: r¡ne los fücnltatlvos
glÍn o previene e
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C'r' ;¡;o Penal con uno á cuqtro años e Sah de1 . upremo
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L' El _ dPI UoRpital /íonza ez, e once se ' . ,~s ón ú ,,brns públicas, á cuya pena por doy; fé: Lic. LenbaTclo ClnpaR. úb 1~eu rlió al ofendido cla~ifir'.aron las lcRJO_pr
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prevenir.lo expresamente e
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agregara ª. ,pon
e rd e aten d''
en· pe.ti,_
ten do a,- la cttan - nr·vec1·eutos·ocho ·-No habiéndose
. ínter- 110 ])0nen 111 puel en puncl'
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qne con 6ef·
T • e,.,;uiciode impo- pn•-slo recurso alguno de la anterior sen- la. Yida y curan antes e qurnce 1as
ti· \ t '5
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J.
it 1·,,'.ua' á la enarta p1rH· t n,i, dtntrn del termmo ega, con
· de ·au&lt;lo ambas cica nces p_erpe u
nerse una mu.
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1 Art 451 del
·1
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d 1 ¡ re ¡0 robado, pue,to que est, d,i e to de lo 1spu~, 'en e
· . cr \" notables. Los 1111.,mo, acu a 1vos
e
cinco pesos y además la inhabi- Código de Procednll!ent_os bPenales,_ se _e• después de reconocer co11(;ie11te1nente
exe e
'
d
'
de 1
e dicha sentencia a c:íurnT'.lo e¡ed d'
.
lit,,ción por diez años para to a c_,ase . c ara _qu
. e ¡:iídanse los al procesado José Castañe a wtam1bonoreF, emplebs y cari;os públicos
,.,,t~na; _en dco:s~1~u:rEª¡·ec:tivo del Es- naron sobre la edad probable de éste
11 pena resultare mas grave qne ª t, sttmontos e
,
¡
d
l , · t
-ague
ª mayor.
· Art· •T 50 , 351 ' ,,~52 to- ·""•~dn ' pooiéados~ dá 5'11 disposiciou
a blica
i:eo r¡ne resnlt.6 ser
e 1ec1oc 10 a vem e
de arresto
¡ C' J P(
1
d del Código de Procedimietos xpresa- Cuillermo Sauce .ª, en , a ar ce
.
a Cios y.
0s
·le la Villa de Chma, hagase 1a transcnp.
d
. t l ,
&lt;lo.
•
. ue en favrir de Sauceda ción correspondiente al inferior, y en sn
Cons1deraudo: __que . uran,~ ª. i~sConsiderlaudo.t q
t s ce 1 « clase á op·,rtu~idad archívense los autos. Notifí- trucci6n con la d1hgencia de fe Judicial,
concurren as aenuau t
·
lC M · t
'
d'l
l -..,,
fi .
las fracciones 1 y III d~J que,e. I.odecntó v firmó e - ag •s ra- ,·on el dictamen ren 1c o por os me&lt;¡ue se re teren
.
f.
L. CI
.
1 . . h d 1- ~ d.
A
le perjudican la agravante de la do de la r" Sala, doy e.,--_ ic. ,1ªP.ª,t icos leir1stas, con e die o . e o en 1
del delito en el Estado que es Lic. E1euterio Lozano-.=--Sno.-Rubncas. do y es:Ocialmente con la propia con;
3
de °' clase, por lo 9;1e superando el_ va,
•
d Su re- foción judicial del procesado, quedo
lar de ésta sobre aqi,e las en una umdad,
Secretaria de la ~ _Sala e I
P
1.
. t'fi ado en los términos del
procede castigar a_l mismo Sauceda con
'ribun~ 1 ·.le Justicia.,--11onterrey, ll~~ JfS ~8~ del Códi&lt;YO Penal Y 154
una pena proporcionalmente mayor qu
'V0 I , _¡
,\ 1 tic u o
"'
. .
el m_edio aritmético de la que, fija la 1
,Ío nt¡rrey, quince de Diciembre 1- -U5 del C6_digo
Procec)1tmentos
A,t . 35 á 37 , 65 y 220 del Cod1go Penal d(J mil novecicut:os ocho. Vista esta Penales la existencia del ?elito d_e leCorn,iderando, que al encubridor de un causa comenzada á instruir de oficio siones perpetrado por J os~ Cast¡iueda
delito se le impondrá en todo caso, obren 1
. t· ,. d A.
to del año en en la persona de F .r ancisco Prado,
.
, 1
d
esto menor e ve1u i¡se1s
e gos
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6 no po.r mteres, a pena e ~rr
.
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et
ras
del
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modo
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antes
re
ac10na
o.
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r atendiéndo á sus circunstancias curso an e e I . uez · e ..J
•
d
f
6
,1;1sª~al,s v á la gravedad del delito. Art. Rame Penal de la 11!- :fracción Judicial
Cons1d~ran o: que -~nnque ueron
p a ¡ Cód go Penal: que el arresto me- del Estado contra José Castañeda dos las les10nes q,ue snf~i~ Prado, co~o
dn-ra de tres á trein~a días, y e) mayor soltero de dieciocho á veinte años según el dictámeu pe1:1cial respectivo
de uno á once meses; mas com"' ~¡ proce- de edad sirviente, originario de char- ambas fueron de la misma naturaleza
sado Lino Guerra respecto de quten con - , , San' Lu1·s Potos'1 y vecino de esta é i""ual o-ravedad una de ellas se to
.
t
tes y agravan- ca,.
º
º
'
l
curen las mismas a en~an
1 nterior Ciudad por el delito de lesiones. Vis- mará como base para hacer a_grates que se
;:i,~rf:~e~h=ha:st:do pre- taR las 'diligencias del sumario, la re- duaci6n de la pena corre~po nd tente
~~ns~~t:r::se~ doce días, el suscrito esti- qni!'iitoria del C. Agente del Minist~- Y. la otra se tendrá como ~ircuns~auma jmtn y equitativ~ d~r por compugada rio Público y lo expuesto en la l • 10 c1a agravante, que el suscr1t~ califica
la responsabil,~ad cnm m al del expres~do taoci a por el defens?r del proc_esado. como d e-segunda cl ase, en v~~tud d~
Guerra con el tiempo ~ue ~!ene sufrido. aoí como la S( Ltencia pronunciada el la. facultad que la l ey le co nfi..,. e, A r
Arts. 65 y rr 9 del Código citado. •
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tículo

•

PE.RIODICO OFICIAL.
45

fra c ción

XI

á la respon s abilidad civil CuarNotifíques e y s i dentro del t é rmino

d e l C ó digo Pe- cuanto

nal.
to:
Conside ran&lt;lo: que las l eBi o nes que legal no se

interpone recurso algnno

por el simple hecho de haber d~jado sición del Ejecutivo del Estado en la en esta ciudad A lH:; de la tarde, del dfa 7 de Junio
próximo, en lao Oficinas de la C!a. Indnotrlal de P&amp;cicatrices perpetuas y notables en la Penitenciarla del mismo. Hágase la rras; 8 . A., bejoJa. aigoieDte:

,í

tres años transcripción

de prisión ú obras públicas, dentro
de cuyos extremos, queda al arbitrio
judicial imponer el término que se estime justo, Artículo 5 y
503 fracción U[ del Código Penal.

•

Considerando: qne además de la
agravante mencionada, perjudica al
prncesado la de
clase de ser fre-

:lª

cuente en el Estado el delito por que

se

le castiga .Articulo

4 7 fracción XII

rorrespondiente,

SECCION DE AVISOS•
-

-

Orden del Día

y ar-

chívense los autos. As! lo resolvió y
firmó el C. Magistrado de la l • Sala
doy fe. Lic. Leobardo Chapa.-,Lic.
Eluterio Lozano, Secretario Rúbricas.

--·

EXTRACTO.

1° Aprobar y ratificar el contrato de venta de

uoK pornlón de t;prreno relebrado oon la Oom.
pdifa Vacana de Piedra Blanca, S A, as! como
reohtlón dél oontrato de aparcería de ganados
y traspMo de derL~ho de dicho contrato.
~ Oueli&gt;sqnter otro atianto que acuerden todos loa
socios por nnanlmtdaa.
Parra,, Ooah. 29 de Abril de i9o9. -Erneato Mader o, Beentnlo.
o.26 37.3'

EDICTO.
Jnzg•do 1° de lo Civll.-1' fracción jodlctal.~Eata-

do de N. León.
f'on tech1. Vtlnt'afete del actual se radicó en ut.e
Juzgaio el jolot&lt;1 de ir.t,atadv dPI Sr. Julitn Odriozo,
la, vecino qne fué de esta ciudad.

pué~ aunque el defensor alega que esa j Agencia de la S•Ol'fhrta de Fomento-En bl Ramo
Y por diap&lt;-elc:ón del V. Lle, ll!aoorlonlo 0!1 Tre,· •
t '
·
..
1 de )l!ner!a en L•mpez,o.
vifl.o, Ju"z 1" de Lr,traa dfll Ramo {;fvtl de la l! fr&amp;.o•
CIICUnS ancia IIO CODCUll e por no laExpedienta No. 392.- Con fecha 20 del corrlrnta á olón_ Ju .Hdal del F,.ata.do, ee mlinda publicar el pre•
her ninguna ba~e estadística á que i las diez de la m•ñana ee ha preeeotsJo En esta A¡,,n. eec te edicto por tres veoee de dif z en diez d!ss en E\l
•
.
· e.IR l-1 Sr. Fructuoso AguirrP, vec1no rlá Esta ciudad Periódico Oflc!al d•l Estado y &lt;n La Voz de Yuevo
atenerse para a preciar la frecuencia, deonnclando 3 pettoneoclae minores"' b,e un terreno León. á fin rlfl que J&amp;a ~rsonae qu9 ae cNao con
.·
b .
l · .·
• ¡
·. 't b] mineral que contiene pl•ta. p'omo, fie,roy z ne o.toa :iere&lt;'ho 11 la herencia i:;e pr~ac11ten á deducirlo tn el
~lll em a1 go a.) lll lS[H U( encia e~ a e- do en la parte mh alta de la ~,erra de Lampazos de término que e6table&lt;:e el art. 168i' del Código do Pro
cicla en
el Estado
es
uniforme e, ta1 u•!octlc!ón dando frette al Ra&lt;cho denominado oedlmlentcs O!vll••·
Montarr•y 1 29 de .ábrU de l909rLio, Jop6 Ju•n
.
_
• •La Raalta■ de la propiedad del dflnnnc!11nt.e, coyes
o.v.38.39,42-lGe'
en el sentido de con;;1derar como p,rtenendas se med!ran en la torma de un cn,drllon- VatJ,,jo, Srlo.
.
¡
d ]'
l ] ,
.
go de 100 mts. de ancho por 300 de Ja r¡¡o aln col!ndanfrec ucn te e . e 1to Ce eSIOllCS SI 8011 caomloer•syponepornombreáe,t• drnnnolo,Ga~ •·
1
d
l •
t t
llt&lt;'O.• Admitido •l •nt.&lt;r!or &lt;lenuoo!o se manda publ!
~llllJ) es COmO e
llti qne se ra U en c1ren el Periódico Oddal del Estado por treo Vtl&lt;'I S
CONVOCATORIA.
esta causa: que en fa VOi' del J)l'OCesa- oegu!das y en la hbla de aviaos de eat, Afl'enola por
·
un mee y BA nombró pPr1t,l't rara la medida. de eat-e
En He616u del d!a 27 del mea de A hrll el Cone•jo d&amp;
do concurre una atenuante de l • cla- fücdo al Sr. Jesll• .:. llertfnez, vecino de esta O!udad ..\1mll¡llstradón aoordó cítar A Asamb'PI\ Gral Ordf.
.
.
quien aoeptó el nrmbramletb.
narfo u loa St-ñoree a,:iclonfstae dA edi, Oompañfa rara
l l 1a l)Cl' temdo
~e 1a Ce
a11ter10rmente
Laque oehac,seber a\ pQb\loo a1vltl6odosA que el dfa 20 del mes de ~layo 4 las ,Q p. m. en la caea
bnena conducta pt&gt;r lo que supera desde 68ta fecha se I b,e un plozo Improrrogable da No. 136. de l11cal1~ dA ::\foreloe domicilio del Sr M

Cía. ,1iurra La Bastilla,. KA.

e

de cuatro meses para la eubatancfaclón del E:zpecUen

.

en cuatro unidades el valor de aque- ta en eata Ag,,rcta
.
Lampazos, Abr11 20 &lt;l• 1909.-E. _\. D. M , A. R•Y••·
llas en cuyo caso procede imponer
o 38,57.38
una pena proporcionalmente mayor
que el término medio pero sin llegar
PREGON.
~~ Almoneda.
al máximo de la que fija la ley, Articulo~ 35 á 37, -W fracción
del Código Penal.

I

y

220

Considerando: t¡ue toda pena de
prisión ú obras públicas por dos ó
más años se entenderán sie111pre impuesta con calidad de reten ció n por
una cuarta parte más de de su tiempo
qne ~e hará efectiva en caso 'de que
el reo obserl'c

mala conducta duran-

te el último tercio de su condena: que
en todase11tencia condenato1· ia se pre
vendrá que se amone~te

al reo para

que no reincida, abonándosele los
sufrimientos que haya tenido duran-

Presldenoia Munlolpal,-Montemoreloe.-..N. León,
El Ldnes, 10 de Mayo próximo, á las 10 de la meüs•
na y en e1:1o~l de esta Presidencia, se venderá. en
subaeta pdblioa, un terreno dA agoetadero mostrenco
eituado en el Potrero de Ls Trinidad de esto juriaritc1
oión, con una auperftole de 1,097 hectarsa2.650 metror
cuadrados t.enfendo por colindannlaa: al Nort;e, Snr
y Oriente, terrenos de loe Nra. V. Rlvoro Suce. de
M:,nterrey, Yal Ponientt-, t.erreno de los herederos
de D. Apolonio Gauoa.
Lo que ee haoe saber el pdbltoo, para qne las pereonae que t.engen lnterea en el terreno de3c:rft.o,
pasen á haoer sus po&amp;ti.1rss con Ja ctebt 1a oportunidad
en lo. lntelfllrnola, de QUfl a~rvfrd. de base para (11 re
mate Ja ~ntidad de $8 P50.I2, con deducción do no
dlfzpor 01ent"'¡ eno1JyA.vlrtud, set,endrá O{mo p s
tara Jegal Ja suma de f3.ó66.11. teniendo ttl derPf'ho
doJ tanto el denanolante D. Juan Rodr1'guu, veclno
dA vma de SanttsQ"o ·
..
Montemoreloa, 30 de .Abril de 1909.-Arnulfo Bl"rlenga.~Ctpr!ano Ord6ñ,z, Brlo.
o.36,37,38

Garcfa Seplllveda, baj,1 la e'gafente:

·

1° Intorme del Oonsejo de A&lt;lmlntstraclón.
2? Nombramlento de DD6Va Junta Dkectiva.
3~ Dlecotlr y aprobar dlaolv~r la Sociedad.
4? Tratar caalqo.ter otro e.santo que 88 prtiaente A

d!scuclón.
Monterrey, Abril 30 del 1909,~M. ,Garc!a Se1&gt;dl-

veda, SecretarJo.

o.36,37,3&amp;

EDICTO.
Jnz:gado 2° OonotitucioI!al. -Apedace, N León.
Oon fecha cnatro del mes en curso y por dlspoaiclón del Jnt&gt;z 2° de Letras de Ja 1• fracoion judicial
del Estado ha sido radicado en ee.te Jorgado el juicio
teete.mentarto de Dc.iia Sanjuaoa Hinojosa vecina
que fué de eah vma en la congregación del 1.Meaqul
tal.
Lo que 88 manda pt1blicar en f8ta fc.rma para que
111.s pnaonas que se consideren con d ('re"ho á Ja h(rencla, á bl1:1nes da dicha testada ocurran 4 deducirlo
como ee dispone en el art. 16% del Código de Prooe-

dlmientrs C!vlleo.
A¡,odaca, Abril 20 de 19r9.-T. G Z mbrano.-AHe,!qu!o Garza. -A-T. F. Ezdo. Iglee!ae.
o. v.86,87,35-167

Joqadlo. to de lo Ohll.-1, fraocMn Jo11ct.T,-Eatldo de N Ledu
0

~~,~~:::l,!~

DEMASIAS.

del año en curso

fecha de su formal

prisión. Segundo: se le amonesta para
que uo reincida Tercero: se dejan
al ofendido sus

•

derechos á salvo en

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en el v"tículo 25
en e¡ 670 del Oódigo Oi vil Ti gente, se hace saber &amp;} públic/
q_ue en la Tesoreda Mllnicip&amp;l de es~a ciudad, existe de~
s1tada la suma de $87 OS ochenta y siete pesos ocho centavos

procedentes de los sobrantes de pruendas de plazo cumplido en l~s remates elec~uados durante los de "P'ebrern Marzo, Atml. Mayo, 8ephemore y Octubre últimos por las
casas de empeño denominadas «La FavoritBJ, •EÍ Fénix
•La Banca•, •La Idea.. •La Surtidora•, •Mo~te de Piedad
de Monterrop,, y ~uscursa18:' Nos .. 1 y 2 del mismo; en el
conccptó de que, ~1 trR.scurruloR Re1s mes~. contados desde
hoy, ,n~ compar001ere pe~ona alguna á rcelamar con justo
rieg1timo titulo, las exeresa.dtU1 dcmasias, se les mandará
11;1gresar en la Recaudac1ón de Rent1:1.S Municipales de e.:.ta
c!udad, de acuerdo con lo preceptuado en el citado articulo 25.
Monterrey, 7 de Diciembre de 1908.-P. C. Martfnez
B. Ram!rez Angn!ano, Srlo.
99100101-H. 11 M,

EDICTO.

Cla. Manufacturera
de Pastas yGalletas,
Sociedad Anónima.

J :uradc 29delo OlvU.-1, tracotón jndtetal.-Estado de Non o
!.eóu,

Sres. Ramón Rosenda y M~ del Re'
fugio Lozano, Ramón,
Leonor y il-1ª'· S'anchez Lozano.

oto de intestado de la Sra. J oeef&amp; Garofa, vecina que
fné de LaboMe Nuevaa.
Lo que se haoe saber al publfco para que loe que 88
crean con derecho á la herenofa, se presenten 11. de•

Con techa de hoy •e radicó en eate Jnzgado el jttl·

CONVOCATORIA.
Por aot1erdo del Oouae}o de Admtalatractdu de eeta Ofa. , tlD

eompllroltato de lo preveoldo en lo■ Artl. ~. :n y 18 de loe Estatuto■ que la r:lsen, ae cttaA l01 Bff8 Ac3lonlatM&amp; ANrublea 11eoe-

rel Bxtrao1diuarla, qae H verificar, el dfa 10 de Mayo próximo
En el ju!olo ejecnt!vo civil qo• eQbre oobro dq pe duc!rlo dentro del t.6rmlno legal.
, lu nntvt de la mtñaoe en la cua qui!I f&lt;Jrun.ri Hqntna oou lu
Mont.err,y 27 de Abril de 1909.-Llc. J. Garo!a Gua- o,Jlee
eoa sigue en contra de Uds . el Sr. 'Vfoente de LeOo,
Ge-u y Gel&amp;ane y ae ocupar, de lODooer loa pan•
Jardo, Srio.
o.v .35,38,40166 b dedeLe haac
hay nn anto qne dice:
rgnleote

Monterrey, Abril siete de mtl novoolentos nnevTe ,üomc, ae pfde oftese para sentencia de reml\te. Nottflqneee . "Lo deoretó y firmo @l O. Juez: 1° de Letras

del Ramo Oivil: damos !6.-L!c. Trevillo .~Llc . Joa6
Juan Vallejo, Srlo .-Rdbrlcaa.

Lo que se nctlfioa A Uda. en eata formR r "mt) lo

dlopone el art. 78 del Oódlgo de Procedlm!enws C!-

Orden del Día.

EDICTO.
Jusgado 2? de lo Civ!l.-1! traoctón Judlo!al.-F.eta~o
de N. León.
Con feoha de ayer ae rad!oó en eot.e de mi cargo el
julolo de lnteotado de Da. Fellolano Ramfrez, vecino
que fn6 de esta oludad.
Lo que oe hace .. bor al pdblloo para que loa que

~

Eleocl6n de la Jan'9 Directiva.
n . Bendición de onentu de la Jnnta. DlreoUn actual y pra111ataclón del Balance corre,pondleate,
a . ApN bacl6n de 1u onenta■ que rinda la JunM, DlreoUn
aotuel 1 del :S.laaoe que preeeDte.
IV. Loe dl'm&amp;e &amp;aoDto■ que ltl pre■ enten i Je deliberación de
la A•mblea.
Lo qae" avla &amp; loa tatereaadOf!, pare so ~uoctmleato.
)Ionlerrey,
27 de 1919 •..-.S, V. OUnre■• Pffaldente.-11►
é oul R. GoDd.lea,Abrll
Srto.
O &amp;6.88,rr.

vl~ntarrey, Abril 28 de 1909.-Llc. Jca6 Jnan Vacrean con derecho A la herencia ae presenten
llejo, Srlo.
o.86,117 se
de duclrlo en el Urmfno l,:gal.
Monterrey. Abril 21 de 1909. -!Jo . J. Garo!a GuaJardo, Srlo.
o. v .33,36,39-165
EXTRACTO
A,:eno!a de la Secretarla de Fomento. -En el Rruno

de M!ner!a en Vtllaldama.

Expediente No, 999.-0on lecha veintiuno del ,veo

EXTRACTO_

EDICTO.

Agencia de la Secretarla de Fomento en el Ramo
Jnzgado l? de lo Olvil.-1• fraco16n jndlclal.-Esta, de M!ner!a en Vtllaldama, N. León.

~n onrao y siendo laa diez de la mafiana, se pr,:,aantó do de N. L,ón.
ante esta Ageno!a de mlner!a el Sr. Enrique O . Gar
Oon fecha cinco de Marz'l de mil novecientos coa•
za mayor de edad y vecino de Lampuoo, solicitado tro se radicó ante eota Juzgado el Juicio de lnt.esta,
conseotón de seis ( 6) pertenencia• mineras sobre un menterfA de la eefiora Oornelia de León, vecina que
terreno donde exlate una cata vieja y anos trab&amp;joa fn6 de eata O!udad.
de exploración que contienen metales plomo908 oon
Y por dlopoelolón del O. lJo. Macedonio Gil Trevlplata y ztno en la form.1. de mantee y vetas y qae ss fio, Jue11° de Letras de] Remo Otvil, de la 1! tracencuent'ran ublcadaa en la sierra del Cafl.on pertene ción Judicial t'e' Ettado se manda pobro, el preaenta
&lt;:lente 4 este Monlclp!o y en el fondo del Rincón edtoto por tree veces de diez en diez otee en El Perló•
conocido con el nombre de •Loe Pelf1Joe&gt;1 y cayaa per &lt;llco Ofiolal del Estado y en La Voz de Nuevo Le(n
tenencia! ee medirán en la forma de un parale1ógramo á fin de que lne personas que ae crean con derecho é.
de 200 x 300 mftroe con su loDgltud de Oriente á Po- la herenci&amp;, aa preeent,en á de duclr lo fin el t6rmlno
nlenta quedando dentro de 61 la cata y trabaj s de qne
establece el art. 1685 del Código de Prooedimlen•
exploración referidos. El fando minero eoltoitado tl()IIJ OtvilFB.
•
por el Sr. Garza, se dent\mlna •Lo, Purfalma• y colinda
Mont,
rrey , 29 de Marzo de 1009.-Llo,Joe6 Juan Vapor t1Jdoa rnmboa con terreno libre. teniendo cnmo llejo, Sri ,
o.33.36.39 166
punt &gt; de referencia hacia el Bar, el fondo minero
«lit Porvenir.•
Admitido el anterior denonolo se mauda publicar
EDICTO.
en el .PerlOdioo O6cla1 del Estado, por tres ve¡;:ea conJuzga'1o
1
°.
de
lo
Civil. --1. &lt;d tracción judicial --Estae:,cntlvas y en la tubla de avlso&amp;de esta Oficina por
-el t6rmino legal y se nombró perito para que mtda do de Nuevo León.
Oon fecha cinco de Marzo de mil noveotentce cuae tundo sollctt11.do al Sr~ Joaé ~ Bsntoe Gonúlu de
tro se radicó en este Juzgado el Juicio de lntest&amp;men,e 1ta vecindad quien aceptó d cargo,
L1 que es h!LOe saber al pdblloo.de conformidad coñ trría de la sellara Josefa de León, vecina qne fn6 de

lo dlopnesto p,r el art . 21 del Reglamento de Mlnerla eotA ciudad.
y pa.1"8. los efeot.os 4 que se oontrae el art. 22 del mis- Y por d!epoo!ón del C. Lic. MAOedonlo 011 Treviilo, Jnez 1• Letras del Rsmo Civil de la 1• fraoo!ón
mo R lglamento.
:

Vlllaldama, Abril 27 de 19011,..-El A, de M, Manuel judlotal del Esta.do, 88 manda pubhoar el presente
I!'. Trevtllo.
o.36.37,85 tidloto por tree veoea de dlM en dles dfaa en el Perló

ciloo Oficial del Botado y Yo, de Nuevo León, , !In
de que laa pereonu que ae orean oon derecho , la
herAncla ae presenten á deducirlo en el término que

Ju•irado l! de lo Olvll.-1~ fraoolón judlcl&amp;l.-Eot&amp;-do de N. León.
Oon fecha dlec!o61a del actual .., radloó auta eet.e
.Juzgado el jnlclo de lnteotado de la Sra. Maria Ant.onla Colmar, vecina que fn6 de esta olndad .
Y por dlopoolo!ón del C. lJo . Macedonio Gil Trevillo Jnez lº de Let.,.• del Ramo Olvll de la l•
fracción Judicial del F,atado, oe manda 1&gt;ublloar el
preoent.e edicto treo veoeo de diez en dles d!aa en
-el Perlód!oo Odolal del Gobierno del Eetado y en La

•atablece el art. 1686 del Código de Prooedlmientoo
Olvilee
Monterrey, 81 de Mano de 1~9. -Llo. Joo6 Jn,n
Vallejo, Brlo. ,
o.v.83,36,39-166

EDICTO.

J nsgado de Letras de la 4• l'racclón judicial . -Dr.
Arroyo, N . León.
Oon eet• lecha ae radicó en ••t.e jnsgado el Juicio
Voz de Nuevo León, á ftn de que lae personas que ae
-arem oon d8Nl0ho, la herencia ae preoentan 4 dedu- de lnt.eetado del Sr, Fl•vio Rueda, vecino qne fn6 de
drlo dentro del t.6rm!no que eetablece el art. 1686 ,La ~Ita, de eeta Mnnlolp!o.
Lo que 88 hace saber pdbllcamente en eat;a forma,
del Código de Procedimiento• Civil••.
Mont.errey Abril !U de 1909rL!o. Jo•6 Juan Ve,. para que las personas que 88 crean oon derecho A Ja
l lejo, Srlo. •
o. v.33,36,89-166 herencla se preaenten 4 deducirlo en el t6rmloo que
eeña'a el art. 1685 del Código de Prooedlm!entoo 01vilra.
Doctor Arroyo, Abril 14 de 1909 .~Llo. M. IDnoEDICTO.
jooa.-Leooad!o M. Gon•41es.-A-L. Duarta Ramo,.
Ju1r,do 2G Ocnetituoional,-A..podaea, N. León.
O .V 33,36,39 166
Con fecha ouatro del mes en curso y por dispoaiulfr
del Jaez lº de Letraa del Ramo Oivtl de Ja t• traoc!On

Jnd!cial d•I Estado ha aldo radicado en eate Jozg•d~

E.1ped.Iente N.~ M.-Oon teclla dooe del mN en onreo y aleado
taenoevfl de le m•ñue, ae pre■entó ante e■ ta A1eucle de IUaerfa etfkñ •1rJ"Mi!i llat'fe Floru ArrN!ondomayor de edad 1ncluo de Sablnu Hidalgo, eollcltando ConCffl6o de oaatro ( 4) perle
neDatu mloera■ •obre una cata ó mlaa abandonada qae oontlene
metalea plom080II ooa plata y d110 en la forma de vatN, que se en
cnentra nblcade en le Sierra de Kln-a Vleju, lado Or1eoC,A 1 en el
pauto conocido oon el nombre de In VloeN-fí .. tito en jarflldlocldn de eete Mualclplo y cnyaa perteneDciM se medtria en la for•
ma de un caadradode 200 :z 200 metros qnedaudo en 10 oentro le
cata referida. El fundo mtaero aollottado PoT el Br. PloretArre
dondo, u denomina "IA Ln,r; del die" y oollude pcir \odoa rombo■
oon terreno libre.
AdmlUdo ti ente"lor denn11cto, ee manda pub1ioar en el •Pe.
rl6dlco Oftctal" del Eatado, por trd veoee con~att't'.. 7 en la ta.
ble de avleoe de 1111ta Oftclna Por el término lf'gal y ee nombró pe.
rito paTa que mida el fundo eollcltado al Br. Jo1é Karfa Bantoe G&lt;ln
dlea:de e1ta v"'C'todad. qa.Jen aceotó el cargo.
Lo que ae hace .. be, "1 pdbllco de oonformldad oon lo dlapu61!to por el art.o. 2t del B,-,r1amento de Mlnerfa y para loe efec.
u,a, qne se oontl'ae el arto. 22 del m'amo lleglamento.
_
VUlald■ ma, Abrll 20 de 1909.-EI A. de 111. Manuel P. Trulno.
0,85,88,87.

EXTRACTO.
Agoncla de la Secretaría de Fomento en el Ramo

de M!ner!a en L&amp;mpazoo, N. León.

Es:pedleate Nº. 390 -Oon rlMlha to del corriente A lu ocho de
te mañau1, ee be preeentado en uta Areacla el 8r. Jelda O. Mert{nez, vecino de eeta ulodld dennnclaado 7 pnteneoclumlaen.a
aobre oua mtna qae la 8da. de Fomento ha declarado cadooa 1
11••6 por nombre •Ales: Junior- Je cn ■ I oont.181le plat.a vlomo 1
stnc, 1 eetf, cltuada en el lomerfo de la Ipane de esta farledJcoldD y al lado Norte del tondo minero •San .Toan de loe L'SOI,•
cu.7u pertenea.claa N medlr&amp;n en la fl1ora de u.n pol{aouo ooa
ocho ladea lindando tree de toa latSoa oon el menolon.ad.o 1bu4o 44
8UI. Juan de loe Lagoe 1 uno de m1 ledoa 7 -o-,rte de otro oon el
fa.odo minero 110llcitado con el nombre de •S&amp;nta. Rita../. oua l&amp;doa restante oon terreno Ubre, 7 pone por nombre i ette eaouolo,
•Arseotffdra • Admitido el aat.erlor deJnmcto • menda pnbUoar
en el •Per:IMloo Otloleh del E1tado por tre■ veoe1 e,,¡aldaa 1 en
la tabla de a..- de ...., A.pool&amp; po1 nn mea._ 1 • nombró perito Pt,ra la med1da de e.te f11114o al Br. Bpfsnienk&gt; ~ t i a de
.ta •ectndad quien aoeptd el nomb1amleato.
Lo que ee hace teber al pdblloo achirtlh.c!ioae que 4Mde elt&amp;
llloba ee abft nu pluotmprorrogtblede):uetto m - para la na.
tllaclaol6n del lhpedlente ea MI&amp; A1enota.
LampNOa, Abrtl lOde UI09.-B. . D. M.-A. Be7a
o.-..,n.

Cia. Minera nonato Guerra y Sn. Gre[orio,
Sociedad Anónlma.
i . Junta Directiva en sesión ordtnarfase ha servido
acordar ee notlflque A los Bree. acclonletas que no
eet.en al corriente en sus pagca se alrvan paaar , 111 •

Teoorer!a de la Oompal!!a i cubrir las exh!b!clon88

pendientes advbtléndo88lee que ae oonalderf.n deserte.e conforme al art 16 de loa 8statut.oe aquellas que
para el próximo diez y aele de Mayo no hagan 8118
PeBpectlvoa pagos.

Monterrey, Abril 24 de 1909.-Anrello Gana San-

~1 intestado de Dof'ía Paula Garza, vecina qae fué dti
EDICTO.
mlgnel, Srlo .
o.35,86,37
esta VIila en Agnafr!a,
Juzgado
de
Letras
de
la
2•
fracción
Jnd!olal.-Ca•
IJ() que ee manda publlcer f'n esta forma para qae derelta Jtm6nes N. León.
1
la.e personas que se oonslderen con derecho á la he-· En el juicio testamentario
del Sr. Franoisco Aarofa
'N!llcla 4 bleues de dichq, fnt.eatada ocurran 4 deduclrlo Vlllafranca, se ha dictado por
NOTIFIC.A.CION.
eete Ju1gado el auto
en el término que sellala el art. 1685 del Código de e!gu!ent.e:
Juzgado
t'
de
lo Olvil.-1~ Fracción Judlolal.-EaProcedlmlentoe O!vllea.
ocho de Abril de mil novecien• tado de Nuevo León.
Apodaca, Abr1120 de 1P09 -T. J. Zambrano.-A~ t.o1CiidereitaJiménez,
nueve.--.Por presentado con el teatlmonto de tules!qolo Oarza.-A-I F. E,do. Iglesias.

Sr.

tamento púb\loo abierto y cert!l!cado de defnno!ón
o.v.83,36,39166 que
se acompaña, tadfquese, en eete Juzgado el Juiclo

H. A. Varro.

En en el juicio ejeoutivo mercantil que promueve
teetamentarlo del Sr. Franctaco Garota VJJlafranca que el Lic. Gald!no P. Qu!ntantlla oon la ropr,aentaotón

ea denuncio, deee el avloo ordenado por el art. 159 de del Br. G, D. Fltz Stmmon!a, en oontra de Ud. ae d!ola Ley del Timbre, pnbl!queee eete auto por tr.e ve- tó un auto que dice:
Jnzgado de L&lt;trado dela 7, fracción jud!c!al,-Mon- """conoecutlva• en el Periódico Ol!c!al y La Voz de
Monterrey, veintiuno de Abril de mU novecientos

EDICTO.

r.emoreloe N León
' ·
·
j
Hoy ae radloó en eeta de mi cargo el nieto de Intestado del Sr. Lázaro ParAe, vecino que fu6 de esta,.

Nuevo León Y sltAndoae á los herederos y demae latere&amp;Adoa A una junta _que tendrá lugar 4 las dtez de lfl
mallana &lt;le! dec!mo dfa bab!l deapnee de hecha la 111,
ttma publicación pare darles oonoctmfento del teetac!ndad.
oct
to d 1 dbll00
mento y nombramiento de alb..- h8&lt; h &gt; en el mismo
Lo que•• pon• en con m!en
e
para por el teetador (arta. 1657, 1669 y 1670 del Oód!go de
que laa personas quo se orean con derec o ' eu he- Procedl,tnientoe Otvllee ) Notlfiqueae Lo d
t6
rencla se presenten ~ deducirlo dentro del término tlrmO el o. Juez de Letr&amp;e lnt.ertno d8 la 2•

t

1~ !

nueve. -Al juicio á que se reo.ere deséle oonoofmlen•
to por trea dlaa del anterior escrito A la parte contraria y con lo que exponga ae proveerá. Nottffquese.
Lo proveyó y firmo el C. Jau 2° de Letras del Ramo

O!viL doy f6.-L!c. Luna.-L!o. J. Garola Onajardo,
Srlo.-Rdbrtoa,.
•

Lo que se notifica á Ud. en esta forma de acuerdo

oon el Art. 78 reformado del Oód!go de Prooedl6
ir:ir:.ñala el art. 1650 del Código de Proced!mlentoe hnd!clal, damoef6-L!o. Polloarpo Moralea,-A-JeeQa
m!ento, Civiles.
Montemoreloo, lf Abril de 1909.-Llc, L. Oantd. tlleateros,-A-Joo6 Dur4n.-Rl!brlcas.
Monterrey, á 26 de Abril de 1909.~Llo. J. Garcla
o A-A !to G!l A-Ernesto V· Cantd
Lo que ae publica en onmpllmlento de lo mandado, Gnajardo, Srio.
o.36,88
za.gap
-~
·0 V 33 86 3g.¡ 65
Oaderelt• J!m6nez, 8 de Abril de 1909.-L!c. Poli. · ' '
carpo Moralea,-A-Jeads Balleeteros,-A-Joa6 Dorér.
o.v,84 36,36-160
NOTIFICACION.

......

EDICTO.

8t Sala del Supremo Trlbonel ae Jaetlcla ...-Konterrey, Nono
León.

Ju1pdo29 de !o Chil.--J.t fraccldn Judlc1al.""'Eatad.o de Nuevo

•

7

Juzgado l• de lo Civil.-!• frsoo!on jnd!clal. -Eatado de N. León.

EDICTO.

En el Jalclo de qctebra dt1l dr, Jo 1 1'&gt; Obapa ee ha cUotado uñ
te la instrucción. cualquiera que sea
Jntgaclo 1~ de lo Civll-1• fracción Jndlclal,-Eetedo auto qae l la 1e&amp;ra dioe.
deN.
L&lt;óu.
Monterr• Abril dl ci1 e!e de mll noveclento 1 nueve Por
el tiempo que é:sta dure y qne la respre•ntado é!lfn •I eetaao de cae11ta que 18 &amp;oompiña
FÍ, m
Oon fecha qufnoe de Abril actnal ee radicó en eete ■e n:pedt11n": Y con faodam11uto 110 lea artfcaJ,
ponsabilidad civil no puede decretar- Juzgado el jn!o!o de !nt.eotado del Sr. Librado Trevi- I, 14111, 1417, lut y H68 del 06dlgo del Come el 11!1a 1416 trac"otd~
J t
e lido el Jntoto de quiebra del Sr. Jallo Cha~
bt~
ño,
vecino
que
tn6
de
eeta
jnrfedlcofón
en
la
vllJa
de
ne■, Hbroa, oorre■Pondeocta :9 documentos d~I ocurreut,,• &amp;cuyo
se sino á instancia de parte legítima Gn'ldalupe.
et~ eete b.i¡ado nombra para Bfodt-:o i!i ltit'-rv•ntor p'ro'ricloY por rt!spo•lo!ón del C. Lic. Macedonio 011 Trevi- nalea. retpeotjvam■nte A Jo. 8rN limo. Mlgael ('¡ iloy Jo,6 llaArtículos 70, 71, 182, 208 y 287 del
r~• Canta &amp;qotenee ae Jea bar&amp; saber 10 nombram l•nto para lo&amp;
fio, Juez 1~ de Letras del Ramo otvll de la 1• traooldn ,.,eotoa
le,lfal8f; de■e orden al Ad1r1r11tradorde Oorttoa de eata
repetido Código Penal. Por lo ex- jnd!clal ~~I Estado, oe manda pnbllcar el presenta Cladad para
qae en&amp;repe a) e:zprea■ do Bfrtdl la
edicto pr.,. trae V"'OOS de diez en dfAz días en el Perfd- ola qne nngadlr'g'lda al e:ii:oreud,o Julio Cb-t C: A oorre■ pond.,,puesto con apoyo además en los Ar- dloo O~clal del Eot.ado y Voz de Nnevo León, 4 fin de lb• haoer pegoe d entre1ar flfeotoa, ordinAodo!eie ::~:,uú~~~º:O:
reine 101 btenea de 1a n,goc!act6u al Sfndloo nombrado• a raf
, tfcul_os 5, 10, 32, 49, 88, 496 y 501 que Jea pe'r8onaa qae ae crean oon dflrecho á Ja heren - =t~:'lnnda1~go en el primer &lt;a o.y de deolanrlo ou1C&gt;A:i'e de
n, en e eel{cndo; publfquese e1te anto he1 vece, ooneeoa
cia 88 presenten á. rleducir1a dentro del t6rmfno que
llvae en el •Per!óilco Cficlal• d el Eatado y relfatrne en la O!lo.1del mismo Ordenamiento y 423 424 eetAhlese el ar!; 1686 del Código de Procedlmteutoa re■pe:cttn.
NoUtfqoue y prll'l'h¡... al oou
te
di
Olvi\eo .
po■lctdn de este Jtugado A la mayor brevedad~ llbro',º1 ~ne:·
del de Procedimientos Penales, se conMonterrey, 28 de Abril de 1909-~Llc. Joa6 Juan pondeucta que dice ■e t1ncoentran en poder dél er 'Keda:d Oh padqo111a tiene la llave del enarto donde aqnelloa elt&amp;u· - •
•o. v.36,38,40-166 to
7
e • ecumnl&amp;c'Mu qae N 1101iclta luego ae
' lf
firma en todas sus partes la sentencia Vallejo.
que OOD'f'e~ga. DOmbr,ndoa, al tJeoretar:lo de ·=•r;~cad dem,a
mlot.tro f'Jecutor para el cumplimiento de eate aato 1r.o goomt4
de l • instancia qne se revisa. y de
1 nrmo e] o. J aes 19 de Letra■ del Ramo OiYIJ• dttj fé - ~r¡,
Gil Tre•lno,- Lto., Jod Juan Vallejo, 8ecretar:1o:-Rlibrlcu c. •
acuerdo con el dictámen del C. Ministerlo~oaterre7, Abril 80 de 1909,-Llc. .Jor6 Juan Vallejo ,...S,cre0,88, 87, 88.
tro Fiscal, se resuelve Primero: seRe1&gt;dbllca Mexicana .~ ~!dencla Mnnlclpal ~
Monterrey, N. León,
condena á José Castañeda como au-

tor del delito de lesiones referído á,
sufrir con calidad de retención por
una cuarta parte más de tiempo en
su caso, la pena de dos años, ocho
meses de obras públicas que se conta
rán desde el veintinueve 'de Agosto

'

Orden del Día:

PUBLICACION.
EDICTO_

NOTIFIC ACION.

COVOCATORIA.

no ponen ni pueden poner en peligro expídanse los testimonios dr estilo
Por acuerdo del Cons,jo de Adminfatracfón de eeta
OompA.iita, ae cita i los 8ree. Accionista" A una Aeam,
la vida, como de la s qne se trata, peniéndose á José Castañeda á dispo. blea
GenAral Kxtraordlnarfa que teodrA verJfh11t1vo

cara, se castigan ron uno

PERIODICO OFICIAL.

Cia. de Terrenos
y Ganados de Coahuila,
Soo!edad Anónima.

En el jolcio testamentario del Sr. B~rnab4 Apala, se ha dlota.
do un au!o que Ala J,.tra dice:
.Montener, Abrllqatuoe demllaovecknto8 ooeve. Pcrpreeenta.do y admitido en cuanto ha lugar en derecho ooo el cert11101do de dP.fO'lotón y teatimoato de teatameoto pdb!lco abierto qua
lle aoomi,aña té!'!&amp;'&amp;ae por ndfcado ea ~te ,hu,rado, el jatctosneeeorlo qne ee denancla; d6ae el evleo que preTleae e-1 ano. 169 de
'lo.L~Y del Timbre v)il:eute; pnblfqoense lot edicto■ eo la forma que
eet.Able&lt;lfl el arto. 111&amp;1 del 06tl!gJ de ProcedlmJeoto■ C'lvtlu, 7 ooa
,.óqu,on , loe herederos &amp;le Junta A qoe ae re!lere el 11161 del pro.
pio Ordenamiento, la cual tendrA verUlcat.ivo el octavo dta bli.bil
df'lpu68de la di time notiílcactóu,, taa diez de la mañana prove·
¡é:idoae tlll ff 'SOida lo mi,!, que OODVf'D&amp;'ª· Notll 1QDtli8. I.,o dtl&lt;ll'e
t4 y firmó el O. Jnt'I: 29 de Letru del R•mo Olvtl: doy fé. Lic. Bo
que de Luuo..-Llc J, Garcfa Guajardo. .. 8rlo,•-B0brlcas.
Lo que M pabl1ce en atta terma ea cumplimiento de loman.

......

Jlontene7, Abrll 7.6 dt 11Ml9.-Lic. J.Garofa Gn ■jardo, Srlo.
O. V ,86;38,87 ,-184•

EDICTO.

Señor Lic. Rafael Dávila.

Juzgado 2' de lo Olvll.~1• fracción Jndlt!al.~Eata,
do, de N. León.
Hoy oe radicó en eote Ju,godo el juicio de Intesta,

En. loa e u toe sobre apelaaldn que ,Jgoe el apoderado de la Ro-

1
de Vlll&amp;ldama y Bu!lt&amp;mllJl~. oonha ta Señora Sara
Cuo d' Pi!i•

mentarla. A btenee da la Sra. ?d.• Nieves Martfnez,

gulMle:

quien follecl6 en esta Ciudad el 19 de Febrero
ólt!mo.
Lo que se hace saber el p11blfco:, fln de queJna pAl'eonae que ee crean con derecho á la herencia, so presenten á dedacirlo dentro del término que para ello
fila el art!cnlo 1685 del Código de Prooed!mlentce

O1vllee.
Monterrey, 7 de Abril del909.-L!o. J · Garo!a Guaardo,--Srlo.
o.80,33,86-164

cledad Colf'Otlva "Mal• Bermeuoa", en el Juicio de apeo 7 d911Jln •
de de loe tnreooe de Agua Dulce y Llanos y Veldi!i8 jnriadlcdón
rez, , quien V. repreaenta. ee hA dictado na auto del tenor el-

Monteney, primero ds Abril de mil noveclento■ nn'lve.-A¡rl:!.
gnfflltl al juicio f.J:¡ne M rd.ere, y como ea pide. olteee &amp; l&amp;e putea
para la vleta com,1 lo dl■ ¡;,one el arto, 616 del Oódl10 de Prooed.1mlentoe Olvllee oou ti!imuno de veinte dfu, tenltindo lugar la en•
dlencla A1ae diez de Le m16ane del ellfUleu&amp;e b&amp;bll t&lt;n que f.ineeoa.
dicho tl:!rmlno. Notlffqueee. Lo decretó y rnbrlcd el O. lfaglatra
do dele 3o,Be1a: doy ti!i.-Bdbrioa,-Llc. L. E. Aldape.-Secretarto.
Bdbrfca.
Lo que .. notlllca, Ud. en Nta forma. de conformidad con
el arto. i8 del Código de Prooedlmlento1 Ohilea
Monterrey, 28 de Abril de 1909.-Llc, L, l!l, A.ldape.-Aecretarto.

0 85,88,

�PERIODICO O.I!11CIAL

8

Cía. Minera &lt;:Las Cabrillas,&gt; S. A.

REMATE.-1ª Aln,oneda.

1

,Ju,gl\llo 2, 0 de lo &lt;:hl.-1. .i fracción ju&lt;lici11l Es•
AV I S O.
~o do Xucrn León.
: P,r al'UHdO del Oonsdo de A m11'
c-'"n 0." "~t•
El déclmoqnlnto dfa Mbll, !\ l•• di~ de la msfi,i.na. del!l)uéa I Compañía se pone en conocimiento d
., • , llC'Clv
de hech~ I• te,cera public..clón de eiste •nuncio t,,ndrli v•rlficatl·
ntstlis
que
desde
el
dfa
30
del
actual
eu
1:ctdante tH
vo en el local de est&amp; Ju, g,do el r•m•te dA dos r noaa af..ctae 111 1
"
T
..,
d
I
l
goclación
calle
pago de un crádtto hlpo~~O'lrlo q~e ea nc!aDll\ l'n nn jnlofo C&lt;" rng11r.. en 1a eaorena e a m Pm&amp; ne
pro~e&lt;11mtento conv~nclonalal'l!nldop~r el E&lt;r., le. SalvM\or G,r. lo! Dr. llflAr No. 126, de 8 á 12 a. m, el dividen&lt;io
die,,:, como apoderado de la Socledsj 0oo1)6rRtlvade Ahorro, é No ól d~ $LO 400 00 (diez mil ouetrooientos pesos) 6
..v,.,slonea de MonterrPy, contra el 8r. ,Juan Bl•ck'\IIM.
· •
'
'
Jó
Una d" dteha• f reas ae hdla ubicada an la c:nda1 de Mon• sean $10 00 (diez pPRl"R) por acc n.
olova, Estado d~ e ,abolla, en el 1 om •ro t.5 do Jacal e d• Zarag&lt;&gt;Monttrrt y, á, f6 ck brll de 1909 .-,Oot&amp;vlano Z•m
••• y ae compone d6 otnco ~¡, us ¡ ,u terrt'ao corr&lt;'"!l)O"dleott', brano
o.31,36,3fl
ooo Jaa efgnfeote• dlmer.elqoee v collndanclas: por el O Pote mMe
•
oatorcA metros veinte oentrroetros y ocllnda con la expresad,. os•
lledeZ,uagoza; 1&gt;&lt;&gt;rel Pool ntemide slrtem,tros cuarenta ocn·
}
tfm•tros colfodando con turtDO de lee heredercsde DonJnrg•
Black,ller, por el Norte mide clnc1u,ota y on metrOfl, oolindan&lt;lo
.J
oon propiedad de la Brlto. Ang•la Barrer", J, por tlltimo, al Sur
oolinda con propiedad del !« fior Pedro ...:ul!IJ&amp;r. Y la otra
CONVOC.A:TORIA.
tinca se halla eltn6da en la Vflla de Nava, del mismo El!tado d•
Coabnila, y oo~et" dedos pfesas corstrnldllll en no terreno QUA mt
De
conformidad
con el artfoulo 24, Capitulo IV de
de on&amp;rP11t• y no metros noventa oenUmetroe pvr !&amp;do, oollodar•
do al Nor1&lt;1, calle de por medio, c,-n kneno del uunlolplo d~ los Eetr-totf:e dA 6Btll flomprñí&amp;, ee convoca áloe Srs.
aquel lugar· al Oriente con teueoo del Ferrocarril lot,,rnao en~ &gt;\ooionlAtlis á Af:lamblta Ot-rAral Fxtraordinarla qu,
lllextoaor; á1 Sor, calle de por medio, con proJ,leliad de D. A'b rto Baldsfia y al Poalente con la de lllaolovio Mal fon~d&lt;'; enoon- 88 verificará el Miércolfe 12 dA Mayo próximo á l11P
trlindose •atablecldo en dicha l!ooa no molino de harina, que con 4 p. m en la casa No. 62 de le calle de Hidalgo, para
toda la m~qolnarla, enseres y demli.B anexo•, ae ooosldera lnolnld&lt;J
tru tar loe puntos que oomprenden la elguente:
en la mlsm, propiedad,
Lo qoe s,, haoe e•ber al ptlb'I"°, advirtiéndose 6 los tntereeados qo~ no ,,,. admitirán postnrae que no cubran la cantlda&lt;l de
Orden del Día.
t,000.00 d&lt;'.t! mil pPBOll en qo~ fn~ron valoruadaa, aeg11Jl convenio
de !aa part,-a, las dos finca• menclona&lt;iaa.
I
Anmtonto
ele
capital social.
.Monterrey, 19 de Abril de 1909.- Lic. J. Garcla Gn•ja.r~o, f'rlo
II Oualqoin rtrn eaunto de lnterteque ee propon
0.86,36.87.
ga et tuero t( mado fl"l c~neider11oi6n.
Lo que se aviea en eet11. forma á todos loe accionistas. para su oonrclmli&gt;nt.&gt;.
EXTRACTO.
Monterrey, Abril 28 de 1909. -El Secretarlo. Jenaro
Agencia de la Beoretar!a de Fomeuto en el Ramo de :II!nerfa
Dávila
o.34,36,3'3
en Linarea, N. LEón.
Expediente No. 4.80 - El Sr. Jonae Hedlund, df'
Emporle. Ken8BS, E. U. manifiesta, que en la muni
REMATE.-..1~ Almoneda.
cipalidad de Galf'ana, en un lugar denominado •TJna
jas Coloradas.» en 1;4irronce de loe Sroa. SoliR Hnoe,
largado 2Q de lo Chil lt fracción jodlclal.~ F.stado de Nuevo
existen tres veta.e de metales oobrlzt.e, con vestigios León.
de ero, y con el objeto de explotarlo8 solicita en pro
El elgni.,nte- d!a bAbll lll i'e la tlltlma pobllcacllln del pres•n•
piedad ouRtro per~nPndes mineras, que se medirán te avis&lt;',
ti las dlM de la mRñana, tPndrli veriflcatlvo en PI local
en un cuadrado de 200 X 200 metros de manf'ra que de Hte Jn,g•do, el Temate de loe blene• embargado&amp; el Br. AntocubrAn las vetas expresad.Je, partiendo la medida de nio O. Rod,fgnez, en el juicio Pj•cotivo mercantil que en an cnoalgn!ó el 8r. Lic. Miguel Cirllo c~n poder de los Sr88. E. Breuna boca mina que se encuentra en el lugar mencio- tra
mn y Clfa. t!Ocs.
•
nado. La mina llevará por nombre «Purdue.,, y p1ua
Loe blenE1s Fe&gt;n loe oigulentes: Un oarboratador continuo para fa
la medición fué nombrado perito, y aceptó. el Sr, brlcar aod•s; Uoa mliquloa para. taptln corona; una armazón de
para l~boratorlo; Varios depO.lto, y acceaorlr•• de la
Ing José S. Norlega, de esta ciudad, y para substan- mostrador
misma Fabrica; Una máquina para lavar botella, 400 cajas A dos
ciación del expediente rt•speotivo en la Agencia 8&amp; docenas de botellas: Un • parate para llenar ~fonea.
Durante el término de les pnhllcactonea y baeta la hora del reha abierto el plazo de cuatro meaee contados desde mate,
ee mlnlatrarAn por esta Seoretarfa todos los datos qoe se
hoy. Lo que se publica para los efect.os legales acllclteu,
en PI co110Ppto de que no ae admltldn postoras que no
óorreepondlentiee.
cubrafl las doa tt.rc•rae partes de la c~ntldad de mil treluta y ona
tro
pesos
en
qae fner~n ava'nadoe los mencionado@ bleots.
Linares, 16 de Abril de 1!l09.,-E. A. de M, Jc11é V.
Monterrey, Abril 20 d~ 19'9.-Llc.1. Garcta Gnajardo. l'rio.
Noriega.
o.36,36,37

Cía. }linera Bcrnar( o Reves, S. A.

0

0.84,35,86.

NOTIFICACION.
Jur.gado 3° Menor L&lt;&gt;trado.-llfontllrrey, N. León.

~r. \Villiam S.Berry.
En el Julolo ordinar\. 11\vil qu.:i sobre cobro de pe808 r-i¡•Ul' en contra d .. UJ . el Scñ ir N
P. Segovla
.. potit•;ado del Sr. Emilio G. Gutiérrez h , y un 1'uto
que dice: ~
Mont€rrey, d~" d&lt;&gt; Abril ele mil noveoientcs nueve. D af' la denrnn:la p"r Cl"nteRtai:fa ~n sentido negat!v.. y á!:ir11Ro tRt,.e jui&lt;'io á ¡:ru, b,,a por vein te dlae
comunf'B é ilnpron..gi,blee para las partee (arte. 1044
y 1080 del Oódlgo de Procedimient: e Oivilee. Notifiqueee. I,.- dPor, tó y firmó fil O. Alcalde 3° Menor
Letrado; dsm,,q fé-Li&lt;', J. Dávila.-A-li'ederlco GOmez G,tr&lt;Íli.-A-lf11rttn A. t1omález. - Rt1brlcae.
Lo que se notifi•a á U,i por cédula f'n la 1&gt;uerta
del Juzgarlo y p· r doe veces eu el Periódico Olida!,
como lo &lt;líspone el art. 78 del ordenamiento clt do.
Monterr,.v . .t\ bril 26 de 1909.-Llo. I. Dávile.-AF. Gómez Garda.-A. Mattfn A. Gon.iález.
o 36,36

Demasías.
Rept1bllca Mexlc,,nll.-Preeidencia }Iunicipal.Montierrey, Nuevo León.
De co11f,mnlCUIA oon lo díepoeato en el artículo 25 y
en f'l 670 del Códlj!'o C'ivil vigente, ee hace eabrr al
pt1b1foo. que en la Teeorerfa Moniclpnl de fata ciudad,
Pxlete dí'positada la sama de $84.8~ et.e. (sesenta y
custro pe808 treinta y ocho centavos), procedente de
los 1Jobrantee efectuados dura.et(' los meeee de Julio
y .Agosto rlel pr,.eent.e año. por iae ca11Re de empeflo
denominadas ,Montsña de PieilRd», •Ohlhunhna», «La
B11nr nn, JF~vorlte•. •Fénfx•. •Surtltlorau, «lllontA de
Ple~ad de Monterrey•. y ~ucureales n-ómeroe 1 y 2¡ en
el ocncepto rle qua. el transcurrltlos ede meses. contadre desde hoy, no c..-mparoclere persona alguna, á.
reol11mar oon jnsto y 1egftim() título, l11s expre88dee,
dem11efae, se lfe mand11rá iogreear en la Recaudnción
de Rentas Mnnlcipalu dfl f'll1la cindod. de acuerdo
con lo pre&lt;'f ptuado en el citado artfoulo 26.
Mont41JTPY, 26 de Dfolfmbre de 1907.-P. 0. Martf•
nM,-.B. Ramfrez An11:uiano, Srio.
868788-h-27-Abril

EDICTO.
uzgado 2° Conetltuoional.-Arramberri, N.León.

Sr. Camilo Alamillo.

Cía. Minera ''San Salvador", ~- A.

NOTIFICACION.
Juzgado 1° de lo Oivil.--1• fracción judicial.--Eetado
de Nuevo León.

Domiciliada en Monterrey.

CONVOCATORIA.

Sr. Ing. Andrés Garza Galán.

Oonforme l lo dtapoeato por el artfcolo 118 de 11111 Eatatutca, ee
OOD'fOO&amp;, loe S.6oree aocl"111111aa de la Compafira minera Ban Sal
pesos tiene promovido contra Ud. el Sr. Lic. J. Eleu- vaclor, para jobta General ordinaria que ae verllloará el mlirtee 11
t.Al'io Martint&gt;z, se ha dictado un auto que A la letra del pr6almo &gt;'ayo f, laa onatro de la tarde en la casa N9 si oalle
de Dr. M:ler, Ollclna del Br. l. A, Rcbertson, para los asontoe slclloe:
~font3IT&lt;'Y, ,etr,tltré3 do Abril de mil novecientos gulentee.
nuev.a. - Como lo pide el ooorrent,e en au anterior
Orden del Día:
eeorito, y con fandamento en la dlepoelción lfgal que
J.-Examen y aprobeclóo de las cnPntssdel afio anterior.
invoca, c1teeepara sent6nola de remaw. Notl:trqueee.
2.-Ioforme de la Junta Directiva acbre loe trabajos de la ml•
Lo decretó y firmó el O. Juez 1~ de Letras del Rsmo
na y otros asuntes.
s.-Elecotón de nnPvo• Funcionarios y OonBfj.&gt; de Administra
Civil: dov té.-Lio. Treviño.-Llo. Joe6 Juan Valif'jo,
clón para el próx·mo •ño.
Srio. -Rtl.brfoas.
l\lonterrey, Abrll 23 de 1909,-Geo. H. Doyle, Vice-&amp;rrrtarlo,
Lo que 88 notifica á U d. En esta form11 de ROuerdo r-l. A, Robertaon. Presidente.
0.86,86,37.
oon ln df11nni&gt;Rto por el art. 87 del Código de Procedt•
mientoe Oivilea.
MontAney, Abril 26 de 1909.-Lio. José Juan Va-

En el Juicio ejecutivo mercantil que sobre cobro de

Q~~

~o. ~o.
I

Cía. Minera ''Providencia y Juárez'' S. A.
CONVOCATORIA.
Por aonerdo del Cons!'jo de Aemlniatrsclón de e1,ta
Ofa. se convcca á lea Srs. e&lt;'ofonietas ¡;ara Assmblrn
General que tendrá lngar el ota R del entran~ mFe de
Mayo, A les 6 p.m. en la ci;s13 fo. f4 calle del Dr.
Mier, bajo la elguiente:

Orden del Día
Unico.-Dlsoutlr y resolver sobre una proposición
qne biicen para tomar la mina en arrendamiendo.
8e suplica la puntual asistencia por tratarse de
asunto importante.
l\Iontierrey, Abril 19 de 1909.-El Srio., A. llfart1nez Cárdenas.
o .33,34 36

Cía. Minera ''Bonanza," S. A.
AVISO.
Por acuerdo del Oon3ejo de Administración de esta
Compañía, se pone en conocimiento de 1011 Sres. aoolonietas de la misma, qne desde el dfa 10 de Mayo
próximo en adelante, ee pagará en la Tesorería de
de dicha Negociación, el Dlvidf'ndo Nº 19 de $6,000.00
(Seis Mil Peso11) 6 sean $-'i.00 (nl11cri DMce)-por 8(&gt;(Jfón.
Monterrey, N. L., Abril 24 de 1909.-~l Pro Srio.,
R. Gómer..
o.34,36,36,37,88

s:

Cía. Minera &lt;Todos Santos,&gt; S. A.
A VISO.

,

....

El Consefo de .Adminietraolón en sesión de hoy
acordó repartirá. cuenta de utilidades de esta Compañia entre los 1Lcclonietne de la ml8ma el tieroer dividendo de $5. 000 ciuco mil pesos á. razón de olnoo pesos por acción .
El psgo se harA en la Oficina de esta Oompafl.ía 08·
lle de Hidalgo No, 272 desde el dfa 16 de Mayo próximo en adelante y en cambio· dol recibo oorrespon•
diente.
Lo que ee hace saber á loe Sefioree aocionietas por
medio del presente aviso para en conocimiento.
.
Monterrey, Abril 23 de 1909,-El Srio. Juvenolo
Villarreal.
o.34,36,36

En la canea qne se instruye en este de mi cargo oontra Julio Resendu por injurias, con eeta fecha 89 ha
ID8nilado sentar un auto que 11, lalftra dice:
Arramberri, .Abril diez de mil novecientos nueve. Como lo dispone el C. Juez de Letras en en auto anterior y neeeoltándoee en este Juzgado la oompareoenoia de Camilo Alamlllo para la práctico¡ de diligencias en meterla criminlll, oftf&gt;ee por medio de edicto&amp;
que 88 publtcarAu en el Perlódlco Oficial y reoc.miende•
se A la pollo{a de la localidad averigne el paradero de
conformldr,d con lo dispnesto en el artículo 231 del .
Oódigo de Proceáimlentos Penales El O. José W.
Orozco Alcalde ao Suplente. lo decretó y drmó:damos
fé -Jrsli W. Orozoo.,.-A-.Modnto TorreB.-A-V. J.
Porras -Rdbrioal'.
Lo que se manda publicar en esta. forma en cumplimien•
io del auto inserto.
Arramberri, Abril 10 de 1909 -José W. Orozco~-A.
-Modesto Torree.-A-V. J. Porras.

Un

Buen Apetito
Una Buena Digestión
Un Hígado Sano
Un Cerebro Activo
y Nervios Fuertes
Estos son mejores que las grandes
riquezas, y usted puede
obtener estos beneficio@ inapreciables
por el precio de un
frasco de Zarzapa•
rrilla del Dr. Ayer. Es
la medicina más eficaz
que puede comprarse con
dinero. Si el apetito de usted
es escaso; si su digestión es tardía ó imperfecta y se siente usted
nervioso y débil, le convendrá tomar

La Zarzaparrilla
del Dr. Ayer
Pone rica y roja la sangre, y. comunica fuerza y vigor á los nervios.
Si se siente usted ligeramente indispuesto, ó enfermo de gravedad, el
medio más seguro de restablecer
su salud es la Zarzaparrilla del Dr.
Ayer-el depurativo de la sangre
más perfecto conocido de la facultad
médica. (No contiene alcohol)
Cada frflliro ostl'l1tn ltt fÓrm1tla "'" l&lt;a
rot1il«U1. P1••·(111J1t1• 1&lt;sted á S1t médico lo
CJIW o¡,i1'a de la Zarzaparri.llco d~l lJ-r.
.A.ye,•,
---

Preparada por el DR. J. O. AYER y CIA.,
Lowell, Mase., E. u. de A.

EXTRACTO.
Atrencla de la Becretarfa da Fomente en el Ramo de Minerfb
en Linares, Nuevo León.
Eepedlente N° 479 ,-El Sr Ignacio Artieaga La1nrn.
te, de Monterrey. solicita seis pertenencias mineras,
en la Munlcipnlidad de Ga.leana. en la l'usplde del
cerro «Jt:1 Briacho .• frenta al rlncon del •Gat&lt;'» sobre
unae vetas vfrli?~11f'fl de z!r:o con :cy de p' cmo v plata.
que corren de E á W. y e ;in contlnnacíón de ·1ae que
pasan pnr lll mina «Lll Sultana» en un pfralelógrsmode 300 X 200 mf&gt;t•os , ubaroando terrenos de los Srés.
Juan Pablo de Le6n y .Anrelieno del miemo apellido.
y quedando como 600 metros al Orlez: w do la mina .
•La Sultana.» E-ata mina se llamará «La Plebeyl! • pera
en meñlción íué nombrado perito y eceptó el Sr Je.
mael Wlnfield, de Monterrey, y para la st:stancla.ción
del expediente respectivo en eeta Agencia se abre nn
plRzo de cuatro meses oont.ados deene hoy, Jo que se
pnbtioa par11. lee efPctos lertRlE's Cl"Ul'Bpondientee.
Linaa~8, 13 de Abril de Hl09 .-,E. A. de l',I., .Treé V.
Norirga.
o.3t,36,:3u

Cía Minera "Providencia y Juárez,'' s. A.
CONVOCATORIA.
Por acuerdo del Oonsejo de Adminletración de esta
Ofa. se convoca á. loe Srs. aoctonletae psra la Asamblea
General ordinaria que tendrA lugar el día 8 del entrante mes de Mayo á lae 4 p, m. en la casa No. 94~
calle del Dr. Mier, bajo la siguiente:

Orden del Día.
1? Informe de la Directiva.
2° Ioforme del Comisario.
3• Presentación de cuentas para su revieion y
aprovaclón en su oaeo.
4? Nombramiento de Directores y Comisario.
Monterrey. Abril 19 de 1909.-.El Secretario. A.
Martinez Cárdenas.
o.33,34,36

IMPRENTA DEL GOBIERNO, EN

p .ALACIO.

DIRBOTOR Y.UIINIBTBADOB,

A. Brondo Whitt.

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 36, Mayo 4</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Viernes 30 de Abril de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 35.

Periódico 0ficial
DEL QOBIEBNO DEL ESTADO 1IBBE Y SOBERANO DE: NUEVO~LEON.
--- ♦ ♦ ♦-- --

Las lByes, los decretos y deJias disposicionas superioras, obli[an por el solo h~cho desflr publicadas en e&amp;te PeriMico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES, -Este periódico se publica los Mártes y
Viérnes de radasemana.-Valela subscripción CINCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CINCUENT4 Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado,

JrECES DE TURNO

En la pr6xima semana.
1~ de lo Criminal.

Lic. JEsus M. DEL BOSQUE.
19 de lo Civil.
LIC.

MACEDONIO GIL TREVIÑO.

•

•

pERIoDI eo oFIeIAL.
Monterrey, Abril 30 de 1909,

Secreta.ría de Relaciones Exteriores.
REcEPCIONES DIPLOMATICAS.
Hoy, con el ceremonial respectivo, han
sido recibidos por el Sr. Presidente de la
República, en audiencia solemne, en el
Salón de Embajadores del Palacio Nacio
nal, á las r r de la mañana, el Excmo. Sr,
D. Paul L fah re, Enviado Extraordinario
y Ministro P'eni r otenciario rtel G0bierno
,'.e la República Francesa, y á las 12, el
Excmo Sr. D. George Allart, Enviado
Extraordinario y Ministro Plenipotenciarío de S. M. el Rey de l0s belg2s.
El Excmo. Sr. D. Paul Lefaivre, dijo al
presentar sus credenciales:
''Stñ0r Presidente:
"Nombrado por el Gobierno Francés
para desempeñar las funciones de Envía
do Extraordinario y Ministro Plenipoten
ciario ant&lt;1 el Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, tengo la honra
de p"lner en manos de Vuestra Ex-celencia
las c-artas de retiro por las cnales el Sr.
Presidente ele la Repúb1ica Francesa ha
;mesto fin á 1a misi6n de mi antefesor,
Señor Alfredo Damaine, acompañando á
la vez las que me acreditan cerca de Vuestra Excelencia con igual carácter.
"Al empezar la tarea que me corresponde, el vivo recuerdo que conservo de la
amable acogida que Vuestra Exce1encia
se dignó concederme, cuando hice mi primera , : ,ita á esta hermosa Capital, es para mí el más poderoso motivo de confianza y de estímulo.
"Por otra parte las simpatías que unen
con tantos hzos á la Colonia Francesa
con la Naci6n Mexicana, simp;üías que
reciben cada día un nuevo testimonio de
sinceridad, ofrece1.1 á mis esfuerzos un ambiente muy favorable.
' Mantener y fortalecer el carácter sumamente cordial de esas relaciones, desa
rrollar los intereses comunes á nuestros

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deber{L dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administrador del mismo.

de tomar una parte más activa cada día
en la expansión encon6mica de I ste hermeso país, y será para mi u~ a satisfacción
muy grande ser el me;liador entre la actividad comercial de las dos Naciones.
«En el cumplimiento de esa tarea, me
permito esperar que Vuestra Excelencia
se dignará dispensarme la misma conEana qne siempre se ba dignado mon ·festar
para con mis :rnt¡:,cesores, y gustíso aproEl Señcr Presidente conte~t6:
vecho la oporttmidad que me permite ex"3eñor Ministro:
presar personalmente á Vuestra Exr elencia
toda mi admiraci6n por la gran obra
"A1 recibir la carta que acabais de en..
mpreudida
bajo sus auspicios en su patregarme para el retiro de vuestro pH:detria.,1
cesor y la que os acredita como Enviado
Extnordinarío y Ministro P lenipotenciaEl S fior Presidente de la R epública
rio de la Repóblica Francesa, me complace el nombramiento que vuestro Gobierno respondió:
ha hecho p'!ra su representante en Méx-i«Señor Minbtro:
co, eligiendo á una persona conocida y
«Me es muy grato recibir la credencial
apreciada entre nosotros por su anterior
visita á esta capital. No hay duda en qne que os acredita con el carácter de Enviado
ia colonia francesa ha sido en todo tiempo Extraordinario y Ministro Plenipotenciasimpática entre nosotros, y el sentimiento rio a~ Bé'gica cerca de este Gobierno.
«Vuestro deseo de conocer esta Repú bliamistoso que inspira en est:i. Naci6n S'
manifiesta cada día con mayor claridad ca criginado, según lo manift:stáis, por
facilitando así las relaciones diplomáticlls vuestras relaciones personaies con a1guno'l mexicanos, es una circunstancia favoentre ambos países.
''Para estrechar la amistad que hoy fe- rable para el desempeiio de la mis:óu que
lizmente los uue, y promover cuanto pue- se os ha encargado. y que espero os sea
da contribuir al desarrollo de sus mutuos tan agradable como proveche: sa para amintereses podéis contar con la buena "º bos paises .. Vuestro empeño en estrechar
luotad. y cooperación de este Gobierno, las buenas relaciones que entre ellos exisasí como con la simpatía del pueblo me- ten, será siempre secundado por el Goxicano".
bierno y el pueblo de México, cu 1 as s· mpatías por vuestra patria facilitarán el deEl Excmo. Sr. D. George Allart se ex- sarrollo de las relaciones mercat t ilfs y
presó en los siguientes términos:
favorables á la industria, á que os habéis
referido.
'' Señor Presiden te:
«Agradeciendo los benévo1 os conceptos
«Tengo la honra de presentar á Vues- que me habéis dedicado, hago votos por
tra Excelencia las cartas que me acredi- la felicidad de vuestro Soberano y por la
tan eu calidad de Enviado Extraordina- creciente prosperidad del industrioso puerio y Ministro .Plenipotenciario cerca d el blo b elga,»
Gobierno que tiene en Vuestra persona (Tomado del 'Tliario Ofü1ial" do la f'c&lt;lernción, N ° 46,
tan digno Jefe, entregándole, además, la corr&lt;'sponrlianf P al dín 22 &lt;ll'l Mtnal )
carta de retiro de mi predecesor. ·
»Agradezco tanto más haber sido desigNnevo Funcionario.
nado para desempeñar esta misión cuanto
que las relaciones de amistad que me liEl Sr. José Pouda, fné electo por la Jungan con muchos de vuestros compatriotas, ta de Escrutadores de Aramberd, Alcalde
me hacían desear, desde hace tiempo, el 9
2 Suplente de aquella M unkipalidad, en
conocimiento del país del cual había yo
sus~ituci6n d.el Sr. Modesto Torres que reoído hablar tanto.
&lt;&lt;Me consideraré muy favorecido si mi nunció dicho cargo.
permanencia eu 1Iéxico puede contribuir
á desarrollar todavía más las buenas rela- SerYfrio d(l Tranvías }Jléctricos.
ciones que ya existen entre los dos países.
He podi_do comprobar personalmente, duInspector Oficial de los Tranvías Elécrante m1 estancia en Bélgica, el interés tricos de Monterrey.
general que demuestran los capitalistas
Tengo el honor de rendir al Superior
de mi país respecto de las empresas indus- Gobierno del Estado por el digno conductrialales y comerciales de México.
to de Ud, el informe mensual sobre el
«Me manifestaron un verdadero deseo servicio de los Tranvías Eléctricos de

dos países, será el objtto constante de mis
esfut&gt;rzos.
''Abrigo la :firme confianza de que tanto Vuestra Excelencia como los eminentes h cmbres de Estado que forman Vuestro Consej0, se dignarán dispensarme su
valio,o ap0yo para asegurar el buen éxito
de esta m sión.

�2

PERIODICO OFICIAL.

esta ciu 1a'1, correspondiente al mes de
Marzo próximo pasado.
Los itinerarios han seguido siendo los
mi smos, en las lineas establecidas basta
la fecha, las cuales están en buen estado
y libres de obstáculos tales como los alambres telefónicos, los telegráficos y los de
la lnz eléctric~.
C,m fecha 4 y 5 se recibieron en ésta
Inspección quejas del público resfecto á
algttnas irregularid~des del servicio, de lo
que se dió oportuno aviso á esa Secret1ría
procediéndose desde luego á remediar dich&lt;ts irregularidades.
No hubo quejas del público respecto al
trato que h"- recibido.
La velocidad con que se ha corrido es la
reglamenta ria ó sean 16 k ,lómetros por
·hora dentro de la ciudad, como máximo, Y
32 foera de ella.
El estado de los carros es bueho en ge•
o eral.
L~ planta eléctrica ha funcion ado cou
.regularidad.
El día 4 el Tranvía que coo d ucía el
'Mot &gt;rista Domingo Martínez atropelló un
carro del ro Regimiento, cansándole algunos desperfectos. El día 31 el Tranvía
Nº. 82 que conducía el Motorista Nicolás
Chávez atropelló á uu individuo de nacionalidad china, causándole una grave Je.
sión en la región frontal.
De todos estos sucesos tomaron razón
las autoridades competentes,
-P rotesto á Ud. Sr. Secretario las seguridades de mi atenta consideración y res.
pe:.unterrey, Abril 10 de 1909 .-Ber;zar.
.
•
do Reyes, (h )-Al C. Secretarlo de Gobierno.-Presente.

Los Nuevos Cótligos del I~stado.
Ulgenda v\lenta de 10s mismos.

Ciencias y Artes del Estado, empleando
dos sobres; dentro de uno estará la compo·
cición firmada con un lema, y dentro de
otro, la b)leta de matrícula que acredi·
al autor como estudiante. En el exterior
de este segundo sobre estará escrito con
claridad el lema adoptado para distinguir
la composición.
Cuarta. Los premios serán los siguientes:
Primero: del Gobierno del Estado.-Libros científicos ó literarios.
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta
Oapital.-$100.00 cs.
Primero. Poesía. Oda á la Reforma.
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál
será el mejor plan de estudios preparatorlos? ...
Tercero. Composición en prosa. Juárezno trabajó-para un partido político, sino para al Pueblo Mexi&lt;:auo.
BASES:
Primera. Desde la fecha de esta Con:
vocatoria se abrirá el Séptimo Concurso
Científico Literario, y se cerrará el día
3° de Junio del presente año
Segunda. En el referido Conc11rso sólo podrán tomar parte los estudiantes de
~~l~~~f:t escuela de la República, sea ó
Tercero: del Instituto de Ciencias y
Artes del Estado. -$200.oe cs.
Quinta. Los trabajos deben ser inédi•
tos y escritos en caste llano.
Sexta. Además de los premios anteriores, el Jurado otorgará un accésit en cada
tema y hará mención de las composic'ones
que á su juicio lo merezcan.
Séptima.-EI C. Gobernador del Estado entregará los premios á las personas
que los hubieren obtenido, en una solemne Velada Lírico-Literaria que con este
fin organizará el Instituto de Ciencias y
Artes.
Octava. En el caso de no poder asistir
personalmente los autores que fueren
premiados, nombrarán, en debida forma,
un r&lt;:presentante á quten se le entregará
el premio correspondiente.
Novena. Con toda oportunidad se da.
rán á conocer, por medio de la prensa, los
nombres rle las composiciones que hubierén sido premiadas.
Libertad y Constitución. Oaxaca de
Juárez, Marzo 17 de 1909.-El Director,
Aurelio Valdivieso.-E1 Secretario, En

Habiéndose concluido la impresión de
·1os nuevos Códigos expedidos p'1r el H
Congreso del Estado, que deberán empezará regir el día r9 de 'l'fayo próximo, se
hace saber al público que. desde hoy que
dan á la venta en la Tesorería General de l
mismo Estado, al precio de$ 2.00 cs. el
Código Civil y de$ r.50 cs. el de Procedí,
mientos Civiles.
Se advierte á quien corresponda, la con
vcniencia de la adquisición de estos nuevos Códigos, porque ellos comprenden im portantes y fundamentales reformas á los rique C. Olivera.
anteriores, como son las de d.. r personali-0.ad legal á las mayorías de las comunida- LA COMISION NACIONAL DEL CENTENA.
.:les y adoptar la libre testamentifacción.
RIO DE LA INDEPENDENCIA

In.'ititnto de Ciencias y Artes del
Estado ele Oaxaca.
CONVOCATORIA.

Para el Séptz'mo Concurso Científico-Literario, dedicado -al C. LIC. BENITO
JUAREZ, Benemérito de América.
El Instituto de Ciencias y Artes del
Estado de Oaxaca, pararendir un homenaje de admiración y gratitud, el día 18 de
Julio de este año, al salvador y Benemérito de la Patria, Lrc, BENITO JuÁREz, ha resuelto, con aprobación del Ejecutivo del
Estado, abrir el Séptimo Concurso Cientifico-Llterarir, entre todos los alumnos y
al11mnas de los Colegios de Instrucción
i;ecundaria y profesional de la República,
,conforme á los ternas y bas~s siguientes:

Al Pueblo Mexicano.
Pt·óxima ya )a fecha del 15 de Septiembre de
en que se cumplirán cien años de h&gt;1berse proc,amaclo la independencia de la N&lt;tción

PERIODICO OFICIAL.
tecimieuto histórico, que marc6 la inquebrantable resolución dA la Nueva España de hacerse independiente de la antigua. Metrópoli, do
ser gobernada por sus propios h1¡os y de qonstitufrso en Nación libre y árbitra de sus dest1uos. La obra de emancipación iniciada con
O'rande aliento, arrojo y osadía; pro~eguida con
~in igual valor y genio militar, y cons~mada

con espíritu de concilación y de conoord1a por
aquella falange de p11triotas qne tuvo por solio
de sn grandeza el cadalso, reclama que sea oe·
lebrado sn recuerdo con ex~epcional eotusi1'S
mo, ya que excepcional fué t:imbién ese c~njunto de árduos trab!ljos, de mmensos sacrificios y de inquebrantables resoluciones qne determinaron, al fin, la separación entre esta porción del Nuevo Mundo y el Viejo Continente.
Si año por año conmemoran los ciudadanos
de la República, patrióticamente unidos á los
PoderPs Públicos, la fecha de ese aniversarid
glorioso, con mucho mayor motivo deberá ser
celebrada su secular conmemoración con todo
el impulso de nuestro civismo y toda la magnificencia de un pneblo libre.
No se trata, no, de las ideas de una parcialidad política, ni de sucesos qneclespierten memorias luctuosas pl\ra algunos de nuestros compatriota13, ni que recuerden disensiones entre

hérmanos; sino de la solemnidad del común
hogar, de la fiesta de la grau familia mexicana.
Hoy que la República no atraviesa por ninguno de aquellos aciagos períodos con que más
de una vez fué probada durante la pasada centuria; hoy que nada surge que pueda causarnos
inquietudes ni zozobras; que la paz pública
-dón inapreciable de los pueblos-se arraiga cada día más en nuestro suelo; que el trabajo
agl-ícola, minero, industrial y mercantil crr.
cientemente prosperan, difoudiendo el bienestar hasta los más remotos confines de nuestro
territorio; que cuantiosos capitales afluy,m al
mismo; que se inauguran grandes víRs interoceánicas é internacionales; que se multiplican

los establecimientos de enseñanza; que el ciudadano goza de las libertades civiles; que nuestro Gobierno es respetado por su eré-tito en el
mundo financiero, y en el orden sociaí por su

honrada labor de progreso; hoy, en fin, que logramos tal suma de inapreciables bienes, mer-

ced á una acertada administrnción pública, r.
c¡uien secunda el buen sentido ele\ pueblo, y
qne para nuestro país todo es lisonjero, moti-

vos hay de sobra para esperar que todas las
clases sociales est,én prontas y dispuestas á tomar parte en los regocijos con que ha de ser
solemnizado el gran aniversario.
La Comisión Nacional invita, pues, á todos
los hijos de México para que soUdariameúte

unidos por el áureo vínculo de la verdadera libertad, presten su activo concurso en la gran
solemnidad de la patria.
MEXICANOS: que el mundo civiliza&lt;lo nos contemple en 1910, cobijados bajo el hermoso pabellón tricolor, celebrando la fundación de
nuestros lares, de aquellos amados lares &lt;,ne
ostentltll el águila canda! por símbolo y escodo,
y qne tienen por principio y divisa: libertad,
paz y trabajo.
México, 20 de Junio de 1907.-Guillermo de
Landa y Escanrlón, Presidente.-Francisco D.
Ba,·roso, Sei-apión Ferná,ndez, Rornualdo Pasquel, Fernando Pimentel, y Fagoaga, E11genio
~ascón, Rafael Rebollar,, Carlos [livas, Porfirw Parra, Voc1tles.-Jose Casartn, Secretario.

GOBIERNO GENERAL.

1910,

Mexicana, ante seme,jh.nte espectativa no oodíu BERNARDO REYES, Gobernador
permanecer indiferente un gobierno ql1e, ~orno
Constztncional del Fstado Libre y Sobe-

el que hoy rige nuestros destinos, ha sabido levantar tan alto los prestigios de la Repítblica.

Por tal motivo sin duda, el esclarecido patricio

y sahio gobemante que es hoy el Supremo Magistrado de J\léxico, dictó, con la oportuna anticipación que el caso requiere, el acuerdo en-

rano de Nuei·o León, á todos sus lzabz'tantes /iago saber: que por la Secretaría
de Estado y del Despacho de Relacúmes
Exteriores, se me ka comunicado el decreto siguiente:

caminado á organizar los trabajos preparatorios de la solemnidad y fiestas con que debe ceEl S~ñor ~~e~idente de la República se
lebrarse tao fausto aniversario; y al efecto, designó á un grupo de ciudadanos de buena vo- ha servido dtng1rme el decreto que sigue:
luutR.d y amantes de su patria para que, cons-

tituidos en junta con el nombre de Comisión «PORFIRIO DIAZ, Presidente de los EsNacional del Centenario de la Independencia
tados Unidos Mexz'canos, á sus habitandé la oonvenient,e unidad y dirección á cuanta~
tes, sabed:
labores se emprendan con el indicado propósito, por todos los ám!Jitos de la República.
Una de las primeras resoluciones de la ComiQue el Congreso de la U ni6n ha tenido
sión Nacional, ha sido dirigirse á todos sus con- á bien decrerar lo siguiente:
ciudadanos, excitando su patriotismo é invitánEl Congreso de los Estados Unidos
dolos á cooperar á las grandiosas fiestas con
TEMAS:
que ha de solomnizarse el centésimo aniversa- Mexicanos decreta:
rio del memorable grito de ,Dolores,
Artículo único, Se concede licencia al
Tercera. Los concurrentes enviarán Toca en suerte á la actual generación vivir
~General de División Porfirio Díaz, Pre•iUS trabajos al Director del Instituto de en el primer aniversario secular de aquel aoonsidente de la República, para que pueda.

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aceptar las insignias de la orden de Ale- comenzada á instruir de oficio el veinti
Resultando: que el Sr. Andrés Garza
jandro Newsky que le ha concedido Su cinco de Octubre póximo pasado por el al ser examinado declaró que un día co·
~ajestad Nicolás II, Emperador de Ru- C. Juez 29 de Lttras del Ramo Penal de mo á las once de la mañana, eocootr6 en
Oila.
esta r• frcci6n judicial, contra Isidro Cas- el puente de San Luisito á dos indiviCarlos M. Saavedra, diputado presiden- tañeda, de diecinueve años de edad, jor· duos, uno de ellos tra!a estirando un cer.te.-.M. de Zamacona é Inclán, senador nalero, soltero, y originario y veciPo de do y el otro, Castañeda Isidro que preten·
vicepresidente.-Genaro García, diputado de esta ciudad por los delitos de robo y día vender dicho semoviente, el cual decía
secretario.-A, Castañares, senador secre- fraude.-Vistas las diligencias del suma- el mismo Castañeda era de su propiedad,:
rio, h requisitoria del C. Agente del Mi- que como le gustara el animal de refe1 en·
tario.»
nisrerio Público y lo alegado en la 1"- insPor tanto mando se imprima, publique, tancia por el defensor del reo- - Visto la cía lo compró por el precio de ocho pesos
que entregó al expresado Castañeda; pero.
circule y se '¡e dé el debido cumplimiento.
sentencia pronunciada el catorce del mes como más tarde cuando ya tenfa en su caDado en el Palacio Nacional de Méxi- en curso por el refeddJ Juez de Letras, sa el cerdo supiere que éste le habla sido
co á diez y siete de abril de mil novecien- quien teniendo á Isidro Castañeda como roba-lo á una Sra. Miranda, desde luego
to~ nueve,-Por/i.-¡o Díaz.-A\ Sr. Lic. responsable de los mencionados delitos ro· sa ·ió á la calle en busca del vendedor
Don Ignacio Marisca', S cretario d~ Es bo y frauñe, lo condenó á sufrir con cali- Castañeda á quien pudo encontrar y hat~do y del D spacho de Relaciones Exte- ·fad de retentión por una cuarta parte más cer lo aprehender por un Agente de la PortoreR,"
de tiempo en su caso, la pena de cinco licía.
años
diez meses de ubras públicas y dos
Resultando: que practicado el careo proLo comunico á usted -para su conc,ci,
meses
veinte días de arresto, que comen- cedente entre el te;tigo A ndrés Garza y
miento, reiterándole mi atenta consideracióo.-Mariscal.-Al Gobernad or del Es- 7,~~án á contarse desde el veintiocho de el procesado Isidro Castañeda, éste en diOctuLre último, en que se le d, claró for- cha diligentia convino con t do lo que
tado de Nuevo Leóo.-Monterrey.
Y para que llegue á noticia de todos, malmente preso, lo condenó á pag;ir en la aquél h abía declarado: que después de
mando se imprima y publique, circulán- Recaudación de Rentas del Estado una haber sido valuado po~ dos peritos ea la
multa de tr~s pesos setenta y doca centr.- suma de quince pesos, se entreg6 el cerdo
dose á quienes corresponda.
vos,
ó á sufrir ocho días más de arrestr, robado á su dn ña , previo el corresponMonterrey, Abril 30 de 2909.-B. Re·
lo
inhabilitó
por diez años para toda cla. te recibo, y se agregó á k-s au os un in·
yes.-Lazaro de la Garza, Oficill Mayor.
se de hon ores, empleos y cargos púb'icos forme rendido par el Director de la PenifÍecretaría de Fomento, Coloniz~cióa é y mand6 amonestarlo para que no niaci· tenciaría del E~tado, de cuyo informe apaI"dustria de la República Mexicana.- da, dejando abierta la cansa para cuando rece que en dicho Establecimiento, el dos
se logre la captura contra el desconocido de Marzo último ext;ngu ' ó Isidro Casta·
Sección 5~-Núm. 6339.
á que se refiere en su dtelarac'ón el pro- ñecla una condena de siete meses, cinco
CONFIRMACION. de derechos al uso cesado, y á la p1rte ofendidada sus dere· fas que le impuso ejecutoriomente por el
de aguas.
ch0s á salvo en cuanto á la responsabil', lelito de robo la 3"' Sala d , l Snpremo
Como resultado de las gestiones hechas dad civil. Vi,to el dictamen del C. M • Tribunal de Jnstic a. y
Considerando: que durante la in strucpor los Señores Rafael de la Garza y coac- uistro Fiscal, lo alegado por la defensa de
cionistas, en ocurso que presentarcHJ ante oficio ante esta Sala, y la citación para ción con el dicho de la quejosa é inforel Gobierno del Estado de N nevo León y sentenci &lt; con cuanto m~s con,ta de autos;y mación, testimonial rendida por la misma,
el mismo envió á esta S ecretad ·,, en cuyn Resultan ·io: que p· r el C. Alc::tHe rº d, con la declaración del testigo Andrés
ocurso piden que se les confirmen sus d,, esta ciudid fue coi signado al C. J nez 2° Garz~ y con la confesión par.:nal del prorechos al uso y aprovechamiento de las &lt;le Letras del Ramo Penal, I sidro Casta. cesado, quedó bien justificado en los tér,
aguas del arroyo denominado "E l Uro, ñeda como presunto responsab'e del rob minos del Art: 163 del Cód igo de Procedel de los Noga.le'&gt; y del que nace en la de un cerdo perteneciente á la Sra . Esté limientos Penales, así la existencia de
presa de Los Z ,mbranos, en el Rancho fana Miran&lt;la, y en esa virtud el referido lo s delitos de robo y fraude, como qne
da! Uro, Jurisdicción de Mo nterrey, Esta- Juez de Letras mandó incoar el procedi· fué aut0r de ellas Isidro Cast1ñ , da, pues
do referido, manifiesto á usted como repre- miento respectivo tomando su informati aunque pretead•ó disculparse expresando
' sentante de los interesados que hecho el va á la Sra Miranda quien declaró: que el haber ayuda ·lo simplemente á vender el
estudio correspondieute de los documento, veinticinco de Octubre último durante to, cerdo roba~o, si es rosible que no comeque presentaron en apoyo de su petición da la mañana estuvo ocupada en el degi:e· tiera el solo los delito, referidos, conveny daia cuenta con él al C. Presidente de !lo y al volver á su casa, sito c~rca d, ce n de su culpabilidad, su propia confela República, el mismo Primer l\fogistra- aquél, s;endo poco degpués de medio sión parcial, la circunstancia de haber
do, con fundamento de Jo d'spuesto en el día, notó la falta de un cerdo que tení a sometido anteriormente un delito de la
artículo 39 de la ley de 17 de D:ciembre amarrado en el patio de su referida casa misma uaturaleza y el dicho del testigo
de 1896 y en atención á que las obras hi- cuyo patio aun.¡ue está cercado de piedra ..\.ndrés GarzJ, Arts. 415, ,428, y 429 del
dráulicas correspondientes están construí- tiene una puerta qne la misma declarant~ Cód citado.
Considerando: que el robo de que se
das y funcioaaudo sin oposición, ha teni- manifestó dejaba abierta simpre, para la
do á bien resolver que son de confirmar- salida de los demás animales: que desde t:ata, habiéadose cometido ea dependense, como en efecto se confirman los dere- luego se puso á investigar el paradero del eta de un lugar habitado se castigas •gún
chos que los Señores Rafael de la Garza cerdo mencionado y habiéndolo encoutr&amp; los ~rts. 356 frac: I, 359, 366, y 368 del
y coaccionisbs, tienen al uso y aprovecha- d?_ en poder del Sr. Andrés Garza, quien Código Penal con d0s á cinco años de primiento, como riego, de las aguas del arro- d1¡0 lo habla comprado á un desconocido sión ú obras públicas, á la qu a se a 1 regayo denominado El Uro, del de Los Noga- puso los hechos en conocimiento de la p 0 '. rá la de tres á noventa días de a~resto
les y del que nace en la. presa ele los Zam- licia Jográndose la aprehensión del indi- que corresponde atendiendo á la cuantía
brnnos, en el Rancho del Uro, jnrisdicci6n viduo que liabía vendi 1o al Sr, Garza el de lo robado, debiendo imponerse además
de Man terrey, Estarlo de Nuevo León en semoviente de referencia, La misma la iuhabilitación p1r diez aflos para toda
cantidad hasta de d iecinueve litros cinco ofendida rindió información testimoninl clase de honores, -empleos y cargos públidecílitros por segundo, como mnximun para justificar la propierla 1, preexi;tencia cos, puesto que aquella pena es más graque se derivan por los tres canales juntos; y falta posterior del c·rdo que le fué roba· ve que arresto mayor, y una multa igual
en el concepto de qne esta confirmación do, así como las gestiones que hada para á la cuarta parte dél valor de lo robado
se hace sin perjuicio de tereero que mej, ,r re cu pera rlo.
por exeder dicho valor de _ci_üco pesos'.
Resultando:que Isidro Castañeda en su
derecho tenga y en todo de acuerdo con la
Art8. 1~0, 35 r y 352 de! Cüd1go citado.
merced concedida por la H. Legislatura del indagatoria expresó encontrarse detenido
Considerando: que el fraude lo equipaEstado referido con fecha 14 de Agosto de porque había vendido á un individuo un r~ la ley al robo_ sin violencia y en tal
1894.-México, Abril 26 de 1909.-0. c:r.~o resultando que_ éste era robado y re- vlítud clebe castigarse con la misma pena
Molina.-rúbrica.-Al Sr. José M. Can- f~r~o los htchos, mautfestando que el veiu- de tres á noventa días de arresto gne se
t1cmco de Octubre citado como á las nue·
t6, -Monterrey, N. L.
aplicaría en el caso si se tratase del últiEs capia. México, Abril 24 1909.- A. ve de la mañana estando parado en una mo de los delitos menciona -les. Art. 356
call~ d~l ?arria de San Luisito, le hab' ó frac: I antes citado,
Aldasoro.
un 10d1v1duo para que le vendiera un cer·
Con~iderando: que cuando la ley fija
do que traía estirando con una cadena á
lo que accedió desde luego, dirigiénd¿sc el míotm? ); e) m~~im? de UD'l pena queda al arbitrio ¡ud1c1al imponer el término
am~os al Puente de San Lnisit0, donde que estime justo dentro de los dos extrereahzaron el cerdo de referenci~ ea ocho
Secretaría de la 1! Sala del Tribunal pesos, _de )o~ que el declarante recibió par. mos; Art. ó5 del Código Penal, que en
Supremo de Justicia.-Monterrey, Nuevo te del 10d1v1duo desconocido que e~tiraba favor del procesado no concurre ninguna
atenuante y si le perjudican las agravanLeón.
el cerdo y después en la misma fecha haMonterrey, veintisiete de Noviembre de biéndose encontrado al comprador fué tes de r ."'. y 3"'. clase que respectiva•
ment_e citan los arts. 45 frac. VIII y 47
mil novecientos ocho.-Vista esta causa aprehendido por éste,
fracc16n XII en cuyo caso puede aumen-

SECCION JUDICIAL.

�PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL

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tarse ñel medio al máximo la pena que trad.-, de la 1 ,¡,. Sala, doy fé. Lic. LeoResultando: que lograda la aprehenfija la Ley. Art. 220 del mismo Ordena- bardo Chapa. -Lic. Eleuterio L&lt;}Zano, si6n de Bonifacio Hernández al recibírmiento.
Srio. Rúbricas.
sale sn indagatoria confesó terminante.
Considerando: que como á Castañeda
"Monterrey Diciembre tres de mil no- mente su delito, manifestando que sin
se le procesa á la vez por los dos delitos vecientos och;.- No habiéndose ínter- ayuda de nadie, él sólo traseña!6 Y hei:r6
robo y fraude , mencionados que &lt;'ometi6 puesto recurso alguno de la anterior sen- con fierro y sefial de s;1 exclus'.v;1 prop1een actos distintos, y ni se ha pronunciado tencia , dentro del término de la Ley, con dad, la burra parda citada, quitandole á
sentencia irrevocable sobre ninguno de fundamento en el Art. 451 del C6d. de ésta la señal primitiva para poner!e la
ellos ni está prescrito la acc;ón para perse- Procedimientos Penales, se declara que suya; hechos que ejecutó por mera 1gnoguitlos, deben acumularse los celitos re- dcha sentencia ha causado ejecutoria, en rancia más gue por mala fé. El semoferidos. Art. 27 del C61. Penal.
consecuencia expídanse los testimonios viente referido durante el sumario fué
Cousideraudo: qne en caso de acnmu- de estilo poniéndose al reu Isidro Casta- valuado por los peritos nombrados al
]ación de diversos delitos, si la pena de ñeda á disposición del Ejecutivo del Es- efecto, en la suma de cuatro pesos, y luecalguuo de ellos fuere de prisión í1 obras tado, en la Penitenciaría del mismo, ya go devuelto á su dueño previo el recibo
públicas, por más de tres años, se impon - remítase la causa al Juzgado de su origen correspondiente y
drá la pena del delito mayor que podrá para los rfectos legales. Notifíquese. Lo
Considerando: que con el dicho del
aumentarse hasta en una tercera parte de decretó y firmó el C. Magistrado de la guejos.J é información testimonial rendis_u duración, s gún el número de los de- r ., . Sala, doy fé. L;c. Chapa.-Lic. da por él mismo, con la diligencia doy
lttos acumulados _y la cal,~ad y duración Eleuterio Lozano, Secretario.-Rúbricas." fé judicial, con lo declarado por el tcstide sus penas, hac1é!1d?se igual cosa res--go Alejandro Hernández y esencialmente
pe~to de la~ pecun1anas, pero esa regla
Secr.:taría de la 1.,. Sala del Tribunal con la propia confesión judicial del prod;Jª de aplicarse cuando de sn º?servan- Supremo de Justicia -Monterrey, Nuevo cesado, que por si sola prueba plenamencJa resulte una pena mayor que s1 se acu- León.
te en su contra. puesto que reune todos
-~nlaran todas las s:fialad~s en la ley deM&lt;?nterrey! veinticinco de Noviembre los requisitos que para ello exige el Art,
b1endo entonces aplicarse estas. Arts. 198 de mil novecientos ocho:-Vista esta cau 415 del C61. de Procedimientos Penales,
y 199 d~l C6d. Penal,
sa comenzad~ á instruir el diecisiete de durante la instrucción quedó bien justi. Co!1sid_e'.ando: que de autos ap1!ec; Agosto de mil novecientos seis, por el C. ficado en los términos del Art. 163 del
01en ¡ustificado que &lt;=;astafied,a es reruc1- Alcalde 3º d~ la Villa de García y conti- mismo Código, la existencia del delito de
dente, pues _con autoridad fue condenado nuada des pues ante el C. Juez ro. de Le- robo cometido por Bonifaclo Hernández
por otro delito de robo de menor grave- tras del Ramo Penal de ésta r.,. fracc16n de la manera antes refPrida.
-dad que el que cometió últimamente por judicial del Estado, contra Bonifacio HerConsiderando: que de la propia confe.
el cual se le castiga. ahor,a ,Y coro? para !1ández, casa~o,. de ~esenta afios de elad, Ei6n del procesado aparece que al poner
la fecha I:º q~e se e¡ecuto este deht?, ya ¡on_ialero, ongmano del Venado, San su fierro y sefial á la burra perteneciente
bahía extmgu1do la pe~a que se le _1mpu- I:n!s Potosí y veci~o de pared_6n, Muni- al Sr Jesús González Guerra, destruyó el
s? Pº: aquel, Y. no babia transcurrido el c1p!o de Ramos Anspe, Coahmla, por el fierro y señal de este señor con los que
termmo q_ue yi¡a eI Art. 29 ~el C6d. Pe- &lt;l.ehto
robo.-Y!sta~ las diligencias del estaba marcado al principio dicho semonal, su remc1dencrn es pumble y gueda sumar10, la _re9ms:tona d:l C. Represen- vieute, por cuya circunstancia atento lo
-com? para ese efecto en lo gut! para el ca- tante del M1msteno Públtco y lo alegado dispuesto en el artículo 16 de la Ley de
so d!spon: _expre~a!11ente el Art. 207 frac. por 1~ defensa,. así ~orno la sentencia pr~• Ganadería vigente en el Estado, el robo
III del _mismo Cod1go.
. .
nunciada el vetntidos de Octubre pr6x1- de que se trata debe tenerse como ejecuConstd~ra,~do: gue toda,pen~ de ~r1s1ón mo pasado_ por el,referi~o J~ez de Letras tado en campo abierto y castigarse con la
ú obras ~u~1 1cas PO: dos o mas ano~ se qmen temendo a Bomfac10 Hernández pena de uno á cuatro afios de prisión ú
entender3:,s1empre impuesta con calidad como responsable del delito de robo, lo obras públicas que para ese caso fija el
de rctenc1on por una cuarta part,e más condenó á sufrir ccn calidad de retensi6u Art. 360 frac. Il del C6d. Penal, á cuya
d_el tl~mpo que dure, la que se hara efec- por una cuarta parte más de tiempo en pena por prevenirlo expresamente el Art.
tlva si el reo _observar: mala conducta du- sn caso, la pena de dos años, nueve rne- 359 se agregará la de tres á noveota días
raute el último te,r~10 de su condena. ses, diecio~ho días de obras públicas, á de arresto que corresponde por razón de
Arts. 7? y 71 d~l Coct. Penal.
. c~ntar desde el _veinti_s~is de 1:[ayo del la cuantía conforme al artículo 356 frac.
Cons1der_audo. que en, toda sentencia ano en curso, lo mhab1ht6 por diez años, I del citado Código Penal.
coudenatona se prevendra_ gu_e se amones- para toda ~!ase de honore~, empleos y
Considerando: que en favor del procete al reo para _qu_e no re1Dc1d3, abon~n cargos públicos y mandó amonestarlo para sado concurren las dos atenuantes de 1 ., _
dosele los su!nm1eut?,s que ha.l'.a temdo qne no reincida.- Vistos el dictámen del clase que expresan las fracciones I y IV
dumnt': la mstrucc1on cualqt11era 9ue C. Ministro Fiscal, lo alegado por el pa- del Art. 40 y le perju Jica la agravante
sea el tiempo qu': _ésta ?t:re y por último trono del reo ante e;ta Sala, y la citación de 3.,. clase á que se refiere el Art. 47
que la respon_sa_bihdad_c1v1l, no pue~e de- para sentencia con cuanto más consta de frac. XII por lo que superando en una
cretarse stno a 1Dstanc1a de parte legitima autcs y
unidad el valor de e'sta &lt; b
'11
A t 1 8 2 20 8 2 8 d 1
'd O C6d.
~º re agne as,
p; ~,
Y 7 e repeti
igo
R;esultando: ,qne siendo . ~onifacio .l'. y ~º!Dando en ~u':nta que si la ley fija el
11 1•
Al_e¡andro Heroandez, Admmtstrador e1 m1mmo y el max1mo de una pena queda
Por lo expuesto con apoyo además - en pr_1mero y el segundo vaquero del Sr. al arbitrio judicial imponer dentro de los
lr,s Arts. 5, ro, 32, 49, 88, u5, 225, 348, Ltc. Arnulf_o ~· ~a~cía, en la Hacienda dos e'.'tremo? la que f~ere de justicia, el
392 y 395 frac. IV del mismo Ordena- d; Ramo!, ¡unsd1cc1ón de Villa de_ Gar- suscrito estima eqmtativo castigar al
mieuto se reforma la sentencia de 1.,. cia,_ un d1a ~el mes de Agosto de mil no- procesado con una pena proporcionalinstancia que se revisa y se falla. Prime- vec1e1;1tos s1:is, poco después de amanecer mente mayor que el medio aritmético de
ro: se condena á Isidro· Castafieda como ocurn6 P.,.le¡andr? a~te el 3:dministrador la que señala la ley. Arts 35 á 37 , 6 5 y
autor de los delitos acumulados de robo y para decirle que iba a cumplir con su tra- 220 todos del Cód. Penal.
frauJe de que se ha hecho mérito á sufrir bajo, manifestándole entonces Bonifacio
Considerando: que en todo caso de rocon calidad
de
retencióu
por
una
cuarta
que
s
esperara
u
t
1·
d
b
,
.
,
n momen o, sa 1eu o o en gue se aplique una pena más
parte mas de t1empo en su caso, la pena luego los dos montados á caballo el ci- que arresto mayor se im ud , dgra~e
de. cinco años,
de obras
pú- tado Administrador invitó al vaqu~ro para la iuhabi·1 1·1ac1·,on correspon
'
Pd?1ente
ra por
a e~as
1 ocho meses
d
,
diez
bl 1cas y ses meses e arresto a contar que 1o acompañara al agostadero con el an-os p
t
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. t· h d O b úl .
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ara o a e ase e onores empleos
d es de e11vem
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J ' o i e ctu
J re timo en n e agarrar una burra parda que traía y car",.,os Públ'ieos. Ar t s. r50 Y' "52 del
qSue sed~ ec aro dormat meb~~e ~reso.- un c;ibestro al cuello,, lo cual consiguie- C6d. Penal: que toda pena de prisión ú
egun o. se 1e con ena aro 1en a pagar ron a poco andar llevandose el semovien obras púbr
d
- ,
0
_en la Recaudación de Rentas del Estado te referido á las caballerizas de la Ha· t d , . teas P ! os anos O más, se enen esta ciudad una multa de tres pesos cíen da y luego salió Ale¡· and•o á su co. ent er~6s1empre impuesta con calidad de
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· re enc1 n por una cuarta parte más d
-se ten t a y cinco centavos a su nr en su rr1da· que este mtsmo trea días después f
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defecto siete días más de arresto.-Ter- vi6 ¡~ burra menciona'da remontada en 11 ' tempo guel se ara e ectiva si el reo obcero: se le Inhabilita por diez afios para mogote estando traseñalada y h
dn rrv_ar~ ma a condducta durante el último
coda clase de honores, empleos y cargos con el fierro del Administrador Bone~fra .ª Ce6rcd10. edsu con ena. Arts. 70 y 71 del
~"bll
C
.
l
,
1 ac10
. cita o.
yu, cos.- uarto. se e amonesta para Hernandez por lo que atendiendo á
C
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que no reiocida.-Quinto: se deja esta cuando la ~ogieron ten'ía la sefial
¡¡ que ndonS! er_an o: que en toda sentencia
causa abierta para continuarla contra el del Sr. Jesús González Guerra
a erro co ena torta se prevend_rá que se amones0

?e

0

desconocido á que se refiere en su declaración el procesado Sexto: se dejan á la
parte ofendida sus derechos á salvo en
c_uanto á la responsabilidad clvil.-Noti•
fí411ese y d~e cnenta.-Así lo resolvió y
firmó el C. Líe. Leobardo C\iapa. Magis-

fu¡

á dar parte del suceso al Juez' au ¡¡¡ quJ1
Icamole 1 quien á sn vez di6 con ~1 ~r te0
al C. Al calde 19 de García conºi mt~
se por éste el asunto de ref~rencf g~
ogado 30. de la misma Villa dond ª ª .u~ció la presente averiguación
e se ID!·

J

·

te al reo par¡ que°:º reincida en el delito
Pº} 9u~ se e caSt lga, abouándosele los
~u nmie;1tos qne h:1Yª tenido durante la
t
IDS réucct~n cualqmera que sea el tiempo
que ~-i·dude; f por último que la res•
1 ª ~ivil no puede decretarse
Jl?DS~ )
sino a 1nstanc1a de parte legítima.

Arts.

182, 208 y 287 del repetido C6d. Penal. y por no haber en el caso circunstancias nada había observado. El Juzgado con
Por lo expuesto con apO}'O además en atenuantes ni agravante_s que tomar en vista de todos estos datos, con fecha veinlos Arts. 5, ro, 32, , 88, 22 5 y 348 del consideración pues que las de embriaguez tinueve del mismo mes de Mayo dict6 or49 se reforma la sen- incompleta y buena conducta relacionadas den de aprehensión contra los iniciados
mi;mo Ordenamiento,
teuda de 1., . instancia que se revisa y en la resolución que se revisa no estén Hiracheta y García.
se falla: Primero: se condena á Bonifa comprobadas; pidiendo tambien que se
Resultando: qu_e habiéndose lograd_o l_a
clo Hernández como autor del delito de adicionara tal resolución en el punto de apreheosi6n de H1rache~a con fecha ctieclrobo mencionado á sufrir con calidad de que se dejen á salvo á los deufos del occi- siete de Septiembre último, al tomársele
retención por una cuarta parte más de su ~o sus derechos en cuanto á la ¡;esponsabi su inquisitiva desde lu_ego confesó ,ser el
tiempo en el caso de la Ley, la pena de lidad civil. Visto lo alegado por la defen- heridor de Carl?s Aguilera relatal?do l~s
dos afios nueve meses diez y ocho días sa en esta se.,.unda instancia la sitaci6n hechos como sigue: que el referirlo dta
de obras' públicas, y cincuenta y c!nc? para sentenci; con cuanto x:iás debió y diez de Mayo anduvieron tomando juntos
días de arresto, á contar desde el vemt1- con . ino tener presente.
él y Victoriano García Y habie1;1do llegado
séis de Mayo del año en curso, fecha en
Resultando: que previo aviso que reci- á la Estación de las líneas Nac10nales conqne se Je declaró formalmente preso.- bi6 el C. Juez de Letras citado como á las trataron un coche par~ que los llevara á
Segundo: se le Inhabilita por diez años nueve de la nocp.e del día de la iniciación la Piedra Parada, relacionando tofo lo de. para toda clase de honores, empleos y del proceso, de que en el Hospital Gonzá- más que le concierne ig,,al á com? queda
cargos públicos.-Tercero: Ee le amones- lez se encontraba un hombre herido, se asentado en el resultando antenor, _Y 1:n
ta para que no reincida.-Cuarto: se de- constituyó desde luego á este lugar y di6 lo refer~nte á la informativa que rmd16
jan á la parte ofendida sus derechos á fé de encontrar allí un hombre que dijo Agnilera expresó: que como notara cuan.salvo en cuanto á la responsabilidad ci- llamarse Carlos Aguilera á quien se le en do iban en el coche con rumbo al lugar
vil.-Quinto: Notifíquese y dése cuenta. contr6 al registrar su cuerpo una herida in~lcado, que una plsto}a gue port~ba se
Así lo resolvió y firmó el C. Lic. Leo- producida al parecer por arma de fuego le iba ca!lendo, la saco para coloc_arsela
bardo Chapa, Magistrar!o de la r ,¡, • Sala, situada en la región escapular izquierda bien en la cintura, y en ese_ acto, stn ;ª;
doy fé; Lic. Leobardo Chapa.-Lk. Eleu- con orificio de entrada en este punto y de her como, se le estap6 un tiro que. fue a
·terio Lozano, secretario, Rúbricas.
salida en el lado derecho del cuello, la pegarle al cochero en la espalda, baJándo"Monterrey diciembre primero de mil que re!'onocida que fué en su oportunidad se él y García en esos mismos 1:11-omentos
novecientos ocho.-No habiéndose inter- por los peritos al efecto nombrados dicta- del coche y retirándose Inmediatamente
puesto recurso alguno de la anterior seii• minaron que el proyectil siguió una tra- de allí; agregó que su compañero no traía
tencia dentro del término de la ley, con yectoria oblicua de atrás á adelante, de ninguna arma; que entre él Y el herido
fundamento en el Art. 45r del C6d. de abajo hacia arriba v de izquierda á dere- no existía ni había existido disgusto de
Proced. Penales, se declara que ha causa- cha, interesando en sn paso las partes ninguna clase, Y. que á éste lo a~ompa~ado ejecutoria dicha sentencia, en conse- blandas, fracturó la vértebra prominente, ha c~ando suced16 el _hecho un ¡ove~c1to,
cuencia expídanse los testimonios de es- desgarró las meni 1ges y una porción de termman~o por mamfe~tar, que el dtspatilo poniéndose al reo Bonifacio Hernán- la médula, ocasionando esa herida direc- ro de la pistola foé debido á que se levan•
dez, á disposición del Ejecutivo del Esta- tameute la muerte del ofendido al día si• tó probablemente el gatillo al s~carla pado en la Cárcel Pública de la Villa de guiente al en que se causó.
ra componérsela, con el movim1euto del
G~rcía, hágase la transcripción corresResultando: que tomada su informativa coche, y al estado de. ebriedad en que S:,
pondiente al inferior y archiveuse en su al herido declaró: que como á las ocho de encontraba; y que tal arma no supo s1
oportunidad los autos.-Notifíquese.- la noche del precitado día diez estando en quedaría en el mismo cocheó en otro luLo decretó y firmó el C. Magistrado de un coche de sitio gue manejaba junto co_n gar.
,
.
.
la r., . Sala, doy fé: Lic. Chapa.-Lic. Rodolfo Green pasando frente al comerc10
Resu,tando: que exBmmado el ¡oven
Eleuterio Lozano. -Secretario. -Rúbri- "El Clarín" en la Estación del Nacional, Rodolfo Green acerca de los hechos en
ea¡¡."
le hablaron dos pasajeros para gue los lle- gue él está comprendido, declaró con tovara á la "Piedra Parada" á lo que convi- da presici6n de conformidad cou lo aseveSecretarío. de la 3• Sala del Supremo no, montándose dichos individuos y diri- rado por todas las personas anteriormeuTribunal de Justicia.-Monterrey, Nuevo g:éndose inmediatamente con ese rumbo, te designadas. y refiere con respecto á la
León.
al pasar por la fundición número 3 se ha- h , rida que sufrió Aguilera, que durante
· Monterrey, n :ciembre dieciséis de mil juon los su,odichos pasajeros y en un el tránsito de la Fundición del 3 á la Pienovecientos ocho. - Vista la presente ave- tend&lt;1jo sito en ese punto se tomaron dos dra Parada. se oy6 un disparo en el interiguaci6n criminal iniciada de 06.cio p:ir sodas coutinuando .á poco su camino, y rior del coche, resultando herido Aguilera,
,el C. _Juez 19 de Letras del ramo Penal con q 11e a u tes de llegar al lugar á donde se di- emprenJieudo la fu ga 101 individuos que
fecha diez de Mayo del año de mil nove- rigíau, sin haber motive, para ello, uno de conducía, inmediatamente después, dando
-cientos cinco contra C~ni.elario Hiracheta los individuos que conducía, le pegó un él en seguida parte á la policía de lo sny Victoriano García y seguida solamente tiro en la espalda, causándole la herida cedido: que él no vi6 cuando se hizo el
oontra el primero por ser el único que se de que se di6 fé, que en el momento de ser disparo, solamente observó cuando ya esaprehendió, casado d~ _veil?ticuatro años herido ~uyeron é,stos y á él lo nmitieron tabc he:ido el repetido Ag~ilera, _y
de edad. jornalero, ong1Dano de Valle de al Has p1tal Gonzalez, agregando que cuan•
Considerando: que la ex1stenc1a del dePurísima, Dr. Arroyo, Nuevo León, y ve- do pasó el hecho todavía lo acompafiaba lito de homicidio qtte se persigu-e se comcino de esta Capital por el delito de homi- el j6ven Rodolfo Green quien iba coloca- probó perfectamente en la 1Dstrucci6.n,
dio. -Vistas las diligen · ias practicadas en do en el asiento delantero del coche junto co'l la fé judicial de la h~rida que sufrió
la instrucción á fin de investigar la real con el que habla, y que el que lo hirio Carl os Aguilera, declaración de éste, dieexistencia de la infracción penal de que se era alto, como de veinte años de edad, ves- lamen médico legal de los peritos que
trata y el grado de respon sabilid ad en que tido negro; de saco, poco bigote y calzaba practicaron la autopsía del cadáver y con
incurriera el procesado; la requisitoria del zapatos, terminando por manifestar que el certificado de defunción respectivo que
C. Agente del Ministerio Público y la sen• no tuvo ni había t enid_o ningún disgusto corre agregado á los autos; artículos 419,
tencia que después de producida la defen- con los individuos referidos.
423 y 424 del Código de Procedimientos
sa del inculpado y previa la citación resResultando: que por informes minis- Penales quedando igualmente bien compectiva pronunció dicho Juez de Letras el trado, con posterioridad por Manuel Agui. probado que el encausado Candelaria Hidía cinco de Noviembre próximo anterior, lera, hermano del occiso, el Señor Adolfo racheta es su autor, con su propia confeen cuya sentencia estimándose á Hi~ache- ArispeJuez Auxiliar del Nacional y por si6n judicial, la que además de reunir tota responsable como autor del dehto de el cabo de gendarmes Abraham G. Calde- dos los requisitos que prescribe el artícuhomicidio_ de culpa gr~ve, s~ le impone la ron 1leg6 á conocimiento del Juzgado que lo 415 del Código de Procedimientos Pepena de diez meses qumce d1as de arresto los ocupantes del coche momentos antes nales para que constituya prueba plena
,computados desde el diecinueve de Sep- de que pasara el hecho de que se trata es- aparece adminiculada con lo declarado
·tiembre último fecha de su formal prisión, tuvieron en la casa del Señor Cosme Or- por el joven Green testigo presencial del
mandó amonestársele paaa que no reinci- tíz ubicada en frente de la fundición del hecho y con el dicho de todas las demás
,da y dispuso se revocara el auto d_e proce- 3 donde dejaron una castaña que llevaban personas que figuran en el proceso,
der de v1:intinueve de Mayo ?e mil. no~e en 1;! mismo vehículo, y por las investi- . Consider~ndo: que con resp.ecto á las
cientos ~mco ~r lo que. hacia á V1ctona- gac1ones hechas á ,este respecto con el ex- c1rcunstanc1as en que se verificara la
no Garc1a. Visto el pedimento Fiscal en presado Sefior Ortiz se puso en claro ser muerte de Carlos Aguilera no constan
el sentido de que se reforme dicha senten. sierto lo anterior, informando el repetido más que las declaraciones d~ éste, del joda en cuanto á la pena corporal y se le Ortíz, que los nombres de tales individuos ven Green y la del procesado, no pudienimp~mga al el?causado la d~ dos afi~s. ~e ei:_an Can~el;1rio Hit:acheta quien ~ení~ un do co!1stituir ninguna de las dos primeras
prls1óa, por virtud de que st el hom1c1d10 ano de as1st1rse en su casa y V1ctonano por si solas, ni juntas, una prueba plena
-si hubiera sido !ntens!onal merecería la García qne es sn sobrino, sin haber podi- de que Hiracheta al suceder el hecho tu-pena de mnerte porque se habría cometi- do dar pormenores ningunos relativos á vo intención de causar la herida que reci,do con premeditación, alevosía y ventaja, 1 la herida de Agnilera por que según él bió Agnilera, tanto más si se toma en.

�G

•

PE.RIODICO OFICIAL.

7

PERIODICO OFICIAL.

cuenta la falta absoluta de motivos para rreal.- Lic. L. E. Aldape, Secreb,rio. EDICTO.
que aqnél prncediera de esa manera, así Rúbricas.
Juzgado 2• Local.-Oiéu,ga de Flores, N . Le6n .
es que teniendo por sentado lo auterior, y
Monterrey, ve;ntidós de Dic'embre de Por disposición del O. Juez 1° dA Letras del Ramo
no habiendo como no hay en el proceso mil novecientos ocho. Habiéndose renun- Civil de la 1! fracción judicial del Estado, hoy se ra.•n el J az¡¡ado de mi cargo el juicio de lntest.aninguna otra di igeucia, que destruya lo ciado por las partes el término para inter- dlc6
mentn í&amp; del Sr Marln Ttevtño, vecino que fc4 de
aseverado por el reo, á su dicho hay que poner recurso de la anterior sentenci1 se eeta Vt1lA.
y por decretó del mtamo Juzgado ee manda publi1
estarse por ser lo que más le favorece, en declara que ha causado ejecutoria de concar pcr trPa V€Cf8 de ditz en o:iez rlfAA f'D el Pertódioo
consecuencia, apreci,da eu sus verdaderos formidad con el articulo 451 del Código Oficial y Voz de Nuevo León de conformidad y para
y precisos térmi nos su declaración, queda de Procedimientos Penales; en consecuen- los efeche del art. 1686 del Código de PrceedlmlenCivl!es.
b d
=
fuodada la existencia del delito de homi- cia expfdanse los testimonios de ley al to•vm,-.
eta C1éDf'Jlª de FJorre, 13 de A ril e Ulw.r .---.
Juiln
Gaua.A··Florenclo
Cantd.
-A
Oii
mente
Tre,.
cidio por culpa grave, pues aunque por Superior Gobierno del Estado poniendo á vliio.
o v 36,88.4111'6
parte del inculpado aparece que con sac&amp;r su disposición al reo Candelaria Hirachesu pistola con d objeto que determin a, ta en la Penitenciaría, transcríbase dicha
ejecutó uu hecho lísito en sí. en el caso sentencia al Juez respectivo y archivese
por las consecuencias tan fatales que pro- la causa. Así en artículo lo resolvió y fir- Cía. Minera ''San Salvador", S. A.
Domiciliada en Monterrey.
dujo, dejó deserlo, toda vez que tales cor:- mó el C. Magistrado In te;ino de la 3~ Sasecuencias no se evitaron por imprevisión la: doy fé.-"-L1c. Villarreal.-Lic. L. E.
CONVOCATORIA.
y por falta de cuidado, y por no haber to- Alda¡:;e, S'rio.--Rúbricas.
Ootfo •m, A Jc, dispuesto por t'l artfculo P3 rte los E ~tRh1tc a,
ooti'f'OoE A hu, t°f"fiorra aod"tllS' ae dP la Oompafifa mlDera ,..•n Bs.1
mado las precaucionés necesarias al mava"lor, p,,.r,1, jo, ta Ger eral ordlnarb; qtu., ª"' verlflc1uA 1-1 ulirie1111
d el prOzlmn ,..&amp;Jf' A Ja11 l'tl&amp;tro de'" tarde en la calltl No 81 011.Jle
nejar el arma con que delinquió (artículos
d o Dr. Mler, Oficina deJ Sr, J. A, R berb!on, para los ua.n!ce atgnlentea.
•
r2 fracción I del Código Penal.)
Orden del Día:
Considerando: que observándose la ma1,-l'::r11.m,n y aim baci on rle 11111 caf'ntu3,deJ I lfo enter1or.
nera con que el h cho se t'jecutó, es indu2. -hforme d11 l&amp; Janta Direclf-va sobra lc11 trti.bajos de la mJ...
n&amp; y otro11 asuufoe.
dable que si hubiera sido intensional, le
8.-Elecc1ón de n n fl-vOf! FtmotonarJoa y Oc-na, .)i de Administra
EDICTO.
ciOn P&amp;rll !'!lprO,z: mo afio
correspondería á su autor la pena C4pital
Monterrey, Abril 28 de JfOg, - Geo. H. Doyla, VfcfSl,:cTf't3,rl().,
,...J.
A,
Robert&amp;OD , Prtsidfnte,
O S6,S6,8'1.•
y por lo tanto es de aplicarse, lo dis pues- Jozgsdo 2? Oci etttucionaL-Abasolo, N León.
Oon
fSta
fAcLa
ee
radicó
en
este
.la2ga~o
el
juicio
to en la fracción I dei artículo r82 del ci- menor de int'1st.ado de la Srlta. ::i\{! Juana Cantt1 .
tado Ordenamiento, la que seflala como vecina que fo6 de eEta villa
EDICTO.
término medio la pena de dos aflos de pri- Lo que eApone en conocimiento del p11bllco, pera Jn7gado 1? Ce lo 0ivil-1• fracción jucllcfaJ,-E&amp;t.Edo
que
lss
personas
qne
se
crean
con
derecho
á. la beren- de N . Lfón .
sión.
•11a, ee presenten á. deducirlo""º el término qae sef'iaOcn fecha qutnoe de A brH sctnal se radicó en f'l!!ts
•rt. 1686 del Gó11go de P,ooed!mlentoo Olvil •·
Considerando: que en la comisión del la Aelbaaolo.
A brH 16 de 1P09 ·- Fre:osieco Cantó. ...._A_ Juzgado eljutcfo &lt;le lnt-f"str.do dtil Sr, LJbrap'. o Trcvihecho delictuoso que se persigue, favore- Grrgc.rfo Villarreal. - A-Ramón VillarNml.
ño, v~cino que tué de esta jurisdicción en 1a vma de
Gt111.de.Jupe.
o. v.34,37,40 166
cen al acusado las atenuantes de haber
Y por dlspoolcl6n del C. Lic. llf•redoijlo Gil Trevl
confesado circunstanciadame nte su del ito
ñ'&gt;, Juez l ? de Letras dts l Ramo OJvU de 1s 1• tracción
judicial del Fatado, se manda pnblfcar el prHente
NOTIFICACION.
y la de buena an terior conducta, no obsedicto por tres vPcefl de di@z en dif'Z Mss en el Perló
tante de que de su inqu isi tiva resulta qu e Jnzg,,do 1" de lo Clvll.-1• tracción jndlc!al.~Esta- dico Oficia} del E t taCo :y V\ z de Nuevo L&lt; ón. á .fin de
que lee ·perMon11s qae se nPan con dc-recho á, la heren
estuvo preso un a vez au tes de ahora, más do de N. L@ón.
eta i:ie Pr.E'E-e11 t en á rl'edncfrla dentro d&lt;&gt;l término qne.
esto según él mismo lo afirma, fue tan sólo
flStAhlf'se el art 1685 del Código de Proced)miED.toe
Sr. A ¡:olonio Esparza.
Oivil,a,
porque se le impu ta ba el delito de robo,
Monterrey, 28 de Abril de "1909 ~Lic . Jr,é Jnsn
En- Pl juicio ordinarte. flPl"'rito s, bre dfvorf'fo, rro
sin que se pueda legalmente deducir rie movido
por la 8rR.. Uafaela Rcidrfguez cor.ka lTd . efl Vallejo.
o. v.86.88,(0-168
·
aquí el que haya sido condenado, debién- dl:-tó u n ~oto qn~ á, la letra djce:
Monttrrey, F.::bu-ro v~inte de mu noveclnntrs
dose ten er también como atenuante y co nu~ve.
- A ans nnteced('.n~e. y en vfeta de Jo Fxpuee
ruo probada la embriaguez incompleta to po? Je. ocurrente y en coneecueneia ñel anto qne
PUBLlCACIOJ:,.
pr Ecf'de téogaee por fr,ter.t,~a, la ant erlo_r demande
&lt;' e L t
d 1
r ft J di fa
alegada por la defensa, pues desde el mo- !Je
Oivoroio en la ví&amp; ordinario. civil, córraa2 t ra slfltio Nue{~ &amp;6~. e e iae e~ 8 &lt;t rece n ¡;¡ e 1.-vmliltdama,.
mento en que se cal fica de verídica ta t'Je Jas coptas elmplt:e r~ttprct.iveR al dfmandado Sr.
En el Jnlc!ode fnte,hrd'C&gt; t bff'nUdA le flrada e, fil'TP M"sr nela.
cokjaoss y rubricadas ~ne sean , Trn-iifo dt&gt; t f~n. wclna que filé de f'ttn, V11 a, rt bsn dictado dcedeclHación del preso hay que tenerse co- Apolonlo
d
f Eepar2F,
!d d
I
t º9·' d ¡ C6dl
p
autos que A- la Tetra dicf'b:
8('0n orm 8 oone ar. 4- e
go e rece
v,11a1d1mr. H iDtirnt vPdPM"euodemilrot"fc!fntcPnu,"
mo demostados to&lt;!os los hechos compo- dfmlentce
Olviles, fmpJácerele pera que den tro de] VJatoel anter tt1r rrrubrenilrnto de fnt&lt;&gt;r !ntnfr,,.. br&lt;'bo por8 b~
t#órmino
de
nueve
dfss
improrrogables
]a
contf'e~,
mernr
de catorce ~fi.011 pero n•en&lt;'r de vPJntfono, Sffiorlta Enrique
¡
nen tes de esa misma confesión, (artículos &lt;
&gt;
deque
León.
la J)EU:ODa
d'°'I Juicio
AT, Pfdro
LeOF8, ydevista
,estalaVfCind1td,.
~ngase como parte en PB ter Of CIO d e acneruo
con (11 ta
para
la en
repeeflnte
en este
socfPorlo:
ac,pta40 fracci nnes I y IV y 42 fracción I del 11rt. 245 del f'o 1igo Civil B C. Agente del Ministerio ct6n y prote8t•
t"lel fiel de1:Wmt1(ño de1 -r,ombr11.do; deb•a de c'lfscer1cho cargo, confirféndf'le sl efecto les f11cn.lta
P11b~
ico
áquien
en
su
oportunidad
se
le
ocrrerá
tsm
nlrJe
Y
le
d1acfnno
d
Código Penal), sin que exista en su contra bi t 7 d d J t t d
d
l j
f •
1e11t'r&gt;df'.-PChoneCf'sar1una,ael m•Jor df'•f'mfffiode10 C&lt;{l'.letl
ninguna agravante. pues aunque en la d:~u::ir\ic1:n:.~; ~~;~u::i~D 11 "g~":~." 1::i;~º::; ;';.. r.1~~~.~~di ;;.~~f:::,'!'~1:: ~~u!~. ~;t1'r%~:.! r!:;~•~~::
del demandBdo, há$?9Bele Ja citi:iclón ror. auto coll'o el anterior de fech a ru &amp;lro del al'tual, por tres veca
sentencia que se rev isa se enumera como tlomicilto
forme al art. 86 del Códtao de ProcedlmiE ntc s Oiv!}fe oonsecntlvas en f'I • Pe•lóéllc-o Ofinleh del .Eelftdt1, rn ala Voz de
.,.
Ll'ón•. A,1 lo ruolvló J frmó el O. Lle. fllmón Ousj'!&gt;nfo
existente la de ser frecuente el delito en RUrtif'Ddo sus efect?s ti. los
dlf'Z dtae conbH'l(FB deeife t-Nnevo
Jn~z de v·tr,i9 de la 6~ r scrMn jnll:ic-1~1: ""m&lt;!i- f - r fo . Giwf'lr
el Estado, en el caso no puede calificarse el fiigui~nta o.J de la t1ftfma pub1tC&lt;ación. Notjfjqueila (1-, _-A.-Mar!ac.o eac.tu;; Tre-v,ño.- A- Jué. B, ViJJimeal.- B.o.brlL!&gt; decr etó 'V firmó e} O ~Uf'Z 1~ de Lehae del Rqmo oas.Vi' lalélam1L custro de Varzo de mH novf'cfrntca noni&gt;.-AJjnt•
así, porque si bien el homicidio en general Oivll:
doy fé.-Lfc, M. G1l Trevfño.-Lto . José Juan clr&gt; ' nues~nflerf'C-OD f'loe,·tfflt'ado denecfmlent,:,qne sesccin
VttU,
Srlo ._....Rdbrtcas,
pi;ña y aparf'c!e ndo del mismo certificado que Ja h PTfden• Enri
se tiene como fncuente, no lo es el de Lo jo,
que se notifica en esto. forma en cnmplimlento qnf'ta d e León, e11 mi&gt;nor. de f'ded peTo ooayor de catcrof', fi ·p: pre
vinfrA.iil~le
n omlpe
tutor ·nferfno qoe larepTPPenf.f'endlrho Jufcto
culpa como el de que en esta averiguación de lo dispuest.o en el ento incerto..
Notiflqoese.
Asf lo prove,,ó y flrrud el o. :uu de Letru df' Ja ._
8
Monterrey, 2 de AbrfJ de 1900. ..---Lic. Jr&gt;sé Jnan fraccMn Judlolsl: Ch,mrs fé.- Lio. On11jrnJo.-A-l'l!"arlano e ntoa
se trata, procediendo en coustcuencia, im- Vallejo
Srio,
0 3137 83•164 Trevlfio.-A.-Jofé B. Vlllarreal -Rnb1fca8.
•
• ' •
Lo que ae pubUca en el'&gt;ta forma en compllmlf-nto y para ~..
poner •! :.cusado el mfnimun de la pena
lfectC'11 de Jo ms.r.dadCl en el• ntn prfmNsmeDte fDl.'E'rto
Vlllaldan1".
6 i,A Abril d111P09,-T,fc Simón Guajardo ·-A - h
aplícable enunciada, de acnerdo con el arEDICTO.
rf&amp;no 8anto11Tre'flño.-A-Jcsé B. Vll!arreaL
·
·
ticulo 220 del Ordenamiento referido.
Ju,gado de Letros de la 2• tracolón Jndlc!al.-Cade0.V.81,32.89.JH.
reUa,
Jfménez,
N.
León.
Por lo expuesto, cou fundamento en
Hoy se radicó Pn esta Juzgado el jnicl.J de inteet,a..
las disposiciones legales citadas y además msntarra
de los Sres, Daniel S. Sada y Doña Esther
en los artículos 14, 16, 32, 49 fracción I, Loz i:i no de S1da, vecin os que fueron de esta ciudad.
Reot1.bli&lt;'a Mt-xtoanR .,.--. Presidencia Mnnidpnl
Y por disp&lt;'slción del C. Lf&lt;'.'. PoHcerpo MoraJFs,
66, 69, 182, 208, 225 287 1 5r7, 527 y 528 .Jupz
do Letras Jnterfno de 1a 2! fraccJón jui-Ucfal dPl Mont.errey, N. León,
del Código Penal y 410, 4rr, 425 y 427 Estado, ee manda publfcar el presRnte €dicto tres De cor1!urmiihul con lo 1.lí:.pu1.;.&lt;.;lo en el ..t.rtfoulo 25 y
de di&lt;-z en diez df11e: en el Perfólilico Oficial riel
del de Procedimientos Penales, y de acner- &lt;lveces
· bforn o del Est&amp;do y en La Voz de Nuevo León, en e¡ 670 del f'6digo Oivil vigente. t1e h1,ce su,ber al público
q.ue en la 1'esorerín ~micipai &lt;le esto. ciod:1d, existe depodo en parte con el parecer Fiscal, se refor- t fia dfl que Jea personas que se crean ron dere- s1Uula
la snmn de $81 08 ocbenta y siete pesos ocho cent9.vos
cho A Ja herencia se presf'ntE&gt;n A deducfr1o 0.f'ntro
ma la sentencia de primera instancia su- &lt;le! término que e,tablece el aró. 1686 del Qódlgo de prl)(ledentes de los sobrantes de pruendas ele plazo eumpli
do en los remates efectuarlos durante los de Frbh~r,. Mar
jeta á revis ión y se falla. Primero: Se ProcedJmtf-nt" s f'ivilee.
CndPr~ita J ·ménPz:, 2 •fo AbrH de rnog -Lfo. Poli- zo, Anril. Mayo. feptienwre. y Octu bre últimos, por lM
condena á Candelaria Hiracbeta como carpo Morales.--A- Jut1.J Balintircs.-A -Jqfi Durlin . &lt;'asns de empeflo denorn.innilas II I 11 Fa Yo rita». 11El Fénix•
La Banca&gt;1, «la Ideai:, ceLa Smtidc,m•, «Mont~ ele Piedad
autor del delito de homicidio por culpa
o. v. 28,Jl,34-163 de Monterrey», y Suscms:lles Nos. 1 y 2 del mfamo • en el
grave perpetrado en la persona de Cárlos
conceptó de que, ~¡ tr:iscurridos Reis meses. contados' desde
hoy, P? co~parecmre pe1iona alguna á reclamar con justo
Aguilera, á sufrir la pena de dieciséis mey 1eg1t1mo titulo, las expresadas demasins so res mandar·á.
ses de prisión, á contar del día diecinueve
i~gresar en la Recauclaci6n ele Rentas _M.111;icipale-s Je uta
Secretaría del Gobierno del Estado c~udad.
de acuerdo con lo preceptuado en e1 citado ar
de Septiembre del corriente afio en que se
twulo
25.
Libre
y
Soberano
de
Nuevo
León.-Secle declaró bien preso. Segundo: AmonésMontnrey, 7 de Diciembre de 1908.-P. C. Martfne,;
B. Ram!rez Angulano, Brlo.
99100101-H. 11 Ji,.
tesele para que no reincida, explicándole ción 3~-Goberoación y Guerra.
Con fecha 20 del actual se registr6 el
las penas á qne se expone. Tercero: Queda sin efecto el auto de proceder dictado fierro de herrar que al margen se diE DICTO.
en la causa contra Victoriano García. sefla:
Juzgado
3~
Mfnor
letredt",-Mcnteru-y, N. León~
Cuarto: Se dejan á los deudos del occiso
Oon
uta.
fecha
ee
~n €eta de mJ car el
De la propiedad del señor Juicio de Jntesta.do del radic6
sus derechos á salvo por lo que hace a la
O
adulto Lnte Osmacho Vif~ino
qae fué de eat.a ciudad y quien falleció el 23 de Ene.ro.
responsabilidad civil y Quinto: NotifíCosme Mante, vecino de Va- del año en curso,
qnese y dese cueta. Así definitivamente
Lo que ee hace ssber al pt1blico ~n' g-eneral para que
!ae personas que se crean con derecho A Ja herencta,.
llecillo.
juzgando, lo resolvió y firmó el C. Lic.
se p~eent.en A deducirlo en el término del art 168lt
Viviano V. Villarreal, Magistrado Inte·
Monterrey, 28 de Abril de 1909.- EI del Código de Procedimientos Qivllee
211 do Msuo de 1909,_:L!e. l Dtvlla.
rino de la 3: Sala: doy fe.-Lic. V, Villa- Oficial Mayor, Lázaro de.ta Garza.
A-M
0 ont.errey,
ómes Garcla.-A-Martln Gon1Ale1.
8$-

SECCION DE AVISOS.

7

e,

8

DEM.ASI.AS.

1

CM

o.28,31,84-16&amp;

Cia. Minera Donato Guerra y Sn. Gre[orío,
Sociedad Anónhna.
L&amp; Junta Dlre;ctlva en eeetón ordina.rfase ha servido
ac orda.r se notifique A los 8rtts. acotonfstas queá
8
eaten al corriente en eue pagos se sirvan pasb~{
'Tesorerfa. de Ja Oompaiita. á ca.brlr las. e-xhl o1cn~s
pendientes advirt16ndoselee qua ea cone1dt&gt;rl1.f¡ deser•
tse conforme al n.rt 15 de lot, EotQt.utoe aque 8 B qm,
para el próximo diez y eele de Mayo no hagan sus
T,.,spootlvoe pagos. 24 de 1009. -A urelio Garsa San.Monterrey, Abril
o.35,36,37
miguel, Srio.

iº

Cía. Minera &lt;:Las Cabrillas,&gt; S. A..

EDICTO.
Juig&amp;do 2~ de lo Oldl,- lt traootOn Jadlclal.,-Estado de Nuevo

r..e~:n techa de hoy ee radlc6 en este Juzg&amp;do el jai
oto de intfstado de la Sra. J JBefa Garota, vecloa que
fuá de Labort&gt;s Nuevas.
J,o que se haca saber al publico para que loe que se
crean con derecho á la herencia, se presenten á de•
dnoirJo dfntro del Mrmlno legal.
Montorrey27 de Abril de lllOP -Lle. J. Garo!a Gua
Jardo, Brío .
o .v.36,88,40166

AVISO.
Pu I\C'.ando del Oonsajo de Admfnletraclón de esh
Compafita se pone en conoofmlento de los Srf"!B, acoionletae que desde el df11, 30 del actual en ade:onte l~e
pagará en la Teaoreria de la misma negooiao ndcade
del DI', Ml8 r No. 126, de 8 á 12 a. m. el dlvi en o
No. 61, de $10,400,00 (diez mil cuatrocientos prsos) 6
sean f!0 00 (diez psoo,) por acción.
Monte~rey,, 26 de Abril de 1909.~0ct.avlano
o.34,35,
brano.

Z•i:8-

Cía. Minera "Bonanza," S. A.

NOTIFICACION.

EDICTO.

•

8t &amp;la del Supremo Trlba1:1al de Ju11tlcl11.,-Monterrey, Nuevo

1ntgad.o2Q de Jo Olv11.-1J fraoclOo Judfotal.- Eatado de Nuevo LeOn.
Le6~ el Jatolo testamentario del Sr. B,m1ab6 Ayala, se ha dicta-

°.:c "ui2J:: 'ibrW~:1~~::de mll no-veclento11

naeve. Por pretad~ny i1dmÚldo en cua.nto ha 1ugar en deucbf) oon el certlflO!I~ de dtfanolón 7 te11tlmonio de testamento pO.b!lco tb~to que
t6ogaseporradlcadoen ÑteJu1:gado,e JU 0Puoe6:r1ªo~~: 11!•denu11cb; dése el 11vl&amp;0 que p,e•t!ene el arto. 159 de
la L~Y del T1mbre vlg,;nte; pubUque1:1s. los &amp;dlotoa en la f.:,rma que
-eat11bleoe el arto. 1659 del Oódjg-, de Procedlmlentot Clvile.a, 1 oon
't"6 uese A 1011 harederoa A la Junta A que at1 r c8ars el lf69 del proOrdena.miento la cn&amp;l tendrl .erUlcatlvo el octa._vo dla h&amp;bU
despu6ade ta O.ltitha notifl ~act61:1, f. las dtez de la . mana.na prove_y6adose en sJgulda lo mi.a que convenga. Notlt qneea. Lo deore
tóy firmó el o. Juez 2~ de Letras del RamoOlvtl: doy fé, Llo. Bo
.qv.11 de Luna -Lto J", Garcfa Gn~j.rdo. ~ Brlo -lldbrlo..e.
Lo QUe se publioa en eeta forma en cumpllm.tento de lomando

-pi:

~onterrey. Abril 23 de IUW.- Lio. J. Garota

i~v1.~;1:;•.at~16&amp;.

AVISO.

Seflor Lic. Rafael Dávila.

Por ecuerdo del Ooneejo de Administraotón de esta
En loa aut.oe aobra apelacfOo que Bfgue el apoderado de la Bo- Compe.ñfa, se pone en oonoclmtento de Jos Sres . &amp;O•
cied&amp;d Coleotlva "Mala Hsrmanoe" •Wº el J alo~oa1de !P!:J :~:~; ciontstae de lB. mtama, que desde el dfa 10 de ~ta~o
6 8dePé- próximo en adelante, ae peg&amp;l'á en la Teeorer a e
dedelo11terreno8 de AguaDuloe) jnc~)i&lt;&gt;raSarácaso
de VUlaldama y Buda.mante, C:Z ~ct!'do 00 auto del tenor slrez, 11, quien V, repreaenta, ae
de dicha Negoclaolón, el Dividendo Nº 19 de 16,000.00
1 1
Mil Pesos) 6 sean $5.00 (olnco vesos)yor acción.
º M::~teney ortmero de Abril de mU noveofentoa nueve.-Agri (Seis
Monterrey, N . L., Abrll 24 de lll09.-l!l Pro Brlo ..
gae&amp;e
al juioio •, que 11edlr•f1ere, 7 °tc,m~:: l~táó~~ea'e1~,E:!i~~
1
pata la vl8t&amp; como lo spone e ar •
d ¡
la au B. R.-G6mez.
o.84,86,36,87,8&amp;

mientes OivUea oon término de veinte ellas., ten1ea o ugar
•
dtenoia &amp; le.a diec de lama~na del 11l1rnlente hbA~n e~ gn¡/~ 11 ~~;:
dtcho li,mlno. Notlftqneee. Lo deoretó y rn ne 6 e
• 8 11
do dela StSal&amp;.: doy fé.-Rftbrloa. - Uc. L, E, Aldape.-Secrelarlo.
BO.b.:!':·ue 98 11ot;Ulca f. Ud. en eeta fllnna, de conformidad con
el arto 78del Código de Prooedim1e11to8 Olvllea
~ ta
Mo'nterny, 28 de Abril de 1908.-IJo, L. B, A.ldape:= O ~:ki.r1o.

REMATE.-1• Almoneda.
Juga.do 2, o de lo Cüil.-1.
'8do de Nuevo Le6n .

~

NOTIFICACION.
Juzgado 2° de Jo Oivll.-1• fracción judlolal.-Eet,o.
do de Nuevo León.

Sr. Lic. Genaro C. Salinas.

fracción judicial E1-

NOTIFICACION.
Juzgado z· delo Olv!L-1! Fraocl6n Judicial -Es

En el .Juicio ordinario mercantil promovido por el
Br. Llo. óaldlno P. Qulnt.anltls, contra el Sr. Joe6
M! Fertti.ndez, á quien Ud. representa ,a dictó un
auto que dice,
Monterrey, dlez y seis de A brll de mil noveclent.cs
nueve . ..---Al jntoio 11 que se refiere .... .. y como se pide,
oftese para aenteocta. Notlffqneee. Lo proveyó Y
firm6 el C. Juez 2º de Letras d•l Ramo Civil: doy fé.L!e. Luna.-Llo. J. Garo!a Gusjsrdo, Brlo.- Rllbrlcas .
Lo que se notfflca 11 Ud. en esta forma de acuerdo
oon el art. 78 del Código de Proce_!llmlentos Civiles.
Mont.errey, Abril 23 de 190P. -Lle. 1. García GuaJardo, Brlo.
o.84,85

El d6olmoqnlnto dta hAbll, A las dles de la mañma, dpap i é~ tado de N novo León.
0
de hecha la tercara pnbllc1M1i611 de este anunolo, tendrA
vo en el Ioo&amp;l de e1k\ Jnigado el remate de dos f neas a
aa
de un 011~dito htpot-eoarlo que 11e reclama eD un Juicio de
=edlmlento convanclo11al eegaldo porOooelBr • LiJ· ª;1"'ltºorr~n¡
En en el juicio ejeoutivo msrcantil qne promneve
zAJu como apoder!Mlo de la 8ooledad
pera~••&amp; e
el Lic. Galdlno P . Qalntanllla con I• repr 0 santacl611
00
1
1Dve;1tone11
de
Monterrey,
••"" •
de
uon•
Un• de dlcha8f1nouse a 11a D ..,.
del '8 r. O, D. Fitz Stmmonls, en contra de U J. ee dtoa.ova Estado de Coahnlla., en el ndmero 45 de la oalle deZarago- t6 nn auto que dice:
1 ; compone de cinco pinu 1 11n terreno correepondleole,
Monterrey veintiuno de Abril de mil novecientos
:,;,.
sigalentell dlmenslone1 1 oolindanolas: por el O ri
mide
,catoro,. metroe veinte nentfmetroe y oollnda con la expre t -..oa- nneve.-AI J~fcto ti. (}ue ae reftere deeéle oonoofmten
11 d z
,.. por el Ponit&gt;nte mide ai~te metroe ouaren a csn- to por tres d1u del anterior eecrito á la part~ contrau'!o.e1ro!~Ünd&amp;nrlo eon terreno de lo• herederce d~ Don Jorf:
ria y con lo que exponga se .pl"Oveerá. Notiffqnese.
Black-t.ller por el Norte mtde olooaenta un metro8,
00D -propiedad de la Brlt.a. Angel• Barrera, Jou~ftr t\ ltt~oj a ot:: Lo proveyó y firmó el C. Juez 2º de Letras del Ramo
ooliad&amp; can proplt;dad del Btfior Pedro
ar.
d
Oivll, doy fé. - Lle. Luna. - Lle. J. Garo!a Guajardo,
/ 8 ca Bfl halla 11ltn&amp;da en la Villa de Hne, del mismo ElB
o e
~&amp;hu.Ha y coneta dedo11 p1e&amp;aa oonetrolda• en un terrenoªª~ mi Srlo -Rtlbrloss.
de ouaraÓt-l y OD metros oovent11 oenttmetroa por
ªcit; Lo que se notifica ti. Ud . en esta forma de acuerd?
d al Nórte calle de por m&amp;dto, oon terrebo de
uo. e Po
oon el Art. 78 reformado del Oódigo de Proced1
~uel,.lugar'. a.1 Orleotecon terreno del Ferrocauladlldnte¿n¿;~n:l
M zioauo· S.1 Sor. calle de po, medio, con propiad
e •
~ • mtentos Clviles.
to e811ildafii. y si Poalente oon- 11. de Maolovio Maldon•do; enoonMont.errey, 1126 de Abril de IIIOO. ~ Lle. J . Garcfa
El Consejo de Administración en sesión de hoy
trAndoss e11tableoldo en dicha llnca nn moltno de hutna, que oon Guajardo, Brlo .
o.36.36 acordó
toda ta maquinaria, enseree y demáa anexo11, 8e considera lnoluldo
repartir á cuenta de utilldadee de esta Com1
pafit:a entra los accionistas de la misma el tercer divien
al pdblico, advldténdose 11, loa -lute,esadendo de $ó. 000 e!uco mil pesos A razón de cinco ped
ue no 8"" admlttrlin poetortt.e qoe no cubran la o&amp;ntldait de
,:oo~oo dot nin peeo8 en que fueron vatorbadae, segO.n con-vento
sos por acción .
•
.d. las partes las dos r1ncaa menolonadae.
El pngo ee harA en Ja Oficina de esta Oompafüa ce •
Agenda d,i 1~ Reoretar!a de Fomeuto ea el Ramo de Mfnerfa
e Monterr~y, 19 de Abril de 1909,-Lic. J. Garcfa Gu•Jardo, Srlo
en Llnarea, N. León.
lle de Hidalgo No. 272 desde el d!a 16 de Mayo próxi0.85,38.37.

v¡:!f •i:.i

Sr. H. A. \'arro.

.~:·_J•ua••..Bl::tf~d~

1.!'

,m':c,,

y

colln4ii
t:O
f~º• fºl r

Cía. Minera &lt;Todos Santos,&gt; S. A.
AVISO.

¡:1~:,~bº:~~::er

EXTRACTO.

Expediente No. 480 -El Sr. Jonas Hedlund. de
Bmporla, Kanes.e, E. U. maotfteeta, que en la munt
otpalfdad de Galeana, en un lugar denominado •Tina•
jaeOoloradss.11 en tf&gt;rrenoe de loe Sres. Solla Hnoe.,
Sociedad Anónima .
ex.laten tres vetas de ni.et.alee oobrizos, con veetlgioe
de oro, y con el objeto de explotarlos solicita en pro
CONVOCATORIA.
piedad onatro perteneDnias min6rae. que se medirán
p
acuerdo del Oonaejo de Admlnb1tracl6n de e8t&amp; OJa. V en en un cna.drado de 200 X 200 metros de manera que.
ií!\~~rigen
1 to de lo preveutdo en 101 Art&amp;. 20, 21 Y .ea de los Esta- cnbdn las vetas expreasdae, partiendo la medida de
8 ~ cttt.a. Jos8T;;s. cc::ilonfatasA Asamblea Gene- una boca mina que se encuentra en el logar mencioal ~traordioarJ&amp;. Q¿lil sa verificará el df1' to d13 Mayo p?óxlro
r
u v de la m a.nina en la 0!'98 qu':I fJtmsn f'!iqulna oon as nado. La mina llevará por nombre u Pardue, » y para
~ 1~ 1~eª1z!'JoC Gana y Galeana y se ocupar§. de ,onocer l011 pnn• la medición fuá nombrado perito, y aceptó. el S.-.
toe de ta e1gulente ·
Ing José 8 Noriega, de eeta ciudad. y para snbetanciación del expediente respectivo en la .A genoia se
Orden del Día.
ba abierto el pl&amp;ZI) de cuatro meses oootadoe desde
hoy . Lo que se publica para los efecioe lege.loo
I
E'-leccl6n de la Junta Dlrootin.
· BendlolCin de ooentae de la .Tnnt&amp; Directiva actual Y pre- óorreepondientee.
ll , Hnt..clón del Balance corre8pondlente.
Linares, 16 de Abril de rnoP.~E A. de M . Jo,é V .
IX Apr&lt;ba.eidn de las caen tas que rinda la Junta Dlrectlv&amp;
Norlega.
o.86,36,87
8(1tnal y del B&amp;lance que presente.

eta. Manufacturera de Pastas yGalletas,

=:

mo en adelante y en cambio del recibo correspondiente .
Lo que ee hace saber á los Señoree acci?ntetas por
medio del preeente aviso para su oonocim1ento.
Mont.errey, Abril 23 de 1909.-El Brlo. Juvenolo
Vll!arreal.
o .34,36,86

Cía. Minera Bernardo Reyes, S. A.
CONVOCATORIA.
De conformidad con el artroulo 24, Capitulo IV de
los Eeti.tutoe de esta Oompeñía, BA convoca l loa Srs.
acoiontetaa á Asamblea Oeneral Extraordinaria qne
se veriftcará. el MlércolPs 12 de Mayo próximo ti. les
4 p. m en la. casa No 62 de la ca.He de Hidalgo, para
tr2tar los punt.os que comprenden la efguente:

Orden del Día.

IV. Loa dfmás e.11nntoe que ee preaenten , la deliberación de
la A.nmblf'a.
to

I A omento de ce.pita} social.
II Ona1quier otro asunto de ioterl1eque se proponga el fuere tomado en conelderaoi6n.
NOTIFICACION.
Lo que ee avisa en esta forma á todos loe acolonie•
Juzgndo 1" de lo Oivil. -·1• fracción judicial.--Estado tas, para. en oon"clmtento.
EXTRACTO.
de Nuevo León.
Monterrey, Abril 28 de 1909.-El Secretarlo, Jenaro
Agenota. de la Secretarla de Fomento en el Ramo
Dávlla
o .34,86,36
Sr. Iog. Ancfrés Garza Galán.
de Minería.en Villaldama, N . León.
6
diente N 998 -OoD fecila doce del mes en CUJB(I y slenr!o
En el juicio ejecutivo m ercantil que sobre cobro de
ta E::i:pe de la m&amp;.ñau&amp; BA presentó ante esta Agencia. de Mfo.&amp;snue•e_ "'I r J e&gt;"á Marta' Flores Arri&gt;dondo mayor de edad yvecl- pesos tiene promovido contra Ud. el Sr. Lic. J. Elf'urf6a,el t.b1na11 Hidalgo, aollcUando C.)nc2:el6n de cuatro (4) perte terto Martfnez, se ha dictado un auto que á )a letra
NOTIFICACION.
-no e as mineraa 8Cbte una cat&amp; ó mina ab&amp;ndonada que contiene dloo:
ne~º\ee p'omoaoe con p\at-a y ztno en la fvrma de vetu, que ee en
Monterrey
vetntttr~3
de
Abril
de
mil
novecientos
Jnz:gado
26
de
Jo OlvU Jt fracciOn judicial, _ Eat&amp;do de Nue-.o
I
me ªt a ab1cadaen la Sierra de ll !nes Vlejae, l&amp;do Oriente Y en al
enen 'co!looldo con el nombre de las Vfcflniha ait.o en jnrlad1c- nneve.-Oomo lo pide el oourrent.e en su anterior León.
P1~nt~e este Municipio y ouyaa pertenencia.a se medirAa en la ror• escrito, y con fandamento en la disposición legal que
e n nn cuadrado de 200 x 200 metros quetfando en 8U centro la
A los Sres. Lic. Mauro A. Sep(ilveda y
o•i::ererlda, 81 fundo minero solicitado por el Sr. Florea Arre invoca, oitese para sentE,nola de remate. Notifiqueae .
d:udo, aede11omina "La t,m del ella" y oollnda por todos rombos Lo decretó y firmó el O. Jue;.1? de Letras del Ra.mo
Francisco C. Sepúlveda.
oon terreno llbn.
p
Civil, doy 16.-Llc. Trevlño.-Lle. José Juan Vallejo,
Admitido el anterior denuncio, se manda pnbllaar en e 1 • e- Srlo. -Rtlbrlcas
En
el
Jolclo
testamentario del Sr. Juan Oril!ldstomo Sei,11.lveda
rlódlco Oficial" del Eet11do, por trae vece11 consecutivas y en la tano &amp;ato que en lo conducente dice.
bla de aviaos de eeta 0.11.olna por el tirmtno leg&amp;l Y se nombro peLo que se notifica 11 U d. en esta forma de acuerdo ha recafdo
llonlerrey
11els
de A brll de mil noveolenka nueve. A.ljufclo f.
rito para que mida el fando solloltado al Sr. Joaé Marfa Santoa Gon oon lo dlepuesto por el art, 87 del Códlgo de Procedi- ne 118 retlere'y como
se pide de cooformlda(t con los artfoulos
-dles de 611t.a vecindad, quien &amp;oeptó el carso.
~
y
888
del
Códtgo
de Procedtmtento8 Olvllea cítese Aloe interesa
mientos
Oivllea.
Lo ue ae bace eaber al pdbllco de. conformidad con lo di8A una audlenci~ verbal que tendrf. lug&amp;? al tercero dfa bibll
-pueato :or el arto. 21 del Reglamento de Mlnerfa y para loa efec~ . Mont.errey, Abril 26 de lll09.-Llc. José Juan Va- doa
A las dlei de la ma.15:ana de11pnAII de noUfloadoa 11nrtlendo la olta1,o8 A que 119 oontrae el atto. 22 del mtamo Reglamento.
_
o.35,36 cidn f. la audiencia loa efel"ltoe de oHaotOu para ee11tenota, NotfVUlaldama, Abrll 20 de 1909,- El A, de lf. Manuel F. Trevtno. Itejo, Brlo.
Lo q,aese a-vh,a A loa tntereaados, iian su crnoclmlen .
Monter rey, Abril ~7de lllO!l ......8. V. Ollvare111. PreBldf'nte,- ISa11,ael R.,_Gondle1, Srt(',
O 35.86,87 .

~ doi

NOTIFICACION,

EXTRACTO,

Juzgado 3• Menor Letrado. -Monterrey, N . Le6n .

Agencia de la Seoretería de Fomento en el Ramo
de Mlnerla en Lampazos, N. Le6n.
Ez:1)6dlente NO. 890.-0on feche lQ del corriente f. laa ooho de
la mañanaH ha presentado en eata Agencia el Br, Jeda O, Harl{ 1 •eolu.o de eet&amp; otodad denunciando 7 p,rtenenolumlueraa
una mina que la 8r1a. de Fomento ha deo1ando caduca Y
lln-6 or nombre •Alez Junlou la oua1 contiene plata Plomo Y

.,,'t:¡..;

atno : eetl ottuada en el lomsdo de la Iguana de esta furladlco16n' 1 al lado Norte del fondo minero •Sao Juan de los L•IIOll,1
ou u pertenencias ae medlr&amp;n. en )a fisura de nn polfa'ono con
~o ladOI lindando t,,ea de aa11 lado11 oon el mencionado ?nado
San Ju&amp;11 de loe Lagoe y ano de sn11 ladoa 7 p&amp;rle de otro oou e
fuado mlaero aolloitado oon el nombre de •Santa RtV.. 1 1n1 la.
4oe te11tan.te oon terreno Ubre, y pone por nombre l este denuaokt.
•Arpatifdrt. • Admlttdo el auterlor deaWlCrl.o ae manda i,abUoar
ea el •Perlódloo OB.otab del mstado por tre1 veoee 1eguldae 7 en
la, i&amp;bla de avtaoe de Nta Agenola por un mM, 1 11&amp; uombrO perito Jl!lr• la medida de eate fnndo al Sr. l!lplsm1nfo A:,ar-,oltla de
_ . no:tndad q_ulen aoept6 el nombramlenlo.
•
Lo qu .., haoe ub&amp;r al pdblloo lld'flrltú4oN que 4..Sa elte
fecha Nabreuuplasolmprorrcg~btede=cuatto meNI parata~
•ttafecl&amp;l del Jkpedienle en Nla Apllola.
l,,ompune, AbrllIOde 1--B. A. D.11(.-.l.

i

Be":;..,_..,.

Lo d801'et6 y firmo fil O. Jnec 2Q de Letras del Ramo otfé, - L!c. Luna.-Lfc. Garcta Guaj&amp;rdo, Srio.-Bdbrlou.
Lo que t1e notifica f. Ud, fin esta forma, en cumpltmlenk&gt; de
lo dlapuerio en el arto. 78 del Oddtgo de Prooedlmtentoe OlvUee.
Monterrey, 20 de AbrU de 1909.--Lto. J , Gatt:fa Guajardo,

ff oaae

O.Sli,86,87.

Brlo.

0,84,iili,

Sr. William S.Berry.

REMATE.---r~ Almoneda.
En el Juicio ordlnarlo civil que sobre cobro de P, ·
soe sigue en contra de Ud. el Seiior N. P. Segovla
:U&amp;pdo
29 de lo Civil lt fracc16n judtcl&amp;1..--Eatado de NMYO
apoderado del Sr. Emilio G. Gntlérrez h•y nn anto Le6n.
que dice,
El sl1uteute dfa UbtJ al de la 1\ltlma publlcacl.611 del preMn•
Monterrey, doce de Abril de mil novecientos nne- &amp;e a.deo
11, laa dfes de la maiiana, tendrf. •ertt'lcatlvo ea el JncaJ,
ve .-Deee la demanda por contestada en sentido ne- de eet.e Juzgado, el remate de loe blenea embarpdoe el Sr. Antogativo y ábraae este juicio á pruebae por velnt.e dfse nio o. Boddgnez, en el Jnfoto eJecnttvo mercantfl que ea su con~
e1guf6 el Sr. Lfc. llianel Clrilo oon poder de los Bre,. E. B.,..
comunes é Improrrogables para lae part,ee (arte. 1044 tra
mer y Ola. 8001.
,.
y 1080 del Código de Procedimientos Civiles. NotlfíLoa bteoee 1100 lot sfguientes: Un cubon.tador oontJauo para
queae . · Lo deoret,6 y firmó el C. Alcalde 3° Menor brlcar aodas; Una máquina para tapón oorona; una armac6n d~
i,ara. labontorto; Varloa deptkdtos J acoeaorf&lt;:! d o~
Letrado: damos fil -Llo, I. Dávlla.-A-Federlco Gó- mostrador
rnlama Fl.brioa; Una mAQntna para lavar bot.e11a, -'00 oa.,..e 6
mes García.-A-Martln A. &lt;lonlátes.-Rdbrlcas .
dooenu de botellu· Un aparato para llenar aifonM.
Dnn.nte el tt1rmi110 de Ju publlcaolODMI y huta la hora del 111•
Lo que se notifloa á U d. por cédula en la puerta
mate 11t1 mb:tlsttarin por eat• Seoret&amp;rfa lodoe loa datoe qoe ..
del Juzgado y por dos veoes en el Periódico Oficial, aoJtct'ten,
en el oonceplo de qne no 18 admltlrb ~ i
el ,_•. . ao
oomo lo díopone el art. 78 del ordenamiento citado.
cubran taa doe teroeru: perles de la OU1tidad ele Dlll r 11 J"crtla-.
Monterrey, Abril 26 de 1909.-Llo. L DAvlla.-A- ko peeo11 en que faeron a.alnlM!oa loa maolonadol-bfeutailr1o
F. Q6m81 (¼anda.-.1.•Manfn A. Golldleo.

o.36,36

lloD.terrer, Abtil20de1808--Uo.l. O.ridaGua o.M,-..~

�PERIODICO OF1CIAL

8

PREGON.

EXTRACTO.

EDICTO.
Jurgado de .Letras de la 6• tracción judicial. - Vtllal-

dama, N. León,

J.genota de la 8ecretarfa de Fe.mento en el Ramo de Mlnerla
en Linares, Nuevo León.

Presidencia Munioll)Bl,-Montemoreloe.---.N. IAlón,
Ei Viernes, 7 de Mayo próximo, á lae 10 de la ma.
ñana y en Al local de esta Pruidenow, se venderfl., en
subaet.q, pt1bltcil, un fot;;&gt; re tenPno para sola? í1A los
Ejidor. d" este Munlclpi", sltuA&lt;loot.f'l bsr1io de ~ragozs r.on nna superficl~ da 3 424 mFtrol! 42 O C;8r,tf.
met~cs onedradoe y b1-j'l las signter.tes o:&gt;lindandss:
por el N,,rt;&lt;&gt;, calle df' por m,dto, t •rreno de D . .Anaa.
taoio M·· rtícer, por el Su·, OAmillo de Isa Arljur,tae,
por ei OrlentA, 1 al'e ds Morclia, y por el Ponient.e,
()lll!e ele Q•1 nétaro.
Lo q·Je stt es ptblit'.a pam quelse peraonae. que tengan tnooreeP&amp; en el krr,.no du!crlto. pasen á hacer sus
postoras cr:.n oportuniélad,en 111 int.ellgenc\s, deque ea
tae no balario de la suma de '68 ó2 ct9. precio fijaoo
como base pnra rem~te, t.eulendo el derec·ho del tanlio
el poseedor D. Ag~ pil;o Garza.
Montemoreloe, 11! de Abril de 190ll.-Arnnlfo ~
langa.,-Clpr!ano Ord6fiez, Srio.
o.32,33.84

Espedlente N• 479 ,....E\ Sr. Ignacio Artrnga LR.!u •n•
te, de Monterrey. solloit3 eels pertenencia!! mint:ras
en lB Manlclpalicad de Galerna, en la &lt;'neplde del
oerro «El Briacho ,• frente al rincon del •Gatc-» eobre
unas vdae virg,;,ne11 de zinc con ley de plomo y plaoo,
que oorre.n de E á W. y son contlnne.cí6n de las que
paa,m pnr l" mlua •LR Sultana• en uu peralel6gr~mo
de 300 X 200 mf t 03. abarcando oorrenoe de los Brea.
Juan Pablo de León y Alll'8liano del mismo apellido,
y quedando como li00 metros al Orlentll de la mina
«La Sultana,• Peta mina se llamará •La Plebeye1.• par11
9U medición fu6 nombm.do perito y aceptó e~ Hr. Je
mael W!nfleld. de Monterrey, y para la euetanclaol6n
del expediente reepsctll'o en eeta Agencia ee abre un
plazo de cnatro m8t!ee oont.adoe desde hoy, lo qne se
EDICTO.
para lea efectos !ellftles correspondlenl',e@ .
Juzgado de Letras de la 7! fracción Judicfal. -MontE:• publioa
LtnaaP.s, 13 de Abril de 1909.-,E. A . de M., J()eé V.
moreloe, N. León.
Norl«'ga.
o.31,86 3fl
Hoy se r11.dlc6 en este de mi cargo el juicio de lntretado del Sr. Tiburcio Remos, vecino que fné de eetll
Oindad.
Lo que ee pt1blfca en f8ta fe,¡ ma, á fin de que las perNOTIFICACION.
onas que se crean con derecho(¡ la hflrencla se r,reJuzgado~• Menor Letrado.-Monterrr.y, N . León.
lUlfll\1o 2o de lo 01~11.- 1~ rraeol6njo11clnl -EJhdc da N Le&lt;ln.
Bl'nten á éedocirlo dfntro del término que fija el art.
1685 dt&gt;I Cld go de Procoolmtentoe ''lvlleei.
Al t,r~ero tlf" b§bll dPspnl'a de ?fl 1lltlma publfcacfón d•I pr~
Sr.
Blas
S
.
Herrera.
•nte, f&gt; la,, dlu de la m, ñ "'ª ,,, v~r IIJ.rll E'n ~, Jcc•I dA es,., h•
Montemorelos, 16 de Ab ,i} dEI H09 -Lio. L. Oantt1
En E'l jnfolo vl'rbal 01."dinorlo que sobre cobro de gado el r, m•te d a Jr., bl,rts HI b••g\dre •IS•. D. Orf~pfn G~r~fa
Gza.-A-.Agapito Gil.- A-ErnEeto V. Oantt1.
en el juil'llo orllldsrlo merrRnttl a,bce ro1'•o de ¡,••os qu• ,·gulO
O. V 82,35,38-165 pe~os, Ffgoe N P. R.&gt;govle romo apode!'lldo de la Srs. en en ooi,trR la soofedad ODA 1Jtlra en esti; Ch,dad b• j , la Taz~n eoAdeli, Se.ntoA dfl Sán"h' z Olivo, fD centra de D, fin clal ..JoqTl F, Oarza y (;fa n F.-.i, 11 bienPs "&lt;-U h,1' 6ru.;.~8 F'g 1it't1t&amp;e1
Un terreno au San .Fra:nclsco de A¡,odaoa de sesent.. y doe meSara Reyes, á quien Ud. repre11enta hay un auto que
tros 0&lt;b· nr1t y eme,~ Ct-nt:m~tro• p(\r c-a&amp;rPn!t' y un I.Tlf•fros IJO.
NOTIFICACION.
dlcA:
vent&amp; oenúm+-.troP, vaioriiudo ccn -..odt.i.!! i1tfli m,j .ras quo c.-&lt;'t1Ut-n~
Monterrey. á once de Marzo de mil novecfontC'e qne son dos j &lt;.1cales, ooclna, noria y derecho t, l&amp; mitad de et-re.
Juzgado 1° de lo Civil.--1• fra.cci6n judicial .--Estaco de
nusve.,-A1régueee la rnrta l)odn presentada pcr PI (aoria, en $436. 40 o•s.) Un t sTreno en esta O'u1ad en el Rerneble
Nuevo León.
Su.r de d!eclo&lt;ho metros cuatroclentoa trel:nta y eele mmmeSr. BIRs 8. Herr'1ra téngsede com'&gt; 1.1porleredo de la ele!
tro•. J)('lr treinta y tres metr&lt;&gt;s olnr.uenta v doa oentfmetros, ~n ~~-•
persona que indica y ent'éndsee con él los snbsecnen- ($38\. 84) Somandoambo•. ($768 24 ote.)
Sr. Lázaro A. Lozano.
que se baoe R&amp;b!r al pllbllco para que las p,reonee qu" deEn el julo(o ordinal'ln mercantil que en en &lt;',0ntra tfs dl'igPnciaP, dE&gt;ee la demanda por C(lnl;reta&lt;la en a,enLohacrr
post ursa"" p reaei,tt&gt;o &lt;&gt;P&lt;'tlu0&amp;me11te En la fntel'genl'ii;rue el Lfc. Lázaro N V!i'at"real como apoderado del Bf•ntido nE&gt;gatlvo y ábrr.ee este juicio á proeb6s por of&amp; df'qoe la I&gt;' ptura lfgal !a coEetttayen Jaa dos hiroersa partt'a
Sr. Domingo Valdés Llano se ha dictado el auto el orho dias comunes 6 improrrogab!E-9 e1&lt;ñslán.dcee el d•l n•lóo de r, f renola , y de que en la Secretoria del Ju,gado ee
quinto y el octnvo á las ou6tro de le. tiude, i;mbce mtullltrsd.n f. quiº"'ª Jo d searen los datos que pldlertn '1 oone.
gulente:
ten en el Juicio aludido.
Montl'rrey, Abril ocho da mtl noveclentce nnevi&gt;.-- rara recibir las pruf'bos dFl actor y dfmand11-ilo reeMont1,rrey, Abrll 14 de 1U09.-Llo. J. Garcla. auaj~•""• fl•&lt;rotaAena &amp;ntecedentee y e mo pide cft, Sl" pare. srntfn- pootlvamentA&gt;, (art. 1044, 1050 :!el Córllgo de Procedi.
~~~
mlentne
t.:ivltee)
Nc.tifíquPso.
Lo
deoret6
y
firmó
el
- ola en nrtícnlo. Notltfqnese. -Lo decretó y firmó f'I
11.
Alc6ldA
3?
Letrado:
dimo,¡
16.-Ltc.
,J
Oá
&lt;•
i
lf..
-A0. Ju&lt;-z l\' df' Letras dt-1 Remo Civil: doy ffi.-Lfo.
F. Gó:nez GncfB.-A-M. Ooozáln --Rt1brical'.
TrAvlño.---.L!c. José Ju'\n Vallejo, Rrio.,.-Rt1brl&lt;'!l8
Lo que il'3 h3CA P.aber á Ud. por mfloio del Periódico
Lo que es notifica á Ud. en eet11 fnrmP. en cmuplfEXTRACTO
mient,o de lo diepu.,st:, por el a1 t. 78 del Código de Ofloial como lo dispone t-1 art. 78 del Código de Proce
dimlentos CivllfB.
Aet&gt;ncil\ de )11. Serr~taría de F.:mento. -En el Ramo
Prooedlmlentoe Civilf'e.
M,,nt,"rrPy. li 7 de Abril de Hl09 -.Lic. I Dli.vfa. de r.1.lnería en Villalckma.
Monterrey, Abril 21 dc&gt; :1909 -Lic. Jesé Juan V11llejo, Srlo.
o.34,16 -A-T. Gómez Garcfa. A B. Pa acice.
Expedlente No. ll97. Con f8' he primero del mee
o.84 35 en C!trao y siendo lae once de la m ña.nit,{eo p~ri;,,ntó
nnte E6ta AC\'encia &lt;'e Mlnerill, PI s~. M"~cbor Z·~_¡.ec"la
mnyor ~e ed&amp;d y Vfcino de Sehlnse HidD'go, PollciEDICTO.
Rep11blica Mexlcr.ua.-Preeidencia .Munlcips.1.tendo 1Jscce0iOn de quier.ce ( 16) perto1et.olE6 mine1
Juzgado
2?
Leca!.Ga
eara,
N.
León.
Mont-errey, Nuevo León.
ras eobre v0rios m ~ntoe y vetae de metales fE'r?l'glPor ruto fecb&amp; cera lle Dicirmbre pr(ximo l aead , nnere con pkrn·,. pkta y 2!11c. que ee encuer.trsn en
De conformidad con lo diepueet'&gt; en el artículo 2.5 y
en Pl 670 del Códl!lº Civil vf~ente, se hP.ce eab"r al y p rr dieposloi6n df'l C. Juez dEI Lf.trea ea merdó rn el fondo r!Al Rtn&lt;'l'n de Ll!.s Tiri&gt;j· e sito en la Sf('rra
pt1blico, que en la Tc&gt;e~rerfo. Municfpl\l de uta ciudad &lt;l!l'11r en "ate JU1g11do el Juicio de1 IÓte&amp;t m cntrrfA d11 Santa Olara de ,ata Mnnfripallded y P.n f-1 pnntodf, Sr. Rafael CharlE'e, vcch:o que fué do €Bt&lt;1 "hlru: i conocldo pe r mPsa Me.d'qu1 fla y e nyfs pcrt..-n .. l'clas.
f'xiate depr,s'.t.'ld!l la Fma de $64.38 cte. (sc,eeñta
se medJ,.lin en la forma oe nu &lt;UAclrflc,ngo de GOO me
cuatro PE'BOi! treinta y e.cho eentavoB). procedente dE' oipa'ldad 81'1 A} renchr: d~ lol'I B11ncfB.
Lo que se h11ce r11b&lt; r A kdce 1~ e person11A qT1.e e(• troe de OriFnte á 1'01:lent,&gt;, por 300 mf Í-l'CB de Norte
loe sobrantes ef,·ctn11d&lt;'e duro.ntfl los meefe de Jnllo
y AgC1sto del pr¡,sent.EI f.ño, por i~s caslle de E'-mpflio &lt;'C'Dfirlenn oon d,i,recho á la herencia de ó!l-bo finsdo á. Sur PDrndmadsmente. El fundo minero eollcilado
denominadas •Mont9fl11. de Pleded», «Ohihui;bm», •ÚI ~ fio d P que ccurr&amp;n 11. d6dU'·lrlo dentro del término por el Sr. ZepPda, ee denomina •El EdE&gt;n» y collnd~
Banrai,, •Favorlte.», •Fénix,, •Surtidora», •Monte de que flja el art. 1660 del Código de Procedlmient-0e por todos rumbos con tf&gt;rrPno libre. teni1&gt;ndo cr mo
puntne de refnencla : al Snr Estil la •mina lleml\da
PIE1d1:d de Monteney». y Sucursales nt1meroe 1 y 2· en Civiles.
GRleana. l[Rrz,1 9 "e 190!l.- Fran&lt;&gt;l'&gt;CO Oort6e Mar •llll Vaecc• y al No1 t a y R•te los fondee mineros •El
el c1 nc~pto de qnq, i;,i tranecurriuoe sets mesE&gt;e. ~cnPorvenir• y •La Epoca» r repeotfvsmcnte.
tadca dfsde hny, r:o e, m¡:n;¡recif-re psrsc na alguna. á tfnez .......A-Pe.blo V. Solfa.-.!-Joeué R r,yea.
Admitido Al ant.9rior denuncio, ee m anda pnbliC'ar
reclamar oon justo y lFgftfmo tfttilo, lse exprE'88dee
O. V,32,86 ,38 166
en el Periódico Oflola\ del Estado, pc,r tr-"R veces oondf'm11efn11. se lea mandará ingrEsar en la R~caud11ci6n
eeontlvae y E'n la tiab'a rle avisos de s11ta Oftclna por el
de Rentas MuDicipal, s de E'ste. cindc1d. de acuerdo
té~mlno l1&gt;gal y se nombró peritó p ara que mida el
con lo preceptuado en el c!tado ertfonlo 26.
fando BC'llcltadc,, al. Sr. JOl'6 M~ Sant-oe Gonzaln da
Monterrey, 26 de Dic!E:-mbre de l907.-P. C. Mart1
CITACION.
est&lt;1 vecindad. quien acPptó el cargo.
nez....._B. R11mtrez A.uguiano, Brlo.
L,., que eA heoe ev ber al plb'fco d&lt;l ronfor mida&lt;' ron
86S788-h 27-Abril
/u,q-llo /tA Letraa de la 2, f,aooi6n jadlclal. - Caderelta Jlméne:, Nuevo León.
lo ñiepm&amp;to p , r el art 21 eel RPg!P.mento d&lt;' MiA l&lt; s !'•1-,. Guadalupe dP Le6n. Luolnda MIH, viuda de D9r1s Y pa•a loe ef ct-&gt;s á que ss contrae el ert. 22 del
LfóD, Em'g iln Cavazoa y Oeooblo Alsnf•.
mRmo RA1?l11mArito.
EDICTO.
En el ju!c' o ordinario promovido por Ju,n de 'a Orui Ra&lt;lrf,
VlllaMima, AbrU 7 de 1909,~El A, de M, M•nnAl
Juzgado 2' f'onetltncfonlll.-Arramberrl, N.Le6n . guez como apod.,rado de Pabl&lt;&gt; Afoy&amp; y campa•~" " contra vult:,
o.33.34.86
poseedcrf8 de !erren&lt;&gt; en LampacltO!!. eobre entrega dd mlem&lt;' F. Trevlfio.
Con fecha veint.itrés de M~rzo ¡,r6xlmo pasado se
rndlcó ,m Hte Jr-z~11do dP mi cargo el juicio de fntes
t.ado á bines de la Rrfi&lt; ra Oltcfas Rodr1guts de Villa·
rreal, viclna que fn6 de eeta Villa.
Lo que se pt1b1ica er, Esta forma para que las perso1las que oe crf'an con dertcho á la h1,rencfa ee preeentt,n , dedudrlo dentro del término que fija el art.
1686 del Oódlgo de Proceólmienwe üivilee.
V1llaldema, 10 de Abril de 1909.-Lio. S'm6n Gua
Jardo.-A-Mariano $antes Treviño.-A-Josá B. Villarreal.
o.v.82,36,88-166

PREGON.

"°

ª"'

Demasías.

y

Sr. Camilo Alamillo.

l&lt;~n la causo. qne se instruye en este de mi cargo oc,n
tra Julio Reeendf;,: por injurias. con esta fecha se ha
lilllndado eent9r un auto qu0 á la 1, tra dice:
Arramberrl, .\brll diez áe mil novecientos nueve ,Como lo dispone el C. Juez de Letras en en auto anterior y neeecltándoee en estil Jnzgl\do la compare
cenefa de Oamilo AlamUlo para la prát't!Cll d'I dlllgenclae en mutarla crlminAl, cítEse por medio te edictos
que se publlcaráu en el Porfódico Oficial y recomiende
se á la pollcie. de la lccalidad averlgne el paradero df'
conformidad con lo dfepneeto en t-I art.fc:ulo 231 ~"I
06dfgo de Procedimientos Penalfs El O. Joe6 W
Orozco AlcaldA 3° Snr,lentt&gt;. lo decretó y tlrm6: ilAmos
f(¡ -José W. Orozoo.,...A-Modesto Torres .-A- V J
Pouae -Rt1brlcse.
Lo que se manda publicar en esta forma en cnmplimien
~ del auto inserto.
Arramberri, Abril 10 dA 1909 -José W. Orozco.-A
-Modesto Torree.-A-V. J. Porras.

ae ha dlol.6do el auto slgulente
'
Oaderel(a Jlm•ner, 11.oP de Abril da mil nonclenl&lt;&gt;a nu9~e. Al
Jnlclo 11, que ea nf,ere, teniéndose &amp;.l Sr. Hllarfo AJanta por ,xtml,
,lo d,I cargo de repr,sentante oomón de loe dflm&amp;nd~dos. y como
se pide cftese f. loademandMloe qne ss mencionan para quedf-ntro de tres dlaa de•pu6• de la ffltlm&amp; not'f oacl6n, nombren dentro
de ellos un reprHent.t.nte comdn 6 proonrador judicial qoR loa,,.
nreaente en este jnlc'o. &amp;percibidos que d&lt;' 110 haCfrl&lt;' 10 harf. el
1o7g&amp;do en so nombr", conforme 11, lo dlspueoto eu el arto. 44 del
r (!dfg~ de Procedimientos Olvlle,, y por cuanto 11, que ae Ignora el
dcmlcfüo l!e loa Brea. Gua.dala-pe de León Luoluda Mler vlud&amp;
de teon. Emlglln Oav,u&lt;ia 1 c,uoblo Alanla, Mg"llt'llea Ía cltsclón Por medio del •Periódico Ollt'la!o •Voz de Nuevo León • y por
cédula •n la puerta del Juigad", de ecnerdo con el Brt.o' 86 IIRl
mencknado C6d'go de Prcc...Umlentoa Olvllee. Nofff'queae. Lo
decretó Y firmo el O. Ju•~ de L•trsa lnt~rlno &lt;le la .i?f fraco16n judlc•al: d~moe fé - I.•c. P&lt;'lloarpo tior!llee,,-A-Snan Balleateroa.-A,JoE6 D'lrll,n.- Rdbrlcas.
Lo que •e publica en •ata forma pare c¡ne comparezcan den~~~
•lgolentes f. la dltlma pub ioaol6o, á nc,tlflcarse

~:iY:a!~~-

Oader,l\a Jiméo•z, 12 de ~brll lle 1909.- Lic. Pollcsrpo More.
les -A-1,ath B•llesteros - A~ 1oré Durf.o.
.
O. V. 33.84,31&gt;-165.

Cervecería Cuauhtemoc, 8. A.

Por acuerdo del Oonsejo de .\.dminlstrnción se ccnEDICTO.
vcca á ks acoionist!IB de eetll Oempañ!a á AsamblEa
Juzg1uio de Letres de la 2• fracción judicial.-Oa General extraordinaria para el día 10 de Mayo próximo, á ln1 3. p. m en el domicilio eoclal , para tratar ydereita ,J1ménez, N. León.
En el juicio f;tlatnmentario del Sr. Francisco García resolver:
Villafranca, se ha dlotado por este Juzgado tl auto
Orden del Día
siguiente:
Aumento
de
capital
social.
0,1derelta Jlménez, ocho de ! brll de mil novEclrnMonterr&lt;'y, Abrll 20 de 1P09.---El Seoretarlo, José
toe nueve .-.Por presentado con el testimonio de t•so.33,34,86
tamento púb'lco abierto y certificado de defunción A. Mogur,rza.
que se acompaña. l'adfqnese. en este Juzgado el juido
testamentario del Sr. Francieco Gal"cfa Villafranca que
A0 dennncl!,. dese el aviso ordenado por el art. 169 de
la Ley del Timbr;,, pnblfqn.,ee este auto por tres veCONVOCATORIA.
ciis coneecntivae en el Periódico Oflclal y La Voz de
Nuevo León y eltándose Uoe herederos y dE&gt;mee lnte
Por acuerdo del Consejo de Administración de este
rasados á una junta que tsndrá lugu á Jae diez de la Ofa. se convcca á lee Srs. accionletae para Aeemb)u
mal'iana del deo'mo dfa habil despnes de hecha la t11- General que tendrá lugar el dia 8 del entrante mee de
tlma publicación pare darles conocimiento del testa- Mayo, , las o p. m. en la casa :i,-o. 84, calle del Dr
mento y ncmbramiento de albacea hecho en el miemo Mier. bajo la siguiente:
por el testador (arta. 1657, 1669 y 1670 del Oódlgo de
Orden del Día
Procedlmlent-os Olvtles.) Notlflquese. Lo decretó y
firmo el Juez de Letras lDterino de la 2• fracción Unico. - Dlecutlr y resolver sobre una propoeiol6n
qne hacen para tomar la mina en arrendajudicial: damos f6 -Lle. Polloarpo Moralee,-A-Jes11s
mlendo.
B•llleeteroe,-A-Joaé Dnrán. - Rdbrfoas
Se suplica la puntual asistencia por tratarse de
Lo g_ue sff publica en cumplimiento de lo mandado;
Oadereita Jlm6nez. 8 de Abril de 1900. - Lic. Poli- asnoto lmport.nte.
Monterrey, Abril 19 de ll/09.-El Sdo., A. Martf.
carpo Moralee,-A-Jeeds Balleeteroe,-A-Joa6 Dnrán.
o.83,34.35
o. v,34,35,36-166 nez Cárdenaa.

Cía. muera ·'Providentia y Juárez'' S. A.

Cía. Minera &lt;Topo Chico,&gt; S. A.
l:.VHV1EU SEGUNDA CONVOCATORIA. 1fl3f,ff!A,
No hP.blendo verlftcádoeP, por falta de quornm la
Aebmbiea Genflral Extraordinaria de esta ,., mpeiife
citada para ~l dfa de hoy¡ p('r acuerdo del Oone&lt;jo d¿
Admlnletra016n se convoca nn;\v&amp;mente á loe Srs.
acolonlstae. para quq (l(lncunan á la qus se &lt;'lf, ctaarfi
Pl dia 2 de Mayo prll:dmo 11. b!f:t !I a.m . en la •Bolsa
Mlnern» calla de Dr. Mier No 84.

Orden del día:
Unico.-Diacutlr y apr,var, al ha.y logar, las proposloionee qnA se h t c ~n para 01 arrendamiento,
de In mina !1e esta Oompüflí•.
~ont:;rrey, Abnl 18 de 1909. - Anre1iano de L.-6..,,
Bno.
o.3334,S.5

Cíá Hinera "Providencia y Juárez,'' s. A:
CONVOCATORIA.
Po-r acuerdo del Oonse,o de Af.minletreclón de esta
Ola. se oonvooa áloe Sri.'. aoclonistas para 18 .Ae»mblea
Goueral e rdinaris que tendrá lug11.r el cía. 8 del entrante mee de ~e.yo á lae 4 p, m. f'n la ca9a No. 94.
calle del Dr . .Mu,r, bajo la siguiellte:

Orden del Día.
1~ Informe de la Directiva.
2• Ioforme del Comisario.
3• Presentación de cu ntes para eu revieion y

aprovsclón en eu CA&amp;o.
4? Nombramiento de D'rectoree y Comisario.
Montem•y. Abril 19 de 1909.--,EI Secretarlo A.
.Mart!nez C§.rdenae.
0 . 33 34,~
0

o.

lMPRENT_.4 DEL GOBIERNO, EN

p ALA0IO.

ll&amp;ICTO&amp; Y .UIINISTIWOB.

A, Brondo Whitt.

�</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 35, Abril 30</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>TOMO XLIV.

Monterrey, .Martei, 27 de Abril de 1909.

NUM. H4.

f?_eriódico 0ficial
DEL GOBIERNO DEL E.ST ADO LIBRE Y.SOBERANO DE NUEVOHLBON.
---·•·.... - Las lBYBS, los decrBtos y dBmas disposiciones superioras, obli[an por el solo hacho des6r pnblic1das en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 d e Septiembre de 1908.

Responsable l a Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES, -Este periódico se publica los l\lártes Y
Viérnes de radasemana.-Vale la s ubscripción CINCUENTA
CENTA VOS al mes en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelan-

tado.

CONDICIONES.-EI número del día vale DOCE GEN.
TAVOS El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

Tercero: del Instituto de Cienc~ as y ·
Artes
del Estado. -$200 oo cs.
En la presente semana.
Quinta. Los trabajos deben ser inédi2° de lo Criminal,
tos y escritos en castellano.
Sexta. Además de los premios anterioLrc. EsTEBA!&gt;l E. GuAJARDO.
res, el Jurado otorgará un accésit en cada
2~ de lo Ch il.
tema y hará mención de las composiciones
Lic. ROQUE DE LUNA.
.
que á su juicio lo merezcan.
I nstitnto de Ciencias Y Artes del Séptima.-El c. Gobernador del EstaEstado tle Oaxaea.
do entregará los premios á las personas
-1que los hnbieren obtenido, en una solem- -- - -- ·- -- COKVO0ATORIA.
ne Velarla Lírico-Literaria qne con este
Monterrey, Abril :n de 1909,
Para el Séptú,w Concurso Oentifico-Lt'te-1 fin organizará el Instituto de Ciencias y
rarzo, dedicado al C. LIC. BENITO Artes.
PHOGRAMA . .
0 ctava. En el caso de no poder asistir
7
B etzemerzto
, . ue
,J
A menea.
. .
JUARE,,,,
.
. .
personalmente los autores que fueren
(2ut1 el R. Ayunla,mento de esta lajttfll,
El Instituto d e· .
A
d ·1 premiados-, nombrarán en debida forma
.de amerdo ron el C. Gral. Jefe de lfls l,"'
e
iencta~ Y rtes e
,
,
,
,,
..
.
,,
.
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, dts,1to ,,,. r,stado de Oaxaca 1 pararend1r un hnmena- un rP.presentante a quien se le entregará
~ 1J ,nas en ._,, 1 ,,,0 ~t1'
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r lt.:c • d
d . .ó
. d 1 d' 8 d
/Jara solemnfrar el ){l ¡;¡¡ A1n','trsau·o Je re a m1rac1_ n y grat1tu ' e ta I , : el premio correspondiente.
.
dcl.r;lorio.)o tri'u11jo alcanzado en Pue- Ju 10 de est~ ano, al salvAdor ~ BenemenNovena. Con toda oportnmdad se da~,,.
..1
,,,:
l E•
to de la Patna, Lic. BENITO JUAREZ, ha re- , ,
. .
bta. el 5 dt• JY.1ayo ae 18u2,por e ,;frci- suelto, con aprobación del Ejecutivo del rana conocer, por mt.:d_10 ae la prensa, 1.os
to RejmbliráHo que mandaba en J7e, l'I Estado, abrir el Séptimo Concurso Cien- ¡ nombres rle las compos1doues que hub1eiluslrf' Geueral (1;11ario Zaragoza.
tífico-Literari0 entre todos los alumnos y ren s1 o premiadas.
alumnas
_de los Co~egios de Instrucc!ón j Libertad y Constitución. Oaxaca de
1.-El próximo día 5, al rayar el alba,
secundaria
y profesional de la Repúbhca, Juárez l\Iarzo I" de 1909.-El Director ·
será izado el Pabellón Nacionl en lodos
conforme
á
los temas y bases siguientes: 1 Aure!z~1 ¡ aldivieso.- El Secretario, En:
Jos edificios públicos, siendo saludado con
salYas y repiques á vuelo y por las banTEMAS:
nque C. OHucra. •
&lt;las y músicas militares, que, despren·
Primero. Poesía. Oda á la Reforma.
uiéndose de la P laza de Zaragoza, recorre•
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál
rán las principales calles de la ciudad. di será el mejor plan ,, e estudios prcpar ato- LoR Xtwro~ (Xldigos del Estado.
rigiéndose e n seguida á sus r espectivos rtos
. ?....
Uigencla y venta dt los mismos.
cuarteles.
Tercero. Composici6n en prosa. J uá,
II.-A las doce del día, se repetirán las rezno trabajó para u n partido político, siHabiéndose con clui do la impres·óa de
salvas y re piques á vuelo de qu-3 habla el no para ~1 P ueblo Mexkano.
los nuevos Códigos expedidos por el H.
artículo an terior.
Congreso del Estado, que deberán empeIII-De 4.45 á 6.45. p. m. h abrá en Ja
BASES:
1ar á regir el día 1 9 de }Jayo próximo, se
Alameda " Porfirio Díaz" u n paseo que se·
P rimera. Desde la fecha de esta Con- hace saber al público que desde hoy qnerá amenizado p &gt;r una de las mú-icas mivocatoria se abrirá el Séptimo Concurso da.o á la \·enta en la Tes~rería General del
litaras, que se 1111\ndará establecer en el
Científico-Literario, y se cerrará el día m1s1:110 E:s~ado, al precio de $ 2.00 cs. el
.%'5calo Central.
30 de Junio del presente año
C~d1go C1y1! y de$ r.50 cs. el de Procedi•
IV,,--A las seis de la tarde, se arriará
Segunda. En el referido Cor.cnrso só- m1entos C1v1les.
•
el Pabellón Nacional haciéndose los mislo
pod.rán
tomar
parte
los
estudiantes
de
l
S~
ad_vierte
á
gnie1;1
~~~n,sp0nda, la conmos honon s que al ser izado.
ualqmera escuela de la Repóblic:i. sea ó ven1enc1_a de la adqms1c1on de estos nueV-En la citada Alameda " Porfiri &gt; no oficial.
'
1 vos ( 6d1gos, porque ellos comprenden imDíaz,'' se efectuará una. serenata de ~ á r 1
Tercera. Los concurrentes enviarán porta~tes Y fundamentales reformas á los
de la nod1e.
sus trabajos al Directc,r del Instituto de antenore~. como son las de dar personaliVI - A las 9. p. 111. se quemarán vistoCiencias y Artes del Estado empleando dad legal á las mayorías de las comunidasos fuegos artificiales en la misma Ala·
dos sobres; dentro de uno esta;á la compo· des Y adoptar la libre testamentifacción.
meda.
Se suplica á l0s vecinos,que el d_ía men• cición firmada con nn lema, y dentro de
cionado aseen el frente de sus respectivas otro, la boleta de ~atrícula que acre¿i·
al autor como estudiante. En el extenorj · --- -~ ~
_~
•
casas y lo ilumint-n por la noche.
de este segundo sobre estará escrito con
- -- - :Monterrey, 20 de Abril de 1909.-P.
C. Marlínc::.-B. Ramirez Ang·uia,w Se- claridad ~ema adoptado para distinguir ''BERNARDO REYES, Gobernador
la com pos1c16n.
.
,
. .
Constüucüma! del Estado L1'bn· i• 5 0 •
cretario.
Cuarta, Los premrns seran los sigutenberano de Nuevo Le6n á ms habitantes
tes·
,
· .
.
hago saber:
Nuevo Giro Industrial.
Primero: del Gobierno del E s tado.-Libros científicos 6 literarios,
q ue eu uso de las facultades que al EjeE n la sección corres pondiente s e publiSe undo· del H A
.
d
cuhvo confiere la Ley número 16 de 21 de
ca hoy el decreto relativo á la exenci6a de
.g
•
• y untamiento e esta Octubre de 1,907, decreto:
impuestos del E st ado y Municipales con- Ca.pita1.- $ roo.oc cs.
Se concede al Sr. Pedro Lambreton exen
JtE:ES DE TURNO

cedida por el Gobierno al Sr. Pe ho Lambreton, por el capital no menor de . . . .
$ 8,000.00 cs. que invierta en el establecí
miento en el punto denominado la C;eoeguilla, jurisdicción de Santiago, de una
fábrica de aguarrás y colofonia,
__

PERIODICO OFICIAL.

ª

·a

GOBIERNO DEL ESTADO ·

e!

•

�PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL.

2

que en la Comandancia de Policía se eo- autor de tal delito, con su propia confesión
contraba un hombre herido, se constitu- judicial que reu ne los requisitos legales
y6 en aquel establecimie nto y di6 fé ile para hacerprneba plena artículos 154,415,
que Primo Sánchez pre.eutaba des heri- 423 y 424 del Código de Procedimientos
das hechas al parecer por instrumento Penales.
punzo-cortante, situadas, una en el metaConsiderando srgunáo: que si bien en
carpo de la mano derecha. abajo del dedo favor del procesado se alegó por su defenpnlgar y la otra en la mejilla izquierda, sor la excluyente de resronsabilidad crilas que posteriormente fueron clasificadas minal de haber obrado en defensa legítipor los Facultativos del Hospital Gonzá- ma de su persona, conforme á lo preceplez, entre las que no ponen ni pueden po• tuado por la fracción Vll del artículo 34
ner en peligro la vida y curaron en veinte del Código Penal, tal excluyente no se
días la de la cara y antes de quince la otra, justificó en manera alguna, pues sólo afirdejando la primera nna cicatriz perpetua ma su existencia el mismo atusado que no
y notable; y habiéndose tomado su infor- puede hacer prueba plena, máxime cuanmativa al citado Sánchez, declaró que ha- do está contradicha por la relación que de
cía rato andaba de paseo en el barrio de lvs hechos hace el ofendido, y en virtud
San Luisito y se acompañó con un indi- de 110 haberse comprobado ninguna de las
viduo de oficio carnicero á quien sólo co- circunstancias de que el inculpado hace
nacía de vista llamado Benito y estuvie- mérito en su inquisitiva al narrar los
ron tomando primero en el tendajo deno- acontecimientos, pues los testigos Sr.
minado "Santa Cruz" y luego en una Cantú González y Sra. Espinoza ni afirpnlquería de una señora llamada María ruaron ni negaron lo dicho por el ofendiEspinoza empezando á chancearse él con do y la diligencia de reconstrucción se
su acompañante y éste con Sáncbez, pero contrae únicamente á que es posible la cosin suponer que se fuera á disgustar ¡:or misión del delito en las condiciones indiSecretaría de lar"' Sala del Supremo ese motivo: que poco después yendo jun- cadas por Santos: que en ese concepto y
Tribunal de Justicia.-Monterrey , Nuevo tos para sus casas, al llegar al río y sin atendiendo á lo dispuesto por el artículo
León•
que el ofendido lo esperara sac6 Santos 10 del Código Penal, se debe conceptuar
Monterrey, veinticinco de Noviembre una cuchilla Y le infirió las lesiones de que el reo obr6 con dolo al violar la ley,
de mil novecientos ocho.-Vista en grado que se dió fé sin peder evitar la agresión por no haberse probado lo contrario, siende súplica la presente causa, empezada á de que fné víctima.
do en consecuencia responsable del delito
instruir de oficio el d!a dos de Marzo del
Resultando segundo: que aprehendido que perpetró.
año en curso, por el C. Juez primero de el acusado Benito Santos algunos dfas
Considerando tercero: que atendiendo
Letras del Ramo Penal de la primera frac- de~pll:é~, declaró en su inquisitiva que á á la más grave de las lesiones causadas al
ción judicial del Estado, contra Benito P:rncip1os del mes como entre siete y me ofendido según la clasificación pericia 1
Santos, soltero, de-veintidós años de edad, ?ia Y oc~o de la noche, salía de su tral a- que obra en autos, el delito de que se tracarnicero, originario y vecino de esta ciu- JO para irá su rasa cuando en la orilla ta está comprendido en la fracci6n III redad por el delito de lesiones: Vistas las del río se encontró con Primo Sánchez formada del artículo 503 del CGdigo Penal
diligencias practicadas durante el sumario, quien se le hec~ó, encima sin mediar pa- que señala para el responsable la pena de
Jo expuesto por el Representante del Mi- labras Y lo dernbo al suelo y viéndose ya uno :i tres años de prisión ú obras públinisterio P(iblico, lo alegado por el defen-· debajo, por temor de que éste pudiera ma- ' as, pudiendo el sentenciador imponer
sor en primera instancia, y la ~entencia tarl_o eac6 nn cu~billo qne portaba y le dió dentro de esos extremos la que estime jusque dictó el Juez instructor con fech .1 v,in- vanos. golpes sin saber cuanto~, sin que ta seg(in las c·ircunstanrias del caso y de
ti, i .te de Julio próximo pasado, absolvien- é'. le v1e_ra arma á su agresor: en seguida acuerdo con lo prevenido ¡::or el artículo
do á B~n'to :'a:itos de toda responsabilidad se pract•có car~o entre el procesado y el 65 del mismo Código, teniendo pn~sente
crimin~l eu virtud de haber obrado en de. ofendido rn,teniéndose ambos en sus 1es- para fijar esa pena, que favofe e'u al reo las
fensa legítima y m~n~á □ dolo poner en Ji pectivas declaraciones y se examinaron atenuantes de bueua conducta anterior y
bertad bajo fianza de diez pesos ó bajo los testigos Sres. Julio Cantú Gonzá-lez y haber obrado exilado por hechos del
caución pr0testatoria en su caso. Visto el dueño del tendaJo "Santa Cruz" y Sra . ofendido que es de segunda y Je perjudidictamen del C. Ministro Fiscal pidi&lt;ndo María Espinoza expresando el primero, can las agravantes de haber, iolado varías
la rtforma de la sentencia referida, y q ue que no c0ncce á _Sánchez ni á Santos y disp Jsiciones penales según la clasificac'6n
se imeusiera al procesado como responsa- por esa ra7:6n, s1 alguna vez estuvieron de la otra herida que causó . al cfendido
ble del delito de lesiones en riña siendo en su tenda¡o, no se dió cuenta de ello, y que el suscrito juzga de primna ciase y Ja
agre i lo, la_ pena de un año, dos meses de la seg;un?a manifestó que únicamente co- frecuencia del delito en el Estado que es
obras p(ibl:c .s, contados desde que de u-ce a Sancbez pero no recuerda haberlo de tercera, circunstancias qne tienen el
nuevo se Je redujere á prisión, abonándole visto con el acusado, pues le es dificil te- el mism~ valor que las atenuantes y que
el tiempo que había sufrido cov aoter'ori- ner presente qué personas concurren á su por Jo mismo se compensan haciendo que
dad y se le amoneste ¡::ara que .no reincida pulquería por que van muchas.
en el caw se tome el téimito m ,dio rntre
dejando al of,ndido sus derechos á salvo
Resultando tercero: que el procesado )os extremos fijado3 p:ir la ley, como pena
por cuanto á la responsabilidad civil: Vis Santos solicitó y obtuvo su libertad bBjo ¡usta del hecho que se persigue.
to Jo que alegó el defensor en segunda de fianza el día veintisiés de Marzo último
Considerando: cuarto: que ror no hainstancia y la sentencia que el veintisiete siendo de nuevo reducido á prisión el diez ber más datos en la causa para juzgar del
de Septiembre último, pronunció el C. de Junio del año en curso, por haber revo- delito que la confesión del reo y la declaMagistrado de la primera Sala del Su pre- cado la fi~nza otorgada en su favor el Sr. ración d~l herido, atendiendo á Jo que afirmo Tribunal de Justicra. condenando al Joaquín C. Martfnez, presentándolo al ma el pnmero, y estando á lo que le favocitado Santos por el delito referido, á su-- Juzgado: que con calidad de para mejorar rece, debe estimarse tal delito como perpefrir un año, cuatro meses, veinticuatro proveer se practicó por el Juez una dili- trado en riña por el agredido y por tanto
días de obras públicas á contar desde su gencia de reconstrucción de hechos, colo- es procedente la reducci6n de la pena anreaprehensión por encontrarse en libertad c~ndos~ el_ ofendido Y el acusado en la po- tes expresada á las tres quintas partes de
bajo de fianza, abonándole cincuenta y s1clón md1cada por éste y se dió fé de que su duración conforme al texto del artícutres días que ya estuvo preso; lo manda en esas condiciones era posible inferir las lo 504 reformado del Código Penal.
amonestar para que no reincida y deja al heridas que sufrió Sánchez. Consta así
Considerando: que en toda sentencia
ofendido sus derechos civiles á salvo: Vis- mismo que fallada la causa en segunda condenatoria_ se prevendrá que se amonesto el recurso de súplica interpuesto por el instancia en los términos de que se ha he- te al sentenciado para que no reincida
defensor del acusado, lo expuesto por el cho mérito al principio el fiador del acusa- explicándole las penas á que se expone e~
mismo defensor y el C. Ministro Fiscal al do Santos presentó á éste el diecisiete de caso de contravención, debe abonársele el
notificarles el auto de radicación en esta Octubre próximo anterior en la Peniten- tiempo que haya estado preso durante la
Sala, pidiendo el primero la absolución de ciaría del Estado.
instrucción y dejarse al ofendido sus de-

I

1
sen ciaron la riña, disponiendo el Juzgado III del artículo 503 del ~6digo Pe~!l que
dimientns Penales, se reforma a senten- á continuación fuera remitido el paciente señala de ~no á tr~s anos ~e prisión ú
cia suplicada y se falla: Primero: Se con al Hosp1'tal Gonza'lez para su asisteucia y obras p6blicas, pudte~do_aplicarse dentr?
den a á Bonito Santos como respunsable_ de
¡ ,
t1
·ones que en r'in-a y siendo_ agredido correspondiente clasificación de las lesio- de esos extremos e termino que ~e es ·
·t,
mare ¡·usto conforme á lo establecido por
las lesl
infirió á Primo Sáochez, á sufnr la pell8 nes descn as.
. Cód'
e un año dos meses, doce d[as de obras
Resuitando: que aprehendido Basilio el artículo 65 del propio
_igo; Y c?
d
'
d d Alfaro rnmo presunto responsa.ble del d_e- co_ t1Sta de a_u_tos _que tales lesiones se m -.
públicas, que se empezarán_ á contar es e
d
d d O 1 proce
el diecisiete de Octubre (i)ttmo, en qne de lito que se persigue, en su mdagatona, rieron en nna s1~n o agre i
e d b .,
nuevo ingresó á la Penitenci?ria del Esta- confesó terminantemente ser el autor de sado, la pena aplicable en. el caso e e~a
do por haber estado hbre baJo fianza, abo- las lesiones que recibió Teodoro Linares reducirse á sus _tres quintas farteí 0
,'ndosele un mes, veintidós días que an• y que el hecho pasó como sigue: que es- acuerdo con lo cltsp~esto ~n. e art cu
na
'
S
d S l tan do él, comprando pan por el barrio de 504 ref?rmado del mismo l ód1go,. .
_
tes había estailo preso. . e~uu o: _e, e San Lu1·si'to la tarde del treinta de SepConsiderando: que_favorecen .l mcul
amo nesta para que no rernc1da, exphcansu b_uena_ antenor _cnn d ur t a, con fe -_
d e tl·embre c',tº," do, se le acer_có Lina_ re_ s ._re- p_a_do
e
las
penas
á
que
se
expone_
en
caso
,
, ndole cosas de famiha por v1v1r este ston de su dehto, d e pnm_era e1ase, d e
dal
l Of en• Clama
d
S
ravención.
Tercero:
e
e¡an
a
Cont
' l en an1ast'ato con la cuñada del que expone fensa legítima y provocac· 6n grave_ d ~l
ido
sus
derechos
á
salvo
por
cuanto
a
a de nombre Soledad M uñoz, y como de las ofendido, ambas de cuarta e1ase, pe_r¡n d1·
d
"f'
N otI tq_ uese
responsabilidad civil. Cuarto:
J
l
t
alabras pas sra n á las vías de hecho.aquél cándole 1a agravante d_e b !.b er ~i?1a d o
y si dentro del término ega ne ~e m ~r- Ple egó primero con un palo que traía con un solo hecho vanas 01sposícton1es
P
s euebrárselo y después Je amenaz ó p_ena1es, que Be gra dú ?º p_or Jas d o,.,
Pon e recurso, expídanse los te_stimomos hasta
q
S
de estilo, poniéndose_ al r_eo Benito
d J E t dantas con una daga, y como el declarante no s ·ones aparte d e ¡a ca Jt 61ca t 1va d e I de ,1to. ,
á disposición d~l Eiecut~vo e ,5 a o e~ ortaba arma tomó piedras para defender- como de segunda clase cada una, en atenla Penitenciaria del mismo, hagase
h' la P
se con Jas que le infirió las lesiones en la ción á su gravedad,_Y la d e ~er frec~en t e
transcripción correspondiente y ~re tvese
agregando que el motivo del dis- en el Estado el dehto cometido; articulo
l a causa. As{ definitivamente ¡uzgan~o cara,
.
.
IV
f
·
IIT
lo resolvió y firmó el C. Lic. Macedomo gusto fué por que el mencionado Lmares 40 fraccianes I Y
, 43 rarct'n~s
' Y
E. Tamez, Magistrado de Ja seg~nda Sala: creía que él tenía tratos con la Muñoz VIII, 45 fracción XI Y 47 fracción XI!
doy fé.-Lic. M. E._Tamez.-.Ltc. J. M. por vivir ésta en su casa. En d carrn del Código Pena), superando aquellas a
·¡ efecto se practicó entre el procesa- ést_a s en tres umdades por '.o que la pena
Villaseñor, Secretano.- R(:b
1 neas.
qu
,
do eª
y el ofendido, éste manifestó no recor- que se imponga seg,m
que d a expnes t º.
Secretaría de Ja ~ Sala del Supremo dar ]os hechos que pasaron entre ambos en el anterior cons'.derando, ha ~e reba3
Tribunal de J usticia.-Monterrey
Nuevo por haber andado esa ~arde bastante bo- jarse e~ la proporción correspondiente ..
rracho p~ro que muy bien pueden haber
Considerando: que el a'.rna recogida
León.
d
·¡
dido como Ja refiere el careante ha- por no ser propiedad del del!ncuente debe
Monterrey, Di~iem bre cinc?, e mi nove- suce
d
.,
. .
á
d ¡
t n
cientos ocho Vista en rev ision la pres:n- biéndose afirmado éste en su ec1arac:on, rest1tmrse su ueno; que en a sen e _te causa iniciada de oficio con fecha trem- añadiendo que ignora quienes presencia- cia deben compu~arse al. reo los sufn.ón.
mlent.;;s que hubiere temdo durante l_a
1 ro n la Cuestl
ta de Ser,tiembre
del
año
en
curso
por
e
•
1
p
Jd
Restiltando·. qué remitidos de la Ins• instrucción si fueren de l.ª m_. isma
especie
c. Jaez· r2 ° de fLetras
de Ramo ena e
, d
., Judicial, contra Ba- pección de Policía a1 Juzgado un garrote ó de igual gravedad, prevm1en ose que se
esta pnmera racc10n
•
l h ·¿ ¡
· ·d haciéo
~.. 'lf
d ei'nticinco años de edad y una da"a como perteneciente a
en o e amoneste para que no rcrnc1 a
•
srno d·"' aro,
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v
'
,.,
¡·
d
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l
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a
· nalero originario de San Luis Teodoro Linares, en 1a amp 1ac1 6n que se o e v, r as penas a que s . exp one y que

ción de impuestos del Estado y Municipales durante cinco año,, á cont~r desde
hoy, por el capital no menor de$ 8,000.o&lt;J
ocho mil pesos que invierta eu una fá
brica de aguarrás y rolofonia que pretende establecer en el punto denominado la
Cieneguilla, jurisdicción de Santiago; bajo el concepto de qne si dentro del término de tres meses, contado; también desde
hoy, n0 estuviere instalada y en exp'otación la industria de que se trata, perderá
el co'lcesionario b cantii!a1 de$ 200.00 cs.
doscientos pesos que en efectivo dep:isitará desde luego en la Tesorería General
del Estado como garantía del cumplimiento de su compromiso.
Por tanto, mando se imprima, publique,
circule y se le dé el debido cumplimiento,
Monterrey, 14 de Abril de 1,909.-B.
Re-yes_-Lázaro de la Garza, Of, M.-R{ibricas.

6°

t

SECCION JUDICIAL.

su patrocinado y reproduciendo el segun-

Co~sidera_n~o ~~mero: qne .en la dili- r~chos _á _sal v~ por cuanto á la responsabi-

genc1a de_ fe JUd1c1al de las heridas que
sufrió Primo Sánchez y la clasificación
q_ue de las mis1;1as rindieron los Facultat1vos del Hospital González se comprobó
de una manera perfecta y legal la existen· d l d ¡- d l ·
c1a e e 1to e es1?nes que dió origen á
esta causa, comprobandose del mismo moso el C. Juez pnmero de lo criminal de do que el procesado Benito Santos fué el

do su dictamen emitido en segunda !ns.tanela; y visto el auto de citaci6n para
sentencia con todo lo demás que debió
verse y consta d~ autos; Y
Resultando pnmero: que en la fecha
· · ¡ i' d
t
, l
d e l a mtc ac on e es a causa, c~~o a
ocho de la noche "1 por haber re~1b_1do a:vl•

ª.ª

hda~ c1v1l articulas 182, 208 y 287 del
Código Penal.
Por lo expuesto, en parte con el parecer fiscal y con apoyo además de lo dispuesto por los artículos 35 37 4 f
, , o racc10nes 1 y IV, 42 fracción II, 45 fracción XI
47 fracción XII, 50 fracción I, r8s, 4 37 y
y

501

del Código Penal 4 rr del de Procc-

1

P~t~s1'}':{e esta 'vecindad por el delito Je hizo, éste reconoció ta}es objetos como no habién 'ose hecho gc~t1ón alguna e?
d 1 ·
inferidas á Teodoro Linares de su propiedad y agrego que con el palo la causa por lo que hace a la rei~onsabt,.'=- ;si~\es diligencias practicadas para b dió golpe á su ofensor y que crée que el lidad civil deben dejarse al ofendido sus
is as has •,n dd delito y de su autor lo discrusto provin 'era con motivo de una derechos á salvo á ese respecto; artkulo_s
compro acw
'
"
,
· JI
f
., II 8
8 287 del Cód•
expuesto por el C. Representante del Mi- mujer que antes tema. como amasia a- 102 raccton
1 2, 20 Y
-•
nisterio Púb'.ic&lt;', Jo alegado por el defeno mada Soledad-. Rendida opo_rtnnamen~e go Prnal.
.
.
.
¡ sentencia que el veintinueve de por los facultativos del Hos; 1:al Goma- Por las anteriores cons1derac1ones Y
~~t;b;e (i]timo pronunció el expresado Jez la clasificación de las Jesi0nes _de, que fundamentos '.egales ~xpres~dos se. reforJ
d Letras quien d -clarando respon- se trata manifestaron en su dictamen mala Fentencta de pnmera _1nstanc1a que
u~f e nalmente al referido Basilio Alfa respecti~o previas las formali:lades de se revisa, resolviéndose: Pnmero: Se con:~ loec¿~d~nó á sufrir dieciocho mes~s d_ie~L Ley: que 'Teod~ro Linares r~cibió tres den a ád B adsi1 i_o Adlfa ro _comodautor res¡:obn. · d' s de obras públicas qne prrnc1p1a- heridas hechas a, parecer ron rnstrumen- sable e1 e11to e 1es toues e que se a
seis , iaontar , esie el día tres del mismo to contu ndente situa
·
d as una, en Ja reg1'ó o h ec h o menro
' . a' su f nr
. 1a p_ena d e un ano
Oc~:b~e en qne se decl~r6 su prisión pr':- del párpado_ superi~r del ojo derecho,_ de nueve día~ de obras públtcas, co~putada
ventiva, manda decomtzar la daga recog1- dos y medio centim~tros de ex.tensión, desde el dia tres de Octu~re _próximo pada al ofendido Teodoro Linares , que se otra en la ala d recha de la, r~g16n mf• ~ado end quAe se lée dec laro bien preso._7
amoneste al causado para que no rei~c_ida zal _de do~ c~ntn~siro_; y 1a n 1t1~a ~n a ::!_eguo o:. , mon stese1e par~ que no remy se dejan á aquél sus derechos c1v1les regtón maxilar rnfenor, lado tzquterdo, c1da explicando]~ l~s penas a que se e~it salvo: Visto el pedimiento del C. Mi~i- también de do~ cenlí~etros: que_ el agen- pone s1 contra~míere.-Tercer~: Eotretro Fiscal en el sentido de que s? confH- te vulnerante rntereso en la primera la guese al ofendido .!eodoro Lrnare, . la
roa en todas sns partes dicha seotecia piel, en la segunda las partes blandas y daga que se le recogto - -Cuarto: Se de¡an
por considerarla justa y arregleda á los cartilaginosas de la región y la otra la á éste sus derechos ci viles á salvo; y
preceptos Jeg ,les, lo manifesttdo ~o _e piel y tejido celular: que '.Echas lesiones Quin_t~: Notifíqu_ese y dése cuenta .. Así
defensor ele oiicio en segunda mstancia, son de las que no ponen m pueden poner defimt1vamente iuzgando, lo resolv•ó y
la citación para fallar y cuanto más debió e&lt;1 peligro la vida y e uaron en dieciocho firmó el C Lic. Viviano V. Villarreal,
y convino verse:
dla•, dejando todas elias cicatríz perpetua Magistrac'o Interino de la 3a. Sala: doy
Resultandn: que constituí lo el ju:zgado y notable y la del párpado produjo una fé -Lic. V. Villarreal.-Lic. L. E. Alprevio avisó,_ eu la Prevención de _Policía equimosis de la conjuntiva que desapare- dape. -Srio. Rúbricas.
como á las siete de la noche del tremta de cerá co~ el tiempo.
.
.
Monterrey; quince de Diciembre de
Septiembre del corriente año, di6 fé de
Considerando:, qu_e la ;eal exlst_encia mil novecientos ocho. No habiéndose inencontrarse eo dicha oficina un hombre del delito que dto margen a la avenguad
.· ¡¡
T O
L'
ci·ón quedó !~gal mente comprobado con la terpuestu ningún recurso e la anterior
qne d1¡0 amarse eo ,oro mares con
,
tres lesiones causadas al parecer con in&lt;- diligencia de fé judicial, declaración del sentencia dentro del término legal, se
trnmento contundente, situadas una en ofendido y dictámen pericial rendido; ar- declara que ha causaJo ejecutoria de conel pár.parlo supe•ior del ojo derecho, otra tículos 154, 155, 423 y 424 del Código de formidad con el artículo 451 del Código
en la ala derecha de la región naval y Procedimientos Penales quedando igual- de Procedimientos Penales; en consecuenotra en el máxilar inferior, lado izquier- mente justificado que el autor de ese de- cia, líbrense al Superior Gobierno del
do. Tomada en seguida su dec 1aración lito lo es el acusado Basilio Alfara con su
á Linares expresó: que andando pocas propia confesión la que además de reunir ES t ado los teS t imonios de ley, poniendo
horas antes por el barrio de San Luisito,
de esta C,udad se encontró con un individuo desconocido y no supo los motivos
para haberse hecho de palabras hasta llegar á reñir causándole aquel con piedras
., d
'l
las h eridas que presenta h a b ten ose e
deftndirlo con un garrote que en ese roo·
mento portaba por ser revelador de la "Bo·
tica del León," y que ignora quienes pre-

los requisitos del artírulo 415 del mismo
Código para constituír prueba plena se
halla corroborada con las diversas constancias de la causa.
Considerando: que atenta la clasificact'o'n me'd1·co legal que se l11·zo de d1'chas
lesiones la infracción de ley que se persigue está comprendida para la imposidón del castigo á sn autor en la fracción

á su disposición en la Penitenciaría al
reo Basilio Alfara, transcr!base en la anterior resolución al Juez respectivo y archívese la causa. AsL interlocutoriamen•
d
¡ ., fi ó l C M
te ¡uzgan ° 1O reso vto Y rm e
·
aS
d
gi~trad? Interino _de la 3ª· ala: oy fé.Lic. V11larreal Lic. L. E. Aldape.-s•rio_
-Rúbricas.

•

�4

PERIOUICO OFICIAL.

PERIODICO OFICL\.L

Secretaría de la i• Saia del Tribu nal tomará para el efecto in cl:cado y la otra se
Secretaria de la 3~ Sala d el S upreSLu ~remo de Ju sticia.- Monterrey, Nuevo ten drá como agravante de cuarta clase, 1110 T n·b una ¡ d e J ust1cia.--Monterrey
· ·
wo.
a~tículos 492 fra cción IV 49 y 512 del Có• Nuevo León.
'
Monterrey , cinco de Novierndre de mil digo Penal.
.
n ovecientos ocho.-Vista esta causa coConsi~eraodo: que las lesiones que no
M~nterrey! Se ptiemb re. di ecisiete
menzada á in struir de oficio an te el C ponen m pueden poner en peligro la vid a de mil novecien t os ocho Vista la preJ uez de Letras de la 3~ fracción judicial y_curan después de quince días, si son sente causa, comenzada á instruit· de
1
delcurso,
Estadn,
de A ~osto
año s1mp,es,
•
'
en
coneltradiecisiete
Cecilio •Acosta
de del
treinta
se castigaran
con d os a' once me- o fi cio el veinti cin co d e Mayo últi mo
". seis añ_os de edad", ¡·ornalero, 'y o1·i·g1·na- sesódde ar;e•to ? dos á once meses d~ -~rres· por el C. Juez 2\&gt; d_ e Letras _del p a,
to
os a d1ec10cho meses de pnslon ú
'no y _v:cm_o de la Ha_cienda de "La Petaca" º?r.as públicas, quedando al arbitrio ju- ~o P enal de la pr11nera fracc1ónjudiMum ~1pah dad _de Linares, N. Leó~.. por d1c1al un poner cualquiera de las dos penas c_ial . contra .!\fanuel Martíuez, de veine) delito de les!ones. Vistas las d11Igen- y en uno y otro caso el términ0 que se es- titr~s años. de edad, jornalero , origicias d~l sumario, la confesión con cargos time justo :lentro de los dos extremos que nar! o de Lrnares, N. León. y de esta
tomada al proces!d~ y ·lo _alegado por su respectivamente se fijan artículos 501 y vecrndad por el delito de lesioiies. ·
defensa~ en la l · 1nstanc1a, así como la 503 frac. II y 65 del Códi O Penal
••
.
.
V issenten~ia pronunciada _el cinco de OctuConsiderando: que fovo~ecen al ~rocesa- tas _la~ d~hgencias pr~ct1cadas en esbr': últtm~ por e,1 rep~t:do Juez de Letras, do las atenuantes por valor de cinco uni- cla iecimient~ _del delito y el g rad o
qmen temendo ~ Cec1ho ~costa corno res- dades que citan los artículos 40 fracs. I y de responsab1hdad en que incurriera
foonsa~le 1e} dellt_? de les10nes calificadas, IV y ,42 frac. I del Código citado y no per- el procesado , la r equi sitoria del Miú~f,n .!"1:º a sufnr catorce m~se_s de obras Jud1caadole mas que la agravante de 4, nistro Público y la defen 8a .
d ·
P icas a contar desde el d1ecmueve de clase arriba mencionada s
l 1 d
¡
· pro UClAgosto último en que se le declaró bien de aquellas en una unid° d upera e va or a por e patrono del reo. V ista la sen.
reso '
l T
,
··
ª , en cuyo caso t encia de vei 11 flCUa t ro d e J uho· próP . Y a pagar en a esorena M~ncupal procede aplicar una pena pro orcional- .
te Linares el val or_de los ho?oran_os_ co- mente menor que el medio arit!ético de x1mo pasado, p ronun ciada po r el ex: a~os por l~s pen~os qne !nterv101eron la que fija la ley; la que por ser el delito pr~sa do Juez de L etras po r la que
e e prtoceso , mando as1 mismo que se calificado se aumentará en una terce ra estimando legalmente coinpi·obad
a 1 r~o para que no rein "d
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ªmonesel edictame
Visto
n del C. Ministro Ff!c:i ¿~fe~g: ::i,á yrac1 n, ydlafiq1;1 e_entonce: se la existencia del deli to de lesioues
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ª qu e en P n1t1vaA debe
1m co nclU.)' Ó co n 1 · · ·
e sen 1 o e que se con irme el ex pre- ponerse al procesado Ac;st
t
;
os sigmentes puntos
sado fa llo l~~ alegaciones hechas por la de- 37, 220 y 515 dei Código p:~al. r . 35 a resolut ivos. P rimero: Se de,:lara á
f~~s~ ,de of1c10 en fav?r del ac usado y
&lt;:;onsidera_n do que los honorarios de los l\&gt;Ianue l Martínez r eponsable corno
ci actwnd para sentencia, con cuan to mas pentos que mtervinieren en un proceso autor de la lesión sufrida porv
· 1, 1·ano
1 1
cons a e au tos y
b
·
. . .
G
,
Re sultando: qu e el dieciséis de Agosto 1re~ir~mde~ª: ::-to¡11;1d1c1a! los paga rá ~1 a r?ia. Seg un do: Se Je condena ií
d~l año en cors~, salieron dé la ciudad de el delito, á reservcapd~ : n q~e se ,cometió sufn r la pena d_e t r es años,
siete
L mares rumbo a la Hacienda de ' La Pe- la persona que fu.
der rlemtdegradlos po1 meses q urnce dias de obras ¡)úblicas
tac a" E x1qmo
· · Duenas,
L'ino I,una Y Mi- Art. no del Código
ere deet para. aa·cu .pable , y seis
· meses d e arresto que [)rincipia
guelb González
rocecond'·nat
1m1en tos ran
, a, con t arse desde el veintiocho
·
t
. ,
, yendo. es t e úlf1mo bastan- p enales: que en toda sentencia
1
!~ H:~ie~dean c~ta~~1~}~~r;:;tc de llegar~ ria se prevendi:á q_ue se ª°;ºoeste a'i reº; de_ ~ayo últim~ techa de s u formal
Cecilio Acosta que también ibnzat~ p01 fpara_que no re10c1da, a~onandole los su pns10n, entendiéndose impuesta tal
.
. h
a e no y nm1entos que haya temdo dura 0 t 1 1·
()Coa co 11 ál"1d d d
quien, sm aber ningún motivo ni siquie· trucción
de"ind
,
e a ~sC'
a
e reten cióu por
ra qt:e medieran algt:nas palabr~s, . de im- sus dere~hos sal~~\:
o~end1da una cua:ta parte más de tiempo en
provis? ce~, 11}1 cuchillo que traía en la ponsabilidad civil si no se hubi:r ª \~s- stl .caso; a ser amonestado para ue
me~o infir,,? a dG~nzález una lesión en la nado su declarac;ón. Arts 182
no reincida, dejándose al ofendido 1ns
~:\e qs~~eJI?rf' e reglódn fro_ntal derecl:ª• del expresado Código Peu;l. ' ' dere cho, á sall-o por la res¡Joirabili0 e e 1uzga o, siendo clasifi- Por lo expuesto e
'
i
d d · ·¡ y·
1
"
'
cada como de las que ;o ponen ni pueden los artículos . 10 ~n ªPº)º a •1:11ás en ~ . ClVl • _1sto e pedimiento del C.
poner en peligro la vida y curan después , d 1, . :,,
J-, 49,. 88, 225, 487 y lI1mstro Fiscal en el sentido do que
d
,
d'
,
" 96 e mismo 0 rctenam1ento se refor
fi
d. l
e qutnce rns,_ segun el dictámen pericial la sent~~cia de Ia instancia su·
, m~ se con rme JC ia sentencia por co n&lt;l_e, losdfaGcultatrvos encargados de la aten- sión y se resuel;e· Prnn~ . Jeta adrev1- ceptuarla justa Y ar1_·eo·Jada
á la lev·
c10n e anzález
, C . 1. A
·
ro. se con ena ¡O .
t
·l J O
'
• ,
~
·
.
a ec1 10 costa como responsable del de
ex pues o por e e efeusor &lt;le ofic1· 0
R esult an . o· que a1 mcoarse l
J" r d l ·
·
·
'
·
miento re.p ·ctivo, tanto el ofe:dr;;ce;,/: ~tohe e;1?nes, cah6~a'.las de que se há o:1 es.t_a segunda rnst~ucia, el auto de
guel Go nzález, como los testio-os prese 1 ect o md,entod, a sbufnr la pena de un afio c1tacion para 8entenc1a r cuanto más
• 1es S res. E x1qu
. . Dueñas y o Lino L n- dcuadro l.a·
ias . e o ras
crn
d públicas , a, con t ar se tuvo presen t e Y Yer coul'inó
10
refirieron lo h 1
una es e e iecinueve e Agosto próximo pa•
·
sado en el a!teri:C/~esc;~ºn~~ ha expre- sa~o, fecha de su form~l prisión. Segun- . _Resultando: que la noche del veinsado Cecilia Acosta confesó t~(m~~a~t~: ftT~~ le c?nd ena _t~mbién á _rei ntegrar en ~lerneo ele ilfa.f? del corriente año,
mente su delito manifestando haber sid
. orena ~ un1cipal de Lmares, los l;io- iba con su fa1mha, de la P htza J uarez
agredido á pedradas por González cuva cirº n
vo sraqruios _potr es_ta_pagados á los fac ul tati- de ésta Ciud a d ¡)ara s u casa í'i·,, 1·auo
•
, ,
e rn ervrmeron en el p . , • G
,
,
cuns~ ~?:1S¿°º pndo. comprobar, puesto tud de nombramiento judici:reT a Vl r: __ar Cia., llevando una canasta y unas
~:en t~s 1::a~s: i : ªJ!11ado los careos pro- se le am~nesta para que ·no rein~ida. e~ :~~: t 1Je ras de .madera para colocarla y
donadas' se sostuvo , :Jr!~rsonas men- to: se de3an al afendido sus derechos á como se enco ntrar a en la Calle á MJ\había declarado y )
en lo que sNalv_of,en cuanto á la responsabilidad civil. nuel Mart ínez, ebrio, Co menzó éste
ot1 rquese y dese cuenta As'1 d fi · · -i diri girle
l b
·
e mti- '
pa a ras rnconvenientes
Considerando que durante la instruc· vamente juzgando lo
1·.10.
ción quedó bien justiíicada en los térmi· C. Magistrado de la 1\esS ~ d Y firmó el ~orlo que trató &lt;le r eprenderlo, mo1
n~s del art. 1 54 del Código de Procedi- Tribunal de Justicia· doy~/
SLpr~mo t ivo por qué le a r r ebató Martínez á
ml~ntos Penales la existencia del delito de do Chapa.-Lic. El~nterio Loz~c~o es ~r- García las tijeras que llevaba y conleswnes perpetrado en la persona de Mi- -Rúbricas.
' no. ellas le infirió una lesion e l
•,
_g uel GJnzález por Cecilia Acosta segú1;1
Monterrey, Noviembre once d
frontal lado iz · ·d
n a region
s~ desprende de la propia confesión judi- vecientos ocho.-No habié d
_e mil no- , , 1 h'
qmei o, que le _fr~ct ucral del procesado que por sí sola prueba to recurso alguno de la an~e~~:1nterpue~- IO e ~eso, Cansándole . hundimiento
plen~mente en su contra, en virtud de dentro del término d ¡ l
sentencia de esqmrlas Y hemorag1a
cerebral
rel!-mr todos los requis~tos que para ello mento de lo dispuest~ e:
e~? ~unda- cuya lesión puso en peligro la vida
eb:';ge el_art._fi4 1_,5 del mismo C6digo; tam- del C6digo de ProcedimlentosªPreiculo 45 1 del ofendido y curó después de qni'n
1en se ¡ust1 co que Ac t b 6
l d ¡
, na es se
d'
'
vosía y venta3·a al deli~sq;¡° r con ª-~6- ectara _que ha causado ejecutoria di~ha c~ ras, Y además le ocasionó una afa.
.
r, pues co¡1 sen encta, en consecuencia
,d
c1a y un Ji
t
· ·
1uteuc1onalmente de improviso a González testimonios de e t'lO 1 G ~xpt anse los
gero en orpec1miento para
sin darle lugar á defenderse ó evitar el tado poniéudos s
ª d' obte!~º del Es- hablar que desaparecerá con el tiempo
mal q 1 ib ,
·
,
·' ·
e su 1spos1c16n el
C , .
t b · ue d ª ¡8
Y mientras el es- Cectlto Acosta, en la cárcel pública d L4:0
ons1derando :que la existencia del\~rf~
el deli~oº cÍ!ta:C~er~:sci~m:¡ ~~r:~ ~ff!f:r~~rtranscripción . corres~o;: tdelito/e lestó~es se j_ustificó perfeces ~allficado, máS copio la alevosía y ta archívense los a!t~~n su a~u;'-C d,e recibo :•a~e~ e en- a rn~rusCión con la fé--ventaja cualquiera de ellas por si sola es ·decret6 y fitmó el C M ~otifiquese. Lo J~d1mal de las hendas y con el diebastante para hacer la callficaci611; una se Sala doy fe: Líe, Chá ag1strado de .la. I~ tamen de ~os peritos que las clasifiLozano, Srio.-RúbriC:: Lle. Eleuterlo caron; que igualmente se justificó qua

;ª

?;l;\~º;

i3

-

L'

ir'

.Jo,

J~:

't:ta.

J

,

Manu el Ma rt\nez fu é el autor de la
Monterrey, Diciem bre dos de mil no- del Señor Pioqui nto Cortéz Y demás testi",
vecien tos ocho.-Vista en . grafo de súpli- o-,is de ca rgo, los hechos que dieron marlesión sturida por Vi vi:1110 t.-a r cía, con ca la presente causa incoada j~ oficio por "'gen á ésta aveng-11ac10n
·
·, pa_saro? de 1a ma
su propia confesión qne h ac e prueba el c. Juez 2o de Letras del ~amo Penal nera siguiente. El Señor PwqumtoCortéz
plena por reunir los requisitos de ley, el vein ticinco de Diciembre de mil nove., cuartelero del barrio, trató de aprehender,
articulos 41 5, 423 y 424- del Códig o cientos siete, contra Regi no Romero, de la mañana del día refer ido á R egino R od e Procedimientos P ellales.
treinta y siete años de edad, soltero, pelu- mero por haberlo éste injuriado y como
Considerando : qn e at ento al di ct á- quero, originario de Durango y de esta Romero se le echara encima fue ron en
.
¡ · t
vecindad por el delito de lesiones. Vistas auxilio de aquel los Señores Abundio Mier
IDen de los peritos m é d 1cos egis as
·
E spmosa
·
¡ las diligencias del sumad o y la sentencia Samaniego y E nr1que
Y en t on.
q ue reconocieron Y clasifica ron a que en veintiuno de Julio del corriente año ces el repetido Romero con una daga que
lesión referida, esta ..se halla compre n- pronunció el referido Juez de Letras por portaba hirió á dichos Señores causándole
dida para su castigo en el artículo la que se condena al expresado Regino las heridas á Samaniego en el momento
506 del Código Penal, que señala. la. Romero, como autor responsable de dicho que éste estaba tirado en el suelo por hap ena de tres á cinco años de prisión deEto, á sufrir cinco años. dos meses, quin berse caido; y como ocurriera tambi én
.
á1
' d b ,
ce .días de obras públicas á contar del vein- Porfirio Martínez á prestar auxilio fué le•
ú obras púb lwas, a que e era a g re tiséis del citado mes de Diciembre en que sionado en la mano por el expresa do R og arse la de dos á once me~es de arres se le declaró bien preso, y la retención co• mero quien corrió en seguida siendo al
t o ó dos á dieciocho meses de prisión rrespondiente en su caso, se decomiza á can zado despué, por el cuartelero y otros
ú obras públicas que determina la favor del Erario del E stado el arma con personas y conducido y la Prevencióu de
fracción II del 503 - del propio Códi- que delinquió, manda se le amoneste pa- Policía. El procesado en su declaración ingo, seg ún lo preceptuado por el ar- raque no reincida y se dejan á salvo los quisitiva y en los careos que se practicaííc ulo 507 del citado ordenamiento . derechos civiles de los ofendidos: Visto lo ron con los ofendidos, confesó ser él el au•
expuesto en segunda instancia por el C. tor de las lesiones que sufrieron los menConsider andº: que en fa vo r del pro- Ministro Fiscal y el defensor de oficio pi- cionados Señores Samaniego, Espinosa Y
cesado, ob ran las circunstancias a.t e- diendo el primern la confirmación del fa- Martínez, confesand o también que al prin uantes de prime ra clase artí culos 40 Jlo y el defensor que se reforme y se irn- mero lo hirió estando caído en el suelo.
fracciónes l y IY
y I
del 42 ponga á su patrocinado la pena de dos
Considerando: que está perfectamente
del Código Penal y en su contra años, nueve meses de prisión y un mes justificada en autos la existencia del delimás de arresto contados desde que se le to de lesiones, con las informativas de los
so l amente Ia agrava u t e d e t ercera
clase del 4 7 fracción XII del mismo declaró ?ien preso. Yist~ 1~ sen tencia q~e ofendidos, fé judicial de las heridas que
.
, .
en la mtsma mstanc1a dtcto el C. Magts• estos pre&amp;en taban y clasificación. Médico
-0 r denamient o, por lo q uP clebe ra Im- trado de la ra Sala con fecha v~in tiocho legal rendida por los peritos que las recoponersé una pe na proporcionalmen- de Agosto último por la cual teniéndose nacieron y curaron, estando igualmete
te menor en dos unidades, al té r mino á R egino Romero como autor del delito bien probado que el autor de tal delito lo
medio de la que le corresponda artí- de l~siones c~li_~cad~s se reforma _la sen- es el procesado ·R egino Romero, por su
culo 2'20 del referido Códio·o
ten~1a en rev1c10~ solo ~!1 cuant? a la _'.lu- propia confesión judicial que hace prueba
Considerando: que toda pena de ración de la pen~ 1m~on1endole cmco a~os, plena por reunir los requisitos del artícu.. ,
,
, .
,
.
nueve meses, diez dias de obras públicas lo 415 del Código de Procedimientos Pepnsion, u obras pubhc_as
trabaJO en y se confirma en los demás puntos que nales y por estar adminiculada con las &lt;leen un taller por dos anos o más se en- comprende: Visto el auto en que se admi- más constancias de la causa (artículos 154,
tenderá impuesta con calidad ele re- tió el recurso de súplica interpuesto por 423 y 424 del Có~igo de Procedimientos
teución por una cuarta parte más de el reo de esa resolució?,. lo pe~i'1 o ante Penales.)
tiempo, en su caso ; que en toda sen ten- esta Sala pJ_r el C. Mrn1s_tro. ,Fiscal y el
Cosiderando: que en el presente caso se
cia condenatoria se l)re,·endrá que se patr?no del mculp~do, la_c1tac10n para sen- trata de un delito con turno, pues aunque
. .
tencta y cuanto mas debi ó tenerse presen- el procesa~o Romero hirió á varias persaa moneste al reo para que no re1 □ c1da _te,
nas y eu actos dist iutos, violando varias
y que deba tomarse en cuenta e tiem Resultando: qne el día veinticinco de cl isposiciones penales, sin embargo el hepo que durare la instrucción artículo Diciembre del año próximo pasado se cho del~ctuoso que se persigue por su ,mi70, 182, y 208· del Código Penal d- constituyó el C. Juez 29 de Letras del Ra- dad de acción no es más que la prolongatado. Por las consideraciones y funda- mo Penal en la casa Nº 24 de la calle ción por más ó menos tiempo de la infrBc•
d
Cuauhtemoc de esta ciudad, donde dió fé cióu de ley penal, en consecuancia, no de ·
mentos legales expueS t OS Y e acuer- que individuo llamad::, Ahundio Mier y be im?ooérsele el pena que por cada una
do con el pedimie nto del C. Ministro Samanigo presenteba dos heridas, una en delas lesiones u,1erezca, sino que setomará
:Fisca l, se confir ma la se°Iltencia de el tercio superior del muslo izquierdo y como base la pena mayor ten iéndose las
prtmera instancia que se revisa, en to• la otra en la parte inferior de la región 0tras lesiones como agravantes de prime- •
das sus partes. Notífiquese y si de ntro dorsal del mismo lado,ambas co1;11ode tres ra á cuarta clase.(~rtículos 28, 45 fracción
del térm ino legal uo se inte rpone r e- ceu!ímeros de extenc10n: Despu_es se tras- X l y 1~5 del Cód1g,, Penal.)
,
'C •
ex ídanse los Testimonios de la~o el Juzgado al tend~J,º ]Uediato denoCon_s1derando: que la ~ena mas gra"'.e
l 11 8 0 '
P.
.
mmado '' La Selva" y d10 fe que un snJeto que fiJa la ley por las les10nes que rec11
ley al Gobierno del_ Es~ado .Pº 111 ?~c~ o de nombre Enrique Espinosa presentaba bieron los repetidos Samaniego, Espinosa
a1 reo Man uel Ma rt m ez :.t su d1spos1mon una lesión como de cua tro centímetros si- y Mart!nez es la de tres á cinco años de
en la Penitenciaría del mismo, trans- tnada en el fl anco izquierdo al nivel de la prisíón ú ebras públicas; artículo 503 frac
críbase este fa llo a.l Juez instructor y línea axila r posterior y que á otro indivi- ció n I V del mismo Código con que secasarchívese el proceso .A.sí, e n definiti- duo que dijo ll amarse .,Porfirio Martínez !iga1:' _aqu~llas heridas que pro_duzcan la
v a lo resolvió y firmo el C. Mao-istra- se le encontró un_a le~1on en la cara pal- 11:ut1hzac1ón completa 6 la perdida de un
'I t • d l
• S l . d O fé
mar de la mano 1zqmerda atravezando el o¡o, de un brazo, de un a mano ó de un
d ? 11 /_l'l~ O ? a 3 a ª:
oy , .-- agente vulnerante todo el espesor de ést a pié, como fué, según se ha dicho, la heri•
Lic. 'i . 'I . V 11larr_eaL--~1c ._ L eon E. y con salida en la cara dorsal de la arti- da que sufrió Porfirio Martínez y esta peAldap e.- Secretano.,--Rubncas.
culación del puño, todas causadas al pare- na es la que debe tomarse como base para
Monterrey, diciséis de DicieNbre- cer con instrumento punzo cortante. Las la imposición del castigo conceptuán dose
d e mil novecientos ocho Habiéndose lesiones que recibieron los tres ofendidos las demás, que son las que fija la fracción
declarado inprocedente el recurso de fueron clasifica~as por los Facultativos II del artículo 503 y el artículo 505 7omo
ión interpuesto en esta cansa q1:e la~ reconoct~ron y curaron la 9ue su- agravantes, que el suscrito las considera
c~sac
' fn6 M1er Samamego en el muslo 1zquler- todas como de cuarta clase, por que la pecumplase con lo_ mandado en la p_ar~e do antre las que no ponen pero pueden po na que la ley determina para cada una de
final de sentencia que con fecha diec1- ner en peligro la vida, y la otra que no la ellas es mayor que cuatro veces la unidad
siete de Septiempre últ~mo se pronun- pu~o _ni pudo 1¡&gt;011erl~ en peligro; la que de la base 9ue·seha tomedp para ~l castigo,
ció por esta Sala en dicha cansa. A¡,í rec1b16 Euge~uo Espmosa entre l~s que con_ e_xcep_c16u _de una de las hendas que
lo proveyó y firmó el C. Magistrado In pon~n en pel:gro la vida; pero por c:rcuns- rec_1b1ó Sfmamego, la c~al cur6 antes de
t •
d 1 • S1 . d
f " L" tancras especiales no la comprometieron y qu1!1ce dtas y¡no pu~o ll't pudo. poner en
e:rno
e a 3.
a a. oy e.-._ lC. ·curó después de quince días, y la de Por· .peligro la vida, y que por ,estar compren.
Y1l)arreal.,-~1c. L. E. Aldape Secre- lirio Martínez que cur6 antes de ese tlem- dida_en la fra-cci6n.I del artículo 503 del
tar10.-Rubr1cas.
po, 110 puso ni podo poner en peligro la citado Ordenamiento, se gradúa como de
---vida y deíó una Impotencia funcionál per- primera, -~lase.
.
., .
Secretaría de la 3'!&gt; Sala del Tribunal pétua de la mano,
.
Con.i;iderango: q,ue de au~os consta com•
SuprelIIJ de Justicia.-Monterrey, NueJo
Resultando; que conforme aparece de ·probado qne Regi.no Romer9 al inferir
León
las declaraciones de los oféudidos, efe la las lesiones por que se le procesa, obró

º,

~::::~e,

J

1

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5

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6

PERIODICO OFICIAL.

con v entaja p or encontra rse los ofendid os
imn:a snne
y é l en
armado
de una
que es _ _ _ ___.,..._ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __
pats ente
el caso
de daga,
S amaniego

SECCION DE AVISOS.

Juzgado 1º de lo Oivil .··1• fracdón judicial . -Esta1o de
Nuevo León.

CONVOCATORIA.

Sr. L ázaro A . Lozan o.

y

DE M.ASI.AS.

A VI SO.

Se_gu:1do: Se le amonesta para que no
re1nc1da. Tercero: Se decomiza en favor
de1 F isco_ del _Estado el arma con que Romero dehoqutó · Cuarto·Sede'a
•
J O a, 1Os Of en
didos sus derechos
á
salvo
en
cuanto á la
. .
' responsa b1hdad civil; y. Quin1:o: Not1"f'1q_ u ese Y si dentro del término legal no se
1u_ terp_o ne recur_so alguno, líbrense los tes
t1monFis de es 1 1lo al E¡· ecutivo del Estado
poniendo á su disposición en la Peníten-

Nue;~:i:e~~-de LEtras de

e,

"
fraccit!n judlclaJ. .... Vlllaldama., efe. -Antonio HerrHaGarda ..... RQbricae.
dad¿~o qoe 11e publica en eata forma, en cumpl!mlento de lo man•
E11eljulctodeJntf'1dednibleiDE'8 deJafirada8tfioralhno,.,a
G Llmare8, M'1torzo lO d" 1909.- Lle. Lnle Tre\"liio.-A At:natfn 0 _
Tre,v1fio de 1E6n, v,clna que fué de uta Villa se han dictado d
arcfa.-A.-Antonlo H errera Qarchr, .
0. 34,87,40
VillalOl, ma. velntlnu,ve de llano de mil DOVFciPllicl! nueve-......
VJefoel anterior D_ombremlento de tnlorlnterlt10 hFcbo • 1
mayor de catorce Enoa pero menor de velntior c Sefiorih~ Enft r
ta de León. en la penona del Sr. Pedf'O L6Cfca: de ,-9f a vecfn~~~para que l!l repe@eute en flete ,l nlalo snCEs,,rfo: y vfata la acp; t '
olón y protesta llel fle 1 tteei&gt;mt1efiodel nombrado• deb~a de di p anlrle y le dfecierno dicho cargo, confiriéndole el 'efecto Jte fac~Í;
REMATE.--,1~ Almoneda.
dea en df&gt;TFCho Dl'C('l!&amp;rlae b&amp;ra el mfjor deFPDlpf:fío d e Bll 00 Íl
dn. No\lf1qneae y de conformidad con lo d!11t1neet..o en el artrmel
1Dzgado 29 de lo C h II lf ftaccl6u jcdloial ,- Estado de Nue•~
1866del0ódlgo de Procedlmfentoe Ol.vllea, publfqnenaete.nto cuto león.
·
,.,..
ant.o camo el anterior de fecha c.natro del..a,otnal
rt
eR '
coneeontlvas en el •Periódico 0Bclal• c1el Estado 'y~.l!ªvV~B
El alguiecte dfa hAbil al ~e 111, tUtim11. ~Dbllc&amp;Ción del pre,pn.
Ntievo Lt'!On• . Adln reBOhló v firmó el o Ltc ~fmó G
oz e
te aviso, A ht8 dlez de la mans.na, tendr!i. Vlf'1'18catlvo en el local
.fuezdeL.. traede la6t, fracd-',Q jndiolaJ·damoi f i Lto ~Jartº·
e11te Juzgado, el remat.e de loe biene11 embargados el Sr Ante
,
,•,•,.-, A-Mariano Bantoe Treviiio.- 4-Jofé .B. vm&amp;;;eal."-R°:b:Í.. da
nlo O. Bod1fgnez, en el jalofo Pjecntfvo merc:aotll que en l!lu Ctltl ciaría del mismo al reo Regino Romero
tra
el tlr. Lic . .Mlg:uel Clrllo con Poder d~ los Sres E B Vmaldam&amp;, cmatro de llaJ'Zo de mll noveclentoa nuE.ve.-AI jof m,ersignl6
y Ola. Buce.
·
recorrespondiente 010'
que Be rE-flere con el certificado de nacimiento que 88 8
Loa
btenea
loa alguien tes: Un carboratador oontiDu'.) para fa_
pafia Y apanole11do del mismo cmtlfiu do que Ja hend
~1;l_- b rlcar ecidas; son
Uoa mAqu(na para t apón corona·
queta de Le6.D. ea menor de f'dad pero mayor decatoroe :itos: pr; moetrador para l11boratorlo; Varlo.e de póeltoe j
véDg118ele nombre t u tor interino que la re pr1111e nteen dlch ~ ! f
Fabrica; Una m!qnlna par, lavar bot,,lla 400 cs¡·u tii d 08
•
t e ¡·uzgan do
resolv1'6 y firm ó
L ' Nottrrquese. Ast loproveró yflrm(i el Jonde r -1 • 8• ,,.,. dmt11ma
&lt;Kl8nas d e botellas: Un liipa rato pa ra lJ.,en ar lffJ,D~a.
'
e
'. l C. fraooMn jodlotal: damc111 fé.-Llo. GnaJardo ~A. - ll;;I rae 8
Du ran te el ti§no.fn o de Ju pubUoaolonee y huta la hora d ¡
lo te- T,ev!fio.-A- Joe&lt;B. Vlll aneal-RObdoa,..
,ano • •
mate, ae mtn l11trar6n por esta Secr et arla lodo.e loe da to e re~.
Lo que ae publica en eeta forma en ccmpJbnlent
1
1&lt;:ltd ten, ene) oonoeptode queno e ad lt l ,
a qqe .ee
Sala:
~Líe.
efllCtc e d e lo mandadci en elanto primeramente lna@rkl y para e.e tub ran Ja11 do• terceraa padt1s de la11 cant:al d! 13:~t :r• e tq ue no
VIJlaldam•.6 1'1 6 AbrildeHI09.-Llc.81món GuajÍt, d . - A - Ir
1
Ea q ae fueron a.aleado, loe mencionados ble~~: a J cu -.
arreal.-Lic, L. E . Aldape.-Srio.~ R '1· rlano SontoeT,evlflo.-A-Jo .. B. V!llamol
' ..
'
• tro L:eao.e
ODterrey, Abril 20 de 1909.-Llc. J. Gt.rcfa Guajardo, 8r1o.

••to••••• I• I•"• .,...,

,
l
.
, .
h agase a traoscnpci6n
Y archívese el proceso: Así, definitivam en•
1o
1o

V_iviano,V. Villarreal., Magistrado

11
bricas.

doy fé

la

'

••
ª

e

.~~!S::,~:zg:1&amp;

ªto!

v. V.- V i-

·o.v.11,a,... _,.,_

NOTIFICACION.

Cía. Minera Bernardo Reyes, S. A.

De contorm!dad con el art1cnlo 24, Capitulo IV decP ?~s el mis m o reo confiesa q ue cua ndo 1~
EDICTO.
loe Eetatntl"'fli de eeta Oompf flía. se convoca A loa Sre .
hm ó estaba a qu el tirado e n el s uelo; artí- Jnzgado 2? Oostltuolonal.~ .Abasolo, N. León .
aootonletas á Ai:-emble11 Ot'neral Extraordinaria que
culo 492 fracci ón I V d el Código Penal ;
Oonestaíechase radlo6en este Juzgado el Juicio quo se v, riflcará el Miércoles 12 de Mayo próximo en
com o las lesiones q ue se infi eren con ven menor de Intestado de la Srita. lli Juana Oanid . la casa No. f\2 de la CllllA de H idalgo, para tra tar l oa
.
- vecina que füé de esta villa.
punt.oa q ue c~mprend en la afguente :
h¡ a les da l a l ey el nom b re de califiica - Loqne88pone en oonoclmlento del pdblloo, para
1
Orden del Día.
das en é s te caso el térm ino medio de l e que • • personas que ae crean oon derecho, la heren,
,.
,
oia, ee preeenten á deduc1rlo en el término que eeflaI
Aum
ento
de
ci,pttal eocfal.
pena sera el que cor responda á la les ión la el srt. 1686 del Código de Prooedlmlentco Olvlles.
lqo ler r- tro Hunto de fnt.erleque se preponsimple a umenta da en una tercera pa rte· ar Abai!Olo, Abril 16 de t•09·- Franel,co Cantd ~ A- II Ouii
ga si tuere tomado e n conelder&amp;ci6n.
,
,
Gregorlo Villarreal . - A-Ramón VillarreaJ
h culos 512 y 51 5 del propio Códign.
o.v:34,37,40166 Lo quf" 8~ avi~a en este.forma 4 todos loe aocionle•
tse. para so conr cimiento.
C onsiderando: que favorecen al procesaMonten ey , Ab,11 28 de 1909.-El Secretarlo, Jenaro
o.34, Só,36
do la atenu a nte cua r ta del artfculo 40 del Cía. Minera &lt;:Las Cabrillas,&gt; S. A. Dávlla.
C ódigo Pen a l sobre confes ión de l delito
A V I SO .
q ue es d e prime ra clase, p ues au nq u e e;
P cr ar.u erdo del Oons11fo de Adminletra ctón de esta
los ca reos que sost uvo con los • ofendidos Compailta se p one en conootm tento de loe Srn , acoio
dij o que por estar e brin n o se acordaba de nietas qua desde el dfa 30 dE l actual ea adelante ee
pagará. en la TPsorerf&amp; de la m!ema negooláolón calle
Repdblica Mtxlcena . ,- P residencia !funlclpal ·como pasaron los hechos, sin embargo co del
Dr. Mfer N o. 125, de 8 A 12 a . m . el dividendo Monterrey, N . León,
mo en s u pr im era d eclaración n ada expre No. ól, de $10, 400,00 (diez mil cnatroclantco peaoo) 6
$10 00 (diez pesos) pcr acción .
De co11!ormid!l-d co!l !o ~iipuesto en el artículo 25 ysó sobre el p articular y n ingu na de las aean
Mont;,r,ey, á 26 de Abrll de 1909.~0ctavlano z ,m en e¡ 670 del f'6d1go OIYil vigente, se hace saber al público,
o.Si,35,36 que en la •resoreríá MUnicipal de estR. ciudad, existe depoper sonas que se examinaron declar ó que brano .
sitada la sum a de $87 OSochonta y siete pesos ocho centavos
el procesado Romero est n hiera ebr io, no
procedentes de los sobrantes de prnonil.a.s rlc plazo enmplidebe tomarse co mo atenuante esa circunsen los,remates efectuados durante los de Febrer" MarCía, Minera "Bonanza," S. A. do
zo, A bril. Mayo, Feptiemore y Octubre últimos por las.
tancia que n o está justificada. Perjudican
AVISO,
casas de empello denominadas 11.~a Favorita.», «Ei Fénix.~
al procesado las agravantei IX del artícu- P or RJUerdo del Ocneejo de Admlntetnci6n de esta •La Banca», «La Itlea». •La Surtidora•, «Monte de Piedad
de Monterrey», y Suscursales Nos . 1 y 2 del mismo· en el
l o 45, VIII del 46 que son de primera y Compsnta, se pone en conocimiento de lC1e Sres. so• conceptó
de que, si trMCurridoJ'l seis meses. contados' desd&amp;
clontstae de la mhnna, que des de el dia 10 d e Mayo
segunda clase, r espectivamente, y además próximo f&gt;D adelante, se pegará en la Tesorerfa, de hoy, P? COII!pareciere persona alguna ú. reclamar con justoJeg1t1mo título, las expresadas demasias se les mandará.
una de primera y una de cuarta clase, por de dicha Negociaol6n, e1 Dividendo Nº 19 de $6 000 oo yi~gresar
en la Recaudación de Rentas Mu~icipales de e5ta
(Seis
Mil
P,soa)
ó
aean
$5.00 (cinco veeo,) por .;..,Ión.
las heridas que recibió Samaniego, y ot ra Monter rey, N. L., Abril 24 de 1909.-.El Pro Sr lo.. cmdfld. rle acuerdo con Jo preceptuado en el citado ar•
tículo 25.
o.34,36,36,37,38 Mont~rrey, 7 de Diciembr e de 1908.- P . C. Marttnez.
de cuart:i. clase por las que sufr"ó Espino- 8. R. GómEZ.
sa, por con siguiente, como existen doce
B. Ram.lrez Angnlano, Brio.
99100101-H. 11 M.
NOTIFI CACION.
agravantes contra una atenuante, debe
2• de Jo Olvll.-1• fracción Jndlclal.-Esta
aument arse el término medio de la pena doJuzgado
de Nnevo León .
en esa proporción.
Sr. Lic. Genaro C. Sali nas.
Considera1:do: que toda pena de prisión
En _el juicio ordinario mercantil promovido por e1
Pre.etdencla Mnnlolpal,-Ltnare11, Nnt:.vo León .
ú obras públicas por dos años ó más se en- Sra Lic. Oaldino P. Q t1intani1la, contra el Sr. José
El Sr. Rodrigo Baldaña López. ha dennncfsdo ante el Jurgadc,
M.
Ferr
ández,
á
qulen
Ud.
represetta
se
dlct.6
un
Primero
de esta Oindad como v11ocente un terreno de treint a y
tenderá impuesta con calidad de retención auto qne dloe:
tres metros oincaenta Y dos centfmetros de f,Pn te por treinta T
tre.e
metrce
y doa centlmetros de fondo, situado al Sur
p or una cuarta parte más de su tiempo la Monterrey, dfFZ y seis dfl Abril de mil novecient.of; Este de el!ltaclncuJ-nta
Ciudad, cuyo t erreno colindo: por el Norte calle de
nneve
.
.-Al
jafolo
li.
que
a@
retlere
......
y
como
se
pide
por
medio,
con
P'
tPledad
del Sr. Mariano Adsm,., por el Sur, con
que se hará Efectiva en el caso de que' el
propiedad de D( na Arc11dla Romn de Rslfüñ&lt;t.. vor el Oriente,
of~se pe.ra eent.encte. . NotiffqnPAe. Lo prove}6 Y oalle
de por medio, con t-erhono de Don Tor1bln DAvlla y tior el f oreo observase mala conducta durante el fi r mó el O. Juf'z 2° de Letras dfl'l Ramo CivU: doy fé. - n lPntP,
con protiledRd d"' loe h er ederos de Dcña. Isabel Quinte ro.
E l terre110 denunciado ha sido valorizado en la ca.ntJdad de clnúltimo tercio de su con dena; articulas 70 Lto. Luna. - Lic. J, Gerf!;fa OuaJardo. Srlo. - R6.bricaA , onen
ta
Pf"&amp;Ofl . (tf;0 oo ct11.
Lo que ee notifica á Ud. en esta forma. de ecu Prdo
Lo qnecor,f, rme al arto. 669. dPl Código OlvtJ ae mar,d a pnb1'y 7r del Código Pen~I.
con el at't . 78 del ~ódigo d~ Prooedimlent.oa Civilu. car por medio del presentfl, para que l11s personas que se orean
con denchn al terreno de que ae t rata, ee presenten á dednolt1o
Considerando: que los instrumentos con Monterrey, Abnl 23 de 1009. -Llc. J. García OUJ\· dentro
del térm ino de la I,ey.
Jardo, Srlo.
o.34.35
I,h:1arel!. Abrll 20 de 190!1.-El Prefl!Mente Mon1cft1al - P Florea.
que se cornete un delito se decomizarán si
Sald11ña.- El Srio.- A, Ot111j arde Valc' é1,
0.27,A.&amp;f.J.Í, 19
pertenecen al dilincuen te y éste fuera con
de~ado, en cuyo ras0, se pre ve ndrá t am- Cía. Minera &lt;fJ.'odos tlantos,&gt; S. A.
AVISO .
b1en que se amones.te para que tio r&lt;!i n ciNOTIF I CACION.
El Coneefo de Administr ac16n en epetón de h r- y
da, ab~nándose 'e los ~uf ri mie_ntos que ha- &amp;OO?'d6
lozgado
26
de
lo C'lvll Jt fracclónjn :Hcfa l. Estado d e Nuevo
repartirá cuenta de utUidades da eRt&amp; Com.
ya temdo dnr?n le la 10strucc1ón cu alquie- peiUa entr ~ lC1e 11.cclonlstfl.lJ de la m!sma el tercer divl• León,
dP.n -lo de $Fi . 000 cinco mi I pesos á razón de cinco pe- A los Sres. Lic. Mauro A. Sepúlved a y
ra q u e fuere el t iempo que ésta du re y sos
por acción .
que la re_spo~s?bili la~ civil uo puede 'de- E• PPJi!:O se harA en la Oficina de eE\ts. Ocmpsñía CA
Francisco C. Sepúlved a.
cretase smo a tnstaucta de parte legítima· lle de RldaTgo No. 272 desde el élfa 15 de Mayo próx'•
Ea
el
juicio
testamen!-arfodel Sr. Jcan Orisóston:: o Sepdlved•
mo en adeh:,nte y en cambio del recibo correspon b!I! recafd&lt;&gt; un anto
que t&gt;U lo conduaente dice.
artículos ro2, r82, 208 y 287 del repetid~ diente .
Monterrey. 1!1Us de A b· U da mil nov.,&lt;'ler,ks nturve. Al juicio j,
qne
lle
refiere
Y como se pide de COllfvtwldad con los artfcclos
Lo
que
ee
hace
saber
á
los
Sefioree
accionlf,tss
por
Código Penal.-Por Jo expuesto y con
Y 833 dFI C"ó:Ugo de Proc&amp;dlmtentoa OtvUe.e rit.ese i los lnterP11a
medio del preaente aviso para sn con ocimiento.
· 882
doe A nna audlencl!! n1b!ll qutt tend ri lugar al tercero dfa h ibil
y con apoyo además en los artículos , ro
Monterrey, .Abril 23 de Hl09,- Et Srfo. Ju vencto !\ ls.s diez de la manana deepuéa de notificados snrttendo ta oltao. 34,35,36 otón á la audiencia loe Efe&lt;-toa de cUacl(ln para sentencia. Noti35 á 37, 49, 88, 225, y 487 del C6di:~ Pe'. Villarreal.
fíqnue. LodPcretó y {lrm(I el O. JDM '.1:o d e Letru d"I Ramo Oivtl doy fé,- Ltc. Lnna.-Uc. Garcta Gmijt.rdc, Brio.- R Qbrlca ■ .
nal _y _410, 4rr, 414 425 y 427 d el de P r oLo que 8e DotU!ca A Ud. E'D esta form a , en cump hmten to d e
lo
db puellto en el arto. 78 d el 06dfgo de Procedimlento11 Ctvtlee.
EDICTO.
ced1m1entos P enales , se confirm a l a sen . Monterrey, 20 de Abril de 1909 •. :.te. J . Garcfa G111jndo
o 3-4,35. •
Juzgado de Letras de la 3! fracción Jndicla!.-Lina Bno.
te n cia d e seg u n_da in stancia recu rrida , y res,
N. León.
en con secu enc;a se resuelve:- Prim ero· Oon fecha diez y siete del actual se radicó en este.
Regin o Ro mero es r esponsable como au'. J uzgado Pl jmcto d iR ln teatr m en tar ía á bienes del Sr
B . Lllra. v ecino que foé de esta ciudad.
·
E D I CT O .
tor, del deli to de lesiones calificadas de Carlos
Lo que se hace saber al pl1bllc9 pera que lts perso
Juzgado
de
l
etras
de la 3• fracción judictal.--Ll·
que se h a hecho mérito, y se le cond ena nas que ae crean con d~recho á la her encia ae presen• naN e. N. León.
ten
á
rlMucit'la
dentro
del
término
prevenido
en
á sufrir la pena de circo años 1 nueve me- el art. 1686 da! 06dlgo de Prncedimlentcs Chiles
En el juicio de 11noeei6u A blenea del Sr CJruz IT:j ~r•na vsr.tn 0
ful de est a Cluded hA reci,fdo un acto· que ti, la leira dice :
ses , diez días de obras p(1blica s conputada LlnarE,s. 20 de Abril de 1909.-Llc. Luis Treviflo _ que Lfnare,,
Man:o veioUt é 1 de mil novcieDtol.'I ocho. Por prf!.een
tado en cuanto ha lugar en d.-..echo oon la actR, de defnnclOn y
A-,J?sé
M,
Gnajardo
Ptña.-A-Antonfo
Her,.~r,
desde el veintiséis de Diciembre de mil
te.11tlwonlo c!el teatamento f~bllco sbferto que se aoomrafi&gt;1n . R11,Oarc1a.
o.34,87.40 ~fquP11e en este Jozgado e Juicio testa mentario A btenPII del a..
1 rat T!jerlm; Cé nee k s av1Fc8 quto pr,:vienen los a.r:fculo ~ so de 18,
novecientos siete, fecha de su prisión preLfy de Hacienda y J59 de l a d 1 T imh•e pt1bllqt1F1e eati&gt; • 0 ~0
ventiva, entendiéndose impuesta esa pena
p(lr tree vecea CODIIECDtlvu en .PI ' PeriódtCO Oftoilll" y uE ' Trueno• Y cftese OJ)Ortuuamecte l Jonta de htuedn~s d"' cor f rm t
con calidad de retención por una cuarta
d ad. oon lo.e llrtlculca 1659 y 1669 del Código de Pr'oCetHm!entc ~ et~
PUBLlCACION.
viles. ~otlffqune. Jo prOVeJ!5 y ftrmó i:11 O• .TDf&gt;z d e r,e trn de Ja
parte más de tiempo en el caso de la ley.
8y ft ao. JUdlciJ1 l: d(',y fé - Lic. r,ti ls T revlñ --.- A- Agnstfn e Ga·

r1no de la 3~

7

PERIODICO OFICIAL.

E n el juicio ordinat'lo m ercantil que en sn contra
s igne el Lic. Li'liQ.ro N Vtl!arreal como apoderado del
Sr. Domingo Valdéa Llano se hn dictado el auto si

gnlente ,

CITACION .

E DICT O.
Juzgado 2º Constltuclonal. - Arramberrf, N. Le6n.

Sr. Camilo Alamillo.
En la caue&amp; que se inst r uye en este de ml cargo con•
tira J uUo lteaendn por Inju rias, con esta feoh fl se ha
m andado sentar u n auto qu e fila lFtra dice :
Arramberr l, .Abril diez de mtl novecientos nueve. Como lo dispone el C. Jm: z de Letras t\n su aut o an·
terior y neseclt.An rlose en este Juzgado la compare

Monterrey, Abril ocho de mtl noveolentos n ueve.Aaus an tecedentes y cnmo eB p tde cftE:ea pera sen ten- cenefa de Oamllo Alamlllo para la pr!latlc• de dillgen•
c ia en artfoulo . Not t!queae. Lo decretó Y fi?"m6 el clas en meterla crlmtnBI, ctteae por medio de edictos
C. JuRz 1~ da L::-traa d el R am o Civil : doy fé .-Llc. que •• pubbaarA~ en el Periódico Oftclal y recomiende
Trevlño. ~Llc. José Jnon Val!efo, 8rlo .~Rdbrf088. ,e 4 la pollcla de 1a localidad averlgue el p&amp;radero de
Lo que se notifica A Ud. en esta torma en cu mpli· confo,.mldad n:on lo dfspueeto en el artkulo 231 dE&gt;l

miento de lo dl.spnseto pcr el art. 78 del Oódlgo de 06dlgo de Procedimientos Penal,s El O. Jesé W.
Orozoo .Alcalde 3° Suplente, lo decrotll y flrmO, damos
Montorrey, Abril 21 de :1909.-Llo. Jos6 Juan Va- fé-Jos6 W . Orozoo.~A-Modestc TorreB.-A-V. J.
llejo, Srlo.
o.34,1111 Porras .-Rdbrlcso.

ProoedJmlent.oe ctvllee.

Lo que se manda publicar en esta forma en curnplimien
io del auto inserto.

EDICTO.
Arramberri, Abril ! Ode 1909.-José W .
Juzgado t o. de lo Civil. ••1. ~ fracción judicial --Esta- - Modeoto Torrea .- A-V . J. Porrea.
-O.o de Nuevo León .
Oon fecha cinco de Marso de mtl noveoiento a cnn-

Orczco.-A
o.34,36,36

Jargado de Letras de la 2, f, aoclón jadiolal .-Oadereltll J!u:&amp;ner, Nuevo Le(ln.
A Ira FlreF. Guadaln~ dP Lf'ón . • Lnoloda Mler, viuda de
Leóu. Emlgdlo Qavazoe y Oen oblo Alan111.
En el j ulc'o ordinario tiri'lmovldo por Jo,¡n de la Ornz Bodrfguez oomo apoderado de Pablo Moya y compartes contra vado8'
po80edoree de te rr en o Pn lam pacltos.. eob re ent rega del mlemo,
ae ha dictado el auto stgnlente
Oaderelta J imenes, do.e d e A b rll de mil n oveclen toR nueve. Al
jcioto á qoe ae r~f,ere, teuléndo11e al Br. H ll arfo Alanta por eximido d fll cargo de repreaentanle oom1ln de loa demandados, y como
ee pide cftese á loa demand~o11 que ae mencion an , pal'8 que dent ro de t re 11 dfaa de.epuéi di,la i11tlmA notlf caclón. nombren dentro
de ello11 no re- preeent,rnte com11n ó prooura(l(lr jodlcta) q ue loa re
tireaen te en t'llte jnlc 1o a perctbfdo11 q c e dfl no h acerlo, 10 h ar&amp; el
1ot gado en 11u n ombre, conforme ti. lo dillpu&amp;eto en el arto, 44 del
Código de Pl'OOiKllmientoe otvllflP, y por cuanto ti. que se Ignora el
domicilio de leta Br88. Guadalupe de Ledn Lncln da Mierl viada
d e LeOn. Emlgilo oavatoe y c~noblo Alant11, hAg111elto.e a dtaclón por mt&gt;dio d el • Perl6d!oo Offotah •Voz de Nuevo Leó u,• Y poi'
~dala en ]a 1,uert&amp; del J~ad", c'l e 11c aerdo con el ~rto. 8li d el
men cionado Oódfgo de Prooedtmfsnto1 Oivllee. Notif,qaeae. Lo
decretó y fl. rm9 el o . Juez de L~tru Interino de la ft -ftaool(ln Jndt c lal: damoa f 6 - L to. Pf.'Uoarpo Moralea,,-.6.-Soan Balleateroe........_
Jo!é DtU'An .-B1lbricas.
Lo que ee publica en Pata forma pam ane oompareteau de n t ro d e dle, dfu 1lgntentes A Ja (iltlma pub1ioaclón, ti. notlticerae
del ant.otn.eertn.
(Jad.erelU. Jiménez, u de Abrl.l de tBOQ.- L\o. P olloarpo llorale.e.- A-le.eda BtJ.leateroa.-A.r 1w6 Dorio .

º·... 88,84,86-166.

tro se radicó en eote Juzgado el Juicio de lnteetsmen•
trría de la seiiora Jcsefa de León, vecina que fné de

esta ciudad. .
Y pcr dlopcslón del O. Lic. M,oedonlo 011 Trevl:lio, Juez 1• Letraa del Ramo Civil de la 1• fracción
judicial del Estedo, 88 manda publl°"r el prnente

E XTR A CTO.
.A.renola de la Secretarla de Fomento en el Ramo de lllneda
en L tnare11, Nns vo León ,

Espedlente N • 479.~EI Sr. Ignacio Artesga Latnen•

EDICTO.
Juzgado 3? Menor Letrado.-Monterrey, N . Le6n .
Con r eta fecha se radicó en

E'Stie

de mi carg o t-1

.Oiot.o por tres veces de dles en diez días en el P erló te, de Monterrey, solicita seis pertenenclas mineras Jutolo ~e tnt~tsdo d el adulto Lula Oamacho, veci110

dlco Oficial del Eotsdo y Voz de Nuevo Lsón, Aftn en 1a·Munlclpalldad de Galesna, en la cnsplde del que füé de esta ciudad y qlllen falleció el 23 de Enero

d e'qne las pereonas q ue se orean con derecho A }a oerro «El Briaoho ,• frente al rlnoon del ,Gato» sobre
herancla se presenten á deducirlo en el t.érmlno qne unas vet as vírgenes de zinc con ley de plomo y plat.s,
establece el art . 1686 del Código de Prccedlmientcs que oorren de E á W. y S lln contlauacíón d e las qu e
passn J)Or la mtua , La S ultana» en u n paralel6gramo
Olvlles
Monterr,y, 31 de Mano de 1909 .- Llc. Jo,é Ju• n de 300 X 200 met -os, abarcando terrenos de loa Sres.
Vallejo, Brio.
o.v. 33,36,39-165 Juan Pablo de León y Aureliano del mfamo apellido,
y quedand o como 600 tn6t ros a l Orfentt:1 de la mina
11La Sultana,» esta. mina se llamará «La PJebeye,» p&amp;r!l
su medlo16n fuá nombrado perito y eceptó el. Sr. Is
EDICTO.
mael Winfleld, de Monterrey, y para la e □ stanoiaclón
Juzgado de Letras de la4• fracción Jndlclal.-Dr. del expediente respectivo en aeta Age11ofa se abre un
plazo de cuatro meses oont,ados desde hoy. lo que ea
Arroyo, N . León.
Con esta. techa se radicó en este juzgado el Jnlcto publica para 1os efectos le1Z&amp;IE'e correspondientes.
Linea.., 13 de Abril de 1909.~E. A. de M., Jcaé V .
de Intestado del Sr. Flevio Rueda, vecino que fu6 de
Norl,ga .
o.34,8ó 36
«La Preeita» de este Munloiplo.
Lo que se hace saber ptibHcamente en esta forme,
para que las personas que se crean con df'-recho á Ja
he,enoia se presenten á deducirlo en el térmloo que
sefia'a el art. 1686 del 06dlgo de Prcced!mlent&lt;, Cf.
EDICTO.
viles.
Doctor Arroyo, Abril 14 de l fl09 .-.Llc. M. Hlno- Juzge.do de Let ras de la 2• fracoi6n judlcial.-Oa
dereita J lménez, N. León.
joss.-Loooadlo M. Gon1ález."-A-L . Doar te RBmos .
o .v. 33.36.39 165 En el juicio tast Bmentario del Sr Francisco García
V1llafranoa, ee ha dictado por 6Ste Juzgado el auto
siguiente :
Caderelta Jlménez, ocho de Abrll de mil novecienEDICTO .
tos nneve .-.Por pl'ASentado con al teatlmonlo de t ? B·
Juzgado 2? de lo Clvll.-1! tracción Jndlclal.--Estadc tamento póbUno a blert.o y oertffioado de defa.nclón
de N . León.
que ea acomp11 ña.. J&gt;adfquese . en est e Jazgado el julcl o
Con fer-h it de ayer f!:8 radicó en este de mt Cl\rgo ~1 testamentario del Sr. F ranclaoo Garcla VUlafranc,t qne
j uicio de inkstado de D.n. Pe!folano Ramírez, vecfno se d enuncla. dese et avfeo ordenado por el art . 169 df!
la Ley del Tfmbri.:, publfqu¡ese eat AP. uto p·or trea ve,que fa6 d e PRt A. ciu iAd.
Lo qne se hace e,, b"lr al pó.hUoo para qu'3 lr e qnf'I CPB consecutivas en el Periódico Oficial y La Voz ,l~
~e cr-un con d•.r.?&lt;•h o á. 1a h 6rencla 66 pl'E'S8L~n á. Nuevo L€6n y E-itá.ndoee álos hereder os y df'm~a inte
r e.•u,i3os á. una junt a que t r,, ndrá log ar á Jea d .ez de }a
d e dnoirlo en el término legA.1 ,
Monterrey, Abril 21 de 1909. - Lic. J Gerol• Ou•• mr. fia~e d~l Ueolm o dfa habtl d138pues d e h echa la 11.1jardo , Brlo.
o. v.~ij,36il9-'% th:na ¡m.bllet!ci6n p::.re dnr lt=a oonocimien to del teFtcmento y nombr amien t o de a1baoes h ~cho en el miamc

del afio en curso.
Lo que se hace saber al p óblioo e n general para qua
lee personas que se cr ean ron derecho A la hH encla.
se p N&gt;een ten á dedncJrlo en el término del art. 1686
d•I Código de Procedlmlentns Qlv!lre.
Monterrey. 29 de Marzo de 1909.- Llc. l. D!lv!la.-

A- Gómu Gsrc!a.- A-Martín Gon•illez.

o.28,31,34-163

EDICTO.
Ju,g,do de Letras de I&amp; 2• fracción jndlcial.-Cade,
relta, Jfm6nes, N. L€6n.
Hoy ee radicó P.D uta Jo zgado el juicio de in teet~
mentarfa d~ los Sres, Daniel S. Sada y De ña Esthef
U'zqno de 8':Lde 1 vecJnoP que fauon de esta ciudad.
Y por disposición del C. Lic. Pollcsrpo Moral•••
Jun de Letras Interino de la 2' fracción Judicial del
Estado, se mandfl publicar el presente edicto tres
veCEIB de dif z t-n diez df8e en el P eriódico Oflciel del
0-fl bierno del Este do y en La Vez Ce Nntvo Lt'óD,
á. fin de qn e Jll'B J){'IBCDB.S que ee erren con c'uecbo li lo. her encia ae pusrntrn á deOucirlo dt-nt?o

del término que eetablece el art. 1686 del Qódlgo de
Prcced!mlentcs 11!vllfe.
Cader&lt;lta Jlménez, 2 de ..lbrll de 1909 - Llo. Poli-

carpo Mc.ralu.•-A· Jurts Ballnterce.-•.A -J CFf Do.ráv.

o. v.28.Jl

168

EDICTO.
J uzgarlo itfl "Letras de la 31l fraoclón judiclal.-Li•
nar Pe , N. León
Con t acha, entorca del pr Fseut e se radtc6 en E'ste de
mi csrgo el jutcto dA intostamentarla. fi bten ee del Sr.
Francis co l{a.l-!6s Urrit ga, vecin o que fn é do esta

Ciudad
o que ee man ca publicar eu el Periódico 06.clal y
por el teatador (arta. 1657, 1669 y 1670 del Código dfl el LTrueno
qne se edicta en ests ciudad , de diez en
Procr1dfmisntoe NvilPe .) .Notifíqueee. Lo d ecrató y

días -pe.ra las p Areonas qufl ee crean con dPreC'bo
PUBLICACION.
fi rmó el O. Juez de Letras lnterico de la 2ª fracclón ,diez
1ndlc1P..!:
damos
fé -Lle. Po1fce:rpo Morales,- A Jeet1s Ja h erencia se pr¿senten á deducir la d r ntro del tér·
Jurg•do de Letrso de la 6\ tracción Judicial.- VI!lnl- "Rlllleateros,-A- José Durán .- Róbrlcas .
mino de la l~y.

dsmA , N. León.

En ,.1 jn lo' o dfl lntutamnitarfa ti. ble,on rn! la Sefiora Ftancls.
· &lt;:a Gon:r!i. u de Gorcfa. veofqa que to é de nt.a Vllla &amp;e han dJct;a.
.ao do111antos que haecri'os literslmente diCf&gt;n :
lTillald&amp;ma, tr&lt;O" de D !de-mbre de mn novecl,ntol! aiete.Aparecle11do de la kformac!6n que aotf"clPde qne loa presontoa
h erederos de la autorll de esta cor:c&amp;aitl_!l :8.nmborto y Aurora Gar
da Go., ziler son menou11 de ca.torM enoa, este Jnzgado les noro
Ora oottlo ,u 'tutor intflrlnopara qoe los renr esente en u~e, ju!olo.
al Se.fioT A.bel OeYde, á. qcléo désela rcmoclmlel.'to ti. tln de qce u .preae si setpts 6 no fil carjfo. Notlf'qaff!P. Lo prnveJó Y• flrmó
él o Juu de Lfo.t.ra11 de la fl'f fracción jadlctaT: d11mcs fé.-Llc .
on8Jardo.-A-Marfaoo Santoa Tru·ño.-A.,-J&lt;tlé B. Vlllarreal .-

Lineriel1, E tie"o 16 de 1P09 •· .J.,fo Lnts Treviño.--A··

Lo q119 se publica en cumplimiento d A lo manda.de:
Oadecsita Jlm6nez, 8 de Abril de 1909. -Lic. Poli- Agust.tn C. Gárcía, • A . Antonio Herrera Garcta
o 28,31 ,34
carpo Morales,-A-Jseds Ballesteroe,- A-José Dnd,n.
o. v,34,36,36-166

NOTIFICACION.
J azga.dodeLeb'aede la- ~, rraccl6n jodlclal .-Dr. !rroyo, N.
León.

NOTIFICACION.

Sr. Marcial Cerda.

En el juicio ejecutivo mercanttl q12e sobre oobro de P8&amp;08 tiene
promovido en en contra Al Mñor Marcelo Porraa se ha dictado
una sentenofa qoe , la letra dice:
Dr. Arro:;-o, Enero trt'llnta de mil noveclento!5 nD1ive.-Vl8to e.e
Sr. Blas S. Herrera.
te juicio ejecutivo mercantil promovido poi' e] Sr. Varcelo Porras
En el juicio verbal ordinorio que sobre cobro de en oontr-11 de Muctal Oerda y oontinnado lof' g~ Por el Sr.
Man uel Alvar@z CCI IDO apoderado de P.::,rras sobre cobro de
pesos, signe N P . Segovia como apoderado de la Sra. foan
la acm&amp; de do"c1entoa ve:lntlcuatro pe11oe valor de on pagara A. la
Adela Santos de SánohEZ Olivo, el) contra de Dcfia ordPn
d e phuo vencido y las costal':! del juicio siendo el deman•
Sara Reyes, á quien Ud. representa hay un auto qua dante y el demandado veolnos de A.rambarrt y el apoderado de eeta Oindad.
dice,
Res~tando: que p revio el reconoolmiento de firma del doonMonterrey, d. once de Marzo de mil novecientos m@nto
e::i que as fund6 la acelón demandó ante e11te Juzgado el Se
nueve.r-Agrégueae Ja ca't'ta poder presentada por el ñor Marcelo Tomaa el dtaqnlnoe de Mayo de mtl noveoitontos siete
en
ta
vta c,.jeoatlva mercantil , al Br. Marcial Oerda &amp;Obre pago
Sr. Blas 8 . Herrera téngeeele (lomo apoderado de la de la som
a de do110lento11 velntlouall'o pel'IOS y oostas de tjeonpersona qu e Indica y entiéndase con ~1 laa sobsecuen • ción, nrovtniente
d.Jcha anma de nn pagaM A la orden o torgado ti.
tes dlUgenoiae, dese la demanda por contestada en Don En.carnación Romo oor Marcial Oerda en la Villa de Ar amberrl
el
dfa
siete
de mil noveclento11 11el11 doonmento
een tido negatlvo y ábrase este j ulclo A pruebas por qn l'l venció el ateted edeOctubre
A brll del mismo año: lll1 Señor Romo en d086
ocho días comunea é Im prorrogables s eñalándose el dicho pagaré el dfa ocho
o,v.ao,a,,n -tat
de Abril de mil novecientos elet.e en &amp;.quinto y el octavo á las cuatro de la tarde. ambos vor del actor en la mWma Villa de Aramberri 11e d tot6 aato d to exeen oomendindoae 110 ejeoqoJón al 41oald e IY! de A. rsmberri
para recibir lae pruebas del actor y demandado res• cnendo
oon las formal11!1des legales emb arg ado &amp; pedimentopectlvamente, (art. 1044, 1050 del Código de Procedl- quedando
de Porrae. Jo.e b len ee aigolentee. E l derecho hereditario d el d e,.
mlentcs Clvlles ) Notlííqnese. Lo decretó y firmó el mandado en la enoe1l6n de la 8efiora 110 madre Dcfia Dolorea L n~
loa frutos de la labor de la 8avanllla y doe carret&amp;11 oon 81111
O. Alcalde 3?Letrado , damoe fé.-Llc. J D,vua .-A- 11a
r H tM!Otlvoa a-peroe nombrado oomo depoaitarlo de estos blenu al
F. Gómez Garcla .-A-M. Ocndlez. -Rdbrlcas.
Befior Ladl11lado Bo11ae: uaa ves ejecutado el embargo ee previno
Repdbllca Mexlcana.-Presldencla Municipal.- Lo que•• hace asber A Ud. por medio del Periódico al Br, ,1orJe Cerda oon qllleu ae practicó la diligencia qoe tenfa el
de mandad.o treft dfa11 para oompareoer ante el m !amo lnz&amp;:ado ti, ~
Oficial como lo dispone el art. 78 del Código de Proce- oer
Monterrey, Nuevo León.
paga llana de la anma reclamada d oponerae á la ejecqot6n: y
e:a:pedldae la.e ooplaade eetllo ae regletr6 el embargo menolonadp.
De conformidad ccn lo dlspnestc en el artículo 2ó y dimientos Olvlles .
Monterrey.
A
7
de
Abril
de
1009.~Llc.
l.
DAvlla,
No
habiendo
opneillto el demandado e:zepclón alguna, la demd,en el 670 del Código Oivll vigente, oe hace sab,,r al
da l!le ott6 ti. lu pariee para sentsnota,
pdbllcc, qne en la Teocrerla Municipal de esta ciudad, - A-T. 06mes Garola..-A-· B. Palacios.
Qonelderando; qae oonforme ti. la fr acol6n X X del articulo 'll
o.34,35 del Oódlgo de Oomeroto aa reputan meraantflee loe doonment.o. C
-existe depcoltada la onma de '64 . 38 uta . ( 8888nta y
la órden como el de que aqof ae trata y 1&gt;reTI.o el reoonootm.tentu
-cuatro peeca treinta y ocho centavos), procedente de
de firma del ot.organte, 110D tftuloa ejeoutlToe eatoe mlamoa doou ..
"los aobrant.ea efectnados durante lea m.... de Julio
mentoll (artíonloe 684,649 y 1891 fraoot6n IV del ()Migo de OomerEDICTO.
y Agosto del pffll8nte afio, por las C8ll&amp;8 de empello
cto.
·
Ooneidenndo: qoe como el demandado no pagó la deuita que
denominadas ,Montalla de Piedad,, ,Ohlhnahna», •Le
Jn.zirado 2' de lo Olvll.-1• fracción jndlclal.-Esta
se le nalama ni pnao ezepol6n alguna f. la demanda., de oollformt'Banca» «Favorita•, •Fénix•, •Snritdora•, •Monte de do deN . León .
dad oon lo dillpne~t.o r el artfoulo UOfi del OMlco de Oomercla
Piedad' de Mont.errey•, y Bnon,aales ndmeros 1 y 2; en
Qon fecha treinta del mes en cnl'flO, ee mand6 radi- debe dlctane la
ente aentenota de remat.e. Por lo expoedo
de fallar y fi o. Primero: Prooeds eljufclo ejecutivo promo-y..
e! concepto de que, al tranecnrrldos 8818 m..... oon- oar en este Juzgado el Juicio de Intestado del Sr, An• debfa
tdopor el Sr, llaroelo Porruenconttade lhroelo Oerda; en cona,.
tadcs desde hoy, no oompareclere pereona alguna, A dr9&lt;1 de la Crus, vecino que lué de 6eta ciudad.
onencla higue tranoe y remate de 101 btenea embargadoe J' oon
.reclamar con Justo y legftlmo titulo, las expresadao
Lo que ee pone en conocimiento del pdblloo para m producto pt.penee al acree4or loa doaolentot Telntlcu•tro pe.
qne reclama y Ju co.tu del Jololo. Befrttndo: NolUiqneee,
,demaalas, 88 les mandan Ingresar en la R-udaolón que las penonaa que se crean oon derecho A la anos- IIOI
Ad defl.nttlvameute j u1pndo lo reeolvi6 y firmó el O. J nea de Lede &amp;ntas Mnnlclpales de esta ciudad, de acuerdo clón oe pre¡,enten ' deducirla dentro del término tru
de la4e fraoción jndlctal. Damoe ffl.-Ltc B Hlnojoo.. A .-oon lo preceptuado en el citado artfnnlo 25.
que marca 81- art. 1886 del C6dlgo de Procedlmlentc• Leooad.lo M . Gond.l•.- A-L. Doarle Ram.OL-Bdbrtou.
Lo
que• DOW'ioa ti, Ud. en MMI fonna de aouetdo con lo d».
Monterref, 26 de Diciembre de 1907.-P . O. lllartf. Civiles.
de
por elartfcolo '78 del C6dlgo de Prooed:lmtentol ObilN
Rams- Angnlano, Brlo.
MonterreJ, mano 11
1909.-Llo. J . 8arala Gua pa.Mto
Doolor AnoJ'O. llano 2 de llOI-K, HlnojOM- -.&amp;- ~
8e8788-h-!T-Abrl\ Jarcio, Brlo.
o .28,81,llt-168 M, Oou6lel.-A-1Jo,1Ull Baaoa.
0,..,..

Bób.V:fi'!idamo,,, veintlcu0U'Q de Pt-arro 'le mil concf11ntos nneve.
Visto e} ant.,rfor nombramfet.'to d" tutor Interino hecho por este
lntgado en la perM1nadel Btñr1r A.bel Oerda de uta vecindad para
que repreeente fon ESt.EO jolc!o ! loa merwres de catorce años Humberto y A u rora Aarcía Goniátr z; y vfsta. la aoeptaclóD Y proteeta
de fü:11 dnnmpE-ñO di&gt;l nombrsdo; d•bta de dfaeinlrle y le diacernfódkho oarg~ confir!éndole al f ft cto laa facultad.ea en !\ere.cho
n ecraarloa par&amp; f'l m r.jor des• mprño ds m oometldo, Notiflquese,
y dto conformidad con Jo dispueeto en el arlo. 1366 del Código de
Proudlmfeotoa Oi't'llt'¡,pub'iqucse t&amp;nto eete auto como e l anterior de fecha tréoe de lciembre de mil nonoientoe siete por tres
veoee consecotlvaa en el 1&lt;Perl6dlco 06clab del E11tado y en •La
Voz de Nuevo León• . As! lo reeolvt(I y 8r.m6 el O. Lic. SlmónGaa
jardo Juez de Letrn de la Bt f'tt.C'clón Jodlofal: dsmoa fG ...... LI•.
Guajardo.-A,-Marlan o Banto11 Trnlño.- A-.Josi§ B. Vlllarreal.B-Obrlcaa.
Lo que se pobUca en eata forma en cumpllmlent.o de lo mandado en el auto dltlmamente lnasr to.
Villal&lt;'lams 26 de Mano de 1909.- tlc. Blm(ln OnAjardo.-AJfarlano Ban loe Trevifio.- A JOE4 JI,. Vtllarreal.

Juzgado 3" Menor Letrado.-:Monterrey, N. León.

Demasías.

-~a

o.~.sa.sa.

•

�8

PERIODICO OF1CIAL
NOTIFICACION.

Jcugado IOdelo OlvU.-1• fracol6n jndlclal.-Eat&amp;do de Nnevo
LE6n.

EXTRACTO.

Cervrceríá.Cnauhtemoc, S. A.

Por aouerdo del Oonll8jo de .\,Jmlnfetraolón se convoca á loe aoolonietse de esta Oempaí'lfa A Asamblea
Sr. Lic. Juan N. de la Garza y Evia.
General extraordinaria para el d1a 10 de Mayo rróx!En el j1lolo anmarlo eacrlto, qne aobre reaclalOn de nn contn- mo, , la3 3, p . m. en el domicilio social, para lra.tar Y
to de arr~ndamtento y psgo 11.e rent&amp;II algne la repreeentaclOn de resolver:
loa SrBB. Z•carfaa lllendu y H,rmano contra el Sr. Erneato Halen

l quien Ud. repr,senta, ae ha dictado nn anto que l la letra dice:

Monterrfy, Abril diez y nneve de mU nov,iclentos nnen.~A sna
Ollteoedentea, 11 como ae pide, de acnerdo con el an 717 del 0OdtkO d&amp; Prooedlmlent-01 Olvllee, prevdDgsae al demandado, que dentro de trea dfoa cumpla con hueutercla d•flnltha dictada e» 91!b! jnlclo, oon f,cho. veinte de Ftbrno Qlilm&lt;'._ lfotlf que..., 1 tómese n10n de IC11 periódico&amp; que•• aoompen•n, Y heobo arre,rn6nae l an le1r9j ,. Lo ~~cret6 y rlrmd •l tí, Jaez to d~ Letras del
Ramo Civil: doy f6.-L'c. Trevlño.-Llo. Jo-6 Jnan V•ll•Jo.-Btl.brl-

eu. Lo qn, ae notlllca' Ud, en esta forma, ~• conformidad oon lo
dlapuesto por el art. 78 retol'll1ado, del 06digo de Procedimiento•
Oivlles
Villaldama, Abril 21 de 1809. -tlo,~Joe6 Juan Valido. Secre-

Orden del Día

Aumenh de capital social.
Monterrey, Abril 20 de 1909.---El Secretario, Joall
A. Mu¡uerza.
o.33,34,86

s. l.

Cía. linera º'Pro,ideneia J Joárez"
CONVOCATORIA.

Por acuerdo del Conilejo de Adminfetraolón de esta
ora. 88 oonvcca á lee Srs. aooionlstas para Asamblea
PREGON.
General que tendrá lagar el dfa 8 del entrante mee de
Jn•go.llo ~delo Olvll,-lt tl'acol1nJn1lclal.-1!:9tado de N Le6o. Mayo, 'lee 6 P· m. en 1 casa 1-·0 · 11•' calle del Dr·
,\1 tercero dfa htbll dPspnla de Ja tlltlma pnblicaoldn del pre- Mier, bajo la siguiente:
ó.83,St

tarlo,

ª

laa die,, de la m1ñ~na oe verlficarti. en el local de este lnt
gado 'el rfmate de loa bienes emba,g.dos al Sr. D. Orleptn Garcfa
en el juicio ordtdarlo mercantil aobte cobro de 11e!Oa que elgnlO
en en contra la sociedad que gira eo esta Olndad bejo la razón social "loan F, Garza y Ofa." Es ,s bienes eon }M fincas olgulenw:
Un teneno en San Franclaco ~e Apo1aoa de seeeuta Ydos metroa och9Dta y cinco oenttmetroa p?r cuarenta y un metros noventa oentfmetroe, valortiado con todas lae meJ~ras qne contiene,
que son doe jaca.leo, cocina, J&gt;Orlay derecho A la mitad de etra
(noria, en $486. 40 ots. J Un terreno en esta Oiu~ad en el Repueble
del Sur de dieciocho metros cuatrocientos tre10ta Ysel.e mlllme•
troa. por tr~lnta y t.rES metros olnooenta v dos centfmetroe, en ......
($931. Sl) So mando &amp;mbo•. ($7All 24 cta.)
Lo qne se h•oe •aber al pflbllco para qn&amp; laa peraonae qnP de
aeen hacer posturas se 11resenten op,,rtunamente en la lntelfgsn"la de qoe la pcslura !•gal la conatltoyen Jaa dos terceras part.es
del avaltlo de nf.rencta, y de qne en la Secretarla del Jnzgado se
mlnlstraréo A quienes lo desearen loe da.too qns pidieren y oonsten en el jntoto aludido.
Monterrey, Abril 14 de 19-09 - Lle. P, Garofa auajardo, Secretarlo.
O ,98,M,85.
lll!Dte &amp;

NOTIFICACION.
Ju1gado 2º Leca\ Letrado.-Monterrey. N. León.

Sr.

,v. S. Runotree.

En el Incidente de costas del juicio verbal sumario
que en su contra promueve el Ltc. Ga.ldino P. Q•lin• tanilla se ha diotado u:1 auto qua dice:
Monterrey, Abril trece de mil novecientos nueve.Como se pide cítese paro. sPntencla. Nottfiquese. Aef
lo proveyó y fl:rmó el O. Juez 2° Menor L(.tre.do Suplente: damoe fé.-Lic. J. M. Vlllaaeñor-A-A. GómEz
,-A-B. Palacios.-Rlibrirne.
Lo que ee notifica á Ud. en f'st~ fürma de Muerdo
con el Art. 78 reformado del Oódlgo de Procedi
mientoe Clvlles.
~{onterrey, li 21 de Ab:11 de 1909.-,Lic. J. M Villa
señor.
o.33.34

EXTRACTO
~fl:P.nci" de 111 Secretaría de Fomento.-En el R!lmo

~é Minerla en Villaldama.
Expediente No. Pn7. - (!;:in fecha -primel.'o del mes
en curso y siendo las once de la mafians,lee presentó

f\nte eeta Agencia. de Mlneriff, 1&gt;l .St. M"llchor Z&gt;peda
mayor de edad y vecino de Sabinas Hidalgo, eolicit-indo Cenc'3~!6n ,fa qnlerce (15) pert6nenows mine
"8.i sobre varios m ,ntoe y vetas de metales ferruginoaoe con plcm:,, plata y zinc, c¡ue ea.encuentran en
fll fundo del RlncOn de L11e Tinaj38 sito en la Sierrn.
de Santa Olllr.i de Esta ll'fünfl'ip111ldad y en tcl punto
conocido por meea. Med!q lfña y cuy11s pertAnencias
se medir§.u en la formg, ne un cuadrilongo de ,100 me
trofl de Oriente á .PonlALt", pOt' 300 m•tl:'oe de Norte
á Sur aoroxlme.daroente. El fundo minero solicitado
vor el s,. Zepeda, se denomluo •El Eden» y colinde
po'I' todce rumbos con tHrAno libr~. t"Dif'ndo como
punt,e de referAncia: i,l 8111' Eeta In mina llame.de
«El Vasco» y al Norte y l~ita loe fundos mineros "El
Porvenir» y 11!,Q Epoca• r •epectivamente.
Admitido el antarior denuncio, 8e m&lt;1nda publicar
en el Periódico Oficial del Estado. pc,r tri&gt;e vecee coneeoutivas y en la tabla de avleo8 de esta Oftcina por el
término )Pgal y se nombró perfM para qne mida el
fondo eolloltado. al Sr. José M~Santoe Gonzalu, de
eet" vecindad, quien aceptó el cargo.
Lo que se hace saber al pG.bllco de contormii\ad con
lo diepueeto por el art 21 de\ fü•glamento de :m
nerfa y pal."a loe efectae á que 89 contrae el art. 22 del
msmo Reglamento.
VUlaldama, Abrll 7 de 1909, -El A, de M, Manuel
F Trevlño.
o.33.34,36

Cía. Minera &lt;:Topo Chieo,&gt; S. A.
SEGUNDA CONVOCATORIA.

No habiendo vetl6.cádose, por falta de quorum. la
Asamblea General Extraordinaria de esta Oompañfa,
c!tada para el dfa de hoy¡ pcr acuerdo del Cone~jo de
Admlnietrnoión se oonvool\ nuevamente á loR Srs.
acoionletae. para que concurran á la que ee efrntuarli
El día 2 de Mayo próxl:no á les 9 a. m. en la 11Bolea
)linera" calla de Dr. Mler No 84.

Orden del día: ·
Unico.-Diecutl.r y aprovar, el hay lugar, lae propo
eiclonee que ee hacen para el arrendamiento
de la mina de esta Oompañía.
Monterrey, Abril 18 de 1!'109.-Anreliano de León,
Brlo.
o.33,34,36

Cía. Alinera "Pt·ovideneia y Juárez,''

s. l

CONVOCATORIA.
Por acuerdo del Ooneejo de Administración de esta
Oía ae convoca á los Srs. aocionletae para laAeamblea
Go~eral ordinaria que tendri Jugar el día 8 del entrante mee de Mayo á las 4 p, m. en la C88a No. 94.
calle del Dr. Mler, bajo llL siguiente:

Orden del Día.
1? Informe de la Directiva.

2° Informe del Comisario.
a• Preeentaol6n de cuentae plll'&amp; 811 revision y
aprovaol611 en
oa110.
~º Nombramiento ele Directores y Comisario.
.. Montem&gt;y, Abril 19 de 1909.-.El Secretarlo, A.
Marttnes C4rdenaa.
o.33,34,36

•u

Orden del Día

Unico. - Discutir y resolver sobre una proposición
qne hacen para tomar la mina en arrendamlendo,
Se suplica la puntual asistencia por tratarse de
eennto Importante.
Monterrey, Abril 19 de 1900. -El Srio.. A. Martf.
nez Cárdenas.
o.33,34.86

SAN.B'ORD AN D Cía.

s.

A.

Agenola de la Seoretería dff Fomento en el Ramo
de Minarla en Lampazos, N. L8(5n.
Expediente No. 390.-Oon fech!:1 1º del corrle11te
á 1811 ocho de la mañann ea ha presentado en esta
Agencia el 1k J q~(l.e O. Martln, z, vecino de eet,a ~fndad denunclat:tlo 7 pertenencia~ mtnerss eobrff una
miaa qu" la Srta. de Fomento h~ declarado caduca y
llevó por nombre «Alex Junior• la cual oontlene -plata....
plcmo y dnc. y esta cituada en el lomel'io de la Iguana de e11ta jurlediccl6n y al lado Norte del fundo
minero ..san Juan de loe Lagos,» cnyae pertenencias
88 medban en Ja figura de un polígono con o&lt;·ho lados Undundo trea de 11u11 ladot1 con el mencirinado
tnndo minero solicitado con el nombre de ,Santa Rita•
y 11u1 la/los reetante con t !rreno Ubre, y pone por
nombre hew denuncio. •Argentifera.• Admitido el
ant.erlor dAnunoio se l'.11anda publicar en el PE rlódlco
Oficial del ~3tado por tre11 veces eeguldag Y GD la tabla de a,·laoa de eet,, .Agencia por un mee, Y ee nombro perito para la. medida de eete tundo al Sr. Eplgmento Ay, zqgoitia de eEta vecindad quien aceptó el
el nombramiento.
Lo qufl s• lhP..ce s&amp;ber al rt1blico advfrtlendoee que
desde esta fecha se abre un plr z, improrrrgable de
cuatro m ~s&lt;-e para la suetanc!aolón del Expediente en
esta Agercle .
Lamp&amp;z ,8 , Abril 10 de 1909.-E. A. D . M --"-A.
Reyes.
o.32,33 34

Thc Ajuchitlan rftinin[ and Iñillin[ Co. S. A.

CONVOCATO RIA.

SEGUNDA

Por acuerdo del Oon11ejo de Administración. ee convoca I!. loe 8f'fiores acoionietas de esta Oompafüa para
Asamblea General Ordinaria que tendrá veriiloatlvo
el dia 7 de Mayo próximo. á. lae 11 a, m. en lee Oficl
nas de la Negociación, calle del Dr. Miar Nlim. 104
bajo la siguiente:

Convocatoria.

No habiendo tenido veriflcativo por falta de quorum
ta Asamblea General Ordinaria de esta Oomp&amp;fifa
citada para el dia treinta uno del mee paeado, por
acuerdo del Conef&gt;jo de Administración ee convcca.
nuevamente áloe Señoree accionistas para que concurran á la que se t,feotuará en el domicilio del
Orden del Dí a:
Preeident.e 1&gt;n esta ciudad, calle de Hidalgo 224 á Jea
siete y media de la tarde del dfa quince de Abril
1? Informe del Ocneejo de ..\dminfetración.
2' Presentación de las cuentas correspondientes próximo.
al año social.
Orden del Día.
3º Ampliación de las t1tllldadRe.
I Inf.:&gt;rme df&gt;I Oonsejo de Administración.
4° NombramieLto de un miembro de le. Junta DiII Informe del Comisario.
rer·tlva.
lII Aprobación, en eu caeo, de lae cueritae y balanMo11terrey, 12 de Abrll de 1909. J. B Sanford,
cee del .Añ:&gt;.
Pres.
o.31,32,:33
IV Elección de los miembros de la Junta Directiva.
Monterrey. N. L., Abril 6 de 1909.-J&lt;.hn T. de
Bel!, Srio. y Tes.
o.3l,32,3S
PREGON.

Presidencia Municipal,-Montemoreloe.--.N. León,
El Viernes, 7 de Mayo próximo, á las 10 de la ma•
ñana y en el local de esta Presidencia, se venderá, en
subasta pt1blica, un lote de terreno para solar dR loe
Ejidos de este Municipio, situado en el barrio de Z!lragoza, con una superficie de 3 424 metros 4200 centfmetroe cuadrados y b, j:&gt; las elgnientee o,llndancias:
por el Noroo, calle de por medio, t , rreno de D. Anae
taclo 1\1.artínEW, por el 8nl', camino de las Adjuntas,
por el Oriente. calle de Morelia, y por el Poniente,
calle de Querétaro.
Lo que se se póblica para que las peraonae, que ten
gen intereses en el terreno dfscrito, pasen á hacer i;oe
posturas con oportunidarl,en la i11tellgencia, de que es
t11,e no baiarán de la suma ds $58. 62 eta. precio fijado
como basé para remete, teniendo el derecho del tanto
el poseedor D. 1\ gp pito Garv.a.
Montemorelos, 12 de Abril de 1909.-Arnulfo ReJ'langa.,-Clpriano Ord6ñez, Brio.
o.32,3.l,34

Las Mejores
:,•
Gotai para
,
g .
Curar la Tos
:
son l a s G o t a s r •
.
del Pectoral · ·
de Cereza del •
Dr. Ayer.
Setenta años atrás los médicos
usaron por primera vez el Pectoral
de Cereza del Dr. Ayer, y desue
entonces ha sido el remedio tipo
para la tos en todo el mundo. Millares de familias en Europa, Asia,
Africa y América guardan siempre
en su casa un frasco de esta medicina para poder Lsarla en cualquier
caso imrre\'isto de urgencia. El

Cadn fra11rf'J osfentn ln fÚl'nuf.la

f'&gt;&amp;

~-~M

~

Cía. Minera "San Pablo'' S. A.

Pectora! de Cereza
del Ori Ayer
domina los esfuerzos espasmódicos
del toser, alivia la congesth',n de la
garganta, calma la inilamaci,'ín de
los tubos bronquiales é impiJe que
la afección interese lo:; pulmones.
Hay muchos substitutos é ami•
taciones. Cerciórese de que se
obtiene el Pectoral de Cereza
"del DR. AYER." (No contiene
alcohol ni veneno)

EXTRACTO.
.Agencia de la Secretarb de Fomento en El &amp;mo
de .Minería en Lllmpazoe, N. León.
Expediente No. 388. -Con ftJcha 19 dRl corrirnta á.
lae oie¿ de la m1 ñana 8e ha prEsetta&lt;lo el Sr "Francis•
co S. Leal, vecino de e eta ciudad do1unci, ndo eef11
pertenenol6s mlDeree ecbre una veta que ocntieLe
pluta, plomo y zinc, en el cual hoy un trao1,jo de pooo
prcfa11did11&lt;i conccldo por mina de "Tree Marlrs• la
que se encuentra en un levantamiento que hoy en la
marga dt-racha clel Arr&lt;,yo que nace de •Piletas»
p1;rtencctente á la S!fJrra de Lcmpazre de esta jnrledioción, cnyaa pertenencias so Iruldlrán de 100 metros
de ancho pr.r 600 de largo, d&lt; 1 modo siguiente T1,m11n
do como punto de par.Ido el piqutte men(l!onPco
para el Noreste 300 mtt&gt;. y para el Sur oe&amp;te 300 mtl!.
quedando en medio el piquete en referencia eln collndanc!as mlneree siendo por todse partee terreno libr&amp;
y dando como puntee de reff-rencta loe s• go' oo tfs · al
Ntrte, v11stante rE&gt;tlrado nna mina eb11nronada que
ea lhlmó ocLa Purísima• el Sur ccmo 600 mte. el fundo
denunoiendo por el flr. Juan Montemayor llimaco
"Monte de Piedad» al OriFnte el creeton del Alsdn y
al Poniente lo alto de la sierra, y pone por n&lt;.mbre
á. este denuncio "Tres Marías n
:Admitido c 1 anti rlor denuncio se manda publicar
en el Perió:lico Oficial del Estado por tres veces ee,
gnidae y en la tabla de aviaos de esta Agencia por nn
mee y se nombro perito para la medida de eete fondo
al Sr. Eplgmenfo Ayarzegcita de 1,sta vecindad. qufen
aceptó el nombramiento.
Lo que se h&lt;1ce saber al ptib!fco advirtiéndose que
desde lista fecha se habre un plato lmpror1&lt;'gnble de
cuatro meeee para la substanoiaciOn del Expediente
en Peta .Agencia.
Lampaioe, Marzo 27 de 19C9.-E. A. D.M.. A. Re-

CONVOCATORIA.
Por B&lt;'nerdo de la Juota DlrE&lt;;tlva en eeel6n del dta 18 df'l
corriente mt!,, se oonvcoa ti loe l:irs. accionistas A A •ambles. General exuaordlnarla qne tendrti lugar el dta lo de i\1ayo prGxlmo,
ti las 5 t&gt;, m, en la C8!a No. 33 de la Calle de Bollvar, b,j~ la
e'gulentt&gt;:

Orden del Día.
UNICO: Dlecnslc16n y aprobac'dn, en an caso, de ·un proyecto
de modi0oacl6n o.\ """trato de aneudamlento con: la, lhxlcan
L&lt;:adOo.
Se recuerda á los Sra. acclonlat91 lo prevenido en el ert, so
da los Esta.tu top, qoe dlo,; Para r epreaeutar las &amp;cclonea al portador en las .As•mbleaa Generales, se requiere deJ)Oaflar loa titoloa en la 8ecretar1" de la NeR"oclaclón 6 entrt garle on cPrtlllcado
· do depósito expedido por aJgQna tnatltnoi6n oe cr61l1o, haol6ndo
o~ta entreg11, cuando mAB tar&lt;I", el dfa antee de la A88mblea, r, cogiendo una tarjeta en qne •e expre•arti. PI ntlmero de l•oclonea
depoalitadas, l81 en.les ae retirar in de.apoda de qno la A•amblea
cJ1,osnre •u.s seelooea,
Monterrey, Abril 14 de 1909.- EI Secretarlo, Franolsoo J. Gond,lez.
o.a1,a,,as

la

t-nttthtt«. I',-e11untr 11."il&lt;•&lt;l á ,,. ttt.Pdi.-,)
lQ ,;¡ue opina &lt;kl Pert,,,-,,¡ ele f1!i'e.u, ,1ei
Dr.Ayer.

l'reparado por el DR. J. C. AYER y CI.A..,
Lowell, Maaa., E. u. de A.

IMPRENTA. DEL GOBIERNO, EN

"

IIBICIOR J llmJ8tIWOl,

A. Brondo Whitt.

p ALACIO,

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>uterrey, Vw.rnes 23

TOMO XLIV.

·

I?e-riódico -Oficial
DRL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DR NUEVQ ... LRON.

Las leJe&amp;, los decretos J demu disposicionas superiores, obli[an p1r el solo ha~ho dg s~r pnblicad1s en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable l a Secretaría del Gobierno. ,
COÑDICIONES -gste periódico se publica los ;\I;Ístes f
Viérnes de radasemana.-Vale la sub,;cripción CIXCUE~TA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CIXCU~XTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe b:icerse adelantado.

!i

co:,imcro:,ip~s.-r~I número del día vale DOCE CEN•
TA VOS. I~l número atra"-a&lt;lo QUI~CF;.-Tocla comunica·
ción oficial deberá. dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de a\·isos se bari directamente al Administra·
dor del mismo.
\

oo, del que fné nob~e, que domina todas virtn&lt;les, y que por mi b1ca te dicen:• Raas tempestades, que sa 1va todos los e seo món G..rcía Chárnrri, adiós."
En la próxima semana.
I10s1 que vence todas las barreras y qui
2° de lo Criminal,
ueda como ensefia sobre las mis altas ci,Junta dP )Ie,ioras 1l.a.tcr1alPs.
Lic. EsTF.BAN E. GuAJARDO.
mas: es el ejemplo.
2~ de to Ci~ll.
Esa vida, cuyo fin para mucho: se sefia. Coxcr.csró, lfüL PALACIO DB GoBIF.RNO.
Ltc. ROQUE DE LUNA.
la tras de la losa que solo encierra el enor- EDIFICACIÓN" DE I,A. Pf,A~TA .A.LTA DH LA
interrogante sin respuesta, no fué una PE~ITEXCIARÍ.\ DEL ESTADO.
ARREGLO DE LA PLAZADF.L 5 DF. 1Lno; Y
vida efímera cuyo paso entre nosotros queAcrRRDO
PARA T.A CONSTRl'CCIÓN DEL
_;:_;.;;;..;;.;..;.-.------------11,dará marcado por breves instantes; no fné
Monterrey, Abril '..!;3 de 1!)09,
una ex;stencia de vulgares lineamientos ARCO J&gt;J.: L ..\ I?-.lfül'ENDl&lt;:NL'IA.
cuya reseíia se hace en unas cuantas fraACTA NC MERO 3 &gt;~.
}.,aJlPc:i mit111to del Si·. Se&lt;Trtal'io ses de misericordioso epitafio; n6, fné la 1Ionterrey, Abril I 7 de 1909
-le un varón justo y recto. gladiador inde Gohjerno.
Presidenc·,, del Sr. Gobernador del Esconm0vib!e ante todos 1os peligros y ante tado, General D. Bernardo Reyes.
El día 21 del actual, á las 8. 15 p. m. 1 todos los mundanos embates; fné la de un
A las diez de la maíiana, se reunieron
dejó de existir el Sr. Don Ram'n Garda cariñoso padre que dió vida y calor á nn
¿n
Asamblea General los miembros qne
Cbharri, Secretario del Gobierno del Es- hogar modelo; fué la de un leal que hizc
compooen
la Junta de Mejoras Matedale!t
ta fo v Miembro Prop=etario de la Cáma- de la amistad un culto; la de un buen ciuie
esta
Ciudad,
eu la casa particular del
ra de.Senadores del Congreso de la Unióu. dadano que laboró ~in fatig,1s ni cobardías;
Sr.
Goberoador,
p·re,·ia cita que se les di•
El Señor García Chávarri desempeñó fué en fin la de un luchador que llevó
riji6
por
la
Sef'retaría,
con objeto de iofor
-con honrndéz y laboriosidad distinguidos siempre por bandera causas nobles, y por
mar
la
~lesa
D:rectiv;'!,
de la conclusión
é imr:ortantes cargos públicos, habiendc -irruas y escudo: honradez acrisolada, trade
la
ob~a
del
Palacio
de
Gobierno, de los
ejercidc el de Secretario de Gobierno du- bajo sin tregua y austera virtud.
~astes erogaJos en e' la y de la que se llerante el largo período de veinte años, en
Para los que fueron espíritus superio- vó á cabo en la planta alta de la Peuitencuyo p1~esto colaboró con toda eficaciii, se
cundando siempre de buena vo,nntad lo- res, la muerte no es la negación de la vi- .::iaría del E-,tado; é igualmente, para in.esfuerzos del Gobierno en pró del engran- la, no es el transmutismo de una sustan- formar ele los trl'\b ,jos que se han hecho
decimiento y prosperidad del Estado, sin cia en otra, op~rado en el inmenso labora- er1 el ornato v embellecimiento de la Pla~
torio de la Naturaleza; no es la disgrega- za del Cinco· de Mayo, q1.1e ei-tá ~l fr.!nte
·tJUC jamás se le viera flaquear en tan ar
ción
de la célu1..1 orgánica, cambiándose del citado Palacio; y se dió lectura al acta
dua -..:orno plausible labor; habiendo dejapor arte de gigantesca síntesis en seres de le la sesión anterior, la cual se aprobó.
do con su desaparición un vacío muy diestructura inferior; no es tampoco el caos
En seguida el Secretario, ley6 el inforfícil de llenar.
mfinito
que,
insaciable,
devora
existencia,
me
de los trabaios ejecutados del 28 de
Hacemos este justo y bien merecid&lt;
..
in
dejar
rastro
alguno;
la
muerte
pua
gnero
de 1907, al 3 r de ::\Iarzo de 1909,
elogio de las virtudes cívicas que adorna.
esos
espíritus
es
tan
solo
la
desaparición
:uyo
informe
es como sigue:
ron al Sefior García Cbá,·arri 1 como un
tangible
del
que
fué,
pero
que
es
y
s
•gui
"En
la
obra
del Palacio de Gobierno en
homenaje tributa 'o á su grata memoria.
rg_
siendo
en
otra
vida
mlis
ioten!'la,
máconstrucción, faltaba, según se expresó en
Ayer se verificar6n sus funerales, á lo~
la Asamblea General que celebró esta Junone asistió extraordinario concurso forma oluralizaaa: la del recuerdo.
Por eso, al dejar este espíritu fuerte Stb ta el 28 de Enero de 1,907, que poner los
do de los dfrers0s elementos sociales y de
las corporaciones y oficinas del Estado. lespojos en la negra mansión del silencio pisos á tres piezas en el lado Poniente, en
prcsidirndo el duelo el Señor G.Jberoado ~terno, llegamos hasta los dinteles de la la p 1anta alta, por la calle Z1ragoza, a.,í
rnuerte no por la vana pompa de corteses :orno qne construir el techo del gran sadtl 111 ismo, con los deudos del fi o ad 0.
formularios,
no con banales propósitos, si 16n que ocupa la pirte media del mismo
_i\1 ser deposítarlo el ca&lt;faver, se prorinn
no
con
el
alma
contristada en reco6 iruien lado Poniente del Palacio, y el de su pasic:ió pQr el Sr. Diputa~c, Dr. Ram6:1 E Treto
y
veneracióu,
con el corazóu presa de llo de entrada: cuatro corredores de piedra
viño, en represeutac16n del Gob:ern 1, la
rngustia,
á
dar
el
postrer adió; á ·quien le sillar en la misma planta al ta .de los
isi~uiente oración Htuebre:
,up~ con labor proba perseverante y r&lt;!c- ios pafios qne dán á la esp·llda, ó sea al
SE~ORES:
ca, vivir para sus conciudadanos. Por es ~orte, y uoa escalera en cada uno de ellos·
La vida que desarrolla saludables ener- con todos los que se acercan á cumplir est los pisos del salón, pasil19' y patio~, a;í
gías.)' que traduce sn acción sobre el Pla piadoso deber está f'} alma nuevoleonesa ·omJ la pavimentación del vestíbulo donneta en bienes para el coojunt) humaoo, i rendir el merecido tríbut,1 al desaoare le se estaban construyéo&lt;lo las esc~lt:ras
no es un punto perdido en el espacio infi cido; alma de un pueblo que hoy está dt principales, y la escalinata para ascender
nito cuando se disocia de su forma orgáni tuelo y cuyo pabellón se inclina funera- ' &lt;Echo vestíbulo: más el dec·1rado faltán•
ca,'no es una luz que se apaga al caer en r· o a\ venir á decirle desde losconfioes de io también de surtir de mobiliari; los deel iusondeable abismo de la nada, despué- la vida y la muerte, entre una v otra ci- nrta'mentos que estaban por concluirse. Y
de .brillar nu instante en el camino sin fin ma: cumpli-;te corno bueno, ~irvien:io á á la fecha se pusieron los pavimentos de
del tiempo; no es el astro fugaz que crnza tus concindad;mos, honrando esta tierra eo ,uosaico en las piezas del lado P0niente
el firmamento sin dejar brillante huella londe surgiste á la vida, y esta tierra amo- frente á la calle de Zarago1,a, en una exnó es algo que queda para adaptarse á L rosa te estrecha en inacabable abrazo. El tensión en junto de 374 metros cuadrados
existencia del símbolo, para surgir á cada inmisericorde olvido no cubrirá tu lech y se techó el gran salón que ocupa la parmomento en sucesivas geoerdciones, per ::on sus negras alas; tu nombre surgirá te media del mismo lado Poniente colo-durando á través de lo, siglos sin forma en la Yida que reserva á los bueno5 1 á los cándose el techo de lámina de fier;o, pin'1eterminada, pero con caracteres intensos; nobles, á los útiles la j11sticia. humana y tado de aceite, midiéndo éste 133 metros
u la labor kuma11:zada del que hié bue- d scntiuüeuto de cn:u1tos conocieron tus cuad.rados 2se estucaron las paredes de dicho
Jt'ECES DB TURNO

-------- ---------lllcne

PE·RIO Dreo oFI eI Al

1

�PERIODICO OFICIAL.
PERIODICO OFICIAL.
r

salón, se pusieron en el mismo, los p1rns
de mosaico quedándo term inado del todo;
así como se hicieron los cuatro corredores
de piedra de sillar, en los patios que como
queda dicho, se encuentran á la espalda,
lado Norte del referido Palacio, mid;éodo
dirhos corredores 39 metros cuadrados, se
pusieron de lámina sus cielos, y de mosai•
co sus pisos, u niéudose ca , a umo de los
corredores de los patios aludidos, por el la
do Norte, con un andador con su r~specti
vo barandal de fierro, de diez metros de lar•
go, por 105 centímetros de ancho; y se hi.
cieron las escaleras correspondientes para
descender á la planta baja, así como otra
e~calera en el rnrredor del patio lado Po•
mente, para ascender á las azoteas.
Se hizo el techo del salón del vestíbulo.
de lámina de fierro, pintado de aceite, mi•
diéodo 3 I 9 metros cuadrados, se estuca.ron
las paredes de dicho sálón, se puso el pavimento de mosaico, y se terminaron las
dos escaleras á los lados Oriente y Poniente, las cuales se construyeron de piedra de
San Luis en una extención de 56.43 me•
t~os de la~go, por dos metros setenta y
cmco centtmetros se terminó la escalina•
ta que dá frente ála calle, y que sirve
d.e entrada principal al edificio, la cual
tiene 50 6o metros de largo por 4,86 me•
tros de ancho; y en las seis ventanas del
citado salón, qne dán al Sur, se pusieron
las vidrieras emplomadas, pintándose á
fuego los retratos de cuerpo entero de Hi.
dalgo y J uárez, y de busto, los de Zuazua
Zaragoza, Eecobedo y Dr. Mier: y se colo'.
có en el centro del patio principal, una
fuente de fierro ~on la taza de cemento.
Se compraron los muebles necesarios
para el salón construido en la planta alta
en la parte media del lado Poniente asl
como para cambiar los que antes s~ te•
nian. en el salón de recepciones, que está
frente á la calle del cinco de Mayo y á la
Sala de Juntas, que se estableció al lado
Oriente, frente á la calle de General Zua.
zua; importándo dichos muebles, la canti•
dad de. 1/, 25,640.38.
Los gastos erogados durante el tiempo
que abarca este informe, y que compren.
de del r º de Enero de r,907, al 3r de Mar•
zo de r ,909, ascendieron á la cantidad de
$ r37,r56.60. Distribuidos en esta forma.
Muebles y Tapicería ......... 11, 25,640.38.
Cuent~ de pevimentos., ..... ,, 5,585 20.
DrenaJe y ~xcusados ....... ,, 1,844.03.
Luz Electrtca ........... . .. ,,
883.96.
Cuenta de vidrios ........... ,, 3 012.21.
Herramientas y enseres ...... ,,
278.99.
Pintura y decorado ......... ,, II,856.60
Cuenta de Fierro.... . ..... ,, 3,156.79.
Materiales de Construcción .. ,, 10,306.62,
Gastos Genarales.. . . . . .. ,, 6 13 19.43.
Cuenta de Cantera .......... ,, 13,124.36.
Piedra de San Luis. . . . . . . ,, 4,767.83.
Cuentas de Maderas ........ ., 6 1919.23.
Mano de obra .............. ,, 38 1333.07.
Estatuas... .. .. . ......... ,,
284.14
Rótulos para las Oficinas .... ,,
553.30.
Balaustre............ ... ... ,. 1,934.70.
Fuentes ................ , .. ,, 2,105.76.
Cuenta de mármol. ... .. .. .. ,,
250.00.
Suma .... 1/, 137,156.60.
y los ingresos quf! se tuvieron para cubrir
est~s gastos fueron de la manera siguien•
te:
Por donativos y renta espe•
cid para la obra ......... 1/, 102 1929 92
Por ministraciones de la Te·
sorería del Estado., .... . ,, 27,036.44
Por asignaciones de los Municipios .... , .... ........ ,. 17,147.00
Suma ... ..... 1/, 147,II3.36
Menos la existencia que quedó al terminar el mes de Marzo ppdo, .............. ,,
9,956.76
Resta, .. ,.,,.$ 137 1156,60

con lo que se Igualan l. s
egresos; y el gasto tot 3 J
en la obra del repetido Pa•
lacio, desde el 1• de Agosto de r 1895 en que se em•
pezó la obra, hasta el 31 de
Marzo de 1.909, que com·
prende un período de trece
años siete meses,ascendió á 1/, 867,733.02
cowo se demuestra en el
Balance que se acompaña,
pomeuorizáadose este valor - - - · - en esta forma:
Cuenta de estatuas. . . . ... $
6,587.77
Cuenta de pinturas. . . . . .. ,,
184.24
Muebles y Tapicería ...... ,, 74,651.21
Muebles de Escritorio ...... ,,
4,862 100
Cuent~ de Pavimentos ...... ,, 20,663.87
Drena¡e y excusados .... .. ,, rn,893.74
Luz Eléctrica ............ ,,
8,804.39
Cuenta de vidrios ......... ,,
4,42936
Má-¡uiua para labrar piedra .. ,,
2.728.69
Herramientas y enseres.. . . .,
1,304.7+
Rótulos para las Oficinas ... ,,
553.30
Contratistas . . . . . ... . . . . ,, 33,706.78
Cuenta de fierro .......... ,, 14,762,28
Piedrat ded San ,Luis...
1 . . . . ,, 90,724.96
C uen a e marrno · · · · · · · ·"
25o.oo
1,934. 7o
Balaust re de cemento· · · · · ·"
Pintura y decorado . . . . . . . .
43 030 44
Materiales de construcción .. ,' ', 82 ' 2·
,53 •79
Ga stos Generales··· · ······" 35,z56.8o
Fuentes· · · · · · · · · · · · · · · · ·"
7° 1 9:
Mano de obra· · · · ...... · · · · ,, 367,353.8J
~ade;a~ ·
4 5, 0 5 3· 3
uen a e antera · · · · · · · · ·" I 6 ,7 6 6·8 3
Suma .... 1/, 867,738 .02
Y para cubrir el gasto total
que queda expresado. los
ingresos que se tuvieron, - - - --fueron:
Por donativos y renta especial para la obra ....... $ 521,244.80
Asi~naciones de los Muuici·
p10s . • · . . ............. ,, 110,753.70
Por entrega de la Tesorería
del Estado ............. ,. 245,696.28

C .. ·· ...... ·.. "

. . . Suma¡¡, 877,694.78
Menos la existencia que que·
dó en caja al terminar el
mes de Marzo ppdo. . .. .. ,,
9,95 6· 76
queda para igualar los gastos hechos ....... .. ..... $ 867,738.02
Conforme con lo que se acordó por esta
Junta, en la Asamblea General de que s¿
ha hecho mérito al principio de este infor.
me, se comenzaron los trabajos de cons.
trucción en la obra de los altos de la Pe·
ni ten ciaría del Estrdo, el r º de Abril de
1,907 y se concluyeron en 30 de Septie111.
bre de 1908 1 para ampliar los departamen•
tos que ocupa el Supremo Tribunal de
Justic'a, y se hicieron en cada uno de los
lados Norte y Sur de dicho edificio, cuatro sal?nes, con sus andadores en la parte
postenor para su comunicación, ocupán·
dose los del lado Sur, con las tres Salas
y sus i;espectivas Secretarías de dicho Tri·
bunal, y el del lado Norte, se ocupó con
la Sala ó despacho del Ministro Fiscal y
la sección de archivo; midiendo los o~ho
salones expresados, en junto 315 metros
cuadrados; pavimentándose con mosaico
y poniénd?se los cielos d~ manta, pinta'.
dos de aceite; y en la pieza contigua al
despacho del Fiscal, al lado NortP se
con-stru yó una escalera de madera para
descenderá la planta baja, y tener ¡'a salí.
na á la calle, por la entrada principal de
los Juzgados de Letras del Ramo Civil· y
e':1 el corred?r que dá al patio al lado Po,
Diente, se hizo otra escalera de madera·
pa~a ascender á las azoteas del mismo edificio.
Una vez terminados los salones qne
quedan expresados, se c.o mpró el mobilia-

río que fné necesario para dotar las ofici·
nas respectivas del expresado Tribunal'
de Justicia, y de los Juzgados de los ra.
mas Civil y Penal, así corno el salen prin•
cipal de Acuerdos, poniéndose en éste en
la cabecera, al lado Norte, una gran plata·
forma con seis sillones tapizados de piel
para el uso de los Sres. Magistrados, y e~
el centro de dicho salón, se colocaron cincuenta bancas finas, de madera, para la
concurrencia que llegare á asistir en alguna reunión, poniéndose en las puertas
tanto interiores como exteriores, las corti·
nas respectivas, y el gasto que se hizo en
la obra.material, así como el mobilia
río import6 la cantidad de $ 38,625.4r
distribuida en esta forma:
Muebles ............... $ 10,634.03
Maderas .. ............. ,,
2,963,95Vigas de fierro............. ,,
658.75Pintura y decorado ...... ,,
1.325.7r
Materiales de construcción .. ,,
7,225 05
Pavimentos .......•...... ,,
3,420.63
Mano de obra . .. •........ ,, 11,509.90
Instalación .............. ,,
318.20
Gastos generales .......... ,,
569.19
Su ma ... .. .. ·11'
" 30,
"6 25.41
habiendo suministrado esta cantidad la
Terorería General del Estado, con el
d
·
·
acuer o supertor respectivo.
Después, con el acuerdo económico que
tuvo esta Mesa Directiva, se procedió al
arreglo y ornato de la Plaza del 5 de Mayo
que está frente al Palacio, y se hizo el em•
ban·quetado de cemento en los cuatro lados que la componen, en una extención de
2100 metros cuadrados y seis andadores
ec las dos cabeceras y dos á los lados
midiendo en junto 26r metros cuadra'.
dos, y se levantaron cuatro columnas
de cantera de San Luis, en cada uno
de los cuatro lados de dicha plaza, tenien•
do éstas 2~ metros de alto por 090 de ancho, y sobre ocho de ellas, en los centros
de cada lado de la Plaza, se colocaron igual
número de macetones de fierro bronceados
traídos de Nueva York, y en las otras c;_
lumnas restantes, se pusieron macetones
de piedra artificial, fabricados en esta Ciudad: se hizo el relleno de tierra negra para
la sieml:¡ra y cultivo de plantas en los
ocho jardines que se establecerán en el
centro; v en los lados Oriente y Poniente,
se colocaron dos fuentes de fierro con sus
tazas respectivas de cantera de San Luis
y se pusieron en los lados Oriente, Sur
P?nlente ."\I banca~ labradas de la propia cau~era con astenias dobles, con sus
respectivos respaldos, y para surtir las
fue':1tes del agua necesaria, asl como para
el riego de la Plaza, se estableció la entubación correspondiente; y al derredor
del Monumento que en el centro se tiene
levantado á J nárez, se pusieron ocho co
lumnas de fierro, en las pilastras de las
cuatro entradas del zócalo, colocándose en
la parte superior de cada columna cinco
focos eléctricos, de cuarenta bujías con
sn~ respect.ivos globos de uistal, y s~ hizo
la 1nstalac16n eléctrica necesaria para el
alumbrado que se pondrá en dichas CO·
lumnas.
Los gastos erogados en la Plaza en referencia,. hasta el 31 de Marzo próximo
pasado, importaron .......... $ 1), 8J 8.40
de esta manera:
Mano ,de obra. . . . ......... $ 8,938.20
Maten al es de construcción .. ,,
48:3.66
Gastos generales . . . ....... ,, 3 348.84
Cuenta de Cantera ............. "
505,50
Cuenta de Fuentes. . . . .... .
1,643.30
In~talación eléctrica ........ "
r90.or
Macetones de cemento
"
·········,, 400.00
Macetones de fierro
1,923.72
Entuba~ión de agua·.- . .':.':.'.':.':;:
28000
Herramientas ...
····· • ······ ·-··..,,....._1_0_.s..._r.,•z
Suma ...... $ 17,818.40

y

y queda pendiente de pago, por n&lt;? haber- T, un arco en que ha de coloc•rse la es. ta, figuras labradas en cantera ú ornamense presentado las cuentas, lo que importe tatua de la Independencia, de conformi tes; y por lo mismo, qued,1 el contratista
el embanquetado de cemento, y el valor de dad con los planos y diseños numerados en la obligación de hacer la figura que se,
las columnas de fierro.
del 1 al 4 que se acompañan; debiendo ser le indique, ó la base que haya de susten-·
Reasumiendo Jo qne se ha hecho en la~ la obra, &lt;le piedra colnr rosa-gris, de San tar el ornamento. ·
obras que quedan descritas, y que han e~· Luis Potosí. labrada de conformidad con
20º • Los planos y especifi caciones estado bajo la vigilancia de .esta Mesa Dt• los citados planos y diseños.
tán destinados á dar el verdadero intento
rectiva se virne en cunoc1m1euto: que se
2º. El contratista proyeerá por su par• y significado del trabajo que ha de efecconclu~ó la del Palacio de Gob~erno, com• te todo el material, trabajo, implementos, tuarse, y e\ contratista deberá entregar
prándose el mobiliario necesar!o para sus .- te. para la obra de que se trata, que será c0mpleta la obra, á la entera satisfacción
departamentos, queda~do pendiente de do• d, la mejor calidad y á satisfacción del de la inspección, y dejar la vista limpia
tarde muebles, tres ptezas en l(l planta Preside11te :le la Jun a de Mejoras, Gober• y exenta de escombros.
Íilta al lado que dá á la calle de Zaragoza, nadar del Estado, Gen eral Bernardo Re.
21 9 Se darán al contratista dibujos de
importando todo lo hecho, la cantidad yes, quien oirá para ilustrarse las opinio• pormenor por el Arquitecto.
de ................................ $ 867,738.02 nes dt! Arquitecto, en caso necesario, y¡ 22'.' La obra se entregará en el ~érmique en la planta alta de la
cuya decisión en todo asunto refereute á. no de diez meses á contar desde hoy.
Penitenciaría, en los lados
los trabajos, será final y obligatoria.
23º El Sr. Tesorero de la Juntta de
Norte y Sur, r constrnyrron
3º. El contratista construirá una cer MEjoras Materiales, Don Anolfo Zambra•
1 ensanchar
ocho salones para
ca de do9 metros de altura, para circundar no , á nombre de ella se compromete á pa·
los r'epartamentos que ocupa
los trabaj os; y todo el material se conserva• gar por la obra en referencia 1/, 27 1800.oe
el Poder Judicial , dot~ndose
rá dentro de ella, para evitar así la obs• (vc'ntisiete mil ochocientos peso,), en el
del mobiliario necesarto p&amp;ra
trncci Sn del tráfico.
concepto de que, se irán ministrando al con&amp;US oficinas, y salóu de acuer•
4º, El contratista facilitará, tanto al tratista sus rayas semanarias, que no ex.
dos, así como los que se pn•
Arquitecto como á la Comisión que la cederán ele $360 oo (trescientos sesenta pesieron en los cuatro Juzgados
Junta designe , la manera de inspecciona r s0s); que conforme á las facturas que "ªYª
de Letras Civíles y Penales,
los trab 0 jos.
presentando, se le cubrirá el ,·alor de la
·m vtrtl
· ·é n dose ¡ a suma de ...... ,,
s
6
s
5º.
Para
los
cimientos
se
excavará
lo
piedra hasta por $7 000.00 (siete mil .pe·
3 , 2 .41
y eu el embellecimiento y
necesario hasta encontrar firmeza; y el sos), y de que al recibir la obra se le enornato de la Plaza del Cinco
ni,·el de donde haya de partir el arco, será tregará el saldo que le resulte.
de Mayo, que está para conla superficie de la Calzada Unión.
249 El Sr. Don Marío P,ña, que fir·
h
t
d
8
8
6°.
El
contratista
retirará
por
su
cuen•
ma
también, se constitU}'e fiador del cone1utr,e, se a gas a o ......... ,, 17 , l .40
ta todos los escombros que resulten.
tratista, obligándose · á responder de que
haciendo eu junto un valor
7º. Uua vez hecha la excavación ne• cnplirá debidam3nte con las obligaciones
ae . . . . •. ••• · • · · · · · · · ·" 924,r8r.83 cesaría para los cimientos, si se requiere, que contrae por medio de este contrato."
quedando una existencia en
se le pondrá una c;pa que haga imper•
La Junta tomó en considerációu la proefectivo en la caja de la Teso•
meables las paredes, para que no se filtre posición hecha por el Sr. Gobernador, y
rería de esta Junta , el 31 de
el agua al pon erse el concreto respectivo por unanimidad se resolvió de conformi•
'
·
do
de
6
6
89 Los cimientos deberán ser de con. dad·, y se acordó que la Mesa Directiva, se
... ,,
Marzo prox1mo pasa
9 ,9 5 .7 creto, compuesto de cuatro pa'i-tes de pie- hiciera cargo de lo relativo al MonumenEl Señor Gobernador, se sirvió ma• dra como de pulgada y media de tamaño, to, así como de la compra de la estatua y
nifestar: que tenía en proyecto se le- tres partes de arena y una de cemento demás ornamentos, y de cuanto se ofrezca
vantara un arco en el cruzamiento de las portland.
·
en el mismo asunto, dando cuenta en su
dos calzadas "Un'ón" Y "Progre'o," en la
9 9 El concreto se mezclará sobre una oportunidad con el resultado.
µarte Norte de esta Ciudad, conforme á plataforma larga de madera, midiéndolo
Por último, el Sr. Secretario informó:
los planos que tuvo á bien presenta•, para cuidadosamente, y batiéndolo bien tres ve• que según la nota presentada por el Sr.
conmemorar el Centenario de la Indepen·• ces en estado seco y dos ó más veces con Tesorero, las operaciones practicadas en
-.denci&gt;i en 1910: que para llevará cabo es- agua, gradualmente medida.
el mes actual, de que no se hizo mérito en
ta obra, se h~bián tenido á la vista los
rnº Las zanjas se rallenarán al mismo el informe general trascrito, han sido en
proyectos de varios arquitectos, entre los nivel entre sí, y al fin con el de la super. esta forma:
cuales había parecido más conveniente el ficie.
Existencia que quedó el 31 de
del Sr. Alfredo Giles así como las propo
IIº Ningún trabajo de piedra se hará
Marzo próximo pasado .... f, 9,956 76
siciones presentadas por algunos contra sobre el con en to, hasta después de calor• Ingreso en el mes actual, por
tistas, para saber cuales fueran las de me- ce días. cuando menos, de haberse coloca
donat' vos y renta e3pecial ..
5,500.00
t:or costo, y se enrnntró resultar el mejor, do éste.
0
el presentado por el Sr, Pedro Cabra!,
L a mezc ¡a se campan dr á d e t res
S UMA •.••... ••w
" 15,456.76
12.
quien da la garantía, para cumplir con sn partes de arena y una de cement'l.
S¿ deduce por los siguientes
eompromiso, del Sr. D. ~arín Peña,· im•
13 0 . L a cons trucc1·6 u d e¡ monumento
pagos hechos:
.portando incluso los materiales y manu deberá hacerse, según ¡0 expresado al Por rayas hasta el
factura, la cantidad de $27,700.00, hacién- principio, con piedra rosa gris, de San
10 del actual. .... 1/, 3 16, 74
dose la construcci6n de piedra de San Luis Potosí. escogida, pudiendo la inspec• á los Sres. v. Rive.
Luis, entregándose la obra completa de c10n
., que se d e t ermtne,
·
·
rec h azqr ¡ as piezas
ro Suces, por el
albañilería, dentro de diez meses, á con que encuen t re d ef ectuosas por 1a b ra d o o,
em banquetado de
far de la fecha en que se empiecen los tra- ca1·d
1 ad ·
la Plaza del Cin•
baJ·os: que sobre el .arco expresado,
que
.
14°·. N o se permt·t·ira' que se h aga.n re,
co de Mayo, seserá de la forma Y d1menswnes que se se. miendos, y toda piedra quebrada ó averiada
t
8 8
fi alen en lr,s planos correspondientes . se ten d r á que reponerse. Los extremos que• A glln
cuen ª · · ·por
· · 3,9 3.9
la Fundición
colocará una grande estatua de metal, d aran
' seoea dos y exentos d e to d o np10.
· ·
ocho columnas de
O
del t •maño proporcioual, representanhdo la
T
,
J
•
d
d
b
,
¡·
IS .
OJa a pie ra e era 1mpiarse
fierro y otros gas•
Indepeodencia, cuya estatua será echa parfectamente con ácido muriático y agua,
t d.
66 8
6 6
por los Sres. W. H. l\Iullins y Co. de Sa• hasta que desaparezcan las manchas ó ba.
os iversos. . . . . _I_,5___
· _2
,3 7.54
lem, Obio, Estados Unidos, siendo dichos suras que se ¡ e ad viertan.
·
·
Existencia que queda para
fabricantes entendidos para esta clase de
6º
T
d
¡
,
1 .
o a a. estrnctura sera de piedra esta fecha . ................ • 9 ,08 9. 22
t raba¡·os, según los que h an ejecuta d o en s olid a e a tod as sus par t es, procuran do em•
de lo cualquedó enterada la" Junta· y
otras ocasiones que se 1es 1ia euconmen da. p]ear sien:-pr~
·
·
d
.p1e ras enteras para evitar no teniendo otro asunto de que tralar,, se
do; y que para este fin, se
habla
mandado
p
f
1
.
.
m er ecctones h r.s t a d on d e sea pos1·bl e· y dió por terminada la sesio' n, acordándose
á los citados Sres. el d seño respectivo, ca d~ una d e 1as piezas
·
d e¡ arco, se asegu.
' que se publicara en el Periódico Ofio¡·a1
ue
deseaba
que
esta
Junta.
se
encargara
rara
con
d
fi
'
·
f
·ó
~
q
amarres e erro a· satis acc1 n para conocim·iento del público, la presente
de la dirección de la obra, como lo ha te de la inspección, colocándolas en cemento
i
I B
nido á bien hacer en las ya ejecutadas, y
1 d
¡·
acta. as como os alances presentados
portan muy impío,
por la Tesorerfo, correspondientes a' la
r 7° Las JUll
· t uras no d eb erá n exce d er obra del ·Palacio, á la de la Pen1·tenc1·ar1·a
q ue para este efecto se dispusiera de los
fondos co.rrespondientes, y que si se apro. de cinco mil'tme t ros d e grneso.
y· las cuentas qué se han segu1·do para e·l'
bab-:t su proposicióii, se firmara por e l Sr.
18º S e co1acaran
' con ¡ a su fi ciente
·
fi r ornato y embelle·c1·m1·e· nto de la Plaza de'
1
Tesorero D. Adolfo Zambrano,
el
.
d. wntrato
,
meza, en Jª 0 br~, l as van·11 as de fierro que Cinco de Mayo; y concurrieron los Seño-que se presentó en mrnuta, Y tce asi:
habran de, ser.vtr para asegurar bien la es res Alcalde Primero Dr. Pedro C. ·Martí1º, El Contratista Cabra], se compro• est~tua y ~gu1las, á entera satisfacción de nez, Constantino de Tárnava Alberto
mete á construir en el punto que se le la rnspecc1ón.
z b
.,
'
&lt;lesigne, en el lugar .fil que coinciden las
E
¡
t
d 1
am rano, en representac1on por auBen,
'U .ó
'P
, ,
d
r99
n e cen ,ro e ,u':o, por una Y cía del Sr. Tesorero Adolfo Zambrano
ca1za das ' ni n" y ' rogreso' , wrman o otra cara • se pondran , á elecctón de Ja J UD· ' Mano
, Pena,
- Des1derw
• • Lagrange y Fer-'
f.

�PE.RIODICO OFICLiL.

PERIODICO OFICIAL

nando Martínez; faltando por rnfermedt.d, : ra, y con avise,, por urgen tes o~up~ciones,, Instituto de Ciencias y Artes
el Sr. Secreta rio de Gobierno D. Ramón el Sr. M ariano Heruand ez, Y sm el el Sr. '
Estado dé Oaxaca.
G . Chávarri, por ausencia de e; ta Ciudad, Dr. Jesús M. González.-B. Rqes. ~ Da•
_ _
los Señores Isaac Garza y Vicente Ferra• \ vid Guerra, Secretario,
CONVOCATORIA.

de(

'.para r:.l s¿ptim,o -Concurso Cíentíjico-LiteEJ A LANCE' de Prueba y,de _&lt;:;a/dos del Libro Mayor, del Pa[acio' de (;o- , rano dedi'cado al C. LIC. BENITO
bierno, correspoml!í,1ufo el primero al mes de 11,far::o y el segundo del JUAREZ, Be1umérito de América.

de Agosto de 1895

Iº

-;;~;~
•

};BRES DE

LAS

tf

la .fec//11:

CUENTAS.

1 DE
-B-E-. -,-H
_ A_B_E_R___¡_DEUDOR.

CÚA11ta de Estatuas. . . . . . . . .. . . . . . . ... .. . ... ,..... . .... 4
6,587 77
H
184 :.H
2G ' Cuenta de Pinturas . . . . . . . . . . . . . . ........ - . . . -.. , . -.
74,651 21
. 52 Muebles y Tapicería . ............. ' ....... .. ........... _.:
4,'862 00
53 Muebles de Escritorio ...... . ..... 1.•.. , ....
;J0,663 8,
55 , Cuenta de Pavimentos . .. ... ......
10,893 74
5G
.,, Cuenta.de _Drenaje y Excusados ... ¡- ... ......
8,804 3fi
a . L\ iz Elect.r,ca .........•... ........ ,.. . ..... .. . . . . ... . . .
! ,429 36·
' áS· Cüenta de Vidrios .... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
c;a Cuat, de lla~11Hna
· . J u.ti
"Ies para 1a1rar p1e1:1ra
. ' . . . . • • . . . . • . . . 1' . . ,.·. . . . . • . . .
''... , ", •2°C' G•l,
fi'I T".s¡¡rería General del Estado. . . . . . . ......... ;. . . . . . . . . . .. . ... . . . . . . .
2 60 ·..... .. ...
1,:rn4 74
Ql Her¡-amientas y Enseres .... . ... . .. $
(JU
Cuenta ele Rótulos para las oficinas ..... ... .. 1• • • • • • • • • •
53:¡ ;JO
200 00 . . . . .. . . . .
33,706 rn
~7 · Cuenta de Contratistas. . . . . . . .. . .
H,76i 28
100 Cneut,i de Fierro.................
105 Pied1·a de San Luis............... . . . . .. . . . . . . . . . . . . ..
~0,724 96
. . . ... . . .
250 00
108 C11-entas de Mármol ... ........ . . . .. .
1,934 70
109 Balaustre de Cemento..... . .... . . . .. . . . . .. .. . .. . . .
llO . DonatiYos............. . . . . . . . .
. . . . . . . . . 5,500 00 ......... , . .
117 cuenta de Decorado• .. . .... .. ....... 1.
. . . . . . .. . . . .
43,030 H
119 Asignauiones ele lo.s ~fonicipios.... . .
500 00 . . . . . . . . . . . . .
1'22 Cuenta de Fuentes ........ . .. .. .-. .
. . . . . . . . . . .. . . . .
701 n
123 Mano j'le Ohra, ............
1,333 12 . . . . . . . . . .
367,353 85
124 Cuentn\le Maderas ,. .. . . . . .. .. . ..
91 98 .. . . ..
45,053 36
125 Cuenta de Cantera.. .... .. . . ... ..... . .. .. .. .. .. .. .. .. ..
16,766 83
127 · Maté1'iales de. Construcción. . . . . . . .
8 11 . . . . . . . .
82,632 79
128 Cajá.. . . . . .
6,000 00 2,61~ ~5
9,956 76
131 Gastos Generales. , . . ✓• . • . • . . . • . ..
878 64
35,256 80

¡.... .. ... ·¡·...
.... ........
.......

... . . ....
1

.

1ACREEDOR.
. ..•. .• . .....
....• ... . •...

... .... .. . .. .

.......... . . .
............ .
........ • ...
........... . .
. .... ..... . . .
• •• , • • • • • • • •

$

245,U~G 28

....... . .. , ..

... - ..... . . .
......... . . . .
.. . ......... .

..... . ..... ..
521,24-1 80

............ .
llO, 753 70

............ .

El Instituto de. Ciencias y Artes del
Estado de Oaxaca, pararendir un homena.
je de admiraclón y gratitud, el dfa r8 de
Julio de este año, al salvador y _Benemérf,
to de la Patria, Lro. BENITO J uÁREZ, ha resuelto, con aprob1lción del Ejecutivo del
Estado, abrir el Séptimo Concurso Científico-Literari0 entre todos los alumnos y
al nmnas de los Colegios de Instrucción
secundaria y profesional de la República,
conforme á los tem,is y bases siguientes:
TEMAS:
Primero. Poesía. Oda á la Re forma.
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál
será el mejor plan de estudios preparatorios?...
·
Tercero. Composición en prosa. Juárez no trabajó para un partido político, sino para el Pueblo Mexicano.

BASES:
.. . ......... .
...... . ...... ..
Primera. Desde la fecha de esta Con.......... . .... ..
vocatoria
se abrirá el Séptimo Concurso'
.. .. . . , ...... .

.......... . .... .. Científico-Literario, y se cerrará el día.
... .. ........ . 30 de Junio del presente año
Somas .,... .~.n-.-,, .••.•.•.. fS,-614 a5 ¡¡ ~8,ü.14: !:35 IT77,füt-178 !S 877,0fH 78
Segunda. En el reforido Concurso, sóInvertido en la Obra hasta hoy ... . .... .. $ 8G7,738 0;1
lo podrán tomar parte los estudiantes de
Existencia oo Caja.. .. .... ..... . . . . . . . . .
9,956 76
ualquiera escuela de la Repdblic.~, sea ó
Suma ..... .... '.·_:~_-._.. -_;..:__ ·* s77,(i94 78
no oficial.
- - ~ ~ ~ - = ~ · ,·
- - -Tercera. Los concurrentes enviarán
' Monterr~y,_lllarzo 31 lpO~.-El T.isorero, por Adolfo Zambrano, Albe,-to Zambrano.- sus traba¡·os al Director del Insti'tuto de
V&lt;/ B9, El Sec,•etar¡o, D~v,tl Gue,·ra.
,
·
·J
,
•i
,
Ciencias y Artes del Estado, empleando
dos
sobres; dentro de uno estará la compo·
;]Jalq,nc(!. ·q;e Pru,ebr&lt; &lt;111.;,l,a Ob1·a de la Penitenciaría. ciclón
firmada con un lema, y dentro de
otro, la boleta de matrícula que acredi·
:, f-"t,Üo~'
.,
NO:-OlBRE l;l-~ LAS 9.UF.:Sl'A~
l Debe. flalx•r
Duudo,1:
_¡: Acrc1..--do1·. al autor como estudiante. En el exterior
1
•
•
.,,....._,.;e----'-1_ _
: - - - - _,_____ de este segundo sobre estará escrito -con
.
,¡• ~, ' e-•~-~ ...,,.,. . ·" ·t
- -- 1
claridad el lema adoptado para distinguir
Pe,~ Tesorei¡.ía General. d¡!!'Estado ....... $ 78.q ..... _....... $ 3s,fo 5.41 la composición.
A Ga~tqr~enéfall!sf . .r_-, ·. ,i . :1.¡.............. $
j69 19
Cuarta, Los premios serán los siguien.
'f7fi
Cuer¡taf,il.e' MaderrJl ,}_\ r ',1
.. !l ,.
21963 9·
te5"':
t77 :: C&amp;enfa de Vj_gks dJ'Fiirr·q·.·. • • .\• :~::::::: .' . .' . .'.
658:7~
Primero: del Gobierno del Estado.-Li178' t" Muebles para el Poder Judícia . - · '.'......... • . . 10,634.03
bros científicos ó literarios,
17? ',, , Pmturas 6 ~ecorados • • .. ·. .
.•. 156 49 , .
1,325.71
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta
'180 ,, ·Matefiales ''· ~Jéonstru~cipn .. . .'.' . •..... , ... . . · ,7,225.05
Capltal.-$loo.oo cs.
182 ,, C1.1!füHCce P'avi'mentp's~.~- . . . . . . . . , · . , . or 3,d-20.63
T
1
r83 ,, Cuenta de Instiila86n~c~'l':". . , 1.. _. ' . .ª·. r., . .'' . "i·,·. 2r8 20
ercero: del Instituto de Ciencias y
11
184 ,, M_ano de .0
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Q ¡del Estado.-$200.00 cs.
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,a nta: Los traba3-os deben ser 1nédi•
.&lt;;t\ 1
. " ~- -,,., 0 t
8 r .r~""H,J c i&gt;r~!~ 2r1&gt;·4 1 $ 38,6 25,4 1 tos y escritos en casteHano. ~
r1 ~. r• . ,., 11 ?, 0 ,
, , Z ;,~~ ,1?,;~J
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1
- -sfr.,..,S.....-...,..-,.....,.m--,--'
.. r
~Lll!:L-...L..~--Sexta._ Ademá's de los titémiti_\frábterlo~
. ' b·re '3~. de .:i.908.-~
1
l
•
en'~ad
·¡
Monterrey, _Sept1em
Tesore,ro, por .\dolfo,karpbr,ano,
S. E. res
~.• el Jurado ~toig:¡.r~
d s aJ~~;4
•
, a, ,¡ ,.t\
Zainbrano,--::-V~ R º El $rio'.~ DaviaC'úerr;i..
r 're
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, ¡ ,¡, •
h,i ,e t~!llª Y~ ~~a..}jllenc¡6~ ·-e laspomposicio¡ies
,., · 0&gt;l , ;t
_. "'" 11 r ,: , ' 0
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1·' 1ome~ezoan . . 1 • u 'FJ! ;1
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j~.
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t\·
i;.;,_q,.ue ~s_uJnt.~9
1
Balance de Sa.ldos d~!?~,,.óJra, de~ /r.wdrn rJ,11-;_hi P'la,Qa del , Gi'IJ;crrde lilayo, ;;o- Septlma.· El O. ©oberhador del 'EstaJ
-rrespndiente al mes. ¡!,~ ]{a,rz;o d~, 1909, t', . · ~ '
q
.• e
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do ent'r egari"los prétn-ios 'á las .persóna~
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1 1 Q&gt;
DEBE) "'"~ U" HAJBER~I ,t 'q~ lós h'.ubi'eten' obten(do ' en uii¡i_i ¿¿Iefo'.
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' 1?!\ ,1Vfliill~.tr;i~:o~\iter:p:i; qu~.'~r{~" estJ
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r 6,n organ1·zari'i e1 Tn~ t·t t
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Construcción
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J.uár.ez! Marzcl crvtde ·1909.-Ei " Direcfoí:'.J
lonte,f ~Y· oi~~zo F ,ti.e, ,~9,-El Tesor~ro, por Adolfa.Zai:nbu~o; Á1h'erl:o Zam- Aúr-e~o·: ví!l~z'vfe,so.-'El Se¿retiiriólf'"Pn~.
bf~qo.,,J'.¡a'g { 'E) Sqqi,, Q~¡v1~ 0fqeg~•.M "
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·LA COMISION NACIONAL DEL CENTENA. ¡~,el, Femando Pimentel y Fagoayá, ;ug--:: oombre, -y en su caso el tí.t ulo relativo á
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Rascón, Rafail Rebollar, Carlos R iuas, Porji- esta solicitud -,Monterrey, Marzo 18 de
RIO DE Li\ INDEPEl•~:ENCIA
ri&lt;&gt; Prh'm, Vooales.-Josó Cusarin, Secrot:ario. t9() ,-León G. ,F\ores,-~6brica.
9
Al Pueblo llex1cano.
- - - - - - - - - - - - - - Es copia. Mex1co, Abrtl I 0 de r909 ..,

OOBIERNO GENERAL..

' -A.. Aldasoi·o.

P1'xima. ya 1a. fecha del 15 de !leptln1br• de
ab,. 13-ma. 7 2r.
·191•, &amp;ll que se cumplirán &lt;úen ~líos de hi\1'.~r- ···-- - •·······-······'·---·····~······-··· ··········..···........... ····-- 0
• pl'-Oclamado la independenma ~e 1" N'\Cion
Secretaría de Fomento, Colonización. é - - - - - - - - - - - - - - - -

GOBIERNO DEJ ES'I"D0

'lfexlcana, ante eemej"nte espectat1va no JJOdla

'
!Permanecer indiferente uu g~biemo que,. ~orno Ind11stria de la Rep6blica Mexicana.
J
•
11
,&lt;11 ~ue hoy rige nue,¡tros destrnos, ha sabido le•
- ,autar tan alto loe prestigios de la. _Repúblic~. SOLICITuD presentada ante esta Secretarla
t'&amp;r tal moti1'o sin duda, el esclaremdo patnc10
por el Señor León G. T?lores, pidiendo con. BERNARDO REYES, Gobernado,-;
:,¡, aahio go~rnante que es hoy el Supremo Ma- , ,,esión para aprovechar, como riego, aguas
Constitndonal del F:stado Libre y Sobe•
gjlitrado de México, dictó, _con la oportuna so- pluviales del arroyo de Gomss ó San Diego,
rano de Nuevo León, á todos sus habi-ii•ipación que el caso reqmere, el acuerdo endel Estado de Nuevo León, la cual solicitud,
tantes hago saber: que el H. Co11gres,
•-&lt;lí\lllinado á organizar los trabajos preparato- de conformidad con las leyes de la materia,
del mísmo, ha decretado lo que sigue:
,ios de la solemnidad y fiestas con que debe ee- se manda publicar por tres veces durante un
lebrarse tan fausto aniversario; y al efocto, demes, para que las personas que se crc~n ':ºº
sgn6 á un grupo de ciwladanos de buena vo·
derecho se presen ten á alegarlo en el termrno
Decreto N&lt;unero 59.
untad y amantes de 811 patria para que, cons - señalado, contado desde la fecha de la pri
\iit uidos en junta con el nombre de Comisióu mera publicación.
El XXXIV Congreso Constitucional
.Nacional del Centenario de la Independencia,
del Estado, representando al pueblo de ·
d@ la conveniente unidad y dirección á cuantas
Una estampilla de á cincuenta centavos,
labores se emprendan con el Indicado propósi- debidamente cancelada.
Nuevo León, decreta:
~-,
por
todos
los
ámbitos
de
la.República.
.
S
.
d
F
"Artículo 6nico.-El XXXIV Congre= CJna de las primeras resolnc1ones de la Com1C. ecretar10 e omento.
so Constitucional del Estado, clausura
.,.1611 Nacional, ba sido dirigirse á todos sus conLeón G. Flores, abogado, vecino de la hoy, el segundo y 6ltimo período de sus
~iudadanos, excitando su patriotismo 6 invitán- Ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo sesiones odiuarias dejaudo instalada sudiosas fieS tas con León , con domicilio en la casa númer_o 4 Dipntac1'6n Perma~ente.
&lt;l.olos
cooperar
á las grau
&lt;¡_ue haá de
solomnizarse
el centésimo
aniversa•
,.;9 del memorable grito de Dolores.
de la calle de Jiménez, ante la recta inzLo tendrá entendido el Ciudadano, GoToca en suerte á la actual generación. vivir tificación de Ud. ocurro exponiendo:-Que bernador mandándolo imprimir, publicar
..ro el primer aniversario secular de aqnel rv•on- soy dueño exclusivo de la finca agrícola y circula~ á quienes corresponda.
--tecimiento histórico, que marcó la inquebran• de secano denominada Rancho San Pablo,
Dailo en el Salón de sesiones del H.
!Jítble resolución d0 la Nueva España de hacer•
C
"d d d A
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se independiente de la antig,rn Metrópoli, de sito en la omum a
e
gosta eros e Congreso en Monterrey, á los qulce 1as
$ar gobernada por sus propios hijos y de cons· Gomas, jurisdicción de la Villa de Salinas del mes de Diciembre de mil novecientos
,itnírso en Nación libre y árbitra de sus desti• Victoria de este Estado: qne tal finca, con ocho.-P. Benítez Leal, Diputado Presitias. La .obra de e_manoip~ión inici~a con capacidad de treinta hect6litros de sem• dente.-P. C. Martínez Diputado Secreta•
_grande altento, arro¡oy osa~ia; prosegu,da con bradnra está ubicada á bandas del arroyo rio.-R. E . Trt:viñ o, Diputado Secretario.
sin igual
_valor
ge~io. mihta,·,
Y, cons~mada
de Gomas
ó . San
Diego ' lado
Por tanto mando se 1"mpr'1ma, publ1'que,
-&lt;!&lt;ln
espíritu
de Y
conc1lac1ón
y de conoord1a
por denominado
.
"
.
aquella falange de patriotas que tuvo por solio· arriba; por lo cual solicito desde luego circule y se le dé el debido cumplimiento.
&lt;le su grandeza el cadalso, reclama qne sea ce· concesión formal para utilizar en la irriMonterrey, 2 de Abril de 1909.-B.
3
lebrado sn reonerdo con ex_cepcio~al entnsias gaci6n de mi finca expresada, las aguas Reyes.-Lázaro de la Garza. -Oficial Mamo, ya que excepmon~l fue ~mbtén ese cou- pluviales sobrantes que por el referido yor.
junto de árduos traba¡os, de mmensos sacr&lt;fi·
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«&gt;ios y de inquebrantal¡les resoluciones qne de• arroyo a3an en epoca e . nvias, PI en o
'terminaron al fin la separación entre esta por. se me conceda el nso de dichas aguas has·
Secretaría del Gobierno del Esta•eión del N¿evo Mundo y el Viejo Continente. ta en la cantidad de 624 litros por segun- do de N ,,
León.--,Sección 3•110 0
Si alío ~r ~ño cou~e.morau los ~iuda~anos do, protestando respetar derechos de ter..
l
.i.e la Rep~bh_ca, patr1otrnamente umdos a, l~s cero legítimamente adquiridos y existen- Gobernación y
Guerra.-1...1rcu ar
PoderPs Pubhcos, la fecha de ese aniversario
l'd d El
Núm. 64.
,glorioao, con macho mayor motivo deberá ser tes en la actua 1 a .
punto en _qnt
da
-celebrada su secular conmemoraoiórr oon todo ofrezco establecer las obras respectivas
En circular núm. 120, fecha 12 ~
.il impulso de nuestro civismo y toda la magni- para utilizar el agua que solicito queda_rá Marzo de 1906, se dijo á Ud. por esficencia de un pueblo libr~.
. . á cien metros más ó,menos abajo de la ba- ta Secretaría lo siguiente:
.
No
se
trata,
n?,
de
las
ideas
de
u:na
paro,a•
"En ci·i·cular fecha 7 del mes en
hdad polfttea, m de sucesos qne desp1ert~11 me- djada denominada
G LosáCaballos
1 ddel referi
t
morías luctuosas paraalgnnos de nuestros com- ? arroyo de om:is, que a u e eS a so¡. curso dice al Sr. Gobernador el Sr.
patriotas, ni que recnei·den disensiones entre 01'.ud; quedando distante tal boca•toma de
.
.
.,
;b.e,·manos• sino de la solemnidad del común m1 expresada finca San Pablo como 3,000 Secretarip ,¡ie Gopernac16n lo q~e SI•
ib.ogar, de '1a fiesta ~e!ª gran fami!ia mexica'!ª· metros y pasr.ndo el canal respectivo á gue:-· "Esta Secret~ría ha recibido la
Hoy que la Repu~hca no atrav1_esa pornrn, inmediaciones d~~s,,.,:r;a¡¡,chos Palmachina _qütt5n •fulntUé en1s_.~lh'tmU' '.ELtáaÓ!Í !d&amp;
,guno de aquellos ac1ago,¡.MrÍ/ldQ11, .!l'W. qt¡e más
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de nua 1'ez fuá.probadadlllante lar-pasa-0a ceo:-, :Ye . . e u~o; .. , ~••. ,
.q~~ e~ª , e- ,la Umón, s@JJé'obron :i.tlt!f~hos 6 Iffi•
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nada snrge que pueda causarnos ,cef~ pa'i'lf uhllztir el 'ligu'it"'lfuhdtda'(l.,,~P
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tri oni . . : , se
inqui~~udes nJ zozolíms; que la paz p~blioa 'n:1,~ ,. Pl!,r}udj&lt;:itrn::t'lí1Mi~::;.~m,~~t4\\f¡i!JI¡ ,P!l-~1• ~ti P9 ,,E P.S-,i@ll-, .m . _
\) 8 .q~.,
-dó_!'_ rnaprec.1ab\&lt;r&lt;J8 lo_,'!;pt1f1blos-se arra,ga e~- :didiji ':'líH!&gt;Y&lt;Y·'j:lf J,!R'1!~~:li;1,~";;,~ ;,lffe.t• c~l~b_r~~ .e~ ~!~ 9ficml\,~ ~ ~~l ~ .~ ffl*ro
't,ª
11a ID¡áf,.e¡¡, ,R\W!iÍ,¡;o,¡s~e)o; que el. t~~ba.¡o ;O'rrutfa .. e~_a••r_óme'~•1,¡~~''!'lleh:ns C1v1f.=A:unqüe 116 sd lfa p'\"'~llen'fado
agr1có'la, mrnero, rndusu1al y mercantil ere,,, : ¡ .,f.i, · " 11. , ·!'"- ,, ' . '"1- · . ,,.,..._,.,, -i&gt;'lr;r .
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-&lt;¡i,enwP-enMJ prq3peran, difundiendo el bienes- ªº~Jo, "Y la cenonu1i;11 a? ae:'· lb N.Oin;IJ,IJ.tll ~g~ P. f'l,W!fl-H}l;\ ,.,tlJlh,. 'll fl~1•P1,,JH;,.es, e
tar ~as~ los,más nem.otos confines de nn~stro1,i¡e ~R&lt;;P.ffl~~..~0.11.w.it'f~~W.,,~ ~~}í.lf~Ji ~/.l!lf~~ 1q t,\ll JÍll.YII: s1q,o .,,!iµtgpJ,a~p RPr
w!nt;?~1~1 qae _ona.nt1o~qs
. c~fl¡;,tadle~,,a11_ ª!ét~ (Wl ' ,ab~r,i~a.l- ~ •m1,, P,.1W!~~~~1g!lt\~1&amp;1~.'¡\f!í11J:~~ os Go~vllo!o¡. de ·l 0s..,Estad.oa1,el,P,rem1/l)úo; que se 111a11gqm1¡ gra. es "\'s, m ero- , re•c arroyo· de·•·u1nl-lí!~"''&lt;le" 'l'ererenc1a• 'd
,;i.
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, bl' , , te....,;i.: .,-, ,
eel'inié'as lÍ internacionalés; . ,q\18,, 60 mufüpl(can s1endo de' adve ff' "a&amp;Í&lt;'
SI enifl'"¡.ifl ia Hllptt IClÍ,"· ª -, ~enttO a
IOI! estab_lem_·mientos de enseñanza-; que el olu- , • · '' .. u • ·- ,,t!._.?r,..._ ""Wi'* ·"'- .l!J,~, '' •· ' ..... la gravedad del asunto y· -uli:,1,1rabde
,
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,, en 'Vlrtna
'é 't.Dl!t ''"'1' 1Q!Jlo-o,-an-a&amp;'l
,
t:,-dadano' goza de las hbertades
C!Vtles;
que nues- avrovo
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¡.,· •, ,-,, ' l·'Rég'isli'
Civil
tro Gobierno es respetado por su cré~ito en el tre, ,carga é~ t.1irt¡pp·,.;,.,;t,J-1Yf~~;\fl¼á;, 1!1ea1;' il-,i~rw,
~.;1.ue,, t iw,r q
mundo financie,?, y en el orqen soetal por su CJlable ~a:ntldaa.~,e•:lg}l_fK'J'l'!t~•;,P-2PYQ.;Ut1; r~?l9ll~ u~ i ll¡Jl};lj-,1/-,er~ , !)l,lj-.~ I&amp;ffi_
I_rJ ff·
honrada labor d~ pr~greso; ~oy, en_ Jl.n, que lo: hza~se llega _á pertÍ.e_,i!n•-su -d'esem,b~ge p_~\iita y, en , tot~l acµll,l'd() , \\Q/i ~® JJ,u,
g rámos tttJ.J!lltn,. .de.map~o)able~,~1.01\';8.•·:mer al, no de Sahoa·s,,del' itl!e , e&amp;tafloeat,e,,en ·e'i
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¡Sní do ,ha hie1Ji ·-0ispone1· 's e L recotniénilé á
&lt;1ª!1 para uuest~OJ&gt;!dS. 1/00,~i e,!r lis~,tljerq;&lt;t;nolti&lt; ,s!end pse 1ª1 r~oy~•,.'J": "'{,imªl/"csl;~ i.~n,. . 4e" ltO'&lt;&gt;Nti.d'¡¡;_-_daiiO$ n:GobéH1ad
_ oré~ '_ 'M1e' ·_ s_e'
vosb.ay de &amp;.obra . P~ra. ~P~: ~q_1;.1,e .,lt.oaa;i,_ ~ ,no , e. a !1-as,
vact~r en e1 sus agua~s ./í "'•·(• , _1 -) 1 .' , ~-·,.... t] "' · -i ilt::tR? .. ;
e las~s.so,ciales este/'¡ prq_:1,!'á~ .f &lt;l.1~pnest\lS. a t9- y per~enec1ente dicho n_o á la , cuenca. h1- .l fJtll
l11;,-p3:f
marpai-te·en _, los reto~~J.Q~ -,C?n ¡,mi !1!1 de.ser \drografica de la F,i:~e,;aywri.,,es. t.a compren- f!i el ~a(}tQ \)U~pl\miei¡.tq; Ir.e le pre1
0':[i~~~J·pues, , (; ~J~ 1dido por tantó ~~}a7?_y '~~ l .'.~~ .Ju!1.!?, ~e ~~ptú¡do en la Jfr~céió-;; 11I del'¡r~&lt;;~
l os. hij~ ~e México para qne so)idariamf'p1'.9 188~;_ ~orlo cual, dé l!éuerflh ~o~ 1as ~1s,- , lo i23 de Ja, ley;,de·d ¾ de. ,, Dici;embrl!de
&lt;í,nidos ~~ el ái&gt;reo ~oulo de la verdadera _h· 1pos.tcl~e$ de-,esta.iley, y ;s~.re_Jattvlll ~11, 6 ~374 cuyo··text ' füée ·....í..!!AlllíÍo lo 23.
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_·.
mP~b ,l¡n,1910,qol¡)1¡~osbi¡,Jo,11lJ:le1'1F-OBOPl\ l'6' d ''1á ' ·~• ''d"•'·' t'sdl::., .. T'd '" ,,)T f •)~ .~·'1•·-•JJ'k, '" OVI.' "!' ·t.,,!
~Ión tricofor, . ce\e~rJ!~/)¡i&gt; ,, '1,a-.,tundaci6u de ¡g CI ~ • e ,,si,agu~ -;. _
11 4 ~.,!, . r~1!,,,!! e: ,r~f;tfm,e~"'-'!;, llf._ ,/R¡\Il~J'R COY, ,&lt;l~f¡¡ (}~~~C·
-úueétr¡ja la~, ~e a_q_nellos amados lares. que ra\,..,...:A. Ud. ~O-: :• ~e~t:.!~é,l.~,~i!.,\~1t~.eñ~1, tos relativos aeoen celebrarse_, y: ,iegis&lt;itlteíftlíh ~\: ó;g\JI111 c~ud_al ll&lt;&gt;r sí"!,h?lo y _es~ndo, ¡r~spetnosa~n!e, ~I~ -~•~lffii?h~.que pr-e- •rarse . 1.pe.rQ sus disiposic:1_·ones deb'erá_n
y qu..-tU!n&amp;n' por prrnmpio y d1visa: hber,tad¡ lvla la tram1tac16n leg'ii'i~[e· e'st:{' 'sollcitl'ia, ~ .
' .,
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p.az,y ~rabaj9,,.• , • ""' .
_•
. '; . se sirva. acced.i¡; á7~etl¡:',m;,í',t,bf&amp;[fü~. \6-.:,:hJ:. ln13-etarse
s,11~rnlftes~~ses.J_" ~. r,r.,
. JIJ~1ll/l1¡¡.W•.~~ f.1.ln~d.e. ll{07,-t:~~wDlle cesado y, autorizo, al ,S¡¡,,1,k,J) B.a.do_
ílfo ·1 J, "'fÍ'll. El' ~er\1-1 .lO) d~Í•é~tadd~ei vtlli,e:
Lamda, 1J. ffe¡cgn,wnl\Pft!tndente.-,tO•ru,r.C:RiCO •
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8•~1~ T l '10.'J: ~an,o I tliº _rr:-1 t -, ( ~r1h) bl~
Sordpión Fernández, Romual-do Pa8· Reyes para rec1b1r notificaciones en fiii xa · énter1rnréó:ie gra l u pa
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�PERIODICO OFICIAL.

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NOTIFICACION.
co, y sólo podrán establecerse arance- ·po que dure la licencia, qu~ por ~ausa Jllloiado de Letras de la-f1 ttaool6n jnl!cli1l.;;nr. Arroyo, N ...
les para el cobro de derechos por ·aquei de enferUiedad, le fué c~nce~1da al Cmd_a- Le~n.
Sr, Marcial Cerda.
los actos, que pudiendo practicarse en dano &lt;?ober~ador C?nst1tuc10nal, Ingeme E l jntclo ejM1nth'o
mercantil que eobre cobro de MSOII tlene-· fi ·
,
¡· ·t d d l
• t
ro Jose Marta Espmosa y Cueva&lt;.-De pro~~vtdo en au contra el Afñor Maroelo Porraa ae h!I dtolad&lt;&gt;
1as o cmas, a so 1c1 u e os rn ere- enterado.
nna 11entE&gt;nola que , la latra dice:
o Arro·o Eaero treinta de mil noveofento11 nneve.-Vlsto f'tl
te Ju1:io eJ:eo~tivo mercantU promovido por el Br. llfarcelo Porras;.
sados se practiquen en sus casas; por
El C. Gobernador del Estado de Vera- 80
contra de ?iOrclal Cerda Y ooutinna,!o lu•g"l por el Br-.
uannel Alv&amp;1'N como apoderado de P.&gt;rras sobre cobro de
la expedición de testimonios de las ac· cruz participa, que habiendo obt~nido una Juan
ta eoma de do9CienWe vetntloaatro peaoe valor de un pagar6 i la
rd n de ;,Jaro ,-aneldo y las O" eta11 del juicio siendo el demantas y por las inhumaciones que en los licencia para_ ·sep~rarse por algun?s dias ~an~ y el demandado veoto011 de Arambarrl y el a¡:;,;&gt;.deTado de eacementerios públicos se hagan en. lu- del Poder E¡ecut1v~ que desempena, ha ta O~~~:tiando: ne previo el reoonoclmlento de fir11:1a del dooornento en qoe ae 1nndó la acción df!lmand6 ante este J n:rgado el Se
?rJaroelo Tomu 1:11 dta quince de Mayo de mil nove01entoe alegares privilegiados" .-Lo que tengo hecho entrega de_ d1c~o P?der, con _fecha .fiar
te en la vfa ejaonttva meroanttl al Sr, Marcial Oerda at bre t1a.go'f t , Ud
.
15 del actual, al C. Lic. Ehezer Espmosa. de
la.suma de doiwtentos vetntlcuatro p!:!l!Oa J oostse V f'jeouci6n nrovlulente dicha soma de no pagaré A la orden otorgado &amp;
1a h onra d e mam es ar a
., encare- -Archivo.
Oon'Eucarnact6n Romo p0r Marola! oerdaen la Vtlla de Aramberrl el dfa siete de Octubre de mil no!.ictentoa sela documento
ciéndole se sirva dictar las medidas El C. Lic. Eliezer Espinosa comunica, que que
venct6 el siete de Ab1U del mtmio ano: El St&gt;ñOr Romo e.ndoa6,¡,aga,é el dfa ocho de Abril de mtl noveo1ento11 alele en faque considere más oportunas y eficace,; eL15 del mes en curs&lt;', se hizo cargo de. dlcii.o
vor del 11,coor en la mlltma VJUa de Aramberrl lle dJotó auto de ~ecnendo enoomandAndoae au ejaouol6n al Aloalde ~ de Aramberrl
para el exacto cumplimiento del refe- Poder'Eje~utivo del ,Bstado ~e Veracruz quedando oon las f.:,rmalldadea lf'g ~lea embargado A p94.tment,o,.
Porru. los blanes a!gnlontes. J!ll derecho hal'~dlbrlo del de'l'ido precepto legal, si tuviere algun por licencia que le ft:e conced1•Ja al C. Go- de
mandado en la suceat6nd.e la Sí fiara an madre Dcna Dolores Ln~
na loa frutos de la labor de la Bsvanfila y do!I caneta11 con BDII
motivo para considerar que en alo·u- bernador Cons~1tuc1onal.-D~ entera~o, ,,soecUvos aperos nombrado oomo depozrttarlo de eeto11 bienes at
')r Ladislado Ro@as: uaa vez ejeoutado el embargo se pru·Jno,
. .
"
El e.Secretarlo de Goberoac1ón remite Befi
hl Br, JorJe Oerda oonqnte?J. se practto6 la diligencia qna tenfa 1'l
tTell dfaa para comparecer ante el m'amo 1nz_Jad.o! lla1~a de la~ oficrnas del Estado de que un ejemplar de la Memoria de la s~cretaría demandado
oer paga. 1\ans de h, suma r eolamada d oponerse , la eJecuoton: y
las ooptaade eetllo se ng·st r6 el embargo menclonaoo.
es usted digno Gobernador, se ha co- que es á su cargn, la cual comprende los n:p,&gt;dldaa
No habiendo opuesto el deman4ad" nepcl6n alguna Ala deman- ,
ott6 A !As puteis ¡,ara S&amp;ntenda,
metido ó se comete la infracción de co- negocios despach,dos del primero de Di- da seConalderando;
que oonforme A la f aooiOn XX del s.rtfculo i6.
del
06dlgo
de Comercio so repulan meroan~tles loa dO(lntnento! 1
brar derechos por los actos que se ciembre de 1904 á 30 d: Junio de 1906.- la Orden como
el de qne aqut e:e tTata y orevlo el reconoclmtento
de f ,rma del otorgante, aon Utu •~ ejecntfv.,11 Pl!tos mismos doonautorizan en las mismas ofirinas.-Rei- Recibo dándole las gracias.
mentoa (atiícnloe 584,549 y 189:J frao~l6n IV del 06d g &gt;de Comertero á usted las seo-uridades de mi
No habiendo otro asunto de que tratar oto. Oonst!lerandC1; qae como el demandado no pagó la den'ia que,
se Je realama ni pnao n:epct6n a gona A la damanua, de OOTlformtatenta considemción'','_-..,Lo que por se levantó la ~esión, á la que concurrie dad
oon lo dispuesto por el artfculo 1404 del 06dhto de O: m~rcio,
debe
la 11fgu!enteeentenoia. de remate. P,n lo a:a::ouesk&gt;
•
S G
ronlos(C.D1putados:Lart1gue,Madngal debfa dlctar11e
de f-.llal' y f!llo. Primero: Proeede el ju'clo t&gt;j~cntivo ¡,romov-dl
ldo por el Sr, Hucelo Porras eocontra dfll lll(aroelo 11erda; en coneeacuerdo
e
mismo
,
r.
obernador
y
Ma
t'
z
-A
r
¡·ola
t'a
Di
utado
'b , Ud
. .
r me .
u e 1 _ r t6 ue,
p
on•ncia há.g~11e trance y remate de loe b'enes emb:ugadOfl y con
act.o pl\goenae al aoraedor loa do10lent011 veilltl&lt; u,tro petrascn o ~
. pam su conoc1rr:1e~Jto, Presideute .. -P,-dro C. Martínez, Diputa· snprod
aoa que reclamll y la!! coatll.9 del jnloio, Regando: Notlffqoese.
ABI
deHnltiv1t.men'8
ju1gaodo lo resolvió y fl.rmó f'l O. Jnez de Le~
recomendandole el exacto cumphmieu- do Secretario.
tras de la'4i, fracción judicial. Damos fá .- Llo E Hlnojooa. A.L~ooadlo .i !f Gondlez. A-.L. Duarte Ra.mos.-Rdbrtcss.
t6 de las disposiciones que contiene
Es copia. Monterrey, Abril 21 de 1909.
Lo que ,e notif,os li Ud. en eeta forma de a.onerdo con Jo diepuesto por elart~colo 78 del C6d'ga .,e Proc.,.dlmtentoa Oivlles
la circular inserta, así como la obser- Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
Doator Arroyo, Marao 1 d6 1~09-K. Hinojosa. -A-Leocsdfo
M, Gond.ler.-A- Llc, Joau Rimos.
0,88,84
vancia de lo prevenido en el Arancel
PREGON.
vigente en el Estado para el cobro de
Jnt.¡aio '2Q de lo Oivil.=lt fUcol6nja1iolaL,-E!ltado de N León ..
hdnorarios en el desempeño de sus funA.
. ,.
Al tercero dfa bibll dPsp1'és de 1a 61llma pnbllcaotóu del pTe~
ciones .
sente, A laa dtez de la m,ñ,na " verlflouA en el local de eete 1tu
gado el rem~te da Jos bienes emba,ga.doa al Sr. D. Oriapfn Garofa
en el jnlclo ordlderio mercantil IIODt8 cobro de ¡,91109 qn,t atguló
Insértolo á Ud. de nuevo, manifesen su contra la IIO&lt;rledad cine 1l raen esta Oh11lad bP j la razón 110CITACION.
clal "Joan F. Garza y Qfa." E1oa blenee ll!On lae 6ocu afgalentee:
tándole que el Sr. Gobernador está dis
Un terreno en San l.&lt;,ranclsoo de A.podaoa de sE&gt;senta y dos me!argado de Letra.e de la 2t fraoo!dn judlclal.~Oaie,elta Jimétros othenta y cinco cantlmetro1 por cuaren1:a. y ttn metro, nopuesto á evitar, segun los casos, el que ne,, Noevo Le6n .
ven.ta oentfmetrol!, valorizado oon toda.a lae mejaras qtlfl contl;;-ne,.
A los Aret1. Guadalupe de Le6n. LuoJnda Mler, viuda de que aou doa jacalet1, coclna, norla y de.r echo 11 la mitad de etril.
(u:.irla, en ttM. 40 ots.) Uo terreno en esta O,uiad en el RepuebleUo i:,,uioa y Cenobio !.hu1fs,
se omita el cumplimiento de lo manda- León,EnEm'g
el julclo ordinario promovido por Jnn de la Orui Rodrf. ~el Sor de dlecl0&lt;bo metroe cuatrocientos treinta :vseia mlllmetroa. por tl'einta y trea metros otnonente v dos oenUmetroa, en ......
gnez
como
apoderado
de
P.blo
Moya
r
oompart.ea
contra
varios
do,
poseedores de ~rreno en Lampacito11. aobte entrega del mlemo (f331. 84) BnmandoamboR, (1788 24 ot-.3.)
I.n que ae haoe Nber al pQbllco para que las perAOnas.qne de11e ha dictado el auto slgnff"nte.
'
Sírvase Ud. acusar recibo.
Oaderetta Jim,,.001, do11 de Abril dt1 mn noveclentoe nueve. AJ aeen baoer posturas ee preeenten oportunamente ea la ln~lfgen•
jntcfo A que 8ft ref ere, t.enf6ndoss al Sr. Hilarlo Alanfs por exlml• ola deque la p&lt;'lllura legal la constituyen lae doa terceras ¡,arle&amp;
y de qn.e en lll Becretarta del Jnrgado ta
df'l 0&amp;l'Jl'0 de representante comt1n de fo1 demandados. y como del au16o de
Libertad y Constitución. Monte- do
116 l)!de cftue i losdemandadoe que sa mencionan , para qaeden- mtntetnrAn A quii,nes Jo de11e-areo loa datos que pidieren y oonatro de tree dfaadespué~ dela d\Uma not'f,cacl6n, nombren dentro t-en en el jololo a'mltdo,
'
rrey, 20 de Abril de 1909 - P.E.D.S. de
Monterrey, .~ brll 14 de 19[)9 - Llo. P, Garcfa Guajardo, Secretaellos un repreeenbnte comtln 6 P"OOnrador jndiclal q:ie lo11 rr
presente en este j111o!o a-perclbldoa qne de no haoerlr, to buá el rlo.
0Jl3,94,3ti,
El Oficial Mayor.-Lázaro de la 1n:r.gado en en nombre. cor.lorme A lo dl1pue11to en el 11,rto. u del
de Procedlmlento11 nt.i!M, y por onanto A qae eefgnora .«il
dC'mlol!to de lc&gt;e Bre11. Guadalnoe de ~n Lnotnda Vler, '9lod&amp;
Garza.___,Al C. Juez del Registro ci- 06dlgo
de úeOn, Emfg Uo Oava.r:o'! y C tnoblo Alante, higuelee la cltaEDICTO.
o16n por medio del «Perlódlco Oftoiab •Vo1de Noevo LE6u,• l' poT
vil de .
Juzgado de Letras de 1&amp;4' fracción judlcial.-Dr ..
cádula en la puerta del Juz-gado, de 1cnerdo con el 1nto, 85 del

EDICTO.
Juzgado 1 o. d&amp; lo Civil.--1. e fracción judici&amp;l --Esta•
-do de Nuevo León.
Oon tacha. oinoo de Marso de mtl oovaolent.oa cu••
tro se radicó en eete Jaz¡r1do el Inicio de lntestam9ntrrla de la aeñora Josefa de León, vecina que fu6 de
-eot~ ciudad.
Y por dlepoolón del O. Llo. MJW9donlo Gil Trev!-flo Juez 1• Let."M del Rimo Civil de la 1• fracción
1udlclal del Eehdo, •• mauda publicar el pr..ento
edicto por trea veoaa de dles on d1Pz rifas 1:1n el Perló
-,dlco Oficial del Estado y Yo, do Nnavo Ls6n, á lln
de que las peraonae que ae crean con derecho á. la
·her-Anota ae pr888ntsn A deducirlo en el t6rmlno que
&lt;stab\eoe el art. 1685 del 06dJcj&gt; de Procedimientos
;-&lt;llvllee
JOflli Juan
Monterrey, 31 de Mano de 1909.-Llc.
o.v.83,36.39-166
--V:allejo, Srlo,

1

EDICTO.

SECCION DE VISOS.

1

Di1lntación Permanente.
del XXXIV Congreso Constitucional del Estado.
SESION DEL DIA

21

DE ABRIL DE 1909.

Presidencia del C. ,,forelio Lartigzur.

A la hora reglamentaria se abrió la sesión con la lectura del acta de la anterior,
la que sin discusión fué aprobada.
En seguida, la Secretaría dió cuenta con
lo siguiente:
·
La Legislatura del Estado de Tlaxcala,
abrió el dia primero del actual el prim~r
perí•'do de sesiones ordinar· as, correspoud;ente al prim ,r año d~ su ejercicio.-De
enterado.
El C. Lic H. Camelo particip~, que
habiendo sido electo Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Ta
basco, tomó posesión de dicho cargo el pri
mero del actual.-De eu terado con satisfacción .
El C. Gobernador Constirncional del Es
tado de San Luis Potosí, Iugenier, José
Afaria Espinosa y Cuevas, comunica, que
por causa de enfermedad, hizo entrega del
Poder Ejecutivo del Estado, con fecha ro
del actual, al C. Lic. Fraucisco A. Noyola.
-Archivo.
El C. Lic. Fraucisco A. Noyola participa, que ha sido nombrado por la Legislatura del Estado, Gqbernador !uterino
del Estado de San Luis Potosí, por el tiem-

O, V . 33,S4,S.,HS5.

EDICTO.
Agenola de la Ekordarla de Fomento en el Ba.mo de T.t.rreno1
Baldto!I.

Arroyo, N. León.
Oon eeta tacha 88 1'&amp;dic6 t-n este juzgado el juiciode tnoostado dsl Sr Flavio R'leda, vecino que fué de,
,La Preolta, de este Municipio.
Lo que se hace &amp;abar pObJfcgmente en esta forma.
para que las personas qne se orean con derecho á Ja.
herencia se presenten A deducirlo en el término que.
señala el art. 1685 del Código de Procedimientoa 01vllce.
Doctor Arroyo, Abril 14 de 11!09.~Llc, M. HinO•·
josa.-Laooadto M. G.&gt;nzá.lez.-A-L. Duarte RRmoe.
o.v.33,36, l9 166

El O, C\em'!nie Bauera ma.yor de edart y rte eeta veolnd&amp;(l por
eus derechns propio, y por los d o la Oomuu,i.iad de CPooa ha ocn•
rrldoen r ,rma anteeata Agenc:i&gt;1 denunciando oomo B:\ldlo A lhi
de que en su oportunidad ee le adjndiqu9 por la Becretufa de Fomento nn t.erreno eitet enjarl&lt;J'1icoi6o d¼I Muniol¡,io de Mina de e-a
Juzgado 2? de lo Civil.-!! tracción jndicld.1.--Fetacc&gt;
te E!tado oon ext9nei6n 11uperttcia.l apro:a::irnada de un mfl bec- d , N. León.
taras, queda-ido dioho terreno oomprendtdo entrs los vnntoa aigafentOP:
Con feoho. ile ayer ee radicó en este de mi cargo el
Partiendo de nn -onoto deuomin•do "oneafa de Ja Iudfa " ae
eigue la linea maroada con nna cerca de alambre quedhide los JnlcJo de intestado de Dn. FeUclano R3.mlrez, veclnó
terrp-nc,s dflll Rancho de Bao B~rnaM con lo~ de la Pop&amp; ht\ata que fn6 de esta ciudad.
lh:g•1:r Ala Cima del Cerro d e la Pope, de ést&amp; ponto 1e tlr-a Üna lf~
Lo que se ha.ce er, b 0r al pt1blico para que los que
nea A, no lugar conocido con si nombre de •Oneeta Carretera• dt'
aqut 1lgutsndo Ul'a ltnea sobra la cima de DD fomerlo conrcido ee orean con dereoho i 1a herencia se presenten §.
con el nombre. ~Cf'j4. del {'h.,parrah b ..eta enfrentar' al pnoto de &lt;luQlrlo en e1 tél"mino 1~ga1.
dond"' S"I dlviilen la11 oonlentes del C&lt;iñón de la RIIO-Ondlds• y da
Montif\rrey, Abril 21 de 1909. -Lic. J . Garofa Ous.Mte dlti~o ponto A la •Cuuta de la b 1 &amp;.» qne fal!i el de partida.
o.v.3:J 36,39-165
Rae 8('toa EB coltnd11nola11 son: oor @l Norte y Poni&lt;&gt;n1:e f,l'rreno&amp; Ja:do, 8rlo.
qneposea fil Rr. Lic. Felloitos Villarreal, y t&gt;Or el Bur, y Orle11te
\errenos de la misma "Oc,mout,'lad de Popa,"
El fX e·H~nte relativo fuá reglefradn b• joel NOm&lt;1ro 79 Setenta y NnevP, y por la m&lt;&gt;neara y d0l'lfnde del tf&gt;rrt:no denn':lcia.rlf'
ae conf rió comisión al Sr. Ingeniero Eulogi'&gt; Ortiz nclno de l!ists
ciudad,
Jn,gadoTde Letna de la 6~ fracción jno!lolal.- YiilalLo queee baoe eabsr al ti11blll"O oor medf,:1 del preEeuts e'l:traot6 en oumpUmirnto y pna loa t fJotoa q 1'1 se expreEan "11 }ne ar ie.m&amp;, N. i..e6n.
llonlOII '2.'&gt; y~. del Raitl:.mento de la T...ey Fcdnal, de 26 de Jh.rzo
En Pl juicio de lut&amp;11tamf!ntarfa '- bleou de Ja Señora Fra"ldade 1891 f jAodo!e un plaz.o tmprorrog ble de tres mei,es contados
ta Gon2á1tz de Garcf&amp;, veo1na que fué de esta Vllla se hsn d' t •
deede hoy para )A. l'Db!t&amp;.nclaolóa del expediente en eata. Otlofaa. do
do11antoe
que trarcrUos literalmente dicen·
.C'
Uonterrt'y1 Ab~il o:::ioe de 190iJ.-.l!l. A. O. T. B -A.&lt;iolfo Quinh.Vtllaldsma, tr, ce d" Diciembre de mlt' noveolentoa @lete _
d~
~~~-~IB
-\pareciendo de la h:formaot6n QOe aot.:eede q1:1e lo:a preennlow
h11,reduos de la autora de esta coccesll'ln Humb~.rto y Aa,,o·a Gar
"t11Gonrt.:e,,8'lnmenorPa decatoree sfioe~u·e Ju1g1do les nc.m
bra c~mo P.U tutor i11tertooparaque las r1:prese.nte en este 'nielo
,., Benot Abel Oerds, A. quién déil'.le ,onoón1etito A fin da o1e é:,~
preee et acfp~a 6 110 e1 cargo. Notlf.'qanp Lo prony6 • D • 6
.,, O Jurz Oe Letru d°" la a, f·aooton ju&lt;Íiol'1": daln('s '-~Te
Jo1gado l9de lo Olvll.-lt fracoi6n judlclal,-Est~do de Nasvo '1uajardo,-A-Marlano Santos Trn ño ...:...&amp;,.-Jcsá B Villa -·• ·
Rtibricu.
·
•
r • ..-a..Ls6n,
' Vil 1a!dama, velntkultro de P&gt;lano !!e mil r.ovrc1entos
y
_Jiel o PI-anterior nombramle~to d.- tutor Interino h 1cho
• wgado ein la pt&gt;nonadel Ben•\r Abl'&gt;l Oe-rda de I a:a vcclurt~ ara
Eo el julo!o sumarlo eaorlto, que sobre resofs1ón de un contrll- ,¡ue rFpruente en ute jo.lelo A los menoru de catotce &amp;.ñCie H~m.
to (le arr.,'ld9mlento Y p~gn .,e rent&amp;11 afgoe la. repre11e:ntsc On de l1ertn Y Aurora n,.rcí::a. Gon:rAle-r• y v•s,.a Ja ao, t:aotóo
•
)&lt;1.11 Sree, Z&lt;1catfae Hender; y He.rma.no contra el Sr. ErnP&amp;to Rajen
14' ti.el dtsempeño drl nombr•d0; d,cb{a d'e il's ,fntril'I 118pr_9~11ta
li. qnlt&gt;n UJ. repT,.senta, se h'\ dicte.do nn. auto que l lt1 letra dioe·
,116
ifübo
011ir_g1,
oot1fitlfíndole
aJ
i_f.
cto
-las
fJCnltadU
M~nterr(y, Ab~U dte&amp;-y nueve-de mil novecfontoa bllt'lv.,.,....A. iu;:, fl8Cé&amp;arlos p .ara_ €1 m j ar dPs,.mp, no do 11u c ru,·t(do Not'fl
"nteoedente!!-. v oomo se pide, de acuerdo con el art. 717 ~el 0641 Y t1e c:,nfnrm\d&amp;I) oon lo dlspnMto en €'! &amp;Tto. '1~68 ' del c1
l{O de Procedimiento&amp; Otvllea, pr~é'lgrae al demandado qn 8 den - Proci&gt;dhnientos Clvtln pnb tqu Jl8 t1mto eiete auto como l g t
tro. de trea df1111 oumpla con la ,pntenc1'a d!!fil:1Itlta dtct.i.011 en ee: lor de fé!Cha trece de 0folt&gt;mbr~ cla mtl noveclentoa slet.e e
ete Jalcfo, oon f&lt;l&lt;'h• ve111te de F ... brtro 11111mn. Notffqn 611e y tó- veces cots otttlv~ en el «Psrt66;ico O!lclah del Eabdo P;r ';Le.
meee rnón ae los perJ6dlcoe qnA se aoomp&amp;6 1n y hechÓ a re :,11Jt: d\ NUt:VO ~eÓl;'!ll , A,1 lo ffSO!vi~ y firmó el
L.Jc
s?'
ott
G
.itnénse A ao Jeg,j,... T.o dPcret6 v tlrm6 el n. Jue; 10 de, Let~'dei J \Mo_ nez de Letrcs de la 6f ftacl"'6n ju 1lcfa.l: demcsmfé Q. a
C}vll; doy fé. - Llo_. '.f'revlfio.-Ltc. Jot6 Juan Vall,jo,-Btlbrl
l~i,ti=:-A.-"-ariano8anto1 Trevliio. .,,...-A-Joeé B vm&amp;rreai,.....'..
L~ qn&lt;t~e no1:lftoa é Ud, en esta forma, de conformidad oon lo
Lo que se publica en eata forma en cump!lmlento de Jo • ••
por eLart. 78 retorttaado, del Código de Prc09dlm1t:ntos do en el auto 111tlmamente Inserto
m n Vtnaldama, 25 de wan-o de J91Xi ....; tto Si 6 G · ·
VIIleldama, Abdl 21 de 1909.-Ilo,,-Joe6 Jnan Vallejo. Srore- •.farlano
Baut.01 TreT.ño.- A Jo16
Villa"rret!it n naJardo.-Atario.
•
ó.33,3f
0,V.'a0,~7,32,-164

EDICTO.

PUBLICACION.

ª

NOTIFICACION.

Sr. Lic. Juan N. de la Garza

n~::ré

Evia.

o.

!~~o

tt~m!~~-to

s:

~n d~~i:c'b;
6d1~ªd&amp;
ªf
t.?cª

Juzgado!? de lo Civll.-1• fracción judlcial.-Eeta&lt;lo de N. L'l6n.
Oon fecha cinco de Marzo de mil novecientos cue·tro ee radicó anta eate Juzg1J.do el jutcto de intestamentarla de Ja sefiora Oornella de León, vecina que
·foil de eeta Cindad.
Y por disposición del O, Llo. Macedonio Gil Trevlfin Jo.es 1º de LetrHB de] Rcimo Otvlt, de la 1~ tracción judicial del Estado se manda publler el presente
~.noto 1&gt;0r tres vecea de diez en diez diae en el Parlódlco Ollolal del Estado y eu La Voz de Nuevo León,
•.4 ftn de que las personas que se orean con derecho á
la herencla1 se presenten á de dncirlo en el término
&lt;¡ue eetableoe el art 1685 del Código de ProoedimlenSEGUNDA CONVOCATORIA.
-toa Civllee.
No habiendo verltl.cádoee, por falta de qnornm, la
Monterrey, 29 de .Marzo de 1908.- Llo.Joeil Juan Va- Aeo.mblea General Extraordinaria de esta Compañia,
'lleJo, Srlo.
o.33,36,39-165 citada para el dla de hoy; por acuerdo del C'onet'jo de
Admintstra.nt6n se oonvooa nuevamente A los Srs.
a.colonlstas. para que concurran A ta que ee efectuar,
EDICTO.
el dla 2 de Mayo próximo en la "Bolsa Minera» calle
de Dr. Mler No. 84.
Juzgado 2• Oonetitnclonal.~Apodaca, N, León.
Con fecha cuatro del mes en oureo y por dispoeiclón
Orden del día:
el.el Juez lº de Leb:as del Ramo Civil de la !• tracción Unloo. -Dtecutlr y aprovar, et ha.y lugar, las propo•
judlolal del Estado ba sido radicado en este J 01.gado
stclonee qnA se hacen para el arrendamiento
·.,¡ tntoetado de' Doila Paula Garza, vecina que filé de
de la mina de esta Compañia.
aeta VIiia en Agnafrfa,
Monterrey, Abril 18 de 1909.-Aurellano de Lf&gt;ón,
Lo que ae manda publicar en esta. forma para que Srlo.
o.33,34,35
ras pereooae que se oonelderen con derecho á. 1a he
renola II bienes de dlob• lnteetadaoonrran f.deduclrlo
-en el t.érmlno que seiiala el art. 1685 del Código de
Procedimientos Civiles,
.
.
Apodac&amp;, Abril 20 de 1009.-T. J. Zambr'ano. -AHeslqulo GarZ!.-A-I. F. Ezdo. Iglealae.
•
CONVOCATORIA.
o.v.33,36,39165
Por ecuerdo del Coneejo de Administración de esta
Ota. se convoca A loa Bre. aoolonlstaa para AsambJe:a
&lt;leneral qus tendrt luga.r el dta 8 del entrante ?Des de
Mayo, d. le.e 6 p.m. en la casa Fo. 84, calle del Dr.
NOTIFIC ACION.
Miar, bajo la elgulente,
J11,gado 2º Local Letrado.-Monterrey, N. León.
Orden del Día
Untco ..-Dlecntlr y resolver sobre una propcaiolón
Sr. W. S. Runotree.
que hacen para tomar la mina en arrendaB.u el incidente de costae del juicio verbal sumario
mtendo.
~ue en su contra promueve el Lic. Ga.ldino P. Q;:tfnBe suplica la puntual asistencia por trats-rae de
-tanilla ee ha diobdo un auto que dice:
asunto tm portante.
Monterrey, Abril trece de mtl novecientos nueve.Monterrey, Abril 19 de 1909.-EI Srio., A. MartlOomo se pide cítese para eentencta. NotUlqueeo. Así nez c,rdenas.
o.33,34,36
lo proveyó y firmó el O. Juaz 2° Menor LE-trado Suplente, damos fil.-Llo. J. M. Vlllaselior-A-A. Gómez
~A-B. Palacloe.-Rdbricae.
Lo que se notifica ii Ud . en Peta forma de Aeuerdo
ron el Art. 78 reformado del Código de Prooedl
CONVOCATORIA.
.mtentos Clvilee.
Por aco.et&gt;do del Consejo de Administración de esta
Mont,rrey, A 21 de Abril de 1909 ~ Lic. J. M Villa
,eelior.
o.33.34 Oía. se convoca A loe Srs. &amp;ocionietae para la Asamblea
General tl·dlna.rta que tendrá lugar el día 8 del en•
traute mee de Mayo t las 4 p, m. en la casa No. 94,
EDICTO.
calle del Dr. llller, bajo la elgnlente,
Juzgado de Letrado de la 7• fracción judlolal,-MonOrden del Día.
temorelos, N. León.
1?
Informe
de
la Directiva.
Hoy se radicó en eete de mi cergo el Jnlclo de In2° Informe del Comlaario.
- d o del Sr. Lizaro Par:is, vecino que fail de esta
3, ~ntact6n de cuentas para su revieion y
&lt;lindad.
.
a ovect6n en su Ofl&amp;O. ,
Lo qua ae pone en conocimiento del 11dbllco para
4?
ombramtento de Directores y Comisario.
que le.s psrsonea que se crean con derEcho á. au he·
Monterr•y. Abril 19 de 1909. ~El Secretarlo, A.
l'encla ee presenten i deducirlo dentro del término
o.38,34,36
que señala el art. 1685 del Código de Procedimientos Martlnez Cárdenas.
Civiles.
Montemoreloe, 14 Abril de 1909,-Llc, L. Cantd.
GZ41.-A-Agaplto Gll.~A -Ernesto V. Cantti.
EDICTO.
o. v .33,36,39-165
Jnzgado de Letrae de la6• traoclón judlolal.-V111al
dama, N, Le6n.
Con techa veintitrés de Marzo 1,1r6xtmo pasado se
EXTRACTO
radicó en este Juzgado de mi cargo el juicio de IntesAgencia de la Secretaría de Fomentio. -En el Ramo tado á binee de la Señora Cleofae Rodr!gnez de Vllla&lt;la Minarla en Vlllaldama.
rreal, vecina que íu6 de esta Villa.
Bxpedlente No. 997 .-Con fecha primero del mee
Lo que se pt1bllca en esta forma para que las pereo,
en curso y siendo las once de la maiiane,lge preeentó nas que se crean con derecho t la herencia se presenante eata Agencia de Mlner!a, el Sr. Melchor Z•peda t.en il deduolrlo dentro del término que lija el art.
mayor de edad y vecino de Sabinas Hidalgo, eollcl- 1685 del Código de Procedimientos Civiles.
ta.ndo Csncesion de quience ( 15) pertenencies mine
Vlllaldama, 10 de Abril de 1909.-Llo. Sim6n Gna
J'&amp;S sobre varios mantos y vetas de metales ferrugi- jardo.-A-Marlano Santos Trevlño. -A-Joe6 B. Vllle.nosos con plomo. plata y zlno, que ee encuentran en m,al.
o.v.32,36,38-165
el fundo dél RinoOn de Las TinaJae sito en la Sierra
de Santa Clara de eeta Mnnlolpalldad y en el punto
conocido p cr mesa Medtquefia y ouyae pertenencias
PREGON.
se m.edirá.n en la forma de un onadrllongo de 500 me
Presidencia
Municlpal,-Montemorelos
......... N. León,
troe de Oriente§. Poniente, por 300 meVoe de Norte
El Vlernee, 7 de Mayo próximo, 11 las 10 de la ma-á Sur aproximadamente. El fundo minero soliottado
-por el Sr. Zepeda, @e denomina eiEl Eden» y colinda ñana y en el local de esta Presidencia, se venderd., en
por todos rumbos con terreno libra. tsniendo _como subasta pó.bllca, un lote de terreno para solar de los
puntris de referencia: al Sur,Est.e la mina lle.made Ejidos de eete Municipio, eituado en el barrio de Zsra
-«El Vasco)I y al Norte y Este los fundos mtneroe 11El goza., con una snperflcte de 8.424 metros 4200 oentt'•
metros cuadrados y bajo las elgulentea ooltndancias:
Porvenirn y «La Epoca.11 respectivamente.
Admitido el anterior denuncio, se manda publicar por el Nor~e, calle de por medio, tarreno de D. Anae
-en el Periódico Oficial del Eetado, por treo veces con- te.oto Martmez, por el Sur, camino de las Adjuntas
secutivas y en Ja tabla de avleoe de eeta Oficina por el por el Oriente, calle de Morena, y por el Poniente'
'
-Mrmtno legal y se nombró peritó para que mlda el calle de Qnerétaro.
Lo que se se pt1bllca para qua las personas, que tenfundo solicitado, al Sr. Jogé M! SanOOa Gonza.lez, de
gan intereses en el t.erreno descrito, pasen á. hacer sus
itata. vecindad, quien
el cargo.
Lo que ,a hsoo saber a pt1bllco de conformidad con postoras con oportnnldad,en I• Inteligencia, deqnees
lo dlapueeto por el art. 21 del Reglamento de MI · tas no bajarán de la suma de $58.62ote. precio fijado
neria y para loe efectos á que ea contrae el art. 22 del oomo base para remate, teniendo el derecho del tanto
el J)()88edor D, Agapito Garza.
·mamo Reglamento.
Montemoreloe, 12 de Abril de 1909.-A.rnnlfo BerVlllaldama, Abril 7 de 190~,~EI A, de M, Manuel
o.32,33,34
'F. Trevll!.o.
o,33.34,35 ianga.,-Clprlano Ord.6iiez, Brlo,

Cía Minera "Providentia y Juárez,'' s. l.

•

acertó

NOTIFICACION.

Jn1gado 2• de lo Olvll.-1• fracción jndlclal.-Eata•
Por acuardo del Oonaejo d• .idmtntstractón se con•
voca i los aoolonlet1&amp; de Mta Oempafífa &amp; Asamblea do de Nnevo Le6n.
Genenl extraordinaria para e\ dla 10 de ~layo próxiSeñores Saénz Hnos.
mo, &amp; 1&amp;1 8, p. m. en-el domlollio eooJa.l , para trat;ar y
En el Incidente de costas promovido por el Sr. Lic.
resolver:'
Edl!berto Garza GonlAlez de las caueadae en el Juicio
Orden del Día
fljecuttvo mercantil aobre cobro de peeow que_sJgnlo
contra Ude. oomo apoder&amp;d.0 de los Bree. O, Holck y
Aumento de capital social.
Mouterrey, Abril 20 de 1909.---EI Secretario, Joaé Oo., ha recatdo onfl l!l&amp;ntenola cuya parte reaolntiva
033,34,36 , la letra dice,
A. M.uguerza..
Monterrey, Abril treoe de mil novecientos nueve.
-·Vi ata la cuent.a de costas preeeo tada por el Sr. J.,io.
"Edilberto G&amp;rn Oondtes ......... Por lo expueeto
EDICTO.
se resuelve: Primero. Sa redu06 l&amp;menclonada cuen•
Juzga&gt;lo !? de lo Civll.-1! fracción jndloial.-Eet&amp;• ta de oostas r. la cantidad de treeolentos diez p8l!(lll
cat.oroe centaV"os $U0.14 y se declara en ooll&amp;fcn.en.do de N. León.
Ooo facha dtecle6ta del actual ae radicó ante este cla que los Sres. S 1iln• Hnoe eetan obUgadoe II pagar
Juzgado el jnlolo de Intestado de la Sra. Mari&amp; An- la cantidad q oo Importa la planllla de cot!tae que nos
t ,nta Cu6llar1 vecina que fuá de esta oludad.
ocupa, heoh11.s las anteriores deduolonEa. Segundo:
Y por dlepoelclón del C. Llo. Macedonio Gil Trevl- Notbíqnese. As{ lntl'rlocutorlamente juzjradO lo re •
lio Juez 1º de Letras del Ramo Civil de la 1• eolvló y llrmó el O. Juez 2° de Letras del Ramo Olvtl:
fracolón judicial del Estado, ee manda pnblloar el doy fil .-·Llc . Roque de Lnna.---Llc. J. Garcla GnaJarpresente edicto t:rea veces de diez en diez dfa8 en do, Srlo.••·Rdbrlcas.
el Perl6dlco Oftoial del Gobierno del Eatado y en La
Lo que se notl6.ca á Uds. en aeta forma de acuerdo
Voz de Nuevo León, A ftn de que las peraonaa que se con el art. 78 del Código de Procedimiento• Olvllee.
orean con derecho A la herencia se presenten á. deduMonterrey, Abril 19 de 1909,-Llc. J. García Guacirlo dentro del Mrmino que Establece el art. 1686 jardo. Srio.
o.32,33
del Clódlgo de Procedimiento• Clvlles.
.Monterrey, Abrll 19 de 1909rL1o. Joeil Juan VeUejo, Srlo,
o. ~.33.38,39-165

Cía. Minera ''Providencia y Joárez'' S. 1.

fi'f➔reacla,

mencionado 06d'go de Procedlmientoe Otvtlea. Nof!f,qu~eft. Lo
decreto y_lh-m9 el O. Joe-z- de L•traa Interino del• llt fracción jo•ttclal: damOA fé --Lto. Polloa.rpo Morales•..-A-1uan Balleeteroe. ~A,JO!é D irAn,-Bdbdcae.
L ., qu~ ~ 11nbltca en Pata f ,rma para que oomp&amp;l'fl:r.can dentro de dt.1 dras tigulentee A la 61t1ma pub iJaciih, A no1i6caree
del auto loaertr&gt;,
CadereHa JiaénP&amp;, 12 de t\b•ll de 19011, Lio. Polioarpo Moralea -A-leed! B,d leateroa.- A-1ot:E DnrAa.

Cervecería:cuauhtemoc, S. .A.

Cía. Minera &lt;Topo CJlico,&gt; S. A..

1

PODER LEGISLATIVO.

7

PERIODICO OFICIAL.

· NOTIFICACION.
Juzgado 2• Local Letrado. --Monterrey, N. León.

Sr. Magdaleoo Chaires.
En el juicio verbal sumario que contra de Ud, slgñe
el Sr. OloJUo Garza. Oonzález ocmo apoderado de D.
Ariateo Canalea, ae ha dictado un auto que , la letra
dice:
Monterrey, doce de Abril de mil noveolentoe nueve.-Oomo se pide, cítese para sE&gt;ntenola. Notifiqueae
As! lo proveyó y firmó el C. Juez 2° Menor Letrado;
damos fil.-Llc. M. G6mez Ballesteros.-A-A, G6mez.
-A-B. Palacloe.~Rdbrloaa.
Lo qne se notllloa á Ud. en esta l\lrma en cumplimiento de lo dlspueeto en el art. 78 del Código de
Pro,edlmlentos Civllea.
Monterrey, 14 de Abril de 1909.~Llc. M. Gómez Balleeteroe.-A-A. G6mez.-A -B. Palacios.
o ,32,33

EXTRACTO.
Agencia de la Secretería d~ Fomento en el Ramo
de Mlnerfa en Lampazoe, N. León,
Expediente No. 300.-Oon fecha 1º del corriente
Alas ocho de la mafiann se ha presentado en eeta
Agencia el Sr. Jea-da O. MarttnH, vecino de esta ciudad denuncian.do 7 pertenencias mineras eobre una
mtaa que la Srta. de Fomentfl h~ declarado caduca y
llevó por nombre 11Alex Junior• la cnal ountlene -plata
plomo y zinc. y aeta oituat'la en el lom8rfo de la Igua•
na de aeta jnrledlcclón y al lado Norte del fundo
minero «San Juan de los Lagos,» cuyas pertenencias
ee mediran en la figul'&amp; de un poJfgono con ocho lados lindando tres de ene lados con el menol11nado
tundo minero aoJlcitado con el nombre de •Santa Rita•
y sus la.dos·reatantecon t 3rreno libre, y pone por
n &gt;mbre áeetie denuticio. «Argentifera.11 A&lt;:imitldo 81
a.nt1:1rlor denuncio se manda publicar en el Perlódtco
Oficial del Estado por tres veces eegnldas y en la tabla de aviaos de esta .Agencia por un mes. y se nombro perito para la medida de eate tundo al Sr. Epig,
menlo Ayli zllgoitla de esta vecindad quien acept-6 el
el nombramiento.
Lo que selhsce s&amp;ber al rdb:ico advtrtlendoee que
desde eet!l fecha. se abre un plez:i improrrogable de
cuatro mf'ses para la sllStanotaclón del Expediente en
esta Agencla .
Lampazoe, Abril 10 de 1909.-E. A. D. M.~A.
Reyes,
o. 32,33,34

NOTIFICACION.
Juzgado de Letrae de la 7• fracclon judlclal.-Montemoreloe, N. León.

Srs. Pedró González y Jesús Martínez.
En el juicio verbal promovido contra Uds. por el
Sr. Ant.onio Salazar, sobre cobro de pesos, se ha dio .
tado un auto·del tenor siguiente:
Montemoreloa, Mano veinte y cinco de mil novecientos nueve.-Como ae pide ee ebre eete juicio ,
pruebas pcr veinte días comunes 4 ambas partee é
Improrrogables. Notltlqneee. Lo decretó y firmó el
C · Alcalde 2? euetituto del Jaez de Letras de la 7•
tracción judicial: da.moa fé ,-Arcadio Gonúlez.... A·J. Farlae.--·A·-E. V. Cant11.-· Rdbrloaa.
Lo que se notlflca AUde. en esta. forma, en cumplfmi.
ento de lo dispuesto en el art. 78 del Oódigo de Procedí•
mitos Civiles.
Montemorelos, Abril 14 de 1909. -Lic. L. C'antd
Garza.-A-J.Farlae.-A-E. V. Cantó.
o.32,33

NOTIFICACION.
Juzgado de Letrae de la 7• fraoci6n judlolal.-Montemoreloe. N. León.
A los Señores Juan de Dios Vll1annéva, Joaé Marta
Parás Bada, Leopoldo y Miguel Oavazoe y herederos
de Dn. Esteban Oavazos.
En el Juicio de apeo de eiete eltloe menoree de agoetadero en la Merced de Josefa de Eeoamllla promovido por Dn. Rómulo Tljerlna Floree se ha dictado nn
auto que á. la letra dloe:
Montemoreloe eele de Abril de mil novecientos
nueve .-Ottese para sentenoia.-Asf lo decreta. y firma
el C. Juez de Letras Interino de la 7~ fraoclón jndlolal:
damos fil.-Llc. L. Cantd.-J. Farlae.-A-E. V. Oantú.
-Rdbrloae.
Lo que 88 notifica A Ude. 6n eeta forma. en onmpllmlento de lo dlepnesto por el art, 78 del Código de
Procedimientos Olvll&lt;.,,
Montemoreloe, 13 de Abril de 1909.-Llo. L. Oant4
Gsa.-A-J. Farlas.-A-E. V. Cantd.
o .32,31l

�PERIODICO OFICIAL

8

EDICTO.

EXTRACTO.

NOTIFICACION.

Jczgado 2·º Looal.-Grel Bravo, N. L&lt;ón.
lmesclo :iq 4e lo Olvll,--,lt rracclóa judlotr.1.-Eetado de Nuevo
Ag8Zlcla d • Is &amp;oretarta de Fomento ea el Ramo de Mioma
Con fec:ha 22 dt&gt;l actual se railicó rn el Juzgado de
J..e6n,
en Cerralvo, N. León.
El Sr. Vicente Gotmlu, mayordPedad 7 \'ecllllO d~ l• C.ile M0; · Letras de la ó• fracción judicial del Estado, y ae manwrrei-, eu ucrlto prel6ntado l la OOchia .,e mi car,,, , ""º f, e ~ dó á este jll!gado para la euataDclsci6n respective, el
Sr. Silverio Ornelas.
de ay~r 80llolta nna conllNllón minera de 24 pert.eueu.rl · s para la ·uioio de jn~,est,ado de Don Felipe Rf'yna, vecino que
txpl&lt;&gt;taolón de uoa mtua ab•nd&lt;&gt;uadaoonoclda con el nc,mbre db
• En el juicio ejecutivo merooantll que eobrfl cobro de •La• Amazor,a•• •Ita"° el c.ñ• n de les Mtnu Potrero de La Pa- }u, de
llier Temaulipae, en la Congngaoft'in del
- s promueve en FU contra f'l Lic. Galdino P. rr• jurladlcclónde Agual,gnuqu&amp;coutleuem~_t,•lee plom&lt;&gt;aoat:'n Arct1buz· en d~nde falleció el 26 de Jullo de ISíS.
,--,
di
ley ue plata 1•• oualea te localfzarln en un parouelogramo reo n.
y por' disposición del mlemo Juzgado, se manda.
Quint.antlla, 88 ha diclitdo un auto que ce:
uio de 600•x400 metro• Oriente , Poniente apróxlmal\am11nte
.Mont.43ney, veintfcur. tro de Marzo de mil novecien lebt6udoae pr&amp;ctlcar latmedlda de modo que laeoqolna !!.W.del P., pu bllcar el presente por tru v~e, de diez en dle:G"
tos nueve. -· Al juicio t que se retine y como se pide ralelc gramo qnua mlda quede 109 me~~ Noterte ~t!~:o~:!?ªpoªr lifat en el Periódico Ollclal y V&lt; z de Nuevo Le.q,
· para eentencla d e rema te. N o tif'1qu,, se · Lo r,ro ,' ei
E de ,a cuadra •lil Porve11lr• J' con 1u a ,.=en • co
•
cftese
onlente la dkba onadra •Pll Pone11lr• y por el Bate la mfn• de ~nformidad y para los t&gt;fe&lt;:to■ del art. 11166 • •
vey6 y firmó el C. Juez 2'" uft Lftn1e del R•mo C vil: .vfctorla• qoedando al Bnrtl cuufno qneooodooe , la mlna ,La Código de PrOCf'dimle1ttoB Civiles.
doy f6 _ Lle Luna -Lic J. Gercia Guajerdo, Srlo. - BlaJJoa• y al N"rte Jaalfura dela moateila. Luolloltad M uglaUO
GrAl. Bl'Avo, 26 de Mano de .19l9.-lfan11.el Garza.•·
·
•
·
bajo el No. 468 llevar&amp; por nembre «J..aftnu 7 para aa men■ora
Róbncae.
y 1,vantamlento ele plano• .., nombr6 oomo perito al Sr. Andr&amp; A.-.Y. A. 'fega.-A""'ilBuatln "Vega.
o.v.27,3i,3i•1 •
Lo que 88 notifica i Ud. en esta forma de contor T-no de e•ta •eclndad. qu'en IINlPtó el oargn.
que se manda publicar en tl Periódico Oflollll y en 1• tabJo
mldad con el art• 78 del Código de Procedimientcll dA latoOllolna
para loo, 1aotoa l•calea en el ooocepto d~ que para 1t
elvilea.
sn~tanolaot6n del ex~lente en uta Agencia A abre un plazo ,
Mont6rrey 16 de Abril de 1009-Lic. J. García Gua lttipwrrogabledeco,.tromeeeecontadoadeade boJ.
B A el
•"'rclo Srio
o. 32,3íl
Cerralvo, nrlmero de Abril de mU no,eclento. aun.·· • · ~
0
r
•
·
M., O. Solla Gotl•nez.
-31 ,32,
EDICTO.

e

0

PUBLTCACION.
Jnrfaelc, de Letras de la 61 fraccl611 joóiclal.-Vlllaldama
Nuevo León.
En el jnlclode lnteelado 6 blenea de 1.. fir,ada Btñora M"anuela
Trevlño de L,On, vtclno. qoe fcé de e61a V1l:a, se han dictado dof
aistoa que l la letra dicen:
Vllla!dem•. ,eintlrn,ve dP líanc, de mil no~•cleDtcs nneve·~
ViUo ti anter•or nrmbrsm'rnto de fotor lntu101' h•cho wr Is
maynr de catorce• ño• pero o eDcr de ve!nlloDo, S~ñorlta Enrlgoeta de LeóD, en la per,oua del Rr. P,d,., Lec,a, de ••la vecindad.
para qne la repesen te en eete julolo soc,rorlo: y .vleto la aoeptaol6n y protesta del fiel dee,rop,ñodel nombnd&lt;'; d•b•s de c'lfl!Cf'r•
11lrle y Je dlaclerno d 'cbo cargo, co11ftrléod&lt;.le al efecto Jea focolta
des,,, dl'recho neoeear'H P&amp;TI el m•jor de,en,pc ño ele Eu coroetl
do. Nottf,gneee y de conformidad COD lo dl•Jlu••to en el artlculo
1366 del Código de Procedlmientoa Oivilu, poblfqo•na&lt;&gt; !auto t-e•P
coto como el anterior de fecha &lt;'Ddro del aclual, por trea vece•
um,ecotl-.as en el •Perló&lt;lico Oficial• d.,J Ealado y en •la Voz de
Nne~o León•. A&amp;f Jo ruolv!ó y f,rm(! •l O, Lle. Pfm()a Guajardo,
Jof'xde Letra• de 11&lt; 6t frocrl&lt;ln Jo4lcl•I: d•m&lt;'a f,.-Lfo. Gnajar•
th,.-A-Marlauo Santos Tnv,ño. A-Jni' B. Vlll&amp;rreal.-RQbrleu, Vlllaldame, coRtro de lfMzO de mil ,,,,v,clentoa DDEve.-Aljul
Cli" l qoe w nflere con el certllkado de Declmltnl&lt;' que 16 acoru-

pelia y apaucleudo del m1emo cntlflcado gof' la bel&lt;derft Enrlqneta dP León, ea m,nor de &lt;'dad pero 111aynr de catorcP • ñua; prp
~eng~eele n&lt;.mhre lotor !nterl11c, que la rtpreae11teen di&lt; ho juicio.
!iloUflqael6. As1 lo proveyó y flnuó el o. :ou dP Letraa del• 6f
f,acollln Judicial: &lt;l•m&lt;'B fé. -Lic. Goajardorl-Marlano @a11tot,
'l'rHlil&lt;'.-A-Jcré B. Villarr• si -Rób,fru.
Lo que 16 publJca en e,,(11 forma tn compllmffDto r pe.ra loe
~fect&lt;s lle lo msndado Pn .,¡ • nto primeramente tn,Prlo
Vlllaldama. 5 "" A brll de 1909.-Ltc S•món Gosjatdo.-A.-lfa
rlaDo BantoaTreviño.-A-Jtt~ B. Vlllarreal.
o.v.a1,s2.33-164.

EXTRACTO.
Agencl11. de Is Becretañll de Fomento en el Ramo
de Minería en Lampazos, N. León.
Expe&lt;llente ~o 388. -Con focha 19 del oorrient9 á
lse diez de la m~ñana ea h&lt;1. presentado el 8'1'. ló'ranci&lt;l
co S. Laal, vecino de rata ciudad drnunrir.ndo seis
¡,ertenenoiae mineras sobre una veta que contiene
¡,lata, pkmo y zinc. en el cual hay nn trabajo de poca
profundidad conocido por mina de •Tres Marias» la
que se encuentra en un levantamiento que hay en la
m&amp;rge derooha del Arroyo que nace de «Piletas•
pertenecient.43 §. la Sierra de Lampazrs d e esta juris
cicción, cuyas re·tf'nencise se medirán de J00 metros
de ancho p ~rG00 de larJIA dtl modo siguiente T" manl!o como punto de partido el piquete meno!onac!o
J"lTa el Noreste 300 mte. y para el Sur oeEte 300 mte .
c;nedando en medio el piquet.e en referrncla sin colln·
danc:as mineras siendo por todhe partee terr,.no librf'
y dando como puntee de rafürencia los siguientes: al
Norte, v11stante retirado una mina ab&amp;ndonada que
Re llamó «La Purísima• al Sur como 600 mtti. el fundo
denuncil;nclo por el Sr Juan Montemayor llamad o
«~onte de Piedad• al Oril?'nte el CNl&amp;ton del Al11d.n y
111 Poniente lo alto de I&amp; slr:rra. y pone por nombre
á este dAnunclo «Tres Medas •
Admitido ~ l antr rior denuncio se manda publicar
f:n el Periódico Oficial tlel Estado por tres veces se•
guidas y en la tabla de avisos de esta Agencia por un
mea y 88 nombró perit,o para la medida de este fundo
al Sr. Eplgmenlo Ayarz- goita de esta vecindad. qu!en
ecept6 el nombramfento.
Lo que se h11oe eabe&gt;r al pt1blico advirtiéndose que
·-desde ésta fecha 88 habre un plazo improrrogable de
cuatro meses para la substanciación del Expediente
en uta Agencia.
Lampacos, Marzo 27 de 1909.-E. A. D. ~L. A. Re-

Cía. Minera "San Pablo'' S. A.
CONVOCATORIA.
• Por acuerdo de la Junte. Directiva ~u llf'•lón clPI dfa 18 del
corriente me• se ocuv&lt;'ca l lo• t-ra. accionistas I!. _,. ••mhlea G•DPral extrao,dl~arla que teudrt lu[&lt;&amp;r el ots lo de Moyo prlll_'mo,
, Ju¡¡ p. ro., en la caea No. SS de la C11Ue de Bollnr, b•J, la
stgule11tt:

Orden del Día.
UNir"O: nkMJs!c!6n y aprrbacl6n, en eu cuc,, de nn pro7eoro
de mnififlcación ,.¡ r,, ..t,alu' de arrendamltnta coD larJllfex1""'n

Jnzg•ilo de Letras de la 11! fu.cción j•dicial .- YNal
dama, N. León .
Con tHha de Loy ae rsilcó en eet.43 J11,g,do el J•Wo.
de lnte11taclo i bienes de la &amp;ñor&amp; Maria deJeeú,
Santos Vda. de Gcnzález, vecina que f'né de ata..
Villa.
Lo que 11e publica en esta forma para que lea persone11 que Fe crt&gt;an ccn cerecho á la herencia, se
preaenwn li deducirlo dentro dt:l término que ílja.
la Ley.
Villaldtm&amp;, M.arzo 17 de 1909.-Llc. 81m6n Guajardo.-A-Mariano Santos Trevlño -A-Joeé B. Yillarrf&amp;t.
o .v. 27,30,38111~

L••:e~ºicoerda 1, loe Sra. acmontatao lo prevenido en el art. 80
de loa Eatatntoe, que dlOf: Para npreaeDtar 188 accione• al portador e11 laa Aaomblu• Generalea. as reqoler" dPpoeltar loa tito•
loo"ª la RPcretarta de la Ne,rrofacl6n ó entu g,ule on c•rtlllcado
de depósito expedido por a'gu11a lnstltoclón de or6jlto, haciendo
e.ta entrega. cuando mú tardP, el dfa antes de la Aeamblu. rrcoltlencl" una tarjeta en que oe expretarf. el 11tlmero de lecolnou
deJ)'IFiladae, 1... cu•lea 16 retirarán deBJ&gt;tM!S de qaa la Asamblea
cl•u•ore •ae aeelonee.
Moourre:,, Abril 14 de 1909. El Secretarlo, Franofaco J. Gonzllez.
o.81,32,33

EDICTO.

Ju~gado de Letras de la 3! fracoión Judicial.-Lilla.
res, N. León.
Oon fecha dieciocho sel actual se radicó en este
Juegado el juicio de inteetamentnta , bienes de la.
Sra . Rita Guerra Vda. de Mancilla, vecina que fu6df'I esta Ciudad.
Lo que se hace saber al pdblico para que les personas que se orean con dHecbo á 1a herencia ee prellf)nEDICTO.
ten á deducirla dentro del término prevenido en
Juiga.do de lAltraa de la 3• fracción judicial.--Li• el art. 1686 del 06dlgo de Procedimientos Civilee.
Linarre, Marzo 21 de 1909.-Lio. Luis Trevliio.~
nares. N. León.
Oon f&lt; cha tres del actual ae radicó at.t1 éste Juzga A-.Agustin O. García.-A-Antonlo Herrera García~
o. 27,30,32,
do el juicio de inteetamentarla á bienes de la SPfiore
Dolores E;1riqurz, vecina que faé do uta oiudad
Y en cumplimiento d1 1 art. 1685 del Código de Procedimlenke Civiles. se mandan publicar en esta
terma por tres voces de di&lt;,, en di, z dfas, para que,
las peraonas que ea crean con derecho á la herencia,
CONVOCATORIA.
se presenten á deducirla en el t!lrmino de treinta
dfall contados desde la 11ltlmll pnblicaci6n.
Por acuerdo de la Juntll Directiva de esta Ocmra••
Linr.ree. á 7 de Abril del!l00.~Lic&gt;. LuieTroviño.- ñía ee olta á Sres. Accionlet!ll'I de la miems, á Junta
A.-Agustin O. Gereía.-A-Antonio Herrera Oarcís..
Ge~eral Ordinaria, que se verificará en reta ciudad á
o.30,33,36 las 4 p . in. dél cUa 30 del actual, en la cesa del SrPlutnroo Gon2álf z, cita por la calle del Comercio
para tratar loe eenntoe que comprende la a!guiert.43~

Cia: lfineru La Orit111tal, S. A..

EDICTO.
Juzgado 3° Oonatltucional.-Lampazo,, N. León.
Con fecha trece del corrient.e y por disposición del
O. Jur:z de Ltltrae de esta 11• tracción judicial 88 radicó
Pn este juzgado el juiolo de inl:,esbmentnia á bienes
de los finados Srs. Joeé Hernández y Oarlots Gándara
au eepcBa vecinos que fneron de eeta cludad.
Lo que ~o hace saber al póblico, para que las J)f'rsonae queee creancon dere&lt;'ho á la herencia, ae prMen
ten á!tdt&gt;ducirlo en el término qne st-ñala t-1 stt 1685
del Código de Procedimientos OlvilfB.
.
Lampeios, 19 de Marzo de 1909.- &amp;fng o ll'ufgas.
- A- Ignacio Jalmes.-A-OrEecenclo ,Jimén,z.
o.v.~7.30.33-162

Orden del Día.
1~
2°

Informe dP h :\[efa Directiva .
Preee,,ta.ción de las cuent,H giradas por la 'l'eaoreria an el ej11roio S:icial que térmfna, para..
an eprobMli6n en eu caso.
:l•
X1Jmbremiento de nueva Mesa Directiva.
4° TratAr cualquier otro seunto que se presente á.
diacuoi6n.
Lampazos, Abril Ode 1009.-E' Srio., Plubr&lt;'o Gonzált z.
o,30,31,3~.

l'5A'K FüH.lJ A~ l) Cía.

s.

A.

CONVOCATORIA.

Por acuerdo dt&gt;l Ooneejo de AdmtnJetracl6n, se convoca áloe BEñol'ee accionistas de f38te Oompeñfa para.
Asamblea General Ordinaria 9ne tendrá. veriftcativoEDICTO.
dla 7 de Mayo próximo. á las ll a, ro. en las OfioiJuzgado 3? Oonstitucional. de la Villa de-tiago, el
na.s de la Negoclaoi6n, calle del Dr. Mier ~ dm. 194.
N. Le6n.
bajo la eigni8Jlte:
Con fecha de ayer ee radicó en el Juzgado de.Letras
Orden del Dfa:
de la~ frscclón judiclal el juicio de lntestamentma
del Sr. Alfredo J. Osvezos, vecino qua fué de esta
1? Informe del OoneeJo de Administración.
,
Villa en la con¡¡;regación de Santa Roaslia.
2" Pr(l8entacl6n de las cuéntae ccrrespondient.431t~
Y por disposición del mlemo Juzgado ,e manda
al año B!Jcial.
publicarpor trE&amp; VfCEB de diez en diez días en el
3'' Ampliación de lae útilid&amp;de11.
Periódico Oficial y Vo,: de Nuevo LelSn de oonformi4° Nombramíex.to de un miembro de la Junta DiNOTIFICACION.
dad y para lea efectos del art. 1686 del Código de
rectiva.
Procedlmientoe Civiles.
Monterrey, 12 de Abril de HIOO.-J. B Santo,-'1,
Villa de Santiago, 20 de Marzo de 11)09.-José P. Pres.
Jnzgado 1~ de lo Civil -1• tracción judioial.-,Estao.31.32,:i3
Rodrfguez.-A,....Teófilo Garza-A-Martín Oantd.
do de N. León.
O. V. 27,30,33-162

~--~

Sr. Apolonio Esparza.

•

En el juicio ordinaria escrito sobre d!'°orrlo, pro
movido por la Sro. Rafaela Rodrfgnez contra Ud. se
dictó un auto que á la lt-.tra dice:
Monterrey, Febrero vf.inte de mil noveclentce
1:ueve. - A ene antecedentes, y en vista de lo expues
to por la ocurrente y en consecuencia élel auto que
precede téngase por int.43ntada la anterior demanda
ne divorcio en la vta ordinaria civil, córrase traslado
i!e las coplas slmplet! respectivas al demandado Sr.
1-polonio E9parze, cotejadas y rubricadas que sean,
ne oonformidlld con el art. sn del Código de Proce
.Umientcs Olvilee, r:mplácernle para que dentro del
Mrmino de nueve dtae imwonogablee la contest.f',
téogaee como part-e en este juicio de acuerdo con el
art. 246 del Oodlgo Civil al C. Agente del Mtnleterfo
Póbllco á quten en su oportunidad se le correrá tamolen traslado de la antertor demanda para el ejercicio
de sus ~trlbuclonee, y ver cuanto á que ee ignora el
domicilio del demandado, háizasele 1a citación conforme al art. 86 del Código de Procedimientos Olvllfs
enrttendo 6Us efectos á loe dit&gt;z dfae contAdo11 deede
ei siguiente al de la óltlma publicación. Notifiquese.
Lo decretó v tlrmó el O Juez 1? de Letras del Ramo
OivU: doy fé.-Lic. M. Gil Trevlño.-.Lic. José Juan
Vallejo, Srio .A..R(ibricae.
•
Lo que 88 notifica en esta forma en cumplimiento
de lo dlapueato en el auto incerto.
Hon'8rrey, 2 de Abril de lPOll.,-Ltf:' Jne6 Juan
"Ta~lejo, Srlo.
o,31,32,33-lH

EDICTO.
Juzgado 2• de le Clvil. ...... 1• fracción judicial .,-Estado, de N. León.
Hoy se radicó en este Jurg11do el Juicio de lntestamt&gt;ntarfa !\ bienes dfl la Sra. :M. • Nievo Msrtíner.,
quien falleció en EBta Ciudad el 19 de Febrero
óltimo.
Lo que se hace S&amp;ber al ptíblico:á fln de quelae personas que se crean con derecho á la h!!rencia, se presenten á de&lt;lnclrlo rlentro dfll término que uva ello
fl.ja el articulo 1686 del Código de h&lt;lcedimientcs
Oivilee.
Monterrey, 7 de Abril ce 1909 .-Lic. J · García Onaardo,-.Srlo.
o.30,33.36-164

The Ajnchitlan Minin[ and Millin[ Co. S. A.
SEGUXIJ.\

Convocatoria.

No heblendorenido verifl.cativopor C..lta de quorom
la Asamblea General Ordinaria de est!L Compi,ñfa
ctbada para el dfa tr,.lnt&amp; uno del mee paeadr., por
o.ouerdo del Cone..,jo de Administración se conv(ca
nuevamente á loe Señores accionistas pera que concurran i la que ee efectuad. en fll dvmicilio del
Preeldt&gt;nte en 8l'ta ciudad. calle de Jlldalg,) 224 á lu
atete y media de la tarde del dfa quince de Abril
próximo.

Orden del Día.

I Informe dPl Consejo de Administración.
II Informe dt:l Oomlsarlo.
lH Aprobflción, en su caao, de les cuentas y bal&amp;n•
ces del .Añ,.
EDICTO.
IV Elecctón de loe miembros de l'l. Junta Dh·ectlva.
Jusgado 2' de Jo 01vil.-1~ Fracción Judiciel.-EsMonterrey. N. L., Abril 6 dsl!:09.-Jc.hn T. de
tado de Nuevo León.
o.31 13'l 33
Oon ft&gt;cha ocho del mee en curae&gt;, ee mandó rad!csr Bell, Srio. y Tea.
en este Juzgado el Juicio de intestado de la Sra, Lnz
Hinojosa, vecina que fué de f'Bta ciudad.
Lo que se hace saber al póblico li fin de que las personas que se crean con derecho á la sucesión, se presen•
oon á deducirla dentro del término que señal el art. IMPRENTA DEL GOBIERNO, EN p AL.A.OJO.
1686 del Código de Procedimientos Olviles.
tJBlffl! Y UIJNfflWH,
Monterrey, llar✓,o 29 de 100g. ,-Lic. J. Gercfa Gnajardo, Bl'io.
o . ..-.27,30,38-10~
i A. Brondo Wbitt,

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Martes 20 de Abril de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 32.

Periódico 0ficial
DEL GOBIIIRNO DEL ESTADO LIBRE YSOBIIRANO DE NUEV0~1BON.
- -......••·~--

Las leyes, los dBcretos y damas disposiciones superioras, obli[an por el solo hJcho da ser publicadas en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES--Este periódico se publicalos Mártes·y
Viémes de r.adasemana.-Vale la subscripción CINCUEN'l'A
CENTA VOS al mes en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CENT A VOS. El mí mero atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

vantl\r tan alto los prestigios de la Repí1bUca.
Por tal moti'"º sin dudR, el esclarecido patricio
Primera. Desde la fecha de esta Con- y sahio gobernante que ei,, hoy el Supremo Ma.vocato;-ia se abrirá el Séptimo Concurso gistrado de México, dictó, con 111, oportnna a.nl '! de lo OriminRl.
Científico-Literario, y se cerrará el día ttcipación que el caso requiero, el acuerdo enLIC. JESUS M. DEL BOSQUE.
0 de Junio del presente año
I ca.minado á organizar los trabajos preparat.o.3
t"los de la solemnidad y fiestas con quo debe ceSegunda. En el referido Concurso só- lebrarse tan fausto aniversario; y al (lfocto, de19 de lo Oivil.
lo podrán tomar parte los estudiantes de :1ignó á un grnpo de ciudadanos de buena voLic. MACEDONIO G1L TREVIÑO.
ualquiera escu~la de la Repúblict, sea ó !untad y amaut~ de sn patria. para. qne, consno oficial.
tituidos en junta con el nombre de Comisión
Tercera. Los concurrentes enviarán Nacional del Centenario de la In&lt;lepPniiencia,
dé la conveniente unidad y direeri6n á cuantas
sus trabajos al Direch,r del Instituto de labores e:e ellipreudan con el indicado -propósiCiencias y Artes del Estado, empleando to, por todos los ámbitos de la. República.
dos sobres; dentro de uno estará ]a compo·
Una de las primeras resoluciones de la ComiMonterrey, Abril :!O de 190U,
cición tirmada con un lema, y dentro de sión Nacional, ha sido dirigirse átodos sus conexcitando sn patriotismo é invitánLos
Código~ llel l·~~tado. otro, la boleta de matrícula que acredi· eiudadanos,
dolos á cooperar á las grandiosas fiestas con
al autor como estudiante. En el exterior que ha &lt;le solomnizarse el centésimo aniversaUtgtnda y vtnta dt los mtsmos.
de este segundo sobre estará escrito con rio del memorable grito de Dolores.
claridad el lema adoptado para distinguir
Toca en suerte á la actual generación vivilHabiéndose concluido la impres•ón de la composición.
0n el primer aniversario secular de aquel a.conlos nuevos Códigos expedidos por el H.
Cuarta. Los premios serán los siguien- tecimieuto histórico, que marcó la inquebrantable resolución de la Nueva España de hacerCongreso del Estado, que deberán empetes:
se
iuilependicnte do la antigua Metrópoli, de
9
zará regir el día 1 de 1fayo próximo, se
Primero: del Gobierno del Estado.-Li- ser gobernada por sus propios hijos y de conshace saber al público que desde hoy qne• bros científicos 6 literarios.
füuírse en Nación libre y árbitra de sus destidan á la venta en la Tesorería General del
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta nos. La. obra de emancipación iniciada con
mismo Estado, al precio de $ 2.00 cs. el Capital.-$ roo.oo cs.
grande a.liento, arrojo y osadía; proseguida con
'iin
valor y genio militar, y consumada
Código Civil y de $ 1.50 cs. el de Procedi■
T ercero: de1 Instituto d e Ciencias y l!On i¡;u11,l
espíritu de concilación y de conco1dia por
mientos Civiles.
Artes del Estado. -$200.00 cs.
aquella falange d&lt;&gt; patriotas que tuvo por solio
Se advierte á quien corresponda; la conQuinta. L os trabajos deben ser inédi ,lo su gr:rnélfza el cadalRo, reclama que sea ceveniencia de la adquisición de estos nue- tos y escritos en castellano.
lebrado sn recuerdo con ex:repcional entusias
vos Códigos, porque ellos comprenden imSexta. Además de los premios anterio- ino, ya que ex.cepcioual fué también ese conportantes y fundamentales reformas á los res, el Jurado otorgará un accésit en cada Junto de át·uuos trabajos, de inmensos sacrificios y de inquebrantables resoluciones que deanteriores, como son las de dar personalitema y hará mención de las composiciones terminaron, al fin, la sepa.rarión entre esta pordad legal á las mayorías de las comunida- que á su juicio lo merezcan.
ción del Nuevo Mundo y el Viejo Continente.
des y adoptar la libre testamentifacción.
Séptima.-El C. Gobernador del EstaSi año por afio conmemoran los ciudadanos
· á 1
de la República, patriótica.mente unidos á los
d0 entregara, 1os premios
PoderE's Públicos, IR fecha de ese aniversario
Instituto tle Ciencias y Artr~ tlel que los hubieren obtenido, enasunapersonas
solero• glorioso, con mucho mayor motivo deber{\ ser
E:4tado tle Oaxant.
ne Velada Lírico-Literaria que con este celebrada sn secular conmemorMión Cl)n todo
fin organizará el Instituto de Ciencias y el impulso de nuestro civismo y toda. la magniArtes.
licencia &lt;le un pueblo libre.
CONVO'.JATORIA.
Octava. En el caso de no poder asistir
No se trata, no, de 11\s ideas de una parcia.Para el Séptz:mo Concitrso Ctentífi'co-Lite- personalmente los autores que fueren lida.d política, ni de sucesos que despierten merarzo, dedicado al C. LIC. BENITO premiados, nombrarán, en debida forma, morías luctuosas paraalgnnos de nuestros compatriotas, ni qne recuerden disensiones entre
JUAREZ, Benemérito de América.
un rP.presentante á quien se le entregará hermanos-; sino de la solemnidad del común
el premio correspondiente.
b.ogar, u.e la fiesta de ll\ gt·an familia mexicana.
El Instituto de Ciencias y Artes del
Novena. Con toria oportunidad se daHoy que la República. no atraviesa por ninEstado de Oaxaca, pararendir un homena- rán á conocer, por medio de la prensa, los guno de 11,qnellos aciagos periodos con que más
Je de admiración y gratitud, el día 18 de nombres de las composiciones que hubie- de una vez fué probada durante la pasada cenJulio de este afio, al salvador y Beneméri- ren sido premiadas.
turia; hoy que nada surge que pueda causa.l'llos
•
.
ni zozobras; que la paz pública
to de la Patria, Lrc. BENITO JUÁREZ, ha reL 1'berta d Y C onshtuct
6n • Oaxaca de inquietudes
-dón
inapreciable
de los pueblos-se arraiga casuelto, con aprobación del Ejecutivo del
J
uárez, l\1arzo 17 de 1909.-El Director, da día más en nuestro suelo; que el trl\b11.jo
Estado, abrir el Séptimo Concurso Cien- Attrelz'o ValdivlÍ!so.-El Secretario, En agrícola, minero, industrial y mercantil ere.
tífico-Literario entre todos los alumnos y rzque C. Olivera.
eientemeute prosperan, difundiendo el bienesalumnas de los Colegios de Instrucción
- -tar hasta los más remotos confines de nuestro
territorio; que cuantiosos capitales a.fluyen al
secundaria y profesional de la República,
conforme á los temas y bases siguientes: LA Co:\IISION NACIONAL DEL CENTENA. mismo; que se inaugumu grandes vías interoceánicas é internacionales; qne se multiplican
RIO DE LA I~DRPEN'DEN'CIA
TE~I.AS:
los establecimientos de enseñanza; que el ointladano
goza de las libertades civiles; qua nuesPrimero. Poesía. Oda á la Reforma.
Al Pneblo
tro GohiMno es respetado por sn cré'1ito en el
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál
mundo tinaucie1·0, y en el orden i-ocial por su
será el mejor plan de estudios preparato. l P1·óxima y,1, In. foc:Jrn. del 15 de S~ptiembre de honrafla labor df; pro!!;t'P!:iO; hoy, en fin, qne lorlos?...
·
l!llO, en que ~e rm1~pliran cien ~ílo~ de hi\ber- gramos tal suma de inapreciables bienes, rner,:r
C
· ·.t.
•
J
,
'se proe!:unado la mdepe1l&lt;leuc1a tfo 111. N•\rión eed á una acertiHla ailministración pública, á
,._,eroero. º6 OJ,Upostc vn en
espe
·d pro:,a.
l' ·
· , Me::dcaua , ante ·,emeiunte
,
· (•t·tt'..
, na no uod'1a quien st'cun&lt;la E-1 buC1n sentido del pueblo, y
rezno tra b aJ para un part1 o po 1ttco, s1- permanecer i.ndiforent~ un gobiemo que, r.:orno que parn nuestro país todo es lisonjero, motiuo para el Pueblo .Mexi&lt;.:an'.&gt;.
1el que l~oy rige nuestro. destinos, ha :rn,hirlo le- vo:- hó'\y lle sobrn para ei:;pe1·ar qne todas las
BASES:

JUECES DE TURNO

En la presente semana.

PERIODICO OFICIAL.
Nuevos

Mexicano.

nn- 1

�PERIODICú OFICIAL.

2

de forcejeo se callerón al rnelo quedando .
Martínez sobre el decl arante en cuya posición le mordió el labio, causandole la Je.
sión que presenta, por lo q:1é el sac? la
cuchilla que usa en su ofi Cio de carnicero
y con ella lo h ir ió, no logrando con el ca.
reo que se pr acticó se pusieran de acuerdo.
Res nltando: que examinada María del
Refugio Casti llo d jó: que el día de refereacia and uv ieron juntos desde temprano
.Martínez y García tomando li cor y como
á las doce en que estaba ya en la casa de
la exponente el primero, Jlegó García in.
sultándolo, saliéndose luego ambos á la
calle y casi enfrente de la casa se pelearon
renta y siete años de edad, carnicero, ori- ,:nterá ndose de esto cuando volvió Martínario de S1n Luis Potosí ambos de esta oez á la casa ya h erido, la niña Adel aida
vecindad por el delito de lesiones que une CastiJlo afirma haber visto pelearse á Mará otro se inf•rieron: Vistas las diligencias garito García y á Telésforo Martí nez en
que forman la averiguación, lo expuesto la calle pero no supo porque motivo ni vió
por el C. Representante del Min isterio el fin al de la rifia por que tuvo miedo y
Público, las defensas y la sen tencia que se metió á su casa, y has ta después que
con fecha si&lt;te de Septiembre último pro- Martínez llegó á eJla lo vió que esta ba hennnció el Juez de Letras referido por la rido.
que se condena á T elésforo Martínez,
Res ultando: que los médico-leg'stas que
como au tor del mencionado deli to, á su- practicaron el reconoci miento de las lesiofrir des años, cu atro meses, ve inticuat ro nes que cada uno de los acusados recibió
días de prisión, con la reten ción corres- bajo la protesta de ley declaran: que la~
ponrl iente y á Margari ta García á seis sufridas por telésforo Martíner. son de las
meses de obras públicas, com pu tadas am - que no ponen ni pueden pone r en peligro
bas penas des:le el clía cuatro del citarlo la vida.y curan después de quince dfas las
mes de Junio en que fueron declarados del antebrazo y antEs de ese término la
formalwente presos, manda se les amo- del mús'.o_y la de 11argarito G~rcía que
neste para que no reincidan y se decomise es de la misma clase, curó despucs ele quinel arma con que Margaritcf" García del in ce días dejando una . dcatriz pcrpétua y
qnió. Visto el pedimento del C. Ministn defcrrue en la cara.
Fiscal en que solicita la coufirwación del
Considerando: que tanto la real existeufallo expresado.con Ta adición sólo de que cia de los delitos de lesiones que se pers' s~ déjen á salvo ]os duechos de _los ofe~- guen co_metidos ,ror J'elésforo Martínez y
d_dos en cu•nto a l_a responsab1l:dad c1- \Iargan1·0 Garc1a as1 como qne estos son
~-11, lo expuesto por los defen_sores d_e loó aut?res de tales delitos quedó comprobado
mcnlpados en ésta segnnda 1nstanc1a, la debidamente en autos con la diligencia de
dtación para sentencia y cuanto más de- fé judicial de que se ha hecho mér-to con
bió tenerse presente.
el dóctámen médico-leg,; rendido sobre
Resultando: que en la fecha mencio clasificación de dichas lesiones con la pronada de in'ciativa, como á las once de la pia confesión de los in~ulpados que fer.
mañana, se constituyó el personal dd Juz- ruan prueba comp'.tta, de. conformidad con
gado 1c_, de lo Criminal, previo av:so que lo prevenido por los artículos I54. 4IS,
recibió, á la Prevención Policía y d;ó fé 423 y 424 del Cód igo de Proced1mientcs
de dos ho mbres heridos gue se encontra- Penales.
bao en dich o E st¡,bleci~ien t&lt;', present~n- Considerando: que atendiendo á la exdo uno de, ellos que dl)_o lla°:1arse Teles- presada clasificac16n, el ddito perpet rado
foro Ma1 t10Fz, tr~s h en~as situadas una , por T elésforo Martfnez por la lesión que
en la cara po~tenor ~ercto m:dio, otra en cansó á Marg arito García se halla comla cara an~eno:· tercio supen,or, ambas del prendida para su castigo en la fracción IV
a~t:braz? 1zqu1erdo, y _la última en el ter- del artículo 503 del Código Penal que le
c1~ rnfenor, cara antenor, del muslo del señala de tres á cinco años de r,risión ú
mismo lado, hechas con rnstrnmento pun - obras públicas por haber dejado deformiza-cortante; y. el otro,, que expresó Jla- dad notable en parte visible, y como fué
marse 1'~arganto Garcia, se le encontró en la cara, se tendrá esta circunstancia
una henda hecha al parecer con. ins~rn- como agravante, de primera, segunda, termento cortant? situada en el lado 1zqn1er- cera ó enarta clase, á juicio del Juez, quien
d,o labio ~u,penor, que. l_e separó p_arte de podrá imponer dentro de los extr·e·mos
t h b d
td
d á¡
es ~- a ten ose r~mt 1 o en segm a os mencionados la pena que estime justa sepac1e1;1tes al Hospital González para su gún las atenuantes ó agravantes ya que
curación
hubieran concurrido en la comisión del
Resultando: que tomadas sus respecti- hecho ~elictuoso ó que sean personales
vas indagatorias á los acusados, Telésforo del delincuente, cuya pena deberá reducirMartínez manifest6: que el día anterior á se á las tres quintas partes conforme á lo
los hechos cerca d 1
d ¡
t bl
1 ,
,
e as once e a mana- que se es a , ece en e_ articulo 504 reforna, habiendo llegado del centro de la Ciu- ruado del mismo Códi go en virtu d de b adad a' la casa de la s nM ¡ d ¡R f b
·d · f 'd 1 1 ·
e ora ar a e e n- er s1 • lll er1 a a esión en riña siendo
glo Castillo, donde se asiste, encontro ahí Martínez el agredido lo que resul ta de su
á Margarito García quien quizá por el es- d 1
ó , 1
h
d d ,b , d d
ec araci _n, .ª a q ne. ay que a tenerse
ta o e e ne a en que se encontraba por no ex1st1r prueba en contrario y ser
comenzó á dirijirle insultos que él devol' esto lo que más .le favorece.
vi6, sa,liéndose a_mbos á reñirá la calle y
C
despues de force¡ar un t G ,
d
onsiderando: que las lesiones causadas
,
ra o, . arcia 1O er- por Margarito García que fueron varias y
nb6
y con una
cnch11la que traía la más grave tardó en curar mas
, de qnm
,
· al
fi ·suelo
•
1e m
1as tres 1es1ones
no
descritas
y
como
ce
días
según
el
dict
f
1
·
'l
t b
¡ d.ó
'
amen acn tattvo se·
e no _Por a a :irma e 1 una mordida en encuentran comprendidas en la fracci'ón II
el labio supenor con lo que logró quitár- del citado artículo
q
d
. ,
selo de encima¡ expresando Margarita Gar- su autor la pena d 503
d áne 1e etermrna a
fa ne en la fech
't d h b., d
e os once meses de
e q
ª et a a, a 1en ese en- arresto ó dos á dieciocho
meses d
¡ contrado en la calle con Telésforo MartÍ• ú obras pública
d d
e pr SI 6n
1
nez, éste le pidió una copa de vino, como bitrlo del Juez :i}katndeºn:rldudente
arse la negara comenzó á insultarlo termi tremos el término
e esos exnando por pelearse y despues de un rat~ y como tales lesioni::/1:f~:Íe~:~:!u:i:~

ol ases sociales estén pron_tas y dispuestRs á to- J
mar p1trte en los regom¡os con que ha de ser
solemnizA.do el gran auive rsario.
La Comisión N acioual in \~it,a, pues, á todos
S ecretaría rle la 3~ Sala del Supremo
los hijos &lt;le México parn q ue solida riamente
Tribnnal
de Ju sticia. --Monterrey, Nuevo
u nidos por el á meo vincll lo de la rnrdade ra Ji.
bertad, proMten ~n ncti vo concurso on la gra n León.
solomnidad do la patria.
" Monterrey, Noviembre o" ce de mil
MEXICANOS: que el mu ndo civilizafio nos con • novecien tos ocho.- Vista la presen te cautemple en 1910, cobijados l,nju el hermoso pa- saque el C. Juez 1º. de Letras del Ramo
bel!ón tricolor, celebr:indo la fnndaeión de Penal de la primera fracción judicial conuestros lares, de aquellos amados la1·e.s eiue
ostentan el ág-nila. caudal por símbolo y escudo, menz6 á instruir de oficio el día pr imero
y que t ieue11...,por principio y div isa : libertad, de J unio próximo pasado contra Telésfo
paz y trabajo.
.
ro Martínez, sol tero, de veintiocho :tños
México,. 20 de Ju nio ele lll07.-Gwllermo ele de edad, jornalern , originar io del Sa1 ti ll o,
L 11,nda y E.scanrlón , P rer,;,idente.-lJ~rancisco D. y contra Margarita García, so'tero, de cua.

SECCION JUDICIAL.

B arroso , Serapión Fernández, Romualdo Pasquel, F er nando Pimen/,el y Fagoaga , Eugenio
R ascón, Rafael Rebollar, Carlos R ivas, Porfirio Parra, Voc1tles.-José Oúsarín, Secretario .

PODER LEGJRLATIVO.
.Diputación Permanente,
del XXXIV Congreso Coustitucional del Estado.
SESION DEL

DI A

14 DE ABRII, DE 1909.

Prcsúlcnda de! C. Aurelio Lartigue,
A la- hora reglamentaria se alrió la se
s i6n con la lectura del acta de la anterior,
la que sin disensión fué aprobada.
E n seguida, la s~c,etaría dió cuenta con
lo siguiente:
L a Leg;s1atura del Estado de Puebla part icipa, que el día último del p ,sado. clan·
su ró su primr.r período de sesiones ordína•
r ias.-De enterado.
La LegisLt ura del Estado de Chiap , s
comunica; que el primero del actual, abrió
el segundo período de sesiones, correspon
dientes al segundo año de su instalac;ón
-De enterado.
La Legislatura del Estado de TamanH pas participa, que el primero del actual,
abnó el ter~e~ p,río~o de ses·ones correspendiente al segundo año de su cjercio.,..D¿ enterado.
L~ Legislatura del Estado de San Luis
Poto;Í partici pa, que el día primero del
corriente m s, abrió el cuarto Y últ;mo
períorlo de ses ion es ordinarias.- De eote.
r ado.
Ei Ciu dano Daniel F lores ¡:omunica,
que habiendo sido re3lecto Gobernador,
Co nstitucional del Estado de Guerrero,
con fecha primero del actual tomó posesión
d:, su encargo.-De enterado con satisfac&lt;:ton.
El Ciudadano Gobernador del Esta'.lo,
por nota de 7 del corriente mes comunica
-que, haciendo uso de la facultad que le
confiere el decreto número 16 de de 21
Octubre de 1907, les concedió álos Señores
Francisco Martinez Peña y
Compañía
t
st
exención de impueS os del E ado Y Muni
el pales durante cinco a~os, por el capital
que Inviertan, no.menor e ocho °:il pesos,
-en el establec!m1ento de una Fabrica de
A
,
CO lOf i
S
L . g~ai:ra~ Y
on a, ~n . anta ucia,
JUnsd1cc1ón de la Munlcipahda de Iturbi.
d
- ¡ f t
• d d• h
e, Y
ª;?mpaRna ~boe ec o, c?pia e Jc ª¡
1
rCeso uc1on .ec1
y reservese para e
ongreso
El T ·
G
E d
1d
esorero
enera .e 1 st ~ º· con
-0fic!o de 13 del actnali remiten~ e¡ emplar
-impreso de la Memoria de Hacienda del
Estado, correspondiente al ejercicio fiscal
d e 1907 á 1908. -R ec1'bo.
No habiendo otro asunto de que tratar,
.
se levantó la sesión, á la que concurrieron los CC. Diputados: Lartigue, Madrigal
.Y Martínez.-Aure/io Lartigue, Diputado
,
D'
P rest'd en t e .. - p.1!dro C, M.artznez,
1puta,
do Secretario.
Es copia. Monterrey, Abril 14 de 1909.
Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
0

PERIODICO O~FI=C=U=L~·===:=========3=
teniénilose á García como agredido por firmó el C. Ma!!istrado Interino de la / '
,
L.1c, V'll
las razones y fundamentos legales wen- S aIa: doy f e.1 arrea1. -Lt" c. L e6n
cionados eu el considerando anterior la pe- E. Aldape, Secretario.-Rúbricas.
· ' a' sus t res
--na que correspon da s~ re d nc:ra
quintas partes, esto st las l:s1ones fueran
Secretarí,i. de la 3• Sala del Supremo
simples, más como son cahficadas por ha- Tr,bunal de Jnsticia.-Monterrey, Nuevo
ber obrado García con ventaja puesto que León.
en la riña hizo uso de arrua h_a llándos_e
Monterrey, dieciocho de Noviembre de
inerme el ofendido sin que cornera peh- mil novecientos ocho. -Vista en revisión
g ro su vida_por no, ap_rovech~rse de esa la presente cansa comenzada á instruir
circunstancia e1 termmo me d to de 1a Pe por e1 C . Al ca¡de 2°· de (Vi.11:i. de Allende)
na referida s;· anmeotará en una tercera el veinticuatro de Octubre del año ¡;róxiparte de su duración (artículos 429 frac: mo pasado, contra Manuel Guerrero casación IV sr 2 y 5r5 del Código Penal.)
do, labrador, de veintitrés afias de edad,
Considerando: que favore~en á Telésfo, originario de I\Iontemoreles y de aquella
ro Martír.ez su buena anterior conducta vecindad por los delitos rle robo y fraude.
confensi6n que hizo del delito y ebriedad Vistas _las diligenci.as d~l ~u.mar!o y !ª
incompleta, aquellas de prim~ra clase y la s aoteoc1a que con fecha d1ec1S1ete de Jtm10
última de tercera, y le perjudican la rela- último, pronunció el O. Juez de Letras de
tiva á la deformidad que se califica de ~e- la 3 !" fracción judicial por excusa del de
gnnda clase y la de tercera de ser frecneo- la 7 ~ en la que teniendo á Guerrero cote en el Estado el delito dd lesiones (ar- mo autor de los delitos acumulados de rotículos 4o fracciones I y IV, 42 fracción bo y fraude frustrado se le condena á suI y 47 fracción XII Código Penal) y á frir diez meses quince días de arrestó, á
Margarito García le favorecen las mism~s contar del veitisiete de Abril del corrlente
de Martínez, perjudicándole la frecuencia año eo que se le redujo de nuevo á pr:sl6n
del delito de que se ha hablado y la de abonándvsele un mes dos días que estuvo
haber violado varias disposiciones ·penales preso antes de que se sobreseyera á su fa.
que el suscrito gradú 1 por las dos le_sio- vor en la misma causa y se le amonesta
nes una como de primera clase y otra como para que no reincida. Visto lo espnesto
de segunda atandieodo á su gravedad (ar- por el C. Ministro Fiscal en el sentido de
tícnlo 45 fracción XI del Código Pen~I:, que se confirme dicho fallo en todas sus
Considerando: que toda pena de prts100 partes con la adició11 de que se dejen al
ú obras públicas por dos _años ó más se_en ofendido sus· derechos á sa1vo por lo que
tenderá impuesta con calt !ad de retención hace á la responsabilídad civil, lo alegado
por una cuarta parte más de tiempo en el por el defensor de oficio en esta instancia,
caso del artícul0 7. 1 del citado Ordena- la citación para fallar y cuanto más debió
miento: que en la sentencia deberán ~bo- y convino tenerse presente.
narse al reo ;os sufrimientos que hubiere
Resultando: que en la fecha expresada
tenido durante el juicio: ha de amonestár- de inic'ación en señor Feliberto R. Mar•
fiele para que no reincida y la respons~bi- tínez, ocurrió ante el C. Alcalde 2º de
lidad civil sólo podrá decretarse á moc16n Allende manifestando: que en mayo de
de parte legítima; artículo 70, 182, 208 y aquel año desapareció de su labor situada
287 del mencionado Cuerpo de Leyes.
en la Demarcación de Buenavista, de aquePor las anteriores consideraciones y fon jnridicción, un"arado americano de su prod~mentos legales expresados se reforma la piedad con el que trabajan sus medieros,
sentencia de primera instancia de que se y que por más agencias hizo no logró saiia hecho mérito, y se resuelve. Primero: her de su paradero, y como supiera ahora
Se condena á Telésforo Martínez y á Mar- que Manuel Guerrero había vendido dos
garito García, como autores de los delitos arados uno americano y otro mexicano,
de lesiones á que se refiere ésta averigua siendo recoj!do éste por el sefior Albino
ción, á sufrir el primero, la pena de dos Aguirre que lo reconoció como de su pro
años, cuatro meses, veinticuatro dias de piedad y sospechando que el otro pod!a ser
prisión, con calidad de retenci6n por una 1 que le hab'a~ robado, pasó á la casa de
cu, r .a parte más de tiempo en el caso de Guerrero á pedirle informes sobre el parla ley; y al segundo á la de ocho meses, ticnlar quien le dijo que el arado de refeveintiún dí: s de obras públicas, compu- renda lo hubo por un cambio que verificó
tadas ambas penas desde el d 1a cuatro con J uao Garza dándole éste tal arado por
de Junio próximo pasado en que fuerót¡ otro de la misma clase que compró en la
declarados formalmente presos. Seguniio: casa de comercio del exponente, por lo que
Amonésteseles para que no reincidan ha- pidió al Encargado de la Demarcación r¿.
ciéndoles ver las penas á que se exponen witiera el arado en cuestión á la comansí contravinieren. Tercero: Se decomisa en dancia de policia ctimo lo ejecutó.
favor del Fisco del Estado, el arma de que
Resultando: que incoada la averiguación
de que hizo uso Margarito García para de• respectiva se examinó al sefior Albino Agni
lioquir. Cuarto: Se dejan á los ofendidos rre declarando: que en meses pasados se le
sus derechos á salvo por lo que respecta á perdió de sn labor en la mencionada Demarla responsabilidad civil. Quinto: Notifiqne cación de Bnenavista un arado mexicano
se y dese cuenta . Así, definframente juz y como tuviera avi¡;o hace poco que éste se
gando lo resolvió Y firm6 el C. Lic. Vivia encontraba por fuera de la casa del Señor.
no V. Villarreal Magistrado Interino de la Benito Cavazos se dirigió á eJla y efecti3! S, 1 ,: doy fé.-Lic. V. V. "'.íllarre~l.-;- vamente vió allí el arado el cual reconoció
Lic. León E. Aldape, Secretano.- Rnbn - como de su propidad,siendo el mismo desa
cas.
parecido de su sementeras, y preguntando
Mooterrey, Novifmbre vt&gt;in tiséis de mil á Cavazos á cerca de la procedencia,
novecientos ocho.-No liabién dose inter- le contestó habérselo comprado á Manuel
puesto recurso alguno de la anterior sen Guerrero, por lo que se dirigió á la casa
tencia dentro del término legal, se declara del Encargado manifestándole lo que pasaque ha c,rusaclo ejecutoria de conformidad ba, quien recogió el arado, y al siguiente
con el artículo 451 del Código de Procedi- día v_olvió á sa?e.r el resultado, quedó con·
mien tos Penales· en consecuencia lí brense ven cido en rec1b1r tal obj eto y cinco pesos
a! Superior Gobierno del Estado los testi- más como ren ta por.el t ·empo que Gnerremonios de l~y poniendo á su disposición lo había usado en virtud de haberle dicho
en la Penitenciar-ía del m:smo á los re0s éste qu e el arado lo tomó en-confianza.
Te1ésforo l\Iartímz y Margarito Garcí i,
Resultado: que tanto Martínez como
hágase la transcripción correspondiente al Agu irre rinr'ier~n inf~wacióu á cerca de la
Juez respectivo y archívese la causa. Así propiedad preexisten cia Y falta posterior ele
interlocutoriawente juzgandn, lo resolvió y los objetos robados, Y tomada su inquisiti

va á Manuel Guerrero expresó ser cierto
haber towad0 en confianza de una cuadra
de cultivo del señor Albino Aguirre un
arado mexicano, no recodando la. fecha,
sin que pusiera en su conocimiento e1
hecho por que aunque lo vi6 varias veces
no se acordó de decír8elo, y que tal arado
lo prestó al Señor, Serafin Cavaws ve n·
diéndole además un arado amencano en
cinco pesos y cuando los llevaba Benito
Cava zos hermano de Serafiu por encargo
de éste, como le conocieran el ara fo mexicano y lo Jlamaran á casa del Encargado
según éste le manifestó, recogió el arado
americano el que al siguiente día le reciamó como de su propiedad el fleñor. Feliberta R Martínez y habiendo ocurido con
el mismo Encargado se lo co¡óeron: que
este arado lo obtuvo por camb'o que verific6 con su hemano político J nao Garza
por otro de igual clase que compró en el
comercio del mismo señor Martínez quien
en el careo respectivo que se practicó con
el acusado, declaró ser cierto haber entregado á Guerrero por órden del DJctor. Estebgn S. Martínez un arado nuevo all.lericano sin acordarse de la fecha en que tsto
sucediera.
Resultad ,,: que examinado el señor Serafín Cavazos expresó:que en la fecha citada habiéndole propuesto en venta Manuel
Guerrero dos arados uno americano y otro
mexicano, convinieron en que le daría por
ambos ciento cincuenta litros de maíz des•
granado ó cinco pesos, y como no pudiera
Jlernr los objetos esa vez eocagó á sn hermano Benito que fuera por ellos á la casa
de . Guerrero, como lo verificó días despnés, p ro no se los llevó por que según
dijo, le habían conocido el arado mexicano, relatando los hechos Benito Cavazos
en los termin?s ya sentados, conviniendo
el.¡icnsado Manuel Guerrero en el careo
edil el señor Serafín Cavazos ser cierto
haber vendido á éste ambos arados en cin•
co nesos.
Resultando que tomada declaración á
Juan Garza respecto de la cita que de él
hace el procesado, digo ser cierto haber
cambiado á Guerrero el referido arado
americano por otro de la propia marca que
éste le entregó, habiendo adquirido aquel
el año anterior de Enrrique Garza por
&lt;'o pra qne le hizo en dos pesos veitlcinco
centavos, y habiéndose mandádo evacuar
la cita de Enrrique Garza y practicada
atas dilegencias con el menciondo Juan
del propio apellido á fin esclarecer las
circunstancias del delito que se persigue
no se llevaron á efecto por andar prófugos
ambos á consecnncias de seguirles causa
por distintos delitos de robo.
Resultantaodo: que nombrados peritos
por el Juzgado para la valovización de los
objetes robados les dieron el precio de tres
pesos al arado americano y de un peso
sesenta y cinco centavos al mexicano por
el mal astado en que se· halla, cuyos ol,jetos se entregaron á sus respectivos dueños
previo recibo y como pasara en consulta
la causa al C. Juez de Letras de la 7a
fracción judicial, este funcionario manda
con fecha veintiséis de Noviembre del afio
proximo pasado sobrseer en ella, disponiendo fuera puesto en libertad el acusado
Manuel Guerrero bajo de fianza ó caución
protestatoria, y remitidos los autos al Sur
premo Tribunal en revisión, esta 3 !" Sala
revocó el sobreseimiento mencicnado ydispuso se continuara el proceso por sus demás
t1ámites h asta dictar sentencia lo que verifi có co mo se ha dicho, el C. J uez de L etras de la 3 o: fracción judicial por habese
excusado aquel funcionario.
Considerando: que con las imformati vas de los ofendidos, declaraciones de los
testigos de cargó examinadcs durante la
im tru cción, fé jnd!cial de los objetos roba0

0

�dos é informacióa testimonial rendida d• puede declararse á instancia de parte Je. se n te n cia co n todo lo de m ás q ue
conform id ad con el artíclo 163 del Código g-iti ma artículo 287, todos del citado cuerpo co nsta de autos y debió verse; y
de Procedimientos Penales, se com probó d~ leyes.
Rusultan do: Que el dia ocho ó
legalmente la existencia del delito de ro- • Por las anteriores consideraciónes, fun- nueve del mes de Septiembre del
bo del arado mexicano perteneciente al &lt;lamentos legales expuestos y de acuerdo _
_ .
señor Albino Ag-11irre, así como Mmo el con el parecer del C. Ministro Fiscal, ano_ en curso entró á ti~bapr el prode frau.Je el cual q nedó en la esfera de ~e confirma la sentencia de primera instan- cesado Pnsc111ano Ram1 mez ganan·
frustrado por no h&lt;tberse ,·erificado por da que se revisa y en consecuencia s~ do un peso diario. en la platería que
causas extraü .. s á la v.:&gt;lnnt~J del agente, falla.
el Sr. ,José Agd Aldape, tiene estaquedando comprobado tamb'én que d Prirn,n,: Se condena~ Manuel Guerrero olecida en esta Ciudad, y al día siautor de tales delitos lo es el procesado como autor de los delitos acui:iuI~dos d&lt;\ guiente para cuando este Señor se
Manuel Guerrero con su propia c1nfeción robo y fraude frustrado , á sufrir diez me,
·
.
que reune los requisitos de ley para for- ses quince días de arresto contados desde le"'.anto no e~cont'.ó ya al acusado
mar prueba plena corroborado con las de - el veintisiete de Abril del año en cnrso en quien se hab1a retirado con pretesto
más constancias judici~les (artículo~ ~34, que fué reducido de nuevo á prisi6n, con de irá almorzar, notando la desapa4r5, 423 á 427 del f'611go de Proced1m1en• abono de no mes dos días que estuyo pre- rición de una aro-olla de oro de las
nos P;n~les y 18 fracción III, 26 y 392 so a ntes de que se sobreseyera á su favor llamadas mascot~s, que ante~ est,iba
del Cod•go Penal) y au nque el acusado Segundo· Amonéstese para que no rein1
d d
lt b · b
• 1pau te ¡a circunsta11c1a
·
· de c1da
• exphcandole
·. ,
011 e aque
ra. ap a ' y
a1ega como excu
las pehas á que se expo- en a mesa
.
.
haber tomado el arado por la confianza que ne. Tercero: Queda la causa abierta para aprehendido dcspues el citado Ratenía con 71 señor Agnirre de quie1;1 es- cont~nu~rla contra los que resulten culpa- rnírez confesó_ haberse aproderado de
t~?ª auton~ado para el.lo y uo c~u mten• bles del roho del arado americano á que se la alhap referida y otro anillo, que
c10n
r?barselo, tal c1rcunst~nc1a no pa- refiere esta averiguaci6n. Cuarto. Se de- fué á empeñar poco después en la
rece Justificada en la cansa, ni menos que de¡·an á los ofen didos sus derechos á salvo "S c s I Nº d l i\1 t d p·
·
· · • de Agturre
·
u ur
e·
1et uv1era
antonzac10n
para d'1s- por lo que hace á la responsabilidad civil. d d''
d a d l 1 e 1 on e
,
poner de lo que á éste ~ertenecía, _lo que Quinto. Notifíquese y si dentro del tér- a
. on. e e prestaron por eHos
se de~prende de la propia declaración · del ruino legal 00 se interpone recurso algu· un peso_cincuenta centav?s, hab1enofend1do y la manera de proced~r á fin no líbrense al Superior Gobierno del Esta- do perd1cio la boleta de dicho empede_ ricup~rar el arado de referencia ocu- do les testimonios de ley, poniendo á su ño: que al ser examinado el admirr1endo á la aut~nJad para )ograr su en• &lt;lisposición en la cárcel pública de Allend~ nistrador de la casa de empeño mentega, constando de autos bien claro
que
la, causa c1ona
·
d a d ec 1aro, que e 1 d'1a primero
·
.
. á Manuel Guerrero y devuélvase
.
G uerrero se apo der Ó de una cosa a¡ena
sm al J nzgado de su procedencia para los ob• '
.
,
.
conse:1-timiento de su d11eíio, c?metiendo jetos legales: Asi definitivamente juzgan del c1tado_mes de SepUembre fue.
el ~eltto de rob~ segCtn la defi,111_d6n con- d?, 1~. resolvió y fir:1i6 el c. Lic. Viviano Ion_ e_mpenados dos ~111110s por un
te111da ~n el articulo 348 del Cod1go Penal. \. \ 11larreal, Magistrado Iot"rino de la 111d1v1d110 llamado Pnsc1hano RamíConsiderando: que JJor lo que respecta 3"' Sala: doy -Lic. V. Villarreal-Lic. rez y que el veinte del mismo mes
al ro~o del ~i:ado amencano JJertencc·ente L. E. Aldape, Srio.-Rúbricas."
fueron desempefíadas t 1,.
J
al Senor F1hberto R. l\fartrnez halla•'o
.
.
· a es pren as
Igualmente en poder del procesado Ma--sm saber :'.I lo hacía_ el mismo que
nuel G~~rrero, s_e acreditó por éste haber
Secretarla de la 2 a Sala del Tribu- las empenó, exh1b1cndo. la boleta
ló ~dqu1ndo !tc1ta11'.eute de ,Juan Garza, na! Supremo de Justicia-:\Jonterre . rcspe~t1\·a de la que se d1ó fe por el
quien lo aseguró as1 y que el lo hubo lÍ N
. I ,
) ' .T.uez rnstructor
y por medio de pe. d E · , G
·
•
• ue\ o ,eon.
. ,
1
s_u Hz e nnq1.e ~rza, sm que o JUs·
. . . ..
• .
.-,tos se valorizaron des ués los anit,ficara, más corno se ignore el paradero de
:\Ionterre), d1ec1se1s de ;\ov1cmbn.:
b d
,
P
.
estos individues por eucontraseactualmen ·\ ele mil novecientos ocho.-. \'ista la 11 os ro
os segun_ las constancias
te s11str_:t;dos á la acción_ de la jmticl_, . presente causa empezada á instrnir dr autos en la cantidad de tres ped ebe J· ~J,s.se 1a causa ab :erta ~ara cont1-¡ ?e _oficio el vei~titrés. de Septiembre
.
.
.
nn ~rl~ contra ellos 6 contra lo, que en l_o. ult!mo. ¡;or el c. Juez prime
¡ T _ Considerando primero: r iue con
snces¡yo resulten respJnsable d:cl tal deh·
. .
ro e e ,e l d 1
·, d
·
. )&lt;:
··
to.
tras de lo cnm111al de la primera a ~c _arac1on el oh.. ndlllo, la del
Considerando: que el delito de robo que fra,:c~ón judicial, contra . Prisciliano adm1111strador de la Sucursal Nº_ r
se persigue del arado del señor Alhino l Ram1rez, soltero, de d1ec10cho años del_l\1onte de P1ed2d y la .:onfes1ón
Aguirre cometido por :llanuel Guerrero, L!e edad, platero, originario del Sal- JUd1c1al del procesado Ramírez que
se ?alla comprendido para su cas tigo en ei tillo, Coahui la, y de esta vecindad reune los requisitos legales para haart1cnl_? :165 refo_rmado del Código ~enal por lo~ delitos de robo y fraude : cer prueba plena, quedó perfectaqñue sednala_ d_eóse(:is rnb eses dúebal_rn st0 ª dos Vistas las d iligenc ias practicadas du - mente JUStificada la existencia de los
a os e pns1 n I o ras p 1cas agreganl
· I
•
d ·¡•t
d
b
f
d
·
dose la pena de tres á no en ta días de ar- rante e su mano, o . ~ed 1~0 ~or el e I os e ro o y, rau e que ~otivaresto en atenci6n á la cuantía de lo robado, Repre s en tante del Mm1ste n o P ub li co, ro n es ta causa, as1 co_mo tamb1en q u e
artículos 356 fra cción I y 359 del mismo lo alegado por el d efe nso r de oficio e l a uto r de ta les de lito s lo fu é e l ciCódigo, á las que deberá ~cumularse la e n pr:imera inst a ncia )'. e l fa ll o pr o - tado ~ a_m írez, a rts . ~ 6~, 4 15 y 4 2 8
que coresponda por el dehto
fraude nun c1ado por e l Ju ez ins tru ctor co n del Cod 1go de Proce d11111 entos Penafrustrad9 de, que se ha hecho mento con- fecha quince de O ct b
, ·
tes.
·
forme al articul o 27 y con areglo á las
u re prox1,mo:&gt; ~a .
prevenciones del artículo 200 por h aberse 5
por e l _que , declara nd o a I n sCo ns iderando segun do: Q ue por
ej écutado ambos delitos en acto~ distina- c1h~n o R am~rez r es ponsable d e . los haberse ejecuta do e l robo p ~r un 0 _
dos, cu ya pen a será de dos tercios á tres d e litos refendos , lo con de na á s ufrir perario en el ta ller d ond e t b · b
t d 1
r , 1 h b"
ra ap a
cuar os e da quledse1·ªtP ,canúa sl se u le• u? ano, cuatro ~eses, vei nticin co y á d o n de por su carácte r tenla lib re
ra consu~a o e e 1 o, seg n o aprecep- d1as de obras públicas
do
d
·
,
.
túa el articulo 194 eu su fracción segun d
Y
s m eses entra a, tal de li to esta comprendid o
da, castigándose en tal caso con tres á no• _e arreS t o, co_n tados desd:_ el veinti- en la frac. Y del arto. 363 reformado

?e

ª

~º" ·,

¡

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~?º•

venta días de arresto en atención á lo prevenido en los artíc?los 356 fracción I y
395 todos del refendo ordenamiento.
Considerando: que en favor del inculpado obran las cincuntaucias de su buen a
anterior conducta y haber confesado su
delito que son de primera clase; artículo
40 fracción I y I V, perjudicándole la de
terce.ra c!ase de ser frecuente en el E stado el dehto de robo esprecificada en el
artículo 47 fracción XII; que en tod a sentecla condenatoria se prevendrá que se
amoneste al re@ para que no reincida; artículo 208 debien:lo tomarse en cuenta al
computar su pena, los sufrimientos que
hnbiere tenido durante el juicio articulo
182, y que la responsabilidad civil s6lo

5

PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL.

del Código Penal que señala para -el
responsable de s~is meses de arresto á dos aflos de · · ó , b
,
blicas d b' d pnsi n u O ras pu' e ien, O agregarse á esta pena la de tres a noventa días de arresto, q u e correspo n de n á la CUa'1tía d e
lo robado, segú n lo d isp uesto o r los
artícu los 56 fracc ió n I
p d ¡
3
mis mo Cód ' .
Y 35 2 e
d·dgo , en cuanto al fraude,
compren I o e n la fracción II del
Sal~ en~¡
.
nsor ante esta a rt. 395 d el propio ordenamiento
d
'
b sentido ~e que s e consi. como se castiga con la pena del ro~
ere e 1 ro O como simple y se ab- bo sin violencia también
· ¡
suelva á su patrocinado por el delito imposición á su' t
d am erita
de fraude; y vista la citación para venta di
d
au or e tres á no.
as e arresto; quedando al
cmco de Septiembre del ano e n curso _en que_ se le declaró bien preso;
lo 111hab1hta para toda clase de ho.
nares, empleos y caro-os públicos y
lo manda amo nestat a
·
• •d d • d
P r:a que no
reI~CI ~; eran O al ofe n d 1~ 0 s us derec os '.1. sa vo. P?r cu_an to a la r esponsabih?a_d civ1I. _V is to el dicta me n
del C. Ministro Fis cal pidiendo la
confirmació n del fallo refer'd
1 0 , ¡0
ale ado or el defe

ª

: Monterrey, once de Noviembre de mil
noveci ,u tos ocho.-Visto este procese empfzado á instruir el cinco de Febrero del
año próximo pasado por el C. Juez segundo de Letras del Ramo Penal, de la primera fracción judicial, contra Melesio R
Valdés , casado, ferrocarrilero , de veintiocho años de edad, originario de San Antonio Texas Estados Unidos de Arnerica
y de esta ve~iudad por el delito de homicidio perpetrado en la µersona de Aniceto
Castillo: Vistas las diligencias practicadas durante el sumario, la requisitoria del
Representante del Ministerio ~Ctblico,. Jo
alegado por el defensor, en pnmera 10.;tancia y la sentencia que el treinta de Ju0 ;0 del año en curso, pronunció el Juez
lastructor en la que teniendo al ~itado Valdés como ~esponsable del delito de homicidio lo condenó á cuatro años, tres meses
de obras públicas, contados desde el ocho
de Febrero del año pr6ximo pas~do en que
se le declaró bien preso, con cal\dad de retenci6n por una cuarta parte mas de ese
.
tiempo
en su caso y lo man dó amonestar
para que 110 reincidiera, dejando á los deudos del occiso sus derechos á salvo en cuan
to á la responsabilidad civil: Visto el dietaruen del C. l\finistro F:s&lt;·al e1: el sentído de qne se reforme la sentencia de q~ ,
se trata y se condene al encausado Val des
. siete
.
_ seis
- meses de obras pn,
a, sufnr
anos,
b1icas contados desde la fecha réferida
c~n calidad de retención en el caso de 1d
ley, confirmándola en los demás pnóto
que con tiene: Visto lo alega~o por el de
fensor ante esta Sala, la c1tac1611 para sentencia v todo lo demás que consta de au•
- . verse; y.
tos y debió
Resultando: que el día cinco de Febrero del año pr6ximo pasado como á las cua,
tro de la tarde, llegó el proresarlo Melesio
R. Valdés á la casa de María Flores _cita
por la calle de Arteaga entre las de J1ménez y Juan Méndez de esta Ciudad, é_ invitó al hermano de ésta, Adolfo del mismo
apellido, para que saliera con él, yéndose
al tendajo denaminado "El Rigor'' dond~
le obsequió nna copa de vino, y como al
poco rato, disparas~ un tiro al aire el cita
do V1'_c:és se separó de él s~ aeomp;iüante temi"ndo que a1 9o sucediera.)'. m~s tarde, el procesado fue con Anastac10 Saenz
cabo de veladores en los trabajos de la vía
de los clectricos y le pidió dinero, más como no trajera éste coa sigo, mandó empeñ ar una pistola y le facilitó tres pesos que
1~ JJ~;star~n,Pº; ella. Que _en seguida_ ~e
dm¡1ó Va,des a la Inspecc
de Pollc1a
1.dunero u no y al volver, fue de nuevo á la
casa de la expresada María Flores y no la
encontró all í, por lo que se fué €, buscarla
á una casa contigua y empezó á empujar
la puert~, ~a~ta abrirla e:icontr~ndose allí
c? n dos mdiv1duos, el occiso Amceto Cas•
u_llo y el _hermano de éste Ad?lfo del prop10 apellido, con quienes se hizo de pala
bras h asta ech arlo fu era el primero de
ellos á empujones, trabánciose una verda.
dera riña entre él y Valdés quien quitándole á Benito Ramos que ee hallaba cerca
una pistola que é_ste traía, con, ella disparó ~obre_sn contn1:cante c?usandole n_na
henda situada abaJo del pliegue posterior
de la axiala izquierda, de la cual se dió fé
por el Juez que Inició el proceso, al reconocer el cada ver de Aniceto Castillo, siendo clasificada tal lesión por lo~ Médicos
del Hospital G"nzález que practicaron la
~utop~ía correspon~iente, como de las que
por s1 solas y directamente causan la
muerte. Lo anterior consta de las declaraciones de los testigos Saenz, Ramos y
Flores, pués el procesado Valdés aunque
confesó en su inquisitiva el hallarse dete•
Secretarla de la 2'!- Sala del Supremo nido por ~aber dado muerte á un lndiviTrlbunal de Justicia.--Monterrey, .Nuevo duo, man1fest6 que debido al estado de
Le6n.
embriaguez en que se hallaba, no recorda

::..rbitr io del s e nte nciador, impo ne r
d e ntro d e los ex t remos J e que se ha
hecho m é rito las pe n a3 que crea ~u stas segú n lo orde nado por e l artt1culo 65 de l repetido Código Penal.
Considerando tercero: Que en el
caso es procedente la acumulación
que establece la ley, por haberse eiecutado los delitos de que se trata en
actos distintos y en esa virtud la pe•
na aplicable a l reo Ramírez es la del
delito más grave que es el robo con
una cuarta parte más de lo del fraude, articulas 27 y 200 del Código
Penal; y como la pe n a de l robo exce?e ?e o nc_e mes~s d e arresto, debe
as1 mismo mhab1 litarse al reo por
diez años para toda clase de honores, empleos y cargos públicos seún ¡0 receptuado por los arts. 1 50
g
dp I Cód.
¡ ·t d
1go· pena c1 a o.
)' 352 .e
Cons1de:ando cuarto: . Que en toda sentencia condenatona se pre-.endrá que se amoneste al sentenciado
para que no reincida, explicá.ndole
las penas á que se expone, debe a
,
l
l ·
h
e e tiempo
que aya
permab on"'rse
.
,
.
.·
necido preso durante la 111strucc16n
y dejarse al ofendido sus derechos á
salvo por cuanto á la responsabili
dad civil, artículos 182. 208 y 287
dt.l mismo Código Penal •
·
d
P or lo expues t o \' d e acuer o con
_ .
. ,' . . . .
~- '
.
el paiecei del C., :\hnistio l iscal}
con apoyo ademas de lo d1~pue_sto
por los artículos 10,35,37, 40 fracción
nes I. y IY, 47 fracción XII, 50
· fracción I y 348 dtl Código l\:nal y
41 iy 424 del de Procedimientos Pe'+'
l .
na 1es, se con,irnia en _toe a~ sus partes el .fallo que se revisa Y.se 1:es~~lve: l'nmero: Se condtn,l á Pnsohano Ramírez como autor de los dclitos de robo y fraude acumulados, á
sufrir la pena de un aíio, cuatro me•· h d'
d
b
. bl'
ses, vem .!GC O ias ~ 0 ras pu 1_cas y dos meses _m~s- de arresto a
co ntar desde el vem t1crnco de Sept iembre d e l año e n curso , fecha de
s u fo rmal prisión . Segundo: Se in habilita por diez años para toda cla·
·
,
se_ d e hon ores, e mpl eos Y carg os publtcos. T er~er?: S e le a_mon es ta pa raque no reincida, ex plicándole las
p e nas á qu e se expone en caso d e
contravención. C uarto: Se d ejan á
lo s ofendidos sus derechos á salvo
t á ¡
b T d d · 'l
po r_c ua n ~ . , a respons~ 1 1 a CIVI ·
Q u1~to: :Notifrquese y SI dentro de l
término lega l no se mterpus1ere rerecurso, expídanse I0s testimonios
de esti lo poniéndose al reo Prisciliano Ramfrez á disposición del Ejecu. d ¡E t d
p ·t · .
t IVO ~ S a O en Ia eni _en&lt;;i~na
del m is mo\ hágase la transcnp1ón
correspon d1e nte y archívese la causa .
Asi definitivamente juzgand o lo resolvió y firmó el C. Lic, Maced o nio
E. Tamez Magistrado d e la s egund S ¡ .
fé
L. M E T
e
a _a ª· PY :IC.
·
:
am z
-L,c.
M. Vtllasefíor, Sno.-Rúbricas.

d

J.

•

•

?º

ba de cómo hablan pasado los hechos. Se
reca b6 y se mandó agregar el proceso copia certificada del acta de defunción\ de
Aniceto Castillo no habiéndose podido recoger la pistola con que se cometió el de.
lito.
.
. . .
Considerando pnmer,1: que el bom f1c1d10
de que se trata, qued6 legal y per ec_t~mente comprobado en antns, cea la dihgeu_cia de fé judicial del c~davt;T Y de la
hernia que pr-,sentab1, .~on el d1c1;amen de
los Médicos del Hospital Gonzale~ que
precticaron la autopsía y co~ la copia certificada del a~ta _de, defunc1~n ~ue obra
en la causa; ¡ust1~candose, as1 mismo que
el autor de tal clelito lo fue el I;&gt;rocesado
Melesio R. Valdés,. ccnsu propia co:1fesi6n y las declarac10nes de los testigos
exa_minados y que presenciaron los hechos
a• ticulo~ r53, 415,419, 423, 424 y 426 del
Cód,go _ProceJ1mientos Penales,
. Consiieran do _segu1:1d_u3 qu~ por haberse
e¡ecutado, el del_ to en nua, s1en_do el reo
Valdés el agredido, la pena aplicable co· me d'10 es ¡a d e seis
· anos
de
mo t érmmo
p_risión ú obras pCtblicas que fij~ la fracc1ón II del artículo 530 del Código P~nal;
más como en ~avor de aquel obran las ~te
nuantes de primera clase de haber temdo
,,,te_r-r,rm•nt~ buena couducta, y haber
o lesa o su o h10; ~ t,·rr·era_, rle haberse
hallado e b no cuan_do d,. ¡·1nq~1ó y de cuarta de haber cometido el delito en estado
&lt;l~ ceguedad y arrebato, producidos por los
mpujones que le dien d occiso; perjudi
cánd le las :igravautes rle tercera cl~s" ~e
ser frecuente en el Estado el hmu1 · 10
en riña y de cuarta que constituye la wn· de ha ber esta ao arma do e, 11:e:me
·
ta¡a
su
victima, laque no reune losreqms1tos legales para ~er cal1fü:ativa. superando en
consecuencia el valor de las atenuantes
en d_os ~nidades, ~or )o que 1;&gt;rocede que
se d1smmuya el term•no medio antes e,xp_res'ldo, en la parte d.-] ttrc!oqneproporc·onalmente correspouda-art1cnlos 40 fra~
ciones I y IV, 42 fracci6n I. 41 fracción
IX, 47 fracción XII, 220, 492 fracción IV
y 593 del Cód'go Penal citado. ·
Considerando tercero: que tofa pena de
P:isión ú obr~s pública~ por dos ó !'llás
anos se d~?e imponer siempre con calidad
de retencion pon una cuarta parte más de
su duración en el caso de la ley, y que en
toda sentencia condenatoria se prevendrá
que se amoneste al reo para que no reincida, explicándole las pen as á que se ex
pone en ca~o de contraveuci6n , se le debe
abonar el t\ernpo
haya_ estado preso
durante la mstruccion y rlt¡arse á los deudos del occiso sus derechos á salvo por
cuanto á la responsabilidad civil , cuándo
corno en el caso no sehubiere gestionado la
dec}aración res pectiva sobre éste punto
artlcul?s 70, 182, 208 y 287 del expresa.
do C6d1go Peual.-Por lo axpnesto, de
acuerdo en parte con el parecer fiscal y
con apoyo además de lo ordenado por los
artículos ro, 35 , 66, 517 y 520 del Código
Penal y 4rr del de Procedimientos Penales, se reforma la sentencia que se revisa
Y. se falla:-lrimero: Se condena á Mel~s10 R. Valdes! como :;spomable del ~ehto de hom!cld10 en rma por el agredido,
perpetrado en la persona de Aniceto Castillo, á sufrir la pena de cinco años, nueve meses de prisión, que se empezarán á
contar desde el día ocho de F ebrero del
año próximo pasado en que se le declar6
bién pres?; impuesta esa pen a con ca~ldad
de retenc16n por una enarta parte mas de
su duración en el caso de la ley.-Segundo: Se amonesta al reo para que no refn.
cida, explicándole las penas á que se expone en caso de contravenci6n.-Tercero:
Se dejan á los deudos del occiso sus derechos á salvo por cnanto á la responsabilidad civll.-Cnarto: Notifíquese, dése cuen0

g~;

�PERIODICO. OFICIAL.

•
6

PERIODICO OFICIAL.

ta y por no aparecer que el Juez instruc- Jo asistiera durante uno ó dos días míen• los 10, 35, 37, 40 fracción I Y IV, 47-frac-tor rindiera los informes al Ejecutivo re- tras encontraba trabajo, ofreciéndole pa- ción XII, 50 fracción I, 105 Y 150 del C6lativos al segundo y tercer período á que gar un peso cincuenta centavos por la digo Penal y 400, 411 y 424 del de Pro- s e refiere la circo lar de ocho de Julio de asistencia de ese tiempo, y aprowcha ndo cedimientos Penales, se confirma en todas
mil ochocientos n oventa y dos en su opor- una mañana la circunstancia de hallarse sus pertes la senteucla que se revisa Y setunidad, remítase esta causa al expresado solo, en los momentos en que la esposa de falla: Primero. Se con dena á Juan PiñoJuez para que los rinda, haciéndose lo Vicencio se encontraba en la cocina, se nes, como responsable del delito de robomismo en seguida por rsta Sala, respecto apoderó de una porta- monedas que conte- especificado, á sufrir la pena de un año
al enarto período de la misma circular. nía cinco perns en efectivo, un plaid color seis meses de obras públicas y des meses,
Así defin itivamente juzgando lo resolvió café para he,mbre y un1,s calzoncillos, sa- dos días de arresto, que se empezarán á
y firmó el C. Lic. Macedonio E. Tamez. liéndose en seguida de la casa, y según contar desde el día veintidós de Octubre
Magistrado de la segunda Sala: doy fé.- la confesión del mismo acusado, se dirigió del corriente año en qne se le declaró forLic. M. E: Tamez.-Lic. N. T. Benavi- luego á la Plaza de Jnárez y se eruhriag6 malmente preso. Segundo: Se le conder
des.-Srio.-Rúbricas.
gastando para ello el dinero, sin saber que na tambien á enterar en la Recaudación
Monterrey, treinta de Novienbre de mil sería de las prendas relacionadas en vir- de Rentas del Estado, una multa de dC's
novecientos ocho.-No habiéndose inter- tud de haberse quedado dormido por la pesos ó sufrir eu su defecto, cuatro días
puesto recurso alguno de le anterior sen- embriagutz, siendo valorizadas dichas mas de arresto. Tercero: Se le inhabilita
tencia dentro del térru'no legal, se decla- prendas por medio de peritos y en vista durante diez años para toda clase de ho-ra qne ha causado ejecutoria de confor- de las constancias de autos en la suma de nares , empleos y cargos públicos. Cuarmidad con lo dispuesto por el artículo 451 tres pesos: que á los pocos días después to: Se le amonesta para que no reincida
del Código de Procedimientos Penales. del robo lo encontró el of•ndido en la Pla- fn el delito referido, explicándole las peEn consecuencia, remítase la cansa al za de Colón y como le confesara el delito, nas á que se expone en caso de contravenJuzgado de donde procede, para que se le habló éste á un gendarme para que lo ción. Quinto: Se dejan al ofendido sus
cumpla con lo mandado en el cuarto pun- aprehendiera, siendo después consignado derechos á salvo en cuanto á la responsato resolutivo de dicho fa llo, y hecho que por el C. Alcalde Primerc, de esta Ciudad bilidad civil. Sexto: Notifíquese y si densea, devuélvase dicho expeditnte á esta Sa al C. Juez que inició el proceso, ante quien tro del térmi no legal no se interpnsierela, para que se libren al Ejecutivo del Es- declar6 lo que antes queda expresado.
recurso de este fallo, ex pídanse los testitado los testimonios de estiio, poniéndose
Considerando primero: qne con la monios de estilo, poniéndose alreo Juan
al reo Melesio R. Valdés á su disposición confesión judicial del procesado Juan Pi- Piñones á disposición &lt;iel Ejecutivo det
eu la Penitenciaria del mismo, expidién- ñones, la cual reune los requisitos legales Estado en la Penitenciaría del mismo· hádose al propio Ejecutivo las copias á que para hacer prueba plena y está corrobora- gase la transcripción correspondient~ al
se refiere el cuarto período de la circular d_a co? la ~eclaración del ofendido Dioni- C. Jnez que inició la causa y archívese esde ocho de Junio de mil ochocientos no. s10 V1cenc10, se comprobó pe~fectamente ta . Así definitivamente juzgando lo reventa y dos ; hágase la trancripción corre~ y en l_a for~a que la l~y previene, tan!! s, l vió y firmó el C. Lic. Macedonio E. Tapondiente y archívese la causa. Así inter- la, ex1s,tencrn del delito de robo que dio mez, Ma gistrado de la segunda Sala: doy
locutoriament€ juzgan do lo resolvió y fir- on,gen 3: esta c~:_isa, como que su autor lo fé: Lic. M. E . Tamez.-Lic. J. M. Villamó el C. Lic. Macedonio E . Tamez, Ma- fue el citado Pm un es, segúo lo preceptu a- señor Srio.,-Rúbricas.
gistrado de la segun da Sala: doy fé - Lic. do por los artícu: os 348 del Código Penal
'
Tamez.-Lic. J . M. Villaseñor.-Srio.- y 163 fracción 1, 414 y 415 del de Proce- - - - - - - - - - - - - - - - - Rúbrica•.
dimientos Penales.
'--Con~iderando segundo: Que por haber ___ -Secretaría de la 3" Sala del Tribunal sido ejecutado el robo, en la casa donde
Supremo de Justicia.-Monterrey, Nuevo Piñones reeibía hospitalidad, se encuentra
EDICTO.
León.
comprendido para el castigo de su autor , Jmgadc&gt; de Lotraa de la6• traoolóo judlolaL-VlllalMonterrey, primero de Diciembre de en la fracción II del artículo 363 reforma- dam&amp;, N. León.
Cc&gt;n looba veintitrés de Mane&gt; ¡,róxlmo paaadc, ..,.
mil novecientos och o.-Vista la presente do del Código Penal, que señala como pe- radicó en eet9 Ju zgado de mi Q&amp;rgo el jniolo de lnteacausa empezada á instruir de oficio el día na de seis meses de arresto á dos años de tado á bines de la llsflora Olec&gt;fas Rodrigues de Vlllavoolna que fn6 de eota VIiia.
veinte de Octubre próximo pasado, por el prisión _ú obras públicas, á la que debe rreal,
Lo qne oe pdbllca en esta forma para que lao perac,C. Juez segundo de Letras del Ramo Pe- agregarse la de tres á noventa días de aaa que ae crean con derecho A la ht,rencla ee preeen...
ten , deducirlo dentro del término que 6ja el art
nal de la primera fracción judicial del Es- arresto que corresponde á la cuantía de lo 16M
del Oódlgo de Procedlm!entoo Oiv!lee.
•
tado, contra Juan Piñones, soltero, jorna robado. de acuerdo con Jo prevenido por VUJaldama, 10 de Abril de 1909.-Llo. S!m6u 011&amp;•
Saoros Trevlflo -A-Jo86 B VIJlalero, de treinta y cuatro años de edad, orí- los artículos 356 fracción I y 359 del mis- jordo.-A-Madano
rreaL
o.v.3»,86,38 -18&amp;
ginario de la Hacienda de Santa Bárbara -DIO Código, quedando á juicio del sen tendel Estado de Chihuahua y vecino de esta. ciador imponer al reo Piñones, entre los
PREGON.
~iudad, por el delito de robo. Vistas las extremos de que se ha hecho referencia, Prealdencla Municlpal,-MoutemorelOI . ~N. León.
diligencias que se practicaron durante el las penas qne estime justas por autorizar. El Vlemea, 7 de Mayo próximo, A 1ae 10 de la masumario, la requisitoria del Representante lo así el artículo 65 del Ordenamiento ci- flana y en el local de eota Presidencia, es venderá en
pd.blloa, un lota de terreno para aolar d~ ' 10&amp;&lt;
del Ministerio Público, Io alegado por el tado, para lo cual debe tenerse en cuenta subasta
IIIJldos de eote Munlclplo, oltuado en el barrio de Zaradefensor de oficio en primera instancia la gravedad del del' to cometido y las cir- gosa, con una auperftcte de 3.424 metros 4200 centfcuadrados y bajo las t11igulentea oolfndanciae-:c
y el fallo que el Juez Letrado referido pro- constancias que en el caso hubieren con- metrce
por el Norte, oa\le de por medio, terreno de D. Anaenunció el día catorce del mes de Noviero- cnrrido.
taolo :Martines, por el Bnr. camino de las Adjnnta 8
el Orienta. &lt;'&amp;lle de Morelia, y por el Ponfentetbre último, por el qne teniendo al proceConsiderando tercero: Que además se opor
,lle de Qnerétaro .
'
sado Piñones como responsable del delito debe hacer efectiva al reo una multa igual Lo qne es •e pCbllca para qne las peroonao, que tenintereaee en el tiern,no dt:scrltio, paaen Ahacer sus
de robo e.~pecificado, lo condena á sufrir la á la enarta parte del valor de lo robado, gan
postoras con oportunldad,enlo Inteligencia. dequeeopena de dieciocho meses de obras públi- por exceder éste de cinco pesos, ó en su tas no bajarán de la auma de $58. 62 eta. precio fijado
oomo bue para remate , t.eulendo el der-echo del tanto.
cas y sesenta Y dos días de arresto, que defecto el arresto correspondiente, según el
poseedor D. Ageplto Gana.
se empezarán á contar desde el veintidós lo dispuesto por el artículo 351 del C6di- Montemoreloe, 12 de Abril de 1809.-Arimlfo B•ro .32,33,84.
de Octubre del año en curso en que se le go Pen3l, é inhabilitarlo por diez años langa. ,-Olpriano Ordóñ!!z, Srfo.
declaró formalmente preso, y á enterar para toda clase de honores, empleos y caren la Recaudación de Rentas del Estado gos públicos, por ser la pena corporal que
NOTIFICACION.
una multa de dos pesos ó sufrir en su de- se le debe aplicar mas grave que arresto Juzgado 2• de lo Olvll.-1• fracción Judlolal.-- Eatafecto cuatro días más de arresto; lo inha- mayor, pues así lo ordena el artículo 352 do de Nuevo Le6n,
Señores Saénz Hnos.
bilita por diez años para toda clase de ho- del propio Código.
En
el
Incidente
de oostaa promovido por el Sr Lle
nores, empleos y cargos públicos, y lo
Considerando cuarto: Que en toda sen- Edllberto Garza Gon2ález
de 188 causadas en el ju1c1.;.
manda amonestar para qne no reincida, tencia condenatoria se ha de prevenir que ejecutivo mercantil sobre cobro de p esos que sfguio
Uds. como _apoderado de los Sres . o, Holrk y
dejando al ofendido sus derechos á salvo se amoneste al sentencfado para que no contra
Oo., ha NM}Stdo una sentencia cuya parte resolutiva
en cnanto á la responsabilidad civil: Visto reincida en el delito por el cual se le con. A la letra dice :
Monterrey, Abril trece de mil novecien tes nueve
e~ dictamen del C. Ministro ~iscal, lo pe- dena, deb~ abonársele el tieml?o qne haya --Vfeta
la cuenta de costas ¡;resen tada por el Sr I io ·
d1do por el defensor de oficio ante esta permanecido preso durante la mstrncción Rdilberto G.l\rzg, Gonz§.Jez ......... Por lo exPu~tio
resuelve: Primero. Se reduce Ja mencionada ou&amp;n•
Sala, la citación para sentencia y todo lo y dejarse al ofendido sus derechos á salv~ !IEI
ta de costas &amp;. \e car.tldad de trescientos diez p,:,.808
demás que debió verse y consta de au- en cuanto á la responsabilidad eivil, cuan- ce.torce centa.V'oe $11G.14 y se declara en conseoÜenque los Sres. S16nz Hnos estan c,bltgadoq á. pzgor
tos; y
do como en el presente caso, no hubiere o!a
ia ORnttdad que importa la planilla de costas que ne.e
Resultando: que á mediados del mes de gestionado en forma h declaración sobre '&lt;'UPI!, hecb1:1 s las anterior~s deduclon1::e. S!'tgundo.
Octubre próximo pasado, se hospedaba el este punto-artículos 182, 208 v 2s del Not1nqueee. Aet iot!'rlocutoriP1mente juzgado lo re~
7
•mlvió Y flrm6 fl-1 O. Juez 2::1 de Letras dfll Ramo Oivil·
procesado Juan Piñones en la casa habi- citado Código Penal.
·
doy fé.-Lh-. R;_,que de Luna..•--L!c. J. Garcfa Gu 8 ¡·¡,r:
t-e.ción del ofendido Dionisia Vicencio, caPor las anteriores consideraciones de do, Brlo.--•RCbr!cas.
Lo que es notlftca á U Ja. Pn esta forma de ac11erdo
bo del noveno Batallón sita en esta ciu- acuerdo con el parecer del C. Ministro oon
fil art. 78 del C6dJgo de Prooedfmientoa o- n
. Monterrey, Abrll 19 de 1909. -Lle. J. GarJ: ~Úadad, á quien aquél le había supllcado que Fiscal y con apoyo además de los artícu- ¡ardo,
Brl~.
_ 2.3

SECCION DE AVISOS.

0

•

3

3

'l

NOTIFICACION.

NOTIFICACION.

PUBLICACION.

Ju zgado 2° Lo&lt;-al Letrado. --Mo1 teney, N. León.

Jnzga.do2Q de lo OMI.-J.1 fraool6n jndfolal.-Eaiado da Nuevo
Le6u,
.

Jnzgado de Letrae de la 6: fracoión Judlclal.-•Vlllal•
dt ma, N. León.

Sr. Magdalet:o Chaires.
En al jutolo verbal sumarlo que contra de Ud, stgua
el Sr. Ofoilto Garu Gonz.ález como apoderado de D.
Aristao Canales, se ha dictado un auto qne li la letra
dlce:
MOnteney, dcce de Abrtl de mil novecfAnt?~ nu eve.-Oomo ea pide. en.ese para s~ntenola. Not1f1queee
..Ast lo proveyó y firmó 61 O. Jn{'z 2~ _Meno? Letrado:
damos fé . .--lJo. M. O6mei; BJ.llhtSrlS .\.-A. G6mez.
-A - B. Pa.iadoe ........ Rúbrloe.o.
Lo que se notifica A 0€3. en esta. forma Ein cumpll-mlento de lo dlspueoto en el art. 78 del Código de
'Pro ~edlmlentoe Civiles
:Monwrrey 14 de Abril de 1909 ~Lle. 11!. G6mez B•llesteros.-A_:A_ Gómez.-A-B. Palaoloa.
o.32,33

EXTRACTO.
Ag~nois de Ja 8ecretería de Fomento en el Ramo
&lt;de Mineria eu Lampazos, N. Le6n.
Expadlente No. 390.-Oon facha. 1° del corriente
á les ocho de la mafümn se ha presentado en esta
Agencia el Sr. Jeade O. Martfnei, vecJno de esta. ciudad denunciando 7 pertenenclae mlnerss sobre un~
m\aa que la Sria. de Foment:, h" declarado caduca y
llevó por nombre «Alex Jnnior• l&amp; cual contiene plnta
plomo y 2lno, y esta. cltuada en el lomerio da Ia Iguana de esta jo.rledlcclón y al lado Norte de] fundo
minero t1San Juan de los L9,gos,• cuya.e pertenencias
se mediran en la figura de un poUgono con O!:lbo lados Undi:.ndo trea de eus lados con el menci.,nado
tundo minero solicitado con el nombre de ,Santa Rita»
y sus lados restante con t errano libre, y pone por
'U)mbre á-9ete denuaolo. uAl"g'9ntifers.• Ai mitido el
antarlor denuncio se manda publicar en el Periódlco
Oficfal del Estado por trea veces segntda.1 y en la ta
bla de avisoa de est&amp; Agsnola. por un mes, y se nom•
bro perito para la medlds de este tundn al Sr. Eplg•
menlo Ayongoltfa de esta vecindad quien aceptó el
el nombramtent~.
Lo que e• lh.11.ce saber al pdblioo a1vlrttendosa qne
desde aeta techa se abre un ph:•z:, imp:ror1•ogRble de
cuatro mreee para la sustanofao¡ón del Expediet!t3 en
esta A gencis .
Lllmpazoa, Abril 10 de 1909.-E. A. D. M.~~
Rey••o.32,33.34

Sr. Silverio Ornelas.
En el juicio f'jecutivo mercoantll que sobre cobro de
pesos promueve en en contra f&gt;l Lic. Oaldino P.
Q,uintanllla, se~ha dicta.do un auto que dice:
Montetrey. veinticuatro de Muzo de mil noveci6n
tos nueve. --Al jníclo á que se ref!t ril y como se pide
,~rteee para e~nteirnta de nmate. NotifíquFee. Lo pro·
V(•YÓ [ firmó el C. Juez 2 dq Letr!!s del Rsmo Civil:
doy I
Lic . Lura.-Llc. J . Gorc!a enajardo, Brlo.Rtlbrloas.
Lo quA ea notifica A Ud. en esta forma de contcr
mldad con el art. 78 del Código de Procedimientos
Civiles.
Mont.rrey 16 de Abril de 1909.-Llc. J. Garcfa Gna
Jardo, Brio.
o.32,33

EXTRACTO.

En el jnlc!o de fo.testf11ne11tarfa A bietus de J• 8e6ora }"'f9,ncfa~
ca n on:Alu de Garcfa, uclr,a qne h:é "e nta Villa se bao dicta,.
do c'lrea.ute&gt;s que t1aecrilos literalmente dl01•i; :
Villalduna, trfc~ de D!cfembra de mil no..-eclrute&gt;a aiete.Apareclendo de la Ir-formación que er,t,-cede qne loe v ·Esuoto&amp;
hflrf'd~ros de la antera de esta e&lt;,f'c~Elt'r, HnD" bcrt" y Au

CH &amp;

Oar

cla GorxA!e,., son menorrs de catoree t-fioe, ute Juzgado 1, s r;om
bu. &lt;"omo EU tutor loterinl'.' pa.raqne ks rf'pruente en f'Bl.t; jolofQ,
al Brñor Abft1 Oerds, á. quién flMt'le tc&gt;roc'.mlento A 11n dll!l que t-Iprefle si acrptA 6 i;o e l c11rgo. Notlfq1JFEª. Lo prony6 y tlrm6
fil o. ,lu, z de Lf&gt;trss de la f:e- f ,cclf&gt;n Juak'!al: &lt;Jffm(lS fé .-Uc.
f.lue.jardo.-A-Marifn:m B&amp;ntos 'lrtv iío.-,6,-J(l&gt;é B. ViHarrea!.Róbrlces.
Vtllatdama, velnti&lt;us.tro de i"B no de mil DOVfclentos nueve,
Violo el &amp;lltM101' norobramier,to de tu !or h1terlno h ~cbo peor este
1mgs.do en la peracD&amp;del Bt:ñ.,r A~I &lt;'Prds de téh11 vcc1rf'laj\ oara
que reprc111ente ""º Este jofclo A los mer ores de es.tare" afü,s Hum..
berto y A,urora,Aarcía Gons!l.le-1; y vfsta la aceptaclón,y protesta
de fiel drstml)l'ñO dPI nc.mbrs.do; dfbl'.B, dtt dis~n1irley le d i"&lt;'fll'•
nló dicho oarg,, conflrléndole aJ, f•--cto Jae f11Cultf\.du en l'IArecho
nece-s11rlos ps.ra PI nujor dFBtompfiiO de l'U c r,metldo, NotlflquHP,
y de conformidad con Jo dispuesto en el arlo. 1866 del Código de
Proct&lt;,dlmfentos OivltPs, ~nb Jqu- se tanto est~ nto como el ante,,
rior de fooha trece de D:cl"-mbre de mtl novccleutos alet.e por trea
veces COTS-&gt;(' Ut!vaa E'b el •P;-,rfód!cn OflclRJ~ del Eahdf&gt; y ,n •tllo
Voz de !SneYO León». AE!t lo ruolvl6 y ftrmó el O. Lle Blm6n Gua
jardo ,Jnezde Letras de la 6t fo1c" ón jmUclal: damos fé. - Lfo.
Gn11jardo,-A.-Marian0Bauto11 Trey'fio,-A-.José B . VIJJarreaL-

Agencia de la Secretaría de Fomento en el Rnmc
de Mlnerta en Lampezos, N . León.
Rtibrlcae.
Lo qne se publica en esta forma en complimlento de lo mandaExpediente No 388. -Con facha 19 del corriente á do en
el auto 6.ltlmamentefoserto.
las diez de la mañana ee ha presentado el Sr. Ftancis
Vfllaldsma, 25 d11 'tarro de 190!l,- Lio. Simón Gnajardo ..-AVar!auo
Bantoe Trev.ño.- A Jo,é B. Vlllarreal
co 8 . Lssl, vecino de t;ata. o!ndad denuncü.ndo seta
O,V,80,87,Si-lM
pertenencias mineras sobre una. vete que contiene
plata, plomo y zinc, en el cual hay un trabajo de pooa
profandfdad oonoctdo por mtna de uTres Marias)) Ja
qne ee encuentra en an levantamiento que he.y en 1e
PUBLlCACION.
marge dereohe. del Arroyo que nace de 1¡Piletae»
pert-9neclente á la Sierra de Lampazos de esta. jurJe
Jnrgedo de Letrs11 de la l!t fr&amp;ccl6n jndicfal.-Vlllaldama,
dicción, cuyas pertenencias ee medid.u de 100 metroe Nuevo i.eón.
En el juicio de tute11tado ! b!enn dA 1• 611ada Ewfiora !lauuela
de ancho por600de la.rgrt, del modo etgutente TomanTrevlfio de Lt-0D, vflcfD&amp; que fué de uta Vtlla, 1e han dtctsdo doe
do como punto da putldo el piquete menofonado autos
que i la letra dicen:
¡,ara el Noreste 300 mta. y psra el Sur o•ate 300 mta .
Villaldemr. le'ntiruf'~e df' Jfn:::c {le mtl rovrcfnikfl nn&lt;ve· .....
quedando en medio el pJquete en referencia sin colfn- Visto el antnlor l'lf'tr1bt1m'n1to de ttJI C&gt;r ln1f'tiuo ht'Cbn por lit.
maynr dl'I catorce fñol!: t:e.ro rr,('ror de nintinno, Ctñorila Enrlqnl"dancie.s m!nerI;18 siendo por todL e partas terreno libre ta
de Le6n , en la pnsona del Sr. Ptdro Lecu, de esta vecl11dad,
y dando como puntea de refürancla los algntentÍ!f!: al p~ra que la repesente en estE" jn1cio srcf'POrfc&gt;: y vista la acPpt.aNorte, vnstaote reMrado u na mina Pb1mdooada quA ('1(,n ¡, protesta del flel dufmptñodfll nonibre-dc,; d tbfa, dt1 dJscerolrle y lf' &lt;H,ciflOrno d'cbt, corgo, coriflríéuñc,le &amp;l eff'(ltO )es fa&lt;:nlta
B'3 llamó 11Le. Purísima-. al Sur ccmo 600 mte. el fundo 1f'tl('n
df',.,.Chf'ncc:.r1111asi,ara el m~jor dP~f'IDJ)tñodesn ocmett
df'nunclando por el 81". Juan M(¡ntemayor ]]amado do Not-lfrqur-,., y rll" C'.f'r,f•·rmlclad f'&lt;'U Jo dlPt&gt;u~sto Pll el arttcuJo
1866
tleJ
C'ódlgo de PrC&lt;'f"d•ml"'Dt(II ('jvllf.'ff. pr.bJfqn.tS~ fsnto ute
"Monte de Ptedadu al Oriente el creston del Aled.n y
c:on10 el 11ntetit'r d1:1 rtcba ruJlr(' dPI f!clual, por tns v,ces
al PouJente lo &amp;1ttl de la sforrn, y pone por nombre auto
conM,entfvas en el "Periódico Oflr.ia~• dPl Est11.do y out a Voz de
á eata denuncio «Trf'le Msrlae ))
Nnevo J,f'fID, A11t lo Tfl"'1 v'6 y f;'rnió f'l O. 1.tc Bireón Guajard&lt;:\
Admitido t l ent.&lt; rfor dPnnncio P.e manda publicar Juez de V•traB do la 60, rracrlón jndldal: d8mos f .-Llc. Gn11.jar•
!lo.--A-María¡io Ssntcs Trev:ño. - A·• Jeté B. Vlllkrre~.-R-abrtAD et Periódico Ofclal rlel EatAdo por trce veces se ,.,.
guidas y en Ja table. de Bvfsoe de est.6 Agennfa por un
Vi'la.Tdamt', ('t1Btro de ~enfl ilP mil noveclent&lt;'s D11ev&amp; -AI jnl
qce ~ ac(lm~
m~e y se nombtó perito para la medida de eet1,1 fundo ril'I A Que ae rtfterf' &lt;X-n el certifkack de DB&lt;:fmtentn
PtñA y SJ.'l&amp;T•ClEU'!o 1'el m·en.10 cnHf·uclo qre 18 hercdE'""" Em1al Sr. Eptgm&gt;@nio AyRrz:¾gdta de esta vecindad, qo!en queta de Lf.'611 , e&amp; mPror de f'i&amp;d pc;ro r, •~n de l'&amp;lOT&lt;'P rñ,·~: pre
NOTIFICACION.
aceptó el nornbrAmfento.
fé!'l,RSf'lf' nombre tutor 'llfnirn qul' Je. r•prPeer&gt;tt&gt;f'D &lt;'!J,b· j1,l(-!o.
J"nzgs.1o &lt;lfl Letras de la 7.. fraocion judicial.-Mcn
Lo qne @e hace eabhr al pdbllco e.dvfrtiéndose qn-s Sot,f,qut:se. Asf1 Jo pro~e16 y flrm6 tl c. :uu dP Letr~e (,p la 6t
f-raccltln
: fll1rors f/1.-Lfc. (h1ajordo.-.l-~atlano Sruitu
t PmoreJos, N. León.
dea&lt;ie éata fecha se habra nn p1'1.tn lmprorrt'gable dt:' Tn:vlño .....Ju.iicfa
A-Jcré B. Villarrr-~J .... RGb•lcn.
cuat~o
m98ea
para
la
enbatanotación
del
Expediente
Lo
que
se
f'Ublfca
en to~ta forma c11 cnmpllmft-&gt;nto y pna ll:11
Srs. Pedro González y Jesús 11artínez. en esta A gencla.
,f..ictc s de lo ma1·dadn f'TI el rn•n ui1r1.vr11rue11te tntnto
Eo el juicio verbal promovido Contra Urls. por el
Vllls.Jdanu1,
/5
~"'
AbrJl
lPOS.-1 tc !-i!mOn Guaj1.rdo -A..-r/"a
Lsmps0.os, }larzo 27 de 1909. -E A. D. M., A. Re- rtano SantosTn,vlfio.-A...delcté
.B. VU'arrea1.
Sr. Antonio SalP.zar, sobre cobro de pesos, ae ha die
O. V.81,32.83-184.
t1do nn auto del tqnor siguiente:
~
M,,ntemorelos, Merzo veint,q y c1r.co de mil novf!
--cientos nueve.-Cc,mo se pide &amp;e 11bre esta jufoio á
EDICTO.
EDICTO.
pruebe.e por vel:ritf-1 ,H,;s eomunes , amba.B partes. é
improrrogablee. ;,fotlfiquese. L1 decretó y firmó e1
Jn,gado de Ltt.cs de ó• frGccl(n judlcfa1.-Cura)
lu!'ga&lt;!o "e I.etras de lt! 2~ fr&amp;cd6n judtclal,-:"~aderelt• J'm~
ú • Al&lt;'alde 2~ sua:tituto dfll Juez de Letras de la 7.. 'flJ, N, León.
nez, Nuevo Lt6D.
.
En el jufc'.o te~tamentarfo A. blPnn del Señor Apolonlo Gzo'l&amp;,
tracc~6n ju-1i!'\f1tl: dam"IB fá ..-Arca:iio González. •·A·E D e1Jllfcfo
de
t~·etsmenta-rfa
é
bfeDes
de]
Sr.
Sflvese
badlctaoo llor este Juzgado el aulo s•guieute.
J Fat!M,·-·A -KV. C,•t11.-- Rdhrlcas
rio
Sáenz,
vrcino
que
fné
de
esta
VilJa,
se
ha dfctsdo
CRdn-i.!t11_1:1rénrr: otetl Oe Menll fü. mil 11oncientoe .r.u ..vc. Lo qne s~ nc.t:fic\ ti. Uds en esta form&amp;, en cumplmi el nutr que eiou{l:
l Pcr JJltFMltan&lt;!. lO" ti t.- e: 1u·onto d"' tc!iamento ¡iCibllco abierto
11r
•
·~ue:r;sccmp..1.1-,.y •.cta,u:1&amp; dffuno!611reapf&gt;(!tfvaf; r«!,dfquueen
ento de lo &lt;l[;;.pu6í&gt;tO till el 1trt. 78-dtil Oódigo de ProceUi·
e
I "º• d•iet~laéie de ;ue.rzo
ern,
do
mU
novec1E-ntoe
este Juzgado fil jutclo testPmentarlo t:el s, ñc,r ApolOQ1o Gaure.
mitos Civiles.
n.uave.-Por
pre1rnr
tndo
el
.ankr1t:r
oc
uno
con
el
tfS:- qneR"' detUDcl11, Cé•eel t.viMl crdt-nado ~or ,-J a,to. tli9.de l&amp;lfy
Mont~moreloe:, Ab¡il 14 de rnoo .-Lic. L. Cs...~M t1monfo ele tubmert-o y cc,pis clel acta de defnt1ciCn ,u:l T ·mb1e, ¡rnbJfqoeEt&gt; Hk, 1;uto Pf'!' tr"" vPro (O_!ltf'cu11u 8 , 0 ,e,l
Garza.-A-J. Faríae.--A-.E V. Csttó.
"Pf&gt;riddfco Ofictal~y •V(lz dP Nnt&lt;,vo l;_(i:·.~, cL:'b.orsdi. ifS h~r~•
se acom.pañ~, téDgaee porrad lea.do el juioio tes• duo.. y dc-roáslnteres.ido■ á ou j&gt;J11t&amp; q_oe t¡;.11d,A Jog1H" , Jaa
o 32,3:l que
tamentario á bienes del finado Bilverio Sáf nz dense di,z de hi. mañana del Céc1ml} d1a d,epuéd de la 6.Jttm• pn'b,ioa¡...,8 avrsofl que determinan la }(·Y del Timbre y de cMn J.IH'A darlc1á coilooer f'-1 testamFnto y el 11ombramlP7:to de
· d - ¡E, ,
te
Alb&amp;Cfabecho ten el mJ~mo, (arto. H'59. 16~9:r !970 del Có"igo de
IIa.cum
a e.e B ;avo vfgaD B Y convóqueeA á la c:c,n. Proc&lt;.'dlmtPntosOtvilEs, ) y pcr ('uanto al joicto de tntestedo del
EDICTO.
yugn aup~rtlte señora Paula Solía y , la n,ñora Fran- 6r. Ignao'o Banra qne ee df'Hrc1s, pnverga.rti 11 p tente Jo haJuzgildo 2~ Local.--.GaleaDa, N. L eón.
cisoo Lc:rO"orla madre del testador (infoos herederos ga por cnerda sepa~ada, en vlrtnd do&gt; no aparecer ac ..nnulabl,s dt••
¡ . ".
ches jufclm1, dH.)lv é&lt;1dosf'le 't'l certlf•cado. r, sp1 ct,vo. NntJfique
Por auto fecha doce de Diciembre próxlmo pallado quo 88 couc;cen
á a JUnl&gt;Clo prevenida por El art. 1669 se. lo d o&gt;cretó f f,rw.1 el o. Jt1r:t: de Letras intulno de la free.
y por d ispos :,ión del C. Jnez de Letras, se mandó ra de .c cn-!o·}uldad y para foe etectoe del Código dA cl6n jndlclal: damo" rn.-Lic P«¡1licarpo lforaJe.e.-A- Jesda BaDt11AD. - Bt1.br css.
-dlcar en este J ozgado el Juicio de lntestamentar!a ProcedJm1ontoe Civiles Y publfquPee este euto · trFe lleriProis.-A.-JM~
Lo que se pobl'ca E'D cumplimiento de Jo m1ondado.
del Sr. Rafael Oharlee, vecino qne ful! de esta Muni- veces conoecutlvae en e1 P eri6dfeo Oficial dsl Eet:a.d o
caderelta Jhnénu, te da Marzo &lt;1e 1909.-Lic. Pollcarpo lloray La Voz de Noevo León, en el concepto que la junta Ies.-A- JeBlít&gt;Balluteroti.-A- ltEé DurAD,
cipalidad en el rancho de loe Sanees .
o.v.ao,a1,S2-1M
Lo que Be hace saber , todas lee personas que se tendrá lugar el jueves diectecho del corriente á }es
ooneideren con derecho A la herenofa de dfoho finfldo diez de la mañana en la 082&amp; conyugal. Nott:ffguESe.
-A fin dA que ocurran d. deduoirlo dentro del término Lo decr,t.6 y firmó el O. Juez de Letraa de la 5• fracqne flja el art. 1680 del Código de Procedlmlentoa olón judicial. Damos férLlo. N. T. Benavldee.-A~
EXTRACTO.
Primitivo A. Elizondo.~A-Florentlno Guerrs.-RdCiviles.
Galeana , Marzo 9 de 1909.-Fs-ancleco Cortés Mar- br!cas.
Agencia de la Secretarla de Fomrnto en el Ramo de Mlnerla
tlnez.~A-Pablo V. Sol!s.-A-Josué Reyes.
Lo que se publica en esta forma en oumpUmiento ea Cerralvo, N. Le6n.
o. v,32,35 ,38 16i de lo mandado en el auto Jncerto.
El Br. Vicente Gtmnln, mayor de edad y veoino de la o. de Mon~
Oerralvo, Marzo 16 de 1909.-N. T. Benavldea.-A t.erray, en escrito preeentado A la Otic:lna de tnl cngo con fecha
de
ayer
sollott. nna oouseol6n minera de 24 pertenencl88 para J•
-Genovevo A. Sandoval.-A-Florentfno Guerra
ex plotaol(in de uoa mina abaqdonadaconocfda con el uombtede
o .26,27,28-162 d.as Amatona&amp;n sita en el oeñ.'lD de las lfinu Potrero de La PaNOTIFICACION.
na jnrledloci6n de Aguah gaas qne contiene metalM plomoeos oon
Juzgado de Letras de ln 7• l'raoolón judlofaL-:Monley d e plata, laa oualee sa looallnrlf.n en un paralelogramo reatan.
galo de 600 X tnO metros Oriente 11, PonleuttJ apro:rlmad&amp;1111'1nte
temoreloe. N. León.
NOTIFICACION.
debléodoee prf.cticar lae medida de modo que la esquina s. W.del pa•
A loe Bsflores Juan de Dios Vlllanuéva, José Maria
ralelogramo que se mida quede 100 metro e al Norte de la 68qulna s .
E. de la ouadra •El Porvenir~ y oon lu elgaJeutea coUnda.nolu: Por
Pam Sada, Leopoldo y Miguel Oavazoa· y herederos
Juzgado 1' de lo Clvll.-1• fracción judlolal.~Eata- el
poniente la dfcba cuadra •El Poneulr• y por el Este la mina
de Dn. EsttbaD Oavazoa.
do de N. León.
•Vi&lt;:torf•• quedando al Bar el eamtno qnecondnce 1\ Ja mina •La
En el juicio de apeo de siete sitios menores de agos•
Blanca- y al Norte la altura de la mont.ña. La solicitud se regletr6
baJo el No. f68 llevad, por nembre •Joaeflna,., y J&gt;&amp;r&amp; su m9neura
t,dero en la Merced do Josefa de Eaoamllla promoviSr. Apolonio Esparza.
y fevantamtento de vlaDos 11e nombr6 oomo perito al Sr. Andrta
do por Dn. Rómulo Tljerlna Floree ae ha dictado no
Toecano
de esta vecilldad, quien 11,06Dtó el (largo.
En el Juicio ordinaria escrito sobre divorcio, proauto que á la letra dice:
Lo que se manda publicar en el Perl6dtco Ofloial y en la tabla
movido
por
la
Sra.
Rafaela
Rodr!guer.
contra
Ud
.
es
del
la
08o1Jla
p&amp;l'alos •teotos lagales en el 0011oepto de que par• 1•
Montemoreloe seis de Abril de mil novecientos
eobata.uclaclón del exoedfeute en ieata Agencia ee abre un pla:t:o
nueve.-Otteee para eentencla.-Aef lo decreta y firma dictó un auto que á la letra dice:
impr&lt;.orrogable de cn~o me!'4:I&amp; contado• desde hElf,
MonterrE-y , Febrero veinte de mil noveofontoe
el O. Juez de Letras Interino de la 7! fracción Judicial:
Oerralvo, 1&gt;rlmero de Abril de mil no•eote.oto.1 nneve.·•E. A. de
o.81,BJ.83
damoa fé .-Llo. L. Cantd.-J,. Farías.-A-E. V. Oantú. nueve .-A ene antecedentes, y en vista de lo expuee• i\1., O. Bolle Outierrez.
to
por
la
ocurrente
y
en
coneecuenola
del
auto
que
-Rt1brloaa.
precede
léngoae
por
lntent.da
la
anterior
demanda
Lo que se notifica á Uds. en esta fol'm&amp; en cumplimiento de lo dispuesto por el art, 78 del Código de de divorcio en 1a vla ordinarfiroivil, córrase traslado
de las copias simples respfctivas al demandado Br.
Prooedlmlentoa Olvll68.
l\Iontemoreloa, 13 de Abril de 1909 . -Lic. L. Oanttl Apolonio Esparza, cotejadas y rubricadas que sean,
-Gza.-A-J. Far1aa .-A-E. V. Canttl.
o.32,33 de conformidad con el art. 892 del O6dlgo de Procedimientos Ol'\l'iles, empláce~ele para que dentro del
CONVOCATORIA.
Mrmino de nueve dtas Improrrogables la conteste,
Por aouerdo de la J'nnb. Dlreottv&amp; en eeelón del dfa 13 del
téngase como parte en este juicio de acuerdo con el corriente lll8ff, se Clon.vooa A lot ere. acclonlatu A Aeamblea Gane,.
art. 246 del Oodlgo Civil al C. Agente del Mlnlater!o ral ntra.ordlñarla. que t-endrA lugar el dfa lQ de Mayo pr6ximo
A laa 5 P, m ., en la C8II&amp; No. 88 de la Calle de Bollvar bsjo ti:
Pdblloo A qnlen en su cportnnldad ae le correrá tan,. siguiente:
'
bien traslado de la antertor demanda para el ejercicio
Juzgado de Lstraa de la 7! l'racolón jndlclaL-Monte- de sus a.trlbuclonee, y por cuanto á que se ignora el
Orden del Día.
,moreloa, N. León.
domicilio del demandado, hAgasele Ja citación conUNIOO:-Dll!I01lld&lt;:16n
y aprobacf6n, en su caso, de un proyecto
Hoy se radicó en eote de mi car¡¡o el juicio de lntea- forme al art. 66 del Oódlgc&gt; de Prooedlmlenros Olvlles de modffloaol6n al Oontrato
de arrendan-deuto con la 1(9xbJt
&lt;t&amp;do del Sr. Tlburclo Ramos , V8"lllO que fn6 de esta surtiendo ous efectos A los diez dfas contado• desde LeadOo.
Be recuerda A. loa Bra. aootonlatu lo prevenido en el art. so
Olndad.
el algnlenoo al de la dltlma publicación _ Notiffqueee.
loe Eflt.tuto&amp;, que dice: Para repreeencar las aoctonet1 al porLo que se pdb11oa en eota forma,, fin de qne 1ae per- Lo deoret.6 y 6rmó el O. Juez l ! de Letras del Ramo de
tador en Ju Asamblne Gen.eralee, ee requiere depositar loa tfta~
•onae que ee orean oon dert,cho, la herencia se pre- Olvll: doy fé. -Lic. M. Gil Trevlfic&gt;.~Llo . José Juan loe en la Secretarla de la Negoctaot6n 6 entregarle an certll!IOWo
de depóalto e:zpedldo por lllgllDa ln11tltact6u de cr6dlto, haciendo
aenten , dednolrlo dentro del término qne fija el art. Vallejo, Srlo. ~ RCbricaa .
entrega, cuando mAa Wde, eld!a antes de la Aaambln, reco1686 del Oódlgo de Procedimientos Olvlles.
Lo que oe notifica en eota forma en cumpllmiento e11t.a
l[ieudo una tarj&amp; en que ee e:zpreu.r&amp; el n1lmel'O de laado11M
:Montemoreloa, 16 de Abril de 1909.-Llc. L . Oantd de lo dlopueeto en el auto lncerto.
ilepoeitad.., lu cnalea ae reün,rb deep;,61 de qne la !aamblea
-Gza.-A-A1111Plto Gll.-A-Emeato V . Oantd.
Monterrey, 2 de Abril de 1909.~Llo. 1086 Juan ola121are sua fltlllouea.
llonterreJ, Abrtl H 4e 1909.-Bl Seontado, Fru1C111oo J . Ooao. v.Sil,36,88-166 Vallejo, Brlo.
o,81,82,33-1114 dle,.
0.11.a,-.
0

~-~N

.e,

Cía. Minera "San Pablo'' S. A.

EDICTO.

�PERIODICO OF1CIAL

8

'

EDICTO.

EDICTO.

NOTIFICACION.
Juzgado 3° Menor Letrado.-Monterrey, N. Le6n.

Bt Bala del Trlbonal Supremo de J oatlcle,-Monterrey, Nuevo

Le6n.

Señor Severo Treviño.

En la oauaa inst ruida contra¡ Luclo P eña por f l
delltJ de robo se ha dlotodo~un ~auto que á la letra
dice:
Monteney, Abril eiete de mll noveoientosnueve.S iendo necesaria en esta Sala la oompareeoencla de le
Sra Bernarda Nuñez. para la pr áctica de una dlligencia judicial en este. averiguación 6 ignorandoee eu
actual residencia citeee pcr m e~io de e dic&gt;t oe que se
pnblicaráo tres vecse consecutivas en .-1 Periódico
Ollcial del Estado, de conformidad ccn lo dispuesto
por los arte. 27 y 231 d al Oód1go de Procedimfentoe
Penales 11. fin d e que comparzcan dentro del término
de las publlcaoiones ó loe diez días después de hec:ba
la álthna, recomend!indnse á la p olfcfa invest igue en
paradero. Asl lo proveyó y rnbrlo6 y e l C. Magletra•
do de la 2~ Sala.-R1ibrloa.,-Llc. J. M. Villaseñor,
Srlo.-Bdblica.
Lo que se manda publicar en esta forma en cumplimien
io ueJ anto inserto.
Monterrey, 7 de Abril de 1909.,-!Ac. J. JI, Villnseñor, Srio.
o.30,31,32

:uigado de Letra• de 1• 2t &amp;acql6n jodlolal.,-Llnatee Nue•oT,e(Sn.

Bo el ju!olo de teatamentarfa i bienes del Sr. Florentino Vlllanuen, vecino que fot! deeata ciudad, ha recaldo un auto que II l•

En el juicio ejecutivo mercantil seguido en su con tra por el Sr . Lic. Lorenzo Roel se ha. dictado un auto
que á la letra dice:
Monterrey, 11. e-cho de Abril de mil novecientos nne•
ve.-A sus ant ecedentes y como se pide de conformidad con el art. 1404 del Código de Com-.rcio citeee
para sentencia de r em ate. Notlfiquese. Lo decretó
y firmó el O. Alcalde 3? Letr ado : damos fé.-Lfc. I
Dávlla.-A- F. Gómez Gard a.-A--Maztín A. González.
- Rdbrlcae.
Lo que ee notifica á Ud . en esta forma de acuerdo
con el Ar t. 78 reformado del COdigo de Procedi
mlentos Civiles.
Monterrey . li 13 de Abril de 1909. ..._Lfo. I . Dávila .
- A-T. Gómez Gar cíe.•·A•-Martfn A . González·
o .31.32

¡

letri.f!':':ea Mano trece de mil novecleot&lt;le nueve,- Por presentado y admitido en cuanto ha logar eo ~ere.-ho con el acta de defnn•
c16n y testimonio de testamento t 1ibl100 • ble•to que 88 acomps ñllf
radfqueee en este Juzgado el ¡u!clo testamentario i bienes del Sr.
Florentino Vlllanueva. l!éoe e aviso que previene el artfcolo 100
de la ley del Timbre, poblfqoe&amp;e f'&amp;t~ auto l\°r trH veces coneecutlva• 90 el ,Perl6dloo Oflolal• y el "Trneno' , Y ofteae i les h E&gt;?ed&amp;
roa, junta para el jueves pr' x ' m " A las cuatro de la tarde para
loa efectos del artlcnlo 1669 del C6digo de Prcce~illllentoa Olvilee
en la inteligencia de que se nombra
eate J mgado como 111tor interino de loa meoores de oatorce efioa. Rogello Flova, Y Ricardo al Sr. Bonlfaolo de la Gana, i quien previa eu aceptación y
protesta, 88 le tendrA -por dlooernldo el cargo. N,;,tl!{qoe8f'. Lo
proveyó y 6rmó el c. Joez de Letras de las, fracclón Jndlclal: doy
fé.-Llc. Trevlñ o.-A.~Agoslln c. Garcta.-Antonlo Henera Gar
ofa,- Rdbrlcaa.
Lo que se publica en eeta forma, en clllllpllmlento de lo man•
dado.
Llnares, llano u d., 1909.- Llo. Luis Trevülo.-A . Aauelfn '10 .28,29,32
Garcfa.-A.-Antonlo Herrera Garda.

pe,,.

Cía. Minera "El Saucillo" S. A.

EDICTO.
El Oorsejo de Adminietreción de eeta Oompanfa
Minera participa á los Srs. acclonJstae que en sealon
Juzgado 1 °, de lo Civil. --1. ~ fracc,ión judicial --Estade hoy ha tenido 11. bien acordar ee cobre la 9• e:xhi• do de Nuevo León.
REMATE.-r~ Almoneda.
bición de $0 60, cincuenta centavos por acción, la
En el juicio testamentario de la Srita. Josefa Goncnal deberá onbrlrse el dfa 16 del presente mea.
zalrz Garza, se ha dictado un auto que á. la letra dice:
Jnsgado 2°·Local Letrado. - Monterrey, N. León.
Monterrey,
Abril
6
de
1909.
,-El
Brío.
A
.
Cueva
.
Montf'rrey, Marzo trace de mil novecientos nueve.
El tercero dla habil despues de hecha la t1ltlma
o.29,30 31 ,....Por prEBf'ntado con la acta de defunción y testfmopubll01loi6n de este Edicto 11. los cuatro de la t,arde y
olo dA taatomento pt1bllco abierto que se aoompai'ie.
el lOCBl de aeta Juzgado, tandrli lugar el remate de
NOTIFICACION.
Con fundament-0 en el artkulo 1669 del Oódlgo de
nn terreno sito en la Hacienda de TJjerlnas de esta
Juzga-do 2• Local.- Gtal. T erán, N. León.
Procedimie.ntoe Oviles, radiqueee ante este Jnzgado
jnrledicclón, compuesto de ciento veinticinco me
Sr.
Rafael
Garza
Pariente.
el juicio testamentario de la Srita. Josefa González, ·
tros setenta y cinco centímetros de frente al Norte
porcuauenta y nueve metros de fondo, colindando En el juicio verbal ordinario que le tiene promovido d6nse los 11vtaoe que previenen los artículo11 169 de la
por el norte con una calle sin nombre que va de anta este de mi carga el Sr Manuel Bedia sobre nu L•y del T .mbre y 30 de la de Hacienda vigentes. PuOriente á Poniente. por el oriente con propiedad del lidad de una Fscritnra de compra venta se ha dictado btfquese esta auto por tres veces consecutivas en el
Pariói!co Oficial d el Estado y en "El Espectador,» T
Sr. Gral G. Trevlñ:&gt;, por el Sur con propiedad de el siguiente auto .
Gral. Terá.n, Febrero velnt\d6e de mil novecientos aparec!endo que todos los lnstituídos herederos aon
loe Srs. Carlos Belden, F. O. Westfall y Molees Vive•
ro y de la testamentaria del Sr. Juan J. 0' Lf!ery y nueve.-No habiendo ooncllJ'rido el demandado á. la vecinos de esta Olndad, de conformidad con el artfoupor el Poniente con propiedad d el Sr. Motees Vivero audiencia áque se refiere el art. 1068 del O6digo de lo 1670 del mismo Ordenamlentc,, cfteet&gt;lu á Junta con
y el cual fu6 emba..gado en el juicio samario que Procedimlei;toe Civiles verllloada el día de iwta ayer el objeto que exfreaa el 1669 de la propia Lay, que
pron,ueve el Lle. Galdlno P . Qu\nt"lnilla oontra el cfteeele pRra sentencia por medio del Periódico Ofi tendri lugar en e local que eeslguen loe interesados,
Sr. W. 8. Rountrecomo albacea de la. sucesión del clal del Est¡¡do. Notlfíqnese. ¼, decreto y llrmó á.- las cuatro de la tarde del tercero día hábil deepu6s
Sr. J uau J. 0' Leary, en el concepto de que sólo ee el C. Alcalde 2° Local propietario de esta Villa: d11moe de hecha IR dltima notificación, concurriendo li la
admitirán posturas que basten á cubrir las dos terce- f6. -Jeflde G Oortlna.-A -A. Rodrfguez. -A-L. Tre- expresada junta el C. fü1caudadar de Rentas dal Esras partes de la Mntld1td de $1.200.00 un mil doscien- viño. - Rdbrlcas
tado en esta Oiudad y el O. .Agente del Ministerio
Lo que se manda p1S.bUcar de conformidad con lo Pl1bllco por tener interés el P ,sco del Estado en la
tos pesos en qua fné valorizado dicho inmueble.
dispuesto
en
la
fracción
~
del
art.
78
del
Código
de
En esta Juzgado y hasta la hora del remate, se
presente eucesl6n. Notlfiq-uese . Lo decretó y firm6
Procedimientos Civiles.
minl!1trarán foe datos que se soliciten .
el O.Líe. Mecefonlo Gll Trevlño, Juez l? de Letras
Gral.
Terán,
Febr&amp;ro
22
de
1909
.-Jeaáa
G.
Cortina.
Monterrey, á 3 de Abril de 1909.-.,Llc. J . M Villa•
del R11mo C,vll; doy t6,-Lic.M, Gil Trevlño -Lic. Jos&amp;
,.....A-A.
Rodrfguez.-A-L.
Treviño
·
o
.31
ll2
sefior.
o.30.31,32
Ju11n Vall•jo.-Srio. Rdbricse .
Y en cumplimiento de lo mandado expido el preNOTIFICACION.
sente pnra su publloación.
EXTRACTO.
Monterrey ,. Marzo 31 de 1909.-Ltc. Josá Juan VaJoigado de Letras de la 6f fraccl6tt Jodiolal ,- Vllaldama, NueAgencla de laBeorelu1:a de Fomento en el Ramo de Minería, en llejo, Srio.
o.30,31,3~
vo LeC!n.
Lampazos Nuevo Leóu.
.

Sr. Nicolás Tre{,iño.

En el incidente pr&lt;mo-.ido por el Sr. 1\lelchor F . VIIJarreal aobre qoe se deolare que ha cso•!ldo Pjeootorla la sentencia de remate dictada en el joiolo •Jeoutlvo mercantil que ofgue en eu contra
t10bre C&lt;'bro de oeaos se ha dictado una sentencia que trascrita JI.
teralmente 41~:
Vlllaldama. treinta y nno de Mano de mil novecfentoe nueve,
. -"-Visto este lncldn,te promovido por el Señor Melch'lr Vlllarreal
-oor medio de eu eaorlto de fojas 19 en el qne pide se declare que
ha call.Uodo •i•ootorla la ante?lor aentetlola de remate de f.cha
d iu de Diciembre del ,ño pr6xlmo paaadr; vlato el auto"º qoe
ee mando coner trulado ror trae dlae al Sr. Nfcol'9 Trev' ño, ein
Cfºe eete Sr. ee presentara ti evaooarlo no obetant-e de beber sido
a ,tado legalm&lt;,nt e; vi•ta la cftarl(!n para aentenola en articulo y las
c orrespondientes ~otif1r"0lones. y
Besnltando: que hecha noti6Cl,cllln en rorma de la expreaade
aentencla i lae partea el act&lt;&gt;r meolfest(! Sil conformidad y ,.¡ deman&lt;lJM!o no lnterpnao reoureo al1uno dentro del término aeñ •ledo
Jl(ITlaley, y
Oonolderando: que canean ejPCotorla -por declaración jodiofal
11eg1in la frac. n del art. 597 del C'óilgo de Procodll!'lent°" Olvflee
IIUPletorlo del de Onmerclo, lusant.enclu de que heeh, notl8011016n
en forma, no se lnterpcne recn,ao al1uno en el t6rmloo e,-ñalado
por la ley como eo el pree~nte oaeo.-Por 111 expoei,to, ,:eon füodamento en la diopC&gt;lllc1ón le¡rel citada d•bfa de daclarar y d•claro:
que la anterior oeot.enc'a dA rE&gt;m• te de fec h, diez de Diciembre del
año próximo pasado y que obra i f jas 11 vu81ta y 14 de e.te ezpedlentE&gt;. ba es ns.do ej&amp;&lt;'otorl,, Nnt!fiqueee. Aat lntorlocotol'la·
mentf' ju,gan1o lo rel!OITló y firmó el O. Juei de Letru de la' 6t !rae·
cl6n Judicial: da-roos fé.· · T.lc. 81m6n Go•jardo.-A-Marlauo' S,mto•
Tre'l'1ñG.-A-Joeé B Villan"P,1 --Rtlbric&amp;11,
t..o que ae notifica á U,l. "º eata forme, en cumplimiento de
lo dlepue■to en la r,ac. I del art. 78 reformado del Código de
Prooedtm!entca Olvllea.
Villaldama, 5 de Abril .,e 1009 --Lle. Simón Guaj ardo.--4·Karlano Santo• Trevifio.~A· Joté B. V11larreal,
o.81 ,3i

E,rp•d fente N. 889. - con esfa facha velotlael• del pasado Marzo i lea rllez de la m , ñana ea htr, p reoeut&amp;do en la Ag•ocla el 8r.
Ylgael F órr&amp;ra Volp~ vecino de ,s\!&gt; cln lad deuuoolando d iez
y eela perten11octaa m ini-rae eob?A varias veti,s que contienen p!a
ta, plomo. y fierro situadas en el Rincón de la P:omoaa parlenec!ente i la Sierra d• Lampazosde e•ta jurfadloolóu; cuy.MI pertenen
clasee medlrtio de la manera siguiente: tomando como ponto de
partida. la mojonera No 4&lt;lel fdodo minero ·•La Permaneut. :" de
Por acuerdo de la Jnnta Directiva, se hace eaber á
aqut .._ bre ltuee NQ 23 W. aat se medirán, 200. metro•; de este
ponto al 8 . 889 W sst., 400 m , trcs; de oqnt al B. 20 E . as t. 500. loe Sres. acclonletas de esta Cia., que deede el dta 16
metroa; de oqol al N 88" E . 400. m, tros y OP esta mojonen ó pon del actual en adelante. ae repartid el DlvidE&gt;ndo
to i lamoj)nera No 3. de "La Permanente" con rumbo N9 2° W.
&amp;11t. 100, metros para cerrar el perfmetro cuy-e lados lutedore• Ko. 104 de ..... .. .. .. .. . ........... ........... .$10. 000.00
quedan ltmltadoa -por el ya citado fundo; siendo •ne cotlndanc!as (Diez Mil Pesoe) ó sean$ O 00 (diez peeoe)por accl6n,
por el Nerte, Sur, Este, y Oeaw, terreno libre, y -pone por nombre b 1ciendos3 k s pagos todoe loe dfas laborables, en
ii. este denuuclo. •L• Tranc9.•
Admitido el anterior denuncio ae m,nda pnbllc&amp;r en el •Pe- oa.mblo de !'e cibo y cupon.,s correspondiente-e, en
riódico Oficial• del Estado por tree vec aa eegn!du y en la tabla México, D . F. en el Banco Int-ernRCional 6 Hipotede aviaos de eeta Agencia oor nn mes, y se nombró perito para que earlo, en Monterrey, en el B•nco Mercantil de Mon~
practique la medida de eale fondo al Sr, E plgmenlo Ayanagolta d e
terrey y en Lampaz&lt;&gt;P, en la Oficina de la eta. calle
esta veolndad qaiea aoept(! el nombramiento,
Lo que Ae hace saber al pábUco advlrtléndoee que desde es'a de Comercio No. 101.
fecha ae ah·e un plazo improrrog•ble de cu,tro meaea para la
Lampazos, Abril Z de 1909.-EI Brio. , O. M. Ga~za.
•ubstancissfón del lhoedlente en esta Ageoola.
o.29,30,31
Lampatoe, Abril 5 ele 1909. -E. A, D. 11.- A, Reyes.
O 90,111.32

NOTIFICACION.
Juzgado 1º de lo Oivil.--1• fra&lt;:ción judicial. •-Estado de
Nuevo León.

Sr. Blas de León.
En el Juicio verbal ordinario aeguido por el Sr.
l\fateo Garza con contra Ud. eobre entrega de un
terreno, ae ha dictado ua auto que dioe:
Monterrey, J'Tovtembre 2 de mil novecientos ocho.
-Como 88 pide, práotiqueee la dfllgencla de oontesión judicial i que 88 refiere el auto de fecha ooho
de Agosto del afio en curso dictado por este Juzgado
i cuyo efecto cl1mplaee con lo en 61 dispuesto, y por
cuanto i que se abra á pruebas el presenta Juicio
11e concede el término de veinte diae comunes 6 improrrogables para ello. Notttígueee. Lo decretó y
firmó el O. Lle. Macedonio Gll Treviño, Juez 1° de
Letras del R'l.mo Olvll: doy fé:,-Lio. Trevii'io.-Llc.
Joeé Juan Vallejo. Srlo.-,Rt1brlcae.
Lo que 88 le hace saber á Ud. en esta forma de a·
cuerdo con lo dispuesto en la frac. I del art. 78 del
Oódfgo de Procedtmtentoa Civiles.
Monterrey, Abril 10 de 1909.-Llc. José Juan Vallejo, Srlo.
o.31 ,32

SANFORD .AXD Cía.

s.

A.

CONVOCATORIA.
Por acuerdo del Ooneejo de Administración, se con voca á loe señores aocioniatae de esta Oompañía para
Asamblea General Ordinaria qne tendrá veritlcatlvo
el dla 7 de Mayo próximo, á las 11 a . m. en las Oficl
nas de.la.Negociación, calle del Dr. Mier Ndm . 104
bajo la siguiente:
'
~ Orden del Día:
1~ Informe del Ooneejo de Ad ministración.
2º Presentación de las cuentas corr espondien tes
al e.ño eccinl .
3? Am pliación de las 11t1Udade~.
4• Nombramiento d e u n miembro d e la Junta 'Ill- 1
\ re~tlva.
j
1fonttrrey, 12 de Abril de 1909.-J . B Sanford,
Pres.
o. 31,32, :13

Cía. Minera (·La Fraternal" S. A.
AVISO.

Cia.: Minera La Oriental,~S.µ..
OONVOCATORIA.
Por acuerdo de la J'unta Dtrectlva de eeta Oomraiita, 88 cita á Sres. Aoclonlet,111 de la mlsm&amp;, á.- Junta
General Ordinaria, que se verificad, en eet.a ciudad ,
las 4 p . m. del día 30 del actual. en la cua del Br.
Plutarco Gondltz, cita por la calle del Oomercio
para tratar loe aeunto(que comprende la slgnie1:te:

Orden del Día.

las Píldoras
del Dr. Ayer

Informe de la :ll[Ma Directiva .
Presentación de las cuentas giradas por la Teeorerla en el ejeroio Social que t6rmlna, para.
su aprobación en su caeo.
3° Nombramiento de nneva Mesa Directiva.
4° Tratar cualquier otro asnnto que ee presente •
dieouclón.
Lampazos, Abril 6 de 1909 .-El Srio., Plutarco Gonúlez.
o,30,31,32
l?
2°

Para la Dispepsia,
Estreñimiento,
Jaqueca y Desarreglos
del Estómago,
Hígado y Vientre.

The Ajnchitlan Minin[ and Millin[ Co. s. A.
SEGUXDA

Son Puramente Vegetales,
Son Azucaradas,
Son un Laxante
Suave pero Eficaz.
"Con las 1'1h!ü1as &lt;~el Dr. Ayer he
obtenido ;iempni un:,, ac,•itiu inás se•
gura todav1a qno cou ot ras pildoraa
muy PU uso y q,w y or su cr,;dito se han
familiarizado e11u,i el vulgo. !-:lnn muy
fáciles Jo t,,,uar y ao causan dolores
ni repugnan,· ia. ··
A.

)!.t\RT1:-.1•z

Convocatoria.

No habiendo tenido verltlcatlvo por falta de qnorum
la Asamblea General Ordinaria de esta Oompañfa
citada para el dla tl'81nta uno del mee pasado, por
acuerdo del Consejo de Admlnietrac16n se convoca
nuevamente á.- los Señoree aocionlatas para qua concurran á la que 88 efectuará.- en el domicilio del
Presidente en esta ciudad, calle de Hidalgo 224 á las
siete y media de la tarde del dfa quince de Abril
próximo.

Orden del Día.
I Informe del Ooneejo de Admlnlatracl6n.
II Informe del Comisario .
III Aprobación, en su caso, de las cuentas y balan•
ces del .Añ '&gt;.
I V E lección de los mifmbroe de lll J unta. Dlrectlva.
Monter rey. N . L., Abril 6 de 1909.-Jchn T. de
Ben, Srlo. y Tes.
o.31,32,33

V .A IWA~,

Cnt\lllr:ít i ·n (fo :\ledi&lt;'ina.
&lt; rapada, F.spal1a.
(Jli,/n ¡Jomit,, n~b 111,, 1" ¡i.:1..,nll./,,, ,4 fa

rutt,tat,r.

.

1•~, !! uif~ "·•drjl ,: !llt ,u,.~dir.n ln qut• ,.1. ina
dt 1,~ Pil,luJ'(tÑ á~l lJr, Jy, &gt;·.

P repllrl\daspor el DR. J.C. AYER:,, CÍA.,
Lowell, Masa., E. U. de A.

'

IMPRENTA. DEL GOBIERNO, E.N

p -'l..LAOIO
•.,. • •

llIRB~TOR Yllll!NISTIWO:R,

A, Brondo Whitt.

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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>NUM. 31.

l\Ionterl'ey, Yiernes 16 (le Abril de 1!)09.

TOMO XLIV.

Periódico 0ficial
DEL QOBIRRNO DEL ESTADO 1IBBR YSOBRRANO DE NUEVO~LRON.

Las leyes, los decretos y demas disposiciones superiores, obli[an por el solo hecho de ser publicadas en este Periodiso.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
C0XDICIONES.-El mímero del día -vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUI~CE.-Toda comunicaci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisi6n de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

CONDICIONES.-Este peri6dicose publicalos ~Iiu·tes y
Vi-érnes de rada semana.-Vale la subscripci6n CISCUEXTA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella fran,co de porte.-El pago debe hacerse adelantado.
J-...E~F.S DE TURNO
En la próxima semana.

y los Estados .de Ta ba~co C?ia pas,,. Ye /
Del J uzgado 2° del Ramo A,ial.
raci:uz, GuanaJuato, Mtchoacan, Jat~sco Pedi!11entos i;ohre lo pr~ncipal................

t;9

Colima, Guerrero, Oaxaca, Aguaseahen- Ped1mentossobretrám1tei;..............
1
19 tle lo Cl'imioal.
tes 1 México1 Hidalo-o
Puebla
::\Iorelos
MINISTERIO
PlJBLIOO
EN
EL
RAMO
C1
nL
.
(H
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,
,
•
1
1
Lrc. JEsus M. DEf, BOSQUE.
uerétaro Tlaxcala Territorios de Te-¡ FRACCIO~ JGDICIAL.) XEoocrns DESPACH!~nos.
Q
1
'
,
pie y de la Baja California, y las partes
Del .Juzgado Iº del Ramo Ch·il.
l&lt;? de lo Civil.
correspondientes de los Ec:tados de Zaca- Pet.l~mentos :;ulJt·e Io,in·!nci¡,al.. . . . . . ..
15
Lrc. 1fAcEno~ro GIL TREVIÑo.
tecas, San Luis Potosí y Tamaulipas.)
Pc1hmeutosí'obre tramites ......... ·.·.
~
Temperaturns.-Días calurosos y noDel Juzgado 2" del H,onu C.1:i/,
-r:.nu LJT"I
1 ches temnladas del 5 1} ~. princin1.lm"n- Pen1limentos sobre- Jo prinC'ipal.. ...... .
l.&gt;
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1.J
t"e d"l
0' 1
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, 1 Ped1U1\'1ttu,-. :uuretr.uuite,
, 1 8 4 )
, .......... .
19 a ~2, en qu sera
- - - rua·,or el calor.
1
Dd Juzgado 2. 3fcnur Lct,·,,clu.
1
. \·ientos.-Norte en el Golfo. mo1er"d' Pe&lt;limeut,,s ,;oh:,• loyr!ut.:ipal .. ············
1,
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,
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l 1\.•ll.l,H'UÍ• ¡..-~hl't: cl'Hll ,t
Montnrrty, ALr.l 1G de HO~.
y con llnv~ dd b aH:i. Soplaran austraD /j
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1 o .1e1ur,Yc).
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tt/;a,o.,
1es a '·
go ne:ks en a L..ODa a pr111c1p11, p 0 'inu ntv::i l&gt;J H·e to pr·n ·ip.11...... . ..
o
del mes y dei 19 r.l 2 t.
Pt&gt;lltm('nt 1 r-o'&gt;rt&gt; t1,.m e .. ... . . ...
o
Lluvias - Algum:s de ca•ác:tei" temr_o ' Ju. adu I ~t"- L~:ru~ d.' !fa11 C¡ · l i •. 1ª
(h • ~\ \. )lUO :ii!f,'r.'•ROLtÍG'l'.r)
ral
en la vert•eute dd Golfo á causa de.
Jrnot "" iHrl ul.
C, 'J. RA • VE 1h --:reo.
:~ort1;; e-u t·l r •c;to le ] 1 ZODJ. cm 1euz
~--gocios lf,,:p,l ha,~" ·. t
' d d 11 .
·
.,-e ,,. • .t.
&lt;¿,,
Tit /&gt;u iruboólct?n la Rtflíblica Jie:ncr- nu peno o e U\'IaS pnma,·ernlcs e11trL Eu tr.í.mite. ........ . . . ... . ... .. ... . ...
el 7 y el JO. que per~i&lt;;ttrán, con a'guna~ Por falta 1JA pro•no •i' 1 . •• •••• • ............ 5t.s
111. du,·, 1 t, ¡:/ ,nes d'3 ,i.fa) 11 cit. 19 '9·
alterna ti vas, hasta fin de1 m~s.
.Ju,J ido ... d, I.etn3 l R,1, 1 (. ~,l dda 111
CuPJICcl de 1lf(.ciro.
1 I\léxico. 29 de Marzo de 1009. -E! Di- •
.
f,•a1;ciú~jadicici.l.
'1 •
¡rector, Afamtel E. J'as/nwa.--El Ttfe dt: ~egcmo~ 1 "'l-' ~Jw•105 ........ ··············,·
·, d , C t d
•
' r
l'eM·l',1frs.
1 ( ')tu prende la parte Sur del Esta•fo de 1 S
Bid .lgCJ, el Di. trit&lt;&gt; Federal y 1a parte ; )CCl')ll, e 1 ª t1r a e1 tiempo, ¡um, L;;n trám·te ................. ,.. ................. :Jl7
de: ~c;tado de Ivléxico limítro~e cou el 1 · omfllll.
Pnr folla. d~ promoción.........................
HiO
Distr,tJ Federal].
'.
--J1iz7ad.o de fAl'a8 cfo fo 2· jl'accifin iudicial.
10
Temperatu~a:;. -Dfas tem la~os
Ja..,
~11ad10 .Jndidal.
N'ego.)tOS penn rs dclllpl:lch,Hlos .. ········· ..
.

P

•

1

R1T

Ieo u'i ~Ir A.. L.
",1.1

r:.

u. .

p~Ünt:ras hor,1s de la tarde falnrosa~ de.l
En el mes de :.Iarzo próximo pasado,
5 ~1 t). 14 al 18, 22 al 25 y 2S al 31. Días 5 ~ hizo como sigue:
ca,nrosos en el resto del mes
El mayor
ca~rJr se sentirá del ro al 4 /del r9 al 2 r.
SUPREMO TRrnux.u D.E J1.;sTrc1A.
\·ientos
¡\
f
t l
1
.-nrra aga os aus ra es a g-r
u
.
l d
fuertE's por las tardes noches del '
a·
.;.,egocws pMa es e~pachado3.

·a
y

,

.

1

4 Y &lt;le1 r9 al 21.
L!nvias.-Del 7 al 17 y del 23 al 3o,
las habrá de regular intensidad v exte r éi6n por ¼_s tard 1 s con m 'f -.t .
, ,
,
•
•
,
,
am es actones
~11cr1cas, acentuandose en las serranfas
t
ttroeste.

Zonas exlrat, opzcales.
[ Comprenden los Estados de Sonora,
Sinaloa 1 Chihuahua, Coahuila, Durango,
Nueyo León y las partes correspondientes de los Est9.dos de Zacatecas, San Luis
Potosí y Tamanlipas.J
Temperaturas.-En general los días serán calurosos, especialmente del 1? al 4,
1:al1.3,r9al21y26al27.
r.
A
1
1
f
\ 1entos.- ustra es, a go uertes por
las tardes'-' noches del rC? al 3 '-' del rS al
J

J

::--Jorte en el Golfo, moderado. del 6

1 e-e Sala.............................. ..............

411

2~ Sala.............................................
3 ~ Sala .......................... ,..................

-+ll

Fiscalía .... ....................... . ··············...
Defensoría de Pobres...........................

:¡--;
~O&lt;J
U&gt;,;

Pendientes.

1 &lt;i! Sala.............................................
2 lil Sala....................................... ....
3 dl gala.......................... ...................
Defonsoría ele Pobres................. ... . .. . . .
M · · ·¡ d
h l
1 egoeios cwi es espac ac os.
1 • Sala
2cil Sa1a.'::::::::::::·.·:.·.·.·.·.·.·.·.·_-.·_-.:::·:::::::::::::·
3 ce Sala.··· .............. ··········........ .......
Pe,idientes.
1 .e Sala ······ ···· ·············· ··· ······ .........
Sala. ························· ···· ··· ········· ···
Sala. ······ · ....... ··· ·· ···· .. •···· ······· .. ····
r
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v ¡¿zga o 1. e Letras del Ramo Penal de lu
1~ r
·, · d . · z
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· raccwn JU icia ·
ogocioe espachados... ... . ... .... ..... . . ... .
Pendientes.. ..... .......... ................ . . .....

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~:~~~~!~;i~·il·t:~"¡i;,~?;·¡1;:~;1¿~:::::::.:·:::.::

, .
Pendiente~.
En tramite ....................................... .
Por faU.t de prornoción .... :·····:;··:····:·;···
J1tzyado ¡fo J,elt'a~
la "lª¡,·accw,1.j1Ull tal .
N c·
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ego.~os pena es espac a os . ............ .
Peud1 ,ntes ......... ......... ,. . . . . . . . . . . . .. .. ..
Negocios civiles &lt;lespacbatlos................ .
, •
Peodient_e~.
En iram1te............. ~···"·······················
Por falta de promoc10n ........................ .
Juzgado clP. Le,t,-a., rle la 4ª fracción judicial.
Negocios penales despachados ............... .
Pendientes ....................................... .
Negocios civiles despachados .... ....... .. .
1 e1idientes.
En trámite............................... . ...... .
Por falta. de promoción .. •·••••• ... •.......... .
Juzgac/,(1 de Lettas de la óª fracción 7·1idicial.

ª"'

·l Negocios

5

~i~iÍ~·~·d~~P~~h¡d~~::::::::::::::::

7

Pendientes.

2 1 En trámite........................................

14 Por falta de promoción ....... ······· ···········
~1
Juzgado de L efra.~ de la 6ªJ~·acción 7·udieial.

ai S.
Juigndo 29 de Letrn3 cfol Ramo Penal de z,.
Lluvias.-En los Estados de Sonora
Ja ftacciún judicial.
Coahuila y Chihuahua h abrá algunas de
carácter local á fiues de la primera dece- N-t-g~cio$. despachados. . ......................
Gl
30
na; eu el resto de la 7,011a las habrá de re- PPn ientPs .... ···· · ··················· ·· · · ······
uiar extensión dd 7 a, l r::: y d.,l 2.::: al 3r. MrnTST.&amp;RIO PüBLICO EX EL TLuro PE~AL. (l!
g
.J
...
.J
Jl'RACCTO~ J üDICIAL.) NEGOCIOS DESPACHAD()I.

11:a
irá,mite. · · · · · · · · · · · · ·· · · · · · ••••••••••••••••••••
0
falta tl e promoc1on
., ....................... .
L..V1
""-!•do de Letra~ de la 7"f,.acciónjudiaiul.
lllegocíospenalesdespachados ............. .
Pelldientes................................ : ...... .
Negocios civiles despachados.···············
Pendiente~.

1

Del .Ju,::yarlo

1::, del Reuno Penal.

P11dimento&lt;i sobre lo principal...............
{Comprende1 la P,nínsn1a de Yucatán P~tlirnentossohretrámite~... ...............

30
18

Negocios penales despachados..... . ...... .
Pendienter:1........................................ .
si Negocios civiles despachados
Pendientes.' .............. .

Zonas troAz.lales.
'1'

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30

J'

j ::!~f!~~!enales despachados.··· ··········

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20.

1'

:• 1rftiie........... ::············ .. ............ .

or a a u~ promoc1on ....................... .
-il
J1tzgado 2 1 Local Lclrwlo.
'"°~ocios
· pena1es d eeparh atl o~ .............. .

2

.,

,)

'i5

:-;o

�PERIODICO OFICIAL.

lle-1

PEBJODICO OFICLlL.

2

nombres el e las composic:ones que h ubie_l fecto di•ciséis días más de arresto. Quinto: Amoné· te~e á R uperto Moya para que
ren s1"do premiadas.
no reincida expl icándol~ las pena~ á c¡ue
Libertad y Constitncióa . Oaxaca de se expoH . 'sexto: Devn~)vase_ á f!-d:ián
Juárez, Marzo 17 de 1909.--El Director, Lm,a el arma con qne•dihnqmó. Septlmo:
A urelz'o Valdivieso.-E I Secretario, En• No ha lag-ar á praceder por el delito de
rir¡ue C. Olivera.
lesiones en contra de Ireneo Guerra, porque con sri muerte se extinguió 111 acción
penal. Octavo: E ntréguese á los h eredeGOBIERNODEL ESTADO.
ros de I reneo Guerra e¡ arma que se le re·
cogió. Noveno: Previa fianza que por.}ª
Presi¿encia Mnnicipal.-Lampazos, Nue- cantidad de diez pesos. otorgue Adnan
Instituto üe Ciencias y Artes (lel vo León México.-En la Ciudad de Lam Luna, póngasele en libe_rtad,, ó en s~ defecpazos de Naranjo, Nuevo León á l~s vein- to y eu el término de dtez d1as_ ba¡o cau·
Estaclo de Oaxaca.
tiseis días del mes de Marzo de mil nove- ci6n prote:'tatoria. Visto el dictamen del
cie;:;tos nueve, siendo las nueve de la ma- C. Ministro Fiscal, lo expuesto por los de·
co::-;ivoCATORIA.
ñana y estando r,rnnido el R. Ayunta- feusores de oficio ante esta ~ala, la citaPara e! Sépti,no Concurso Cle11tífzco-Liie- miento en su Salón de Acuerdos, el in- ci6n para sentencia y todo lo demás que
rano, dedica,!o al C. L[O. BE.NITO frascrito Alcalde r9 Constitncional Su- con,t,i de autos y d~bió tenerse presente; y
JUAREZ, Benemérito de América.
Resultando primero: que eo la fecha
plente en funciones, cumpliendo con el
deber que le impone el Artículo IV de la de la inidac'ón de esta causa, como á las
~,: Instituto de Ciencias y Artes del Ley sobre Contingente de hombres que once de la noche y por haber recibido aviEstado de Oaxaca, para rendir un homena- debe dar el Estado para el Ejército )fa. so el Juez instructor de la Inspección de
je de admiración y gratitud, el día r8 de cional, procedió, en presencia de dicha H. Policía, de que eu la esquina Sure,te de
Juiio de este año, al salvador y Beneméri- Corporación, á sortear uno de los indivi- la Plaza J ua~ez se encontraba nn hombre
to de la Patria, Lrc. BENITO J UÁREZ, ha re- duos que corresponde dará este Munici- muerto y otro herido, ,e constitny6 en
suelto, con aprobación del Ejecutivo del pio para el Servicio de las Armas en el aquel lugar el citado funcionario y dió fé
Estado, abrir el Séptimo Concurso Cien- presente año fiscal, y por designación de de hab:r Yisto el c:i:!a,·er de un indivídno
tífico-Literaric, entre todos los alumnos y la. snerte, tocole al C. Ramón Gamez, sol- que fné identificado como el de Ireneo
alumnas de los Colegios de Instrucción tero de treinta y tres años de edad. Con lo Guerra, el que presentabll una herida hesecundari ~ y profesional de la República, que dispone terminando fl acto, levantán- cha al parecer por arma de fuego , citnada
conforme á los temas y bases siguientes: dose la presente acta para la debida cons ~n la región frontal á la derecha de la lítancia, y de la que se remitirá copia 21 nea media, hallándose cerca al cuerpo, uu
TE1IAS:
Superior Gobierno del Estado para los cuchillo ancho, como de Yeinticinco cenPrimero. Poesía. Oda á la Reforma. efectos legales. Doy fé.-José María He tímetros de largo, con des aboyaduras etT
Segundo. Composición en prosa. ¿Cuál rrera.-Ignacio Jaime.-Srio. interino Rú- el filo y manchas.de sangre oreada en la
será el mejor plan de estudios preparatopunta y en el centro de la hoja; dando fé
bricas.
rios? ...
Es copia.
asimismo de que el procesado Adrián LuTercero. Composición en prosa. Juá- Lampazos, 26 de Marzo de 1909.-/osé na que allí se encontraba tenía una heri rez no trabajó para un partido político, si- ,~I. Herrcra.- fgnaúo Jaime, Srio. int·- da hecha al parecer por instrumento punno para el Pueblo 11exi•:ano.
zo-cortante, situada en la cara anterior del
nno.
tercio superior. del brazo cerecho; que reBASES:
mitidos al Hospital Go11zález el cadaver
Primera. Desde la fecha de esta ConSECCION
JUDICIAL.
de Guerra y el herido Lnn4, se practicó
vocatoria se abrirá el Séptimo Concurso
por los Médicos de aquel establecimiento
Científico-Literario, y se cerrará el día
la autopsía de dicho cadaver y haciendo la
30 de ,T nnio del presente año
·
Secretaría ,le la 2~ Sala del Tribunal
descripción de la herida que tenía. dictaSegunda. En el reforido Concnrso só- Supremo de Justici11.-~1onterrey, N"wevc minaron en el $entido de que esa huida
lo podrán tomar parte los estudiantes de León.
había causado la muerte del citado Gueualquiera eicuela de la República, sea ó
"Monterre~', dieciséis de Noviembre de rra, clasificaron en su oportunidad los misno oficial.
u;il novecientos ocho.-\'ista la presente
mos facultati\'OS la herida que :ecibió
T-!rcera. Los concurrentes envia:án causa, empezada á instruir de oficio el
Adrián Luna, como de las que no ponen
sus trabajos al Direct( r del Instituto de día doce de S2ptiembre del año en curso,
ni pueden poner en peligro la vida tardanCiencias y Artes del Estado, empleando por el C. Juez primero de Letras del Rados sobres; dentro de uno estará la compo· mo Penal de la primera fracción judicial do en cnrar cinco días.
cici6n tlrmada con un lema, y dentro de del Estado, contra Adrián Luna y Ruper•
Resultando segundo: Que habiéndose
otro, la boleta de matrícula que acredi· to Moya, por Jo~ delitos de homicidio y procedido contra el herido Adrián Luna
al autor c,mo estudiante. En el exterior lesiones, siendo el primero, soltero, car- y Ruperto Moya á quien se aprehendió en
de este segundo sobre estará escrito con pintero. de veintitrés años de edad, origi· el mismo lugar de los hechos, como indi .
claridad él lema adoptado pa~a distinguir nario del Saltillo, Coahuila y ele esta ve- ciados en los delitos de homicidio y lesiola composición.
cindad, y el seguml.0 1 también soltero, al nes al ser examinado el primero, declaró:
Cuarta, Los premios serán los siguien- bañil, de dieciocho años de edad, origina- que andando de paseo en la Plaza Juarez,
tes:
río y vecino de esta Ciudad: Vistas las di· se encontró al pasar por una de las canPrimero: del Gobierno del Estado.-Li- ligencias practicadas durante el sumario, tinas que allí estaban establecidas, el ocbros científicos ó literarios,
la requisitoria del Representante del Mi- ciso Ireneo Guerra aconpañado del proce·
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta nister!o Público, lo alegado por los defen· sado Moya, pidiéndole el primero le pagaCapital.-$100.00 cs.
sores de los procesados en primera instan- ra una copas de licor á lo cual se negó, siTercero: del Instituto de Ciencias Y cia y la sentencia que pronunció el Juez guiendo su paseo: que pasando como quinArtes del Estado.-$200.00 cs.
instructor el veintiséis de Octubre próxi- ce minutos y encontrándose parado en el
Quluta. Los trabajos deben ser inédi- mo pasado, concluyendo con los siguien- lugar donde se halló el cadaver, llegaron
tos y escritos en castellano.
tes puntos rernlutivos: Primero; Adrián los mismos individuos insistiéntlole de
Sexta. Además de los premios anterio- Luna es autor del delito de homicidio por nuevo para que pagase unas copas y como
res, el Jurado otorgará un accésit en cada el cual se le pr?~esa y ~e _le absuelve de volviera á negarse, sacaron ellos sus cu•
tema, y h~rá 1?1ención de las composiciones toda responsabiltdad cnmm~l. por favore- chillos que portaban y se le ech6 encima
que a su ¡nieto lo merezcan.
cerle 1~ excluyente _de legitima de~ensa el occiso_ por lo que se vió precisado á sa- ,
Séptima.-El C. Gobernador del Esta- concedida 7n la fracción VII ?el articulo car su pistola con la que hizo tres dispado entregará los premios á las personas 34 del Código Penal. Segunao: Rupei:to ros y con el segundo lo hirió y en esos
que los hubieren obtenido, en una solem- Moya es aspons~ble c~mo, autor del delito momentos lo hirió.Moya; que examinado
ne Velada Lírico-Literaria que con este de ~magos _con v1ole1:c1a fislca áqn 7 se ha éste último, expresó: que como quince mifin organizará el Instituto de Ciencias y vemdo haciendo mQnto Y se le cast1ga por nulos antes de los hechos se había juntaArtes
tal delito con la pena de un añ.o, cuatro do con el occiso y habiéndose encontrado
·
11;ese~ d: ~~ras pública~ á contar desde el con el procesado Luna que andaba con un
Octava. En el caso de no poder asiS ti r dia d!ectseis de Septiembre del año en desconocido frente á la Iglesia Metodista
personalmente los autores que fneren c~rso. Tercero: Se decomisa ~ fav~r del se empezaron á insultar el citado Luna y
premiados, nombrarán, en debida forma, Fisco del Estado el uma recogida a ~u- ~uerra, hasta que éste sacó un cuchillo y
un representan te á quien se le entregará perto Moya. Cuarto; Se condena así mis- tiró dos golpes á aquel hiriéndolo en un
el premio correspondiente.
mo á R_uperto Moya, á pagar en la R e- bra zo, por lo que sacó el primero un a pis•
N ovena. Con toda oportunidad se da- caudac~6n_ d,~ Rentas d~l Est~do, una mu!- tola y al primer disparo cayó Guerra al
rán á conocer, por medio de la prensa, los ta de d1ec1seis pesos 6 a sufnr en su .de- suelo y como siguiera el matador dispa-

68
Pendientes ................. .... ........... . ..... .
l(i
l{egocioa ci viles despachados ... .. ....... .... .
PendientP-3.
P,a. 1;rámite ..... ..... .... .... ......... .......... .. . .
1"or f&amp;lta de promoci6n ......... .... .. .. .. ... . .
J uigado 8" L ocal Ldtado.
]í@gociQa penales despachados .............. .
l'eadieutes ... ....... .. ............. . .. .... • . • •
u
Necocios civiles deapachados ....... ... .
Pendientes.
20!1
Rn k !tmite .................... ........ . • . . .. ..
1"01: falta de promoción .... .................. . 189ti

~¿

1

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1n: F;e~:

, d
bre él abrazándolo hasta que
&lt;lo nesecidad del medio empledo y pudien los deud?s, del ºscciso c~chi11o,
0
un u so
·
ne d desconnci· do ser el daño que iba á cansar el agresor recngtó a este.-- exto. se e¡an a 0 1
gnron los geuda;mes st _q.
1 r'ñ•&gt;. y I de tanta importancia como el caurndn por didos sus derechos á sah·_o por lo que h..;,~ce
do tom~ra orngnn par icipw en a ' '"' ¡ 1"
dido en esa virtud ·ocede ue á la responsabilidnd ci\'11.-Séptimo: .,opractkaJo después º? careo en~trse d::i:r': :e '1;:~snelv:· por fav~rece~I!' tal ex¿lu- tifíquese y si dentro del t~rmino legal n_o
P;ocesados, se s~sttv1eron en ~ estaba se- lvente de responsabilidad, como se apreció se in_terpone r_ecurso,.;xpidanse losRtest1ciones, ~gre~an&lt;uºs c~~t:a~~1:s ~e cansó la ~n primera imtancia: que respecto del de- mon•os d~ es_ti lo ~o~,1enJ~se;.1 i':!~- ' 0upJ:j
gu'.~ qmen e: .
lito de 1e5iones, perpetrado en la persona to Moya a dispos!cwn_ e,
¡ecu "
,
lesion que. rec1~ió. .
1 s test i os Sres de Luna como aparece que el responsable Estado en la l'e_mtenc1ana del mt5_mo, ha:
Resu\tar;do te,ce~\::~n~úo Pa~o Solís Guerra fa1leci6; debe d,clararse extinguí- gase la transcnpc16n c:irrespo~•:11eute }
Juan Mart1~ez, Jose an 1 y . formaron: da la acción penal de conformidad com lo archéves e la causa. As1 defirnttv~men_te
qn.e pre~e;'tbrone~º~ h;fa~~s J~~rez cuan- dispuesto por la fracc ión I del artícu lo 239 juzga~do lo resolvió fii:mó ~1 Cd L:~. ~::
que se a a an dos individuos segufan y el 242 del Código citado.
cedon10 E. Tamez, 1 a¡pstra o e 'a r
do 11bservaron que - · lo ue a uel es- C')nsider,mdo tercero: que en cuanto á gunda Sala: doy fé.-L1c. ~- E. : ª?Je '
á o_tro, tret~nd? ?e rte: :~do qotro \u mbo los hechos que aparece ejecutó el procesa- Lic. J. M. Villaseñor.-Srto.-Rubncas.
qnivó al pnncip10 o
'
d
---o después lo alcanzaron, y uno de de R uper to :\foya, amenazan o ron arma
b l
Pr º Pº\ e~hó encima cuch illo en ma10, y pasando luego á la violencia fi sica conSecretaría de la 3ª Sala del Tr i una
1 :n~: ; oiro también su arma, y en ese tr:i. el procesado Adrián ~una, según_ se Supremo de Justicia .-Monterrey, Nuevo
:ai
1
acto el perseguido y agredido después de desp1;ende e' e la declaración de los_testigos Le6n,
haber sido lesionado por el primero qn~ referidos. de lo afirmado por e_l, mismo 1 uMonterrey, l:\oviembre_ veiutian~. '.
·, • bre él sacó su pistola é h izo na y en parte de la declaranc1on. del pro- mil novecientos ocho .- V1sta en revisig_n
arrojo ,o s cintra su adversario quien cesajo Moya, á quien se le recog16 la cu- lapresete causa iniciada de oficio el día sus
ue~o os veced. 0 disparo· y como entonces chilla que se mande decomizar en el fallo de Septiembre del año en curso por el C.
cayo a1 s. "'0-unl otro
· • individuo
,
·
que resultó que se revi,sa; tales ¡1echos, constituyen
e1 Juez 2 º de Letras del Ramo Pena t , contra
. de amagos con vto
· 1encia
· f'1~ ¡ca a' que Dion1cw
· . . H rnandez,
,
1o agre d,1erale edisparó un tiro sin acertarlo delito
so 1tero, mayor de
11
se~ira~a~'la pi~tola en seguida se abrazó se refiere el artículo 429 del C~d1go Penal edad. jornalero, origina;io del Oedra1, Esron él h:i.sta que llegaron los gendarmes y por ~anto, al a~tor _de ese d~l!to se le de- tado de San L_uis Poto~1, y de est_a vecllllos a rehend· eron: que practicados los be aplicar como _termi no medio la pen a de dad por el de.lito de les1ones. -V1_stas l~s
y
pp· cedentes entre los testigos men· dos años de pns1ón ú obras públicas Y mul diligencias que forma n el sumano de 1a
careos
,o
d
d 1
t 1 pn,cepto avenguacto
.
., n y 1a sentencia
. que en s1e
. te
¡ ados y el acusado R uperto Moya, ca• ta e segun a c ase, que en a
~'.on uien se sostuvo en lo que h abía decla se fij a y como al reo favorece sólo la a~e- de Octubre último pronunció aquel L etra·
ªdq_ ho iéndose constar por el J uez in s- nn ante de prime ra clase de buena antenor do por la cual se impone al acusado H er•
~:u~tor ~ue en el mismo Juzgado se ins- conducta sin q~e 1~ p~rjudiqu; a~ravante nández como auto: responsable de_t~l de, ausa contra Ireneo Guerra por el al o-una, debe dismrn mrse el termmo me- lito la pena de veinte meses de prm6n y
tdelito
rma ede lesiones inferi das la mi sma . no· dio
."
, · en ¡ª par- sesenta
'
, de arre,5to que prmcipi_
· · ·a ran
' a'
de que s~ h a h. echo mento,
dias
, muerto á Basilio Fre&lt;mllo, te que se esti me ¡nsta de confor midad con contarse desde el dia ocho del propio mes
h e eu qtte fue
capareciendo
·
.
.
' l o 2 20 de1 ex pre de Septiembre
•
de · las dil igencias
de - dicha
lo chspue:to
por e1 articu
en qne se Je declaro' b.:en
causa que vendo éste con su es posa y co. sado Cód;go Penal .
preso, manda se le amoneste para_ que no
roo á las ocho por el costado Norte de la
Considerando cuarto; que en toda sen- reincida y que se dejen al ofendido sus
Alameda lo encontró Guerra y le infirió tencia condenatoria se prevend!á _que se derechos á salvo por lo qne hace á la resdos lesio~es con instrumento punzo-cor- amoneste al reo para que no fl'lllC 1 da, ex- ponsabilidad civil. Visto lo ex.puesto por
tante sin que se lograra la aprehención plicándole las pena.~ á qne se exrone en el C. ~~in'stro_Fisc~l en que pide la condei heridor.
caso de contravenc•ou, f"e le debe abonar 6rmac10n de dicho rallo en todas sus parConsiderando primero: que la existen- el tiempo que haya estado pres_o durante tes por conceptuar'.o jn~to y arreglado,á
cía de Jos delitos de homicidio y lesiones la instrucción, decomizarse los mstrumer• la ley, la defense, citación para sentencia
perpetrados en las perrnnas ~e Ireneo tos con que se ej~cuta un delito c:taudo y cuanto más debió tem ~se .P' estnte.
Guerra y Adrián Luua respectivamente. fuen·n de la propie~ad del sentenct~do y
Resultand_~; que cor;~t,itntdo el_Juzga10
se conprobó legal y perfectamente en a~ dejarse á los ofendidos sus d~r;chos .ª _sal- á la Prev~:1c10:1 de Po:1c1a, como a las ~i~z
tos con la fé judicial del cada ver del pn- vo por cuanto á la responsab.ltdad c1vtl- 1e la noche, en la fech;i expresada de m1me~o y de la herida qlle i:ecibió el segun· artículos ro2, 182. 208 y 287 del expresa- ciación, dió fé de un hombr_e que. dijo Hado con el acta de defunción que se agre- do Cód!go Penal.-Por lo expuesto de marse Bernardo Ot~ro quien presentf.ba
gó' al proceso y los dictá;13enes de los Mé- acuerdo con el parecer fiscal y con apoyo una herida hecha al pare.cer c~n iustr,udicos dd Hos¡.,ital Gouzalez que practica además de los artículos ro, 35, 37, 5o frac - mento punzo cortante en la región epigasron la autopsía de dicho cada\'cr y aten dón I, ro1, ro2, ·03, u5 1 516, 517 Y 520 trica, de dos centímetros de txtención, y
dieron en su curacióu al herido Luna, ¡ns del Código Penal y 4 r 1, 419 y 429 del de examinado dicho individuo, previas las
tificándose así mismo que el autor del ho- ProcPdimieutos Penales, se confirma en formalidades de ley declaró: que la noche
micidio lo fué el repetido Luna, según su todas rns partes el fallo que se revisa Y se citada después de emb:iagarse bastante
propia confesión y el ~e la les'ón á éste resuelve; Pri mero: se_declara q~e ~driáu en la Plaza J uarez, de _esta Ciudad en doninferida lo fué ~\ occiso Guerra, según Lun a es autor del delito de homiclcl: o per- de se paseaba con motivo de las fiestas, se
consta de la.s declaraciones de los ttstigos petrado en la persona de Ireneo Guerra y dirij¡ó á su casa situ ada al Nor te de la PoMartín ez, Cantú y Solís y del procesado se le abrnel ve de toda resposabilidad cri- blac ón, por el barrio de la Fundici ón Nº
Ruperto Moya, pués tanto ~st as por su minal, por favorecerle la ~xcl uyente de le- 3. :i,: en , u tdnsito Ee ~ncon_tró can ~n inuniformidad como la confeston de L una gítima defensa, comprendida en la frac- divi duo de nnmbre D1onicio Hernandez,
hace proueba plena-·artícnlos 153. 154, ció n VII del artículo 34 del Código Pe- hiriéndolo éste con un cuchillo . y como
415 , 423 , 424 y 425 del C6digo de Proce- aal, debiendo en consecuencia qneJar en Herná ndez en su indagat01ia n arrara los
dimiantos Pena 1es.
obsoluta lihertad.-Segn ndo: se declara hechos de distinta manera, 1111nifestado
Considerando segundo: que en cuanto que R uperto_Moya es responsabl_e c01l:o que, O_tero, la noche referida, lo sacó_de
al procesado Adrián L un a aun qu e quedó autor del deltto de amagos con v1olencta un oaile en que se encontraba, con ob¡eto
justificado que fué el autor del homicidio fisica , perpetrado en la persona de Adrián de reñ ir siendo separados por una persode que se trata también se comprobó eo Lun a: y se le condena á sufrir la pena de na, que no conoció, y ya en camino el deau tos que lo p¡ rpetró en defensa legítima un afío, cuatro meses de obras públicas, á clarente, lo a' canzó su adversario comen.de su persona, que lo excluye de !oda r:s• contar desde el dieciséis de Septiemb~e zando á tirai}e golpes_ con una daga,_ la
ponsabilidad criminal, conforme ~ lo d1s del año ;n curso fe cha de su f?_rmal pn- que le agarr~ para ey1~~r que lo ofendiera
puesto por la fracción VII del articulo 34 sión; y a pagar en la Rec_andac1on de Ren- y _en el force¡eo se h1no solo , Otero . qued~I Código Penal, pnés tal :l.efensa la ale- tas d_el :E~~ado en 1;s~a Cm_da i una multa dandose éste _con su arma , se practicó ~l
gó" el encausado, y declararon acerca de :1e d1ec1seis pesos ? a sufnr en su defecto c:3reo '.espectivo ~ntre am)x&gt;s en cuy~ dtsu existencia los testigos presenciales ig ual número de d1as de arresto.-Terce- hgencia el c,fendtdo conv100 en ser cierto
Juan Martínez José Cantó y Pablo Solís ro: se decomiza á favor deí F isco del Es- que fué á sacar á Hern ández del baile,
quienes afirma~on que Luna f~é persegni- tado el arma re;oJ:ido al procesado M_oy~, no recorda_ndo de lo demás que pasara,
do por el occiso, siendo de estuu aase por y se amonesta a este para c¡ue no re10c1 - por su ebnedad, aunque asegu ra no heber
lo mismo, que esa defen sa se ~fectuó re• da, explicándole las pena~.á que se expo- porta~o arm a alguna la noche del s uc~so,
peliendo una agresión actual, m m1neo te, ne en caso de contraven cion.-Cu arto; se afi rmandose el acusado en su declaración.
violenta y si n derecho,_con _t~:los los re declara ext\nguida la acción penal respec- Ambos _añadieron que no hubo testi~os
quisitos que exige la dispos1cion legal an- to de la lesión causada por I reneo Guerra presenciales del hecho por haberse retirates citada, toda vez que el agredido. no al pr~ce~ado Adrián Lun a c~n motivo d,el do e\ individu~ que antes 1M prubocó la agresión ni apar?ce que diera fallec;mten_t,o de aquel.-Qmn to; Devttel- ver ,,,,~~cansa para ella, no pudo evitarla poro~ros vase a Adnan Luna el ar m" ~-·
medios dado lo vielento del ataque hablen· cutó el hechn -

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PERTODICO OFICIAL

PERIODfCO OFICL\.I,.
E,talJlec m iento qnc e· noci-eron y curaron
Monterrey, Diciembre 'res de mil nove ·lió ¡:ara el reo la pena de cinco meses de
la lfsión rl,scrita rec:bi'3a ror Bern:•rd , den tos ocho.,-Xo habi(nilo;e interpuesto prisión y mnlta de veinte pesos ó igual nú( Lerc, la clasificaron entre las qce Ordi- ninyún recurso de la anterior Eeuteacia mero de días de arre;to, coa las· adicionar:amente pouen eu p.:l'gro la vida por¡dentro del ténniuo legal, s, declara qne nales que expres~ la sentencia suplicada
h bcr penetrado el agenk n1ine:-ante á 12 ha cansad::, ejecntoria de conform dad coo y alegado el defensor la no existencia del
n, :dai a 1ominal, pe,o re· ci ~ncstan- el artícn'o 451 dd Código de Procedí- delito de resistencía á los Ag:entes de la
cbs es¡:ecwl_es no la cc,mpr~rn .tieron y cu mirntos Penales; _en consecuencia, líbrc11- Autoridad y que ,e dé por compurgado á
_ FI' seis días.
se al Snprerno G,-,bicrno del E,tado lo sn dcfendirlo res,iecto del de lesiones; y
2omicernuC.:o: 1ue ·, nto 1a &lt;.x;slcncia tes.'nH"t'os de ley, poniendo á su disposi- ·.-i;to el am•&gt; ce• .citac;ó11 para sentencía
Ot:t 1d,L J :e:! }e; 01 .:!s c..... que . . e tfata conru c1011 cu Ja Penitenciaría al r~o D.onic o ct,u toias las demás constancia que obran
c,~e, p~oc&lt;:s , :r·,n·c•,&gt; Hen fo1cez
Hernár.drz, trancribase al Jnez re,pccti- en la causa; y.
·
e :.neti ·, :pa e·, lt,r, 1 n,c c.. .np ob•d, vo erch:vese la cansa. Asi, &lt;n1erlr.cut. r'·,-/ Resultando primero:{) ~ habie'ldo ree·' la,~
11cc /, 1 J,, r.
C'&gt;ll la d 1 - m•r.te.juzganclo 1,) resoldó y firmó el C. dh'.do ad•o , 'C. Jue, &lt;eg,1ur'o ele lo Cri.
f ci • f~ i• d;;,ia' '1""" c. ,r . 4 au os, Mq:;istr:).(Jo Interiu,i de la 3'-' Sala: du,· fé minal que inici, esta e Psa, c1, la fecha
d,
;.iré ice ,e~al rendido, dedar~- -Lic. \'i,11an~ .-L;c, L . E. Alfap~-¡ya exprssada, de que en la .f'.rev•nción
, u r 1' ~ -,t y '.&gt; $ºgn ir'r ··~la FO- Sr.o.-R ,bnca.&lt;
de Policia se encontraba 1, noo e, gen¡: a e &gt;r siór_ 1 im, 1(,,io q•te l or
u
-- •
&lt;'arme núm ro ciento cin.nenta. y ~eis,
n \\ '1os
1is-~•"r • Je ie;.· fo-u.a prn:- Secretaría de _'9 2' Sah del Tr:'moa' de;de l,uego se constituy6 &lt;n acpe) luv:ar,
1
1
coa es,,
&gt; aa&lt;t&gt;- 0 l .n.. li·, 1,;i M. 1 Supremo de Jn tic 1,1 .-Mont, ere'" .\ue\·o ~ 016 fe de que el emplead0 rd, neo, lia1 ·Q
mes rd e J, ('rtí~nlos León.
II ,d., D,•·ío T rnez nresentab eu la e .ra
1
~l.
'3' ~-- rld C .. &gt;c !ci" .,_ l)n,ced m fn
1fc .. t.rr""y, r.iec=rneve c"'e ·\cv· lr¡__·de -1nt_ri0rú_ r1 D? de lanar) der.e \a, una
t p_...- : t.
n_r1l llC'Yl.'1.~eu ..,Jc 'Jcl1" . \.~i~t-tf-n vr }o Je h nt~ re tres o ru 1 ·o -ce tt 11 .. &gt;s de
(' ~.-..; .ib u., nue 1,•t te ( ,·1 111ett.= &gt;- úplÍ&lt;':i Ja pn.srnt1:; _41 , t.1, 111 1 'á 1 ~- _'&gt;.'.tenc' 11-ch19} pa ~- ce! por1 ·s~ u enIl&lt;l ' , c:~siti
rLe-!i, ]e¡.;al el delito trurcle,ficioel vein ic'ó,d·l'e¡itif'llldre t?,tl\l¿Jc,rt~ t, la qte p t iu·mete
cArueti,\0 r,01 Di..,nicio Her-1~ndez Está del aiio próxim .. pasa,'.o, por el C. J r:ez se- c,as1f1cartn. d ,s L ;t1lt.i,hvS cutre h, q1:e
crr1prendi lo})' ra sn cast1go en el artícn- gunJo de Letras iel Ramo Penal de la pri- ,no ponen nt pueden p•}ner en r l gr,, a
le ,05 del Códigc Prna} que le cefermi- meta fracci6.i ju icial del Estado contra dda curando ántes de quince días: qne en
P~t r4e u·'&gt; á dos arr0s rle pi:i"ÍÓn ú obras :'I'gne1 N(tñcz, e:, 1 kro, .za yate.ro, de \·.:in- ~rgnºda tr·ru/i su fr.f-,nuativa al cf ~1ditlo
público.~ '' la qn.; d~berá agre¡raY·:e : 1.,de tkicto años de ed~•l, origfoario y ve cinc y dec'aro: que viniendJ fOr I,a Cue~t:r
ocho días á t,es meses de arresto ~or el de esta Cindacl, por los delitos de res!s- Blanca en el barrio de Srn Luisito en esd, iio acmado que señala la fracc'ón I del tencias f, un ,\gente de la Autoridad y ta Ciudad,obsen-ó cfne un incíidd::o ha'&gt;la:i.tículc 503 codorme á 'o precrptnado rn le,.iones: 'islas las dil'g:cc!as del surn"i: .b1 c,,n un jovea de los qn ,\·~nden El
el 5"1 7 ambos del ruismo Códig, ; más co- rio, lo p:cdido por el RepresrntaÍ1te de} Espe~tador expn~sáudose en términos
lll(' la lesión ha de c:-n$i~erarse corno ;n- ~finiste;io Púb'ic~ e,¡ f riniera imta::c':, ofensivos· para los emplea,,cs ele la Polite,- "a en rifia por-el agredi,;o toda ,·ez que lo que ª:legó eldefec,or ce! prnce,ado, y ]a cía,. p_or lo que y por _an_,&lt;lar eb,io dicµo
nr hubo rresencialfs del hecho y asilo seuten,ia qne cou fecha tres de Ago-to ele] 111d1v1dt10 se acerc6 a el co:1 sn. cai:actEr
a , r.r!J e: acu•adn en su iuquisitiv1 á la afio in rnrso pnnunció ei Juez prir.kro de gencl,rme y le nombró arresto. pero en
qL e h,y tjc1~ atend .rse por ser lo que más de Letra, dr-1 Ramo Per;a ]de fsta fracción. ese acto, al decirle que lo r cornpafiara se
h\Vrece Y no existir prueba en contrario, en virttd d • excusa d~l serrundo que in( negó á hacerlo sacando una cuch lla con
las pe· as relaci nad ,s se reduciran á las ció el pn,ceso, c-.,nc!uy• ndr, dicha seutenc ~ la que le caus6 la herida deque ~e ha hecho
trrs. qnintas P1 ''cs r' e sn duraci6n según con los siguientes puntos resolntivcis: Pri.1 mérito y con ese motivo sac6 él su pütola
lo dispne st0 en e a tí.u]&gt; 504 reform,do mero: Miguei N'úñez es res¡onsable corno• y disparó al aire un tiro, más como el brío
del repetido Có ig &gt; Penal.
au'.or de los delitos ncnmulados de resis s:guiera agrediéndole le dio algunos golCousid..ra □ Jo: q,1e en la comisión del tencia á ic,s Ag ntes de la Autoridad y pes y s'gnieron forcejando ha,ta qne lodeFto qne se p:rsigue, obran las circnas- lesiones y se Je castiga por tales delitos gró dominarlo, y desarmado lo condujo
tinrias ~tennantes de la bnena anterior con la pena de 11 -, afio ocho meses rJeobras á la Pre,·e!"'.dón de Policía.
e ..... duc:a &lt;lel acus,do Y confesi•\u del he- p\Íblicas que se comenzarán á contar desRtsult:iudo segundo: Que examinado
cho, que son de primera clase perjudicán- de el día en que concluya la pena que el prosesado Núñez; como indiciado en el
dole sólo la agravante de terce r a de ser e,tá ext,ug;uieado enla Penitenciaría del delito de que se tro.ta, declaró; qne yendo
frecu~nte en el E st ado el delito de lesio- E,tado.á v1rtnd de la rernluci6n ejecutoria algo ebrio del centro ,!e la Ciud~d para·
nes \artículos 4° fracc,ones I Y IV Y 47 que en su contra dictó la primera Sala su casa. cerca de la Cuesta Blanea se eu
fracci6n XJI del Código Pen:il.)
,le! Su~remo Tribunal de Justic:a con fe contró un. gendarme, que sin de~irle él
Consi Jerando: que en la p~ua qne se cha tre1uta ~e Octubre del aüo prSxirno nada, le indicó qn~ Ju se, mpañara por
imp:,nga se tomar:Íti en cuent, los sufri- ¡,asa.do, tomandose en cuenta los días que lo que le ¡,regu·utó la causa de su arresto,
mientas qne hubiere ten ido el reo du ran- snfn6 antes de comenzar á extingnir di- y el gendarma le dió un empellón, abrate el juicio, cualquira que sea el tiempo cha ondena Segundo: Secondeoa así m;s- záodose con ese motivo y cayendo al suelo
gue éste dure : que siempre que foere con.. mo .á l\Iignel Núñez á pagar en la Recau- quedando él neb j : quP sac6 el emple~denado se prevedrá en la senter:cia qne se dac1ón de Rentas del Estado nna mn.ta do su pistola, y él se ,a cogió cou lama•
amm::e,te para que no rincida, y que co- de ve1ente pesos, ó á sufrir eu sn defecto no derecho. mean O con la izquierda una
m., en el presente caso narta se hubiera veinte. dí~s más de ar;esto Tercero: Se cuchilla que traía en la cin tura , porque
gistiona-!o acerca de la responsabilidad decomsa a fav~r ~el F1s~o ~~1 Estado el se batía pic,:do con ella y en el forcejeo
civil, deberá dejar se ¡,l ofen dí.fo sus de arma c,on que l\úne? delmqu10 . (?ua.rto: se causó aquel la her ida de qu e se dió fé derecho á sal vo por lo que en este pa rtl- Am~n;stese al reo para 9 ue no remc1da, llegando en esos mom en tos el testigo Fécular respecta (artículos 182 208 y 284 C. e":ph ca nd?le las penas a q.u: se ex~one. lix T amez que le dijo al gendarme que
Penal. )-Por las consideraciones y fun- Visto el dicta;11en del C. M1mstro F iscal no le peg ara; y examinado este testigo ex
damentos legales expuestos y de acuerdo en segnnda 111stancla, lo expuesto .por el pres?: que estando en su casa, oyó que
en parte con lo pedido por el C. Ministro defe~so1; d;l en causa~o y la se;1tt;nc1a 9u~ averiguaban dos i ndividnos y disparo
Fiscal , se reforma la sentencia de primera el vemt1t~es de Septiembre ultimo dicto de arma de fuego, fu é á ver lo que pasaba
instancia de que se ha hecho mérito y se el C. Mag1~trado de la primera Sala, conde- y los encontró peleando estando Núñez
falla.-Primero: Se condena á Dionicio nando el ~1tado Nú.ñez como responsable debajo y el otro dándol~ con la pistola,
Hernández como antor responsable del de- de .los delitos referidos, acumul ados al de y al decirle qne no lo golpeara contestó
lito de lesiones perpetrado en la persona les1?nes_que antes cometió y p_orel que está que si no veía que era gendarme y que lo
de Bernardo Otero á sufrir la pena de un ext1ngu ::n.~o sn pena, á sufrir nneve me- había corta.do aqnél, llegando luego nnos
año, veintiún días de prisión y un mes ses de pns10n contados desde qne conclu. cuarteleros quienes condujeron á Núl'l.cz
cuatro días de arresto, á contar del día Yª, la condena que actnalm.e,nte extingue á la Comendancía de Policía. Le practicaocho de Septiembre del año actual en qne y a enterar en la Recaudac10!1 de Rentas ron los careos conducentes y se remlti6
se decret6 sn prisión preventiva.-Segnn- ~el E~tado, una mnlta d~ vem!e pes;1s, 6 la cau sa al Juez tercero Menor Letrado
d o: Se le amonesta para que no reincida a sufrir en sn defecto veinte d1as mas de quien la falló, pero habiéndose declarado
explicándole las penas áqnese hace acree- ar:"es!o; lo manda :imonestar para que no nulo el procedimientos seguido ante este
dor si contraviniere.-Tercero: Se dejan re111c1da, le decomisa el arma con que de- funcionario por resol ., d 1 C M ·
al ofendido sns derechos á salvo en cnan- linquió y deja al ofendido sns derechos trado de la tercera Sa~CI~~ /
· agis1
to á la responsabilidad civil; y.-Cuarto: á.salvo. en cuanto á la respo:isa!iilidad ci- do al Jnez que la Inició' y ; 0~ eexJtsºacesd;
Notifíquese y dése cnenta. Asi definitiva- vil. Visto el recurso de súplica mterpues· éste paso luego 1 ·
d L
mente Juzgando, lo resolvió y firmó el C. por el defensor de Núñez lo ale ado or faIJo n
.
ª pnmere
e etras que
Lic. Viviano V. Villareal Magistrado In- el Ministro Fiscal y el ~lsmo ~efen~or cesad~ co~f~:,erah \~ st ªn ciad
C 0 el P~º
t
0
•-,,dela 311 Sala: doy fé.-Lic. V. V. ante esta Sala, alcitárseles para la audien- de flan
d ª er eS a
ibre ba¡o
- •- r ""'ª
_,. E , Aldape.-S ro.
1 c1a
· d e 1ey, repro d uc1endo
·
za, cuan o pasaron 1os hechos &amp;e
·
·
díctamen d
da · el . primero su recab6 y agrego, a, 1a causa, 1a e¡ecutor1a
e segun
1nstanc1a en que pi- que por el delito de lesiones dlct6 la pri
ter,,.~
Villarea/
-.R.úbrf ·-.L,i~. cas,

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mera Sála el t reinta de Octubre del"añn rr6, 220 y 4Si del C6digo Penal y 4 n y tras del Ramo_ Penal "e que en la Prepróximo ~nterior condenándolo á sufrir- 1 429 2d de Procedimientos Penales se con ,·eución de Policía se encontraba un 'm un- afi~ de prisió~ rlesde qu~ fuera r~pre firma la sentencia suplicada y se falla bra ~•rid~, mandó le~ántarse la presente
hendido y con df,cutnto ceV€ínt'{:n dí- Primero: ~fignel Núiiez es respons~ble¡avengi:act?n, 'trasladaudos~ en el •,c:o al
as que había estaco preso.
.
. ¡como autor di, los delitos ?e resisten.c1a á lug~r. 111d1cadc,.. do~de s_e erco~tro a un
Considerand!i primero: Qne con a t'1 'e lo, A gentes. de la Autoridad y lesiones Itnd1v1~no 9;1e d1¡0, ~lama1se Bem.~u_; Cor¡;encía_ de fé judicial de la_ her.íla que-sti- que se persiguen en esta causa, los que¡tez y a qure_n l!ab,ei,dosel~ _r.g1s, d~su
f-¡.j el gmd trme D irí l T n1 ,1.. la c}a?ifi se dechran. acnmnlados al de lesione por cuerpo, se.d1ó ~P. ~::?erl:. v1s;t~ uu_:1 les1(,n
1
c~c'Ón que de ella hic:eron los l\led1cos ¡ la cual ext111gue actu~lmente su condena, en el maxilar rni&lt;, ,01 1zqn cruo,
causada
&lt;¡tte Jo ·atendieron en su curación, lo d,cla. ! y se le imponP por aqu~l);'S delitos la pena. al par•~er por.c.ms'rnmento cortante, la
r •do por el dendirlo y la confec1611 d- 1 pro de 1111• y, m~;es c'e pns1on que se empe- cual fue c!asmciufa oport_unameute. por
cesado Kúiie,, de haber él inf,r'do t,1 le- ·arán á contar desde que cor:cluya á la los facu1tr11lvo~, del Hu~_p:t1l G_unzal;z,
sié u, sabiendo que era á u11 gen !arme qu•~u que foé seatenciado e,iecutoriarnente por. ,J mde se ctend10 al deud1do, corno d,. las
le decÍl que lo acompaiiara, pués el Je ei otro delito Segundo: Sé le co-Flena t:rn1- que 110 ponen 111 pued 'll p~ner en, pehg10
preguc1t&lt;', el motivo del ar:esto, se jt:'tif1- _bién á pagar en -la Reca:1 lación de Ren la Yida y cu~ó antes de q_111nce d•a~ decé la exi.-tencía de los delitos de resisten· l tas del Estafo en esta Crndad. nna rnul- ¡ando ctcatnz. perpetua j notable. en la
cía á u Agente d.: la Anloridad y les'o ta por \·alor de veinte pesos, ó á sufrir en ca-rn.
ne,; qne dieron margen á &lt;"sta ea usa, pues j sn defecto ig,1al 11ú •1ero de días de ,,resto
Rernltando: que al recibirse su iuforsi 'J,e □ el a usado se excepcionó diciendu Ten:n.:•: Se l_e amont,h para que no rem- mafo·a á Cortez declaró: que 1a noche an•
e- ,e e ¡;c:ncla•rne aolpeó prim~ro, ésto r:o cida, ex¡,licán 1de las peu·Js á qne se ex- tes citadu, encontrán,lose. en su cri;a ha"'
•
1 t~c-ne e~ casu e.e
° co,.,11:n.
., · c;1c1on
., ('--~_,art (1: Se bit-,c-'n , J,ndes~:labauubJi'c·.s•acercó,
s,• C(· ..ur. &gt;r.io, en 1nanera
a 1g·111a. s100
8·:
., ~
ci,¡¡tr.ir ,, de 1a d~rlararión dd te•t ¡;0 le e mies:• en fav~~ &lt; •.·l ~1.sco d~l ~st'l~o el i él un deseen: e de,, q•ii~·1 \Knten.,c 1e
Fel x Tam.z se desprrnrle. que el ge.J• 1 a,ma conque , t:ne( de rnqnlo Qlllnto 111ir ,,iqno sol-r~ el hnm'&gt;ro le d,j: c.ur s·•
¿ nne ,faba golpe;; á Núiifz después de Se d jan al ~f•ndi•lo sns d~~echos.á.sal.vo lkra 'lll momeuto ¡-ara la c.i lt', á lo que
11 ber sido herido por ést~ artícu1os 154. pnr cuanto ah rcsponsablhd,d c1nl ~o- acc,,dió desde lueg l s•n abri¡pr uingnna
'41 ,, • 23, 424 y 42S del Código de P•·oce- t fíquese y si dentro del término legal no Jesc~nfi ¡nza, I ero apenas. hnbien 1 n lleci't;1,eutos Penales.
,
se interpusit·e r~cu 0 so, exípnanse · ks gado á la ca'le,. e! n,sconond? le p~·ofirió
C,lmi:leran:lo segun.do: Que eT d~litD tcstirnon·os de estilo posouiéndose al re,, una expresión lllJur o a al m1smo tiempo
de resiftencia_á un Agente de h Autoridac1. Mignel Núñez á disposición del ejecuti- que le cansó h herida que tenía ~n la case ca~ti_ga con la ~ena .de uno á dos afü1g vo de) Estado en la Pen}!enciaría del mi•-1 ra, sin que hubiera par¡¡. ello motivo 6 an•
de pns1611 ú obras públicas y mult:i de si;- mo, bagase la transcnpc1ou correspond1en- tecedente alguno.
.
guuda clase según lo dispuesto por el ar te y arrhívese la cansa Asi d,finit1vamenResultando: que logr~fa.1~ aprehcns16n
tículo 858 clel l 'ódigo Penal entre cnyos nte juzgando lo resolvió y firmó el C. d.e .Juan Vi_llcg&lt;s .corn? in h:1ado en el de extremos es aplicable al reo Xúiiez la 4ue L•c. \laced;;nio E T,unez, Mag•strado de lito de le:;iones rnfer:das á Cortez, aquel
estime justa de acuerdo con h preceptua. a segunda Sala: doy fé-Lic . .M. E. Ta- al recibírsele sn dec1araci6n preparatori_:',
&lt;lo por el artículo 65 del mismo Orcl-,m,- rnez.-Lic. J M. Villaseiior, Srio.-Rú- con fecha cnatr~ de Sept!e°:br~ ele! ano
mirnto deb;endo, anmentarse con ~eis me- bricas.
en cursoce_xpresc: que ya hacia tiempo coses más de la misma pena por hab r,:e em--noda á Bénigno Cortez, quien liabía dado
pleado armas en la resistencis¡""'de con•
Sicretaría de la r." Sala del Tribnnal por insultar]o donde qu:era que lo enconformidad c,-n lo dispuesto por el articulo Suprrn10 de Justicia.-Monterrey, Nm,vo traba, cosa que sobró varias :·eces, hasta
860 cel propio Código, pues si bien del León.
que una noche en Julio próximo p1sa.do
_empleo del arma rfsultó el delito d~ lcs'o
Monterrey. catorce de NoYiembre de que se encontraba en el río de .~sta Cmnes inferidas al gendarme Darío Tame7, mil n0yecientos o,·bo.-Vista esta causa dad, como Cortez. desde que lo vio comeneste delilo merece una pena mer-or"'de lo.• comenzada á instruir de oficio ante el C. zó á insultarlo, al mis1110 tiempo qne sa5:is m~ses 'referidos según la clasificacióu Juez 29 del Ramo Penal, de esta 1~ frac- caba nna cuchilla, él \.il}~gas se prepade la h, rida, qne está comprendida en la ción judicial, el siete de Julio último, por raba para h defensa, cuanJo en esos mofracción I del artícnlc, 503 del Código ex el delito de lesiones, contra Juan V1 llegas mentos se le ecbó encima aq11el, causá n,
presado, y qne amerita nna pena de ocho y Benigno CortEz, de veinte y d ez y ocho dale una herida en el costado derecho, lo
días á tres meses de ane,to y multa de años de edad respectivamente, casado el qne motivó que Villegas á su Yer con nn a
diéz á cien pesos, ó ó0lo aquel ó sólo la primero. so1tero, el Fegundn y ambos jor - navaja qne .portaba infiriera ~na lesión_á
5e¡rnnd~ á juicio del Juez:
ualerc~ y originarios .Y vecinos de ést,, su advenano en la cara El ¡uzgado d~6
-Cons1derando tercero: Que constando de Ciu-chil. Vistas las djligencias del su- fé de que V11legac• presentaba una c1catnz
la copia ejecutoria que obra en el proceso marin, la reqnisitoria dd , Agente del en el costado derec-ho, y los méclicos del
qne el reo Miguel N(1ñez fué senten~i~do ~Iiniokrio Público y lo alegano en la 1 "' Hospital González examinando detenidapor Pl delito dA lesiones comprendida en instaucia por los defensores de a mb·,s mente ésta c'catriz, clasificaron !a herida
1a fracci6n III del artículo 503 del C6dlgo reos. Vista la sentencia pronunciada respecth·a como de las que no ponen ni puePenal en la causa, en que se halhbaiihr, con fecha veinticuatro de Q,,tubre próxi - den ponerse peligro la vida y cnrau anbajo la fianza en ando perpetró los hechos mo pasado por el rderi o Juez de Letras, tes de qnince dlas, expresando también
&lt;¡ne originaron ésta con arreglo á lo pre- cuya sentencia conc'uye con ]as siguien á juzgar por la coloración de dicha cicaceptuado por los artículos 3ró fracci6n tes pnn tos resolutivos: Primero: se de· tnz, que ésta d:itar'a ce unos L1os meses
IV, 319 y 34odel C6dig,&gt; de Prnce lirniento, clara á J u an Villegas y Berngno Cortez á la fecha, diez de Octnb1e en qne rindiePemtl es, se deben observar en el presente res ponsables penalmente como antor es ron su dictámen.
cu o las reglas de acnmnlación que e¡ta- ele las lesiones qne recíprocamente se i uR esultando: que h ab: endo procedido
b lccen los artículos 200 y 202 del ex pre- firieron. Segundo: se condena á J nan Vi- contra Cortez por la lesión qne s ufrió Vis ado Código:Penal, esto es, imponer al reo llegas á sufrir la pena de dos años de llegas, aquel en sn Indagatoria reprodujo
1a pen a del más grave de ·lo3 delitos que obr as públicas qne principiará á contar- su informativa, agregando qne posteriorce la que sufre actnalmente, aumentada se desde el dia tres de Septiembre último mente había conocido á su heridor, lleen una cuarta pQrte de los qne correspon- en que se le declar6 bien preso, enten- gando á saber que era Villegas y negó de
den á los que se persígnen en cstc_procc- diéndose impuesta con calidad de reten• una manera absoluta haber Inferido á és10, aumento que puede IJegar hasta la mi- ci6n en su caso. Tercero: se condena á te lesi6n ~alguna: que la Sra. Apolonia
tad por l.aber delinquido hallándose pro- ,Benigno Cortez á snfrir la pena de cna- Aguero, madre de Cortez, declaró en 108
cesado.
renta y nueve días de arresto y á pagar mismos términos qne éste, expresando
Considerando cuarto: Que los instru- en la Recandaci6n de. Rentas . del Estad?, sólo no haber pres~nciad~ los hechos; El
mentas conqne se ejecuta un delito se deben una ¡nnlta de vein!lc1!1co pes~s 6 á ;Ufnr Gendarme 1\1 unktpal Carlos H!no¡osa,
decomisar cuando como en el caso fueren en so defecto veinticinco dias mas de declar6 haber sabido que en un baile dado
de la propiedad clel reo, y que en toda aen , arres!º· . Cuarto: ~monésteseles para que en el ?arrio de San Luisito, habían refii,
tencia condenatoria se ha de prevenir que no re1nc1dan , hac1endoseles saber las pe- do VtlJegas y Cortez, por cuyo motivo
no reincida explicándole las penas á qne nas iJ que se exponen y dejándose á am• procedió á aprehenderlos, logrando cap•
11 c expone en cas~ de contraYe~c16n; debe bos proce~a~os á salvo sus. respectivos tnrar 7sa mism~ noche solo á Cortez, y
abonársele el tiempo qu~ hubiere perma- derec~os c1v1les:-Vlsto ~l. dictamen del por último practicados los careos pre~elólecldo preso durante la mstrucción y de- C. M1_nistro Fiscal. solicitando la con- dentes, cada una de l~s. personas menc10jar al ofendido sus derechos á salvo en firmac16n del expresado fallo, lo expues- nadas afirmaron y ratificaron lo que res•uanto á la responsavilidad civil-artículos to por los _def7nsores de oficio. ante ésta pectivamente habían declarado y.
1o2, 182, 208 y 287 del C6digo Penal, Por Sala Y la cltaci6n para sentencia con cuan·
Considerando: que durante el sumario
1o expuesto, de acuerdo en parte con el to más con sta de autos y.
sa justific6 debidamente en los términos
parecer del C. Magistrado Fiscal y con
Resultando: que el siete de J nllo del del Artículo 154 del Código de Procediapoyo además de lo■ artículos 10, 35. 37, año en curso, por la noche, habiendo te- mientos Penales, la existencia del delito
.4,2 fracción I, 45 fracción VIII y XI, 88, nido conocimiento el C. Juez 29 de Le- de lesiones que mutuamente se infirieron

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PEHlODlCO OFICIAL.

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los encausados Juan Ville gas y Benigno frmó el C. Lic. Leoba rdo Chapa, "ag1s.
Cortez, se gún se desprende de la fé judi trado ele l:t 1• Sala, doy fé, L;. Lerbardo

PERIODICO O:FICIAL.

EDICTO.

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Jn,g&amp;d odeLetra&amp;dela3~fracdón Judlcial.-Llna

cial, dictámenes periciceles y de ia prop•a ~h•Rpaú_b
__¡ ,ic. Eleuterio Lozano.-S&lt; creta- , r~:,,·
dleclocbo del a.-.tua! •• radicó en eot«
c&lt;'nfesi ó 1 judicial de V11legas; y aunque no
neas.
. .
.
rui¡¡;a,lo el juicio d• lnteetamentBrla A bienes de la
Cortez negó haber inferido le,ióo alguna
1Ionterrey, ve10t1uno de Noviembre de l sra. Rita G_:;erra Vda. de Manc!lia, vecina que fea,
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cur deutaClu.a&lt;l.
á V1 tgas,e su sen to estima que con e 1· 190,. - • o a 1en ose 111 erpue~ O re • Lo que 86 bace aabor al pdbllco pa:s que l.s pu•;&gt;,
cho de la Sra. madre de Cortez v tiel Gen-¡ so alguno de la antenor sentencia dentro n88 que ee orean con derecho ála herencia •e P1reaen-

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teu t deducirla dentro del tkrmlno prevf'n do Eim

darme Cárlos Hinojosa nuidns á lo e_x• d~I termmo legal c,on fnndameoto
e_
elart. 1685deJCódlgodeProc(l(flml•utoeriv!I&lt;&amp;.
uesto por los faculratiyos qu8 recon oc1e- dispuesto en el Articulo 451 del Código
Lloarea. Marzo 21 de 1000.-Llo. Lulo Trevlño. .
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A Aguatln C Garc!a -A - Antonio Herrera Garola.
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ron la c1catnz que presentaba V1.Jeg:'~· d~
roce 1m1e_utos ena es, s~ aec
que
~
·
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o.27,30,33'
no queda duda acerca de la respoosab1h- :!Kha senten cia ha cau s ado e¡ecutona'. en
dad del repetido Benigno Cortez. Artícu - cousecuenc\a, queda elioculpado Bemgoc
EDICTO.
lo 415 423 á 435 y 427 del Cóiiigo cita Cortez en libertad absoluta, expídanse lm
Jo1gado ño LE:tru de 5• fraccit:n judlcfal.-Cerral
do.
'
t estimonios de estilo al Gobierno del Esta
yo, N. León.
En el julc!o de teatameotarfa A ble~es del Sr. BllveCon siderando: que atendiendo á los do,poniéndose á su disposición al reo Juar
rlo Sáeoz, vecino que rué de eata Villa, ,e ha dictado.
dictámenes respectivos que obran en au- Villegas, en la Pe_oit_e ociaría del mi_smo
'31 auto que sigue :
Cerra lvo, dtecleéfs de :llano de mil noveclenb.istos, la lesión que sufrió Cortez, por h abe · hágase
trauscr1pc16n corre_spond1ent_,
nueve.-Por preeettn.do el anterior ocureo con el tfsdejado cicatriz perpetua y notable en la al inferior y
en su oportumdad archt- timonio de test&amp;mento y ocpia del acta de defnnc!0n
cara, se castiga con uno á tres añ o s d, vense los autos . Notifíquese. Lo de_cret6 qoe ee aoompaii&amp;, téngase por radicado el juJ(lio to•
tsment.ario é bienes del finado Silverio Sá(lnz, deni!&amp;
prisión ú obras púh licas y la que recibió y firmó el C. 1fagistrado de la prime~. loe aviaos que determiDan 1a ley del Tiicbre y Ge
Villegas siendo de las que no ponen ni pue Sala, doy fé; Lic. Chapa.-Lic. E ieutenc EIPolendP. del F.eta.Co vigentes y convóquese á ls ccnyoge eupertite señora PRnla Solfa y á la eefiora Franden poner en peligro la vida y curan ao - Loza no, Srio. Ritbricas.
!!ieoa Lo11goria. madre d~l testador ántcoe herederos
que se conocen á )a junta prevenida ~ore} art . 1659"·
tes de quince días, con ocho á novent•
1e confotmirlad y pna loe rtectoe dF-1 Código &lt;l&amp;
días de arresto y multa de diez á cien pe•
Proct'dimientoe Civiles y pcbltqu,,se este suto. trEsveces ooncecutlvaa en el P eriódico Oficial d el Est~do
sos, aquel sólo ó sólo ésta, á juicio del
v La Voz de Nuevo Le6n, "Del coocept.o que Ja jun!ft
Juez á cuyo arbitrio queda imponu e'.
tendri Jugu ~1 juevu dieclecbo del oorriente , lee
término que se estime justo dentro de lo,
diez de la mañ&amp;DB en la ce Ea conyugaJ. Notlffqu""eP.
Lo decN&gt;tó y firmó el O . J ne1 de Lo trae de la 6• fracEXTRACTO.
dos extremos máximo y mínimo, si la
ción jndlclal. Damoe fé.~Llo. N. T . Benavldea.-A~
A¡tincla
dtr1
la
Becret.arla
de
Fomt.uto
flll
el
Ramo
de
Mlnerb,
ley fija éstos como en el caso de que se
Primitivo A . Ellzoodo -A-Florentino Guerra. - Rlieo 0erraho, N . IA6n .
.
BI Sr. Vicente 0ni.min, mayor d• edad y Tectno de la O. de M.on- br!cas.
trata, artículos 65 y 503 fracs. I y III
Lo que ee pub:ioa en esta forma en cumplimiento
\errl!f, «D t:IIC!dt.o p:re•eot.ado l la Oficina de mi car~o con fl!écb,
de ayt'r 10Uotta una oonaeclOD minera de 24 perlenencl11s p6ra le de lo mandado en el auto tnoerto.
del Código Penal.
txplota:,16n dti una mlaa ab, odonadaoonoclda ccn el nombre d,
Oerralvo, Mar.o lG de l!lO!!. -N. T. Benavldes .-A.
Considerando: que en favor de los pro •I.Aa Am•toll•• alta en el aofi 10 de Ju lllna1 Potrero de La Pa-rra jnr1acUocl6n d• Ae:ualegan que oouttene metalea plomo10t con -Oenovevo A . S3.ndoval.-A-FJorentlno Guerra
o. 26,27 ,28 162'
cesad os concurre l a atenua n te d e r " cla- ley d• plata, '" (lnale11e lOoallurl11 en no paralelocramo reot.n.
auto de eoo X too melroa Oriente I Poniente apro%imMlame.nk
se á que se refiere el artículo 40 fracción deb!U.d01e prfotllcarl .. medld• de modo qna.Jae1qalna8.W.del panlel&lt;grumo que ee mida quede 100 metroul Norle de la e11quln• 8
I y les perjudica la agravante de ser fre- E. de 1a c1adr\ -Rl Ponnlr J cou Ji,.11111i¡nlentu c:&gt;ltudecaas: i,or
EDICTO.
el 00nlente la dlcb• cuadra •El Ponenlr• J por el F.ate la mla&amp;
Ju•gado de Letraa de la a• fracción jndlclal.--Llcuente en el Estado el delito por que se ~v1ctorl1• que1ando al Sor ti csmlno q11e conduce l la mina •l .•
Blan01t• Y al Norte la altn,a de la montañ,. LslOllcltnd h ff'flatró oares. N León .
les castiga, la que es de 3" , por lo que bajo ti No. 4M lkvul por nrmbre •JOMil!..11•• J t1ara ao nuo.1nra
Oon fecha trfe del actual se radfoó ant1 éate Ju zga•
J lHa.nk.mlento de pla11011 Fe 11ombró ooruo vrlto al Sr. A.ndrii
superando .el ,·alor de ésta en d os unida- ToaolU10 de e.ta Tt"Oindad, ql1 1en a'1eDt6 el ('&amp;JK"·
do el juicio de intsatimentar1a. á btenet1 de la 8;.ftora
Lo QOe se manda ft1b!lcar en d PerlOdloo Qflclal y en la tab\., Ooloree Enriqu:'z vecimt que fué de f8ta oiudad
des, procede impvuerles un·1 pena propor- d11 la 01clna pal'a lot f l-'OlOI lag&amp;]ea u el COllCGPtO dP qu-, p&amp;ra h,
Y en cumplimiento dt-1 art. 1695 del Cód.Jgo de Prc•nbAtancl.ch1n del exptidiente e!l fft a Aa~ncla N abre no pluo
cionalmente mayor que el medio ar itmé - lmpmrrogabte de cuatro mfll!H r,nntad.01 t1••!1.e hOJ,
cedtmiontoe Cirllte, 68 mr.ndan publloar en eeta
OerraJvo. flrime ro de Abril de mil no,eclentoe r.ueve.·-2. A. dP tnma por tres veces de ditz en dir z dfM, para que..
tico de las que respe:tivameute fija la M., O, Bo!!I! 0utlerrea:
c..s1,a11sa
188 personas que se creRn ocn derecho A. la herencia.
ley. Artícu 'o 35 á 3í, 4 7 fracción XII y
se presenten 11. deducirla e\'l el Mrmtno de trelnt&amp;
dtas contRdn8 dJosde ln t1ltlm, pnbllcaclóa.
220 del Código Peual.
Linares. li 7 de Abril de 1909. -Lle. Luis Treviño Considerando: que apareciendo de autos
A.-.a.gaetfn O. G-,rda.-A-Ant.::;nlo Herrer&amp; Garrí~,
CO:;'\VOCATORIA.
o.33 36 3~
bien comprobados que ambos acusados se
'.E&lt;lr acundo de la Jo.tlt• D!rectha en M'li6n del df&amp; UI d~I
cotrlu.te
mel',
tie
oonvoo~
6
101111-\ra.
acclonls;&amp;I\
6
:\
u,mbltll
G~nf.
hiricr rn en riiía, comn cada uno de ellas
ral ntraordlllaria qne tenirA luitar el dh~ 10 de \[1.yo prdx'mo,
EDICTO.
i mputa el ~:irá:ter de a¡;•esor á su contra 6 laati r . m, en la ca• No. 83 de la Calle de B.JUvar, b,ji lr
tlgnlenlt:
Ju,¡¡,sdo
!!
de
lo
O!vll.-1\ fiacclón jud!clal.-E&amp;tari o, no habiendo pedido averiguarse debiOrden del Día.
do de N. Le6D.
d amente
Con frc·ha. vtilntlsirte de Ftbrttro df-1 ctrr!ente añc-,
' l
f éste punto. ldebe
d dpor s,r, 'o • que,
'CSI~O: n1~n1ic!tin y aprobac'ó::i, en ,n caso, l!e nn pro:reet!'l
mas eS aVOT€Ce en a l1 a ten erse.es a ~e m'.'Wift&lt;'o.c!ón al Ocntrat.o de arrendamiento con la M,~lc,r 'U\ r1dk6 Fn Fflte juzgado ~1 jalde de lnteetal'.lo del
.1
. d re-\ L•adSeCo.rl"Ctlll!tda i ~(\. Elr!!. r.crfonll1tee lo prf\"ef'IMO Ul rl art. 80 ~r Frandsco Sánch•:, T't:Cino qu~ fué de esta aiu•
agre d1,_os,
Y en t 3 l \'lrtu
1os d• os CO!UO
l
dº
'df'I loa 81tatntoft, q!ll:1 dir-f': Pa.1'&amp; rl'pre8ot&lt;l&amp;r I•• acc!r,nv 11,j l)i'lt - da 1.
rse a pena corres pon 1er1te, en la pr0- tador "º ls.11 Aa•mb!naneneralet 88 reqnler'l- df'pc1Uar :011 utu
Y por dlspoeidón del C. !.le. Mw--donlo Gil Tre,
d UC1 '6
bl ,
lA t ,
1011~~ la ~-:cTl'tarl~ do la Ntlf'('C\aclOn O entr, _g1r1e un C"ttlt!.oa.dc- vlf'i;, Jan?. 1~ dP T.,o,trM tlol ~mo (:frll de la primera
1
p or~l n qne esta e1..e e
rt·cu o )O-~ de1 '" dl'l)G«ilo exp.,d,do oou g'1UfHtltncldn '].f' créUto. h ■ct!"n'1c fra'X!ión judlclPl del E3tildo ee mr.nda publicar el iJ?P
't d C'd '
p en:i. 1 •
~
tllt&amp;e!11r.-ga,co-:.r.:famlatarof!.f!láiaa.-.te•del, All8mb·11,,ncoCl 8
)
Q tgo
glt&lt;nón una 11.rj.:.ta en qut-1'6f'I¡lNH•&amp;rl ""¡ tlÓIDf""O de:acrl,,,nes sent.e edicto pnr tras veCP9 de die:... f:D dt z df.Jla ei
..l
•
d•P"~it.&amp;t'l!u1, ¡..., c-u•.1•• ae retlra1ia deapuéa de qus la J.•111.llblea el Periódico Oftcial del Thtado y en L• Voz ce No"
o,st d eran d O: QUe en t Ül4a SenteDCla clau~nrUUHMio11e•,
· ., d b •
·
Monterrey, Ab:U U de 1009 -El SecrEtarlo, Fraoclaco J fk-n. vo León, i ftn de que lae pereonas qne e.e crean et-:'
con d eoa l on;,,.. e e prevenirse que se amo- iii.z
o.s1.a2,83 derecho A. la herencia. se pre~nten á deducirlo en E'~
térmico quo ,atsblece el art. 1685 d6l Oódlgo de Pro,
oeste al reo para que no reincida en el
oeolmteuto&amp; Civiles.
Monterrey, Marzo 16 de 1909.-Lic. José Juan V•ddito por que se le castiga, abonándosele
Uejo. Brlo.
o.v.2f,27,30 -16l
EDICTO.
los sufrimientos que haya tenido duran1uirado de Let.raade la 2t fu,oci6n judlclal.-Llnare■ Noe-vo
te la instrucció n y que la responsabili Le6D.
EDICTO.
En el juk!lo de t.atamentarfa, hte1:1e11 del Br. Flo,entlno VIU•·
dad civil n o pued e decre t arse sino á ins - uuf!Ta, vecino que foil de 88t&amp; clndad, ha rscatdo u.a. auto que &amp; la
Jn•g•do de Letros de la 6\ t'racclón judloiol. -Vlllal
tancia de parte l egítima. Artículos 182, l•tl'•dlce:
Llnarf'e. Vano lreoe de roll nO'feclento• oneve, - Pcr preaenta. dama, N . León .
J admitido en cuanto ha loru en l\er8Cbo con el acta de detunOoo fecha de hoy se red!có en este Jur.godo n1 ju'clo
208 y 287 del Código Penal expresado. do
ol6n y tuUmonlo de te1tamenlo 116.blfoo•h'eJto que N a()()mps.fia· de lnt,,,,tado i bien .. de la S.ñ ra Maria de Jrsüs
radlqnHe en Hte Juqado el jnlciotfllltamentarlo I blenu del Elr'.
Por lo expuesto con apoyo a demás en las ll'lorenttno
Vlllanneva, d&amp;e el ui!IO que previene f'I arlfcuto 119 San toe Y da. de OonzA:ez, vec!Da que fu6 de 86ta
la ley del Timbre, pub!fquM.e estflll auto JiOr tres vece• com1ecu.
disposiciones de los Artículos 5, ro, 32, d1:1
tlvaa ~u el •PertMloo Oficial• J fil "Trueno", y cltffe, loa berW Villa.
roaljonts -pe.ra eljoevM prfxtruo6 IH ('aatro dela tarde pan
Lo qne se pnbUCB en est11 forma. para que lBB par•
48, 88, 225, 487, -197 y 502 del mismo loa
ef!MJk,-, del •rtfculo 1889 del Cl!dlgo de Procec!lmlentt'II Clvlle• '!onas que se crean con derecho á la horenolft. E-e
en
l&amp;
lnl@ll¡eucla
de
qui!
ao
nomb,a
pa~
este
.luz«ado
C(lmo
tn
.
Ordenami en t o se reforma la sentencia de lor Interino de 109 meoorM de catorce añca. Rogf'llo Fkva r Ri- preaanten li d&amp;duclrlo dentro del término que ' fija
al Sr. BonJfaolo de la Gana, 6 quito previa l'n Mlt'DtaCton y la Ley.
primera instancia qne se revisa y se falla . cardo
protetrt11, ""'le tenrtrl por dil!ICerntdo el car,ro. NotlffqaPlf'. Lo
\'Ulaldama. :llano 17 ~e 10og.-Lic Simón Gnaja.roroveyd
firmó el (' ..luet de Letraa de la 8t fraoc16o 1adtc1al: doy
Primero: Juan Vi llegas y Benigno Cortez 11.-Llc. yTrnlño.-A.-Agn1Uo
C, Garefa.-Antoolo Herrera Gar do.-.\-Marl.a no Bantoe Trevlñ,.-A--Jo86 B Vfllarraal.
o.v . 27,30,33 162'
son r espon s a bles como au t ores del delito cla. ~-R!!.brJca■.
Lo qne .e pnbUca en uta forma, en cu.m p'.imiento de lo mande lesioo :is q ue umt u amen t e se i nfi rie ro n. dado.
Linares, VIU'so Ud"' 1i09. · Lic. Lni1 Trevlflo,..- A · A&amp;'ulkl ..
0 ,11,a,aa
Segun do: se c o nden a á J ua n Villega s ásu - Garcfa.-A,... Ant&lt;la lo BenenGarcl&amp;.

ª:ª

fa

SECCIO~ DE AVISOS.

Cía.11:iiwra ªSan Palilo'' S. A.

e

fri r l a pen a de n n añ o, s e i s meses de o b ras
pública s que se con tará desde el día tre s
d e Septiemb re del afio en curso f echa de
Repdbllca Mexloana . ~ P re&amp;ldencia M unicipal ·su p r i s ión prev en t i v a . Tercero: se d a por Mont.eney, N. Le6D,
De c011formid11d con lo dispuesto en el ':"'articulo 25 y
c ompu rgada la r esponsabilida d cri minal en e1 670 del C6di_go Oiv!l .•igente, se h~ce saber al piíblico,
d e Benigno C o rtez co n seten ta y nuev e q_ue en la. Tesorer1a }[Ummpal de esta. ctudatl, existe Uepo9ltada la suma. de $,97 08 ochenta y siete pesos ocho eenta.,•Qi.
días q ue p ara . la f e c ha h a esta do preso; procedentes de }os !ohrantes de pruendR.S de plazo cumplie n con Eec uen cia pón gas ele desde l uego en do en 1~ remates efec?J-ados durante los de 'Febrern Marzo. Atml. Mayo, Sephemore y Octubre últimos por Ja.i::
libertad bajo de fia n za de diez p esos ó e n casas de empef'ío denomina.das •La Favorita- 11..Ei Fénix•
su defec t o y e n su oport• n idad bajo c a u- •La. B1mcn», .-LI\ Iden1, •La Surtidora•, wMo~te de P iedad
de Monterrey", y Su~nr-mlea Nofl . 1 y 2 del mismo· en el
ción protest a toria. Cuarto: amooéstese !Í eonceptó de que, ~¡ tr11.~urri&lt;lo:- &lt;teis meses. contadmi' cfosde
ambos procesados para que no reincidan y bny. _no con!parectcr&amp; ¡x:rso11:1 lili,;uDlL ii. rec:la.mar con justo
r legitimo titulo, las PS~~e:-11,das liemttliias, se les mandnnl
se les dejan á salvo sus derechos respec- n~grf'sar eu la RectlUllacmn ele Rentas Municipales de e,;,ta
tivamente en cuanto á la responsabilidad· emda&lt;l.; de 1\í'uerdo oon lo 11receptnaclo en el citado ar~culo ~6.
civil.
Quinto. Notifíquese dése cuenta.
Monterrey, 7 de Ditiembre de 1908.-P. C. MertfnM
99100101 -H. 11.Jf,
Así definitavente juzgando lo resolvió y B. Ramlrez Augulano, Sr!o.

DEMASIAS.

7

Demasías.

&amp; p1ibll011 Xexlcan a. - Pre&amp;ldenela M11nlolp&amp;l.Monterrey1 Nuevo León .
De oonformldad ooo lo d lspn ..to e n el artículo 25 y
en el. 670 del Código 0!'1'11 vigente, .., ht.ee eal&gt;Ar u
pdbhco, qne en la Teoorerla Muolclpal de esta ciudad
existe depositada la ewna de $64 .38ota . (aeeentay
cnatro p,aoe treinta y ocho centavos), procedente de
loa sobrantes efectuados du rante loe m eeea d e Julio
f Agoeto del presente aiio, p or iu CMaa de em fl.o
denominadas .-Montai\A. de Piedad•, •Ohihnobua•:-°La
Banca», •Favorita•, •Fénb.•, .-Surtidora» •M.onte dePiedad de Mooteney,, y 8ucurealee nt!m~roa 1 y 2· en
el concepto de que, ei transcurridos aefe mesee. ~n•
tados dnde hoy, no oompareciere pel'&amp;Ona alguna ,
reclamar oon justo y legftimo t1tulo, les expreeaci:as
demasf.aa, se lee ~andará ingreee.r eo Ja Racaudacl6n
de Rent&amp; Munl01pale1 de este. oludad de &amp;cuerdo
oon lo preceptuado en el citado articulo
Monterrey, 26 de Diciembre de 1907.-P·. c. 1/lartlues.~B. Ramlres Angulaoo, Brlo.

2s

868788-b.-!1'1-Abrlt

EDICTO.
NOTIFICACION.
Ju•gado
~
·
de
lo
Olvll.-1:
Fracción Judlclal.-Es·
Ju~ado 1' de lo Clvll.-1• traoc!ón Jndlclal.~E•ta-tado de N nevo León.
do
de
N.
León.
ffuno L,E-611
Oon fACha. ocho del mee en corso, se mandó r1tdtoar
Bo. et jniclode l:ite•tad.o, Mene, da la 6 aa1s 8-ñora lfa!l11elta
Sr. Apolonio Esparza.
fl.n este J azgado el Juicio de tntaetado de la Sra, Luz
Trr,Tt6o da León, ncln• qne fil' de fl■t.a Villa, H bao dfotad.o Jo.
av,toe que l la letra dicen:
....
En el Juicio ordinaria eaorlto aobre dlvoeolo, pro- HlnojoBB, vecina que fué de eata ciudad.
Viltahbm&amp; velattooeve de llano de mil uonoleatoll n.nna
Lo que se hace ssberal pdbllooi ftndeque laapereomoTido
por la Sra. RafaeJa Rod:rfguez contra Ud. ee
Vlato el aotertOr nombramiento de t.ator tuterlao hecho ¡,ar la
nae que ee crean con derecho 1\ la sucnlón, ae preaen•
ma:,~r de catorc• año• pero nutnor de •eintlnno, lrfi!)rUa 9Rnrlqa"• dloM nn auto qne &amp; la letra die« :
ta de León en la per.on• del 8r. Ptdro í..ec~., de ...ts .clu&lt;LVl,
Monterrey, Febrero "Veinte de mll n o veetento&amp; t-,n, deducirla dentro del tlirmino qng eefial ol art.
para qal'I
N!peaeote en eate Jn!oto sncuorlo: 1 vltk ta ~pta.~
1686 del Oódlgo de Procedlmlontoe O!v!lea .
cl6n y proteats del le1 deeeminñodel nombrado¡ d11b'ta de dlaoer· nueve. - A ane antecedente-e. y en vtst~ de lo expnee•
Monterrey, Marzo 29 de 1909. ~Llc . J. Gare!a Gua-.Irle y le dlaclerao d!cbo csr10, ooo.6rl,ndole al e!_ecto !PI f.colt&amp; to por la 0011:rrente y en conaeouenota del auto qoe
jardo, Brlo .
o.v.27,30,33-18i
d a u derech" necd&amp;riaa oua el m"jor dt&gt;••:nPf"nO de ■o. oom•"
-de Notlnqoetle de oootor01.d!Ml onn lo d 11r-ueato oo el artsculc. pr.aede t6ogaae por Intentada l• aater lor &lt;demanda
1.f&amp;, del 06dll" da1 Pr~1m 1t1ntc11 C',vtlel!I, pnblfquec ■, tanto •■tt i e dlvoroto en la v1a. Ol'dlna.r~11 civil. córr.tee t :as:::i.:!o
aÚWJ como el aoterlor de techa cuatro del actual, 90r trt1 vece&amp; de Ju cop1u almp~ea reap rctivu al demandado Sr.
EDICTO.
seouU.u• en el .p.,f64Joa 0ftr.ial• del Bitado J eu •La Vot. dE
Wºe'll'O J.eón• A•I lo rnol'fi6 J f!rm6 el O, Lic. Ellm6u Guajatdo, Apolonlo E p&amp;rza, ootfajadae y ro.brlcadu que aean ,
Juzgado 2" CcstitucioDal.-De Gral. Esoobedo, N.
Ju deLetrll8de la&amp;t fl'l,QM6n jai'Uclal: d•m&lt;&gt;fl t •.-Llo. Ga.,j&amp;r• de oonl , t mlda-1 00D el arl. 89l del Oódl¡o de Proced!~A.-1(,.,-lano Sa.nt.o■ Trn,ño.-1-Jo!, B. VUJarreal.- R6brl• dimientos Otvilea 1 empl&amp;C81-ele para que dentro del L"6n.
Oon fecha de ayer y por dlepo&amp;lclón d el C. Juez 1'
oat, vmaldam•. caatro de Vano de mil ooveotent4• Dtl l'-"8,-AI j11l ~rmtoo de nneve dlaa improrr.Jg&amp;blea l a C'lntealie,
clo &amp; que 18 n:f1er&gt;11 con el oetUl!.cado rle naelmtrntt, que 18 acom. t~n¡ABe como pat'te en 011t,e jalclo &lt;1e acuerdo con el do Letra• del Romo Olvll do la l' fn,.ccl0n ¡u11clal
Jltfi" ap,,r•ctendo del m111mo oert1ncado que la htr,de:11. Enrl• ort. 245 del Oodf¡o Civil al C. Agente del ~!lnlaterlo se ha- radfc!Mio en nt.e Juzgado &lt;le mi cargo, e juicio
quet•1de Leóo. ea menor d., 9dlld pero mayor de oatoroe en 11: pn Pdbltco 1\ quteu ~n su oportunthd se le oorrer, tam- inte.-tam~ntarlo de la finada 11-Jiuia Antonia Vill&amp;'fhttlliF&gt;lfl nombrei tutoT !nterln'l qns la rtp~.-ae'l:teen d:lch'l jolcto.
Not'ft:quer,. Asf lo provo,:ó y flrm6 @11 c. 1ner: de Lelru de la fl~ 1,ien t.rashl,'10 de la. anter10?' demanda para. el ejercicio rreal, vecina que fué de oeta Villa y que hlleol0 el
fr1'COMD Jn.ilctal: &lt;lflmr,e fé.-Lfo. 011,J,rdo.-A-Yartu:.o Santos de em atnbuclones, y por cuanto 6. que se i¡1tDO?&amp; el 1~í~ once del mes de Ja.nfo de1 afio pr6xlmo pase.do.
Trevlñ:1.-A-Jo,' B. Vlllarreal - RObrfoa■•
Y p~r d':3-posióo del mismo ci. Juz",ado 1• I.etnla
Lo qufl ae pnb!1ca en e11ta rormt. en comoll:o.len\o J pll.r ■ he rlomioH!o del dema~dado, Mllaeele ,a clt6ción con· so maDrlB publt('t»1" pClr t1"E&gt;R vf'Ofll de diez en (!jez días
ttlI'mfl al ut 86 tlel 06illg1l de Proce'llmionto!J Oivllos
rf..ct"8 de lo mat'dado en el a;it.o prlmer,imeotll'.' IDJ!l"rto
Vtll,lds.in•. 5 ,t"' Abril dt1191)9 - f,lc .lj:lm6o. Gnaj1,rdo.-A.-Ya eurtt~ndo e\ld etectoa, loe dtflz d!&amp;e coi:t&amp;du dE-e.1&amp; en el Periódico Oficial y Voz de Nuevo Le~n. de oon•
rl9¡¡f) 8a..a.\o.1Trt'r63.-A-lc!IA B. V,llarresl.
el sigui-:-,nta al d11 ta dltlma. publtcaciOn. N'otiffqueaa f'or:nida.'1 y p1,ra loe efocks del 11.rt. 1685 del Código
O.V.lt,12.Sl•lM.
Lo decretó., firmó et O Jn~z l'! do Letl"M del Rs\rno de Proc~~lmi~ntoe í!ivfü-·R
01'81. Eer,.obf.do. Mari.o 9 de l 9C'9 .-..Pelipe Ayala. .ílivll. doy íé -!.le. M Gil Travlñv.-L:c. Joe6 Juan
A-Fere ..ndo Rendón.~A Concepción L. Villarreal.
v.n,jo. Sr!o.~n1b,IC8B.
NOTIFICACION.
o. v.26 128 1 31161
Lo qns ea nottfic.a en &amp;1h formo en cumiimiento
Jingt.d&lt;) d"' Letru d.l!I la st rtacc!6'l Jnd!oial.-Vllaldama. Nn!- de lo dtapnaeto en e1 &amp;uto incettfl.
"f'O León.
MonterrAy 1 2 de AbrJl de 1909 -L1c. J"rd Jne•
EDICTO .
Sr. Nicolás Tredño.
Vallejo. Brlo.
o.31,32.33-!U
J,rgóldo
rtfl
L"tras
do
la z. Craoclón Juilcle1..-~4erelta JimeRn el lncl!cnte prrm~, ido Por el Sr. M&lt;'lchor 11'. Villatreal eontz, Noe'fO Lf6D.
br,. Qlle 1,, f\lK!lu11 que ba ce.u.111.110 tJecutorta la ■ l'!ltencl!I d-s rema'En
el
ja'c:n
t&lt;l■tamfluhrlo
A h111ne1 del Señor Apolon 10 G■ una,
ta dictada en el Jnlclo thcnttvo ml'ro■ ntH qne 11l3ue ea ID CQD\r&amp;
18 ha dlct"lo oor ,.,te Juiga!o el ant&lt;l a!galt-nte.
ant-u, rc&gt;b?O d~ oeec,1 u b!t.dlotado&gt; una sentencia qnti trucrita liNO'rIFICACION.
Ol,d~rt•lt• !lruénfi oac,1 d• Y:ann de mtl noveclento1 DU"-Te.teralmente di«-:
Por. prtioien\ado con el testl•nonl'&gt; dll tssta.me,3t.o pdbllc, .-blerto
Vlllaldr.ma, treinta Juno dfl Mano d!J mil l!/'l'fPclrntos nne•e..
Ju1g&amp;do s~ Menor Letndo.-Mo.nt9rrE&gt;y, N León,
q•c,
flA ACC'lnlOP.ñ, y ~c•aa de d fuoo16'l rMp~tlnt; r11dfqo.•118 en
--..visto ett"' Incidente prcmr&gt;vldo por el Señor Melcb . ,r Vlilarreal
uta Joq\llto el jatolo testam.,.,,t..urlo del Sdior Apolo'!.lo G•uo•
Nlf m.-d!o d" 110. ,-aorlto de f.1J~• 1A 1"11 el qne pide 8"' l\eclsr,. (JU,.
qut'l&amp;l!I
denuncia, t.é1e el •Tlso ordl!-na&lt;lo p,or el arto. l~ d'!- la ley
bu cau•a'1o Ej'!Cotorla 1,-. anterlN aenteocta ds rtimate de r..obt
d@I Tlmbra, pnbifQUIP89 e■ W anto por tr.-, V&amp;Of'8 conCt&lt;CUtiV'11 •nel
r'h-r: de Dtnlembr• d;,1 rñ., próJ:!mo paar.dr; vl1Jto el anto "º que
En
el
juicio
E'jecutlvo
m-"roantil
aegnido
en
su
con•
•Periódico
Ollclah 1 •Voi d" Nue-vo Lll'óo.•, ctr&amp;,:idoae, les here.
~ mando oorrf'r trub.do por ht'" d1ae al Br. Nioolis Ttf!Vlño. aln
QJ:P r-eb Sr. ee pr.-.uutua, Haouulo noob!t.&amp;l;'t'I de bal:&gt;er ■ Ido ira por el Sr. Ltc. Loren10 R&gt;f-1 se h1 dictado un aut, dfl'tM • demll.-. tntett!llod.011 l UD&amp; jain• que tend,!l lagu &amp; lat
dtea: df'! la mañ\n" dflil décimo dfa deapmh de 111, t\1tlma pabllca-clt'W.o te-¡almant•¡ .-18•1. la cltM:ttin psra 1ente1101a .en uU~ulo y las que A la letra. d!cA:
cldn para darlet&amp; cooocer el teatamea«l y el nnmbramlenlo de
.coTre■ oon~lf'ntta uoU.f,c-clonu, J 1
--"" . . _ . . , . ~
Mont!lrre.-. ll oC'b::&gt; de Abril de mil noveolentoa nne Albaceab&amp;ebo e:a. el mlmio, (arto, 1659, J&amp;s9y ir.o del C'61 1go de
Be.1a1tando: qu• be&lt;b' ootl8.oac óu •n f,um" de la expr~~!!
~t.-ecla I las pr.rte&amp; el actor mar:lt.. rló au co111',)rmtd•'1 y ,., de-- ve.-A aua e.ÜtecAdentea y C"mo ee p\de de oonfarml- Pr,-cadlmient~• Otv!Jee,) y por cuaoto rJ jn;cfo de !ote.Jtedo dal
Ignsclo Ga.n~•• que ae denouo!P, preverg"'• 11,l p,teote lobamandado no interpUAO reonrao aliruno deotro del tirmtoo eeñ11lado dad con el art. 1404 del Códtg'&gt; de Comi:1rcio cfteafl Or.
31, ¡,or caerJa aep,r•rl•, en vi.rtnd de no aparecer acumol&amp;blM dlJK'l' la ley, f
('loo11&lt;1erandr.: que can,110 rjPCUt.orla por declarscl6n jnd!c!al para a"lntencl&amp; de reme.U-. Notlflqnase. Lo dooretó cJt ·,, Juicio■, dH•,1v'éado11Ple flil cert·f,c'l.do r111;,•ct'vo. Not•f•qua
inWlrino de la J?4 fr.,,_4
i•g11ii, l•f11,~. II tlel ut. 1197 del Có11ffO le Pro,.dh:,,lenl,)!! otvflH v firmó el O. Alnalde ~ L,trado d.JtmM fé-L'c. l a... Lo d&amp;Dt&amp;'61 firmó el O. Jner: de L-itraa!loral~a.-A-Jest\l
B■.
1111pletorlo del de ()rlmerclo, lal!I H1ltet:nla11 d&amp; QU·I b•oht. ootillol\cl6D Divlla.-A-F. Gómez Garoía.-A-l'l!artln .l. Oondlez. elón jod!clal: d•m011 fé.-IJc Pollc,rpo
1cs~.
Ue.at"ro1.-A-Jo«6
Dnrln.
-Rl!.br
•n f &gt;l"tD1. 'DO u iD.terJtnD"' recn•eo alg'IIDO en el término 91fi:.Js1Q
L'l qos B·~ pcb1fc1 en cumpilmlflinto de lo JD&amp;ndado.
r,c, ta teJ como en el i,raeeo\e callO -Por to tiq,nesto. 1:eo• fllnda• -R~brlou
Oaderelta Jlmé11e1., U de afano de 1909.-Lic. Pollcarpo MoraLo que se ootlflca A Ud. en "Sta form11, de BOuerdo
m"'nto en la dl,.poalclón le"61 citada df'bfa de dacl ■ rar f. d~c!arc-:
,que l• antel'loruntenc!a di" rem"te. de fecb, diez de Die embre del oon el Art. 78 reform&amp;do del Código de Procedl· let.-A-Jea61 BIJ1esteroa,-!.-Jr9é DurAn.
0.V,I0,31,Sl·l~t
añ" 'Ptóx'.al(l papdoyqn• cbra l f JH 11 neltey U de eak npe-dl,i.'lltfl bs cansado tijecutoria. NotlffQ,naee. ,uf lntorloonV!rta- m ientoe CivllP.i.
Monterrey. l 13 de .!brll de 1909 ~Lic. l. Dávila.
rd,.0t111Ju ll''lllfo lo 1e11coh1ó y llrm6 el O. ~'In de tetras df' la!e, trao·
&lt;'ióo Juitc:1a1: i!amrs fé.-Lic. Blm6n Gnajudo .. A,. !11:ct.ttano Santoa -A-T. Oóme,; Garc!a. •A- Martín A Gonzáles·
RE~1ATE.-r~ Almoneda.
""Trn:fi~ - A.JOfé B VlUa!1"'al ··BObrtoaa..
o.31,32
Jurgado 2' Local Letrado. - Mont&lt;irrey. :.. León.
Lll que ae 11otltlca I Ud, f'D ee\a torm!l, en ctlropllmlsut.o de
lo d1llpt1e11t.o en 111, (rae, I del art '?! 1tfJrtD.lido del 06dl10 de
El tareero d!a babll deapuee de hecba la dltlma
.Pr~lru'entlle Cl'fllea.
Villatd,ma, ~ de Abril t'le 1~ •• ':,fo. Simón Goajudo -• J.-publleacl6n de eet• E ilcto A loa cuatro de la tarde y
Pl1BL!CACION.
llartano Santo■ Ttevlñ,,,• A-Ju• B. Villarreal.
o.11,SJ
el local de eets Juzgado. t~mdrá lugar el remate de
NOTIFICA CION.
Juzgado de Lotras de la 6~ fraoclóu Judicial.- Villal un terreno sito en la Hacienda de Tljerlnaa de eeta
d
N Loon
jutleilcoión, compt1Mto dq eteoto veinticinco me•
Jutgadl 1° de lo CiTi1 ..•1• !racci.'1n judiciul ... Esüt.do de •~:• el j~lc!o de ;ntutarnentarU A blenn de I• 8rñ?ra Frauol!I• tros setenta y cinco cent1m':ltros de frente al ~o?te
N1ievo Le n.
ca ooni,:~z de o,~,~. Teclua que ruf d"' 61 ta vma se bao dicta- por cuanents y nueve metros de fondo, colindando
Sr. Blas de Le6n.
dodouu•nsqu~tr&amp;;;cr1'os Htentmenteditlln:
oor el norte con una calle sin nombre que va de
Vlllald•m", tncs de Diciembre de rull novech!llt&lt;l11 1"1"-t.o,,- Qrlonte á. Poni:nnt,. p~r el or1ent9 con propiedad del
E:: el Juicio ~rrb&amp;l ord!trnrl'J eegu!:!o por el Sr. Aparec1eudo de ta trformacl6n que ª"'t"'C4'1"" q&gt;te los p·Nnntoe
T
i
dd
1
Mateo Gsr,;~ {"Oll c:mtra l~&lt;l sobre entri'ga doun b,red.Pro.,delaaok,ri.detstaoonct1l~nB011b~rto 1 Anroraílar,Sr. Gral G. i"Avln"I, por" StJ.r con pr'lpeda e
no, ae ha dtot!\do u■ AUto qne dice:
c111 Go ·,d.1~, a:m me:1oua dec6toree 1ñ;)8, &amp;.sAI Juzgtdo Jt:.S nom
·
los
S;e,
C.1.rlos
B3ldan,
F.
O.
Vt~tistf¿ll
y
Moleea
Vivebra~mo rn tutor int1&gt;rhiol'arAque le■ rt;Drt'!Bente t'n Ht~ jo 1clo, ro y de la tPetamentnria del Sr JaR'l J. O'LARry y
terr.
Mont~rrey.:.i l-&gt; oviPmbre
2 de1mild · Loveclentos
ocho.
al
Stnor
A bel Oerda, A qnléJ détele oonoc,mlM.to l ao d11 que ,,z_
"'• d d
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preMi
JI\ eorp•• 6 no el cargo. NotifTqonP, Lo prov~fó,.. nn:nó por el Ponlenvo onn prop1e a 0~1 ~!' Moiees Vlv&lt;&gt;ro
8 con F· pJO. Ju,,z de Letras de 111 6• r,,-cclón judicial: damr, 8 fé.-Lic. y el cual fué embargado en elju1oio enma.-rio que
-Ccm'l sa P l ·..i.e, pr~'l quPse a 1 J~enc
sióc. ju•-!tolsl A qm, se Tf;&lt;t\are el auto dPi f¡,oba. o:bo ~n..j&amp;rdo.-A-Karlr..oo Santos Trl:vlño.-A -·Jesé B. Vlllarreal.- promueve el Ltc. Oaldin'l P. QlllntanUla contra el
de Agoeto d3l f.fl.o f}Il curao dicl.ado por e:;te Jnz¡ado RO.brlf'-H
8 \" 8 R
lb
d J
d 1
¡ r,nyo eftcto cúropla!'le con lo ~n 6l dlspneato, y por
V1l1 \1,:tr.r-n,, 'ftlintku,tro de l-fano de mil nov•c1.,ntt.,1 noeve
r. '" . . '&gt;Untra oomo 8 :l.Cea e a sucesión e
b
y1stoelsn~rlo'!'o.ombrAimhn:_;to dtr1tutor Interino hÑ:bo p~rest.P, Sr. Juan J. O'Leary, en ~l concepto de qua sólo ee
ouanto t\ qu 1 Rg r b
prur- ':8 e 1 pr:,ente ja\Jiu ,nag~\3 et, 1a pu@onad~l a, u,r Abfll Oerd• de 11'!1•~ ne:~1od vua admitir,, posturse qU'"' b~etf'.'"! 11, cubrir }a:t dos teroellA cc,nCf!d@ el térn1tno
ve,inte días e&lt;1munoe
étótro- qm,
en r!lt"I Goazilf',:
Julcto ' k•sy menorne
catwcl 11n?e
Hum•
d ~ I a C\antIdf\d de •,.,1 200.00 \1'11 mtl doecien'l de
L d
berVIrrprt'.-l'•ot"'
y Au·oranartía
"'"ta la deaoept11c!6n,,y
prott!
8 , 8 r,1s pal'tre
' N bit'
0 , igo-i 9e.
J&gt;r0!'rJi(!I. b 183 pUA. e. O.
O ecr;
Y d~ fi"I di~,, r.JD~i!t&gt; a.. 1 uombrado; d•bf• de d1s ..,nlrl"' y le di90flr. t:&gt;e peBG-8 eu que fa6 valorl~Rd.o dicho tnmueb:e.
firmó el O. L\o )lac'!'ldlJDiO Gil Treviñ,,, Jun 1° d.:-, af6dirhc c:i ·g ,, codir1bdole al ~_(&lt;&gt;Ctola• facnlta·ks -'" rt"'rnh:1
go_ esta Juzgado y be.ali\ la b?r&amp; del remate. ae
Letras del 1{3mo Civil: doy fé:-Llc. Travifto. -Lic. nec,s1.rtoa ~:\r" •1 m•jor d""'!tmp~no duu comet!do, Nottf{qu,....
t t
José Juan Ya.llejo. Srlo.-.R0briccs.
~1ec-,ur r"'lidad con lo d!;ipaeetoen el arto. 18&amp;6 del C6dfgod~ m 'llR r1trdll 1oe rle.toa qua 88 SQUcltan.
, ae le h"-CO Hbar li Ud. en esta forma de B rocedlmlentoa Olvtltll!!, pnb'fqu•;;i t6nto e•tt1 auto como el anttr.'\lontorrey, á 3 de A.brll de 1909.~Lio. J. 1\1. Villa•
rlor de fecha tr(llce d'!I Dlclembrft dfli mll no\·tcieuh,11 ell!lt~ l)Or trea señor
o 80 31 32
Lo qu v
ouardo oon lo dittpueeto en la. fr&amp;c. I del art. 78 Cel .-i,ce■ oons~utlva" en el •Periódico 0Oclal• del E~t.ado y eo •L•
•
· · ·
Cód!go de Prooadtmtentofll CiviJef!I.
Vc1. de Nuevo t&lt;-óo•. Asf lo !"f110lvlóy firmó el o. Lle Simón Gua
EXTRACTO
,ey. Abril 10 de l009 .-Lic. Joré Jue.n Va- j,ndo
,loer:
de
Letns
de
'"
6t
fr~ón
ju
Hclal:
damos
fé
-Lic.
.t.
•
0u11jardo,-~1larfano8A.nlo1 Trev,ño.-A✓osé B. VJllarre&amp;l.1/lont.r.
llejo,
8rlo.
o.31,31. Rtb-rtcu,
Apncla dt'l laSeoreu.rta de Fomento en el Ramo de Mloeda en
Lo qne ae publica en e■ta forma eu 011mpUmteoto de lo manda. Lampt,zoa Nuevo Le6o.
·
doen e1 auio1'.1tim11.menteln■'!lrki.
E:itpedlente N. 889.-oon esla f~h~ val11tl11•t1 del puado KarVlllaldama. t5 de&gt; 'ilarzo de ltfi9, -Lic. Blmóll Goajardo ...-A- -io, Ju dlei de la m \Ü3.H 9'J ha pre;eots1o en la Ag~ucl.a el Sr..
Varl!t.no Santos Tre'll',ñl),-A Joté B. VU!arre.1.
Mlgnel Ferrara Volp'!I vaclni&gt; f1"1 PS'-" clu111'1 deunnclaodo diez
0,v.a,,37,8'2-164
y 11el1perten&gt;11t1cla1 minen■ sobre varia■ v eta■ que oonttenen pla
ta. plomo, y f P.drto altnadat en el R1no6n de la Plomosa perteneCONVOCATORIA.
ciente l l• Sierra d"I Lampawsde Mta jur;adlool6n¡ cuyas porteuen
cias ■ s medlr!l.n de la manera s1Au1ente: tomattdo como ponto de
Por .auerdo del Oon.sejo de Admtntatraci6o, ee conpartida la nvijonera No 4 del fdndo minero ''La PermanfliDt.f';" de
'fOC&amp; !\ loa a,ñorea acolonietas de esta Oompafifa para
aqotaobre Unea No 2ª W. aat H m'!ldlrt.n. 200. m~tro.; de este
EDICT O.
pnnto al 9. ~So W ut, 4.00. m :•tres; de tqol al 8. 2o E. ast. tiOO.
Aumblea General OrdtnarlA q'le tendrá verltlostlvo
de •qct al N MI° E, 400. metros y de e■t.a mojonera d pan
Ju•g•do de Letrea de la 3• fraoolón Judiolal.-Ll- metroe;
el d!a 7 de Mayo próximo, A 1aa 11 a, m. r,n le.e Oftcl·
to t lamoj'laera No 8. de ''La Permanent-e" con rumbo ff&lt;l 'P W.
Dall del• Negooiaclón, o,,lle del Dr. Mler Ndm. 104 naro, N. León
■,et. 100. metros para cerrar el perfmeho cayns b,doe. lo\erlorea
lfmltadoe por el ,a cltAdo fundo; siendo sus colloda.nctsa
Con teoba oatorco del preseute se radicó on (late de qued1,11
bajo 1• algu.iente:
por el Nerte. Bnr, Eate, y 088te, terreno libre, y pone por nombre
ml
cargo
el
jutc!o
df'I
inteetamentarla.
á
bienes
del
Sr.
l
eete
deuunolo.
•L~ Tnncs.•
Orden del Dfa:
.\dmitldo el antflríor deuunoto ae manda 1mb'lcar en el •PflFranolaoo 'i'ald6s ürrlaga, vecino que fn6 de eela
rl6dlco
0ficlab
del
Elltado por tres nces 1&amp;¡nldaa y fliD la tabla
1" Informe del Ooneejo de Admlnletraelón.
Olndod
avlsoede •ta Acencla i,o, un mes y M nombró perito para qne
z· Pre@ent9.cl6n de las cnentas correspondiente. L , que e• manda publicar en el Periódico Oftclal y de
pTactlqoe la medida de e!!\" flltldo al Br. Eplamento Ayarugoltade
al a8.o encial.
s-1 Trueno que se edtct&amp; en eeta oludad, de diez en esta vecindad qnleo aceptó el nombramiento,
Lo qae ae b~ •her al pl1b!loo ad'll'irt!Gnd,:,ae que desd.e esta
8) Ampliación de la• dtllldadee.
diez diaa para las personas que ae or!lan oon doreoho
se abre 1111 plFUO lmprorrcgable de co.l\tro mNe■ para 1a
,i• Nombramiento de un miembro de la Junta Di• , la herenola &amp;e preeenten II deducir la dentro del tér- fl"t'ba
mb,tanclaelón del lhpedlente en eata .\ gencia..
t.ampuoa, A.bril 5 de 19::1'9, -E. A, D. H.-A, Beyea.
rectlva.
mino de la l•y.
0.80,81,M
:?d'.onterrey, 12 de Abril de 1109.-J. B. Banford,
Llnaree. Enero 16 de 1909... Llo. Luis Trevlfio --A-Pru
o.a1,ai,aa A¡ust!n C. Gárcía. • A--Antonlo l!errera Garcla. ·
EDICTO.
o 28,31,34
2t Sala del Tribana1 Bapremo de Juatlcla,-llooterrey,~Nne•o
León.
NOTIFICACION.
En la causa instruida contraJ Lucio Pefü¡ por el
Jn1g•do :- Local.-G:al. Tarin, S. Le0n.
delito de robo se ha dlotodoj un ;auto qne ti la letra
Repdbllca
Mexlcsna.-Pre,,ldenola
Munlclpa!.-MonSr. Rafael Garza Pariente.
dice:
torrey. N. León.
Monterrey. Abril elet.e de mil novF:cientosuueve.En el }uicio verbs.l ordinario que le tiene promovido
A las diez de la mallan• del d!a 18 de Abril pró:tl- Sienclo necesaria. en esta Sala la oompareecencla de la
antq este de ml cargo el Sr Manuel Bedia sobre nu•
Udad de un• eecr!tnra de compra -.enta ae ha dictado mo. en el Balóu de Acn~rdoe del R Ayuntamiento, y g,.,._ Bernarda Nuñoz. para h pr,otloa de una dlllgpnen el mejor postor, se rematar'- en pt1blioa subasta cla judicial en eeta averlguaclon 6 ignorandoae 11n
el •lgulente auto.
Gral. Terf.n. Febrero veintidós de mil novecientos un t"!-rreno de pronif\dad municipal que comprende actual residencia cttese por medio de edictoa que ae
Jtueve -No be.biend0 oonca.rrldo el demandado l la u na enperftaie de 2 126 .12 metro. cuadrados y tiene pub1lcl\rlio tres VEIC98 coneeoutivae en el PerlO:Uco
andle~cla, que•• reftere el arb. 1058 del 06dlgo de por oollnclae lss algulentee: al Norte, calle y callejón Oftolal del Esmdo. de oonformldad oon lo dlspue&amp;to
Procedimientos Oivllee verillcada el día de &amp;ute ayer aln nombre de por meito. oon propiedad del Señor por loe aTta. 27 y 231 del Oódlgo de Procedimientos
o!teBele pan eentencla ¡,or medio d el Periódico Ofi- Manuel Rodrigue•, al Oriente, acequia de Laborea Penales A fin de qoe oomparzoan dentro del término
de laa publloaolooes ó loa diez dlas deepnés de hecha
cial del E,hdo. Notlfíqnoae. Lo decreto y ftrmó Nuevas, y al Pentente 1 una calle eln nombre
Dnrante el término de las pnblloaclonee, q~e se \1-a- la dltlma, reeomendindoae i la pollcla Investigue au
el C. Alcalde 2° Local propietario de ..ta VIiia: damoa
.Asl lo proveyó y rnbrlo6 y el O. Moglstrafé. -Jeeds G. Oortlna. - A-A. Rodrlgue1.. -A--L. Tre· ráu tres veces, de atete en aiet:.e d(ae, y ha.ata la hora paradero.
de la eubuta, 88 admUlirán poatul88quecnbran la can- do de la 2\ Sala.-Rdbrlca.~Llo. J . M. Vlllaeañor,
TIiio. -Rdbrlcaa.
-Rdbr!ca.
Lo que ae manda pdbllca?' de oon!ormtdad oon lo tidad de $30.IIO trelota p«eoe en que ha eldo juetl¡,r&amp;- Sr!o
Lo que se manda publicar en esta forma en cumplimien•
dlapueeto en la r,aoelóo ~ del art. 78 del Código d e cla.do dicho terreno, bajo el concepto de que ee le
eonoede al denunciante el derecho dol tanto.
to del auto inserto.
Prooedlmlentoe Civllee.
Monterrey, 7 de Abril d e 1909.~L!c. J, X, VlllaMonterrey, 97 do Mano de U09.--P. O . Mar!J!un.
e ral. Terf.n, Febrero 2i de llOi.-J..111 G. Cortina.
oe!lor, Srlo.
o.30 ,31,3il.
B
.
Ramiro•
Angulano
.
o
.'rl,$,Sl
,-.l- A. R o dr!¡nn .-A-L. T revlllo ·
o .31,82
PUBL1CACION.
Jtn1M10 de Letru d&amp; la IJ fr11C-Olón jndklill,... Vlllt'ldama,

t.

Señor Severo TreYiiio.

"ª

SAXFORD A.~ D Cía. S. A..

PREGON.

�PERIODICO OF1CIAL

8
NOTIFICACION.
Juzgado 1~ de lo Clvll.-lt rracclón ju.11clal Estado de Nue"l'o

l

o

~J?IC-:Sº· ., . . .

J 111.gaJo 1 . ,le lo Civil. ••l. fracc1on JUd1crnl --Estado tlc ); ueYO León.
·
,
E •
En el ju.cio testamentario de la BriQl.. Josefa ClonSr. Lic. Juan N. de la Garza y v1a. 1ze.lH Garza, se ha dictado un auto que á le. letrQ dioo:
En el j,iloio sumarlo eacrlr.o c¡u 1 eobr~ res,lelón de nn contral\fon~rrey, Marzo trece de mil novecientos nueve.
t.o de a,r..,11am1t,ot.o y p•go .,~ rentas e;gne la repreaentaoltln .de ..-Por presentado con la a&lt;'t&amp; de defunclGn Y teetlmQ·
loa SreR. z,cnla! Mendez 11 Hermano c&gt;ntra el Sr. Ernesto H ..¡en oio dfl teetomento pt1b!ico ablerto que se aoompt.fia
¡ 41ulen Ud. representa, se h dictado una 1eutenc!A Interlocutoria Con fundamento en el srt'l'ulo 1669 del C'ódlgo de
41ae , la letra olee:
•
Monterrey Ab,11 cinco de mil noveolentoa naeva. - VJstos es- Procedimie11toe Ovlles. radíqnese ante este Jnzgado
toeant&lt;loen arttcolr; v.
d ,
el ¡utoio taetamentarlo de la 8rita. Josefa (}nnzáler,,
Resultando· Qne PI Br, Z cufaa Y.énl\tz por fiU escrlt,&gt; e , el
l
·
1
t' ¡ 169 d }
oha diez y sel• de llano t!ltlmo, 89 p:(s&amp;n\6 ante eat&lt;1 !orgado, pi dénse 08 av 808 que previenen 08 Br 1cu os
e A
menl\o ••decl&amp;rara ,j...:utorh ta santencla deíioltlva dictada en Ley del TJmbre y 30 de la de H&amp;cienda vigentes. Pueerejulc!n;y mandado sn•tanctar el lnoíden!e r,•peotlvo, se corrió b 1fqurse eet!l anto por tres veces consll&lt;'ut!v11s en el
k~@lado ¡¡ ¡,. contraria. la cual no -:vaouó dich;, trAslado, Y II sobll• Pertó :llco Ofioia.1 del Estado y en «El E•pect-ador » v
cltlld del actor ae citó para s,nt•nc,a en artícalo, qued1mdo am •"
. ,
, .
p 1 rtea 1e1ralmente nottfloadas de dlrb, determiutclón; y
apareciendo qug todos lee imt1tmdce herederos B0ll
Oon,tderando: Q"a no oau~ando •j•cator!a pur mtnisttorlo dP; 1&amp; vecinos de esta Oludad, de conformidad con el artícu•
ley
la aentencla
de c¡n" 11e trata, dtb• h'llers• p,r declaraclón JU· l
, d l
Ord8Dam¡ en t o, Cftc• 8f- 1es ..
" 1un t a COD
dlrlal
el eeti en algnoo de los c•s ,a que prascrib, el arto. 697 df'I O l 670 e mismo
Oódfgo de Procedimientos Cl,•11011; y como dl~ha sentencia 88 notl el objeto que exrreea el 1669 de la propia Ley, qu•
f,có en forma á las partes, eln qo" dentro del térm•no l•gal s~ 1.n- tendrá Inga.! en e local que designen los lnteroeadoP.
tf.rpuaiera de ella recnuo a g lilO, Proc,de tal declu&amp;elóo, de co11
d te
d' hAbll d
~
fo•m'dad con la r,scclóo lJ ,!PI cltlM!o artículo 59¡ del Código de lÍ l11s cuatro de la t,11rde el rcero 1a "
e&amp;pnoF
p,.,cedim!ento• Oi\""ll•s. Por 10 expu •to y con fnndam~n!o Ade- de hecha la t1ltima nntlll.caolón, concurriendo i }1,
ml\8 ~n el •.rtlouli:, 600 d~l olta1o Oólltg,-, P• reiuelv~. ie decl&amp;ra l'Xd◄r6Snda ·unt!\ el (J. R t&gt;caudadsr de RPntee del Es
1
'ID&amp; ha c•o•'\l\o Ppcutona I" ••utencta dt! ,oluva dictada &lt;'n eale
l O ,
te d ¡ M. · te ·
jololo con f ch,. vslnte de Feb·ero p·ónmo naeado, NoLif,qoese. ta o en esta Ciudad Y e
. .-,_gen
e
lDlB r1c
A61:l.nterlocntorlt1m,..,te jazit•ndo 10 r...01vfó y f·rmó el e-. Lic. Pt1blico pol' tfner intf!Téa el F eco del Estado Pn 111
llaoed.oolo. Gil Trtv·ño, Juez J9 de Letra• del Ramo Civil: do¡ fé. preeent-e sucesión N otl:ffn n "81'. Lo decretó y firmó
-!,fe, 11 G1I Tre"l'lno. l,lc. José Juan VaU. JO, Rrlo. RObrlca•.
• "
J
•d L t
Lo que se not!f•ca r. trd. en Pata forma de c~oformldad con Jo el O. Lic. M11siooonio G 11 Trevlno, uez 1. e
e raP
dlept1PBto por el utrculo 78 d"' C1d'g,, de PNlcedlmlentos Gh-llea.
del Ramo C,vll; doy té,-Lic. M, Gil Treviño -Lic. José
Monterrey, _\brll 7 de 1900. Lic. ]osé .Jasn VallPjO i1~·:rr1o. Juan Vallf-jo.-Srio. Rt1briCP.S.
' '
Y en e:umplfmvnto de lo mandado expido el pre•
sente para eu publloacllln.
M,rnterrey, Ma:-z-&gt; 31 de 1909.-·Lto. José Juan VA
llejo, Srio.
o.30,3J,3i
Le&lt;&gt;n.

.

Cia. Minera La Oriental/8.fA.
.
CONVOCAT .O RIA.

Cía. Minera ··La Fraternal" S. A.

EDICTO.
Jnr.gado 2? de lo Civil.-1~ uacc!6n judicinl.-Est~do
deN. León.
Oon fecha diez y @iete del actuel se mendo radil'e.r en este Juzgado el juicio de inteeta(lo del Sr. NEme·
oio MartfnEZ, vecino que tné de esta ciudad.
Lo que se pt1blica en eeta fotml\, para que les pnsonas que orean oon derechp á la euceeión, ea prfstn•
ten á deducirlo dentro del término que marca el ar~1685 del Código de Procedimientce Uivlles.
Monterrey, Jfarzo 12 de 1909. -Lic. J. Oarof~ GoaJa.rdo, Prlc.
o.v.25, 28,:.ll -161

EDICTO.
J U2"¡rado 2• de lo 01-vll.-l• fracción judicial.- Esta
do de N. León.
Qon fe&lt;'he. treinta del mes en coreo, ee m&amp;Dd6 radicar en este Juzgado el juicio de irteetedo del Sr. An•
dr~e de la Cruz, veofno que tué de ésta ciudad.
Lo que se pone rn oonocimierto del -pt1blico para.
que las pereoDas que se crean con dereeoho i Ja soceci6n se pres&amp;nten á éleduolrls dentro del términoque marca e! art. 1686 del Código de Procedlmientcf".
Civiles.
)Ionterrey, Marzo 31 de 1909.-Lio. J. GRrcfa Ouajardo, Srio.
o.28,31,34-1113

EDICTO.
Juzgado 3° Menor Letrado.-Mcnterrey, N. L6ón
Oon Esta fecha se radicó an Pete de mi cargo el
Juicio de lnt-eete.do del adulto Luis Camacho. vecino.
que fué de esta ciudad y quien fe.lleci6 el 23 de Enero
del año en ourso.
Lo que ee hace eabar &amp;1 pl1blico e n gennsl para q u&amp;
las personas que ee crl'a.n con der Pcho á. lo h erencia.
se presenten á deducirlo en el término del a1t 168(}
del Código de Procedimientos Civiles.
•
?&gt;forterrey. 20 de Marzo de 1909.-Lic. I Dávila.A-Gómez García.-A-Martrn Goniález ,
o. 2S.31 ,34-163

Por acnflrdo de la Juntl\ Dlroctiva de e&amp;ta Oomraftia, se f:lta á Sres. Accionibtas ñe le. misma. á Junta
General Ordinaria, que se varlíbarfl en fSta ciudad á
P"r acoeTdo de le. Junt1' DlrectivP, ee hnoe Fabar 11.
las 4 p. m. d.el dfa 30 del actual. en la cesa. del Sr.
Plutarco Gonzáh•z, citi¡ por la calle del Oomercio loe Sres. accionletae de esta Cia., que desde el dia lli
para trahr loe esuntoe:qne c::&gt;mprende la siguiente: nel actual en adelante. se repartirá el Dlvid'ionuo
No. 104 dP... . . . . . . . . . .. . . . . ...... ......$10.000.00
( Diez Mil Pesos) ó sean ~ fl llO ( diaz pesos¡ por acción,
Orden del Día.
h-.i.ciendoss lee pegos todos loe &lt;lfas laborables, en
1? Informe de la )[esa Dirertiva.
cambio de recibo y cuponfs correspondi&amp;nt,t&gt;e, en
2° PrPsenteci6n de las (U!nttas giradas por la To- México, D. F. en el Banco InternPcionnl é Hipote
eoreria en el eje:rcio .., ,eial qoo términa, para "ario, en )lonterrey, en fil B,nco Meroontll da Mon•
su aprobación en su ceso.
EDICTO.
terrPy y en Lt!mpazoB. en 111 Oficina de In Cia. ca.llfl
3°
~ombramiento do nueva Meea Directiva.
de Comercio No. 101,
Ju,~ado
de
Letrei,
de la 2• ftacc!6n judicia l .·- ( ade
4•
Tratar rmalquier otro asunto que so presente á
Lampazo,;, Abrii ".! d3 19 J9. - E l Srio. C. M Ga,.z• . reita, Jiménez, N" . León.
discución.
o,2íl,30.31
H oy ae radie:6 en tete J uzgarlo el Ju ici.&gt; da ir,tce•a~
Lampazos , Abril li.d o 1t,09 - El .S:io ., Plutar oo Gon ment erfs dfl kA Srra, Dnni,il S. Sade y D&gt;•ñS E sther
dkz.
o,3\31,3!
Lf zsJJo de S ,da, ~r,dncs que fut:rcn Ce t:t&gt;ta ciuc ad.
Y por dlqp, 1,lcl6n tl · l U. T.ic. P, 1irerro "ft"c&gt;Te ( " ·
Jn"2
de Lrt~r... nterh;o dfl la 2' frac·ci611 judkle.l de'
1
El Oor et•Jo de é.dmfn &amp;1red61' ñe esto. Compa.ri
E~tado. Bt&gt; mP da. publlcflr d pres nte edicto tree:
VCl&lt;'CB de dh z n ot, z ~I s en ol Pu'ó&lt;lh o 01:l.ci • e~
t
b!l'tón "" $ 1 óO dD"U ot• -qsut v s pnr r ('Cl6n, h G bi r o del "Uld y 1n Te. Voz 1le&lt; Xn v.: L 611,
á fin no 14oe Ir" p •s.11
qu1 Ae ,re J con dne
S1-·c,l'' W-\ Convocatoria.
oua , b r:\ c11hrl,. "l ~f 1ñ d!;&lt; J.ri;.
t,. m 'I
1
á .,_e ;ll 'rl&lt; ,~ r. tro
No h 13: n ...o'J¡iid&gt;vA !i t!vnporf 1~a d(,quirn
M"rtí-.;-H.,, Ab 1
úe -u:¡ -ElS,i. A f'•,-,vA ·,1110 r, le hflrr.:..c!a " ir.- nt
,1 témil~o y_L', cc
cne d uf 1fi8ñ &lt;lcl &lt;,6c g de:
la A amb :la G0n r
O· ; ,.,..
J e ti.
• :,ñ
o 2 'M :P1" ' me t ( h •í"
c!t.!\.1h :1i -,• clf t 1 t , o s' n ·s p::, p~, R~~n:t JmhH: ' ' " AbTil de 111 O-¡,,, Pc.:J
acu r &lt;J Q I (' '" 1o dó \. T n' [ . t
fÍ'l B' C0l\VOC
carp, ~ r 1 s. 11 Ju,1 Il l rate1·cr ,\ Je, r. Dnrfn
nnavam "t-e lt l 'l '-i Ü)• 1 &amp; irmist.1s ¡i:1N e;n ce,,
O.\,! 31 1-l 1h1
cnr nn fi l l q;.e ea (f.&gt;ct•, rá ca PI d~m:&lt;:1 in dfl
Pre•!dcn11h Munlc,i;,a &lt;'e 8 ·1 Ntooll\8 de 103 C'ana•.
P r ,¡' '~Dt,,r11 e t .. '111 , c'!.1 "d 11,i~r (:&gt; :..Ji á. ir
El rlfa v,lntr, L'P' entrf'ote e:. • tle A hr!I, á Ju e neve da 111 m•
¡¡i,;tr y ro, lla
~l' h: 1.&lt; l d&lt;a qu nce do _\bril
ñ ne, f U el ~c,ldc e!!ta !'?e!lde-cls t ~n1rr. lug~r el r m&amp;te fl
EDIC T O.
pr6x im •.
ana ~-.u""' y subr n·• &lt;!,- u~rra "" mn11iolplo "Del ejido de,
t R V013. uo,.denu ocló el e,. Jn''én Tre,!ii· cnmo ADOOl'l't'dod,
Ju:r,::do 2 ("e rst:tudc1 r 1 \rrnrlrrr;, N.LeGn
O rden del Día.
~r, Ab rnha m Z Hcru; C"U ·a manz"'nlJ y l'(:h. n.t::te .,., t i rra et'I r-r1 Inform~ del Oo:,ie jo de ~dm ...Jat noiCn
! cn~ntm •!toada entre Is~$ y 4i call•u1 Po.rien•e do la p111·c. Gr- 1 H,y P r d1'lposlrf6n del cinl~ad&amp;no J 11 z re Lt1•11s,
H t nf.;rm e fü ¡ O.:,m tE rio •
, oeral Dnuard" fürrs y ~~trn ..1 9° callFJ6n y Zcnc. qn~d:vlde Pl dn(bh.1 4• trac·d61, Jn lil'h,I Fe l'r.dfcó fn eet-E' Ju·gsi!o al
•
•
pjldocou In H•c!end&amp; al ~ort,:, ""' Ja ml!n,s 1,1,.,a, dl~ho terrei,o 1 , l .2 1 t •
, ',: h '
d l ,.. 1
!l[ A prcba,tó n, {l'l eu Cll'!O, de lae n&gt; •. ., y b JAn• IT'i-1'" ul'o. 8no•t1Jrie d,. 62115 rot . ss cente. ,-cadrndr s,
1:·º '' ce ~ &lt;-s¡¡r m"I •"
...,1 ,a"' • tenes fl n &lt;"'( nora • nnna
ces del .'\ Ü 'l .
•
H. ,sta el !&gt;fa y h uras fli•das ieta el renJMI'. •' adre!tlrár l'"• l't'.:r rUmz ' de. óe RC'lr.a, veclr.a q ua toé ÚEi E! Sacra
IV
E'ecciór.
de
los m• ,"""
bl'09 de l!i Ju h Dlr er t i,a • 'tnr..,.
iiu• 83 b A:~!':; col.i-au ª canttd&amp;,:I t'!" t•s !1" puma z r&gt;i, mf uto de&lt; Ht&lt;1 Mnrfoipio.
,
·
T
.. .
il&amp; AA•8 mts J7u4 11tz m lM lm•~ ,l¡, mebo c111'1lr,;,,:lo, hes• flj&amp;dn t&amp;•
¡ ,
l
b
l _..b,.
'1, :'lterroy, N . L .. ábr il 6 d e 1 Oll .- Jlh!l T tl(' ..,,. d,cho remate ror ke perlt. • n owbr~'le; e.t qD&lt;" tincar!I Pn el w,.
,o tUe 8 iace llt 8l' fl- J'u ·&lt;.:O. en ~rtr i · ma. pnra
B ,¡ , ::;río. y Tell.
o 31 ,32 1!'\, ¡or Tl{.S'•'" cor;o,-IJl6ndoe~le al d.nnccloute el de1e~ho del lr.r,to q,.~ qoe i ,'3 pcrsouns qnc se cuan rnn dnei ho á ia hs1 a ley a_cno•da. .
.
.
·
renda ;,n preecnten á cednci:-Jo dentro dol té::n:ino
S. N.delo•flar~e.MarzoUdelG09.-S&amp;D tos Lozr.no nont tl qnene.r Rf&gt;l'ot:f'fa"nel
t '68~d ,.,__ I .. pi ;;ab:no
G,,11tc. -&gt;eo,etarlo.
202sso
• _..,
•
J, 1
ar ·
u e, -..vo go -.u • oce•
1f!,n:,1ent. e C1vfüs .
Arrr
mb~rrl
,
Marzo
lS"rle
19r,9
- Estelian ce\ Toro
KOTIFICACION.
A- V . J . P{"lrres.-A...'.)Jodesto T c ir.:e.
•
Juzgndo 2° de lo Olvll. - 1" fracción Judklal.- Es ta•
O. V . 25, 28,?.l lit
dl de Nuevo León.

AVISO.

Tbe Ajuthitlan ii1inin[ and rrtillin[' Cü. S. l . ;t;h ;~ ;ª1~~iio~1{ ~~(~~~~~n!e~~ J~1t~.l)~~hi

L

REMATE.

•

11

¿

Cíaf 1Hnera , To110 Chito,&gt; S. .A.

.Sr. JesÚ9 Ramos Alcacer.

CO\'OCATORIA .

E l Oonst jo da AdmiDi&amp;trsción, en eaion de boy
EDICTO
En el juicio ejscutiv,1 mn.:iar.tll qu3 l'ontrs Ud. e.oordó citará Junta General Extraordinaria, para el
Jnzgedo
20 CcvaU:otloneJ.-r;uno Lrcn.
signe el Lic. Miguel Tr.,v!ño. e;on pouer de los Srs . día 18 de .\bril á las V 1&gt;, m. en P.l local de la •Bolea
En el juicio testamentario del Sr. Eevero Ch~pe ee b~ dkt&amp;do
.José Ct1.lder6n y na. Soca. ecbr3 cob!'o de peses, se ?&gt;Iineran ce.lle de Dr. Miar :N"o. 61.
un auto d&amp;l tenor &amp;lgnlente.
b!I dictado un auto qua á la letra dice:
Puquurle Chlc1&gt;, ,1arzo diez rle mil no~ec!cntoa nueve. ~omo
Orden del Día
ee dlepc,ne en el decreto &amp;operlor qne snl&lt;'Cfdf, raMouese en P Monterrey, Marzo treinta y ui:;o de mil ll'lVecien•
t"
.lnrgado
el Juicio testamentario tlel tinado 1-!~""'" ·ob~va. dél'@
lJnioo.--D!ecntfr
y
a¡:rr.bar,
ei
hr.y.)t?gar
las
propoei
toe uuave. -A sus antecedentGB y como se pf.ile de
el ~viro qne previene el articulo ló9 de 111 lev del Timbre \"ll{ent~·
conformidad con lo diepuerto en el art. 1404 del 06- eiones qua ee hacen pa-ra el arrendamiento de lee uubllqcérsa l&lt;'• edictos en la f~rm.a orrlenada .ror ~1 arU~olo 16 ,ti,
de! C6dlgo de Procedtm!Ett tos, •l\"I'"" y cltee• i ios mtereeadue g.
dlgo de Com9rcio, c1t9~a para sentencia de ri&gt;mate. minas de esta OompeñtP.
Siendo de suma tmportanola éot(I asunto, Sfl suplica la ¡unta qne pre\"lene el artlcnlo 1669, del ptQplo ort!eu•m1ento
Notlfiqueee. Lo decretró y firmó el O, JuFz 2º de
la.que tendr, lupr en el local "" este JozR11do el df&amp; 24 do
li.
los
Srs.
acclonletae
se
sh·van
concurrirá
&amp;ta
AsamLntrae del Ramo Oivil: doy f6.-Lic. Luna -•-Lic. J.
m1amo mee, laa nueve de la moñ ,ua. Notifiquese. A•f lo de~re
bleB.
tó Y firmó.,¡ O. Alcalde 29 Local: demos f6. Al•jaudro Gnerra _
García Guajardo. Srlo. ,....R11brlcae.
A- .Tollan Obapa. A Abundlo Ro-frlgufZ
Monterrf'y,
Man,
31
de
11109
-El
Secretario,
A11rn
Lo que se notifica á Ud. en esta forll.ta de acuerdo
Y en cnmplfmf6nto de lo mandado expido el presente para eu
o.29,29,30 pubUoaol6n.
con lo -prevenido en el art 78 del Código de Proce liano de León.
Peequeri&amp; Chica, ~larzo ll de 1909.-Alejandro Gn..rra.
cllmientos Civiles.
O. V .25.28,31-181
Montsrrf'y, 6 de Abril de 1909 .-Lic. J. García On&lt;1jardo. Srio.
o 30,31
Juzga.do de Letrado de la 6• tracción judicial.-Vi
llaldema, N. León.
EXTRACTO.
Oon fecha de ayer se radicó en este Juzgado de mi
Agencia de la Secretería dfl Fomento en el Ramo cargo el julelo de intestado á bieD€s del finado Sr.
CONVOCATORIA.
de Minería en Monterrey, N. León.
Guadalupe Vlllarreal Avila, vecino que fué de eeta
Expediente 1648.-El Sr. Lic. Salomé Bo¡ello de Villa..
Por acuerdo 3-el ConsPjo de .Administración, 89
esta vecindad, con feche. 2 de Diciembre de 1908.
Lo que se pdb!ica en estn forma, para que lae per convoca A l&lt;'B Bfnores acclonlstre de esta Oompañfa
solicitó ante esta Agencie. 40 pertsnencias mineras sonae que se orean con derecho á la herencia, se pre- para ABBmblea General.Ordinaria que tendrá veriflque se obicarian en el lado Occidental de la sierra senten á deducirlo Pn el término cue Hña.la el art cativo el día 30 dí&lt;, Abr1l próximo, á las 10 a, m, en
de Mllpilla.s en el Rln6n del Goloñdrino, en munici- 1686 del Código de Procedimientos Oiviles.
· las Oflolnas de la Negociación., calle del Dr. J\lier No
•
palidad de Sa1inas Victoria, y con esta fechs se ha
Villaldaml\, 13 &lt;i.e Marzo de lRCl9. -Lic. Simón Gua- 91, bajo la. siguiente:
presentado el expreeaio Sr. Lic. Botello, pidiendo ja.rdo.-_\-:lfa.rlano 8antoe Treviño .-.J.-Joeé B. VillaOrden
del
Día
reducir i 16 las pertenanciae que antes habla solici- rreal.
o ,v .26,28,:ll-161
1? Informa del lloneejo de Administración
tado, y lae que ee medirán en doe lotee. formandoe,3
2, Pres__'.!ntaci.ón de l11e cuentas correepo~dfentes
con cada nno de ellos un rectán~nlo de 400 metros de
al eno social de 1908 y dictámen del Comieario
EDICTO.
longitud próximamente de E. á W. p,:,r 200 de ancho,
.Aplica.c!6n de les ntilldañPs.
·
debiendo de haber de la eequina N. W del le.te del
Ju,;gado de Letrae de la 6• fracción judicial.-Vlllal4 Nombramiento de un Corulsnrio y de eu Su,
Sur. á la esquina S. W. del lote del Norto. próxlma- dama. N. León.
plente.
mante 39!l metros, quedando los dos dichos lotfle den.
Oon fech!\ dos de Enero de mil novecientos ci11co. ee
Mc•ntflrrey, 30 de :IInrzo de 1909 .. Ernesto ].ladero
t.ro del Rincón del Golondrino, teniendo por todos radicó en este Jnzgiido de mi cargo el juicio de intes
rombos terreno llbre.-F.sto. solicitud se denomina tndo á bienes de la Srll,. Lugar&lt;la González V da de Presidente.
c.28,29,30
•Victoria.11_,._Lcs meta.lee que hay dentro del terreno Villsrreal, vecina qne fné de reta. Villa.
·
solicitado e1m tlerrosoe, plom:isoEt, y :dncosos con
Lo qu~ se pt'.ibllca en r·et-a forma para que Jr.s perplnta.-El perito que eo nombró par11- que haga. IRs sones que ee cre2n con dareüho á la herenola se prn•
medidas lo fué el i;r. Dolftno de J. ::,g,ntoa, vactno eont€-n á d€iiucirlo l'n el término quo fija el a.rt 16f5
IMl'RENTA DEL GOBIERNO,· E"J
de Villaldamo, quien acoptó ni cargo.,... Lo que se del Código Procedimi-.intos Civll!'s.
·
.l.'I
.ALACIO •.
publioe.ra en los tér:rminos dfl la Ley.
Viilaláf.ma MarZt.) 9 &lt;le 1909.-Ltc. Slm6n C1uajardo
1
nnmtOR
Y
10l!I~!Si'RlllfiR,
Monterrey, Ene?o 27 do 1909.-R. Ya!dez L. e'1o. ..,._A-Mariano Bnntoa Trevliio.-A-Joeé B. Yillarreal.
A. de :II.
o.29,30,31
o .26,!.":8,31161

~\e

EDICTO.

Cía. Carbúnifera de Sabinas, S. A.

a:

p

A. Brondo Whitt.

�</text>
                  </elementText>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 31, Abril 16</text>
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                <text>Siglo XIX</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>NUM. HO.

Mouteri·ey, Murtrs 13 lle .Abril de 1909.

TOMO XLIV.

Perió-dico 0ficial
DE:1 QOBIEBNO DEI. ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEV0~1EON.

•
•

Las lsyas, los decretos y de:nu disposl~ionas snilarin1as, obli[an p~r el solo hathu de sar pnblic1das en aste Perindi~o.
•

Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908 .

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUl.J.'fCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de esté Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administrador del mismo.

CONDICIQ!-&lt;ES. -Este peri6dico se publica los Mártes Y
Viérnes de rada semana,-Vale la subscripción CINCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco ele porte.-E! pago debe hacerse adelanfado.

y Liga "l!:strella de Belén."

2° de lo Criminal,

rt~

In Cirll.

Lrc. ROQUE DE LUNA

PERIODICO OFICIA L.
. .

:Uonterrey. Abril J:l_ &lt;le'ln0~.

'

Vara l.i-, \ ¡cti111as del incendio ¡lp1
TPat1ro &lt;le A( a¡m ko.
•

A1~.m:b de !,is Bo · 1;¡ ci~rt, s ~~nt·.,
•

s

•

•

15

•

FSc'.1,

G'LDCP c•tt. vo;s
n-~1111 .... '"0 25 el~ &lt;'s'"e

&lt;\'

En l,i. que verificó 1a Diputaci6a Permanente del H. Congreso dél Estado para formar la :Mesa durante el mes en cur•
De Chilpancingo, á Monterrey, Marzo
so, resultar6n electos lc,s CC. Diputados
i8 de 1909.
Aureli, Lartigue, Lk. C. Madrigal y Dr.
Sr. Genernl Bernardo Reyes.
Pedro C. ~artfnez, para PrPsidente, TeGobernador del E~tado.
Eoterado con agn1de~11n rntn atento te &lt;orero y Secrttario, respectivamente,
cgrama ~yer, n que ~írvt&gt; .. e U . p:1,tici
Instrucción Públk:t.
parme que Tesorerfa es·, E-tad, snua
$25.03. cts. S ciedad Femenil l\l1si,J.ier,
Según el Cua lro Geu~rJI de~ Ramo que
Je ltca á rerjurlicados incendio Acapulc0. se publica, rxistían en, 1 E,tado el ines
-D. Flores
rle F\breroúltim0 1 servidos por 1,030 Pro,
--.-, •
ie,ore-, 411 E-tab'•c,mi,nt,is·de fo,fruc• r~er':l· 1• 1 M, xita¡,, :re:.orería G•ne- i6n, á J,s cnal~s c,:nc .rrí¡¡u 30,998alum1cr-a1 del 0 t~ ;.,. · M 11 ,r-ey, ~uev, 1"bs.
11 60.-S e, 1,'.,n r '-' -N·'i1uero 335.
--

El Gobernador.-B. RP_res.

Lrc. ESTEBAN E. GUAJARDO.
2?

Renovacion
de Oficios.
•

nizadas por Sociedad "Femenil Misionera''

DE TURNO
En la presente semana.
JUE:'.liS

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I:t S · Gr',
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, E de r,,..m-ra o r.•,c:Sn q ~- t,,n.tic6,ia

;.vtl·cri. ' 1 q le .;: f e:
. .
r
.
cbrresp,iudiente al 26 de Marzu (¡ t'l!l"
'Pag2 ·o, ~o· 'fa ro-~ ar10 ,,1 .;62.42 J fatur~ d' H,cirn L F eJ .l Esta"rcm.tiJ,,s a Sr. G~bernador del E taá ,escnta \ n,(,.s p,-sos , .renta y dc·s e • a- l ,, P"r el mes del. M,r,,&gt; f.Limr es como
cte Gllerrero. p,ra auxtliD de las fam l' .s• " s" - R'-' f c,e, · • t -,,to te eg,au•a 11 ;\ í s.- .¡i«ue:
"
•
las. víctima,, el incendio del Teatr 1.0. -Ré,L:.,e si~Liñc~r1e. -gradec,micn. !:IS!Ufü,161 mes de FehreIlort:•:, fe ·Aca;)l1kn, se enviaron •po.-~ e-' tQ por bu1~uit:-:rifl Cón2tÍ\·o.''
-..
r,&gt; prí,ximo p1s;1rln .. ~ 3J(j8 71
1· · ' u:i I :r :1rL .... el [oz1·e,u ..... .
1H;J:J1.10SvG, lu0.11
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norme11fr, para el;mismo objdo, ,eseut.
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rns;r utr a u
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par1 C"D'lci•1'iento rlel Sr. Gc,h•rna~o~ l&lt;1em. el E •reso ......!.. .
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yuos p-~s:,s 1 cuareuta y dos c~nta\·os, ri:..- ·,
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tn del· producto de la funci6n 'dada en el con referencia al o!ic o ,Núm. 298 fcch, ,
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Hipódromo de esta Cindart, y-del Recital 1~ .ayer; que ~e. :;r,gijió á l'd. p1&gt;r esta
F:X:TSTK'&lt;CLL .....
y Jamaica org1,uizadas por la Sociedad lesnrena, r~ln.t1vo al asu•Jto· de que se
Instituto tle Ciencias y Artes «lel
Feme.ni! ~Lsionera y I,iga "Estrella el. trata.
·
Belén», como se vé ,¡e la corresp.mdencia
Liberta] Y Constitúción. Monterrey,
Estado lle Oax11r1-1.
que sigue:
Abnl 7_dc 1909.-E. T. G., Da,.¡d C 11 e.
• ·
,ra,-C, Secretario del Sup~rior GobieqH
•
CONVO"ATORIA.
Gobi.erno del Estado de Nuevo León, del Estado.-Presente.
~
• Monterrey, 26 de ::\farzo de 190 .
•
En res.ornen, se m~n?aron $2.228.57 cs. Para el Séptz·,;,-1 Concurso Czenlífico.Lile9
Sr. Gobernador del Esta.-\o de Guerrero, [para auxilio de hs ,·ict1mas de Acapulco.
rano, dedicado a! C. LIC. BENITO •
.
Chilpancinge&gt;.
---.JUAREZ,
Benemérito de Amerzi:a.
,
Tesorero del Estado situará á · disposi .• •
Uonaü VO!'l.
de Ud. para víctimas incendio Tts•
Véase la siguiente nota:
El Instituto de Ciencias y .\rtes del
• rióu
tro de Acapulco,. $37.39 cts., resto del
Ju uta de Mejoras 1faterial:s. 1Ionte. ~stado de .Oa~ara . para r~ndir uu h,omena.'
]Jrudncto función Hipódr;;imo ~ que me rrey, N. Le6n.-Tesorería.~En contesta- ¡e d.e adm1rac13n y grat1tnd, el dia 18 de
referi en telegrama 19 del actual.
~i6n á sti apreciable nota nÍtmer g
Julio de est~ an·&gt;, al sah-,,dor y Beneméri.I&lt;::l G ,pernador.-B. Re)'t'S.
•
fecha de ayer, manifiesto á Ud. q~ie •;~~: to de la Patna, Lrc._-~E;NITO Ju.ÁRE':, ha reforme á ella he. ,·eci'b 1·,j 0 la
t d d d · suelto, con aprobac1on del E¡ecutlvo del
,
can I a
e E d
h .
S' .
.
Da Cbilpancingo, á l\Ionterrey, l\Iarzo $5,500.00 daco
mil quinientos pesos co- , st ª º•.ª nr. e1 eptlmo Concurso C1en27 de 1909.
mo renta especial de este Municipio 'do t1f1co-L1teram, entre t~dos los alumno~ y
Gobern.~dor Be, u ardo Reyes.
natiws de varios vecinos. del mism~ pa- alumnas .de los Co)eg10s de Iustr?cc!6n
Telegrama ayer déjame enterado que ra las rnejoras materiales que el Señor (fo. secnndan:t Y profesional de la Repubhca,
Tesorería ese Estado su digno ca.rgo si- bernador tenga á bien determinar.
conforme á los temas y bases siguientes:
lllará para víctimas incendio Acapu 1co
Qn.eda hecho el ingr,,go respectivo en
TEMAS:
1/,37,39 restQ producto funci6n Hipód¡o¡no,
los
Libros
de
est:i
Tesorería
y
de
su
in•
Primero.
Poesía.
Oda á la Reforma.
grac•as atento aviso.-D. Flores.
veSió~. se dará cuenta oport~namente.
Segundo_. Composici6n en prosa. ¿Cuál
~p 1 C? ~ Ud. se sirv~ poner lo anterior será el m~¡or plan de estudios
Gobierno del Estado de 'Nuevo León. en pconocumento
¡ ?....
preparato, l 1 del Sr. Gobernador.
ros
Monterrey. 27 de Marzo de 1909.
st
rote o a d. mi consideración y resTercero .. Composici6n en prosa. Juá•
Sr. Gobernador del Estado de Guerrero . pcto.
L·o
rezno tra b a¡ó para un partido político, siChilpancin 6 o.
! ~rtad •y Coustitutión. Monterrey, n~ para el Pueblo Mexicano.
Tesorero General de este Estado situa- \ bnl 6 de 1909.-El Tesorero p. Adolfo
•
' víc, Zambraoo.-S. E. Zambrano -Al Sr. Don
rá á d'sposición de Ud., para auxtlio
BASES:
tjmas incendio Acapuko, $25 03 cts. mi- Ram6n G. Chávarri, Secretario del ·supePrimera. Desde la fecha de esta Contad producto de recital y jamaka orga- rior Gobierno del Estado.-Presente.
· se abr·rá el Séptimo Concurw
vocatona

.

•

•

.

�PERIODICO OFICIAL.

2

GOBIERNO DEL ESTADO.

Científico- Literar io, y se cerrará el día
respondien te al primer año de su duración
30 de J:1010 del pr&lt;s ente año
__________ ___
constitucional.-De enterado.
t:\egunda. En el referido &lt;"oncnrso s6L a Legi slatura del Estado de Guanalo podrán tomar parte los estu.rliantes de
República Mexicana.-Presidencia "!llu - juato com unica, que el día primero del acualquiera escuela de la Re pública, sea ó nic ipal.-Monterrey, Nuevo León. - Sec- tu al abrió el segundo período de sesiones
no oGcial.
ción 3~-Gobernacióo, E,tadística y Gue- ordi narias, corres·pondientes al primer año
Tercera. Los c-,ncurrentes envia rán na.-Eu la Ciudad de Monterrey, Capital de su ej€rci io.-De enterado.
.
sus trabajos al Direct&lt;,r del Iastituto de del Estado de Nuevo León, á los cinco
La Legislatura del Estado de M1clioaCiencias y Artes del Estado, empleando días del mes de E• ero de mil novecientos cán pide un ejemplar de la Ley de Dividos sohras;, entro de uno estará la cvmpo nueve, siendo las cuatro de la tarde y es- ción Territorial de este E~tado. -Dígasele
cición tirmada con u n lema, y dentro de tan do reunido el R . Ayuntawiento en su que no h1y una Ley esrecial sobre este
otro, la boleta de matrícula que acre&lt;li· Salón de Acuerdos, procedió el Alcalde rº particular.
. .
al autor c ,1110 estudiante. En el exterior qne subscribe á sortear uno de los indidEl C. Pablo Escand6n part1c1pa, que
de este segundo sobre estará escrito con duos que, para el ejército nacional, le fal-1 habiendo sido electo Gobernador ConsticlariJad el lema adoptado para d,stinguir ta dai" á este Municipio en el presente año tucional del Estado de J\lorelos, tomó pala compnsición.
fiscal; habiendo resultado designado por sesión de dicho cargo el día 15 de Marzo
Cuarta. L-1s premir s serán los ,iguien- la suerte el C. Agustín Espinosa, soltero, úitimo.-De enterado con satisfacción.
tes:
·
de veinticuatro afias de edad. Con lo que • El propio C. Goberna• or pa1 ticipa, que
Primero: "t:! Gobierno de' EsLdo.-I i. se dió por terminada la diligencia. levan- nombró Secretario del Despacho de aquel
bros cientHicos ó literarios,
tándose la presente acta, de la que se man- Gobierno al C. Luis Flores y Oficial Ma•
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta dó sacar copia, para que sea remitida á la yor de la Secretaría al C. Reginaldo OliC'ap1ta1.-$roo.oo cs.
Secretaría del Gobierno del Estado, de vcra.--De e1,teraelo.
Tercero: del Instituto de Ciencias y conformidad con la prt'scripción legal re
El C. Pedro L. Rodriguez, comuuica,
Artes del E,L.dn.-$200.00 cs.
lativa. Por ante mí: doy fé.-P. C, Mar- que habiendo sido reelecto Gr,bernador del
Quiuta. Lo, trabajos deben ser inédi tínez.-B. Rarnírez Anguiano, Secretario. Estado de l-Iidalgo, cuyo periodo cowíen tos y escritos en caste'lano.
-Rúbricas.
za el primero del actual y termina el 31
Sexta. Aclemás de los premios anterioEs copia.--Monterrey, 6 de Enero de de Marzo de 1913, prev;a la protesta de
res, el Jura'1o otorgará un accésit en cada i:909.-/'. C Marlín~,.-B. Ramírc.: A;:- 1 ley, cc,Hínua al frerte del despacho del
te ca y haiá meución r:e las cow¡;osic oues 'ii[uiaHo, Secretario.
Poder Ej,cutiro ,:e dkho E·tafo. -De en•~ue á su jn;,,¡o lo merezcan.
_ _ _ _ _ _ _,_ _ _ _ _ _ _ _ terado con satisfacción.

ODER LEUISL ''l'lYO

Séptima.-_ El C. Goher°;ador del Esta-:
1
do &lt;ntregara los premios a ] s personas _ _ _
1l
•
que lns hubier&lt;"n obtenido, eu una solerone' Velada Líric,,-Literaria qne con este
Dipntndón Pernrnnente,
fi-1 orgs.n:z;ará el Instituto de Cirncias y
Artes.
- del XXXI Y Con;;rcso Con:;titudoOctava. En el caso de no poder asistir
¡;ersonalmeute los autores que fueren
premiados, ne mur ,ún, tn debida forma,
un repre,entante á q11•en se le entregará
el premio con, pu, ,1: •1te.
No,·ena. Ce·· t-, a "portunidad se darán á conocer, por medio de la prensa, los
nombres de las composiciones qne hubier~n Sido prem; adas.
Libe Pd y C- n,:itucif.". o~xaca de
Juárer, 1Iirzo r¡ de 1909.- El Director,
• 1,,,- /u, 1 'ilur-i •,,1.-El S,.cretario, En
liJ/.ft

c. o··",.ª·

GOHIERl'O (i eNEllA.L.
Scc.~ta:Í1 cl,c, Comunicaciones y Obras
Pública 5 -?-Iéxico. - Direccion Gral. de
Telegrafos.-Seccióo 2~-Núm. 2 ,213 .
Hoy digo á los Señores Patricio Milmo
é Hijos Sucernres, residentes en esa Ciucad, lo que sigue:
"De conformidad con lo que solicitan
Udes. en su oc urso fe cha 16 del actual, el
Presiden te de la R epública ha tenido á
bien concederles el permiso necesar io pan el establecim iento de un ramal telefó
ntco de noventa y dos k ilómetros de extensión que, pa rtiendo del pu oto denominado Alamo Viejo, en la línea principal
de L ampazos á las Vjllas de Juárez y San
Fdipe que establecieron Udes. según conc~sión del 21 de Oct ubre de 1908, comun 'que al R a nch o del Pescad0 y al de San
Francisco, á través de los límites de los
Estados de Coahuila y Nuevo León; en el
concepto de q ue di cho permiso se consideu adicional &lt;le los de 21 de Octubre de
1908 y 26 de Enero último, y por lo mismo se su jetará en t©das s us partes á lo
esti pul ado en dichas concesi ones."
Ten go la honra de trasladarlo á U d pan,_ s u conocim iento y efectos correspond;entes y con referencia á los oficios 92 r y
-:r, 704, fechas 21 de O ctubre y 26 de Eneru últimos ,
México, Marzo 25 de 1909,-P. el S.
Gilberta Montiel. -Al Gobernador del Estado de Nuevo León.-Monterrey, N, L.

nal del Estado.
SEsrói,; DF.L

DÍA

3 I DE i\fARZO DE 1909

Presidellcifl del C. Dr. PeJro C. ih'artínez.
A la lic,r:i r,glan:cntaria se ar rió¡,. se
sión con la lectura del "eta de la anter r,
la q ,,e sin dis", ;ión fné a probad 1•
La Secretar(, dió Clh'nta crn lo sigu·cnte:
l:u cficio del Ejecutiyo dd Estad, p· r
e! qne pertícipa, que en uso d~ la facul
tad qt,e le csLii-re d de!'rdo l,9 r6 de 21
de Octubre ,1e 1907, ·econceE•i á la Co,n·
pBñ'a :-.rannfacturera S. A. organizada ,.or
el Sr. Go:z.lo Garz:l González, exenci~n
d i .. 1¡it•est&gt;ls pe! E~tado y Municipales,
durante siete años, por el capital no menor de treinta mil resos qne iuvierta tu
el est::blcc;mi.:uto en esta ciudad ds una
Fnndíciún de Fiei:ro y Bronce, ;njuo_tan·
do copia de dicha resolución.-Resérvese
para darse cuenta al Congreso.
No habiendo otro asunto de que tratar,
se levantó la sesión, á la que concurrieron
los CC_. Diputados: Martínez, Lartigue y
i\1 d 1 l p d C J;l
1
a : ga . - e ro . · : artínez, Diputado
Pres1dente.--,Cnspm1ano Madrirral Did S
,
º '
puta O ecretano.
Es copi a. l\Ionterrey, Marzo 31 de 1909.
- Rafa el del Castillo, Oficial Mayor.
SESION DEL

DIA

3

PERIODICO ·OFICIAL.

7 DE ABRIL DE 1909.

Presidencia del C. Aurelio Lartigue.
A la hora reglamentaria se ahrló la sesión con la lectura del acta de la anterior
la que sin discusión fué aprobada.
'
En seguida, se procedió á la renovación
de Oficios , conforme lo prevenido por el
R eglamento de la Cámara, resultando electos los CC. Diputados:
Aurelio L artigue, Presidente.
L ic. C rispiniano Madrigal, T esorero,
Dr. Pedro C. Martínez, Secretario.
La Secretaria dió cuenta con lo siguiente:
La Legislatura del Estado de Sinaloa
participa, que el 15 del pasado abrió el segundo período de sesiones ordinarias cor-

'

El~- Francisco A. Koyola, p3:rt c1pa,
que hizo entrega d;l Pode; Er,r·ut1vo del
Estado ele S~n 1=urn Pok 1,_al C. Gobernador Conslltuctonal del rn1_Sllll',_ por hah:r dado por tenntnada la licencn de qne
disfrntaba.-Archivo.
El Ingeniero José María Espinosa y
Cuevas, Gubernador del E,tado de San
Luis Potosí, participa, que hab'endo dado
por terminada la licenciá de que disfrutaha, con focha de primero del actual, se hizo cargo nuevamente del Poder Ejecutivo
del propio Estado.-De enteradu.
E) Gobernador del Est::do de H ida 1 go
participa, que el 22 del pasado fdleció el
Sr. Gabriel Revilb, Gobernac!or Suplente
del prrpio Estado -De ente.de co,. sentimieoto.
No habiendo otro, 1sunt• d que tratar~
se levantó la seoión, fe la qne e·,. - □ •·r;e­
ron los ( C. lJ,putsdos: La. rg.i ·. }'o.J, igal
Y l\I~rtínez.-A11relio La,·tig •e, .D µutado
Pre:;1dente.. -Pedro C. Martínez Diputa•
do Secretario.
'
Es copia. Monterrey, Abdl ¡ de 1909.
-Rafael del Castillo, Oficial l\fayor.
------------------

SECCION JUDICIAL.
Secretaría de la 3~ Sala del Supremo
T ribun al de Justicia.--,Monttrrey, .Nuevo
L eón.
Mon terrey, Noviembre veinticinco de
mil novecientos _oc~o.- Vista la pr esente
causa que en vernt1cuatro de Agosto del
año en curso comenzó á in struir el C. Juez •
1,;, de Letras del Ramo Penal, contra Antonio MartÍDez, soltero, de veintiún años
de edad, curtidor, originario de Laredo
Estado de_ Tamaulipas, y de esta vecindad
por el delito de lesiones: V istas las diligencias del su1;11~rio, _lo pedido por el C.
Ag ente del M1msteno Público, lo alegado
por el defensor de oficio y la sentencia
que con fe cha_~eintitr és de Septiembre último pronunc10 el Juez de L etras referi do
por la cual se im ponen á Antonio Martínez como autor de dicho delito diez meses, veintlsé}s dí_a s. de obras 'públicas á
contar del d1a vernttocho del citado mes
de ~ gosto, mandó decomizar la pistola r ecogida al reo con que delinquió y que se
le a~oneste para que no remcid a. Visto
el dictamen del Ministro Fiscal en que pide se confirme el fallo relacionado por
concl:P!~arlo justo y arreglado á la ley, con
la ad1c1on sólo de que se dejen al ofendi-

,,- do sus derechos á salvo por lo que respec- lcon l a dili g encia de fé judicial de las le- Sala: doy fé-I)c. Villareal.-Lic. L . E .
to á la respon~ abilidad civil; lo _expu 7sto sio~es reci,bidas ~or Julián ~a_ntú , d ecla Ald ape.- Srio. -Rúbric&amp;s.
por el defensor en esta segl!nda rn~,tancia ración _de este: di ctamen Medico legal _Y
la citación para sentencia y cuanto más confesión del mcu)p_ado que por cumplir
Secretaría d e la 2•. Sa la u el S up redebi6 tenerse presen te.
con todos los reqmsllos de ley forma prue· mo Tri b unal d e J nsti cia.-Montt:rrey
Resultando: que la tarde de~ veioticn a- ha perfecta; artícu 1os 415, 423 , y 42 4 del N. L eón .
tro del expresado mes de Agosto se dis- Código mencionado,
Monterrey, diecisiete de Nov ie mbre
gustaron en el Establecimie?to de, cene- , Co~siderando: qm: habiénd~se cometi~o de . mil novecientos ocho.~ Vi sta esta
ría donde trabajaban A o tomo Martme~ y e, delito de referenci a antes de que hub1e' Julian Cantú y
salir de su trabajo yen- r~ contienda ~e
entre ofensor y ofen- causa iniciada de oficio el rlta dos de
do el primero para su casa fué alcanzado d1do en atención a lo ex presado en el ••- Junio último por el C. Ju e z prim e ro
por Cautú quien cuchillo en mano, le gri- tículo 530 riel Código Penal, debe concep- de L e tras del Ramo Penal de la pritó qne se p• rsi;a y comn_lo viéra dirijirse tu_:irse tal delito c? mo ejecutad? fuera_de mera fracción judicial del EBtado, con.
á é ,acó Marnn , z, ,u ~\st la y antes de rma y ~omprend1do para la 1m~os1c160 tra Lucio Ola ue soltero de veintiullegar se la d1 , paro h ne &lt;&gt; dolo en l • re- del ca sttgo a s u autor según el dictamen
_
g '. ,
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. , ,'10
gión inguinal dere,ha pro-luciendo el pro- Médico-perici al de que se ha hecho mé1i- cho ano~ d e ed a d , JOI na lero, ori g rn~l
yectil á su salidi otra lesión en l a región to en la fracción II del artículo 503 de l de la Ciudad d e Zaci. t ecas, Cap1t~I
troca•• ter :an , d'?l mi ,m ri lado, de cuya~ mismo Código que s, ñ ala de dos á once del E stado del mismo nombre y veciherida'. ? ó,l é el JU/.ge-11 1, P~e vPn f~ meses_d; arresto ó dos á d!eciocho J? eS(S no d e es ta Ci udad por e l d elito d e lede Pol icia a donde se wu u i yo, p1 o d · _p ris160 (1 ob, as pú bhcus, pu d1,t od? sioues.-"Vistas ]as dili gencia d el suav!~o, por e~ cou trars; en dicha ~fic rn a_ d aplt, ar en t•'.• d~ _eso, e xt rem_os el t;r1111- m a r io las
rue bas r endid as por el
pqc1eute, quteu despues de r endir su 10- no que se estime JUSto a ten d1enr.o a las
'
P
.
formativa fué remitido por disposición del circunstancias que hu hi er en concurrido ? efe nso_r d el pr?~esa~o en primer a
Juez instructor al H ospita l Hon ,ález pa- en la comi &lt;ión del hecho delict uo,o.
tus ta n c ta, la r eq m s1 t o r1ad el R eprese nra su asisteuch y curación, h abien do ,i,Jo
Coaside,an ·o: qne en favor del acusado ta nte del Mi ni steri o Público y l o pcd a~lfi cadas las le:5iones descritas por l0_E obr~n las de c nfesi. d -1 d, li tn )'. p o,·o- di do po r el m ismo d efenso r , asi como
S~nores Fa culta tivos de aquel ~ -tablec1- cac1ón g rave de ¡ a, t del of nd trl" , 9 ne ]a se ntencia q ue con fecha sie t e de
miento, entre las qne no ponen ,,1 pu eden son de pri mera y cu arta clase, respectiva- O t b
, •
d
·, l
· d"1ca, n •ole las agra va n tes de e u . re p ro x uno paBa o pron u-nc10
e
poHer en peh·gro 1a v1·aa y curaron d es mente , perJU
.
p ué ; de quince dfas.
sus malas cr st u mbres an teriores y ser Jue z rnstru ctor, co ndenan~lo al c1t'.tdo
R esultando: que el of uaido exp re,ó en frecuente e, el E,t o ,1 d~lit•• rle lesi,. Olagucca.mo autordelrlt- lt to refendo,
su deP!aración haber sido h erido p·,r An- nes, aquel la de pri me,a e a,e y ésta de á sufrir la pe rrn di' 1111 &gt;IÍlO, á oe h o
tonio Mar tínez la tarde referida, con 1110- tercera, superando las atenuantes en una me.ses, veinte días &lt;le ol11 ,., ¡,í1bl ieas,
tiv~ de u n di,gus to que tuvi, rnn , 11 1, 1e u_~ dañ; a•tícu!ns 4o_fracd6n IV, 43 fr_ac- :í contar desde el día cuatrn Je Junio
nena donde trahaJab.n y e, mo aq• e 1~ 10n VIII , 45 frac, on V III y 47 fracción d ¡ ,
, d l
citara t•rre:,o para pelear, al sa ir de, tra• XII del, itado (ó,iig,-.
e ano en_ cu_iso, am~nestan ~ e para
bajo se fueron j•rn tos y 110 habían cami• Considerando: que las armas ó instru- que no rernc1da: Visto el UHotamen
nado unos cuantos pases cuando separán- mentos con que se cometa el delito deben del C. Ministro Fiscal, lo alegado por
dose Martíoez le dij·, que allí - era 1111&lt;11 dec&lt;'mizarse si fuer• u de la prop;edad d I el defensor en esta in4ancia la citalugar y si:i, medi~r m&lt;\s pa,lah,ras di•part no¡ artíclll? 102, qne en to 'a s•ntencia ci(,n para ,enteneia y todo '10 demás
éste sobre el su pistola les1onaudolo y ern- conde oatona se pre,·endrá qne s• amones- r e el b",
1 au t os: y
. d ¡ f
A
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e 10 ver,;e
r eo11, 1-a•"
pren d1en o a nga. otomo n 1artrnez en e para que no retuc1d a; artículo 208 y
R
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. s_u indagr.t ,na coofe,ó
r h rido á Ju- que la res~&lt;•nsabi)ica~ civil sólo puede.de- . . _est~~tando. Que en_ la tec-ha de la
han c~utú por que de,pnes de , 1sgusto r r tarse á rn,taucia ''e parte¡. gítima, ar 1mciac1011 de esta cau,a, corno á las
que tub:eron ese día durante RU trabaj ó, tí ulo 2S;- todos del Códi~o Pen ,¡
ocho de la mañana, se encontraba el
al dir j rse pua rn casa ya ~n la tarde fué
Por las arlteriores ronsideraei, ~es , fu,1- procesado J .nC'io Olagu(, r1l111orzando
~lca•JZado_ c~~ca de 1a accqma llama '1a ~e damentos l~gale~ ;X'•Uestos y con apoyo en su casa &amp;ita en una vecindad ubiLos ~nd,os P'"•r los he;manos Tom&gt;&lt;; ad má, en los articulns 5, ro, 35 , á 37,
d
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ca a en a e,qnma e as ca es
e
Y Juli20 Cantú ' llevando este nn cuchil 'o 282 ' 220 ' 2 25 ' 4 3 7 y 501 (1' ¡ repet1 d o C'O, G
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.
.
1
en la maoo y como viera que trata ha de digo y 4 ro, 411 y 4 , 4 del de ¡,, o,edi mirn- _u a na Jna o y
on,t1 t~t r-1611. e e esta
echársele en cima sac6 una pistola que tos Penales, 2e r, forma /a sentencia de Crnclad, cuando llegó Ezeq 111rl García
t raía y disparó sa~re él á distancia c0mo pdmera instancia que se revisa, y se falla. el dueño de la citada veci11dad,bastan de vernte_pasos, yeado-e_ lueg •, '! al ,er Primero: se coade~a á Antonio MartÍDfz te eurio y empezó á insultarlo como
apr~heod1do ¡;oco des~ues la poh~!a le re- ;omo_~utor del d, ;1 to de lesiones inferida~ lo hacía siempre que ~e ponía en ese
cog15 el arma y ademas una cuchilla que a Julta n Cantú, a sufrir la pena de nueve
t d
1
¡·,
¡
t am?ién portaba, si? qu e en el car•o res- ~ ses, cua t ro días de obras públicas co m es a o, pero uego, sa JO para vo ver
pectivo que se pract·có eo tre a mbos decl atada de de el veintiocho de Agosto del en segmda pocos momentos después
r~ntes se lo~r~ra poner(os,de ª:!lerdo, h a- corri n te año en que se decretó su prisión
un ~ cuc hill a za p atera y__ s_e le ar rob1éndose _roc.oJ1do a rlemas ~ Ju han Cant~1 preveuttv~ -:-Seg un?º :,A monéste5'le par a J O e n _cima, p or lo que COJJO Olague
~os cuchillas .Y á Tomás l an tú u na cuch1 que no ret nc1da ad v1rt1endo le las penas á 11 na piedra y se la tiró ca U$ándole en
l,a y una r·h1ira de cuyos º ~Jetos se dtó que se ex pone. - -Tercero: se decomiza en 1 ,, .. d , 1 ·
·t ¡
fé por el J uzgado q ue dando allí deposita - favor del Erar io del Estado la pistola con i11 e.atad o~ es1_on_e s, t'.n ad SJ uac a en
dos.
que se c0met1ó el delito, disponifndo se
co ~. e dalceJ:i, JZquliedr
Y otra en
Re,111tando: que llamados á declarar entreguen á sus respectivos dueños las ar- 1a meJt 11 a e mismo a O, ambas de
Fructuoso Lozano_ y Tomás Can tú, ~sto, °:1ªs recojidas de que se ha h,cho rnen- dos centímetros de extención, de las
• P;_ev1as las formal~dades de ley, man!Íes- c1ón y maoda_das depositar en el Juzgado. que se dió fé por el J ucz lnstructor,
O. qn~ en la teneria donrle trabaja, ene, Cuarto: se deJan al 0fendido sus derecho, ,eindo clasificadas en su oportunidad
t10naroo en
menc1ooada
su her- a salvo
., la fecha
A
·
,
• •pm lo 4ue. hace á la respo~s·b
"·" 1"t 1·· por 1os.,'J e'd"1cos d eI H o~p1·t. a ¡ Gonza, 1ez '
mano_ J u l ian y, ntoo_1~,Mart1?;z y_ al se- dad civil; y .-Qllmto: Notifíquese y dése
. ,
.
'
ltr fue cuaudo este h1'.10 á Jultan srn qu~ cuenta. Así, definitivamente juzgando, 1, entte las q~e no po~en 111 pueden poel dedara1ite presenciara nada, por que resolvió y firmó el C. Lic. Viviano V. Vi ner en pchgro la nda y curaron en
cnando llegó a~ punto ya estaba. hericlr- !!arrea! Magis~rado Interino de_ la 3~ Sa- ocho días, dejando cicatrices perpesu herman~, ye:1dose en persecus1ón del .a : doy fé-L1c. ~- V. Villarreal.-Lic. tnas y notables en la cara: que posm.ilherhor a qu1e~ 1,ogr,S aprehender coa L. E. Aldape. -Sno.-Rúbricas.
teriormente el Representa □ t d l :111"1
I:-, ayuda de la poltcia, declarando ~1 tesMonterrey Diciembre cinco de mil no
· t 01 .·10 p 11'b]"
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lJ e e
10
tíg" Lo_zano citado por Martínez como vecien tos och;.-No hab'éndose interpues n~s. ,
ic_o
a
_uzga~o ~e
presencial del pleito, que aunque traba- to ningún recurso de la anterior senten- hicie 1 ~ compa1ece1 al ofendido Garcia
j_an en la tene1:ía den~minada "El In 'io" cía dentro del término Je¡¡;al, se declara Y_ ~e diera fé d~I estado ~e cicatrizael ªº, presencr6 _conttrnda ~lguna entre que ha ca~sado ejecutoriad-• conformidad c1on de las lesiones sufridas, lo que
Martrnez y Cantu, no logr~adose ea el con _el articulo 451 del Código de Proce- se efectuó por el Juez inBtrnctor hacareo correspond1~_nte practicado coa su d1m1entos Pena)es; en c&lt;'mecuencia, li- ciendo constar que eran Jet' Jetuas
ctt~nte que se pusreran de acmrdo.
brrnse al Snpenor Gobierno del Estado
•
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I I
Y
Considerando: que quedó comproh 3 dc :os testunonios de le
. d ,
d. notables die_ has c1catnces y ha;;ta de,
Y ponteo o a su is- forme l
d ., l l ., d l
p l e-,amen~e _en los tennin?s. del artícu1o pcsició_n en la Penitencia-ría al procesado ..
a que CJO ~ e_swn e a me154 del Cod1g,! de Proctdim:entos Pena- Antonio Martíoez, trancríbase al Juez res- pila Y durante el termmo de prneb1H1
les h ~xtstenc1~ re~] del delito de le,;'o- pectivo y archívese la causa. Así ioterlo- concedido en prÍlm ra instancia, á solines qne se pers1gt1e, así como que su au- cutrriamente ju7.gan2o lo reso!vi6 y firmó sitnd del defensor del proce•ado se
tor lo es el proresad,.) Antonio Martin~z, el C. Lic. Magistrado Interino de la ~
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Pas.'l &amp; fo. página 6ft
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Consejo ele Instr1;c9ió_~ l?µb¡i9a.d.e Nuevo-León.

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ISTADO QE:NE:RA1 de los Establecimisntos de Instrucción que, según los datos correspondientes al mes de Febrero último, existen en esta Entldad Federativa.
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Establecimientos de Instrucción Primaria.

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Monterrey, de Marzo 31 de 1909.

Seralln Pe/111.
Secretario .

H

c:i,

.

�7

PER.IODICO OFICIAL.
PERIODICO OFICIAL.

fi

EDICTO.

deli to se le condena á sufrir la pena Ju•l!"ªº de Letr08 de la 3• fraco16n Judlclal.-Lla mplió su dictamen á los Médicos del de 1111 ' aiio cinco meses doce días de nari a , N. León
techa oatoroA d tl pl'fseute se ndlc6 en nte de
Hospi tal Go nz~lez, _quienes manifes- obra.; púbÍicas á conta; desrl e el dfa mtOoo
OBJ'JtO el jotcto da int.eetamentarla á. blenea d tl Sr
t a ron q~ ~ laR cicatrices de que se ha cuat ro de de J unio último fec ha de Franclaoo Valdéa Urrllga, vecino que fllé de eeia
echo men to er~n ¡wrpet uas Y ª?t ables sn fo rmal prisión: Segundo: se le amo- o-~~~e •• manda publlcar, 11 el PorlOdloo Otlclal y
Tr uAno que ae edlota en fBta ciudad, de dies en
esta~do J_as les10nes comprend_1das en nesta para que no reincida, ex plican- eldtes
días para le■ persoDU que ee o!'fan con dere&lt; bo
]~ f!acc1ón III. del artíc ulo 0 0 3 del rl ole la R penas á que se expone en c!so , la herenol• 08 pr,oenten A de&lt;!uclr la dmtro del térde la !Ay •
T ¡¡¡ A
Llnaree Enero 16 de 1P09 •· Lfo. Lula r ev O,•· •·
l od1go P enal.
. . de contravención . Tercero : se deJall mino
Considerando prim ero: Que la_ dih- al ofendid o sus derechos á salvo por Aguelln d. GArc!a.-A-- Antonlo Herrera Garc!a
o.28,lll,k
gencia ~e fé ju~icia), d~ las lesi_one, cuanto á la responsabilid ad civil.
que sufr1? ~s ~qme~ Ga~cia Y el dict a• c uarto : Notifiquese y dése cuenta.
PREGON .
m~n per1cial ren_d1do ,t. cerca de laf Así definiti vamente juzgando lo resolRep11hl!ca
llf•~lcana
.-Pree!dencl• Mnnlolpal.-llfon1~1smas por los facultat ivos del Ros- vió y firmó el C. Lic. Macedoni o E. tarrey. N . León.
pita! Go!1zále~, se comp'.·ohó legalrn ~n: Tamez, Magistrado de la seguda Sala: A laedlez de la maflana del d!a 18 de Abril pr0l&lt;len el 8a16n de Acuer dos del R . Ayuntamien to, T
t.e la ex1stenc1a del dehto que _?-~ot1 vo doy fe:-,L ic. M. ~. Tamez.-Li c .l mo
fin ' ,-1 mPjo-r poetoJ', e~ nmatarA, n pei bUce. En bHta
un t er reno de p roplQ" ª ~ mu nicipal que oomprend&amp;
est e proceso, y con la confes10n del M. Villaseñor.,--Srio. Rúbricas.
una aoperflole d e 212ó . 12 mPtr(ls ouadrado a y tff n&amp;
encausa~ ~ Olagu e, que reun e todo,
Mut1tt r ny, treinta de No viembre por oollnc!ae Isa s!gulenteo: al Norte, calle y callejón
eln n ombl"e d~ por m fdln , oon propiedad del Se- lior
lo~ re1p11s1tos legales para hacer prne- de mil novecientos och o. N o habié n- M1muel Rodr12t1 PZ. Al Orl•mtP, &amp;Cf'quta de Labores
,:,v a fl, y Al P »n 4ente, u na CE1llfll, sin nombr~.
ba plena, se i0 :titicó _qnc tÍ~te fu é ; 1 dosc interpuesto recurso alg un o de NaDoronte
el término de lae pnb fe11aclol"ea, que 8fl ha- •
yN)881 d e atE:tA en eletA dlaa, y h ea.ta 111 hora
a uto r de tal deli to: art1 cu los 15~, 41 o, la anterior se ntencia dentro del ter- ddeolat rfe
auh11eta. Rf' ad m ftt, ,n p (lt1.tUr88QUecubr11 n 111 can •
428 y 424 del Cóchgo de P roeed1m1 en- min o legal se declara que ha causa- tM11.il dP tno.oo trein ta Pf'SOB en que ha si&lt;.lo josU}lr,e ~
nl!ufo ~ f('b () t .ql"PD('I , brjo flll &lt;Y"D&lt;'eoto de que 86 Je,
tos Pen~ les.
,
do ejecutor ia de confor midad con lo M J'lnfldfll P. 1 d r-rnr rt f\ rtP A\ (lpnrh f' df 1 ten to
t "n .:&gt;y , ~7 r\p. "1'au'l d~ 1909.- - P . n . Mp-.tfn,,,r:,
C_ons1d_e_ra ndosegu ndo:Q~esegm~ la dispuesto por el art. 451 del Código B ."Mon
Ram1ru Ar gulano .
o . 27 ~Q, 31
clas1~c!c10n que de las r~fendas les10- de Procedimientos Penales. Noti EDICT O.
nes hicieron los_ tacultat1 v? s encarg~- fiquese y ex pídanse los testimonios
de Letraa de la 2t fracelda jnd1ofa1.,-Ltc aree Nue,-o
dos de la euracwn del _herid o, el d?h- de estilo poniéndose al reo Lu cio T,e,ónSnr.gado
.
rlP
t,fp,rffl ,1,.J Flr PJo r,.ntlTtO Vffla10 de r¡u e ".e trata, esta comp:end1do Olague á disposición del Ejecutivo "0'"'F.n.f' ,.Jvf' •alf'1,clt!o qu , tn6 de esta ci ud ad, h a. recafd o un ~uto flll• i lL
leh a;;'tCPI
Vsr,o tr,,.,. "'~ 1""11 n n'O"fl('lp,n tr, noe•P, · Pr&gt;r T1 r efl•ttf11~
e~ la fracc101~ I_II . del a rtíclo ;i03 ya del Estado en la Penitenciaría del d " Yc.tn11r•&amp;.
1,Jmittdoen cua nto bs lrR'!\f' l'"' "' r ,.• h o con P} IIM• d t'I de,., ti• i,,.eth:r1onfn d ,. t P1t 11 mFnto t Obliotu b e· tn qnl"I fl"I a.,-mii• ~
citado del Cod1go ~en_al_,_Pº!" h~ber mismo, hágase la transcrip c•n n co- o\l'o
r 11 fq u• lllfl "'"' n tP Jut rao'ln el ¡ale lo tP1'1'11m r nfarlo i bie n,., del Sr.
,tlfl " V 1•11 rae• • · ,. ~,,.,. "' 11 v!cn QU" p -p• IPne e l artk nlo l5D-qued ado 111 qne las 1ecib10, c1cat11ces rn ~1 on , iente y archívese ¡ 1 , :i u,a. d tae ll"IV
11' mbrf'. pn b fq r eMI &lt;&gt;1t• f' Ufo r r,r t rPf' •"'C'H Ct"tl!l"°"tlv--• Rl'I ,., •P"'"'"'°' M 0 fl 4 11,I . Y ...1 " T rur n fl". J cfff'fl" A lr1 h f- ttde
perp~t1111s .,· notab le~ _en la cara, .Y en Así interlocutoriamente juzgando lo &amp; j nuk , 1, a el jnPVP• iir 11:' m -- A "" &lt;"· ■ trn r'I • Ta tnc'e J1an
lO'I l f.-o'r, !" el • r tf, u ln 1f69 f1 p · e ·Mg-n d,. Pr" &lt;'f'.tlwfn,tr," Nvllea
fntPlll' i nc de qu .. fl,. n r, n,b•a rfl r " e11" ,fu • tr, d ('I &lt;'l" tDn t uesa vll"tud .la pena apheable ~I reo Ola- resol vió V firm ó el c. Lic. Macedo - et.,.,'l JalnU'rlno
d . lf't! m • ri,, r •11 r1f' C1otcrN&gt; pfir,1, Rr r ,} 'n Plr•11.y R J..
.,.,,1n 111 Flr. B n l&amp;.r1n r1 P 111 n11rr". A qt,I, u Pl'flll'l1,
11rpi,t,.cldr, ¡
gne r omo antor dc• ~s e_de_ht o es ~e nio E . T;imez, Ma istrado de la se- p •o *f'ltll, ,.., ]l"I tpn"•' ,-or ,u,rel"rfi1n PI Of. f'!'n, Nntlfl'q
uUP, L()
nrOH"' Ó fl..r r •l'I f'l C JnP:r rf p t ,-t•s•
fa 3) felr1t'clfn l"rllclal: il1 y
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r., 0 q•ie H pnbllca •n r eta f •,mfl, "n cumoltmlento dl'I lo 'tll• ·
h 1ira~ qn c h.J~ 1a t11,pos1c1011 .1ega 1 ~x- ·Lic. J. :,.r. Vi llascño r, Srio. -Rú l.J ri pn•sada, pud ie nd o el sentenciador Im1':141~:t-,• rn, ,_,11,r~ 11 "" 100P: L'o L•ill TrP'tffio .- A · ~"Dll'fn O
Oa.rcfa.-A. .-Attt . n ',, Herrua (far, fa.
O 16,29,82
1... l ' .
poner entl"e c&gt;rn~ extre mos. la qu e es
tima re justa ele ac uerdo co n la au tol' UBLI CAC" ION
ri;1ación '11' e le conce de el artícu lo 65
Jc :•g:do 2" C'i..•natftudoru 1 ,-0nc1a Nuevo Lft,n.
del propi o C,',cli ~'!!:o; ¡1cro consta ndo
Fn pl ju ·rfo r'A iflt , 11•11 ,lo &amp; b !fn ; 1&lt;1e D. Nic( 141!1 !"e1nin.' 1; 1, .,.
(Jlle ]a~ lesiones fueron inferida s en
h4 ~~~~::.1~,jJ1.f;~~~n~~0:=r1fl! wl!1'f'VN'fenf~ mbo V Mo f'l
t f '()1
]
dº.J
"'""' b ~11,.-, 1P1&gt;'n~etott1r l"tn·l1oh•cboenf-1l'n"rl"l Plr 1 tlh Rl,..
nna. Y en e~ .a ue - agueJ C agJre luO .
PUB LICACION.
d rljll;'OUF~rr&amp;nr.,,r~rt&gt;..fP/UYl!'Prlr-,¡:a•aqup,r"pre~entt' 1 la me•
•
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d,. rAt('H' rfi ~" I,ric{&amp; f,' o y &amp;n rl •,, n •••t"" ,lolc'o ,.., •o&lt;"nrlt' D
es pro0cdcntc que :,,;e l'CllllZCU a pena ,
h'l•"elflm1dl\Pa.bJ,-.Fo&gt;rtA.ntln.qolenft1llh j(• ~lavndeDNiC'C' d 8 Letras de IR 6' fracción Jndiotal V t'lol Hi Fe,n&amp;rr. aol&lt;1r tl11 •sta h~r•rcla y Aqn1tn r•ii
r M1 n•• ti" ~e
,, la stdam
' J U!ga,,o
.
.
.'
('A!'&lt;'l:Vl.-ta le.Areptadófl'il'""hfl'IQOl&gt;ntc•• 11:t\tl 1•boln 1or fnttrl·
que l lll b'1era d e a p]'e',.,
l a r~e1e "l°'egun
A.. N. Ui'6n .
no,1• 1{1\flOt' f' fltacted l +'~• r('ilfl qnerbr1n en HtP m '1mt1 jofcl,;
,.._• 011º0 ¡ (l '"n ¡•ou ( ' ·1 O 11 C';"" r¡ \I .._." ]JlºCC&lt;'dº"- !l • 6n , 1(ac-"' "ª Gon,A'•
E o Pl J oklo de l n t ulamMbrfa A b lf' n• B .1,. l&gt;1 ~t.fi r• Fra ""'ª 1DM II e l ru a~o r c1,,emr,• fto de rn pn , a rar, l'lfbf11 de d'rtrt,frff)f' y l •
G a r e fa , vedn11 qo eo fil é rl e ista VU!a BJ h .ill d'cta , d lv!F- r110 a l Ar. Jped11 R •ñr1,rr,a F err ln~n PI t'&lt;1rgo d P tuto r lntei.
,
¡
]
., d do dn1t1um11 rle
qne t,a=c~f•oa llt.P_, .. lmf'n tedk r:
, t,.n ,.,. 11• menor Ln,.f• F ernillnf'I,.•. t"t""Cf"d (l,:,r'ol• al ,.,,,,.,n f&lt;'c'l .1"1 11
Yi&lt;•n•

EDICTO.

EDICTO .

d,· !a pi\gin• 3•

EDICTO.

. ..

J osgado de Let ras de la s• fraoot6n jodlolal.--Lt• Juzgap.o 1°. de lo Civil.-•l . 15 fracci6n JUd1crnl ·-EAtaN Le6
Jo do N ue,·o León .
a.aree. ·
D,
En el jnloio t E'8 tamentario de la Brlta. JoeefR OonOon fecha tres del actual ee r a1'1o6 anta éate J uzga z&amp;ln Garz.i , 88 ha dictado nn auto que 4 la letrR dice :
rlo el julolo de tntMtlmentarfa 11. blenM do la 8 .flora
M 10 t.,,rrey Man:o trece de mil nt.&gt;veoir- ntoe nneve .
D'&gt;lllrea E1riquPz vecina que fué de f8t" olu dad
Por presAn'tado con la sota de defunolGn y tMtimoy en onmplimlent:&gt; d F1 art. 1886 del 06:l!go de Pro·
0 d "' teetomento pdb'fco abfuto q ua se aco mpti,ñ.~
cedtmlentoa Clvilee, ee m nnd an pnb1toar en eet P Con fun damento en el artfculo 166 9 del C'ó rltgo c'e
t,)rm11 por tr88 vanea de dtez en dif'z dlaa, psra qn fl;, 1 Prooeóimlentoe Ovlles. radqnese ante rate J [lzgado
las p er ionas que 88 cre,an oon der echo i la herencia, el Jntoio t ~stlmentuJo de h Srita. J_osefa. G ~a z41e1:,
ea p resenten 6 d qc\uoirl11 en el Mrmloo d e tir c 111.ta - dénse lr&gt;..e aviaos que previene" loa aru culoe 159 dE\ Ja
diaa conhrtoe des de la tiltlm11. pub 1lcac16n •
,
j L.. y de l T Jmbre y 30 de la de Ileclenda vig en tes . PuL!nnr ea. á 7 J o .\b;H de 1!l09 - LlJ. Lula T rev ~~ ,&gt;.- bit a.r ae eet~ auto p or trt B v~cea 001•&amp;8"t1tlVP.B en ol
1
4. - Agnettn O. G rNs.-A-Antonlo He .r ur a U •"f' .
Pei 6 lioo Ofto1&amp;1 del Estado v en .. El E- pectador,• T
o .3:J.38,39 aparectt: n rlo qu" t odce lC'B tñ, t'tuí~(.8 h 1rede1oe ecn
vecinos d ll esta. (llaja.d, de oonfc.,rmidad con el n Ucuh 1670 d,~I mlamo Or lei:a~ ier.tr, cft"ed-e A Junta ccn
e' objeto que exr re,a e l 166~ de 111 propia Ley, quo
E D ICTO .
t •n d rA Jugar en e local qu s te a\ 1gnen 101 fnteJ'(;eaa o"'.
á. las cnat1"o de la t.J.rde del ~rC"ero dfa hábil dt 8pnés
1.1 8 hecha la tiltlma nottflc1111' ón, C-.Jncordend'&gt; á la
expresada ja.1. t-1 el C. R 5cfnt1Arl6r de &amp;fintes del Fci•
t.l,do en fl&amp;t.a Oiud.ad y el O. Ager!te del Mlnf&amp;terto
Pd.blfoo por t ,· ne r hteréa el P -sO'l del Estado ~n 1a
pr8f,ente BU~lón Not:t.'qu ·•eA. I,n dNntM y firmó
el O.Uo. M1o ce~orio G:I '.r, cvifio, J c. ez l? d"' 1 Letras
del Ramo C vi!¡ doy té _r-'1,1. M, Gil Tr. v ño - 'L 0. Jo&amp;6
Ju • n Valhjo.-Slio. Rñhrlcr,A.
Y en curopl'm!pnt, do lo m1.nd1do Expid :&gt; el P,. ~eente pe.r11. en pobllosclfi n .
M mterrey, M•,z , 31 d i l0ílR. •Lle . Jo ot Juan V'·

¡;¡

Compañía. Agrícoh1~l~xicana S. t.
CONVOCATORIA.

HeJ~.

Srlo.

o.S0,31,n

EXTRACTO.

i,,.■~ " fflPrta,fa'

~

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t O!I

1•

~

"t'

(l.,.

Minera ::1a Fraternal" S. A,
AVISO.
p

SEGVSDA

1

EXTRACTO

0

i.

fl'CS &lt;¡lllllta~ ptl1'1C:; (. e 8 U ( l11'3 Clúll

e

Orden del Día.

"ªla

Monterrey,
Bell, Srlo. y Tea.

l

1

i:'I

'-'

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,

4.

1

■L'l

Abrll

del909.-John T. de
o 31,32.33

-1 A.'"'

~r ,

1

lo •~st

Lampazos. Ahrll 2 de 100Q.-El8rlo., C.

bf

G••i• .

o .29,30.~1

Cía. )linera ··El Saucillo" S. A.
El Oonsejo de, Admtnistrr1&lt;·i6n de esta Oompan•a
1IiflP.H pa!t1c1pa á. los Sra. Pcctonlstas que en eeelon
de hoy h a tenMo á bten aco?'d&amp;r. se cobre la 9• A:shl
bicl6n de fO 60. ctncuAnt~ CRnts.vos por Acct6n, la
cnal d~b .:.r á cubrir~A ~l dfa tr, ñel pr es~nte mt1e.
Montertey, Abrll 6 de 1009. -EI Brlo. A . Oo•v•.

o.29,30,31

PROTESTA

Ha lleg&amp;.do al oonocimhmto de loe aoclonfst&amp;a del
NOTIFICACION.
terreno llam ado de la Merced de •El Z1Clltp,, alto en
l'tfuntctpalidadee d e •Doctor Cos• y i.Gral. Bravo• del
T.,
Estado de Nuevo LP6n, q ue les enca~OrN del fina do
S
R
Al
Lic . Don Narci"o Dávila, s nd,-.n acotando con Cf'tl'&lt;'B
conttguoe al de 11El Z11.cate, y cen eee mot ivo
tll
• Ud terrenos
van invadiendo á éste con su cerca deede que ella
atraveeO la Unea recta que reeulta entrA el lindero
del •Paso del Zaoate11 y el de "Tlo Treviiio,, 8ituado
el pri mero sobre la md.rgen derech a del rlo de •San
Monterr ey, Marzo treinta y uno de mil n'lveclen• Joan• en la villa de , Doctor Ooe,• y el itegn ndo en la
toa nueve .- A aua anteoedentes y. oomo ae ptde d e lagun a llamada d e 1tTto Tr evlfl.o•, dlstantee entre e[
conformidad con lo dllpneeto en el art . lt04 dol O0- once leguas.
dlgo de Comerc!o1 c1\ 98e para senten cia de r ematie .
P or hoy proteet&amp;mos pdbllca mente cont ra eea ln NoUfiqueee. Lo deoretr6 y tlrm0 el O, Juez 2• do vaat6n cuantas v eces tner e necesario, en el ooncept-6
Letras del Ramo Olvll : doy fé .-Lic. Lnna.~Llo. J. de que estamoa p reparando los docu mentos que &amp;m•
Garo!a Ouajardo , Sr!o .~ R11brlcas.
p aran lae tierras de •El Zacate, p ara intentar Ula
Lo que ae notilloa, Ud . en eata form a de aoner do scolflnea Jurldtcas qu13 protejan loe der echoe de 1011
con lo prevenido en el art. 78 del COdtgo de P r oce dof'fios de e8te fun do.
d!mlentoe Olvllee.
Monterrey, Mano 31 de 1009 .-El .Apoder a.do de
Monterrey. 6 de Abril de 19119.-Llo. J . Garola Gun• loe accionistas de la merced llamada de «El Zacate,. Jardo. Srlo .
o . 30,31 Santoe Lozano .
o .28,29,S0

J

Vecf'-1!

Demasías .

l

·

,. 1 ~ • d'I la q ,.rott..r1a de P o)-ncuto eu el &amp;.mo de Jfluerfa. s n
T.em')ft.Z• '8 Nnevo LeóD,
Es.p&lt;K\lf!n'9 h as~ coa es\11 (d( bt, l'elntierlA del OllSA&lt;iO Var•
i&lt;&gt;i ll\ll•le-id-t hun Ü\'l,&amp;I b:i. p •e ·eutaio eo la &gt;.g nc 111elRr .
J
I nforms dd Oonst'}o de Administración.
ldlg ,;1 ~1 F ,r ura Vol()~ v .ocln "&gt; de u• ~ clu 1ad rlennnola.u:1o dler.
U I nf,&gt;tme dt-1 0Jmlaario .
J 11 -11 pe-rte n ,..10Ll'I m :::i.era1 B' btfl v,i.rlas ..-et.le qu ) oonttan@'D pll\
III Aprob11.1ll60, en su caso, de lee oneot&amp;e y ba.lan •
111 p \omn y f ,11 rro e!toa111i1 eu el R\no6u !la l a P omoM p,rknecl ' n te ¡ l EU~rra d ~ L m;ia:t"tld@
jurlal1 1c.,l6o¡ cuyu psrt1&gt;nen
oes del Añ ~.
-ct,es~ m dtr, u d e 1• ma ,era st¡u ~oh. tc m audo oom o p noto de
IV E leccl6n de los m iembros de la. Junta Directiva.
partid a \1, m "'loriPra. No • t1eol f6 o do mi n e r o ''í• P erma n eti tf ;•· 4 B
N . !, .,
6
IIQ,01 eob ~e ){nea N9 23 W u t H mAdl r A.n . 200. m &lt;1tro! ; d~ e,te
pn rito al B. Uq W u t , -400 m ~t n s; de 1q a f al 8 . 2, 11. 18 • 600.
metrof' de 1qat a l N 18° B, -400. md1os 1 d e W.a m oJon er• 6 ooa
to i ¡" 'rnoj '.llll'F&amp; NQS d e '" La. P• rmaoentt," co, rumbo N ° 11&lt;' W,
.. , 100 met ros para cerra.r el l)Prfm '!,ro c n1 e ladoe Interior&amp;•
,¡'l~ian' !tmlt"'1ot1 por el , a cltMio fon !to; eW' n do st11 oolln4aurit■e
or el Nert", Sor. Elt-1:&gt;, y ON\e, te rreno llb~, Y pone p or tiombr• 1
utedenn nolo
T ranc • •• , ·o •• ma•d• p u b ' loar en el •Pe
Juzgado 2 º de lo OlvJl.-1'· fraocl6n judlolal.-Eeta•
A!tmlUdo el o ler1o r 4 enuu ,
..
- d d N
rf6d1co Oficla1• del l!lltado par t.rea •ec!II atgoldu 1 fin la. t.1obl11
o e uevo J.mUn~
-deavleoede eeta A reucla poru nmu , 1a nom br6perlto panqoe
Ú
-pncUqne Is me:Hda. de este fu ndo s i Br . Epl¡menio AJaragolta da
r . eS 3
aWOS
COCf T .
,ta notndad quie n a oe pl6 el nomb ra.miento.
e Lo que H b11ce eaber al pCbUoo advlrtlendoee que deade e1ta
En el 1utoio @jeoutlvo m ercan
que oon vra
.
&lt;ech a 18 a.bre on plu o l mp ror rog a.ble d e e ntro mnet para la algo.e el Lic . Miguel Trevtfto, oon pouer de loe Sra.
0
obstanc\■1 ! 60 del Es: pedlen te • eata Agenoi•.
Joeé Cal derón y Of.a . Snoa. eobre cobro de peaoe, 88
L•mpa.101 , Abrll S de t9'9. -l!I. A. D. w:.-i\ '
h a dlcliado un auto que 11. la letra dice:

Vtu&amp;'.&lt;i•m•, tr,ce 11~ o;cic:mbrede mll n u .o('10n t o111h•t•. · l •! Í'ICUltad,11 qn,. l, IPJ let1t'D•r d apa r ae bo • ,, d ,.•f'ff'J'l• fi ,,, óe@'l"lt1
A.pe rH lend o de la t, fürmac,c:'i n que a n l ..-•fl,tfl qne loi p ·1&gt;11n11tofl I ronclonl'B. N o1 lffqul'flf'. y pt. b lfq ot81! tD fll Puffl1 1C'001k1a1 5 I•
b111r•d•rn11rle laautn rad Pt8f&amp; C'Ol: CI08il11'1BU 'l L rt,, , At1 r o·•~ - ~ Vcz:de~ue vo Lt·i'in comol n pre v f-DP• lartfc u1o 1866 d ..JC(Sdlg() f•
ch º º d lto r, son m9D.01"' 1 de C\tore ,. • fhe. ,a·e J IJ.lg 4l'IO Ju ll( m Prr&gt;o,,d fml Pnto11 f'1 id1PJI A,f lo prOVf'J6 J ftrm l\ PI º- J· 108 R, b lK
bra&lt;YlmOrU t.utor tnt .. rfofl l)&amp;•"que lo• rpr,rf-e,Dtfl t&gt;D u ie jofc'o Alnald 111 to Local d e uta Vllla: d11 m o1 ,. - J,101 Roblu.-A ~ e . A.
si Bfojjor Ab,.1 Oer d• , á qol6 P de11ele C'Ol" Q!llm len~ &amp; fto 11,. QDf' "lt S4nrh,., D!vfl11 A.- J r,é G ~Au t bPJ'.- 'fr,s R tlbr!caa.
¡&gt;reat-al • c•pt• 6 ro flllC•r,i::o. Not:f,qOf l P. f.,o prnv, yft T firm ó
U'lqDfll lflma ud a iinbl!e- ren Hi• rorm• e n cum pllmlt n to l!e
.. 1 o Ju a o t1 Lf,traa de la fla f ·attil\n jo tlelRl: 11Jlm , 11 f6.-t.lc lo º"""'nado Pll PI 111nto ln•PrtO.
nn1jardo.-A- ll•ri1uo Baulos Tru16n.- A- l c116 B. VU1aaea1.
011rofa Jnltn 20 de 190!l,-Jefl da R blee, 8 . A. e &amp;H hH nhn •

confo1·1nidad COll lo di~1)nesto por el
al·tíctdo v;o-J. refot mado del 1n isn1 o or·e.11to ele le,1 "-'m,··•, · .
(lerlallll
.
Co usiderando terce l'o: (~lue en toda M b,1,...
~,.,,a.•••••"·
,.,,,..11,,
Vll\11ld1m•, 'Y Pl o tt,u •tM d e ""•rro de mil no• clpnU,1 n un·JI
sentencia co ndenato ri a se prevendrá Suzg
V\ltoelantef'IO rnomb, t1mlP.. fO d • tutor Interino bPcbo pornt,,,
..doen l l l)Pte0D ■ d•'8 Ú'"&gt;r Ab •IO.-rdade,1•• V•Clnrlad itH'li
E D JCT 0 •
que r .,pr e111•ute Pn Ht" Jr1!c o i 10'1 m"'llOr• I de CS\.m c,&gt; 16oe Bum.
t e a I l'CO para qu e no bertny
q lH' se an1one8
_u,onl'larda Gomil .. ,;, • ' ah h, 1MM"plscl601 p ,ote1ta
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d ' e t't 1 ' D o 1 E b d N
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4• G•J d• s"mwfio d ... l n r rob •ai'o; rl•bh de 111a •nlrl" 1 1.- ifacpr.
u zga o 2
C-6 1 ti(' ODa .e
n . eco e o. •
re inc id a, ex pltcán.c O e as penas á t¡ ue ulddlrb 'l carg ,conf,rl6ollole al fc\ol11 rcnta&lt;S, aen
11erPchn Le6n .
sarl(II p kt nt. p) m '&gt;j'lr 11 • e• mp fto de I Q e m --1t!tlo, Notl nqoPl'I,
oOtl ,,ech a d A ~yPr y por dl SPCl8!e !'1,. D d o I e·. .¡ no : l '
&lt;•e expo11e e11 "aso de co11t1•auenc1· ón neo
y •111' O'lllf rmldad 000 lo d sanMtO ea el arto 1366 dl'l (;M•go d+c"
Proc1td1..,1,. otos r11 v1Tt11, ¡¡nb fQ.u 8\ taato "~te ~uto c :im o •I aute. de T..etTM del R , mo ('\lvil de Ja P ÍTH('('ÍÓD jndid a l
(..-&lt;.'b'\ trf'Cfl de O!cl· mb•·· rle mil r:ov •c lflritn, llifltfl l)()r tn-1 se ha radicado e n f: 8tfl Jur gsdo rlf\ mi ca rgo, p) v'nicio
(le[¡c Colll)llta, 1·selc· e11 .~. 11 ¡Jena los Sll- Tior dPcxi11s
•l'ot lHIII pn el •P •r1~11CY1 O'le1ah d,;,1 E1bdn J en •L• 1
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Vot. ª" Nuf'vo t.t"dr11,. A,1 lo rH1'llvld 1 6rm6 ,,, n, L'c R-:m6 n Ontt. ntec a m P n ta r o
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nau:1 M r:rir. .\ t ti· r. IP
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tri mjcntos q uc 1la y a ten u o ( ura 11 t(' J"rrln lun d &amp; Letrr e de la 8t f .·.. cr du jo !letal: o'l•mr• f6 . Le ?1' '-"al, vecin a qo~ fué dA f-lií;I V 11Ja y que fa Jleol0 el
&lt;¼a .. ¡u d- ,. -A-'41dar.0 8 an t01 Trev fi') -A-.JcH B V1llaneal.M" OD&lt;:'6 &lt;1 ,-1 m ..:. 11 Je Jun to r'e] afl.o pr~x lmo r,uado.
]a instrucción sea c ual fuel'e e] tien1p o ªº hr';;~~1~ onhlk &amp; e11 ('1&gt;l1,(orma eocompllmlEntode lo manda- y pfl r dtRl'C'Blóo d c-lmh1mo t,. Juzgado 1~ I.eh-r e
· t a (l Ure, Y (JPJ·a l'SC a 1 01eil
" dº1(J0 d o envm1"11.. Pam•.f"'
Htn c 1,1rnq m e"t &lt;1 . oeer1n.
8 P m Rn da pahl : c 11r p ,. r tr~s VfC' ((H~e dit !" f D cHez d!P e
que eS
c,,..,.,rro d" l{IOQ, .. "T J,:,,. FlmGn Ouajudo .- A• AD ~1 Periódlco0fif't&amp;J y Vo7-d ANU&lt;'IVO :V,f-n. c'A ron ~US derechos á sal,o en ruanto á la Yarl11ono~•nM1 Tr., ñ .:, .l J o,(IB.Vl!lnrealo.,r.s.:,s-:-,n.164
fc.rmtdsrl ynRrA!oeM,,rt rsdd ert. 16Q!j. del Oódigo
de P rocA{iltnieritri11 OívtlfA
rcspon ~abilitbd civil ,cuanclo como en
0.,1. Fscebei!o. llf•rzo 0&lt;1e1009.-F•llpe Aya!•. ~
1
1
¡ ¡·
·
A-Ferra~do Rendón .~.~-·Concepcl0n L. Vlllatreal.
e presente ca,;o 11..i ,e JU J1crc gestiona
NOTIFICACIOX.
o.v.26,2s.311 81
&lt;lo en forzna. la declaración respectiva
Jnna.d o da Le!raa de la 8f rucolOn ju1 clal . V lllaldama .lfu ~
sobre este punto, artículos 182, 208 y ••L•&lt;•.
:287 del Código Pena l.
Sres. Benito, Arturo y Jes6s Casso
Por ¡0 ex¡rne~to, de acuerdo en l)ar- Treviño, :..Iaría Loreto, Con~tancio y JoRep11bllca Mexlcan•.-Pr..ldencla Al nnlclpal.vita A may a y Casso y Otila Ramón Cas- Monter-rey, Nuevo León.
De o-1nfJrmidad con lo diapueetiO en el artículo 26 v
te con el parecer fiscal y con apoyo so.
en el 670 del C6dt¡,o Oiv!I vl~ento. .. hece eal,,,r •I
además de lo dispuesto por los ar- Fn eljulolo de lnte11tado de los 8re11. Jotiq'l1n C t.11.!o y qposa, pt1bUco, qne e n la Tt aor eJ ta Municlf'\lde El!lh ci udad.
p -lmf&gt;M ~- eegund "' nnt1• hM, D, fta T ~reaa Vlllar,.J y o .. ñ a tnr. existe dep"!eit:-d!' la enm" de V4.a.::i ct11. (ae-nta. v
tículos 10. 35, 37, 40 fracción I v IY de
~•l1nr vecluc;e q o" f nero n de esta VU11, ,, ht. d lc!.ado un a a lo
&lt;'UBt ro Pf&gt;BOB t rem t q Y ()Cho Ot'ID1:.t.Vofl), prvc~1dc11te C:. &amp;
q Ull 11n l o rnntl ncen t e, d1C'f:
'f'Alutt ctf-h de F.nern de l:Jlil n n v ~ l,.n 'ea nun·~ ...._ loa e:. bnrntM pf.-ctu11do11 ~orant g k s m~t'"S de Julio
45 fracción XJ , 47 frac ción XI( 50 O't•VU:al.larua,
8 i LI bf!rf"&lt;'l-roa de ""'ª ,oc•1·/i., l u na juu1.a qutJ t"ndri,:;n Y Agr,eto 0el P"Paentf't r.iio, J&gt;C"!l' iaa oaeaa dÍ' empeiJo
v•r1f r,&amp;t tv~ eo el l•·c•1 r,,. Plttt Ju.-:!l'll,io A 1118 ,11.z ti,. b,. m~ñ1.tia d~
fracción 1,48 7 y 59] del Código Pe dh
i11f'C1Sfolll de Ab'1l p~~::r.1mn. f ti d .. que ame,Ht.. n dPbldamen danombai•a~ •Mont ft, do Plo:'lal'l.11. •Ohthur bna•, •la
u,. flDll dn, ehos h eredltarfo1 y b•gsn .,,J 1;ornbrarnle"t" de ai hiw" ■ B ·ir11~ . .. F .voritP , , •Fén ix:•. ,8u~t;dou11. ")lont" r:c,
nal y 411 del el e Procedimientos Pe- prov\1!onal
.................,. .. y P r ('U º'º l que 101 bertderna 9Polto Pla:l:td de Monterrey», y 8ucnrs11.l _e nt1meroo l y 9 · f' r\
A.rtn!"O y! eo~ ('11'1'.I) l'r v ño. !: .i. h L•ir.,to, OnrPtanc·o 1 :ovlu
1
A.m•v• y ,,11uo r O tia. Btruó • c.110 , ""º dl!I reisllenct~ d 11c:.nrcl• A &lt;'"n~,;,pt,i dt'I que. tli trat1scul"l"11!oe s e.fe mrN&gt;H. r'ou•
nales oe refo r ma hL sentencia que se ,t,1,,
M•estl•" oor m~d·o d.,• d ·c·o, p-:b'i::'a.dmi por trea -oo·•e en e ) t ~dc,,:ift,-etl~ bt')v. no o, mi,11rooif- r !II Of l'8:: Dtl atanna, §
Pf'l'lód co Otlohl del E,,tullf\ e n •L"\ Vot. d .t ~· n·'l'O Le6 .. • v p.-., r"ch,mnr co n jcato y 1-=-tftim·l Vkl ,, IP. fl expr Pe11daa
revi~a y se falla:Prim cro : se cleclarn mfl-1lode
cHula Pt1 l.e. Jl:lirt• d .. l J n:g,do Nottnque8P \!l.1 le.
orov,.tó ,s~mó,.l ... 0 rde L"tn1de la ,ij r -.c-1""0Ju'1lcia.1;d~ dr•m"'a1&amp;t1~ e~ lf e mqru~ará fogttaar e'l Ja Recand&amp;&lt;iiG.o
que Lucio Olagu e es re::-pon,a ble de laF mnt
ff. •Lfo. rlc.aju&lt;:lo.--~-- "'&amp;riano Ban kle Trevlffo.-A - 10,é B rlo Re ,t-u M'nr,ldp aln de f:Pti&amp; &lt;'in dad de acuerdo
l/111arrea! --RO.b•1cH•
oo-a lo pne,, ptuad;) ~n el c 1 ta.rJo arttnnlo 2,;.
Lo q 'l.,.N 1-ottfte&gt;111. u.1~111, en es!a f.Jrmaen cn'llplim!m'en· o 1fo
lc~ione, qne en riiia y ::-iendo agredi- lo man'1.&amp;to
Montorr•y. :la de Die•. mb- do 1907.-P. C. Mcrtl
Pn Pl •tito loterto,
VU!alr!,m.!11 , 2q d e Fnero d ,. 19'~ . U c-. Si mó n O o,.J11rr'I ,, Anm.--.B Ram•n,z An ~iRr,,n, Brlo .
do infil'Íó r, E,eq uiel Uarcía y poi' tal 1(1,rbno
1:1f,nto1 Trevtiio.-A..-J~M V. V"larreal
UHi li·l 6i
86,781!-h-27-Abrll

Convocatoria.

No b bif- n ti o ten id) v~J"if\oo. t ivo ror f lt11 de quonna
la A9 ¼mb !a.!I Ga ner11l Ordln'lriA de e~h Ovmpafü!\
clt-Ada para al Q'l:a t ~dnt&amp; nuo d fll m Fi pu. ado, por
ecoe.rdo de1 ConePjo de A:lmlnletraf'i6n er: convoca
'J.11~vc m tt1te á. los S r ñ.&gt;roo a :,cion teta, para quo oon
t....i rran á. la qne so c.fücta.ará un Al domL i lo d e}
Pr,sld•nte en oata olndad. calle ds Hl~algo 224 ~ 1••
siete y media dü la tarde del dfa quince de Abril
próximo.

::uor&lt;lo d~

Junh D -~tiv111, 80 hctoe rab
.. ~ 6t l... • q"' , fiF&amp;dA. el Cfa 16
ñAl 11rtu&lt;1l en a t, 11 t&gt;, ao repa1t r{l e D!vtdr-n, o
Ko. 104 de.-. . ..
.
.. .......... ~I0,000 .00
'O'e.z fil Jl 94 ) Ó --n $ "- f)!"I di 'Z Df P. F)p&lt;ir fl CCtón.
h'ldandos'" l,c,d -p ir e t l q · !ól rlfa q: ab!')rt hlee, En
,rmhto rlf- r ·h "? ('1·
c re~&gt; ndl1t111 ~F"s. Fin
1
Mb:lce-. D F
C
B r I
r ciOTal é H'n t ·
r ari,:,,, en J( ··ntetr y. t.
H M10 )I "'C'.ª Jl el bJ,, n t,:,r rAy y ~n J.,nnp11z• . en la. O::idna- Je la. Cu,. ca.tia
d o ComMcio No. 101

ke fl

r

ª ''"O.ao,111,82

REMATE.-1~ Almoneda.

•

.Tnsgado 2º Local Letrado . -Monterrey, N. León .

El tercero dla habll deepueo de hecha la 11ltlma

p nb11oaol6n de eete Edicto A loe cuatro de la tarde y
el looal de e.ate Juzgado. t andrli logar el remate de
u n terreno atto en la H aofen da de T IJerlnaa de esta
fu rla1icotón , com pu est o d e eiento velnttctnoo met roa aetenta y cinco oen tfmetr oe de fren te al Norte
por cuauenti&amp; y nueve metr oa de fondo. colin dando
-oor el n ort-9 oon u na ca\le etn n ombre q-.,a de
Oriente .6. P onient;,. p or el oriente con propteclad del
Sr. Gral O. Tr•vlño, por el Sur con propiedad de
¡ 0 8 Sra Carlos Belden. F. O. Weetran y )loloee Vivero y d8 la testamentaria del" Sr. Juan J . 0' LNry Y
por el P onien te con p ropiedad del Sr. :Moisee Viver o
y el cual fa é embargado en el Juicio eamaT'io que

EDICTO.

EDICT O.

Jn•gado de Letras de la 6~ fraoo!0n Judlolal.-VlllalJuzgado 2• de lo Olv!l.~l• fraocl0n Jud!olal.~E•ta dama,
N. Le6n.
do, de N . Le6n.
Hoy aa radicó en este Juige.do el juicio de inteet.a• Con fecha de hoy ee rsdlc6 en eete Ju,gado el Juicio
de lnteet•do A blenee de la Bell,ora Maria de Jeade
promueve el Lle, Galdlno P. Qulntanlll• contra el menta.rfa , bienes de la Sra. M• Nieves Martines, Santos
Vda . de Gonzilez. vecina que fué de eata
8 r. W . 8 . R "lunt:-e como albacea de la euoea16n del quien tallecl6 en eata Ulnda d el 19 de Febrero Villa.
.
S r . J lil.an J. O' Leary, e n el con o9pto d e qne a61o ee 11ltlmo.
&amp;dmltlrl.n poeturas que basten l cubrir Jaa doe teroe· Lo qne se hace eaher al p11blloo Afin de quelu per- Lo que se publica en esta form~ para que lae per•
ru pa.teo de la cantidad de $1.200.00 un mil doeclen- sonas que se crean con derecho tl la herencia, ae pre· sones que "6 crean con derecho , la h erenola, ee
oenten 6 deducirlo dentro del término que para ello reaenten A deducirlo dentro del término qne Oja
11oa peaoo en que fné valorizado dloho Inmueble.
el ar'1culo 1885 del Código de Procedlmlentoe r.a Ley.
En eete 1nzgado y haata la hora del remate, oe fila
Vlllaldama, Marzo 17 ~e 1009.-Llc. 8lm0n GnajarChiles
.
mlnl•trar&amp;u loe datoe qne oe eollolten .
do.-A-Marlano
Bantoe Trevlllo.-A-Joo6 B. vm.,.,.1.
Montene¡,
7
de
Abril
d•
190t
.-Llo
.
J
·
Garcla
GuaMonterre7, 6 8 de Abril de 1909-~IAo. J . 111. V!!lao.v.27,80,33·1~
o.l0,33,86-164
•ftor.
o.30,31,31 ar&lt;lo,~Brlo .

�PERIODICO OF1CIAL
/

REMATE.

EXTRACTO

EDICTO.

ARencla de la Reoretarfa de Fomrnto en el R"mo de Mlnerla
Presidencia Mnnlolpal de San Nloolá8 de loa Garzas.
Mo~terrey, N. León.
El dta veinte del entrante mre de Abrfll l\ lH nueve de la msEx()8&lt;1lente ntlm. J6RO -El Br. D. Atfguel Ferr,ra de esta ve. ñana En el local de esta Presldenole, tenarA lagar el remate de
olndad y como Prl'lildente de la ('fa, ~Jfnera Buena Vista, ha eoll- tina ,;;,anza»a y eobranle de tierra del munlrlplo ~n el ejido de ea
clt,W,o paY dicha Oompofi'• 18 heotarae ó portei:enclu mlnerae qoe '" VIila qof' dennooló el Sr. Jullt.n Trevllio como Apoderado del
se ohloario eobre nn criadero mloeral que ae e11coentra en la 81e- Sr Abrabam z Gana; roya maozan11 y !IOhrante de tierra ae en.
na de Loe Plaoeree en mnnlol~alldad de Santa Oatarlr&gt;o, cnyas Pt co~ntra alluada entre la St y 4f call,a al Poniente de la piara Get.enencl88 •e medlrin forman o uo rec!Angnlo de fiCQ metr~a 8 oeral Bernardo Beyes y entre el 99 callrjón Y Zr na que divide el
l'llrgo pr0ximomente de E. A W. por Silo de ancho de la S!ll:n ente ejido con ¡8 H~clenda al Norte de la ml1ma plau,, dicho terreno
m"nera: partlen1o de nn ponto qne ea encllf'ntra sobre 1&amp; 1foea mide una l!ll))erfiole de 6ff!6 mta, 86 oenta. cuadrad,••
E. del fnndo Ampllac\6n de la Blanca, qne es de la Clla. P:r~reaaRllBla el rtfa y hora• flJadll! para el remote. se admlttrln posds, y¡¡ 76 m al R, de Ja esqnlna N. E. del menclcnedo fondo, &amp;e 1 toraa qnl' ae h•1t•n ¡ cob•an la oantldad de S'UI 00 por manzana
medlrAn harta el 8. sobre la lfne11 E . del dicho fondo. de fmpll•- ¡ de lí&amp;-8 mte 1764 diez mllédmH de metro cuadrado, baee fijada ¡,aotó" d" la Blanoa 800 m; de dorde termlq¡tn en !l~fl'D O r..cto ra dicho remate por les perito• nombrada~; al qne flocari en el m~
próx m mPnte al E. 600 m.¡ de donde terminen Pn A galo "clo ¡or postor 00,,oedléndosele al dennnotante el derecho l!el tanto q ne
al is .800 m; y de donde tt numen en Angnlo recto al W .R, u n&amp;ra lle- a ley acuerd1&gt;
var al pnota de partida y flncerrar onR enperllolA d~ 18 h•ntares
S N de loe Gauos Mano B1J de 19011.-Slllltol LollllDO OantCl,dentro de ta qne ae enocentra nn 110Ct1h6n qce queda al l!l, del ~ b'.: G. ttl 8
ta'
282880
·epetfdo tundo de Ampllacmn de la Blanca. Las colh1danoln "ª "'º •n • ecre r 1o.
•on por el W el fondo am11llacf6n de la Blanca. Loa metale• qoe
dentro del terreno marcado son plomoa&lt;s con ley dP pl11te,
José Juan Val!:ata@Olloltnd ea domina "Ampliación nt1mero ~ de La Blanoa",o. v. 24,27,30-161 ~ombraclo
porlt.o el Br. Jng. E. Ortt.. de eata veolndad, y ace¡,·ado po1 él &lt;'l cargo, 110 &amp;bre nn plPTo Improrrogable de castro me•
Jnviradn de Letras de la S~ fracción juclicial. - Lina
;es contadca deP&lt;le b('y i,ar&amp; ,,. 1ob,tanolacfóo del expedlex.t,,.
ll(onti!rr11y, Agoato 81 de 1909.-R. Valdés Ll&amp;no.-A-cl" M,- res, N. León.
Robrlca.
O.~-29,80

Juzgado 1! de lo otvil.-1! fracción judlclal.-Eetado de N. León.
Con feoh11 velntieiet~ de F~brero del oorrtente año,
se ra-iicó en este juzgado el juicio de intestado del
Mr. Fraocleco Sánchez, vecino que fué de esta 0iudad.
Y por dlsposiclón del C. Lic. l\fecedonio Gil Tre
vifio Ju&lt;&gt;z 1. de Letree del Ramo Oivtl de la primare
frft."?ción judfoiol del Eet!!do so me.nda publicar el prt&gt;
seute edicto P"r tres ve&lt;'&lt;'s de diez en di, z dt11e e1
el Periódico Olici3l del E tado y en L11 Vez de NuP
vo León. á fin de que las per~onss que se crean co,
dereoho ii. la heri'ncia. se prea•mten á deducirlo l'D e\
térm~no que eshblece el art. 1686 del Oódlg,, de Procaol m ',~n tls CJ vilf'S.

MontArrey, Marzo 10 de 1909.-Lic.
llej-,, Brlo.

EDICTO.

"ªY

EDICTO.

Juzgado :!0 Local.-Gral Bravo, N. León.
o
Con fecha 22 ñel actual r;o radicó en el Juziado ee
Letras de la 6• fracol611 ju ·Uola\ del Estado, y se manció A este juzgado para la enetancilición reepectlva, el
inicio de ,n~.eetado de Don Felipe R•yna, veclno que
fné de O. lllier, Tameulip e, en IR Congt"egacl6n del
Are buz, en dende falleció el 26 de Jullo de 1898.
CONVOCATORIA.
Y por disj)&lt;'elcl6n del mismo Juzgado, se menda
HableJldO
qnedado
la repreafnlllc!0a de eota Compa1
pubIIOBr e presente pnr tres Vf1Cf'8, de diez en c11n ñia por bober oesado enaN!füla
sna fuoolon&lt;-tl loa Sreo. Presfd;nte y ler.
dfss, en el Periódico Otklal y Vez de Nuevo León, 'lec._!, aaf coroo ti,n, b'én el O~mlearlo ee ocnvoca nor el preeentr
de Mnform!dad y para los efect~e del a1t. 1686 del v de acnerllo onn el Arto, 86 de nn•atroa E•tatotoa II Asamblea G·
~"ra.l Extt-aordlnarla, la qoe deber A celebral'llf' el Ji de A brll pró('6digo de Procedimtentoe OlviJ, s.
ximo ii. las 10 a. m , en el local y • Ocloa de la Of•., y oon la aJ.
Gral. B~a.vo, 26 de Ma,iP d" 19'.lll.-Manuel GarzP.- gnleute
A-, Y. A. \'ega.-A-..Aguettn Vega.
Orden del día.

Cía. Ferretera de Monterrey El "Rareo" S. !.

o.v.27,30,33-162

Oon feLha dlf&lt;ilocho del artnal ee redlcó En eet&amp;
lnzgado el juicio rlA int-eetement11rta i bienes de la.
Sra. RltR Guerra Vda de Mancilla, vecina que fub
de esta Oiodad.
Lo que ee hace saber al pt'.ibllco pera que lu pereones que ee orean con derecho á 1a herencia ee presenten A deducirla dentro del término pnvenido en
el art. 1686 del Oódigo de Prooedimlentoe C'lvfüe.
Linart'6, Merzri 21 de 1909.- Lic. Lula TrE&gt;viiio.,....
A-,Aguet1n C. García. -A -Antonio Herrera Gsrofa.
o.27,S0,3a

NOTIFICACION.

lo- Bel11tt1rar el Oon,eJo de Adrnlnfotreolón can Pl nombra-

'1llento de Presldent.l y ler. Vocal, ellgléodoee tamb'é, loe Saolente~ qaP ee h•gan prt1C!B011 para marchar de oonformldad oor
las pre@orlpelnnea de les l!letatntoe.
2Q-El&lt;'colón de Comlaarto en 111 lnotitnción dPl ,11fent&lt;1 y tam~t•,., el•~ '"""' nMrtnno, 101 2 Sapientes qne dhponen 101 Estatutos en en Arto. 68.
Juzgado Sº Oonstitnclonal.-Lempuoe, N. L-eón.
89-Dar ooeni.. con el Hlado aotoal de la Negocfscl(ln y acor!ar lo concerniente en aannt.os qa1, 110 preeentan dentro o, loE
Oon f8&lt;'h11. trece del corriente y por &lt;itepcslciGn df•l ,rp-.fetoe
Pn el Art. 84.
O. Ju~z de Letras de esta R• trncclón judlch1l Bfl ,adlct'
8e prniPne á foe Brea. sco•orfl'f•• qoe para teoer aco~!O A
en eetf&lt; juzgado tcl jutolo de inte•tam.-ntarfa i b enef a .Tonta. d bnán d•'l)('Bitar Pn• Acdon~• en la T(8orerla de h
a dfa• ante,1 de •n v~r!6raofó".
de l01 fbadce Srs. José Rernández y Carlota Oá1 den ~•g('cf•clón,
Monterrey, llano 19 de 1909 -El Bect•fa,!o, Atrn•lln · H11•
en esyosa, VPclnos que fneron de eeta ciudad.
,ruet.
0.24.25,28,'»,28,29,

EDICTO.

Juzgado 2° LoClil Letrado.-Mont.errey, N. León.

Sr. Merced Campa.
Ro el jofolo eJecntho mercantil qne 1fgne ~n ,m contn el
Ltc. Galdlno P. Qnlntanllla ccmo ap, oer&amp;do de la rarón ■oelal
",.,.~ "fl' Garza Ola" aobre peua, lle ha dictado 1111 auto qne ¡¡ Ja.

IEtradioe:

..v,.u,rrey, vtlotlel!fa d1, M'&amp;rl!O de mil noveolentc&gt;a nne'lle Por presentarla y admitida jontamente oon la carta poder, eocrl, nra •ocia! y documento que se l'Comprfia, t6ogaea en vleia de
"" wfmQ••ft al Sr, LI~. Galdlno P. Qnlntanflla como apoderado
-la J,. rar0n acole! ,Joao F. Gan:&amp; y Ofa.• y devoélvse, le prnfa
.,,,,,,. d.,. Tat~n ~n antos. dicha el!Olltnr&amp; y siendo el doccmento pri~ado r,rP•entado por PI actor de les Utolos que confc,rme , la
Lo que ee hace saber al póblico. para que las p, re"r,arcl(ln IV del Frl. 1891 d"l O6dfgo de Comuclo como ee pfde
nae quese crE&gt;ancon derecho i la her1&gt;ucla, se pn een
Is coi,formldad ren el art. 1892 del mferuo ordenamlf'J1to uqoil!:
raeQ al fr MPrc,d &lt;'i,mpa para qne ,n el acto pa~uQ 'a oaDtld&amp;d
ten á deducirlo en el término que ll(ñala el ert Hl'l6
clon 1"'•~1 qoq ae le dem,.ndan v si"º lo bici~,,. , mba•goénfele
«!al Có-ii~o de Proceñlmif.r,to11 1 ~vllfe.
,.en+e en'lc,eotee que b•sten á cnbrlr eea oantfdacl, tnte,.,•a 1,.
Lampazos, 1!l de Marzo de 1909. - RPfuglo Irnege,s,
~t.lts y CJstK•; ke cna. ,,-e •e ro1,órl\n en rod•r d.J dPpOAltarfo
¡'le n c m!Jre .,¡ actr,r y b , jo su rca¡;or,,, b!Tldac!; y p&lt; r rnsntn §
- l-Ignacic J Jimcs.-A-OrEscencio Jiménf'z.
Ren•1hlfcn M exilll\na.,... Presidencia ,'lfonicipal -- ~ .,.. •• •ot~""' •1 ,1.-,.,.!clllo del Sr, Campa h • 114ns•le la n otiftt·r.cldn
o.v.27.31J,831C2
:e
este i.ut•&gt;_-n la fü1ms pr(scrtta ror el art.WIO d PI ('0dl,o et..
Monterrey, N. León,
l'iotlfiqu ·• • : Al!l l,. provvsó y Rrr.i6 el o. J n,~ 1 o nn,.
De ('01,fr,rmidiul eou lo &lt;li~pueslo en el - nrt ic·11lo 2,5 y , ODlA•cf&lt;-.
,,, L-trAifc: t!nm,&gt;• f ( r - 1 lo Id. Clómu B lleatero~'. -A-Gtme
'·
en e¡ H70 ,1d &lt;'óilí;;o Oivil l"igl'Utl'. se h nee ~,1\¡er a l ¡11í blico, ~A - Tl Palscio,.-!i0brlcas.
Q~""" ' "''16ca A Vd. en ee.a forma ,le con formidad con t t
que en h 'J'e..,,rcríu Mnnici¡.•111 de e,tll cill(l:1&lt;1, cxi~t•~ &lt;lr•po· AnteLo
q""
antee&lt;de.
Ju1.gadc 3 Cc nstitcclou11!. 11e lt1 Villa do Sa1 tiag&lt;:&gt;, sit ul11 l,1 ,u, .. 11 de ;¡;87 OS oc• 1cnh1 , sfotq&gt;l'~o- ocho c,•ntn,·11,
M ""l. n~r. ~7 de Mayo de UIOP.- Lic. M . 0 6roet Ba11, •tnc•.
N . Leó'l.

;f

DEMASI.AS.

EDICTO.

..

proccd •lilf.'::l d e los sobrantes ,le prnc111l,1s ,Je ¡,laio n1rupli•
C n f c-Jn -io ryf't• se r a,"ic6 r n el Jnzga io de I,r&gt;tr&amp;t ,lo en los rc•mal e~ c foch m,\M ,lunmte lo, tlc Ft'lbl"&lt;'l'" l\~ ar,
&lt;.e, In 2~ fr'lf•d6n j uffoin' &lt;. jn!do dfl lrtt•t ron t ,1ir w A twil. Mayo. ~ eptiernore y -Oct1¡J_m• úllin'.ns. por !uf
&lt; l i-.r. t lfr, do .J. Onvr z ", Vf'cino qn fué'(i.e (att •nsll5 de "npdlo dcnomin.1tlas « l n Fa,·orittl•. •Rl Ft&gt;t\ix,,.
,Ln P 11rno, •La l• k n». •La Surtidora , ,, ,l' 011lu tl l' P i, dn&lt;l
\'Jlh f'D Ir coo11:rei.r11d t n &lt;"e ::; ::its R srüfa.
Y p r d s posfol6n dt&gt;l mismo Ju· ga-lo "ª ruP.nr., ,¡,. ;_l.font,,r '"Y', y $ us&lt;'urs,1lr~ ~o, 1 y :! Ul'l mismo: ,·11 e·
J) b le rp r tr e VfCf.S ue et z en &lt;lloz días tn el • ::&gt;11 e¡, , l q ue, si tn1scnrl'i1los seis meses. cc,1 ,tad,,, ¡J¡,;i]c,
r lCrl·P-, Oilcl11lyVoz&lt;t 1:iíu vo I~l'nd e t•)r ii rm l 1oy, 110 ,:ump:treciero ¡,cr,onn 1•lguna :í rech1rm•1· c,,n ju, tn
e l\"l y prm , k a efe •t a &lt;. .31 nrt 16' 5 dul C6olgo d t 1 legíti111r, título. Jn, exr,re~iulns tlt.'tr r..~ias , , e les m1111 ilar:I
n;;rc~ar en lat Rl'c·nud nci,,11 tle Rentas .Mtmic:ipales t.le r-,ta
F , e .d mientos Civl ""·
v,Pa &lt;tfl .;: nt r. g o, 20 'ih ~l nr7'.'I &lt;le 1!Jíl!J -José P. cim lA,l , •le 11cuerclo con lo prce&lt;.•JJtuaw, t.'1.1 el Cllmlo nr·
.1,-,c.rfguez.-A,-'l'd;fllo GurH-A-M r tí ''~nttl.
tícn lo 25.
Mont. rrey, 7 da Dic·icrnbrede1Pú8. P . f1 , r Tlfn,,
O. V .27,30,33-162
B Ramtrez Ar guiano, S rio.
&amp;n1u011Jl -H ll U

r

REMATE

1~

Almoneda.

Juzgado de Li,traa de la 7~ fracción judiolal.-Monte•
moreloe, N. León.
Eldla veintiuno de AbTII pró:rlmo ii. laa diez de la mañ'\na tE&gt;n•
drá eu verlfioatlvo en el looal de este Jnigad'l el remate de nDa ti n
ca urbana en la 8eccl6n Z nagoza de General Terin compn•ata de
no jacal pared de adave y techo de hoj, con en cocina oorreepon.
diente nna noria y dem:i.a mejoras ane:ras eitnade todo en nn sohr qne se limita por el Norte e&lt;&gt;•l propiedad de Don Féll:r Vllla»ne•a; al Sor con t&gt;Topledad de Bnoeeorea di' Nloolá, 8alo11fi&amp;; &amp;l
Oriento, oalle de .Bravo de por medio con propiedad de Don Luz
Vlllag6mes y por el Poniente con solar de Dou :aan Guerra; cuya
fines. foé embargada al Sr. .Fernando Rloa, con motivo del Jnloto Pje
cntivo qne en en contr11 Je promovió el Sr..Jesl!a Maria canto, como
apoderado d&amp;I Sr. Erneeto Trevffio, siendo valorlzad11 en la cantldi&gt;d de treaolentoa pesoo.
Dura'lte el térmln'&gt; de IB8 publfoaclonee haat!l la hora del rf'm,.te ae admltlrin po•to&gt;ll8 legales q ne no b•Jen de Jaa dos ter.
caras partea en que fa6 avalna:la la finca, y ee anuocla na 7enta
por tree v11oea'de siete en slote dtaa ftjilldoae edlotoe en loa •!tic e
¡,iibllcoe, de conformlda1 con to dupnesto en el art.o. 7 M del 06d.go de Procodlmfentos Civiles.
Mont~mo1 eloe, llano 25 d" 1909.- El Alcalde !\l •oR!ltnto del
Jaq• da Le&lt;rlt! do la 7~ fr•cclón jndlcl~I.-.A.rcadlo &amp;rn•I -AJ, Farl..a.-A.-E. V. Cantl!.
O,26,tB,30

.

COVOCAT ORIA. .

E f'r i:s j(\ ii, A 1n nl trc d &lt;n, c.~ Bf~i, n ciC: hoy
a &lt;.r&lt;tll c:t r á J n• te ll •rcr 1 ex tra roirm!a. p,ra
"h 1 6~.:iAbri á11lc,(!r. m f'n•t loral ce fa , Bolsa

er

0

\:ir era» cr.lle óa 'hr 'Mlrr N, . 84

Orden del Día
•; ,,!r&gt;n.- - n scot·r y 111,r us1 ei hey 1t·gnr iirn pnpcel

·/Í:Í,t-~~
'f1. ,..:,_t'

~-&gt;--")

mata de pelo

curona
de gloria para
~
el homore ó la
mujer.
f"na
,¡ - señora e:.;eribe
desde Londrrs:

'¡

'· El Y igor del Calwllu del l&gt;r. Ayor.
ha hecho mtu;hisimo

~ l. 1,ic n .í mi cahcllo,quo"
tre~c alJm a es peso,
~

lu:;cruso y !--llave, y

,. cuando e~t i trenza~ do tie ne :,:, ¡mlgadas
~\.. do hrgo. T-:1 ,Tigor
-. \)-1, del Cahcllo del Dr.
~
.\ycr clcl,el'Ían
usado todas a,¡uel!as personas ,¡ue
cuidan do su aparienc·ia. ·•

&lt;

Taml,ién ¡n1cdc usted voseer una
corona de gloria tal, riguienrlo este
ejemplo y u~anclo t•l

Vigor dai ~aballo
·r del Dr. Ayer
Limpia t~a la caspa •de la cabeza y
bace &lt;_:,recer el cabello rico y abundante.
~o mancha d cabello.
I'regunt1&gt; usted á rü rr hlico lo que
onina del \'igrr del l'al,ello del
111•.

•

1

l\fo n!c-,.rn, )I.. ;r. i 3l d o l!lOll.• -E l Sécrekri&lt;', Aure.eno de León.
•
c.~~'3.~l!,3{)t

es una

1 -, ~

.,

oler..

l'oa hermosa

~:&gt;1,,tJ

EDICTO.
Juzgado 1• de L1:tra.'1 del Distrito de Río Grandtc
Cd. P. D!az. Coeh. de Ziregoza.
Pcr auto da eet.e fecha f,l O. Juez 1° de L~trse, Líe. David Gomá'ez Travlño, b'\ m1mdado dar por radlratlo ea el propio Juzgado, o1 juicio de intestado ll ble
nes del finado Secuudino Valdés, vecino que fo6 de
ll!ta Oiudad, disponiendo SA oonvnqun por edictos
publioafoe e11 e\ Perlódic:&gt; Oficfal de esta Eatado y
del de Nuevo,León, e• ta forma que previene el art
1760 del Cód!gJ de Proceólmlentcs Civiles, á las per.
11onas que se e ~nsi,ieren con derecho á la h 'ronc!s,
para quesa presenten á defo.iirlo dentro del térmlnc,
lle treinta dfos después de ls...1'.iltlma publicación.
En cumplimiento de lo mandauo, e:. pedido el pra
f'lntA pnra eu publtoae:ión en el Periódico Oflclal del
E,tado de Nuevo León.
Cd. Porfirio Diaz, )1arzo 2 de 1909.-J. Francisco
S1ucedo, Srlo.
o.2~,26,29

Cía_.-)Ii11ei·a &lt;Topo Cl1ico,&gt; S. A-.

•lnl'rR Q!36 Re h e 11 o~ra el a rrend;.micLto de lu&amp;
mlnes de esta Oompama.
S • ~ do d6 H_nm» un¡,&lt;. r t. 1nda é t ~ rf'untn, &amp;t&gt; suplica
t les ::lrt Ecc1onittns Sé sirvan concurr!r á efta Asam-

EDICTO.
ade I&lt;&gt; C'ivll. - -e F n ccl6n

Jnzi¡a ilo 2
Judioi&amp;l.--Estil.&gt;lo c. N nevo León.
Oon fPche. oe:hc de' mea an cura~ 11e mand6 ,ad!~r
f!I este Ju7,gado el juicln ,lA h: t t etaoo dti la Src, Lu,
Hinujr.sa, vflcina q'le foé .-iA ti:.h r•lnd:td.
Lo que se haces· b;,rll-1 póbl!coá fin deque lee personas qoe e~ crasn con 'lt&gt;r6'1iho á la snc, slón. se prtcsent,,m á deducirla dentro del ,é,mino qnfl s ~fül el art
lii8ó de\ C'ó Hgo de Prornrllmi~ ntoe Oivilee.
Montflrrey, Mauo 29 dt- ll!09 ,-Lic.. J. Oarcfa Goajrlrdo, Brio.
•
o.v 27,30,33 16?

O .'28,119;0

Ayu.

p,.,pu.rndopo;d DR.J.C.AYER y CIA.:
LowcU, Mttas , E. U. d e A.

REMATE.-ia Almoneda.
Juzgado 2• LOC'al T,ftrnd&lt;' . •-llfonterny, N . León ,
El dfa Vfinte y doR del sctnE.l á les din de In meña111 ter.dril. lugar Fn el locel de f8te Jni gedo el nmate
le t•es t~jeb1tnee ce madf'm y UDS máquina de cn1er
(Stt:ger,) que l~ tntron embargr.doe nl Sr. S•rnua ino
f,ara Pn el Jueto &lt;J er.utivo merra11 tlJ qu&lt;&gt; Pn rn ~r-tra
~removió la reprtsfrit'l&lt;'l6n del 8,. R&amp;füel Salinas
antt'.i E!n la cr rceptó dP qu,i solo se nd mit!rán pcetn·11s que best.fn 1\ cubrir l&amp;s &lt;los tercflae pintes de ' Ja
"anhrlad de $230.00 doedentcs trninta p rece, &lt;n que
fueron valor¡zadoe _
1!:n e~ local del Jllzgado y baata 'a hC'ra del rcm11te
ª'.' mh:1etrarén á los que d&lt;'seen. 1, s daros que soiic1ton.
•
J\t;r.ten,,y. 3 ,le Abril de l9n9.- -Lir. lll. G6xr:rz RallnsEros.
o ' 28, 29 3(}

..

fía. Carbónifera de Sabinas, S. A.
CONVOCATORIA.
Por acuerdo jel Cons1 jo de .\omlnistraci6n, ea
oonvrca A ke s1 nr&gt;rfs B&lt;'cionletre de esta Compefifa
para aeamblt a Genera! Ord,naria que tenórá veriftcatitro ~l dfa PO dP Abril prtxlmo, á lee 10 a, m, en
lile Oftcmas de la Negociación, calle del Dr. ~llar No
111, bajo la elguiE&gt;ntP:
'

i·Orden del Día
1~ Inform'3 del Uonef-jo de Administración
2, _ PresPutaci6n dfl las cuentne corr&lt;epo~d(entu
l\l sño social de 1908 y dlctámen del Comlearlo
3·' Apllceclón de las utilldadB.
·
4º N"mbramiento de un Comlsl\rlo y ;de su suplente.
•
Mcnrerre y, 30 de :!únuo de l!JC9. · Erneeto 1&gt;-IP.df'ro.
Presidente .

o .28,29,3O

• lMl'RENT A DEL GOBI ERKOf EN

p AL.A.OIO,

DIRitrOR Y!Lfü!STB!BGB,

A. Brondo Whitt.

~

•

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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              <text>Abril</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 30, Abril 13</text>
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                <text>Política y gobierno</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>...
Monterrey, Viernes 9 de Abril de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 29

Periódico 0ficial

DRL. OOBIRBNO DR1 ESTADO 1.IBBR YSOBRBANO DE: NURVOML.RON.
--- ••·--Las leyes, los decretos y demas disposiciones superiores, obli[an por el solo hecho de ser publicadas en este Periódico.
Registrado corno artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Res]?onsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES, -Este per i6dico se. pt~~lica los Mártes~Y
Viérnes de rada semana.-Vale la subscnpc1on CINCUENTA
CENTA VOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacer se adelantado.

CONDICIONES. - El n úmero del día vale DOCE CEN T A VOS. El número a trasad o QUINCE. -Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra•
dor del mismo.

acci,ín en la medida de sus posibilidades, por jismo. Este plausible res_ultado se?ª obten1la obligación que para ello le impone el coro- do o-racias á pacientes y bien encaminados esEn la próxima semana.
promiso moral contraído conjuntamente con fue7"zos de las autoridades política y militar,
los Estados Unid~ desde la época de aque- quienes lograron que los principales cabecill_as
2º de lo Criminal,
Has com·enciones, de que lo allí pactado vo- y la mayor_Parte ele los rebdclc:,. se somet'.eluntariamente entre las cinco repüb]icas ceo- ran al Gobierno entregando sus anuas Y of1 eLic. EsTEBAN" E. G uAJARDO.
troamericanas, sería :fielmente cumplido.
ciendo mantenerse en paz. Algunos de los inCon la Repüblica de Honduras tuvimo!'. un dios que no se rindieron con sus demás com ·
24? de lo Civil.
incidente desagradable, en Yirtud de que pañeros han estarlo salien~o posteriormel}te
Lic. R oQUE DE L u NA.
nuestro Cónsul en Amapala fué injuriado por de sus madrigueras en la sierra Y presentan·
u n indi,·iduo del ejército de línea. Por fortu- &lt;lose á las autoridades.
na, recibimos amplia y completa satisfacci6n
Se expidió el reglamento del servicio &lt;le insque á la n~z que evitó consecuencias trascen- perción de inmigrantes, y se han dictado _en
dentales, extrecl1Ó más, si cabe. los lazos de el orden adminiHtrati\'o las medidas necesanas
-----amistad entre México y Honduras,
para el cumplimit'nto de la Lt'y de Inmigración
El pr&lt;&gt;ximo mes de mayo se reunirá en Rl.o que comwzó á re~ir el 1 ° de marzo. Desde
Monterrey, Abril !l de 1909,
de Janeiro un Congreso de juristas que ha de Julio lÍltimo se organizó la recolección de daredactar los proyectos de dos códigos, t11H) tos relati,•os á la entrada de pasajeros, Y sus
INFORME LEIDO
de ,Perecho Inten-1acional Püblico, y otro de resultados ,e están publicando en boletines
Derecho Internacional PriYado, para las re· mensuale:s. La~ noticias de julioá diciembre
POR EL
laciones de los pueblos de América entre sí. pueden resumirse diciendo que entraron reinSe ha nombrado para e~e C'ong-reso un Dele· ticuatro mil quinientas personas, de la:,. cualt's
garlo ,'.\lexicano, c1ue ya µartití para su clesti· cerca de trece mil seiscientas lo hicieron por
al r.lirint e! 2• período ti" ""'ion,,., ,le! :!i'' e,,u,.:-n·,o •k :a noEs de &lt;le:-ear que se llegue {t alglÍn la frontera norte, ,iete mil setecientas por los
\'niJu,
acuerdo á fin de realizar el ideal de todos los puertos del Golfo y mar &lt;le las Antillas, mil
El l. O lle Ahril de 190H.
pueblos cultos, de normar sus relaciones con- clo~cientas por las del Pacífico y t.:incuenta
forme {t principios libremente conn:nidos en- por la frontaa sur. Algo más de once mil
tn: ellos.
fueron norteamericanos, y cerca de tre&gt;-¡.. mil
SEÑORES Dn'UTAOOs,
Próximamente deuerán ser canjeados, ú setccientu:-i mc:,i(anos que regresaron al país.
fin &lt;le proc.:der á su promulg-ción, el Conrenio E:stos &lt;latos no tienen otro carácter que el de
SE~ORES SE~ADORES:
.
que se ajustó con el Gobierno Francés para ensayo para trabajos m,Ís ~crios, y su reco·
En e,-.ta se,-.ión inaugural de ,·uestros 1m- regularizar la situación de los ciudadanos lecci6n ha siclo un medio para preparar la insportantes trabajos. c"áben~e la sat[sfac~ión_~e mexicanos que contraigan matrimonio en oección de los inmigrantes.
presentarme. comolo prenent! la Constituc1on , Francia y los franceses que lo ,·eriquen en
La reaparición de la fiebre amarilla en las
para daros cuenta del e~tado l¡ne guardan, los 1~léxico; y d C'o1wenio celebrado por los re- costas del Golfo ha determinado de agosto á.
múltiples intereses n~c10n~les confiados a la presentantes &lt;1e ~:;xi4'.o y de los Paí:ses Ba- mediados de febrero en Veracnu. en ~Iérida
Administración del EJecutivo.
jos, que modifica algunas palabras del te~to v sus alrededores, en Láguna del Carmen y en
Desde 1ue~o y cGn ,:erdac~era p~na tengo holandés del tratado ele exti·adici&lt;Ín ~onduíclo Campeche, ciento winticinco caS0b y cincuen~
que aludir al desgraciado mcend10 •¡ue ha entre ambas naciones.
ta defunciones. Los servicios sanitanos para
destruido el edificio en lJUe celebraba HUs imEn el mes ele cliciemure ültimo se autorizó combatir esa enfermedad se han sostenido
portantes reuniones la Cámara el~ Diputad?s, al Ministro de ::\léxico en Francia para ,¡ue. con todo empeño y energía. y ya se ha notado
y que hizo, desal?arec_er el precioso ~rch~vo de acuerdo con las instrucciones ,¡ue se le un decrecimiento tan con,-.i&lt;krab1e, r¡ue acaso
que contenta la h~c;t~1}a del Poder Leg-1slftn-o dieron, hiciera al Gobierno Francés la notifi· pudiera estiman,e como in&lt;licio de pníxirna
Mexicano. La ::-.;acion entera lamentara esa cación correspondiente, á fin de que se cun-¡ extinción ck la epiclemin.. Los últimos caso-.
pérdida irreparable; y el Ejecutirn He ~sfue1·- siderara al G-Obierno Mexicano adherido á los ocurridos fueron uno en Veracruz, el 11 ele
za ya en pro,·urar a la. brevedad posible. Y cuatro principio-.; de Derecho ~Iarítimo con· febrero, y otros en San Bernardo, cerca de
mientras llega á concluirse el Palacio t1u"'e lle· -,ignac]u.., en la declara,-ión su'&gt;crita en París¡ :\Iérida, el 15 del próximo pasado.
be servirá ese objeto, un local á propósito el !U de abril &lt;lt• lt'.-51i.
, A cau,-.,a de haberse propagado la viruela
pai~a las labores &lt;le la Cámara popular.
Informado el represt•ntante ele Inglaterra' ,:cm ,·aráder epi&lt;1émico e n algunas poblacioNuestra ... relaciones internacionales no han de &lt;[lle el Senado de la República aprobó, con nes fronterizas ele (;uatemala y d e Honduras
cambiado, siendo no solamente pacíficas sino ,fecha 14 de diciembre último, el Com·enio en- británica, ..,e han dictado la:- providencias de
verdaderamente ami&lt;.:tosas i.:on todos los pue· tre México y la Gran Bretaña que modifica el profilaxis autoriza das por el Código Sanitario,
blos con 1¡11iene~ las cultirnmos.
párrafo segundo del artículo primero del tex- á fin de preservar del contagio á las poblacio·
Oon motivo ele la renuncia t¡ue hito el Señor to inglés ,te la Co1wen..:ión suplementaria so· nes mexicanas.
Don Enrique C. Creeldelcargode Embajador bre bultos postales del 2·'&gt; de Febrero de 18H7,
En la'Ca!-ia de Corrección para Yarones en
de la República cerca del Gobierno ele \Va&lt;;h· prerio el aviso de 11ue fué aprobácio por el Go- Tlálpam, se han ejecutado obras de cierta
ington. :se ha nombrado para substituirlo al bierno Inglés, se procedió al canje el día 13 importancia que forman parte del plan geneMinistro que tenía nuestra representación di- del pasado y se promulgará oportunamente. ral para completar el edificio. Se terminó en
plomática en Bélgica y en los Países Bajos·
Con el objeto de uniformar el despacho de Coyoacán la ampliación de la Casa de Correenombramiento &lt;Jue mereció la aprobación del ilas oficinas consulares de la República, se ción para mujeres. En virtud de dichas obras
8enado.
¡ comisionó al Jefe de la Sección respectiva de todos los menores pre!'los, sea preventivamen•
En la Repbúlica de Cuba se ha inaugurado¡ la Secretaría de Relaciones, para que dsitara te ó por condena, se encuentran ya en los resel nuevo gobierno nacional, Y es de esperar los consulados más importantes en América .r pectivos establecimientos :r han dejado de esque bajo sus auspicios prospere Y se conserve Europa, recomenMmdole estudiara la manera tar confinados en las demás cárceles del Disen paz aquella nación. 4ue inspira á 1Iéxico de alcanzar el resultado propuesto. Dicho em- tri to.
especiales simpatías. El ~Iinistro &lt;1ue nos picado está cumpliendo esa comisión .
En Xochimilco :,:e terminó la construcción
representaba antes de la intervención ameriSe han suprimido algunos consulados por de una cárcel importante, por haue r allí Juzcana, ha vuelto ásu puesto en aquella isla.
no ser necesarios al ser,·icio püblico.
gado de Primera Instancia á cuya disposiDebido á circunstancias imprevistas, pareSe han verificado eleaiones ordinarias de ci6n se encuentra un núm~ro no esca!'-O de
ce que la paz en Centro-América desgracia- poderes locales en los Estado~ de Guerrero procesados,
damente amenaza alt~rarse; y co,m_o el Gobier· Hidalgo, )léxico y Tlaxcala, y extraordinaria~
Para la mejora de la parte sur de lc1. capital
n? d~ l?s Estad?s U_mdos ele ~erica consult6 ele Gobernad?~ en el ~e ~Iorelos.
se ha proseguido á la apertura y, regulariias1 Mi&gt;x1~0 e::;tana dtspuesto a c,ccundarlo en
La tran 11u~ltdad p~bl!ca se h~ conservado ción &lt;le la Annida Natzahualcoyotl 1 antes
los medios q_ue hayan de adoptar,;e. pa!·a c1ne en todo d ~a.is. Los m&lt;l,_os yaqu1!". que en So- Avenida 22, y á ese efecto, se han ª?quirido
las convenciones firmadas en \\ ai,;hmgton nora comehan depredac1ones1 han entrado en quince fincas con un costo de algo mas de :-:.eteng~I} !ma fiel obs~rvancia, el .Ejecutiv? res- un período de ca~ma, y desde septiembre últi- tenta y siete mil pesos.
_pond10 a aquel Gobierno que secundaria su mo no cometen ninguno de sus actos de salva·
En las obras del saneamiento se han cons~

JUECES DE TURNO

PERIODICO OFICIAL.

C. Preshlrnte tle la Urpúl&gt;lir.a,

¡

....

�2

•
PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL.

manuales y de gimnasia establecidos en las
truido do: mí! metros de colectores y más de¡ sometidos á su conocimiento to_dos los asuntos e~cuclas normales para perfeccion~r los co;
ocho mil de atarjeas, para cuyo lavado se ha &lt;le s}l ~ompete~c1a que se sus~~ten dentro d7 nocimientos de los maestros, y empiezan ya a
puesto más de un kilómetro de tubo de hierro los limites de dícha Demarcacion, lo que es;a difundir esas enseñanzas en los Estados los
de setenta y cinco centímetros.
produciendo un res.ultado _fa_vorab~~ par~ a profesores que vinieron á seguir dichos curSe han construict 0 pavimentos de asfal~o en °:1-~s pronta y expedita adm1mstrac10n de 1us~ sos. por encargo de sus gob~er.nos.
,
cuarenta y nueve calles con una suvc-rfic1e de ttc1a.
.,
. .,
.
.
.
Para normar los reconoc1m1entos r los exa..
más de ochenta y tres mil metros cuadrados,
Tamb1en anun_!3te en m1 anten?r rnforme, menes en las Escuelas Nacionales Preparatoy banquetas de cemento en veinte ca11es con que _estab~ f?rmandose un trab~JO. de esta- ria de Jurispru&lt;lencia, de Medicina, de ln.una superficie de más de once mil metros dística criminal, no só~o del ~1,str1to, como o-e1;iel'os. de Comercio y Normales, se expid d .
se•habta hecho antes, ~1no tamb1en de los tedieron á fines del año último, seis reglamencu~1tfosºft;gares menos céntricos de 1~ ciu- rritorios ~ed_erales y cl,,eJ fuero fe_deral en to: tos qu~ concuendan en los puntos más impord.1d se han construido treinta y tres mil me- da_ la Repubhca, &lt;:luedo ya termmado Y P_;' tantes, p~ro se distinguen por las peculiarit ros de empedrado común.
b1Icado este trabaJo en]o que se r~fie;e al ano dades de cada una de dichas escuelas, Se ha
Se han terminado los jardines ele ]as plazas 1907. y muy en. breve se entregaran a la pre:1pi-ocurado favorecer por su ~edio, no solade la Ciudadela, Santa Catarina., San Sebas- sa las estadísticas correspond;en:es.
ap.o mente el aprovechamiento de los alumnos. sifián. San Lucas v el de crucero de las aYeni- 1908. Este ser':!cto, que tiene an o m eres
das Cbapultepec- y Gua\'lnas. Actualmente se encuentra bien arreglado y es de esperar- no la formación de hábitos regulas de trabajo.
Ha sido forzoso transladar el Conservatorio
c uenta Ja ciudad con cuar-enta y cuatro jardi- se que en cada1 año se pueda desarrollar_ de
N. de Música á edificios ae propiedad privan cs públi cos que en conjnnto miden más de una ?1ª1:1era mas .~etallada y extensa su I esda, y procederá la demolición de parte condoscientos cin c uenta mil metros cuadrados. pechva informac1on. .
En el Ce mente rio de Dolores, se ha conclui·
De estos datos se_ mf1ere qu~ e_l estad,o que siderable de la ruinosa propiedad nacional
do la instalación de dos hornos crematorios guarda en la actualidad la admrn1strac10n de que le estaba d estinada; al hacer es a d emolicon capacidad para in cin erar treinta cad~ve- jus~icia, va m~jorando notablemente;_ P':es ción se ha cuidado d e salvar los .r estos del
edificio derruido qu e, por su importancia ar➔-es por jor nada.de diez hor as. E_st_a meJora e~t~ desapareciendo el rezago ~e nP_goc10s JUtística y por haber sido asiento d e la antigua
sl' estima mu y \'en ta josa pa r a la h1g1en e, ade- dic1ales que ant es tenfan los ,,tnb_uoales1 Y el
m ís de sim plificar la admi nistración de los despacho se ha; e ahora en t_ermmos qu e de- r ni,·ersirlad, de ben formar parte d el q ue se
ceme nterios.
ben satisfacer a los_que se mt_e~esan .~orque r econs truya,
Se ha in~&lt;.; talad o en el nu eH&gt; edifi cio de. 1a:
En la Calzada de la R eforma se ha n cubie r- sea p ronta y expedita esa adm1,n 1strac10n-. .
calle
&lt;l e :tí ecatitlán , la lss cu ela N d e A rtes v
to ya con asfaltóleo los dos pr ime ros t r amos
Por con d~c to de la Secr ~tana de J.u~t!c1a,
y sus correspondientes ~lorietas- cu)'a s t!- , se han pu_bltcado alfu.nas c1rc ula.,re~ d1ng1das Oficios para Mu je res. Se h a n pu esto tec hos
pcr fi.c ie es de CC'rca d,: tremta y dos rn1 l qlll- ~ pcrfecc10nar el . re~1m~~ econom1c~ d e los á ocho d epartam entos de ]a1::; na,·es latt!rale~
nien tos metros cuadrados. Para la Calzada ¡ uzgados y de la m s b tu c10n del notariado. , de la Biblioteca Nacional para a rregla r en el
&lt;l e T lálr~m ¡;e, h~ a&lt;loptacl? por p r imera y7z
El i!Il~orte d.e las 9peraci?n ~s de q ue to1:1~ segundo piso de la misma , departame ntos
(•1 riego con pc'troleo, mecho. de conse r vacwn c?noc1m1ento e~ ~ eg1s tro P ublico de ~a P i o nueyos, y en ellos·se hit instalado una est a n~
&lt;l''C en varios países ~e considera di! g ratul e p1eda1, asc end10, en el _
s egundo seme...,tre_de tería metálica con o -1 p1-1cidad para más de !;e~,lc·icia.
1908, a la s uma de doscien tos seten ta y siete tenta mil \'Olú men es, En la misma b ibliot eca
Sr"" h a u abierto al serdcio pú blico un n uevo millones trescien tos trece mil n ovecient~s s e- se ha p rocedido ta mbié n á hacer la r enova::.: creado impor tan t e en Tacuba y otro pe que- ten ta Y nue,·e pes os,. que co mpa r;i,-d o con 1~ual ción casi completa d e los p isos y del mobiliaño en San Pedro de los Pinos, mu n ic ipali dad sem estre de 1907, cuyo monto fue de dosc1en- r io q ue por su excebira a ntigiiedad eran un
d e 'racu baya .
_
_ .
to~ seis millon~~ s esent_a )'.' s eis mil pesos, no peligro cierto de destrucción de los libros, y
JJ~ n Sa n ta Gr uz de Bra,·o, · Q umtana R oo, obs tant e la c ns1s econ o m1ca por la que h a n se está _s us t ituy end·o Hmbién por u n a. estan•
•1,1 n-:le hace algún tiempo s e t u,·o -la fo r tuna a t r a~•esado los dh·ersos países del mund5&gt;, tería me tálica , la de la Biblioteca del Mu seo
d e descu b ri r un g ra n 1 ·cenote, '' ha qu edado arroja un exceden-te e n favor de 1908, de mas NacionHI.
Entre las exc ursion es cien tífi ca~ m ás digte r mi nada la planta pa ra el abasto y dist r ibu- de setenta·y un mlllon es de pesos.
.
ción d e agua potable , mejora que s e estima
El importe tot~l de la~ ?peracion~s p~act1- nas d e mención efectuadas en lo~ últlmos me.cle fa ma-ror im por tan cia, pue~ la falta el e agl1a cadas en el Reg,stro Publico, absc npto a los s es , merecen señalar~e la qu e hizo el Ins tituto
d e bae n; calidad hacía en extremo insal u bre Juzgados de Primera InstanciA d e Atzcapot· Patológico para proseuuir las inrest igaciones
la población .
zaleo, Tacubaya, T!álpam y Xochimilco, du- que ti en e emprendidas en el sur d e la R epúEn el Ter rito rio d e Te pic s e han ina ugura- ran te todo el año ante rior, " fué de treinta y bli ca en cuanto al mal del pinto, y la explora·
do siete nuevas líneas t elefóni cas1 con las que cuatro millones cuarenta y cuatro mil quinien- ción arqueológica de las ruinas del surestei
del E~tado de Chiapas. El fruto de esta exs e forma ya un total d e tr einta y cinco, ade- tos cinco peso9.
pedición ha consistido en transladar al lifu_
;.;,;
de
tres
urbana!'.
e
n
la
capital..
De
acuerdo
con
lo
que
previene
la
ley
de
111
gn 2!J d e Septiembre del año próximo pa- educación que en este año ha emp ezado á re- sco Nacional, desd e los famos os templos de
!-óJdo, se p rom~lg6 el _&lt;l~c reto que declaró la gir, depend~T: dire~ta_mente de la Secretaria las cercanías del Us umacinta, la lápida que
elección de Cinco ministros de la Suprema de Instrucc10n Publica y Bellas Artes los completa los table ros de la Cruz del Palenque.
El desarrollo del d epartamento de ArqueoCorte ele J usti\'.ia d e la ~ación, y en tal Yir- asuntos de educación primaria de los Territud die hos funcionarios prestaron la protesta torios Federales Y los jardines de niños, an- logía del Museo hizo forzoza la divü•ión de éste
lega.1 y comenzaron á desempeñar su encargo, tes al cuidado de la Dirección General de Ins- en dos: uno de Arqueología, Historia y Etnoq ueda!1do así inte~rado dicho tri~una~.
trucci?u Prii:n.a~ia,
. . .
.
, logía, y otro de Historia Natural¡ éste último
Seo-un lo anuncie en mi anteilor mforme,
Esta ya utthzandoe;;e el edlhc10 destmado a cuenta ya con local arrendado en excelentes
el Ji~j~cutivo expidió de conformidad con la la escuela primaria superior "Manuel López condiciones en el vasto edificio que se- había
autorización del Congreso, las leyes orgáni~ Costilla," recientemente construido en Mix- construido para la Exposición Permanente.
La República ba sido oficialmente invitada
cas del Poder Judicial de la Federación y la coac; están concluidas también las obras de
del Ministerio Público, el Código Federal de adaptación del edificio adquirido en Tacuba· para concurrir al Congreso Histórico InternaProcedimientos Penales y las reformas que ya para la Escuela primaria superior "Gui- cional de Música que tendrá efecto en Viena
al de Procediffiiento~ Civiles del mismo fuero llermo Prieto,'' y así se encuentran en ser- á fines de· mayo de este año;· al de Medicina
.exigía la experiencia. Qut:dan así satisfechas Yicio siete grandes escuelas primarias supe- que se reunirá en Budapest en agosto próxifas necesidades más apremiantes que ha te- riores de propiedad nacional. Además se han mo; •1 segundo Congreso Científico Interna·
nido e n ese fuero la administración de juSti- construido y están utilizándose otros diez y cional citado para Noruega, asimismo en
agosto, á fin de estudiar los medios de com·
cia. El Ejecuti\'o dará cuenta en su oportu- siete edificios para escuelas rurales ..
nidad como es de su deber, del uso que hizo
Se han abierto hoy las clases de la primera batir la lepra, y al Congreso Médico Latino
4:le la ;utol"i~ción que le.~onfirió e~ Congresc• :scuela prim~ria supe;i?r industrial p~r~ ni- Americano convocado en río de Janeiro, igualVil Ejec utn'ü ele la Un10n, en virtud de la nos, establecida en Mex1co, en el ed1f1c10 de. mente para agosto. Aceptadas esas honrof.1t.. ultad que le otorgó el artículo ciento no- la escuela prim~ria superior industrial para sas invitaciones, se ha nombrado y t á la maventa y ocho de la Ley Orgánica Judicial, del niños, establecida en México, en el edificio de yor parte de sus delegados.
•¡ de septiembre de 1903, y en vista de los in- la Escuela primaria superior '·Pablo Moreno,
México estu"vo, adeÍnás, debidamente repretereses sociales de grande importancia que donde los alumnos recibirán simultáneamente sentado en el Congreso Internacional de Edu·
ha.n nacido y se están desenvolviendo cada vez el complemento de su educación elemental y cación Popular reunido en París en octubre
más en la Sección de Mexicali, Pai-tido Norte las enseñanzas que puedan servirles para de- último; En el primer Congreso Internacional
de la Baja California, expidió el decreto del dicarse á la industria.
de Educación Moral y Social efectuado en Lon•
19 de_ Agosto de 1908, creando en dicho lugar
Ha empezado á practicarse el exámen mé- dtes en septiembre próximo pasado; en el
uu juzgado mixto de primera instancia, en- dico individual delos alumnos de las escuelas que tuvo por objeto el estudio de la tubercu•
ca1· 00ado á la vez del Registro Público de primarias; y en los últimos meses del año losis, también en septiembre, en Washington,
la Propiedad y del ejercicio del notariado. Di- rróximo pasado, se había logrado examinar y en el primer Congreso Científico Panameri·
cho juzgado está funcionando con regularidad a seis mil ctfatrocientos un niños para pres- cano ql1e se reunió en la capital de la RepÚ•
desde el día veinte de diciembre del año pró- cribirles las adaptaciones apropiadas de su blica Chilena el último mes de diciembre.
ximo anterior.
educación física. A la mayoría de esos exáEn el período transcurrido de 1
de juLa ley del 9 de septiembre de 1903 que aca- menes asistieron con satisfactorio benepláicto lío al 31 de diciembre de 1908, la Secretaría
to de citar, al determinar que fue sen ocho los padres de los alumnos.
de Fomento expid!6 dos mil veinte títulos de
los juzgados correccionales en el partido juEn uso de la autorización que el Ejecutivo tierras, á fin de reducir á propiedad particudicial de México, lo hizo, entre otros fines, t'1ene para revisa
· r las le y es v1gen
·
t es en ma t elar una superficie de trescientas trcinta T
con el de que s e estableciera uno de e s t os ria de enseñanza, se ha expedido el nuevo plan un mil novecientas cincuenta y ocho heda•
ju1,gados en cada una de las De marcaciones de estudios que rige las escuelas normales. reas de terrenos de la Nación, con un pro-de Policía en que eS!&amp; dividida la ciudad. Ko De acuerdo con él se ha suprimido la Direc· dueto para el erario federal de trescientos
siendo pos ible realizar d esde luego tal fin, ción General de la Enseñanza Normal,
treinta :r un mil seiscientos cuarenta y cinco
porque para ello era indispens able que hubiese un edificio especial en cada una d~ las coPara que las escuelas anexas á ambas nor- pesos.
mísarías, se tuvo el propósito de ir llevando males puedan llegará. ser escuelas modelo, se
L";s Comisiones encargada'!I de explorar Y
á té rmino poco á poco las miras de dicha ley ha reducid? clnúmero ~e _sus ¡rrupos; y con el medir el. territorio de la República, tuvieron
á este r especto. En consecuencia, concluído fin de que esto no restnn1a el de alumnos que que.dedicarse principalmente á trabajos de
el primer edificio nueyamente constrnído, de reciben educación impartida por las escuelas. ~ab,nete, en el período que comprende este
acuerdo con este plan, en la sexta Inspección nacio.na!es, se han formado, con los grupos mforme, porque la estación de lluvias difi•
de Policía de la ciudad de México, se trans· suprimidos, otras dos escuelas primarias su- culta las operaciones de campo. Por esas
la.dó allí el correspondiente juzgado corree- periores bajo la dependencia de la Dirécción causas!ª, C,01!1-isión Geográficico· Explora1or_a
cional 1 dándosele la jurisdicción territorial General de edúcación primaria.
determmo umcamente: la posición astronomi·
que le corresponde, según la cual ha quedado
Acaban de terminar los cursos de trabajos ca de vemte poblaciones de los Estados d~ Cht•

ªl

°

huahua y Oaxaca y la altura sobre el nivel
del mar de doscientos siete lugares poblados de los mismos; ligó entre sí, varios
puntos por medio de una red de mil doscientos once kilómetros de levantamientos taquimétricos que ofrecen mayor exactitud ~ue
los ejecutados anteriormente. La publicación de las cartas murales de los Estados,
aumentó: con un sobretiro de la de Tamaulipas, con la irupresi6n de )a de Tlaxala; y quedaron listas las cuatro hojas de la de Puebla.
De la Carta General de la República á la cienmilésima, se publicaron cinco hojas y se grabaron otras catorce; continuando activamente los trabajos de campo en los Estados de
Sonora, Chihuahua, Morelos, Oaxaca :y Yucatán.
Con el objeto de mejorar los terrenos susceptibles de regadío, la misma Comisión Geográfico-Exploradora hizo el levantamiento de
la laguna de Santiaguillo, en el Valle de Guatimapé, cuyas aguas pueden derivarse á la
jmportante región de Nazas, y practicó estudios de los rfos del Tunal, Conchas y otros,
para usar sus aguas en el fomento de la agri·
cultura.
La Comisión Geodésica midió nueve kilómet1'\lF. más de la base de Tamaulipas, llegando
hasta el nllmero treinta y seis, v faltando
únicamente e u;ttro para loi.rrar d p1:opósito de
medir, con la mayor precisión de los métodos
modernos: una línea de cuarenta kilómetros.
En la nivelación de precisión se hicieron
doscientos cuarenta y cuatro kilómetros del
primer gran polígono, sobre el cual se están
ejecutando además, con péndulos especiales
y por primera vez en nuestro país siguiendo
el plan propuesto por la Asociación Geodési-ca Internacional, los interesantes estudios sobre 1a gravedad, que fueron terminados con
buen éxito en rI•acubaya, Puebla, Atlixt::o é
Izucar de Matamoros .
Bajo la dirección del Observatorio Meteorológico Central y con ayuda eficaz de los Gohier·
nos de los E~tados, Quedaron estabkidas las
Secciones ele Michoacán r Sinaloa, habiéndose
concluido por la Federación el nuevo Observatorio de Mazatlán en el Cerro del Vigía,
con dotación competente de aparatos modernos.
Muy satisfactorio fué el éxito lJUe obtubieron nuestros expositores en la exposi~ión Internacional de Boston, que se verificó en oc·
tubre del año pasado, puesto que la mayor
parte akanzaron honrosas recom ¡?ensas, que
Jales fueron entregadas; habiendo cedido
varios de ellos sus contingentes para enriq_ue ·
cer las colecciones del Museo Tecnológico de
México, que cada día despierta mayor interés
y continlla ensanchando sus relaciones con
.lnstituCiones sirnilare!?. del extran]eI"o.
En el primer sem estre del corri ente ·año
:fiscal. se e,cpidieron dos mil dento cinc uenta
tftulos de fundos mineros amparando una superficie de treinta y nueve mil novecientos
ochenta y siete bt1ctáras, que comparados con
los del período corre~pondiente al año ante·
rior, indican una diminución de ,·eintiocho
por ciento en la titulaci6n de nue,·as minas, á
causa de la crisis financiera y de los bajos
precios con que se cotizan los metales en el
mercado. Por fortuna, gracias al empleo del
petróleo como combustible en la explotación
de las minas de Cananea, el abaratamiento
de] costo del cobrt! fné tal, q_ue se hicieron
costea bles los metales de bajas lryes que antes no pagaban sus gastos y ahora han
permitido mayor desarrollo y prosperidad en aquella importante región, Viendo
confirmadas con e8te ejemplo las previsiones
(1ue indujeron al Gobierno ft conceder franquicias para la introducción libre de derechos
del petróleo crudo, para el fomento de nue•·
tras industrias. se han hecho concesiones aná.1ogas á la "CÓmpañía ~linera del Banco de
Oro··, &lt;;n el distrito de Magdalena, Sonora,
que unidas á loo adelantos metalúrgjcos modernos podrán contrarrestar ]as malas condicio
nes del mercado, haciendo posible la formad e nuevos centros mineros y favoreciendo e]
desarrollo de los antiguos,
Fl Instituto Geológico terminó la memoria
relativa á las regiones petroltferas d e la República y prac ticó un estudio especial del pozo
de Dos Bocas que s e incendió en el Cantón de
Ozuluama, e n el Estado de Yeracruz. Pub]i·
có un voluminoso Boletín sobre la Bibliegrafía
Geológica y l\Jinera de México, que comprende todo lo publicado en esos ramos hasta el año
d e 1904.
Los resultados del primer año de estudios
.en la Escuela Nacional de Agricultura v Veterinaria. fueron muy satisfactorios, lo illismo
que los de la Estación agrícola Central.
Los trabajos de propaganda agrícola lleve·
dos á cabo por el personal de ambas y por los

empleados de las estaciones de Río Verde y
de Oiudad Juárez, se hicieron con toda actividad, habiendo distribuido treinta y nueve publicaciones con ciento cuarenta y un mil ejemplares sobre asuntos prácticos de] ramo.
Quedaron fundadas en el período á que He
refiere este informe dos nuevas Estaciones
Agrícolas Experimentales, una en Oaxaca y
otra en Tabasco, con la importante cooperación de sus ilustrados Gobiernos y con el contingente pecunial'io ile la C.imara .\grícola de
s..n Juu1&lt;n Bautista.
Con satisfacción hago constar que el nuevo
régimen de la Escuela Nacional de Agricultura y Veterinaria, ha merecido 111 a&lt;•eptación
de] público. principalmente entre los agricultores, como lo comprueba el hecho de haber.
se abierto el segundo año escolar con una inEcripción de cu•trocientos sesenta alumnos. La
myor parte internos, habiendo tenido que
desechar muchas peticiones lde lugares de gracia por haberse cubierto en los primeros quince días de enero todas las plazas disponibles,
con jórnnes de diversas partes de la República.
También me complazco en cousignar aquí la
importancia que tuTieron para orientar en el
mejor sentido nuestras energías: la inauguración del Instituto Agronómico Internacional de
Roma y la verificación del Congreso en Washington, para la conservación de los Recursos
Xat1ualea de 'Norte- .América. En N.-mba.&amp; reuniones, se trataron asuntos hnportanies para México y se palpó el iute!'és creciente que despierta nuestra patria entre las naciones más aban·
zadas.
Las aguas de jurisdicción federfl.l continúan
despertando cada día mayor interés, avi\•ado
Pn f'l período á q ne me refi.010, con los cuantiosos recursos puestos á la disposición de nuestros
agrwultores por la importante instituci6n de la
Caja de P1·éstamos y por las sumas asignadas,
de las reservas del TesOl'o, para el Fornen to de
las obras de riego en los terrenos susceptibles
de esta mejora. Con esos nuevos elementos se
hizo posible la ejecución ue contrMos como los
de las Compañías del Río de San Diego, de la
Santeña y do ChapRla, así como otros ,rnbsidios
para acelerar el progreso de nuestra agricultura,
que esperamos llegará á ser la base de nuestra
1·iqueza.
En el primer semestre del año fiscal presente,
se recibieron ciento cnarenta y dos solicitudes
para aprovechar de dh·orsas maneras las agua.e
feuemles; celebrnmos diez contratos sobre las
mismas y expedimos veintiseis títulos de conceRiones nuevas 6 de confirmaciones de derechos
preexistentes.
·Del l &lt;! de julio al :Jl de diciembre de 190»,
se concedieron quinientas cuarenta. y nueve patentes por invención 1 veintiséis por modelos intlustriales y una por dibujos,registráudose tam.
bién quinientas veintidós marcas de fáb1·ica y
c.e~enta y tres avisog y nombres comerciales.
La Dirección General de .1&lt;:stadístic1&gt; dedicó
atención especial i,, los trnbajos del cen10 de
1910 distribuyendo en toda la República las
instrucciones respectivas y los modeles de los
documentos necesarios. El interés que tif'ne el
Gobiel'llo Federal en esta ope,.ación ha sido secundado por el de los Estados á tal g1·ado que
.
'
me es grato ana.nmaros
haber quedado instaladas ya Juntas especiales que se ocuparán en el
próximo recuento de los habitantes de México
en .Jalisco! Agnascalientes, Chiapas, Se.u Lni~
Potosí, Sonora, Tam11ulipas, Coahuila, Oax&amp;ea
Ch1hnabua, Colima y Territorio de la Baja ca'.
lifornfa,.
Las escolleras de Coatzacoalcos alcanzaron
las longitudes totales proyectadas,' y el canal
quedó arreglado á una profundidad de uueYe
metros. El dique seco y los puentes levadizos
de Salina Cruz fueron construidos y se pusieron
en servicio. Quedó terminado el revestimieuto
del Uorro del Rompeolas en Manzanillo y se
dragaron doce mil metros cúbicos en la 'bahía.
En Tam pico se inst&amp;ló la tu heria de barro de
las atarjeas en veinte calles estableciendo eeiscientas cone.xiones entre las mismas y los albaffales de las casas. Ha quedado inst1tlada la tu.
beria de hierro de distribución para el agua. Las
obras de saneamiento y abastecimiento do aguas de Puerto México han sido 1erminadas; y
conchudas y entrgadas al Ayuntamiento della.
zatlán. las de saneamiento de la ciudad
Se han terminado las dos primeras se~ciones
de defensas de las orillas del Río BraYo río
arriba de Ciudad J uárez así como el re'vestimiento de ~nfaginados q~e pyoteje la ribera de·
recha del r10 en. la cnrva al noroeste de Matamoros.
Las.·obras de canalización entre 'l'úxpam y
Tampwo, han l!egado á treo kil6metros uel pne·
blo da Tamiahua.
Termináronso los trabajos de descenao de la
presa del Túuel de Tequixquiac.
La baliza luminosa permanente de la escolle.

3
ra norte del Río Pánuco, el fanal proviAional
de Xicalango y los fanales de Topolobampo y
Agiabampo, se pusieron eu servicio. Se terminaron la casa y la torre del fanal de Tú.xpam y
la instalación de un fanal sobre una C11baña de
palastro, en Cha1;1potón.
. .
· La consolidacion del snelo en qne se erigu-á
el Palacio Legislati,·o, hecl1a con pilotea de
arena y de concreto, ha sido concluida, y se ha
dado principio á la eom presión del terreno con
aplanadoras.
.
.
Ha quedado terminado en esta omdad, el edificio para las cocheras y 0:.ba JI erizas del servicio
postal, y. en 'l'orre6n, otro edificio destinado á.
Oficina de Correos .
,
Los adelantos en las obras del Teatro Nac10cional y edificio par&amp; IA Secretaría de Comunicaciones. han sido de import&amp;noiA,
Los ferrocarriles de jurisdicción feder&amp;l h&amp;n
tenido, durante el semestre pr6.rimo pasado, nn
aumento de doecientoa sesenta y tres kil6metroe
en la construcción de nuevas vias. El principal
contingente de dicho aumento lo propor~ionaron
loe Ferrocarriles de Alamos á ,GuadalaJara y el
de Nog&amp;les al Ferrocarril de Naco á C~nanea,
El primero termin6 la linea desde Navo,¡oa hasta Mazatlan y el tramo de Orendain á 'l'equil&amp;,
y el segundo en toda su extensión de N ogale"
á del Río. La extensión de vía• férras, alc&amp;nza álacifra de diez y nueve mil setenta y dos l.:i16metroe,que uuida á la de los ferrocarriles construidos en los Est&amp;dos. cuatro mil ocho~ientos
kilómetros, da un t)tal de rn:titrés mil novecientos doce kil6metros. En Rioe6n Antonio,
perteneciente al Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, sevterminaron las doa últimas casas
para mecánic s y la instalación de nna grúa,
fraguas y máquinas para tornillos en el taller de
herrería, así como el cobertizo para coches. En
el Juile, se termin6 la nuevA casa de secci6n, y
dos para maquinistas y conductores en Puerta
JIIéxico .
En el camino de Ciudad Victoria á Soto la Marina, se ha tenido, en el periodo de s;ptiembrs
á la fech&amp;, un avance de quince kilómetros, llegando los trahaJoe ha•ta el kilómetro cuarenta,
á partir de Ciudad Victoria. En el de Iguala á
Chilpancingo, los trabajos consistieron en la
construcción de cinonent~ y ilos kilómetros de
tercería., en la sección de Iguala á Mexcala.
El movimiento del ramo de Correos, durante
el primer semestre del afio fi•cal en curso, fué
el siguiente: se establecieron diez y seis administraciones locales y ocho oficinas ambulantes,.
siendo dos mil novecientos cuarenta y seis el
número de oficinas postales existentes. El movi.
miento de \.oda clase de piezas postales, ascendi6 á la cantid~d d e ochenta y nueve millones
de em•íos. La expedici6n de giros postales, tuvo un aumento de uno y medio por ciento, 6 sea
un resnltado de cerca de veinticuatro millones
novecientos mil pesos. El cambio de giros postales con los paíse■ c¡ue tienen celebradas con.
venciones con la Repúblca, fué de dos millones
closcieutos ochenta y un mil pesos. A los edito.
res de publicaciones periódicas se les pagaron
libramientos por valor de dosciéntos treinta y
tres mil. En el semestre de referencia, los productos generales del Ramo, lleg&amp;ron á la cantidad de dos millones ciento veinticinro mil pesos.
En el mes de Noviembre último, el CM¡treso
de la l'nión decretó el esl.ablecimieuto de tos
avisos de pago para los giros postales, tanto en
el servicio interior como en el internacional, quedando inaugurados, el servicio interior el 19 de
Febrero, y el internacional con Canadá, Alema.
nia, Francia, Gran Bretafia y la República del
Salvador, el 1 . de Marzo. Par&amp; este servicio se
estableció el cambio directo de correspondencias, entre las oficinas de Man,anillo y Acapolco y la Vict-0ria, Canadá, y entre las ofic~nas de
~'rontera y Nneva York y Galveston, Se institll-·
yó el cambio de giros postales entre México y
Turquía. por conducto del servicio Alem;Íu, Se
modificó el port&lt;i de bultos postales con destino
á Alemania y á los palsea y colonias para los
cuales sirve de intermediario el m ismo servicio
alemán.
Refiriéndome al ramo de Telégrafos, harú notar
que, en el primer semestre del presente ejercio
fis~al. ~~ tendieron t~es mil docientos sesenta y
seis K1lometros, de hilos telegráficos; siendo el
anmento de la R ed Federal s6lo de dos mil seis
cientos setenta y un Kilómetros, por las supresiones y retificaciones llevadas á cabo. Además,
repusieron, al hacerse la retificaci6n de algunos
trazos en una extensíón de quinientos Kilóme-tros, loe conductores que se encont raban en mal
estado. Los hilos entre esta capital y Leohería,
q nedaron instalados sobre postes tu hui ares de
acero de nueve metros de altura; y el cable de
tres conductores, de San José del Carmen á
Minatitlán. tendido en el Río de Coatzacoalcos,
fué repuesto colocando uno de mejor calidad, de
seis conduot&lt;&gt;res. En el propio periodo á que
me refiero, se abrieron al l!ilrvicio tres 11ueYas

�oficin,.s telegráfiras y cuatro telefónicas clausurM,dose dos tel egráficas por innecesarias, El dia
13 de septiembre último quedó eu comuni cación
el Partido Sur de la Baja Ci&gt;!ifornia con el resto
de la República,po(me lio de las nuevas e½tacione• radio tel~gl'áficas feclerales establecidas en
Cerritos del Estado de Sinalo~, y San ,José del
C~bo, perteneciente á aquel Territorio, La correspondencia del pítblico, á que se dió curso
en el servicio inter ior, durante el período se-

meatra] ya ~eferido, fué inferior en un seis y
me,1w por cr~n á la del semestre correspondieutes al ~ño anterio~, En cambio]~ internaciona[ excedw en algo mas de dos por mento, Jaque
•~ trasmite co_n derech? á descuen to en más del

media,1o condicicnes que aseguran el reembolso
de tos bill etes en circulación, F.l Ejecutvo ha
creído conveniente facil'tar las transfrrmaciones
de esta clase, por que ellas dan á l&amp;s instituciones de crédito liberertad mayor para atenderá
las diversas necesidades de la industria y de la
agricultura.
L a fusi6n de las lineas férreas que hoy pertenecen á la Compañia de los Ferrocarriles Ne.cio.
nales 01:1 ya un hecho, no ~óto en el orde n jurídico
y en el finan ciero, sini:~n el terreno administ_rat1vo. La nneva compn1aha entrado en posesión
de todos. si:s derechos, propiedades, y me es!ª"
t1sfactor10 mf! rmaros que , no obstant~ que solo
han transcu rrid.o Pº':ºs meses desde dicho ª':ceB?; que apenas.co~1ensa la.obra de_re~1:gan1za-

I

d1 ez, y la oficial _e n ~as del once. Los _productus de est e ra mo d1smm uyeron ocho por mento.
mon y que, por vi rtud &lt;le la parahzacion tem·. !&lt;:l malestar econ6mico q ne se h,a hecho ~en- poral de muchas fu entes d~ riqueia del ~ais, los
tir_desd; hace tleIIJP?, presenta ¡;.¡;n_t;1mas._ _1ne- pro_ductos brutos de las hn~~s ha n sufndo _un
~u1voco~_c1e su prox1ma desapanc1on. S 1 en sen~ menosca bo~ l~ Compama de_Ferrocarriles
a lr nnas mdu_sti:1a~, c~mo la minera, no se _nota ~ac10nale~ cubr1!a con s us .vrop1~s elementos.
a~1 n g1-ao m0Jor1a, es indudable que 1.t ~,tu a- en este primer ano do sn existencia., todas sus
nón ~le 1 paí~ es hoy ma_s Rati~_facto!-ia que la cargas fij as y dist.1i!mirá., adornas, un dividendo
dt•l ano ~as'll.lo. I,¡ps ~apitales d1spon1bles ab u n- en favor de st~s ac~1?nes prefe_rentf's..
.
dan pata las operac1ou~~. sanas Y. prndentes, . ~n el °?leg10 M1htar, de~il Hetementos vetny cymo e:' natural, el rcd1to del dinero h~ se; t1s1_ete exan_1enes qu~ se verifira~·on, sr}a.mente
~nido l.&gt;:1.Jttn&lt;lo; la cartera ele los. bancos esta trernt~ Y. cinco t,uv1eron mal ~x,to, lo que ~a
J ~ ~omp]etam~n te dep1;1rnda; muchos es~H ble- una ~ürd1da. de so_lo dos por ~iento. En el ano
cnn,e.nt~s fa~r,le:-. ~fmten~an de nue\·O a &lt;t;u- antcnor se ~onced1eron, I?ºr ¡1rtmera: vez la.s do~
~fH}t,u su pto&lt;ln_ccwn; los ingresos de los pl'¡ll- conl1ecorac10nes del merito facultativo, las cuac!P~les ferrocarriles acusan también ~a3:or ac- les para s~r otorgadas requieren que los interet.ir_i~l.a_~.' ~- -~ª t~p.as partes ha yuelto a a\·1,·arse sa~loe obtengan en tod?s los años de estudios el
fa',_ 1uatna pr \ada.
pr1s~rro eg_untlo premw. . .
.
I◄ ,n ('1 moy, ~1 enD &lt;l0 las exportaciones se. ~ .1;)e1. meuc_10nado ~stablecunien~o saheron al
h:, 1,h:-,er\·~do durante el primer semestre &lt;ll•l. LJt:r('1to qtunce oficiales füeultat,vrn, de estado
J&gt;! ·•,mute año fiscal que, Rcnaranclo los meta-' mayor, Ingenieros y ...\.rtillel'ía, y veintitrés téc1
,~•.-.,
Pspecialment{'l la plaia. el conjunto &lt;le nicos ele diferentes at·mas.
l&lt;LS ex 1,ortaciones no ha cli:sminui&lt;lo Pn yalor,
La Escuela Militar &lt;le ARpirantes continúa

_, •¡ue ele l&gt;t baja de los metales exportados alcanzando notables adelantos.
más ele la mitad se debe á que en 1\1O8-'JO!l Los resultados del último semestre (Julio á

nu han s:tlldo dd país pe~o'- fucrtrs. Como· Djdiembte de HtQi\) han siU.o más alagüeilos que
se ve, f&gt;i cuadro es, después ele todo, tran- los anteriores; salieron a1 Ejército como Subte1~1,li1.ador ~auto má:::. ~nanto que no ha ha- nie1:tes, die1. y s~ete aspi!·antes y dos sargentos
U1Ju IIL"ce~ulad &lt;le ennar moneda al extran- de rnfaoteria; cmco ar:pirantes de caballería
jero, :y que no obstante la baja de precios .r un sal'gento de artillería, y además terminaque han ;:;ufrido nuestros principales artícu- rou sus estudios seis oficiales ele infantería y
lo-J 1 el aumento de las cantidade:-- exportadas .nueve de caballería.
h~, compensado en buena parte la depreciaPara. obtener mayor rendimiento e~ la Escwn ele sn ,·alor.
cuela, desde 19 de enero anterior se a u mentaPor lo qu~ toca á las importaciones su ron ciJ~c~10nta plazas,. en vista del gran número
fuP--rte ctecrPcimiento, consecuencia del e~tado de sol~c1ta1;1te~, _se luzo ,neces\:u-ia la admisión
de crisis heredado del año fiscal último pro- de tremta 1nc1iy1duos mas, en calidad de alum&lt;lucirá el 1·esu1tado b enéfico de in cli na1r d e nos s upeT~umerarios. ~
.
nu'k(tro lado la bal3.n.-..:a del come r cio ex t eE n !1oviembr~ del ano anterior, se ye ritlearon
rior, co ntrib uyen&lt;l o así pode rosamente á q ue los pr1ID:eros exa.men e~ en la Escuel~ ~l agist ra l
se :~:,;t~blezca. cuan to antes el perturbado de E.sgrnna y G 1muas1a, ~on buen ,exito. C~mo

y prácticamente por medio de constantes maniobras Y ejercicios de tiro,
El Batallón de Zapadores prestó mny importantos servicios en la extinción del incendio de
los pozos de petróleo de San Diego de la Mar,
Veracruz, haciéndoce merecedor de grandes elo.
gios y recompensas,
El Cañonero ''General Guerrero" cou~trufdo
en Inglaterrra,salió para nuestras costas del Pac
cífico. haciendo el viaje en toruo de la América

del Snr, pasando el Estrecho de .Magallanes,
En su larga travesía hn tocado los prmcipale• puertos de esa región , recibiendo en todos
ellos vivas demostraciones de amistad y simpaLía para el Gobierno y pueblo mexicanos,
SJ ha recibido ya l.a nueva dota ción de cañones pa ra la Corbeta ' 'Escuela Zaragoza'' pro-

cediéndose al Mon taje.

'

Por decreto do l !J de fe brero anterior, se reformaro n algu nas ll isposicionN, de las LP.yes do
Organización y Competencia do ]os Tribunales
Milita res y P rocesa l :M ili tar. Sn tendencia consiste prinCipa lmente en abrwdar los procedi·
mif'ntoM contra tos delitos cuyo rérmino medio
de la pena no exceda de arl'esto mayor; e,n qne
los excluyPtltes se tomen en consideración tan
luego como aparezcan comprobados, y finalmen~
te Sflfija procedimiento de responsabilidad, y se
prohibe el libre ejercicio de la profesión á, Iof\
jueces militares.
Los talleres de la Srcretaría &lt;le Guerra han
recib!do considerable refue1·zo ele m:u1uinaria,
pudiendose hacer en ellos ahora toda. clase de
trabajos &lt;le litografía, imprenta, fotografía foto&lt;Yrabado
etc.
'
0
'

SEXOREs DIPUTADOS,

SE5i0RRs SEXADOREs:
La resella que acabáis de escuchar, puedo
demostraros que el Ejécutivo de la República
no 1,1a_omitido ning(~n mec~jo á ~11 alcance, para
log1at que la ALlm111Rtrac1on rn tcidossm~ ramos
no se ap~arte de la martha progre$iva que de algnnosauos acá se obsernt. en el paú:-, Sigo ere•
yen~~' segú n en ocasiones anteriores os Jo he
mnmfestado, que ese progreso real es 1a lógica
resultantedelapazyelorden 1 quedichosamente
se acentúan más cada (.lí_a; y a ese re-~pecto no
h~elga el declarar qu e 111 nu~stra crisis econónnca, qu e se espera ver conJnrada en breve 1 ha
estorbad,o nuestro.adel~11tamiento,
De a h1, que el E.Jecntffo espere funcladamente, cnnst~adole ou a l le consta la patriótie:a ayuda que siempre Jia eucontr~tl? en ~l b~ on senti-

e4u,11brw económico. Des~raciadamente esta en dicho plantel los estudws duraran tres anos, do del pueblo y en el _traba_.JO mtehgente de sus

dimínución de las irnpo rt :cion es t rae con s i·
una baja propor cion al en los p rodu ctos
d e Ja)'."I ad uana'\ baj a q ue ser á de conside ración si en 10 que falta del ejercic io fiscal co1-rie nte no m ejoran los ing r esos. Esta cl efic iencia, unicla á la qu e pre~enta tu.Jnbién ,
au nq_u e ele importan cia mu c ho m eno r· la
'
Re~,,ta del Tit_nbre amenaza romper la nivelac1on de los mgresos y ]os egreS,0S que. co·
1-!"' '

5

PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL.

e? un plazo re~atJ vamente coi·to, México co_n ta- l~gtsladoreA, que la_ situac16n_ halag iieña de Mé ~
l'f~ con 1:m en ~uIDero _de profesores de esgnma, X lCO noha_tle estamonarse, s mo antes bien ha
gimnasrn y t iro de p1stoln.de conduc1rlo •~ un futuro de .engra n decimien. Las escuelas de tropa siguen progresando rá- to que ~odos anhelamos y que venimos todos
p1da 1nente r !De es s u~amente grato hacer no- p e1·s1gmendo,
tar que el trem t~ por c1e1~to d e apTovechami~nto que se obtenia aut enormcn te, ha snbtdo (Del •'Diario Oficial "del Supremo Gobierno Ndm
h t
á d
t t
¡ ~
,
28. fecha 1°, de Abril de 1909)"
'
'
as a m ~ e un se en _a e~ e _ano an~er10r ..
En nov1_embre lle~ar on a es t a capital cinco

mo es bien sabido, se calcualron para este d; los ofici~l~s mexicanos. que estaban en las
añ,o sob re la base de Ja supresión ó recluc- },sctelas militares 9e los E~t,ad~s U~idus, quecio a de alg un os im pues tos y el e un aume nto dando_en aqu~l pms uno, a 1uvitamon especial
de sueldos á la mayor parte ele los empleados de aquel Gobrnrno, .
públicos.
Han quedado terrumados los edificios destiEn el Ramo de Aduanas se decretaron el lo, na~os á la Fábrica de Pól".ora, sin humo, insSecretaría de Estado y del Despacho de
do fohrero de l 9O!1 las reformas y adiciones al lal~udose en eHos _la maqnmarra contratada.
Fomento Colonización é Industria,-MéVooabulario de la 'l'arifa Y á las notas ox lica- Este establecumento se inaugurará próxima- xko.-Secci6n 5~-Núm, 5,884,
tivas de esta última ; se expidió con fecha ~ del 11;ente Y eontará con 8" labor_atono para análiLa Secretaria de Comunicaciones y
mismo mes el Regl amento para el tránsito In- sis de pólvora sm humo ; teméndose la _certeza Oh
l'úbl"
tsmacional de mercancías entre Naco y Noga- de que en poco trnmpo, _las materias ¡m'?as y
ras
¡cas, en oficio número 9443,
le•; y por último, se redujo, por el decreto de elementos que s~ necesiten, se adr¡mrrran de fechado el 13 de Marzo último, dijo á esta
26 de noviembre de 1008, el derecho de impor- nnestr~ mdust r1a nat;i~nnl ,
.
de Fomento:
tación que causa el trigo, medida que se vió Sep'.o~igue,couactrn dad parios contratistas,
' 'E
,,
obligado á dictar el Ejecutivo en vista de la pér. 1~ consti ucc10u de ~~s cañones de costa de dosn conteSlacton aJ atento oficio de usdMa casi completa de la última cosecha de este cientos cuarenta mllimetros, que se destman al ted_número 5r29 de fecha 24 de Febrero
cereal,
puerto do Sali~a, Cruz, y la de los arinones y último, tengo el honor de manifestarle
ca,l'l'os de mum_mones necesarios para la dota- que, constando por el i'nforme rendi'do
u1
t
1d
]
Os agra da r&lt;á aaber, segura,men t e que Ia Caja
de Préstamos para Obras de Riego y Fomento cion e ma erra e oc ienta m,Uírnetros, tipo por el Ing. Lorenzo Palau que el arroyo
podero~o,, sistema Mondragón , as1como la trans'
de cuya organización y pri- f_ormamon en ca1_
~10,ne_s d e tiro rápido, ele las piº- de ,Topo Cht'co , s1'to en e1 E stad o d e N .
d 0 la A1?ricultura,
mMos pasos os ha dado cuenta la Secretaria de zas d e se t ent a m1 ¡1m1tros de montaíla y mm·te' L eon, es ª,fl uente d e1 Santa Rosa , qtte
H ,cienda.
especial, ha t enido un éxi- ros de uo;-ent a m1·1'rmetros del propio ¡,is tema
•· bl en
d informe
d
pertenece a la cuenca ht' drogra' fi ca del r'io
t o no= e es e Ios puntos de vista del crédito
E n ¡arJ\I aes t rauza Naoional se ll eva ,, cabo· 1,, Br
d JN t
ú
·
d.e que disfruta en el extranJ' ero y de los servi- cons.t ru cc1'ó n C,le ciento
noventa y dos carros re-" S avo e, d or e, seg n lo comun1'c6 esa
cios que ha podido prestar en la Repáblica- vers1bles con armón, para materiales de no=en- ecretan a e su digno cargo en oficio nÚ•
dentro
de
'
mero
18 2 de 24 d e S eptiembre
'
,,
t· los fines de la institución, -en el cor- l a y setenta y cinco milímetros, sistema l\Iou,
de 1898,
t reuno rempo que lleva de haber comenzado d ravón y .." ch ner'der canet
·
sien d o, por ]o tanto de ¡'urisdicción fedesus operaciones, Su capital propio de diez mi- Ha quedado inau"~ura&lt;1~ la Fábri·"a "'ac,·onal ral el m1'
,
d b
!Iones de ,pesos y una bn&amp;na parte de los cin- de _Cartuchos y comenzado la fabricación·
' ,.,
•
smo caracter e e tener el arro•
se
c?-enta ~i 11ones q?-e, por medio de un emprés- ha_msta_lado en la F undición Nacion·'l la 'ma- yo e que se , trata: y que por parte de
trto, logro proporc10narse en buenas condiciones, qumana_para 1a laminación de metales
•~ por· lo esta Secretaria no h ay 10con
'
•
ven1ente
en
eot, -11 'dya dcolocados
en
propiedades
agrícolas
con
ó
,
que
s
fi
J
d
.
d
que pr x1mamenta se podrá empezará irabaJ·ar ,_ e con rmen a Señor P edro Tres~~tui a es e pnmer or en para el establecí- eu este nuevo taller.
vmo, los derechos que
b d
miento, y en condiciones de rédito y de pago L
d t'
b
com prue e eventajoso para los deudores,
•
, a escue1a e iro 1ia sido reorganizada for. idamente respecto del
d 1
mandase un nuevo reglamento del I t I
d 1 't d ,
uso e as aguas
Dosbaucos de emisión, el de Campeche y elde sien~o los materiales de artillería s~~~n~e~t! e Cl a O arroyo de Topo Chico,"
lli ,choacán, solicitaron de 1a Secretaria de Ha- precisos y de
r d
L0
cieu.d:. la autorización para transformarse en ecial cuid d comp ica O ma!1ejo, se tiene esque tengo la honra de trascribir
st
bau.cos .-efraccionarios, lo que les fué concecliclo &amp;ad y trop:, ia~~e~cl~P~~:d{~:J:0 : 0ez~:notfl~i~lie• para sudconoclmiento, snplicándoeonca e se sirva or enar se tome nota de la.

GOBIERNO GENERAL.

a

fº

"El Congreso de los Estados Uni- sos ($20.00) por tonelada en los cindeclaraci6n inserta á fin de que snrta sus
co años siguentes, que terminarán el
efrctes legales. México, Abril 1°, de dos Mexicanos decreta:
"Artículo único. Se aprueba el 19 de Marzo de 1923; á razón de
1909,-0, Molina,-Al Sr, Gobernador
del Estado de Nuevo Le6n,-Monterrey,,..-- Contrato que con fecha 15 de Abril cuarenta pesos ($40,00) por tonelada
N, L ,
último, fué celebrado entre el C. Lic. en los cinco años comprendidos enOlegario Molina, Secretario de Esta- tre 1923 y I º de Marzo de 1928, y á
Secretaría de Fomento, Colonización é do y del Despacho de Fomento, Co- razón de sesenta pesos ($60.00) por
Industria de la República Mexican a,
Ionización é Industria, en represen• tonelada en los cinco últimos años
tación del Ejecutivo de la Unión, por de esta concesión. "
SOL ICITUD presenta_da a_nte . esta: Sec reta_rja
Art. 29 El artículo 79 del Contrato
por el Sr. Luis Medma J?ldt endo conces1on una parte, y por la otra, el Sr, Aupara a provechar, como n ego, las ag uas el e} gusto Gen in, apoderado de la Com- de 1 2 de Agosto de 190 I , modificaa rroyo d e Gomas, del gstado d e Nuevo
Le6n, la cual de conformidad _con las leyes pafiia Nacional Mexicana de Dina- do por el artículo 2° del Contrato de
de la mat eria~ s e manda p ublica r por tres mita y E x plos ivos, reformando los reformas d e 23 d e Marzo de 1904,
veces , durante un mes, para q ue las per so- a rtícu los 6'1, 7' y 22 d e l Contrato de queda re dactado e n los s ig uientes
nas que se crean con d er echo, se pr es;enten
á aleg ar lo en el té r mi no señalado, contado co n ces ió n d e fecha 12 d e Agosto ele ,términos :
desde la fec ha de la primera publicación,
1901, re la ti vo á la ed ificació n y e x
A rt. 7° Queda obligada la E m pre•
Una estampilla de á cincuenta centa- plotación d e un a fáb ri ca de d in amita sa á sujetarse á una inspección técvos debidamente cancelada,
,
y explosivos ind ustr ia les en e l te rri- n ica por todo el tiempo que d ure
Luis Medina, mayor.de edad'/ vecmo torio de la República.
esta co ncesión, y á una inspecció n
de la Villa de Salmas\ ictona, ESlado_de
"E }'dontero, D ip u tado V icep r e- fiscal, desde el 1° de ;\farzo de 1918
Nuevo León, ante º,sted con el debido s idente.-,A. Argui11z6ni:1, Se nador hasta la expiración de este Contrato,
respecto comparezco a exponer: que soy ,,
,.
,
¡
, · , 'd
dueño del rancho denominado "El Cane - \ 1cepi:es1den~e,-:J. R. A_spe, D1pu- 1as cua ~s seran eJerc1_ as por parte
lo" en jurisdicción de Salinas \'ictoria, si- tado !:;ecretano, - A, Ga,•1110, Sena- del Gobierno por med10 de los Agentuado en la margen derecha del arroyo dor Secretario,
tes que nombre. La Empresa, desde
de Gomas, y como este arroyo es de in·
"Por tanto, mando se imprima, el 1° de Pebrero de 1908, hasta el 1°
risdicción federal, por llevar su _caudal al publique, circule y se le dé el debido de Febrero ele 1918 contribuirá para
río de Salinas, Y éste es tnhutano del_ San cumplimiento.
los gastos de Ja in~pección técnica
Juan que afluye al Bravo; por tal virtud
"
_ ,
_
,
manifiesto á usted que deseo aprovechar . Da_do en el P~l,ac!O del , Pode; con la suma de cuatro mil pesos. , ; ,
Je&lt;&gt;'almente, los sobrantesdeagua que hay Ejecutivo de la Umon, en Mex1co, a ($4,000.00) anuales, y desde esta ul •
er~ el mencionado arroyo de Gomas, pro- diecinueve de l\fayo de mil nove- tima fecha hasta l a terminación de
venientes de .ª:enid~s en tiempo de ll u• cie ntos ocho,- Por/irio Díaz.- A l S r, es te Contrato, contribu irá para lo s
v1as, para la irn~acwn d e )0 _s terren~s de L ic, O lega rio M a lin a , Secreta ri o d e gastos de la in spección téc ni ca y d e
ao-ricnltura de m1 rancho ' El Canelo' en
¡ fi
1
¡
·
c. t'd d h t d tre
cientos setenta " Estado y d el Des pa cho d e Pom e nto , a sea con a suma de ocho mi l pecan i a
as a e
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,, , I d
, ·,
(~8
)
¡
·
¿ )' medio litros por . segundo, compro- o ? m zac10 n e n _ustr'. ª·
s o s • ,000.00 an u a es, cuyas cantl05
metiéndome á constrmr las obras necesa
\ lo q ue com um co a u s t e d para dad es serán en t regad as en la Tesorias en el lecho del ya citado a rroyo de s u co n o ci m ie nto,
r e ría Ge neral de la Federació n , p or
Gomas en ~l punto denommado el_ Jabon!\léxico , l\Iay o 19 d e 1908,-.,0. se m es tres ven cidos, los días 19 de
cilio como a 72 0 metros más _a\;&gt;a¡o de la .!1Jo!ina.-A1 G ob ernador del E s tado Ago s to y 1° de Feb rero de cada a fi o,
presa del rancho de los U rrnt1as y á 3860 d · l\'
L ,
p ara h acer e,ect1va
r
·
·
·,
, arriba de la presa del rancho e
uevo eo n .-Monterrey,
es ta obhg a c10n,
t
me ros mas
\'
11
'
,. d
I T
'
d ,
d 1 r
1
-d el Mesquital, en la inteligencia de q ue
para que _egu~ a not1c1a _e to- a esor:n~ p o ra u sar ~ a 1acu las· personas q ue tienen sus respecfo·as dos , mando s_e 1mpnma y publique, tad econom1co-coa ct1va, s 1 fu e re netomas más ab_aj o de~ lugar en do_nde pr_e- circulándose á quienes corresponda, cesario, "
tend o constrmr lamia, no se per¡nd1caran
Monterrey, Abril 9 de 1908,Art. 3° El artículo 22 del Contra,en nad'.1-, porque no aprovechan en tiempo B R ,1
R , G Cl , .I, · l Se to de concesión de 1 2 de Agos.t de
de lluvias toda el agua que corre por el
· eyes,-.. aman ,
iavar i, ,
,
, O
1
ya repetido arroyo, y por consiguiente de- cretano,
9° 1 , modificado por el articulo 3º
ja de aprovecharse en la agricultura,,..--A
del Contrato de reformas de I 7 de
usted e, Ministro de Fomento, pido y suEl Contrato á que se refiere el de- Enero de 1905, queda redactado coplico _respectuosame~te que, previos_ los creto anterior es el siguiente:
mo sigue:
tr~m1tes de ley , se sirva acc_eder á i:ui so,
.
"Art 22, La duración de este
lic1tud,,--Protesto lo necesano,,,-Lms MeEstampillas por :valor de cuarenta Contrato será de
, , ,
dina,-,Rúbrica,-Al Srio, de E stado y pesos ($40.00), debidamente cancelat
,
,
l dv,erntlcidnco Manos,
del Despacho de Fomento Colonización é das.
que ermrnaran e
1a 1°
e : arzo
Industria.
CONTRATO
de 1933, y durante todo este tiempo
E s copia.-México, Marzo 2 de 1909,
no podrá ser otorgada por el Gobier-,E, 0, M,-E, ll1artfoez Baca ,
celebrado entre el C, Lic, 0legario Malina Se- no concesión ó Contrato alguno sem, 9. 23, a, 9,
cretario de Estado y del Despacho de 'Fo- mejante al presente, ni tampoco po--mento, Colonización é Industria, en repre- drá ser exceptuado de los impuestos
sentación del Ejecutivo de la Unión, por
un&amp;_parte, y por la otra, el Sr, Augusto interiores de consumo, que deberán
BERNARDO REYES, GobernaGemn, apoderado ele la Compañía Nacional crearse con arreglo á este Contrato,
Mexicana de Dinamita y Explosiyos, refordor Constitucional del Estado Lib,e
mando los artículos 6º, 7° y 22 del Contra. ningún fabricante , productor ó imy Soberano de Nuevo Le6n, á sus
to de conc~sión de focha 1~ de Agosto de lJOrtador nacional ó extranjero de
luibzfrmtes, ltago saber: que por la
1901, relativo álaed1ficamon y explotación d'
,
1 ,
de una fábrica de dinamita y explosivos rnam1ta Y exp os1vos, que tengan
Secretaría de Estado y del Desjaindustriales en el territorio de la Rapública. por base la nitro-glicerina, ó cual clzo de F omento, Colom'zaci6n é
quiera otra substancia explosiva, seIndustria, se me Iza comunicado el Art, 1 º Se reforma el artículo 69 gún se expresa en el artículo 59, ni
decreto que sigue:
d el Contrato de concesió~, fecha 12 en su caso otorgar prima 5 á otros
El Presidente d e la Re p úbli ca se de A g osto de 1901, modificado por fabricantes ó Compañías "
9
ha servido dirigirme el decreto que el articulo 3 d e l C ontrato de refor- . Art, 4º Las notas pue~ta~ aÍ calce
mas, de 17 d e Enero de 1905, en los de la lista de precios an e xa al Cons ig ue:
té rminos siguientes:
trato de reformas de 17 de Enero de
"Art.
6°
La
Compañ~a
queda
~x1905, aplicables á la venta de dina"PORFIRIO DIAZ, Presidente
Constituáonal de los Estados Uni- ce~tuada del pago del impues to rn- mita en carro por entero y en menos
dos Mexicanos, á sus ltabitantes, tenor de consumo, creado por decre- de carro por entero, quedan reformato de 21 de Febrero de 1905, desde das en los siguientes términos:
sabed:
,
el 1º de Marzo del presente año hasta
"Los precios anteriores son
"Que el Congreso de la Umón ha el 1° de Marzo de 1918 y pagará di- ca'a d ,22 k'J
por
1
68
t enido á bien decretar lo siguiente: cho impuesto á razón d~ veinte pe- mJ1,51, 0 nees a, unosso1o consigna
gra~ostae~
no reen
1

°

�PERIODICO OFICIAL.

6

7

PERIODICO OFICIAL.

carro por cnterro, con el peso míni- pena de diez meses, veinticuatro días mayor que ~l término medio auténtico,
mo de carga que fijen las tarifas apro- de arresto á contar desde el siete de de la que fiJa la Ley.
hadas por la Secretaría de Comuni- Agosto_ del año actual en que se le??Considerando: que si el robo es de·
caciones y Obras Públicas á los Fe- claró bien preso, lo co~denó tambien una cosa estimable en dinero, cuyo varrocarriles d~ la República.
á pagar en la Re?audac1ón de Rentas lor pase de cinco pesos, como en el
. "Par~ cantidades ~enores, los pre- del Estado en L~nares, una multa de presente caso, deberá imponerse una
c1os seran los que siguen:.
o~ho pesos ~ufnendo en su defect~ multa igual á la cuarta parte del va-·
"~ara ventas com,P:end1das ~ntre diez dias mas de arresto
:r_nando las de lo robado y que en todo caso·
la mitad del_peso mm1mo_ autorizado ª1?onestar~o para que no :e~nCJda;-.- de robo en que debe aplicarse una pepor las tanfas ferrocarr1l_eras para Visto el dictamen del C. Mm1stro F1s- na más grave que la de arresto mayorca~r? por entero, hasta d1~h_o peso cal _y lo ale~ado p~r la. ~efensa de se impondrá además la inhabilitación
m(mmo, un _peso ($1 .oo) ad1c1onal en oficio en esta ms~~ncia solicitand o am- correspondiente para toda clase de hocap de 22 kilos 680 gramos.
bos la. confirm~cio~ del expresado f~- nores, empleos y cargos públicos, arts.
"Para ventas menores de la pro- llo. Vista la citación para sentencia 351 y 352 del Código Penal.
porción á que se refiere el inciso an- con cuanto más consta d? autos y, .
.
.
.
terior, un peso cincuenta centavos
Resultando: que el tremta de Julio
Consider_ando. que en t~da sentencia
($1.50), adicional en caja de 22 kilos próximo pasado entre siete y .ocho de condenatona, s~ prevendra _qu~ seamo680 gramos."
.
la noche, Luis de la Cruz, se mtrodu- º:ste al reo para. q~e no remc1da, aboArt. 5° La Compafiia Nacional jo en una labor del Sr. José Garza n~ndole los sufr~mientos_ que haya ~eMexicana de Dinamita y Explosivos, Pedraza, situada en la Hacienda de mdo durante la. mstrucc1ón, cualqmeno podrá importar dinamita ó explo - San Miguel jurisdicción de .Linares, y ra que sea el tie.n:po qu? ~sta dure Y
sivos semejantes á los de su propia de un corral que había en dicha labor que la responsab1 1d~d c1_1?l no p:u,ede
fabricación, destinados á los lugares se apoderó de un caballo colorado re- decretars; .de oficw srno a mstanria.de
de la República donde se puedan en- tinto en el cual se fué para el Rancho parte legit1_ma. exc~pt~ la restitución
viar sus productos en condiciones Jáuregui, donde anduvo paseándose que se hara de ofic10 srnmpre que proque no sean perjudiciales para la unos cuatro días hasta que lo apreben- ceda ai:ts: 182, 208 Y 287 del expreCompafiia, y sólo podrá importar di- dieron, recogiéndole el caballo de re- sado Codigo Penal.
namita ó explosivos para dichos ,Ju- ferencia, y puestos loi¡_ hechos en coPor lo expuesto, con apoyo además
gáres, cuando por causa de fuuza nocimiento de la Au_toridad se mandó en los arts. 5, 10, 32 49 88 115
mayor sus fábricas no estén en levantar esta averiguación, durante la 150, 225 v 348 del mis:no o;den~mien~
condiciones de producción, ó cuando cual, el procesado de la Cruz confesó to, se reforma la sentencia de 1~ ins)a S.ecretaría de Fomento, en ca:~s c!rcu.nstanciad~mente su ~elito en los tancia que se revisa y se resuelve. PriJUSt1ficados, autonce á la Comparna termrnos refendos, y pre".10 el corres- mero: He condena á Luis de la Cruz:
para efectuar importaciones con des- pondiente recibo, después de que los como_ autor del delito de robo referitino á los lugares expresados. .
peritos nombrados, valuaron en la su- do, á sufrir la pena de un año, cuatr()Art. 6° Queda_n en _todo su vigor ~a de_ c~arenta pes~s el cab~llo refe- m~ses, veinticuatro d.ías de obras púy fuerz~ l?s &lt;lemas art1culos del Con- ndo, fue devuelto a su dueno el Sr. bhcas y cmcuenta ycrnco díasdearrestrato angina] de 12, de Agosto de Garza l'edraza y;
to, á contar desde el siete de Agosto
1901, y los de los Contratos de reConsiderando: que de antes apare- próximo pasado en que se le declaró
formas fechas 22 de Julio de !9º3, ce debidamente justificado en los tér- formalmente preso. Segundo¡ Se le
23 de 1Iarzo de 1904 y I 7 de E.nero minos del art. 163 del Codigo de Pro- condena también á pagar en la Recaude 1905, que no han sido modifica- cedimientoa Penales, así la existencia dación de Rentas del Estado en Linados por el present~.
.
del delito de robo, como que su autor res, una multa de diez pesos, ó á sulle~ho
dupltc~do e~ la cIUdad lo fué el procesado Luis de la Cruz frir en su defecto quince días más de
de :\Ie~1co, a los qumce d1as del mes según se desprende de su propia con-_ arresto. Tercero: se le amonesta para
de Abnl de mtl no-:ec1entos ~ch?.- fesión judicial que por sí sola consti- 1que no reincida. Cuarto: oe le inhabiO. ,í_folma..,........A1tg..Ge111n.-Rubncas. tuye una prueba completa en virtud ¡lita por diez años para toda clase de
Es copta. Me,x1co, .Mayo 19 de de reunir todos los requisi~os á .que se ho1~ores, empl~os y cargos públicos,
1908.-El Subsecretano, .A. Alela- refiere el art. 415 del Código citado y I Qurnto: Se deJan al ofendido sus desoro,
está .corroborada con las demás cons- r:chos á _sa_lvo
cuanto álaresponsatanc1as procesales.
b1hdad civil. N otifíql1ese y dése cuenta.
SECCION JUDICIAL,
Considerando: que el robo de que Así definitivamente, juz.gaudolo resolse trata, por haberse cometido en un vió y firmó el Magistrado de la 1~ SaSecretaría de la 1• Sala del Supre- lugar cen?do, debe_ castigarse según .la de~ 8'n¡!1·emo Tribunal de Justicia,
mo Trsbunal de Justicia- - 1Ionterrey, el ar.t. 36::&gt; .del Código Penal con la ¡doy fe:. Lic. Leo bardo Chapa.--Lic.
Nuevo León.
pena de seis meses de arresto á dos Eleuteno Lozano, Secretario.-Rúbri:Monterrey, veintiocho de Octubre años de prisión ú obras públicas á la cas.
de mil novecientos ocho.-íista esta que por prevenirlo expresamente el
Monterrey Noviembrenue ,e d
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causa comenzada instruir de oficio el art, 35~ se agregará la de tres á no- novecintos odho. X O habiénd:se
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1
cinco de Agosto último ante el C. Juez venta d1as de ar.resto, que confGrme puesto recurso alguno dent O d l t, ,_
de Letras de la 3" fracción judicial al art. 356 fracción I corr_esponde en mino de la le,- con fuild r te d eil ·
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amen o e o
d el Esta.d o, contra L u_1s de a C1~uz, e caso, a en ien o a a cu antia del dispuesto ~n .el art. 4.'&gt; l del Código
soltero, Jornalero, de diez y nueve anos robo.
de Proced11n1entos Pe al
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e e.ª. y .dord1g1dnarL·1? y vecmo e a
d ons1 eran o: que en favol' del acu- que ha causadu ejecutoria dicha senMumc1pa11 a
e mares en e1 ran- sa o concurren 1as atenuantes de 1~ tencia en consecuenc·
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e º,. e aureg~1.por ~ e 1 o e ro.º· c as~ a que se re eren as fracciones I testimonios de estilo,
oniéndo•e al
,--\ 1stas .las d1hgenc1as del sumar10, y I\ del art. 40 y le perj~dica la agra· reo Luis de la Cruz á a_¡ 8 0 i - d l
la confesión con cargos tornada al pro- vante de 3~ clase que cita el art. 47 Ejecutivo del Est d
1P s, ci ~
cesado y. lo ale~ado por su defensor fracción XII por lo que su pera el va- blica de Linar~s ªh~ :n
c~rce ~u en la 1ª mstanc1a, as! como la senten- lor de ésta sobre aquella en una uni ci·o'n O
d' 't g se ª tianscrip.
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c rrespon ien e y archívense en s
cia pronuncia a e vemtitres
e ep- a , y e suscnto apoyado en las dis- 0 ort u·d
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tiombre próximo pasado por el referi- posiciones de los arts. 35 á 37 65 y :Co d u ,
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Notif~quese.
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do Juez de Letras, quien teniendo á 220 del Código Penal, estima justo y de lae~~eSo { ;m ;.. ·. Magistrado
Luis de la Cruz, oomo responsable del equitativo castigar al procesado de la Lic Ele : ~: ¡y e--~~- Cha~a.delito de robo, lo condenó á sufrir la Cruz con una pena proporcionalmente Rúbrica/ eno ozano, ecretar10.-

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Secretarla de la 2."' Sala del Tribunal robada, siendo el autor de tales delitos el tado, una multa de veinticinco pesos, treln
Snpremode Jnsticia.-Monterrey, Nuevo procesado Gregorio Hernández, por haber ta centrvos 6 é sufrir en su defecto veinti'
·
confesado que se apoder6 de dicha alhaJ·a séis días más de arresto.-Tercero: Se le
.
L eon,
Monterrey, once de Noviembre de mil y la vendi6 después en seis pesos, toda vez inhabilita por diez años para toda clase
novecientos ocho.-Vista esta causa, que que su confesi6n reune los requisitos le- de honores, empleos y cargos públicos.de oficio inici6 el C. Juez l9 de ~etra~·d~l gales para hacer prueba plena-artículo, Cuarto: Se le amonesta para que no rein.
Ramo Penal de la primera fracc1611 ~ud1 415, 423 y 425 del exppesado C6iigo de cida, exp1icándole las penas á que se excial, con fecha guinde de Octubre últ1m_o, Procedimientos Penales.
pone en caso de contravenci6n.-Qulnto:
~entra Gregorio Hernández, solt~r~, s1_rConsiderando segundo: Que por el ca- :le dejan á los ofendidos sus derechos á
viente de treinta años de edad, or111nano ract➔r de sirviente que tenía el reo tanto salvo por cuanto á la responsabilidad elde Sa~ Nicolás Hidalgo de este Estado, en la cas'l doode cometi6 el delito como vil.-Sexto: Notifíquese y dése cuenta.
-y vecino de esta c',ndad, por los delitos de respecto del Sr. Steidinger, se debe esti- Así definitivamente juzgando lo resolvió
robo y fraude: Vistas las diligencias del mar que e_l robo por aqu.~l ejecutado, está y fir:116 el C. Lic. Macedonio E. Tamez,
sumario, Jo pedido por el Representante comprendido en la frac~1on I del articulo Ma~:strado de la segun~a Sala: doy. fé.
del Ministerio Público, lo alegado por el 363 reformado del C6d1go Penal, y por lo -Ltc. M. E. Tamez -Lic. J. M. Villadefensor de oficio en primera instancia y mismo le es aplicable la pena de seis me- señor.-Srio.-Rúbricas.
la senteucia que el veinticuatro .del mis- ses de arresto á dos años de prisi6n ú
Monterrey, veintitrés de Nobiembre de
mo me 5 de Octubre pronunció el Juez ios• obras públicas que tal disposición señala mil novecientos ocho.-No habiéndose
truclor por la que declarando al citado y además la correspondiente á la cuantía interpuesto recurso alguno de la anterior
Herná~dez respon~able como autor de los de lo robado que es de tres á seis meses sent-,ncia dentro del término legal, se dedelito5 acumulados de robo y fraude, lo de arresto, de couformi&lt;lad con lo dispues- c'.ara que ha causado ejecutoria de conforcondena á sufrir veintidós meses, veinti- to por los artículos 356 fracción II y 359 midad con lo dispuesto por el artículo 45 I
o.cho días de obras públicas y nueve meses del plil)pio C6digo, y en cuanto al fraude, del C6digo de Procedim·entos Penales.
de arresto, contados desde el día diecisie- como la-ley lo equipara á un robo sin vio, Notifíquese. Expídense los testimonios de
t~ del pt;op'o mes en que se le declar6 bien lencia, la pena que por ese delito le corres- estilo poniéndose al reo Gregario Hernánpreso y á enterar en la Recaudaci6n de pende, es la de tres á noventa d(as de dez á disposici6o del Ejecutivo del Es taRent~s dd Estado, una multa de veinti- arresto, que fija la fracción I del artícu:o do en la Penitenciaría del mismo, h:ígase
cinco pesos, 6 sufrir en su defecto igual 356 ya citado.
la transcripción correspondiente y archínúmero de días de arresto; lo inhabilita
Consid 1 rando tercero: Que cuando la vese la causa. Así interlocutoriamente
por diez años para toda clase de honores, ley fija el mínimun y el n,áximun de una juzgat,do lo resoh•i6 y firm6 el C. Maceempleos y carg,1s púb'icos y lo mlllda ~mo pena, como sucede en el caso, ta!Jto en el donio E. Tamez, Magistrado de la segunaestar para que no reincida: Visto el die dilito de robo como en el de fraude, puede da Sala: doy fé.-Lic. Tamez.-Lic. J.
tamen del C. Ministro Fiscal en que pide el sentenci .. dor imp 1ner dentro de esos M. Villaseñor.-Srio.-Rúbricas.
se reforme la sentencia antes expresada extremos lo que estime justo seg(m la gra- - - - - - - - - - - - - - - - - en cuanto á la duraci6n de la pena y se vedad del h~cho las circnnstancias que
condena al acusado Hernández á sufrir un hubiere concurido; y en virtud de que los
año ocho meses de obras públicas y seis telitos referidos fueron ejecutados por
EXTRACTO.
me¡es de arresto, confirmándola en los de• Hernández en actos distintos, se deben Ag••cladelaSeoreteríod• Fomento en el Ramo
más puntos resolutivos que contiene: Vis observar las reglas relativas á la acumu- do Mlnerla en Monterrey, N. L.On.
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Expediente 1648.-El Sr. Llo. 8•lom6 Botello de
to lo que el defensor a1eg6 ante esta S ala, 1acton Y P !car a aque en consecuencia 1a esta voolndad, con fecha 2 de Diolembre de 1908,
la citación para sentencia y todo lo demás pena del delito más grave que es el robo solloit6 a,,te esta Agencia 40 pertenencias mloeraa
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d l d 1 que se nblcarlan en el lado 0ooldental de la slerr•
que deb16 tenerse presente; y.
aumenta O con una cuarta parte e a e de Mllptuas en el Rl•6n del Golondrino, en munlctResultando: Que dias antes de la ini- fraude-artículos 2-7, 65 y 200 del C6digo paltdad de Ba'i•as Vlot.orla, y con esto fechase M
ciaci6n de esta causa, se hallaba el proce Penal.
f:~~~dfs f,!. ;:~í:!!~~1:! q;;c¡.:~l~~bf~ª!~u~i
sado Gregorio Hernández sirvien fo como
Considerando cuarto: Que por exceder hdo, y las qne se medirán en dos lotes. formaDdose
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con cada uno de ellos nn rectáDgnlo de 400 metros de
mozo, en 1a ca~a d e 1a S. ra. S autos S an de ctnco pesos e valor de lo robado y lo de 1,ngltud próximamente de E. 11 w. por 200 de ancho,
e hez en esta Ciudad, qmen le pagaba CO· fraudado es de imponerse también al res• debiendo de haber de la &amp;quina N .. W del Jete del
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Snr. A la esqni•• S. W. del lote del Norte, próxlmamo sueld o oc h o pesos mensua1es, v1v1en o ponsa e e tc os e 1tos a multa corres- manta 399 metros, quedando los dos dichos lotea den•
y asistiéndose en la misma casa el Sr. pondiente en los términos del artículo tro del Rincón del Golondrino, teniendo por todos
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rumbos terreno l!bre.-Esta solloltud se denomina
,et rnget, que taro 1en gratJ : 351 e menciona o
1go Penal, y en ,VJctoria...~ Los metales que hay dentro del terreno
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caba á Hernández un peso cada mes por v,rtud de que la pena de robo ei más gra• oolloltado son flerrosos, plomoso,, Y ztnoosos con
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. , . plata.-El perlt.o que se nombró para qne haga las
que 1e Cl11 ara su ca a o Y aseara a ca a- ve que arresto mayor, e e tamb1en tn- medldaslofuéelér. Delllno de J. Santos vaclno
ller'za: que hab'endo salido el Sr. Steidin- habtlirarse al reo por diez años para toda de Vlllaldama, quien aceptó el oargo.~L~ qne se
d eld'ta ~Je
,- t e d]
ger 1a m~nan;e mes do,
. ~ e c1ase de h onores, ,emp¡_eos y cargos pÚblJ.• publlcaraenloetérrmlnosdelaLey.
Monterrey, Enero 27 de 1909.-R. Valdez Llano,
tnhre último a pasear a caballo, de¡o en cos, seglÍn los artlculos 150 y 352 del mis- A.,de M. •
o.29,30,31
su cuarto sobre una mesa, un relox de oro mo Ordenamiento; sin que sea 'de tomar- Cia. Minera "La Fraternal" S. A.
,marca "Elgin" que como relojero había se en cuenta la reincidencia del acusado,
A VI S O.
recibido del Sr. Francisco A. B ughes pa- más que como determinante de su mala Por aonerdo de la Junta Directivo, se hace ,aber i
ra compone_r y al volver del paseo ya no conducta, por haber transcurido después los
Brea. aoolonlstas de esta Cia., que desde el día 16
del actual en adelante, se repartid el Dividendo
encootr6 dicha prenda, sospechando que de que extingui6 su condena anterior el No. 104 de .....................................,10.000.00
se la hubiera robabo el mezo Hernández, tiempo que la ley señala para que de¡·e de h!Lolendose
(0!8" MH P08os) ó oean $10 oo (diez pnoa)por acQlón,
los pagos todos loe dfaa laborables, en
por que también desapareció ese día, por ser punible esa reincidencia.
cambio de recibo y cnponea correspondientes. en
6
1~ que di6 aviso á, la Inspecci6,n de PoliConsi'1erando quinto: Que en toda sent!te~~e~. ::~\'°B~~t~=!iu d~~0~:
-c1a de lo que ha~Ja pasado, f dJas desp17es tencia condenatoria se prevendrá que se terrey yen Lampazos, en la Oficina de la Cia. calle
supo que se hab13 ~pre hendido al repetido amoneste al sentenciado para que no rein- deL~~~~ fb~1lºi'de 1909.-EI Srlo., c. M , Garzo.
Hernández y recog1dose el ~elox robado, cida, explicándole las penas á que se ex•
,
.
.
o.29,30,31
1
confesando aquel que se hab ~, apoderado pone; se 1., debe abonar el tiempo que ha Cia. Minera "El Saucillo" S. A.
de dkh_a _Prenda luego que sallo a pa:'eo el ya estado preso &lt;lnrante la instrucci6n y El 0onseJo de Administración de esta Oompan!a
Sr. Stetdmger y en seguida lo vend16 en deJ· arse á los ofendidos sus derechOs , l Minera participa i los Sra. acolonlst.as qne en sealon
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asa - de hoy ha tenido i bien acordar se cobre la 9• exhl•
seis. pesos a un .c~merciante. or me O e vo por cuanto á la responsabilidad civil blolón de $0.60, clnouenta centavos por socl6n, la
pentos se valorizo el relox robado en la artíciilos 102 208 y 2 8 del C6di'
p anal deberá cubrirse el di&amp; 16 del presente mes.
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go e- Monten-ey, Abril 6 de 1909.~El Brlo. A. 0neva.
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·can 1 a e cien pesos, man an ose en- nal.-Por ¡0 expuesto, de acuerdo en paro.29,30,31
treg~r á_ su dueño el S:· Hughes po~ h~- te con el parecer fiscal y con apoyo adePROTESTA
ber ¡ustificado su propiedad ~n los termt- más de los artículos ro, 35, 37, 40 frac. Hallegadoalconooimlent.o de los acclonlat.ae del
n?s _del artículo 163 del Código d; P:oce- cl6n IV¡ 45 fraacl6n VII, 47 fracci6n XII, terreno llamado de la Merced de ,El z,oate,• alto en
.d1m1entos Penales const. ando a,s1 mismo, 50 fracc1'6n I, l 14, 220, 348 y 395 frrc- Eetado
Mnnlclpalldades
,Doct.or
,Gral. Bravo,
del
de Nuevode
León,
queCae,
les Y
eu088ores
del finado
del pro~eso, que (?,regono Hernandez_ fue ci6n II del C6digo Penal y 4 u y 424 del Llo. Don Narciso Dilvila, andan acotando con ceria
:,ent.en ciado tamb1en por robo en mil UO· de Procedim1·entos Penalas, se r·eforma la van
terrenoa
contiguos
al de ,El Zaoate, Y cen ese motivo
invadiendo
á éste con ea. cer0&amp; desde que ella
lj
\·~cientos .t~es cump endo su condena el sentencia qus se revisa y se falla:-Pri- atravesó la llnea reota qne rooulta entr.!' el lindero
diez de .Diciembre del mismo año.
me r0 .. -.:,e
e,
d
, G
• H ernan
, d ez del
,Paso del Zacate .. y el de ,Tlo Trevmo,, situado
con ena a regorio
el primero sobre la ínárgen derooha del rlo de (!San
Considerando primero: Que la existen- como autor de los delitos de robo y frau- Jaan, en la villa de ,Doctor Oos,, y el segundo en 1~
eia de los delitos de robo y fraude , de que de acumulados , á su f nr
• l a pena de un once
laguna
llamada de «Tlo Trevlño,, distantes entre s1
legu&amp;B.
se ocupa esta causa, se comprob6 perfec- año, ocho meses doce días de obras públi- Por hoy proteetamos pdblloamente contra esa lnt amen te con 1a d ec Jarac1on
· ' d e1 of:ndI· do, cas y seis
· meses' de arresto que se empe• vaslón
fa ere neoesarlo, en el conceptó
de que onantas
estamosveces
preparando
¡08 documentos qne am•
la del dueño del relox, la informac16n tes- zarán á contar desde el diecisiete de Oc- paran las tierras de ,El Zacate, para Intentar IRB
timonial
rendida. en los términos
del ar. '6 n aooloneejnrldlcaeque
,
.
. tubre anterior fech a de su forma 1 j&gt;rlSI
doeños de este fundo. protejan los derechos de los
t1culo 163 del citado Código de Proced!- Segundo: Se le condena tambien á ente- Montm-rey, Marzo 31 de 1909.-EI Apoderado de
:mientes Penales, y el allazgo de la alhaja rar en la Recaudaci6n de Rentas del Es- Ji'.:'n~~=~e 1ª merced llamada de •El ~Te~;~

SECCION DE AVISOS.

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PERIODICO OF1CIAL

Jugado 2° Local Letrado. -Monterrey, N. León.

Juv~adn de Letras de las~ fracción Judlolal.-Lina

Sra. Lázara García.

En el Juicio verbal ordlnaTio que sobre deeocupa•
clón y entrega de uu t.eneno que sigue contra Ud.
el Sr. lhroedee Dl!.vila con poder de la Sra. Oarmen
Gal'Cfa, ha recafdo un auto que , la letra dioe:
Monterrey, dieoinueve de Marzo de mil noveolentoa nueve. --Déee por contestada en fll!ntldo negativo
la anterior demanda y como ee pide 4braee una dila
oión probatoria por el Mrmtno de veinte dfae oomn
nea 6 lmpro1TOgablea para ambas partee arte. 1077 Y
1080 del Código de Procedbaientoa Oiviee. Notlff·
queee. Aai lo proveyó y_ firmo el C. Juu ~ Menor
Letrado: damos t6.--.Lio. M. 60mez Balleeteros,-A
-A. GOmez,--A ·B Palaclo.--Rdbrloaa.
Lo que ae notifica , Od. en esta forma de aonerdo
oon lo prevenido on el art. 78 frac. I, del 06dlgo de
Prooedlmientoe Clvllee.
Monterrey, 26 de Marzo de 1909.--Llc. lf. Gómez
·.Ballesteroe. -A--.A.. GOmez.--.A.--B. Palaoloa.
o.28,29

EDICTO.

EDICTO.

NOTIFICACION.
rea, N. León.

Oon feclla dieciocho del aotual ee radicó en este
Jusgado el juielo de tnteet.amentada , bienes de la
Sra. Rita Guerra Vda. de Manollla, vecina que faé
de esta Ciudad.
Lo que ae haoe eaber al p11bllco para que lea personas que se orean con derecho, la herencia ee preaen
ten , deduolrla dentro del Mrmlno prevenido en
el art. 1686 del Código de Procedimientos ctvllee.
Llnaree, Muzo 21 de 1909.-Lio. Lula Trevlño. ,A'""".Aguetfn c. Garo1a.-A-.Antonio Herrera García.
o.27,30,33

j

NOTIFICACION.
Juzgado 2• de lo Olvll. .......1• tracción judioiaL-F.sta•
do, de N. León.

Stñor Julio Chapa.
En el juiolo ejecutivo mercantil que contra Ud.
tiene promovido el Sr. Maxi.miano Lozano, ae dlct.6
un auto que á la letra dice:
Monteney, veinticuatro de Man:o de mil novecientos nueve. --Al juicio á que se refiere, y como se pide,
de acuerdo oon el art. 1404 del Código de Oomercio
cfteee para sentencia de remate. Notlfiquese. Lo -rro
veyó y drmó el C. Juez 2• de Letras del Ramo Oivil:
dov fé.--Llo. Luna.-Llc. J. García Guajardo, Srlo.--·

EDICTO.

DEM.ASI.AS.
Rep11blica Mexicana.,- Prealdenoia Mnniolpal ·Monterrey, N. León,
De conformidad con lo dispuesto en elfarl.ículo 25 y
en er 670 del O6digo Oivil vigente, se hace !lllb«r i~l público,
q_ue en la Tesorería HUnicipal de esta ciudad, ¡,xiste tlepo·
111tada la. suma de $87 08oohenta. y siete pesos ocho centavos
procedentes de los sobrantes de pruendas de plazo cumplido en los rema.tes efectuados durante los de :Febrer" Marzo, Aoril. Mayo, Beptiemore y Octubre últ.imos, por los
casas e.le empeño denominadas •La. Fnvorít11•, «El Fénix»,
«La. Banca», «La Idea», •La Surtidora•. 1&lt;;\fonte de Piedad
de .Monterrey», y Suscursales Nos. 1 y 2 t.lel mismo: en el
eoncept6 de que, si trascurridos ~eis meses. contados desde
hoy, no compareciere persona alguna. á reclamar can justo
y legítimo título, las expresadas dcmasia.s, se l!lS mandará
ingresar en la. Recaat1aci6n de Rentas :Municipales ele 86ta
ciudad, de acuerdo con lo preceptuado en el citado artoículo 26.
Monterrey, 7 de Diciembre de 1908.-P. C. Martfnez
B. Ramtrez ADgulano, Srio.
99100101-H. 11 M .

Rdbrtcas.

Lo que se notifica á Ud. en t'sta forma de acuerdo
con el Art. 78 del Oódlgo de Procedimiento Civiles.
Monterrey, 1° de Abril de 1909.-Lic. J · Garcfa Gua
udo,~rlo.
o.28,29

Companía del Panteón del Carmen, S. l.
CONVOCATORIA.
Por aooerdo del Consejo de Administración se convoca 11. los Srs. Aooionietae de est.a Ofa. , Asamblea
general extraordinaria para el dla 16 de Abril pTOxlmo
6 las 10 a. m., en la oaea No. 112 calle del Dr. ::\Uer,
para tratar y resolver:

Orden del Día.
UNICA. --Autorizar

al Consejo de Administración para
tomar dinero , mutuo con interés para oom
prar egna de riego.
Monterrey, ?9 de ~-.izo de 1909.---El Secretulo
José A. Muguerza.
o.26.27,28

VE:KTA~ DE l)HEXDA.S.
Loe días 14 y 16 de Abril y 4 y 5 de )!ayo próximo
se hart de las cumplldas que existen en la casa de
empeño uLa :-,nTtldora,,, correpondlentee , loe meses
de Septiembre y Octubre próximos paeado3 y lae ven•
ddae de plazo convencional.
Oon este motivo se euplica áloe Interesados á ellos
se sirvan ocurriT en tiempo habil á desempeñarlas
refrendarlas ó á presenciar eu venta.
Monterrey, Marzo 30 de 1000.-Franoleco GonzálAz
Gr.rza.
o.27,29,29

NOTIFICACION.
Juzgado 3'! Menor Letrado,-.Jfonterrey NUéVO León,

Sr. Pablo Gómez,
En el joloio Verval Ordinario qoe sigue en eu COJ\tra el Sr.
Lic. León O, Floree como apodt,rado del t!r. Joaqufn Zepeda, oo
bre cobro de peeoe ee ba dictado una een\encla. que en lo oondn·
etonte ea como signe:
Monterrey, Febrero veintidós de mil novecientos nueve - Vis
to: este juicio 'llerbal ordinario promo•ldo por el Sr. Llo. · León
G. Floree con la representación de Don Jcaqufn Zepeda, en contra
del Sr. Pablo Gómea, sobre el pago de laa soma de dosolentoe dler
¡ eels pesoa, treinta centa'llos, sus lntereaee legales deade el die&amp;
y ocho de Diciembre de mil novecientos siete. basta 'llerUlcane el
¡¡ego y las costas del juicio.: Vlata la audleucla. &lt;¡ne 88 entabló y
contestó la demanda, laa pruebaa rendida&amp;. Por la parte actora Jo
alegado por el mlamo en la audiencia re&amp;pectlva, la citación para
eentenola y culinto mis debió y con'lllno verse.
Reeultando.........Por las oonslderaclonea que antec.,den y de
■cuerdo ademú con loa Arta. 1362, 1399, f'rac. r, 1400,-1404, 282a y
2826 del Código 01'1111, resuelve: Primero: Procede !&amp; aoclón ln1entada por el Sr. Lic. León G. Flor'l'•, como apoderado de Don
Joaqnfn Zepeda en contra del Sr, Pablo Gómer; en consecuencia
ae declara&amp; este obligado á pagar al Sr. Zfpeda la euma de dostientos diez y seis peses treinta centavos reclamada. Segundo:
Be declara obligado al mlBDIO Sr. Gómez §. pagar Ala rApre•entaclón del Sr. Zspeda, lo• lnterea~a legale•, ó aea el aeta por ciento
annsl sobrA la enmaexpreoada en el punto que antecede y deade
el diez y ocbo de Diciembre de mil noveclentoa siete hasta que se
verlt!que el pago. Tercero: Re condena sl demandado A pagar A
!~ parte actora loe gaetos de Juicio v las coetae del mlemo, Cuarto:
Nottllqneae. Asf definitivamente Jnrgando lo resol'llló y firmó.!. el
C. Juez 8° Menor Letrado: damos fé.-Lto. I. Divlla,-A·-F. uó-mez Garc!a. -A,-M Gonzilez.-Bftbrloae.
Lo que se notfflca i t:d. en 811t&amp; forma. de conformidad con
El arto. 78 del Oddlgo de Procedimientos Ohilee.
..llonterrey, llano 12 de 1909,-Llc. I. DA'lllla.-A-F. Gómez
Gal'Cfa.-A--llutfn A. Gond,lez.
·
0.28,29

NOTIFICACION.
Juzgado 2• Local Letrado.-Monterrey, N. León.

Sr. Merced Campa.
En el Juicio ejecutivo mercantll que lllgue en 1u contra el
Lic. Galdlno P. Q.nlntanllla como apoderado d" la razdn social
"Jna,, 'F. Gana Ofa" sobre pesos, se ha dictado nn auto que A la
letra dice:
&amp;1011'8rtey, 'llelntlsál■ de Mano de mil noveolentoe nune.Por presentarla y admitida juntamente con la carta poder, eecrltura eoolal y documento que se aoompsña, téo¡asa en vista de
lae primeras al Sr. Lic. Galdluo P. Qulntanilla como apoderado
de la rarón 8001&amp;1 •Juan F. Garza y Ola.• y de'llo61'11111H.'le previa
toma de razón en autoe, dicha escritura y siendo el documento prl'llado preeentado por el actor de loa títulos que conforme A la
fraoolón IV del art. 1S91 del Código de Oomerolo, como ae pide,
de conformidad con el art. 1892 del mlamo ordenamiento reqn16rue al Sr. Merced Oampa. para que en el acto pague la cantidad
de cien pe110a que 88 le demandan y si no lo hiciere embargulnaele
bienes eullctentea que buten A cubrir eaa oantldad, lnt-ereoes legales y coetas¡ los cnal@e ee poodrlin en peder del depositarlo
que nombre el actor y b~Jo en responaabllldad; y por cuanto A
que ee Ignora el domicilio del Sr. Oampa h~g&amp;ne~le la notlftcaclón
de este auto en la forma prescrita por el art.lOi0 del Oddl¡ro de
0omArclo. Notlf'fqnase: Alf lo proveyó y firmó el O. Juez 2 m~nor .ú&gt;trAdo: damo• fé:-T,lo. )L Gómez Ballesteroa.-A-Gómez.
_._A B. Palacloa.-Ró.brlcaa.
Lo que se notifica li Vd. en esta forma de conformidad con el
auto que antecede.
Monterrey, 27 de llayo de 1909.- Lic. M. ddmei BaJlp,rt,.,os.
O.28,29,S0

°

Cía,t:Miuera:&lt;.To1}0 Chico,&gt; S. A.
COVOCATORIA.
El OoDsejo de :Admlnietraci6n, en aeeion de hoy
acordó citar á Junta General extraordinaria, para el
dla 18 de Abril t las 9 &amp;, m. en el local de la •Bolsa
Minera» calle de Dr. Mler No,i.84.

Orden del Día
Unioo,--Dlscuttr y aprobar, si hay:Ingar laa propoel
alones que ee hacen para el arrendamiento de las
mines de esta Oompañia.
Blando de suma tmporlancia éate asunto, se euplfca
, loa Srs. acclonistl\8 se sirvan concurrirá. esta Asamblea.
Mont,eney, Marzo 31 de 1909.- -El Secretario. Aure
liano de León.
o.28,29,30

Juzgado de .Letru de la 2t frrooclón jndtolal,,-LID&amp;iu Nueyo
Ledo.
En el jololo de wltamentarfa A bienee del Sr. FlonDUDo Villa•
~';°111º que tu6 de ena ciudad, Jaa -sito un nto •ue , Ja. •

::i;~,1

Linares, llano"- .,e mil no•eolentoa nneve.-l'or PreMDia.
do y admitido en onanto ha lu1ar en derec,ho oon el acta de defbnolón 7 testimonio de testamento pdbllooablerlo que 18 aoompaíia·
radfqueee en \ate Jnapdo el Jnfclo teetamentarlo, blenea del sr'
Florentino Vlllanneva. dlee el avleo que prn!ene el anfculo 11á
de la ley del Timbre, poblfqnete eete auto por trea 'llece9 ooueon.
ti'll&amp;a en el •Perlddloo Oficial• y el "Trueno", y clteee, loa herede
roa Ajunta para el Jnevfll! prdlrlmo , lae cuatro de la tarde 11ara
loe efeotoa del artfonlo ll!e8 del Código de Procedimiento&amp; CMles
en la lnteli¡'encla de que ee nombra pan eete ,lns1ado oomo t,i.
tor interino de loe meooree de catorce añoe. Bogelio ll'lova, 7 ru~
cardo al Sr. Bonlfaclo de la Gana, A qnfen pre'llla en aneptao!0n y
prote,ta, se le tendr6 por diecerntdo el cal'JfO. NotttrqnHe Lo
oroveyóy flrm~ el c. Jnea de Letru de ta St fraocl(!n Judtola( doy
f!I.-Llo. Tre'Vlno.-A.~AgoeUn c. Garcfa.-Antonto Henera Gar
cia.-R0brlcae.
Lo que se publica en esta forma, en cnmpllmlento de lo man•
dado.
Llnarea, llano 11 dA 1909.-Llo. Lale Trevlfio ... A ,Agustfn o
Garcra.-A..... Antoclo HerreraGarcta.
0.26,ill,8' -

PREGON.
Repdbltca Mextcana.-Prealdencia Municipal.-Monterrey, N. León.
A lee difZ de la mafiana del dfa 18 de Abril próximo, en el Salón de Acuerdos del R. Ayuntamiento, y
en el mejor postor. ee rematará en pdbllca subasta
un terreno de propiedad municipal que comprende
una eaperftole de 2,125.12 metros cuadrados v tiene
por oollnciaa lae elgulentes: al Norte, calle y callejón
sin nombre de por mEdio. con propiedad del Seilor
Manuel Rodrfguez, al Oriente, acequia de Laboree
Nuevas, Y al Penlente, una calle aln nombre.
Durante el término de las publicaciones que se harl!.n tres veces, de siete en siete dlas, y ba~ta la hora
de la eubqeta, se admitirán posturas que cubran la cantidad de $30.00 treinta pesos en que ha sido justi¡,reclado dicho terreno. bajo el concepto de que ae le
concede al den,nnciaDte et derecho del tanto.
Monterrey, ',:,7 de Marzo de 11109.--P. O Martines.
B. Ramtrez. Anguiano.
0.21,211,:31

EDICTO.
Juy;gado 1• de Lstras del Distrito de Rio Grande
Cd. P. Dlaz. Ooah. de Zaragoza.
Por auto de esta fecha el O. Juez lº de Letras Lle.
David González Tn.viño. ha mandado dar por r~dioodo en el propio Juzgado. el juicio de Intestado á ble
nea dfll finado Becundino Valdée, vecino que fué de
ésta Oindad, disponiendo se convoque por edictos
publicados eu el Periódico Oficial de este Estado y
del de Nuevo León. ea la forma que previene el art.
1760 del Código de Procedimientos Civilt\11, á las personas que ee consideren con derecho á la herencia
para qua eq presenten á. deducirlo dentro del térmfDó'
de treinta días despuéa de la áltlma publicación.
En cumplimiento de lo mandado. expedido el preAADta para en publioaclón en el Periódico Oficial del
Estado de Nuevo León.
Cd. Portl.rio Dlaz, .Marzo 2 de 1909.-J. Francleco
Saucedo, Srio.
o.23,26,29

Cía. Ferretera de MonterreJ El "Barco" s. !.
CONVOCATORIA.
_ Habiendo qnedado ~fala la repreeentaclón de esta Oom •
uta por haber ceudc ~n sne foocton..a loe Sres. Prealdente y fe':,
Vocal, aar como tamb 60 el Comisario 1K' oon'lloca por el preeente
y de acuerdo con el Arto. 36 de nneatros Eatatotoe á Asamblea Ge
neral Extraordinaria, la que deberf. celebrarse el 12 de Abril
ó
=ºufela1 10 a. m, en el local y ctlcina de la Ofa., y con 1

f~:

REMATE.-!" Almoneda.

Orden del día.

lo-Reintegrar el OoDl!ejo de Admlnlatraolón con el nombraJuzgado 2• Local Letrado.--1\Ionterrey, N. León.
miento de Presidente Y l!!r, Vocal, el!gléod088 ta1nb!t'u loe SuEl día veinte y dos del actual á. las diez de la meña- plentes que se bogan precleos para marchar de confor Id8 d
m
oon
na:tendrá logar en el local de este Juzgado, el remate las prescrlpclonee de loa Eatatnto,.
de Co1nlearlo en en Institución del ••!lente t
de tres tejabanes de madera y una máquina de coser btlltn29-EI,ccl0n
al se Juzga oportuno, lo~ 2 Soplentes qae disponen 1olE:~(Stoger,) que le fueron embargados al Sr. Secuudlno u os en eu Arto. 58,
89-Dar cuenta con el estado actual de la Negoclaoló y
Lara en el Juclo ejecutivo marcantn que en eu contra
dar lo concerniente en asnntoe que ee pre.,entan dent ~ daoolrpromovió la representación del Sr. Rafael Salinas prevlstoa en el Art. 84.
r
e oa
Oaut1i en la conceptó de que solo se admitlráD postuBe pre'lliene A loa Sres. acofonlatae qne para tener acoeeo A
ras que bseten á cubrir las doa terceras paTtee de la. 1a .Junta. debnin depositar BDa Acclonee en la Teso rf d 1
re a e a
cantidad de $230.00 doscientos treinta pesos, en que Negoclacl0n, 3 dfae antea ds 811 verlftoaclón.
guefonterrey. llano 19 de 1909- El Secretarlo, ARnslfn¡fHufueron valorizados.
.
0.24.25,26,27,21!.29,
En el local del Juzgado y hasta la"hora del Temate
se ministrarán, loe que_deseen, lós datoe que soll•
citen.
Monterrey, 3 de Abril de 1909 --Lic. ~. Gómez Ballesteros.
o,28,29,30
'
RE l\I ATE.

"Monte de Piedad (le :Monterrey"

EXTRACTO
Agencia de la Secretarla da Fomento en el Ramo de \Ilnerta
Moll_!erre7., N. León.
·
E:rl)eOlente ndm. 1630.-El Sr. D . .ihlguel Ferrera de esta ve.
~lndad y como Prealdente de la Ofa, ,11nera Buena Vista, ht. solicitado por dicha Oompeñfa 18 hectaraa ó pertenencias mineras que
ee uhlcarin eobre nn criadero mineral que se encuentra en la Bleora de Loa Plaoerea en municipalidad de Santa Oatarlna, cuyas per
tenencias 18 medlrf.n formando un rect&amp;ngnlo de 600 metros da
l'OT¡;o próximamente de E. AW. por 300 de ancho de la siguiente
manera: parl1en&lt;to de un puntn que ee encuentra sobre la lfnea
F. del fundo Ampliación de la Blanca, que ea de la Ola. e.xpresada, y A76 m. al 8, de la esquina N. E, del mencionado fundo, 88
medlrf.n hacia el 8. sobre Is lfnea E, del dicho fundo, de Ampliaalón de la Blanoa 800 m; de donde terminen en ingulo recto al N
300 m.; y de donde terminen en Angulo recto al w. 800 p,.,.a lle,rar sl punto de partida. y encerrar una snperllcle de 18 heotaraa
dentro de la que ae encuentra nn 110eabdn que queda al E, del
repetido fundo ele Ampliación de la Blanca, Las collndanche
1100 por el W. el fondo ampliación de la Blanca. Los metales que
llay dentro del terreno marcado son plomosos oou ley de plata,
Eeta oollottod ee domina "11.mpllaolón ndmero 2 de La Blanca".Nombrado perito el Sr. Ing. E. Ortlz de aeta vecindad, y aceptado por 61 el cargo1 ee abre un pluo Improrrogable de cuatro meeee oontados deede noy para la nbstanolacfón del expediente,
Monterrey, Agosto 31 de 19011,•B. Vald6.s Llano.-A-de M,Jlflbrica.
0,28.29,80

Ju,gado de Letras d~ la 7• traooión judlofal.-Montemorelos, N. León.
Hoy se radio6 eneete Jnsgado el juicio de Intestado
del Sr. Máximo Saluar y su esposa la Sra. Rataela
Barboaa, veolnoa que fueron de eeta Chldad.
Lo que ae publica en eet.a form11, de acuerdo oon )o
dlepueato por el art 1685 del Código de Prooedlmtentoa Olvllee. para que la.a peraonea que ae crean oon
derEtho , la herencia ae presenten 6 deducirlo en el
t6rmino que fija eta dlapoalolón legal.
Montemoreloe, Mano llí da 1909.-Llc. L. Oantd
Garllla.-.A-J. Farlu.-A-.8. V. Oantd.
o.v .23,~U9-160

Cía. Carbónifera de Sabinas, S. 1.
CONVOCATORIA.
Por acuerdo del Consejo de _\dmtnietraci6n se
convoca , loe BEñores acclonlatrs de esta Oomp~ñfa
para Asamblea General Ordinaria que tendrá. verift
ostivo el dia 80 de Abril próximo, á. las 10 a m 8 ~
las Ofl.cinae de la Negociación, calle del Dr. Miar' N 0
91, bajo la siguiente:
'

Orden del Día
1? Informe del Consejo de Administración
2• Presentación de las cuentas correspondientes
al afio social de 1908 y dlctámen del Oomisarlo
3? .A.plloaoión de laa utllidades.
·
4° Nombramiento de ,un Comisario y de su Suplente.
·
.Monterrey,_ 30 de Marzo de 1909. -·Ernesto Madero
Presidente.
·
o.28,29,30

d ~ 8 dírlasfi;, ti8 Y 9, 27, 28 Y 29 de Abril próximo tenr n ve ca vo loe remates de las prenda
dad en loe meses Septiembre y Octubre pró~f!_1¿8e;::
sa oNe, tantolen la casa matrli como en ene Sucurea1ee os. 1 y 2.
Lottª lntereead"s de dichas prendas pueden ocurrir
en empo hábil á desempeñarlas
fi d
presenciar eu venta que 88 har4 c~!1o~:e "!iª:egól;.
meuto del remo vigente.
D
{l'aaa Matriz, calle de Hidalgo No 72
eapachos Sucursal No. 1, 15 de Mayo No lÓ6 ·
Sucursal N? 2, Modesto .a
j ~o· 21
::IIonterrey• Marzo 26 de 1909 - El rreo a • . 6.
Leal Isla.
·
Admor. Enr.
o.26,27,28

hfPRENTA

DEL GOBIERNO, EN

IJIICHR I illlffifRilOB,
L

A. Brondo Whitt.

p AL.A.OJO.

•

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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          <name>Título Uniforme</name>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 29, Abril 9</text>
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                <text>Siglo XIX</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado</text>
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                <text>Política y gobierno</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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        <name>Senadores</name>
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                    <text>Monterrey, Martes 6 de Abril de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 28

Periódico Oficial
•

DRL. QOBIRBNO DRL. ESTADO L.IBBE: YSOB!BANO DE: NURVO~L.RON.

Las l3yas lo3 de~rato3 y d3nJS di~J~si~io1n snperin~as, obli[an p3r el solohacho deser publicadas eneste Periódico.
1

R egistrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

R e~ponsable la Secretaría ~el Gobierno.
CONDICIONES.-El ntímero clel rlía vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunica•
ci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión ele avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

CONDICIONgs. -Este peri6dico se publica los Márte!'. y
V iérnes de rada semana,-Vale la sub!-cripci6:1 CINCUENTA
CENTA YOS al mes en esta Capital. y CI~cr;g~TA Y Sfi_;IS
fue ra de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.

Juscns DE TURNO
En la presente semana.
1'? !lo lo Criminal .
L IC. J F.SUS M. DEL BOSQUE.
l Q &lt;le lo Civil.
I.rc

MAcF.DONIO G1L TRF.YTÑn.

PJ..L. nD l Ü lJI i 11 , Ü Ü t l',LJ l AL.
1..,

MouteJTt')~bril u de HJuU.

Biblioteca P(1blica del Estado.

A 907 aseen lió

el númern d, asi-.ten
d as de lcctl,ns eu ch:ho Establecimiento.
d urant e el mes p1óx;1110 JJa,;ado, hab én.dose recibido 44 publicaciones y 5 obrc1s
nuevas.
----

Nuevo Giro Industrial.
En la ~ección correspondiente se puhlic'l hov el de&lt;'rcto relativo á la exención
de impuei-t s nel E~tado y l\fnnic;palecoacc:&gt;dida por el Gobiern I á lo&lt;. Sres. Francisco Martínez Pt:ña y Compañía, por el
carita1 110 menor de $8,000.00 cts. qne in•
viertan f'n el estab1ecimientoen Sant a Iné::,
j uri-dicctón de Iturbide, de una Fábrica
d e Aguarrás y Colofonia.

"La Montaña de Piedad".
Seguro sobre 1•rendas en11rníiadas.
Véanse el escrito y resolución s igu ien tes:

C. GOBERNADOR DEL ESTADO.
·
· d
J ú C p ; é H"·

es s . erez
1Jo, pr?ptetar1os e
la Casa d~ Présta~os denom~nada la Mon.
tafia ele Piedad, s•ta en el N · 148 de Ja
ealle Morelos, en esta Ciudad, ante Us
.ted con el debido respeto, nos presenta
mos exponiendo:
. Que por resoluci6n de ese Su~or Go
Merno de 7 de Marzo de 1906, se uupuso
4 •unes!~• Casa la oblir.ci611 d~ coutinuar
gara~tiza1!do por mi:dto de un seguro
eo~tra accidentes, el cmcuenta por ciento
lObre el va~or del préstamo, "pagándolo en
áu caso al interesado.
Que días. después, por resoluci6n de
10 del propio mes de Marzo, y en atenci6n á las razones expuestas por nosotros,
ese Superior Gobierno tuvo á bien exi•
mimos de la susodicha obligación, y bajo
condiciones tales h a conti n uado su &lt;ñro
b ª
D:uestra Casa, cumpliendo con toda exaet1tnd sus dtberes para con las autoridades y para con el público.·
Q ne deseando que nuestra clientela se
persuada una vez más de: la buen fé que
n os &amp;"nía en nue~tras operaciones de comerc101 de que s1 velamos por n u estros i n•
tereses, los suyos no nos son indiferent es,

h emos decidido, y así respetuosamente
lo hacemos presente á esa Superi0ridan . asumir expontáneament e la
bligación de que helllo,; &lt;1ich •, fnimos
lispensc1do::, ofruit udo ¡;or consiguient..,
que en el caso de pérdida por incendio de
las prendas empeñadas en nuestr a Casa,
g 1rantizaremoc; por medio del seguro, que
,,frecemos mantener siempre en vig-or, ii
los prestatarios tl cincuenta por ciento so
bre la suma prestada, á condición de que
e llcs justifiquen sus derechos con la bo1E ta
de empeño respectiva y dentro dt 1término
ó plazo fijo establecido en la misma.
Por tndn lo expuesto A. Usted, C. Gobtrnador, ~up'ic.lmos se sin•a tonrnr nr ta
· it! t-~ta nue~tra rc.~p~tuosa man fest1ció 1 ,
y ·en vii,ta de ella, determinar lo qtie,time de justicia.
Protestamo-- lo necesario.
l\lon 1em-y. 1Jarzo 30 de 1,909.-festís
C. Pérez é hijo
Gobierno del Estado Libre y Sober ano
de Nuevo León.-~lonterrey, 3r de :Marzo
le I 909. Visto lo expuesto por los Sres.
Je:,Ú:, C. Pérez é hijo en el anterior e~crito, y estimando el Oob;eroo debidamente
esa expontánC'a manifestación, con ]a que
,;e favorecen los intereses tie1 público, cuya vrgilanda le está directamente encomendada , se declara en vigor la cláusula
6~ de la base cuarta de la resolución de 7
de Marzo d e 1906, por la que s e impuso
í. los nfor idos Sres. propietarios de la ca,a de préstamos den omin~da "La Montañ a de fiedad 1,, la obligación de garanti·
••
zar por medio de un s eguro contra acc1•
dentes, el 50 p 8 . sobre el valor de los
préstamos, pagándolo en su caso al interesada, lo qut- se hará previa la justifica•
ci6n del derecho á ello con la boleta de
empefio respectiva, y dentro del plazo que
s~ fije en la misma, quedando por taut0
a1n efecto el auto de este Gobierno fécba
l(? del mes y ,afio citados; por ·el qué se
eximi6 á los expresados Sres. Pérez ~ hi•
jo de la obligaci6n mencionada. Notifíquese, trascribas~ al C. Alcalde Primero
de esta Municipalidad y publíquese eo
el Peri6dico Oficial.-B. Rey es,-Ramlm
G. Ckávarri Srio
'
_·__

Banco Mercantil de Monterrey.
BA.L.A.NoB KENBU.lL AL

.Áeti\00,

ar nx
·

M ARZO n1t

1909

•

Valor&lt;'S realizables
do primet· orJen ..

753,298 30

1t;;,uu7.00

Otros valores ....... .
Documentos desrontailo8 ......... .
l'rh,,tamos so b r 9
¡,rP111laR ........... .

647,502.81
4fl0,!l!l6.61

Préstamos con gara.ntía hipotecaria.
Crécl itos E&gt;n cuenta

l'Ol'l'il'll t(\ ... ,. • • .

3G2,851.42

•.

2.411,000.00

Deudores clh·ersos,
Cut&gt;nt.as &lt;l1mdoras
im¡wrsonalf'S ......

~56;359.66

1,, 11

113,4!)0 50
300,000.00
18,15-1.05

llt&gt; l olf• • • • · ••••• •••

.\Iobiliario ... ........ .

Suma «fo ,·alor&lt;'S ef&lt;'cti,·o!; •.•.. fG S8J. 71 O.i8
CueJJtas ele orden. Valores nomiunli&gt;s 5. 411. 000. 00
-- - Suma total ................ $12 2!15,7'10.28
p,.,.;,.(¡
$:!.fillO IJIH) fl()
Capit1tl ~&lt;J!'i111. ..... ..
Fon elo 1lt-1 re:-Mn\ .. .
22:.! 'os:i. 1'8
l&lt;'ondo tl1-1prt&gt;vi._ió11
40,000.00
Depü,ito~ ÍL la \"ista
('01\ intPJ'&lt;'l-l'S ......
De¡,6:-:itos 1L la ,•i:,ta
sin interese~•......
Depósitos á plazo
mavor &lt;l" 3 Jías.
1.563. rns. 75
Cirr•i1la&lt;'ión . ... ..... .
1.111.0tO.Q()
Ul'6,litos l'n cuenta.

corri&lt;-&gt;ute........... .

772,'i!JG.lS

Acree&lt;lore11 diYerSO"! ...... . ........... ..
5liG,211.lfJ
Cnent&gt;ifl ll"r"Prloras imprr:-,111ales.
5fi,50~.~!
811111n. &lt;l~ valort&gt;s cfecti,•os .• $ ti 881.710,-¿8
Cneutasdeorden.Valoresnominale~5.-111 ,000 00

Suma total.. ...... .......... $12.2U5,710.~8
E l G"r en~, Jo~i L. Gar~a.-El Conmdor, E.
Velarde.-F.1 Oa ¡ero E. Jfu¡uel. -V '? B'? El Inter vent.or del Gobie~o, Jfanuel E. G6~ ,.

Banco de Nuevo León.
B.4.L.l.NoB Hueu.il DEL 11 DB

Mazo DE 1909,

.Aeliw.
CU.A.:

EDatencla en oro. Central y Agencias .. ... 1 668.166.00
Exietenci• en peeoa
tñertM Oentral y
Agencias ... .... .. .
232.924.00
Existencia en moneda fraccionaria. Cen
tra.l y Agenciu . . ••

Billetes de otroe Ban·
cos ...... .. . . ... . . .

Document os d es con tados ............... .
P r é s t amo s sobre
pr endas ... . .......... .
Créditos en cuenta co

CAJA:
,.
F.xistencia E&gt;n Cen tral y Ag-cncias:
rriente ........... .
Oro Nacional. ... $ 452,635.00
Préstamos con garanPeso:,¡ fuertes •. . . lCO,!U -1.00
tía. hipotecaria. ......•
Moneda fraccionaFondos
públicos y varia ................ . ,
64,819.94
lores
inmediatamenBilletes de otros
Bancos .. .......... ..
128,1 80.00 $805,848 .94 te realizables•.• • .••

60.007.20

80.855.00 t 94l. 951.20
1.118.262,19
675. 952.46
3.203,400.81
34,!lG5. 95

782.900.00

•

�2

No se trata, no, de las Ideas de una parcia
599.0~,86 al autor c:imo estudiante. En el exterior lidad política, ni de sucesos que despierwn me
de este segundo sobre estará es~ri ~o co_n morías luctuosas pl\r8 algunos de nuestros com
117.418.15 claridad el lema adoptado para dtstlogutr patriotas, ni q11e recuerden di~ensiones entre
hermanos· sino de la solemmdad del común
18.097.6t la composición.
Cuarta. Los premios serán los siguien- hogar de '1a fiesta de la gran familia mexicana
225.000,00
Jnmn~hlA •••.•.••••..•••
Hoy que la República no atravfosa por nin
tes·
(Cuentas de órden .gnno de aquellos aciagos períodos con que máa
Primero: del Gobierno del Estado.-Li- de una vez fné probada durante la pasada ceo
4,39~58.00
Valores Nominales)
bros
científicos ó literarios. •
turia; hoy que nada surge que pueda causar~os
s 12.008.242.24 Segundo:
d
del H. Ayuntamiento e esta inquietudes ni zozobras; que la paz p~bhca
Pasivo.
-dón Inapreciable de los pueblos-se amuga caCapital.-$rno.oo cs.
da
día más en nuestro suelo; que el trabajo
Tercero: del Instituto de Ciencias y
Ol.pital social exhibl•
agrícola, minero, indust1;ial l'. mercantii ere-.
S2.000.000.00 Artes del Estado.-$200 oo cs.
/to ...................... ..
cientemente prosperan, difundiendo el bienes
Quinta. Los trabajos deben ser inédi- tar hasta los más remotos confines de nuestro
Billetes en circn'laterritorio· que cuantiosos capitales afluyon al
tos y escritos en caste' lano.
ci6n. Central y A·
2.003.637.00
Sexta. Además de los premios anterio- mismo; q~e se inauguran grandes viM ~n~ro
ganoie.e ........... .
res el Jurado otorgará un accésit en cada ceánicas é internacionales; qne se mnlt1phcan
Depósitos y cuentas
los establecimientos de enseñauza; que el ciu
te~a y hará mención de las composiciones dadano
-00rrientes 6- la visgoza de las libertades civiles; que nues
26.174.07 que á su juicio lo merezcan.
ta, sin intereses ....
tro Gobierno es respetado por su eré-tito en e
Séptima.-EI C. Gobernador del Esta- mundo financiero, y en el orden social por su
Depósitos y cuentas
do
entregará los premios á las personas honrada labor de progreso; hoy, en fin, qne lo
oorrientes á la vista,
6
l.872
.82
que
los hubieren obtenido, en una solem- gramos tal suma de inapreciables biene•, rner
00u intereses.. ....... .
á una acertada administración pública, á
ne
Velada
Lírico-Literaria que con este ced
D~pósitosáplazo ma.
quien aecund&amp; el buen sentido del pueblo, y
2.038. 966.07 fin organizará el Instituto de Ciencias y que para nuestro pala t-Odo es lisonjero, moti
yor de tres ilias ....
385.036.93 Artes.
Acreedores diversos ..
vos hay 4e sobrn para esperar que todas las
Octava. En el caso de no poder asistir clases sociales estén prontas y dispuestas á to
-Ouentas acreedora•
3n1','\17.20 personalmente los autores que foeren mar parte en los regocijos con que ha de ser
impersonales •
365.6!9.10 premiados, nombrarán, en debida forma, solemnizado el gran anivel'sario.
'Fondo de reserve. .....
232.575.rn 1m representante á quien se le enlregará La Comisión Nacional invita, pues, á todos
Fondo de previsión ..
lo~ hijos de México parn que solidariamente
Fondo especial de
el premio correspondiente.
unidos por el áureo vínculo de la verdadera li•
psovisi6n .............. .
100.835.83
Novena. Con to~a oportunidad se da- bertad, presten su activo concurso en la gran
Cuentas de orden.rán á conocer, por medio de la prensa, los solemnidad de la patria.
4.391.258.00 nombres de las composiciones que hubie- MEXICANOS: que el munclo civilizado nos con•
(Valores Nominales)
temple en 1910, cobijados bajo el hermoso pa·
~ 1~.11.,x.i4t.2! ren sido premiadas.
Libertad y C0nstitución. Oaxaca de bellón tricolor, celebrando la fundl\ción de
El Gerente, R. J. Garcfa . -El Contador. Juárez, Marzo 17 de 1909.-El Director, nuestros lares, de aquellos amados ti.res r,ue
ostentan el águila caudal por símbolo y rscudo,
A. Man,·iqne.-El C"'jero, Amador Pa,.-V?B?, Aurelz'o Valdivieso.-El Secretario, En y que tienen por principio y divisa: libertad,
El tntarvanlor del Gohiarno, J. ,T. Farfus.
paz y tmbajo.
rzque C. Olz'vera .•
México, 20 de Junio de 1907.-Guillermo a,,
Landa y Escanrlón, Presidente.-Francisco D.
Instituto de Ciencias y Artes del
LA CoMISION NACIONAL DÉL CÉNTENA. Barroso, Serapi6n Fernández, Roviualdo Pas•
qw;l, Fernando Pimentel, y Fagoaga, Eugenio
Estado de Oaxaca.
RIO DE LA INDEPENDENCIA
Rascón, Rafael, Rebollar, Carlos Rivas, Porfi·
rio PCff"T'a, Vocales.-José Oasarín, Secretnrio,
CONVOCATORIA.
Al Pueblo Mexicano.

Deudores diversos ..
Cuenta.a deudora,¡ impersonales ........ ..
Mobiliario y útiles, ..

Para el Séptimo Co1tcurso Científico-Lite. Próxima ya la fecha del 15 de Septiembre de
rano, dedicado al C. LIC. BENITO 1010, en que se cumplirán cien &amp;!'los de hl\ber•
se proc'.amado la initependencia de la N'\ción
JUAREZ, Benemérito de América.
Mexicana, ante semej1,nte espectativa no podfa

•

3

PERIODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL.

GOBIERNO DEL E:STAUO.

permanecer indiferente un gobierno que, 'lOmo ''BERNARDO REYICS, Gobet-nador
Constliucional del Est11.do L,bu y Soel que hoy rige nuestros destinos, ha sabido levantar tan alto los prestigios de la Rep(1blic~.
berano de Nuevo Leó11, á sus habitantes
Por tal motivo sin duda, el esclarecido patricio
hago saber:
y sahio gobernante que ee hoy el Supremo Magistrado de México, dictó, con la oportuna anQue en uso de las facultades que al
ticipación que el caso requiere, el acuerdo en·
oaminadu 6- organizar los trabajos preparato- Ejecutivo confiere la Ley número 16 de
rios de la solemnidad y fiestas con que debe ce- 21 de Octubre de 1 907, decreto:
1
lebrarse tan fausto aniversario; y al efecto, deSe
concede
á
los
Sres. Francisco Martísignó á un grupo de ciudadanos de buena voluntad y amantes de su patria para que, cons- nez Peiia y Compaiiía, exención de imtituidos en junta con el nombre de Comisión pnestos del Estado y Municipales duranNacional del Centenario de la Independencia, te cinco alios, á contar desde hoy, por el
dé la convenient,e unidad y direci'ión á cuantas capital no menor de $8 000.00 cts. ocho
labores se emprendan cou el indicado propósimil pesos que inviertan en una Fábrica
to, por todos los ámbitos de la República.
TEMAS:
de
Aguarrás y Colofonia que pretenden
Una de las primeras resoluciones de la Comi•ión
Nacional,
ha
sido
dirigirse
átodos
sus
contab\ecer
en Santa Inés, jurisdicción de
Primero. Poesía. Oda á la Reforma.
oiudadanos, excitando su patriotismo é invitin- Iturbide; bajo el concepto &lt;lP que si denSegundo. Composición en prosa. ¿Cuál dolos á cooperar 6- las grandiosas fiestas con
tro del término de tres mests, con ta dos
será el mejor plan de estudios preparato- qne ha de sofomnizarse el centésimo aniversa• también desde hoy, no estuviere instalada
1to del memorable grito de Dolores.
rios? ...
Toca en s• erte á la actual generación vivh· y en explotación la industria de que se
Tercero. Composición en prosa. Juá- en el primer .. dve ·saJ'io secnlar de aquel a,•on• trata, periierán los concesionarios la can•
rez no trabaj6 para un partido político, si- tecimiento histérioi, que marcó la inquebrau- tidad de $200 oo doscientos pesos que en
table resolución de la Nueva Espaila de hacerno para el Pueblo Mexicano.
se independiente de la antigua Metrópoli, de efectivo depositar6.n desde luego en la Te•er gobernada por sus propios hijos y de cona· sorería General del Estado como garantía
BASES:
,ituírso en Nación libre y 6-rbitra de sus desti- del cumplimiento de su compromiso.
Por tanto, mando se imprima;·publique,
Primera. Desde la fecha de es~a Con- nos. La obra de emancipación inioiada con
grande aliento, arrojo y osadía; proseguida con circule y se le dé el debirlo cumplimiE;nto.
vocatoria se abrirá el Séptimo Concurso sin igual valor y genio militar, y consumada
Monterrey, 30 de Marzo de 1,909.-B.
Científico-Literario, y se cerrará el día con espíritu de concilación y de concordia por
Reyes.-Ramón
G. Glzávarri, Secretario.
aquella fah1uge de pat.riotas q,ip tuvo por solio
30 de Junio del presente año.
de sn grandeza el cadalso, reclama que sea ce• _________________
Segunda. En el referido Concurso só lebrado su recuerdo cou excepcional entnsias
lo podrán tomar parte lo, estudiantes de mo, ya que excepcional fué tambiéu esa con•
junto de árduos trahajos, de inmensos sacrifi• - - - - ~ - - - - - - - - - - - - cualquiera escuela de la Repúblicl, sea ó cios
y de inquehrantahles resoluciones que deSecretaria de la 2."' Sala del Tribunal
terminal'On, al fin, la. soparaC"i6n entre esta por.
no oficial.
de Justicia.-Monterrey , Nuevo
,
Tercera. Los concurrentes enviarán cióu del Nuevo Mundo y el Viejo Contineute. Supremo
Si a!'lo por año conmemoran los ciudatlanos Leon.
sus tra1njos al Directrr del Instituto de do la República, patrióticamente unidos á los
Monterrey, treinta y uno de Octubre de
Ciencias y A··tes del Estado, empleando PonerPs P(1blieos, In fecha de ese aniversario mil novecientos ocho.-Vista .en apeladón
glorioao. con mu&lt;!l10 mR.yor motivo Ueberá ser
dos sobres; dentro de uno est&amp;.rá la compo- celebrada
su secular conmemoración oon todo la_presente causa, t:mpezada á instruir de
sición firmada con un lema, y dentro del el impulso de nuestro civismo y toda la magni- of1c10 el dil latorce de Junio úftimo, por
otro, la boleta de matrícula que acredite ficencia de un pueblo libre.
el C. Juez de Letras de la quinta fracción

El Instituto de Ciencias y Artes del
Estado de Oaxaca, para rendir nn homenaje de admiración y gratitud, el dla 18 de
Julio de este año, al salvador y Benemérito de la Patria, Lic. BENITO JUÁREZ, ha resuelto, con aprobación del Ejecutivo del
Estado, abrir el Séptimo Concurso Cien.
tífico-Literario entre todos los alumnos y
alumnas de los Colegios de Instrucción
secundaria y profesional de la República,
conforme á los temas y bases siguientes:

S.ECCION JUDICIAL.

•

judicial del Estado, contra Miguel Solís,
soltero, de quince afios de edad, carpintero,
originario y vecino de la Villa de Cerralvo
p,r el deli•ode robo: Vistas las diligencias
p,acticadas durante la instrucción, la con·
fesión con cargos que se tomó al procesado, la defensa pr~sentada por el -patronde éste en primera instancia y la sentencia que el trece de Agosto próximo pasado,
pr nunció el Juez de Letras referido por
la que condeua al citado Salís, como responsable del deliJ.o de robo, á sufrir dos
afios orho meses de reclusión y un mes de
arre•tn, contados desrle el día ••iecisiete de
Junio del añ eo curso en que se le d,claró b rn preso, c1 n cahda,J de n tenc·ón
por una cuarta parte más &lt;n su caso; \' á
enterar en la Recaudación de Rentas de
Estado en la Villa ¡je Cerralvo, una multa de un pes•·, cnarenta y tres cent•vc,s.
ó sufrir en sn rl, f rtn dos nías mas de
arresto lo inh -bi11ta por rie,. añ"s psra toda clase de hnnnrts, emplros y ca,gns pú
blicos y Jo manda amonestar par,, que no
reincida, dejando al ofenriido sus derechos
á saho por cuanto á la ,e ponsabilidad ci
vil, y dispnni~ndn que fueran entrego. ir-,
á éste los objetos robados los cuales recibi6 el propio ofendido otorgando el rec1b,
correspondiente: Visto Jo alegado como
agr vics ror el ilrfenso• ile oficio ante ésta
Sala, la• pruebas •erib da, á petición del
C Ministro Fiscal, el didaru&lt;.-n de éste
funcionario, lactación para senteocia )
tac.o lo demás qut; deb'ó verse y comt,1 de
autos; y
Resultando: que habiendo observado e
Sr. Pedro Garza gendarme municipa d,
la Vílla re Cerralvn, que el µrocesadoM •
guel S,!fs trala con-i){•, en la f,ch,,e,
iniciación de esta cau,a, un paraguas d,
seda en buen estado, dos mechas par,
lampo,ra de alcoh il y un retazo d.e encaje
y sospech m ·! o q11t' fuera de ilegítima P'"·
cedencia por que So í, a ' ser 11 ,terr• g d, ,
de comol,s había adquirido, no pudo explicarlo rnt1sfactoriamer ,te, procedió el em
ple ,do rderido. á 1a detención riel enea usado, d,ndo inm,diato ~v«o al Alt-al e
primero de aquella Vilia quirn h •zo la LOn
si~nación re,pectivx al Juez de Letras de
la quinta fr cción jndici,1; y practicadas
por é,te, las •11 · )!e' ci'l• conducentes a
&lt;csclarecimiento de los hechos, se cnm):&gt;,ob',: que el expresado Salís se introdujó en
la mañana, del día de rn detención, á J.
casa habitación riel Sr. P. B Crosby sita
en Cerralrn, sah·aMo las tap'a" y apn,vechando la circun,tanc a de qne este Sr. s
hallaba ausente de aquella Villa Y haba
dejado abiertas algunas de las piezas inte
rjores, apoderándose de las prendas antes
,relacionadas la~ que trataba de vender seg6n el emp'earlo que lo aprehend·ó: 'que
se dió fé por el Juez instructor de las buellas que quedaron en la tapia por el luga,
dou d e se introdlljo el procesado·1 se val ,,rizaron por medio de peritos las p rendas robadas en la snma de cinco pesos, setenh
centavos y se recab6 el aeta de nacimiento
d e1 encausa do, de la que aparece tener
t¡uince aflos de edad, rindiendo el ofendido la prueba testimonial á que se refiere
el artículo 163 del Código de ProcedimientoR Penales.
.
Considerando: pnm~ro qn~ kgalme~te
~sta comprobada la ex1stencta del dehto
de robo que dió mar n á t
.
ge . es a causa, con
)a declar~c1ón del_ ofen?1do Sr. C:osby, la
1oformac1ón testt,momal que l_'lll'hó de
;;~e~dº.~f~ el tnicbi_lo 16 3
c,taddobr la
e Jo _ci., e os O Jetos ro ª ·•s; e t•n•
d,o estimarse que el procesado Miguel So
lis e~ re~ponsable co~o autor -~e tal del,t?
en virtu de su propia confeSion qt)e umcon )as presunciones que arro¡an la
1
tnash:~~~l~oécri~~r 1 ~!ct~~~¡s de
fe
,
ones e os

¡;d

?ª

!:

Jºa

testigos, acerca de que aquel dió distintas Magistrado de la segunda Sala: doy fé.explicaciones cu~ndo fué preguntado por Lic. M. E. Tamez.-Lic. N.T. Benavides
la procedencia de los objetos robados, los Srio. Rúbricas.
cuales le foeron recogidos al ser aprehen
Monterrey, once de Noviembre de mil
dido, presunciones todas que en conjunto novecientos ocho-No habiéndose ínter•
forman prueba perfecta respecto ne la res puest~ recurso alguno de la anterior seuponsab1lidad de S olís artÍclllos 423, 425, tPDCÍi dentro del término legal se declara
328 y 429 del Código de Proced1mientuo que h;i caus·ido ejecutorh de conformidad
Penales.
con lo dispuesto por el artículo 45 r d~l
Considerando segundo: que atendiendo Código de Procedimientos Penales. Nottal lugar en que fué cometido el robo, está fíquese, expídanse los testimonios de_esticomprendido para el castigo del re•ponsa- lo poniendnse al reo Miguel Solls á d1spoble en el articulo 366 del Código Penal sición del Ejecutivo del Estado en la car·
qne stñala de dos á cinco años de prisión ce! pública de la Villa de Cerralvo, hága•
Í1 obras públicas como pena del autor de¡se la transcripción correspondiente y artal uel to siendo en el coso aplicarse el chívese la causa. Así interlocutoriamente
máxial1ln en virt 11,l el hab r je. " t• clo juzgando ln resnlvió y lirmó el C. Lic.
coa e calamit'11tn s gún 1 ¡.,1e1e ido or¡ l\l "t·edotoio B. Tam,z, Magistrado de la
el artículo 374 fraccióo V dtl ruism n ló-. segunda :-'a,; doy fé.-Lic. Tamez. -Lic.
d go. y a~regándose á esa pena la de tr•s¡N, T. Benavides, Secrttario.-Rúbr' cas.
: unventa días ele arresto, que corres1 on,i~ á la nia ·1 1ía d~ lo r, b 1·'0 , ,.. "
,J , Secretaria ele la 3e. Sala del Supremo
e, u o di,111,sto I or lns nrtí 11'
356 t e Tr h111 1 de Justicia ....._Monterrey, Nuevo
ción I y .159 cid propio Or atnamt,Lto; P•·¡ L 6 .
ro como consta de autos que el no i::!olís
".Monterrey, Nov iembre 110,,·e ele mil
es menor de diec;ochoafi.os de edart y ma• novecientos ocho.-Vista en revisión la
ynr de catorce, ti, 1 pena se ele be c nvert'r I presente causa comenzada á instruir el
n re . lu,ión por,,,, t••mp" qn, , o 1•ai~ ,·, i t cPatrn ile Enero de mil nov,cientos
de la mitad n ex,ed~ " t J.s º"s t, rc,ro, s ete por ei . Al ca'&lt;le 20. ile Sabinas Hipartes de su duración, según lo p1ecep· dalgo y seguida por el C. J11 z re L · t•as
tuado por el artículo 2r4 del rPpetido Có- de la 6e. fracción judicial del E,tado, corJ.
digo Penal.
tra Jesús Ba1dazo y Ben ito Ved1a, y conConsid•ranr!o tercero: que por exc•der t'nnada s6ln rontrn ,:1 prnnero por haber·
el valor de lo robado de cinco pews, se se ¡.ue,to ,u l bertad ,on las reservas de
d- be imponer además al reo, nna mu\. la ley al segundo, siendo aquel ca,ado,
a igual á la cuarta parte de dicho valor 6 jornalero, de sesenta y cinco años de edad,
"' s11 dtf,cto la reclus•ólfcorrespond ente, y vccin ,., de dcha V •lls, por el delito de
in habilitándolo tamb'en por sds afies pa- robo. Vistas las d1ligetcias q11e forman
r, t da •·la,e rl honnr,s empl,o$ycargns el sumario de la averiguación, las ron,lu,Júhlicos, ,11 virtui des,r a pPPa que se ,ion,s de la parte civil, confesi6u ccn
e 1111pnn, más grave que arr. st 11, _,., r y c"r)! s e taci6n para f~llar y la sentencia
Leui-ndo en cuenta pua fijar ,se té,mi "q 1,e c,. r, fecha veintinu •. ve de F,brern del
la menor edad del Reuknc,adn; lo que co1nen\e año rron•.mció •l Juez d~ L• tras
gualmente produce la reducción de la referido por la cual teniéndose á Jt~Ús Bal•
multa en los térruinns de que s h• hah'a. rlazn c11mo autor del delito de robo de una
do para la pen, e, rporal art culo, 150,351 vsqnilla, en cam¡:o abiert,,, se le condena
y 352 del Cól,go Penal.
á sufrir con calidad de retención tres nñ r s
Considerando cuarto: que toda pena de de obras púb_li~as y sesenta días deanes'e(•lusión p r dos ó más años se rlebe im- to qne se contarán de,de el día veintisiete
~one•· ,iempre con calidad de retención le Enero del año pr6ximo pasado en que
por una cuarta ¡,art,· ruás d~ su durac1Ó1&gt; ,e le d•clsr6 f •rmalmente preso y á pagar
en el caso de la ley, y que en toda sen ten- en la Recaudación de Rentas d 1 Estado
cia condenatoria_ se prevendrá que se amo- en Sabinas Hidalgo, una multa de cinco
ue,te al sentrnc a~~ para que no reincida; pesos ó en su defecto á sufrir cinco días
debe ab,,nanele el t1 mp, qne hava estado más de arresto; se le inhabilita. por diez
preso_durante la i11strucció11 y dejarse al años para toda clase de h onore~, empleos
?fend1do sus d_e~echo~ ~ sal;o por cuarto y cargos públicos, manda se le •mon,,te
a la responsah1hdad c1v1l articulos 70, 182, para que no reincida, sob,resce en favor
208 y 287 del C6d1go Penal.
de Benito seedía, disponiendo por último
Por lo ex,,uesto, r.e an1erdo en parte se entreg&lt;\se la piel de la vaquilla, recocon el parecer fiscal y con ap· •yo arlemás g da por el Juzg-ado á la autoridad primede los artículos 10, 35, J7 40 fracciones J ra de Sabinas Hidalgo para los efectos
y IV, 47 fracción XII, 6 5 , II y 343 del legales. Vhto el dictáme,, del Ministro
5
Cód•go Penal y 4 rr y 424 del de Procedi- Fiscal en que pide la conformidad de ese
,tientos Penales, se r~forma la sentencia fallo eu todas sus partes por conceptuarlo
ap~lada y se falla: ptimero: se condena á justo y arregla~o. á la ley, lo expuesto por
Mtguel Solís como responsable del delito la defensa de oftcto en ésta segunda insde ro b o espec,'ficado, á sufrir dos aflos nue- tancia, la citación para sentencia y cuanto
1
ve meses de reclusión, que se em peza- mis debió tenerse presente.
r.á n á con t_ar d es d e e1 diecisiete de Jn.
Resultando: que en la fecha citada de
d 1
t fi
n!o e cor~en e a 0 , en qne se le declar6 1~ iniciación ocurri6 el Seiior .Melchor Mobten preso_; impuesta eH pena con calidad riles denunciando ante el C. Alcalde 2 o.
d
t
ó
e re en~t n por nna cuarta parte más de Local de Sabinas H ,d algo, el delito de
su duración en el caso 1e la ley. Segun- robo cometido por Jesús Baldazo de una
&lt;lo: se le condena también á pagar en la vaca prieta verijas blancas, de su propieRe 0 audación de Rentas del Estado en la dad, la cnal mató aquel en el Potrero de
V,lla de Cerralvo, una multa de setenta y Don Benito Vedfa en uno de 1
·
·
ó ,
·
,
os primec~nco centavos a sufrir en su defecto un ros días del mes de Enero del afio ex red)ª. más de r_eclusión: tercero: se Je inha- sado, con cuyo motivo se procedió á pinb1ltta por sets años para toda clase de ho- coar la averiguación criminal res ectiva
nores, empleos Y cargos públicos: Cuarto: teniéndose al efecto su indagatori/al acu'.
se a~~nesta al reo para qlle no reincida, sado quien manifestó ser cierto haber ma•
ex( ltcaudole )as penas á que se expone: nifestado en la fecha mencionada una va9mnto: se de¡an al ofendido sus derechos quilla, pero no del SPñor Morales sino de
ª. s~lvo por cuan!~ á la responsabilidad su amo Don Benito Vedía con autorizac1v1I: sexto. Nottf1quese y dese cuenta ción de éste que está obligrdo á darle un
A~ de¿in;t~aLm_entMejuz~an~o io resolvi6 I a_nima\ para carne: q~e la v~9uilla sacriY rm e · tc, acedon10 E. Tamez, f1cada era de color pneto veri¡as blancas,
0

�con la sefial que usa Vedía en la oreja
del lado del subir, es decir mocha, y con
la que osa Don Baltazar Rodríguez en el
lado de la lanza, 6 sean dos moscas por
arriba, cuyas señales el u.ismo declarante
las puso á consecuencia de que estando
una vez seña 1ando auirnales de su, amo.
quien tenía unas reses á medias con el
Señor Rodríguez, por equivocación col· c{
á 011a afieja perteneciente á las medias.
la sefial de Vedía en la orej,, del !arlo de
sub r y como le quedara al animal sana la
otra oreja, por acuerdo de R,dríguez y á
su indicación le puso la sefial que éste
e,ha al lado de la Janz~, que son dos mosCiS por arriba quedando cunv· nido Rodrígatz en que ese animal lH sería repue~to
por Vedia y que éste podía disponer de él,
porlo que al autorizarlo su amo, como un
afio después, para que sa'·rificara un anin 11.l, mat6 la añeja que ya era vaquilla
p, ra entonces.
Resultando: que examinados Vedía y
Baltazar Rodríguez, manifestaron, el primero no haber conocido la vaquilla que
mató Jesús Baldazo, y que si bieu lo au
torizó para matarla fué por lo que dijn
qne era de la propie"ad del exponente y
que protedía de un tambio hecho con Balt&lt;.7,ar Rodríguez: dedarando éste, que no
snpo del animal en cuestión ha-sta el momeato en que lo mat:lba Balda10, y comn
notara que tenía media sefial de la que
H usa y media de la de Vedia hizo reciaroo á aquel, quien le dijo que esa vaquilla
eta de una mea prieta propiedad del declarante pern por equívoco un oía que se
fialaba animales de su amo le h.b[a puesto la sefial de éste en una oreja, por lo
que la h:thía trasefi~lado para que quedara por de Vedia, y que él no hizo reclamación en el acto por que esperaba arreglar con éste el asunto¡ y practicados les
careos respectivos c,,n el pr, cesado no se
logró acuerdo alguno entre e los.
Resultando: que los te,t gos LorenzCl
Sánchez y Martín Santos que tuvieroo á
la vista las Clrejas del animal nuestro, mani festa oo que á su juicio la sefial que presentaba estdba &lt;'&amp;mbiada por aparecer signos de trasefialamiento, no pudiendo de
terminarse por el Juzgado, en la diligen
cla de fé judicial, la sefial que tuvieran
las orejas por haberlas encor.trado ya hastante picadas, habiendo sido valorizado
por peritos el animal muerto en la suma
di' veint&lt;! pesos,
Considerando: que con el dirho Je los
testigos examinados durante la instruccl6n, fé judicial de h piel recogida pertenecicnte al animal muerto por el acusado
Jesús B~ldazo y propia confesión de "éste,
que hacen prueba plena conforme á l0s
artículos 415, 42.1 y 425 del Código de
Procedimiento-. Pl!oa 'es. que16 &lt;'omprohado en autos la existencia del del,to de
robo qu: se per?igue así como que el au
tor de dicho delito lo es el procesado Jesús
Bald_azo, pues no obstante de que _se eJ:
cepc1?ne asegurandCl • ue la vaqutlla en
cues_tión er~ de la propiedad ?e ~u a~o
Bemto Ved1a c~n cuya autonzac_16n ~Ispuso del sei_no~ente¡ de la avengua~tóo
n? resulta ¡ust•fi.:ado que le pertene;IAr..,
01 tampoco a) S nor Baltazar Rnd,ig11e,.
P';lesto que 01 uno ni ~¡ ot~o le afirmau
nt menos que el repet1eo amm~I fuera del
Señor Melch&lt;T Moral c· s, qmeu aunque
rindió infonnaci6n acerca de las particularidades del artículo 163 del Cód ig,,' ele
Proced•mientos citado, sobre que se halla
en capacidad de p:seer animales como el
•
d e que· se t ra t a y que h'izo ~geuc1at
p~ra
l
.
. • •'•6 1 ,.
t
recupferar do, ifi,o dsel aue• !' ega ·. º•1·''
que uera ne o e a vaqu, ,a SC'tr·h," a
· t rucc1'6 n, y en ta ¡
á que se refi ere 1a lllf
caso al p &gt;nerle el procesado una sefial
distinta á la que ns.i.n los expresados Ve-

PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL.

4

dia y Rodríguez, de quienes según aquel tro del término legal no se interpone reafirma era el animal, sin que ellos lo bu- curso alguno, líbrense los testimonios de
hieran reconocido por suyo, tal operación ley al Superior Gobierno del Estado, pola verificó con concci:nit'nto de que era niendo á su disposición al pro~esado Jeajen0, y p0r tanto debe tenérsde come sú, B.i.ldazo en la cárcel de Sabinas Riautor del delito de robo, que en el presto fa lgo transcríbase ésta resolución al Juez
te caso, conforme á lo preceptua ~o por lo" respe~tivo y ~rchívese la causa.. Así, defiartículos 15 y 16 de la ley de Ganadería nitivamente ¡uzgando, )o resolvió y ~rmó
v gente, se cons'dera cometifo en campo el C. Lic. Viviano V. V11larreal Magistra.
no Interino de la 3e. Sala: doy fé.-Lic.
.b erto.
Con si lerando: que en esa virtud el de- V. V. Villarreal.-Lic. León E. Aldape.ito que a,·e,igua para los efectos del cas- .3rio.-Rúbricas.
t go se encuentra comprendido en la dis
posición del ai tículo 360 fracrión II del
Secretaría de la 2~ Sala del Supremo
Cédigo Penal que impone á ~u autor la Tribunal de Justicia.-:\-ionterrey, :'l'uevo
pena de uno á cuatro afias de prisión ú León
obras públicas á la que se agregaría, para
Monterrey, cinco de Noviembre de mil
f~rmar su término medio, la que corres- novecientos ocho.-Vista la prc¡;cnte cauponda pnr la cuantía del daño, que en el sa, empezada á instru r de oficio el dieci- ,
caso por no exeder de cincuenta pesos es seis de Septi~mbre del corriente afio,. ~r
de tres á noventa días de arresto de acuer- el C. Juez primero de Letras de lo cnm1.
rlo con lo prevenido en el artículo 355 na!, contra Feliciano Hernández, soltero,
fracción I del mismo Código, pudiendo cochero, d veinte afias de-edad, originaaplicarse dentro de los extremos mencio- rio y vecino de esta Ciudad, por el delito
nados el término que se estimare justo, de lesiones infeiidas á Alberto Cusín:
tomando en cuenta las circunstancias que Vistas las diligencias practicadas durante
hubieren concurrido fll la comisión del el sumario, la requisitoria del representan!1echo delictuoso (artículos 65 y 359 C. te del Ministerio Público, lo alegado por
Penal.
el defensor en primera instancia y la senConsiderando: qne favorece al inculpo.- tenca que pronunció el Jnez instructor
do la circunstancia de su buena anteri"r con fecha veintitrés de Octubre último,
condu, ta, que es de primera clase y la condenando al citado Hernández como resperjudica la de tercera de ser frecuente en poosable del delito expresado. á sufrir dos
el Estado el delito; srtículos 40 fracción afio~, trece días de obras públicas, con ta_
I v 47 fracción XII del citado ordena- dns desde el día trece del mismo mes de
miento; que cuando el valor de lo robado Octubre en que se le declaró bien preso,
pase d~ doce pesos, además de las penas con calidad de retención ror una cuarta
corporales deberfa imponerse una multa parte más de tiempo en el caso de la ley;
igual á la cuarta parte de dicho valor, y lo manda amonestar para que no reincida
que siendo la pena más grave que la de y deja al ofendido sus derechos á salvo
arresto mayor procedP. se inhabilite al reo por cuanto á la responsabilidad civil: Vispnr diez afios para tofa clase de honore~, to el dictamen del C. Ministro Fiscal, lo
empleos y cargos públicos¡ artículos 150, expuesto por el defensor de oficio ante es
451 y 352 del Código Penal.
ta Sala, la citación para ~entencia y todo
Con~tderando: que toda pena de prisión lo demás que consta de antas y debió ver(1 obras ¡ úblicas por dos Bfios ó más se se¡ y.
entender&amp; impue•ta siP.mpre con calidad
Resultando: Que en la fecha de la inide retención, si el reo observare ma 'a con ciación de esta c~nsa, poco entes de las
docta duraote el último tercio de su con- once y media de la mailaoa, se enconti a•
dena¡ artfcnlos 70 y 7i: que se deben abo- ron el procesado Fe licia no Hernándtz y
nar en la sentencia los sufrimientos que el ofendido Alberto Cnsin á una cuadra
hubiere tenido durante el ju;c o sea cual del comercio denominado '·Los tres Mafuere el tiempo que éste dure; artículo gos" en el barrio de San Luisito en esta
182; y que se le amoneste para que no Ciudad, andando el Fegundo en estado de
reincida en el delito por el coa! se lo: juz- embriguez y con motivo de disgustos au•
ga, explicándole las penas á que se ha&lt;'e teriores se hicieron de palabras y segón
acreedor si contraviniere, artículo 208, afirma el aca11sado Hcrnández, su contra•
todos del repetido ordenamiento.
rio ,e le arroj6 encima, por lo qne él Je
P,•r las anteriores consideraciones, fon- tiró con Uila botella qne traía, causándole
damentos hgalt:s expuestos y de acuerdo una herida en la región frontal, de la que
con el parecer Fiscal, se confirma la sen se dió fé por el Juez instructor. siendo des
tcncia de primera instancia de que se ha pués clasificada por dos facultativos del
hecho mérito, y en consecnencia se falla Hospital González, como de las qne no
-Primero: Se condena ~ Jesús Baidazo ponen ni pueden poner en peligro la vida,•
como autor responsable del delito de robo curó en ocho días y dejó nna cicatriz per
especificado de que se trata, á sufrir la petua y notable; y.
pena de_ tres afias de obras públicas y seConsiderando primero: Que en las diH• ·
s;nta ~1a~ _de arresto computados desd~ e1 g~ncias de fé judicial de Ja herida que ¡;u•
dia vetntlstete de Enero del ailo próximo fnó Alb•rto Cnsín y la clasificación qne
pasa?º en que se decret~ su prisi?n pre de ella hicieron los Médicos del Hospital
vent1v~, cuya pena sera c, n c•ll'l d de González; se justificó legalmente la exis'•
r~tenc16n por una cua,ta parte más de ese tencía del .delito que dió origen á esta can•
tiempo, en el ~aso di! la ley.-Segundo: sa, y con la confe-ión del procesado Heil
Se le con~ena igualmente á pagar en la nández, se comprobó también que éste
R•c~uda&lt;'1~n de Rentas del Estado, en fué el autor de tal-delito, p•iés aparte de
S,b',n~~ II1~. lgo, un~ multa ?e cinco pe- que esa confesión reune los requisitos de
sos o a snfnr en su ndecto ~inca ellas más ley para h,cer prueba plena. se halla arlede arrrsto.-Terctro: Se le 10habihta por más corrob- rarla con¡ d 1
·
del
diez afias para toda clase de honores em ofend·do y -~fstig
as ~\ aLracHEes_ opl-t,,, y c
, púl,li&lt;'os -Cuarto· Se ¡~ za ar;íc 1
° presencia
uzd. sg,nd.
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amune -.t·, p,: ,
, f.o reincida adv rtién
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dole las penas á' 4.,e se txpon~ -Qu;nto- ' Coi 'd r idmen os _,en~ es,
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que os penros 1c1eron e a
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quien quedará en herida que sufrió Alberto Cusín esta com·
a · , .a :, tac,· .. s1 como el punto de prendi'd 1 d 1.
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por el Juzgado al Alcalde Iº de Sabinas Có:J' p.
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Hidalgo; y-Sexto: Notifíq;ese y si den- sabl~gf ena 1,dqne senáala para el rdespou_. a pena e uno tres afios e pn•
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sión ú obras pública~, quedando al arbitrio judicial imponer dentro de esos tér
minos lo que se estime justo de acuerdo
con )o preceptuado por el artfculo 65 del
mismo Código; más como según_ la dtc~aración del reo Hernández el delito se e¡ecutó en riña siendo él agredido, lo que soJo contra&lt;lice el ofendido Cusín pué, que
el test;g 0 E&lt;piunza sólo afirma haber vis.
to cuando el primero hirió al segundo,
atendiendo á Jo dec'ara lo por el rco, es
procedente juzgando que hubo tal 1iüs,
que se red;zca la pena de que se ha echo
mérito á las tres qtt•ntas p!l.rtes de su duración de conformidad con lo ordenado por
el !l.rtículo 504 del repetido Código Penal
Consideraudo tercero: Que en toda sentencia condenatoria se prevendrá qne se
amoneste al reo para que no reincida, explicándole las penas á qtle se expone, debe abonársele el tiempo que haya estado
preso durante la instr~cc 6n y dejarse al
ofendido sus derechos a S!l.lvo por cuanto
¾ ]a responsabilidad civil-artículos 182,
20 8 y 28 7 del propio Código Penal.
Por lo expuesto, de acuerdo en parte
con el parecer del C. Ministro Fiscal y
con apoyo además de lo d spuest•J porlos
artículos 10 35, 37, 40 fracción I, y IV,
4 7 fracción XII, 50 fracción I, 487 y 501
del C6Jigo Penal y 4u del de Proced1
m:entos Penales se nforma la sentencia
que se revisa y ~e falla:-Pr.mer·,. Se condena á Feliciano Heroández cerno responsable del delito de lesiones que en rifia y
siendo agrfdido perpetró en la persona de
Alberto Csuío, á sufrir la pena de un año,
tres meses, veinticuatro días de obras públicas á contar desde el trece de Octubre
próximo anterior, fecha de su formal pris'óo.-Segundo: Se le amonesta para que
no reiuci Ja, explicándole las penas á que
se expone rn caso de contravención.--.Tercero: Se dpjan al ofendido sus derechos á
salvo 1or cnanto á la responsabilidad civil.-Cuarto: Not f1quese y dése cuenta.
As! definitivamente ju2gando lo resolvió
y firmó el C. Lic. Mecedo010 E. Tam~z,
Magistrado de la segunda Sala: doy fé.Lic. M. E. Tamez.-Lic. N.T. Benavides
-Srio.-Rúbricas,
Secretaría de la 2'!- Sala del Tribunal
Supremo deJusticia.-Monterrey, Nuevo
León.
Monterrey, nueve de Noviembre de mil
novecientos ocho.-Vistas estas causas
acumuladas em pezadás á instruir de ofi
&lt;:io, una el ~eioticuatro de Julio último y
la otra el treinta de Octubre del año proxi
mo pasado, por el C. Juez segundo de Letras del Ramo Penal, de la primera fracción judicial, contra Vicente Rodríguez y
Mignel Galván, la primera y sólo contra
aquél la segunda ambas por el delito
de lesiones¡ siendo Rodríguez, viudo,
de cuarenta y cuatro afios de edad, comer
ciante, originario de San Luis Potosí yve
cino de esta ciudad, y Galván, casado, de
treint~ afias de ~da~, jorn_alero y d~I mismo ongen y vec10dad: Vt~tas l'ls di! ¡;en·
cias practicada.s durante la instrucción de
dicho proceso, ~a. reqi:isitori~ del Representante del M101steno Púb!1co, lo. alegad? por lo, defen_sores en p~1m_era instancia y la sc?teuc1~ que , l v. rntirl~s de Oc·
tubre próximo ~asadc, pronn:Jc1p el Jne~
d_e L_etras ref:ndo, concluyendo_ con los
sigmentes punto, resolutivos: Primero: S e
d~~lara á Vi,~ te :{ ' í
-, n·, 00·.-ssbl~
penalrueu:e con,&gt; ,11: t ,
" ion',· u
fridas por Miguel Gslvao .V Pá,,fi'&lt;&gt; Zúñiga. Segun~o: Se &lt;leclard á Mignel Galván
r~sp'1 , 0 :ibl~ &lt; d · ; u o ·rn&lt;lo de las que
sufrió ',iceute R• o, í,;li-.:z. Terce,o: Se eun
dena á Rodríguez á sufrir la pena de veiI?
tiséis meses de obras públicas y veinte
días de arresto que principiarán á contar-

5

se desde el día veintisiete de Juiio úl das por perito~, como de las comprendidas
timo en que se le declaró bien preso; des n la fracción I del artículo 503 del Códicontándosele nueve días que estuvo preso go Prnal, por haber curado antes de quinantes de que se le conced era la fianza en ce df,s y ser de las que no ponen D1 puela cau•a que se acumuló, debi, nd,, teoers den poner en peligro la vida.
impuestas ron calidad de retenc1óa en su
Considerando primero: Que la existencoso. Cuarto: Se condena á Miguel Gal cía de los delitos de lesiones que nieron
váu á sufrir la pena de ochenta d!as d márgen á los procesos acnmulado,; d · que
arresto, y á oagar una multa de treinta se ha hecho méritn, quedó perfectamente
pesos en la Recaudaci6n de Rent~sdel ~s com¡•rohada, cou las diligencias de fl! ju·
tado, ó sufnr en su dtf cto treinta dias d!cial respectivas y con la s c'a, •fi •· aciones
más de arresto, qne principiuán á contar- peric,ales que obran en dichas causas; dese desde el día veintit'.és de Julio ú!!imo biendo estimarse así mismo justificado
en que se le declaró bien preso. Qumto: que los proces~dos Rodríguez y Ualván se
Amoné,teseles á los procesados para que hirieron mutuamente, en virtud de su conuo reincidan, haciéndoles saber las penas fesión tác ta que sin negarlo se ron·
á que se exponen, prevéngaseles que tie- cretaron á decir que de na:ia recordab,n
oe1.1 cinco días para interpnn•r el recurso por su estado de embriaguez Y consta de
de apelación y dejándose á los ofendi~os las declaraciones de los testigos Gab no
á salvo sus derechos civiles, elévPnse los Ro1ríguez y Mauricio Rivera, que agueautos á la Superioridad_ en el grado qu: llos habían reñido momentos antrn de ser
c~rresponda: Visto el _d1ctámen del C. M1· aprehendido,¡ así como tambiéu está commstro Fiscal en que pide se reforme la sen· probado que el acusado Rodríguez fné ~1
tencia de que se ha hecho mérito y se autor de las lesiones inferidas á Pánfilo
c?ndene á Vicente Rodrígu~z á sufrir _die- Zúñiga seg6n su confesión y declaracióoes
c10cho me-es de obras públtcas y qumce de testie.os presenciales, arts. 154,415,423,
&lt;Has de arresto, y á Galván á sufrir cin· 424,428 y 429 del Có:1igo de Procedimiencuenta días de esta última pena, á contar tos Penales.
desde el veintisiete de Julio del afio en
Considerando segundo: Que atendiendo
curso en que se le declaró bien yreso; des· á la c)asi~ca;ión de_Ja herida. que Ro~ríontándose al primero nueve d1as que coo gucz 1Dfin6 a Galvan, el d;hto co!°ettdo
anterioridad sufrió· que I• s amoneste para por aquél en la persona de e;te, esta comqne no re •nc dan y' se dejen al úfendi lo prendido en la fracción U[ del art. 503
sus derech0s á salvo en cuanto á la res del Código Penal, que setlala de uno á
ponsabilidad civil: Visto lo pedido por los tres años de prisión ú obras públicas co•
defensores de oficio en esta instancia en •uo castigo de su autor, y resf,ecto de las
favor de los procesados, la citación para herid.i.s que el mismo Rrirlríguez infirió á ·
sentencia y toªo lo demás que deb ó verse Zúfli~a, como _fueron ~lasibcados en _la
y consta de autos¡ y
. .
fracnó? I del cita-lo articulo 503, amenta
Resultando primero: Que el veinticua- qne se 10prmga al responsable la pena de
tro de Julio del afio en curso, poco antes echri días á tres meses de arresto y multa
rie las doce del día, andando los proces~- de diez á cíen pesos, que fija tal precepto
los Vicente Rodríguez y Miguel Galván legal¡ y en POanto á la lesión que Ga ván
ba~tante ebrios pnr las calles de hs Tene infirió á Ro1ríguez por haberse el s 1fi,·ado
rías y González Ortega de esta ciudad, _se tamhiéo en 1~ fraC'ción I del art culo 503,
disgustaron con motivo de so misma em· dd Có l go Penal, se deb~ »plic•r á su
biiaguez y ril\eron li pedradas hiriéndose autor la pena últimamente citada que se
mutúameute, dándose fé por el Juez qu~ fija en dirht foicción; pudiendo el Juez
inició el proceso respectivv de que el pri- 1mpon~r dentro de los ~xt•emos de que se
mero. presentaba en l&gt;L regi6o occipital ha hecho referencia las penas que esuna lesión contusa como de cuatro ceutí· time justas según la gravedad del delito y
metros de extensi6n que fué clasificada y sus chcunstancias. de acuerdo en lo pre.
por los médicos del Hospital González, co- venido por el art. 65 del expresado C6Jimodelas que no ponen ni pueden poner go Penal.
en peliero la vida curando antl's de quince
Considerando tercero: Que pJr haberse
días y do qu• Galváo recibi6 otra herida ejecutado en riña los delitos que se persi•
situada en la región frontal inmed 1ata- guen, sin poderse averiguar quien fuera
mente arriba de la cola de la ceja derecha el ag-resor, teniendo á ambos reos como
la cua~ fué clasificada por-los mism?s fa, agredidos que es Jo que les favorece, se
cultattvos entre las que no ponen nt pue· deben reducir las penas que co r,s, ondeo
den poner en peligro la vida, tardanrlo en •e~úo las ante•iores consi&lt;leracion•s A las
curar menos de quince días.y quedando al tres quintas parte~ de su dunc 6n confor•
ofend do una cicatriz perpetua y notable, me á lo preceptuado ¡,nr el art. 50~ rcforsin que pudiera averiguarse quien de los mado del Código P.•nal; y por cua,,to á
rijosos foera el agresor.
que &lt;'I reo R ddguez prmesa,10 , or dos
Resultando segundo: que en virtud de delitos p&lt;rpetrados en act s ? ,stintos, proha her expresado el citado Rodríguez en cede que se haga la acumla_c1ón que la ley
su ioqn sit1va que se encontr•ha en li· establece y en consecuencia apl ~arle la
bertad baj., de ñ ,nza ea un proc•so peo- µena del más grave. que es el e¡ecutado
d1e~te .q_ue se le seguí! por el ddito de en ;a pe,s,,na de M guel Gal"án C' n 1!'ás
esiones del que conocia el C. Juez terce- la cuarta parte de la que corrc.s .,oude a la
ro Menor L.strado previos los trámites de otra infracc16n legal, de cunlorm dad con
ley se mandó acumular dich_o proceso al 1~ or~e~ado por los arts. 27 y 200 del prosegundo contra Ro.Jríguez y Gal.vá_o,cons- p10 Cod,go Penal.
.
tao ➔ o de aquél, que el treinta de Octubre
Considerando cuarto que en toda •en·
del afio próximo pasado, como á las ,doce tenria condenator,a ,e p e,·e , Jr¿ que se
de la noche, rifter,m en el plan del no y amoneste al reo pim1 qu ~ n" r 10c1da, excarca dt! puu te de San Luisito el encau plicaándole hs prnas.á que se expone¡ de·
sado Vicence Rodríguez y Pánfilo Zúñiga, be ab,,nársele el ti ,· mµo que h1ya sufrido
recibi--iJrlo éste d~ aquél, tres heridas h - durante la instruceiórr y ·d, jarse á los o· has al pare r p.,r instrumento contun feodidos sus derechos á salvo por cuanto
&lt;leute, situadas, una en la regif,n p~netal á la responsabilidad civil, cuando no se
izquierda, otra en la región frc,nt .. l arriba gestionare en f0rma la declaración sobre
del nacimiento del pelo, y la tercera en la este particular, artículos 182, 208 y 2S7
cara anterior del pabeHón de la oreja de- del mismo Clídi~o Penal.
recha_, así como una escoriación de la epiPor lo expuesto, de acuerdo en pnte
dermis ~u la cara dorsal de la mano de· con el parecer del C. Ministro Fiscal y
recha; siendo todas estas lesiones clasifica- con apoyo además de lo dispuesto por 105,

�PERIOJlICO OFICIAL.

6

PERIODICO OFICIAL.

Cía. Minera &lt;Topo Chico,&gt; S. A·.

artlculos 10,35 37,42 frac. J,45 frac. VIII, rá uva fianza por valor de $ 2,000.00 es
47, frac. XII, frac. I487 y 501 del Código drs mil pesos, á satisfacción del mismo
COVOCATORIA.
Penal, y 4n del de Procedimientos Pena· Sr. Alcalde 1º, quien, cumplidos los requi- El Oon■•Jo de Admlnlotnol6n, en aealon de hoy.
les, se reforma la sentencia que se reviso sitos dichos, extenderá el permiso corres- u,ordó ottar, Jnoh General extraordinario, pon et
!a 18 de Abril A l08 9 •· m. en PI looal de la •Bola
y se falla: Primero: Se condena á Vicen· pondiente"
Minera, calle de Dr. Mler No. 81.
te Rrdriguez como responsable de las leLo que se publica para los efectos indiOrden del Día
alones que en rina y siendo agredido, in· cados, previa aprobación del Sr. Goberna. Uoloo.-Dlocntlr y •frobn, al h•Y lng"' 1.. p,.,.p,&gt;•I•
"tone■ que ee haoen para el arrend1:1mlento de Ju.
firió á Pánfilo Z1ífliga y Miguel Galván á dor.
mlnea c:ie eata Oompa!U■.
sufrir la pena de un afio, tns meses, do·
Monterrey, 9 de Marzo de 1909.-P. C. Siendo de onma lmportanola 6,te BBnnto, se ouplle&amp;
loo Sra. acclonhtae oe ■lrvan concurrir A &amp;lita Aum,
ce días de obras públicas y quince días &lt;'e Mortínez.-B Ramfrez A11guiano, Secre- ,blPJL
tario.
arresto, á contar desde el veintisiete de
Monte,.,..y, Ala,zo 81 de 1909.· -El Secretarlo. An,.,..
llano de León.
o.2S,29,8C&gt;
Julio próximo pasado en que se le decla·
16 bien preso, abnnándole nueve días que
NOTIFICACION.
EDICTO.
sufrióantesdeobtener ,u libertad b?jo de
.Jai1ado 89' Mn&lt;1r Lf'tradci,-M,nterrf'J Nuno LeCn,
Jn,g•do
de
Lf&gt;b-••
de la 2• fracción judicial.- Caclefianza en la causa instruída por el p, im•Sr. Pablo Gómez.
•f'tt.11,, Jfmánez, N . León.
ro de los delitos cometidos. Segundo: Se
Bn ,., Jn•cln VtwH Ord1111arfo qo,. '-'llº" "" '" rn .. ♦1&gt;11 f'1 Pr.
Hny file nadfc-t\ on rl!lt.A Jrz~B-ic,, el jnfcf.&gt; it" f1ttf&gt;et&amp;Lic. IAdn 0. Fl&lt;'lf!I C'cmn "Tod n1&lt;c:lo d1 J P.r Jo• qnfo Z1&gt;ri•d•. illt
declara que Miguel Galván es responsa- breoobro d11 pe!0111 ae b11 dictado ooa uutencta que en 10 oondu• m ...nt..J"fH rl"' )" A Ari:e. 0111t -1 S. S •rla y D fh E-ttherce11te l!!l!I CClmo 11frne:
V z 1no dP S ,de, VPctn,,P qu,, f,1.,r••" dP·f!IBta cfo ·ad
ble como autor de la lesión que en rifla
Nonttirr•:r, FtbrPJ'O T•lotld611 de mU no't'ro!~nta.11 rn1eve.-Vl1
Y por diflpretcft&gt;n d(l C. lf&lt;'. P"lfr111pofy1,r11l,t1,
tn: PIIUI Jufcto Tetbal ordiDnto p,,.mo•ldo l)Or eJ Flr,eL1c. TA6n
infirió á V1crnte Rodríguez y se dá ror tl Flt1tl'I' ron Ta tPf11f PH1tacM11 de D&lt; n J, tQUfn Zerfd•. •o centra JnPz de Letra.e tnt.erloo de la 2' frfloofón Jnl1fc1a} d• 1
l ~r P11blo Gdml'r, 11&lt; b·t1 fil J)9llt0 de IH aom" d~ dnl!f'IP11t.o11 die• Estado, 9q manda poblfcar E1l presPnte er11cto tns
compurgada su re,~onsabilidad, con , 1 vt.9.-t•
fl 11 •. trf'IT'ltlli Cf'l)l1&lt;1't18. IDIS jnff'l'Pl'PI lfJ'*)Plt drl!J4!e p] di•~
v r • hn tlt&gt; DfclPmb'"f&gt; "" m,t nnv.-clPDtr e 111~,,.. h 11+, ,..,,lftc-•11" ,.1 VflM&gt;B de df, zen di~ dfas f'D el PHl6dtrn OflclA l del
tiempo que para la fecha tiene Fnfrid, ; ''"º )' lUC&lt;'l!hll tlPl Jotcln: Vl•t• ,. 1utllf'fl(II¡¡ qu• llf' ,.,.f11b 6 J' &lt;l bterno del Retado y en La Voz de Nuevo LQ6n,
rontrat6 l• df'm11n1"111, 1&amp;111 prtlt b•11 r•n1fü1111. o,,r la n111'tP 11rtn11, ·,- 4 fi 1 rifl qnA h1R ~r8C'Dflq qn~ 8A erran ('0D dere•
debiendo ponérsele en libertad baje.. la fian- aI.-,radc
por Pl ml,mfl • n l• 11,idb11ela reopPctln, )a citac16o \_ar•
1-bo ~ lA be~AflCla BA pr~A· ritPr 4 _.erlnf'lrln ""' tro
,eDfPllCf•., (DilltO "''' tt,bld y o,,, vh,o .,,..fl
~a ne diez pesc&gt;s ó bajo caución protesta·
R ..,uttando......... Por IAe l'V'lrll1tl,.~•cirnf'1 Otl" 11nf"C"&lt;'ler1 v "'" ◄ ,::J térmtno quA flfltflh~t,C,;e el ert. 1081i del QOdigo de
,rnt&gt;rrlo al1f'mla C('lll J,011 Art11. 1881, 1899, tr,o I. 1400,-lfC ◄. ?8B1 )' Proc.. dimtpnlif•A t1lvilee.
toria eo su easo. T, rcero se amcnesta á 2112G
del ('!i!dlgn C"JTiJ, r&amp;Fnehe: Primer&lt;': Pr('Ct&gt;de Ja 1od(ifl tn.
CadPTPfta J 1ménez, 2 ele Abril de JA09-1Jtn. Pl,Jit,,nt11d• rnT "' ar. Lk. León G. Fh,,,,., ~mo apoderado de Don
los sentenciados 1-ara que no reincidan ro,qufn z.,peda "º oolltra dfll Sr, Pablo Admll',; @n 0011118l't1eno1a oarpo .Moraleo... A-Jeslle Balluteroa.-A•-Jo•é Darén.
1 ,.,te cb1tCMfo 4 P"l'a-t al Sr. Z~peda la u1rna de dn■o. v. 28,dl,84-!63
explicándoles las penas á que se exronec, ""d,clay,
,,¡,.ntr II dlt&gt;s v lf'II P'"~" tr•IJ\tll l!l'Utavn11 rNi)ll.ffl"'"ª· 8"1'0Urln:
d,c1n11 { hll11ilo , 1 mh•mo Ar Oónv r &amp; t:11,ar Ala rt&gt;pr~•nh.
en caso de contravención. Cuarto: se les cl6n d,.J Ar Z!!IPf'da, lo, h1tfol'f!&amp;"&amp; hl'•'e11, 6 ..,.a el A&lt;119 oor rf•nto
K·b"' la nma,xrireoda Ptl ,J pu~,(' que ant,_c,.,.,. 1 rfp11 •,.
deja á los ofendidos sus derechos á salvo 11nnal
REMATE.-1• Almoneda.
t'll dfu Y cebo de Dldemhre df' mil novecfPnlo11 11IPtP h11•'• qn•,,.
nrU!que el pago. Tel'Cero: f:'e oondena al t1•m•ndadc &amp; r••u &amp;
por cuanto á la responsabilidad civil. Quin- l• P•l'M!I •atora loa ,rilllk8 de Jolcto" JH OC1faede1 mlf!mo. oa,u1,c,: Jnz,adl 2• Ld&lt;-al L t rlldto.-•M"ntúrr,y, N. León.
No!ltrqn"&amp;e, Aal deJlnlttv,meDte JtHfAl'Jtfo lo ""'u,hl6 J' ftrm6J. PI
E d1H. Vf'iOtf&gt; y do+t rlel f!Ctuid é. las dh-.1'. ele !u Dlf iia~
to. Notifíquese y dé,e cuenta. Así deñni· C.Ju.-:r:~
"enor I-etndt1: liHll('l1t f~-·Lfo. l. Dhlla,-A-P. 1.i6na t.P .. ~ri1111Cl'"l' _." d )/'lt&gt;PI r1_. ,n1tA .1u,.g111io, el remate
•..---..- M Oor,,A •s -1111hrft111111.
ti va mente juzgando lo resolvió y firmó e1 mnJ..oOattfa
011• '"" rt1tlfle. 1 Utl, pn hta f('IJ'ma. de oontormldad oon ñe tres tfljabanea de mad.-rA y una mlfqulna de ooser78 dP1 Ct'ld'I'º d" Pr«P•"m'ent&lt;fl otvll""·
C. Lic. Macedonio E. Tamez, Magistrado "l arto
MotiWrrt&gt;y, .,ano Jt df!' lSIOII.-Ltc. I. Dblla,-A-P. nt1mes (Stnger1) qnl'II Js tni:iron embaTg.adoe al Sr. Secuudino
La.raen et 1uolo fjecutivo marrantll que en en contra
0.28,19
de la segunda Sala: dov fe-Lic. M. E. Garcfa.-A-IU,rUa A. Oot11,1u.
¡nomovio Id •ts~• •"' 1 t,~,·lhD o, 1 S . n,... fA~1 $,1Jir,Aa
Oantd en ]A o~·nceptó dfl quA solo 813 admitlrin poetu.
Tamez.-Lic. N. T. Benavides, Srio.ru qn,ii h11At,,,"', nnhl'fr l11e rloa tercArae partea de ]a
EXTRACTO
Rúbricas.
nantldad rle $230.00 doaolentoa treinta pBBOo, en que
.A.,:@ncfa dl'!l la PNretarfa de Fomruto en f'I R11.-,, de Mh:aerfa faeron valorizados.
Monterrey, veinte de Noviembre de mil MontNreJ,
N. León.
Jl'.ln e1 Jooal dt'I JuzgRdo y hRBta la hora del rPmAte
Elr:i,edletitl'!I ndm. J&amp;..,0.-EI Ar. D Jt',-nel Pe~r, de ,.tita""'·
novecientos ocho-No habiéndose lnter· chuJad
y ccmn PrMld,nte d"' la &lt;'11, Minera Buena V/ate., ha ...-11. ae mfnletrarin , loa que dEaeen, lea datos que aoltcltaito
por
dfob11,
OomprflfR
18
bectau11
6
pcrtenl\llclH
mf11eru
q11,e
puesto recuno alguno ce la anterior sen- •~ nhlcar&amp;n 11Cb?'e un criiidern mfoPJ'll,I qne lflFflCDPntra f'n la 81P. olteo.
Montsrrey, 3 de Abril de 1900.·,Llo . .M. Góm,z B•·
... d .. l,t19 PlMlf'l'f'(I "ª manlclpalldall "" R11nt11 o,1u1 ... , COJH P"'r
tencia det tro del término legal se declara lt•n•nct•11
•• meitlr•n Allm"n"n u n r•r+inaoln dfl 11ro mPtTn,1 d,.
o.28,29,80·
1wri,o pr1'1%1mam,ntfl de J!I. I W Jl'l" 800 '1e 11nch,, d .. 1, •'itaf•nt.. Uuttroa.
qne ha causado ejecutoria de conformidad m•npr•: p,rtten"'n cte un pont-- .Q D" 11e ~rco•nt,a f!Obrt&gt; Ja. Jhu•a.
P'. ltPI "1n o Amollac!45n 4,. 111 B1ru-ca, que•• dfll la f'fa. ,xn~•nicon ~o dispuesto por_ el artículo 451 del da,
vi 711 m al A, de fa fllQDlnl N. E, d•I meDC'hmFd"I faodn, llfll
EDICTO.
1a el A 110btti la lft1fl" K del dicho (oa&lt;1o. de Amtill"mt&gt;dlrin
Código de Pnced1m1entos Penales. Noti· r'6n de lab•n
Ja,g•~o de Letraa de la 3• f1acolón Judlolal.-LlBlanoa 800 m; de dotid• termlot&gt;n ea &amp;nea'r, r.-cto al N,
300 m; y de dende t,,,.mt11.-n •n Ananlo r,cto al W. 11ro n•ra IIP- narfs, N. León
fíquese, expídanse los test,rnonios de esti· """
al ranto "e partida y •no• rrar º"ª •uperlfole d11 1111 her~, ..
Con t:,rbR ,:-..11tnroo df'1 pl'~BflUtA B~ •A,H,.t; Pn ntA
rfp ' " qt1t1 NI f'l'&lt;'U"J1tr11 ti., ~e• hl\n que qlieda al E. dPI
lo poniéndose al reo Vicente Rndríguezá d,ntrn
rt&gt;t&gt;etll'o fnndn .-~ Amrlf,.l"l-'ln de la Bt,nC'a. 1.a11 onllrd~'Ocl•e m, csrgo el jotcfo ñ4'1 fntPstam~ntarfa t\ bfpr,ea dfl ~r
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11mr,Jlfrc'6'l
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Blit,,ra.
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disposición del Ejecutivo del Estado en llay dentro df&gt;I t,,.rrenn m•rc1111rt,, a n t&gt;'f"mn1r I rnn )Pv ,,f' p',ua FrélnC'isoo Vald6s UrrJega, vecino que fué de está
R'11ta. "ollcltoll lle df'mfn• ''AD"nll11e'60 nt1m•ro id .. Ta B'anca".~ O ad ,d
la Penitenciaría del mismo, Mgase la N"n&gt;br11,,,.
perltn PI Fr Jng. B. Ort1111 d"' f'llla ,..,clndad. y arepL'l qoe BA manda poblfc-Ar n1 Pl PPri6rlft'f'\ Oftt&gt;fal y
'"'"'º
N.,, El ,J ,..,.,n . .,. Ebre un pi• to ta,pr(lnt'gablfl dfll cnetro n:aetramcripci6n corresponiente qued~ndo e' •Pl!I ('t1nt11dra
el Trn'\DO que ee edicto. tm uta dudad, de diez en
dH1P bny rara. )11, ,nbdaorl&amp;l'fóo dPl ra:pedlflt:tf',
vnnt.erre1, A1oeto 81 de 1109,. R. Valdfa Llano .. A-l'lP M,- df,iz díae p1;ra lu pare&lt;'nee que ee crf'an con dererho
reo Miguel Galván en absoluta lile, ta o RQbrlca.
O.2l.29,ao
d. la herencla se presenten á deducir la dtntro del tér•
y archivese la causa.-As( intedocut0riamino de Ja 1,.y.
Lfn&amp;l'PA, E&lt;1flro 16 de tP09 •- J.fo Luis TrevffiO.··A··
mente juzgando lo resolvió y firmó el C.
EDICTO.
.Aga.lln C. GArcla.- A -Antonio llerrera Garc!o
Lic. Maced0nio E. Tamez, Magistrado de Jorg•~o do Letras de la 6: fraoolón ju&lt;llolal. -Vlllal o.28,81,84
la segunda Sala: doy fe.-Lic. Tamez.- 11Amfif, N. León.
f'ort f , ha dA }1ov AA rrd1có en e!lte Jnrgndo fil Jn'cfo
Lic. J. M. Villaseñor, Srio.-Rúbricas'·
EDICTO.
~e intPJ.f.11.do á b '~ne" de JR A,-fiors Mnfi:t. deJeeióa
S"nt.oe Viia. de Gond.lez, vecina que fu6 de eata Jn,¡,Ado 11? Oonltltnc!onal. de la VIila de Santiago.
1

,;ip

1

"ª

VIiia.
Lo que se publfca en (!Sta forma paTa qne Jas per•
sonu que 11e CN'an con dnecho , la herencia, se
pt'f'Benten i dodnolrlo dentro del t~rmino que fija
la. T,Py.
Villa'ilAme, J\ti:inó 17 tle lflOrf.-Lfc:-. FUmt'\n Gu&amp;jar
Presidencia Mnnicipal.-Monterrey, N. do.-A-Ma:riano
Santos Trevlilo -A-Jod B. vn•sn•re~l
León.-Circular Nº 2
o. V .27,30,3it 162

SECCION DE AVISOS.
AVISO.

Para los efectos del artículo r 2 del Rerlamento para instalaciones privadas de
• • d
aerv1c10 e agua y drenaje y sus confxiones con las del sistema general de dicho
a rvlclo se h ·
be 1 úblºlCQ en genee
,
ace sa ra P
rai, y especialmente á los plomeros, que
pasado el día 24del actual no se acepta·
.
r11~ por e1 I nspector Técmco
del Gobierno,
]as instalaciones qne se hayan llevado á
cabo por plomeros que no tengan el per•
miso respectivo, otorgado por esta autori·
clad y i que se refiere el mencionado artículo que dice lo siguiente:
"Los plomeros que deseen ser autoriza•
,os para ejE;Cntar instalaciones de plomelia y conexiones con el servicio de agua y
drenaje, ocurrirán ante el Sr. Alcalde 1º
llando sus propios nombres y los de la
Compañía ó establecimiento de plomería
que repre~enten; y para comprobar su
competencia en los trabajos re1 ativos ex•
hibirán testimonios debidamente fini:ado,
por personas que puedan garantizar su
maestría en el oficio y capacidad para eje·
cutar bien y de buena fe todo trabajo que
se le encomiende. Después que el plomero haya presentado su solicitud,se le eidgi-

EDICTO.
1°•11&amp;~~ 2 de lo Cl;ril.-1~ Fraoclón Judlolal.-E8 •
b&amp;do de Nuevo León.
cion
o,ho del m•• enºº""'• 88 mondó l'Mlfoo,
An ..t.e Jo¡gado ,1 Juloln de ll&gt;tfetado de la Bn, Luz
HlnoJoM, veolna qne!od ~A ..ta ofndad.
Loqne1ehaoeaaberalpdl&gt;lfco6ftndAquel1eperoonH:ueoe.,...cond,..,.ho6 laeuo,lllón, oeJ)INen•
t,,
.!. ~~!":.06"!!'-1!n~~1,tdrmlno qne .. llal el art.
1- • .,...,...,~"""""mfento•Olvlleo.
Mon..,rey, Marzo H de 1908.~IJc. J. G•Nlla ODA·
lardo, Brlo.
o.v.ll'l,80,88-IH

'""ª

NOTIFICACION.
s,.....io 1-

LMndo.-xon....,., N. Leon.
Sr. Merced Campa.

Loc,aJ

N. León.

Con fHh&amp; "" AJPr 11e radl&lt;'ó t'D el Juz~ado de LPtraa

de la 2~ frRf'Cfóo Jadicfal el juicio de jntEatrmet tarfa
rlel Sr. Alfredo J. Cavszoe, VPclno qqq fué de, ut&amp;
VPh1. Ptt la C0DR:reK9cf6n de Santa Roaalía.
Y por dtepoelclón del mismo Ja2gado Pe manda

pnblfcq_r })&lt;'11' trFa V"CEII de dlf:z

en diez dfae en el

Periódico Oflcfel y Vo1 de Nuevn l.,r,ón de oonformf.

~"d Y """' les ~fwtoa del art. 1686 del 0ódlgo de
PrnOAdlmfAntoa Civilf'S,
Villa de Santl•I!(). 20 d• Msno rle 1909.-Joe6 p
Rodrlgues.-A~Te6111o Gan.a-A-Ma,tfn "•ntfl.
·
o. v.27,i!0,83-16!
EDICTO.

edn eote Juzgado ~l Jnlcln de lnleotam•ntorl• , blenea
e 1os floadoa Sn. J~•d Hermbdes 7 Carlota Gfndara
on eopou, veolnco que fueron ele eota ciudad.
Lo que oe haee Mber al pdblloo, para que l11 peraon111 q - -OOD dmecho 6 la lierencla 18
D
~ ~-~uol,ln el !....,IDO
Nlala
_, vuwflO de "'°"8dlmlenloo 11tvllte.
~~'...ltele!la,-de ttil,-R,,fngto 1ruepa.

en

-

qae

NOTIFICACION.
EDICTO.
EDICTO.
Jnzg,,do 2' de lo Olvll.~l• fraoolóu Judlolal.~Eata• Ja1gt1do de Letrado ele la&amp;• fracol6n jndlolal.-VI•
Jmpdo 3! Menor Letndo.-Mont.errey, N. León.
llaldama, N. León.
Oon eata feoha ee radlo6 en este de mi oa,go el do, de N. León.
· !nioto 4e lot••hdo del adulto Lnl1 O.macho. -.eclno
Oon fecha de ayer oe radlo6 eu eot.e Juzgado de mi
S , ñor Julio Chapa.
qae fn6 de eata oln:lad y qlllen f•lleol6 el 93 de Snero
oarao
el Julolo de lnteotado 4 bien•• del 1lnado Sr.
En el Jalolo •J•ontlvn mercautll qae oontra Ud. Guadalupe
del ali') en coreo.
Vlllarreal Avlla, vtcino que fné de eot&amp;
L, que 1e hace 1aber al pd.blico en general para que tieoe promovido el Sr. Mc1:z:tmiano LczJ.no, ae dictó VIiia.
.
l i8 peraona• qua ae orARn oon de"tMJho , 1• h ~rent&gt;ta, uo auto que Ala letra dloe:
Lo que se pdblioa en esta forma, para que Jae Pff•
•• p""'8nten, deducirlo en el término del art. 18116 Monterrey, velntlonatro de Marso de mil noveolen- ec,nill que ee oreen oon derecho i la herenota, ae p,._
toa nueve. •·Al Jnlolo • que ee raflere, y oomo 18 pide, aent.en , de&lt;1uclrlo f n el término que aeilala el añ.
del Código de Prooedlmlent ,e Ci•ll••·
Mont•rrey. 29 de Marso de 1909.-Llo. L Dh1la.- de acuerdo con el art. 1404 del Código de Oomerolo 11186 del Código de Prooedimlentoo Olvtleo .
olte■e paruent.nofa de remate. Notlflqu.. e. Lo ¡,ro
Á•G6mOI Garota.~A-llfartfn Gond.lez.
Vlllaldama, 13 de Mano de 1!!09.-Llo. 8lm6n Gnao.28,81,34-183 veyó y flrmó el U. Juez 2• de Letrae del R,mo Olvll: Jardo.-A-Marlano Santoo Trevlfto.-A..Jood B. Vllla.1nv 16.-·Llc. J,naa - Lle,. J. Garc!a GuaJudo, Srlo.••· rreal.
o,v .26,llS,Sl-161
Rdbrlou.
Lo qneoe nntlftca A Ud. en ••ta forma ele aouerdo
oon el Art. 78 del 06dlgo de Prooedlmlento 0lvll•a.
Ha llegado al oonociml~nto de loo •oolonlot.ea del
Monterre7, l•deAhrlldel~9.-Llo. J·Garc!aGu
terreno llamado de la Meroed de •Rl ZwatP,• aito 8fl ardo.-JJrio.
PUBLICACION
o.28,29
M:uolctpallrtadeade •Doctor Ooe• y •tJral. B('avoa dt&lt;l
Juzgado 2! Oonatltnolon•l,-Garcf• Nuevo Le6A.
Esta-to de Naevo LR6a, que Ju anoaciores del tinado
EDICTO.
En el ja1cfo de lnte&amp;~ado a bien ea de D. NlooJM Pern&amp;ades. ..
Lto. Don Na.rol80 Di\vil&amp;, andan aootando oon ceros
Juzgado !1'? de lo Clvll.-li traoolóu Jndlolal.-Eatado ba dlctaito un auto qn• dloe;
terrenoa oout\guoa al de •El Zaoat.e, y oen eae motivo de N. León.
■ Aa,Cfa, Jallo dl@clnui,n de mil aovectentol ocho.-Vlllto el
nombr•mteuro da toior IDU-1'1DO he&lt;.bo ea f•'t'Or del Sr. JN6• ~
vau lnvaitendo , éite con au oeroadesde que ella
drlguea P ..rn&amp;an"• por f'8'8 Jur,redc, para que repreaente , la m~
Oon
feoha
dles
y
alote
del
aotual
oe
mando
l'Adlcar
tt·avAB'1 la 1fnea. reota que reautta entrA el lindero en este Juzgado el Jnlolo de lnteetado del Br. Neme• oor d11 oatoroo;1 tñ-» Lnc{a Feni&amp;adea e■ eete Juicio de eace114a.
del •Pa110 de\ Z10ate• y el de «TJo Trevifh,-. altu11.do
blfa del ftoado Pit.blo .Fttro,nde1. quien tc6 hijo A la vu de D Nloo~

PROTESTA

el primero aobre la mArg,n derecha. del rto de 183n
Juan, en Ja villa de •Dol"t 1r Oo1,• y el segundo en 111
laguna llamada de •TJo TreviA?•, distantes entre si
once le,tUas.

é1 a~'T'ee5

-._._sat-.-4-en-.,¡oJlménN.

o.v.87.10,81 lit

NOTIFICACION.
Jn1gado 2' Looa\ L•trado. M,oterrey. N. León.
Sra. Lázara García.

Orden del Día

p~~~";.[!~• SO de .Marzo de

19-09. ··Ern~to .M,de,o.
o.28.29,3()

0on fecha de ayer y J)Or dl•poelchln del C. Juez 1°
d&gt; Letrae del Rsmo Olvll de la ti fracolón Judicial

-'•· ha radfo"ldo en • ece Ju1gado de mi cargo, uJ jotclo
int.:tatamE&gt;ntario de la dnada M,rrfa Ántil•r.ta VUJa ..
r1eal, vecina que fné de eeta Villa y qoe fttlleoiO el
ria once del mee de Junto del silo próximo paeadr.
Y por dlspoalón del mlomo O. Juzgado 1• Letrae
se manda pubh011.r por tres veces de dft.-z en dles dfaw
"'u el Periódico Ofldel y Voz de Nne\:O Leen, de 0011•
f, rmldad y pera l00tf, rtn del ar•. 16116 del C&lt;ldlgo
de ProcedlmieL tce Oivilf'R
Gral. Eeoobedo, Marzo 9 de 1909.-Fellpe Ayals.~
A-Ferr.ando Rendón .-'-A--Concepcton L. Vi11arreal.
o. v. 26,28,81-]81

y La Vos de Nuevo León, en Al ooncepto que la Junta
tendñ legar el Jnevee dlecle&lt;ho del OOrrlP~t,, A 1..
di"" de la mallan• en la cua conyugal. Nottl!qul'88.
Lo deoret6 y firmó el O. Jnes de Lema de la 6• fraoolón judicial. DamOll l'é.~Llo. N. T. Benavldee.-A~
Primitivo A. E,loondo -A-Florentino Guerra.-Rdbrtoae.
Lo que ae pnblloa en
forma en cumplimiento

que

l•• pent'&gt;naa que ee orean oon derecho

, la auoe•

alón ae pN!Oenten A deducirla d•nt,o del Urmlno
nn• muca el art. 1883 del Código de Prooedlmlento ■

-0.vn01.

.Monterrey, Mano 31 de lllOII.-Uc,. J. Garola Go•
o.28,lt,84-163

Secretaria del Gobierno del Estado Llbre y Soberano de Nuevo Le6n.-Secci6n
3~-Gobernaci6n y Guerra
Fierro

9
&lt;l

~aqoerla C'lllOI,. Mano die&amp; de mil no.eoleotol 1n1eft.-Oomn
ee dl11puae u ,,, deoNtlO aaperlor qoe aoleoecle, radtqoeee en ""·
te Jargado el jaloio ._.mentarlo del loado K.!•;aro Ob•pa. d~
el n1ao qoa pnYlea• el artloolot&amp;ede la ley del Timbra Tfcentf';
pabllqo,nu loa edlotolea la forma ordenada por el artfoalo 1869
del 06:llsc, de !rooedtmtentoe Oh11ea 7 cltne , l01 tntereeadot,
la Junta qae preTiene el arttoalo lftP, del pro¡,lo orden1mteato,
la que teadr&amp; lupr ea el Jooal de eAe lo.uado el di• M d,., e,it..
mtamomee,
dela m!lfltna. NM1f11oe-e. Adlo d,u,
t6 y tlrm6 al O• .Alcalde 29 Looel: dem01 ff.- 1eJ ■t1dro Gnerra.A-Jallan Ohapa.-A Abandlo Boddpez.
Y en oumpllmlebto 4e lo ID&amp;DdMSo expido el preNDte pan aa

lun••••

publtcac\6n.

Puqaeria Chlioa1 llano llde ttot.-Alejudro Gnena.
O.V t1111,81•18J

EDICTO.
Juzgado de Le""8 de la 6• fracclóu lndlol&amp;l.-VlllalN. León.
Con fecha 25 del actual se dama.
Oon fooha doa de Enero de mil noveolentoec!noo. ee
radlo6 ea eat.e J nzgado de mi cargo el Jo lelo de lotee
registr6 el fierro de herrar tAdo A bienes de la 81'8. Lagarda Gonzlllez Vda. de
VtllarreaJ, vecina qne foé de Ht&amp; Vil,a.

Lo que se p11bltoa en esta forma para qae lee permarca y venta de la propiedad sones
que se crean con derecho á Ja her81l..ri&amp; ee pr~.

eent.Pn A deducirlo en el tél"JDioo. qae fija el art. 16E6

del Código Prooedlmleotoe Civiles.

Villatuam&amp; !L:rz.l 9 ñe J90S..-L1c. Blm~n Oui:ije.rdo.
-'-A-Maria.no ~antoe Trevtiio.-A-José B. V1llarrPR.l •.

o.2/;,28,81-161

zález, vecmo de General TeVenta

Monterrey,

29 de

Marzo

de 1909.-

~amó11 (J. Cl,áuarri.-Srio.

•
•

••t.

de lo mandado en el auto lncert,c,.

Oerralvo. Ma,.n 16 de 190!1.-N. T. Benavldeo.-4
-Genovevo A. Sandoval.-A-Florentlno Guerra
o.28,17,18161

Fábrica de Cartón de Montemy S. 1CU NV OCA TO RIA.
Rablen,o recibido, la &lt;'cm1al6a ttqutdatarta q11• nallCrlbe
aaa propoeicrl6n de anend•mlento que eetfma 'f'eatejoa pará
loa tntereae1 de Mta Oompnfifa, b• aaordado oon•ocar, por .m~
dio de la Pft88nte. &amp; IOdoe loe Sres. aoctontataa de oonformtdad
oon lo prHaaldo en el Art. h del 06dtrt0 de Oom@roto. ¡ Qb6
Jnufa t1f'.uepl •xtn.ordlnarla Qtlfl df'ber&amp; t.,,ner Vf'rlftoatt"t'o@I dfa ,
3 411'1 Abrll_pr6:r.fm.o' IH 3 s,. m • .,., la Oflf'tD~ "•I Flr. D. Andrft
MarttDf'I Oitden... , 0a11fl del Dr. M.ler N.v N 111ll de tratar Nllre
lo. puatoa qoe contiene la etga~n'4t

Orden del Día.
I.-B890lver aoerca de una proPOácl6n d8 ~nendamfeato pr11
aeatada &amp; la Junta Llqoldatarta de la Oompe6f11, ftjaad", "º
caac-, loa t6rtnlnoa en que deba celebrarse el
oontrsto rt-11¡,.,ctho
n ..-Aoordu, '"ª ""'"° d"I qup ~" &amp;Cl'IJlt~ Pl ar,ecdaml.,.nt('t1 una
.
pr6r1'f'ra dfl t6•mlro dfl ctnr~16o d111 la 0ol"l~•6ta
m.-!'fnmbrar, f'II tal l'a8", lna miembro" de h• J11r•ta. D'·fotiva que "eban !W11lr durante el nuevo tj,rclciclo que
l'M'I acuerde.
IV.-Tratar cn-.lquliir otro aettnto de tnte-r6e gener•I.
Montarrey. Man.o 18 rti, looi:t.-La. Comisión t1qutt111tarla: ..... Jo8'
A. Mn¡uerm..--A. Farfu.
0.26,28,2'1

"ª

EDICTO.
Jwrgado 37 Constltuclonal.-Garcfa. N. León.
Con eata fAoha y pi)r d tsp .1 sici6n dE&gt;l O. Juez 2? de Lotrasde Jo Oivil de ~@ta 1• fracción judicial se radicó en
Loe di•• 11 y ló dA Abril y 4 y 6 de Mayo próximo
éc,te de ml oorgo el juicio de int.eetarlo á bteuf"R del A~ han\ d~ la~ f~·:m¡:.t:~ .. q que +:xlet'3n en la casa da
Sr. Ole6fda Sepd.lveda, vecino que t'u6 de esta Vil!~. mp, ñl") ,if,a S :"~1Jor• 11,
rf"p" 11entM ~ l o m~sea
Lo que se pd.blica en esta form~ para que las paran 1lt1 ~tipt embre y 0)tnbf'~ ·éxl;n 1 "'"•J.QO; y JtlB Vt-D·
na!I que se crA&amp;n con dench,., á 1a herencia se prA&amp;en• olde.e de plan eonvendor . .,1,
oon á dednf!lrlo deotro del término que ftja el at t
Pete motivo ae euphCA á lflfl fntP1rea11doa 4 elloa
1686 del 0/ldlgo de Procoñlmtentoa 0lvhA•.
· Oon
sirvan ocurrtt" en ttflmpo ba.bil 4 deeemptiftA.rlu
Garc!a, llarzo 8 de 1909.-B&gt;TnArd, Sepdlveda.- se
refrendarlas 6 A preeencJar 10 venta.
A-S. A, 8"'ohes D,vlla.-A..Joeé G. SAuohes.
Monterrey, Mano 80 de lfl09.-Fnuolsao Gnnz61,a
o.v.ti,16,118-180 Gana.
o.27,28,:11

VENTAS DE PRENDAS.

rán. •

2~ PreMntac!ón de l11e cuantas O
n.
al at'b soolal de 1908 y dlctámenº~~¡•rou d~n~,.
3! Apltracl6o de las utJUdadn.
m r o •.

;~::i~'.amlento de nn C..mlsarlo y de ou 80•

M"llllno qae Bfll&amp;l• tl arllcnlo 1685 del Código de

nls.-A-And,éa Ji.. Cavuoa.-A-Branllo Gsa. Garcf•. dlmlento1 Olvlleo.
o.v.21,24,28169 Arnmbsnl, Mano 1~." l~D -&amp;it.eban del Toro.
-A-V. J. Porraa.-A-ruodeeto To...o.
EDICTO.
o.v .2ó,i18,81-l61
Ju,izado 1- de lo OlvtL-1• fraocl6nJndlolal.-Eeta
ilodeN. León.
C•n fe&lt;&gt;ha treinta del meo en ourao. .., mandó ndlEDICTO
""' en eote Jn1gt1do el Jnlolo de lnt•atado del Sr. An•
IDICMo 19 0on.u,oclonal.-lfaeTO Leoe.
clr9• de la Oros. vecino qae fn6 de 6sta olndad.
Eu el Jo loto teet.mentario del Sr. Senro Chapa N ha dictado
Lo que .., pone •o conoolmlento del pdblloo p&amp;ra UD auto
del leoor 11t1olt'lnte

1? fotorm~ dPl llonet-j • de Admtnletracf6

4

Lo que se plib'ioa para que Jae pqreonH qus ae crean L .)'\n.
ono dnecho d. l11 h13rencta, pasen A. bA.'\erlo valer en Al

.V?, N • León.
.
o.2q,29 11enten &amp; deduofrlo ~n Al t6rmino legal.
Vlila de GnadalnP", M•rzo 11 de lll09. Am•~o,
En el Jnfofo de t,st.amentarla A b!Anea del Br. BllveEDICTO.
Gonúla-A- Frano!aoo Trevifto.-A-• JClFé M. B1tr• rlo S4.,11z. v•cJno que fu6 de esta Vllla, ae ha dictado
o . v.22,26.28·160 el aut,, qne stgnit:
J•sr\do 2! Oonotltnolonal.-Vllla de 8antlago, N. bola
Letn
Cerral vo, c1ecle~f1 de Mano de mil noveolentoe
B, el Jalnlo t·ahmenta•fo ~e la Sro. Franolaoa AJa.
nuave.-Por prHeLtado el arttfiri••r ocurao oon el t,e.
EDICTO.
DiR, y por dirp\fJtcionee del C. JUE'I de f.,ptrse ds le
tlmonlo de tutamento y ocpla del acta de dtfnnolón
J'uzg,.do 9,:, OoEatltuclonal.-Arramberrl 1 N.Le6n. que ae aoompollo, 16nf!1'88 por radicado el Jlllolo t&amp;e·
,:a. tranotoo,,..., cita para '• furmaofón "Pl fnvent&amp; ·io y
ava1u6 NN!lp et1voa, Joa herederce, l1gatarir1 y tcree- Hoy por dfapoalolón del ciudadano Jnos de Letno t,amentarlo A bien•• del 1lnado Bllverlo SAens, den1e
Go?M de la 8naila p&amp;l"&amp; que en fll t.6rmt o de tr1o111 ta deeat.a 4• fraoolónjudiatal, ,ie radlo6tn eat.e Ju,r,do e1 !ne Avlaoa que dete,mlnan la ley del Timbre 7 de
cllu. d•apnéa d, la dlthna pnbllcac\6n. oomp•-n Jufolo de 1ntfcatMment"rfa, btenea de la &amp;llora Jnana H•olenda del Sa\R~o vlgentee y conv6qn-, la oo■4 haoer el nomb ..mlento de pertt'° valua ➔or que In &gt;tarttn,z V Ja. de Relue, veolna que tné de El Sacra ynge onp&amp;rtlt.e 1&lt;1lora Paula Sollo y 6 la IM!llo,a Fraucor,.,.pou1e, y A eJeroltar 101 mf.a dereoho1 que In mento de eeta Mnololplo.
olsoa Longor!a m,d.., del testador dnlooe heredeN&gt;a
eonoede la Ley.
.
Lo que oe hace oaber al pdblloo en eota forma. para que ee aonooen 6 la Junta p,evenida por ,iart. 11169
Lo qn• oe.oltl A Uila. deoooforml1ad oon el 1rtfcu- que lu penonuqueeecrean oon dencho, la b~ ~• oonfom,ldad y pera loa •t•ctoo del Códtao de
lo 1705 del Oódlgo de Prooedlml011too Olvll ...
renola 18 preu111ten 6 dedaolrlo dentro del Urmlno Prooedlmlentoa C1vlleo y pnhllqn- est.e auto. v,a
VIila de B•~tlago, Febrero 24 ~e 1909 ~David Al• que para ello aellllia ~l art. 1685 del 0ódlgo de Pt00e- veoes conoeontlv11 en el P•r16dloo Ofiolal del Ettado

del Señor José Villarreal Gen-

o,.

EDICTO.
J,..gado 2' Ccstltn&lt;lona'.-De Gral. Eeoohedo, N.

EDICTO.
Ja•gado de Letras de 5• fracoicln Judlolal.-Cerral

por1t

er

rino de la menor Laola Fern6nder1 cooced.ficdole al eft'flto todu
I•• ,~ultadee (IDfl h, ley le &amp;cUl\rda para el ba11a deaemp ñ'J de aae
faactonee. NottftqoNe. y pcb\fqo,ae t'n el Perf611!oo Obcl&amp;I J la
Voz de NaeTo León como lo prnlene f'l arUculc 13116 d•I C6:1 1gc&gt; de
Prooedlmtent01 rnntea. Al1 lo provey6 y armo el o. J '4• R blM
Alcalde to Local de eeta Villa: d•moa f11 -Jell111 Boblee.-.A-8. A,
B&amp;nrhf"I. DlvUa...-A-Jod G e,ocbu.-Trea B11brlcae.
Lo qae 11e manda pablloar ea esta forma en campllmtento 4ft
lo ordt1nado en el auto Inserto.
Garofa Jallo 20 de Ii09,-JeaO.a Rob1-,-S. A, S&amp;ncbea Di~D•
.-l0t6 G. S&amp;ncbe&amp;.
tt.:&amp;lll-18'

Prooedlmlentoo Clv!IP1.
en la Haolenda de loe Lerma-.
Mont,uoy. ~6 de Marzo de lPOD. -Llo. M. G6mez Lo que oe hace saber al 1&gt;dbllco parn que lae perao·
nas que se crean oon dererho , la hereuola, ea preB,Ueatero,. •A··A. Gómez ... A--B. Palaoloe.

oonvoca A loa lff ftol'fa aeotontstra de eata Oom • ti~

•

toteatado de 1a 8E":iil&gt;r11 Antoota Rosas ·de Puente, ve•

oto&amp; que foé de Mta Villa

Ea el Jutoio varbal Ot'dtuario que ■ obra deaocnp" Procedimiento• Olvllea.
olón y ADtl'Pg'I\ d~ nn terreno que etgue oont•a Ud
Arramb"'rrl, Febrero 13 de 1909 ._Esteban del Toro
fil g,.. M rot3d.~ DA.vna con p"ld""r de la Sra. Oarmen -A-J. V, Portae.-A-Juan Ma:rttoez.
0&amp;"01&amp;, ha re('atdo un autn qnq d.111 lf'tre. dfofl:
o.v.22,25,28 160
Mont!lney, rlleotoueve de Marzo de mil nov,.olflD·
toa; nueve. •- Dése por cooteehda ftD fll~ntld'&gt; DPgatlvo
la anterior demanda y como se pfde ábraaa una dita
olóo probatoria por el t6rmtno de veinte d{es r.11mu
EDICTO.
nea 6 tm pl'rn•rog ,b109 narA. amh,11 partea uts. 1077 y
Jn,gado 2' Conatltuclonal.-Vllla de Guadalupe, N.
1010 del C6dlg, d• Procoi'm\•ntoe IJlvt... Notlfl
9110se. Aef lo pl'oveyó y fl..•m'1 fll C. Ja~z Z? Menor León.
En f8ta ferha y por dlepoeloloneo del O. Jnes de
Letra1o: damoa té.-..Lto. M. 0-'imfz B¡llleetero11,-A
Letraa del Ramo Oiv11, ae di6 por radicado en eete
-A. Gómez,••A -B P,d111oio ·-Róbrlo1&lt;a,
L-1 qua aa notiD.oa, Ud. en Nt&amp; forma de aouerdo Ja,gado el Jlllc!o de lnteetado A blenee del ftoado Sr.
con lo prevenido o, el art. 78 frac. I, del Código de OayetAno Gana Pella, vecino que fué de esta Villa

CONVOCATORIA.
Por acnerdo del Cona,Jo de Admlnl•traolón

91, bajo la 1Jgll1ente:

Código de Pro1Adlmlontoa ulvllea.

Jn1gado 2' 0onetltnoloaal.-Arnmbeerl, N. L96n
Con eatA fooba y por dlepoalclOn d•l cladadano
o.28,29,80 Jaez de LEtra• de eeta cuarta fraoclón Jndlolal, •• dló
por radicado •n ••te Juz¡¡odo de mi cargo, el jalclo de

8antoa Louno.

·Marca

para Asamblea Ganeral Ordinaria que tend,,
oatlvo •l dla 80 d• Abril próximo 4 Isa 10 ve •
1,. Ollolnaa de la N•goclaolón, calle del Dr Mi m,Nen

1685 del

.Monteney, .Marzo 31 de 1909.-EI Aporlorado de
loa aoclonfete.a de la merced llamada de •El Z ,oat,i •. ·-

;__ .1

Cia. Carbt\oiftra dt 81hinas, S. A.

clo Mariifnez, veoino que ta6 de eeta ciudad.
lú P11rn&amp;au, antor de esta herencia y, quien repreaenta en _ .
Lo que,se prtblioa en eet&amp; forma, para que Jaa per caao: Tlata la aceptlc16n y protuta qoe oiors6 dicho tut.or lnteri110, aerdn 00G11t.l. de dtll)fenclu qae abran eu eat.e m'11mo JaiDlc¡
~nea que OMln con derf'Ch'&gt; A la aaceafón, ae presen- para
ei mayor deaem1Wiio de su enoariu,. debfa de dl01rnlreele y le
~n , de1u&lt;'.irlo d .:.otro del t-érmtno que maro&amp; el art. dieclf'lrno
al Br. Ju0.11 Rndrf¡cu Ferc,adet el cargo de \atar inte-

Por hoy proteotamoo pdblloamente contra esa In
Monteney, Marr.o 12 de 1909. -Llo. J. GA"'la &lt;loa•
vaat6n oaan~a veoea faere neoesarlo, en el oonoept6 fardo,
8rlo.
o.v. 26,28,31 161
de que estamos rraparando los documentos qne am
p aran Jaa tlerra8 de •8:1 Z1.oste• pe.ra intentar lRB
aoclones Jo.rldtcaa q11.a protejan loa derecho&amp; de los
EDICTO.
dnelloe de este fondo.

Jardo, Brlo.

Ju1gado a• Oonetituolonal.-Lampazo,, N. Le6a,
Oon ,.,.ha"- del oorrl'""&amp;e y ,o• dlf)&gt;Ollclón d,l
O. Jn,z de Letra, de eota 8' '"""'16n Jndlolal.., ndlc6

7

�PERI0DIC0 0]'1CIAL

Cfu. Ferretera de Monterrey El "Barco" S. t.

PREGON.

NOTIFICACION.
Jaspdo ~ de lo CtvU.~lt f.raccl6n Jud1clal,- EatKo do Nueve;
Le6D,

Sr. Ju an Blackaller
En el jniofo b 1 pnteoarfa da procedJmteDt--e ornv0n
clona.l que contra Ud. ttene promovido f.11 Lt« S.1lvedor Gonzá.lf 2, oemo apodel'ado g~neral de Ja Sooiedao
Ooopera.tlva de A h?rros á InvP.rcionee de Monterr ey,
ha reoatdo un ento del tenor aigulent"';
Monterrey, )í&amp;TZ'l veinticuatro de mil DOVE\Clentos
nueve.- A sus antecedentes. y siendo ciertos loe h€·
chos asentados por el oourrflnte, oomn se pide eá
quenae á rema.te las ftncse hipotAcadse por el prfci 1
de mtl peses cada Ull&amp; annnciandoeo PO venta p&lt;l
tres veces coneooutlv,ie'en el PMiódico Oficial Y fljiin
doei:, pa:rR que tenga luga-r IA. almoneda el deolmoqutn
to dfa. hábll dl"epuée d"' la t1"tlma pobltoaolón, á Ju
diez de la mafüma. NotlffqoPs"'. Lo decrft6 y firmt
e\ O . .Juez 2º de Letra.A ~flil R mtl ntvil : ~ov fé. -Lic.
Lut1a.-Ltc. J. Garofa GU'l,Jardo. Srk•.-Rdbrfc.as.
Lo qne se notiftoa 4. Ud. en fleta (,.&gt;rm" de a~DP'"~'
con lo dlepuestn uor el art. 78 del Oódigo de Pro·
oedlmlentos ClvlleB.
Mont,rr•y 26 ue Marzo de 1009.-Llc. J. Garcla Gn•
Jardo, Srio.
o .27,28

R•pdbllo• Mezlcana - Presidencia MunlclpaJ.-Mon•
terrey, N. León.
A
diez de la m allan&amp; del dla ofete de Abril próximo ea el Salón de a.cuerdos del R .. A vuntamfento
ven ;,1 m -Jor post,c,r, so rem11tarA en pób'.h•a eabesta.
an tfrrt-n l de propl009rl munioipA.l que rompnndt"
ana suoerflcle d-fl 27~2.28 m,"tros cuit.oradrs y tlen"'
por oolid.dlLf.C'RB }-is eigalentt1s : Al Norte, propied11d
del Sdl,&gt;r F~rnandn Ancl?s¡ al Nor-Este, c~mtno de
la villa d e Guadalupe, y al Nor O,ste, p ropiedad del
Sr. Jos é Rodrl'.j;ltle,;.
Dnrante e l término de las -oublfoactones, que se h a•

1••

CONVOCATORIA.
HableT'dO qu~odo e&lt;#f&amp;l" l• rPp r Uf&gt;Dt•cMn di",.... 1Ooropa..
ñf
habe r cesado en au1 funofoD"" lo• Bn fil Pr... r:íd ll t Y lt'I'.
8 por
tu:rr b 6a el o, miliario ae O('D"OOCl por,.¡ presente
vdcel, at1f
el Arto 88 de nn ..11tros E11tat11to1 l. Aaarublea Ge
~,.;:.¡c;;[rsordlntufa, Ja qt1edf'b eri celebror1oel t2de Abrll ptó•
xlmo A1111 10 •· m, en el local y &lt;flcln• de 1• Cfl., 1 con la 11gultute

r!\n trPs vacee, d~ s1e~ At'I Alf-ta dfas . y hasta la hort-1
t~ )A. eob11sh AA n.rfm1tlr§.., p stoTfl9 qnA ,ubrBn Jf
•a11tldad de $!q.f,O vetntt, &lt;h 1 P"'S,\El f'D qaA hll sldt
joetlprectndo dicho terrflnn; baJ 1 el onnc.., pto tie 401se Je concede al d ennncianre t&gt;l d~reth, del t,mtr,.
Monterrey, 17 de Merzo de 11'.:100.-P. C. Mntínf\z.

-B. Ramlre• Anguiano.

o .24,26,28

él~:~

0

Orden del día.

to-R.,lntf'¡rn elOon~t-Jo tit'I Aom,u: 1r,¡cft'in r-on_,.1 nomb-ramfento de Pruidentl.l y 19,., Vccal, elfg•éodoee tamb é ,aa Su.
i,lentu que 88 b111:1U1 p reoleoa pua. marchar de oonfü:rmidad ooa.
Iaa -pre!CTlpeit111e11 dA lea E11ta• utof'O.
29-El&gt;'ccl6n de C01nilial'JO pn n, fn11tlto.cldn del ,aliente y tam.
bVn 11¡ 8,. Jnr.sta onortuno, los 2 Bu pleut~a q11e dlBponen 101 El!l.a~
tntr11
"'" 110 Arto
U. cou el .-ata"o actn11l de la NPlfuc,10
-·• 16n J acor.
li"Q-Du
ouPo•s
"'" Jo 0011 cerrti.,,.t,. t-n 1,11uo11-a qn~ 11-, pn11~ntan dentro de loa
pr.-ll'ill'('fl"'n,)Art, llf.
Fte rrtl'lnit- A l• 11 Frn. ,re t1· 1,11111 que par11 te..-e.,. l'CONIO i
111. Jrmt•, d, b • r&amp;n deP' altar l!Dfl Ard(lTIPII eu la TtL rnf1' de la
N~srcfactóri, S di.11111 ante" de ,u verHlcaclón.
~uont(-ney, Mano 19 de 1Yu9-liJ. Seorf'ta,.f". Avnclfo Hngud.
O.M.¡fi,2'1,27,28,29.

EDICTO.
,Jozgndo 11) &lt;le lo OJ.iminnl.--1• fracción judioieJ.-EsREMATV.-r'1- Almone1a.
tndo de Nuevo LeÓn,
En la causa tnetrnlda contra Ap;ttstfn 8-::;rna por Pl
Jt11g'\•,O ~ de Jo Clvtl.-1. fr11oct('oju liClll' -;~ht•ufo d3 N, Lq(ha.
delito de amagos , me.no armada, ee ha dictado un
El df1o (H) dooe de .Abrll pr6::r:im", A lH dlt&gt;z dft la mt fi •nll. ~RD
auto qnfJ A. la lf tra dice:
vt&gt;rlflca1lvo f'D el local de rst.fl Juzgado, la ll'enta f"D ptibilca I lMonte-rr~y. Mano dleciorho de mil novecientos dr&amp;
mo11edP val m~J!:!rp(letor dP 1&lt;'11 hiPDl'II Pmbsr~adoa al t!tr. rtlaurl•
oueve.-Sienño neon1arla Ja rc,mptt.TeA"ATICIB en Pet.P clo M. Bn6n, en el jnlolo fj•cntlll'O mercs:ntil &amp;f'(i:UldO contrfl- 6t
Joz~ado dA JeRdlJ '\~fn'1cz'\. FelidA.n&lt;&gt; VlllllTTf'&amp;I. H""l"· &lt;&gt;0r ,.J Ar. L'c. R/lf2t&gt;l DA vil• como atiodpr11do de J&amp; Compaftlii Fnn
menf'gildo 0atferl'FZ, F· 1·01Jano T,.nifi i. Jnan PerP• 111,,0,., dt Fierro y Acf:'JO da Monterrey, B. A. onrcs b!enea con•
f&gt;TI lo al¿-nlf'Di :
lt's. Olun~nte Bnr.-r.., y EoE'OOlto Gu j11 ~dr•, -pAra lfl ala' PTt
Un l,Jt" ,, .. ropa t om~nei&gt;+o ,,,. t ..1,11 lil' Holanda, CUrn, Vlchf.
práctica. de dlilgenclts f'J) nte pre ceso. fl 1g11Nllndosf Crtkn• BatlftR., L1u1r, O ·g/lDdf. Pna.,, p,1,.n,.lfra. 1mre,rls1,
Manta, Dril. Iodlana, 011mbr1ty, Ballt•ta, Cnell• a 11•ra rf m 'I!",
su actual rPeideno!A, cite¡u:}es por meólo de edictos C'alcetfTIP•,
Me&lt;Ha!', S:wet"'"• fh•lN•, ToaUaa, Csmlu,11111, "an,1n11,
que se pubUcarán por trt&gt;e veces consecutivas PD el Qalaonctllo•, Pdiuel&lt;iF, Bln11ae, PanlaloneP. t.t11tODf'!, R b( SOP, T1Periódico Oflofal del Gobierno del Estado, A fta de rft.Dt4'P, Tiraa BordadAB, ApltcaclonfP. E1T:bt1U~nfl, O&lt;ltb&amp;!&amp;11. OiipH,
Pl11td11, (kbenoru, Paraguas, y Oc1cbucbaa. Un lote de MPtCP·•
quA ocmpnrt Zf'J.-D dntro del té ... mi110 dA la publica- t111,
oomr,n, ato df': Bolsaa de mano, Oh.tnronH. Abanicos, Oacbt,
ción, 6 deo loe dlu dfoP poRtf&gt;.r'ores A lP 1ilttma, rf'CO· 1t11.,,., Alfl'•"6!1. Portamc-n,.rlo, .M:,,nct1ern11e, B"ltonea de Metal,
miéudeFtfl A 11l pollcfR lnvr1:1tJ~u" FU ¡:·a:,.ad, ro. Ael y l 11r,!r.,11. J• bo"''", 'J'lj,r1'1', R· ·l, j18, y Nflv11ja,,.-Un lote de loza J
con fundemHto de lo &lt;lit"lpaot'l por Ir e ntfrnloa 27 nrt11talo"r'll oomron• l'tJ• ~e T lato-, 1'ain11. J,t.b•m~nrl', JarrH, Tu...
b""d" pPltr• , l llmpsru•. L'n•, n 1t11, y V P.10.-Un ll tedec11;bado
y 231 dPI Código dfl Prccµdimlf'Dtoe P,~.,,11lee, ,, cif-· &lt;"Pmpn,,to
r." Z1o~t.i a i,, l P-111 y Amerlcanoa.-Un lotedt' a,naf'I'
&lt;'retó y firm6 el O. Jaez 1° de Letrse del Ramf\ Pf'nRl: ll'llfl Al&lt;rorntlci"'" dfl Pafa y &amp;xtrarJ•raa de lo~ita clae, 11.· Uo lote
~,.
.t1banotp,
c,,.todas c.aae■ del Pafa y Extranjuc11 y un U ,te de
doy fé.-Llo. Jesds M. del Bosque. --Lic. V. Trevllle,
Eoeere11 de Th1nda,
Srlo.---Rdbrlo••·
Lo qa" ,e rubHC!l en arta forma e n cnmpUmJento df' Jo qne
Lo qne se mande. publicar en esta forma en cumplimicn• prfllviP" .. f'l 11,rtfcn 1o 1411 del r.6dfJJr, de Oomerolo, advlrUé'ldoa.. 6
1,·B hitent11do11 que no ae admltitf.n po11tnr88 QD4\ DO rubran laa
to del auto inserto.
terc-t&gt;ru ¡,llrt,a de Ja cantidad de $4.r.s1.M ct1atto mil At-11enta
Mc,nt1::rrey, Manl 18~de lf:109.---L'.o. VivihDO TrPvi- rlo11
yno lfEBOI!!. nt,v,.n•scl!-ntavce,en qn9 ci,cbrs bl.. ntll foPron v•1"rl
llo, Srlo.
o.20,27,28 zad.011, rt1mlnlet •li,rt/011q PD la 8eo,et&amp;.1ta de v;te JuzgaJC', tcdoa
0

NOTIFICACION.
Juzgado 2° de lo CiviJ .--1 • fracción judicial. ·-Estarlo de
lluevo LOOn.

Sr. Rayo Zapién.
En el jatcffl hfpoU'carlo de procedJmfflnt.o ronvf'D·
clonalque b!enepr(mo,ltndocutra UJ. fl1 Hr. lic
Salvador 0onzál6i!, como apoderado de Je, Stcle;fe.o
Cooperativa de Ahcirrce 6 InvEi?slonE:B de Monterrey,
ha recefdo un aat..o dEI teDor siguiente:
Monterrey, Vf'intfcuatro de Meno de mil noveclentns rneve.-Al jufcfo A que ee refiere y ccmo e.e pide,
cfteBe p&amp;T'A sentercla de remete. Notrnqneee. Io
proveyó y firmó el O. Jccz 2':' de U"tre.s df-1 'Ramo
Oiv11: doy fé.--.Llo. Luna..-Llo. J. Garc.ía GuFjl11'0( 1
Srlo -Rábrlcao.
Lo que ee notifica A Ud. fn esta f&lt;irma de acuerdo
C'ln lo dl•pt1esto en el art. 78 del Oódfgo de Proc,dl
miento• Civil••·
Montoney, 29 de Marzo de 1909.~IJo. J . Gercl•
6 naJardo, Srlo.
o.27,28

1

le&amp; lntorm!'&amp; nferente1 11.l ca,.,..,_
Monterrey, Mano 23 de 1909.-.Ltoo J. Garda Gu11j"r~tt.-q 0 cre-

tarto.

NOTIFICACION.
Juzgado 2° Local Letrado. 1\IonterrPy, N. León.

Sr. Santiago Ten, (Chino.)

REMATE.
Pruldencfa H1mlotpal de San NiooUia de 101 Ganas.
El df&amp;ntn~ del entnnte mude Abrn, l. 1H nurvl!'ld,.1a
!1111111, f'D el ke11l 11e Elfllta Pr~idet:da, tend,i lngar el nmatfl dP
'lU&gt;a ma1w1.ria. y 1-0brante dP tfnra del mo,.lclplo tD el fjl(lo df' ea
111 Vf11a; (IOfll denurd6 el Sr. Jullin Trníflo oomo Aimderadod11l
~. _.b,"b"m z. Aiure; ro-.a manz,nv y PC"brante d" tlFrra Pf! f'Deo.-11t•11 aunada Ptil'"E- Ja 811 y 4t Cf;IJ.-ti al Ponlu,te dt'\ ta piara Gel'eTal B.~rn~,~ ,., Rt·y• !ó' y Ptlfre 1:1 ~9 rlillcjlln y z, na qn• divide el
C!o}ldooon la HPcienda ~J Norte f"1&gt;Jamfema t"le,a, dkho terre110
aid,. nna 1mrfll1:fl fe flf' (2F6 mh. 86 cent!'. coad.,.dr e:,
BMta el Ma y bon,,. ñ}ada• ~a,a "l nmatP. fll&gt; 11dmlt'rin vratnra, QU!él ae bi&gt;st n :;, crb , an !A cu1tiéla1 dP f'8 011 prr man:r:&amp;na
de M~8 111l8 l7ft4dlu irllé· imu de ri etro cnar1radtl, tlrt11&gt; fl]'ldt1 ira•
1'"1 d1&lt;'b0 remstt&gt; p_or Je• pult&lt;'ll'-ncmbrado,; a,I quf He-car! en el roe•
jnr "'"rl-ol' f'A .. ced16ndo11ele al dc,nucclaute ti derecho dd tanto que
111 ley IIC'Uerda.
b. ~- de 'º" Ga.n&amp;I!, 'Vano 26 de 1909--Bantoi Lomno C,,onlO.&amp;blao Gant11, Sooretarlo.
2628a0

m,-

En el Juicio varb1l ordlnaTio quff arguq ~n flU Ot')llt,.R
di Sr. León G- Fierre con )A rflpt'~let,ta"fón df'!1 Sr.
José A. Mort"lllAYOt" e1 b!"fl cobro de pesos h11 recatczo
un siuto qne á Jq lF-tra ñfoe:
Mo11terrPy, trece rle Mano dE' mt1 nt1v.iclflntns IIOP•
ve -.No h:1bieudo o&lt; mpueddo f\l drman1o, conteetar la dt:m4nña prnpu,;,f't:a dé'48~sh por eont ·etida t,n
aent\do nPgativo y ábrase el juicio á. prcebu por el
tbrmlno de veinte dt~.e onmnnf8 é 1mprorr&lt;'~Rble,e
para smbRs part~s P..rt. 1080 del Oódigo dA ProMdimtPntos Olvi1Ps. N ()titfquPPe A~i lo prí1Vf'·y6 y firmó
el O. Jofl'l 29 Mt"nor Lrtra&lt;lo: dFimos fé.-Llo. M 06·
mr:z Ballesteros.,-A.-.A. G6mu ... •A- B. Palacios,Rt1bri('88
,..
Lo que se notifica , Ud. para quA eorh etP.cto
com!l lo vr~vtene el e.rt. 78 del OóJ.tgo de Procedl
mientoe Civiles.
Monterrey, Marzo25 de 1909 ~Lto. M. Gómez B•·

. Cía. MineTa "Alianza y Concorclia"
Sociedad Anónima.
Por acuerdo de la Junta Dirf'ctiva ae ctta, loe Srs.
aooiontetas á aeAmblea JtADf'ral fxtraoJ'dlnarfa que. se
oelebrarA el dí'l 7 de Abril prf.ximo á lsR cinco dA la
tarde, en la oficina de lofl Sru Patrfclo MUmo 6 Hi·
joe SnC'S. ca\le de Dr. MtPr No. 81. con rbjeto dé
trat:ir dfll proyActo de eFt..totce de lll Ot'lmpf!híR qu~
eometAri\ la Junta i la apwbación de la m1Ema
A"'mblea.
Monterrey, Marzo 1' de 1009.-P. Bsnltes Laal. 8eOQtarlo .
o.2ó,26,27

REMATE

1~

Almoneda.

Jnzgadode Letras de la -r. traocl6n Judlclal.-'Monte""'reloe, N. León.
ID 41a •eintlnnn de Abril p.-6:dmo , 1H dlH d• 1• maB.&amp;111, t. n •

tr&amp;rnnribtlvo eDe1Joca1deeale Jura1do,.J rematede1111afl o
ea urbana en la Seocl6a Zu:asma de ~nen] Tedn &lt;!ompo.11ta de
• Jacal pared de ado-..e J teebo éle boja con 11u oootna oorretpou-

._te

_. __ _

una aorta J demAII mejoru SllUM. 1Ltuade todo e11 an solf&amp;De • limita poi' el ll'orle eon ptop1f'da4 de Don l"f]f:I Vtna~
l Sur GDD ~ . a de 8•CHOH• 4e Nloolil S.ld.tlr.: al
..U. lle )F.Ho 4e por medio ooa prop1AC1"4 4e DoD liu
7 por !l Poniente CM&gt;D N1U fe Do11 han, Gaern: G117•
8Ha fDI emMf'll,Ga al 81'•
Jlloí. con 1DOtho del j1ll4!lo lf'je
~•••nneoetnle~-.16el8r. ..Jeda ....11aOUMl. como
...._... del lllr• ....._ TMtSe.tlndd nJertuila •ta ....

•

._1'1Wt41o

....... ellldlho lélMJ-bU 71D • uda lialloraWre-•N-tdlDIUrtll ~
lllafDtle ... 6N t.r--'
. . . ,..,.... ~faf • ...,_. la ftac,a.~ .. Uneiala ffDta
lftll
a Mte • dele 4SN Sj6a4oM tftkllol-n. loa dtwi·
tc,rmldadeon l o ~ - elvlO, tN:a.106--

J--1M·•·

lnloo ChtlN.

· lfonW~ Wann n h 1181.-M A\oaM.e IO' nHIUtat.o llel
1aüri4... ~ Beni.•1 .-A,-

JIIN .. Letiu 11•1•

,,baoo14D.

i • ......._A.-a. v. oa11ta.

0.-,21,ao

EDICTO .
Jusgado de Letru de la 8• fnool6n Jndlelal.-LI·
. N.Le6n.
~n fecha dles 7 lllet• del actnal se radicó ante ••te
lu, gado el Juicio de lnteetomentarla A blenea ~el Sr.
Agnstln Rodrfgu••• vecino qne fo6 de la Villa de
Hnhale hnisfs peatenecleate A esta fraool6n Judicial.
Lo qne se hll08 911ber al pdbllco, para que, lee per•
BODBB qne ae oreanoon derecho á la herencia, se pre
eenten A dednclrlo dentro del término que ••llala el
a,t. 1685 del 06dlgo de Procedimientos Clvllu para
loa efeoto11 que en el mtsmn ee ex presan.

•

O,S6,27 ,21.

Unaree, FebreTO 17 de 1009.~Llo. Lulo Trevlño.A-Agnettn O. Garcla.-A-Antonlo Herrera Gardo.
0.2,,26,28

_...._

lleBteros.-A-A. Gómez.-A·B. Pa'aclos.

..................................-.......... ................................
~

La Zarzaparrilla
del Dr. Ayer
es un tónico mara..
villoso. Limpia,
depura y enriquece
la sangre, expeliendo todos los
venenos del sistema y comunicando vigor á loa
nervios. Tomándola

La Sangre es Enriquecida
Los Músculos son Fortalecidos
l.oll Nervios Vigorizados
Y la Salud Restablecida
~ «an&amp;pM,,ffiU. ea t1ólo IIDO de w
docea d&lt;t lnp-edienW 4• qae ••~ eom-

-,.eato este mkffilloso nmedio, c,ada
IID«J de tos cbales-ejeroe una aoci6n u,eetaJ en la ohm testauradora dG esta
medicina. Esto no puede decirse de
otras Zarzaparrillas, pues aólo es vera..! de la Zanaparrilla del Dr.
,,tyw,

No se deje usted persuadir ó eagañar
por alguien qae con urgencia Je reco•
mlende otra Zarzaparrillo de la que
nada sepa. Procúrese usted la legitl•
ma Zarzaparrilla "del DR. AYER."
(No contiene alcohol)

Companía del Panteón del Carmen, S. A.
·CONVOCATORIA,
Por aOOfriio rlel CnJ1Eej" ñe Armfnif,tración

a. IM 10 a.

m, en )A.es.ea No. 112 calle del Dr. ]Uer~
para tr¡;¡tar y resolver:

Orden del Día.
U::rn: A.

0

Antr rizc¡r a1 ConefjO rie Admloiftractón para
tnmAr rtin,ero á mutuo con ltte1és para oom•
prar r g1111. de riPgo.

, .. Q brrtty, :.c9 de Xt.1.izo de 1909.---El 8f'CrFbn·ln
Joe6A. Mngaerza.
o.26,27,28

o.27,[8

__

110 ron ►

vc&lt;a , lt'R Srtt. A.,,i(·,1:1f1htP Oti- e-t,!l flJ:I J$ 4PP:mblea.
¡rniwT~1 f:xtra.oroicHlR J aTA.(l) M,, 15 de .Ab~il t1rt:x 1mo

NOTIFICACION .
Juzgado de Letras de la 6~ fracción Judicial.- Villa!•
dama, N. León.
,

Sr. Juan E. Sáuchez.
F,r,

~1 Jnfcto ordinario mercanttl promovido por el

Rr. Lic Maur,., Marttnez C'lIDO ap?élerado JurMtoo de
la C'l~R oomF-rclal Grn.otno B ,rtoal y f'í:11. Sac.. 11or orn
tra Ud. y sobre cobro de pesos sa h• dlcbdo un auto•
qoP A la letra dice:
V11laldam11, diecisiete de Mayo de mil noveri(&lt;ntoa
7lUl"V~.-C.&gt;mo se ptde en anterior exposición, dfl con•
(1)-rmi iad r"n lo dispuesto en loe arte. 897 y 606 del

061' g, rle Pre cedlmlentcs Olv!les rnpletorlo del d&amp;
Oom"rt"\Jo té1 gaae pPr acusada nna nbeldía del de•
ma,n.1 ,uto y J rr contestada la demanda en sentido
do n P,ze ttvo. Not iflqnese esta providencie en la forma m tsma que f l emplezamif nto . Lo pronyó y fl rm6
el O, Jnez de L&lt;trae de la H• fracción Jndlcl al, damos
M. - Lto (ln, Janlo. -A-Marla110 Santo a T.r6vlfio. - A
~ IO&amp;é 11. V· lf•rreal. -Bdbrlcae,
~
Lo qoe se pnblloa en esta forma en cumplimiento
, lo dl&amp;pneoto por el art. 1070 del C6dlgo de Oomerolo .
Vlllaldama, 17 de Mano de 1909.-Llo. S!m6n Gll&amp;-

Jal"lo.-A-lllarlano Santoo Trevlllo -A-Joe4 B. VIII,-.

o.lt,rr,1&amp;

rreal .

"Monte d~ Pied1M11 de io.J1ten·e1"
. REMATE •
Loo dia1 7, 8 .7 11. 1,7, ~ 7 119 de ,\hrll pr6Iimo M •
drin verllloatlvo los rematee de las prendoe empeb- .

clu en loe m - Septiembre y Octnlire pr6Iimo1 p&amp;·
lllld~, tentotea la . _ matriz oomo en IU8 SUOl1n8·
leo .-oe. 1 7 2.
.,.:-,
Loa lnlereoad~e de ilichee pNmdae pueden oonrrlr
en tiempo Mbll &amp; deoemp,llarlao, refrendarlas 6 &amp;
presenciaran venta que se hari oonforme al ..,gJa,
mento del remo vill'flnte.
C881l Matriz, oalle de Hidalgo No 72
DeBpaohoa { Sncunal No. 1, 16 de Mayo No ltÍ6 •
Sucursal Ni 2, MJ,detito Arreoia Ni 215.
Monterrey, Mano 26 de 1909. - EJ Admor. Enr,
Leal lela .
o .26,27,28

Cado frnttc:q o&amp;t1&gt;nfa ra /Úrm1,fr1 en la
w,tulatn. J;rf:fJ1111te ,u;tc,l ,f 1111 111/1Hco lo

gite o¡,ina de la Zrn•.:u¡mrrilla dt'l Dr.
Ayer.

PffparadaporelDR. J .C. AYER y CIA••
Lowell,ldaa1.,E. U.de A .

IMPRENTA DEL G OBIERNO, EN

p AUOIO.

llilCfOBY!JESIBTBillOB,

A. Brondo Whitt .
•

�</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Viernes 2 ,le Abril de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 27

Periódico 0ficial
DEL. GOBIERNO DEL. ESTADO L.IBRE YSOBERANO DR NURVOML.BON.

Las layen, los decretos y demas disposiciones superiores, obliian por el solo hecho de ser pnolicadas en este Periódico.
Registrado como articulo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES, -Este peri6dico se publica los Márte, y
Viérnes de cada semana.-Vale la subscripci6n CINCUENTA
CENT A VOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SEIS
faera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelan-

-

tado

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CENTAVOS El m\mero atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
do,· del mismo

nición toda y el material inmenso acopiado
por el enemigo, son el trofeo de vues
En la próxima semana.
tra victoria,
Soldados: merecéis bien de la patria.
1~ de lo &lt;'riminal.
La
lucha que la desgarra no puede ya
Lrc. JESUS M. DEL BOSQUE.
prolongarse. Acabáis de dar la muestra
de vuestro valor irresistible. ¿Quién osará
19 de lo Civil.
medirse ahora con los vencedores de PueL1c MACEDONIO GIL TREv1~0.
bla? La independenciR y las instituciones
republicanas no vacila,án ya; está seguro
de no ser conquistad" ni oprimido el pais
que tiene hijos como vosotros,
Intrépidos en el combate y sabics en el
uso
de la vittoria, habéis conquistado la
Monterrey, Abril 2 de JQ09,
admiración de esta ctudad p r vuestro denuedo y su gratituc' por vuestra discipli2 de Abril de 1,867
na.
¿Qué general 110 tendría orgullo en
Se conmemora en la Ciudad conforme hallarse á vuestra cab, ,rn? Mientras cu•nal programa publicado en el ní1mero 24 te con vosotros, se reputará invencible
de este periódico correspon&lt;liente al 23 de vuestro amigo-Pvrfirio D!a2."
Marzo último, f'l XLTI aniversario del
triunfo alcanzado en Putbla por el EjérNuevos Funcionarios.
cito de Oriente al mando del ilustre Genesal Porfirio Díe?, infiriendo una derrota
o;ompleta fi. las fuerzas imperialistas que
Los CC. Severo Oliva y Juan García
:guarnecían dicha Plaza, con cuya glorio- Garza, fueron electos por las JJmtas de
sa jornada quedó escrita una de las más Escratadores corres¡:,ondie·,t,s, Alcaldes
memorables fechas de la Historia Patria. 2º 30s. Suplentes de Dr. Arre,) o y de Gral.
Además del desarrollo del indicado pro- Terán, respectivamente, en sustituci/in d,
grama, se festeja nuestro triunfo épico del los Sres, Jesús 111~ Aguirre y Pablo Garpasado, con una demostración del progre- za Espino,?'que renunciaron dichos car
so de esta Ciudad en el presente; con la gos,
iinauguración del "Mercado Juán~z" que/
.
.
•
hoy se verifica, como se ha dado tonoci- Instituto de Ciencias y Artes del
miento por el Ayuntamiento de Monte•¡
Estado de Oaxaca.
rrey.
1
Es. de oportunidad insertar la proclama
CONVOCATORIA.
que el victorioso General Re¡,ul&gt;ncaoc, 01
rigió en aquella fecha á sus valientes com Para el Sfptz'mo Concurso Científico-Li'terano, dedicado al C. LIU. BENITO
pafieros, la cual dice as{:
JUAREZ,
Benemérito de América.
"Compañeros de armas: quiero ser el
primero en pagar tributo á vuestro heroí-El Instituto de Ciencias y Artes del
mo; la Nación toda y la posteridact ven- Estado de Oaxaca, para rendir un homenadr(m después á perpetuar vuestra gloria. je de admiración y gratitud, el día 18 de
Habéis escrito otra fecha memorable en Julio de este afio, al salvador y Benemérila ciudad donde Zaragoza eternizó su to de la Patria, Lic. BENITO JUÁREZ, ha renombre y el 5 de Mayo. El 2 de Abril de suelto, con aprobación del Ejecutivo del
1867 se registrará en el calendario de las Estado, abrir el Séptimo Concurso Cienglorias nacionales.
tífico-Literariú entre todos los alumnos y
Mucho esperaba de vosotros: os he vis- alumnas de los Colegios de Instrucción
to acudir sin armas al llamamiento de la secundaria y profesional de la República,
patria para armaros en Miahuatlán y la conforme á los temas y bases siguientes:
Carbonera, en Jalapa y en Oaxaca con
TEMAS:
los fusiles quitados al enemigo. Habéis
Primero. Poesía. Oda á la Reforma,
combatido desnudos y hambrientos, deSegundo. Composición en prosa. ¿Cuál
jando á vuestras espaldas un rastro de
gloria, y sin embargo, vuestras hazañas s~r\ el mcJor plan de estudios preparatoen Puebla hao ido más allá de ru1s espe- nos ....
Tercero.. Composic:óu en prosa. Juáranzas.
rez
no trabaJÓ para un partido político, siUna plaza no sin raz6n denominsda inno
para
el Pueblo Mexicano.
victa, que los primeros soldados del munBASES:
do no ¡mdieron tomar por asalto, ha caído
á un solo tmpuje de vuestro brío. La guar
Primera. Desde la fecha de esta Con]Ul!CIIS DE TURNO

PERIODICO OFICIAL.

vocatoFia se abrirá el Séptimo Concurso
Científico Literario, y se cerrará el dfa
30 de J unw del p esente añt&gt;.
$eguada. En el referido Concurso só
lo podrán tomar parte los estudiantes de
cualqni ra escuela de la Repúblic3, sea ó
no oficial
Tercera. Los concurrentes enviarán
sus trabajos al Director del Instituto de
Ci~ncias y Artes del Estado, empleando
dos sobres¡ dentro de uno est«rá la composición firmada con un lema, y dentro del
otro, la b::ileta de matrícula que acredite
al autor cnmo estudiante. En el exterior
de este segundo sobre estará escrito con
claridad el lema ado?tado para disti □ guir
la composición.
Cuarta, Los premios serán los siguientes:
Primero: del Gobierno del Estado.-Libros científicos ó literarios,
Segundo: del H. Ayuntamiento de esta
Capital.-$100.00 cs.
Tercero: del Instituto de Cienc;as y
Artes del Estado. -$200 oo cs.
Qniuta. Los trabajos deben ser inéditos y escritos en castellano.
Sexta. Además de los premios anteriores, el Jurarlo otorgará un accésit en cada
tema y hará mención de las composiciones
que á su juicio lo mere,can.
Séptima.-EI C. Gobernador dtl Esta, '
do entregará los premios á las personas
que los hubieren obtenido, en una solemne Velada Lírico-Literaria qne con este
fin organizará el Instituto de Ciencias y
Artes,
Octava. En el caso de 110 poder asistir
personalmente los autores que fueren
premiados, nombrarán,
en debida forma
,
un r,:presentante a qmen se le entregará
el premio correspondiente.
Novena. Con toda oportunidad se darán á conocer, por medio de la prensa, los
nombres rle las composiciones que hubieren sido premiadas.
Libertad y ·constitución. Oaxaca de
Juárez, Marzo 17 de 1909.-El Director
Aurelio Valdivieso.-El Secretario En'.
n'que C. Olz'vera.
'

.

GOBIERNO GENERAL.
S ecretana
' d e F omento, Colonización é
Industria de la República Mexicaná.
5olicitu~ presentada ante esta Secretaría por
~, Seuor Emilio Ballí, pidiendo concesión
para aprovl:'diar como 1·it-go a ruas del río
Pesquería del E~,11do de N u~Yo'°'Lr,ón la cuaÍ
solicitud, de conformidad con las le/es de la
materia, ~e manda. publicar por tre.s veces
durauta un mes para que las personas que
se creau con derecho se presenten á alegarlo
1

�•~~J~::::::::::::~;:

1

9

,,-

_.

en el térm'no seíialado, que se empozRr.á á

contar desd e la fecha ele la pl'imern ¡,ulihra-

¡

cióu.

g

Una e~tampilla de á cincuenta centa•
vos, d- bid.mente cancelada.

soltero, de di~cinueve alio3 de _edad, mine•
Catauoa, Nuevo
ro, or •gin1rio de Santa
·11 1~
1 d
León. ·y vecino de Vt a ·•ªI?ª• P?: .e elito de homicidio: Vista la m9u1sit1va del
acusado declaraciones de tesugo•, ~;1to de
formal prisión, diligencia de confes1on con
s lo alegado por el defensor y la sencargr
· t ' t re, d e. Ju!º
tencia 'que c.m fech1 ve1n.'
último prouunci6 el refen~o fon cT10na_no
orla que se declara á Laza:º. . rev1flo
~"s omable del delito ae honnc1d10 y se
le !ndena á sufrir, con caltdarl de ret~nci n la pe·• a de s ete ~ñ s, ,,n m 0 s dtez
6
días d~ nhns públicas á cont,ir desde el
día 0 , h o de M. yo en qt,e ,se ~ecret6 sn far
mal pri,ión, condenánco;o 1gual.~ente á
6~3 66 reintegrar en la Tesort~ia l\lun1c1pal ~e
3,2.14 02 Villa lc1.ama, los honorano, q_ue s~, h1;1b1e
4,988 00 ren pegado a' ]os per tos n erl 1c,-,_cg.1_, tas
ue intervinieron en el í•'
so, "eJ111 ' 10
304 00 ~ salvo los derechos de la rn a_d.re ,·, el m·~Jso
1,185 00 por lo que hace á responsabilidad c1v1! y
manda, por último, ·se amonesta al _reo J_J1\·
1••
M¡ 00
ue no reincid t , , l. l ,t ]a a µe1 e: ó n l n l,\Jn 50 ;:riuesta de didi resolució o y la_ adwt•
7116 00 sión del recurso, las pruet&gt;as 1e11ndas t' ll
esta seg1rnda instancia por el patrow del
957 00 reo durante el término concedido_ al efecto
el e&lt;crito de ~xpresión dp ~g-rav1~~• el Pº·
770 00 "ªi"m ent,, rºel m
u · · ,•. t; F ca , rll t1· n arl
1111
817 16 sentenc•, a y cu.,nto má conv1,1• t u,r p1~IJ0 o•
. d 1
O ae..,
º " te.
f h
35:l l
Result~ndo: que en la ec a c1tl a ... :
iniciad6n el Juez de la c~usa se const1tu478 01 vó, como á la, c, iez y merl 1a ·1e h no,h e,
910 7'., á u~ lugar s tuado al extremo Pon1&lt;1 -te
J,043 95 de la Poblaci6n d! Villaldarua p&lt;•r.la calle
107 32
¡
·¡¡
' ·
rl1ó fé e
2 9o0 45 de Juarez, e:1 a on s e fl", y
.
nn hombre que estaba ,u el ,u e• o ll rt•I '
2,518 6f boca-aniha al parecer muert"i y que ,
72 3:, en taba una herda p•11etránte en la pan,e,
5-H 7, uµeri or, cara ant r r de la p ,red t · n\ica, lado izquierd, ·, como de tres. e• 11 í500 '· 1 ,, etros de ext· ns1 ó n, l1e,·11 a ror
1n tnt,.
11 entn punzo-~, rtaote,. lu:rida qu ~, se¡.;üu
2-10 O&lt; ¡ rli&lt;tamen de los pentos que. la recuno, ieron, prod11jo p •r si sola.y duectam~ute
23,000 00 o. toll&lt;rt~ dd, fe n&lt;lido, qmen por el dicho
le algunos d~ los p es,ntes se supo _que
10,000 OI n vida J:evó el n&lt; mbre de Le6n Villa.
700
rreo .
d T
]li:l (,.
,
ultaudo:
qne
Pp
eh
n
·
"
o. •1 Z,'fO
1
5,00 00 fre , iñr, c&lt;:.mo presunto res¡,o, saole del
1,359 3Fi humicidio, se ¡,rocedíó por el Juzgado á
75 00 tomarle su ioquisitiva y confesó ser el antor de la lesi6n que presfntaba :V.•llarreal
y que el motivo para que la h1c1era Ené
d
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t
t d n 1•
,,rque d"s e un 1a an es, es an ,o e ~
28,!\:!8 41 cantma de uná Se!i.ora llamada Celia. en
villa, lo abofeteó y habiéndose en•
95,2 75 29 aquella
ontrado por la noche en la Plaza del cin-

110 00
" Id • de Vallecillo .. • • .........
11 89
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.• T l. rle Z,ragoza ,......... .....
3o4 78
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1
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Dep6sit0 p,ua el Consejo
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240
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Jgual. ... .. ii H.,,:n., ;o\-1
-----

. d e F ornen t o.
C. s ~cretano
México, D. F.-Emilio Ball!, mayor de
oda excepdón y vecino de esta cmdad,
:-.ate Ud., coo el ,1ebido respeto,_ comperece y expnue:-q ne ten•, n ~o t1 ·rra sufi•
cieote para aprovcclur la r11 la. agrtctiltt'.·
ra y careciendo de agua s_ufic1e~te Pª ~:
, t'grlfh, c,curre á Ud. so11citan ° _se
, onctd n h ., ti la cautidad de trescientos
,h ce litios de ~gna por segt'.ndo. d.e l~s
sobrantes qne r esu' ta1en en la ca¡a de
S o-na s•tu ,da en el canal de 1a presa
e
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l
d p
"[,ns Iligu .. ro&lt;,'' sobre el 11 &gt; e. esquería Pn la 1acie ,' na de Srn Antomo, cerca
,•,. ',,r,,.s R.in, ues," Jnr s~'cción . ele Ca
" " -e 1·t n •' e e,te Est·,rl,. L:t ª t:&lt;1'1l 1 de
ag,u ,o-1c,ta1l_a 1a t . ,l ..,_.,te
., m1•m.. r &lt;a,1
na! rle de nas1as de la n1chd cs¡a de l ''.' ,
si,1 c.. n , r •. iir presa alguna rnbre el .nu;
pue~ de., a la co , ta -l i, tanda á don ge tiene
q11e 1r á r gar, no se ¡ms ª p ara const
truirla, srno á c, st1. -'l ~ 1g
1·s ga, o_ ·
Me permito hacer ubs, ·. '1' " d" l, nsolamente
tiene agua en tiempo e av.n '(l'º, , . es cnando se puede aprovech_ ar
"
el vu,(1111
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mismo no créu h,y:i , erJ'-' CIJ de t, rcei:o,
Por lo tan o,-A Ud., Cº. Se:•etano,
suol c se dig ne ma ,1 dar s:1 t~am,te _eSla
s, ,líc tu 1 con lo que nc1 &gt; re gracia.
-Prole-to á Ud. mi attn.:ión y re~peto.
F.
dO
d
Mo terrey, Enero 26 e i9o9.- irma
EmE s i,&gt;co"i•.
B illí." México, 24 de febrero de
,.
i9o9.-E. O. M.-E. ilfurlínez Baca.
1
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11:GRESOS.

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Por Poder Legislativo ......... $
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" I!o,·1!'f ' ¡·\1 ¡·JPJU 1 . .. .. .... • • ..
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Te~orería Gr2l. del Estarlo
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(Cuenta d" Em r ]p,i&lt;ks)
Cole~in Ci vi l rl eI E-• w, o. .
" Escuela Normal d,I E,tado
" Academia Profesional para
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" Seguricbd Pública del Es"
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Impresiones o cia es.......
'' Gastos de utilidad pública
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" l),._ ,-~",,rn ;!~· -~,~;,d·o~- ~~~~
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Depósito para el Consejo de
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Salubridad........ . ....
Banw Mercantil de Man-·-·- ··· ··· ··- ···· ····--··-······ ···· ···-·······-····· ···-" tern y ..................
P: M,t mo é Hijos, Suces
Tesorería General del Estado Libre J: -~''"'·
(~u anta corriente) ...... ••
1 ano de Nuevo León.-Cort• ,te éaJ:' ,1,
segunda operación de los l"gr, , osJ' Lgn'·
·
D,·voluctones
.. • • • .... ......
·sos kahziios en esta Tesoreria, durante tt ':, .iuh "~l•· '' o~•.... .... ........
mes de fl,farzo de I,909.
Sucs. Hernándt'z. Her?ianos.
Cíaoe Agua y DrenaJe, .. ,
lNGRESOR.
" Aca •leruta de Dibujo Lineal
A Existencia que usult6 para
" Existencia:
el dia 19 del presente mes: ...$ 25,226.90
241 91 En rentas del Es.. , Recaudación de Allende .. • •
5 347 40
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23:°¡91 01
11 Id • .de Aramberri .. • • • • • · ·
20 50 "
Id. de Bustamante..... • • •
22 86
Igual.. ................ $
•• Id de Cadereita Jiménez .. .
446 41
Es d
~o de Mayo don·ie se dijban las fiestas •.
de Ciénega de Flores.. .
120 00 Existencia de FoDdu proplu dtl ta o:
can presto c~mo lo v:ó V llarreal' le· dijo.
4
."., Id. de Cerra! vo .............. •
31 5 En Jacasade P. Milmo ~ Hijos
"aquí ".ienes': y sa '1endo él "~, la plaia
,. Id. de Chipa....... · .. · ...... ..
54 3
Rl1~,.~oreij ................. $24,306 25 Jo siguió aquel hasta llegar a~ no en don,
1
5
., Id. de Colombia ... , .... · · •
~ ~ 11;,, tri n1i,ma (dep6aito espe\P fué alcanzado por el repetirlo V1llarreal
5
Id de Doctor Arwyo..... ..
cm•).........................
76,!80
H~
;n:• nen el acto se le ech6 r;,ucima cogién•
1 11
·
,. Id de Dr. Cos .. · · · ·
lU
¡¡; 0 la de Suceso-res de H ,,rnáu,.,lo del brazo derech ,-1 ~,al le setorci6.
80
Id de Gral. Bravo.......... ..
10
dez Her~anoF. ........ 42,229 7b y entonces él c, n la m "'" iz&lt;¡uie~da sacó
" id· de Gral. Teriln. • • • • · · ·
l,tg~
Bn el Banco Mercantil de
un &lt;'Uchillo que portab infiritt11,dole un&amp;
,. Id. de Guadalupe ...... · .. · .. .
MoPterrey..
.
..
.
..
.
.
.
.
25,825
82
lesión
v $e renró en s1:-guida, manifestan,, I d de Garza García.... •.... • 224 28 En esta Tesorería........ ......
ñ,:{4 7 4• 'o el prcce, adn que l••s hech&lt;•s qne pssa88
Id de Herreras . • •.. • • • •
78
Total.. ........ $ 174 t9tJ 23 on entre él y L
V1lhr·cal en _el río
"Id. de Hualahuisea. • • • • • ·
114 65
- - - ~ - nadie los presit c16, y que el cuch1llo lo
"11 Id • de Iturbide . . . . .
MnnterTey, á 31 de _Marzo de 11109.- dejó en el misma lugar de la reyerta
96
., Id. de Juárez ...... • • • • , • · •
11:1
Te,orPro Gr11l., Dai.;,d 11•-•rr~,.
Resultando: qne de los test" gas que se
23 24
•• Id. de Lampazos ............ .
e,raminaron durante. la instrucción nin•
., Id. de !\fouterrey (cuenta
7,717
30
~~
Cl
lOi'!
JU
lllUl
AL,
guno declara acer a de los hechos ef ctuade fondos .......... . 5
79
40
1,, s &lt;ll el UJOm~ uto de cnmeter,e el d lito
Id de Mina ................... .
2,010
8í
Secretaría
de
la
3.,.
S,la
del
Supremo
sin"
s J,, •obre los •ntecerlent,s habidLS
,, Trl . de Montemorelos ..... ..
44
22
Tribunal
de
J11stic1a,-Monterrey,
Nuevo
entre
Vi l.rreal y Trev•fl ", y p1e-t" "n
J,1 nA ~faTfD ................ ..
2:.!5
00
Le6n.
estado
la causa se prnnuncin ,e1t1 c1 1
" Jtl .· de P~sqnt1rfa Chica
. .... ..
3
41
M,mt•r
ey,
Octubre
t•einta
y
un,:&gt;
_de
por
e)
Ju~z
expresado en los tériu1, o,que
Id ,le S, linHfi Victor ia .. ••
mil
nnveritntos
orh:,
.-V
s
a
en
~pelac•6n
se
d~Jª
dich
n, y •·n esta segunda instancia
" Id. de San Níco:a" di, los
"
8
83
la
pr&lt;sente
caus
•,
com
11,ada
á
rntruir
por
el
d1
fensor
ile
, rruc-.- ,ado rin-'i6 prnebas
Garzas ............ •··
55 69 el C. Jutz de Letra, de a 6. o, fr,cc,ón , "" las que ju.,t,nc6 la buena anterior
,, Id. de Santiago. . ... .. ... · ·
338 79 judicial dd ~:stadc,, el día siete de M."Yº conducta de su diente, así como la mala
. , Id. de Saut'l. Catarma.. • • •
14 Jei corriente año, contra Lázaro Trev1ño, conducta presentando oportuuamente sua
Id. do Villaldama .......... ..

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GOBIERNO DEL I ~T ADO.

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3

PERIODICO OFICIAL.

~ ~======="="f=~P~E~lt~l~OD~I~Cv~,,~O~F~IC~IA~I;;

' frir
· 1apen• des,P
· t e• fi o~ -dez Garza rindió su dtclarad6n Y preser~ -~=los •u-tos al C. Minis-11 por.-logr ed.'
1~n,asu
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el' rl Ob
6bl"
to informac·ón testimonial para ju-ti car
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tro Fiscal éstP f.u-ncionar;o pidió la c~n- u ' mes · tez t~s P ra,
icasd,colrupu- ~sf la propifdad, prexistencia y falta posh
fl·rn1·'11.·ó-n del fallo de primera instancrn, tada desde el dta ocho ele Mayo • afio
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plenapres•·,
cuya
pena
se
entenderá
impuesta
~uperar
su
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cual
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vaina o en
eons. eran o. &lt;¡
J'd d d
'ó
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cu rta cincuenta pesos por lo$ pentos n, mbrados
mente rn autos la existencia del delito con ca I a e rctenc1 n por na 1 a
1 af, cto, y luego se devolv,ó á su du, ño
., h • 'd•1
se persigne con la dili- oarte mas detiempoen el caso de la ey.d V lá
uP ~midcl f ? 9udet·n·~¡
del
cadáv,r
dictaSegundo:Se
le
condena
igualmente
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reinprevio
recibo
en
autos:
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genr ta, e e J
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· · 1d v·1 ¡ ¡ quez confesó term1nantememte su delito
m,n de "los ,peritos facultativ, s que prarti- tegrar en la Tesorena un1c1pa el I a: en su decl.arac1'6n preparatcr a y co11sta.
n T dconocrm1'ento y con la 1,cta damaloshonorar•osdevengadospor ospen•
carPll '!'·
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•
•
•
• •
¡
también seg6n informe rendido por tl Dt•
&lt;le rl, fumción rPlativa que cr,rre agregula tos facultativos quemterv1n1eron en e pro- rector de la Penitenciaría del Estado, que
, ¡ causa: ¡·ust ficá,ndose jgualmt'Ilte que ,·eso.-Tercero. Amorésteseal reoparaqne
rl M
d l
!1 :utor d~ t~l delito lo es ~¡ proces~dn ,.o reincida explicándule las penas ~ qne Velázquez cumpl Ó el tres «:_ "Yº E
Ló1.oro ·:r,,vrflo con sn propia cenÍ&lt;!H6n se expone en caso dte contravenc16n ..- afio en curso, la pena de no an ',diezme. udic a ,&lt;&gt;ue hace prueba plen_a, adminicu- Cuarto. Se dejan á los deudos del occiso_ ses quince días de r,clusión á la que fué
1ada ade~ás con las dfclarac1ones de los sus de~e~hos á_ s~lvo en ~nanto á .1~ res condena&lt;lo por el ddito de robo.
..diversos,testigos de &lt;'argo que son º.tra~ po~sabtlt~arl c1v1l, y_ Qumto. Not•f19nese
Considerado: que con el dicho del ofentantas p;ePt1nciones,de sn responsab·hdad y ~1 dentro del térmm? legal no se tnt;r• dido. información testimonial rendida p~r" que c9lJ ,dicha confesión vienen á for- pone recurso al¡¡:uno, hbrense ~¡ S~penor el mismo, y escencialm• nte con la propra,
~ar pru~!ba perfecta; artículos 4 r-5. 4 23. Gobier~o del Estad? lo~ _test1momos de confesión judicial del acusado, duraote la
~24 y 4 ..,, ,dtl ·Código de Prvcedimientos ley poniendo á rn d1spos1c16n ~1 reo L~- instrucción se comprobó perfecta Y legal¡ -,,
zaro Treviíio en la Carcel p6bltca de V1- mente en los términos del Art. 163 del
ec~::iderando: que con respecto al he• llaldama, transcríbase, esta resolución al C6~igo de Procedimientos Penales la exis~ho que constituye en sí el de~ito, como Juez .r~spectivo Y. archtvese la causa..Así, tencia del rlelito rle rob0q11e define el Art.
110 hubo tem;igos ,qne fo presencmran debe rlefünttvament~ ¡uz&amp;"a:·do, lo re,.olv16 y 348 del C6rli¡w Penal y que romtt,ó Pon..de estarse á Ja declaraci6n del incul~adu fi1-mó el C. Lic. V1viano V. V1llarreal ciano Velásquez de la manera antes rela-por ser ea~¡ caso lo que más_ le favorece 1'!agist_rado Interi~o de_ la 3~. Sala: doy cionada.
d
bo
y no haber.prueba en coutrano; Y.:º. esa fe.-11c. ~- V. V1 la:r"ª);-Ltc. León E. Considerando: que dicho delito e ro
-virtud debe,eonceptuar;;e el bom•c1dio de Aldape, Sno.-Rúbncas.
por haberlo cometido nn domést'co contra
.que se 1rata -€omo co01et1'd o en r fi a por el
su atno se castiga atento lo di•pue to. en
;:,agredido, y en cr,nsecutncia, comprel'dido
S_ ecretaría de 1.~ _1 "' Sala del SuprPmo el Art. 363 frac I dtl Código P&lt; nal co~
para la imposición del castigo; e.n 1a. f rae- T TI b una1 d e J ust!Cla.- M on t errey, Nuevo sois meses de arresto á dos años de prt..ción II del artículo 538 del Cod1go P~nal León.
.
.
. s 'ón ú obras públicas, á cuya pena por
..que seiiala, -{;Omo término medio, la 1:ena
Mo!1terrey, cmco d~ Noviembre de mtl prevenirlo exprernmente el Art. 359 ~e
..de .seis afies ,de _pr si6n 6 obras públicas. novect&lt;nt?~ ocho._-V1sta. esta c~nsa co, a o-regara la que corresponda por raz,,n de
Co 11 sideraodo: que obrsn en favor del menzeda a rnstru'r de oficio ante e, C. Jue, 1t cuantía que en el caso por s r ésta de
,..acusado las eircm,stancias_ de su bu~na 2º de L:tra~ _del Ram_o Pen~l de.la prime ciocurnta pesos será la ~e tres á nov€nta
anterior conducta y confesión del delito, ra frac. ¡ud1c1al, del Estado el ve1n~1dós de r ías de "' resto. A rt. 3.56 fr ac. I d,. l citrdc,
,..que.~n de primera clase, e~pe,cificados J,nlio del afio e? curs_?, contra Poncrnno V, Có• igo Penal.
-en las.fracciones T:;v lV del aru~ulo 40 ~a,quez de v.e1~ te ~nos de ed •d? soltero,
Considerando: que favrrece al prrce.del mismo Código y le perjudican las ¡nrnalero, ongrnano de San Lms Poto" sado uua at,. nuantP de 1~ cfa~e. h ile haa~rava,;:tes de se;r faocuente en el Estado de esta vecindad por el del ito de robo.-Vi~• btr confesado su delitn, y le pt rjudica la
,el delito .de hr micidio en ri!i.a, de tercera tas las diligencias del sumario, la requ ;si agravante de 3."' clase df fer frecuente.
.clase citada en la fr~oci 6n XII del artícu- toria del C. Agente · el Ministerio Públi- en el Estado el mismo de lite, de robo, por
fo 47: y lr. de vent:Ija de que ha~1a el zr. en, y lo alegado en 1~ I"' imtancia. por e 1 lo que superando ~1 valor de é;ta sobre
tículo 543.oel repe_tid,~Ordenam1ento, to defensor del reo.-V1sta la senttnc1a pro • qnella en dos nninade•, el suscrito con
,la -vez, que consta d2 .9;u.tos qne el_ occiso nunciada e~ ve!nftrés de Octubre ;ú'timo fundameuto en lo dispue,to to los Art ..
esta-ha iner;¡;ae, no tománd0se tal -c1rct1ns• por el nfendo Ju,z ile Letras qu,en te- 35 á 37, 40 frac . IV. 47 fnc XII, 65 y
tancia como,rnlificativa ,&amp; ! tleiito r,or no niendo al procesado Velásqnez como autor 220 del Código Penal, estima jn,to y quireunir los requisitos que ,e¡¡ije la fracción del delito de robo, lo -ccmdenó á sufrir tativo castigar al ~cusado V,lázqutz coa
II del artículo 538 del citado Cód1g.o Pe- veintidós meses, quillCP rlías de obras p6- la pena de diecinueve rnese 1 cat, rce rlfas
na! :teniénd05se sólo como agravante de blicas y sesenta y o,bo díos de arr,sto á de obras públicas y sesrnta y, cho días de
cna~ta,clase en .at,nd6n á su graved,d¡ contar desde el veintitrés de Julio pr6xi• arrestr,; más cr -mo de autos apnce que·
y como~l valoree éstas sn·)Jt'Te al ti.e la, mo pasarlo fecha de su formal prisi6n, le el mismo Velá?quez fS reincidente en virprimeras.en ciooo nnidades, procede a11- condenó también á pa!(ar en la Recauda- tud de haber sido condenado por ,,tro dementar eli la con;_e«,pondieute proporción ción de Rentas del ~stado una multa _d&lt; lito de robo, y que esa rei, c1deucia es pudicho térJldDO me1lio jijado poi· la ley, doce pesos, 6 á snfnr en su defecto ve n- oíble con arreglo á lo prevenido ea los
(articulo 220 C. P.)
t'cinco días más de arresto, lo inhabilitó Arts. 26 y 274 del Código citado akndienCo&amp;sider~do: que toda pena de pr!11i6n por diez afi~s para toda clase de honores. do según lo demuestra el tiempo á que se
6 obras p6bli;:as por dOII afias 6 más, se • mpleos y carg,,s p6blico9 y mandó hacer• le conden6 anteriormente, á qne , 1 ~. lit,,
~ntenderá sie¡¡¡pre imp;iesta con calidaó le la am01_1es~ación ,~orrespon_diente pan de que ahora se trata es de menor gra,·ede retenei6n por una enarta parte más de que n_o .remc1n_a-\ 1sto el d1ctam,n dtJ ➔ ad que el anter or, la pena referida de
tiempo¡ a.rticulo;1,o, que deben ah?n~rse C. M1mstro ~1scal, lo alegado por _la .ce ,füc1uueve meses e,.• r
,1 nh•as Ú·
I
.eu la pe&amp;,i que se imponga lossnfrtmten. fensa de oficio ante uta Sala y lac1tat1ón b.icas y sesenta y O(hc
a· re to detos que h;iya tenido el reo .dnrante el jui- para sente11cia coo cuanto más consta de berá aumentarse en una .' el.t" rarte de
.cÍ('j artículo i82, que siempre que fuese autos. y
su dnraci6n Art, 207 frac. I del mismo
.condenado se le amo¡¡estará pi1ra que. 110
Resultando: que uno~ cuantos días an 0rdemmiento y la pena qt1P a&lt;i se nbteo.
r.eindda en d~elito por .tl cus\ se 1~ _¡uz- tes dela fecha ea que se in,ci6 esta avt-ri 'ª suá la que en definitiva r
ni ,., ndrá
ga; a•tfculo 208.-qn" la res~~abi_hdarl guación el Sr. Antonio Hernández Garza al proctsado.
dYil sólo puerle dccnt•-me á mst•n .. ia de vecino ne esta ciurlad, con domicilio en la
Considerando: que sien&lt;' o más grave
parte legitima; ,a nfculo 287 . ~o• e, 1 , a\le rlé la Heforma Nº 190, a&lt;'np6 á Pon- que arresto mayor la pena que correspor,.
C6digo Penal, y que los M1Jorar1os ,de lo, c1ano Vdá2quez conocido también con el da aplicar en el casr,, h•br~ Qn n imponer
p~rltos que el Juez llOlllbre, deberán pa- nombre de Julio Garcla para que le metie además la inhab•litació" p· - '
f; , • pagarse por el acu•ado si .se le, decl¡ira ~u!. ra á su casa una madera que había con:i ra toda clase de hono,es, ,mp,rn, y c rpab e, artíc11lo 220 del Códtgo rle Procl! prarlo: que Velázquez al tercer día de es- go." públicos y también una multa igual
dimientos Penales.
1ar haciendo é,te trabaje, se apoder6 de 4 la cua•t;i parte del v ,Jor de Jo robado
P,•r las cori sideracioues y fundamentos nn caballo alazán tostado que tenía el Sr. i;or txfd, r éste &lt;le c;n c,, p•sos. Arts.
,
150
legaJe, expuest,,s. cr n a : oyn adem_líl1 e~ Harnández Garza ,en el ~orral de dicha 351, y 352 del expresado Cój;go Penal.
los a t cnlo, 5, 10 35, 37, 49 frncnó I ca a y au.nque esta comp etamente rodeaConsiderando: que en toda sen tencia
66, 225, 517 y 5 20 rel ó 1g,, Penal ~ da de taprn, Hqn PI p• r la pne· ta del CO· condrnatoria se prevendrá que se amones134. 135, 153, 41r , 425 y 42 7 del r e P ro- r:al sac? á la ~alle el &lt;'aballo de referen- te al reo par.1 que no rinci ea en el delito
ccr' im -e• t , &lt;ld mismo rano, y de acuer- crn con rntf nc•ón de ve nrl nlo, pero poco por que se le ra tii:-a, , J,, .. á r'ofele 1, s
1
do , on e I nr, cr r F · r l • e ron fir ma 1 " es¡.itiéS !né ~hprehendi,h recogi éndosele su fri mien tos qu e h aya teu ido du "111e a
sentencia n , uni r -a de pri n' r i &lt;t u rir. el ,emov1e~te ••n cnestió-, y lue..rn con&lt; ig- instrucción cualq uiera que sea el tiempo
de que ~e ha hecho m, urión, y tn coo s• • nado a te t1 C. Juez 2° de Letras del Ra- que ésta dure, y po 6lt imo q,1e la responcuenda se fa 1' .-Pr-merr&gt;. S e condena á mo Penal.
sabilid ad civil 11 n )!tlt de decretarse sino á
L~zaro Tre, ,ñ- , c, ,n,o , 11to,· res pon sable
Resultando: que inc01clo el procedi- instancia de parte iegít1ma. Art~. r82 .
del delito de homidvio. cometido ~n ri!i.a, miento respectivo, el ofendido Sr. Hernán- 208 y 287 del repeti do C6dig,) Penal.

a 1e1• os., Y pa~au,-~

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�PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFIG1IAL.
,
tarnn !ns deliºtos u se dei·eu á los ofendi- citado Código de Procedimientos prueba
Por lo expuesto con apoyo a demas en
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t
·
d 1 10 , sus derec·hos á salvo en cuanto á 1B plenamente enO su con ra.
l(ls Arts 5, ro, 32 49, 88, u5, Y 225 e
·
Cous· d eran·,o: que e¡ d e t·t
1 o d e 1es iones
responsabl·¡ 1·dacl c·iviºJ. Visto el auto de_ ad·
Código p.,. _al y 4to, 41 r, 415,416,423,
Y
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,nis'1ón del recurso de s·úplica que de dicho per¡,etra o en a persona e ar os gm424 d, 1 C6d·g&lt;&gt; de Pnoc·dnmentos ena•
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fall,, 1· nterpi1so el defensor del reo, lo ma- !ar debe castigarse cori a pena que coles se rt f &lt;Jrma la seutenc1a e pnmera lllS·
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tan~ia que se revisa y se resnlve. Prime 1 ,f,sta io por el C. Mmistro Fiscral en es· 1responda á la lesión ma,s ~rave, ~ cnal
,
ta tercera 1·nstaoc1·a r~nuac1·anclo á la atento el dictámen me hco mencionado,
ro: seco dena á Ponciano Ve1azqnez co'
f
roo aut, r del oelito &lt;le robo mencionado, audiencia y reproduciendo su pedimen· s ·h,lia comprendido en la racción HI
~ endo Tei~cidcnte á sufrir 1'1 pena de vein to de segnn'1a ínst,ncia, lo que expuso el del artículo 503 del Có:ligo Penal que
'· ,J,. f ,,,sor c]a r•fi0in, J, c1tacio' n para fallar sefiala de uno á tres años de prisión ú.
tidó.; meses, veintiún días de o b res ¡, (:1¡J 1
,
•
~
cas y sesenta y nueve días de a rrtsto á y cuatJtJ má; d~bió y rnuvino tenerse pre- obras públicas por haber dejado cicatriz
contar desde e\ veintitrés ce Jnlio pr6xi sente.
perpetua y notabl~ en la cara, t_e~iéndose
mo pasad fecha de su pri-ión 1,r,·ventiva,
Resultando: que en la fecha citada de las otras tres les1oue3 como nrcunstan.
Se,annflc•: 5 . Je, o,1&lt;!eo:t te1JJb,én á pagar 'iniC'iac,ón. s• comtituyó previo aviso, el das agra,•antes de primera clase cada una
en la Rec:nda,il\u ce Rentas del Esta-'o Jmz 1° r1e L,tr,s m~ncionado, _á la ¡,re· de ellas, conforme á lo prevenido en el
e" esta ciu~ad, una multa de duce peso, ven&lt;ión e p Jicía, cnmo á ,as cinco y me- srtícu'o 45 fracción XI del mismo C6diciucnenta centavos 6 á sufrir en su defec- dia de la tarde, y en dicho Est .. blec1mien· go; más rnmo tales lesiones fneron filfeto veinticinc, días más de arrest'•. Terc.-:_ to di6 fé de cuatro lesiones que presenta- ridas.en riña por el agresor la pena que
rc-:· se le inltabil,ta pcrdiez años para to In nn iudividuo que dij 1 llamarse Carlos corresponda aplicar ha de reducirse á sns
ch clase de honores, emp'eos y cargos i-ú- Aguilar, hechas al parecer con iostru· tres cuartas partes como lo establ,ece el
blicos. Cua,to: Amoué&gt;tese!e parn qtJ.eno 111 , 0 t", cortai,te, situ1das, una en la re- artículo 504 reformado del propio Código
,eiocida. Quinto: se dejan al ofendico su gi6,1 del maxi!ar 1derioc izqn'er&lt;lo, ,tra y si ndo como son calificadas porque el
derechos á salvo en cuant0 á h responsa- eu el primer espacio interdigital de lama- proce,ad" obró con ventaja toda vez que
bilidad civil. Sexto: Notifqnese y déee ne de ese Jado,y las dos restantes uuleu el él est~ba armado y 116 e1 ofendido, el tér•
cuenta. Así difioitirnmente juzgando 10 borcle externo y otra en¡, cara poi mar del mino medio de la pena expresada deberá
resolvió y firmó d C. Magistrado de la r• ,Jedo gruc,s,, de la m sma mane; di6 tam- aumentarse en una tercera parte de su
Sala del Supremo Tnbnnal de Justicia. bién fé de dos les:ones corlan tes que ;gua!- duración (artículos 492 fracción IV 5, 12
doy fé:-Lic. LeobardoChapa,-Lic. Eleu- mente pre,entaba Prisco Tclles, la una y 515 C. Penal.)
terio r,,z·rno.-Srio.-Rúbricns,
e,:i el temporal izquierd ,, dc, un centÍmL
tousi,;ernudo: que por lo que respecta
Monterrey, &lt;'nce de Nov embre de mil t··o de extenci6n y la otra en la cara poste· á las lesiones sufndss por Prisco Telles,
oovecieutc·s ocho. No habiéndose iut· r riur, tercio snperi ,r del braZ'l del pmpi:- están comprendidas para la imposición
puesto recurso alguno de la anterior sen- ,ado, de seis ctntÍ'lletro,, d· ponicnd&lt;&gt; e- del c"st'go en la fracción I del citado ar•
t~ncia dentro del término de la ley, con- que! fnncionario fueran remitid, s los pa- tícu'o 503 que ks determina de ocho días
fum'amento en lo dispnesto en el Art. cientes al H&lt;'spital Gorziiez para su a:;1s- á tres meses de arresto y multa de diez á
451 del Código de Proc:edimieutos Penales tencia y curación.
cien prsos, aquél solo 6 solo J.1 multa á
se ded~ra que ha causado ejecutoria dicha
Resultaodu: qne aprehendido Jesús Mo- juicio del Juez, pudien,lo aplicar dentro
sentencia, en consectiencia expídanse los ra es, en su 1-u d aga t or1-a c011 fesó s er e1 de k,s extremos la pen,t que estimare ¡·ns•
1
testimonios &lt;'e estilo, poniéndose al reo au t or de 1as 1esi· emes s 11 f r.;da s p or C ar1os ta, y como consta de au~,s que e3as lesioPonciaoo Velázqnez ~ disposición del Eje- AgnilaT y p, isco Te1les, relatando al efee- nes se causaron en riña por el agredido,
en la p,,111'tenc1·ar1'a del Estadc,, hád1ºcl1a pena debera' reduci·rse a' sus tres
Clitl."o
'
~
to que la tarde del dcce de Abril del año
'
gase la trans~ripci6n correspondiente al actual, se encontró con Agui.ar en la m- quintas partes de conformidad con la que'
ü,ferior y eu su opcrtuuidad archivese t,rsección de las calles Mina y Terán &lt;l, preceptúa el ntículo 504 mri,cionado.
hs at:t&lt; s. Notifíquese Lo decnt6 y firmó
Considerando: que como los dos delitos
est·, Ciudad, y como aquél le arrebatís&lt;
el C. !'viqgistrad? de lar~ Sala, d,,y fé; de Jes'ones qtte se persignen fueron co
. Chapa.- L'ic ....i:;
ºl en t er10
· I,ozano, S rto.
· uta flor que traía en la mano, se di, gu · 1net1'dos en a•·tcs
d1'•t1ºnt,,s
debe deciºd1'rse
~
~
L ,c. ·cas.
taron comenzan·lo á reñir, y con una na· ,o b re aru b 1s en una mis:na
.
. por
sen t encta
Rúbrl
vaja que portaba le infin6 él á su cootta- l 'enarse las condiciones de\ artículo 27
rio varias lesiones, agregando que aunque
•
¡ h ,
Secretaría de la 3a Sa a del Supremo no 1~ vi6 arma á éste su sombrero resu]tó del C6i1go Peoa, ac,eodClse aplicación
ia pena por el más grave que, como Ee
Tribunal ele Justicia.-~Ionterrey, Nuevo con dos cortadas en 1a f ª Id a, de Ias que eí de
ba dicho es el de lesiones iaferidas á C:it"León
Juzgado di6 fe: que pasado ese hecho se
Monterrey, Noviembre seis de mil no dirigió rumbo al río y Pn la calle de Dr. los Aguilar, la que no extda &lt;le tres años,
vedentos ocbo.-Vistas en tercera instan- González vió á Prisco Telles á quien invt- pudiendo aumentarse su duración h sta
cia las causas acumu 1adas comenzadas t6 á tom ,runa ropa y como no aceptara en un cuar~o más,de las penas c?rpor~les
á instruir el día doce de Abril del corrien- contestándole con un insulto, y le diera c?rrespond1entes ª/ºs otros delitos; (arte año por el C. Juez 1q de Letras del además un empellón con el que lo h zo ticu,lo 2?º C. Pe_na ·
Comtderan~o. que en _favor del acusa•
Ramo Penal de ésta primera fracción caer al suelo, con la misma navaja que
judicial, contra Jesús Morales, soltero traía causó á aquél dos lesiones, siendo do obran las ctrc?D~tancias de hab~r conde diecinueve años de edad, jornalero, ori- aprehendido en se¡¡;uida y recogí,1osele el fesado P?rmenonzadamente su_ de)tto, que
ginario y vecino de ésta Capit41 por el arma por la Policía, declarando los ofen- es de primera clase, Y. le per¡ud1can las
delito de lesiones. Vistas las diligencias que didos en el mismo sentido con muy 1ige- agravante~ de h~ber ~1.olado con un solo
forman el sumario y la sentencia de prime- ras variantes, quienes expresaron que no hecho vanas d1sp?s1c1ones penales, que
ra instancia pronunciada cor: fecha doce de portaban armas en el acto de los sucesos son las tres de_ primera cbse de que se
ha hecho mención y la de tercera clase de
Junio último por la que se imponen al pro- v que no hubo testigos presenciales
.·
ser frecuente en el Estado el delito de le&lt;:esadoJesús Morales como autor de los de- ·
Resu~tando: que e? su oportumd~d l_os sioues;(artículos 40 fracción IV. 45 fracción
litos de lesiones inferidas á Carlos Aguilar
Prisco Telles, dos años doce días de obras facultattv?• del Hospital Gon.7ález nnd)•· XI y 47 fracción XII del Código Penal)
públicas, á conlia.r del día dieciseis del ron su d1ctá?3en correspo11d1ente_ clastfi- superando como se vé estas 2 aquellas
mes de Abril dtado en que se le decla- cando las lesiones de C;arlos Agu1lar en en cinco unidades por lo que la pena será
ró formalmente preso con calidaii de re- tre ,las que ?º ponen ll1 pueden poner ;n aumentada proporcionalmente en su té._
tención por nna cuarta parte más de t,em pel•~ro la ~ida y curaron deBpt)és de qum- mino medio¡ artículos 35 á 37 y 220 del
po, en s.u caso, manda
de comisarse ce dtas, de¡ando la de la caza cicatriz per- referido Ordenamiento
petua y notable, y las que sufrió Prisco
.
.·
el arma con que Morales delinquió y que Teller de las que curan en menos de es~
ConSlden,~do: que toda ~ena de prisión
seamonéste para que no reincidan Visto tiempo y sin que pusieran en peligro la ú obras púb!rcas po~ dos anos 6 má~ se
lo expuesto por el C. Ministro p; sea l y vida, decretándose por auto de primero de enteu d er~ siempre impuesta con calidad
el defensor de oficio en segunda i_nsrancia Junio la acumulación de ambos procesos de r~tencr6n por u1;1a cuarta parte más
solicitando ambos la confirmación del fallo
.
· de tiempo: que los rnstrumentos ú objereferido y la sentencia que en treinta de
Cons1deraodo: qu~ co:1sta comprobado tos con que se cometa el delito deberán
J ttlio del año en curso dictó el C. Magis plenamente ;ll los termm?s. d 0 ! artículo decomisarse si fueran de la propiedad del
trado de la r °' Sala, en que reformán- 154 del C6di~o de _Procedimientos Pena- reo: que á éste han de abooársele los su•
dose la de primera instancia se condena les la real ex1stenc:a de los delitos de le- frimientos que hubieTe teutºd d
t
I
·
· f 1'd 3, c 1-- A ·¡
.
o uran e e
al expresado Jesús Morales á sufrir con sion
es 1ll er ads , ar 'sd gf~, ~r }'. Prisco juicio sea cual fuere el tiempo de su du1 11g,ncia e e J"d1c1al de ración así como amo
calidad de retención, dos años. ocho meses T,e11
h es, ¡con· a
d' ,
, .
nes t'arse 1e para que no
dieciseis días de obras públicas y doce días d 1c as es1ones
Y
lctamen
me
hco--legal
reincida
en
el
delito
·
·t f ¡ ·
por e¡ cua¡ se ¡e ¡uzde arresto, contados desde el dieciseis del d~ 1os peri os acu tativos que las recono- ga, y por último, que la responsabilidad
mismo Abril, fecha de su pri~ión preven· c1e1;on { curaron, y que el autor de tales civil solo se decretará á m·oción del intetiva, disponiendo se le amoneste para que dehtos .o es el procesado Jesús Morales resado· artículos 70
8
8
8
.
f ·, · d · · ¡
'
1 7 l, I 2
20 y 2 7
no reincida, se decomise en favor del Fis- con ~u propia
C?1;1 es10n JU ,1c1a que por del repetido Código Penal '
co del Estado la navaja con que se ejecu- reumr los requisitos del arl!culo 4r5 del
Por las const'deraciones
·
· y f un d amentos
0

!~gales expuestos, se confirma la referida
sentencia suplicada de fegun&lt;la iostanc;a
y en consecuencia se falla: Primero: Se
condena á Jesús Morales, como autor responsable de los delitos acumulados, de !esiones inferí-las á f ·arlos Agnilar y Pns
co Telles, á sufrir la pena de dos años,
ocho meses, di,ciseis días de obras públicas y doce días de arresto, computados
desde el día diec'i,eis de Abril ,,el presente
año fecha &lt;le su pnsi6u pr ven t v 1, e ,n ca
lidad de retención por una cuarta parte má,
ese tiempo en su ca 0. S gundo: Amo·
,
. ·a
néstese al r,o psn que no rernc1 a explicáwlole J ,s p&lt;-1,a, á qne se expone: Tercero: Se decomisa e 1 ar nu con que clo-li qni6 el procesado.-Cuar:o: Se dejan á lo,
ofendidos sus derechos á salvo por lo que
hoce á la responsabili-1ad civil¡ y Quinto:
Notifíquese y si d•ntro d--1 término legal
no se interpusitre reenrsf') líbren~e los
testimonios de estilo al Sn¡ eriu G b'ern, ,
del Estado ponienao á su di,posic 6n en la
Penitenciaría al reo Jesús Morales, bága,e
la transcripción correspondiente al Juez
de la causa, y archívese ésta. Así, definitivamente juzgando, lo rt'&gt;o:vi6 y firm6
el C. Lic. Viviano V. Villarreal, llfag·strado Interino de la ,~ Sala: doy fé.-Lic.
V. V: Villarreaf.-Lic. Le6n E. Aldape.
Srio. Rúbricas.
0

Secretaría de la ~ Sala del Supsemo
3
Trihunal de Justicía.-Mouterrey Nuevo
LE6n.
Monterrey, Noviembre nueve de mil
novecientos ocho.-Vista fata causa comeuzad:i á instruír de oficio ti dieciocho
&lt;le Agosto del presente año por el C. Juez
2 °. de Letras del Ramo Penal de la pr'mera fracción judicial contra Artnr\l S ,gavia soltero, de dieciséis años de edad,
doméstico, originario de Linares, N. León,
y de ésta vecindad por el de1ito de robo.
Vistas las diligencias practicadas durante
eJ sumario en averignacióñ del mencionado delito y de su autor, la requis:toria del
C. Agente del Ministerio Público y lo alegado en la primera instancia p1r el defeosor de oficio así 'como la resolución pro
nnnciada el veintinueve de Septiembre
próximo pasado por el referido Juez de
Letras' quien teniendo al inculpado Arturo
Segovia con:.o responsable del delito de
robo lo condenó á sufrir la pena de quince meses de reclusión y veinticuatro días
más de arresto que comenzarán á contarse
&lt;lesde el día diecinueve del propio mes dt
Agosto fecha de su formal prísi6o; lo inhabilita por cinco años para toda clase de
honores. empleos y cargos públicos, lo
condenó tamb;én á pagar en la Recaudación de Rentas del Estado, en ésta ciudad,
una multa de dos pesos· cincuenta centavos 6 á sufrir en su defecto cinco días más
de reclusión, y mandó amonestarlo para
que no reincida. Visto el dictámen del C.
Ministro Fiscal en ésta segunda instancía en que pide la conformidad de dicho
fallo por conce.ptuarlo justo y arregla¡io
á la ley, lo alegado por el defensor, la_ citaci6n para sentencia y cuanto más cons·
ta de autos se tuvo presente y ver convino
Resultanc-lo: que habiendo consignado
el ::leñor Alcalde 1&lt;? de esta Ciu·lad ante la
antoridad correspondiente á Arturo Segavia por robo de un reloj y leontina de
la propiedad de Don Jesús María ymar:eal para que se levantara la averiguaci6n re,pect1va,. se pro ~d16 en seguida á
!ornarle su d~c a ración mform,attv~ a 1_queJOSo y mamfest6: que el d1a d1ec1Slete
del citado m~s de Agost;', en la mafia na,
como á las _siete, ~e llevo el. almuerzo en
una portavtan~a a sn casa sita por la_ calle
de Galeana numero 67 de esta Cmdad
un moz~ del ~estaurant denomidad~ ''El
Sol Nactente de donde toma su asisten-

cia, y como notara poco después el acusador que le faltaba del lugar en que Jo
tenía, su relax con la leontina y sospechando que el autor del robo lo foera el refe
rido mozo, se fué al Establecimiento y en
presencia de varias personas le recogió á
éste d1chos o~jeto~. •
Resuha•· do: que' examinado el acusaclo
Arturo ~egovia declaró: que c• n motivo
de habe•le llevado el almuerzo al Stñor
Jesús 'Iaría Villarreal del Restaurant
,1amado '·El Sol Nacieot
e.u que traba
jab:t como mozo, v1ó un relox y leot,tina
y le vino la i&lt;lea de róbhrs~I,; volviendo
al siguiente dfa muy temprano, y notanfo qne h puerta estaba abierta se intro
dujo y se apo'eró dtl menc,onado relax
habiendo sido justipreciadó éste por los
peritos que el Juzgado nombró al efecto,
en la surua de diez pesos.
1
f'o si&lt;'erando: que la existencia del delito de robo que se persigue y la culpab;.
hda l del act,sado Artnro.Segovia óe jnstificáron perftctamente en la causa, e n su
propia confésióo, la que aunque por ser
aquel menor de dieciocho años, no hace
prueha plena, pero unida á las demás const~ncias prccesales, así como por haberse
hallado , u po~~r de Artttto Segovia
las prendas robada~, forma una prneba
perfecta; artículos 163 y 429 del Código
de Procedim'ent0s Penales.
Cossid,raudo: que el del'to de robo de
que se ira ta por haberse cometid,, en !p.
gar habitado está comµrend:do para su
castig&lt;', en el artículo 366 del Código Pena! qne le s , ñala de dos á cinco años de
pri~i6n ú obras ¡,úblicas á la cna1 debe_rá
agregarse según lo preceptuado por el
a1tícnlo 359 la de ocho días á tres meses
ie arresto en atención á la cuantía del
robo; artículo 356 frarc· 60 I del mismo
ordenamiento, estando en la facultad del
Juez imponer dentro de esos extremos el
térmipo que se estime justo de conformilad e, n lo que se establece en el artículo
65 &lt;le! Cuerpo d., leyes mencionado.
Considerando: que e_n todo caso de robo
cuyo valor exeda de cmco pesos, aparte
~e la pe~a corp)ral que corresponda, se
1mpondra al no una multa equivalente
á la ~uarta. part_~ del monto de lo robado
Y la 1nhab1h.taccoo para toia clase de hoaores, empleos Y c~rgos pú~licos; artículos 351 .Y 352 del citado Crd!go Penal.
Considerando: que aparec1end? de autos que el acnsa~o Arturo Segovta_ e~ ma_vor de catorce anos Y menor de dieciocho
la pena relacionada, debe convertirse en reclusi6n por un tiempo que no ~aje de la
mitad nt exeda de los d?s !ercios de la
pena que le correspondena st fuer~ mayor
de esa edad; artículo 214 del Código Penal.
Consideran&lt;lo: que favorecen al acusado tres atenuantes de primera élas&amp;, de
haber tenido anteriormente buenas cos
t?mbres delinquir exitado por una ocast6n fa .orable y haber confesado su de Ji.
to, y le perjudica la agravante de tercera
clase, expresada en la fracción XII del
artíc'.1!0 47 del propio Código, teniendo
ésta i¡¡-ual valor al de aquellas, por lo que
debe imponerse e1 término medio de la
pena susodl(ha; artículo 218 del referido
Ordenamiento.
Considerando: que en toda sentencia
condenatoria se prevendrá que se amo~este al reo para 9-ue no reinc_id,a en el delito po~ que se le ¡uzga exphcandole las
penas a q,ue se expo:1e _si contraviniere; se
1~ abonaran los sufrimientos que haya temdo dnran~e la instrucción cualquier:i
que sea el_ t~empo _q?e ella dure y que la
resp?nsabthdad ~1v1! sólo se decretará á
moción del ofendido; articulas 182 y 203
del propio ord~nami:nto.
Por hs consideraciones y fundamentos
0

,"

5
legales expuestos, con apoyo además en
los artículos 5, 10, 35 á 37, u5, 225, '287
y 348 del repetido Código y 4u, 425 y 427
del de Procedimientos Penales, y de acuerdo con el parecer del C. Ministro Fiscal
se confirma la sentencia de primera instar,cia que se revisa, y en consecuencia·,
,;e fall 1.-Pr mero: Se conrleua á Arturo
~egovia e ,mn aut, r re~ponsable del delitó
de robo eu lugar habitado, á sufrir la pena
de cinco meses de reclus'6n y veinticuatro días más d~ la misma pena, que comenzarán á cor,tarse de-de el día di•·ci~
1111, ve &lt;le Ag, st,, últim, fech, de,~n for•
mal prisión, y á pagar en la Recauda'ci6u
de Rentas del Estado en esta ciudad una
mn1ta de dos pesos cincuenta centavos ó á
sufrir en s11 defecto cinco dí,is más de rerlus 6,.-Seguodn: Se le iohabllita por
cinco años para tdda clase ~eh \llores, empleos y cargos públicos.-T,rcern; Amo:
néstese al r,o para que no reinéida.Cuésto: Se dejan al ofou,lido sus der,chos
á salvo por lo que hace á la re,poasabidad
civ1 1 ; y Qninto: N,,tif,quese y si dentro
del término J'egal no se rnterppoe recurso
alguno, líbren,e al Superior G. bitrno del
Estado los testimonios de ley. p•niendo
á su clisposici6,1 en la Peuitenc:aría al acusadn A:turo S·govia, transcríbase é,ta resolución al Jne, instructor y archívese la
causa. Así lefiuit,vamente juzgando, lo
·esoh-i6 y firmó el C. Lic. V1viano V.
V;JLrreai l\fogistrad, interino de la 3'!S1la: doy fé.-Lic. V. V. Vi larreal.-L:c.
León E. Aldape.-Srio.-Rúbricas.
--Secretaría de la r."' Sala del Tribunal
Snpremo de Justicia,-Monterrey, Nuevo
León.
·
Monterrey, siete ne Noviembre de mil
novecieoto5 ocho.-V1sta 1&gt;s ta causa co
menzada á intru,r •le, licio el dos de Mar,
zo último ante el C, A'cade 4º de Galeana, N. León, contra Victonaoo Gaitán,
casado jornalero de cincuenta y seis años
de edad, origina;io de Peotiílos. E. de San
Luis Potosí, y vecino del rancho de Sn1
Joaquín cito en jurisdicción de Galeana
por el delito de robo.-Vistas las dilig~ncias del sumario h confesión con car"03
tomada al proce~ado, y lo ale¡rado por°s11
def.ensor en la r;" instancia 1 así como la
sentencia pronunciada el qui nce de Octubre último por el C, Juez de Letras de la
3. °' frac. judicial del Estado, cuya sentencia concluye con los siguientes puntos
resolntivos:-Primero: se ,1eclara á Victos
riauo Gaitán autor del robo de una vaqmlla, en los' términos que se le h'izo etcargo y se le condena á un año de prisión',
y un mes de arresto á contar desde el cin, '
co de Marzo último en que se le declaró
bien pre&amp;o.~Segundo: se le condena tam- ·
bién á pagar en la Recaudación de Rentas del Estado, en la ciudad de Galea·na,
una multa de cinco pesos, sufriendo en
su defecto diez y seis días más de arresto,
y se le inhabilita por diez años para toda
clase de honores, empleos y cargos públicos, disponiéndose ademá~ que oportunamente se le amoneste para que no reinclda.-Tercero: Notifíqnese.-Visto el dictamen del C. Ministro Fiscal, Jo alegado
por el defensor de oficio, y la citación para sentencia con cuanto más consta de autos.
Resultando: que Victoriano Gaitán
s'ieodo sirviente de los Sres. Jesús Marí;
Moneada, Sucesores, á fines de Febrero :
próximo p:isado se robó una vaquilla del
agostadero del Rancho San Joaquín jti·
risdicci6n de Galeana, y después de 'ma,
tarla se llevó á su casa el cuero y la carne
de donde se le recogió ésto Juego que fue.
ron descubiertos los hechos: que habiéndose iniciado esta averiguación, el procesado Gaitán en su indagatoria respectiva,

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PERI0DIC0 OFICIAL.

PRftT0nTC0 OFICIAL.

6

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·
· t,,.-Tercero·. se le 1'nbab1')1'ta por d1'ez afio&lt; Reinaldo Pérez, habiéndose
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confe,6 terminantemente su d ehto
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d 1i·1fticado
0 10
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c·1ase
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honores,
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y
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igualmente
que
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festando haber d elmquido aprem1a,,o por
I
· y
según se
' y que aunque no gns
la neces,'d ad que tema,
·, públ1·co•.. -Cua,to·. Amoaéste.•ele para fué el pr11cesac
d lo goacto
·
fon,·,n · udic•al
3
estaba segnro d e que la vaqut')) a re f en'd a que no re1·nc1'da.-Qt11·nto.· se de¡an á la esprende e su propu,
b con
I esio t
n su
tuviese el f ern de lo~ S res. Moneada, á parte ofendida sus derecho , á salvo en que por si sola prue a P en~men e ~ d
q uienes pertenece el aRostadero donde cuanto á la responsab1lidad civil,:--Sexto: contra, Y por otra part~ .eStil c~rro _ra a
aquella se ,neo• traba, como nic h o agost•· Notl.fíquese, y si· detJtri&gt; del térmmo le.,al
,. con el dicho
é def los testigos· presenciales
d s Artº
dero está c, r~~do .Je al~wb e y en él sola n" se mterpoue recurso alguno expídei: se que tamb , 11 ueron exam•na O
C,Od •
mente l'stán las r~ses de lo, ex,.resados l s 1est11nr&gt;nios de estilo, pouiéndose á 4 15, 416, 419, 4lO, 4 23· 4 2 4 Y 4 25 e1
•
Sres. Moneada, era mdudable que á éstos V ctnriano Gaitá a á disposició&lt;1 ,..,¡ Eje- dt do.
b'
· t e •ut,vo del E,tado ea l• cárcel públic• de
Cnn siilerando: qnedeautns
mismos S res, perteneciera e1 sem•)vten
d y•parece t ien
en cuestión.
ciudad G ,leaaa Nuevo León, traascríba justificad • que el e ncausa o 011, no uvo
·
se e' -ta
h abiep'1•
R&lt;snltan d o: que 1a parte of ,n d I.d a rm• resoluc1'ón al 1·n'er1
" ·or para los efec ntención de cansar a lgún dafi ,,, Id
· formac ó 11 test,m ,n1a,
· 1 para JUStl
• ·fi t 5 leg•les
y arcb'ivese el proceso en su d•) resultado herido el niflo Reina
d'ó 10
,
d o · de •
car as! h propieJa l, preexistencia y fa lta op, rtunidad.-Así definitivamente juz- r ez, debido solamente á la im_pru encia . e
posterior de la vaquilla robada, como las gando lo reso 1vió firmó el C. Magístrad1 • aquél el que s~ puso á maneJar una P15•
gestiones hechas para recuperarla; y dos 1e la 1. "' Sala del Supremo Tribunal de tola en cond1c1oues que poJna causar, mal
peritos nombrado~ al efecto por e l Juzga- Justicia. doy fé Lic. Leobardo Chap~.- á ~lgunas de_ las personas que estaban
do, atendiendo á las cc&gt;nstaacias de au o•, Lic. Elenterio Lozano.-Srio.-Rúbncas. ab1, ca ese mismo lugar, . por cuya razón
el homicidio de referencia debe tenerse
valorizaron la misma vaquilla en la suma
de veinte pesos.
Secr, tsr(a de la 111- S,la del Tribunal como de culpa: que fácilmente puede preCoasiderando: que con la imformación Supremo de Justicia.-Monterrey, Nuevo ve~rse el dafio que puede re~ultar al matestimonial rendida por la parte ofendida Le6a.
neprse _una arm~ de fnrgo stD tomar las
y con la propia confcs ón jtdicial del pre'·Moatf rrey, veintlnueve de Octubre de precaucione_s debdas, P.0 e st º que l(ara eso
cesado, durante la ,nstrncción se just ,ficó mil n ove• ie r, t ~s o ho. V ista ésta causa b~sta_una ~imple atenci .'J n Ó reflexión orperfecta y lega lmente, en los térm inos del comenzada á ia s.tru ;r de oficio, el vei oti• dmanaa; Y como en el c~so de que se traArt. 415 del Código de Procedimientos trés de Agosto del añ o en curso, ante el ta, el enc~usado tuvo. tiempo P•~a obra_r
Penale~, la exi stencia del delito de robo C. Juez de Letras de la 7~ fracci ón Judi- con el ct11dadll necesario, e l suscr ito est1c ometido por Victoriano G1itán de la ma- cial del Estado, contra Ignacio Yon, sol- maque es grave la culpa a ntes refer.da .
uera aatPs expresada.
t t'ro, labrado r, de veiotitrés años de edad, Art. 12.frac . I YII del C6d .. ~enal.
Considerando: que el robo de referencia 0rig aario de la V ,lla de 8antidgo y veri . Co~stderan do: que el h om1c1d ·o e~ cuesbab•éndolo cometido un sirviente contra no de Montemorelos N . L eón, por el deli- t!Óu s1eado de culpa grave debe ~ast1g,rse
su amo, se castiga seg ún lo dispuesto en to de bomicicJ io,-V,stas las diligencia, con la pea~ d e dos _ añ?s de pnstón que
el Art. 363 frac. I del Código Penal con del sumar io, la confesión con cargos to como te rmtno medio 63a el A~t. 1 89 ~r~c.
..s~is meses de arresto á dos añ o'l de pri• mada al procesado y lo alegano en la pr•· I d ~l C6d: Penal ~nesto q_~e SI hu b1e\a .i l!ión ú obras públic.is, á la que por pr~ve- mera inst ancia por su defe osor.-Vi ~t a la do m te_ncw,aal sena t amb1en,. cahfi ca , o y
nirlo expresa u•eate el Art. 359, se agre- sentencia. pronunciada el vei nticuatro de s e castigan a con la pena cap ital: que fa¡
g ará la de t res á n ovP.n t a d as de arresto Septiembre último p'&gt; r el expresado J uez vorecen al procesado ? º s at nuantes de I ·
que corres ponde en el caso at endiendo á de Letras qu ien tenien~ o á I g·iacio Yon clase,. la de hab,·r t m1do b uena con ducta
la cuantía de l robo q ue es de veinte pesos. co mo respoasabl e del delito d e h omicidio ant_er1ormente Y la~~ haber ,con fesado su
Art. 356 fra c. I del Código cit ado.
de culpa grave, per petra·fo en J;¡ p •rsona dd tto, y n o le r er¡ nd1ca n ng un a agraCousiderand0: que en favor del procesa- del uifi , Rein aldo Pérez lo cond enó á su. vante, por lo que de cntJfonmdad con lo
do concuren la atenuante de I."' clase d e fnr con calidad de reten~i6n po r u na cuar- di~ pue~to en los Arts. _66 .. 6 ~ Y 22 ~el
h aber confesado su delito y la de su ,les- t i parte más de t iem po ea su caso, la pe- Cód. citado con ced_e d1sm1i::mr pro porc10valimiento y miseria que se esti ma com , na de dos afios d e oh ras pública q á co nta r nalmr_n te del med10 al m1n1mo la prna
de 3." clase teab1 é11, por lo que s uperan- desde la fecha de su forma l pris•6n, lo con que fi¡ :i_ la ley..
.
do el valor de aquella , en noa unidad, denó igualmente á reintegrar en la Teso~ns1de ra_n ' o : 911e lo, honor ar ios de losprocede im , o oer al encausado una pena rerh Municipal de Moatemorelos los h o- peritos qu_e mt1:rv1e~ea en u 1 pro~eso .por
j)roporcionalmente menor que el m t dio aorarios de los perit •s que inter vinieron nombra mient? J 0 _d ,cial, los pagara e) tearitmético de la que fij,¡ le lt y, sin legar en el proceso; mandó amo nestarlo para soi:? d~I t~un •cipto e a que . se cometió el
al mín imo. Art. 35 á 37, 40 frac. IV. 44 1 que no reincida y dejó á la parte ofendida delito a reserva de ser remteg rados por
47 f,ac .XII, 65 y 220 del Có hgo Penal. sus derechos á salvo •n cuanto á la res• la persona que fuer➔ declar~,i~ culpable
Consideranoo: que cuaud" ,e cometa el pon,&amp;bili ,ad civi!.-Vistos el dictámea de Arts. 220 del Cód. de Proced1m1e11tos Perobo en una casa estimable en dinero, se C. Ministro Fiscal, lo alt'ga io p ,r la de- oales.
impoad •á una mulh i~u , l Íl la cuarta fensa de oficio ante esta S•la y la citación
Consider2ndo: que en toda sentencia
parte del vabr de lo rob3io y qne en todo pan sentencia con cuanto más consta do condem,toria se prevendrá que se amonescaso de robo en que se a..,liqut! u aa pena autos y
te al reo para que no reincida en el delito
más grave que la de arrestn mayor, se 1mResultando: que el veintitrés de Agos- por que se le castiga, explicando las
pondrá ademas la inhabilitac1ón corre•- to del afio en curso, poco después de me- penas á que se expone, y s¿ le abonarán
pondiente por die~ afios para toda clase de dio d a, encontrándose el jóven Reyaaldo los sufrimientos que haya tenido durante
honores, empleos y cargos púb 1cos. Art. Pérez com, algun:ts otras pers:mas en la la instrucción cualquiera q11e sea el t •em150, 351 y 352 del Có1igo de l'roced,. barbaría de Juan Gucía, s ,ta en la De· po que ésta dure, dejindose á la parte
mie,, tos expnsado.
marcación de Garza Ballesteros, jurisdic- ofendida sus derechos á salvo en cuanto
Considenndo: que en toda sentencia ci/in de Montemorebs, 1) ¡:-ó Ignacio Yoa. á la responsabilidad civil, si como en ésta
condenatoria se prevendra que se amones- quien por cnri&lt;,sidad cogb una p ·stola ca usa no se hubiere gestionado su dec' a•
te al reo para que no rincida ea el del to que tenla Juan Reioa guardada en una -ac ón Arts. 182 1 208 y 287 del np.tido
r or que se le castiga, abonándose 1e lossn- caj? y saló del Establecimiento á d ispa C6d. P , nal.
f im ,entos que baya tenido durante la ins rarla, pero como ao consiguió que d ich a
Por lo expuesto cnn apojo además ell
trucc1ón cualquiera que sea el tiempo que arma di~ra flttP.g ,, se introdujo d · n uevo 'os Arts. 5, w, 32 , 35 á 37 40 fraccion es
éata dure, y qne la r~sponsa_b ilidad _ civil á la b:, rb ,ría y al pr· te 1d,·r sa~car un ca~- I y IV, 49, 88, 2~ 5.- 51 517 520 y 528 del
110 pnede_~e&lt;.&gt;retarse SIDO á 1nstanc1a de qu11lo á la pistola r~fcri do, . d,sp ..ró é , ta m1s,!1u Or&lt;1e nam1en~o se reforma_ la sen parl:e_ leg t~m_a. Arts. 182 1 208 y 287 del ca,usan do el p1:oyecttl el milo ~ey!laldo 1eoc1¡¡ d". ¡'!&lt; •nst ·nc1a qne se revisa y se
repetido Cod1go Penal.-P,·r lo expnestn Perez, una ~er!da ~u el muslo 1zqu1erdo, falla: Primero: Ignacio Yoo es respo nsacon apoyo además en los Arts. 5, 10, 32. ,te la qu~ d¡ó fe el 311zgado y á consecuen- ble como aator del del ito de homicidio de
49, 88, I 15 1 225 1 y 348 del mismo Orde •a• ci~ de 1, c11al fallec,ó d v~lntinueve .del culpa grave referido, y por tal delito s e le
m .e _to de ~cuerdo con el parecer d el &lt;;- mismo mes de ~gosto, seglÍn l_.&gt; expresa condena á s ufrir la pe na de un afio orh 1
Muus~r~ Fiscal_. se ~on firma 1~ sent•nc1, r~n lo,; facultativos que antop3taron al ca tn&lt;;se~ de pr isión que se conta rá desde el
de 1. 1?stanc1a s113eta á rev1s1?11
se !11 , er Y. .
•
vemttcuatro de Agosto del con i n te afio
fall_a: Primero: se con-lea~ á V 1,t_on ,n ., . Con std r •~ il_o: q:te durante 1~ rn~truc- en q ue fué d.:cI..rado for mal mente preso.
Gatt~n como autor del deh to mennona tu c16n cou la fe 3nd1cul del cada ve r y d -Seg-u n ·o: se con dena t ambién a l ex•
6 sufrir l_a pena de un año de_ obras públi- la ,lesF,n que presentaba, con t1 dictá~ , n pr~sado Yon á rdnte~rar en la T rnorería
n, y t, eml.\ &lt;las d, «r•;·st • ~ c&gt;&lt;n,ar d, md co l,¡¡-.,J ren".1,do por ,los fac ultat1vr., Muntcipal de Montemore'a.~, los honrr ade d c ,•.1&lt;0 de Mar,~, 1&gt;,r ox.1110 p,,a o fe- 1,c p&lt; ct'ciron 1~ ~11tops1a y con el cert. r,os de los f~cul t ativos qne por DL•mlirach l d" ,,u furm, 1 rr1,10n.-Segundo: se le ncad. de_ defttnc,on q ,J e ohra e~ au_t,1s, se mie~_to ju die al inte V DÍ·:rnn en el procec:0 11 icna tamb,eu ,l pagar e'l la_ R cauda- C&lt;&gt;mpr?bo plenamen te ~o lo; te !DI ,os d -;o, lercer,; se le amo,e,ta p ra
ue 00
1
c1ón de Rentas d 1 Est -do en cm da l Ga- los art•culos 153 V r 59 del Cói. de P,oced. reincida, C 11 art ·,· s~ deJ·an a· ¡ ql d
·
f · d ,
'
¡
•
.
• os , eu os
1 dde _cwdc?
leanafuua wd néta
pes,'.s , sdu ne~ , ."d~a,e- , a exd,,teuc,a !, 1 d •li t,¡ de homt &lt;le! occiso s us d, rechos á salvo en cuan to
en de ~ctí&gt; e sto 1ez 1as mas e arr, s c1 10 perp. tra ll eu la pers)na del mño á la responsabilidad civil.- Notifíqmse y

d

º

0

r

.7

dése cnenta.-As{ lo re~olvi6 y firmó el
VENTAS DE PRENDAS.
C. MAg strado de la 11/&lt; S ala, doy fé: Lic. Loo dfao 1! y 16 rl• Abril y 4 y 6 de Moy o próximo
Leobardo Cha pa.- Lic. Eleuterio Lozano, s:t b ar#\ de la~ cnmpJh:taq q ue f-XletAn en Ja casa dA
"'ID P' fl 1 •La S'lrt.Uori,,». corrPpondle'OteA á h11 M P Bf'fl
Srio, Rúbricas." - "Moa terrey siete de de
Se ptt., m bta y O-t.1 b te pró:x!m o8 p aea do.i y les ven
Novi6mbre de mil novec 'entos ocho.-No oldas de p l~ z, c1nve n oional.
f'Bte m ottvo ee au pllos. á 1011 tntqres l\dos á e11roA
h abiéndose interpuesto recurso a lg,ano. de seOon
Alr van ocurrir eu t lt•mpo babll á deeempañ a.rla e
la anterior sentencia dea t ro del ter m1ao rafrandRrlu 6 á pr,::,,Pflnclar eu Vt"nt11..
Mont;:rrey, M&amp;r',. 30 de 1009 F''"8.nolsco Onrd.1_.,.
legal, con fun d~mento del Art. 451 del :]arza.
e, 27.2Q,2~
C6d. de Procedi wiento0 , se declara que ha
causado ejecutoria dicha resol nc!ón , _tn
E DICT O.
consecuencia ex pfdanse los testlmomos Ju,~d, 2 de• lo Civil.-!! Fraccl6n Judlolai. --Eade e,tilo poniend,) á Ignacio Yon á tado lis Nuovo León.
f•f'h'l orh, ~ol mPq AQ C'Ul'fl'\ R" mJtl'\dl\ ~d'&lt;"Al'
disposici6u del Ej~~i,tivn ,"n la cárrel pú '"Pon
eat&lt;! J .,z { o, 11uie' dq h•t st11. in dtt l.11 Sro, ~Luz
blica de Mon temorelos N. León, hág:ise Uin~1j ~a•1, \'~&lt;J!U'\ qn f11é .:iP 111Ha r"';l!J(l~,!
Loq'l~sehii:,es her -lp~b+,·oil fi'lrlPqU"'tinrer"o•
la traoscri¡,ción correspondiente y archi- U\Sq·1esqcr~Rnoon
i•-rt·Ob á. a·suoa'O,·. APprf'8~1!l·
vense los autos.-Notifíquese. Lo decretó t.~"I fi. de1nnirla dt-ntro det térmioo QU"" e iid el art.
del ('6 Hg" tifl P rooadimt «nt•·a C'livilee.
y firmó el C. M,gistrndo de la 1~ Sala, 16g.'i
Mont·,1rr,~y, ~arz &gt; 29 de iuo;:¡ ..-Lic. J. º""''f'l &lt;ln•doy fé. Lic Ch,p •.--Lic. Eleut,·rio L~- lardo, Srfo
o."(".n7 ~O ~3-~62
zano, Secretario Rúbricas.''
EDICTO.
1

&lt;?'-1 · ,1"' LstrA.e

r ...

,eo, N. León.

dt◄

EDI CTO.
Jnzjlado 2' de lo 0lvll.--1• frsccl6n Jadhl•I. - Esta
do de N. Lt'On .
Con fec-ba v~tnttd6s de F . brno 111nter lor, ee rsifkc)
en ,.¡,. Ju,"°"do el Juicio da lnt.eet, do del Dr SA&lt; nndl•

DC'I 01",T1-8 y Qqrzfl, vAf'fJ1 0 quA fué de eeta Cinda rt.
h·: qu a, h••Cf' eah-r el ¡,Ob lt&lt;!O p11ra QU"' ha qoA ee
"r·• ~.n con f1&lt;JrH· h,._, A
b•rflnoia, i;curuu á deauotrla
n pi térmfro qu,~ fiJa !i; Jpy.
M&lt;, n t...rr,y, 4 C1e .Mu zo e.e 1Úl9.-Lic . J Gr ''.' Gua..
llrd o,--..8rio.
o.v .~0,28,:t6 169

EDICTO.
Jazgado 3" Oona'.ttucfo sl t am :;u , ~ TA"ón.
Oon fecha. t rece del corrf&lt;ir1t:&gt; y oor 1 µ· a1 r.i6n d, 1
O. Japz da Lqtree dAesta f\• fl'aoot6n jurilci, 1 "'"' radJoó
An

'"""tf&gt; Juz~sdo el juicio lie toteFJtam"nt•rí-t.

á bi~nfls

,i~ fo1 6 1·\11 •A qrA ~íosé fleroáni,,z y C.u1ota OáodarA
ea PSpr EIA. 1 VA~lnrA qU&lt;t foe1'(H1 ~e uh ciot1a "'·

Lo

h 1cq ~.:10 .. r Rl pt'\b'i"o, p'lr&amp; qOA J,-a pMao1111 h~r&lt;&gt;1lei4, "" Pl'f!APn •
Uln d. rleíluoi r l" ~n e1 tli"mfm, qu"' ftffl11-ls E-1 Prt 1686
del 01\ Ha-il rla Pront=i'ifmlent •P PtvU e
Lamo,rnnfl, 19 df'J Me.rzfJ dJ:t 1909. R a.faJt1o I r11Pg iss.
-A-fg,1aoi0Jafmes.-A-Oreeoonclo Jimé n· 7..
q119-9a

"ª'J qr1P8l\ cr, a•icon rlftl"Ac•ho á

o. v. 27.10,83 162

Ja a fraootóo Ju H.

EDICTO.

J1-z,!'111,, 2-' r,o ~J.· Grttl B aro, N r
O..·n f-'('bt1 iHeofc,cho d~l actn,l BA r !ldicl\ PD e11h
a~a.,-,,.... e' juicio" .. int.P~tsaumt.,n-fll 4 bT1mP11 ,lA ht
Con f•rh 22 rlPl actn IRA r11 i ,, n
z .;'1',,_ de
1r'l. Rfh OoArrn. Vda ú, ~.sn~1l:R: 1 V"' tna que fo~ í.Pt"RA-i&lt;1l\ó~fr10116•1 jui.l1lf1i 1 .. 1 t-i!1ti 111. y tt"4 m~.,.
tA f'Bh Oiu'1rd.
'11\ &lt;t f\1&gt;t: j •t7.W1'1º J&gt;ftl"A In. RnP.tauot ol6n r e111 p dtv• , , 1
L'1 qfl•• BO b'lco sr.bPr ~1 pt1~lfc'l J)·\\"" q ,~ 1, • ·1'"r:-.'1- J•lioi-~ -1 rt · A~1.·\,.,,,iA n ....n F ➔iipe R'-lyoR , V· o no q'1.&amp;
1se que se f'· Tt&gt;&amp;D o ,n -iFrechr, á 11. herenol.1:t. "' •·,re;¡,.n (116
e :'1[ 1 r T 1m'lU foil.... ,•""' 111, 0&lt;1 11'{1" g11•tfin del
t,qn d. d fl! rlu ol r1a dent ro ,i.el térm -no ph-ventd" e n ~,.,. 1 rz. ,, 1.,n:lr- fR. 1..·C"lfl P' 26 r\,~ Jn"'n rl· 1RP8 ,

NOTIFICACION.

J

nrt. 16M del 06~1go de Proce '!miento• Cfvlleo.
Y por ril:1P"'8tcl6'1 d--11 m',. ri, ,Jf i(1.1 . A m1n1-1'a,
1c
LlnArf'III, Marzo 21 de JD09.-Lto. Lnfs Treviiio. - pt1blfr,1&lt; r el p rasent A o'" tr A .. .,. ~
' z
\ -..Aguat{n C. OtU"Oia-. -A - A nt onio Barren &lt;lRrcfa. dfac:.i, en e l P srló dloo Oacl11l y V z •
•
o.CJ7,30
R!t
Sr. J uaa Blacblla
'1A nonformidad y p ar A loB ef-cti..&gt;s del arto. JGJ:; aol
1
.,.,
Jr"' ,tA Prooi:&gt;dlmlen t os í'i v11 · e ·
En el Jo.lelo bl pnt.a(•arta de prooedt mtentoA cnnv "n
26 1n 1"ft1•z., d,. 191l9 -Manu el Uarn.EDICTO.
fflond q ae con tra u.:1. t'eoa p romovi 1o el Lto 8.:U.va•
A --.. Y. A.\' g .
, n1tf .. V~l'a.
d or Oo!ldln cem " Ap •'.l:!A"a.do g,meral d e la SootfldAti
o ~ 21. •o.~~-16,
Jn,;g&amp;do 3 ' Oonetitucfon!ll. de ia Vllla de ti ... uUago,
C,,op~rn.t.lva d a Ah.,rros é l 'lVPrrionoo d e Mon t errEy, N. León.
,1

1

ba rAOatlo u n 11uto d~l t,e.,or ¡qtgul•m~i":
fecha de syer 98 Y'A.dlcó PD el Juz~aio deLetre.e
Monterrr.y, Muz, vdntt, u~t.-,, ;iA mil nnv,•clert ·1:1 -teCon
1 , 2 1 f,.~,-,o;óo jnrticta1 "'' juiP.10 tlq ,nti!"t'"m· ;ch-fP
nuevi:J.- A 80'4 a o.t-\OAdente~. y ,,f-.1""º ct"rtos loe bo.,

NOTIFl 'ACION.

J ())l.VI.ZJ~. VPr1n.., q, f',ryf. ◄ 11 iP11tft
J uzgv~, 2 L· o. · I,·,tu 1 0 Monter '"1fly, ~. LeGn .
c:hos ª"'mtadoe p ~- r e l º "'º""~' t e. O".lm '&gt; B~ pid A rá v, l'l f' U IB ooo,rregRclón rle S-1.n~ R •1w h,
q u eoag A rem atq la, B.noae blpot 1"S1.rl~a por el prPoto
Sr Santiago Ten, (Chi n n.)
Y p ·lr d lsp,eloió n del m linno Ju,:g-t lo re m --1n :.r
do m tl PP8"'8 Md &amp; una. annnntantl(':88 PO VAr: t A J)nJ' ou b fcar por t -rea V PCU de d in ~n d ez: dfae " D el
~;n
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v b J ., r Uaq,rio qa.a eiga:tA11 i-u M u f;•a
tres veoee C'ln!l,c.cnt!vee e n ~l Pfl rt6-11r,o O llclal v ffj ~n Pe riódtoo Oflcls l y Vos f'.te Nuevo lr fm d e onnfl'l rml
G F u&gt;r " e &lt;Yl tl J,. r ~pre1::eo ta&lt;'fón dAI St.
d os~ P"-"' qoe b 1oga 1ogar l~n.lmonedael d&amp;oi m ,.Jq til~ d, 1 y pnr a lofl e f --1ot,03 del &amp;rt . 16qñ ""' el f'!6 ii a-ll ( f) rlt A".
frPé A. \1:.1i1t ... m11y o r aob ri, cobro de p eaoe b t1 reoaUo
io d ía hlbH dA1tp'.l6J d .- la t1 t fm ;, l)Ub ltol\"1t'm , 1\ JnA
°'r 1ci:,dlmi'3ntne Ci vi lf" ■ .
11•· d·, q" ti l lr t -R "in A·
dfe11 de la msil'lnit.. Notlffq n"RA, Lo decr -t'&gt; v fir'll
ll11 '1 e s ~ntiaito, to de Mitno ñe 1900. -fr•e6 P .
"\f t...
• t "i:&gt;l"A ,-le MJl"Z" f\e mil noveclentoe nne-el o. Jnei 9~ rlA f,qtr'llill -t At R M'l &lt;'lt vU: iio ,
-w,~ . R V•tlrfgarz
-A-T-.::óOJo Garza-A- Martín -nM.
VA ..... ~. h o
· o · m:•.:o.H ·Mo Pl demando A oonteaLn na.-r.,tc . .1. íl- ll"'"-rBfl1 ..ia.~ 1-.. c:t~t-,,-Rdbr:lotut
O . V , '17.3J,33-]62 t-i.r 111.1, m u 1· P" .,.u s•.&amp; 1f~a6st a p:&gt;r contPat -ta r n
Lo quAee. roTlfl.•r, Á lJ.t. "-n ""'ta ( -1'm11 da a.·m~" 1,
'19flttdo n .. 17~;t1v y á bl"a8fll el Jniclo 4 r,rneb11P por ol
con lo dle~u- ,.t
,. t.l a:·t:. 73 •1fll í)ódJg o de Pt°'!"·
térml ,. ,i .. v~l"te d{&lt;1 a onmunee é m prorr ~11.bl,!8
-oedfm!ento• O,vllea.
t•11ra a~h M; .,., .. tPR 11rt 1080 d el Código dA Pr·•"':'-ti{Mon tit ?Tf'y t8 «~ M .J"zo J e 1909 -Lic. J . G u( fa t1 u
(!l ~, ... ·,;,.-- 1,..&lt;¡ N,1 ■ tfqur@a Ael lo prov Pyó y fi rm4
jardo, Srio .
o .27.28
R .. -t\hH
\tf-xicei.na • .-Prdldencla Mu..rlclpal ·"'
íJ Ju~ .. zo vr~nor LfltrRdo: dsmos fé.-Lto M 06·
•.font,..r rev, "J {4 (m ,
Pe cor1form ida&lt;l t•on lo d ispuesto en el ,.artículo 25 y m z R, h:tteros ..-A- A. GOmez •--A - B P, 1':1.010-:t. .. n e¡ 670 clel óc ligo' ivil \' i;?t&gt;nte. se hooe saber a.l público, R 'b·l
/¿ )
qu9 ea n otl 8oa A Ud. p!l'tA qu1 Pt11
··-.•to
1_ue en la 1' sorcrfo Mn nfoip»i dP t&gt;sta ciu&lt;lacl, existe tlepoN OTTFTC\ CION.
~1tudt1.. ln ~a ma cl&lt;' $87 o.➔ 0clw n t;1 ysil•tr¡wsos ocho cenb1vos rom; Jo nrevlene el art. 78 del 06 .ig&gt; d, p,, o"11J ·1,:g1vln r,o ele lo j \·il .--1 • frt1.cci6n juclíciul .--EMt&amp; "" o d( prOCOOcntcs ,le los solm rn t1•i- de ¡ir11&lt;'nth1,; de plazo cumpli- ml•ntoe Clvlleo.
Monter rey, Msrz? 25 rlfll 1909 - J fo. M. G,)Jlez R:"': Nut&gt;rn e1in.
lo eu los remates etl'Ctu11tlof.l llu r.1.ntc los Je FP hrer"' Mnro.,7 8
zo Abri l. M1lyo, Flcptiemore y Octul&gt;re últimos, por IM lleateroo.-A-A, 0 6me, .-A ll. l'a bOloe.
Sr. R ayo Zapién.
,·11sas de empei'fo denominadas • I s. Fa vorittt.~, • ◄ 1 Fénix ",
!.u ~ílncnn. lf! a ldett.11 La Surti&lt;lora•. • \lontt, de Pie&lt;latl
E ·, f' l jnfo1t'l- h O· .r. ·•uT, tlf: pron,. ,m 1')nt o ~ n vcn
EDICTO.
le \f onte rrl'r", \' -...:11&lt;:eur.alt'~ ~ (ls. 1 y 2 del mismo · en el
-olooa l q,),. b •f.11
.'1-'&gt;t'l• ,, ~o ,~f•d· t.,. U 1 • ~1 S ... 1 J,-.
·Qneeptó d,· 11"· : . r;t...;cunidos 'il'i:- me~. l'011la•lo~•,Jt&gt;srl e
Juzgado 1" de lo Otiminal. --1• fra.oei6n judicial. -EaSatvador G 1ozl1 . com • PfJt.d"rJt.do ª"' ra 8 ·olfuia., hoy, Uv com¡,,m L:i·•r,· p.'-r:soltu. al¡;11;?a .¡ th:lamar con j 11 ~to
Ooop erl'IUva o o ~ b .,rr. e 6 [I\v :l"Rlrm~e de Monterrey y legitimo titulo. lus exprcs2ulns demasiM . se les mit.ud(lrá t:,do de Nuevo Le6n.
h a rooa1do un anL? df l t ~ri o• ,dgaientA:
~n la nau ~ 1 n@trnlda oontl"tl Aguettn 8 3r ne. p or er
i1;1gresar en la Recaud1Wi6n &lt;le RentM Municipales de e5-ta l~Uto
de amagos á mano armada. ae ha d lct.ad , un
Monterrey, VPint1&lt;-u-.t1a de M11no d e mil novecfen- erndad,
de
acuerdo
con
lo
prooeptuado
en.
el
citado
ar1.uto que &amp; la 1, tra dice:
·
toa nueve .-Al jutcJo á que ee reftare v cnrnn ea pfile 1:.foulo 25.
Mont.err&lt;&gt;y, Mano dieciocho de mil noveefet&gt;toa
cfteae para asnteuota de rem~t .,. Notffiquea~. to
Mont~rrey
,
7
dft
Diciembre
de
1908.-P.
C.
MartfnH
nuove . -8tendo neoeaarfa la compareenenoia En eet;e
proveyó y tlrmó el O. Juea r.' de V'tr&amp;';I ct~l Ramo
119100101-H. 11 M. Juzgado
de Jeoda Mendozo. Fellolano Vlll•rr•al, HerCivil: dov f6.~Lla . Luna. - Llo. J . G,rda Gu, jaro,, B. Ramiro• Angnlano, Brlo.
flrio -Rdbrlc.._
meneglldo Gutlel'N'z. Fellotano Trevlllo, Juan PenLo que 10 notf1io&amp; i Ud f!n Mta f(\rma de aouPrdc.
lee, Olemente Barrera y Euatollo Gu•Jardo. para la
EDICTO .
con ln df•puesto en el arb . 78 c!e l 06dtgo de Prooedl
pr,ct1oa de dlllgenclao en eote proceeo, 6 lgnorúdooe
Jnaga~o 1• de Letra• del Dlotrlto de Rlo Grande en aotuol ffi!idenolo, olteoelea por medio de edicto•
miento• Cfvll••·
queepubllcañnpor tre1 veoeacoasecuttv■■ en el
Mon~rrPY, 29 de Marso de 1909......tJo. J . GA"'!' O+, P. D11z,.Ooeh deZafl!lgosa.
GuaJa.rdo, 8rio.
,
o.27 2}.
Po,..ut0 de ootB fecha.,¡ O. Jn•• 1• de Lotru. Llo.- Perlódloo 0fiolal del Gobierno del Botado, , In de
i ,1 '1r. Alfr,c:ido

'"'º"

r,.

DE MASI A S .

a,

'J&lt;vld &lt;lo •;l.•• 'l'revilio, h• mandado d•r po• radloaeo .¡ oTOpb Jusgado, •' Julr10 de tnt .. todo A ble
"' " del finado RACundlon Vatdlh. ooofno que fu6 •de
EDICTO.
6sta Oturlad, dleponlf'ndo &amp;A ,,,ovvqu1&gt; p•u• edlctof!I
Jo,""~º rl• L~t.·a, de la ai fr&amp;oolón Judlalal.-l'Ulal· publfoadoo eu el Perlódloo OfiJ!al de eet,, • Katado y
d !! m .. , !,:' lA&gt;ó •
·
·
dq\ de Nu9vo León, ea la forma que previene el art.
·!'o· ( h .t '-'"' ! Of fi!"" rFdlc6 en este .fu1pd'l ~, julnf &lt;760 &lt;1•1 Código de Prooecllmlentoa Clvlleo &amp; lu J&gt;f'?·

t A i ,t.• ' -t9 6 b ' ~nes de la Srfforlif. ·.\f,n•J14, d, J ~~
S n, "' Veta. Qtj Uunzl1ez, vecina qu,q f116 r fl -,.. t ..
Vl!la.
Lo qno III pnbllaa en ..., forma para qus i... .,.,.
eon11• que N cman • oon derecho &amp; la ht"rPnola. a
J:r:nten i declnolrlo dentro del t.érmtno que flJ•

nnl\9

qu

1 "~

que oompare,oan dentro del t6rmhto de 1• ·pnbllca,
ol6n, 6 de loe die, dfaa pooterloree 4 la dltlma, .._.
mléod-, la pollola lnveotlgue on paradero. A'II. y
oOn tundftmeiltodelodtepueet3·por _lóa ·ertfottloa i7
y 231 del C6dlgo de Procedlmlen'°9 Pa,,oleo ; lo d9nret6 y 8.rm6 el O. 'J-u- t• de Letraa dol Ra'»fl P ~r+At:
doy f6.-Llo. JMdl M. del Boaqne.•-Llo . V T...,r- f! J

onnelderen oon derecho ·, 1~ ·h.,,rencta, 8rlo. ---Rdbrlou.

_

•

•

'. · ,. q_a ... " P"l"f.loBenten , de,.uotTlo dentro del t6rmJao
Lo que se.manda p~blicar en ~..-fo~a en curnplimien•
..... 1ir .. 11t t,11. 111 .. a dNpo61 d.- la dlthna ,1nb'lo-cf0n .
to del auto mserto.
·· · -. ' 1 •
S,1 oump:tmli,nh dff In m,0111.,f,, , 0 x~ jf' M,, flll p"9Monterrey, Marso 11 de HOt .: ...f.ttc. VlviaDo TM•I•

nnto pon. 111 pnblloaol6n en el Pe · Jódioo Oaatal del
Eotado de Nnevo Le6n .
Cd. Po,ftrio D!u, .llano 9 de 1909,-J. p,..nolooo

vnttdama, Mano 17 te 1001 -Lto A'm•\" &lt;la J"'• S lUot'do. Srto.
V 1 •• •
' · o.v.t7,80,381U

O.tS,1'1,111

o.lll,18,ff

A!o.-A-Marlano 8.m'°9 Trevillo.~4.-loe6 B

NOTIFICACION.

Demasías.

PREGON

!lo, Srlo.

J-do !•delo Olv!L-1• fracnl6n JndlclaL-Botado de Nnovo Le6n.

.

Bep4bllca Me:d.,..na.-Preoldencla Mnnlalpol.Sr. Lázaro-Lozano.
1
En el juicio verbRl ~nuiari~ q~e en contra de Ud,
~pdhllca l\fr:a:lcaDB .- P:.-eldenct..; Mimlolpal.-Mon , Monteney, Nnevo León,
De nnnfJrmtdad oon lo dfapuNto en el artf0t11o 21·y tteoe promovido PI SI". C.?Oltfo {J:\.-z (k-,·zlle., aomo
hrrey , N. r..6n
·n .,,¡ 670 Jel Códtgn Oivll vJ,rente. ee hace eabAr al apoderado de D. Tec,~0810 Got16rrt. ~ tw.b.-e a o de
A laa ,l l z ~. 1• D\8f!'1}A d, t dlA 18 de. .\brfl pnS.
88 há dictado p
m ·l,8 1 A' 810n , ...ou~toe1.e: R A;; nnbmff'luto , , o~blloo, qne en la T .., rarfa MnntofpAI de eota olndad rentao y d•IIOC1lpoalon ile
.
'
.
,
en PI m, jo" poetor, e,, nm •taré &lt;D pt1b·1c11 &amp;tJbatti xl•t.A &lt;l•p--•lt.d, la ouma de $'14.AAot.o. -(1,,..nta ·qn• &amp;la 1,tra dloe:
uR.trn P. p.,~a trAlnt1t Y ochl') oon t.'lv• P), Prooedfnte. d..
Monterrey, velntfltr6e de Mano de mU noveolentoa
111 i ;&gt;rr~no de pron 1 ~r1.., rl mu 1fo 1p d1 qntt o -.mureo d
18 8
11
br ntae ef ·c·tuadc,fll 1hl"f:tnt~ l"l!I m~ de Julio nuevA .~Como lo-pide •l actor en Ja &amp;nt.erlor audienuu" enperftoiA d fl 2 125 .12 m ..trns l'U~utrad" 1 7 tlAo
9
por oolt"Oofas lee 11gu1... " fiMI : j&lt;I S"nrtA, c1'1lA y oallPj,"n ., Agn to del prF&amp;ent,.-. ,,t5.,. P •.r L ,1!1 ettAA... de PmpPfto ola. t.6ngaae pnr oontMtada la demanda en eentldo
~enomln~aa
•Munt ft-:ci '" P ,~ \e1 d •. •''blbo,.bua., •LI n"g tlví • y poraou'" 1A la. rc,b 0ldfa y Abrase, prueb&amp;9•
■in nomhl"e d~ p .. m dt , , rori p ~ p l-1"a d del 5 .. fio r
11
~ft.UII-" R,,;,1J11.t U '~. :t• O---t~r t ' PO o u h ,ipi Labore• p "-:,_u, , • svoritA», •F6nl:z:., lfSu ·tt -1orA», dlootq ..,,.. r at"' Jntcto vor ~• té·mloo dq ,u . . s dtn nomunea y
}~~9:~~terrey», Y Anou raal..e ndme!'Ofl l y 2; Pn ~""" O~Hbl"'fl, d" "'mfuFmldA.d e, n el 1 rt. 1077 del C6~
N ·1&lt;\t'"ií.º, v ,,1P n ""ºt a-,,· o-.llt- R _1 w1,nb
■P1s meeee. Of1n - íllgn •16 Prnc,&lt;trtl mt-,nt,,11 Ctvil •e . N ,tiftqu~■e. Lo,
D11r~ntH~• tármi o t '-1 11 poh ., .. •?, "".-, q u.,. BP ha t--1'1 08 et P1 ,_ h quit. ai tre.naourri-lna
f'S 0 "'Y, no 001D, p04 r eciPr A pe:re,-na alguna, , •lAOret6 y firmó "'' O. Ju~t 1" d"' L • tl"l:lB del B "' m.o
rin t1'f8 ~'""'' fli ,t ~, ..;..,, n .,. ¡, t. 1' i:., y h .. ~t"' !11, h r,
1
~~ 1~~ : 11Josto Yd •3.:t.!m' t,1't a lo, lee expreeadea Oivfl : ñov f6.-Llo. Tteviiio.-Lfo. J ue6 Juan Vatle,Jo .
de J-., Rub 11ot q. QA a '1 rn t ..JI¡ 11,, .. r.n .. ,..iu••&lt;•o h r" n J I mm
•
a mt:t fl 11.~ ··u •A;,.-- en Ja Reoandaclón Srto.- Rt\brlOBII
tldadde $ ~0.00 tr .1to r.... p M tt e o 4 u. b .... , ,, j .ar.l¡,,rP
1
atado dicho t flrreno, b j , tu o ,oc~ ,• o ¡i&amp;&gt; que se J, '.~P\~~n::n,~~l; ef'I ~lt .. 0 ~ ~drd2ljde aouerdo
Lo que ee notlfloa , Ud. ett eeta forma en onmpU...
Gonneda al denl\ 'loian t.~ e t de.rFCh '"'I d • l oo nto
Monte~y 26rle Olotf'm b ~ \ cn o p' O
mfentodelo disoneetoenel art. 78 del Código d&amp;
190
7.- · . Mart1 Proc,,dlmianroa Civiles.
B Ra · !res A
.
"' •
M"n~"""'Y· 27 ,,"' MATZ"I da 19QQ ,- -P. O. Mq,rt,(ri
m
DJl'Ulano, Srio.
Mo"'lten t'y, 27 cie Marzo de 1909.,-IJo . Joaé Juau
B . Ram1r, z Auguiaoo.
o.27,29,31 nea.- ·
868788 -h-&gt;1-Abrll Vallejo, Brlo.
o,2G,2'r

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PERI0DIC0 0F1UIAL

Cía. Ferretera de Monterrry El "Barco" S. A.

REMATE.-1'1- Almoneda.

Compauía del Panteón del Carmen, S. A.

CONVOCATORIA.

Jnqado ~delo otvll,-Jt fr11oof6nja.1lclal -Eetado de N, Le6D
El df• (121) doce lie Abrll pr6zim"', , lu dfea de la msfiana, lED•
•erlflcattvo en el local de Ht.e Ja.r¡rad.-,, la •enl• rn pGbltca •lPor aocerdo del Consejo de Administración ee con- drl
moned1- J 111 m..-Jor po11to, de le-a blfDU embHllfittd'M'I al Sr. ,i•udvoca A lo&amp; Sre. Aoctometaa d~ e~te. 01a 4 Aaamblea olo 11. Barón, en el jalclo f'j.:cutJvo meroantll et-1ntdo onntr.. 41
por11l Sr. l,lc. BafMJl Divtla como apodlm1do de la OompaCh, Fvn
general es.traoJ"dlnsrla f&amp;T'&amp;el dta 16 de Abril p1'6:z:lmo dldora
de Pleno J Acero do llonterre1, S. A. ou1c11 b!ene1 t'OD-

OONVOCATORIA.

B•bfet1do quedado adf'ah, la ~preaeotaclOo de elttt Oompa.
tita por haber ceeado ea 1a1 t'oodonet lo■ 8rH. Puatd ..a.te 1 lu,
,,, cal a,f ct&gt;m0 t.anrb 6n el Ooml1arlo • ooa•oca i,or et preeente
, de &amp;Coflrdo Cll"tl fil Artn, 88 de ouPfhOI E1tatuto11 , Aumblea Ge
o Pral E:rtraf"rdln ■ rl•, la qa,. dt-beri 011lebrar119 el 12de Abril pró.
:rimo &amp; a.v 10 a. m , en el lClcal y &lt;Gotna de la Cft,, 1 0011 la tt, lae 10 a. m, en I•"""" No. lU oalle del Dr. lller, lltten en lo 1{j'11fentt:
Un lote de ropa compuert.o de t.JH de Rolada, Oéllro, Vlcbf, pleut.
para tratar y nuoJver:
Cretona, Batlata, r~1a;6D, Orpndf. Pal"Oal, Sedaltna, Imperial,
Manta, Dril, lDdlana. Oambray, B1l11ta, Ouelhl11 pan O.mita,
to-S.lnt,-rru e.lOoa•du ,t,i Adm1at•tranlón Mtl ..1 nomhra.~loetlne•, M.-.1laio, .. .,i&gt;ten, Chl'IIN, T.,..llu, Qam\1161.a, Oannua.
U•ICA.·•Antorfzar al Con..,jo de Admlol,traolón p•ra 0.laoncflloa, Pi;.6oe),if1, Blnea,, PantalonM, L1atone,, B b 80I', T • mientn de Pu ■1den~ 1 l•r, Vl"c&amp;l, ells16odoee tamb 6, Ira 8aph•atf'I
qa@ 119 hagan preotaot pnt. marchar de ocnf'urmldad OOD
rantef, Ttraa Bordadae, &amp;pltoaclonea, Bmbotll'ot, OorbatM, Or.pa,,
tomRT' ,i1oMo A mutuo oon Interés para oom Plalda,
Oobertorel, Parago ■-, y O'scbnobu. Ua lote de lferC"·• lu prNCrlpcinuee de la. Blta\otoa.
29-EJ,-cclón
de Coml1anof!n 11u taatltucJón dfll ,aliente y tam.
rfa, oompaf&gt;ll&amp;o de: B!)Jaa■ de mano, Olt.toro11•. Abaatoo,. Oacbt.
prar "'gal\ de '"'""'"'.
Mout"'rrAv, .,9 de ltarzo de 1909.··•El 8eoT'f'bT'ftt, ru1118. AIOlerea, Portamonf'dH, .lfuoaernu, Bc'&gt;toae■ de Metal, bl-a 1t III Jaqa opertuno, ICll 2 Baplent.e1 que duponec 101 Bet,a.
o 26 27 28 ·,.apk,f,1, ,h,boan, Tlleru. Relojea, y l{anju.-Un lote 4e losa 1 tub eu IU A.no. 61,
Jo,,6 A. MujfUern.
· ' '
Ortstalerfa oompaetto te Plato.. 'l'at:U, t.barnanOI!, Jarru. Ta·
SO-DaJ' cuenta cOD él e■tado actalll de la Nqocdacl6a 7aoo,.
boa de peltr,, 1 Amp•rH, LlatnnH, 1 Va1101.-U11. lute de oahado dar Jo eoooernteat.e ea uant.ot que ■e preNntan deatro de loa
oompa..at.o de z .. 011otn1 del P"hl J Amerlcaaoa.-Un lote de Ooaeer prHlttoe 4'D el Art. 14.
TN A.llmentict&amp;&amp; dt-1 Paft y lb:tn"j~J'U de todu clase•.- Un lot.fo
se rrnJ..,oe &amp; Ir•
a.ocfOt!l■tat que para tener •coeeo &amp;
de .Abarrotee de todas c1uea del Pata y B:rtn.aJel'OII y na Lol.e da Ja Junta.. dtb--r&amp;a depnltar ■ wi Aoclonn eo la Te10nirla de L&amp;
Ellaena de Tienda.
N'esJ"IOfaoióo, a dial autude 10 Hrlflcac:16n.
Le qae ae publica en eata tbnna en oampllmlenlo de lo qae
Monterrey, Mano lt c\e IQ-E,l 8flCIHfaM. A.,a,Un Hu•
Ju,gado de Letru de 5• fracoldn Judlol•l.-Cerral pre•len~ el ar1 {colo 1'11 del OMllro de Oomerofo, ad•lrtf6t1doee A 1uet.
O.'H,1&amp;.,2.tl,17,28,29,
lot1
Internado■
qae
no
Mt
admlth&amp;a
pe■tan.a
qa.e
no
cubran
lae
TO, N. Leda.
dos teroeru padH de la oanUdadde ft.OOUI0. cuatro mll -aent.
Bn el Jnlolo de t"6tam•ntaria &amp; bl•neo del Sr.
y un peaoe, DC'IVM1t.a ceata'f'ot, en que a1cboa bien e■ laf'roa 'V&amp;lori
rlo S'8nz, vecino que faé de esta Vlliu, "" ha dictado adn11. n1mtolr A.,d04f'I en la Beu,etatfa de H\e Ju.gado, toda ■
lo■ laform" l'd,no-Dtf'I al oaeo.
el auto que afgue:
11onterre1, Mano• de UI09 -.Lle• J. O.rda Ga 11} • • " " " --$1"4·• •
Oerralvo, dleola61a de llarso de mU noveclento1 \arlo.
0.Jl.t'l .ti..

Orden del dfa.

Orden del Día.

e,,,.,.

EDICTO.

su.-...

naeve.-Por prMentiado el anterior ocurao con el tfatlmonlo de t..otamento y copla del aota de defunolón
qu• •• aoomp&amp;i!a, téog••e por radicado el Julolo tes•
tam~ntln-lo 6 bienea del finado 81Jverlo Sáenz, denee
loa &amp;vfl08 qne determinan la ley del Timbre y de
HROtenda del :Ea.tAdo vfgent.PA y oonvóqUeflf:t 6 lA con•
ynge snp11:rtlte eef\ora Paula Solfa y 4 la sei'iora Fran•
ci8CIII Longorfa madre del te&amp;tflodor dnfooe beredel"Oe
que ee oonooeu A Ja Junta prevenida por el art. 1669
de oonforml&lt;lad y 1&gt;11ra loe •tectoo del Códt¡:o de
Prooed.JmientnR Ctvilea v pub1fqD"88 este auto. trfie
vec,pe onuoeoottv11a eo el PPri6rHoo 06ob1il d~l E,.t,atll'\
y L&amp; Vom de No"'"º León, •m f&gt;) onncept.o qnA h• junto
Ndd. lugar r&gt;l fnsvea diooiecbo del oorr1Avt"' 4 l1t8
dlez de la me.fie.na en la oasa conyugal. NotlfJqoP&amp;e.
Lo decreto y ft.rm6 el O. Ja.ez r,e Li;itT'aa de la 6• frac•
clón jndtolal. Damos f6.~Llo. N. T. Benavldee.-A~
Prtmt"vo A. Ellzondo -A-Florentino Guerra.-Rd·

brlcu.

Lo que eepobHOll t11n Nt'l t,rma en cumplimiento
de lo mandado en el auto ln&lt;-.erto.
Oerr&amp;Jvo, Marzo 16 de 10011.-N. T Benavldea.-A
-Oenovevo A. Smdoval.-A-Florentlno Guerra
o .118,27, 28 162

NOTIFICA CION.
Jargado de Letras de la
dama, N. León.

~

fracción Judlolal.-Vlllal•

Sr. Juan E. Sánchez.
'En el jutclo ordinario mercantil promovido por el
8r. Lto. Mauro Ma?'t1ne~ oomo apoderado 1tu1d1oo de
la oaea comercial Gracrlno BGrt.onl y C'lhi. Socf'l!Or con
tra Ud, y Bl)hre oobro de pesos ea h, dictado un auto·
qoA , la letra dloe:
•
Vlllaldama, diecisiete de Mayo da mil novectentoa
nneve.-. O¡)mo se ptde en anterior exposlci6a. da oon
foT'Dlldad Ofln lo dtspnest.o en loe P.rts. 807 y 906 del
Código de Pracedlmlentoo Olvlles ,upletorio del de
Oomerolo téngase por acusada una rebeldf&amp; del de
mandado y por conteetada )a demanda. en sentido
do negativo. Notlfíqaeae et1t&amp; provfdeucla en la for•
ma JDiama qua el emplenmiento. L-&gt;provey6 y tirm.6
el O, Ju.. de Letrao de Jo 6• fr,oolón Judicial, damos
16.-.Uo Anej&amp;rdo. - A MRrtano Santos Trevlfio. -A
..--Joa6 B. Vllfarreal.-Rdbrloru,,
Lo que ee p11.bltca en esta fí&gt;rtna AD cumplimiento
, lo dlapueeto por el art. 1070 del Código de Oomer•

clo.
Vlllaldama, 17 de Marzo da 1009.-Llo, s:món au..
jardo,-A-Mvlano Santo&amp; Trevlfto.-A-Joeé B Villa
m,aJ.
o,26,27,28

"Vonte de Piedad de Monterrey''
RE?IIATE.
Loe dlea 7, 8 y 9, 27, !JS y 29 de Abril pl'6Jdmo ten""'1 veriftoetlvo loo remates de 110 prendaa empella·

clu ea loa -Septiembre y Octubre pró:r:lmoe pa•
eue SuoU8&amp;•
leo Nos. l y 2.
Loe ln-d"" de dlch•• prendaa pueden ocnrrlr
en tiempo hibll 6 d-mpeihrlae, refreDdarlae 6 6
pN1Nocblr eu venta que ee b&amp;rf. conforme al regla
mente del ramn vlg,,nte.
Caea Mat.rlz, calle de Hidalgo No. 72.
Deopaohoe Sncunal No. !, 16 de Mayo No, 106.
{ 8oca'81l N! 2. Modeeto Aneole N~ 216.
.Jllcmteney, Mano 18 de 100b. -El Admcr. Enr,
Leal lela.
o.26,27,28

...io,,. !entolen la 08N matrl• como en

PREGON.
Pneldenola MnololJ&gt;al, -Monoomoreloo. ~N.
SEGUNDA Al.MONEDA,
B1 Sábados de Abril pró:r:lmo, , 188 10 de la mallana
'1 ea el looal de Preeldenolo, "" venden.. en en

huta pClbllca, un t.erreno de agootad81'0 moetrenoo,
oltuado en el PoUMO de la Trlnedad, de eota Juriodlo·
c\on, con una saper6cle de 1,097 heotarae 2,MOmetroa ·ouadradoe, oo.yaa ooUndanotae &amp;0n: por el N orle,
Sur y Oriente, t.errenoe de loa Sra. V. Rlvero Snoe.
de Mont.errey, y por el ponlent.e, terreno de loo here·
deroe de D. ApOlonlo Ganna ·
Lo que ae haoe eaber al pdblloo, para que lee peno•
naa pa9 tengan Interés en dicho terreno de agosta
;.dero, pasen , hacer .ene posturas oon la debi
dA oportunidad, en la !nt.ellgonola, de qae eervl
rA de baee para el remate la suma de $4: 889.02, con
deduro!on de nn dieg por ciento, Ct•neldPrAndoee por
lo tanto, como pootara l•gal, la cantidad de 33,960.12,
precio de donde ha de partir la enbaat.a, tentendo el
derecho del tanto, como denunolent.e, el Sr. D . Juan
Bodr!JtU••·
Hont.emoreloe, 27 de Marzo de 1909.-EI Alcalde ti

Compañia Industrial de Monterrey, S. A.
COVOCATORIA.

Por ecuf-\rd, lh I C·-•1 &amp; j 1 1- A,i .•,. 1!ótrj¡cl~n dfl 11'&amp;ta ConBt-Jo ee cita A h.,e 8,.ftor.. e Al•c1111 i11t1:1.t-1 de la mteJoscado de ~ttu de la 6J fracolón JBdkdal. VWalda.ma,lfae- ma. A AHmblea General Ordinaria pt'ra Je.e nt1.. v .. de•o Ledo.
uon fecha. cuatro del actual. ee rsdtcó en este Jnz la maflana oel dla olooo de Abril próximo. en la Ofl•
gado de mi cargo el Juicio de lnt,etado d•l ftna~o Sr olna de la Fundición No, 2, calle Dt. Mler No. 9f.
beervinoose la olJtUlente,
Fellclano ViHarn,al. vecino QUA foé de f'Bta VUJa.
Lo que se ptiblica en esta forma para qna la,i; persc•
Orden del Día
nas que se crean oon dere&lt;"ho I la herenof~ se pre·
I Pttaentaolón d•l Bal•nce U•neral para 111 da•ent.en i deducirla dentro del término de la ley.
rualdn y aprovación 6 modificación.
Vlllald•ma. 6 de Mano de 1G09 -Lle, Simón Gu•
n Dlot,men del Cc,mJaarlo.
lardo.-A-Marl&amp;llO Santos Tcevll!o.-A · José B. V••
III Informe del Ooi;afljo de Adm1Dfetracf6n.
llarreal.
o.v.21.24,27•159
IV Nombramiento de Dlre&lt;torea en el prOBent.e

EDICTO.

afio.
V Nombramiento ñel Comleario.
VI AMrd•r la ñletrlboolón do loa ben•fioloo obt.eJuzg¡¡do 2° Oonet·tu\,i,.. Dtu ,......Apodaca, N Leó:,.
nidoa durante fil aiio.
Oon f.-,cb11. di, 1 y ""bo rlpl me&amp; artual ee radicó en
Montoney. Mano 20 de 1109-Cla. Io&lt;luetrfal de
»et~ .Juzg"do, p r rlif1p 11alcl60 rtol Jupz 1° de LftraF Monterrey, S. A. - El Secret•rlo, .Tesé Celd•rón,
•~l R~ . Ph•1 1 . !q I" f,ooo ..Mn rlPI ]~:,tndo, f'.l Jutcir ltdbrlcaa.
o.24,25,2$
teatementarlo d1&gt;l finado Don Jn1Jn J,.té Gsrn, vectnc.
que fnil de ..ta Villa.
Lo que se pó.bHoa en eAta forms p&amp;T&amp; oour cimit1nto
de loe herederos y partee qae se oonaideren Cbr
derecho , loa bienes del 6nbdo 1)81"8 qno ocun11n ,
r1edncirlo Pn el tél"mino qnfl edit.la e1 art. 1685 del
Código de Prooedimtentoa Olvllt&gt;e.
Avodaca, Man'l 24 de 1P09-T J Z i,mbrano.-A ~
CONVOCA TO RIA.
flee1qufo Gana ,-A-Atanacfo 'frevifl.o.
l'f() b•b'11iorlc 2"" l ► g"-ltud '" eqpinda f'ml,t6n de I,OCo ml1 ac►
o v.26,28 27161 c!Ot'H
lt--cr-otado poT Ja AN.mb: •ir. At-nenl .,.,,t1c..!\11 • 18 lfP.Ene-,

EDICTO.

Consejo de Admínistración de la Compañía
Minera "El Transval'' S. !.

Compañía Ensayadora Douterny, S. A.
Monttrrey !ssuy Co.

r

0

brll pre x·m eu la r-ua Np 1111 de la O.lle . . Guillermo Prieto ,
. lll. b.tjo la el¡al6:.J.UI

h1• 6

CONVOCATORIA.
Por acuerdo de la Directiva en eee16n de br,y Sf
convoca A. los SrR. Soclu de Fata Cis. á 1a Aeamblee
GeDfl1'8.I 0.rdlna1'ia que tend"' vnUl,..atJvo Fl rlfe fi
rle Abril próximo en )&amp; CBIH No. 88, dl't Ja r11.1Jr d,
ZC\regoza, t las 4 de la tarde pttrA, elf-glr nueva Junth.
DlrPotlva y t,ntaree a1gnnos otrofl &amp;eo~toe.
Monterrey, Mauo 21 de U09.-Jl A. Hcneer. 8,.cr,.
tarlo.
o.26,26,27

PREGON .

Orden del Dfa:
19 lntormft del t'!'a:io qat'I ga~rda r-1 ne,rl)()lo y ,,.conoolm,,.a.
to de 11111 caM:atu rtr•d•u1 por al Tesorero delde la tl.Jlllna.
Aaambl• huta la fech•.
29 Bn •ir+ad de f'9tar extinta,,,¡ t) cmplt■ l y no hab • r■e lleudo~ ,.,,.oto laucar-da emlalen botar un teroer capital 4.et'l,000 (:111100

mil ,,.eo,.

99 liU~t'&lt;'l,;n de la 'Jl'c-Jl!a DlrcaU,a que h• de !aa.clonH haat..

8 df' Et'flro de 111J1,
«a Cfaatqultrtl ctrv JJCtlto toe 1!11!1 qnle.r. aomeU'r &amp; la deUi,....
rad6n de la Au.mblea.
11.0llterref, llano21 de 1909-El 8r1o,-Ptdre Oent@nn,

O 23,218,2'1

Repdblloa MeJdcana.-Preeldenc!&amp; ll!uniolpal.-G,leana,~N. LP6n.
.lill Ida .. H de Abril próximo i IM dic. de la malla,
na y en el local de uta Presidencia ee venderl:n en
pdblfc~ t1obaat.e, una porción de terreno de 101 f-Jldo6
00 NVOOATORIA.
de este llunlotplo, situado eD la l • t'raccl6n de $anta
H11b'"'º"º
rt'C!hldo, J• C'lclmlst6n tfquldatarla qae eusarlhfl
Rita, oompneato de una ouperfiole de 7668 metr011 una prop,..l'a16ti
de •"reud,mlellto Qtlfl P11tfma Tentejoea pa,.:
ouadrodoa. al Norte con propiedad de Don Tomáa loa hlterellt' ■ d"" Hf.a OompdfifA, bs aoor4edo onn•n-car, ,or mflp
Rodrfguu. Arroyo de por medio, al Oriente oon ¡&gt;M&gt;· dio de la Jl'N!M!nte. i todo1 lM 81'H. &amp;O(ltonf,ta11 de c,t,nformUJad.
prHeoldo en el Art. JII del f',(141,o de Oomf'J'f'kl, , 11n•
piedad de Dofta Rafael&amp; Gontilez Vda. de Ramo,, oon Jo t!lfoaflJ!ll
e:P,ao'J'dlnarta que d, berA lPDU Tf'tUIC&amp;llvo •l dfa
camino vFolndad de por modio,. al Sor &lt;'On terrenf 9Jauta
de Abril J)rd:afaMt I Ju 11.p. m. •n le Otlr:laa del 87, D. Andr~
del Mnntolplo y por el Ponl•nte con propiedad del lfuffDH r,rdfo11u1_f'•lle del Dr. M~I' Ne N I fta de ,,.&amp;ar tob,.
mismo Don TomAa Bod?fgnu y t.enenoa del Mnn¡• loe p1111toa que OODDUe la sJc111el!te
olplo.
Orden del Día.
Lo qne oe hace oaber al póblloo para qn• lae pe1'90•
nae que tengan lntreréa en el terreno dceorito ocnrrs11
1.-BetotTtt IMNJa de 1111a ,-JODO■ld6a de an'fl1dt1mlent.n pr.
aeot.da &amp; ta Jauta Llq!!td&amp;laria de la Oompdfa, fijan~
A hacer eu poaturae, en el oonoepto '1e qne teta ■ np
.to, ,m ea CAIK\ loa tArmJ.no■ en que deba celE"bt■J'll8 e,1
bajarin de la 1uma def16.00 precio fijado romo b•o&lt;
CIOllftto re.11~h'O.
l)Bra el remate, oonoedtéodo88 al denunci&amp;nt.e &amp;:fivr
n.rAoorda", f'n ""'° d"" qnfl 91' aoepte el aruudamJ..,.,tf' ua ..
pr6rn:-.ga ~• I t6 ruf, .o lle du!'flt&gt;IISn '1e l11 Oon,1)16(!1 '
Pronolooo RodrR1n,. el doreoho del tanto.
m.-Nombrsr. "º ta.1 """"• loe mtembl"Ofl de I• Jarota Dfr~
Oaleana, Mano llO de 1009.-Lula O. c,rtee.
th• qne deban fllmrtr durante el nuevo dHcictato qne

Fábrita de Cartón de Monterrey S. !.

o.26,26,27

Cia. Minera "Trt'S Reyes yDifitnlhld",

s. \

MIK'oerde.
p,
IV.-Trata.7 coalqa.ter otro Mt1ato t1e tete,&amp; reneral.
KoatentJ. Mano 1ft d- \tw)S.-L&amp; Oomlelt1ll Llqoldalarla: ....J&lt;'eí
A. Mvpersa.,-A. hrfaa..
0.26,~7

CONVOCA TO RIA.
Por aone'rdo de la Junta Directiva de rola Cia. ••
REMATE.-,1~ Almoneda.
cit.&amp; 6 los Srea. aoctonietea &amp; la Aeamblea Ckneral Or,
Jn,.gado
2- L'&gt;C&amp;! 1.etirado.-'Mont.errey, N. León.
dlnarla que deber6 oel•brareo el dla 4 de Abril pr6.
Bl lePCffi:I 4111 blbU a.-pb&amp; ~ 11.PtbA la W,N)f),a pob11oao16o 4
s!mo , lae 10 de la m&amp;ilana en la caea No. 87 de IJ lu U.■
de la &amp;ard,;, t.nd:r&amp; verlftca.ttvo w eJ local de eet. Jucado
calle de Jaliru
la NDta de na ti oca w .bl:IN qbfl ae maadd sacar &amp; remate ea .i.
Jototo hl)&gt;ftlecarfo qa,,~1,1 f,fo. lfH ■fll Gonr&amp;Jn Gt.nA. oomo apoa....
radode DolllleatjaodeJ.flt.n,a Gntthu.a 1!1ae e11C011tn dela

Orden del Día

Jb11men y aprobación en au caeo de !ae cnentse Sra. JnHa11a a Vda. d• P.ioe. Dfoh• !laca ee etioueat,.. 1ltuada
en eeta Oh1dlld\.en f!f lle1111eble. t1el Bur, en la calle de Qaer,&amp;a,o
del pm,ent.e afio aootaJ.
en 1u rr-el'lteat Orlen te dete metroe qnlnlentol onueu"'II Nobramlento de la m88A Directiva que deberá JmMiudo
d0t1 mllfmetr&lt;&gt;e, por treinta , atl' metrm ,,te mllfmetl'09 de fondo
fungir en el pr6Jdmo efto ooolal.
al Pon~nt•1 Hndabdo PC1' ene rumbo ooa propiedad. de Dofi• Jo
Uana Badn111.es7 por el Norte r Sur coa Don OedUo Alul'M r
III Cualquier otro aeunto de lnt..r6e para la c1~.
~~ i;llm6n Rffla Dt l'f:lpeottnmen~, J oo.a Jaa m,Jona de Wjab&amp;D
Mont.errey, 1f de Mano de 1909.-J, A. Bojas. S,to .....
"''""f oor .

1

o,26,26,27

Cía.!Minera "Alianza y¡Concordia"

Sociedad Anónima.
Por acuerdo de la Junta Directiva ee cita á loa Sis
acclontetae t asembles general 11xtraordlnarla que e~
oelebrari el dla 7 de Abril próximo á la• clnoo de la
t.srde, en la oficina de loe Sres. Patricio Mllmo é Hf•
Jea Sncs. calle de Dr. Mlor No. 81, con objeto oe
trator del proyecto de Olltatutoe de la Oompafii• que
some~r, la Junta , la aprobsc16n do Ta misma
Aeemblea.
Bnp,-Lula Z01&amp;7a...--Olprlano Ordolies, Srlo.
Mont.errey, Mano 1• de IOOII. • P. Benltee L&lt;,aJ. E!eo.118,ll'f oret&amp;rlo.
o.~,26,ll'f

•

ro de 1908 1'11 !Ol!lteolmt,.nto dt&gt;1I fnndo y dl'vf.l gutn, b1t· VPtllrlo
&amp; reCMOr ~bre loe t•ni&gt;dorH de Ju aocla11efl de 111 primen emfeMn
6 11ea de 1a dnlca le1almente reconocida. Ea conM"coeacla ae ocn
&lt;&gt;CIC&amp; A loe e:rp""e&lt;'&amp;ntwl ten"'· crea de las 1cclo11es prlmlUvaa 6
,\11111mbl•-a Oeoeral Elt!traardlnarla qae M Hrlt!ca1A el dla T de

Ha■ta la hora d1tl ffmate 1e admftfr&amp;n pcltttne qoe no ba•
Jea de lude,- teroeru parkt d8 Ja ea11tt.dllrl de t df'acientoA f'ia.
~nta P~«-1111 que m, valorlMa dkba finca ■epn •I cert'.8oa
O 'JªPf'Ctf'Vo de la Recandaci6D de R•nta1 de etta 0ludMI JC11:P
~~ad ■ervtri de- bue para el rE&gt;mate, en i:,J ococepto di qne ea
;ª reb.rf• de e.ate Jtupdo se 11dm1Dt.tr11rta , loe lntereadoe
""l'h1.tt'll qoe nece~teo y qae C&lt;IDl!I~ ,n el Jnfolo htpo•·-,lo ••
Teí••.. n~•.
,._
Jgde Mano de 1909.- J. ?tl. Vlllu, fl. oT.- A,- B. Pa•

a.o~~ºt:.rr•
· •
•

mes.

O 2ti,'ll\ .27

•
IMPKBNTA DEL G-0BJERNo, EN PALAmo.
IIUCT8l YUIINISTW@R

"

A, Brondo Whitt,

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 27, Abril 2</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>'MIO XLIV.
,

Periódico E)ficial
Dl1' QOB.IIBNO Dl1' IS'l'AOO 1'IBBI YSOBIBAHO DI NUIVQ ...LION.

---•---

L11 leyes, los tacretos J le1u disJ01iciones HDBriores, olli1an por el solo lecko 4e ser pnblicai~a en este Perióiico.
Registrado como articulo de segunda clase el 18 de Septiembre de 19()8.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES- -Este periódico se publica los Mártes y

YJirnes de ~ada semaria--Vale la subscripci6n CINCUENTA
GBNTAVOS al mes en esta Capital, y CINCQENTA Y SEIS
tilen. de ella franco de porte.-Kl pa¡-o debe hacerse adelanWc,.

Jntcas DB TURNO
En la presente semana.

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CENT AVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunica-.
ci6n oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

Pn Puebla el 2 de Abril de 1867, por e1 de desde esa hora y hasta que la imporejército que Jl)andaba en Jefe el esclareci- tante mejora quede inaugurada, tocad esdo c;udadano General de Oiv;si~n Porfi- cogidas piezas.
no Díaz, sujetando para ello al estudio y
11. A las nueve y media los miembros
t• de lo Orlmtnal,
aprobación
del
H.
Consejo,
las
siguiente~
que
fo~an e1 R. Avuntamiento, saliendo
41c. EsT:SBAN E. GuAJARDO.
proposiciones:
.,
del Palacio Muuicipa en cuerpo colegia2~ de lo Chil.
1'--Como un testimonio del altísimo do, se dirigirán al Mercado nferidor, en
culto
con que el pueblo de Monterrey ve- donde se instalarán en el sitio que de anLic. ROQua D:S LUNA.
nera y J?lorifica al denodado ejército que temano se les tendrá preparado.
combati6en aquella épica jornada, y co
III. En "'tli?u1da el Secretario del R.
•
'j mo un homenaje de adhesión y simpatía Ayuotamier,to oa1á lectura al acta relati- - - - - ' - - - - - - - -- - hacia su ilustre Jefe, que supo abatir con va en la que com,ta el acuerdo del H ConMont.errey, Marzo 30 de 1909,
1su inromparab1e heroísmo, el poder de los s«-jo, por el que dispuso que se 11e,·ara á
enemigos de la Patria, inaugúrese el Mer- efecto la inauguración de qqe se trata.
1cado .Juárez el día 2 del próximo mes de
IV. Cumplí 10 el número antnic r, el
Abril.
Sr. Prof. Joel Rocha, 1epresentando al R.
lnaugnráción el 2 de Abril.
2~-N6mbrese al S1tñor Regidor,. Pro- ~yuntam1ento, ¡,roou11c1ará t:1 discurso
.
f sor J el Rocha, para que pronunci e u n 10angural.
República Mexica_na.-Presidencia Mu- !discurso alusivo, en !a inauguraci6a proV. Acto •egnirlo, el C. Alc:ilde 1 º Dr.
nicipa1.-Monterrey, Nuevo Le6n.-Sec- i puesta.
Pedro C. ~Ltt.tinez, dedar ~rá solemne·
ci6n 3~-Gobernaci6n, E stadística y Gue- · J1-'- - Hágase eu ella, por la Presidencia mente, que el "Mt:rcado Juá1 e1,'', quedará
rra.-Núm. 126.
~lunicipal, la solemne declar:icióu &lt;le que- llbi~rto al servicio público, coa lo que ~e
Adjunto me hago la honra de remitirá dar al servicio público, la imp rt ,nte we. 1aní p •r terminarlo el acto y disuelta la
Ud., para conocimiento del Sr. Goberna- jora.
r.-11n16n.
dor, un - tanto del acta de la sesi6n _cele4~~En atento mensaje telegráficn, há
Los intermed o;; s· rán cubiertos p"r
, , bradada. ayer por el R. Ayuntamiento gase saber al Supremo Jefe de la Rt&gt;pÚ- selectas piezas que ej ecutará la música ex·
q~e presido, para acordar la forma en que bl ca 1 la determinación que entrafi m • c;ta• ;ires:ida.
habrá de ser inaugurado, el día 2 del pró- propo-.iciooes, y felicftesele por la fecha
Mo nterrey 27 rle Marzo de 1909.- B.
:ximo Abril, el nuevo "Mercado Jnárez." ¡gloriosa que inscribió en 11uestra-histori11, Ramírez'AnlJ.uia110, Stctetario.
Libertad y Constituci6o. Monterrey, con la inmortal hazaila de que se ha he
ll6 de Marzo de 1909.-P. C. Martinez. cho mérito.
Instituto de f1iencia.s y Artes del
-B. Ramírez Anguiano.-Al Secretario
5!!--Invítt"se al vecindario para qut
~stado de Oaxaca.
iel Gobierno del "Estaclo.-Presente. ·
asista á la inauguraci6n de que se trata.
-Tomadas en consi ieraci6n las prein~er-ACTA de la Sesi6n extraordinaria ve- tas propos'ciones, fueron por aclamación
CONVOCATORIA.
rlficada el c1ía 25 de Mar,o de 1909.
aprobadas, mandándose que se les diera Para el Slpti"mo Concurso ézentíjico-L ·te
, PRESIDENCIAdel Dr. Pedro O. Mar- el más ex11cto ~nmplimiento.
.
rano, tbdicado al c. LIO. BEN11"0
tinez. .
.
. .
Salón de Sesiones del R. Ayantam1en- JUARE~ Bene1t1lr-ito de América. Reuo1da la H. Corporac16n Mu_n1c1pal to. Monterrey, 25 de Marzo de t909.
.
. .
6 las 4 de la tarde y declarada abierta la
Presidente, Dr. Pedro C. Martfnez.El Inst1tnto de C1enc1as y Artes del
sesi6o, la. ~etarfa ley6 y fué apr&lt;?bad~, 8!gidores, Dr. Eusebio Guajardo.-Ioge- ~stado de _ücA~aca. para r~ndir un homt&gt;Da•
por unan1m1dad, el acta de la ordinana mtero Manuel Gutiérrez.-Dr. Jes6s H Je ~e adm1rac16n y grat1tud, el dfa 18 de
auterior.
Trevifio. -Pedro Alanfs Tamh.-Joaqufo Julio de este afio, al salvador y BenemériBo seguida la Presidencia ma11ifest6 Garcfa.-Profesnr Joel Rocha.-Dr. An- to de la Patria, Lic, BENITO JUÁREZ, ha reque lé habfa per1Qitido convocar . al R. drés Tam&amp;.-Abraham R. Cantú.-Je- suelto, con aprobu·ión del Ejt&gt;cutivo del
~mi~t.o á la pre~nte sesi.ón ex- !11\s M, Salinas.-Dr. José L Gua.iardo.- Estado,.abrir_ el Séptimo Concurso Cit-n.
uwardJ~ana, porqa-. ha~ndo llegado á L'&gt;r«:azo Guerra.-Dr. M;lUricio Martín~ tffico-Ltterarl(, entre t~os los alumnos y
••Ji"11:.la C9nstruc:ci~ del-a11evo Mei:cado, Guz~u.--J~ Beld~.-Síndicos.-Lic. alnmoas _de los Co!e~os de Instrucci6n
ti• i~.Y O&gt;blens6 f. lev¡~t&amp;r el-A)'!llll- Josi Maña Can~-Ram6n G. Garza y secundan'l y profesional de la República,
~\O d, 1 ~ . cr.ra q1-e era lleg:aff Pompóso Morales.-Lfo~ B. Ramfrez An- conforme 6 Jos temas y bases siguientes:
e l • ~ ~-que dispusiera lo qne jaz- gniano. Secretario.-R.6bricas.
TEMAS:
~ooavemmte ...--•usolemne 1nauga• .Monterrey, 26de Marzo de 1909.-P.
.
r~u, y cpe . ' ese ef«to y tomando en C. Marlt11u.-B. RamSrez A11gwiiz110 SePnmero. Poesfa.• (?da ' la Reforma.
~ t á que ~s uq acto de indubitable pa- cretario.
'
Segund~. Compos1e160 e~ prosa. ¿Cu61
trietiamo celebrar las glorias nacionales
___
~rá. el meJOr plan ,ie estudios preparatoponi4'Pdo al p6blico servicio una mejora
Pro a d ·
t
l
nos?...
. .
de trascendental importancia, proponía
gr ma lSpues o por e R. Tercero.. Compos1c16n !D pro~~- Ju~41011 el Mercado aludido, levantado en la
Ayuntamiento, para la so- rezno trabsiJ6 para un partido pohuco, stPlaza Juárez, con el nombre rle Mercado
lemne inauguración del
no para el Pueblo Mexicano.
Juárez, para qne conserv~ el de aquel in
"
d
á
BASES:
. signe patricio, fuera Inaugurado el pr6xiMerca O JU rez"
Primera. Desde 1~ fecha de esta Conmo 2 de A~ril, en cuya fecha la Nación
I. A las nueve de la mafiana del pr6xi- vocator1a se abr,,á el Séptimo Coorurso
~nme_mora entusiasmada, el XLII ani- mo 2 de Abril se situará la música del 6º Citntífico Literario, y se &lt;erratá tl día
Yersano del glorioso triunfo alcanzado Regimiento en el Nuevo Mercado, en don- 30 de J nnio d~l preseute afio.

PERIODICO OFICIAL
MERCADO JUÁREZ.

�3

PERIODICO OFICIAL.
PERTOIITr,O OFTOJAL.

2
Beguud,. En el referido Concnrso •6
lo podrán tomar parte Jo, est.odiant·s d
·cualquiera escuela de la Ropúblic.,, sea 6
n •J oficial.
Te, cna. Los c~ncurrentes enviarán
sus trab •JOS-&lt;- Dir et r del Instituto d,
Ciencias y A te; dd Est ,do, em ~lea nd"
dos sobres; dentro de uoo e,t::.rá la compo
sición finn,rla co'l un lema, y dentro del
ott0, h b, eta de m t •ícuh que acredite
al autor e mo ,·,tud aot•. En el eKterior
de este segundo sobre e;ta,á escrito con
claricla -1 el lema adoptado para distinguir
la c&lt;&gt;mposici6n.
Cuarta. L •s premios serán los siguientes:
Primero: del Gobierno del Estado.-Libros científicos 6 literarios.
Segundo: del H. Ayuatamiento de esta
Capita1.-$roo.oo cs.
Tercero: del Instituto d ~ Cienc;as y
Artes del Estado. -$200 oo cs.
Qninta. Los trabajo, deben ser inédi
tos y escritos ea caste llano,
Sexta. A -lemás de los premios anteriores, el J ura~o otorgará un accésit en cada
tema y hará menció11 de las composiciones
que á su juic-io lo merezcan,
Séptima.-El C. Gobernador del E,tado entregará los premios á las personas
qae lris hubieren obteni io, en una solemne Velarla Líri~o-L teraria qne cou este
fin organizará el In,tituto d~ Ciencias y
Artes.
Octava. En el caso de no poder asistir
pers~? ilouente los autores que foereu
premtadM, nombrarán, en de!ii la f,.,rma,
un r!!preseutante á qu1en se le e11Lregar6
el premio correspondiente.
N.ivena. Con t" la oportunidarl se darán á conocer, por medio de la prens~. !ns
nombres rle las composic1011es que hubieren sirio premiadas.
Libertad y c-,nstituci6n. Oaxaea de
Juárez, Marzo 17 de 19:i9.-EI Director 1
Aurelio Valdivieso.-El S,cretario, En
, ú¡11e C. Olü,era.

cios y de iuquebrantables resoiaciones que de• productos que se obtengau de los mismos
•.ermin,.ron, al fin, la ,ieµar,.,•ión entre esta por- árboles.
,ió,, ,1~1 Nuevo Mundo y el Viejo C?ntinente.
Art. 2 °, SJn condiciones esenciales de
:31

aiío por tt.iio con lllt\tnr)r;rn lo~ crntladanoF-

,ie la RepúbliM, p,,trióticament-e unidos á los
Porler~s Pf,blle.os, l• fecha ele ese aniversario
;Iorio~o, coa mucho mayor motivo &lt;foberft ser
,el_ebrada sn secnlar Mnmamoraoión o~n t-odo
ol 11npulso ,le nuestro ci_vism,i y totla la maguiwe11c1ñ de na puéblo ltbrn.
. Nos,• ~r•ta. "º· de
idMs rte 11 n,1 parcia!od,,d polor,,ca, 111 ele s\1cesos que ,!espiertan me-

¡,..

este Contrato:
I. Establecer ea algún Estado de la República una fábrica pard extraer, refinar
y man11factu'rar el hule del "Palo Amari\lo" y •'Auute '' pudiendo rxplotar ta .
,
,, '
m
ben lo, ~~mas productos _qne se ob~eng-an
de los mismos arboles, sotos 6 coovmad;,s

morías luctuooil~ pnraA.lgnuo.; de nuestro.:; uom- 1 con otras substancias.

µatriot,u, ui _que recnerden disensiones eutre
II. Invertir en el establecimiento de estierml\nos; s1100 de la solemnirl111I del comúo t f'b ·
d
· d
bl
b.ogar, de la fiesta ,te la gran familia mexicani&lt;. a a rtca y e sus ~nex0s 1ll spensa e~,
.l:loy que la República no atraviesa poi· nin- cuando menos doscientos lll I . µesos, •.. ,
gnno de aquellos aciagos pedoclos con que más ($200,000.00), durante el término de este
lle ~na vez fué probada durante la pasada cen- Contrato, pudiendo establecer también esturo,;_; hoy que_ na•l" surge qne pueda cansar~os taciones depositarias que se considerarán
111q1110tuues 111 zozubrns; que la paz p(1bhca
d
d
· d 1 f' b · ·
1
-Llón inapreciable lle los pueblos-searrai.,11 ca- como epen euc1as e a a rtca: para a
da día más en nuestro suelo; que el tr~ba"jo coagul~c16n riel hule y de la resina de lá·
a¡:i-ícola, minero, in,lustrial y mercantil ere- tex, á fm de que la gom1 cruda se pueda
ooentemente pr?speran, difuodienclo el biones- transportará la Estaci6u 6 Estaciones centar h:is~a los mas remotos confines de nuestro trales. Estas E staciones d epositarias
Len·1tor10; qne ouant,osos capotal"'s afluy~n al ¡
•
d
·
y
mismo; que se inaugurao graudes vla.s intero- ~s gas!os corrientes e las mismas se conceftuicas é internacionales; que se multiplican s1deraran como parte de la suma total de
los establecimientos ~e enseila,1z~; &lt;JUe el ciu- la inversión de dosc ientos mil pesos •••
dadano ~oza de las hbertades civ,Ies;_q~ie nues- - (2000,000.00) durante la vigencia de este
tro Gobierno es respetado por su ere lito en el Contrato
mundo financiero, y en el ortlen social por su

A t

~

D

d

¡ 1

honralia labor de progreso; hoy, en fin, que lor • 3 • tntro e pazo de un año
~ra¡¡1os tal suma de ioapreciahles hietrns, mer- Contado d~sde la fecha en que se otorgue
e~ á una acert,,da admiuislt·a.ción pública, it e.;te Contrato, el coac:"s onario s ,meterá
qmen secund11 &lt;,l '!nen senti&lt;lo del pueblo, y á la aprob 1ción d ➔ la s ~crdaría de Foqne parn nuestro pa» tollo es lison.jero, moti- meato los proyectos y pla
d· ¡
·
vos hay de sobra p,1ra esperar que to,las las l .
. .
IIOS
-. as lUS·
,,tase., , -,ciales estén pro11t.as y dispuestas á to- t ,' aciones, edtfi':_tos Y depend~ncias de la
mar parte en lo.'i rP-g-odju:-\ l!l)ll qua ha. de 81; 1 fa.?rtca1 aCO!npanados _de memorias des~
1

.sultimniz,ull) el gr¡rn a11ive1·sario.

cnpt1vas que los i1ustrer:i snficienti:'nienl.1!1,_~omisió11 N~uüonal iuvita, pneR, ií. t,o&lt;i&lt;&gt;~ te, é indicando en qué Iugir 6 }u:rar;::s
0
losh110, de ll!éx1co para que so!idariament~ d~ la i{epúbltca ha de e,t; b
,
Unldos por el a111·eo vin,•11!0 1le la ,·ertlatlm·a. li~
A
. ecer. e.
O L
l&gt;erthd, pre~ten HU act ¡ vo cuucurso en la u•rau
rt. 4 ·
a construcción de las fábri-

s,,lemuidml de la patl'la.
b
c~s. Y almacenes y depe,.dencias p inc1p&gt;aMEXICANOs: qn&lt;' el mun&lt;lo civiliza·lo nos con- ,a a los doce meses y terminará á los t e~
t.em¡_ile en l!JLO, col&gt;ija-Io, il,ijo c&gt;l hfü•m,iso pa· ~füis, contados uno y otro plazo, desde la
bAllon tricult.)r, ClflHbrandu

la, fnn la.1•1ó11 dr l-·cha eu que se aprueben 1o-'i· prn\'fctns

nuestl'OS lar~!':!, ~le aquellos a1~ailn..; lan•s c111t• El concesion-:&gt;.ri:l
ue fa obli ,j ·" d •
osLentan el. agn!la t•:u1o1al poi· suulmlo y f\~cudo,
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ga O a
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y que ticneu por principio y tlii.d~A: lil.1t:H·t.aü, avtso a 1a ecr~tar~a de Fo111~r1to 1 e n dos
paz y t.,·abajo.
wes,s de aut1c1pa,:16a, de la fe h1 r!, si.:na~Iéxico, 20 ,te .fonio &lt;lo tn07.-Gnillermo dt da p tra iniciar los trab ij ,s, Esto, po ' rán
útmla y B¿-,r:•_ui•_l_ó,t,
!•l1rnte.-.b,,·a,wi.~co IJ .• ser mrirl 1fieasfos á opc1ón dd canees 0 •

r1·~. .

B r,-roii.,o, Serapwn. Bernawlez, Romualdo Pu.-:;- nario, d~hlen io ser so netld 1c; st t .
. l
r¡_nd, !~ ernan,lo Pt,nentel y Faguayn.. Eugen1&lt;, f ., .
,
~ . ,, 1 . e. s m .e l
LA ComS!0:-1 NACIONAL DEL CE)lTE:,iA- /~,rsl'on, ll"fael 1-lelmllur, Crulos Rivas, l'vrfi· tea . !ones a la S . . cn:tan 1 las cu I es se le
ru, l'an-a, Vvc,ales.-.José c~wrin, :s~cretal'io. p_udran presentar por escrito de tiempo en
RIO DE LA INDEPE:-/DE:,/C!A
1

1

ttempo oar:i su aprobaci n la cual se
,t~r,r, rá sielllpre que sean rl~ crnformidad
el proyecto general de la constrncci6n; y
SI de?tro de los seis meses ,igu eote; de
termmadas las obras de constrncc,óa de
ios d f
' d
1 ·
· e ctos O e cu,, qutc-ra de sus depenienc•as n&lt;, P &gt;De ohjec1ones la Secret, rÍ3
e □ tonces las C-'nstru~ciones se darán po;
aprobadas.
A
rt. 5° _La fáb_ric~: sus alm~cenes y
~~p•~ fon etas se er!gtr? n con entera sujechm_ a las preven, 10ne; del Cú j ºO ~an¡'.
tano_, respe_cto á fabricas y esta hl•,c1· m 1·-nt
d
b
•
os m. us~na 1es, o servá'ldose siempre las
prescnp~1ones que á este respecto dictare
la autortda~ competente, debiendo cumen·
zar
· y, t e~mtnar ¡ as construcciones dentro
del term100 de este Contrato,

GO B11~ !{~U (l (i; ~ 1-{ ,\ L.
P,·óxima ya lit fecha del 15 de Septiembre &lt;le - - - - ' - - - - - - -- - - - -1~10, eu que se cumplirán cien años de h~her
,;e P"ºc'amarlo la iu,lepen,leucia de la N·wión
S,créluía de Estado y del Despacho de
Mexicaua, ante semej,,uto cspoetativa no potli" Fomsut ,, c,,1 0111 ,ac,ón é Lidtistri·a-Me' _
permanecer indiferente un l(obierno que, ~orno
,
el qne hoy rige nuestros desUnos, lrn sah\,}o le- xico--Seccióa 2~.
nntar tau ~lto l?s prestigios rle ,,. República.
Estamp.l'as por valor de un- mil cual'o~ t!\l lllC\tlVO son dnda, el es!llarai,i&gt;lo P"triein reata pesus (~ c,o •o), deb:d~mente cancelaY\~'\.1\lo gQbernaut.e q_ue es ho,v el S11p1·amo Ma"' .,
g,strauo de i\léxico, dictó, con la op&lt;Jrtuna an- das.
tJcipaci6ri gtté el caso requiere, el acuerdo enCONTRATO.
&lt;H¡,t¡iju,r}/'i _,. o.rgl\:J\izar los trabajos preparato,·10s
. \le, la
, J •ole_,.'n "l.¡¡ ¡,d Y fi est as con que Lle he ce- Celebrado
S bentre el C. Iogeniero Andrés AJ da1~!!,_ilí;sl tAn,1i'ah~tó' a~iversario; y al Af&lt;•nto, ,le
so;º', u secr~tario de !&lt;'omento, Colonizas1~n&amp;&amp; uli g,upolll, elu,fa,fanos &lt;le h11a11" vocoon e Industroa._~n representación del EjeJn~ildty,J\lllá_nte&amp;d.e,!Íu:,pat,ria l'""' ~""' ,•.011 ,
cut.'vo de la Uuoon, y el Sr Guillermo .l:l.
t~tµ~d~~~il,i¡'1,.L\"l•~·a.,~P)!-,é"l l).omlwa ,le C,,mia,ó.,
Ellos, _para establecer en la República la iPN,a~ona
;i
~l
-,,, , . ¡, "ª'1-,.,~ .,
~ 11,'ff'Q ..-,fil
,¡_a I n1 1epen, 1enoia, dustroa de la explotación y fabricact'o'n del
de, llPOn".e1'1,o!it,!'-u~1r4~,i •~)Úr¡iceión A cuantas hule Y efectos de hule del '·Palo Amarillo''
lafi'u1'd s~·?,íííffe.e'!t!i.atfóoW"éf&lt;io'l~ioa,lo propósi(Euphorbia Elástica. Altamirano v Rose' ó
tó( porltlJdmrlo!l'-SmlSlM!I de'líl R!lpública.
Euphorbia Fulva. Shapf) y "Amate" (FiArt. 6g El concesionario se obliga á
,Una.daiuprimern!lln~s&lt;&gt;t,Üio&lt;íétt! ,1. la '1omi
cus Nyphaeifolia, A. Linn., ó Lrrostio-ma comprob~r á juicio de la Secretuía de Fo8¡4n l)!;t, Í9l}H )}¡a llJid()¡\\J ·g¡:n , ~ ¡I
Nymphaeyfolium, .Miq., Mociño y Se;sé) mento ¡ ·
"ó d 1
tu_ii -~-- 9 &gt; , .
l'.J
~1&gt;,.o º' sus con
auuq_ue e_sas plantas se conozcan en diver·
• ª, 111yers1 u e capital á qne se
ei l!!lJ M~l!~M°'µi,p,fül ¡iláWáfijJtÍ!\91-0'é4nvit.\nd d
R
re~ert&gt; el 1nc1so II del artículo s"gundo.
doíos coopérar·a'1as rani:loosas fiest,., co11
sas 1oca 1I a es de la epública con distin· A t º El
q_ue ha lle solllmnizaat, .:r,íli,tésimo aniversa
tos nombres vulgares.
r · 7
, c~ncesion.,rio podrá estable7HI del 11,101l,Or&gt;\hle ~,¡\to de Dolo)'e•
_.
A
.
cer 0 _tras fabricas en otras partes de la ReO E
1 S r. Gt1!llerm, H. E!Hs, 6 la púbh~a, según le convinier,-, á stts intere1~A tM~,ir~e~ ll(Y.ot1fü(V~¡e;,,?¡·'r.W'.;?-&lt;(,
rt. _1
ek_Ul-fl_ tirii610a_ l'liVól-á_
l i.Har!\'&amp;'lrlit't'..te "-"·l'''"·
i l ' "' ..
.. lJ,,
fil C •mqan,al que organice _Y c0nstitu"a
, con ses. siempre que presente á la S ecretaría
t~11nll!lqo•qi_s~ co¡.t;¡orefn,a-ol':ql/\ lfiíftmln,,tí;r, ¡arieglo a as leyes mexicana~ se obliga de Fomeot-~ los planos y qtie e'stos sean
t,ible resol,101 611 de la Nueva España ,le hadíw,· {t e,tablecer en h Rapúblira Ú ·
1
h d
se)w}epen&lt;llWit~ de l¡i ¡¡.Jlu~
M t. n l'l
ex1cana ' a , ra_ o os de antemmo. A fin de que se
s~,-~ob0Fru1d1i p¿(~\I~.
e nul;-~a industria de la exp otación y fab •i· c •n,,1deren estas nuevas fábricas como in·
t1tnu·so eb.1'1aeiifu lih1{y 4~hit¡-~ '1~ ~11·.;J,l~,tj" ~•tciog_ de hule Y ef ctos d , hule del •p.¡,, cltudas en e~te Contrato, el cap tal qtie se
nos. La obra d&lt;I 1-.rrrnnoip11-•i6,1 l'nl"i,i,hi1 'cM , \m iril;o,"( uphnrhia Elá-tica, Altami emplee en, la construcción de cada una de
g,·ande aliento, arrnj&lt;&gt;.y o~a liii; pro-ec:11i la co&lt;1 ran ' Y 1R' e ó ~:n h rh a F11! va Sh· f ellas, sera cuando menos de diºez miºl esio igual valor Y geuio militar, y c,,11sunu1a y ''Amatc" (F,cus Ny 111 ¡ . f. 1· aµ)
($
P
cuo·espíritudeconoil,,ciói{ y ,le eo 11 ,,,,.,lioi po, l.,ian 6 U
,
• P ,,e _'la_, A, sos , 10,000.00).
aqusllafala_nge clA11atriot,asq11et\lvo por solio M· ·,M ;- ro-~g,n;i Ny•u he1e,folmm,
Ar~.~º- El concesionario admitirá en
dA su 1'randeza el cadalso, recl:&gt;-m" que 8011 ce- ' ,q 1 •e no Y ·,se¡ a rn~ue esas p'au sus fabncas y dependencias dos
lebrndo óll recuerrw CúU ex:ee1JQional eutusias tas se con?zéan e11 _11ver.s.s loca i la1es de de las E,
1
a1umnos
mo, ya que excepciona1 fue también ese con- fa Repúbli ca con dist•ntn~ nombres vul - bº
d :;ne.as Nac oaa\es, que el Go1unt,o de ár&lt;luos trabajos, de inmensos sacrifi· gares, también po.irá ex,-1lotar los de más di~~n~ l \~gne, pa ra que haga u los estn•
e ª 1vos ª 1a extracción y refina.Al Pueblo l\Iexican0:

;9pflt\~.f61&lt;&gt;iri~:'\'&lt;i'd

¡,;

miento del hule á que s~ refiere el artículo
2? y I s méto1os emnleados, per.i á e•to•·
-alumno, ,ólo ~e les a-lmitirá visitar la fábrica dura ut as ho •as de t•abaj, y cun
zujeci6n á sus R g ame , tu-, proporcio·
nándoles todas las facilidades y datos necesarios para sus estudios.
En igua'e~
condicion°s el cnucesionario permitirá
igualmente las visita• peiiód•ca• que ha ·
gan á la fábrka y ,us rlependencias lo•
alumno&lt; de las Escuelas Nacional, s, cuan
do lo solic ,te h Secretaría, dando aviso
oportuno de ello.
Art. 99 El concesionario se obli¡ra á vender al Gobierno cuando los necesite para
su propio uso, lc&gt;~ prorluctos de su fabrica
con un descuenlu dd diez por riento
del precio rle venta al por mayor, fijad,
para el público,
.
Art. IO, El conceo•inario mandará á la
Secretarí, re F mento los informes y da•
tos estadbt,cos que di, ha Secretaría le pida respecto al negocio en general.
Art. 1 r La Secretaría de Fomento puede mandar inspeccinnar las obras de co11stncci6n de los edificins, almocPoes y anexns
de la fábrica y de las in,talaci,,nes rle la
maquioaiía, y el cancesi&lt;,nario contr1b11irá
para el pago de los gastos relacionados con
la 1nspeccíón: ron la suma de un mil dosciento, pesos ($1,200 oo) Anuales. lacnal entregaráálaTesoreríaGraldelaFeotraci6o
por trimestres adelantados; empezando los
abonos desde la fecha en qne se comiencen
las obras de construcci6n. Para hacer efectovo esle pago; la Tesorería nsaráde la fa.
cultad econ6mico coactiva, si fuere oesesario.
Art. 12 El Inspector certificará que 10s
matenales para h constn,cci6n, maqui
naria y otros efectos importados por el
concesionario 6 por la Compañía que orj!'.anicc, son prop·os para el objeto para el
cnal se imp rtan y de conformidad eon el
Contrato ó c"n 1 s pldn, s v especificaciones que se hayan pre~entado á la 8ecreta·
r ;a de Fomento, para que se cancelen las
fianns depo,itadas al verificarse su importaci6n La intervención del Iuspect0r no
cesará durante la vigencia de e,te contra
to, pero el concesionario s6lo se obli¡1;a á
contribuirá los gastos de la insp•ci6o
has1a que sean acabadas la fábrica 6 fábri
cas para las cu_ales. haya presentado_ los
p 1anos 6 espec1ficac10nes. El conces1ona·
rio tendrá la obligaci6n de suministrar al
inspector to1os los datos y facilidades necesarías par" que pueda éste hacer el examen y estudio en el desempeño que sus
deberes le exijan.
Art. 13. Las obligacione; fijadas
en el presente Contrato, se garan
tizan por el conce•iouario con el dep6sito
constituíd~ en el ~aneo Nacional de Méx1co 1 pos crnco mil p•~os ($5:000 oo) en
bonos de la Deuda Nacional Cousoloda~a.
dep6,ito que se le devo:verá cuando la Se.
crctáría_ de Fom~nto declare cumplidas las
o~logactones esttpula~as en este Onntrat6;
mientra tan o los cupones venc•&lt;los se ea
tregaráo al concesionario á su p"tic160, cada vez que se venzan.
Art. 14. El concesionario tendrá eu
esta capital un r•presentaote_ ampliament~ facultado para que el Gob1er_no se entienda con él en todo lo relativo á est-convenio.
Art. 15. En ningún caso ni en tiE&gt;mpo
algnno ¡ odrá d concesion•rio ó la Compañía qne organice, traspasar, enajenar 6
hip~_tecar el presente Contrato á ningún
Goh1erno extranjero ni admitirlo como
sodn.
. Tamporo podrá trasparnr. enajenar 6
hipotecar las concesiones eu todo 6 en
parte, sin previo permiso del Gobierno á
iarli viduos ni á Compañías 6 asociacio~es
particulares que no tstén com,tit:.1ídas con

Iarreglo á las leyes mex'canas.

drán los derechos y medios de bacerlrs
valer que los que las leyes de la Repúhlica conceden á ks mexicanos, no pu•
diendo, por consiguiente, tei;er ingerencia alguna en dkhos ssuntos los agentes
diplomáticos extranj-ros.
Art. ~1. Este Contrato caducará:
l. p,,r no presentar los proyectos dentro del plazo que fija el artículo tercero.
II. Por no comenzar la, construcciones
é instalaciones en el tiempo que fija el
artículo rnarto.
IIL PPr suspender los trabajos de construcción é instalaciones por más de dos
meses sin causa debidamente justificada.
IV. Por suspend•r la explotaci6o de la
fábrica por más de feis meses sin cansa
que justiñque el concesionario.
V. Por no invertir el capital que se estipula en el inc1sv II del artículo segundo
VI. Por traspasar este Contrato sin
permiso del Gobierno, á un particular,
Compañía 6 Sociedades particulares.
Vll. Por traspasarlo 6 hipotecarlo á un
Gobierno 6 Estado extranjero 6 admitirlo
como socio.
Art. 22. Si la caducidad se declarare
por cualquiera de los m&lt;&gt;tivos que expre,an las fracciones I, JI, III IV, V y VI,
el concesionario 6 la Compañia p rderá
el d~p6sito, las concesiones y franquicias
especiales que otorga este Contrato.
Bi la ca,1 ucidad se declarare por los
motivos que ex pres« la fracc1/'m VII; el
concesion•rio 6 la C0mpañía int·urrná en
la pérdida de todos 1&lt;-s d~rechos, bienes
y propiedades de cnalqu ·er género relacio11ado• con e,t C--11tpto,
En todo cas" la , a&lt;1uc1dan se declarará
administra1ivamente, ¡,er., antes rle hacerse la declaraci6n respectiva, la Secretar!&gt;\
de Fo'lle •tn o" e erá a 1 cnncesionario 6
Compañía un térn.i o prn ie te pa ,1 que
expouga su defcusa.
Art. 23. Los plazos y cond e oaes s.:a ios, n e,te Co•,trato se ,uspenderáo
n to o e-- '-O f, -1t11lr ,
f11Pr1a n1::1vor
.,
_..ntend1en o ... e µ,orrn
,lo-.
1H'
todo f-1'
tiem ¡:o que rlu e ti impedun~nto y dos
•neses más. En cualquiera &lt;le did10s caos .J ;' , ce:.' nario 6 la Compañ;a pree, tara a1 E¡e ut,vo Fe 1, r,r •as n ticias
y pruebas de haber ocurrido uu caso for0uito 6 de foerz • mayor &lt;1el carácter men.;i D3.'10 rlentrp rl~· ks trPl:: t1'€'Se~ ~lguienw

Art. 16. El conce•ionario podrá importar, libres de derecho,, la mliqui11aria y
sus partes útiles, y materiales de coustrucción necesarios para el establecimiento
de la industria, la constrocci6n de los edificios, para el alumbrtado eléctrico de la
fábrica y sus anexos, y los aporatos para
extmguir incendios, y otras invrnc·ones
-;emejantes, según le convenga al conc~sionario. Para este fin el concesionario
6 la Compañía que org,nice, presentará
en tiempo oportuno á la Secretaría de Fomento, y se¡¡úa las formas adoptadas, una
memoria detallada de todos los materiales
que desee importar de conformidad con lo
estipulado en esta cc&gt;ncesi6u. En dichas
lista• se especificará cI.ramente el número, cantidad y calidad. n, mbre y carácter
de los materialee, haciéndose explicado·
nes respecto dd uso á que se destinen,
ve! uso de las oantidades pedidas, y en
caso necesario, se adjuntarán d1bujos diseños y detalles de la maquinria y apara·
tos. La Secr•taría resolverá si dichos materiales maqnina,-ia y a pararos snn propios para el uso á qae se destinan d• con
form1dad estricta ron este Contr,to, y rija
rá la cantidad de los objetos qu~ e con,·e
siooario 6 la Compañía que oq?auice I u rle importar libres de derechos, los cuales
debo ser suficientes para 1, s r•qni·
sitos del concesionario. Se , om 111icará
esta decición á la Secretaría de H cienda,
á fin de que ésta en tiemp oportuno pue
lle enviar las ordenes respectivas á las
Aduanas por las cuales se verifique la
importaci6n.
A menos que sean presentadas las listas referirlas, la Seccretaría de Fomento
,,o aprohará ningún escrito en el qup s·
pida la introducción, libre de dererh, s, de
los materiales señalados en este Contrato
Para la importación de materiales á qu,
se refiere esta concesión, el concesic:,nann
obscrvr•rá las prescripciones decr tadas)
las qoe puedan decr tarse •n lo fottP&lt;
por la Secretaría de Hacienda; en la inteligencia de que la ~ancelsción de las fian·
zas depos tadas en las Arluanas, p,,r la,
que se hagan las introduccione 1 se hará
al certificar el Inspector ctd üubi,rno que
'os materiales de construcción hao s·dr
empleado;~• y_ qu• la maquinar a y apara
tos han sido rnstalados de cooformidad á
~esfi. lttfe,, h:\tkh -die ,· .-111 r ;1 o el , 111 •
este toutrato.
Art. 17. Los tfertos importados al am p~d i':1 ento y compr, ha""" hall r ¡i,, ccparo de esta conre,ión no podrán ser ven- h fo a rem&lt;,ver la cansa ne é1.
didns por el concesionario sin autorizació,
Por no pr s r.tar l.s noticias y pruebas
previa de la Secretaría de Hacienda y pe n el t emp, ~1 ña o. t-1 l0 111 esi .. n~rlo 6
go de los derechos adnanales y por lo la Compañíe: peroerá el derecho oe a e¡;ar
mismo la falta de &lt;bservan~ia de est el ca•0 fo,t111tn 6 de fnerza mayor.
prescripci6n hará incurrir al concesio1,a
Art 2-1. ' ,, · .-stam -il •• ~e este Conrio_ en el delito de contrabando, quedaudt tn,tri s.=-1án P"g·,. n s t'l o; ) 1.0111e~l, n .. n ...
su¡eto á las penas que señalan hs leyes
Hecho por dup ,tcad,i en la ciudad &lt;le
Art. 18. El lnsr,ector del Gobiern, México, á primero de Febrero de mil
podrá exigir en cua1quier tiempo duran· ,, ol'ec1tnt s nueve.-Andrés Aldasoro.te la vi,g,uc1a ct_e e,k Contrato q~e se ha· W. H. Ellis.
ga un_ rnventano, de la maquinaria, útiles
Es copia. México, F brero 2 de1909 m~tenales y aparatos importados á fin El Oficial Mayor, E. Manínez Baca -Al
de comprobar que e,tán en la fáb~ica y Gobernador del Estado de Nuevo León.almacenes de conformidad con este Coo- Monterrey.
trato.
Art. 19, Durante diez años, contados
.Jesde la fecha de la promulgaci6n :le este
Contrato, los capitales que se inviertan
en la ~onstrucción, estab!ecim;ento y exRepública l\fexican~ Presidencia Mup_lotac16n de la industria, así como las ac- nici,al de D cto r Arr,-yo.-Estadn rte
c10nes y bonos que emita el concesionario Nuevo Le6n.-En la Ciuctall de Dr. Arr,,6 la Com:iañía que organice, gozarán de yo, á los siete días del mes de Enero de
exeuc160 de todo impuesto federal directt mil noveciert s nneve, siendo 18s cuatro
que_dando únicamente suJ·eto el cooctsio'. rle_ la tarde, y reunir!o ,-1 H. Aynntanar10,_a1 pago de los demás impuestos es- °:'ento en su Sala lle acue,dus, ti S r, P,etabl, c1dos p, r la ley federal del Timbre. s1deute procedi6 al sorteo de un individuo
A,t. 20. Nunca se podrá alegar ,espec- catre los ampadrnnados de este Municipio
to de los asuntos relacionados con este para el servicio de l:.s armas y ,esnlt6
Contrato derecho alguno de extranjería designado por la sutrte el C. Lá~aro G u bajo cualquier forma que sea, y sólo tcu'. zález, soltero y de ve1nticiuco afias de edad.

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Gülll ~;RNo DEL ESTADO.

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Con lo que se d1ó por terminad, esta diligencia, habiéndose disµuesto 1 vantar esta acta y sacar copia de ella para remitir a
al '·. S cretsrio rl•l ~uperior Gobierno del
Estad,,, para 1 , efectr s á que se refiere
·el artículo octavo de 1a •ey respectiva.Dámos fé.-Jua·1 Rodríguez Licea-Manuel D. de la Garza-T. Costilla.-Ma11ue M. Per,z.-Aure'io Rodrlgnez.-J
Ca~tañéda R.-José M'!- Roiríguez.-Gns•
tavo Duarte - Jesús M. Morales.-Le0eanio González, Secretario, -Rúbricas.
Es cop'a. Dr. Arroyo, Febrero 19 de
1909.~Juan Rodríguez Licea.---,Leocadio
González Stio.
_________________

particha que el 16 del actuai abrí'.&gt; el se
gundo período de sesiones ordinaria~, co•
rres JO ,d t'nte al último año de su instalación.-De enterado,
El C. Lic. Francisco A. Noyola partidpa, que por virtu&lt;l de haber terminado la
,1cencia que Je fué conced da al C. Gobernador Constituc10ual del E,tado de S•n
Luis Potosí, con fecha 17 del actual le h1zo entrega del Poder Ejecutivo que Ha
á su c•rgo.-Archivo.
El C. José María Espinosa y Cuevas
Gobernador Constitucional del E,ta-1o de
San Luis Poto•Í p ,rticipa, que por babe,
terminado la liceucia de que disfrutaba, ha
vue'to á encarga•se del Poder Ejecutivo.
-De enter,do.

PODER LEGlSLA'l'lVO,

El C. Alberto M. Dávalos, participa,
que habiendo termienado la licencia que
le fué concedida al Gobernador Constitucional del Est9do de Aguascalientes, le
hizo entrega del Poder Ejecutivo del referido Estado.-Arcbivo.
El C. Alejandro Vazquez del Mercado
comunica, que habiendo espirado la liceocia que le fu~ concedida, se htzo cargo del
Poder Ejecuttvo del Estado de su mando.
-D~ enterado.
El Supremo Tribunal de de - Justicia
del Estado de Tabasco, participa, que el
día 8 del actual falleció en la Ciudad de
San Jnan Bautista, el Sr. Francisco J. Pin•
tado, l\Isgistra o Supernumerario de dicbo Tribunal-Enterado coa ~eot miento.
No habiendo otro asunto de que tratar,
se levamó la sesión, á la que concurrieron
los CC. Diputados: Martínez, Lartigue y
Madrigal.-Pedro C. Martfnez, Diputado
Presidente.---,C,ispiniano Madngal, Diputado Secretario.
E~ copia. Monterrey, Marzo 24 de 1909.
-Rafael del Castillo, Oficial May&lt;&gt;r.

5

PERIOnif'O OFICIAL

PERIODICO OFICIAL.
pinaza para que no reindda en el delitl'I
por qu~ se le procesa. Vistos la apelación
10terpuesta c&lt;&gt;ntra ese fallo, la ad,nisi'ín
del recurso y los alegatos presentaios ante esta Sal~ por la defensa de oficio expresando agravios. Vistos el dictamen del C.
Ministro Fiscal, la citación para sentenc1a e, .n cuanto más consta de autos¡ y
Rasultando: que una noche del mes de
Marzo próximo pasado, llegó Teodoro
Hernández, bastante ebrio á una pastare.
la que se daba en una _ca~a ~ita en la Hacienda del Carmen en ¡unsd1cc1ón de Doc·
tor Arroyo, y babiéod,,se disgustado ~r
cuestiones de poca monta con J ul1án Perez, salieron ambos á la calle con el propósito de reñir¡ tambien salieron Juan

Francisco, Carmen y Pablo Espinoza, que
estaban en la pastorela juntos con Pérez,
para impedir la rifia entre éste y HernánDiputación Permanente.
dez, más cuando aquellos trataron de indel XXXIV Congreso Constituciotervenir los injurió Hernández, por lo que
na) del Estado.
Juan Francisco, le pegó un golpe en el codo del brazo izquierdo cau•ádole una leSESIÓN DEL DÍA 17 DE MARZO DE 1909.
sióa y una dislocación, de las q~e dió fé
Presidencia del C. Dr. Pedro C. Marlíel ~uzga~o y que curaron la .P:1~era ea
quince d1as y la Segunde en d1c1s1ete, qnenez.
dando al ofendido Hernández, con motivo
de la dislocación un impedimento tempoA la hora reglamentaria se abrió la se•
ral que desaparecerá con el t1empo; sien¡ióu cou la lectura del acta de la anterior,
do
dichas lesiones de las que no ponen ni
la que sin discusión fué aprobada.
pueden
poner en peligro la vida, scg6n lo
En seguida, la Secretaría dió cuenta con
expresaron
en su dictamen respectivo los
lo siguiente:
Facu'tativos
que l&lt;s reconocieron y clasiOficio del C. Gobernador Constitucional
ficaron.
del E•tado &lt;le Chiapas por el que particiConsiderando: que durante la instrnc·
pa, que le ha hecho enuega del Puder Ejt•
ción
con la diligencia de fé judicial y diccutivo de aquel Estado al C. Ramón Ratamen
rendido por los Mélicos legistas,
basa, por licencia que le fuf concedida pase
comprobó
plenamente en los términos
ra separarse de dicho Poder.-Archivo.
del
Art.
l
54
del
Código de ProcedimienEl C. Ramón Rabasa participa que se
tos Penales. la existencia del delito de lehizo cargo del Poder Ej, cutivo del Estasiones perpetrado en la persona de Teododo de Chiapas, por licencia que le fué con
ro Hernández; habiéodose justificado
cedida al C. Gobernador Constitucional
igualmente
que el autor de ese delito lo
del mismo.-De enterado
s~:lJGlON
.r
UDICIAL.
fué
Juan
Francisco
Espinoza, Según se
No habiendo otro asutJto de que trata~,
desprende
de
su
propia
confesión judicial
&amp;e levanto la sesión á la que concurrieron
Secretaría de la 3~ Sala del Supremo qu~ por si sola forma una prueba complelos CC. Diputados: Martínez, Lartígue y
Tribunal
de Justicia.-Monterey, Nuevo te y está corrobora-1a con las de más consMadrigal.-Pedro C. Martínez, Diputado
LeóJJ.
tancias pr0cesales, artículos 416 y 423 ~
Presidente.-Crzspl'nzano Madrígal, DiMnoterrey,
veintiocho
de
Octubre
de
425 del Código citado.
putado Secretad~.
mil
novecientos
ocho
-Vista
en
apelación
Considerando: q 11e aunque el procesado
Es copia. Monterrey. Marzo 17 de 1909.
la presente causa, •omeazafa á instruir de Juan Frauciscíl Espinoza, c,,n un hecho
--Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
oficio por el delito de lesiones, el veinti- ejecutado en un solo acto, infir ó dos letrés de Mayo del año en curso, ante el. C. siones de distinta naturaleza violando por
SESION DEL DIA 24 DE MARZO DE 1909. .Juez de L tras de la 4 "' Frac ión Judi- lo tanto dos disposiciones penales que sePresidencia del C. Dr. Pedro C. l/,Jartinez. cial del Estado, contra Juan Francisco, ñalan penas diversas, F6lo debe castigárCarmeu y Pablo Espinoza habiéndose con- sele con la pena correspon lieute á la leA la h0ra reglamentaria se abr•ó la se- t1nuado, solamente contra el primero que sión más grave que· en el caso es la que
sión con la ltctura del acta de la ante,ior, e0 , casado, de veintisiés años de edad, jor- curó despues de quince días, teniéndose
que sin disensión fué aprobada.
na!ero, originario y vecino de la Hacien- la otra como circunstancia agravante, que
En seguida, la Secretaría dió cuenta da "El Carmen," jurisdicción de D,,ctot el suscrito, en virtud de la facultad que
con lo siguiente:
Arroyo, N. León, en virtud de haberse le confiere la ley, la califica como de 1~
Oficio de la Legislatu·a del Estado d~ puesto á los d"s últimos en libertad con c'ase, artículos 45 fracción XI y 185 del
Zacatecas, por el que puticipa que el día las reservas de la ley, por haberse desva- Código Penal.
9 del actual, clausuró su p,imer perínnn nec do los datos que motivaran su detenConsiderando: que las lesiones que no
prorrogado de sesiones ordinaria•, dejan- rión. Vistas las diligencias del Sumario. ponen ni pueden poner en peligro la vida,
do nombrada su :::&gt;iputacióu Permanente. la confesión con cargos tomada al proce• si curan despues de quince días, se casti-De enterado.
sado, lo expuesto en la 1~ Instancia por su gan con dos á once meses de arresto ó dns
La legislatura del Estado de Colima defensor y la sentencia pronui!ciada el á dieciocho meses de prisión ú obras púparticipa, que el 16 del actual, abrió su se- Vémticu-atro de Septiembre próximo pasa- blicas, quedando al arbitrio judicial apli•
gundo periodo de sesiones ordinarias, co- do por el referido Juez de Letras, cuya sen- car cualquiera de dichas penas, y e~ uno
rrespondiente al tercero y último alío de tenca concluye con l&lt;ts siguientes puntos ú otro caso.el término que se estime jnssu ejercicio legal.-De enterado.
resolutivos. Primera. J uau Francisco E,- to d,utro de los dos extremos que respecLa Legislatura del Estarlo de Michoa- pinaza, es responsable del delito de lesio- tivamente se fijan, artículos 65 y 503 frac,
cán, camunica, que el 15 del actual abrió n,s por que se le procesa, y se le condena cióu II del Código Penal.
el segundo período de scs,oms ord1oa,ias, por lo m1sm•) á snfdr la pena de catorce
Considerando: que además de Ja agracorrespondiente al primer año de su ius- ~es ,s de obras pública~ qi:e se com_enza- vante antes mencionada perjudica al protalción.-De eo.terado.
ran a contar desde el d1a diez de Jumo del cesado la de la frecuencia del de lite en el
La Legislatura del Estado de Tabasco, año en curso fecha de su f~rmal prisión. Esta lo que es de 3"' clase¡ y sólo Íe favoparticipa, que el 15 del actnal abrió su Seguado S, coniena as( ~1tsmo ~l p~oce- rece la atenuante de 1 " de haber tenido
cuarto y ú ltimo período de sesiones ordi sacto Juan Franc1s~o Esp1_noza, a re10tq. anteriormente buena conducta, por ¡0 que
naria~.-De enterado.
grar en la T~s rena hlun1c1p, ] de la cm- superando en tres unidades el valor de
La legislatura de Aguascalientes, par- dad de_J!octor ~rroy,:,_\os honorat1os ele nque_llas, procede imponer una pena proticipa, que el 16 del presenté abrió su se los p~ntos quSe mtbe, \l.11 ron en el pr ,ce porc1onalmente mayor que el medio aritgundo período de sesiones ordinarias, co- so. 1 ercero. e so rbte 1a present~ "ansa mético de la.que fi¡· a ¡ 1
· 11
rrespoodiente al segundo y ú1timo año de en f ~v or de
los
d
Cá
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b
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ey,
pero
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e. C actt1saNos 'f' rmen y a 'olgar al máximo artículos 6 á , 40 , fraee
E ~pmoza, Y uar o. ot1 1q11ese y Amo- c1óu I, 4·~ fracción XII 3 22037del Códi 0
su duración legal.-De entetado.
La legislatura del Estado de Querétaro, oestese al procesado Juan Francisco Es-. Penal.
y
g

C 1nsineran~o: que los booorarios de los
per tos que interviPnen en un proce'" por
nobramiento judicial, lus pagará el tes:ro
del Municipio et&gt; que se comet ó el delito,
á reserva de ser reintegrados por la perso•
na que fuere declarada cu lpab'e artículo
220 del Código de Proced101i ntns Pena]es; que en tofa sentencia condeasto-ia rle
be prevenirse, que se amoneste al reo p~
ra qne no reincida, ab_'.mándole los s~fnmieotos qne hay!\ tenido durante la mstrucción, cua'quiera que sea el tiempo qne
ésta dure, y deJándose á la parte t,fend de
sus derechos á salvo en cuanto á la respousabilidad civil si oo se hubiere gestianado snbre el part'cular, Artículos 182,
08, 287 del cita lo Código Penal.
2
Considerando: que ap,reciendo de autos bien justificado que Pablo y Cármen
Espinoza, ningún participio tomaron en
la comisión del delito de que se trata, debe confirmarse el sob·e se m'ento d ctado
en su favor por ser justo y arreglado{¡, la
ley, artículo 9 del repetido ( 6 ·igo Penal.
Por lo expuesto, con apoyo además en los
artículos 5, 10, 32, 49, 88, 225,487,496 y
501 del mismo Ordenamiento, se confirma la sentencia de 1~ Instancia que se re,
visa y de acuerdo con el dictamen del C.º
Ministro Fiscal se resuelve. Primero, Se
condena á Juan Franc·sco Espinoza, como
autor del ddito de lesiones de que se ha
hecho mérito, á sufrir la pena de catorce
meses de obras públicas. que se contará
desde el diez de Junio del año en curso
fecha d,i su prisión preventiva. Segnnd •:
Se condeoa tambien al m;smo Juan Fran&lt;:isco Espinoza, á reintegrar en la Tesare•
ría Municipal de Doctor Arroyo, el valor
de los honorarios que se hayan pagado á
los Facu!tativos que intervinieron en la
causa por nombramiento judicial.
Tercero Se le amoneta para que no reincida. Cuarto. Se sobresee en favor de Cármeu_ y P.blo Espinoza, quienes qn~darán
en hb_ertad absoluta. q_111nto. Se de1an a}
ofend1do sus_derecb~s.a salvo:º cuanto~
la responsa~1!,d_ad c1v1l. Not1f1q~ese, y s1
dentro del termmo ~egal no se mterpo_ne
recur~o algu?? exp1J;1ose lo~ test. momos
d: estile pomeu~o'.~ a Juan f_ranc:sco Espmoza, á d1spos1c1on del . E¡ecutlvo del
F.stado, en la Caree! P6bl!&lt;;a .~e Doctor
Arroyo, hágase la transc:tpccon c,•rrespond1ente Y e~ su op •rtun1dan archívese
el_proceso. As1 lo resolvió'!( firmó el C.
J_,1c. _Leoha,rdo C_hapa, M.igtstrado de la!'!~•la. dny fe.-L1c. LeSo~ardo C,hapa.-Lic.
leuteno Lczano.
no.-Rubncas,

claró formalmente preso; lo condenó bm• lo aprehe'ldió y remitió á la Pre,·enc'ón
f,iéo á pagar en la Recawlación de Ren- de Policía, agregando que cuando Camatas ~el E,t,do, una mn'ta de un peso cin- cho estuvo en su comercio, entes de ser
cuenta cenbvos, 6 á sufrir en su defecto aprehendido, S? lió á la puerta como bustres días más de arresto; lo inhabilitó por can fo alg", y pocos momentos después lle,
diez años para toda clase de honores, em· gaba al frente de dicho comercio otro
pleos y cargos públicos .y mandó amones- individuo que se sentó por fuera en una
tsrlo •ara que n" reincida explicán-1ole banca y al que no pudo reconoc;r, por anlas penas á qne se expone Visto el d1ct•· dar nreocupado con la aprehenc1ón de Camen del C. Ministro Fiscal en el sentido macho La Sra. María Sánchez, esposa de
de que se ccnfirme el expresado fallo, los Alauís Valdez dijo: que cuando su esp:i•leg~tns de la defensa de o6cio, la citación so trataba de aprehenderá Camacho, sap,r• sentencia con cuantr, más debió verse, lió á la puerta de la casa para ,er de. qué
tener presente, convino y.
.
. se tratav~ observando 9ue en ese mismo
R~ultando: que habiendo sido cons1g- acto llego un desconocido con un bulto denado Natividad Camacho por el C. Alcal- bajo del brazo y se sentó por fuera del
ie 1º de e-ta Ciudad, como presunto res- tendajo en una banca, I_Jrocurando oir ;o
p •nsable del delito de robo de tres cober- que pasaba adentro, retirándose luego vio
tores pertenecientes á la Sra. Sil vería S•r• lentamente cuan 1o ya llevaban preso á
na el C. Juez 1° de Letras del Ramo Pe- Camach· : como la Se~or~ ~ánchez exprenal arriba mencionado mandó levllntar la só poder reconocer al md1v1duo desconoclpresente averiguación para los efectos le- do que citaba, se practicó una diligencia
gales, dando fé desde luego de los tres co- confrontación ~on la~ formalidade~ legabertores r€cooidos á Camacbo fn el mo- les, colocando a Martrnez entre vanas permento de ser"aprehendido. En seguida se sonas, pero la dechrllnte expresó en d_itomó su informativa á la f,ra. Serna quien cha diligencia que ninguna de las persona
expresó que el veintiocho de Julio próxi- que se le presentaban era la que había ci- '
mn pasado, como á las dos y media de la tado en su declaración.
•
tarde que salió del trabajl} de su ccrcioa se
Resultando: que los peritos nombrados
dirij-ó y entró á su habitación en esta mis- pr&gt;r el juziado valorizaron en la snma de
ma ciudad á espaldas de la fábrica de ja. seis pesos los cobertores rol:ados, y luegct
bón ''La Reinera'' y en el acto notó la fa! previo el recibo correspondiente se devolta de tres cobertores que ahí tenía, sin hieran á su dueño: que á ·petición del C.
que por el momento so,pecha5e quien se Agente del M. Púbhco, confirmada por el
l"s hubiese r11bado aunque presumía que C. Mini5tro Fiscal, se sobreseyó en favor
el ladrón hubiese entrado por la puerta del encausado Martíoez continuándose el
que dá á la calle y que la misma decla- procedimiento sólo contra Camacho y obrante había dejado abieta, pero al siguien -ervándose las formalidades fijadas por la
te día leyendo el "Espectador" supo que 'ey hasta dictarse sentencia en 1"' instanhahía sido aprehendido un individuo que cia, pasando lneg•&gt; los autos á esta Sala
resultó ser Natividad Camacho por robo en revis;ón donde se dió traslado suceside tres cobertores, lo que motivó que ocu- vamente al C. Min;stro Fiscal y el defenrriese á la Prevención de Policía donde re sor del reo alegando cada quien lo que
conoció sus reforidas prendas La m'sma convino á ~ns dere~bos después de lo que
ofen~ida presentó io!ormación testimonial se les citó para sentencia y:
co~s1stente en el dicho de dos test•gos Consi&lt;ierando: que durante la instrucq111enes declararon expresando: _que aqu~- c'ón con Ja informativa de Ja ofendida é
!la era una persona honrada y digna de fe- 10 formación testimon;al rendida se justicap~z de yose~r los tres cobertores q~e le firó perfectamente en los términos del arbab!an sido sido :ºhados y mucho mas, Y ículo 16 3 del Código de Procedimientos
hah1a hech\1 gest10nes para recuperarlos. Penales Ja existencia del delito de robo
Resultando. que el consignado Cams- hab éndose acreditado i!malmente que el
cho, en su indagatoria expre,é estar dele• autor de ese delito lo fué el procesado
nido por que por encargo de su cuñado Ju- Natividad Caruacho en contra de quien
lio Martínez, fué á vender al cuartelero hay la fuerte presunción de habérsele euJesús Alauís Valdés, tres cobertores qne contrado en su poier los objetos robados
no_sabfa como los había habido Ma tínez, y aunpue pretendió exepcional diciend~
qmeu s~ los~ ó para el efecto sm que haberlos recibido de su cuñado Julio Marpresenciara mogona persona la entrega, tínez, de ningún modo provó esa exepción,
y que tal vez el cuartelero Alauís Valdés, á la cual estaba obligado canforme á la ley
~ecretarfa de l_a. 1~ Sala del Supremo se fijó en que cuqndo foé á venderie lo, artíc1ilo 41 del Código citado por cuy~
Tr:bunal de Just1c1a.-Monterrey, Nuevo cobertores por f_uera lo ;;peraba su cuña- motiro no clbe duila acerca de su respon•
Leon.
.
do Martínrz quien corno de ese lu 5ar tan s3bilidad: que auoqlie sólo por robo se ha
_Monterrey, tremta y n~o de Octubre de luego c01~0 s~ d1ó cuenta ~e que el decla· instruido causa al repetido Camacho, 1
mil novec e?t'.·s och_o.-\ 1st~ esta causa rante babia sido ~prehend1do por el cuar, por dicho delito fué únicamente, odenado
corueoza ia a m~trmr de oficio ante el C. telero de referenc,.a: que h&amp;b•éndose pro- en I o: instada 1 sin embargo puesto que
Juez _1º de L_e~ras del Ramo Penal de la 1~ cedido también contra Julio Mart!nez, ya se d;jo debe tenérsele co~o autor del
fracción J ud1cial d;l Esta?º• por el .d:lito se logr~ ~u captura y~ las preguntas que delito de robo de los tres cobertores perde robo cotttra Juho Martmez y Natividad se le h 1c1erou al rec1busele su declaración teneciente á la Sra. Serna axaminándose
Ca macho, y en virtud de haberse •sobre• preparatoria cotestó: que ignoraba el u.ot, detenidamente los datos q~e arroja elproce,,
sc1do ~a favor del primero, fué continuada vo d; su_¡1etenctón, que conocía y Nativi so fadlmente se viene al convencimieto de
despues solamen_te cont~a C~macho que dad,t,a~ácho Pº: que e,s su cuñarlo á quien que el mismo encausado al tratar de vea~s casado, de_ t~em~a y siete au;s de edad, hacia mas de q~rnce dras que no lo veía, ier los objetos robados, cometió un fratt.•
Jornalero, or1g10ar1~ de la _Capital del ~- declaradn Martmez el once de ~gosto del de, delito que a11nque se llfgó hasta el (11.
de S;o, Ln1s Potn~'.Y ve~ino de esta c~u- año en c,urso. y que nunca pormug6? mo- timo grado en que debi&lt;'- verificarse la
dacl:-V),tas las chhgencias del sumario, tlvo hab1a dado _cobertores á su cuñacto pa- consumación, ésta no se verificó por canla nqn1,1tor a del C. Representante del raque los veud1era. Se practicó el careo sa agena ¡í la voluntad d~l agente puesto
M. l'úbl1co y lo ~legado_ pnr, el defensor procedente, entre ~mbos procesados, pero que si bien no se celebró la venia fué de,,
del ~eo en la 1 ~ 1nstanc1a as1 ~omo la sen- 00 se logro su ob¡eto pues cada u r o de bjdo á que el Sr. Alaníz Valdez, no quizo
tenc1a pronunc•ada c?u fech'1 si ete del mes ellos sostuvo y afirmó lo que tenía decla cnnpru, por cuya razón éste último delien _curs&lt;&gt; '?ºr el ,refe, :d? J ue~ de letras rado.
to el frau de, debe tenerse romo frustrado.
qu1en temendo a_Nat1v1dad Camacho coResultando: que el Sr. Jesús Alauís Val- Articulo 26 y 392 del Código Penal
mo autor
delito
de robo lo condenó á dés, al examinársele
expresó ser cierto
c ons ·1deran do: que eJ ro bo en una' casa
1
sufrir
con del
ca lid
.
,
,ª d de. re t ene!,6n por una 9ne h •f,11 ª i&lt;'o
a v~nderle unos cobertores habitada se casti a se (m el Articulo 66
cuarta parte mas de tiempo en su caso, la a su come.rc10 un 10dividt1-0 que luego su d 1 C' d.
p
g d á ·
l
pena de cuatro años tres meses de obras pose llamaba Natividad ( 'arnacho por eÍ dee p 1·º1·óigo ú enba' cou,.......l?s ;lnco anos
úblicas á cont
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r s n I o ras puu teas, a cuya peP
ar es e e primero e p_recio e nueve pesm;, más como le pare· na debe a re arse la de tres {¡, novenAgosto próximo pasado en QUe se le de- c1era sospechoso, como cuartelero que es, ta días fe garresto ue corresponde.
1
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PERJOJlICO OFICIAL.

6

NOTIFICACION.
11tendiendo á la cuai,tía. A1 t. 356 frac. I y •o. Terce·o: Se le inhabilita poT diez pflo•
1
JIUP'lo
1•
de
lo Civil, t• fracol6D Jndlclal.-lda,
, ra to~a clase rle hono•«'s, f'mo eos y &lt;'ar.
359 del Código citado; q .. e ¡,or pa~ar ,
to de N118V0 Wn.
cinco i,esos el valor de Jo robado debe 1111 - gos públicos. Cuarto: Se leamone~ta para
Sr. Lázaro Lozano.
rrT••••~ una multa i¡¡ual á la cuarta par- que 11 ren1c1d~. Quinto: ?-:e Ut-j ,. . u a ; ¡ Rn el J11lcto verb,.,, ■umarh, que tio contra dfl u·,
ta de dicho valor, y como en el caso co- ofendida su, dorrch, s á salvo en cuanto 1- tiene promovido ,-J Sr. Ct1Cillo U'óltZ-l °""z4leti, et mo
de D. TeodOllo Gutl6n&lt;z. oobre p•go da
rresponde una pena más grave que arres- la responsabilidad civil. Notifíquese y dése apodendo
nm'811 y dPaoonpaoion de oeu. 11e ha dictado un auto
to mayor, debe imponerse también J:.. in- cuenta. As! lo resolvió y firmó el C. Ve. qu • , 1- l,tra dloe:
M..,i,t;errey, vtt1ntf:tr'-t de Mano de mil novN'l~rtr1
habilitación correspondiente para toda cla Leobardo Chapa, Magi•tr•do de la ra Sa- oueve
.-C\Jmo lo pide, l Mtor E!D la anterlc r • uni1c n se de ho,,ores, empleos y cargos públicos la doy fé; Lic. Leobar o Chapa,-Lic. Eleu- ota. ~ngaae por oonteetAda la dtmanda en 11.-,ottdo
,~g...tlvo y por &amp;0U11&amp;da la rt b0ldta y 6brd8e A ptUt bu
ror diez afios. artículos 150, 35 r y 352 del terio Lozann,-Sr1P. - Rúbricas.
1Ge Juicio por el ~rmloo de di, z d11l8 o,,munea y
Monterrey, Nob emhre d e7, de mil no ,rorrOgliblee.. de oonformtñatl e n el nt. 1077 oel C6citado Ordenamit nto,
dft Proc"dimtent•Je rnvil• e. N, -ttf1qufla,-. Lo,
Considerando: que si el fraude se hu vecieotos Ol'ho.-No habiéoclo,e mterpues 11go
1eoret0 y 6rm6 et O. Ju~ 1 d"' Lf- t•e11 del R11 mo
hiera consumado se castigaría con la mis- lo recurso alguno de la anterior sentenci, ,lvtl: rto\'I fé.- Ltc. T,eviñu.-i...tc J us6 Juan Va ltjo .
ma pena tres á noventa días de arresto y lentro del término legal , con fundamente Srto .-Rdbricaa.
Lo qutt tttt notlfl.oa 4 Ud. en f'-Bta forru&amp; fin oompU·
multa igual á la cuai ta parte del valor d, 'el Art. 451 del Código de Procedimien tnlento
d11 lo dlepnL&gt;•t,n AD el art 78 dtl Código de
lo rohado, que se aplicaría si se tn,ta,e d, us Penales, se declara que h,i causad, ~r,,cedlmlentoo ClvllH
Monterrey, 27 o.e Man'&gt; de 1909.,-Llc . lci!!é Juan
un rob ~ sin violeencia. Arts. 351, 356 ejecutoria eu consecuencia expídanse lo, Vallejo,
Brio.
o.26,27'
frac. I y 395 frfc. II del Código Pen al. testimonios rle estilo al E¡ rcutivo
más como aquel dehto se frustró deben im- •oniéndose á su disposición al reo NativiEDICTO.
&lt;' om ocho PU la Pen tPnciaría del Es
Jozead.o de Letru de la 31 ft1MJC1i60 jolllclal,.-1.laara NaHo
ponerse de dos tercios á tres cuartos de 1
pena mencionada, que como se ha expre- ta1o: hágase la transcripción corresponEn ""I Jufolo de t,,1t.am11ntarfa I bleDH dtil Sr. FloN"a.tlno VHla~
•HUloqHhll de111S. otadad, ha reoaldo a.a auto,ue &amp; la
sado se aplicaría si el delito referido st c1iente y a,~hívense los autos: Notifíquese. -;nen,
t,U&amp;dtc,:
Llna1'~., Vano trece 1'" mil IW'IVl!dea"'9 aue•f',· Pt1r ptMe&lt;Ttla..
hubiese consumado. Art. 194 y 395 del ,u u,cr tó y Orot,u e, C. Maga,t,a .o ,:el· fo7 r.dmttldotm caaoto ba 1nsaren rtu,.,b .J con f'I •o~ de d1f&lt;111 •
1i6n y teetlmonlo d &lt;1 ttiatamentll rtblloot bte"k&gt; qoe .. acon,~fl,¡o•
~ Sala, ~ov fé; L &lt;'. Chapa.-L,c. Eleu- l'lldfQUtlN
Código citado.
80 Hte Jtu:gado el ¡atCJh,1 kE1blmt'Dtar10 i bif' D@a de, dr:
111.or«Jntino
Vt1Ja11ue. . , tffo;e e •'9lfl0 qu;; prn1ene el a-tfca10 111
Coos·derando: qn• en f,•·n• oel •ncau - erio L ,
e:. .- Rúbri,•as.
fl ,. la le7 a .. 1 Timbre, pub 1qne~e ,.,t.. "ª'° cmr tns Tecea cn188CD1'91M!
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•Per10d1oo
Ofioi•I• J •I ..Trueno ", 7 Cfteet1 &amp; 1&lt; ■ b &lt;-ttd•
sado concurre la atenuante de 1 m clase
• • • joota para .. 1 Jn•,..,., prrz m I h,1 ou1uro d e la tarde pan
'"' ... (...:it.o■ del artfrnto 1fl6t de, Cl\d;go d .. Pr, ce•' lmtentot C 1-..1lea
de haber tenido anteriormente buena con
,n 11' totell¡eooia 4,. Qll"I •e n o 01br11 01t··
Joll•do 0011111 lator t.a'8rlno r1e Joam ..Ao1'H'11'l Clloh, N'IIO 1&amp;0- R , g •• o P'I -..i. 7 B._
élucta y le perjudican las agravantes que
,..rdo al~- Boatf...,,o fte le '1•~"•• &amp; qa1 . .. pr v,. "ª •~otaCuou -,
prot.eata. N Je &amp;e.a,1,&amp; ¡,or dtll08ro1ou ~l c., •º Nu1 ftqa _., 1•
citan en sus f, acciont'S Xll los Arts. 46 y
ro"rey67 flrm6 el O. J11es de LetrM de ta lt fr11C1C160 j11G101lll: doJ
fl. - 11n T ..-..,fh. - .&amp;.,-41:u ■t tu Q. Ga10la.-ADIOl&gt;io He,rer• OM
47 del Código Penal que son de s~gunda
ata -Rtbric,u.
EDICTO.
pabllaa en Mta furm-. en c-ump1lmle11&amp;o de lo mu•
y tercera clase respectivamente, por lo que
,.a.Lo(.ta.a.rea,
. qge Mllarm
luspdo
de
Levu
de la a• fraool6D Judlelal.-L• 11 4,. 190I LICI Luú Trntfto,.,.A_ •,'-■ u..fn C.
superando el valor de éstns en cuatro uni- ........ N . Le6D.
!Jarcfa.- · - Antonio Bó1'Jtin. Ua,rcla..
0 .M,.,D
dades, el suscrito estima justo y equita- Con f"'&lt;'hll- nt~ v 1'Pt tl ,rt.• A' .,. .,.a.lt,6 'a."' tf'I p,f,
tivo castigar al proceiado ron una pena •Juzgado •I Juicio de lnt.eotam•ntaria, btenH ~~1 Sr
REMATE.-1'1- Almoneda.
AIIUBtl• RodrfgnM, ve&lt;&gt;lno que fn6 do la Villa d•
proporciona lmente may,•r que el medio Huhat,hllUM'B
p.-eto-nocl•nt.P i ..ta fraool6n Judicial.
lnspdo 2g de lo Oh·U,- lt f1'MICll6njadlct.l -Jalado de N. teOD
aritmético de las que fija la ley, Arts. 35 Lo que ae hl08 oaber al pdblloo. para que, laa p•r·
df• ( 11) dooe de Abril próslmo, A Ju dlea lle la m,Jt,ua ttu
sonaa que 1e oreanoon der+-cho A Ja berf\nola, MI pre drl E!
~er'fica1t-..o en el 1ooal de Nte ,hupd.o, la •eota 8ll pdb1hia •1,:á 37, 40 frac . I 65 y n o del Código citado. eenteo á deduolrlo dentro del t.érmlno que oriialo el m onecla
J al mejor poetor de loa bleoM embar1adri• al""'· "ªª"M. B.róo, ea el Joloto eJ .. cattvo mucantU • 1ntdo Of'lltJ'• Q
Cosiderando: que como al encausado art. 1886 del Código d0 Prooedlmtentoe Clvlleo pera olo
porel
8!,
Llo. Rafael l&gt;ivtla oomo apotlt!r•do de I• vompaftfa p 118
efectos qn1t en @1 mismo Re f'Xpreun .
d tdon1 u e FiefJ'O 7 Aoeto de MOD\ene1. 8. A . ODJU b.ene, oooCamatho se le juzga por dos delitos come IORLlnareo.
Febrero 17 de 1909 .-Llr. Lulo Trevliio.- 81•teb en lo •l1ulente:
U.a JoUI d e roí)&amp; compue11to de ~ Jaa de Holanda C4iflro Vlchf
t idos en actos distintof, y ni se ha pronuo- !. - AijUe,1ü. v. u nid.. -A- AL1.tu1a1u Herrera t:i Rr, ía.
... , Batieta, Ltt.dlJ, Orpndf, Percal, dedaitna. [ oiDer1.i;o.2:1, 26,!8 ni.too
Vanta.
D,U, I ndl&amp;Da. tl&amp;mb-ray, B •II -ta. Cual!f I para Ca m lu.
~iado sentencia i rrevocab' e sobre nin guno
Oaloeti t1 I'•, Mf'trt•a!I, ... ,., .. t.,,., í} b , J..,, To&amp;cla• t)am 11161a 11 Oam ~a•
01:aor.cm
, 1, P - iiut&gt;1 ' •• BIUB••· P• nt41.IOONI ,:1at• DO a -· b ao• T'
de el los, n i está prescrita la acción para
raotefl, Tlrat Bordadae, Ap11caclon .. ,, e, bott-1.., ,. ro;ba
v / i,s ~Plald&amp;,
O..
be rtort'■, Par• irus■• J O.cbu b u
Uu' Jote ne Me, c • .:
per, eguirlo~, procede la acumulación. ar·
l'la,coIU pDtlt.o d e : BJIMI d e m" D", 01 ... u;non ocl Ab 11.nlor• Chn; bt
R"-Pd hHoa. Mt=xio-tna.,- Preeldenola ilfnuiolpe.l ·- mlea, Alfl.?erea, Por_talUOnf'da,, .il fancaernaa. B ,tonea d8 v eu.1'
tícu lo 27 del Código Peual, y como la pe- Mon
terrey, N. L aón,
Lap1~,. J 1obonee, T1iuH, R "'il·Ju, r N11Vflja. - Uo lote de loza;
rf1, compnnto de Plato., 1'ua11, L1&gt;bam~nur, Jarraa, T U•
n a que corresponde por el robo es mayor Uo couformidnd con lo di~puesto en el tll'tículo :l5 y Ort1tale
boa na peltr.. , J ámpe,111,1, L 1nte1'o,11, y V llll&gt;&amp;,-Uo lote de o lta,;o
en c1 670 del l ót.l.igo Civil vigente, se hace saber al público, oomptlP.11\(\ de Z!IIDllt.f II dt-l p .. ta y Aru.-r1can(11. Uo lote ltf' O ns..r
que tres años de pris16n (¡ obras públicas, qnc en l&amp; 'l'esorerfo Hnuicipai do esta ciudad. e:x1ste &lt;lepo• \l'"'" A.llmentlctu dt-1 Palfl Y E.1tr,1 j raa r1., ro&lt;'!a .. cl•tt -11. Uo if.fe
111 ..tba•rol#o• de toda.11 C Ud Ct,l Pia11 J EdraDjtm a JI un \.VLe de
01 hacer la graduación de la pena respec- :c:itallo.111 f¡utna de $Si 0Socht&gt;nta ysit!tepesos ocho centarns 1'Bn.aen1
de T ienda,
proce1.fontfls de los sobra.ntcb rle pruemlns de plazo cumpli•
Lo qoe ae fubllca ea eab f,r ma en compllmlr,ntn rlf" ¡" qne
tiva deberá pr0cederse de acuerdo con la &lt;lo
en los remates efectuado~ durante los de li'Pbrcr" Mar- orevien .. el •rf :uu, •411 tlol no lico &lt;to Oci111t11rofl'I, advl r tié 1doe,. A
loalnter.-ndoe qae DtJ 1e admltt:,n pnB'oras QDI" DO oub· a n la•
regla que estab'ce el Art, 198 del Códig" zo, A hril. '.\layo, Peptiemore y Octubre \1ltimo~. por lus. do5
partu de 111. cautt~aode '4.í,61.PO. co&amp;tro 11111 ..,llt'Dt&amp;
de crupcilo denominutlns •I a f'av-oritth, u td Fénix,, 7 unteret"ra1
Pt'IIGII, nf 1'""'• º"ntavo,,eo que aicbua blen~1 fa,.raa valorl
Penal citad,-,, más c mo obsenau lo Jo dis- cnsns
•La Bnnc:N, «Ln I rlen11. •La Surtidora., 11.\lontc Je Piedatl ~"'1-•11. 1oontnh1• á'ldO'"" •n l,i SW,eta1ta ce ute Juzgado t&lt;,do ■
lnf ,rmee rt-f~rf&lt;Dtfll ,l ovo.
'
p l'Csto rn dicha di,pcsicióo, se obtie □ c de Mont('rn1y•. y Suscursalcs Nos. 1 y 2 del mismo: en el loa
, r.s.onterre1, 11211.rzo 2e ~e 1909.-Llo· J. Garcta Onsja,-tr, -9 ..orl!•
de r¡u(', si trascurri,loR i:;eis meses, cuntu&lt;los cfo~lh.• .-do,
0 .,S.17.28.
u ua dena más grave que si se aplica· couceptó
hoy, no compnre&lt;'irre persona alguna á. reclamar ron justo
r :b todas las señal~da~ en la ley á los d0s y legítimo título, l;1s expre-:11&lt;lns denHt'-'hig. ~fl' les m11nrht!'li
ingresaron lA. Recmu&lt;lación úe Rentn.s MtUlidpált&gt;'l tle e,-.t.a
Compañía. Jl;nera·•cuauhtemoe", S. A.
delitos de referencia debe , n t , J l'i •tud duJtiil,
flc, acn.,rdo con lo preccptuaúu t'll L"1 citado ar•
lfoulo
25.
a plicarse éstas. Art. 199 del mismo Códi~ontn'M'ey, 7 de Diciembre de 1908,-P. C. )lartfn"t
AVISO.
go.
B. Ramlrez Ang wano, Srlo.
99100!0l-R 11111.
J,a Joritfll Dlrfctl•a de eata Soo,,e,tMS, en IP,t6o nrd lnarla c,-J..,_
Considerando: que toda pena de pr isión
br11d11 P } 26 del mee " º f'Ur&amp;"t, 11co•d6 Qtle dentro d f'I 1f rrutno d e
,.,.b,. ~t~•• Aº""'" ' .,.,,.,t.,
"1to,do . .,,. bt11l'll P1 ,..,,,.ro"" la ff'-J'f'P.
Íi ob1a ~ públicas se entenderá siempre im·
ra Dh1bld6n , , nsón de t,). 40 (co1u•erw ceata-..Ot1} p.Jr aooHl n •
EDICTO.
1 ,., o..wunle&amp; Pn 1:P.1 ■ f ,flJlll i " 1 '"t• •· •.\ o•ou1e111• •&amp; r.. iool oc tiá
p uesta con calidad de retención por u na Juzgado 1'' de lo Crimina!. -·1'· fra.oción judicia.1.-Rs- .,Jadld•,
d" coafor mtd ad con In itlei,u ato l'n 10'0 li:lt11tt1t(lfl, , . f'O r•
rtl'lr10lea qoe de,bf.n """'tth' IA. o,.n,.tda t q n"' l'"a OOl'rH 1,ond:i. A IH
Ul.do
lle
Nuevo
1.e6n,
cuarta parte más de tiempo en el caso
o.Ocioaa d " la Qam p, ii1a ( Zarac ou f), nondtt 1e Jea e.apedÍ• I. t:l
En la ca.wa tnetrutda oontra AgueUn Ssrnl\ por e1 cow p n,bante ttal)fcth o.
pres~rito por la Ley, que en toda senten- iellt,o
Mon te rrey, ll~no 29 de 1~ ... Vfotor Wel ~ k◊pf.-~rll'I , T~tode 11.magoe á mano arma da, se ha d1ct.aou tJ n
r11ro.
0 .21,27 ,~•
cia condenatoria se pr-vendrá que se amo- auto que 6. la b t,a dice:
Monterrey,
Mano dteclocho da mil noveolentc a
nesta al reo para que no reincida en el de• nueve. -81endoneoesarla la oompareeoencla en eate
REMATE 1~ Almoneda.
Jito por que se le castiga, abonándosele Jozgado de Jestla Mendozo, Fellmano Vlllarreal HerGutterr, z. Fl"'licle.no Ttevifto, Juan Pera•
los sufrimientos que haya tenido durante 1aienegtld~
Jw:gedode
Letras de la 7\ fraccl6n Judlolal.- :11:onte•
ee, Olemente Barr.-r~ y Euetolto Ga Jardo, para la
N . León.
la instrucción y por (1ltimo que la respon- práctica &lt;te dlUgenciaa en eerie pro088o, 6 tgoord.ndoaf'o mor,uoa,
1
YPlntlnnn de A b ñ l pr6:rfmo 6. l'll dlrz d e J ■, m•ftsoa t ..11actual r~ldflnoi• , cfte1elPB por medio dfl édtotos drl E~D dfa
'Vit1f'lo.1lvo en el tneal de tate J1111a.d" f&gt; l rP.ma tll'l a. P 0 11 a flQ.
sabilidad civil no pu ede decretarse sino á en
que 98 publloarln por trea veoee oonsecutl vaa en el ca 01 bana ea la 8&lt;c"(Jl)l0n ZullJll'I U de 0"1ueral T e rAu oompa' eta de
na Jacal pared de a d.ove 1 keho de b oja c..in 10 cocln11 oorreepoo.
instancia de parte legítim a. Arts. 70, 182, Peri6dloo Oftoial del Gobierno del Eetado, A ft o de dlen'8
nort• 1 demú me,}oru an@S'U ■il aad 6 tcdo ""b no ao.¡a.t-t oomputzJr. n dertro ct el té·mlno de In pub lca- lar qoenoa
se limita Por el Nor'9 con proplfodad de Don Ffllx vm
208 y 287 del repetido Código Penal.
cl6n, 6 do loo dlu d!u poetertorea A I• 1!ltlma , rooo- n oen; al Bar oou vroptedad de 8aouore• d11 Nfool'9 t1alo.aña · 11al
Por lo expuesto CO !l apoyo además Pn los ailéaaeee A ta pouofa tnv.. ettgu ➔ eu p&amp;1'8.dero. Ael y Oriente calle de BtlllYO de ¡,or medio con l)tophtd.ad d e Don i.na
VUla«6mH Y por el Poniente oon .alar de D t n :oan Gnern· ca •
tnnóom9nt,o de lo d1epUt-l-t • por 1, e a rtí'Jtlloa 27 tloc11
lufi embargada al Sr. Fe mando Rloe, cou m otivo del Jutóto Je
Arts. 5110 32,49,88, 115,225 y 348 del mis- con
y 231 de) C(&gt;(Ugo de Procedtmtent.oe PP11alc11 , lo de• catl•o
qne eu 1a cootra le P'" '" • M el s.- Jeld■ l(erta, oan&amp;fl como
mo Ordenamiento se reforma la se11tecia oret6{ ftrm6 el O. Jue11 1° de Letras del Ramo Penal: apodendo
del &lt;1r. BrnMto TreYllo, siendo nlortzada 1n 1ii Cla.Dde trelOiemtoa peao._
_
doy~ .-Lic. Jeo11B 111. del Boeque.--Llo, V. Trevllio, tldactDal'M!.te
el ,armlno de ta■ poblloaclone■ b&amp;1ta la bore del ,._
de 1 " instancia que se revisa y se falla : Srio. --- Rdbriou.
mate N admtUrb. po■ taru 1eplet qa• ao btjan de IH do■ tn•.
Primero: Natividad Camacho es respon- Lo que se manda publicar en eata forma en cumplimien oene partea en 1ae fu6 Haluada la B.noa, 7 ee ano.neta ■11 Vf'Dt&amp;
po• f1'et •~ de ■iete en ahne dfaa fiiindo■e edlotoa en lrl altll ._
del Ruto inserto.
sable como autor de los delitos de robo y to .M,
ndb kloa, de 0011fonnlda&lt;1 cou to dlapUfftCI eu el ario nt del 06nterrey , blazz.&gt; b áe 1909 .···L'c, Vivla.,o Tl"flvf. dlgo
de Prooedlmtentoa Cl'f'llea.
·
·
fraude frustrado referido, y por dichos de- ffo , Srlo.
o .2~,27,28
lloot..m.oreloe, Mar1t• 'l6 de 1909.-1!1 11oalde IJ9 ■o1tttnto a.-1
JttM de Leuu lle 1a 7t ft'°°16D JDdlol~J.-Arcadio B oro•I -Arlitos ac-umnlad&lt;'s se le condena li sufrir,
1. P&amp;dN.-A.-8. V. Csotd.
0 .28,'l8,80
con calidad de retención por una cuarta
-¡,arte más dP tiempo en su caso, la pen a
EDICTO.
Prealdeuol&amp; Manlctpal de Sa n Nlcnlil de loe G.,1u,
de cu atro años, seis meses de obras púb 'i- ~ El dta V&gt;'1Dte d el e ntran te m•a lle Abrfl, ~ )lle TIO"'V@d"" 1• ffl"'- Ju, gado de Letras de la 6• fraoo!On Judlolal.-VlllaleP el local de eet.a Pr eeta.encla, &amp;endr&amp; lagar el n-mate d dama. N . Le6n.
cas y cu• tro meses , veintic uatro días de nana,
una man:1&amp;.:a. y eobrante d 1111 tlf'rr &amp;d el mn"' lcl plo ttn • l ..J1do dP ee
911 VIiia. 0 0 '" 1':1Ponocl6 fil S r. Ju11ln T(e1'16 • como Aoodtir ado d el
Oon fdCbi. dos d~ Enero de mil o ov flci@ntr e cl ocr. ea
arr e, to á contar desde el tº de Ag-nst,-, 'i~, .\brabam Z G•rw; cava manunw y Nlbr&amp;nte de tierra ae •n- radicó
en mte Juz~do de mt cargo e l j uido c\fl h t .. 8.
on~otn .uuarta Pntre la a,, Y 4t c .. ,¡ ..., Rl P,mtente de la plata Ge•
próximo pasado, fecha de su formal pri- •e~al B•tn•rd-. ltf'J IIY '-'ntleel ilQcaU~Jt\ny Z naqa•divl.ie el ta.do á. bien, e ~e la Sra. J..ugarda Gon2filt:z Vda. de
con la H cleo&lt;la., ¡ N')rttt tt&lt;1 111, mlerua. nla,a, di,;bo terreno V1,larreal, vec1na. que fué de esta Vil a.
sió,1 preventiva. Segundo: Se le condena ejido
,otci una anpl'ifl 19 '11' R!"~ mta 86 O"lnl8. ,,n11,rtrad 8
Lo qnq 86 póbllt-a PD ,at1ta forma pArA que )Pe pEir•
Bota el nb, :J bora11 Úl:l'1U para el rPm11,t .. . il"' i,,dmtttrAo pre
también á pagar en la Recaudación de '"lira· qu"' N h"t: •O :, 01,b·a.n la o~atl,.a1 rt .. ftl.n11 D'T mi..nor• son ~~ que SE" crnrn cnn d~r,-C'hn á Ju htn·PtHAR. Rt,¡ prP.
MMI mU 17111 lti&amp;oz •ull6 iro"8 d" m&lt;&gt;tro caa1r11&lt;1ci, h"9"" tlj'lt:b, pa- ient n á dPriuctrlo •n fil ié~n1lnn qua fja el 1;1.rt 16f6
Rentas d-1 E tadn en esta ciudad una mu]. &lt;ie
r11 UC'b&lt;l , .. mue por 1"• twrlt'lll Dl'lmbrad"•; al qae fincar A en el m .. - del C61tgo Pro"'Odlmi~ntoi:i C1vilHt
·
101 n• er,,,, o... , ced1do.doetle al den1ulu1ante ttl dere&lt;.h..i dtl tanto qo.1
Villala1 m &amp; .3-!rrzo g rle 1mN.-VO Slml'in r.uojerño
ta de dos pes~s cincuen ta centavos ó á su
)e,y
"'· N ,1e tne lla.•1f11', 'fan o te de 1909, -Bao toe LOHDO O"'n'1'.- ---A-Mar11:tno Sa ntc e Trevtfio. - A~ J o&amp;6 B. V,1!,.TrP111 ·
frir en su def cto cinco día:l más de arres- :lab100
GiwtO., Boo,etarlo,
28&amp;0

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DEMASIAS.

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•

REMATE.

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flCUfHdll .

o.26,28,81161

•

•

PERIODICO OFICIAL.

Cam~anía del Panteón del Carmen, S. l.

VO.Li'e"ÓO.

OONVOCATORIA.

'

VUJ.aldam• !fue,,
'

on fwbq_ rm,t.To dPI ectual. 84 1'•dfr6 en f'Al;A Jus
~111.rto de mt ~"rgo el Juicio de tntlL'lt .. ro rl · 1 fh arto Sr
FeUclano V:l ª"l'flBl. Vecino QUI\ fué de
Viiltt.
Lo que ee pdb ica en Htll f1 nna J&gt;Rra qn"' Jae ptrM •
nae quA se oreaa con d4'-f'fl( ho 6 IA h "'~ ncla Be pre
seoten , deducirla dentro del t8rmtno de I&amp; Jpy .
VtHalda ma, R de MArzo de 1P09 -Lic. S 1 m611, ou,-,
Orden del Día.
IR?do -A-Mariano Santoa Trevlllo.-A Joo6 R . Vi•
o. v 2 1,~4 21 169
Autorlzu al Cone"f" de Admtnt •t1"1tof60 P""A l arreal.
tomar din81'0, mutuo con lntei6e J&gt;&amp;l'II o,..,m

pnr agua de ri,go

Mnnt 6rrt'y , 29 do Mu z, de
loe6 A . Mngnerze

t:ompañia F.nsny,1dora Monterrry, S. A.
Monterrey Assíly ro

EDICTO.
/!'~do d ti Lelru de la 8t fracolOn jndtctal

Poi' aooerdo del Consejo de Admtntetracfón BA oonv
Sf'ill , Acolontatae de e~t.a Ofa. A 4e11mbJe,.,
rneJ'1ll ~xtraordlaariapa..,el di• 15 de .Abril próximo
, Jae JO a m, en la oaaa No 112 oalle del Dr. Xler ,
para tratar y reaolvf!r :

•U:rrnc•

7

,,,ta

PUBLICACION

1e:w · -El 8801"Phrl(\,

CONVOCATORIA .
r ,. H('11 '3, 1'rt" d P Ja Ofreottva Pn sn16n dA h ~Y. ae
on ,_,. • A los 0 1"" 8 ~••- R
i-M. Ci, á. la ABAmb·e&amp;
H u "
O '"' i " q ,1 e t -'D , Vf'f' fl •1- t +v() • ) ri fa 5
tie A bril µrr-x m
H ,. s
No. R8 , riA la ,-BIJ .. de
z..,ng u, á h,e 4 de 18- tarde pa ra el.,.glr n ueva Ju nta
DI '" ·••t-1 v JL y tr 1tMe~ algu oc e otrOP aeu nt.oe .
· )font&lt;1rrey . Marzo 21 de 1P09.• H A . HoUlff'J', flflC':7tt
t. ,n- ,_
o . 26128,27

J u,gcuo 2" Oonstltuolonal,-Garefa Nuevo LB&gt;in.

o .26,27,28

f

REGON.

R •pdb11o• Mextoana - Preeldenolo Mnolcipal.-Mont,11rrpy, N. León.
. 4. l 1 e rtff'Z il" 111 m 11 ihne. del d{R. J:1tete da Abrll pr6•

EDICTO.
Jn•g•do de Letras de 6• rracol6n judlola•.- Cenal

~-m ... , 1 ~• !il .. 16,, d 0R-11UAt"doe d el R Avnntamfento
An el m ] " " r-o ~t~ r 8A r 0 m 1:1t.u, FD Ttib 1if'a eub1Jetá.
un t rr~n de pr ,, .... , ·"' a1 mu , toi p,. I q'l q " º'TIP"D-:ie
una en ner fici e d ~ 27~2. 2R m t.,.,,e &lt;"U"- rAd a y tiene
oor co lnrlA"I OlftB l •e ef1tu ll'nb e : d No1'tft, propferlnd
~el SF-ñor F AToandn Aoclnt; al Nor-Eete, oamtoo &lt;le
0

v~: N. Le6n.
B• el Juicio de t •otamentaria 4 bl•nea del Sr. Sllv•rlo 811.en z, v eotno que faé de eeta Vil :a , ae ha dictado
el auto q ue olgu• :
Cerral vo, dtecteAfe de M111"1W de m11 noveolentns
Dneve. -Por preaentR.do el ant.Prt, r O&lt;'UMIO con e1 t.f:st lmonlo de teatame-.to y copla del anta de rl•fnsol~n
qna ee aoomp11.ff11, téog11BS p or ra!lioado f'I Julolo tiefll•
tamantario A blenee del finado 81lverto SiADZ, denEe

loe avlooe que determinan la ley dol Tlmb1'8 y de
H"oteni1A del EetRdo vtJtentf:te y oonv6qU8fl" &amp; 111 oon:ynge auportlte oellora Paula Sollo y 4 la a, ll o.a F••n•
,alaoa Loogor1a mOOM del teehl\r.r 11Dfo(IB hared,-..,.1!1
que se oonooen A Is junta preven i rla por PI art . 1669
de oonformMad y pera loe flt"cto8 del C6,.fg1J d"'
Prooedimtentoe Clvllee y pubtfqnªB" t&gt;St~ ant.n, tr, e
EDICTO.
·veces conceoutlvBB en el P&amp;ri6dloo Off.atal d ql E ~tado
J
d
o
2'
de
lo
OlvU.-1•
fraool6n judlclal.-Eata
y La Voz de Nnevo Le6n , en ol concepto que la Junta do de N. L&lt;,On .
t endrA lng•• •I Juevee dleciecho del corriente 4 168
Con feeha v•lntld6a de F , broro • nterlor, •• ndlc6
diez de la msfüm a. e n la cua conyu~a.1. NotlffqnHR.
Lo decreto y ft rm6 ttl O. Jaaa fi e L ... f,1'fi R de lR 6• frac• en ••t,, Ju•j!'lldo el Jute!o do lnt..t- do d•l Dr Secundl-

,c\ón Ju dicia l. D amoA f6..-l.1ic. N. T Ban Pvtd ,, e.-A-. no Oerzs y Garza, v ooino qu"' fo6 de eeta. Ciu dad.
Ln quJJ B:fl hi:ce sAbPr Al J d blfro p11 ra QUA )op, qnA M&gt;
Pr'm\tlvo A. E,fzondo -A-Flcrantl oo Guerra.-Rd
t"! Tf-B D con dere&lt;'ho A 11\ b · r encla , ccnnau á dedu:Jir f
bricas
Lo que tie pnbUOA. en ~t, forma en onmpllmlento en el término que fija lfl Jpy.
MrntPrrPy , 4 de Mario Ce 19( O.-Lfo, J O11.rcfs (t,,p •
de lo man dado en el ,rnt:&gt; fneert.o.
o,v.~0.23,~6159
0Prralvo. Man" 16 de 19Q·I.-N. T BenavtdPR,-A ja.rdo,-..Srio.
-Geo11vevo A. S.in 1oval.•-A.-F1ore'tltino º""""lll
o.26,27,28162
EDICTO.
.loz1r1d" 2) Onnt·tuC'i\ na1,--Apoc'l'ara, N r__,,~n.
f'or. f &lt;'h&lt;\ ñf, z y n&lt;-bo rlAI mee &amp;C'tm,1 ee r~dicfl (\r
'~t,.,. Joz2o;~o. p r rlt11pneic16n de] Jl'PZ 1º dA T~ t"a~
NOTIFICACION,
-1et Rllmo l'lvH
ln. l~ fNicct6n dPl E•tPdo Al Ju1ot,
J u,g•~o do Letr,s de la 6) fracción Judicial.- Vlll•l• t.,st-Fm&lt;&gt;ntaTin th•1 ftoado Don Juan Jot6 Gar~1 vecino
qun fré de, st&amp; Villa.
•
dam:1, N ~óu.
L,, qaf\ EIA tttibltoa en reta f·rma para l"OnrcfmiPntC'I

~ villa de Gu•dalupe, y al Nor O, ete, propiedad del
g .. . J •u é Ro1rfirnQ11 .
DorRrih Al término de lae uubHci:tcto-n('e. que eA h&amp; •
rd,-, tt'"'B vw e~, de eletA en Atfltq dfqs, v l1,11.11ta 1" h,..ra
tlA 111 eut)P11t. l 111 ~ artmft1T4n p etat",;¡ 11 q•1-. robr,m Ja
1
'Bntlrtatl de $ !8.00 vetntloC'h'&gt; P"'BllB Pn qn" h 11 eHo
la.Btipreot .. d ,, dt('b'l terren n ¡ b""1º et ,-oncQot.o rte que
se 1A C'&gt; ncede al denunnlantA el dfl-recb , d1&gt;J t.11nt,
Mf'lntAM"Py. 17 de Marzo de U,09 ,-P . O. M" tti~"'.,, ·
-B. Ramlres Angnlano.
o .24,&gt;6,28.

EDICTO.
Ju•ga~o 1• de L,tra, del Dlatrlto de Rlo Grand&amp;

Cd. P . D laz, Ooah d e Z a ra goza.
Por aa to de esta fecha el O. J a flZ lº d A V•traa, Lic ...
Davtd G,Jn,it Az Tr;,v ilo bq, mAn1sdo dar por n,u,..ato en ol propio Ju-,g·rr'o, A 1 1ulr&gt;fo dA tnteFtado ~ bfe
needel ft na&lt;lo F4Pcu·,rtlno V;i.it1é~. vl'lln1no que foé de
6sta Otudad, &lt;lieponl,.n&lt;h P'"' ""DV• qTJA r,n,. edfct, e
pubUca-:toe et.1 el PerMd•CY" Ofi •t1:d .,~, ,:w.t .. K•1tR.'10 y
del de N a e vo Le6n.
Ja t,r-m\\ que o-~vleroA f'l art..
1760 d el Códfgo d"" Pr ,0Mimll\11t. fll Clvl\qq, it 1,.e p• raonae qu~ Bfl o mr.i iAl"""'l "ºn rlQrt:ich'&gt; á l, b T-&lt;1n('fR,
parA qu~ 8" D1'PBl'lf t,., 4 &lt;"1e lw•1•lr1 '11,,nt.r•• rh:tl férrnlno
dP trdatll tlf e ri~puéi '1A lri t!ltim11, uh't,-, clón
Rn cump'.1mt-~nt • d" lo man1a.1o, f\Xp,,il-i.-. "l • pTe
fll:nt~ p11n Rn pub'ff'IArl6n en el PerJódlco Oficial d~l
E.~tado &lt;'lA Nu.,.vn Le"ín
Sr. Juan E. fánchez.
~e ke hPradf'N'B y pA1t.f8 que ee cnnsidflren con .., Cd. Po .. flrb Diaz. Marzo 2 de 1909. .J. Fi-n.n&lt;"f8&lt;'o
o.2~,28,29
En A)jrtfcfo or1HnArfo m"'rcartH p1"rmnvMo p.., r ~•1 !""r~c-~o 4- lcie ble1"1f'8 del fln&amp;do Jut'l"ft quA oco•1'RD § ~ano.do, Srio.
filr. l',lc :\fRnr, '1'11:rt.fn~z e m'l 11.p)t~r-'ld • la.r!il,o de ,,,.fim•trlo Pn ~l término qof\ Pf'i'i11.la el ar t. 168~ de]
C511g'l de Pr-o~dtmfe:itf"e CHvllrs,
)q, e ~a e ;m rcfal º""~h,o B rto.,t y ' Í . ~•to~for n,,
PREGON.
!\p•,rlt:iC'R, ~arz, 24 &lt;IA H09 -T, .J. Zlmbrano.-At"'11 Ut. y e b te cobro d 9 pssoe e.,bs di,.;t &lt;l,un tuto
q•p 4 la Jf\t.rtl dfC'.A:
ílee qnio Oarz~.-A-Atanaclo Tre'ilDo.
Repdbllra 'd•xlcana.-Pr oldencla Mnnlclpal. -GaVI 11\l•famq, d!eciei-3,te de Ma.vo d1=1 mn n,..ve•·i'='ntos
o.v.26,26 27161 le ,ou, N. León.
l"Hf!VP. -- O •m) se plda en ant,,,rlnr ex, oslnll\11 . .-t" o ,n
El Mn.-s 12 &lt;le Ahlil prl'ixlmo á la1:1 ,·fez élP ]a mafü·f,,rrn{ lati &lt;Pn Jo rl1RPn4'11oto ~n 1&lt;"8 P-rt111_ i:07 y Pf16 (1p1
tif\ v Pll el ln&lt;'al dfll fft&amp; Pr1-A",i", .,..;I\ M , endn&amp;n •n
C'\ 1i$?&gt; d~ Pr cAdtmteotne O!vilPB Pttrh~t.orto re'. ch
p1bllc PObHe•A, un, n rc'6n d"' tarrPnf'I r1,. kA , 1' •&lt; 8
O m•·re!o téngaef'&gt; P"" MUPR if\ 1rn11. -,. helr.t ... dt•l te
ril'I f'et, Munio1rito, situa ➔ o en 1 • l• fr""(''fi11 ñP Sant a
mi:1-n iB~n y P"" t•.M1t,~taña la rlam11, ;1A An Mnti :¡,
Rtt11, º"mJ.UQft, de uaa s uperficie de 76fl~ mAt'"&lt;-8
don •gatfvn Notlf QllPflfl e .. tA pr, '-·f.1fln&lt;'iA f'n la f,,r.
"ntiñrsidnA, Pl NcrtA O'JD prnptedad (ie D..,n Tom'-e
m11 m'qm 1 qn"- f 1 ,:,mpl• z 1mlf'nto. L, orr vPy6 y ftrmf
R uhfgafz Arroy" dA p&gt;rm~·lto, e.l o~t~t.t'"' f'On p•o•
e e, Ja~z rte ~Ft,rAe rln h R• ff"tlf'~ 1f'tn jn•Hl':1111: dflmos
p1M a 1 de n ·fh, Rllfae'a G:,r zA.1rz V,iR. te Rimre,
fé,-I,h n.,, prio. A 1\I1vun:oti&lt;1ont,ie Trevlft'l ·A
011m 1no v cin 1Rd dA Pº" mertto, al SllT' &lt;'O'l t~rrpr o
,--lneé B. Vil '""":tl.-Rtibrlc~fl.
,
rlAI Manictpl" y poT fil Ponif,nt~ con prnpiQfart ~f-1
L., qtt"' fólfl ~-ublloa en ei;ta ( ,,.,H, ,n ~~mp'imiA'l'ltr
"""f mo Don Toml!ii, Rodrfgc;ez y terrenoe del MnnJ.
4. lo d1spu98to por el art. 1070 t\d CóJigo da Oumer
olpto .
·
el~.
Lo q 1tA A8 bA."A flRhAJ' Al D~blloo par R qnn 1aA J'Al"&lt;'('l.
VlllaMRm~. 17 ,t"' '\fft,.m •""' 1009. -~to. s·m611 OnR
nM qu .. tengan fntA é!:' en el t Arr tloo di:is rito nf"'t rr, n
j11:rio.-A-~ariano SJntos T:evlilo -A-José B VtltR
i hrar•flr 1mq p etu aq. en P 1 ooncPpto rle que é.it e I o
rreal.
o. 26 27, 28
b J rán dA la 1mma de $11i.00 prfl&lt;'io fija/In como b 88
P"'""' t-1 remAtt:1, cono 1•rl énd s~ al rlennnciante S ñ r
FrAn rJfecoRoiTgt:u,z Al d-"'Te·•h'l del tanto
Galeana, Marz, 20 de 1909 -Luis G. Ocrtea.
o. ~ ,281 2!

•

f&gt;•

º"'

0

-

·'Monte de Piedad de Monterrey''
REMATE.

L,,a df•o 7, 8 y 9, • 7, 28 y 29 rle Abril p•Oxlmo t n.
d.r,o ver1tlcattvo ,,..fl r ~m"~it cifl 1• e pl"endAR flm pefl:¡.
0

NOTIFICACION.

EDICTO .

Juzg,,do rl o Letras de la 8! fraool6n Jullclal. - VlllalJu,gado rl• L•trao de la 7• traccl6n Judlolol .-Mon- de.ma,
d ae en lee mesee Sftptle mbrP&gt; y O ctubre J)T6:xi m a p AN . León .
e !l.dos, tanto1en la casa Dlli.t r lz oomo en Sll8 Sa:mraa. ~morelos. N I ef&gt;n.
H Y se..1•adicó eneet.. Jmigado el jutcfo de tnt«-Pb1do
lee No•. l y 2.
Señor Si món Garza,
lJOR i11t.erPARdr,e de ~lch FB p ""8n daa puede n ocurrir iiel Rr Mtix1mo SalaUtr y su ~• IX'&amp; la Sra Rafa.ela
E" Al Jufof o PfP-Ont fvn mPrcantU qoe &amp;ti te Ht.e Jusen ttem '10 h l bU , deaem pPfh.rlat1, rFtrendarlas ó , B.nboea, veoinoe que fu.,ron dP ~eta C,udad
Lo que ae publica en fleta form a de a cu~rdo cnn lo ll'Bdo le BtR'U fl tl ~ l. el Sr J oa6 Ollra y, Arb -A NJbro de
pr.-11Dirc •flr au vPnh que se b o.rA conforme al rtg!a •
men ~o del r, m , vt51 ..,itq _
dlepuoeto por el art. 1685 del 06dlgo de Prooodlmt•n- ' " D" R" fl . h&lt;t. l"'C 11o un aut.- qa.A4 In. 1, tr.. d trA •
V,I ald, m ", di .. h fPte d e NovlE"mh•fl dA mu· noV&amp;t 'Je Olvilea . para que las peraonea que tte crMn OCf'
'11,q ct M11t r· z . C'!.l'A ele H fda'go No 72
1Attcho , h, bPreocf• 11e preegnten , deduclrlo en el ctPntoe n&lt; bo.-AI j atoto 6 que se refh=re or n ta t"Or-fa
Deepachoa -{ QU&lt;'urea.1 Nn, 1 l"í de Mayo No. t"li. ·
oe"t1flf':8d&amp;qne BA 11oomp1; flJL y h -. b ,Pnlio trascurrido
l Flu· u raal NI_! ~. MnrleEfirt.A.TTerlaNº916 ~ rmtno qu~ flja ~ • 11. dlap&lt;-aicl6n Jpn,).
Montemoreloa, M ,rso ló dA 1909 ,-Llo. L . C'antd el M rm1no qoe ee flj6 al d~udor pAT&amp; h liCFlr el pego d
Mon\errey, Mano 28 de 1909. - El Aclinor
opn nenA A la Pj ocuol6a etn que b t"t"'"" ni ntta ui &lt;-~r"
Leal lila.
o.26,27,28 Garza.-A - J. Fartas .-A-Jll. V. C&amp;ntd.
onn fondament.o en el art. 14114 del !'6dfiio da
o.v .!3,28,29-160
OomPrcto oftffle, lu partiea ran BPntfncfa dP Nm•
•e Notlf qo-. Lo prov,y6 y firmo .1 o Ju•• de

r\

O

l'ln,:

º""ª

NOTIFICACION.

r,,,tru de la 8' fraoof6n Ju 1U11fA1 : ~1-t m r e fé. - Vo. (ht'l--

J,-godo 2• Oonatltuolonal.-Sablnaa ffidalgo N

!ardo.-A-Marlono Sant,oo Trevliio.-A.Joa6 B V IJ •

• •
· rr~Rl. - Rdbrt~a
Ln qut:1 i!lfll nottftoa , Ud. en esta forma en onmp1(•
Sr~. Jacobo Treviño y su esposa Delfina mtQnt•• de 1" df.,.pu"'8to "n la fr :;i"Cffln J r'&amp;l a 1 t TI
r r&lt;f •'l'tnado del Códlgll itf' Pr,..oodlm'entna otvllPfl ·
Garc1a.
Vlllaldama, Marzo 17 ~a ]!JO&gt; - Lle !l'm6n o~ 1
Eo elju'oltt or~i narto r,romovido por la " "PJ'ElflentA- do.-A-Mariano Bantoe T teV;fi O -A-José B .
of6n d Pl Sr . J oa6 M• de II Gana oontl'A U de e b
o . 26,28
t&gt;ntrPga de una flooa urb i na ae
dictado
au~

Le6n .

4 '1"' d ice :

'

ha

Un

VdJF,.;~~:

Cía. Minera "Trrs Reyrs y DificoUad", s. !.

Flab lnee H idRlgo , F brP1f) t º dft m il novecl"ntos
nu •VA. Cdmo•seft or. n !O dfepn "eto 1= n e l aato a n terior d.:-1 O . Joez rlA l..• t"a!I, é cuyo f- f ~ t ~ dfB"'
r
'on~'@t'trla la ti· ru~ndR ea r:tf'nt1&lt;1,-, n~gRtivo y 4br~f'
CONVOCATORIA.
é. P Ut. bAR ut°' jotci" pc.r ¡;J tétm~oo de v8inte díae _Por acu Ard o de la Junta Dlr@C'.ttva de ,:eta f""fa @&amp;.cnmnn1:e é improrr, RR.b:6R pRri\ 1,mbee par We cuvr· "1t11 á foe Srf1. A_N"·ionletfe ji Ja Aru mbT,-A- g.,, ttl"lll
término eP cnnta·t f.l dfA. e'gn1entA de ta ú1ti '
ti 1!nATfa QUA rlf'bcd, "'' Phrar53 , 1 nfl'l 4 dfl Abrtl prófio ,nióri. N tif1qo"'A~. Lo &lt;leolftó y firmó.
n~d · x ffl"I A lBA 10 de la mañana en la. caea Xo 37 de la
2':' L,c&gt;al: damue fé.-Vicl.nrfRDO de IR Ga.rz!-A-0 ~ calle da Juár.z
• ·
z-tl .. An i·ll-.\-' arl,pH_ R.,m . . s.-Rdbri
on
Lo qu~ efl nnt,lft •-t l!i U \Et p,:,r rl
cae,
Orden del Día
He,, Oich:l &lt;1Pl Es·~.11, dP.- A"DM~~~~sl en
Per16I Exd•men Y aprobacl6n en au caso de IM cuentas
~1 pTesente añ o eoaJal.
en l \ frac&lt;·io'l I del art. 78 d el Código do dpepueet:o
mt .. ntosotvtle~.
e rocedi
II Nobramlen to da le mesR Dl..,.ctlva que deberi
fungir en el pr6::dmo ello BOO!al
s ~btnae Hida1Ro, M ,r zo 23 de 1909. _ Vict miano de
III Oual qnler otro Monto do lnt . réa paMl la C(o
la Garza.-A Gonzalo .biclra.-A- Gregorlo Runo•.
Monterroy, 1' de M"1zo de 1909.-J, A. RoJ••· Srio .
0.26,26

fl1

Or.

11

o,lf,lll,líll

�,.

PERIODICO OFICIAL

8

em,¡,

de H■inislratih de la C.■pñia Cía. Minera "Alianza yConconlia"
116111
liln ''El Trans,al'' S• 1'
A
ma. cita i loe 8n.
Pnr a,,aePdo 8odedad
la Juata Dtl'fdfva
d11

CONVOCATORIA.

Cia. lima "88118 Tamas f!tem"' S. A.
A VIS O·

18

i\o"l nltlt- 1 -mbl• tre'l@ral Pxtram-dlnarla que IN'
_, 1&lt; bra•I el dlA 7 de Abril pr(,xlmo 1 191 otnoo dt1 la
tardA, flll la o!olna de loe SNIII Patrtoto 'Mllmo 6 HI·
loe 8noe. oalle de Dr. Mter No. 81, oon r,bJeto d0
lntiar del proyeoto de 811tatuto1 de la ()t,mpa~la qllf'
110mewi la Juta , la apN&gt;bacl6D de la mllma

Aa•mblea.

Mnntenef, Mano 1n de t!M)ll .-P. B61lltee l,MI. "-·

• o.26,28,17

cntarto.

L, Junta DIM"'1va de nt&amp; oompell1a n aeal6a oa
lebrada 111 dfa velutlnno de P• bl'f'ro pr6xlmo ~
·
aoord6 ee blclen •ber I loe lf'IOrH aoelooW.. 1e la
Oom~, O&lt;'arrienD I la Teeoreria de 1la m nna
1
delltro del plaao de qulooe dSu OOD-® ieede •
prtmf!ra pnblloaal6D de eete avleo, 1 pagar la exbibl·
al/\D de U"'lntA ""º"'vo• por aoo16D decretla"• en la
.-,lll6n di• h•. advf'rtidoe loe qne no lo ven!queo de
qne oorrldo el t6rml1'0 Indicado de quince clfae, la
la propia Jaota ntrecttva IU deola!'8d deaertee na
aooloDH ele conformiclalt OOD 1o prever,ldo en 1A clael·
1101&amp; octava de la eecrltura oooaUtnUva de la t1xpre•

NOTIFICACION.

sa•r4• 111 11,..oolol, -orh111-"
11..,."'
y•"

10 Informe del eetado qa,

lt lr,la del Trlbanl eapnmo de Jm&amp;1o1a.-Mont.rn1, Nano
lo de tao cu•••
por el -r-nro ..Se la C!lltma
IA6D,
Aaambl. . beata la ffll'ba.
1t a,, Ylrta&lt;ldfl ilelar estl11tn •1 1~ aaottal
heb· "" lle1'&amp;
de &amp; ef..to la MCGD4,. emlal6D bolar 1111 tercer aapllal . .
JUDO (1lneo mil
]ID el Jatelo or"ln•"'" ~ prom&lt;1Yldn por el Rr. Llo. P'ell•
1v BIHcl/\11 4• la . , _ D !reol;t.a que ha de f&lt;IIIC!knlu hHta
oltoe VlllanMI OODh'a U1. ll'lbN UH ..t•lndlóaol6D 4., t,,rreno•, I•
14e Rll1111'0 de 1111 ,
40 Oaalqnlera otro ponto qoe ee qoltn -•ter A la deltbe 2f 'IAla ele eoat. Allottmo Trlbaaal de l11"1ola lu, 4loW,4o 1111 aa~
qae &amp;la letra 41.,.:
n,,1611 4• la Aeemh'""·

•"" oompefila
ll(ootetre)', Mano 10 de 190t. - Bl Brlo., B. Villa·

rreu.

o .a ,H,11

Sr. Aurelio Morelos ZuRgoza.

J)Hn•.

EDICTO.

Ju•gado de Letras dl' lll 8~traool6n Judlclal.- Llna
~ - N. leóo,
Con fecha d11 ayflr ª"' ntlloo llD eet.e de mi cargo·el
,.not-r..,., ,..,. 4., M,.no de mll amMlentftl rcb ... - Ntele • Jntclo ,t,-f.,teat• ment rfa Ab'eoee de la Belora Oelee•
._tern7, llat1021 de 1909 El !ó!rlo.-Podro Oenló";s 28,l7
1N pert.• oar• 111 '"1ata t'&lt;&gt;D tkmlnn d• •elot,, dfa,,,
,.,4,... ro• ~lna Gut' 6rrez Vda. d~ Beolt:,es, veolna que fn6 de
p,onanc-llldo el Ulrmlon "" di•&amp; clf11• onao•&lt;IMn el ('()P ' ....U"°'l 1d•
blelldn ~ • r ••-rltloott"" aqa"I'•• &amp; IN fllf,a d• le meii •na o•I w, eeta clodad.
o-ro die b&amp;bll dHpo,1 d• tnoara•rMn• lno dl• a di.. qa• '• ""'""
v • qu, ee m"nda pnbltrar f'D el Periódico Oftnlal
pond.,11 , la 0011tn"'•· Lo -r46 :, rab lc6 .,1 O ~hsh1t..do d• 7 el Trueno que ee edita f'D ei;t,a Ciudad de dh z f'D
le 2t Sele: d•• fll -atlbrloe -Lic. J. )l, Vllluflior SrlO.-RC!brlca.
,11(11 dfae para que las Pf'l'IJODAB que se crean c o n dere•
-Et oon\n Yd.-Vale dny fll,
Lo qaue notUloa &amp; Vd. MI eata rorm• d e ooef rmtdr,d coa lo cho , la here11cla ee preeent.eo I deduoirla dentro del
CONVOCATORIA.
41,rpa,...o •u .,J enfcalo 71 d•I C111ill0 d e Pr-icedlmleatoe P•aelN .
0
:.1011tern7,204eBllero 4e1909-Lw. J .'!. vmu.li"'•• Peore- ~rm1no que f!IR la L y .
Lloaru. F bN'N' 211 de 1009.-Llc. Lula TrevtJio...Babfendo ~ • la Ocmlet6o Llqaldat.rta Q!I" 'º"°~' \arto.
O.25,te
'1111A 1"0IIOll1ol6a
•d• mleato qae eetlm• nowJoea pe••
A-,Agnat.ln C. Oarofa.-A-ADtonlo Herrera Glll'clll.
llll 19...,,......, 4• Mte moo61a, ha aoor1a&lt;lo OOD-, 11'1" m►
o.iO,iS,11
ao .. la preeent., , todoe Jae Sree, aontonl9'all 4• 0011f, noldad

"'ª

Fábrfoa de Cartón de loofA,rrey S. 1.

-

lo p1e,enldo ea el A•t. ,-is 4,.1 Oddllro de Oomer,,to. , nna
A&lt;a•,.I ntTaor41aarta qH df'bfo•&amp; t,,aer ,,,.,tdoaU•o el di•
..... Ah..l prl'xlmo &amp; ,. . 5 p. m . ..., la on,,111, ol•I Sr. D . Andr6•
. .-tfllH 061"1• aaa. oane tt,.J D•. M''" No M II la 4e tratar sctre
b paa1N qu ODlltieDe la llpfnle

.,..,ta

Orden del Día.

Cía. Femüra de Monterrey El "Barto" r.1.

Cía. Minera "San Pa,blo'' S. A.

CONVOCATORIA .
d• ..., Comll"·
iila p(\r b , t,., ONldo e11 ea• fu""'ºº" loe 8rH. 'Pr• .id -nt# 7 lf'r.
VC"Cal. uf ta111b , ., el O ,mt,,,,rt,."' n,•n•IINI on, "' 11._rte
H"bl"""" qu.A""n •t'41flo1• 1• ....,......nt•&lt;'lllfl

CONVOCATORIA.

Nn ll• b'ndo lenl&lt;lo ..,,tllc,etl• n la Santa G,.I, o,d(111,rta !lff
• D•reott•• "" _ ,4., del dfa I del
yde aca•rdo on11 fil Artn.11114• "U-etl'OII Botetoto• &amp; 4ambl.,. A• ...-'114ea na.,.._ ...,.,••,.._ 1
1.-~lveuoeTCa
uoa pro'IIOlllo'611 de •-•d•mlealn prf 11""'1 Bztra,,rdlnula. la qo• 4 b•r6 n•lebnne t1l 11 de • br11 prl\. c,nrrt-nt,,, IOO"l6 O&lt;&gt;D•r cor &amp; ,.,. &gt;Ir••· Aoolon•~•-- 6 ,•mbloa Arel.
N11ta&lt;la , I• J onia Llqaldatarta ele la o,mp•li'-. IIJan• xllDO &amp; 1M 10 a. ID ea el lccal 1 e tlclua de I• Ob.. 7 COD , . . . . • x+"DOl'dlna,ta q"• ,.,.,,i, A 'ª"" "' ,tt. ~ t•
-,r6s'mo, , 1M
I
do, en •o caen, lOR '6rmlnoa en que d ebs oelebrane el su(eute
11 P. 11,, en l a - !fo • t1e 1• ca1 1e 4• Bollnr, b • Jo ta 1q11tallle
·
-trato nllpoicttff.
Orden del dia:
U.,-.&amp;oo•ihr, MI 11'8" 4• qu• ... - " " el arN111dam1-1.., una
Orden del día.

.,e

A.""''

"º....,.I\"

l'I•-•-,

11,II...,.. 4fl t6·mlnn ""
4• la Oomll"iil•
~, loo mlembNMI "e le Jo.,ta DI.,..,.
11ft qoe d•ball fDllstr 4araa'9 el nano •J•rololclo qae
"'ecoerdf'.
IV . --r..tar cualquier otM uooto de hlte•6e nnenl.
11&lt;aterre'.!', llfaff'&gt; 18 "" t ll09.- t • Oomhd6D Llquld••·••ll: ... Jo8'
A. 11.,.una.r-A, Parw .
0 .:111,18,2'7

lo g.,1n.,..,.r et Oon..Jo 4e Admt'D"'traMIID 1\1&gt;11 "' a omt,ra.
I
apoobaot6o de la oDénta del ell'\ aat...tor.
mlent.o de J&gt;Noeld...,t.o y t•r. V real, elfr6 , llnt1e tamlt' f i ln1 SoJI A11rob1olllu de 1M i,"8tlonH de le lonta Dlrec,ha.
plHt.• qae.., b...,.n p,....t_ p,.,. maoebn de O('Dforml4a4 oom 111 Nnmbnmlf'nt,, 11.,1 Ooa ..Jo 1 Oc.mloarloe
t-■ preaeripoltooH 11,. Ira Btltato"'•·
..., ....cuerda , In RrH. f\OCloolata• lo pre. .nl4o n el Aar, 111 de
,o-Et•tdl\11 d• Coml•rm ,n •n t11"'1toet,&lt;n d.,J ••lle11te , ta111. Jna S,.to\at,,e, qoe lllce: •·Pu• re p-ntar l•• _....,.,. al Dnrlador
bl'D alee Jaara 01&gt;0rto uo, loe S 8oplente1 qoe dhlponen loe lht,a. • n ru Aeembleu Apn,rol... .., .,. qo'"'" '1•1)&lt;'111t aT Ira tftafu ..,. la
towe "" q .-\no. 611.
8for.,1a,1a 4e la Nt,:ocleot6n 6 •ntr•Ll•''" oa r•rt•nCMtn d .. d t pllel119-DW canta CO'D el
aotaal ISe la N• c ni:t11ollln 1' aro•• tn ,xt&gt;Pllldn Po• 11l•uDA lnotl'oolCln 11•· c f, Utto h•~leu do "'b eot..,.
d a r In oooot1rnlP.nte en uontoe qoe 1e pr~aea t&amp;'D dentro d e lo ga coado mla t ar ,1 e, el dh autM 6 la A••mbl a, rtoot!l•ndn ona
p"vls'&lt;'• "º •1 Art. 14,
toJ•t a ea qntt"" nnr,..,6 •l nC!m•ro ti• •colnoM dpp '&gt;altod H 1u
Pf' 11r,vl•n • , Jr1 P....e. ecoionlota1 qoe pera teoer •tce110 A co11l,.. ae rett,ulo d,spoll 4• qae la Aumbl•a olaomre 1aa ..;.io.
Jupdo 19 de lo O ••1,-lf Craocldn Jo cllclal .-E,ta~o de Nuevo 1•
J ant• . d •b•rln
er&lt;'allar
101 Aocloo M tD la Teaorerla de la n M ••
~On,
N• 1rcl•d611,
8 dla•d ar
lt • d o •o
v•rllle&amp;cl6n.
,
llouterrey, ll&amp;no 11 c!e lA~.-EI Stcrel.arlo. Pta.1101,cnJ,
Aoo•
121426
11
19
go~fºnter rey, llano
de Ul'J9 El Secr•¿~:1~'5.~~:.~20.
1z.A'...

DL-1'ombrv, fin tal -

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NOTIFICACION.

Sr. Du. Leonardo Fernaudez.

ª·

D emasias

t nr;~?,terne.r, llan'&gt; d ieciocho de m •I uovtclenlos n o~ve VII•!
a
ll.•B'.llt&amp;adn1o Qo• ooo f•rh • o,•n•ced~ n'c'""'brf! 11•1•6•
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ca .,.(..,,,.,&lt;'flUB. -Pres dencia 1\luniclpal d "" eoh" 'ah bílorfn esp~rdlclo por ..1 O -'o• z 2" de l&amp; fn•hnr!A
Al'•ncla'&lt;le 1" ~cr•tarta de Fomen to en el R ,ruo de Mlnerft. Montf'rrPY Nue, ·o [.eón
...-nlAA•
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Distrito' 1\1' Po•b I•, en •1 ""•l desp~r.h o entre n •rrs In• rt"•• no M~ntt'rr•y
F::r...,dl•nt"Nu
N:&gt;
.,-ares R•v•rloo n ~ra,.,d t v N ~- ~De &lt;l r t1 ,nnt.-,ad
oon Jo d!spt11&gt;0to en 111 arlfonlr 2ó y
vieo&lt;' laDyp90'ccl60
~• b'&gt; .TuM
COD1&gt;0r
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c•ncn d I d •r p • -na, v,- c 1no•
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· _erClnlmo dt1 ~fl!!I mnnl~lll"
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!b•&amp;da FPrntl~d•• d~ Orop••· r_,11 .... o "º ""'" Jo7v•&lt;\n b•Jc e l 11ge111ndo la llo•• 8 d•I 1.,.,,,~t¡DlO QG• .... mida c,,bllgo• c,no la y Ag ~t"\ del prPBFnt~ cfir, P"1' ¡ne caalH! do empel'io
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Monterrey, P',brero 20delll()g - B. V&amp;ld&amp; Llauo. A. o."• 2• '5:t'I de Ret,t'lil M11nlclpnle11 dP f'Bta olndad . de acuerdo
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&lt;lon•lderando 1° Qu• et ,rt u ' artf~nlo 1"5 d•I OMlgn de l'rn
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"'"1lmlrntos Olvll••• e11 ln• n•.c,clne d" te,t•menta,la I tnt&lt;-,toao•,
aflos he tenido
coust..anl e mente en
las comP"t"nclo• ,., derldlrA., oonr rme , lo &lt;ll•no•■to en fil c•p1tolo 1 tflulo 11 del 1.lhr&gt; IV di'••·" Oóil,:o, y«mo ••e f'apf.
mi casa ol Pectoral
t olo Htabl•C"' l • •tlcoln 18ttl lrocclOn I &lt;1•1 ml@m" c•11,:o d"' P ro·
JD•l'•d) 20 de lo Ohll-lt frlle,16" Jo 'lcl&amp;l.-E•t•dn ,1,. S . T PII".
de ücrt11.a dtli Dr.
oedlml•Dto.) " n t•" ntrc,P .,..,.,., Ql1" ..,. Jo•r rom!&gt;"lente par• cr- i
El dfa trlnta 7 ano c'll'I •~oa1, Isa dl•z de la m fhn, 1,o drA
D OCf'T .,,. loo Joklos h•r.,,.ltarln hBT• 11 ni\ tPt•Am•nln, el d•lluAyer. ,'li J•adre
10 ••nf'lcathu ,n el 100111 &lt;1• Ntfl Juzp1o, 111 nota "º pC!bil~a &amp;l•
,:or 4•1 (!ltlmo d nmtrftln d•l •m.nr ""I• h••""cla, C•n Pl c,rttft,
r,onPd&amp; , al m•Jnr pnet,,r, dt1 ln11 bleoes Pmberi¡sdos , la 018 4111
mo
dijo
ca• o !111 defaucl6u " " J• r•l)"tlda Rr&amp; F"T!'tn/1•1 di.' Orol'I'•• QD"
Va1le 11•1 Rfo Frf", ll, Á, 611 "l Jutdn •j tulhO mtrc11atll ~gol1o
t,bra l ibJa• nn• d e an lnte•tAlu•uterlo, r""lcaila ""
Jn•crMln,
r~pclidas
l)Or Pl ~r. J, mu H, B1wa•d• nomn •ob••ou!arlo 11&lt;' I~ !l•tt• Olara
qt1ed6 o l•n ement e O'lmorobodo t&gt;OI' AAT on docnm• ot" 110b•ko,
r,. O.av; coyOII bt..,DNI can~,1tac, '"' Ja• p 111 r ~1on~ ,.,. tA!•nn~ marvecesque
..a d n 11'1 11rtfcol1&gt;• 427, traorlt.n V v 531 4 ,.1 Tepetld n O~d•iz&lt;&gt;, qne
cnn lo• mluer&lt;'I 3H, 119,411, 41 y n , or•n• el Jod o Poolflnt,. dfll
el ci:tlwo d r,mlcntn de d lcb • s" .. fo6 • I &lt;tMla Olodad de Po, bl•,
we saJv(J
Rfo Prfo, J 1• porcl6o dt1 tt•"" d •nomtn alla "La lila" cont',:a• ,
d ia dnn.,.,_ e ra vPCtn •; y orr ta"tn H lnc&lt;&gt;u"o.a QOfll • ~ J'ur~., r,,.
las
ent
•r1oru todH t D jo rlldlccl6.-. d11 Gom•&amp; P ar1H ,1,.¡ F,.pt ela
vi
da
q olrwnte •s ..1 coml"'!U!Dt " pan oo~ooer del Juicio eoceeor!o de la
,tn ""-ram-ollp,.., -, ...1, bn•vee de e1ua de la toma denominada
S ra. Ferut.odez de Ora11• aa.
cuandu
"
E
l
Naclmlt,nt,
" NI ... Rlo Prf,..,
&lt;'oatldPnDdo 20 Que ro ooo,ndlJo el d fl1)M'ho lnblhlt&lt;-rln,
y o er a
1/.J que .,. p abllca •n •••• f&lt;'rma • n cowpllmlflntl'I "'" In qo"
el Alh-a de la lnt~atam..ntar1a en r,fereoot•, ·1 q o" el A••nl•
1
prf'vl•ne
,.¡
a
tto.
1,411 d"I C6cll,:n "• r nm•1c1, ¡ ••h'rtl•""OR8 &amp;
del .Vlnl•"'rln P t blloo. ra, de opln 6n qoe • • Jo1,:edo ... 1ahlba
mny joINI ioW•••4 M qoe no ■4' atlml' ""'º :poe•t1" • " ., ..... n•• cobf'6n Ju
4 •1 ooooclml.,nto 4.,1 jolofo do mc•.i6 a de la NP"llda sn. Fer•
ven.,,
do•
tereeraa
part.PI
de la cantldlM\ d ~ t 11.IIIIO 00 v, l ~ttnn mil
n l o.. PS 11• Oto_.,-P,r to f'XPD""l&lt;&gt; " " IM'D•rd&lt;&gt; nc,n la 11111111rlor
och rclentoe olnc1Hnta ~ en que dl, h • bl~ne• fu&amp;ro a valoeJ ..-o •«&gt;rla pr&lt;• nuada' • por la 8aor•m• On• te lle J oatlola 4e la
rtaadoe,
■um1Dht
r6odoae
ea la 8 toretarl• de "'8 J ozgMlu t oclOI
1'1aclllll, 0011 f, oh• cuatro 4" P' br..ro 4 •1 •llo pr6a1mo - " " ""
En miles di? hogartis el Pectoral
lo• lofnrm• • nel•rentl'll al CA"",
el -paro promoYldn pnr la r • p1-ntacl0&lt;1 d• Don Vtc,.nte P.
_,:ontene,, llano 18 de ltOt - 1.lo. ;, O.reta Ooajar•o. IYore·
Oropen _ t , . la NDWnola dtok&lt;ta pot' ..... Juzc•"º - la DP'm•de Cereza del Dr. A)er es cual la
P,0,14,26.:111.
ra lliool6n de la tu ttpPtida lnteotamntarf• d• la Sra L b,.4,
Peni&amp;odn 4e OropMa, 1 oo• foadam•nto, adem&amp;-.
anfcllconsigna tradicional de la familia.
Jot w.t y 211 del 0641So de Procedlmteotoa del Helado y 60 d•I
064l,e Pealcrral d e P.-.llmlent.oe c1¡,,u.,,, • reenei.e, Prlm-:
• Primeramente lo tomaron loa abueBtlDh!be ...e,T--411 ~1-oolml•ntn de loe au"'84., lalnteill.n1D•f&amp;4e 1aAn D li• r,tbroda
de Orop,a.~Seloe, después lo~ padres y ahora lo
a,m4o: Ita ,a opottaaldad, onn oopla aa•ortod• de eeta _,.,.
C OVOCATORIA .
el. ., - - - • iltcll•• Atoa. prM1o -pl••mt-n&amp;-• dR lM 0'"
1
toman los niñoH. Para resfriados.
Por aonerdo del «;or,M!jo de ,\dmlnlatncl6n de • ·
tal, al J'IIK nqulrlent., pera loe 11- "8 la le1 -Tefoorn: 1'ot t'q - • Aef lo neotYl6 y llrm6 el C, Lic. IIINIMloDlo Ali T-fto
h , Contlfljo ee cita, 1018t-il.?ree Aoolo11l1tas de la mle•
1o1ea, bronquitis, crup, tos ferina,
J - 19 .. Letna del B&amp;mo Oh11: cloJ 11 - LID. •• 0D Tlftllo.,....
ma,, Asamblea 01'neral Ordinaria para 1u nuev_. de
Jo■f .J118D V.U.Jo,-8rlo - a t l ~
pipe, inflamación de la garganta 6
la ma&amp;ana ,,el d1a olnoo de Abril p~xlmo, en la 08·
Po~ )JO qae • 1111bllo&amp; • .... form.. &amp;e aoaer.to OOD lo cllt......, , - el a,Uoido !IO 4-1 OOcllsO hderal . . Pr11Gad!mlM"&gt;e
aloa de Ja PIUlcUcl6n No, 1, oalle Dr. IUer No. H ,
411 loe tubos bron&lt;)uialeii, el

E XTRACTO.

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REMATE.-1- Almoneda.

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Compañía Industrial de llonffrrey, S. l. -

"""'&amp;D"ta

(lttfl...

obaerrindoee la llgnlente:

REMATE.~1' Almoneda.
Juapdo I" fooal 1.8'ra40,._lloatene7, N. Le6D.

■1 tm,..,o 4fa hAbD deapa6- d• heoha l a . . _ . pabllmol6a 11
1Ml"• 4elatude,Wadrfo'fltl'l9oa&amp;ho • el loCIDI cle .... Jupdo
111 ftDta . . 1IU . .ca ¡arhalla q!lfl •• -u4d - r &amp; nomate n ..1
Jal:alD l a ~ qae •• r .1c• .11uae1 o-din &lt;kraa, apodendo de Doll Beeljao aSe :r. 11- Ga"'"9 alSN • contra de la
lllrL Jallaaa A. Vda. dtt Patnto. Dicha • - • eaoueutra tltaada
•
. . . . ~ eD el aet,,af'ble del 8ar. •
la calle de Qo•r61ar.•,
mlt'll.,aclo •• an rÑinteal Orlen&amp;. alele metTDD qolDleatoe oaaNOota
'1 41cM mllfmfltl'C'I, por t?elnta 1 aa metroa • •I• mi 1fmetN&gt;11 de foacl,..
al Pont-n•• Unclaodn po• . - . rombo OOll py,gpledad de Doll• Ja
Jtaaa JlndJsoe,,, l)&lt;'r ~1 Nnn• 1 Mor coa Oo-, l'Jf!C'lllo A••a••• ,
Don lllm6n t\aena reepec\lnmente, 1 oon lao mt lona de wJ•bAo
c,ocfra, oorfa,
u.-. la b nra 4fl1 nm,te " a'1111lt' rio poe•one qoe no b •
Jea d e Ju doe teroerao partH lle la canttcte t d • • d necl• o toa r•o ca•at11 pe11011 en que ..U valori&amp;11da dlQb~ tl'&gt;ca ffl Q'I ..1 o~rt tl ·•
do reap.oti'fo d e ta Recao1aol6D lle R •u tu d • MI.e C o1a"I, ycoya
caot •ile-i ..,r'l'frA d e b•oe ll'lra"l rem11ti!, • n t-1 coo llflptn 4 e qo~ .,,
la 'tAQ, ..t11rla de..,.,,. J o•g ,10 .., 1d mlntetr11r6n A '"" lo•e•Nado•
1011 1atnA qne u eceal!A!a 1 qoe coneien en e t J11tclo hipotecarlo dP
ref,••uclo.
M ,ntt1l'N'Y, 'JOdeMarso4elll09.-J, l\l. Vllla■t fl,r.-• .-ll. P•a,,ioe.-,A- A., GClm-,
0 .2&amp;,:111,:17

Pectoral de Cereza
del Dr. Ayer
halla preeminente sobre todoa
na rivales. No contiene alcohol ni
nneno. No ha de aceptarse nin•

18

pn substituto.

Orden del Día

I

n

Ill
IV
V
VI

Pffil8ntaol6n dt'll Balance General para ID dllc,na16o J aprovael6D 6 moditloaol6n
Dtot.amea del Oc,mllal'lo.
·
Informe del 0ooef.Jo de Admlnlatraclón
Nombramleato de Dlrett:&gt;ree en el pNllleDte
allo.
Nombramiento del Comlearlo.
Acordar la dletrlbocl6n de loe beoe ftclc1 obt.e•
nldoe dorartA .,,1 efto .

M(\n~rrey. Marso .:?O de 1909.- Cfa. I ndnatrla1 de
'font JTey, 8 . A , - El 8(:cretario, JoE6 C11Jñn~11.
0

o .24, 26, 26'

Rdbrlcae

IMPRENTA DEL G OBIERNO, EN
Prepara.do por el Ul:t, J. c. A YER 7 CU .,
Lowell, Al.asa., Jil, u. d tl .A..

111!.I CTOI J UllJ18TUIOl,

A. Brondo Wbitt.

p A.LAMO..

�</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 26, Marzo 30</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Viernes 26 tle Marzo de 1909. ,

TOMQ XLIV.

N.lJM. 2f)

I?eriódico 0ficial
Dl[ú GOBIRRNO DE1 ESTADO LIBRR YSOBERANO DE NUEV0~1EON .
•

Las lBJBS, los decretos y de:nn disposicio1~s sn:i3dorJs, obli[an por el solo hBcho da ser pnblicadas en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno. ·
CONDICIONES -Este peri6dicose publica los Mártes y
Viérnes de cada semana.-Vale la subscripción CINCUENTA
GENTAVOSal mes enestaCapital, y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.
]UBC28 DE TURNO

·

En la,pr6xima semana.

lo

2º de
Criminal,
LIC. ESTEBAN E. GUAJARDO.

Lrc.

2'? de lo-Ci,;:il,
ROQUE DE LuNA,

CONDICIONES.-El mí.mero del día vale DOCE CENTAVOS El número atrasado QUINCE.-'l'oda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al Administra·
dor del mismo.

mas Acapulco, prodlljo lfqu;do $ 326.82'cs.
que strá u situados telegr.dicamente por la
Tesorería del Estado á disposición de Ud.
-El Gobernador.-B. Reyes.

.
Chilpatícingo,

de Marzo de 1909.
- - - - - - - - ~ - - - - - - - Sr. Gobernador General Bernardo Reyes.
.Enterado telegrama de ayer doy á Ud.
las grar:-ias por atento aviso referente á situación ahora Tesorería ese Estado de proMonterrey, Marzo 26 de 1909.
riuctos funci6n H·p6dromn á benefido per•
judicados Acapulco.-D. Flores.
Nueva concesión.
.
20

PERIODICO OFICIAL.

En la sección correspondiente, se pu- ' Rf'pública Mexicana.-Tesorería Geblica hoy el decreto relativo á la exención neral del E,tado.-Monterrey, Nuevo
de impuestos del Estado y Municipales Le6n.-Seccí6n 1~-Núm. 220.
concedida por el Gobierno al Sr. Gonzalo
Garza González, por el capital no menor
El Sr. Gobernador del E stado de Gue_
de 130,000.00 cts. que iñvertirá en el rre;o, en sus tefogramas fecha de hoy•
establecimiento en esta Ciudad, de una me dice lo que s:gue:
Fundición de Fierro y Bronce.
"Contesto atento telegrama del 19. '
--. • Hoy recogiéronse de Banco Nacional e~ta
Para. las víctimas del incendio del trescientos cuarenta y E-iete pesos treinta
Teatro de Acapnlco.
y seis centavó's, y ya en~íol?s á. Tesor~r&lt;
Juut:i. Socorros para perJudtca,fos por inGobierno del Estado Libre "' Sobet'.a no cendio Acapulco.-Grac1as atento aviso.,de Nuevo.
J
Permítome participarle cobráronse hoy rJe
,
Banco Nacional ésta, trescientos veint1Monterrey, Marzo 18 de 1909, $eis pesos ochenta y dos centavos, que
para auxilio perjudicados incenoio AcaSr. Gobernador del Estado.
· Chilpancingo. pulco h"l r+-'mitido á Tesorero Junta Socorros.-Refiérome tel,,grama de 20, dándoUn Club de aquí, di6 el día 7 del actual, le expresivas gracias.''
á beneficio de los perjudicados con el inLo q~e tengo el honor de trascribir á
cendio del Teatro de Ac;apulco, una c,1rriUd. para cono •imiento d&lt;&gt;l Sr. Gobf'roada de toros por aficionados, cuyo product,
dor, con relación al oficio N&lt;&gt;. s fecha
líquido de $ 347.36 cs. dispongo que la 20 riel corriente que se dir gi6 á1la2 Secre'fesorería del Estado sitúe por telégrafo á taría de su digno cargo por esta Tesoredisposición de Ud.
ría, avisando haber sit~ado las cantidaderEl Gobernador.-B. Reyes:
rie que se hace mérito en los telegramas
insertos.
Bravos, 19 de Marzo de 1909.
L 1'bertad Y ConSlituci6n. Monterrf'y.
Sr. General B. Reyes. .
A nombre este E,tado y en el mio pro- Marzo 24 de 1,909.-E. T. G., David
pio, doy á Ud. expresivas gracias por si- Guerra, C. ,St:cretario del Superior Gotuación$ 347.36 cs. á favor perjudicado~ bierno dd Estado.-Presente.
incen iio Acapulco y como produc;t• líqui
do de crr~ida de toros aficionados esa CiuCc,n los $674. 18 de que se trata en la~
dad. Refierome atento t~legrama de ayer. notas anteriores,más un mil pesos que man
-D. Flores.
.,, \ Got.·
·
u'.) e
•Jlerno de1 E stado y 1os cuatro.:1en
b.
.
.
t•H noventa y un p •S()S noventa y cuatro
Go 1erno del Estado Ltbif y Soberano centavos situados t b.,
d
de Nuevo Le6n.
.
am. 1en. como pro uct·
de una func16n de van dades dada en LiMonterrey, 19 de Marzo de 1909.
nares, asciende á $2166.15 lo que se h:i
Sr. Gobernador del Estado
'
remitido al Sr. Gobernador del Estado de
Chilpancingo. Guerrero, para auxilio de las familias de
F11nci6n dada en el Hip6dromo de estll las víctimas del incendio del teatro Flores
Ciudad el 14 del actual. á beneficio vícti- de Acapulco.

Disposiciones para apreciar la
categoría de casas para el servicio de Agua y Drenaje.
República Mexicana. Gobierno del Estado de Nuevo Le6n.- -Secretaría.-Secci6n 1~-Relaciones y Hacieñda.-N6mero 7,903.
Hoy se dice por esta Secretaría al C.
Alcalde Primero de esta Ciudad, lo que
sigue:
"Hoy digo al Sr. Interventor Financiero del Gobierno y al Recaudador de Rentas municipales, Jefe del Departamt-nto
de Cobros de los servicios de agua y dre•
naje, lo sfguieote:="La tarifa para el
cobro de servicios de agua y drenaje,
publicada el . día 22 del p16ximo pasado Febrero, con aprobación del Gobierno,
por la Empresa respectiva. demanda que
se clasifiquen en categorías las fincas,
para aplicarles el mínimum de prgo por
os servicios indicados; y con tal motivo
d 8r. Gobernador ha tenido á bien acor,far que el Inspector Financiero y el Recaudador de Rentas Municipales, t\ cuyos
respectivos cargos están, con ca,ácter de
anexidades, las oficinas que en conjunto
tiene11 que hacer la recolecc:6n de rentas
1e los subscriptores á los seivfcios emerit~dos, deberán hallarse de acuerdo para
clasificar las categorías de las casas en
que se cstablezclln semejimtes servidos;
y les bastará para hacer la apreciación
correspoodi nte, tener á la vista los con,
tr~tos del propiet~rio con el inq';lilino.
as1 como los recibos correspondientes,
para lo c_ual ~st.ablecerán una hora de
enn.fereoctas d1ar1ameate, en tanto q.ue se
vt-nfiquen a•reglos rle cont·atos, debiendo
tomars_e en cuen~a qt~'", en c4so de ,que no
se pud~ere ~preciar b1:n _la cate~oria, por
cualquier circunstancia 1mprev1sta, 6 que
no haya acuerdo entre ellos para hacer
d ~ C(lnformi tad tal apreciación, habrán
ie ret"urrir , orno tercero al Sr. Alcalde 1~
y i-i por parte del 1nt resado se tnottvare
qut:ja por la apreciaci6n de la categoría
en que haya de considerárse 1 e. puede éste,
como en todo cal'lo semejante prr lo que
respecta á pagos á oficinas del erario, dirigirse al Gob;erno, por condncto dt&gt; ei;ta
Secretaría, haciendo su expo,;;ición. Entro
lo;; motivos de duda que pudieran &lt;1currir,
desde luego se puerle presentar el de personas que ocu.pe n casas de su propiedad,
6 el de fincas que carezcan de contrato
para rentane 6 de las que, pnr último,
no paguen renta por la ocuración . á Yirtud de gracia del dut:flo de la finca; y al
venir dificultades por alguna de estas circunstancias, hahrl de efectuarse lo que
se tiene n,.anifestado, sobre la jutipre-

�2

b .,

hipotecar las coU"esio_nes en to~o ó en
parte "01·n prev 1·0 permiso del Gob1ern_o, á
1
Con
terminándolos
eu
os
oce
s,gu,e·
:
,
i'ndi·v'i·duos
0
01· a' Compan,-ías ó as_oc,1anones
tor v el Recaudador, y a1 fa lt ar esa
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Art.
8°.
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me_x 'can_ as.
, .
ca1d e P nrn ero ' P,,•ra que
d
d 1 Escuelas Nac:ona 1cs. que e arreolo
"' á as e•·es
,
mo te, cero.=Lo que tengo la honra e¡ nos e as
Art.
6.
El
conces10nano
podra
1mpor1
1
, Ud
do del Sr.· Gobierno designe para c¡u~ bagan os es• tar, tina so'a vez, libres_ de derech_os, las
l:
hac r sa ,er a
. por acuer
tudios relati1·os á su fnnc10nam1euto, deú 1
1 d
Goberna ior, para los &lt;f,ectcs ~c,rrespon
d
t
a
máquinas,
~ para tos, . ti es, maten a es .e
dientes, p ,r lo que toca a la oficma de 511 bié nd c&gt;Jes propor,jonar 103 ª os nece~ , construcción nece,anos para el establecicargo.''= Lo que tenla(o la _ho_ma de tras· rios para 511 ªP 1 ?~echam·ent_n. Admitlla miento de les elevadores y sus dependencribir á Ud. para su conoc1m1cnto Y efec- igualmente las visitas penód~cas q~ie
cias, para el al~mbrad_o e'.éctrico Y para
á los elevadores y sus epen _ene
la ext1'11ción de mcendios.
tos Po -, Jo que hace á la intervenció_ n de gan
s alumnos de las Escuelas Nacionales
esa Autoridad eu el asunto de que se tra- lo
A este fin el concesionario ó la Campacuando Jo soliciten los directores respec
¡ S
ta ."
t'lvos, por conduct» de la Secretaría de ñía presentarán oportunamente á a ey me honro en insertarlo á Ud. para su
cretaría de Fomento, de acuerdo con los
Fomento,
1
· d
conocimiento y ef ectos.
Art. 90 _ El concesionario se obli~~ á modelos adoptados, istas pormenor1za as
Libertad y Comtitucióu.- ',\Jonterrey cobrar al Gobierno cuando éste lo sohclte, del total de los efectos que dentro de esta
23 de Marzo de r,909.-Al Sr. Ingº G. R.
"
s de la tarifa que tenga concesión se prdenda introducir. En esG. Couway. Representante Obcldl de l. un 1.0 P O • me~o
de sus elevadores tas listas se especificará claramente el núCompañía del Servicio de Agua Y Drt• en v,gor p~ra
le venderá las mero, cantidad y calidad de los efectos,
naje de esta Ciudad.--Presente.
Y co_n e mismo
d su prop'edad cuan- explicando el uso á que se les destina y el
semi 11 as que sean e
.,
.
'd d
'd
do el mismo Gobierno lo requiera.
por qué .. e 1as cant1 a es que. se _p1 _en,.
Art. w. El concesionario enviará á la a~o11:pañándose en caso necesan?, dt?UJOS,
Secretaría de Fomento los informes y da• d1senos y detalles de }as maqu111a11as y
tos estadísticos que dicha Seer, ta ría le aparatos .. La_ Secrftana de F~me~to d_eterSecretaría de Fornen tn, Colonización é pida sobre h· negociación en general y minará s1 dichos e_fectos,, maqm~arrn. y
Ind11stria de la República Mexicana.-, sobre los procedimientos empleados en aparatos_ son aprop1adcs a su obJ_et~ de
,
dore s .
con este• Contrato 1y fi¡ara las
sus e,eva
. conformidad
.
·
Sección 2ª.
ecreta
tía
de
Foment"
t1ecantidades
de
los Objetos que e conces1?•
t
L
S
A
. i 1. a
. ó1 C
_,
d
.
t 1
Estampillas por valor de un mil quince ne lar facultad
de matirlar inspeccionar los nu10. a. ompama pue au imp_or ar !pesos ($1 ,015.00,) debidamente cancelatrabajos de constrncci6n de· los edificio~, bres _ae ~e;echo~. Est~ resoluc!on se codas.
elevadores y dependencias y el establec1 mumcara a la Secr~tana d.:: Ha~1enda para
CONTRATO.
miento de las maquinarias; para el pagn que, en su oportu01dad,, trasm1ta las ór'
,
d
por
Celebrado entro el C. Ingeniero Andres rt!da- e h onorar 1·e, 5 y ga • tos inherentes al ser- denes correspoorl1e11tes
d b 1
1 .a las 1Ad11anas
'ó
soro, Subsecretario de E~ta.~o ¡ del Des- vicio de ir,spección, el conces_ionario_ con- don?e se e a iac~~ a mtr~ 11 c_c 1 n.
pacbode Fomento, Colonir.a,·1011 e In&lt;lustna, t ibu· rá' cnn la suma de unl doscientc,s
Sin la presentac1on ele l., s listas nfe•
en representación del l!:jecutivode laL'nión. presos¡ ($r,zrn.oo) auual, s, que entre;s~rá rid~s, ~a Secretar~a_de Fomento :'º aprodc una parte, r de la otra el L'. Gral. !lla1 Tesorería General de la Ferlerac•ón ba1a n·ngnna s•1l1c1tnd para la mtrodi:cnucl :\londragon, para e~tablc,·er en la Re- en ª.
t
delantados CJIDenzando ción libre de d,retho~ de los efectosdes1g•
ptlblica ,arws ele\adon:s ,le grano:s, dt: por semes res a
. : .
C
acuerdo con la facuitad 4ue concede al Bje- los abonos desde que pnnc1p1eu los tra- nados en e:te o ~t'.~tod t
cuti,o la le) de J4 de Diciembre de 1898. · bajes de construcción y cesando cuando la
Para la 1mpor!ac10n e e ect~s qu: amSecretaría de Fomento declare que se han para esta couces1ón,_ el con&lt;'es10nano ohArt, 1º. El S:. Gral. ~Iannel Mondra• cumplido las obligaciones estipul~das e1 ser~ará fas reglas d1c1ada~ y que en lo sugóu ú la Compafiía que, rga11ic; y cons- este Contrato. Para hacer efectiva esta c:s1".,o se dictaren por la Secretar a de Hatituya con P.rreµ;lo á ,as leyes' mexicanas, obligación, la Tesorería usará d~ la fa. c!:n ,a, en el concepto de q11e la cancelase obliga á establecer en la República va cultad económico-coactiva si fuese necesa- c10n de fianzas que se otorguen. en las
rios elevadores de granos para la con5er- ¡
Aduanas p0r donde se hagan las importavaclón de éstos.
r \,rt. 12 _ El inspector certificará que cion:s, se hará cuando el Inspector del
Art. 2º. Son condiciones etenciales de los materiales de con~trucción, maquina- Gobierno _certfique que se _hrn empleado
este Con trato:
ria y demás efectos que se importen por ~os materiales de c?nst;ucctón y se han
l. Estab'ecer en la Repúhlica varios el concesionario ó la Compañía que orga- mstalad? las rnaqmnar1as y aparatos en
elevarlores de grauf's, con las insta1acio nice, son adecuados al objeto que se les conformidad con este C~ntrato.
neF, depend_eucias y almacenes que fue- destina, de acuerdo con este Contrato, á
Art. 17. Los efectos importados al amren necesarios.
fin de que se cancelen las fianzas que se p~ro de este Cnntr_ato n? P?drán s~r v:nII. Invertir eu el establecimiento de los otorguen al hacer la introducción.
dido~ por el conces1o~ar10 sin ~utonzac16n
elevadores y sus anexos indispensables,
La intervención del inspector no cesa prev~• de la Secretaria de Haci&lt;;nda y por
cuando men0s doscientos mil pesos. . . durante la vigencia de este Contrato, pero lo m1S?1º. la falt~
obs~rvanc1a de. esta
($200,000.00). durante el término de este el concesionario sólo estará obligado á p_rescnpc1ón. hara mcurnr al conces10naContrato.
contribuir para los gastos de, inspec~ión r10_ PD el delito de contrabando, quedando
Art. 3º. Dentro de los doce meses si- hasta que los elevadores esten termma- ,m¡eto á las penas que señalan hs l~yes.
guientes á la fecha en que se promulgue dos.
Art. I~-. El lnspect?r ~el Gobierno
e•te Contrato, el concesionario someterá
Es obligación del concesionario propm:- puede ex;glr en c,ia(qu1er tiempo, que _se
á la aprobación d8 la Secretaría de Fo
cionar al inspector todos los datos y fac1- proceda a la formación_ de un 10ventarw,
mento los proyectos y planos de las ius
lidades necesarias para que pueda efec- para comprobar que exi-ten _en l~s almatalaciones, edificios y dependencias de los
tuar el examen y estudio que requiere el cenes de la Empresa los ob¡etos 1rnp riaelevadores, acompañados de memorias
desempeño de su cometido.
dos al am_µ~ro de su C"ntrato que no se
descriptivas que los ilustren suficienteArt. 13. Para garantizar las obligado hayan utilizado.
mente, é indicardo en qué lugares de la
nes á que se refiere el presente Contrato,
El mismo Inspector tieue la fac11Jtad
República han de establecer.e.
Art. 49 La construcción de los eleva- el concesionario ha depositado en el Bao- de examinar los libros de contabilidad, los
dores y sus dependencias principiará á los co Nacional de México, la cantidad de comprobantes y la correspondencia codiez y ocho meses y terminará á los dos cinco mil pesos [$5 000.00] en Bonos de mucial, á efecto de a,•eriguar los hechos
· que lmporte conocer al Gobierno para la
años, contados n no y otro plazo, desde la al Deuda Nacional Consolidada.
E,te
dep6sito
se
devolverá
cuando
la
seguridad de los intereses fisca'es.
fecha en que se aprueben los proyectos.
Secret~ría
Fomento
dec)are
cumplidas
A rt. 19. Durante diez años, contados
El concesionario queda obliga~o á dar
las
obhgac1ones
que
se
estipulan
en
este
desde
la fecha de la promulgaci6n :le este
aviso á la Secretaría de Fomento, con dos
.
.
Contrato, los capitales que se inviertan
meses de anticipaci6n, de la fecha desig- Contrato.
Art. 14. El conces1onarto tendrá en en la construcción, establecim;ento y exnada para iniciar los trabajos.
Art. 69 El concesionario se obliga á esta capital un representante_ ampliamen- plotación de los elevadores, así como las
comprobará juicio de la Secretaría de Fo te facultado para que el Gob1erno se en- acciones y bonos que emita el concesiomento, la inversión del capital á que s, tienda con él en todo lo relativo á estl' nario ó la Cowpañía que organice, gozarefiere el inciso II del artículo 2°.
contrato.
rán de exención de todo impuesto federal
Art. 7°. Para cada nnevo elevador que
Art. 15. En ningún caso ni en tiempo directc, quedando únicamente sujeto el
se pretenda establecer, de conformidad alguno podrá el conceFionario 6 la Com- concesionario, al pago de los demás imcon lo que se estipula en el artfculo 19, el pañ!a que organice, traspasar, enajenar ó puestos establecidos por la ley federal del
concesionario presentará los proyectos, hipotecar el presente Contrato á ningún Timbre.
planos y memorias descriptivas corres. Gobierno extranjero ni admitirlo como
Art. 20. Nunca se podrá alegar respecpondie11tes, y aprobados que sean deberá socio.
to de los asuntos relacionados con este,
· comenzar la construcci6n á los seis me- Tampoco ¡:odrá traspasar, enajenar 6 Contrato derecho alguno de extranjería,

ciación en conformi da d entre e1 In spec • ses después de la fech,,
d de .la apró
utesaci,,n

h:~

~~e:c::~to

GOBIERNO GE:NER.AL.

.

?e

?e

3

PERIODICO OFICIAL.

PERlODICO 011'IC1AL.

SECCION JUDICI.A L.

bajo cualquier forma que sea, y sólo tC"D- les y bicicletaR, de acuerdo con la facult•d
coocede al Ejecutivo la ley de 14 de
drá n los derechos y medios de hacerlos que
Diciembre
de 1908.
valer qne los qne las leyes de la Rep Ú·
bhca conceden á lc.s mexicanos, no pu·
Art 1º Se rescinden de común acuerdo
Secretaría de la 2:¡. Sala del Tribunal
diendo, por consiguiente, ter.er ingeren, los Contratos celebrados entre el G"bier Supremo de Justicia.-Monterrey, Nuecia alguna en dichos asuntos ]os agentes no y el r• ferido Sr. Lic. Rafael Pardo, vo Le6n.
·
apoderado del Sr. Leo Charles Browne
"Monterrey, veintinueve de Octubre de
diplomáticos extran¡•ros.
Art. 2 1. Este Contrato caducará:
el 15 de Noviembre de r905 y 12 de M&lt;ir mil novecientos ocho-Vista esta causa,
I. p,,r no presentar ]os proyectos den- zo rle 1908 1 para el establecimiento en· iniciada de oficio el dfa once de Agosto
tro del plazo que fija el artículo te~cero. la República d9 una fábrica de autom'lv1- próximo pasado, por el C. Juez pr!mero
II. Por 110 comenzar las constrncc1ones les Y bicicktas.
de Letras del Ramo Penal de la pnmera
é instalaciones en el tiempo que fija el
Art. 2'' Las estampillas de este contra· fracción judicial del Estado, contra Alber•
artículo ruarto.
to serán pagadas por el interesado.
to Santaana, soltero, carpintero, de veinIII. p, r suspender los trabajos de consHecho por duplicado en la ciudad de tisiete afíos de edad, originario de México,
trucción é instalaciones por más de dos México, á las diez del día del mes de Fe- Distrito Federal y accidentalmente en esmeses sin cansa debidamente justificada. brero de mil novecientos nueve.-Andrés ta Ciudarl, por el delito de lesion-,s: Vi~IV. Por suspend•r la explotación de l0s A!dasoro.-Rafael Pardo.
tas las diligencias practicadas en aTertelevadores por más de seis meses conseEs copia. México, rn &lt;le Febrero de guaci6n de tal delito y su responsable, la
cntivos sin causa que justifique el conce- 1909-El O □ cial Mayor, E. Marlínez requisitoria del Representante del Minis•
sionario.
Baca.-AfGobernador del Estado de Nue- cerio Público, lo alegado por el defensor,
V. Por no invertir el capital que se es- vo León.-Monterrey.
de oficio en primera instancia y la·sententipula en el inciso II del artículo segun~o - - - - - - - - - - - - - - - - cia pr,munciada el ventidós de SeptiemVI. Por traspasar este Contrato s10
bre último por el C. Juez instructor, con·
permiso del Gobierno, á un particular, - - - - - - - - - - - - - - - - - denando al procesado Santaana como auto,:
Compafiía ó Sociedades particulares.
BERNARDO REYES, Go b e1'na d or de las lesior.es inferidas á Felipe Sánchez
VIL Por traspasarlo ó hipotecarlo á un
Constitucional del Estado Lib,e y So- á sufrir dos años, un mes, diez días de
Gobierno ó Estado extranjero ó admitirlo
berano de Nuevo Le6n, á sus habitantes obras públicas, con ca 'idad de retención
.corno socio.
/zaga saber:
por una cuarta parte más de este tiempo
en
el caso de la ley, empezándose
A rt. 22. Si la caducidad se declarare
Qne en uso de las facultades que al Ed á conpor cualquiera de los motivos que expre- jecutivo confiere la Ley número 16 de 21 tar dicha pena desde el catorce e Agnsto
san las fracciones I, II. III, IV, V y VI. de Octubre de 1, 907 , decreto:
del corriente año en que se le declaró for·
el concesionario 6 la Com.oafíía perderá
Se conce d e á la Compañia' Manufac malmente preso; se decomisa en favor
· dell
• d a por el S r. G on- Estado, el arma con que fué cometido e
el depósito, las concesiones y franquicias torera S . A . , orgamza
especiales que otorga este Contrato.
alo Garza G
ále
-6 d .
delito, y se mand6 amonestar al reo para
.
'd a: v·1sto e1 d'1ctamen d e1 e .
Si la caducidad .se declarare por los z
t d l E onz
t d z, exenc1
M • • n ¡ e d!ID· q11e no remc1
pues
os
e
s
a
o
y
umc1pa
es,
u,
•
F'
¡
1
'd d
motivos que expresa la fracción V JI; e l rante siete años á contar desde ho
or ~,,101stro 1sca en_ e sent1 o e que se
concesionario 6 la Compafíía incurrirá en el capital no me~or de $ 0 000 _00 {r~i~ta reforme la sentenoa r~ferida en c11anto á
la pérdida de todos los derechos, bienes mil pesos que invierta e~ ~na Fundición la pena corporal_y se imponga a! encau•
y propiedades de cnalqu;er género rela- de Fierro y Bronce que trata de estable· san.o la de dos an?s de obras públicas con
donados con este Contrato.
cer en la manzana número _. de esta calidad de retención en su cas?,. conta_dos
4
En todo caso la raducidad se declarará Ciudad, para la fabricación de molinos de iesde la fecha de su formal pnsió)1: Visto
administra!ivarnente, _µero antes de hacer tracción animal, de fuerza hidráulica 6 de lo expuesto por el defensor de oficio en esla declaración re_sp~ct1va, la Sec:etarí_a de vapor, y de toda clase de vaciado y pie ta instancia, la citación para sentencia y
Fornent~ conc~ er:1 al concenonario ó zas de maquinaria; bajo el concepto de todo lo demás que debió tenerse presente;y
Compañia un termino prudente para ex- que si dentro de un año, contado también
Resultando: Que en la fecha de la inÍ•
poner sn defensa.
desde hoy, no estuviere instalada y en ,,iación de esta causa, como á las once y
Art. 23. Los plazos y condiciones ~e- explotación la industria de que se trata media de la mañan•a; se hallaban el proce•
iia1 ados en este Contrato se ~uspenderan perd . ¡ C
_,
.
.
' sarlo Alberto Santaana y el ofendido Fe,en todo caso fortuito ó de fuerza mayor,
a Jr$ a omp~ma contesi?n~na 1ª su- !,pe Sánchez, trabajando en el arreglo de
0
4
~ntendiéndose prorrogados por todo •lqin e / er°º/
s. ~ua ,r~cied ~s pesos unos tanques en el interior de la carpa del
tiempo que dure el impedimento y dos ¡ uT n ree~ ivGo epolsidarla Eest ed uego en circo Bell qne en aquella época e-e encon.
&lt;l
. h
a eso na enera
e
s a o como
m eses más. En cua1qmera
e die os ca, d
. •
'
traba en esta C1' ndad· y como el pri· 1nero
·
•
C
fí'
garanua
el
cumphm1ento
de
su compro,
sos e1 conces1onarto 6 1a ornpa 1a pre- •.
que estaba sobre unos andamios, le dijesentará al Ejecutivo Federal las noticias mipo. t t
d
.
.
bl' ra al segundo que le llevara unas barillas
1
y pruebas de haber ocurrido un caso foror_r~nl o, ma7 ~,se¡
pu ( de fierro que necesitaba, contestándole éstuito ó de fuerza mayor del carácter me.a- q~e, tci u e Y se e e e
e 1 0 cump 1 te con palabras ofen•ivas, se disgustaron
.
d d
d 1
. .
m1en o.
S
.
&lt;:10na o, entro e os tres meses s1gu1enM tnr
d M
d
y antaana d16 un golpe á Sánchez con
6
.
on
,
.
rey,
I
e
arzo
e
I
909
,
d
O
tes á 1a f ec h a d e h a ber empe·,a· o e 1 1m- B R
R ó G Ch,
. 'S ·
una barilla, por lo que este .\e arrojó os
pedimento y comprobando habtr proce- t · • eyes.- am n
•
avarri, ecre· piedras al procesado, quien á su vez arro&lt;1.ido á remover la causa de él.
ano.
jó sobre Sánchez una llave-tuerca causán·
Por no presentar las noticias y pruebas
República Mexicana Presidencia Mu- dole con ella dos lesiones, situadas una
en el tiem_?,o señala~o, el concesionario ó nicipal de Doctor Ar~oyo.-Estado de n la extremidad externa de la ceja iz·
la Compam~ perdera el derecho de alegar Nuevo León.-En la Ciudad de Dr. Arro- quierda y la otra en la región frontal, de
-el cas::- fort111to ó de foe_rza mayor.
yo, á los cuatro días del mes r!e Ene- las cuales se dió fé por el Juez de los autos,
Art. 24. Las estampillas de este Con- ro ele mil novecient"s nueve ~iendo ]as siendo después clasificadas por dos de los
trato se pagarán_por el concesi~nario.
cuatro de la tarde y reunido ei ·H. Ayun~ Médicos del Hospital González, corno de
Hecho en la cmdad de México, á los tamiento en su Sala &lt;le acuerdos 1 el Sr l•s herid.s que no ponen ni pue'1en poner
qui~ce días del mes de Enero de mil no- Presidente procedió al ~orteo de u :i indivi: en peligro la vida, que tardaron en curar
vec1entos nueve.-A. Aldasoro. - M. duo entre 102 empadronados de este Muni- menos de quince días, dejando al ofendiMondrag~n.
. '
cipio para el snv1cio de las armas y resultó do cicatrices perpetuas y notables. El
Es copia. Méxtcn, Enero 20 ~e 1909 - designado por la suerte el ciudadano Ulau- ofendido neg6 haber tirado piedras al acu1:or orden del seflor SubsecrEtario: E1 Ofi- dio Alvarez, soltero y de veinte afíos sado 8antaana y tanto éste corno el testi·
ctal Mayor, E. M.zrtínez Baca.-Al Go- de edad. Con lo que se dió por terminarla go presencial José García, que también
bernador del Estado de Nuevo Le6n.- esta diligencia, habiéndose dispuesto Je- fué examinado, afirmaron que lo había
Monterrey.
vanta; esta acta y sacar c?pia de ella para hecho, practicándose los careos proceden·
Secretaría de Fomento, Colonización remit1rla al C. Secretario del Superior tes.entre ellos, sin que se obtuviera nin•
é Industria de la Repúbl ca Mexicana. Gobierno del E,tado, para los efectos á gún resultado por haberse afirmado cada
Una estampilla por valor de ($2.00),de- que se ;efiere e,1 artíc~lo octavo de la ley quien en su declaración.
bidamente cancelada.
re_spectiva.-~~mos fe.-J uan Rodríguez
Consideranrlo primero: Que la existen·
CONTRATO.
L•cea.-R Lei¡a.-Aureho Rodríguez.- ci'l del delito de lesiones que motiv6 esta
Celebrado entre el c. Ingeniero Andrés .A.Ida- Jesús M. Moralez.-José 1\h Rodrí~uez..- causa, se comprobó l~galmente, con la desoro, Subsecretario de Estarlo y del Despa- Adolf~ Alvarrz.-~Janu~l M. Pérez.- claración del ofendido, la fé judicial de las
,,bode Fomento, Colonización é Iodastria,en Francisco M. G ircía.-Manuel D. de la heridas que sufnó y el dictamen pericial
representación del Ejecutivo Federal, dA Garza.-Leocadio González S•cretario - respectivo que obra en autos·, ¡·ustificánnna parte, y de la otrn, el Sr. Lie, Rafael Rúbricas.
' •
·
Pardo, apoderado del Sr. Leo Charles BrowE
.
D
dose también de una manera perfecta que
ne, reReindiendo los de Noviembre 15 de 1905
s copia.
r. Arroyo, Febrero r9 de el procesado Santaana fue el autor de tal
y Mar,o 12 de 1908, sobre establecimiento 19o9.-:fuan Rodríguez Lt'cea.-Leocadio delito., con su propia confesión judicial
430 la República de una Fábrioa de automóvi- González, Srio.
que reune los requisitos de ley, para hace.-

GOBI~:RNO DEL E::-;'l'ADU.

J

~Pi!:fª'

�5

PERIODICO OFICIAL

PERIODICO O]'lUlAL.
1

1

,

·
· . d
. 1inforrne, sobre el pdrticular al herido, s6prueba plena arts 1 14 515 4 23 Y 424 del Iquese, expidanse 1os testuuon1oo e esd
·
d éste que di¡· a
Código de P;ucedi~it&gt;nt'os Penales.
tilo poniéndose al reo Albert0 Santaana á lo _PU oh ~?nse~nrse
r
signanaª0
0
Considerando segundo: Que el delito de I disposición del Ejecutivo del Estado en la qmen a
Sl
s~ 0 F'st {
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ue se trata según la clasificac;ón que d, '¡ Penitenciaría del rnismo, hágase la trans· como tal ad enc~usa
e !X deyl ehs, nl
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pud1eudo
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las leswnes lucieron los Med1cos del Hos• cnpc·1011 correspon •ente Y are nese ª
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p1~al Gonzále~ está comprendida en la c:msa. Así interlocutoriamente juzgan- ¡ por la su=?a e ~ ª d'áue
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pro
~JO da
10 1
fracc· 6n J [l reforma ch del art. 503 ele] C6- do lo resolvió y firmó el C. Lic. Macedo- h_emorrag1a: a pre eu
e • .Pr~sun
edigo Penal, que señala para el responsa· ¡ nio E. 1.'amez, ~1agistrado de _la Segunda hncuente, en ,sn l~ter[og_a to. lO l~sª//1ª?,ª·
ble la pena de uno á tres años de prisi?n ~ala: doy fe-:-L1c. Ta11;1ez.-,L1c. J. M. V1- mente ~onfesose: 1 e cau;'ante e.~ ndeston
{¡ obras públicas, pudiend,, el sentencrn-. Jlaseñor, Sr10.-Rúbr1cas.
que snt;,6 Doro eo Gnc:ª• refirt~
dor imponer dentro de esos extremos Jo 1
--hechos igual á co:110 han sido narra os,_ os
que se estime justo, según la gravedad del
$ecretaría de la 3~ Sa'a del Suprrn10 que q_uedaron _baJO ese aspecto en la msuelito y sus circunstancias, de acuerdo Tribunal de Justicia.-,Monterrey, Nuevo t,_-ucc1ón, en vista de no apa,_-ecer declararon lo preceptuado por el art. 6s del mis- Le/In,
. .
. c!Ónes de pe~sonas que hubieran presenmo C6digo, más como aparece que las leMonterrey, Octubr': veintinueve de mil crndo la_ contienda.
.
.
iiones fueron inferidas en riña siendo
novecientos ?cho. -V~sta ,la_ pres~n~e. ~au- . Cor.s1der~1'.d?: que la ex1st~nc1a de,1 degresor el reo Santaana, procede qne se re- sa que en sets de Jumo nlt11no 1mc10 el ltto de hom1c1d10 que se pers1~ue esta ple.duzca á las tres cua1 tas partes de su dn·' C. Juez 19 de Letras del Ramo Penal de nam('nte comprobado con el d1~t_amen. mé:ración la pena que debiere de imponérse- esta primei:_a fracci6n ju?ic!al, contra Fé djco-l~g~l que obra en autos, d_1,hgenc1a_de
le, según las condiciones antes expues- lix Reye~, casado, _d 7 vel?tlcuatro añ?s de fe ¡ud1c1al y acta ~e defunc1on relativa
tas, pues así lo previene el art. 504 del Or- eda,d romanero, o,_-1g1nano de San_Lms Po- que corre agreg_ada a la causa, elementos
denamientc citado.
tos1 y de esta vecmdad por el dehto de ho- todos que const1tnyen una prueba_ per~ecConsi&lt;lerando tercero: que en fa,·or del micidio Vistas las diligencias practica- ta conforme á los artículos 419 fracc16n
reo, obran las atenuantes de primera clase das para investigar la real existenci&lt;t de la II, 420, 423 y 424 del C6digo de Procedi
de haber confesado su delito y haber ob- violación penal de que se trata y el grado mientos Penales,
servado anteriormente buena conducta y de responsabilidad criminal del encama
Considerando: que con la propia confele perjudic:i la agravante de tercern cla- do. Visto lo alegado por su defensor y la si6n del inculpado corroborada con lo exse de ser f1ecuente en el Estado el delito resoluci611 que u'na vez concluid,, el proce- puesto por los Señores Joaqu/u Can tú y
qde se persigue, superando el valor de es- so pronunció el Juez expresado, en la que Juan Ramos que en parte 1:resenciaron los
ta circunstancin, respecto de las otras, en conceptuando á Félix Reyes autor del hechos debe tenerse por evidentemente denna nnidad, Jo cual debe tenerse en cnen- delito de homicidio calificado lo condena á mostrado que Félix Reyes fué el au or de
ta para graduar la pena aplicable en los diesiséis años de obras públicas por una la herida que sufrió Doroteo García tanto
términos del artículo 65 ya citado del C6· cuarta parte más de tiempo, rn su caso, más cuanto que dicha conf~s!ón reune todigo Penal; y por cuanto á que consta de cuya pena se contará desde el doce del mes dos y cada uno de los requ1S1tos que presla declaración del rrn que el instrumeu- de Junio cítado, decomiza el arma con que cribe el allículo 415 del Código de Proceto con que delinquió no es de su propie- delinquió y manda se le amoce,te para qnt imitutos citado para formar prueba ple&lt;lad, sino que pe•tenlce á la Empnsa del no rt'iucioa. Visto el dictamen q1,1e en és- na.
circo donre trabajaba, dtbti devohérsele á ta segnnda instancia prcdnjo el C. MinisConsiderando que es homicida el que
dicha empresa, previo el correspondiente tro Fiscal en el sentic'o de que se refonu• priva de la vida á otro sea cual fuere el
rec·1\:o, pues 110 se dan los requi,itos que la sentencia que se revisa en su primer p'.un- medo de que se valga, y que todo homiexigc el articulo ro2 del expresado Códi- to dispcsitivo y se castigue á Reyes con cidio á excepci6n del casual es punible
do Penal, parn que deba rlecornisarse.
siete años, seis mests de obras públicas y cnaodo se ejecuta sin derecho; artículos
Considerando cuarto: Que rn toda sen- se dejan á los deudos del occiso sus den,- 516 y 517 del Código Pop 1 B~jo estas con·
tencia condenatoria se prevendrá que se chos á salvo en cuanto á la responsabili- ,ideraciones y teniendo n cuenta que la
amoneste al reo para que no reincida, ex· a~a civil, confirmándose en los demás pun- !esi6n sufrida por Doroteo García le proplieándole las penas á•que se expone en tos. Visto lo expuesto por la defensa de dujo por si sola y directamente la muerte
caso de contravención, debe abonársele el oficio adhiriéndose en un todo á lo pedido que esta sobrevino dentro de sesenta días
tiempo que haya estado preso dnrante la por el Fiscal, la citación para sentencia y contados desde que se le caus6 la lesión y
instrucción y dejar al dcndido sus dere lo demás que convino tenerse presente 1ue dos peritos después de practicar la anchos á salvo por cuauto á la responsabiliResultando: que en la fecha indicada d, topsía de aquél declararon que es¡¡ misma
dad civil, a1ts. 182,208y 287 del C6d1gc iniciación tuvo noticia el C. Juez r9 de Jo Les16n fué mortal, el caracter bajo el que
Penal.
criminal que en el bllrrio de Matehuala al viene á quedar comprendido el inculpado
Por lo expuesto, de acuerdo rn partt Sur de esta ciudad y frente al comen io '·El Félix Reyes es el de homicida (articulo
ccn el parecer del C. Minhtro Fiscal y Rodeo" se encontraba un hombre herido. 520 del C6digo Penal.)
con apoyo además de lo dispuesto por los por Jo que constituido en el lugar dió fé
Co":lsiderando: que el homici'1io de que
artículos 10,35,37, 40 fracciones I y IV que dicho individuo presentaba una lesión ;e trata, perpetrado por Félix Reyes en la
4 7 fracci6n XII. 50 fracci6n I, 487 y 501 hecha al parecer par instrumento cortante persona de Dorateo García, como no e..dsdel Código Penal y 411 del de Procedí- situada en la cara antero externa del miem te diligencia alguna en el proceso que tienmientos Penales, se reforma la sentencia bro superior izquierdo, con su extremidad da á desvirtuar las aseveraciones que cornqne se revisa y se falla: Primero: Se con- superior en el hombro y la inferior en el prende la inquisitiva del reo, á esa hay
dena á Alberto Santaana como responsa- tercio superim del ante brazo, de forma re- que tenerla p~r cierta; en tal virtud y por
ble del delito de lesiones· que en riña y gular y de s€senta centímetros de exten- razón tambien de que en el acto de la cosiendo agresor perpetró en la persona de ci6n. Se remitió el herido al Hospital Gon- misión del delito tanto García como ReFelipe Sánchez, á sufrir la pena de un año zález para su curación y como· á las sei, yes se enconfraban ebrics y que en este
siete meses, veinticuatro días de obras pú de la tarde del mismo día avisaron de aque' estado son muy frecuentes y fácile, de sublicas á contar desde el catorce de Agosto Establecimiento que había fallecido. Prac- ceder las co~tiend~s de obra, de be tenerdel año •n curso, fecha de su formal pri- ticada la autopsía del cada ver los peritos se el delito como ejecutaao 611 riña, y cosi6n. Segundo: Se amonesta al reo para médicv legistas en su correspondiente die- mo por otra_part~ tampoco se pudo poner
que no reincida, explicándole las penas á tamen refieren que tan sólo se encontró al en claro. quien fuern el agresor y quien el
que se expone en caso de contavención. exterior una lesión de instrnrnl·nto cor- agredido en la reyerta, al reo ha.y que teTercero: Se dejan al ofendido sus dere- tan te el que al producir la interesó la piel, nerse con éste último caracter por ser Jo
chos á salvo por cuanto á la re~ponsabili- tejido aponeur6tico, varias ramas arteria- que más le favorece, y en consecuencia Ja
dad civil. Cuarto: Er,tréguese al repre- les y venosas y musen los, la que ocac'on6 pena aplicable al homicida en el presente
sentante de la Empresa del Circo Bel}, la la muerte á consecuencia de la hemorra- caso, como término medio, es la de seis
llave tuerca que se haya en depósitq en gía que ,~etermin6.
años de prisión ú obras públicas· artículos
el juzgado. , Quin:o_: Notifíq~ese y dése Resultando: que las diligencias que se 530 fracci6n II del C6digo Pen~l y 4 rz
cnent~. Ast defimt1va'?ente ¡uzga~do lo practicaron por el funcionario mencionado del de Procedimientos Penales.
resolv16 y fir!lló el C. Lic. Macedonio E. acreditan: que como á las diez de la ma•
Considerando: que aunque en la senTamez, M~g1strado de la segu~da Sala: ñ~na del repetido_ dia seis de ] unio, estu- tenci~ de prirn_er_a. instancia se pretende
doy fe-. Lic. ~- E. Ta!llez ..-,Lic. N. T. vieron tomando ltcor en el comercio "El d e fi mr e¡ h om1c1 d 10 en cuest' ón como caB enav1 des, S no. - Rúb ricas.
Rodeo" entre otros, Doroteo García y Fé- ¡·fi
1 cq d o fun d'an aose para ello en que e1 inMonterrey, trece d e Noviembre de mil lix Reyes y que habiendo salido ambos de culpado hizo uso d
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e armas y e occiso esnovecientos oc
o d a 1en i°s~ mter· aque, co~erc10 se d!S¡!Ustaron y comeuza taba inerme y aquel no corrió riesgo algu•
pnes_todrecursoda gu,no . e 1a an enord se n- ron a ren:r causan o Reyes á García con no de ser muerto 6 herido obrando por
tenc1a hentro ed1 te_rm1~0 1. egda1, se f ec1~ uni3 navat que _portaba la lesión descrita lomismo con ventaja el d~lincuente en •
radque a cda?sa o te¡ecu ºVª
co~ ~rCm 1- y ~ gn e ef o~adc1006, a_tento el_ dictamen concepto de la Sala esta circunstancia ca•
d 'I con 1o 1spues o por e ar . 45 e 6 - pencia 1 re en o, por st sola y dtrectamen• !ific, tiva no JJ
digo de Procedimientos Penales. Notifí- ta la muerte: al pedirse por la autoridad req:i-itos
ena en estrtct o derecho los
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tal prefija el artículo 492 del repetido C6 I' ?ecretaría de 1~; ~ Sala del Su ¡)l'emo presado n. Guadalupe Rueda que]ando
digo Penal pues no se comprobó de una Tr1bnnal de Jnst1c1a.-Monterrey, Nuevo de completarle tres mil, pues le dijo que
manera exacta y presisB , como debe ser en León.
,
ya le 11:varía ti resto, _cosa que al ir 1•0
estos casos, ni que el occi&lt;:-0 s.e hallub_a, . ',,[oPterrey, Octubre doce de mil nove. c1ms1gmó porque habt~nd~ descub e,to el
inerme ni que el proce,ado no haya corn- c1e~t?s och?.-V1sta :sta cau~a _r?mrnza- compr~dor que la refend a tableta era de
,1 peligro de haber sido cuando 1:nenos, da a_ rnstru~ de oficio el ve10\1c1¡¡,·o d· sus m•srnos te_rreno~, tantos éstos hechos
0
herido por su cont&gt;iocante; ¡.ero ,1 debe Abnl del ano en cur~? p_or _e) C. Ju:z de como los rel~t1~os dPI Zoyate, fu_"ron puestener·se Ja ventaja exi,tente por parte del Letras de la 4ª fracc10n ¡ud1crnl del Esta- tos en conoc1m1ento de la Autonda:l, apre·
reo como agravante de cuarta clase dada d0, contra Bardomiano Grimaldo, Arcadio hendiéndose desde l_uego á l_os tres encausn gravedad; artículo 543 del Ordrnamien- Obregón y Elena Roj:s, de treinta y ocho, sa~os, Obregón, Ro¡a~ y Gr:mald_o_ contra
to referido.
cuarenta y nue\"e y diez y ocho años d_e quienes se ha seg1do ,a avenguac10n .
.
Considerando: que fa\•orecen al acusado edad respectivamente, casados los dos pn
Resultando: que los_proces~dos al rec1las circunstancias que citan las fracción I meros, el ú'timo soltero y !~os labrado- bírseles sus dec)arac1ones rnd_agator a•,
del artículo
y I del 42 de primera y res y or•ginarios y vecinos ile Zaragoza c?nfesaron su deltto en los té~m1oos refe40
tercera clasé, respectivamente, habiendo N. L~6n, por los ~elitos el~ robo y des_- ndos, pero el Sr. Bernardo H1rach ta neen su perjuicio la de que se habla en la trucc_16n de la prop1edad.-V1st~s las deh- ¡¡;6 de u~a 11;anera absoluta haber atorgafracci6u XII del artículo 47 de tercera genctas del sumario, la confrs10n con car. do permtso a Obregón para que mandara
clase y Jade cuarta de que se ha hecho gos tomada á los procesados_y lo a_legad~ hace&gt;". el corte de Zoyate, y en el careo
mención exediendo estas á aquellas en por sus defensores en la 1~ mstancia, as1 practicado entre ambos cada qme □ sostutres unidades por io que es de imponerse co1;1~ la sentencia dictada el s_iete de Julio v? _y ratific? sn dir~o.-~l qnejc&gt;~o presenel castigo en 110 término proporcional- prox1mo pasado por ~l referido Juez de to 1~formac1611 testimonial _consistente en
mente mayor que el medio fijado por k Letras, cuya sentencia concluye con los el dicho de los testigos qmenes expresa.
ley.
: sigu:entes puntos resolutivos.-Prirnero: ron que aquel era una persona honrada y
Considerando: que toda pena de prisión Arcadio Obreg6n es res11onsable de l_os digna de fé, capaz de poseer_ fos objetos
ú obras públicas por dos años6 más se en- delitos de robo y destrucc16n de la prop1e- robados y hab1a hecho ~genc1as para retenderá siempre .impuesta con calidad de dad por que se le procesa y se le condena cuperarlos; y dos peritos nombrados al
retención por una cuarta parte más de por lo mismo á sufrir la pe11a de un año efecto por el juzgado valuaron el Zoyate
tiempo en caso de que el reo observe ma- once meses, quince d!as de obras públicas en la suma ne ($ 3.00 es) tres pesos y la
la conducta durante el último tercio de su que se comenzará á contar desde el día tab'.eta á razón de($ 4.50 es) cuatro pesos,
c0ndena· artículos 70 y 71; que losinstru- veinte de Abril del año en curso fecha de cincmmta centavos el millar y.
mentos ~on que se ejecute el delito deben su. formal prisi6n y se le inhabilita por
Considerando: que con el dicho del
decomízarsc si fueren de la propiedad del, diez años, para toda clase de h onores, em- ofendido y la informar ión tbtimonial rendelincuente artículo 208; que se le abo-¡ pleos y cargos públicG§.-Segundo: Bar- dlda, se justificó plenamente en los térnarán en la'sentencia los sufrimientos que do111iauo Grimaldo es responsable ele! robo minos del Art. 163 del Código de Procehubiére tenido durante el pn,ceso sea cual de madera por qu9 se Je encausó, conde- d,mientos Penales; la existencia de los .defuer-e 'e,•tiempo que é-te durr; artículo 128 nándosele á sufrir la pena de un año, nue- l:t0s de robo, destrucción de ia propiedad •
y que la responsabilidad civil sóio puede ve meses, &lt;le obras públicas que se comen- y fraude frustrado cometidos en pe•jn'cio
decretarse á moción de parte legítima; ar- zarán á contar desde el día veintisiete de del Sr. Gnacalupe Rueda; igualmente
lÍculo 287 tcdos del Código Penal.-Por Abril del año en curso fecha de su formal quedó bien ju,tificado que Arcadio Obrelas precedente consideraciones y fund'l prisión y se le inhabilita por diez años pa- g6n fué el úuico respousable del robo y
mentas legales expuesto con apoyo ade- ra toda c:ase de honores, empleas y car iestrucción de la propi dad, resp~cto del
más en los il!'tículos 5, 10, 35, 37, 49 frac- gos p(1blico,.-Tercero· se absuelveá Bar- Zo;,at~, y que BardJrniano Grimaldo, lo
éión I y 225 del rep tiilo Ordenamiento y doruiano Grimaldo de los delitos de robo fné el del robo de la tablet4 y del fraude
134, 4, r, 425 y 426 del Código de Proce- de Zoyate y destrucción de la propiedad frustrado que result6 por haber pretenrlidimientos Penales y de acuerdo con el pa- porque se le juzga también.--Cua·to: se do vender dicha madera; as! aparece de la
.re,er Fiscal, se reforma la sentencia de ~bsuelve {, Eleno Rojas de los cargos que propia confesión judicial de amb,.,s proceprimera instancia sujeta á revisi6n y se se le hicieron en esta instrucci6n, disp,, sados que por si solas forman una pruefalla:-Primero: Se condena á l&lt;'élix Re- niéndose en consecuencia que se le ponga ba completa en virtuJ de reunir Ios reyes corno autor responsable del delito de en liber!ad bajo la fianza de diez pesos 6 quisitos qne para ello exije el Art 415 del
homicidio en riña, siendo agredido, á su- bajo caución protestatoria en su caso por C6:ligo citado y sin que obste sobre, ese
frir la pena de siete años, seis meses de mientras se revisa este fallo.-Quinto: No- particular en cuanto á Obregón las cirobras públicas á contar del día doce de Ju- tif!quese y amonéstese á los reos para que -cuustancias conque éste pretend'ó exep.
niodel a.ño actual en que fué declarado no reincidan en el delito porque seles con- cionarc:e de haber manda'.!o cortar el Zobien preso, con calidad de retención por dena. -Visto el dictámen del C. Ministro yate estando autorizado por el Mayordomo
•na cuaata parte más de tiempo, en el ca- Fiscal, lo alegado ante esta Sala pr,r los de la Hacienda Bernardo Hiracheta pues
80 de la ley.-Segundo:i::edecomizala na- defensores de los procesados y la citación dicha circunstancia no debe tomarse en
vaja con que se cometió el homicidio: Ter- para sentencia con cuanto más consta de consideración porque habiéndolo negado
cero:-;-A_monéste~e_al procesado para que autos y.
Hiracheta aqnel no la justificó de nin!?Ún
~o retnct~a, explt~1;1dole las pena~ en que
Resultando: que á principio de Abril modo á pesar de que á ello estaba ob 1iga~ncurre s1 contravin:ere. Cuarto: Se ~e¡an ?el añ_o e_n curso, Arcadio Obregón ordenó do_, Art. 473 del citadó C6digo de Procedia lo~ deudos ~el occiso sus ~e:echos a sal- a su S(rv1ente Eleno Rojas y á Bardomia- 1 m1entos Penales.
vo ~o c~ant~ ~ la responsab1hdad ctvt 1i y ?º Gnm~ldo fueran á cortarl; un Zoyate l Considerando: que tanto el robo del ZoQum~~- Not1f1qu~se y dése cuenta. ~s1, a la Hacienda de Jesús l\Iana propiedad I yate como el de la tableta, por haberse
defimltvamen_te Jl;tz¡::-andoi l? resolv10 y de!). _llt:~dalupe RuedJ, ubicada en la cometido en paraje solitario se castigan
fi:rnó el C. Lic. V1v1ano \,; Vtll&amp;rrea!-Ma- ¡nn;d1cc1on de Dr. Arroyo, manifestándo- según el Art. 364 del Código Penal con la
g1_strado Intenno de la 3 . Sa:a: doy fé. les que ya s~ había arreglado con el Sr. pena de seis meses de arrestu 6 dos años
Ltc. V. V._ V11lairea~.-L1c. Leon E. Al- Bernardo H1racheta mayordomo de Rue- de prisión ú obras públicas á la que se
dape.-Sr1o.-RúLr1cas. .
.
da y aquellos cumpliendo con dicha órden agregará por prevenirlo expresamente el
rt~onterrey, Noviemb'.~ siete d_e mt! DO- fueron á los terrenos referidos donde cor-1359 la de tres á noventa días de arresto que
vec1:ntos ocho. No habiendose. 111terpues- taron seis cargas de Zoyate, pero uno de · corresµonden en uuo y otro caso, conforto n~nguu recurso d 9 l_a anterior senten- los días que trabajaban en eso; se les pre- me al Art. 356 fracd6u I, sin perjuicio
tenc1a dentro del :érmmo legal se dec_lara sentaron los Sres. Urbano Pérez y Gilber- de imponerse además la inhabilitación coque ha causado eJecntona de conformidad to Rueda, em;leados de Dn. Guad11lupe . rrespondiente para toda clase de honores
con el artículo 451 del C6digo de Procedi- preguntándoles
órden de quien corta- i empleos y cargos públicos por diez años'.
, mientos Penales, en consecuencia líbren- ban la planta r~fer1da, 6. lo que contesta. si la pena que se aplique resulta más gra~e al Superior Gobierno del Estado los r?n RoJas Y ~rtrnaldo que, por 6rden del ve que la de arresto mayor Arts. 150 y
testimonios de estilo poniendo á su dis o citado Arcad10_ Obregón, retirán?ose lu~go 352 del C6digo Penal citado.
. .
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P aquellos para tr á ver á su patron á qmen
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s1c16n en la Pemtenctaría al reo Félix Re- di ro
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e n cuenta e o que pasaba.
c16n de la pru¡Jtedad lo mismo que el de
y~s, hagase la trans_cnpc10n co;respon~esultando: que uno de los días en que fraude se castigan con una pena igual á
diente al Ju~z respectivo y archtvese la hac1an el co:·te del Zoyate, habiéndose en- la que se impondría si se tratase de un rocausa. Así, mterlocutoriarnente juzgando, contrado Gr1mald_o un montón de tableta bo sin violencia, siendo la que debiera
Jo resolvió y firm6 el C. Magistrado Inte- en los terreno~ ~usmos de Jesús María, se aplicar,e en el caso si se tratase del últirino de la 3 "' Sala: doy fé.-Lic. Villa- apoder6 de qmmentas table~as que. cargó ~o delito citado la de tres años á noventa
neal.-Lic. León E Alda e -S ¡ -R en_ su asno ayuda~o por Ro¡as á qmen su d1as de arresto. Arts. 356 fracci6n I, 395
6 · pltc6 le ayudar~ sm que éste supiera nada fracdóÓ II y 465 fracción I del Código
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de la procedencia de la tableta referida, la Penal, entendiéndose que esa pena es paque aquel fué Y propa&amp;o en venta al ex- ra los delitos co!lsurnados como lo fné el
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7

PERlODICO OFICIAL.

PERiúDICO OFICIAL.

PREGON.
de d sstrucci6n ae la propiedad , más come , Amonéstese á ambos procesados para q_ue
&amp;,pdbllca
Mexlcana.-Pruldenola
Munlolpal.-Gael fraude uo llegó á cousumars~ sino qu&lt;- n0 reincidan y se les inhabilita por diez leann, N . L~n.
se frustró¡ eu é,te caso dicho delito s~ cas- af!os para toda clase de honores, empleos El ldn•• 12 de Abril próximo 6 188 dlez de la malla.
tigará con una pena que 110 baj ~ de las y ca;gos públicos. -Cuarto: se ª??Lielve á na y en el local de esta Presidencia so venderán en
pó.bltot:1- ,.ubaata, una poro16n de teri:eoo de loa Fjldoa
dos terceras ni exeda de las tres cuartas Eleno R&lt;•jas de toda responsabilidad en de este Mnniotpto, Pitua io en la 1• fracción de Santa
partes de aquella pena, de tres li no venta os delitos de robo y destrucción de la pro- RttB, compuPet'l da noa euperflc:ie de '1688 metroe
cuadrado@, el Norte con propiedad de Don Tomfia
días arriba mencionados Art. 194 frac. II piedá!i porque s e le hicieron cargos dis• Rodrfgun, Arroyo de por medio, el Oriente oon pro-poniéndose con t inúe ea libertad absoltt- ple~ad de D ,11.a R•faela Gonzh z V~•- de lhmoo,
del mismo Có:iigo.
o-1mtno Vf.olndad de por medio. al Snr con terreno
Considerando: que los delitos de robo ta.-Q uiuto: lgualmente se absuelve á dol
Manlolplo y por el Poniente oon propiedad del
del zoyate y destrucción de la prop edad Bardomiano Grimaldo de toda responsa- mlamo Don Tomi!e Rodrlgnez y tecreooa del Munldel mismo, fueron el resultado de uu he- bi lidad en los delitos cometidos por Arca otpio.
Lo qne ea baP.e sabAr al pdbltco para que 1aa p&amp;l'SO•
cho ejecutado en un solo acto por cuyo dio Obregón.-Sexto: Ee dejan al ofendí nas que tengan interés en el tarreno des ,rito ocurran
he.cer eus p etu,a'J, en ~I noncApt.o rle que 6staa no
motivo debe castigarse al procesado Obre- do sus derechos á salvo en cuanto á la bt 1jará.o
de la auma deftli.00 preoio :fijado oomo b11ee
g-60 únicamente con la pe oa que corres- responsabi :iJad civil.-Notifíquese y dése para el remate, conoed1éad1se al denunciante Se.flor
ponda por el delito más grave que en el cuenta. Así lo resolvió y firmó el C. Lic. Francisco Rodrafafz el d Teoho del tanto.
Galeana, Morzo 20 de 1909.-Lula G. CJortes .
carn es el robo, puesto que tiene señalada Leobardo Chapa, Magi 0 tr2do de la r~ sa0 .26,26 2'
mayor pena, teniéndose al otro como cir- la doy fé. - Lic. Leobardo Chapa.-Lir.
cunstancia agravante que el suscrito cali- l!:leuterio Lo7,ano Srio. Rúbricas." "MonNOTIFICACION.
fica como de primera clase. Arts. 43 frac terrey Octubre veintiocho de mil nove- Jrngado 2• Oonetltuolonal.-8ablaaa Hidalgo, N .
e entos ocho.-No habiéndose interpuesto León.
XI y 185 del cod. Penal.
Considerando: que á los procesados recurso alguno de la anterior sentencia
Srs. Jacobo Treviño y sn esposa Delfina
Obregón y Grimaldo favorecen las ate dentro del término legal, con fundamento García.
nuantes de primera clase que citan las en el Art. 431 del Código de Procedimien- En el ju tolo ordh1erto promovido por la rf'lpreaentéfracciones I y IV del Art. 40 y les perjudi- tos Penales ~e declara que ha causado eje- otón del Sr. Joe6 Mª da la Garza, contra Uda. sobl'8
,.ntrPg&amp; de una finca urbana se ha dictado un auto
ca la agravante de 3~ clase á que se refüre cutoria, en consecuencia ex pídanse los que dice :
el Art. 47 frac, XII por lo que superando testim 0 nios de estilo, poniéndose á los Sabinas Hld•lgo, Febrero 1° de mil noveolentoo
- Cdmplaee con lo dispuesto en el auto anteel valor de las agravantes en una unidad reos Bandomiaao Guimaldo y Arcadio nueve.
rior dAl O. Juez de Letras, á cuyo efecto dese i,or
re~pecto de Gr:maldo y en dos en cuanto Obregón á disposición del Ejecutivo de1 conteetsda la d~manda en sentido negativo y lbr&amp;ee
pruebas este juicio por el t6rmino de veinte die.a
á Obregón, procede aumentar proporcio- E stado en la cárcel Pública de Dr. Arro- ,orimnnea
6 lmprorrC'lgablea para ambea part,ie, cu.yo
nalmente el término medio de las penas yo, hágase la transcripción correspondien- término ee conta,-d, el d!a sfgnfente de la últhna notl•
Notifique••· Lo decretó y firmó el Alcalde
que deben aplicárselos r~spect vamente. te y archívense los autos. Notifíquese. Lo flo,ol6n.
2? Local: damoe fll .-Vlotnriano de la Garza.-A--Oondecretó y firmó el C. Magistrado de la 1\1- zslo Anoira.-A.-Oarloe H . Ramos.- Rd.bricee,
Arts. 35 á 37 y 220 del Cod. Penal.
Lo que se notifica AUds. por dos veoee en el Perló~
Considerando: que como el encausado Sala, doy fé: Líe. Chapa, Lic. Elenterío d\oo
Oflctel d~1 Esoado de Acuerrfo con lo dispuesto
Grimaldo es juzgado á la vez por dos de- Lozano, Srio. Róbricas."
en 1• r,acclon I del art. 78 del OM!go de ProcedJ.
mlAntos Olviles.
litos cometidos en acto, distintos y no se
~•binas Hidalgo, l&gt;hrzo 23 de 1909.-Vlct•l"iano de
ha dictado sentencia irrevocable sobre
la Gana. -A Gonzalo Aoolra.-A-Gregorlo R•mos.
02&amp;,'6
ninguno de ellos, ni está prescrita la ac•
ci6n para perse~uirlos deben conforme al
NOTIFICACION.
Art. 27 del Código Penal acumulársele
EDICTO.
Juzgado de Letraa de la 6! fraoolón jad!olal.-Vlllal·
los referidos delitos y como las penas de
Juzgado de L.trodo de la 6• fraco16n Judlolal.-VI dama, N . Loón .
uno y otro no exeden de tres años, al ha- llaldsma,
N. LE6n.
Señor Simón Garza.
cer la gra·foación correspondiente hay Oon fecha de ayE"r se radicó en este Juzgado de m'
En el Jntolo Pj"'&lt;'tttlvo mercantil que ante flete Ja•
o,rgo el jn 1oln de intestado ii. bienes del finado Sr .
que aju,tarse en un to-lo á lo que para Gu,idalnpe Villarresl Avtla, vec'.no que fa&amp; de esta gado le sigue A~ t, el Sr Joai§ Garay, sobre oobre de
de. l&gt;t=!Boe,
ha rfea1do un ant" qu., á '" letr8 dice·
el caso previene expresamente el Art. 200 Villa..
Vil 1ald8m11-. diedatete de Noviembre de mil· nov•
Lo que se pdblioa en este. forma., p&amp;1'&amp; que las pel'
del Ordenamiento citado.
aon!l&amp; que se O?'eAD con df,r, cho á, la henncla, se pre clPn~e Of'ho.-.A! jaiofo 4 qne ee refiPre con Ja cop~a
Considerando: que annque Eleno Ro sqnt,en á dettuoirlo fin el término que Rf i\4la Eil art. ce,.t fl"Bda que sa anompt i1.a y hRblP.ndo trascurrido
i:&gt;} término qne se fijó al deudor para hacer el pagO"'d,
del C6d 1go de Proceóimlentoa Otviles .
jas y Baudomiano Grimaldo tomaron par- 168ft
Vlllalriema., 13 de Marzo ele 1Jl09. -Ltc Stm6.,_ Gua- oponere~A ta ej aon oióo ala que hlnlAro11 ni nnR ni at..ra
ticipio en la ejecución mlteria I de los de- jardo.-A Morfano Santos Trevilio ,-A-Jo,11 B. Villa- cosa oon fandamento en el art. 1404 del f'ódfgode
o,v.25,28,31-161 t1omP.rC1ln. cfteee A las pertea ¡:ara. at-ntencfa de rema
litos de' robo del ,oyate y dest rucc ión de rreal.
~e Notif qu~. Lo provfly6 y firmó el O. Jufls d~
!,~trae de la 6" frece 160. jartiotal: riamos ffi .-Lfo. Guala propiedad, y R ojas también en el robo
lardo.-A- Mal'lano S.mtoe Troviño.-A-Joe, B. V.1 lla~
Compañía Ensayadora Monterrey, 8. l. rr~Al
de la tab-leta, sin eruba•go durante el su:
. -Rd.brfcaa
mario se acreditó plenamente la folta de
L ., qaP es n ottflca A Ud. en esta forma en oumplf.
Monterrey Assay Co.
mtPnto de In dhpn-Aeto fin Js frc1ccf6n I del a,t. '18
intención dolosa de parte de dichos pro.
CONVOCATORIA,
r ;if --.rma.do de) Código da ProcedJmfentos CJvilf'&amp;
cesados para cometer los delhos rn encio- Por acuerdo de la Directiva en seet6n de h ""y SP VHJaldema, Mano 17 ~. l90Q.-Lfo. Simón G;,.J••·
n ados, y en esa virtud debe de acuerdo convoca á 1os Srs. S.ioloe de f'&amp;ta Cía. i Ja Aeamb iee do.-.l-Marlaoo Santos Trev,ilo - A-Jos6 B. Villarr,aJ.
Ordinaria que tendrá verJfi.oattvo ti d.ta 6
o.23,26
con lo dispuesto en el Art. ro del Código General
de Abril próximo eo la cssa No. 86, de la calle de
Penal, absolvérseles de toda responsabi- Z11,reg,~ u, á las 4 de la tarde para elegir na.eva Junta
EDICTO.
Dirf'\Cttva y tratarse algnn"s otl'OA asuutoe.
lidad en los re¡:,etidos delitos por que se Monterrey, Marzo 21 de 11109 . -• E A. Hc..use-r. Rfli&lt;'Tf' dodeN.
Juziredo
2' de lo Clvll.-1• fraooi6njudlolal __ v.,.
Le6n
_,,,,_
les hizo cargos en r~ instancia.
tarto .
o.26,26,27
O ,n fe,-.ha vrfntid~ de F , brero •nterfo,. Bt:i 1'8.dfoó
Considerando: que en toda sentencia
eo eete Juz¡rado el Juicio de lnt..etado del
Seolllldl•
no Garza y Oal'Zft, vaotno qne fo&amp; de esta Cia.r arJ
PREGON.
condenatoria se prevendrá que se amoRapdblic• Mexioana.-P.reeldenola Munlolpal.-Mon- Lo que se h3C8 saber al pdbllco para que loe Üe aa
neste al reo para que no reincida, abonán ierrey,
orean ~.?n d erecho A la bf'rencfa, ocunan, deaiioirla
N. León.
dosele los sufrirr.íentos que haya tenido A Isa diez d• la m,ll,na del d!a •lote de A brfl pr6- en e1 ~rm 1no que fija la ley.
4 de Marzo de 1909 .-Llo J . Garcta Gnadurante la instrucción y que la responsa- xlmo, ea e} Salón de e.ouerdfls del R. A vnotsmtento l.:Jonterre7,
o,--,Srfo.
o.v.20,23,26 lliQ
y en el m Jor postor, se rAmata.r4 e,o pQb,i&lt;'a eub~att
bilidad civil no puede decretarse sino á ua tf.rren'l de propterta.,t mnntclp!lll qa.e &lt;!0mpr1-n ;,
instancia de parte legítima. Arts. 182, una. euoer-6.oie de 2732.28 m ~troe oua 1rad e y tlen,
•
EDICTO,
por oollndanoiae 15'8 etgntentes: fil No,.te, propied .. ,
208 y 287 del repetido Cód. Penal.
Juzgl\do 2º Oonefta.ofonal.,-Apodaoa N Le6
Jel Seftor Fernando Anol1'8¡ al Nor-Eete, oemtno d1n.
Por lo expuesto y con apoyo adem~s en la villa de Guadalupe, y al Nor O,ete, propiedad del Oon f,..oha din y ocho del mea act 1' ·
Sr. Joe6 Rodt'f¡rnPz.
edstl•RJuzgado, p ,r diepoefotón del
l~e J:d~tra"n•
los artículos 5, ro, 32, 49, 88, 225, 348 y Dnratte el Mrmlno de las pnbltrntoionee, que 8A hfl e amo civil de Ja 1• fracción d 1 E ~
t,st,mentarlo del finado Don JuanºJ ':. Gdo, el juicio
392 del mismo Ordenamiento se rtforma rAn tras veoee, de elete en siete dfae. y haata la h or11 qne
fu&amp; de nta VJJJa.
oso arza, veofao
da la subaah ee 11.dmttld,n paetnras qae C'Ubran t,
la sentencia de primera instancia que se cantidad
de $1~.00 vetntloC'h'&gt; pesos en que b&amp; eld, deL}Jª:::J~~~oa en f'eta forma para ooncotmtento
revisa y se resuelve: Primero: Arcadio fnetipreciado dicho terreno; bsjo el oonof'pto de qnF
8
1erecbo á, los btet1~e
4J1: para
Be consideren coa
le concede al deno.nolsnte el derecho del tantn
011
Obregón es responsable de los delitos de eeMonterrey.
1
que ocnrnn ,
1'1 de Marzo de 1&amp;09 .-P, O, Mutí~ez iaduclrlo en ¡
robo del zoyate y destrucción de la pro- -'B. Ramtrez Angulano .
o.24,26,28 Código de Pr.;:,.dl~'f.:~~oT,1~•ilala e1 art, 1685 del
A podaoa_ Marz, 24 de 1P09 _ .;•· J z
piedad referidos y por ellos se le condena
Elealqolo Garza •-A - Atan•M
·T
, ambrano. -AauiO te 11 O,
EDICTO.
á sufrir la pena de un afio, siete meses
o.v.26,28,27161
1• do L•tra• del Dletrlto de Rio Grande
de obras públicas y sesenta y cuatro días Cd.Juzgado
p . Dla1., Ooah de Zal'Bgozs .
de arresto que se contará desde el veinti
Por anto de esta fecha el O. Juez 1º de Letras, L1o.
Minera "Tres Reyes Dificult.ad", .1_.
siete de Abri I del año en curso fecha de David Gond,l~z Trev1ño, h1 mandado dar por radies
1o
e
n
el
propio
Ja?:g~do,
e
l
juicio
de
tnteeta.do
4
bie
CONVOCA TO RIA.
su prisión preventiva.-Segundo: l3 ando- nes de l finarlo Racu ndlno Valdés , vecino que fuá de
Por a coPr d o de 1a Ju nta Direct iva d
miano Grimaldo es responsable de los de ~ata. Oiu'1ad, dlenoniAndo ea oonvoque por edict os cits á loe Sres. aocfo nietae-' la A
• e Esta Oía. e-e
publloados eu el ·Peritidtoo Ofioi&amp;I de este Estado y ttn ar la qne dt:cberA celebraraJ ?51fb Pe, Gen eral Or!itas. ac umulados de robo de madera y del
8
de Nuevo León, ea Ja forma que previene el art x ·mo AJes 10 de ¡ mafia.na t ° 4 de A bri l p l Ó•
6 n 1ª casa No. 87 de la
trauae frustrado y por ellos se la castiga 1760 del Código de Procedimientos Civllea, i11 88 pPr- oalle de Juárn 8
·
m
nas
qu'
3
ae
conaiiereu
con
derecho
á
fa
h
"r
enoie
con la pena de un año, cuatro meses, cua- para q_ue se. presenten 4 de1ucfrlo dentro del términ~
Orden d el Día
I Examen y aprobación en
tro d ias de obras púbhcas y sesenta y cin- de tremta alas deepai!e de la tl.ltlma pnblloaci6n
del
preaante
e.flo 8 lOlal eu caso de laa cnantaa
cr, d ías de arresto, á contar también desde En oumplimiento de lo mandado, expedido el· re
sento para ea publloao16n en el Perf6dioo Oflolal Pdel II Nobramlento de la mes~ DI
el veintisiete de Abril próximo pasado en Estado de Nuevo León.
III ianglr en el próximo allo •
va que debehl
Oc\ . Porfirio Dlaz, Maroo 2 de 1909 -J F
uatqnfer otro asunto de f t 6.
que se le declaró bien preso.-Tercero: Saneado,
Srlo.
• • rancfsoo Monterrey,
u de Marz, de lQ~ _.,.••para la Cia.
o.23,26,29

2" qR a dei Tribu na.! Snpromo de J uaticla. - Monte-J"uzga-io 29 Oonllt.ltnclonal. - Nuevo Leon .
En tol jolc1o t e11k m~n~11rlo d e! Sr. Severo Cht.pa &amp;e h • d!otadc&gt; rrey, N. León.
d&amp;ma. N . L+ 6n.
.
un auto d1t t imora!"°11l&lt;in~-,
S r. Lic. Rafael Dá vila.
P~sq osria Obica. )larzil 4:e2; d'! mil noveclento11 nueve.-Oo m o
Oon f ¿,rba doG de Ener o de mil ncvtiO\Pntcscrnco,
et&gt; f{l;JXlnft ,rn e~ decr..-t., eoperior q ,,. anteoed,,, rañfqu~se en ea•
r11-dtc6 e n esto J uzg ado de mt oarg•l e1 Jut-fo \flJ Lt d~ t&lt;&gt; J u,g11dn el jo!olo teet1tirn•mtartnd&amp;l tlusdo ~.i•"~º Ohllp.a.. df:a~
En el jaicto cdinnrio citvil promrJVJd"' por el JJfo.
k do 11 b ienes de la Sra. Lug11. rd a O
. onin1e:a
a.
el ,._,,,110 qmi p rovteT1e f&lt;I ar~li:u·o \1)9 ie la '"' del T,wbr,. v,q 3nte-, 1 J na.n de Ja Oarzo. y Evla or,mo ap od~Taiio del Ar. Dn .
rmb liq-ttEuH IC'IU&gt;dlcto,..,n la f.:ir-m,i ordena.da por d a.•tfaulo 165\1.
l G
O t•
D
, . , E de Ja
Villar real, vaoina que fa&amp; de Aeta. V11l!\.
p9r· dflll
C6111.:'o de Ptocedimt~nto11 nv11p11 y l'ftf'.Se f. 1011 interesadoP A Ffrne.ndo de D.
arzq,
an u. Y •)D .utun ·
Lo qut3 se p~bllca en esta for ma para qne 1r 8
lajnnta q'l~ ~,evt&gt;lne el 11,.- 1fcnlo 166ct. dt"l orooio ordon11.mlentt-. tlarvi. p or sne propios derooh(IS o,1nt,-a, D•-n P rleonfl' 11
l aqne. te,ndr\ 1n,u en el IO!'al ,i ,. e11te JozHi, el dh,24 dP eei .. l 00 Sillar eob re cobro de pesos h!l recn.fdo u n auto
SODBB qofl 8 1;', Crf'an con derech o 11 hl he~el d r e:
mii,mo Ol"-11 f. !atJ na:t1ve de la m fi ,na. Nr,1•f qll .. ~P, A.!lf lo d POr"" 1
•
1
tent ··n li deducirlo en el t6"mtn n qne ,, a. e ar ,
to y flrmd 8 1 C'. Alc11.ldt? 2:J L'1011l· 1{9.m1"18 u.-A:Fj mdr o Got"r ra - qoA á LI. let ra d,ce:
, .
.
d ~I Códtg 1 P rooerilmfP.nt-08 Civ llRB. SI ,c. n , d
A ,T" lan "h~pq.--\ Abunil(I R'l~rf¡¡:u ..z
Montflr tey, F t bre-ro v.:-mt;t·és de nul nov,c,c!fmtoeVi11al d &gt;-mll .A-f-irzo 9 de 190A. Me
m 0 n .. U~J~r o ,
Y f'ID onmp1i01ient!l de lo ma•1d\\do u pido el pre11ente para en ñuevf'.,-C. mo 80 pi d e C'ÍGt&gt;se p·•.?'B Bf'nt~ncis.. Lo ecor ·
.
Santos 'frevrno·- A- JoEéB 25,28)31
V1llR rreal . -pnb~o:::~rla Ch'~. ft111,rzo 11 de 1i09.-Alf'jlUJd?f) (lnfll-rra.
) ti() y l'Ub , ioó el Q. l\{~~lett.8,00 df\ 1&amp; 2• s~111: dtay té...._A- Mar1ano
161
0
O.V '5.28.81-161
1 R~brloa - Llo. J 'li, Vl1188eñ.,r, Srlo.-R6b,i&lt;l'I

r::6

¡

Lo q ns s &amp;r:oti tloa á Ud Pn f'sta f,1 r mR d e oonfoJ"-

N OTIFI C AC ION.
Prooei;lfmlentos Civiles.
at Ba'adol Trlb anal Bap remo de JnsUcia, -Monte rrey, Nuevo
Monterr ~y . 2 de Marzo de 1908 -Ltc. J
Sociedad Anónima,
Leou.
eefi or , Srlo .
Por acuerdo de la Junta. Directiva se ctta ~ loBSr&amp;;
Sr. Aurelio l\forelos ZuBg oza
NOTIFICACION.
aoctontetas á, asa mblea t,?oneral E&gt;xtraordin&amp;r1a que s
En el jolcio o t'f! lna,fr, Morito p rom nvldo por el Sr. "Lfo. Felfoe1ebra.n1 .._¡ día. 7 de Abril p t'6:z:tmo , ] e, ,- cinco d~ Ta olfos Vttl11.YM: l rr n~ra U! . s b re n•Hlo t°" -. ndlcacl6ode t errenoa, la
Juigado ~ de Jo Olvll.-.1, fraco t6a Judloial,... U
tarde en l&amp; oficina de loa Sres Pattfolo M1lmr, 6 Ht- 2f 't"l"ll&amp; de e-r.t e ~apre-mo TrlbonAl d e J11e~icl" ha dlc ~a.ao un a 1. t.o Le-óu,

Joa Baos. calle de Dr. Mler No. 81.

Cía.

y

s.

.::r

-~, A. Bojas, S,io.

0,26.20,11'

objeto de

AB8mblea.
Monterrey . Marzo 1° de 190H - P Bonltee LA~l. Se
cretarlo
o.26,28,27

cto Ma-rt1oez, veeino q11e tc6 l"i~ ASta cfudsd.
Lo qne eo póbUoa en estA fol'ma, para quA lne per
■onae qua oresn oon derPCh,, 4 la P.nceA16,,. t:ie prPBf'nten, dednclrlo dr,1ntro del término q1;1e merca el art.
1686 d~l Código d o ProMri.fmi Antrs 1 Jtvllee.
Monterrey. M.:irzo 12 de 1909 . -Lle J . Ga.1'riAAuR

El t e1'0'1 f'O l!f&amp;,bAb ll !i"8DU6~ d b ~h• la teM'!1'!l p nb Uoaefó!l A
la" t,.,11 de la tarde, ten1r6 •e-rlftcaUvo en t'I local de estt, Jazirado
111 VPntt1 .-t., un11 ti nca urbau11. q aA 11"1 m ~nd6 •"car &amp; remate en e!
Juicio hltv,t &lt;&gt;o11rlo qn11 .. , ' to. ll{an--o&lt;&gt;l Go n161ei G11 ua. oomo apoder-a!J. d,. Don B "'nhcno d• ,T. ,:¡an11 Gntté rrfl.E .-tgoe f&lt;D contra d e la
-.,a. Juit~na A. Vil11. l'I~ p ,_ J..11:, Dl,.b floci1 ea '""'ººe"+'" "'f-n11-te
r-n esta Olnd .. ,. •ro f!&gt;l R,.- o ,.bl~ ñ,:,I Rnr. en 'a cal! " ., .. Qn&lt;&gt; réta.r" ,
mt•tl
~ndo en ,m f ,entt..al Orle n tfl 1fet flf m ..t.-n fl q .. 1.,1 ..ntoa cn11.•f'fl tw
jnrdo, Srlo.
O.V 26.28,81-161
y dos mtlfmetrMt. onr he~ntlll y nn mstrO@ s~f"' mi fmM ros "'" f •n t
a1Pooto:in t.f', 1!n d1.nd o v or e 11t e rombo (ll)n -prople'1 ~d de D ih Jo
llana B,odrlg oPi 9 p ')r ..1 'Mol'~ y 8ur con Don C'leelllo Alv1,rn, v
EDICTO.
D'1n Slm~n ~fll' n i reap811t1Tf m ent e, y oon ] 1,9 mtJorH de tf-j ,bd,a
CoOIT'I\ V norlll
J nzgado 2~ Con eti tucionr. l -At remb,:¡ffl, N. Lf'On.
H"11t 11. h1 h .,r&amp; 11,.1 r ... 011,te ll'J llrl-nlt'rt o D"l"~Tl•lla ~ne no b"·
r,. Ja11if"B tft1""f! ra11 tn rt,11 ll.e 111 c•.,tiot,.~ '1 t ,., scf,.,..t,n,., rh•H 'ly p 1r dtaoosl&lt;'ión riel ieiu da1smo J n · z rlA L :.tl"ffr r'"'"
u -r,ta !FB 8An q1111; ª" l v-..•ori!'l-ta rlicb fi"'C'lo ""B"" ,.1 c&lt;&gt;.-t'fi~&lt;&gt;
d&lt;:i e.eta 4&amp;fr&amp;&lt;'-Ci6n Jadlcisl, ~e redtcó 6ll este Jn~gq,1o a: 10 1'~Btlf'l Otivo d .. 1~ ~ eea.n tao!ón ..... R n 1 B~ ct-1 ""• .. C nd11.-t 1 v r o ro
Jnl"jº de lntesbmfm t .¡rfa á bl:mes do la Sefior,1, Juar:i, CII.Otldad ll"r vfrA d., b ~"' ,,,.,.~.,¡ re,,.,~t"', • n f- ] " " "1&gt;1 t • dio Ql1" &lt;-r
de,.~•.,. Jn, g1&lt;to ,. .. •dmiolatr11?1in i '"" in•,-.-f'!lll dM
Marttnez Vda. de Rdna.. vecina qua tué de El Sanra 1'a~1r1-tBrl11
0 11 diltnP q•.19.neoe1iten y qoe consten en e-1 j11iclo bipoteoar!o de

mant o de est a Municipio.
.
Lo que se hace saber A.l pt\b'Jco rn f'Pti1. forma, para
1
q ne las peraonas qno ee crean con derech'l i a hA
,.E1ncia so presenten á dedu&lt;'ir]o dentro dfll t érmi no
qae -para ello Mfia a al art. 16S5 del OOJJgo de P rcoedhn14l!t--• Civil••.
Arri:imbqrrl , Mal'Z') rn:-1:"" 1909 - ~atAban del TJ!'O
- A-V J . PolTBB -A - M.Jdeato T orr~s .

25,28,81 -'. 61

J mg,;,1o 19 de lo Olv ll.-1 t ftaool6u Jndlo1al - E ~tado de No evo
León.

Sr. Dn. Leonardo Fe•nandez.
toa;:l~aultando to - Qo"I oon f-"&lt;"h' o,toroe d a O ' cl,.....,bre

m,al vecina que íull de eeta Villa y que fallool6 el
o~ce del mee de Junio del afio p1'6xtm.o paeadn.
y por dtsooe16o del mismo O. Juzgado ¡, LetraP

di11
88

ms.nda pubhOfl-r p.,,

tl"f-'R vOOf's fle

diez

Pn

diez dio:iP

Periódico Oficl•l y Voz de Naevo León, de oontormldad y para loo efectos del arb. 168ij del Oódlgo

en el

•

de ProeedÍmient.oa OivtleB
Gral Eooobedo, Marzo 9 de 1909 .~Felipe Ayala. ~
A-Fenle.ndo Rendón .-'-A--Oonoepción L. Vi1'"""ª"1
o . v. 25,28,31-]61

.,.,.¡ •ii

., .. ~•ch" tnb'bftorf11 exoradidn p '"lr el O .Tan 'lº de la fo ,;t,"w.t11
4 lo atdto fte Paeb1a, fllU •1 011111 deap,'11 ho e11trt'I ntT.i a tns"lrtnll,
vi"º"' 111. ,,.ao'nof6o qo • '11' b" Joe• t,,ronuoc16 con feoh"'olncf) d•l
ºH"'"º ti cl,.wb"l"tt i&amp;n fil tncldeute d• M"'petemma nor loh'blto,fa.
qn ... ,nt.a 4!íl P'"0Tid"'cl'" h. ?flD1'6~fll .. tA•fo'ln ~#&gt;I q,_ Vloen\fo P. O•n.
oe,a •·-otra .... t · Ja,ga~n "ª"• qo • I" lnb bl@ra de 1e1rni-r D&lt;'D"'·
ffle ,, o en fil Juicio df' lnt ebd .., d • l• ra T. br:da F &lt;"rr A.ol'I"" ;(,.
Oro~:1&amp;, r680lne11'n nn-r la qoe aq'l ..1 J'a u111 '1AC1ar6 crm 1 te"t,,
-pa•a oounce.,. ., ..1 Jot~fo l'le saoeallin 4,. la e"S'l"l"e1,,,1, R• ... O" fi •
t..·b·ada F•r-nio.d"z 4e Oto-p&lt;&gt;11" ndiaado en et1f-fl J"o~•1'o bajo ei
"l('lnM"vto d"' tnt,.,.U.l'lo, y requirie ndo 11. Mte m'am., Jorgado pa•
·a qnl'I 1• ""mltlp,ra )11• actuacloue• que l"I hnbleren nf'Mt!c11dn.
R•&amp;oUu•d"": , .... Qn&lt;1.,eRde la f •rb, en qne,.A 1'&lt;&gt;C1bl6enee~
1o•,ra!\o t,. "ln1Ma lnhtbl•.orlA, qn~ó e,•a "n J&gt;nRt&gt;eDI" AD Tirtud
d"l Jalato de ampu-. oon "º"º"'nsfdn df'l1 11ot.n reolams""• pMmovltlo 1&gt;0r ~1 Lto. B.afa'!1 n,,-na oomo ªP""'".,.dn a11atttnto del~~.
Vloen~ P. Oropen, oontraacto1 de 01te .TD•,!l"adn oometl.,na en 1
es-p·endoj 1! .. to de lnb•ata.d:t d" 1" Sr&amp;. 0 { n'I L1b"6th Fernln¡t a
1 .. Oro-pf't:a. QD"I """ª"l~ V1I '1.fcb,, julolo de amoa.-n 111!1 man~o
"'"' t,,-111 e a. J&amp; •"'o"tld'l lnb 1bft"Jrl", di.,'1oe11 r.;noolmten\o '1e
J\11, nnr ,.1 tl1#m1'10 ,11&gt; J,.1,.v &lt;11 q1' L•o"'&amp;•1'n t. F1&gt;rfliflf{.. z. Albq,
de Is flD'""'11ch, lnt.P,t"mªnt.. rl&amp;, a(lf l\flm .. 111 A,r"lote ilf!I Wl"i;dedo P-0.blloo, """" el flj,•.-clnlo -,.,,
dq-,&lt;&gt;obo•; nltd.'1-,011"• D'"I?'
dlt1mo, ~-:.ra e.,nt,,no't, de oo va determioaci6n qoeduon Jo11 ml11m08 l "R'"1mentA no1t 1•itnf1: 90
OonsMeraudn 1° Qu11 atent,-. Al arltoulo 1R5 !!el OMfcf) di! Pro
MllfmtentOII •~vtlHI, .-n lnN n°irooto1 tlfll tert.•mentarfa l lnte~hdo11,
' 1,11 r.ompQt"n"t"• 111e d...-i~lrf.., or,nf •rm'" A lo tlht&gt;DNJto en el o•of•ulo t titulo 111"11 l,1hr IV df! ""•e Oó•tteo, y nnmo Me Oaof•n'o &lt;&gt;lllhblAO.. {,--tfonlnlfllM f,gool,1n I -, ..¡ m.lBm'I Q'\ila"O d .. Prooe11tmi"lotoa) •nt~ otrna CllB""• ouo:i es JD"':t oomnf'tomte p111"1"ll C"nocer ., ,.. to~ jQ.\l'lol!! b&lt;11redt•artn. hava 6 nó tflll!!lllmGnt.o. el del Ju ·
d•l -0.' Umn i,omlcllfo d,.1 &amp;Tltor de la b"retioh. C"n el oerttfl..
t'llld,, d• d&lt;11fancl6n d"' JA, r"'oetlda Rra Fernl.ude1 de Oroo,,u QUe
" bl'&amp;, r11J~• º"ª de 111 lntestAmAnt.ar1a, radfoai!a ea eate Jo~eadt&gt;,
qti,oit\ nl ~nam.,nt-e O"'"Do•oh11,I,- ""'" ....,. U'\ ifooomento fldblt!"I· ,
., , gti., lr11 -.rtfcnl •fl 421, frq,11"1A., V v 531 1!"1 "1"6D&lt;~t.fo1n Otli! ' l"'"'. q e
~1 o. t-'mo '1omloillo de '1.lcb, Sn .. fa~ ..J -t.,, 1, 'ltn-,a1. ,. .. 'P'l b a,
d11 (loo de era -.?ioin,; v D"'" tantn f'IIII fnr.oo"n,n qn• e' Jo?.:Q'f\!1 1 r•.
qntrlent-"I -a "111nm-t...,t .. pina ooa.ooer del juicio 1ncesotlo de la
'3nt., P~rntl.nfe1 de Oropen.
('on,et&lt;leran c'o 2) Qae 110 contradijo el de11pacbo inblbUo rio
el ,\lh, "M• d e Ta to•,- atAfO"ltlf ll, r(A •n 1'fo Í8te n ola. v Q'l ll el Alll' ..Dle
1...1 .,tCto l!1hrtn P&lt;tblh o. fa4! d1111 lltiin!t"in q ue f $tf- Jn,gai,o ""' tnhlb a
-t•l oonoolr.-.tento del j nlolo d 1111 •ncaal6 rt de 11, r "l p "lt ld l\ Bn, F flr •
nlf.o"ei d~ O •l) oq,.'I. - 'Pf)r lo e s:pu'll•t'I. dll A"!Q ..l',t .., oon l&amp; AQ-P AflOr
&lt;j"&lt;lDtot"i&amp; pMnu ttcfa "a Po"r 111, !-;011r•m11, 0 ..,rte i,e Justlolq de la
Nacl6a , &lt;1on fACh .. ou ,tro d&lt;'I ll' ~brPrO d .. , "6 , t,r0~l,no
,il am pgro promovid,i oor la. '"'"DTe,.eota.c16n d&lt;1 OoTJ Vlo ~nte P
Orope,H, oont ra la 11ant.enota dJct -1.da Por M te lo~iª"º ein la n ..tm,""' Jle0-ll6u de la tan re¡,• tl(la fntest,.mentat('lo do1 Ta. Sra L br11d11,
p ...,?'fllndn '1P0tol)ft,a. v 010 fon'lam anto. ademt,. en 101 a,,~fcu1"'1 200 ,- 211 d nl 06il ;1ro de Proo9dfm1entot del E ~tado y 60 del
O\iltr" Federal de PcOCM'()tml.,.ntn11 Olvilet11, ae .-eau. &gt;1ln t Prlrnero:
Re toblbe H 1e J nspio 1'•1 oono-ihnh•ntr, '1.1111 IOII autn« d ~ 1, 1-otA•

""ª

0tllS8jO

de Administraeión de la Compañía
Minera •'El Transval" S, A.
CONVOCATORIA.

No babl~od'&gt;U le1•11tad,. l• aegnnd!l ttmilt6a. de 1,000 mf1 &amp;e·
oioaea do,c1'ett.do Pol' l• Aeambl-.a. n "uoral nrHlcs-ta t1l 8 de Bue
ro~ 1108 el aoet-enlm\ent.o dal fundo Y demi~ pet.ns h&lt;to ""ªM.o
, recaar aobte l011 tenedo re1 de lu ac]lonee da 111 prhn..,,a emlet6,..
4
de la. dntca legalmente:reconoolda En ooueecu-,tiol• ""'° oo,..

we•

9 oe• i los esprefHl&lt;\OI t&amp;ne •oree de las acnlo11P&amp; vrlmftfvas 4

.A.as.mbl"• G eoe,al E11hao,dlnari!• qnl!I l!le ..-erlfte&amp;ri el d1a q d ..
. .Abril p-r6:rl1D.'\ en la 0&amp;&lt;1a N9 88 de la Oa\le de G uillermo Priet.o 11,
lu e p. m . b!ljo I&amp; slgntente

Orden del Día:
10 lntortn ir, del eataio qu.&lt;1 gn'lrda "11 neioott&gt; -o r,,,('0"110"''"'"""
to de l'ls enl!ln t lM! gi~a-t11o1 por el T esorerod ,eil'l la 0.1'1tn&amp;
As11mb le• baata la f~h a .
2.¡ Bo v!rta,1 1\e eeta.r exti n to f"l Z) oa oltal y no b!lb r ae llev,
dn, e fdcto la eegnnd11 emisión botar nu tercer capital de
$!i .OOO Ofnoo mil pesM.
~ E le~l'1o d t la :'Keila D ~recttva que ha d e, _
f : naol'.lnAt hasta
a d P. Eot"ro de 1911.
t° Qn,t,lqntl"ta otro pauto que 119 qoleu. someter A la deltbe•
ra,l\l1D d8 la Aaamb' A,.
Konwm,-y, !ibrm2l de 1909 •1111 8rlo.-Pedro Oeattmn.
0 2&amp; 28,27

l!I""

CO NVO 0 ATO RIA.
H'liblendo recibido, la Oemi8l6n Llqntdatarla q af!&gt; 1necrlb&lt;&gt;,
11 n., propo11\ol6n d , arren.d11mle"Jkl que estima ventajot1a para
loll lnterea~ de eets Oompniiia, ha aoordado convocar, por mat!io de la pTee:ente. f, todo1 l011 Bre!, aoolonteta ■ de oonfatmtdad
oon to preventdo en el Att. 206 del C6dll(o de Oomerolo, A una
Jauta l'},-oe1'11\ e"StHord!nada que df'b ..•l t-ner v,orUlcattvo el ITJ11
s de .A.brll próximo A 11'8 6 p. m, 1111 la Ollotn.- -'~1 8r. D. Andr6 i
Martfoe"t Olfflen"8, Ot.llti d el Dr. Mlet No M , ftn 4e tratar aobre
loa puntoa. qae cont.tens la etgnlente

Orden del Día.
L-B."l80her a 0$?0&amp; de una pto-001lo16n de atrf!&gt;ndamlenkl pr~
seot!.1a. A. la Ja u ta L hl.'1ldata.r la de la 0 1mp ,IH11., fijan•
do, en 1n ºª"n, los Uirmlno1 eo que d eba oelebr~se el
oontr11to r e&amp;p1'cUvo.
I L -A~ "d;,r, en ª"so d q que 1111 acet1t e el aHend a m l1&gt;uto, una
pr0rrog8 d" l tlii •mta.o de da,-aal6n de IR. O~mMfl fa .
llJ.-Nombrar. ell tlll OH(', loa m tembro8 d lJ la J nnta Oheotl n qae deb1m f\111311' durante el n u e• o f'jsrolcJob que
86 aauer de.
IY. -Tra tar ou,t,lquter otTo IL!D11t.o de tnte,~• cener&amp;I.
A'- ■t , rrey, 'f11r1,, 18 d4 lA09-t.a Oombl6n Llqutda.ta,rfa: ....Jo86
A. Kqaena..-A, Padaa.
0.26t.,H

lordo, Brlo.

o.24,23

Cía. Ferretera de !lonterr~yEl "Rareo" S. lCON VO CATORI A.
Hsh~"""º qu-sdado &amp;t&gt;éfal" la l°"l&gt;l'f-i!Pntat'Hn dP- ,--t1 Oom l)ll6111. p'1r b~ber ceP&amp;d!l en Sin funcfon,011 lo!'I 8rPt P r&lt;-1!d 'nt~. y lf'"I".
V, o~l 11.t,f c.-,mo tamb Ari el O ,mft!•~rff"&gt; 8ft onnvC1oa r,n,- Al [lrf411Pnte
v ltP 11r.re.,.r-lto "º" "1 Arto, !M ., .. nu ,etro11, u:~tlitnfoft A .\Sil,mblf'a O'e
""""' I F.z:•1'11,nrdlf!arta, l1to qr¡~ d b •t6 ,, ,1..,br•TAf&gt; PI i"lde i\bril orOximf• 4. ls.11 lOa.m euf'I hcal y cfl.~foa d&amp; b. Cf•., ycon lasfguit ute

Orden del dia.
t o a· t;;t»IIT"1' t-lOon~f'jo "'~ Admlni 0 tr,.d6a oon 1&gt;1 nomhr&amp;mlf'ntn ,, .. P r ..1t'd .-nto!I y 1... , Vl'CII-\ elfll"61~rtFe tamh"é1 Ir,&amp; su.
nl n t,.t1 Q 'l" 8 " h ~,r'ln ll' ·"'""" P"ll ma,-cb~ I de confo•mldsd OOD
1118 J)f'IIIIO-it&gt;f"l"Tif'II ,.,. Ira E11fatn tr1t,
29- El cclfio di' c~m har1" Pn 11n 1n wtifucftlo d 11l 11al!ent e v tambl ' n s i se joze,i, on')• tono, loe 2 Sn plcn tes q 'le dtepon ~a loa Eldatnks "" 11.D Arto 1511.
J19- Dar cuenta con el e11ta"o actu al de la Ne.-oolacló,;i y acordar lo conc81'ntf'nt• t:in aaont.o11 qoe ee presentan deotro de loe
orev•etnl'I ..n PI Art . 8-f.
Ft111 rrPvl.,nP i lr a Rrf'II. • oo'o r let1111' qne pAta ten et acoHO i
111 J.-.,,hl. d b •l&gt;J df' J' fllllhr IIOll Acclov ea en Ja. Teeorer(&amp; de la
NP,r· ot..1"116..,, B d 1a • er1tp111 de rn ,,.,rftlflf"lclón .
Monterrey, Mar10 19 de 19'.19 - EI &amp; c r .. tarln. • ..-i-'ln Hal[llet.
o.2ua,~11,2tt,n.

Jargado

~

Oonetltnclonal Oader .. l\a Jtm

Sr. Jesús Gu
Ku un Jofolo Hrb3l de meoor onantf•, n
()Vido o
eobreoobrodf! pl'&amp;m•, oorel Sr. ButolodeT, J,.ia), teha
UD IUUI qofl '111 l@t-ra dice:
11'1.dereyta Jhnénez. m:111,tro de Marzo d!'I m!l nevecfsnt'111 nueve. C(lmn fle sr,llott&amp; p,n l'I ant,.rfor romn&amp;recf'ncla, emi-l1kPl!!e al
r\f!mant1 ado. Sr, JJ?.l!!Ót Anerra, A fln de qn .., en la atJrlft"ucla M!lnf!CUva q11e tendrailo11::n ál98rll 0 zd.. lrim •fi 'l-'1&amp;. d el terOPro dfa hl4
h11 .'df'lt10ff df' berb• 111. tl:lllma tiotiflrar.fdo oon"Vah, la anterfor
demanda ratificada que HA por el autor aperclb'én&lt;!ole qua al
no ' o -qerlfica. "6 t.eod,, uor c nnt..11tada en fflltldo negativo {ar.
lfo· loa 1041!' &amp;IOH del 06dlgo de Prooedfmlenlo11 fll.vlles) Aaf Jo
¡for• .. •li y Hrml\ ,ol O. Aln,r,M.1&gt; 2Q damos f"E.-Jotge I . da Le6n-A..!ol'll A ~sr"'I Oantd,-,\ ,-R"móo N. Rendl'in.- Rfl:br1c&amp;fl,
Lo qn" ae h&amp;Cf!&gt; a11bt&gt;T A. U-'. en l'llta forma por lguorar!l8 au artaal -,.9111df'ncla, de oouformldact oon lo dlapoelUJ en el arifcnlo M
del 0\dfgo de PrOOAflimlf'Dt-011 OtvlleP. vara lnR ,.fr eto&amp; Q01'1 ae f'::r:pre&amp;ll&lt;n Pn el auto 1011,.rtc,; y en la tnl.éllgf'nofa qu9 ,.,gdn lo pl'Pecdto Rn e11a dlrposfol6n IPg-al, el!!t.,. ..mpl11p,m1,.nto. rnrte, l!tl! efectos A ln1 dlea dftlfl dPl!!pnde de hecha la t11tfma t1nbllcacl6n.
'""8d&lt;&gt;rt":,ta Jlméner. 17 de Mano rll'l 1909.-JcrR'" I. d,. t,a6n A- ,To16 Angel 08ntl1 - !. · Ramón N. Rendón,
0,V.24,'2M!6-t6i

'°ª"

"""""º .. ,,

la01Pnta'1ade ls8r11 D··ñ, t {b•11i'J" 1hr,i4,n'1.1&gt;z ., ..

Fábrica de Cartón de ~lonterrey S. A-

Lo que 11~ not~fi ea '- Ud en ~eta fnr mR ~~ .Pcmerdo
con e \ Art. 78 ~ei Oftrt1go dA pr(ln,dtmfentos,cJvi 'ª
Mont •rrey, 9 de Marzo de 1909.-Llo. J . Garota Ga••

0

NOTIFICACION.

Juzgado 2" CoBtltuciona1.-De Gral &amp;wobsdo, N. "e mll novPM,.nt-oa cinco, .., rl'O'blO f'ln E&gt;&amp;I.• ,Tn,:1?11do ttl ,r.n ..•d&lt;o-r

Loón .
Oon feche. d~ flyer y po1' dtspoetclón del C. JoM 1°
de IJetra., del Ramo Olvfl de la 1• fracct6n jot11,.¡ ..
se ha. radfc11do en eatiA Jn-zgado lle mi CATg'l, el j 'licio
tnte~tamentario da la finada M;rla Ant,.,nfa VtllP. -

Gnc, j ~rrlf'I , Srlo .-Hób--•,.u1,

refil-.-,onot t-.

vo1terrfJ, llano d E&gt;olocbo d1:1 m 1 aov ~deu t"• nneve.-Vifl•

EDICTO ,

ado de Nuevo

ttvo y t\braqe una dlla.otón provstorla de v otnte dfJl'B
" nmnn" B é improl'rogA b1PS para embae p srtafl. Nc; tWquese . t.o r,roveys y firmó el O. Ju•• 2? '1e L•tr;cs
ñel Ramo Olvll : /l,,v f\\. Lic. L~na .-Llo. J. Garc!a

Mootnrey, tndeMuwde 1909-J. M Villat,6·,r.~~.-B. P a111,ol.,.,.-,~... A. Q6me.:,
O 25,2.'l,J7

1

O. V

M, VJUao.24, 25

qae i la. Tetr&amp; dice:
Vont r rrfoy, t rP H .. .,. )111,n o de mt\ D 0 \1 ~ 8D ~OS OCb "l,-Oi te llf'I 11
Sr. Benito Me ndoza .
Jae putrl!! 011ra h vl1ta con t•h·mJnn dq velnt• t f 111, ten é:idr11e p0r 1
J'f'lnnacl ..do PI tér1u1no dA dl"z dfa11 cnna&lt;&gt;di"o &amp;l flcn • reotfo, y ~e
En el Julofo verba.\ ordinario QUA eobra v~eos
blenda t,on .. -r V"rlflo -•tvo Aqnetia. A 11111 dlu d" Ja mafi ,ua d{\l te,- si
~ Ud
¡
d
• d D l' l .
Mon ·
Of'rOdfahibtl despué~dfl.tr11n~rn · rlt1011lf"l'dl #' Z df&amp;• QD"1 181"M"f"l'
! UG 00D lli"8
e epo eraoo
8
l nm --no •
pond,.n A1.. contra,1a. Lo ac ird6 :, , nb tn-O "1 o M1!1¡111t.r11do de tem11yor, h a recefdo un auto que á la letl's dice:
la 2t8ale : d .1y f6.-.R6hrlea. .... Lic. J . M. Vl!b.M:ñor Bno.-RGbrlca,
M ,nt rrey, velntiotnco de F1--bMro ñe mil noveolen•
-ElLoq
contra VJ ,.... Vale doy fé.
t rie nueve. - Oomq Pe P Id e Y d A acuerd n con Joe arta· •
n esenotiftca, Vd .. u el!!t&amp; fo1"tn1. de oonf•tmldad con lo
dfspa"l8•o en &amp;l artfcolo 78 ·del M i lgo do Prnoedlmlentos P f' nale11. 1077 y 1080 del O6dfgo de PrOMc\fmlsntos Civlk s,
Monterrey, 20Je Enero detgoj ... Lic. J . M, vmaa~fio"~9;:re- dese por cottestada la de demanda e n sentido n e g&amp; ·

EDICTO.
'
Jn,gado 2? de lo Olvll.-1: traecl0n judtc!al.--Ee+..ado t!-rlo.
'deN. León.
REM A TE,---, 1 \l A !moneda.
Oon feob ~ di"" y siete dAI aotu•l oe mondo J'Adleor
en este Juzgado el jalolo d• lotestado dol Sr Neme
Jm:g&amp;d&lt;"l 2° L , cal L9trad'l.-.Montarroy, N. León.

1

v1·

C•l D

tratar del proyeato de eatlltntoe dn }q, o,,mpd'ih, qn@
10m l'lt,nl\ la Junta A la aprobaol6n de la ml9ma

1::!ECCIUN DE AVISOS.

t, ~!~~

mldacl con lo dlspuoat? por el _art. 78 del 06dlgo de

Cía. .Minera- '· Alianza, y Concordia''

1

Jo!~

1

~ªª

0

Dr.

NOTIFICA C IO N.

EDICTO

EDICTO.
Jazga&lt;lo de Lttras de la 6• fraccl6a )udlolal.-Vlllal

o ,no-w• - s+

gnodo: Bo 110 oporto11td""', (Jt)n -,nola au•orli111'11, d"I est11. r••olnol6o, "l"Am1ta~n dlcb II auto,. prAvfo e-nnl11111,ml!'oh de lae n,.,.,._
tes, 11.I Jnet. reqnlrf-.nft1, p,ra loa ftne11 tle J,. 1ey.-Tfl1'0"?1'1: ""fotlfr_
Qta""ll8
A.lt1oruolv16 v tl-rm6 et 11. Lfo. M:aciedoolo Al! T ••vlfio
Jaet 19 de tet"II• 4el Ramn Olvl1: doy fl!i - Lic. H, Gil Trevifio:....
Joaa Jo,n v ..neJ'3.-A.. lo -RGbrleaa.
P "rla que&amp;'" p · bltoaeu 8flt, forro'- de aooerl\o con 1n dlapneet.o-por el artfouJo 60 del 06dfgo Federal de Procedlmtentoa
OivileP,
Monten-e,. llano n de 19:J9.-.Lto. Joeé · Juan Valle)~. RMreta-rio.
O. 26 26

EDICTO.

Juzgai1o a·~ OonPt·taclonal.-Garcfa.. N . León.
0011 eeta f.:.r:h11 y p rd 1sp,,11lct6ndFl O. J uez 2'? de Letrasde lo OivH de t, 8t~ 1ª fracción judicial se rsdtc6 en
é3te de m\ 011:rgo el jntclo de fnt.E&lt;stado á btenee del
Sr . Ole6füs 8 ep1'.ilveda, V(locfno que fné de esta Vi lla.
Lo que ee pdblica en esta forma para que las persone.e que se crean con derecho á la herencia se pr.,eenten §. deducirlo dentro del término que fija el art .
1685 del O6dlgo éle ProcPtllmtf'ntos OJvilee.
Garcfa, Marzo 8 de 1909 . -B "'rnA-r do s ~p1ilveda.A-B, A. Sánch8" Dávlla,-A José G. Sincboz.

o.v.22,25,i:8 160

NOTIFICACION.
J02gado So M•-cor Let:r&amp;do. - llonteney, Nuevo Le6n,

Sr. E lías Montoya.
En el 1oleln ..J.. rutivr, m ercotn tll tt•omovido oontr&amp; U1 . ~r el
Sr. t.1o. Jf. na •2a Ool':r.A'":i: i;eha dlctado u11a retc1nclOn qneen
la p 9,,-te f nal d io" onmo ~t A"ue:
Monterr~y,A qu ince de '-" ario de m il uove-rl&lt;&gt;n foi, UD"V"- Vtato
p"tAjot..lo ej ecnHvo mRJ'·oantU tiro,novldo -por el Sr. L 1c. El. (hn&amp;
Gou.ilei:. contra D- l!lllas Jfontoys. aob re tl""'".8 Y.....• P or ló P::r:Tluet•
t.&lt;1, Cl"ln ª"°'º &amp;.-, ..m,11 flD1-l arl. 14118 del 0 6dlgo ,t,, Oom... roto olt&amp;d.o
8" "ftwD'lV" : Prlmar n: P rooei"I el im•qqote jotclr.i eJ 'On tivo meroantll aohr" cobro ,1.,. p eM9, n ombrad.o por e l Rr. "Lfo 'm Garn Gooza.·
'"z oontra n E f~s Mo"'º""'· Pn r.r,neecn&lt;&gt;n ol11 HltA obitg , df) a. -pa•
"",. al orlmern Jasn-n a d " $~3 12:J f"lt"b &amp;otti.,. t.-;,111 ..,,."""" v""!n •lt,-6~ oen bpos qa'" ,i~ le 1'&lt;l0lam!I, OC&gt;I!. m A~ el fnt-· é-. 1€'g al del llf' 'II p-,, t"1"tito
anual. dude Pl dfa. en qne 110 conetltny6 e~ m-ra. fll d eod '"· ba~ta
11n el qoe verlf1qne el l'&gt; "lt&lt;' de 1'1 RU m!I ,. .. J11c10nada B~ nn i,: H~11t&amp;J1e
tr&amp;uce y ramate d &lt;t los b!.e Me emb~rgadoe y 00:1 110 producto p!v:ne-98 al acr&amp;f'dor. TeroPro. Be oonden• al dem!t.ndado ~n la, 001tae
a~ ..,1 +., Jnioto. Notlf'fqueafl-.
Allfddinlttvament.f' ja~nda lo '""'lltllvló vrtrmó el O A1aiM.,. 89 tetn1o: damo11 f11,-Lfo, lhf11-el DA,vUa
A- "F'. A6m ..1G• "1"l'f,:i, .- ~- '4"art1D A. Gondlel - R6.b1o,,a.
t.o q11@ •Pnotlflo" 4 U'-· d"I "'°"",.d'"'®U el a.-troulo 711 reformado lf,ol n6,11(1"o de P.-nced1m1,ont.o,, nf .. llflA.
M"oote-rrf'y. A. 18 de "-•"to i,fl, 1909-Lfo. l . DAvDa..- A- F. Górn"t
Ga.rota.-A- Vatt1n A. A.Gon1Ale1.
248&amp;

EXTRACTO.
Ai;r•nola de la Rtlc,."ta-,fa de Fomento ea el R amo de Mlne11&amp;.
en M;,ofPttfoy Nnf'VO T @6a.
Ex ..edlent,e N:, tMe - f
'"1Nl8. e " V"rin r. H 8 "0§.'ldf't. y Nfc""lll6d:Pt. P ñ1,, Vf'(l(QOfl de la H&lt;1a . dfll 811.n GerOntmo rl@ eet&amp; mun1a1pa1f.
f{ad 1 han 110l10Uadoant e e11ta Asrenol• 12 0"'1'lf'"l"'enotiu, mfo""" ª qne
qne se nblca,-An en sl oerro de la Ventana en Mun1o!p,lldad. l'le
Rant&amp; Ost&amp;rlaa; d&lt;&gt;b!Pn'1o de praatfoa.raf'I 1"" ro edld111 formaudo
un 1'f'CliT1 gTJln lle 400 mf'trm1 .-te N. d. ~. vor 8QO de ancho, de mane•
n Que 111 e!qn!n&amp; R. E rl A l'llcb o r"cfl ., gnlo etia -oorod o oon la PBqn!na mAP 1'1VAnH.-tll al l!l. del f'untt o L8 B0DflD- d e Nne"o Leóu,
q ne'1ando la lfn • i:1 8, d&lt;&gt;J I enti .. c,nlo Qll'" I!!• ·rnti,a contigo, oon la
l(ne-11 N, ,.,. dich o fund " dt1 T,tt Bona"l1a de N"uevn te6o, Las oolln,,
dBnci a&amp; d"l tf'"l"rt"no p,olfclt.adn 80D'. ,-,n-r .,1 R. L s Boru1nn d E'I Nuevo
Lt-&gt;6n J l)or el S. E. Am o11•cl6n A X"c-bltl I 0 11 ID"tale11 que hay
'1entro dfll! terl't'no 8f)lfclt11do aoti f•er roeoe y p 1omOIKl8 con ley de
ptat11. btll aoltoitod tlPn Apor n oJl" b-r.. , Pan Jo,i•
Nomb •a"o 'P0Tlto el flr, I ogo. E . O rtl! df'. e,ta Vt'Clr&gt;dit,d J aoept11rln t&gt;Or 111 el t\9.PRO ti" .. brE'I nn nla,:,- tm urorrogable de c aatm me1!!"1!1 p11ra )11, •oh,:1t:1n~l8'14fin '1el l h'. pf'dlente en e,ta A~eno1a, debi4n.do0e da pub1lc11-r 11) º""""nht ,.., lot1 ff, mfn"'" ... Ala ley.
llonterre1, Ft.brero ~ 4el909- B, Val461 Llano. A. D. H . ~2lll0

'°"

�PERIODICO OFICIAL

R

CONVOCATORIA.

Juzgado 2• de lo ( idl.-1• fraoo1on judiclal.-Es-

Reptiblic" Mexif'.Bna.-Preeidencla Municlpe.l.Montern,y, Nut1vo León.
De cnnf..,rmldad con lo dispneato en el artículo 26 y
en el ü70 del Código Civil vigente, se hace eabAr a1
público, qo.e en la Tesorería Mnnlcipel de esta clndad,
exlate depneitad$ la suma óe $64.3Rcta. (eeeentay
ouat'l'n pesos trelntR y ocho centavos), procadt-nte dt&gt;
loa eobrantee ef1&gt;etuados duran~ loe mee(B de Julio
i Agosto del prPSent-e eño, por ine oaeR.e de empello
denominadae «Mont,d'ia de Pleilad", «Ch!buebua•, •La
BaUCh•, •Fe.v&lt;lriLa11, ~F6nix,, •Su 1t!Joran, RMoute dt
Pied&amp;d de Monterrey•, y Suourill\leA ntimeroe 1 Y 2; en
el ooncepro de qua, si transcurridos seis meees. cont.adc,sdfsde hoy. DO crmpneoiere vere-0nR alguna, li
reolamar con jueoo y legftimo titulo. las expreeadse
demastas, Re lee mandar!!. ingresar en la Recaudación
de Rentll,8 Mnnlcip&amp;lee de teta ciudad, de e.cuerdo
con lo pre&lt;lf-ptuado ,m el citado artic.olo 26.
Monterrey. 26 de Dloif'mbr1&gt; de 1907.-P. C. Martt
nes.-.B. RAmtrllz AnguJano, Srio.
S68,88•h-27-Abril

•

Cía. Minera La Reforma, S. A.

NOTIFICACION.

Demasías.

tado de N. León.

Sr. Encarn~ci6n l\f rndo1,a.

Por IB preHenta se convo,-a , tod, a le-e aocionietaa
rlfl la Cfn.. ruinera LR R€forma A Ae~mblfa General
quP ee ,erificqrá Pl 11 d&lt;&gt; Abril J,róxlmn á lee 4 p.m._
~n la c~ea de loe S res. V. C"eetaflo y Hncs. ralle dt'l
C,mArcio No ll4. &lt;ll'D cbj~te de dar cnPnt.a del J'FBU\ta.
&lt;10 ce arrflndsli:flf.nto rif! loe fnndoe mineros El Malac,t.s y ..\mplac!ón de El Mal:icate y loa demas asunto11 qua acuer,1e 111 junta gE:nnel.
L~mp11zoe, 9 de Mano de l!!OI' ..,El Presidente, V.
Castaño.
o.'2.23,M

En el juicio verbal ordin1.1r10 ec.brti o, bw "" p~B• 1\
que sigue contra Ud. el i,poderadc1 &lt;le D. F Jom1&gt;11,
.~"nt,•mayc:,, ha recaldo un aut'l que ti la letra &lt;li_oo:
• Monterrey, veinttoinco de l1\brrro de mil nove"if"nt-08 "ueve.-Como s11 pide y de acuerdo con loe
arte. 1077 y 1080 del C'ófügo de Procedlmtrntoe Oivile~ d€ee por ccntfstQda la demendA en e,ut1dn negatlvo y AbrRSe unadlhiclón probstorla dP v ..lnt" rifr"
cJmontis é fmpr, rrogabiee par&amp;. 1&lt;mbae partee Nottfi
queee . J,oprovey6 y f,rmó d O. Jaez 2• de Lot.ree del
Ramo Oiv1l • doy f~.-Lio . l,una .-J. Garcf!l Gnejar
do, Srlo.-Rtlbrkae.
SEGUNDA Convocatoria.
Lo que ee not.ifica á ua en Esta forma de acuerdo
No bqblendo tenido verifl.cativo, por falta de quocon el Art . 78 del 06digo 11itcdo ..
. Monttrrey 9 de Marzo de 1909.-"-Lic. J. Garcfa OoP
nm. 1~ 11Mmblea gemiral citada para el di&amp; 14, la
jerdo, Brio.
o.24,2fi Ju,1ta Dlrartiv11. Ronroó que SI\ cite por 8f'Jl11nda ve11
Ml.'11 fil rifa 31 d•l actual á lae 4 p, m. en la Ofi&lt;1lna del
Sr. Andr6e Ml\rtfo&lt;&gt;z Oir:Jenee. calle del Dr. Mter
EDICTO.
No , 94. y ee tretnrán loa miemos asuntos contenidos
Ju7gado :2" Conetitncional.-Villa de Guadalupe, N. An la !&gt;rdfln del dfa de la.13rimera convooRtorlR, en la
León.
tnte1igl'ncla. que la asamblea funcionarA válld11mente
En , eta t'8C'h~ y por dispos!clonee del O Juez de &lt;1on el ntim•"'º de socios que concurran oomo lo pre
•
ED1€.TO.
Letras del Ramo Olvil. ee dló p&lt;lr r11dlcadn fin ""t.- vlP1'1PD 1, a E3t• tat&lt;ie
Jnzgado de Letras de In 4! fraoclón judioia~.--Dr. Jutgado el juicio de intf&gt;etado á bi('OPII dd lirado Sr.
· Monterrey, Marzo 16 de 1:109 .--,A. Farías, Srio.
Arroyo, N. Loon.
Oayetano Gerza PE-ñ'\. ve"lno que tcé de esta V1ll•
o.23,24.,!16
Sr. Ciriaro Escobedo
en la Ilaclenda de los L~rma&lt;1•
Lo que se beca saber al ptiblfco pan que las pAreo•
b'n l&amp; tercena exclnve,n~ de dominio promovida
por el 8:-. Fancls&lt;-o Pé,.ez en el juldo ejrcutlvo mer• nas que se crAan oon derecha , la herencia , ee preoanttl promovido por Ud. en contra del Sr. Fortuna- senten , deduoirlo en Al término l.-g11l.
Vlll11 de OuedalnJ&gt;f', MBno 11 de 1P09 - Am"1kr
to Peréz, recayó no auh del tenor siguiente:
CONVOCATORIA.
Doctor Arroyo. Enero treinta de mil novecientos Gontáles.-A- Franclsoo Trevifio.--A-J, Fé M. Bt1r•
Nn b•b'""do te»Mo v"'r18oatlvn la Junta Gral. ordl11arla qN
o.v.22,26.28-160 -ot,.,,l,.nen nne,t,oe Ea•.a•ntne. I" Dlreotlva. en eeal6n del dla II del
nueve.,-Aljt1loio, que se refiere y 6b1'886 §. pnu-bae bosa
onrriAnt~. aco,116 cnnv~o,.,, 10ll q,.a. Aoolonlau.•, A""mble&amp; &lt;lral,
1h tfrceria por el término de cuarenta d1ee Notifíqufl•
n,c'.raotdlnarla qa~ •~,..,,, 10tfU el ,11,. ~ &lt;1~ .6.brll .,,6:,;lmo, i I••
8':t, La decretó y firmó el C. Juez dfl L~tras de la 4•
5 P. M,, en la oua N~ 88 de la calle de Bollvar, b~jo la li11a1ente
PUBLICACION
rraooi6n judlolal: damos té.-Llc. E. Hlnojc•ea.-AOrden del día:
Leol.'&amp;dio M. Go1121ttez. A-L. Dnarte Ramoe . -RliJuzgado 2·· Oonet.ituolona.t-Garcfa Nuevo Le6n.
I
E:i:amen
v
ap1'&lt;lbacl6n
de laonenta del sii~ &amp;ot&lt;&gt;rlür.
brloae.
En el juicio de lnt.eata.,o, bleneede O. Nlcoli, Fern,ndez, 1e
1l Aprobación da Ju 11enJones de la Jauta Dlrecll,..,
Lo qu3 Be publtoa en eBt11 forma en cumplimiento h• dfot""" un goto qne dfce:
IU
Nombramiento
rlel
Oon11ejo
y Oomlsarioa
«lla·c!11, la'lo dleoluueve de mil no•ecfentoa orho. VIRto PI
, lo dtapuc&gt;eto por el art. 78 del Código de Procedi'"" r•coer'1a i l&lt;'a Srl'&amp;. accionista, lo p...venldo en el Aar. • de
ntin,brAmlt&gt;t••n d• tnto1' 1:nt.P1'1nf'\ h-',ho en f.o\vOr d•l Sr J .,.4, Re&gt;los
Eot•totf'e.
qu11
illce:
'"Para
re11rH•ntar
las aocl(IDl'8 al portador
mlent.os Olvilee.
drlguM F,r11ion•• pnre...., 1azgado, para que •~P•~""nt• i la m-Doot-or Arroyo, Marzo 16 de 1II09 ....tio. M. Hlno- "º' de oatoro-, oii,a Lncía F•rtiod•z en ~,t., Jufolo de "º°""'60 &lt;'D leo As•rnb·.-.a• O•n•ral••. "~ r•c¡afrore '1•11&lt;'•1'•• le■ tttnlc. en la
&amp;oretarfa
de
la
N,¡r"otecl6n
6
•ntrPJra•I•
no
rorllllo•dn dro dep611blj8 del ftnr.do Pablo FeroindK, qul,n fo6 hijo i I" v,1 de D NiooJoea.-Leocadfo M. Gonr-Aiez -A-Ti. Duarte Ramos.
t.o e:,;pcdldn nor •lwona ln•tl•uol6n d• c· 611t" baci•~rln P h entreF,rnlf.nez. autor de e1ta herencia y A quien r0pr1111enta en este ga,
o.24,2-0 168
ouado
mll
tarll'.
e1
r'I(•
anti-1
6
la
&amp;,.mbl
a. ro00irl•r,dn una
caao: vista la aoeptaclóu y proteeta qne owrg6 dicho tntor lnwrl·
terj~ta en qoe a- "J:~,...,..,, •I "drn11ro rla eoclnnM &lt;l•1&gt;'eltada11, la■
no, seg6n co111ta d" dlll11eoclaa qne obran en e•te m!11mo Juicio; cuales
88
rettrariu
d•apu6e
de
que
la
Asamblea
ulaumre
11111 -Iopara el m•yor d"'mo iio de IIU enrar,ro, del,(a de dlcerufne1ey le
11Jscferno al Rr. Je•d• R"'11'fgnn F~n,lf.o&lt;lf't ,.¡ o•rgo de tutor IDte- n.ea u
,
Monterrey,
llano
11
de
1009,-El
Secretarlo,
Pruclec"
J. GeAr •·o de 111 menor Loofa Fern&amp;nder, oono,,d 6odole al •f•rto lodu
REMATE.-1" Almoneda.
r
tJMI&amp;
&gt;As f•cultadt'II qufl la ley le acu•r&lt;la pAra e buen d •emp· 11,., de en• u ea.
Ju•pdo 19 de lo 01911-lt fraool611 Ju"lclaL-E,c.do de-N, l.e6". fonclonee.
Noilffqoeae. y pablfqnHe en el P•r'6.,lco011c'al J la
Él dfa trlnta y uno del aotnal i las diez de ta m, fiena. tendri
de Nne•o León como lo 11renene •I artfcolo taes d•l 1'6dlgn ri•
•u vn1r1oatl•o •n el local de eate Juzgado, la venta en p11blloa al• Vos
Prnc■dlmlentos Olvllea Así lo pronyó y flrm., el () J seis a. bles
u,oneda F al m•Jor ]l&lt;'&amp;t&lt;&gt;r. delos blenea embargadoe i Ita Of•. del Alcalde 2o Local de eata Villa: damos f• -leada Boblea.-A-B. A.
Valle del Bfo Frfr, A. &amp;. eu el jutolo •JPCUUvo mercantil iwguldo s,n,h•1
DA-.tla ~A· lo8' G R,ncbes.-Trff Bdbrloae.
por •l Sr. l.mt'I H. E•wa•d• como 1nb,.o,ratario de la Srita. Olan
Lo qn" 88 manda 11nbl•o•r en eata rorma en wmpllmlent.o de
L. Oae.,.; cnyoe bl•n•• conal•ten, en la• poreloua~ da $&lt;&gt;rN'nos mar• lo ordenado en el •oto luoerto.
AVISO.
'
calla&amp; oon lo• mlnt'rna 88, 89, 40, 41 y 42, 11toa al ledo Ponlt&gt;Dte. del
Gerofa, Jnlln 20 de 1909,-Jestlll Robles,- S. A. Bincb•• Dhll■•
B(o Frfo, y la porción da tierra d,nomlnada "La hla" contigua i
L'l Junttl nlafll'tlva de Fet"' r.nmpffifa Pn seel6n oe22:5l8·161
las antnlorf'tl. toda&amp; •n jurtod!oolón de Gomu Fañae del Eeta- -10f4 G. SinchfL
lpb,ar!R fil dfa VP1nt.tuno dfl F, brMo pr6x1mo JJM!lldo,
"" "º Tl\tll•ollp"•• v ...,1. bn•vee de agua de la toma denominada
a.onrdó ae htolPl'R B" ber , 1(18 e• fioTFB aooi"ntet,1111 dfl la"BI Naolmlent&lt; " •n el Bfo Frf".
,
Lo que t!8 publica en ea•a forma en oom111lmlento "e lo quro
EDICTO.
ci.om rañta, O"Urrieren , la Teeorerfa dfl la miama
prevl•ne l'l arto. I.tlI del Código de rom••clr ; ad..trtll!o&lt;lo... 6
l01 iateresMIH que no ea adml•e•in poe•r,•a• º''" no cob,,.n I•• . Ju~gado 2° Oonetltuclonal.-Vllla de Santiago, N il&lt;&gt;r.tro dfll -plazo de quince df11s contad"ª dP11&lt;1e la
doe wroeraa pa,,,.a da 111 cantld&amp;d d• $11.flfO 00 •"lut1un mil LPón.
pnm"ra -pnblloación dfl eete avl110, 4 pagar la u:hibl·
O&lt;'hooleittoa o;ncm,uta poaoe en qoe di• h,•s bien"" fneron •aln.
Con f,&gt;Cba vetntldc-e d11l oorrie1JtemPB se radi&lt;'6 en etl\n de t,r..lntR cPnt'lvce por 11cclón decr, tnita en la
rfndoa, 1111mlnt,1riodoe" en la 8.oretart&amp;de aese Juzgádo 10doa
loa lnfnrmpa r,f rent"• al oaAA.
&lt;&gt;l JozgB&lt;lo de LPtraede la~ frRoclón jndloial,1&gt;l Juict, aAAir',n dl h 'l. afiv,.rtid(IS lc,s qne no In vPrlflqnAo de
Montnrey, llano 18 de 1909 -Lic. l. Garofa GnaJ~rr1o, ll•cre- de lntestam,.vtaña del Sr. Franclsoo Merroqulo Leal, q.ue oonldo el tél'mino lndic,do de qn!nce dfaa-, la
larloP.0,1t,2li,26.
oropta Junta Dirar.tlva lee deola•11r4 rli,eert.ee
vech•o que foé de eeta Villa en la congregación de la
ª"r.ionPS clfl C'OJformid'lti con lo pn&gt;VPt ido en la cletiSan Ftandeto.
Y por dlepflelclón del mismo Juzgado "ª D)andA Qnh, ootavR-it,i la escritura constitutiva de la txpre•
•
publicar pnr tl'Pe VflCE'8 de dl,-z en dle11 días fin el es,i!n oompsfiia.
lfonterrey, Mano 10 dfl 1909.-E! Brio., lil Vl1111,
PeriOdl&lt;Y.J Ollclal y Voz de Nuevo LA/In de oorifcrmi
l_~VOCATORIA.
rrea1.
o. 2l!,24,26
ltt
Q,&gt;r.s&lt;&gt;jo de Admtnletracl6n de ee- dad y para loe efeotoe del art. Ul86 del Código de
ce B fí ·r"B Acclooletas de la mis Proc!Jdlmientoe Civiles.
Villa de s~ntlago, 24 de F,·brero cfa 1!109.-Dr.vld
mbles G¡-.ner,l O rtlim,r!a pqrl\ )119 DUF.VPdP
EXTRACTO.
t'11ntd.
e.na ilPI dfa clD"" &lt;'e Abrll prix mn. fin la Ofl Alax.ta.,-And1é1 A. 0&lt;1.vawe.-A-Martin
Afle'lcl~ ~eh Secretarta de Fomento en eJ R,mo de KIDerfa
O.
V
.19,22,26-168
Ptl
tt,,nnteirrPJ,.
na dA lt, Fnndtclón No, 2, ca.le, Dr. Mltr No. 114.
F.xp•lll•nlf' 1M9 L~• ••rP!I. D•. J•~d• H. Tr~vilh • Jn•" TN''flobaerváodcee la elguleote:
ño Gnrota dro ea•a vPClh da~. bAn Aolioita'1o anlo!I PS'-A Á11e,-cl11 ft o,r-tener
claR mln.,,...R q"" "" nb ca ,, Pn lae h-maa c1.. 'IIRmu'lqul l'll
Orden del Día
EDICTO.
J
d d Let
d ]
f¡
ló
di i
M
'"on10•11~tld•d de t-1all•aa v1oi,,r1a 7 oontlJrn"• al tondo el •P""&amp;I
PrPeentaclón cl•l B~lnnce G&lt;&gt;nerRl para su dieU'lg&amp; O e
rae e a 7• racc n ju O al. - OD· · olr•; c1, b endo de p,a,•tic•r~" lt.8 m• dlda. formando"" ,...,ti•Jrnoosi6n y aprov90,6n ó mocliflceclón.
temorel.MI, 'N. León.
lo de 800 motro1 de largo de Oriente , Ponl~ntr, por 200 rte ancb'&gt;
.:i¡
te d
i
como slgu•: partlondo de 111 antlgna boca-mina oouoolda con et
JI Dlotémen del 01,mlearil•.
r-y
se
rl!u"
Pn
f'e
e
m
cargo
el
juicio
de
In
nombre de Gua;aoin, cuyR boca mina aa encnent,a detro del fan•
H
6
Ill Informe del Oo:csPjo rie Aiiminietradón,
tP1«io dfll Sr. Relvador de la Gana Paria, vecino que clo El P&lt;&gt;rvenlr. ª" m•Mr,u pro:r.lmamente al s. llfl metr, 8 qne 1111IV Nombramiento de Directores en el presente fué de fBta Ciu lt&gt;.d.
¡rar&amp;n i la lfnea S. del fon"" el PoTV.,nlr, y de &lt;lon~e t.-rmia•n loe
año.
Lo que ee publica en eet!l forma para que lee par- rlkhne
1111 \f, ª" m•dtrin al R. enb•• Ta lfn..a8. del rell"tl&lt;lo f'llndo
BI Por-n!nlr
86 m. y rlond• llPtrnen loa •xp•..adoe 811 m. RPri til llll'll•
V
NombramiAntfl llel C-&gt;mie0rio.
eons11 que ee crean con derecho 4 la berenoi11., Bf to d" la ePqu\Jla N W del reotingoln qa• •e mM" 0 .,,. las o•neVI Acordar la olstrlbuoi6u de loe beneftoloe obte prf'eenten 1t deduoh•lo dentro del término 4 que ee nAncla• ~º" , .. •~Tl•l••n, de &lt;'ov•• rant- ª"" m•&lt;ll•iu al E robr,l•
8 "1 foollo Bl Porvenl• sro m•t•o•; rt• don&lt;!..: t..rmlnen "ª
ntdoe durante ,-1 11i'io.
rflft~re el art. 1686 del 06digo de e .-uv.rulm.fentoe linea,
inga.o recto
al 8. 200. y de donte•e•mln•n ,o A'1gnln rectn al w
Mont.,.rrey, Marzo 20 de lll09.-Cía. l"ilustrla1 dP Civiles.
300, J de donde terminan en Angulo reot.n pr6:.lmente al )l. w rMJ:
Mont ·rrey, 8. A. - El Secretario, Jobé CKl-i"rf&gt;n,
~ ontemorelofl, 27 de V• brrro da 190&lt;1. -Lle. L. Oan troa para cerrar c&gt;lreot&amp;ngolo de laa rertene11clea que 88 erllol•an
nd
Rdbrioas.
o.24,2-0,26 td Gu.-A-J. F1u-ias. A-E V. 0,mtd.
I,1&lt;eoo•l
~•ta
enllcltnd
por el Lne
N. ,.¡ fnodo BI Po,:
1111oflln
venir Y poranchiede
c&gt;l E. A.mp
de lallOn
Natalla.
metal" q9 e hap
o. v. lll .22. 25-168 1•nho d..lt..rrc&gt;no ""lloltsdo eon olomnaoa y ,,000..,8 con 1.., 49
rlata F.-ta ■ llcltu~ a,r&amp; ONl&lt;Clda cnn el nrmbrl'de «Santa Ireoee
NOTIFICACION.
Nomb•ado peri~ el Sr. I g•niero Eal&lt;'Jrio Orit1 de ..ta •Nin
'1a•
V -ptado ll''r 61 PI ca•,t0. 11" tbr,- º" 1 h-o lm11rorro abl;
Juzga.Jo 1• de lo Olvil.-1• fracción judlclal.- Est.a
de i meees pare la eob•tanclaol(!n p..J e-a:oetil•nte ,.n eete Ag!oofe.
MlnMnnterrey, Febrero 111 de 1909.--B. Va!d(!a Llano, ._...,... 4do de Nuevo León.

Cfa. Minera &lt;:DoloreR&gt; S. A.

Cía. Minera "San Pablo'' S. A.

0

Cia. Minera "Santo Tomas f Ancxas", S. A.

0

a••

Compañía Industrial de !lont~rrry, S. A.

n..---..

Sr. Manuel González.
En el jufclo ordinario ncrito pre mnvido contra
Vd. por f-1 Sr. Lto. Lorenio Boel, 11&lt;.bre que ee le de
ciare obllgado , firmar nn contrato de arrendamiento
ee ha dictado un auto que i la letra dloe:
llonterrey. cinco &lt;le Marso de mil novecientos
nueve.-A eue antqo,.dentM v Ol'mfl fo plrte ,.¡ ocurrente §.br11se el julcln A prueha~ por el Mrmi1&gt;0 de
cuarenta rlhs comun"B A tm )rnrrc•gab'e3 NottfíquPee.
L-o deorf-tó v firmó,., C. Jn, z l!' de L trae del Ramo
01;vll: dnv fé.-Lio. Trev1ii.&gt; ..._Lic. Joeé Juan Vallejo,
Srio. - Rdbricae
·
Lo que se notllloa f. Uil. All fll'lill torma de acuerdo
con lo dl~'OUPRt~ en el art. 78 del 0611go de Procedi
mientc,s Civilf.a
Monterrey, MaTZ"l 17 de 1110~ -Lle. Joe6 Juan Va
lleio, Srio.
o.1!4,26

Negociación Agrícola y~Ganadera
de San Enrique, S. A..

ma.

OONVOCATORIA.

1111'11 -

EXTRACTO.

La Junta Directiva de f'atl\ NPgooleción en aAeioo

Agencia de la Se&lt;ll'eterí" dA Fomento en el Bamo
celebrada el 22 de DlolPmbrfl dltlmo, aoor1M oonvnoar
f. ~eamblfl&amp; General Ordinaria pera el dta 29 de Mar- de Mlnel'fa en M&lt;'nterrey, N. LP(ln,
Fxp. 166~.-El Sr. BeDj.imfn P. Bul'('hard de esa·
zo de 1909, lae 4 p. m eu la casa No. 78 de Morelos
de eeta ciudad. la el¡tulellt!I:
' VPOtndad, h&lt;\ solicitado ante eNtli AgAnoia 4 J)f'rt.enfln•
etas mlnArBB que ae ubloe.rin sobre una vPta mw.eral
Orden del Día.
oobl'lza que se encuentra fin el ceno del P•fi-eoo f'D
I
RnmAn y aprobación en eu ;caso, do llia cnentu el Potrero Grande, en municlp!illdad de San Ni~IAa
de 1908.
~ldalgo, N. L.' debiendo dA practicarse 11111 medldu
II Aprobación de 1H gestiones de la meaa direc- nrmaniie on cuadrado de 20fJ m11troe por lado al Notiva.
r,.,etA tl ..J fu nd'&gt; minero L'\ P~rla Lo~ ladee Noreste
III Nobramlento de C-&gt;net&gt;Jeroe y Comlear!os.
Y Sor O ate dPl fnorfo que
Bfllic-ita. t&gt;:indrfn 1, •
Montif'rrey. M1trzo 8 de 1II09 -NPgoclaclón Agrfcola miemos rumbos y eer,o continu~&lt;&gt;ló'l hacia c&gt;l Nc-,-o,.
y 01\na.df'"&amp; de S'ln EDrlque, B. A, por Serdlveda y eete de loe reapflcttvq¡ doe laf'loe larjZoe del '!nenolo,
Aguilar, Teeoreroe.
o.22,23.21 na!lo fondo de La Perla. E~ta so•lcltnli tlPne
n &amp;rbri •AmF-plfaof611 de La Perla•.,-Nombrado pe~t!
EDICTO.
e
· ng. lorent.ino Arroyo de PStR vPoindad y
Ja-.ga-io d~ Letras de la 3• fracción judlolal.--LI• aceptado por el c11rg~, ee Ab,..., un plRz'&gt; Jm
·bl
na ,ee. N León.
de cuatro mPsea pHa 11\ eub~tqnoleolón d!i~~~~en~
_
Con f.,ch&lt;\ diAz y elet~ dal llotnal ea radÍc6 at'te f'Ptll tiA en est" "-llPnc1a, d• h iendo dfl pub,icarse 1
·
e pr.-etn•
Juzgado el jul!llo de inteatam11ntu.rf'l !!. b1en&lt;&gt;e ,¡.,.¡ S• te An los t~•mh1oe de la I ey.
Agustln Rodrfgu&lt;'z, vecino que fo6 de la Vi11a
MdonMtPrrey. Febrero 16 de 1009,...,__R. vdld(IB L'anfl
,
Hub.al~huieu p,eteneclente á ,eta fraoción judicial A• e ,
o.23,24,26
Lo que ee hace eaber al p1ibhoo. para que. lae per'
eonae que se crf'anoon derEcho, la herencia 88 pre
eanten i dedn11lrlo dentro del tArmlno que ~efi.ala el
art. 1686 del Código de Procedimientos Civiles para
loe efeotos qne en el mismo ee E&gt;xpreean. •
IMPRENTA DEL GoBIERNO, EN
ALAf.M..
Linares, Febrero 1T de 1909 .,-Lio. Luis Trevli!.o. _
)IRICTtR YUIINI8ftüe&amp;,
A-Aguatin O. Garda.-A-Antonio Herrera Gsrde..
o.2t,26,!8

ª"

1

EDICTO.
Juzgado 2• CoDstltnclonal.-ArrFmbea1I, N. L~ón
Con esta fecha y por diepr,alciOn del ciudadano
Juez de Lfkae da esta cmlrtR fr ~c!'l(¡n jndlcf,i.l, 8A dió
por raoiruido en ~"tp Ju121100 dfl mi &lt;'atgo, f•l juicio de
tnteehdo ilA la S ñ r a Antonia Rosus oo Puei.to, ve•
oir,aqna fué ñA Ht~ Villa
Lo qoe BA pliblica parR qufl las pr,r11on11e qu~ se crean
con derecho i l t beranoia. p'lsen é ha •Mio val Ar en Al
~rml110 que eeliel" •l artículo 1686 del Código de
Prooedimlentce Civiles.
Al'l'f'mbent, Ftbr1-ro 18 de 1909 -,Eetf.ban del Toro
-A-Y. J. Pcrras.-A-Jll&amp;ll .Mar~nez.

o.v,n,25,28 160

dr-

p

:. A.. Brondo Whitt.

..

�</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>TOMO XLIY.

Jionterrey, 1Iartes 23 (le Ma1·zo (le 1909.

NUJI. 24.

I?eriódico 0ficial
DEL QOBIEBNO DEL ESTADO LIBRE Y.SOBERANO DE: NUEVO~LRON.
---•--

Las leyes, los decretos J dem~s disposiciones snparinras, obli[an por el solo hecho de ser publicadas en este Periodico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la ·S ecretaría del Gobierno.
CONDICIONES -Este periódico se publica los Mártes y
Viérnes de cada semana,-Vale la subscripción CINCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CINCUENTA Y SEIS
fuera de ella franco de porte.-EI pago debe hacerse adelan-

·tado.

CONDICIO~ES.-El número del día vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUINCE.-'l'oda comunicación oficial debe1·á-dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de avisos se hará directamente al A&lt;lministrador del mismo.

]UEC~ DE TURNO

la Calzada Progreso, para ejecutar des- posici6n del "Centro'' el Sa16n en que se
pués, un desfile por las calles que previa- verificaba esta Asamblea para que en lo sumente designe la Jefatura de Armas, con- cesivo celebrase sus sesiones, así como otro
1~ de lo Orimina.1.
cluyendo en la propia Calzada y en la de departamento que sirviera para Secretaría
Lic. Jnsus M. DSL BosQmt
la Uni6n.
y Archivo del propio "Centro''.
V. A las 5 p. m., tendrá efecto en la
Expresó además que por con1ucto de la
19 de lo Civil.
Alameda "Porfirio Díaz,'' un paseo que S2cretaría de Gobernaci6n había recibido
Lic. MACEDONIO Git TREVI~o.
amenizará una música militar.
una nota de la Socie:fad Agrícola MexicaVI. A las 6 p. m. se arriará el Pabel16n na, en la que se hablaba de representar al
con los mismos honores que al ser izado. Centro Agrícola de Nue,o Le6n, ante ·]a
VII. En el referido paseo, que será ador- Cámara Central de Agricultura, existente
nado é iluminado convenientemente, se en la Capital de fa. República, á fiu de que
efectuará una gran serenata que dará prin- los esfuerzos unidos de esos representanMonterrey, Marzo 23 de 1909,
cipio á las 8 p. m. y terminará á las II. 1 tes pudieran elevar al gremio Agrícola al
VIII. La noche del mencionado día, rango que legítimamente le corresponde
21 de liarzo de 1806~
de 9 á 10, se quemarán fuegos artificiales, de primer factor en el desarrollo de la rien un lugar designado al efecto, frent~ al queza pública nacional.
Para conmemorar el natalicio del llus- costado Norte de la expresada Alameda.
Concluyó ofreciendo además su persa•
tre Benito Jnárez, en su CIII aniversaSe suplica á los vecinos que el día indi- nal ayuda y anhelando éxitos al Centro
l'Í~l día 21 del presente mes estuvo izado cado, adornen el frente de sus respectivas 1Agrícola de Nuevo Le6n, eu sus trabajos,.
el Pabe116n Na&lt;&gt;ional en los edificios pú casas y las iluminen por la noche.
retirándose en seguida.
blicos de la Ciudad
Monterrey, Marzo 19 de 1909.-P. C.
Ocupada la Pres:dencia p,r el Sr. Da.
·
111artine:::.-B. Ramírf't . lnguiano, Se- Adolfo Zambrano, á moción de él, el Secretario.
cretario Sr. Lic. Rafael Dávila di6 lectura
Nuevo Funciona1·io.
--á la nota á que se había referido el Sr. GoEl Sr. Gustavo Guerrero, fué electo por '·Centro Ao-rícola (le Nuevo León/' bernador. Ace~tada que f.ué la idea de que
~
el Centro Agncola estuviese representado
la Junta de Escrutadores de Villaldama,
ASAMBLEA DEL DÍA 21 DE FEBRERO
en la Cámara Central de Agricultura, el
Regidor 3. 0 del Ayuntamiento de aquella
DE r909.
mi"m() Sefü,r Zambrano expresó la conveMunicipalidad, en sustitución del Sr. Ma--niencia de que el nombramiento de DeleEn v_eiotiuno de Febrero de 19091 á las ,gado fuese b~cb) en persona que para ma11uel Botello que renunció dicho cargo.
diez de la mañana, reunidos previa cita- 1yor facilida i por lo que toca al desempeño
ción, los Señores Adolfo Z-imbrano, Cons• / de la función que se le confería, radicase
PROGRAMA.
tantino de Tárnava, Miguel Ferrara, Ma- en la Capital y que, al efecto, proponía á
nuel Alaníz Taméz, Rafael Nájera, Aure- 1la consideración de los Sres. presentes el
Que el R. Ayttntamimt~ de esta Capital, lio Lartigue, Arnulfo Berlanga, Lic. Pe. 1que aquel representante lo foera el Sr.
d! acuerdo, e!i lo q,u concierne, con el C. iro Benitez Leal, Ingeniero Manuel G. Manuel Garza Guerra; lo que desde 1uego&amp;_en~~a/: }eje de Armas en esta Plaia, se Rivera y Lic. Rg,fael Dávila, en el Sal6n se aprob6, así como la designación del Sr.
sir~w dis~oner para c~1tmem~rar el XLII Verde del Palacio de Gobierno de esta · Ingeniero :&gt;n. Miguel F. Martínez, en ca•
amversano de la gloriosa victona alean- Ciuda'.l, bajo la Presidencia Honoraria del lidad de suplente.
zada m Puebla el
Sr. General Bernardo Reyes, quien bonA propuesta del citado Sr. Zambrano se·
2 de Abril de 1867.
dados-imente acepto la invitación que para aceptaron pua aumentar el número detal objeto se le hizo, se declar6 legítima• los socios con que cuenta este Centro á
por las tro.._bas re/mblicanas q1te m .u tdaba mente instalada la Asamblea Geaeral del los Sres. José Armendaíz, Patricio V. Milen Je./11 " 1 lnclito caudillo,
Centro Agrícola de Nuevo Le6n.
mo, Vicente Ferrara, Lic. Carla;¡ Lozano,
C. General Porfirio Díaz.
Acto contínuo hizo uso de la palabra el Alberto Radziville, Mariano Hernández,
- -oSr. Presi lente Honorario Gral. Dm B~r- Isaac, Garza, Manuel Cantú Treviño, Er~
I. Al despuntar el alb1 se izará el Pa- nardo Reyes. para minifestar que el Presi aesto Madero, Ign'.:lcio Albo, Manuel Alabellón Nicioo.al en to:los los edificios pú- dente efectivo del "Centro Agrícola de níz Taméz, Carlos dP. la Garza, Francisco
blicos, sieo.do sal u fado con salvas y repi- Nuevo León'' había citado para esta Asam- G. Sada y José María Lozano.
'-Jues á vuelo y por la3 han ias y másicas blea, con el objeto de discutir lo relativo
La Secretaría infonn6 extensamente
tniiitares, que, despre 1diéadose de la Pla- 1 al mejor funcionamiento de aquel "Cen- acerca de los trabajos que se habían lleva.
za Z:1.ragoza, recorrerán las princip~les tro'' y todo lo que fuere necesario pua do á cabo durante el período transcurrido
caHe, de la C iudad, ejecutand'.&gt; togues y reorganizarlo, am;&gt;liarlo y vigorizarlo. desde la última J unta y dió cuenta de que
pieza;; alusivas, para dirigirse, en seguida, Qne consecuente con estas ide1s había se h 1.bían recibido numer0sas é importaná sus cuarteles.
.
acepta lo gustoso la invitación qne se le ha- tes n otas ele lu Secretaría de Fomento, así
ll. D ~ 9 á .::r a. m., tocará U 'la ruú-,ica bía hecho p1r,1 presidir esta reuni6n, para como folletos, estudios, semillas, etc, etc.
en h1. Pla ,;a Z aragoza.
mlnifostar per sonalmente, com1 lo hacía,
T omándose en considerac·ón de qne au n
III. A la;; 1 2 a. rn. , S ! repe:irán la :; á l as personas que integran ei "Cen t ro estaba peuiiente lo relativoála formaci6n
s 1lv-l1 Y rep ques á vuelo, d;! q·Je S':! habLi Agric0la de ::\"uevo León'', que el Gobier- 1e los Est1tutos del CeJtro Agrícola de
1
C':1 el númi:ro I.
no del E 5t1d0 estab1 p ronto, como siempre Nuevo L eón, se acordó aumentar ei persoI \' .. ~ las 5 p. m., lo, cncq.lJS d e la h1 e;;taio, t rat~ndose de todo aquello q ue nal cie la comisión encargada de elh, qneg .1.arn1clón de est::. pla1.a, f &gt;rnnrán e 1 c0- sig nifica adelanto y prog rt!so, á prestar s u dando ésta integrada en ia forma siguienl m n xa d.! h·m or, sob::-~ e~ extr~nn Sur de. efi cár. ay:idaJ que desde lueg,) ponía á dis- te: S res. Aurelio L artigne, Arnuifo Ber-

En la presente semana.

PERI QD!CQ Qf ICIA l.

l

¡

�PEUJODICO OFll'L\L

PERIODICO OFICIAL.
langa, ConHautino de Tároava, Miguel 1 1&lt;:scandón, R,¡,re,entantc de la Compaiiía 1 .-\rtículo 6' Con las reformas Y adicioFerrara y Lic. Rafael Dávila. Igualmente del Ferrocarril?~ Hidalgo y ~ordeste, re- 1nes á que_ este Contrato se refi~re, qu_edan
se aumentó el personal de la comisión de 1 forma•!':º y a~1c1onando los Contratos de en tode vtgor y fuerza las esttpulac10nes
,o~,:&lt;,1nn _relat,rn,. f~cha, 2 de Febrer:? d~ de la concesión de 2 de Febrero de 1878 y
salarios, la que quedó compuesta de los
Js,s, 111m!t1tcado en 2·&gt; de \la,·1.0 de J90., r I
t
t ·
Sres. Lic. Felícitos Vlllarreal, Lic. Domin- de Septieml,re de Jssn.
contra ?s pos enores., .
.
go Tre,·iiio, Gustavo Dresel, Ingeniero
l\1éx1co, Agosto vemtmueve de mil no.Manuel G. Rivera y Lic. Pedro Ben!tez
Artículo rº Durante el término de la vecieotos ocho.-let111dro Fcllladc=.-CuiLeal.
coost1 ucción de la parte de la Hnea que llcr1110 de Landa J' Esca11dó11.
1
No habiendo más asuntos de momento fa'.ta para llegará Tuxpam la Empresa.
Es copia. l\Iéxlco, Agosto ,29 de 908.
de que tratar, ~e levantó la sesión.
de conformidad con lo ,stab:ecido en el l,i/{,,•rto ,lf,,n!1d. S~1bsecre~~:10.-Al GoEs copia qae certifico. Jhnterrey, M~r- articulo ¡5 ele la_ ley sobre Fer;~carriles, bernador del Estado de :\u.:,o Leóo.w S de 1900 R·rt,,cl /l,í,•i!a, Secretario. f,cb:i, 29 de Abrtl de 1899, podra 1mportarfMooterrey.
·
libre de toda c!ase de derechos de impar- .
.,.tación ,~aduau&amp; y ~e impue,to~. ya sean - - - - - - - - - - - - - - - - ª¡ ést,,s federales ú \ocales, los materiales
____ - - -- ~ ---,----7"'"~+-' comprendidos en la clasificación del artku- _________________
.
~ . d
C
•
•. • l 10 í-+ de la citada ley sobre Ferrocarriles,\
Sec1eta11a._ e 1 r,me 1to, o 10111zac1on e
, . • . d
S
t , d C
·
República Mexicana Presidencia Mu
. ·. d ¡ I' -· ¡
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que a 1mc10 e 1a ~ere a.na e omun1,
, •
·
Ob
P'
bl'
nicipal
de Doctor A-ro«o
l nd u,tna e a ,e¡mo 1ca ,, ex1cana.
cac10ocs y
ras
u 1cas, sean nece ,
'. J • -Estado de
sarios s6lo para la construcción y para Nue,v~ Le~n.-En_ la Cmdad de Dr. Arra¡;()LICITUD pre,.enlada ante esta Secretaría poner en explotación aquella parte del yo, a toó diez y ~e1s d!as del me _i'e Febrepor el Sr. Luis Medina, pidiendo concesión
ro de mil novecientos n~eve, siendo las
para aproycchar, como riego, las aguas del Ferrocarril de Hidalgo
Articulo
2°
La
subvención
á
que
tiene
cuatro
de la tarde y reunido el H. Aynnarnnu ele (.hHnas, dd Estado de N ue\'O
Leóñ. 1a cual de conformidad (:011 las }(!ye~ derecho la Empresa según el Contrato de tami~nto en su Sa:la de acuerdo~, «;l _Sr.
de la materia, se manda publicar por fres 23 de Marzo de 1903, por el cual se modi, Presidente procedió á sortear un 10d1v1~u_o
veces, durante un mes, para que las perso• fie6 el articulo 19 de la concesión de 2 de e1;1tre los empad_r?nados de este M~mc1nas que ~e crean con derecho, se presenten
;Í. al&lt;'garlo en el término señalado, contado Febrero de 1878 será pagado por seccio. p10 para el scrvtcto ele las arruas, habiendo
nes por lo meno~ de cien kilómetros con salido desl~nado por la suerte el C'. Tea,dt&gt;sde· \;i ft'-1..·lw dL~ l.t primera puhlicación,
Una estampilla de á cincuenta ccnta- arreglo á lo preceptuado en el párrafo II, doro Jaram11!0, soltero y de veinte años
vos debidamente cancelada.
artículo 77 de la relacionada ley sobre Fe- de ed2:d_. Co~ lo que.;e dió po'. terminada
rrocarriles en rdaci6n con lo dispuesto en esta d1hgencta, hab1eodose dispuesto JeLuis 1Iedina, ,rn\\'Or de edad v vecino los párrafos IV y V, artículo 158 de la vantar esta acta y sacar copia de ella parad~ la \'illa de Salinas \'ictoria, Estado de misma ley.
remitirla al C. Secretario del Superior
Nuevo León, aiclc usted con el debido
Artículo 3º Se adiciona á: la concesi6n Gobierno del Estado, para los efectos á
respecto comparezco;, exponer: que soy de 2 de Febrero de 1S;S, la siguiente es- que se ~efiere e} art!c~lo octavo de 1,a ley
due,io del rancho denominado "El Cane- tipulación:
respect1va.-Damos fe.-Juan Rodnguez
lo" en iurisdicción de Salinas \ 'ictoria, siArtrculo 4º Se suspende por el térmi Licea.-R Leija.-Aurelio Rodríguez.tuado en la mar&lt;.:en derecha del arro\'O no de tres añcs que comen~arán á ccrrer Jesús M. l\loralez.-José M" Rodríguez.de Comas, y co~io este arroyo es de ju desde la fecha de este Contrato, la obliga- Adolfo Alvarez.-1\.Januel 11!. Pérez.1 sdiccii,n federal. por llevar su caudal al ci6n que tiene la Empresa de conformidad Francisco M. Garda.-1\Ianuel D. de la
río de Salinas. y t'.·ste es tributario del San con el art!culo4º del Contrato de ~oncesión Garza.-Leocadio González, Secretario.] uan que afluyé al BraYo; por tal \'irtud de fecha 7 de Septiembre de 1880, de cons- Rúbrica~.
manifiesto á usted que deseo apro,·echar truir anualmente por lo meno! treinta y
Es copia. Dr. Arroyo, Febrero 19. de
legalmente, los sobrantes de agua que hay dos kilóruttros de vía¡ en el concepto ~e 1909.-Juan Rodríguez LiCt'a.-Leoc~io
en el mencionado arroyo de Gomas, pro- que la obligación para la entrega de kiló, Gonzák::, Srio.
venientes de a\'enidas en tiempo de llu• metros volverá á correr y contars!! desde
·
1 · · · d
d el día en que venza el plazo de tres años República l\Iexicana Presideoch Muv1as, para a 1rngac1ón e Ios terrenos e
3.gricultura de mi rancho "El Canelo'' en, mencionado.
•
nici¡:.al de Doctor Arroyo.-Estado de
cántidad hasta de tres cientos setenta \"
Artículo 5° Quedan nulas y de ningún Nuevo León.-En la Ciudad de Dr. Arrodos y medio litros por segundo, compro- valor p~ra el Ferrocarril de Hidal¡:-o, las yo, á los nueve días del mes de Enero de
metiendume ,t construir las obras necesa prevencicnes del articulo 40 de la conce- mil novecientos nueve, siendo las nueve
rias en el lecho del \'a citado arro\'O de sióa del Ferrocarril de Puebla á Izúcar de de la mañana, y reunido el H. AyuntaGomas en el punto denominado el jabon Matamoros fecha 6 de l\Iayo de 1878 que miento en su Sala de acuerdos, el Sr. Pre·11
· d
que habían sido aplicables á aquel, se!1'Ún sidente procedió al sorteo de un individuo
c1
o como
á í 20 metro, más a 1¡a¡o e Ia
~ entre los ampadronados de este Municipio
presa
del rancho
de ¡ l · rruti:i.s y á 3 . Jo estipulado rn el articulo 5° del citado
60
05
3
metros más ,rriba de la presa del nncho
Contrato de concesión de 7 de Septiembre para el servicio de las armas, y resultó
del lllesquital, en la inteliiencia de que de r8l:io¡ en consecuencia, se dadara iub- designado por la suerte e1 C. Jacinto Ava•
las personas que tienen sus respectÍ\'as sisteote para el Ferrocarril de Hidalgo el los, soltero y de veinti,éis años de edad.
tomas más abajo del lu~ar en donde pre- artScu1o 38 de la concesión de 2 de Febr€- Con lo que se dió por terminada esta dilitendo cnnstruir la r:iía, no se pequdicarán ro de 1Sí8, que á la letra dice:
gencia, habiéndose dispuesto lwantar esen nada, porque no aprovechan en tiempo
"Artículo 38. Las oblig,-ciones que con- ta acta Y sacar copia de ella p1ra remitirla
de lluvias toda el agua que corre por el trae la Empresa respecto de los plazos fi. al C. Secretario del Superior Gobierno del
ya repetido arroyo, y por consi~uiente de- jados eu este Contrato, se suspenderán en Estado, para los efectos á que se refiere
j:i de aprovecharse en la agricultura.,-A todo caso fortuito ó de fuerza mayor que el artículo octavo de la ley respectiva.usted C. llfo1istw de Fomento, pido y su- impida directa y absolntamente el ~um- Dámos fé.-Juan Rodríguez Licea -!\fa.
¡,lic,, respcctuosamente que, previos los plimiento de tales obligaciones. La sus· nuel D. de la Garza.-T. Costilla.-Matrám1tes de le\·, se sir\'a accedP.r á mi su· pensión durará s6lo por el tiempo que du- nuel M. Pérez.-Aurelio Rodr!guez.-J.
licitud. ~Protesto lo necesario ..-Luis 11e- re el impedimento, debiendo la Empresa I Castañeda R.-José IIP Rodríguez.-Gus•
dina.-..l{úbrica.- -Al Srio. de Estado \" presentar al Gobierno Federal las not;cias tavo Duarte.-- Jesús l\I. Morales.-Leoradel Despacho de Fomento Colonización -é Y pruebas de h ,ber ocurrido un Qaso for. dio González, Secretario.-Rúbricas.
lndustrí,1tuito ó de fu•rza mayor del carácter men.
Es copia. Dr. Arroyo, Febrero 19 de
Es cDpia.-México, tliarzll 2 de r o . cionado, dentro del término de tres meses r909.,-j11an Rodrígut.: Lice,r.-..Leocadio
9 9
-.E. O. M. -E. Jlartínc= llaca.
de haber comenzado el impedimento, y só- Gow;ft/,,, Srio.
m. , 2 . a. ,
lo por el hecho de no presentar tales 00 •
9
___ 9 3
ticias y rrue,has dentro del tiempo señaia.
República l\Iexicana Presidencia IIJndo, no
podra
ya
alegarse
por
la
Empresa
nicipal
ele Docto r A rroyo. - E stad o d e
· • ·
•
.
•
Se&lt;rekrfa d&lt;' Ce mu nicaciones y Obras en mog~n tiempo. 1a c1rcunst:mc1a de ca•¡ Nuevo León.-Eu la Ciudad de Dr Arro•
Públicas. -1\Iéxico.-Sección Segunda.
so for!mto ó de f~erza mayor. Igual~ente y~, á los ocho días del mes de En~ro de
Tres esta,aríllas por valor en junto de debera la Empr1; ~ presentar al Gob1eruo mil no,·ecientos nueve, siendo Jas diez de
quince perns, debidamente canceladas.
Federal las nGttctas Y pruebas ¿e que los la mañana:
u Id ¡ H A
·
trabajos hau continuado en el acto de ha- en su Sa'1• yderea n do e 1's yup11ta~d1euto
CON'TR '\ TO
b
d 1·
d'
, ,
..
cuer os, e r
rest ente
1
•
•
er ~es1 e 1mr~ t~ebnto o a lo sumo den procedió al sorteo de un individuo entre
,
tdrol e os medses e a er_ cesado, hacien, los empadronados de este l\Iun1·c1·p1·0 para
Celebrado conforme a la ley snhrc Ferrocarri- o a expre~a a presentac16n dentro d ¡08 ¡
· · d ¡
les, fecha 2'1 de Abril de JH1!1, entre el C. dos meses si ui
,
.e
e serv1c10 e as armas, y result6 desigLeandro Fernández, :C,ecretario de .Estado
g entes a los,d,os menciona- nado por la suerte el C. Zeferino Guevara
y del De,-pacho de Comunicaciones y Obra,. dos: Solamente se.abonara a la Empresa soltero y de veinticinco 3 d d d C '
PC1blicas, en representación del Ejecutivo el tiempo que hubiere durado el impedi- Jo que se dió po t
• ~os e e a.·. on
de la l"nión. r el C. Guillermo de Landa y mento 6 á lo sumo des meses más •
. h abié n d oser dispuesto
e_rmtna a levantar
esta d1ltgen•
c1a,
esta

GOBIERNO (;ENER~4.L.

GOBIERNO DEL ESTADO.

°

I

i!.Cta y sacar copia de ella para remitirla al' pas y vecino de esta Ciudad, por el delito de\ cuantía, se debe ap'.icarle de seis meses de
C. SecreLrio del Superior Gobierno del abuso de confianza: Vistas las dilige11 1 arresto á un aiio de prisi6n de acuerdo con
Estado, para los efectos á que se refiere el cías del sumario practicadas en averigua- lo preceptuado por el articulo 356 fracci6n
artículo octavo de la ley respectiva.-Dá, ci6n del delito, sus circunstancias y autor, Ill del Ordeuamento citado¡ quedando á
mos fé.-J uan Rodríguez Licea.-:\Ianuel la requisitoria del :Ministerio Público, la I juicio del sentenriac'or ,tomar entre esos
D. de la Garza.-T. Costilla.-:\Ianuel defensa presentada por el patrono del acu- extreruoq lo que esli111c como justo castigo
M~ Pérez.-Aurelic Rodríguez.-J. Cas sado y la sentencia que el Yeiutidós de según la gravedad del delito.~ sus circunstañeda.-Gustavo Duarte.-José ?11~ Ro- Septiembre próximo pasado pronunció la \tancias, pués así lo autoriza el a:tículo 65
dr!guez.-Jesús :-P Morales.-Leocadio Autoridad instructora, por la cual conde- del expresado C6dtgo Penal.
González, Secretario.-Rúbricas.
na al procesado á sufrir la pena diez meConsiderando tercero: Que asi misl)Jo
Es copia. Dr. Arroyo, Febrero 19 de ses de arre,to á contctr desde el nintiuno se debe hacer efectiva &amp;1 no, una multa
1909.--juan Rodríguez Lt'rrn Le&lt;&gt;eadio de Agosto del coriente afü1; y á enterar eo igual á la cuarta parte de la suma de que
Go11::ál,=, Sriq,
In Recaudaci6n de Reutas del Estado, dispuso, por exceder ésta de cinco pesos,
--una multa de sesenta pesos ó sufrir en su de conformidad con lo pre\'eoido por el artíJuzgado Constitucional de Cerralvo.- defecto sesenta días más de arresto, man- culo 351 del Código Penal¡ debiendo sufrir
Nuevo Le6n.- En la Vilh ele Cerrah-o á dándolo amonestar para que no reincida. en defecto de pago de tal runlt.i el arresto
los doce d!as del mes de l\larzo de mil no- en el delito y deja al ofen-lido sus derechos! correspondiente en los términos ~ue estavecientos nue,·e, ~ieodo las cuatro de la á salvo por cuanto á la responsabilidad blecc el artículo I q del propio Códitarde y estando reunido el Republicano civil. Visto el pedimento Fiscal en sentido go.
Ayuntamiento en su Sa1ón de Acuerdos, de que se confirme esa resolución, la defen- 1;onsiderando cuarto: Que en toda seuteoprocedió el C. Alcalde de 1". que suscribe sa ante esta S1la, citación para sen ten- cia condenatoria se prevendrá que se amo,
á sortear uno de los in&lt;li\'idttc,s que para cía y cuanto más debi6 verse y se tuvo oeste al sentenciado para que no reincida,
el Ejército Xaciooal le falta dará este, presente¡ y
explicán'.lole hs pen,s á que se expone en
Municipio en el presente año Fiscal, ha- 1 Resultando primero: Que de la iufor- caso de contra\'enci6n, debe abonár,ele el
hiendo resu'tado designado por la suerte mativa del ofendido Sr. llfaqui:n·elo de tiempo que haya estado preso durante h
el C. Ramón Rarufrez, soltero, de treinta ILtón, se ,·iene en coi:ocimiento, que en el iostrucci6n y dejar al ofendido sus derey cinco años de edad.-C'on lo qne se dió mes de Diciembr~ del año próxiwo pasa- chos á salvo por cuanto á la responsbilipor terminada la cliligencia, levantándose do el acusado Tomás Altamirano, contrató dad civil.--an!culos 182, 20S y 287 del
la ~resente acta de la qt~e. se 1!1aodó, sacar una gruesa ~e zapatos en la casa de lo_s repetido Código Penal.-Por lo expue• te,
copia, para que sea rem1t1da ala Sna, del Sre~. Hernandez Hnos. Sucs. co.cnum- de acuerdJ con el parecer fiscal y con zpoS~perior Gobier;10 de_l _Estado, de contar- cándalo luego al mismo_ Sr. de Lrón. cl~eñc yo además de lo dispuesto J)('r los artímtdad con _la d1spos1c1ón !egal rclatt\"a. de u_n taller de z_apaterrn, en el que rec1b1~, · culos 10, 35, 3¡, ,10 fracciones I y IV, 45
Por ante m1 el Sno: doy fe.-Guadalupe \al citado Altamtrrano en caracter de of1- fracción IV 47 fracción XII, y 220 del
V. l\Iartíoez,-:Fr~ncisco A.rce.-Gu_iller- cial, y como le conviniera procedi:ron á Có-iigo Penal y 163, 411 y 429 del de
mo L6pez.-N1cas10 Garza.-Antonto S. manufacturar el zapato, el cual terminado, Procedimientos Penales se confirma la senGonzále~,-:-Alejandro. Benavides.--Dr. 1entregaron en la expresad,a casa, recihien- tencia que se revisa y' se falla. Primer:
~ablo l~;ªºJºSa,-:-Zena:do _López.-C. So- ¡ do por eoton_ces, una ord1;n de pago ~ fa-¡ 1:'omás Altamirano es responsable del delis Gutle~rez, Sno.-R'.tbncas;
vor de Altamirano que fue el contratista, hto de abuso de confianza de que se trata,
Es copia del Acta on_g111al a qu: se re- fq_uedando _aquella en poder del ptopietario, en e,ta causa, y se le castiga por tal cielito
fiere, sacada para rem1~1r al Superior Go- Sr. de Leoa, y al. tercero día hábil para con la pena de diez meses de arresto que
blerno del E;stado; firruandoseen Cerralv?, hacer e~ cobro, el_,rnculpado se prese:,tó á se contarán desde el veintiuno de Agosto
á los ~oce d1as del mes d~ l\Iarzo de mil su patron ~r~polllendo!e,. que lu:go que al- del año ea curso en que se le declaró bien
novec1en~os nue".e: !)~Y fe. G;1adnl11/'.
morzaran 1nan á rec1b1r ~u importe¡ y preso. Segundo: Se le condena también á
P'. Mar/111&lt;'~-- L. .So/1s (,11/1,·rrc, Sno. consec~ente de Le6n, espero el regreso de pagar en la Recaudación de Rentas de!
Altam1rano par.a lleva_r la ord~n y recihir Estado en esta Ciudad, una multa por valor
Presidencia Municipal Cadereita Jimé- 1u valor¡ pero este fue solo y srn la orden de sesenta pesos 6 á sufrir en su defecto
nes.-Nuevo León.-En la Ciudad de Ca- recogió el dinero que ascendió á la suma de igual número de días de arresto. Tercero
dereita Jiméne1,, á los veintiséis días del docientos cuarenta p~sos y no volvi6 más Se amonesta a! sentenc:ado para que no
mes de Febrero de mil no,·ecientos nueve, a_l expresado tal)e~, _s11'.o que en Agosto úl; reincida, explicándole las penas á que se
siendo las cuatro de la tarde y hallándose timo fecha de la 101ciac1ón de la causa fue expone en caso de cootrannción. Coarto·
reunido en su mayoría los U. C. que for- aprehendido y redi:citlo á prisión en vir- Se dejan al ofendido sus derechos á salv~
man la corporación municipal, en su Sa tud d~ que el ofendido habí~- dado p~rte á por c~_ai:t? á la resP?nsabilidad civil. Quin'.ón de Acuerdos, el C. Alcalde r . que la pohcrn cuando desaparec10 Altamtrano. to: ::,..;0·1f1quese y s1 dentro del término le~uscribe procedi6 á sortear uno de los in- Re~ulta;1?~ segu11du: Que el acusado, en gal no se interpone retttrso, expíd~nse
dividuos que le falta para cubrir el Con· su mqumttva, confiesa los hechos detalla- los testimonios de estilo, poniéndose al
tingente de hombres que le fué asignado dos en el precede_nte result;mdo, agreg•- reo Tomás Altamirano á disposiciSa del:
en_ el presen!e ~ño fisc~l, para cnbrir_ las do sólo ~.ne el d111ero_, le fue robado, por- EjecutiYo del Estado en la Penitenciaría del
~¡as del E¡erc1to Nacional y rernlto de- q~e hab1endose embnagado se qued6 dor- mismo, hágaoe la transcripci6o correspons1gnado por la suerte el C. qoofre Castro. mido en una_ d~ las call.es de la Ciudad y diente y archÍ\•ese la causa. Así defioiti:s~ltero, ¡ornalero y de tremta )'. ~uatro ¡ al recordar sm el no q111,o presentarse de vamente juzgando lo resolvió y firmó el
~u?s de _edad. Co? lo que se termino esta ese mo?o ~1 Sr. ~e León_, po~ cuya razón, C. Lic. ~facedooio E. Taméz, ~Iagistrado
mhgenc1a, levanta~dose la presen:e acta, 1se fué a pie á Saltuas V1ctona y de alli á de la segunda Sala: doy fé.-Lic. M. E.
de la. .que
para
N &gt; T • Bena v1"d es.- S no.·
, lse Smando
. sacar
'd d una
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'd ' Laredo en un ,tren de carga ' regresando ..,,ame'z-L1'c
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remitir ~ " upenon a , e ;ºn orru1 ad Ien Agosto último, con el proposito de are• Rúbricas.
con lo ~1sp~esto por el Art. 8 . de la Ley glar esa cantidad con su dueño, pero fué
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sobre Contingente de hombrts
que
debe
aprehendido
y
no
tuvo
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de
1iacerlo·
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firmó el C. Alcalde ¡9 Doy fé.-Policarpo entrega del zapato con el dicho del testi- L r: una e ust1c1a.-, onterrey, Nuevo
Gutiérrez.-Severo García, Srio.-Rúbri-\go Juan Salinas. '
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cas.
Considerando primero: Que el delito de
ontei:rey, ctu re e mil novec1e~tos
E_s c?pia sacada de su original Caderei· abuso de confianza motivo del proceso con och_o.dV1t~ esti3 causa co~enzada_á msta J1me1:1ez? _Febrero 26 de 1.90~ -Poh- la informativa del ofendido, la conf;sión tr~:- e o c10 de cato;cC e Se~t1embre
r,a1¡,o (,11/1,rre:;.-S. G11rcí&lt;1, Sno.
ldel acusado Y las demás constancias de au- tpr - d1m10Jasa opantel de l Juefz 2 -~e Let
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amo eoa e a 1~ raccton Juos,
aci:? 0 por si so 1a prueba plena, dicial del Estado, contra Manuel Treviño
1
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;!~:~ndii°c~~rn: d ;req~~it?s del ele_ diez y o~h?, añ_os de edad, soltero, clo:
----Penales: q(ie del mis~o e lO~oce lt°;l¡entols mestlco, ong10ano d_e mazapil. E. de Za. .
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n º• es a ega · catecas y de esta vecindad por l s d l"t
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Secretaria de la 2~ Sala del Supremo mente ¡usttficado, que el autor del propio ele O
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Tribunal de Justicia.-Monterrey, ::--;uevo delito. lo es el mismo encausado qnien pr:ct1c~11 r~u e.~ 1 as
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León.
por lo tanto queda e
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ampren I a en e 1 ar- t, na del C ,'\
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Monterrey, nintiséis de Oct·tbre de tículo 32 del Código Penal
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· .dgeo e led '. lllIS eno u ·1
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comen~., o a mstrmr &lt; 1ec10c 10 Le A&gt;!;OS• q 1_ se trata está c&lt;•mprend•do para el cas- cia dictada e1 treint 'd~ S · '• · 'l ·
to último, por el C. Juez primero e_ Le_- tigo del responsable en el artículo 3s6 re- 1110 l)ü! el 1- "d J~ " d epLtlem ore u. lltras
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, , f ~rl!:?a do d e1 C 6d.•go ' Penal, qneprev1enes&lt;. tenirndo ! k llIen o l T
uez .·-e etras qmen
. de- Ramc
. . , p eua,l d e •a pm:J&lt;
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c1ón J;1r'1c1a, del Estado, co tra 1 omás imponga i: reo de tal ,Je lito la pena cu eco- los delito a a'c anu1 . re~ mo como autor e
A1t1m1rano, so;tc-ro, za¡.,¡¡tero, de ve:ntiséis rr~spoodería si le u JÍera CC'lletido u~ robo Jo conde ns' áumf _a~,)s ne r~bod Y frau·t•
0
años de edad, originario de 11ier, Tamauli- , sin violencia, por locue
ateodiendoá laf mes•s
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r;; 11cas
~ pena
a iez yY siete
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y scseuta

I

SECClON JUDICIAL.

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y

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•

�PERIODICO OFICIAL.

4

PERIODICO OJ;'ICIAL

I

días de arresto, lo inhabilitó por diez años a~ reo para que no reincicia en el delito por Quin!o. Se dejan á salvo sus derechos al
para toda clase de honores, empleos y car- que se le castiga explicándole las penas ofendido por lo que respecta á la respon ..
gos públicos v mandó amonestarlo para á que se expone y se le abonarán los _su- sabilictarl cid!. N'otifíqnese. Vistos el dic.
que no reincida dejando al ofendido sus frimientos que haya tenido durante la rns- tamev del C. Ministro Fiscal, lo alegadc¡
derechos á salv~ en cuanto á J.a responsa- trucción, dejándose á la parte ofendida sus ante esta Sala por la defensa de Oficio y
bilidad civil.-Vistcs el dictamen del C. derechos á salvo en cuanto á la response- el auto de citación para sentancia con cuan
Ministro Fiscal, lo alegado ante esta Sala bilidad civil si como en esta causa ningu- to más deb:ó ,·erse y tener presente convipor la defensa de oficio y la citación para na gestión se hubiere hecho sobre el par- no; y.
sentencia, con cu1nto más costa de autos. y tícular. artículo 182, 208 y 28¡ del referlResultando: que en la fecha de inicia.
Resultando: que siendo el procesado do Código Penal.-Por lo expuesto y con ción del proceso, andando Manuel Moya
Manuel Treviilo mozo del Sr. Fidel Se- apoyo además en los artículos 5, ro, 32, algo ebrio por las calles de General Te-púlveda, vecino de esta ciudad, unos cuan- 49, 88 1 115, 225, 348 y 392 del mismo Or- rán. á las tres de la tarde más ó menos
tos días antes de la fecha de iniciación de denamiento se reforma la sentencia de que pasó frente á la casa del Señor Artuésta causa el expresado Treviño se apode- primera instancia que Ee revisa y se resul- ro García, vió dentro de ella tomando caró de una pistola pertenecienteá su patrón. ve: Primero Manuel Treviño es responsa- fé á J uvencio García hermano de Artu~o
la que éste tenía guardada sobre una ca- ble como autor de los delitos acumulados y Zenón Rodríguez, y como se ac_ordara
ma debajo del colchón. y aquel mismo fué de robo y fraude de que se ha hecho mé• que éste una de las noches antenres lo
luego y la vendió en la suma de siete pe- rito y por éstos delitos se le condena :i su- había injuriado, le habló para qne saliera,
sos á un arabe, de quien fué recogida la frir la pena de un año, cuatro meses, veín- como lo hizo Rodríguez, retirándose ampistola en cuestión y previo recibo en au- ticuatro días de obras públicas. y sesenta bos un poco de la casa, donde se pusieron
tos se devolvió á su dueño, después de que y nueve día, de arresto que se contará des- á discutir hasta que Moya, sacando una
los peritos nombrados al efecto la valua- de el quince de Septiembre próximo pa- navaja que portaba, infirió una lesión.
ron en 1:i suma de veinticinco pesos.
sado en que se le declaró formalmente pre- en la cara á Rodríguez, quien como no te.
Considerando: que durante la instruc- so. Segundo: Se le condena también á pa. nía arma, corrió á refugiarse en la casa de
ción se justificó debidamente en los térmi- gar en la Recaudeción de Rentas del Es- los Garcías, pero durante la carrera lo pernos del artícttlo 163 del Código de Proce- tacle en esta ciudad, una multa de seis pe- siguió su adversario causándole otras tres
&lt;limientos Penales, de la existenc:a de los sos, sesenta y nueve centavos ó á sufrir lesiones más, situadas en la región escadelitos de robo y fraude, como que el au- eir su defecto trece días rnás de arresto pu lar izqu·erda, externa! y costal lado de~or de dichos delitos lo fué el procesado Tercero: Se le amonesta para que no rein- recho, respectivamente. El Juzgado dió fé
.\llanuel Treviño según se desprende desu cida. Cuarto: Se le inhabilita por diez años de todas esas lesiones, las c,,ales fueron
propia confesión judici'al que por si sola para toda clase de honores, empleos y car- clasifisadas, por los Fecnltativos que atenhace prueba plena en virtud de reunir los gos públicos. Quinto: Se dejan al ofendí· dieron al ofendido, como de las que no porequisitos que para ello exije el artículo do sus derechos á salvo en cuanto á 111 ner. ni pueden poner eu peligro la vida y
4r5 del Código citado y es'.á corroborado resp:Jnsabilidad civil. Kotifíquese y dese curan antes de quince días, dejando la de
con_ las ~emás diligenrias del sumario .. , cuenta. Así lo resolvi? y firmó el C. Lic. la cara, cicatriz perpetua y notable; y.
Considerando: que el robo en cuestion Leobardo Chapa Magistrado de la r~ SaConsiderando: que con la fé judicial
por haberlo cornetido un sirviente contra la, doy fé.-Llc. Leobardo Chapa,-Lic. con el dictamen rendido de los Facultati'.
s;1 amo se casti¡¡-a según lo P:eviene el ar- Eleuterio Lozano,-Srio,;--Rúbricas,
vos que curaron al ofendido y principalt1~ulo 363 fracción I ~el Cód~go Pena! ~on
Jl._ionterey: dos ~e Noy}embre
mil no- mente con la propia co1¡.fesión judicial dd
seis meses de arresto a dos a"ttos de prisión vec1entos oc110.-No hab1endose 1nterpues- procesado durante la instrucción quedó
1
ú obras públicas á cuya pena se agregará to recurso alguno de la anterior sentencia bien justificado en los términos del artíla de tres á noventa días de arresto que d~ntro _del término legal, con fundamento culo 154 del Código de Procedimientos
corraesponden por razón de la cuantía. ar- de lo dispuesto en el artículo 451 del Có Penales la existencia del delito de lesi&lt;1•
tí_culo _356 frac~i?n I y 359 del mismo Có- digo de Procedimiell:tos Pe~ales, se decla- nes inferidas á Zen6u Rodríguez por Med1g:o srn ,per¡u1c10 de imponerse una mu!- ra 9-;te ha causado eJe:uton~ dicha reso- nuel Moya, _de la manera antes expresata 1gna1 a la cna;ta pa·te del v~lor de lo l:1c1on, en cons~cuenc1~, exp1danse los tes- da, cuyo deltto es calificado por que al corob_ado por que este exede d; crnco pesos, tuuonlos d_:_ es;1l~ poll:1~~dose al r_eo ~fa- meterlo el P;Ocesado hubo ventaja de su
y s1 aquella pena resulta mas grave que nuel Trev1no a dispos1c10n del EJecutlvo parte pués el estaba armado é inerme la
la de arr~~to 1:;ayor debe aplicarse adem_ás d&lt;;I Estado en la ~e~itenciaría del mismo, víctíu'.ia, artículos 492 fracción IV y 51 2
1~ lnhab1,1tacion correspondiente por ?lez haga_se la transcr1pc1ón c&lt;?r:espondiente y d~I C6digo Penal; tambien debe tenerse
anos para t_od~ clase
honores, empleos arc~1vense l;is autos. No_t1f,quese. Lo de- dicho delito como ejecutado fuera de riña,
y cargos pubhcos. articulas 50, 351 y 352 creto y firmo el C. Magistrado de la 1~ por que en la comisión del mismo no hudel Cód_igo c1ta~o.
.
.
Sala doy fé,--:-Lic. Ch~pa,-Lic Eleuterio bola contienda de obra á que se refiere la
Cons1de~ando: que el frn~de se castiga Lozano,-Sno. -Rúbncas.
parte final del artículo 53 del Código úlatento lo dispuesto en el articulo 395 frac--timamente citado.
ci_ón I ~on la misma pena q_ue el robo ~in
Secretaría de lar"' Sala del Supremo
Considerando: que las lesiones que suv10lencia, s1Endo la de tres a n;ivent_a dia~ Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nuevo frió Rodríguez, son de distinta naturalede arresto la que correspon~en;i aplicar s1 León.
za, según se desprende del dictamen méen ~: dso se_tr;tara defl delióto u1tunabmenMonterrey, veintinueve de Octubre de dico legal, más como fuerán el resultado
te :ILa o. art1cn ° 35 6 racc1 n 1 arn a re- mil novecient0s ocho,-Vista esta causa de un hecho ejecutado en un solo acto
fendo. .
comenzada á instruir de oficio el veinti- debe castigarse al procesado únicament~
Consider?-ndo: que fayorecen al proces~- orho de Julio del año en curso ante el Al- con la pena que corresponda por la lesión
do las at~nu~?tes de_pn~era cla.se que Cl· calde 2 ° de Gral. Terán , contra Manuel que dejó cicatriz perpetua y notable en la
tan las f1~cc ones I } I\ del articulo_ 40 Y Moya, casado, labrador, de cincuenta años cara al ofendido; que en el caso de que se
le per¡ud•ca la ,agrava~te de_ ~;rcera a que de eda~ y originario y ':ecir,o de Ja expre- trata es la más grave, teniéndose las tres
se rehe1e el ª1ticu'.o 41 fra,ccwn I~ por lo_ sa~a Villa ~e Gral. T~r_an, P?r el delito de restantes como circunstancias agravantes
que superand? el' alar de esta sobie aqt'.e- les10nes. Vistas las d1hgenc1as del suma- que el suscrito califica como de primera.
lla en una unidad, de acuerdo con lo d1s- rio la confesión con cargos tomada ¡
clase cada una d JI • t' ¡
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1
, ¡
•
'
a pro·
e e as, ar 1cu os 45 ~ac6
puesto en ?s _articu os 35 a 37, ~ Y 220 cesado y lo alegado en la primera Instan- ción XI y 185 del Código Penal
•
todos del Cod1go Penal procede imponer cia por su defensor Vista la sentenc1·
c 'd d
1
•
·
·
¡ meo t e mayor que el con fecha veinticuatro
.
· de Septiemb a que
o: que as lesiones que de•
una pena proporciona
úl · ous1
· eran
·
medio aritmético de los que fija la ley. timo pronunció el C Juez de Letra:~ · Jan cicatn_z perpetua y notable en la ca1 r:, sedca sti_g~: czn la pena de_uno á tres
Cunsiderando: que como el encausado 7 " Fracción Judici;l del Estado
Treviilo .es juzgado á la vez por dos deli- ¡0 s'guíente -Primero Manuel i-,[eso \lo ~nos e pnsi n obras públicas, dentrn
tos cometidos en autos distintos y no se responsable ·del delito de lesione ~ya, ~B e ~uy&lt;:s extremos_pue?e el Juez, imponer
ha pronunciado sentencia ejecutoria sobre impone por tal motivo la penad\ Y se_ e el ter~rno ~,ue estime Justo, artículos, 6 5
ninguno de ellos ni está prescrita la ac• cuatro meses de obras úblicas e res anos Y 5o3 racc1on III del C6digo Penal: que
ción para perseguirlas procede la acumu- tarán desde el día en qpue fu' qdue se codo. fav orecen _al proc~sado las atenuantes, por
1
., con f orme a1 ar t'1cu Jo 27 deI C'd'
e ec
Jac10n
o 1go formalmt:nte preso, y veinte días
m'ara do va1or de
, cmco umdades
., á que se re fi eren
1
Penal y en tal caso al hacer la graduaci6n arresto entendiéndose est
as e os ª:t1cnlos 40 fr~cc1o~es I y IV y 42
de la pena deberá procederse en los térmi- enarta 'parte más de retena 0
con una fracción I del Código citado, y le perjudinos que previene el artículo 200 del mis Segundo: Se le condena ·, CI • tn su caso. tan las tres agravantes arriba mencionamo Código puesto que por cada uno de los Tesorería Municipal d/ G:~:r:1raT en, la dasd por l&lt;; que supera el valor de aquellas
delitos referidos corresponde una prna los honorarios de !os Facult t.
er~u, en os unidades, y en tal caso procede immenor de tres años de prisión ú obras pú- tervinieron en el proceso
ivos qSue ldn- poner una pena proporcionalmente mebll
.
• ercero. e e- nor que el término medi 0 d 1
fi •
cas.
comiza en beneficio del Estado el arma con ley .
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e a que Ja 1a
11
1
10
Considerando: que en toda sentencia que se cometió el delito, Cuarto. Amonés. litd :;:aiif:d~
mo; más como el decondenatoria se pre,·endrá que se amoneste t~se al procesado para que no reincida form
,
• pe~a que resulte con.
e a1 ca1cu 1O antenor, se aumentará.

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en nna tarcera parte de su duración , sien- tercero de la Villa de Salinas Victoria y
Considerando primero: Que la existendo la que así se obtenga, con la que en di- continuacla luego, por el C. Juez primero cia del delito de lesiones de que se trata
finitiva debe de castigarse al procesado de Letras del Ramo Penal de la primera se couprobó. perfectamente con la diligenMoya, artículos, 35 á 37. 47 fracción XII, fracción judicial del Estado, contra Mar. cia de fé judicial de las ~eridas infiridas
220 y 5r5 del Código Penal expresado.
tiniano Pérez y Miguel Avila, por el deli- á María Guadalupe Cast1ll? Y con_!~ cJa..
Considerando: que toda pena de prisión to de lesiones, y en virtud de haberse sobre sificació a que de las m1~mas h1c1~ron
obras públicas por dos años ó más, se seido en favor del segundo, seguida sólo ios Facultativos. del Hospital Gonzalez;
entenderá siempre impuesta con calidad contra el citado Pérez, casado, jornalero- justificándose de igual manera que el prode retención por una cuarta parte m{is de de treinta y nueve años de edad, origina, cesado ~Iartiniano Pér_ez fué el_ ~ut?r ~e
tiempo que se hará efectiva en el caso de rio de la Capital del Bstado de San Luís t~I delito, con su pror:ª. confes1on ¡nd1que el reo observe mala conducta durante Potc3í y, ecfno de esta Capital. Vistas cial que reune los requ1s1tos legales para
el último tercio de su condena, artículos las diligencias practicadas durante el hacer prueba plena-.- artículos 15_4,. 415,
70 y 71 del C6digo Penal.
sumario, lo pedido por el Representante 423 y 424 del Código de Proced1m1entos
Considerando: qne los instrumentos con del Ministerio Público, lo alegado por el Penales.
.
-&lt;¡Ue se comete un delito deberán decomi- defensor de oficio en primera instancia, y
Considerando segundo_: Que atend1en~o
czarse entre otros casos cuando pertenecen la sentencia que el Juez Letrado referido, á la más grave de las les1on_es que s?fr1ó
al delincuente y éste fuere condenado: que pronunció el veinticuatro de Septiembr~ la of~ndida, que es la descrita ~n pnme3
los honorarios de los peritos que intervie, próximo pasado, concluyendo eon los s1- térmrno, ~I deltto que ~ persigue esta
nen en un proceso por nombarmiento ju- gnietes puntos resolutivos: Primero· Mar- comprendido para el castigo ~el responsadicial los pagará el tesoro del Municipio tíniano Pérez responsable como autor del ble en lo~ artículos 503 f:Jcc1ón II Y 505
en que se cometió el delito, á reserva de delito de lesiones por el c?al se le procesa, del Código Pena~ en v!i;-tud , de hal_ier
ser reintegrados por la persona que fuere y se le castiga por tal dehto, con la pena tardado en curar dicha les1011 rnas de q~tndeclarada culpable artículos 102 del Óó- de cinco años, cuatro meses de obras pú- ce días y ser de las que ponen en peligro
digo Penal y 2~0 del de Procedimientos blicas, con calidad de retención y á contar la vi~a, no co'll:prometié?dola en el caso
,del Ramo.
desde el día ocho de Mayo del afio en cur por circunstancias especiales y por tanto
Considerando: que en toda sentencia so Segundo: Amonéstese, al reo para es de aplicarse al reo las penas ~e
ti
-condenatoria se prevenvendrá que se amo- que no reincida, explicándole las penas once meses d7 _arresto ó dos á ~1ecioch.o
neste al reo para que no reincida y se le {¡ que se expone: Visto el dictamen del meses de pns1ón ú obras p~bltc~s. que
.abonarán los sufrimientos que haya teni- C. Ministro Fiscal lo expuesto por el de- fija la primera de aque~(as d1spo~1~1one11
do durante la instrucción, dejándose á la fensor de ofiicio ante esta Sala, la citación y uoo á do~ afíos tamb1~n de pr1s1ón ít
parte ofendida sus derechos á salvo en para sentencia y todo lo demás que debió obras p~bhcas que amerita_ la segunda, de
,cuanto á la responsabilidad civil,_ si como tenerse, presente y.
. _ . conformidad co.n lo pr;v_e01do por el artf-en esta causa no se hubiere o-est10nado su
Resn1tando: Que en la fecha de 1mcia- culo 407 del citado Cod1go Penal.
declaración, artículos 182, 2;8 y 287 del ción de esta c~~?ª• corno_á las siete de la
Co_nside_ra:ndo terc,er?: Que cuando la
repetido Código Penal.-Por lo expuesto, mañana, se d1n¡ian á ple y con rumbo ley f1¡a mm1mum ma~1~uu de una pe~a
con fundamento además eu los artículos, á San Antonio Texas siguiendola vía queda al prudente arbitrio del sentenc1ao
5, ro, 32, 49, 88, 225 1 487 y 496 del r6di- del Ferroearril Nacional Mexicano, el pr?• dor im~oner_ dentro ~e esos extremo~ lo
go Pen'll, 4ro, 4rr, 415, 423 y 224, del de cesado Martiniano Pérez y su amasia que estime ¡nsto articulo 65 del Có~1go
Procedimientos Penales se reforma la sen- María Guadalupe Castillo y al llegará Penal, precepto que es de exacta apl!catencia de r" Instancia y se falla: Prime- un puesto situado entre la estaciones de ción en el caso de que se trata, tentenro. Se condena á Manuel Moya como an- Palo Blanco y Stevenson. se disgustaron do en cuenta para graduar tal pena, que
tor del delito rle lesiones calificadas de que según declara Pérez porque él se sentó en favor del reo, obran las _atenuantes de
se ha hecho mérito, á sufrir, con calidad para componerse uno de sus huaraches primera close de su buena con~ucta ane
de retención por una cuarta parte más de y coguiendo entonces una piedra la citada terior y haber confesado su dehto y de
tiempo en su caso, la pena de dos años Castillo, se la dejo caer en el pie, levantán- se guada por ha?er obrado e:e!t~do por hecu!\tro meses de obras públicas que se con- do luego otra para pegarle con ella, la chas de la ofend:da y le per¡ud1can las atará desde el treinta de Julio del año en cual le quitó el procesado; y como en gravantes de pnme~a clase de hab~r fa!.
curso fecha de su prisión preventiva. Se- esos momentos le dijera su amasia que lo lado á la conslderac1ón que le de~1a ~ la
gundo. Se Je condena i_gualment9 á rein- iba á inculpar ante el Juez auxiliar man- Castillo Pº; su ~exo y l~s c~nst1tmdas
tegrar en la Tesorería Municipal de Ge- chándose para ello el saco que portaba, por los &lt;lemas lesiones que mfinó á aqneneral Terán. los honorarios cobrados por con ese motivo se indignó el acnsdo y co- lla clasificadas entre l~s que n_o ponen
los Facultativos que intervinieron en el g· ó una piedra laja afilada con la cual le ni pueden pone; en pehgro la vida y cnproceso.-Tercero. Se le amonesta para mfirió á su amasia las diez heridas de que rar antes de quince días, y otras ~os que
que no reincida.. -Cuarto. Se decomiza en se &lt;lió fé por el Juzgado, situadas una en se estiman de tercera clase por virtud de
favor del Fisco del Estado la navaja con el límite de las regiones parienta! derecha las heridas que dejan c_icatriz en la cara,
que se cometió el delito. Quinto. Se de- occipital, otra en la región parietal citada las que como·las anteriores se deben tejan al ofendido sus derechos á salvo en extendiendose hasta la cola de la ceja, tres ner como agravantes según lo preceptuacnanto á la resposabilidad civil. Notifí- en la propia región otra en la región oc- do por el artículo 185..del Código Pen~l
quese; y dése cuenta. Así lo rescilvió y fir- cipita la, septima en la región interparie- y la de ser frecuente en el Estado el deh•
mó el C. Lic. Leobardo Chapa, Magistra• tal, la octava en la temporal izquierda, to que también es rte tercera clase; y_como
-do de la r"' Sala: doy fé.-Lic. Leobardo la novena en la parte superior de la re- superan éstas últimas circunstancias á
Chapa.-Lic. Eleutario Lozano.-Srio.- gión nazal y la última en la cara ante las atenuantes en trece unidades, deben
Rúbricas.
rior del tercio medio del antebrazo dere- aumentarse las penas antes: expresadas
Monterrey,· seis de Noviembre de mil cho, siendo clasificadas tales heridas .en- en la proporción que se estime justa
novecientos ocho.-No habiéndose ínter- -su oprtunidad por los Médicos del Hospí- artículos 40 fracciones I y IV, 4r fr~cpnesto recurso alguno de la anterior sen- tal González en la forma siguiente: La c!ón II, 45 fracciones I y XI, 47 fracción
tencia, dentro del término legal, con fun- primera como de las que ponen en peligro XII y 220 del Código Penal
-demento de lo dispuesto en el artículo 451 la vida sin que en el caso la comproinetiConsiderando cuarto: Que toda pena de
del Código de Proce,:ll mientos Penales, se era por circunstancias especiales, curando prisión ú obras públicas por dos ó más
declara que ha causado ejecutoria dicha d~spués de quince días y las demás como alíos se debe imponer siempre con calisentencia; en consecuencia expídanse los de las que no ponen ni pueden poner en dad de retención por una cuarta parte
testimonios de estilo al Ejecutivo del Es- peligro la: vida tardando en curar menos más de su duración en el caso de la ley
tado, poniéndose fl su disposición ~¡ reo de ese tiempo y dejindo la de la región y que en toda sentencia condenatoria se•
Manuel Moya, en la Cárcel Pública de nazal y la de la ct:ja cicatrices perpetuas prevendrá que se amoneste al reo pllra
General Terán; hágase la transcripción y notables, La ofendida declaró que ha- que no reincida explicándole las penas
correspondiente y en su oportunidad ar, hiendo sido lesionada por su amasio Pé- á que se expone;
debe abonársele el
chívese el proceso. Lo decretó y firmó el rez y Miguel Avila sin otro motivo que tiempo que haya estado preso durante la
C. Magistrado de la 1 "' Sala: doy fé.-Lic, haber dicho ésta que en cierta ocasión instrucción y dejará la parte ofendida
Chapa.-Lic. Eleuterio Lozano.-Srio.- ella le habia sido infiel al primero, pero sus derechos á salvo por cuanto á la res
Rúbricas.
practicadas todas las diligencias condu ponsabihdad civil artículo 70 182 1 208
centes para la aver!gnacion del delito, y 287 del propio Código Penal,
Secretaria de la 2"- Sala del Supremo sin que de ellas resultara responsabili- Por lo.expuesto, de acuerdo en parte con el
'l'ribunal de J ustic!a.-Monterrey, Nuevo dad para el citado Avila y en virtud de parecer del C. Ministro Fiscal y con apoyo
León.
la coofesión del procesado Martiniano además en lo dispuesto por los artículos
"Monterrey, veintiocho de Octubre de Pérez de ser el único autor de las heri- ro, 35, 37, so fracción I, 487 y so~ del Có
mil novecientos ocho-Vista ésta causa, das de que se ha hecho mérito, se sobre- digo Penal y 4u del de Proc~d1mlentos
empezada á instruir de oficio el veintidós seyó en, favor de aquel .cont1nuándose la Penales se reforma _la sentencia que se
de Marzo del afio en curso, por el Alcalde causa solo contra el último.
revisa y se falla: Pnmero: Se (condena á.

?ºs

�PERIODICO OFICill.

6

,.

PERIODICO OFICIAL.

nd
Martiniano Pérez como responsable del de- día lo llevaba á la cárcel y como tampoco el último t1;rcio de su co ena. Art. 7° Y
delito de lesione3 que infiri6 á María Gua- así lo lograra su prop6sito entonces el ci- 71 del CódlgO Penal.
dO
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dalupe Casti lo, á sufrir la pena de tres tado por la fuerza cogió un cabrito delgaConsiderando: que en to caso e ro,
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1 ¡¡ ó
~uando la pena que se aplique fuere mas
afios siete las e obras públicas que se na o y se o ev .
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empezarán á contar desde ef día ocho
Resultando: que puestos los hechos en grave que la ~e arre~to m_a;yor,., e era lmde Mayo del afio en curso, en que se conocimiento de la .\utoridad, se mandó ponerse ademas la mhabtlitacion corresle declaró bien preso; impuesta esa pena levantar esta averiguación lográndose la pondiente para toda clase de honores, emcon calidad de retención por una cuarta captura de Estanislao Rodríguez, quien pleos y cargos públicos: que en toda sevtenparte más de su duración en el cRso de la en su indagatoria confesó su delito cir- ciacondenatoriaseprev~nd~áquesea~o~es
ley. Segundo: Se le amonesta para que no cunstanciadamente expresando: que apre- te al reopar~ que no rerncida, abo_nan
:reincida explicándole las penas á q11e se miado por el hambre Je pidió un cabrito cele los s_ufnm1entos que haya temdo duexpone en caso de contravención Tercero: 1al pastor y com&lt;: no qnisier~ dárselo lo r~nte la 1nst;ucc1ón cualqmera que sea el
Se dejan á la ofendida sus derechos á sal- amenazó, pero viendo que DI de e_ste mo- t!empo. q!1e esta dure y que la te~pons~bivo por cuanto á la responsabiiidad civil do consegnfa la voluntad del refendo pas hdad c1v1l no puede decretarse sino á lns1
1
Not,fíqnese y dése cuenta. Asi definitl- tor, por la fuerza cogió un cabrito y se lo toncia de parte legítim_a. A;t,_ 5°, 82:
vamente juzgando Jo resolvió y firmó el ¡ llevó. Los peritos nombrados por el Jnz- 208. 287 y 352 pel repetido Codigo P,enal.
C. Lic. MacEdonio E '.ramez, Magistrad, gado, atendiendo á las constancias de auPor lo ei;:pnesto y con apoyo ademas ~n
de la segunda Sala: doy fé· -Lic M. El I tos, valuaron el cabrito de refencia en la los Arts ro, ~2 , 49, 88, 225 Y 348 del nusTamez.-Lic N. F. Benavides -Secreta Isuma de cincuenta centavos y.
mo Ordenamiento se reforma la se~ten•
rio,-Rúbric~s.
.
I . Consi_der~nd?: que durante la ins.trn~- ciade pri0;era instancia que se rev1sa_y
Monterrey, nueve de Noviembre de, c1óo se Jt1st1fico plenamrnte en los term1- se falla: Primero: Se condena á. Estantsmil novecientos ocho.
No habiéndose nos del Art. 163 del Código de Procedí- lao Rodríguez como autor del del!to de rointerpuesto recurso alguno de la anterior mientos Penales, la existencia del delito bo referido á sufrir con calidad de relensentencia, dentro del término legal, se de robo cometido por el procesado Rodrí- ción por una enarta más de tiempo en su
declara que ha causBdo ej rcntoria de con- guez según se desprende de su propia con- caso, la pena de seis meses de obras pú~
formidad con lo dispuesto por el articulo fesión judicial que por si sola constituye blicas y cuarenta y seis días de arresto á
451 del Código de Procedimientos Pena- una pruba completa en virtud de reunir contar desde el veinte de Julio del año en
les. Notifíquese, expí-Janse Joi testimo- los requisitos que para ello exije el Art. curso fecha de su prisi6n preventiva. Senios de esti'.o, poniendosc al reo Marti- 415 del C6digo citado: que como del dicho gundo: Se le amonesta para que no reinniano Pérez á disposición del Ejecutivo del mismo procesado aparece que al delin cida. Tercero: Se le inhabilita por diez.
del Estado .en la Pei:itenciaría :del mismo, quir amagó al joven Elizondo con nn mal años para toda clase de honores, empleos
hágase la transcripción correspondiente grave capás de intimidarlo, como es el he- y cargos públicos. Cuarto: Se dejan al
y archívese la cansa, Asi interlocuto- cho de haberle manifestado que lo lleva- ofendido sus derechos á salvo en cuanto á
riamente juzgando lo resolvió y firmó ría á la cárcel si no Je daba Jo que pedía la nsponsabilidad civil: Notifíquese y de-el C. Lic. Macedonio E. Tamez Magis- el delito de robo en cuestión fue cometí- se cuenta asi lo resolvió y firmó el C. Lic.
tr,:1do de la segunda Sala .. doy fé. - do ejerciendo violencia moral sobre la per- Leobardo Chapa, Magistrado de la 1'1- Sa•
Ltc. Tamez.-Lic. N. F. Benavides.- sona del expresado joven Elizondo atento la doy fé: Lic. Leobardo Chapa, Lic.
Secretario. Rúbricas.
·o dispuesto en el Art. 377 del Código Eleuterio Lozano, Secretario Rúbricas.
Penal.
Monterrey Noviembre do~,de mil noveConsiderando: que conforme lo previe- cientos ocho. No habiéndose interpuesto
Secretaría de la ¡'!- Sala del Supremo
Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nuevo ne el Art. 360 fracción II del Código recurso alguno de la anterior sentencia
Penal el robo cometido en campo abierto, dentro del término legal, correspondiente
-León.
Monterrey, veintitrés de Octubre de apoderándose de una ó más cabezas de ga- de Jo dispuesto en el Art. 451 del Código
mil novecientos ocho.-Vista esta causa nado de la clase que fuere se castiga con de procedimientos Penales, se declara que
comenzada á instruir de oficio el diez y la pena de uno á cuatro años de prisión ú ha causado ejecutoria, en consecuencia
siete de Julio próximo pasado ante el C. obras publicas á la que por prevenirlo ex- expídanse los testimonios de estilo poAlcalde 2º de la Villa de Salinas Victoria presamente el Art. 359 del Código cita- niéndose al reo Estanislao Rodríguez á
N. León y continuada por el C. Juez 2º de do se agregará la de tres á noventa días disposición del ejecutivo del Estado, en la
Letras del Ramo Penal de la 11 fracci6n de arresto que corres¡:,onde en el caso por Penitenciaría del mismo, hágase la transjudicial del Estado, contra Estanislao Ro- razón de la cuantía Art. 356 frac. I del cripción correspondiente y en su oprtunidad archívense los autos. liotifíquese lo
clríguez, de cuarenta años de edad, rasado, mismo Ordenamiento.
Considerando; que favorecen al procesa- decreto y firmó el C. Magistrado de la r~
jornalero, originario de Sanran Fcisco de
Apodaca y vecino de la expresada Villa do las atenuantes de primera clase de ha- Sala doy fé: Lic. Chcapa Lic. Eleuterio
de Salinas por el delito de robo. Vistas her confesado circusstanciadamente su de- Lozano, Secretario Rúbricas.
las diligencias del sumario, la requisitoria lito y la de su desvalimiento y miseria
del C. Agente del tlinisterio Público y lo que el suscrito apoyado en el Art. 44 del - - - - - - - - - - - - - - - - alegado en la 1~ instancia por el defensor citado Código Penal la califica como desedel reo, asi como la sentencia dictada d gunda clase y la ley indica la agravante
EDICTO.
veintinueve de Séptiembre próximo pasa- de tercera clase de haberse prevalido el
do por el referido Juez de Letras, quien mismo encausado de la inexpet iencia del Juzgado de Letra• de la 4\ fracción Jndlclal -Dr
,
·
teniendo á Estanislao Rodríguez como au- ofendido por lo que es igual el valor de Arroyo, N. Le6n.
las
atenuantes
al
de
la
agravente
referida.
Sr.
Ciriaco
Escobedo
tor del delito de robo, lo condena á sufrir
,
f
f
XI d 1
En la t.eroerfa fxcluyent.e de dominio promovid&amp;
con calidad de retenci6n por una enarta Ar t • 30, 4° rae I O Y 4 7 · rae e
O- por el Sr. Fanclsco Pérez 011 el juicio ejecutivo morcantil l'zromovldo por Ud. en conlra defSr. Fortu.n&amp;parte más de tiempo en su caso, la pena digo citado.
Considerando:
que
cuando
la
le}'
fi¡'a
el
toDoctor
Per . recay6unantodel
tenorsfgutente:
de cuatro años, diez meses de obras públiArroyo, Enero treinta de mll novecientos
mínimo
y
máximo
de
una
pena
queda
al
nueve.~Aljulclo
A
qw,
se
refiere
y áb!'UO, pruebaa
cas y ochenta días de arresto á contar desarbitio
¡·
udicial
imponer
dentro
de
los
dos
la
teroerla
por
el
término
de
cuarenta
di•• Notlllquede el veinte de Julio pr6ximo pasado en
88. La dec,et&lt;I y firmó el C. J nez do Letras de la ~•
que se Je declaró formalmente preso, lo in- e?'!remos el término que se estime de jus tracción judicial: d&amp;m08 fé.-Llo. E. Hinojos• -Ahabilitó por diez años para toda clase de tleta que como en el caso, segiín queda di- {;;r.;.~dlo M. González.-A-L. Daarte R&amp;moe:-R6.honores, empleos y cargos públicos, y cho el valor de las circunstancias atenuan- Lo que se publica en esta forma en cumplimiento
mandó amonestar al reo para c¡ue no rein- tes es igual al de las agravant'!s, eso ~~~:~~oi!\i',!',ºr el art, 78 del Código de Procedlcida dejando al ofendido sus derechos á equivale á que no hubiera ni unas ni otras . Doctor Arroyo, Marzo 16 de 1909 ~Lic M. Hlnosalvo en cuanto á la responsabilidad civil. por lo que debía aplicarse el término me- ¡osa.-Leocad!o M. Gond.lez-A-L. Dua,te Ramoe
0 24
· ,26Visto el dictámen del C. Ministro Fiscal, dio aritmético de las penas que señala la
lo alegado p)f la defensa de oficie ante es- ley, si se tratara de un robo sin violencia·
ta Sala y la citación para sentencia con pero como hubo ésta en la comisión del' Repáblica Mexicana.~Prealdenc!a Municlpal··
d' .
Monterrey, N. L:,ón,
cuanto más consta de autos y.
ref en'd o ' de lito -a1dt'erm1no
,
· ·.,. me
.,. 10 citado se De 6 -corx
dformidad· con Jo tl"ispue~,¡o en e1 artic:ulo
2()- yagregara
un
ano
e
pr1s1on
u
obras
pú
e~
ee1n
,O
~l
"'Cúcli_go
Ch!l
.•i~eme.
se
hace
salJer
a1
público~
Resultando: que el catorce de Julio del
1
1
de cs~a ciudatl , existe &lt;lepoaño en curso andando Felix Elizondo cui- cas y la pena
d fi . que
. dasib se. obtenga será la ¿Hada l~s~:~.,~ :j; !Qlf-~~icipm
9--' ,
,_ ochen1a y s1e1e pesos ocho cenb1 vos
qu.e
en
en
e
n1t1va
e
a
1mponerse
al
pro·
8rocedentes
ele
los
sobrantes
de
prnendas de piar.o curn.plidando un pequeño ganado de cabras percesado Art. 65 218 Y 3-9 del Cód p
.
o en lo, remate; e[eetuaclo, durante los de l&gt;obrero Marteneciente á su padre Pedro del mismo
,
,
/
tgo
e zo, A u¡il. )I ar o, 8ept1e:11ore y Octubre últimos, ~or lft.s
casas de empeno den01nmod as 11La
• 1X)1
•
. F•vori·t"•
""• ,,ºc. ! et1
apellido, en un punto cerca del Arroyo na ¡ .
1 La Rane:a~, L a I (l ea.&gt;, L fl Surtidora~ (&lt; Monte el p· d _;
'd
d
d
Hondo, ¡urisdición de Salinas Victoria
Noc:· · 1 ' : {)• &lt;e
. e • ieen a.u
Cons1 eran · o: que to a pea a de prisión de )10.nter1-.:~••►•
11 llllSJllO
· 1 · y Suscnrsaies
,
.
el
t e que. ~1 t ritscnrridoFl "'t&gt;is ,lleses. contados' desde
como á las dos y media ele la tarde, se 1~ Ú o bras ,pÚbl. 1cas por. dos ó má s años se cho~ce¡,t.)
o,, no comparec1en• p,•rsonA. al•~tm·t •
J
.. st
1egítimo título, lt1.s-1c:xPre:md1~s'"" t1ei'n.:,;t:; ¡~~ª11' con Jall ~
presentó un individuo llamado Estanislao enten d era·" s1e111pre im puesta c,, n calidad yingr
•c:
1 H
¡· · •
- - •.., '""', :,;, es llM.n · arll
por
una
cuarta
parte
más
de
.
~ "· "r €-_n
'Cnnt i c1on de Rentas Mnnfoipnles de e~t
Rodríguez, diciendolc que le diera un ca- d·e re t enc1on
¡
h , ~
Ctu{1U(1, r.1t acuerdo con lo pre&lt;: pt
,¡
•· .i.
e nu o en e1 e:itado arbrito, más como fuera negado le amenazó trem po a que se ara E:íecti va en el caso ne, lriculo 25.
diciéndole que si no le daba lo que le. pe- que el reo observe mala conducta durante t B )tnterrey, 7 de Diciembre de 1908,-P . c. )Iart1nez
99100101-H. 11 J,f
1 · mlrez Ango.lano, Srlo.

I

°·

I

SECCION DE AVISOS.

e~

DE M AS I AS ,

bli- 1
!(

(l

11._

11

1

NOTIFICACION.
2• Bala del Tribunal Supremo de Justicla.-Monterrey, N. León.

Sr. Lic. Rafael Dávila.
En el juicio ordinaTio civil proruovidf) por el Lic.
Juan de Ja Garza y Evla como apoderado del Sr. l,n.
Fernando de la Garza Oantá y Don León E. de la
Garza. por ens propioa derechos contra Don P.rlectlta•
no StlJer aobre cobro de pesos, ha recaído un auto
que á l• letra dice:
Monterrey, Febrero ve!utitréa de mil novecientos
nueve.,......Como se pide cítese pftra 13e,nbmcia Lo ecor
rló y robrlo6 el C. Magistrado da la 2• Sala: doy 16.-

Rúbrlca -Lle. J, M. Vlilaoeñor, Srio.-Rdbrlca
Lo que se notifloa A. Ud . en esta forma de ~onformidad con lo dispuesto por el art. 78 del 0ódigo do
Prooedlm~entos Civllea.
Monterr,y, 2 de Marzo de 1909.-L!c, J. M, Villa-

REl\IATE.-1 • Almoneda.

NOTIFICACIOX.

PREGON.

o,n lo d!spueeto en el art, 78 del 0ódlgo de Procedl,

Juzgado l • de lo 0lvll.-I• fracción judlclal.--EstaJn,fado 'JO delo Oidl-lo Craod6n judicial.-Estado de N. León.
E dtatrtnta y nno del aotual A las diez de la m,ñana, teudrA do de Nuevo León.
1t1 veritloativo en el local de e1te Juzgado, la vents en pt1btlca almoneda{ al mejor J)O.l!t.or, de 101 bienes emb11rgado1 A lla Of•. del
Vs?le de Rfo Frf"', A. A, en el jnlolo f'jecntivo mercantJI aegutdo
Sr. Manuel González.
po.r al Br. J~me1 H. Edward.11 oomo irabrrogatarlo de la Brlt1. Ol ■ n.
L, Oaue; cayoa blenesoonalaten, eta la11 porciones de terrenos marEn el jutcfo ordinario escrito promovido contra
Md-.s oon loe wJnerc,a SS, 89, 40, 41 y 42, sitoa al l1do Poniente.del Vd. por el Sr. Ltc. Lorenzo Roe!, sobre que se le de•
Rto Frfo, y la porción de tierra denominada ·'!,t. Ie!a" oontlgtia á
las anter1ore1. '°-daa en jnriadlooión de GomlU Far1u del Eeta- clRre obligado á firmar un contrato de arrendamiento
do de Tamau11pas. 111ela bn117t,a de a¡na de Ja toma denominada se ha dictado nn auto que á la letra dice.
"El Nactmlent, " en el Bto Frfl).
Monterrey, oiuco de MaNo de mU novecientos
Lo que 11!1 publica en 1181:a forma 110 cumplimiento de lo que
reTif'ne el &amp;Tto. 1,411 del 06dlgo de Oomerclo: &amp;dvirfüindoae &amp; nueve. -A sns antecedentes y como l'l pide el oou,011 lotert!Ud8il que no 111 .almHeT!in postnraa qae no cubran lu rrente ábrase el jufclo á pruebas por el término de
do11 .teToen1 partea de la oa.ntldad de $2t.R50 oo veintttin mtl oa.arenta días oomnnea é improrrogab,ee. ~otifiqueee,.
01.hr,c!entoa clnt'uenta peaos en qne dkho11 bie.ne11 fueron valo~
rizadoa, euminlatrá"' '~oae en la Slloretarfa de este Juzgado tod.Ol! L'l decretó y flrmó fll C. Jurz 1? de }J'!;traa d('l Ramo
loa loform~"' refat::,h ~a al caao.
C vil: dov fé,-Lio. Trevtíio ~Lic. José Juan Vallejo,
Mo!!ter.:&lt;oy, '"c!au:o 18 Je 19C9 Lle. !, GaTcta Gu,jardo, Ri,cre~
Srio. - Rdbrfcea
tarloP.0.'24.'2&amp;,'28,

r.

1

Lo que se notifica á Ud. en esta torma de acuerdo

R•prtbllc• Me:i:tcana.-Presidenola Munlolpal.-Mon- mient.os Civiles

Monterrey, Marzo 17 de 1909.-Ltc. 1oeé Jnan Va·
o. 24,25

o :M. 25 teney, N. L3ón.

:aefior, Srlo.

A las diez

NOTIFICACION.
Ju1:gado 2Q de lo Clvll.-.lo, fracc!On ja.dtelal,- Elste.d.o de Nue,o

t.eOn.

Sr. Benito i\Iendoza.

de

la mañana del dla •tete de Abril pró- .1lejo, Srio.

ximo, eu el Sslóu de scaerdos del R. • .Ayuntamiento
y eo el mE&gt;jor po~tor, se rematará en póblioA. aubaeta
un t9rn&gt;•o de propiedad municipal que comprFnde
una superficie de 2732. 28 mdros cuadrados y tiene
por ooUndanotae li\B elgatentes: n.J Norte, propied9d
del Sr:-ñor Fernando Anclra; al Nor-Eete, camtno de
la villa de Guadalupe, y al Nor Oeete, propiedad del
Sr. Joeé Rodt!guez .
Dnrante el término de lae publtcacfones, que se ha
rin tt"ee veces, de siete en siete dfas. y hasta. Ja hora
de la subasb. 81:t admltlrin posturas que cubran la

En el juicio verbal ordinario que eobra pAeos
algo.e contra Ud el apoderado de D. l;,ilom€no ~[on.
temayor, ha recatdo un auto que á la letra dice:
Mont?rrey, veinticinco de Febrero de mU noveofen.
tos nueve. -Oomo ee pide y de acuerdo con los arta.
1077 y 1080 del Código de Procedimientos Civiles,
--deae por conteet.ada la de demanda en sentido nega cantidad de $l8.00 veintiocho peso• en qne ha sido
tivo y ábrase nna di1aci6n provatoria de veinte dtRe justipreciado dicho terreno; bajo el concepto de que
-oomnnu 6 improrrogablffll para ambas p&amp;rtea. No• se le oonoede al denunciante el derecho del tanto .
:Monterrey, 17 de Marzo del&amp;09 .-P. O. Martlnez.
tifiqueee. Lo proveyó y firmó el C. Juez 2? de Letras
o.24,26,28
del Ramo Civil: doy fé. -Lio. Luna.-Llo. J. Garola -B , R•mlrez Angnlano.

,Quajardo. Srlo .-RrtbrlCAs.
Lo que ee notifica á Ud en esta forma de acuerdo
con el art. 78 del 0ódlgo de proc,dlmlentoa Clv!IM.
Montsrrey, 9 de Marzo do 1909.-L!o. J. G&amp;ro!a Gua-

EDICTO.

Jusgado 1? de lo Oivil.-1_~ fracción judictal.-Eeta· o.24126 do de N. Le6n.
C-On fecha. veintfelete de Febrero del c~rriente año,
se r&amp; ilcó en eete juzgado el jttlcio de inteetado del
Rr Francisco S!1.nchez, vecino que fué de eets liu

·jardo, Srlo .

~ía. Ferretera de Monterrey El "Bareo" S A.
CONVOCATORIA.

Habiendo quedado aciifala la repre11eote.ci6n de~ c:iompa-

ii.ta por htber cesado en 1011 fonctonet loa Brea. Prelridant4li 1 ler.
Voclll, aat como tamb 611 el Coml■arlo ae convoca -por el pruent.e
yde acnerdo con el Arto, 88 de nueatroa Eatatnto11 i Asamblea Oe
11eral Edraordlnarla, la que deber, celebrau1e el l:2de Abril pr6'l:imo 1 111111 10 a. m , en el local J 06.cin• de la ot.., y con la 11~
-gnteute

Orden del día.
lo- R~lnte-gnr el Oonrejo de .\.dmfn!m11,!16n oon ..1 nombra-miento de Prteldente y ler. Vccal, ellg1éndose tambléo. los Suplentea que H hagan preclso1 pua marchar de conformidad con
lu presortpoionee de loe Estatuto..
20-Blr ocl6n de eomturlo en n ln~tnci6n del u,Uente y tambl1'1n td ae jnq:a oportuno, loe 2 811¡,lentea que dlaponen loe Estatutos en 10 A'!'t.o, 68.
BQ-Dar ouenta cOn el eetado actual de la Negoolao:ldu ya.oordar lo ooncerulente en &amp;8tl.Dtoe que ae pre!!lenlan dentro de loe:
previatoa gn el A.rt. 84.
Se previene &amp; lea 8r('e. accJonleta1 qne para tener r.cce■ o &amp;
la Junta, d,bed,n depoaitar an1 Acclooes en la Tesorerla de la
Negcolaci6D, 8 dta1 antes de ,n verltlc&amp;cl6D.
Monterrey, llano 19 de 1909 -El Seoretarla. Aruettn Huguet.
0.24.25,26,17,28,!9,

dad.

EDICTO.
Juzgado de Letr■11 de la 6t fraco!ón jtidicfal. Villaldama,Nuevo León,

Oon fecha cuatro del actual, 88 radicó en este Juz.
gado de ml cargo el jutolo de !ntest'!.do del finado Sr.
FeUciano V'illarreal, VP.cioo que fué de esta Villa.
Lo que se pl1blic&amp; en eata fftm&amp; para qne las peraonaa que se cret1n con derec:ho á la herenot&amp;. ee prssent.en á deducirla dentro del término de la ley.
Vlllaldama, 6 de Mano de 1909 -Lle, Simón Guaardo.-A-Marlano Santos Trevlí!o. -A José B, Vl-

¡larreal.

o.v.21,24,27-159

EDICTO
Juzgado de Letras de la t• fracclon jndlclal.-De
Dr. Arroyo N. León.
Er el Jufolo te11t1.ment&amp;rlo, bien111 dA la Sra. D6a Gabrlel• Ro·
mero Vda. de Alvar&amp;do, V6(1itla que fné de ee~ llonfolpto, reo,.76
nn soto del teiior afgolente:
Doctor Anoyo, lfarzo ocho de mU novecientos nu9'V'e.-IMB&amp;
por radicado el juicio de te1tame11tufa que MI d.enoncla.. en Tlrtnd
i:1«11 Wstamento póblloo y acta de d"'funot6n que 1111 aeompa611, d68e
el av1ao que previene el arlfonlo 159 de la Ley del TlmbNI vi.gente
y pobllqneae eateatito por tres vece• oo~ttvae eu el Periódico
Oficial y •La Vos de Nnavo León, .. convocAndose, 101. hered.eroa A
la junta deqne babia el attfcnlo 1669 del OMlgo de Prooedlmlentoa
Oivtlea. Notlffqties&amp;. Lo decret6 y 6rm6 el O Jne.:r: de Letras de
la ctiada fracoi6n judicial. Damoe fe. Lic. E. Rtnojo1a.-A-Leooa•
dio M, Gonz.t.lu.-A - L . Duarte Bamoa - R-0.bricaa..
Lo qne se publica en e.ta forma para los efecLoa del auto lllaer--

Y por disposición del C. Lle, Macedonio Gil Trevifio Jtlff. 1~ de Letra11 del Ramo Oivil de la primera
fraooión jndioial del Estado se manda publtcal' el pre•
$ente edicto por tres veces de diez en di , z di.se en
el Periódico Oficial del Estado y en La Voz de Nue- to.
Doctor Arroyo, Vari:o 8 de Hll'.19.
vo León, á fin de que las peraonas que ee crean oon
derecho á la herencia. se presenten á deducirlo en el ar. Gontáh.•1.:.-.A- L,Dnarta Ramo1.

término que eetableoe el art, 1686 del 0ódlgo de Pro
Monterrey, Marzo 10 de 1909.-Lio. José Juan Val'ejo, Sr!o.
o.v.24.27,30-161

•

cMimlentoe Ci,iles.

NOTIFICACION.
Juzgado 2• de lo Civil.-!• fracolon judlolal.-Eetado de N. Le6n.
Sr: Encarnación Mendoza.

EMPLAZAMIENTO.
Ja:gado 29 OoDatltuclonal Oadereita Jimenes, Noevo Le611.

Sr. Jesús Guerra.

En el jutclo verbal ordinario sobre cobro d~ pf'Soa

qne sigue contra Ud. el apoderado de D, Fllomeno

Montemayor, ha. reoatdo un auto que Ala letra dice:
Monterrey, veinticinco de Ft-brel'O de mil noveclent-0e nueve .-Como ee ptde y de acaerdo con loe

art,. 1077 y 1080 del 0ódigo de Procedlmlent&lt;&gt;a Olvt-

Lle, Blnoj&lt;taa,-A -Let'cadlo
2'm24160

EDICTO.

Juzgado 1 °. de lo Civil.-•1. 11! !rooci6L judicial --Estado de Nuern León,
Oon fecha 5 del actual ee radicó en t1ete Juzg.ado 61
jn1clo de ints.stado de la Sra. Victoriana. Ferná.ndez,
vecina quefaé de tstaOlndad.
Y por disposición del C. Lic. Macedonio Gil Trevlño J nez 1° de Letras del Ramo Oivll de la 1•
fracción judicial del Estado. ae manda publicar el
presente edicto tres veces de diez en diez d!as en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en Le.
Voz de Nuevo León, á fin de que lae pereonae que 88
crean con derecho t la herencia se preeent-en á dedu•

lea dese por contestP.da la demanda en aeutldo ne- cirio dentro del término qua establece el art, !6Bó
gativo y ábrase unadU~ción probatoria de veinte dias del 0ódlgo de Prooedlmlento• Civiles.
Monterrey. 6 de M.an:o de 1909.,-Ltc. Joeé Juan
oomanea é Improrrogables p&amp;."'8 ambas partes. Notlfi
o.v.21,24.27-159
queee. Loprovayó y firmó el O. Juez 2" de Letras del Vallejo. Srlo.

En on Jnlclo verba,l de menor oa.,nUa, pi-omovido contra Ud
''IObre cobro de peBOfl, lK)r el Sr. B .u tolo de T. L".lttil, as he. dlotad.0
Ramo 0lvll: doy fé.-Llo. Luna.-J. Garola Guajar
'llD auto que A la letra dloe:
CadereJta Jlm6nt&gt;z, ooatro de Har.:o de mil nevecfentoa ntie- do. Srlo.-Rúbrlcaa.
EDICTO.
-.e5 Como ae eoltcU.a en lfl. t\OteTior COJ:lpareoE-ncia, emplioeee a!
Lo que ae notifica á Ud . en esta forma de acuerdo
demot,nCado. Sr. Jead1 Guerra, A ftn de qUe, en la audiencia reepeacon
el
Art.
78
del
06dlgo
citado.
Jozgado 2? 0onatltuolonal.-Vllla de Santiago, N.
11va que t(lndri lnga-r t. IasdleJ del• mrr.iit.na, df&gt;l tercero dí~ b!I,..
bn,:4espti6B l'tA hecha la t1lttm11 uotlllcacfón contt&gt;ate la fltlterlor
Monteney 9 de Marzo de 1909 .......Lic. J. García Ona León.
-demanda -ratlftcad11 qae se• por el atit.or apsro1b'6ndola que al jsrdo, Srio.
o.24,26 En el juioio testamentario de la Sra. Francfsca Ala,.
no lo ve.rlflca, 1111 tendrl por contett.ada. en eentldo negatlTo ( arnis, y por dlepoeicionea del C. Juez de Letras de la
tlcnloa 1042 &amp;. IQ-14 del Oódlgo de Procedirufentoa llivlle11.) Asf to
decretó y llrUIO el O. Alcalde 29 damos fé_ -Jorre r. de Lt6n- A 2" tracción, se cita p&amp;rala formación del inventario y
José Angel Oa11tt1 .-A. R&lt;tmón N. Rend6ri,- BdbriCBI',
.
&amp;valuó respectivos, loe herederoe, legatarios y acree~
Lo que se hace saber A Ud. en eata forma por Ignorarse au acdores de la finada para que en el término de treinta
tual rttldencia, de conrormtd.ad con lo dlaposato en el arlfcalo 85
COVOCATORIA,
-del Código de Procedfmlentoa 01vt1ea, para loe dff:WB que 11e udias, después de la llltlma publicación, comparezoe.n.
preaan en el auto lna9rto; y en la intellgencfa qtie llfgdn lo predPor acüerdo del Qonaojo de Administración de es- á hacer el nombrerolento de perito valnador que les
erlto en esa dlapoatcl6o legal, eete emplar.amlento.1t1rte eu11 efilcta. Consejo se cita. li los SEñoree Aoolóniatas de la mis oorresponde, y á. ejercitar loa má.a derechos que Jea
to1, t. los dter. dtaa de1po&amp; de hecha la tUtime. pnblfoacl6n.
OadueJta JtmAne1:, 17 de Warr.o de 1909,-Jorge I da L~ón - m11 1 , A!amblea General Ordinar!&amp; para las nueve de concede la Ley .
.:\- José AngelOantd A-Ram6n N. Rendón.
o,v:24,1'i•26--16i
la mañana del dla cinco de Abril próximo, en la OH

Compañia Industrial de Monterrey, S.

NOTIFICACION.
Sr. Elías Montoya.
En el jniolo ejecutivo mtiroantll promovido contra Ud. por el
·ar. L\c, E. Ga.:.:za Gonzi1er. ae ba dictado un ■ reaoltioiOn qne eo
la parte final dlce oomo ■igo:e:
Monterrey,A. quince de !VI ano de mil noveolenfoa nueve-Vfat.o
'-eatejnloto ajeouti"l'O m,:ircantil promovido por el Sr. Lle. I!}. Gana
Gondlez, oontrl' D- El fas M~ntoye aobre peaoe y .. ... .Por lo erpnos•
to, oon apoyo adem.t.!I en el art. H08 d:el 06dlgo de Oomerolo citad.o
a~resuelve: Primero: Prooedeel preeente Julolo ejacnttvo meroa.ntU sobre cobro de peao&amp;. nombrado l)Orel Sr. Lto . E. Gana. Gonulez contra D. Elfas Montoya, en conseonencla eetA obligado A. pasar al primero laeomade ~.23 och&amp;nta S' tre!I pesos V.JlnMtrtb oenta,;,oa qne ae le reolama, con mú el interj9 legal del 1918 por ciento
anual. desde f'l dfa en qna se oonetituyó en mor&amp; el deudor, ha1ta
-en eJ que verifique el P"'II'º del• enma relacionada ..8egundo;Ht.gu8
trance y remate de loe ble nas embargado• y cota en prodnolio pipe-::ie lill acreedor. T urcero. B~ oondena al dema.nl'lado en faa oo-et15
de eatejololo, Notlffqueae. Astdefinttlvamente jntgaDdo to r.aeol-vf6 yf1rm6 el O. .A,1cilde 99 Letrado: damoe td.-Ltc. Rafael D!htla.
A-F. Gómu.Garota .- A-Vartín A. Gond,l~ --Rdbtlcaa,
Lo qus eenotlfica i Ud. de acnerdooon el artfonlo '111 refo.rmado del OOdfgo de Prctedim.lentoa OivileP,
Monterrey, i UI de Mano de l909- Lio. 1, DAvlla.-A- P , G6me:r:
G arc1&amp;.-A-M.artfn A, A.Gon:r:4.1111.:.
2415

EXTRACTO.
A,:11nctadela 88&lt;1retar1adell'omento ea elRi.mo deMtnert:a.
&lt;a-e. ~~di~~teNN~via~~t, are.s. SAverino Hel"ll.t.ndez Nioome1
7
det Pe-ñ ~, vecino!'! de Ja H,1 a. da 81!.n GerOnimo d e e at~ munlolpa.11.
&lt;11tid, ban solicitado ante esta Agencia 1i per~nenclaa mineras qoe
qSanta
ue ae Oatarlna;
ubtoarin en
el cerrodedepractloaree
la Ventana
Mnn!clpalidad
de:
debiendo
lasenmedida,
formando
un reotAngnlo de 400 metroe de N. lis. por 890 de ancho, de manara qtie la eeqt1ina 8. s . de dJcho rectt.cgnlo eea como.u oon la eaqalna
m'8 la
aVRnzada
E. rdel
fundo La
Ncevo oon
Le6n,
qtiedando
linea a, aldel
eot1ngalo
queBonanza
,e mtda. de
contigua
ta
lttiea N. dedtcbo ra.ndo de La Bonanta de Nuevo León, La!! coltndanclaa llsl ti!rreno soHcltado son: por el 8. La Bonanza de Nuevo
León Y P0'1' et B. E. Ampllaolón A Xochltl. Lo11 metalea que hay
-dentro del terreno soltottado eon flerroaoe y plon101101 oon ley de
-plata. Elata aollcltad tiene por nombr~ •B•n JoeeNonibrado perito et er. Ingo. E. Orfü de eata vecindad y acep'ta.do por él el 01ugo, se abre un 1&gt;lar:o tmprorrogable de cuatro me'9ea par&amp; la lltibatanata.ol6n del &amp;xpadtente en aeta A,tenola, debi6n·
-dote de pnbUcar el preae».te en loe t~rmlt1.ea de la ley,
lfouterrey, Febrero-» de1909-B. VaJdú Llano, A.. D. M, iOi528

Lo que se cita. á Uds. de conformidad

OQD

el art1cu-

Mler No. 94, lo 1m, del 0ódlgo de Prooedlmlentoe 0lvilea.
observándose la siguiente:
Villa de Santiago, Febrero 2! de 1909 ~David Alanta.-A-Andrés A. Cavazos -A-Braullo Gza. Garcl's.
Orden del Día
O. V .21,24,27-169
I Presenta-alón del Balance General para eu di&amp;•
oln&amp; de la Fnndlolón No, 2, calle

Jur.¡;odo So :tanor Letzado,-Monterrsy, Nuevo León.

l,

Dr.

rm.aión y aprovaolón 6 modiftoaclón.
II Dictd.men del Comisario.
III Informe del 0onaejo de Administración.

I

N~mbramlento de Dlreotorea en el presente
lino.

EDICTO.
Juzgado 2? Ooatltuoioual.,-Villa de Santiago, N.

León.

Nombramiento del Comisario,
Oon fecha once del corriente mea ee radicó en el
Acordar la distribución de loe beneficio• obte- Juzgado de Letras de la 2• fraocl6n Judicial ~1 julolo
nidos durante el afio.
de lnteatament.ar!a de la Señorita Merfa Guzmán,
Mo»terrey. Marzo 20 de 1909.-Cla. Industrial de vecJna que fué de esta Villa en congregación del
Monterrey, S. A. - E1 Secreta-rio1 José Calderón, Oeroado.
R6.brlcas.
o.24,25,26 Y por disposlclon del mismo Juzgado ea manda pu~
blicar por tres veces de diez en diez días en el Perló~
dloo Oftolal y Voz de Nuovo León de conlormldad y
V
TI

Demasías.
Rept1bllca Mexlcans.-Preeldencla Munlolpal,-

para los efecto• del art. 1685 del Código de Procedimientos Oiviles.
vma de Santiago, 18 de Febrero ele 1909 -David

Alanis Oa vazos.-A-Andrée A, Oavazos .--A-Braullo
Monteney, Nuevo León.
o.v.21,24,27159
De conformidad con lo dlspuesto en el artículo 26 y Gza. Garcla.
en el 670 del Código 0ivll vigente, se hoce aabAr al
pt1blico, que en la· Teeorerfa M1mtclpal de esta ciudad,
EDICTO.
exiatie depoeitsda la suma de $64.38ota. (sesenta y
custro peaoa treinta y ocho cent.a.vos), prooedent.e de
Juzgado 2º Constituclonal.-Sabinas Victoria, N.
les sobrantes efectuados durante loe meses de Julio León.
Y Ag-.1s~v del pr688n~ a ño, ~or ias e.asas. de em'petio
Oon eet.a fecha y por dlepoelción del O. Juez 1º de
denominadas • Monta.na d 8 1eua.
•-d», • 0bihu a b UB»1 «La L e t ras d e 1 R amo Civi¡ de e s ta 1 11 freccl6n Judlolal se
Banoan, •Favorit2•, «Fénix•, a8urtldora11 , «Monte de -radicó Ell eate Juzgado el Juici~ de intestado á. bienes
Pledlld de Monterrey~, y Sucuraalee ntimeroe 1 y 2; en del Sr. Andrés Oantú 1 vecino que fué de eata Villa.
el concepto de que I 81 transou rr!d os 88I8 meses. conL O que se man d a publicar por tres edictos de diez
tadosdesde hoy, no compareciere persona alguna, A en diez d!as enel Periódico Oficial del Esta do y en
reclamar oon jU9to Y legitimo titulo, las expresadaa La Voz de Nuevo León, para que loa qne ae crean con
demaefas, se les m_andará ingresar en la Recaudao16n derecho A- la herencia, se presenten a' deducirlo d•n•
d e R enuntt
,__ M ni01 al
•
a
P ea de esta clndad, de acuerdo tro del término que fija el art. 1686 del Oódigo &lt;la
con lo preceptuado en el oltado articulo ~6.
Procedimientos Olviles.
Monterrey, 26 de Dlclembre de 1go7, -P. O. Martf. Sabinas Victoria. Febrero 22 de 1909, -Severlano
B n--~- Aw-IanO, Srio.
UM.._ • niw.ua.n,• ~....
Flores Gza. -A--.Juan Mora.les -Gza. ,-A-José B. Tre•
B68788•h·H-Abrll vifi.o.
•
o. v .18, 'Zl,24~167

�PERIODICO OFJCL.\.L
Cía. )linera &lt;Dolores&gt; ~- A.

PREGO~.
Repdbltca Mextcana.- P.reaidencla :\Iunlcipal.-Mon•

t.eney, N . L"?.6n.

A las diee de la mañana del di&amp; 24 de loe oorrlentee,
en el Salón de acuerdos del &amp; Ayuntamiento, y eL
._ t1l mejor postor. se rem11~rá en publica subasta un
terre:io de propl 1d11d muniotpal q11e comprende une
nu_perfi.~e de 280,816 metros cnadradoe y tiene Por
oollndanclas las siguientes : a l Norte, camino 6 la "Villa de Santiago¡ al Sur y Oriente, terreno del Mun!cl
¡&gt;lo y &amp;! Pon tente, propiedad de loe herederoo del Br.
Jnsn B. Gonoilez .
Da.rant.e el término de lu pnblica.ctoues, qufll a_, harin tres veces. de siete en atete d ísae, y hasta la hora
de la subaats, ae admltfrin poatnrae que cubran la
oautidadde$400 .00. ca . co.a.troctentoe pesos e.n que
.ba ■do valorado dicho ternuo; bajn el cot1c!!pto de
c¡ue ee le conoede al denunciante el derecho del tan-

toMonterrey, 3 de Marzo de 1909. -P . O. Me.rtloez ll._Ramfi'ez Angul&amp;no, S001'11'1rlo.

2021124

Cía. Minera "San Pablo·, S. A.
CONVOCATORIA.

q••

No llab161140 leDldO verllo&amp;Ut'O la Junta Gral. ordlllarla
l)úi't'leaeD 1u1edrot Bft.Atat°' la DltacU••· en NIIIOD 4kl dta I del
dOfrleate. aoor46 coa,-ocar, 101 Brea. Acolon!a'_.., 4Amb :u Gral.
.,,.,no,4Jaa:rla qoe tert4ri lnl(H el df• IJ rie .l.brll arO:slmo, i laa
1.i'. 1111., H la oua Np II de la calle de Boll.ar, ~•jo la .S1atente

Orden del día:
-f Jhame». J aprobacl611 de la oneob. 4el ..r;:-, antedol"
Apl'Obw,i611 11- lM , ..ttoDel de ta !anta DINCl[n.
111 Nombramiento del Oo111f-jo J Oomiudo■

u

SEGt:N DA

.....

lloatern1. lí•uo 11 de 1001.-EI 8Kretarlo, Frudlcol. GoD.-

nu•

.;&amp;lea.

G1a. Minera "Santo Tomas yAnexas", S. A.
AVISO.

lc,8:c,,

ª

'L

~::~:!
il:l:C!r~:i.1ert01'
08ckl
.:.ei tua:~

EDICTO.
Sres. Baltazar Oviedo y Alejandra Qui

!07En el fafclo onllurlo THval que &amp;ttbre en,,..., del aa111bo B1
Refugio, Jurl'41ocl6D de ArlllDb11ñt lel tl~e promo'rldo el Sr. 111
pel Alard1a como •podera«o del Sr. Jt'a:nmJllaa.o LNtolr, racay6
aa auto del temor lfplea.te:
i,Doctor Arro,o, Mano dtez de mn DGTtctentoe 11.UH"e,-Oomo
lo pide el octnrenae ea la aud1eacla antarter, di!e por oon~•
la de.maa.da Dlil'atlvament.e 1 &amp;bra111 i pJ1Uebu el prueate JDlolo
por el t~tmlno 4e v&amp;fata dfaa. prerlnltado• &amp; loa demaa.dadOII qa,
ea.tu ambo• nombren de oom6a a.cuerdo u11 repreuntaote oomti11
6 un proonrlldoriadlotal en el t.Armtnode tff11 cHu., 4e couformld&amp;d coa el artfoulo 44 d111I 06df.so de Prooedlmleato. Ofrll-. Not.lftquNfl. Lo deont4 y nrm4 el O Ja• de Lena 4e la caatta fraccat6a jadlolal Dam.01fe,-Lto. E. Hinoj.-a.-A- I.eoc-41o lf. Goadlex.-A-L. Duart6 BamoL-Btlbriou.
Loque&amp;e maudapubllcaren ata forma nra. loe eféctol deJ
artfcnlo 78 deJ 06dlgo de Procedtmfent-01 Ol•lle1.
Dr. Arroyo. Jitarzo 11 delQ.-Ltc. B. HiaoJo•.-A- Leocadlo
11. Goaz&amp;lec - A - Gudal11pe Sauceda.
2"""14

NOTIFICA.CION.

Wjetaea qae .. u:prearlel 11l1mero de M!eionet depoaltadu, lu
l)tlUff • ntlrarú dHpa&amp; de qua la Aumblea c1t,111nre n:1 ldlo-

b9 l'ffDlado en esta A1enota el Sr. Vloente G&amp;r.
de la mdiana
9ttn~HldalllfO 1 accldenlahnente en eata Ciudad.
vealn: 11
pertenenclaa mh1era11t bre aua uta ~rcen con.
4enonc D
ti neu plato. plomo 7 dnc 'f " ' ' cftnada
mao ~, YJ•~J~':,.~ :1 zscate Perteaeclente al.Lotnerfo de la
~ e1
ntt• 1·arlldko16n; cu.JU pert,,ne11etu • medlr&amp;u en 1a
.t.aoama. e
dtll
de 100 metroe de ancho por 200 de tarro
:rm•
mln:~ ten1en4o teneno Ubre por todo111ne rum1
o 00 n
brea .-te den11.11clo ,9&amp;n Antonio•
boa
denuocio MI manda publloareu el Pertddt00
del Bitado por trffi Tecel 1e111..l4u y ea la tabla de ....1...
d Nte A
ota por un mn 7 • oombr6 Pl'rtt.o para la medida de
er. 1•61 o. Martiner: veoluo de élta Ofudad, qalan

aoeptd el nomb,..._&amp;o,
........._._4
deed.• Mta f'e~ qae1e baoe •b•r •l pdbUooadvu...... ONQDe la
batu.
oh• 119 lbN v.• pl~JO bnpron:osle d,, cuaUO IDeeel pua
111
CllaclOD del ~lea.'6 en esta .-el.a.
Luntuoe
llano
f
4e
1809-B.
A•
D.
lf,
.&amp;.
Be1t1
:ffi8lt
laceado de Letru del• ft fracol6njadfolal-Bat-.dode N.Leoa

Be ttCUerd&amp;, loa 8res. acofonl1ta1 lo pN't'eaido en el ilT. -SO 4•
qae dice: "Para repreaentar lu MIOloaH al p,ortador
a ?u Aumbleu Geaerale■, .. reqolere depositar lea titulo• en la
fffientarfa de la Negoolac16a 6 enhqarle 110 rerttftcado d11 de))MlJuzgado 1! de
to upgdiclo por alpna taatl\nol(ln de cr6dlto. haciendo wta entre... &lt;ftlAdo mb tarje, el dh -■te ■ 1 la .l.nmblea, ff&lt;IOKleDdo aaa do de N . León.
,l(,11 Enata.tcJa.

Convocatoria.

No hBbtendo tenido veriftcativo, por falta de quorum. la asamblea general citada para el dfa 14, la
Juntt. Directiva aoord6 que se ofte por B!"'gnnda Vf Z
psra el día 31 del &amp;etnal é las 4 p , m . en la Ofi.cina del
Sr. Andréo Martlnez 01.rdenao, oalle del Dr . )[le,
No . 94, y se trata.ráu loa mfsmoe aauntloe contenidos
en la órde.11 del dtA de la primera oonvooatorla. en la
inteligencia que la aoamblea funcionar&amp; v,11c1ament.
oon el námel'O de aocios que ooncurran como lo pre
vienen loe Estetatca.
Monterrey, Marzo 16 de 11!09 .~A. Faríu, Brlo.
o.23,24-,26

EXTRACTO
Ateecia de ta SeoHtarfa dt. Pomeut.o en el B• mo de MIHrft...
en L&amp;mJ&gt;UOL
.
'1
Jh ...leate N 887,-0on techa 2li del pa.1ado Febrero u onc•

Negociación .Agrícola y Ganadera.
de San Enrique, S. A.
CONVOCATORIA.
1A Jnnta Directiva de eota Negoclacl6n en 1J81!01t
oelebrado el 2'2 de D!ol•mbre dltlmo, acordó oon.,.,car
t A.Nmblea General Ordinar!&amp; para el dfa 29 de llfarlO de 1909, lu 4 p, m en la caoa No. 78 de Moreloa,
de est.a ciudad. la elgulet&gt;to:

Orden del Dfa.

I

Jh'.am•tt 7 aprobacl6n en 111.,...,, de lu cuentu
deU08.
1I Aprobación de !u geetloneo de la meea direc
0

lo Clvll.-1• fraool6n Judlclal.~Eeta-

m

tlva.

Nobramlento de ConaeJeroo 'J' Comlearlo1.
Mont.err,,..,., Mano 8 de lll09.-N•goclaolón Agrlcola
Sra. Natividad Vega Vda. de Sánchez. 7 Ganad- de San Enrlqne, 8, A, por Sepdlveda T
En la cnart.a oeccl6o de loa jnloioe beredltarloo Agnllar, Teeoreroo.
o 22,113,24acnmnladoo de loe finados D Antonio SAnohez
D•
Rotnglo Cnevao Vda. de 8&amp;noh11, ee ha dlota o un
anto , la letra dloe:
VENTA DE PRENDAS.
Monterrey, F•bN'ro venltleletede mil noveoi•."t.o•
Tendri lagar en loe dlae l0, 11, 29 'J' 30 de Abril.
nneve.-A sno antecedente. y oomo oe pide Clleee próxl
entrante, en la oua deemp,iio •La Banca •
para oentencla. Notlllc¡u-. Lo decretó J firmó el O. ~•¡
N• 9ll de !u de pluó vencido
Jue■ l! de Letras del Ramo OIYII: doy f6.-Llc. Tre- - e
'
tub
"~ b
vlfio.-Lío . JOlé Juan Vallejo, Sr!o.-Rdbrlou.
pondlentee ' loe m - de Oc re .!' .-onEm re
Lo qne .., notifica ll Ud. en forma de acnerdo ppdol . J' de loe de plaso oondfolonaL
oon ¡0 dlspneeto en el art 78 del C6dlgo de Prooedl
Lo que oe hace uber &amp; loo lnteN'udoa. para que ea
mlenloa Civil..
Mempo hébll, conrran, dicho eatableclmlento , cleMonterrey, 16 de Marzo de 1909.~Llo. Joeé Jnan eempehr 6 refrendar 1111 prendu 6 , preoenciar 1n_
Vallejo, Brlo.
o.23,24 ;:¡';:¡.::_e"" ver!flcañ con arreglo al Reglamento

l

La Junta Dlaectiva de eeta comp¡,iUa en l!le&amp;l611 ce
lebrada el dla veintiuno de Febrero próximo paoado,
aoord6 oe hiciera oaber i loo aeflofftl IICl&gt;ionlatu de la
Oomp•lila, ocurrieran A la Teeorerla de la mlama
dentro del plazo ·de quince dlao oont.doo &lt;leode
primera publloaol6n de eote avloo, 4 pagar la exhlbl·
m6n de treinta centavoa por aoclón decret.da en la
· Nlld6n dicha, advertid0t1 loe que no lo vertfiquen de
que corrido el tlirmlno lndicodo de qnlnce dlao, la
NOTIFICACION.
la propia Junta Directiva Ju deolatarA deserto eua
Juzgado
3!
Menor
Letrado.-Mónteney, N. León.
.,cotonee de conformidad con lo preveDido en la cladamla octava de la escritura constitutiva de l&amp; e:xpreSr. Jesús G. Guerra.
llMla compañl&amp;.
llonterre7, llano 10 de 10Ji .-EI Srlo., E, VIiia• pe~:.~~;!:~~=üt1:':..=~~6°:bJ:
ne&amp;J,
O, 23, 24,2ó e. Holck y Oompal!.fo, ha r,caido un auto que dice:
Monterrey, A velntidóe de Enero de mil noveclen
EXTRACTO.
too nneve.-A 108 anti!Oedentes, .!' como se pide tlinA secta de la Seeretuia d• Foment.o en el Ramo de Mlnetfa gaee par 1cnoada una rebeldla del demandado 1 tbreoMoutenay.
ErpH,iente 1669 Loe SrH. n,. Jee0.1 H . Tre-tlño y Joae Tr•rl· oe el juicio' prn•b68 por veinte dfae oomunee Y pro•
Eo Garola d• eata veclodad. b&amp;D IIOlioitado ante Hta A1encl&amp; 6 per- rrogable• (ert. 1383 del ('ódlgo de oomerclo).-Notlfl.
ieD,,e.llclas mlnenui que ae ubicariu en lu lomu de Mr.mullqul •n qneae . Lo decreto y ftrm6 el C. Alcalde 3º Lstrado:
iloatctpaHdr.d de t.tllllnaa Vict.orla y contigua.a al;fllndo el aPo"e:td.r,,,; debiendo de practicarse lu m€didaa formudo ea reothsu- damos fé.-Llo . DAvlla. -A-F. Gómez Garcia.-A-10 de 300 metros de ¡.,go de Orlo te i Poniente por 200 de ancho Mart!n A. Go~les .
flDIDO slgoe: partiendo de la aatlgaa boc•-mla&amp; coaocld.a coa el
Lo que 118 not1ftoa, Ud. en eel6 forma de conforml•
nombre de Guayaciu, cuya boc&amp; mina ae al!cueatra detro del fundo El Pnrvenlr, •• merllrin prn:r-Imamente al 8. 96 met.rc1 que lle- 1;~;,:'n el art. 78 del Código de Procedlmlenroe

oorro-

:ºJ8'Nls

Mon11errey, llano 16 de 1oot.-Domlugo Pan,za.
0 22, 23 ,24
·

s.

fo!''s!e Tbe Ajncbitlan Minin[ and Millin[ Co. A_

JU'&amp;D i la linea 8. del fundo el P onenir, y dedoadeterminu loa
llichOII 96 11. 1118 medlria al E. aobre la linea 8. del repetido tundo

m Porvenir 85 m. y donde lleguen loe e::s:preudo.Bli m. Hri t1l p1u1.•

w dela e,:qniaa N W. del re&lt;1tAa111lo que se mida para Ju

pe.de·

Monterrey. 15 de Marso de 1909.-Llc . L Dhlla.A-Gómes Garcfa.~A-Martln Gouz!le,.
o.23,24

IDeDclu que se aollcitan, de cuvr.a punt1·1 ae medirin al E. IIObn,Ja
UDea 9. del fundo El l'orvenlr ar.o mt1troi¡ de don.di'; terminen ea

•11rulo recto al 8 . 200, y de don ne te ,· mlnl n en it1gulo recto al W.
;;;o, y de donde terminen en inirulo rento pr4ximente al N. 200 me·
lJOllt p&amp;racenar el rect4,ngulo de las re.,.tn1e1:c1as que se M•ltcttan .
- t•coUndaac.ta. denta e(ll/citud son por el N. el fando El Por ·
.enlr y por el E. Amplfacl'ln ds la Natalla. Loa metalea que hay
dutto del terrno aolloltado son plomoaoa y dnooeoa con ley de
pl•t.a. Kst• aolloltnd aer&amp; concolda con el nombre de •Banta Irene.
NombrMto perito el Sr. Ingeniero Enloefo Ortit de eta veola ~
dad 7 aceptado por él el carro 111 •br@ un plsr.o tmprorroaabJe
tle 4 mece1 para la 1ubdanctacl60 p,,I eroediflnte .it Nta A1611&lt;rfa..
■onterre1 , Febrero 18 de 1009. -·R, V&amp;ldE11 Llano, A~ate de,
IDnerfa.
mn~

Ricos y
pobres, prín-

EXTRACTO.
Agencia de la Seoret.eri II dtt Fomento en el Ramo
Ce M.lnerfa en Monterrey, N. León.
Exp . 1668.-El Sr. Benj•mln P. Burcbard de eota
-.ecindad, ha aolioltado ante eeta Agencia 4 pertenenmaa minera ■ qoe ae ubicarG.n sobre una veta mineral
oobriz&amp;que ee encuentra en el cerro del PPfiasoo. en
el Potrero O rende, en munlclpo lldad de San ~looláe
Hid&amp;lgo, N . L ., debiendo de prectlcaroe la• medido•
formando on ouadrad·o de 200 metro■ por l&amp;do al No1'088te del fondo minero La Perla. Loa ladoa NorfBt.e
.,. Sor Oeste del fundo que oe oollcita, tendrin leo
:mlsmoe rumbos y sarin continDBClóu hacia el Noroeste de loe respectivos dos lados largos del menolo
ll&amp;do fundo de La Perla. Esta oollcltnd tiene por
r.ombre •Ampliación de La Perla1.,---Nombrado perlt,o
el Br. Iug, Florentino A&lt;royo de eota veclncfad, y
11COpt&amp;do por el cargo, oe abre un pla ■ o lmpror¡ogable
de, cnatro me&amp;Ee para la eubstanclacl6n del expediente en eota Agencia, debiendo de publloaree el preeen•
te en loa términoe de la Ley.
Monterrey. Febrero 16 de 1909.-'-R. V11ldes Llano,
.A. d.e M .
o .2a,24.2ó

NOTIFICACION·
J nzgado de Letras de la 4~ fracción Judicial.-De Dr .
.t.uoyo, N . León.

Sr. Baltazar Oviedo.
En el juicio ejecutivo mercantil promovido por el
Br . Adolfo Lanratn contra Ud. por cobro de pesoe,
1·ecay6 un aut.o del tenor algnientea:
D,:.ctor Arroyo , Marzo nueve de mil novecientos
nueve.---.01teee para sentencia de remate. NotJffque•
Eie. Lo decretó y firmó el O ..Juez de Li;itrae de la 41
fraoclóu judicial: dnmoo fé ~Lle E . Hinojosa. -ALeocadlo M. Gonzá.lez..r--A-L. Dnarte Ramos.-Rl\b?ics&amp;.
Lo que se pl'ibUoa en 0Rta. forma en cnmplimlento
f. lo dierU~bt·) por el art. :.oso del Código de Comercio
y -;s de de Prooedtmientos Civiles.
Doctor .!.rroyo, )Iarzo 10 de 1909.-Lic. E. HinojoSB -A-Leor...sdio .'d. Gond.lez.-A-L Duarte Ramos.
o.231 24

~~

cipes y aldeanos, millonarios y jornaleros, todos
atestiguan la
inmensa reputación y
valor de las

Píldoras
del Dr. Ayer
Las autoridades médicas recomiendan estas Píldoras para el estreñimiento, ind igesti ón, cardialgía,
desgana, jaqueca, dolor de cabeza
pulsante, biliosida&lt;l, diarrea biliosa,
náuseas, icter icia, hemorriodes, almorranas, granos, y varias afecciones del sistema nerviosa originadas del estreñi mien to del vientre 6
inactividad del hígado.
Las Píldoras del Dr. Ayer están
azucaradas, obran con prontitud pero
suavemente, y son por consecuencia
el mejor remedio laxante para hombres, mujeres y niños.
Cnd" ¡u~miro mrtrura

(a

AVISO.

Por 11enerdo de la Junta Dlrecttva se hace saber ,
¡08 Sefiores aoolonlotae de The Ajuchlt.n Jllnlng
and Mlli!ugOo . 9 A., que deode el die ¡,"Tlmero de
Abr!l próximo en adelant• oe repartirl el Dividendo
No . 2 , de 125 000.00 veinte cinco mil peeoe 6 oean
cincuenta cent.avos por aocl6n, loe que l!le pagarin en
cambio de reclbo 6 cuponflB corrP&amp;pondlenka en el
Banco de Patrldo Mllmo é Hijo&amp; Bnco.
Monterrey. N . L. , 8 de Mano de 1909,-Jobn T. De
Bel!, !!r!o., y Tro.
o.22,23.2,t

ía. Minera

V

fCDfED1Hflora ~~

N. Leót

SEGUNDA CONVOCATORIA.
No habiéndooe verificado por falta de ulotencia, la
Junt.a General e:xtraordlnnrie á que 118 convocó con
anterlodldod pare el dla 27 del ppdo mee de Feb.rero
por ""'uerdo de la Juul,i Directiva y de oonformldad
oon los Eot&amp;tnt.oo, ee cita A t&lt;&gt;doo loo Sreo, Acclonl•tao
para el dto 20 de] presente mes 6 Jee 7 de la noobA, en
la caea del Sr. Prealdente de la Ola., calle de Zaragoza No. 131, , 6n de qne tenga sa verlftoatlvo la
A.umblea menciooada, en la que se trataré-o los rolemoa aeuDtoe expruados en la Orden del dfa que ee
anot6 en la convocatoria publicada para t!-l 27 del p&amp;•do, pnedando entendidce loa 8ref!. accfool&amp;tu que
lea acu&amp;rdoa que ee teEgan se dadn vAltdoe con la
ulltencla que hublero.
Monterrey, , ó de Marzo de 1909.~El Seoretarlo.
.&amp;naoleto T. 0..rza.
0.21 ,22.~.

Cía. Minera La Reforma, S. A.
CONVOCATORIA .

Por la preae11te &amp;e convoca A tod"• loe accJoz,lst.as.
de la Cla. minera La Reforma t Aoombl•a General•
que oe verltloañ ~¡ 11 ,1. Abril próximo , l•• 4 p. m .
en la casa de los Sree. V . O&amp;st.afio y Hnos. ('ti.lle del ·
CGmercio ~o 84, con objete de dar cuenta del re&amp;ulta.
do de arrendamiento de loe f'tmdoe mhieros El Malacate y A mplaclón de El l\lalAcate y !to demae .. un-

tos que acuerde la junta general .
Lsmpezos 1 9 de Mano de 1900 -.El Presidente V

CaetAño .

o,22.23,2~

Venta lle Prenda~.
Loo dí"" 23 y 24 de loo corriente• 12 y 13 de Abril
pmo. &amp;e verldcará de las cumplidas correspondientes
A loo meeeo de Agooto. Sepbre. y Octubre pmo. pdo.
qne e~ sten f"n la &lt;'11-.ea de emprño aE l Fe11Jx.11
Los rnten sadoa fn ellas, pueden oe:ur rir t n th mpo
hRbil á de&amp;EmJ;fñarlse, r efrendorlsa 6 p rt:eenclar su
venta. que se hará con ar reglo al REglamento vigente
del Romo.
Monterrey, Marzo 10 de 10C9...-... Treviño Garza
Rafael.
o.22 123,24

fÓrnmln ,.11 fa

rotulotft. l'r1•f!•l•lfe u.,;;,.,( 1Í 8•t metlfro lo
~u~ o¡,inu &lt;l~ 1th J&gt;•ltt,,r,u, 1ftd l &gt;r. Á!jt:-r.

PreparadasporelDR.J.C. AYER vCIA..
Lowell, Mass., E.. U. de A. ·
•

'

IMPRENT! DEL GOBJEJ\XO, E:-1 PALAOIO.

DIRECIOR I lllfüSTRl.llílR,

A. Brondo \Yhitt.

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1752682&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 24, Marzo 23</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Viernes 19 lle Marzo de 19tl9.

TOMO XLIV.

Periódico 0ficial
DEL. GOBIERNO DEL. ·ESTADO 1IBBR YSOBERANO DB NUllVQ ...LllON.

---·--Las leyes, los decretos J dRmas disposiciones snpariores, obli¡an uor el solo hecho de ser pnblicadas eneste Periódict.
Registrado como articulo d e segunda clase el 18 de Septii!mbre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDICIONES.-El número d el día vale DOCE CENT AVOS El número atrasado QUINCE.-Toda comunicad6n oficial deberá dirigirse al R edactor de este P eriódico.L a r emis ión de avisos se hará directamente al Administ ra·
dor del mismo.

CONDICIONE S -Este periódico se publica los Már tes y
Viérnes d e cada semana, -Vale la s ubscripción CINCUENTA
CENTA VOS al mes en esta Capital. y ClNCUEN'TA Y S EIS
fuera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse ad clan•
tado.

da también, de u n espesor de cnarenta y del Estado de México limítrofe con el
seis
milímetros, dado que esos artefactos, Distrito F ederal.)
En
pr6xima semana.
por su baratura, ofrecen ventajas á los in•
Temperaturas. -MafiaDas templadas y
teresadcs.
tardes
alg o calurosas del I&lt;? al 3 y del 24
1&lt;:&gt; de lo Criminal.
Con
estas
reformas,
y
habiendo
la
cir
27.
Días calurosos del 4 al 9 y del 21
Lic. JESUS M. DEL B OSQUE.
cunstancia de que el excusado inglés 6 al 23. En el resto del mes habrá brusimitaci6n del mis mo, puede ser de barro cas oscilaciones térmicas predominando
19 de lo Civil.
v;trifidado, y de que basta para una ins- los aumentos.
Lic . MACEDONIO GIL TREvdlo.
talaci6n completa, ad~más de ese excusa•
Vientos.- Algo fuer tes y ar rafagados
do, un fregadero de cocina con su reci- del Suroeste y Sureste por las tardes enpiente drsgrasadero que sirva para impe- tre los días II y 14, y 26 y 29.
--·---- ·-- ·dir que se obstruyan los tuhos colectores, l Lluvias.-Del l al 9 lloverá. en las seMonterrey, Marzo 19 de 1909.
el valor de las instalaciones que se auto- rranías del Suroeste y después se exten___
rizan por medio de la reforma que contie- derán á casi toda la cuenca sosteniéndose
1
Instalaciones ecouómica:-- dt-' ne el presente, quedará disminuido más hasta el 18.
·ena·J'e
6 men0s, á la tercera parte de lo que puZonaJ e.~t,-atro"icales.
dl ·
·
diera importar la de fierro.
r
R EFORMAS AL R EGLAMENTO EXPEDIDO CON
En Jo g eneral , para facilitar toda ins(Cnmpren den los Estados de Sonora,
FEC H A 1 º DEL ACTUAL, PARA I'.'c'STAI . ,oo- _talati6n , también se manifii:sta por el pro Sinaloa, Chihuahua, Coahnila, D u rango,
NES DOMICILIARIAS DE .\Gl' A , I1RENAJE. pio superior acuerd&lt;\ qne uo se exigirán N uevo León Y las partes correspondien,
desgrasaderos de manufactura extranjera, tes de Zacatecas, S3n Luis Potosí y TaSecretaría del Gobierno del E stado de gue resultan costosos; pues que podráu maulipas.}
N t,eH&gt; León.
ser esos recipientes para aguas su, ias, ya
Temperaturas.-Dominarán días caluPara que puedan hacerse instalaciones de cemf:'nto 6 confeccionados de lámioa, rosos du::inte el mes.
ecouómice~, al alcance de personas qne debieudo .t~ner en todo caso, su tapader.. Vientos.-Algo fuertes &lt;lel Suro,ste y Sucnenten con pocos recursos, y que E.in e1w de fácil uso para. limpiarlos, habiendo de reste por hs tardes á mediados del mes y
bargo, den aquellas las garantías ne cesa- adaptárseles el tubo de entrada y el de sa- riel 26 al 30. N0rtes en el Go1fo del 1 °
Tias de buena higiene para la Ciudad, el lida, en la forma qne es indispe:usable pa- al 3, 2 4. al 2 5 Y 28 al 30.
Sr. Goberaarlor ha dispuesto que por el raque la grasa, sobrenadando, no salga, ~l~y,as.-Al comenzar el mes las hap1esente acuerdo se reforme el "Rf&lt;Yh,.. j del ncip:ente.
bra ligeras eu los Estados de Coahuila,
wento para iusta1aciones privadas de ~erLo que se h:ice saber al público. para · Nuey!&gt; León Y Tamaulipas. En la últivicio de agu~ y drenaje y ~us conexiones! l0s efectos correspondientes.
ma decae a l~s habrá extensas en los Escon las del sistema general de dichos ser-· 1fonterrey, i.\farzo 18 de J ,909.-Ra- tados del Goifo.
vicios". expedido el día l 9 del mes en mó11 G. Clttivarrí 1 Secret~rio.
,
Zonas tropic.ales.
curso .• en
sentido de que las casas don*·* *
(Comprenden la Península de Yucatán
de lo:o canos col~ctores ?º teng_an que .
. _,
.
y los Estados de Tabasco, Chia as Veatravesar por ioenes de p1eza~, srno por . La Comp_ama _Plomera de Monterrey, racruz Gnana ·uato Mich 0 acá p J 'r1
una sola eo &lt;"ada caso, 6 bajp pavimentos tiene en ex1stenc1a materiales de cernen- Colim~ G
J
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ª ~co,
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, uerrero, 0 ax.. ca, J1guasca1tene
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México
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que dichos colectores y aun sns ventilado las nformas al Reglamento de Agua y Qu'eréta.ro T. laxe 1g ·T •t ª., aoreTos,
·
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l S
•
· ,
a a, ern orios e eres ~espect1vos, sea? ~e fierr~ vaciado, se .reoaJe, apro ª as por e '"upen?r Go- pie v de la Baja California
las artes
admltan de barro v_itnfic~do o de ce~:n to, b_iern~ del E st ªdo,, p~ede hacer instala- ' correspondientes de los Est~d~s de PZacaq~1e ofrezcan la _m1sma 1mp~rmeaL1h_!1ad, c10nes muy economicas, pagaderas al !tecas, San Luis Potosí y Tamauli as.)
siempre con el diámetro de d1er. cent1me contado 6 en abonos.
T
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t ros que sefiala el Reglamento; en el conOficina: Dr. Mier ¡ 3. Teléfono 366 1chesem
t epmerpalaudrasd-l iasl ca uros1os Y no-1
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1
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,
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· · , •
as e 2 a 4, 10 a 13, 24 a
cepto e que ~ºs ca 10s en1ectores tendran
P. BARRAGAN, GERENTF.. · 25 y 2 g al 30. Bruscas osc1Iaciones térque quedar btt,n a:i:1ptad?s con cemen!o 6
- -micas en el resto del mes, predominan do
de otro modo, a satisfacc16°: de! Ingeotero Secretada
Fomento Coloniza- temperat u ras elevadas.
Inspector, cuando pasen haJO piezas de ha•,
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ClOU é Industria de la República . tentos.- empora es en e Golfo con
1 ac1 n, Y e que se co ocar
e erro
vientos moderados de la región N t
solamente la parte de ellos que cruce bajo
.Mexi cana.
blados y lluvias del ¡&lt;:&gt; al
1ºr e, DUs·
muros
.
3, 2 4 a 2 5 Y 2
· · d
•
al 30. Vientos arrafagados australes al. Lo
. s cita os venttladore~. que, cual se
SRRVICIO METEOROLÓGICO.
g o fuertes por las tardes á mediados ' del
mdtca en el Reglamento, tienen que colo___
mes y del 2 al 2 8
carse en la extremidad ?e las in_stalacíones
OBSERVATORIO METEROLÓGico
Llnvias.~Las h~brá durant l
_
para asegurar la aereaci6n de estas, solaCENTRAL DE ,~EXIco.
te~ siendo m
· t
•a de os nor
m1:nte se evitará qne sean de tubo de ba!u
s1.6:. 0 '°n 1 úlaror sdu m enstLa Y exten.
d
" a urna ecena.
as mayores
~~~
~seco1cqt~en en pequenos c~ar• Tiempo probable en la República Mex-ica- pn.cip:taci&lt; nes ocurrirán en los E-tados
CU"OS : b'ra que Slrvfan para excus_a 0 ~,
na durnnte el mes de Abril de 1909 ·
de Veracruz, Tabasco y Península de
·
Yucatán
Y• J , a _1q11es no o rezcan 1a consistencrn neces:ma para resguardar esos queC
d. A,,J.' ·
Mé ¡ · F b
d
E ·
bradizos tubos; pero en dichos pequefios
uenca e exzco.
t x ~~•
el rEeron 27 e 190E9.- fl Dtt s
d ,
d fi
(C
rcc or, ,nanue . rasttana 1 Je e de
cuar o. se po rnn p~ner e erro dulce
omprende la parte Sur del Estado la Stcci6o de Ja C rta d 1 ti
¡. 11
galvanizado, 6 de lámina doble galvaniza- de Hidalgo, el Distrito Federal·y la parte F. Romaní.
ª
e
empo, ua
JUECltS DR TURNO

la

1ª1

PERIODICO OFICIAL.

I

l

:1

ue

~~ª!

�PEIUODlCO OFICIAL.

2

PERlODlCO OJt'lCIAL.

r~ov,cientos ocho. -Leand:o fe1~uindez.Arcadio Belmares.
l.Sepúlbedo
Es copia. México, . Septiembre I~ de
S,;cretaría de Fomento, Colonir.ación é 1908- Gz'lbe, toJifonllcl, Subsecretano.Industrh de la República Mexicana.
AI Gobernador del Estado de Nuevo Le6n.
.
.
¡-Monterrey.
~oli&lt;,itu,l pre~ent.oda ant-e- e,ta S,•cretarta P?r
Ascención Moncibals.

GOBIERNO GENERAL.

el Señin· Emilio Ba11í. f&gt;ídiendo t•ooet•8.t?n
para aprovt.~char, como rit&gt;go, n~uas tlrl r10,
Pesquería del Esta,lo rt,, Nue,•o León, la C'lrnl
:-40licitnd 1 de Cflnformidild eon las l~yPs de l&lt;t
ma.t.Arin. t:ltl manda pnhlicat por trtis ,-eces
,luqnte un mes para que las ¡,er,~nas que
,e ereau cou derecho se presenten "alegarlo
en el término señalado que se ern¡,ezará á
contar desde la fechad~ la primera publicacióu.

Una estampilla de á cincuenta ceotavos, debidamente cancelada.
C. Secretario de Fomento.
México, D. F.-Emilio Ballí, mayor de
trda excepción y vecino de esta ctudarl,
ante Ud., con el debido respeto, competece y expone:-que teniendo tierra suficiente para aprovecharla en la agricultura y careciendo
agua s_tt~ciente para
regarla, ocurre a Ud. sohcttando se le
wncedan hasta la cantidad de trescientos
doce litros de a¡;ua por segundo, de los
sobrantes que resultaren en la caja de
agua situada en el canal de la presa de
"Los Higueros,'' sobre el río de Pesquería, en la hacienda de San Antonio, cerca
de ''Los Ramones," Jur:sdicción de Cadereyta, de e·ste Estado. La l:antidad de
agua solicitada la tomaré en el mi•mo canal de demasías de la dicha C'lja de agua,
sin construir presa alguna soQre el río;
pues dada la corta distancia á donde tiene
que ir á regar, no se presta para construirla, sino á co,ta de grandes gasto5,
Me permito hacer observar que este río
solamente tiene agua en tiempo de avenidas, que es cnando se putde aprcwechar
el volúmen de agua. Además, no existe
ninguna otra toma más abajo, y por lo
mismo no creo haya perjuicio de tercero.
Por Jo tanto,-A Ud., Cº. Secretario,
suplico se digne mandar se tramite esta
solicitud, con lo que recibiré gracia.
-Proteeto á Ud, mi atención· y re~peto.
Monterrey, Enero 26 de 1909.-Firmado
Emilio Ballí."
Es copia. México, 24 de febrero de
r909.-E. O. M.-E. Martínez Baca.
m. 5 y 19. a. 2.

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I

1
HOillERNO
})EL
ESTADO.
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Roberto Irízar, (Ingeniero.)
Doctor Gont6/u.

1

Cesareo Gutiérrez.

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Gale•na.

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J

Jesús Alvarez.

(¿:&gt;G--

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José Herrera.

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Aramberr,·.

Leonardo A. de la Garza.
Eduardo Chavcz.

A.7

Aurelio Torres.
•

Federico Luna.

Natividad Suárez.

Luciano Gámez
José Solís.
Pedro Gutiérrez, (Fierro.)
Maria Lina Palomares.
•

Secretaría de Comunicaciones y Obras Reducindo Garza.
Públicas.-México.-Sección Segunda.
Una estampilla por valor de cinco pesos, debidamente cancelada.
Ciénega de Flores,
CONTRATO.

Pedro Gutiérrcz, (Marca).
María Romualda ·D. vda. de
Torres, ( Fierro.)

D

María Romualda D. vda . de
Torres, (Ven ta,)

Celebrado conforme ,i la Ley sobre Ferrocarriles, fecha 29 de Abril de 18U9, entre el Donaclano Chapa.
C. Leandro Fernández, Secretario de Estado y del Despacho de Comunicaciones y
Melesio di! Le6n.
Obras Públicas, en representación, del Ejecutivo de la Unión, y el Sr. Lic, Ignacio Sepúlveda, Representante del Sr, Albert J.
•
•
~
Peyton, concesionario del Ferrocarril de La Gorgon10 Arrambtde, (Sefíal). ~
Piedad á 'facámbaco, reformando el contrato de concesión relativo-

Pedro Gotiérrez, (Señal).

T

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)1A

Je

~
PG

Lnis Mootemayor, [Señal].

4

Néstor Acosla.

M

Nicolás Espinosa.

N

J-é

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Alejandro Garcfa, (Fierro.)

José VH!arrtal.

Valentln González.

2&gt;~

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}

J
y

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Alfredo Perez.

Marin.

~

Alejandro Garcfa, (Sefi.al.)

1'

Francisco S. Leal.

María Ninfa Menchaca de Vi(llarreal, (Fierro.)

Rv

Heliodoro Lozano.

Plutarco Villarreal, (Fierro.)

PV

~&lt;'+

~ ·

EL

Min y Noriega.

Anastasia Martínez.

María Ninfa Menchaca de Vi,
llarreal, (Sefial), ~ Antonio Rojas Pérez.

~!R,

Cosrue Carrizal. .

~

Diego Cerda.

L

~

Rafael Vazquez, (Fierro).

y:;_

Enfrasio Rangel.

Rafael Vazquez, (Marca.)

-&lt;\['

María Juana Cuellar vda. d e ~
(Guerrero,

Rafael Vazquez, (Selial).

Antonio González Garza, (Se(flal.

~
~

Los Herr11'1u.

Higueras.

Nabor Vazquez.

e&lt;3

Francisco Abrego, (Sefial).

p~

Nabor Molina.

A'nfculo 6nico. Se reforma el párrafo
s~gundo del artículo29 del contrato de con- Vidal Cisneros, [Fierro],
cesión del Ferrcarril de La Piedad á Tacámbaro por Morelia, con ramal de Puru
ándiro á Irapuato, fecha 17 de Octubre de
1903,quedando dieho párrafo como signe:
"Para el 30 de Octubre de 1909 deberá Vida! Cisneros, [Sefi.al].
estar termtnado el primer tramo de doce
k.ilómetros de la linea II, á que se refiere
El artículo x'?, 6 sea del ramal de Puruándiro á Irapuato, y ea cada uno de los años
Doctor Artoyo.
siguientes se terminarán otros diez kilómetros, pero de manera que todo el mencionado ramal quede concluído para el 30 Anastasio Hernández.
ne Octubre de 1914."
México. Septiembre dieciocho de mil

María Paula Telle¿,

~

Gral. Zuázua.

Luis Montemayor, (Fierro.)

M

f

Francisco Abrego, (Marca.)

Pluta~co V11larreal, (Seiial¡.

\

Ignacio Hernándcz.

José de la Paz García.

Gml. Brar•o.
Félix de la Cruz.

Felipe Saldafta.

Lampazos.

Gnil. 1 erán.

Severo Martfoez.

u

Francisco Abrego, [Fierro].

1

á conocer en la presente 1tcu ar que Frandsco Sánchez
deberá agregarse á la Planilla General, los fierros, ventas, marcas y señales ultimamente registrados, como
sigue·
Hilarlo Rojas.
•
·
Apodaca.

Calixto Elizondo, (Selial}

±

Encarnación Villarreal.

V')

En cumplimiento de lo dispuesto Feliciano Rocha de Costilla.
por el artículo 12 de la Ley de Ganadería vigente en el Estado, y por
disposición del Sr. Goberna_dor, se dan

Calixto Elizondo, ,Fierro).

fuánz.

\){

Pablo Hernández.

Secretaría del Gobierno del Estado Camilo García.
d ,.
I ,
S
·ón • Go
e ., uevo .,eon.- ecci
3 bernación v Guerra.-Circu\ar Núm.
6 I,.
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C

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Octaviano Cano.

3

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~-

Reyes Cisneros, (Fierro.)

R;

Reyes Cisneros (Sefi.al).

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Pánfilo García.

0

Ruperto Guillén, (Fierro.)

~

Ruperto Guillén, (Marca).

R

Simón Sep61vada.

b

Linares.

y
Camilo Hernández.

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('

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�•

l'ERIODICO Ol!'It,'IAL.

i~ po ner den tro de los do~ extrem°.s, ~j ~: dos el térmi no que se estime de _¡ushcia
Juan Marrcquín.
, j ardculos, 65 y 503 fracción III del Corli.
go Penal.
1
D
",
Consi dera 11 do: q ne en favor de1 proceBónifacio Mar tínez, (Fierro). tJu.
1 ::i:rvase Ud. acu~a r ~~ribo .
sado concurren la~ atenuantes por valor
·
L ibertad y Con~tituc10n_. J'l ~onterrey, de nu eve mfrlades á que se refi eren los
Marzo 10 d e 1909 - E l ~ ecretan o ¡artículos , 4o fracciones I y I V, 42, frac• de Go bierno, Hr1111ón (; _Chá1 1arri ~ ción I y 43 fracción VIII; y le perjudican
')(V-.,.,/'""' ¡Al C Alcalde I o de . . . .
: Jas agrava ntes de r~ y 3ª cl ase que ~esBonifacio Martínez, (Stfial), J---,--' ~
·
pectivamente fijan los artículos 45 fracción
I y 47 fracción XII, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos, 35 á
SEUCION JUDICIAL.
37 y 220 del Código Pena'a, s_uperand? el
- - - - - --- - valor de las atenuantes en cinco unida ..
Felipe Martínez, (Fierro.)
Secretaría de la 1 a Sala del Tribunal des, proce~e dismi~nir P:oporcion~l~en.
Supremo de Justicia.-Monterr?y, Nuevo te del medio al mínimo, sm llegar a este
León,
la pena. seiíalada en la ley.
.
~onterrey. veintisiete de Noviembre de
Cons·der_ando: que en, toda sentencia
mil novecientos ocho.-Vista la presente condenatona se prevend:a 9ue se amon 7scansa comenzada á instruir de oficio el día te al reo para qtu: no renl:c~da en el dehto
Felipe Martínez, (Sefial).
primero del mes en curso, por el c. Juez por que se le castiga expltcandole l~s pe29 de Letrasd el Ramo Penal de la 1 ~ Frac- nas ~ que se expone, y se 1~ abonaran los
ci6n Judicial del Estado, contra Emilio ~ufnm1e_ntos q?; haya tenido durante. la
Leal soltero de veintiocho afias de edad mstrucct6n, de¡andose á la parte ofendida
jorn~ler!'.
orÍginario de San Cárlos Ta'. sus .~erech?s.á s~lvoen cuantoá la resP°.n•
Jesús Uribe Leal, [Fierro.]
maulipas y yecino de esta Ciudad, por el sabiltdad ~iv1I, s1 co~o en esta causa mudelito de lesit•nfs. Vistas las diligencias guu~ gest16n ~e hubiere hecho sobre ~l
del sumario, la requisitoria dd C. Agente partlcu!ar, arttculos, 182 y 287 del repetldel Ministerio Público y lo alegado en la do C6digo P;Ml.-Por ~o expuesto, con
~
r~ Instancia por el d fensor del reo. Vista apoyo ademas en los art)culos, 5, 10, J2,
Jes6s Uribe Leal, (Sefial).
la senténcia pronunciada el diecis.'.:i, del 49, 88, 487, Y 496 del mismo Ordenamten
ctt1al por el expre•ado Juez de Letras t?, se reforma.la sentencia de
Instanquien , teniendo á Emilio Leal, como res- cia que s; revisa Y se falla:-Prunero. Se
' 1 pensable del delito de lesiones, lo ccnden6 c?ndena ª. Emi!to Leal como autor del deLui■ R. Monfort, (Ingeniero).
e_ á sufrir, con calidad de retención por una hto, de tfe~io t'es de qdue se ha he_cho mérl- •cuarta parte más di! tiempo en su caso la to, a su nr 1a pena e un afio siete meses
pena de dos afios tres meses de obras
diez, días de obras públicas, á contar desde
Pesquería Chica.
blicas á contar de~de el tres de ese mismo el dta tres del mes en curso, fecha de su
mes de Noviembre, en que se le declaró prisión preventiva,. Si:gundo. Am?nésteformalmente preso, mandó amonestar al sale para que _no retnci_d~ en el dehto po~
~
- reo para que no reincida y dej6 á la parte que se le cast1gTa, expltca ndodl~ las,p enasa
Cornello Guerra, (Seftal).
x..¡---' &gt;&lt;::7 ofendida sns derechos á salvo en cuanto á que se expone ercero, 8 9 a¡an a 1a parla responsabilidad civil. Visto el dictamen te ?fendida sus d_e~echo~ ~ salvo en cuandel C. Ministro Fiscal, lo alegado por la t? a la respo,osab1hdad civ1}, Cuarto.. No •
defensa ante esta Sala y la citación para t1fíqnse, Y de~e cuenta. As1 lo resolv16. y
sentencia con cuanto más consta de au- firmó el C. Ltc. Leobardo Chapa, Meg1s•
Epigmenio Gar,.a Villarreal.
tos y.
trado de la 1a _Sala: doy ~é.-Lic. Leob~rResultando: que el día primero del mes do Chapa.-Lic. Eleuterto Lozano,-Srto.
en curso, fué la Sefiora Eugenia Alvarez Rúbricas.
• .
.
al comercio denominado "El Cambio" con
Monterrey, tres de D1ciembre de mil
Leonardo Garza.
objeto de que el Se!ior Jesús M~ García, novecientos ocho.-No habiéndos~ ínterdueño de dicho Comercio; le leyera una pues.to recurso a'g~no _de la antenor sen•
carta que había recibido, y en los momeo tenc1a dentro del termino de la ley, con
tos que García leía la carta, estando tam- funda~e~to del artículo 451 del C6 ligo de
Rayones.
bién presente la señora Andrea Rodrí- Proced1mien~os Pen_ales_. se decla~a que
guez 1 lleg6 Emilio Leal y Je pidi6 una ha caus4do e¡ecutoria dicha resolnc1ón; en
copa á la última de los t;es citados lo cual consecuencia expídanse los testimonios de
Crescencio Ortfz.
le pareci6 mal á la Alvarez, la qu¡ cogien- estilo_ poniénd?se a] reo Emilio Leal á disdo una medida del cajón del maíz; amr- posl~i6n ?el, E¡ecutiyo del , Estado en la
n~z6 con ésta á Leal, quien se la quit6 y Pemtenciarta del mismo; bagase la transcon la misma medida dió un golpe á la cripci6n correspon~ienta al inferior; y en
Rodrigo Rentería.
repetida Eugenia Alvarez, causándole una su oportunidad archívese la causa. Not!lesi6n á la derecha de la linea media de la fíquese. Así lo decret6 y firm6 el C. Mareg'6n frontal. El Juz¡:ado di6 fé de di gistrado de la 1a Sala: doy fé.-Lic. Chacha lesi6n y los Facultativo~ i!ei Ho, pital r a.-Lic. Eleuterio Lozano.- Srio. RúSa/n11as Hiáatg,11•
González encargados de la atenc 60 de la bricas.
ofendida, clasificaron aquella como de las
Atanasío Garza,
que _no ponen ni pueden p0~er en peligro Secretaria de la 3! Sala del Supremo
]a vida y cu_ran ~ntes de qmnce días, de- Tribunal de Justicia.-Monterrey Nuevo
¡ando una cicatnz perpetua y notable en León.
'
la frent~ Y•
"Monterrey. veintiséis de Octubre de
. Cons1dera~~o: qu~ dura?t_e l_a _instruc· mil novecientos ocho.-Vista esta causa
c16n_ con la di!tge_nc1a de fe 1ua1_c1al, c?n comenzada á instruir de oficio el trece de
Merce( dejla Garza, {Fierro,]
el dict¡¡~e~ rendido por los Mérl1cos legis- Junio próximo pasado por el C Juez 2 •
tas-y esepctalmente c"n la propia co □ fe- de·Letras del Ra
p' 1 d
•
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"6 · d" 1 d I
mo ena e esta pnmesi n JU ic a . _e prncesarlo, qne reune to- ra fracc;6a judicial, contra Hip6lito Ruiz
dos los requ1s1tos á que se nfiere el arti- Pedro Perales J ' Fl
d'
culo 4 15 del Cód'
d r
¡· .
Y ose ores, mayores e
Merced.de la Garza, [Sefial] . ~
ig-o e roce imientos edad, el primero soltero, garrotero, ori ¡.
~ Penales, se comprob6 Perfecta y legalmen- nario de G6me F '
c h ·1 1 g
te la exiskncia del delito de lesiones per- gnndo vi'rido zga artiaS, 0.ª .UI ~• de Vs~•
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, rro ero, ortgrnarto e 1fe [/ il os
mi, ioAI ea en la persona de llagrán, Tamaulipas y el último soltero
, Santiago.
a e ora ugenu vanz.
jornalero origin · 'd S
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Consitierando: que el delito el les'ones O
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~no e an uts otosi,
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to-,os de esta vecmdad por los delitcs de
en cuest10n, atento el d1ctimen rendido robo y fraude Vistas 1 ·
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por los Médicos legi ·t
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as 1nqu1,1 1vas e
Ignacio Leal. ·
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s as, se c~s~iga con la los acusados, el auto de formal prisi6n lo
pena e uno tres afic,s de pns16n ú obras pedido p
1 e A
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públicas, puedando al arbitrio judicial Público yºÍaesente.nciagpente del. Md 101lste!10
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ronunc1a a e ve1n•
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PERIODICO OFICIAL
te de .agosto an terior por el Juez de, Le· su propi,i confesión judicial corroborada una m u ta igu11\ á h cu u ta parte•'el va•
tras expresado, la que termina con los si- con el_ hecho de encontrarse en su poder 1or de h roba lo y h inh b1htaci ín por
guientes pun tos resolutivo,: P rimero: S_e, los obJe~os robados.
.. diez aií·•s para tort a c las9 de honores, e.ndeclara á los pr&lt;'cesados José F lores, H1
Co-sderando: que resp~~ to á J 0sé F ,o p'eos y carg-,,s púb'icns; an ículos 150,351,
pólito Ruiz y Pedro Perales, respon_sables: r':s no pu~de dársel:,el caracter ,de depen- y 352 del mismo Código.
penalmente como autores de los del:tos de ,ltrnte de a Con:pama ¡:,ar que e,te n~ de- Considerando: que s empre que S·! con•
robo y fraude acumulados de que se trata. sempeíhb; fun ciones propias del _trnfico iiene al acusado deberá amonestársele para
Segu ndo: Se les condena á sufrir la pena de comt rc10, toda vez que el acei te que que no reincida en el delito por que se le
de dieciséie meses de obras públicas y se- allí trnía la C°.mpañÍ&lt;i del F erro~aril Ceo- J nzga , hadé,,dole ver las coosecne ncias
sen ta y dos días de arresto que ~e pri nci- 1tral ec:taba il•dic~-lo al uso propio de las si contraviniere; que tambien deberá abopiarán á contar para Perales y Ru •z des m·fou1ua·, del 1.msmo Ferrocarnl y no pa- nársele el tiempo que haya estado P eso
de el dfa quince cte Junio último, y para ra vender lo; (artículo ~09 parte segnnda con motivo de la instrucción y que la resFlores el dieciocho del mismo mes foch1s del C6d1go de Comerc10) según a parece de oonsahi li dad civil no puede decretarse sien qn; respectivamente fue ron declarados la declaración de uno de !ns cab is de vela no á instancia de psrt• legítima; artículo■
bien p;esos, debiendo pt.gar además, una dores que dice: " que la _drcun~t~n,cia de 182, 208, 287 del Código Peu~l.
multa de un peso setenta y chco cen- que los que llevaba~ aceite se dmg1an ha- Por lo expuesto con a¡xy, además en los
tavos en la Recaudación de Rentas del da el centro de la Ciudad y no para don- artículos 10, 35, 37, 88, 109, r r5 Y 225 del
Estado 6 cuatro días más de arresto en su de estaban las máquinas, lo hizo presu- reoetido C6digo Penal, Y r34, 163, 41 r,
defecto. Tercero: Se les inhabitita por mir qu~ fuera robado. ·•~eb_e considerar,e 425 y 427 dtl rle Procedimientos del mis.
diez años para toda clase de empleos, ho- al refendo Flores comP s1r~1ente de la c1- mo ramo se r, form a la sentencia de prinores y cargos públicos. Cnarto: Entré- tada ~?mpañía, _de ~onfo1;m1dad con 1~ par- mera instancia sujeta á revici6n y se fa.
gúese al Ferrocarril Central los botes de te adicional del mc1so primero del articulo lla. Primero: José Flores, Hip6lito Ruiz
petróleo qtt_e se recogieron_. Quint&lt;t: _Amo- 363 del C6?i&amp;o Penal, y com~ con es~ ca- v Pe&lt;iro Pereles son responsables de los
nésteseles para que no reincidan. Visto el rácter de s1rv1ente s6lo_ tenía~ su cmdad? delitos acumu'ados de robo y fraude que
auto en que se admiti6 la apelaci6u inter• e~ departament? de aceites,_ sm que reci se persiguen y se condena á los dos últipuesta de esa sentencia por el defensor de biera éste en virtud de mngún coa trato mos á snf, ir l ,1 pena de oiecinneve mese1t,
llipólito Ruiz; el dictámen del C. Minis- de los especificados en el artículo 368 del ratorce días de obras públicas y veinte
tro Fiscal en esta segunda instancia, lo poropio C6digo, el hecho de haberse apo- días de arresto, que c;imenzarán á contarexpuesto por los patrone~ de los acusado_s, dei_:,~do del ~ceite! pertt;neriente á fa Co_m- se desde el día qnince de Junio del afio ac,
la citaci6n pan sentencia y cuanto mas pama con3ti tuye el deltt°. de robo ?efintdo tu41 en que fueron declarados bien presos,
de1,i6 y convino verse,
por el articulo 348 del mismo C6d1go, con y á José Flor ds á la de vei ntiún meses,
Resultando: que consignados por el Sr. la circunstancia agravante de haber abu dieciocho días de obras púb'icas y treinta
Alca lde I &lt;? de esta Ciudad Hip61ito Ru iz sado de la confianza en él depositada de días de arresto, que se computará desde el
y Pedro Perales, como presuntos respnn- que habla el artículo 385. Hip61ito Ruiz día dieciocho del mismo mes de Junio en
sables del delito de robo de dos botes de y Pedro Perales son coautores del delito que se decret6 su formal prisión. Segunaceite, pertenecientes á la Compafiía del de robo perpetrado por José Flores, por do: S , condena á los mismos procesados
Ferrvcarril Central, se procedió por el que tanto éste como aquéllos ejecutaron el á pagará prorrata en la Recaudación de
Juez 29 del Ramo Penal á incoar la pre· acto material de apoierarse de los botes de Rentas del E stado, t n esta ciudad una
sen te averignaci6n, tomándoles al efecto aceite, sin derecho y sin consentimiento multad~ un peso setenta y cinco centavos
sus respectivas declaraciones indagatorias de la Comp~fiía dueiía de_ ellos, (articu- 6 á snfnr en su defecto cu~tro ~í.as más
á los indiciados, de las que aparece, qut los 49 fracción I y 50 fracc16n IV del C6- de arresto. Tercero: Se les mhab1ltta por
José Flores, empleado de dicha Compafiía, digo P dnal.) Igualmente los tres acusados diez afias para todo clase de honores, emá cuyo cargo est»ba la vigi1ancia y cuida- son responsaples del delito de fraude es- pleos y cargos públicos. Cuarto: Amonésdo del dep6sito de aceite del citado Ferro- pecificado en el artículo 395 fracción II; teseles para que no reincidan, explicándocarril, le di6 á Hip6lito Ruiz y á Pedro Ruiz y Perales por haber vendido parte les las penas á que se exponen. Quinto:
Perales, varios botes de petróleo pertene- rlel aceite robado y Flores por haber con- Entréguese á la Compafiía del Ferrocarril
dentes á la misma Compaflía, para que cevido el de'ito y haberlo ejecutado por Central los botes de aceite rerogidos á los
éstos los vendieran y repartirse después medio de los otros; artículo 50 fracción I reos. Sexto: Se dejan á la mencionada Com&lt;!l producto obrando de acuerdo los tres en todos del C6digo Penal.
pafiía sus derechos á salvo por lo que res•
esa operaci6n, que ejecutaron, según se
Considerando: que el delito de robo de pecta á la responsabilidad civil. Notifíqnedesprende de sus prop:os dichos, en dos un doméstico contra su amo, se casti¡¡-a se y dése cuenta Así definitivamente jnzocasiones, habiéndose vendido una parte con la pena de seis meses de arresto á dos gando lo resolvi6 y firm6 el C. Lic. Viviadel aceite en dos pesos cuaranta centavos afias de prisi6n ú obras públicas, y el de no V. Villarreal Magistrado Interino de
al duefio del comercio "El Laurel"
fraude perpetrado por los acusados, secas- 3~ Sala: doy fé.-Lic. V. V. Villarreal.Resultaudo: que aprehendido José Flo- tiga con tres á anoventa días de arresto, Lic. Le6n E- Aldape.-Srio.-Rúbricas.
ns, confesó: que siendo empleado de la delitos que deben acumularse observándoMonterrey, cinco de Noviembre de mil
Compafiía del Ferrocarril Central y te· se; las reglas prescritas por el artículo novecientos ocho. No habiéndose interniendo á su cargo el departamento de 200, á cuya pena se agregará la que corres- puesto ningún recurso de la anterior senaceites, entreg6 á Hipólito Ruiz varios panda por la cuantía de la cosa robada; ar- tencia dentro del término legal, se decla•
botes de petróleo el once de Junio del co- tículos 363 fracción I, 395 fracci6n U, 356 raque ha causado ejecutoria de conform;,
rriente afio, acompafiando á Rulz Pedro. fracción I y 359 del Código Penal.
dad con el artículo 451 del C6digode ProMorales cnan~o iba á llevar los botes.. ,
Considerando: que f~vorece á los proce- cedimientos Pen~les; en. consecuencia ¡¡.
Resultando. que el petróleo recogido a sados la atenuante prtmera del artículo brense al Superior Gobierno del Estado
los procesados en el momento de ser apre- 40 del C6digo Penal por tener buenas los t fstimonios de ley poniendo á su dishendido, y el otr? que confesaron, habe; costumbres anteriore;, pues aunque con- posición á los procesados Hip6lito Ruiz y
sacad.o del depósito de_ la Compafita, fue fesaron su delito, como fueron aprehendí. Ped~o ~erales)'. José Flores, en 1~ Pen1valor1zado por dos pentos que se nombra· dos er fraganti, no debe t11marse en cuen- tanciana del mismo transcnbase esta re
ron por el Juzgado, en la cantidad de diez ta esa circunstancia y les perjudica la solución al Jnezrespectivo y archívese la
pesos.
agravante de tercer; tlase de que habla la causa. Asf, interlocutoriamente Ju1.gando
Considerando: que está evidentemente fracci6n XII del artículo 47 del propio lo resolvi6 y firm6 el C. Magi1otrado Inprobado con,Ja pr?piadeclaraci6n de José ('ódigoque es dos nnidales mayor que la terino de~a 3~Sala: doy fe.-Lic. Vil!aFlores, que este siendo empleado del Fe, atenuante referida; i&gt;n el concepto de que rreal.-L1c. Le6n E. Aldape.-S~cretar10.
rrocarril Central, y teoiendo á su cuida- á fosé Flores le perjudica además la agra- Rúbricas.
do el depósito de aceites, se apoderó de va- van te sexta del artículo 48, consistente en
ríos botes del petróleo que allí existía lns haber abusado de la confianza que en él teS ecretaría de la 2~ Sala del Supremo
que entreg6 á Hip6lito Ruiz y .í Pedro nía depos1tade la Compafiía circunstancia Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nuevo
Perales para que éstos los vendieran y re, que vele cuatro unidades En tal virtud Le6n.
partieran con él el producto, y esa decla- la pena que cozresponde á Hip6lito Ruiz
Monterrey, veintisiete de Octubre de
raci6n hace prueba p'ena en su cont ra, y Pedro Perales será el término medio mil novecientos ocho.-Visto este proceconforme al articulo 415 del Código de aritmético de la que fija la ley, aumenta- so que el veintisiete de Enero del afio coProcedimientos Pl!nales, e~tando también da en dos uni~ades, y la que corresponde rriente empezó á instruir por el delito de
probado en autos, que Ruiz y Perales de á José Flores es el mismo término medio robo, el C. J nez de Letras de la segunda
acuerdo con Flores, sacaron los b ,tes de aumentado en seis unidades, las cual re- fracción judicial del Estado, contra Auto•
aceite, pertenecientes á la Compafiía y presentan por lo que hace al castigo un nio Hinojosa,soltero, de veinticinco, afios
vendieron algunos de ellos en dos pesos valor diferente en carla uno de los casos, de edad, originarlo de Gral. Terán, Abracuarenta centavos y los otros les fueron por ser diferente el número de circunstan- han Reyes soltero, de treinta, afias, ori.
recogidos momentos después qne los saca· cias que en ellos concurren, Además de la ginario d¡ Cadereita Jiméne-t; José Roron de las Bodegas de la _Compaft.fa, con pena corporal se debe imponer á los reos drígucz, casado, de cuarenta aflos origina-

�•

PRRIOnICO OFlCIAL.

PE.RIODICO OFIClAL.

6

rio de Iturbide; Joaquín Orti7, casado, de [González. Se decretó luego la libertad de tados; Y por lo que resp,ecta á los in,ulpacincuenta afios, originario de Galeana de de los últimos con las reservas de la ley. dos Hinojosa Y Hernandez como queda
este Estado y Andrés Hernández, casado,
RPsultando segundo: que los procesa• expreso en el considerando segundo, apa- de cuarenta y cinco afias, originario de dos Antonio Hinojosa y Andrés Hernán- recen comprendi&lt;jos en el artículo 1 7 ya
Ciudad Victoria, Tamaulipas, y seguida dez, en el curso del proceso, conf_es~ron citado del Código Penal,. debe, observase
después arlemás, en co11tra de Pedro y expontaneamente, que con a11tenor1dad en cuanto á ellos, para 1mpos1ci6n de la
Encarnación González, Te6filo Villanue al robo de la vaca en Agosto del año pr6- pena lo dispuesto por el artículo 200 de la
va y Florentino Valles, siendo el primero, ximo pasado, habían matado y disp_uesto misma ley, por cuanto al acusado Pedro
casado, de treinta afios de edad, originario de la carne de un becerro colorado, sin ~a- González en su caracter de encubridor, su
de Arteaga, Coahuila y todos sirvientes her quien fuera su dueño, cuyo hecho e.Je• responsabilidad penal, es la que det•rmide la Hacienda de "La Fragua'' munici, cutaron_dentro de una labor de la mi~~1a na el artículo 210 del propio C6digo, que
palidad de Cadereita: Vistas las diligen• jurisdici6n, expresando en sus de~SICIO· cada uno de los sentenciados como autocias del sumario encaminadas á la inv,s- nes, que también tomaron partic1p o en res se les debe imponer, además, una mnJ,
tigación de los hechos delictuosos y sus este hecho Joaquín Ortiz y Teófilo Villa- ta equivalente á la cuarta parte d-1 valor
autores; los autos de soltura dictadas con nueva, por lo que se procedi6 en contra del robo,é inbabilitárse espordiez•fios palas reservas de la ley y por falta de méri- de éste último: pero no habiéndose acredi- ra toda clase de honores, empleos y cargos.
tos para continuar el prccedimiento res- tado esa partici6n, por falta de méritos, públicos, artfculos 1501 351 y 352 del C6pecto de los tres últimos encausados re- al efecto, se le puso libre por el Juez de digo Penal expresado,
.
feridos; Vistas las diligencias de cargos los autos, siendo valorizado el referido beConsiderando cuarto: que debe 1mponE'rformuladas á los inculpados, las defensas cerro, por los peritos que se nombraron, se cr,n calidad de retención la pena carpoy el apoyo que en primera instancia y con en la suma de ocho pesos y la vaca de que ral, cuando ésta sea por dos 6 más allos
fecha dieciséis de Julio último pronunci6 antes se ha hecho mérito veinticinco; que de prisi6n ú obras públicas, asi como que
el Juez instructor mencionado por el que corridos los demás trámites legales en die- se debe abonar á los reos, el tiempo que
condena á Hinojosa Hernández, haciendo ciséis de Julio último, se pronunci6 el fa. hubieren sufrido de la misma pena duran· aplicación de las reglas de acumulación llo de que se ha hecho mérito en la pri- te el sumario, se decomisan las armas 6
de los delitos, á sufrir cada uno, la pena mera parte de esta resolución; y
instrumentos que sirvieran en la comisi6n
de dos afios, un mes, siete días de Jbras
Considerando primero: que la existen- del delito que fueran de la propiedad de
públicas y sesenta días de arresto, con cia del delito de robo de la vaca, está bien los sentenciados y se amonestará además á
descuento del tiempo sufrido y á enterar y debidamente comprobada con la fé judi- éstos para que no reincidan, dejándose á
en aquella Recaudaci6n de Rentas del cial de los despojos de dicho semoviente los ofendidos sus derechos á salvo I or raEstado, una multa de ocht pe;o~, veinti- que se encontraron en el lugar del hecho; 1.6n á la responsabilidad civil artículos 70,
cinco centavos ó á sufrir en su defecto, con la inspecci6n or·ular y con las demás 102, 108 , u5, 182, 208y 287 del mismo
diecinueve días más de arnsto, entendién- constancias de autos, inclusa la informa- C6d'go Penal.
do~e la primera d~ las penas impuestii con
rendida, con~or1;1e al art&lt;culo 163 del
Por las consideraciones expuestas de
cahdad de retenc16n, y Abrah~n ,R~ye?, Cod1g:o de Proced1m1entcs Pe11a_les ~or el acuerdo con el parecer Fiscal y con apo 0
José Rodríguez y Joaguín Ort1z a sufrir ofend_1d~ S~vero Garza, y as1 w1smo, además en los articulas . 10, ,
~8
50 y 3
35 II
la, ~11a de un afio; d1~z meses de obras quedo . ,1ust1ficado que los autores de del C6di 0 Penal citado5
10
2
publicas y cn~renta dia~ de ar~esto con e~e de!1to_ lo fueron _los proc,e~ados Ante,. del de pfocedimientos def Ja~o4 de6ía4 d!
descuento ~el t1e1;1po sufrido, Y. a enterar nio Hrno¡osa. ~odres, Hernandc1., Abra- confirmarse y se confirma la 'sentencia
en la propia Oficma de Rentascrncopeso~, han Reyes, Jose Rodnguez y Joaquín Or- de ri·mera 1·ostanci' u
r ·
· t'1cmco
·
· t1z
- por su propia
· con fes1-6n, como en cubn. suelve
P
ev1sa· y seArevem
e, n t avos de mu l ta 6 á su f rir
Primero Aa qt e·se H'
en su defecto once_ dfos . más de arresto; y dór dd mismo hecho Pedro González, drés H·ernánd ·Ab nhonmR tno,1o~aé, Rnra t'am eyes ' J, s bl odec Iaran d o a' p ed10 Gonza-1 ez, encu b r1·d or tam b''
1e11 procesado, qne aunque no aparece drígues y Joaqez • O
del mismo de:ito, lo dá p&lt;&gt;r compurgado que baya estado en couive11cia con los au- conio autores ulm dr &lt;z ~on respd ·nlsda .ets
·
· , · d'ias que tema
, tares, s1. que tuvo conocmneuto
, .
e e1hI o
con crnco
meses d'1ec1se1s
de 1a co- de b d I , os os
be pnmeros
d
sufridos de prisión, se decomisan los ins misióu del delito y no di6 parte á la Autoro, ~t e a laca Y . ccr~o e qu~ls~ atrumentos que sirvieron eu la perpetra- ridad. sino que se form6 el propósito de ce m1r1 obend e {roceso Y os tres 1 tllnos
ción del delito; se inh abilita á los seoten, eucubrirlo,segúnsumismadeclaraci6nqne ~~: ~ ro ~ e ~
s_o1aH"en~e. 8 eglll·
ciados como autores, ¡;or diez afios en los como la de 105 otros acusados forma prne'. d ~ \tn end a u ~n;o dl?Josa Y n·
términos de la ley; se les manda amones- ba plena por si sola por reu~ir los requi- ¡ r;s . áei_nafn _ezl por a esd editas ~cumu. ct'·d an en e Id e¡·lto v se ;!tos
•
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. recaudadora del
Ministro Fiscal, en el semido de que se prendido el caracte; de este últi~o delio- ~ ª • ei~ a herelta Jtmé~e~, _uua nrnlta
0 pesos dvefmtlcrn_co _centa.:onfirme la.expresada resolución , lo ale- cuente, en la fracci6n II del artículo 57 ca a ~n~ e
0
gado por los defensores ante esta Sala· la del Código Penal.
vos'.
a su nr en su e ec~o d1ecmueve
. .,
_ y cuanto más
•
.
más, de •arresto·' en tend,endose
la pe cltacnn
para se11tencia
Considerando
segundo: que por cuanto dfas
u
.
4
st
consta de autos y debi6 tenerse presente. á que, los acusados Hinojosa y Hernán . corp ral, impue a con caltd_ad de reteu.
'/
d .
f
h b
•
d
¡ d . c1 6n por una cuarta parte mas de su du!te~ultando pnmero: que la tarde del ez. con esaron a er e¡ecuta o e ~lito raci6n en los casos de la le . Tercero· S
ve10t1cuatro de Enero del presente año. á de robo de uu becerro, según se ha dicho coudeua á Jo•é R d ,
YAb h ·Re
iniciativa de Andrés Hernández se reu- en el resultando segundo de éste fallo ,,
J
, ~ nguez ,
ra an e.
. Hrno¡·osa
.
' ¡\ bra, su con fes1ou
·, e~ prue b a basta11te para Jll~. ' , yes
nieron
con este
Anton·o
h hY hoaqmn, 0
. rtlz, por
f .e1 robo de que se
' Rodrfguezy Joaquín
'· Or, ti·¡¡car la ex1stenc1a
·
· de ta ¡ de1ito,
- conforme afio
a er
mentod a su
nr la
ham Reyes, José
diezo me
b
'bl'pe □ a de uo.
0
tiz. Cogieron una vaca prieta propiedad á la fracción I del artícnlo 163 reformado re ~a dí
d ses e
ras pu teas Y cuast
del Sr, Severo Gana, en un ancón de la del C6 ligo de Procedimientos ·Penales, es pi~ R ase!
apagar en la proHacienda "La Fragua" municipio de Ca- procedente la acumulocióu, toda v,z que i
ecau aei . 0 • e_ entas una multa de
0
dereita Jiméaez, y al ser de noch~ le die- s~ trata de varios delitos.-ejecutados e!l dis- ~:~ re~osd ve;1t1cmco cd~utavos 6 á sufrir
:ron muerte y dispusieron de la carne se- tintos actos y en que concurren las condi- t . e e~ 0 e e a, once rns más de arresgúu así lo declararon los expresados' en- ciones que prescribe el artículo 27 del 06di, do,ben, e concepto,d que la pe?a. d:irporal, .
cansados en sus inquisitiva y careos prac go Penal.
Ee era con~arsde desde el vetnhuu.eve de
.
,
•
nero ya cita o el corriente afio C
t1_cados: que ~e ~as propias diligencias, se
Con,iderando tercero: que siendo el ca- to: Pedro González
, · uarv!Do en conoc1m1ento, que Pedro y Encar- so de que se trata en este proceso el de deFt d
b d ¡" es encubn?or en el
naci6nGonzález yTe6filo Villanuevase a- robo definido por el artículo 34 3 /es es- tie~ºo :uf~i~o ~e a va~~ Y en virtu~ del
provecharondepartedelacarne del animal pecificado por el artículo 548 ambos de la comCurgada la pen pnsi:t\:i· se le
por
-robado, y por tanto _se mandó procec'er en ley penal citada, la pena que debe aplicar, le por ese delito ,ªdq~ e l~ra ap1icarseS!1 co::t;a y aun se dictó ~utod_e for!11al pri- se es la que en ésta disposici6n legal se se, sol uta lihe1tad dui:to· psoe~sele ~ti ab.
s16n; mascom_ode la aver1guac1?n solo P!1do ñala, 6 sea la que corresponda entre seis favor del Erari~ del E · e ecomisa e~
quedar acreditada con su propia confesión meses de arresto á dos años de prisi'ón ,. m
¡
t
d st ado los machete~-1
•
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e más instr umen tos
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corro ora a coD e1 d1c o e su esposa y obras públicas agregándose la de tr , ~
' .. .
.
.
,
,
es~
e
que
se
s1rv1eron
os
acusados en ) ·
1
d e su pa d re, 1a responsabilidad comoencu- noventa dias por la cuantía del robo con - cuci6n del delit
eJe1
1es se deser,ªbren
-d
d
'
.
d
1
.
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I
t
1
.
.
o,
os
cua
b n or e, pnmero e os tres últimos en orme o precep ua e mismo Código en en autos y á que se refi
.
· ·
356 fra ce~'6n I Y 359 sien
· do que se revisa.
'
ere 1a sentencia
raz6n a1 conoc1m1ento
que tuvo del deli- dsus artículos
b . .
Sexto: Se inhabilita
,
• •
e1 ar ntrio del sentenciador ·
·, 11 d p d
a ecepto, rec1b1endo aun, despues, una poca de
d
,
tmpone_r, coe e ro Gon7á)ez, á todos los de1
1
. á
mo o acuer a e arhcu 1o 65 del mismo, mas sentenciados
. d'
d e carne que man dó pe d1r
uno de los la que estime ¡·usta dent d 1 ,_ .
d
, Y P r 1ez anos para
.
.
ro e os termmos to a e1ase de honores
autorés, con su n,1smo padre Encarnación marcados por las disposiciones legales ci- públ'
S' . . , cargos Y empleos
icos. eptJmo. Amonéstese á los reos

ci?º.

lª~ª

f~

~:rr;

~_Y

~a,

c:~

NO TIFICACION.
para que no reincidan en el deli:o, por el
cual se les j uzga, advirtiéndol,,s las pena
Ic"?:qi:idf\ 1 de lo Civil. -t- fraocióo jndloia.l.......Estaen que iDc·urr.:n én caso de contrav• Dct611. lo de N. :c. ·ÓD,
Octavo: Se sobresee á favo r de los inicia• Sra. N.ativida,l Vega Vda . de Sánch;z,
EJ le. enarta ea11cl6tt d~ loe juicioq h "reditarfoe
&lt;l s q ne fueron Encarnación González, '40amu!ados
de kP fioa1os D Antonio S1ncbfl7. y Dª
Fi,•rentino Val les y Te6filo Vill anueva y Retugb Ouiwaa Vda. de 8áncbe.::. se b,¡. dictado un
ti l,1 letra rifoe:
,
á quienes se les pon drá en absolu ta liber- autMmterrey,
F, b.~,l'o venttlsfetado mil ncv eci "'T t --s
tad. Noveuo: Se dejan á los ofendidos sns DUFIVe. A sus i1:nt1:o0Pder:toi. y como ea ptde cít..e
para. sentencia. Not iilquaae L ,, decretó y firmo t-,1·O.
derechos á salvo por cuanto á la respon- Jne?.
l de Letr.ae del Ramo OXvH: doy fá.- Lto. Tte·
sabilidad civil. Not 'fíqu ese. y si den tro del ViñJ . -Lio. J o¡,lfl Jaan Vall('lj ,,, Srio.-Rób.rlc ae.
noL '..1011 á Ud. en eeta forma de a cn"rdo
término legal no se int¿rpoue alg(10 re oonL'&gt;1q udi•· (:ff
pu aro en el art 78 del Códlg~ de Prooedl
curso, expídause los testimonios de estilo, ·nt~ot os l.:JvltPA.
l ó de Marzo de 1909.,-Lic . José Juan
poniéndos~ á los reos Antonio Hinojosa, l'a~ontt•rrey,
l!ejo, Brlo.
o. 23,24
Andrés Hernándaz, Abraham Reyes, José Ro1ríguez .y Joaquín Ortiz en la carcel
pública de Cadereita Jiménez, á di~posiNOTIFICACION·
ci6n del Ejecutivo del E,tado, transcríba- Jn,gado d~ Letra• de lo t' fraoclón Judlcla!.-De Dr.
se ésta resolución y archívese la causa, Arroyo, N. León.
Sr. Baltazar Oviedo.
Asi definitivamente juzgaudo lo resolvió
el Juicio ejecutivo meroontll promovido por el
v firmó el C. Lic. Macedonio E. Tamez, SrEn
. A.dolfo L!lurain oc ntra Ud. por oobro de pesoa,
Magistrado de la segunda Sala: doy fé.- recayó
un auto del t6nor algnientea:
Lic, M. E. Tamez-Llc. N. T. Benavides, Doctor Arroyo, Mario nueve de mR oovectentoa
nneve.-...Olteee para aentenota de remate. NotlffqneSecretario, Rúbricas.
se. Lo dACret6 y firmó el O. J nez de Letras de la 4!
1;

I

r,

rraoctón Judicial ; d&amp;moo
~Llo E. Hinojosa. -ALoooadlo M. Gonúlez.~A-L. Duarte Ramoa.-Rt1bricRB.
Lo que ee pdblloa en eota forma en onmpllmlento
'1 lodlepa..to por el art. 1050 del C6dlgo de Comerolo
y 78 del de Prooedlmlen'°" Clvl188.
EDICTO.
•
Doctor Arroyo, lfa?Zo 10 de 1go9. -Llo. E. HlnojoJuzgado 2• de lo Olvtl.~t• fraool6n Judlclal.~E•ta 11&amp;.-A-Le&lt;&gt;Olldlo M, Oon&lt;Alez.-A-L. D11arte Ram• •·
o.23,24
-do, de N . Le6n.
Oon facha doa de Enero dltfmo ae radlo6 en este
J n,gs1o RI Juicio de lnt&lt;atam•ntaria 6 bienes del Sr,
EDICTO .
.Juan Orlgel, vecino que fné rle f'8t&amp; ciudad.
Lo qne ee h ace &amp;'lbt-r a l ptíb ltco flD esta forma., á f n
Ju,gado 1° de Letras del Dletrlto d e Rlo OrU&gt;de
-de qui:t los ee qo.e cr~an oon der;t,('ho 11. la h ~r ~ncia, de Ol. f!. Dlaz, Ooah de Za.ragoia .
prPeant~n á, d e tuoirlo d .o,ut.ro d e,l térm (no 1· gal.
Por auto de esta fecha. Al O. Jn~z 1° d e L~traa, Lfo •
MonterrPy. 11 de F ... broro de 1909. - Lto. J 0A.!'C'i'&amp; Davld Gonz,let. Trev•fio, h 1 mandi1do dar por radica
Ouajardo,Srlo.
o.v . 16.19,21-156 do e,1 el propio Jn~giu10, e1 jutclo de intestado A bie
EDICTO.
nes del finado Secundlno Vald6a, vecino que fl16 d~
:azndo de r~tra&amp; 4e la •• rracot6njo.dlo111ol -Eatado de ?f teoa 61t&amp; Oludad, disponiendo ee ooovoqne por edictos
Sres. Baltazar Ov1edo y Alejandra Q11i- pnb!lcadoo e&gt;1 el Perl6dloo Ofi 11al de eote Estado y
del de Nai,vo León , ea la t,Jrma qne previene el art
-roz.
l760 del Có,ifgo de Pl'ooedtmtnntus Clvtlae, , las pRr•
Eo et JukJlll ordlnarlo -.ervat que a1:bre 11a.tre1a del Bant1ho BII aonss que ea ooneldereo oon derecho , 111 herencia,
a f11glo. J11r1•dicol6o. de Aramb,rrl lee tle11e promovido el ar. M.t.
,g1181 &amp;lal"d.tn como •po1era10 del Sr. Mulm.lllano Ltnolr, Heay6 para que ee presenten li de1urñrlo dentro del t6rmino
au au~ del tanor at1r11l11ate;
de treinta diae deepués de la 1m1ma publloaol6n.
•Dooto1' ,;\rrovo, Manodfer.de mil no·n ofMtto!t aneve,-Oomo
Ea oQmpllmianto de lo mandado, expedido el pre
to pldee1 octan"eD•"' •n la ata Uencta anterler. th:ite por oont.e1t.ada
1A d,muda n•gatlnmen\e y &amp;bulle, praeb.. e,1 pre1ente Jalclo ••nte pira su publloaol6n en el Perl6dloo Oftctal del
p&gt;r el r6untao d.e v.-tu,ót dfas. pre.,-luüo. •ot1e &amp; l0:1 demaudadoe qne Eotado de Nuevo Le0n.
en tre amb " ■ nombren de oomlio. aouerdo nu repruantant.e comdn
Cd. PorOrio Diaz, Marzo 2 de 1909,-J, Francleco
if nn. procurador Jndtola.l en el Mrmhto de trea: dfu, de couforml.
o. 23,26,29
,Jad 0011 e1 arfiomlo 4t d1d O&amp;ll!JO da Procedlmteatoe ot.,-Ues. NoU• s.,uoedo, 8rlo.

SECCION DE AVISOS.

ED I CTO.
.Jru:ndo de L?-trs:11 dtt la 6t f.raoolOn jo.dlolal. Vlllald,u:011,Nne•
vo L•6c.
Pon fe1°hl\ ruatro del ectua', 84:1 radteó f-D ,retA Jn•2año de D'lf rJlrgo el juiclo de fntFPtirlo d, 1 fl11ado Sr.

F..,Jiclano Vi!ls.l"r@Bl. v:;elno que fué .-la f'FfA V11lf,.
Lo qne Re pób'ka (ID €fftll f1.rma. pRtR quPi lflR pPr 1=1qnaa qufl e~ croon con dPt•(b '&gt; á 1ll h 0•rf'1 C'ir1. flA pl'e~
qent~n A dedu cirla rlfottro ci.fll H5·•mtT10 rfp n 1f"Y .
Villal:fama. 6 do M,rrto rlA 1~0Q-Lic Sl'l 1 /,r, Gu'\~
Jardo.-A-Marlano San tes Treviñ.o, A JoF~ 'R. Vf..

o.v.2. ~4.27169

llamml

EDIC T O .
Jn, gado 2' de lo Clv!l.-li tra ool6n jndfcl•!. --Eeliado
de N ¡,..~n.
C,rn t,cha de Ryer e~ radicó e n eete J m:ga-do el jn!l"in de lnteetA.do do la Sra J,.sefa Abrego, 'Vfcina que
tu6 de f"Bta r,!udad.
Lo qne AAhA.oe t1111bPr al póblioo. pera que Be O'N'9D
con d "'"echo , JA b~J"Pocls, f:e presenten , deducirlo
flfl Al t6'"m'no que Bfftflla 11\ l,:,y.
Mont.n•y. 24 de F,.brero de 1009.-Lto. J. G•refa
Gullj•rdo, Brfo .
o. v .17,20,28-151

EDICTO.
Juzg.dnl!? rl• lo Oivll.~1• l'raootón Judlc!al.-Jlle.
tado de N. Le6n.
Con tenha de ayPr 11" nrlio6 Pn PBt.P J,,-e .. ~o e 1 Jnl•
oto dR lnteatarlo de la ~ a. s,1,dad Trevll!o, vectna
que faf! d• la V11ls d• Ouadalnpe.
Lo que se hace ubt!r al pdb leo en •ata forma, para
qne las ps'tl!IOnu que 1:110 ffl'f'AlJ con derecho 6 la herencia aepr""6nt.en , deduolrlo dentro del término d"
la TAy
Montorroy, Febrero 24 de •.909.-TJc. J. O.re!&amp; (\t;I• ·
lardo, Brlo.
o .v.17,20,231~

EDICTO
.Tn•i,,,~o 2' Oonotltuolon I de la VIila de S, nt!ago,
N. 1-M"
&lt;'on faoba aels del conient,ii mee se :radicó Pn et
ru'1e"Rfio ñ~ Letras de la 2• fraroffn jndlole.1 fil jufofo
"e fntestem "tlt""'ª ft p] Sr Antonio Marroqofn y PU
PAp(llJfl la Sra. Rih Ro&lt;lrf(l'tl"''Z, VN'tnrR que t uf!-rón de
nt:I\ VllJR en la Ont1 f?r'P-1,?&amp;of6n de San Fran ➔ sco .
Y p or d feposf6n dflll mlAmo Juzgarl o ae mf nda puhhOAJ' pol" tl'elt vecee de dfes e-n diez df8B e n el Pert6dfoo Olloh,1 y Vo1. &lt;t~ Nuevn LPifln. dfl ronformtdad y
p•ro loa PfMt' e del ort. 1685 del Código de ProoodtmiQntoa OlvllF•a
Vil1R de S&lt;antiAV.!l, 10 de FAbrero '1A 19nu.-D11.'1'ld
Alanls.~A-Andtf!s A. Cava"°•· - A- ll••tfn f'Rnld.
o .v~17,20i28 !lit

EDICTU

Ju•g.dn 11 de lo Olvil-t• fraool6n Jt1dlclal.-.&amp;itl!,,
do de N. L"6n.
Con fecha 10 ~•I acto! •e .. ~toO •tt ..t• Jn•ga1o el
jalclo de ln-ado &lt;le! Sr. Albino E . llartfnea, voolnn
1'Iqu¾h. Lo decreta 7f1rm6el O Jn•de LetradelaoaartaltMJ•
qo• faf! de ..ta Oln•ad,
eo160 Judicial Oamo■ fA,-C.lo. a. Hlnoj.&gt;s..-.1-L~oadlo 11', GoaY pnr dlol&gt;"•'cf6n del C Llo. Macedonio Gil Tre,
dJsr.,-A. -L. DtHrte Baou,11,-Bdbd(llll»
viñn, Jupg t?de f~t1"88 del R!lmo Civil de la 1• frecLo qui, ee manda pnb 1loar en esta (orro.a rrt.r• loe erecioa 4el
.artfoulo 78 del U6dlgo de Prooedlmt@nlos Olvfll••·
clOn Jodlolal del E&amp;tado,
m•nda publicar el preNOTIFICACION.
Dr. Arroyo. Jtarzo 11 d• N09. - Lto, 8 HluoJota.-A.-L•oc&lt;\dlo
ttentA Adi&lt;'tn tres vecPB de diez .-u cUP■ dfa" ~n el
111. Goadles.-a-Gnadalope Sauceda.
U 'H
Juzgado 31 Menor Letrado.-111:ontenoy, N. León.
PRri6dloo OOclal del Estado, y en Lo Voz de ~-nevo
EXTRACTO.
León. A. On de que IH pMeona que ee orean con dereSr.
Jesús
G,
Guerra,
Aceuol&amp;de la Bwret.a.rta de Fomento en~ a,mo &amp;t Mlnerta
C'ho , la herencia, ae presenten , d111dnclrlo en el
flll )l,r;at.ern-J.
En eljalc!o ordln•rio merosntll que eobre oobro de
&amp;.:!H!&amp;iente 11691 L•)e fi ff's. Dr Jte11B H. Tr&amp;v1fio J Joae Trevl- peco,, sigue contra Ud. la repreeantaol6u de loa Bre. término que establece el art. 1685 del O6dlgo de Pro•
oedimtAntoe Civiles•
.ao Garcta. de eata .,-eolodad, h11aaolloltado 11.0'8 Nta A.genoia 8 per.
Mont81'?•y, 15 de Febrero de 1ll09.-tJo, Joof! Juan
-tenencia• mtoera• qne N nblcari'l en tu lomu de Mamu!lqul en C. Holck y Oompai'Ua. h11 recs.l1o un auto que dice:
Monterrey, d. veintidós de Enero de mil novecten V,llejo, Srlo.
llnuto1Dalld11.d de tsalloaa Victoria Y' oon\t!JUMI &amp;lLlando el• Por'f'►
o.v.17 !O 211-168
1Jir•; debiendo de p raotle&amp;rae lae m&amp;dldt.tt formando en reotiogu- t.oi nueve. -A 1ua anteoadentee, y como ea ptde Uinlo ele 800 m~tr(ls de l11.rgo de Oriente 4 Ponlen,e por .eoa de ancho gase -po7 acnH,da una rebeld1a d el demandado y Abra•
1:1omo .trn ~: oarti&lt;indo de la a.ntta:oa boca-mtna oonoolda oon el
nombre de Gna1aciu, cuya boca mio.a ea euouentra det ro del ton- ae el j a.loto d. pru bae por veinte dtas oomunea y pro.
EDICTO,
do 81 Ponentr, 81'1 me1lriu prozlmamente al 8. 96 metro• que lle,. "1'0gabl88 (•n. 1383 del C6dlgo de oomerclo) -Notlf!prln &amp; la lfnea 8. del tnnl1o el Pornntr, J de donde terminen loa
Jazgado 2º de lo Civil .--1• fracción judicial . --Estado de
qo.eee.
Lo
decretó
y
firmó
el
_
C.
Aloalde
8º
L
~trado:
-dloboe N Y. H medlrin al E. eobre la ltnea s. del repeHdo tundo
Nuevo Le6n.
m Pornnlr 85 m. y donde lleguen 1011 ezprMftdop 86 m. eari tJI pon- damoa fé. -Llo. Divlla, -A-F. GOmez Garola.-ACon fecha seis del actual y por dlspoelol6n del o.
'O de la el!qnloo. N W de! reo ·&amp;oirolo que ■a mida para lu perte· Martln A, Gontltllez .
nenchw q_oe se ,.,11.,itl\n, de co.vrs ~unM&gt;• ■o medlr&amp;n al E. eobrela
Lo que Be notlfloa &amp; Ud. en esta forma de conforml Juez ee ••dlo6 Pn et&gt;te Jnr211do el juicio de ln-ado
lln.,. R oet laudo El Porvenir aro m ..trca; de dondf'- ; termlnen en
, •l(n o rP(:to .i 8 'JllO, 1 de don et••mto.110. en An1alo reoto al W, dad oon el art. 78 del C&lt;ldlgo de Prooedlm!entos del Sr. Te6filo Trvll!o, veolno que fuf! de 88ta ciudad ,
Lo que se haoe asberal p11bllooi fin deque laspeT'IHI •
,800, y de 4oorle termit,en en lioir1110 recto p,-6:almeo.t.e al N. 200 me• Civil..
boa par&amp; oe•rar el reot.Aniru1o ae IH ¡: ertenenclaa q11e ee solloitao
Mout,rrey, 16 de Marso de 1909.-Llc . 1 D4vil•.- ne.e que sq crean con derecho, la herflncia, 11e pmeen.
liuootodallcludeeeh eoltcUt1d 8011 por el N. el fondo El Por •
o .23,24 t•n á deducirla dentro del término qne fija el arl
't'8olrypore1B.Amplfacl6o.de laNdalla. Lo■ metalea que hay A- 06mez OBrola.~A-Martln Gonúlez
1685 del Código de Procedimlent.oe (11vllee .
dentro del terreno eollolta.do aou c:,tomotOII , alnool!I08 con ley de
plata. l!l"lt.a 1101ioU11'11er6 oonoc:rld&amp; oon el nombre de •Sant. lrene•
Monterrey, Febrero 22 de 1909. ~ Llo. J . Garcfa
Kombf&amp;do perllo el Sr. Iogeniero Ealogfo Ortta de ~ta YeolnOuajardo, Brlo.
o.v.17,20,23-158
11:ad J ~ptado por lil el oa.,go, 1111 abre aa pi~ tmprorrol'able

•e

0

e t meses para la sabatt&gt;,nctaotón pel e:1:pedl11nte en eeta Al'eoola.
lfoo.k,rrey, l!'ebrero18 de 1!109.-B. Vald6• Llano, Agente de
JliDer1L
132426

Cía. Minera &lt;Dolores&gt; S. A.
SEGUNDA Convocatoria.
No b'tbireorto lienido veridoatlvo, pnr f.t.lh de qu"•
mm, lll &amp;88mblea g fm8'l'~l o,tada para el dfa 14, l':l
J'u,ta. Dlre"ttva A.o-,rrt6 qne a=t olte por Bfl,Znnda vu:
l)'\t'K el rlh 31 d" l actual, las 4 p, m. ~n la 011 lioa dt-1
Sr , A'lrlré1 vf'\rtl&lt;1AZ
ten&amp;B, 011.lle d e l Dr. lUer

º'"

No. 94 y s-1 trat...rACI lo, mismo ■ aaant 11 oonteoidoe
,en 11, ~r,1.. n dRt &lt;th dq la prhnqra ooovoo"torla, en la
i ntellgAnola que IQ RB-=tmble11 fanotona.t'á vAlldemente
-00n e1 nd.m "'"º ne socios qne oonourran como lo pre
vt,men loe Eet, tatos
Montarrey, Marso 18 de 1,,09 .~A. Farlaa, Brlo.
o.23,24,26

Uia. Minara "Santo Tomas yAnexas", S. A.
AVISO.
L'\ ln'lh. Dlaenttva ele fleh compefita en seal6n oe
\Pbrada Al rifa VAlntinoo de F.-brero próxtmo pasado.
ao r-t6 flq b irn .. rB e ber á l11a eoc ftoree aoclonletae de la
o,,m ,añ lR , o urrieran 1\ lB Tc:11:mreda de la mtsma
d"' tr • r\AI 0 111,zo dA qnlnoe dlf\8 oootadoe d -1at1e la

p,,.irn •-ra onbl ·oactón dR este aviso, A p11gv la exb.lbt•
oi•m ele trJtntt1 c~m t"vos por aoci6D d eoreta(fa en la
aee16o. di c-h :1, advertidos loe que no lo verlft.,qoen de
que corrido el término indicado de quince df.ae, la
\a propta Junta Olreottva lae deola?ará deserLae eu9
.aootonea de co'lformld11c:lcon lo prevenido en la o1at1.snl&amp; octava de la eBOritura constitutiva de l&amp; expre•
urta oompaflla.
Monte:ray, lf&amp;HO 10 de 1808.-Bl Brlo., R Vll1a
nea1.

o.~,24,25

EDICTO.

Jn•g~do de Letras de la 7• lraoolón Judicial . -Montemorelos, N. Le6n,
Hoy ee radloó en eat• Juzgado el Julolo de lnt99tado
del Sr. Máximo Bata.ar y en eapoaa la Sra. Rofaela
B 1rbosa. veoinoa que fueron de esta Ciudad.
Lo qaa ee publica en eeta f()rma de acuerdo oon lo
d!apn..to por el art. 1685 del Cócllgo de Procedlmlent 11 Otvllee . p&amp;l'&amp; que las personBB que ae orean con
derecho d. la herencia se preunten , deducirlo eu el
t6•mloo que Oja esa dlapoalolón l•nl.
Montemoreloe, Marso 16 de 1909 . -Llc. L . Oantd
Gana.-A - J . Fartaa.-A-E. V. Cantd.
o.v .23,21,29-160

EDICTO.
Juzgado de Letra&amp; de lo 4! fraoot6n Judlclat.-Dr,
Arroyo, N . Le6n.
Oon este fechase udlcó en este Jusgado eljnlclo de
lnteetado de la Sra. Petra Mendellln de Oaotl!!o, vecina qne fat\ pe f'Ate lfuniotpto .
Lo que se pdbiíoa en esta forma, pal'8. que laa ¡&gt;eT•
sonu que ee Ol"eflD oou d11,.,,cbo A la bAr@ncfa, 1!18 preaent.en , de1ucirlo Pn el término que marca el art.
168~ del C6d•go de ProoPdimlentos n1v11 ...
Doctor Al'l'Oyo, F b!'Oro 12 de 1808.~Ho M. Hlnojosa .-Leocadlo M. Gonúles.-A-L . Daarte Ramoa .
o .v.17.20.~-llíS

EXTRACTO.
Agenola de la Seoretería de Foment.o en el Bmno
de 111:lneria en Monterrey, N. Le6n.
Exp. leóB. --El Sr. Benjam!n P. Bnrohard de eeta
vecindad, ha eolloltado ante esta Agencia 4 pertenenofae mineras que ee ubloarin sobre una veta minm'al
oobrf n que se enenentra en el cerro del Pefiasoo, en
el Potrero Grande, en munlclpelldad de San Nlool4a
llldalgo, N . L ., debiendo de praottcarae 1.. medidas
formando un cuadrado de 200 metros por lado al No•
roPate del fnudo mtnero La Parla. Lo3 lados Noreste
y Sur O ••te del fundo que •• aoUcita, tendrán los
miemos rumbGB y aer,u oontlnnaot6n haola el Noroeste de los respectivos dos lados largos del mencio nado fundo de L• Perlo. Esta solicitud tiene por
nombre 1 Amnliaol611 de La Perla•.,-Nombrado perito
el Sr. Ing. Floreutlno A1TOyo de esto vecindad. y
soept&amp;do por el oargo, ae abre un plezJ lmprorrogabfe
'1e cuatro meef"a para Ja aubst11.notaotón del expedlenlie en esta ARF-no1a, d ebiendo de po.blioorae el presente en loe t6rminoe da la Ler.
Mont•rrey. Febrero 16 de lllO~.~R. Valdea Llann,
A. de 111.
o.23,24,26

NOTIFICACTON.
Jnt1114o 29 de lo Clvn.-tt fraccl4n judicial - m.ta4o de Nuevo

Lean,

Sra. Margarita Llorente de Guerrero.
En fll Jnto11J ordtnarlo mf!trcantn J)FOlnCl'\1'1do por 111 Br. Lto. lft•
lfOet Tr,v'61 cnmo ,J)Merado de D Francla:io A.. CArden&amp;a oontra
to11 Bree. B. ca.-11n B ·vea v Antonio Guerrero Lforente, 110bre nolt .
dad de l• Boo.lcdad Reyu Oirdenu J Ofa, se dlct6 un auto q"Ge &amp; la
letra dlOfl.
,, j
Mon~rre,, Ootobre vf'tntlnoeve d .. mtl nonClfeoto■ f'Cbo - POI'
praweot-RC,o 0011 las oper■ clonea J o.,rtlflcadna 11e defunof6o que ...
aoomptiñ,a Pgrf,ruen,e para qu., 1urtan11us efeotc¡11 al Jafolo en r►
fe,renota, y oomco H pide, 1&gt;re~,nll'&amp;l6 6 le eurA'eltin d • I Sr ,..,tanto
Gu.enero L lON'Dte, q,u.eJo H la8ra. u11,rg• rf1• Lln•f'nt~ 4 ., Gu •rr ....
rco, entrqua i ka OOD'l'l'"'Dtelleo •1 1,rmlno dfl "chn dfu toriN k1tl
blene■ que consten lf11tlidt111 en el b1lance qu,. or• cttd,. i)f'n ,oepofl\'a
rte lo,, qof'I 1e espeoHloaa b 'ljO toe aombrel'I •Ollcloa Xonterrey F'b'l'fca Anahu•c-, y por ou11ot.o A qoe Be tgoora el domicilio de dicha
ch, Bra . hlgaeele la notlflc11elGo t MTle&lt;lti't'a oor medio de edlctoa
qne H.1 p ubl•c-•in ..u el Perlódloo Otlctal y La Vos de Nuevo Ld¡¡
to o la (Mma y ,,rmfor1 que pre•leoeel artf()"D}o 86 del Oddlgo da
PFOOE'diml,.nto11 " t'f'l!e11. NoUtfqDe111!1. Lo deoret6 y flrm6 el O. Jae,i
to de Lflnas del B•mo nt.n: doJ fe-Lit'. Luna,-Lic l. Garcfa
Gu•hrdo, 8JlO'ret,uio,- R6brlcA■.
Lff aue 111e notltlca &amp; Ud. ea ecta torma de &amp;CUHdo cou el ad,
815 del OM.110 d11 Procedlmleato8 Ol't'llee.
llon&amp;erre, 11 de Pe1uero de 191,9.,--IJo. 0Mola ()aajudo 8eon,.
tarlo.
l?I01I-H't

�PERIODICO OF1CU.L

Cia. Minera The Ajuchitlan Mining and
Milling Ca. S. A.

EDICTO.

EDICTO.

Jozgado 2• de lo Olvll.- - 1• fraceión jndlcla\.-Eelll
Ju1.g11rlo 2, 0 de lo ( h il. -1. ct1 fraooión judk:ial Esdo
de N. León.
tado de N U&lt;'YO León.
O.&gt;n ferha VPinttd6a de F, brero anterior, ee radicó
Ce n fecha de ayer Ae rAdicó en este Jaf'tgR.do el iuJ- en ,ete JU•jlftdo el jnlc!o de lnteotedo del Dr. Secundl•
COVOCATORIA.
c.110 de intf&gt;efaoio oel Sr. Ltr. Estt.ban Horca,ttas, ve- no Garza y Garza, vecino QUA foé de estA Cinij&amp;d.
Por acuerdo de la Junta Dlreclitva ee aviB&amp; , k1
cino qne fu6 de esta ciudad.
Lo que ee h\ce sabp,r a) p11bllco para que los que a-a
Lo qae ee b!\-08 Eabt!r al p11blloo para qu-, loa qne orean oon dereC'ho A Ja herencla, o&lt;'urra.n i deducirla Sre•. t.oc!onlstM que la Asamblea General Ordlnarta
&amp;e crean oon dPrf'cbo l\ la bereucia &amp;e preae»ten 11
reecrlt• por el ar,. 22 de nuestro• utatutoa tendrA
en el térmlDo que fija la Jpy.
ej•roltarlo dentro del t6rmino que presoribe la ley.
c!ndad,
M~nterr•y, 4 de Mano de 100U.-Llo. J · Garcla Oua- ugar eu ,l domicilio del Preoldente
Mouterr.&gt;y. 26 de Febrero de 1900.-Llo. J. Garoíe j~rdo,~Srlo.
o.v.20.23,26169 calla d• Hidalgo ~24 A loo 1let« y media de la tarde
Gnajardo Srlo.
o.v.17,20,23-156
del d!a trelnk y uno d• marzo prtxlmo.

r.

NOTIFICACION.
.JulPOO de LetrM lle l• 5t fnooldn Judldal.-OerraJV&lt;'

The !jnchitlan Minin[ and Millin[ Co. S. A.
AVISO.

lífoe1'c&gt;L9611.

Por acuerdo de la Junta Dtreotlva se haoe 1 11 ber I
8D. i. lnetanota ruomovtda po,. el Br Dflmill&amp;O Arredondo ■o­ loa Señoree aoolonletAu! de The Ajnohltap Mlnlng
bN' que H dHJ:Jare •Jeautotl• la Nnter&gt;cla prontn1c!ada "'ª el Jatolo and Ml!llng Oo. S A , que desde el dla primero d•
JDemanlll •jecotlTO que 11t1ue oonb• Ud, IJClbre oobro de JHlflOP, H Abril próximo en adel&amp;Dt• se repartid el Dividendo
ha dtet&lt;Ado una ree.-.Juotó11 qo." en lo ooadnceate dloe-:
""Oerral't'O, primero de Mano de mu noveotenki• nae'H'- Vie· No. 2. de S25 000.00 veinte clnoo mU pe11oa 6 sean
taeata tmt,a11,ota aobre qu:e aa declare f'jfouto-rta 1• ..,nt.nola 4e re· clncnent&amp; ce11tavoe por aoclón, loa qne ei:t pagatAn 611

Sr. Cesáreo Chapa.

--'• proaonofada •n eJJvtcto f'jecuHvo merea11U1 promo'fido por
Ñ er. Domta1a Arredontlo ooutra D Oeú.reo Chapa 81. bn (ll'lbNI
opat'lltc-,, ooa apoyo adl'mllenel anfcoJo too de1 citado 0641,ro de Proced:lmlt'nto• d ..bf• de reeolnrM y .,.
~ J n . 1° L• eetJtedcla de l'f!JU&amp;le prcmonotad• de qua te haoe mfi
.dio. ha ,caoNtdo ejf!,CDU\rl•. &amp;-aundo. Notlf1c;t1Me , Ju partff en
la forma pre't'@Uld°• por l• ley. Lo nr,olvfó y Srmó l!'I O, N, T. Be~ ,1ufz d" Lft.tr.. ta.terlno de la lt fr.oei&amp;l jttdlofat D&amp;tnN
. .,...Lkt. lf, T. Bena'ridee.-A-Prb:ntt.lH A Elhondo.,-A r,orNI•
tlllQGaerra.-B6brklla.
Lo 4.ue al!I uottfica I Ud. en eata forma en oumpUmlenlo de k
laUlda4o n la reao1aof.6D lneerta, de Ml'tlerdo CM.&gt;D to dlapuedo por
ita arl;loalo 7t del OOdlgo de Procedlm1ento1 Oht1e•.
~rr-1110, 2 de .Jfauo de 1909 -Ltci. N. T . Benarldee.-.A.,..Jlrl_.." A. Rllmn&amp;t- A-Florentino Guerra.
tt'm,.

. . IJil!IIJN............... P,.,rlo

EXTRACTO

Cía. Minera La Reforma, S. A.
CONVOCATORIA.
Por le. prMente 18 convooa A todc,a lee acclonistae
de la Cia. minera La Reforma á A88mblta General
que ee verU!osrá ~, 11 d8 Abril próximo A la• 4 p. m
en la caea de loa Sres. V. Oaet8fio y Hnce ralle del
Comercio No 84, con &lt;ibjete de dar Cnent&amp; del rES11lt.ado de arrendsmient.o de loe fundo·e mineroa El Ms.Jacate y Amplaclón de El Mal•cate y loo demao a,untos que acuerde le junta. gfnnal.
l,p,noPzos, 9 de Marzo de 1900 -..El Presidfllntfi, V.
Castaño.
o. 22.28,24

- - 6 lfll nombraddeato,

EDICTO

NOTIFICACION.

Jn,.gado de Letras de la 4• fraccion jndiclal.-D•
Dr. Arroyo N. León.

Sr. Gregorio A. Velásquez.

EDICTO.
ln.-.,o 19 de lo OlvU.-lt frMICl6D ~lal.-Blt•cle 1141 1'. ~
En el jaldo iMtamentarlo de la Bra. Iubel Nru Vd•. de Guu.
ae b&amp; dictado un auto qoe, la ~tradioe-:
Mout6niey, Manobu8"e4flroll 11oveotentoe IIU6't't1. P o r ~
,ent.ado y adnilttdo Hl cn•nto ha lu«&amp;r f:ll del'e()bO c,on el po4ar pu eral qul'J ae aoomP',h y ocu el teetlmonlo dfll acta de protoroll•
cam6n de lM d1Ugftnclu de aperiura del testamento oerral!o de J&amp;
Sra. taabf!l Pfirea Vda.. 4,e Gana. En •lrtod del prtroero tfDP,N ~
Sr. Llo. L&amp;laroOUZ&amp; AJ&amp;I&amp; oomo epodertl.do , ..neTal con Cfelepoi4u del oar¡o de Albacea de la 8n. Guadal111e Garza de P ~
M:aldonado; t6me1e ruGn y dn61vue por N!I' &amp;Plleral. Con tondament.o ea •I artfoolo 1661 dPJ Código de Prooedlmieatoa Ohilea
radfqnffe ante HUI Juq.do el ¡a1c10 &amp;Ntamet.tario de la Bra. I"abel Pér i: Vda, de G1n111, it~n98 ot aviao• qoe prevtene11 Jo• arUcllloe 159 de la I,e,,y d, 1 T!mbre f 90 4e Ja de "Hacienda Tlgeaie. Pnblrqueae ,at,o antopor b'tse Vf&lt;IEII coaPeC\ltlnt en el PerlGcUco Oficial y ,ea El lt::fU&gt;t&gt;ctad01', y ape,ffotf'l!dO qae todc1 IOl!I IDttltUldN hel"~eJ'C'8 IIOO •ecln• • d• e•ta Oludad, de ootif rmldad con el artScalo
11170 del minno Ordf&gt;n•mlento, {i.,eeJt-1, Junta oon el clfjeto c¡ae,
ezpreea el lMIII de la Jll'Upla le)", qoP terihi lt,gsr en el kcal qne
deefpen Jo,. lnt.ereMdot., Ju co•tro de la t•rde d•I t&amp;rur al•
bAbll deepoés de ltecba la tUt1ma nrtl((lj.ci6n, « ncoriendo i la
npte&amp;ada jDDta el O. BPCatld■dOt de Bentaa del Eet•do
11'1 O,
Agentt- del 11Jtull1edo Pflblico por tener lnter,1 el Ftsoo die Bata.do en l• prHeDte ROH16n. Notl'.tfqnue. Lo decreto y armó el o.
J'a.ec to d11 Letru d•l lUmoOhll d.4i 1&amp; Jt fraoo16n ¡adieialdel x.ta..
do: doy M.- L1c. 11. Gtl 'l'r. .160.-Lio JOlf Juan Valle,o, BE.ore;tano. Bt!ibrtca
Lo qN 1e publ'c-.
Hta tormt, en comp11mlento de lo die-paeaio ea eJ •t:1k&gt; bu1erto
11.onteuev, llarw 11 de UIOI.-Llo. lotfi Jau Va1kjo, Secret..,
rlo.
llU

"ª

REMATE.
1 · delo Olvl!.-1! Frfi00!6n Judlolal.-Es, -.do de Nnevo Lo6n,
El (Ua tre1.11.ta J nno del aotaal i lu dlu de la mtfi11na, teuc1r6
lagar en el local de f'@le Jmpdo el Tem&amp;te de I• propiedad Minar•
Jw,.,..rln

Juzgado 2 1 Local Letrado. - Monterrey, X. Le6n.

JJI' ~ ittlcio teetamen~rlo A blenM !l.~ la Sra. Dia Gabriel&amp; Ro·
lli6i'O Vd$. de A.lurado, .-ec.tna que fa6 de et1t.fl Munlcfplo. recayó

llamada •Ban Lt:1ls.- abfCflld&amp; "'ª el Mln.,-111 de la f'&lt;l11cepct6n Manf-

En el Juicio ejecutivo mercantil que el Sr. Lic. MI cipaUdad de Mtou Nueva, Dlri.rtt.o de H dslg&lt;', Estado de Chiba&amp;•
oon al'.la aupertlcle. de dle.t b--ctnu •lvnlio ,ua colfndanolaa
gnel Olrllo olgne centra Ud. sobre cobro de pesco. BE hua
1H elgulentet: al Sur y al Sarel!te perteneuolaa de 1• mina d u.
dictó el auto qne elgue:
Plomo,as J por lo.! d(-mú, •lento.! tenreno de propiedad particular.
Montertty, Enero treinta de mil noveclentce nueE~ta prot,ledad fo~ valorltl\da por J. l!I perito, ruptctivc11 en
ve -Agrégfn80 a.l juicio t que ee refl.0re y cerno ee $581.rl(l qulnhrntóe ~hentar de:1 pellCB.
llaeta la hora d(ll remate ,e admitt-n 1&gt;01tnr,:1 qne no b&amp;jen de
ptde prevéngaee al demandado Sr. Grf'gor'o A. Ve- f388.00
treclentoe ochenta , oeb'l peeOfJ quo ln.iporiall Jaa doe tucelásqucz. qne en fil término de trrn d1NI, cumpla oon rM partcl del ahaltl&lt;&gt;, en el 001JCe11t.o d11 q::::fl en la Beontarl&amp; de
lo manoaoe en la eentenoiB- euterJor B.I-t. 717 dA1 &lt;Jrdi este Jui:¡¡:ado se mil btraráu a loa lutei'Hatu s loa dat&lt;&gt;e qu11 DEcecl.
ten y qu~ coneteo f'n el juicio mercaritll , jPCutl~o que sobre pasogo dl3 Proo. Civiles en ooncordanota con el 1061 de) df.'
&gt; nn m1l ~aol!l le ha ""futdo D. Banthtgo Sa.. 1: R!'rna A 1~ Ekficta
de CClmProio. Notifique-se. Asi Jo proveyó y firmó el jgnada. Ochtia Vd1. D.\l'tlP por si J en ¡u ci.racu,r de a:baoea ae la.
(l Jnfl?: 2° Menf'lr J,etro1o: damos fé -Lic. M. G6mez l!DCfffoD d~ D. Lul1 P. n,v11a.
Konterrfly . .í!rrro /io dt' 1909. Líe. Jo,;é Jun Vallfjo, Brin.
'Bí\llOOteroe.-A-A, Oómez:.-A-B. PaJ!icioe.-Rl1bri
0.21.~a:,

'\ID auto del tenor 11lgnlente:
Doctor Arro,o, '1111ni&gt; ooh') d"J mil oc:.veolenkl1 nn&lt;&gt;ve.-Di11e
]JOP n!11cado el Ju!cln de tMtamentarla que 119 dellancia ('U Virtud
,lf!l W!.am,,nt.o ptiblico y acta de defooo16n qae l!fl aoompafit, déee
el avieo QUl!I prevlenfl! el artfculo Hi9 de la Ley dfll TlmbP 11lgüD.W
!' pabHqu&amp;MMteauto par tree 'l'ecea o:,n•eanthaa en el Per1011oo
Otlcl&amp;l y •L'l Vo1 de Nttevo León.• c,nvodndose 11 los h'c'rederoa ,
b jant.&amp;deqne habla el artfoulo 166't .icl Cállgo d! Pr:ioedlmleotos
O;'rl~s. Notlf'q:1~11·•. L-i decreto y rlrmO e, o JaM de T etrae de
l&amp;&lt;1u&amp;ria r,.colóo JodlOlal Damos f,._ Lle E Uloojon.-A-Leoca•
dio M'. Gondl&amp;li ~ A l. DnartFI Raruoa R6br•ca11.
Lo qGeae publica eu eda form'I psr&amp; los i;feotOti del aut.o tnuirLle. Hf.noj()88..

Informe del OonBf jo de Administraclón .
Il Informe del Oomlsarlo .
III Aprobacl6n, en ou MBO, de 1.. cuento• y balonoe del año.
IV Elección de loa mlembrOI de la Juta Dlrecilva.
Monterrey, N. L. Marzo 4 de 1 009.-Jobn T· De ·
Bell. Seo. y Tes·
.ollOllllli

r

Venta de Prendas.
Los días 28 y 24 de le• corriente• 12 y IS de Abrll
pmo. ee verlflcarA de lee cnmplidH orrttepondlentf&gt;e
11 loe meses de Agoat.o, Sepbre. y Of'tuhre pmo. pdo.
que fxieten en In. casa de empf'i\o •El Fenb: •
Los intm't!e@doa en ellaa. pueden orunir en titmpo
habtl á deaeml)fñarlae, refrendnJae ó prtteenctar en
veo ta que ae harA con arrf-glo el Rs:g'ambnto vigente
del Ramo,
Monterrey, M'Mzo 10 de 19(19 _._ Tre:wiflo Garza
Rafael.
o. 2212.31 2-i

'f.o qttett8 )liaoe -.bn al p6blloo ai.htrti6ndoae q,H oe«le Mt11 t~
. . NI .abrfl u pl....o lmpronogle de ea1,tro mffM pan la 11UblltanffllMJi6G 4.1 especUeut.e e• uta ao;renci111.
l♦mpa\WI lltnotdeltoi-H, A· D.11, A., lle¡H

DoctorA.ro&gt;:,o, Manos dfl 1M.
~. Gouilet:. .o\-- L,Oo&amp;rWI Baml')ll.

Orden del Día
I

"'8mblo de recibo 6 cuponfe correspondJent,H en eJ
Banoo de Patricio Mllmo 6 Hijos 8uca.
Monterrey. N. L., 8 de Mario de 1909.-John T. De
Bell, Srlo., y Tro.
o.1!2,28.M

Agencia de la Beoretarfa de Fomeoto en el B&amp;m.o de }dioerfa
.a Lampawa.
Ea:pt'dteute N9 887.-0on teoha U del paaado Febrero, laa once
de le m s:fbu eA ha. prwwntado en eata A.gen ola el Br, Vicente GaT•
za-veeloo de BabfnH H idalgo r acctdeutalruente n esta Oiud&amp;d.
ileJnlltCl&amp;ndo doe part.Nlenolu J:Dh1eru IIC'brt&gt; 00111, veta vt,gen oon
mantol!I r vetN que oontlenfla plata, plomo y rlnc f utA otttiad•
~e1 Blno6-c d"nomln&amp;c!o el Zac,ite perttmeclente ■ 1 Lomerlo dl' la
I ~ • de esta J11rl.ctloof6n; cn,ae pert~neuciu ee i:uftd.lrin en la
:fonDa de un cuM1.rllongo de 100 me'roe de ancho p-3r 200 de largo
IIN1 oollndancfMJ mtneru teniendo terreno libre pol' t.odoa toa rumboa y pone poT nombre i Nte denonolo •~• Antonio•
á.dmttldo el anterior denuncto ae manda. publtcar en el Perl6dl~
"Offcl ■\ del B!Udo por tree l'8C&amp;&amp;l:f"JitUldM y eo la tabla de avieot
c'lfil teta A.-en0!11 por un me• J fe uombl'd ~rito p1,r1, la medtda de
-■ tua.clo al Br. $e,G1 o. ■arttnea: veotno 4e éet• Oludad., &lt;¡uk111

to.

•n ••ta

A -r.eo·~lo
2.2'Z32I tt:0

088.

Ne!!o(•.j¡¡c
.l(Íll A_o·1·í(·o_
l_a... _,., (-l ·,'ll,'1{.lf'l','I
-,_.
e,i
.,

Lo que
se lo
notifica
á Uden on
cumpllmiento
&lt;'.On
dJAoUPFb
el esta
art. forma
78 del •n
Códfgo
de\
Procedimientos Civiles
.
l (' ~tlll I~ll l'l(I 11&lt;', :-;_ -~.
l.lonterrey. Marzo 11 de 10119 ~Lic. llf. Oómez fü.
NOTIFICACION.
llesteros.--~ B. Pa1ao1oe.-A-A. Gtmez.
o.22.28 ¡ Juog&amp;:l.o de Letra• &lt;le la 6• fn.ccl6n judicial -VIllalrlama, N Loón
·
O N V O - A T O R I A .
Lo Junta Di,ectlva de est. Negociación •n &amp;eelon
EDICTO
Sres
Be
n ¿·
G
D..,J,brada el 22 de Dlclembro dltlmo. acordó convocar
,
•
.
,
•
r ar lDO
arza Y esposa na.
~ Aoamblaa o,neral Ordinaria par. el dla 29 de Mar
Ju,gado de Letras de la 3. fracción Judloml .-Llns acoba Chapa.
:zo de•te
1909
á. las 4lap.·!gu!e•to·.
ro en la casa No. 78 de Moreloe, 1rea,
N. feche.
León.de ayer BA radicó en este de mi cargo el
ciudad.
Con
"' s...ª 1&gt;n
el cont,a
Juicio de_
t&gt;jl.&gt;&lt;:ntlvo
chrl? promcvtdo
pcrseflllh•Br.
G•tl[(;rlo.
,...
,..
GaTcI
U.lee. sobt6oobro
de pesos,
dictad1&gt;
un
de , -a
del
Día
juicio dAintest-timentar1a, b!enee de la Sr:ñora Oelee auto quttl la tetradwe:
1
•
·
tina Out' érrez Vda. de Benítez, vecina que fufi de
•V ll•Idama, t.ru de Mario d:e mu noveoientoa nuot-Al Juicio
I
E:s:amen y s.probacióa en su caso. de Jee cuentas esta ciudad.
t\ que"'"
rf!flt1r 40.1 de&lt;·OIIC{,rmidlld oon lo diapo.••10 t:o Jua artftnde I s¡()!j
Lo
b
lo1!1 l0 1 t 1018 102i 11028 d1 l &lt;.:ódfgo de Proet'dimientoe Ohllu oc..
qua Be manda pu licar en el PMiódico Oftcle) mo et' pide, 1ed~laT•n formalmi,nW emb9.rg,doe loe bt,nH ,' que
11 Arrubaclón de las gest.!ones de la mesa direc- y el Trueno que se edita en esta Ciu fad de din en el ocnrrentueYt tl~rP:,J emplioetJaeA 101 oeodoru Brea. &amp;-rnar1i!va.
diez dísB para que 12s pnsonea qne se orean con dere dhlo t-luu Yl!lpon Do~. J&amp;ocb&amp;Ohapa en la r. . rma que pu.viene
lll Nobramieoto de 0.;neejetos y Comtsnrloa ·
' c ¡10 á 1a h ere1,oIa e.e pr'l&gt;8an te na., d e d uc1r ¡a d entro del el
artfculo 86 del JÓOljjO de Prcce;:;1wlentol!I citado, iia,a que den~
1
tro de trn dfss de emplau,,1 01, e,cumm 11, ute Jtngado á bactr el
MonOOrrey, Marzo 8 de 1009.-Negoclactón Agrfcola iérmino quA fl!a la LPy.
P"!ode lat:301tdad d.a $12CO co 110 mu do,c!l'ntoa pHos, mle loa
-, G&amp;n&amp;d~:a de San Enrique, S. A, por Bertitve&lt;la y
LinsrE&amp;, F brero 26 de 1909.-Lic. Late Treviilo,,- d•noa yper1ntctc,aqa11 Mlt'l!laemandar,, 6 i ,pouene A la Ejeca,Afll'nilar
Ieaororoe ·
0222324 A A
t! C. G &amp;1'\,aJI,..,.
A - AntonI O H errer&amp; G a.ro1a
,
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:gA.ouwt.rarpor1mparta nnperl·oavs.ln~dor 1 un ll'n€'tO
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1
·
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paraencasod1idh1cordta;ypre-.ar.g111&gt;eM1 m11-moal O&lt;'tlrrenteBr

1
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1,,

•

e

J

o.-aen

1·

o.20.23,26 On,-orio Garcfa,

NOTIFICA CION •

EDICTO.

2' 8a1aLde
e 1 Tribunal SuprümO de Justicla.-Monte•
J'fflf •

11 .

6 n.

,

. Sr. Lic. Rafael Davila.

r

El el julolo ordinario civil promovido por el Lic.
Ju•n de I&amp; Garza y Evla como apoderado del Sr. Dn
Fernando de la Garza Oanhi y Don León E. de la
Garza por eus propk·B d8J'ecbcs , contra Don Prleollla
no 81\ler sobre cobro do pesos, ha recaldo un auto
qn.e, la letra dice:
Monterrey, Febrero velntltree de mil novecientos
nueve ........Lo acordó y rdbrioo el o. M:agletrado de la 2!
Sala: doy fé.,-Rdbrloa.-Llc. J. M. \Tlllaseiíor, Srio.
-Rdbrlcae.
Lo que 86 notUloa i Ud. en esta forma de conformldadcon lo toe
dlopneeto
Civil por el art. 78 dsl Oódlgo de
rl'VUlt'U m 1en
88.
Mon~ney, 2 de Marzo de 1909.-Lic. J _ M, Villa•

----~!

1eiior, Srlo •

o.22,23

VENTA DE PRENDAS.
TendrA lagar en loo d!as 10. 11, 29 y 30 do Abril
próximo ~ntran~, en la casa de empffio t1La Banca,•
-calle B . .J11lrAZ N• A9, de le.e dA plazo vencMo oorrPa
pondtentM á los meses de Octubre y Noviembre
ppdos. y de loe de plazo oondtcloDal.
L:. que ee hsoe s&amp;bf':r A los lntereee.doe, para que en
tiempo bá.bt\ 1 oounan á dioho utablooimlento á de
8"IDpAñKr 6 ~6frendar ene prendas 6 '-rr1&gt;eenciar en
-.,mr,11, qu.:i es verificará oon arreglo a Reglamento
U~J R•mo.
41".1.nterrey,·Marzo 16 de 1909.-Domlngo Pars1:a.

Jniga1fo 2º Oonstttnciona1.,-De Higuerés, N. Le.A.o.
v
Con fecha de boy y por dieposlctón del O. Juer. 2º
de Letrne df\1 R'lmO Oivil. 88 radicó en este Juzgado
de mt ca1•go el juicio teete.mentario del Sr. D. Lncae
Gonzéla:, veolno que fué de eet.a VillA.
Lo que se manda pub1ioar en el Peri6dioo OftctaJ
del Eetedo Y la Voz de Nnevo León, por trea veces
oonseoutlves de confoTmtdad oon Jo dfapnPeto por el
art. 1669 del Código de Procedimientos Oivllea.
HlgueJ'aB, Man.o 4 de 1909.-Jnan G. Gonzt\lez.-"'-A
-Oiprtauo VUlarreal. -..A- VioeDt.e Garcla.
o. V 2122,28168

o 22,23,24

bag&amp; tgnal nr 1nbr11-ml.,t1to l)('r PD ¡:arte oe peri~
r de iert:ero para el caeode dJecordia,
Not1fíqut118 Lo proVfy6
Jnu •• LeModel• ,, fnc&lt;l6n jadlot,1, dame,
Lle Gnaju:..o-~A-Mnrlano'f!antoe Trevlfio.-A-Jofé V Vtllarreal
-Rdbrlcu.
·
Lo que M notllloa, i Uilt. 11n e11ta form!I., en ca.mpltmlento
de to

'o,mo "'º,

r,~

ordenMto en ehnto lo!K'ti.to.

VlllaJd,m11,,a
d~ ll&amp;node lPOSt-Llo, Slm6a Guoja.rdo
-A-Va.
,1ano
bl&gt;DW.e Trt:,Vlfi~ • .-A-Jot6 B Vlli•rreal.
21222.8-169

EXTRACTO.
Agencie de la SecNrtaria de Fomento en el Hamo de I.Une,t.
en Oen•lvo Nne•o Le6n.
El8r, Domingo Arredondo de eat8 veolndt.4 en et!Crlto retentado' la of,c1oa de mt ca.rgo con racha quin~ del aatual :Ou
ctt•
onaoonouiGn
mlne,ade
•ele pertenellola.a
paradela •Dol
Hploi.
aoltS~
de una
ee.ta abandonad.a
csnoclda
con el DOtr bre
AmErl•
cae• que couthme met.ate11 plom050&amp; con Jt1:, de plata v qn 11 ae b&amp;
ya • 0 1&amp; oordUlera que est&amp;. al aar del &amp;u,cho ae B111ta F c1¡ •
&amp;njodeoo.. jurlodlccl6n, d,b ....... ·~~""~:
un panlel6graruo N1Ctán111tode
200z300 rof-tros, hilo de ,. ta
Ia.urlgulente• ool1nd§nelarr; por el Norte Rincón de L,a v E con
el Bar la lleMdel Gallo; por el &amp;te, ~11tlnascl6n d1&gt;
MeEa 1 por el Ponlent.e, Une&amp; dlvtaoria oon la Motiiclpalldad d Hl
lll 5"'!!1, vrh:lofplindo11e la medid&amp; de la e:rpr,Bllda
ta d8 e •
que tliota qoede en el cent.ro dé Ja cu•dra La aolJo'ltncad
m,,ao
6
bsJo el No ffl, y llievari por nombre •DÑ Amtlitlou,, 1 p!:a
ear•fll6 nombr•!1o perito elBr. Andr611Toecano ae eata vecin&amp;.d·

ta. M'¡n'.1 era V eOilCBillra dora de N, Leo·n. •••,,,.,,.m.,l N..

SEGUNDA CONVOCATORIA.
1:cai:1,'::
No habiéndose verlftoado
r;r
falta
de as1etencia I la
di
,e
J un ta O,;meraI extraor nar a t1o que sa convocó con
!!~ri.~
anter1odldad para el día 27 del ppdo m!'S de Febr@ro
por acuet'do de la Junt.a Dlrectiv&amp; y de conformidad qa en acepté elosrgo.
•
E tatntoe, 89 el'"
• todGS I08 S 1'88, .acolonletas
,
Q.u&amp;lta. abie, "° na pJa.io ltnprorro,rable en ata A
COn Ios 8
i.,n, •
•ob11anolaol6a. del ax-pediente,quedarari c:atro m':!:º1~ P•..
••d••
para. el dto 20 del preaente mee Alae 7 de la noche en dude hny.
• l:On
ca
la O&amp;llfl. del Sr. Presidente de )a. Ofa., calle de z~raOsrrah,o, df&amp;elolet-e de P...b:ero de mil n.ovecientoe
0
,zoza No. 131, i fin de que tenga su vedficati~o la Solf, Gatténes., A.de 11,
i:.uev;1iui
As11mb'ea mencionada., en la qu~ se tratarán loe mismos asuntos expresados en lR Orden del ctfa qn~ se
anoto en ]a convO&lt;'etoria pnblicAda para el 27 •del pasado, puedan do entendidos los Sree. acolonletes que
A.LA.010.
lee acuerdos que se tengan se darán váU1~oe &lt;'OD la lMPREMTA DEL GOBIERNO, EN
aehit~ncla. que bob!ere.
IIW'IU
I
.IJIL118TR!DOR,
MonterrPy. á. 6 de Mano de 1909.-.El Secr~tario
Anacleto T. 00?'.&lt;a.
o.21,22,23
A.
Whitt,

p

lirondo

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 23, Marzo 19</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>TO)IO XLI V.

MouteiTey, Martes lH (le Marzo de lttfü).

NUlI. 2i.

Periódico 0ficial
DEL GOBIERNO DEL E:STADO 1IBRE: Y.SOBERANO DE: NUEVOHLEON.
'

Las leyes: los decl'etos y·demu disposiciones superioras, obli[an por el solo hecho de ser publicadas en este Periódico.
t

Registrado coino artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaria del Gobierno.
CONDICION g s . -Este periódico se publica los 11,trtes y
Yiérnes d e cada ,;cmana.-Vale la subscripción CINCUEXTA
OKNTA VOS al me-; en esta Capital. y CINCUENTA Y SEIS
hiera de ella fran..:o de porte. El pa_g-o &lt;kbe hacerse a&lt;lelanlQdo.

COXOICIOXI&lt;~S.-El ntímero del día vale DOCE CENTAVOS I•:1 nlÍmcro atrasado OlTXl'E.-Tocla comunica..:i&lt;Ín oficial debe1·á &lt;liri:órsc al Re&lt;la..:tor &lt;le este Pt~dódi..:u.La r emisión de arÍ$OS :-;e ha1·'t dire..:tamentc al ,\dmini-str;1•
d'or del mismo.

más cuanto que la serie de faltas, si I Co1·recdone.~ ('ll la~ falta~ ,h~]
la'l hubiere, tirn n que llegar á C'lOOCÍ- ~el'vicio
ele los 11ranrh~ Flédrito~
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1 miento del Superior, para. &lt;4ue se hagan :S
~º de lo Crilniuai,
¡ las operaciones de rebajo de haberes CO'
&lt;le ]a C1 ndad.
rresponditntes; pues para que é.stos teng~n ,
LIC. ESTEBAN E. GUAJARDO.
ef ... cto, habrá de darse por usttd conociVéanse lac, siguientes notas.
miento
á
esta
S
ecr
etaría,
mensualmente
.
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,
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:2~ de lo Civll,
por medio de una relaci6u, caso de que se 1 _Inspector Oficial de los I ranv:as El_e~LIC. ROQUE DE LUNA.
mntiven los descuentos dichos. á fin de or- tncos de Monterrey.-Hab•éndose re:~bidenarlos á la Tesorería del Estado, con do, cou fecha de aye'", ~n &lt;."!-&gt;ta Insyecc1on
pl,cación de 1) que resultare, para a:gu- av1~0 de qu1:- los tranvias de 1~ lmea. oe.1
nos gastos en favor del plantel.-Todo lo Obispado, cuando van relrasa .. os en hem
Mor,terrey, 11hrzo ~•i de me ~1.
que tt:n,.?o !a honra 1e decir f1 ust, d por P,?, no lle~an hasta e] fi a,1 d~ su c_a, rern,
---aP"e,do c;:•p ricr p,in ::.u c,m e:in;~lltJ ,.
~U" esta es cortJd,1_ a d'.~"re&lt;."0'1 d:
!'i,. . l··•:h í)Jlf'S l't•&lt;1:la11 enta.ria-.! l)tli- :f et,.. que scex')n&gt;crn.
HlS c0na~1ctores y m_otnr.st•,;; .~e r-%~0 a
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I , bo t 1 i "1 l' l.,~t;t 11 1·0, n
las Ofarnas de la ~ rn prv, , Ct n ( hJd &gt; dt:
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r 1t 'que \t Em~r "ª l&amp;.1) h en ~I} 0hn lü gener:1 , 1 ~&gt; t~ l .'l.,1 t, ..i, ' d,;.
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los. ...,rore or "i'"' •n e;'r5"'1- 1 e, u
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L1-. co1 l•l ,r.., )ionna:e!- ,Je este Ei.tad )1 {1.1
Para lo.; ef rtos dcJ artículo 12 d¿l ReP_. et~&lt; t0 ,á u ;t_tJ Sr. S.!cret~, 10, l~c; se1a::. 1ue :-u h0r..s ,:ledicadac; á las clases, l g:amento petra Jn!&gt;talaci,)nes privadas &lt;le gurda e-. ..i = 1111 atenta cons1d-!rac16n y
so11 eu extr,emo lim t'ldm, y por la n,Hh':!, .;erv1c10 rle agua y·dr,:,n1je y sus conexw- ...c"-prto. :',{ ,¡ tcrrey, 11.lrzo 5 de 19~9.- p tra dl.1 lugar á que los alumnos C:i~p'Jn-,nec; CLI! las del sist'-'rna g-enera! de dicho Bn-,!a,'dt, R 1)0. (h) -Al,C.S... cn.tano de
~andel día, co1.1 objeto de que hagau su, servicio, se hace sabr r al púbiico en gene- Gob1crn 1&gt;. Pre~er,te.
-práctica en los planteles de inst, ucc ón Ira~, y especialmente á los plomen s. que
__ _
pnmaria, resultando que en esa5 horas tan j pac;a •o r-1 día 24 del actual no· se acepta
, _
.
.
limit,da.,; y extraorJmariac,, ap'icablesá la¡ rá por el Inspector Técnico del Gobierno,, Repnbhca ~lex1c:ma --.Gub erno del
em-eñanza normali,;ta , bay que atender ' ~as in:-talacíones que se hayan llevado á ~~tad de N ne_v? Le?n.-Sec;etarfa.-~ec1
t odr 5 ios cursos con sus múltiples m a- cabJ p()r p omeros que no tengan el p.!r- c1on _2 .-·-Just1c1a, Fomento e Instrncc1qn
t ~ri..1.s, pua :us que en otros tstab ecímien- •niso 1e:pectivo, otorgado por esta autori- Púbhca.-Número 9078.- Se recib 6 en
t e 5 :;"' destin:-; la mayor parte del ti~mpo Jad y á qu"" se rdiere ei mencionado ar- esta Secretaría la ai:enta nota de Ud. fecha
h{h 1.-Jfo
virtud, d Sr. Gribernador, tíeu]o que dice lo s'gui,nte:
5 del co._ neuk, en que se sirve participar
ceh, o de que el :mp, rtant~ ra¡uo d.! ins·
'·Lris p omeros qu • deseen ser autoriza· qne ha 1)1é1,d se ten d0 aviso e1 día ante1
tru.,,·ióu de ¡ e Le trata, por la ra,o;Óu es- 1os para cjec-ntar insta!aci,mes de plome- rior, en tsa Inspección de su mere,'ido
p i 1 e,¡.&gt; 1 te, :-e 1 co 1 m1yor e&lt;;"'' ro r a y c-one.·iones con el servkio de agua y cargo, d~ que l0s tranvías Je ~.1 1íne1. del
1
nt ,n'l1d11 '&gt;Í'l q•1! &lt;;E rl' Illl&gt;tl\'o "U
,dren ... ;t, ocurrirán ante el Sr. Alcalrle rº "Ob.spado'', cuanri'.l v,p retrazadrs fll
p •r 'id
i ! 1:·1 tiemp J tan n ces·uin p1rn J~odo sus propios nombre.-; y los d."! h1 t;emp0, no lle~an :rnsta e: final de su caf11 1;Hc \ e .. :1 un ento, y de'&gt;eo,:;o Je r u~ ics Compañía ó eslabletimicnto de r,lomería rrera, sin') que ést I C"i acortad", 6 cH.;:\.!reción
l';-• t ·~,.ms d d c_;uen exa· tamentt á 1_, s ¡ue repre~entcn; y para comprob ir su i"' l?s con~n~tores y m&lt; to,i&lt;.tas, pasó
a 1i1 UH,., ,,1 pocr:.s h~ras d•sponil,1e~ fiJ t· ~~mp_ tenc1a en !os trab1jos re 1 ativos, ex . ~d. a la:, Óh_c1_nac; de la Emp:e•;a con ob;
d ,!'&gt; narn ,a, clai;es, sm faltar por mrnutu.:, htb•ran t{"shmonios de½ifamente firmado- Jeto de m }Utrlr lo qa~ hnb1ere sobr~ e1
stqcier.i p•m:;ne ello re&lt;lundarí,t en grave p~r per•·onas que puedan garautiz1r su asunto, y se le manife-,t6 que inmediatat tr;u· ... w de l.:, enseíianz 1, se ha servido mae:.,tna en el oficio y capacidad para eje-' mente se levavtaría una a:veriguaci6n, se•
d
,ner ~•.e ,e evite por los Dir ctort:s cutar bien y de buena fe todo trabaj) que· p.:1rando del servicio á los ~mp'eados q,ue
dt.&gt;l j) ante-\ toda f l!,i, y que ccn d c.arác- -.e Je encnmiende. D1~spués .que el plome- n•sn!tarea resp_ons'lb1e~ de Ir.. ?JCDcÍ&lt;:nada
1 ·- :i.e rc&gt;O'lament mo se '&gt;bserv., qth,, cuan-1 r~ h'ly.:. presentado st1 solicitud,se le exigi- falta.' que 1a misma Empresa 1gnoraba ett
cto }e,,; Profe!&gt;ore5 uo concurran á sus cla- ra ut:a fnnza por v:;lor de $ 2' 000 . 00 es absJrnto.
i;ts á la hora ex'lcta. f&gt;e les descuenh•'el
ti :.. mil pesos, á satisfacción del miswo I Habºendo dado c-uenta con su e tada.
p,Jr c. ·1::t • dd hat,~r. e )rrespoud1ente-, i'.ºr ~r. Al~alde rº, quien, cumplidos los rtqui- 1atenta nota al Sr. Gobernador, tuvo á bien
lo que tct:a proporctonalm nte á la fa1ta sitos d1chos, extt.nderá el permiso corres- acordar recomiende á Vd. como me honro
ó fa1ta•; y cuando ellas (lac; fa:tas), de pondient:e''
en verificarlo, que se sirv~ iofonn~r si retvda la h0ra de clase. se verifique seL() que se public-a para lo~ efedos indi- sultaron ser ciertos loe; hechos de que se
mej;ote dt:&gt;5cuento_ por e_l día íoteg-ro, c.i~os, previa aprobac1ón;flel Sr. Goberna.' trata, y cuáles hayan sido las disposiciose7un_ la met'suah?~d ~,s1gnada.-Esto. dor.
oes dictadas por la Empresa para evitar
mas bien porla mQrtiticac1on quecausa,que
:Monterrey, 9 de Marzo de 1909.-P. C. su repetición.
por el descuento ~ue entraña, _se couc.ep- ltf~rtinez.-B Ramírez A,1guiano, Secre-j Libertad y Constituci6n.-Monterrey, 8
túa ser de los me3ores correctivos, tanto tano.
de .\farzo de 1909.-Ranzón G. Chávarri,
JuEctts DE TURNO

En la presente semana.

pERIoDi eo oFIeIAL.

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PBRJODlCO OFlClAl,.

Pimdi,nte,.

S-io -Al Sr. Ingeniero B,r'lardo Reyes, ~}n trámite............ ........ ............ .....
Inspector Oficial de los Tranvías Eléctri- Por falt&gt;&lt; de promocióu. ........................
cos.-Prccente.
Juzgado de [,etras de la 2" fracción iudfoial.
N' egocios pen»les clespachados.... .. . . . .. .. .
nd ientes···········--·········..................
Inspe.:tor Oficial de los Tranvías Eléc- Pe
N'egocios
civiles despachados......... ......
tdcos de Monterrcy.-Eu contestación al
Pc,idk,ntes.
atento oficio níun,ro 90¡8, de fecha 8 del F,n trámit&lt;, ........ .,..............................
u.1rriente, gira&lt;io por la Sección 2~ de es_a, Por faltacltl promoción ..~·······.;···:····:·:···
s~cI" atarla
YO

I

PERIODICO OFICIAL.

2

de Stl d;gno

I

c3.rgo, relat1-' Jnz.gad;o dr,

{J,tf,-('J,óf

df{ tris fmMt01l ¡11rh~wf.

á la irre~ularidad q,ie se no&lt;Ó en el Nego~1os penales despacl1a&lt;los . ............

s0r,ic o de la línea del "Obispado", tengo
d honor de rnnnifestar á usted, qne corno,
los datos que se tenfan eran tan vagos,
fué imposible averiguar quien de los conductores era el responsable de dicha irregularidad; pero se recomendó de una ma-

~:~~~~~!':t~i~~d;;,;¡,~~h~d~;:....·.·.·.:::::::::
Pend·ientes.

En trámite.........................................
Por falta.de promoción ... :·····:;···:···:·:····

apoderado é instruido para que me pre ..
:nt sen te ante esa Secretaría de su merecido
4501 cargo, solicitando eu su n~i,nbre, com? lo
, hago, la respec_ti "ª, cc.mces1on par.a e¡ecu4
r1 tar las obras ludran !teas necesanas para
captar y depos!tar ¡1asta Jí:500·~ cua. renta y siete millones, qum1entos mil me.37 ltros c~bicos de aglla, pudiendo así utili4 zar en la irrigación basta la cantidad de
JO

¡;; 1 1498

l

.

mil cuatrocientos noventa y oc 10

¡·

1-

L; re~:ch~: a::ef~~:~~~ 1!;ft~:~~t;t/e!a~~~~
ridos.-El punto escogido para levantar

~~ las obras correspondientes se encuentra

en el cañ6n del río de Sabinas, en juris-

Juzgado de Letra, de la 4"J.-acc1&lt;m ¡udw,al.

dicción de Villaldama, E:stado de N nevo
la de
3 Sabinas Hidalgo del mismo Estado y á
b
1,6 veinte kil6metros aproximadamente a ajo
~o de la ¡irimera de las poblaciones meucio,
'nadas y en el punto en que los accideU•·
3 tes naturales del citado Cañón son mas
favorables á las obras proyectadas,-He
de advertir que los terrenos que hayan de
29 inundarse con el depósito ó presa que se
18 construya, no son cultivables y tienen
Juzgado de L&amp;tu• de la Oª fracción j&lt;tdicial.
únicamente valor como agostadero de meNegocios penales despachaclos..... ........
, diana calidad, c0mpuesto como está por
Pendientes.........................................
29 las laderas de los dos ramales de la sierra
Despacho Jmlicial.
Negocios ci\•iles despachados................
ó que forman el Cañón de Sabinas, sin que
E l
d F b
6 ·
d
Pe ndi-,ntes.
exista dentro de h zona que haya de ser
h"! e mes ~ e rero pr x11110 pasa o, En tráwite...................... ..................
Hu •
.ó 1
0 d
1 ,
se izo como sigue:
rpr falta de promoción.................. . ... ..
0 mun a a, ranc 10 o poses1 n a guna esta~mgado d•L&amp;,·a, de la 1•fracciú1tjudicial.
blecida de un modo permanente.
SUPREMO 1..'&amp;rBUNA.l. DE JUSTIOU..
Negociospenalesdesp&gt;1chados......... .....
3
Como consecuencia necesaria de las
!Pendientea......
...
.
..
.
..
.
.
..
.
..
.
..
.
.
.
.
.
..
.
.
.
.
.
.
.
.
3 obras aludidas, el camino de ruedas que
Negooio, penales despachado,.
'Negocios civiles despachados.···............
!J conduce de Villaldama á Sabinas Hidalgo
:J5
Pe1ulientes.
J " Sala........................................... .
I &amp; ~~mite..... .. ............... ...... ............ 55 Y que atraviesa el Cañón en toda su lon:!~Sala........................................... .
34
:,•J
l'or falta de promoción.........................
90 gitud, será invadido en una porción apre3"' 8ala, ........................................... .
Juzgado ¡¡• Local L,trado.
clable de su trayecto; pero mis ¡:oderdanFiscalía ............................................ . 240
;¡2 l{egocios penales despachados...............
¡¡; tes se comprometen iÍ sustituirlo á su cosDefensoría de Pobres .......................... .
Pendientea..... .... ....... .. ... ........ . . . . ......
oo ta, desalojándolo á terrenos elevarlos del
Pendie,it&amp;J.
:JR
Negocios
civiles
clespaohados.................
11 mismo Cafión. sustitución bajo todos con1" Sa.la ............................................ .
·i
Pendientes.
t
t ·
·
· d á
¡
2" Sala .............. ..................... ....... .
461 Bu. trámite......................................... 1 ::si cep ?S v~n a3usa, SI
atten ~ h que e
3 "'Sala ............................................ .
Por fa.Ita de promoción............ .. .... .. ... .
ui cammo e que actua mentE: se
ace uso,
Negoew• civi/ee deBpachados.
Juzgado B° Local Letrado.
con mucha frecuencia se ve obstruido por
Bala ...................... ...................... .
Jfegocios penales despachados...............
8 las avenidas é inundaciones.-PerteneSala .......................................... .
-! Pendientes ..................... , . . . . . .. . .. . . . .
50 ciendo el río de Sabinas á la cuenca hiSala .................................... ...... .
Negocios civiles despachados .. • ... ···· · 'lOS drográfica del Bravo, debe considerarse
Pen.dientu.
Pendientes.
l ., Sala ......................................... .
En trámite.................... .... .......... . .
208 fe jurisdicción federal y comprendido por
2 oS Sala ............................................ .
l'Ql' falta de promoción.......... ............. 1B96 o tanto en la ley de 5 de Junio de 1888,
3 :1 Sala- .......................................... .
20; - - - - - - - - - - - - - - - . : . • - - y con fundamento en las disposiciones de
Juzgado 1~ de L&amp;ras del Ramo Penal de la
ésta Y su ley relativa de 6 de Junio de
J"' f..acci611 ¡,.dícial.
____ u_'J
•
1894, que autorizan al Ejecutivo para ha47
Negocios despachados ........................ .
_ _ _ ~er conceHiones .á particulares, para el me1•~nclient"8 ...................................... .
27
Secretaría de Fomento, Colonización é ¡or aprovecha1mento, en la irrigación 1 de
J u.zg«,(U) 20 de Let,a&gt;1 del R,runo Penal de la
Industria de la Repúhlica ~Iexicana.
las aguas dt: jurisdicción federal.-A Ud.
14 fraccl(m, j udiciaI.
C. S~cretario, :es.petuosamente pido, que
Negocios deapa-0hados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. .
u~ SOLICITUD pre~eutada ante esta Secretaría previo re~~noc1m1en.to de mi personalidad,
por el Sr. Lic. Salomé Botello, en represen- y devoluc1on del test11nonio de mandato que
Pendient....... ... . . ... . ....... .. .. .. .. .. . . . .. ...
31
}{IN18TKRIO Punuco Eo EL R.u!O PE!'C.U,. (1~
tación de los Sres• Adolfo Larralde, Lic. acompañ?,.se sirva da; entrada á la preFRA.CCION J\IDICIAL.) NEOOCIOS DESPACHADO•. Fernando Ancira y Arnulfo Botello, pidien- sente sol!c1tud, maudandola sustanciar en
rlo conce~ión para aprovechar como riego, los t~rminos legales y en su oportunidad
Del J uzyaclo 1 " clel Ranw Penal.
las aguas torrenciales que bajan por el río defenrle su acuerdo favorable.-México
Pedimentos sobre lo principal.. ............ .
53
Pecl imentO$ sobre trámites ................. .
o de Sabinas, Estado de Nuevo León, cuya Diciembre veinticuatro de mil novecie..'.
solicitud, de acuerdo con las leyes de la tos ocho.-S. Botello,-R6brica ....
Del Juzgado 11° del Ramo Penal.
materia, se manda publicar por tres veces,
Es cópia. México, Enero 16 de l909,Pedimentos
sobre
lo
principal................
;;3
d urant e un mes, para que las personas que E. O. M.-E. Martinez Baca.
l
b t , ·te
&gt;e&lt;limentos so re rami 8 ····· ···· · ·•·•
1
se crean con derecho, se presenten á aleF. 16 M. 2-16.
MINil\TERIO PuBL1CO EN EL RAllO CIVIL . (H
garlo en el término señalado, contado desde
FRA.CCION JUDICIAL.) NEGOCIOS DESPACHADOS.
la fecha de la primera publicación.
Del J,,zgado rº del Ramo Civil.
Secre~aría de Fomento, Colonización f
P1&gt;&lt;1imentoa sobre lo principal.........
16
Una estampilla de cincuenta centavos InduS t rta di: la República Mexicana.
I
l'l1dimentos 1:1obre trí\mitos... . . . . . . . .. .
5 debidamenta cancelada.
SOLICITO_D pr~sentada ante esta Secretaría,
Del Juzgado 2° del Ramo Civil.
por• el se
C. Secretario de Fomento.·
E
• i:ior Lic. J uan N
• · de la Garza y

Nego?10s penales despachados................
Pendientes ......................... .............
ner~ espe~i~l, á. los Inspectores, la más Negocios ci~iles despachados..............
estricta v1g1lancia sobre el asunto; haJ endiente,.
ciéndoles saber á los conductores que se- En tt·ámite........... .......... .......... .. ......
,
¡ d0
.,
rian separados de sus puestos si se repetía Por 'ª ta promocum;········.;···:···:·:····
un caso semcjaute.
Juzgad.e de L,,tta, de laoª fraccl(),t ¡udwwl.
Protesto á usted Sr. Secretario las se- N~gº?'ºª penales de•pachados. ············.
guridades de mi ;tenta conside;ación y ~:~~~~~!":iriÍ~~·d~~j,~~¡;~1~~::::::::::::::::
respeto.-Monterrey, Marzo Il de 1909 .
Pe,ul.ie»tll8.
-Bernardo Reyes. (h).-Al c. Seccetario En trámite.. .,.•······:;·······················...
de Gobierno.-Presente.
Por falta de promoc10u.........................

l ·!

~~ Le6n, entre esta Muuicipalid,d y

¡

r

¡

;!

GOBIERNO GENn;,RAL

'

Peudimeotos sobre lo principal.........

5

Pedimentos sobre trámites.... . . . . . . .

Salomé Botello, abogodo, con domicilio
para el efecto de oír notificaciones en l '
1 ca~le de San José el Real Nº.
161 'por loªs

Del Juzgado

2°

J,,fenor Letrado.

Pedimentos sobre lo principal..............

P~dimf'-ntossobre trámite.......... . . . ...

Del Juzgado

39

0

lJ-fenor Letrado.

o

Pedimentos sobre lo principal...............
J&gt;e&lt;limento sobre trámite.....................
Juzgado l'de Letr«slielRamo Oivilde la 1•
fracoilmjudioial.

0

Neigocios despachados...........................
Pe:ndientes.

'

En trámite.........................................
Por fa.Ita ue promoción.......... ..............

568

Jt&lt;zgado .:JO de Letras del Ramo Civil de la J•
fraeciúnjud-icial.

Negociosdespacha,Ios ......... ................

v1a, P!dtendo concesión para aprovechar,

o

-;;~

227

·is

-

~no!es Adffo f'arralde, Lic. Fernando
ncira Y. rnu f~ Botello, personalidad
9-ue acred)tO S?,fic1entemente con el adJU~tc test1mon10 de mandato que acompano en cahdad de devolución ante usted
con, el respeto
qtie s e lli&lt;'Téce, ' me presen-·
.
to a ma~1festar:-Que deseando formal~ente mis poderdantes aprovechar en la
irrigación, las aguas torrenciales que en
época de lluvias bajan por el río de S b.
nas del Estado de Nuevo León me ha~
,

como, riego, aguas del río de Salinas ó Pes1quena Grande, del Estado de Nnevo Le6n
ª cua\, de conformidad con las leyes ele ¡¡
matena, se manda publicar por tres veces
durante un mes, para que las personas qu;
se crean
con, de:echo, se presenten á ale•
10
hn ; 1 t1erm,.no señalado. contado desde
ª ec ª e ª primera publicación.

fª~

Una e.stamp;ila de á ci'ncnenta
centa.vos, deb1damen te cancelada.
C M.1 1st
.
J
N · d ~ ro de Fomento:
d u~n · . e a Garza Y Evia, abogado,
~ es ª vecmdad con despacho en la casa
: Umdro 174 de la. calle de Matamoros, ane
• con el debido respeto y salvas laii,

;rotestas op:,rtnnas comparezco y expon- de homicidio, Candelario Cantú, según
El Tribunal '3upremo-de. Justicia del
go: que la comunidad de accio~istas de ejecutoria de 9 de Septiembre de r907.
Estado de Yucatán, c0ruunica, que según
la hacienda de Santa Eleua en jurisdicSegundo.-El interesado, enterará en lo prevenido por el Regl.mer·to de la Ley
ci6n d&lt;' la ,iila de Znazua de ~ste Estado, la Recaudaci6u de Rentas del Estado en Orgánica de los '.l'rib,inalcs del Estado,
y de la que soy mandatario judicial, co- esta Ciudad, lo que corresponda, á razón procedió el día rº. de Febrero, á la elecmo lo acreditan los instrumentos públi- de tres pesos por cada mes de la pena qnt dóo de Presidente del propio Tribunal,
cos que acompaño, debidamente legaliza- se le conmuta.
resultando electo para d presente año fisdos, y que pido se me devuelvan, previa
Lo que tengo la honra de comunicará cal el C. Lic. Gonzalo Cámara. quien tosu toma de razón, por contener un poder Ud. para su superior conocimieuto y fines rn6 posesión de su encargo.-Deenterado.
gent'ral, me ha dado instrncciones de so- consiguiente.
El C. Alejandro Vázques del Mercado,
licitar, corno lo hago por el presente ocurProteste é Ud. mi atenta y distinguida Gobernador Constitucional del Estado de
so, una concesión de seiscientos vtinti- consideración.
Aguascalientes, participa, que habiéndole
cuatro litros de agua por segundo, de las
Liberta&lt;l y Constitución. Monterrey, concedido la Diputación Permanente del
bguas de avenida, que baja el río de s.,¡¡. Marzo 10 de 1909-C. Mndngal, Diputa- H. Congreso una licencia por un mes, le
nas ó de Pesquería Grande, para aprove- do Secretario.-AI Ciudadano Gobernador hizo entrega del Poier Ejecutivo al C.
charlas en el riego de sus tierras, tomán- del Estado.-Preseate.
Lic. Alberto M. Dávalo,, des gnado por el
dola en la misma presa, y derivándola
--1 mini, terio de la ley para substituirlo.por el mismo canal, que tiene en uso para
Juzgado 1ª Constitucional.-Villa de Archivo.
el aprovechamiento de ciento cuarenta y Santiago, N unvo Le6n.-En la Villa de
El C. Alberto M. Dá,·alos, participa,
biete litros ¡,or segundo, que le corres- Santiago, á los veintisiete días del mes de que el día primero del actual se hizo car•
panden del agua permanente de dicho Enero de mil novecientos nueve, estando go del Poder Ejecutivo del Estado de
¿-ío, conforme á sus mercedes primitivas, reunido el R. Ayuntami.,nto de esta Mu- Aguascalientes, por v;rtud de la licencia
éonfirmadas por el C. Presidente de la nicipalidad en la Sala de Atnerdos del que le fué concedida por un mes al GoRepública, según título expedido el 28 de mismo, bajo la Presidencia riel suscrito Al- brrnador Constitucional, C. Alejaud'ro
Agosto de 1905.-El hecho de carecer calde 1º se procedió conforme á lo dispues Vázquez del Mercado. para separarse de
mis clientes, habitualmente, á caun de la to por el artírulo 4º de la Ley sobre con- dicho Poder.-De enterado.
sequía, del agua permanente que les co- tingente de ho,nbres que debe dar el EsEl C. :::lr. T. Azoar y Cano, Gobernarresponde, y su jnsto deseo de cultivar tado para el Ejérci10 Nacional de f, cha 7 rlor Constitucional del Estado de Campeen una escala más amplia y remunerativa de Agosto de 1.900 y ,ten to á lo prev ni" ch~, participa, que por licencia que le foé
las tierras de la expresada hacienda, a pro- por la circular númeru 193 de fechn 16 de concedida, ¡iara pasará la Capital de la
vechando las aguas eventuales de l"s ere- Septiembre de 1,907, expedida por la Se- República al arreglo de asuntos de interes
cientes del río de referencia son los mo- cretaría del Superior Gobierno del Estado, público, le b;zo entrega del Poder Ejecuti-tivos determinantes de la pre.se~te solici á pract,car entrt' 1,-s individuos emparlro- vo al C Antonio Y. Ramirez, quien fué
.t.1~d 1 q?~ hago con entera su¡ec1ón á las nados de este Municipio que no están com- nombrado para suhstitnirlo.-Archivo.
d_ispos1c10nes d;l Reglamento dti la mate- p•endidos en las exc,pcioms marcadas rn
El • ·. Antonio Y. Ramirez participa,
na de 6 de Jumo de 1894, . y protestando' el artículo 3º de la citada Ley. y ejecuta· que se ha hecho rargo del Poder Ejecutivo
respetar !o.s d~rechos antenores legalmen· Ido éste re.s1:1tó ciesigna•o por la ~uerte pa- del Es.tado de Campeche, en virtud de
te adqumd.o,.-Por lo expu~sto ...... A ra el sen,1c10 de las arn.as por c10co afios habers1do nombrado por el H. Congreso
U~ C. M.rn1stro d~ .Fomrnto pido y su el C. Gregario Fuentes, de treinta y un µara substituir al GobermdorCoostitucioP]1co se sirv~ ~dm1t1r y mandar sustan- afios de edad, soltero, y de esta vecindad. nal del mismo, C. Tom:1s Aznar y Cano,
t1ar e,!~ s.&lt;ihc!tud, á fin de que en s:11 Ln que se hac~ con tar para los efectos lt'• por el tiempo de la licencia qne ie fnéco11.oportunt• ad se ~tr.~gue por el C. Prest• gal&lt;s, disponiendo se rl'mlta copa ce, tifi- cedida.-De enterado.
dente de la Rep~b 1ca el titulo &lt; e co~ 1 e- cada de est&lt;\ acta al !:lupe,iur G b1ern•&gt; del
El Suprem, Trib:m:al d,, J,1stici1 del
s16u respectn·c) a favor de la comun:dad ~~staclo para su conocjmiento y publ ca Estado de Oaxaca, comunica que el 26 del
que represrnto. Protest0 .17 nec:sar\º• y /i'-n y se fije otra en la _pn_erta de la Sal~ pasa~o falletió el Sr. L c. M·,auel Zamora,
a 11tonzo ~1 Sr.,L c. D. Jose ~lana _e.e la¡de Acuerdos para cnn,cim1ePto del púbh- Mag1,trado .'\º Susrernumerario del misGarza, parn q1.e 1ec1ba en m11:om~,1e lus I co. Con l? _que s.e d o por condu,ca la mo Tnbuual.-Dc enterado c0n senti1,struu1cutvs de pode,r Y. s~stituc~on ad- , preseute 01hgcn.:ia que firmó el C. Dr. miento.
Jnntns.--:--)lonte:rey, a vernt1s1ete oe Ene- Ambrosio Garcíl Gar&lt;·Lt, Alcalrle 1º Pn,.
El C. Presidente de la Comisión Perro de mil novec1en'.os .~ueve.-J. N. de la piüar!o de esta Viila por .ante mí ~] Se- maneute del Congreso General, participa,
Garza Y ?v ª·--;- ~ubnca.
rrctar!o: iloy fé.-AmbroF•c; G. ( }arela.- que el 26 del pasa fo falleció el Sr. Dr. Jo
, Es copia. ;&lt;1ex1_c? F~brero 10 de 1909. Br:auho Garza Garda, Secretario.-Rú- sé Ramos, r-rimer Senador propietario por
E. O. M.-E. .11; lulf'. Bnm.
bricas.
el Estado re San Luis Putos\.- Enterado
F. 16. 1.1. 2 y 16.
Es copia de su ori¡!Ínal que ce1tifico y con sentimiento.
queVill
c,bradenS el tlegajo de dart-,s
S e puso a, d.1scus1·ó ne1 d.1ct amen que reE respectivo.
.
' ba e. ªG" aGgo, ;7 "n ner ~&lt;1eGr9o9. cayó snb,e e soliciturl de rnnruutac1ón de
_-,m, roszo
arza pena, de¡ reo Alb mo G arza, que termma
·
S
t . . areta.- rau 1za
G:rara(T, eere ano.
¡
·
·
·
Congreso del Estado de Nuevo León - _________________ con e s1gmente acuerdo: Umco.-No es
Diputación Permanente.
de accederse ni se accede á la soiicitud del
Esta D&lt;pntacióa Permanente, en sesión
reo de homicidio por culpa grave, Albino
de hoy, tuvo á bien aprobar el siguiente
•- - - - - - - - Garza, sobre qoe se comute en pecuniaria
acuerdo:
Diputación Permanente.
la parte de!~ pena. qne le falta extinguir,
Número 25.
~e la que e¡ecutortmente le fué impuesta
Unico.-No es de accederse ni se accede del XXXIV Congreso Constitucio- por apuel delito -Sin di~cusi/\n fué apro•
á la solicitud del reo de homicidio por cu!na] del Estado.
hado en lo general y particular.
pa grave, Albino Garza, sobre que se con- SESIÓN DEL DfA l0DE MARZO DE 1909
lgllalmente se puso á disensión un
mute en pecuniaria la parte de la pena
.
· dictamen r~l.ativo á la conmutación de pequ;, le falta extinguir, de la que ejecuto- Pnsúlencia del C. Dr. Pedro C. Martí- na que sohc1ta el reo, Candelario Cantú
riamente le fué impuesta por aquel delito.
nez.
el cual termina con el siguiente acuerdo;
Lo qne tengo la honra de comunicar á A 1a h ora reglamentaria se abrió la se- -·Primero.-Se conmuta en p2cuniar1·a la
1Jd. para su superior conocimiento v fines si6n con la lectura del acta de la anteri·or parte de pena que le falta extmguir al reo
consiguientes
·
•
, de homicidio, Candelario Cantú, 'según
que sm discusión fué aprobada.
Protesto á Ud. mi atenta y distiuguuida
A continuación, la Secretaría dió cuen- ejecutoria rie 9 de Septiembre de 1907.consMeración.
Segundo.-El interesado, enterará en la
ta con ¡o sigui en te:
Libertad y Constitución. Monterrey,
Oficio de la Legislatura del Fstado de Recaudación de Rentas del Estado eo esta
Marzo 10 de 1909.-C. Madrigal, Diputa- Guerrero, participando que el dfa primen· Ciudad, lo que coresponda, á razón de tres
do Secretario.-Al
Ciudadano Gobernador d e1 actua l a bn.6 su primer período de se- oesos por carla mes de la pena qne se le
,
el
Estado.-Preseute.
·
•
cunmuta.-Sio discusi6n f11e' a&lt;,robado
en
d
stones
ordi· nanas.-De
enterado,
"
1
lo general y particular.
L a L. eg1s atura ¿el Estado de Hidalgo,
Congreso del Estado de Nuevo León. - comnnica que el dia primero del mes en
No habiendo t:tro 1:sunto de que tratar,
Diputación Permanente.
cur~o, a.brió el primer período de sesiones se levantó la s,s1tin, ah que concurrieron
E ta Diputación Permanente, en sesíón ord1nar1as, correspondiente al primer año los C(?. Diputadus: Mart -nez, Lsrtigne y
de hoy, tuvo á bien aprobar el siguiente de su instalacióa.-De enterado.
Mad'.1gal.-Ped~o
Martinez, Diputado
acuerdo:
La Legislatura del Estado de México Pres1dente.-Cnspmiano Madrigal DipuNúmero 26.
par!icipa q1;1e el día 2 del presente meS: tado Secretario.
'
Primero.-Se conmuta en pecuniaria la ahr,.ó su primer período de sesiones ordiEs copia. Monterrey Marzo ro de 1909.
parte de pena que le falta extingu.ir, al reo nanas.-De enterado.
r
- R a.r.
1 ael del &lt;.as#llo, Oficial Mayor.

GOBIERNO DEL ES'rADO.

PODER LEGISLATIVO,

'?·

�J&gt;ERIODICO OFICIAL.

SECCION JUDICIAL.

PERIODICO OFICIAL

1

faja de manta la cual s: 'arnarr6 á la cin.·1 Consid 7randc: qu_e favorecen al acusatura trecientos noventa y cinco taro bien d_o las c1rcunstanc1as d~. su ~uena ~nteen billetes y cinco monedas de oro por va- nor conducta_ y haber d1hnqn1do _ex1tado
Secrt'taría de la 3~ S-.la del Supremo \or de treinta pesos, las meti6 en la carte- por una ~cas1on favorable Y fortmta, q?e
Tribunal de Justicia.-1\fonterrey, :-Jueyo ra que portaba la que colocó en la bolsa son de prm,era clas_e ~rtículo 4° fracci6León.
de atras del pantalón y veinticinco pesos nes I y III C. P. ex1sttendo en su con~ra
Monterrey, Octubre Veinte de mil nove- en plata que dió á guar,-lar á su acompa- la de ser frecuente en el Estado el ~eltto
cientos ocho.-\'istaen :,-rado de súplica la ñante Justo, para los gastos: qne en la ca- de robo1 que es d_e tercera clase art1cnlo
presente cansa comnn:daáinstruirde ofi- sa del Sefior Cantú dnrmieron a:nb?s ev 47 frac:1ón XII C. I'. __y cuau10.la ley al
c-io por e: C Alcalde 2º de Gral Bravo el vein- el mismo c.ltre y al levantarse al s1gment~ dc;e~mmar la pena, f1¡a el mrnuno Y el
ttuueve de Enero del año en rnrso " con• 1 día noto que le faltaba la cartera y el d1- max1mo, como en el presente_ caso, el sentinl!ada por C I uez de L~tras de la
frac- nero que contenía, y babiéndole_pregunta- tenciador está facultado para !~poner dención judicial del Estad&lt;', contra Justo Can· do á Justo C~,ntú sobre el pa~t1cul,~r solo tro de los extremos:ª qu~,e~timare ¡usta;
tú, casado, de sesenta y tres afios de edad, le contesto: no más no empieces 1110s- articulo_ 65 del repetido Cod1go.
,
agricultor, originario y vecino de la Villa trando alguna indiferencia, por lo cual
Cons1de_rando: que co_nforme el a,rt1culo.
de San Nicolás de los Garzas, Nuevo León, comenzó á hacer pesquiza~ á fin de ver 182 del mismo ordet1am1e_nt~ deberan abo·por el delito de robo: Vistas las diligen. si conseguía los objetos perdidos, allud3:do n~rseles _al reo los sufr:111;11:ntos que _hu'cias del sumario y la sentencia de prime- al efecto por el duefio de la casa, agencias b1ere temdo _durante el ¡mc10, cualquiera
ra instanJia dictada con fecha veinte de que no dieron resultado puesto que ni en _que sea el tiempo qne este dure; que en
Mayo último, por la que se imponen al el coche que ocupó ni en la Estación "A 1- toda sentencia condenatoria se pr~ve_ndní.
acusado dos años ocho meses de prisión, dámás'' donde se bajaron del tren y adon- qne se le amonesta ¡,ara q_ue no reincida y
cumo responsable de dicho delito, á contar de se dirijió después acompañado de Don que la responsabilidad cicil sólo se decre•
oesde el treinta y nno del citado Enero en Florencio Cantú, pudo encontrar tales oh- tará á instancia de parte, artículos 208 y
qae se le declaró formalmente preso con jetos. y como entrara en malicia de que el 287 del Código Penal.
calidad de retención, lo inhabilita por expresado Justo Cantú le hubiera sacado
Por las consideraciones y fundamentos
diez afios para toda clase de honores, em- su cartera se propuso vigilarlo y tres días legales expuestos y con apoyo además en.
plws y cargos públicos se le condena á despnes al levantaree de la cama donde los artículos 5, 10, 32, 35, 49, fracción I,
pagar eu la Recaudación de Rentas del durmieron juntos, le en contró al referido 116, 225. 348 y 350 del Código Penal y
Estado, en. Gral Bravo,una multa de treio- Cantú atado en una pierna debajo del r ro; r34, 4,r. 425 y 427 del de Procedita y dos pesos cincuenta centavos 6 á su- pantalón, un pafiuelo que contenía cien mientos Penales, se confirma la sentencia.
frir en su defecto treinta y dos días ne pesos en billetes, y en la bolsa las cinco recurrida de segunda iuHancia de que se
arresto y que se le amoneste para que no movedas de oro, cuyos valores eran parte ha hecho mención, y en cf'nsecuencia fe
reincida: lo expu sto por el defensor del de los que había puesto en su cartera, de- falla: Primero: Se condena á Justo Can tú,
reo en la segunda instancia en su escrito terminado poner el hecho en conocimieu- como 1&lt;utor del delito de robo q11e se pcrde expresión de agravios, el pedimento del to de la autoridad, como le verificó, para sigue, á sufrir la pena de nn afio seis me•
C Miuittro Fiscal en el que solicita se con• que se levantara la correspondiente av,ri- ses de prisión qne se contará del treinta y
firme la reiacionada sentencia, adicoináu- guación.
nno de Enero del afio actual en que fué
dola e_n el punto en que, deben dejarse al
Resultando: que en su inquisitiva el in• decretada sn prisión preventiva. Segundo:
cfend1~0. sus d_e1:echo: a salvo por la res- culpado expuso de acuerdo, en 1~ general Se le condena igualmente á enterar en la:
ponsab1hdad c1v1l. Visto el fallo que pro- con lo declarado por el ofendido Sefior Recaudación de Rentas del Estado en la
nunció el C Magistrado de la 1f Sala el Tomás Lozano Saldafla afiadiendo sólo que Villa de Gral. Bravo una multa de' treinveinte de Julio pr6ximo pasado por el el dinero que se le recogió se lo había ha. ta y dos pesos cincne~ta centavos 6 á su.cual, reformando el de primera instancia, liado en el carro del Ferrocarril eu que frir en su defecto treint:i y dos días de
condena á Justo Can tú, co!'1o a~tor res- tomaron pasaje y que si no dijo nada á arresto. Tercero: Se le inhabilita por diez
ponsable del del_ito de robo, a ~~fnr 1~ pe. a9uél del hallazgo cuando su~ del estra- aflos para toda clase de honores, empleos
na de un afio Sfls meses de prisión y a pa• vio de la cartera y valores fue por que no y cargos pt.blicos. Cuarto: Amonéstesele
gar en la Recaudación de Rentas del Es• sabía que le pertenec!erau puesto que con para que no reincida advirtiéndole las petado, en Gral. B:avo, una multa d; tre·n- ~~ªI?-º Saldai'la yen1au eu el ~arro otros nas á que expone si contraviniere. Quinta Y dos pesos_ crnc_uenta centa,~os o ~n su md1v1duos conocidos que platicaban con to: Se dejan al ofendido sus dtrechos á
defecto. á suf_1~ tremta y dos. dias mas de él.
salvo por io que hace á la responsabilidad
arresto,1nhab1htándolo por diez afios para
Considrando: que con la declaración del civil. Notifíquese, y si dentro del término
toda. clase rle honor~s empleos, y cargos ofendido, indagatoria del acusado, infor- legal no se interpone recurso alguno lí·
púbhcos,manda que ~e ~monP.ste al pro_ce- toación testimonial y dfmás co 11 stancias brense al Superior Gobierno del ll:stado
sado pa~a que no rernc1~a Y que se de¡en procesales aparee perfectamente compro- los testimonios de ley poniendo á su dlsal ofe~dido sus derech?~ asal':'o_por ~o que bada, tanto la existencia del delito de posición en la cárcel pública de la Vilh de
hace a la resp~nsa~nhdad c1v1l: Visto el robo de la cantidad de ciento treinta pesos Cerralvo al reo Justo Cantú, transcríb:;.se
xecurso de súphca rnterpuesto por el de- encontados en poder del procesado Justo ésta resolución al Juez respectivo y ar híf&lt;;n~or, lo exp?est? solo por _éste al :eº'.1,11· Ca1;1tú, como que éste fué el antor de tal vese la causa. Así definitivamente ju1,;auciar á la au?1euc1a respec!1va,la.;1tac1on delito, pues aunque se excepciuna dicien- do;1o resolvió y firmó el C. Lic. \liviano
p~ra sentencia Y cuanto mas deb10 y con- do que ese dinero lo recogió del carro del V. Villarreal Magistrado Interino de la
vino verse.
. . .
.
Ferrocarril ~e cerca del asiento que ocu- 3~ Sala: doy fé.-Lic. V. V. Villarreal.
. _Resultando: qll:e m1c1a~a la avei:igua• paba su patron, la circunstancia de haber- Lic. León E. Aldape, Secretario Rúbricas.
c1on por d~nuncta q;1e hizo del deltto de lo oc_ultado has!a qne fué descubierto por
__
robo el Senor Tomas Lozano Saldaña, el mismo ofendido, que esto pasó tres días
Seer t , d I a
ante el C Alcalde rº de la Villa de Gral. después de saber Ja desaparición del di· T 'b e
Je : : · Sala del Supremo
B¡avo quien c~nsignó el hecho ~l Alcalde n_er~ y la de no haber puesto en su cono- L~~nuna e UStlc!a.-Monterrey, Nuevo
2
de la propta Villa, el ofendido Sefior c1m1ento el hallazgo que tuvo convencer
M· t
• . ,
.
0~ errey, vernttd~s de Abril de mil
Lozano Saldafia en su informativa que y pruebi.n plenamente que pretendió aporindió ante esta última autoridad, decla- derarce del dinero de referencia sabiendo :iev:;;~nt~s. ocho.-.Vista _esta ~ausa cora que con el ob3eto :le efectuar una com- que no le pertenecía; artículos 16 y
d a a_mstrmr de ~ficto el ~tez y nue3 415
pra de ganado menor, á cuyo negocio se del Código de Procedimientos Penales
e Se)t~mJbre de mil uovec1~ntos cua•
dedica, salió el veinticuatro de Enero del
Considerando: que por tratarce e¡ el ~
de_ . Í uez de Letras de la 4"° fracpresente afio de San Nicolás de los Garzas, caso del robo ejecutado or un do , . CI u u. lela del Es_tado contra Rafael y
lugar de su residencia, para Gral. Bravo ó dependiente á su princt al se h f¡1est1co Em_eterio Arzola. Pilar Velásquez y Anllevando como aventurero á Justo Cantó prendido el delitó para 1 ¡~ osf •icºfj t? 01 ~Y Genaro de aquel mismo apellido
á quien 1,ngaba cincuenta centavos diarios castigo, en la fracción I del frtíc~l:
s¡nd O ~os tres prim:ro.s de veinte afios de
y la comida tomando al efecto el ferocarril del Código Penal que señala de . 3 3 e ~ ,_ e huarto de d1ec1ocho y el último de
de Monterrey á Matamoros en la Estación ses de arresto á dos afí 5 d S~I~ me; ve1ntioc O afios, Gen~ro casado, los de''Lagrange,'' con pasaje de tercera clase obras públicas debiendo ºagr e pns\ÓD u °:1ªs soltei:os, y todos Jornaleros y originahasta la Estación Aldamás en donde to'. pena la de seis meses , egafirseda esa rios Y vecinos del Municipio de Dr. Arro.
· á 1a ex- mismas
•
a unde
ª 10 e 1as yo Nuevo. Le6n.' po
.
maton
nn coch e que Ios con d UJO
expresadas en razón
, r 1os de1·itos de les10presada Villa de Gral. Bravo llegando por tia de lo robado por pr
. I ª. eran. ne~ Y resistencia a los Agentes de la '\.ula tarde ese mismo día á la casa de Don tículo 359 pe] p;opio C.S;.emr 3:51he,
tond 4 d. Vistas las diligencias practic;das
Florencia Cantú en que se hospedaron: tación por diez años p igot, aª ID¡ ao¡d¡. en averiguación de los mencionados deii· do re fe honores empleos y carg ara úbl.
o a e ase e tos y sus autor es y 1a con fes¡- n con cargos
que para h •cer Ia compra de gana
6
riia, llevaba la cantidad de ochocientos multa igual á la cua ~s P /c~s Y una tomada á los procesados y Jo alegado por
pesos; de ellos trecientos cincuenta pesos de lo robado artículos : 5a par e el valor su def~usor en la primera instancia Visen billetes de banco que los colocó en una fracción III del citado O 331 • .35 2 Y 35 6 ~a/ª sentencia dictada el ocho de Enero
r enam1euto.
e afio en curso por el expresado Juez de

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Letra¡ la que termina con los siguientes
punto¡ resolutivos. Primero: Rafael y Antc,nio Arzola y Pilar Velázquez_ son. res,·
.
de res1s t enc1a a
ponsables de los de l1tos
los agentes de la Autoridad y lesiones por
ijUe se les procesa y se les coud:,na por lo
mismo á sufrir la pena de dos anos cuatro
meses de prisión, que se comenzarán ~
contar desde que de nnevo ~e les reduzca
:¡', prisión, debiendo ab?~árseJes, al primero cuatro meses verntmn dias y cuatro
meses veintitrés días al segundo qne estuvieron presos antes de obtener la gracia
de libertad de que disfrutan y se condena
al tercero á sufrir la pena de dos afios
ocho meses de prisión qne se comenzarán
á contar desde que de nnevo se les r duz-ca á prisión, abonándosele cuatro meses
~einticuatro días que estuvo preso antes
-de obtener la gracia de libertar! de que
disfruta.-Seguudo: Las penas expresa
das en el punto anterior deberán entenderse con calidad Je retención por una
cuarta parte más de tiempo en sn caso y
se condena á los mismos acusados á reintegrar en la Tesorería Municipal de esta
Ciudad (Dr Arroyo) los honorarios de los
peritos que intervinieron en este proceso.
Tercero: Se absuelve á los acusados Eme·
terio y Genaro Arzola de los cargos que
se les hicieron. Cuarto: Se deja la causa
abierta para continuarla en contra de An•
tonio González cuando se logre su captura. Quinto: Notifíqnese y amonéstese á
los reos para que no reincidan en los deli•
tos porque se les castiga. Visto el dictameo del C. Ministro Fiscal en el sentido
de qne se confirme dicho fallo en todos los
puntos que comprende, lo alegado en esta
segunda instancia por los defensores de
-oficio en favor de los procesados y la citación para sentencia con cuanto más cons
ta de autos· y
Resulta~do: qne el sábado diecisiete de
Septiembre de mil novecientos cuatro en
la noche, andando juntos á inmediaciones
del rancho ''La Granja''jurisdicc!ón de Dr.
Arroyo, Pilar Velásquez, Antonio González y Rafael y Emeterio Arzola, se encon
1:raron á un comerciante ambulante áquien
-wmprarou dos botellas grandes de vino
que se fueron á tomar aquéllos cuatro á
una labor cercana, que para la media no.
che ya algo ebrios, como ninguno trajera
-cigarros, con objeto de proveerce de ellos
se dirigieron á "La Granja'' cantando y
gritando hasta llegar á la casa de la Sra.
Romana Posada que vendía cigarros y como no encontraran gente y estaba la puerta de la casa entreabierta se introdujeron
todl'ls á la vivíenda refarida intentando
González forzar un baúl para ver si ahí
encontraban lo que ~uscaban; los pollcí~s
Juan González, Felipe Mancilla y Luis
y Cenobio Arredondo pretendiéndo apre·
heuderlos por el escandalo que hacía~,
aquéllos ayudados por Genaro y Anto1110
Arzola que ~cudieron _en ese momento se
echaron encima de los ·Agentes de la Autori~ad pud~éndo escaparse tras de breve
refriega c~s1 ~odos los escandalosos, pues
hasta el stgutente día se logr6 capturalos
á exce~ción de Anto!1io Gouzález que aún
no ha sido aprehendido.
Resultando: que al echarse encima los
encausados sobre los Agentes de la Autotidad, Rafael Arzol:1. pegó uu botellazo al
P-,licía Luis Arredondo, causándole una
herida en la cabeza, éste á su vez con una
1-iarilla de fierro qne tra!a dió dos golpes á
Rafael, con los cU1les fué suficiente para
recdncirlo al orden, habiendo recibido tambien el mismo Arredondo una herida punzo cortante en el pecho, la que le infirió
Pilar Velásquez con una navaja que trafa;
el Agente J uau González recibió tres lesiones, dos situadas en el antebrazo derecho y parietal izquierdo respectivamente

que se las caus6 Genaro Arzo1a con pie• que no ponen ni pueden poner en peligro
dres qne le arrojaba; y la otra situad'a en la vida, deben castigarse con la pena de
el dedo índice de la mano derecha no pu- ocho á noventa días de arresto y multa de
do averiguarse quien se la inferiría como diez á cien pesos, aquél sólo 6 sólo
f e_sta á
tampoco fu·é posible averiguar quien fué Juicio del Juez, artículo ~03 racc1ones
el autor de nna lesión que sufrió el poli primera y segunda del Código Pe~al.
cía Felipe Mancilla en el dorso de la maConsiderando: que como los delitos re.
no derecha
feridos fueron el resultado de un hecho
Resulta~do: que el Juzgado di6 fé de iejecutado en un sólo acto debe inponerse
todas las lesiones referidas que fueron I únicamente la pena que corresponde por
clasificados por los facultativos que las re- el de resistencia, qne en, el c~so.~s la maconociron como de las qne no ponen ni yor, teniénd?se las de°:1as v10lac1ones de
pueden poner en peligro la vida y cura!l la leyco_mo ctrcunstanc1as agravantes, que
antes de quince días, excepto la que rec1- el suscrito en uso de la facnlta~ que la
bió Luis Arredondo en el pecho y la que ley le otorga califica como de primera clasufrió Juan González en el dedo fodice de se las de lesiones que curaron .antes de
la mano las cuales curaron despues de quince días, y como de segunda las otras
quince días, que aprehendidos los encau- que curaron ~espues de ese términ~, artísados Emeterio, Rafael. Genaro y Anto culos 45 fracción XI Y r85 del Código Peoio Arzola y Pilar Velásquez, confesaron na!.
.
.
circunstancidamente su delito, eu los tér.
Considerando: que favorece_n á los pro,
minos expuestos en los precedentes Re cesados dos atenuantes de prrmPra clase,
sultandos y se hicieron las investigacio- la de haber tenido anteriormenta buen~
nes del caso, poniéndose eu claro por_ que conducta y la de haber. coofes~do su dehasí lo declararon los Agentes refendos, to, así como la de embriaguez mcompleta
que Antonio Arzola no opnso ningun~ r~- y accidental que e_s de tercera clase, ª:!!sisten::,ia pnes tan luego como le p1d16 culos 36, ,4º fracción I y IV y 42 fraco1o_n
Mancilla el machete que portaba lo entre- I de~ C:ódtgo Pen~l:. que cuando la ley fiJa
gó retirándose del lugar d~l suceso. Igual- el mm1mo y el maxtmo de una pena com?
mente expresaron _los m1s?Ios Agentes, e~ el ca~o. que n_os ocup~, queda al arhl•
que aunque Antomo Gonzalez era tam• t:10 J?d1ctal aplicar el termmo que se esbien uno de los esca_~dalosos_ en ~l acto de time ¡usto dentro de los _dos extre~os, to·
hacerse la aprehens1011 corrió sm hab·r mando en cuenta las c1rcunst~nc1a~ que
hec~o resistencia, ui intervino tampoco en cuncur3:n, artículo 65 del C6d1go c1~a_do.
la nfia; y
.
l Cons1dera~do: que toda ~ena de pns16n
Considerando: qne durante la mstru~- ú obras pú~ltcas, por dos anos 6 má~ se
ción quedó bien justificada la existencia entenderá siempre impuesta con calidad
del deli~o. de resistencia que á mano ar- de reten~ión por una c~arta ~arte más de
mada ~•c1eron los encausados? Rafael, su duración que se hara efectiva en el caEmeterio y Geoaro Arzola y Pilar Velás- so de que el condena?º obserye mala con•
ques, contra los Ag~ntes de ~a Autoridad, ducta durante el últlm~ tercio de su ~nJuan González, Felipe Mancilla y Ceno- iiena: y que los honoranos de los pentos
bio y Luis A rredondo; habiendo recibido que intervengan en un proceso por noméste último dos lesiones, nna en la cabeza bramien~o .J1;1dicial los pagar~ el tes?ro
da meno de Rafael y otra en el pecho que del Mun1c1p10 en que se cometió el delito,
le infirió Velásquez, y el policía González á reserva de ser reintegrados por la perotras dos lesio~es si~uad~s en el anteb:azo sona que fue~e declarada culpable, artícn•
derecho y parietal 1zqu1erdo respecttva- lo 7_0 ~el Código Penal y 220 del de Promente qne se las causó Genaro según ~~ ced1m1entos Penales.
.
desprende de la propias confesiónes judiConsiderando: que en toda sentencia
dales de los procesados que por si s,ola~ condenatoria se prevenru:á qne se amone~.
prueban plenamente en su contra, art1cu- te al reo para que no re1nctda en el delilo 415 del Código de Procedimientos Pe- to por que se le condena advirtiéndole las
uales y están corroboradas con las demás penas á que se expone en caso de contradiligencias del sumario: que como no pu- vención y se le abonarán los sufrimientos
do av~~iguarse q~i:n causara á , Go!1zález 9,ue hay~ tenido durante_ el proceso, dela les1on que rec1b1ó en el dedo md1ce de ¡andose a la parte ofendida sus derechos
la mano derecha ni quien la que sufrió á salvo en cuanto á la resposabilidad ci.
Mancilla en el dorso tambien de la mano vil si no se hubiere gestionado su deola•
derecha, puesto q.ie en la refriega nada ración, artículos 128, 208 y 287 del Códimás los cuatro procesados de referencia go Penal.
intervinieron y uin~uno_ de ellos ha justi- · Considerando: qne como en autos quedó
ficado no haber las 1Ufer1do, debe ten_erse. bieujnstifü;ado que tanto Antonio Gonz~.
les á todos como responsables de dichas lez como el procesado Antonio Arzola nm
lesiones, atent~ lo dispuesto en el artícu- gnna participación tuvieron en la ejeculo 498 ~el Código Penal. .
.
ción de los hechos, objeto de esta averi.
Ccns1deraudo: que el delito de resisten- guación de acuerdo cou los artículos 9º
cia á los Agentes de la Autoridad por ha del Códlgo Penal y 134 del de Procediberse hecho aquella por más de tres perso- mientos re! Ramo debe sobreseerse et1
nas .Y ménos de diez empleando ar!ll_as, se favor de González' que aún no ha sido
castiga co~ uno á dos anos de pr1s1óu 6 aprehendido y absolverse al encausado
obras públicas y multa de segunda clase, Antonio Arzola del cargo que se le hizo
á_ la que se agreg~rán doce m~ses de ~ri- en la primera instaucia.-Por lo expuesto
s1ón ú obras públicas, por la 1ntervenc1ón y con apoyo además en los artículos 5 10
de las dos circunstanc~as referidas artícu- 32, 35 á 37, 49, 65, 88, 107, u6, 220, •~25
los 858 Y 860 del Código Penal.
y 487 del Código Penal y 411,423 y 424
Consinerando: que atendiendo al dictá- del de Proc .. dimientos Penales, de acuer•
meu pericial que obra en autos la lesión do en parte con el dictamen del C. Minisque sufrió Luis Arredondo en el pecho y tro Fiscal se reforma la sentencia de prila que recibió Juan González en el dedo mera instancia que Re revisa y se resuelíndice de la mano duecha, se castigan con ve: Primero: Se declara que los procesa.
dos á once meses de arresto 6 dos á diecio- nos Pilar Velásqnez y Emeterio, Rafael y
cho meses de prisi6n ú obras públicas, por Geoaro Arzola son responsables como au•
ser de las que no ponen ni pueden poner tores de los delitos de resistencia á ufano
en peligro la vida y curan después de quin- armada á los Agentes de la Autoridad y
ce días y todas las demás lesiones de que lesiones de que se ha hecho mérito. Sese ha hecho mérito hab endo curado antes gundo: Se condena á Pilar Velásquez y á
de este término y siendo también de las Ganaro Arzola á sufrir cada uno de ellos

�PEH,I0HIC0 0FlülAL.
la pena de dos años seis meses de obras
Monterrey, catorce de Oétubre de mil
públicas, L'Ontados para ambos desde que nr.vecíentns o ho. -V,sta esta causs, emse les reaprehenda, abonándoseles cuatr, peza la á instruir el veinticinco de Mayo
meses veinticuatro días que estuvieron del año en curso, por el C Juez de Lepresos antes de obtener la gracia de libor- tras de la séptima f ,·a•ción judicial del
tad de que d •cfrutaa. Tercero: Se conde- ~:stado y en virtud de que rell¡¡. presentada
na á Rafael Arzola á sufrir la pena de dos ' por la Sra. Marí&amp; de León .Mendoza,
años cinco meses diez días de obras públí- contra J nan Quistiano 6 Vazqnez y Macas, contados desde que se le reaprehenda Iría de la Ce, da, por el del to de adulterio
por estar en libertad bajo de fianza, abo- s1eado aquél, casado, cochero, ~e cnarennándosele cuatro meses veintiún días que ta allos de ed;.d y orig,narrn de San
estuvo preso antes de obtener esa gracia. Carlos. Tamaulipas, y la últi_m_a viuda,
Coarto: Se condena á Emeterio Arzola, á de tremta afios de edad, or1g1narrn de
sufrir la pena de dos años cuatro meses Montemorelos, de donde son vecinos amqniuce días de obras públicas que por es- bos acusados Vistas las diligencias del
tar también en libertad bajo de fianza Ee sumario, Jo expuesto por la parte acusadocontará en los mismos términos q,1e para r" la confesión con cargos que St' tomó á
los anteriores, abonándosele ocho meses lo~ procesados y lo que alegó el defensor
veintitrés días que antes estuvo preso de estos ea primera instancia así como
Quinto: Las penas á que se refieren los la sentencia pronunció e que J J nez de
puntos anteriores se entenderán impues- Letras referido, con fecha veinticuatro
tas con calidad de retención por una cnar- de Agosto último, condenando á los cita'ta parte más de su tiempo en el caso de la dos Juan Quistiano 6 Vázqu,z y María
ley. Sexto: Se castiga también á los cna- de la Cerda como responsables del delito
tro procesados Pilar Velásquez, Rafael , de adulterio á sufrir un ello de prisión
Emeterio y Genaro Arzola con una mu!- contado desde el veintisiete de Mayo
ta que cada uno de ellos p1gará en la Re- próximo pasado en qne se les declaró
candación de Rentas del Estado en Dr. formalmente presos, snspendiéndoles doArroyo por valor de cien pesos, sofriendo raote seis allos en el derecho de ser tuen defecto de ella cien días de arresto. t{lres y dejó á la ofendida sus derechos
Séptimo: Se les condena así mismoá pa- á salvo por lo que hace á la respousabi¡rar los honorarios de los facultativos por lidad civil: Visto el d ctamen del C. Milas lesione que infirieron respectivamente. nistro Fiscal, lo pedido por el defensa
Octavo: Se les amonesta para que no rein- de oficio ante esta Sala, la citaci6n para
cidan, Noveno: Se absuelve al encausado sentencia y todo lo demás que debió verAntonio_Arzola del cargo que se le hi~o se y consta de autos; y
en la pnmera instancia, en consecuenc'a
Resultan do: que in ició esta ransa, en
JJ?ngase!e en liberta_d ~bsoln~a. al cansar la fecha expresclda, en virtud de querella
eJecutona esta sentencia. Dec1mo: Se so- en forma, que rontra los procesados y
bresee esta averiguación en favor de An- por e1 del to de adult-~rio, presentó ante
tonio _Gonzále,. Undécimo: 8edejan á los el Jnez i, structor, la Sra. María de León
ofendidos sus der~chos ~ _salvo,1:n c_u~nto Mendoza, acompaíianrlo copia certifica del
~ la resr,onsab1liaad CJ\'11.
Dur,decrmo: a fa de m8frimc,nio con el acusado QuisNütifíques,e Y désec~enta_ Así lo 1esol-\tiano y practicadas las diligencias &lt;ondu
vi_óy_firmo el C. I;'.1c. Leodardo Chap,•, ·centes resultó: de Jodich&lt;&gt; Pº" la ofen,'ids
Iuagist1 ado de la r ·-. S~I,,:. doy fe.-L1 _. , y testigos por .ella &lt;ita dos. como ,Je la
Lcobardo Chapa, L1c: haL;eJ D. Mart1·•,·odesión de los encausados,qneantes man
nez, Secreta'.;~,_-Rúhncasn . .
tenían re1aci6nes ilícitas viviendo públi«_En, ve1nt1se1:; d~ Octnbre siguiente se,camente en un coarto de la prnpiedad del
rec1b10 Y mandó agregará estos autos , , 1 Sr. Felip, Luna cito en la Ciudad de Mou
n~cio_ de_l C'. Jue_z de Le,tras c1e, lo 4'° frac- tem orelos y &amp;unquese excusaron akgando
{:Jon ¡ud:c:¡-.[, _av;sa1:d~ a esta S .. a c¡ne los· que hacía como cuatro 6 c;nco meses que
Drocesados Pilar \ elasquez y Emeteno, se habían separado cortando dichas relacio~afael,y Ge1;1aro A•r,ola fueron _re~pr;hen: nes, esto no se justificó en anto.s, por que el
did?s, e~ pr11ner,o desde el ve1ntltres "' 1 testigo Pedro del Valle al ser ex1minado,
Jubo último Y e, segundo el d1e~1nuew declaró que dos meses antes le hdbía habladel act?al Y los dos últimos el vemt" d.: do Quistiat,o para que le a rentara nn
este mismo mes (Octubre de i908) Lo cuarto, donde vivió la acusa-ia de la Ceranrto. -Una rúbrica.
da.
"M?nterrey, Octubre vei_~tisiete d~ mil
Cons'derando: primero, que tanto la
novecientos ocho-}'lo _hab1endose 1nter- cxitenc·a del delito que se persigne como
puesto dentro del t_ermmo legal recurso al la responsabilidad de sus autores los
gnno de la se_ntencia ,que antecede por los encausados Juan Quistiano 6 Vázquez y
pro~esados Pilar Velasq~ez y Rafael y A_n- María de la Cerda, está comprobado legal
tomo Arzola ele conform1dad. con lo dis- mente en autos, con la informativa de la
P?e:to en el ar\ 45 1 del Código de Proce· ofendida y certificado de matrimonio que
d1m1entos Pe_na,es se decl~ra que ha _cau· presentó, con la confesión de los encausado e¡ecutona _por lo qnea ellos ,e ref!ere, sados que reune los requisitos legales pae1_1 consec~enc1a 1:xpldan~e los test~mo- ra hacer prueba plena y con las declaramos, de_ est1l_o,_ poménil?se a_los dos pr1II?e· raciones de varios testigoo que fueron
r9s a drnpos1s16n del E¡ecut1vo en la Car; examinados y que corrohoran tal confesión
ce! Pública de Dr. Arroyo y por cuanto a articulas 4r5, 419 del Código de Procediqne el defensor de los encausados Emete- mientas Penales.
río y Genai:o Arzola interpuso ~e la misConsiderando segundo; que el delito de
ma sentencia el recurso ?e súplica, de a- adulterio de que se trata está comprendic~er~o con lo que prev1~ne el art: 46_2 do para el castigo del responsable en la
fracción I del citado Código, se admite d1- fracción II del artículo 771 del Código Pec~o recurso ~r lo que respecta á.los r~fe- nal qne sellala como pena un aflo de príndos Eme~er10 Y Ge_n~,o Arzola, deb1en si6n por haberse ejecutado por hambre cad&lt;&gt; en tal Virtud rE11;11t1rse en sn oportuní- sado con muger libre, fuera del domicilio
dad los autos al Tnbnnal Pleno para los conyugal teaiéndo á ésta como
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Lo decreto, na· y como
• en favor de los
con en 1ef ectos 1ega1es. N ot1 1que~e;
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y rmf O eL. · Chagi st ra Lº. eE!a I • S:tla: atenuante de primera clase de haber cond oy e.- 1c.
apa.- 1c, · euteno Lo- fesado su delito sin que les
· d"
· Rúb ·
,
per3u 1que
zanc, S ecretano,
neas
agnvante alguna , es procedeute que se
disminuya_ el término medio de qne se ha
Sec,etarla de J,1, 2 a Sala del Tribunal hecho ménto, en la parte del tercio que
Supremo de J ust,c,a.-Monterrey, Nnevo coresponda proporcionalmente á una un!León.

l

0

1

NOTIFICACION.
Sr. Cesáreo Chapa.

En la iDstlruuita ~romc,vtda por e.l Sr I)om1D&amp;O Arredon~o eo-,
bre q•e se d ..oJare l'j"ooto1la la sentol'cla pro1mncl11.dt1, en el Jnlclo
meTcautn Pjecottvo q,ue efgne contra Ud. tobre cobro de P88011, se
ba dlo·-.d-.. una re, ,tnni6 1 qu, en lo oonducent8 dt&lt;til:
Vi
lfOerralvo primero de Mano de mn nov601en ~e nne"Ve
ata etña lnEtanoia ■obre qne ae declare ej9Cnto,la h, aautencta de remah -pro11 nnclada en el jntoto pjecntlvo mercantil promnvtdo -por
E'l Sr. Dnmtogo .4.r1"edon:fo contra D Oe1A.?ft0 0hapa sobre ce1b¡o
◄e neao1 .. ·········-·l'm· Jo e:irpneato,., oon apoyo adem'8 t'D el artfcu•
lo 600 del clt11;dc, CMlgo de Procedimte-nOOI! debf11, de re10lv11tae J IH'l
reenf!l.- 6 10 1,, santedcl• de tPmalfl prenunciada dflqne 111e hMJe m6•
rito hil (:,-n!MO rj,..cntorl• Se-goildo. Nottf:'qn&lt;&gt;IIP á. JH n11, ..to ~n
la rOrma i,revenldá por la ley. Lo rnolvl6 y 6.l"m~ oel O. N, T Bd·
-navlda, Jqpz d .. I,,otu,11 tnterlco de la tif fracción Jadiclal. DamM
'fe. - Lt0: N.T. Bet:!a"ffdea. - A-Prlmitl"Q'O A Ellu,ndo,.-A- Pl&lt;lren•
tino Goena..-RtibtlOH,
¡
r,-, qne S"I nottnca 6 Ud. ~n fllt&amp; forma en complh:nlent.o de o
mandado f-n Ja r~nlnot6n tn8clrtP, de ~uefflo ~n lo dllpne1t;o por
;
8 1 artloalo 78 i,el C'Mtiro de Proc.,dimtentoe Olvile,,
Oerralvo 2 de .Jlano ñe 1909 - LIC. N T. BeuuJde1.-A.-PrlmltJvo A, Elfzonik ··A-Floren.Uno ~ nena.
~J'23

No h abiendo ~Dldo "fflrltle&amp;U.-,., la Jnota Aral, ordinaria u.e.
pre..-leoan nuedf'O'!I l!llltata\)8, la Dtrsc~tva M 11e116n '1el dfa "
corrtenUJ, aco,d/J coo9'!'.1Car&amp; loe Br..-s, Aoo oo • 1H &amp; uunbtea fJral
ul.l"&amp;Ord!u.1111.a que blo.dri lDl('ll" el t11a 5 IJe Abril or6xhno. ¡ iaii
li P. M., PD la casa N9 83 de 111 oalle de Boltvar, bajo la e1iratellte

3e1

Orden del día:
J Exam11n 'j ap--obac16o. de ta. cu111ntil .\el nih anterior
U Atrrob•ción de IM1jfe1tlones de 111 laota Dlreo;iva ·
111 Nombramiento i,et Oonef'jo y Otimi8arto1
•
Re tPCnerda, lo!I Sr@,~. acdont!ltu la pre'P'enldo en PI Aar. 80 dl!t'
loa Eatat11t-oa. qne illce: Par&amp; repro&gt;l!ADtar lile aoolonei, al portad
e,n ln &amp;s'\mb'us Gener&amp;,1"'9, l!"l requiero deposlt&amp;l' k1 tttalos en
FJPoret.srJa 1111' la Negl'.IOlacfón 6 Pt1hegarle ao &lt;'Prtl8o!ido dA d 68,"
to f'%1'W''"l'1n por a_lit:nna ln~t!tn:?f6n ds cnHtto h!I.Clondo 9 .,t&amp; flJ)t •
11:a cnado m ta tar.ie, et 11h antes A la A•ambl .. .,, r ooghnd:'\':~
t1ujet:a en Que HeXOl"P8'11'!l el ndm"'?O de acc:nn .., ,t .. p,sltt11}
1
cae,le11 se rethe.rAu despué11 de qua la Asamblea. olaasure ••• a!!,_,a/'l
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ae..,oMonteney. Kano 11 de lDOi,-E! &amp;or1:,tarJo FranolacoJ Go
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Cía. Minera La l{eforma, S. A.

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da en. la Olndl.Mi de t.11-rnpaw!'. d~ et1te Estado, en la 88qntns que
tonnen tae CA11@a de Xlootenea.tl, y Z ,ralJOUI,, y se compone de doe
pieltls4&amp; Ptedraunl, :v• '8rmtn&amp;du , y unaflnoon1Jtmool6o, noria
., algunaa otras mejo?aS. todo en nn teneno qu, m ide .-efnte mfl:\f'O!l 'ODVflllt.a. y ctnco aentfmqt;ro1 d" frente at Poniente 1 A la oalle
-de Xlootenoatl, por oincnetrt&amp; y ocho mel.Oi' aeaenta Y l!!&amp;i• Ci!Ut.l·
mflt.N,l!I de foado al Orteate. l)Or doude Und• oon -c,.roptedad de D.
L11t 8 QaeUilne;llndando al Norte con tiropltidMl de D . Bam6n ON·
'ffliio y al Sor con 111 citada C51le de Zuagcu..
Se h&amp;Qflnber A loa inW.reaado11 que no H adrnittrAo 001tnrS1
qoe no ale110C!:ID &amp; eabrir la ct.ntldad de f'J:, 700.00, doe mtl 116h\cl8D·
to, peeoe,, qne es t1l prédo qn.. rewlta dedocl.:.ndo un di .., por cl~ntc) tlel que elrv16 como base en 11, primera alm.otteda. En la 86CNI•
tarfa de Mte Jt1111ado H samln1etrar!ln tcdoa loe dem.'8 datos qne
._i;olfolter.
}lonterrtty, 12 de Kayo de 1909 -Lic. Z.Oarcla Gnajardo, 8eare•
tazto.
22

EDICTO.

CONVOCATORIA.
Por la presente se convoí.18 i tod0R los accionistas
de la Cfa. mi.nera [,a Reforma " Aeamblea Oeneral
qne i,e verifloarA f'll 11 dA Abril próximo , lee 4 p. m.
en la. casa. de loe Sres. V. Onate.fio y Hnos en.lle del
Comercio No 84, con objeta de dar caenta del resulh•
do de arrendamiento de los fondos mtneroe El Malacate y Amplaot6n de El Mala~ate y loa demas 88nn~
tos que acuerde la junta general .
Laml)RZ()e, 9 de Marzo a.e 1909 ~ El Presidente, V.
Oaataño.
o. 2~.23,24

Venta de Prendas.
Los días 23 y 24 de loe corrient88 12 y 13 de Abril
i,mo. se verfftcari de las cumplida.a onrnepnndientee
6 loo m•888 de Agooto, Sepbre. y Ortnbre pmo. pdo.
que Pxteten en Is oaea de empflifio 11E1 Fenb.•
Los interE:eadoR en ellas, pued11n ocn,.rir en tiempo
ha.bil á deeemoefivlas, refrendarla.a 6 preeenolar Bll
veDta que se hari con arreglo al RPglamento vigente
del Romo.
Monte.:rey, :l!arzo 10 de 1909 ..,_ Treviño Garza
&amp;r..,1.
o .2Z,23,2i

Jusgado de LetnL8 de Is 3• fracción Judlclal.-L!•
naree. N. León.
Con fecha diez y sletg del actual ee radlc6 ante este
Juzgado el Julolo de lntestamentañ• i blenee del Sr
Aguetln Rodñguez. vecino que fu6 de la VIiia de
Huh,lehul••• peateneclente á esta fraoclón jndloisl.
Ln qm, ee hace ee.bel" a1 pó.bJl&lt;.."O. pare. qttf&gt;. lu personas que se creanoou derecho 11.. la herencia, se pre
e nten A deducirlo dentro del tlirmtno que eeiiala el
a t. 1685 del Código de Procedimientos Clvilee para
EDICTO.
loe Flfectos que en el mfBillo El8 PTPl'Af11,n.
Jnz:gado S'J Oonetltoolone.l.-Gatcla N . León.
EXTRACTO
Ll Ull'&lt;JB, Febrero l7 de 1909 ~Lio. L tia Trevi¡¡o.- Con eeta. f,::w,b11 y p 11' d 1spoeioi6n del O. Juez 2~ de LeAgenda de la Becttr&amp;arla de Fnmf nto ea. el BMbo de i\-1.iu&amp;ria A-A.gnetin O. Garc-ia.-A-Antonto Bene:ra Oarr1B.
0.22,20,26 treede lo Olvll de ••t• 1• fracción jndlclal se radicó en
•• Lampuo11.
éate de mi corgo •1 jnlolo de lnteetodo A bien.. del
B:st)fllllente N9 88'7 -l',)n fecb&amp; 't5 del PM"'1" F i,br..,,.n A. la1 once
Br . Oleóf•• S.,o1!1veda, voolno que fué de eeta Villa,
.-.ie la m &lt;i. fi\liJla 98 bll Dl'f'l'l"a.tado en eeta Agenda el Sr. Vtcl!:nte Gal"•
Lo que BA pdblica en est11 forma para que las pereo'tA TeoiDO de Sabtuu Hld•llt'O f aooldeutalment.e f'Jl eltll Oln4&amp;d,
deu'llDclando doe pert.enenC1ill8 mla.eru t&gt;obN ona Ye\a 91'•aen con
nas que ee orPBD con derflcho A, la herencia 18 pr~een•
m•ntcl8 1 •111t.&amp;11 que contlene11 plah, plomo• rlno J e!U. cttalida
t•n A deducirlo dentro del t6rmlno que tija el art.
"'º el Blao61l
d-1noin{oll!I.O el Z~•t.a pert.eaeeteate •1:.Lomerfo de la
·tcnaaa de eeta jnrh1dtocl6a.: 011y11i11 pe"r\•neue•11,a M mAd.lr6n en la
1685 del 06dlgo de Proo&lt;&gt;~lmlentoa Cllvll...,
·rorm• de an an,drilongo de 100 me\roi1 de ancho por 200 de larwo
Garcfa, Marzo 8 de1909 .--Bi:trnstl'd-. St)pdtveda.!'"1-a: oollnda'Golu mtneraa teniendo terreoo ltbre por todos •n1 ram•
CONVOCATORIA.
A-8 . .,t, B&amp;nohes DAvlla.-A-Jos6 G, Slnches.
,b;)I J ¡:,oa.e pot"aombt■, Mi't deanncio •-\•a Aat,0olo•
o.v.22.2/i,~8 160
Admt\ldo el anterior denuncio ae m11a.4a publlc!\"1'4!1n el PerlMll.&amp; JuntR Directiva de esta Negool&amp;oiOn en aeelon
·ao Otl.clal del Ett.ad.o pol" \ree .-eces 1,cnlda■ y A la '9h11, de HIIIO■ celebrada el 22 de Diciembre dltlmo. acordó convocar
-de eata A.renota por un mea y ae nombr6 perito pan la m~ida de
.t,e tundo al. 8r.1Mth a. lllladluea -.eoiDo de en&amp; Oiod&amp;d, quien , Asamblea General Ordinaria par&amp; el dfa 29 de Mar•
NOTIFICACION.
,ceptd e) aombramtAolO,
•• de 1909 li laa 4 p. m, en la oaaa No, 78 de Morelos,
Lo qne ae baoe 111Ab~r al tt6blloo a4"t'irtifadote qne 4H4e _ . rtlugado2• Local Letrado.-Monterrey, N. Le6n .
-e.b• n ebH an pt,ao lmpronosle de on.atro meeet para la aahllaa• de eeta ciudad. la siguiente:

Negociación Agrícola y Ganadera
de San E1uique, S. A.

-dact.6a del espedlente ea .,.,... a,ea.ol.ll,
I,anapu,01 KanotdelllOI-B, A· D. 11, A. Ke7•

n'JIM

Orden del Día.

Bzamen y aprobación en au. oaso. de la■ cuentaa
det808,
EDICTO
II Aprobaolón de laa geatlonee de la meaa dlrec·
Jnzg•do de Lotrae de la ◄• 11-aoclon Judloiat.-De
tlva.
l&gt;r. A•royo N. León.
111 Nobramlento de Cun•elerot1 y Oomlaarlo1.
ar el juicio testamentario A blenff di, la Sra. Di• Q,1,brlelA Ro·
Monteney, M&amp;rzo 8 de U09,-Negoclaol6n Agrlcola
-mero Vda de Alvarado, veolna qae flléi de eale Municipio, recayó y Ganad"'ª de San Enrtqne, S. A, por Be¡,dlveda y
.n auto de1 teuor elgntente:
o.22,23,24
Dootor A.noJo. Id.ano o oho d&amp; mil 11.0.-oolauto■ nn~1'e,-.D!i e Aguilar, Teeoreroa.
"';101' -radtoado e 1juicio de te1tamental"fa qu8 ■e donnuot, "'" virtud
/
01 teat11ment:o ptí.blloo Jacta de dl"fnuo10n qn~ 110 e(r&lt; mpañ1, 461,

-el a1ri90 cu.e previene el artfonto 159 de la Ley del Timor o,g ..nle
.7 pa,blfqtl"''ll' ~!lt&amp; auVt p~r t.,ee 'TStlf:l!I oon.•Mnthn en el P~tl61ton
()ll,c,l¡J y
Vo. dli\ Nu.,•o ~n.• o-.nvoci'GdO!le ti, lft'! ll"'rederos A
1a jauta 4&amp; qne babi• el 11,Uoulo 1661 dol OM.lso 4., Pwooedlmlento■
Qviles NotJtrqnesi&gt;. Lo ñeore\6 y lrmO el O lo.ea de L&amp;traa de
la coada frao.:rt6nj11diotal D&amp;.m'le f -,, Lio. B Hit10Jo■a.-A..-t.eooa­
..io "'-· Gosdles.-A- L Dnal'te Ramos - B.Ghr1cu.
Lo qne &amp;e publica flD e1&amp;a fo"l'mli para loa ereot.oa del auto tncer-

•L•

Doctor A.tt()JO, 'Warzo !111 de 19®,- tJo, Rloojc,11,.-.A- Leocadfo
"11. Gouiles. A. -· L.Onar• Batno1.
r.mi, UO

"ÍO.

Cia. de Espectácnlos Reynera S. A.
AVISO.

1

Be lt.aoe saber f. los Sres. Acclonletas que la Aeaml,Jea olkda p•ra el dla 17 de Mor,o a, tnal. 11. IB8 6 p.
m., hndri. veriflo111ttvo en la Ofioina del 8Pcréta.rio
◄a.e anaoribe, Calle de BenJt.o Júrez nám . 28
Monterrrey, Mano 13 de 1909, -111 Seo:re-o. M.
&lt;lflltlroga,
1v.

Co■paiiía.

Oarbonífora del Norte, S. l.

Aviso al Comercio.
Habb~ndoee tt&gt;rminado el contrBto de arre,ndomlen'IÍO de nueetra Tienda en el Mineral d~l El Menor,
Betado de Coabulla, que tenfam · a c~lebrado con el
Sr. Rafael J . B 1nnet, qaien nos ha traepaaado llbrn
de todo gravlimen la8 meroanol•uil e:s.isteniea en esta
techa, voiverli d. ser llevada por nuestra propia cmenia, Jo que tenemos el gueto de pnrtio\par al comercio.
Montarrey, Mano t• de 1909 -Ct11. Ca-rbonlfera del
:Worte, 8. A., Magn118 Herrle, Gerente General.
lv.

Demasías.

CONVOCATORIA.

'The Ajnchitlan llinin[ and Millin[ Co. S. A.
sr

Juzgado 2• Constltuclonal.-Anambearl. N . León.
AVI SO
Con esta fecha y por dleposlclon del oiudadsno
•
b
á
1
Jo.es de LEtrae de esta enarta fraociOn judicial, 11e dió
Por fl"Uerdo de la Jnnta D,rectiva se hace Bf'.
r radicado en c&gt;ete Juz1t&amp;do de mtoa.rgo e julclo dE' loa Befiores acolon1etas de The Ajuobfta.~ Mm Eg
f:teet11.do dA la St-ñ ,ra Antonia Rosas de Puente. ve· and Milling Oo, S dA 1' qutr,i desde etll ~ta 1Pf;~1::n::
dna que fu6 de eat&amp; VilJa
Abril pr6xfmn en e. e an i ee r apar r.., e
1
Lo o.e se pdblloa para que Jaa personas que se crean No . 2 , de $25 000. 00 velnt~ clncu mil peeoa 6 sean
C'&gt;tl fuacho á Ja herencia, pasen &amp; h&amp;&amp;erlo valer en el cincuenta centavos por acción, los que
p:!srl1.n ~
término que eefial11 f'l artfculo 1686 del Código de &lt;'amblo de recfüo 6 oupoDf'S ~rr,e~n en 8 en
Procedimientos Oivllee,
B,nco de P,trlo!o Mllmo é IJl¡oa SuC8.
Arrombsrrl. Febrero..1,11 de 1909 ~Esteb•n del Toro
Monterrey, N, L .. 8 de Mar,,o de 1909,-Joh;?:il!:
-A-\. J Porra.a,- A-J uan Martf.oez.
. BeU, ~r1o. , Y Tro.
o. • •'
o.v ,22,2" 28160,

Ju1gado 2° Constituolonal.-Villa de Guade.lupa, N
L&gt;6n,
d
En t'sta fecha y por disposiciones del O. Juez e
L tras del Ramo 'oivll. se di6 por radica.do en este
REMA TE.--.2'!- Almoneda.
Juzgo.do el juicio de intestado é. bienes dEl finado Sr.
Juzgado 1º de lo C!vll.-1• fraoo!ón judlclal.~Etita-- O iyetano Guu. Pt:ñ&amp;, veolno que fué de esta Vllla
eo 111 Hiiolend11. de loa L0rma111.
do de N. León ,
L'l que se hace saber al vdbllco para que las pereo·
Bt .quinto d1abl\bll, 'tu. dilfl2 de la mllñ1.11a, deepllée de h&amp;ch8
ta. preBflnt&amp; pnbllcadl6n. ~ndri ttetlftcat1vo en fil \c,oal da ffte Jnz~ nas que se crean con derecho A la herencia, 88 pre.-,do la venta de una t!.noa ntbana qne 39 mandó 68csr A remate senten , deducirlo en ffl t6rm.ino lf'gal.
en v.n juicio hipotecarlo de -pracedhnlento ~u,.euotona.l s~uldo
VlUa de Gnada!npe, M,..,,o 11 de 100n, - Amador
¡M&gt;r el Sr. Ltc. Salvador Gonriler. oomo apoderado g,neraJ de Ja
fioo{ed&amp;1\ Ooopt1ret1va de Ahorros E Iaver■ lonea de Monte-rrey, Oontáles.--A- FranctBOO Trevifi.o.--A · Joeé M. Bar--cont1'a. el Sr I def.:iu1c&gt; Ei5cam1Jla, Dlch• flllc. H encoeritra 11tna- bosa
o , v,22,l!li 28160

PUBLICACJON

Cía. Minera "San Pablo'' S. A.

EDICTO.

Jnu:ado de Lelrae de la 5t trt1ocldn judtcl&amp;l.-Otrralvo
Nuevo León.

Jnsgado Z: Oonetitncional,-Garcla NueTo Le6n .
Bu e! jnloto de.lote1b1o i b!enHde D. NJaol1i!I Fern'11dfl: ha dfotado un r.ot&lt;i que dice:
'
cfla: ol'•, 111110 dleclt:111~• $ d,., mil np•eclentoa ooho. - Vfsto el
nombramteuto det11tor tnt.. rtno bechd en ra.vord"l Sr l •ad• Ro4rfgae1. Psrnd.an~ por E!.11te Za:r,ado, para que repreaent.e &amp; la menor de cator~ sñfJl'i Luda PernindAC en P8t4io JotoJo de 11neMn6n
blja del fln•do Pablo Percinder:, qnlPD foé hijo A le. vu de D Ntoo 1611 Feralnn. •utor de Nt&amp; h~no.ota J A qnlen represeuta ea eet.e
ca1;i: "Vfeta la a O!'ptsc16n f prolat.a que oiargó dicho tn!;or lnterlno, lll'C11n a' .D..Dta. "-"' dt11at&amp;Dcias qne obran en eatf!l w111mo jolc1n p1,r&amp; el mJJ:sor desemp ño de eu enoar " 1&gt;• debfs di! dtoernfraeJe y 1ti.
disctl!'1'11t1 al Sr. JHl.\3 Bodrfgnez FMn1'm:tn el otrgo de tutor Interino de la menor Lnafa Ferninder, oonc1&lt;d €ndoJ,- al @ft'&lt;'to todh
las &amp;cultlldP11 qne l• le¡, le aca...,r.!a pua el bn&amp;n d"'ellmp• fi'\ den.fimclo1lf',t, Notltfqnese. y pnb!fqu6fl8 en fil Peri6111coOttclal 1 la.
Vor de Nuevo Le6n.cotno lo PMvl@ne el 3rtfculo li66 dl!J C6df,o de.
Proc""'lmieatO!I Oivlle!' A..Rf lo prOVt'IJÓ, ftrtnt'i el (l J ·l!lb Br,blt11•
Aloa.ldft. 2o LOCIII d&amp; &amp;11U. VIila: d11mo• f~ JiA~611 Rob!~ -A ·- 8 A
Sin!bes Di"Vll&amp; ,-A.- Jollé G Binche,. - Tree l:l.11brloap, .
'
Loqu4a,mandapubllcuen ni. rorD1A en cumplimiento tia
lo orden&amp;efo en fJJ. auto in,el'to.
Gilrofa. Jallo 20 de 1908.- Jeal11 R --, bJa,, 3. A. 81cchu Dhila
-10111 G. Sinches.
nu2e-1ei

7

PERI0DICO OFICIAL.

dad, que repres nta la atenuante referid~ ;
debiendo ad•- más suspendérseles por seis
años en el derecho de E_er tutore.s, de, conform•dad _con lo pr:escnto por et articu lo
772 del_m1smo Código P~nal.
C?' sderando t~rcero que en !oda senteoc1a coodeoatoria se preve?dr:a que s~
amoneste al reo para que no rernc1da, explicándole las penas á que st expone,debe abonársele el t~empo qne hay~ estano preeo
durante la mstrucc16n y de,Jarse á la parte
?fendida sus de_r 7chos ~ :alvo ~or cuanto
a la responsab1hdad c1v1l artlcuks 182 ,
202 y 287 del propiu Código Penal Por lo
expuesto, de_ a~nerdo en parte con el pare
cer del C. M101stro Fiscal y con apoyo ade
más de lo ordenado por los artículos ro
35, 37, 40 fr,. cción IV, 66, 775. 776 fracci6n 11 del Código Penal y 4r I del de Procedimientos Penales, se reforma la sen ten•
cia que se revisa y se falla: Primero: Se
condena á Juan Qnistiano 6 Vázqnez Y'
María de la Cerda como responsables
del delito de adulterio á sufrir la pena
d~ once meses de prisión, que se empeza
rán á contar desde el veintisiete de Mayo,
del afio eu corso en que se les declar6formalmente presos Segundo: se les
suspende por el t,émino de seis allos en
el derecho de ser tutores Tercero: Se les.
amonesta plra que no reincidan, explicán,
doles las penas á que se exponen en caso de contravención Cuarto: se dejan á la
ofendida sus derechos {\ salvo p:;r cuanto
á la responsab lídad civil. Quinto: Notifíquese y dése cuenta. Así defiuiti':'amente
juzgando, lo resolvió y firmó el C- Lic.
Macedonio E. Tame~, Magistrado de la
segnada Sala: doy fe. -Lic. M. E. Tamez
Lic. N, T. Benavides, - Srio.-Rúbricas_
Monterrey, veintiséis de Octnb ·e '1.e mil
novecientos ocho. No habiéndose interpuesto recurso alguno dentro del término le.::a·, de la anterio~ sentencia, se declara que ~rn causado ejecutoria deconforruidad con lo dispuesto pt1r el artículo 45 1
del Código de Procedimientos P~nales.
Notifíqnese, expídanse los testimonios de
estilo, poniéndose á los reos Juan Quistia no ó Vázt¡ne, y María de la Cerda á
disposición del Ejecutivo del Estado en la
caree\ pública de la Ciudad de J\fonteruore los, hágase la transcripdón cc¡rrespou~
dieute y archíves~ la cansa. Así interlccu•
toriamente juzgando lo resolvió y firmó
el C. Lic. Macedonio E. Tamez, Magistra•
do de la segunda Sala: doy fé -Lic. Ta•
mez.-Lic. N.T. Benavides Srio.-Rúbri•
cas.

Beptlblloa Mexlcana,-Presldenola ldunlclpal.Konterrey, Nuevo León.
De conformidad oou lo dlepn..to en el articulo 26 y
&lt;m el 670 del Códtgo Civil vlg•nte. se h,ce ••her al
-ptiblloo, que en ls. Teeor•nia MuntclpBl de esta ciudad,
ulste deposlteda la suma de $64. AA ota. ( oesenta y
cuatro ¡&gt;E'608 treinta y ocho centavoa), procedente de
los sobrantt&gt;s efflctu11doe 1"1.uraotfll loe meae8 de JnUo
y Agneto del prf--e~nte dio, por i 1e case.e de eml--e!lo
denominada.a «Mont&gt;.:.fiR de P lef1q.d•, •Ohiht11'hu.a- 1 •La
Banca». •Favorita•, •Fénix•, ,Sartldora,. 11M.ont9 de
Pled&amp;d de Monterrey•, y Auru1'ea.lt"8 námeroe 1 y 2; en
el oonoopto de que. ei tranacuffl&lt;ins e~ls mesee. oon•
t.e.dos desde hoy. TIO oomoareoif"rf'I persona. alguna.. á
"l'OOlamar con juet.o y 1Pgftimo t1tnlo, lae expr-E'Bl\dRe
demee!P.e, e~ }Ae mandará. ingt"esar en la B,c&gt;caudecl6n
de Rentas Mo.-:licipa.lee de esta eta.dad, de acuerdo
oon lo pnoept,Mdo en el cttl\do artfoulo 25.
Monter,...y, 26 de Diciembre de 1907.-P, O. Martf:ne&amp;.--.13. Bamll'ec Anguiano. Brlo.
868788-h fl-Abrll

I

Sr. Gregario A. Velásqnez.

En el Juicio ejecutivo merc1ntll qne el Sr, Llo. Mi•
guel Olrilo signe ocntra Ud. aohre cobro de pesos, ae
dlot.6 el auto que sigue:
Montel'l'Py, Enflro treinta df" mU novectentoa nueve.-AgrigAnse al Jutoto 4 que 118 -.eft9re y oom0 se
J)!de p1'8v6og•se al demandado Br. Gregorlo A. Ve1'8quf'Z, QUA en Pl Mrmtn" df'I tl'f'a dfa~, aompla con
lo ma11dadeflln 111 aenteDcfa nn1;f:.rior art. 717 del Oódlgo d&amp;t Proo. ClvflAS en concordancia oon el 1051 del
de Com~roio Notifiqneae. Asl lo pt'ovey6 y firm.6 el
N01'IFICACION.
O. Jn8'11 2° Menor Letl'allo: d11moR f6 -Lto. X. G6me1
2• &amp;la del Tribunal Bnpromo de Juoticla -Monte- Balleateroe.-A-..t, Gómez,-A-B. Palanloe,-Rtlbrica1.
rny, 1(. L!ón.
Lo que se notUlca , Ud . en eeta forma en {'lumpUSr. Lic. Rafael Dávila. ·
m1enM'I oon lo dt,iuuMto en el art. 78 del 06dtgo de
El el Juicio ordinario civil promovido por el Lic. Prooeillmlento&amp; Oivll•o
.Juan de la Gana y Evia como apoderado del Sr. Do
llonterre:,, Mo..,,oll de 1009 ~Lic. M. G6mes BaFernando de la Garza Cantd y Don León E, de la lleoteroa .-A-B, Palaoioe,-A-A, Gómez,
o .21,21
Garza por so.e propios derechos, contra. Don Prleoilta
D&lt;l Slller sobre cobro de peao1, ha recaído un auto
EDICTO.
que lila letra dice:
Monterrey. Febrero velntltree de mil novecientos
Ju•ir•do
de
Let.a•
de
la 7• fracción jndlcial.-Monnneve.~ Lo aoo,dó y rdbrico el o. Malll,P-ado de la 2• ~morel.,., l!I, León.
Balft! doy fé .~Rtlbrlca.-Llc , J , 111 , Vllleeeñor, Brío ,
Hoy se ,adlcó en ..te de mi cargo el juicio de fa.
-Rdbrlou.
Lo que ae notiftaa A Ud . en esta forma de oonfor- t.e•~o d•I Sr. BalvAdor de la Gana Parto, vecino qu•
mldad oon lo dispuesto por el art, 78 del 06dlgo de ro, de esta Ciudad,
Lo que se publica en eet&amp; forma para qa.e 188 per•
Prooedlmlentos C!vllee,
Monterrey. 2 de H&amp;rso de U09. - Lle, J . ld, Villa- sonsa que ee o~n con derecho , la herencia, se
•eflor, &amp;-lo ,
o.22,28 l)l'ABenten 6 dednchfo rieDt-ro del ~rmlno i que ae
re11•re el art;, ll!M del 06dlgo de Prooedlmlentoll
Civil..,_
~onMmorelOP, 27 de FPbr~J'O de 1909 -Lic. L. Oan.
VENTA DE PRENDAS.
Teudrt lag•r en los dla• 10. 11, 2g 7 30 de Abril
próximo entrante, en la casa de empefio aLa Banca,11
calla B. Jo.é.res N° 99, de las de plazo vencido oorrespondlentes 11. loe mee es de Octubre y Novlembre
ppdos , y de loe de plazo condicional.
Lo que se hace saber , loe interesados, para que en
tiempo Mbll, ocurran A dicho eetableclmlento A de
sempeila.r 6 refrendar sus prendas 6 A preeenoinr en
vent", que ae veri.floarf. con arreglo al Reglamento
del R~mo.
Monterrey, Marzo li de 1909.-Domlngo PanHa.
o.22,23,24

Secretaría del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nnevo Le6n.-Sección
3~-Gobernacíón y Guerra
Con fecha 7 del actual se registró el
fierro de herrar que se diseña al margen.

H)

De la propiedad del Sr. Cres·

cencio Hernández, vecino de
Galeana.

Monterrey. 11 de Marzo de 1909.Ramón G. Chávarri.-Srio.

t1i Gza.-A-J. FarfM.-A-111. V . Can~ ·
o.v.lt ,!l,25-151

EDICTO.
Jugado 1° Oonstltuclonal.-Vllla de Sanélago, l!f,
León.
_.,.
Cou fooh• velntldos dA! corriente mea se ndlc6 811.
•l'Juzg•do de L&lt;atraede la~ fraool6n lndiolal.ol juicio
de lnteetamontoña del Br. Franclsoo Manoqnln Leal,
vecino qne fnli de esta Villa en la oongregfclón de
San Francisco.
Y por dlspoolclón del mismo Juog•do •e manda
pnblloarpor tNIS v..,.. de diez en die• diaa en el
Periódico Oftclal y Vos de Nuevo LRlln de oooformldad y para loe efootoe del art. 1685 del 06dlgo cla
Prno,,dlmientoe Clvlleo,
Villa de S•ntlago, H de Febrero dA 1909.-Dav\d
AlanfB.~udrie A . Cavasoe.-A-Martin Oantd.
O , V , 19,22,26-151

EDICTO.
Ju,gado 2º Oonot!tnclonal.~De Hlguerte. N. Le611,
Con fecho dA hoy y nor dlaposlolón del o: Jues 2º
de Lotree del R•mo C!v!l,,se radicó en este Jn,1¡Bdo~e mi cargo el julolo teetamentarin del Sr, D, Lncaa
Goudl... vecino que tné de esta Villa.
Lo que ee manda publicar en el Per16dlco Oftclal
del Estado y la Voz de Nuevo León. por tres veces
consecutivas de conformidad con lo dlepaeeto por el
art., 1669 del 06d!go de Procedimiento&amp; Oiv!lee.
Hlguerao. Mnno 4 de 190A.-Jnan G, Gondlez.~A
-C!prlano Vlllaneal ,-,A-Vicente Ge.rola,
o.v.21 92.23-1611-,

�&amp;'lo
f1e Letne re la 6• rraool6n Juatclal.-VI·
a,N. J.e6n

Al8IM!la de la a-.tarfa da Pomnto ea el .Ramo de llblerfa

Jaaplo lt da lo OITIJ,- lt f'reccll6a Ja4lclal.-.....O da MII- 811 Oerrahv l.'f!M!-.O Le6D.
JD18r Domlaso ,.,,..1no ~o de•• v...t11,.llc1, n
pnt- ·
-Wo Í la oCIOIH d " mi ll'lr1n oon feeba qaluc. del IIG&amp;D~
aUa aaa-■1611 minen de a,.t■ perko,11ct•• per• la fllr1tl
BD .i ~ eJecaúw ,..,.,..111 qae e11alra U4. ~ la repr.- deaaaataabudoaedaoaDOclda or•n 111 ao111bre c1e •Do■ Amrt-qae OJ&gt;DISMe metal• uloma-ooa le7 de plata v qqe ■e ha.....,i6G de D, -0.., Wee&amp;endM"p N dloto 111111 NiateDClfa oa7a , . •• la cordillera qae ee1 &amp; el Rar del Rucho de a.ata FnDOlaoa
~ n■olutlft dlOP:
lfODlerrQ • ..,.MMl■ daP. breroc1e mu • ~ l o e auve.- • .a Po&amp;rero del Nareujo de ene larledlool6u, debl&amp;dou for-t
Vlúo uta Ja1i11o •Ject!dvo 111troaatD v,omo'flde,or el Sr. L1o. lfl- DD paraleltlgraalO ffO&amp;&amp;D&amp;'lllode IOQdH metrce &amp; blln de ffta oot1
pel Olrllo -lipodM'adodel 8'. O.U WNNllllan-lr■ DD. lae illlaleolee oollad&amp;Dclu: por •I Norte. BIHCID de Laa V-•,_IIOr
el lar
del Gallo; (IOI" el Bite, OODUDuct6D de la - - ~
IM!llla O.rola Gana, 1111bn cobro de ,.... 11M1c1o 1Ddoe
_,_ J 1IOI' el Poaleote, lfllN dlvleo'lie DOA l• WuldpallW de RI·
pRM, ítrlDcllll&amp;odll• la medida d., la ezprHada oata de aodo
otnl
~ Prooecle el J11lelo ejeca\t,o au ouiil- ~ - - qa-cl11 ea el _ _,, d,, la naclra. La 10llaft11d • nslnr6
dac11e • • 111111ea1111..,..,..
dtiolani que el
••Jn el lf9 fr., J 1189•" onr DOIDb"'•°'"' Aárlouo f para 111 - ·
ll&lt;Pnh
Onw, lllaob'lpdo I plllV al Ir. Oaaal • - - - ■11•f'D611«1mbre4o 119rlto e18r. ADd* '1'clecaDo de 8lta "11C11Ddad.
clalp la-.&amp;ldtMl de a... oleD-elelll.-tNIDlaf . . . q1118_!,aNpl6,.lNrsv,
vaeqa.,ee reolamu, loeb1ter-R9ale■ dellle qae ss-■tltllr6
Qqeda •blerto u pla111 lmpl'Offlllrllble ea eeta Apacda para la
ea mora bu1a qoe ae verlllqae el 'NU· llelruado: Se OCJD4,ma al 111lllllalllllao1611 del o:pe41úte,q111darariouho
-Woe
mllmo demudadO ea loe acto■ de U1e Jalolo. Teraero: H&amp;p,e dud_•h"l•
lrUN , remete de loe blenee emba,aadae 1 - ea lllbdooto~
o,rraivn, dlenfolate c1e P. brero 4e mu IIOftCdeldol
al -■clor. llro&amp;UiqaeN. Alll def,ow-te J u ~ 1o._.... Solfl Gatl6na, .l., de M.
.
IUIS ·
r ftnlO el c. la• llt de LMne d&amp;l Ramo &lt;,'h11:
fl.-Ltc. Boq11e
h 1.IIU.-Llo. J. Garola RuJardo. lleoNterfo.-B6b•IQM.
Lo 4l1l!I" aoliftoa &amp; Ud. ea eela ,.,rma de -erdf&gt; DOII el uttc11lo '19 da1 OCldtp 4• Prooedtmlf'....... Ol•OH.
IIAllltelnf I de ■-de 1900.-Llo. J. Ouda Gaajvd(&gt; BeonMlrfo
21,U
lmpl!o 19 de lo Olril.- tt f'nteol6aju-llclal.-Ellte4o de N. Leóe
Ba elju'ololelltemeotarlndela8re, ltabelP6rea Vcla.cleO• ha dt.otaclo 11D auto que I la l•tra ello,,:
lfoaterre,, llano DDOVfl d•
DOVeoleDtoe D'D9ft. Por PN-Uldo -, adm!Udo eu 011■11to h• hllfar en deN1Clao coa el podarp,Hral que .. -•D■ lla, COD fil tet\lmoato d•l acta de prolDClott1111116D delat dl~DOlaa 4• áperlu!'II d~I Ceetameato oeffll'1o de la
8ra. lablll NrM Vda dll Gana. Bo vlrlud del primero tlDpae a l
8r. Lic. u..n,o.n,. .lvala oomo epoderado pural coa dele,r•SEGUNDA CONVOCATORIA.•
ol4D Oel ae,ao 4e A l ~ de la Jn. Quadah¡ge Gana de P,re&amp;
•aldollado; 1 6 - ,--■:, 4'&gt;.«l•u~ por eer paeral. Oon ,,.._
No habl6odoae ffJ'lfloado por Mtia de utat,encla. la ~
- el•rdcalolllllldal. 06dlpcle Pl'OOf&lt;dlmlentoe otnlea
Jllllta Oeaual extraol'dblaria i que ae convoc6 con -rec1fqllfft aale eat., . J ~ el lalelo tMtamel-tal'lo de 1a era. I •anteriodldad para el dfa 27 del ppdo mrs de Febrero b3I Ptr•a Vda. 4e a.~. INaN loa a.S-1110 11HvlllMa loe aritoa·
'"" tl&gt;9 de la Le7 d f l Timbre J 38 da 1- 4e Beoleada Vicente. Pllpor aoae'l'do de la Junta Dlrectivv. y de conformidad blfaneae
..t. euk&gt; por he■•- - u n a ,.. el Periddloo 01con loa Ei3t, tuto11, ae el.ta Atod, a loa SrM, Accionlatu efaf r n BI Beot0tador. 1 apam:tB11do que todo■ loe lutltuldoa be•
ooa el arlfc9lo
para el dio 20 del pNll8Dt.e mf!II 6 ... 7 de la noch... 811 '"4ltl'e - veo1- ae.,.. Otad.cl., de
r11e. .111•eato c{l,,aelee i
ata OOD el objeto q. .
la casa del Sr. Prealdente de- la Cfa., calle de Zara· 1119 W amo
el-.- la pr..pla 1-ef, q~" ten ,&amp; lqar ea el loaal qaa
pa No. 181, A ftn de que t,enp m vertacatllvo la detkn" n lo,, IDle_,.ifot &amp; IM 11116lrn d" t, t,arde del t..mer ttla,.
Aaamb'.éa mencionada., en la qllfl se tratario los mle• bllbfl deopo'9 de beob• la dltlma af'flf oacl6íl. ON1011'11eado &amp; la
Jauta el o . R•~ntlador de B11ntu del B•tado
•I O.
moa BBU1lto&amp; e:s:pl'N&amp;doe e~ la Otd'lll del dfa que 1e ,n,..■a,!e
A11111t~ de[ lill!llete'lio PdbHon por tner lalo!rfe el Fleco de Bala·
anoto en la convocat,&gt;rla pnbllesda p11ra el ?:1 del pa• do
ea la JIINl'Dte --«111. !iotlffq-. t,o deofft6 J lrm6 el O.
sido, puPdaodo entendtdos loe Bree. IIO&lt;'ioniatlla que Jan 19 dtt l.etru ""I B&amp;mo CIS•U de la 1t tracel6a_¡a'11ntal del lfata
doy 11..- Lle. 11. 011 Trev,lia.-Llo J0t, Z11u ValleJO, l!eoreblka acuerdo■ que ae tengan se &amp;rin vAlldos con la do:
rlo. RCbrlca
aeletencla que bnbl11re.
Ln qu ■e pabl;ca H .ta fonu, ea e11mpllmleato de lo die-1rlonten-ey. 4 6 de Mano de 1909.'"'El 8ecrf,tario, pu.a"' ..a el e11tn hteerto
Anacleto T . Garza.
o.21,22,23 rto. IIODlarrM, llano 11 de 1919.- Lla. Jctf lua VellEjo, &amp;-oreta2112

IMB,

DI

.... el
•Jecallvo clril ~•lc1o por et ar. G-1o
...,..11-tra de U lee IObre óobr9 de,-. N h• dlQIIIÜ DD
j\llltll
Jalen
cllee:
~ v..de . , _ . , mil 1111ve&lt;llelltoa aan• Al Jalalo
J de-fbnaldM OOD lo dn,IHIO • loe aiUn. 1018. 1-JIOlltl.1 c:lMfp d e ~. . . . . ~
.
, oo·
)lllle. N 4JeolueD fonul_D... ñabuftdoe loa
qa.

--=
=--¡.¡¡:·¡.-,:.:06-:::~
~=:.to~~= •el•.._

.J.,!1•

,. ,
SE ....J....,._

'........
.
Mnllel'O'I y-plilctDN IIN cieadoffe 8nl.
Gana
Dila. 1-b• OlaADa ea la t'onDa qN .,..,_,..
ltllalollt4'1 J6dfpde Pdoe41mlellloacblldo. .... QU ,...
. . kwd.(•"8-~.rcurnal n&amp;ef..~i llac_,.-l'.~!
11, Jaf'lllllldad ft tJtOO C0 QD mfl doaclloD- .,._,
,_
J~qa11•leed-•adu, 6 &amp;
i l a ~,-1 -brar por tu pat&amp;e aa llftlto aftlu4or f 1111
Rrro
•-c1e ~ J 6fnfDpal! uf mi,mo aJ OCDl'l"llllte •
8Nda. basa._.... acmbnmlato;:°i: 111 puted• ~
.. _de dfmoldta. 11
~ Lo llfOV!1-

la"-

a,.

-•!OIIIICla •

r,po•-

m-•-·-º·

11o,

.io.'1:. .. 1.e1na. .1a ta frM'8lda lidlelal: d. . . . . .~
~do-A- llartlDO S.toa Tlfflllo, A-1_, V. Vlllarnel

EDICTO.

.-:aaltrtoee.

- aotllloa' Uü. NI tata forma, . . caapllmtento .S. lo
el aato laNato.
9 ,._ Vano de 1• 111-Lto. Slm6a Oat,Jaldo.-A-lla....... 8alltlc8 i-.e.ffio.~ A-k■' B. Vlllaneel.
1121211-llit
ft

m•.

mil

ta. linera y· Concentradara de B. León.

PREGON.
.Jl.el&gt;dl!Hoa llexloua.-Prealdenola llll,lllclpeJ. -M:on
~ , N. L~6b.
,
A. 1811 dlea de la mllllana del cita 24 de loe oorrientea.
• el 8al6n de aouerdoa dl'l R Ayuntamiento, y Mi
el m~Jor poetor, ee Nmat&amp;rA en publica eubs1t-a un
de _propiedad municipal que oomprllnde una
e de 980.8116 mf!troe cuadrac)t,a y tiene PQ1'
cfaa laa elgulenfA'IJ: a l NortEi, camino i ,~ "Vl&amp;ultta¡o; al Sur y Orlentf', t.erreno del Munfcl
..alo 7 al Poniente, propiedad de loe he.rederos del 81'.
)iúm B. Gonldles.
J&gt;a..-nte el &amp;6rmlno de Jae publicsclones, que 8" hll
trn veoee, de .tete en efet.e dfa1. y hallta Ja hora
de la S11baat., 118 admltfrin poetu1'88 que cubran la
"F.ltdad de $400. 00~ es. cuatrocl.-ntoe peatlll en qu"

••P,.•

ool,rmtdad

f.

l

*

~-sido valorado dicho t.e?l'f'ur,; bajo el nonoepto de
!118 ee le ooncede al denunciante el derecho del tanto.

B

-''°

Sr. Serafin Garcla Garza.

Sres. Bernardino Garza y esposa Dila.
Chapa.
·

f•ba JaSolo

EXTRACTO.

NOTIFICACION.

NOTIFICACION.

\ : Y • 8 de Marso de 1909,-P. O. Martfnez ADgulano, Becrc:ta.rlo.
·
202224

NOTIFICACION.

Cía. Miirera '·La Fraternal'' S. A ►

Jugado 2" Local Wt'lldo.-lloat.ern,, Nono Le6a.

AVISO.

Sr. Meced Campa.

REMATE.

P.,r nruerdo de la J u 1 ta DU'Elltiv11, 11A hece aahl'rE n el j aloio v arbal ordinario qua slgua " n fótt con á. lee Sl'Pe accfonlstlls &lt;le cstA Cfa , qu :i, dPsde el dfa
Juaado 1° de lo Olvil. 1~ F l'IIOCÍ6n Juqlclal.-Be- tra ,.¡ Sr. [,le. Lfióu G. Florf!'1 como apod1&gt;r1do rl 1 16 del actual e-a adelant!l, eer11pRrtlrA el Dividendo
tllldocfe N nevo León.
Sr . J(sds l'IL \'illarreal e bre.pcecs, e&amp; hi d!ct&amp;ilO nn 'dmno 1113 e . . . .............................. .
BI dfa
J 'DDO ";1 Ml~-1 lu "tz,te, ,. ma~•~-J :,:rndrA &amp;lltn d,.I tenr.r e'g:iler1te:
0 00 tDlrz mil ¡:&gt;HllB j 6 8fft , $ o. (I{) (.!.lr1. ;&gt;f.808 1
lU::.Se:1 ~.:Í~ ..e,:;:IM!l!'11 .~ ~[:~: ~ " p•on" "
~8,;t Mort r v. ve1nt:,,, y 11. le d!! F,
·
o-,160. h~" tn:i, Al' In'\ prg"ll ti dos !':&gt;R ñ{ s !abo
11
4111111 lded de Ml oae N11•vu o \• ta .i- H
clont.os nueve.-N h·
11, fJ1" mb o dar ( ioo y cup nM o ,rr e ondl1&gt;n._co11 ª"" w110f'TllrlA d11 ,tt.,, h""' ,..,
P dado á e nt,,.star- l
e
en .Méx en. D. F. en 0 1 B n" I t r 1!&lt;'1on:\I €,
';.,.!~"
•
dcs 4 por oo
tPcarl&lt;. • :II ,, t rr ,. et1 el ífor.c,, Morca ti! l!e
dad t'u4
l·e p,!tlt
O~
E'
liC'"(}'. ,. n T mp r. 8, en le. 0 ci ll\ d fa ('IR

,,rtntr

t

¡,1o:,.w-; .~~~•;;

~

• ocbe1
.. ~ ' . ,

7

valCI",

fi

lmcaclo ■e mlnletr..•IJn

_\

=~f~Y:l:'.:·t~,

Moaterrer, .Vrno ~ de 1m.

ACTl\'O
D,ipfk1 pcr E s:blblr
l'lpdo Mlo~ro
dft Nuavo León
a: exltencla

!

"°

•

7u:111oldo
Oaito: •
"41mintetr cion: e:s:letsDclas en la
mina.

ff.71'8

3 1 .llAR.0:a!

3.990.98

106. 40
fi l 8-JII. IJI;

■ontsrrey, Dbre

31 de 1111)8.-C(a. Minera , \r17.,ne 21,'Zz

Aro.A. FArfaa. Tesor..ro.

Cía. Minera "Las Higueras.'' R A.
Balance de 31 de D iciembre de 1908.
ACTIVO

hado Minero

l

-!O

11 IISR.ll

eto., ,ulatentea en la mina

¿P

~

r qué ponerse calvos y apare-

eer viejos antes de tiempo ? El des-

cuido del cabello causa la formación
de la caspa, y ésta es la precursora
de la caída del cabello y de la calvicie. Para evitar estos·malos, aconsejamos á u, tecl fuertemente use el

Vigor del cabello
del Dr. Ayer
Un cabalkro esrrihe:
"La gratitud me impulsa 1í escribirles
qne tengo 11hr,ra la (:abe a. bien poblada
de pelo e ¡ ,, y sed,,s&lt;,, por haber
usado su m·u·.i., illos,1, wor del Cabello.

(}(N)

llaneo Meroantll de Monterrey, en

(Ja: = 8
Acfmimstracl6n, maquJ.narta, herramientas, fincas, maderaa. etc.,

278.32

23 640. 1!9

Estaba ( ~¡ .:-ah •1 ant,·s &lt;le usar e l
Vigor del ('ah, !In. Tt1Llavia me lo
aplico una wz al dº . r1;slr,•g-íu&lt;lolo
bien con lus dedos en fas mices del
oabello.
f.su,y mut agra&lt;lccido al
Vigor del C,1belln dol Dr. Ayer por

haber mejorarlo tanto mi arY.i.riencia."

'711.9111.12

PASIVO
C&amp;pltal

JPondo de Bellerva
Besatr08 de Dlvldendoe
Pondó de Provlcl6n

11:emorla No. 21

l;¡

b

C O V Ü C A T Ü R l A.

Pora,Dflrdodo 16,luuts J)JrtCtl.VII so avisa t ka
S·eg. eccion!sta~ qua ta AaamblPC. GPnHal Ordlmirlsi.
prescrita por el l\l't. 22 d" nups►roe &lt;st totoa wndrA
ng r "l .,.¡ il"mi('l'10 ,lnl Pr 1 'c&gt;-ts en ce':2. c1u·1ad.
es lfl d.-, llid \lgo 224 á ·os &amp;l, ~) y ID&lt;l•ila ae la .tarde
iel tifo tralnh y uno d,, m,1n10 prt: xlmo.

Orden del Día

r.22 .10
441 .'72

Oí).000
1.423 .26

orla No. 84

►8

,

2 .fi.4'7.'73

l&amp;al
ldaa y Ganancias, Baldo

60.000

~.oou
16/i

5 .676.31
l!.llfló .81

715,918.12

Montene..7, Dbre. ll de 1808.-0fa. Jiltnera •Lea
BJpe,11» B. A.-A. Falfu, TeloNll'O.
o,11,tt

o. l&lt;J · 0.21

'

18.200

PASIVO

E Srio., 1,.· M 1hrz

Cia ttnera The AJ·uchitlan Mininrr and
I
Millina Co. S. A.

fo p@ e notl .• á Ud. f:1 A ~ f rn;n A
e n el t 78 ele C Jdig &gt;d, Pr ., mi atoe
1
9
(Jj~~~ ttor~v. \f» ?,) 2 dA lllflll -1 le M tJOm.:z B I.C'e
terce ....,_A A. Góm •:r:.-a n f'¡¡Lcf e
o 21 22
1
1

61. !198 .6!¡

ll 1

o 1~011

el

mid,i,

Cía. .Minera '·La Argentina.·· s. A.

1G t'"'O ~

mp z s. d,-•,.

i

t'

l/ q u e netfOn ~n el Ju! 1

rt

9
8

Tome ustet este consejo á tiempo.
Use el Vigor del Cabello del Dr.
Ayer y conserve su iuventud.
No 111 ,11u·l1r1 ,,f c,rl"·llo. J•rc(l,1-ll t r ,Í ~
J ii.:e;r d, l C'ulirlto
.t l lJr • .ty r,

I I nf. rme del Co n;cj ? de AdmiDistro.cl6n.
II IofoTm:=i del C'om 1e¡¡rf".
111 Aprob,ici611, 6D &amp;u caso, de 1..e caentas y balan
oe dt l afio.
IV E 'ece.ó n de loe m kmbros ds la Jnnta Direc•
tfva.

Moutem•:r. N. L. lfe.rzo 4 de 1 909. -J ohn 'J', D"'
Bel!. Sec. i Tes·
.02c2121.

NOTIFICACION.
J uzgado 2" C n .tltnclcm e.l de Sabinas Hí.lalgo N

León.

En I julrfo de lnt!'sbm~nt.srle. del~ñ ",Juan¡G ,n
záll'Z Trev.iffo, Vl!onw que fuá de uta. VHl;,, ee bll dictado nn 11nt,0 cr-:n á In 1.-t ra clfce:
S binas Hidul,:o, ~Elptl•mbre rmv~ c1A mil nnv~
oitot i- "' h!&gt;. - f"omn lo d:sro·1e al C Ju z de I.,¡¡trn.~
, n "r6qn°n° á Ju.,t.A ,: .os hrr.;dr-r, 11 del finrii!C' Jmm

GonzátezTi-evlib y no &amp; a.bu en Sr P, t,Jo ce¡,."' Et&amp;n
t-1A p nr l'f\br fl notlfieaco; y por rnantr, al b terfrro
Vl-ctor Gonz~le'" cuJo p ri,d •o ea l¡rnc-rn c1t seln p(r

mooin dE&gt; edi&lt;•toe qn &amp;a pnb icn,.án pnr etlA VfBoS e
lntf'rv&amp;lo de qn{¡¡ce dtfs en "1 Pt ri6oloo Oftlclnl c&lt;&gt;l
Ret.Ac o y la V&lt;&gt;z dA Nu¡,.u &gt; Le6n.11- il.:11!1nr'c11P plll't' que
15&lt;1 presente A rtclblr la N"otlflcacl6n dRI &amp;ludhln Puto
"1 término oe tres m~sf\8 qae e,, cm:itarén ces¡ n~ d~
h t b a la áltlma pub'icac·l~n. &lt;le 1&gt;cu• r1h ccn lo cfü¡.
pueat!&gt; .-n "! Ar t. 1568 1kl C6c!l ,, Clv!I, y si df•nho de
dich:&gt; té·m•nn no Btl pr- centar11Q seC1)1cbrr rá ln Junta
el dla que BA fijq en 11\ oue fl rll rGpres.-.,:,t do &lt;llcho au
""nt•1_por
su l!t-ñ )18 m &lt;'!ro ll• lia .\J&gt;t,1011111 R'lzrinrlo
~frt1 r,qnes0 • Lo prevt&gt;yl'i y firmó PI C Al nldf'l 2 I.oosl damos fé. .--Ore~orio Flor"e Gonzn'" ADclra.-AAn11staclo Chape. -Rdbrlrnl •
Lo queee pnblics en f'Bt,i forma de cnnfm·midad 00.,
lo J&gt;rf&gt;l!cr!to en el Art. 658 rl 0 l f'Mliro Cfr!l:
"1abine11 lllr'lnlgo, SPpt!fmbre II de 190R.-Gregorfo
lliorea.-A-Gonznlo Anclr.1 ·-A-Ai:a,trclo Chap~.
o.20:!2~

,,.,:,,¡,." / t, 'l'''' ophu c L!t

l"repando por el DR. J. C. A Y;ER f CIA.,
Lowell, lltau., 11. tJ. de .A..

L'IPBENTA DEL G OBIER:S-0, EN

P .U,A.0).9,

1mum YntmsruteR,

A. Brondo Whitt.

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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 22, Marzo 16</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Viernes 12 de Marzo de 1909.

TOlfO XLIV.

NUM. 21.

Periódico 0ficia_
I
DR1 QOBIRRNO DE:1 ESTADO 1IBRE Y, .SOBRRANO DR NURVOM1RCN.

•

Las leyes, los decretos y damas disposiciones superiores, obli[an por el solo beche de ser publicadas en este Periódico. ·
Reo-istrado
como artículo de seo-unda
clase el 18· de . Septiembre de 1908.
b
b

Responsable la Secretaría del Gobie~o.
CONDICION'F:S,-Este periódico s e puulica los Mártes Y
Viérnes de cada s~ruana,-Vale la subscripción CINCC~;NTA
C-E NTAVOS al mes en esta Capital . y CI XCP KNTA Y SEIS

CONDICIO:'\l'ES.-Et núm ero dd día. rnle DOCE C~NT.\ \ºOS. • P,l número at ra,a&lt;lo QVI X CJ&lt;;,-T od2 co'.'11c'ntcaci/,n ofkial ck h t.•r{L &lt;li r igirse al Rt·ilado r dl! e~te Pen~,l~co.La r~mis iún &lt;l e a \·i:--o:-; ~,.:,, har'.l &lt;lir,·damen!.f• al Admm1~tra·
dor d el mismo.

fu e r a de ella fra n co ele portt! .-f;} ¡n¡go dci:,e hacer~!! adela n~

tado,

•

1

taren lo posible desgracias por in cendios: ción ,;•. - Gvberoaci6n Y Guerra.-N'(;,ne.,
accidentl's semejantes en Teatros y otros: ro 2,ó32
.•
. .
..
ú
En la próxima semana.
edificios cuya ota, por disposidón ,!~i Sr.! C JU relac1011 _al º';c,1c ':"" .':-1º ..e1 n Gobernador se reorodnee hoy. p11blicán-/mero 2204 se &lt;ling--o 'l c,;,;t 1 Au ';' • ,tl p•&gt;r
2'' dA lo Cnminal,
0
dose
en seg~icla la'qu~ c;on la misma se re ·est~ Stcretaría cr,11 !e-~él I~'.,. d,~.
Lrc. EsTElJ.Lº E. Ge \JARDO.
laciona, fecha 2~ de Marzo siguiente, que último, en que, hac1enco_ r\ :r~.ci l ~ Jú
se él.1rigíó á la propia autcridad, tncart.1 oropue~to por el Covse¡o e e ;,a.ubri-dad
2° de lo Ci'rll,
ci0ndole el ..sÚnto.
para evitar d~sgrat11s pe,sJna,es_ en l?s
Lrc. R oQuE DE L UNA.
'Teatros de h Cludnd, en c~s·J ele :ncend10
He .,,¡uí hs enunciadas nJt~&lt;
'ú otros accidentes sem~jantes, :e ' :ctaron
por el Gobierno algunas med d1s relauR épúbhca '\Iex1can~. - Gob~ern o del ~ s- ' \'as al propio objeto, ten;,::o la honra de
tado de Nn~,vo Leon.--Sna.-~;cc1on ' manifestar á l:d., que el Sr. Go?e;nador
3ª-Gobernac10n y Guerra. - Numero !ampliando Ja que habla de reuniones en
Mon terrey, Marzo U de 1(,(19,
2204.-En Sesión ·cl•l día II del actual · que se tenga que hacer uso de aparatos
presidida por el Sr. Gobernador,· el Con- que puedan producir fue &lt;To ha te nido á
Para lns rfrtimas tlPl incentlio sejo de ~alub~i~ad del Estado, acord6 J?rO bien disponer, qne cuand; s~_trate el; per•
poner d1spos1c1ones tendentes á evitar misos para fun ck nes de Cmematografo,
1lel Teatro &lt;le Aca¡mko.
desgr~cias personales para el. caso de que . se tenga presente:
,
cnrneren en los Teatros, Juarez y Zara- ¡ 1 • Prevenir que las pehculas se guarLos Sres. José Marfa Bonilla, Dr. Elen- ,?'Oza, incendios ú otros accidentes seme 'den en recipientes de metal, prohibiendo
terio Espino~a, Francis~ Pumarejo, Al- jantes..
. .
. que lo sean en sacos de lona ó de otras
berto R. Dona, y Fedenco y \Venceslao
A Tlrtud de ello, ha dirigido el Conse¡o snbstancias combustibles.
G6mez, de Linares, remitie;on_ al Sr. Go. á est~ Secretarfa_un. proyecto_por lo que
0 Cuidar de que en la caseta, haya
2
bernador como producto hqu1do de una toca a los dos ed16c1os mencionado~, en nna 6 más vasijas con agua y un s1fon con
funci?n de variedades que se ~i6 en ague v~sta del cual e_l misDto· S~. Primer Ma- agna Séltz y
Ha Cmdad, ($ 49r 971 cuatr11c1entos noven- gistrado ha tenido á bien disponer:
° Prohibir extrictamente que se fume
ta y un pesos noventa y siete cts., para arn•
1º Que en términos generales cuide la en 3dicha caseta.
dar~ las familias de las víctimas del rn- autoridad de su carg_o de c¡ue 't~o local
Lo qne por acuerdo del mismo Sr. Gocendto ~el :eatro d~ Acapulco, cuya s~ma ell: donde haya reun1one~ de caracter _pú bernador tengo la honra de participar á
se destt~6 ~ su obJeto según es de verse bhco, tellga cu~ntas ~ahdas fuere posible Ud. para su conocimiento y á fin de que
· en los s1gmentes telegram!ls.
para que quede liespe¡ado prontamente en se ha,,.an cumplir las anteriores prevenciocaso de una desgracia.
. nes p~r la comisión encargada de visitar
Monterrey, 5 de Marzo de 1909.
2? Que cuaftdo en esa clase de renn10 los lugares en que se den funciones de CiSr. Gobernador del Estado de Gnerrero, oes se tenga que h~cer uso de aparatos nematógrafo.
·
.
Chilpancingo. que puedan producir el fuego, se establezLibertad y Constitución.
El Tesorero del Estado situará á dis- can dich?s aparatos &lt;'&lt;?U las defen:as inMonterrey, 25 de Marzo de ·1908-AI
posición de Ud. $491, 97 cts. para fami- combusllbles necesarias para evitar la C, Alcalde primero de esta Ciudad.-Prelias de víctima~ del incendio ne] Teatro propagaci6n de un incendio.
sente.
de Acapulco, producto liquido de una
3'! Que en los locales de que se viene
fu nción de variedades dada en Ci udad haciendo mérito, haya la reser .a de agua
L inares de este Estado.
indispensable con las mangueras corresInforme solJre el f;Pl'V 1c 10 ele
E l Goberuador.- B. R eres.
pondientes para h:;,cer uso de ell as en · ca
'l'ranYías Eléet1·ico. · ,•n )!Qnterrey.
so ofrecido.
Tclegrama.--De Chilpanciogo el 6 de
Por lo qne se r.:fiere, con especialidad,
Ins·pector Ofici al de los T ran vías ElécMarzo d e 1,909.- R ec1' b1'do en
. "'' f on t ei;rey á los teatros
' ·Juár,~z" y ".Zarageza," &lt;lis• tr1'cos de ,'nIonterre ,v - T engo el l1onor
S Go
á las 5.58 p. m.-Sr. Gobernador del Es- pone el r.
bernador, que visitau&lt;lo Ud. de rendir sl Superior Gobiern o del Estatado.
dichos Teatros acompañado del tiunícipe do por et digno conducto de Ud., el inforEnterado su atento mensa¡·e fechado respectivo Y del Ingeniero de le Giu&lt;lad,y me 1nensual sobre el servicio de los Tranayer.-Ya mándase recoger donativo á que oyendo las observaciones de los due1ios ó vías Eléctricos de esta Ciudad, -:orresponud . re fi erese
para rem1't'1r1o á sa des t'mo. •ncargados de los mismos, se sirva Ud. d1'ente al mes de Febrero p1·o'x1·mo pasado.
,
Suplico á Ud. dé debidas gracias á donan disponer lo que juzgue mejor. á efecto de
Los itinerarios han segu ido siendo los
tes en nombre de agraciados. El Gober- garantizar al público en el sentido de que mismos, en las líneas establecidas hasta •
nadar.. Silvano Saavedra.
se trata.
la fecha, las cuales están en buen estado
Todo lo qne teng() la honra de decir lí y libres de obstáculos, t ales como los
Ud. para su conocimiento y fines que se alambres telefónicos los telegráficos y los
Dispo:-iidones &lt;le Policía sol)re expresan.
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e la nz e ctnca.
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Teatros y otros edificios.
er 16 Y 1onstt uci n.-n on~errey,
El servicio en general fué bueno, no
Feb~ero
de 908.-El Sec~etano del habiendo quejas del público respecto al
Bajo el rubro anterior se pu blic6 en Gobierno, Ram6" G. Cltavarn.-Al Al- t t
h
'bid
el número 15 de este Periódico el 21 de calde r9 de esta· Ciudad.-Presente.
raL: i~focfa:~c~n ~ue se ha corrido es
Febrero de 1908, una nota dirigida al
.
:--la reglamentaria, 6 sean 16 kilómetros
Sr. Alcalde r O de esta Ciudad, relativa á República
Mex1cana.-Go~ierno del Es· por hora dentro de la Ciudad, como máxiprecauciones que conviene tomar para evi- tado de Nuevo León.-Secretaría.-Sec- mo, J 32 fuera de ella.
JUECES DE TURNO

r~i:::~~

I

PERIODICO OFICIAL.

•

•

•

1

0

J

�3

PERIODICO OFIClAL.
PERIODICO OFICIAL.

2
El estado de los carros es bueno cu g_eneral.
La Planta Eléctrica ha funcionado con
regularidad.
E día 1&lt;? el Tranvía Ne 63 chocó con
{!¡ carretón de Angel Lozano, quedando
destruido el carretón y Lozano con una
herida en la cabeza.
El tranvía c¡ue conducía el motorista
Pablo Amazn, atropelló al Sr. Luis Sepútveda, quedando muerto en el acto; esto
ocurrió el día ,

1

Es copia. México, Agosto 21 de 1908.
-Gzlbe1to Montfrl, Subsecretario.-Al
Gobernador del Estado de Nuevo León.Monterrey.
_________________

das en la fr~cción I del artículo 503 del
citado Código.
Resultando: Que el procesado Marcellno Trejo en su inquisitiva declaró: que el
día en que pasaron los hechos se acompafió de Andrés Góm~z, Antonio Cruz Ma- -- - ~- ___ nuel Perez José Sor!a y otras personas
S ecretana
, de la 3~ 8ala del Supremo cuyos nombres no recuerda, y en un carro
T n·buna¡ de J ustlcia.•·
M onterey, Nuevo se diriguían á la mina "San Antonio," paLeón.
sando en el ;Rancho del Sefior Ignacio
Monterrey O tub
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Flore¡ Sobrevilla, como á las siete de la
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re seis ": m1 noveh .
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b .
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cientos ocbo.-V1sta esta causa,inlciada de noc e. que to os I an astante e rtos y
O
, El dia 7, el tranvia N. 78 atrop~ll6 oficio el día cuatro de Marzo de mil nove en los momentos en que se apP11ron del caª'/'~•r1" Robe:':'º Gómez Martínez, tnllt- cientos seis por el C. Juez 29 Local de rro se le echo encima Antonio Cruz, dánranurJ t'· llJI ple
B ustamante con consulta del Juzgado de dole vanos
· go ]pes con un pa Jo. pegan do
,
0
El dia r r, el tra?v1a N; 63 atrope- Letras de ta' 6~ fracción judicial del Esta- él á su vez á Cruz tambien con un palo,
116 al
~enzabe Garcza, _cansándole do continuada después por el Juez 29 de pero para cuat1do esto pas6, ya el referido
graves zen has que le ,ccas1onaron la Letras del Ramo PP.nal de esta primera Cruz venía herido, de una rifia que sostumuerte
f racc16n
•
,
El d' pocas oras despues
,
contra Marceltno
Trejo y An bo momeo t os an tes con A n d r és Gó mez,
0
8
1
. ia
tr;bnvia N. . 70 atropelló drés Gó~ez el primero de treinta y cin~ la cual fué presenciada por Encarnación
1
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arra, trzturándole un afios de ed~d, soltero jornalero orlgioa- Villareal y otras personas; que le consta
tod
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ó
rio del Fresnillo, Estado de Zac~tecas ve- que Cruz venía herido por que él persoaut"rida/s es ost Sutcesos tom6 raz n 1a duo de Bustamante y el último de vein- n~lmente Y Lozano Flores separaron á
.
campe
en e.S . t i
t'toe h o afi os, casa do, Jorna
,
l ero, ongtnano
. . . Cru-z Y á G6 mez cuon
, do pe1ea b an.
Protesto
á Ud S
0
1
·dades ·de mi· t. tr. eci_edar : ªs segu- y vecino de la misma Villa de BustamanResultando Que el procesado Andrés
n
a en a const erac16 n y res- te por e1 dehto
• de homicidio perpetrado Gó
, que cn_an do JI egaron a¡ Ranpeto.
' mes dec J,:1ro:
Monterre M . d
B
en la persona de Antonio Cruz· y cho del Senor lgnacto Flores Sobrevilh,
do Reves ( !.·:)' _ aArzl ºe8 Se r9to 9:-dernGarResultando: Que á virtud de aviso ;eci- se pele6 con Antonio Cruz á golpes con
_,
, .
. ecre ano e
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¡·IC!a
, I gnac fO García, por el 1as manos Y que no porta ba ar!11as por
bierno.-Presente
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·
Alcalde 2 de Bustama_nt~ de que en el que _el cuch1llo_que tra~a 5e lo qmto en el
Rancho del Señor Ignac10 Flores Sobrevi- camm0 Marcehno Tre¡o.
Nuero:s Funcionarios.
l!a había tenido lugar una riña, se consResi:ttando: Que el Juzgado dió fé que
Los CC. Manuel Botella y Lucas San- tltuyó el personal de aquel juzgado al lu- Marcehno Tre¡o presentaba dos heridas
chez,fueronelectos por las correspondientes gar d~ los hechas,y di6 fé que un hÓmbre, en 1~ cabeza, una de un centímetro de exJuntas de Escrutadores Alcalde 1° Propie- que d1Jo lla~arse Antonio Cruz, presentaba ~enc16n Y otra de tres, hechas al parecer con
t:rio de Villaldama el primero y Regidor cuatr,o he:1da~, dos en la r~gión abdomi- 1~strumento con~undent_e, dándose fé tam6 del ~yuntamiento, de Mina el segundo, na! a la 1:-q111erd~ de la lmea media de b1~n que Marc_ehno Tre¡o portaba una naen sustitución respectivamente de los Sres uno y medio centtmetro de extención va¡a de dos ho¡as de sesenta y ocho centíArnu}fo Botella y Antonio Alanzo que re: otra en :a mano izquierda la otra en la ca'. metros de largo, una, y la otra de sesenta
nunc1aron dichos cargos.
beza, las tres primeras producidas al pare- y dos por trece de ancho, sino que se notara.
cer por instrumento punzo cortante y la úl- en ella manchas de sangre.
tima hecha co~ instrumento contundente;
~esultando: Que Manuel Pérez y José
Instrucción Pública.
Y tomada su 1nf~rmatlva al ofendido, de- Sona al ser examinados declararon: no
Según el Cuadro General del Ramo c!ar6: q~e la~ lesiones que p_resentaba se tener ~nacimiento de los hechos, por que
que hoy se publica, existían en él Estado las hab1an tnferldo Marcehno Trejo y á un kilometro antes de llegar al Rancho
el mes de Febrero último, servidos por Andrl\s G6mez, como á las siete de la no- del Señor Ignacio Flores se apearon del
1,013 Profesores, 401 Establecimientos de che del día ant_erlor, atacándolo el prime- carro y que en el trayecto no observaron
Instrucción, á los cuales concurrían 30,701 ro con una n~va¡a yel segundo eon un palo; que Trejo le quitara á G6mez cuchillo alalumnos.
que el motivo fué por que Trejo lo iba gun~. El testigo Encarnación Villareal
molesta_ndo cua~do camin~ban en un carro mamfesto: que estando en dicho R~ncho
con
ob¡eto de irá t_raba¡ar en una rrina al. derredor de una luJJbre, lleg6 AnteGOBIERNO GENERAL.
llamada «San Antomo» que se hallaba en n10 Cruz y con un palo le pegó á M
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Sec_ retaría de Comunicaciones y Obras 11 edrro ¡ e nme_ 10. JUns 1c1 n e la Vi- re¡o y ste tambien le pegó á aqu'el con
Públ
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. a e-~! na, ~am,fes~andole el mismo Tre- otro palo, pero él los separó y tambien el
ricas.- exico.- ección Segunda.
¡o, qmen ya iba ebno, que al apearse del Señor Lorenzo Flores que en ese momenC na estampilla por valor e.e cinco pe¡ ¡
d
sos, debidamente cancelada.
carro, se arreg ar an Y c.uau O llegaron to llegaba; que para cuando Cruz lle 6
al R~ncho del Señor Ignacio . Flores So- a!H ya iba herido,sin saber quién ¡0 lesi~CONTRA TO.
brevilla s~ apearon con el obJ~to de per- nara. E~ testigo Lorenzo Flores afirma
Cele~raclo conforme á la Ley sobre Ferroca- noctar ah1, se le echaron en Cl?Ja Trejo haber V1!to cuando reñían Antonio Cruz
rnles, fecha 29 de Abril de li\99, entre el Y Gómez Y le causaron las les1ones que Y Marcehno Trejo y éste solo se quitaba los
C. Leandro Fernánde1,, Secretario de Esta- pre~enta, agreg_:ando que tod~s andaban golpes con las manos; que Cruz des ués
do y del Despacho de Comunicaciones v ebnos Y que el a su vez le pegó a Trejo con de haberlo separado Je enseñ6 d
1
Ob~as Públicas! en representaci6n, del Eje- suun padloe éyl· que aunque traía cuchillo 00 das que presentaba' en el esto'maogso, esr1.nc~hvo de la Untón, y el Sr. Thomas Bra·
p0
mff, A¡,oderado del Sr. Osear J. Braniff
R
l ·d
expresar quien se las causó Marcelino
Conces,onano del Eerrocarril de la Hacie~
eSu tan o: Que muerto Antonio Cruz, Trejo en la ampleación que ·obra á fo ·as
da de Jalpa á Le6n y Salamanca, Guanajna- los Doctore_s A. Buentello Y Natalio Lo- dieciocho vuelta dijo: ue haría u
J
to,_reformando el contrato de concesión re- zan~, practicaron el reconocimiento y au- de hora que se había1
¡ d n cuar~o
latn·o.
topsta del cada ver y declararon ante el Cruz y Andrés G6mez d ~ ead o 1An~on10
,
.
Juzgado, que el occiso pres t b
¡ d R h
e ras e os ¡acaArtlculo úmco. Se reforma el artículo heridas, d.os en la regi 6 n ab: ª .ª c atro es ~I anc O de Don Ignacio Flores,
3 º del contrato de concesión del Ferroca- en la mano iz uierda la t
omtna una c~an o 1legó Cruz á donde él estaba porril de la Hacienda de Jalpa á Le6n y Sa- al nivel del ~arieta] izq~[:rd~ ¡~ cabeza men;o una lumbre; que cua•do la riña,
]amanea! fecha 28 de Marzo de r904 que primeras producidas al a
' as tres esta .ª? todos apeados de los carros las
fué modificado tn tres de Noviembre de punzo cortante la 6ltlni rece! por arma pro_v1c1ones y por eso nadie presenció el
IC)05, quedando dicho artículo como sigue: to contundente! que las 1~ ~r tns~rulmen- P}:1to pero él vió cuando terminó dicha
«Artículo 39 El concesionario ó la Com- gión abdominal' fueron
s10nes e ~ re- rtna y Gómez se vino para donde estaba
p~ñía que organice. deberá terminar diez saron la 'piel tejido celtilenetrabtes, tnte- el declara1:1te y Antonio Cruz dió la vuelta
kilómetros por lo menos ~ los dos años músculos de la re ión err, ~u cutaneo, por unos ¡acales.
co:1tados _desde el 6 de Noviembre del co- &lt;luciendo gran d~rrar!"e sf:ntoneo, Pro- . Resultando: Que que como el hecho de
rnente ano de de r908 y otros quince tam- cavidad¡ la lesión de la ma gu!neo en, la l(cti:os?, se cometió en terrenos de 1 . :
b:én_por lo menos, en cada uno de los años piel y ,1 tejido celular 1 aº'1 intereso la r1sd1cctonde la Villa de Mina Nu alº
s1~111eutes, pero de ma?era que tcde el ca- lamente el cuero cab~ll~d : a ca~aza so. ón" pasó la causa á conocimi~nto e:i° 1 ~mmo quede concluido a los nueve años de primeras lesiones est'
o, que as dos Juez 2° del Ramo Penal de é t
.e ·
la misma fecha 6 sea por el 6 de Noviem- el artículo 520 del
co~prendldas en frcción quien avocándose su cos ~ pn!11era
bre de 19 17·"
her causado
, o tgo e?al, por ha- continuó el proceso
.· n c1m1ento
. .México, Agos.to veintiuno de mil nove- la muerte a.;iº~fe:di5;las y directamente dos respectivos á los yd~f=~~~r los traslaO
c1entos ocbo_. - Leandro Fenzández.-T/io- senta días de la fech
dentro de lo~ ~&lt;;- pres.e~tante del Ministerio P:b{ al R ema., Rra11 ijl .
y las otras dos h · / en q;ie las rectb10¡ nuncio aquel funcionari O
f ~ co proen as estan cemp~endi- ce de Marzo úlf
co~ ec a cator.
1mo sente11c1a por la que

SECC] ON JUDICIAL,

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ac:claró {t Marcelino Trejo responsab1e del sostenido antes una riña con Andrés Gó-: comprendidas para su castigo en la fracdelito de homicidio, condenándolo á sufrir mez la cual pre,enció Encarnación Villa- 1ción II del articulo 530 del C6digo Penal
con calidad de retención, la pena de seis real y otros cuyos nombres no recuerda, y , que señala la pena de seis años de prisión,
afies de obras p6blicas que se comenzarán después declaró que haría un cuarto de l Pena que se anmentará ó disminuirá proá contar desde doce de Mayo de mil no- hora que Cruz y G6mez se habían peleado porcionalmente en atención á las circuusvececientos seis en que se le declaró bien &lt;letras de los jacales del Rancho, cuandó lle tancias agravantes y atenuantes que conpres;o. Dsclaró tambien á Andrés Góme1 g6 Cruz á donde él estada soplando una lum corrieron ya en la comisión del delito ó
responsable de la lesión que sufrió en la bre,y que cuando tuvo Jugarla riña nadie ya que sean per;onales del reo. Perjudica
cabeza Antonio Cruz dando por conpur- la presenció y el solo vió el término de és- ca al procesado la agravante XII del argada sn responsabilidad criminal ·con el ta, viniéndose Gómez para donde él esta• tícnl 47 del Código Penal y le favoreca la
tiempo sufrido de prisión y mandó se ba poniendo la lumbre y después llegó atenuante I det aJtÍculo 42 y como ambas
pusiera en libertad bajo la fianza de &lt;lo- Cruz. Estas contradicciones demuestran son de tercera clase, se equiparan en valor
cientos pesos ó en su defecto bajo causión evidentemente la falta de veracidad del di- y no influyen para aumentar 6 disminuir
protestatoria, previene se amoneste á los cho de Trejo pues ni result6 cierto que el ténuino medio de la pena señalada por
reos para que no reincidan y deja á salvo Encarnació~ Villarreal presenciara la riña la ley , en consecuencia debe aplicarse ésta;
los derechos de la parte civil.
entre Gómez y Cruz ni es verosímil que artículos 35, 37, 220, parte última del
Resultando: Que transcurrido el térmi- Trejo presenciara la riña primera, que se · Código Penal.
no legal se puso en libertad al procesado gún él, tuvo lugar detras de los jacales del
Considerando: que toda pena de prisión,
Andrés Gómez y pasados los autos al Su- Rancho estando el mismo Trejo algo dis· obras públicas ó reclusión por dos años 6
premo Tribunal de Justicia en revisión taote haciendo fuego, siendo de notarse más debe entenderse impuesta con calidad
correspondieron en turno á esta Sala, y que primero declaró que en el momento de retención, por una cuarta parte más de
despues de oidos el C. Ministro Fiscal y de apearse del carro, se le echó encima tiempo en su caso¡ que los instrumentos
defearnres de los reos se pronunció auto Cruz y después dice, que haría un cuarto con que se comete un delito, deben decccitando para sentencia; y
de hora, desde que se pelearon Cruz y Có- misarse cuando se condena al reo si son
Considerando: Que está debidamente mez cuando fué aquel á donde él estaba., de su prnpledad; que en toda sentenci con•
justificado en autos la existencia de los , Todas estas circnnstancias, vienen á ser denato,ia se prevendrá que se amoneste
delitos de homicidio y lesiones perpetra· ¡ otras tantas presuncionEs hum anas que I al reo para que no reincida advirtiéndole
dos en la persona de Antonio Cruz, con en conjunto forman una prueba plena j fas penas á que se expone artículos ;o,
la fé judicial de las cuatro heridas que ¡ y perfecta conforme al artículo 429 del 183 fracciones I y 208 del Código Pen al.
presentaba. con el dictámen que rindieron I Código de Procedimientos Penales de que ¡ Considerando: que la lesión inferida por
los facultativos que las reconocieron y que Ma,celino Trejo:&gt; fué el autor de las lesio- Andrés Gómez fué clasificada ¡,or l0S pepracticaron la autopsía del cadaver y con nes que sufrió Antonio Cruz en la región ! ritos facultati vos entre las compreniidas
el certificado de d;función que opo~tuna- abdominal y en_ la ma1:10 izquierda. pués en la fracción I del artículo 503 del C6dimente se agrego al proceso, art1culos aunque los testigos V1llarreal y Flores, . go Pen al que señal a como pec a ocho dias
419, 42 3 y .p4 del Código de .f'rocedi-. dicen que ya Cruz venía herido, cuando á tre~ meses de arresto y mult'l de diez á
miento~ Penales. .
, riñó con Trejo, sin embargo esas declara- cien pesos, una sola de estas, á j 1icio del
Cons1derar;do: Que aunque los procesa- nes no son de tomarse en cuenta eu cuen- : juez, y como el tiempo sufrido de prisión
dos neg_aron haber causado á Cruz leslo- ta po~ no llenar los, requi•itos que. e~ije j por Gómez dura~t~ la instrucción dd pro:i:es con 1ostrumento punzo cortante, afir· el articulo 425 del Codigo de proced1m1en- ceso exede al max1 mun de la pena corpo-mando sólo haberse pelea~o con él y dá , tos, Penales, para qu~ tenga valor legal, ral que fija el artículo citado, debe ¡fa rst
&lt;lose mutuamente golpes, sm embargo, co- pues en tanto que V1llareal asegura que por compurgada su responsabilidad crimo el referido Cruz presentaba dos lesio- Trejo se defendía con un palo de los gol minal.
nes en el estómago, q1;1e le causaron la pes que le tiraba, Cruz, Flores afírma q1;1e
Por lo expuesto y con apoyo además er.
~uert~, hay qu_e determmar en la seo ten- la defensa la hacia co_n los brazos pero sm los artículos ro, 182 y 208 del referido Cócia quien ó qmenes fueron los autores de tener en las manos mogun palo, y ademas digo Per.al, se resuelve. Primero: Se con-e~as lesio~es mort~:es para_ aplicar el cas- el ll!ismo Flores asegu~a.,que él no vi6 flrma la sentencia de primera instancia
tt.go d~ la ,ey ·y quien o qu1ene~ causaron prestsamente que Cruz v11;11era ber1_do, pa- que se revisa, en los puntos resolutivos que
la henda que presentaba el mismo Cruz ra cuando se le echó encima TreJO, sino contiene en consecuencia se declara á
en la cabeza por ser la pena q~e corres; que después que pas? la riña entre istos, Marceli~o Trejo y Andrés Gómez respon••
ponde al antor d~ esta, ~uy diferente a el refendo Cruz le digo que estaba herido sables ?el delito de homicidio y lesiones,
la 9ne se debe ~pltcar á qwen ~ausara las del estómago y muy bien pudo suceder respectivamente. y se condena al primero
pnmeras r~fendas .. El o_f~~dtdo declaró que, dada la hora en que pasaron los be- á sufrir la pena de seis afias de obras púqu~ Marceh~o Tre¡o lo hmo con una na- chos,_ ya d&lt;; noche, y lo _pequeñ? de la blicas que se comenzarán á contar desde
vaJa y Andres G6mez le pegó con nn palo nava¡a no vieran que Tre¡o la trata en la el c·nco de Marzo de mil novecientos seis
en la_ cabeza y es_ta declaración hace pre- mano c:tando se pelió con Cruz.
fef'ha en que se le tomó su inquisitiva ensuns16n ,que efect1~amente los h~cho~ pa- 1 Co~s1derando, que ~unque el proc~sado tendiéndose dicha pena impue,ta, ccn calisaron as1, presun,c160 que s~ ':ene a ~0- 1An?res G6mez, confeso babe:;e dado a An- dad de retención pur una cuarta parte
bnstecer ~as y mas con las s1gmentes c1r- ¡ tomo Cruz el go1"e que sufrio en la cabe- más de tiempo, en su caso; y al segundo ó
cunstancias_que ~parecen ~omprob~das ~n za, tampoco negó haberse peleado c~n éste. sea Andrés Gómez se le dá por compurautos.
Primero. Ma~celmo_. TreJo trarn decl~rando que no recordaba de las c1rcuns- gada su responsabilidad criminal con el
una °;ªVªtª que le fue :eco11da y. de la tancias del hecl:o por lo ebrio que se con- tiempo sufrido de prisión, quedando en
cu:il ?16 fe el Juzgado, ~;rcunstancrn 9ue traba. En.:al virtud y _tomando en ~uenta absoluta libertad. Amonéstese á los reos
comc1de con la decl_arac1on .. del ?fend1do. ladeclarac_10n de,1 ofendido debe considerar- para que no reincidan a virt'éndol,s las
Segundo: La nava¡a re~o11da a Treio, s~,al refendo Gomez como autor ·de la le- penas á que se ex po~.e \ s,· ej n á salvo
aunque no presentaba nrn?uua mancha 1s10n _que presentaba el occiso en la cabeza, los derechos de la par'te civil. Segun fo:
de sangre cuando se_ tntr'.'go _al Juez de los máxime cu~ndo no huvo entre l?s t~stigos S e adici ona la misma sen tencia de primean tos, pudo haber sido hmpiada antes de de cargo m consta ele las -&lt;lemas dtllgen ra insta ncia con los siguientes p ntos r _
er.tregarla
á h'la autoridad,
¡so¡u t'11.0s. 1-o S e dec¡ara extmgu1
·
~d a ¡ a ace
· ·,
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· de- la des- cias del procesado, ninguna prueba nue
'1
cnpc100 qne izo ~ uez e mstrnm~nto, ¡ust1tique que el refn1do Gómez fuera el . ,
.
·
aparece ~t;e las ho¡as de la nav'.1Jª tienen ¡ autor de _l as otras lesiones que presentaba CIO~ penal c?ntr~ ~ntomo Cruz po_r las
trece m1l11netros. de ancho y s1 tomando \ el ofendido, artículo 4 II del Cv,digo de lesiones que mfinó a Ma. rceltno TreJo en
en ~ueota esta c11 cunstancia se examina Procedimientos Penales.
virtud de haber acaecido su muerte duranel d1ctámen de los peritos que obra á foga_s
Considerando: que tambien debe tenerse te la instrucci6n del proceso. 20 ci ., tleco•
trece vuelta , del que aparece que las hert• al ofe°;dido Antonio Cruz como autor de misa Ja navaja que se rccojió á 11arci,Jino
das,que pr~sentapa Cru_z en el estoi:nago las les10nes que presentaba Marcelino Tre- T · T
. N 'f'
_
teman centtmetro y medio de extenc16n ó jo, por su propia confesión j udlcial qqe re¡~. ercero. otl t~uese,. ) dentro del
sean qn!~ce milímetros,_ se d~duce que di- hace prueba plena conforme al artículo tér min ~ leg-al no se interpone algún rechas lestonnes fueron mfendas, con la 415 del Código de Procedimientos Penales curso, hbr~nse al Gub,e, u ' del Estado los
navaja de Trejo que tenía trece_milíme- corroborada con las demás constancias de testimonios de estilo poniendose á dispositros de ancho; ya que no se ~en~1ona ot_ro autos . pero como la muerte del autor d&lt;': ció o al procesado Marcelino Trejo en la
instrumento cortante recogido
a ,los 1IJ0- esas lesfones acael'ió durante la iustruc- Pen•'tenc•·ar'i • ,., e • m•sm'&gt;,
·
t ranscn'base esta
. .
sos. T ercero L as contra d1c10nes bien mar- ción, es el caso de declararse extricta la
¡
J
,
cadas en que incnrrio Trejo en sus decla- acci6n penal; artículos 239 fracción I y reso1uci 611 .ª uez_ r~ P ct tvo Y _arch1vese la
raciones, consistentes en afirmar primera- 242 del Código Penal.
causa. As1 defimtlvamente Juzgando, lo
mente que en el mome°;to que se apearon
Considerando, que como las lesiones re~olvió Y firmó el C. Lic. Viviano V.
del carro se le echo encima Cruz dándole que infirió Trejo á Cruz y que fueron las Vtllarreal, Magistra~o Interino de la 3\L
golpes con un palo;, pero ~ue para entonces que ~ausa~on su muert~ se perpetraron Sala: doy fé.-Lic. V. V. Villarreal.-Lic.
ya su agresor ve01a herido por que había en rtfi~, siendo el agredido Trejo, están Le6n E. Aldape, Secretario Rúbricas.

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existan an asta lntidad 1 adarativa.

Establecimientos de Instrucción Primaria.
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NOTA.-Laa Municipalidadeo maroadaa con •
no remitieron eua datos oportunamente y fiiuran
con 108 de Diciembre último.

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:Estableci:r:o.ientos de :Cn.strucción Secund.a:ria en la Ca.pital.
Clases.
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Nombres.
1
Alumnos.
1 Profesores. 1
Otros empleados.
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Número ele Alumnos .. .. ...... ... .... .. .......................................... 29,681
Directores..... ..... .. .. . ...... .. .. .. .... .. .... ..... .... ... .. . .. ... .. .... ...... .....
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Ayudantes .. . .. . .. . .. .. . . .. .. .. .. ... . .... .. .. .. .. .. . .. .. .. . .. .. .. .. .. .... .. . .. . . 522

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de NCUelu.

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Estableci::r:r.i..ientos d:e J:nst:rucoión J?:ro:f'esio:n.al en la Ca.pital.
Escuefi de Jurisprudencia .... , ... . , . .. ... , . , . , .. , ....... . ....... .
,. Normal de Profesores, ..... . ... . .. .. .. . ... . . . ... .. ........ . .
,, Profesional para Seí'l:oritas .. .. ... . ..................... . .. . .
.Acarleruia "Porfirio D íaz" .... . ........ . .......•... . •. , . , .. , . .... .
,. de Dibujo .......... .. .......... . .. •. ..... ........ . .... • ......
, , de Dibujo a.plica&lt;lo á la mecánica ........... . .•. , .....•. .. ...
Semina.rio M ayor ....... . .. ... ................... . .... . . .. . . .. , . .
Instituto Comercial N eoleonés. . . . . . . . . . . . . . ..... . ..•... . .. . •. . ....
Academia Comercial Moderna.. . . . . . . . . . . . , .. . ... . ... . .. . ....... .

P~oula.r
Ollc!&amp;l

PÜtieul&amp;r

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Academia. Zaragoza ....... . , .. , . . . • . . . . . • . .......... , . . . . . ..... .
Institnto Cristi&amp;no. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . ..• . .... . .. . .. , . ... . . . ,
Colegio Y~hí.zquez .. _. ..... . ........ , . ....•..•.... . .......... , .... .
Mex1co .Amer1cano.......... . . . . . . . . •.. . . . ....... . . . . . . . . .

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Particulares .. . .. . .. . . .. . .
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PROFESO'Q.E,8,

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PROFESORES.
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NOTAS.

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ALUMNOS.

NOMBRES .

CLASES .
Ollc!&amp;l

Otros
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De Instrucción Primaria...... .. .. ..
De Instrucción Secundaria.. ... ... .
De Instrucci6n Profesional........ ..
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Serann Pelia.
l!oentario .

11

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�PERIODICO OFICIAL.

6

del Ejecutivo del Estado _en la cárcel pública de Montemorelos hagase la trans.•·
cripci6n correspondiente y arc~íves_e e}"
proceso. Notifíquese. Lo .lecreto Y f1rm~
el C. Magistrad_o de la r. ~ Sala: doy fe.
Lic. Chapa.-L1c. Eleuteno Lozano.-Secretario Rúbricas.

Secretaría de la 1a Sala del Tribunal jan cicatríz perpetua y notable en la cara
Supremo de Justicia:-Monterrey, Nuevo c:lml'&gt; son de las que se trata en esta ca~sa
León.
se castigan con la pena de uno á tres anos
Monterrey cin~o de Octubre de mil no- de prisión ú obras públicas, ~e~tro_ d~ ~uvecientos ocho.-Vista esta causa comen- yos extremos queda al arb1tr_10 ¡ud1~1al
zada á instruir de oficio por el C. Alcalde imponer el término que se estime de ¡us
3º de la Ciudad de Montemorelos Nuevo ticia. artículos 65 y" 5• 12 fracción III.
León, y continuada ante el C. Juez de LeConsiderando: que favorecen á les protras de la séptima fracción judicial del Es- cesados la atenuante de primera clase, de
tado contra Severo García y Pablo Martí- haber tenido anteriormente buena conducncz por el delito de lesiones que se infirie- ta, y á García la de embriaguez que es de
ron mutuamente, siendo, de treinta y dos tercera y les perjudican las agravantes de
d el
NO TIFICACION.
Y euarenta y cuatro años de edad_re_spec_ti- tercera d e ser f recuen t e en e1 E s t a o
J'fl-lMJ.0
2º Local Letr&amp;do.-llooterre7, NueTO León.
vamente casados, joma1eros, ong1nanos d e l 1·to que se per s1·gue , por lo que respec·
ele Mata:Ooros Tamaulipas y vecinos de la to de García supera en una unidad el vaSr. Meced Campa.
Hacl·eada de Cañas, sita en la Demarca lor de las atennautes, y re5pecto de Mar- En el juicio verbal ordinario que alga• en au contra el s,. Lic. León G. Floree como apoderado del
ci6n Régules, perteneciente á la Munici- tínez excede el valor de ,as agravantes en ~r. Jeada M. vmarreal sobra paeo•. ae ha dictado un.
auto del tenor stgnlente:
Paliclad de Monteruorelos. Vistas_ las di- tres unidades, circunstancias que deben
'6
Mont«rey, veinte y aeta de l"ebrer'l de mil noved
1
1
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ligeucias del sumario, la confesión con tenerse presentes a acer a gra uaci n mentes nueve.-No bablendo comparecido el demancargos tomada á ambos procesados y lo ~e la pena, sujet,ándose para ello,~ lo dis- dado A conteotar la demand• propuesta, como 08'
p "Pide, dese por contestada en sentido negativo y
alegad9 en primera iustan_cia_por sus ?e• pne,to en e 1 art1cn 1o 220 de I Có&lt;l 1go e· libraseelju\clolipruoba, ¡,oral térm:no de velnt&lt;&gt;
-fensores. Vista la sentencia dictada el diez na] y las penas que así se obtengan pues- d!ae comunos é improrrog,,bles pa.ra ambas j&gt;&amp;rtee
'
·- d eberan
' art.
1044Not!l'lquese.
1077y1080del06dlgo
deProoedlm,entos
de Se~tiembre próximo pasado por e 1 re f e- to que
e Id e 1·!lo se ,com_e t''
10
rma
Olv!Íea.
Asl Jo proveyó
y firmó el O.
ritio Juez de Letra, quien resolvió lo si- reducirse en los termmos a que se refiere ruez 2° menor .Letrado: damoa 111.-Llc. M. Oóme:&lt;
' Balleateroa.-A -A. Gómez. -A-B, Palacloa.-Rd·
g uiente. Primero: Severo García y Pab'o el artículo 504 del Código citado.
.
h
.
d
1
Martínez son responsables de las lesiones
Consideran d o: que 10s onorartos e os brlca•.
.Loqneaenotllioali Ud. en Mta forma de oonfor
cj ue mutuamente se infirieron y por ello se peritos que int, rvienen en un proceso por ~!dad con el ¿rt 78 del Códlg-&gt; de Prooedlmlontos
.
. d ·¡ ¡
, lt Civiles.
ies impone la pena de dos años seis meses nombramiento ¡u cia , os pagara e e- Monterrey, Maro 2 de 1009.-Llc. )f. Góme:z Balleocle obras públicas, contadc·s desde el vein soro ele! l\Iunic1pio donde se cometió el teroa.~A-A. Gómez.-A-ll . Palaoioe.
_ , ~.
0 21 2
tiséis de Junio último, fecha de su formal delito, á reserva de ser reintegrados por
prisión, con una cuarta parte más de tiem- la persona que fuere declarada culpable
EDICTO.
Po en su caso. Segundb: Se les condena á artículo 220 del Código de PrccedimienJuzgado
2: 0onstltuolonal.-Vllla de Santiago, N.
reintegrar en la Tesorería Municipal de tos Pena1es.
. León.
esta Ciudad los honorar_ios de los médic_os ¡ Consider_ando: que en. toda sentenda En eljulcio $estamentarlodela Sra. Froncleoa ..tianiA , y por dtepoeiciones dsl C1 Jnez de Letras de la
que reconocieron y clas1 fi caron l as les1c- cou den atona se preven dna 9ue_ se amo- 2" heacclón, •• cita para•• formación del inventarlo y
nes. Tercero: Amonésteseá los reos para:neste al reo para que no rernctda en el avalnór••P"Ctivoaliloshsrederoe, J,gotarioayacree
· "d ,m. 1N otl'f'1quese. \'"1stos.. e¡ I d e 1·1to por que se ¡e CaS
º 1·,,
dela finada
que en
el término
de treinta
que no rernc1
1,..a y se 1e .ª b ona doroa
dfoa después
de lapara
dltlms
publicación,
comp•rezoon
dictamen del C ..Ministro Fiscal, lo alega-: rán los sufrimientos que haya temdo du-,, hacer el ncmbr,;ml•nto de psri•o valu•dor que les
· por ]os d e fensores dt o fi c10
· ante esta 1 raute 1a mstrucc1
·
"6 n, d e¡an
·' d ose a' 1a par te' concede
corresponde
y II e¡ercltar los más derathos
que lee
cto
la Ley.
,
Sala y la citación para sentencia, coa ofendida sus derechos á salvo en cuanto Loqueaecitall Ud,. deoonformid•d~n elarttcu, consta d e autos; y
·' ]
b"\" d d · ·¡ ·
t lo VllladeBantis.go,
1706 del Código dPF,brero2tde
Prooedlml•ntoa
Olv1lea.
cuanto mas
1a a responsa 1 ~ a c1v1_, Sl como en es a
lll-09~Davld
AIRResultando: que el ve1oticuatro de Ju- causa no se hubiere gestionado su decla nls.-A-Andrés A, Cavawe.-A-BranllD Oza. Oarcfa.
nio dei año en curso, andaba Severo Gar- ración artículos 182. 208 y 2s7 del repeo.v 21·2421 ·16'
cía bastante ebrio en la Hacienda de Ca- tido C6digo Penal.
EXTRACTO,
fías antes citada, y como su padrastro Pa•
Por lo expuesto y con apoyo además en
blo Martínez le reeonviniera su conducta, los artículos 5, 10, 32, 35 á 37, 40 frac- u t::r~~d::!v:ec~•d• Fcmeatoea el Bamode lffl:aert..
aquel sacando una cuchilla que traía se le ci6n 1, 42 fracci6n I, 47 fracción XII,
JU8r.Dom1n10ArredondodeE"ftta 98l'tndad, en eeorlto preaent.do i la ofiatna de mt cargo con fecha ~olnce del actaal1 IJ!)Hecho encima á éste causándole una herí- 47, 88, 225 1 487, 496, y 201 del mismo (11,t,a, una ooa.~116n minera de aeta perieneDcld ,ara la ftzplog(t'Jd•
canooida oon el nombre de •Doe Am,r1da en la cara desde la oreja derecha á la ordenamiento, se reforma la sentencia de d•aaaeataabaa.donad■
_.. qu conthlle metal• plomoeoe eoa le-y de plata v qllfl • b•J• en la cor4tl1era que Mtl al Bar del Rancho de e.ata Franotaca
barba y Martínez entonces viéndose herido r "' instancia que se revisa y se resuelve: en el Potrero del Nanajo de-. jarladlacl011, dPbJ6ndoee formar
paraleltlpamo reotAngtdo de 200:IIOG metro■ i hllo de •eta aon
logró hacerse de un palo con el cual infi- Primero: Severo García y Pablo Martí• 1111
IN alplentM ooHndlnclu: por el Norte. Blnc6n 4e LU vu.-. por
el Borla lfendel Gallo; por el E!te, CODUDUltOt&lt;Sn de la mlema
:rió á su adversario García dos lesiones, nez son responsables del delito de lesiones lfen J por el Po■tante, linea dhieorla C01I. la llaak!lpallaad de Hlprhlolpl&amp;D.doa la medida de la expretada oata de modo
.!Situadas una en la frente y la otra en el que mutnaruente se infirieron en una ri- raeru.
qae fata qaAde ea el centro de la cuadra. La IIDlklUnct • ~rt&gt;
b•jo el N9 ta'T, y lle1'a'l'I por nombre •DoeA.mf!lrtea,~, pua •u mudedo pulgar izquierdo. El Juzgado di6 fé ña siendo agresor el primero. Segundo: 1nra fn6 nombrado lH!lrl&amp;o el 8r. A.Ddrl1 Toeeano de M&amp;a •eofl:ad&amp;d.
aoept6 el oargo.
&lt;le todas esas íesiones, las que fueron cla- Se condena á Severo García á sufrir la q aleoQueda
abierto un plazo lmprorrorable en em A1encta pua IL
1abatanctact611 4el •xpedteate, que durar&amp; cualro meae■ contado.
sificadas por los facultativos que las cura. pena ele un año cuatro meses veintiun de1de bo7.
dfeclcletede F, brero de mJl no•ealenUMI nnevfl.-0.
ron como de hs que no ponen ni pueden días de obras públicas que se contará des- SollaOernlvo,
GoU6rre:r, ..t, de 11.
:ntn1
poner en p lig10 la \"ida y curan antes de de el veintiséis de Junio del año en curso,
quince días la que García sufrió en el pul- fecha de su prisión preventiva. Tercero:
EDICTO.
gar, y después de ese término las otras A Pablo Martínez se le castiga con la peJu:rgado lQ de lo Olvll.-1, fffloot6njo'11clal.-Eetado d~ N.Le6n.
eljototo '81tamenlArlo de la Sra. [Mab~J Pfirü Vda. de Garaa
dos que además dejaron cicatriz perpetua na de un año seis meses veintiún días de Be haEndtotado
no &amp;nto que S. la letra dlce:
Monterrey,
Man.o nueve demll novectentoi, oueve. Por prey notable en la.cara; y
obras públicas, que igualmente se conta- 1entado y ~mlttdo
en on&amp;nto ha ln«:ar en derecho oon el poderg-,que ae aoompa.iia y con el 1.Mtlmonto del acta de prokooliConsiderando: que durante la instruc- rá desde el veintiséis de Julio próximo pa- neral
raotón de la.a dJUganolu deo apertnca de,J te11tame'\to oerra1o d!'I Ja
Sra. Inbel Pére, Vda de- Guu. Bu virtud del prhMr&lt;i Uingl!-ff al
ci6n, con las dil ,gencias de fé judicial, sado, en que se le declaró formalmente Sr.
Lla. LA.raro Gana Aya.la. com'l epoderado pneral con del.-Rdel os.rgo de Alba.cea de J11. Sra. GnadaJuge G.uu dp Ptlire,:.
con el dictárueu médico legal que obra en. preso. Cuarto: Se condena también, á oión
!ifa.ldonado; tómeee razón y devélvli-8.:, por ter genere.!. &lt;JG.n funen ,.J a.rtfcnlo 1S-5Sl del C.'ldlgo de Procedlroiento1 'lfvUet1
autos y con la propia confesión judicial ambos procesados á reintegrar en la Teso damenk&gt;
r■ dfq'lelM ante este Juz1ado el Juicio teatame1..tario de Ja Bre. ha.rle las procesados cuyas diligencias todas , rería Municipal de Montemorelos á pro- b&lt;1l P6r z Vda. de G'1•r;q,, dlin~, lo,, aviao1 qii :i »revt~oim loA ~rtfculos 159 de 111 LE&gt;,y dd Timbre Yªº rte J&amp; d~ li5Cl~!li.a ~':'.;"'tite. Pn"ª~ auto pnr tr~ff veces oon!'ecn •,tvas 11u e l p .,r¡,5.:¡co 0.11..
hacen prueba plrna, de conformidad con 1 rrata el valor de los honorarios pagados á bUqn&amp;ll9
eta! 'fl ec El Ee;,ect.ador, y apar.,cfe.-,d-, qne hd,;$ 11)(1 h:isHturdoa hsrederoa 1011 veoloo1 de eirta Oindacl. de oont1rmiclad con el arHculo
los artículo~ ~r 5, 423, y 4~4 del _Có¿igo Ilos fa~ultativos que _intervini~rnn en el 1670
del ml1r,,o Ordenllmlento cíte1elea, Junta oon el objEto que
de Proced1m1entos Penales se ¡11st1fic6 proceso por nombramiento ¡ud1cial. Quin- e:rpre,a el 16&amp;9 de la. ¡:ropla Ley, qo.e tendré lugar en el local que
designen 1011 lnt.&lt;J.,.eaadoe, A la5 coatro de la tarde • del tercer dta
perfectamente en los términos del artícu- to: Amonésteseles para que no reincidan. hAbll daepu6s de hecba la tHtlma notlf!caoión, concuriendo ¡ 1•
n:l)rea&amp;dajuntaelO. Reca.nd!Mlorde Beniae del Eetado y 111 o
lo 154 del Código citado la existencia del Sexto: Se dejan á ambos reos sus dere- Agent1, del M'.fnt.ter:lo Pt1blJoo IK'T tener 1n~rt1is el Fisco d.el &amp;ta.:
do en la ptto11ente auce11l6n. Not·fh1t1Hf'.. Ln deontó y ftrmó fil o
delito de lesiones que se infirieron mutua- chos á salvo en cuanto á la responsabili- Jnaz to de Letn.11 del B!i.mo Oidl de Ja.1, fracción ¡ndfoiiil del Hitado: doy f6.-Llc. Y:. GU Tt-e'91iio.-Llc José Juan ValleJo Secreta-•
'
mente Pablo Martínez y Severo García dad Civil. Notifíquese y dése cuenta. rlo.- R4brlca
Lo que ee publica .,,n esta form!I, en cumpllmie»to de Jo dl&amp;en el.anto ln~rto
en una riña siendo este último el agresor. Así lo resolvi6 y firmó el C. Magistrado puu:o
11.onterrn, Jlf.auo 11 de 1909.-Lto.JOl!é J'nan Vallejo, Beoret.,;
Considerando: que respecto de Martí- de la r "' Sala doy fé.-Lic. Leobardo r:lo.
2121
nez, como con un hecho ejecutado en un Chapa. - Lic. Eleuterio Lozano.-Srio.
solo acto violó dos disposiciones legales -Rúbrica5.
EDICTO.
que señalan penas diversas, solo debe casMonterrey, Octubre catorce de mil no- L.;'ó'::.gedo i' O-Oat!tacional.~Vma de Santiago, N.
tigársele con la pena que corresponda por vecientos ocho. - No habiéndose lnterOon fecha once del co7"ti1Pnt~ mf's 138 t'R dfo6 PU eJ
la lesión más grave que en el caso es la puesto recurso alguno de la anterior sen- Juzgado
de LetMts de 1R. 2.• fcarofón jnJicial el jnic-fo.
que dej6 cicatnz perpetua y notable en la tencia dentro del término de la ley de &lt;le luteatomentaT!• do la Señorita Maria Guzmán
qne fn6 de eet.a Vlll&amp; en oongregaetóu 4eÍ
cara á García teniéndose la otra que éste conformidad con lo dispuesto en el artícu- vecina
Cercado.
recibi6 como agravante que el suscrito en lo 451 del Código de Procedimientos Pe- Y por dlepoe\ciou del m!1mo Juzgado se Dl.Jluda pubJtcar por trt&gt;&amp; veces de dte.s en diez díae en el Perió••
uso de la facultad que la ley le otorga lo n_ales, se declara qu_e ha c~usado e¡ecuto· dloo
Oftclal J Vez de Nuevo León de oontormldad
califica como de primera clase, articnlos 45 na; en consecuencia, exp1danse los testi- para los efectoa del art. 1686 del Código de Prooecllmtentoe otvUee.
fracci6n XI y 185 del Código Penal.
monios de estilo, poniéndose á Severo Villa de Santiago, 18 ele Febrero de 1909-Davld
Considerando: que las lesiones que de- García y Pablo Martínez á disposici6n Alaufl Oavuoe.-J.-Andr6' A, Cavuoo.-A-Bnulle&gt;

SECCION DE AVISOS.

;º

I

Gza, Glll'Cla.

o.v.21,llf,1' UI!&gt;

PERIODICO OFICIAL.

7

EDICTO.
EDICTO.
Juzgado 2° 0onetltuclonal.~De Hlgnerts, N. León. Juzgado 24? de lo Ctiminal.!-1• !raoci6n judicial.-Bs•
Con fecha dA hoy y por dlspoalclón del C. Jue1 2° tBdo de Nuevo León.
Sres. Bernardino Garza y esposa Dña. de Letraa del Ramo O!vll, se radicó en eete Juzgado
Sr. Francisco Soto.
de mi oargo el juicio teatameutarlo del Sr. D. Lucae
Jacoba Chapa.
En la oauea que ae lnatruye contra Emilio Oort.&amp;I
GonzAJe:z,
vecino
que
tu6
de
aeta
Villa.
•En el jalolo ejeouUvo olTII promovido 1&gt;0r el Sr. Gre1orlo
Lo que 88 ma"d.a pnblloar en el Periódico Ollolal por el delito de Jselonea, ha reoa!do un auto del tenor
Gtt.rct:a, en contra de Udee. tobNI oobro de peaoe, a.e ba dlotado ua
aalo _q uei la letra dice:
.
del Eatado y la Vo• de Nuevo León, por treo veoea slgnlente:
NOTIFICACION.

Jnegado d• L,traa de la 6• fracción judlclal.-Vlllaldama, lf. León

•vtllaldama, tru 411 Mano 4• mil noveolentoe naMe...-AIJalolo
.Monterrey, primero de Marzo de mil noveolentoe
¡ qo.•M nflere. 7 de oonft'trmldad ooa lo dl■pueno en Jo11 arUo•- oonsecuttvas de conformidad con lo dispuesto por el nueve.-Siendo necflearia en eate juzgado la oompa·
!ol 1011. 1018, 1029 t0t8 del 06dl10 de Prooedlmteato11 Ohllea, co- art. 1669 del Código de Procedimientos O!vllea.
mo• pide N deo aran torma.Jmente embarpdo■ loe blenM 6 qae
Higueras, Mano 4 da 190A.-Juan G. Oonz&amp;les.~A reoenola del Señor Franolaco Soto, para la pdotloa de
••l aes crenie • HfieN&gt;: J emplAon• A lo■ deudore■ Bree, Bernar- -Clprlano Vlllarreal.~A- Vicente Garcfa.
nna diligencia judicial en Mta averignaoión é lgnodlno Gana y eepota Dfi ,. J&amp;QOba Ohapa ea 1a forma que previene
o.v.21 22,23169 ráudoee ~u actual rE"Sidenola, ctteeele por medio de
-ei uUcnlo 86 del .::J6dtro de Próoedlmleatoe olliado, para q11e dened!ctoa que ee publicarán tres veces consecutivas e}l
'IIO de irea díu 4a empll&amp;UflM, ocuran i e11te l111gad.o , bacer el
paaode JaC&amp;t1tfhddatnooooa■ mll doitclento1 pe10a. ml.11 lo■
el Porlodloo Oficial del Eetado de oonformldad con
-&amp;Boa yperj111oloaqae ■ele1demanclall, 6, oponeru, la eJeouloa art. 27 y 231 del Código de Prooedlmlentos Pena'°'6D 7, nombrar por aa parte un perito ••alaador J an t.ercero
NOTIFICACION.
lse 4 lln de que compare2ca dentro del término de 1111
pUa en oua de dfaoordla; y prednpH ul milllno al ocurreate Br.
Jm:pdo 29 de lo Olvll,-lt fraool6n jadtoJa.1.-E■ lado de Nano publioaolonea 6 ll loa diez días deepués de hecha la
••reiorlo Garcfa, haga !pal nombr■.mlaato por eu prte de perito
Leo,,,
y de teroero para el caao de dlacordia.
NoUffqneH Lo p,rovey6
111tlma. reoomendándoae ll lo policía Investigue aupa:, firmo el o lnu: •• Letrudela 6J frM!()16n judicial: damo■ teradero. Lo &lt;teoret6 y flrmó el O. Juez 2'! de Letras
Sr. Serafin García Garza.
Ltn GuaJardo-A-Karfano 81,ntoe Trevlño....-A.-1016 V. VOlaneal
-B6brlca1.
En el jolnto ejecutivo mnr:antll qae centra Ud. •lira• la repn-- lnterin,del R•mo Penal: doy fé.-Llo. E. E. OuajarLo que• not.lnc. 6 Ud1. en e■ t11 forma, en ca.mpllmJento d• lo
aentacf6n de D. O■car Wtaka.darp ae 4ioto una 1eutencla oaya do.-Llo. M. 8epdlveds Ga\'Za. Srlo.~Rdbrloaa.
-&lt;1rdenlldo en el a11to fiase.to.
parte
re■olntlvadktt-:
Lo que ae manda publicar en cumplimiento de lo
TIJlaldama. s d&lt;1 llano de U1Ci9.--Ltc. Simón Gnajardo.-A.-VaVonterrey. veintllléle de P,llrero de mil no•eolentos nneve.rluo 8aal01 TrHiiío•..-A-J-,; B, Vtuarreal.
il22'23-lli9
Vtdo e.Et• jaicto ttjecu1,h'omercantll oromovfd-,p,or el Sr. Llo, lft- manrlsdo en el auto ore.lnoerto.
o.19,20,21
aael Oir11o como apoderado del Sr. Oaoar We1Mlndarp contra Dn, Lic. M. Sepdlveda Oza.
Heratln Garata Gana, anbr11 cobro de PfHN)!!, ehmdo todos de uta
•eclndacl..................... Por lo ell:r,aeato y con fandamN1to en loa
arifcnloe R5 trae. 2- y 880 del 06d 10 de Comercio J mu df"I 06cllgo
Ohll ae renelvr. Prlmern: Procede el julolo ejecnUTo ana. cantiJu-dn 1' de lo Olvll.-e Fracción Jud!olal,-Es· dad
de que ■e ha hecho m6rltn eo coaa9Clunola ee declara qtte el Br.
Juzg•do 2• de lo Olvll.~1• íracdón jndlolal.;....Eeta8eraftnGarolsG1n:a, uta.obligado 6papr al.Ar. 0.0.r Weatenlilldo de Nuevo León.
BI dfa ireln'- y uno del Mllttal A Ju diez de la mañana. tendr, daip la oantida.d de hu cientos st.eb!o P8fll8 treinta y nueH oeota- do, do N. León.
lapr a el loetd: de este lqqado el remate de la 'Dropledad Minera voe qne 118 reclam&amp;a y l011 intne&amp;ea le¡alh de■de que se 10Ntltnr6
0on fecha doa de Enero dltlmo ae radicó on este
Jamada •Baa LuiP nbloah en el 11.Jaenl de la Ooncepoldn llunf- en mora buta que ae vedflqae el paco. 8eirandc : 8e oond--na al
elpalidad de MtnH Nae-,u D1nrtto de HldaJ,o, Eata4o de Oblhua• millmo demandado en los actoa de eete juicio. Teroero: Hl1•"• Jn•gado el Juicio de lnteot.mentarla 4 blenee del Sr.
llaa oon una n.perflole de dlea heciaru lleudo ■na eollndanol&amp;I trance 1 n11nate de lo■ blene11 embarg~oeyoon en producto pago Jnan Orlgef, vecino qae fuá de ..ta ciudad.
Iu mcute•NI: al Sar 1 al 8ue■te ~ñeaenclu 4• la mina •tu al IIOreed.or. NoHffqueae. Aaf defl.nltlvamenk juap.ndo Jore■olvló
Lo que ae haoe saber al pdbllco en eata forma, A lln
Plomoa, y por loa d~mi■ Tiento. terreno de propiedad parl11111lar. y firmó 111 C. Znet: 2Q de Letru del Ramo Ol"fll; dn-y t~.,-Ltc. Roque de que los ae que orean oon derecho A la herencia, se
E■t-a propiedad fafi nlorhada p,or lo ■ peritos re.apectlvoa en de Lnaa.-Lic J. Garofa Guajardo, Becretario-B6brlou.
l..t't que III notlfloa &amp; Ud. en e■ta forma de acuerdo ao11 el arU:- preeenten i deducirlo dentro del término legal.
ton.no qalnt1111toe ochenh y do11 pe■oa.
.
Raat.Jahora delremateaeadmitenpoato.ra■ qn.e no baJen de culo '18 del 06dtgp de Prooedtmittatoe Oh·llee.
Monten,,y. 11 de Febrero de 1909, -Lle. J, Oarola
Monterrey 6 de Marzo d11 190t.-Lic. J. Ga.ro1a Guajardo Beore- OnaJardo,Brlo.
•--00 treotentos ochenta 1 ocho pno■ que importan la. cloe teroeo.v .18,19,21-156
21,22
ra,a partea del alva.111tt, en e1 ooocep'° de que en la Secretarla de &amp;arlo
.te Jnz■ ado se mlnhtrañ.n t. loa tntereeadoa loa datoll que neceolEDICTO.
qur, oon■teu an el jntolo meroa.ntll @jf'Cuth·o qne ■obre pagn
Ju.&amp;l'Mlo 19 de lo Chil.....lf ltacolón. judtallll.-E■tado de :Nue,.-o
de un mll pe,soa te ha eegaldo D. Santiago BM"t" Beyna &amp; la Befiora
León,
tpacfa ()(lhl"'la Vda. DA.vi.la l)0r m 1 en ■n oaracter de albacea de la
11uceelon 4e D. Lula P. D&amp;vtla.
Oon fecha dles del actual ae radicó en eat.e Juzgado
llonterre1, armo 5 de 1909. t.10. J"oeé loan Vallejo, ano.
el Jnlc!o de inteetamentarfa de la Srita. O.,rtiudlo Al•
o tl,22,11

r.

REMATE.

EDICTO.

*,

Cía. Minera v Concentradora de N. León.

Cía. Minera "La Argentina,'' S. A.
Balance de 31 de Diciembre de 1908.
ACTn·o

-Capital por Exhibir
Fondo Minero
llaneo de Nuevo Le6n
-0..Ja: e:dtenola
Bayaa: ealdo
,Qasto:

~.728

'

11

A.dmlnlatrsclon: existencias en la
mina.
-- -

,Capital

PASIVO

'

Perdldu y Gaaanolaa, Saldo
llemorla No. H
$

SEGUNDA CONVOCATORIA.

No habiéndose verifioodo por falta de aalatencla, la
Junta General erlraordJ.naria , que se convocó con
anteriodldad para el dta 27 del ppdo mee de Febrero
por acuerdo de la Junta Directiva y de couformtdad
con loe E,3t1-.tutoa, ee cita f. todtie los Stee. Acctontataa

vecina que fo.é de esta Otudad.
Y por dlspoelcl6n del C. Lic. Macedonio Gll Trevl-

m&amp;r'lZ,

ño. Juez 1° de Letraa del Ramo 0lvll de la 1! fraoolón
Judicial del E•tado, ae manda publicar el preaent&lt;&gt;
Pdlct.o tree veeea de diez "n diez dtas en -,¡ Periódico
Oftolal del Gobierno del Eatado y en La Voz de Nnevo
Le6n, , fin de que las personas que se crean con de-

d!o 20del praeente mee A la• 7 de la nooh•. en recho il la herencia ee presenten li. deducirlo dentro
1:i.200
la casa del Sr. Presidente de la Ola., calle de Zara- rlel término que eatableoe el art. 1686 clel Qódlgo de
522.19
No. 131. A lln de qne tenga su verllloatlvo la Prooedlmlentoa Olvllee.
441. '12 goza
Monterrey, 12 de F,brero de 1909.-Llo. Joa6 Jaan
A88mblea menolonade.. en la que se tratarán loe mle·
st .a9s.oa moa aanntoe expNBBdOB en la Orden del dfs que se Vallejo, Srlo.
O.T,16,19,21-158
3,990.98 anot6 en la oouvooatoria publicada pa.ra el 27 del pa2.647,73 sado, puedando entendidos los 8re•- aoolo11istea que

--

para el

VENTA DE PRENDAS.

101 acuerdoa que ae tengan se dar.in vli.Udoe con la

611211 5,; aelatencla que hubiere.
Loe dlas 18 y 19 del actual y 8 y 9 de Abril próximo
Monterr&lt;&gt;y, A 6 de Mano de 1909.~El BecN,tarlo, ae hará de 1ae cumplidas, oorreBpondien1i68 &amp; los mnee
Auacleto T. Garza.
o.21,22,23 de Agosto, Sepbre y Octubre de 1908, que exlatea en
1a csaa de empeiio d..a Idea.»
60.000
Los lntereeadoa en ellaa. pueden oourrlr en tiempo
1.423.26
hibll li aeaelnpeilarl.., refrendarlaa o prseenclar n
40.5,40
venta que ae verificarli. con arreglo al reglamento
EXTRACTO
61.828. 611
Agencia de la Seo:retada de Fomento eza el Ramo de Mlaerla vigente del ramo.
en ("lerralvo,
Mont.errey, Marzo 3 de 1909.-Suoeso- de Trevllio

El Sr. Danl11l Mo. Geehu, Noñe-Amerlc1U10, moyer de edad 1 Hnoa.
Monterrey, Dbre 31 de 1908.-0la. Hlnera •Areen- de Mta
veofbdl&amp;d, en e■orlto pruentado A la oficina de mt oar■a,
o.21,22 con fecha 11&amp;18 del actual. aolicla ua COQ(leaf.ón minen de doa2 P91-

'tlnaa 8. A.-..A.. Fufas, Tesorero.

tenendat para la e:rplow.o16a de una Dli'Da abandonad.a conocida
aon el nombre de o:Bau Iaidro,, Bita aobre fll upin&amp;lo que dtvtde loa
aañonu oonocldoeoon loa nombrea de •Loe Tomate■• y el •Huta.EDICTO.
oh;,11 de e eta jutllldlool.6n, debléndolle de formar con dk:baa pertet111 pa~el6Jrmo rec\ingolo de lOOl:!?00 metro■ .,,n Nta forJupd,o de Lelni■ de la 8t fraootO.a J!ldlefa.l. Vtllalduu,ll'u• aeoclu
ma: partiemdo de la boca-mina• medlria 26 metroa al N . 118UOa6-.oLoda.
mfoo; de al.U 75 me&amp;ro■ rJ Out.e; 1uqo 100 metroe al Bar; ~n eecatda.
Oon fecha cuatro del actual. 88 rad!e6 en :Jus- iOO m.eiroe al Bite; de aquf 100 mtttt-oa al Norte y ln&amp;Ko \to metro■
¡¡ado de mi cargo el Juicio de lnteotado del llnado Sr, pan llegar •t pdm.er punto. No hay Mrlenenolu mlaeru a.J derredor,PMO oomorefe-remel.. ae citan: al Norie eloaiión de Lo■ ToFellolano Vlllarreal, vecino que fné de eeta Villa.
mates; al Cañón del Hoiuobe T la montaña ¡H&gt;r lo■ otro. rumboe
Lo que ..., pllbUoa en eer,a forma para que Ju perso- 1A
■ollcitad ee rqietr6 bajo el nd.m.. f.88, llevarl pcr nombre
nu que ae crean con de:recllo , la herencia, ae pre- •Bughea,¡ y par.a 111 men11ura &amp;e aomb1'6 como perito •I Sr. Andr61
~ n o dtt Nla 1'eoladad quien aceptó el cargo.
eenten , deducirla dentro del término de la ley.
8Ei abre un l)lato de cuatro mese11 para la 11obatan.claoi6n del
Vlllaldama, 6 de Mano de 1909 -Lic. Simón Ona- expediente
en fo1 Mrmlnoa de la l~y.
jardo.-A-Marlano Santoo Trevllio.-A-1086 B. VlO&amp;rralTo, Fflbrero ocho de mll noYeotento. nueve. E. A. de l\l.
li20'1J.
llarreal.
o.v.21,24,27-1~9 O, Solfa: Gutff,rre1.

Cía. Minera "Las Higueras." S. A..

PUBLICACION.

Jm,fado de Letru de la SO fraccl~n JndJciaJ.-LlDaras
Nuevo León,
Balance de 31 de Diciembre de 1908.
En el Juicio de teetamentarl'•, bieae■ de la Srs. Franoieoa Bonlanp.de &amp;rlanga.vecl.naquefaédeesta Ciudad, ha. reciatdo nn
ACTIVO - autoqne 6 la letra dice:
Fundo Minero
$
40. 000
Ltnare■, Pebre-ro dieciocho de mll noveclMto■ nueve.-Porore"
tll de 'U'
J.-sentado en ouan.io b, lagar en derecho OffD e) actia. de d•fnno16n 1
Banoo .IQ.eroan
w.OnW&amp;ntY, en
tutimonto ptibllc:o abierto qae • aoompaiia.u. Radfqaese en eete
depoeito
11. 988 .11 Juzgad.o el juicio de teeiauu1ntarta a blenee de la Sra. Franolaoa
Caja: exf11tenola
278. 32 Bertanp de Berlanp; dénae los avlllOII qae ,revlen11n loa arUculoe
~lnlatracl6n,
maquinaria,
herra-, J 159 de la. Ley de Hacienda y TJmbre .reapectlv&amp;Illen\e; nubUAqueae eate auto por tres veoea aoneecmtlvu en el Perl6dloo OOolal
mlen.tae,6.noae, maderas, eto..
7 en B1 Trueno 4ae ■e edita en eataOlada.d 1 o1teee , junta §. 101
etc., exl.atentea en la mina_
23 .149. 119 heredercos, de contonnlda.doon los utlcaioe 1459 y 1689 del ml■mo
■eiialiadON p1,-ra que tenp lugar, el veiotlcua.,ro del 9,0_ _ ,:l....,;,;76;,¡·;'1;;8;;;,1;;2; I 06~,
tnal ludie&amp;de la maiiana. NoWlqueae. Lo prove,6 7 flrm6 el
O. Juec de Letru de~ frM!Of6n: doy té. -Ltc. Lals T1'8vl6o.A. AR"Ultfn O.Garok;-4-btonlo Herren. Gl&amp;l"'da.- Bd.brtca..
lío qae ■e pubJl&lt;ade ac11erdo oon lo mandado en el aat.o huerPA.BIVO

C&amp;pllal
Pondo de Reaerva
BeuKoa de Dlvldendoo
Fondo de Provlo!ón
lllemorla No. !1

60,000
8.000

$

156
6.676.31
S.086.81
76.916.12

Monterrey, Dbre. 31 de 11198,--0fa. Klnera •Laa
1'1igueraa» 8. A.-A. Farfaa, Taeorero.
o,21,211

to.

Lla&amp;rea, Febrero nlnticnatro de mn noTeeieut.o. nueve. -Lio.
Lula Tre"riña,-A- Aauatlll O. Oa:rct■.. -A - b~n.lo Herrera G&amp;r-

ofa.

lffC:?1

EDICTO,

tat"!!~. ~':,~º Orlmlnal.-1• fraoolon JndlcJaL-Ee-

En la oauaa quo ae lnatruye contra Gregorlo Sallnaa Chapa por el delito de abuso de oonfiaiisa. se ha
dicte do un anto qae , la letra dice:
EDICTO.
Monterrey Febrero veinticinco de mil noveclentoa
Juzga.do 1 °.delo Civil.•-1. a:i fraoci6n judicial --Estanueve.~Slendo neo,;earJa ante eote Juzgado la pre4.o de Nuevo León.
de loa Sres. Fellx Vlllaneal y Te6lllo Oondles
Oon fecha 5 del actual se Hdic6 en eote J azirado el sencla
para la práctica de dlllgenolaa judicial.., en esta !najuicio ele lntaetado ele la Sra. Vlotorlan• Femlinde:z, trnoolón
é lgnor&amp;ndoae en actual reoldencla oon tanveoln.a qu• faé de esta Oludad.
en lo dlepueato por loa artlcnloa 27 y "31 del
y por dl&amp;poslolón del il. Lic. Macedonio Gil Trevl- damento
de Procedimientos Penates, oftese por m~iio
:110 Ju.., lº de Letra• del Ramo O!vll de la 1• Código
de edictos que 88 publicarán trea veoea ooneecutivaa
!'raool6n jndlclal del Eatado, •• manda t1nblloar el en el periódico oficial d~J Estado, Afin de que se pre,
preaente edicto veoeo de dles en diez dlae en sonten dentro del término de la publicación y diez
el Periódico Oftolal del Gobierno del Estado y en La dfa,¡ después. Lo decretó y firmó el O. Juez 2º de
Yoz de Nuevo Le6n, , fin de que lae pereonBB que ee !'9traelnterlnodelRamo Penal: doyfli .~Llc. Gua•
crean con derecho á la herencia se presenten á dedn- Jardo.-Llo. Septllveda Garza. Srlo.~Rdbricaa.
clrlo dentro del término que establece el art. 1686 Lo que ee publloa en esta forma en cumplimiento
del Código de Prooedlmlentoa Clvllae .
de lo ordenado ~n el auto lncerto.
Monterrey, 6 de Mano de 1909rLlo. José Juan Menterrey, Febrera 26 de 1909. ~Lle. Sepdlveda
Vallejo, Brlo.
'o.v,21.24,27-169 Garza, Srlo.
o. 19,20.:ll

o.19 120,21

EDICTO.
Jo,gado 2- de lo Orlmlnal.-1 • fracción JndlclaL-Ea•
tado de N. León.
En la oanea que ae lnatruve contra Agnat!n Kup
por el delito de robo, ae ha dictado un auto que , la
letra dice,
Monterrey, Febrero velntltria de mil novecientos
nueve.-8lendo neceaal'la ante Mte Juagado la preeenola del Sr. Andrés W'!)son y ele la Sn. Fedora N
para la praotloa de diligencias Judlclalse en aeta In••
li.."Ucclón é lgnoñndose eu actual raeldencia oon fu.n.

dsmento en lo d!epneeto por loa arta. 27 y 231 del Código de Procedlmientoa Penalea c!teaelea por medio
de edictos que ea pubUcantn tres veces oonseoutlvu

en el perlOdioo oficial dal Estado Afin de que ae presente dentro dEl término de la pdblloaclón y diez dlas
deapués. Lo decretó y firmó C. Juez 2'? de Letraa Interino del Ramo Peual: Doy té.-Llc. Oaajardo.-Lic.
Sep(!lveda &lt;lza. . Srlo.-Rdbrlooe.
Lo que so roancln publicar en esta forma. en cumplimien-

to de lo dispuesto en el auto inserto.

Monterrey, Febrero 24 del 909.~Llc. M. Sep1!1veda
o.19,20.21
EDICTO.
Ja,¡gado 2• Local.-Gral. Teran, N. León.
Por dlapoelclón O. Jaes de Letras de la 7• fraoolóa
1ndlclal del Ealiado, ae mandó radicar en éste ele mi
oargo, el jtrlclo de lnteetado t blense del Sr. Andr61
n,v11a Garc!a, Teolno que fué de aeta Villa.
Lo ~ : ' manda publicar en el Periódico Oficial
del Es
y en La Vos de Nuevo LEón, pua que laa
02&amp;., Srlo.

-n

penonaa que ee orean oon derecho A la hereaola, oom
&amp; deducirlo en el término de treinta cH8II

que ae con- deode la fecba del dl~mo edlotio.
Oral. Ter&amp;n, Febrero 11 de 1909.~JIIIIIIB G. Cortina.
-A-A. Rodrfgnes.-A-L. 'l'revllio.
o.v,18.19,21-151
NOTIFICACION.
Jo,ndo de Letraa de la 8• fraooion judlolal.-De
Vlllalilama, N. León,
Sr. Nicolas Treviño.
En eljnlclo ejecutivo mercantil que sigue el Señor
Melohor ]&lt;'. Vlllarreal, en ou contra eobre cobro de
peaoa se ba dictado un auto que á la letra dice:
. V,Ualdama, velntiséla de Febrero de mil noveolen
toa nueve.-Agr8guaee el anterior escrito i jtrlclo f.
que se refiere y como se pide, clteee JJ&amp;ra sentencia

en articulo. Notlflqneae. Lo proveyó y firmó el C
Juez de Letrae de la 6• fracción judicial: damos f!i .
Lic. Onajardo.-Marlano Santoa Trevl:110.-Josá B
VlllarrealrRdbrlcas.
Loqueaenotrnoa, Ud . en eata forma de oonfor
mldad con lo dispuesto en el art. 78 reformado del
Código de Procedimientos Civil••·
Vlllal~ ma Mano 2 de 1909. -L1o. Simón Guajardo

-A-Mariano San :os Trevlii.o.-A-Joeé !l. Vlllarree.!
o.20,21

•

�PERI0DIC0 0]'1CIAL

8

Cia de Espectáculos Reynera s A.
.

A VI SO.

'

Cía. ]linera &lt;Dolores)
CONVOCATORIA.

I

s. A..

El Oc,nsPjo de Administración en junta celebrAdB
Por ácuordo de la Junta Directiva. se cita á los
hoy acorrió r'itar li Asamblea General Extraordinaria 3reA . .Acctonfet11.e 11 Assmblea gen.eral ordinaria :¡..,ar•
para el dí9. l7 de Marzo próximo 11 las 5 p. m. en et. ~1 día 14 del entrant.a mes de Marzo á las 9 a.m. en 18
despscbc&gt; del Teatt-o Jnart\Z. Lo qua se hace BBber ! Oficina del Sr. Andrés Martínf'IB Oárden~l.!!, calle del
A los Sres. Acciollietas de ta ComoJLñta, de conforml-, Dr. Mier No. 9t, para tratar sobre lo siguiente:
edad co!l lo quf'I orévlenfl el art 3'-~ de loe T❖!tatut1"lB.'
Orden del día·
Monterrey, Febrero 26 de l!J0J.-El Secretarlo. ~I.
·
Quiroga.
18.ltl,20
I
Exe:m~m y aprobaolón de las cuentas giradas
durante el ejercicio anterior.
II Aprobación de las gestiones de la Junta Dlrec
tiva.
III Nombramiento de la nueva Junta Directiva,
IV Oualesqnter otro asunto que por escrito se
prtseente.
Monterrey, Febrera 2i de 1000.-A Fa.rías, Srlo.
e.18,19,20

Cia. Minera The Ajuchitlan Mining and
Milling Co. S. A.

EDICTO.
Juzgado 2• de lo Olv!l.-1• fraoo!On jndlclal.-Eata,
do de Nuevo León.
Con techa seis dfll preBAnte mes ee radicó en est.e
Ju,gado el juicio de !nteetado de !al Sra. Florencia.
Lozano. vecino que fné de la. Villa de General Escobado. ~ e.evo León.
Lo qu·e se hace saber al 1&gt;t1bJico para que Isa peraon&amp;e que se crean con derecho á Ja herenoia, ee pre•
aent9o A d&amp;duoirJo en el término que para el lo
marca la Ley.
Lo que se publloa. en eet&amp; forma en cumplimiento
de lo mandado por el art. 1686 del Código de Proced!•
miento• Olv!!es.
•
Monterrev 12 d8'Febrero de 1909.-Llc. J. Garo1a
Guajerdo. BrÍo.
•
o.v.16.19,12168

EDICTO.

COVOCATORIA.

Por acuerdo de le. Jnnta Directiva ee avisa á los
Sres. aociontetas que la Asamblea Omeral Ordfnari&amp;
prescrita por el art. 22 &lt;le nuestros Estatur.os tendrá
!ugs.r en f'l domlci1to rlel Preeldente en esta ciudad.
Los d!fls 16 y 17 de )[arzo y 5 y 6 Abril próximo se
-calle de Hidalgo ~24 á las siete y media de la tarde 88 pondrán en subasta pd.bllca las prendas de plazo
del dta. treinta. y uno de marzo próximo.
cumplldo de Sepbre. y Octubre úttimoe, y las de pla
Orden del Día
zo oond!c!OD•I de Nov. Dbre. y Enero prllxlmos pa•
I Informe del Oone,.j.:&gt; de Administración
eado, existentes f'D la casa de empeño .. La F11vorita»
II Informe del Oomfs11.rio.
Lo gu~ f!e ttviBB á loe interesados para que ocurran
III Aproba.ct6n. en en caso, de las cnent&amp;s y balan- en tiempo h.6.b!l. á saoarlalf, reformales, O presenciar
cé d~ l año.
su venta .que ee ht1.rá de conformidad con el regla
~ IV F 1ec~J6n de los mieID.broa de la Junta Direc• ment~ rE'Bp€ctiuo
tiv&amp;.
Mor.terrey, FebreNf 2; de 1009. ·'.Jeledonlo Gal':z&amp;.
\IontflrrPy. X L. ~far;.o 4 de _ J0t1 -John T · D&lt;"
o.IS,19,20
llell. Sec. y Tea·
o2D2 22
E "XT!~ c\CTO

Yenta clr Prendas.

Juzgado 2° Oonetltuclona!.-B&amp;blna• Victoria, N.

León.

Oon esta feoha y por d!epoeiclOn del O. Juez 1° d&amp;
Letrea d•l Remo Civil de esta J! fracción judicial oe
radicó eh e,te Juzgado el juicio de Intestado i b!enee
del Sr. 4ndrés Oantú, vecino qne lué de esta Villa.
Lo que ee manda publicar por trPs edfct-Oe de diez
en di.. d!ae en el Periódico Oficial del Eatado y en
La Yc:z; de Nuevo León, para qne los que se crean con
derecho á Ja herencia. se presenten á. deducirlo den
tro del término qo.e tija el art. 16~5 del 06digo de
ProcedimiAntoe OivilH
Sibfna.e Vlctorh1, Febrero 2'2 de l!J09.-'Severlano
Flores Gza.-A-Juan Moralea_Gza . ..-A-Jnsé B Treviño.
o v 18,21.24-157

I

C:a. M:2ufacturca tle ?astas yGa: 8ta:,
'
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M·.1.~:

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8, V.Olivares
(',pita! Soci&amp;I, n:hlblao
F.)odo de Rc:ee~a.
l oenta de Dividendos.
El President-A, S.
JJnel R. González.

•

EXT'Rc\CT()

!

F 1 ~•. • rlur,:, Ge ~. l, po;ta nofrds1, '"
J.gp.; • •
c··1 lt · pntenefü•i·.1,_ ·..11tiH.•ffi!IQUE1 N!'_nb1
r.toi •e.'!'J(. •.

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c:é~ria de Fc:.:.~to eJl t-18.a.mo oe Jllnerfa ea

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'·º!ª

.'J.foeterrer.

1

Olivares -E! Secretnlo. Ma- j
o.;~,10,20

NOTIFICACION.
Juzgado 2: C.\mstitucional de Sabinas Hida).bo 'S
León
En Al jufclo de intsetam1:1ntsrfa del Aeiior Juan Gonú.le,; T,eviño, ve~ino que fué de esta V&gt;lla, seha dictado nn auto que á IR letra rlice:
~!lbinas Hida1vo, Septifmbre nnE:\V&amp; de mil novecientos ocho.-f omo l'l d:srone el L' Juf'z de Letras,
oonv6que-Fl8 á Junta á lJs herederos del iinado Juan
González Trevlño y no al e.lba~ea Sr Pfl.blo.de loa Santoe por estar ya notificado; y por cuanto al heredero
Victor González cuyo p1r;,dero se ignore. citesele por
.medio de edictns qu"' qe pub lcarin por seis l"e668 con
1nt.erve.1o de quiroe dhs en el Periódico Ofiicial del
Eetado v la Ve,z de N lAVo León,señalándose para que
se presente á recibir l ~ otificaci6n del aludido auto,
f.l t-érmino re tt"es m "Bes que s~ contarli.n d 'Spn6e de
becb&amp; la t1ltima public letón. de Bouerdo con lo dispuesto en el Art. 6.59 dAl Código Civf1. y si dfntro de
.jfcho tél"m\nn ro se prerentarse eeoe1ebt'8rá.1a Jnnt.a
el dta que ea fije en ia qne s::mi representado dlcho su
p,:into:, por su S?ñcra madre Dnña ;~ polonia Elizondo,
NotifiqueM. Lo prev ➔yf. y firmó el O Aloalde 2° Loeal damoa fé.,--0re't lrin F oree.-Gonzalo Ancira.-AAnastacio Chapa. -R í.bricas ·
Lo qne se publica en estll forma de conformidad con
lo prescrito en el Al't. 55$ del O6digo Qivil:
Sabinas Hi ielgo, s~ptiE&gt;mbTe 9 de 1908 .-.Gregorlo
Elores.-A-Gonzalo AncirJ. ·-A-AnA.stacio Chapa,
o.20322

:-.:OTIFICACIO~.

J'nzgado :2'J Oonstituciona: -.\t'rambArcl, N. León

S,-. Patricio Escobec ,,

•

.

ao}),"~t1. .. o 1.·, -:,,. ... " ~(c•er1nen la a;;-.r,. ll !':·!·

'

en~&gt;

Clep. (lXl'! I1 ~ u lt' .rt \
( :ienta. de Varios, Bnlf&lt;, á.

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:?::-re•a.t16, de Fomento •n el !:1omo de Minería

0

Me: ne s xr•u1. en e -l~ ·ea
ÜO"ll

~

• n ir ~e Ne 1t •

·e ! ·"~U"· ra eu 111 .-atlfnte
b.xpe.d,e 1 1
'h'. Doroteo vllPUl'Pal T ~ :¡o je ·g, Ba.Notfi ~de la Si.e;:-' !fa. "e que, P~ª• 1.l F;./ 1 1· sta ciudad cn.r•~ (; imda. • le •
rrul i: 11, ~ulcipa.,iJ\~d: o&amp;ltl.las v1ctorfa ba
• trcíaa ~f- m~:IirAo_ 6.. ·? :3C,A!:,_gu,ot
me-h'~a. de la!'g()
~l.!" i:i.,,..J e1 e :i11ta Ar1· ~ a 10 pr.TY!nenci,as mfn•raa qne KnbJca' er &gt; ;,&amp;"•
ro ~a,i:,,Pr:tl' dt .1. E.:. S.."\\ ..,r 'l. - de anc~~. de n.aners. qne
-- tree
n ~l h'
1 dt-1 Suiw'ro en l" aterra de M. · 1 -Ula.s.
e~ tro ñ.s dk.l·o 'tertángulo A "&gt;, .~Eo~;oe d dietanc¡:t, de fllll '.I:! ~:::: ~ j
_31 - . . - ha ':-.~ 88 como'Fti¡Je: Unlotfl de1 l ~rff'
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l.
yN.E.·1'.1'\C!\-taunenqneL_":Umentatt
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&lt;rolode~'.1(1. W-&lt;1d, 1 deE A.'W
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re- 11 u·•I"' oc-TL· · -..
de do1ld
-:lnl• ind ,-J rehaj~. r '.;!l.~ pnr ., :1~ an .hl~ 1e maneni, qu(! qued~ : i s
a"·de éi
+ ''-o!'iwn''•!t, -~tP. 1 11eac~-m? un a:nc "-"o,qner:t~c- cm_A JI a _._ an b • r"1 la lnd'!ra S. d1!l Rmcón dictao cnyScata qoe."
.
Rl &gt; i;..;. 1 l N. E. e¡m,,:tto.~ ,o de un P1 (P ~u, 0 ~' ~ mln~ !'.l R.-b e 1.h como ~u,0 e I i:. d1 l eSl&gt;inHc• qtt" divide loa· rinconea de L&amp;
' )
i' 1rn1 A lMO metra&amp; turi.bll'M •1 N E.. de nlf r: no I nas ea :n11.-1 Mel.,ra &amp;l (!p, E E'nqi1ro Otro !ot~ se mf'dlt!t ,r:
,a
tA.
. -~- ,i )
nltie -~ qr.~ al N, E. o:.'!e l' ,a E &gt;1!!"t¡pl l1 OOtt:" !í. klld~ to- - .1:1., ~•o gnlo de 3ü0 me-tri 1s B · li W. por- '.Ov ·ds &amp;!lr1~mJ! :;,,:~e~~c :~
J.
,,¡ S1
qne il - '=»l~ que • 11~.ll~m&amp; Pl Pl?a1, ª} E Y oomo !i do~.. ka:Om~- qne,k en k esqu . "I I(. E. tl..Da rata qoe ~xtete e~ el f-a1do del B,n·
A,,.._
tro11nn
nch ollac~0 •---Reallto,•al~. ycomo A. nn ,.,!(5m6tro c6ntt+-lfmipiro Qu.-diin1oalW de efte IA ~l leo
d1 td
qued• f'II ), 'E.. tt de t. .&amp; 'f.ou!I, &amp;t(la rnrnh-:ia Y dletanc 1111 son 101!1 R!r:{'onesde\ Sl:leplro de la M:elera v d 9( l ,eiTi Jll5 rr'i:~
j
t~,
apro:dmad&amp;.11. u., mf!:- 1 - c-ae hay en l'l terreno aullclta&lt; o 110n fll t... ·er Jotot
Ml &amp; f,
d.
•
IU
'
e
~lOtuO~ViY f"e•-11")''f"'n f'Y e~ista. Lu c:,\lndaDd:-S mlr..erda,
r,;
ll!em, /. orman '-' u.recc.Acitalode500 metrcad!'
.j.!f,
J, _. - 1, • h , nin a •El p¡J 1 r I' !Ue •mp lacio- B. E, lí N. W. pO'r _e de ancho, de me era qn111 quede en Ja e1q 01•
1 ,~ 1 ~4 i&lt;&gt;n pe· ":11 VJ
n"'•· f-:ate.!- • 1 , t'· tJ c.:t re ~trmsu!e f queda. n I!&amp;- uami.'&gt;""'off!1t&amp;dsa!tl.m:a.cablqueh11ven laladNa :N.del Rincón
111d -i,:!palldatl
di C-; .e
del R11aplrc,,
esta queda como soo mtolroa al w. d 9 la eutrad&amp;1lor-h=- do-p;tfr .,, 11 • g ).P Bu 1-,,.,.,. dee,,rta .~cn(l',r) Cl 1.Rlnc~;~ch.J...t11Dlro, Lo1met1le5qoe hay dr.ntro del tel"N'tlO
2, 01111.00
s
•c&lt;'pt:i.ao
~
,:
,
h1't
w ¡1l~im:itorrn¡1:1b.&amp;
de
cmr
Qn
se
·:,.··ctta
&amp;On
finrosoe r plomoaoa oon plata. Esta 80lk:ltu4
U,t )3
1
t ..o u1sse11 p1n11 Is !IL.&gt;~tc.-c .&amp;don de. tll:P .d!~ote en esta Agencia, ~-h,ne.Po. orunhr~•Pcimavera.• ~2\).00 d@bi4ndoll€ de publicar•' P"f'll'"D~ en ks término!! de la ley.
li:umbra.lo P"rlt&lt;t el Br. In¡ro. A. L. FernAiez, d~ eata veetndad
\l().lt~rrt-y, ,Enero 2u 1111 1 909. R. Valdé:1 Llano, Agente dfl 'ifl Y aceptado pnr fl el.cargo, &amp;El abre un plno Jmprorropble de¼ me-191021 ses ¡,1ua l&amp; sni 1t.11nc1acl6u del ~xp!i'dlenU! en eeta AgE&gt;ncl•,
t:..,. 'ltS.-tl S: 3,91~41 ner a.

~cr. ;;daa ' nÓL tmr ,

I

A1'1 n1·lu .eo 1.· ,nt- ,~~.,.

En el. nielo ejeoutlvo mete:lotil qne en riu contra &amp;fgue Don
Jllgnel ·"· Reln•, ha reca1do una cenlf't1cla dtel t,&lt;,nor pl¡pü;::::te;
Arramberr!, Febrero ll!t&gt;la de mtl novecil"Otó! nu8,e.---Df'- con•
far.ei(\ad con el antnior dictamen del dnib-i:!ID0 Jun de. I,etras
de eeta cuar•a fracd6o JailkJ!ll, est ..,Juzgadofsll&amp; f'} prf'sente º"·
goclore,olvl~ndr: que proced&lt;J la demanda E-jecntlva fMmnlada
J,Or el Rr. lllhrnel A. RelnA en contra de Patricio &amp;C3bed.o; en cuya
virtud es de b'!.C"'rl!le trance y remat" de los blet'IPS emb·,rgBdos t
kSt &amp;e ordena se haga, cin en producto ·9$ oa,i:ue la anms que sedmJ.anda. lt.teresas legill"'9 y las ~·o!rtM del jn\clr&gt;, Not!fíqoese y
.:J~tllplaiteen tcdaarn111 partes. F! C-'hldadano J.todeeto Torrf'l!I Al.
~ie :lt&gt; loC"-1 ,nplent&lt;&amp; asi lo decr&lt;&gt;t6 r fi'l'mando con 109 da &amp;Rlstencb.
Doy íé.- Modesto T _rres.-A-V. J. Torres--1--J. Ma.rttnes,-R'Ci ...
b:rlcn.
EI dlolamen i qne 118 r .. flere la p:reince?U ruolocl6D, copiado áJa letra eaoomo 11U:-ue:- Un ,ello qnf'I dice;-.Jn1gado de Letra t'le
"" fraccl6n judicial de Doctor Arroyo, N. kón.-0. Alcalde ~ de
Anamberri.-'fe be impneJ.to f!e las constanc:la11 que obran en
•l ¡,res!ó!nte juicio d.&amp; 1118 cua}e,¡ apar~(le: que habiendo demandado
Hte Ud. el dta aets de Julio del año anterior el sr. Miguel A.
11.eína en la.vía ejACntl~• mercantil al Señor Pa.t-ricfo Escobado, el
-p•go del&amp; sama de ochenta y ouatro -oe.soa ocho centavos ronds.ndo BU demanda en no t,aga.T¡:¡ de pt'e,to nnctdo otc,rgado por el
C11mandado en fs.vor de Don Maxtmntano Lénoir el dfa "elote de
:No-vi,.mbre de mu noveclentN1 siete, caaho mea.ea de pluo, cali·
f1o6 Ud. de t&gt;iecnttvo dicho titulo requirió de pago al demandaoo y no babie.ndo pagado le embargó loe blenee. qne oonllt&amp; en la
óiURenci&amp;de r.. chdies-y siete deJa.nto. le previno que en el termino de tres dlU se -presentare al Jnzgado , hacer el p~go de la
fuma que se reclama 6 se opusiera A la ejecuci(5n at PRra
~llo tenla eoepclones qui'/ hacer valer y no habiendo opuea
10 ninguna dentro del t6rmtno qua para ello 11ft le concedió, clt,6
Ud. luego t. 1&amp;1 partea pa."" iteutencla. de remaM.--Ahora bien:
bablendo corrido el negoofo loa tramttt-e Jega.lJVI en la forma lndic:ada de conformidad con lo nrec1&gt;l)tt1Bdopor efart. H04, del Código
de Oomercto creo qne debe Ud. fallar el neg-oolo eo 101 stiruient6s
trémtnoe.--Prfmero: Procede la demanda ejecuttva formulada por
81 sr. IIIRUel A. Rein&amp; en contra de Patrio!o Escobedo, en con11et;aeneia. hque trance y remate de los bienes embargild011 J con
1111 prodooto p6rue&amp;e 6 aqnel Jaea.ma qne reclama, lDUlreaea lega·
Je• 7 las costM del juicio, Segundo: Notlfiqneae. El mt opln.tón
1eguir6 ud. rifa enonentn:arreglad•, la ley.-Doctoa Arroyo,
Febrero e de 1909.-Lic. El. HinojOM. -- R6brlcae.
LoquetonlltiiioaA Ud. neeta forma en ººl!IJlllmlectodelo
.mu.dMio en fl auto reJaUvoy de acuerdo coa Jodllpuesto por el

ºº"'

ut.. 78de1 &lt;M11ode Procedimtentoe Oivfla
Arun.berri. Febrero u de 111t.-Estebao del Toro.-A.-.V. J.
P•~-A-JMD lwUDel,
0.20,21

EnE:tl: H de l!ffi9

1. Valdéa Lluo, ~- de

1

\1

,l9'm1

EDICTO.

EXTRACTO.
Ju1gado 1':' de lo Givil-1 ~ fracciOn jndicia.1,-EatedJ
de N. León,
Agt,0olade loSacretarta de FoD1ento en el R~mo de Minería
611
Oo~ fecha diez deI actual se radie~ an~ eete Jn1gs.~~~i~~~ Ni li»':'-El sr. tic. Salomé Batt-llo, de ,.11ta veolndo el JUfoio de inteatemeDtaria. de .a Sra. Adela1da Idad, ha s"!lldtndo ante esta Ag&lt;&gt;ncia cebo perterienclaa miner&amp;&amp;AvP)a Vde.. de }),fiel", vecina que faé de fl&amp;ta Ciuda.d.
. que senb;cuAn!!n el lada Oriente de la Menadll!I Mllp111as, terrey por disposición del O. Lle. ~acedonio Gil Treviño ,:o
no de liamullqni, Mnniclpi.Jtdad de Balinaa vlotorla y euel e11plns·
que dlvide101 r1nooneade "'Lu lllelerag., y ~F.:l8118plro• debienJUl:!Z 1° Je LetrAS del Ramo Oivil de la P fracción dodepra.cticaraela~medidaade la manef'S 11lgnlente· Tomando
Judioisl del Eetado, se manda pub'!.lcar el presente como punto de partida !a mojonera Bnreat.e d,..l fondo· •Putfaimh
edicto tres vecee de di~ en diRZ dias en el Periódico que tl!ne denunciado él eollcitantf', ae medirlo 100 mekoa al Bu,
L
fi
roeste, de aqnf 1or metro. •1 Bnreete, de erte 1mnto 300 metros al
Oficial de) E 8tado, yLa \ oz de Nuevo eóná n de que, Norert~:luego 6W m1:&lt;troaal Norott,tf'¡ detopnéi ¡ri()metroa&amp;lBuroe&amp;laspf-rsOnas que se crean con derecho á le. herencia. se UI basta iw,gar' la linea Orlent~l del rondo ~El Porvenir;• de aqar
presenten á deducirlo en el término qne establece el 600 mabooa al Bureate. Y de este puato100 metroa al Bnroeete hH, P
,
. t ,.,. ·¡
ta llegar al de-partida. EatefundoM denominarA •Saturno• y
ar t 16 B5 d e lcód! go "-'e. rooen1m1en 08 vlVl f8.
00Uod11 por el Ponk:nte con el fundo ,Ponen.Ir•· por el Norte coo
:Mon teney . Febrero .-2 de ~ OC 9. ,--Lic. J oeé J nan Va- Parfslma Y Porvenir y por loe dem,. rambM ooñ terreno Ubre•
llejo, Srio.
o. v.16.19,21-168
Nombrado-perito el Sr. Deltlno de :es-na aantoe. vecino de Vlllald&amp;ma Y. •oeptado por i1 el cargo, se •bre un plazo Improrrogable de cuatro me&amp;P11 para la ,ubstanoiaciOn del expediente en Mta

I

EDICTO.

A.irencia. deblendoee de publloer el presente en loe lérm.lnoe de ta

ley.

_, 11,,~!1te1rrey, Febrero:a_de 1909.-R. Valde,: !.luo, Ap.11t,, f'le

Juzgado de Letras de la r• fraoctón jndlclal.-Mon- ~ 0 192021
temoreloa. N. León.
En el jnicio test.amentulo de la Sra. Francisca Ba.JlPStf&gt;roA Vda. de Sa.Arei:, se ha dictado un auto que
á la letra dice:
)lont;emo~loa. 11ueve de Febrero de mil noveclsnAVISO.
toe nueve.-·-Pol' presentado y admititfo en cuant.o ha
lugar en derecho. Radiqnese en este Juzgado el juicio
Por e.cnerJo de la Junta Directiva, se hace aaber
t,ea&amp;\mentario de la Sra, Francisca Ballesteros Vda. á_ loa Sres. accloniBtae de esta Ofa , que dt&gt;ade el die.
de Saét"Pz. y con fundamento en lo dispuesto por el fo del actnR.l en adelante, se rapartirá. el Dividendo
art. 1659 del Oódfgo de Procedimientos Civiles. con- Nómero 1113 de ............... .
vóqu~se á les que aparezcan interesa.do á una junta. $10 000,00 (Diez mil pesos) 6 se"an ~1U 1ió.. ;;lif;, P~sos)
que tendrá ln5tar el dfa veintiséis á lae JtllO.eve de la. por bCC16n, bscléndose loe pagos todos loe dies Jabomañana, pa.bliqueae por tt"es vecBB ee-te auto en el r&amp; bles, en camblo de recibo y cupe nea correapondienPerlódico Oflotal y en La Voz de Xnevo León, dense I te~. e:i l'II_éxlco, D. F. en el Banco Int-ernectonal é
lris a.viene quf'I previenen laa Leyce del Timbre y de H1pot-eca.r10, en )1onterrf.y, en el Banco MP-rCaDti1 de
Haf'ieu&lt;lf\, N otiffquese Así lo decreta y firma. el o. Monterrey '! en Lampaioa, en la Oficina.· de le. era
Jue .. df:I L-t~,d .ntl"rino de la. í• fraC!ción judicial: da- calle de ComPt"c.io 'fo. 101
"'ºª t6 -.Ltc. L. Canti1 -A-J Varfas ..-.A-Carlot1 La.mpaz~s. Mar1.~ ,: de 1909.-El Srio., e M. Garza.
Torre1. -R&lt;ibricee.
0 19 20 21
Lo fjU se pnblica en techa de hoy, en virtud de lo
· • ,
m&amp;nda.do
)lont11.moreloe, 12 de Febrero de 1909.-Lic. L Oan.
td Gzn.-A-J F&amp;rlaa -A-Bim6n Garc!¡,.
t
o. v .16,19,21-15fi: .Repábi:.-.a M~x 1ce.na.,-PresideLcia Municipal._
EXTRACTO.
M"onterrey, N L•ón
De .!·'·n(0rc:i,'_aJ ;;, ~ :,-. •;li,pnt·:;to en d ,1.rtículo 20
A_e-Pncis,k :ft :-ic(•retmia de Fomfllo ene: Ramo Je :Mien et ÍJ,0 t\tl Códwn C1v1l Vl"tl\1(&gt; ._,. ¡, .. ,e 5 ,,_, ¡ ·11· Y,
neria en Monterrey, X nevo Lebn.
,
r·
.. r:· •'" '"" a,,_.J:1·1t pu,1co,
1
Exp. 16G2 .--"-El Sr. Pánfilo Sepd.lveda de esta vecin q_nf' en n.__1,e-sol"f'r1!'. ~!Ulllt!JJ&lt;,1 de esta ciutlad, ex.bte dcp
dad ' ha solicitado an t'8 est8 A genota 20 pert1:snenc¡aa !llt~vla la ::-uma dt f", 0,"-oc:lwut a y ~ietr&gt; pe;QS ocho celli:a;v~
proeedentes de l_o!' sobrante~ ,le prue.ntlu:- de plnzO cumpli
mineras qua se ubicarán en el cerro del Fraile en do
en I~::: renutt•,~ eff'c~uaik,::: c!:uruute lo~ lle li'ebrt'r,~ Mar
muntclpalidad de Garcis, y formando un rectángulo
ro, Atml. :\layo, 8ephemore v Or.:tnbre i'iltimo!-i
or 1
d 8 1000 me t ros de 1argo d 8 S
'- · ªA. N • por 20f¡ d e ancho ca.snsde eILpefío ,ieuomin~Jtts' uLfi Fuvorit¡1,,; c,Ei Í!! -as
sobre el espinazo del cerro que qnedg al W. de )a
&lt;le
rnE&gt;sa del Palmital. La. cabecera Sur del rectángulo •La Bancnn, 11La Hea,,, •L;1 Surtidora-, 1,)folite
1
·
quedará trazada en el prlmc;i: banoo del espinazo que de Montern:•vn,
• · ·y Su~:ur--nles
.
. · · Nos· · J ,. &lt;&gt;.., u• el mEtmo
· en e¡
queda.al W. de la subida de la mesa del Palmtta.l cu- h,oncepto de que. ~l trfl~&lt;.~m-rirlos -;eis rirn::;e1:1. cnntadoo' &lt;lf'Sd('I
yo banco queda en }a vertiente S. del cerro del FJ!aue oy, ll? cm~pal'eewre per:-onu alguna. ú. rerlmnar con ·usto
legítimo titulo.
In!-! .expresadas· rlcmasia.s • "'•
les ru anJd ara•
La linéa oriental del rectángulo que 88 mida quedar' y
tllcrresa
•ei.
.~
r en ¡&amp; R.ecnUtl ae1.6n (¡e Rentas
Mu.nicipales
de e~t
trasada como 30 metroe a) E. de una abra qae ha.y en ctndad,
el esptnav.o men~ionado, ca.ya abra queda como 300 llfí•ulo Zi.de acueri!o con Jo prece1Jit1e.tlo t•n el ...,:·1ad o ··ar-ª
·metros al N. de donde quedará la cabsce- ,•. del r•c•
L
•~ ''
Monterrey: 7 de Diciembre de 1908.-P O '1arttn .
tl\ngulo dicho. OB minerales que hay dentro dei
9910010"¡:a. 11
terreno solicitado aon fterrosos y plomoBOB con plata. B. Ram!rez Angul&amp;no, Sr!o.
Esta solicitud eer6. conocida con. el nombre de ,La
b d
Oruz.,. Nom ra o perito el Sr. Ing. E. Ortlz, de esta
veolndad, y aceptado por él el cargo, ee abre un plazo
Improrrogable de 4 meeee para la substanciación del
t
.U..A.OIO.
expediente en 88 a Agencia, debiéndose de rublioar l.MPKENT.A. DEL GOBIERNO, EN
el presente en loe términos de la ley.
IIBl(Jftl
Y
.IJllll8UlDO&amp;,
llon•--ey
En•=
16 de 1 = R Vald
~-1"
•
"'"'"
"'"'·ée Llano. A.
de M.
192021

Cía. .'.\linera ·'La Fraternal" S. A.

DEMASIA.S.

Pi~~l~

:t,

p

A. Brondo Wbiü.

�</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 21, Marzo 12</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, Martes 9 tle Marzo de 1909.

TOMO XLIV.

NUM. 20.

Periódico 0ficial
DEL. GOBIERNO DEL. ESTADO L.IBRE Y SOBERANO DE NURVO~LBON.

Las Ieyas, los decretos y demas disposiciones snueriores, obJi[an por el solo hecho da ser publicadas en este Pcriódicn.
Registrado corn0 articulo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la SeCretaría del Gobierno.
CONDTCIONI&lt;~S- -Este periódico se publica los l\Iártes v
Vi~rnes d1.: ,a1lasemana.-Yale la subscripción CIXCUl&lt;:NTA
OENTAVOS al mes en t.!,,,ta Capital. )" CINCCE:X'l'A Y SEIS
fnera de dla franco &lt;le porte.-El pago debe hacerse a&lt;ldan-

~oJUECES DE TURNO

En la present'l semana..
1? de lo Criminal.

L1c. JESUS M. DEL BOSQUE.

CO~DICIONES.-El ntímero del día vale DOCJ-i~ CENT AVOS El n.ímero atrasado QUINCE.-'l'otla comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisi,'in de aric;os se har-Í directamente al Administra·
dor del mismo.

Bn!-r!1, .. del ERt,r.clo d~ Nuevo León, la cnal
~ohc1t_ud, ele ,·onformula~ con las leyes de la.
materia, ,;e mall!la pubh&lt;:ar por tres veces,
durante un mefl, para que las personas que
ise crea11 con detecho se preseuteu á alegarlo
eu el t-érwino t;ei'íalado, que se contai·á dosue
la fe&lt;~ha de la primera publicación.

cutivo Nacional, y de su ex~lu..-iva t":ompetencia las concesiones respectivas· ha.
.
·
.
'
c1endo_presente que .por. m1 parte he de
cur~phr con las obhgac1ones que .la le_y
me 1mpone, por la merced 6 concesión que
solicito.
Y como considero fundada y justa mi
petición -A Ud. c. Ministro de Fomento
ruego que, mandando glozar á esta instancia mi escrito del catorce del pasado,
á que 11rriba aludo, y el documento que á
él adjunté, se sirva dar trámite á esta mi
nueva sohcitud, y recabará su tiempo el
SuperiGr acuerdo del Sr. Presidente, para
que se me conceda la merced del agua
que pido y se me expida el Título correspondiente, para resguardo de mis dere~
chos, todo á mi costa.-Protesto lo nece•
sario.-Monterrey, á veinticuatro de N(),.
viembre de mil novecientos ocbo.-Albin•l Cantú Quiroga.-Rúbrica.-Otrosi:Para los e!e~t~s correspondientes, sefialo
como dom1c1ho la rasa N9 161 calle de
M. Arreola en esta Ciudad de Monterrey.
Fha. Y protesta ut .supra.-Cantú Quiro-ga.-Rúbrica
Es copia. México, febrero 2 de 1909.E. O. M.-E. Mart1.nez Baca.
F. 9 23. M. 9.

Una estampilla de á cincuenta centa•
vos,
debidamente cancelada.
LIC. MACEDONIO GIL TREVI~O.
C. Ministro de Fomento:
Albino Cantú Quiroga, vecino de la Villa de China, Estado de Nuevo León, )"
___
- ---- -- - - -· -- accidentalmente en esta Capital, ante la
justificación de esa Superioridad, como
}louten·ey, Marzo 9 de l!l09.
mejor proceda y más haya lugar, me preSc&gt;nto y respetuosamente digo:-Con fecha
r4 del próximo pasa lo Octubre me dirigí
Renovación de Oficios.
por ocurso á la Secretaría del digno carg11
En la que \"erific6 el H. Congreso del de Ud. solicitando la confirma¡;,16n de mis
Bstado para formar la Mesa durante el derechos á la merced de treinta y dos y
mes en curso, resultaron electos los CC. medio litros de agua por s· gundo, otorgaDiputados Dr. Pedro C. Martínez, Aure• da por l¡¡, H. L· g 1sl t,,ra de este E-,tado
11D Lartigue y Lic. Crispiniano Madrigal, el 30 de Octubn: de 1899 en fav()r del Sr.
pan Presidente, Tesorero y Secretario, Martín Cantu, de quien la adquirí por
••pectivamente.
compra, según todo consta en el d ·cumento que con mi referido ocuh,o acompailé y qne radica en la Sección 5~ de est
Donati vos. ·
Ministeno.
~ás la Superiorida_d por su respetable
Véase la siguiente nota:
oficio del 9 del corriente se ha servido
Janta de Mejoras Materiales. Monte- darme avis I de 1ue nü es po&lt;-ible acceder- Secretaría de Fomento, Colonización é
,rey, N. Le6n.-Tesorerfa.-En contesta- se á mi sohcitud, por bdberse cnncedid" Industria de la República Mexicana.
ti6u á su apreciable nota número 7, 50 2, aquella merctd después de prClmulgada la
SOLICITUD presentada ante esta Sccrdarla
fecha de ayer, manifiesto á Ud. que con• Ley de 1 7 rle Díciemh•e ne 1896, aunqnt
por el Sr. Luis Medina, pidiendo concesi6n
iorme á ella, he recibido la cantidad dt put'do ¡;re~t-ntar s hc1tltd qut' :-e tramita- para aprovechar, como riego, las aguas de)
$5,500.00 cinco mil quinientos pesos, co- rá conforme á la Ley. r.n esta virtud, y arroyo de Gomas, del Estado dé Nuevo
Le6n, la cual de conformidad con las leyes
IDO renta especial de este Municipio y do• deseando seguir en t-1 uso y goce en qn.de
la materia, se manda publicar por tres
t
utivos de varios vecinos del mismo pa- he eS ªªº del agua r• r aquella merce➔ veces,
durante un mes, para que las persora las mejoras materiales que el Sefior Go- concedida, beneticai ,1. m ,.. t rrenns la
nas que se crean con derecho. se presenten
bernador tenga á bien determinar.
brantíos d_e que s~y du.:ño • n juri:.du:ci6
á alegarlo en el término señalado, contado
Queda hecho el ingrt:so respectivo en de la ya citada V 1lla de Chh:;a, en este desde la fecha de la primera publicación.
los Libros de est.1 Tesorería, y de su in- E stªºº 'e N 't(•vo "León, Y cu va agua co't'ersión se dará cuenta oportunamente.
no t'll e:la st! n·fiere t:s en· cantidad de
Una estampilla de á cincuenta centaSuplico á Ud. se sirva poner lo anterior cinco surcos, 0 t, eí nt~. Y dos Y medio 1i- vos debidamente cancelada.
en conocimiento del Sr. Gobernador.
tros
segundo, de la que eu tiempos
Protesto á Ud. mi coosideraci6n y res- de llu•l1a fluye de los pequeños arroyos
Luis Medina, mayor de edad y vecino
peto.
qne al final forman uno s010 y que se co- i de la Villa de Salinas Victoria, Estado de
Libertad y Constitución. Monterrey, noceo con l_os nombres de "Las C.:omit¡¡c:," Nuevo León, ante usted con el debido
Marzo4 de 1909.-Rl Tesorero, p. Adolfo ·•Los Barnales,'' •'Las Reatas.'' 'Jfas respecto comparezco á exponer: que soy
Zambrano.-S. E. Zambrano -Al Sr. Don corro" Y uEl Burro'' que ahota añado- dueño del rancho denominado "El CaneRamón G. Chávarri, ~ecretario del Supe- . desde el tanque llamado "Las Comitas" lo" en jurisdicción de Salinas Victoria 51_
iror Gobierno del Estado. -Preseute.
hllSla el seudao tlivi nrh ,ip los terre~os tuado en la margen derecha de] arr~vo
•'~addios Y ele C.,p 1,,\ 1 .", íl _jnr1 , ,;i · d_e ~oi:nas, y como este arroyo es rle JU•
c16n de ~h10a 1 vengo oh.,ra :1- Sl ll1:1ta e nsd1cc16n federal, por llevar su caudal al
Sr. Presidente &lt;le la República, por el dig- río de Salinas, y éste es trihutario del San
cnndncto &lt;le U l., _h C'orrf'spon ~ié'nte Juai: que afluye a) Bravo; por tal virtud
Secretaría de Fom~nto, Colonizaci6n é ~o cesi,,1!, ya 9,n"' l'• nio, me 8 1 1"'' ec; d~ mamfieSt o á USt ed que deseo aprovechar
Industria de la República Mexicana.
\ de Jun10 de 1888 y de 6 d. Ju n o 1894, legalmente, los sobrantes de agua que hay
e agua á q ne me rdiero, 6 los pequeño~ en ~l mencionado arroyo de Gomas, pro-trrc, yoc; en que fluye, son afluente~ dt:1 vementes de avenidas en tiempo de llu•
IOLIC'ITUD presentada ,rnte esta Secretinía, ro de Sao Juan, que &lt;le!=emboca en el Bra- vias, para la irrigación de los -terrenos de
por el Sr. Albi110 Caotú Quiroga, pidiendo
concesión para aprovecha.r c&gt;omo ri~go la~1 vo rl~l Norte, declarado yía general de co- agricultura de mi rancho "El Canelo'' en
aguas de los arroyos "Lse Comita.~ ," "Ln!&lt; rnuo1c:1~•~n, !,r yor lo n11smo, encomenda- cantidad hasta de tres cientos setenta y
llal'riales," ••Las Reatas,'' "Mascorro y ••E la su v1g1lanc1a Y reglamentación al Eje- dos y medio litros por segundo, compro19 de lo Civil.

PERIQDICQ Qf !CIA L.

P":

1

GOBIERNO GENERAL.

:º

�PERIODICO OFICIAL.
2

PERIODICG OFICIAL.

metiéndome á construir las obras necesa en la ley sobre Contingente de hombres tiempo, eu su caso, prohibie nd!' al reo la
rias en el lecho del ya citado arroyo de que riebe dar el E -ta 1o, para cubrir las ba- p rtaci6n de armas en lo sucesivo Y -~an
Gomas en el punto de110minado el J a bon jas del Ejércit ) Nacional, y teniendo pre- d3:ndo se le amoneste para 9ue no retctda
cilio como á 720 metros más abajo de la sente lo prescrito en Circular de la Secre- Vista la sentencia pronunciada por el C
presa del rancho de los Urrutias y á 3860 taría de Gobierno; número 54, fecha 15 de Magistr~do de_la 2~ E_a'a. que re~osnf ndº
metros más arriba de la presa del rancho Djciembre de r,900, procedió, en pre¡¡encia la de primera 10~tanc1a imponeª. a azar
del Mesquital, en la inteligencia de que del H. Ayuntamiento, reunido para este la pena de S';'1: anos de obras p&lt;:bl_i~as,_ q~e
las personas que tienen sus respectivas caso en el Sal6n de sus Aruerd s, al sor- se comenzara a contar desde el H~ntisets
tomas más abajo del lugar en donde pre- teo de uno de los nueve inaividuos con de Mavo del añn en cuno, entendiéndose
tendo construir la mía, no se perjudicarán · que ha de contribuir este Municipio en el tal pe1ia con calidad d~ retenci6u por una
en nada, porque no aprovechan en tiempo presente afio fiscal, resultando designado cuarta parte más de tiempo, en su caso,
de lluvias toda el agua que corre por el Victor Castillo, rnltero y de veintiseis afios manda que se amoneste al reo para que
ya repetido arroyo, y por consiguiente de- de edad. Cou lo que'termin6 esta arta de no nincida, y se le prohiba la pr,rtac16n
Jª de aprovecharse en la agricultura.,.--A la que se mandó sacar una copia, rara' re- c!e armrs pl·r el té¡.mino de cinco &amp;ñcs
usted C. Ministro de Fomento, pido y su- mitirse al Superior Gobierno del Estado. c, atados d,,sde que extmga rn condena, Y
plico respectuosamente que, previos los Doy fé-Arnulfo Berlanga.-Cipiiano Or- deja á salvo los derechos de los deudos
trámites de ley, se sirva accedP.r á mi so- d6ñez, Secretario.-Rúbricas.
del occiso, por lo que hace á la responsa
!icitud.~Protesto lo necesario ~Luis Me~~s c'.lpia de su original.
bilidad civil, y habiéndose interpnesto de
din:t.~Rúbrica.-Al Srio. de Estado y
Montemorelos, 11 de Febrero de 1909 esa sentencia el recu1so de súplica pasaron
del Despacho de Fomento Coloni,.ación é -Arnulfo Ber/anga.-Cij&gt;riano Ordoñez, los autl's á esta Sala y pre,ios los trámite,
fod•.1stna..
Secretario.
de Ley se citó para srntencia y.
Es cop1a.-!Vléxico, Marzo 2 de 1909. _________________
Resultando: que el veintitrés de Mayean
--..E. o. M.--E. lllartínez Baca.
PODER LEGISL !TJ.vo'.
teriorsecoostituy6elJuez29de!RamoPenal
m. 9. 23. a. 9.
11
á la Preve ,dl\o de Polida y di6 fé de que
- ------- _____ en dicho lugar, se encontraba un hombre
gravemente herido que dijo llamar,e Ca
GOBIERNO DEL ESTADO.
Dipntaeión Permanente.
milo Becerra, presentando cinco heridas
hechas al parecer por instrumento punzc
República Mexicana.-Presidencia M n- del XXXIV Congreso Constitucio- -ccrtaute, situadas, la primera, en la cara
nidpal.-~fonterrey, Nuevo León --.-Secna) del Estado.
anterior de la pared toráxica, la segunda
ci6n 3ª-Gobernación Estadística y Gueen la cara anterior tercio supérior del bra
rra -IG,i i,, Cié!dad de Monterrey, Capital SESIÓN DEL DÍA 3 DE MARZO DE 19c9. zc :zquierdo lesionar.do la arteria hume
del t&lt;:stado de Nu~vo-Le6n, á los trece
ral, la tercera, en el mismo brazo cara ex
días del mes de Febrero de 1J1il no. ecien- Prcsidcncta del C. Dr. Pedro C. Marlí- terna, tercio superior, la cuarta, en la ar
tos nueve, siendo las diez de la mañana
.
, nez.
ticularión del codo izqu;erdo y la quiuta
Y estando reunido el R. Ayuntamiento en
y última, en la cara posterior tercie me
•
dos, proce d"'
A la hora ree-lamentaria
se. abrió la se- dio de1 antebrazo izquierdo, é interrcgar.o
1 n d e .-,,cuer
su sa '6
10 e¡ n'] ca ld e
~
·
b ºb ,
d ¡ si6n con la lectura del acta de la .anterior
pnmero que su sen ea sortear uno e os quz fué aprobada.
' el herido, s6'o pudo declarar que se había
individues que, para el Ejército Nacional,
1cedi6 á la renovac'6n de Oficios, peleado con su cuñado Fernando Salazar
ilar
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" ·· a es e uu1c1p10 en e presenResultando: que aprehendido Fernand
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por Ia suer t e e¡ c• o·:on1s10
· · H er- tando electo• los Ciudadanos Diputados: su cufiado Camilo Becerra y su hermar•
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Dr. Pedro C. Martínez .... Presiden t.-. Maclovia anduvieron, la noche del veintiª
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. .
.
. trés de Mayo referido, en •:arios tendajo~
diligencia, levaotÁndose la presente acta,
Lic. Ci:ispm~ano Madr1gal · ;-S:cretuio. donde él y Becerra tomaron licor, y que
de la que se mandó sacar copia, para que
A cont1Dnac:6n, la Secretana d16 segun- para que su herm&amp;na se fuera á dormi
sea remitida á la Secretaría del Gobierno da lectura al dictamen referente á la conr
t º6 d
r·
d dejaron de pasearse y crée que por motirn
del Estado, de conformidad c,,n la pres- mu ~c: :1 e pei:a que so tc1ta el reo e del Estado de ebriedad en que se encon
crlpci6n legal relativa. Por aute mi: doy h?mtc!cl•o, Albino Garza.-Qued6 para traban se pelearon él y su cuñado, resul
fé.-P. C. Martínez.-B. Ramírez Au- discus1?11 ·
•
¡
o-uiano, Secretario -Rúbricas.
Se d16 tam_ b1e_n segunda lectura al d.ic- tao do de a riña, ambos heridos pues él
"'
t
¡
l
presentaba también dos heridas hechas al
Es copia. Monterrey, 15 de Febrero de ameu i:e_,¡t1vo a a conm~t~ci_6n de pena
.
,
1909.-P. C Martínez.-B. Ramírez An- qne sohc1ta el reo de hom1c1dm, Candela- parecer con mstrum ...nto punzo cortante
·
S
·
rio Gantá.-Quedó para discusión.
una en. el pabellón de la oreja izquierda y
l;uiano, ecretano.
N h bº
otra en la cara externa de la articu.lac1·6
o a teado o_tro asunto de que tratar,
·
n
º
. ,
.
J
61
6 á¡
de la rodilla del mismo lado
Juzgado I Constituc1onal de Higueras. se evaut a ses1 n,
a que concurrieróu
Resultaudo· que M 1 : S 1
d
-En la Villa de Higueras Nuevo Le6n los Ciudadanos Diputados: Martínez Lar- 1 ó
J.
ac ov1a a azar e
ar antet e1 uez,
a' ¡os cua t ro d'ias de¡ mes 'de F eb rero de' tigue y Madri&amp;:al.-Pedro C. Ma;tinez, csndando
d rque después de Chaber
·
mil novecientos nueve, siendo las tres de Diputado Pres1dente.-Crzspinzano Ma- B
ornan
icor su tsposo am1lo
la tarde y estando reunido el R. A unta- dngal, Diputado 8ecretario.
ecerr:1 Y su h~rm~no Fernando Salozar
miento de la miswa en su Sala de ÁcuerEs copia Monterrey, Marzo 3 de 1909 _ en varios tenda¡os a, d~nd~ lo~ acompañó,
dos el C. Alcalde 1° que suscribe procº- -Rafael del Castillo, Oficial Mayor.
se_fneron á su casa a 1nd1cac1ones de ella
, de en, _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ ,ím1sm
a·que ya en 1a casa 1e d1¡0
.. F1un ando
di6 ,eu presencia ~e aquél, á sortear
C '!
st
tre los ciudadanos que están comprendidos
,
amt!~ qu; se ac~ ªra pu• scomo él na
por la Ley respectiva, el que conforme á
hombr~ iba a. segmr el t_ as,?, á Jo que
la misma debe dar este Municipio para el - - - - - - ~ - - cooteS t Camilo,_ qu,e tam~1éo el era bumEjército Nacional en el presente año fiscal
S
,
a
bre Y lo acompanana Y s10 mediar más
r1•sultando designado por la suerte el e T .~cretrt del~~- Sala del Supremo pal,abras comenzaron á rtñir viendo des
José Zamora, de treinta y cinco años d~ r~ una e JuStlcta.--..Monterrey, Nuevo pues á su esposo herido.
edad. Con esto se dí6 por terminada la Le~ · t
.
d
Resultando: qne el dfa siguiente al ne!
diligencia y levantando la presente acta
º:1 errey, :emte. e Octubre de mil suceso, falleri6 Camilo B, rerra er, el Hos
11e mandó 'sacar copia de ella y remitirla no.veci entos oc o,....._Vt st ª en grn do de su pita! González Y los facu'tativos de ~s
P1'Ca 1a presente causa come , d á ·
E t b' · ·
·
•· e
al C. Gobern~~or del Estado para los efec- truir el veintitrés de M
~•~ a
10s- 5 a ec1m1ento q_u~ practiraron Ja autop
tos correspondientes: dawos fé.-Estanis- do por el C Juez 29 de ª1º pr ximo pasa- sía del _cadaver, hicieron la descripción de
lao González.-José González.-Lucio Gon- Penal de 1; rimer
~tras_ de~ _Ramo las hendas que presentaba el oc ¡, 0 y de
zález.-A!b?rto Gonzá lez -Cipria no Vi- sustºit . , dp 1 . ª fracdc 16n Jnd1c1al en clararon: que la muerte de éste f¡ é 0, a
·
Rúb ricas.
·
e dprunero
e1 mismo R amo, cionad a por ¡a h emorragia que p,odujo la·
11 arrea,
1 S eeretano.co t ucton
F
S 1
E~ copia del original á que se refiere. tid~::ño:r~::d~d ª0 :~a_r, s~ltero de_vein- ~erida del humeral y los mismos · facultaHtgneras, Febrero 4 de 1909.-Estanis- de San L i5 E t d ~gtnano de!ª Ciudad Uvos qne reconocieron y curnron las heri•
lao_ González.-Cipriano Villareal, Seere- y con do;i ili Os a
e Sao Lms Potosí das qne sufrió Salazar, manifest&lt;ron· qne
tano
c
en ª casa número 2 de la estas no pusieron ni
d
·
.
-C~lle de )a I~d~~endencia de esta Ciudad. ligro la vida d 1 f pu, en poner en peVista la 10qms1t1va del a
d0 1 st,
é5 d
. e ~ eod1do y sanaron desPresidencia Municipal.-Mootemorelos tencia pronuncia.da p
cCusaJ
,
ª
1;·
pu
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qumce
d1as.
. d d d M
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ore1 . uez de pn
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N · L e6n.- Eª n Ja C1U
a
e, ontemore- mera instancia declarando á Ferna •
onsi eran o: que está perfactamente
los, Estado de Nuevo Le6n, a las cuatro y S:tlazar autor del de'it0 d h . . . olio probado en autos, la muerte de C •¡ 0
mEd;a de la tarde del día diez de Febrero cond~ná~dolo á sufrir,]
e ..,~omi~tdio Y Becerra, con la fé ¡·udicial de¡
¡ ~mt
~- m1·¡ novecientos
·
a pen~e sets años
nueve, e¡ C. Al calde 1• tres meses de obras públ'
. , qu e presenta ba, con el reconoas1- •estones
t
con caltdad
antop. s ,,a de1 ca da ver v con la act
e nnen
que suscn··be, cump¡·HID do con 1o d"1spuesto de retenci6o por una cua1cas,
t
,
d od y
r a parte mas de funsión que corre a r·
a e eg egada al procesu, pro-

°

SECCION JUDICIAL.

I

=

3

bándose igualmente que el autor de la Snpremo de Justicia,-Monterrey, Nuevo cia del delito de homicidio de que se trata
muerte del referido Becerra, lo es el pro- Le6n.
está legalmente compr Jbado, con la fé jocesado FernandoSalazar,con su prcpiaconMonterrey, quince de Octubre de mil riicial del c11daver de Cris6foro Becer~a Y
fesióo judicial qne hace prueba plena con- novecientos ocho.-Vista esta causa, em- de la herida que presentaba, cou d ~1ctaforme al artíeulo 415 del Código de Pro- pezada á instruir de oficio el día seis de meo de los facultati vos que_ reconocieron
cedimientos Penales, corroborada con la Junio último, por el C. Juez de LEtras dicho cadaver y con el certificado de dtdeclaración de sn hermana Maclovia y de interino de la séptima fracción Judicial función que obra en autos; comprobándomás constancias del proceso. Igualmen- del Estado, contra Encarnaci6n Escami- ,e también de noa manera perfecta, que
te está pn,bado, que las lesiones que su- lla, casado curtidor, de treinta y ocho ol procesado Enca_rnaci6n Escam_illa fué
fri6 Salazar Je fueron inferidas por Bece- afios de edad, originario y vecino de la ·l autor de tal delito con su pro~1~ conferra con los dat11s que arroja la instrucci6n, &lt;:iuda,I de Mootemorelos, por el delito de sión judicial que llena los requ1 s1tos de
pu;s aunque éste no declaró. habárselas homicidio perpetrado en la persona de ley p~ra hacer pr~eba pl~na, Y con las deinferido si confesó h• her reñido con su Cris6foro Becerra: Vistas las diligencias clarac1ones de vanos testigos que presencuñado.'Io cual también declara la her- que forman la instrucci6n, la confes16n ciaron el hecho y lo refieren como queda
mana de Salaz•t". constituyendo ese hecho con cargos que se tomó al procesado, las •!xpresado-artícu!o~ 153, 415, 4(9,_ 423,
la presuosión vehemente de que las ]esio- prueb~s rend!das por el defensor en pri- 424 y 425 del Cod1go de Proced1m1entos
nes que presenta el expresado Salazar, le mera mstaucia y lo que alegó en favor de Penales_.
.
fueron causa&lt;las en la rifia que sostuvo su patrocinado; así como la sentencia que
C,ns1derando s~gundo: qne aparece eJ;·
con su cufiado.
el Juez de Letras pronunció el vdnticua- entado el homicidio_ en rifla por el agred1Considerando: que como en el proceso tro de Septiembre, _del_ año en curso, con- do, _segú n la confes!6n del reo )'. las declano se pudo determinar quien fuera el cluyeodo .~on _los s1gu1entes pu_~tos reso raooi:es de los testigos P:esenciales; Y _en
agresor y quien fuEra el agredido, debe te- lu~1vos:
Primero: Encar~acton Es_c~- esa v1rtu~ está compreo?1d? en la fracción
nerse á Salazar con éste último caracter, milla es responsable del delito de hom1c1- II del articulo 5~0 del Código Peu~l, q~e
por ser lo que más le favorece y no haber dio que perp-tró en la persona de Cris6foro s:_ñala co~o. ~asugo del res~onsabie seis
prueba en cootrarip; eu tal virtud el deli- Bec~rra y por tal ~echo se le condena á 1~os de pr!s1on ú obras púbhcas ror tl:rto de homicidio que se persigue está com- s~fnr la pena de cinco _afio~, tres meses. mtoo med10¡ Y corno cons1a que al proc~prendido para la imposición del castigo die~ dí,as de obras púbhc~s, que se comen- ,ado Escam1lla favorecen_ las atenuante_s
en la fracci6n II del artículo 530 del Có- za:ª.~ a contar _desde el ~ta de su formal de haLer confesado su del_1to qu~es de pndigo Penal que señala, como término me- ~ns1on entend1_éndose; dicha pena con ca- meraclase, ba~erlo cometido ex1tado por
dio, seis ailos de pri sión ú obras públicas, h~ad de ;etenc160 por una cuarta parte hechos _del ~cctso q~e es de se~unda y hapena que debe aumentarse ó disminuirse mas de tiempo en su caso -Segundo: Se her delmqmdo hayaodose eh 10, de tercesegún las agravantes y atenuantes que dec_omisa el arma con que se ejecut6 el ra clase, perjudicándole las agrava_ntes, de
concurran ya en la comisión del hecho ó dehto.- Tercero: Amooéstese para que ser frecuente en el Estado el dehto que
ya persoo;les del reo, según lo preceptua- no reincida:-Cuarto: Se condena al pro- se persigue tamb)én de_ tercera y haber
do en la parte última del artículo 220 del c~s~do á retntegr?r en la Tesorer!~ Mu obrado, c_on veutaJa en ~trtud_de estar armismo Código. Favorecen al reo las ate n!Clpal de esta Cmdad los honoranos de mado e lllerme el occ1·0, circunstancfas
nuantea I y IV del artículo 40 y I del 42 los facultativ~s que inte~vioieron en el é~ta que si no reune en el ~aso _las ~ondique valen cinco unidades, y le perjudican proceso.,.--Qmnto: Se de¡an á salvo Jo, c10ues legales para ser calificativa, s1 co,nshs agraYantes XI del 45, XI!{ del 46 y derechos de lo7 herederos del _finado, .P?r tituye_una agravante que se estime ~orno
XII del 47 que va!fn seis u111dades, ósea lo que hare a la responsab1l1dad c1v1!: de cuarta clase, rnperando p0r lo mismo
una más que las atenuante•, (artícnlo 37 "Vjsto el di támeu del C. l\11nistro Fiscal el valor de éstas sobre el de las atenuanC. P.) correspou&lt;iiendo por lo tanto al reo, p'd1endo ~e ref: r_me la, seoteoda de que t~e e;1 una u~1d[1&lt;l; es procedente que i•l
una pena may r en una unidad que el se hI hecho mento, s6.o eu cuanto á la tenmno medio de la pena de que se ha hatérmino m·dio fijado por la ley.
duraci6n de la perta corporal, y que se blado, se a11menta, en la parte del tercio
Co,is;2erando: que aunque Camilo Be coud~n~, al procesado á sufrir :;iete año- qu~ propor:ionalmente cü;re•pr.nda á esa
cerra, aparece r,spoosable de las lesiones de p•1,10'.1 ron cal dad de rete11 c ó" en s1 ,1_i;1cla i-a1l1rulos_ ;Iº fr, cc1c11 IV,. ,p frac11 11~ sufrió Salazar. según queda dicho con caso; Y v1sto lo al garlo pcr el d,feu,ord
cton Il, 42 fracc1ru I, 47 fracción XII ,
su ruuert&lt;: yt1ed&amp; ext ~guida la acció~ pe ofici? ante esta t-ala, ~a citarión p~ra ·seo- 220 y 54.3 ~ 1 Có~:go Peo l.
nal; a,tículo s 239 fr. cc ón I y 242 dt! Có- tencia Y todo lo ~em.is que dtb·ó verse
Consilerando tercero: que toda prna de
digo Penal.-Pur lo expuesto y con apoy,· Y con 5ta de autos, Y
pn-i~n ú obras públicas por d&lt;'s ó más
además en los artícuhs ro, 70, 182, 208
Resultando: que en la fecha de la ini- años S" debe imponer si, 111p1e c0n calidad
287, 500,_516, 517, 526, y 527 del mensio- ciaci6n de esta caus!i, como á las nu~ve de de retención por una cu,.rta parte más de
nado Código, se _reforma lll: sentencia de la noche, se encontraba el procesado En tiemp,1 en el caso de la ley; y que en toda
segui:da instancia en s~ pr1mer punto re- cari•aci6n_ Escamilla bastante ebrio f~er· senttnria condenstoria se ha. de prevenir
solutivo y se falla:-Pnmero: Se coude_na del tend_a¡o que el ~r. V1!Lfranca, tl en que se amoneste al reo para que no re:ncíá Fernando Sainar como autor del dehto establecido en la cmdad de Montemore da, bbooarle el tiempo que haya estado
de que se h&lt;1 hecho mrnci6n, á sufrir la los, cuando del interior del mismo esta p·eso durante la iostrurci 60 condenarlo
pena dA seis afios, dos meses cioro días de b ecimiento. sali6 Crisóforo B cerra, y sin al pago de los hr,norarios d~ lns petÍt&lt;1s
obras públicas? que ~e comenzaráu á ~on- ~~diar pal~bras njngunas segú_a decla a- qu · hay,n intervenido en la causa y det ar desde el vemt séis de Mayo d_el corneo- c1ou c'e vanos tes~1gos pres_enc1ales y el con_i1sar~e el ar1?a con qlle se ej-cntó el
le año,.en que f?é declarad&lt;? bien preso. encausado Escam11la, le d16 á éste dns iehto, s1 fuere ae la propiedad del sentenent_end1éndose d1_c__ha pena impuesta con bofetadas en la cara, y al retirarse le dij, iarlo: &lt;l , jsndo á ]Ps &lt;leudos riel occiso ~us
ca!tdad d_e retcos1on por una cuarta parte el procesado una palabra ofensiva, lo que derech.·,s á sa,,·o p r c11a1 to á la resp, nsaruás d'! t1em~o en sn raso.,.--Segundo: Se hizo voltear .á Becerra quien en ese mo bilidad civil-artículo, 70, 102, 18 2 , 20 g y
proh be al 1?1smo 2alaza:, pnrtsr arma rnc".~º rec•_b·6
golp~ en el ~echo qur 287 _d el Código Penal y 220 del de Pncepor el térmm_o de crnco anos contarlos des le dio d 1:11ado t',,ram1lh, ransardole c0r hm•entns Pe ales-Por In rx¡ nesto, de
de que extrnga su cnocle_na._-Terc_e,ro: una c~ch1lla que_ p rt"ba y ,e rt'rog, ,,·u nin en patee n t,, 1 i ·o por el C.
Amonéstesele para que un r.inc1da hac1eu: desp~es, noa hend~ eo la, cara auteri,,r Ministro Fiscal y c00 •.¡ yo dC'más ne
dole ve~ 1,as penas á q~e se 'x pone s1 del_ torax C(lmo, ele diez c~nt1111e tros á la lz- 'os artículos ro, 35, 37, 51 fnccióu I, 66,
contr~vrn1ere.-Cuarto: ,.~_&lt;lec! ra ext1n~, q111erda d · 1, linea merlia, de la cual s, 516 y 517 del C6d1go Penal y 4 r4 del de
la acc16n penal por las hendas que sufnó d,6 fé p, r el Ju,z 11,,1rnct ,r lo mism Procedimientos Penales se refnrma la
Fernando Salazar:-Quiuto: Se dejo~ á qu~ de ~¡ ca_dáver dcl expresddo Becerra wntcncia que se revisa; se fa la: Prim~salvo !ns dereclws de los dend~s _del oc~1s.o, qmei: fa1lec16 momentos después de beri- ro: Se condena á Encarnación Esram 11 Ia
por~~ que hace_á la responsabil1?ad c1v1l; do; s1~ndo clasifica~a la lesión por los fa como respon sable del deli•o de homicidio
Not1f19u• se y s1 dentro del térm!ºº lega• cultat·vo• qu~ rero ,ncieron, dicho cadáver que en rifla y siendo aerrdid0, perpe tró
no se :nterpone algún recurso hbren,~e al c11m? com ¡ r ·11d1 1a e1,1 el articulo 520 del en la persona,¡,. Cri,6 'oro lle~&lt;'rta, á $U•
S?penor G:ohlerno_ del Estado lo_s tes~1~0- Código ~enal, ¡.or haber causado por si frir la pena de s~is añ s. 11n nws, vtintintos de estilo, poménd"se á sn d1spos1c1~n •ola y dirertamente la muerte: que se re- cinco d!as de obras púb icas tontarlos des·
reo Fe!nando Sal&amp;1;1r tn a P, n ,ten~~a cahó v man tó a~-r •ga• al prnceso copfa de el día ocho rle Junio del ~lío en curso
ria del ~1smo, transcnbas~ ésta resoluc1on certificad• del ad¿ 1!e dd 11 nc16n resp•ct· en qne se le ,hdar6 fnrmnlrT'ente preso;
altuez rn~trn ctvr y _arch1 vese la ca~s~; v:i- y yaeo plenario se r -c1b16 prutba ret,- ,mpmsta ts~ pena con ea idad de reten•
Ast, defimt1van:ientf' Jnzgonan, lo :eso VI~ ~ida_ por el defen•or del procesado, para ción por una cua rta part~ más de su duray fir~ó el C. Lic . . V1v1ar o V. V1l1Hne~ ¡ust1ficar que éste se hallaba ebrio cuando ci6n en el caso de la ley Segun.lo: Se le
Mag:1strado Int~.r100 de la 3"'. Sala coy fe. ,1dmqu 6, Y qn~ no ha estHdo antes prPso cn11dena tambi€n á r eintegrar en la Teso-•
-Lic. V:.., y. V11lar:eal.-L1c. León E- por nto~un dehto, conf.;saodo_ el mismo rería Mu , ic,pal de Montemorelos, los hoAldape, Sno.-Rúbrtcas.
que venas_ veces se le ha detenido por fal- norarios de los ptritos que intervinieron
tas de poltcfa.
en la causa. Tercero: Se decomisa la cuSecretaría de la I~ :- la ú 1 Tribunal
Considerando primero: que la existen- chilla con que ejecutó el delito Cuarto: Se
0

u:

ª!

�PERIODICO Ol'ICIAL

PERIODICO OFICIAL.

4

sa Je el relox de que se viene hablando.
ninguno de ellos ni está prescrita la acResultando: que mandada instruir esta ción para perseguirlos deberá de conforaveriguación, se tomó su informativa al midad con lo dispuesto en el artículo 27
quejoso, quien igualmente que su e~pos_a del Código Pdnal acumularse los delitos
Santos Campos, declararon en los term1- referidos, castigándose al reo con las pe•
nos referidos anteriormente y el encausa- nas que se ñala la ley. para cada uno de
do Chaires en su indagatoria respectiva aquéllos, puesto que siendo 1~ pena de rocoufes6 haber tmpeñado el repetido relox, bo mayor que tres años de prt_stón ú obras
expresando haber lo hecho por mandado públicas en caso de acumulac1?n, deberla
del Señor Galván, quien habiéndolo e¡¡- imponerse la pena correspondiente por ese
coutrado en la calle le dijo fuese por él á delito, aumentada en una tercera parte de
su casa y lo llevase áempeñar en un Mon- su duración, artículo 198, pero como obtepío, pero como en éstos establecimientos servando esa regia resultaría para Chaile exigían la factura, hi70 el empeño en res una pena mucho mayor que si se acuun comercio frente á l,i ll;staci6n dd Na- mularan las que fija la ley, para los dos
cional y se &amp;propió de la wma de dos pe- delitos mencionados, debe entonces casti•
sos cincuenta centavos, producto de la gársele con estas como antes se ha dicho,
operación.
pues así lo previene el artículo r99 del ciResultando que precticados los careos tado Ordenamiento.
procedentes. no ~e logr6 el objeto de e1los;
Considerando: que toda pena de prisión
que do; peritos nombrados al efecto va- ú obras públicas por dos 6 más años se enluaron el relox r,,bado en la suma de tres tenderá siempre impuesta con calidad de
pesos, y habiéndose pedido informes al re'enci6n por una cuarta parte más de
Director de la Penitenciaría sobre las ve. tiempo en el caso de que el reo observe
ces que antes hubiere estado preso Chai- mala conducta durante el últ' mo tercio de
res, resulta que éste, se~ún lo manífie,ta su condena, que en toda sentencia ccndedicho Directcr, antes estuvo una vez eu natoria se prevendrá que se amoneste al
drtu i de hJb~r sido couder:ado r,or el de reo para que no reincida, abonándosele el
lito de robo, y
tiemp') que haya sufrido durante 1a insCon,iderando: que durante la instrut- trucción, y que la responsabilidad civil no
s~cretH,ía de la r'' S~la del Supremo ción quedó parfecta y legalmente justifi- pueda decretarse sino á instancia de parTribuual de J usticia.-Monterrey, Nuevo, cado eIYks términos del artícnlo :63 de' te ]~gítima, exeptuándose la nstituci6n
L 0 ón.
C{,digo de Procedimientos Penales la exis que se decretará de oficio siempre que proMouterrey, Octubre doce de mil nove- tencia de los delitos de rnbo y frnde así ceda, artículos 70, 71, 182, 208 y 287 del
cientos ocho.-V,sta esta cansa comenza como que su autor lo fué el procesado Su repetido C6digo Penal. Pcr lo expuesto y
da á instruir de Oficio el treinta y uno de s~no Chaire~, quien confesó haber empe- con apoyo además en los artículos 5, ro,
Agosto próximo pasado por el C. Juez r'? ñado el relax materia de esta causa y aun- 32, 47. fracción XII 49, 88, 225, 348 y
de L•tra~ del Ramo Penal, de la r~ frac- que niega haberse apcderado furtivamen- :l92 del mismo Ordenamien'.o se reforma
ción Judicial del Est~.do, contra Su:sano te de ese objeto, sin embargo las pres un- la sentencia de primera instancia que se
Chaire~, soltero, de treinta y cinco años ciones que hay en su contra dado el enlace revisa y se falla: Primero: Se condena á
de edad. jornalero, originario de la Capi- natural de los hechos con las circunstan- Susano Chaires como autor de los delitos
tal del Estado de Zacatecas y vecino de cia de tener inclinaciones á cometer esa acumulados de robo y franr!e mencionados
esta Ciudad, por los delitos de robo y fru- clase de delitos, puesto que anteriorm,·n- á sufrir la pena de cuatro años cuatro mede, Vistas las diligencias del sumario, el te fué condenado por uno de la misma ua- ses veinticuatro días de obras públicas y
pedimento del C. Representante del Mi- turaleza, ninguna dnda dejan á juicio del cuatro meses veintiséis días de arresto, á
nistedo Público y lo alegado por el defen- suscrito Slbre la culpabil,dad del expre- contar desde el dos de Septiembre del afio
sor dtl rrn en la primera instancia así co• sado Chaires, articulos 415 y 427 del Có- en curso, fecha de su prisión preventiva,
1110 la sentencia de r~ instancia dictada el digo citado.
entendiéndose impuesta esa pena con caveintiuno de Septiembre próximo pasado
Considerando: que el robo en cuesti6n lidad de retención por una cuarta parte
por el referido Juez de Letras, quien te por haberse cometido en una casa habita más de tiempo en su caso. Segundo: Se le
riendo á Susano Chaires como responsa- da se castiga según el artículo 366 del Có. inhabilita por diez años para toda clase
ble de los delitos acumulados expresados digo Penal, con la pena de dos á cinco de honores, emplrns y cargns públicos.
lo condenó á sttfrir cou calidad rle reten- años de prisión ú obras públicas, á la que Tercero: Se le amonesta par.que no reinción por una cuarta parte más de tiempo por prevenirlo expresamente el artículo c~da Cuart?: Previó el recibo corresponen su caso la pena de cuatro años seis me- 359 se agregará la de tres á noventa días dtr;nte restitúyase al Señor Teodoro Galses de obras públicas y setenta y se;s días de arresto que co~responden en el caso por v.án el rélox que Je fué robado. Quinto: Se
de arresto, á ccntar desde el día dos del razón de )~ cuant1~ conforme al artículo dejan al ofendido sus derechos á salvo en
mismo mes de Septiembre, fecha de su 356 fracc,?u 1, y st la pena que se aplique cuanto á la responsabilidad civil. Notifiprisi6o preventiva, lo inbaó:1it6 por diez res_ulta ma~ grave ,que 1~ de arr.est~,mayor quese y dáse cuenta. As! lo resolvió y 6.raño, para toda clase de honores, empleos y se 1mpon_dra ademas la 1nhab1l1tac1on co- mó el C. Lic. Lenbardo Chapa, Megistracargos páblicos y mand6 amonestar al reo rrespond1ente para toda clase de honores &lt;lo de la r~ Sala· doy fé -Li'c L b d
. 'd a y res tºt
.
1 Senor
1 y cargo~ pu'bl'leos por el termino
, . ' Chapa.-Lic. Eleuterio
. Lozano,-Secre.
eo ar o
para que no remu
1 mr a
emp_eos
Te••d •ro Galváu previó recibo en autos el d~ diez años, artlculos 15o y 352 del Có tario.-Rúbricas,
relox que le fué robado. Visto el dicta- digo Pe_ual expresado.
.
Monterrey, Octubre veintiuno de mil
men del C. Ministro Fiscal, lo alegado por
Con~1derando: q1:e el delito de fraude novecientos ocho. --.No habiéndose ínterla defensa ante esta Sala y la citaci6n pa- se cast1ga con 1a misma pena que el robo puesto recurso algu'lo de la t ·
ra s~n'tencia con cuanto más consta de · · 1 ·
· d ¡
an enor senSin v1~ enc1a, :"len o _a pena que en el ca- tencia dentm de,l término de la ley de
autos; y
so debiera aplicarse s1 se tratara de este conforrni lad con lo dispue,t
¡ ',
Resultando: que hab'endo encontrado delito, la de tres á noventa días de arresto lo 5 1 del Códi'go de p
'd?
e_u
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arttpcu·
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roce 1m1entos eel Señor Teodoro Galván un relox graode artÍ en 1os 35 6 f racc1"6 n I Y 359 fracción
II nales se declara qu h
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·
.
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e a causa o e3ecutode pared que había desaparecido de su ca- del Códio-o Penal
_·que favorece al procesa- na,
en consecuencia expfdanse los testicons1derando:
sa h&lt;ibitación como mes y medio antes, en
mnnios de est,.lo
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usano
'1D tendajo situado frente á la Estación d o Ch aires a a enuante e pnmera clase Chaires á disposi, '6pon1en
d 1 E"
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del Nacional en esta Ciudad, preguntó al á que se refiere el artículo 40 froccién III Penitenciaría d 1 cE1 tn de há¡ecnti vo en a
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e s a 0 , gase la transdueño de dicho tendajo sobre la proceden- 1
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perf1
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ªJravda
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~e;~era,
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ser
cripció¡¡
correspondiente
y archívese el
cia de dicho objeto, infurmándosele que rec~en es en e sta o os e 1tos que se proceso. Notifíquese. Lo decretó
y firmó
lo habla empefiado en dos peEOs cincuenta pers gu~n, p~r- 1o que e1 suscrito fundado el C. Magistrado de la "' 'S
,
1.
1a doy fe
ceptavos un indivi~uo desconcido, del que en las d1spos1c1oí:ies de los artículos
á
Líe
Ch
L"
El
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35
le dieron las señas, que coincidían preci- 37, 65, y 220 del n..is_mo Código en virtud
Rúbrlc;:pa.- te. euter10 Lozano Srio.
samente con las de Susano Chaires, de de exceder en dos untdades el valor de la
'
quien ya antes tenía sospechas Galván le agravante sobre la atenuante referida eshubiete rob ido el re1ox de referencia, por tima procedente castigar al encausado' con
Secretaría de la 3'1- Sala del Tribunal
qu~ desde el día en que notó la falta de una _pen~ pr~~0rcionalmente mayor que el t~¿~~mo de Justicia,-Monterrey, Nuevo
ésta, aquel no había vuelto {¡, su casa á medw antmenco de la que fija la ley.
ver,nerle astillas de leña, como á diario lo
Considerando: que com,., al expresado
~fonterrev, diez de Octubre de mil nohach y por tal motivo puestos los hechos Cliaires s_e le juzga á la vez "Dr dos deli- yeci~ntos ocho,:--Vista la pre~eote causa,
&lt;&gt;n_ conocim'en\o de la Policía, fué apre- t
• y ni sé ha d
rn1c1ada.de
oficio el veintionatro
de Ma,,o
os comet1 r1 os en acto, di~tintos
1
'
,
he di do el expresado Chaires recogiéndo pronunciado sentencia irrevoca'lile sobre e corr•ente año, por el C. Juez de Letras
de lo Penal de la primera fracción judicial
amonesta al reo para que no reiucida, explicánrlole las penas á que se expone en
ceso de contravención Quinto: Se dejan á
los deudos dei occiso sus derechos á salYo
por cuanto á la resposabilidad civil. Sexto: Notifíquese y dése cuenta. Así definitivamente juzgando lo resolvió y firmó el
C. Líe Macedonio E. Tamez, Magistrado
de !a segnnda Sala: doy fé. -Lic. M. E.
Tamez.- Lic. N. T . Benavides.-Secretario.-Rúbricas,
Moúterrey, veintiocho de Octubre de
mil novecientos ocho. No hab· éodose inte, puesto recurso alguno de la anterior sentencia, dentro del términ0 legal,
se declara que ha causado ejecutoria d,,
conformidad cou lo dispuesto por el artículo 45r del Código de Prccedimieutos
Peua'es. Notifíquese, exp'dense los testimonios d~ estilo, pmiéodose aireo Eucaruaci6n Escamiila en la caree] pública de
la Ciudad de Mootemorelos á dis~osicióu
del Ejecutivo del B]stado, hágase la transcripdón correspondiente ): archívese la
can•a ..\sí iaterlotntoriameote juzgando
Jo resolvió y firm6 el C. Lic. Macedonio
E. Tamez, Magistrado de la s,gunda Sak
doy fé.-Lic. Tamez ----,Lic. N. T. Benavicles.-Sr:o. Rúbrica~,

f

•

•del Estado, contra Miguel Martínez y
Tiburcio Morales, de treinta y cinco y
Teinte años de edad respectivamente, solteros, zapateros, originarios y vecinos de
esta Ciudad, por el delito de lesiones: Vistas las diligencias que forman la instrucoíón, la requisitoria del Representante del
Ministerio Públíco, lo alegado por los defensores de los procesados en primera insh.ncia y la sentencia dictada el diecisiete
de Agosto último por el Jnez de Letras
r.eferido, por la que considerando á los encausados corno responsables del expresado
delito de lesiones, condenó á Miguel Martínez á sufrir nueve meses de obras públicas, coutados desde t:l 27 de Marzo pr6ximo pasado, en que se Je declaró bien preso, y di6 por cornpurgada la responsabilidad criminal de Tiburcio Morales con el
tiempo sufrido de prisi6n pHra aquella fecha, disponiendo se le pusiera en libertad
bajo la fiauza 6 caución protestatoria en su
c;iso, y mandó amonestar á ambos reos
para que no renicidan decomisando las cuchillas conque mutuamente se hiri,ron:
Visto el dictámen del C. Ministro Fiscal,
Jo expuesto por los defenrnres en esta instancia. la citación para sentencia y toJo
1o demás que consta de autos y debió verse; y
Resultando: qoe en la fecha de la inicia
ción de esta causa por la tarde, se juntarnn los ¡;rocesad,•s Miguel Martlnez y
Tiburcio Morales, y empez~ron á pasearse
tomando licor en varios tendajos p.e esta
Ciudad y cuando se hallaban en uno denominaqo ·"La Antigua Zo11a'' sita en las
,calles "Cinco de Mayo y la Presa'' se dis
gntaron con moti\'o de la embri::.guez y salieron á reñir á la calle, armado cada
quien d~ una cuchilla, infiriendo Martínez á Morales, una herida en el dorso de
la mano i,quierda como de seis centímetros de extenci6n y éste á aquel, dos lesiones situadas una, en lH cara anterior del
tercio medio del antebrazo izquierdo y otra
•~n la cara dorsal de la mano izquierda;
dándose fé por el Juez instructor de todas
~stas lesiones que posteriormente fueron
calificadas por los médicos del Hospital
González, como las que no ponen ni pue&lt;len poner en peligro la vida y tardaron
en curar menos de quince días las de Martínez y más las de Morales á quien quedó
una impotencia funcional de la mano que
probablemente desaparecerá con el tiempo.
Considerando, Primero: que la existencia del delito de lesiones que di6 margen
á esta causa, se conprobó legal y perfectamente en autos, con la fé judicial de las
heridas que se infirieron los procesados y
la clasificación pericial que de las mismas
hicieron los facultativos del Hospital Gon•
zález qu~ se encargaron de su cnracióo;
quedando de la misma manera justificado
que los sitados Martínez y Morales fueron
los autores de tal delitn, en virtud ele sn
propia confesi6n judicial de haberse herido mutn~mente, la cual reune los reqnisitos lega1es para hacer prueba plena-artículos r54, 4c5, 423 y 424 del C6digo de
Procedimientos Pem,les.
Considerando, Segundo: que atenta la
-clasificación rendida por los peritos de las
herida_s de que se ha }iech? referencia, es
de estimarse que las 11,fendas l?°r Morales á Martíoez, están comprendidas en la
fracci6n I de artículo 503 del Código Penal y la que éste último caus6 á Morales,
e_u la fracci6n l~ del misruo precep!o legal
siendo por lo mismo, la pena aplicable á
Miguel Martínez, de dos á once meses de
arresto, 6 de dos á dieciocho meses de
P;isión ú obras públicas, y la c?rrP;'pondiente al reo Morales, de ocho dias a tre~
meses de arresto 6 multa de diez á cien
pesos ó solo una de.estas penas á juicio
del Juez, pudiendo tomarse entre los ex-

5

tremas referidos- para nuo y otro respon- por los petrones de los acusados y la sensable la que se estime corno justo castigo tencia pronunciada con fecha treinta de
del delito que perpetró, de acuerdo con lo Agosto próximo pasado por el referido
dispuesto por el a1tíc11lo 65 del Código Juez de Letras quien teniendo á Pedro
PenaL
Martínez Aguilar y á Juan Hernandez coConsiderando, Tercero: que por haber mo autores del delito de robo l?s condenó
inf.erido las lesiones eu riña, sin poderse á sufrir, con calidad de retenc16n por una
!&lt;Veriguar quien de los rijosos fuera el cuarta parte más de tiempo, en ~u caso, (a
agresor, estando á lo más favorable para pena de seis años de obras públ:.cas Y seis
ambos, debe tenérseles como agredidos y meses de arresto, que se contarau para el
en c n¿¿c•1encb reducirse la~ penas apli- primero, desde el trei?ta de JuD:io,~el ~ño
cables según las disposiciones legales cita- en curso, y desde el siete de Jnho s1iu1endas antes, á las tres qnintas partes de su te para el segundo, lechas en que tueron
duración, como lo previene el artículo declarados bien presos, respect1vamente;
1
5504 reformando el Código Penal.
os ~onden6 tambien á pagar en 1~ RecauConsiderando, Cuarto: que en toda sen- dación de Rentas del Esta lo una multa
tenda condenatoria se prevendrá que se de veinticinco pesos 6 á sufrir en su defecamoneste al sentenciado para que no to cuarenta días más de arrestn; los inhareincida, explicándole las penas en que in- bilitó por diez años para toda clase de hocurre en cas;i de contravención; debe nores, elilPleos y cargo~ púhlicos y mandó
abo,iárseles el t;empo que hubieren sufrí- arnones1arlos para que no reincidan, dedo de prisi6n, siendo por tanto de darse jan do al ,,fendido sus derecho, á salvo en
por conpnrgada la responsab,lidad de Ti- cuanto á la resoomabilidad civil. Vistos
burcio Morales; como se falló en primera el dictamen del C. Ministro Fiscal, lo aleinstancia; y cuando los instrumentos con- gado por los defensores ante esta Sala y
que se delinque fueren de la propiedad la citaci6n para •eotencia con cuanto más
d, 1 rro, cc•mo sucede en el caso, beben de- ·consta de autos; y
comisarse: dejándose como ofendidos sus Resultando: que consíguado Pedro Merderechos á salvo por cuanto á la respon- tínez Agui!ar r,or el Sr. Alcalde 1º de es,
sabilidad civil artículos 102, 182, 208 y ta Ciudad como presunto responsable del
257 al propio Código Penal.
delito de robo, el C. Juez 2º de Letras del
Fundado en lo anterior, de acuerdo con Ramo Penal, ·en la fecha antes expresada,
el parecer del C. Ministro Fiscal y con a. mandó levantar esta averiguación tomanpoyo ademas de lo dispuesto por los artí- do desde luego su informativa al ofendido
culos ro, 35, 37, 40 fracdón I, 47 fracción Señor Manuel N. Frías quien declaró: que
XII, 220, 487 y 5or del C6digo Penal y el veintiséis del citado mes de Junio, á las
411 del de procedimientos Penales, se diez de la noche, más 6 menos, cerr6 su
confinna en todas sus partes la sentencia comercio denominado"Fl Triunfo de la
que se revisa y se falla. Primero: se con- Fé" cito en la esquina que fonúan les cadena á Miguel Martínez como responsa- lles Colegio Civil y Ruperto- Martínez
ble de la lesión que en riña infiri6 á Ti· yéndose á dormir á su casa de familia que
burcio. Morales, á sufrir la pena de 9 me- está ahí cerca, pero separada completases de obras públicas, contados desde el mente de dicho comercio; que durante todía 27 de Mayo del año en curso,en que se da la noche no sintió ningún ruido para
le declaró formalmente preso. Segundo: en la mañana siguiente que fué á abrirlo,
Se dá por compurgada h responsabilidad se encontr6 una de las puertas abiertas
criminal de T1burcio Morales como autor con la cerradura forzada, y habiéndo exade las lesiones que en riña infirió á Miguel minado sns Mercancías notó que faltaban
Manínez d1,biendo quedar en absoluta muchas de ellas sin que sospechara quien
libertad. T .. rcero: Se amonesta á ambos hubiera sido el autor del robo, El mismo
reos para que no reincidan, advertiéudoles ofendido presentó información testimonial
la penas á que se exponen en caso de con- consistente en el dicho de dos testii;os patravención. Cuarto: se decomisan á favor ra justificar que era una persona honrradel Fisco del E stado las cuchillas recogí- da, digna de fé capaz de poseer los obje
das á los reos con las cuales delinquieron tos que le habían sido robados y había heestos. Quinto: Se lea dt'ja como ofendidos cho gestiones para recuperarlos.
sus derechos á salvo por lo que hace á la
Resultanqo: que el detenido Pedro Marresponsabilidad civil. Notifíquese y s: tínez Aguilar al n,cibirle su declaración
dentro del término legal no se interpone preparatoria, confesó terminantemente ser
recurso, expídanse los testimonios de es- el aator dd robo en cuestión, refiriendo
tilo, poniéndose alreo Miguel Martínez á los hechos del modo siguiente: que en la
disposición del Ejecutivo del Estado en la noche del veintitrés al veinticuatro de JuPenitenciaría del mismo, hágase la trans- nio del corriente año encontr6 cerca del
cripción correspondiente y archívese la Puen~e San La1sito de esta ciudad á Pedro
causa. Así defioitivamente juzgando lo L6pez, que tambien se hace llamar Juan
resolvió y firm6 el C. Lic. Macedonio E. Hernández, qnien lo invitó á un baile que
Tamez, Magistrado ne la segunda Sala: se daba esa misma noche por el barrio
doy fé. Lic. M. E. Tamez.-Lic. N. T. del Nacional y habiendo aceptado la inBenavides, Secretario.-Rúbricas.
vitacíón se dirigieron los dos juntos hacía
--el baile referido, pero al pasar por el coSecretaría de la 3~ Sala del Supremo merciodenominado ·'El Triunfo de la Fé,1'
Tribunal de Justicia.-Moaterrey, Nuevo el cual ya estaba cerrado, Yiendo que una
León.
de las puertas e-taba ase¡mrada sólo con
Monterrey, quince de Octubre de mil candado, Hernández, sac6 una alcayata
no".e:i~ntos ocho.-Vista la presente cau- que .traía y con ella rompió el candado,
sa m1ciada por el O. Juez 2º de Letras del pudiendo entonces abrir la puerta: que peRamo Penal de la 1"' fracción judicial netraron los dos al comercio mencionado
del Estado el día veintiséis de Junio del apoderándose de varias mercancias, que
año en curso, por el delito de rol,o, contra arreg 'aron en dos bultos y en seguida saPedro Ma;tf1;1ez Aguilar y Juan He;nán- lieron ca,gados cada quien con un bulto,
dez, de ve1nttd6s años de edad el pnmero siet1do luego aprehendidos por un Agente
y de veintiséis el último, siendo ambos de la Autmidad quien los condujo ron los
'?1teros, jornaleros, originario3 de la Ca- objetos robados para le Prevención de Po.
P!tal del Eskd~ de Sen _Luis Potosí y ve- licia, pfro antes da llegar se fug6 el excrnos ~e esta Cmdrd. Vistas las dillgen- prerndo Hernández.
cias _Practicadas durante el sumario, la reRes1•ltando: qne pccos días después fué
qu_is1toria del C. Agente del Ministerio Pú éste reaprehend,do y en sn indagatoria
bhco, la alegado en la primera instancia confesó terminantemente su delito, e:¡¡pre0

•

�PERIODICO O~'ICIAL.

6
:sando que Mart!nez · Aguilar había sido el
qne rompió el candado, y que á él algu
nos lo llamaban Pedro L6pez por que con
éste nombre era conocido en el Saltillo de
donde hacía poco tiempo se h a bía venido,
más en el careo practicado entre ambos
procesados; Heruánd,z convino con lo ex
puesto por Martínez Aguilar
Resultando: que los objetos reeogidos
Re mostraron al Sefior Manuel N . Frías
quien los reconoció como de su propiedad,
y se le devolvieron previó recibo en autos,
después de haber sido valuados en la su
me de cien pesos por los peritos que el
Juzgado nombró al decto; y
Considerando: que con el dicho del ofen•
dido, con la información testimonial reo dida y esencialmente con la p ropi a confesión Jtidicial de los procesados se comprob6 perfecta y legalmente en los término_s
del artícnlo 16, del Códio-o de Proced1roientos Penal~s la existe;cia del delito
de robo cometid¿ por Juan Hernández y
Pedro Mart-foez Aguilar de la manera antes relaciorada artfrulos 415 y 425 del
Código citado.
Consideranilo: qtte el delito de robo de
que se trata está comprendido en el artículo 365 del Código Penal, que lo castiga
con la pena de seis meses de arresto á dos
a:ños de pris'ón ú obras p úblicas á la que
por prevenirlo expresamente el artículo
356 fracción 11 por la cut:ntía del robo, y
eomo ésta exede de cinco pes'os debe imponerse una mu'ta igual á la cuarta parte
del valor de Jo robaoo, aplicándose tambien la inhabilitación oara toda clase de
honores, emple0s y , árgos públicos ¡::or
diez años, si la pena que se imponga á los
proc•·sados fuera más grave que arreHo
mayor; artfcu!os 150, 351 y _152 todos del
Cóaigo Penal expresado.
Considerando: que fa,·or~ce á los r« s la
,,teouante de primera dase á qne se refiere el artículo 45 fracción 11 y XII del artículo 47, ror lo &lt;¡u( %pera el , a'or de es•
las cu seis unic'ac'es s•.bre aquella en cuyo caso ¡roced~ a~l c,·r nna µeua pnp0rC'onalmente mayor que el término med10
de la que fija la ley, µero sin llegar al
máximnn; artículos 35 á 37, 65 y 220 del
Ci, l'go Per al

tiíí4uese y dese cuenta. Así, ile6nitivamente juzgando. lo resolvió Y ~rmó el C.
Lic. Viviano V. Villareal Ma,g1str~do Interino de la 3"' Sala: doy fe.-Ltc.-V.
V. Villareal.-Lic. León E. n.ldape.-Secretario.-Rúbricas,
Monterrey, Octubre veintiséis de mil novecientos ocho No habiéndose interpuest,.,
ningún recurso de la anterior sentencia
dantro del término legal, se d~clara que ha
cansado ejecutoria d~ co,fnrmid a d con t 1
artículo 45I del Código de Procedim ento,
Penales. en consecuencia, líbrense los testÍmonios de estilo al Superior Gobierno
del Estado, poniendo á su disposición en
la Penitenciaria del mismo á los procesa•
dos Pedro Martínez Aguilar y Juan Hernández; transcr!base ésta resolución al
Juez in,tructor y arcbívese la causa. A~\
mterlocutonamente j 11zgando 1~ resolvió
y firm6 el C. Mag1,trado Intertno de fa
3"' S,la: doy fé.-Lic_ Villareal.-Lic.
L fón E. Aldape.-Srio.- Rúbrica~,

Coosicle1 aodo: que en toda sentencia con
iieoatoria se prevendrá qne se amoneste
al reo para que no reincida abor ándose· e
lns sufrimientos que haya tenido dur.nte
la instrucción y que la responsabilidad &lt;Í
vil no puede de cretarsc &amp;inn á in-tancia
de parte legitima; artículos r82, 208 y 287
del repetido C(digo Penal. P ,•r lo, xpuesto, con apoyo además en los artículos 5
10. 32, 49. 88, 109, r 15 y 348 del rnism0
Ordenamiento, se n forma la sentencia de
primera insta ncia que ,e rev,,a, y rl
acuerdo en parte con el dictamen del C.
Ministro Fiscal, se resllelve. Prim, ro:
Jnao Hernánrlez y P,dro Mnrtínez Aguilar son responrnb ,s, tomo autores, de·
delito de rcbo de qn~ se ha h cho mm
ción, y se les castiga con la pena de un
afio, nueve meses, veinticuatro día~ de
obras públicas y cinco meses veintiún día~
de arresto, que se contarán, para Martí
nez Aguilar, desde el treinta de Jumo del
corriente año, y para Hernández desde el
sietA de Julio ~igurnte. fecha en que fue
ron declaradc s l,1en pre,os, r&lt;'spl"ctivamente. Segundo Se les rondena tambien á pa
gar á prorrata en la Recandacióu de Rentas del Estado ,n esta Ciudad nna multa
de ,·eint1ci . co pesos ó rn rn rlef•rtn á su frir cada uno de ellos veinticinco días má•
de arresto. Tercero: Se les amonesta pan
que no reincidan Cuarto: Se les iuhabili
ta por diez afios para toda clase de honores, empleos y cargos públicos; y Quintr:
8e dejan al ofendido sus dertchos á salvo

r'fflSA"t!'l.•fo c.~ t! tr,11 opereC!"DU y &lt;'!'rtlftc¡;d,·11
defunnfóo qoe a1scom1&gt;tñ •U fgrlgn~flflP pBr&amp; que'°º''"º PUB eff!Ctc-11 al jo!clo en r&amp;f-re, o!~. J rom:o 11e pidp. t1Tf"Vlt11t11Be A]a 1ooe1lón del Sr Antonfr
Gof"rrero Llor-nte, qne lo es l11t Srs.. "o.rgul-¡a. Llt,re11Ul de Gurne.
,-,,1 entl"t'l'll~lí lr1ocorro&gt;nt.e11en el ll§rmlnodeocbodln todoa lo•
bl--UPI qnfl CllDt1ten 11et1&gt;dr11 en Pl b~lanceqn., nrl!C1-d1toon •~pcllln
, .. 10 .. QD" - .. ~p1&gt;dftc,-n b~I" lr,11 nombf'e11 ..Qftclna K&lt;&gt;uterrsy Fib•fcit AD bu o~. y pGf' 001uto, que ee ignora f'I dnmiouto de dicha
, b •Sra, bA¡,ta&amp;el .. la nntlflcsdón r ..• ..f'otiva
mecUo de edlotN•
4ª-' 11#1 tiob 101'o ' 1\n en el l&gt;erl/\dfnr Ofi.fll&amp;l y La V('1. 11e Nuevo L"ón
n la rorma, t~rmln..,11 que previene e1 artfrulo 16 del l'ódlgo de
P,oeedimhmto11 ntvt!e1. Ne Uff41DHfJ. Lo decn,tó J ftrm6 .. 1o . JUi&gt;t
~ de L"'tTAII del Ramo (1h11: doy re-Lto. Lnna,- Ltc. 1. Guefa
Gu1J•ndo. S ~oretnio.- Rdbricq.
Lo ont- 1e notlftc,i t. U 1. en et1ta forma d .. acuerdo coa el art
85 de) 06d'g'l A&lt;&gt; Pr"CP ihnl~n1c,,, '"'totl'"II.
Yonteney 17 de PebreN) de 1901 r-Lio. Garc,:a Gt.•judo Becr,o..
tarlo.
ln&gt;JS-167

en cuanto i la responsabilidad civil. No•

SECCION DE AVISOR.

NOTIFICACION.
.1ozodo d- Lotru de la 6• íraoclon Jodlclal.-De
Vlllaldama, N, León,
·
Sr. Nicolas Trevif'io.
Bn el Jololn ,¡eoutlvo merosntll q11e olgue el Bolle~
lllelcbor F v111a.-1, en 111 contra eo6re cobro ele
°" 88 ~ dictado on aot.o que 4 la letra dloe:
"";, 11a•dama velntioéle de Febrero de mil noveolen•
too ~n~ve.-Ágre,t,ttJo el anterior .-tt.o 4 Juicio 4
que •• rell•r• y como oe pide, cltese par:_ "';,_D~n~•
ea articulo Nottnqu-. Lo provey6 Y =mu e ,
Jaes de Letraa de la 6• froco!óo judlolal_: damoe (6 .1,fo. Gu•Jardo.-Marlano Santo• Trev&gt;lio.-Jo•~ B.
V . llarreal. ~ Rllbrlceo.
Lo que ee notifica , Ud. en eota forma de coníorm'dad con lo dlapue1to en el art. 78 reformado del

Có~lgo d• Prooedlmientoe Civil••·
VlllaldlJm• M•rzo 2 de 19{HI.- l,lo. 81m6n &lt;luajardo .
~A-lllarlano Santos T,eviilo.-A-Jooé ll. VUlan'f'al.
o.28,U

Cia. Minera The Ajuchitlan Mining and_
Mi!ling Co. S. A.
COVOCATORIA.

Por acuerdo de la Junta Directiva se &amp;vtea A Joe.

oa. aoolonleta• que la Asamblea General Ordinar!._
preoorlta por el art. 22 de no&lt;Btroo estatuto• tendri.

S

1ugar en Pl domlollfo del PreP.ldente E:n uta olndad,

c•1le do Hidalgo 224 á las eleto y media de I&amp;
del dlll trelnh y nno de m&amp;rBo próximo.
Ordeu del Día
I Informe del Consejo de Adminletrao!On .

tu.,da,

J[ Informe del OomJBBJio.
lII Aprobación, en su caso, del•• cuenta• y balan-

ce dE-1 aiio.

Elec,ción do loe miembro&amp; de IAJ11nt&amp; m,..,,_
tlva.
EDICTO.
Mont.errey, N. L, Marso 4 de 1909.-John T I&gt;&amp;
Juzgado de Letras de la e fracción Judlclal.-Dr. Bell.
s.o. y Tes ,
.00021111:
Arroyo, N. León.
Oon eot.e fe&lt;lw e, radico en eat.e Juzgado elJ•lolo de
NOTIFICACION.
Intestado de la lira. Petrs MendeJln de Castillo, vecl· J uzgado 2, C, nstltnoional de Sabinas Hidalgo N
IV

na que fn6 pe este :\Jnniclpto.
Lo que 96 pdblioa en esta formo., para que las per
s&lt; nea que se creen con fü1recho á. la ber&lt;-ncta, ee preSAnr.en i derluol1'lo f'D el término que marca el art.
1686 del CGdlgo de Prooedimlentoe O!vllee.
Doctor Arroyo, F~brPrn 12 de lJ;.08 .-..Llo. M. HJnoJoaa.-Leocadio M. Gond,lez.-A-L. Danrte Ramoa.

León .

En Al Juicio delnteatemeutar!a delS.lior Juan O&lt;lD·

dlf z Trev:lfto, vedno qufl fa6 de esta VHla, se ha d!otado un auto qne 6. la lf-tra dice :
Sab:nae Hidalg&lt;', Septlf'm bre nueve de m!l noveoientoa ocho.-Como lo dispone el C. Juez de Latras,
ocnvóqaese á Janh á. los herederos del finado Juao

o .v.17,20,23-156 GonzA:e,Trev!lio y no al albaoea Sr. Pablo de loa Sen

EDICTO.
,Juzgado 2° 1le lo Civil, --1 • fracción jndicisJ. -Esta'::o de

Nuevo Loón.

Von feoL1t e~ia dAl flctual y por dispoelot6n dd n .
Ju~7, se radicó AD e&lt;\te Ju,.gado e! jatclo de inti:-etado
del Sr 'l'ecfilo Trvlño, v.-c1J.1" que fué de rsts cfur!ed.
Lo qne ee bM'.e R• beral pt'•b 1h.•o ti find( qu!:! !aepeteo•
nea q1Je s&gt; cro,:m cou dntrhn á la herf&gt;DCil', se prf'efln
~,m á -1edar•ir!a.drrt·o ilir,1 térmiuo qne fij~ el art
166.!í de1 C'6 Hg·· flg Proceiltmit:r,t.nfl f)J-vil·,a.
Mout. rrey, Febrerv 22 de 190] ,-Lit&gt; . .f. O '""f"
Gua.jardo, 8rlo.
o.v.17,20,23-ló6

toa pnr eetal' ya notificado; y por cuanto al heredero
Victor Gondlez cuyo parr dero se Jgnora cftuele pormedio de edictos que ee pnb lco.,.An por selR veeea con
intArva1o dP qulnoo dtes en ~l Periódico 01lfclal del
Eet8do y la Voz dq Nu~vn l..e6n, Bfiial§nd,Bf psra qne
se presente á rec1b·r la Notitl.cadóJJ df'l slndido 11nto.
Fil término &lt;to tres m"aE1r1 que s., conlarlln después de
bE-&lt;:ba Je. últtma publfoacj6n, de r.coHdo con lo dispuPato en til Art: 659 d~l CéCl~o Civil, y si df'ntro de
.1fch l téi·m'nn no e,. prN enta.rse re cell brarl la J anta
el di&gt;J que se flj e 1 1.t que e •rá rt1pre-so:.ntad,1 dicho eu
R"'f;t'l por EiU eefiore. n- adl'e Dr ñn Apolot fa. Riiznnrto,

~ -t fíqu1a,. L-, prevt-yA y flrraó Al O .dlral,if" 2•' lo•
,:ttl rtuarw f~.,....Gr.•Jorl•· F ores Go;07,a •. Ar-cita. -AA.nil~tacio l hapP .~Rdbrf: a,·
NOTIFICACION
Lo qu¡e. se pubUca. en ~et t-,rmn de c,~r.f&lt;-rmic.\ul con
,lnll(&amp;iio 29 de ?o Oi\"U -1, fracc't6o .J.:i.d!cial...:. Fietsdo de Nue,o
lo p?'f"~Crit,o Pll ~l Art,. 6-18 (!61 Cti01go Q1~il:
León.
PiiblnaA Hld:i:Jg,,, 8eptif•mbre Q de 19oq.--.01egorfo.

Sra. 1farg-arit~ Vorente de Guerrero.

Fn ,..¡ j11lclo (ITdlnarki mnC&amp;!lt·l rronwvld{') p; re\ Sr. Ll(I. }lf'[•
l{nei Tu,v ñ e, mn "P:&gt;'1era.1c• -le n F' 1&gt;rc:s:o A.. ( Ardemui 0&lt;.n1r11
fo,;, ...l'e... R C!l,1''10 Jl. 'Vf'I y 4.ntonfo GU&lt;\fr['TO l,lor~ni., ~bre D:'1"i
i1&lt;,1 ""''"bode.dad R'-'l e&amp; C'!Tdenas J Cfa. se dh;tó un atito qne á, le
·etri" dice
'-lo;,tfrT@Y, O~tobre vll!lfltlnueve d., m11 nov.oalentoa ,..cho -Por

"e

"°"

PREGON.
R"'póh 1f"~ Mfloxtoa.na.-Pns\denoia Muuicipal -Mon
..,, rr1,&gt; 1 N. L ón.
A l~s 'l"'e d" la mflña.ue. d,:i;l rlfit 24 dfl 1oe f',("lfrfentftfl,
"" el St:t 16o rlEI acnerdt e df'l R AJ untflmln•t"', y ~1

·,I mf'ljl)r oostor, Sfl remfltllrá en publfc"" euh1-.sta m,

t&gt;1:rreno &lt;le propi• dB.cl mutiicipal que &lt;'l;mpnnde nm,
•no 0·rfl:~1 ,1 rfo 280 SQR m.,,tros &lt;'U~druóce y tlt=-ne pol'
• ·\in,, ;1p&lt;'if'ls lr-s, iJ?•:i ~r.t i:i: J&gt; l NC!, te, &lt;'flmino lt la Vj.
1 · r'Je .._a, Uai;c, ¡••l ~ur \ 0-tentt=-. tArr,-,no del Monlcl
oio y Pl Pnn1nntA, propli•d!id c\1=¡ lo~ b, rederos del Sr.

Juan B. Gonsfilez.
Darante el término de las publíooclones, quA SP bB
rAn tn&gt;e vwea, de afete en atete iJíae, y Meta la hora
"la hl aubaeb, BA &amp;dmlttrAn posturas que cubran la
" nt,Maddfl$,100.00. cs. ooatroolentoa peaoa en qne
l'I atd, valorarlo dlr•hrt teTl't"D'l; b,i;jo el oonoopto dP
que se leoonoede al deri unciar.tl3 el df'retho del tan ~

to.

Monterrey, S d~ Ma.-1110 de 1009.-P . O, Martfflez _

ll. RamlrM ..togutano, Becr,tarlo .

202224

Cía. de Esped"1culos Reynera,S. A.
Convocatoria.

E!lores.-A-Gonznl Aro'r ... ·-A-Ara t.:.c!o Chapa,
oS.0222'

NOTIFICACION.

Juzgado 2ri Oonstltuoi.onal -Arrnmbetrl, N. LE6n

Sr. Patricio Escobedo.
En e-Jj11icfo f j•cut·vo 1onc1mtll q•u, en &amp;ll contra !'ltinlJ Don
'ill1¡uel /\. Bf&gt;IDll, h• tPcafdr, una Oell\f!T'cl• del tf!Dt;r lli¡nt,ntf:
..,.rrambt-rrl, F.-bn-ro l'f'Íll dP mil DOVfd1&gt;ntn11 [;Q"l"rP ......D ... corformtdad oon el antuior dlct•men del o1mlll&lt;f•no Juez d .. Lfin H
de Hla coarta fracold ri Ju&lt;11cle.1, HtP Juig~rto fl\11&amp; f-) p,~e~ntfo nP11rclo neolvllí11do: qDA procl!dfl&gt; la demsnda ~i~cutlva r, rmalat!a
oor el Sr. Hlaa•l A.. Betna e n OODl,a de Patricio EP~blldo; PJI caya
vhiod e• de baCFne tranOfl 1 nmall. de l(le blt&gt;Dn emb -rgad&lt;'a 7
&gt;+.li le o rden• 8P h1gA, (lt')D ltl pro1h1ctci -~ pairue la l'tUDl'l que H
iemands. fotcyee"• leg1lr11 y las coetH del ju 1e1r,, Notlftq11e.e y
?15mpla1e en tadiu FU• pules. P.! Otnd1t1hDC1 Mod"'fitO Tunee Al.
,de 2ti lt1cal nplt"nt.e Ht: lo decretó, firm ando oun 1011 d e ulst-J&gt;d a
Doyt'1. - M~e11t0Torre1,-A- V. J,TorrNI- \ -,l. Marunea-R1'brloe:e.
'
'El dlt1tamen, que u ,..-..&amp;ere la pni!noerta re90J11cl611 ooptaao 1,
la lt1tra ea corno tofgoe:- Ua eello que dtoe:-Jtugado d~ Le'1a de
4t fr■cc16o jttdloial de Dfcto~ Arroyo, N. IA'11&gt;.-0. Alc~Jd@ 20 d•
.\rramberr!.-14e he impne•to_d Eo laii conl!!tat1c1aa que ob,aro eD
el prH.,nte juicio de Ju cuales &amp;pllf'f'Ot&gt;: qtl"' hablando d~mowbl'lo
at1te Ud. el d'lll ~fe de Jul1o dt-1 ello a"tl!'rior el Br. \llguFl A.
Relua en la vh l:)E'&lt;lntlve mera-nfll al S, ii1r P&amp;trlcfo E11oob d o el
d"' la 1nm• de orb,nta y cuatrt"I llflOfJ 0t bn centl4\'CIII r~ri1ando-111:i d~manda en un nag&amp;,-~ de pJau, v@mddo okirgat\o pr;r d
io man,.flilo ero fnc,r dp, Dc,n Mn:imll1H!O IA.&gt;nolr el dfa veinte tte
'il ~t n br .. r!r mil T';,vf&lt;rh,nt~ 81'1 4f'tP, rna1ro mt&gt;•ffS lffl rih.:1.n, raUflOO U . . '1· ,jrn'1l'n,.,,b,, ·t !!lr- r,q,¡1rl~dPp~goa'demards•
d , "!J n•. b~bl'"'I' ,., n ·fll.-'1" l• ,-mh · r,di 1,,,, b·e· r11 qo,. ,....,,tlllf&amp; "" Je
'1i•ht:er ele. d+it r eh. dit!t. J alt&gt;ft&gt; 11,, Jor,10 lf' rr ....1,., que , 11 • l termino de tre, d!i\l! flfl :&gt;re11,ntarA el JDtJJHto , bRC'er t&gt;l ps;-t· de J11.
GU'tll~ qne 1!111 r&lt;&gt;clama. 6 lle ODDBletll A la lj"CDOfóJJ n parL
•11° t,Dla '"Ofpclon•@ qofll b&amp;O&lt;'J' T&amp;ler "!J no babl@ndn cpne,t
•n ,nin,rnna d"ntro del lérmlno Ql:I" parn dlo ee le OOJH&gt;:id1~, ctt6
U
·U''P:'°&gt; A l!lol!I PArtf'I! pu-" 11~otenola, de remato. -Ah,na biei:·
D• b!P do co,,ltt,. Pl fl"C"'"'º lo• tramtt,-1 !-,ralea flD la rorma fndl:
fl.,,,w. 11",,"0',f rml-'a_. O&lt;'" lo -•f'&lt;'••pºu'\.,n pr·r f' I e.rt. 1404, 1'h11 &lt;'ddtgo
d O.,.m .. rf'l1.-.crPr,qn•-t b Ud f111 r,1 n"11oclo .,n 1011 rrulen te■·
trfimtno,.--Prlml'ro: PrNf"d,- la ,t, ll1!Hll11\, J~rnHva (Mm nin.da por
el Sr. M'lgnEcl A. Rtilna 11n contra, de Ps t ,foic l!ltoobed • eo eonl!!e-•
oaencl• h aR•se t.raDce y remate de lae b:en~ embarg&amp;¡(Íoe
oon:n f)!'Odacto plgueae A aqael la eama que nolama lnhreNt1lf.sa•
~, J l•a 0011ah11 del Jntcto . 8E-Rt1t11'1,: Notirrqne~ g, mi opla16a
.P••b at&gt;KD1ri
!JI Ja ll!ITIC!Of&gt;f'tr11:antgla!1Ja 6, l• ley -Doctc,
~ ret1, 1 d N 111011
1 t~. ~ - Rluojn1n1 . Rdbrlcu •
,_
l...,q , ,u,n&lt;&gt;•fll~~, U 1. 1m eeta forma en CumpllmfflatodIII Jo
mau'1,,..o .,,. • J ~ntff t"'l•t-tvn y !'le 11cuefflo con 1o dlepuelJ".o
t
art. 78 del C'6 lfg('l 11 • Proc.d.Jmteatoa OITllM
por e
Af'&amp;mben1, P,br"tfl 11 de ltoD.- ~tcbin d.tl T&lt;lrc- -A-V 11,
Porr... -.A.-.1uaa Mfodtuer.
• .._ • •
0
21

""11'º

""º'°

U,.

Jn•••d•

riA Let,....

EDICTO.
rle las• fraoo!On Judlolal.-Ltna

re~. N. 1.,,611.
Con f~bA. dPI •Y"' 1 ~ r,H~tr6 fin Ht.e dP mi ror O ~]
Julolo d111 lnteeti:ime11t;..rta A bienes de ]a &amp;flora &lt;fJestl1111 Out'érrez Vda. de Be.oltiea, vecina que fn6 d8
eat&amp; ciudad.
"
Orden del Día.
Lo
qu• 18 mBnd• pnbHcar •n el Per16dlco Ollolal
1
1 Dtennttr y aprobar l~s cusntw, que pN188Dt!I la ,d " Traeno quA BF1 ectUa ,.n ef.tJ1 Ciu ~ad de din; en
TeM')rerls.
~AS
QtlP Ju tM&gt;,,.._.naa quA ª" f!NIID Of!D dne
11 A o ~t11r lq11 medlil1111 neoS1F&amp;rlM, et, 0..0 el, cu ~:mini:, ~j!j:1J&gt;rM-6'1lten' deducirla d81ltro del ,
11
br1,.
,.,,~u. q PA"'t,,, e dA l.11 C,impaiita.
Ltnaree.. IP.:ffl!'o
llf•nt.Prrey, M""-' 9 1" 190 •.- RI Ptteldeote Pat.t A--4--.. C
de llk».-Llo. Lulo Trevlll&lt;&gt;.olo V. Mllm~. -114. Q urog• S .,l'etllrlo,
'
so
•-- · GaNlla.-A-Anlonlo Herrera Gor,la.

Oontorm'3 t. lo ,uepuf'sto en el Art. 89 de loe f'-•t.tu
t-.011 de Js n ~mp,- ñtP, 138 ootivoca. A Joe BNIB. AOOionhi•
'i •A, A8Slmbl"'a 01&gt;neTRI ·Rxtr&amp;&lt;'l'l'dlnAria que 8~ reuutl'A ..1f'lf" 17 1.. \f ,- r • p•rx mn 4 'aeñ o. m. en el dee~bo del Teatru J D.1: .. , z, b· Jo h, 111 eufente:
1

tl"'"hP4""

'"ª

'f

PERIODICO OFICIAL.

J·

o.20,28,N;.

do de N. LoOn.
Con fecho 10 del acial

.., radloo en ..to Juzgaio el
jlliolo de IDt88tado del Sr. Albino E. tlartlnoz, vecino
que íoé de esta Ciudad.
Y por dl•poalclOn del C. Lto. Maoedonlo 011 Trevllio, Jaez 1? de Letrae del R,mo Clvll de l• I• Íra-O·
ot6n Jadioiol del Eata•Jo, .. m•nda poblloar et preeente edicto tres veces di diez f!in diez d1as ,.n el

PREGON

EDICTO .

EDICTO.
l,ugado ti de lo Olv!J.-1• rrooJl6n Judlolal.-Eeto-

Juzgrulo

r.

ele lo Oriminal. --1• fracción judici&amp;l.-Bs•

b\do d e Nuevo Lel\n.

Sr. Francisco Soto.
En la causa que se Instruye oontra Emilto Ooztés
por Al delito de Jeeionea, ha reosfdo un auto df"al tenor
eigalente :
Mont')rrey, prfmern de MaYzo de mn noveoientr--s

nnrve. -Slenao necf'sa.r la f'n este j utgado 1ft. oompa ·
Perl6dioo Oficial del Estado, y en Lt. Voz de ~-uevro rsoenola del S ñor Francisco Soto, para la préctioa de
León. á ffn de qu.e las persona que ee orean con deN una diligPnol.a judicial en ef!!ta avEJriguscióo. é Jgnoebo á la bereuola. ee presenten d. deducirlo en et rá.ndcse eu actual 1 rnldencla, cit.68010 pcr medio d t
adictos que 8Af'"tb icarán trae V8ct8 O&lt;HBCCU'.ivee E&gt;U
t.llrm!no que ••tableoe el art. 1685 del Código de Pro el
Perle•"~~ o..;.olel dflll Estado de &lt;"oufo,1rmidad con
oedlm1eDtJB Civiles.
l\f:ontaney, ló de F.ebrero de 1909.-Ltc. Jesé Juan loe ,., t. 2; , 231 "-•l Código de Prooedlmlentoe Pena•
fln de que comparetc11 d"'Dtro del término de ltW
"Vallejo, Srlo.
o.v.17 20-2H56 lee,
publtcacionfle ó á. Jos dif'z. Cías después de h[j(•ha. la
d tlms, reo -m,ndánd06fl á. lo policía. 1nveet!gne en pa•
i-odno. Lo '1eoretó y firm6 el C Juez 2'.' de L~trae
EDICTO
1nt.erino de1 Remo Penal: doy fé.- Lic. E :8. OuajarJu■¡tad~ 2·• Conetltuclonal. de la \Tilla de &amp;otlago, do. -Lic. M. Bep1l.lveda Garza. Srlo.~R1l.brlca•,
N. León.
Lo que ee manda publfcar en cumplimiento de lo
Oon fech&amp; eeie del corriente mes se radicó en ftl mande do en el e.oto vreincerto

Preldd8Deta YulolpaJ.-&amp;an Floolil Hlda1go, No~vo Le6a.
A la&amp; din de 1&amp; m&amp;fiana del dfa a neve de Mano pr6xtmo ell el
u.lt.in del B • .Aynntamt.. nto de eate llitaolotplo, al me-Jor pntor d•l
rematad en p11blloa anbuta no teneno de e l(ldo11 c&lt;Jmpueeto ea
currt-ata y ctnoo &amp;rae treinta y elete t:netrog cuadrMloee
1 ochenta y onatro centfmetroe cuadrad.e ■ oollndndo por e-Mofa
oon la Oomr• ñ1a\~emtcnio1 Hld11igo 8. A pcr e l Ortents 1 8ur con.
t-er rano d9l Ferrooartl l_nteri:aclonal lf•x-Ícano, por el Poale11.te. CA
iJe de por medlo con t nreno■ del Br. Franolsoo Loz.a:ao.
Dar•cte el tfrmlno dA lee publlcaotonee qoe 11e hado i'.'Uatr'&gt;
veas copeeoutivu dfl ■ late en eit,t.e en etete d(H y baeta ti, bora do
la ,ub1urta ee admltlri" poetnras quB cnbrA.o la cantidad de 115.DO
pel(l8 e n que h&amp; aido jo11~tpreol&amp;do dAcbo t.er111no. bajo el c.&gt;l:!OfoP•
r.o de q\le 119 ooncede al denooofante el dP-recho del ta,;ito eo el re•
mat,e IIJndldC',
San Nlcol'8 Hidalgo, JI de Febrero de 1909-JON lJaev&amp;.-Dao lel J . C.atmo.
~
161811

EXTRACTO

A,eocla de la Bear~tarfa d• F~mento en et Ramo de Mtuerf!,
eo r•enith(l,
El Sr. De.ole} Me. Oreha11, Nort·-A:rnerfca,nn, moyer de ehd r
de ula vPOhldEld, en e,crlto ¡¡.rl?l!fDtado &amp;la &lt;"tfclo• de, ml oa~go,
con fech!l ~11!1 df.11 !lctual aollcta una OOIJCPf.llón mlner11, ñe rlo@ p"-·
teneITC'iAS par~ la ex,1lot.atrt6n de u1:a mina ab•mdonada 00D'1 ·'da
oon f'l nombre d8 •S&amp;n hidro• slt&amp; si brs 1•1 f llpio&amp;fliO QD&lt;' dfvM,. lo!I
C'flñouPe com•cll\oa oti-n loe 1· omhrfB de •1.ne Tomate•• y Ml .. Hnl.211.,b•» de n,tajorl11dlccl1Sr, debl601foa" de fürmfllr con l"lkba,i pe t1;•
.Ju•!lado de Letraa de la 2• fracción Judlclal el Juloio Llo. M. Sepdlveda Gza.
o.Hl 20,21 Dt'nch1e ou p-rr.lelójl'rmo reotll.n!rolo de 100.1eoo mf!troA en eet11, forde tnteatnmaLhrta df!l Sr. Antnnlo Marroqofn y so
ma: pa1'tlt'ndo di;,. la bre&amp;•mtna e.- roedlr~TJ 2li metr('II el N. estro'l6espoH la Sra. Ritg, Rodrfgnel', vedn&lt;~e que tnerón de
mtco; de allf 711 metroa a! o~etP: ioego lf.0 metroa 1.l Sur-; All &amp;egnld.6
ioo
m.;lffls f'l E!'lte; deaqut JQ0 merr. 11 111 -Norte f, Joe1ro l'l6 m-ttroa
eat&gt;I\ Villa en la Oongr,pgaol6n dfl 81n Franoieoo.
! t-ara Jl;o,gj.T el prlmt&gt;r punto. No hay p,rton~nr. •11 fl'!t., ...". "' ~"Y por diepcslón del mismo Juzgado se manda pnNOTIFICACION.
rrtll'\or. JW't'O oomor,.fe-renclae ee citar:!: al Norte elos.ñ6n de LQI T~
bltoar p'lr tres Veo('&amp; dfl diez flD diez dtee en el Perl6mates: al C:&lt;fi6n élel B"uizs(.'be y I&amp; mooteñ, por l('la fltroa raroboa
Jusa:&amp;10 20 de lo O ¡.J,-1¡ tr&amp;ocl6n j11:llclal.-E9bdo da NUVfO J.111, 110lk-ltud M reg!¡.t.tó bajo t.l l'dm. 406, Ueveri ~ nombre
dtoo. Ofich1l y Voz dtl Nnevo L,6n, de confvrmldad y León.
•ll:t1tbe-e~ y pMA su 1D(lnaura. e" nombró como l)E!rlto el Sr. Andrú
.,,..~ tha
•trs del ert. 1680 del Código de Proce&lt;JI•
Toscano de uta v,olnih1d qoien 1M:r?1tó f'l o•rgo,
Sres. Sucs. del Sr. Rafael González SeBe sbte un plHn di;,. cuatro u1~s5e para la 1ubit.a11olacl6n del
mientoe Olvlles.
e.:r:pedfeut.e en l· Btlírmln(ls de la I• y.
VIIIR de S•nll•go, 10 de Febrero de 19·9_ -O.vid púlveda.
Oerralvn,
Fabrero och'.&gt; de m1.1 novectentoa nneve.-E. A.
:'d.
Alanla.~A-Andr6a A. Uavazoa.-A.-lla,tfn C'anttl.
19 O:.il
Eq el Julolo bteoU&gt;cario p?Omoddo por el Sr, Lic. D!lnlelJ. O. Solfa G1Jt:6rre.1.
o.v.17,20,28156 Moralea
en contra del Br R ,fa,.l Oontile1. &amp;plilvod&amp; primero y
lafgo contra ea eucosión h~ tecw.ído una eentenc.:la quu en to oondnct-nte dice:
PUBLICACION.
Honter,,-y, t.relnta de E'leoro de mil i:ov&amp;olentoa nn&amp;u -V teto
EDICTO.
este j:i1c1o blpoteearlo promovido......................................................
Jntl{a.do do Lfltru de la 8f traca\ n ja.if.cla1.-t.17t"'?4'1
la vfa hlpott·carla 1 eu alla qne16 Naevo I.e6n.
Jnzgado!i? do lo Clvll.~1• fracción judlolal.-Eo ............... Primero ha proo,
t&gt;n pt1.rtf' vroindB la r:ccl6n rted,ui:,lñ1t, "n l• demaniia.--Q"c'gu!ldo: &amp;,
En et juicio
teafam1&gt;ntarfa A. b'.euesde la i=ira. Fnnc:lf!"I\ B,r·..,do de N León.
oondt'Jlfl, 1\ l\l eucri::ión del Br. BBfll~l Oon,11.\ez BB.:61't'8da ti. pegar
vectn• qtr.e fu6 de uta Oiudad, b;\ reoaf,1,o un
Oon techa. de ayer se raiUcó en 119te Juzgado el jut al Br Fcanotsoo Trevilio Aón1e11 la cantidad prestada. de l!eiofPt'ltos 1e.ngad6 Bedariga,
Jl68011 eea,,nt .. y cnntro centavos, 1011 inte~ legales E10bre auto que A la 1"trB dio;,:
-cio de intSBtarln de¡ la S a. S-:1ledl\d Trevtfio, vecina cat-0rce
te. cantidad oreetada de treolPntoe pFeos que importa la oblígaolóo
Linares, F~brero di~iooho de mll uov&lt;&gt;CIPntoa nn"'Yfl.-Po1' 11re•
d
d
,_
h t
11eotado ~o cu•nt.o hQ, lugar •11 d@"f"tho c,,o el a, ,t.a rle d"'r11.ooló11 l'
que fu~ del&amp; Villa de Ou9.dBlape.
eJonto emlln•JVtlt11&gt;n,..,sclnoo a.3 a Que se ve- 1,.Ktinutnfon6bllcoibtertoqaa,iflf!GCmPfñ1.D . a,f!fqaeBA ea ette
Lo que ee hace ea.bar al p6bl1co f'n ~eta. f,ume, para si"Nieelvelnte
r r Ql'le fil pliligo 1 1&amp;11 ooritr baciones qne Pll!l:Rrll. • 1 E ta.do por el Jurgadn el jnlelo de te.irta.ment,,rfa A blenea de 111. Sri.. Frilnol~oa
hipnttc&amp;rlo -TflrCf-r": ee 0•&gt;r.dPna ti.la mlama parte demac- 8&gt;Jrl1u1ir,da B~rl11ng,i; d6u&lt;cP loe 9-'l'IPO!I qufl prevtPnen lne n;fC'Dlo11
que l11s personas qt1A es crea.n con deraoho á la bc- o 6d.l'.o
en laac:,etss de est.f' j11•cto.-"uut.o: en c&amp;ao de no baceree el
1'8noia sepresenten á deducir'lo dentro del término de dada
p 11 gn de I&amp; oantldad reolam"l.d&amp; hi¡aae trauee y remate delos b!e• SO Y 159 i,o la r.,e,· dfl HtCieoda y Tlmbrfl re1t;&gt;f'ottv11tnPTite; ?&gt;-nblfn&lt;&gt;e b1DOteoe.doa y con 110 p,oduoto P"i'º al aor~dor. Notifrqu~t:1. queae
auto por tre1 Vl'!Cf&gt;II ron11ee11tlva11 en el PeT1Mloo Oflol&amp;l
lo Ley.
d• flnirvam&lt;-Dtf! .Jur.gando Jo ~81'\]~10 y fittn6 €JI f'!, Jae1. :l9 de VPO FJl TrU!!CO Q 11 't l'e f'dih ea !!!lt,, Olui&amp;d Y ,ift.,1e A ju&gt;itll (l les
Mont?rr~y. Ftbrero 24 de 1909.-Llc. J Ge.rr1:i GUl'l· A8f
LMtrae de Bam(l Oh-11: doJ fé.--Ltc. Roque de Luns,-I.io. J. Oaro1a h"'redel'f'e, "" conforru'd d con Jos artfcoloe lfili9 r 16'19 del mlamo
j&lt;udo, Brlo.
o.v.17,20,23166 GuaJ •rdo, Srlo.-RO.bdC&amp;P.
•ló,il¡ro, edlalA.nd'lae pata que tl&gt;11R" lnpr, @l "t'••lnttcuitro dBI ac1.0 que 80 lt1s no~tfto,a, 11. Oda en et&amp; forma en cumplloolento de tual i lat1 dt,.1.c'le la m,ñ ·n 11 • lllotl(fqu~B"" V- pro-ny6, nrm~ el
lo dlepoeato por el artlculo 78 del 06d1go de Pro0€d'.role11tcie Cirl- O. ,lu"r. d~ f,11tr 1111 d!!I e"" rr,c.:,t6n: l1ny fá.-Ve. Lu 1• Tr•vlño. ~
lea,
A. Agul! 1fn O. Garcfa.-A-Antoolff Herrer,. G 1rcf11. -Rdbrlea.
Monterrey, Marzo i de 1909 . t.!c: J. Garofa Gusjardo, RflCre.•
Lo que ee publloa de acuerdo oo.o lo mandado en el auto ineethrfo.
o. 19,20
ta.
EDICTO.
LtnMe•. Febrero i-elatloa:it,,o de mn nov"'Clen\ol nua-.e.-f~fc:.
1·
t.ul11 Tredfia, -A·-Agn1ttn O. Gucle..-A-Ant-onlo Herrera &lt;t11rJnzgado2, 0 delo Oi9il.-l . .s fracción judicial Es
a!&amp;.
ttt•~Bl

.r..

dldo

dfl

"••e

NOTIFICACION·

tado de Nuevo .Le6n.
Ccn faob&amp; de eyet i:te r11dloO en nte Juerg11.do el juioto de Intestado del 81'. L'o. Esteban H orca1lt.as 1 vecino qne füé de eeta ciudad.
Lo que se haoe eabar al p11blico para qne lott qn~

.se &lt;'resn con derecho A la herencia se prasentf'n 6
•J,,rottarlo dentro dflll término que oreacr1ba la ley.

Monterr,y. 26 de Febreró de 1•09.-Llo. J. Osml,
Gn•Jardo Stlo.
o.v .17,20,28156

EDICTO.
Juzgado 2: de lo Civil.-!! 1raool6n Judlolal,-Estado
-do N. León.
(km fecha de ayer •• radloo en eote .1nzgado el Joi•

'fflo de lntoot!,1.dO ds la Sra JoeefM Abrego, véólna que

tn6 de ~at.. oiud&amp;d.
Lo que ee hace 1aber al ptiblfoo, p11ra que se craan
--000 dl\reoho 11 hl heMucia, ae presenten , deducirlo
,en Al Mrmtno qne eefhila l.&amp; ley.
Monteff1'y. 24 de P&amp;brero d-e 1909.--Llc. J. García
0'1•jordo, Srlo.
o . v.17,20,28166

Jaipdo lo de lo Oivtl.-16

frlt,,(IOl6n}ad 1 cla1-F.■t.Bdo

de N,Le6u

Sr. Felipe Naranjo.
&amp;uel jo1olo ct,U ordhsarlo que aobre cobro de peeoe a1ga.e el
Sr. l,to Fo1Jfalto Vllla.rrflal Bffha .,tetado no auto que &amp; t&amp; letra dioe:
Af(lnterrey, veintll!let. de Fe1b,er.'.&gt; de mil no,eclentos nu-.ve Alja olo &amp;qne 11e r.-.e ..,e, y con fa11dame11to en los arte. 7081717
d~i Oóittgo. de Prooedtmlent.011 Cl'fllH prH60gue al deador qoe
en el tlrmlno de trea d11111 cumi,la con Jo dle;-,res\o en la seo ten et&amp;
~J..c•ntorl• P1'(1D11not&amp;da en e11te jotolo.-~(ltlf1qu&amp;1111. Wdecrefóy
firmó #!l O, Jaez 19 ffe LetrP.1 del R ,mo Oh11: doy ffi.-Llo, 11, Gil
Ttev'ib.-L1o JN6 Juao V11Jl•jo, ttrto -Rt\brlou.
Lo qt1e ee notttlci. A Ud eo ieeta forms, en cumplten.to de lo
dlepueet\J por e-1 art, 78del n6dtgo de Prooedimleotoe 01-.11e1.
Monterrey, Mrno 1 de 1909 -Ltc. Jos6 Juan Vallejo, 8rl0.
o.19,20

EDICTO.
Ju•g•do 2• de lo Cr!mi111Il.-l• l'raoolon Jndlolai.-.S..
lado de N. León.
En la 011.nea quo se Instruye &lt;ttJntra. GrPgorio Salinas Ohap11 J)'!r el dellto da abuso de oonft.ama. ae ha
diotado un aoto que á la letra dice:

Mont-:1rrey Fabraro veintldnco de mll noveolentos
nueve -.Siendo ner~sarie. Rote ede .Tnzg~do la presencia de loe Sres F1-1lt:x VJllarreal y T e6fl:lo Gonlá'es

para la práotlca tia dillgsncla• Jailo!alee ea esta lne-

trnool6n é ignorándose BU actual re-11fdPnofA oon fon•
1
iemAnto en lo dfepuesto por los GJ'ticntoa i7 y i,U del
U6dla:., de Procedfmlm;toe Penales, citeee por madio
de edlctoa que se. ppblioar4n tres veces OOli Beoutivaa

en el poP!ódloo oftolaL d~l Estado, á ftn de que.., pre•~nt&lt;&gt;n dentro del t&lt;,"IDIDO de la publ'oa,lón y di••
dlas despulla. Lo decreto y ilrm6 el O. JuM 2" de
·Letras !11t.e,lno del Ramo P•nal: doy f6.~Ltc. Gua•
AVISO.
La Junta Directiva, en seei6a de hoy, aoord6 pedir j•rdo. -Lic. Sept\ voda Oarm, s,10.-Rdbrloas.

Cía. Minei·a "La Argentina," S. A.

Lo que ee pub toa en eet"' forma en cumplimiento
peso por aooi6o I que se pagará e11. la Teso reria, calle de lo ordenado en el eut.o lncerto.
Mentnrrey, Ft..bzcré 2.6 de 1909.-Llo. &amp;pdlv-11:da
Re;abtica l!ilexfcan•.-PrMidencia lfnnlcipal.-Alonteney, N del Dr . Mlér No. 94, del 2 al 17 del entrante mes de Garza, Srlo.
o 19,20,BL
Mano.
Leóa, 8eool(ID lf.
A la■ dle1. de fa tot.6 ,na del d(a t l de M•r10 próximo, en E-1 SaMonterrey, Febrero 17 de 1909.~A. Far!as, T•eo-

PREGON

t\ loe Sres Accionistas la e:xhlb1ol6n No. No. 16 de un

16• de

Aeuaritoa d.el B. Ayuat11mlento- J en el metor poe rera.
o.18,19 20
lar-, n retnatar&amp;n en p6bltca rsobuta tres lotu de terreno de
11ropiedad Ahmtclpal que tleaan laa dimellOlonea 1 oollBdanclu 1tgu&amp;&amp;nt.e1:
Lote Nflmuo 1 ciompn!Dde una nperflllilil de 10,878,96 mstro11
NOTIFICACION.
1m.~,ado1, y linda: al Nortei, Qalle de Ayutla; al 8o.r oa10ft10 de la
VIiia aeBanfü•go y p,optedad de Ict1 Br111. Jfled11 A1anf1, Trlnlt'lad
Juzgado 3~ Menor Letrado.-Monterrey, N, LcOn.
Oo,m&amp;n y otn·e; •1 Oriente, n11a propiedad d e media maru.s.oa de
nperllclfl&gt;, y al Poni•nte la, corrfaut.&gt;a del Rfo lle santa Orh.dna.
Montoya.
Lo~ Nlimera 1, Ttea• cu,a n.pe,11\ole d,e 8, lllt.M meiroe cuadra•
doe, y linda: al Norte, calle deLEón Gn,ml.u; al Sor, c•Ue Ayo,
En el julcloej acutlvo mercan ·,11 promovido por el
tia; al Orietitf! Propif&gt;d&amp;d de loa s,e,. Jyfle N(lfie%, Franol11CO Ea- Sr. Lio. Gsrza Gonzálu, contra
1. ee ha dictado un
oontrhe 1 Pilar F11eute1, y al Poniente, tu oorrle1.le• del ruo de "UOO que • la ¡ tr di
.
Santa Cabt.rfr&lt;a.
Q
A
e a
ce.
Lote 'NGmero R. liide 1,98645 metro ■ cuadrado,, eletido en ■
Mon~errey, Fcibrero velntltrée de m!l noveoiPntos
-ooltndancfol!: i,1 Norte, ca.lle A~aca; al Bor, calle de León Gu1.- nueve -A eu.s anteoedentea y como 88 ptdfl, cítese
mi.o; al Orienta. propiedad del Br. Oes(lreo Rsplnou, J al Poniente c:nora ••liten la d
t
N tlrl quese. Lo deoreto
'00rr1"ntedet BfodaS&amp;nta.011tarlna.
.-~
e
e rema~--- o
Durante el «lrmlnode lM poblicaoll"&gt;D811, qu-.110 h•,.&amp;n. tres ve
firmó el C. Aloa]de 3° Li&gt;trado: tlamí'B f6.-Llo.
~.dqdeefAteenaletedfu. Yh-ut.alahoradela 11ob~ ee ad· vila. -A-F, G6mezGarofa - A-Mart1n A. Gonzáles

Sr. Elías

u

f!~!1:~!t:~»::r~:~~~~:i!:te°ro"e~::1::1o'!:dr.&gt;d1';t:•1t?•,~

~looooeptode de que• l• ooao&amp;deal denndolant• el derEcho
18 ele Pebrfiro:de lvot, P. o. lfarttnes,-B. :a~mt~
ll'N .Uplaao, eno.
t&amp;ID'.&gt;

t:!°~rre,.

y

n,.

-Rííbrioes.

-

.

Lo que 88 notffloa 4 Ud, en esta forma de aeuflrdo
oon el art. 78 reformado del Código de Prooedimient;oa Civllea.

Monterrey, 26 de Febrero de 1909.-Llo. I. Divll•.A-Gómez Garo!a.~A-Mart!J¡ Oonzález,
0.19,20

VENTA DE PRENDAS.
Loe d!as

. PUBLICACION.
Jozptfo lo df! lo Olvtl-lt traon16o jndlolal.-1':11h¡!o dit N. Letln.
llln Pl Jnlofo de qu·tbra del Br. León Bepdlvedaaeba dictado ·
UD auto qu• 11. la lf"-tra dice:
M:f'nterrsy, Ftbrero do11 de mfl noveoleotne ntJe'fa.-Po, ¡,reil!l•
tado con et eeta&gt;lo de coeota qoe se aoomp1Ba. F6r&lt;nf!11• ~S3fd!t•n·
te Y o.&gt;n h:lll.rlame3to en 10111 ar-ilnu'oa 1415 (r&amp;ooió.o I 1416 141~ Hit
Y 14t8 del Oód!go de Oom,:;relo, t6ngMs por tolotadÚ el fatof~ de
qnlf b.-a del Br. LA6o s~pdlvddwl a@f'í("0.re uB&amp; los bleu.,,,. Ubr lll, 00"'
rreepondPnota y d.ocumanto• -te ooarreob&gt;; &amp; cuyo efeo'o eete Jusita"-n D"mbu para 8lorU11né la•-~neuto,. ~rovt1lon11lea. r111pecth..
lOPDt&lt;- 11. lna 8'C11. t.ic•. L•l\'1 O FlorM y Brlollo "loral1&gt;e &amp; qul6ne9
CIIP leeba·~aeb ..,aun,mbra.m 1ento ,ar,-.Jn11. Ffect,.• J&amp;~le■; déaa
o,d,.n al ,\,{mlnt11•.r"ir,r de Oorrsce d"' e'!'!ta Ciudad p11.n, qu8 entu~
irue 11.t f'Zpreeqdo Bfn'11oo l" ro•rPl'P"odeoola qn"' v'""8'• d1rlg1da
ffl ea:on&gt;e ,," Sr. León -"e t1·ved1t, A qnten •"' prohibe b~Cf',. P••o 6
entrega, 0 !~ ■, or,l,.n&amp;udo&amp;~I"' e,d~mieQoe eutl'f"l(lle loiJ bleuud9
ao negoc:aolóo •l Btnrtloo Dl)mbrafo; ap&lt;&gt;rclbtdo dA e~nnda p11ga
en fil ¡,rf,u,i,. oe.80: y de declar•rln cu1p11ble de r,caltM&gt;fó6o, en lll
eecno&amp;: publfqoe,,e 1&gt;lltA a.uto PG" t,ee VPO!'MI oonaoontf•aa en e¡
•Peri6dloo 0llclal d•l lhtlldo,, y 1'",rfllh'"lft en la Olictna reapectt'fa
Nottt'rque11"' v en 110 or,l"lrtontdad cflmplafle con lo dbpa ..,to en el
arttoalo 1480 de r11ch"I O rcl "-oamlPoto,
Allf lod,,c,rei&amp; y .brnó ,il (J
Uo. ll'Jac,edro"loGII 1"r"'vlt\o. loPI t 0 de L"ttra9 dl'II 8tU!ll'I 0i'fll
la p,lmPn fraco16't jD!UOlt11, d , ... '"' -Lic. 1111. Gil Treviib..-Llo.
loe6Jul'l1:1 Vallo J.... ~f'Cl'f&gt;tntn. Rllbrtoa«
"'(lnt4Jrre1, i'.:breto 19 4ede 11K19.-Lto. Joe6 Ju11 V.UCJo. ~
o retado.
t8Hít

49

18 y 19 dsl actual y 8 y 9 de Abril próximo

EDICTO.
NOTIFICACIQN_
Juzgado 2• de lo OrlmlDaL-1• l'rlloolOn Judlo!al.-EsJcapdo
t°
Local
Le,trado.-Voater1&amp;1, Nano Le6■•
l•do de N. LeOn.
la casa de empeño 11La Idea.,,
Loq lotereB&amp;dos en ellaa, pueden ocurrir en tiempo
En la oaaaa qna ee Instruye contra Aguetln Kvp
Sr. Repre&lt;ent~nte de los Herederos de
h,bn á d(l;sempdiarJae, refrendarlas O presenclRr BU por el delito de robo, se ha dictado un auto qne A la
letra
dloe,
-.enta que Re verificarA con Btrreglo al reglamento
Dfia. Magdalena G. V da.de Garza.
vigente del ramo.
Monterrey, Febrero velntltr6a de mil noveclentce Villarreal
Monterrey, Marzo 3 de 1909.-Buoeeores de Trevlilo oueve.-Sfendo neceuria ante este Ju1ga.do la pt'AHnoa.
o.19120,21 eeuela del Sr. Andréa Weleon y dA 111 Sra. Fedora N.
Bu ,.¡ Ju 1olo •erbal orl!lnarto •Pguldo l!Or el ar. Oaofre Qare[a.
para la practloa de dlllgenolao judiclalee en eeta lns- en oontra dft In¡ hsre.1.eroe de Dii i. -.(agdal,.na G. Voda. d• flan•

ae harl1 de laa cumplidas, oorreepondlentea á loe meses

de ..tgost&lt;&gt;, Sepbre y Octubre de 1908, qoe oxlet.en en

truool6n é lgnor4ndose au actual rnldenola con fan-

EDICTO.
damento en lo dlspoeot.o por loe arta. 27 y 231 d•I Uódigo de Procedimientos Penales clteeelee por medio
Jmgado J• de lo Olvll.-1• fracclOn jadlclal.-Esta- de
edtotoe que s2 publicarán tres veoee oonseoutivaB
do doN. León.
etl el porlóoloo oficial del Estado Afin de qoe se pre
OJ&gt;n fecha veintld6s de F.:-brero nnterior, se radicó eAnte dentro del t6,mlno de la pllblloaoión y die• di••
en ••te Juzg,,do el Ju!clo de fotsl!t•d , del Dr Se-0o.ndl- d&lt;0pu6a. Lo decretó y firmó C. Juez !i? de Letras lnno Gana y Garza, vecino qu-i fu6 de eet11 Ciuda.1.
tsrlno del R•mo Paua•: Doy 16.-L!o. Goajardo.-Lio
Lo qne ee b 1oe eab1r al pdbl!oo par,, qne loe qu~ sQ Septlrvoda 01a., Sdo.-R1brloae.
'
m-ean con derecho 4 kl harenola, oourraa A deducirla

Lo que so manda. publicar én esta :forma en cumplimien•

en el término que fija la ley.
to de lo dispuef!ito en el auto in~erto.
M~nterrey, 4 deMano de 1909.-Lic . .1· Garo!o O••· Mont.rrey, Febrero 24 d• 1~09.-..Llo. ll. Sepdlveda
judo,-,8rl0.
o.v.21,24,~7 16~ Gza., Sr!o.
o. 19 ,20,21

Vlllarrt&gt;l'l1 e,. h• dictado oua 1entencla q11e eu la patte reeolntt••
dice como e111ne:
Non~rrer, Et:!Prod• mil n(lv,.rlet1to1tnu,...-e.-P...r lo ezpa•ño
VCOl1 •i&gt;"'YO '·D loa ar•e. '1158 y 815A d,.l '1ó!lt1ro Nvil 118 rt111Dfl&gt;lv&amp;•
Pr1ro.flto! "l'r.oedf'I ftl joiolo ve, b, I orrUnarlo PtOJllfVido por- fl&gt;I sr:
~a.ofre Ga•cf" Mntra la ...¡ra•. ,. 111'-lPDa G. Vd•. de Gan:'I V111arr ..al, ooothiaarto '1f'l"pule onnt.ffl •ns b~reder•"", e3lo pnr la oantldad ~f'llli.A'lto doca P'"l!l'le (t(oteot.. y olnoo OST'!kVOI!, PD 00nll80U9001a
~ ob,lg&gt;a A e:■ t&lt;&gt;e A p;,g.1,rh1 al 8(1\ot' e• oa&gt;:1t.idad mA.1 loa iotett&lt;!f'1'
lag¡lea d&lt;Mde la f&amp;cb~ dt• la d,.msndl\ hui• aquella en que 'f'"'rl&amp;que tsl pa11ro. RPR'undn Afl ooatteoa &amp; 10, df'lman.,adoa ~u lu o&lt;Hrt,N
óel ~reee1nte jolcto. Notif qu,·1'18. Asllor&amp;Elt'llvl6y A~m6 Pl O, Jues
2Q J.C:~nor /,e,tradoS,ulfJott'. D1m°" fti.-Lto. l. Villa.11e6.or.-A.L. dt'l B'.&gt;eqne.-A. B. P11t11,cloe. Bdbrlcee
Loquee'3nott8oa,UIN PD,.et• tnma de &amp;008,.fo con la
dbpueeto J)Of' el a·t ?fil d.ol 06dl¡p de ?rnc!'dlmfPntoa Olvllfll.
M'ontPner, Febrero 'lO de 19($.,-J..to, J. JI, Ville.lk&amp;or r·\.11. G6mip&amp;.-A,-B. P-1aolol.,
11WQ

�PERIODICO Olf1CIAL

8
~

AVISO.

Venta de Prendas.

NOTIFICACION.

y

tq Looal de Itmblde, Na..-o León.

Loe dfae 16 y 17 de Mano 7 5 6 ,4.f,rU pr6:dmo ee
se pondrán en aubaata pdblloe IIMI prenda8 de plazo
111D j ulcto nrbal menor de olea PHOfl, 1&gt;rnmevtdo oontTa Ud· oumpllclo de Repbre. 1 Ootabre ú'tlmoe, y las de pla
1111te e,,te Jmpdo, por D. PruoldOO de la Pelia.. ae ha dlotaclo an zo ooudiolont1l d6 Nov. Dbre. y Enero pr6xlmC8 pa·
aa!D qQe ' la letra dice:
eado existentes en 111, 0118&amp; de empa6o aLa F.vorlt.&amp;•
Itorblde, Boero ••lntlna..-e d e mU no•l!Oientoa 11UeYe-l'er preLo 'que se nisa A loe intereeadoe part1 que oco~i,
-tada J admitida con lne P"I'ª'~ orfglnalee qoe acomD&amp;I•, ea
- t i o ha 101,n en dereobo, I• dAmao,ta promo.tda p?r D. Pran· en tiempo hábil. , eaoarlae, reformalu, ó pNNDOUU'
~ de la p.11, oonua D. Jes.11 OonifJoa &amp;n cobro de let.ellta Y su -yenta que se hará de oonf&lt;&gt;rmldad con el l'el(la·
__,, PM09¡ J de conformidad oon lo qne dlepooe el artfoolo 100
~ 06.itp ne Procl'diml"ª"'ª Olvllee. 11111p1,_ al demaadado mento Nlapectluo.
pua que dentro de tree dfu qoe ee oont&amp;riD dHde el lllplenlle de
Hontarre7, P~ero 27 de 1939 -Oeledoulo OarM.
911 no1tloao16n d&lt;11 eñe aoto; oomp,. ,ezoa , oontea•ar la demanda
o 18,10 20

Sr. D. Je~ús González.

ftfer14a con ap ·rctblmlento de daree por oootntada 11egatl'f8- t e t111 no•ocmpa,-; mu como el actor maalfieata queae Ignora el domtctito d"I f'Xo~a1o Rr. Oon.11,IPa. de aoner&lt;lo con lo P•cirlto en el ""tfcnlo 86 d•l ml,mo l~Jgn, b'ga,e t~I "mp!Anmlea•
to por medio de edlclOI qn• pt1b 'loariln ..-n PI Perló11oo Oficial y
en BI Trueno de T,lnaree, y por e~ tu·ll qu~ ■• fiJad en la pn"l'ta del
Jaqado. Notlffqueee. La pro• • y6 y ftrm6 el O. Alcalde 2" Local
».moe f'e.-Aure•lano v ..1uco.-A-Eeteban B . Gowtes,-.\.Jaeto
Fernlnes Oald•1'6n.··Bt1br1ou.
Lo qu" ae no•tnca A U d. •n onmpllmlento de lo mandado en el
aato I s•rto y 11ara loa nn~a 1pga"'8
Itnrbl ◄t&gt;. E n~r&lt;&gt;~ de 1909,-AUN'llo Vel&amp;!CO' •A· EstehP.n R.

ª"

•om1.1ez.-.A.- Jnato Ferdndoc C'alder6n.

18Ul'l9

Cia. de EspBctácnlos RBynera 8. A.

Cía. Minera &lt;Todos Santos&gt;, S. A.
A V ISO.
El CoruM&gt;jo de A.dmletrnol6n en eoo!ón de hoy 8()()r•
d6 repartir f. cuenta de utilidades de esta Co mpañia
entre los aoolonleta&amp; de h mlema el segundo dividendo de $6. 000. 00 (olnoo mil pee,,s) 11. razó n de cinco
pesos por acolón
m p Bgo se barfi en la Oficina de esta Com paííí11 ca
l'e de Bidalgv No. 271 desde f'l dfa primr r o Marzo
p rd.xlmo en ade lante y en CAmbio del recibo corres

dio del preeent~ aviso pa'!'ll B1l conoo!miente.
E l C •nsPj, ,1A Ai!rolr•istreci6n en jnnti\ oelt1b rllda
MontArr f'y, F fbrero 15 de 1909."""'El Secretarlo. .Tu.
hoy 11oorrt6 • it 1' á Asamb e• Gn1eral Extraordinarl11 vend o Ylllarreal.
o. 17,18.19
pa1'a e hH.1 17 de "1ar,¿o prtx•m~ A lu 6 p. m. en el
d!!8pach.n del Teatro Juarrn. Lo qus ea h ijoe a11ber
A lna S res. Aocio nletas de la Oorr p e.ñfa, de conforml·
PREGON.
dad con Jo que prévlene el art 3 ~ de loa E~tatuw.e.
Presldt&gt;'1cla Munlotoal de Saa Nlco'á.• Hld-'lro,-N'l!M'O Le6n.
Monterrey, Febrero 26 do 190~.- 31 Secretario, '.\J.
A 16! d!ez de l&amp; mtii n&amp; del ata die&amp; de .\farro pr(l;dmo en el
Quucga.
18,l!l,20 i!al6n del B. Ayuutaml•nto de este Yuntol¡,lo y al m•j:ir .J)()ator ,e

Cía. Minera &lt;.Dolores&gt; S. A.
CONVOCATORIA. ,
P or áonnrdo de la Junt•1 Directiva. ee cita A loa
llrfa. Accfonlato.s f. Asambl11a g.;neral ordinaria ¡,ara
el d ía 14 del entrantfi mee de Marzo f. l11s 9 a . m. en la

Oicina del Sr. Andr69 M&amp;?t1n~ OArdPnas, cálle del
Dr. Jtler No. 94, pi.ra tr11tar sobre lo siguiente :

Orden del día:
lb:amen y aprobación de 1aa ouentas glrade.s
durante el ejsrcioio anterior.
n Aprol&gt;óoi6n ae las g"'8t lonee de la Junta Direo
tlv11.
III Nombramiento de la nueva Junta Directiva,
l'f Oualeequler otro asunto qne por el!Ol'ito ee

remat&amp;rf. l'D p1lb1c&amp; snb,stl\ nn terren o de egldo•, oompueelo de
din y nnPve becterae, veintlotooo a •ao v cluco,&gt;ntll y cl'1co m~tr~s coadradoe, c~and&amp;ndo por •I No•tfl c,,n terreno,: dol Sr.
F•anafsco t.c,zano y da la Ola. 0..mento Hl:lalgo, pnr el O:1,nte
cou ter...,noa d•I mt,mo Sr. Louno con el panteón Ynn!c!pal, oon
prop!Pdad del Prc,b•.J. J. Waldcnado Y con propl&lt;&gt;dad de Cemen109 bldalg&lt;&gt;, por el Anr oon terieaoa del Sr. Lle, For tooo,to de la
&lt;lana y Oemeot oa H'da l,t,, y por el Poniente con terrt!nO!O dfll Sr.
Fra ocl110o Lc,.an o y de lo• Sres . Demetrio Vlllarreal, Ftaholsco
Elltondn, Pt'dro Gallodn y Cemen to lild&amp;lgo.
Do•a11te el Vrmluo de las publ!c •clonee qae se h ariD cuatro
vec8 oon■•cntlvu de ll!ete en alete d fu h •at&amp; la h ora de la snbaata ~e admltl.rf.n pl)ll~nra~ q11" c obran la cantidad de$ '!00 b e!W'len w s peeo,i en q oe b &amp;etd,. Ju• tlpreciado d i&lt;-bo t.-rreno bajo el conoep-,
to de qne ee oonoede &amp;I denunol&amp;llte el d erecho del tanto en el remate alod1do,
San N:lool'8. HM&amp;lgo, 18 de Febrero de 1909 - Joa6 Cnen.- Daniel J . Oaotlllo, Secretarlo.
171818'l0

ptteent.e.

llont.errey, Febrere 27 de 1909.-A Faríae, Srlo.
e.18,19,20

Cia. llinera Mexicana. "Río 'fint-0"
S. A.
SEGUNDA CONVOCATORIA .

Po~ - r d o de lo Jnat. Dtzectt. . de eats Ofa. IIID- vext~
1111 Jlfo '!'In~ 8. A. • 0011voca A lot l!IHL "ac!onlatae de la mlema
a.uam1111... lfflleral OrdJuarta, que tendd 'l',lPlkath'O &amp; Ju 4!N
• la 1119111•• del 41a ?.8 de illano pr.,;1:11110, en la 59 115 de la
•lle de B. hires, para mtu 161 HUlltoa , q . . • N!Gete la Id-

Orden del Día

le J&gt;w-la 4el eatÑo de la . . . atdcc:iM!II,
'lit ~ de loe miembro• propletartoe J nplatee de la

EXTRACTO.

A~nol&amp; de la 8ecrew.rfa de Fomento en el Ramo ae lllllerfa
en tdcnterrey.
E spedlente No 1654- E l Sr. Arturo ~hm, da ft!Clmdad, la•
toli&lt;!ttado ante esta
doce pertenenolu minera■ qne .. nbtoarf.o en la m- del l'elota■o, qae ee encoeotra en la yertleate
No,!e de la Sierra 11&amp;" re qae pa'I&amp; al Snr de e!ta clo iad wyaa
perteM&amp;claa ee medlr,u en un reotAnplo de tOO metr06 de largo
prll:dmam•ntedoN. 11.,e.w. porSMdo..,,cho, d11 muera qoo
qnede dentro de dicho reotlngnlo, 68 metro• da di.tanela dt&gt; au,,
llneu S. B. y N. ID , una cata nnne qne ao&amp;aalm'"11te tl&lt;ane como 10
metroe 4e ca,Je oomt&gt;ntaado d" do, d • 18 oomon•~ el r,baJe, y qut&gt;
eati abierta llorbontalmente, 6 1eaeomo 110 -h6n.qat!CI• como,
800 mell'OII al N. S. aproxtmodo de un piquete da l&amp; lllln• E " B t&gt;b e
y como, u:0,1 IDMNM! lamblen al N 8 . de nlfa. O ,mo 1elh11 1111 m••
11ll.quealN.B.deaeta11:1lloltol1- A ltllllmetro y IDMlo
qaeda an punt.o que lM! llama et Pfnal, •' H :r oomo i ooa lttlóme&amp;roe 11R r&amp;uchlto ll&amp;JDl4o •Real!Ío;• &amp;1 N . 7 eomo &amp; 11A lcU6metro
queda Ñ P11ert.n de L. . IICoru. lliltoa nmlNI y dllltaDclaa apro.xlmadu. .to. me&amp;a1811 qae hay H al terreno aollollado ao11
p1omoeoa y tlerroeoe onn lf'f t!fl 11••tla Lat! o~ltndanolN mh!el'il,
11011 por el W. I•• p-,rtenencta,, d~ '• mina •B:l Pnu y aoa empl1 .cl~ne1. Beta aolloltud tieae par nombre •~rmantM y queda en .. u•
nJolpe¡lldad de Montem,p.
·
Nombn,do perito el Sr. IJJI° B. P . Bward, de N&amp;a Tencl11dad
, aoepbdo por '1 el llllrlfO, N abre IHl pluo lapNlffOlab!.i 4e caa·
tro - • .,.,. la taba&amp;A111!1ee16n del espedlellte 8ll A1ellOI■.,
deblfncloMdt&gt; 11ublltar al preMDte ea lee lhmlaoe de i.1e,.
llont.ne-,, ~ IIOQe 1M ,-B Vwea 1..la,ao, .&amp;pnte de •t•
aerla.
1~21

,.~el•

Ja.. Dtreettft, ,.,. el n - ilSo IOClal J nombramlent.o
del 0om1ftrie y 111 ,upeoüvo ni,leate.

I,') Q11888 MCUMlff' loatiNL AeaklDIBiaa, achfttll.1- qlMI
M M!aerdo ae lomai&amp; OOll el admero de aceto.ea Q118 NWo

f9lN'H"DledM de OODll:&gt;rmtdad 0011 la pe$ e!tlma del arto,
811 de loa ll!Mtaklll QN ~n &amp; la O&gt;m~ara, .

■ ~ Bpkaeto

L,

4• Jll(&gt;,J-81 PrellclQte, l!lpllMIO &lt;laaMI:
OaatCI.
l?WI

Cia. Manufacturera de Pastas yGalletas,

8ocedacl .An6nfma.
llralancc General, practicado el 20 de Febrero
de 1909.
Activo
Pulvo.

Jfercanclae Grala. en existencia t 6,846,01
Combmtitbl~.
.,
,,
83,16
Jlaebl•e y Utllee , en ueo
1.622,79
Haqa.loarfa.
, , ,.
16,810 03
Mana.el R Gaazf.1811. saldo , s f e
Ul418
l1annel G Vargas,
,.
,.
047,08
Oeja, exieten,·ii en efect ivo
44.67
Oa..nt,a de Varios, saldos á el f .
8 . V. O:tvares
"
,. Capital 8onfal, exhlbldo
For:do de R•serva
Oaenta de Dividendos.

1,014,84

1 080.14
20,000,00
04.93
1,720.00

t23,Dl8,41 $23,918.41

Xi Presidente, S . V. Olivarea,.-&amp; Secretario, M111H1el :a. Golllile7.
o.18,19,20

EXTRACTO.
A,renoi&amp; de la 8ecrehrfa de Foment.o en el Bámo

de liíineria Monterrey N. León.

Bxpedieate Nv Iellll,-1!:l Sr, Franolt!oo 1. Gon.11,les, de eata Ye•
emd&amp;d, lla aollolt&amp;do ante eata A1enola die&amp; pnlenenola• minen ■
que ■e ab!ouAa en el punto ooaooldo por oerro de Pleachoe. ea
llnlolpalldad 4&amp; Ytna de Mte Eetaclo debiendo pracücal'98 tu
medid•• enbr• an criadero mineral qne h•y en el tercer oeno 4.,
loe qar, N eonooea oo" el nombre de Picacho■• oomen1a114o , co,,.
tane de aur &amp; Non,,, formando na rectf.ngolo de qnlnlentoa metroe ~• larsa prNdmamente de fiar , Norte, por doei:1e11w de an
ello. de mallf'ra qae _qae4e d entro de eata medida y próldmunen• a la Mqnlna N. 111 IJl&gt;a oat&amp; YleJ• qae allf Hiñe J 11oe "' 'flata
el Bar, t.11lendn .,k b a oata como treametro1 ele oaole aetuaJ.
mffllW , ■ttoada eoma &amp; doaofentoa metros al 8ar del camino de lt ■
A4.l11nl.:e &amp; loe Bnalnltoa. Oomo 14'II-■ " manlneata que b •cla el
lu1'c¡a...tann puntoooaoc:ldooonelnoml,redePaert.o de p ¡,..,h..,
al Orlen"' q•e•a el oam'"º qa , . . p•ra la Popa; al Norte ¡,l cam ·IIO &amp; k'e ■actntt,,e, , al Pon,,.nte Hll •1 cerro 4e loe llnelnlv•••
aleado eatoa nimbo■ ,p,..:rto,a,!01 Lo■ metalea que hay dentro d ~
kffl'IIO aollcltadn aon tle•roeoe, plnmotll'I y llnooeoa oon te, de
plata. a.ta ■olloltat! tiene l'Or nnmbl• •Plcach,,..
l'fombnldo "P"Pl&amp;n el 8r I"""nt..10 Balol10 Orlb, lle Mta Yee!n,
4194 y aoepta,to por e1 "' oa•sc"" ab •e un plaao lmprorrosable de
ftM1'0 para •• •111Ntauolanl6n del ell)leclleate ea eeta A191l·
da GtllllNd-de palllloar el p,eae11t• eD e11 IGI t,rmlnoa de la

•ser•

197•

.lloatlneT, llnero ta 4e IIOt,-B, VüWa x-. 4Ae 11.

Oompdía~ Caroonífera de Sabiaas, S. 1.
A VISO.
Por acuE-rdo del Ooneejo de Adminlet.raclón, ee hace saber &amp;loa Bree. acctonfstaa de esta Oompaflfa, qQe
estando ya liatae las aootones definitivaa al portador
tonto Llberadu como Preferentes, ee entregarán &amp;itas lt los t enedorec; de los Oertlflosdoe l'rovislonales
emitidos, aEt! como 11. las peNonaa en cuyo m -mbre
apaucen N'g(stradas, verlitcánaoee el car,j ~ y la entregu. á. rattir del dfa 16 del actn, l 11n delbDtil, en laa
Ofbioas de la Oomixñía, calle de Dr. Mler N~ 91.
Los 8dl.~rte acoionist..s que no pueden personalmen ,e r a.x,j€r ene accion es se SPr9lrán nombrar un
apoderado p~ra. qae firm e el recibo oorreBpondlAnte.
MontH1'6Y, N. L. Fctbr 6ro de 1909. - Erneeto Morle

wa

o .17,18,11&gt;

E XTRACTO.
Agencia de 1• E!Ecretarfa de Fomento en el Ramo de llln&amp;Q&amp;
en LAmpa,.oe Nu,..,n T.,e6n .
Exp~dleute Nv 886 - Con f,¡chs 8 d e-l ornie.,te a la! 8 f.e la m11ñ,n &amp; se h " pr•eent..dorn MI&amp; t gntla el Sr , M&amp;ur1clo B.1'1'88 •eclllO
de e,,t\ Olud&amp;d denunciando nu, Ye 1)f'rtenenolas minera~ s. bu, t&gt;!I
terreno mlnerf.l con vetu y m&amp;llto&amp; q0t&gt; oof't.!enrn plats, p lo•
mo y i lno y •atA altuado en el nh,c6n &lt;le P•lo Banco. y pe,t.inecier.te f. la Slnfll de L•mp,uoa de e,ta, jurll!dlcoltlo¡ 011raa p,,rt•
t:eLclas•e medl!f.n en la Jlgurac!e un pdJgcno que linden
fitsna Jadoe con ~1 fundo minero ,La Pur!slmu Y 8\l.B lado■ , ot&amp;lltea
o.,n t • rr•~o libre, y ¡:one ¡:or n ombré A ute denuncio •Ampllaolw
Ala !&gt;u lslma•
A -1m!Udo el anterior dennuolo ea mand• JrQb'loar e n el Pe rl6dlco Olllcial dd Eatado oor t n~ veo,,a ePlftlld u y en la u bl11 de av&amp;,.
eo,, de eeta A1encla ))(,? un mea l' ee11ombr6 p-,rlto pu" 1&amp; med14a •
de eaie fnnd ~ al Ar J e,d s o. ll&amp;r11Dea d e eat.'\ •eolndad q 11len aoep , 6 el nombran, lento.
Lo qu s• h aoe 11otber al p1lblloo addrtl6ndoee qa~ desde eM ti).
cha a,, h,bre un plazo lm pro=pble ele outro m- a para !IIINteno'aol6n del Exol&gt;Clifnt,. en eaia Agnucla.
LamPNCe. Pebrero 14 de llm.-8. A, D. Jl',-Alejandro Beyea.
11119'11)

"ºª

•

EXTRACTO.

I

•fllltel&gt;Hr, hbrero H

lf'!lte

pondlent0.
Lo que ea haoo saber 11. los 8 r eP. accionh1t,ne p!!r m~- ro, Pr€1i3ldent8.

A VI SO .

-~

El que naortbe po11e eo conoc:lmtent.o del pdblloo
118 0011 permiso de ~ autoridad traaladarl pN)Jdma.
8 u oaea de empeño ,El Fenl;v de la calle de
Ja,ru d&lt;lnde act.aalmente ee baila A la eequhla 8 . • ·
de Ju callee de Galesna y M. .Antk la
Monterrey, Ftbrero de !POP ...-Trevifio Gza. :&amp;iult.
o.17,lR,$

Un

Buen A~tlto

Una Buena Digestión
Un Hígado Sano
Un Cerebro Activo
y Nervios Fuertes
&amp;tos son mejores qne la.e grande11
riquezas. y usted puede

Agenda df&gt; lo Sooret.aria de Fomento en ei Ran.o de».,...
ncria en Montf.rrey, NueTo le6n.
Exp. 1662 .......EI Sr. Pánfilo Sepdlveda de eata vecfn.
dad, ha solloikdo ant-e t&gt;11ta Agenofa 20 peYt, n1&gt;nclu
mioerae que se ubkarAn en el oerro del Fraile en
mu.ofofpaltdad de G11rcfa, y fürmando un ttct.Aoga.&amp;o
de 1000 mftroe de largo de S A N . por ll()() lie and1~
sobre el eapfnnJ del oerro que qued" al W de la
mua del Palmltal. La cabf\N•ra Sar del recttn,..i.
qneaañ t.."sada en el prim• :r banoo del Hplnuo q •
queda al W. de la anbirta df! la mesa del Palmlt.al, t!ll·
yo banco queda en la ve.-tif'ollte S. del ceno del Fraile
La lln6a orlent.411 del rectA111r11lo qoe ee mida quedeñ
traeada 0011\0 80 metroe al E. de una abra que hay tll
el t&gt;eptne.ao menctc,nV,o 1 ouya abr11 queda como 8lt
mf troe al N . d., d , n'.lf' quP&amp;trli la &lt;'Blvcera S. del :rect ogalo di, h . Ve mlnenilt-e qua bay dentro d62
t rr ..no 111-li&lt;rt.•·d ~n ftet1'0808 y p 1omcBOR oon plat&amp;.
E~ta eoll«tt-ntl eeri conocida onn el nombre de •Lr.
Orw•. Nombndo perito t1l 81'. lDg. E. Ortia, de eeia.
veotndad, y 11oept.ado por 61 el cargo, ee abre an pla!Jo
Improrrogable de 4 m"!M'II pan la sub.-,tianolacl6n del
expedle11te flll eata Arno!A, d"bi6odoee de pabHc•·
c;l preeenie en lu t6rmit.&lt;'11 &lt;i~ la Jpy.
I1fontene7, Ensro UI 1b 1909.-R Vald611 Llano. A.
deM.
1. . .

EXTRACTO.

obtener estos benefic i o s inapreciables
por el precio de un
frasco de Zarzaparrlll:i del Dr. Ayer. Es
la medicina mM efieag
que puede comprarse con
dinero. Si el apetito de usted
es escaso; si su üi()'estión estardia ó imperfecta y e~ siente usted
nervioso y dtlbil, le convendrá t-0mar

La Zarzaparrilla
del Dr. Ayer
Pone rica y roja la sangre, y comunica fuerza y \'Ígor á los nenios.
Si se siento usted ligeramente indispuesto, ó enferrno de gravedad, el
medio más seguro de restablecer
su salud es la Zartaparrlll:1 del Dr.
Ayer- el depurafüo de la sangre
más perfecto conocido de la facultad
médica. (~o contieno alcohol)
Cndo

rra,wo

OlftM,tfl " '

for,n.. ,... .... ,.

rotu.lata. .l' -W-t 'flU11tr. 1i.tt&gt;d u ,-.u u,/ d iA.,"{J to
qw, uptna d o lo Zarzapa rriJt,, &lt;.id .l)r,

.dyn-.

Preparada por el DR.J .

o. AYER7 Ol.A.

Lowell, .llau., .il. U. de A.

lMPR!i:NTA DEL GOBIERNO, EN . PA.LAOIO ..
'

llilffll Y.lRIMSfWOI,

A. Brondo Wb.itt.

�</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 20, Marzo 9</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>TOMO XLIV.

Monterrey, Viernes 5 de )farzo {le 1909.

NUM. 19.

·J?er-iódico 0ficial
DE1 GOBIERNO DE1 ESTADO LIBRE: YSOBERANO DE NUEVO ... L.lION.

---••··---

Las leyes, los decratos y demas disposiciones snperinres, obli1an por el solo hecho de ser Dnblicadas en este Periódico.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONIDICIONES. -ltste periódico se publica los Mártes y
Viérnes deradasemana.-Valela subscripción CINCUENTA
CENTAVOS al mes en esta Capital, y CI~CUENTA Y SEIS
Juera de ella franco de porte.-El pago debe hacerse adelantado.

Juxc:as

DB TURNO

En la próxima semana.
1? de lo Oriminal.

Lic.

JESUS M.

DEL

Bos~u&amp;

CONDICIONES.-El número del día vale DOCE CENTAVOS. El número atrasado QUINCE.-Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de adsos se hará directamente al 'Administra·
dor del mismo.

Paliw.

Oa.pil&amp;l Social.. ..... .
Fondo de reserva .. .
Fondo de previsión
Depósitos á la vista
con intereses ......
Depó~itos á la Ti1:1ta
sin interesea, ..... .
Depósitos á plazo
mayor de 3 díaa.
Circulación......... ~
Créditos-en cuenta
corriente ........... .
Acreedores diver-

cios y de inquebrantables resoluciones qne dC'•
$2. 500,000. 00 terminaron, al fin, la separación-entre esta por192,869.49 ción del Nuevo Mundo y el Viejo Continente.
Si affo por año conmemoran los ciudadanos
40,000.00

de la República., patriótica.mente unidos á los

22,320.SG Podert\s Públicos, la fecha de ese aniversario

glorioso, con mucho mayor motivo deberá ser
celebrada su seca lar conmemoración con todo
4,093,22 el impulso de nuestro civismo y toda la magni19 de lo Civil.
ficencia de un pueblo libre.
L1c. MAoEDONIO GrL TREVIÑO.
1.511,328.89
No se trata, no, de las ideas de una parcial. 274. 7U5 ·00 lidad política, ni de sucesos que despierten me•
morfas luctuosas pa.raalgnnos de nuestros com756,062.04 patriotas, ni ·que recuerden disensiones entre
hermanos; sino de la solemnidad del común,
sos ....................
318, 978.Gg hogar, de la fiesta de la gran familia mexicana.
Cuentas acreedoHoy que la República no atraviesa por ninMonterrey, Marzo 5 de 1909,
ras impersonales.
329,120.35 ~uno de aquellos aciagos períodos con que más.
una vez fué probada durante la pasada cenSuma de valores efectivos .. $ 6.950,477.54 de
turia; hoy que nada 11urge que pueda causarnos,
Caentasdeorden. Valores nominales 5. 456,000.00 inquietudes ni zozobras; que la paz pública
Suma total. ................. fl2.406,477.54 -dón inapreciable de los pueblos-se arraiga caLos CC. Leocadio Paez y :Ruben Fuen- El Gerente, Josd L. Garza.-El Contador, E. da día más en nuestro suelo; que el trabajoagrícola, minero, inuustrial y mercantil cretes fueron electos por la Jnnta de Escru• Velarde.-El Cajero, E. M"iguel,.-V? B?, El fo. cientemente prosperan, difundiendo el bienestar hasta los más remotos oonfines de nuestro
tadores de Santa Catarina, Alcalde 3º Pro- ~vent.or del Gobierno, Manud E. Gómez.
territorio; que cuantiosos capitales aflay,m al
pietario de aquella Villa y Regidor 4 º del
mismo; que so inauguraD grandes na-s interoAyuntamiento de la misma, en snstitnción LA COMISION NACIONAL DEL CENTENA• ceánicas é internacionales; que se multiplican,
los establecimientos de emeñanza; que el ciude los Sres. Eula1io ·Guerra y Cayetano
RIO DE LA INDEPENDENCIA
dadano goza de las libertades civiles¡ que nuesG. Cervantes, que nspeetivamente desemtro Gobierno es respetado por su crértito en e!
peñaban dichos cargos.
mundo financiero, y en el orden social poi• su.
Próxima ya la fecha del 15 de Septiembre de honrada labor de progreso; hoy, en fin, que louno, ~n que se cumplirán cien años de h$\ber- gramos tal sama de inapreciables bienes, merse proclamado la independencia de Ja N 'Wión ced á una ac.-ertada administración pública á
sentido del pueblo' y
Mexicana, ante semejante espectativa no oodía quien secunda el buen
,
d
' .
permanecer indiferente un gobierno que, 'lOmo que para nuestro pa1s to o es lisonje1·0, moti•
BALANOB llE.~SUALAL 27:DE FBRERO DR 1909.
el que hoy rige nuestros destinos, ha sabido le- vos hay de sobra para esperar que todas las
vantar tan ~lto l?s prestigios de la Repnblica. clases socia.les estén prontas y dispuest.as á to•
.Activo.
Por tal motivo sm duda, el esclarecido patricio mar parte en los r(\gocijos con que ha de ser
e.u.A.:
y sahio gobernante que es hoy el Supremo Ma- solemnizado el gran aniT'ersario.
La Comisión Nacional invita, pueR, á todos~is.trad.o de México, dictó, con la oportuna anExistencia en Cen•
los hijos de :México para que solidariamentetic1pamón
que
el
caso
requiere,
el
acuerdo
entral y Agencias:
caminado á organizar los trabajos preparato- unidos por el áureo vínculo de la verdadera li•
Ül'O Nacional ..•• S 518,900.00
rios de la solemnidad y fie.'3tas con que debe ce- bertad, presten sn activo concurso en la "'rau
Pesos fuertes -. . . 160,509.00
b
lebrarse
tan fausto aniversario; y al efecto de- solemnidad de la patria.
Moneda fraccionaMEXICANOS:
que
el
mundo
civiliza,10
nos
consignó á. un grapo de ciudadanos de b uena' voria . ............. ... .
GI,559.56
t emple en 1910, cobijados bajo el hermoso paluntad
y
amantes
de
su
patria
para
que
cor,s
•
Billetes de otros
$ S0-1, 3,f3.56 titui.dos en junta con el nomhri:. c1~ Co~isión bellón tricolor, celebrando la fundación de
Bancos ............ ..
63,365 .oo
Nacional del Centenari9 de ln Indep1-1ndencia nuestros lares, de aquellos amadoK lares CtUe
dé
In convenient,e unidad y direu:-ión á. cuanta~ ostentan el águila caudal por símbolo y escudo,
Valores realizable11
,
labores
se emprendan con el indicado propósi- y que tienen por principio y divisa: libertad.
de primer orden ..
757 798 30
paz y trabajo.
,
to,
por
todos
los ámbitos de la Repúbli~a.
Ott0s valore,, .. .. .. .
125 6
,
07.00
.
Una
d~
las
primeras
resoluciones
dt•
la
f',omiMéxico,
20
de
Junio
de 1901.-Gu illermo &lt;le
Documentos dN!Landa
y
Escanilón,
President-e.-Fmncisco
D.
684,641.27
s~ón
Namonal,
h.a
sido
dirigirse
átodoi,;
Hus
concontados ......... .
emd~anos, exmtando su patriotismo é invitán- Barroso, Serapión Fernández, Romualdo Pas•
Préstamos so b r e
prendas .......... ..
393 74 14 doloR a coop1&gt;rar á las grandiosas fiestas con quel, Fernando Pimentel, y Fagoaga, Eugenio
, 1.
q.ue ha ti;, 11ol1•mnizarHe el centésimo aniversa. R_ascón, Rafael R ebollar, ,Carlos Rivas, Porfi•
Préstamos con ga•
rio Parra, Vocales.-Jose Cosarín, Secretario.
rantia. hipotecaria.
3741316 31 rw del ruemortt ble grito de Dolores.
·
Toca
~n
suer~
á
la
actual
generación
vivir
Créditoii eu cuenta
en ~l pr1mer.am~ersario secular de aquel a&lt;'on corrient{', .. ... .. . . .
2, 456,000.00 tec1m1ento h1_s t6nco, que marcó la inqul"lhra,,
ta~le resolu?1ón d,-. la Nuev:i ERpafü1 &lt;le hacerse rndependiente de la a ntig1111. Mi&gt;trópoli, d ..
Deudoi·e!! di.vtirso~,
fri : ,-1 :.W.!i~ 11~r goberna~a ~or s.u11 propio" hi,io1-1 y 11e conH·
El de primera operaci6n que oracticó la
Cuentas deudorru,
tituírso en Nnc16n lthrP y á r hrtra ,I¡, S ll8 del-ti Jefatura de H acienda Fedtral
el E ~ta101-,, t.t•i.Oi nos . La ob1·a. do emancip,1 .. i/, 11 it1 i&lt;'i·uht cor d
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Cu¡:,1t:&amp;•1t•ordPn Vt'Jl8'- om'n/\11&gt;,;[i.4•¡;,\!1. l.(~1 lehrmo::iun1•u1&gt;ruo t·on 11\,•fl¡wiul'itl «'JJlu i'l" ¡Cclem. E.Jl E¿-r~so.........
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H m1a tot, l .......... · ·~·· $L! 40ü 4. 7 li! nt'l,. :i ª q~rn exc&lt;.&gt;pcion:tl fué tarnhién f'$f' &lt;.'Ol,
Juc,u Je ,vduo:-i .rnu, Jos, de inmewsos !:!a nf
EXISTENCIA ....... ..
I

PERIODICO OFICIAL.
Nuevos Funcionarios.

Al Pueblo Mexicano.

Banco Mercantil de Monterrey.

Corte de Caja.

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_,n

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l

I

�PEltIODICO ffPICIAL

2

Biblioteca ptiblica del f]stado.
A g- - ascendió el nú mero de asi~tencias
de Jec~gres en dicho E stableci miento, dnrante el mes próximo pasado, habiéndose
reci bido 50 pub!iC'.lciones periódicas Y ro
Obras uuevas.

Banco de Xnevo Lrón.

· ·, e'
Secretaría de Fo mento, Co1omzac10n
Industri ~ de la R epública Mexicana.
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SOLICI1:PD pre~entarl_a ant,° es ª ~cr ~. alla
por el Sr . Lic. t,a!ome Botdlo, en I epi esentaci6
Lar rald e,·d·L ic.
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BALAN OE MEKSUAL DEL

27

1909.

DE F E BRERO DE

PERIODIOO OFICIAL.

cer conce~iones á particnlare.s,
.par~6el me
¡
d
¡or aprovech a.mi~nt.o, ~n a 1rngac1 n, e
las ag uas de ¡unsdicc16n federal.-:-A Ud
C Secretario respetuosamen te pido, qne
p; evio recondcimien to de mi personalidad
d olución del testimonio de mandato que
Y
ev , , se· ·rv &lt;a dar entrada á la pr~'
acompano
51
sen te so¡·1c1·t u d, man dándola sustanciar en
¡os· ter
, mmos
·
l ¡
en su oport unidad
ega es y
d f . ·]
cuerdo favorable -Méx ico,
e er11 e su a
·
D. · b
, 1·11r1·c··1atro de mi l novecieR1c1em re 'e
'
h -S Botello -Rúbrica .. . .

m a teria , se manda pu blicar por t res veces , tos o c O.

·

1

durante un mes, para que las pe rson•,s que
Es cópia. México, Enero 16 de 1909.
se crea n con derecho, se presenten a ale- E. O. M,-E. M artínez B aca.
garlo en el término señalado, contado desde
F . 16 M. 2--16.
la fe cha de la prim era publicación.

A etii10-.
CAJA:

Existencia en oro. Cen-

tral y Agencias .... . $ 596. 085,00

Existencia en pesos

foertes Central y
Agencias. . . . . . . . . .

Una estampilla de cincuenta centavos,
debidamenta cancelada.

237.577 .00

Existencia en moneda. fraccionaria. Cen

tral y Agencias ....
Billetes de otros Ban•
coa ...... . ........ ,

Documentos descont,ados .. .......... . . . .
Préstamos sobre
prendas .............. .
Créditos en cuenta eo

55.11 9.03

.
3
923 686
34 9 5
. o .oo
·
1 03121519

·º

*
.

' ·
, • 49 5
,rn, .0 .4
3 511 lºO 10
· • " · •

rriente ....... . . . . .

Préstamos con garanti&amp; hipotecaria, .. .. ...
Fondos públicos y'\"!\-

3!,9~5. 95

lores inmediatamen-

C Secretar:o de Fomento:
·
.
SOLICITUD presentada ante esta Secretaría,
Salomé Botello, abogodo, con domicilio, por el señor Lic. Juan N. de la Garza r
para el efecto de oír notificacioues, en la Evia, pidiendo concesi6~ para ~prov~cba.r,
calle de San José el Real Nº. 161 por los como, riego, aguas del no de Salmas o P~•d 1'f L
Id L' F
d
quena Grande, del Estado de Nuevo Leoa,
seno!es A O O arra e, te. ern~n
la cual, de conformidad con las leyes de 11.
Anc1ra y Arnulfo Botella, personalidad materia. se manda publicar por tre• Yece,i,
que acredito snficientemente con el ad- durante un mes, para que las persona,s que
junte testimonio de mandato que acoro- se crean con, de(·ccho,_se presenten a •lepaño en calidad de devolución, ante usted, ¡¡-arlo en el term1_no senalad?· c~1;tado desde
con el respeto que se men~ce, me presen- la fecha de la prim era pubhcac10n.

°

to á ma~ifestar:-Que deseando formal- , Una estampilla de á cincuenta centamente mis poderdantes aprovechar en la
d b.d
t
e 1d
· ·
·, 1as aguas torrenrta
· ¡es que en vos, e I amen e can e a a.
1rngac10n,
111.420.99 época de lluvias bajan por el río de SabiC. Ministro de Fomento:
17.910.47 nas del Estado de Nuevo León, me han
225.000.00 apoderado é instruido para que me pre- . Juan N. de la Garza y Evia, abogado,
3 .947 . 858 . 00 sen te ant~ ~sa Secretaría de su merecido de esta vecindad con despacho en la casa
--'-'-=--- cargo, sohc1tando en su nombre, como lo número 174 de la calle de Matamoros, an12 99 995 34
•
·
. hago, la respectiva concesión para ejecu- te Ud. con el debido respeto y salvas la.
Pa.si••·
tar las obras hidráulicas necesarias para protestas oportunas comparezco y exponcaptar y depositar hasta 47.500.000 cua- go: que la comunidad de accionistas de
Capital social exhibido ......... ....... ....... .
$2.000.000.00 renta y siete millones, quinientos mil me- la hacienda de Santa Elena en jurisdicBilletes en circula•
tros cúbicos de agua, pudiendo así utili- ción de la villa de Zuazua de este Estado,
oión. Central y A.
.
zar
en l.a irrigaci?n hasta la cantidad d_e y de la que soy mandatario judicial, co2 267 567 00
gencias ........... .
.
r498
mil cuatrocientos noventa y ocho h- mo lo acreditan los instrumentos públlDepósitos y cuentas
tros
por
segundo, protestando respetar cos que acompaño, debidamente Jegalizaoocriantes i!. la vis•
ta, sin intereses ....
19.066.30 derechos de tercero legítimamente adqui· dos, y que pido se me devuelvan, pre·na
Depósitos y cuentas
ridos.-El punto escogido para levantar su toma de razón, por contener un poder
corrientes á la vista,
las
obras correspondientes se encuentra gen~ral, me ha dado instrucciones de socou intereses .. .. .. ... .
65· 773' 26 en e1 cafi 6 n d e1 no
, d e Sab.mas, en ¡uns. . 1·1c1·tar, como 1o h ago por e1 presen t e ocurD°"pósitosáplazo ma1.:197.899.44 dicción de Villaldama, Estado de Nuevo so, una concesión de seiscientos ve!ntiyor de tres dias ... ,
Acreedores diversos ..
737.902.12 León, entre esta Municipalidad y la de cuatro litros de agua por segundo, de las
Cnentas acreenoras
Sabinas Hidalgo del mismo Estado y á aguas de avenida, que baja el río de Salí.
i en personales .
7o.o 7 veinte kilómetros aproximadamente abajo nas 6 de Pesquería Grande, para aprove~6~.s
Fondo de reserva.....
360 649 · 19 d e la primera
·
d e ¡as pobl ac10nes
·
· eh ar1as en e1 nego
·
de sus tierras,
·
,
menc10tomanFondo de previsión ..
23 575 18
~. · nadas y en el punto en que los acciden- dola en la misma presa, y deri vándala
Fond? . especial de
preV1s1ón .......... .... .
100 835 .S3 tes naturales del citado Cañón son mas por el mismo canal, que tiene en uso para
Cuentas de orden.favorables á las obras proyectadas,-He el aprovechamiento de ciento cuarenta y
(Valores Nominaleo)
3. 047.858.00 de advertir que los terrenos que hayan de siete litros por segundo, que le corre!$ 12.099 .9g6. 34 inundarse con el depósito ó presa que se penden del ag ua permanente de dicho
El Gerente, R. J. Ga,•cfa.-EI Contador. construya, no son cultivalrles y tienen río, conforme á sus mercedes primitivas,
A. Man1'ique .-EI Cajero, Amador Paz.-V9B9, únicamente valor como agostadero de me- confirmadas por el C. Presidente de la
El Interventor del Gobierno, J. J . Parías.
diana calidad, compuesto como está por República, según título expedido el 28 de
las laderas de los dos ramales de la sierra Agosto de r905.-El hecho de carecer
que forman el Cañón de Sabinas, sin que mis clientes, habitualmente, á causa de la
exista dentro de la zona que haya de ser sequía, del agua permanente que les coinundada, rancho 6 posesión alguna esta- rrespor:de, y su justo deseo de cultivar
Secretaría de Estado y del Despacho de blecida de un modo permanente:
en u.na escala más amplia y re!'°unerativa
Fomento, Colonización é Industria.-MéComo c?nsecuencia. necesaria de las las tierras de la expresada hacienda, aproxico.-Sección 5~-Número 5238.
obras aludida~, el cammo de_ r ueda~. que v~chando las, aguas event~ales de ll\s ereLa Secretaria de Comunicaciones, con conduce de Y1llaldam~ á Sabmas Htaalgo cientes del I)O de referencia, son los mofecha 24 de Febrero último, me dice:
Y, que atraviesa e~ Canón en toda ,su Ion- t1vos determmantes de la presente solici" E 11
.6 1 t t fi . d Ud gttud, será invadido en una porc!on apre- tud, que hago con entera sujeción á las
ú
contes~c} n ha 1ª8ed Eo cioúl:l · dable de su trayecto; pero mis poderdan• disposiciones del Reglamento de la maten mero¡ 1;º 5 ~ ec a 1. f
1 nero 1 mo, tes se comprometen á sustituirlo á su cos- ria de 6 de Junio de 1894 y protestando
tendgo ~L onGor e ~ ,an. es ar el quEe e darrdo- ta, desalojándolo á terrenos elevados del respetar los derechos ant~riores Iegalm
yo e
as ornas, sito en e
sta o e C t' t ., b .
d
.
d . .
enN
fi
d . . mismo an 6n , sus 1 uc1011 a¡o to os con- te a qutndos -Por ¡0 expuesto .. A
0L 6 ,
. ue_': f ed n , 1a que se re ere, ; s e Jun s- ceptos ventaj osa, si se atiende á q ue el Ud. C M!nist~o de Fomento pido ·y···
d1cc10n
e era , por pertenecer a 1a cuenca
. d
t
h
.
· .
. .
SU·
, B
d 1 N t ,,
cam1110 e que ac ua_Imente se ace uso, phco se sir va admitir y mandar sustand e1 no
ravo e or e.
ha f
b t ·d
·
1· ·
. . , con mue
recuencta se ve o s rut o por ciar esta so 1cttud á fin de que en su
1 h
Lo qu~ tengo a ~nra de transcnbir ª las avenidas é inundaciones. -Pertene- oportunidad se ot;rgue por el c PresiUd. suplicándole se sirva ordenar se tome ciendo el río de Sabinas á la cue e h. d t d 1 R úbl'
1 ,
d·
1 d 1
.6
.
á f' d
n a 1- en e e a ep tea e tltu1o e con ced
nota e a ec aract n premserta
in e drográfica del Bravo, debe considerarse si6n res ectivo ' f
d 1
dad
d • • d. ,6 f d
.
P
a avor e a comunl
q ue surta sus efectos legales ,
• ,
•
e JUns 1cc, n e eral y comprendido por que represento. Protesto lo necesario, y
0
Mex1 co, Marzo r ?e 1909 -P. A. del lo tanto en la ley de 5 de J~nio .d_e r 888, a1itorizo al Sr. L ic. D. José María de la
S. S.-El
Subsecretario, A. A l i,uom.- y con fundamento en las d1spos1c1&lt;&gt;11es de Garza 1 parn rue reciba en
•
b
los
• d e1 E st a do CI~
· "' uevc esta y su ¡ey re1atlva
·
m1tnom
Al C. G obernanor
de 6 de Junio de instrumentos'1 de poder
·t ·6re d
L 6
M t rre
•
E'
.
.
Y sus 1 uc1 n a e 1 , - . on e Y·
18 94, que autorizan a1 Jecut;yo pa, a ha- juntos.-Monterrey, á veintisiete de Ene782 900 00
786··860·06
•

te realizables ..... . .
Deudores di versos ..
Onentas dendora,s impersonales. . . . .. ....
Mobiliario y útiles ...
Inmuehle ............. ..
( Cuentas de órden .Valores Nominales)

0 ·

,

GOBIERNO DEL ESTA.DO.

GOBIERNO GENERAL.

t

"'

•

__P_O_D_E_R_ L_E-6:I_S_L_A_T_f_\Tf-J.-

·º

Q

Presidencia ?11unicipal de Caderei ta Ji126 90
ro de mil novecien tos nueve.-J. N . de la 11 Id. de Mina .... ...... .. ....... .
,,
Id.
de
Montemorelos
.
.....
.
ménez.-.
N , León.-En la Ciudad. de Ca24 84
Garza y Ev ia. - Rúbrica.
dereita
Jiménez,
á los once días del mes
6 40
Es copia. México F ebrero 10 de r909. ,, Id. de Marin .... ..... ........ .
,, Id. de Mier y N oriega . . . .
5 31 de Febrero de mil novecientos nueve, estan'S O M.-E. Mrlínez Baca.
· .
F . r6. M. 2 y 16.
40 00 do á las diez del día reunidos en el Salón
11 I d. de Pesq uería Chica .. .. ..
..
G9 45 de Acuerdos, la mayoría, de los C. C. q_ue
11 Id. de P,uás
Id.
de
R
ayones..
.
.
.
.
...
.
56 98 fo rman la Corporación Mun icipal, y 1&gt;] 11111
S ecretaría de Fornen'.º' Colo.nizacióu é
,,
Id.
de
Sa
lin
as
Victoria
..
.
.
42
85 frascrito Alcald e 1°. en cum pli mien to de lo
I ndustria de la República Mexicana.
I
d.
de
San
Nicolás
de
los
dispuesto por el artícu lo cuarto de la ley
11
. . , . entaih ante esta Secretaría por
, Garzae .... .. ...... .. .
sobre contin gente :le hombres que debe
58
52
Sohc1Slu~ preEs ·1·10 'nallí pidiendo concesión
el rnor tm
'
'
a 1 ~ ,, I d. de Sabi nas Hidalgo .. .. ..
66 7G lar el Estado para el E jérc·to N :. c·onal y
a rovP.ch ar como riego, aguas e rio,
,.
Id,
de
Santiago
.
..
.........
.
763 31 i e lo dispuesto por la Superior circular
11ara P, 1 1 E~tado Lle N ue,~o L eón, ht c&gt;ual
Pesquenale ·
.
¡
¡ , ¡· 1· ., Id, de San ta Catarina . . . . .
172 Hi núm ero 36, fecha ro, de Septiembre últi. , d ele confonm&lt;lacl co n as e) es re a
l1.c1i.,u
so
,
¡ ¡·icar po r tres ,·eces. ,, Id. de Villaldama ...... ..... .
materia,
Se mantla pu)
236 01 mo procedió á sor tear uno de los individn1"ult.e nn me'i pRrfL qne las per s?nas que ,. Ir! . de Z-nagoz:J. .. .... .. .... .. .
58 13 duos que corresponde dará este Munici1:se crean C·,n dt'recho 8 a 1)reseuten cL ,\.legarlo
. 1, :
,. Bienes del Estado .. .. .. .. .. ..
300
25 pio como contingente para el servicio de
en el término señalarlo, que ~e empez&lt;tl~ &lt;L
,,
Fondos
para
el
Hospit
al
las ármas y resultó desig-na,Jo para dicho
contar des l e ht fetha de la pnmem pnuhcaGonzález
..
....
.
...
..
.
.
servicio,
por la suerte, d C. Domingo Pa250
00
ción.
,, Reintegros ....... .. .... .. .... .. 1,307 9f ,:heco, soltero, jornalero de 22, años de
Una estampilla de á ci ncuenta centa• 11 PJtricio Mil mo é Hijos Suedad , y de esta vecindad, en la demarcacesores, (cueQta corriente) 13,000 00 ción de Aten go.
vos debidamente cancelada.
,, Banco Mercantil de MonCon lo ~ne se dió por tu minada esta di'
C. Secretario de Fornen to.
terrey..
....
..................
...
9,
000
00
ligencia,
levantándose la presente act'l, de
México, D. F:-Emilio Ballí, mayor de
,,
Depósitos
.
.
.
.
..
..
..
.
..
.
.
541
76
la
que
se
remitirá una copia á la Secretatoda excepción y ve~ino de esta ciudad,
.,
Depósito
de
Fondos
para
el
ría de Superior Gobierno del Estado, en
ante Ud, con el debido .respeto,_ comperePalacio
.
.
.
..
..
..
.
..
.
..
500
00
cumpimiento
de Jo dispuesto por el artícuce y expone:-que teniendo· tierra sufi,,
Depósito
para
el
Consejo
lo
8i
;
&gt;
de
la
Ley
citada, y firmó el Sr. Alcalciente para aprovecharla en la. agrlcultu•
de
Salubridad.........
40
00
de
I.
•
doy
fé,-Policarpo
Gntiérrez.-Sera y careciendo de agna s.u~c· e lte para
-vero
García
Secretario.-Rúbricas.
regarla, ocurre á Ud .. sohc1tando .se le
Igual.. .... $ 57,910 97
Es copia de su original. Cadereita J iconcedan h asta Ja cantidad de trescientos
métJez.
II de Febrero de r909. -i"o!icarEGRESOS.
doce litros de agu_a por segundo, d.e los
po
Gutz'érrez.-.5.
Car, ía, Srio.
sobrantes que resultaren en la ca¡a de
arrua situada en el canal de la presa de Por Poder Legislati vo, .... .. ... $ 671 66
ur,0s Higueros, '' sobre el río de. Pesque- 11 Poder Ej ecutivo ... .... .... . ~;¡~~ ~~,
ría en la h acienda de San Antonio, cerca ,, Poder J udícial ... .. ........ .
d; ','Los R amones," Jur·sdicción . de Ca- ,, Biblioteca Pública del E stado ... ... .. . . . . , ........ .
dereyta, de este Estado. , L a cantidad de
254 00
agua solicitada la toma;e en e_l udn ~roo ca- ,, Tesorería Gral. del Estado 1,335 00
Diputación Permanente.
n al de dem ,sías ce la die111 cap e ag~a, ., Recaudació n de Montertey
(Cuenta de Em pleados) 1 045 oo clel XXXI Y Congreso Constituciosm constru ir presa alg una sobre el . n o;
'
pues dada la corta distancia á donde tiene ., Colegio Civil del E 1tar.o. . 1,939
50
nal ct el Estaclo.
,,
Escuela
Normal
del
E8tado
735 O(,
que ir á regar, 110 se presta pua con~•
truirla, sino á costa de g randes gasto;. ,. Academia Profesional pa ra
SESIOX DEL DL, 24 DE L,ERERO DE r909.
Señoritas . . . ..... . . . .
Me permito hacer obser/ar qne este r_10
945 00
í'r,·side,,cia dd L. .lurdz',, Lartig!le .
solamente ti~ne agua. en tiempo de ,ne- ., Dirección General de Instrucción
Primaria
....
,
nidas. que es c1&lt;audo se puede aprov-"c!iar
í,O OC
Ab;ert&lt;1 1, &lt;, ( u CrTI.1. l•ct ;r¡ de act t
el "ºl"men de i zua. Aduuás, no existe ,, Ho.8pital González ... ..... . 3,252 .j(j
le
la ant.a,..i&lt;·,r. c:- 1ri r1~('1~ Vin fué ;l~f( b:;¡r
Lin.,Jn~ o,ra t ,ma más abajo. y por k, ., K'ndarg;uten ....... ........ ..
90 0';
En se 6 Lida, la ;-:."L,ttur'a Gi,.í Cl1t:.ih.Q. L, 11
mis?nn n, creo ln):a perjnício de tercei:o. ,, P~nitbnciarfa dd Estado
3,53 Ol•
lo
siguiente:
Por lo tanto,-\ l'd., Cº. Se:retano, ,, Segurid.ad Pública del EsOficio de 1 d Legislatura é!e Dqrango,
tado ..... .. . . ..... ....... .. . 1,:300 32
suplico se digne mandar s~ .t~amtte _esta
solicitu&lt;l, con lo que rec1~m e gracia.
11 Gástoa Extraordinarios . . .
l,34~ 2~ participando que el 16 del actual, abri6 el
- P rotesto á l'd . mi aten c1611 y re~peto. ,, Pensiones . .. . . . .. .. . . .. . . .
21 5 00 segundó período de sesiones ordinarias
Monterrey , Enero 26 de r909.-Fir 111ado 1, Estaciones Meteorol6gicas.
93 98 correspondiente al pri mer año de su ins'
,, Impresiones oficiales....... 1,405 62 talaci 6n .-De enterado.
Emilio Ballí. "
Se dió primera lectura á un dictámen
Es co pia. México, 24 de febrero de ,, Gastos de utilidad pública 4,086 92
presen
tado por el C. Diputado Pedro C
.-E.
O.
M.-E.
Martínez
Baca.
,,
Porte
de
correspondencia
84 29
1909
m . 5 y 19. a. 2 .
Martínez, rel ativo á la instancia del n o
,. Erección de la Villa de Colombia ...... .......... . .. .
120 00 Albino Garza, por la que solicita conmu
tación de pena , el cual termi na con el sl
,, Depósito de Fondos para
guiente
acuerdo: Unica. No es de ecceder
el Palacio ... ........ .. .... ..
500 00
se ni se accede á la solicitud del reo de
,, Depósito para el Consejo de
Tesorería General del E stado L z'bre y ~ obeS alubridad ...... .. . ... .
40 00 homicidio por culpa grave, Albino Garza
,ano de Nuevo León.-Corte de Ca;a de ,, Devoluciones ...... .. ....... .
sobre que se conmute en pecuniaria la
· seg,mda operación de los Ingresos y Egre· ,, Subvenciones ........ ...... .. . 1,100 00 parte de pena que le fal't.a ex tinguir, de la
157
00
sos habz'dos en es/a Tesorería, durante e,
que ejecntoriamen te le fué impuesta por
Existencia:
mes de Febrero ele 1,909.
,que] delito.- Queda para segunda lectu
En rentas del EsINGRF.Soa.
,
ra.
tado .. ... $
2,562 95
A Existencia que resultó para
S e dió igualmente prímera lectura á un
,,
En
depósitos
.
22,663
9,5 2
el día 1~ dal presente mes: ... $ 28,451.87
§,~~6 90 dictámen que presentó el C. Diputado Au
Igual. .... ........ ... ,.$ 57,910 97 relio Lartigue, que termina con el sig uien
14 39
u Recaudación de Aldamas .. ..
50
00
de
All
ende.
,
..
.
•
•
•
•
•
•
., Id .
te acuerdo: Primera. Se conmuta en pecu
&lt;l
da
Abodaca
.......
..
•
•
•
,
I
niaria la par te de pena que le falt a extin
" It\,
~ .
Existencia dt Fondos prapias del Estado:
de A asolo .. • . .. . . • •.
g uir al reo de homicidio, Candelario Can
41 89
" Id. de Bustamante ... .... .
tú, según ejecutoria de 9 de Septiembre
En la casade P. M ilmo é Hijos
98
"·
Id
de
Cadereita
Ji
ménez
..
.
de
:1907 ,-Segunda. El interesado, ente
., '
Sucesores ... . , .. ..... . .. . . $14 306 25
80 69
Id de Cerralvo ... .... .. .... ..
rará
en la Recaudaci6n de Rentas de esta
En la midma ( depósito espe- '
" [d.. de Doctor Arroyo...... ..
15 45
cial).. ... .. ..... . .. . .. . .. . . . . 76,480 98 Ci udad, lo que corresP.onda á razén de
JI 29 En la de SurPsOres de H ern án" Id de Gra 1. T revmo.
·- • • • • •
tres pesos por cada mes de la pena q ue se
38 39
" Id. de Gral. Escob edo . ...
le
conmuta. -Qnedó para segu nda lécrtura
dez
H
•rm
anos,
..
..
....
37,229
7P
" o. de Guadalupe ............ .
5S 74 En el Banco Mercantil d e
No h abi endo otro asu nto de que tratar
') l .
,
72 66
Id. de Garza Gar ma .. ... ... ..
se
levan tó la sesión, á la que concu rr ieron
Mon t~rrey.. . ... .. . .
2,825 82
51 9fi En e8ta TPsorería .... ......_. . . 2,562 95 los C. C. Diputados: Lartigue. :Madrigal y
"" I &lt;l . de Herreras . . ..... • , •
85 9·!
Td. de .Juánz .. ... .. • • • , - ·
Martíuez.--,Jurdw Lar!lguc, Diput. do
Total. ........ $133 405 7&gt;&lt; Pre~idente.-P. C. lriartfne.,, Dipntad_o
11
L'
57 31
Id de mares, .. .. ..... . , . • · •
34 \.15
,," Id.. de Lampazos ....... •. •...
Secretado.
,
Monterrey, á 2S de Febrero de 1909. _
,, Id. de Monten-ay (cuenta
Es copia. Monterrey, Febrero 24 de
de fondos ... . , . , • • , • 2,054 20 El Tesorero Gral., Dcwid Guerrn.
1909.-Rafael del Castillo, Oficíal Mayor.
l

Secretaría de Fomento, Colonización é
Industria de la República Mexicana.

3

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Secretaría ~el Gotierno Litre ySoterano ~e Nuero León-Sección 3~ Go~ernación y Guerrá.

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de los cambios habidos durante al año de 1908, en el estado civil de los extranjeros, residentes en Nuevo León.
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1

Nomb!'e del naeitlo.
H eriberto .. ..... . .... .. .........
Emma E .. ........... . . . .... . .. .

Heriberto B. Aldama!'l . ... ,......
Alejandro R. P orter . . , ..... , , . . .
F. J. Foster .... . . .. , . .. ,. , . .. ,
George W. Farnham . .. ... ..... .

).fa.ría Julia1~a . .. . .. .. , . .. . . . .. . .
l ,11 cila. .. . . ... . ........ . .. . ... . . ,
A na Lu i~a.... ....... . .. .. .... . .
.To~éRan t i:1.go. . ..... . ...........
J\la.ría . . .. .. . . , . . . . . . . . . . • . . . . . . .

Gu iller mo Wicker .. . ........ ....

José Hartley .... . . ....... , .....
Mariano Hernúndoz...... . . . . . . .
,vmiam O . Williaru sou . ....... . .
T. Ayres Robertson,.... .. . .. .. .
Panlino Dec1rnini. . . . , •.. . .... . ..
,folio Domingo.... . . . .... .. .... .
Cario~ Meyer.... . .. . . . . ......... .
.losé Sierra . .. . ..... . . . ..........
George Schirmncher...... .. .... . .
Alberto Do,e . . . ...... . . . . . . . .• .

,vminm, .... . ... . ... . . . . . . . . . . . .

Tl'eadwell .A.yres. ..... . ... . . . . . .
Danl e. . . . ......... . . .. .. . . •... . ..
Raquel. .... .. . . ... . . . .. • . . . .. .
Benig no . . . . . .. . ...... . . . . . . ....
Jos!J de .Tf:''-'IÍS O .. , .. .. • . • • . . . . . .
.Alicen ?ifal'in R . . . .. . . ... , . .. , .. .
Jl.fobel Ellen. . . . . .. . .. .. . . . . . . . . .
]\[a.ría. Clementinll .... . . , . . . ..... .
Vicente Dinfro . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ledovioo .. .... .. .. . .. .. . .. • . . . ..
Antonio Salvagno........... . ...
J\fargarita Elizabeth. ··· ··• .....
GeorgeN. Mac Donel l.. .. . .. .. .
Andrés Curt.... . . ...... . . . . .. . . .
Pablo Engleman . . .... . .... .. ,. .
Salvador .. . . .. . ........ . . . ..... .
Jo1é Flor García.......... .. ....
F ederico .. .. . . .. . . ... ... ... ... .
William Bangs . ... .... .. .. .. . . .
Uármen .. .. . . .. ..... . ... .,.. . . . . .
Santiago Cantisani.. ... .... . .
María Luisa . .. ..... . . . . . ...... .
Pedro Bota .. . ... ...... ... . . . ...
Oarlos O. . .......... . .. ........ .
Teodoro Moore ..... .-. .. . . .. ......
Elisa . ........ . . .. . ... . . .. . . •. . . . . .
James
Fielden., . ..... . ..... .
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.Manuel J . Méndez........ . .... .
Luis. .. . . .. ...... .. . .. . ...... . ..
Alfonso ,.rotion .. . . . . . . . .. . . .. . . .
H orten sia A . .. . . .. . . .. •• . . . . . • .
Guillermo H. Pue...
Vito E .. . . ...... . . . . . . . . . .. . . ..
Ninfa E...... . . . ....... . .... . . .
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Leonol' , .. . .• ..••.. . .. . ... . ..... .
R amón Marty . ......... . .. . . ... .
Albiou .... .... • • . . .. . . • • . . . . . . . .
G . F. Brooks . .....•.... • . , . . . . .
~firma B.... . .. . . ...... . . . .....
Isidoro Rosenbaun .. ,. . ... ... . . ..
SteHa. ... . .. ........ . .... ... .....
Guadalupe . .. . .. . . . . .. • . .. .. .. .
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R oberto M. ... . . ...• • . .. .••• .• •.
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Marta C. . . ........... .. . . . ... ..
:Marcos Joseph .. . . .. . . . .. .. . . . . .
H ildeg ad . . ... .• . ,. . . . . . • .• . • . .• .
Venzel K l ugler .. . . . ,.............. .
María Ant oni!l.. . ... . ...........
Roberto D u _Bruisson ....... . ... .
Al ma . .. . ... . . ...... .. . .. . q • • • • •JorgeH. P r1ce ........... . .....
Edward.. . ..... . .... . .. . .. . ....
Ro~r~o.C. Brown ... . ...........
.T,oaq uin ... . •. . . .. .. . . . .. . . . . . .. .
L upwm10 ·Sánc.hez. . ..... . .. ... . .
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Georg~Cooper ............ .. .. .. ....
Jn antt. . .. .. ... . .... .. . ........ .. .
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Arturo... ..... . . . . . .. . .... . .. . . .
W1lh ~m Wood . . . . ..... , . .. . . . . .
Kathleen... .. ... . . . . . .. .. ... . . ..
A m!rew Mc Means....... . . . . . . . .
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Her1berto A. Houser. ... ...... ..
Lidia. .. . .. ... . ..... N. ....... ......
Edua~o Estangel.... . . . .. . .. .. .
Juan . ........... . ... . .. .. . . .. . ..
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remetr10 M endoza .. . . . . . . .........
J~ma C .. . . . . . . . .. ..... . . . . . . . ..
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José. . ... . . ...... . .... ... .. .. . .. .

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St . Louis Mi~sonriE . U .........
Vi zcayn, E sp;úl u.. .. .. ..
Tenn essee . .g . ( 1 ... .. . . . . ... .. .....
St. Louis M issm iri, . . . . ....... .. ...
V om o. lt!!.li1t. . . .. . . . .. ...... . . .
Barcelona.. F.:s¡mffa..... .. . . . . •. . . .
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Willininlwl'y, ~.\ letni.mia.

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J osé Bercbi. . ..... • .........•..........
Juan Vilarrodona. .. .. ........ , .. .. . . • . .
SalYa.dor Ba.ffa . . .... . .... .. . . .. • . ... ..
Nicolás 'Ferl'ara ......... . . ... . . .. . ..... .
Luis Día.z Seaelle . . ..... . ...... . . ..... .
Th oro as J . Billion ..... . . . ... .. .... . . .
,Tuan de Lauro .. . . .... . .... . .. , . . ... . .
R oman Canales .. . . ...•.......•. . .. . . ..
L eon Lacoste ... . ... . • . .. . . • . . .... . .. .
Grill Chalupa . . . .......... . . ..... .. . . ... .
L eon Votion . .... . .... . ............ . ... . .

Panl Sthulz . .. . .... . .... . .. . . . .•.. . . . .
George Chester lt iarter . • . .. . . .. . . . ....
E nt i.9..~e Orandgiard .. . . . . . . • . . • . . . ..•

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M11l Vall ey Calitnrn 1n .. ... •. , . . .
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Sal t Ú! o. Con.huila ..
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M fa ic10, D . F .. .
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Gua.dttla.jara, ,falisc-o, ... ,. ... . . . . .

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Dolon•,.: o orrt&gt;a... ..... ... ..... . .. ......
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Za.ra¡-oza E spaila. . . .
Líbano Siria .... .. .. . .. :: : :·.. ......
Torrac~, ltalin .... ...... .. . :::.:::

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Oubera , Espai'I&amp; ..•. .. . ...•........ ....
Keifor Arabia ........ . . .. . . . .
Jt&amp;lia. ........... . .. . . . .. ... . . ... .. # ·
Esp&amp;i'ia . ... ... . . . ... ..•. . . . .... ...
Sibley , E. U .. ,. _... ... . .. .. .. . . .
Jtali&amp; .. . . . .. . ...... . . ... ...... . . ,
Espa.n a. . ..... .. . . ~· . . . .• .. . . . . ....
To lon, Francia . . .. . , . . . .. . . .. .. . .
A ustria . .. . ..... . ..... . . .. . . . , . . . .
Francia . . . .. ... .•.. . . . .. .. ... . ...
A lemania .. .. . .. . ... . . . .. . .. . . ... .
L ondres, Jngl1üt rr ... .... . a . ....... ..

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Lu Vem e. Ioww. .. . .. . . . .. .
Aa.n Buena.ven t u1·1., Oo,1.h11ila .
Saltillo Ooahuila . . . . . . . -· .. . . .. .
Cerrnlvo
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Monte rrey
V ictoria., 'l'am a nlipn:s .. .
Hungar.v ... . . . . . .. .... . .. . .
Gnnym as S01Hwa. . . . . . . . .
R omero U.ubio, Ooahuila .. .
Iliin01·111
J-fig-u eras, N . L .. ... . . .
Vil\11.l&lt;l:1.ma
lluford Georgiu. ... .

Re-;1it-a A y~lu. . . . .
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Com·epc:i6n Garoía .. . ............ 1 29
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Monterrey. N L ..... .. . . .

J Fecha de: registre

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Fran cia. ... . .
. . . ... .
La Vcrn ia, Tex:u s.. . . .. . . . . . . . . .

Lugar del naeimiento.

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24 A fiog_ [
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Mat·íu. ln1·11l'.
. . . . . . 21
Delfina '.l're\·ifio.
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J___Residentia.

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Nombre del esposo.

f:oh1&lt;l11d ~ai·za.............
E,;tPr OILvarf's..

Italia. ........................ . .
Rivarol Oa na~es, HBl iA..,, ... . .... ¡
8 . Luis M 0 E . U ................ 1

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l_ l,ugar del nacimiento.

Lugar del 11aeimie11to._J__No1~h1:e de la~n~ re-_
. _/ Edad.

1

1

Lugar del nacimiento.

Residencia.

Lina.re.-; N. L eó11 ... . .......... . .
'l'amaulip1\~ ... . ......... . . .
ll ignr-ra:s )l'. L ....•·. ~·•~· .... . .
Lixrnres N. L .... . .... . .•.... • .
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Guauajuato .... .
Ma.ptetonJ;:.U . . . , . . ..... .
Pnobla. .......... .
N. León .............. . .• . . .
Monterrey, N . L . . .
Alemunill. . ............ . .. .
M ontf'rrey, N . L . .
. ... ·~ . .. \
Aus11'ia....
. ...... ... .. .. .
JAnari:-s N. T,eó n . . . . . . . . . . . . . .
Monterrey. N. L... . ...... .. . .

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Mont.errey . . ... . _. , .. ... .. . . ... .. . . ·
Lin~rc:, . . . . ·.._._._·. ·.'.'. ·.-: .--.· ~·.-:·.-. ·..•. ... ..
M.onL•rrey ... , . . . . ... .. , . . , . . . . .. . . . . .

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Linares.. .. ..... .. ........ . .. .. . ... .
Mo1!te.r!ef...:..: :.·-· .. .. .. , . .·.;.~-- ~-- ·.· :. "...

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Febrero
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De:f'u.nciones_
Edad,

Nombre del falleeido.

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1 \ Carlos Schultz ... .. .. .. ......... 76 arios,
2 Auna S. Addingtou ...... .. .. . 25
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3 Gé01·ge P. Davicl .... . ... ..... 42
,,

4
ó

6
7
8
9

R m ilia Mata.r. . ....... . . ... .. ..
II. S tenson ... . . . .. .... .. ......
J, A. Green . ... .. .............
Safa Ganem . . .. .. .. .. .... .. .. ..
J ohn MilLon Alle n. .. ... . .. ...
Jorge G m ·r e tt ... .. .... .. ......
Gregorio Lloren te .. . .. , . . .
Dorotea All ene 'l'homas.. . .
'l'hom as J · B . Tbomas .... ...
Santiago Bones ..... ........ . ...
Julián Sáen z .......... .. ...

10
11
12
13
14
15 José VYinsteacl ... ... ........ . ...
16 Davicl L. Akier.. .. .... .. . . . .

17 O . S . P utnam .......... . .. ..
18
l9
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32

, ri clior Libonati .. ..............

José Maetley .. .. ......... .. ....
Ma1·y K. F aircbild ...... .. ... .
J (erman U nzicker ...........
Caiam c. L em . .. ...... . . ... ... .
Mary Yol'k "\Vheatloy. . . .
Luis Dupuy .. . .............
S u Schy ...... .. . .. .... .. ...... , . .

2
36
42
36

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1
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82
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7

meses.

76
58
29
40
2
20
32
12
68
25
2
30·
30
40
25
2
5

a!'íes.
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Lnc ila T a rnham .. . ... ,... .
Y . Onishi. ........... .. ..... .. ...
;José ,varg .... , ......... .. ..
F rancisco Alval'ez, ..........
Johannah Nayel. ...........
José Abud ... .. .. ,.... .... .. ..
Ema Elisa Porter, . . , • ......
33 Juan P ór ez . .... . ............. j 74

dias,
meses,
años.
,,
,,
,,
,,

meses.
años.
.,
,,
,,
,,
meses.
años.

1

Lugar del naeimiento.

Estado Cilil\ Residencia.

Prusia ................. ........ . Viudo.
San Antonio, Texas ... . . .. . Soltero .
Ten nesee, E. U ...... .... .. .. Casado.
Monterrey . ... .. ............. .. .. . ..... .. .. .. .
San L uis MiSBonri E, U .. ... . Soltero,
Dallas, Texas, .............. .. .. Casado.
Heben Ciria, Tarqu ia ..... . Casado,
Hous,m, Te:rns E . U ........ ..
Inglaterra ......... .. .... . ...... .. Cn•ado .
Espaiia ... . ... ....... ...... ... .. .. . Soltero.
. . ... . . .
Menphis, 'l'enesseA, E. U.
Francia .. . .. ....... . ....... . .. .. V iuilo .
Kansas, C ity E. U . .......... . Casado.
España . .................... . .... . . Soltero.
Laredo, Texas .... ... ...... . ... . .... .. .. ...
Estados Unidos ... ... ... . V iu do.
Yllinois, E, U .... ... ... ...... . Vi udo.
Tor torella, Italia ........ . .... . Cnsailo.
Monterrey, N . L . . .... ....... . ....... .. ..
S, Luis Missou ri, E. U . . .. . . . . . . . .. . . .
Chicago, E . U .. , , ... .. .. . . , Soltero.
.,
China .. . .......... . ... . ..... .
San Antonio, Texas ... .. .. . ..
"
Dept9 del Bearne Frnncia ..
Japon .. . ....... . .......... . .
Monterrey, N , L .... ........ .
" .
Japon, . . . . ..... ..... . ....... . Soltero
China .. . .......... .. .... .. .. . ... .
,,"
Espaiia ............. .... . ...... .. ..
Seguín, Texas . ....... ....... .. . . Soltero.
Buenos Aires, R. Argeentina
"
M onterrey, N. L . . . ........ .
España ... . ...... , ........ . . . . . Casado.

.

..

.
"

Monterrny.

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ParAs.
Monterrey .
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Cermlvo.
Monterrey.
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7"
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1+ ,",
23 . ,

1

-Edad.

1

Enoro l O 1908.134

••"
"
Mayo

"

-----

Nombre del fallecido.

\~•eclia del r;gistroJI

Ednn.rdo A nde r8on ...... .. .. . .. ..
:35 Fn1,117, Gustavo Schul zt. . .........
:3¡j Lu is Lee . ..... ...... . ...... .....
;J7
Rosa 111 arty......... . . . . . .. . .. . . .
1
:38 G ui llermo .tlosllich . ..............
:rn A 1·turo C:umnova ... . ... . ......
11
40 Horneo N . Gibson .. . ..... . .... .
41 R. Saxt,011 ............. ... .... .. .... .
~2 Chiristia,n D u woR ....... . .... . .
4 :J N. N . S&lt;~gún ofie io de l J"u ez d e
H Jonquín S{rnchez ....... ... ....... .
1 .l;}
Eu1·iq11e Uonl!' ..... .. ........... .
' 4 t; W . D. Mnnloclc .. .. .. .. . .. .. ...... .
Juan Matar .... ... ................. .
t8 J oi·ge A1na r....... . .. .. . . . . ..... .
1 49 G . L. Dciguerrela rt ... .... ..... ..
50 Beatriz Scarella. . . . . . . . . .... ..
Berta R. Salisbury ...... .. .. ... .. .
Benjamín n. Ridgely ..... . . . . .
53 M,,til&lt;le Ssnerel. ..... ....... . .. . .
1 5,1,
Diego Redondo ......... .
55 L id ia Estangel. ..... ....... ... ... . .
5l.i F rancisco Típular ........ .. ... . ..
57 Jerón in10 Fern á ndez . . . . ........ .
58 Charles .TonPs ............. ........ .
George Jackso n . . ... .. ......... ... .
60 Edtrnrdo Smitth ..... .... . ..... ... .
i 61 Isabel E llist.h ..... .... . ......... ... .
, 62 F 1·ancisco Derbes ..... · ..... .. .
G3 l\f •w io Felipe .......... . ....... ..
J. Ti. Erow n .................. . . .
1 64
[¡ 65 Rolau&lt;l Bel l. ............... ... . ... .

1.¡7

1~~
159
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52 años.
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28
2

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50
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58

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1 día.

22 añ os.
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5 dias.
25 años.
40
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30

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,,

47

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5]

,,

42
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23 dias.
62 años.
48
.,
47
,,
59
.,
40

,,

2 dias.
50 años .
40

,,

55
26

"
"

Monterrey, 26 de Febrero de 190 9.

l,nga1· del naeimicnto.

JEstadoCirilj Besidencia. IFeeba del registr,

California, E. U. .. ... . . . . Casado.
Monter rey.
Junio 25 1908.
Dt·esde, Alemani. a. . . . . . Soltero.
,
,,
25 ,,
Cauton, Chinr........ ,......
,,
,
J u lio 6 ,,
l\iouterrey, N. L............ . . . . . ... .. .
,
,,
9 ,,
Bavaria. Alemania.... . Casado .
,
,, 20 ,,
N ew Orleans, E. U.,...... Soltero.
,
Agost.o 11 .,
Greenfiel d e Ohio, E.U .. . Casado.
,
,, 111 .,
Nueva York, E.U ...... .. Soltero.
,
,, 23 ,,
Pa.ri~. Francia . ........ . .. . Viudo.
,
,,
24: ,,
Distrito n.l pareeer era de Nacionali-dad Americana,,
"
25 .,
Monterrey, N . J,. .. ... ... . . .. .. .. .... ... Monterrey.
Sepbre. 2 ,.
Canton. China . ..... .. .. . . . Soltero.
,
,,
!5 ,,
Zanesville, Ohio, E . U. . . Casado.
.,
,,
6 ,,
Monterrey .. . .. .. , ............... . .... . ... Montemorelo1.
,, 24 , ,
Siria , Ttuqnia .. .. .... .. .. .. Casado .
Monterrey.
,, 26 ,,
Francia. . . . .. . . . . . . . . . . . . Soltero.
,
Oct.
~
.,
Italia . . . . . . . . . .. . . . . .. . .. . Casado,
,
,,
3 ,,
Alemania.. . ... .. .. ..... .. . .. . V iudo.
,
,,
9 ,,
Carolina., E . U. . . . . . . . Casado,
,
,, 10 , ,
Territorio R u, E. U . . .. . Viudo·
,
,,. 15 ,;
Za.mora, España .. .. ..... . ., Casa.do.
,
,, 20 ,,
1\1onterrey, N. L.. .. ...... . ............
,
,,
~O ,,
España........ . . .. .. .. ..... . Viudo.
,
,,
~7 ,,
,,
Solte10.
,
,,
2S ,,
Ad di son. Ohio. E. U......
,,
,
,, 29 ,,
Nueva Orleans, E . U.. ..
,,
,
N bre. 19 ,
San Antonio. 'l'~xa.1:1... . ... Casado.
,
,
i
,
:Monterrey , N. L. .... ...... . ........ . .
,
,
21
Francia. . .. .. .. . .. . .. .. .. .... Casado.
,
,
i6
Arabia.... . ........ . .. .. .......
,,
,
,
iS
,
Filadelfia, P"silvauia. !!, UU, • , • • C•sado.
,
Dbre 7 ,
Indianopolis, India.na.... Soltero.
,
,
29 ,

&gt;,:;

~

o

~

o

1

El Jefe de la Sección,

V 'I B 9-El Secretario del Gobiomo,

B lias González.

Ram6n G . f!hávarri.

'

ót

�,;

PERIOJHCO OFICIAL.

EDICTO.

VENTA DE PRENDAS.

NOTIFICACION·

SECCIO:N" DE AVISOS.

Loe dlas 18 y 19 del actual y 8 y 9 de Abril próximo
ea h uá de las cumpUdae, .correspondientes Al~s mea,_
d • Agosto, Sepbre y Octubre da 1908, que ex19tan en
l&amp; casa de empf'ño aLa Idea .»
Los intareaados en ellas, pueden oourrlr en tiempo
hábil á, dessmpeña.rlas, refrendarlas O prEaenolar su
venta que ae verificará con arnglo &amp;l reglamento
vigente del ram o.
Monterrey . Marzo 3 de 1909.-Suceeores de Treviño
Hnos.
·
o.19,20,21

Juzgado 19 de lo Clvilo=-lt fracclónjudlclal -Estado de N.I.i~6n

Sr. Felipe Naranjo.
EDICTO.

En el j n lcfo dvtl ordinario qoe aobre oobro de peana elgn9 el
Sr. r,tc. F iliolto Villsrreal Re ha &lt;11cto.da on auto que i la letra dlct:
l uzgado 2° Loc~l. -G raJ . T eran, N . León .
l\lonterrey, veintisiete d e F.,brero de mil novecientoa n n&lt;ive ....;.
Por dfepoAfcfón O. Juez de Lct,ros de la 7• fraootón Al ju •clo i que ee r efi ere. y con fand. ameoto en los 11,tt.9. 708 y 717
de Prooedlmh;ntoe Ct,-1Je11 prevé ngase al de udo.: que,
judicial del 1,:atado, se mandó radicar en éiite do mi den,.1el06dlgo
término de tres dfae cumt,la con lo dispuesto en la l!e nten c1&amp;
C'&amp;rgo, el j uicio de intestado á bi fl nE&gt;s Oel Sr . Andrés fj-1CU torla pronunciada en e!te juicio - 'i'otifiqneae. J.odecretó ¡•
drm6 el C'. Juez; lo de Lelraa del R ,m ~ Civil: doy Cé. Lle, M, G 1
Dd.vilñ Garete, VE'ciD O que f oé de esta
fi ",-Ll o J ~ J nan Vall:-jo, Sito -R~ brfcsl!.
Lo que se manda publlra:r en el Periódico Oficial •rrev
•
Lo que ae notific11 A Ud ea esta forma-, en cumpli~nto de lo
d el Estado y fUl L'l Voz de N ueivo León, par a que Jas dlspneato
por el art. 78del 06d11to de Procedimientos Ohlles.
Monterrey, Mrr:r:o 2 de 1909.-Llo. J oe6 Jcis n Vallejo, Brlo.
personas que se or ean con der~ch o á la bATeDcia , com•
o .w ,20
¡¡br azcan é. dedne;irlo en el tér mino de trfinta d1as

vma.

qne se conta.r,n desd e la feob A. rtel 11Jtimo edicto.
Gr al. Terán, Febrero 11 dA HI0P. --. Jesús G. C'or ttni
- A - A . Rodrígnez.-A-L Trev,ño.
o.v.16,ID, 21-1 56

NOTIFIC ACION.
Juzgado 3~ Menor Letrado. -Monterrey. N, León .

• Sr. Elías Montoya.

Cfa. Minera "La Arg·entina," S. A.
La J an t a Dlrectivs , en BE'Slóa de h oy, acor dti pedir

á loa Sres. Acctonletae l&amp; e:xbibJcJOn No No . :15 de un
peso por acción, que ae peg ar á. e11 1a TesorerJa , calle
del Dr. Mier N o. 94, del 2 al 17 de-1 eDtrante mes de
Marzo.
Monterrey, FelJrero 17 de 1009 .-"-A. Far{ss, Teeo
rere.
o.18,19 20

PltEGON
Preefdenel• llnnlclpa.1.-San N100lie Hidalgo, Nuevo LeóL.
A ludfe-zdela mañana.del dlanueve de llfano pl'ó:dmo en el
a.14Sn del R. Ayn.ntamieinto de eiate Municipio y al mejor poetor d rl
Tematari en pdbllo• anbaBta un terreno de egido11 oompueeto ee
ODr,.nta y clJ100 "'r'°" treinta y siete metro, ouadrado11e
y ochenta y oo•tro oentimetro8 coMtradoa colindando ll(lr e - No1 te
con la D&lt;. mo,,ñtaCeme,nlOa Htdaigo 8. A.t por el Oriente y Sor con
'Nlneno d1:11 Ferrooartl Interliaolvnal MeXJcano, por el Poniente, oa
lle de por medio con t&lt;&gt;rrenoa del Sr. FranclBOO l.Clzano.
Dura11te el Mrmino de lu pnbllcaotone11 que ae hará.u ouatffl
ncea conl!eOuti-raa dea!ete en alete e.n ,Jete dfa11 y h1111ta la hora dF
la mbssta ee admtttrin posturH qne ot1brin la ca.ntidad de $15.00
JM'JllO• en que ha !!!do jnstlprectado d11Cho terreno, bajo el c:&gt;noepto de que•"- ooncede al denunciante el derecho del tanto en e1 re•
ma~&amp;lndJdo,
San NloolAa Hidalgo, 12 de Febrero de 1909-loaé Oueva.- Daniel J. CaaUUo.
161819

EDICTO.

l,lll,

drl
n:;,edient.P en 1 s térmiDoa de 1'1 ¡,,y
0.Hralvo. Feb!"t'ro ocho de mll nc,v~ctent, il 11ut;vt -Ei• A. r.i ,r
o óelfs GutH!rrtr.
u;:ou

EDICTO

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al' "

,...

c.

'

·

EDICTO

1

,T Uf gr.do de V,,tras Ce la 7" fracción j a 11ci:\l. --Mon.
temore!JP. N. LGón.
_
Hoy se redfr.6 en tiéte de mi cargo el jalcio de in
t-ee,lo dél Sr. Salvador de la Garzd. Pará~. vecino que
füé ,te esta Oiur&lt;ad.
1 LJ que f!O pub:tu1. en t-st~ forma p:na quo las f&gt;{!r1!li l s qne AF., cr 1 n pr:n oere(•ho §. la herenoiR, ar
pr · 1t3-n á dcCunt
, ritl"fl fü:.l térrohic á '1'11'1 tHi
retlere el ert. li.i( .5 dt'i C6digo de Proeedlmii rito~
Civl!eEi.
~
Mor temcrelofl. 27 do Ff'.bri-ro tfe 1U0Cl -Lfo. L. Cen
:ú Gza.-..l.-J. 1· ar!hs. .i-E. Y C&amp;ntd. ..,
o. v.19 ,22 2ó-lóS

Ju~gado zc üclli ii1tua:ona,. -V,l.1a -:le S· ntl ¡p, .N
L,ón.
Con fecha 't'P-it1t'd1,s d ,l ,..nr•·len ·P,.nH•"? se 1&amp;-t1 ó r:D
E"l Ju1g11do de L1"tre.sde fa 2' fü'e:i1 u .r;iefa!,'t'l j11!cü
Ce inte1::t&gt;1.mf'nta.rfa &lt;le1 Hr: Frttnd1 e, ht.rrc qüiu Led.
vecirio qll~ fué da reblo \"1ila e:n la cc•r·engadóa dfes~ Franc~h=--~o
~
Y pc.1r di:1p,:is!clón del mi.;mo J uiga.-1o Pe mandfl
pnbliC!i.r por trirs vEic.-s de dh.z en d.iez día.e f'Il el
Periódico Oficial y Vez de Nuevo Lc6.n de ooLformi
dad y pau. lci:t efe::!to&amp; dol art. 1685 del Código df
NOTIFICACION.
Proc~dlmioDtm, Civiles.
vo t:J!~do de Letru de la 6~ fraceión judicial. Vllla-ldat?1,e,UneVilla de S·mtlago, 24 de Febrero de HJ09.-Dav'd
Alsnfs ..---Andié.J A. Od.va.-zoa. - A-l.Iartín Osntt1.
Sres, Benito, Arturo y Jesús Casso
o . V .llf,22,25-ló8

N~~~::.

PUBLlCACION.
de Letras de la St fra.ocfón

JudlcteJ.-J.fDH• •

En el juicio de testamentsrfa l bien ea de Ja Sra. Franc!BC&amp; Bu1&amp;.Dga de Berla.nga, '!eolna que fu éde eieta Oindad, ha recafdo nn
e11.t.o que á la. Jelu, d1ee:
Llna.rH, Pebu,ro dieciocho de mil novecl1:1nto11 nueve. Por preJIEDf:ado e n on&lt;into h11 lu:ga-r ien derecho Cf'D el 8/ltB d1:1 de Cnnoi6n y
~l!f.tmonio ?tiblico abierto qne s e, a compañan. RM'lfque~ en eat~
ot111gado el JOfcto de teahur.eul81ta s b!t'nea de l" Sra. Franc!11ct11
Berlangs. d e B~rlanga¡ dénae los avfflOa qua prevhme'n k!fl artlcnlor
8fl y 159 de la. I.ey de Heclenifa y Timbre reapeotivament!'; 1:1nbttgoe!e este auto por tr.ea veoea conaecntlva11 en el P8rllldfao Oflolal
:,en El T rneno qnese edita en eet30iudad y ofteiee l. jnnta A, loE:
berederne, df&gt; cnufnr mld11d con loe artfouios 1659 :, 1669 ~el mil!mO
Código, Bt'ñaWindm:e para que tfot:p-&amp; logar, 1",) veinticu11.tro del SG1-ijBJ II lae dtEO:ii:de la mañ~na. Notlffqn~ae. Lo.prove;y6 y fh'm/\ el
O. Juez de Let.raa de eeta fracc16n: doy fé. -Ltc. Lnl11 T revlño.A. AguetJn O. Gllrcfa.--·A·-An to::iio E:errera G,r.rofa.-Btibrlca..
Lo qne ~e p ublica de acuerdo con lo mandado en el anto inser-

1'&gt;.
Ltuare!_, Febrero veint!ouatro de mil noveolentoa noeve.-Llc

Lti.la Travina., -A .!.gugtfn O. Garc[a-.-A Antonlo Herrera Gar-

ru.

19e1.121

Treviño, ::\Iaría Loreto, Constancia y Jo•
vita Ama ya y Casso y Otila Ramón C:.sso.

En la causa que se inetrnye contra Emilio Oort69
por el dellto de lesiones, hs recaldo nn auto del tenorelgnlente ,
Mont~rrey. primero de Marzo de mil novecientos,
nueve.-Siendo n80f'E!aria en este juzgado la comparecencia del s, ñor Francisco Soto, para la práctica deuna dll!genola judicial en esta avetiguaclón é Ignorándose sa .actual rfsidenola, olt.esele por medio de
edictos que ae publioad.n tree VeOEs oo»eecutlvae en
el P•rioalco Oficie! del Estado de ccnformldad con
los art. 27 y 231 del Código de Procedimientos Penales á fin de que comparerca dentro del término de laa
publica.dones ó á. los diez días despo.ée de hecha la
d.lt!m11 , recomsndf.ndose á lo policía investigue su para1ero. Lo decretó y firmó el C Juez ~ de Letras
interin o del Rs.mo Penal: doy fé.-Lio . E. E . Guaja.rdo . -Llo. M. 8epdlveda Garza. Srio.~Rdbrlcae.
Lo que se mllllda publicar en cumplimiento de lo
mitnda.do en el auto prelncerto.
Lic. M. Sopúlveda G,a.
o.19 20,21

NOTIFICACION.
Jnz¡s.do 20 de lo Clvll,-lf fraccl6n jn:Uclal.-E11taclo de N1n·tcLe6n.

Sres. Sucs. del Sr. Rafael González Sepúlveda.
E!' el juicio hi~otecarJo prorooTfrlo per P.1 er. Lk. D,m!el J.
Mo-raiPee-ncontra. d~I St. Rd,i,f'J Gonzá;c,&amp; füpúiv-odapdmerny
-sna;s16n ha recs1Jo nnaaenteucia que en Jo OOU·

~'!:",r:.ire~t~:,ea

Mo_nte·rry, Ir ,ln~a de EóJ.ero d-! i:!.il c.ov::n,.!6nto~ nu~ve •Vir..o
este jn1cto bi¡¡oi;eario pro:.1óvid...................................................... .
............... 1-',hnero L-.. ¡,,.:Ci.lJ.bo &lt;a\ i&lt;1o b1p,,t~c.. r1a Y tlD a,la qn&amp;.16
tH r,i,.rt!'i i:,wb&gt;da !aacciOndedm:Maf'n l• clem11n1a.--""l"fl,m:ido: Se
oonderoa A 11!- sui-nlón _del Sr. R&amp;fad oon,4ie:r: 6Apt1i,eda A pogar
al Sr. F,i.n,:i1500 TrM~no Gó1ue1111 ca:ttlda1 p~t,tads d1l 1:efolentos
c;¡♦.orce J\"l'!O~ 1'1'1-B"nii:. Y ~tB!ro ee.ntt.Vt'.S, !o;" !:i.teresoo lfgalei; rnbre
l~ c1,nfl 1 'aif pte.!!1:.&amp;;_1s df' trH•l 0 nto11 r'~"' '111" !"1'.}"!til. la cb'!g•c\6n
del.le PI vt1111te de -.1u11io de mil noveehnlto.. clnco h'll!¼ qne lle ver f qne f'l pggo y lM &lt;!ontr,b~cio-oea qn¼ p'lg:&amp;Tá, al B tsdn por f.!
o é•iiw hipotecarlo Teret-n,: H c1nd.,nr. a, Is mi11m11- p.,,rte dema,i-d&amp;da en lae o.is~s de ~t." ju'clo. ·... u ltto; en cS.!O df'! no hacerse el
pólgo ~e la ca11ttda.d reclamada higaso trance y rem~te delos biionn b"ootl-:ca-:lol! Y con fin pro,lucto pl':go 11l 1t-oreedor. NoUffqueae.
.uf rt, flo!t1~am1&gt;nte Juzgando lo r1snlTM y f;,.106 ti f'l. Jue&amp; 29 de
Letr.as del R&amp;lDo Ohl!: dc,y {é.~-Lfc. Beque de Luna .• Llc. J. Gsrofa.
GuaJ 1rdo, 8rlo.~Rdbnca;r.
Lo que se 1€&amp; notl6oa A Uda. en eta forma eu cumplimiento dft
lo die-puesto por eJ artlcnlo 78 del OódJg G de Prooedlmtentoe Olvfle,,

Monterrey, Marzo 2 de 1m - Lle: J . Garcla Gusjart!o, 8eoretario.
o.19,2(1

EDICTO.

Eo E"l j11!cio de inte1tado de 109 SrA11. 1~u1n Oasao y eeposu
de ortmera Ysegunda. n n pofal!I, Dña., Tensa Villarrflal y Dña Lm
Juzgado 2º Oonstituclonal.-Sablnae Victoria, N.
Blllai.ar vecinos qne fneron de &amp;Bta Villa 1!8 ha. dlctMlo un auto que León.
en lo conducente dloe:
'
Oon esta fecha y por dlepoafclón del O. Juez 1• de
• Villa!dama, velntl1:lete d e Enerode mil nove.ciento, nneve _._
Off:e$ i les ha.rederos en e,eta. !'UCE'f.i.ón i una- j unta que tFndré. ' 80 Le~ao del Ramo Civil de est&amp; 1! frflcción jndiclal se
verlfl.oatlvo en el local d ,. el!tA J o zrca.do a. las d tez de la mañsna del rad icó E: n 8$ J uzgado el jnlcio de in ttstaCo 11. bienes
ffü•r.lP,.11'1 d e Abril pr6xtmo, &amp; fi n de q ne aorediten débi.Jamen te
sn1 d er~bos hereditartoe y b &amp;g1111 el nombramiento de alb.\Cee. pro- del Sr. Andrh Oant6., Vf'cino que tué de esta Villa
VlBlo"a ..................... ...... y por cuanto i que los bered.eroa B~nUo
L -. q a e se mande. publicar por tri'e edictos de dÍez.
Arturo Y les11s OM!IO Trev1ño, Marfa Lorsto, Oonstar.clo y Jovit,8 en diez dfr;, ~ en el P eriódico Oficial del Eeta1o y en
Amsy11 Y Oaso Y Otila R~mou Oaseo, eon de rerrtdencla desooDoc1.
da. otteseles por m&amp;idlo de edictos nobltoados vor tres veo.:e en el La Voz de Nuevo Le6n, p:ira qne loe qne ee crean con
Pedodfoo Oficial del Estado y en •Le. voz da NUl'vo León~ y por derecho á }A. herencfo, ea prea"'ntsn ú. dednolrlo dfm•
mE'dlo de ci§dula en la poert1&gt; del J uzgado. Nofülqúeee, As1 Jo t,ro del _té·mlno que fijs el art . 168ó del Oódigo &lt;l
prOve9ó Y flrm6 ft~ O. Juez d e Letras de la 6f fracctn.u ju 1lola1: ds- Procedimientos Oiviles.
8
moa fé ,=Lfo. Qn.1'1Ja rdo ...... A.-llariano Santoa T reviño -A-Jos· B
Vllla.rr P&amp;!.-Rtibri:ias,,
•
e ·
Sabinas Victorl•. Febrero 22 de 1909.~Severíano
Lo qne 8'1 notHl.ca. i Udee. en ea!.a ti&gt;rma en cumplimien to de lo
Gz/;\.-A-Jaan Morales Gza . .-A-J oeé B. Tremandado en el auto ln~erto,
Vfllaldama, '28 de Enero de 1009. -Lfo, Simón Gnaja.rdo.- Ao. V .18, 21,24•157
Y-ariano Santo, Tre viiio.- A--Jos6 V. Vlllarreal
16Ii18-1M

~,11,

;;g~~e

EDICTO.
Jn1gado 2• de lo Crimlnal.-1• fraoolon Jmliclal.-Eei&amp;do &lt;le N. León.
En la causa quo se inetruye contra Gregorio SaH
m~s Ohapa por el d eUto de abuso de confianza. ae ha
dictado un aut.o qne A la latra dice :
Mont.errey Febrero velnt iolnco de mU novecientos
nueve,- ..Stendo necesaria an1'e est e Jnzgado la preren cia de loe Srea. FeU:x Villarreal y Te6filo González
para la práctica de diligencias jndioiales en esta. ins•
trucción é ignorándose en ac·tual residencia oon fundamento en lo dlepneeto por loe nrtfculoe 27 y ~;31 del
Código de Procedimientos Pena.las, ctteae por medio
de edictos qne se pnblicarán tres vecea oonsscutivas
~ el psrl61ico oficlal d~l Eetado. á fin de qne se pre
&amp;enten dentro &lt;lel té;•mfno de la pnblicación y diez
días después. Lo deJret6 y firmó el O. Juez 2~ d~
LetTEIB interino del Rllmo Panal: J.oy fé.-.L1c. Ouajardo. • Lle, Sepd v,dn Garza, Srlo.-Ró.bricae.
Lo que ee pub.ica en esta forma. en cump!imiento
de lo c,rCene.do en el ttuto lncerto.
Mentenfly, F~brue 26 de 190fi.-.Llc. 8epi11v~ds
Gar,a, Srto.
o 19,Z-O 21

P Gr aouerJo de la Junta Dlreotiva, se hace eaber
á los Srf'e acctonhtas de f'St&amp; Ola , que dl'sde el dtB
15 de' act na.l en adeh.nte 1 se rapartirá el Dlvf.iendo
N 1m er(1 11J3 de .. . .............................. .. ..... ..
$ LO.000,00 (Diez mil pesos) ó sean $ l0.00 (diez peeoo)
por bCtJióD, hacié::1dose los pegos tod os los dfes labor; b les, en C',&amp;mblo de rEoibo y cup1&gt;nes correspondien •
tea, en México, D . F . en el Banoo lo ternecional ~
Hipotecario, en Monterrey, en el Banco Mercantil d&amp;
Monterrey y en Lampazos, en la Oficina de la 01'.a .
calle de Comercio No . 101.
Lampazos, Marz:&gt; l? de 1909,-El Srlo .• Q. M. Garza.
o .19,20,21

Sr. Francisco Soto.

Juzgado 2• de lo Orimlnal.-1• fracción jndiclal,-Estado de N. León.
En la causa qu9 se instruye contra Agnetfn Kaap
por el delito de robo, ae ha dictado un auto que A la
lEtl'a dice,
Monterrey, Febrero veintitrés de mil novecientcs
nueve.-Siendo neceearla ante eetie Juzgado l&amp; presencia del Sr. Andrés Welson y de la Sra. Fedora N .
EXTRACTO
para la practica de dilJgencias judiciales en esta fna
Agencia de la Beorstarfa.de Fomtuto en el Ramo de )1lnerfa trucción 6 ignorándoBtl su actual rf'aidenoia con fa.n en cer.raho,
damer,to e.n lo diE1pueeto por les arta. 27 y 231 del CóEl Sr. Daniel Me. Geehau , NNtr-Americ»nci, moyer de edad, digo de P.roceJimu-.ntoa P en a.les d teeeles por medio
a, uta veotnd!ld, en e;;cr ito preat:ntado, la c.fictna de mi oarg de edictos que a~ public&amp;1 á.u tr€B veces consecutivas
con fec ha llels del &amp;ctual, solicta unaoonceaión ruinera de dos p,;,.,. en el p"',ri6t1loo
oficial dal Es'-do •~ fin de q"e ee
'tenencias para la E'::'l:plot11cióo d e nna mb1a a- bando!lada conccid
"'
oon el nomb re de •S•n Isidro• sita B(•bre E'I FBplnsso que dhMf' lo, sentie dentro dEl término de la p!1b!iosol6n y diez a a
cañon uoonoctdoscNl los Mmbro:·e de "I.01 Tcruatet11 v f\l ~Hul:r:!l- di&gt;spués. Lo deCJetó y firmó C. J UE'Z 2? de Lotras inrbe, de utajur!Adlcc16r., debténc'!o~e de for rul\T cct: dtchaa pertf' t l
d ¡R
ntnctaa nn par3lel611"rmo reC1A1 gn o é!e tcCJxooO ruetroe ~n t;F.ta ror
sr no e amo P(mal: Dny té. -Lic. Gasjardo.-Lic.
ma. pa rtiendo de la btca-rnina a.. 011:dfrlin 2:. mehcs al N. 8t!tro· ti 8'.'l'pt1.1veda (ha .. SrJo.-R1briCMs.
~1co; d,- alU ifi metros al Oc~te; luego lCO ~metros al 8nr; nn reguM , Lo que ¡,;e mancfa ¡iuhlkar ,:11 e~ta tormn en cumplimien•
1·.DmE!trosalEstP;deaq11f100ml"t1'lsali.icrteylnP!.1!r•l25m"tr,1¡¡ l ' dl
t.¡ 1 ·
l'.'&amp;'"11 llt&gt;anr fl.l f"hnrr nn,:,t,i.
Nühlll prr'&lt;&gt;t1P~de.11nll "pª- .,, .. ,_, O l C 10 sputi,~ 0 l'll ,• 11ll O lll~••J1:0.
nedor, pero comoreferenolae se cttan: al Norte el cs:ñ.-'n de Loa To- ¡ Moaterrey, r\.brer\J 24 do V.09.'"""Lio, jl. SspOlvA&lt;la
matee; a1 c~ñoi., u.,J .1ímtad1e y la roooiaña ror ln, l•tros rurubos (]za Srio
19 20 21
'IO@(:&amp;r.;o de fl!ta vecindad ¡;olee St!&lt; otó el e&amp;rgo,
SI.'! a.bre UG Ui9.a::c- de coatrc~m 0 ei I para Ja R.Ubet!ln!:IaQJ(in

AVISO.

E n el .juiciot1jecnttvo mercantH promovido por el
Sr . Lio GF,rza Gonzál~i, cont ra Ud . e.e h 11 dictado un
auto que á. la. lt-tr a dioe:
Monterrey, F1:1brer o veint itrés de mil rtoveoiPntoa
n u e v e.-A aaa ant ecedentes y oomo ee p tde, cítese
pare BPntencia de remate . -NCttiríqnese . Lo decretó
y fir mó el C. Alcalde 3º Letrado: óamos fé.-Lio . Dá·
vn a. - A- P Gómez Garc· a.-A-llart{n A. Gouzález .
-Rll.bricae.
Lo que ee notifica á Ud. en esta forma de acundo
con el art. 78 reformado del Código de ProcedimienEDICTO.
tos Oiv!lee.
Monterrey. 26 de Febrero de 1909.-Lic. I. Dávile.- Juzgado ll~ de lo Criminal. --1• fracci ón judicial. - Es-A-Góm.az Garcfa.-.A-Martfn Gondlez.
o.10,20 tiulo de NueT"o r.cón.

A \" IS O .

La Policitud ee reg!&amp;t?·ó baj1J PI 1•1'.m. 466, llev,;rá pcr lltimbre
•::1 111rh'le• y pan. so m"'f'Auras~ De:robré ccmo p,erlti) al 81 A'l·:lrl:i~

Cía. Minera "La Fraternal" S. A..

Demasías. -

DEMASI.AS.
Repdbl!ca Mexicana .~ Presidencia Jfünlclpal ._
Montierrey, N, León,
De conformidad con lo dispuesto en el &amp;rtfoulo 4&gt;¡j
en er 610 del 06di_go Oiv!l .vigente, se ha-ce saber al pllhti.cJ.
4.ue en la T':'sorerm Mummpal de esta ciudátl, existe depositada. la. sama de $87 OS ochenta ysietepe¡,;os ocho centavos
procedente.~ de los s,;obrantcs de pruendas de plazo cum Ji.
do en l~s remates erec~ua.tlos-durante los de F'r•hrnrn lrPnrzo, Abril. Me.yo, 8ept1e)nore y Octubre últimr,~. · or las
C'asa..&lt;:.de ernpd'ío denorumadas aL 3 Favor1·to, 1 El P', ·
I B
L I1
.
•• , '
Fen1x11
• Jtl anea.», (( a t ea.11 • ._La S11111tlura6. l'(:\fonte 1fo Piedad
de Mon~errey.,, y Snscursl\lt&gt;.s No.;; •. 1 y 2 ,lc-1 mismo; en el
concepto de que, ~ tra.scurndoR !'IPJS me::;l'~. contado;i dn,•1e
~oy,

p9 c01~pa.rec1cre pe1-snru alguna ii. reclamai· con

¡ legitimo tttulo,

las

;l¿,t&lt;·

exr~esndw, de:nasfos, sr ks m;u{&lt;lará

l~b"l'Csar f'll la Recau,fo.c,,.;n ifo Renta:; Y:unfoipHk-= de ~t.a
¡ire.ce¡)t 1.11.i!o e ¡ "t l
tll'ulo 2.s.
· · n · c1 R( o ar-

crnUad, tle aeuerdo con lo

M.onOOrrey, 7 de Diciembre de HI0S.-P c. Martfnez
B. Ramlre, Angnlano, Brlo.
99100 0!-H. 11 M,

., Retepdblim Mexioana.-Presidencia Municipal_
won rrey, Nuevo León.
·
enDe~ .w'o":~~~ ~~dg; i n ~'j dlepnesto en el art-ículo 26 y
dbli
i • vigente, se h aca eal),,r al
p
co, que !'n la T ..orer!a Mnnlclpa.J de ••ta el dad
exlete depoB1t.ad&amp; la suma de $64 38 ote ( 808 n ta '
J)6808 tl'eintis Y echo centavÚe), prOoooe:t! dy
rantes ef.actuados durant,e loe meaee de J 1106
Y g,isto del pr,=:sente año por ¡88 caeae d
u
,icnominadae 11Monta6a
d~ Piedrtd », 1( Chlh llf&lt;ehempeño
·t
Qa11
«J.n
B.n
. ca~, "F a.vor1 ,a1, 1tFénix,, aSmtldoral) «M
' -P1eiha de MoDterreyn, y BueursaJ.r.;s nti •
o::ite de
1gcn~t'pdto dbe que, ei transcurridos sef:ª::~{ ~o~n
a. os es e '!)y, no comnareoiMa persona l .
.
rscla.ma.r oon jaato y legítimo tttulo I
a guna, á
demi;sfae, 88 lee mandará in e:
• ~ as expresadas
de Rentas Mnnkipalee de
~:oa"C.daci6n
con lo pre.ceptaado en el c.-it11do arttcdio 2ó e acuerdo
MonBt.errey, 26 de Diciembre de 1907 _;_p' O M t1
nez.- • Ramire,; Anguiano. Brlo.
.
. . ar

ruatrb
º180

t

fs't.:'~:~!d

868788-h 27-Abrll

7

PERIODlCO OFICIAL.

•

Juzgado l ? de lo Olvtl.-1~ Fracción J udtcia l.-Eetado de NueVo León.
Con fooh11 de hoy ee radicó en flete Jnzgado el juicio
rle iotsetamentementarta de le. Sra. FUomen, Gonzá.lflz, veolna q u e fué de esta Oindad.
Y po. dlepoe!clón del C. Lle. Macedonio Gil Tre vlño
Jne-z 1° de Letras del R i mo Oivll do la t • freC'ción judiotal del E'it&amp;:lo, se mands publicar el presente edicto
t reB vecee de diez &amp;n dlez die.e en el Periódico Oftcla,l
y la Voz da Nuevo León, A fin de que las persona&amp;
que se cr ean orm derecho á la heroncfa. es present im
ti deducirlo e n el término que establece el art . 1686
del COdlgode P ,ocedi mlonto,, Olvil~• ·
Monterrey Flnero 80 de 1909 ....-L1c . José Juan Va·
llejo, Brlo . '
o.v.13,16,19-164

EDICTO.
Juzgado l ! de lo Olvll-1 '! fracción jndlc!al,-E,tado
de N. León.
Oon fecha dlM del actual se radicó ante este Ju,gado el juicio de IDteeli&amp;mentarla de la Sra. Adelalda
.Ayala Vda. de Mler, vecina que füé de esta Ciudad.
Y por dlepooiclón del O. Llo. Macedonio GIi Treviño
,Jnes 1• de Letra• del Ramo Olvll de la I' fracol6n
Jndiolal del Estado, •• monda publicar el presente
&lt;ld!oto treo veoee de dle1 en dies d!ss en el Peri6dlco
Oftclal de!E,tado, y La
de Nuevo León, fin de que
lu personas que se orean con derecho A la herencia, se
preeenten , d&amp;inclrlo en el término que eetablece el
art 16!!5 del C6dlgo de Prooedlmientos 01 vllee.
Monterrey, Febrero 12 de 1909.~Llo. Josá Juan Vallejo, Srto.
o.v.1619,21-166

EDI CTO.

EDICTO.
Juzgado de Let re.e de Je. 7• fracción Jadioia l.-MoD·
tiim ,:&gt;relos, N · León·
Ea el ja\oio t13et9mentarlo de la Pra. F ranoieoa Ba11¡:.eteros Vda. de 8ué.rez, ee ha dictado un auto que
i l• letra dloe,
M-mtemoreloe. 11neve de Febrero de mil novecien •
toa nueve.-'-Por preaentado y admitlilo en cuento h a
lugar en derecho . Rttdtquese en eete J nzgado el Jutoto
te:1tnment.ario de 1a Sra. fre n oleoa Ballesteros Vda. .
de Snd.rfz, y con fundamento en lo dlopues lio por el
att. 1 6fi9 del Oódlgo de Procedimientos Civiles, .convóquese ti. loe qn9aparez~ n Jn~ereaado A u na Junta
que tinrl .. 1. lui;t ....· el día v emt1aé111 A las n ueve de la
mañ.a:ia , pu ;Jíqneae por t res veoos este ant o en el
Periódico OJ.lolal y en La Voz de :Nuevo León, dense
los avisos qae previenen lag Leyes del Timbre y dd
Hacienda . N otiffquese. Así lo decrete. y fi rma el O.
Juez de L etrae int:3rlno de la 1~ frar.ción judicial: damos t6. ~ Lic. L. Cantli.-A-J . Farlae .~A-Carloe
Torree . -Rdbrlcas .
Lo que ee publica en tacha de hoy , en virtud de lo
mandado
.
Montemoreloe, 12 de Febrero de 1909 .-Lic. L . Oan•
t~ Gza .-A-J . Farlao .-A-Bimón Garol!\ .
O. V .16, 19, 21·1ó6

J ru:gado 19 de lo OldJ .....1, fra.cc1ón j n d1clal.- E!!tedo de Noevo
Le6n,

Oon fecha diez del e ctual se radicó en eete J uzgado
el inicio de ioteetamentariPo de Ja Srita. Gertrndis Almarn, vecina qne fué de ests. Oiudad,
y por dleposlol6n del C. Lic. Macedonio Gil T revl•
ño J uez 1? de Let ras del Ramo Qivil de la 1~ fracción
ju dictal dal Est ado, eg m~nda publicar el preee nte
edicto tres veces de dlflz PO diez dtas en el Periódico
O ftci&amp;.l del Gobierno del Estado y on La Voz de Nuevo
León á fio de qne l11as personM que ae cr€an con derenh¿ 4 la herencta ae prea9ntien á dedncll'lo den tro
del Mrmino que establece el art. 1685 del Qódigo de.
Prooedimtentoe Oivtlflf:I .
Monterrey, 12 de F t brero de 1909.-Lio. Joeé Juan
Vallejo. Srio.
o.v 16,19,21•166

I

Cia. Manufacturera de Pastas yGalletas,
Soceded Anónima .

Balan ce Genernl, practicado el 20 de F ebrer o
de 1909.

Pasivo,
Activo
Mercanciaa Grala. en exietenoia $ 6,346,01
83,16
Oombn~tibh,.
u
,,
1;522,79
Muebles y Ubtlee, en neo
NOTIFICACION.
16,810,63
Maqutnarl&amp;,
,, ,,
Jnqado 20 L?O&amp;l de nnrblde, Nuno León.
164 18
Manuel R. Ganzf.!es. saldo , e I c
947,08
Manuel G Vargas,
.,
,,
Sr. D. Jeeús González.
44,67
Bn jnlclo verbal menor de oten peeoa, promn:ldo contra Ud• Oaja, existencia en efu·tivo
1,014,M
ante •
Jn:rg&amp;d.o, por D. Franct&amp;e0 de la Peña, lle ha dictad.o un Ollent&amp; de Varios, saldo• A • I f.
aufoqna i la letra dice:
108t,U
B. V, Olivares
..
Itarblde. Enero velnUnnen de mll novecientos nueve- Fer pre20,800.00.
tentada y admlUda con 101 pagar6a orirlaalee que acompaih, en Capltal8oclal, exhibido
lli,93
cuanto ha lugar en derecho, la demanda promovida por D. Fren· Fondo de Reserva
rbcodela Pefia()\lnlraD . Jeatt, Gonltile,:r; en cobro de ntent.a Y Cne,eta de Dividendos.
1,720.00
EDICTO.
nDAtra peeoa; y de conformidad oon lo que dhipoae el artfculo 16'2
Código de Procedlmlen90a Olvlles, empl§.oeee al demandad.o
Jnsgado 2• de lo Olvll.-1• fracción Jndlclal.-E,ta del
$23,918,41 S23,918.41
l)ara que dentro de tres dfaaqne 11e oontarin desde el ■lgnlent@ de
,do de Nuevo Le6n.
•n notlftca.ctón de eate auto; comparezca a. contestar la demandil
El Pree!dent•, 8. V. Olivareo .-El Secretarlo, Ma•
refer1'111¡¡
oon
apt-rctblmlento
de
daree
por
oonteatada
negativaCon techa seie del presente mee ae radicó en este mente noJ oom¡,a.reoe; maa como el a.ctor manlfleata que &amp;e fsno- nnel R . Gonz,Jeo.
0~18,19,20
Jmigado el Juicio de inteetado de lal Sra. Florenola ra et domlclflo del noreudo8r. Goudle1, de acuerdo con lo pre•
Lozano. vecina qae füé de la Vlll• de General Esco - orlto en el articulo 85 del mlemo Código, h~gaee tsl emplau.mlen•
to por medio de edlotoll que ee pnblloa.rf.ti en el Periódico Oficial Y
b ado, Nuevo León.
en El Trueno de Llnr.reaJ. y por ddula que se f'ijar6 en la puerta del
Lo que ee hace saber al pt1blico para qne las perso· Juzgado. Notlflqu&amp;&amp;e. u, proveyó y firmó el O. Alcalde i&lt;&gt; Local
nas que se crean oon derecho tí la herenoia , se pre• Dam(\• fe.-Anrelfano Velasco.- A-Ei!lteban B. 8011:r:ile:a:,- A-Jaato Loe d!se 16 y 17 de Mami y 6 y 6 Abril próximo se
Qalder6n,--R6brlcaa.
'68.Dten A deducirlo en el término que para el lo FeroAnn
se pondrán en sabaeta ptiblioa las prendaa de plazo
L o que ae notlfloa. A Ud. en 011mptlmlento de lo mandado en el
cumplido de Sepbre . y Ootnbre últlmoe, y laa de pla•
marca la Ley .
auto fn s"rto y i,araloa ftnea lE'pler,.
Itorblde, Eo.~1'01'9 de 1909.- A.urello Velueo·-A- Edeban B zo oondlclODa.l de Nov . Dbre . y Enero pr6xtmoe pa•
Lo que se pnblfoa en eet&amp; forma en cumplimiento
181929
de lo mandado por el arl 1686 del C6digo de Procedi- Gonúle~.- 1 - lnato Fern&amp;nd• Oakter6n.
s.ado, tixfetentee en la ceas de empefto i1La Favorltao
miento&amp; Olvllee.
Lo qne se avlea 4 loa interesados para que ocurran
Monterrey, 12dejFebrero de 1909. -Llo. J . García
en tiempo h6.bll. A sacarlas, reformalae, O presenciar
NOTIFICACION.
-Oaajardo , Srlo.
o.v.16,19,12166
en venta. que se ha.1'4. de oonformldad oon el regla2• !!al&amp; del Tribunal Bnpromo de Jueticle.-Monte• mento respecttuo .
\
rrey, N. L!!ón.
Monterrey, Febrero 27 de 1909 .-0eledonlo Gan&amp;.
o.18,10,20
NOTIFICACION.
Sr. Lic. Miguel Treviño.
En el Juicio de divorcio, promovido por la Señora
Juzgado 2• Local Letrado.-lllonterrey, N, Le6n,
M! del R,fuglo T.reviño de Treviño A quien Ud . reEXTRACTO.
Señor Sabino P. Vargas
presenta., contra en esposo el Sr. Eugenio Trevlt1o,
Agencia de la Becrebr!a de Fomento en el llamo
En eljnlcio ej&amp;entivo mercaatil que eucontra de Ud. afgua el ha roosídonn auto qno A la !Etra dloe,
Monterrey, Febrero vetntltrés de mil novecientos de Mlnerl• Monterrey N. le6n.
Sr. 0eollloflan.a Qondle,1 oomo epol1er"4o de D. ADWnlo Be,aa
ae ha dtotad.o uua senteucls que en lo oondncente dloe:
nueve. - Cft; iH~ A lae par~ de nuevo p!ll'a sentencia.
dfonterreJ.Rnerovalnttt, 61 de mil noveotentoe n11e.,-e.,-Vlat.o'" la11 Lo acord6 y rn brtcó el O. Msgietrado de la i! Sala,
Ezped1ente No Ul58.- B18r, Franoleoo : . Goudlez, de esta ve•
21u!:Ge del JUkdo eje.oat:1-t·o marcantll promo111do por al Sr.Oectlto Garolnd&amp;d, ha aollaUado ante eata Agencie diez perienenolae mtneru
a. Gomilez' con poder de D. Antonio ~ a . contra et Sr. Sabmo doy f6 -Rdbrlca,--Llc. J. M. Vlllaeeñor, Srt.-Rdbrlca. que ee nblcadn eD el pnoto oonocldo \K)r cerro de Ploaohoa, e1l
P. Varga,, ~01 mQore1 de eda.d y de esta vecindad eobre cobro
Lo que se notifica 4 Ud · en esta. forma en cnmpli· !llnniclpaltd&amp;d d&amp; Mina de eete Eetado debiendo praottcane 1M
de pM01 ........ .............. Reeultando: .. ............... .'P or Jo expuesto y con
medidae aobre uu orlad.ero mineral que h1y en el teroer cerro le
apoyo en Ju dtapoalcionee Je ple e cU.adae, u ronalve: Primero: miento de lo dtspuasto por el art. 78 del Oódlgo de loa que ,e conocen oon el nombre de P1nchoa. oomenzan.SO , c&lt;m•
.
El Mt.or ha probado au aoclóa, en oonaimueoota se oondena al Sr. Prooedim?ento!J Civiles.
t.ar-ee de anr, Norte, formando nn 1'eotlngnlo de qn.lnltnr.kls mi,,
Sablno P. Varp1 &amp; pa,cari D.AotontoBeyna61.-nlegfthnonpreMonterray. 2ó de Febrero de 1909 .-Llc. J . M, Vl- t;roe, de largo pro:l dmamente de Sor A Norte, por doaclenta. 4e au
eantante. la oanttded de ciento cincuenta y otnco peeoe que ae le ttcho, de manera que quede dentro de eeta medld111 y pr6:dmamenllaeeñor,
Srio
.
o.
18
19
1
-0lama.n., con mi&amp; 101 tntereees leRalet i\ razón del ael11 por ciento

V••

Venta ele Prendas.

anuaJ, deade la f&amp;oh" en que ea h l&amp;G la dlUmo oonetgnactc5n por el
'1.emsndsdo. hMtaaqnella en qne aeveriflqDe elp-Jgo, y 11nlcamente eobre la cantiiad tn11olnta, 6 se., 90bre cient.o veinticinco pet:01
--Segn!ldo: El demandado no probo sua-a:iccepoionea Terrero.S&lt;i oondaaa •I miamo Sr. Vargae &amp;l l)&amp;KO de lu ooeiHjDdiot11lee, Oaarto.
Entrt'!igneae al actor lacsnlidad d e treinta 'pe80B que e:iclaten en depó
tlf.to en la t.eeoreda M.unioipal oomo pago en parte de la aum.a demandada; y htigaae trance y ,~mate de la propiedad etnbargada
El Oons•Jo de Admlniotl'aoión en Junta celebrada
;y con sn producto pago al ac~or de la 11ut1rte prlnotpal. tolere • hoy aoordó citar AAsa.mblea General Extraordinaria
set 1ega1N y 0011tae. Notlftque11e.
Aaf deflnltvamente joq:ndo
Jo resohrl6 y firmó el O. Zuu: iº Menor Letrado: damo1 f'é.•• Llo. M. para el di• 17 de Marzo pr6xlmo A Isa 6 p. m. e11 el
despacho del Teatro Juart:lz. Lo qua se hace aaber
G6mez B!\lleateroa -A-A.. G6m.Y:,-A~B. Palactoe -.Rdbrlo68.
Lo que ee notlfloa i Ud. eneata forma en oumpllmtento de lo A loe Bree . Aocionietas de la Oompañfa, de oon(orm.idllpueato por el art. 78 del l\S.ilgo de Procedimtentos Oivll&amp;a.
llont.er.rey, doa de Febrem de mil no•eotentoe nne'fe . .. Lt:,. M . dad con lo que pr6vlene el art 38? de los Estatutos.
.Monterrey, Febrero 26 de 1909.-El Secretarlo, M.
G6mes B!llleeteroa .- ..t - B . Palacloe,-A,-F. Góme.z,
18li

Cia. de Espectáculos Reynera S. A.
AVISO.

Qnlroga.

Cía. Minera &lt;Dolores&gt; S. A.

PUBLICACION.
Znzgado to de lo Olvll-lt frao-,f6n judiolal.-Eatado deN'. León.
Bneljoiolo de qnlebn del Sr. León Sepdlved&amp;Hha dictado
un auto que i la letra dloe:
Kcnteney, Febrero doe de mil noveolento11 nueve •.-Por pre11sn•
ta.do con el eet&amp;do de cuenta que se acompaña. Fónnea~ e:r.pedteu•
1e 7 con tu11damentoen loe arttonlos Hl6 fraoctóo I , 14\6, H.19, lffl
y H68 del 06dtgo de Oom.erc\o, t.6npae por in.lolado el jaloio de
qnlebra del Sr. León 8epdlveda_¡ •Be«dren11e loe bfenu, llbrOI!!, oorre1pondenota y dooomeutol det ocurrente; i cuyo efecto ·e11te Juz¡pdo nombra. p!lt'a StndJoo é l n~nen'8r 1&gt;rovleionalee, 1'811pecttva•
menta i los S tt. ttc, . L ~ón G Florea ., Braulto Mora lea i qnleuea
i,e lee bata! sab"r so nombramJeuto para tos pfeotoa legales; d6ae
orden al Administrador do Correos de e11ta Oludad para que entregUe al expreaado Btndioo la oorreapcndenoia qne venga dirigida.
al e:zpreeado Br, León Sepdlveda,, qill.en ae prohibe ha.oer pago 6
,entregar efeo'°8, ordenftndoaele adamAa que entregue loa bteneade
11t1 negooia.otdn al 81ndtco nombrado¡ apercibido de eegnnda paga
en el primer cuo; y de declararlo culpable de ooultaaló6n, en el
11411nndo; poblfqweee este auto por ttM vec• conaecnttvu en e¡
• Perl6dioo Oficial del E!t&amp;do• y regfllreae en la Oftcin• rHpeotiva
Notifiqueae y en tn oportunidad cdmplue ooa lo dispuesto ell el
vticnlo 1430 de dlobo Orde.namtento.
Ast lo deoretd y firmó el O,
Uo. Kaoedonlq Gil Tre'rifio. lnez 1º de LstTas del Bamo Clvll de
Ja primera tra.colCSll jndJotal, doY fe) -Llo. 11, Gll Trevi6o.-Lio.
J oe6Joan Vallejo, 8ecretvlc,-Bdbrloa&amp;..
llo11tene1, l!'ebrero 19 dede 190&amp;.-L\c. loe6 Juan. Vallejo, 8e~ relarlo.
18lt20

NOTIFICACION.
Juspdo I° Local Letrado.-Konterrey, Nuevo León,

Sr. Representante de los Herederos de
Dña. Magdalena G. Vda.de Garza .
Villarreal
En el Jnlcio Hrbal ordinario Mgnld o tior el Sr. Onofre GaroJa
en contra de loa h Qrederoa de Dñ,. Magdalena G. Vdll. d e Gana
Villarreal se ha dlotado nns eentenota q11e en la parte resolutha
dice como 11fgne:
Montirrey, Enero de mil novt&gt;clento1 nui,ve.-Pnr lo ezpuast.o
voon apoyo en 101 a:rt.e. SIM y 3159 del 06dJ10 Civil ae rMnelve:
Primero: procede el juicio verbd ol'd.lnarlo promovido por el 8r.
Oaofre Garata contra la 3ra. Vagdalena G, Vda. de Garn Villa.nea! 1 continuado deapti@a contra 1us boaraderos, s6lo por la ,cantidad de mento doce p880II 118\enta y otnoo oentavoe, en consecuencia
1• oblfg&amp; A eatca ¡ pagarle al aator eiea cantidad mé.s los tntereeE,1
legales d!'l!'lde !11 fecha de l!I. dem•nda hMt!\ eqnella en que verl.4qne el pago. Segando Be condena i lo!I dsm9ndad.os ll'U laa oost.e
,tel presente jo:lolo, Notiffq!lNe. AsUoreirolvi6y Armó eJ O, .Juez
!-1 Menor Letrado SnpleTJtt-, D11m0fl f6.-Llc, J. VUlaeeñor.-A L. del BOl!(lue.-A-B. Palacioe.-B6bdoe,e
Lo qoe se notiftoa A Udea. en eata forma de aonerdo oon lo
dllpueeto por el art. 78 del COdJ(l'O de Ptocedtmientoe Civiles.
Mont!'rre1, "ebrero20 de 1900..-Lto, J. M. VWesefi,r,,-A..-F. G~mez.-A..-B. Pa!4cloa,
181920

1 18,19,20

CONVOCATORIA.
Por Acuordo de la Junta Directiva, ee cita á los
Sree. Accton:sbe A Asamblea general ordinaria ¡.;ara
el dia 14 del entrante mee de Marzo A laa 9 a. m . en la
Oficina del Sr. Andrés Marttnes O11.rdena.,, calle del
Dr. Mier No. 91, para tratar sobre lo elgulente,

Orden del día:
Examen y aprobaolón de la• cnentaa glradae
durante el ejerolclo anterior.
II Aprobación de las gestiones de la Junta Dlreo·

I

ttva .

III Nombramiento de la nueva Junta Directiva,
IV Onaleeqtder ot ro asunto que por eeorlto ee
presente.
Mont errey, Febrere 'ltl de 1909,-A F&amp;l'ÚII, Srlo .
e.18,19,20

-NOTIFICACION.
J11Zgado 2• Local l,etl'ado.~Monterrey, N . León.

Sr. Francisco García.
En el juicio verbal ordinario que contra Ud . y BO·
bre cobro de pesos efgne el Sr. Lle. Daniel J. Mora•
lee. como apoderado del Sr. Dr. Agusttn Garza GonzA.leo, se dlct6;unaulo que A ,a letra dice ,
·
Monterrey, Febrero dos da mil noveolent.oe nueTe.
- No habien do ocmrldo el demondad'&gt; Sr. F rancleoo
García á contestar la demanda propuesta en su cont ra, por el Sr. Lic. Daniel J. Morales con poder del
Sr. Dr. Aguettn G8H8 Grnzález, dese por ccntestada
en sentido negativo, y ábrase una dilación probato•
ria por vetnte dtas comunes ~ im~rorrogablee para
ambas parta,e, de acuerdo con el art. 1080 del Código
de Procedimlentne Oivllee. Notltfquase. Así lo proveyó y ftrmó el O. Jn,z 2" Menor Letl-ado, damos fé Firmados, Lic. M. Gómez Balleeteros.-A-A. Gómez
-A-Il. Palaoloe.
Lo que se notifica á Ud. en eeba formg, de confor
mldl\d con el att. 78 del CMlgo de Procedlm!entoe
Civiles.
Mont~rrey, 22 de Fehr-sr,J de 19ti9. -Lic. M G6mez
Balleeteroe.~A-A. G6mez.-A-B. Palacios.
o.18,19

te en la esquina N. E . una cata vieja que allf existe y q11e cU fflta
hacta el Snr, tenfe:udo dicha cata oomo trea metro&amp; de cuele actualmente, y altna.da coma A doeofento■ metroe al Su, del oamtno de taa
&amp;.djnnuia AIOI Encinlto11. Oomo aei Y ae manlfleeta que haot• el
Sur queda no punto oonocldo oon el nombre de Poerto de Picacho
al Oriente qusda ef oamtno que va pe.ra la Popa; al Norte el e.mino i loa Enclnttoa, y al Poniente eetá el cerro de lOI Bnnlattot,
11tendo eatoa rumbos aproxima-loa. Loa metalea que hay dentro d11l
ternn:&gt; solicitado aon flerroaoa, plomollOII y dnooeo11 oon ley d.s
plata. Ee-ta eollcitnd tiene par nombn1 •PloachoeNombrado perito el Sr. lngantero Enloglo Ortlz, de eet.a "vecindad y aceptado por fil el cargo ee abre nn plar:o improrrogable de
noatro me11e11 para la 11ub1Jt:mctaal6n del o:pedlente ea esta Agen•
ota deb:éndsae de publlcar el preaente en en 108 térmluoa de la
ley.
llonterre11 Enero 28 de 1909 - R , ValdEs L~no, A.de ll.
181~

Cía. Minera "La Fortuna'' S. A.
CONVOCATORIA.
• Por acuerdo del Oon11eJo de adminilltracl6u de Nta Ofa,. 8fl el-ta. A los Brea. Acofonl8taa de la mlama, para Asamblea general or..
dinarla, qae 11&amp; vertllca1i el dta 21 del presente met, á 1aa cnatro
de la tarde en la can d el Sr. Gracia.no BorlOnly Ola. 81:loi. , en es•
ta clnd&amp;d. de r.mpazoa, N. L. para tratar y resolver 110bre loa pautos que ezpreu la siguiente:

Orden del Día
1- In(orme d~l 0oll8t'jo de Admhdatraotón ,

2-lnforme del Ooml.ellrto.
3-Preeenlaolón del Balan.oedel aiio. pa.nuu eximen 1 eb:-ob11,.ct611 IID ID CMIO,
t-Nombnmtento del perSODa.l del Oonaejo y Oomisario. oon
reapecilvoa l!Upleni;N, que ranglr&amp;n en el preaente aiio,
Be recuerda , loa Aoctonteta1 qne atnndQ fe~ nna eeannda
oonvooetori•, la Anmblea le oonetHntr&amp; oon el nGmero de aootc,.
tLlltu que cononnan, aea. cual f'u8Jle an repreae111&amp;ol6n,
La.111.puoe Pebrero a de Ilil09.-Carloe 11. Gana, arto, li1'11S

EXTRACTO.
Agencia de la Sec1"etarfa de Pomeul;o en el &amp;a.me de lltnerf'.-.
en LempUOi, No.evo León..

Expediente No. 384.-Con fecha primero d•J.l oo•
mente á lae ocho de la mañana ee ha praeentado en
esta Ágencla el Sr. JIIIIII Montemayor denlllloúmdo
64 pertsnencle.s mineras sobre una veta virgen que
contiene plata y plomo, situada en, el Rioon grande
perteneciente A la sierra de Lampazos de eat&amp; Jurlad!oclón , cnyaa pertenencias ee medirán en la figura de
pollgono teniendo terreno libre por todos aua
rombos sin oollndanofa minera y puntne de referencia
al Norte, el Creet on del Alaun. al Bu.r, la boca del
deeágue del cañon grande, al Oriente, agua del Oodrlto, y al Poniente, el Picacho de Piletas, y pone por
nombre á eete denuncio «Mont.e de Piedad.1&gt;
Admitido el anterior denuncio ee manda pnbltCl\r
an el Periódico Oficial del E;tado por tres veces eegnldaa y en la tabla de avleoe de eeta Agencio por
un mes y se nombro perito pM"&amp; la medida de este
fundo al s,, Jeede O. Martínez qtden aoepto el Nom•
bramlento.
Lo que ee haoe saber al pdbiioo advlrtléndoea que
desde esta fecha ee habre un plazo improrrogable de
cuatro meses para la snbst&amp;nolao10n del Expedient,a
en esta Agencia.
Lampazos, Febrero 8 de 1809.-E. A. D.M. Alelan•
dl'o Reyes.
o.16,17,lQ

=

�PERIODICO OF1CIAL

8

Cía. Minera La Florida, S. A.

EXTRACTO.

AVISO •
.t.rflola de la 13«:retarfa de Fomento en el R&amp;mo de Mlneda
• Lampuoa Nuevo León.
Por
acuerdo
de
la
Junta dlreotfva de eeta Sociedad
Expediente N9 386 -Con fecha 8 del (l(lrrlente &amp; lu 8 de la m•fiana N ha pre1entadoen eeta 1-gncla el Sr, Jlhurlclo Bln• nolno ae hswe aaber , lc,s Bre. accionistas que deede el dfa
de ..t. Oloded denunclaudo nune pertenenotaa mlnerae aobre nn 6 de Marzo próximo en adelante se repartirá el divi1eneno mlnerAl oon veta■ 7 mento, que ooi,ttenen plata, plo- dendo Ndm. 2 de la serie B . de '5.000,00 (cinco mil
mo 7 zinc 7 eeti altu&amp;do en el Rlllcón de Palo B•anco, 7 pertenet&lt;ler,te A la Sierra de Lampa101 de en. jorladlccl6n; ouyae perle pe30B que se pagarán todos loa d1ate hll.bilee en cambio
1&gt;e11ctn te medidn en la ftgnra de 1lD pclfgono que Unden do■ de del reotb:&gt; correspondiente, en eeta ciudad en la casa
e111 Ja4oe 0011 el fondo minero •Ls Pnrtllm.. 7 1u1 lado• reatante- de oomErclo del Br. Tesorero, Dn. Manuel Garu
tel'1'f'no libre, 7 pone por nombre A este denuncio ,Ampllecl6n
GIVljardo, calle de JoArez No. 20, de 3 A 6 p. m.
, la Pn• (almo
Admftldo el anterior denu11clo "mande publicar en el Perll!Monteney, Febrero 19 de 1909.---El Secretario, J.
tlloo Oftlotel del Ee&amp;lldo ll()r trea ncee Rl!Dldea 1 en Ja h ble de an• E. Fernli.ndes.
o.17,18,19
1iiDe de eeta Acencia por un mea 7 ee nombr6 pertto pera ta medJdt
.., •te fundo al RT Jeall.a o. lferlfnea de e■te nctndad quien 11N»Mi el aombn.mlent.o.
.&amp;.o qu~ MI hace eaber al pt!bllco ad'firtl6odoee que deede ...ta f'eLh• ee babre lll1 plaso Improrrogable de oaetro meses para sot.
ianolaol6n del Expediente en eata AcendL
Lampazos, Febrero 15 de 1909,-B. A. D, ..IC.-Alejandro BeJtl.
181920

Cia. Minera Mexicana "Río Tinto"
S. A.

EXTRACTO.
Ageneiad6 la Se~retarÍA de Fomenlo en el Ramo de Mi111ría en .Monterrey, Nuevo León.

Exp. 1652 . .,,._El Sr. Pbftlo Septilveda de esta vecin-

dad, ha solicitado ante esta Agencia 20 pertPnenofa.e

SEGUNDA CONVOCATORIA .

Por acuerdo de lo Junta Dlrectha de ata Ofa. HIDere Mexloa•
n11 aro TID~ 8. A." OOll\'OOA 'loa Srea. &amp;ociODl8tu de la mlama
, ARmblea (:t811eral Ordlnara, que teachi nrlftoactvo , lu diez
de la mañana del dfa 28 de llano próximo, en lacaaa No 86 de la
oal!e de B. Ja&amp;tts, para tratar 161 UDDtoa &amp; qae ee rea.re la 11·
galcaiente

Orden del Día
mineras que se ubicarán en El ceno del Fraile en
It Dar 011enta del estado de la negoolaci6n,
municipalidad de Garcia, y formando un rectAngulo
2t Eleoct6D de loe miembros propletarloe y tnplentH de la
de 1000 metros de largo de S i N. por 200 de ancho
JDDta Dlreottva, para el nuevo año eoolal 7 nombramiento
oobre el espinlzo del cerro que queda al W de la
del Oom1aarlo Jea respeotl'fo 1uplente.
Lo que MI hace aaber, loe Brea. Acolollutu, advlrtléndolee qae
meaa del Palmita!. La cabecera Sur del rect!ngulo
el acuerdo 1e tomerA oon el nt!mero de eccl011es qne eet.6n
quedari trasada en el primer banco del Hplnazo que
r•prHentadas de conformidad oon la pette t!lt1ma del arto.
queda al W . de la subida de la mesa del Palmttal, cu88 de loe Bat..tutoa qoe rigen, la Oompeüla,
llont.er,ey, P@bTero 14 de 1909--El Pnlldente, Egltaclo Oallt6:
yo banco queda en la vertiente S. del cerro del Fraile
1718111
LA lin6a orfe11.tel del rectin,tnlo que ee mida qaedart El Secretarlo Ei,llaclo L, Cantt!.
tneada como 30 metroe al E. de una abra que hay en
EXTRACTO.
el eapinazo menolonado, cuya abrB queda como 300
metros al N . de donde quedartla cabecera l. del rec
Agencia de la Seoret.ería de Fomento en el Ramo
tingalo di&lt;'ho. Los minerales que hay dentro d~l de Mlnerfa en Monterrey, N. León.
B:r.pediente Nv 1115Sr-El Sr, B~elmlro Bance!, de Nt4I netadad
i ·rreno aolioftado aon flerroaoe y plomcaoe con plata
■olJcttado ule eeta Agenda ocbo pertenenclN minera■ aproxi:Bita aolfcftud será conocida con el nombre de •La ha
madamente que 1e nhloar&amp;o en el Cerro de la Ventana. en MuiolOrua». Nombrado perito el Sr. Iog. B. Ortfs, de eeta ~dad de Santa Catarlna deblendo praotlcrl'N lae medida■ como
-v&lt;eolndad, y aceptado por 61 el cargo, ee abre un pluo ■rae: 8e medir&amp; nn cuadrado de 200 metroa por lado de meraera
la llnea Norte de dicho 011e4rado, quede oontlgua COJJ la lfaee
Improrrogable de 4 meeee para la 1ubatanclaoi611. del qae
8Jlr de 2/CO metro■ del fondo La l!:mneralda. Otras tree pertenenup•dient,e en esta Agencia, debiéndose de rublfcar alu
1e medlrin en u11 rect&amp;ngnlo de aoo metroa de largo proxlma·
el preeent.e en loe térmlrt01 de la ley.
me11te de N. , 8, por 100 de ancho, de manera que la e■qulna 8 • P.
de
dicho
reot&amp;qulo - oom4n OOll la e■quhle 8, B. del onadrado
Mont.eney, Enero 16 de 1909.-R. Valdée U.no. A de* metro■
oor lado qae utee ee exprea6; ., el reato de eata aollele X.
192021 oltad que_, oomo de una pert.enenda ee medir&amp; ea el haeoo

EXTRACTO.
Apnola de la Seoratarfa de Fomento en el B&amp;mo de .lllnerl• en
Koat.Mre7.
ltl:pea'811te 1660.- E!Sr. Doroteo Vlllarreat, •eolno de la HacleJMl.a de lo■ Vlllureal de la Maalclpalldad de 8&amp;114u Vlotorle ha
110llcftado ete eata A,-N1ol&amp; 11 pertemenclu mlneru cine ee ubicada u tru lotea 811 el Rlnoón del Saaplro, en la aterra de lllllplUu
tiebleDdo ele haoerN lu me414u como efgne, Ua lote •e: perte.
J&gt;ellO!aa ae medir&amp; no reoUnralo de 200 metro• de largo de B. , W.
pnrlOOdeancho,demaneraque qnedeenla e■qalna N. B. de '1
UJ1a cata que hay en la ladera 8. del Blno611 dicho, 0111• caa qneda como 1Gf m. al N. •el -lneeo que dh'lde loa rincones de t.•
Melera del de B1 Bueplro. OVo lote MI medir&amp; formando nn rectia1alo de 800 metro■ de E &amp;W. por IGO de ancho de muera qae
quede en la esquina N. B, ane •ta qae ezlate en el fondo del Rlnn6n del 8n1plro, quedando al W. de eate lote el oleo que divide
Jo■ Rlneonea del 8111plro, de la Melera y d'J la Tinaja Prieta. y el
111 tercer Jote ee medir&amp; formando 1lD rect&amp;ngalo de 600 metroa de
B. B, i N. W. por 100 de aneho, de manera qu• quede en la eeqol11&amp; mle annu.da al 8. une oata que ha., en le ladera N. del Rtnc6n
ékl Suaplro, cuya c:ata ctueda como I0'1 metro■ el W. de la entrada
i1e1 Bino41n del 8111plro. Lo• metale■ que hay dentro del terreno
qae MI ■olloita ■on tl.erro■oe y plomocoe OOll plata. Bata aollcltnd
._., ~r IIOUlllre •Priman,..
Numb...SO perito el Sr. ll1f0. A. L Feraiü.i, de eata 'fecindad
7 -.&amp;&amp;do pnr 61 el oarco, MI abre no pino lmprorrog11ble de f me- pe,. la aobttaaol.aot6o del ,:rp••tleote en Nta Ageacle
Moeterra7, Enere U de 1toi-R, Vr.ld&amp; Llaao, A- de )f .llll021

EXTRACTO.
Aaenola de lo Secretaria de Fomento ea el Ramo de Mlmerfa
aalfonten.y,
Bxpectlente tc• 1a~-BI Sr, Lic. Salomé B&lt;&gt;tello. de ata noln•
W. ha eeHottado ante eata J.c~11e1a echo pert.en..1101.H minera,,
qae ee ublonfa en .,J lad11 Oriente df' la aler, a de :!lf.0plllas terre110 de .lr&amp;m-cllqui, Mnnlclpo.!ldad de 8alln&amp;e vlo1orla y en el espinaqae divide loa rll&gt;oone■ de •1- Mlelera11&gt;1 y •El8n1plro•. deblen·
ilo 4e pracUcar■e la• medldaa de la IIIMlera •Jculente: Tomando
oomo panto de panlda la mojonera Sureste del fundo •Pnrfaima•
qae Une dellnncledo el aollcltan~, le medlrb 100 metroa al 8u 1oe■t.j de aqa( 100 metroc al Bureete, de eate pauto 800 metrot al
Jllor88te; luego eco metroe al Noroe8t&lt;; c\eeptlé• 100 metro■ al Suroee1.tl huta ~ r i la ){11ea Oriental del f'n.ndo • BI Ponenlr•• de 11qu1
lillO metrooe al Bnreete, y de er.e punto l f.O metros rJ Snr:ie.te huía llegar al de 1&gt;artfda B.te fundo ■e denominar&amp; •Saturno• y
ooHnda por el Poniente oon el fundo •Pornnlr•, por el Norte oon
Pndalme 7 Porvenir J por 1011 demie r11mb.,. oon terreno Ubre.
Nombrado perito el Sr. D~lllno de 3eaua Santoa, nolno de VIJlaldama y aceptado por 61 el cargo, ae abre nn pla&amp;o haprorrogallle de cuatro meee■ p11ra la,1:1betanoiac16n del f!:rpedleale en eata
.lgenct., deblendote depubllou el pr-■te ea loe U!rmlnoe de Ja

"°

ley.
llontenrey, Febrei,o 8 de 1909.-B, Valdec Ll■llo, Agente de
llüaerfa.
192021

EDICTO.
Juzg~o de Letras de la 3! fre.ccl6n Judicl&amp;l.-Esta•
ilo de N. Le6n.
Oon fecha de ayer se radlc6 en eat.e Juzgado el Juicio de intestamentaña á bienes del Sr. Antonio Oantd
vecino que foé de esta Oludad ,
'
Lo qoe ae hace saber al pdblico para que IH perso:naa que se crean con derecho á la herencia se preeen
t.en., deducirlo dentro del término que para ello eelhla el articulo 1685 del Oódlgo de Pl'008dfmientoe Civiles.
Linarea, Enero 'U de UHl9 -Doy M. -Lic. Luis Tre
vifio.-A---Agustfn C. G&amp;rcla.-..&amp;.-Antonlo· Herrera
García.
o. la 16 19

PREGON.
Preeldencla Municfpal .-San Nioolae Hidalgo, N.
Le6n.
A les diez de la meñima del día ocho de Mano de
mil novecientoanueve . ..--En ,,¡ S"lón del R. Ayonta
:intento de este Municipio y al mejor portor se rematará. en ptiblfoa eubaeta un t i,rreno de ejidos eompoes

que quede entre la llllea N. del rect&amp;nraio de 8 pert.nenolal de•
marcado; Nitre la linea E. del f'nndo La Esmeralda 7 Ju Haeea 8nr
de loa tan4oa Suta Pe 7 La DUlc'Ultad, lleudo utu demUSu oomo
de una hectara de 11lpenlcle7 en coDN011e11of• eeta ■oHcttud de mete beolaru c,,mpldú y anademufa que tenlh, proxtm&amp;mente ana
hectara.
Dentro del O'Uadrado de cuatro pertenencias marcado al principio, quedar&amp; una mina antigua y abandonada llamada
•La Beformeo. Lo■ metalea que hay deavo del terreno solicitado
eon fierro- y rlomoeo■ coa ie'J de plata El fundo ref'orldo de la
Bemeral.da ea e ■olicitado por el Sr· Ezcqnlel Ped•••• era Abril t!ltlmo. 8e le d&amp; por nomb,-,. &amp;eat&amp; aollc!ltud el de • ICI Rabf•
Nombredo perito el i'ir. Iarenlero Enlorlo Ortu. de esta .,.clndad
y ueptado por 61 el cargo, ee abre un plezo lmpronopble de cuatro meaea pu■ la substanoleoi611 del expedlen&amp;a en eeta Ageoofa,
debWDdnae de pobllear el preeente en 101 thm!noe de la le7,
.lllonterrey, Eaero ~l de 1809.~ R. V ~ Llano, A, de H . 1718111

CEDULA HIPOTECARIA.
lQlfado 19 de lo OMl,- lf fn.cclon judlcial.-Eatado de NueTO

Le6n.

EDICTO.
Juzgado 2• de lo Oivll.-"-1ª fracción judiofal..--Eetado, de N. León.
Oon fecha dos de Enero dlt!mo se radicó en este
Jurgado el jufolo de fnteatamentarfa t bienea del Sr.
Jnan Orlgel, vecino qne faé de eet.a ciudad.
Lo que se hace saber al pdblfco en eet.a forma, A .ftn
de que loa se que crean con derecho A la herencia, se
presenten , deducirlo dentro del término legal._
Monterrey. 11 de Febrero de 1909. -Lio. J. Garct&amp;
Guajardo, 8rfo.
o.v.16,111,21-15&amp;·

EXTRACTO,
Acuola de la Secretaria de Fomento • el Ramo de Mlaerla
. . lfonteney.
B~p~lente Nv 165f-Wl Sr. ArtnM Gekm, 4e eet. noindad, lla
aollcllado ante eetA Agenal&amp; doce pertenenolu mlneru que 1e ablouin en la me■a del !'elotuo, qae ee ea011eam ea la Hnfeate
Norte de la Bterra lla re que pr.■a al Bar de • ' - olu ia4 11117u
pertenenclu ee medlrf.n en an reot&amp;!ICUlo 4• 411G me&amp;ro• de Jusn
prózfaamentede N. B. A8, W. por 800 de ancho, de muera
quede dentro de c!Joho rectAnculo , 611 metro■ 411 4latuo!a de ea■
Uneu 8. B. 7 K. B, una cata nneft ,na aomalmente Ueneoomo 19
metro, da cuele oomemando de donde ee comenzó el rebaje, 7 que
HI&amp; lll&gt;Jena horlmlltalmea'8, 6 -como na IOo■bda,qned• como ,
800 metroe al N. 11. aproximado de 'UD plq'lMe de la mina ■l Roble
y oomo, 1000 meuoa tamblen al N Bl de relfl. o,mo eeliu " m•nltleta que al N.B. de esta eollol&amp;a~ 7 oomo &amp; kllc!matro y medio
quede 1111 ponto qne • llama el PID&amp;I al B J como , 4oe kU6lrot 'UD n.achlto llamado d&amp;elll!to;• af N, 7oomo A aa ldlómetroqaeda el Pn&amp;rto de Lu lloru. BIIOtl rnmboe 7 dl■tanotaa IOtl
aproximadas. Loe metalea q ae hay en el terreno aolloltado aoa
p¡omo■oa y fierro- con ley de pi&amp;\&amp;.
Laa colladanolae mlnerae
aoa por el w. lu perkne11ela1 de Ja mlaa •BI Pilar 7 •a• ampll&amp;cfonee. Bita aolloilud tiene por nombre •Germanla• 7 qaeda en M,ntctpallde4 de .lfonterreJ.
Nombrado perito el Sr. Iq" B. P. Bucberd, de e■la ftllc!Bdad
7 aoeptr,do por 61 el oargo, ae l.bre an pluo lmprorropble de entro
para la BUb9tADolaol6D del expedlen&amp;a en esta AatDOla.
4ebUadONde pnblloar el-91'M81lle ea loa 16:mlnoe 4e lá leJ,
Moaleney, Jlllero 20de 1909.r-R. VrJd,t Ll11110, Aaente de Vlnerla.
lffOU

•u•

m-

Cía. de Espectáculos Reynera, S. A.
Convocatoria.
Conforme, lo dlapneeto en la dltlma part.e del art.
36 de loe Eetatutoe de esta Oompe.flfa se cita t loa Bre.
Aoofonfatu de la miema A la Aaambla General que,
tendrlL verfftcatlvo el dfa 1° de Marso próximo, bajo
la efgulent.e:

Orden del Día:
DfB011tlr 7 aprobar 1u cuentas que preeenta 1&amp;
Teeorerfa.
11 Adoptar las medidas neceaarfas 11. erecto de cubrir1oa creditos paelvoe de la Compañfa.
Mont.errey, Febrero 11 de 190ll.,....El Secretarlo, M.
Qulroga,
o.16,17,1~

I

Cía.. Minera "Norias de Baján,''S. A~
AVISO.
Por acnerdo del Junta Dfrect.iva de esta N81l()clacl6n. ae ha decretado el pago de la exhlblci6n No. ~
de $4. 00 cuatro pelOI por accl6n sobre la nueva eml•
el6n de aefe mil aoolonee, cuya exbfblcl6n deberf. oubrirae del 1° al 16 de Marso próximo en la Teeoreria
de la Qompafifa 4111 esta Oapttal calle de Moreloe No.
74 B. y en México en al Banco I.oternacional é Hipotecarlo.
.Lo:que ee avisa i loe Sefioree aooionletu para 111
conoctmient.o.
Monterrey, 19 de Febrero de 1909.-Pree1dent.e, VI
oente Bort.onl. - Secretarlo, E. P. Out.Ul6n.
o.16,17,ti!'

B1 dfa cu•tro del aotual. ee p.-11t6 ante este Ja.qado, el Sr.
Lle, 8alom6 Botello, como Lpcderado jnr(dloo del Sr. Joef Dfu et,.
demandando en la v(a 111maria y en Juicio hlpot«arlo al
Sr. lod lJQaclo h:árate eobre ps,o de la oaatidad de • ti,000.00
dooe mil pe■oe y wlor de an prMt■ mo , mutuo 0011 lllter6a, mil
loe fml)V,89tOII • reapectho■ y loe lntereeM nnctdoe, demandindoae tamhl6n lu coetu, oontrlbaclonet 6 lntereeea qae en lo ■acell·
voeeven!IMl.
hlldaM eotor1114emelldaenllll&amp;eeorlturade aec,mda hipolec•, •peclal 7 uprea otorpda por el Sr. Joeé X.aaoto AzcA..te
en la Oiadad de Dr. Arroyo, el dfa 18 de Junio de mil DOTilClentoe
tree ante el O. Joes de Letru de le ft fraoof6n ludlolal de la flnoe
r6etloa denomtnada «La Bolla&gt; qne 1e oompooe aproxlmad.amenle
de tnia J medio 1lUoa de paado meyor 6 IMIUI mil dento caareata 7 media heotaru J mn treaclentoe clnoo m116dmoe de hedaEl que suaoribe pone en conocimiento del pdblioo
re 7 ee ellOQ8lltra ecntade bajo loe s¡gulentea HntSer01: ll()t el Norte y Oriente oon la llaoleada de Soledad¡ '[IOr el Sur, con el Ran- que con permiso de la autoridad traeladan. próxfmacho de Santa llllllia de la Pa)ma., ¡,ropiedad del Sr. MatfN Baea, f mf'nt.e en Olll&amp; de empeño •El Fenlx• de la calle deBaalellda del 04rmea de D. TeffeO l(~eoo y por el Poniente coa
terreno de la Hacienda de • Aonfi.. perteraeclellte A la 8re. Klll'fa Juúez donde actualment.e se halla á la esquina S. E .
de 111114■ .hointe de Gómes; J la hlPoteoa oon toda• ne entradaa, de lae callea de Galeana y M. ArNI" la.
mejoru, n-. ooánmhree 7 eerridumbree que en la f'eoha de la
Monteney, FEbrero de 1~.,-Trevliio Gza. Rafa~.
hipoteca hubiere 7 lo■ que "" lo 811.eed'l'O hlolere
reportar
o.17,1R,1i&lt;
nfnc11n otro cra•&amp;!119a;Cll)'a !loo■ e■ de I• propledad exolnelvM del
Sr. A1Cirat., 7 para 1arantltar et pago de Ja cantidad de DOOB
MIL PBSO8 que le faclllt6 &amp; mil.loo oon lnter6a del 11'8 menaoal
POI' el t6rmloo de dos llfioc 6 mellM, oont&amp;do1 desde el d1a primero
d.e Junio del citado año de mil noveolentoe &amp;res¡ alendo adem'8
de cuenta del deudor toda■ lae contrlbuclonee y gravf.menea que
ae lmpualeren al capital 6 , la fine&amp; hlpotecada., alendo motivo pera dar por terml11acto el plazo, Je taita de pego de loa tnte,_9
qne eo eatableo16 por annelldadee venoldu¡ bablénd&lt;&gt;ie rqlalrado
Por ecuerdo del Oonsejo de Admlniatraofón, ae ha·
esta hipo'- oon f'eoha nntldoa del mlemo mea r año de 1u otor- ce es bi,r 11. los 8rfla. acclonletaa de esta Oompafifa quegamiento,
En virtud de lea coaetanolu qae p-de11, queda enJeta , jal- eatand" ya lletas laa acotones definitivas al po~clor
oio hipotecarlo la ftnca rtlatl• de que MI he hecho mérito de pn-- tonto Liberadas como Preff'orentea, se entregarán
ple4ad del Sr. JOIJ6 Ignacio Aloirat.e; lo que MI baoe Hber al pt!blloo J' &amp;las Htorldeélea para que no ee practique en ellL lllagdn tas á loe tenedores de l&lt;la Q¡,rtfftoados Provisional"
embarro, toma de poeeatón, diligencie precaatorla 6 eulqaiera emitidos, ast como i las penonas en cuyo nombr~
otra que entorpezca el c,,n,o del preaeate jniclo y poeesl6a Impedi- ap&amp;rf&gt;oen re~stradae, veriftoindoae el calljB y la en•
da que por eete auto n concede al Br, D. J.»6 l~naolo A1cll,rata.
lloate,:rey, Febrero de 1909 -LSo. 1(, Gil Trevlño, -Lic. 1056 trega á partir del dta 16 del actual en delante1 en la&amp;
Ofit:fnas de la Oompefifa, calle de Dr. MJer fü 91
Juan Vlllle¡o
171819

••ea.

A VISO.

m

Compañía. Carbonífera de SabinasJ S. A.
A VISO.

&amp;:·

Los &amp;ño!eB acclonistse que no pueden peroonalmen ,e recoJer t1oe acciones se servlrAn nombrar un
apoderado pon qu fü·nv1 el r, íbo conespondlente
Mont&lt;-rl'ey, N. L . F ..brero de 1909.-Erneeto Made·ro, Presidente .
o.17,18.l~

PREGON.

Prealdencla Mnnlcl!'al de San Nlco!As Hldl\lgo,-Nuevo Le6n,
A lBe dh.•z d e l" man · na del dfa dtec de Jfarzo pr~x!mo ea el
8al6a del R. Ayuntamiento de esta Hnulclplo y al mejor j)(l■tor MI
remataril, en pt'.íbloa eabasta nn terreno de egldo", oompueato de
diez f nueve haotaraa, velntiotnoo arae y clnoa8ota y oloco metros cuadradoe, colludando por el Nort~ oon terreno• del Br
Frencieoo Lo1■110 1 de la OfL Oemento Hidalgo, por el Otl•n~
oon terreno■ del mlflU0 Sr. Loiano con el paate6n llnalolpal 0011
propiedad del Pf8lb, J. J . Maldonado J' oon propiedad de Oe~toe hidalgo, por el anr oon terreaoe del Br. Lic. Forlunato de la
CONVOCATORIA.
Gana Y Oomentoe Bldal,ro 7 por el Poniente oon t.ffrenoe del Sr
Por acuerdo del Oonl!f!Jo •,. Administración d
t
ll'ranoll!oo Loaano 7 de loe Sree. Darnetrlo VIUureal PraholaoÓ
E!Jrondo, Pedro Oelludo y Oeme11to Hidalgo.
'
Compafüll. ea cita fi loe Sree. Aooionletae ¡ Aea:i~
Durante el t&lt;lrmlno de las pnbllcaololle■ que ae her&amp;n ooo.tro Genf'ra• Ordloarie, que 88 verificar§ el dfa
14 d M
•ecea cone&lt;c,utlvae de alete en o1Ate días hal!ta la hora
le eohaae erta ee admftlr&amp;u postura■ qu" eabran la oanttded di' SllOO t ....8'1iPD• v,0 próximo i lea 2 30 p . m. en fa caaa No
tos peeoe en q ue ha eldo Ju•ttpreolado ,tfcho t&lt;&gt;rrNw b~J&lt;l ,.¡ 0 no"i&gt;- Mord
e lo)a Y 1ª11 oclutepará en conocer y resolve~
Op~ie
¡f;d::Ío~"ººo-d"
denanotante el derecho del tanto , n el re- toa e aaguen :
San i,¡lonlú, Hllalg,,, 18de F ebrero de 1909 - .To96 Cn eva,-Danlel J. Oeatlllo, SN:retario,
171819'JQ

Cía. Minera "La Lucha'' S. A.

"ª

:a'::

f!

al

Orden del Día:

° Informe del Ooneejo de Admistración·
2 ° Informe del Oomlearlo
1

ao ~ reeentaoi6n de las cn.Pntas del primer ejeroi;&lt;&gt;~!:ei!1t!ªy
º~:ta~:to;~~!':!n:!1~
o o aooiel para su exá.men y aprobaci"'n
C"SO ,
u 8D SU
Poniente de esta Villa y colinda por el Norte oon
.A V I S O.
4 o Nnmhr,.mtAJ&gt;to de J&gt;neva MF83 Dir ti
terrenos del Sr. Jwm P ablo Cuev11, al Oriente terreEl Conet&gt;jo de Admietraot6n en sesión de hoy acor6 o T-t• r rna 1qu1er ot10 RRUt.to que áeo
va.
:r.oa del Sr. Lic. F c-rtonato rle la Gr.rza, al i:-ur p ropia- dó repa t1 á
t d t llld8 d 68
ju! . d
0 6
dad de la Cía. Cementoe Hidalgo, y al P oniente arror r cucn ;a 8 u
ele eeta Comp&amp;ñía
.t.\BP rob], " ""'ª dP 1nt , rés gPr:&gt;Pral para
yo del Potrero Chico
entre l.o~ ooolonletas de 1'l misma el $&amp;gnndo dividen - Mo,!1 1.eTre.y , á 27 1e P ..brero tle 1909 - El srªi oCfuJ. laé
Durante el t lirmtno
l Rs pubhcac!ones que 88 ":a do de $n &lt;YJ&lt;.t OO (cinco mil peaos) á r.UOn d e cinco Gonz..1f'Z O ~za
•, os
,,
pes os J&gt;G
'Món .
o .17,18,llt
:r~ cuatro vooes cons-.r utivae de efete en Eiet.e c i ;s
El p11r
hará en la Oficina de ~ :a Conrn-~"'~n r ~
y hasta la hora de sub-- 1\ admitirán posturas que :18 de Hf
No. r2 d d
• •=·~ ..
cnbran la C'antMad d ~12&lt;1. '\'¡ c',.nto veinro pesna e e1 prlU:lt'I ,m adc'anta'y e:ie~ 8
dfa pnm~ro }f'll'zo
O
1
qu 18 al.do ·u'ltlpr clr:-.do dkilo t rr"lr&lt;&gt; br1j &gt; t&gt;l ro • pond "'llW
•
"m
e.e r~libo 0&lt;,rrw
v· ·'\ u e ., q &lt;' Dl:i :v&amp; el l1• re r cla.nt • 1
r e
I C,,I qu" c. l. ; rrr á 1·"' .,, .,
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e,. l t,_ 'l~ 1c. .. Et
mate alud! ~o.
1 ,
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a · ~on1~. pnr m'J lM.PnENTA Dl!,1 (;oB,EP o, El PALA.CIO.
1
..., n ,·no! md
1 (lc F ltr ro dE' 10 O AJ
f
~ v, l.t&gt; l " r .l nnochr.::r&amp;nt
1
DI.. ·rnx V!Dlll\!~iR!DOR,
D • .,, ,.r , C'-~'. lo "rlo
o ¡ ·J, 111 17 19 V"r e ¡,•r
..•,.,-e,}
y
brero t"i de lh.9. -.Ll So ltt rlo Ju
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•
1 _
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~E:'!;1:ro~ª

Cía. Minera &lt;Todos Santos&gt;, S. A.

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A. Brondo Wbitt.

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                  <text>Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                  <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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              <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1909, Tomo 44, No 19, Marzo 5</text>
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                <text>Periódico Oficial del Estado libre y soberano de Nuevo León. El número 1 del periódico con este nombre apareció el 18 de agosto de 1866, y se publicó con mucha regularidad dos veces por semana. Contiene información oficial de los tres niveles de gobierno, leyes, decretos, circulares, datos estadísticos sobre las secretarías de gobierno, partes de guerra y demás disposiciones superiores durante la segunda mitad del siglo XIX. Los tomos, fueron de 100 números cada uno y hasta el fin del siglo se habían publicado 34. Durante muchos años, el periódico oficial, con sus distintos nombres, siguió publicando números complementarios cuando alguna noticia extraordinaria lo hacía necesario. Los Alcances aparecieron hasta el año de 1872.</text>
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                <text>Whitt, Brondo A., Director y Administrador </text>
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                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Monterrey, llartt.S t \le Marzo de 1909.

TOMO XLI;v.

NUM. lH.

Periódico Oficial
DIL. QOBil¡~o DEL ESTADO LLBBR Y SOBBRANO DE NURVO-LRON.

Las leyes, 10&amp; lecretos y de1as 4ilpuici81H snperinrn, obli1an por el solo iechu de ier pnblicallas en este Periódica.
Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

Responsable la Secretaría del Gobierno.
CONDIC[ONES. --H:ste periódico i,;,e ?1W1blicaJ0S Mártei.; r
Viéraesde&lt;".aiasemana.- Valela i-ubs.:r1~c:ién CINCUENTA
. CENTAVOS.al met. en esta Capital, ·y CINll"UENTA Y SEIS
faera dedla lfir.allCt&gt; •le,porte. - J1;1 ~ .d,e·l)e baoerse ad,elan-

CONDICIONJ&lt;~S.-El número dd día vale DOCE CENTAVOS. El ntimero atrasado QUINC.K - Toda comunicación oficial deberá dirigirse al Redactor de este Periódico.La remisión de aviso!'. se hará directamente al Administr a·
dor del mismt&gt;.

tadc).

•n ,de la im,eoesaria para el servicio -de para toda casa· ubicada dentro de 101
!a~ua, -t]Ut&gt; ;asegure el perfecto fo:nc~,t&gt;- limite8 del sistema de agua y drenaje,

JuBCBS DB TURNO

En la presente semana.

¡ nunierrtlf)

ide aquella.
en la parte comprendida desde la CaLlc. ~!~°i1.m~~JA1too.
/
C•alquier instalaeit&gt;n de d11e.- 1He de Washington hacia el Sur de la:
•
r~je ~ oempondrá, euarido menes, de : poblari,)n: bajo el concepto de que,.
2~ de lo Civil,
· ,11.n exettsado ~istema inglés 6 imita- !al no haeerlo, quedan los interesMdo~.
Lic. R~tJE DE LuNA.
cien d~ m~smo, y 1111 laYadero ,@ fire- ~n la oh1gación de construir () repa-gader&lt;, de cocina, euyo resumidero rar sus letrinas según lo dispuesto tm
tendrá ~ -ooladeras y desgrasadero el Bando de Policía vigente, ft.eha ~,
'
Tettpeetiv~:; y dicha instalaci,,n, que se de Septiembre de 1906, y de efectuarMoaierrey, Marzo 2 de 1909.
-oQnecta,rá,i ndependientemente de ,ot1·as, ¡cada mes la limpia de ellas, por exi- ~ --• .
y ,de la RllílDera más directa que sea girlo at;í la higiene pública. Para las
Bstabltt.illl:lt.lltiO "tlel St'r\'lCIO de. pGSible C1N1 .las .atarjeai,; generaJes, es- casas que se encuentran de la Calle
AgM y Dumaje en )font«1 rr~y. ~tu.aí prov,Rta de tubo~ de veutilac,i1&gt;n, de Washington al Norte, ef plazo para
. 11
•
•
t .d ;válvulas, sifones
de obturaci6,- -v ·de- loa efe&lt;·tos que se indiran. será de diez
B aJo
1as :IOO'esenLpe10nes &lt;"On em as ,
• .
fu
• :1~
.
•
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_
_
,,,__,.~
·
de
.
mas
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que
eren mf.l.1~¡w11- ,meses.
1
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en e R"":a.atoiaN , conexiones, en ft-1.-.-1 _
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• as ana.a.~ y im • a -0rgamzae1()n ue
4'ª' ,
..
.
.. , . ., .., '!- f ; c)s. dtie1-10~. 0• ei'cargado·
.•
" de
·las Oflcina-ll! 1CotectDr.as de rentas que
o~tener una co~euon &lt;_~n ¡Ias casas en que no se cumpla con la
.habrán de pt'6d~ir '\o.i, servicios de las :atar~~s, 0 ilograr la mS!t,alaci_on prescripción contenida en el artículo
ua y drieaa.aje~ qued.an estos eAf.3.- d~ ~rneio ,d? ª.gua para euaJquie.r anterior, sufrirán una multa de rlit-i ¡:¡
::fecidos en la Ciudad.
"
~iñeio, deber~ :piesentars! , 1" 11 soh- doscientos pesos. que impondrá el Al1
Las preseripcioaes .i 1que se alude, cCo·itu.d po~ _eStttttd
' o en . 3: otidcua -de la lcalde Primero, fijándoles un plazo de
1
3
.
.
.. . 1es que D mpañía
e,1
erv1c10
··
Ja peti"c1'6n
.se publman
ea )as piev.ais
ohc1a
. l ·wtl
f .. .e ·Au-( ua .. .v_. t res d'1~s pa~a qu~ d.1r1Jan
11
1
coastan al ea.le~ de ,l ~ presentes lie
' para c itar ~ tia , respectiva, o se a1usten al bando de
_
m1WM.;1on, proporcionara 1os esque1-etos ¡ policía eitado
neas.
. d os a l easo, pues• esa soI.1e1tu
. d ¡' . ª
.
aprgp,.a
. .,
__GO_B_I_E_R_N_O__D_E_L_ES
__T_A_D_O_.- irá precisamente 1requisitada luego,con : 8 - Desde ~a pubhcacwn de est~·
el ,:ísto bueno de :la lntervencit&gt;n J?inan- , Reglamento, nmguna persona podra
,
_. . _
'.!iera; después, .een el mteradfJ del construir, sin p~evio permiso del C .
0
I
.JJERJ\A_R~!O NI::.&gt; 'E::'• e, ,,1/J ~· ':,, d &lt;~, Inspector Técni'-".G, quien, con ,·onoci• i Alcalde_ 1-, Je~rmas en parte alguna
C1111.11tt11, ,,mal á~I E~tatltJ J..4/,, r 1 .',o.
• t d l
•,
ti" , ] J
dP la Cmdad a donde hayan de exten/Jn; "" \'
·
m1en o e a coneeswu, Jara a wra
1 ¡,
.antJ
- 1U'N J ~ n,
y f P&lt;'ha para el reeonoci~1jeÍ1to de ]a &lt;lerse las atarjeas del drenaje.
en uso ~e la facult~d que a1 .Ejecuti- instalación; y por fin, con el permiso
9~ El uso de la.~ atarjeas, ,¡ueda·
vo confiere l~ frac~1ór~ _XI, d~. artícu - de la Primera Autoridad Munieipal, limitado á lo siguiente:
10_84, d e la (;onshtuc!on ~ol_1trca de~ para romper la banqueta y parte dP la
u. Dese&lt;;hos de excusados v orrnannsmo Estado, Le tcHido a b1ell expe- calle que medie entre el domicilio resle1'.
dir el siguiente:
·
pectivo y lds cañerías() alc;a ntarillados
b. Aguas sucias procedentes de los
H, E (l L A }l E X T O
· de JiJm presa.
. .
la \-aderos ó fregadero11,
5 · De todo asunto entre la Emc. Aguas sucia8 procedentes de lo~
PAR.A lN'sT'ALAc101u;." PRI\"ADAS DE ~ER · presa y e~ público, y de cuanto t•on
baños y lavamanos,
v.1c10 DE AGUA Y DRENAJE, Y sus co- trato se ofrezca &lt;!0n la Compañía del
d. Aguas $ucias proredeutes de reNSXIONES CON LAS DEL i-.tsTI-:MA GENE- Servicio de Agua y .Drenaje así 'O o·
sumideros,
--

-!l:

PERIO DICO OFICIAL.

~ara

ª

~::_~J~, ª

.ª

ª.

1

l!

RAI.. DE DICHO SERVICIO. QUK DESDE
HOY QllEDA ESTABL~CIDO EN MONTER.&amp;EY DE coNFORMIDAD coN :g1. DECRE·
To c~ NCESlo~ DE 8 b E NoYJF.MBRE

de t d O

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l '.

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.

.

.o aque o que se ._re amone con
e. . ras aguas semeJantes a la~
e~te Reglamento, deberan tener cono- anteriores. procedentes de fábri-cimiento é in~ervenir según 1·orres- ras , lavanderías, cervecerías, hoteles,
DE 1904.
.
.
ponda, el ~1~~er~entor Fin~ne~erp y ~1 hospit.a!es, edificios pú blicúti y casas
1
. . . -.
Inspector I ecmco del h ob1erno. i-m · eomerciales, t1 tr. q ue en opini1íu d el
str
12
/Je'1
:•,m, d~· J.:ua _1· drt1lllJf••
. cuya . intervenci6n y aprobación de ins- Ingeniero de la Uompailía del S~rvir.io
. 111. Las eonex10nes. pa_ra los ~e_r~1- ftalac10ne~, no se 1'.0nexionará ú 1~:-ta de Agua y Dren~j&lt;'. dt1 aeuerdo eon
,·1us dt• agua y dr(_•naJe a dorme1l10. ron ]M ~1stemas g-enerale~.
la rld Irn~pedor I'h·nico, puedan ~er
en la Ciud~d dt1 Monterre~·, -:p harcin
&lt;;~ Dentro dP.l término &lt;k ~pi,;; me.- a ,lmitida, , !• ]a, atarj,a.-. -,in pnjn-icio
Of' &lt;·011f,1!·m1dad , OJl l, ,hr-pllP'-tn ,.n »('-.. a ,·ont-ttr dei-:df• J,1 Ít&gt;1·}1a dt1 est! algmw .. , 1e1upr" a~Pg1nando las co1
esh.• n ·n 1J.mento.
Rtig·lanwnto !'.{' J.ff• l;\C'ntará :-&lt;o!i&lt;.:itu&lt;l rrientes (•on d ui-v de r.olndC'ras.
'.l~ _ Ninguna imi_talaeüín &lt;t • dr&lt;'1i~je pura ~l t&gt;~tahleeimiento del serví:;º de
JO!!- No He utilizarán las atarjfas
• podra t.ÍPch1arsP. c.1 no es a(·ompana- drenaJt&gt; y el d{' agua "Orr-eRpond1ente par,1 d~ '-lOÍojar las aguus pluriales 1p 1e

�PERIODICO OFICIAL.

2

,·aigan sobre los teeho~, patio~, corra- lo~ gastos que ocasionen lo, rlaí10~ y rellenai·án de estopa engrasada, rele~. huertas. etc.
perjuicios causados por los errores calcándolas luego perfectament!' co11.
1 I" Con objeto de impedir la obs- que cometa, ,. por abusos de t·onfürn- plomo.
.
. rd .
.
trneeión de la corriente de agua en los za.
·
23~ En los pabosdJª ~~est cort06
tubo, de drenaje de uso doméstico,, 1íª ~ingún plo1ll!'ro til'UP autori- '. Jes y demás lug-ares escu ier os,
1¡lll•da terminantemente prohibido de-, zacitín para hacer conexiones con la tubos colectores rueden s~r de barre
po~itar Pn ellos. desperdicios de ro- tubería dP la Compañía del Hervicio vitrifi&lt;:a~o._ de ~rimei·a rahdad, con_ la
&lt;'im1. ba~uras dP t·asa, animah•~ mner- 1de Agua )' Drenaje, ú no ser que ésta sup~rfi_cie mten_or perfectamente lta
1
to~ ó ~11stancias de consiRtenl'ia más le otorgue por esnito el permi,o ne- y vidriad,, deh1rndo romo los de e81
d11 ra &lt;jllf' ,.¡ paprl &lt;JUe se emplea para¡('esario para ello, ·" &lt;jll!' el trabajo esté rro, tener campana ,'.· macho ('JI
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1
,•x,·usarlns: pues sólo a~í sP eYitan losplnjo In sohrC',igila11ria dt" la misma. lexti·emos. !'ar~ las Jtlllturab respec_t gTun•s wrj11i,·ios ,¡uP podrían sobre,
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tl11,•r• la po,ln,duml,n· opasionatla por, ~erril'iO ele ag-mt, sl' i·mpleanin las t·a- Ufll&gt;l Y una dt• l'enwnto l'ortland.
tal,•., ohstrn&lt;Tiones.
ñetÍllh metálic3S·\' 11.an~s de UbO t·o - 1 24ª Todos los tubo, &lt;'Ull'&lt;'tnrl's dt'~
/J,· los ol,n·ros ins/,¡/1/(/,,n·s.
mún, _v &lt;·on las dimensiones y di,ímr- ¡ henin. al s&lt;'r posible. colot·urse &lt;'11 línea
tros 1¡111' mpjor t·onn•11g-a al uhjPtl&gt; á 1reda. proenrando quP lleYen una pen1
1~: Lo, plo1m:ro, 1¡iH: üe,ee1~ ser ¡ &lt;¡ue se d_estinen; rrcomendándo,t• ~¡ 1die11te uniforme. no_ 11wnor_&lt;'11 su dr
¡11tton1.adns para eJecntar rnstalac1ones qur Sl' pv1ten. ha~ta do11dt' sea posi- chve, de dos y mecho ('entunetros por
de plomería y conexiones con los ser- ble. los áng-ulos en Pl estahl&lt;'('imie11to lnwtro; y al ser i11dispt'nsahl&lt;• algún
Ti1·io, tlt" a¡1;11a ~· drenaje, ocurrirán de las cañerías.
l'ambio Pll la din•tTilÍn dC'l tubo
ante el C. Alcalde l, da11do sus pro·
l!J" C'adu instala&lt;·ión prirnda üe- ¡princ•ipal, · debcrún 11,arsl· para el
¡,io,s nombres y los dP la Compafiia 1í berá tener el medidor ,·01 respondientt&gt;. 1.:aso pie1.as currns, df' 1111 odavo de
,•stal,lc•&lt;·imit•11to de plomería (]11" re- qut&gt; st•ítule el líquido ,¡ue ,;e tonw del IC'irculo: PU d ,·onct'pto de que, en laR
pn•s&lt;·1itP11; y par,1 comprobar , 11 eom- si,tema µ;rneral del servicio, ~- l'Cr&lt;'a ramifil'aC'iones. se emplearún ajustes
pete11eia en los trabajos relativo,-;, rx- tlr PI una llaY1·· &lt;le l'ierre, para ']tiP en forma dP l' (i g·rirg-a,) dob!C' ií ~rnhibir,i11 testimonio, debidamentt- tir- el ¡•011tinmidor pueda cortar el agua rilla . sl•gún ~ea ne&lt;"e,ario.
1
mados por per,ona, 1¡11e pued1n ga-: en caso qur Re an•rie la in~tala&lt;"ión.
En lo, lugares donrlC' un tnho pase•
ra11t1;-:ar su mae,tría en el o licio, y l'a• 1Dieho medidor ~e colo&lt;"urú dentro de ca- por debajo dr ]01, cimientos de una
pacidad para ejecutar bien y de huena:da fitl('a, lo más cPrt·a posible de lasali- pare&lt;], se colocará sobre t\J un arro ¡¡
f.., todo trabajo que Sl' les encomiende.! da &lt;le la misma, ~iendo la Empresa la dintel de piedra, ladrillo ó tierro, qm•
Desp1u:s 1¡11e el plomero haya presen-' que pol' su cuenta, deba proporcionar baste á dar finne,,a á la ahertura ']ll e
t~do s11 solicitud, Sl' le exigirá un_a ese aparato, con obligaci6n de conser- ~e practiq uC'.
tianzu p_or v~lor d~ $2.000.00_ (dos mil Tarlo en _buen e,;tado; en el concepto
25" El eaño principal dr &lt;lebarriit
pesos) a ~atis~acc16n del_ mismo Sr. de que s1 alguna vez deja ele funcío- ó &lt;le drenaje de 1108 finca. &lt;JUCdará
Al~a_lde l.; &lt;¡men, cu111pl_1dos lo, re- nar, se ha'.·á el cargo dr consumo ¡,•,r interceptado del ramal de la atar·ea
3
,¡ms1tos dichos, extcn&lt;lera el pernnso el prumcd10 que resulte de los dí.1h
l
d'10 d
'fó d · ¡
,·orrcspondiente.
· anterioresá la falta de funcíonamient~ g~nut·a por m~
~ un_si ºd. e ais a-l
"" ,,,1
·
d'd d
,
· m1en o. que suva para nnpe 11' que e
1
1., r, pern11~0 t·On&lt;·e 1 o e aC"uer-. l!,stos apanitos no serán cambiados ·
· · d
d ¡
t ·
t
ilo i·on
lo
expre~ado
en
la
cláusula;
ni
mane¡'ados
de
ningón
modo
si
no
es
a~re
ncl1a_
ºt pa~c de 1ªs. a arJea~ edx'ti~.
,
¡
.
· riores a 111 enor e aR casas o e 1 ,111tenor,
de la Empresa
·
N
·
• sera per,onal,
T , , -·v por
, ttal ra• por A,&lt;TenteR
"
· ·
c1os.
• o se penm·t·ira· el uso d e s1·rone~
~'."1. 110 SP pcrn_u ira ª mngi~n. 0 ro m:
20~ Las dimensiones de los tubo~ que te1wa11 la boca de ins11ección en•
uI\'H1110 asunnr
re,¡1unsab1hdade,-,
a
.
1
' ~e
" emp1earau
· en 1as e¡ l'entro
"' m· otros de estilo
· dder·tuoso
.
_
co ec t ores que
nom 1,re
· ta1ac10ncs
·
d r d rena¡e,
· serau
, en 1o Dichos
·
·'
, mstalados
·
' '
. ..dedl titulado,. para llevar a t·a- rns
sifones
seran
en la~
1io, o1Ha~ • e saneamiento ··v de plome- g·eneral
(cuati·o ban&lt;Jue t as d e l as casas, y t en d ran
, un
.
, rlP 10 ,-entimeti·os
e
rw. .r•a 1arrnnadas
con
e~tc
Reg-lamento.,
piil&lt;T,
das
·
ncrlesaº)
de
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·
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eti·o
pu
·
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1.
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1
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,
•
·
·
" • ,º
·
'
,
- uuo ven I a or e erro vacia o. d e
1 , ,-,•
El plom~ro reg·~s-tJ·ado &lt;¡ue ha- ¡d_iendo usarse otrOb ~e mayor calibre, die1. centímetros (caatro pulgadas) de
:r~ ~Jf'cutado la. rnstalacrnn, la s?1.~e- '. Sl ~ada la 1mpo1 ta~c1a de la finca, así diámetro, para recibir el aire, en yo
h _rn ~n presencia del Inspector 1 ec- 1~ JU1.gasen conyemente tanto el lnge- tubo ~e t-levará á una altura no menor
llll'O o de su representante,_ y prove- mero de la Compañía dé Servicio de de treinta centímetros (doce pul.,.adas)
,·cnclo todo aparato necesano para el Agua y Drenaje, como el Inspector de la superfi&lt;"ie de la han&lt;Jueta. 'bicho
•:~~º'. a pruebas d~ ª,gu~, ya ~ea t¡t'..e Técnico d.el Gobierno.
ventilador, que se colocará entre la
~&lt; ti ~te ~e lo~ di enes ~ tu ben~ h_on- . 21" ~ mgún ~ubo coleetor de los pared y el sifón, tendrá la boca defent'.lta
ecto{ª, de aguas _negia_b O de citado~ en la clausula que antel'ede, dida con enrejado resistente. Todo situd º~- e¡° e~to¡e s ~~rti~al es, Y el debera tener una pendiente menor que fón aislador de éstos, estará además prore8 .º . e Ic 1ª rns a1adc10 a 1os_ reco- la proporcional de un metro en cua- visto de un tubo vertical eon boca v tanoc1mientos
,
· , para su examen "lim• t
t· que
f sou
. d e1 Icaso ' siempre
t
renta , 0' sea d e d os Y med.10 cenhmepa, ¡o cua¡ servira
a en era
t ros por, me t ro, .ª: no ser que, para pieza
,
'
,. ~a 1s acc1
. 6n e1 . nspcc or.
y l avado. La tapa se pondrá
á
15· , Cu_al_qmer traba¡o dcfectu~so obr_ar en contrario, obtenga el plome- nivel con la superficie de la banqueta
n? sera ~ec1b1do por, el Inspector Tec- ro mstalador, autorización especial del de conformidad con las instruccione~
n~co, q_u1en ordenara se hagan ~as roo- Inspector Téc1úco del Gobierno.
de la Inspección Técnica del Gobierd1ficac1one~
para
22" Todos los tubo., co1ec t ore~ no · Es de advert1·r 8e, que l os apara~
· t que, fueren neccsanas
•
1
0
st
1;i:i5e ªJl~~ : .ª
P,rescnto . end e e que pasen por el subsuelo de piezas, tos de que se trata son de fácil conce. e" au~en °,) una ,ez t~rlillna .ª 1a y los que atraviesen bajo muros . _ cnsión en el mercado.
mspecc1ón , s1 resultase satisfactona, el rán del ti O comercial d, fi
' ~e
Inspector tirmará de conformidad en ciado al !tra.l8d
d
e
erro
va~6• En razón de que estas insta1
la solicitud correspondiente ¡&gt;ara nue d" ,
qt' t
(o, te no ¡menos de !amones de ventilación en.las banque'
·1
1er. cen .1me rus cua ro pu gada ·) de t
l
1
¡
-surta los efectoR prácticos necesarios d.,
t
·
~
as, son as que a pro ongarse unett
1
111
rle acuerdo t'On In nue ~e ex¡lres6 e~ ~• acme ro, Yd:on ~ estpesor mínimo de los colertores de las casa, c'on JaR
·¡
•
, 1 11 O Y me 10 IIll 1llllC 1'0 " 't·
el ' .
•
1a cl1iusub -1ª
e;" av· ª de
d d bº. ~ dies 1ec1- atar¡ea~ g-enerales, y en razón. adeI
~, .o,,
pu ga a ) e 1cn o tener la · d
·
Hi" En caso de qu . nn plomero ·up.e ,•f ,•ie interior 'erfe t
.
mus. e _q ,1_e YIP nen ú a~e.t!urar la lnnfrinJ·a ('11 ua lquih ser tido e te Rr- .,. t ·ra'u pr·'v· .1. dp
. c .amente h~a. gien&lt;' puh.lica 11 evitar 11ue las emara"'· ..,
v
,.· is
E eampana v ro
d
1
o{lmn, nto, será ea·,dgado ~on una mul- , eho cuidar do df' . e ·. . 't J b" a- , eione~ E elli.1~ . at&gt;irjea~ p~•en á las
.
. .
,
' ,1 se m~er en 1cn · casas qu, 'OI ll
·
ta d e d1ez ..1 PJrn prsú~. y snfm.,.ará el ll[IO en la otra 1
. t
1· ·
l e · e as ,¡, co11E;x10ne11 Re
t• y 811 8 JUn uras se ' encarga rá de e,;tablecerla, baj·) , su.

pgRlODlCO OFLCL\L.

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· t 1 ]
¡· rns¡1ahlo del mismo .." _en _los &lt;'uale, .,l
rPtiJ&gt;Onsahilidacl, la misma EmprP,a, 1v_acwnes e_e. as ,·ornen cs te os _t 1s- ,
intervciwi,ín &lt;h' ta ¡ 11 ,pección trntos serv1c1os; v &lt;'ada tnho pnm:1- ag-na, al desearg-arsp, limpia (H'rfrcta8011
\J teng-a Ia ven t I la,·1011 mt•nte el rl'l'e¡itál'nlo.
1
'l't; • · ,,,, &lt;lill (,t,hicrno: _
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:14~ ( 'at\a orinal tentlní s11 dl'[1tís11 11 1 1
••. , uu cuenta tJlll' , 11 t·o,to es relatirn- deh1da psh_1rn do_ ta&lt; o l'n s11 t•xtrr1110 qm·
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I to tlt• at..•·11,1 seme¡·aute ú 1O:l d es&lt;·n·t º.'
a1e11te fuerte como aditamento al resto ']lll'( e Hll'lll (' 111tl'l'ltll' ( l'
1111·a, ( ('
',
. . ' .
l'a )á('I·
•, h instaht&lt;"iún pues l'l fl·,n11 ino IIH'- otro qul' sp t•levará pcrpemlwularnwn- en la 1·lausnla anteno1, )11, con
d l t.·
1 .
111
~'. d' ' . ·· t · s de (SI ;j 00) 1¡11inl'l' te hasta sobresalir de las ar.oh•as l'in- &lt;h1d para una desC'arga n n rn e _ l':•IO e rsr (OS o e.
. ·
,·
.
· ¡· . d
.
.. da ver. tjlll' se va1·1e.
,., .
- l·i- l"l"nº ·'e la irinwn1 catt,o·o- cul:'nta l'enbmetros a lo menos . . 1·111- 1t1os . e agua.' ,lfi .
· d l"l. · ,;11 t 11 b&lt;',.e, 00.,, 11 , .. , , ..., u
·
"'
.
· d
'15ª ( • d •el 1 ('10 ten
1
, -. ' !' le, ('olo('ar·ín tales aparatos ¡•on dándose de alt•¡ar s11 partl' supertor e
·
a a t
1.
1O'
n,1 s .,1 · ., ¡ ·tal de' la F 111,¡)resa· á las ca- la vecindad de puertas Y ventana~, en , ríu conl'l'tada pur ,ep:1nH l'On P iaaar"o,. &lt;''-' 11
' ,
,
'
•
.
·
·
l d ¡. t · , " 11 ra 1· v n~ :;e pogas de ]aseu·unda C'ategoría, hará dicha una d1stanC'1n de dos metros y med10 ma_ e ª. a n_rJ(a -.t' _e_ . , : .1 11 .1 1 _
Em Hesa s6lo el &lt;•obro de C'Ínco pesos, próximamente, ,1 fin dP c¡11e no estén drnn a!TOJar rnmund1cia,_ :. : g , \ ~ '._
car!·ando los otros dit,z al l'apital; á exp11&lt;&gt;:,tas d.il'ha;; puertas y ventanas, lcia8_ en los tubo~ de de:rnlg\·11~H ttl l
las de tercpra l'ateg-oría se les t·arga-, á recibir malos olores. ~stos tnb_os n_e'.:ientes á otra nea,. ni
mi
en_ r_
1
r,in $LO.OO y lo, restantPs al ,·apita!; y ventiladores deben ser de_ tierro v~cia- ~ fon_tle un ext"usa~o aguas, '.le prot e
hs dr l'uárta cateo·oría pn delante, do alquitranado, y de diez cent1me- clencia ele otro _aparato. ~l1v1 rso.
.
i:,m)n el )ao·o integr~. Dit:110 pago in- tros (cuatro pulgadas) de diámetro,
:¡¡;~ ?'oda ~nstalat·1on de &lt;lr~_na_i.~
1
tPITrO se 1\a,~í despul~S por todas las ('.3- C'OlllO los mi~mos ¡•oledores ú que se de una linea, -~neluso el tu?fi? p_ 111u
" ·
~
·
.
·
' pal de desagne v sus rann cae1011P,.
¡¡as en las 1111,talae1011e~ lJlll:' n11enunen- anexan.
•
.
11
tP :~e &gt;id,an, ' ,·uult¡uil'ra que sea ~u ca;31•1 Lo, tubo, que_ se 1111un á 11'.s \se instalarán p_or se_cC'tones sepai·.'.
11
tfu-ori\. "psto desdl•&lt;¡ue el Gobierno principales para los diferentes sern ·¡ Y l'Ompletas, s1e111p;e b'.1 1' 1 ~i,u_ti
111
D,;nd; ~ort~ 1- Ja ¡•.uenta de la Empresa, . cios, serán de plomo de es~~sor de eable;' .Y &lt;"nan~.º. rn ~(•,re_ '. ?ui'.: ,or lo ue t0t,a á invrrsiones de capital 2 y medio y 2 '.111 cuarto 1~11hm~tros, 1t·o11ve_men~e p,~1 a ello, ,t s(~hc'.t?~ ~. 111
~n obr!, lo cnal tendr{1 efecto &lt;·nando. RPgún el mayor o meno1: eahbre, °, de pernn,o,ts~ecrnl del _rnsp:d¡°1 ] ee ___
é tas quedt&gt;n en toda la ciudad siste- fierro vaciado, y tendran los diamc-l t' o del U-?lnerno, para hatPr o en 'ª
8
. d .
tros siguientes:
, rias secciones.
ma as.
(
1 d
, .,-~ ,,, lo edifitios 11ue s!' &lt;·ons:nª En los rnmbios de dirección .1 O eentímetro, cuatro p11 ga as l, " 1 · i,;n s
' ·
.· .; ·
dr una tubería de drenaje se eoloca- para excusados. .
truyan después de lu 1rnbhcat·wn tl~
rún, en los lugares indi~pcnsables á 1 5 centí~etro~ ldo, pulgadas), para !este Rt&gt;~lamento, así l'Om.º, en los _ q u~
juicio de la lnspect·ión Tt~cnica, bo- ¡baños de t1na, trnus para lavar y fre- seef~ctue11 algun~is mod1_ficac1011e, q~1.e
,·a~ con la l'Orre,pondirnh• tapadera. ¡gaderos.
1lo permitan, sr mstal_aran al SPr . po. 1-·
que sl' [H't•sten á la vista &lt;lP ojos y ú
:i~ y medio milímetros (pulgada y ¡ble los 1'.x,·1_isados,,hano~, la,·aho~, ~t&lt;·,
la limpia interior. ~Ras bot·as y tapa- m2J1a1 para luval,o~..
_
. en un• muto que t:enl-\a _una,'.\&lt; _?1:
dt&gt;ras t·orrt'spondientes, sPnín de bronTodos estos srrvH·1os ~~ran prov1s- 1part'des _hal'ta lu,ga1 _d:l'&lt;U lm I t.o ''.11l.'.1'
('f. al tratarse de tnhos metúliros y no tos ele sifones de obtnnwwn que ten- 1111tempene_, &lt;·_o_n amplia ,entana ]1• •
"ªn su tubo ventilador llevando rl luz v v&lt;•1lttlac1on; v los tubos de desa&lt;1I' l o, d e barr O.
"' ·
·
·
·
· • · t
·] ¡ d l
¡
·
;,ropio diámetro indicado para cada O'Üt' serán llt&gt;vados d1rertamente l t'
•)~~ I,, 011 o ( e tot a znn ¡a para r
.
"'
•
·
¡ ·
f
1
¡ ¡
·t ·ti· d ' d caso· pudiendo esos tubos de ventila- los sifones respl'chvos 1acia a uern .
,·o 1o&lt;·nr rn 108 ( 1• n,1To v1 n ca o e · ,
.
,
,
,
d
· 'd
t' . ti , l eióu ser de fierro dulce "alva1111.ado
pa~andolos a tnlYl'R de esa pare .
l os pedrn11t1 b~s etn pa ilos )' emluRI u - Ello's ~obresaldráu tambit:•i7 de las azo· ¡ :ltl.-.\.ntes dr cfet·tuarst' l'Ualquie1·
gur&lt;'s eRcu 1er os, He·1·tiara t·on 10 ga·, en un sis
· t ema d &lt;' el r.enad teas ·1l0 centímetros y &lt;,nando conven- mo d'ti
1 t'!ll'Hlll
a
anc
1ura
que
ae1
1
e
su
at'omo
o,
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•
·
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·
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d , l.- ¡
t e ]os pui1tos dondf' "ª se pueden conel'tar (•on los venb- Je ya en 11s0, ~e ara anHo a
n~pt'i,J espetia men e n ,
·
.,
.
l'
T · · d 1 (' 0·
gp ejecuten las junturas de campana !adores prineipales. siempre arnbu tle 1to1:
l'e111eo . ~ ,u 11&gt;rno, p_ara 1¡11t"
marho. en t¡ue se demanda ma·yor más elevado aparato, &lt;le! ramal res- cm~e se venfique la operae10n en . ltt
J ¡·t d
·fi ar las uniones j pectívo
HH'JOr for11111, dentro dl' la, prt&gt;,,•npamp 1 '. 1 para vei ·1 ('~
'
..
l' ·.. · ¡ t d
_. .0 t·t· .. de e iones t\¡• t•stP Re.,lan1ento.
. .J&lt;};tas Jlllltnras ,e 1taran l'Oll una mei-na sene ~as .a, t' 1llll
, r.,1s
,
,., ,
...
da t·umpnesta de una parte dP Ce- 1 e~t•usados, ~mdas o separadas por me:!9.-bn 1·ul111to_ a ed1fü·ins ~111~ lit;
mento Portland y otra i1rual de arena dio de tabiques. puede tener 1111 solo t'stl-11 dl'11h'o d&lt;•l sistema d(• eanerias "
hi&lt;&gt;n lavada. sin ; ul' pueda usarse til'- colector y un tubo Uf' ventilaritín.
lalrantarillados de la Empn•,a, pn easo
1
na parn ese objeto. Deberá colo:l2ª TodoR los t•xcusado~ serún de tle &lt;JIIC prete11da11 .l'~nexiones para
1·,1rsP ,.acla tuho t·on la inclinaciún eo- ,i11tema inglés 6 imitaciiín del mismo: apron'char los senH·IOs res¡H'l't11-us.
nespondienfl'd&lt;• 2 .,· 111ediop5 ,ase~u- su tar.a tPndrá la superficie impermea- h_abrán de '.liri~ii- los intl-re,ado~ solirando s11 Pstahilidad con el relleno de ble y lisa, y de forma tal que pueda l'ltud espe('ial a la misma, expre~ando
tierra: y en sitios do11df' PI terrt-m) sr, limpiarse l'Omplct·1mt•ntr ;'1 &lt;·ada des- ¡ la ubica&lt;"ión de la finca, sn &lt;categ-oria . ~prese1it"e po&lt;'o firme, se reforr.arún los;carga de agua. ?-lo tendrá m(1, rna- 1el objetoá&lt;j11eest,í 1lPsti11ada, para, l'll
tubos &lt;'011 eo1wn'to de Cemento Por- · dera t¡llt' la ljllP P11trf' pn t·l usit&gt;1Jto, el 1vistu ele todo ello, rPsolvt•r lo •111e protland, ., i pi Ins¡wetor Técnil'O del (to- l&lt;'nal irá ase~urado :í la ta:1.a por medio 1ecda, bajo d ~otH•Ppto de &lt;JU(', (•sas prohil'rno opina que sea 11eceRario hacer- 1de bisagras, debiendo quedar to&lt;lo el lo11gat·io1ws de &lt;"añerías á aleantanllalo as1 . .\1 ,,olo&lt;"ar~P &lt;•ada tubo, se cui- aparato á la ,ista.
· dos, habrán de haeer,e ti&lt;'!.\'Úll cnntrah,
dará de ,1ue la ~t~per~eie i~terior quP~;~~ Todo excusado e:ltará abaste- que se l'elebre.
0
tlt' e11ternn1rnte hmp1a Y hs~, usa_nc! cido con agua procedente de una caja
-l-t).-Cuando se pn•t&lt;•1Hln conedat·
para ello nn raspador ~propiado, ª fin ó depósito con capacidad para conte- eon las uañerías del drenaje, instalade que no ,·,on~el'Yl' ningunas adhe- ner el agua suficiente á fin di' asegu- ciones que existan t·on anterioridad á
r!'nc1a~.
rar que se descargue en el excusado la publicación de este Reglamento, 6
:29" l)¡,~pués de colocada y lrnida, uua t'antidad mínima de ocho litros cuando se presenten varia8 simultáneala tubt•ría de una mstalación, se dará !en cada variada. Dicho depósito se mente para ~u revi$i6n, podrú el I nsa,·i,o al Inspector Técnico del Go- 1,•olocará á una altura no menor de dog pet·tor Técnico del Gobierno autorizar
hierno, v ninguna ser,í aterrada has- metros del pi~o donde se halle insta- de modo provisional el funcionamienta dPspi'1,;~ &lt;¡ue htiya sido inspP&lt;'l~iona- lado el P&gt;-&lt;·L1sado, y tendr{1 un tubo to de aqurllas tiue no pudiere someter
da. y ,¡11P la, pruebas ,í &lt;JIIe ,t' le ~o- de de8t'Urga de un diámet ro interior detenidameute á las prueba8 rorresmeta , resnlten -·itiRfadorias, sP!.(Ún \11inimo ele ;.¡7 y medio milímetro,; pondienfrs, una H ' Z '}lle ~e haya cfrJ, , pre~l'rito en }¡¡ d á11~11la 1 i'!
(pulgada y medi~): Quedan exceptua· cioi:adn. cnando me~os, de _que Pl deJO" Ló~ tubo&gt;' prineipal~~ del de- d_os de este re~~1s1to, los ¡•.xcu~ad os de :sagnf' '! la rad~ fu~c1onan lnrn, d~ que
•.a¡;iie del drenaje llamado_s .colector~R ~1~t~maaut~rnat1co ~e _lavado, con de-\hay el ne1·esa~10 sif?n _de mslanuento
, on )os que reunen las diversa~ den-. po~1to dP mYel ba¡o, a la altura del entre la~ atar Jea~ pu bhca~ ~- la m~t.a-

ª'.

SI'!\

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u,~

•

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PERIODlCO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL •

la('i,ín . _v de que ésta se halla bien ,en- cio de Agna y Drenaje, debidamente , Repúblicar Jl e~ica na;-Gohie'.·no ~el
ti lada. ~¡ 1•n un término de seis me- a utori1:ad os para ello, pod r(1 tocar, 1E stado de ~ 11 E&gt;vo L~on. -Seo eta_na.
~es, ,¡111: per manecer án las obra~ en 1ab rir ó ce rrar válvulas, tuboB, com- ,-Sección lª.-Helac1ones:,: Hacieu1
ohsern1eión, no se notare serio ineou- puertas, alcantarillas, sifones, ventila- ' da.
,enirnt&lt;-' en ell as, ó si se hubieren s_ub-¡ dores, etc. pertenecientes á la Empre- ¡·
J{ E U L A .il[ E X T O
sauadu lo., dl'fertos que se le,; ad·ner- ¡ ~a.
tan, lo ,·11al es ohlig-acwn del plomero; 44~-l:le rn~tiganí con el rigor ' np1·ohath) por rl N1·. tlohr1·uatlor,
&lt;Jllf' hava heeho la instaluei(Ín, hasta de la leY . ú todo a&lt;¡uel que tomare
p,11·a la forma y l'f'quisitos con
1
,¡111• )'llt'l!a &lt;'jP&lt;-Htar la, jll"'lebas for- ªll"'.lª de la pr~sa, l111cu-toma, 6 ~f' &lt;'llalque rlrhe lUH'Pl'i'iP el (_'{ U3HO
malp, rle 1¡11t· ;;p ha tratado. se . a pro- qmer punto a lo lar¡¡;o de las línea, 9"1'
LOS SERYl('IO:-\ !rE AH l"A Y
J.tn11 ,,11 detinitiva por el fnspe,·tor. los ar11Pd11c-tos. así corno de otro~ !~DHENA,J E poi· la-.; Otidnas &lt;¡ne
g-arl's de la, ol,ras hidní11licas.
.
1
Si'
d(•:-1g·11¡111:
--i.-&gt; \-S1.· va~tig-aru ig·ualmeute C'On
41 -Tocta infrn,·c-i,ín 11 lo lli"t•1t-11ido torio (•l ri 0 ·or dt• la In ' 1Í r¡uit•n hP"a
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no ,•st" &lt;•s¡ie•·wLnP11te ¡ienad;; ¡•x,··i1··, ·1·1,11l'' ·1 1·1i·11(•cl1··1· · 1 c&gt;1l"º dl· ]¡1, ·
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· l obro., di' 1w1ia &lt;lre11ilJ&lt;' ,wuas ne 0 -ras
1 el .J'l"l'Sf'lltt' Heg·la11H•11to, ,e east,&lt;&gt;·a- fü"lll'd11cto, al 0111 eambiare l'l ("fl!l('r t .
l !º ~ 'd . , d' 1"&gt; t ,.,M
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arnlll1t·1 &gt;nt•, ¡1d1u1111strahrns de la J11- exista en lo, ·1lre,h~dore, de ai¡upl '"I . (lfi ·
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e1. o, ,·a. stis ¡11t• sea 11eet'sano un 1111- en c&lt;1so ele f1wrtC's lluvias ó avenida,· ¡d d d l{
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&lt; , 'u &lt;¡u ,e h-11c1 parte ,,¡ .\fu11stc- ,. al c¡ue •rnnsporte ,·aro·as ¡iesadas fd.
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1 1:;ponI&gt; rapara e t ser\"lClO
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11., 1&lt;:0, pc1r,1 ¡,101·urar ,, castigo. por sobre lu linea de tubería eorte 1· ¡
¡ rnte110r
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( l , ·I·
• ¡ .,. · ¡ ¡a. e11trnda,11rholPS(Íp;draigapiedras
1.
' · de-,e 111110, ¡e11ai·ta1nP11
o 11 r os ,1(1'111ent.eR
- - · - - , , H l d p1011u1u1
en su
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1
e. i Ir,, t,;nenc:, pertenel'iente, ií _111., rredor, cí ejecute acto alguno que pue- CH)P c~c
l ·,, • d,,J :-iPrYH·w. d,·. •\..eu•t
,., , .1- Drcn·i¡
, ,. e, /d·a a. f e,; t ar s11 es t a bºl"d
1 1 a d 6 po1wr Ia en ll' n lol,do1
r f d , l 011tado1.
·,
q It' se resene_n parn la prot_eel'iiín de. peligro.
.
e P. . e _:-;P.c-c101:·. . , .
11;; aunas dPst1nada, •ll ~erncw de]
E· d d
¡ [' l . d l , . 1 (8e1,rn &lt;1t,lt10 ,ll d,,anolla1,se p] sisUi 'ld;d
. '
.
aI
s a o en e
a a,:10 e (:rolner-¡ tema .)
. a · ,.
, no del Estado, en Monterrey. á l' de l'
e· l · · . ¡tam ¡&gt;H·; n pod1,111
,:
,
+:&gt;-.;\moruna
¡iersona
excepto Jos'
i ,l\•[ a1zo
.. &lt;l e J!)O•l
n
n
,
~er
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,
,
.
. . . - l'&gt;. nevrs.-_r,.amon
, , n . do .ecto1.
•, 1
t·,11plPadus de la Compafiia del 1:&gt;ervi- : e;_ C.1ufr,1rri.-,8erretario .-Húbrieas. cuaTtiro Eesl puesd.¡
d'
,
.
eon udo 1redo entre el
Departamento dr Cobros de la Re'
TARlFA~
caudación Oficial y la Compañía de
¡Sen-icio _d_e A.~'.ta y Drenaje, ~erá la
llJH'obadas por el Uobirnw drl J~statlo Jlara el servicio de e\
Intenenc1011 J, manc1era Oficial que
·
gua
Y
suministrará á a~bas Oficinas, todos
Iln•uajr. 1111&lt;' C'outienen el mínirn1111 ar cuotas, Sf'!.!'IÍ.U la renta I los rnformes relativos al mejor allanade easas ell qur sr Pstahlezra.
··
miento de sus operaeiom¡s .
111. La Inter,eneión Financiera
1
1:i:leados.
rc-,-,,-,u-,-,-"_-_--J-t,-;;)-.".- 1 -Co-•-:;;-.,,-,.,---Y,-~~0
dt\:º~;!:.tf
1
.
&lt;Jllf•
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&lt;il'
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ll'3U:&lt;.
J!rosd, a;:lla.
I.Ooo,
re-,111 1 11 .
Brennj;.
Cnoti,:- ,
[)o;:; Esc·ribientes. (seran &lt;·uatro a,l •
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. desanollarse el sistema.¡
I
füt)!a .;, 20
7,iioo
I~os Yi&gt;Stas de Medidores . (d¡,~¡1ués
16 cs.
$1.00
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¡¡, 2. 25
~ 2I. :í 40
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16 ,,
seran
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3.00
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IV
1161.
)) 120
2 3,35v
" 5-4°
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3.5_0
2.80
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¡ Del l{eralHlador Oficial, Colec,,r2r . .,30(
" 6.30
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tor-Contador) 1k1n:ís rmjilradmi
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dd llrp1.utament.o de Cobro~.

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º~: ·-• , . .

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1

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~1!ºl¼!:\\~1~/~~l'f:i

1)

NOTAS.-1 ?-La renta por medidores rá su cuota por servicio de drena. e de mo1 ": El Recaudador Oficial ~n el
comunes de agua, ~ calibre de cinco do proporcional con la tarifa 3
Depat ta mento ~e Cobros. debera lle6
octavos de pulgada ( i 5 '/2 milímetros,) ochenta por ciento sobre el ' 1 ~ea a1 v~r pa1·a el meJOl' orden de sus operaque se considerarán como propiedau de mínimum de consumo de
va or e ~se c1one~; un DIARIO, un LIBRO D.ffl
la Compañía, será ' de veinte centavos dales todo exc
,
agua, carga~- CAJA, un .MAYOR v todos los del d
eso a 12 centavos por mtl
, l"b
..
•
mensua :s, ~cuya renta quedan exentas¡ litros.
n_ias I ro~ aux11rnres que sean necesapor un ano, a contar desde la fecha, las!
,
nos. El hbro de Caja deberá quedar
0
4 -Las lava nd enas, balnearios, etc , balanceado diariamente, saldándose
casas de las dos primeras categorías.
1
2!-Todo exceso de gastos de agu a que ;;:n~cou::nex~:::s ! e :;t: ::: ¡ategoría, co~ l~s entregas que á diario han de
hagan los consumidores, sobre lo qne seña- litros arriba pndrán fac
el 50,000 lLtacerloed dle lC~ colec~ado al Tesorero
l I t "f
'
er
arreg
os para d oca
e os •ontrat1stas
· ·
a a an a en su cuota respectiva se paga- gozar del precio de
t
d
·
' , da, con f orm1rá al mismo pre~io en ella indic;do, si no llar.
12 ceo avos por mico~, el Artí&lt;'ulo 41 del Contratoexc ede ·d e un crncuenta
·
•
onces1on.
por ciento¡ pero
lo que p:s~re de ese cincuenta por ciento, d-0r•-~ueden fo:marse agrupaciones de .
' El Recaudador de Rentas Mu6
se c~brara a tres ce~tavos menos el millar
mas_ a~ceso~ias, para obt~~er en gru- mc1pales, recibirá el día primero de
de litros sobre precio de tarifa· debiendo po el servicio, ba3o la proporc1on que se- cada mes de la Oficina del Int
·
d
1
'
ñalan las tarifas
. , '
erven~n'en erse_ que os excesos de gasto de
·
• •
tor ]'manciero Oficial, un Estádo de
«gua ªº,. alteran las cuotas de drenaje,
6;i.-Toda combinación que 00 que a 1~ _que los arrendatarios de los serque sou f1Jas.
dentro de esta tarifa, se arreglara·-~ p v1c1os de agua y drenaJ·e deben a' l
.
.
•
• ,. pre- J¡'
•
a
3".-Casas de gasto superior, establecí- cws c~nvenctonales, sirviendo en cuanto ,_mpresa por los mismos, acompañado
1uientos con grandes agrupaciones, como es posible de base, los que se dejan seii _ dicho Estado, para su firma y robro
colegios, hoteles, etc. etc., al hacer un lados."
ª de los reeibos formados por ia lnte ~
gasto mensual cuyo mínimum se aprecie
l\Ionterrcy, F b
vención ]'iuanciera con los datos
22 • de r9o9.-G, en tal Ofic1ºna se llev··a
Por 50 00 l ·t
'
,
6
G
e
rero
"! -8
, o 1 ros, pagar2n a raz n de ca- R. , Gonway,-Representante Of" . , t
.
n, y· l os ·reqms1torce centavos por mil litros, y se ajusta- Ingeniero en Jefe.
teta1 e os correspondientbS, después de haberlos comparado con los datos de la

eª

y.

n:

&lt;:o~

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¡

-,-----c.-c-,.-""'.'"-Ct-1-ut-_",,-,---T-01-.1--.11

}impresa para asegnrarse de la confo r- un;i de las que se r eciban por la Em- gos, y fi nalm ~nte ~l Vist ~ ~u eno d"l
mi dad r es pecti va. A I recibir el Dep~r- 1presa c ua ndo
presenten al Inter~en · In tervent or F ma~01ero Oficial, después
tamento de Cobros de la R'Jcaudac1ón tor para su '\ 1sto- Bueno; un REG IS- de lo q ue se dar a por la E mpresa h.
Oficial, los r ecibos· ant es mencionados, TRO GENERAL en el que se a no- boleta visada por el citado l ~ter vense hará el corre~pondiente asiento en tarán todos los contratos po r ór den tor a l Departamento de ronex1ones de
los libros de que se !Ja hablado e n el progresivo, según !a numeración de la misma, para que se abra la llave de
artículo anteri&lt;ir, cargando el monto éstos. con los dcm:ís requisitos que se paso eu la onlla de la _b~nqueta · y se
total á "VALES POH COBRAR'' conic,pecifican en dicho Registro; llevará pong-a en eurso el serv1c10 correspo11&lt;'rédito ú "TESOlU~HO LOCAL'" ha 0 , adem;ís nota de todos los detalles dienfr. ,
ciendo esta operación por Diario. Al que sean necesarios para podel'lnejor
°\. El lutencntor Fina:wiero Ofirecibir diariamente lo re1•audado se inspeccionar la OOX'l'ABfLlD1\ 1) de cial. ademá~ de ~11s atnb c10neti que
harú rl currespondil•rlt•• a,ienh, por la E,\J PRES.\ con los do1:11mentos re- &lt;'011 tal t·aráeter ticnP con relacVin ii'la
"C'A.JA'' al'rPditándolo ú "\"A.LES lati1·0, .
IEmpr('sa de Servicio dt&gt; Agua~, Dre l'OH (:OBRA w·. \' al C'lltregar tnm\"Ir l. ,\.1 rccilJi1·,c Cll la Oficina nnjl'. t&lt;&gt;ndrú Lis sig·uientes olilig-aciobién diariamentP t•I imporfe dr lo eo- c]p] HEl'HESEXTAXTE GEXEl{AI, ucs: llr&gt;var en su Oficma, de m·uc•rdo
!retado. ¡¡} HPpr&lt;•Rf'lltante (l .. la r:mpre- DE L.\ K\IL'RES,\ solicitud para el COI'. el Sr. (ngeniC'l"O I nspectOI', esen~sa, se acreditará a ··(\\,JA
i1;1porte lscnicio ele agnn y cl1·en:\je, ó para lpnl,oso Heg·1F:ro d~ los ap~ratos n~e~1~
de la entrega ,-un carg·o al "1 ESUHE- , ,l~na solameutc (doude no haya cal'S de ag-ua 111,talados &lt; n la~ rns,is
BO LOC'.\ L "'. Pa,adus tanto los asien-! ñería de drcnajei, se llenará el e,&lt;¡ue- a fin de •¡ue los nm;mo, pst.r_n s1e!np1'e
to,; del '·DlAHlO'" eomo los de ·•CA - :Icto correspondiente ele llll talonario, en el me_¡or est_ado de servicw, v1°ndo
,JA'' al Lbro ··M,\ YOH'", sr eonocerájel que conte1Jdr(t: la solicitud que se r¡'.1c sean cambiado, co~ toda oportu diarianwnte el estado de la Hecanda- ihaee á la En1presa. la manife,;tación maad los r¡ue no lo estl'n, a fin de que
ción de recibos v el dl' productos que de ésta al Sr. ,\ lcalde Primcrn de es- se tenga plena seg-un dad del buen serrel'il,0 la Empre":~a por servicios de la ta Ciudad, de no tener inconveniente, vicio de lectura d: medidore~, :·uando
misma l \1ando los arrendatario8 de por su parte para proceder á hacer·¡~ est1111~ uecesano ma;1dara 111spec
los servieios de agua, drenaje ete no la,; conexiones que se solicitan, (6sta c10na r. dicha~ lectura:' a fin de poder
eubran ron regularidad el importr de co11 el Yisto-Bueno del Jnter\'entor corregll" las 1rregulandades que pusus recibos, el REC,\ FDA DOR OFI- Financiero) e permiso del propio Sr. dieran llegar á encontrarse; de loH
CIAL, pasados lub yuince dias que .Al,OALDFl PRfMEHO de la Ciudad dato8 del REGIRTRO GENEt{A.L,
marca la Le_,, formará listas de den- t,ara que pueda abrir~e la banquet~ formar['. los retibos ~e lo, que ~~da
dores morosos y los pasa:á á _los .Tuz- frente á la finca que se trata de co- co11sum1d?r adeud~ .ª ,la E}[PRESA,
gados Locales para su eJecuc1ón .
nectar, seo-uido este permiso del .cuyos recibos rem1t1ra mensualmente
Es obligación de los arrendatario:; Enterado que ha de tirmar el Sr. IN- al RECAUDADOR DE HEN'l'AS MUd hace.r sus pago, en el Depar~~lllen- GE~IERO lNSPEOTOR, fijando el XICIPALES,, con un estado
to de Cobros ~n la Rec,audac1011 de día y la hora en que se presentará ó mne~trc el numero del recibo, nuRenta, _Mume;p,~le~, segun correspon- urnndará hacer la inRpección corres- ! mer? del Contra~o_, _nomb1:e del conda conforme a larifa, en lo$ pruue- pondientc, y, finalmente, e/ certificado¡sumrdor, su dom1mho y el importe toros r¡nince días del período en q_ue se del referido Sr .. ISGEXIERO iNS- : tal del adeudo. llevando estos datos
caneen _v si no lo hicieren dentro del PECTO R. que mue~tre el estado en· la conformidad de la EMPRESA.
plazo señalado serán considerados que ha cnconti-ado la, instalaciones
Será igualmente obligación del Incomo, den dores morosos. y se pro ce- in"¡,ecciunadas. haciendo la maoifes- t terventor .Financiero llevar la corresderá en "ll contra con arreglo á la t:i ciún del caso, c;j es ó 110 de autori- 1 pondencia Oficial y remitir á fin de
Lc_r de la materia.
rec,'trgoti por zar,e que las mi,ma, se pongan en cad~ n~es, á la Secre~ar_ía de Gobierexceso &lt;le gasto se hqu1daran en cada serricio. Al reYersu de este informe no, mforme del moY11mento _g cn~ral·
mes vencido.
S&lt;' pormenorizantn las instala~ioncs de_la Oficina con cuenta de los pro, VI. . El Uolector-C??tador .. lle,·a- de fªI modo, que pueda fücilmente duetos. habidos durante el mes; ~RÍ
ralos libros de_c_ontalJJhda.d,, de qne designarse la categoría á que cada• como 1~formcs scme5t~-i~leo, el dP' ,!O
,e ha h~cho m1,nto en _el articulo l"', , una corresponda, y para prevenir que de J ~mo y el ~ l _de D1c1embre de p~
por ~l s1stem_a. d~ partida doble, for- paseu desape-i·cibidati en Ja, revisio- da ~!10,_ y por 1:1t1mo, es de su obhmara las not1crns de lo colectado pa- nes futuras, alteraciones á las instala- gacwn mtervemr en todo aquello que
ra la remisión diaria al Tesorero Lo- ciones ya in:;peccionadas.
se relacione con _los servicios en genecal, haciendo á la vez duplicados de
IX A t · d t
.
l
. . ral que la EMPRESA prPste al pú. • que, col! ¡a con1orm1
e
•aa d t d d .
n esbl e ram1tarse
a ·sohc1bl"1co y que sean motivo
.
d e operac10.
ta1es no t 1cias
t' .
.
'
1
del Tesorero Local, de haber recibí- ·du b : que dia ,ª e1 ar icu 1O an~enor, nes entre una y otra.
do la cantidad que muestran dichas e era que ar fira:ado por duplicado,
XI
El Ofi · 1 d Ad · · t
.,
noticias han de remitirse á la IN- e~ contrato respectivo para los serví- 11
., l REcG~aIS'TeROº m~n1~ rac!o¡n,
'
c10s de agua y drena·e ba'o las el'
evara os
,-,y 101mara os
'fERVENOION FINANCIERA, y llel
b d
J' J
au- estados que han de enviarse á la REvará la correspondencia del Departa- su_asdapr~ 1ª as por el ~ol~ierno, for- OAUDACION OFICIAL y á la SEmento.
man ose_ a a vez, un trip ica~o para
,
.,
,
constancia de la Intervención F .
_ CRETARIA DE GOBIERNO, as1 coLos Jefes de secc1on llevaran los . , E
_man molos demás auxiliares yasuntos"relibros auxiliares que les co rrespondan meia. stos contratos se celebraran en- ¡. t"
á sus secciones, que serán las en que tre la EMPRESA DE SERVICIO J?E 11 ivos.
,· .
,
"'
·1·t
1
·
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d"
"d
I
AGUA
Y
DRENAJE
y
el
DDENO
XII.
Los
Esc11b1entes
sacaran
por 1am I ar e serv1c10, se 1v1 a a .
,
l J'b
·¡·
d' ' de
0
O" d d t
· ~fi
t
•t ,
REPRESENTANTE de la casa que os I ros aux1 tares correspon 10ntes,
lrn
opog~,l camtn e
:gi aran se trata de conectar 'l'ales contratos los datos necesarios para formar los
e tº r~ ¡uet a~anf osco fe or~rasí firmados queda;án pendientes . de recibos dél cobro mensual que ha 'de
. , ºas 1º ec qlres IbQncn d ª1 oD iga- tramitarse ~ientras se hace la conexión hacerse por el Departamento respecc1on e iacer os co ros e
epar- d l .
. .
t·
1 , á¡ d ,
h
mento.
e. a rnstafac16n mterior de la finca y 1,0, y atem er~n
os emas que ala rnspección oficial de la misma. rna ceres de la Oficma.
Del Interventor Financiero vez recibido por el I nterventor Fina- XJII. Los VIST c\.S DE .MEDIOfieial v .sns entpleados.
cier? el informe de Instalación y co- DORES, tomarán sus.lecturas en for•
·
nex16n de la Inspección Técnica, se pro- mularios especiales y las r.endirán tanVIT. En la INTERVENCION FI- cederá á la terminación del contrato. to á la INTERVENOION FINANNANC_I~RA se llevará un. ~egistro 6,rmándose por e: Repres()ntante de la CIERA, como á la EMPRESA, y
de solicitudes en el que se ira dando Empresa, cancelandose las estampillas atenderl'in también á las labores de la
entr ada por órden numérico á cada y recogiéndose la firma de los testi- Oficina, que se les indique.

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PERIODICO OFICIAL.
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1{onteri·e.1·. :í de Febrero u.e 1.!HHl.
Jtu;~&amp;dode Letras de ta 6f ítacelón jo.llclal. Vlllald■ma,~fne•
Jozgado 2º Oonstltuciooal.-Sabioae Victoria X.
,
León
e;, C/l{i,•r1rri, :--cerctMio. vo León
Sres. Benito, Arturo y Jesús Ca~so f Oo~ esta f,oh• y por dlapoelolón del. o . Juez 1º de
-Rúbrica.
Tre,·iíio 1 "\Iaría Loreto Coostaocio V Jo- Letr•edel Jlamo Clvlldee,ta ¡• fr,.co16n ¡udlcbl&amp;l ee
.
...
' .
, ·
radicó f n eaie Jnzgado el juJclo de 1ntfstarlo á _lelle&amp;
vita Ama ya y Casso y Otila R amon Cas- del s, Andr•• Cantó, vecino que loé d~ eeta Villa

-Ramón

ªsº

Cía. Minera "La Argentina,'' S. A.

.

.

l

tenderün á sus res¡&gt;ecti\"as casas las ca_ , , l
·¡¡ l
¡·

nenas n a cantan ac os corresponc 1entes,

peeoporaccl6n,queoepoga,ieú la Teoorerla , calle
Dt. Mler No. ~,. del 2 al 17 del entrante mee de

1 d•I

~OTIFICACION.

Mano.
Monterrey FeLrero 17 de l!Kl9 .-'-A. F.uíaa. Tet0·
2• Sala del Tdbunal Bapromo de Jueticla -Monte 1. rere
•
v
Leó
o.l 8 .19 20
rrey, .,.
n.
I
·

I

Sr. Lic. Miguel Trevifio,

~1empre 4ue est6n dispuesta:-- ;:l pa•.T&lt;H el En el juicio de divorcio, promovido por la Señora
NOTIFICACION.
,,.,
:-. .
M~ del R=,fuglo Treviño de 1'reviño, quien Ud re8 p O anual, sobre el ,·alor de esas cons- ¡ presenta, contra su eepoeo el Sr. Eugenio 'f revlño, , Juzgado 2• Local Letrado,-Monterrey, N. León,
.
· l
•
I . · ·.. ha recaído un tauto que á 11. letra dioe:
S - S b.
trucc1011es.y
a renta que asH¡;nan as tantas Monterrey, F•bN&gt;ro veintitrés de mil novecleotoe 1
enor . a mo p . y argas
f i l ) f a{J'ua ,. por drenai· e·
en conce¡&gt;tO de nueve . Ct:t sa 4 lae partee de nuevo para sentencia
En eljnlciorjecutl..-o mereantu queeaoontra de Ud. 1i1ue el
t ·•
;--,
'
Lo aoordt\ y rubricó el O . MAeietrado de la ~ Hala : Sr. Cedllo eaua GoaúJe,, oomo apoder&amp;do de D. Ao&amp;onto Beyna
''
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1ehadlot.dou-oa1enwinclaqueenlocot1dtl08ntedloe:
t¡Ue ese ('I p O () pauaran 111tentras tan O O'f le - u 08.-· C. . · · mBeuor, n .- u ca. "V:on\$ney,E:Derovelnttt 6 , deruilnov~ctt'nto.nneve, Vlato1&lt;101
.

:-,.

C·ia. J[inera Ija E~co1Hlida.

&lt;¡ue el ~1stema ofic1ahnente aprobado, 1miento de lo diapueeto par el art. 78 del Oódigo de ü GoDZilez' eon poder de D. AaUlnlo Beyna. contra el Sr. S.blno
•
Prooedi t to 8 CI II
P. Varp,, l&lt;Hlo• mayoru de edad J d• esta veclndad &amp;obn cobro
al e:-&lt;tenderse, lle.2:ue
hasta donde sus l\lonterrey.
m en
V ea.
de pMOI. .
..... ae..u!tando: .................. Por lo up.1,eto 1 con
,.,
25 de Febrero de 1V09.-Llo. J . lt. Vi al)Oyoen INdb1poato1onea l•,alu citada", •• ret-nehe: Primero:
fi nea.e·&gt; .ce
~ ne lle 11 tren .
llaaeñor Sri o
o.18 19 El iactor h• probado llU acclOu, en oonaeonencla 111e oondena •l Sr.
•&gt;
'- ·
•
•
'
1&amp;blDo P. Vara••, ~ r , D. AntoatoBeyna6 i•n le&amp;ftlmoreprtt-

I

• dE • R
sA
ela e Spectaco1Os el!nera

é Iugeniero en .Jefe.
.JL~N F. F,\RIAS.
Interventor Financiero O!icial. 1

Cía. Minrra

._ 1)0]01·P"&gt;
CONVOCATORIA.

Pl "BLICACION.

SECCION DE AYISOS.

1

lt~i.S°t:ªsi:_rt;~!~1~: Jª;'1~;.~t;~~~~~;10.;::~et':~~:!;

y

j

:,ee.

S. A.

•- DI
t·
¡•• • I
iu.1pdot9d•loOtvll-ltf'racal6ajadlclaJ.-E1kM:lodeN Ledio
P or ,~cuord o d fil Ja J nnw.
reo 1va. se O""' is. 08
En eljuioio de qn1~bra del Sr. León Bepalveda u ha dictad.O
Sres. Accloniahaá Asamblea general ordinaria ¡,ara. anauto qneillaletra dloe:
el día 14 del entrante mflB de Mano á las 9 a. m en la
Monterrey, Febrerodo■ demfi noveoJent-0■ naen.-Por preeen~ rt{
0' d
ll d I tado con el .atado de ooebt.a. qae 1e aoompa,fia. F6rm8111!' ezl&gt;l4leonofi C!na d e 18r. A n dré9 .a.a
nez • l ena.a, ca e
1 te y con tnndameat.o en loe a.rt1oulo1 U\6 fracclOu r 1t16 HlP 1-ü9Dr . .lfler No. 9 l, pau tratar sobre lo siguiente :
y H68 del Código de 0c:&gt;m11rclc,, thga■e por m1o1ac1'o el 'Jalc1Ó de
qul,.bra del Br. León Sep6\vecla; ••~tiren.se 1011 blfltlPJ, l'bro,e ooO r dCll de1 d,ta:
rreapondenota J docmnentflA "4,p¡¡ ocurreD~•; 1 llU,O .,,.ecto eete J1UI Eximen aprobacl6n de laa ouentu giradaa
EDICTO.
durante Pl eJerolclo anterior.
N lee hará• aaM-t 11J nombram eoto pt.ra loe; ereot.oa Ieaalea; dk&amp;
,lu1.ga.&lt;lo 1 °. de lo Vivil.--1 . :i: Íl"ftl't: ión jud i&lt;.·ial . . Es111
I[ Aprobaoión de laa geetfonee de la Junta Dlreo orden al Ad1ntnlatrador de OC&gt;rNOa dti Mt&amp; Cladad pr,za qae entr~
tt
irne al u;&gt;NIUdo Bmdloo la cotrf' ■J)011deno1a ,ne venp dtrllfda
ao de Nnevo León
va
al e:rpreewdo Sr, Ledo ~ertl"veda, 1 q lu ae prohibe hi.oer paa:o 6
on fec h.a veintisiete del actual se radicó en eef e j III Nombramiento del&amp; nueva Junta Dlr,,ctlve,
I entregar •f&amp;nt04't, ()r,1efl.lndoeel• "dettteqoe- entre,rae 104 b!&amp;Desde
Jlm;gado el juicio de intestado df&gt;l Sr . Francieco Gar- 1 IV Oualeequier otro &amp;ell.Dto que por eacrlto 88 1u0 uegootM1t6n al 8fndloo nombrado; apPrclbldo de 11e1uada 1&gt;aca
r, eent.f'
· • •I prime, CNO; 1 de declararlo cnlpable de ocaltaci06n, en el
de. vecino que fué de esta Oiudad .
P
•
••sondo; publfqn.N6 est.e auto por tce■ vecea conM&lt;1atlvaa en @(
Y por dlenosfoióo delt:. Lle . Macedonio Gil TreviMonterrey, Febrere 27 de 1900.-.-\. FaríH, 8rio .
1•Perlódloo Okdal ~l Rat'&lt;lc,. J rt-1■tn-ae en la Oftotna n■ pecu 9 .;
e 18 19 00 NotlfiqaeeeJ' ea H opnrtuntdadC'6mplue con lo dhp 11 Nto 80 el
f.o Juu 1° de LetrPe del Ramo flivll de la 1•
. ' •
artfcalo 1430 de dlcb!) Ot'dOIIDamlflUto. A,1 lo d-cret.6 J lhmó elº·
fracción judicial del Estado. se manda pub\kar el
Ll&lt;l. Maoedooio Gil TrHliío. Jau 1° lie L&amp;t.tas del Ramo Cl•U de
preJente edioto t.rea veces de diez en diez dfae en ¡
la prlm6ra fraoclón judicial, d.oy fe.-Lic. 11, Gil Travlña.-Llc.
JQffJuan Val!C'j&lt;1, Secntwrlo-Rttbricu
el P•ri6dlco Oficial del Gcblern&gt; del E•t.ado y en LA
NOTIFICACION.
1 cret!',1oº.ten@f, Pt:brMo 19 dede li.J9.-Llc. Jo•6 Juan Vallt•jo, 5,._
Toi. de Nnevo Leoo , á fin de que las peroonae que ee
J
d
, T -··!
trad
"
••
N Le6
181920
cre&amp;n con derecho, la herencia se presenten t deduuzga O 2 LU\:H 1,e·
o.-.u.on""'rrey, •
n.
cirio dentro del término que •etablece el art. l6B5
Sr, Francisco Garcia
¡
del Código de Procetlimlentoe ivi1f8.
•
. .
.
Monterrey . 30 de Enero de l90SrLlc. Jo,é Ju•u
Eo el 1u1clo verbal ordinario que contr~ Ud . y 80.
"
[
I ACION.
"faUttjo. Brio.
o. v.121518-164 1bre cobro de pesos &amp;Jgue el Sr. Lle. Daniel J Mora 1
.la.apdo :r- Loct.1 Letrado.-lllonlerrey, Nuevo Le011.
lea. como apo1erado del S.-. Dr. Agust(n Garza GonzAlez. ee dlctó!unaulo que A :a letra dice:
Sr. Representante de los Herederos de
~!onterrey. Febrero doe d&lt;&gt; mil novecientos nue•e.
Díia. :\;fagdalena G. \ ' da.de Garz.a.
,....No habien•lo ocurrido e l demBDdadi) Sr. Francfsoo
XOTIFICACION.
Garcfa á contestar la demanda propuesta en su con- Villarreal
Juzg~do 1° de lo CivU.-t• fracción judicial.-.,Eeta- tra, por el Sr . Lic . Daniel J. Morales con poder del
•
d:&gt; de N . León.
Sr. Dr. Agustta Garza G nzález desi· por contestada
Eu,eljcdelck&gt;10 "•rbal ordlnado,cuid:&gt; oor el ar. Onorre Ge.ret.a
"
,
tld
ti
b
'
en con u
•
&amp;rederoe de J\r, •· Magd&amp;l,na G. Vda. de At,na
Ores. Ramon Lozano Arag6n y R-amón en 880 o nega vo. y' rb&amp;e una dilación probato- r VillarrM.l ee ha~c!t.do uoa sent..-ncla Q\19 eu la parte tovlutiva
,
ria por velnte dfu comnnee é fmpnrrogeblee para d.loecomollgne.
Sa.nchez; Lozano
ambas partee, de RCUardo con el art. 11)80 del Código
llont.:Tr&amp;J. Enu~ d~ mil coveclento!!I nu~ve.-Por lo e:rruetto
..
de P
di I t
Oi 11
N ti 1
•
\" ton aJ)OfO f'tl lnli ar.11. ,ll66 J 3169 dt.l 06di11:o Olvtl ee re11oelve·
Eo el juicio ejecutl•o cl•U promovido por el sr. Vicente de
roce m en :"JB V ee.
•&gt; t quese As1 lo prove- Pdrnflro: proceod• el jak:lo ..-e,b!l.l ordhiulo nroroc'fido J)'Jr ,.1 ar·
León contra Udea. a. hu dlotado los ank&gt;e 1lcuiente11: :
yó Y f\rm6 el O Juf'z i ª M r.·nor Letrado: damos fé _ Ocofre Gardt1. contra JaFlra,, W1gdal.,.Jl11 o. Vd•. de Garu. Villa:
· lfonter'f'ey. primero de Febrero de 1909 -A 1101 utecedrnte■; Firmados: Lio. M. G6mes Blllleeteroe -A-A Góme.z 1 dreal Y 0011.tlou&amp;:lo d&amp;--puff contra ,a~ b :redM,&gt;p, 961n p'&gt;r 111. oant!f como •e pide, higu" el etnplaumlento I loe aoaent.M. ;oonfor- -A-U Palactoe
·
· ad de clento doce l)M08 eetenb y (liDco Of!IIJtavOl', fllU coneecuencta
me la leJ. NothfQue&amp;e. Lo decreto 1 flrmO "'l O. Jneii; 1°;·de Le•
ee oblig&amp; 1 •!toa :S. PICa':'Je al aot.or ~ cantidai mil lot lt1tereel"s
trwdel Ramo °'-ni: doy fé,-Llc·
Trevlño......IJo. ·.Joc6 Juan
Lo que ee notifica, Ud. en esta fürma de oonfor lep,1• deede la fecha deJademaad• btt,111:a. a.qoellaen que verlftVallejo, 8rio.-BObrJcu. ·•
1 mldad con el art. 7S del Código de Procedimi to que e! PAIO. 9ec'nndo S- oondena !\ \ot dem.awtado11 .. n la.a OO"ta1
-.Jifc11tene7, Eo.ero dleolnueHdeml\ novecieuto1 nuen,-Oo• Clvilee
en 8 delpretenMfDlélo. No\lf,qllN&amp;. &amp;afloreeo)vl6J !!,m 6 el O , 0
mo• pidedecOllfOrtnldad con •l arl. 1022 del 06dfirode Procedf•
'l9 l&amp;l'\DOr t.írado&amp;JDleDt., Dsml'lf, ft.-Lk: J Vlllu.ii }r' .A ex
mielltcll Olvn-. empllce11e A101 demaudlldol para q:1e dentro d•J'
Monterre71 22 de Febrero de 190St.-1Jc. M, 06mes L. del Botqoe.-A- B hlackl..- BtDñca■ • •
- ·
lé:-DWW&gt;de de U. d1M oca.rraa. ute eate Jaqado i hace1' P■ca u.. , B1lleeteroe.-'-A-A Gómez.-A-B Palac:!oe
Lo que H nott&amp;oa i Udea. en Mta. rorma de M)'Q6r4o aou
.... _ la .ai.Udad demand.ada y co1tu 6 i oponene l la ejecu.o16a
·
·
dt.pr.eat.o por eJ art '78 dPI 06't,-,, de l'roudlmlentot ot•llu
1 -,C1Dm.formt1.ad oon el art. lO'J:8 del mlvno Or4enamleDto preo.18,19
111'.0DletNJ, "'ebt'ffO 2f .S. JWII .-!.Jo. J "111. Vlllaa iíCII'' A
p,Nn6qaae1N qQe dentro d-1 m1'mo t6rmiao nombren -1 perito
F. GO,m.a.-4.... s . Palacik&gt;a.
·
·
·
• iiÍt2o
qa. lee oo~poade y i ambu ~ qne .. poagao de a.cuerdo

•

181t'l0

EXTRACTO.

Gía. Manufacturera de Pastas yGalletas s. A.

A genaia de la Secretarla de Fomento en el Bamo
&lt;le Mlnerla Monteuey N. LMn.

CONVOCATORIA.

Bi::pedlent.e No 1663 21 Br, Fraaoiaoo J . GoD%ilez, de NI.a ve-cladad, ha 1altcltado ante eata Asencla diez pertenenoiu mlneraa
q11e ae nb!carla en el punto oonocldo ¡,or cerro de PIO&amp;Chos, en
Municipalidad de Mina de e■ te :e.t!ldo debiendo praotloer11e la1
medtdu sobre un orladero mlaeral qae b111y en el tercer ceno de
loa qne lle oonooen con el nombre de PIMchoa. oomenundo I cou~
1arM de en1' .1 Norte, formando uu rectiognlo de qutnte11to1 metrae de 1atgo ¡trr•xlmamente de 8ur i Nortfl, ¡t!'Or doeclenttw de aa
cho, de manean. qoe quede deotro de eeb. medida 1 próximamente ea la eaqnina N. E nua oata •IPja que allt extate y qne di vleta
bacfa el Bnr, tenleado dl&lt;'h'Jo cata oomo tl'Mm..,troa de cuele actualmente, 7 aituada coma l dosolei:.io1 metroe al Sar del 0&amp;mino de laa
Al!Jantae &amp; loa Enclntto1. OOmo ae.ii !IS ee mt.nlfieata qu&amp; hlleia el
Rar qu.&gt;!da un pan to oonooido oon el nombre de Paer&amp;o de Picacho
•l Oriente qo8'1a el oam1ao que n para la Popa; al Norte el camino ~ loa Eoolaltoe, y al Pontflnte Mt&amp; el ceno de loa Baohi.ltoti,
1dendo eatoe rnmboe apro:rlma:loa. Loa metalea q11e hay de11tro del
tftrn •o !Klllcltado 10t1 flerroeot, plomo1011 y daooeo1 oon le1 de
plata. llllt&amp; IOliottu&lt;I tiene POI' nomb,* • Plc&amp;cbOI•
Nombrado ¡teritr&gt; el Sr. In1enlero Eulocto Ortk, de esta veclndad y aceptad:o por61 el ~rgo ee abre nn pltw&gt; Improrrogable de
cu&amp;tro me■M pa.n la wlNt.ancla.clCin del up&amp;dt•nte en eata Apnola deb!6nd• e de publicar el preeente en en 101 Urminoa de la
ley.
llon'6rrey, Enero 23 de 1909 V. , Valdés Lno, A.de 11. 111920

¡
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10

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depastas yGalletas
:.f-:.:~
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~-.~~;::=.-ri..:~:T~ ~:: e·1a. Manu1ac
urera
:c:tr::: ~~o N&amp;~C: r~1:.~!.,,t;11!
A126nfm.a.

=

................ 1o .............. e1ouo4ed--J,oomo

el O.

1

Sooedad

IJa. Joah luo V.U.jo. 8rio.-84b'rlcu.
'
·
lo que M pobUm ea ee\a forma, en omnpUmJeato 4e Jo dJ&amp;pDhtO por el M'I. 8ó d e l ~ de Proced:1ndiettW. Ol,rt}N.
•ootie-rf'tJ, F.!brNOt de 1~ - Lle, Jo~ ,foari \""aJJ.e.)O. Sea,e,,
t&amp;rtr...
~I 11 lfMM.

Balance General, practicado el ~O de Febrero
de 1909,

L .1E.d!a~l6ylide}fan.oy óy6Abril pró:i:imo ee

pondrb e~ aubaata. ptibllca ~ prenda.e de p:a.s,);
compl!do de :;epbre Y OotnbN! ulümoo. y 1.. de pla
w ro11dlclonsl de N ov. Dbre . y Enero pr6:s:lmoe pa•
llado , exl11tent. . en laca..,&lt;l&amp;empello •La. Favor!!~
-.-o que ee avisa, lOI! !nf.wee&amp;.doa para que ocnnan
e=: t:empo hibl~ , uc..arlu, l'e!ormalas, 6 preaencriar
venta que se b1i!'t df' C!Oniormtdad 0011 El 1·e cla·

io~

?Loto reapecUno . ,
lll.o11'!E.n-tf Fe-~N;J'Cl a-; de ¡oo,:

Activo
M8rc&amp;lloluGrale en enate»ola $ i ,3te,Ol
Oombaatibl•,
"
,.
13 15
Mo.eblea y Utiles . en uao
l
¡g
Ma,qutnana.
,
..
16s1ou1
Manuel R Ganále,¡, aldo 11. • 1o
· rnÚR
Manue1 G, , 1 argaa,
,,
!aios
Oaj :s, exhrt:enria en ef6Ct1vo
« ·67
Ou•nta de Vario•. sa.ldoo ¡¡ 8 ¡ r
·
S . Y. O livan,,,
..
·
Ctl olt&amp;l IJooial uhilrldo
Fonao de ReaerTa
Cuenta '8 Dividein&amp;-. .

.622~

Vt:&gt;nta tle Prenda;;.
,

Eof

1

I

NOTIFICACION,

r!cllc:'

88

Demasías.
Bepdbl!ca Mexioena.-Preeldencia .MunlclpeJ..Mont.errey, Nuevo León.
De conformidad con lo dJepueeto en el articulo 26 y
en el 670 del Código Oivll vigente, se hace BBbAr &amp;I
pdblioo. que en la Teeorerl&amp; MunlolpeJ de eeta ciudad,
mete depositada la enma de $64. SSote . (aeeentay
cuatro J&gt;f'SOB treinta y ocho centavos), procedente de
loe eobreotee efectuadoe durante loe meeee de Julio
y Agosto del prf&gt;8ente año, por l&amp;a C88&amp;II de empefio
denomlnadae «Montafla de PledRd11, cOhlhuahua», «La
Banca., 1,Favorita», cFénb::•, «So.rtldora-, ■M.onte de
P ledbd de Monterrey., y 8uourealee ndmeroe l' y 2¡ en
el concepto de que, ai transcurridos aels meaea. oontadoe desde hoy, no compareciere persona alguna, A
reclamar CJOn juet.o y legftlmo titulo, 1aa expree&amp;dBB
demAefaa, ae lee mandari. ingr88&amp;1' en la Recaudacl6n
de Rentaa Mnnlolpalee de eeta ciudad, de aouerdo
con lo prec:M:'ptuado en el citado artionlo 25.
Monterrey, 23 de Diciembre de 1907.-P . O. ~
.
11..,-JI. Ram!res Angnlano. 8rlo.
868788-h •27-Abrll

PREGON.

4

:!

d!deq::ta
s:'~~i!\f:b;~~oi!~!!~c~:b~e
01,atro meeeo para la aubetanolaolón del E•p ,diente
en 118 t&amp; Agencia
Lampuoe, Febrero 8 de 1909 .-E . A. D. M. Alejaa dro Reyes
o .18, l7, 11
·
,-

e,1a

'º'

llflntante. la can\ldad dflo clento ctucaenta y otaoo pe101 que ae Je H olamau, coa m'8 loe; tnt.ereNa lflplH i rudn del uia por ciento
t.imaJ, deedela techa en qo.e aa h:io la 6lttmo oon1ipaclOn por 11
,
J
,
•
4emoododo, b•nuqoeu. . . qoeonerlllqoe el pago,, ••te.meo • \1 ¡. SO •
! te sobre la c1ntlda.d ln1oluta, 6 re&amp;. eobre ote11to v"'lntloinc•J pei.oa
.''\.
&amp;ogundo: Rl demandado no probó 1u1 uoepclonea Terl"ero.8t1 0011El c~nseio de Administración en ¡'nntA celebrada dena al mi■mo Sr. V1rp, •l pqo de lu oostHjadtci&amp;lN. ouarto.
J
•
EntrégGeH al actor lac&amp;l)ltdad dfl trelbta peaoe qoe exhllf!n f'D depó
hoy acor1tO 01hr, Aeambrea General &amp;:i:traordinariR lito en l• tu,&lt;)nnta 1111nlctpal oomo pa1o en pane de la 1omade~•
para el die. J7 de Marzo próximo'- las 6 p . m. en el ! ro.adada; J bi\4:aae trance y rt-mat.e de la propiedad embarpda
de&amp;pacbo del Teatro J uarf'z. ÍJO que ee hace eaber 1 1 con 1n producto p11,go al acreedor de la imerte prinotpal. lnte1 o•
, 1 S
¡
d
,.,_
•
19' legalea 1 ooatae. .Nottftqueae.
Aaf de!inlhamen~ jniganoo
n os res. Aocion etas e la \fl,lmp~ñ{a, de f!ODJ.ormt- lo 1'HOlv16 y flrm6 fil Q. fon :,o Vemor Letrado: damo,. fi . . Llo. lf.
fTA. ])l~ ~RRYil'IO DE AGl -~\ Y DRE\' A.TE. dad con lo qu~ prévlene el art Sfi? de loe Eiltatutoei. G6mezBalle1Jtero•-A-A.G6am:.- A- B. Palacloe - 8Gbñen. ·
Monterrey J•1ebrero26de l'·K l9-El Secretarlo y
Loqneaaolifioal Ud.eaeeta form11 ea oampUmlea.todelo
'
'
·, · dfapn .. ato por el 1ut 1811 ..1 CX11il;o dP Procedfmlento'i Oivtlea
tl . H.&lt;:. CO\'\YA Y.
Q ntroga.
18. l .l,20
llontent'y, doa de },'flbrMO de mll novecl.ent.oa nuHe. f,Í3, K.
GOmeii; B;i.Ue1ter06.- A ll. Palaclot.- A... P. Gómez,
1819
HPpresen tau te 1&gt;ricia]

Los planos para que se pueda ver
toda la parte de serv1c1os que está
.1probada, se hallarán en esta Oficina á la vista ele los interesados.
lllonterrey, '\. L. :\larw 1'.' de 1,90~.

s. A.

J.¡eno1a de h~ Secretada de Fomento en el Ramo de Mlnerla I
• • Lom....Nuevo
León.
CONVOCATORIA.
Expediente
N9 8&amp;S-00n fecha 8 del corriente i laa 8 de la maii1u te ha 1&gt;reef' otadou eata Agncla el Br, Manrlc;io Bl•u vecino
Por acuerdo del Oou,•jo da Admlntr.trac16n de dicha Ofa, ae ol•
de•~ Olod&amp;d d-,nanctAn"onu"'"" i, -,rt~uenotae m!oeraa aflobre an ta, le■ Bree. Aoolont11tu "" la mi.me., 1 AMtnblea Oe:uual Or"-1·
tflneao mlner!l.1 oon vet.u Y :aumro1 qae co11tlenen plata, plo.. oart, que ae verlflcarl fil dfa 26 1-1 actual, filas 4 P. 111(. en la oa1110 J' dDc l' eat&amp; alt11ado etl el Btno6o dto Pal o B 11,uco, Y perteue- u No l~de la calle de Dr. Mf6r, para trat&amp;r lo• aauuUla que ootn·
ciente I la 8\ern de L•mpllZOI de eata Jurll\l! 10Qll\o¡ cnyu p&amp;1'te• prende la li¡niente.
nenc1n :te medlrin eo la flgnr.de an polrgoao que linden (IO• de
.u11ldoe cnn ,.¡ ra,1110 mln-,ro~L'I Pumf:n••,.
lados rettante ,
Orden del Día.
oon t "rr,.no ltb:e, 7 p(&gt;lh) ¡¡or n-&gt;mbre i 1;11ki deauaclo •&amp;lllpllaolóu
1, la Po1fflm1•
PRIMERO . Informe de la meaDlrectlva
A&lt;lmUldo el anterior denuncio ae'manda pnbltoar en el PerlóREAUNDO.- Iofo1'me del Oomt11atlo.
dJo:, 011c1al del Bnado l)Or tr11a •eote e.,g11td1i1 y en la tibia de avl
TEBOEBO: Preaeutacl6n de lee ou@utu girad.u por la T81M&gt;r&amp;- de &amp;eta Agencia pnr un mea y ■e nombró perito ,-rata medida
ria ea "'I Elercle1o Soolal de 1908, para eu eximen
d.• e■ i e toada al Br 111141 O• .llarlfnez de eata nciDdad qalen ay aprobación en 110 OMK&gt;.
oept6 el o()mbramiento.
r t_: .\RTO: Nombr.mlento de nueva Veu Dlrf'cl.fva.
Lo qn1 ee hace aaber al ptiblleo advlrtliod1J11111 que de11de e■ ta feQUINEO: Tratar cualqnler otl'n a,noto qae i jnlclo de la
,cha ae h'Jobre na plazo Improrrogable de oaatro mNea para aab•
A,a.mblea &amp;Pa de interé111eneral pan. la Cia.
t,a.n~laol6n del Ei::pedfentfl en ea•a Arencla.
~[onterrey, .113 de Fe4rero de 1909.-El Secretario, OctaYlai:o
LampuOI', Febrero 15 de 1909.-E. A. D . .JC,- Alejandro Re- Zambrano.
IEl1?18

Lo que se nottftca, Ud· en esta forma en cumpU autoedelJalOio•jHrn\lvomeroantU promovido por el Br.OeclltoGar-

.

CONVOCATORIA .

·

cu. EMBOTEl,UDORA DE roro CHICO s. !,

!~t!!b:a:ie!:~fe~Í::~:1:~

prendidas en los sistemas de esos ,er1·1·
.
•
Cios aprobados por el (Tob1erno. se ex- .

•

ci:

L 'l que se ma.nda publicar por trP8 edH toa de diezen diez dfijS en el Periódico Ofioie l del b:stitdo Y en
Lfl \ ~o z de Nuevo León . p ua qoe los qne ee crean con
derecho 11, 1A herencia.. 88 preeeoten ií. deduclrJo den
1
tro del término qoe fija el art , 1685 del OOdigo ,te
Olt.ese i foa barederoa en esta rn«11l6n i una jonta qoe t .. odrl an Procedimientos Olvlles .
vertftcativo en ellocst d .. fllat~ J~(lid,, hw1 d1es del&amp; m afi&amp;ll."- del
:-. ,btnaa Vict.oriR Febrero 22 de U109.-Sever1ano
1
~!:~~~;:!;.t~r!:ft'!~:; 1:~!nfl;i
Fiorea Gza . -A.-.J~an Morales Gza .,-A-Jos! B. Tre
JMP&lt;)RI :\TE.\\. l::,()_\L l'l' HL!CO. ,Mocat .........................ypo,coa•to•q•eloah,.edeMB,otto. vfño.
o .v . 18,21.24-lóT
Arturo y J~óa O.aen Trevtño, Marfa Loreto, Oonata.nclo 1 Jovlta
Amaya y 0..0 y OU!a RunOn Oaaao. llOD de reeldeno1a detconoct.
da. ctteNlee por medio de dictoa oablloadoe por ttea vee,,,1 en el
Perlodtoo Oftcial del Eatado Jea •La •m de Nuevo León• y por
m@dlo de cédula eu la puerto d@l Jtugado. Notmqueae. A.91 lo
pro..-6J6 1 firmó el-O. Ju.et: de L'!'tru de la 8' frr.anfl\nju Uolal: d&amp;:'\ las personas que deseen que se esta- ruoa
m.-- Llc. Oaajardo.--..A- llartano Santo■ Trevfño.-A-José B .
l,lezc,1. en sus fincas el servicio de ag;ua y Vlllansal.-Bí.tbri;;iaaAVISO.
Lo que ■e nottflca i Udee, en esta f,:,rma en cumplimiento de lo
·
·t
¡
1··1
·.
¡¡
.
.
·om
¡
man1aooenelautoh1,erto,
LaJuntaDlreottva,eneeai6adehoy,acordó
pedir
d renaJe, no es anc O ~ lC 1a:-. neas C ·
Vtnaldama, 28de Ea.ero delt:~. -Lic. 6im6u Ouaj&amp;rdo.-.\- tt. ¡ S
A I nl t l xbibl 16 No Yo 16 de un
l(a.rlaao MAntoa Trnlño - ·A -Joeé V. VlllarreaJ
t61il8-15-I ¡ n 08 res CC O e 88 a e
C n
. • .

so

E11 fil julclo '1e lnWl•t"1ro de lo• 'lr•~ : ~aqufa oas,o y papo!'""
Compaiiía d11 ~t•n ido &lt;lr Agna •\' 1de primera
y srg'lnda nupcl••· Oñ3o Ter11Sa Vllla"rMII y Dñir.. Lur
&amp;huar veolno111 q a " fueron de aeta Villa, se ha dictado an auto qo.e
D1·t1najP 1~P 11011tP1T( _1'. ~- .-\.
8
en 1.Qv%!fla0:!~ v!::tsiete de Eaf!irorh" mil no,·tt,0ient-01 na~ve......

J

O

ro.,

EDICTO.

NOTIFICACION.

.Jur.gado 2º de lo Oivll.-1 • fraocl6n Judicial. -Estad 8 N León

Prealdenela ll11nlolpal.-8aa Nloo1'8 Hfdal,o, Nuevo León.
A IM diez de la mañana del dla nnevf! de Mano próximo .-n el
•Ión del B. Aynntamlflnto de Mte Moololpto y al mPjor i,netord1l
Por acuerdo del OonMjo de Ad:mlat■traot6n de dkha et.., "ü7(b12 esta techa 86 radicó en este Juzgado el juicio de rematar&amp; 1111 p4blloa anbuta un terreno de egld.01 oompll@lto • ta I loa Sra. Acoloal11t1 ■ de la mlllma, &amp; Asamblea General Ordhta
rfa
que'*
verUloarleldk28del ..atual, i 1••6 P. 11. ea Ja ~No
inteetado del Sr. Tlmoteo Rodrfguez, vecino que
ourrt"nta 1 olnoo araa tretnta y ltete metroe cnadrM101e
•• Ciudad.
J ochenta 'I cn•tro oeatfmet.ro1 cnMtradoa colindando por el Norte 126 de la O.lle de Dr. lller para tratar 101 aauatot qae comprellM
de .. oon 111 Doml)"fifaOemf&gt;ntot Bidalgn S. A.1 por el Oriente J Bar oon la afauleut.e:
Lo qne 88 hace saber al ptibltno, para que, laa per terreno dal Ferrooarll Interoaclonal Ku1cano,
por el Poniente, ca
eonaa que se creanoou derecho IL la berenala, oompa• lle de por medln ooo i"rttaOBdel Br. Franofeco t.oauo.
Orden del Día
u
¡
d
~ ¡ •· d~ft
Durante
el
t6rmino
de
lH
pnblteaolone.a
que
11e hll,rln onatro
rezoan á. deducirlo d 'Dt ro d e I .,.,rm no e "a:e n~ udl v«"es conaeoutlvaa d.- lfete •n ■tete en filete dfae y huta la hor,- de
DI -~
de a •,tlm•
pub\l•••lón,
de oonfor• ¡&amp;,n hastaae ..m I".,r• n1&gt;01taraeqnecu hriu ¡ a cant!dad de tlO ,OO
PRil(11JRO: [aformed.,JQi,mlurlo.
Ioforme de la Veea rco.;wn.
Oont.do. d .. p~ée
••
u
~
~EOUN!IO:
mldad con lo dispuesto por el art. 1686 del 06dlgo de pe101 en que ha sido jnatlpreofado decho terreno. bajo el cJnoepTEROERO: Preaentaclóa de lucn-,nt.u Rlradu por la TNl)C'..
~--••-•en•·e Civiles.
tn oe que 1e oonoede al denunciante el derecho del tanto en til re•
ria Pn el EJerclclo Boofal de lPO&amp;, pan. ■ o. eslmtlll.
r.lVUINJ.J.U.I.
vu
matf' alrdld". •
bact61
M.onterrey1 28 de Enero de 1909.-•Lfc. J . Gucfa. Guaflan Nkx&gt;1, , Hidalgo, 12 de Febrero de 1909-JOM Oueva.- DaOUARTO , ~:~bramte'!:' ::oen Jfeu otrectl•a.
jardo. Srlo.
o .v .12 ,16.18- 164 nitilJ C.aattUo.
16l810. J
QUINTO: Tr.t.ar cualquier otro asunto que I jnto1o de L1
1
AMmblea sea de loterl'I gennal para la Cia. ·
Mo11tener , 18 de Febtl ro de 1909,-EI Secretarlo, Octa.ta"u
1
111711
NOTIFICACION.
1 Z•mhnDO.
CONVOCATORIA.
Jazgado 2• Loca!Letrado.-Monterrey, N . León .
EXTRACTO.
Sr.
Geronimo
Villarreal.
1 Are.ocia de ht BecretarfadeFomeato en el Ramode Ml11erla.
Po1' acuerdo del Ooneejo de Admlnl1traol6n, J co11tonae al art•
¡
La
N
Le6
~ 4- k&gt;fJ Eat.1tutoa, ■e con..-oca fi loe 8rM. Aootontst&amp;a de &amp;eta
E 1J · l O ordl
i
tll
b e cobro de ea mpau,,,, tlt' 9 0
°·
-O&gt;mpeñta i,ani .&amp;•mblea G.anera.lOrdinarla, qu, habri de cele~
n e wo
nar O mercan que
rO
Vi
Expediente No . 384..- Con fFch&amp; primero d.-111 CO•
bnroe en lM Ofto1n.u de la :octed&amp;d, Vort'Jo■ 'ni I Jae uo P• m. pesos promueve eon Bn col\tra Y la del r · . ecar
· rrient-e ,¡ llls ocho de la meñana se ha J,rEeentsdo en
lllet dfa d01: de M•n.o pr6ximo, bajo lulg,uleate.
Uarr~al , la repreeentoolón a~ Sr . Carlos Backmann, ee t eeta Agencia eJ Sr . Juan Montfmayor denunclanrl:o
Orden del D1a.
ha dictado un auto que dice.
.
64 pertenenci,a mineras eobre una veta virgen qu.,
Lectura Y probaci6• del A~.- de la A1MUblea Genera,l
lilonAtle:T~Y . onoe de Enerllo dA mll novecfent.,idB n~e contiene plata y plomo. eitmt.da en el Rtron gran te
Anterior.
JOlcio t que se ae ere Y como se P e, e
.....
. ,-..,.c.
d
d
ta JurJedJ.o1 ve .-'n l:lforme dal fJon■t'Jo de A.dmlnl1tract611.
1conformidad con el ad .... diAl Código de Procedl• -peruunec1enU1C11:1. 1&amp; a1erra e 1 ampazoe e ee
III 1urorm-del Cnmturlo , prMentaddn de la■ C-a•utae y mtentoe Civiles y 1383 del de Oomerci'&gt; téngase por ctón . &lt;'n yas perten_Pnr,ae ee medlr4n en la figura de
Balance del eJerolcfo de 1908.
•
d
t Ld
d
un pollgono te1nendo oorreno Ubre por todo a sus
JV Nombramtenío de Jo• ct1100 miembros que deben!iDtegrar acnsada tlll&amp; rebeld1a y eee por COD es ... 11 Ia emenb
.
d
f
i
V&gt; d
fi
eta
e10on ...Jo.de Admln~ción.
da en sentido negativo Y librase una dUación proba- mm o! fito oo11 n anca. m neTa y pun a e re eren r
v Nombr,-~ntodeComlurloy Suplente.
· toria de cuarent'I. dtas á lnprorrogablee para a mbas al Norte, e l Üi:4'ston del AJaun . _al Sur. la boca de~
Pa.ra tomar parte ea laa An.mbleu Gemer,-lee. ee ncoerda lo
-'"-~ N ~a
A J
fi •
C J
deugaedel canon granrlt&gt;. al Onent.P. agua del Oel)reoeptado enel art.. ~deloe&amp;n11.tukt•que A la letra. dloe: Para pa,- .
ou, quese . s I oprovey 6 Y rmu.e1
uez drl•·
¡ p i • · 8 JPI
h d Pllta8
tomar parte en lu AMlDbleas deberlo loe .&amp;colonllltae acn,dltar 2º Menor Letrado: damos fá.-Lfc. M. Gómez Ba.llesteIUV, Y a
en en~,
ca&lt; 0 e
e
• Y pone por
tatc.Ud&amp;d, por medio de la ln11erlpcl(ía re1pecttva 6por la e:rhtbl- ?'.'.lB -A-L del Boepue.-A-B Palacios - Rt1brlcas.
nombre i 86tfi: denuncio 11Monte de Pfedad.ri
~n d"'l tftulo 6 certiftoado de dep65Jto, del Tftulo en alg6n Banoo
L.
4-1 e
Jt. Ud
· ta t
d
rd
Admitido el anterior d~nu11clo &amp;e manda publica~
de la BeptibUca 6 de Toe E~adoe UoldOI de America.
o que se now.u('IB a
. ~n ee Ol'ml\ PI arue o
¡ p rl O' di 00 OII ¡ d I Y, !adO
tre8
Ola. Embotelladora de Topo Obloo, s. A.,- o. E. Anoira Sacre-- con el art. 78 del 06dlgo de Prooedfmientos Clvtles.
en e
e
cia e J'I
pol'
veoee 9&amp;tarto.
o.16 ,IS,l7
M( ,nterrey á 8 Febrero de 1909.....,Ltc. M. Góm11?1. Ha guidas y en la tabla de ~vfsoa de esta Agei,oia pot
Jteeteroe
.
18 uu mes y ae nombro perito pn.ra la medida de eete
0 17
·
'
fundo al Sr, Jeeós O. M&amp;tínes quien aoepto el NomEXTRACTO.
,1
bremtento

PERIOlHCO O}'lClAL.

G

Cía. Minera "Las llariposas".S. A.

PREGON

EDICTO .

•

Minera &lt;Maria,&gt; S. A.
AVISO.

Por el preeente y por dlepoolol6n de la DIN&gt;cclóa.
de esta Compafifa, 8ft cita 11. 101 Sres . AccionJstaa de
la mioma A la Aaam blo&amp; Gen•ral Ordinaria qne ""
c elebran! el dla 20 del aotll81 , ti lee nueve de la ma&amp;a
na en punto y en la Oficina de la Ola. Minera, Fundl
dora y Aftnadora cMonteney • 8. A. , calle de Dr,
Mler No. ~H. paratntar de loe asuntos oontenldoa ms.
la algulentee :

Orden del día:

1° Dar raent&amp; dlll

f)■tado dA la negoaisci6n,
Nombramiento de loe Miembro• de la Junta
Directiva para •l preeen!A! Ejercicio Boolal.
8• eu plica á loe Sres. acclonlatae la puntual 1181e• ·

iº

Por acuerdo del Ooneejo de Administración de ésta
Ofa y en cumpllmlento de lo prevenido en el art.
20 de loe Estatutos que la rlgen, se otta, los Sres. &amp;O· ola.
Mont.errey , Febrero 12 de !A09 -Ola . Minera , J(a.
clontP.taa á Aaamblea General Ordinaria. que ae verlfloam el dla. 20 del aol;ual, lae 8 p . m en la caaa No. ria,. S . A . 1 El Seoretario 1 Adolfo Zambra.no.
o.ll,11.IT
67 de la oalle de Dr Miel' y se ocupará de conocer y
apro..-ar loe punto• de la algulente :

Orden del Día.
[o forme de la Junta. Directtva
2• Eximen de la ouent•• giradas por la Teeorerl&amp;
y aprovadss en au caao.
3? Nobramlenta de la jnnta Directiva que deberá
fuo~ir fil pTfixlmo año social.
~? Exámen del Balance General y aprovaclón en
BU CIMIO,
5° Ou&amp;lquler otro asunto de lnt-erés que se pro,.
ponga.
Lo que ea avisa , loe ··intereeadoe para su conocimt~nto,
lfonterrey, Febrero 1 2 de lflO!J :-Santoe V, Ollvareo. Preeidente ..- Manuel R González, Srlo.
o .16.17,18
1?

Sociedad Coo¡lerati\a de Aliorros
é Inversiones de Monterrey.
COVOCATORIA .
Por acuerdo del Consejo de Adm!uetraol6n y de
conformidad con lo prescrito en el art . 57 de loa Estatutos que la rigen, se convoca á loe Sres. aoctonlstls á la Aumbles general ordinaria que tendr4 lasrar
en lea Oftclnaa de Ja Sociedad. Oalle de Zaragoza No.
12, , laa 4 p. m . del dla 4 de Marzo próximo para tratar sobre loe puntos contenido• en la elgulent.e:

Orden del Día.
11
It

Informe del Ooneejo .
Eximen y •probación de laa cuentas glradae durante el dltlmo •Jerolclo.
Nombramiento de nueva Jnnta Dlreotiva,
IV Cualquiera otro aaunto que por esorlto oe haya
preeentado .
• Monterrey, Febrero 1° de 1909 .-Por El Seor,tarl&lt;&gt;,
A. Fariaa .
o .16,17,18

m

Repdblloe Me:dD1111a,-P.reeldencla MunlolpeJ. - Mon
t,euey, N. León.
~l lRB dies de la maftana del~dfa 3 de Mano próximo,
en el l!•l6n de aonerdoe d el R . Aynutamlent.o, y en
el mejor postor, &amp;e rematarA en pd.bUoa enbasta uu
terreno de prooiedad mnntcipal que comprende una
Por acuerdo del ConM"jo, de Admlnlatracl6n de d\oha Ola •• ee oleupe,ftcie de 49 metros cuadrados y tleine por colln- ta &amp; loa Brea acotontataa de Ttt. mtema. i AAmb1...., 0enPA1 OrdlnaQUe ae Ter'flcar&amp; el dfa !8 del aota11l I lu 8 P. ~ ., en la eau No
d a n ctaa lae eignle ntee: al N orte y Poni ente, eorrlentee rl11o
125 d11 la calle del Dr, llter , para tratar los aatu:1.toll que comprende
d e l R!o de S an ta Ostarlna, al Pnr, propl&amp;da&lt;t- de la 1a llgolente
S eftora Jnan&amp; 06rd oba , y al . Orien te, calle de Vera
Orden del Día
c roz.
D urante el térmlno de laa pubitcacfones, que ee
PRIYRRO: lflful'Ole di! 1a MNII Dlrectln.
l!arll,n tres veo,,s. de siete en alela dlao y beata la hora .
f'R11U!'lnO: Ioformed•l C'clmtnrfo.
'!'EBOEB.0; Pre&amp;entaclt'ln de lu Cll&amp;nt111 glnd:ae por la Tfo901'8"
de sobs.stB, 11.dmitirá.n posturas qua cubran Ja canti !
ria fin el EjMclcio Bootal de 1908, p■,ra, su e.domen
1
Ga.d de$ 0 .00 VAlnte retms en q11e ha sido juetipre- !
.- Yai,roba.oton en au 0680,
Ciado dicho terreno; bajo el concepto de que 11e le i
C'UARTO: NoDlbranilento ,le Is nne~ Men Dlrtttlva
concede al denunciante el dorecho del tanto.
1 QUINTO: Trata• oaalquler ob'o a6tlnto que i juicio de la.
Au.mblea ■ea de lntf'r6a 1i&gt;neral pllnla. cta.
Mnntf'lrny . 9 d e Febrero de 190~.-P. C. M11rt1'nez. 1
Moat&lt;-rrey, f. 1a 4e Febrttro do 1909. -Bl Secretarlo, Octaviano
JI. Bam!rez Angul&amp;no .
o, 14,16, lS 1 ZambnDO
181TlB

Cia. Minera San SalYador y l nexas, Bajn
Sociedad Anónima.
SEGUNDA CO''IVOCATOR! A .
No habtPndo tenido veriftcatlvopor (A lte de qunrum
la Jnnta Genere) extraordinaria el dfa 7 del acto.1. se
cttfL bov de nuevo 4 loe Sres acclontetae 'para el 84
bado 27 d. a . ti lae lO a . m . &lt;a lle de Dr l\'ll er No . 84
ein lo. Oficlnadel Sr Andráa ~1,irt1nez Ctrdenu. bajo
la misma 6rden del dla. de la Jun5&amp; ant.rlor y en la
Inteligencia qne h•bra Jnnta con los anclo• que ron
curran aea cual fuera el ndmero dit1 aocionee repre9e'D~
tadae de conformldadoon elart. 20 de loe Eetatntoe de
la Comprflla .
Monterrey, Febrero 9 de 1909. -La J unta Diu,ol;lva.
o 16,17,18

PREGON .
Bepetblka Mfll:rlcana.-Preeldencta llnnicipal.-Montent1J, to,.·
Le6n.- 8eool6n IJ
A las din4e la mañana del dfa 11 de lfanopr6xlmo, elle¡ S,,...
16• de Acuemoa del B . Aynl'ltamlento -, "'n el mejor po11tor, ■e remaurla en pdblloa enbasta nea lotee de W'Nlao 6e
propiedad Mo.nlalpal que Ueoen lae dtmucionee-, coll:Ddanciaa lll.galente1:
Lote Ndmt1ro 1. Oompr,,nde nna m'OP&gt;rflole df! 10,11'16.91 1Delftlllcaadfll.do11., y linda: al Nort-, callt1de Ayatla: al Sor, oamlrto de la
VUl11 de Santhgo y pro¡tledad de loa 8rN. Jpda /J.lat11'11, TrfnldMl
Go1mln f oho■: &amp;1 Orlemte, n11a proplel!IIIA d.- ml"dfa maa1&amp;11a d9
IIDperllclP, 1 al Pontf'nUI lu oonientfls del Bto d11 Rllnt.a. Orkrtn..
Lote NO.mero 2. Tiene noa 1uperlltrle de 8, 188.M raetroe cua4,...
r'loe, y lfnda: •l Norte, calle de Le6n Ga1'1Din ; al 8D'I'. oalle Aya,•
tia;a101"ff'nt.eP1'opfedaddebflrea. 1ntl1 :Ndiíez, Praaclam aoontrfls J Pilar Puentee, 1 al Poniente, Lu oonieutee del BSo . .
&amp;ata Qa.rtoa.
Lo,e N6mf'TO a. lfl~e t,185 45 metro■, CU1:draclo,, l'lendo f'IOl1ndat1ol1'11: •l Norte. oalle AMM!Af'III; •1 81;u, ealle de Lfll6n &lt;hsmlnj a1 Ortpot,,. propted111 d•l Sr. OeaiNIO Bspilloea, y al Pon.leate
oom.,nte del Rfo de Santa Qatarhta.
Durante fl1 t6nntno d* lM pubJloaat,•111•, qu11 • hal'io .,_ ..,
OH., de de 11lfllte en alete dfu, y huta la hora de la flllb..U, • Altm1ttrio postura• que cabra Iae oanttdtdea de tlR) OI e8, Jq. O&lt;&gt; y
U'l, oo. ce.ell qae rMJ)e()tl.amente faPrOll valondoldlchoe lolM;ba,,
1, .. 1 ,.,... f1eDto de de que ae le oonoede al deDa4clan.te el 4ereoho
del laato.
iwooifl'ffllJ, 18 de Pebr6ro de 1909, P. O, Karttna.,-B. Bamtre&amp; AllCUla,ll,o, Srlo..

111•

Cia. Minera ''La Paloma" S. A. Cía. Minera "La Fortuna'' S. A,
CONVOCATORIA.

CONVOCATORIA.
PnT M"uerdo del t"'on,Pjo de admlnl11traol611 de ffta Ofa .. se cita 1 1ne R.-, , ACOf&lt;' nlata111 de la mt~ma, 11ara Aaamblf'&amp; «eDfl"al .,.
dlDarl•. QUI&gt; M verifica,, ,-1 dfa '!1 del prf'tl@Dtt't DJH, 6 1111 cnatN
de la taro\., fl,Dla cua dl'l Sr. Graciano Bortonty 01;,a. Elncr. , en uta ciudad lle C.m¡,aaoe, N. L. para tratar 1 reaolveraobre loe paa--,
k:s que e:qreta la afgalt-nte:

Orden del Dfa
l - Informe del CJt,u-,.Jo de Admtolatn.ci6a.
2- laforme del Coml11arlo.
¡ ... Pruentacl6n d@l Pal&amp;ncedlY afio. paran uimen 'f abrobaclOn en JO caeco,
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4-Nooibr■ mlento 1'1•1 Pt'UODa, ae1 í'onatljn 1 :'lo1J:1le11rto-, coo.
resi,ecthoe saplPotPP, que lai,Rlrb en el pretente año,
Se recnerda i 1"8 A&lt;"doalatu qo., alnndo &amp;&gt;ta 1111:&amp; fletl'Qnd&amp; '
convocatorl•. la AutnhlP&amp;""' ff\DstitUl1'1 OOQ el bdmero de aoctonlelae qoe concoTran. ""ª oua1 f'ueft*IIQ 1"t"JJl'eflt"1lta016n.
Lampazoe Febrero 8 de lj09,-(larloa 1(, Garu. Brlo, 161718

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                    <text>lffiMO XLIV.. ~=

llonter1·ey, Viernes 2~ de Febre1·0 de H)09.

; !..:t!:=

~UM. 17.

•.

I?ériód'ico 0ficial
D!L QOBIE.RNO DRL ESTADO LIBRE YSOBERANO DR NURVO-LBON.
-

Las leu&amp;, los .decretos
••

y

. ....... .

damas disposiciones soverinres, obli1an por el solo hecho de ser publicadas en este Periodico.

Registrado como artículo de segunda clase el 18 de Septiembre de 1908.

t.-llesp~ñsa,ble la·SeCret3.ría del Gobl0ni0. -----

CONDICIONES.-I&lt;~l número dcl día mi..: UUCI•: Cl•;NTAVOS. El número atra.;;ado !JUlNCE.-Toda cumunica.:ión oficial deberá dirig'irs~· al Redactor de este Periódico.-

CONDICIONES, - l':ste periódico se publica los :\-lártcs y
Viérnes de rada scmana.-Yale la subscripción CINCUENTA
CENTAVOS al m,·s en esta Capital, y CINCTrn;N'l'A Y 81US
-fuera de ella fralh'11 de porte. El pa~o ,l,·hc hacc•r-.e adefan-

La

~t__

remisión ele arisO!-- se harft 1lirf'ctamenlc al .\&lt;lm:nistr:L·

1lor del mismo.
1

Cootrato-Coucesi6n, me permito someter; ~ rtcibi6 en tsta Secntaría 1R atenta
á la aprobación de ese Superbr Gob ernoi comunicación de lTd. n6mcro A-87 r--\Vel pi;oyecto de tarifas que para los scrvi-l 101 fecha ?e ayer, 'CD que se sirve ~olid~ar ·
¡cios de agua y drenaje en la Ciudad se! la aprobac16n d_el proyecto de tarifas, tn:
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E
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· serto en la misma, para el cobro por el
propone
esta Jleceiesta
mpresa. Dicho scrvfc10
• d e agua y d rcnaJe
· d e 1a Ci'udad •
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'31'3 el :-:t•rYWJO ht' .\~utt _r HrrtmJe. , p_royecto h~ sido formado dcs~ués de va- con el mfnimun de cuotas. según la renta.
nas cntrc\'1stas del que suscribe con el de casas en que se estableica dicho servi1Compañía de f cnicio de Agua y Dre·
Sr. U-obernarlor, atendiendo á sus indica- cio; y habiendo dado cuenta ceu su citada.
naje ~e Monterre-y, S. A. Númtro A Rí1 ciouts y juiciosas nbservacionf's sobre el nota al Se~or ~o~ernador, en acue~do de1
,W wr.
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J partií..ular, habiendo quedado éste en la hoy ha tenido a btcn, aprobar
tarifas de
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De conformidad con el Artículo ~, del I siguiente forma:
qttc ~: ha hecho 1~1en~o, y d1spaner. que
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las 1111sma.i qued~rau •1gtntes 1nrued1atameute que el Gobierno reciba las obras
''F:royecto d.e ':C'a:ri:fa.s
llc\·adas á cabo por esa Empresa para e:;-.
para d Servido de .\gua y Drenaje que ~onticnc el · lfínimum de tahlecer t:1 a.ervicio de que se trata.
Cuota~ ..según la Renta de Casas en 4uc se cstahlezca.
. Tengo la honra de decirlo á Ud. en res•
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3.5o

.5.40
6.30

J0100(J

3u1.

.,i.50

3.60

5.,x,

8.JO

33,350

~.(X)

9.on

61.

..

120.

•

¡

•

Libertad y Conslituci6n :Monterrey,
¡• 23 r:I~ Feb~er~ de 1909.-Rum!J11 G.
éh,ivarn.-Rulrnca.-Al Sr. Ingeniero e;. R.
C. Conwny, Representante Oficial de 1.&amp;
Compañía de Sen·icio de Agua y Drenaje
de la Ciudad.'- -Presente. ~.

i

GOBIERNO GJi~N}JRAL.
¡

Secretaria de Fomento. Colonización é
que ocupen casas de la¡ á III 1:alegoría, jlndt~5tri~- de.~ª Rep!1b.lica \Iexicana.cminrlo su exceso de ga~to sea de -oooo Sección~ - Numero JO-¡O.
litro~ arriba, podrán hacer arreglos.-, para ' CONFTR}fACTON de derechcs al uso
gozar ,)el precio de 12 centavos por mi lde aguas.

NOTAS.-1~-ia renta _por medid?res
cownnes de ag~~ de calibre de cinco
•ct~vos de pulglfa ( 1 5 'J miljmttros,l
que ;e co~~1dera?~n como _pr()p!eda,l de
]a ~ompama, sern de vernte centavos I uar.
,
·me
d~ cura rcnt,t q11eda!1 e:xeuta~
.5ª-Pite&lt;leo formar!ie agrupa1:iones de
Co~no result~do de las gl!.c:tin1H:i hechas
·po'.- ~111 :n o, a _&lt;·on_tar desde la t~rha, la~ 1dos ú más. ª~feso~ias, para obtener en gru- por l
eor SI y co~o re~reseut:tnte d:
.ca~a¡ e,~ las do:-, ¡mmeras cakgonas.
~" el sen·tci~, baJo la proporción que se- 1los acc10n1stas ~~ la Co:uum~ad de los J-1 1•
Iodo exceso de gastos de agua que nalnu las tanfas.
.
gueros, á f in d-_ qne ::,e le 1.onfirmeo los
Jrn~n l~s oonsumidorec:, sobre.loqne seiia-1 6·~ -Toda coml;inaci6n qne no quepa &lt;le_rerhos que tiene a~ 11~0 y apro~echa}~ lzt 1ar~fa ea rn c_uota respt_ct1~·a, se p~ga d~u t ro U"' cst~ tarifa. 5e arregbrá á pre-, wie_nto de las aguas d1.;, no Pesc¡.uena, en
ra al m•~mc , pr7c10 eu ella 10d1~adoi s1 º", c10;; cou,·enc1011ales, sirviendo · cñ cuanto ~l riego. de ter~~nCls d~ _1~ ~ac:eoda ele
excede u~ un -cincnc:nta pcr ciento; pero e:; posible
base, los que se dejan seila- 1:,05 ~ 1g;1eros, en Ju11sd1cc10u de Cadeloqnc pl"a:·e½ Lse cincuenta por ciento 'ados. ''
re1ta.J1mt·nez. E stado &lt;le Nue\'o León, le
iSe c~brará á tre~ ce~tavos m~nos el ~iillar
.\_tentawe_ute me permito suplicará Vd. 1 ~an1fiesto que hecho ei estudio corres~onde h¡ros ubre p~c1c, de tarifa; debiendo s~ sirva pedir al Sr. Gobernador su snp,- 1 d ente de los do~u!ueotos que presento eu
en1endt-rse CJUe 2os excesos de Rasto de ' nor aprobación al proyecto en rderPocia apoyo de su pellc1.60, y duda cuenta cún
agníl, no. :tltera~ i~s ·cuot1s de drenaje. /cuyas tarifas se pondrán en vigor al dis~ to:lo _al scnm: Pres1den_te de la Rep(1blica ,
que.son fiJa~(
•
.
ponerlo :¡sí el propio Sr. Primer ~fagis. : el nnsmo Pnm_er Mag1str.idn, con ~undai1.--C:1sas de,.gaslo .superior, &lt;'Stableci- trado.
•
.mento de lo dispuesto en la fracc16a U..
rnientos e(), graddes agrupacione:;. como
Protesto á Vd. las seguridades de mi del artfculo ~9 de ~a ley d,:i 5 tle Junio de
1
colegio-"'. hoteles. etc. ttc., al hacer un re.;petnosa consideración.
.
rSRS, ha tenido á bien resQlver que so11 de
ga!to meniual cuyo mínimum se :.precie
M~nterrey, Febre-ro 22 1 de 19cy.--(; confirmarse como en_ efecto. se confirma1!,
por 5u.ono litros. pae.ar~n á razún de c::i- R. f.,,_ Co1111•a;1.-Rtprcsentante Oficia] é los derechos q':e la ( omnmdad &lt;le ~os H 1torce centar,is por mil litros, y t-e :;justa- Ingeniero en .Jl'fe.-A} C. Secret ,,rio del ! gueros, t ene 31 uso Y apn~vecha1?1ento de
rá
cuota. por servido de dteoaje de mu , Esti¡do, Sr. D. Rmn,ín í;11 nía Chifr,un: i 1_~s aguas del rio Pesqueria. ( b1ca! en el
do roporc1onal cou la tarlfa, ,, se.1 a] ~re~entc.
: 1 l~go de terrenos ?e l_a _i¿ac1enda de Los
och o tn por ciento s0hre el \'a1or de cst
¡1:{ig:ieros,., en Junsn1cc1on de Cadereyta
mínipmm de cénsumo de agua, cargáuRepúbHca 1'1exica11 ••• -Gubicrn
, _ J!men~z. Estado de ~uevo Le6n. ~· en candolclf todo CI~es_p A 12 centavos por mil tado de 'Nuc,·o León -S
t
de}SEs t1dad nasta de tresc1ent0s doce litros por
litros.
...
ción ia-Rclacion•• ·JI ~credar .¡_N, ec- ·egun1o, en el concepto de que e.ita con~.
~.. Y ac1en a · per3a1c10
· · · de t crcero
4~-111 1ava&amp;U{!=rfa,
balnearios1 etc ro 7 11.n
· ume firmac1o'n se hace sin
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que mejor der«ho tenga.-Mb:ico, Fe-

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PERIODICO O]'ICIAL.

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· d° s~ impon.,a
·
" ª' 5 u¡· en esta
la Recaudación
Rentas
del Estado
brero 20. de 1909.-P. A. del S. S.-El · el particular
P!· d len
ciudad unade
multa
de veinte
pesos
;Subsecretarlo.-A. Alda~oro.-Rúbrica.- I t!empo al repetido Fed_erico Cant(i el cas- ¡
sufrir eri ~ defecto cuarenta días de
5
Al Sr. Benigno R. Davis.-Los Ramones, t1go que la ley dete~mrna.
,
t -Tercero·
Amoué-tesele para qne
-N L
' Resultando: que inovacla 1a co1r¿spon- arres O
• •
d
·
·
·
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f
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acer
no
reincida
exphcán
o1e 1as penas en qne ·
Es cop'a. Méx'co, Febrero 20 de 1909. 1d1ente avenguacion, ae ex,amin~ ºG
· •
icontrayiaiere-Cuarto·Sesobre-E. O. M.-E . Marlíne.,;; Baca.
ca del particular el Sr. Jose Mar;a, a~:r.a tacurre s
de · Federiélf
l uien declaró no ser cierto que Federico see en esta ~ausa en _avor
.
- - - - - - - - - - - - - - - - · 6antú lo hubiera dicho ni á él ni á su es Cautú.-Qmnto: Se de¡au al ofendido sus
posa las frases que asienta el acusador .h~- derech~s. sal~o,por lo 9te hace á l_a{es- , chos que tambien neg6 la Señora Cecilia . ponsabtl!da~ c1vil,--N, ti 1que~e Y SI _enL rle Garza· los testigos Celedonio Blan•.¡ tro del termrno legal no se m~erpus1ere
del Supremo
· y S antiago
•. ' Elº1zon do a fi rmaro O q ue el recurso , transcríbase al Juez rnstructor
1, Secrctana
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¡ d Jde la.,~
· ·· Sala
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nr.a
e
ust1c1a.1nouterrey,.
nevo
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d
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, G arza les h ab'1a dt' e¡10 pai·a que utflnde enterar
vaL 6
cita o os ,uana
, . la multa cuvo
J
e º·
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.·
· en el tenda ·0 del mismo Elizondo las fra- lor conserva en depos1~0, dese el :orres1lfoute1rey,
de Octnbre · de
. l d as en con t r.i d e¡ ,S enor
poiid,·eote a,·iso al Gobierno '· pubhquese
· ·
¡t1c1Dta
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'6 mil
1 · ses menc10na
no, ec1eutos
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10.1sta
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esta
resolución en su ooortuoidad
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J •~ mac10r 1 avi 1a y amp ,a
so re es e puo•
,,. á cospresea e cansa comeaza a
lll rutr e , ·
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del
procesado
José
María
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en el
&lt;lieciocho de Abril del corriente aíio pr,r • to su dec 1araci 6 n e1 expre,a º, os . ana
., .
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¡ Garza manifestó· qne no tema 01 oguna Penod,co Oficial del stado y are ,vese
¡ · · ue,_ · - e f e ra; e d' ~~o e~a raz6~' para e~p;e,arse 111 ,1 del repetido la causa. Así, definitivamente ju1gando,
&lt;J,edest~ prCim '!r? ra':c,ond JSU b1c1a' Hco~d ria I Sefior Dávila pero que si algo había d;- lo resolvió y firmó el C. i\finistro de la 1•
·e enco antu, ,ec100 e a mas
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Icho en tal sentido sería porque an daba to- a a: oy e.~ 1c. . . t area . - , .
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contra,
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Alda
.
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o.-Rúbricas.
-za, casado, mayor de edad, carpintero, on- ruado.
.
,
pe
gina1io y vecino de esta cindJd por el de
~esult~udo: que_ con nsta de_esto e1,
,
litú de difamación de que fueron acusados qneJoso, hizo ;xtens1va su acusa':16n rnn. Secretaria de )~
Sala del ~□ prremo
por Don Amador Dávila de esta vecindad. trn Jo~,e Mana ~arza por el_ ri:opio deltto, Tr,buaal de J11st1c1a.- Monterrey, Nuevo
\·1stas las diligencias del sumario y )a y hab1endose abierto, proc';dmuento en el Le6n.
.
sen tenc ia que con fecha veintidos de Julio Juzg~~º. se le tomó a aquel ~n :orma su,1 Monterrey, clooe ~e Octubre de mtl uoúltiwo pronunció el ex¡:.resado Juez de 1aqms1t1va afirutándos~ y rat1~candose en: vecie~t:1s och_o. V:st~ esta causa comen.
Letras, por la que teniendo al mencionado sus declaraciones rendidas, auad1~n~o no zada a rnstru1r,,de ofic!o por t;I _C. Juez de
José J\Iaría Garza cowo autor y responsa-:r~cord~r ha~•r hablado mal de J?avtla,_y Letras d~ 1~ 3. fracc16? Jud1c:al del Esble de dicho ?elito, ~i6_ por compu_rgada ¡s1 lo h1z : fue porque estaba ebno y SID tado el d1.-c1sé1s de Ab~1) del ~no ,en curso
su res ponsab1ltdad crimrnal con d tiempo I te~er co1.oclm en!o ele sus, actos. _que exa- c~ntra Guadalupe Rub10 y Ntcolas y Bec¡ue e-tuvo preso, lo condena á pagar en mrna~os los Seuores Jose ~lana Garza mgno Gner.".a por los d_ehtos de :obo y
la Recaudaciéin de Rentas del Estado un&amp; Gouzale, Y Pompello Benav1des expr¿sa fraude, hab;endosc contmuado ún1camenmulta de ,-einte pesos ó en su defe~to á ron h_ab,r oído _á J~sé María (?,ar:r.a en_ el te co?tra Rubio, en ,·htud de haberse pusnfr'r cuarenta días de arresto mandó se repetido tenda¡o El Candor del Senor, esto a los Guerra en libertad con las rele amoneste para que 110 reincida , se pu- S~o!iago Elizondo, hablar mal del Señor. servas de la ley p_or haber~e desrnn ec!do
blique la sentencia eu el Periódico Oficial I Dav1la agreg~odo Garza en aquel acto quej los elatos que mottvar~n ~u detenc160, sien
á costa del reo, se dejan á la parte civil au~que_era c1ert? el hecho que se atnbufa do aquel ~ol_tero) de nrn_t1dós añ~s de_edad,
sus derechos á salvo p~rla responsabilidad¡á l•edenco Can tu nunca lo confesarfa en past~r, ong1n_,ano y vecmo d,': a cmda~
civíl y dispone por ú_lttmo quede la__causa elJutg~do.
.
.
¡~e L1~ares,Nuevo ~e6n,-\ 1sta~. las d1ab1erta contra I&lt;edenco Cantú. Visto el
Considerando. que por e! dicho de los hgenctas del sumario, la confes16n con
auto en que se mandó poner al procesado testigos exan:ii?ados en el_proceso que re~- cargos tomada al procesado, lo ale~ado poc
en libertad: lo expuesto por el C. Ministro nen los requisitos preven1_dos por los art~- 1su dtfe~sor en la primera inst~ncta y la
Fiscal en el sentido de que se con fir ma la¡cu_Ios 425 Y 42, del C6d1go ,de Prcced1- sentencia dictada con fecha ve1r.,te de Ju-.
relacionad,, sen tencia de primera instan - mten!os Pe_nales, se _compro?º lev!lmente lio próximo pasado por el referido Juez de
cia en todas sus partes con la enmienda la existencia del dP.!1to de difamac;61: de- Letras quien, teniendo á Guadalupe Rude que debe sobreerse eu favor del acusa- nunciado por el Senor _A mador Dav1la y oio como autor de los delitos de robo y
do Federico Cantú por estar concluida la que, el anJor. de tal d 7hto lo es el acusado fraude, lo co ndenó á sufrir un año ua mes
instrucci6n y no aparecer de ella dato al- J ose l\1an~ Garza, qmen aunque º? con- eje obras públicas y un mes veintisiete
guuo e 1 su contra para considerarlo res- fiesa term10an!emente haber proferido las días de arresto, á contar desde el díeciopaos~ble del delito anunciado, lo alegado palabras ofen_s1vasencoatra del querellan- cho de Abril último en que se le declaró
pJr d dd,nsor de oficio en esta 2~ instan- te tampoco mega de un a ,manera ab~olut~ bien preso¡ lo inhabilitó por di !Z años pacía, la citación para sen tencia y cuanto e) hecho expre~ad? que st así suced16 fue ra to:la clase de honores, empl~os y car~
más debí6 y con vino tenerse á la vista.
SID tener rnao~1m1en to de sus actos por el gos públicos y dej6 al ofendido sus dereResultando: que en ,s~ escrito de quere-j estado ~e ebne~ad en que _se encon_traba. chos ~ ~ah-o en cuanto á la responsabililla el Señor Amado Dav1la ma01fiesta: que . Considerando: que el ~ehto de difama- dad civil, mandando amonestar al reo pacon wotiyo de haberse separado, por que ci6n que -se _p~rSrgue esta_ comprendido p_a ra que no rei~cida, Visto el dictamen del
así convino á sus intereses, de los trabajos ra la tmposici6n del casf 1~0 en la fracc1on C. l\Iinistro Fiscal, lo alegado por la dede albañilería en el Palacio Municipal de I ~el articulo 62r de} C_ódigo Penal que fensa ante esta Sala y la sitaci6n parasenSabinas Hidalgo de cuya obra estuvo en- senala ,de ocho días a seis.meses de·ar_re~- tencia con cuanto más consta-de autos¡ y.
car:zado por wás de nn afio, el Señor Fe. to Y utas una n:iulta de ve11;1te á dos cienResultando. que el quince de Abril del
derico Can tú, vecino de aque'la villa, y tos pes,os, _pudiéndose apltcar dent~o de año en curso, fueron aprehendidos Guadaquien quf:d6 en su lugar en los me~ciona• ~stos term1Dos la pena q?e se estu~are lupe Rubio y Nicolas y Benigno y Guerra,
dos trabaJos, ha propalado la especie, se Justa confo1;me lo es~ablecido en el arttcu- como presuntos responsables del delito de
gún ha llegado á entender, comunicando lo 65 del nusmo C6dtgo.
nbo de unas cabras pertenecientes al Sr.
de Sr. José María Garza y esposa de éste
Considerando: que por lo que respecta á José Angel Valdés vecino de la ciudad de
Doña Cecilia i:,o~ano, v~cin_os de esta ciu- Federicó' _Cantú, prim';~mente acusado Linares , en virtud 1de habe,se quejado esdad, que él, Dav1la, hab1a sido separado de por el Senor Amador Dav1la, como duran- te Señor ante el C. Alcalde rº de dicha
dicho trabajo por "1 Sr. Alcalde r.º de te la instrucción no se comprobó que re- ciudad, quien hizo consign.aci6n del suceaquel punto, Don Pablo de los Santos, po_r ~ortara respons_abilidad alguna en el de- so al C. Jüez de Letras de la , " fracción
borracho y ladr6n, cuyas frase_s _que lastt ltto de referencia . debe sobreseerse en ~u jndici_al poniendo á su dispos~ión los reos
man en alto grado su honora~1ltdad y que favor.-Por las precedente¡¡ considerac10- ¡ mencionados; y habiéndose mandado lee_nvuelv~n una sole?J?e mentira ~as. con, nes, fundamentos legale; expuestos y con vaatar la presente a,·eriguaci6n por este
s1d~ra d1fa~1autes v101endoá const1t~1r un ªPºY? además en los arttculos, 51 ro, 49, funcionario, se tom6 desde luego su infordehto defimdo y p 7nado por los art1culos fracc16n_ I, IIo, II6, 182, 208, 287 y 636 mativa al ofendido en la que expresó: que
6r7 y 62 r del C6d1go Penal, por lo qut; se del C6~1go Penal y 126, 134 y 41 r del de hacía unos tres meses venía notando ):i fa!.
presen_h aeusa,ndo form~lmente '.11 refe'.1do Proced1m1entos :1'enale~, se c?nfirma la ta de algunos animales de ganado menor,
Feclertco Ca?tu del deltt? de d1famac16n: sen~e-~cta d~ _pn;11era 1ostanc1a sujct~ á pues cada vez que hacía el recuento de su
que tal versión la comu01c6 el expresado reviston, ad1c1onandola en los términos ganado en presencia del pa to G d ¡
José uP Garza a1 Sr. Santiago Eliwn&lt;lo en que lo .solicita el C. Ministro Fiscal en pe Rub' · advertía la falta ds r ua adu,
10 •
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d :i. ~ comercto _e eds e0 ameª¡' od • Bi an• su f 11c1 amepn _re att rnJ, ~ en c?nsecnencia,, cabezas por lo menos y habiendo reconvecr , en pres~nc1a e on_ e e onto ~n- 1se 8 a.~ nmero: o~e Mana Garza es nido seriamente sobre el particular á stt
c 1 J ~ ror últ11110 que - a talsa aseverac16u J responsa ole del del.to de difamación del pasto•· éste le había confe ad
t él
Uegt'. ' eone,cirnicuto de :ma Seíiora Isa- que lo acusa el S1;¡;.)r ,-\marlor Dávila
y los 'r nerra h¡bían di p·~ ; ~ie e;i re
1,el ~ lJUien á s•t vez la pl~ •. có á Doña 1 .Segnndo: Se le da por crwp11r.,.ada su r es- aui•naÍes calculando ¡s e~ 0 e af,gtdl~dos
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e mismo o en I a
en sta ctu, dp?asa 1 1 af _c ndm a_ ~?º dos. mese~, seis en sesenta y tantas el número de cabezas
d,ndcarn:c .. n er 1 qmden \"ldve 1
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. a , pe,sonas que pue en ec arar so re¡ 1as que su n 6 e pnsitn, debiendo pagarique le faltaban, el expresado Va!dés pre-

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SECCION JUDICIAL.

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l'ERlOIHCO ü.l&lt;'lClAL.

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OO\'enta dias
· que fi Jª e¡ arttcu
' 1o ·3 56 frac I Senetaría de la 1 Sala del Tribunal
ISupremo de Jnsti cia.-Mouterrey, N
r nevo
ci6n I del Código Pe nal.
. b re. d e
Consideran do: qne fa,orece n al proce• Le6n.
111onterrey, veinticiu co ~e Septleut
~aclo las atenuantes de pri.nera clase á que mil novecientos ocho.--., Vista en apelac16n
se refieren las. fr~ccones I y IV del artícu- la presente. causa co~enzada á_ instruir de
lo ~o y le per¡ud1ca la agravante de terc:. oficio el u neve de Julto del ano ªen cu:so
ra de se r frecuente en el E stado los deh- por el c. Juez de Letras de la 3· fracc1~n
tos que fe persJguen, por lo que superan Judicial del Estado, contra. ~omáu G_arcta •
do el valor de esta sobre aq ~1ell as en una y Te6filo Castillo por el delito de _lcs1oues
unid_ad, procede: ~e confor~1dad c?n lo que que se infiri ~ron mutuamente ~1e?do el
previenen los art1cnlos 35 a 37 6J Y 220 primero soltero, ¡ornalero, de_ vemtm~eve
del Código Penal, aplicar nna pen_a pro- años de edad, originario y vec1Do de Lm_aporcionalmrnte mayor que el te~m1no me- res N. León en )a Hacienda de Cerro P~1edio d,e la que fija la ley , pero SID llegar to y el segundo soltero j?rn~lero, de ve1111
al maximo.
tiocho años de edad, ong1Dar10del
Ran~l10
d ¡ C · · · d" ¡''n de San Cárl os fa.
Considerando: que corno á Guadalupe e ~rr1zo .Jllr!s 1c~ 0
,
,~, r
Rubio se le juzga á la vez por dos delitos mauhpas y del~ :111sru~ venndadque. \cometidos eu actos distintos y eoncurren cía. V(stas las d1hgencias de~ suma rs10'ro'~
los demás requisitos que establece el ar- confes16n con cargos tomada a ambo p
tículo 2 del ,Código Penal procede la cesados y lo alegado por sus defe~so~es eu
acumu1Jci6n de dichos delit~s y en tal ca- la 1~ \ns~a~cia así como la se~tencia d1ttada_
so al hacer la aplicaci6n de la pena debe- el ve10t1sé1s de Agosto pr6x1mo pasado poi
•
.
b
1
¡ ef riºdo J ez de Letras cuya sentenc!a
ra' observarse lo que previene so re e par, e r ¡ e
. . tes, pu u tos reso , u11 ¡ ,
ticular el artículo 200 del C'6digo meucio• c?nc uye _con os s1guten
R ·,
hendido.
nado puesto que los dos c'elitos referidos t1rns. Pnmero: Son r~sponsables,1 ~mau
Resultando: que habiéndose clevan:ci- mere~en una pena menor que tre s años. García y Te6filo Ca_sttll? de las esto~es
do los datos que motivaran la dttenc16n
.
. que mutuamente se mfirte~on, y se c~st1g~
de Nicolás y Benigno Guerra se les puso
Constder_audo: que en, toda. sentencia al primero con ~n año y d•eciocho ~1as _deeu libertad con las reservas de la l~y: que condenatona se_prevend_ra 9uc se am,ones- obras públicas, a contar desrle el dta d_1e;c
en el careo practicado entre el que¡oso Y te al reo para que no remc1da , a~nando- de Julio último, en que se le declaró bien,
Guadalupe Rub io éste re&lt;;tificQ lo que an- sel e los s ufrin11e1;1tos que haya temdo d~- preso,y al segundo se Je dá por _con purg:ada,
tes había expresadr, mamfestando que no rante la instrucc16u, Y que la rt;spons~bt· con un mes dieciséis días que tiene snfndos
era cierto que su patr6n le aconsejasecout- lida~ civil uo pued,e _decreta~se SIDO á ms- de prisión,_disponie~do se_ le ponga d:sde
plicara á los Guerra, lo cual había hecho tanc1a de parte !eg1t1?1~; arttculos 182, 208 luego en ltbertad ba¡o de fiam.a de ,·e1~te.·
debido á su ignorancia; que solamente se y 287 del repetido Cod1go Penal.
pesos, 6 en su defecto der:tro de tres dias:
había apoderado de c,uatro cabras que ~enConsiderando: que como en autos tam- j bajo cauci6n pr~testaton~. Segundo: Se
di6 eu cuatro ~esos a un~s d:sc~n_oc1dos
bien
se justificó debidamente que los pro- les canden~ tamb,eu al ~e!D~egro de lo que
8
en1 el Rancho ·La Peta~a Y st ':11ª falta• cesa~os ·Benigno y ;\'icolás Gnerra, nin-¡ se le~ hub1ti:e pa~aclo a lo\ p~~1tcs por
b o seguramente s~ hab,an perdido en el o-úu participio tuvieron eu la comisión de sus honorar!os. ferccro: Not1f•quese_ .Y
monte don~~ las cuidaba. El Juzga1° ºº1!1· los delitos que se averiguan, procede con-, amonéstes_e a los reos P:1,ra q:1e no re111br6 dos peritos quienes valuaron a razon firmar con el caracter de sobreseiminto el] cidan. Vista la apelacion 111t,rpt'.e~ta
de un_ pes~ ce~a nna de las cabras robadas auto de soltura dictada en favor de aque- por la defensa de García y la ~d nnc16u
_al Senur \ aldes;
.
llos por ser justo arreglado á derecho¡ ar. del recnrso en ambos efectos. \ 1stos los.
Considerando: que con la propia confe- tículo 9 ° del Código Penal expresado.
alegatos formul_ados por_ el apelante exsi6n judicial del procesado Guadalupe Ru,
presanclo agranos, el dictamen del C.
b. la cual forma una prneba completa en Por lo expuesto con apoyo _ademas eu los Ministro Fiscal, lo alegado por_ el defen vl~tud de reunir todos los requisitoe á que artículos 5, ro, 3 2 , 47 fracci6n XII, 49, 8 3, sor de Oficio en favor de Castillo y ]a
se refiere el artículo 415 del Cqdigo de Y 225 del mismo Ordenamiento. se refor. citaci6ri para sentencia, con cuanto mas
Procedimientos Penales, se justific6 debi- ma la sentencia de primera instancia que consta ,1e autos; y
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) se revisa y se falla: Primero: Se condena
damente durante a 1nstrucc: , que e á G 118d 3 I
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Resultando· que el ciuco de Julio p ómismo procesado dispuso de cuatro cabras 1•
npel d d10' cobomo auf or de Iosf ~- ximo r&gt;asado ~n la noche andando de pa 11
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I Se~or
José An ttos acumu a os e ro y rau e re en'
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perteoec1en es ~u amo e
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na de un aüo cuatrn seada bastante ebrto e 6 o asti 11 o y
gel Valdés, vendiéndolas en la i;uma de os, su : r. a pe d' d b
'úbJ'
Román García en la Hacienda de Cerro
cuatro pesos hechos que constituyen los meses, vetntlcuatrd' 1
e O r:s p icas Prieto Jurisdicción
Linares N. Le6u .
5
delitos de robo y fraude, definirlos en los Y seterántad ydnnevled)ªs. eh andes ºA, bq~e
por cuestiones de poca monta quizá debido
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8 39 ? del Código Penal· y conta
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art cu os 34 f
á 'd afio en curso, fecha de su prisión preven- únicamente al e~ta o e em naguez et! que
aunque el que)OSO afirma que son m s e ti A Segundo- Se le inh abilita pe,r diez se allaban se disgustaron y se pu-1e~ou
s~senta los ammales robados, como eso no '! ·
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á rei1;r siendo Castillo el ngresor quien
aparece justificado de una manera legal, anos para túobl~ e a~ e 10~Seoresl, emp Ieos durante' )a contienda infiri6 dos l~sioues
-LJ 0 d be ca·ti ar·e al procesado por el y cargos p tcos iercero.
e Amones'
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· l ta para que no reincida Cuarto· Se sobre- á García, una cortante s1tua~a en 1a cara
robo cometido respe~to e fs -~º'.ma ;s see en favor de Benigno y Nic~lás Guerra palmar del dedo índice de la mano izq uierque expresa en sdu. mtsm~ cou es1ont, ª!1 ,. quienes quedarán en libertad absoluta da, y la otra contusa situada en la reculo , r t del C6 igo pnmernmen e et a•
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Qttinto: Se dejan al ofendido sus derechos g10n te;npora 1zqme,r a
atct,t ID :to a
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á sal vo en cuanto á la responsabilidad ci- s11 ,·er. a su _adver,art'l. otras dos les1011es
Const~erando: que.el robo, cuand_o como vil. Notifíquese y dese cuent~. Así definí- cortantes s1t_i;adas en el carrillo _dertcl1~
en el ca so de que se ,rata, la com,te. un tivamente juzgando ¡0 resolvt6 y firmó el y en la reg10n frontal respect1v,111:entf.
sirviente C)Dtra su amo, e_n cualquiera C. Lic. Viviano V. V illareal Magistrado el Juzgado &lt;li6 fé de todas esas lesiones.
parte qne lo coruet~, se casttga s~run lo ,uterino de la 3~ Sala: cloyfé.-Lic. V. V. las cuales fneron cl11sificadaspo~ los fac,uldispuesto en el articulo 363 fracc1on I del Villareal.-Lic. Le6n E. Aldape .,.--Srio. tativos en cargados de J3 ateuc1611 de 10s
Código Pe~al, con_ la pena ~ie seis meses Rú bricas.
rfendidos como de )as ql'.e ~o ponen 0 1
de arresto a dos anos de pns1_6n ú obras
pueden poner en peligro la vida y curan
públicas, á 1~ que por prevemrlo expresaMpnterrey, veinte de Octubre de mil en quince días, habiendo dejado un~
mente el a1t1culo 359, se agregará la de novecientos ocho No habié ndose Ínter- cicatriz perpetua y notable. la que Castttres á no,,enta días de arresto que corres- puesto ningún recurso de la anterior sen- llo recibi6 en el carrillo derecho; y
ponde ec-n arreglo al artícu l~ 3sf; f_rac_ción tencia dentro del _térmi~o legal se dec_lara
Considerando: que con Ja fé Judicial,
J dada la cuentfa del robo, s111 pe13uc1ode que ha causado eJecutona de conformidad con el dictámen pericial que obra en aui:iipouer tamb'en, sí dicha pen a_ resu)t~ ce:'º _el artículo 451 del Código de _Proc1;- tos y escencialmente con la propia conmás grave que ar~esto mayor, la 2nhab1lt- d1m1entos Penal~s; en ~nsecuencia, lt- fesi6n Judicial
}os procesados durante
t.aci6n correspondiente por diez ano, para bren se~ 1S~pertor ~ob1ern? del, Esta~o la istrucci6n se conprob6 perfecta y lega ltoda cla,e de honores, empleos y cargos los _te_st1mon1os de estilo pon1end_oa su dts• mente en )os térulinos del artículo 5-t
1
públieos, artícnlos 150 y 352 del citado I pos1c16n al 1;eo Guad!'_lupe Rubio e~ la &lt;le! Código de Procedimientos Penales,
C6dig , Pe~2!.
caree! Públ!ca de_ Ltnares, transcnbas,e la xistencia del delito de lesiones que se
C.,.nslJtr.,uco.
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, _ Gt1E" e1, fa
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atento
lo
esta
resoluc16n
mutuamente
'fe/ífilo
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,, . Aal, ¡uez respectivo
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•. , infi_rieron
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1a c.. usa ..-,.s. en ar ten.o o reso 1"º Rema!' Garc1a eu una rma ,1t:ndo a"r€·
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castiga con la misma pena que el rcbo sin¡ Y ' ~mu e, ~- · ªl;-'S t r-i. 0 inter,1,o . e a 3 · sor d primero .. artículos 4 r 5, 423, Y
,c1·a· y si de este delito se tratara en Sala: doy fe.-Ltr. V1llareal.-L1r.Le6n 424 del Código citado
vio eu ,
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d caso co~responde1fa aplicar !a de tres á,E. Aldape ,_no,-R rica~.
¡ Cons1deran.0: qn~ as .ee:ones que no

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en el dicho
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de
que era una persona onrra a, tgna
fé y que estaba en actitu~ de poseer los
animales qne le habían s!d? robad?s·
Resaltando: que al r~c1b1rse su, 1Dd~g~toria á Guadalupe Rub10, confeso terutl·
nantemente su delito, expresando: que
disponía de los animales de su patrón el
Señor V11.ldés, estando para ello de acuerdo con los Guerra, á quienes entregaba de
á una 6 de á dos sin recibir nunca la parte,
mitad del producto de dichos animal~s,
que aquellos le habían prometido. Los en
cansados Guerra ne¡(aron de una manera
-absoluta los hechos que les atribuía Rubio, y al practicarse el_ careo correspo~;
diente entre éste y Ben1gm, querra,.aqu~,
expresó que ni su careante 01 su h •JO ~1colás tenían culpa alguna, pues s1 bien
antes habían dicho que estaban, ~e. acuerdo cou él y había u tornado parttc1p10 en la
comisión del delito, fué por que eso, le ha' cua do f ue a prebía i.conse¡· ado su patron

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PERlODICO OFICIAL.

PERIODICO OFICIAL

P?ncn ni pueden pnner en peligro la nombramiento ju 'ic;a1. Qu,_uto: S • e ,.a, se ex,1ruin6 taro bien al Gendarme Muvida, y curan dentro de qniace días secas- amonesta para que no r~1ur1dao. Sexto: aicipal F1dencio Teráu quien declar6 que
Ligan con la pena de ocho á noventa días- Se dejan á amh, s p,occsados sus derechos el veintiuno de Mayo último en la madrn·dc arresto v multa de diez á cien pe-l á salvo en cuanto á la responsah1lidad ci- gada se encontrab, ea una fonda del !ad~
sos, aquel solo 6 solo ésta á jnicin del vil. Séptimo: ,Not1fíquese y dése rnenta Sur de la Plaza Juárez, cuando oy6 gritos
Juez y que la, lesiones que como las ante- Así lo rernlvió y firmó el C. Lic. Leoha,d hacia la &lt;·alle y habienrlo salido para ver
riores no ponen ni pueden püner en peli 'Clrnpa, ~, ag str-d,, de la f " Sala: doy fé 4ue pasaba, enco~itró _á Cecilia Salinas que
gro la vida¡ pero dejan cicatriz perpetua y Lic. Leobardo Chapa.-Lic. Elenterio Lo venía corriendo, a qmen aprehend16 des.notable se castigan con uuoá tres años de ,ano.e-Sr o.~Rúbricas,
de luego, rrcog1éndule una cuchiHa que
prisi6n ú ,,bras 1Júblicas, a,tículos 503 fraMonterrey, O ·111br~ catorce de mil no trala en la mano y corno en ese mismo acci6n I y I II del CóJigo Penal.
¡veci•nt,•s o ln. No habiéndose mterpues to llegó Máximo González herido d_e la
Co•1s ·clen,ndo: que com, las lesiones to recurso alguno de la anterior sentencia cara señalando á aquel como su hertdor, .
qne recibi6 Castillo son de rlistinta!dentro del térmi orle la ley, de conformi- aprdiendió á los dos conduciéndolos li b
naturaleza y además iuerou el resultado dad con el 45r del Código de Procednu'en Prevenci6n de Policía.
de un !techo ejecutado ea un solo acto,,tos Penales, se declara que ha camado
Resultando: que los facultativos del
d~b¿ castigarse á García únicamente con• ejecutoria. en consecuencia expídanse los Hospital Gonzáiez donde fué atendido en
la pena que correspond:i por la lesión testimonios de estilo poniéndose al reo su curación el ofendido clasificaron la lem'ls grave ó sea la qne dejó cicatriz per- Román García á disposición del Ejecutivo sióu que recibi6 éste como de las qne no
pttua y notabl&lt;&gt; en ia cara, teniéndose en !"' cArcél pública de la Ciudad de Lina- ponen ni pnedeu roner en peligro fa vida
1~ Otia. 1:omo circunstausia agravante que re;: hágase la transcripción c0rrespocdien y curan antes de quince dfas, dejando cie1 suscrito en uso de la facultad que la •te y en su oportunidad archkese la cau catríz perpetua y notable en la cara, se
ley le otorga la califica como de primera¡ sa. Kotifíqnese Lo decretó y fir1116 el C. di6 fé de que el cuchillo rr.co¡,.+clo á Salidase artículos 45 fración XI y' 185 del Magistrado de la r., $ala: doy fé.-Lic nas, y que él mismo reconoció como de sn
Código Penal.
Chapa. Lic. Eleuterio Lozano Srio. RCi- propiedad¡ presentaba en la hoja algunas
Considffando: que favorecen á ambos bricas.
. rnanclrns de sangre, y pra.cticados los caprocesados las atenuantes que citan los,
~-! reos procedentes no se logró su objeto,
artículos 40 fracci6nes I y IV y 42 fraSecretaría de la r~ Sala del Supremo pues los careados cada quien sostuvo y
-ceió:l 1 del Código Pc:nal siendo ésta últi- Tribunal de Justicia.--.1\fonterrey, Nuevo ratificó su dicho y.
11;a &lt;lr: 3ª clase y de 1 ~ aquella~ y le perjn- León.
' Considerando: que con la fé judicial y
d:ca la agravante de tercera también de ser
Monterrey, Septiembre treinta de mil dictárnen médico-legal durante la instrnc-frccuentc eu el Estado el delito de que se novecientos ocho.-Vista en apelación la ción se comprob6 perfecta y legalmente
trata por lo que supera el valor de las pri- presente causa, cornen7,ada á instruir de en los términos del artículo 154 del C6dlmeras sobre ésta en dos unidades respec- oficio el \'eintinno de Marzo del año eo go de Procedimientos Penales la existento de Cast llo Y en una respecto de García curso por el C. Jnez 1.º de Letras del Ra- cia del delito de lesiones perpetrados en la
en cuyo caso, de acuerdo con lo dispuesto mo Penal de la 1"- fracción Judicial del persona de Máximo González y respecto
en les artículos 35 á 37, 65 y no del Có Es(ado, con_tra &lt;;;ecilio Salinas, casad0, de de quien fuera el autor de ese delito no
digo citado procede disminuir proporcio- tremta y crnco años de edad, jornalero, cabe duda que !0 fué el procesado Salinas,
nalmente el término medio de las penas orig1nario de la Haciends "El Pozo'' del pues aunque él lo niega de nna manera
.que debe" aplicarse á los procesados con Carmen, Estado de San Luis Potosí y ve- absoluta, sin embargo en su contra hay
arreglo á la ley pero sin llegar al mínimo, cino de esta Ciudad por el delito de lesio- el dicho del ofendido y el del Gendarme
cuyas. penas que _así se obtengan deb~rán nes. Vistas las diligencias del sumario la Terán que lo aprehendi6· el hecho de hareducirse resp ;ct1vamente en los ténmnos requisitoria del C. Agente del Minist~rio ber sido aprehendido en ~1 Jugar del snce..:¡ue lo previeue el artíctil&lt;).504 d;l Códi- Público y lo _alegad~ por, el defensor del so inmediatamente después de pasado fago _Penal expre_s_ado, ~~~nd1~11do a que_ el r;o e? la 1'1111st?n1;rn, as1 corno la seoten- te yendo aquel corriendo con nn cuchillo
dehto se cornet1n en rma siendo Castillo c1a dictada el ve1nt1dos de Agosto pr6xirno en la :uano, cuya arma presentaba seglÍn
el agresor, como ante~ sed JO y las qt~e pasado por el referido Juez de Letras, la fé jndicial algunas manchas de sangre
e;1tonc~s re_sulten seran las que en defiai, qmen, teniendo á C!!cilio Salinas como circunstancias todas que forman presnn'.
t1v~ d&lt;;hcn 1 m~nerse al acusad?.
autor d;I delit_o de lesiones calificadas lo cio1Jes muy vehementes contra el procesaC:os1dera11_do. q~e los honoranos de los condeno á sufrir con calidad de retención do y dado el enlace natural de ks hechos
-pentos qt!e 10t~rv1~~en en nn pr?ceso por por una cuarta parte más de tiempo en sn en concepto del suscrito como antes se
~ornbraru1e?t_o Judicial los pagara_ ;l teso- ca~o, la pena de .cuHro alios de obras pú- dijo, no c3:be dndar que el repetido Salinas
;º d:l _M_nnic1p10 en qn 7 se comet10 el de- bli~as; le deco1111zó el arma cou que delin- fné el hendor de González, artículos 423 ,
Jll~ a 1c.cn a c'e ser reintegrados por la q1116 y ruand~ amonestarlo para que no 424, 428, y 429. del C6digo citado.
~et son a que fue~e ~eclarada culp3:b1 7, ar- re!nc1da. Vista la apelaci6n interpuesta
Considerando: que en la comisión del
t1culo 220 del Codigo de Prnced1m1entos p_or la defensa contra dicho fallo, la admi- delito referido aunque el inferior asienta
Penales_.
. s1611 del recurso y los alegatos presentados que el procesado obró con alevosía y ven. Cons1der_an~o: qu_e en teda sentencia ante e_sta Sa)a por el_ a~elante expresan?º taja, el suscrito estima que 110 concurríecrmdenatona se pre,cudrá que se amones- agravios. Visto el dictámen del C. M1¡¡1s- ron esas circunstanci·as·
J
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11 o a primera por
· 'd a en e¡ ?e¡·lto t ro p·1sca¡,Y ¡a c1tac1
· '6 n ¡nra sentencia con que según el dicho del ,ofendido
t e a 1 reo para que_ no remc1
corno el
pot que se le castiga, y se le abonaran los cu:iuto mas consta de autos y
mismo expresa que fué á
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snfrimie11t9s que haya tenido durante la
Resultando: que en la fech; de inicia- dividuos que ren-ían ,
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rdar os 1dn. '
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ms,rénct_c1d~, cua qmer a que sea ebl_ Jdiernd P? ~100 eh bP~?cedso. cm_ub~dá las ?ºS de lama- suponerse precisamente 110 sólo que debió
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q?e s a nre, y que 1a respons3: 11
Cl• n;na'. a 1en o rec1 I o aviso el C. Juez preveer que Je podría resultar al nn dan! no puede decretarse de oficio smo á r · de Letras del Ramo Penal de que en ño 51· no tambiºen
d b'6
. g6 ·
· t anc1a.
· d e parte 1egituua.
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, 1os 182, ¡a p revenc1'6 n d e p ohcía
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tus
art1cu
se encontraba
un venido
para cual qne
· e 1 testa1 1r pre-¡
208, y 227 del repetido C6digo Penal. Por individuo herido, mand6 levantar la pre- motivo claro est' qmer e?~ 0 Y_dp~r ta
lo expuesto Y con apoyo además en lus ar sente ayerignaci6n, trasladándose desde cionalmente d
que n_o \ c?g~ 0 :"tentículos 5, ro, 32, 46, 88, 225 y 487 del luego al lugar indicado, donde se dió fé gar á defenderesª m~rovisot s.m ar e luO rdenarnien
· to. se re f orma Ia sen- h a ber v1s
· t o a, 1111 h oro bre que d130
.. llamarse racterizan ¡ ,,¡ ctrcuns
anc1as que camismo
,
,
tencia de primera instancia que se re\'Ísa Máximo González, quien presentaba una porque sie ~ ª evos.ia; Y ?ºd. 1a venta3a
y se falla: Primero: Te6filo Castillo y herida hecha por instrumento cortante ·para acred?t O regni~itos !n Ispensables
Román García son responsables como au . como de cuatro centímetros de extensi 6 ~ casos u
e:!!;Istencia entre otros
1
tores, del delito de les!~nes _que se infiríe-J situada t!n la mejill~ izquierda. En seguí- inerm~ e1 ~fe~di~mano
e halle .ªr:nado é
ron i;11utuamente en rma siendo agresor da se tom6 al ofendido su informativa en snlta com robad ~' en ~ caso, SI bien reel pnrnero. Segundo: Se condena á Ro- la que expres6 que hacía rato anda!ldo pa d
P
~ ~ primero, n_o lo segun,
mán García á sufrir la pena de un año 1111 seando en la Plaza Jnárez vi6 que dos in: bO 6 sea que la vic~1ma ;staba in_erme. sornes dieciocho dfas de obras públicas que di\,iduos reñian á cuchilladas y habiend :; 1. 0 cual no se hizo mnguna 1nvest!gase contará desde el diez de Julio del año ido á separarlos. uno de los ri'osos se vot e~ n, Y ~o~o tampoco consta que hubiera
.en curso, facha &lt;le su formal prisión. Ter-11 vió sobre {-1 y con la cuchilla lque t ,
, P e~ed~ta~6n ie parte del procesado 01 la
cero: Se dá por compurga1la la responsa- causó en la cara la leói6n referida r~ia d1ej contten a e O ra á que se refiere el artíbilidad crimin&lt;tl de Teófilo Castillo con lnego aprehendido su heridor
sien
culo ?jº·cttt&lt;: final del Código Penal, el
un mes veintitrés días qne esti1,,0 preso;
Resultando: ne el rn ·
. , 1 repetI O e 1~ por esas. razones debe teen consecuencia póngasele en libertad ab-[en su indagator1a manSe :sa~o ~ahnQ_s. 0 .:,rse ~m? si;,nple y ejecutado fnera de
sol uta- Cuarte: Se co11d~na tambien á Ido por que se le ~onsid sb ':s ª.r .' etem- ¡ nna.
rtlc1t fS 490, 492 frac:;íones IV,
ambos reos á reiut~grar á prorrata en Ja I el delito de iesi
, era a rnd icrndo en• 49.1' 494 Y 5 [2 del citado Código Penal.
T
, umumc1pa
. . '¡ d
,
Y a11nqne confesó ha
('0 ns id eran do: que Ias l es1cnes
,
. esorer-.1a
e Lioar.:s
el valor, ber andado en' ones
la Plaz
J á- 1
·
que co,
de los h~norar!o~ pagados á los facnltati-1 del suceso, sin embarg~ neº e~ab noc~,e mo la que recibi6 Gonzále7, dejan cícatrfa
vos que lllter\'llllUOn en el proceso por do con alguna persona en lg f ·~{ rer- perpetua y notable en la cara, se castigan
,
a re en a p a- con la pena de uno á tres ai'ios de prisi6tt
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por d delito de Jecsioneg, l' continuada hicieron los rnéd'cos que se encargaron de
después por C. juez seg~rndo de Letras ?el su curación-artícnlns 154, 423 Y 424 del
prop1n Ramo Pena'. C)l yir~ud de haber sido Cód go de Pro&lt;edimientos Pea,les; justirecnsado el que la 101u6, unicamente con- ficándose de igual manera que Mantec6n
tra lo5 dos primerc•s por haberse sobreseído y Reyes fueron los au1ore, de tal delito,
en favor de los otros dos; s•endo Mantecón puesto que ellos mismos confiesan haberse
de_ v;int\tres años de_eriad'. s~ltero. torer~, h.. n r o mutuamer.te, reuniéndo su confeongmano de Caderc1ta J1menez y de e-ta s1ón los requisitos legales para hacer prueveciudari, y Re., es, casarlo, de treinta y un ba p'ena, aparte de que la corrobor~n las
años rle edad, joyero, origina1Ío de San Luis rlemás constsn~is_s de) proce ,o arttculos
Potosí y vecino de esta citdad: \' stas las 4r5 y426 dd Cod1go citado.
.
rliligenc as del sumario, lo pedido por el Cons deraodo segundo: que la henda que
Representante del Ministerio P6blico, lo sufr,ó André~ Reyes de la cna( es responalegado por lns defensores de los encan- s~ble Emetn-10. Mantecón _e~ta compren~adosen primera instancia, y el fallo que &lt;l1da s•gím ~l_dictarnen peyic1al de que se
el C. Juez segundo de J,etras expresado ha hecho mer;to, en el articulo _505 Y frac..
pronunció el catorce de '.\farzo del año en cióo I del art1cu 10 503 del C6d1gc Pena ' ,
curso declnra1iclo á Emeterio l\~~ntecón qu~ señala como cast1g~ del ª'.'.tor de t~l
responsable como autor de la les1on que delito las penas d~ nao a d?s anos d; pnsul'rió Andr~s ~eyes, y éste responsabl_e ci_ón 6_ ~?ras p~1bh_cas segun la prn,nera
de 1&lt;1 que rec1bio aqnel, y condc1rndo al pn- d1spos:c10n legal citada. y de ocho d!as ~mero á sufrir un año de obras públicas con- tres meses de arresto _,. multa ~e d1~7, ,ª
tados desde que de nuevo sea reduc;clo á cien pesos, solo aq11el 6 s6Jo esta a Jutcio
prisi6n por hallarse libre bajo de fianza, d; Juez, con~~rme _al otro precepto mencon descuento de cuatro dias que ya estu c1ona_do, debiendo imponerse las d?s penas
vo preso, y á enterar en la Recaudación de refendas ~e c0Dform1dad c?n lo disi:uesto
Rentas del E_stado, una multa de ,:ei1!t!nco por el art1~11lo 5oz, del mismo .C?dtg?; Y
pesos ó sufrir en su fofecto vernt1cmco en cuanto a la, les1011 que. Reyes mfin~ á
días más de arresto; y á Reyes Je impone Mantec6o, esta compre~d1da en la fra~c16n
nua multa t~mbién de veinticinc~ p~sos; ! del ~r.tJcnlo 503 ya ~Itado y a menta )a
amonestandoalosdos para que no remc1dan 1m¡JOs1c1on de ocho. d1~s ~ tres meses de
y mandando decomisar la pistola que se le arresto y mu 1ta de diez a cien pesos 6 solo
recogió á Mántec6n: Visto el dictamen del una de esas penas, como ya se expresó auC. Ministro Fiscal, lo pedido por los defen- tes.
sores de los inculpados en esta instancia.
Considerando tercero: que cnau ·fo la !~y
la cltaci6n para sentencia y todo lo demás fija el mínimnn y máximnn de una pena
que debió tenerse presente y coasta de como sucede en el ca_so. para ambos. reos,
autos; y
_ . qu~da al prudente arbitrio del sentencia~or,
Resultando: que en la fec?a de la mi- ~phcar entre esos extremos lo qn_e estime
ciaci6n de esta causa, como a las tres de la Justo, segúu la gravedad del dehto y sns
tarde se encontraban Andrés Reyes, Enge- circnstancias¡ y como además, las lesi?nes
nio Ao-uiñaga y Manuel Navarrete toman- de que se trata en esta causa fueron 111fedo c~;vezas en la cantina denominada ridas en riña siendo Reyes el agresor y
'Las cuatro naciones" sita en esta ciuaad, Mantecón el agredido, segú 1 consta de aucuando llegaron alli Emeterio Mantecón tos, es proce:lente qi1e se reduzcan I~~ pey Jesús Salazar, quienes mandaron s~rv~r n_as aplicables conforme ~ la_s cons1der!también unas copas; y como Reyes 1nv1- clones expuestas, en los ter.romos del art1tara á Mantecón á tomar ,lo cual 110 aceptó culo 504 reformado_del C6d1go Penal.
éste último según expresó en su iquisitiva, Considerando enarto: que en tod3: sentenempezaron á disentir con ese motivo yaca- cia conedenatoria se ha de prev ~1r que se
7
baron por disgustarse, dirigiéndole el pri- amoneste al reo para que no re1c1da, hamero al seguudo. un insulto y arrojándole ciéndole saber las penas á qi1ese expone en
una. botella y un vaso, con lo que le cans6 caso de contravencióo; debe abonársele el
una escoriación en el lado izquierd&lt;&gt; del tiempo que hubiere permanecido preso du•
cnello, y entonces Mantecón saco una pis r'lnte la instrucción y decomisarle el arma
tola que portaba y con ella disparó sobre con que haya delinquido si fuere de su prosn agresor, á tiempo en que también le piedad¡ dejá,dose á la parte ofendida sus
arrojaban botellas los acompañantes de éste derechos á salvo en cuanto á la responsaaungue sin pegarle, hiriendo con el dispa- b idad civil, cuando no hubiere gestionado
ró al 111evc1onado Andrés Reyes en la ca- en forma la declaraci6n respectiva soore
ra lateral derecha del cuello co11 mificio este punto artículos ro2, 182. 208 y 287
de entrada y salida del proyectil: que se del Código Penal.
di6 fe por el J nez que inició la ca usa de Por lo expuesto, de acuerdo eo parte cnn
las heridas que mutuamente se infirieron el parecer del C. Mini&gt;tro Fiscal y con apoReyes y Mantec6n, las cuales fueron des- yo además de los artículos 10, 35. 37,40
pués clasificadas por los médicos que se fracciones I y IV, 47 fracci6n ~II, 65,
enc_a~garon de su curación, ~iendo las que rr4 . 487 y 501 del Código Penal y 4H del
rec1b16 Mantecón de las les1011es que no ele Procedimientos Penales se reforma la
ponen ni pueden poner ,en peligro la vida sentencia que se revisa y' se falla: Priy cur6 antes de qmnce dias, y la de Reyes mero: Se declara que Emeterio Mantec6n
de las que no ponen, pero pueden poner en y Andrés Reyes son responsables como
peligro la vida por el punto donde estuvo autores, de las lesiones que mutuamente
situada y la calidad de arma qne se em- se infirieron en riña, siendo el primero ei
pleó, habiéudo curado también antes de agredido. · Segúndo: Se condena á Emetequince días, Consta así mismo del proceso rio Mantecón por tal delito á sufrir la pena
que tanto Re~es como :r,:rantec6n, ~olici- de once meses, quinc~ día~ de obras públitaron y obtuvieron su libertad cauc1011al, casque se contarán desde que de nuevo se
Secretaría de la 2~ Sala del Supremo iel prÍlnero, el día en que se decret6 su for- le reduzca áprisi6n por hallarse libre bajo
Tribunal de Justicia.-Monterrey, Nuern mal pris:Óli, el segundo, cuatro_ días des- de fianza, con descuento de cuatro días que
Le6n.
_
pué~ de habérsele declarado bien P:es?, ya tiene sufridos; y á enterar en la ReMúuterrey veintinue\·e de Agosto de mil- corriendo agregados á la causa los IDCI- can-laci6n de Rentas del E star1o,una multa
novecientosocho.-Vista laprpsente causa dentes respectivos.
•
,ie diez y ocho pesos 6 sufrir en su defecto
empez~da á instruir de oficio el día \'einti- Considerando primero: Que la existencia diez y ocho días más de arresto. Tercero;
uno de Julio del año pr6ximn pasado, el C. del delito de lesiones que se ¡,ersiguen en Se condena á Andrés Reyes á enterar en
Juez primero de Letras del Ramo Penal de ésta causa, se comprob6 legál y perfecta- la Recaudación de RP,atas del Estado,
la primera fracci6n Judicial del Estado, mente en autos, con la fé judicial de las una multa de treinta pesos 6 á sufrir en
contra Emeterio Mautec6n, Andrés Reyes, heridas que mutuamente se infirieron los su defecto igual número de días de arresto.
Eugenio Aguiflaga y Manuel Navarrete, encausados, y la clasificac,611 que de ellos
Cuarto: Se decomisa la pistola recogida

{1 obras públicas qued ndo al arbitrio jndicial aplicar de~tro de los dos ;~tremas
el términn que se estime de Justicia, a~tfculos 65 y 503 fracc1611 III del C6digo
Penal
Cm;siderandc: que fovorecen al procesado la atenuante de primera clase de haber
tenido anteriormente buena conducta. y le
perjudica la agravante de ser frecnrnte en
el Estado el delito que se persigue, que es
de tercera clase, por lo que supe.ando el
\'alor de esta en dos unidades debe aplicarse una pena proporcionalmente mayor
qne el tlrrnino medio aritmfaico que fija
la ley. Arts. 35 á 37, 40 fracción I, 47
fracción XII y 220 del Código Penal.
Considerando: que toda pena de prisión
ú obras públicas por rlos 6 más años se
entenderá impuesta con calidad de retenci6n , por una cuarta parte más de tiempo
que se hará efectiva en caso de que el reo
observe mala conducta dura u te el último
tercio de sn condena y que los instrumentos con que se cometa nn delito se decfrnisarán si pertenecen al delicuente y este
fuere condenado, artículos 70, 72, y I02
del C6digo Penal.
.
Considerando: que en toda sentencia
condenatoria se prevendrá que se amoneste ·al reo para que no reincida y se le abonarán los sufrimientos que haya tenido
durante la instrucci6n dejándose á la parte ofendida sus derechos á &amp;alvo en cuanto á la responsabilidad civil, si como en
esta cama no se hubiere gestionado su
&lt;leclaraci6n, artículos r82, 208 y r87 del
repetido C6digo Penal.-Por lo expuesto
y con apoyo además en los artículo 5, ro,
32, 49, 88, 225,487 y 496 del mismo Ordcnamiento se reforma la sentencia de
primera instancia que se revisa y se resuelve.-Primero: Se condena á Ceciiio
Salinas como autor del delito de lesiones
de que se ha hecho mérito, á sufrir la pe•
na de dos años seis meses de obras públicas, que se contarán desde el día veintiséis
de Mayo próximo pasado, fecha de su formal prisión, entendiéndose impuesta dicha
pena con calidad de retensión por una
cuarta parte más de tiempo en el caso de
la ley.-Segundo: Se le amonesta para
que no reincida.-Tercero: Se decorni@a
en fa ver del Fisco del Estgdo el arma con
que Salinas dilinquió. - Cuarto: Se de-jan
al ofendido sus derechos á salvo en cuan-to á la responsabilidad civil Notifíquese
y dése cuenta. Así lo resolvi6 y firm6 el
C. Lic. Leobardo Chapa Magistrado de la
r•. Sala: dey fé-Lic. Leobardo Chapa.Lic. Eleuterio Lozano, Srio.-R6bricas.
Monterrey. trece de Octubre de mil novecientos ocho.-No habiéndose interpuesto recurso alguno de la anterior sentencia
dentro del término legal, de conformidad
&lt;'.011 lo dispuesto en el artículo 45r del C6digo de Procedimientos Penales, se declara qu: ha ~ausado ejecut~ria¡ _en conc1;cuencia exp1danse los test1mon1os de estI•
lo p_oniéndose ~l re~ Cecilio Sali~as á_ diJpos1ción del E¡ecnhvo en la ~e~1tenc1ana
del Estado¡ hágase la transcnpc1611 correspondiente y en~~ oportunidad archívese
el proceso. N~tif1qnese. Lo decretó y firm6 :1 C. Mag1stra~o de la r•. ~ala: doy fé.
-.Lic. Chq~a.-L1c. Eleuter10 Lozano,
Sno.-Rúbncas.

�PERIODICO OFICIAL.

PERlODICO OJi'IClAL.

6

r·

I:Cia. 111u-n-a -.L
.
• t,o·,
lT ex.1c1ma
··"I)'
~10 '1 111
con que delinquió Mantecón. Quito: Se
EDICTO
S
A•
amonesta á ambos reos para que no reici- Juzgado 27 Oonstltuclonal. de 1&amp; VIiia de Santiago, '
1 •
dan.· Sexto: Se les deja como ofendidos sus N. León.
Oon fecha. seis del corriente mes ee radicó en el ·
SEGUNDA CONVOCATORTA .
derechos á salvo en cuanto á h resposa- Ju1:gado
de Letras de la 2 fracción judicial et juicio - Por 11.cuerdo de lo Junta. Directiva de eata01a. Minera r.t:,-:r:ica•bilidad civil. \'otifíquese y dése cuenta de Inteatamentarla del Sr. Antonio Marroquín Y so ¡na Rfo 'l'lnt" 8 A 8" oor.voca Alos sree. Aocionlstas de la mtsms.
esp0P&amp; la Sra. Rita Rodrigue,. vecinos qne tnerón de Allambll'a Óe~er~I Ordinarl,, qoe teo.d1!1. verl.lioa.tlYo A Jaa dle-1:
Así defiuitivaruente juzgando. lo resolvió est"- nua en la Oongugación de S.m Francisco.
1de la mañana del día !B de Mano pr6:rimo, en la.caaa NQ 86 de 1~
80 manda pu- oal1e de B. Juli.re:i:, para tratar 161 asunto. li. que ae ret!ere la al
y firmó el C. Lic. :\Iacedonio E. Tamcz, y par dlepoaión del mismo Juzgarlo
~~
bl1car p'lr tres vecude diez en di ez d lllB
en e l p erió · galguleute
O den del Día
Magistrado ele la segunda Sala: doy fe.- dlooOlit.:i1tl
y Voz de Nuevo León. de conformidad y
r
p 1ra los ef~t; s del art. 1680 del Código de Procedl
Lic. M. E. T,1111ez.-Lic. :'-:. T. Bena- mi.cmtoa
1, ou cuenta del eetado de la negooiaolón.
OivHes.
7~ Elecotón de JOA mlembrOtl propietario, y 1uplentee de la. •
vides, Srio.-Rúbricas .
Villa de S mtlago, 10 de Febrero de 1009.-David
Junta Directiva, para el nuevo sñosoolal Y nombramiento •
""
del OomJearlo y en reapectivo 11uplenle.
ean t u.
Lo quese haoeeaber6. 10,Sret. ,t,colonlltas, edv1rtl6ndt!-lea q~ :\fonterrey, 1·einticuatro de Septiembre Alanfs.-.A-Andrés .A . Usvazoe.-A-lfart,tn
o. v 17 ,20,23 166
el acuerdo ee totllar&amp; oon el u O.mero de a.cclooea que eflén
de mil novecientos ocho.-No habicndó,e
rtJprr-l!leotadu de conformidad ooo la p,i,de 6Jtlma del arto.
3G de 1011 R!tatutoa qoe rfgan, Ja Oomplli!a,
inte1 puesto. legalmente, ningún recurso
Moater,ey. Febrero U de H Ot-81 i;realdente, Eptttafo O.nUk
EDICTO.
El Secretarlo Epltaclo L, Gant6.
171119
de la anterior sentencia, pués a 1 de súpli- Juzgado 1! de lo Olvil.-1• fracolón Judiclal.-Est&amp;do
de
N.
L'!6u.
ca no se le dió entrada por no estar ajustaCon feoha 16 del acto! ee radicó en eete Juzgado el
NOTIFICACION.
do á la ley; ni haberse, tampoco, interpues juicio
rle intestado del Sr. Albino K llartfnez, vecino·¡
JuqMlo 29 de to Ci,11.-1, ft"Kofón j11dlo!al... Ettt.do de NueTo .•
Loós"·
•
1
G
to alguno del aut.-i relativo que· desech6 quA {oé de eeta Oludad.
Y por dlspoalcl6n del e Lic. Macedonio 011 Tre- 1
ra. Margan ta L orente de uerrero.
aquel¡ se dedara que la expresada se11ten- v üo
Juez 1~ de Letl'88 del Ramo Civil de la l• frac'.
En el juicio ordlnarJo mercantil promoTtdo por el Br. Lle. MI- • • 1 d J E~-d
roel TrevtilO como •p.,der&amp;do de D. Ftancr'aeo A. OAntea.u contra
cia ha causado e¡ecutoria, conforme á lo o16n '¡ u d 10Ja
e
o, 88 man d a· pu bll car e I pre· fot
Brea. R lc!l.rdo R"'Jel J Anton.fo GuerrHO lilorflllte, 10bre noH
edicto tres veces de diez eo dies día, en el dftd de la Booltdad Re1ea Oárde11u r Ofa. 1e dlotó a.n auto qoe , 1a
dispuesto por el artículo 45 I del Código &amp;ente
Periódico 06.clal del Estado, y en L!i Voz de i..- nevo le\ra dice.
, _, á ft d
d
lloa'8rre7, Oatubre vetotint1eve de mil no•u1enloll ocho - Por •
de Procedimientos Penales Notifíquese, um.iD
,
n 8 que us8 persona que 88 crean COD ere prNeDwlocon luoperacloneay certlllcadoade 4etaQofón que ee
á la herenola, se presenten , deduofrlo en fl acompeñ,n ,1rfsuen1e para que 1urtaaau, "'reot&lt;11 al jntclo en r&amp;hágase la transcripción rnrespondiente pa oho
término que establece el art, 1&amp;86 del Código de Pro• tererola. :r como se Pl4f'l. pre.6t1DH lla suCNlóu. del Sr. Antonio
Ouenero LloP.ote. qae lo ea l• Bra. llarprli&amp; Llore■• de Guene- _
raque se proceda á la reaprehensión del oe:Umten toe Civiles.
-ro, entte1aeilc1ocnrrenteeen •1 térmlnodeochodtu todoi loa
Monterrey, 16 de Febrero de 1900.-Llc. Josá Joan b\eaesqneconllten 1fatadll8ea el batanoeqa111 vr-eoedeooa eoepclón
reo Erueterio i\1antecón y lograda ésta Vallejo,
Srio.
o. v.17 20-2a-166 4e 1o .. qnfl&gt; 1&amp; eepecUl.can b,jo 10fl nombre11 •Ollclh• ltouteney FA~
:brloa Aaahu~c,,, fpor cuanto &amp; que te fgaorael domicilio de dlch-..
póngasele á disposición del Ejecutivo del
oh• Btt,., h!naele la oatl6oaci6o MRoectin por med.Jo de l!dlotos
que ae pobffca,Aa en el Perlódloo 06oJal y La Vo,: de N11e"C"O t.e6o
E~tado, librá,udose al mismo los testimoAVISO.
ea la forma y Ui1mfnca que ore•leneel arUcnlo 85 del C"6dlgo d&amp;
nios de estil0; y por lo que respecta á El que suecribe participo al.pllblico que les dfas 14 Proce4fmleatosfllvllea. Notiflq11e11&amp;, Lo decretó y .ftrni6 111 o. Jnea
~
Vllraadel Ramo "1TU: doy te-Ltc, Luna.-Llc J. Garcfa.
Secretarlo.- Rdbric,,e:.
Andrés Reyes, en su oportunidad dése y 16 y 28 del actnal y 1 o del entrante se venderán en Gua¡srdo.
..o qne 11e notUloa á. Ud. en eat.a forma de acuerdo con el art
a oasade Empeño 1&lt;Cbthu!lbua11 cita en la calle Juárez
.
aviso al propio Gobierno. Asi interlocu- ~o. 47 las prendas de plazo cumplido pertenecientes 86 d•l 06dfgo de Prooc,1Umfe11to11 Oblle11.
lfonterre, 17 de Febrero de 1909 Lic. Garcfa Ga•Judo Secre'á
los
mea,s
de
Julio
Agosto
y
8epbre
ppdo.
lo
qu,
toriamente juzgando, lo resolvió y firmó
tarto.
171819
ha.ce saber al pt\blloo para que ocurra á. precenoúu
el C. Líe, Macedonio E. Tamez, Magis- su
venta.
Monterrey, Eebrero 10 de 190!l. ,--R B. Pan~u.
EDICTO.
tra io de la segúnda Sala: doy fé.-Lic
0
o.16.10,17
Juzgado
2.
dC'
lo
Oifil.-1 . eJ! fracción jU(lieiul E~.
Tam•z.--Lic. N. T Beoavides, Srio.tado de Nuc\"O 1..,cóu.
Rúbr' ca:;.
Cou fecha de ayer ae rRdicó en est~ Jnezgado el jui
EXTRACTO.
olo de intest:-1..do del Sr. Lic. Esttban Horcasltse veEn trece del mismo y para los efectos de
'
ganoia de la Seoretería de Fomento en el Ram&lt; cino qne fué de esta ciudad.
J,a anterior sentencia, se hace constar que deAMinería
Lo que se hace eaber al pdblko para que loa que
en Monterrey, N. LeOn.
ª? orean con derecho li la hereucJa ee presenten it
se'recibió y agrega en uua'foja, un oficio del
Erpeileote N,;, 1665.-El Sr. E ltlmlro Raogel, de eeta vecind!Wl 8Jf'r.&lt;'1tarlo dentro del término qu~ prucribe la ley.
aollcitado ente uta Agencia 0&lt;;ho perteuenclu mloeraa apro:ziC. Juez segundo de lo Cr,miaal, en que h•
~[&lt;;&gt;nterr"r, 26 de Febrero de 1909.-Lfo. J. Oarflía
madamente que ob!cariia en el Oerro de la Ventana., en lluniclo .v.17,20,23166Dlllidad de Santa C11tulaa debiendo pra.eti&lt;:rr11a lBfl medidas comr, Gua¡ardo Srlo .
avisa que el reo Emeterio l\Iantec6n fué 11igue:
Be medlrA un cuadrado de 2CO metroe por l&amp;do de me-neri
qu"' 111 litu•a Norte d adfcb::i c11adra.do, quede noutlgua con Ja llne1
de nuevo reducido :í;risión, coa fecha nne Bar
EDICTO.
de 2(/l metros del fondo La Ellmera.lda., 0~&amp;.H trea perWn@oJu,gado 2? de lo Clvll.-1'. tracción judlclal.--Estado
89 medlr.ln en un r8Ct.A.1gulo de 000 metros de largo prni:imave tld mes ea curso y que el reo Andrés ol&amp;!
tnente de N.A 8, por 100 de ancho, de m11nera qoe la e~qu!ua d, P. do N. León.
Reyes, optó por la pena pecuniaria: doy de 1.ti;bo rectáugulQ se11t oom(t11 oon la esqtdoa 8. E, del caadrado Con fecha de ayer s0 ra loó )U este Juzgado el JuJ•
de~ metro&amp; »c.,r la'.!o qne t.titee H nr,rr.116; y el raaro de el!lta. eolifé. -Lic. B~navides, Srio, -Rúbrica. · cltnd
que s6rA como de una pl!tten,..ncte, se mediré. en el hueoo oh de inttatado da la Sta, Jod6ftt. Abrego, vecina que
1

11

1

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1-

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IIA

SECCION DE AVISOS.
Cía. Minera, La l!'lori1la, S. A.
AVISO.
Por iwneTdo del&amp; Junta dlre,tív&amp; de e•t• Soilled&amp;d
.e hace saber i los Sre . acclontst s que desde el dls
a 4e Mano pr6::clmo en adelante 813 rP-pq,1 tlrá el dlvl•
den.do Nóm. 2 de la serle B. de $&lt;.1w 00 (olnco mi ·
pel08 que ee pagarán todos lo, dbs hlbilts en oambl,
del recibl correspondiente, en e.stn ciudad en la casa

que quede entre la 11oea. N del u,ctá,ogulo de 3 perb,nencia.e df.- fuá dA , s~ cfudad.
m11rcado; entre I• lln&lt;&gt;e E del fundo La Esmeralda r las Jfneas Su,
Lo qne se hace eaber al pd.blioo, para que ee crean
delOII rundce R11rta Fe y La Olflcnltad, siendo u 1e demHfa~ co -· o
da una hect ra dP auperf le J en MDMCtlllD&lt;'la AStff. soliottud d, lie- e )D d, recho á la he;-eucla, Re preaenten á deducirlo
te heotaruC()mpJ,i ... y tioademut&amp;que tendri prozlmam.eute IWA 9n fil término q11e aeiiala la ley.
heotara.
D~u 1·u del onadtadu aeouatro pett.enenclM mar.en.M_nterrey, 24 de Febrero de 1900.-Lic. J. G&amp;rcfa
do al princlplv, quedari ana mina anttgoa y •~donada Jl&amp;mWs
.. t,a Be.forma-, Lo• metalasque hay dentro df'I terreno soUcttadc. 0nnJ"'1 d ,. Srfo.
o. v 17,20 23-l66i
eon C1erf06!MI J plomoaoa coa ley de plata El fand.a ref.irldo de le
Bsm&amp;ralda Hel &amp;olicfta.do por el Sr &amp;oqn!el Pedrua ea .-\brtl ti.ltlmo. 81!1 Je di por nombre &amp; esia eoUollud. el de &lt;fEI Rubh
Juzgado 2'! de lo O!vil.~I• fracoión judlcial.-11:•Nombrado perito el Sr, Io1eot«ro Eal&lt;&gt;tiO Orfu. de ut.a. •AOindu
y aceptado por el E-1 rareo, tte abre on pl1oxo impronrpb:e de cna- t&amp;do de N. León.
ro meaes para lasubs~ol.al6odelup:wtteatee-n esta Areaob
~ebthdon de pnbliear el pre1ent11 •r loa tAnnlnos de I" l•y.
Ooo lecha de ayer•• radicó en este Juzgado el juilloutwq, Enero fldé Wil,-R. Vald.ú Llapo, A. de lf. l7181ll cto dA lntestatln de la Sm. S ;lt.d&amp;d TrevJño ,·ecln&amp;

EDICTO.

-

que 1'16 do l• Villa de Guad•lnpo.
'
Lo quesebaOA oab•rol pdbllco~n ..t, forma, para
qne lae parsonu que ae orean aon derecho , la h 3•
renoia te_J1°61 8 1t&amp;.&amp; 6 de 1ucirlo dentro del término de

. ULA HIP01'ECARIA.
CED

ltllfla4o

19 de lo

Olvll.. LJ fra.ooiou

'

Jo.41ciat.-Ed-ado de lluevo

~~-

de oomf;rch del Sr. Tesorero. Dn . Mtnuel 6ar2e
El dtacuatrodel aotuI. ee pesen&amp;d ante ,ste Juql.do, et Rp
Monterrey, Febrero 24 de 1909.--Lic. J . Garcia Go.aLkl. 8aJom4i Bolello, como Apoderado jur{dloo dlll Br. loa6 Dtu Cl- j ,rdo, 8rio
Gn•jardo, calledeJuún So. 2•'. de3 A 6 p.m.
a&amp;'1M!, d.em&amp;od.ando en la v{a anmarla J en juicio hlpoW-Carlo al
•
o . V. 17'. 20 23 lM
Monterrey, Febraro JQ de l!\\H,--.E1 8 1:cret11rio. J sr. loaélfu"Jlo A&amp;-0,ra.t.it aobr-e pagodt1 La c~Uda4 de $12.000.011
EDICTO.
'
B . Fm-n1n.dez .
o.17,1_8 ,19 dooe mU petoe y ,.•lor de aa pr&amp;lam.o A motuo 0011 Interés, mtíg
loalmpuestof: NMSpeetlvoayloa tn&amp;ereae■ veocld(i•, demandiodoJUZJ"a&lt;lo zo '1 ¡O e· ·¡ 1 r
··
•
Mt&amp;mbl6c.la8coatu,oo::i.tr.b~kltte&amp;Uat.ereaeaqneen lo 1ucesl~
e
J\'l .-- ~ ruec:1011 judicial. -1~siado d-e,
'"º ge veuu..
Nue,·o Leon.
el aictouu d.ema11.d• en UA.&amp; eacrltt1m 4e aegnada lllpoCon fecha. eeie de,I Rcttlt1.l y por tl '-poslc,·ón
d•I
O.
e,pecfaJ J nprN&amp; ototpda por el Sr, lol!é Ignacio Atd ate J
w,~
Bi. qne suscribe pone en c-.::nocimJento del pdblioo tec'f.Fuuda
que oon permiso de la a.utorid&amp;d t.rt1elad&amp;rá pr(iz1ma- ea Ja.Cit1-Ud de Dr. Arroye, eldfa 19.de Jnnk&gt; d.emU oo\'ed..~tOf Uez se radicó en eate Juzgado et juicio de intfstado,.
mente ea. oaea de empt-ñ1J •El Fenlxit de la calle de hee ante e10 . .lue&amp;de-L,et-rM de la tt fta0et6n Jn&amp;cla! de t. f,aoi del 8r Teofllo Trvlfio, veoinn que tn6 de Fsta ciudsdrlhUca
•La
118 compone aprc,xfmadameotf
Lo qoe se hace saber-al p6biico,• f'in l.lt:'
·•- qtielee pe•so·tl'M denominada.
f medio 1ltfoa
de Bol6&amp;g&amp;aadoqae
mayor
6 ,.an sp.fg mil cUnto oua•
Juúez donde actualmente se hall&amp; 4 la esquina S. E . de
renta, media h&amp;Otaru y mtl tteec.ien.t-Oe ci.t!oo mtJe,imoa d.e ht:cta.- nas que 89 c_rea.n con derecho A. la her11ncia, 88 prt18fln.
de Ju ca.lles de Oaleana y M . Arree la.
r11e enotUintra &amp;e'li.da bajo loa surnlenk.8 llnderos: por el Nor- tqn !i deduc:irla dentro del término qnA fi¡'a el er•
Monterrey, Febrero de 190!) .,-TrevliiJ Gza . Rafi1el. ra
te y Oriente 0011 la. fiacieud.adeSoledad; por el Sor, oon el Ran- L685 d 6 1 CójJ
d p
di
"
g-o 8 roce mlentos OJviles
0.17, 18.19 ello de Santa Maria de 111 Palma, proptedaddel Br. Matf&amp;" B~u 1
Hactendadel O,hm6nde D. Terl!&amp;o Mt1~noy por el Poniente c~ui
M?ntarrey, Febrero 22 de 1909. ,,-Lic. · J . Gar&lt;'fa
, .. rreno de 111, liacienda de •&amp;cuña- perteneciente AJs Sra. fllarre Gu&amp;Jllrdo 1 Srio

A VI SO.

Compañía. Carbonífera de Sabinas. S. A.
A VISO.

f

dft JNfiil A.rcha.!41 de GGtoe1, , la. hloote.,a con todas IHU Fntr&amp;dlU
mejor&amp;e, neo&amp;. ooetttmbff!S y ;,ervldumbu,a que en la f-'1 bl d" 1;
hipoteca. hubiere y loa!J que eo Jo euc..,.dvo hlcfere riD rtipo:lar

r1d~~Cl~:~no~~

11

B~~~~tr~~~;a;:;:a;~~a.;u1!'!°:1e;,~~Jd:í~p~~t

Por acuerdo del Oonsejo de Administración, se ha MIL PE'-OS qoe le facl!jló t\ mfi~uo oon lnU&gt;r6!' dtol 1 p~ meoaoa
¡x,r el té1m!nodedos f.DJ8 6 m~"S', COilfadca do;s-!e t1I d11111rlmero
e=, saber á. los Bree. accionistas de eata. Oompañie, qn• de
Junio del citado aii&gt; de mil oovec!l'ntoa tres: sienJ.o adem6s
e:1tando ya liata.e 188 aooiones definitivas ~t portador, de_cueota del denJ.or wd~ I•~ c,oqtrlbn.::lont&lt;11 y grti.vAmenea qm.•
t.Jn to Libera.da.e. como Preferentes, se entrega,1án éa- satmpnderea al C!'Lt:ita~ 6 ila finca hipotecada. Bl11ndo mott\!o pa,
dar por termina.do et pluo, la f..J.111, de pa,go de loa. fu terete!
t,a. áloe te:oedore.5 de los Oe-rtlfloados .P.rovlsiomd"-8 ra
qae1H n•ab&gt;ec!óporanoalld•de,; l"et1oidM; h~h"lmdoae reJl'hi:r ... •o
emltidos, asi como á las personas en ouyo nombre .eeia blpot.eoa oon fecha ve:1Udos dd m.i@mo mea, afijo de E,o. otora.parecen rrgistra.das, veriftcA.ndoae el canje y la en gan.teoto
En v1rl.o.d de l&amp;eeohtt&amp;ac.\M qn&amp; pfttéed~n. queda. •uieta !jut
treg&amp; á p•rtir del d1a 16 del actual en delante, eo lae Dio blpoteoario la Gtt&lt;a rti.stioa. de que &amp;e ha hecho mErlto de pn;,;
O.fbtnae de la Oompañ!a, calle de Dr. Mler !&lt;'! 91.
D1edad delSr.Jo.NJ &gt;.«nacloAJdn~¡loquue haoe a,bel-a1 p(iLoe &amp;fí,0~ea accionlet&amp;e que no pueden psrsonal. bUoo J lbs autoridM.eepe.ra Q.tteno ee practiQus en ella. ntnso.o
toma 4e JIONlllóa. dtJlgencf~ ~re:cautorl&amp; 6 cualquiera
men .e reooJer aue aooionee se servirá.o nombrar un eMbargo,
otra qoe en&amp;ar-pe1ea •1 cutto d~l ptt,UDteJnlclo J posr-.eión tmpediapodera.do pan. que ft,.me el recibo correapondientie d&amp; qui, por ed,e auto H oocoed!t al_ St. D. l&lt;Jf/llA Ico&amp;0lo .UcArata
Monterrey, N. L. F~brero de 1~.-Ernesto .Ma.de~
F,.,.,.. ••
OI
ro, P....idente.
o.17,1819

,..:'~!¡;_'.:;°''

Cía. Minera. &lt;'fodos Santos&gt;, S. A.

,.,._u•. "·

PREGON.

(

o. v. 17. 20. 23 ·ló.1'

'

1

EDICTO.
AJnzgadNo dLeeLetrns de lil 4! fra.roión judicial -D'"
rroyo. ~ .
On.
·
·
Ooo. este f~b 1 di
..,._. a 8 ra. e 0 eo este Juzgado e-l juicio d$
lnteetado de la ~rd.. Petri, Mendei11n de Castulo
.
na que fuO pe f'Rh:1 Municipio
' VECl L O \l
ób} ·
·
r¡ &lt;: se P
Jea tin e::-tu forma. ¡;uua que ¡
,:cr·•
s U!l8 qne ee crean oon darecho á Je hez"'UC • 88
A. d 8 d •
,
sepre88 t
n ;en
noir1O en e1 térmmQ que ms:rca el aJ·t
1685 de1 C-ódlgo de Prccedimlen~ ,a Oivilea
·
Doctor Arroyo, Febrero 12de lMR Lici :u H.
josa .-Leoaadfo !ff Oom.á1ez -A ¡
·~ t · · · mo·
·
0 uar e Rnmoe.
&lt;;

,

j.

o .v. 17 2t) 23-1 .. S,
'

'

Tml••·-f'?t,i•• Cía. liiue1n '·.J_,a' Lucha'' S. A.
e o N Y o e A 'I' o R r ,1:, •

~ e h , lfUBk\oal 68 San Nl,ooiM Bld'\lf'O.-N'ue,m Le61.1.
A lM diez de la ci.aiJ.u:a oeJ Ofa die&amp; de Muro próairt10 eu el
S&amp;l6n del B. Ayuntamiento de e!it&amp; Muaiotpio y al rut'Jor poalor lle
rematG.rA
en p1ibtoa 8tlb&amp;s.t&amp; ~n terreno de e¡kfo.s, 00111p:1~to de
Rl Con&amp;ej&lt;&gt; lle. A.dmlstraolón 81&lt; oesión de hoy a.oor- die~ ynueff
M'C'.ara&amp;, vemticluoo ar&amp;"I y clncu.,¡,nte. r cfooo w 11 •
dó l!'8J)&amp;rtlr, cuenta de ntilldE.d.. d&lt;&gt; eota Compañfa t.."Os cWMS.rado&amp;, collodaudo por &amp;I Norte eon t.errtino• del Sr
entre tos &amp;Oclouiatia&amp; de !amtnn.a el &amp;egundo d1vlden- Praut.-i&amp;CO LorAno y de la C!a. Ot.meoto BúI&amp;lgo, por el Odeote
do de tfj.000.00 {oinoomil p,1:eo&amp;) á, rUón- de dnoo con '6tttnoa d~l m.l!mo 8r. tc.1.-aoo con el p,mt-OOn M:oofofpal i:o1,
propiedad del Preeb, J • .J. llaJdon&amp;do y oon prr,pl'!dad d~ ce~enpi,80Sporeool6n
tos hldalg.&gt;, p~r el dur,eon terre;io11 del Sr, Lfc, Fortuoato de fo
El psgo !e hará. en la Oficin2 de esta Ccn:rj)ftfi;fo ca Garu. _! °"'m!!D.,Oil H~d&amp;;,:o Y.por e1 P.&gt;nteot,e con t.srrenu¡¡: del Sr
Fr_anci8.)0 ÜJ.1ano $ ae fM Bnw·. D~m.&lt;"hlu VU111orres.I F rahc!SOO
He de IDó:algo ~o 272 desde e~ dta prim~ro Mauo Elnoodn,
P.o'dro Os.11.!ldo r Oe-mcnto llida.'go.
'
p,-r4:Flm11 en s.deUU1t-e. y e.ü camb1c del recibo corres
Dunnte ftl tfrmtuo dE! lu pllbllC&lt;i.cionea que ae he1&amp;.n cnatn,
P, l&amp;d.te:. ._ ➔•
veoet1 con9b(lutiv&amp;e de efe te ea llt~te dlaa h111~ ta bora de la suba .
ta. i;0 admitir a.o postnr.. 1:1 QU'!t oobran 11'1 o..otidad 4.., f s&lt;.a t.rudenªLo q..:0 r.~ hM)8. saber '- lOA Sn,t AOCJionietae r,ar mE tcB
p,t,"(Si! en qae ha atdo Ju-JUpl"tlCiadodkbo t#r-r-eno bsJoel
•
dio del pres811te avJeo pl'.-ra sn couoolmient,o.
00006
to df' qui!! ee eo.uot;de •l lleam:r.clao"1 el dMetho del tao'i,o en
el ,•
l •
Monte.....,y, Febrero 15 de 190U.~t,JJ Becn,tarlo, Ju- 11111\e aludido.
Bao N.loolú. Bid&amp;lgo. lt &amp;e;; Fi:br,r,o Je :i'.19 Joíif Ouf.n -Da•~~llla Vlllaneal.
o 17 11!.)9
idfti J OwUllo, fxcretut&lt;-,
·
1:iflfíj

AVISO.

•

'-

Por acnerdo del OonB&amp;}o de A.dminlstraclón de esta
OGom.pafiía. se clta, loa Sres. Aooionfstas 11 Aumblea.
enore.1 Ott:H~arla, que ee verificará sl df.a 14 de ifar.
zo pr6:I!mo á"'" 2.SO p. m. en lo casa No. 38. (lal!e
:\-Iorelcs Y.se: ocopa.ri en OOn&lt;Jcer y resolver los pan.tos de Ja e-:gclente:

°°

Orden del Día:

1 Informe del Consejo da AdmiftraoJ6n
2 lo forme del Comia!l.?'JO.
·
30 ~reeent9.d6n de las cn~ntrte del primer ejerct'cio &amp;Gcial par&amp; sn exá.men y aprobación en eu
casci.
4 ~ N(lmbu•mlento de nae\·&amp; Mua. l)irectivn
5 J Trata?" cua1qnim otro ae.nnto que, á jnici~ de 111
.Asamblea sea de interés gen@ral para la Cfe:

G Monwrr~y, á 27 de F'&lt;brero de 191•9.-E! 8rlo., Íosé
onz&amp;lez G11erza,
o.17,18, 19

;

NOTIFICACION.
Jo,gado 2' Local Letrado.-Monterrey, X. León.

S r. Geronimo Villarreal.

1&amp;Jcieclacl

7

Cooperativa de Ahorros [Cía.

é Inversiones ele 1\IonterreJ.

'
.

COVOCATORIA.

Minera San Salvador y 1nexas, Bajaa
Sociedad Anónima.

sEGUNDA

·

CONVOCATORIA,

En el julolo ordinar!&lt;&gt; mercantil que sobre cobro de
¡ No hll blendotenldo verlftcatlvopor falta de qnontm
¡,eeoe pl'Omneve en eu contra y la del Sr. Oocar VIPor oouerdo del Consejo de Admloetraclón y de la Jonta Genere! erlraordlnerla el dla 7 del actul. .,.
llanea), la representoolón al Sr . Carlos Baokmann, se confQrmld&amp;d cou lo preeortto en el art . 67 de loe Ea· cu.a hoy de nuevo, loe Bree. aoclontatna para el Si••
ba dlctado•no anto que dice:
tatntos que la rigen, as convoca II los Sree. acclonl•· hado 27 d a. 11 1.. 10 a . m . ~•lle de Dr Mler No. 94
:Monterrey, once de Enero de mil novecientos nne · tae á la Aeamblea gen,ral ordinaria que tendrá lul?llr en la Ofiolnadel Sr Andr6s lllartlnez CArdenas, bsjo
ve.~A.I juicio á que ee ael\ere y como se pide, de en lae OHcloae de la Sociedad, Oalle de Z,rago•a No. la misma 6rden dei dla de la Junta anterior y en la
conformidad con el art..... del Código de Procedl· 12, 11 las 4 p . m del dla 4 de Mario próximo para tra• lntsligencla que habra Junta con loe socio• qne COll·
mieotoa Olvlles y 1383 del de Comercio, téngaee por tar sobre loe puotoe contenido• en la siguiente :
curran sea cual fuera el n11mero de acclonee rep,_,
aonsada una rebeldía y deee por contestada la deman Orden •del Día.
tadas de conformidad con el ert 20 de loe Eetatutoa .i..
da en sentido negativo y ábrase una dllacl6n probala Oomprfila.
toria de cuarenta dtae é lnprorrcgablee para Rmbaa i I ; Informe del Ooneejo .
Monterrey. Febrero o de 19011.-La Junta Djreot-lv.,.
partes. Notiflqueee. A.el lo proveyó y flrm6 el C. Jueo
II Exlimeo y aprobación de las cuentA!s giradas du•
o.16,17,IB
2º Menor Letrado: demos fé.-Ltc. M. Gómez Ball&amp;.'-te• .
rante el 111tlmo tjerclcio.
T s.-A-L del Boapoe.-A-D . Palacios -Rdbricea.
lII Nombramiento d6 nueva Ju ,ta Directiva.
NOTIFICACION.
Lo que se notifica A Ud . en esta torma de acuerdo
IV Cnalqulera otro asunto que por eeorito se haya
e ,n el art. 78 del Código de Procedlmíentoa Clvll,s.
preeentado.
Jo&amp;&amp;ado 29 Local de loe HerrerH, Nuevo León.
Mont.errey t 8 Fi:,brero de 1009.----.. Llc. M. Oómez :Ua- Monterrey 1 Febrero 1º de 1009.-Por El Secretarlo,
Sra. Perfecta Salazar Vda. de Pérez
Ueateroa.
o 17,18 A. Fariae . o.16,17,18

Uia. lfinera La Escondida; S. A. Cía. )linera '·Las Ma1·ípo¡::as".S.
•CONVOCATORIA,
8

Por a.cu- trdf de1 0 o•, ~~ ~ !it~:'s:r~~~b~:.d~~=e~r·0r4t
1s i lot 8 ree. 11001oo 1II H u.e
•
p
.
:narla. que l!le verificar, el dfa 2G del actual. Alas 4 · 11 · en 1a ca
ft No 126 de la calle de Dr. llfier, par• tratar los aaua 1os que comprende la algo.tente.

CONVOCATORIA.

I
1

Por a.cuerdo del ·a.:&gt;neejo de A-iminletraclónde dicha Oia., s11 cfta f. lo■ Srs. Aocionletas de la misma. A Au.mblea. General Ordioa.
rta ne se Hrlfieará eldfa 26 del aotnal A. lu5 P II t&lt;D la casa N9
125 le la Oa.lle de Dr. lller para. tratat1los aeont~s q·ne comprende
la algnlenle:

Orden del Día.

Orden del Día

PRl~B!RO- Informe de la mesa Dlrecth-a
PRI'IERO · Informe de la Mesa Directiva.
SBGUNDt): Informe del Oomb1arlo.
REGUNDO: Jotormedel Com!s9,rfo,
TElBQElRO: Preeenw.olóndelasoaeataeglradN por la TNOreTEROBIRO: Preeentllelón de Ia11ouenbs glrltdu por la Teeorerla. ea 111I Ejerclclo Sootal de 1908, ~ra eu eximen
m en el Ejerolclo Bootal de 11108, para m eximen
p aprobación en su ouo.
7 aprr baoi6o en su callO
ou .\RTO: Nombramiento de aoeva Me&amp;&amp; Directiva.
OU ARTO: Nombra.miento de la nnen Meea Directiva.
QUINEO: Tratar onalqater otffl asonto que &amp; jnlclo de la
QUINTO: Tratat cnalqoler otro asonto que 11, Jniolo de la
Asambleaeea de lnterée reneral para la Cta.
Anmblea eu de lnter&amp; general para la Ofa.
Mollterre:, A IS de Pedrero de 1009.-El Secretarlo, Ootavlaco
Moater~y 6 18de Febrero de 1909.-El Secretario, Octaviano
:zuib 11,no.
'
161718
z~mbr&amp;no.
Ul17

NOT!FICACION.
Jtu1rado de Letras ! de la 6J fn.ooióa joaicla.1.-Vlllalda.ma
Nuevo León,

Seüor Emilio Reyes.
Ea el jololo ordh:iarlo ohll oromovldo oor el 8t. Lic. Loreu:r:o
Roel como apoderado del Br. Antonio Pefü, Garcta en contra de
se ha dlotado un a.uta que A la letra

'1]&lt;1. áobre entrega de terreno

-.!loeVma~dama OlJCe de DlciPmbre de mil no\!ecleotos l!llete.-Agrégnael!I el anteriOr @l!crtto al jntolo 11 que &amp;e reflflre, Y eatandora. oontestioda. Ja dJtmaodaoomo ae pt,te por el Sr, Lic. LorP.nto Roel de
coDf.,rmldad oou lo dlspuuto en lo,1 arte. 849,360 y 365 del Oódhr"
de Procedlmtentos Oivlle1, Abrese dicho jalclo A. proebu l)l'lr el término de onarenta. dlas comunes• lmororrojil'ablee para. a.mb,s partes. Notifiqne1e. Lo pt'O\!HÓ, firmó el c. .Jne1 de Letrae de la. 6f
fTa.ocllln jndlcl11l: ñamoa fé-Ltc 6n11jarto.-A-Marlano Santos
Tn\!lfio,~A-JMé B Vllla.rl'8&amp;1 .. RQbrloas
Lo que ee entHl.ca. A. U1 en esta f•Tma en cnmpllmlento de lo
1'H11pueeio en la fra.oolóB I del arto. 78 reformado del Oód!So de Pro
-cedlmtentos Olvll&lt;&gt;!.
Vlllaldama. treoi, de ll'ebrero de 1Slt&gt;9-,,to. Simón Gu1.Ju.!o
-A. Marl,mo Ba.ntoa Tren·ño.-A-Jo86 B. VUlar-real.
161'1

tia. Manufacturera dr, Pastas yGalletas s. A.
CONVOCATORIA.

Rn el jniclo verval promovido por D. DametrloGuz&amp; en cootm

1 1 de Ud . sobre entrega de un jacal apreciado en onve.nta y oae~e
~'1, pe&amp;OS se h11 dichl,do i,or et1t11 Jnrgado tm anto que á la 19,tra. dice:

NOTIFICACION.

•Los IT•rreral!. Septiembre tr6fl d-s mil novecleutos ocb,..-Com:, lo pld@ el Sr. Demetrio Garza en sn ent11,i&lt;1r compareoen"'" y
en \'lrtud denobabercompa.r,cl.dola8u1. Perfecta Baluar_ viad•
de Péru A contefttar la deru~nda, Mi d6 hta oor c:,q,testada en 1eotldo Dt&gt;gatlvo, recibléBdo.M ti pru , ba~ este jntcio p')T el térmtoo de
ocho dfaa comonee li!i tmprorrogabln qoe comenzarli.n A oontane
el etgntente tí aqnel eo o'le ae Botlflque á laa partee 881.e •ato. e.
el ooncepto de que se s~ñ•la para. la. rect1pcl6B de _ntneb&amp;I del • ·
tor el onarto dta del U!rmloo á l&amp;Snaeve de l&amp;man1.na y 1)11,~ lae
del dema.11dt.do el t1lthno db, de1 ptoolo término I laa mismo hora,, Notltrqne&amp;e. Lo deorE&lt;tóy firmó eJ Alcalde to Sui,lenlt!: d ..
mm,fé = Ntoanor Cha~.-A-Vloen&amp;e Oarcfa,--A-Felioiano Peií,.
-R1lb1'1cu.
Lo que ee noUBca l Ud. eo eta forma ea cumplimiento del artloulo 78 del Oódlgo de Prooedfmfentos Clv.llM.
Loa Herrena, 1!lu11&gt;ro 26 de 1909 - P!Actdo Gontllet. -A--Vto:,en te Garef11,-A-Re1ua·do 011nto.
181'1

PREGON
RepOblJca. llexlcaoa.-Prel!ldencla Maoioipal.-Yooteney, N
León. - Beoofón 14
A laa diez de la W8Ü'I.GI, del dla 11 de Marro pr6:s:lmo, 80 el a.,.
16n de Acuerdos del R Ayuntamiento y en el mejor ~
tor, se rematarán en p1lbltca subasta tres lotee de terrno de
l)l'Opleda.d M.nnlclpa.J que tienen l&amp;B dlmeaclooes y ooUnd a ~ li-

Juzgado 1? de lo Clvll.-1• fracción judiclal.---..Eatado de N. León.

gol~~: N6mero 1. oomprende una aupert!ole de 10,876.95 mebCM
cuMlral1os, y Unda: al Norte, calle de Ay utla; al Bar, camino de la
Vl)Ja"Yle Ba11tfago r propledilod de Jo11 Sre-11. Je81lll Alanfs, Trlntt!H
í.lo•ruAn ntro.11: al Orleate, un~propledad demedia mauzau .,,
auper.liolt&gt;, y al PonlPote hui cornentr-s del Rfo d~ S.uta Ortarina,
Lote N6mero 2, Tteat1 nna 11uperfü:l11 de 8, 168.64 metl'oa cdildra-dos, y liuda: al Norte, calle de León On,mll.n; 111 Sur. calle AJ11··
Eln elju1clo ejeontl\!o olvil promovido por el 8(. Vicente de tla• al Oriente Prootedad de los RrPA. Jut111 N1lñ•Y, Praaofson llllLeóa oontra Udes. ss han dtotado Jos antoa sl1u' et1tes:
ooÚtr19s, Ptlar Fneutes, y al Poniente, las oorrteotes del me de
"llonlttrrey. primero de Febrero de 1909 A su11 antecedPnt.f!II; Santa Catartoa.
, oomo ae pl1e, bAga.s&amp; el emplaaamleato A 1011 aus"nh•s,. oonfor•
Lo,e NQmero s. Vida J,~81i.-t6 metros onadradOf', 81eodo IRII
me la ley. Notlf1queee. Lo decretó r fl.Tmó.l!.1 O. Jue,: 1°. de I,e- &lt;10llndabci11a: 111 Norte, calle Ar oda011; al Sor, calle de t.6n a .. trae del Ramo OivU: doy
fé,-!Jc•
Tre.vmo,""'-Lio.
Jo!é
Juan
mli,n•
al Orle-ot.. pTopledad d&lt;&gt;l Br. OeeAl'eo E■plnoea, y al Ponlen\e
1
Vallej", Srto,- Btibrlo&amp;11. •
•
1oorrt'•ate del Rfn de Santa. Oatarlna.
•MoDterrey. Enero dleolone\!e de mtl OCl\!ecleotoa oueve..-Co•
Dur&amp;nte el 1énnfoo d" las pnblioaclnne"", qu9 11e harin trea vemolle pifie de conformidad con el att.'toee d11l 06dlgode Procedide de el Ate ea siete dfas. J' hasta la hora de la imb11eta, ae admfentos Olvllu, emplAc11se á los demandados para q 11e dentro del roltlrá1'1 po 8 turae que cubrn l&amp;l' caotldtdea de $-r,() U\) ce, $~o;. DO y
térmloo de tres dfa.s ocurran ante eete Ju11"a.dO A hacer J.&gt;&amp;Iª lla• $3·2, oo. ce.en que respectiva.mente fnerou \!aloradoedichos l,,t.o,:h?.,.
na de la cantidad demandada. y 0&lt;'11tu ó A oponerse A la. eJeoución 1, Al M?lcepto de de qae 1 e le concedo al denadclante el derecho
y di'I oonformi 1ftd con el art. 10'28 del mlemo OrdenamleDto pre- del tanto.
prevénge.eelefl que dentro del mismo térmfoo nombren el perito
lfonterrey, JR de Febrtro:de 1909, P. O, lfarttoe,:.-B. R,mtqoe les corresponde y A 11mbaa partea que se ponga.o de acnerdo rei Angula.no arto
161HI
en el nomb... mlento de tercno vara el ca.ao de dleoordla; y oomo
'
•
lo pide el ocurrente en eu anterior eK&lt;lTtto Mugase como perito nom
bra.do por au varte al Sr. Fe:lclai;o Caeaa li. qnlen désele coorclmiento vara los eferl:011 legales. Nntlffqnese. Lo decretó y ftrmó
el O. h"z 19 de Letr-s del Ramo Clvll: doy fe,-Llo. Tre,.lño.Llo. Jo~é Juan Vallejo, €1rio. - R6brfou.
Lo qne lle publloa en esta forma. en onmpllmlento de Jo dlllpneato por el art. 85 del 06dfgo de Procedimientos Olvtl••.
Por acuf'lrdo del Oon.,eJo de a.dmlol11tración de uta Cta .. s11 •
MoDterftif, F@brero4 de 1909 -Ltc, Je~ luan Vallr-jo. Seer~
tarlo,
•
16 17 18-154 • t.a A les Sres. Acotonlgt&amp;11 de la mtnna, pan ,t,aamblea general or,•
dlnarfa., qua lle vedftca rA el dfa 21 del pTeU"ote mu, 11, lu eU6lro
,i,. l• t•r-',. en 1111111•11,t .. 1 Sr. Graciano Bortonty Ofa. Rucr., en eet.a ciudad de Ldmpazca, N. L. pa.ra. tratar J reeolver sobre loe .at.&lt;is que e1:prua la ldguleot.e:
·
Agencla de la Secretarla de Fome.et.o en el Ramo de Minerta.
en t.mpazo,,, Nue\!o León.

,
6
Sres. Ramon Lozano Aragón y Ram n
,.

,

Sanchez Lozano

y

j

º"ª•

Cía. Minera "La Fortunaa'' S. A.
CONVOCATORIA.

Por acuerdo del Oon1H-jo de Adminlett"actón de 6eta
EXTRACTO.
Ol&amp; . y en oompltmiento de lo prevenido en el art.
~20 de los EstAtntoa que Ja rJgen, ae ofta á loe Sres. &amp;O·
ofontstaa A Asqmblea. General Ordinaria, que se veriOrden .del Día
ilcará el d1a 20 d•I actual á lae 8 p. m. eo la casa No..
Expediente No. 384.-Coo fecha primero d~I co
1 - Iofo,me delOc&gt;nllf'jo de Admtntatracl6n.
·o7 de la calle de Dr. Mler y se ocnpar11 de conocer y rrtente, les ocho 8e Ja mañana se ha presenta.do en
2 J.,fnrme del OomlMrlo,
s-Preseotacfón del Balanoe del a.iio. para, en uAmen 7 lr,b10iJa.·
aprovar los puntos de la sigo.lente:
esta Agencia el Sr. Juan Montemayor denunctan-rln
otón en en oaeo,
M pertenencias mineras sobre nna veta virgen que
4-Nombr•mieato del personal del Oooaejo y .:Jomlsi.rfo. •.on
Orden del Día.
contiene plata y plomo. situada en el Rloon grande
respectivos snplentee, que fnnglriu en el preaet1le afio.
Se reonerda 6 loe Aoofon1stas que efundo éeta uaa aegueda
pArtenecient~á. la sierra de Lampaoos de esta jnrlsd}r,_.
1~ Informe dela Junta Dlreotlvs.
ooavoc.1torl&amp;,
la Asamblea. ee oonstttnlri con el nQmero de IM)QIOcuyas pertenencias ee medirán en la figura de Blst&amp;11 q 08 OOflCDrTllD
, sea &lt;1nsl Í08'18 SD rep.reeeo\aelóo.
z- Exámen de Is cuentas giradas por la Tesorería cl6n.
un
poUg'ono
teniendo
terreno
Ubre
por todos sus
Lampa.zos
Febrero 6 de 1909.-Carlos M. Gana, Brlo, 1Bl718
y aprove.dfs en su caao.
rumbos sin collndancta minera y puntne de referencia.
3? Nobramiente de la jant-a Directiva que deberá al Norte, el Crflston del Alazan, al Sur, la boca del 1
foo1?lr el pr!"oxlmo afio social.
REMA TE.--..1'! Almoneda.
grande, al Oriente. egua del Oe4~ •Exámen del B!llance General y aprovaclón en desagnedeloañon
drlto, y al Poniente, el PJcacho de Piletas, v pone por
Juzgado
4~ Oonetitucional.-Montemorelos, ~aeyo
BU 0880,
nombr9 á eete denuncio •Monte de Piedad.~
León.
5° On11Jqu\er otro asunto de inte¡6s :que se proAdmltldo
el
anterior
dflnuncio
se
manda
publicar
ponga
El día 27 del actual á. las diez de la maña.ne. y en el
en el Per16dfoo Oficial del E~tado poT tres veces se•
Lo que es avisa á. los Interesados para su conoo1- guidas y en la tabla de avisos de esta Agencia por local de eete Juz~ado, tendr4. su verlflcatlvo el remami~nto,
un mee y se nombró perJt.o pRra la medida de este te de loa ble nea e1gutentes: dos aparadores para muesJ\[onterrey, Febrero 12 de 1909 :-Santos V, Oliva- fundo
al Sr, Jeeds O. Martínez quien aoepto el Nom- trario de reloxe13¡ conetrldoa de madera de nogal,
rés. Presidente. --~anual R. González. Srio.
conteniendo uno de ellos diez y eels c11jae de relox
bl'Amiento.
o.16,17,18
Lo quo •• hace saber al pll.bllco advlrtléndoee que sin maquinaria siendo qo.tnce de mPtal y una de pladesde eeta fecha se habre un plazo lmpronogable de ta. y uno de acero oxidado, y dos leontlnaa de aoero
onatro meeea para la subetanolaci6n del Expediente cuyos bienes faeron avaluados en la cantidad de
NOTIFICACION.
en esta Agencia.
$114.7áylo• que se le embargaron 11 Dn. Manuel
Juqado 1(1 de lo Olvll.=lt fracoltlnJudlclal.-F.at.ado de N.Le6n
Lilmpazoe, Febrero 8 de 1909.-E. A.. D.M. Alejan- Sierra, en el juicio ejecutivo mercantil que le tiene
dro Reyes.
o.16,17,19 promovido Don Entimlo Benavides, como apoderado
Sres. Saenz Hnos.
de loe Sefiores Guerra Hermanos, de este Ü&lt;' merclo .
,t rED el lnoident.e sobre costa•, pn,movldo por e1 Br, Lic. Edllber•
Hacténdoae Be bar 11 loa int.ereeadoa que no se adml••
NOTIFICACION.
to Gana Gon1:AIH oontra Udes., de lu oaonilae en el J•1tlr4n poeturae que no cubran 188 doe terceras partea
cio ejecutivo Mercantil eobre Ot!!lf'S, que el mlMno aboclldn entabló
!u1gado
29
de
lo
Olvll-1t
fraoel6ujadloia.l.-Estado
de
N,
Le6n,
oootra Uds. como apoderado Geoe-r&amp;I de loa 8re1. O. Holok r Ola.
de la referida enma, y en este Juzgado •• mlnistrarfin
ha reoatdo ou auWI que A la letra dice:
loe dato• qne se nooeslten.
Sr, Juan Blackaller,
llontnrey, Pebre ro 9 de tnlt noYecleotoa nue•e--A sus anteoeLo que se publica en e1ta forma, en cumpUmiento
dent.es y t1omo ee o1d•, c1tete p&amp;ra Bf!atenota. en artfoulo. Lo dt1Eo el jalolo bh:iotecatio de prooedlm1aato oonve11ofonal qne
oret61 firmó e1 O.Jut&gt;is'JQdeLetnadel Ramo OtTil: doy R-Llo. promovió
contra Ud. el Sr. Llo. Sillvador Gonz&amp;lu como apoden.- de lo dIBpoesto poi· el ar~ 724 del Oódígo de l'rooedlml ·
'.Luo...,._Llo. l . Garcfa Gu"'J"'rdo, 8rlo. -R6br1c...
8ocled11d C!ooperattn de A.bonos d Inv,niot1t11 de Monte- entos Civiles.
Lo que s&lt;notiflc• 4 UdN en esta forma, de acuerdo con lo del&amp; ecbre
J&gt;MO~, ha. recaído o.na 1entenola que dice :
Montemor01oe, Febre?O 4 de 1909.-Jesds Oantd.dfapul!lsio por el artloulo l!7 del 06c!Jro de Prooedimlent.oa Ol'tllee. rrey.
Visto
eat&amp; fuloto de prooedlDllento coovenolonat promovido por
doy fil.
o.15,18,17
E'l Br Lto. S.l.,ador Gonr.lles oomo apoderado geBenl de la Socie- A-• Samuel Rioe.~A - Sim6n Garcla,

lfonteney, Febrero 13 de 1909 .Lk: 1. 0..ro1a Gnajardo, Se- dad OoopflratlT&amp; de Ahorroe 6 lo\!eHiones de Monterrey oootra el
-oretario.
1617
Br. luan BlackaJler, aobre ej&lt;&gt;cuel6n de un oont,ato hipotecarlo
etendoelaotor vecino de esta o.. pltal y el demaada.do de la Oiadad
de Mooo1ova, ».Jta.do4e Ooahulla; \lista la publtoacldn 7 reg1stro
del prlm"'r proveido jndlcla.l, asf como los demá!I trimltes qoe ae corrieron de oooformtdad con el ooonnio de la11 p-.rtes; vieta la cltaclóu p11Te senteacla y ousnto ml!!I debió verse;, ................. Por taPor el presente y por disposición de la Dlreoolón
lM cnn1lderaotones y oon fnndamento en 101 arttou}os cfta.dos y en
f'l lnofsn E. dfll referido procedimiento coovencion&amp;l, df'bfa. de fa,. de eeta Compeflfa, se cita á loa Sres. Aoolontetae de
llar y tallo: Primero p'tQCede la acclón htpoteearla Intentada por la misma á 1a Asamblea General Ordinaria que se
el lJo. Balva~or Gond,let. corno ai&gt;oderfLdo de la Sooieda.d CooPor Rcnerdo del ConM&gt;jo /\E'I Adml~l9traol611de,t'lloha Ola,, P.e &lt;11- r,eratlvs de Ahorros é luvereloDff de Mont.errFy contra el Sr. Juan celebrará el dfa 20 del actns.1. , les nueve de la mafiata l\ los Sres. aeo\onlstaa d~ la mfama. tí Aaamblea. General Ordtna• Bal11-c'uller; en conaeououcls, 11e del:lara qne tl!!t.e t\lUmo eatr. obU• na en punto y en la Oficina da la Ota. Minera, Fnndlda qtle e verlftcn6 el die l!3 del a.c'u&lt;:111. las 8 P. 111., en la oa11a. N9 l{'Pdo A psgar A dk:b11, Boc.fedad lacantld&amp;d de $!,9'18 HI dos mU no- dora y Afinadora «Monterrey)! 8. A., calle de Dr.
126 de la oalle del Dr, Mier, para tratar los asuatos que comprende \!OOlez;itoe set11 pe.aosd!eot111'leaeotl!lvo11, mi11 loe totsreses Te•pecti•
Mier No. 94, para tratar de loe asuntos contenldoe en
la sfgnlr-nte
voa al tipo eaUpnlsdoflu la." ~scrltnras de bipotix,a. qoe nbran en }a siguientes:
e•tos :iotos, b11sta la f~ba1&gt;0 que quede ooblerta Ja cb'lgaofón.
8egnortn: 8ti coud,ma al mt11modP.mand111do A pa¡;car laa oootrlbo~
clonee hipotecarlas que la 800:edad Mreedor" bublsee adela.nt,.do
1° Dar cuenta del. f!Stado d('l lft nr&lt;gccioción,
PRI\fERO: Iof.,rmede la Mr-e., Dlrectiva.
por sa cuenta Y 1118 ooetaa f l:l"'\sto11 dPl tirasente julolo. Tercero. HA·
AEGU~nO: Inf,¡rmiA d,.I Oomlesrlo,
lt"IB6 trato ce Y remate da laft J111ca1 hlpr,tecadaa y oon en tirol!ncto
2° Ncmbramlflnto de loe Mlembrc,s de Ja Junta
'rERJERO; Pr;;eantacl6n dA l1t11c11eolrtti ,ti,.,-taa por la Tef!Clrf'• ra.gn"'n:i 'laa prt&gt;F.taclone11 Jndkadu. !ioti!fqn1:s1&gt;. Ad d~8tlftlvaDirectiva rara el pr~senta Ej(rcicio s·ooial.
rfl\ en f.11 EJ~rc!cio 8oota.l de 1908, para so e:lámen 'lll'l{; tejui!{Sn1o lo reA,,lvió r lhm6 el O. Juei 2o de Lflb0s df] RaSe a11p1ica. á los Sres. accion
s la puµtnal asisten~
F ap~~bsclOo en l'a caso,
mt• Otv1l: dny fé"=Llo. R1qne de Lnoa.-Ltc, ;. Oatofs Gnajt.rdo Be&lt;'UARTO: N"mbra.roi11nto de la. nueva Me!!&amp; DlrPOtil"II,
cretar!o.-Rdbrk;e.11,
'
ola.
QUINTO. Trata, oBalqo.1,.r otro Hnato que &amp; jalo!o de la
Lo qne ae notlt\oa. ti Ud. en eeta forma dA acuerdo OQD lo que
Monterrey, Febrero, 12 de 1009 - Ola. Minera ,Jl(a.
Aumb~ea fl!'tl de tnter6, poeral para la (!fa.
preTii!,De el arUoulo 'l'S dtil 04dlgo de ProcedlmfeqtM Obtlee,
)(oniArri;y, lt 13 de Pebreto de 1909.-EH ~re\ario, Ocl.aviano
Moaterrey, lit de Febrero 'de 1')09. -Lfa. J. Glll"ofa Go•iardo, r'lat. S. A., El Secretario-, Adolfo Z9mbra.no.
,i:ambrano
1am, [Secr.\a•19, • ..
1617
o .1i,16,17

Cía. Minera &lt;Maria,&gt; S. A.

Cia. Minera "lia Paloma•· 8. A.

AVISO.

CONVOCATORIA.

Orden del Día

Orden del dfa:

�PEltlODICO OlfJClAL

3

El Renacimiento, 8. A.
Cía ~fiwlra '·Sieyra Jladerr,"S. A. j Baneo ,1rreautiJ de )IontPi·rey. ~ Cln. ,nnera
CONVOCATORIA,

CONVOCATORIA.
,
Sociedad Anl\ntma.
Por la presente se cita A los S•es. Arcionletlls de flB·
Por !lcuerdo del Oona,,j, de Adwlnletreolón de dloba Compañía
CONVOCA TO Rl A.
ta Cfa. pa1'8 que ee sirvan concurrir el di&amp; 21; del
.. cita ll lns !lrrs Ac,olc,n1staw de l11 mlema, á ASamblea G•neral 1
·
¡• d
•13
O,dlnarla qn9 pe verlticarA el dla 26 el actut\l {tlas - 31 p II en
Por •cnerdo del Cone•¡o de Adml~letHc nn "e•- $UCO, te oreaente mee f. las 8 p. m. á la Junta g1&gt;nera I f xtrala-OUA No l'lli &lt;le la ealle de Dr. J/ler vara tr~tar los' ae•u~tos. que oone en conuclmlento de los Accloclot,os qne la A@amble" Aeneral
t'Omprcn1e la •lguluite·
•
Orilln&amp;rlP, ¡tr•@crlta p&lt;&gt;r ~I arlf&lt;ulo 51 dA 110,stroa Eotatutos. t&lt;&gt;"- rdinerle. que AA verificará en la eoea N• 56, de la ca.
,Irá h11tar "" el domicilio s&gt;clal el dfa H de M~no próslruo. A 111
lle de :M. Bsoobedo.
Orden del Día:
111.,y •• ooopt11A en conocer y resolverlos puctos de la ~iguien-

~¡/·

Orden del D' a:

1

PBr \4ERO: L~f.,rme d• la Ilesa Dlreollv11.
Orden del Día.
1• Xombrar ,Junta Directiva.
Si!flUNDO: lnforme dtl Coml•ario.
2~ Dar cuenta del estado que guarda la negocia•
:;:.. TEROEII.O: Pr,sents.c:iór. de l&amp;R cuentes s¡•rad,io por la T•ror••
T. Informe del Ooneejo de Aem!Dlstración.
olon y aprob~ sus cuenta.
,
rl:l en ~I •¡·•rclolo Soc alde 1908 pua su exdmen
1T tr,forme del romlaarlo.
3• Dlepon11r la contlnllllción e&lt;' i;u3 trabajos 6 eu.
y 11pmboc On en •u e, aa.
111 Pr•aentaclón de las cuenta, del noveno eierclclo de operaCUARTO; Nou:braml•nto de DU►V&amp; Ilesa Dlnctl\',..
clon,a del Bar.co y
terminación.
,
QUINTO: 'tra.tar c:ua'guler c.lro Rsunto que A ju!clo de la
IV AcuMdO del dividendo que dtba dlstrlbttlrse.
4• Trnt11r cu11,lqul11r otro asunto de interee gi,,neral.
A•1nubl..a •ea .,,. in•erf'a 11eneral pora la &lt;1f11.
8e
suplica
A
todoe
lns
acolouf•taa
hacerea
r•
preeeot,,r
•n
la
jun,tfonterrey, a 13 de Febrer.&gt; de l!IU!l -El Secretario, Oot•vlsno ta, ra s•a por si 6 por a.poden."º• y se le• raouerda la oblipcllln de
El Teeorero, E. 8á.ocbez T1jerlna.
o.16, 16,l'T
Zo.mbrauo.
16li17
df'l)OOitar •ns aoofon•s en l•e Oflnln•e 11~1 B,noo, en las de sus A,r"u
olas ó f'D ou•lquler B~noo d• la R•p1íb•tc11 qne goce decon01'8l0n fe·
'1eral, cmuido 0101108 tr,s &lt;IIRB antea de la fe&lt;&gt;hll en que d• ba oele•
!\
1~~·~~'t~~'r~~ti:;9:xinforme lo dlllpuHto en 101 artloulos46, 47
• d l CI ¡¡
í
. j d' l ""-t d
Monterrey, !i. L., A10 de Febrero de 1,m !os6 t.•Guz, 11&lt;!azga
161718
d o 1 e o · v . - 1• racc1on n 101a .-..,., a o rent~.
deJ N.
León.
.
Previó el permiso de la autoridad NBpfctiva y ~
~e hu fljado por el O. !,le. Macedonio Gil Trevlño.'
NOTIFICACION.
a&lt;uerdocon el Reglamer,t&gt; 22
vigente, ea pondrán en
14
21
Juez 1º de Letras del Ramo I lvil el dfa cuatro d1Jozgado de L9LraA de la 6t fracción judicial. Vlllaldama,11u•• euhaSt.l pllb lea loa _días
Y de los corrientes Y .
Marro p'l'óxlmo á l11s diez de la mRñlna, en el local ,o Le6n.
y 16 de .llíe.rzo próximo, lie prendas de plHo cumph·
de eeteJozgado pa'l'a que se verifique el remete de 1
&gt; •
,
,
rlo existentes en la 0888 de emp~ño dencmlneda
loe bienes embargados al Sr. Enrique Echanlz Brnst I Sres. Benito, Arturo y esus Casso ,,La Moi:tBfi11 de Pia;tad»eitu&lt;1da Pn la esquina de las
en el juicio eJeoutlvo me'l'cantil que en su contra ei TreYifio :\Iaría Loreto. Constancia y Jo• calles B . Juárez y More!, s No. 14S
j!'tle la representación de los Sres L6pe11 Z1mbrano
Lo quq ee pone en conocimiento del póbllco, para
Hnos. y qne no fueron tomados en conelderaclón en \'Ita Ama ya y Casso y Ott la Ramon C as- que loe interasadoe ocurran en tiempo hábil 4 refren •
el anterior remate, oonslstfendotalee bienes en veinte so
dat&gt;las. sacarlas 6 pr~senolar eu v~nta.
butaoaa y cuar11nta y doe ellla.e.
ii:~ el ittlclo de intestado de Jo•Sr"S. !o&amp;Qt1fa 0 ,..,0 y espol!S• Monterrey, 6 de F, brero de 1!109.-Jesds O. P6rez é
Lo que ee hace salnr al pdblioo para que las p:irso• de primera y eeguod,. nul)Clao, Oñs. T•rtM V!Uarr&lt;'al y Dña. J,u, Hijos. Joeé Pérez Gat'la.
o .16, 16, 17
nas que ee i.otsresen en loa mencionados blen~s, et&gt; Balau.r veclnoa que faeron de eat11 Villa, ee b&amp; dictado nn
que
en lo conduMnte dice:
preeent en ant e 83te J nzgad o d ood A ee l es m i n Istrllr6
•Vlllaldama, velotl!lete de Enerode mil nonclentoa nne9e,~
PREGON.
los ,latos necesarios: en el conceptá de que durante el Cltue li loaharedercsen eetafllcm6o li unajantaqne t•udrA BO
Urmlno de las publicaciones y hasta la· hora del re- , ••mffoatlvo eu el local de eet4 Juilf&amp;d~ li tas elles de ta m•llano. del
mate 88 admitirá.o posturas que no bajen de las dos sue
dta dtecl•ela de Abril próximo,' 6n de que acrf'dUeo d~bidamente
Presidencia Munloipal.-San Nicolas llldalgo' N '
derechoa hereditarios r hagan el onmbr.-mlento de r.lbaoea pro- Leó
'8rceres partee del precio que tiene.o asignado y que visiona!..........................y por cuanto A que 101 herederos Be11lto.
n.
• el dos pesoe cincuenta centavos para cada una de Arturo Y J~tla Ca■-o Trevlñ&lt;', llarfr. Loret-0, Oonatanoto Y JoTlta A les diez de la mEñana del dfa ocho de Marzo de
las primeras
.. i111.01te,eleepormedtodeedlctoa1&gt;ublloa&lt;!oeportresv-•ene1
Amaya &gt;' O.en f -Otila RamOn oauo, oon de residencia deeoonocl. m 11 uovecen
1 t osnueve . ..-En f I S
..
• y un peso cincnonta centavoepara caua
o.cll16nde1
n~. Ayunta·
uaa ue laa segundas.
Pertodtco Oficial d•I Eatado y en •L• vas de Nuevo Le611• y por miento de este Munlolpio y al mejor portor se remll·
1
Montar.rey, 13 de Ftibrerode 11.10\1. -Lic. M. Gil Tl'P· , medio de c6dulr. en la purto del Jurglld&lt;'. No'1ffquese. .uf lo liará en p(iblioa eubaeta un terreno de ejidos compnf'B·
lvño.
o.1,3 16 li , 0
0 :]a~~~A.~.\t:f::0d~t!t::\';!~!~~~;lt toa de una eu¡:erficle de eiet.e 1iectares treinta aru
v111arrea1.-aabrtouo
, y noventa y dos mf-troe cuadrados y que se halla al
11.{ •
~
Lo qne !!8 notifica f. Udee, en eeta rorma eu cumplimiento de lo : Poniente de aeta Villa y coiinda por el Nort.e con
1
1
1l
{ .lJ
man:m111~~':n~
s'::e~'del9'l9.-Lir. Slm011 Oo•j•u:ln.-.\ 'terrenos del Sr. Juan Pablo Cuevs, al Oriente terre·
I 1' ~,.\ I "1, '~
•
!llarlano Sf.Dtoa Treviño.-A -Jo!6 v . Vlllarreal
Ul\718·15! nos del Sr. tlo. F ,,rtunnto d0 )a Garza1 al Rur propledad de la Cía. CPmentos Hidalgo, y al Poniente arro -

REi\lATE.-1

Almonc&lt;la.

VENTA DE PRENDAS.

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nera "Nol'ias clfl .Bftjñ n/18. A.

...!!t~td::,:iªó1!i%~~J0~1:J!ªp::a i!º3lau31., d~
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Yºn~!teU:{f6!!::·de ll!e pubhcaolones qnA ee ha•
pró lm
d
h di
to ¡ o
· d \d
rin cuatro veoee ooneecutlvae de siete en -etete oíaa
min~etr~rn~ ::~o:ue ':teº~~ev~ á
1
Y llaeta la hora de eubsst.a
ee admitirán posturas que
0
para la Asnmblea que tendrá Jugar el dfa 28 del 00
Por acuerdo del Junta Directiva de eatil Neirocia• cubran la cantidad d $120.00 olento veirt9 pesos en
nients Febreri&gt;, debiendo reunirse en la Oficina del olón. ee ha dflOretado el pago de la exhlb.elón No. 3 que ha sido justlprooiado dicho tf&gt;rreno bajo el conSr. Atenedoro Oueva Oalle de Doctor Miar No. ::.t. 6 de $-1. 00 cuatTo pPSOB por acción sobre la nueva f mi• oept6 de que se COl!&amp;erve al ilenunciant.e el derecho
laa dlez de la mañana, en la Inteligencia de que 18 alón de s1&gt;ie mil acciones, cu)'a exhibición deberá cu- del tanto en e1 remate aludido.
Jaota ee llevará. á. etecto con :cualquier nQmeio de brirea del 1° al 15 de :llsrzo próximo en la. Tesore1ía. San Xicnl,Íl! Hidalgo, 11 de Febrero de 1909.--'--J&lt;&gt;"é
a.oclones que se reune .
ie la &lt;;ompafifa en este. Onplt-al calle de ?ilorelos No ¡Oneva.-Duniel J . 011etlllo. Srio.
o 15,lH, 17,19_
Orden del Día.
74 B. Y en )léxico en al Banco Internacional 6 Hipo
tecari,,.
Informes de la mesa Directiva.
L
1
Exámen de loe cuentas de la Teeorer1n.
con~c?~::~~l.sa á los Señorea accionistas para en
Nombramieuto de la J16Sa Dlreotl,a y del Comi·
Mont~rrey, 19 de 'F'ebrPro de 1!100 .-Presidente. Vi
&amp;pdblioa l\Iexk11na.- Presidencia Municipal.sarlo.
( cente Bortoni. Secretario, E. F. 01 sti.lón.
15
El Seoretarlo, .\.. CueYa.
o. , 16,17 ,
o.16.17,1~ Monterrey, Nuevo León.
De cnnfJrmldad con lo dlspul'ato en el artículo 25 'J'
L'
u
-1
en el ti70 del Códt¡rn Civil vigente ee bi,ce sab,tr ·~1'
li.l. ( l., nSJW~ Htll ():, nPYllt'l'cl.~. A.¡pQbllco.qneenlaTesor11rfaMnni¿ipnlde,stacludad
)lillPl'H
• C
. '
'
existe dep08itllda la sama de $6-1. 3Fl eta. ( aesl'nta \
onvocaton~.
, ~uatro pesos treint11, y ocho centavcs). procedente de
CO~VOCATORIA.
C'ouforma á lo dispuesto en la o:tima parte del att. ¡ loe ec.brantee efectuadcs ánrant~ foe meses ce Julio
En acuerdo de hoy do la .Junta f"'.fr.-ctiva conYoca
J. asamble,1 general extraordinario c¡ne tf'ndrá veril'- :rn de }09 EstHtnt.os de est&lt;I ('(lmpsñia 8e cita á ¡08 Srs ¡Y Ag(lsto del prE&gt;&amp;ente &amp;ño, po-r IAe caSBB de empeiio
catlvo el dh 27 del corrienta á las I p m t&gt;n ':1 esas A.ocionistae de la miemq á la .\samblea General qu" denominadas •Mont ña de Pleded,,, «OhlhuRbua•, «La
námero 15:{ de la calle de Mstamorcs ,te é~tn Ciudad, t~ndrá verlflcati,o el dia 1 de Marzo próximo. bajo BllnC'a·,, •Favorita•, •Fénix•, •Surtidora», ,,-)loi;ts d.e
la siguiente:
·
Piedbd de Monterrey•, y 8acursalee n6me1oa 1 y 2· en
bajo la siguiente:
·
Orden del Día.
el conct&gt;pt-0 de que, ei tranecurrio.los seis muea. Jon
Orden del dí~:
·
1ta des d, s ie hoy, r:o c1 mp~reoifre persl'na alguna á
I
Dar cuent, del estado en q•10 st1 tncuentra la
I Discutir y aprobar las ouent¡.s que preeenta la reclamar con justo y lf&gt;gftlmo t!tolo, les f&gt;XprElsadas
Negociación .
Teeorarla .
dt-mr•si&amp;I', ee lea mandará. Ingresar e11 Ja R"caudación
II Aprobar en su caso f'l ,icuerdo rlfl In Dlrt•ctlva
1I .\doptar lae medidas nect&gt;sarlas á efe(to de cu- 1 de R entia8 Mnn1cipalee de eeh ciudad d
d0
0
1
para que sig,1 el contr11to d 11rrend11mionto
br!r loe crfldftoe paetvoe de ls eompau a.
con lo pre-Ofptu11 clo en el cit!lclo nrt.foulo
e acuer
con la compañfa. Minr-ra Fundl.-lora ~- .\ :inado
Monterrey, Ft:brero 11 da 1909.,- El Secretarlo. M .
Monterl'f'y. 26 de Dlolembr~ de 1907 -P· e Martf
ra. Monterrey,:". A hast11 ..1 r,ñ \ de l!lZó y
Qnlroga,
o.le,p.1s nez.~B. Iumfrez An¡ruia.no, Sr!o.
·
· ·
IH Autorizar al Seii'&gt;r Prc:sidente y Secretario para
EDICTO.
1
'i6S'i88
h 27- Abril
que fírmen el contrato.
Monterrey. N. León, 12 de Febrero de 1!109.-Mi,J1~1,ga,lo 1~ de lo Ch·il. --1 .: 'rac:ci,'on jn,l:l"ial --E~t:i,Io 1
gnel Ferrara.
o.16, HI, 17
tic ~tw,·o L~ün.
E DI C To
Ayer ee n.dlcó en este Juzgado Pl juicio· de inteets.·
dodeloeSree. JuenJceéGarcía y l•:met•ria lhirdal JuÑ~ª1,eºº}eLetrll8del11 3 frace:iónjuilcial.-Linade Garata. VEcinos que fuer6n de la Olndud de Mll'r rea. ·
vn ·
Por acuerdo de la ,Junta Directiva y ~asado In las Tamanlipas. siendo _orlginari~e de la \~llla de Gard~ , Oon f.icha vel~•ta Y cin~ del actual sa radicó en
Estatutos que rigen le. indicada oompanfa se acor.:10: N. I,. quienes fall~c1H61&gt; 1&gt;n 2J de Nov1Pmbre de ¡g,;;¡ ei;te Jni;?o.do f'l ¡oiclo de 1n~eft m':lntaria G. bienes de
que ae declare la desercl6n de las acciones que rep re• v 26 de S11ptlrn1bra de 18F3 re9pectlvamente.
la Sra. Cl[rmm lhHjudo Vde de Elizond'J vecinR
sentan loe e~clos elgulentee, en virtud de adeu iar Lo que se hace saber el J,óbliC'o parR que las pf\rson11s que fuf do esta l'lun.id.
'
ve.riae exlblciones:
que ea C:61\n con df•ncbr&gt; á J_~ herencia ee pr,s..nten
Lo .que a~ manda prit,. c~r Pn ei PPrló 'llf'o Oficie l
Francisco Lozano.
8 acciones
é. ~ednc1rlo dentro c1el térmrnc, qu~ 1-eñ11.l11 d artícuk• Y el 1,rne.no qne Et.; arlkí., t!ll ( ot~ iuia•l, &lt;lo cloz ., 11
Julio Monrea,
11:
• •
16S5 dPl C'6dlgo ~e Prrce~Jm!..r.trR Civil,:'!!,
dlez~,ee p~ra qn~ !ai pe:aomw qlt" l'P Cl'illln e¡¡¡ dJ
Juan O, C}o~zi\lez
6 » »
1 Monterr"Y: 2:J de Ju!10 da 1908.-Lic. J. Gs~cfa rec·ho á Ju nsrP.:1c,a. se ¡ir een:ou á do u··irlo dent:o
~lfredo.&lt;J \ eduzco
5
11
Guajardo. Sne.
o. l l l..J17 del té•mioo de !P. 1,-.y
Venanc10 Jfoguerza
5 11 11
¡
Linarf'8 t:nt&gt;-rn ,eiute v s if1 d.., mil nr•'l'eciiH•t. f'
1
Bonlf11cio de ,e. Puente
10 • ,,
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nu-.ve -L!C' LniR '.rrPViño. .\-.\gu~\fa t l'ltllf'ía
M. F8!)t
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-A ..\ntonio.At·rrara Gnrda.
11·H 17 .
Francisco L. Gojón.
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s. A.

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ConcentradOI'a de
S. A.

;;3 aclones
Monterrey Ftbrero IS de 1900.-Seoretario, 15.16.17
Miguel 1,
Ferrarn.

1

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Leon

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EDICTO.

C O ~ V O C A TO R I A •
Jiaga~o de Leu-aa de ,a 6• fracción judicial .--CeEl Conaejo de Admln!J!traci6n de esta ('[a en junta ¡ rralTo, N León.
t
el 31 del ppdo Enero, acordó C."llVO~ á Jne
o t focha dl11cinnove ce! proornt.e mes se radicó en
1 . celebrada
11
,i
llit 11
. Jl•
Bree Aoclonlstas de dicha negoci.aolam6u , 6 Junt11 este Jn1g,1do ti biec.t&lt;s de la Sra Mª Franol
CONYOC,\TORJ,\
Generalú rdinarla, cnn el ?bjet-0 de tT11tar eobreloe vecinaqnefuédel\etay!lie.
. '.
gca Solía.
•
• •
puntes que ex.p:-e~a dla slgnd1enteD·,
í,o qoe se b3ce, B'l.ber al ¡.,úl:¡)fco nors que las p~soPor acuerdo del Oon•ejo de Adml1116traol60, r conforme al art
, ,
nll6 que F.O cr-an
d
b
¡,.
"'
22.de 1..e Eat•tuto•, ~ coa•oca A to• sr.... Aco!onl•tas de esta
vr en e1 la,
t
'•• eor:: e1u o 6 :a ht&lt;rencia de que
Oompa!i!a, 11ara 1.,amb'e11, G~uer•I Ordl11a,1a, qna babrA de cele1~ Nombramiento de la mesa DlreC"t!,a que deberá.
rsttad,
!'°mporezcan
1
deducirlo
e.o
el
t6rmioo
d•
bruce en JasOticlnu de la Cocie&lt;l&amp;ó. Korelos :9 A las 4 a~ p m
fungir en el ,.....868nte añ~ Mela!.
.,re1n x ,as contadoe desde l&lt;i fecha en que 88 pnbti·.
del dl'.a do• de Marzo Urden
¡,r6:xlmo. b")O
la
olgulente:
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Cíltl
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del Día..
2º HesoJ,;..r acerca d,. una opclGn qnt&gt; solicltn t e e ' mo ~, - et:&gt;. d,tt &lt;'_ou!ormldad con lo dlspnoo:.ectu"' Y prob,ctOo del Acta de la Asamblea General '
una pei:-i!ona extrr.ña ~ á. la sociedad, sobre la \il:r e, a.rt. 16~' de.l e 5dlgo de Procedimlentoíl 01
Anwrlor.
mina. Y acordar en la ,orma que mlis connmg!l
1,
II Informe del('.ons-io de Ad.m\11istra.cl6n.
IÍ I!- C-ía otorgar fStl'. 6 ,er si alguno d" loa
~ errako, n. df; ~ner'? de ,1 ~09 .-Lic N T . B 'lll!.Vi·
111 Informe del ~nml••rlo y preseut&amp;clón de las Cuentas l'
somos le con,lene tomarla.de pr~f,erAncla. ·
d e. · -A- Pr1mmrn l , E,lt.0t,do. -'· A- Fl.,rent1·00
0
Balaooe del ejercicio d., ;911'&lt;.
3• T ra_t'lr 80 b re a ¡guoo~ otros puntad qre
" los ::.:-ea.
uerra
IV Xombramienw
de lo! cinco miembros que debeo'lntegrar
O. v .11.1-1, 17 163
elOOn•ejo de Admlnlstrac-!Oll
•
somos crean c:&gt;n,emente proponer en prv de
,..
Nombr1,miento de Oomlaa• lo r bapl~nte.
la citada oegoeiacl~n
, ~~~~~-'""'.'!~~~~•--~~~~~~~~~
Ptl'1' "'mar parte •n IH -'•••mbler., Gen~u.l~. •e recuerda lo '
n·10h ll)lltll'I,
·
ten d r l lngar · en.,a
"
· prece1 t&amp;do en el art. z· dele. El&lt;tr.tctn• que 1 la. letra dlM: Para,
casa No. 131, de fo,
Mimar parte en las A:11ambl,af debert.n lo! Aocicnluaa r.cr~ltar nalle df Zara¡:oza, el dt&amp; 2f de Febrero á Jae ? de la
wcallds.d, pe¡r n.ed!odelalaecripal611. re&amp;pectJ..-. 6por Jaexhlbl- noche. SA snpll68 6 los Sres. Aooionistas la
t ¡ ~PRENTA DEL GOBIE.&amp;NO EN PAL.A.010.
&lt;-1611 d, l tftulo 6 oerhllcado de dl'póelkl, del Tltlllo e». a1g11o Banco ll8fStPDCia i dirh'I Ta11ta.
pan na
'
de b Be1)6blior. 6 de loe Eotacloa Unldoe 4e .l.lnerka.
an•MAD111 J
urto.
Ola. Bm~llM\qrad~ 'J-opaObtoo, i;." ,- a. a ADCU'II. S&amp;creMonterrey, , liTde Febrero de 1909.-Dl Secretario
....,....,
UIUl8U!DOB,
0

. E~BO'fELJ·•DOD hE TOl'O ('HJC·OS
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Anacleto T. Gana.

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A. Br~ndo Wbitt.

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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